Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LX Legislatura
Correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidente

Diputado César Horacio Duarte Jáquez
Director del
Diario de los Debates
Jesús Norberto Reyes Ayala
Año III
México, DF, jueves 23 de octubre de 2008
Sesión No. 20

SUMARIO


SECRETARIA DE CULTURA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

Invitación de la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal a la ceremonia cívica conmemorativa del CXCI aniversario luctuoso del general Pedro Moreno González, por celebrarse el veintisiete de octubre. Se designa comisión de representación.

PRESUPUESTO DE EGRESOS, 2009

Oficio del Congreso del estado de Coahuila con acuerdo por el que solicita que se asignen mayores recursos al sector turístico en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

ESTADO DE HIDALGO

Oficio del Congreso del estado de Hidalgo con el que remite acuerdo por el cual se exhorta a los congresos de los estados de la federación, así como a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a legislar en materia indígena y demás instrumentos jurídicos en que se reconozcan los derechos de los pueblos indígenas. Se turna a la Comisión de Asuntos Indígenas.

PRESUPUESTO DE EGRESOS, 2009

Oficio del Congreso del estado de Hidalgo con acuerdo por el que solicita que se asignen mayores recursos al sector turístico en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

PRESUPUESTO DE EGRESOS, 2009

Dos oficios de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal con los que remite proposiciones con punto de acuerdo relativas al Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2009. Se turnan a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

ARTICULO 4 CONSTITUCIONAL

Oficio de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal con el que remite proposición con punto de acuerdo para exhortar al Congreso de la Unión a reformar el primer párrafo del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de igualdad sustantiva entre hombres y mujeres. Se remite a la Comisión de Puntos Constitucionales.

PRESUPUESTO DE EGRESOS, 2009

Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, que establece las reglas para la discusión y votación relativas al proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009. Aprobado.

ANALISIS II INFORME DE GOBIERNO

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se establece el procedimiento para la presentación, formulación y envío al Ejecutivo federal de las preguntas por escrito que realice la Cámara de Diputados, con objeto de ampliar la información en el marco del análisis del II Informe de Gobierno, conforme a lo establecido en el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Aprobado.

REFORMA ENERGETICA

Acuerdo de la Mesa Directiva, para dar turno y trámite al conjunto de minutas relativas a la reforma energética que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, remitirá el Senado de la República. Aprobado.

PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION

Dos oficios de la Cámara de Senadores con los que remite proposiciones con punto de acuerdo relativas al Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009 por las que se solicitan que se consideren recursos para:

Continuar con la construcción del boulevard del Bicentenario en los municipios de Guadalupe y Zacatecas, en el estado de Zacatecas, de los senadores Claudia Corichi García, Antonio Mejía Haro y Tomás Torres Mercado.

El Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, del senador Carlos Jiménez Macías.

FONDO DE APORTACIONES PARA LA EDUCACION BASICA Y NORMAL

Oficio de la Secretaría de Gobernación con el que remite los informes de resultados, que sustituyen los enviados anteriormente, de las Auditorías Externas practicadas en los estados de Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Oaxaca, Puebla, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala y Veracruz, relativas a la matrícula escolar de los tipos educativos atendidos por el Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal. Se remiten a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Educación Pública y Servicios Educativos.

LLUVIAS EXTREMAS E INUNDACIONES

Oficio de la Secretaría de Gobernación con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 30 de septiembre pasado, sobre la declaratoria de desastre natural por la ocurrencia de lluvias extremas e inundaciones en las entidades de la República Mexicana afectadas, así como la entrega oportuna de los recursos del Fondo de Desastres Naturales. Se remite a la Comisión de Gobernación, para su conocimiento.

COCODRILO DEL PANTANO

Oficio de la Secretaría de Gobernación con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 2 de septiembre pasado, a fin de exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a realizar los estudios necesarios para conocer científicamente el estado de conservación que presenta en vida silvestre el cocodrilo del pantano en el Golfo de México. Se remite a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su conocimiento.

MANGLARES

Oficio de la Secretaría de Gobernación con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 2 de septiembre pasado, a fin de exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente a aplicar las medidas pertinentes para proteger, restaurar y conservar los manglares mexicanos, así como a vigilar que las obras y actividades de aprovechamiento no extractivo en ese ecosistema se lleven a cabo con estricto arreglo a la legislación vigente en la materia. Se remite a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su conocimiento.

ESTADO DE CHIHUAHUA

Oficio de la Secretaría de Gobernación con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 25 de septiembre pasado, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a agilizar la entrega de los recursos del Fondo de Desastres Naturales a favor de los municipios del estado de Chihuahua afectados por las intensas lluvias. Se remite a la Comisión de Gobernación, para su conocimiento.

ESTADO DE CHIAPAS

Oficio de la Secretaría de Gobernación con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 2 de septiembre pasado, a fin de exhortar al Ejecutivo federal a efecto de que, por medio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, corrija la información y considere zonas indígenas las comunidades de Chavajeval, Las Delicias y Alvaro Obregón, en el estado de Chiapas. Se remite a la Comisión de Asuntos Indígenas, para su conocimiento.

LEY GENERAL DE SALUD

Oficio del Congreso del estado de Colima con el que remite iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 61 Bis a la Ley General de Salud, respecto a la recolección y almacenamiento del material genético proveniente del cordón umbilical del recién nacido. Se turna a la Comisión de Salud.

LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO - LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO - LEY DE PROTECCION Y DEFENSA AL USUARIO DE SERVICIOS FINANCIEROS

Se recibe del diputado Neftalí Garzón Contreras iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Leyes de los Sistemas de Ahorro para el Retiro; y de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros. Se turna a las Comisiones Unidas de Seguridad Social y de Hacienda y Crédito Público, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

LEY DEL IMPUESTO SOBRE TENENCIA O USO DE VEHICULOS

Se recibe del diputado Javier Guerrero García iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo transitorio al decreto por el que se reforma el artículo 14 de la Ley del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos, en relación con el pago del impuesto de las motocicletas de modelo 2007 y anteriores. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

CODIGO CIVIL FEDERAL - CODIGO PENAL FEDERAL

Se recibe del diputado Pascual Bellizzia Rosique iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal y del Código Penal Federal, respecto al derecho a la intimidad o privacidad de las personas. Se turna a la Comisión de Justicia.

LEY DEL SERVICIO POSTAL MEXICANO

Se recibe del diputado Jesús Ramírez Stabros iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Servicio Postal Mexicano, sobre correspondencia reservada. Se turna a la Comisión de Transportes.

PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION

En materia de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009, se reciben las siguientes proposiciones que se turnan a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública y mediante las cuales se solicita que se consideren recursos para:

El Instituto Nacional de Migración, a fin de conservar el presupuesto asignado con anterioridad, de la diputada Omeheira López Reyna.

Construcción de tres aulas didácticas en las instalaciones del Centro Bachillerato Tecnológico Agropecuario 197, en el municipio Providencia, Cajeme, estado de Sonora, del diputado Pablo Trejo Pérez.

Incluir en el Fondo Metropolitano la zona metropolitana de Orizaba, Veracruz, y se considere en los fondos del Ramo 23 Provisiones Salariales y Económicas, del diputado Gerardo Lagunes Gallina.

Recursos para la pavimentación del tramo Primero de Mayo-Sabanas de la Estancia, municipio de Papantla de Olarte, Veracruz, del diputado José Manuel del Río Virgen.

ESTADO DE TABASCO

Se recibe del diputado Pascual Bellizzia Rosique proposición con punto de acuerdo para solicitar a la Secretaría de Gobernación que asigne mayores recursos del Fondo de Desastres Naturales para los municipios de Tabasco, afectados por las intensas lluvias. Se turna a la Comisión de Gobernación.

GAS NATURAL

Se recibe del diputado Jacinto Gómez Pasillas proposición con punto de acuerdo que exhorta al Ejecutivo federal a revisar y modificar, a través de las instancias competentes, los reglamentos que regulan la prestación de servicios de las empresas concesionadas para el suministro de gas natural. Se turna a la Comisión de Energía.

PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION

En materia de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009, se reciben las siguientes proposiciones que se turnan a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública y mediante las cuales se solicita que se consideren recursos para:

Ciencia y Tecnología, de la diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez.

El Programa Adquisición de Activos Productivos para el Fomento de la Explotación de Ixtle, Palma Zamandoca y Lechuguilla a cargo de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, de los diputados Antonio Medellín Varela, Ernesto Oviedo Oviedo y Ramón Salas López.

Las festividades cívicas nacionales del 21 de marzo y 18 de julio, nacimiento y muerte de Don Benito Juárez, en el municipio de Guelatao de Juárez, Oaxaca del diputado Carlos Roberto Martínez Martínez.

El Subsistema de Universidades Tecnológicas de la Subsecretaría de Educación Superior, del diputado Narcizo Alberto Amador Leal.

BRADLEY ROLAND WILL

Se recibe del diputado Humberto López Lena Cruz proposición con punto de acuerdo que solicita la comparecencia del titular de la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos contra Periodistas de la Procuraduría General de la República a fin de que informe sobre la investigación y resultados de la muerte del periodista estadounidense Bradley Roland Will, ocurrida durante el conflicto magisterial en Oaxaca. Se turna a la Comisión de Justicia.

PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION

En materia de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009, se reciben las siguientes proposiciones que se turnan a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública y mediante las cuales se solicita que se consideren recursos para:

El Programa Promoción de Convenios en Materia de Justicia, de la Comisión para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y para la creación del Programa de Indígenas Urbanos, de la diputada Lourdes Alonso Flores.

Proyectos dirigidos al cuidado y preservación del medio ambiente en el Distrito Federal, del diputado Alejandro Sánchez Camacho.

Proyectos que permitan mitigar las emisiones de los gases de efecto invernadero en la ciudad de México, del diputado Alejandro Sánchez Camacho.

La Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca, del diputado Othón Cuevas Córdova.

La construcción de la Universidad Intercultural de Nacajuca Tabasco, de diputados de diversos grupos parlamentarios.

Que se incluya al estado de Zacatecas en el Programa Especial para la Seguridad Alimentaria, del diputado Francisco Javier Calzada Vázquez.

El Programa de Competitividad en Logística y Centrales de Abasto, del diputado Octavio Martínez Vargas.

I CONGRESO MUNDIAL DEL DEPORTE

Se recibe del diputado Mauricio Ortiz Proal proposición con punto de acuerdo relativo a la celebración del I Congreso Mundial del Deporte. Se turna a la Comisión de Juventud y Deporte.

CUENTA DE LA HACIENDA PUBLICA FEDERAL, 2005

Primera lectura del dictamen de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública relativo a la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondientes al Ejercicio Fiscal de 2005.

LEY QUE DETERMINA QUE RESPECTO DE LOS IMPUESTOS DE IMPORTACION Y EXPORTACION, SOLO SON PROCEDENTES LAS EXENCIONES CONSIGNADAS EN LA LEY ADUANAL

Segunda lectura del dictamen de las Comisiones Unidas de Economía y de Hacienda y Crédito Público, que abroga la Ley que Determina que Respecto de los Impuestos de Importación y Exportación sólo son Procedentes las Exenciones Consignadas en la Ley Aduanal.

Fundamenta el dictamen el diputado Carlos Alberto García González.

Suficientemente discutido. La Presidencia declara aprobado el dictamen en lo general y en lo particular pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

LEY GENERAL DE SALUD

Segunda lectura del dictamen de las Comisiones Unidas de Salud, y de Ciencia y Tecnología que adiciona la fracción VII al artículo 100 de la Ley General de Salud.

El diputado Antonio Vega Corona fundamenta el dictamen en nombre de las comisiones.

Fijan la posición de su respectivo grupo parlamentario los diputados:

Martha Rocío Partida Guzmán.

Sergio Hernández Hernández.

Suficientemente discutido. La Presidencia declara aprobado el dictamen en lo general y en lo particular; pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACION

Segunda lectura del dictamen de la Comisión de Derechos Humanos con proyecto de decreto que reforma la fracción V del artículo 11 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

Fija la posición de su grupo parlamentario la diputada Yary del Carmen Gebhardt Garduza.

Suficientemente discutido. La Presidencia declara aprobado el dictamen en lo general y en lo particular pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACION

Segunda lectura del dictamen de la Comisión de Derechos Humanos con proyecto de decreto que adiciona un artículo 11 Bis a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

Fija la posición de su Grupo Parlamentario la diputada Guillermina López Balbuena.

Suficientemente discutido. La Presidencia declara aprobado el dictamen en lo general y en lo particular pasa a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 constitucional.

PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

Segunda lectura de dos dictámenes de la Comisión de Gobernación con proyectos de decreto que conceden permiso a 10 ciudadanos para prestar servicios en diversas representaciones diplomáticas, respectivamente. Sin discusión, se aprueban, pasan a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

ESTADO DE OAXACA

Dictamen de la Comisión de Seguridad Pública con punto de acuerdo sobre la proposición presentada en la sesión del 3 de abril del presente año para exhortar al Ejecutivo federal a fortalecer, a través de las secretarías de Seguridad Pública, Defensa Nacional y de la Procuraduría General de la República, en coordinación con las autoridades del Congreso del estado de Oaxaca, los mecanismos, medidas y acciones para prevenir el delito y combatir la delincuencia organizada en la entidad.

ESTADO DE PUEBLA

Dictamen de la Comisión de la Función Pública con punto de acuerdo relativo a la proposición presentada en la sesión del 30 de abril del presente año para exhortar al Congreso del estado de Puebla de Zaragoza a aprobar, en términos del artículo segundo transitorio del decreto de reformas y adiciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de mayo de 2008, las modificaciones que sean necesarias para cumplir con lo dispuesto en dicho decreto de su órgano estatal de fiscalización.

ESTADO DE VERACRUZ

Dictamen de la Comisión de la Función Pública con punto de acuerdo respecto a la proposición presentada en la sesión del 30 de abril del presente año para exhortar a la Auditoría Superior de la Federación, en uso de sus atribuciones, a dar seguimiento a las denuncias presentadas contra los funcionarios de la Dirección General del Centro SCT Veracruz y empresas contratistas y, en su caso, iniciar los procedimientos correspondientes.

Se aprueban en conjunto, comuníquense.

LEY GENERAL DE EDUCACION

Dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos con punto de acuerdo por el que se desechan tres iniciativas con proyectos de decreto que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de educación y accesibilidad para personas con discapacidad.

LEY GENERAL DE EDUCACION

Dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos con punto de acuerdo por el que se desechan cuatro iniciativas con proyectos de decreto que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Educación, referentes a los problemas ambientales, riesgos del consumo de drogas y reconocimiento de la diversidad indígena.

LEY GENERAL DE EDUCACION

Dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos con punto de acuerdo por el que se desechan ocho iniciativas con proyectos de decreto que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de equidad.

LEY DE AGUAS NACIONALES

Dictamen de la Comisión de Recursos Hidráulicos con punto de acuerdo por el que se desecha una iniciativa presentada el 16 de octubre de 2007 que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales.

LEY ADUANERA - LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con punto de acuerdo por el que se desecha una iniciativa presentada el 27 de marzo de 2007 que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Aduanera y de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

LEY DE COORDINACION FISCAL

Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con punto de acuerdo por el que se desecha iniciativa presentada el 18 de septiembre de 2007 que reforma el artículo 2o. de la Ley de Coordinación Fiscal.

LEY ADUANERA

Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con punto de acuerdo por el que se desecha iniciativa presentada el 30 de abril del presente año que reforma el artículo 59 de la Ley Aduanera.

LEY DEL IMPUESTO SOBRE TENENCIA O USO DE VEHICULOS

Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con punto de acuerdo por el que se desecha iniciativa presentada el 14 de diciembre de 2006 que abroga la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos.

LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PUBLICOS

Dictamen de la Comisión de a Función Pública con punto de acuerdo por el que se desecha iniciativa presentada el 27 de agosto pasado que reforma y adiciona el artículo 47 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

Se aprueba en conjunto los anteriores nueve dictámenes. Archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos.

LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA

Se recibe de la diputada Ana María Ramírez Cerda iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para proporcionar servicios de tratamiento psicológico, especializado y gratuito al agresor, a fin de erradicar las conductas violentas. Se turna a la Comisión de Equidad y Género.

LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES

Se recibe de la diputada Mayra Gisela Peñuelas Acuña iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 29 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, para fortalecer la gestión de los gobiernos municipales en favor de los servicios de carácter público y servicio gratuito a la población, en la operación y generalización de uso de las denominadas antenas parabólicas que captan señal televisiva vía satélite que luego retransmite en frecuencia abierta en un radio geográfico limitado. Se turna a la Comisión de Comunicaciones.

ARTICULO 18 CONSTITUCIONAL

Se recibe de la diputada Mayra Gisela Peñuelas Acuña iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que cada orden de gobierno se haga cargo de la manutención de los reos según corresponda. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

CENTRO NACIONAL DE TRASPLANTES

Se recibe de la diputada Mayra Gisela Peñuelas Acuña proposición con punto de acuerdo por el que se solicita la comparecencia del director del Centro Nacional de Transplantes, para que informe de la situación que prevalece en los hospitales donde se realiza ese tipo de cirugías. Se turna a la Comisión de Salud.

ARTICULOS 75, 115, 116, 122 Y 127 CONSTITUCIONALES

La diputada Dora Alicia Martínez Valero presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 75, 115, 116, 122 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que las remuneraciones de los servidores públicos en los ámbitos federal, estatal, municipal, del Distrito Federal y sus demarcaciones territoriales, sean fijados por Comités Técnicos de Valoración Salarial. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA GUBERNAMENTAL

La diputada Verónica Velasco Rodríguez presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, para asegurar el acceso a la información a personas con discapacidad. Se turna a la Comisión de la Función Pública.

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

El diputado Obdulio Avila Mayo presenta iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XXVI; se recorre el numeral y contenido de las fracciones XXVI a XXIX del artículo 132 y se adiciona una fracción VII al artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo, sobre la obligación de los patrones de hacer las deducciones previstas y el pago de abonos para cubrir los créditos otorgados o garantizados por el Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

LEY FEDERAL DEL TRABAJO - LEY GENERAL DE EDUCACION

El diputado Luis Enrique Benítez Ojeda presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley General de Educación, respecto a las obligaciones de los patrones para registrar a sus trabajadores ante las instituciones de seguridad social y coordinarse con las autoridades educativas para promover programas de servicios educativos especiales destinados los trabajadores migrantes, eventuales o estacionarios del campo y sus hijos. Se turna a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Educación Pública y Servicios Educativos.

LEY DE LA COMISION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

La diputada Verónica Velasco Rodríguez presenta iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artículos 49-Bis y 51 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, para dar seguimiento a las recomendaciones formuladas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos a fin de que se traduzcan en instrumentos jurídicos que redunden en soluciones y hechos comprobables en la realidad; se refleje en el cese de las violaciones y se restauren los derechos de los afectados. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos.

DESIGNACION DE RECINTO DE LA CAMARA DE DIPUTADOS

Acuerdo de la Mesa Directiva por el que se propone al Pleno la sede temporal de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. Aprobado.

LEY DE ASISTENCIA SOCIAL

La diputada Holly Matus Toledo presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 4, 12 y 28 de la Ley de Asistencia Social, para que el Estado garantice la protección integral de las niñas y adolescentes como consecuencia de una violación. Se turna a la Comisión de Grupos Vulnerables.

ARTICULO 3o. CONSTITUCIONAL - LEY GENERAL DE EDUCACION - LEY DEL INSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACION DE LA EDUCACION

La diputada Guillermina López Balbuena presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación y expide la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación. Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; y de Educación Pública y Servicios Educativos, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

La diputada Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez presenta iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 165 Quáter al Código Federal de Procedimientos Penales, para crear un registro de fichas genéticas obtenidas a partir del ADN (ácido desoxirribonucleico) de todos los que han sido sentenciados. Se turna a la Comisión de Justicia.

REFORMA ENERGETICA

El Presidente diputado César Duarte Jáquez instruye para que, de conformidad con el Acuerdo de la Mesa Directiva, se dé turno y trámite al conjunto de minutas relativas a la reforma energética que remita el Senado de la República, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y se turnen a la Comisión de Energía.

COMISIONES LEGISLATIVAS

Oficio de la Junta de Coordinación Política con el que comunica cambios en la integración de la Comisión de Energía. Aprobado.

Oficio de la Junta de Coordinación Política con el que comunica cambios en la integración de la Comisión de Justicia. De enterado.

ORDEN DEL DIA

De la próxima sesión.

VOTACIONES

De conformidad con lo que dispone el artículo 2, numeral 2, inciso c), del Reglamento para la Transparencia y el Acceso a la Información Pública de la H. Cámara de Diputados, se publican las votaciones de los dictámenes siguientes:

De las Comisiones Unidas de Economía, y de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que abroga la Ley que Determina que Respecto de los Impuestos de Importación y Exportación sólo son Procedentes las Exenciones Consignadas en la Ley Aduanal (en lo general y en lo particular).

De las Comisiones Unidas de Salud, y de Ciencia y Tecnología, con proyecto de decreto que adiciona la fracción VII al artículo 100 de la Ley General de Salud (en lo general y en lo particular).

De la Comisión de Derechos Humanos, con proyecto de decreto que reforma la fracción V del artículo 11 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (en lo general y en lo particular).

De la Comisión de Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona un artículo 11 Bis a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (en lo general y en lo particular).


Presidencia del diputado César Duarte Jáquez


ASISTENCIA

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Pido a la Secretaría que haga del conocimiento de la Presidencia el resultado del registro de asistencia de diputadas y diputados.

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 332 diputadas y diputados; por tanto, hay quórum, señor presidente.

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: (a las 11:57 horas): Se abre la sesión.



ORDEN DEL DIA

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura del orden del día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura del orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Primer Periodo Ordinario de Sesiones.--- Tercer Año de Ejercicio.--- LX Legislatura.

Orden del día

Jueves 23 de octubre de 2008.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

La Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal, invita a la ceremonia cívica con motivo del 191 aniversario luctuoso del general Pedro Moreno González, que tendrá lugar el 27 de octubre, a las 10:00 horas.

Del Congreso del estado de Coahuila.

Dos del Congreso del estado de Hidalgo.

Dos de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

Proposiciones de acuerdo de los órganos de gobierno

De la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos.

Que establece las reglas para la discusión y votación relativas al proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009. (Votación)

De la Junta de Coordinación Política

Por el que se establece el procedimiento para la presentación, formulación y envío al Ejecutivo federal de las preguntas por escrito que realice la Cámara de Diputados, con objeto de ampliar la información en el marco del análisis del Segundo Informe de Gobierno, conforme a lo establecido en el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (Votación)

De la Mesa Directiva

Para dar turno y trámite al conjunto de minutas relativas a la reforma energética que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, remitirá el Senado de la República. (Votación)

Oficios de la Cámara de Senadores

Dos, con los que remite propuestas de puntos de acuerdo relativos al Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009, presentados por senadores de diversos grupos parlamentarios. (Turno a Comisión)

Oficios de la Secretaría de Gobernación

Con el que remite los informes de resultados, que sustituyen los enviados anteriormente, de las auditorías externas practicadas en los estados de Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Oaxaca, Puebla, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala y Veracruz, relativas a la matrícula escolar de los tipos educativos atendidos por el Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal.

Cinco con los que remite contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados.

Iniciativa del Congreso del estado de Colima

Que adiciona un artículo 61 Bis a la Ley General de Salud. (Turno a Comisión)

Iniciativas

Que expide la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Leyes de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, a cargo del diputado Neftalí Garzón Contreras , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Que adiciona un artículo transitorio al decreto por el que se reforma el artículo 14 de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, a cargo del diputado Javier Guerrero García , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal y del Código Penal Federal, a cargo del diputado Pascual Bellizzia Rosique , del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Sólo turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Servicio Postal Mexicano, a cargo del diputado Jesús Ramírez Stabros , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Mario Alberto Salazar Madera y Dora Alicia Martínez Valero , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 4 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Inés Palafox Núñez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, a cargo de la diputada Verónica Velasco Rodríguez , del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez , del Grupo Parlamentario Alternativa. (Turno a Comisión)

Que reforma la fracción XXVI, recorre el numeral y contenido de las fracciones XXVI a XXIX del artículo 132 y adiciona una fracción VII al artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Obdulio Ávila Mayo , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Ana María Ramírez Cerda , del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Luis Enrique Benítez Ojeda , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, a cargo de la diputada Verónica Velasco Rodríguez , del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Asistencia Social, a cargo de la diputada Holly Matus Toledo , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 29 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, suscrita por los diputados Mayra Gisela Peñuelas Acuña y Gilberto Ojeda Camacho , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley General de Educación y expide la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, a cargo de la diputada Guillermina López Balbuena , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que adiciona un artículo 165 Quáter al Código Federal de Procedimientos Penales, a cargo de la diputada Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley Federal de Radio y Televisión, a cargo del diputado Fernando Enrique Mayans Canabal , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley Federal Pro-Campo y reforma el artículo 71 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, a cargo del diputado Ramón Barajas López , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 64 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 12 y 23 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Obdulio Ávila Mayo , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 259 Bis del Código Penal Federal, a cargo del diputado José Luis Aguilera Rico , del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 5 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, a cargo del diputado Jorge Quintero Bello , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del Código Penal Federal, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, a cargo del diputado Francisco Javier Calzada Vázquez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 12 de la Ley General de Educación, suscrita por diversos diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado José Rosas Aispuro Torres , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 5 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, a cargo de la diputada Ma. de los Ángeles Jiménez del Castillo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona el artículo 71 de la Ley General de Desarrollo Social, suscrita por los diputados Gerardo Priego Tapia y Rubí Laura López Silva , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Joel Arellano Arellano , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 4-B de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Antonio Vega Corona , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

De decreto para que se inscriba con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro la leyenda ``Mártires de Tlatelolco de 1968'', suscrita por los diputados Martha Angélica Tagle Martínez y Elías Cárdenas Márquez , del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 28 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Mónica Arriola, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, a cargo del diputado Christian Martín Lujano Nicolás , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 32 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Mónica Arriola, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 19 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Alberto Amador Leal , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, suscrita por diversos diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona los artículos 995 y 1004 Bis de la Ley Federal del Trabajo y 49 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Holly Matus Toledo , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Mayra Gisela Peñuelas Acuña , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo del diputado José Luis Varela Lagunas , del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Estatuto de las Islas Marías, a cargo del diputado Mario Eduardo Moreno Álvarez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión)

Que reforma el artículo 77 de la Ley Federal de Radio y Televisión, a cargo del diputado Mario Enrique del Toro, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Pedro Montalvo Gómez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 13 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, a cargo del diputado Carlos Armando Reyes López , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión)

Que reforma los artículos 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 161 y 162 del Código Federal de Procedimientos Penales, a cargo del diputado Mario Enrique del Toro, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Carlos Madrazo Limón , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión)

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado David Mendoza Arellano , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 13 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, a cargo del diputado Érick López Barriga, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, a cargo del diputado Luis Gustavo Parra Noriega , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión)

Que reforma el artículo 931 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Pablo Trejo Pérez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, a cargo del diputado Israel Beltrán Montes , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley sobre Denunciantes Anónimos, suscrita por los diputados Alejandro Chanona Burguete y Cuauhtémoc Velasco Oliva , del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 8 y 13 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, a cargo del diputado Alan Notholt Guerrero , del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 27 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Luis Fernando Rodríguez Ahumada , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 44 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, a cargo del diputado Pablo Trejo Pérez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Ana María Ramírez Cerda , del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 112 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Obdulio Ávila Mayo , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión)

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, suscrita por los diputados Josefina Salinas Pérez y Mario Enrique del Toro, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que adiciona el artículo 112 Bis a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado Jesús Sesma Suárez , del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 10 de la Ley de Ciencia y Tecnología, a cargo del diputado Javier Martín Zambrano Elizondo , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión)

Que reforma el artículo 18 de la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, a cargo del diputado Humberto Wilfrido Alonso Razo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 39 y 90 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Mauricio Ortiz Proal , José Jesús Reyna García y Jorge Toledo Luis , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 28 de la Ley de Asistencia Social, suscrita por los diputados Alejandro Landero Gutiérrez , María del Pilar Ortega Martínez y José Luis Espinosa Piña , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión)

Que reforma el artículo 63 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, a cargo del diputado Raúl Cervantes Andrade , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, suscrita por diversos diputados del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Higinio Chávez García , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a cargo del diputado Higinio Chávez García , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 3o. de la Ley General de Salud, suscrita por los diputados Sonia Nohelia Ibarra Franquez y Daniel Dehesa Mora , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo de la diputada Maricela Contreras Julián , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que adiciona un artículo 13 Bis a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, suscrita por diversos diputados del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona los artículos 2, 9 y 12 de la Ley Federal de Turismo, suscrita por los diputados Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo y Javier Martín Zambrano Elizondo , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo del diputado Irene Aragón Castillo , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 114 y 158 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Adolfo Mota Hernández , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 35 de la Ley de Ciencia y Tecnología, suscrita por los diputados Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo y Javier Martín Zambrano Elizondo , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que adiciona un artículo 182-S al Código Federal de Procedimientos Penales y que expide la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo para las Familias de las Personas Secuestradas, a cargo de la diputada Elda Gómez Lugo , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Javier Martín Zambrano Elizondo , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social, suscrita por los diputados Daniel Dehesa Mora y Víctor Gabriel Varela López , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y reforma el artículo 266 Bis del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Guillermina López Balbuena , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 80 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, a cargo del diputado Elías Cárdenas Márquez , del Grupo Parlamentario Convergencia. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 167 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo de la diputada Beatriz Manrique Guevara , del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Moisés Alcalde Virgen , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 64, 84 y 130 de la Ley del Seguro Social, a cargo de la diputada Holly Matus Toledo , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, de la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, de la Ley General de Salud, de la Ley General de Educación, de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, de la Ley Federal de Protección al Consumidor y de la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Relativo al Ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal, a cargo de la diputada Claudia Cruz Santiago, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el inciso c) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Alberto Amador Leal , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 23 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 163 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, a cargo del diputado Francisco Elizondo Garrido , del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo de la diputada Mónica Arriola, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y expide la Ley General de Archivos, a cargo del diputado Enrique Mayans Canabal, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Wenceslao Herrera Coyac , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 11 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, a cargo de la diputada Ana María Ramírez Cerda , del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Mónica Arriola, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 45 y 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y 33 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Mónica Arriola, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Dictamen de primera lectura

De la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, con proyecto de decreto relativo a la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al ejercicio fiscal de 2005.

Dictámenes a discusión

De las Comisiones Unidas de Economía y de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que abroga la Ley que Determina que Respecto de los Impuestos de Importación y Exportación, sólo son Procedentes las Exenciones Consignadas en la Ley Aduanal.

De las Comisiones Unidas de Salud y de Ciencia y Tecnología, con proyecto de decreto que adiciona la fracción VII al artículo 100 de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Derechos Humanos, con proyecto de decreto que reforma la fracción V del artículo 11 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

De la Comisión de Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona un artículo 11 Bis a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

De la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, con proyecto de decreto relativo a la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al ejercicio fiscal de 2002.

De la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, con proyecto de decreto relativo a la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al ejercicio fiscal de 2003.

De la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, con proyecto de decreto relativo a la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al ejercicio fiscal de 2004.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Mariana Renata Richter Rodríguez, Felipe Lozano Guerrero, Rafael Solís Martínez, Eglantina López Calzado, Nayelli López Rocha, Vannessa Tena López y Marcos Alberto Franco Romero para prestar servicios en las Embajadas de Canadá, de las Repúblicas Popular China, de Corea y en la Representación Especial de Palestina en México, respectivamente.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Joseph Sebastián Machele, Tomás Alejandro Williams García y Jorge Fernando Garza Morales para prestar servicios en la Embajada de Estados Unidos de América en México y en sus Consulados en Tijuana, Baja California y en Monterrey, Nuevo León, respectivamente.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Jaqueline Michell García Mante, Bernardo Rodríguez Romero, Blanca Alicia Mendiola González, Jasia Yamina Esquivel Miranda, Viridiana Hernández Rodríguez, Joaquín Fernando González Fisher y Alejandro Alberto Yñigo Meza para prestar servicios en los Consulados de Estados Unidos de América en Nuevo Laredo, Tamaulipas y en Tijuana, Baja California, respectivamente.

De la Comisión de Seguridad Pública, con puntos de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a fortalecer, a través de las Secretarías de Seguridad Pública y de Defensa Nacional y de la Procuraduría General de la República, en coordinación con las autoridades del Congreso del estado de Oaxaca, los mecanismos, medidas y acciones para prevenir el delito y combatir la delincuencia organizada en la entidad.

De la Comisión de la Función Pública, con punto de acuerdo para exhortar al Congreso del estado de Puebla de Zaragoza a aprobar, en términos del artículo segundo transitorio del decreto de reformas y adiciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de mayo de 2008, las modificaciones que sean necesarias para cumplir lo dispuesto en dicho decreto.

De la Comisión de la Función Pública, con punto de acuerdo para exhortar a la Auditoría Superior de la Federación a dar seguimiento, en uso de sus atribuciones, a las denuncias presentadas contra los funcionarios y empresas contratistas y, en su caso, a iniciar los procedimientos correspondientes.

Dictámenes negativos de iniciativas

De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con punto de acuerdo por el que se desechan tres iniciativas que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de enseñanza y accesibilidad para personas con discapacidad.

De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con punto de acuerdo por el que se desechan cuatro iniciativas que reforman diversos artículos de la Ley General de Educación referentes a los problemas ambientales, riesgos del consumo de drogas y reconocimiento de la diversidad indígena.

De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con punto de acuerdo por el que se desechan ocho iniciativas que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de equidad.

De la Comisión de Recursos Hidráulicos, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la ley de aguas nacionales.

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Aduanera y de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que reforma el artículo 2o. de la Ley de Coordinación Fiscal.

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que reforma el artículo 59 de la Ley Aduanera.

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que abroga la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos.

De la Comisión de la Función Pública, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que reforma y adiciona el artículo 47 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

Proposiciones

Con punto de acuerdo, a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009 se reconsidere la reducción de los recursos destinados al Instituto Nacional de Migración, con el propósito de conservar el presupuesto asignado con anterioridad, a cargo de la diputada Omeheira López Reyna , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009 se consideren recursos para la construcción de tres aulas didácticas en las instalaciones del Centro Bachillerato Tecnológico Agropecuario 197, en el municipio Providencia, Cajeme, estado de Sonora, a cargo del diputado Pablo Trejo Pérez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009 se incluya dentro del Fondo Metropolitano a la Zona Metropolitana de Orizaba, Veracruz y se considere en los fondos del Ramo 23, ``Provisiones Salariales y Económicas'', a cargo del diputado Gerardo Lagunes Gallina , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades municipales, estatales y a la SCT a considerar en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009 recursos para la pavimentación del tramo Primero de Mayo-Sabanas de la Estancia, municipio de Papantla de Olarte, Veracruz, a cargo del diputado José Manuel del Río Virgen , del Grupo Parlamentario Convergencia. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Segob, asigne mayores recursos del Fonden para los municipios de Tabasco, afectados por las recientes inundaciones, a cargo del diputado Pascual Bellizzia Rosique , del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a revisar y modificar, a través de las instancias competentes, los reglamentos que regulan la prestación de servicios de las empresas concesionadas para el suministro de gas natural, a cargo del diputado Jacinto Gómez Pasillas , del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009 se consideren mayores recursos destinados a ciencia y tecnología, a cargo de la diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez , del Grupo Parlamentario Alternativa. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009 se incrementen los recursos destinados al programa a cargo de la SAGARPA denominado Adquisición de Activos Productivos para el Fomento a la Explotación de Ixtle, Palma Zamandoca y Lechuguilla, suscrito por los diputados Antonio Medellín Varela , Ernesto Oviedo Oviedo y Ramón Salas López , de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Acción Nacional y Revolucionario Institucional, respectivamente. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009 se consideren recursos para el municipio de Guelatao de Juárez, Oaxaca, para las festividades cívicas nacionales del 21 de marzo y 18 de julio, nacimiento y muerte de don Benito Juárez, a cargo del diputado Carlos Roberto Martínez Martínez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009 se consideren recursos para el Subsistema de Universidades Tecnológicas de la Subsecretaría de Educación Superior, a cargo del diputado Alberto Amador Leal , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita la comparecencia del titular de la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos contra Periodistas, de la PGR, a fin de que informe sobre la investigación y resultados de la muerte del estadounidense Bradley Roland Will, ocurrida durante el conflicto magisterial en Oaxaca, a cargo del diputado Humberto López Lena Cruz , del Grupo Parlamentario del Partido Convergencia. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009 se consideren recursos para el programa Promoción de Convenios en Materia de Justicia, de la Comisión para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, y para la creación del programa de indígenas urbanos, a cargo de la diputada Lourdes Alonso Flores , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009 se consideren recursos para proyectos dirigidos al cuidado y preservación del ambiente en el Distrito Federal, a cargo del diputado Alejandro Sánchez Camacho , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009 se consideren recursos para proyectos que permitan mitigar las emisiones de los gases de efecto invernadero en la ciudad de México, a cargo del diputado Alejandro Sánchez Camacho , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009 se consideren mayores recursos para la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca, a cargo del diputado Othón Cuevas Córdova , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009 se consideren recursos para la construcción de la universidad intercultural de Nacajuca, Tabasco, suscrito por diputados de diversos Grupos Parlamentarios. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009 se incluya el estado de Zacatecas en el Programa Especial para la Seguridad Alimentaria, a cargo del diputado Francisco Javier Calzada Vázquez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009 se consideren mayores recursos para el Programa de Competitividad en Logística y Centrales de Abasto, a cargo del diputado Octavio Martínez Vargas , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, relativo a las obras y recursos para atender las zonas afectadas por las lluvias en Veracruz, a cargo del diputado Íñigo Laviada Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se cita a comparecer al titular de la SHCP para que informe respecto de las acciones que emprenderá contra los responsables de los actos y omisiones perpetrados por servidores públicos de esa dependencia con relación a la operación mediante la cual se fusionaron Citibank y Banamex, a cargo del diputado Juan Nicasio Guerra Ochoa , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para exhortar al titular de la Semarnat, inicie la gestión ante la UNESCO, a fin de que la reserva de la biosfera de Los Petenes sea considerada patrimonio natural de la humanidad, a cargo del diputado Jorge Rubén Nordhausen González , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sedena y a la SCT a reabrir a la aviación comercial la base militar aérea número 2 del municipio de Ciudad Ixtepec, Oaxaca, a cargo del diputado José Luis Varela Lagunas , del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal s reforzar la vigilancia en las aduanas y a fortalecer los programas de protección al migrante, a cargo del diputado Andrés Bermúdez Viramontes , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la Junta de Coordinación Política a crear un grupo de trabajo relacionado con la alianza por la calidad de la educación, suscrito por los diputados Adrián Pedrozo Castillo y Alejandro Sánchez Camacho , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno del estado de Oaxaca y a la Procuraduría General de Justicia de dicha entidad a garantizar la seguridad y la eficiencia del sistema judicial, y a aplicar el estado de derecho en la procuración y administración de justicia, a cargo del diputado José Luis Varela Lagunas , del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a emitir, a través de la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, un informe detallado de los comentarios recabados por la Comisión Federal de Mejora Regulatoria sobre los puntos planteados en el dictamen elaborado por ésta, a cargo de la diputada Adriana Díaz Contreras , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a emitir, a través de la Sagarpa, el Reglamento de la Ley de Productos Orgánicos, a cargo del diputado Fabián Fernando Montes Sánchez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a facilitar, a través de la Sagarpa, la ejecución federalizada del Programa de Uso Sustentable de los Recursos Naturales para la Producción Primaria en el Distrito Federal, a cargo del diputado Carlos Navarro López , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que exhorta a la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra y a Ferronales a agilizar los trámites en asentamientos humanos irregulares del municipio de Tijuana, Baja California, a cargo del diputado Ricardo Franco Cazares, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a emitir la declaratoria de zona de desastre al municipio de Hidalgo de Parral, Chihuahua, por los daños que ocasionaron las lluvias y libere recursos del Fonden para atender a la población, a cargo del diputado Carlos Armando Reyes López , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se cita a comparecer al titular de la Sagarpa a fin de que brinde información a la Comisión de Hacienda y Crédito Público sobre el esquema de compras anticipadas de maíz blanco del estado de Sinaloa para el ciclo agrícola 2007/2008, a cargo del diputado Juan Nicasio Guerra Ochoa , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP, a la SE, a la Sener, a la CFE y a la Comisión Reguladora de Energía a instaurar mecanismos para ajustar y reducir las tarifas de los sectores más vulnerables del país, a cargo de la diputada Mónica Arriola, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la CNBV a vigilar que se cumpla lo establecido en el artículo 65 de la Ley de Instituciones de Crédito, a cargo del diputado Obdulio Ávila Mayo , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, relativo a la celebración del Primer Congreso Mundial del Deporte, suscrita por los diputados Mauricio Ortiz Proal y José Jesús Reyna García , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP a establecer en la Ley de Ingresos de la Federación para 2009 un impuesto especial al consumo de bolsas de plástico elaboradas con cualquier polímero y espesor, a cargo del diputado José Gildardo Guerrero Torres , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo del estado de Tlaxcala a resolver los problemas de inseguridad de la entidad, a cargo del diputado Alberto Amaro Corona , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SE y a la Sectur a incluir en las artesanías mexicanas la leyenda ``manos mágicas'', a cargo de la diputada Elda Gómez Lugo , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a instruir a la PGR la creación de una fiscalía especial para la prevención de delitos contra el patrimonio cultural y la atención del tráfico de bienes culturales, a cargo del diputado Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, relativo al proceso de licitación para las concesiones que se otorgarán en el desarrollo del proyecto Puerto Bahía Colonet, suscrito por los diputados Francisco Javier Paredes Rodríguez y Héctor Manuel Ramos Covarrubias , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a hacer obligatoria, a través de la SCT y la SSP, que el tránsito de vehículos pesados y aquellos que transporten materiales peligrosos sea por la autopista Irapuato-Querétaro y no por la carretera 45, a cargo del diputado Martín Malagón Ríos , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a declarar el 20 de enero de cada año como Día Nacional para Erradicar la Pobreza, a cargo del diputado Gerardo Priego Tapia , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a fin de que se integre una mesa de trabajo de alto nivel con representantes del Ejecutivo federal, del Congreso de la Unión y de los Poderes Ejecutivos y Legislativos de los estados de Oaxaca y Chiapas para resolver los problemas limítrofes y agrarios entre dichas entidades, a cargo del diputado Martín Ramos Castellanos , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a acordar, a través de la SHCP, la ampliación del horario de aplicación de la tarifa 9n para el uso agrícola a las 24 horas del día, a cargo del diputado Francisco Javier Calzada Vázquez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal a suspender de inmediato, a través de la Sedena y autoridades civiles federales, los cateos domiciliarios en la ciudad de Culiacán, Sinaloa, suscrito por los diputados Sonia Nohelia Ibarra Franquez, Alliet Mariana Bautista Bravo y Juan Nicasio Guerra Ochoa , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Congreso del estado de Tamaulipas a legislar a favor de la pronta homologación del Calendario Electoral del Estado, suscrita por diversos diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno del estado de Oaxaca, a instituir un programa contra la desnutrición en esa entidad, a cargo del diputado José Luis Varela Lagunas , del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la titular de la SEP que suspenda la distribución del éxito en ventas Cuando el monstruo despierta, porque se viola la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Educación y demás normatividad en la materia, a cargo de la diputada Miguel Ángel Solares Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno del estado de Oaxaca a establecer, a través de la Semarnat, mecanismos para la preservación de los árboles históricos de la ciudad de Oaxaca, a cargo del diputado José Luis Varela Lagunas , del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita la comparecencia del director del Centro Nacional de Transplantes a fin de que informe sobre la situación en los hospitales donde se realizan esas operaciones quirúrgicas, a cargo de la diputada Mayra Gisela Peñuelas Acuña , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP y a la Secretaría de Educación de Tabasco a implantar programas educativos que permitan elevar el nivel académico en la educación media superior en dicha entidad, a cargo del diputado Moisés Dagdug Lützow , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, relativo a las obras de rehabilitación del puente de Metlac en la autopista Orizaba-Córdoba, Veracruz, a cargo del diputado Pedro Montalvo Gómez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los congresos locales y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a armonizar sus legislaciones en materia de prevención y sanción de la desaparición forzada de personas, a cargo del diputado Gerardo Priego Tapia , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, sobre la relación entre el gobierno estatal y municipales en Oaxaca, a cargo del diputado Carlos Altamirano Toledo , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, relativo a la promoción de los resultados de diversos programas sociales que ha enviado el Ejecutivo federal a sus beneficiarios en el contexto del Segundo Informe de Gobierno, a cargo del diputado Luis Enrique Benítez Ojeda , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a revisar, a través de la SCT, la inoperatividad de la línea férrea Sánchez-Oaxaca y revocar la concesión que se otorgó a la empresa Ferromex, a cargo del diputado José Luis Varela Lagunas , del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat a ejecutar lo establecido en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado Diego Cobo Terrazas , del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sener a coordinar los trabajos para la realización de un acuerdo regional entre Pemex, organismos subsidiarios y contratistas, con los estados y municipios que conforman la región Cuenca de Burgos, suscrita por diputados integrantes de la Comisión Especial de la Cuenca de Burgos. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a instituir y celebrar el Día Nacional del Niño por Nacer, a cargo del diputado Leonardo Magallón Arceo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno del estado de Oaxaca y a la PGJ de la entidad a investiguen la agresión física que sufrieron autoridades del municipio de Zimatlán de Álvarez, Oaxaca, el pasado 30 de agosto del año en curso, a cargo del diputado Othón Cuevas Córdova , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la ASF, al SAT y a la PGR a hacer cumplir los procedimientos legales relativos a los resultados de la investigación del desvío de recursos por parte del gobierno del estado de Oaxaca y el origen del capital para la construcción del Sedna, hospital situado en la colonia Pedregal de Carrasco, Distrito Federal, a cargo del diputado José Luis Varela Lagunas , del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SCT a retirar o reubicar la caseta de cobro de Chalco en la autopista México-Puebla, a cargo de la diputada Alma Lilia Luna Munguía , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las legislaturas de los estados a adecuar su legislación electoral conforme a la reforma constitucional de 2007, a cargo del diputado Fernando Enrique Mayans Canabal , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para que se cite a comparecer al titular de la Sagarpa a fin de que aclare lo relativo a los subejercicios en el Presupuesto 2008 de la dependencia y explique las acciones para apoyar al campo por las recientes lluvias que han azotado al país y rinda cuenta de la glosa del Segundo Informe de Gobierno que presentó el titular del Ejecutivo el 1 de septiembre, a cargo del diputado José Rubén Escajeda Jiménez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta Ejecutivo federal a realizar, a través de las dependencias competentes y en coordinación con las Comisiones de Recursos Hidráulicos de las Cámaras de Senadores y de Diputados, una revisión detallada del Programa Nacional Hídrico, a cargo del diputado Cuauhtémoc Velasco Oliva , del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la ASF a realizar una auditoría al pabellón de México en la Exposición Internacional del Agua celebrada en Zaragoza, España, durante el presente año, a cargo del diputado Mario Enrique del Toro, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del IMSS a invertir más recursos en el municipio de San Fernando Tamaulipas, a efecto de mejorar la calidad de los servicios de salud y subsanar deficiencias en prestaciones sociales, a cargo del diputado Tomás Gloria Requena , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP establecer lo necesario para que los libros de texto gratuitos del año anterior sean devueltos por los alumnos, a cargo de la diputada Dolores María del Carmen Parra Jiménez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión de Turismo de esta soberanía que integre una subcomisión plural analice y evalúe el efecto del derecho por servicio migratorio en el turismo, en la industria de cruceros y en la economía de los lugares donde arriban éstos, a cargo del diputado Víctor Manuel Lizárraga Peraza , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, relativo a la eliminación del certificado fitosanitario para la exportación de productos citrícolas, a cargo del diputado Pedro Montalvo Gómez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Congreso del estado de Tabasco a expedir las disposiciones legales para promover la igualdad entre hombres y mujeres, a cargo del diputado Gerardo Priego Tapia , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que el Consejo de Salubridad General establezca un programa de emergencia para atender a la población de El Salto y Juanacatlán, Jalisco, que es víctima de la contaminación del río Santiago y de los desechos sólidos municipales, a cargo del diputado Héctor Padilla Gutiérrez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los Congresos Estatales a armonizar su legislación con los tratados internacionales en materia de discriminación y protección de los derechos humanos, a cargo del diputado Gerardo Priego Tapia , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Semarnat que realice una ampliación del polígono del área de refugio para la protección de la vaquita marina y, en coordinación con la SER, entreguen un informe de los recursos destinados para salvar dicha especie, a cargo del diputado Cristián Martín Lujano Nicolás, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a establecer los mecanismos necesarios para salvaguardar la confidencialidad de la información personal de los usuarios de los servicios de telefonía, a cargo de la diputada Dolores María del Carmen Parra Jiménez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, sobre el ilegal bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por Estados Unidos de América en contra del pueblo de Cuba, suscrita por diputados de los Grupos Parlamentarios de los Partidos: de la Revolución Democrática, Convergencia y del Trabajo. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, relativo a la actualización y mejoramiento de las tarifas eléctricas en apoyo a los grupos de menores ingresos del país, a cargo del diputado Pedro Montalvo Gómez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat y a la Profepa a fortalecer, con la Sedena y la PFP, los operativos e inspecciones en la reserva de la biosfera mariposa monarca, a cargo de la diputada Blanca Luna Becerril , del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sectur a incluir el municipio de Sombrerete, Zacatecas, en el programa Pueblos Mágicos de México, a cargo de la diputada María Dolores González Sánchez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sener a tomar las medidas necesarias, a efecto de que Pemex reduzca el precio del gasóleo doméstico, del gas LP y del gas natural para los consumidores del estado de Chihuahua, a cargo del diputado Enrique Serrano Escobar , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat a declarar como áreas naturales, a través de la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad y de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, diversas regiones de la República Mexicana, a cargo del diputado Christian Martín Lujano Nicolás , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la Segob, de la SHCP, del Banco de México y de la CNBV, a intervenir frente al problema de la extorsión telefónica, a cargo del diputado Salvador Barajas del Toro , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Semarnat que promueva el desarrollo del proyecto de recuperación de especies prioritarias para diversos primates, a cargo del diputado Christian Martín Lujano Nicolás , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat a realizar, a través de la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, los estudios de población de diversas especies de reptiles y tomar las medidas necesarias para su preservación, a cargo del diputado Christian Martín Lujano Nicolás , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat y a la Secretaría de Medio Ambiente del Distrito Federal a realizar un programa de conservación y rescate de las barrancas, para garantizar su preservación y aprovechamiento, a cargo del diputado Christian Martín Lujano Nicolás , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que por el que se exhorta al titular del Conacyt a elaborar una base de datos de sus becarios y ex becarios y hacerla pública, a cargo del diputado Javier Zambrano Elizondo , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Procuraduría de Justicia del estado de Baja California a investigar las causas de los motines en el centro de readaptación social de La Mesa, en el municipio de Tijuana, a cargo del diputado Ricardo Franco Cazarez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se solicita a la Segob, a la Semarnat y a la SCT que informen sobre los recursos solicitados por el gobierno de Veracruz para atender los daños causados por diversos eventos meteorológicos, a cargo de la diputada Gloria Rasgado Corsi , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a replantear la estructura de la evaluación de los estudios de impacto ambiental para la realización de obras, a cargo del diputado Pedro Montalvo Gómez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a destinar recursos del Fonden a diversos municipios del estado de Tabasco afectados por las recientes lluvias, a cargo del diputado Gerardo Priego Tapia , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEGOB a liberar los recursos del Fonden y del FAPRACC para atender a la población afectada por la tormenta tropical número 33 en el estado de Veracruz, a cargo del diputado Celso David Pulido Santiago , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, en relación con el asesinato del locutor Alejandro Zenón Fonseca Estrada de la Cadena Exa en la ciudad de Villahermosa, a cargo del diputado Gerardo Priego Tapia , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Segob que reanude las negociaciones que se estaban realizando en esa dependencia, entre el gobierno y el magisterio del estado de Morelos para solucionar el conflicto derivado del acuerdo para la calidad de la educación, a cargo del diputado Adrián Pedrozo Castillo , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los congresos de las entidades federativas a actualizar sus ordenamientos en materia de responsabilidad administrativa, a cargo del diputado Carlos Armando Reyes López , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la SHCP, de la SEP y del Conaculta a emprender las previsiones presupuestales a favor de las ciudades patrimonio mundial, suscrita por los diputados Aurora Cervantes Rodríguez y José Alfonso Suárez del Real y Aguilera , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos información referente a las pérdidas ocasionadas por tomas clandestinas, a cargo del diputado Javier Martín Zambrano Elizondo , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, relativo a la prohibición a las alumnas de la Universidad Autónoma de Sinaloa de usar determinada vestimenta, a cargo de la diputada Eva Sánchez Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a garantizar, a través de Pemex, el suministro de combustibles a la estación de servicio en la Isla de Cedros, Baja California, a cargo del diputado Héctor Manuel Ramos Covarrubias , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob a emitir la declaratoria de emergencia y desastre natural en los municipios de Jalpa de Méndez, Jonuta, Huimangillo y Nacajuca, Tabasco, suscrita por diversos diputados del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a implantar un Programa emergente, a efecto de subsidiar el combustible utilizado por vehículos de transporte público, a cargo del diputado Gustavo Fernando Caballero Camargo , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la PGR a dar seguimiento a las averiguaciones previas relacionadas con el robo de energía eléctrica, a cargo del diputado Javier Zambrano Elizondo , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal a instaurar, a través de la SE y de la Profeco, medidas para evitar que sean alterados los precios de productos o servicios de establecimientos que se encuentren en centrales de autobuses, aeropuertos y carreteras del país, a cargo del diputado Rafael Villicaña García , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a decretar, a través de la Semarnat y de la Conagua, una moratoria para impedir la extracción de arena en el valle de Guadalupe, Ensenada, Baja California, suscrito por los diputados Héctor Manuel Ramos Covarrubias y Francisco Javier Paredes Rodríguez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador del estado de Baja California a informar a esta soberanía lo relacionado al operativo en el Cereso La Mesa, de Tijuana, Baja California, los días 13 y 15 de septiembre de 2008, a cargo de la diputada Eva Sánchez Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat y al gobierno del estado de Veracruz a efectuar acciones de manera coordinada para atender la contaminación del río Blanco, a cargo del diputado Pedro Montalvo Gómez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP, a la Condusef y al Sindicato Nacional de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana a informar sobre el fideicomiso 56342/FID/III/06, relativo al fondo de reserva de la empresa de seguros La República, a cargo del diputado Rolando Rivero Rivero , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobernador del estado de Tamaulipas a cumplir lo establecido en la Ley de Aguas de dicha entidad, a cargo del diputado Luis Alonso Mejía García , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la Semarnat y de la Conagua, realice un análisis sobre la pertinencia de instalar nuevas estaciones de medición de temperatura en las zonas urbanas de los municipios de la región Huasteca de San Luis Potosí, a cargo del diputado David Lara Compean, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al titular de Capufe que incluya el municipio de Ecatepec, estado de México en el programa Vecinos Residentes a una plaza de cobro de San Cristóbal de la autopista México-Pachuca, a cargo del diputado Salvador Ruiz Sánchez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las Comisiones de Estudios Legislativos y de Energía de la Cámara de Senadores a considerar, en la dictaminación de las iniciativas de reforma petrolera, la opinión de las asociaciones o colegios de profesionistas y técnicos registrados ante la SEP del ramo correspondiente para el nombramiento de los integrantes profesionales del Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos; y a tomar en cuenta la creación del Comité de Tecnología Mexicana e Investigación de Pemex y el Comité de Desarrollo del Capital Humano Mexicano, suscrito por los diputados Alfonso Izquierdo Bustamante y José Ascensión Orihuela Barcenas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Semarnat a expedir una NOM para la prevención de la contaminación del ambiente marino con agua de lastre de los buques, a cargo del diputado Marco Antonio Peyrot Solís , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP a modificar e incorporar, que en coordinación con la Conaliteg el tema migratorio en los contenidos de los libros de texto gratuitos de nivel básico, a cargo del diputado Alberto Amaro Corona , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhortar al titular del Poder Ejecutivo a declarar el 11 de octubre de cada año como Día Nacional del Talento y la Innovación Tecnológica, a cargo del diputado Javier Zambrano Elizondo , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, relativo a los derechos de los ejidatarios de Huizopa, Chihuahua, suscrito por diversos diputados del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal a implantar, a través de sus dependencias, una estrategia para otorgar apoyos y convertir en lugar turístico el municipio de San Pedro de la Cueva, Sonora, a cargo del diputado José Inés Palafox Núñez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al INEGI a incluir en los censos y conteos de población y vivienda preguntas conducentes a contabilizar a las personas afromexicanas, a cargo del diputado Joaquín de los Santos Molina , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Junta de Gobierno de Luz y Fuerza del Centro y a la CFE información referente a las pérdidas no técnicas o por el hurto de energía, a cargo del diputado Javier Martín Zambrano Elizondo , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, de la STPS y de la SHCP a otorgar un aumento de emergencia a los sueldos mínimos generales, contractuales y de los trabajadores al servicio del Estado, a cargo del diputado José Antonio Almazán González , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a realizar, a través de la SCT y de Capufe, los trámites necesarios para permitir a los viajeros inscritos en el Programa Red Electrónica Segura para la Inspección Rápida de Viajeros el cruce en los puertos fronterizos, a cargo del diputado Carlos Alberto García González , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a informar a esta soberanía sobre la estructura orgánica, los elementos normativos y la metodología con que se ejecutarán los acuerdos establecidos con el gobierno de Estados Unidos de América en el marco de la llamada iniciativa Mérida, a cargo del diputado Armando Barreiro Pérez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a emitir un decreto que otorgue un periodo de suspensión de seis meses del pago de las obligaciones fiscales derivadas del ISR y del Impac, así como el subsidio en las tarifas eléctricas para los habitantes de la zona afectada por inundaciones en el sur de Veracruz, a cargo del diputado Robinson Uscanga Cruz , del Grupo Parlamentario Convergencia. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, relativo al conflicto magisterial en el estado de Morelos, a cargo del diputado Abundio Peregrino García , del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta Ejecutivo federal a fortalecer, a través de las instancias competentes, las acciones y estrategias de impacto y visibilidad del Programa Nacional Escuela Segura y a reforzar la prevención y el control de las adicciones en las escuelas, a cargo de la diputada Mónica Arriola, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la titular de la SEP a incluir en su estructura el Programa de Escuelas de Tiempo Completo, así como brindar un informe de resultados sobre éste para valorar su desempeño, cumplimiento de metas y el uso de los recursos públicos, a cargo de la diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez , del Grupo Parlamentario Alternativa. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Salud, para que atienda gratuitamente a las personas que padecen ludopatía o adicción al juego, a cargo del diputado Marco Heriberto Orozco Ruiz Velasco, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la ASF que realice una auditoría especial a los recursos sin ejercer del Fondo Nacional para la Cultura y las Artes en el periodo 2004 a 2008, en especial los asignados a ciudades patrimonio mundial, suscrito por los diputados Aurora Cervantes Rodríguez y Alfonso Suárez del Real y Aguilera, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades competentes a construir el tramo carretero Ahuateno-Tecomate-Tlacolula, en Chicontepec, Veracruz, a cargo del diputado José Manuel del Río Virgen , del Grupo Parlamentario Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de la Reforma Agraria a llevar a cabo acciones para solucionar los conflictos agrarios en varios ejidos de Chiapas, a cargo del diputado Fernel Arturo Gálvez Rodríguez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios a determinar si los suministros para diálisis proporcionados por la empresa Laboratorios Pisa, SA de CV, representan un riesgo para la salud humana, a cargo del diputado José Luis Aguilera Rico , del Grupo Parlamentario Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob, a los titulares de los ejecutivos estatales, al jefe de Gobierno del Distrito Federal, a los Congresos locales, a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a las dirigencias nacionales de los partidos políticos y a los grupos parlamentarios del Congreso de la Unión a establecer los procedimientos óptimos para que los mexicanos en el extranjero ejerzan su derecho al voto en las elecciones para gobernadores y jefe de Gobierno de la capital del país, a cargo del diputado Alberto Amaro Corona , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al IMSS a abstenerse de comprar los suministros para diálisis proporcionados por la empresa Laboratorios PISA, SA de CV, a cargo del diputado José Luis Aguilera Rico , del Grupo Parlamentario Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que comparezcan ante las Comisiones de Derechos Humanos, y Especial de seguimiento a las agresiones a periodistas y medios de comunicación de esta soberanía el Subprocurador de Derechos Humanos, Atención a Víctimas y Servicios a la Comunidad, y el titular de la Fiscalía Especial para la atención de Delitos cometidos contra Periodistas, ambos de la PGR, así como el quinto visitador general de la CNDH, a fin de que expliquen la emisión y cumplimiento de la recomendación 50/2008; suscrita por los diputados Aleida Alavez Ruiz , Daisy Selene Hernández Gaytán , Joaquín Conrado de los Santos Molina y Gerardo Priego Tapia , de los Grupos Parlamentarios de los Partidos de la Revolución Democrática y Acción Nacional, respectivamente. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, relativo a la implantación de un plan de ayuda emergente para las víctimas de las tormentas suscitadas en Tabasco y Veracruz, a cargo del Rafael Elías Sánchez Cabrales , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Efemérides

Relativa a la conmemoración del 184 aniversario de la decisión libre, soberana y democrática del pueblo chiapaneco para sumarse al pacto federal mexicano, por celebrarse el 14 de septiembre, a cargo de los diputados Martín Ramos Castellanos y Martha Cecilia Díaz Gordillo , de los Grupos Parlamentarios de los Partidos de la Revolución Democrática y Acción Nacional, respectivamente.

Relativa al aniversario de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, a cargo del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Relativa al cuadragésimo octavo aniversario de la nacionalización de la industria eléctrica, por celebrarse el 27 de septiembre, a cargo del diputado José Antonio Almazán González , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Relativa al Día Mundial del Linfoma, por celebrarse el 15 de septiembre, a cargo de la diputada Josefina Salinas Pérez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Relativa al Día Mundial del Derecho de Acceso a la Información Pública, por celebrarse el 28 de septiembre, a cargo del diputado Joaquín de los Santos Molina , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Relativa al Día Internacional para la Reducción de los Desastres Naturales, a cargo del diputado Fernando Enrique Mayans Canabal , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Relativa a la conmemoración del 34 aniversario del estado de Quintana Roo, a cargo del diputado Eduardo Espinosa Abuxapqui , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Relativa a los Mártires de Uruapan, suscrita por los diputados Concepción Ojeda Hernández y Fausto Fluvio Mendoza Maldonado , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Relativa al aniversario luctuoso del general Lázaro Cárdenas, a cargo del diputado Érick López Barriga, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Relativa al 194 aniversario de los constituyentes de Apatzingán, a cargo del diputado Érick López Barriga, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.»



ACTA DE LA SESION ANTERIOR

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior.

Pido a la Secretaría que consulte a la asamblea si se dispensa la lectura del acta, tomando en cuenta que ésta ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura del acta de la sesión anterior. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el martes veintiuno de octubre de dos mil ocho, correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio de la Sexagésima Legislatura.

Presidencia del diputado César Duarte Jáquez

En el Palacio Legislativo de San Lázaro en la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con la asistencia de 344 diputados, a las 11 horas con 44 minutos del martes 21 de octubre de 2008, el Presidente declara abierta la sesión.

En sendas votaciones económicas, la asamblea dispensa la lectura del orden del día y del acta de la sesión anterior, y aprueba esta última.

Se reciben contestaciones a puntos de acuerdo aprobados en la Cámara de Diputados de los Congresos de los estados de:

• Guanajuato, tres, que se remiten a las comisiones correspondientes, para su conocimiento.
• Guerrero, que se remite a la Comisión de Vivienda, para su conocimiento.
• Puebla, que se remite a la Comisión de Equidad y Género, para su conocimiento.

La Junta de Coordinación Política, pone a consideración de la asamblea:

• El alta del diputado José Nicolás Morales Ramos , como integrante de la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios.
• La baja de la diputada Ivette Jacqueline Ramírez Corral , como integrante del Comité del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública.
• La baja de la diputada Laura Angélica Rojas Hernández , como integrante del Comité del Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género.
• El alta de la diputada Ivette Jacqueline Ramírez Corral , como integrante del Comité del Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género.
• La baja del diputado José de Jesús Solano Muñoz , como integrante de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, y su baja como integrante de la Comisión de Seguridad Pública.
• El alta de la diputada Sagrario María del Rosario Ortiz Montoro , como integrante de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.
• La baja de la diputada Lariza Montiel Luis , como integrante de la Comisión de la Función Pública y su alta como secretaria.
• El alta de la diputada Sagrario María del Rosario Ortiz Montoro , como integrante de la Comisión de la Función Pública.
• El alta de la diputada Ivette Jacqueline Ramírez Corral , como integrante de la Comisión de Equidad de Género.
• El alta del diputado Sergio Eduardo de la Torre Jaramillo , como integrante de la Comisión Especial de prospectiva para la definición del futuro de México.
• El alta del diputado Alfonso Othón Bello Pérez , como integrante de la Comisión de Comunicaciones.
• El alta de la diputada Yadhira Ivette Tamayo Herrera, como presidenta de la Comisión Especial de Reforma del Estado.

En votación económica, la asamblea aprueba los cambios solicitados.

• La baja de la diputada Martha Rocío Partida Guzmán , como integrante de la Comisión de Salud y su alta como integrante de la Comisión de Equidad de Género.

De enterado.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, remite información relativa al pago de las participaciones a las entidades federativas correspondiente a septiembre de 2008, de-sagregada por tipo de fondo. Se remite a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

La Cámara de Senadores remite:

• Iniciativa con proyecto de decreto, que reforma la fracción XX del artículo 32 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por el senador Ramiro Hernández García, del Partido Revolucionario Institucional. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
• Cuatro proposiciones con punto de acuerdo, relativas al Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009, presentadas por senadores de los partidos Acción Nacional y de la Revolución Democrática. Se turnan a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Minutas con proyecto de decreto que:

• Reforma la fracción II y se adiciona una nueva fracción XXIV, recorriéndose las subsecuentes en el articulo 19; se adiciona una nueva fracción V recorriéndose las subsecuentes en el artículo 29, y se reforma la fracción I del artículo 34, de la Ley de Vivienda; se adiciona una nueva fracción VIII al artículo 16 y se recorren las subsecuentes de la Ley General de Protección Civil. Se turna a la Comisión de Vivienda.
• Reforma y adiciona la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Se turna a la Comisión de la Función Pública.
• Adiciona un artículo 41 Bis y reforma los artículos 98 y 316 a la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud.

Minutas con proyecto de decreto que conceden el permiso constitucional necesario a los ciudadanos:

• Gilberto Antonio de la Fuente Morales, Mariana Zayas Chávez y Juan Carlos Barua Olivo, para prestar servicios en la Embajada de Estados Unidos de América en México; y en sus Consulados en Tijuana, Baja California, y Ciudad Juárez, Chihuahua, respectivamente.
• Capitán de corbeta cuerpo general, Érick Rigel Márquez Márquez, para aceptar y portar la placa Premio Director de la Escuela de Oficiales de la Armada, que le confiere la Armada de la República de Argentina.
• Vicealmirante cuerpo general Diplomado del Estado Mayor, Manuel Paulin Fritsche, para aceptar y usar la medalla Mérito Tamandaré, que le otorga la Marina del gobierno de la República de Brasil.
• General de brigada Diplomado del Estado Mayor Roberto de la Vega Díaz para aceptar y usar la condecoración de la Orden al Mérito del Ejército, en su única clase, que le otorga el Ejército de la República Bolivariana de Venezuela.
• General brigadier Diplomado del Estado Mayor, Arturo Sánchez García para aceptar y usar la Medalla Cheonsu, Orden al Mérito de la Seguridad Nacional, que le otorga el gobierno de la República de Corea.
• Capitán de navío cuerpo general Diplomado del Estado Mayor, Sergio Morales González para aceptar y usar la condecoración Medalla Samil, Orden al Mérito de la Seguridad Nacional, que le otorga el gobierno de la República de Corea.
• Kawabe Tamori Shigenori y Josefina Amelia Kayo Matsubara Oda, para aceptar y usar las condecoraciones de la Orden del Sol Naciente con Rayos de Oro y Plata, y de la Orden del Sol Naciente con Rayos Dorados y Roseta, respectivamente, que les otorga el gobierno de la República de Japón.
• Teniente coronel de infantería Diplomado del Estado Mayor, Filiberto Oropeza Fabián para aceptar y usar la Medalla de la Defensa Nacional, en grado de Echelon Argent (categoría plata), que le otorga el Ministerio de la Defensa del gobierno de la República de Francia.
• Capitán de navío cuerpo general Diplomado del Estado Mayor, Luis Mario Ramón Bravo Román para aceptar y usar la Medalla de la Defensa Nacional, en grado de Echelon Or (categoría oro), que le otorga el Ministerio de la Defensa del gobierno de la República de Francia.
• Coronel de caballería, Homero Mendoza Ruiz para aceptar y usar la Medalla de la Defensa Nacional, en grado de Echelon Or (categoría oro), que le otorga el Ministerio de la Defensa del gobierno de la República de Francia.
• Vicealmirante cuerpo general, Guillermo Colina Torres para aceptar y usar la Medalla de la Defensa Nacional, en grado de Echelon Or, que le otorga el Ministerio de la Defensa del gobierno de la República de Francia.
• Lorenzo Hormisdas Zambrano Treviño, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de Isabel la Católica, en grado de Encomienda, que le otorga el gobierno del Reino de España.
• Francisco Javier Garciadiego Dantán, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de Isabel la Católica, en grado de Gran Cruz, que le otorga el gobierno del Reino de España.
• Isaac José Woldenberg Karakowsky, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de Isabel la Católica, en grado de Gran Cruz, que le otorga el gobierno del Reino de España.
• José Mario Molina Pasquel y Henríquez, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de Isabel la Católica, en grado de Gran Cruz, que le otorga el gobierno del Reino de España.
• Enrique Krauze Kleinbort, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de Isabel la Católica, en grado de Gran Cruz, que le otorga el gobierno del Reino de España.
• Ignacio Bonilla Arroyo, para aceptar y usar la condecoración de la Encomienda de la Orden del Mérito Civil, que le otorga el gobierno del Reino de España.

Se turnan a la Comisión de Gobernación.

Se concede el uso de la tribuna para referirse a la conmemoración del voto femenino en México a las diputadas: Mónica Arriola, de Nueva Alianza; María Mercedes Maciel Ortiz , del Partido del Trabajo; Beatriz Manrique Guevara , del Partido Verde Ecologista de México; María del Carmen Salvatori Bronca , de Convergencia; Lourdes Quiñones Canales , del Partido Revolucionario Institucional;

Presidencia de la diputada Martha Hilda González Calderón

Maricela Contreras Julián , del Partido de la Revolución Democrática y María Soledad Limas Frescas , del Partido Acción Nacional.

A las 12 horas con 42 minutos, se instruye el cierre del sistema electrónico de asistencia con un registro de 444 diputados.

Se reciben iniciativas con proyecto de decreto de los diputados:

• Antonio Valladolid Rodríguez , del Partido Acción Nacional, que reforma diversas disposiciones de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación. Se turna a la Comisión de la Función Pública.
• Lourdes Quiñones Canales , del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo 115 de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud.
• Jacinto Gómez Pasillas , de Nueva Alianza, que reforma el artículo 12 de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública.
• Jacinto Gómez Pasillas , de Nueva Alianza, que reforma el artículo 7o. de la Ley sobre la Celebración de Tratados. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores.
• Yary del Carmen Gebhardt Garduza , del Partido Revolucionario Institucional, que reforma los artículos 85 del Código Penal Federal y 5o. de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada. Se turna a las Comisiones Unidas de Justicia y de Seguridad Pública.

Se reciben proposiciones con puntos de acuerdo de los diputados:

• Mauricio Ortiz Proal , del Partido Revolucionario Institucional, por el que se envía a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública de esta soberanía, así como a la Comisión de Hacienda y Crédito Público del Senado de la Republica, propuestas relativas a criterios generales que buscan disminuir el efecto de la crisis económica entre los mexicanos. Se turna a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados; y a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Senadores.
• Lilia Guadalupe Merodio Reza , del Partido Revolucionario Institucional, por el que se cita a comparecer al presidente y al comisionado de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, para que informen lo relativo a su actuación en el diferendo entre la empresa Axtel y las empresas de telefonía móvil. Se turna a la Comisión de Comunicaciones.
• Holly Matus Toledo , del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a que expida el Reglamento de la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas y a establecer una comisión intersecretarial en esa materia. Se turna a la Comisión de Justicia.
• Holly Matus Toledo , del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, implante acciones para combatir el trabajo infantil. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
• Holly Matus Toledo , del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta a la titular de la Secretaría de Educación Pública, a que actualice el Reglamento de Cooperativas Escolares. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

La Presidencia informa a la asamblea que se turnan a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública las siguientes proposiciones con punto de acuerdo, para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009, se destinen recursos a:

• Dos obras de electrificación del municipio de Ciudad Anáhuac, en Nuevo León, suscrita por el diputado Marco Heriberto Orozco Ruiz Velazco , del Partido Acción Nacional.
• Que se distribuyan de manera equitativa los recursos del Fondo Metropolitano destinados para la cuarta zona metropolitana que comprende 38 municipios de Puebla y Tlaxcala, suscrita por el diputado Alberto Amaro Corona , del Partido de la Revolución Democrática.
• Diversos proyectos de inversión en el rubro de vivienda para el municipio de Comitán de Domínguez, Chiapas, suscrita por el diputado Arnulfo Elías Cordero Alfonzo , del Partido Revolucionario Institucional.
• El Instituto Politécnico Nacional, suscrita por el diputado José Luis Aguilera Rico , de Convergencia.
• El programa de escuelas de tiempo completo, suscrita por la diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez , de Alternativa.
• El proyecto del edificio de la Secretaría de Seguridad Pública Santa Catarina, de Nuevo León, suscrita por diputados del Partido Acción Nacional.
• La promoción del ecoturismo, a través de la construcción de hostales para habilitar hospedaje en la delegación Tlalpan, Distrito Federal, suscrita por la diputada Maricela Contreras Julián , del Partido de la Revolución Democrática.
• Diversos proyectos de inversión en el rubro de cultura para Comitán de Domínguez, Chiapas, suscrita por el diputado Arnulfo Elías Cordero Alfonzo , del Partido Revolucionario Institucional.
• La creación del fondo especial para la protección de los migrantes que retornen al país, suscrita por la diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez , de Alternativa.
• El proyecto del edificio de la Secretaría de Seguridad Pública de San Nicolás, Nuevo León, suscrita por diputados del Partido Acción Nacional.
• El fortalecimiento de las procuradurías ambientales estatales, suscrita por la diputada Aleida Alavez Ruiz , del Partido de la Revolución Democrática.
• Diversos proyectos de inversión en recursos hidráulicos para Comitán de Domínguez, Chiapas, suscrita por el diputado Arnulfo Elías Cordero Alfonzo , del Partido Revolucionario Institucional.
• El proyecto de la Ciudad Deportiva Santa Catarina, Nuevo León, suscrita por diputados del Partido Acción Nacional.
• Diversos proyectos de inversión en desarrollo rural para Comitán de Domínguez, Chiapas, suscrita por el diputado Arnulfo Elías Cordero Alfonzo , del Partido Revolucionario Institucional.
• La Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, suscrita por el diputado Érick López Barriga, del Partido de la Revolución Democrática.
• El proyecto de la Unidad Deportiva Anáhuac, en Nuevo León, suscrita por diputados del Partido Acción Nacional.
• El Programa de Recuperación y Repoblación de Especies de Vida Silvestre y en Peligro de Extinción, suscrita por el diputado Érick López Barriga, del Partido de la Revolución Democrática.
• La construcción y mantenimiento de diversos tramos carreteros en Veracruz, suscrita por el diputado Pedro Montalvo Gómez , del Partido Revolucionario Institucional.
• El proyecto de la Unidad Deportiva Constituyentes de Querétaro, en Nuevo León, suscrita por diputados del Partido Acción Nacional.
• Que se incluya a Hidalgo en el Programa Especial para la Seguridad Alimentaria, suscrita por el diputado Isidro Pedraza Chávez , del Partido de la Revolución Democrática.
• El proyecto de museo San Nicolás, en Nuevo León, suscrita por diputados del Partido Acción Nacional.
• El Fideicomiso de los Fondos de los Trabajadores Migratorios Mexicanos, suscrita por el diputado Isidro Pedraza Chávez , del Partido de la Revolución Democrática.
• La rehabilitación del teatro municipal, obras pluviales y unidades deportivas, en Guadalupe, Nuevo León, suscrita por el diputado Juan Francisco Rivera Bedoya , del Partido Revolucionario Institucional.
• El proyecto Casa del Adulto Mayor, en Nuevo León, suscrita por diputados del Partido Acción Nacional.
• La ampliación y modernización del antiguo camino a Villa de García, en Nuevo León, suscrita por diputados del Partido Acción Nacional.
• Las universidades públicas del país, suscrita por el diputado Sergio Hernández Hernández , del Partido de la Revolución Democrática.
• El proyecto ordenamiento vial Monterrey-Saltillo, en Nuevo León, suscrita por diputados del Partido Acción Nacional.
• La zona metropolitana de Zacatecas-Guadalupe, dentro del Fondo de Desarrollo Metropolitano, suscrita por el diputado Francisco Javier Calzada Vázquez , del Partido de la Revolución Democrática.
• El reencauzamiento del río Nazas, en la zona de la Laguna, suscrita por el diputado Jericó Abramo Masso, del Partido Revolucionario Institucional.
• El proyecto libramiento oriente, en Nuevo León, suscrita por diputados del Partido Acción Nacional.
• El programa de gestión hídrica, destinados a la recuperación y saneamiento de ríos y barrancas del Distrito Federal, suscrita por la diputada Aleida Alavez Ruiz , del Partido de la Revolución Democrática.
• El proyecto Melchor Ocampo-Los Aldamas, en Nuevo León, suscrita por diputados del Partido Acción Nacional.
• La construcción de un hospital general en la ciudad de Zacatecas, suscrita por el diputado Francisco Javier Calzada Vázquez , del Partido de la Revolución Democrática.
• El proyecto carretera Sabinas-Colombia, en Nuevo León, suscrita por diputados del Partido Acción Nacional.
• El subsidio de la Universidad Autónoma de Zacatecas, suscrita por el diputado Francisco Javier Calzada Vázquez , del Partido de la Revolución Democrática.
• La rehabilitación y modernización de la carretera federal número 54, en Nuevo León, suscrita por diputados del Partido Acción Nacional.
• El proyecto Hacienda Rinconada-Los Fierros-García, en Nuevo León, suscrita por diputados del Partido Acción Nacional.
• El proyecto PSV Juan Pablo II y República Mexicana, en Nuevo León, suscrita por diputados del Partido Acción Nacional.
• El proyecto de un paso a desnivel Puerta de Garza, en Nuevo León, suscrita por diputados del Partido Acción Nacional.
• El proyecto denominado Montemorelos entronque San Roberto, en Nuevo León, suscrita por diputados del Partido Acción Nacional.
• La ampliación del boulevard Independencia, en Nuevo León, suscrita por diputados del Partido Acción Nacional.
• El proyecto denominado Canal Topochico, en Nuevo León, suscrita por diputados del Partido Acción Nacional.

Se recibe de la diputada Lorena Martínez Rodríguez , del Partido Revolucionario Institucional, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, destine recursos a los gobiernos municipales, en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública, que les permitan atender de manera inmediata la seguridad pública. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública.

En votación económica, se dispensa la lectura a los dictámenes con proyecto de decreto de las comisiones de:

a) Derechos Humanos, que:

• Reforma la fracción V del artículo 11 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

Adiciona un artículo 11 Bis a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

b) Gobernación, que concede permiso a los ciudadanos Jaqueline Michell García Mante, Bernardo Rodríguez Romero, Blanca Alicia Mendiola González, Jasia Yamina Esquivel Miranda, Viridiana Hernández Rodríguez, Joaquín Fernando González Fisher y Alejandro Alberto Yñigo Meza, para prestar servicios en los Consulados de los Estados Unidos de América en Nuevo Laredo, Tamaulipas y en Tijuana, Baja California, respectivamente.

Quedan de primera lectura.

En sendas votaciones económicas, la asamblea dispensa la lectura de los dictámenes con proyecto de decreto de las comisiones de:

• Justicia, que reforma los artículos 19 y 27 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En votación económica, se considera suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

Presidencia del diputado César Duarte Jáquez

El Presidente declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto de referencia, por 326 votos en pro y 8 abstenciones. Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

• Economía, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código de Comercio. En términos del artículo 108 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se otorga el uso de la tribuna a la diputada Susana Monreal Ávila , del Partido de la Revolución Democrática, para fundamentar el dictamen a nombre de la comisión. Presenta moción suspensiva el diputado Carlos Alberto Navarro Sugich , del Partido Acción Nacional y Susana Monreal Ávila , del Partido de la Revolución Democrática, se manifiesta en contra de ésta. Desde sus respectivas curules hacen comentarios de procedimiento los diputados Juan José Rodríguez Prats , del Partido Acción Nacional; Juan Nicasio Guerra Ochoa , del Partido de la Revolución Democrática, quien solicita la lectura del artículo 110 del Reglamento para el Gobierno Interior y la Presidencia así lo instruye; Monreal Ávila, del Partido de la Revolución Democrática; Rodríguez Prats, del Partido de Acción Nacional; Guerra Ochoa y Raymundo Cárdenas Hernández , del Partido de la Revolución Democrática, hacen uso de la palabra desde la curul. En votación económica, la asamblea acepta a discusión la moción suspensiva e intervienen para tal efecto los diputados: Carlos Alberto Navarro Sugich , del Partido Acción Nacional, en pro; Susana Monreal Ávila y Juan Nicasio Guerra Ochoa , ambos del Partido de la Revolución Democrática, en contra. En votación económica, la asamblea desecha la moción suspensiva. Fija posición de su grupo parlamentario la diputada Adriana Rodríguez Vizcarra Velázquez , del Partido Acción Nacional. En votación económica se considera suficientemente discutido en lo general y en lo particular. El Presidente declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código de Comercio, por 342 votos en pro y 3 abstenciones. Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
• Justicia, que reforma el artículo 1661 del Código Civil Federal, en materia de sucesión testamentaria y legítima. En votación económica, se considera suficientemente discutido.

Presidencia de la diputada Martha Hilda González Calderón

La Presidenta declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto de referencia, por 311 votos. Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

• Justicia, que reforma el último párrafo del artículo quinto de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. En votación económica, se considera suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

Presidencia del diputado César Duarte Jáquez

El Presidente declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto de referencia por 331 votos. Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

• Justicia, que reforma el artículo 13, fracción I, inciso a) de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. En votación económica, la asamblea considera el dictamen suficientemente discutido en lo general y en lo particular. El Presidente declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto de referencia, por 335 votos. Pasa al Senado de la República.
• Seguridad Pública, que reforma y adiciona los artículos 6o., 10 y 11 de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados. En votación económica, la asamblea considera el dictamen suficientemente discutido en lo general y en lo particular. El Presidente declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto de referencia, por trescientos cuarenta y nueve votos. Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

En votación económica la asamblea autoriza la lectura de los puntos de acuerdo de los dictámenes de las comisiones:

a) De Seguridad Pública, para exhortar al:

• Titular del Ejecutivo federal, para que a través de los titulares de la Secretaría de la Defensa Nacional, de la Procuraduría General de la República y de la Secretaría de Seguridad Pública, evalúen la implantación, con carácter preventivo, de una operación conjunta de combate a la delincuencia organizada, en Baja California Sur.
• Consejo Nacional de Seguridad Pública, para que en el próximo acuerdo que emita para la aprobación de criterios de asignación, formulas y variables utilizadas en el cálculo para la distribución de los recursos del Fondo de Aportaciones de los Estados y del Distrito Federal, se evalué lo relativo a la incidencia delictiva.

b) De Agricultura y Ganadería:

• Para exhortar al Poder Ejecutivo federal a que instruya al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, instale a la brevedad posible la Junta Permanente de Arbitraje de la Agroindustria de la Caña de Azúcar y el Centro de Investigación Científico y Tecnológico de la Caña de Azúcar.
• Por los que se solicita a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, informe a esta soberanía sobre el papel que jugó dicha institución, para permitir el envió de semillas de maíz a la República de Noruega por parte del Centro Internacional de Mejoramiento del Maíz y Trigo, y si el número representativo de las muestras que se enviaron, son parte de la riqueza de germoplasma del país.
• Para exhortar a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que informe sobre el ejercicio del gasto del Programa de Competitividad a la Citricultura, así como el padrón de beneficiarios por municipio y entidad federativa.
• Para exhortar al titular del Ejecutivo federal, a que tome las medidas necesarias a fin de garantizar que el 60 por ciento del monto asignado en el presupuesto rural de 2009, al sistema-producto café, llegue efectivamente a manos de los productores del país.
• Para exhortar a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, a que informe sobre los avances obtenidos durante el primer año de aplicación del Programa Nacional de la Agroindustria de la Caña de Azúcar dos mil siete-dos mil doce.
• Para exhortar a los grupos de trabajo sobre los impactos del Tratado de Libre Comercio para América del Norte y Reforma Integral del Campo, del Senado de la República, trabajen en conferencia con los diputados de la Mesa del Diálogo, para elaborar una agenda de trabajo con los temas de la revisión del marco jurídico para la renegociación del Tratado de Libre Comercio para América del Norte.
• Para exhortar al Ejecutivo federal, a implantar acciones dentro del marco del Tratado de Libre Comercio para América del Norte, que subsanen las dificultades que enfrentan los pequeños productores agrícolas e insertarlos en la dinámica de la globalización, tomando como base los montos máximos permitidos por la Organización Mundial de Comercio.
• Para exhortar a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, a que inicie una campaña de difusión en los medios para dar a conocer la figura del prestador de servicios profesionales, entre los agentes económicos que intervienen en el de-sarrollo de programas dirigidos al sector rural.
• Para exhortar al titular del Ejecutivo federal y al gobierno de Michoacán de Ocampo, a que implanten medidas conjuntas de manera permanente para la prevención, localización, combate y extinción de los incendios forestales en la entidad.

c) De Seguridad Pública:

• Por el que se solicita al titular del Ejecutivo federal, para que a través de la Secretaría de Seguridad Pública, de la Secretaría de Defensa Nacional y de la Procuraduría General de la República, en el ámbito de sus atribuciones y en coordinación con las autoridades competentes del gobierno de Chihuahua, fortalezcan su presencia y eficacia en los operativos efectuados en el estado.
• Por los que solicita al titular de la Secretaría de Seguridad Pública federal, así como a los gobernadores de los estados y al jefe del Gobierno del Distrito Federal, informen a esta soberanía sobre las acciones implantadas y los resultados obtenidos en materia de dignificación de la calidad de vida de los internos que se encuentran en los centros de readaptación social federales y estatales, respectivamente.
• Para exhortar a los titulares de las Procuradurías de Justicia y las Secretarías de Seguridad Pública de las entidades federativas, a que realicen las gestiones necesarias para la conformación, desarrollo o fortalecimiento de las unidades especializadas en combate al secuestro y realicen la depuración y fortalecimiento de los cuerpos policiales.
• Para exhortar a los titulares de la Procuraduría General de la República, de la Secretaría de Seguridad Pública y de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, informen sobre los programas y acciones impuestas para evitar el tráfico de armas en México.

d) De Recursos Hidráulicos:

• Para exhortar a la Comisión Nacional del Agua, así como a las autoridades del estado de México y de los municipios que vierten aguas residuales y desechos al río San Juan, a que realicen las acciones necesarias para su saneamiento.
• Para exhortar a las Secretarías de Salud federal, de las entidades federativas y a las autoridades competentes; para que en el ámbito de sus competencias fortalezcan la coordinación intersectorial y aseguren que el agua para uso y consumo humano, distribuida por los sistemas de abastecimiento público, cuente con la calidad mínima exigida por la Norma Oficial Mexicana-179-SSA1-1998, para prevenir y evitar enfermedades derivadas de la ingesta de agua contaminada.

e) De Juventud y Deporte, para que se cite a comparecer al maestro Vicente Toledo González, presidente de la Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte, y a los otros cuatro titulares de dicho organismo, ante la Comisión de Juventud y Deporte.

f) De Seguridad Pública, por los que se solicita al procurador general de la República, al secretario de Seguridad Pública federal y a los titulares de las Secretarías de Seguridad Pública estatales y del Distrito Federal, para que analicen la procedencia de establecer procedimientos más estrictos de incorporación de los elementos a los cuerpos de seguridad pública en todos los niveles, tendente a garantizar la legalidad e integridad de las instituciones de seguridad pública.

g) De Derechos Humanos:

• Para exhortar a las comisiones estatales de Derechos Humanos, a que implanten áreas especiales encargadas de dar atención y seguimiento a los agravios cometidos en contra de periodistas en su entidad.
• Para exhortar al gobernador del estado de México, a que destine los recursos necesarios para dar atención y cumplimiento a la recomendación de la Comisión de Derechos Humanos del estado de México, a fin de garantizar la seguridad pública de la población de Coyotepec.
• Para exhortar al Ejecutivo federal, a que informe sobre el cumplimiento de las recomendaciones emitidas por el Grupo de Trabajo de Detenciones Arbitrarias de Naciones Unidas derivadas de la visita de 2002.

h) Unidas de Gobernación, y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios relativos al proyecto de normas para el funcionamiento de las estaciones migratorias del Instituto Nacional de Migración, con el fin de respetar los derechos fundamentales de los trabajadores migrantes y sus familias.

i) De Seguridad Pública, por el que solicita al secretario de Seguridad Pública federal y al procurador general de la República, a que informen sobre las bases legales que sustentan la unificación de la Policía Federal Preventiva y la Agencia Federal de Investigaciones, de la creación de un nuevo cuerpo federal de policía, así como de las particularidades operativas, administrativas y de carácter estructural de éste.

j) De Derechos Humanos, para exhortar al titular del Ejecutivo de Tabasco, a acatar la recomendación emitida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos el 27 de diciembre de 2006.

En votación económica, se aprueban en conjunto. Comuníquense.

La Secretaría de Gobernación remite iniciativas con proyecto de decreto, suscritas por el titular del Poder Ejecutivo federal, que expiden la:

• Ley de la Policía Federal. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.
• Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Se turna a la Comisión de Justicia, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Se ponen a consideración de la asamblea solicitudes de la Junta de Coordinación Política por las que se propone

• El alta de la diputada Violeta del Pilar Lagunes Viveros , como presidenta de la Comisión Especial para conocer las políticas y la procuración de justicia vinculada a los feminicidios en el país, y su baja como secretaria de la Comisión de Justicia, pasando a ser integrante. En votación económica, se aprueban los cambios solicitados.
• La baja de la diputada Patricia Obdulia de Jesús Castillo Romero , como integrante de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, y su alta como integrante de la Comisión de Derechos Humanos. De enterado.

El Presidente clausura la sesión a las 15 horas con 21 minutos y cita para la próxima que tendrá lugar el jueves 23 de octubre de 2008 a las 11:00 horas.»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Proceda la Secretaría a poner a discusión el acta.

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Aprobada el acta. Continúe la Secretaría con comunicaciones.



SECRETARIA DE CULTURA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

El Secretario diputado José Manuel del Río Virgen : «Diputados Secretarios de la honorable Cámara de Diputados.--- Presentes.

La Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal ha programado la ceremonia cívica conmemorativa del 191 aniversario luctuoso del general Pedro Moreno González el próximo 27 de octubre a las 10:00 horas, en la Columna de la Independencia, situada en Paseo de la Reforma y, Río Tiber, delegación Cuauhtémoc.

Por lo anterior, me permito solicitar a ustedes los nombres de los diputados de esa honorable Cámara que asistirán a la ceremonia de referencia.

Agradezco las atenciones que se sirvan prestar a la presente y les reitero las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente
Licenciada María Guadalupe Lozada León, Coordinadora.»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Para asistir en representación de la Cámara se designa a la siguiente diputada y los siguientes diputados: María Beatriz Pagés Llergo Rebollar, Christian Martín Lujano Nicolás, Alfonso Suárez del Real y Aguilera y Armando Barreiro Pérez. Continúe la Secretaría.



PRESUPUESTO DE EGRESOS, 2009

El Secretario diputado José Manuel del Río Virgen : «Escudo del Estado de Coahuila.

Diputado César Duarte Jáquez, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

La Junta de Gobierno de Coahuila de Zaragoza, acordó hacer del conocimiento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, un planteamiento formulado por los integrantes de la Comisión de Turismo del propio Congreso del estado, en los siguientes términos:

``Que esta soberanía envíe una atenta solicitud a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para que al momento de estudiar y aprobar el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009, considere aumentar en un cien por ciento el monto de la partida que se destinará para el sector turístico''.

En virtud de lo señalado y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 254 de la Ley Orgánica este Congreso, se comunica a usted lo anterior, para su consideración y los efectos que se estimen procedentes.

Sin otro particular, protestamos a usted las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.
Saltillo, Coahuila, a 15 de octubre de 2008.--- Licenciado Francisco Javier Rangel Castro (rúbrica), Oficial Mayor del Congreso del Estado.»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.



ESTADO DE HIDALGO

El Secretario diputado José Manuel del Río Virgen : «Escudo.--- Poder Legislativo.--- Gobierno del Estado de Hidalgo.

Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.--- Presentes.

Los diputados integrantes de la Primera Comisión Permanente de Asuntos Indígenas de la Sexagésima Legislatura emitieron informe referente al oficio D.G.P.L. 60-II-1-1692, de fecha 2 de septiembre del año en curso, enviado por ustedes, comunicando punto de acuerdo, por medio del cual se exhorta a los congresos de los estados de la federación, así como a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a legislar en materia indígena y demás instrumentos jurídicos en que se reconozcan los derechos de los pueblos indígenas, mismo que fue leído en sesión ordinaria de esta fecha, del cual les estoy enviando copia, en suplencia de la Secretaría, para su conocimiento y efectos.

Sin otro particular por el momento, les reitero las seguridades de mi consideración distinguida.

Atentamente.
Pachuca, Hidalgo, a 9 de octubre de 2008.--- Licenciado Bertino Antonio Morales Salomón (rúbrica), secretario de Servicios Legislativos del Congreso del Estado de Hidalgo.»
«Escudo.--- Poder Legislativo.--- Gobierno del Estado de Hidalgo.

Primera Comisión Permanente de Asuntos Indígenas de la Sexagésima Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo

Honorable Asamblea:

A los ciudadanos diputados integrantes de la Primera Comisión Permanente de Asuntos Indígenas, en sesión ordinaria de fecha 11 de septiembre de 2008, nos fue turnado el escrito enviado por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, para los efectos procedentes, por lo que con fundamento en los artículos 76, 78 fracción XVIII y 86, 89 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Hidalgo, nos permitimos rea-lizar el presente estudio con base en el siguiente:

Antecedente

Único. En sesión ordinaria de fecha 11 de septiembre de 2008, nos fue turnado el oficio D.G.P.L. 60-II-1-1692, de fecha 2 de septiembre del año en curso, enviado por la Cámara de Diputados del congreso de la Unión, comunicando punto de acuerdo, por medio del cual se exhorta a los congresos de los estados de la federación, así como a la Asamblea Legislativo del Distrito Federal, a legislar en materia indígena y demás instrumentos jurídicos en que se reconozcan los derechos de los pueblos indígenas;

Por lo que, con fundamento en lo que establece el artículo 90 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Hidalgo, la comisión que suscribe presenta el siguiente

Informe

Primero. Se hace del conocimiento de la Cámara de Diputados del Congreso de a Unión que este Congreso, consciente de que Hidalgo es un estado con un alto índice de población indígena, aprobó una reforma a la Constitución Política del Estado de Hidalgo adicionando un octavo párrafo al artículo 5, que a la letra dice: ``...El estado de Hidalgo tiene una composición pluricultural y reconoce los derechos a preservar la forma de vida y el bienestar y de-sarrollo de los grupos sociales de culturas autóctonas, dentro de sus propios patrones de conducta, en cuanto no contraríen normas de orden público, así como a que se consideren tales rasgos culturales en la justipreciación de los hechos en que participen mediante criterios de equidad. La ley protegerá y promoverá el desarrollo de las lenguas, usos, costumbres, recursos y formas específicas de organización social de las diversas comunidades que lo integran y garantizará a sus componentes el efectivo acceso a la jurisdicción del Estado. Los poderes del Estado, en el ámbito de sus respectivas competencias, tomarán en cuenta las prácticas y las costumbres jurídicas de las comunidades indígenas en los términos que las propias leyes establezcan''.

Segundo. Asimismo en este Congreso del estado de Hidalgo se encuentra en estudio y análisis la iniciativa de Ley de Derechos y Cultura y Organización de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, que establece y reconoce expresamente la composición pluricultural de la entidad, sustentada en la diversidad de los pueblos y comunidades indígenas del estado de Hidalgo, conteniendo principios básicos, como lo es el derecho a vivir en paz y el de otorgar seguridad como culturas diferenciadas, libres de cualquier forma de discriminación, considerando importante legislar en materia de derechos plenos de los pueblos y comunidades indígenas, por lo que el asunto en comento ha quedado sin materia.

Elaborado en la sala de sesiones de la Comisión Legislativa, en el Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, el primer día del mes de octubre del año dos mil ocho.--- Por la Primera Comisión Permanente de Asuntos Indígenas, diputados: Jorge Andrés Hernández Ramírez (rúbrica), Fabiola Idalia Calva Cavaría (rúbrica), Florino Trejo Barrera (rúbrica), Darío Badillo Ramírez, Miguel Rivero Acosta (rúbrica).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Remítase a la Comisión de Asuntos Indígenas, para su conocimiento.



PRESUPUESTO DE EGRESOS, 2009

El Secretario diputado José Manuel del Río Virgen : «Escudo.--- Poder Legislativo.--- Gobierno del Estado de Hidalgo.

Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.--- Presentes.

Los diputados integrantes de la Sexagésima Legislatura emitieron acuerdo económico, relativo al planteamiento rea- lizado por el diputado David Reyes Santamaría, con el tema: ``Informe de la Conletur'', que fue aprobado en sesión ordinaria de esta fecha, del cual les estoy enviando copia, en suplencia de la secretaría, para conocimiento y efectos.

Sin otro particular por el momento, le reitero las seguridades de mi consideración distinguida.

Atentamente
Pachuca, Hidalgo, 9 de octubre de 2008.--- Licenciado Bertino Antonio Morales Salomón (rúbrica), secretario de Servicios Legislativos del Congreso del Estado de Hidalgo.»
«Escudo.--- Poder Legislativo.--- Gobierno del Estado de Hidalgo.

Integrantes de la Sexagésima Legislatura del Congreso del estado de Hidalgo.

El suscribe, diputado David Reyes Santamaría, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional, de la Sexagésima Legislatura del Congreso del estado, en uso de retribución que me confiere el artículo 134, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; y de conformidad con los siguientes

Antecedentes

1. Con fecha 18 de del año curso me hiciera llegar una invitación en mi carácter de presidente de la Comisión de Turismo, para asistir al XVIII Congreso Nacional de Legisladores de Turismo Conletur, que se llevó a cabo en la Ciudad de Puerto Vallarta, estado de Jalisco, del 2 al 4 de octubre, contando con la existencia de 23 diputados de 32 integramos la Conletur, participando ponentes expertos en el área turística, tales como licenciado Alejandro Moreno Medina, subsecretario de Operación Turística del gobierno federal; licenciado Miguel Torruco Márquez, presidente de la Confederación Nacional Turística; Francisco Dávila, diputado federal, secretario de la Comisión de Turismo; excelentísimo José Ignacio Korzeniak, embajador de la República Oriental de Uruguay; licenciado Rubén Fernández Mere, subdirector general de Fonatur, entre otros, con temas como ``la visión del sector turismo'', ``retos del turismo'' y ``Presupuesto'', por mencionar algunos, adquiriendo los siguientes acuerdos:

Primero. Se envió un respetuoso exhorto al titular del Ejecutivo federal, firmado por los integrantes de Conletur, solicitando que el momento de estudiar y enviar el Presupuesto de Egresos de la Federación de a la Cámara de Diputados para el Ejercicio Fiscal del año 2009, se asigne el doble del monto de la partida aprobada por el Ejercicio Fiscal del presente año, al sector turismo.

Segundo. Los 32 diputados presidentes de las Comisiones de Turismo del país enviaremos un respetuoso exhorto al Congreso de la Unión, previo acuerdo y aprobación de nuestras Legislaturas, para solicitarles en los términos precisados, al Ejecutivo federal; y

Considerando

Primero. Que el sector turístico la economía de nuestro país, es de indudable importancia, pues hoy en día es la tercera fuente productora de sus ingresos, en un renglón aún más provechoso que la industria petrolera, ya que genera 10 veces más empleo que ésta, se ha mantenido como uno de los motores fuertes de impulso en el desarrollo de nuestra economía pues México recibe alrededor de $88 mil millones de dólares en ingresos por turismo, esto es, 13 mil millones de dólares por concepto de divisas de visitantes internacionales sumados a los $75 mil millones de dólares generados por turismo nacional.

Así pues, a pesar de que el escenario económico internacional atraviesa una etapa difícil en esta materia, debido a los problemas que afectan a la aeronáutica ocasionados por la desaceleración económica de los Estados Unidos, la actividad turística nuestro país se ha mantenido e incluso aumentado por lo que se mantiene como destino turístico líder en América Latina, lo anterior podemos confirmarlo tomando en cuenta los resultados y cifras del primer semestre de este año, que nos muestran un incremento de 17 por ciento de lo captado en el periodo igual que el año pasado.

Segundo. Que es importante seguir impulsando el turismo como una opción real y objetiva para nuestro desarrollo social y económico, así que reconocemos ampliamente el interés manifiesto en asignar más recursos al sector turístico por parte del gobierno federal, de igual forma la participación del honorable Congreso de la Unión en la aprobación del proyecto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal del presente año, en el que se contemplo una importante incremento para el turismo pues aumentó de mil 2.7 millones de pesos, 2 mil 927.6 millones de pesos que después de las respectivas ampliaciones y reasignaciones se aprobó un gasto total de 3 mil 382.4 millones de pesos.

Esto, según la información entregada por el Secretario de Turismo del gobierno federal, durante su comparecencia en días pasados ante la Comisión del Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara del honorable Congreso de la Unión, sobre las diversas acciones presupuestales de la dependencia, manifestó que el recurso ejercido en los primeros seis meses del año fue de 2 mil 157 millones de pesos, del cual el 90 por ciento de estos recursos han sido asignados a las entidades del sector, Estados y Municipios, ya que son quienes requieren mayor apoyo para renovar, variar e impulsar esta actividad generadora de empleo y desarrollo.

Tercero. Que por otra parte, cerca cristalizó al Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur), organismo responsable de la planeación, desarrollo y promoción de los proyectos turísticos sustentables de impacto nacional, crea-do para el fomento y capacitación del sector, además se está poniendo en marcha la apertura de nuevos puntos y corredores turísticos no sólo en destinos de playa sin hacia diversas zonas alternativas al interior del país para el desa-rrollo de los productos turísticos, pues se han insistido en la importancia de diversificar y multiplicar la oferta turística de la nación.

Cuarto. Que como ya se comentó con anterioridad, la mala situación económica del país del norte puede traer repercusiones negativas al turismo, por lo que a partir de este segundo semestre del año se incrementaron varias acciones para contrarrestar dichos efectos, tal operación consiste en términos muy generales, en el lanzamiento de una campaña publicitaria intensa en los dos países, el ofrecimiento en las fronteras de tours por el interior del país, además un portal en Internet que concentre toda la oferta turística de México en el que puedan planear, reservar y pagar sus viajes con total garantía y seguridad, así también se trabaja en el mejoramiento de aeropuertos para ofrecer mejor servicio a los usuarios.

Quinto. Que en resumen, México cuenta con importantes ventajas para el desarrollo de esta actividad, como con su ubicación geográfica cercana a Estados Unidos y Canadá y la localización de algunos de sus puertos en la zona del Caribe, así como sus riquezas naturales, culturales y gastronómicas, por lo que ofertando productos de calidad, competitivos para atraer a los turistas y sumando esfuerzos para capacitar a los municipios a manejar en forma adecuada el ascendente número de visitantes y los mecanismo para hacer llegar los beneficios a sus comunidades, podremos obtener resultados muy favorables, aún más de los que hasta hoy hemos alcanzado.

Sexto. Que es por ello que consideramos oportuno que esta asamblea representativa se una en la búsqueda de soluciones y nuevas alternativas para el sector turístico, pues es nuestro deber invertir en el desarrollo y planificación de acciones para el turismo en nuestra nación.

Séptimo. Que, de igual forma, sabedores de la crisis mundial y máxime la del país vecino de norte, seguramente se quedarán sin trabajo muchos de nuestros conciudadanos que se encuentran en aquel país, vayamos pues generando las condiciones para su regreso y démosles a través del turismo, la oportunidad de obtener un empleo en esta industria que no contamina y tenerlos de regreso con sus familias y más aun lograr que nuestros hermanos no sigan emigrando a aquel país, buscando oportunidades de trabajo y que muchas de las veces pierden hasta la propia vida por intentarlo.

Octavo. Que por tal motivo y con fundamento en el artículo 136 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, me permito solicitar la votación de este acuerdo económico, en esta misma sesión, debido a que el titular del Poder Ejecutivo ya envío la propuesta del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal del año 2009 y el tiempo apremia.

En base a lo expuesto y con fundamento en lo que establecen los artículos 55 de la Constitución Política del Estado y 133, 134, 135, 137, 138, y 139 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, me permito someter a su consideración el siguiente:

Acuerdo Económico

Primero. Los ciudadanos diputados integrantes de la Sexagésima Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, exhortamos a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para que al momento de estudiar y aprobar en su caso, el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009 se asigne el doble del monto de la partida aprobada para el ejercicio fiscal del presente año, al sector turístico, en el entendido que de aprobarse dicho incremento, venga debidamente etiquetado para su pronta aplicación.

Segundo. A efecto de lo anterior, gírese oficio a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, anexando copia de este documento, para los efectos precisados.

Dado en el Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, a los nueve días del mes de octubre del año dos mil ocho.--- Diputado David Reyes Santamaría (rúbrica).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.



PRESUPUESTO DE EGRESOS 2009

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Asamblea Legislativa del Distrito Federal.--- IV Legislatura.

Diputado César Horacio Duarte Jáquez , Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presente.

Por este conducto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 42 fracción XXV del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10 fracción XXI, 36 fracciones V y XX de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, me permito hacer de su conocimiento que el pleno de la asamblea legislativa del Distrito Federal, en sesión celebrada en la fecha citada al rubro, resolvió aprobar el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se solicita respetuosamente a la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, la inclusión en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, de los recursos necesarios para llevar a cabo los estudios técnicos y las obras para la ampliación de la línea B a la estación Colegio Militar de la línea 2 del mismo sistema, recursos que deberán quedar debidamente etiquetados en el ramo 23, dentro del Fondo Metropolitano de Impacto Ambiental en el Valle de México.

Lo anterior para los efectos correspondientes, anexo al presente sírvase encontrar copia del punto de acuerdo en comento.

Sin otro particular, reitero a usted mi consideración distinguida.

Atentamente
Recinto legislativo, 14 de octubre de 2008.--- Diputado Samuel Hernández Abarca (rúbrica), Vicepresidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Asamblea Legislativa del Distrito Federal.--- IV Legislatura.

Diputado Martín Carlos Olavarrieta Maldonado, Presidente de la Mesa Directiva de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, IV Legislatura.--- Presente.

Fernando Espino Arévalo, diputado de la IV Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, como integrante del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza, con fundamento en el artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno de esta soberanía el siguiente punto de acuerdo, por medio del cual la Asamblea Legislativa del Distrito Federal emite un atento exhorto a la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para que asigne los recursos necesarios para llevar a cabo la ampliación de la línea B del Sistema de Transporte Colectivo Metro, de acuerdo a la siguiente

Exposición de Motivos

El Anáhuac era la región más transparente y poseedora del cielo más azul. Esta afirmación romántica responde a una característica geográfica auténtica, pues era un valle lacustre de extraordinaria belleza que sedujo a primera vista a todos aquellos que lograron divisarlo.

Esto también hipnotizó a las tribus de Tenoch quienes encontraron en un islote el cumplimiento de su profecía, fundando aquí la omnipotente ciudad de Tenochtitlán, la más grande, la más poblada y la más hermosa.

Esta grandeza también tenía sus bemoles, pues al tener una de las poblaciones más grandes de Mesoamérica e incluso de varias ciudades europeas, tenía que resolver las necesidades de sus pobladores como vías de acceso desde los diferentes puntos de la región, seguridad, recolección de basura, etc., etc.

Sin embargo, esta condición desde entonces y hasta nuestros días no ha cambiado, pues la ciudad sigue teniendo una de las poblaciones más grandes del mundo y en consecuencia también varios de los problemas de antaño.

Desafortunadamente el incremento que la población ha registrado de manera desordenada, hacia los municipios conurbados del Estado de México, borrando con ello cualquier límite posible. Lo que ha dado origen a la mancha urbana conocida como zona metropolitana del valle de México (ZMVM), que tiene una superficie cercana a los cinco mil kilómetros cuadrados, en donde habitan más de 20 millones de personas, que continuamente demandan mejores servicios públicos al Estado.

De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), en dicha zona se registran 36 millones de viajes, de los cuales se estima que el 56.6 por ciento son en el Distrito Federal, mientras que el 22.9 por ciento se efectúan en los municipios conurbados del Estado de México.

Es de notar que la población que se traslada del Distrito Federal al Estado de México y viceversa, se calcula en 4 millones de personas, que representan un 20.5 por ciento de los viajes metropolitanos por día, cifra por demás impactante si consideramos la pobre calidad en la infraestructura urbana de la región, ocasionando, en consecuencia, congestionamientos viales y contaminación ambiental con graves alcances.

Específicamente, en el caso de la región norte de la ZMVM los problemas y riesgos que las delegaciones Cuauhtémoc y Azcapotzalco del Distrito Federal, y los municipios conurbados de Tlalnepantla, Tultitlán, Cuautitlán y Cuautitlan Izcalli del Estado de México, que en suma cuentan con cuatro millones de personas son innumerables, por las características geográficas, demográficas y la mala calidad de los servicios público, sobre todo aquellos relacionados al transporte público.

Para dar respuesta a la problemática de la región, derivado de diversos estudios se llegó a la conclusión de que se requiere la construcción de medios de transporte masivo, que además de no emitir contaminantes fueran suficientes, cómodos y seguros, circunstancia que dio lugar a la creación del Plan de ferrocarriles suburbanos para zona metropolitana, lo que se puso en práctica con la construcción de la primera línea que inicia operaciones en julio de 2008, cubriendo la ruta Buenavista-Cuautitlán, trayecto en el cual se busca atender a más de 100 millones de usuarios al año.

Estas obras traerán múltiples beneficios dentro de los que destacan la disminución de horas-hombre perdidas en el tráfico, ahorro en los costos de traslado y mejoramiento en las condiciones ambientales.

Estos beneficios abarcarán no sólo a los municipios de Tlalnepantla, Tultitlán, Cuautitlán y Cuautitlán Izcalli, del Estado de México, y las delegaciones Cuauhtémoc y Azcapotzalco, del Distrito Federal, sino que su impacto abarcará a toda la ZMVM.

En la primera etapa la longitud de la primera línea contempla 27 kilómetros, cuyo recorrido se efectúa en 23 minutos. Está integrado por cinco estaciones de paso ubicadas en Tultitlán, Lechería, San Rafael, Tlanepantla y Fortuna. A su vez, cuenta con dos terminales, una en Cuautitlán y otra en Buenavista.

La frecuencia para el arribo de los trenes es de seis minutos en las horas pico, con tarifas de 4.14 y 9.49 pesos, para recorridos cortos y largos, respectivamente. Cada tren esta compuesto de ocho carros con capacidad para transportar a 2 mil 224 personas.

Con este proyecto se pretende controlar los niveles de contaminación que generan los vehículos particulares, ya que representan el 50 por cineto de las emisiones del sector transportes, reducir los congestionamientos viales, los accidentes vehiculares y estimular el crecimiento y desarrollo económico de la región norte de la ZMVM.

Cabe agregar, que la ruta del ferrocarril suburbano estará interconectada con el Metro, a través de la estación Fortuna y la terminal Buenavista de aquel, así como con la estación Ferrería de la línea 6 y la terminal Buenavista de la línea B del Metro, respectivamente.

Es de notar que la línea B tiene el cuarto lugar de afluencia en el Metro, con 121 millones 413 mil 107 usuarios transportados al año (2006), lo que implica que con el funcionamiento del ferrocarril suburbano, que se tiene previsto que atienda a 100 millones de usuarios al año, la estación de correspondencia entre ambos sistemas de transporte, Buenavista, concentrará a miles de pasajeros por día, lo que se podría convertir en un caos en el traslado de las mismas, degradando las condiciones de seguridad y calidad del servicio.

Esto se vuelve aun más preocupante si consideramos que la línea B está incrementando su capacidad en un 1.9 por ciento de usuarios al año, por lo que, de resolverse este problema se evitará un cuello de botella, con efectos contraproducentes.

Por tal motivo, con esta propuesta planteamos la necesidad de realizar la ampliación de la línea B del Metro, de tal forma que la estación Buenavista pueda ser interconectada con la estación Colegio Militar de la línea 2, para brindarle a los usuarios otras opciones de traslado hacia Cuatro Caminos o, en sentido contrario, hacia el centro y sur de la ciudad.

La ampliación sugerida obedece al comportamiento que ha registrado la línea 2 del Metro, pues ha mostrado un decremento anual del 3.2 por ciento en el traslado de pasajeros, lo que se compensa en el incremento de pasajeros del ferrocarril suburbano, aliviando la enorme demanda que enfrenta la línea B. Además, este proyecto se encuentra previsto en el Plan maestro del Metro y trenes ligeros del Gobierno del Distrito Federal.

Bajo estas premisas, el ferrocarril suburbano garantizaría a los pasajeros, mayores opciones de transbordo con las líneas del Metro, facilitando la distribución de su demanda de transportación de forma ordenada y cómoda.

Con esta propuesta, los 332 mil 639 usuarios que diariamente utilizan la línea B del Metro, aunados a los 320 mil que, se estima, transporta el ferrocarril suburbano, podrán elegir la ruta que más les convenga, tanto en términos de ahorro de tiempo como de dinero.

El Plan maestro del Metro y trenes ligeros del Gobierno del Distrito Federal, versión 1996, establece que las investigaciones y estudios técnicos los deberán realizar empresas y profesionales especializados, con los que contamos, y que avalan lo antes solicitado.

No omito comentar que la propuesta que se plantea obedece y tiene un impacto y carácter eminentemente metropolitano, en razón de que a partir del año 2006 fue reactivada la Comisión Ejecutiva de Coordinación Metropolitana, y es el Congreso de la Unión el responsable de asignar los recursos para que se ejecuten las obras que tengan ese carácter; hecho que nos lleva a solicitar a la honorable Cámara de Diputados que se analice y evalúe, en sus méritos, la necesidad de realizar la ampliación de la línea B de Sistema de Transporte Colectivo Metro, para mitigar el impacto de una gran obra metropolitana como lo es el ferrocarril suburbano.

Por lo expuesto y fundamentado en los preceptos legales invocados, el suscrito diputado Fernando Espino Arévalo, como integrante del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza, somete a la consideración del Pleno de esta soberanía el siguiente punto de acuerdo por medio del cual Asamblea Legislativa del Distrito Federal emite un atento exhorto a la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para que asigne los recursos necesarios para llevar a cabo la ampliación de la línea B del Sistema de Transporte Colectivo Metro, para lo cual se emite el siguiente

Acuerdo

Único. Que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal respetuosamente solicite a la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, la inclusión, en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, de los recursos necesarios, para llevar a cabo los estudios técnicos y las obras para la ampliación de la línea B del Sistema de Transporte Colectivo Metro, de la estación Buenavista de la línea B a la estación Colegio Militar de la línea 2 del mismo sistema, recursos que deberán quedar debidamente etiquetados en el ramo 23, dentro del Fondo Metropolitano de Impacto Ambiental en el Valle de México.

Dado en el Palacio Legislativo de Donceles y Allende, a 14 de octubre.--- Diputado Fernando Espino Arévalo (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Asamblea Legislativa del Distrito Federal.--- IV Legislatura.

Diputado César Duarte Jáquez, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.--- Presente.

Por este conducto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 42 fracción XXV del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10 fracción XXI, 36 fracciones V y XX de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, me permito hacer de su conocimiento que el Pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en sesión celebrada en la fecha citada al rubro, resolvió aprobar el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se hace un atento exhorto a la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, para que, en el pleno uso de sus atribuciones, asigne en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009, los recursos necesarios dentro del Fondo Metropolitano de Proyectos de Impacto Ambiental en el Valle de México, para la ampliación de la Línea 3 del Sistema de Transporte Colectivo Metro, de Indios Verdes al municipio de Ecatepec, en el estado de México; proyecto en el que se deberá considerar la construcción de un Centro de Transferencia Modal en la estación terminal.

Lo anterior para los efectos correspondientes, anexo al presente sírvase encontrar copia del punto de acuerdo en comento.

Sin otro particular, reitero a usted mi consideración distinguida.

Atentamente
Recinto Legislativo, a 14 de octubre de 2008.--- Diputado Samuel Hernández Abarca (rúbrica), Vicepresidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Asamblea Legislativa del Distrito Federal.--- IV Legislatura.

Diputado Martín Carlos Olavarrieta Maldonado, Presidente de la Mesa Directiva de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal de la IV Legislatura.--- Presente

Fernando Espino Arévalo, diputado de la IV Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza, con fundamento en el artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del Pleno de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo por medio del cual la Asamblea Legislativa del Distrito Federal emita un atento exhorto a la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para que asigne los recursos necesarios para la ampliación de la Línea 3 del Sistema de Transporte Colectivo Metro, de acuerdo a la siguiente

Exposición de Motivos

La Ciudad de México fundada en el año 1356 bajo el nombre de México-Tenochtitlan por los aztecas y desde esa fecha fue la capital, primero del Imperio Mexica, después del Virreinato de la Nueva España, posteriormente del Imperio Mexicano y finalmente de los Estados Unidos Mexicanos.

En este sitio de gran belleza y en la inmensidad de sus lagos, a los que los aztecas ``chinampearon'', metro a metro, hasta convertirla en la reina del Anáhuac y posteriormente en la ciudad que albergó el corazón y cerebro del imperio más extenso y poderoso de Mesoamérica, empresa incomparable en la historia del hombre que evidencia la vocación constructora de los aztecas, se edificaban 78 templos y recintos de gobierno y se dispuso de cuatro accesos cardinales, o calzadas, los primeros ejes viales en la ciudad, construidos sobre los lagos que comunicaban la isla con tierra firme.

Tenochtitlan, capital del Imperio Azteca, hoy Ciudad de México, el centro económico, social, cultural y político del país, que desde esos tiempos tenía una población superior a los 500 mil habitantes, población aun mayor que la de muchas ciudades de España y de Europa, representaba por este motivo muchos problemas por resolver como el transporte de mercancías, control de plagas, etcétera.

Hoy esta ciudad es una mancha urbana comprendida entre el Distrito Federal y el estado de México comúnmente llamada zona metropolitana del valle de México, con un radio de 100 kilómetros que comprende una concentración demográfica de 20 millones de personas, apenas por debajo de Sao Paulo en Brasil y Tokio en Japón, experimenta una gran dinámica socioeconómica que requiere de una acción coordinada de personas e instituciones para enfrentar sus necesidades básicas.

Actualmente, el efecto del acelerado crecimiento de la mancha urbana se ha manifestado de diversas formas, entre otras, la pérdida de millones de horas-hombre que se producen por la falta de una adecuada infraestructura y medios de transporte público, para quienes tienen la necesidad de trasladarse de los municipios conurbados del estado de México hacia el Distrito Federal o a la inversa, por causas diversas, sean éstas de trabajo, negocios, esparcimiento, estudios, entre otros.

Según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), el Distrito Federal mantendrá su población estable durante los próximos en 20 años, mientras que los municipios conurbados del estado de México duplicarán su población en el mismo periodo, este crecimiento poblacional, necesariamente, deberá de ir acompañado de un incremento en la infraestructura y servicios públicos que el gobierno oferta para todos los habitantes, por lo que hoy deben converger el esfuerzo y apoyo de los tres niveles de gobierno para hacer frente de forma coordinada y planeada, el gran cúmulo de necesidades de la población de la zona referida.

Lo antes expresado adquiere mayor relevancia si se considera que el proceso de urbanización en el estado de México, está definido por factores de índole demográfico y social; lo que ha provocado asentamientos irregulares en zonas no propicias para el desarrollo urbano, que presentan serias deficiencias en cuanto a la infraestructura, equipamiento, servicios, congestionamientos viales y problemas de contaminación ambiental, entre otros muchos.

Este escenario de caos y desorden se ha acrecentado, desafortunadamente, por la inoperancia de los gobiernos de las entidades que colindan tanto al Distrito Federal como al estado de México, pues no han sido capaces de ofertar para sus habitantes oportunidades reales que les permitan desarrollarse y permanecer en sus lugares de origen, lo que ha repercutido en un incremento de los flujos migratorios hacia los grandes conglomerados como la zona metropolitana del valle de México (ZMVM), aparentemente, en ellas van a encontrar mejores condiciones de vida y desarrollo, propiciando irremediablemente un impactado en la vida de los habitantes de este lugar, cuya tendencia está orientada hacia un crecimiento de forma desordenada en los próximos años, derribando cualquier límite territorial entre las entidades que conforman la ZMVM.

Como consecuencia de la necesidad de traslado de los habitantes en los municipios del valle de México y puesto que ésta no está siendo atendida por las instancias responsables, se está manifestando un fenómeno de crecimiento vertiginoso de medios de transporte poco convencionales como los bicitaxis, miles de taxis y colectivos que se adentran al Distrito Federal contribuyendo al caótico tránsito de la capital.

Esta crítica situación del transporte público en la ZMVM, es el resultado de un crecimiento de la población que, como lo hemos venido apuntando, se produce de forma desordenada y exponencial, aunado a la ausencia total de planeación en la materia, situación que debemos corregir en beneficio de una gran cantidad de personas, para lo cual ambas entidades federativas deberán buscar los consensos necesarios a efecto de contar en el corto y mediano plazo con un plan rector de transporte masivo para el área conurbada, con el fin de abatir los índices de contaminación y ofrecer un traslado económico, ágil, eficiente y seguro, para este conglomerado poblacional.

Esta gran explosión demográfica se reflejó en el censo de población del año 2000, donde el estado de México, contaba con más de 13 millones 100 mil habitantes, y para 2005 se suman a esta cantidad 1 millón más, lo que se traduce en un incremento de casi 10 por ciento en 5 años.

Cabe resaltar que son los municipios del estado de México los que mayor crecimiento poblacional tienen a nivel nacional, ya que de acuerdo con el Inegi, del año 2000 al año 2005 llegaron a vivir a ésta entidad 417 mil 413 personas de las diversas regiones del país, de las cuales más del 67 por ciento procedían del Distrito Federal.

Para el año 2010, a nivel metropolitano, se estima una población de 20.2 millones de habitantes, de los que el 57 por ciento estará ubicado en los municipios conurbados del Estado de México y el 43 por ciento restante en el Distrito Federal. La población en el área de influencia regional se estima en 5 millones de personas, lo que suma en la región metropolitana 25.2 millones de habitantes.

La zona norte del Distrito Federal colindante con el estado de México, donde debemos subrayar que existe una de las mayores concentraciones de personas con un ritmo de crecimiento poblacional bastante acelerado, la cual abarca a los municipios de Tlanepantla y Ecatepec como áreas de mayor influencia.

Estos aglutinan a 2 millones 372 mil 066 habitantes, según censo del Inegi del año 2005, con un ritmo de crecimiento del orden de 3.22 por ciento anual, concentrando más del 17 por ciento de los habitantes de los municipios mexiquenses que integran el área metropolitana del valle de México.

La localización geográfica de estos municipios es estratégica, debido a que es paso obligado de personas, bienes y productos provenientes de más de una docena de municipios metropolitanos colindantes del oriente y norte, como Coacalco y Técamac, Texcoco, entre otros.

Con relación a las condiciones ambientales que prevalecen en la región, debemos apuntar que, de acuerdo con los registros del inventario de emisiones contaminantes de los municipios conurbados pertenecientes al estado de México, en el año 2002, las fuentes móviles arrojaron a la atmósfera 1 mil 949 toneladas de bióxido de azufre; 832 mil 806 toneladas de monóxido de carbono y 49 mil 944 toneladas de óxidos de nitrógeno, entre otros, correspondiéndoles de manera específica, a Tlalnepantla y Ecatepec realizar una contribución de entre 946 a 2 mil 994 toneladas de monóxido de carbono; entre 133 a 466 toneladas de los óxidos de nitrógeno y entre 111 a 302 toneladas de bióxido de azufre.

Arrojar ésta gran carga de contaminantes al medio ambiente, deteriora consecuentemente la salud de las personas y sus condiciones de vida, por lo que, mejorar la calidad del aire que respiramos, es uno de los desafíos que más convoca el interés y la preocupación de quienes habitamos en la zona metropolitana del valle de México.

Ante este panorama desolador de altos niveles de contaminación, permanentes congestionamientos vehiculares y una oferta de transporte público muy deteriorado, estamos obligados a buscar otros medios y alternativas que nos permitan solucionar los problemas de este caótico escenario, en virtud de que los transportes de baja capacidad ya demostraron su inoperancia, debemos apostar por aquellas opciones de mediana y alta capacidad para afrontar la gran demanda de transporte en la ZMVM.

Bajo esta premisa debemos decir que el Metro de la Ciudad de México, con creces, ha demostrado ser la solución para el movimiento de grandes conglomerados en el Distrito Federal. Más aún si consideramos la problemática se genera en torno el Centro de Transferencia Modal Indios Verdes, ubicado en la delegación Gustavo A. Madero, al que confluye un parque vehicular diario de 2 mil 898 unidades, con una afluencia de 1 millón de usuarios en un terreno de aproximadamente 108 mil metros cuadrados, el cual desde hace algunos lustros esta siendo sobre explotado por la demanda existente, donde el 98 por ciento del transporte tiene su origen y destino en el estado de México.

Por lo anterior, es inaplazable realizar las acciones necesarias para concretar la ampliación de la Línea 3 del Sistema de Transporte Colectivo Metro, trasladando el actual paradero de Indios Verdes hacia las colindancias entre los municipios de Tlanepantla y Ecatepec en el estado de México, concretamente en la población de Santa Clara, porque es precisamente aquí donde se encuentra el área óptima para la construcción de las vías de garage necesarias para el estacionamiento de los trenes.

No obstante que la ampliación propuesta abarca tan sólo 4.5 kilómetros, su trascendencia e impacto es de gran envergadura, pues al trasladar la terminal de la Línea 3 del Metro, de Indios Verdes a Santa Clara en Ecatepec, se beneficiarían no sólo los sectores más desfavorecidos de la región, sino además disminuirán las emisiones contaminantes al ambiente, se evitaran los congestionamientos vehiculares de las zona de Indios Verdes y se logrará ahorrar millones de horas hombre diariamente.

Finalmente, apuntaremos que el 7 de octubre de 2005 los gobiernos federal, del estado de México y del Distrito Federal signaron un convenio para llevar a cabo la reinstalación de la Comisión Ejecutiva de Coordinación Metropolitana, derivado de lo anterior en diciembre de 2005 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, en el cual se autorizó dentro del Ramo 23, recursos por 1 mil millones de pesos moneda nacional, para la creación del Fondo Metropolitano de Proyectos de Impacto Ambiental en el Valle de México, y a esta aportación necesariamente debió corresponder, otras tantas, de parte de ambas entidades federativas, con lo cual el fondo se vio incrementado; debemos recalcar, en este contexto que la propuesta que estamos sometiendo a la consideración de esta soberanía, perfectamente encuadra en los requisitos que se imponen para acceder a los recursos del citado Fondo Metropolitano, pues su gran impacto social y ambiental es más que evidente.

Es necesario comentar que la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, aprobó en el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para los ejercicios fiscales de 2007 y 2008, una partida presupuestal, para el Fondo Metropolitano recursos con los que ha sido posible realizar importantes obras para beneficio de los habitantes de la región en comento.

Por lo expuesto y fundamentado en los preceptos legales invocados, el suscrito diputado Fernando Espino Arévalo, como integrante del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza del Distrito Federal, somete a la consideración del Pleno de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo por medio del cual la Asamblea Legislativa del Distrito Federal emita un atento exhorto a la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para que asigne los recursos necesarios para la ampliación de la Línea 3 del Sistema de Transporte Colectivo Metro, para lo cual se emite el siguiente

Acuerdo

Único. Que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal emita un atento exhorto a la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, para que ésta, en pleno uso de sus atribuciones, asigne en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009, los recursos necesarios dentro del Fondo Metropolitano de Proyectos de Impacto Ambiental en el Valle de México, para la ampliación de la Línea 3 del Sistema de Transporte Colectivo Metro, de Indios Verdes a Ecatepec, en el estado de México; proyecto en el que se deberá considerar la construcción de un centro de transferencia modal en la estación terminal.

Dado en el Palacio Legislativo de Donceles y Allende a 14 de octubre de 2008.--- Diputado Fernando Espino Arévalo (rúbrica).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Túrnense a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.



ARTICULO 4 CONSTITUCIONAL

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Asamblea Legislativa del Distrito Federal.--- IV Legislatura.

Diputado César Duarte Jáquez, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presente.

Por este conducto, y con fundamento por lo dispuesto en los artículos 42, fracción XXV, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10, fracción XXI, y 36, fracciones V y XX, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, me permito hacer de su conocimiento que el Pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en sesión celebrada en la fecha citada al rubro, resolvió aprobar el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente a la honorable Congreso de la Unión a reformar el primer párrafo del artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, considerando, para efectos de la materia de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, la siguiente redacción:

Artículo 4. El hombre y la mujer son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de la familia. El Estado garantizará el ejercicio de la soberanía, mediante la inclusión de los principios de equidad y perspectiva de género, de manera transversal, a través de acciones afirmativas que garanticen la igualdad sustantiva entre hombres y mujeres, en los ámbitos de competencia de los Ejecutivos, Legislativos y Judiciales, tanto federal como locales.

Lo anterior para los efectos correspondientes; anexo al presente, sírvase encontrar copia del punto de acuerdo en comento.

Sin otro particular, reitero a usted mi consideración distinguida.

Atentamente
Recinto Legislativo, a 16 de octubre de 2008.--- Diputado Samuel Hernández Abarca (rúbrica), Vicepresidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Asamblea Legislativa del Distrito Federal.--- IV Legislatura.

Diputado Martín Carlos Olavarrieta Maldonado, Presidente de la Mesa Directiva de Asamblea Legislativa del Distrito Federal de la IV Legislatura.--- Presente.

La suscrita, diputada a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento por lo dispuesto en los artículos 17, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, y 133 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, somete a consideración de esta soberanía la propuesta con punto de acuerdo para exhortar respetuosamente al Congreso de la Unión a reformar el artículo 4o. constitucional, en materia de igualdad sustantiva entre hombres y mujeres, conforme a los siguientes

Antecedentes

El 3 de abril de 2007, ante el Pleno de la Asamblea Legislativa, presenté iniciativa de reformas al artículo 4o. constitucional, en materia de igualdad sustantiva entre hombres y mujeres.

Dicha iniciativa fue turnada, para su análisis y discusión, a las Comisiones de Normatividad Legislativa, Estudios y Prácticas Parlamentarias, y de Equidad y Género para la elaboración del dictamen.

Y me permitiré hacer referencia de los principales argumentos vertidos en aquella iniciativa. Jurídicamente, el hombre y la mujer son iguales ante la ley, establece el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; sin embargo, en la realidad no podemos hacer caso omiso que desde la mera concepción del ser humano, hombres y mujeres somos sumamente diferentes.

Biológica, genética, psicosexual y emocionalmente contamos con grandes diferencias unas con otros, por lo que debemos procurar que la igualdad sustantiva que plantea el primer párrafo del artículo 4o. constitucional vaya más allá de una frase discursiva que pretenda establecer criterios de igualdad ante la ley.

La perspectiva y la equidad de género, en recientes fechas, ha sido abordado en diversos foros del ámbito internacional, dando en consecuencia la creación de diversas convenciones y documentos que obligan a los Estados parte a establecer, desde sus más altos y generales marcos jurídicos hasta los más específicos reglamentos operativos de una ley, criterios y principios, a fin de asegurar la creación y la aplicación de políticas públicas, la inclusión y el acceso a oportunidades, tanto a hombres como a mujeres.

La cuarta Conferencia mundial sobre la mujer de Beijín 1995, convocada por la Organización de las Naciones Unidas; la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; la Convención para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer --también conocida como Convención Belem do Pará (Brasil 1994)--, entre otras, hacen referencia a la necesidad de establecer igualdad sustantiva en los marcos legales y políticas públicas de los Estados firmantes.

Hoy día, tanto a nivel federal como a nivel local, han sido creados diversos marcos normativos relativos a la materia, tales como la Ley del Instituto Nacional de la Mujer, la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal, la Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación del Distrito Federal, y la reciente Ley de Igualdad Sustantiva para Mujeres y Hombres del Distrito Federal.

Es por ello imperante elevar la materia de equidad de género e igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres, para hacer efectiva la garantía de igualdad, consagrada en el artículo 4o. de nuestra Carta Magna, a rango constitucional.

Uno de los principales factores que ha generado esa distinción entre hombres y mujeres consiste en la teoría planteada por el jurista italiano Luigi Ferrajoli, quien establece que las diferencias no se valorizan ni se desvalorizan, no se tutelan ni se reprimen, no se protegen ni se violan, sino simplemente se les ignora; y, en consecuencia, se ignora a quienes son titulares de dichos derechos y acceso a oportunidades: las mujeres.

No es exclusivo de los hombres el fenómeno de la discriminación hacia la mujer, sino que tanto aquéllos como nosotras somos copartícipes, corresponsables de ella, a través del no ejercicio de esos derechos, a través de la sumisión ante los convencionalismos sociales, a través de la humillación y el descrédito que nosotras mismas generamos.

Por tanto, igualmente es corresponsabilidad y coparticipación de todas y todos generar esos espacios en los que la participación de la mujer funja un papel sumamente importante en los ámbitos, no sólo familiar, sino político, cultural, social y económico.

Aun cuando existen grandes avances a nivel legislativo en la creación de marcos jurídicos que incluyan o generen acciones afirmativas en sí mismo, o en otros textos legales, no es exclusivo ni garante de esa igualdad sustantiva la simple inclusión de ellas en un texto, sino que en la práctica debemos fomentar, proteger y asegurar ese tratamiento igual hacia las mujeres por parte de los hombres y de las mujeres.

Debemos atender a las voces del pasado que abrieron brecha en la incesante lucha por ocupar espacios, por ser escuchadas, por generar evolución en los esquemas sociales y que hoy día transmitieron la estafeta y la responsabilidad a esta generación, para que continuáramos con esa loable labor e hiciéramos lo mismo ante las generaciones próximas.

Las mujeres no sólo desempeñamos ya socialmente el papel de criadora de los hijos, sino que además debemos salir a buscar el sustento de las familias, pues somos cada día más, mayormente partícipes en la vida económica.

Asimismo, en la Asamblea Legislativa hemos aprobado diversas leyes en favor de las mujeres, equiparando el ejercicio de sus derechos a los de los hombres como son la Ley de Igualdad Sustantiva entre Hombres y Mujeres del Distrito Federal, la Ley Marco que Establece los Ejes Rectores de las Políticas Públicas en Favor de las Mujeres, y la Ley para una Vida Libre de Violencia contra las Mujeres para el Distrito Federal, en las que se establecen diversas normas específicas y obligaciones de la administración pública local en protección de los derechos de las mujeres, entre otras.

En la primera se establecen conceptos de suma importancia para entender cómo la ley debe entender la igualdad entre mujeres y hombres, entre los que se encuentran los siguientes:

• Acciones afirmativas como medidas especiales de carácter temporal, correctivo, compensatorio o de promoción, encaminadas a acelerar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, aplicables en tanto subsista la desigualdad de trato y oportunidades de las mujeres respecto a los hombres. Es el término convencional y parcialmente correcto utilizado por las convenciones internacionales, ya que esas acciones afirmativas, más que de carácter temporal, deben precisar que a la larga se conviertan en perdurables y que funjan como garante de esa igualdad sustantiva como la necesidad de integrar los temas de género.
• La igualdad sustantiva, como el acceso al mismo trato y oportunidades, para el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales. Es el eje rector de la presente propuesta de reforma, el principio que debe permear a todos los ámbitos jurídicos, administrativos, legislativos y judiciales de nuestra nación.
• Equidad de género, debemos referimos al principio conforme al cual mujeres y hombres acceden con justicia e igualdad al uso, control y beneficio de los bienes, servicios, recursos y oportunidades de la sociedad, así como a la toma de decisiones en todos los ámbitos de la vida social, económica, política, social, cultural y familiar. Es el ejercicio de sus derechos plena y absolutamente concedidos, y la garantía de que quienes deben garantizar dicho principio lo hagan en sus ámbitos de competencia.
• Perspectiva de género, debemos considerar a la metodología y los mecanismos que permiten identificar, cuestionar y valorar la discriminación, la desigualdad y la exclusión de las mujeres, que se pretende justificar con base en las diferencias biológicas entre mujeres y hombres, así como las acciones que deben emprenderse para crear las condiciones de cambio que permitan avanzar en la construcción de la equidad de género, la cual requiere forzosamente de la transversalidad como herramienta metodológica para garantizar la inclusión de aquélla como eje integrador en la gama de instrumentos, políticas y prácticas de índole legislativa, ejecutiva, administrativa y reglamentaria, tendientes a la homogeneización de principios, conceptos y acciones a implantar para garantizar la concreción del principio de igualdad.

Conceptos que debieran estar incluidos en nuestro marco normativo constitucional, en la práctica y el ejercicio de los derechos fundamentales, para procurar el avance y evolución de nuestra sociedad y del esquema de pensamiento de sus integrantes.

Conceptos que podemos englobarlos en uno solo; en aquel que refiera, ejecute, obligue y garantice ese acceso de oportunidades, esas herramientas y metodología implícitas y necesarias para ello, esas medidas temporales o perdurables que generen políticas públicas integrales, ese concepto que hoy ocupa el espacio de esta propuesta: equidad de género.

Considerandos

I. Que la igualdad entre hombres y mujeres ante la ley debe ser en materia de igualdad de oportunidades y ejercicio de derechos;
II. Que aun cuando existen diferencias biológicas, psicológicas, sexuales, genéticas y emocionales entre hombres y mujeres, el diferenciarlos con base en ellas implica prácticas discriminatorias para las mujeres frente a los hombres;
III. Que las Comisiones de Normatividad Legislativa, Estudios y Prácticas Parlamentarias, y de Equidad y Género, debido a sus entendibles cargas de trabajo, no han podido reunirse para dictaminar dicha iniciativa y que con el presente exhorto se estaría coadyuvando a éstas a que se dé trámite a la reforma propuesta;
IV. Que debido a la importancia y necesidad del tema debemos encontrar e implantar como legisladores los mecanismos que permitan una resolución de los asuntos objeto de nuestra investidura, a efecto de mejorar la calidad de vida de nuestros representados;
V. Que existe un marco normativo bajo el cual todo servidor público debe regir sus acciones, siempre en favor de los gobernados a los que representa y de las funciones de su encargo; y
VI. Que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal tiene la facultad para realizar las propuestas que considere necesarias, a efecto de cumplimentar con las atribuciones que le concede el marco normativo de su competencia, de acuerdo y en referencia con las disposiciones de ésta.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, la que suscribe somete a consideración del Pleno de la Asamblea Legislativa, con carácter de urgente y obvia resolución, en términos por lo dispuesto en el artículo 133 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente al honorable Congreso de la Unión a reformar el primer párrafo del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, considerando para efectos de la materia de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres la siguiente redacción:

Artículo 4o. El hombre y la mujer son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de la familia. El Estado garantizará el ejercicio de la soberanía, mediante la inclusión de los principios de equidad y perspectiva de género, de manera transversal, a través de acciones afirmativas que garanticen la igualdad sustantiva entre hombres y mujeres, en los ámbitos de competencia de los Ejecutivos, Legislativos y Judiciales, tanto federal como locales.

...

Dado en el Recinto Legislativo de Donceles, a 16 de octubre de 2008.--- Diputados: Paula Adriana Soto Maldonado, Miguel Hernández Labastida, Jorge Triana Tena, Elvira Murillo Mendoza, Jacobo Bonilla Cedillo, Kenia López Rabadán, Agustín Castilla Marroquín, Miguel Ángel Errasti Arango, Jorge Romero Herrera, Margarita Martínez Fisher, María de la Paz Quiñones Cornejo, Daniel Ramírez del Valle, Ezequiel Rétiz Gutiérrez, Celina Saavedra Ortega, María del Carmen Segura Rangel, José Antonio Zepeda Segura (rúbricas).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Remítase a la Comisión de Puntos Constitucionales.



PRESUPUESTO DE EGRESOS, 2009

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.

Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, que establece las reglas atinentes a la discusión y votación sobre el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009

Con fundamento en el artículo 38, numeral 1, inciso a) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos se permite someter a la consideración del Pleno el siguiente acuerdo parlamentario que establece las reglas para la discusión y votación relativas al proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009

Considerando

I. Que la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos tiene facultades para establecer las formas que seguirán los debates, discusiones y deliberaciones en las sesiones del Pleno.

II. Que el artículo 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que la Cámara de Diputados debe aprobar anualmente, previo examen, discusión y, en su caso, modificación del respectivo proyecto, el Presupuesto de Egresos de la Federación, de tal manera que pueda ejercerse a partir del 1 de enero del año siguiente.

III. Que, con fundamento en el artículo 74, fracción IV, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Ejecutivo federal hizo llegar a la Cámara de Diputados, el pasado 8 de septiembre, el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009.

IV. Que en sesión celebrada el 9 de septiembre de 2008 se dio cuenta con el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, y que en sesión de fecha 9 de octubre de 2008, se dio cuenta con documento signado por el licenciado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, mediante el cual somete a la consideración del Congreso de la Unión, la revisión de los supuestos del marco macroeconómico, así como las estimaciones de ingresos y gastos previstos en el Paquete Económico para el ejercicio fiscal de 2009.

V. Que el artículo 74, fracción IV, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone que la Cámara de Diputados deberá aprobar el Presupuesto de Egresos de la Federación a más tardar el 15 de noviembre.

VI. Que el artículo 42, fracción VIII, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, establece los principios que deberán observar los legisladores en el proceso de examen, discusión, modificación y aprobación de Presupuesto de Egresos de la Federación.

VII. Que en la legislación mexicana vigente, en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se reconoce el principio de que el Pleno es el órgano supremo y puede, por tanto, en casos extraordinarios, dispensar los trámites ordinarios a que queda sujeto un dictamen, tanto por lo que se refiere a los tiempos establecidos para la publicación, como a su lectura previa, motivado por la urgente resolución para la discusión de un dictamen.

VIII. Que, en consecuencia, se considera necesario establecer reglas para la expedita discusión y votación del dictamen, con el objeto de cumplir en tiempo y forma el deber constitucional de la Cámara de Diputados de aprobar el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Por lo anterior, de conformidad con los artículos 74, fracción IV, y 77, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos 39 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 38, numeral 1, inciso a) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 59, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y vigésimo segundo del acuerdo parlamentario relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación de la Cámara de Diputados, del 26 de septiembre de 2006, se expiden las siguientes

Reglas para la discusión y votación relativas al proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009

Primera. El objeto único del presente acuerdo es determinar la forma y términos en que se discutirá y votará en sesión del Pleno de la Cámara de Diputados el dictamen con proyecto de decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009.

Segunda. Tanto el dictamen como el voto particular, si lo hubiere, publicados en cualquier momento, se considerarán de urgente resolución y tendrán dispensa de trámites en cuanto a sus lecturas.

Tercera. La discusión en lo general se llevará a cabo conforme a lo siguiente:

I. Podrá hacer uso de la palabra para fijar su posición, hasta por 5 minutos, un orador por cada grupo parlamentario. Estas intervenciones se realizarán en orden creciente en razón del número de diputados de cada grupo partidista.
II. Para hablar en contra o en pro del dictamen, se abrirá una ronda de intervenciones de dos oradores en cada sentido, quienes harán uso de la palabra hasta por 5 minutos cada uno.
III. Acto seguido, se consultará al Pleno, de conformidad con el artículo 133 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, si se reservan artículos y anexos o ambos del dictamen para su discusión en lo particular. En este caso, los diputados deberán precisar con exactitud el párrafo, fracción o inciso de los artículos, o el rubro, ramo, programa, partida o concepto de los anexos que reservaren, o bien, los artículos que se pretendieran adicionar al proyecto de decreto.
IV. Una vez que la primera Secretaría de la Mesa Directiva hubiere registrado las modificaciones que se pretendan a los artículos y anexos o ambos para su discusión en lo particular, se procederá a la votación nominal en lo general y en lo particular de los artículos y/o anexos no impugnados del proyecto de decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009.
V. Si el dictamen hubiera sido aprobado en lo general por la mayoría de los votos de los diputados presentes, se procederá a la discusión en lo particular de los artículos y anexos o ambos reservados.

Cuarta. La discusión en lo particular se llevará a cabo de la siguiente manera:

I. Harán uso de la palabra, hasta por 5 minutos cada uno, los diputados que hubieren reservado artículos y anexos o ambos, pudiendo hablar en cada caso, por el mismo tiempo, un orador en pro de los términos del dictamen. Si no hubiere propuesta de modificación o de adición, el artículo y/o anexo respectivo se reservará para su votación nominal en conjunto, en los términos del dictamen, al final de la discusión en lo particular.
II. En caso de presentarse propuestas de modificación o de adición, se cumplirá con el siguiente procedimiento:
a) Luego de la intervención del diputado que hubiere reservado el artículo y/o anexo y presentada la propuesta de modificación o de adición, así como de la intervención, en su caso, del orador en pro de los términos del dictamen, se consultará a la Asamblea en votación económica si se admite a discusión la propuesta. Si la respuesta es negativa, la propuesta se tendrá por desechada y el artículo y/o anexo en cuestión se reservará para su votación nominal en conjunto en los términos del dictamen, al final de la discusión en lo particular. Si la respuesta es afirmativa, podrán hablar, hasta por 5 minutos cada uno, un orador en pro y otro en contra de la propuesta.
En el supuesto de que la propuesta implique la creación o incremento de erogación, el diputado que la presente deberá señalar la correspondiente fuente de financiamiento, identificando el programa específico al cual deberá reducirse la asignación prevista en el dictamen para cubrir el nuevo gasto, de conformidad con lo previsto en el artículo 42 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
b) La Secretaría consultará a la asamblea en votación económica si se acepta la modificación o la adición propuesta; si la respuesta fuera negativa, se tendrá por desechada, pero si fuera afirmativa, el artículo y/o anexo de referencia se reservará para su votación nominal en conjunto, con la modificación o la adición aceptada, al término de la discusión en lo particular.
c) Se procederá a votación nominal para admitir a discusión o para aceptar modificaciones o adiciones propuestas, cuando la secretaría considere que el resultado de la votación económica respectiva no es claro, en consecuencia, la Presidencia podrá instruir la apertura del sistema electrónico de votación.
III. Agotada la discusión en lo particular, el Presidente dará lectura a la lista de los artículos reservados que se votarán en conjunto en los términos del dictamen y a la lista de los que se votarán en conjunto con la modificación o la adición aceptada, y la Secretaría recogerá en la votación nominal correspondiente. De conformidad con el artículo 148 del Reglamento para el Gobierno Interior, se podrá solicitar votación nominal por separado de un artículo y/o anexo reservado.
IV. Todas las propuestas de modificación o de adición a artículos y/o anexos considerados en el proyecto de decreto, deberán ser presentadas de conformidad con lo siguiente:
a) Deberán entregarse a la primera secretaría de la Mesa Directiva en hoja membretada, sin tachaduras ni enmendaduras, firmadas por su autor o autora.
b) Se deberá resaltar en negrillas el texto o cantidades a modificar o adicionar. Si se trata de anexos, deberá precisarse el número de los mismos, el ramo o rubro, así como el programa a que hagan referencia; aunado a lo anterior, si se tratara de la creación o incremento de erogaciones, se resaltará el programa específico al cual deberá reducirse la asignación prevista en el dictamen para cubrir el nuevo gasto.
c) La recepción de las propuestas de modificación o de adición se hará desde el inicio de la sesión y hasta que concluya el apartado de fijación de posiciones de los grupos parlamentarios en la discusión en lo general. De ninguna manera se admitirán proposiciones manuscritas o en fotocopia de la Gaceta Parlamentaria.
d) Una vez que se haya verificado que las propuestas reúnen los requisitos señalados en esta fracción, las mismas serán rubricadas, por lo menos, por la mayoría de los secretarios de la Mesa Directiva en funciones durante la sesión, a efecto de proseguir su trámite en los términos de este acuerdo. Asimismo, se entregará el acuse de recibo respectivo, debidamente rubricado por la mayoría de los secretarios de la Mesa Directiva en funciones durante la sesión, al diputado que realice la propuesta.

Quinta. Se autoriza a la Mesa Directiva de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública para que, de conformidad con los artículos 139 y 140 del Reglamento para el Gobierno Interior, realice las adecuaciones de cálculo y los ajustes de cifras y cantidades que resultaren, en plena correspondencia con las modificaciones o adiciones aprobadas por la asamblea.

Transitorios

Primero. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación por el Pleno.

Segundo. Publíquese en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro a 23 de octubre de 2008.--- Diputado César Duarte Jáquez, (rúbrica), Presidente; Diputado Héctor Larios Córdova (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Diputado Javier González Garza (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Diputado Emilio Gamboa Patrón (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Diputado Alejandro Chanona Burguete (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia; Diputada Gloria Lavara Mejía (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Diputado Ricardo Cantú Garza (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Diputada Silvia Luna Rodríguez (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza; Diputada Aída Marina Arvizu Rivas , Coordinadora del Grupo Parlamentario de Alternativa.ag»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Permítame, diputado.

Sólo para recordar a la asamblea que este acuerdo, enviado por Conferencia al pleno, contiene las reglas y los mecanismos a que habrá de sujetarse el proceso de votación y trámites del proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 2009. La importancia del tema es que todos los diputados estén atentos a que este acuerdo va a normar esa sesión. Continúe la Secretaría.

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : En votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Diputado presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Aprobado. Continúe la Secretaría.



ANALISIS II INFORME DE GOBIERNO

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se establece el procedimiento para presentar, formular y enviar al Ejecutivo federal las preguntas por escrito que la Cámara de Diputados realice con objeto de ampliar datos, en el marco del análisis del Segundo Informe de Gobierno, conforme a lo previsto en el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

La Junta de Coordinación Política de la LX Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3, numeral 1, 33 y 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y para dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 7o., numeral 4, del mismo ordenamiento, y

Considerando

I. Que de conformidad con el artículo 33 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Junta de Coordinación Política es la expresión de la pluralidad de la Cámara; por tanto, es el órgano colegiado en el que se impulsan entendimientos y convergencias políticas con las instancias y órganos que resulten necesarios a fin de alcanzar acuerdos para que el Pleno esté en condiciones de adoptar las decisiones que constitucional y legalmente le corresponden.
II. Que el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que en la apertura de sesiones ordinarias del primer periodo de cada año de ejercicio del Congreso, el presidente de la república presentará un informe por escrito, en el que manifieste el estado general que guarda la administración pública del país.
III. Que el artículo 93 constitucional prevé que los secretarios de despacho, luego que esté abierto el periodo de sesiones ordinarias, darán cuenta al Congreso del estado que guarden sus respectivos ramos, pudiendo ser citados por cualquiera de las Cámaras.
IV. Que el artículo 7o., numeral 4, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos establece que las Cámaras analizarán el informe presentado por el presidente de la república y que dicho análisis se desarrollará clasificándose por materias: política interior, política económica, política social y política exterior.
V. Que el decreto por el que se reforman los artículos 69 y 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 15 de agosto de 2008, establece la atribución de las Cámaras del Congreso de la Unión para realizar preguntas por escrito al presidente de la república y a los funcionarios del Ejecutivo federal que se citen a comparecer en el marco del análisis del Informe de Gobierno, para ampliar la información al respecto, como un mecanismo de diálogo institucional entre poderes.
VI. Que es necesario garantizar el ejercicio del derecho a remitir preguntas por escrito al Ejecutivo federal o a los titulares de las dependencias de la administración pública federal, que tienen las legisladoras y legisladores, de conformidad con los artículos 69 y 93 constitucionales, a través de un mecanismo ágil, basado en el establecimiento de disposiciones claras para la presentación y formulación de éstas.
VII. Que el l de septiembre de 2008, fecha en que inició el actual período de sesiones, el licenciado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, presentó ante el Congreso de la Unión, su Segundo Informe de Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VIII. Que para ampliar y profundizar el análisis del Segundo Informe de Gobierno del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, y en el marco de lo dispuesto en los artículos 69 y 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como del numeral 4 del artículo 70 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Cámara de Diputados aprobó la comparecencia en el Pleno de los ciudadanos Juan Camilo Mouriño Terrazo, secretario del Gobernación; Genaro García Luna, secretario de Seguridad Pública; Eduardo Medina Mora-Icaza, procurador general de la República y Alberto Jiménez Cárdenas, secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.
IX. Que en ese marco constitucional, la Cámara de Diputados aprobó, el 14 de octubre de 2008, el acuerdo relativo a las comparecencias ante comisiones de funcionarios del Ejecutivo federal para el análisis del Segundo Informe de Gobierno del presidente de la república.
X. Que pueden existir asuntos que no aparezcan en el informe o que sería necesario ampliar o aclarar, o de los que se requiera solicitar más información, por lo que es conveniente definir el momento en que los legisladores ejerzan su atribución de preguntar por escrito al Ejecutivo federal sobre las dudas que tuvieren.
XI. Que se debe establecer la normatividad al respecto, a través de un acuerdo parlamentario que instaure el procedimiento para la presentación, formulación y envío de las preguntas por escrito al Ejecutivo federal.
XII. Que los integrantes de la Junta de Coordinación Política consideran indispensable la aprobación del acuerdo parlamentario que dé certidumbre y haga posible, en ausencia de las normas secundarias pertinentes, dar cumplimiento cabal al nuevo mandato constitucional contenido en el artículo 69 relativo al análisis del informe que presentó el presidente de la república el l de septiembre del año en curso.

Con base en lo antes expuesto y con fundamento en el artículos 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 7o., 33 y 34 de la Ley Orgánica del Congreso General, la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados somete a consideración del Pleno el siguiente

Acuerdo

Primero. Una vez celebradas las comparecencias de los servidores públicos ante el Pleno y en comisiones, para el análisis del Segundo Informe de Gobierno del licenciado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, de acuerdo con lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 69 constitucional, la Cámara de Diputados podrá solicitar al presidente de la república ampliar la información contenida en el informe mediante preguntas por escrito formuladas por los grupos parlamentarios.

Segundo. La Junta de Coordinación Política hará la propuesta única de pregunta parlamentaria conforme a lo siguiente:

1. Los grupos parlamentarios formularán las preguntas por escrito, redactadas de manera sucinta y concreta, y versarán sobre el contenido del informe o, en su caso, sobre las omisiones, especificando el tema a consultar, evitando las preguntas múltiples.
2. El total de preguntas que la Cámara de Diputados formulará al presidente de la república para que amplíe la información relativa al Segundo Informe de Gobierno, sobre la situación que guarda la administración pública del país, que presentó ante el Congreso General, es de 68.
3. Las preguntas a que se refiere el punto anterior se distribuirán entre los grupos parlamentarios conforme a lo siguiente:
Grupo Parlamentario del PAN: 14 preguntas
Grupo Parlamentario del PRD: 13 preguntas
Grupo Parlamentario del PRI: 13 preguntas
Grupo Parlamentario de Convergencia: 7 preguntas
Grupo Parlamentario del PVEM: 7 preguntas
Grupo Parlamentario del PT: 5 preguntas
Grupo Parlamentario de Nueva Alianza: 5 preguntas
Grupo Parlamentario de Alternativa: 4 preguntas
4. Las cuatro primeras preguntas correspondientes al Grupo Parlamentario del PAN, al Grupo Parlamentario del PRD, al Grupo Parlamentario del PRI, al Grupo Parlamentario de Convergencia, al Grupo Parlamentario del PVEM, al Grupo Parlamentario del PT y al Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, serán formuladas por cada uno de los cuatro temas en que se dividió el análisis del Segundo Informe de Gobierno del presidente de la república, a saber: política interior, política económica, política social y política exterior.
Las preguntas restantes se formularán libremente por los grupos parlamentarios.
5. El Grupo Parlamentario de Alternativa deberá distribuir sus preguntas en cada uno de los cuatro temas en que se dividió el análisis del Segundo Informe de Gobierno del presidente de la república: política interior, política económica, política social y política exterior.
6. Para su consideración, las preguntas se someterán al siguiente requisito de trámite:
a. Cada grupo parlamentario será el encargado de integrar, revisar y ordenar las preguntas.
b. Las preguntas serán entregadas por el coordinador de cada grupo parlamentario, por escrito, debidamente firmadas y en archivo electrónico, a la Presidencia de la Junta de Coordinación Política, a más tardar el 31 de octubre del año en curso. Vencido el plazo la Junta de Coordinación Política no recibirá preguntas.
c. La Junta de Coordinación Política elaborará una sola lista con las preguntas que reciba de los grupos parlamentarios y que a cada uno correspondan, de conformidad con el numeral 3 de este resolutivo.
d. La Junta de Coordinación Política se reunirá el 3 de noviembre del año en curso para conocer e integrar la lista única de preguntas.

Tercero. Una vez integrada la lista única de preguntas, la Junta de Coordinación Política la remitirá a la Presidencia de la Mesa Directiva para que se incluya el asunto en el orden del día y la Cámara de Diputados acuerde, en la sesión del 4 de noviembre del año en curso, su envío al presidente de la república.

Cuarto. Las preguntas que remita la Presidencia de la Mesa Directiva al presidente de la república, se publicarán en la Gaceta Parlamentaria y en la página de la Cámara de Diputados en Internet, acompañadas del acuse de recibo del oficio de remisión.

Quinto. El Ejecutivo federal tendrá un plazo de tres semanas para contestar las preguntas que se le formulen, contado a partir de su recepción.

Sexto. Las respuestas a las preguntas que el Ejecutivo federal envíe a la Presidencia de la Mesa Directiva, se harán del conocimiento del Pleno, se publicarán en la Gaceta Parlamentaria y en la página de la Cámara de Diputados en Internet. Asimismo, serán remitidas a la Junta de Coordinación Política, con objeto de que este órgano haga una propuesta a la Mesa Directiva de turno a las comisiones relacionadas con la materia de las respuestas, para su correspondiente análisis, valoración y, en su caso, recomendaciones.

Séptimo. Las comisiones a las que se hayan turnado las respuestas del presidente de la república, tendrán un plazo de dos semanas, contado a partir de la recepción del turno por parte de la Mesa Directiva, para reunirse, analizar y pronunciarse sobre las respuestas.

Octavo. Las conclusiones a las que hayan llegado las comisiones, derivadas del análisis y valoración de las respuestas del presidente de la república, se enviarán a la Junta de Coordinación Política y a la Mesa Directiva, para que ésta las dé a conocer al Pleno.

Noveno. En ningún caso las conclusiones de las comisiones se someterán a discusión en las sesiones del Pleno de la Cámara de Diputados.

Transitorio

Único. El presente acuerdo entrará en vigor a partir de su aprobación por el Pleno de la Cámara de Diputados.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de octubre de 2008.--- Diputado Javier González Garza (rúbrica), Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Diputado Héctor Larios Córdova (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Diputado Emilio Gamboa Patrón (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Diputado Alejandro Chanona Burguete (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia; Diputada Gloria Lavara Mejía (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Diputado Ricardo Cantú Garza (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Diputada Silvia Luna Rodríguez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza; Diputada Aída Marina Arvizu Rivas (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario de Alternativa.»

En votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Aprobado.

Queremos dar la más cordial de las bienvenidas al Instituto Mier y Pesado; es una preparatoria que nos visita hoy en la Cámara de Diputados. Asimismo, a estudiantes universitarios de Tehuacán, Puebla. También al Colegio Real, de Querétaro, que nos visita esta mañana. Al Comité Directivo Municipal de Salvatierra, Guanajuato. Y también damos la bienvenida al señor licenciado José Reyes Ferriz, presidente municipal de Ciudad Juárez. Continúe la Secretaría.



REFORMA ENERGETICA

El Secretario diputado José Manuel del Río Virgen : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.--- Mesa Directiva.

Acuerdo de la Mesa Directiva, para dar turno y trámite al conjunto de minutas relativas a la reforma energética que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, remitirá el Senado de la República

La Mesa Directiva, con fundamento en la atribución que le confiere el artículo 20, numeral 2, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y considerando que tiene conocimiento de que el día de hoy, jueves 23 de octubre de 2008, la colegisladora se encuentra analizando, discutiendo y votando un conjunto de dictámenes que versan sobre reformas legales en materia energética y que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tales reformas en caso de aprobarse requerirán ser dictaminadas por esta soberanía, es que este órgano de gobierno considera que es indispensable hacer llegar a la brevedad posible a las comisiones competentes de la Cámara de Diputados las minutas que en la materia remitiría el Senado.

Por lo anterior y con fundamento en la normatividad señalada, somete a la consideración del Pleno el siguiente

Acuerdo

Primero. Se instruye a la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, para que, con el apoyo de la Secretaría General, reciba y de inmediato turne a las comisiones competentes, las minutas en materia energética que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, podría remitir la Cámara de Senadores.

Segundo. La Presidencia de la Mesa Directiva informará a la asamblea en la siguiente sesión de los turnos dictados.

Tercero. A partir de la recepción de las minutas de la Colegisladora, las comisiones competentes deberán iniciar el trabajo de análisis y dictamen correspondiente.

Cuarto. Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de octubre de 2008.--- Diputado César Duarte Jáquez (rúbrica), Presidente; Diputada Martha Hilda González Calderón (rúbrica), Vicepresidenta; Diputado José Luis Espinosa Piña (rúbrica), Vicepresidente; Diputada Ruth Zavaleta Salgado (rúbrica), Vicepresidenta; Diputada Margarita Arenas Guzmán (rúbrica), Secretaria; Diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela (rúbrica), Secretaria; Diputada María del Carmen Pinete Vargas , Secretaria; Diputado José Manuel del Río Virgen (rúbrica), Secretario; Diputado Manuel Portilla Dieguez (rúbrica), Secretario; Diputada Rosa Elia Romero Guzmán (rúbrica), Secretaria; Diputado Jacinto Gómez Pasillas (rúbrica), Secretario; Diputado Santiago Gustavo Pedro Cortés (rúbrica), Secretario.»

En votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.

Presidencia de la diputada Martha Hilda González Calderón

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Aprobado. Continúe la Secretaría.



PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION

El Secretario diputado José Manuel del Río Virgen : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, los senadores Claudia Corichi García, Antonio Mejía Haro y Tomás Torres Mercado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentaron propuesta con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Cámara de Diputados a considerar en la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2009 una partida de 600 millones de pesos destinada a continuar con la construcción de Bulevar del Bicentenario en los municipios de Guadalupe y Zacatecas, en el estado de Zacatecas.

La Presidencia dispuso que dicho punto de acuerdo se turnara a la Cámara de Diputados, y se anexa.

Atentamente
México, DF, a 21 de octubre de 2008.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente.»

«La suscrita, senadora Claudia Corichi García, en nombre propio y de los senadores Antonio Mejía Haro y Tomás Torres Mercado, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en la LX Legislatura del Congreso de la Unión, y con fundamento en lo dispuesto en el artículo58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía el punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

1. Tener una infraestructura carretera eficiente es un requisito para el desarrollo nacional. México como país en crecimiento debe modernizar constantemente sus rutas carreteras, a riesgo de quedar rezagado si esto no se hace. La ampliación de vialidades repercute en economías de tiempo y dinero en el transporte, acortando los tiempos de recorrido, aumentando la seguridad e incrementando el comercio y la inversión productiva, así como las relaciones entre las entidades federativas.

2. Actualmente, está en construcción el Bulevar del Bicentenario sobre el antiguo libramiento de tránsito pesado de las ciudades de Zacatecas y Guadalupe, Zacatecas, con una extensión de 9 kilómetros y que contará con varios puentes de conexión.

3. Esta obra beneficiará directamente a 350 mil habitantes, pero, además, hará más fluido el tránsito entre las entidades del centro y norte de la república que cruzan por este punto, y contribuirá a mejorar la ecología de la zona al permitir un tránsito más fluido y alejado del centro de las ciudades de Guadalupe y Zacatecas, Zacatecas.

Por lo anterior, someto a consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. El Senado exhorta respetuosamente a la honorable Cámara de Diputados a considerar en la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2009 una partida de 600 millones de pesos, destinada a continuar con la construcción del Bulevar del Bicentenario, en los municipios de Guadalupe y Zacatecas, Zacatecas.

Salón de sesiones del honorable Senado de la República, a 21 de octubre de 2008.--- Senadores: Claudia Sofía Corichi García (rúbrica), Antonio Mejía Haro, Tomás Torres Mercado.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, el senador Carlos Jiménez Macías, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó propuesta con punto de acuerdo por el que se solicita una mayor asignación presupuestal al Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos para el ejercicio fiscal 2009.

La Presidencia dispuso que dicho punto de acuerdo se turnara a la Cámara de Diputados, el cual se anexa.

Atentamente
México, DF, a 21 de octubre de 2008.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente.»

«El que suscribe, senador Carlos Jiménez Macías, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a la LX Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, con carácter de urgente resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El 14 de agosto de 1942, los gobiernos de los Estados Unidos de América y de México celebraron un acuerdo para reglamentar la contratación (temporal) de trabajadores Agrícolas Migratorios Mexicanos. El convenio binacional duró hasta 1964, aunque posteriormente migrantes agrícolas mexicanos siguieron laborando hasta 1966. En dicho convenio, se establecía la creación de un fondo de retención del 10 por ciento de los salarios que percibían los trabajadores en los Estados Unidos de América, mismos que se depositaron vía la empresa de servicios financieros Wells Fargo & Company, transfiriéndose al Banco de México y éste, a su vez, al Banco de Crédito Agrícola, SA, así como al Patronato del Ahorro Nacional, con la intención de entregarlo al trabajador bracero a su regreso a México.

El 12 julio de 1975 el Banco Nacional de Crédito Agrícola, SA, igual que otros, como el Banco Nacional Agropecuario, SA de CV y el Banco Nacional de Crédito Ejidal, SA de CV, se fusionan para dar vida al Banco Nacional de Crédito Agrícola Rural, SNC (Banrural), hasta convertirse hoy en lo que es la Financiera Rural.

Con el paso de los años, los ex trabajadores braceros quedaron en estado de indefensión, al no encontrarse documentación que amparara tales transferencias.

El 21 de abril del 2005, la honorable Cámara de Diputados aprobó la creación de un fideicomiso que definiría las bases para efectuar un pago a los antiguos braceros mexicanos que trabajaron en Estados Unidos de América.

La conformación del fideicomiso permitiría administrar y definir los mecanismos de entrega del fondo de apoyo social que la Cámara de Diputados incluyó en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2005, a fin de ser otorgados a los antiguos braceros.

La partida de 298.5 millones pesos (unos 27 millones de dólares) se destinó a respaldar a esos trabajadores o sus familiares directos que acrediten su contratación entre 1942 y 1946 por las empresas estadounidenses War Food Administration o Manpower Commission.

El fideicomiso será público y contará con un comité técnico integrado por representantes de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Gobernación, de Desarrollo Social, de Relaciones Exteriores, y de la Función Pública.

Dicho comité ha sido el responsable de establecer los montos por pagar, los mecanismos de entrega, y de otorgar los apoyos a los antiguos braceros, o en su caso, a sus cónyuges o herederos.

Para tener una idea del universo de ex braceros y de la cantidad a sufragar, se tuvo que establecer un padrón ante la Secretaría de Gobernación en el que los antiguos emigrantes deben registrarse, cumpliendo ciertos requisitos que la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos establece.

Hoy día se estima que existen aproximadamente unos 125 mil ex braceros a los que les fueron retenidas sus cuotas y que hasta el día de hoy no han encontrado respuesta a sus justas demandas de pago.

En muchos de los casos, los compañeros ex braseros han muerto sin ver cumplida su solicitud que beneficie a sus familiares, y en otros miles compañeros no han podido ni siquiera ser incluidos en el padrón de beneficiarios, toda vez que dado el tiempo que ha transcurrido desde que ellos aportaron al país un importante impulso a través de las remesas y de su trabajo, muchos no poseen actualmente la documentación que se solicita a fin de que puedan ser incluidos en el padrón del fideicomiso.

A pesar de las reformas a la Ley que crea el Fideicomiso que recientemente se aprobaron en el Senado de la República con el propósito de flexibilizar el cumplimiento de requisitos y otorgar el beneficio a un mayor número de trabajadores ex braceros, como parte integrante del Congreso de la Unión tenemos que reconocer que el gobierno federal no ha podido coordinar un mecanismo real que permita subsanar y solucionar este problema que se ha convertido ya en un auténtico movimiento social con características específicas y que ha generado muchos problemas y gastos superiores al monto que originalmente ha sido considerado otorgar a los ex braceros y sus familias.

Aunado a esto y a pesar de que la creación del fideicomiso ha constituido un logro importante para la causa de los ex braceros, no ha habido la respuesta necesaria desde el ámbito presupuestal para subsanar con oportunidad el pago a los compañeros, aún los que ya se encuentran debidamente registrados y solo están a la espera de recibir el beneficio. Por ello, desde esta soberanía hago un llamado atento a las fuerzas políticas aquí representadas para unirnos en este punto de acuerdo que exhorte a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión a través de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para que contemple en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del 2009 una cantidad superior a la de los 298.5 millones de pesos que se ha asignado en años anteriores, para que este monto superior permita un mayor margen de inclusión en el pago a ex braceros.

Asimismo, considero fundamental reconocer, en la situación actual de crisis económica y de difícil panorama para la economía mexicana, lo importante que es para nuestro país la aportación de los migrantes a través del envío de remesas, pues aún cuando según cifras del Banco de México apenas en agosto cayeron un alarmante 12.2 por ciento con respecto al mismo mes del 2007 --la peor baja desde 1995--, sin su invaluable aporte a la macroeconomía nacional nuestra economía estaría por debajo de los niveles de crecimiento que apenas hemos percibido en los años recientes.

Sabemos que hoy en día la situación mundial obliga a ser cautelosos con el manejo de los recursos, pero no debemos obviar que también es importante que nuestro país cubra su adeudo social con nuestros ex braceros agrícolas y es por ello que no debemos postergar más el pago de este compromiso que sin duda está dirigido a uno de los sectores más desprotegidos de la sociedad mexicana, ya que en su gran mayoría los ex braceros son personas de muy escasos o nulos recursos y sin ningún tipo de seguridad social, por lo que con este apoyo pretenden fincar un pequeño patrimonio que coadyuve a solventar los problemas que actualmente estamos transitando.

Es en este contexto que pido a todas mis compañeras y compañeros senadores apoyar esta propuesta, por que este no es un problema exclusivo de una u otra entidad federativa, ya que en todos los estados que aquí tenemos el honor de representar hay ex braceros demandando este recurso que legítimamente les corresponde y que hoy a nosotros, como parte integrante del Estado, nos atañe atender y solventar a nuestros representados, principalmente a los mas pobres que ante el panorama mundial y lo avanzado de su edad no tienen otra expectativa más que este recurso.

Por todo lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía, con carácter de urgente resolución, el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. El Senado de la República invita al Comité Técnico del Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos a sostener una reunión a la mayor brevedad con las Comisiones Unidas de Presupuesto y Cuenta Pública, y Especial de Seguimiento a los Fondos Aportados por los Trabajadores Mexicanos Braceros de la Cámara de Diputados, para que con Senadores de la República se analice y construya una propuesta que sea entregada al Pleno de la Cámara de Diputados, con el propósito de concretar una mayor asignación presupuestal para el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos para el ejercicio fiscal del año 2009.

Segundo. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a que incluya en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2009 una asignación presupuestal mayor a lo que ha sido asignada en ejercicios anteriores para el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos.

Atentamente
Dado en Salón de Plenos de la Cámara de Senadores,a los 21 días del mes de octubre de 2008.--- Senador Carlos Jiménez Macías (rúbrica).»

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Túrnense a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.



FONDO DE APORTACIONES PARA LA EDUCACION BASICA Y NORMAL

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presentes.

Por este conducto y en alcance a mi oficio número SEL/300/3751/08, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número OM-0707/08, suscrito por el licenciado Julio Castellanos Ramírez, oficial mayor de la Secretaría de Educación Pública, mediante el cual remite los informes de resultados, que sustituyen los enviados anteriormente, de las auditorías externas practicadas en los estados de Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Oaxaca, Puebla, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala y Veracruz, relativas a la matrícula escolar de los tipos educativos atendidos por el Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 15 de octubre de 2008.--- Cuauhtémoc Cardona Benavides (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Educación Pública.

Licenciado Cuauhtémoc Cardona Benavides, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

A petición de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, el día 6 del mes en curso se realizó una reunión de aclaraciones entre asesores de esa comisión legislativa y representantes del despacho RSM Bogarín, Erhard, Padilla, Álvarez & Martínez, con el propósito de que la firma les clarificara algunas cifras y diferencias encontradas en la revisión que hicieron de los informes estatales.

Como resultado de dicha reunión se acordó que el despacho, designado para realizar la auditoría externa al FAEB, elaboraría una fe de erratas, documento que sería entregado a esta secretaría para hacerlo llegar de manera oficial a la honorable Cámara de Diputados.

En tal sentido, respetuosamente me dirijo a usted con el propósito de solicitarle sea el amable conducto para gestionar la entrega de los informes que sustituyen a los enviados mediante oficio número OM-638 del 5 de septiembre, para su remisión a la honorable Cámara de Diputados, de los estados de Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Oaxaca, Puebla, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala y Veracruz, elaborados por la firma contratada.

Aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 14 de octubre de 2008.--- Licenciado Julio Castellanos Ramírez (rúbrica), oficial mayor.»

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Remítase a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Educación Pública y Servicios Educativos.



LLUVIAS EXTREMAS E INUNDACIONES

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presentes.

En respuesta al oficio número DGPL 60-II-6-2411, signado por los diputados César Duarte Jáquez y Rosa Elia Romero Guzmán , Presidente y Secretaria, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número DGF/1077/2008, suscrito por el licenciado Ernesto A. Visconti Ch., director de Normatividad del Fondo de Desastres Naturales, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a las declaratorias de emergencia y de desastre natural, presentadas por las entidades federativas.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 13 de octubre de 2008.--- Cuauhtémoc Cardona Benavides (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Licenciado Cuauhtémoc Cardona Benavides, subsecretario de Enlace Legislativo.--- Presente.

Me refiero a su oficio número SEL/300/4065/08, recibido en esta dirección general el 6 de octubre del 2008, por medio del cual nos participa que mediante oficio D.G.P.L. 60-II-6-2411 los diputados César Duarte Jáquez y Rosa Elia Romero Guzmán , Presidente y Secretaria, respectivamente, de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión comunican a esta secretaría el punto de acuerdo aprobado por el Pleno de ese órgano legislativo, en sesión celebrada el 30 de septiembre del año en curso, del que se recoge sus dos puntos resolutivos:

``Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Gobernación, a emitir de inmediato la declaratoria de desastre natural por la ocurrencia de lluvias extremas e inundaciones en las entidades que se han visto afectadas recientemente por fenómenos meteorológicos.
''Segundo. Asimismo, hace un exhorto a entregar de manera urgente los recursos del Fondo de Desastres Naturales a las entidades cuyos municipios han sido declarados zonas de desastre por la Secretaría de Gobernación.''

Ahora bien, de la lectura de los numerales que conforman ese punto de acuerdo se advierte la necesidad de reiterar lo expresado en oficios previos similares a este: los procedimientos para acceder a los recursos del Fondo de Desastres Naturales (Fonden).

El Fonden está integrado por los siguientes instrumentos: Fondo Revolvente y Programa Fondo de Desastres Naturales del Ramo General 23. ``Provisiones Salariales y Económicas'', y el Fideicomiso Fondo de Desastres Naturales, los cuales encuentran su fundamento en el numeral segundo de las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales (ROF), publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 19 de septiembre de 2006.

Fondo revolvente

Definición

Este fondo esta a cargo de la Secretaría de Gobernación (Segob) y tiene por objeto ``...proporcionar suministros de auxilio y asistencia ante situaciones de emergencia y de desastre, para responder de manera inmediata y oportuna a las necesidades urgentes, para la protección de la vida y la salud de la población, generadas ante la inminencia o alta probabilidad de qué ocurra un fenómeno natural perturbador'' (numeral 2 de las ROF)

Encuentran su ámbito de operación en lo contenido en el acuerdo que establece los Lineamientos para Emitir las Declaratorias de Emergencia y la Utilización del Fondo Revolvente, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de septiembre de 2006.

De sus lineamientos se desprende el siguiente procedimiento:

• Para acceder a los recursos del Fondo Revolvente las entidades federativas deberán formular una solicitud por escrito de la declaratoria de emergencia 1 por parte del titular del ejecutivo de la entidad o el jefe de Gobierno del Distrito Federal, dirigida a la Coordinación General de Protección Civil (CGPC) --artículos 7 y 8 de los lineamientos.
• Una vez hecha esta solicitud la CGPC, a más tardar al día siguiente, la remitirá a la instancia técnica facultad a que corresponda (Conagua, por tratarse de fenómenos hidrometeorológicos y Conafor, en caso de incendios) a fin de que corrobore o niegue la existencia de una situación de emergencia por la presencia o inminente presencia de un fenómeno natural que de origen a una emergencia.
• La instancia técnica tendrá un término máximo de 2 días hábiles para corroborar o negar.
• En el caso de que el dictamen técnico corrobore la presencia del fenómeno natural, la coordinación emitirá una declaratoria de emergencia a más tardar al día siguiente de recibido el mismo, misma que se difunde por medio de un boletín de prensa la coordinación contará con 10 días hábiles siguientes a la emisión del boletín de prensa para publicar la declaratoria de emergencia en el Diario Oficial de la Federación (artículo 9 de los lineamientos).
• El gobierno del estado, una vez emitida la declaratoria de emergencia mediante boletín de prensa, deberá presentar siguiendo el procedimiento, una solicitud de insumos para la atención de las necesidades urgentes de la población afectada y residente de los municipios declarados en emergencia, justificando la necesidad de cada uno de los tipos de productos y desglosando la cantidad de personas que se apoyará por cada rubro de insumos requeridos. Los insumos consumibles que se requieran para atender a la población serán por un período de hasta 4 días (artículo 12 de los lineamientos)
• Una vez recibida la solicitud de insumos la Dirección General del Fondo de Desastres Naturales (DGFDN) analizará la viabilidad de la solicitud y, en caso de determinarse procedente, enviará a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales (DGRMSG) la requisición de los insumos que se autorizan, para que por su conducto se realicen las compras respectivas y posteriormente la entrega a las entidades federativas. En ese requerimiento, entre otras cosas, deberá presentar el tiempo máximo de entrega de los insumos (artículo 15 de los lineamientos).
• Además de todo lo anterior, la requisición deberá contener:
I. Los productos y las cantidades a adquirir;
II. Copia de boletín de prensa de la declaratoria de emergencia de que se trate;
III. El número de ficha técnica que le corresponde a cada producto de acuerdo al anexo VIII del presente acuerdo;
IV. El tiempo máximo de entrega de los insumos a la entidad federativa, el cual se sujetará a los tiempos promedio de entrega especificados en el pedido realizado por la DGRMSG y a la capacidad de recepción de las entidades federativas, de acuerdo al volumen y cantidad de productos solicitados y la ubicación geográfica de los lugares de entrega;
V. El nombre y puesto de las personas facultadas para recibir los insumos autorizados por parte de la entidad federativa, con el propósito de que la DGRMSG instrumente las acciones necesarias para que el encargado de realizar la entrega de los productos, se cerciore de que la identidad del que recibe coincida con la indicada por la DGFDN, y
VI. El domicilio de entrega de los insumos.
• Siendo la entidad federativa la responsable de distribuir en los municipios declarados en emergencia los insumos autorizados (artículo 15, fracción V, de los lineamientos).
• De acuerdo con el procedimiento que antecede, es importante destacar que a la Dirección General del Fondo de Desastres Naturales sólo corresponde coordinar el procedimiento de acceso a los insumos del fondo revolvente, desde la ocurrencia de la emergencia hasta la autorización de éstos, por lo que conforme al procedimiento antes descrito no es la encargada de realizar las compras respectivas, ni actúa como ejecutora de la distribución de los insumos.

Fonden reconstrucción

El cual comprende el Programa Fondo de Desastres Naturales del Ramo General 23, ``Provisiones Salariales y Económicas'', del Presupuesto de Egresos de la Federación o del Fideicomiso Fondo de Desastres Naturales.

Definición

Para mejor comprensión de este instrumento se transcribe en su totalidad las fracciones II y III, del numeral 2 de las ROF, que son las que expresan las acciones que dan forma a su objeto.

``2. El Fondo de Desastres Naturales está integrado por los siguientes instrumentos:
I. ...
II. El Programa Fondo de Desastres Naturales del Ramo General 23, ``Provisiones Salariales y Económicas'', del Presupuesto de Egresos de la Federación, el cual tendrá como objeto la realización de las siguientes acciones:
a) Canalizar a los fideicomisos denominados Fondos de Desastres Naturales de las entidades federativas, los recursos en coparticipación correspondientes al gobierno federal, por cuenta y orden de éstas, para todas aquellas obras y acciones donde concurran el gobierno federal, los estados, los municipios y el Distrito Federal.b) La ejecución de dichos recursos estará condicionada a la aportación de las coparticipaciones de los Gobiernos locales en los porcentajes previstos en las presentes reglas, con excepción de los anticipos a que se refiere el numeral 24;c) Apoyar, de acuerdo con los porcentajes de coparticipación previstos en estas reglas, en la mitigación de los daños a las viviendas de la población de bajos ingresos que no tienen posibilidades de contar con algún tipo de aseguramiento público o privado, afectadas por un desastre natural;d) Apoyar, de acuerdo con los porcentajes de coparticipación previstos en estas reglas, en la reparación o, en su caso, reconstrucción, por los medios que determinen el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, el Instituto Nacional de Antropología e Historia y el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, según corresponda, los monumentos arqueológicos, artísticos e históricos considerados como tales por ley o por declaratoria;e) Apoyar de manera transitoria a las dependencias y entidades de la administración pública federal de los tres órdenes de gobierno, de acuerdo a los porcentajes de coparticipación previstos en estas reglas, la reparación de su infraestructura asegurada, en términos de lo dispuesto en el numeral 6 de estas reglas;f) Apoyar la restitución parcial o total de los daños ocasionados por un fenómeno perturbador en la infraestructura federal, incluyendo a los bienes de dominio público de la Federación, cuyo uso o aprovechamiento no haya sido objeto de concesión o cualquier otra figura análoga por la cual se otorgue el uso, goce o explotación de un bien de dominio público de la federación, y que no se encuentren asegurados a causa de algunos de los supuestos previstos en el numeral 5 de estas reglas;g) Apoyar, de acuerdo con los porcentajes de coparticipación previstos en estas reglas, a la restitución parcial o total de los daños ocasionados por un fenómeno perturbador en la infraestructura (incluyendo los bienes de dominio público o privado) de las entidades federativas, municipios y delegaciones del Distrito Federal, cuyo uso o aprovechamiento no haya sido objeto de concesión o cualquier otra figura análoga por la cual se otorgue el uso, goce o explotación de un bien de dominio público, y que no se encuentre asegurada, de acuerdo con lo que establezcan las leyes respectivas y que correspondan a la infraestructura básica que se utiliza para prestar servicios a la población, siempre que la falta de aseguramiento se encuentre debidamente justificada en términos de lo dispuesto en el numeral 5 de estas reglas;h) Apoyar, de acuerdo con los porcentajes de coparticipación previstos en las presentes reglas, las acciones tendientes a restituir total o parcialmente los daños causados por desastres naturales en recursos forestales, áreas naturales protegidas, zonas costeras, cauces de ríos y lagunas;i) Canalizar recursos al Fideicomiso Preventivo, a cargo de la Secretaría de Gobernación, en términos de lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley General de Protección Civil;j) Constituir un fondo revolvente a favor de la Secretaría de Gobernación, en términos de lo dispuesto en la fracción I de este numeral, yk) Al cierre del ejercicio fiscal de cada año, aportar el recurso no ejercido de este programa, al Fideicomiso Fondo de Desastres Naturales, conforme se establezca en la normatividad aplicable.
III. El Fideicomiso Fondo de Desastres Naturales constituido por el Gobierno Federal, el cual tiene como finalidad, entre otras, el apoyo con cargo a su patrimonio de las acciones previstas en el programa Fonden.

Asimismo, se podrá realizar la contratación de seguros e instrumentos de transferencia significativa de riesgos para la protección financiera de su patrimonio, así como los servicios necesarios relacionados con dichas contrataciones, en términos de lo previsto en el anexo XII de las presentes reglas.''

Para acceder a los recursos de dicho instrumento, se debe seguir el siguiente procedimiento:

1. Ante la presencia de un desastre natural, la entidad federativa debe solicitar inmediatamente a la instancia técnica facultada, 2 si desde su punto de vista, el desastre natural correspondiente existe o tiene la magnitud necesaria para ser susceptible de apoyo del Fonden (numeral 18 de las ROF).
Para lo cual dicha solicitud deberá contener, entre otras cosas los municipios involucrados, es decir, todos aquellos municipios que se consideran sufrieron o pudieron haber sufrido afectaciones a causa del fenómeno natural perturbador de que se traté (numeral 18, inciso c, de las ROF).
2. La instancia técnica facultada tiene 4 días hábiles para emitir su respuesta a dicha solicitud (numeral 19 ROF).
3. En caso de resultar afirmativa la respuesta de la instancia técnica, el gobierno del estado deberá convocar al Comité de Evaluación de Daños (CED), que se integrará por servidores públicos estatales y federales de los sectores afectados (numerales 20 y 21 de las ROF).
4. A partir de la instalación de ese comité, empieza a correr una cuenta regresiva de hasta 10 días hábiles (prorrogables) para realizarse la entrega de resultados del referido comité en donde se identificarán por sector afectado, los datos referidos en el numeral 22 de las ROF (numeral 21, fracción II, de las ROF).
5. Durante la sesión de entrega de resultados se realizan las siguientes acciones (numeral 21 de las ROF).
- Presentación y entrega de los resultados de cuantificación y evaluación de daños elaborados en conjunto por el estado y las contrapartes de las dependencias y entidades federales;
- El gobierno del estado entrega a la Segob o a la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la documentación en la que señale la insuficiencia de recursos para atender el desastre natural.
- La entidad federativa entregará al representante de la Segob, la solicitud de declaratoria de desastre natural.
- Entrega de la solicitud de anticipos por el gobierno del estado.
6. Por lo que en los cuatro días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud de la declaratoria de desastre natural y si ésta cumple con los requisitos señalados, la Segob, por conducto de la Coordinación General de Protección Civil, deberá emitir y publicar en el Diario Oficial de la Federación la declaratoria de desastre natural respectiva.
7. Por otra parte, una vez recibidos los resultados de cuantificación y evaluación de daños en la sesión de entrega de resultados, la dependencia o entidad federal, en un plazo máximo de siete días hábiles siguientes a la sesión de referencia, deberá presentar la solicitud de recursos y el diagnóstico de obras y acciones a la Segob, incorporando en ella, en la medida de lo procedente, los diagnósticos del respectivo CED, así como la opinión presupuestaria, todo ello para su validación (numeral 29 de las ROF).
8. Una vez que la Segob remita a la SHCP la solicitud de recursos, ésta autorizará, con cargo al programa Fonden, comprendido en el Ramo General 23, ``Provisiones Salariales y Económicas'', del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 (o el que resulte aplicable), o convocará a sesión del Comité Técnico del Fideicomiso del Fonden para que los recursos sean aprobados con cargo al patrimonio de éste, a efecto de que la entidad federativa a través de las instancias estatales ejecutoras correspondientes pueda disponer de los recursos del Fonden para iniciar de inmediato las acciones de reconstrucción o apoyo autorizadas, previa la aportación de la coparticipación que le corresponda ante el Fideicomiso del Fonden estatal.
9. Por todo lo anterior, en su oportunidad, los recursos en coparticipación serán transferidos del patrimonio del Fideicomiso 2003.- Fonden federal, al fideicomiso estatal, en el pari passu respectivo, conforme a las aportaciones que realice el gobierno estatal, de acuerdo al calendario aprobado y autorizado por el comité técnico del fideicomiso estatal en comento.

Es importante señalar que en materia de desastre, la Secretaría de Gobernación, no autoriza, ni tiene a su cargo la entrega de los recursos a un municipio o delegación política en particular, así como tampoco actúa como ejecutora de obras y acciones de reconstrucción de lo dañado, dado que sólo le corresponde coordinar el procedimiento de acceso a los recursos. Los recursos son transferidos a la entidad federativa a través de un fideicomiso Fonden estatal, en el que funge como fideicomitente la dependencia estatal designada. Debe comentarse, que en ningún momento se le brinda apoyo directo a la población, al municipio o a la delegación política.

Conclusión

La Secretaría de Gobernación, a través de la Coordinación General de Protección Civil y de la Dirección General del Fondo de Desastres Naturales, ha dado cumplimiento cabal y en franco ceñimiento al marco jurídico que resulta aplicable, respecto de todas y cada una de las solicitudes de declaratoria de emergencia y de desastre presentadas por las entidades federativas. Por lo que hace a la entrega de los recursos, aun y cuando no es competencia de esta secretaría, se señala que existen las constancias de que se han ejecutado en su debida oportunidad.

Sin más por el momento, aprovecho la ocasión para mandarle un cordial saludo.

Notas: 1 La declaratoria de emergencia es el reconocimiento que hace la Secretaría de Gobernación de que uno o varios municipios o delegaciones políticas de una entidad federativa se encuentran ante la inminencia o presencia de un fenómeno perturbador de origen natural, que pudiera provocar un daño a la sociedad y crear un riesgo excesivo para la seguridad e integridad de la población (numeral 7 de los lineamientos de las ROF).2 Aquellos entes federales facultados para corroborar la ocurrencia de una situación de desastre en una fecha y lugar determinado, siendo éstos la Comisión Nacional Forestal, para el caso de los incendios en su ámbito; la Comisión Nacional del Agua, en cuanto a los fenómenos hidrometeorológicos; y el Centro Nacional de Prevención de Desastres, en cuanto a los fenómenos geológicos.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, DF, a 9 de octubre de 2008.--- Rubem Hofliger Topete (rúbrica), director general del Fondo de Desastres Naturales»

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Remítase a las comisiones correspondientes, para su conocimiento.



COCODRILO DEL PANTANO

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presentes.

En respuesta al oficio número DGPL 60-II-5-1865, signado por los diputados César Duarte Jáquez y Margarita Arenas Guzmán , Presidente y Secretaria, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes copia del similar número SE-175/08, suscrito por la maestra Ana Luisa Guzmán, secretaria ejecutiva de la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, y los anexos que en el mismo se citan, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo al cocodrilo de pantano.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 14 de octubre de 2008.--- Cuauhtémoc Cardona Benavides (rúbrica), subsecretario.»

«Cuauhtémoc Cardona Benavides, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.

Me refiero al oficio número SEL/300/3620/08, del 3 septiembre de 2008, dirigió al ingeniero Juan Rafael Elvira Quesada, secretario de Medio Ambiente Recursos Naturales, en el que se comunica el punto de acuerdo aprobado por el Pleno del honorable Cámara de Diputados, en sesión celebrada el 2 de septiembre del mismo año. Entre otros asuntos, dicho punto de acuerdo exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) para que, según sus atribuciones, a realizar y publicar los estudios técnicos y científicos actualizados necesarios que den cuenta del estado de conservación que presenta en vida silvestre el cocodrilo de pantano.

Al respecto, me permito exponer a continuación la información con la que cuenta esta comisión nacional sobre la especie, en la cual se muestran las acciones, estudios y resultados alcanzados a la fecha, y las propuestas a futuro.

Antecedentes

1. El cambio de uso de suelo y la cacería comercial no regulada ocasionaron que el cocodrilo de pantano (Crocodylus moreletil) enfrenta una severa reducción de sus poblaciones silvestres hacia 1970. Esto condujo a México a prohibir la captura comercial de cocodrilos en el medio natural y a iniciar una etapa de experimentación en la cría en cautiverio. Dicha experimentación generó datos biológicos valiosos sobre la especie y el desarrollo de técnicas que en la actualidad permiten criar al cocodrilo de pantano bajo programas del ciclo completo en cautividad.
2. El Acta de Especies Amenazadas de Estados Unidos de América (ESA, por sus siglas en inglés) incluyó la especie en la categoría de ``En peligro'', de 1970, donde permanece hasta la actualidad. Por su parte, la lista roja de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) la declaró en peligro de extinción en 1982; pero en 1998, con base en evidencias de campo y de la producción en granjas, fue transferida la categoría de menor riesgo, dependiente de conservación, considerando que la recuperación de sus poblaciones era significativa. México le incluyó desde 1994 como especie sujeta a protección especial en la NOM-059-SEMARNAT-2001.

Investigación

3. Entre 2002 y 2004, la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (Conabio) auspició un extenso programa de campo (proyecto Copan), a través del proyecto de determinación del estado actual de la aprobación de silvestre del cocodrilo de pantano (Crocodylus moreletil) en México, y evaluación de sus estatus en la Convención para el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (CITES por sus siglas en inglés). Durante el mismo, se realizaron cuatro muestreos en un total de 63 localidades, donde se registró la presencia de la especie, confirmando que el cocodrilo de pantano se encuentra dentro de su distribución original a lo largo de la vertiente del golfo de México, e incluso se han extendido hacia el norte y oeste del país. Además, se identificaron 2 nuevos estados de la república con presencia de la especie y 40 nuevas localidades, sumando un total de 145 en las que se ha reportado Crocodylus moreletil.
4. A partir de los datos de campo, se efectuó un análisis de corrección geográfica y pronóstico de áreas con hábitat potencial para el cocodrilo de pantano (GARP-Genetic Algorithm for Rule-set Prediction) y, posteriormente, un modelo estático para estimar de manera prospectiva la población global del especie (incluyendo datos para Guatemala y Belice) y un modelo dinámico (PHVA) para analizar estadísticamente las posibles tendencias de la población en el largo plazo.
5. Todas las estimaciones realizadas en el proyecto emplearon los datos de forma conservadora y, desde el punto de vista precautorio, en beneficio de la especie, por lo que es probable que los números reales eran aún mayores. Los resultados estimaron un tamaño poblacional de 79 mil 718 cocodrilos silvestres de todas las edades para México, de los cuales se calculó un total de 15 mil 147 individuos adultos (reproductores), ocupando el séptimo lugar de acuerdo a la según trazas de los 23 especies de cocodrilo del mundo.
La caracterización general del hábitat mostró un 55 por ciento de localidades ``aptas'' para la especie, en un 24 por ciento de condiciones ``excelentes'', y 396 mil 455 kilómetros cuadrados de distribución potencial. Estos datos constituyeron la primera revisión integral del estado de conservación del Crocodylus moreletil.

Conservación y aprovechamiento sustentable

6. México, a través de la Conabio y la Dirección General de vida silvestre (DGVS-SEMARNAT), estableció contacto con el grupo de especialistas de cocodrilos de la UICN, para comentar los resultados de los diferentes estudios y recabar sugerencias. Asimismo, se contactó a la contraparte estadounidense, a fin de comprar ir los datos de calidad de contribución a la revisión quinquenal de las especies enlistadas en la ESA. Esta última comunicación incluyó la propuesta para la reclasificación del cocodrilo de morelet (Crocodylus moreletil) en el ESA, que fue entregado oficialmente al gobierno Estados Unidos de América durante la décima reunión anual del Comité Trilateral para la Conservación y Manejo de la Vida Silvestre y Ecosistemas de Canadá-EUA-México (Zacatecas, México, mayo 2005).
El objetivo principal de la propuesta es aportar elementos científicos, y de otros campos, que contribuyan a dar congruencia al estatus de conservación de la especie en el ESA con respecto a las categorías, de mucho menor riesgo, que le asignan la UICN y la NOM-059-SEMARNAT-2001.
7. Paralelamente, la Conabio y la Dirección General de Vida Silvestre (DGSV) organizaron el Taller trinacional Belice-Guatemala-México para el manejo y conservación del cocodrilo de pantano (Crocodylus moreletil) y la revisión del estatus de la tortuga blanca (Dermatemys mawii) en los aprendices de la CITES (Ciudad de México, 25 al 27 de abril de 2006), en la cual se desarrolla la estrategia trinacional Belice-Guatemala-México para la conservación y manejo sostenible del cocodrilo de morelet. Este documento busca contribuir con el desarrollo de un plan de manejo y uso adecuado para la especie toda su área de distribución, a generar fuentes de ingreso por medio de su aprovechamiento sustentable y actividades de ecoturismo, combatir el comercio legal del especie, homologar metodologías para su monitoreo, y actualizar y adecuar la legislación de sus estatus de conservación, entre otras.
Las autoridades la CITES de los tres países y los expertos que participaron en el taller adoptaron la estrategia y formalizaron su compromiso para implantarla mediante la firma de pronunciamiento de Cuicuilco, el 27 de abril de 2006.
8. Representantes de las autoridades administrativas y científicas de la CITES de México (DGVS-SEMARNAT y Conabio) participaron en la decimoctava reunión de trabajo del CSG (Francia, 19 al 23 de junio de 2006), donde se presentaron, como parte del informe de Latinoamérica, los avances de la propuesta para modificar el estatus del especie en la ESA. El CSG manifestó su apoyo pero sugirió no eliminarla a la especie del acta, sino reclasificarla bajo la categoría de ``amenaza por razones de similitud de apariencia''. Asimismo, se presentaron los resultados de las discusiones en la undécima reunión del comité trilateral y los del taller trinacional.
9. El 28 de junio de 2006, el departamento del interior de Estados Unidos de América, a través de la agencia Fish and Wildife Service, publicó en la Federal Register la primera resolución (notice of petition finding) sobre la propuesta de reclasificar en el ESA, mediante el cual informa que se procederá a revisar el estatus del cocodrilo de pantano. En el acta se solicitan comentarios sobre la propuesta y el estatus de la especie, principalmente en Guatemala y Belice.
Actualmente, la revisión continúa, pero se espera que la decisión sea publicada en el Federal Register en 2008-2009.
10. En congruencia con las iniciativas antes mencionadas, México sometió ante la vigésima tercera reunión del Comité de Fauna de la CITES (Suiza, 2008), un borrador de propuesta de enmienda para transferir a la población mexicana de Crocodylus moreletil del apéndice I al apéndice II, con base en la información disponible sobre la especie, y con miras a presentarla entre la decimoquinta reunión de la Conferencia de las Partes (Qatar, 2010). El Comité de Fauna y los participantes de la reunión felicitaron a México y recomendaron incluir información sobre los esfuerzos de monitoreo (implantación de un programa para tal efecto), y trabajar con Guatemala y Belice para presentar la propuesta para la especie toda su área de distribución ante la CoP15.

Pasos a seguir

11. Con el seguimiento a los esfuerzos realizados para la conservación de la especie, que son evidentemente significativos, se pretende desarrollar un sistema de monitoreo de las poblaciones silvestres y el hábitat del cocodrilo de pantano en conjunto con la DGVS, instituciones académicas y especialistas entre otros, incluye las recomendaciones de la estrategia trinacional y las actividades siguientes:
a) Conclusión y publicación del manual de métodos y técnicas de muestreo para Crocodylus moreletil.
b) Elaboración de una base de datos para compilar los registros de avistamientos georeferenciados y una base cartográfica para el área de distribución de la especie.
c) Elaboración de mapas de distribución potencial regional a partir de las bases de datos y GARP.
d. Definición de las localidades y rutas de muestreo permanente.
e) Implantación del programa de monitoreo.
12. La realización de las actividades antes mencionada requerirá correlación entre las dependencias y sectores involucrados, incluyendo la colaboración de Guatemala y Belice como países del área de distribución de la especie, así como la disponibilidad de financiamiento para establecer y dar continuidad a los esfuerzos de muestreo en el largo plazo, ya que su costo significativo, asegurando que el programa de monitoreo contribuya con los objetivos de seguimiento, conservación y aprovechamiento sustentable del cocodrilo de pantano.

Comentarios adicionales

13. Es importante mencionar que el dictamen de la Comisión de Medio Ambiente Recursos Naturales a la propuesta con punto de acuerdo, motivo de ese documento, contiene algunos datos incorrectos, que se exponen y aclaran a continuación:

El dictamen, en su párrafo 14, ``Consideraciones'', indica que el informe del proyecto Copan reconoce que de las 135 localidades donde se registró la presencia del cocodrilo de pantano, sólo se realizaron 4 muestreos en 63 localidades de 10 estados de la república y que estas localidades representaron sólo el 17 por ciento de las localidades históricas. Sin embargo, lo que menciona el informe del proyecto es que ``el análisis bibliográfico de 2002 arrojó 135 localidades. De la 63 localidades visitadas entre 2002 y 2004, 23 representan el 17 por ciento de las localidades históricas y 40 son nuevos registros que amplían la distribución del especie. Se conformó el listado más actualizado de la distribución de la especie, con 145 localidades en 10 diferentes estados de México''.

Sin más por el momento, aprovecho la ocasión para el velo cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 8 de octubre de 2008.--- Maestra Ana Luisa Guzmán (rúbrica), secretaria Ejecutiva de la Conabio.»

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Remítase a las comisiones correspondientes, para su conocimiento.



MANGLARES

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presentes.

En respuesta al oficio número DGPL 60-II-3-1745, signado por los diputados César Duarte Jáquez y Manuel Portilla Diéguez, Presidente y Secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número SGPA/DGGFS/712/2125/08, suscrito por el doctor Francisco García García, director general de Gestión Forestal y de Suelos de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como el anexo que en el mismo se menciona, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a los manglares mexicanos.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 14 de octubre de 2008.--- Cuauhtémoc Cardona Benavides (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Licenciado Cuauhtémoc Cardona Benavides, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.

Me refiero a su oficio número SEL/300/3612/08, de fecha 3 de septiembre de 2008, recibido en esta unidad administrativa el 19 de septiembre del presente año, mediante el cual hace del conocimiento al ciudadano secretario del ramo, ingeniero Juan Rafael Elvira Quesada, el punto de acuerdo aprobado por el Pleno de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en sesión celebrada el 2 de septiembre del presente año, que a la letra dice:

La Honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, a aplicar las medidas pertinentes para proteger, restaurar y conservar los manglares mexicanos, así como para vigilar que las obras y actividades de aprovechamiento no extractivo que se lleven a cabo en ese ecosistema se realicen con estricto seguimiento a la legislación vigente en la materia.''

Al respecto, le comunico que esta Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos reconoce que los manglares son uno de los ecosistemas más importantes desde el punto de vista ambiental, situación que hace alusión a la importancia del mismo, lo que ha propiciado una regulación más estricta que para el resto de los ecosistemas forestales.

Por ello, y en estricto cumplimiento al marco jurídico establecido, no se están autorizando cambios de uso de suelo en terrenos forestales con vegetación de manglar que afecten la integralidad del flujo hidrológico del mismo, del ecosistema y su zona de influencia; de su productividad natural; de la capacidad de carga natural del ecosistema para los proyectos turísticos; de las zonas de anidación, reproducción, refugio, alimentación y alevinaje; o bien, de las interacciones entre el manglar, los ríos, la duna, la zona marítima adyacente y los corales, o que provoque cambios en las características y servicios ecológicos.

En tal sentido, y aprovechando el presente, le hago llegar la lista de todas las autorizaciones de proyectos públicos de los tres órdenes de gobierno que esta dirección general ha autorizado de 2006 a la fecha, relación que cualquier ciudadano puede consultar en la página web de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Atentamente
México, DF, a 2 de octubre de 2008.--- Doctor Francisco García García (rúbrica), Director General.»

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Remítase a las comisiones correspondientes, para su conocimiento.



ESTADO DE CHIHUAHUA

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presentes.

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 60-II-1-1740, signado por los diputados César Duarte Jáquez y Rosa Elia Romero Guzmán , Presidente y Secretaria, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número DGF/1064 /2008 suscrito por el licenciado Ernesto A. Visconti Ch., director de Normatividad del Fondo de Desastres Naturales, así como el anexo que en el mismo se cita, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a los recursos destinados a la población afectada por las lluvias e inundaciones atípicas, en el estado de Chihuahua.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 14 de octubre de 2008.--- Cuauhtémoc Cardona Benavides (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Licenciado Cuauhtémoc Cardona Benavides, subsecretario de Enlace Legislativo.--- Presente.

Me refiero a su oficio número SEL/300/4017/08, recibido en esta Dirección General el 3 de octubre del 2008, mediante el cual nos participa que mediante oficio D.G.P.L. 60-II-1-1740, los diputados César Horacio Duarte Jáquez y Rosa Elia Romero Guzmán , Presidente y Secretaria, respectivamente, de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, comunican a esta Secretaría el punto de acuerdo aprobado por el pleno de ese órgano legislativo, en sesión celebrada el 25 de septiembre del año en curso, del que se recoge sus dos puntos resolutivos:

``Primero. Se exhorta al Poder Ejecutivo Federal a agilizar la entrega de recursos del Fondo Nacional de Desastres, así como la entrega de recursos extraordinarios destinados a los municipios del estado de Chihuahua afectados por las lluvias e inundaciones atípicas registradas en la entidad.
Segundo. Se exhorta al secretario de Gobernación a informar por escrito a esta Cámara de Diputados, a través de la Coordinación General de Protección Civil, sobre los resultados de la entrega de recursos del Fondo Nacional de Desastres, destinados a los municipios del de Chihuahua afectados por las lluvias e inundaciones atípicas registradas en la entidad.''

Ahora bien, de la lectura de los numerales que conforman ese punto de acuerdo, se advierte la necesidad de reiterar lo expresado en oficios previos similares a éste: los procedimientos para acceder a los recursos del Fondo de Desastres Naturales (Fonden).

El Fonden está integrado por los siguientes instrumentos: Fondo Revolvente y Programa Fondo de Desastres Naturales del Ramo General 23. ``Provisiones Salariales y Económicas'', y el Fideicomiso Fondo de Desastres Naturales, los cuales encuentran su fundamento en el numeral segundo de las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales (ROF), publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 19 de septiembre de 2006.

Fondo revolvente

Definición

Este fondo esta a cargo de la Secretaría de Gobernación (Segob) y tiene por objeto ``...proporcionar suministros de auxilio y asistencia ante situaciones de emergencia y de desastre, para responder de manera inmediata y oportuna a las necesidades urgentes, para la protección de la vida y la salud de la población, generadas ante la inminencia o alta probabilidad de qué ocurra un fenómeno natural perturbador'' (numeral 2 de las ROF)

Encuentran su ámbito de operación en lo contenido en el acuerdo que establece los Lineamientos para Emitir las Declaratorias de Emergencia y la Utilización del Fondo Revolvente, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de septiembre de 2006.

De sus lineamientos se desprende el siguiente procedimiento:

• Para acceder a los recursos del Fondo Revolvente las entidades federativas deberán formular una solicitud por escrito de la declaratoria de emergencia 1 por parte del titular del ejecutivo de la entidad o el jefe de Gobierno del Distrito Federal, dirigida a la Coordinación General de Protección Civil (CGPC) --artículos 7 y 8 de los lineamientos.
• Una vez hecha esta solicitud la CGPC, a más tardar al día siguiente, la remitirá a la instancia técnica facultad a que corresponda (Conagua, por tratarse de fenómenos hidrometeorológicos y Conafor, en caso de incendios) a fin de que corrobore o niegue la existencia de una situación de emergencia por la presencia o inminente presencia de un fenómeno natural que de origen a una emergencia.
• La instancia técnica tendrá un término máximo de 2 días hábiles para corroborar o negar.
• En el caso de que el dictamen técnico corrobore la presencia del fenómeno natural, la coordinación emitirá una declaratoria de emergencia a más tardar al día siguiente de recibido el mismo, misma que se difunde por medio de un boletín de prensa la coordinación contará con 10 días hábiles siguientes a la emisión del boletín de prensa para publicar la declaratoria de emergencia en el Diario Oficial de la Federación (artículo 9 de los lineamientos).
• El gobierno del estado, una vez emitida la declaratoria de emergencia mediante boletín de prensa, deberá presentar siguiendo el procedimiento, una solicitud de insumos para la atención de las necesidades urgentes de la población afectada y residente de los municipios declarados en emergencia, justificando la necesidad de cada uno de los tipos de productos y desglosando la cantidad de personas que se apoyará por cada rubro de insumos requeridos. Los insumos consumibles que se requieran para atender a la población serán por un período de hasta 4 días (artículo 12 de los lineamientos)
• Una vez recibida la solicitud de insumos la Dirección General del Fondo de Desastres Naturales (DGFDN) analizará la viabilidad de la solicitud y, en caso de determinarse procedente, enviará a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales (DGRMSG) la requisición de los insumos que se autorizan, para que por su conducto se realicen las compras respectivas y posteriormente la entrega a las entidades federativas. En ese requerimiento, entre otras cosas, deberá presentar el tiempo máximo de entrega de los insumos (artículo 15 de los lineamientos).
• Además de todo lo anterior, la requisición deberá contener:
I. Los productos y las cantidades a adquirir;
II. Copia de boletín de prensa de la declaratoria de emergencia de que se trate;
III. El número de ficha técnica que le corresponde a cada producto de acuerdo al anexo VIII del presente acuerdo;
IV. El tiempo máximo de entrega de los insumos a la entidad federativa, el cual se sujetará a los tiempos promedio de entrega especificados en el pedido realizado por la DGRMSG y a la capacidad de recepción de las entidades federativas, de acuerdo al volumen y cantidad de productos solicitados y la ubicación geográfica de los lugares de entrega;
V. El nombre y puesto de las personas facultadas para recibir los insumos autorizados por parte de la entidad federativa, con el propósito de que la DGRMSG instrumente las acciones necesarias para que el encargado de realizar la entrega de los productos, se cerciore de que la identidad del que recibe coincida con la indicada por la DGFDN, y
VI. El domicilio de entrega de los insumos.
• Siendo la entidad federativa la responsable de distribuir en los municipios declarados en emergencia los insumos autorizados (artículo 15, fracción V, de los lineamientos).
• De acuerdo con el procedimiento que antecede, es importante destacar que a la Dirección General del Fondo de Desastres Naturales sólo corresponde coordinar el procedimiento de acceso a los insumos del fondo revolvente, desde la ocurrencia de la emergencia hasta la autorización de éstos, por lo que conforme al procedimiento antes descrito no es la encargada de realizar las compras respectivas, ni actúa como ejecutora de la distribución de los insumos.

Fonden reconstrucción

El cual comprende el Programa Fondo de Desastres Naturales del Ramo General 23, ``Provisiones Salariales y Económicas'', del Presupuesto de Egresos de la Federación o del Fideicomiso Fondo de Desastres Naturales.

Definición

Para mejor comprensión de este instrumento se transcribe en su totalidad las fracciones II y III, del numeral 2 de las ROF, que son las que expresan las acciones que dan forma a su objeto.

``2. El Fondo de Desastres Naturales está integrado por los siguientes instrumentos:
I. ...
II. El Programa Fondo de Desastres Naturales del Ramo General 23, ``Provisiones Salariales y Económicas'', del Presupuesto de Egresos de la Federación, el cual tendrá como objeto la realización de las siguientes acciones:
a) Canalizar a los fideicomisos denominados Fondos de Desastres Naturales de las entidades federativas, los recursos en coparticipación correspondientes al gobierno federal, por cuenta y orden de éstas, para todas aquellas obras y acciones donde concurran el gobierno federal, los estados, los municipios y el Distrito Federal.b) La ejecución de dichos recursos estará condicionada a la aportación de las coparticipaciones de los Gobiernos locales en los porcentajes previstos en las presentes reglas, con excepción de los anticipos a que se refiere el numeral 24;c) Apoyar, de acuerdo con los porcentajes de coparticipación previstos en estas reglas, en la mitigación de los daños a las viviendas de la población de bajos ingresos que no tienen posibilidades de contar con algún tipo de aseguramiento público o privado, afectadas por un desastre natural;d) Apoyar, de acuerdo con los porcentajes de coparticipación previstos en estas reglas, en la reparación o, en su caso, reconstrucción, por los medios que determinen el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, el Instituto Nacional de Antropología e Historia y el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, según corresponda, los monumentos arqueológicos, artísticos e históricos considerados como tales por ley o por declaratoria;e) Apoyar de manera transitoria a las dependencias y entidades de la administración pública federal de los tres órdenes de gobierno, de acuerdo a los porcentajes de coparticipación previstos en estas reglas, la reparación de su infraestructura asegurada, en términos de lo dispuesto en el numeral 6 de estas reglas;f) Apoyar la restitución parcial o total de los daños ocasionados por un fenómeno perturbador en la infraestructura federal, incluyendo a los bienes de dominio público de la Federación, cuyo uso o aprovechamiento no haya sido objeto de concesión o cualquier otra figura análoga por la cual se otorgue el uso, goce o explotación de un bien de dominio público de la federación, y que no se encuentren asegurados a causa de algunos de los supuestos previstos en el numeral 5 de estas reglas;g) Apoyar, de acuerdo con los porcentajes de coparticipación previstos en estas reglas, a la restitución parcial o total de los daños ocasionados por un fenómeno perturbador en la infraestructura (incluyendo los bienes de dominio público o privado) de las entidades federativas, municipios y delegaciones del Distrito Federal, cuyo uso o aprovechamiento no haya sido objeto de concesión o cualquier otra figura análoga por la cual se otorgue el uso, goce o explotación de un bien de dominio público, y que no se encuentre asegurada, de acuerdo con lo que establezcan las leyes respectivas y que correspondan a la infraestructura básica que se utiliza para prestar servicios a la población, siempre que la falta de aseguramiento se encuentre debidamente justificada en términos de lo dispuesto en el numeral 5 de estas reglas;h) Apoyar, de acuerdo con los porcentajes de coparticipación previstos en las presentes reglas, las acciones tendientes a restituir total o parcialmente los daños causados por desastres naturales en recursos forestales, áreas naturales protegidas, zonas costeras, cauces de ríos y lagunas;i) Canalizar recursos al Fideicomiso Preventivo, a cargo de la Secretaría de Gobernación, en términos de lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley General de Protección Civil;j) Constituir un fondo revolvente a favor de la Secretaría de Gobernación, en términos de lo dispuesto en la fracción I de este numeral, yk) Al cierre del ejercicio fiscal de cada año, aportar el recurso no ejercido de este programa, al Fideicomiso Fondo de Desastres Naturales, conforme se establezca en la normatividad aplicable.
III. El Fideicomiso Fondo de Desastres Naturales constituido por el Gobierno Federal, el cual tiene como finalidad, entre otras, el apoyo con cargo a su patrimonio de las acciones previstas en el programa Fonden.
Asimismo, se podrá realizar la contratación de seguros e instrumentos de transferencia significativa de riesgos para la protección financiera de su patrimonio, así como los servicios necesarios relacionados con dichas contrataciones, en términos de lo previsto en el anexo XII de las presentes reglas.''

Para acceder a los recursos de dicho instrumento, se debe seguir el siguiente procedimiento:

1. Ante la presencia de un desastre natural, la entidad federativa debe solicitar inmediatamente a la instancia técnica facultada, 2 si desde su punto de vista, el desastre natural correspondiente existe o tiene la magnitud necesaria para ser susceptible de apoyo del Fonden (numeral 18 de las ROF).
Para lo cual dicha solicitud deberá contener, entre otras cosas los municipios involucrados, es decir, todos aquellos municipios que se consideran sufrieron o pudieron haber sufrido afectaciones a causa del fenómeno natural perturbador de que se traté (numeral 18, inciso c, de las ROF).
2. La instancia técnica facultada tiene 4 días hábiles para emitir su respuesta a dicha solicitud (numeral 19 ROF).
3. En caso de resultar afirmativa la respuesta de la instancia técnica, el gobierno del estado deberá convocar al Comité de Evaluación de Daños (CED), que se integrará por servidores públicos estatales y federales de los sectores afectados (numerales 20 y 21 de las ROF).
4. A partir de la instalación de ese comité, empieza a correr una cuenta regresiva de hasta 10 días hábiles (prorrogables) para realizarse la entrega de resultados del referido comité en donde se identificarán por sector afectado, los datos referidos en el numeral 22 de las ROF (numeral 21, fracción II, de las ROF).
5. Durante la sesión de entrega de resultados se realizan las siguientes acciones (numeral 21 de las ROF).
- Presentación y entrega de los resultados de cuantificación y evaluación de daños elaborados en conjunto por el estado y las contrapartes de las dependencias y entidades federales;
- El gobierno del estado entrega a la Segob o a la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la documentación en la que señale la insuficiencia de recursos para atender el desastre natural.
- La entidad federativa entregará al representante de la Segob, la solicitud de declaratoria de desastre natural.
- Entrega de la solicitud de anticipos por el gobierno del estado.
6. Por lo que en los cuatro días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud de la declaratoria de desastre natural y si ésta cumple con los requisitos señalados, la Segob, por conducto de la Coordinación General de Protección Civil, deberá emitir y publicar en el Diario Oficial de la Federación la declaratoria de desastre natural respectiva.
7. Por otra parte, una vez recibidos los resultados de cuantificación y evaluación de daños en la sesión de entrega de resultados, la dependencia o entidad federal, en un plazo máximo de siete días hábiles siguientes a la sesión de referencia, deberá presentar la solicitud de recursos y el diagnóstico de obras y acciones a la Segob, incorporando en ella, en la medida de lo procedente, los diagnósticos del respectivo CED, así como la opinión presupuestaria, todo ello para su validación (numeral 29 de las ROF).
8. Una vez que la Segob remita a la SHCP la solicitud de recursos, ésta autorizará, con cargo al programa Fonden, comprendido en el Ramo General 23, ``Provisiones Salariales y Económicas'', del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 (o el que resulte aplicable), o convocará a sesión del Comité Técnico del Fideicomiso del Fonden para que los recursos sean aprobados con cargo al patrimonio de éste, a efecto de que la entidad federativa a través de las instancias estatales ejecutoras correspondientes pueda disponer de los recursos del Fonden para iniciar de inmediato las acciones de reconstrucción o apoyo autorizadas, previa la aportación de la coparticipación que le corresponda ante el Fideicomiso del Fonden estatal.
9. Por todo lo anterior, en su oportunidad, los recursos en coparticipación serán transferidos del patrimonio del Fideicomiso 2003.- Fonden federal, al fideicomiso estatal, en el pari passu respectivo, conforme a las aportaciones que realice el gobierno estatal, de acuerdo al calendario aprobado y autorizado por el comité técnico del fideicomiso estatal en comento.

Es importante señalar que en materia de desastre, la Secretaría de Gobernación, no autoriza, ni tiene a su cargo la entrega de los recursos a un municipio o delegación política en particular, así como tampoco actúa como ejecutora de obras y acciones de reconstrucción de lo dañado, dado que sólo le corresponde coordinar el procedimiento de acceso a los recursos. Los recursos son transferidos a la entidad federativa a través de un fideicomiso Fonden estatal, en el que funge como fideicomitente la dependencia estatal designada. Debe comentarse, que en ningún momento se le brinda apoyo directo a la población, al municipio o a la delegación política.

Conclusión:

Como ya se ha indicado, existen procedimientos para acceder a los recursos del Fondo de Desastres Naturales, ya sea el Fondo Revolvente o el Fonden Reconstrucción, y en ambos se precisan las acciones y los tiempos a realizar. Se insiste que la ``entrega de recursos'', cualquiera que estos sean, no es competencia de esta unidad administrativa.

Se acompaña al presente un anexo con información relativa al estado de Chihuahua y los procedimientos detonados recientemente.

Sin más por el momento, aprovecho la ocasión para mandarle un cordial saludo.

Notas: 1 La declaratoria de emergencia es el reconocimiento que hace la Secretaría de Gobernación de que uno o varios municipios o delegaciones políticas de una entidad federativa se encuentran ante la inminencia o presencia de un fenómeno perturbador de origen natural, que pudiera provocar un daño a la sociedad y crear un riesgo excesivo para la seguridad e integridad de la población (numeral 7 de los lineamientos de las ROF).2 Aquellos entes federales facultados para corroborar la ocurrencia de una situación de desastre en una fecha y lugar determinado, siendo éstos la Comisión Nacional Forestal, para el caso de los incendios en su ámbito; la Comisión Nacional del Agua, en cuanto a los fenómenos hidrometeorológicos; y el Centro Nacional de Prevención de Desastres, en cuanto a los fenómenos geológicos.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, DF, a 8 de octubre de 2008.--- Ruben Hofliger Topete, director general del Fondo de Desastres Naturales.»

«Anexo único

Inundación atípica el 26 de julio de 2008 en el municipio de Juárez

• Mediante oficio PC 177/08 de fecha 29 de julio del año en curso, el Secretario General de gobierno del estado de Chihuahua solicitó a la CGPC la emisión de la declaratoria de emergencia para el municipio de Juárez, por la presencia del fenómeno de lluvias extremas e inundación atípica, que se presentaron del 24 al 28 de julio de 2008.
• Mediante oficio CGPC/1314/2008, de fecha 29 de julio del presente año la CGPC con el objeto de emitir la declaratoria de emergencia respectiva, solicitó a la Conagua, la emisión del dictamen técnico correspondiente, respecto de la procedencia de la misma.
• Mediante oficio BOO. 1289, de fecha 29 de julio de 2008, la Conagua corroboró la ocurrencia de inundación atípica el día 26 de julio de 2008, para el municipio de Juárez del estado de Chihuahua.
• Por lo que, mediante boletín de prensa 199/08, de fecha 29 de julio del año en curso, se difundió la declaratoria de emergencia para el municipio de Juárez del estado de Chihuahua por la ocurrencia de inundación atípica el día 26 de julio de 2008, declaratoria que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto del 2008.
•Con base en lo anterior, el gobierno del estado de Chihuahua, presentó una solicitud de insumos, la cual se atendió de la siguiente manera:

Insumos entregados al estado de Chihuahua por la ocurrencia del Inundación atípica el 26 de julio de 2008, boletín de prensa 199/08

• Insumos
-- Despensas: 2 mil 117
-- Paquete de limpieza: 2 mil 117
-- Medicamentos: variable
• Mediante boletín de prensa 234/08 de fecha 28 de agosto del 2008, se cerró la declaratoria de emergencia, por lo que se concluyó con la atención de la emergencia a la Entidad Federativa en comento.

Lluvia e inundación atípica el 30 de agosto de 2008 en dos municipios del estado de Chihuahua

• Mediante oficio PC 208/08 de fecha 1 de septiembre del año en curso, el Gobernador Constitucional del estado de Chihuahua solicitó ala CGPC la emisión de la declaratoria de emergencia para los municipios de Hidalgo del Parral y Allende, por la presencia del fenómeno de lluvias extremas e inundación atípica, los días 29 y 30 de agosto de 2008.
• Mediante oficio CGPC/1528/2008, de fecha 1 de septiembre del presente año la CGPC con el objeto de emitir la declaratoria de emergencia respectiva, solicitó a la Conagua, la emisión del dictamen técnico correspondiente, respecto de la procedencia de la misma.
• Mediante oficio BOO. 1511, de fecha 1 de septiembre de 2008, la Conagua corroboró la ocurrencia de lluvia e inundación atípica el día 30 de agosto de 2008, en los municipios de Hidalgo del Parral y Allende, del estado de Chihuahua.
• Por lo que, mediante boletín de prensa 242/08, de fecha 1 de septiembre del año en curso, se difundió la declaratoria de emergencia para los municipios de Hidalgo del Parral y Allende del estado de Chihuahua por la ocurrencia de lluvia e inundación atípica el día 30 de agosto de 2008. Declaratoria de emergencia que se publicó en el DOF el 9 de septiembre de 2008
• Con base en lo anterior, el gobierno del estado de Chihuahua presentó dos solicitudes de insumos, las cuales se atendieron.
• Cabe señalar que dicha declaratoria de emergencia aún continúa vigente.

Alta probabilidad de inundación atípica en las próximas horas

• Mediante oficio PC 209/08 de fecha 3 de septiembre del año en curso, el gobernador constitucional del estado de Chihuahua solicitó a la CGPC la emisión de la declaratoria de emergencia para 8 municipios, por la inminencia de inundación atípica a consecuencia de las tormentas intensas de los días 29 al 31 de agosto de 2008
• Mediante oficio CGPC/1554/2008, de fecha 3 de septiembre del presente año la CGPC con el objeto de emitir la declaratoria de emergencia respectiva, solicitó a la Conagua, la emisión del dictamen técnico correspondiente, respecto de la procedencia de la misma.
• Mediante oficio BOO. 1529, de fecha 4 de septiembre de 2008, la Conagua emitió su opinión técnica respecto de dicho evento para 8 municipios del estado de Chihuahua por la alta probabilidad de inundación atípica en las próximas horas
• Por lo que, mediante boletín de prensa 247/08, de fecha 4 de septiembre del año en curso, se difundió la declaratoria de emergencia para los 8 municipios del estado de Chihuahua por la alta probabilidad de inundación atípica en las próximas horas. Declaratoria de emergencia que se publicó en el DOF el 17 de septiembre de 2008
• Con base en lo anterior, el gobierno del estado de Chihuahua, presentó seis solicitudes de insumos, las cuales se atendieron de la siguiente manera:

Insumos entregados al estado de Chihuahua por la alta probabilidad de inundación atípica, boletín de prensa 247/08

-- Despensas: 16 mil 910
-- Litros de agua: 22 mil 933
-- Cobertores: mil 545
-- Colchonetas: mil 545
-- Kit de aseo personal: mil 244
-- Costales: 630 mil 880
-- Lámina galvanizada: mil 120
-- Rollos de hule: 31
-- Kit de limpieza: 921
-- Medicamentos: varios
• Cabe señalar que dicha declaratorio de emergencia aún continúa vigente.

Lluvias atípicas los días 29 y 30 de agosto de 2008

• Mediante oficio PC 210/08 de fecha 3 de septiembre del año en curso, el Gobernador Constitucional del estado de Chihuahua solicita a la CGPC la emisión de la declaratoria de emergencia para 11 municipios, por la ocurrencia de lluvias extremas e inundación atípica los días 29, 30 y 31 de agosto de 2008.
• Mediante oficio CGPC/1554/2008, de fecha 3 de septiembre del presente año la CGPC con el objeto de emitir la declaratoria de emergencia respectiva, solicitó a la Conagua, la emisión del dictamen técnico correspondiente, respecto de la procedencia de la misma.
• Mediante oficio BOO. 1558, de fecha 10 de septiembre de 2008, la Conagua emitió su opinión técnica respecto de dicho evento para 6 municipios del estado de Chihuahua por la ocurrencia de lluvias atípicas los días 29 y 30 de agosto del 2008.
• Por lo que, mediante boletín de prensa 258/08, de fecha 10 de septiembre del año en curso, se difundió la declaratoria de emergencia para los 6 municipios del estado de Chihuahua por la ocurrencia de lluvias atípicas los días 29 y 30 de agosto del 2008. Declaratoria de emergencia que se publicó en el DOF el 25 de septiembre de 2008
• Con base en lo anterior, el gobierno del estado de Chihuahua, presentó cuatro solicitudes de insumos, las cuales se atendieron de la siguiente manera:

Insumos entregados al estado de Chihuahua por la ocurrencia de lluvias atípicas los días 29 y 30 de agosto de 2008, boletín de prensa 258/08

-- Despensas: 4 mil 798
-- Litros de agua: 23 mil 918
-- Cobertores: 4 mil 746
-- Colchonetas: 420
-- Kit de aseo personal: 106
-- Lámina galvanizada: mil 770
-- Rollos de hule: 37
-- Kit de limpieza: 272
-- Medicamentos: varios
• Cabe señalar que dicha declaratoria de emergencia aún continúa vigente.

Inundación atípica del 5 al 7 de septiembre de 2008

• Mediante oficio PC 213/08 de fecha 8 de septiembre del año en curso, el Gobernador Constitucional del estado de Chihuahua solicitó a la CGPC la emisión de la declaratoria de emergencia para 12 municipios, por la presencia de lluvias extremas e inundación atípica los días 5, 6 y 7 de septiembre de 2008.
• Mediante oficio CGPC/1600/2008, de fecha 9 de septiembre del presente año la CGPC con el objeto de emitir la declaratoria de emergencia respectiva, solicitó a la Conagua, la emisión del dictamen técnico correspondiente, respecto de la procedencia de la misma.
• Mediante oficio BOO. 1571, de fecha 12 de septiembre de 2008, la Conagua emitió su opinión técnica respecto de dicho evento para 9 municipios del estado de Chihuahua, por la ocurrencia de inundación atípica deis al 7 de septiembre de 2008.
• Por lo que, mediante boletín de prensa 262/08, de fecha 13 de septiembre del año en curso, se difundió la declaratoria de emergencia para los 9 municipios del estado de Chihuahua, por la ocurrencia de inundación atípica del 5 al 7 de septiembre de 2008. Declaratoria de emergencia que se publicó en el DOF el 25 de septiembre de 2008
• Con base en lo anterior, el gobierno del estado de Chihuahua, presentó tres solicitudes de insumos, las cuales se atendieron de la siguiente manera:

Insumos entregados al estado de Chihuahua por la ocurrencia de inundación atípica del 5 al 7 de septiembre de 2008, boletín de prensa 262/08

-- Despensas: 5 mil 592
-- Litros de agua: 12 mil 736
-- Cobertores: 4 mil 478
-- Lámina galvanizada: mil 736
-- Rollos de hule: 33
• Cabe señalar que dicha declaratoria de emergencia aún continúa vigente.

Fonden reconstrucción

Inundación atípica el día 26 de julio de 2008

1. Mediante oficio SGG371/08, de fecha 29 de julio del año en curso, el gobierno del estado de Chihuahua solicitó por conducto de su Secretario General de Gobierno a la Conagua la corroboración respecto de las lluvias extremas e inundación atípica, ocurridas los días 24 al 28 de julio de 2008, en el Municipio de Juárez del estado de Chihuahua.
2. Con oficio BOO.- 1290, de fecha 29 de julio del año en curso, la Conagua corroboró la ocurrencia de la inundación atípica el día 26 de julio de 2008, en el Municipio de Juárez del estado de Chihuahua.
3. Con fecha 30 de julio de 2008, se instaló el CED con el objeto de hacer la cuantificación y evaluación de los daños ocasionados por la ocurrencia del fenómeno natural perturbador. Para esto, los representantes de las dependencias federales y locales, se integraron en diversos sectores: vivienda, urbano, hidráulico, carretero, educativo y salud, para la cuantificación de daños.
4. En consecuencia, con fecha 12 de agosto de 2008 se llevó a cabo la sesión de entrega de resultados del CED, en la cual se presentó:
• El diagnóstico de los recursos necesarios para la atención de los daños.
• La documentación en la que se señaló la insuficiencia de recursos para atender el desastre natural.
• La solicitud de declaratoria de desastre natural respectiva.
• la solicitud de anticipos (numerales 21 fr. III y 24 de las ROF)
5. Con fecha 18 de agosto de 2008, la SEGOB por conducto de la CGPC, publicó en el DOF la declaratoria de desastre natural respectiva por la ocurrencia de la inundación atípica el día 26 de julio de 2008, en el Municipio de Juárez del estado de Chihuahua.
6. Por lo que una vez recibida y validada la documentación a que se refiere el numeral 29 de las ROF, esta Secretaría siguiendo el procedimiento antes descrito, remitió la misma a la SCHP para la autorización de los recursos.
7. Derivado de lo anterior, el Comité Técnico del Fideicomiso 2003 Fonden, autorizó recursos con cargo al Fideicomiso 2003 Fonden, para atender los daños ocasionados por la ocurrencia de la inundación atípica el día 26 de julio de 2008, en el Municipio de Juárez del estado de Chihuahua. Mismos que a continuación se detallan.

Recursos en trámite

Lluvias extremas e inundaciones atípicas el día 30 de agosto de 2008 en 4 municipios, y por la ocurrencia de lluvias extremas el día 30 de agosto del presente año, en 2 municipios del estado de Chihuahua.

1 Mediante oficio SP-l09/2008 de fecha 1 de septiembre de 2008, el Gobernador Constitucional del estado de Chihuahua, solicitó a la Conagua la corroboración respecto a la ocurrencia de lluvias extremas e inundación atípica los días 29 y 30 de agosto del presente año, afectando a 4 municipios del estado de Chihuahua. Asimismo mediante oficio SP-l11/2008 de fecha 3 de septiembre de 2008, solicitó a la Conagua la corroboración respecto a la ocurrencia de lluvias extremas e inundación atípica los días 29 de agosto al 2 de septiembre del año en curso, afectando a 11 municipios del estado de Chihuahua.
2 Con oficio BOO.-1515 de fecha 2 de septiembre de 2008, la Conagua corroboró la ocurrencia de lluvias extremas e inundaciones atípicas el día 30 de agosto de 2008, en 4 municipios del estado de Chihuahua. Asimismo mediante oficio BOO.-1557 de fecha 10 de septiembre de 2008, la Conagua corroboró la ocurrencia de lluvia extrema el día 30 de agosto del año en curso, en 2 municipios del estado de Chihuahua.
3 Con fecha 3 de septiembre de 2008, se llevó a cabo la sesión de instalación del Comité de Evaluación de Daños, con el objeto de hacer la cuantificación y evaluación de los daños ocasionados por el fenómeno natural perturbador. Para esto, los representantes de las dependencias federales y locales, se integraron en diversos sectores: infraestructura urbana, vivienda, hidráulica, eléctrica, educativa e infraestructura carretera, para la cuantificación de daños.
4 En con consecuencia, con fecha 19 de septiembre de 2008, se llevó a cabo la sesión de entrega de resultados del CED, en la cual se presentó
• El diagnóstico de los recursos necesarios para la atención de los daños.
• La documentación en la que se señaló la insuficiencia de recursos para atender el desastre natural.
• La solicitud de declaratoria de desastre natural respectiva.
• La solicitud de anticipos (numerales 21 fr. III y 24 de las ROF)
Por lo que derivado de la entrega de resultados del CED, a continuación se desglosan los montos preliminares:
5 Con fecha 25 de septiembre de 2008 se publicó en el DOF la declaratoria de desastre natural por la ocurrencia de lluvias extremas e inundaciones atípicas el día 30 de agosto de 2008 en 4 municipios, y por la ocurrencia de lluvias extremas el día 30 de agosto del presente año, en 2 municipios del estado de Chihuahua.
6 Actualmente se encuentra transcurriendo el término establecido en el numeral 29 de las ROF para que las Dependencias Federales presenten a esta Secretaría de Gobernación las correspondientes solicitudes de recursos y sus diagnósticos de obras y acciones por cada sector afectado, para efectos de que sean analizados y, en su caso continuar con los trámites conducentes
7 Por lo que visto el estado actual de las cosas y en atención a su solicitud, le informo que habrá que esperar, para conocer de qué manera y con qué montos se habrá de atender y apoyar los daños ocurridos en el estado de Chihuahua.

Inundaciones atípicas del 3 al 12 de septiembre de 2008

1 Mediante oficio SP-114/2008 de fecha 10 de septiembre de 2008, el gobernador constitucional del estado de Chihuahua, solicitó a la Conagua la corroboración respecto a la ocurrencia de inundaciones atípicas los días del 3 al 5 de septiembre del presente año, afectando a 11 municipios del estado de Chihuahua. Asimismo mediante oficio SP-115/2008 de fecha 12 de septiembre de 2008, solicitó a la Conagua la corroboración respecto a la ocurrencia de inundaciones atípicas del 5 al 12 de septiembre del año en curso, afectando a 1 municipio de esa Entidad Federativa.
2 Con oficio BOO.-1594 de fecha 17 de septiembre de 2008, la Conagua corroboró la ocurrencia de inundaciones atípicas del 3 al 12 de septiembre del 2008, en 12 municipios del estado de Chihuahua.
3 Con fecha 19 de septiembre de 2008, se llevó a cabo la sesión de instalación del CEO, con el objeto de hacer la cuantificación y evaluación de los daños ocasionados por el fenómeno natural perturbador. Para esto, los representantes de las dependencias federales y locales, se integraron en diversos sectores: infraestructura urbana, vivienda, hidráulica, eléctrica, educativa, salud y carretera.
4 En consecuencia, en dicho CED se acordó que la entrega de resultados se llevará acabo el día 16 de octubre del año en curso; con la finalidad de que el CED cumpla con lo establecido en el numeral 21 fracción III, inciso b), de las ROF.
5 Por lo que visto el estado actual de las cosas y en atención a su solicitud, le informo que habrá que esperar, para conocer de qué manera y con qué montos se habrá de atender y apoyar los daños ocurridos en el estado de Chihuahua.
8 de octubre de 2008.»

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Remítase a las comisiones correspondientes, para su conocimiento.



ESTADO DE CHIAPAS

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presentes.

En respuesta del oficio número D.G.P.L. 60-II-3-1750, signado por los diputados César Duarte Jáquez y Manuel Portilla Diéguez, Presidente y Secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número UCE/316/08, suscrito por Xavier Abreu Sierra, titular de la Unidad de Coordinación y Enlace de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI), mediante el cual responde el punto de acuerdo en que se le solicita considerar zonas de atención prioritaria las comunidades indígenas de Chavajeval, Las Delicias y Álvaro Obregón, Chiapas.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 13 de octubre de 2008.--- Cuauhtémoc Cardona Benavides (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

« Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas

Cuauhtémoc Cardona Benavides, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

Hago referencia a su oficio número SEL/300/3615/08, del 3 de septiembre del año en curso, mediante el cual comunica el punto de acuerdo, aprobado por el Pleno de la Cámara de Diputados el pasado 2 de septiembre, que indica:

Primero. Se exhorta al Ejecutivo federal para que por medio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, corrija la información y busque los mecanismos necesarios para considerar zonas indígenas las comunidades de Chavajeval, Las Delicias y Álvaro Obregón, Chiapas. Segundo. Se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Secretaría de Desarrollo Social, a través del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, incorpore dichas comunidades en los programas sociales que desarrolla en Chiapas. Tercero. Se exhorta al Ejecutivo federal para que, a través de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, considere zonas de atención prioritaria dichas comunidades, ya que en el ejercicio presupuestal de 2007 no fueron objeto de ningún programa de atención.

Sobre el particular, me permito hacer de su conocimiento la atención realizada al numeral tercero, competencia de esta comisión:

Las comunidades a que hace referencia el punto de acuerdo, Chavajeval, Las Delicias y Álvaro Obregón, situadas en el municipio de El Bosque, Chiapas, efectivamente no se encuentran incluidas en el universo de localidades elegibles que consignan las reglas de operación de la CDI, publicadas el 28 de diciembre de 2007 en el Diario Oficial de la Federación.

Lo anterior se debe a que la fuente de información que utiliza la CDI para la ubicación y estimación de su población objetivo se desprende de los resultados del XII Censo General de Población y Vivienda 2000, que no registró la información necesaria a fin de caracterizar las localidades en referencia para su eventual incorporación.

A partir de la información disponible del Conteo de Población y Vivienda de 2005, con base en el cual se actualizan los índices de marginación e información a cargo del Consejo Nacional de Población, es posible ubicar y caracterizar plenamente las localidades en comento, las cuales se encuentran en el rango de 40 por ciento y más de población indígena, un grado de marginación alto y muy alto y un tamaño de población de entre 50 y 15 mil habitantes.

En razón de lo anterior, la base de localidades elegibles vinculada al proyecto de reglas de operación que en fecha próxima se someterá a consideración de las instancias competentes para su autorización, incluirá las localidades de Chavajeval, Las Delicias y Álvaro Obregón, situadas en el municipio de El Bosque, Chiapas, además de incorporar todas las localidades que resulten de actualizar información a cargo de las áreas encargadas de la estadística nacional.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 6 de octubre de 2008.--- Xavier Abreu Sierra (rúbrica), titular de la Unidad de Coordinación y Enlace.»

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Remítase a las comisiones correspondientes, para su conocimiento.



LEY GENERAL DE SALUD

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- H. Congreso del Estado de Colima.--- LV Legislatura.

Honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.--- México, DF

Por este conducto nos permitimos informarle, que en sesión pública ordinaria celebrada con esta fecha, los diputados de la Quincuagésima Quinta Legislatura del Estado Libre y Soberano de Colima, aprobaron un acuerdo por el que en base a las facultades que le confiere el artículo 71, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos propone una iniciativa por lo que se adiciona un artículo 61 Bis a la Ley General de Salud.

Artículo 61 Bis. Las autoridades sanitarias, con el consentimiento expreso de los padres, garantizarán la recolección y almacenamiento del material genético proveniente del cordón umbilical del recién nacido, siempre y cuando se encuentren en condiciones óptimas. Dicho material quedará a disposición de las personas compatibles que lo necesiten con urgencia, preferentemente a favor del propio donante o sus familiares, prohibiéndose su comercialización o uso para fines experimentales.

Lo que se le comunica, para los efectos del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos correspondientes, remitiéndose como anexo copia del citado acuerdo.

Atentamente.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Colima, Colima, octubre 7 de 2008.--- Diputado J. Francisco Anzar Herrera (rúbrica), secretario; diputado Gonzalo Medina Ríos (rúbrica), secretario.»

«Secretarios del Honorable Congreso del Estado.--- Presentes.

Miriam Yadira Lara Arteaga, diputada independiente integrante de la Quincuagésima Quinta Legislatura del Congreso del estado de Colima, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 37, fracción I, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima y 71 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en lo previsto por los artículos 22, fracción I, 83, fracción I, y 84, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, así como el 126 y 127 de su Reglamento, someto a la consideración de esta soberanía la presente iniciativa de acuerdo, relativa a adicionar un artículo 61 Bis, a la Ley General de Salud, de conformidad con la siguiente

Exposición de Motivos

Una de las principales preocupaciones del ser humano ha sido la conservación de la vida, a través de la buena salud, transitando por el camino interminable de la investigación, obteniendo hasta el momento resultados inimaginables que han beneficiado la capacidad física de los seres humanos, al mismo tiempo requerimos que hoy en día, las personas puedan acceder a una mejor calidad de vida, con el almacenamiento de las células madre de los cordones umbilicales, que siendo trasplantadas sirven para la cura de enfermedades hematológicas (enfermedades de la sangre); teniendo preferencia de disposición, en primer término los familiares sin que sea en menoscabo de las personas que por obvia urgencia requieran del trasplante aun sin tener ningún lazo consanguíneo o de parentesco con el donante. Con ello el Estado cumplimentaría su tarea de garantizar el derecho a la salud de sus gobernados, prevista por el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; como se plantea en la iniciativa en comento.

Durante el parto, el cordón umbilical de un recién nacido, por lo general, se desecha junto con la placenta. No obstante, se ha comprobado que la sangre recuperada del cordón umbilical es una fuente rica en células madre, ya que durante el parto este tipo de células están presentes porque se mueven del hígado de la madre, donde , tiene lugar la formación de la sangre durante el embarazo, hacia la medula ósea del bebé donde se forma la sangre después del nacimiento; siendo estas células constructoras capaces de crear los componentes principales de la sangre humana y del sistema inmunológico del cuerpo; al igual que la medula ósea, la sangre del cordón umbilical puede utilizarse para tratar diferentes trastornos genéticos que afectan a la sangre, al sistema inmunológico, la leucemia, la diabetes, ciertos canceres, así como trastornos hereditarios.

Solo hace algunos años, el uso de las células madre estaba limitado a los trasplantes de médula ósea para tratar la Leucemia, sin embargo el uso de estas células se ha potenciado, ya que se ha demostrado que son susceptibles de transformarse en células de hígado, corazón, córnea, riñón, páncreas, tejido nervioso, entre otros. De ahí la importancia de la recolección y almacenamiento de los cordones umbilicales en bancos de sangre propiedad del Estado, garantizando con esto que las personas que requieran de un transplante, o del tratamiento de alguna enfermedad grave, aun cuando no hayan almacenado células madre procedentes del cordón umbilical, puedan acceder a ello.

Se han realizado estudios que sugieren que las células primordiales de la sangre del cordón umbilical ofrecen algunas ventajas importantes respecto de las tomadas de la medula ósea; por un lado, las células tomadas de la sangre del cordón umbilical son mucho más fáciles de obtener y sin dolor, ya que pueden tomarse inmediatamente de la placenta en el momento del parto. La recolección de células madre de la medula ósea requiere un procedimiento quirúrgico, por lo regular con anestesia general, que puede causar dolores post-operatorios, representando un pequeño riesgo para el donante; además las células del cordón umbilical tienen una gama más amplia de receptores ya que pueden hacerlo en el donante, en un miembro de la familia o un receptor sin relación de parentesco, aun cuando la compatibilidad no sea total, con un menor riesgo de probabilidad de transmisión de enfermedades y una mayor capacidad de proliferación celular, que su contraparte de la medula ósea. Finalmente resulta más económico si el depósito de las células estaminales se hace en bancos del Estado, ya que el costo en bancos privados es alto y sólo queda a la disponibilidad de familiares del donante.

El problema de mortalidad infantil, en gran medida se debe a lo inaccesible de centros especializados, para la atención de las enfermedades peligrosas tales como el cáncer, ya que en mayor proporción, estas afectan a pacientes de escasos recursos. Los costos para la atención por ejemplo contra la leucemia en Estados Unidos, son muy elevados ya que para atender a un niño cuesta alrededor de 500 mil dólares al año, más de cinco millones de pesos mexicanos, pero si el menor tiene una recaída la cifra se eleva a 200 mil dólares más. Con estas cifras que se desconocen en México, nos damos cuenta de lo selectivo que vendría a ser este tipo de terapias para la población, sólo los ricos tendrían la oportunidad de someterse a este tipo de tratamientos.

Las enfermedades tales como la diabetes, la leucemia, y otros males congénitos, en México se corre el riesgo de que alcancen proporciones epidémicas. Del año 1978 al 2003 se registraron 63 mil 835 muertes certificadas por leucemia, el 40 por ciento se dio en edades comprendidas entre 0 y 19 años. Cabe señalar que entre niños de 5 a 14 años el cáncer es la segunda causa de muerte, registrándose 1 mil 661 casos, equivalente a una tasa de 7.6 por 100 mil habitantes. En México hay 80 mil personas que padecen leucemia y en el mundo se detectan de 500 a 600 mil casos nuevos cada año; algunos de estos enfermos presentan leucemias de alto riesgo que requerirán de un trasplante, ya que las quimioterapias no les funcionan, y en el mayor de los casos aproximadamente el 70 por ciento de estos pacientes no pueden encontrar un donador.

En el país actualmente se cuenta con mas de 12 bancos privados, una franquicia con sucursales en 10 ciudades, dos bancos públicos, uno a cargo del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea en la Ciudad de México, denominado CordMX, que de acuerdo con un informe de junio de 2003 a agosto de 2008, el Banco de Sangre de Cordón Umbilical cuenta con una capacidad de 3 mil 600 unidades, que se pueden conservar a menos noventa grados durante mas de 20 años. Contándose con 1 mil 320 unidades validadas y hasta entonces se habían realizado 96 trasplantes de células troncales; el otro banco público es el del Hospital Universitario de Nuevo León, que ofrece un servicio para uso personal abierto al público en general y sus cuotas de almacenamiento son anuales y están fijadas en dólares, como ocurre en los bancos privados.

Por estas razones de salud pública, en beneficio de la ciencia médica y la sociedad en general, es necesario apoyar esta iniciativa, reconociendo de que existen iniciativas en el mismo sentido, pero en diferente forma, en el Congreso de la Unión y en algunas legislaturas locales, cumplimentándose para dar respuesta con la exigencia ciudadana; por otro lado hemos visto con gran desaliento que los principales problemas de salud en fase terminal, como en los casos que aquí se mencionan, en gran medida afectan a personas de muy bajos recursos que les es prácticamente imposible seguir con los tratamientos adecuados para solamente hacer mas larga la agonía en la mayoría de los casos; con la propuesta mencionada se garantizaría la Institucionalización de la retención del cordón umbilical en bancos públicos al alcance de toda la ciudadanía sin distingo de clases sociales con el único objetivo de mejorar la calidad de vida.

Por todos los razonamientos expresados, presento a la consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de

Acuerdo

Artículo Primero. La Quincuagésima Quinta Legislatura del Estado Libre y Soberano de Colima, propone adicionar un artículo 61 Bis, a la Ley General de Salud, con la facultad que nos confieren los artículos, 71 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 37 fracción I de la Constitución Política del Estado de Calima, para quedar como sigue:

Artículo 61 Bis. Las autoridades sanitarias, con el consentimiento expreso de los padres, garantizarán la recolección y almacenamiento del material genético proveniente del cordón umbilical del recién nacido, siempre y cuando se encuentre en condiciones óptimas. Dicho material quedará a disposición de las personas compatibles que lo necesiten con urgencia, preferentemente en favor del propio donante o sus familiares, prohibiéndose su comercialización o uso para fines experimentales.

Artículo Segundo. De ser aprobado este acuerdo, solicitamos se remita el presente, a la Cámara de Diputados Federal para los trámites legislativos a que haya lugar.

Artículo Tercero. Comuníquese el presente acuerdo a los legislaturas de los estados, para que, en su caso, se adhieran.

Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Calima, Colima, a 7 de octubre de 2008.--- Diputados de la Quincuagésima Quinta Legislatura del estado de Colima: Miriam Yadira Lara Arteaga (rúbrica), Luis Gaitán Cabrera (rúbrica), Crispín Gutiérrez Moreno (rúbrica), Enrique Michel Ruiz (rúbrica), Pedro Peralta Rivas (rúbrica), Roberto Chapula de la Mora (rúbrica), René Díaz Mendoza (rúbrica), José Fermín Santana (rúbrica), Adolfo Núñez González (rúbrica), Imelda Lino Peregrina (rúbrica), Brenda del Carmen Gutiérrez Vega (rúbrica), Arturo García Arias (rúbrica), Jorge Octavio Iñiguez Larios (rúbrica), J. Francisco Anzar Herrera (rúbrica), Fernando Ramírez González (rúbrica), David Rodríguez Brizuela (rúbrica), Humberto Cabrera Dueñas (rúbrica), José López Ochoa (rúbrica), Gabriela de la Paz Sevilla Blanco (rúbrica), Aurora Espíndola Escareño (rúbrica), Martha Meza Oregón (rúbrica), Flavio Castillo Palomino (rúbrica), Gonzalo Medina Ríos (rúbrica), Gonzalo Sánchez Prado (rúbrica), J. Jesús Plascencia Herrera (rúbrica).»
La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Túrnese a la Comisión de Salud. Se va a dar turno directo a las iniciativas.


LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO - LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO - LEY DE PROTECCION Y DEFENSA AL USUARIO DE SERVICIOS FINANCIEROS

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Se recibió del diputado Neftalí Garzón Contreras, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, iniciativa que expide la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Leyes de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, y de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : «Iniciativa que abroga la Ley del ISSSTE publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 2007 y emite una nueva ley sobre la materia; y reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Leyes de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, y de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, a cargo del diputado Neftalí Garzón Contreras , del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, diputado federal de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en ejercicio de la facultad que le concede el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 62, 63 y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa de decreto que abroga la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 2007, y emite un nuevo ordenamiento sobre la materia; reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Leyes de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y, de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Ante la inconstitucional resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de junio de 2008, con independencia de las instancias internacionales y otras, la lucha contra la llamada nueva Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) regresa al Congreso de la Unión. Por tal motivo, después de una amplia consulta entre los trabajadores, destacadamente después de escucharlos en el marco de la primera gran Convención nacional sobre seguridad social, presento una iniciativa que abroga a la llamada nueva Ley del ISSSTE y hace una contra propuesta de nuevo ordenamiento en la materia, cuyas razones y ejes centrales expongo en la presente propuesta.

A un año y medio de la contrarreforma, los trabajadores al servicio del estado crecen en organización y conciencia en su lucha por abrogar la nueva Ley del ISSSTE. Baste señalar que los burócratas a la fecha han interpuesto más de tres millones de amparos para demostrar la inconstitucionalidad de ésta. Lo que significa, para fines jurídico-prácticos, que gracias a la lucha de los burócratas, la Ley del ISSSTE de 1983 sigue viva en el marco de las suspensiones masivas concedidas con motivo de estos amparos; pero sobre todo en su espíritu de lucha.

Con lo que se evidencia la certeza del principio aquél, que exige para la validez de una ley, no sólo el cumplimiento de los formalismos legislativos, sino su indeclinable contenido de justicia.

Igualmente ha quedado plenamente acreditado, que siempre se debe dar participación a los que tienen un interés directo en una norma o cuerpo de normas, de lo contrario la solución de los problemas se empantana y aumenta el divorcio entre gobernantes y gobernados.

Las Afore nunca, en ninguna parte del mundo, han sido camino para fortalecer y mejorar el sistema de pensiones. Son un claro camino de privatización; de transformación de derechos y recursos sociales en materia para negocios abusivos.

Respecto al Instituto Mexicano del Seguro Social ( IMSS), el fracaso de las Afore es evidente: comisiones de usura sobre los ahorros de los trabajadores, rendimientos bajos y a la baja, prepotencia como elemento rector de las Afore quienes, en muchos casos, mediante el fraude inscriben y traspasan las cuentas individuales de los trabajadores, participación y preparación cero de los trabajadores en el sistema, millonarias pérdidas en los ahorros de los trabajadores ante el subibaja de los mercados de valores y riesgo de un crack de dimensiones inconmensurables, falta de transparencia, inadecuada atención ante los abusos de las Afore, proyección masiva de pensiones por abajo del salario mínimo con riesgo para las finanzas públicas, falta de imparcialidad de las autoridades competentes, montos constitutivos abultadísimos para la contratación de las pensiones ante las instituciones de seguros, ilegal negativa de las Afore para entregar los saldos a los trabajadores y a sus beneficiarios, pérdida de la soberanía en manos del capital extranjero, entre otras.

Para los trabajadores del apartado B del artículo 123 constitucional, el panorama es aún más difícil, ya que se les impone el mundo privatizador cuando el mercado de valores, tanto a nivel nacional como internacional, pierde dinamismo y está sobre la orilla del barranco de la recesión y el crack. Pero además deben enfrentarse no sólo a una ley que impone mayores condiciones en la aplicación de los derechos, sino a una salvaje supresión de derechos adquiridos, comenzando por el derecho a la jubilación que se extingue en la ambición neoliberal. Baste señalar, que igualmente se les suprime el derecho básico a optar con libertad entre la anterior ley y la nueva.

Por todo lo dicho, de manera paralela a la lucha político-sindical y de los amparos masivos, urge hacer una contrapropuesta legislativa a la impuesta nueva Ley del ISSSTE, que recoja en letra y espíritu el contenido de estos amparos. Nueva Ley del ISSSTE que debe ser abrogada.

No es suficiente un ¡no! a la nueva Ley del ISSSTE, sino que es fundamental que se hagan contrapropuestas que permitan el sostenimiento de la seguridad social solidaria al mismo tiempo que su viabilidad financiera y social. Este es precisamente el propósito de esta iniciativa.

En nuestra iniciativa, no se acepta la constitución de las llamadas Afore sociales, ya que a final de cuentas serían ciertos sindicatos y más que sindicatos, sus burocracias, las que ahora detentarían las utilidades de este negocio sin atacar el problema de fondo. Esto sin menoscabo de recordar, que la Ley Federal del Trabajo en su artículo 378 prohíbe a los sindicatos ``Ejercer la profesión de comerciantes con ánimo de lucro''.

Nos decidimos por un camino dentro del concepto, usado en el marco del Foro Social Mundial, de ciudadanización de la seguridad social, es decir, impulsar la participación de todos los trabajadores, pensionados y sus familias, en general de todos los derechohabientes del ISSSTE, para la democratización en la toma de decisiones y vigilancia dentro de este instituto, pero sobre todo para impedir su privatización en el presente y el futuro. Lo cual es congruente con el carácter de la relación jurídica que surge en el marco de la seguridad social, que a diferencia de la relación laboral (trabajador-patrón), no sólo se entabla entre la institución ( IMSS, ISSSTE, etcétera) y el trabajador (en su caso pensionado), sino también con el resto de los derechohabientes (cónyuge, hijos, etcétera); los familiares derechohabientes son también sujetos de esta relación jurídica. Esto desde luego no suprime la obligación del Estado de responder a los desequilibrios financieros que pudiera llegar a tener el ISSSTE, antes al contrario, se fortalece en esta iniciativa, al establecerse que tal compromiso queda a cargo del Estado y no simplemente de las dependencias y entidades.

Para hacer realidad lo anterior, se deben crear los mecanismos para que los trabajadores y sus familias puedan participar con un voto mayoritario en la toma de decisiones sobre sus cuentas individuales, y, en general en las decisiones del ISSSTE. Se crea la Asamblea Nacional de Derechohabientes del ISSSTE desde los municipios, cuya estructura organizativa pasará por cada una de las entidades federativas y a nivel nacional; designaría a sus representantes ante los órganos de gobierno del ISSSTE, decidiendo el rumbo de los mismos. Esto se basa en que, de acuerdo con la nueva Ley del ISSSTE, los trabajadores son los propietarios de las cuotas y aportaciones de pensiones, y vivienda, por lo que su poder económico se debe traducir en poder político, decisorio. La privatización de las cuotas y aportaciones en los artículos 228 y 83 de la Ley del ISSSTE del 2007 (artículo 174 en la ley del 83), se hizo por los neoliberales con el afán de privatizar y despojar a los trabajadores; nuestra iniciativa revierte esta trampa y usa esa base jurídica para lograr la ciudadanización de la seguridad social.

No plateamos la simple vuelta al pasado, toda vez que en el mismo, de manera reiterada, se desviaron los recursos por actos de conveniencia política o corrupción, o simplemente hacia fines diversos a los previstos en la ley. Sistema dentro del cual los trabajadores eran ajenos al manejo de estos recursos sociales. Igualmente hay que recordar el inconstitucional manejo de los créditos de vivienda, la venta de la cartera vencida, desabasto de medicinas, etcétera.

Tratamos de preservar algunos instrumentos útiles de la nueva Ley del ISSSTE, como las cuentas individuales, sólo como medio de participación y vigilancia en los recursos financieros por parte de los trabajadores (pensionados) y sus familias (lo que permitirá fortalecer la ya mencionada ciudadanización), más no como medio de lucro de las instituciones financieras, menos aún como base para definir derechos de los trabajadores. Por tanto, sin menoscabo de este mecanismo de supervisión y participación, las cuotas y aportaciones seguirán fluyendo a un Fondo de reparto y solidario, con el que se pagarán las pensiones y demás prestaciones. El mayor de los males de los sistemas de seguridad social es que los derechohabientes sean apáticos y no se involucren de manera cotidiana y permanente en su marcha.

Se reintegra a los trabajadores en activo el derecho a decidir con libertad entre la anterior y la nueva Ley del ISSSTE con las modificaciones que se proponen en la presente iniciativa, como medio indispensable para respetar a plenitud los derechos adquiridos por los trabajadores en activo, haciendo a un lado la injusta y anticonstitucional opción entre los bonos de pensión ISSSTE, renuncia masiva de derechos; o el artículo 10 transitorio que sólo en parte conserva tales derechos y únicamente respecto a las pensiones, pues en los demás aspectos de aplica en sus términos la nueva Ley del ISSSTE. Con esto se reconocería uno de los derechos básicos reclamados como esencia en los amparos, a diferencia de los trabajadores afiliados al IMSS, que sí fueron respetados en este derecho de opción en el marco de la nueva Ley del Seguro Social.

Igualmente se recobran los derechos a la jubilación, a la pensión por edad y tiempo de servicios, a la de cesantía con sólo diez años cotizados, derechos específicos de los burócratas a consecuencia de años de lucha. Y que de ninguna manera son sustituidos por las nuevas pensiones piratas de cesantía y vejez, o por las adulteradas pensiones del artículo 10 transitorio. Los trabajadores en activo las recibirían conforme a lo previsto en la anterior ley del 83. El único cambio respecto a los trabajadores de nuevo ingreso sería que para el caso de la jubilación se requerirá 52 años de edad para varones y mujeres; en la pensión por edad y tiempo de servicios se incrementa la edad requerida de 55 a 57 años y los años cotizados de 15 a 18 años. Todo en el afán de evitar las jubilaciones y pensiones de personas muy jóvenes con mayores expectativas de vida, con altos costos presupuestales, pero también para preservarles sus fuentes de empleo, ya que en la actualidad se trata de obligarlos a jubilarse, de trocar la jubilación de derecho a obligación, para abrir paso a la reventa de sus plazas.

El pago de cuotas y aportaciones se hará sobre un sueldo integrado, adicionado con todas las percepciones permanentes, regulares o periódicas, que perciba el trabajador por su trabajo. Igual se incrementa el tope máximo de 10 a 25 salarios mínimos generales del Distrito Federal. Esto tanto para el pago de cuotas y aportaciones (sólo los trabajadores con más salario pagarán más, pues los montos de las cuotas no se incrementan) como para el otorgamiento de jubilaciones y pensiones y demás beneficios a los trabajadores y sus familias. Esto por un lado, ayudará al equilibrio financiero del instituto y, por otro lado, generarán mayores beneficios para los trabajadores. Igual presionará a una revalorización económica del trabajo de los burócratas. Suprimiendo al inconstitucional e insuficiente sueldo tabular regional impuesto por la nueva Ley del ISSSTE. Todo esto apenas para empatar con la Ley del IMSS.

Se transforma en un seguro del régimen obligatorio del ISSSTE, el servicio de atención para el bienestar y desarrollo infantil, para darle toda la trascendencia social y autonomía financiera que exige la tutela de estos derechos fundamentalmente de las madres trabajadoras y sus hijos.

Se incrementa a cuatro salarios mínimos del Distrito Federal la pensión mínima burocrática que deberá pagarse a los trabajadores (aunque como resultado del cálculo el trabajador alcanzara una pensión menor), para recobrar ingresos para el bienestar y dignidad de estos trabajadores.

De manera expresa se establece el derecho de los trabajadores sobre los ahorros del Sistema de Ahorro para el Retiro (2 por ciento de Sistema de Ahorro para el Retiro y 5% de vivienda) aportados hasta el 31 de marzo de 2007 y hasta su jubilación o pensión; sin embargo respecto al ramo de retiro (2 por ciento) se establece una modalidad en cuanto al monto a entregar en el afán de impulsar el retiro de los trabajadores a una mayor edad. Evidentemente, los ahorros hasta marzo del 2007 se regularán en cuanto a rendimientos y retiro por la Ley del ISSSTE de 1983. El saldo de las demás subcuentas: jubilación, edad y tiempo de servicios, cesantía, y vejez en su caso, pasarán al instituto para el pago de las pensiones.

Se saca de la seguridad social de los trabajadores al servicio del estado a los bonos de pensión ISSSTE, al Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado (PensionISSSTE), a las Afore, a las instituciones de seguros, por ser un despojo y una privatización inconstitucional a favor de los charros o de las empresas financieras en absoluto divorcio con los fines de la seguridad social; en el mismo sentido se evita la bursatilización del Fondo de préstamos personales, e igualmente del Fondo de Vivienda del ISSSTE y la venta de su cartera vencida, se impide el incremento usurero de los créditos de vivienda otorgados a los trabajadores, en suma, se regresa a la seguridad social tutelar, en bien de los derechos de los trabajadores y sus familias.

Se impide igualmente que los servicios médicos se puedan subrogar para el lucro de la medicina privada, que no es garantía de mayor calidad pero sí del enriquecimiento a costa de un derecho social. En general, se suprimen todas las disposiciones que abren el paso a la privatización y la supresión de los derechos de los trabajadores en la materia. Se establece un mecanismo ágil para el reembolso de los gastos médicos. Se impulsa de manera especial la medicina preventiva y la medicina alternativa, especialmente la cultivada por nuestros pueblos indígenas, lo que no sólo busca reducir costos y aumentar la eficacia sino avanzar en la identidad nacional.

Se restaura el derecho de los trabajadores a obtener pensiones tanto del IMSS e ISSSTE, igualmente a que se le computen los periodos cotizados de manera simultánea en ambos institutos. Salvo que el trabajador opte por obtener una sola pensión otorgada por alguno de estos institutos por transferencia de los derechos, caso en el cual el monto de ésta deberá ser por lo menos equivalente a las que hubiera obtenido de manera independiente en ambos institutos.

Se tutela los derechos de la multiplicidad de concubinas, impidiéndose que criterios moralistas subordinen al derecho social.

No se restaura el derecho a la indemnización global, ya que el retiro de lo cotizado ha sido uno de los mecanismos que más han afectado el equilibrio financiero de las instituciones de seguridad social; tampoco favorece al trabajador que ve abortado su derecho a tener un respaldo por el resto de su vida. Por tal motivo, impulsamos los mecanismos para que los trabajadores cubran las cotizaciones que les faltan y accedan a una pensión.

Se prevé que ninguna disposición o ley posterior podrá reducir los derechos de los trabajadores contenidos en nuestra iniciativa. De lo contrario serán nulas de pleno derecho.

Enunciado el contenido esencial general de la iniciativa, veamos los ejes esenciales que propone en materia de pensiones (ejes que podemos resumir: el negocio y beneficios con los ahorros de los trabajadores en lugar de que sean para las Afore pase a los trabajadores y el instituto; que exista una sana distancia entre el patrimonio de los trabajadores y el patrimonio del instituto para evitar corruptelas y burocratismos; que los trabajadores, los pensionados y sus familias tengan papel protagónico en la vida del ISSSTE y no sigan recibiendo el trato de excluidos respecto a lo que es suyo):

1. El ISSSTE debe transformarse en el administrador de las cuentas individuales, lo que permitirá:
a) Que la comisión que se cobre por la administración de las cuentas individuales, que obviamente debe ser mucho menor que la que cobran las Afore, inyecte recursos financieros al ISSSTE. En lugar de ir a engordar el negocio privado de empresas, casi en su totalidad, extranjeras.
b) Que el ISSSTE, que actualmente realiza gran parte de las labores de administración del sistema de pensiones para el beneficio inconstitucional de las Afore; IMSS e ISSSTE, es el que trabaja mientras que las Afore son las que cobran: inscribe a los trabajadores, opera las incidencias de los trabajadores y patrones (altas, bajas, modificaciones salariales, incapacidades, ausencias, suspensiones, fusiones, etcétera), efectúa las tareas de cobranza, recibe los pagos y, sobre todo, lleva la base de datos más completa de patrones, trabajadores y sus familiares, a diferencia de las Afore y, en su tiempo, los bancos que operaban el anterior Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), que llevan y llevaron un verdadero relajo con dos o tres cuentas individuales por trabajador (lo que además tiene el propósito de dificultar la recuperación de sus ahorros por los trabajadores y familiares); no se tiene, o se tiene un pésimo registro de los beneficiarios de los trabajadores y, por si fuera poco las Afore se han apoyado en estas bases de datos del IMSS e ISSSTE para hacer su supuesta administración.
2. Por otro lado, la inversión de los recursos, evitándose que sean distraídos a otros fines tanto por las empresas privadas estilo Afore o por la burocracia del ISSSTE; propongo se realice por una instancia de derecho público con carácter autónomo como el Banco de México, que tiene una gran experiencia en el campo de los sistemas de ahorro para el retiro, pues hasta el 31 de marzo de 2007 se encargó de invertir los recursos del SAR de los trabajadores afiliados al ISSSTE (hasta junio de 1997 el SAR de los trabajadores del apartado A), y actualmente lo sigue haciendo respecto a los fondos del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (cuyos recursos afortunadamente no los manejan materialmente las Afore), razones:
a) Los recursos se entregarían a una entidad con autonomía y con personal con amplia experiencia en materia de inversión de fondos de pensiones y en general de seguridad social.
b) No habría necesidad de invertir abultadas cantidades de tiempo ni de recursos para su formación, pues la entidad referida ya está constituida, lo que permitiría de inmediato operar la reforma.
c) Garantizaría la preservación de los ahorros y de un interés mínimo como sucedió hasta el 31 de marzo de 2007 para los trabajadores afiliados al ISSSTE.
Antes de la contrarreforma, para los fondos del SAR de los trabajadores al servicio del Estado el interés real mínimo garantizado era del 2 por ciento, pero la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) siempre dio tasas mayores.
A diferencia de las Afore que no garantizan una tasa mínima de rendimiento e inclusive pueden presentar mermas a los ahorros de los trabajadores; menos están obligados a cubrir a los trabajadores una pensión, por mínima que fuera. Es decir, las Afore tienen como única obligación enriquecerse lo que más puedan en el menor tiempo posible.
d) Desde luego se crearía un marco normativo para las inversiones llevadas a cabo por el Banco de México de los fondos de pensiones, de manera que no sólo se invirtieran en instrumentos del gobierno federal, sino en otro tipo de instrumentos, tanto para evitar una posible insolvencia del Estado como para permitir mejores rendimientos en bien de los trabajadores y del Fondo de reparto y solidario de pensiones, pero siempre preservando la seguridad de estos recursos y, especialmente invirtiéndose en México, de manera que se cumplan los objetivos que marca la propia Ley del SAR, en el sentido en que la inversión de estos recursos deben ser para fomentar la actividad productiva del país, la generación de empleos, la construcción de vivienda, el desarrollo de la infraestructura estratégica del país y el desarrollo regional. Aparte del marco normativo aludido, el ISSSTE sería escuchado, a través de su junta directiva para la definición de la política de inversión que aplique el Banco de México.
e) Parte del rendimiento real obtenido se entregaría al ISSSTE en su carácter de administrador de las cuentas individuales, lo que otra vez representaría una inyección de recursos al instituto.
Recursos que se aplicarían (tanto lo obtenido con la comisión como del rendimiento real) a los fines generales de la seguridad social, incluido el seguro de salud.
f) Con viene que los fondos de pensiones se mantengan bajo la forma de cuentas individuales para hacer posible la inspección permanente de los trabajadores sobre los recursos destinados a las pensiones, así de evita que se vuelvan aplicar a fines distintos como sucedió en el marco de la ley abrogada del 1983, para lo cual será necesario instrumentar medios ágiles de consulta a favor de los trabajadores: a través de un plástico (que permitirá una consulta si es necesario diaria), consulta directa ante el ISSSTE y los estados de cuenta, entre otros. Los trabajadores ya nunca más deben permanecer ajenos a la marcha del ISSSTE, ya que a final de cuentas terminan pagando los trastes rotos de la alta burocracia.
g) El matiz solidario del fondo de pensiones surgiría de: que parte de tales recursos se entregarían al ISSSTE en las formas ya señalada (comisión y rendimiento real); de que se invertirían en México para promover el empleo y demás fines ya indicados; de que incluso se podrían autorizar de los fondos de pensiones, el otorgamiento de préstamos, debidamente garantizados, al ISSSTE para sus fines y cumplimiento de sus obligaciones, decisión que sería tomada por la Cámara de Diputados en cuanto al monto anual de estos préstamos y en cuanto a los fines a que se destinarían, oyendo siempre la opinión del Banco de México y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Pero sobre todo de que los recursos de los trabajadores seguirían constituyendo un fondo de reparto para hacer realidad las pensiones de los trabajadores.
Por otro lado, al constituirse la inversión de estos fondos en palanca del desarrollo económico y social del país, esto a su vez impactaría favorablemente al ISSSTE porque generaría más empleo (más médicos, más enfermeras, más profesores, etcétera, que tanto necesita el país) y mejores salarios.
3. Los recursos de las cuentas individuales relativas a cesantía en edad avanzada y vejez y, un porcentaje del ramo de retiro (2 por ciento) pasarían a la tesorería del ISSSTE: quien se encargaría de otorgar las pensiones. Y no como sucede actualmente, en que, por ejemplo, las instituciones de seguros son las que saquean recursos millonarios a las instituciones de seguridad social y al gobierno federal para cumplir su indispensable tarea de dar raquíticas pensiones a los trabajadores, aún no por cierto pensiones de cesantía y vejez.
El porcentaje de ahorros restante, ya cubierto el monto necesario para la pensión, se entregarían a los trabajadores en cuyo favor se generó ésta; este porcentaje iría incrementando en proporción a la edad en que se pensionen los trabajadores, a mayor edad más ahorros entregados a su favor, con independencia del monto de su pensión que se cubriría en los términos de ley. Igualmente, en algunos ramos de aseguramiento, a mayor edad más monto de la pensión.
Todo lo anterior, con el objeto de incentivar a los trabajadores a que opten por pensionarse a una mayor edad.
Esto, independientemente de que deben crearse el marco legal y las condiciones económicas, para que las personas de la tercera edad puedan combinar, en la medida de sus posibilidades, el trabajo (menos jornada, más descansos y vacaciones) y la percepción de una pensión, lo que además de permitirles un mejor ingreso, los mantendrá activos en su beneficio físico, mental y emocional y en el bien de la comunidad que seguirá recibiendo su trabajo y experiencia.
4. El proceso para la desaparición de las Afore implicará, conforme a mi propuesta, que en primer lugar el Congreso de la Unión suprima las comisiones sobre saldo (ya antes se suprimieron las de flujo) y, por tanto, sólo se permita una pequeña comisión sobre rendimiento real. En segundo lugar, se quitará el carácter obligatorio del registro ante las Afore, esto respecto a los trabajadores de nuevo ingreso o que reingresan al servicio, de manera que los trabajadores quedarán en libertad de escoger entre la administración del ISSSTE, que en todo caso cobrarían comisiones inferiores y daría mayores rendimientos, o seguir en las Afore, esto libremente de hacer publicidad para hacer conciencia entre los trabajadores de las ventajas (tanto en su beneficio como del país) de la opción de la administración ISSSTE- Banco de México. Esto provocará que los trabajadores ya registrados en uso de su derecho de traspaso, que además se podrá hacer valer en cualquier tiempo, vayan cambiando la administración de sus cuentas al ISSSTE, hasta que llegue el punto en que, legal y políticamente, se den por suprimidas las Afore y la administración quede en manos de la seguridad social pública y solidaria. En todo caso, si perviviera una Afore, lo que es difícil pues sus únicas finalidades son el lucro ilimitado y el saqueo, lo hará sobre los parámetros de la administración ISSSTE. Finalmente, a los tres meses de la entrada en vigor del presente decreto, las Afore ya no podrán afiliar a nuevos trabajadores, y queda el ISSSTE como la única entidad encargada de la administración de las cuentas individuales de los trabajadores.
De ser aprobada la presente iniciativa, se presionará al IMSS para que entre al mismo cause del ISSSTE, para recobrar la seguridad social solidaria. Lo que permitiría la desaparición de los tres engreídos neoliberales: Afore, Ley del SAR y Consar.
A diferencia de la administración-ISSSTE de las cuentas individuales que proponemos, PensionISSSTE queda bajo los intereses de los charros y, regulada por los mismos fines de lucro de las Afore. Por lo que PensionISSSTE debe desaparecer.
De esta manera el mecanismo que propongo, permite la creación de un círculo virtuoso, que pone fin al secretismo y empantanamiento corrupto e ineficiente de los recursos ISSSTE como sucedió hasta marzo de 2007, para permitir la creación de unas finanzas dinámicas, generadoras de riqueza con los recursos de los trabajadores, pero no para beneficio de charros o Afore, sino para el propio instituto y los derechohabientes. Se inyecta al ISSSTE un sentido de empresa social.
5. Ante la enorme duplicidad de cuentas, el rescate del SAR implicará hacer un gran esfuerzo de parte del ISSSTE, a quién se le deberán dar facultades para requerir al trabajador su intervención para tal unificación; o bien hacerla de manera masiva y oficiosamente. Además, esta tarea se le facilitará al ISSSTE que cuenta con una base de datos de dependencias, entidades, trabajadores y sus beneficiarios. Unificación que deberá concluir a más tardar en diciembre de 2009.
6. Se debe pugnar más adelante, para que bajo el esquema que ya se ha detallado, se unifiquen todos los sistemas de pensiones ( IMSS, ISSSTE, seguridad social de los estados, etcétera), es decir, lo que pretendían las Afore, pero bajo la aberrante batuta del lucro.
7. Se mantendrá el esquema de las aportaciones voluntarias a las cuentas individuales, que permita a los trabajadores alcanzar mejores rendimientos con sus ahorros y un mayor respaldo a la hora de su retiro. Sin embargo, para fomentar este ahorro se propone que los trabajadores puedan retirar sus fondos en cualquier momento.
8. Se deben cuestionar los abultados salarios de la alta burocracia del ISSSTE. Lo cual representa una enorme sangría en perjuicio de los fines propios de la seguridad social.
Tampoco debe aceptarse que en tanto se regatean las plazas y condiciones da trabajo para doctores, enfermeras y demás personal sindicalizado dedicado a los objetivos esenciales del instituto, por el otro se contrate al por mayor a personal de confianza, especialmente en los altos cargos directivos. En tal razón, el instituto sólo deberá contratar al personal de confianza que sea estrictamente indispensable, y los pagos totales a este personal no deberán representar más del veinticinco por ciento de lo gastado en las relaciones de trabajo de los trabajadores sindicalizados.
9. El ISSSTE y el Banco de México deberán presentar un informe mensual al Congreso de la Unión sobre el SAR.
10. Se debe llamar a cuentas ante la justicia a los funcionarios y empresarios responsables del enorme saqueo sobre los ahorros de los trabajadores, obligándolos a reparar el daño causado. No basta correrlos, hay que enjuiciarlos.
11. Con esta iniciativa que abroga la nueva Ley del ISSSTE ésta no sólo vuelve a estar en armonía con la constitución federal, sino con los convenios de la Organización Internacional del Trabajo sobre la materia, comenzando con el convenio 102, ya ratificado por México.

En suma, el ISSSTE se transforma en una mixtura de organismo descentralizado y cooperativa, con hondo sentido nacional y popular. Y con plena participación de los derechohabientes.

Artículo primero. El Congreso de la Unión decreta: Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en los siguientes términos:

Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

Título primero De las disposiciones generales

Artículo 1. La presente ley es de orden público, de interés social y de observancia en toda la república. Los derechos y prestaciones consagrados en la misma deberán ser respetados en su integridad por cualquier disposición o ley posterior, en caso contrario tal disposición o ley será nula de pleno derecho. Esta ley se aplicará a las dependencias, entidades, trabajadores al servicio civil, pensionados y familiares derechohabientes, de:

I. La Presidencia de la República, las dependencias y entidades de la Administración Pública federal, incluyendo al propio instituto;
II. Ambas cámaras del Congreso de la Unión, incluidos los diputados y senadores, así como los trabajadores de la Entidad de Fiscalización Superior de la Federación.
III. El Poder Judicial de la federación, incluyendo a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, magistrados y jueces, así como consejeros del Consejo de la Judicatura Federal;
IV. La Procuraduría General de la República;
V. Los órganos jurisdiccionales autónomos;
VI. Los órganos con autonomía por disposición constitucional;
VII. El Gobierno del Distrito Federal, sus órganos político administrativos, sus órganos autónomos, sus dependencias y entidades, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, incluyendo sus diputados, y el órgano judicial del Distrito Federal, incluyendo magistrados, jueces y miembros del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, conforme a su normatividad específica y con base en los convenios que celebren con el Instituto, y
VIII. Los gobiernos de las demás entidades federativas de la república, los poderes legislativos y judiciales locales, las administraciones públicas municipales, y sus trabajadores, en aquellos casos en que celebren convenios con el instituto en los términos de esta ley.

Por tanto, respecto a los sujetos a que esta ley sea aplicable conforme a las fracciones anteriores, queda prohibida la contratación con recursos públicos de seguros privados u otro medio adicional para su atención médica, destacadamente para los diputados y senadores y los miembros del Poder Judicial.

Artículo 2. La seguridad social de los trabajadores comprende:

I. El régimen obligatorio, y
II. El régimen voluntario.

Artículo 3. Se establecen con carácter obligatorio los siguientes seguros:

I. De salud, que comprende:
a) Atención médica preventiva;
b) Atención médica curativa y de maternidad, y
c) Rehabilitación física y mental;
II. De riesgos del trabajo;
III. Seguro de jubilación;
IV. Seguro de retiro por edad y tiempo de servicios;
V. Seguro de cesantía en edad avanzada;
VI. De invalidez y vida; y
VII. Seguro de atención para el bienestar y desarrollo infantil.

Artículo 4. Se establecen con carácter obligatorio las siguientes prestaciones y servicios:

I. Préstamos hipotecarios y financiamiento en general para vivienda, en sus modalidades de adquisición en propiedad de terrenos o casas habitación, construcción, reparación, ampliación o mejoras de las mismas; así como para el pago de pasivos adquiridos por estos conceptos;
II. Préstamos personales:
a) Ordinarios;
b) Especiales;
c) Para adquisición de bienes de consumo duradero, y
d) Extraordinarios para damnificados por desastres naturales;
III. Servicios sociales, consistentes en:
a) Programas y servicios de apoyo para la adquisición de productos básicos y de consumo para el hogar;
b) Servicios turísticos; y
c) Servicios funerarios;
IV. Servicios culturales, consistentes en:
a) Programas culturales;
b) Programas educativos y de capacitación;
c) Atención a jubilados, pensionados y discapacitados, y
d) Programas de fomento deportivo.

Artículo 5. La administración de los seguros, prestaciones y servicios establecidos en el presente ordenamiento, así como la del Fondo de la vivienda, de sus delegaciones y de sus demás órganos desconcentrados, estarán a cargo del organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, con domicilio en la Ciudad de México, Distrito Federal, que tiene como objeto contribuir al bienestar de los trabajadores, pensionados y familiares derechohabientes, en los términos, condiciones y modalidades previstos en esta ley.

Este instituto tiene prohibido entregar sus atribuciones o su cumplimiento, bajo cualquier forma jurídica, a personas físicas o empresas privadas; además se guiará por lo principios de solidaridad, integralidad y subsidiaridad.

Si llegare a ocurrir en cualquier tiempo que los recursos del instituto no bastaren para cumplir con las obligaciones a su cargo establecidas por la ley, el déficit que hubiese, será cubierto por el Estado, por conducto del Gobierno Federal.

Artículo 6. Para los efectos de esta ley, se entenderá por:

I. Aportaciones, los enteros de recursos que cubran las dependencias y entidades en cumplimiento de las obligaciones que respecto a sus trabajadores les impone esta ley;
II. Cuenta individual, aquélla que se abrirá para cada trabajador en el instituto , para que se depositen en la misma las cuotas y aportaciones de las subcuentas de retiro, jubilación, retiro por edad y tiempo de servicios, cesantía en edad avanzada y, de ahorro solidario, de aportaciones complementarias de retiro, de aportaciones voluntarias y de ahorro de largo plazo, y se registren las correspondientes al Fondo de la vivienda, así como los respectivos rendimientos de éstas y los demás recursos que puedan ser aportados a las mismas. El monto de los recursos acumulados en la cuenta individual por concepto de las cuotas y aportaciones del seguro de retiro, jubilación, retiro por edad y tiempo de servicios y cesantía en edad avanzada, no será elemento que defina el otorgamiento de las pensiones y demás prestaciones, sino medio para que los trabajadores intervengan y vigilen que las finanzas, en general el instituto, funcione conforme a derecho. Por tanto estos recursos y sus rendimientos, de todas las cuentas individuales, integrarán el Fondo solidario y de reparto con el que se cubrirán las pensiones;
III. Cuotas, los enteros a la seguridad social que los trabajadores deben cubrir conforme a lo dispuesto en esta ley;
IV. Cuota social, los enteros a la seguridad social que debe realizar el gobierno federal, con base en las disposiciones establecidas en esta ley;
V. Dependencias, las unidades administrativas de los Poderes de la Unión, la Procuraduría General de la República, los órganos jurisdiccionales autónomos, los órganos ejecutivo, legislativo y judicial del Distrito Federal, así como las unidades administrativas de las entidades federativas y municipios que se incorporen al régimen de esta ley;
VI. Derechohabiente, a los trabajadores, pensionados y familiares derechohabientes;
VII. Descuento, las deducciones ordenadas por el instituto a las percepciones de los trabajadores o pensionados con motivo de las obligaciones contraídas por éstos, que deberán aplicar las dependencias, entidades o el propio instituto, a través de sus nóminas de pago;
VIII. Entidades, los organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria y demás instituciones paraestatales federales y del Gobierno del Distrito Federal, así como los organismos de las entidades federativas o municipales y organismos públicos que por disposición constitucional cuenten con autonomía, que se incorporen a los regímenes de esta ley;
IX. Entidades federativas, a los estados de la república y el Distrito Federal;
X . Familiares derechohabientes a:
a) El cónyuge, o a falta de éste, el varón o la mujer con quien, la trabajadora o la pensionada con relación al primero, o el trabajador o el pensionado, con relación a la segunda, ha vivido como si fuera su cónyuge durante los cinco años anteriores o con quien tuviese uno o más hijos, siempre que ambos permanezcan libres de matrimonio. Si el trabajador o el pensionado, tiene varias concubinas o concubinarios, según sea el caso, tendrán derecho a una parte proporcional de las prestaciones establecidas en esta ley, incluidas las pensiones;
b) Los hijos del trabajador menores de dieciocho años;
c) Los hijos del trabajador o pensionado mayores de dieciocho años, cuando no puedan mantenerse por su propio trabajo debido a una enfermedad crónica, defecto físico o psíquico, hasta en tanto no desaparezca la incapacidad que padecen, lo que se comprobará mediante certificado médico expedido por el instituto y por medios legales procedentes; o hasta la edad de veinticinco años, previa comprobación de que están realizando estudios del nivel medio superior o superior, de cualquier rama del conocimiento en planteles oficiales o reconocidos, y que no tengan un trabajo, y
d) Los ascendientes que dependan económicamente del trabajador o pensionado.
Los familiares que se mencionan en esta fracción tendrán el derecho que esta ley establece si reúnen los requisitos siguientes:
1) Que el trabajador o el pensionado tenga derecho a los seguros, prestaciones y servicios señalados en esta ley, y 2) Que dichos familiares no tengan por sí mismos derechos propios a los seguros, prestaciones y servicios previstos en esta ley, o a otros similares en materia de servicios de salud, otorgados por cualquier otro instituto de seguridad social;
XI. Fondo, los recursos en efectivo o en especie que se integran, invierten y administran para garantizar los seguros, prestaciones y servicios a cargo del instituto y respaldar sus reservas;
XII. IMSS, al Instituto Mexicano del Seguro Social;
XIII. Instituto, al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado;
XIV. Pensión o jubilación, la renta;
XV. Pensionado, toda persona a la que esta ley le reconozca tal carácter;
XVI. Pensión mínima , aquélla que el Estado asegura a quienes reúnan los requisitos para obtener una jubilación o pensión por edad y tiempo de servicios y cesantía en edad avanzada, cuyo monto mensual será equivalente a cuatro salarios mínimos, aún cuando el cálculo preliminar de la jubilación o pensión arroje un monto menor ; misma que se actualizará anualmente, en el mes de febrero, conforme al cambio anualizado del Índice Nacional de Precios al Consumidor o los incrementos al sueldo básico obtenidos por los trabajadores en activo, según el factor que resulte mayor;
XVI. Renta, el beneficio periódico que reciba el trabajador del instituto durante su retiro o sus familiares derechohabientes;
XVIII. Reserva, el registro contable en el pasivo del instituto que refleja la cuantificación completa y actualizada de sus obligaciones contingentes y ciertas;
XIX. Salario mínimo, el salario mínimo general mensual vigente en el Distrito Federal;
XX. Subcuenta, cualquiera de las subcuentas de retiro, jubilación, retiro por edad y tiempo de servicios, cesantía en edad avanzada , del Fondo de la vivienda, de ahorro solidario, de aportaciones complementarias de retiro, de aportaciones voluntarias y de ahorro a largo plazo que integran la cuenta individual;
XXI. Sueldo integrado , el definido en el artículo 17 de esta Ley, y
XXII. Trabajador, las personas a las que se refiere el artículo primero de esta ley que presten sus servicios en las dependencias o entidades, mediante designación legal o nombramiento, o por estar incluidas en las listas de raya de los trabajadores temporales, incluidas aquéllas que presten sus servicios mediante contrato personal sujeto a la legislación común, que perciban sus emolumentos exclusivamente con cargo a la partida de honorarios por contrato, o que estén incluidos en las listas de raya, siempre y cuando hayan laborado una jornada completa de acuerdo con las condiciones generales de trabajo y el contrato sea por un periodo mínimo de un año.

Artículo 7. Las Dependencias y entidades, deberán remitir al Instituto de manera mensual en los términos que determine el reglamento respectivo, toda la información referente a los movimientos afiliatorios, sueldos, modificaciones salariales, descuentos, derechohabientes, nóminas, recibos, así como certificaciones e informes y en general, todo tipo de información necesaria para el otorgamiento de los seguros, prestaciones y servicios del instituto.

Dicha información deberá enviarse a través de medios electrónicos, magnéticos, digitales, ópticos o de cualquier naturaleza, en los términos que determine la junta directiva del instituto conforme al reglamento respectivo.

En todo tiempo, las dependencias y entidades deberán expedir los certificados e informes que les soliciten tanto los interesados como el Instituto y proporcionar los expedientes y datos que el propio instituto les requiera de los trabajadores, ex trabajadores y pensionados, así como los informes sobre la forma en que se integran los sueldos de los trabajadores cotizantes, sus aportaciones y cuotas, y designarán a quienes se encarguen del cumplimiento de estas obligaciones.

El instituto se reserva la facultad de verificar la información recibida. En caso de negativa, demora injustificada o cuando la información se suministre en forma inexacta o falsa, la autoridad competente fincará la responsabilidad e impondrá las sanciones que correspondan en los términos de las leyes aplicables.

Los incumplimientos a las obligaciones señaladas en este artículo imputables a las dependencias y entidades no causarán perjuicio a los trabajadores. Por lo que en su caso, se tendrá por cierto las afirmaciones de los trabajadores, procediéndose contra la dependencia o entidad o el servidor público responsable.

Artículo 8. Los trabajadores están obligados a proporcionar al instituto y a las dependencias o entidades en que presten sus servicios:

I. La información general de las personas que podrán considerarse como familiares derechohabientes, y
II. Los informes y documentos probatorios que se les pidan, y que estén a su alcance conforme a la ley , relacionados con la aplicación de esta ley.

Los Trabajadores tendrán derecho a exigir a las dependencias o entidades el estricto cumplimiento de las obligaciones que les impone el artículo anterior, así como el que el instituto los registre al igual que a sus familiares derechohabientes. En caso de que de manera injustificada le sea negado este registro, se tendrá por efectuado el mismo para todos los efectos legales, el día hábil siguiente de presentada la solicitud respectiva.

Artículo 9. El instituto expedirá a todos los derechohabientes de esta ley, un medio de identificación para ejercer los derechos que la misma les confiere.

Para estos efectos, las dependencias y entidades estarán obligadas a proporcionar al instituto los apoyos necesarios de acuerdo con los lineamientos que éste emita.

Artículo 10. El instituto definirá los medios para integrar un expediente electrónico único para cada derechohabiente.

El expediente integrará todo lo relativo a vigencia de derechos, historial de cotización, situación jurídica, historia clínica, historia crediticia institucional, así como otros conceptos que se definan en el reglamento respectivo.

Los datos y registros que se asienten en el expediente electrónico serán confidenciales y la revelación de los mismos a terceros, sin autorización expresa de las autoridades del instituto y del derechohabiente respectivo o sin causa legal que lo justifique, será sancionada en los términos de la legislación penal federal vigente.

El personal autorizado para el manejo de la información contenida en el expediente electrónico, así como los derechohabientes, tendrán acceso a la información de sus expedientes mediante los mecanismos y normas que establezca el instituto.

La certificación que el instituto emita en términos de las disposiciones aplicables, a través de la unidad administrativa competente, con base en la información que conste en el expediente electrónico a que se refiere este artículo, tendrá plenos efectos legales para fines civiles, administrativos y judiciales.

El trabajador y el pensionado deberán auxiliar al instituto a mantener al día su expediente electrónico y el de sus familiares derechohabientes. Para el efecto, la junta directiva incluirá en el reglamento respectivo, disposiciones que los incentiven a presentarse periódicamente a las instalaciones que el instituto determine para cumplir con esta disposición.

Artículo 11. Para que los derechohabientes puedan utilizar los seguros, prestaciones y servicios que les corresponden en términos de esta ley, deberán cumplir los requisitos aplicables.

Artículo 12. Las dependencias o entidades deberán enterar al instituto las cuotas y aportaciones tomando como sueldo integrado mínimo el límite inferior previsto en el artículo 17 de esta ley, aún en el caso de trabajadores que tengan un ingreso inferior a dicho límite.

Artículo 13. El instituto contará con medios electrónicos que le permitan crear una base actualizada de datos institucional, que contendrá los respectivos expedientes de sus derechohabientes.

Tanto las dependencias y entidades, como los derechohabientes, tendrán la obligación de proporcionar la información que permita mantener actualizados los expedientes a que se refiere este artículo, conforme lo establezca el reglamento que regule las bases de datos de derechohabientes.

La información que se entregue al instituto, será confidencial, por lo que la revelación de ésta a terceros sin autorización expresa de las autoridades del instituto y del derechohabiente o sin causa legal que lo justifique, será sancionada en los términos de la legislación penal federal vigente.

Artículo 14. El instituto recopilará y clasificará la información sobre los derechohabientes, a efecto de formular escalas de sueldos, promedios de duración de los servicios que esta ley regula, tablas de mortalidad, morbilidad y, en general, las estadísticas y cálculos actuariales necesarios para encauzar y mantener el equilibrio financiero de los recursos y cumplir adecuada y eficientemente con los seguros, prestaciones y servicios que por ley le corresponde administrar. Con base en los resultados de los cálculos actuariales que se realicen, deberán proponerse al Ejecutivo federal con toda oportunidad las modificaciones que fueran procedentes, respetando los derechos de los trabajadores y los principios que deben guiar al instituto conforme al artículo 5 de esta ley.

Artículo 15. El instituto diseñará y pondrá en operación, un sistema de evaluación del desempeño, con base en el cual podrá definir las políticas y mecanismos de otorgamiento de los seguros, prestaciones y servicios. En este sistema se dará intervención a los trabajadores y sus familiares derechohabientes, especialmente en el seguro de salud.

Artículo 16. El pensionado que traslade su domicilio al extranjero, continuará recibiendo su pensión, siempre que los gastos administrativos de traslado de los fondos respectivos corran por cuenta del pensionado. Salvo que su traslado se deba a motivos de fuerza mayor.

Esta disposición será aplicable a los seguros de riesgos del trabajo, retiro, jubilación, retiro por edad y tiempo de servicios, y cesantía en edad avanzada , invalidez y vida.

Título segundo Del régimen obligatorio Capítulo I Sueldos, cuotas y aportaciones

Artículo 17. El sueldo integrado que se tomará en cuenta para los efectos de esta ley, se conformará con el sueldo presupuestal, el sobresueldo, las compensaciones y cualquier otra cantidad o prestación que perciba el trabajador con motivo de su trabajo de manera habitual, regular o periódica y, siempre que no constituya un instrumento de trabajo.

Sueldo presupuestal es la remuneración ordinaria señalada en la designación o nombramiento del trabajador en relación con la plaza o cargo que desempeña.

Sobresueldo, es la remuneración adicional concedida al trabajador en atención a las circunstancias de insalubridad o carestía de vida del lugar en que presta sus servicios.

Compensación, es la cantidad adicional al sueldo presupuestal y al sobresueldo que se otorga discrecionalmente en cuanto a su monto y duración a un trabajador en atención a las responsabilidades o trabajos extraordinarios relacionados con su cargo o por servicios especiales que desempeñe y que se cubra con cargo a la partida específica denominada ``Compensaciones adicionales por servicios especiales''.

Las cuotas y aportaciones establecidas en esta ley se efectuarán sobre el sueldo integrado , estableciéndose como límite inferior un salario mínimo y como límite superior, el equivalente a veinticinco veces dicho salario mínimo.

Será el propio sueldo integrado , hasta el límite superior equivalente a veinticinco veces el salario mínimo del Distrito Federal, el que se tomará en cuenta para determinar el monto de los beneficios en los seguros de riesgos del trabajo, retiro, jubilación, retiro por edad y tiempo de servicios y cesantía en edad avanzada , invalidez y vida, establecidos por esta ley.

Las dependencias y entidades deberán informar al Instituto anualmente, en el mes de enero de cada año, los conceptos de pago sujetos a las cuotas y aportaciones que esta ley prevé. De igual manera deberán comunicar al instituto cualquier modificación de los conceptos de pago, dentro del mes siguiente a que haya ocurrido dicha modificación. Sin menoscabo del derecho del trabajador para dar a conocer al instituto su sueldo integrado; esto no libera a las dependencias y entidades del cumplimiento de sus obligaciones ni les exime de las responsabilidades en que hubieran incurrido.

Artículo 18. Los trabajadores que desempeñen dos o más empleos en las dependencias o entidades cubrirán sus cuotas sobre la totalidad de los sueldos integrados que correspondan, mismos que se tomarán en cuenta para fijar las pensiones y demás beneficios de los seguros de riesgos del trabajo e invalidez y vida.

El cómputo de los años de servicio se hará considerando uno solo de los empleos, aun cuando el trabajador hubiese desempeñado simultáneamente varios, cualesquiera que fuesen; en consecuencia, para dicho cómputo se considerará por una sola vez el tiempo durante el cual haya tenido o tenga el interesado el carácter de trabajador.

Artículo 19. La separación por licencia sin goce de sueldo, y la que se conceda por enfermedad, o por suspensión de los efectos del nombramiento conforme a la legislación federal aplicable, o el tiempo laborado en que la dependencia o entidad haya omitido el pago de las cuotas y aportaciones, o cuando el trabajador se haya separado por renuncia, o haya sido cesado, o en cualquier caso en que el trabajador se reincorpore , se computará como tiempo de servicios en los siguientes casos:

I. Cuando las licencias sean concedidas por un periodo que no exceda de seis meses;
II. Cuando el trabajador sufra de prisión preventiva seguida de fallo absolutorio, mientras dure la privación de la libertad;
III. Cuando el trabajador fuere suspendido en los términos del párrafo final del artículo 45 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del apartado B, del artículo 123 constitucional, por todo el tiempo que dure la suspensión y siempre que por laudo ejecutoriado, se le autorice a reanudar labores;
IV. Cuando el trabajador fuere suspendido en los términos de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, por todo el tiempo que dure la suspensión y siempre que por resolución firme, se revoque la sanción o la medida cautelar respectiva;
V. Cuando el trabajador obtenga laudo favorable ejecutoriado, derivado de un litigio laboral, por todo el tiempo en que estuvo separado del servicio;
VI. Cuando el trabajador haya prestado sus servicios pero la dependencia o entidad omita el pago de las cuotas y aportaciones, habiendo prescrito el crédito a favor del instituto; y
VII. Demás casos previstos en el primer párrafo de este artículo.

En los casos señalados en las fracciones I, II, VI y VII anteriores, el trabajador deberá pagar la totalidad de las cuotas y aportaciones establecidas en esta ley durante el tiempo que dure la separación o al generarse el derecho a la jubilación o pensión . Si el trabajador falleciere antes de reanudar sus labores y sus familiares derechohabientes tuvieren derecho a pensión y quisieren disfrutar de la misma, deberán cubrir el importe de esas cuotas y aportaciones.

Las aportaciones y cuotas a que se refiere el párrafo anterior son las señaladas en esta ley, excepto las del seguro de salud y las del Fondo de la vivienda.

Por lo que se refiere a las fracciones III, IV y V, las dependencias y entidades, al efectuar la liquidación por sueldos dejados de percibir, o por salarios caídos, deberán retener al trabajador las cuotas correspondientes, y hacer lo propio respecto de sus aportaciones enterando ambas al instituto e, incluidos los seguros de jubilación, retiro por edad y tiempo de servicios y cesantía en edad avanzada, que se depositarán en la cuenta individual del trabajador.

Las aportaciones y cuotas a que se refiere el párrafo anterior son las señaladas en esta ley, excepto las del seguro de salud.

Artículo 20. Las dependencias y entidades sujetas al régimen de esta ley tienen la obligación de retener de los sueldos del trabajador el equivalente a las cuotas y descuentos que éste debe cubrir al instituto, de conformidad con las disposiciones administrativas que al efecto se emitan. Si las cuotas y descuentos no fueren retenidas al efectuarse el pago del sueldo, los obligados a hacerlo sólo podrán retener de éste el monto acumulado equivalente a dos cotizaciones; el resto de los no retenidos será a su cargo.

El entero de las cuotas, aportaciones y descuentos, será por quincenas vencidas y deberá hacerse en entidades receptoras que actúen por cuenta y orden del Instituto, mediante los sistemas o programas informáticos que se establezcan al efecto, a más tardar, los días cinco de cada mes, para la segunda quincena del mes inmediato anterior, y veinte de cada mes, para la primera quincena del mes en curso, excepto tratándose de las cuotas y aportaciones a los seguros de retiro, jubilación, retiro por edad y tiempo de servicios , cesantía en edad avanzada y al Fondo de la vivienda.

El entero de las cuotas y aportaciones al seguro de retiro, jubilación, retiro por edad y tiempo de servicios , cesantía en edad avanzada y al Fondo de la vivienda será por bimestres vencidos, a más tardar el día diecisiete de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre de cada año y se realizará mediante los sistemas o programas informáticos, en los términos del párrafo anterior.

Las dependencias o entidades están obligadas a utilizar los sistemas o programas informáticos antes referidos para realizar el pago de las cuotas, aportaciones y descuentos.

El instituto se reserva la facultad de verificar la información recibida. En caso de encontrar errores o discrepancias que generen adeudos a favor del instituto, deberán ser cubiertos en forma inmediata con las actualizaciones y recargos que correspondan, en los términos de esta ley.

Artículo 21. Cuando las dependencias y entidades sujetas a los regímenes de esta ley no enteren las cuotas, aportaciones y descuentos dentro del plazo establecido, deberán cubrir a partir de la fecha en que éstas se hicieren exigibles en favor del instituto o, tratándose de los seguros de retiro, jubilación, retiro por edad y tiempo de servicios y cesantía en edad avanzada , en favor del trabajador, intereses moratorios a razón de uno punto veinticinco veces la tasa de los certificados de la Tesorería de la federación con vencimiento a veintiocho días. Asimismo, deberán cubrir la actualización de dichas cuotas, aportaciones y descuentos, en los términos establecidos en el Código Fiscal de la Federación.

Los titulares de las dependencias y entidades, sus oficiales mayores o equivalentes, y los servidores públicos encargados de realizar las retenciones y descuentos serán responsables en los términos de ley, de los actos y omisiones que resulten en perjuicio de la dependencia o entidad para la que laboren, del instituto, de los trabajadores o pensionados, independientemente de la responsabilidad civil, penal o administrativa en que incurran.

Las omisiones y diferencias que resultaren con motivo de los pagos efectuados, el instituto las notificará a las dependencias y entidades, debiendo éstas efectuar la aclaración o el pago, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de la notificación, en caso contrario, deberán pagar la actualización y recargos a que se refiere este artículo.

Las dependencias y entidades mencionadas en este artículo tendrán un plazo de diez días hábiles a partir del requerimiento formulado por el instituto, para realizar ante el instituto las aclaraciones correspondientes.

Posteriormente, el instituto requerirá a la Tesorería de la federación, los pagos correspondientes por los adeudos vencidos que tengan las dependencias y entidades con cargo a su presupuesto. La señalada Tesorería deberá comprobar la procedencia del adeudo y en su caso, hacer el entero correspondiente al Instituto en un plazo no mayor de cinco días hábiles.

En el caso de los adeudos de las entidades federativas, de los municipios, o de sus dependencias o entidades, se podrá hacer el cargo directamente a las participaciones y transferencias federales de dichas entidades federativas.

En ningún caso se autorizará la condonación de adeudos por concepto de cuotas, aportaciones y descuentos, su actualización y recargos.

Artículo 22. Los ingresos provenientes de las cuotas, aportaciones y descuentos no se concentrarán en la Tesorería de la federación, deberán ser enterados al instituto. Tratándose de las cuotas y aportaciones correspondientes a los seguro de retiro, jubilación, retiro por edad y tiempo de servicios y cesantía en edad avanzada, se depositarán en la cuenta individual del trabajador.

Artículo 23. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público incluirá en las partidas necesarias el concepto de cuotas y aportaciones de este ordenamiento al tiempo de examinar los proyectos anuales de presupuestos de las dependencias y entidades de la Administración Pública federal. Asimismo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público vigilará el oportuno entero de los recursos por parte de las dependencias y entidades, en los términos de esta ley.

Artículo 24. En caso de que alguna dependencia o entidad incumpla por más de seis meses en el entero de las cuotas, aportaciones y descuentos previstos en esta ley, el instituto estará obligado a hacer público el adeudo correspondiente. Procediendo al cobro de las cuotas, aportaciones y descuentos, conforme a lo previsto en esta ley. El incumplimiento referido no será causa para que el instituto suspenda, parcial o totalmente, los seguros, prestaciones y servicios en perjuicio de los trabajadores y demás derechohabientes.

Artículo 25. En caso de que las dependencias y entidades realicen el pago de cuotas y aportaciones en exceso, deberán compensar el monto del exceso contra el monto del siguiente entero de cuotas y aportaciones. Lo anterior, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubieran incurrido los funcionarios de la dependencia o entidad. Tratándose de los seguros de retiro, jubilación, retiro por edad y tiempo de servicios y cesantía en edad avanzada , el pago de cuotas en exceso no se deberá revertir.

En caso de que las dependencias y entidades realicen el pago de cuotas y aportaciones sin justificación legal, la devolución se sujetará al procedimiento que determine el instituto. Igualmente tratándose de las cuotas y aportaciones a los seguros de retiro, jubilación, retiro por edad y tiempo de servicios y cesantía en edad avanzada y a la subcuenta de ahorro solidario, pero en ningún caso procederá la devolución de actualizaciones o cualquier accesorio diferente al monto nominal de las cantidades pagadas sin justificación legal.

Capítulo II Seguro de salud Sección I Generalidades

Artículo 26. El seguro de salud que tiene por objeto proteger, promover y restaurar la salud de sus derechohabientes, otorgando servicios de salud con calidad, oportunidad y equidad. El seguro de salud incluye los componentes de atención médica preventiva, atención médica curativa y de maternidad y rehabilitación física y mental y los aparatos de prótesis y ortopedia necesarios.

Se pondrá énfasis en la atención médica preventiva. Igualmente se deberá armonizar el uso de la medicina alópata con la herbolaria, acupuntura y demás opciones alternativas para la salud. Con prioridad a los conocimientos de nuestros pueblos indígenas.

Cuando por causas imputables al instituto no se presten a los trabajadores y sus beneficiarios los servicios médicos o no se surtan las recetas médicas, éstos tendrán derecho a recibir el reembolso de gastos máximo en setenta y dos horas. En caso de urgencia, por razones médicas o socioeconómicas del paciente, a criterio y bajo la responsabilidad del propio instituto, el reembolso será de inmediato y máximo en veinticuatro horas. Si los reembolsos no se realizan en los términos señalados, el instituto cubrirá daños y perjuicios.

Artículo 27. El instituto diseñará, implantará y desarrollará su modelo y programas de salud en atención a las características demográficas, socioeconómicas y epidemiológicas de sus derechohabientes, y creará las herramientas de supervisión técnica y financiera necesarias para garantizar su cumplimiento.

Artículo 28. El instituto desarrollará una función prestadora de servicios de salud, mediante la cual se llevarán a cabo las acciones amparadas por este seguro, a través de las unidades prestadoras de servicios de salud, de acuerdo con las modalidades de servicio previstas en las secciones III y IV del presente capítulo. Esta función procurará que el instituto brinde al derechohabiente servicios de salud suficientes, oportunos y de calidad que contribuyan a prevenir o mejorar su salud y bienestar. Al efecto se deberá impulsar el uso de unidades móviles.

Artículo 29. La junta directiva del instituto emitirá manuales, conforme a las disposiciones reglamentarias aplicables , para la regionalización de los servicios de salud, considerando criterios demográficos, de morbilidad, de demanda de servicios, de capacidad resolutiva y de eficiencia médica y financiera, entre otros. Asimismo, se establecerán normas y procedimientos para el debido escalonamiento de los servicios, referencias y contrarreferencias, subrogación de servicios y otros que se consideren pertinentes. La subrogación de servicios se podrá realizar en los términos del artículo siguiente.

Artículo 30. Los servicios médicos que tiene encomendados el instituto en los términos de los capítulos relativos a los seguros de salud y de riesgos del trabajo, los prestará directamente. El instituto podrá celebrar convenios temporales con quienes presten dichos servicios, previa justificación de la imposibilidad de prestarlos directamente. Los convenios se celebrarán exclusivamente con instituciones públicas del sector salud.

En tales casos, las instituciones que hubiesen suscrito esos convenios, estarán obligadas a responder directamente de los servicios y a proporcionar al Instituto los informes y estadísticas médicas o administrativas que éste les solicite, sujetándose a las instrucciones, normas técnicas, inspecciones y vigilancia establecidas por el mismo instituto.

El instituto, previo análisis de la oferta y la demanda y de su capacidad resolutiva, y una vez garantizada la prestación a sus derechohabientes, podrá ofrecer a las instituciones del sector salud la capacidad excedente de sus unidades prestadoras de servicios de salud, de acuerdo con el reglamento respectivo.

En estos casos, el instituto determinará los costos de recuperación que le garanticen el equilibrio financiero.

Sección II Del Comité de Evaluación y Seguimiento de los Servicios de Salud

Artículo 31. El instituto establecerá un plan rector para el desarrollo y mejoramiento de la infraestructura y los servicios de salud, que deberá ser aprobado y revisado periódicamente por la junta directiva.

Para este efecto se establecerá un Comité de Evaluación y Seguimiento de los Servicios de Salud, que se integrará de manera paritaria con tres representantes de las áreas médica, administrativa y financiera del instituto y tres representantes de las organizaciones de trabajadores.

El comité tendrá las funciones de evaluar los resultados y de proponer medidas para la óptima prestación de los servicios médicos.

Sección III Atención médica preventiva

Artículo 32. El instituto proporcionará servicios de atención médica preventiva tendientes a proteger la salud de los derechohabientes.

Artículo 33. La atención médica preventiva, conforme a los programas que autorice el instituto sobre la materia, atenderá:

I. El control de enfermedades prevenibles por vacunación;
II. El control de enfermedades transmisibles;
III. Los programas de autocuidado y de detección oportuna de padecimientos;
IV. Educación para la salud;
V. Programas de combate a la drogadicción, el alcoholismo y el tabaquismo;
VI. Programas para el combate de la obesidad, la anorexia y bulimia;
VI. Salud reproductiva y planificación familiar;
VII. Atención materno infantil;
VIII. Salud bucal y visual ;
IX. Educación nutricional;
X. Salud mental;
XI. Atención primaria a la salud;
XII. Envejecimiento saludable;
XIII. Prevención y rehabilitación de pacientes con capacidades disminuidas;
XIII bis. Enfermedades propias de la mujer;
XIII ter. Salud mental; y
XIV. Las demás actividades que determine como tales la Junta Directiva de acuerdo con las posibilidades financieras del seguro de salud.
Sección IV Atención médica curativa y de maternidad y rehabilitación física y mental

Artículo 34. La atención médica curativa y de maternidad, así como la de rehabilitación tendiente a corregir la invalidez física y mental, comprenderá los siguientes servicios:

I. Medicina familiar;
II. Medicina de especialidades;
III. Gerontológico y geriátrico;
IV. Traumatología y urgencias;
V. Oncológico;
VI. Quirúrgico;
VII. Extensión hospitalaria; y
VIII. Atención psicológica y psiquiátrica.

Artículo 35. En caso de enfermedad, el trabajador y el pensionado tendrán derecho a recibir atención médica de diagnóstico, de tratamiento, odontológica, consulta externa, quirúrgica, hospitalaria, farmacéutica, y de rehabilitación que sea necesaria desde el comienzo de la enfermedad y durante el plazo máximo de cincuenta y dos semanas para la misma enfermedad. El Reglamento de Servicios Médicos determinará qué se entiende por este último concepto.

En el caso de enfermos ambulantes cuyo tratamiento médico no les impida trabajar, y en el de pensionados, el tratamiento de una misma enfermedad se continuará hasta su curación.

Igualmente, tendrá derecho a los aparatos de prótesis y ortopedia que sean necesarios.

Artículo 36. Al principiar la enfermedad, la dependencia o entidad en que labore el trabajador deberá dar aviso por escrito al instituto, de acuerdo con las disposiciones que al efecto emita éste. Podrán dar este aviso los trabajadores, sus beneficiarios o las personas que legalmente los representen.

Cuando la enfermedad imposibilite al trabajador para desempeñar su actividad laboral, tendrá derecho a licencia con goce de sueldo o con medio sueldo pagado por la dependencia o entidad en que labore, conforme a lo siguiente:

I. A los trabajadores que tengan menos de un año de servicios se les podrá conceder licencia por enfermedad no profesional, hasta quince días con goce de sueldo íntegro y hasta quince días más con medio sueldo;
II. A los que tengan de uno a cinco años de servicios, hasta treinta días con goce de sueldo íntegro y hasta treinta días más con medio sueldo;
III. A los que tengan de cinco a diez años de servicios, hasta cuarenta y cinco días con goce de sueldo íntegro y hasta cuarenta y cinco días más con medio sueldo; y
IV. A los que tengan de diez años de servicios en adelante, hasta sesenta días con goce de sueldo íntegro y hasta sesenta días más con medio sueldo.

Si al vencer la licencia con medio sueldo continúa la imposibilidad del trabajador para desempeñar su labor, se concederá al trabajador licencia sin goce de sueldo mientras dure la incapacidad, hasta por cincuenta y dos semanas contadas desde que se inició ésta, o a partir de que se expida la primera licencia médica. Durante la licencia sin goce de sueldo, el instituto, con cargo a la reserva correspondiente del seguro de salud, cubrirá al trabajador un subsidio en dinero equivalente al sesenta por ciento del sueldo integrado que percibía el trabajador al ocurrir la incapacidad.

Para los efectos de las fracciones anteriores, los cómputos deberán hacerse por servicios continuados, o cuando la interrupción en su prestación no sea mayor de seis meses.

La licencia será continua o discontinua, una sola vez cada año contado a partir del momento en que se tomó posesión del puesto. A partir de ese momento, el pago estará a cargo de la dependencia o entidad conforme a las fracciones que anteceden.

Si al concluir el periodo de cincuenta y dos semanas previsto en el párrafo tercero del presente artículo el trabajador sigue enfermo, el instituto prorrogará su tratamiento hasta por cincuenta y dos semanas más, previo dictamen médico. De estas últimas el Instituto sólo cubrirá el subsidio a que se refiere el párrafo anterior hasta por veintiséis semanas.

A más tardar, al concluir el segundo periodo de cincuenta y dos semanas, el instituto deberá dictaminar sobre la procedencia de la invalidez del trabajador, que lo hiciere sujeto de una pensión en los términos de la presente ley. Si al declararse esta invalidez el trabajador no reúne los requisitos para tener derecho a una pensión por invalidez, podrá optar por retirar en una sola exhibición, el saldo de su cuenta individual, en el momento que lo desee.

Artículo 37. Cuando se haga la hospitalización del trabajador en los términos del reglamento respectivo, el subsidio establecido en el artículo anterior se pagará a éste o a los familiares derechohabientes señalados en el orden del artículo 40 de esta ley.

Para la hospitalización o intervención quirúrgica se requiere el consentimiento expreso del enfermo o de algún familiar responsable, a menos que en los casos graves o de urgencia o cuando por la naturaleza de la enfermedad se imponga como indispensable esa medida. La hospitalización de menores de edad y demás incapaces precisa del consentimiento de quienes ejerzan la patria potestad o la tutela o, en su defecto, del Ministerio Público o autoridad legalmente competente.

Las cesáreas y demás intervenciones quirúrgicas sólo se realizarán cuando sean absolutamente indispensables. De lo contrario, el instituto deberá cubrir daños y perjuicios.

Se suspenderá el pago del subsidio en caso de incumplimiento a la orden del instituto de someterse el enfermo a hospitalización, o cuando se interrumpa el tratamiento sin la autorización debida. Salvo causa justificada.

Artículo 38. La mujer trabajadora, la pensionada, la cónyuge del trabajador o del pensionado o, en su caso, la concubina de uno u otro, y la hija del trabajador o pensionado, soltera, menor de dieciocho años que dependa económicamente de éstos, según las condiciones del artículo siguiente, tendrán derecho a

I. Asistencia obstétrica necesaria a partir del día en que el instituto certifique el estado de embarazo. La certificación señalará la fecha probable del parto para los efectos del artículo 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional;
II. Ayuda para la lactancia cuando, según dictamen médico, exista incapacidad física o laboral para amamantar al hijo. Esta ayuda será proporcionada en especie, hasta por un lapso de seis meses con posterioridad al nacimiento, y se entregará a la madre o, a falta de ésta, a la persona encargada de alimentarlo; y
III. Con cargo al seguro de salud, una canastilla de maternidad, al nacer el hijo, cuyo costo será señalado periódicamente por el instituto, mediante acuerdo de la junta directiva.

Artículo 39. Para que la trabajadora, pensionada, cónyuge o hija menor de dieciocho años y soltera, o en su caso, la concubina, tengan derecho a las prestaciones que establece el artículo previo, será necesario que, durante los seis meses anteriores al parto, se hayan mantenido vigentes sus derechos o los del trabajador o pensionado de que se deriven estas prestaciones.

En el caso de que la trabajadora no cumpla el requisito de seis meses de antigüedad, la dependencia o entidad de su adscripción cubrirá el costo del servicio de acuerdo con el tabulador que autorice la junta directiva.

Artículo 40. También tendrán derecho a los servicios del seguro de salud, en caso de enfermedad, los familiares derechohabientes del trabajador o del pensionado que enseguida se enumeran:

I. El cónyuge, o a falta de éste, el varón o la mujer con quien la trabajadora o la pensionada, con relación al primero, o el trabajador o el pensionado, con relación a la segunda, ha vivido como si fuera su cónyuge durante los cinco años anteriores a la enfermedad o con quien tuviese uno o más hijos(as), siempre que ambos permanezcan libres de matrimonio. Si el trabajador o pensionado tiene varias concubinas o concubinarios, según sea el caso, tendrá derecho a la prestación aquella concubina o concubinario designada al efecto por el trabajador o pensionado, a falta de éste, quién más necesite de esta tutela previo estudio socioeconómico.
II. Los hijos menores de dieciocho años de ambos o de sólo uno de los cónyuges, siempre que dependan económicamente de alguno de ellos;
III. Los hijos solteros mayores de dieciocho años, hasta la edad de veinticinco, previa comprobación de que están realizando estudios de nivel medio superior o superior, de cualquier rama del conocimiento en planteles oficiales o reconocidos, y que no tengan un trabajo;
IV. Los hijos mayores de dieciocho años incapacitados física o psíquicamente, que no puedan trabajar para obtener su subsistencia, lo que se comprobará mediante certificado médico expedido por el instituto y por los medios legales procedentes; y
V. Los ascendientes que dependan económicamente del trabajador o pensionado.
Los familiares que se mencionan en este artículo tendrán el derecho que esta disposición establece si reúnen los siguientes requisitos:
a) Que el trabajador o el pensionado tenga derecho a los servicios de atención médica curativa y de maternidad, así como de rehabilitación física y mental; y
b) Que dichos familiares no tengan por sí mismos derecho a las prestaciones señaladas en el inciso anterior.
Sección V Régimen Financiero

Artículo 41. El seguro de salud se financiará en la forma siguiente:

I. A los trabajadores les corresponden las siguientes cuotas:
a) Una cuota de dos punto setenta y cinco por ciento del sueldo integrado para financiar al seguro de salud de los trabajadores en activo y familiares derechohabientes; y
b) Una cuota de cero punto seiscientos veinticinco por ciento del sueldo integrado para financiar al seguro de salud de los pensionados y familiares derechohabientes;
II. A las dependencias y entidades les corresponden las siguientes aportaciones:
a) El equivalente al siete punto trescientos setenta y cinco por ciento del sueldo integrado financiará al seguro de salud de los trabajadores en activo y sus familiares derechohabientes; y
b) El equivalente al cero punto setenta y dos por ciento del sueldo integrado para financiar el seguro de salud de los pensionados y sus familiares derechohabientes;
III. El gobierno federal cubrirá mensualmente una cuota social diaria por cada trabajador, equivalente a trece punto nueve por ciento del salario mínimo general para el Distrito Federal vigente al día primero de julio de mil novecientos noventa y siete actualizado trimestralmente conforme al índice nacional de precios al consumidor al día de la entrada en vigor de esta ley. La cantidad inicial que resulte, a su vez, se actualizará trimestralmente, conforme al índice nacional de precios al consumidor.

Estos porcentajes incluyen gastos específicos de administración del seguro de salud.

Capítulo III Conservación de Derechos

Artículo 42. El trabajador dado de baja por cese, renuncia, terminación de la obra o del tiempo para los cuales haya sido designado, así como el que disfrute de licencia sin goce de sueldo, pero que haya prestado servicios ininterrumpidos inmediatamente antes de la separación, durante un mínimo de dos meses, conservará en los tres meses siguientes a la misma, el derecho a recibir los beneficios del seguro de salud establecidos en el capítulo anterior. Del mismo derecho disfrutarán, en lo que proceda, sus familiares derechohabientes.

Capítulo IV De las Pensiones

Artículo 43. El derecho al goce de las pensiones de cualquier naturaleza, comenzará desde el día en que el trabajador o sus familiares derechohabientes cumplan los requisitos establecidos en esta ley para ello. Por lo que el monto de los recursos acumulados por el trabajador en la cuenta individual, no definirá la procedencia ni el monto de la pensión.

Artículo 44. En los casos en que se dictamine procedente el otorgamiento de la pensión, el instituto estará obligado a otorgar la resolución en que conste el derecho a la misma en un plazo máximo de noventa días, contados a partir de la fecha en que reciba la solicitud con la totalidad de la documentación respectiva, así como la constancia de licencia prepensionaria, o en su caso, el aviso oficial de baja.

Si en los términos señalados en el párrafo anterior no se ha otorgado la resolución, el Instituto estará obligado a efectuar el pago del cien por ciento del último sueldo integrado del solicitante que estuviere separado definitivamente del servicio con cargo a sus gastos de administración, sin perjuicio de continuar el trámite para el otorgamiento de la resolución en que conste el derecho a pensión y de que se finquen las responsabilidades en que hubieren incurrido los servidores públicos del instituto y los de las dependencias o entidades que en los términos de las leyes aplicables estén obligados a proporcionar la información necesaria para integrar los expedientes respectivos, los cuales deberán restituir al instituto las cantidades erogadas, así como sus accesorios.

Artículo 45. Cuando el instituto hubiese realizado un pago indebido por omisión o error en el informe rendido por la dependencia o entidad, se resarcirá el propio instituto con cargo al presupuesto de éstas.

Artículo 46. Cuando un pensionado reingresare al servicio activo, no podrá renunciar a la pensión que le hubiere sido concedida para solicitar y obtener otra nueva, salvo el caso de inhabilitados que quedaren aptos para el servicio.

El pensionado por invalidez e incapacidad total que reingresare al servicio activo deberá notificar al instituto en un plazo no mayor a diez días hábiles, a efecto de que se suspenda temporalmente su pensión.

Artículo 47. Las pensiones a que se refiere esta ley son compatibles con el disfrute de otras pensiones que se reciban con el carácter de familiar derechohabiente.

Artículo 48. La edad y el parentesco de los trabajadores y sus familiares derechohabientes se acreditará ante el instituto conforme a los términos de la legislación civil aplicable, y la dependencia económica mediante informaciones testimoniales que ante autoridad judicial o administrativa se rindan o bien, con documentación que extiendan las autoridades competentes.

Artículo 49. El instituto podrá ordenar en cualquier tiempo, la verificación y autenticidad de los documentos y la justificación de los hechos que hayan servido de base para conceder una pensión. Asimismo, se podrá solicitar al interesado o a las dependencias o entidades la exhibición de los documentos que en su momento se pudieron haber presentado para acreditar la pensión. Cuando se descubra que los documentos son falsos, el instituto, con audiencia del interesado, procederá a la respectiva revisión y, en su caso, denunciará los hechos al Ministerio Público para los efectos que procedan.

Artículo 50. Es nula toda enajenación, cesión o gravamen de las pensiones que esta ley establece. Las pensiones devengadas o futuras, serán inembargables y sólo podrán ser afectadas para hacer efectiva la obligación de ministrar alimentos por mandamiento judicial y para exigir el pago de adeudos con el instituto, con motivo de la aplicación de esta ley.

Artículo 51. El monto mensual mínimo de las pensiones para el seguro de retiro, jubilación, retiro por edad y tiempo de servicios y cesantía en edad avanzada será el señalado en el artículo 92 de esta ley. Para el seguro de invalidez y vida, el monto mensual mínimo de las pensiones será el previsto en el artículo 121 de esta ley.

Artículo 52. Toda fracción de más de seis meses de servicios se considerará como año completo para los efectos del otorgamiento de las pensiones.

Artículo 53. El trabajador o sus familiares derechohabientes que adquieran el derecho a disfrutar de una pensión proveniente de algún plan establecido por su dependencia o entidad, que haya sido autorizado y registrado por el instituto , debiendo cumplir los requisitos establecidos por ésta, tendrá derecho a que el instituto que opere su cuenta individual, antes de cumplir las edades y tiempo de cotización establecidas en el Capítulo VI de esta ley, le otorgue una pensión o jubilación , o bien le entregue sus recursos en una sola exhibición, cuando la pensión de que disfrute sea mayor al menos en un treinta por ciento a la garantizada.

Capítulo V Seguro de Riesgos del Trabajo Sección I Generalidades

Artículo 54. Se establece el seguro de riesgos del trabajo en favor de los trabajadores y, como consecuencia de ello, el instituto se subrogará en la medida y términos de esta ley, en las obligaciones de las dependencias o entidades, derivadas de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional y de la Ley Federal del Trabajo, por cuanto a los mismos riesgos se refiere.

Artículo 55. Para los efectos de esta ley, serán reputados como riesgos del trabajo los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en el ejercicio o con motivo del trabajo.

Se considerarán accidentes del trabajo toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte producida repentinamente en el ejercicio o con motivo del trabajo, cualquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste, así como los que ocurran al trabajador al trasladarse directamente de su domicilio, d e la estancia de bienestar infantil de sus hijos, o del domicilio en que se encuentre enfermo la esposa(o) o parientes consanguíneos en primer grado , al lugar en que desempeñe su trabajo o viceversa.

Asimismo, se consideran riesgos del trabajo las enfermedades señaladas en las leyes del trabajo.

Los riesgos del trabajo pueden producir

I. Incapacidad temporal, que es la pérdida de facultades o aptitudes que imposibilita parcial o totalmente a una persona para desempeñar su trabajo por algún tiempo;
II. Incapacidad parcial, que es la disminución de las facultades o aptitudes de una persona para trabajar;
III. Incapacidad total, que es la pérdida de facultades o aptitudes de una persona que la imposibilita para desempeñar cualquier trabajo por el resto de la vida; y
IV. Muerte.

Artículo 56. Las prestaciones en dinero que concede este capítulo serán cubiertas íntegramente con la aportación a cargo de las dependencias y entidades que señala la Sección III del mismo. En virtud de lo anterior, no podrá hacerse cargo alguno por este concepto a la cuenta individual de los trabajadores.

Las prestaciones en especie que concede este capítulo serán cubiertas íntegramente por el seguro de salud.

Artículo 57. Cuando el trabajador no esté conforme con la calificación que del accidente o enfermedad haga el instituto de manera definitiva podrá interponer el recurso de inconformidad.

En el supuesto a que se refiere el párrafo anterior, entre tanto se tramita el recurso o el juicio respectivo, el Instituto otorgará al trabajador o a sus beneficiarios legales las prestaciones a que tuvieran derecho en los seguros de enfermedades y maternidad o invalidez y vida, siempre y cuando se satisfagan los requisitos señalados en esta ley.

Artículo 58. No se considerarán riesgos del trabajo

I. Si el accidente ocurre encontrándose el trabajador en estado de embriaguez;
II. Si el accidente ocurre encontrándose el trabajador bajo la acción de algún narcótico o droga enervante, salvo que exista prescripción médica y que el trabajador hubiese puesto el hecho en conocimiento del jefe inmediato, presentándole la prescripción suscrita por el médico;
III. Si el trabajador se ocasiona intencionalmente una lesión por sí o de acuerdo con otra persona;
IV. Los que sean resultado de un intento de suicidio o efecto de una riña en que hubiere participado el trabajador u originados por algún delito cometido por éste; y

La existencia de estados anteriores tales como discapacidad física, mental o sensorial, intoxicaciones o enfermedades crónicas, no es causa para disminuir el grado de la incapacidad temporal o permanente, ni las prestaciones que correspondan al trabajador.

Artículo 59. Para los efectos de este capítulo, las dependencias y entidades deberán avisar por escrito al Instituto, dentro de los tres días siguientes al de su conocimiento, en los términos que señale el reglamento respectivo y demás disposiciones aplicables, los accidentes por riesgos del trabajo que hayan ocurrido. Los trabajadores, sus beneficiarios o las personas encargadas de representarlos también podrán dar el aviso de referencia, así como el de presunción de la existencia de un riesgo del trabajo.

Al servidor público de la dependencia o entidad que, teniendo a su cargo dar el aviso a que se refiere este artículo, omitiera hacerlo se le fincarán las responsabilidades correspondientes en términos de ley. Sin menoscabo de que la omisión será imputable a la dependencia o entidad.

El trabajador , sus beneficiarios o las personas encargadas de representarlos deberán solicitar al instituto la calificación del probable riesgo de trabajo dentro de los sesenta días hábiles siguientes a que haya ocurrido, en los términos que señale el reglamento respectivo y demás disposiciones aplicables, salvo causa justificada. Al efecto, el instituto deberá informar de manera personal y oportuna al trabajador de esta obligación, del término que tiene para cumplirla y las consecuencias de la omisión.

Artículo 60. El trabajador que sufra un riesgo del trabajo tiene derecho a las siguientes prestaciones en especie:

I. Diagnóstico, asistencia médica, quirúrgica y farmacéutica;

II. Servicio de hospitalización;
III. Aparatos de prótesis y ortopedia; y
IV. Rehabilitación.

Artículo 61. En caso de riesgo del trabajo, el trabajador tendrá derecho a las siguientes prestaciones en dinero:

I. Al ser declarada una incapacidad temporal, se otorgará licencia con goce del cien por ciento del sueldo integrado , cuando el riesgo del trabajo imposibilite al trabajador para desempeñar sus labores. El pago se hará desde el primer día de incapacidad y será cubierto por las dependencias o entidades hasta que termine la incapacidad cuando ésta sea temporal, o bien hasta que se declare la incapacidad permanente del trabajador.
Para los efectos de la determinación de la incapacidad producida por riesgo del trabajo, se estará a lo dispuesto en la Ley Federal del Trabajo por lo que respecta a los exámenes trimestrales a que deberá someterse el trabajador y en la inteligencia de que si a los tres meses de iniciada dicha incapacidad no está el trabajador en aptitud de volver al trabajo, él mismo o la dependencia o entidad, podrán solicitar en vista de los certificados médicos correspondientes, que sea declarada la incapacidad permanente. No excederá de un año, contado a partir de la fecha en que el instituto tenga conocimiento del riesgo, el plazo para que se determine si el trabajador está apto para volver al servicio o bien procede declarar su incapacidad permanente, en cuyo caso se estará a lo dispuesto en las fracciones siguientes;
II. Al ser declarada una incapacidad parcial, se concederá al incapacitado una pensión calculada conforme a la tabla de valuación de incapacidades de la Ley Federal del Trabajo, atendiendo al sueldo integrado que percibía el trabajador al ocurrir el riesgo y los aumentos posteriores que correspondan al empleo que desempeñaba hasta determinarse la pensión. El tanto por ciento de la incapacidad se fijará entre el máximo y el mínimo establecido en la tabla de valuación mencionada, teniendo en cuenta la edad del trabajador y la importancia de la incapacidad, según que sea absoluta para el ejercicio de su profesión u oficio, aun cuando quede habilitado para dedicarse a otros, o si solamente hubiere disminuido la aptitud para su desempeño. Esta pensión será pagada por el instituto.
Cuando el trabajador pueda dedicarse a otras funciones por que sólo haya disminuido parcialmente su capacidad para el desempeño de su trabajo, las dependencias y entidades podrán prever su cambio de actividad temporal, en tanto dure su rehabilitación. Si la pérdida funcional o física, de un órgano o miembro es definitiva, su actividad podrá ser otra de acuerdo con su capacidad. Todo esto, previo dictamen médico de que no se afecta la salud o tratamiento para la rehabilitación del trabajador.
Si el monto de la pensión anual resulta inferior a veinticinco por ciento del salario mínimo elevado al año, se pagará al trabajador o pensionado, en sustitución de la misma, una indemnización equivalente a cinco anualidades de la pensión que le hubiere correspondido;
III. Al declararse la incapacidad permanente total del asegurado, este recibirá de parte del instituto una pensión mensual definitiva equivalente a setenta por ciento de su salario integrado al momento de ocurrir el riesgo.

Los pensionados por riesgos del trabajo tendrán derecho a una gratificación anual igual en número de días a las concedidas a los trabajadores en activo de la administración pública federal, según la cuota diaria de su pensión. Esta gratificación deberá pagarse en una sola exhibición, pagadera antes del quince de diciembre de cada año.

Artículo 62. El trabajador que sufra algún accidente o enfermedad de trabajo, para gozar de las prestaciones en dinero a que se refiere este capítulo, deberá someterse a los exámenes médicos y a los tratamientos que determine el instituto, salvo causa justificada. El instituto deberá dar aviso a la dependencia o entidad cuando califique de profesional algún accidente o enfermedad, o en caso de recaída con motivo de éstos.

Artículo 63. La pensión por incapacidad parcial podrá ser revocada cuando el trabajador se recupere de las secuelas que deje el riesgo del trabajo, previa valoración que se le realice. En este supuesto, el trabajador continuará laborando, y el único efecto será la cancelación de la pensión correspondiente. En caso de que el alta médica se extienda sin que haya tenido lugar la recuperación señalada, la revocación quedará sin efectos y el instituto será responsable de los daños y perjuicios.

La pensión por incapacidad total será revocada cuando el trabajador recupere su capacidad para el servicio. En tal caso, la dependencia o entidad en que hubiere prestado sus servicios el trabajador recuperado tendrá la obligación de restituirlo en su empleo si de nuevo es apto para el mismo, o en caso contrario, asignarle un trabajo que pueda desempeñar, debiendo ser cuando menos de un sueldo y categoría equivalente a los que disfrutaba al acontecer el riesgo. Si el trabajador no aceptare reingresar al servicio en tales condiciones, salvo causa justificada , o bien estuviese desempeñando cualquier trabajo que le proporcione un ingreso cuando menos equivalente a sesenta por ciento de la remuneración habitual que hubiere percibido de continuar trabajando , le será revocada la pensión. En este caso, el instituto abrirá nuevamente una cuente individual al trabajador con los recursos remanentes. Si el alta médica se extiende sin que haya tenido lugar la recuperación referida, se estará a lo señalado en el primer párrafo de este artículo.

El instituto notificará la revocación de la pensión por escrito al trabajador.

Si el trabajador no fuere restituido a su empleo o no se le asignara otro en los términos del párrafo segundo de este artículo por causa imputable a la dependencia o entidad en que hubiere prestado sus servicios, seguirá percibiendo el importe de la pensión con cargo al presupuesto de ésta. Lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad en que incurra el titular de la dependencia o entidad, el cual deberá restituir los montos erogados por concepto del pago de la pensión.

Artículo 64. Cuando el trabajador fallezca a consecuencia de un riesgo del trabajo, los familiares señalados en la sección de pensión por causa de muerte del seguro de invalidez y vida en el orden que establece gozarán de una pensión equivalente a cien por ciento del sueldo integrado que hubiese percibido el trabajador en el momento de ocurrir el fallecimiento y la misma gratificación anual que le hubiere correspondido al trabajador como pensionado por riesgos del trabajo. El instituto cubrirá estas prestaciones.

Artículo 65. Cuando fallezca un pensionado por incapacidad permanente, total o parcial, se aplicarán las siguientes reglas:

I. Si el fallecimiento se produce como consecuencia directa de la causa que originó la incapacidad, a los sujetos señalados en la sección de pensión por causa de muerte del seguro de invalidez y vida en el orden que la misma establece, se les otorgará en conjunto una pensión equivalente a cien por ciento de la que venía disfrutando el pensionado; y
II. Si la muerte es originada por causas ajenas a las que dieron origen a la incapacidad permanente, sea total o parcial, se entregará a los familiares señalados en esta ley y en su orden, el importe de seis meses de su pensión, sin perjuicio del derecho de disfrutar la pensión que en su caso les otorgue esta ley.

Artículo 66. La seguridad y salud en el trabajo, en las dependencias y entidades, se normará por la legislación aplicable, así como por las disposiciones que en esta materia se fijen en las condiciones generales de trabajo o los contratos colectivos que rijan la relación laboral en las dependencias y entidades.

El instituto, las autoridades laborales y los trabajadores tendrán como prioridad la prevención de los riesgos de trabajo, así como la rehabilitación de los trabajadores víctimas de los mismos.

Artículo 67. Para la división de la pensión derivada de este capítulo, entre los familiares del trabajador, así como en cuanto a la asignación de la pensión para el viudo, concubinario, hijos, ascendientes, o quien, en su caso, tenga derecho a la ministración de alimentos, se estará a lo previsto en la sección de pensión por causa de muerte del seguro de invalidez y vida.

Artículo 68. Las dependencias y entidades estarán obligadas a realizar acciones de carácter preventivo con objeto de abatir la incidencia de las enfermedades y accidentes del trabajo. El instituto se coordinará con las dependencias, entidades, organismos e instituciones que considere necesarios para la elaboración de programas y el desarrollo de campañas tendentes a prevenir accidentes y enfermedades de trabajo.

El instituto podrá evaluar la actuación de las dependencias y entidades en materia de seguridad y salud en el trabajo a efecto de emitir recomendaciones que se estimen pertinentes.

En caso de que exista una relación directa entre un accidente de trabajo y el incumplimiento de la dependencia o entidad de una acción preventiva, el Instituto deberá dar aviso a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y a la Secretaría de la Función Pública para efectos de la aplicación de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Cuando las dependencias y entidades, durante el ejercicio fiscal respectivo, cuenten con recursos presupuestarios asignados a los programas y campañas y no hayan llevado a cabo las acciones a que éstos se refieren, el instituto informará de esto a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que se realicen los ajustes presupuestarios que, en su caso, procedan.

Artículo 69. Las dependencias y entidades deberán

I. Llevar a cabo y, en su caso, facilitar la realización de estudios e investigaciones sobre las posibles causas de accidentes y enfermedades de trabajo y adoptar medidas adecuadas para su control;
II. Informar al instituto sobre la ocurrencia de accidentes o enfermedades de trabajo de su ámbito de competencia;
III. Proporcionar al instituto datos e informes para la elaboración de estadísticas sobre accidentes y enfermedades de trabajo;
IV. Difundir e implantar en su ámbito de competencia, las normas preventivas de accidentes y enfermedades de trabajo;
V. Integrar y operar con regularidad las comisiones de seguridad y salud en el trabajo brindando las facilidades necesarias a sus integrantes para el adecuado desarrollo de sus funciones;
VI. Elaborar, con base en los lineamientos que para tal efecto emita el instituto, su programa de prevención de enfermedades y accidentes del trabajo, así como implantarlo conforme a las disposiciones que establezca;
VII. Capacitar a los trabajadores sobre la prevención de enfermedades y accidentes del trabajo, atendiendo a la naturaleza de las actividades que se llevan a cabo en los centros de trabajo; y
VIII. Llevar a cabo aquellas otras acciones que se establezcan en los reglamentos en la materia.

Artículo 70. Corresponde al instituto promover la integración y funcionamiento de las comisiones de seguridad y salud en los centros de trabajo de las dependencias y entidades y, a las propias comisiones, atender las recomendaciones que el instituto formule en materia de seguridad y salud en el trabajo.

El instituto deberá asimismo promover la integración y funcionamiento de una comisión consultiva nacional y de comisiones consultivas de las entidades federativas de seguridad y salud en el trabajo del sector público federal.

Artículo 71. Será atribución del instituto la realización de inspecciones en materia de seguridad e higiene. Para el mejor cumplimiento de esta atribución, el instituto se coordinará con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Si como resultado de la inspección realizada el instituto considera que debe sancionarse a la dependencia o entidad, hará llegar a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social el acta levantada con este motivo y demás constancias para que éste se encargue de aplicar las sanciones respectivas. Sin embargo, en caso de peligro inminente el instituto podrá clausurar de manera parcial o total el centro de trabajo hasta por setenta y dos horas, sujeta en su caso, esta clausura a su ratificación por esta secretaría.

Sección II Incremento Periódico de las Pensiones

Artículo 72. La cuantía de las pensiones por incapacidad parcial o total permanente será actualizada anualmente en el mes de febrero, conforme al índice nacional de precios al consumidor correspondiente al año calendario anterior o en apego a los incrementos al sueldo básico obtenidos por los trabajadores en activo, según el factor que resulte mayor.

Las pensiones a los familiares derechohabientes del trabajador por riesgos del trabajo serán revisadas e incrementadas en la proporción que corresponda, en términos de lo dispuesto en el párrafo anterior.

Sección III Régimen Financiero

Artículo 73. Las dependencias y entidades cubrirán una aportación de cero punto setenta y cinco por ciento del sueldo básico por el seguro de riesgos del trabajo.

Capítulo VI Seguro de Retiro, Jubilación, Retiro por Edad y Tiempo de Servicios y Cesantía en Edad Avanzada Sección I Generalidades

Artículo 74. Para los efectos del seguro a que se refiere este capítulo, es derecho de todo trabajador contar con una cuenta individual operada por el instituto. La cuenta individual se integrará por las subcuentas de retiro, jubilación, retiro por edad y tiempo de servicios y cesantía en edad avanzada, del fondo de la vivienda, de ahorro solidario, de aportaciones complementarias de retiro, de aportaciones voluntarias y de ahorro de largo plazo.

Artículo 75. Las dependencias y entidades y el gobierno federal, en la parte que les corresponde están obligados a enterar al instituto el importe de las aportaciones y cuotas respectivas. Dichas aportaciones y cuotas se recibirán y depositarán en las respectivas subcuentas de la cuenta individual de cada trabajador.

En caso de terminación de la relación laboral, la dependencia o entidad deberá enterar al instituto la cuota correspondiente del bimestre de que se trate o, en su caso, la parte proporcional de dicha cuota en la fecha en que deba efectuar el pago de las correspondientes a ese periodo.

Artículo 76. La individualización y administración de los recursos de las cuentas individuales para el retiro estará a cargo del instituto.

El instituto podrá cargar a las subcuentas de retiro, de jubilación, retiro por edad y tiempo de servicios y cesantía en edad avanzada, la comisión máxima por manejo de cuenta que la junta directiva del instituto determine oyendo al Banco de México pero sin exceder de cero punto ocho por ciento sobre el saldo de la cuenta individual. Igualmente, podrá cargar la comisión sobre rendimiento real en los términos del penúltimo párrafo del artículo 77 de esta ley.

No se cobrará comisión sobre las cuentas individuales inactivas.

Los recursos obtenidos por el instituto mediante estas comisiones se aplicarán a los fines de la seguridad social, incluidos el seguro de salud y el seguro de atención para el bienestar y desarrollo infantil.

Sobre lo percibido mediante estas comisiones y su aplicación, el instituto deberá presentar informe trimestral detallado al mismo Congreso de la Unión.

Artículo 77. Las cuotas que reciba el instituto deberán ser depositadas a más tardar el cuarto día hábil siguiente al de su recepción, en la cuenta que el Banco de México lleve al instituto. El propio Banco de México, actuando por cuenta del mencionado instituto, deberá invertir dichos recursos, conforme a un régimen de inversión que deberá tener como principal objetivo otorgar la mayor seguridad y rentabilidad de los recursos de los trabajadores.

Asimismo, el régimen de inversión tenderá a incrementar el ahorro interno y el desarrollo de un mercado de instrumentos de largo plazo acorde con el sistema de pensiones. A tal efecto proveerá que las inversiones se canalicen preponderantemente, a través de su colocación en valores, a fomentar

a) La actividad productiva nacional;
b) La mayor generación de empleo;
c) La construcción de vivienda;
d) El desarrollo de infraestructura estratégica del país; y
e) El desarrollo regional.

El Banco de México deberá operar con valores, documentos, efectivo y los demás instrumentos que se señalen en el régimen de inversión que mediante lineamientos de carácter general establezca la junta directiva del instituto oyendo previamente la opinión de Comité Consultivo y de Vigilancia cuya opinión deberá ser favorable, al Banco de México y a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores que, en todo caso, deberán determinar el porcentaje de los recursos que se deberán de invertir en la Comisión Federal del Electricidad, Luz y Fuerza del Centro y Petróleos Mexicanos.

Los instrumentos de deuda emitidos por personas jurídicas distintas del gobierno federal deberán ser de emisoras de la más alta calidad crediticia, que paguen una tasa de interés competitiva, en las mejores condiciones de seguridad, rendimiento y liquidez según el régimen de inversión que determine la junta directiva del instituto en los términos aludidos en el párrafo anterior.

La junta directiva del instituto, oyendo al Banco de México, queda facultada para establecer límites a las inversiones cuando se concentren en un mismo ramo de la actividad económica.

El saldo de las subcuentas de los seguros de retiro, jubilación, retiro por edad y tiempo de servicios y cesantía en edad avanzada se ajustará en una cantidad igual a la resultante de aplicar a este saldo promedio diario mensual la variación porcentual del índice nacional de precios al consumidor, publicado por el Banco de México, correspondiente al mes inmediato anterior al del ajuste, y devengará intereses a una tasa no inferior a cuatro por ciento anual real, pagaderos mensualmente mediante su reinversión en las respectivas cuentas, en los términos señalados en el párrafo siguiente. El cálculo de estos intereses se hará sobre el saldo promedio diario mensual de la propia cuenta, ajustado siguiendo el mismo procedimiento antes señalado. La tasa citada será dada a conocer por el Banco de México oyendo a la junta directiva del instituto, cuando menos bimestralmente, en función de los rendimientos en términos reales de los valores de largo plazo que circulan en el mercado emitidos por el gobierno federal o por las emisoras de la más alta calidad crediticia.

De los rendimientos reales obtenidos, cinco por ciento corresponderá al instituto en su carácter de administrador y los restantes al propio trabajador. Los intereses que se entreguen a éste se abonarán a su cuenta individual para su reinversión.

Quedan prohibidas las inversiones en valores extranjeros de cualquier tipo.

Artículo 78. De los fondos de ahorro para el retiro que opere el Banco de México en la cuenta que le lleve al instituto, la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos de le Federación relativo a cada ejercicio fiscal podrá autorizar préstamos al propio instituto debidamente garantizados y causando, durante el periodo de vigencia del crédito, mínimamente el interés otorgado a las cuentas individuales, al efecto el Congreso de la Unión determinará el monto, el plazo para la restitución y los fines a que se destinarán los préstamos aludidos.

Sin embargo, en tanto el instituto no cubra adeudos pendientes no podrá recibir nuevos préstamos; asimismo, el monto de los préstamos totales no podrá ser superior a treinta por ciento de los fondos de pensiones.

Antes de otorgar estos préstamos, la Cámara de Diputados deberá escuchar la opinión de la Secretaría de Hacienda y el propio Banco de México.

Artículo 79. Al generarse el derecho a una jubilación o pensión a favor de un trabajador, parte de los fondos correspondientes al ramo de retiro de las cuentas individuales se entregará a los trabajadores. Si el trabajador se jubila o pensiona a los cincuenta y dos años se le entregará sesenta por ciento de estos fondos, porcentaje que se irá incrementado en dos puntos porcentuales por cada año laborado en adición a los cincuenta y dos años de mención; el cien por ciento lo recibirá el trabajador al jubilarse o pensionarse a partir de los setenta años de edad.

Los fondos restantes de la cuenta individual del trabajador pasarán a propiedad del instituto para financiar el otorgamiento de la pensión a su cargo.

Si el trabajador cumple la edad para pensionarse pero no reúne el número de semanas cotizadas requeridas, podrá retirar la totalidad de los fondos de su cuenta individual en una sola exhibición.

Artículo 80. Los trabajadores cuya administración de su cuenta individual está a cargo del instituto podrán realizar aportaciones voluntarias directamente o por conducto de la dependencia o entidad a su cuenta individual, pudiendo retirar los fondos de esta subcuenta en cualquier momento.

En este caso, las aportaciones se depositarán en la subcuenta de aportaciones voluntarias.

Asimismo, las dependencias o entidades podrán hacer aportaciones adicionales a la subcuenta de aportaciones voluntarias, que se entenderán adicionales a los beneficios establecidos en los contratos colectivos de trabajo.

Artículo 81. El instituto y el Banco de México deberán presentar un informe mensual al Congreso de la Unión respecto a todo lo relacionado a la administración e inversión de los fondos de pensiones en el ámbito de sus respectivas competencias.

El informe no deberá ser meramente descriptivo de las atribuciones y funcionamiento de estas entidades sino ser un verdadero diagnóstico que muestre resultados reales sobre el funcionamiento de este sistema y propuestas para su mejoramiento y corrección oportuna de errores y desviaciones.

Artículo 82. El trabajador podrá notificar el incumplimiento de las obligaciones a cargo de las dependencias y entidades, establecidas en este capítulo, al instituto.

El instituto tendrá la facultad de practicar inspecciones a las dependencias y entidades y, en su caso, determinar créditos y las bases para su liquidación, así como la actualización y recargos que se generen.

Artículo 83. El trabajador o sus beneficiarios que adquieran el derecho a disfrutar de una pensión proveniente de algún plan establecido por la dependencia o entidad o derivado de contratación colectiva, que haya sido autorizado y registrado por el instituto, conforme a los requisitos establecidos por éste y, oyendo previamente al Banco de México, tendrán derecho a que el instituto les entregue los recursos de la cuenta individual en una sola exhibición siempre que la pensión obtenida con base en ese plan sea por lo menos de cuatro salarios mínimos generales vigentes en el Distrito Federal. En caso contrario, el instituto le otorgará la pensión que le corresponde.

Artículo 84. Durante el tiempo en que el trabajador deje de estar sujeto a una relación de trabajo tendrá derecho a

I. Realizar aportaciones a su cuenta individual; y
II. Retirar de su subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez la cantidad que resulte menor entre setenta y cinco días de su propio salario integrado de las últimas doscientas cincuenta semanas o diez por ciento de los fondos de la propia subcuenta, a partir del vigésimo primer día natural contados después del día que quedó desempleado.

El derecho consignado en esta fracción sólo podrán ejercerlo los trabajadores que acrediten con los estados de cuenta correspondientes no haber efectuado retiros en el año anterior. Para que no se afecten el monto total de los recursos de la cuenta individual y el total de semanas cotizadas no sufra menoscabo, el trabajador una vez que se reincorpore al trabajo podrá devolver la cantidad recibida en treinta y seis pagos aplicados mensualmente.

El instituto deberá entregar estos recursos dentro de los tres días hábiles siguientes de la presentación de la solicitud; o bien, entregar resolución de improcedencia debidamente fundada y motivada. De lo contrario deberá cubrir daños y perjuicios.

Si el trabajador no cubre total o parcialmente el apoyo de desempleo se le disminuirá en igual proporción el número de semanas cotizadas, en los términos del artículo 87 de esta ley.

Artículo 85. La junta directiva del instituto, atendiendo a consideraciones técnicas y asegurando los intereses de los trabajadores, mediante la expedición de lineamientos generales podrá autorizar mecanismos, procedimientos, formas y términos relacionados con el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, conforme a lo establecido en esta ley.

Artículo 86. El asegurado que goce de una jubilación o pensión de retiro por edad y tiempo de servicios o cesantía en edad avanzada, cuando reingrese al régimen obligatorio, no efectuará las cotizaciones relativas al seguro de invalidez y vida.

El asegurado abrirá una nueva cuenta individual en el instituto. Una vez al año en el mismo mes calendario en que adquirió el derecho a la pensión podrá el asegurado transferir sus recursos al instituto, el que en contraprestación incrementará la pensión en los términos de ley.

Artículo 87. La disposición que realice el trabajador de los recursos de su cuenta individual por cualesquiera de los supuestos previstos en esta ley, salvo que los resarza, disminuirán en igual proporción a las semanas de cotización efectuadas.

La mencionada disminución se calculará dividiendo el monto acumulado de los recursos en la cuenta individual entre el número de semanas cotizadas hasta el momento de realizarse la disposición de dichos recursos. El monto retirado se dividirá entre el cociente resultante de la anterior operación. El resultado se restará a las semanas cotizadas.

Artículo 88. Las cuotas de los seguros de retiro, jubilación, retiro por edad y tiempo de servicios y cesantía en edad avanzada, así como las voluntarias y adicionales, incluidos los intereses causados, estarán exentas de toda clase de impuestos.

Artículo 89. El instituto enviará al domicilio del trabajador un estado de cuenta anual. Independientemente de lo anterior, el instituto entregará una tarjeta plástica a cada trabajador para que pueda consultar su saldo cuantas veces lo necesite.

Artículo 90. El trabajador podrá solicitar ante el instituto, por causa justificada, un estado de cuenta adicional.

Artículo 91. Se creará un comité consultivo y de vigilancia respecto a la administración de las cuentas individuales por el instituto y de la inversión de los ahorros por el Banco de México, a efecto de que se realicen en los mejores términos de respeto al marco jurídico, calidad, eficiencia, seguridad y rentabilidad, comité que estará constituido con un representante del instituto, uno del Instituto Mexicano del Seguro Social, un representante del Banco de México, un representante de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dos representantes de la Cámara de Diputados y dos representantes de la Cámara de Senadores pertenecientes a comisiones con labor legislativo en materia de seguridad social y trabajo y previsión social, la cual será presidida de manera rotativa cada tres meses por cada uno de los anteriores representantes y se reunirá cuantas veces sea necesario, pero por lo menos una vez de manera mensual, debiendo presentar al Congreso de la Unión un informe cuatrimestral sobre el estado de funcionamiento del Sistema de Ahorro para el Retiro operado por el instituto, la problemática que presente y propuestas de solución.

Los representantes a que se refiere el párrafo anterior deberán estar a nivel de secretario de Estado o subsecretario o bien de director general o subdirector, según corresponda.

Artículo 92. Los beneficiarios del trabajador titular de una cuenta individual de los seguro de retiro, jubilación, retiro por edad y tiempo de servicios y cesantía por edad avanzada serán los que establece el seguro de invalidez y vida.

El trabajador asegurado, deberá designar beneficiarios sustitutos de los indicados en el párrafo anterior, única y exclusivamente para el caso de que faltaren los beneficiarios legales. El trabajar podrá en cualquier tiempo cambiar esta última designación. Dicha designación y su correspondiente modificación deberán realizarse ante el instituto.

A falta de los beneficiarios legales y sustitutos, dicha entrega se hará en el orden de prelación previsto en el artículo 501 de la Ley Federal de Trabajo. Cualquier conflicto deberá ser resuelto ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.

En caso de fallecimiento del trabajador, si los beneficiarios legales no cubren los requisitos para acceder a una pensión por los seguro de invalidez y vida, jubilación, retiro por edad y tiempo de servicios y cesantía en edad avanzada, el instituto entregará el saldo de la cuenta individual entre los beneficiarios en partes iguales.

Artículo 93. Los jubilados o pensionados por retiro por edad y tiempo de servicios o cesantía en edad avanzada que reingresen en el régimen obligatorio abrirán una nueva cuenta individual, ante el instituto. Una vez al año, en el mismo mes calendario en que adquirió el derecho a la pensión, podrá el trabajador transferir al instituto el saldo acumulado de su cuenta individual, conviniendo el incremento de la jubilación o pensión.

Artículo 94. Los pensionados conforme a esta sección tendrán derecho a una gratificación anual igual en número de días a las concedidas a los trabajadores en activo de la administración pública federal, según la cuota diaria de su pensión. Esta gratificación deberá pagarse en una sola exhibición, antes del quince de diciembre de cada año.

La cuantía de estas pensiones será actualizada anualmente en el mes de febrero, conforme al índice nacional de precios al consumidor correspondiente al año calendario anterior o el incremento salarial obtenido por los trabajadores en activo.

Las pensiones a los familiares derechohabientes del trabajador serán incrementadas en la proporción que corresponda, en términos de lo dispuesto en el párrafo anterior.

A la muerte del pensionado por retiro, jubilación, retiro por edad y tiempos de servicios y cesantía en edad avanzada, los familiares derechohabientes tendrán derecho a seguir gozando de esta pensión en los términos del ramo de pensión por causa de muerte.

Artículo 95. El cálculo de las pensiones se hará sobre el promedio del salario integrado disfrutado en el último año inmediato anterior a la fecha de la baja del trabajador o de su fallecimiento.

Artículo 96. Los recursos depositados en la cuenta individual de cada trabajador son propiedad de éste con las modalidades que se establecen en esta ley y demás disposiciones aplicables.

Los recursos depositados en las subcuentas de retiro, jubilación, retiro por edad y tiempo de servicios y cesantía en edad avanzada y en la subcuenta de ahorro solidario serán inembargables.

Los recursos depositados en las subcuentas de aportaciones voluntarias, complementarias de retiro y de ahorro a largo plazo serán inembargables hasta por un monto equivalente a veinte veces el salario mínimo elevado al año por cada subcuenta, por el importe excedente a esta cantidad se podrá trabar embargo.

Sección II Jubilación

Artículo 97. Tienen derecho a la pensión por jubilación los trabajadores con treinta años o más de servicios y las trabajadoras con veintiocho años o más de servicios e igual tiempo de cotización al instituto, en los términos de esta ley, con cincuenta y dos años de edad.

La pensión por jubilación dará derecho al pago de una cantidad equivalente a cien por ciento del sueldo que se define en el artículo 17 de esta ley y su percepción comenzará a partir el día siguiente a aquel en que el trabajador hubiese disfrutado el último sueldo antes de causar baja.

Sección III Pensión de Retiro

Artículo 98. Los trabajadores tendrán derecho a un seguro de retiro antes de cumplir las edades y tiempo de cotización establecidas en el presente capítulo, siempre y cuando la pensión que se le calcule sea superior en más de treinta por ciento a la pensión mínima . Esta pensión se actualizará anualmente en febrero conforme al índice nacional de precios al consumidor.

El pensionado tendrá derecho a recibir el excedente de los recursos acumulados en su cuenta individual en una o varias exhibiciones, solamente si la pensión que se le otorgue es superior en más de treinta por ciento a la pensión mínima . La disposición de la cuenta, así como de sus rendimientos, estará exenta del pago de contribuciones.

Para efecto de ejercer el derecho a que se refiere este artículo, el trabajador podrá acumular los recursos de las subcuentas de retiro, jubilación, retiro por edad y tiempo de servicios y cesantía en edad avanzada aportados bajo cualquier régimen, los de la Subcuenta de ahorro solidario, los de la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro, los de la subcuenta de aportaciones voluntarias y los de la subcuenta de ahorro de largo plazo.

Asimismo, el trabajador pensionado en los términos de este artículo, tendrá derecho a recibir servicios del seguro de salud por parte del instituto.

Sección IV Pensión por Edad y Tiempo de Servicios

Artículo 99. Tienen derecho a pensión de retiro por edad y tiempo de servicios, los trabajadores que habiendo cumplido cincuenta y siete años , tuviesen dieciocho años de servicios como mínimo e igual tiempo de cotización al instituto.

El cómputo de los años de servicios se hará considerando uno solo de los empleos, aun cuando el trabajador hubiese desempeñado simultáneamente varios, cualquiera que fuesen; en consecuencia, para dicho cómputo se considerará, por una sola vez, el tiempo durante el cual haya tenido o tenga el interesado el carácter de trabajador.

El monto de la pensión de retiro por edad y tiempo de servicios se determinará de acuerdo con los porcentajes de la tabla siguiente:

18 años de servicio 57.5 por ciento
19 años de servicio 60 por ciento
20 años de servicio 62.5 por ciento
21 años de servicio 65 por ciento
22 años de servicio 67.5 por ciento
23 años de servicio 70 por ciento
24 años de servicio 72.5 por ciento
25 años de servicio 75 por ciento
26 años de servicio 80 por ciento
27 años de servicio 85 por ciento
28 años de servicio 90 por ciento
29 años de servicio 95 por ciento
Sección V Pensión por Cesantía en Edad Avanzada

Artículo 100. La pensión por cesantía en edad avanzada se otorgará al trabajador que se separe voluntariamente del servicio o que se quede privado del trabajo remunerado, después de los sesenta años de edad y haya cotizado por un mínimo de diez años al instituto.

La pensión de que se habla en el artículo anterior se calculará aplicando al sueldo integrado precisado en el artículo 17 de esta ley, los porcentajes que se especifican en la tabla siguiente:

60 años de edad 10 años de servicios 40 por ciento
61 años de edad 10 años de servicios 42 por ciento
62 años de edad 10 años de servicios 44 por ciento
63 años de edad 10 años de servicios 46 por ciento
64 años de edad 10 años de servicios 48 por ciento
65 o más años de edad 10 años de servicios 50 por ciento

El otorgamiento de la pensión por cesantía en edad avanzada se determinará conforme a la tabla anterior, incrementándose anualmente de acuerdo con los porcentajes fijados hasta los sesenta y cinco años, a partir de los cuales disfrutará del cincuenta por ciento fijado.

El derecho al pago de la pensión por cesantía en edad avanzada se iniciará a partir del día siguiente en que se separe voluntariamente del servicio o quede privado de trabajo remunerado el servidor público.

El otorgamiento de la pensión por cesantía excluye la posibilidad de conceder posteriormente pensiones de jubilaciones, de retiro por edad y tiempo de servicios o por invalidez a menos de que el trabajador reingrese en el régimen obligatorio que señala esta ley.

Serán aplicables a esta pensión las disposiciones generales relativas a las demás pensiones.

Sección IV De la Pensión Mínima

Artículo 101. Pensión mínima es la que el Estado asegura como monto menor a quienes reúnan los requisitos señalados para obtener una pensión por jubilación , retiro por edad y tiempo de servicios y cesantía en edad avanzada y su monto mensual será la cantidad equivalente a cuatro salarios mínimos , que se actualizará anualmente, en febrero, conforme al cambio anualizado del índice nacional de precios al consumidor.

Artículo 102. El pago de la pensión mínima no será suspendido cuando el pensionado reingrese en un trabajo sujeto al régimen obligatorio de esta ley o de la Ley del Seguro Social.

El pensionado que disfrute de una pensión mínima no podrá recibir otra de igual naturaleza.

La pensión que corresponda a los familiares derechohabientes del pensionado fallecido se entregará a éstos aun cuando estuvieran gozando de otra pensión de cualquier naturaleza.

Sección V De la Cuenta Individual

Artículo 103. A cada trabajador se abrirá una cuenta individual en el instituto.

Artículo 104. Los trabajadores no deberán tener más de una cuenta individual, independientemente de que se encuentren sujetos a diversos regímenes de seguridad social. Si tuvieren varias cuentas individuales, deberán hacerlo del conocimiento del instituto para proceder a su unificación. Ésta también se deberá llevar de oficio por el instituto. En ambos casos se deberá dar aviso al trabajador de los resultados del trámite de unificación.

Los trabajadores que estén sujetos al régimen previsto en esta ley y simultáneamente al previsto en otras leyes, o que con anterioridad hayan estado sujetos al régimen previsto en esta ley, igualmente no deberán de tener más de una cuenta individual, y su unificación se efectuará en los mismos términos del párrafo anterior.

El trabajador que tenga abierta una cuenta individual y que cambie de régimen o simultáneamente se encuentre sujeto a dos o más regímenes de seguridad social deberá integrar todos los recursos que se depositen a su favor, en la cuenta individual que tuviera abierta.

En el caso de cotización simultánea o sucesiva en el instituto y en otros sistemas de seguridad social, la acumulación de recursos seguirá los criterios y mecanismos fijados en el convenio de portabilidad que, en su caso, se suscriba.

Las dependencias y entidades deberán informar bimestralmente a los trabajadores sobre las aportaciones hechas a su favor, sin perjuicio de que dicha información sea entregada a los sindicatos o, en su caso, a cualquier otra organización representativa de los trabajadores.

Artículo 105. Las dependencias y entidades serán responsables de los daños y perjuicios que se causaren al trabajador o a sus familiares derechohabientes cuando por falta de cumplimiento de la obligación de inscribirlo al instituto o de avisar su sueldo integrado o los cambios que sufriera éste, no pudieran otorgarse las prestaciones consignadas en este capítulo, o bien dichas prestaciones se vieran disminuidas en su cuantía.

Artículo 106. Cuenta individual es la que se abrirá para cada asegurado ante el instituto, para que se depositen en la misma las cuotas y aportaciones por concepto del seguro de retiro, jubilación, retiro por edad y tiempo de servicios y cesantía en edad avanzada, así como los rendimientos. La cuenta individual se integrará por las subcuentas de retiro, de jubilación, de retiro por edad y tiempo de servicios, de cesantía en edad avanzada, de vivienda y de aportaciones voluntarias.

Respecto de la subcuenta de vivienda, el instituto deberá hacer entrega de los recursos al Fondo de la Vivienda en los términos de su propia ley.

Sección IV Del Ahorro Solidario para el Incremento de las Pensiones

Artículo 107. Los trabajadores podrán optar porque se les descuente hasta dos por ciento de su sueldo integrado , para ser acreditado en la subcuenta de ahorro solidario que se abra al efecto en su cuenta individual.

Las dependencias y entidades en que presten sus servicios los trabajadores que opten por dicho descuento estarán obligadas a depositar en la referida subcuenta tres pesos con veinticinco centavos por cada peso que ahorren los trabajadores con un tope máximo de seis punto cinco por ciento del sueldo integrado .

A efecto de lo anterior, las dependencias y entidades deberán enterar las cantidades a su cargo conjuntamente con el ahorro que realice el trabajador, sin que las mismas se consideren cuotas o aportaciones.

Los recursos acumulados en la subcuenta de ahorro solidario, estarán sujetos a las normas aplicables a las subcuentas de retiro, jubilación, retiro por edad y tiempos de servicios y cesantía en edad avanzada.

Sección VII Régimen Financiero

Artículo 108. Las cuotas y aportaciones del seguro de retiro, jubilación, retiro por edad y tiempo de servicios y cesantía en edad avanzada se recibirán y se depositarán en las respectivas subcuentas de la cuenta individual de cada trabajador, de conformidad con las disposiciones que emita la junta directiva del instituto.

Artículo 109. Las cuotas y aportaciones a que se refiere este capítulo serán

I. A los trabajadores les corresponde una cuota de tres punto cinco por ciento del sueldo integrado;
II. A las dependencias y entidades les corresponde una aportación de retiro de dos por ciento, y por jubilación, retiro por edad y tiempo de servicios y cesantía en edad avanzada de tres punto cinco por ciento del sueldo integrado; y
III. El gobierno federal cubrirá mensualmente una cuota social diaria por cada trabajador, equivalente a cinco punto cinco por ciento del salario mínimo general para el Distrito Federal vigente al día primero de julio de mil novecientos noventa y siete actualizado trimestralmente conforme al índice nacional de precios al consumidor al día de la entrada en vigor de esta ley. La cantidad inicial que resulte, a su vez, se actualizará trimestralmente en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre, conforme al índice nacional de precios al consumidor.

Para efecto de las cuotas y aportaciones de los pensionados por riesgos del trabajo o invalidez, las cotizaciones antes mencionadas se realizarán con base en el monto de la pensión que reciban.

Los recursos a que se refiere este artículo se depositarán en las subcuentas de retiro, jubilación, retiro por edad y tiempo de servicios y cesantía en edad avanzada.

Capítulo VII Seguro de Invalidez y Vida Sección I Generalidades

Artículo 110. Los riesgos protegidos en este capítulo son la invalidez y la muerte del trabajador o del pensionado por invalidez, en los términos y con las modalidades previstas en esta ley.

Artículo 111. El otorgamiento de las prestaciones establecidas en este capítulo requiere el cumplimiento de periodos de espera, medidos en años de cotización reconocidos por el instituto, según se señala en las disposiciones relativas a cada uno de los riesgos amparados.

Para los efectos de este artículo, para computar los años de cotización por lo que se refiere al seguro contenido en este capítulo, se considerarán los periodos que se encuentren amparados por el dictamen médico respectivo.

Artículo 112. El pago de la pensión de invalidez no se suspenderá durante el tiempo en que el pensionado desempeñe un trabajo que le proporcione un ingreso mayor del referido en el artículo 118 de esta ley.

Artículo 113. Si un trabajador o sus familiares derechohabientes tienen derecho a cualquiera de las pensiones de este capítulo y también a pensión proveniente del seguro de riesgos del trabajo, siempre y cuando se trate de una incapacidad parcial previa al estado de invalidez, percibirá ambas sin que la suma de sus cuantías exceda de cien por ciento del sueldo básico mayor de los que sirvieron de base para determinar la cuantía de las pensiones concedidas. Los ajustes para no exceder del límite señalado no afectarán la pensión proveniente de riesgos del trabajo.

Sección II Pensión por Invalidez

Artículo 114. Para los efectos de esta ley, existe invalidez cuando el trabajador activo haya quedado imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo igual, una remuneración superior a cincuenta por ciento de su remuneración habitual, percibida durante el último año de trabajo, y que esa imposibilidad derive de una enfermedad o accidente no profesional. La declaración de invalidez deberá ser realizada por el instituto.

La pensión por invalidez se otorgará a los trabajadores que se inhabiliten física o mentalmente por causas ajenas al desempeño de su cargo o empleo, si hubiesen contribuido con sus cuotas al instituto cuando menos durante cinco años. En caso de que el dictamen respectivo determine setenta y cinco por ciento o más de invalidez sólo se requerirá que hubiesen contribuido con sus cuotas al instituto cuando menos durante tres años.

El estado de invalidez da derecho al trabajador, en los términos de esta ley, al otorgamiento de

I. Pensión temporal; o
II. Pensión definitiva.

Artículo 115. La pensión temporal se concederá con carácter provisional, por un periodo de adaptación de dos años durante los cuales será pagada con cargo a las reservas de este seguro por parte del instituto. Transcurrido el periodo de adaptación, la pensión se considerará como definitiva debiéndose contratar un seguro de pensión que le otorgue la renta a que se refiere el artículo siguiente, y su revisión sólo podrá hacerse una vez al año, salvo que existieran pruebas de un cambio sustancial en las condiciones de la invalidez. El derecho al pago de esta pensión comienza a partir del día siguiente al de la fecha en que el trabajador cause baja motivada por la inhabilitación.

Artículo 116. La pensión definitiva comienza a partir del día siguiente del término de la pensión temporal.

Artículo 117. La cuantía de la pensión por invalidez será igual a una cuantía básica del cuarenta y cinco por ciento del promedio del sueldo integrado disfrutado en el último año inmediato anterior a la fecha de la baja del trabajador. Dicha cuantía no será inferior al cincuenta por ciento de la pensión mínima a la fecha de entrada en vigor de esta ley, cantidad que se actualizará anualmente, en el mes de febrero, conforme al cambio anualizado del Índice Nacional de Precios al Consumidor. La cuantía de este beneficio será hasta por un monto máximo de diez veces el salario mínimo.

Los pensionados por invalidez tendrán derecho a una gratificación anual igual en número de días a las concedidas a los trabajadores en activo de la administración pública federal, según la cuota diaria de su pensión. Esta gratificación deberá pagarse antes del quince de diciembre de cada año.

Artículo 118. El otorgamiento de la pensión por invalidez queda sujeto a la satisfacción de los siguientes requisitos:

I. Solicitud del trabajador o de sus legítimos representantes, y
II. Dictamen de uno o más médicos o técnicos designados por el instituto, que certifiquen la existencia del estado de invalidez de conformidad con el reglamento respectivo. En caso de desacuerdo con el dictamen, el afectado inconforme tendrá treinta días naturales para presentar por escrito ante el instituto, su inconformidad avalada con un dictamen de un médico especialista en la materia. En caso de desacuerdo entre el dictamen del instituto y el dictamen del especialista del afectado, el instituto propondrá una terna de médicos especialistas para que de entre ellos el afectado elija uno.

El dictamen del perito tercero resolverá en definitiva sobre la procedencia o no de la dictaminación y será inapelable y de carácter obligatorio para el interesado y para el instituto, esto último sin perjuicio de la obligación del afectado de someterse a los reconocimientos, tratamientos, investigaciones y evaluaciones que ordene el instituto para verificar la vigencia de sus derechos periódicamente.

Artículo 119. No se concederá la pensión por invalidez:

I. Si la invalidez se origina encontrándose el trabajador en estado de embriaguez;
II. Si la invalidez ocurre encontrándose el trabajador bajo la acción de algún narcótico o droga enervante, salvo que exista prescripción médica y que el trabajador hubiese puesto el hecho en conocimiento del jefe inmediato presentándole la prescripción suscrita por el médico;
III. Si el trabajador se ocasiona intencionalmente una lesión por sí o de acuerdo con otra persona;
IV. Si la invalidez es resultado de un intento de suicidio o efecto de una riña, en que hubiere participado el trabajador u originados por algún delito cometido por éste, y
V. Cuando el estado de invalidez sea anterior a la fecha en que el trabajador se incorpore a prestar sus servicios a la dependencia o entidad .

Artículo 120. Los trabajadores que soliciten pensión por invalidez y los pensionados por la misma causa están obligados a someterse a los reconocimientos y tratamientos que el instituto les prescriba y proporcione y, en caso de no hacerlo, no se tramitará su solicitud o se les suspenderá el goce de la pensión.

Artículo 121. La pensión por invalidez o la tramitación de la misma se suspenderá, en el caso de que el pensionado o solicitante se niegue injustificadamente a someterse a los reconocimientos y tratamientos que el instituto le prescriba y proporcione en cualquier tiempo, así como a las investigaciones y evaluaciones necesarias para verificar la vigencia de sus derechos por este concepto, o se resista a las medidas preventivas o curativas a que deba sujetarse. El pago de la pensión o la tramitación de la solicitud se reanudará a partir de la fecha en que el pensionado se someta al tratamiento médico, sin que haya lugar, en caso de negativa injustificada , a recibir las prestaciones que dejó de percibir durante el tiempo que haya durado la suspensión.

No tendrá lugar esta suspensión cuando el pensionado o solicitante esté desempeñando algún cargo o empleo distinto a aquél que desempeñaba al declararse la invalidez o iniciarse la tramitación de esta pensión.

Artículo 122. La pensión por invalidez será revocada cuando el trabajador recupere su capacidad para el servicio. En tal caso, la dependencia o entidad en que hubiere prestado sus servicios el trabajador recuperado, tendrá la obligación de restituirlo en su empleo si de nuevo es apto para el mismo, o en caso contrario, asignarle un trabajo que pueda desempeñar, debiendo ser cuando menos de un sueldo y categoría equivalente a los que disfrutaba al acontecer la invalidez. Si el trabajador no aceptare reingresar al servicio en tales condiciones, salvo causa justificada , o bien estuviese desempeñando cualquier trabajo que le proporcione un ingreso cuando menos equivalente al sesenta por ciento de la remuneración habitual que hubiere percibido de continuar trabajando , le será revocada la pensión le será revocada la pensión. En este caso, el instituto abrirá nuevamente una cuenta individual al trabajador con los recursos remanentes. Si el alta médica fuera extendida sin que el trabajador haya recuperado la capacidad para el servicio, la revocación de la pensión quedará sin efecto y el instituto será responsable de los daños y perjuicios.

El instituto notificará la revocación de la pensión por escrito al trabajador.

Si el trabajador no fuere restituido a su empleo o no se le asignara otro en los términos del párrafo primero de este artículo por causa imputable a la dependencia o entidad en que hubiere prestado sus servicios, seguirá percibiendo el importe de la pensión con cargo al presupuesto de ésta. Lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad en que incurra el titular de la dependencia o entidad, el cual deberá restituir los montos erogados por concepto del pago de la pensión.

Sección III Pensión por Causa de Muerte

Artículo 123. La muerte del trabajador por causas ajenas al servicio, cualquiera que sea su edad, y siempre que hubiere cotizado al instituto por tres años o más, dará origen a las Pensiones de viudez, concubinato, orfandad o ascendencia en su caso, según lo prevenido por esta ley.

El saldo acumulado en la cuenta individual del trabajador o pensionado por riesgos del trabajo o invalidez fallecido, podrá ser retirado por sus familiares derechohabientes en una sola exhibición o utilizado para contratar un seguro de pensión que le otorgue una renta por una suma mayor.

Artículo 124. El derecho al pago de la pensión por causa de muerte se iniciará a partir del día siguiente al de la muerte de la persona que haya originado la pensión.

Artículo 125. El orden para gozar de las pensiones a que se refiere este artículo por los familiares derechohabientes será el siguiente:

I. El cónyuge supérstite sólo si no hay hijos o en concurrencia con éstos si los hay y son menores de dieciocho años o que no sean menores de dieciocho años pero estén incapacitados o imposibilitados parcial o totalmente para trabajar; o bien hasta veinticinco años previa comprobación de que están realizando estudios de nivel medio o superior de cualquier rama del conocimiento en planteles oficiales o reconocidos y que no tengan trabajo;
II. A falta de cónyuge, la concubina o concubinario solo o en concurrencia con los hijos o éstos solos cuando reúnan las condiciones señaladas en la fracción anterior, siempre que la concubina hubiere tenido hijos con el trabajador o pensionado o el concubinario con la trabajadora o Pensionada, o vivido en su compañía durante los cinco años que precedieron a su muerte y ambos hayan permanecido libres de matrimonio durante el concubinato. Si al morir el asegurado tenía varias concubinas, todas ellas gozarán de la pensión de, manera proporcional. Si la parte proporcional de pensión que le corresponda a las concubinas es por un monto menor a veinticinco por ciento del salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, la pensión se sustituirá por una indemnización equivalente a cinco anualidades de la pensión correspondiente, monto que se repartirá proporcionalmente entre las concubinas .
Para efectos de esta ley, para considerarse como tales los concubinos deberán acreditar haber vivido en común con el trabajador en forma constante y permanente por un periodo mínimo de cinco años que precedan inmediatamente a la generación de la pensión o haber tenido por lo menos un hijo en común;
III. A falta de cónyuge, hijos, concubina o concubinario la pensión se entregará a la madre o padre conjunta o separadamente y a falta de éstos a los demás ascendientes, en caso de que hubiesen dependido económicamente del trabajador o pensionado;
IV. La cantidad total a que tengan derecho los deudos señalados en cada una de las fracciones, se dividirá por partes iguales entre ellos. Cuando fuesen varios los beneficiarios de una pensión y alguno de ellos perdiese el derecho, la parte que le corresponda será repartida proporcionalmente entre los restantes, y
V. Los hijos adoptivos sólo tendrán derecho a la pensión por orfandad, cuando la adopción se haya hecho por el trabajador o pensionado antes de haber cumplido cincuenta y cinco años de edad.

Artículo 126. Los familiares derechohabientes del trabajador o pensionado fallecido, en el orden que establece la sección de pensión por causa de muerte del seguro de invalidez y vida, tienen derecho a una pensión equivalente al cien por ciento de la que hubiese correspondido al trabajador por invalidez o de la pensión que venía disfrutando el pensionado, y a la misma gratificación anual a que tuviera derecho el pensionado. La cuantía de este beneficio será hasta por un monto máximo de diez veces el salario mínimo.

Artículo 127. Si otorgada una pensión aparecen otros familiares con derecho a la misma, se les hará extensiva, pero percibirán su parte a partir de la fecha en que sea recibida la solicitud en el instituto, sin que puedan reclamar el pago de las cantidades cobradas por los primeros beneficiarios .

En caso de que dos o más interesados reclamen derecho a pensión como cónyuges supérstites del trabajador o pensionado, exhibiendo su respectiva documentación se suspenderá el trámite del beneficio hasta que se defina judicialmente la situación, sin perjuicio de continuarlo por lo que respecta a los hijos, reservándose una parte de la cuota a quien acredite su derecho como cónyuge supérstite.

Cuando un solicitante, ostentándose como cónyuge supérstite del trabajador o pensionado reclame un beneficio que ya se haya concedido a otra persona por el mismo concepto, sólo se revocará el anteriormente otorgado, si existe sentencia ejecutoriada en la que se declare la nulidad del matrimonio que sirvió de base para la concesión de la pensión. Si el segundo solicitante reúne los requisitos que esta ley establece, se le concederá pensión, la cual percibirá a partir de la fecha en que se reciba la solicitud en el instituto, sin que tenga derecho a reclamar al instituto las cantidades cobradas por el primer beneficiario.

Artículo 128. Si el pensionado por orfandad llegaré a los dieciocho años y no pudiere mantenerse por su propio trabajo debido a una enfermedad duradera, defectos físicos o enfermedad psíquica, el pago de la pensión por orfandad se prorrogará por el tiempo que subsista su inhabilitación, previa comprobación anual mediante dictamen medico emitido por el propio instituto para efecto de determinar su estado de invalidez, haciéndose acreedor, en caso contrario, a la suspensión de la pensión; asimismo continuarán disfrutando de la pensión los hijos solteros hasta los veinticinco años de edad, previa comprobación de que están realizando estudios de nivel medio o superior en planteles oficiales o reconocidos y que no tengan un trabajo.

Artículo 129. Los derechos a percibir pensión se pierden para los familiares derechohabientes del trabajador o pensionado por alguna de las siguientes causas:

I. Llegar a cumplir dieciocho años de edad los hijos e hijas del trabajador o pensionado, salvo lo dispuesto en el artículo anterior, siempre que no estén incapacitados legalmente o imposibilitados físicamente para trabajar;
II. Porque la mujer o el varón pensionado contraigan nupcias o llegasen a vivir en concubinato. Al contraer matrimonio la viuda, viudo, concubina o concubinario, recibirán como única y última prestación el importe de seis meses de la pensión que venían disfrutando.
La divorciada o divorciado no tendrán derecho a la pensión de quien haya sido su cónyuge, a menos que a la muerte del causante, éste estuviese ministrándole alimentos por condena judicial y siempre que no existan viuda o viudo, hijos, concubina o concubinario y ascendientes con derecho a la misma. Cuando la divorciada o divorciado disfrutasen de la pensión en los términos de este artículo, perderán dicho derecho si contraen nuevas nupcias, o si viviesen en concubinato, y
III. Por fallecimiento.

Artículo 130. Si un pensionado desaparece de su domicilio por más de un mes sin que se tengan noticias de su paradero, los familiares derechohabientes con derecho a la pensión, disfrutarán de ésta en los términos de la sección de pensión por causa de muerte del seguro de invalidez y vida con carácter provisional, y previa la solicitud respectiva, bastando para ello que se compruebe el parentesco y la desaparición del pensionado, sin que sea necesario promover diligencias formales de ausencia. Si posteriormente y en cualquier tiempo, el pensionado se presentase, tendrá derecho a disfrutar su pensión y a recibir las diferencias entre el importe original de ésta y aquél que hubiese sido entregado a sus familiares derechohabientes. Cuando se compruebe el fallecimiento del pensionado, la transmisión será definitiva.

Artículo 131. Cuando fallezca un pensionado, la aseguradora que viniese cubriendo la pensión entregará a sus deudos o a las personas que se hubiesen hecho cargo de la inhumación, el importe de ciento veinte días de pensión por concepto de gastos de funerales, sin más trámites que la presentación del certificado de defunción y constancia de los gastos de sepelio. En caso de que el pensionado hubiese disfrutado de dos o más pensiones los gastos del funeral se pagarán únicamente con base en la más alta.

Si no existiesen parientes o personas que se encarguen de la inhumación, el instituto lo hará, limitado al importe del monto señalado en el párrafo anterior, que le deberá ser entregado por la aseguradora referida.

Sección IV Incremento Periódico de las Pensiones

Artículo 132. La cuantía de las pensiones por invalidez será actualizada anualmente en el mes de febrero, conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor correspondiente al año calendario anterior o el incremento salarial recibido por los trabajadores en activo, según cual sea de los dos el porcentaje mayor.

Las pensiones a los familiares derechohabientes del trabajador por el seguro de invalidez y vida serán revisadas e incrementadas en la proporción que corresponda, en términos de lo dispuesto en el párrafo anterior.

Sección V Régimen Financiero

Artículo 133. Las prestaciones del seguro de invalidez y vida, se financiarán en la forma siguiente:

I. A los trabajadores les corresponde una cuota de cero punto seiscientos veinticinco por ciento del sueldo básico, y
II. A las dependencias y entidades les corresponde una aportación de cero punto seiscientos veinticinco por ciento del sueldo básico.
Sección III Bis Del Seguro de Atención para el Bienestar y Desarrollo Infantil

Artículo 134. El seguro de atención para el bienestar y desarrollo infantil cubre el riesgo de no poder proporcionar cuidados durante la jornada de trabajo a sus hijos en la primera infancia, de la mujer trabajadora, del trabajador viudo o divorciado o de aquél al que judicialmente se le hubiera confiado la custodia de sus hijos, mediante el otorgamiento de las prestaciones establecidas en este capítulo.

Este beneficio se podrá extender a los asegurados que por resolución judicial ejerzan la patria potestad y la custodia de un menor, siempre y cuando estén vigentes en sus derechos ante el instituto y no puedan proporcionar la atención y cuidados al menor.

El servicio de guardería se proporcionará en el turno matutino y vespertino pudiendo tener acceso a alguno de estos turnos, el hijo del trabajador cuya jornada de labores sea nocturna.

Artículo 135. Estas prestaciones deben proporcionarse atendiendo a cuidar y fortalecer la salud del niño y su buen desarrollo futuro, así como a la formación de sentimientos de adhesión familiar y social, a la adquisición de conocimientos que promuevan la comprensión, el empleo de la razón y de la imaginación y a constituir hábitos higiénicos y de sana convivencia y cooperación en el esfuerzo común con propósitos y metas comunes, todo ello de manera sencilla y acorde a su edad y a la realidad social y con absoluto respeto a los elementos formativos de estricta incumbencia familiar.

Artículo 136. Los servicios de atención para el bienestar y desarrollo infantil incluirán el aseo, la alimentación, el cuidado de la salud, la educación y la recreación de los menores a que se refiere el artículo 134. Serán proporcionados por el instituto, en los términos de las disposiciones que al efecto expida la junta directiva.

Artículo 137. Para otorgar la prestación de los servicios de atención para el bienestar y desarrollo infantil, el instituto establecerá instalaciones especiales, por zonas convenientemente localizadas en relación a los centros de trabajo y de habitación, y en las localidades donde opere el régimen obligatorio.

Artículo 138. Las madres aseguradas, los viudos, divorciados o los que judicialmente conserven la custodia de sus hijos, mientras no contraigan nuevamente matrimonio o se unan en concubinato, tendrán derecho a los servicios de de atención para el bienestar y desarrollo infantil, durante las horas de su jornada de trabajo, en la forma y términos establecidos en esta ley y en el reglamento relativo.

Estos servicios se proporcionarán en el turno matutino y vespertino, pudiendo tener acceso a alguno de estos turnos, el hijo del trabajador cuya jornada de labores sea nocturna.

Artículo 139. Los servicios de atención para el bienestar y desarrollo infantil se proporcionarán a los menores desde la edad de cuarenta y tres días hasta que cumplan cuatro años.

Artículo 140. Los asegurados a que se refiere esta sección tendrán derecho al servicio a partir de que el trabajador sea dado de alta ante el instituto y cuando sean dados de baja en el régimen obligatorio conservarán durante las cuatro semanas posteriores a dicha baja, el derecho a las prestaciones de este seguro.

Sección III Ter Del Regimen Financiero

Artículo 141. El monto de la prima para este seguro será del uno por ciento sobre el salario integrado.

Artículo 142. Las dependencias y entidades cubrirán íntegramente la aportación para el financiamiento de las prestaciones de esta sección, esto independientemente que tengan o no trabajadores de los señalados en el artículo 134 de esta ley a su servicio.

Capítulo VIII De la Transferencia de los Derechos Sección I De la Transferencia de Derechos entre el Instituto y el IMSS

Artículo 143. Los trabajadores que hubieren cotizado al instituto y que por virtud de una nueva relación laboral se inscriban al IMSS, podrán transferir a este último los derechos de los años de cotización al instituto. De la misma manera, los trabajadores inscritos en el IMSS que inicien una relación laboral que los sujete al régimen de esta ley podrán transferir al instituto los derechos de sus semanas de cotización.

Para efectos de la transferencia de derechos prevista en el presente artículo se considerará que un año de cotización al instituto equivale a cincuenta y dos semanas de cotización del régimen de la Ley del Seguro Social. Asimismo, el instituto deberá señalar en las constancias de baja que expida a los trabajadores el número de años de cotización incluyendo, en su caso, la última fracción de año cotizado.

En caso de que la fracción de año cotizado sea equivalente a más de seis meses, se considerará cotizado el año completo.

Artículo 144. La asistencia médica a que tienen derecho los Jubilados y pensionados por los seguros de retiro, jubilación, retiro por edad y tiempo de servicios y cesantía en edad avanzada que hayan cotizado al instituto y al IMSS, será prestada siempre y cuando hubieren cotizado cuando menos durante trece años en alguna de estas dos entidades o veinte años en conjunto, de acuerdo con lo previsto en el artículo anterior.

En este caso, la asistencia médica deberá ser prestada por el instituto que elija el jubilado o pensionado.

El instituto elegido por el jubilado o pensionado , deberá transferir las reservas actuariales correspondientes al seguro de salud, a aquél que prestará el servicio de salud de conformidad con los lineamientos que, al efecto, acuerden el instituto y el IMSS.

Artículo 145. Los trabajadores que por tener relación laboral con dos o más patrones coticen simultáneamente al instituto y al IMSS, tendrán derecho a recibir atención médica y demás servicios del seguro de salud por parte de ambos.

Artículo 146. Los trabajadores que lleguen a la edad de pensionarse bajo los supuestos de los seguros de retiro, jubilación, retiro por edad y tiempo de servicios y cesantía en edad avanzada previsto en esta ley y que a su vez tengan recursos acumulados en su cuenta individual conforme al régimen de la Ley del Seguro Social, podrán solicitar que estos últimos se acumulen para el otorgamiento de su jubilación o pensión o para sus familiares derechohabientes, en los términos de la presente ley. Igualmente transferirán sus periodos de cotización en ambos institutos sin importar que sean simultáneos .

Lo anterior, siempre que la pensión así determinada sea por lo menos igual a la suma de las pensiones que le hubieran correspondido de manera independiente conforme a ambas leyes.

El jubilado o pensionado tendrá derecho a recibir el excedente de los recursos acumulados en su Cuenta Individual en una o varias exhibiciones, sin distinguir si fueron acumulados conforme al régimen de la Ley del Seguro Social o el de la presente ley, solamente si la pensión que se le otorgue es superior en más del treinta por ciento de la pensión mínima .

Artículo 147. Los trabajadores que tengan derecho a pensionarse bajo los supuestos de los seguros de retiro, jubilación, retiro por edad y tiempo de servicios y cesantía en edad avanzada previstos en esta ley y que, a su vez, coticen conforme al régimen de la Ley del Seguro Social, podrán continuar cotizando bajo este último régimen, y una vez al año, en el mismo mes calendario en el que adquirió el derecho a la pensión, podrá el pensionado transferir al instituto que le esté cubriendo su pensión, el saldo acumulado de su cuenta individual, conviniendo el incremento en su pensión, o retirar dicho saldo en una sola exhibición.

Artículo 148. El pensionado que goce de una pensión de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez bajo el régimen de la Ley del Seguro Social tendrá derecho a obtener otra pensión de igual naturaleza bajo el régimen de la presente ley. Asimismo, el pensionado que goce de una jubilación o pensión de retiro, retiro por edad y tiempo de servicios y cesantía en edad avanzada en los términos del presente ordenamiento podrá obtener otra pensión de igual naturaleza bajo el régimen de la Ley del Seguro Social, en ambos casos el trabajador tendrá derecho a incrementar el monto de su Jubilación o pensión de acuerdo con el procedimiento señalado en el artículo anterior.

Artículo 149. Tratándose de los periodos de cotización para tener derecho a pensionarse bajo cualquier régimen o a recibir servicios médicos, se acumularán aquellos periodos en los que el trabajador hubiera cotizado simultáneamente al instituto y al IMSS.

Se entenderá por periodo de cotización simultáneo aquél en el que al mismo tiempo se enteren cuotas y aportaciones correspondientes al trabajador bajo el régimen obligatorio de esta ley y el de la Ley del Seguro Social.

Sección II De la Transferencia de Derechos al Instituto Provenientes de otros Institutos de Seguridad Social

Artículo 150. El instituto, previa aprobación de su junta directiva y opinión favorable de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, podrá celebrar convenios de portabilidad con otros institutos de seguridad social o con entidades que operen otros sistemas de seguridad social compatibles con el previsto en la presente ley, mediante los cuales se establezcan:

I. Reglas de carácter general y equivalencias en las condiciones y requisitos para obtener una Jubilación o pensión de retiro, retiro por edad y tiempo de servicios y cesantía en edad avanzada e invalidez y vida, y
II. Mecanismos de traspaso de recursos de las subcuentas que integran la cuenta individual.

Los convenios de portabilidad a que se refiere esta Sección establecerán el tratamiento que se dará, en su caso, a los recursos de la subcuenta del Fondo de la Vivienda.

Asimismo, para la celebración de dichos convenios de portabilidad, se deberá contar con dictamen de un actuario independiente en que conste la equivalencia de la portabilidad de derechos que se pretenda convenir, así como la suficiencia de las reservas que se deban afectar para hacer frente a las obligaciones que resulten a cargo del instituto.

Artículo 151. La portabilidad consistirá en transferir derechos obtenidos en otros regímenes de seguridad social al sistema previsto en la presente ley.

Los institutos de seguridad social o entidades que operen otros regímenes de seguridad social que celebren convenio de portabilidad con el instituto deberán señalar en las constancias de baja que expidan a los trabajadores el número de años de cotización y su equivalente en número de semanas.

Para hacer equivalente la portabilidad de derechos que se menciona en el presente artículo, se considerará por un año de cotización del instituto el equivalente a cincuenta y dos semanas de cotización en otro sistema de seguridad social.

Artículo 152. Los trabajadores que, por tener relación laboral con dos o más patrones, coticen simultáneamente al instituto y a otro instituto de seguridad social o entidad que opere un régimen de seguridad social, tendrán derecho a recibir atención médica y demás servicios del seguro de salud por parte de ambos.

Artículo 153. Los trabajadores que lleguen a la edad de pensionarse bajo los supuestos de los seguros de retiro, jubilación, retiro por edad y tiempo de servicios y cesantía en edad avanzada previsto en esta ley o en un seguro o régimen equivalente con el que se hubiere celebrado convenio de portabilidad, podrán aplicar los recursos de su Cuenta Individual y periodos de cotización en los mismos términos previstos en los artículos 146 y 149 de esta ley.

Artículo 154. El pensionado que goce de una jubilación o pensión equivalente a la de retiro, retiro por edad y tiempo de servicios y cesantía en edad avanzada bajo un régimen de seguridad social con el que se hubiere celebrado convenio de portabilidad, podrá obtener una pensión de igual naturaleza bajo el régimen de la presente ley, en ambos casos el trabajador tendrá derecho a incrementar el monto de su pensión de acuerdo con el procedimiento señalado en el artículo 147 de esta ley.

Sección III De la Transferencia de Derechos entre el Instituto y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores

Artículo 155. Los trabajadores que hubieren cotizado al instituto y que por virtud de una nueva relación laboral se inscriban al instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los trabajadores, podrán transferir a este último los recursos acumulados en la subcuenta del Fondo de la Vivienda. De la misma manera, los trabajadores inscritos en el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los trabajadores que inicien una relación laboral que los sujete al régimen de esta ley podrán transferir al instituto los recursos de la subcuenta del Fondo de la Vivienda respectiva.

Para efectos de la transferencia de derechos prevista en el presente artículo, se estará a las reglas que, para tal efecto, expida cada uno de los institutos de seguridad social mencionados.

Artículo 156. Los trabajadores que obtengan un crédito de vivienda bajo el régimen del instituto o del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los trabajadores y que tengan recursos acumulados por concepto de vivienda en su cuenta individual conforme al régimen de los dos institutos antes citados, podrán solicitar que se acumulen para aplicarse como pago inicial de su crédito y que las Aportaciones sucesivas a cualquiera de los institutos o a ambos, sean destinadas a reducir el saldo insoluto a cargo del propio trabajador.

Artículo 157. Los trabajadores que se encuentren amortizando un crédito de vivienda otorgado por el instituto o por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los trabajadores y que, por virtud de una nueva relación laboral, cambien de régimen de seguridad social deberán seguir utilizando sus aportaciones de vivienda para el pago del crédito correspondiente.

A efecto de lo anterior, el instituto y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los trabajadores podrán celebrar convenio para determinar el procedimiento para la transferencia de las Aportaciones de vivienda entre ambos institutos.

Capítulo IX Del Sistema Integral de Crédito Sección I Préstamos Personales

Artículo 158. El sistema integral de crédito está compuesto por los siguientes tipos de préstamos:

I. Préstamos personales, y
II. Préstamos hipotecarios

.

Artículo 159. El fondo de préstamos personales para el otorgamiento de créditos estará constituido por el importe de la cartera total institucional de dichos créditos, más la disponibilidad al último día del ejercicio anterior y los rendimientos que generen los préstamos. Los recursos del fondo únicamente se destinarán al otorgamiento de esta prestación.

Los ingresos que generen los intereses de los préstamos otorgados y sus disponibilidades financieras no afectarán el techo presupuestal del instituto y se integrarán al propio Fondo de préstamos personales.

Artículo 160. La cartera institucional más el remanente de disponibilidad señalados en el artículo anterior, así como los intereses correspondientes, integrarán el capital inicial de trabajo para la operación del Fondo.

Artículo 161. Los recursos del fondo, en tanto no se destinen a préstamos personales, deberán ser invertidos bajo criterios prudenciales en aquellos instrumentos financieros del mercado que garanticen la más alta rentabilidad, el menor riesgo posible y la mayor transparencia para la rendición de cuentas, de conformidad con las disposiciones que expidan para el efecto la Junta Directiva del instituto. De incumplirse lo anterior, se incurrirá en responsabilidad.

La junta directiva del instituto será responsable de que el fondo conserve cuando menos su valor real. De lo contrario se incurrirá en responsabilidad.

Artículo 162. Los gastos por concepto de administración general del fondo se financiarán con sus propios recursos de acuerdo con el presupuesto anual que apruebe la junta directiva del instituto.

Artículo 163. Los préstamos personales se otorgarán a los trabajadores, jubilados y pensionados de acuerdo con el programa anual que autorice la junta directiva del instituto, con base en la revolvencia del propio fondo y conforme a lo siguiente:

I. Sólo a quienes tengan un mínimo de seis meses de antigüedad de incorporación total al régimen de seguridad social del instituto;
II. Los préstamos se otorgarán dependiendo de la disponibilidad financiera del Fondo y de conformidad con las reglas que establezca la junta directiva del instituto, y serán de cuatro tipos, a saber:
a) Ordinarios. Su monto será hasta por el importe de cuatro meses del Sueldo Básico, de acuerdo con la antigüedad de quien lo solicite;
b) Especiales. Su monto será hasta por el importe de seis meses del sueldo básico, de acuerdo con la antigüedad de quien lo solicite;
c) Para adquisición de bienes de uso duradero. Su monto será hasta por el importe de ocho meses de Sueldo Básico, de acuerdo con la antigüedad de quien lo solicite, y
d) Extraordinarios para damnificados por desastres naturales. Su monto será establecido por la Junta Directiva del instituto, pero no podrá ser menor que el correspondiente a los préstamos ordinarios ;
III. El instituto determinará trimestralmente la tasa de interés aplicada a los créditos personales, de tal manera que el rendimiento efectivo del monto prestado no sea inferior a punto cinco la tasa de los Certificados de la Tesorería de la federación con vencimiento a veintiocho días. En caso de que desapareciera este indicador, se tomará el que lo sustituya;
IV. Para garantizar la recuperación de los créditos otorgados, con cargo a los mismos se deberá integrar una reserva de garantía, con la que se cubrirá el monto insoluto de los préstamos, en los casos de invalidez e incapacidad total permanente, muerte e incobrabilidad, conforme lo establezca el reglamento que para el efecto emita la Junta Directiva del instituto, y
V. El monto del préstamo y los intereses deberán ser pagados en parcialidades quincenales iguales, en un plazo no mayor de cuarenta y ocho quincenas en el caso de los ordinarios y los especiales, y de setenta y dos quincenas en el caso de los de bienes de consumo duradero. En el caso de los créditos extraordinarios para damnificados por desastres naturales, estos tendrán un plazo de hasta ciento veinte quincenas, según acuerdo especial de la junta directiva.

Artículo 164. Las dependencias y entidades estarán obligadas a realizar los descuentos quincenales en nómina que ordene el instituto para recuperar los créditos que otorgue y a enterar dichos recursos conforme a lo establecido en el presente ordenamiento. Asimismo las dependencias y entidades estarán obligadas a entregar al instituto quincenalmente la nómina de sus trabajadores con la información y en los formatos que ordene el instituto.

En los casos en que la dependencia no aplique los descuentos, los trabajadores deberán pagar directamente, mediante los sistemas que establezca el instituto, sin perjuicio, en caso de ser imputable la omisión al trabajador , de las actualizaciones y recargos que se establezcan en el reglamento correspondiente.

Cuando las dependencias omitan el entero de estos descuentos al instituto, deberán cubrirlas adicionando el costo financiero previsto en el artículo 21 de esta ley.

Artículo 165. Los préstamos se deberán otorgar de manera que los abonos para reintegrar la cantidad prestada y sus intereses sumados a los descuentos por préstamos hipotecarios y a los que deba hacerse por cualquier otro adeudo en favor del instituto, no excedan del veinte por ciento del total de las percepciones en dinero del trabajador, y se ajustarán al reglamento que al efecto expida la junta directiva.

Artículo 166. Cuando un trabajador tenga adeudo con el fondo de préstamos y solicite licencia sin goce de sueldo, renuncie o sea separado de la dependencia o entidad, deberá cubrir en un plazo no mayor de ciento ochenta días, el monto total de su adeudo. En su caso, la dependencia o entidad retendrá al acreditado el monto total del saldo insoluto de los pagos por finiquito laboral a que tenga derecho el trabajador. De persistir algún adeudo, el instituto realizará las gestiones administrativas y legales conducentes para recuperarlo. Transcurrido un año desde la separación del acreditado y habiéndose agotado las gestiones administrativas de cobranza, el adeudo del capital e intereses correspondientes se cancelarán contra la reserva de garantía de créditos otorgados en los términos que se establezca en los lineamientos y políticas de administración de la cartera que para el efecto emita el instituto. En caso de que el trabajador reingrese al régimen de la presente ley, el instituto ordenará el descuento del adeudo actualizado para resarcir a la reserva de garantía.

Artículo 167. No se concederán nuevos préstamos especiales ni para bienes de consumo duradero mientras permanezca insoluto el anterior. En el caso de los préstamos ordinarios sólo podrán renovarse cuando se haya cubierto el pago de cuando menos el cincuenta por ciento del monto del crédito que fue concedido, cubiertos los abonos para dicho periodo y el deudor pague la prima de la Reserva de garantía, cubra el saldo insoluto y la aportación de renovación con cargo al nuevo crédito.

Sección II Del Crédito para Vivienda

Artículo 168. El instituto administrará el Fondo de la Vivienda que se integre con las aportaciones que las dependencias y entidades realicen a favor de los trabajadores.

El instituto contará con una comisión ejecutiva, que coadyuvará en la administración del Fondo de la Vivienda de acuerdo con el reglamento que emita la junta directiva.

El Fondo de la Vivienda tiene por objeto establecer y operar un sistema de financiamiento que permita a los trabajadores obtener crédito barato y suficiente, mediante préstamos con garantía hipotecaria en los casos que expresamente determine la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda. Estos préstamos se harán por una sola vez.

El instituto podrá celebrar convenios de coordinación y colaboración con las autoridades federales, Entidades Federativas y municipios, según corresponda, para el mejor cumplimiento del objeto del Fondo de la Vivienda. Asimismo, para el ejercicio de las funciones del Fondo de la Vivienda se podrá contratar cualquier tipo de servicios.

Artículo 169. Los recursos para la operación del Fondo de la Vivienda se integran con:

I. Las aportaciones que las dependencias y entidades enteren al instituto a favor de los trabajadores;
II. Los bienes y derechos adquiridos por cualquier título, y
III. Los rendimientos que se obtengan de las inversiones de los recursos a que se refieren las anteriores fracciones.

Artículo 170. Los recursos afectos al Fondo de la Vivienda se destinarán:

I. Al otorgamiento de créditos a los trabajadores que sean titulares de las subcuentas del Fondo de la Vivienda de las cuentas individuales y que tengan depósitos constituidos a su favor por más de dieciocho meses en el instituto. El importe de estos créditos deberá aplicarse a los siguientes fines:
a) A la adquisición o construcción de vivienda;
b) A la reparación, ampliación o mejoramiento de sus habitaciones, y
c) A los pasivos contraídos por cualquiera de los conceptos anteriores;
II. Al pago de capital e intereses de la subcuenta del Fondo de la Vivienda de los Trabajadores en los términos de ley;
III. A cubrir los gastos de administración, operación y vigilancia del Fondo de la Vivienda conforme a esta ley;
IV. A la inversión de inmuebles destinados a sus oficinas y de muebles estrictamente necesarios para el cumplimiento de sus fines, y
V. A las demás erogaciones relacionadas con su objeto.

Artículo 171. La Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda estará integrada por treinta miembros, como a continuación se indica:

I. El director general del instituto, quien la presidirá;
II. El vocal ejecutivo, el cual será nombrado por la junta directiva a propuesta del director general del instituto;
III. Tres vocales nombrados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y un vocal nombrado por cada una de las siguientes instituciones: la Secretaría de Desarrollo Social, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, la Secretaría de la Función Pública y la Comisión Nacional de Vivienda, y
IV. Nueve vocales nombrados por las organizaciones de trabajadores.
V. Veinte vocales nombrados por la asamblea nacional de derechohabientes del instituto.
VI. Tres vocales especialistas en las materias de vivienda designados por Instituciones de Educación Pública Superior.

Por cada vocal propietario se designará un suplente que actuará en caso de faltas temporales del propietario, debiendo tratarse de un funcionario con el rango inmediato inferior al del vocal propietario. En el caso de los representantes de las organizaciones de trabajadores, la designación del suplente se hará en los términos de las disposiciones estatutarias aplicables.

Artículo 172. Los integrantes de la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda no podrán ser miembros de la junta directiva del instituto, con excepción del director general del instituto. Igualmente será incompatible esta designación con el cargo sindical de secretario general de la sección que corresponda al Fondo de la Vivienda.

Para ocupar el cargo de vocal se requiere ser mexicano, estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos, y ser de reconocida honorabilidad y experiencia técnica y administrativa.

Artículo 173. Los vocales de la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda durarán en sus funciones por todo el tiempo que subsista su designación y podrán ser removidos libremente a petición de quienes los hayan propuesto.

Artículo 174. La Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda sesionará por lo menos una vez cada mes . Las decisiones se tomarán por mayoría de los presentes y en caso de empate su presidente tendrá voto de calidad.

Las sesiones de la comisión ejecutiva serán válidas con la asistencia de por lo menos dieciséis de sus miembros, de los cuales uno será el presidente de la comisión ejecutiva, cuatro representantes del gobierno federal, cinco de las organizaciones de trabajadores al servicio del Estado, cinco de la asamblea nacional de derechohabientes del instituto y dos especialistas de la Universidad Autónoma de México. Las decisiones se tomarán por mayoría de los presentes y en caso de empate el Presidente tendrá voto de calidad.

Artículo 175. La Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda, tendrá las atribuciones y funciones siguientes:

I. Resolver sobre las operaciones del Fondo de la Vivienda, excepto aquellas que por su importancia ameriten acuerdo expreso de la junta directiva, la que deberá acordar lo conducente dentro de los quince días siguientes a la fecha en que se haga la petición correspondiente;
II. Examinar, en su caso aprobar y presentar, a la junta directiva por conducto del vocal ejecutivo, los presupuestos de ingresos y egresos, los planes de labores y financiamientos, así como los estados financieros y el informe de labores formulados por el vocal ejecutivo;
III. Presentar por conducto del vocal ejecutivo a la junta directiva para su aprobación, el presupuesto de gastos de administración, operación y vigilancia del Fondo de la Vivienda;
IV. Proponer a la junta directiva, el programa de constitución de reservas, las reglas para el otorgamiento de créditos y el programa de inversión de los recursos de vivienda, y
V. Las demás que le señale la junta directiva.

Artículo 176. El vocal ejecutivo tendrá las obligaciones y facultades siguientes:

I. Asistir a las sesiones de la junta directiva con voz, pero sin voto, para informar de los asuntos del Fondo de la Vivienda;
II. Ejecutar los acuerdos de la junta directiva y de la comisión ejecutiva, relacionados con el Fondo de la Vivienda;
III. Convocar a las sesiones de la comisión ejecutiva y presidirlas en ausencia del director general;
IV. Presentar anualmente a la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda dentro de los dos primeros meses del año siguiente, los estados financieros y el informe de actividades del ejercicio anterior;
V. Presentar a la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda, a más tardar el último día de septiembre de cada año, los presupuestos de ingresos y egresos, el proyecto de gastos y los planes de labores y de financiamientos para el año siguiente;
VI. Presentar a la consideración de la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda, un informe mensual sobre las actividades de la propia comisión;
VII. Presentar a la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda para su consideración y en su caso aprobación, los programas de crédito a ser otorgados por el instituto;
VIII. Proponer al director general los nombramientos y remociones del personal técnico y administrativo de la comisión, y
IX. Las demás que señalen esta ley y sus disposiciones reglamentarias.

Artículo 177. Al momento en que el trabajador reciba crédito para vivienda, el saldo de la subcuenta del Fondo de la Vivienda de su cuenta individual se aplicará como pago inicial de alguno de los conceptos a que se refiere la fracción I del artículo 169 de esta ley.

Durante la vigencia del crédito concedido al trabajador, las aportaciones a que se refiere esta sección a su favor se aplicarán a reducir el saldo insoluto a cargo del propio trabajador.

Artículo 178. Las aportaciones al Fondo de la Vivienda previstas en esta ley, se deberán registrar en la subcuenta del Fondo de la vivienda.

El saldo de las subcuentas del Fondo de la Vivienda pagará intereses en función del remanente de operación del Fondo de la Vivienda. Los cuales no podrán ser inferiores al uno punto cinco veces la tasa de los Certificados de la Tesorería de la federación con vencimiento a veintiocho días. En caso de que desapareciera este indicador, se tomará el que lo sustituya;

Para tal efecto, la comisión ejecutiva procederá al cierre de cada ejercicio, a calcular los ingresos y egresos del Fondo de la Vivienda, de acuerdo con los criterios aplicables y ajustándose a sanas técnicas contables y a las disposiciones emitidas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para determinar el remanente de operación. Se considerará remanente de operación del Fondo de la Vivienda a las cantidades que existan al finalizar cada ejercicio fiscal una vez que se hayan constituido las reservas que con cargo al propio Fondo de la Vivienda deban constituirse, en razón de los estudios actuariales respectivos y las disposiciones de esta ley.

La comisión ejecutiva efectuará, a más tardar el quince de diciembre de cada año, una estimación del remanente de operación del Fondo de la Vivienda para el año inmediato siguiente a aquél al que corresponda. El cincuenta por ciento de la estimación citada se abonará como pago provisional de intereses a las subcuentas del Fondo de la Vivienda, en doce exhibiciones pagaderas el último día de cada mes. Una vez determinado por la comisión ejecutiva, el remanente de operación del Fondo de la Vivienda en los términos del párrafo anterior, se procederá en su caso, a efectuar el pago de intereses definitivo, lo que deberá hacerse a más tardar en el mes de marzo de cada año.

Una vez que la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda haya fijado tanto la estimación, como determinado el remanente de operación a que se refiere este artículo, deberá publicarlos en periódicos de amplia circulación en el país a más tardar el quinto día hábil siguiente al de la fijación de la estimación, así como al de la determinación del remanente citado.

La comisión ejecutiva deberá observar en todo momento una política financiera y de créditos, dirigida a lograr que los ahorros individuales de los trabajadores, conserven permanentemente por lo menos, su valor real de conformidad con la fórmula que al efecto determine.

Artículo 179. El trabajador tendrá el derecho de elegir la vivienda nueva o usada, a la que se aplique el importe del crédito que reciba con cargo al Fondo de la Vivienda.

Artículo 180. Los créditos a que se refiere esta sección se otorgarán y adjudicarán tomando en cuenta, entre otros factores, la oferta y demanda regional de vivienda, el número de miembros de la familia de los trabajadores, los saldos de la subcuenta del Fondo de la Vivienda del Trabajador de que se trate y el tiempo durante el cual se han efectuado aportaciones a la misma, si el trabajador es propietario o no de su vivienda, así como su sueldo o el ingreso conyugal si hay acuerdo de los interesados.

La junta directiva expedirá las reglas operativas conforme a las cuales se otorgarán los créditos a que se refiere el párrafo anterior.

Los trabajadores podrán recibir crédito del Fondo de la Vivienda por una sola vez.

Artículo 181. La junta directiva del instituto, mediante disposiciones de carácter general que al efecto expida, determinará:

I. Los montos máximos de los créditos que otorgue el Fondo de la Vivienda, en función de, entre otros factores, la capacidad de pago de los trabajadores, y
II. Los métodos para la asignación aleatoria en grupos de trabajadores que reúnan iguales condiciones de elegibilidad, con objeto de dar transparencia, equidad y suficiencia, al otorgamiento de créditos.

Artículo 182. Los créditos que se otorguen con cargo al Fondo de la Vivienda deberán darse por vencidos anticipadamente si los deudores, sin el consentimiento del instituto, enajenan las viviendas, gravan los inmuebles que garanticen el pago de los créditos concedidos o incurren en las causas de rescisión consignadas en los contratos respectivos.

El instituto en ningún caso podrá vender la cartera vencida, ni realizar ningún otro acto que implique la subrogación del crédito a favor de terceras personas, tanto públicas como privadas. En caso contrario, la venta o acto relativo será nulo de pleno derecho, y los funcionarios y demás personas involucradas serán sancionadas como autores del delito de fraude equiparado; además deberán cubrir al trabajador por concepto de daños y perjuicios un monto que en ningún caso podrá ser inferior, al valor comercial de la vivienda obtenida por el trabajador con el crédito otorgado por el instituto.

Artículo 183. Los créditos que se otorguen estarán cubiertos por un seguro para los casos de invalidez, incapacidad total permanente o de muerte, que libere al trabajador o pensionado o a sus respectivos beneficiarios, de las obligaciones derivadas de los mismos. El costo de este seguro quedará a cargo del Fondo de la Vivienda.

Los trabajadores o pensionados podrán manifestar expresamente y por escrito su voluntad ante el instituto a través del Fondo de la Vivienda en el acto del otorgamiento del crédito o posteriormente, para que en caso de muerte, la adjudicación del inmueble se haga a quien hayan designado como beneficiarios. Para que proceda el cambio de beneficiario, el trabajador o pensionado deberá solicitarlo igualmente por escrito acompañado de dos testigos ante el Fondo de la Vivienda; una vez presentada dicha solicitud, éste deberá comunicar al trabajador o pensionado su consentimiento y el registro de los nuevos beneficiarios en un plazo no mayor de cuarenta y cinco días calendario. En caso de controversia el instituto procederá exclusivamente a la liberación referida y se abstendrá de adjudicar el inmueble.

A falta de beneficiario designado, la adjudicación del inmueble deberá hacerse conforme al orden de prelación que establece la sección de pensión por causa de muerte del seguro de invalidez y vida.

El Fondo de la Vivienda solicitará al Registro Público de la Propiedad correspondiente, efectuar la inscripción de los inmuebles en favor de los beneficiarios, cancelando en consecuencia la que existiere a nombre del trabajador o pensionado con los gravámenes o limitaciones de dominio que hubieren.

Artículo 184. Cuando un trabajador hubiere recibido crédito del instituto, tendrá derecho a que éste le otorgue a partir de la fecha en que haya dejado de percibir ingresos salariales, prórrogas en los pagos de amortización que tenga que hacer por concepto de capital e intereses ordinarios. Para tal efecto, en el momento en que el instituto deje de recibir el pago del crédito respectivo operará de manera automática tal prórroga sin necesidad de previa solicitud de parte del trabajador, acto seguido el instituto deberá notificar al trabajador esta situación, si el trabajador informa que ha dejado de percibir ingresos salariales, se ratificará la prórroga, salvo que el trabajador decida continuar con la amortización de su crédito; si contrariamente el trabajador señala causas imputables al patrón el instituto actuará en consecuencia, y, procederá a dejar sin efectos la prórroga automática, por lo que en este segundo caso el tiempo invertido no se computará para efectos de la misma. La notificación y la respuesta del trabajador, a que se refiere este párrafo, deberán realizarse en plazos máximos de quince días hábiles.

Durante las prórrogas, no se causarán intereses en los pagos de amortización que tenga que hacer por concepto de capital e intereses.

Las prórrogas que se otorguen al trabajador de conformidad con el párrafo anterior, no podrán ser mayores de veinticuatro meses cada una, ni exceder en su conjunto más de cuarenta y ocho meses y terminarán anticipadamente cuando el trabajador vuelva a prestar servicios a alguna de las Dependencias o Entidades o ingrese a laborar bajo un régimen con el que el instituto tenga celebrado convenio de incorporación.

En el contrato de mutuo con interés y garantía hipotecaria que celebre el instituto con el trabajador acreditado, deberá informarse expresamente al trabajador sobre su derecho de prórroga y transcribirse en el mismo este artículo 184 de esta ley.

Para los efectos de este artículo, también se entenderá que un trabajador ha dejado de prestar servicios cuando transcurra un periodo mínimo de doce meses sin laborar en ninguna de las dependencias o entidades por suspensión temporal de los efectos del nombramiento o cese, a menos que exista litigio pendiente sobre la subsistencia de su designación o nombramiento .

Las dependencias y entidades a que se refiere esta ley seguirán haciendo los depósitos para el Fondo de la Vivienda, sobre los sueldos de los trabajadores que disfruten licencia por enfermedad en los términos del artículo 111 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del Apartado B del artículo 123 constitucional y 36 de la presente ley, así como de los que sufran suspensión temporal de los efectos de su nombramiento conforme a las fracciones I y II del artículo 45 de la citada Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, debiendo suspenderse dicho depósito a partir de la fecha en que cese la relación de trabajo.

La existencia del supuesto a que se refiere este artículo deberá comprobarse ante el instituto.

Artículo 185. En los casos de trabajadores que a la fecha de pensionarse presenten saldo insoluto en su crédito de vivienda se descontarán de su pensión los subsecuentes pagos al Fondo de la Vivienda.

Artículo 186. El saldo de los créditos otorgados a los trabajadores a que se refiere la fracción I del artículo 170, permanecerá fijo durante todo el plazo de su otorgamiento. La junta directiva del instituto por ningún motivo podrá determinar lo contrario, en general deberá respetar las disposiciones de esta ley sobre el otorgamiento de los créditos.

Asimismo, los créditos citados devengarán interés sobre el saldo fijo, a la tasa que determine la Junta Directiva de Administración del instituto. Dicha tasa no será menor del cuatro por ciento ni mayor al seis por ciento anual sobre saldos insolutos. Dicha tasa deberá permanecer fija durante todo el plazo de otorgamiento de los créditos.

Los créditos se otorgarán a un plazo no mayor de veinte años.

Artículo 187. Todos los inmuebles adquiridos o construidos por los trabajadores para su propia habitación con los recursos del Fondo de la Vivienda, quedarán exentos a partir de la fecha de su adquisición o construcción de todos los impuestos federales por el doble del crédito y hasta por la suma de diez veces el salario mínimo elevado al año, durante el término que el crédito permanezca insoluto.

Gozarán también de exención los convenios, contratos o actos en los que se hagan constar las correspondientes operaciones, los cuales tendrán el carácter de escritura pública para todos los efectos legales y se inscribirán en el Registro Público de la Propiedad respectivo, incluyendo la constitución del régimen de propiedad en condominio que haga constar el instituto en relación con los conjuntos que financie o adquiera, sin menoscabo de que el trabajador pueda acudir ante Notario Público de su elección en las operaciones en que sea parte. Los gastos que se causen por los referidos conceptos serán cubiertos por mitad entre el instituto y los trabajadores; para tal efecto la Junta Directiva tomando como base el arancel que establece los honorarios de los notarios, determinará el porcentaje de reducción de los mismos, sin que dicha reducción pueda ser inferior al cincuenta por ciento. Las exenciones quedarán insubsistentes si los inmuebles fueran enajenados por los trabajadores o destinados a otros fines.

El instituto gestionará los convenios correspondientes con los gobiernos de las Entidades Federativas y municipios, para que los trabajadores protegidos por esta ley gocen de las exenciones de impuestos que correspondan a la propiedad raíz, en los términos de este artículo.

Artículo 188. El instituto no podrá intervenir en la administración, operación o mantenimiento de conjuntos habitacionales, ni sufragar los gastos correspondientes a estos conceptos.

Artículo 189. Las aportaciones al Fondo de la Vivienda, así como los intereses de las subcuentas del Fondo de la Vivienda, estarán exentos de toda clase de impuestos.

Artículo 190. Las aportaciones al Fondo de la Vivienda, así como los descuentos para cubrir los créditos que otorgue el instituto, deberán ser transferidos a la cuenta que el Banco de México le lleve al instituto por lo que respecta al Fondo de la Vivienda. Dichos recursos deberán invertirse, en tanto se aplican a los créditos a favor de los trabajadores a que se refiere esta sección, en valores a cargo del Gobierno Federal, a través del Banco de México e Instrumentos de la Banca de Desarrollo.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá autorizar que los recursos del Fondo de la Vivienda se inviertan en valores diversos a los señalados, siempre que sean de alta calidad crediticia (se suprime el resto del artículo).

Sin perjuicio de lo anterior, el instituto, con cargo a dicha cuenta, podrá mantener en efectivo o en depósitos bancarios a la vista las cantidades estrictamente necesarias para la realización de sus operaciones diarias con respecto al Fondo de la Vivienda.

Artículo 191. El gobierno federal, por conducto de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, ejercerán el control y evaluación de la inversión de los recursos del Fondo de la Vivienda, vigilando que los mismos sean aplicados de acuerdo con lo que establece la presente ley.

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores estará facultada para supervisar las operaciones y la contabilidad del Fondo de la Vivienda, contando para ello con las mismas facultades de dicha comisión respecto de las instituciones de banca de desarrollo, incluida la de establecer reglas prudenciales a las que deberá sujetarse el Fondo de la Vivienda.

Artículo 192. Son obligaciones de las dependencias y entidades:

I. Inscribir a sus trabajadores y beneficiarios en el Fondo de la Vivienda, y
II. Efectuar las aportaciones al Fondo de la Vivienda y hacer los descuentos a sus trabajadores en su salario.

El pago de las aportaciones y descuentos señaladas en la fracción II de este artículo, será por bimestres vencidos, a más tardar el día diecisiete de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre de cada año conjuntamente con las Cuotas y Aportaciones al seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

Los servidores públicos de las dependencias o entidades responsables de enterar las aportaciones y descuentos, en caso de incumplimiento, serán sancionados en los términos de lo dispuesto en el Título Sexto de la presente ley.

Artículo 193. Los recursos de la subcuenta del Fondo de la Vivienda que no hubiesen sido aplicados para otorgar créditos a favor de los trabajadores de acuerdo a lo dispuesto en esta sección, se entregarán en una sola exhibición al trabajador, según proceda, en los términos de lo dispuesto por esta ley. Entrega que se deberá hacer a más tardar el segundo día hábil siguiente a que sea solicitado por el trabajador. De lo contrario el instituto deberá cubrir daños y perjuicios.

Sección III Régimen Financiero

Artículo 194. Las prestaciones relativas a préstamos personales se financiarán con el Fondo constituido al efecto en el instituto.

Artículo 195. El Fondo de la Vivienda se constituirá con una aportación de las dependencias o entidades del cinco por ciento del sueldo básico.

Capítulo X De los Servicios Sociales y Culturales Sección I Servicios Sociales

Artículo 196. El instituto atenderá de acuerdo con esta ley, a las necesidades básicas del trabajador y su familia a través de la prestación de servicios que contribuyan al apoyo asistencial, a la protección del poder adquisitivo de sus salarios, con orientación hacia patrones racionales y sanos de consumo.

Artículo 197. Para los efectos del artículo anterior, el instituto proporcionará a precios módicos los servicios sociales siguientes:

I. Programas y servicios de apoyo para la adquisición de productos básicos y de consumo para el hogar;
II. Servicios turísticos;
III. Servicios funerarios; y
IV. Los demás que acuerde la junta directiva.
Sección II Servicios Culturales

Artículo 198. El instituto proporcionará servicios culturales, mediante programas culturales, recreativos y deportivos que tiendan a cuidar y fortalecer la salud mental e integración familiar y social del trabajador, y su desarrollo futuro, contando con la cooperación y el apoyo de los trabajadores.

Artículo 199. Para los fines antes enunciados, el instituto ofrecerá los siguientes servicios:

I. Programas culturales;
II. Programas educativos y de capacitación;
III. De atención a jubilados, pensionados y discapacitados;
IV. Programas de fomento deportivo, y
V. Los demás que acuerde la junta directiva.
Sección III Régimen Financiero

Artículo 200. Los servicios sociales y culturales se financiarán en la forma siguiente:

I. A los trabajadores les corresponde una cuota de cero punto cinco por ciento del sueldo básico, y
II. A las dependencias y entidades les corresponde una aportación de cero punto cinco por ciento del sueldo básico.
Título Tercero Del Régimen Voluntario Capítulo I Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio

Artículo 201. El trabajador que deje de prestar sus servicios en alguna dependencia o entidad y no tenga la calidad de pensionado, podrá solicitar la continuación voluntaria en todos o alguno de los seguros del régimen obligatorio, con excepción del seguro de riesgos del trabajo y, al efecto, cubrirá íntegramente las cuotas y aportaciones que correspondan conforme a lo dispuesto por el régimen financiero de los seguros en que desee continuar voluntariamente. Las cuotas y aportaciones se ajustarán anualmente de acuerdo con los cambios relativos que sufra el sueldo integrado en la categoría que tenía el interesado en el puesto que hubiere ocupado en su último empleo.

Para el caso del seguro de salud se requerirá que el trabajador acredite haber laborado, cuando menos, dos años en alguna dependencia o entidad incorporada al instituto.

El pago de las cuotas y aportaciones se hará por bimestre o anualidades anticipados.

Artículo 202. La continuación voluntaria deberá solicitarse por escrito al instituto dentro de los dos años siguientes al de la baja del empleo.

Artículo 203. La continuación voluntaria terminará por:

I. Declaración expresa del interesado;
II. Dejar de pagar las cuotas y aportaciones en los plazos a que se refiere el artículo 201 de esta ley, y
III. Ingresar nuevamente al régimen obligatorio de esta ley.

Artículo 204. El registro de familiares derechohabientes y las demás reglas de los seguros contratados se ajustarán a las disposiciones aplicables previstas en esta ley.

Capítulo II Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio

Artículo 205. El instituto podrá celebrar convenios con los gobiernos de las entidades federativas o de los municipios y sus dependencias y entidades, a fin de que sus trabajadores y familiares derechohabientes reciban los seguros, prestaciones y servicios del régimen obligatorio de esta ley. La incorporación deberá ser total y, en ningún caso, el instituto podrá otorgar seguros, prestaciones o servicios que no estén previstos en el convenio correspondiente.

Las disposiciones a que deben sujetarse las dependencias y entidades previstas en la presente ley también serán aplicables a las respectivas dependencias y entidades de las entidades federativas y municipios, en lo que sea conducente y en términos de los convenios referidos en el párrafo anterior que, al efecto, se celebren.

Para la celebración de estos convenios de incorporación, las dependencias y entidades de carácter local antes mencionadas, deberán garantizar incondicionalmente el pago de las cuotas y aportaciones y la suficiencia presupuestal necesaria y autorizar al instituto a celebrar en cualquier momento las auditorías que sean necesarias para verificar dicha suficiencia presupuestal.

Asimismo, los convenios a que se refiere este artículo deberán sujetarse al texto que apruebe la junta directiva del instituto, el cual deberá contener el otorgamiento de la garantía incondicional de pago de las cuotas y aportaciones correspondientes, previéndose, en su caso, la afectación de sus participaciones y transferencias federales, en términos de las disposiciones federales y locales aplicables, para cubrir el adeudo, así como la forma en que se realizará la liquidación de los derechos de los trabajadores a la terminación del convenio.

En caso de que las participaciones federales afectadas no fueren suficientes para cubrir el adeudo, el instituto deberá requerir a las entidades federativas y municipios morosos y ejercer las vías legales procedentes para hacer efectivos los adeudos. En este caso, el instituto hará públicos los adeudos en el periódico de mayor circulación en la localidad y en un periódico de circulación nacional.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el ámbito de sus atribuciones, llevará a cabo, cuando así proceda, la afectación de las participaciones y transferencias federales en el supuesto a que se refiere el presente artículo. A efecto de lo anterior, los convenios de incorporación deberán contar con la previa opinión de dicha secretaría.

Artículo 206. Los convenios de incorporación deberán prever que los seguros, servicios y prestaciones que se proporcionen a los trabajadores incorporados al instituto por virtud del convenio sean iguales a los que se brindan a los trabajadores incorporados en términos de lo previsto en el artículo 1o. De esta ley.

A tal efecto, a los trabajadores incorporados les será aplicable el sueldo básico calculándose sus años de cotización a partir de la celebración del convenio, salvo en el caso previsto en el párrafo siguiente.

En los convenios de incorporación que incluyan reconocimiento de antigüedad deberán pagarse o garantizarse previamente las Reservas que resulten de los estudios actuariales para el puntual cumplimiento de los seguros, prestaciones y servicios que señala esta ley y realizarse las aportaciones necesarias a las cuentas individuales de los trabajadores incorporados para que su saldo sea equivalente a la antigüedad que se les pretenda reconocer.

Igualmente, en los casos de sustitución de régimen de seguridad social, las reservas constituidas deberán transferirse en favor del instituto en la forma y términos en que se convenga.

Los gobiernos de las entidades federativas, los municipios, sus dependencias y entidades, así como sus trabajadores que se incorporen voluntariamente al régimen de esta ley, cubrirán las cuotas y aportaciones para los seguros, prestaciones y servicios que resulten de los estudios actuariales correspondientes que para cada caso realice el instituto, que en ningún caso podrán ser menores a las que se prevén en esta ley para los respectivos seguros.

En los convenios de incorporación se deberá garantizar que las dependencias y entidades incorporadas cuenten con la infraestructura tecnológica necesaria para la administración y el intercambio automatizado de la información que le requiera el instituto.

El incumplimiento a lo dispuesto en el presente artículo será causa de responsabilidad en los términos de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Capítulo III Disposiciones Especiales

Artículo 207. El instituto se reserva el derecho de contratar los seguros, prestaciones y servicios a que se refiere el presente título, así como de dar por terminada la vigencia de los mismos anticipadamente, en caso de que existan causas o motivos suficientes a juicio del instituto que pongan en peligro la adecuada y eficiente prestación de los servicios, el equilibrio financiero del propio instituto o la preservación de los seguros, prestaciones y servicios del régimen obligatorio.

Igual disposición se observará en lo relativo a las incorporaciones señaladas en las fracciones VII y VIII, del artículo 1o. De esta ley.

Para la terminación anticipada de algún convenio de incorporación voluntaria o respecto del régimen de continuación voluntaria de algún trabajador, bastará una resolución de la junta directiva y la notificación de dicha resolución a la dependencia o entidad, o en su caso, a los interesados de que se trate, con un plazo mínimo de ciento ochenta días anteriores a la terminación.

Título Cuarto De las Funciones y Organización del Instituto Capítulo I Funciones

Artículo 208. El instituto tendrá personalidad jurídica para celebrar toda clase de actos y contratos, así como para defender sus derechos ante los tribunales o fuera de ellos, y para ejercitar las acciones judiciales o gestiones extrajudiciales que le competen. Para desistirse de las acciones intentadas o de los recursos interpuestos, así como para dejar de interponer los que las leyes le concedan, cuando se trate de asuntos que afecten al erario federal, se deberán afectar los gastos de administración del instituto por la cantidad correspondiente según conste en acuerdo expreso de la junta directiva del instituto.

Artículo 209. El instituto tendrá las siguientes funciones:

I. Cumplir con los programas aprobados para otorgar los seguros, prestaciones y servicios a su cargo;
II. Emitir las resoluciones que reconozcan el derecho a las pensiones;
III. Determinar, vigilar, recaudar y cobrar el importe de las cuotas y aportaciones, así como los demás recursos del instituto, incluidas las cuotas y aportaciones de los seguros de retiro, jubilación, retiro por edad y tiempo de servicios y cesantía en edad avanzada;
III Bis. Administrar las cuentas individuales de los trabajadores, invertir los recursos de las mismas y cargar a éstas las comisiones autorizadas por la ley, y
IV. Invertir los fondos de las reservas de acuerdo con las disposiciones de esta ley;
V. Adquirir o enajenar los bienes muebles e inmuebles necesarios para la realización de sus fines;
VI. Establecer la estructura y funcionamiento de sus unidades administrativas conforme a su presupuesto aprobado y el estatuto orgánico que al efecto emita la Junta directiva;
VII. Administrar los seguros, prestaciones y servicios previstos en esta ley;
VIII. Difundir conocimientos y prácticas de previsión social;
IX. Expedir los manuales para la debida prestación de los servicios y de organización interna;
X. Realizar toda clase de actos jurídicos y celebrar los contratos que requieran los seguros, prestaciones y servicios previstos en esta ley, y
XI. Las demás funciones que le confieran esta ley y sus reglamentos.

El financiamiento de los gastos generales de administración del instituto que no estén estrictamente relacionados con la prestación de algún seguro, prestación o servicio no deberá rebasar del equivalente a la cantidad que resultaría de la aplicación de una aportación de uno punto cinco por ciento del sueldo integrado al total de los trabajadores.

Capítulo II Órganos de Gobierno

Artículo 210. Los órganos de gobierno del instituto serán:

I. La junta directiva;
II. El director general;
III. La Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda;
IV. La Comisión de Vigilancia.

Artículo 211. La Junta directiva se compondrá de treinta y cuatro miembros como a continuación se indica:

I. El director general del instituto, el cual presidirá la junta directiva;
II. El titular y dos subsecretarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como el titular de las Secretarías de Salud, de Desarrollo Social, del Trabajo y Previsión Social, de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de la Función Pública y el director general del IMSS, y
III. Nueve representantes de las organizaciones de trabajadores.
IV . Veinticinco representantes de la Asamblea Nacional de Derechohabientes, conformada por dos delegados de cada una de las entidades federativas; y éstas a su vez por un delegado de cada una de las asambleas por municipio que las constituyen.
V. Tres especialistas en materia laboral y seguridad social designados por las instituciones de educación pública superior.

Por cada miembro de la junta directiva, se nombrará un suplente que actuará en caso de faltas temporales del propietario, debiendo tratarse de un funcionario con el rango inmediato inferior al del miembro propietario.

Artículo 212. Los miembros de la junta directiva no podrán ser al mismo tiempo servidores públicos de confianza del instituto, salvo el director general.

Artículo 213. Los miembros de la junta directiva durarán en sus cargos por todo el tiempo que subsista su designación. Sus nombramientos podrán ser revocados libremente por quienes los hayan designado.

Artículo 214. Para ser miembro de la junta directiva se requiere:

I. Ser ciudadano mexicano y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos, y
II. Ser de reconocida competencia y honorabilidad.

Artículo 215. Corresponde a la junta directiva:

I. Autorizar los planes y programas que sean presentados por la Dirección General para las operaciones y servicios del instituto;
II. Determinar la comisión máxima por manejo de las cuentas individuales.
III. Examinar para su aprobación y modificación, el programa institucional y los programas operativos anuales de acuerdo con lo establecido en la Ley de Planeación, así como los estados financieros del instituto;
IV. Examinar y aprobar anualmente el presupuesto de gastos de administración, operación y vigilancia del instituto;
V. Aprobar las políticas de inversión del instituto, a propuesta del comité de inversiones, excepto tratándose del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, y el programa anual de reservas actuariales y financieras que deban constituirse para asegurar el otorgamiento de los seguros, prestaciones y servicios que determina esta ley, así como el cumplimiento de sus fines;
VI. Conocer y aprobar en su caso, en el primer bimestre del año, el informe del estado que guarde la administración del instituto;
VII. Aprobar el estatuto orgánico y los reglamentos necesarios para la operación del instituto propuestos por el director general;
VIII. Establecer o suprimir delegaciones del instituto en las entidades federativas;
IX. Autorizar al director general a celebrar convenios con los gobiernos de las entidades federativas o de los municipios o sus dependencias o entidades, a fin de que sus trabajadores y familiares derechohabientes aprovechen los seguros, prestaciones y servicios que comprende el régimen de esta ley;
X. Dictar los acuerdos y resoluciones a que se refiere el artículo 219 de esta ley;
XI. Dictar los acuerdos que resulten necesarios para otorgar los beneficios previstos en los seguros, prestaciones y servicios establecidos en esta ley;
XII. Constituir a propuesta del director general, un consejo asesor científico y médico;
XIII. Nombrar y remover al personal de confianza del primer nivel del instituto, a propuesta del director general, sin perjuicio de las facultades que al efecto le delegue;
XIII. Conferir poderes generales o especiales, de acuerdo con el director general;
XIV. Otorgar premios, estímulos y recompensas a los servidores públicos del instituto, de conformidad con lo que establece la ley de la materia;
XV. Proponer al Ejecutivo federal los proyectos de reformas a esta ley;
XVI. En relación con el Fondo de la Vivienda:
a) Examinar y, en su caso, aprobar el presupuesto de ingresos y egresos, así como los programas de labores y de financiamiento del Fondo de la Vivienda para el siguiente año;
b) Examinar y, en su caso, aprobar, en el primer bimestre del año, el informe de actividades de la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda y, dentro de los cuatro primeros meses del año, los estados financieros que resulten de la operación en el último ejercicio;
c) Establecer las reglas para el otorgamiento de créditos;
d) Examinar y, en su caso, aprobar anualmente el presupuesto de gastos de administración, operación y vigilancia del Fondo de la Vivienda, los que no deberán exceder del cero punto setenta y cinco por ciento de los recursos totales que maneje;
e) Aprobar los programas de inversión y de reservas que deben constituirse para asegurar la operación del Fondo de la Vivienda y el cumplimiento de los demás fines y obligaciones del mismo;
f) Respecto a la inversión de los fondos de las cuentas individuales deberá, mediante disposiciones de carácter general, fijar el régimen de inversión a que se sujetará el Banco de México en su atribución de invertir los recursos de estas cuentas, conforme a lo previsto en el artículo 76 C de esta ley.
g) Vigilar que los créditos y los financiamientos que se otorguen se destinen a los fines para los que fueron programados, y
h) Las demás funciones necesarias para el cumplimiento de los fines del Fondo de la Vivienda;
XVII. Aprobar la estrategia de inversión de los recursos de los trabajadores y el programa de reservas que deben constituirse para asegurar la operación de las cuentas individuales;
XVIII. Aprobar mecanismos de contribución solidaria entre el instituto y sus derechohabientes;
XIX. Presentar al Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y al Congreso de la Unión, a más tardar el 30 de junio de cada año, un informe dictaminado por auditor externo, que incluya, al menos, los siguientes elementos:
a) La situación financiera de cada uno de los seguros ofrecidos por el instituto, y actuarial de sus reservas, aportando elementos de juicio para evaluar si las primas correspondientes son suficientes para cubrir los gastos actuales y futuros de los beneficios derivados de cada seguro;
b) Los posibles riesgos, contingencias y pasivos que se están tomando en cada seguro y la capacidad financiera del instituto para responder a ellos en función de sus ingresos y las reservas disponibles;
c) Estimaciones sobre las posibles modificaciones a las Cuotas y Aportaciones de cada seguro, en su caso, que se puedan prever, para mantener la viabilidad financiera del instituto, y de las fechas estimadas en que dichas modificaciones puedan ser requeridas, y
d) La situación de sus pasivos laborales totales y de cualquier otra índole que comprometan su gasto por más de un ejercicio fiscal.
Para los propósitos anteriores la junta directiva informará sobre las tendencias demográficas de sus derechohabientes, incluyendo modificaciones en la esperanza de vida; tendencias en la transición epidemiológica, y cambios en la composición de género de la fuerza laboral, entre otros factores. La estimación de riesgos, a su vez, considerará factores derivados del ciclo económico, de la evolución del costo de los tratamientos y medicamentos, los costos laborales, de la situación macroeconómica, así como cualquier otro factor que afecte la capacidad del instituto para cumplir con sus compromisos. En todos los casos, la estimación sobre riesgos y pasivos laborales y de cualquier otro tipo, se formulará con estricto apego a los principios de contabilidad generalmente aceptados por la profesión contable organizada en México.
El informe, asimismo, deberá contener información sobre el estado que guardan las instalaciones y equipos del instituto, particularmente los dedicados a la atención médica, para poder atender de forma satisfactoria a sus derechohabientes, y
XX. En general, realizar todos aquellos actos y operaciones autorizados por esta Ley y los que fuesen necesarios para la mejor administración y gobierno del instituto.

Artículo 216. La junta directiva sesionará una vez cada semana , pudiendo además celebrar las sesiones extraordinarias que se requieran.

Para la validez de las sesiones de la junta directiva se requerirá la asistencia de por lo menos dieciocho de sus miembros, cinco de los cuales deberán ser representantes del Estado.

Artículo 217. La junta directiva será auxiliada por un secretario, por el Comité de Inversiones y por los demás comités técnicos de apoyo que apruebe la propia Junta, cuyas funciones serán determinadas por la normatividad correspondiente.

Artículo 218. Los acuerdos de la junta directiva se tomarán por mayoría de votos de los miembros presentes. En caso de empate, el presidente tendrá voto de calidad.

Artículo 219. A falta del presidente de la junta, las sesiones serán presididas por uno de los representantes del Estado que se elija entre los presentes.

Artículo 220. Las resoluciones de la junta directiva que afecten intereses particulares, podrán recurrirse ante la misma dentro de los treinta días siguientes.

Artículo 221. El director general representará legalmente al instituto y tendrá las obligaciones y facultades siguientes:

I. Ejecutar los acuerdos de la junta directiva del instituto y representar a éste en todos los actos que requieran su intervención;
II. Convocar a sesiones a los miembros de la junta directiva;
III. Someter a aprobación de la junta directiva:
a) El programa institucional;
b) El programa de administración y constitución de reservas;
c) El programa operativo anual de acuerdo con lo establecido en la Ley de Planeación;
d) El programa anual de préstamos;
e) Los estados financieros del instituto, y
F) El informe financiero y actuarial;
IV. Presentar a la junta directiva un informe anual del estado que guarde la administración del instituto;
V. Someter a la junta directiva los proyectos de estatuto orgánico y reglamentos previstos en esta ley;
VI. Expedir los manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público así como las disposiciones y lineamientos normativos distintos a los reglamentos expedidos por el titular del Ejecutivo federal, necesarios para la operación del instituto;
VII. Proponer a la junta directiva el nombramiento y, en su caso, la remoción de los servidores públicos de primer nivel del instituto y nombrar a los trabajadores de base y de confianza de los siguientes niveles, sin perjuicio de la delegación de facultades para este efecto;
VIII. Resolver, bajo su inmediata y directa responsabilidad, los asuntos urgentes a reserva de informar a la junta directiva sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos;
IX. Formular el calendario oficial de actividades del instituto y conceder licencias al personal, vigilar sus labores e imponer las correcciones disciplinarias procedentes conforme a las condiciones generales de trabajo, sin perjuicio de la delegación de facultades;
X. Presidir las sesiones del Comité de Control y Auditoría;
XI. Firmar las escrituras públicas y títulos de crédito en que el instituto intervenga, representar al instituto en toda gestión judicial, extrajudicial y administrativa, y llevar la firma del instituto, sin perjuicio de poder delegar dichas facultades;
XII. Informar bimestralmente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre el incumplimiento en el pago de cuotas y aportaciones;
XIII. Hacer pública, la información del incumplimiento de cuotas y aportaciones;
XIV. Ejercitar y desistirse de las acciones legales;
XV. Formular los programas institucionales de corto, mediano y largo plazo, así como los presupuestos del instituto y presentarlos para su aprobación a la junta directiva;
XVI. Establecer los mecanismos de evaluación de desempeño del instituto;
XVII. Establecer las medidas que aseguren la solidez financiera a largo plazo del instituto;
XVIII. Presidir las sesiones de la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda, facultad que podrá ser delegada en el vocal ejecutivo respectivo;
XIX. Proponer a la junta directiva el nombramiento de los vocales ejecutivos del Fondo de la Vivienda, y
XX. Las demás que le fijen las leyes o los reglamentos y aquellas que expresamente le asigne la junta directiva.

Artículo 222. El director general deberá llenar los requisitos previstos en el artículo 21 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales. Adicionalmente deberá haberse destacado en las materias laboral y de la seguridad social.

Artículo 223. El director general será auxiliado por los servidores públicos de confianza que al efecto señale el estatuto orgánico.

El instituto sólo deberá contratar al personal de confianza que sea estrictamente indispensable, y los pagos totales a este personal no deberán rebasar el veinticinco por ciento de lo gastado en las relaciones de trabajo de los trabajadores sindicalizados.

Artículo 224. El director general del instituto no deberá tener un ingreso bruto mensual superior a mil quinientos cuarenta y nueve salarios mínimos generales del Distrito Federal incluidos el salario base, compensaciones, ayuda para autos o cualquier otra prestación en dinero, especie o servicios personales.

El resto de funcionarios y demás trabajadores del instituto no deberán tener un ingreso bruto superior a mil salarios mínimos generales del Distrito Federal en los términos precisados en el párrafo anterior.

Artículo 225. La Comisión de Vigilancia se compondrá de diecinueve miembros, con voz y voto, como a continuación se indica:

I. Dos representantes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
II. Dos representantes de la Secretaría de la Función Pública;
III. Un representante de la Secretaría de Salud;
IV. Un representante del instituto, designado por el director general que actuará como secretario técnico;
V. Cinco representantes designados por las organizaciones de Trabajadores;
VI. Dieciséis representantes de la Asamblea Nacional de Derechohabientes del Instituto; y
V. Tres especialistas en materia de auditoría y actuaría designados por las instituciones públicas de educación superior.

La junta directiva cada doce meses designará de entre los miembros de la Comisión de Vigilancia , a quien deba presidirla. La presidencia será rotativa; en caso de inasistencia del presidente y su suplente, el secretario técnico presidirá la sesión de trabajo.

Por cada miembro de la Comisión de Vigilancia, se nombrará un suplente que actuará en caso de faltas temporales del titular debiendo tratarse de un funcionario con el rango inmediato inferior al del miembro propietario.

Artículo 226. La Comisión de Vigilancia se reunirá en sesión cuantas veces sea convocada por su presidente o a petición de dos de sus miembros.

La Comisión de Vigilancia presentará un informe anual a la junta directiva sobre el ejercicio de sus atribuciones. Los integrantes de la Comisión de Vigilancia podrán solicitar concurrir a las reuniones de la junta directiva, para tratar asuntos urgentes relacionados con las atribuciones de la comisión.

Artículo 227. La Comisión de Vigilancia tendrá las siguientes atribuciones:

I. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias aplicables al instituto;
II. Verificar que las inversiones y los recursos del instituto se destinen a los fines previstos en los presupuestos y programas aprobados;
III. Disponer la práctica de auditorías en todos los casos en que lo estime necesario, pudiendo auxiliarse con las áreas afines del propio instituto;
IV. Proponer a la junta directiva o al director general, según sus respectivas atribuciones, las medidas que juzgue apropiadas para alcanzar mayor eficacia en la administración de los seguros, prestaciones y servicios;
V. Examinar los estados financieros y la valuación financiera y actuarial del instituto, verificando la suficiencia de las cuotas y aportaciones y el cumplimiento de los programas anuales de constitución de reservas;
VI. Analizar la información relativa al entero de cuotas y aportaciones;
VII. Designar a los auditores externos que auxilien a la comisión en las actividades que así lo requieran;
VIII. Conformar, a través de la Secretaría Técnica, los grupos de trabajo que estime necesarios, para el cumplimiento de las fracciones I, II y III del presente artículo, y
IX. Las que le fijen el estatuto orgánico del instituto y las demás disposiciones legales aplicables.

Artículo 228. El Ejecutivo federal establecerá las bases para determinar las organizaciones de trabajadores que deberán intervenir en la designación de los miembros de los órganos de gobierno del instituto.

Capítulo III Comité de Inversiones

Artículo 229. El instituto deberá constituir un Comité de Inversiones que se compondrá por cinco miembros, de los cuales cuando menos dos serán personas independientes con experiencia mínima de cinco años en la materia designados por las instituciones públicas de educación pública superior . Los otros tres miembros del comité, serán designados respectivamente por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por el Banco de México y por el propio instituto, correspondiendo a este último presidirlo.

Artículo 230. El Comité de Inversiones tendrá a su cargo analizar y hacer recomendaciones respecto de la inversión de los fondos de las reservas que constituya el instituto de conformidad con las disposiciones de la presente ley.

Capítulo IV Patrimonio

Artículo 231. El patrimonio del instituto lo constituirán:

I. Sus propiedades, posesiones, derechos y obligaciones;
II. Las cuotas, aportaciones y cuota social al seguro de salud que se enteren en los términos de esta ley, a excepción de las del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez y al Fondo de la Vivienda, que junto con los intereses y rendimientos que generen, son patrimonio de los trabajadores, lo que les da derecho a participar en su administración y toma de decisiones por medio de la Asamblea Nacional de Derechohabientes .
La Asamblea Nacional de Derechohabientes se constituirá con todos los trabajadores, pensionados y familiares derechohabientes, contará con el apoyo y trabajará en coordinación con el del instituto. Pero tal asamblea gozará de plena autonomía frente al instituto;
III. Las comisiones y rendimientos reales recibidas en su carácter de administrador de las cuentas individuales, y
IV. El importe de los créditos e intereses a favor del instituto, con excepción de los afectos al Fondo de la Vivienda;
V. Los intereses, rentas, plusvalías y demás utilidades que se obtengan de las inversiones que conforme a esta ley haga el instituto;
VI. El importe de las indemnizaciones, pensiones caídas e intereses que prescriban en favor del instituto;
VII. El producto de las sanciones pecuniarias derivadas de la aplicación de esta ley;
VIII. Las donaciones, herencias y legados a favor del instituto;
IX. Los bienes muebles e inmuebles que las dependencias o entidades destinen y entreguen para los servicios y prestaciones que establece la presente ley, así como aquéllos que adquiera el instituto y que puedan ser destinados a los mismos fines, y
X. Cualquiera otra percepción respecto de la cual el instituto resulte beneficiario.

Artículo 232. Los bienes muebles e inmuebles que pertenezcan al instituto gozarán de las franquicias, prerrogativas y privilegios que sean concedidos a los fondos y bienes de la federación.

Dichos bienes, así como los actos y contratos que celebre el instituto estarán exentos de toda clase de impuestos y derechos, y aquellos en los que intervenga en materia de vivienda no requerirán de intervención notarial, sin menoscabo de que el Trabajador pueda acudir ante notario público de su elección en las operaciones en que sea parte.

El instituto se considerará de acreditada solvencia y no estará obligado a constituir depósitos o fianza legal de ninguna clase. Salvo en caso de los préstamos sobre los recursos de los trabajadores en los términos del artículo 78 de esta ley.

Artículo 233. Los remanentes, excedentes o utilidades de operación, así como los ingresos diversos que generen o hayan generado el instituto, o sus órganos de operación administrativa desconcentrada, deberán incrementar las reservas de operación para contingencias y financiamiento en los términos que determine la junta directiva.

Si llegare a ocurrir en cualquier tiempo que los recursos del instituto no bastaren para cumplir con las obligaciones a su cargo establecidas por la ley, el déficit que hubiese, será cubierto por el gobierno federal y los gobiernos o dependencias y entidades de las entidades federativas o municipales que coticen al régimen de esta ley en la proporción que a cada uno corresponda.

En caso de que el informe financiero y actuarial que anualmente se presente a la junta directiva, arroje como resultado que las cuotas y aportaciones son insuficientes para cumplir con las obligaciones de uno o varios de los seguros y servicios a cargo del instituto, el director general deberá hacerlo del conocimiento del titular del Ejecutivo federal, del Congreso de la Unión y del público en general.

Capítulo V Reservas e Inversiones Sección I Generalidades

Artículo 234. El instituto, para garantizar el debido y oportuno cumplimiento de las obligaciones que contraiga, derivadas del pago de beneficios y la prestación de servicios y seguros que se establecen en esta ley, deberá constituir y contabilizar por cada seguro y para el rubro de servicios, la provisión y el respaldo financiero de las Reservas que se establecen en este Capítulo, en los términos que el mismo indica.

La diferencia del importe de las cuotas y demás ingresos de cada uno de los seguros, por un lado, y el pago de prestaciones, demás egresos de los mismos, así como las necesidades de inversión mínima en infraestructura médica y para la operación de esta infraestructura ya construida, se aplicará a incrementar la reserva respectiva.

Las reservas formarán parte del pasivo del instituto y sólo se podrá disponer de ellas para cumplir los fines previstos en esta ley y garantizar su viabilidad financiera en el largo plazo. El incumplimiento a lo dispuesto por el presente artículo será causa de responsabilidad en los términos de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Artículo 235. En caso de que se determine realizar incrementos en las reservas financieras y actuariales o en la reserva general financiera y actuarial, estos incrementos deberán registrarse en las provisiones de pasivo, afectarse el gasto devengado y de flujo de efectivo y efectuarse las aportaciones a las reservas que las respalden. Las aportaciones para su incremento o reconstitución deberán hacerse trimestral o anualmente, según corresponda, y establecerse en definitiva al cierre de cada ejercicio.

Artículo 236. El instituto constituirá las siguientes Reservas:

I. Reserva de operación;
II. Reserva de operación para contingencias y financiamiento;
III. Reservas financieras y actuariales, y
IV. Reservas general financiera y actuarial.

Los recursos afectos a las reservas señaladas quedan fuera de las disposiciones de anualidad presupuestal, por lo que podrán financiar obligaciones y contingencias más allá de un solo ejercicio fiscal. Del manejo multianual que haga el instituto de estos fondos deberá informarse a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a más tardar el día veintiocho de febrero del año siguiente.

Sección II De las Reservas de los Seguros

Artículo 237. Se establecerá una reserva de operación, que financie las operaciones e inversiones presupuestadas para cada ejercicio en todos los seguros y servicios.

La reserva de operación recibirá la totalidad de los ingresos por cuotas, aportaciones y cuota social del seguro de salud, que corresponda administrar al instituto, así como la transferencia del gobierno federal para cubrir las cuotas y aportaciones que éste debe de enterar. Sólo se podrá disponer de esta reserva para hacer frente al pago de seguros, servicios, prestaciones, gastos administrativos y de inversión, y para la constitución de las reservas de operación para contingencias y financiamiento, financieras y actuariales y general financiera y actuarial.

Al cierre del ejercicio fiscal esta reserva no deberá registrar ningún saldo.

Artículo 238. En el caso del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, del Fondo de la Vivienda y del Fondo de Préstamos Personales, se estará a lo dispuesto en los capítulos correspondientes de esta ley.

Artículo 239. Las reservas financieras y actuariales se constituirán por cada uno de los seguros, excepto el de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez y la subcuenta del Fondo de la Vivienda, y por cada una de las coberturas, a través de una aportación trimestral calculada sobre los ingresos de los mismos, que consideren las estimaciones de sustentabilidad financiera de largo plazo contenidas en el informe financiero y actuarial que se presente anualmente a la junta directiva. Cada una de esas reservas podrá ser dividida y manejada conforme a la naturaleza de los riesgos que afecten a cada seguro y coberturas. Esta separación buscará el mejor equilibrio entre las fuentes y características del riesgo y los recursos necesarios para su financiamiento.

Artículo 240. La reserva general financiera y actuarial deberá constituirse, incrementarse o reconstituirse a través de una aportación anual a estimarse en el informe financiero y actuarial que se presente anualmente a la junta directiva, para enfrentar efectos catastróficos o variaciones de carácter financiero de significación en los ingresos o incrementos drásticos en los egresos derivados de problemas epidemiológicos o económicos severos y de larga duración que provoquen insuficiencia de cualquiera de las reservas financieras y actuariales.

Artículo 241. El instituto deberá constituir la reserva de operación para contingencias y financiamiento a que se refiere este capítulo separándola en tres renglones, previsión, catastrófica y especiales:

I. El renglón de previsión podrá ser utilizado para financiar gastos de inversión física cuando condiciones económicas desfavorables dificulten el avance planeado en los proyectos de inversión física;
II. El renglón de catastrófica podrá ser utilizado para enfrentar los gastos de cualquier tipo para enfrentar desastres naturales o causas de fuerza mayor que por su naturaleza no hayan sido aseguradas, y
III. El renglón de especiales podrá utilizarse para enfrentar casos especiales previstos al momento de su constitución.

Para el uso de estos recursos deberá contarse con la aprobación de la junta directiva del instituto y deberá darse aviso a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público antes de su aplicación, la cual tendrá diez días hábiles para suspender el uso de estos recursos si a su juicio no existen las condiciones requeridas.

Artículo 242. La reserva de operación para contingencias y financiamiento se constituirá, incrementará o reconstituirá trimestralmente hasta alcanzar un monto equivalente a sesenta días naturales del ingreso total del instituto en el año anterior, excluyendo los recursos correspondientes al seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez y al Fondo de la Vivienda.

Además de los ingresos ordinarios por cuotas y aportaciones, a la reserva de operación para contingencias y financiamiento podrán afectarse los recursos que de manera extraordinaria obtenga el instituto. La junta directiva dictará, en su caso, el acuerdo respectivo, mismo que, automáticamente, modificará el programa anual de administración y constitución de reservas.

El instituto, previa autorización de la junta directiva, podrá disponer de los recursos afectos a la reserva de operación para contingencias y financiamiento, para sufragar la contingencia hasta por un monto equivalente a noventa días de ingreso promedio del año anterior del seguro o servicio que requiera el financiamiento.

Para ejercer los recursos de la reserva de operación para contingencias y financiamiento, se entenderá por contingencia en algún seguro o servicio, algún hecho que hubiese sido imposible programar y presupuestar con oportunidad, que presione el gasto del instituto por única vez dentro de un ejercicio fiscal y que, de no enfrentarse, ponga en riesgo el cumplimiento de las obligaciones legales del instituto.

Cuando se presente alguna de estas situaciones, el director general deberá hacerlo del conocimiento del titular del Ejecutivo federal y del Congreso de la Unión.

Los recursos destinados a financiar contingencias se deberán reintegrar con los correspondientes intereses, en los términos del reglamento respectivo, en un plazo no mayor a tres años.

Artículo 243. Las reservas financieras y actuariales y la reserva general financiera y actuarial, se constituirán en la forma, términos y plazos que se establezcan por la junta directiva, conforme al reglamento correspondiente, considerando el informe que el instituto le envíe.

Artículo 244. El instituto podrá disponer de las Reservas financieras y actuariales de cada seguro y cobertura sólo para cubrir las necesidades que correspondan a cada uno de ellos, previo acuerdo de la junta directiva a propuesta del director general, y sólo para enfrentar caídas en los ingresos o incrementos en los egresos derivados de problemas económicos de duración mayor a un año, así como para enfrentar fluctuaciones en la siniestralidad mayores a las estimadas en el estudio actuarial que se presente anualmente a la junta directiva o para el pago de beneficios futuros para los que se hubiera efectuado la provisión correspondiente.

Sección III Del Programa Anual de Administración y Constitución de Reservas

Artículo 245. A propuesta del director general, con base en el proyecto de presupuesto para el siguiente ejercicio y en los estudios financieros y actuariales que se presenten cada año a la junta directiva, ésta deberá aprobar anualmente en forma previa al inicio del ejercicio fiscal un programa anual de administración y constitución de reservas, conforme al reglamento correspondiente, el cual confirmará o adecuará en lo conducente, una vez que se conozca el presupuesto de gastos definitivo del instituto. Este programa contendrá como mínimo los siguientes elementos:

I. Un informe sobre la totalidad de los recursos financieros en poder del instituto, separándolos por tipo de reservas conforme a esta ley;
II. Proyecciones de ingresos y egresos totales en efectivo, y de la reserva de operación para el siguiente ejercicio fiscal;
III. Los montos trimestrales y anuales que se dedicarán a incrementar o reconstituir cada una de las reservas en el siguiente ejercicio fiscal; proyección de las tasas de interés que generarán dichas reservas y montos esperados de las mismas al final del ejercicio, y
IV. Los recursos anuales que en forma trimestral prevea afectar a la reserva de operación para el siguiente ejercicio fiscal.

La junta directiva, a propuesta del director general, podrá modificar en cualquier momento la asignación de recursos contenida en el programa de administración y constitución de reservas, con excepción de los montos de incremento de las reservas financieras y actuariales y de la reserva general financiera y actuarial comprometidos, cuando los flujos de ingresos y gastos a lo largo del ejercicio así lo requieran. La propuesta del director general deberá describir el impacto que esa modificación tendrá en el mediano y largo plazo.

Sección IV De la Inversión de las Reservas y de su Uso para la Operación

Artículo 246. El instituto deberá contar con una unidad administrativa que de manera especializada, se encargará de la inversión de los recursos del instituto y los mecanismos que deberá utilizar para ello, conforme al reglamento correspondiente, bajo criterios de prudencia, seguridad, rendimiento, liquidez, diversificación de riesgo, transparencia y respeto a las sanas prácticas y usos del medio financiero nacional, procurando una revelación plena de información.

Dicha unidad administrativa deberá contar con una infraestructura profesional y operativa que permita un proceso flexible, transparente y eficiente.

Artículo 247. La reserva de operación y la reserva de operación para contingencias y financiamiento, deberán invertirse en valores emitidos o garantizados por el gobierno federal; o en su caso, oyendo previamente la opinión del Comité de Inversiones, en valores de alta calidad crediticia o en otros instrumentos financieros.

Artículo 248. Las inversiones de las reservas financieras y actuariales y la reserva general financiera y actuarial, previstas en este capítulo, sólo podrán invertirse en los valores, títulos de crédito y otros derechos, que se determinen por la junta directiva, oyendo previamente la opinión del Comité de Inversiones, conforme al reglamento correspondiente.

Los intereses o rendimientos que genere cada Reserva deberán aplicarse exclusivamente a la reserva que les dé origen.

Sección V De la Contabilidad

Artículo 249. Los ingresos y gastos de cada seguro, prestación y servicio, así como de las reservas, se registrarán contablemente por separado. Los gastos comunes se sujetarán a las reglas de carácter general para distribución de costos, al catálogo de cuentas y al manual de contabilización y del ejercicio del gasto que al efecto autorice la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

El catálogo de cuentas y el manual de contabilización y del ejercicio del gasto deberán tomar como base los equivalentes que al efecto se establezcan por las autoridades competentes para las entidades de la administración pública federal adecuándolos, para efecto de rendición de cuentas, a las características y necesidades de una institución que cumple una función social.

Título Quinto De la Prescripción

Artículo 250. El derecho a la pensión es imprescriptible. Las pensiones caídas y cualquier prestación en dinero a cargo del instituto que no se reclame dentro de los diez años siguientes a la fecha en que hubieren sido exigibles, prescribirán a favor del instituto.

Artículo 251. Los créditos respecto de los cuales el instituto tenga el carácter de acreedor, cualquiera que sea su especie, prescribirán en diez años, a partir de la fecha en que el propio instituto pueda, conforme a la ley, ejercitar sus derechos.

Artículo 252. Las obligaciones que en favor del instituto señala la presente ley, prescribirán en el plazo de diez años contados a partir de la fecha en que sean exigibles. La prescripción se interrumpirá por cualquier gestión de cobro.

Artículo 253. El derecho del trabajador y, en su caso, de los beneficiarios, a recibir los recursos de su Cuenta Individual del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez en los términos de la presente ley, es imprescriptible .

Título Sexto De las Responsabilidades y Sanciones

Artículo 254. Los servidores públicos de las dependencias y entidades, que dejen de cumplir con alguna de las obligaciones que les impone esta ley, serán responsables en los términos de las disposiciones aplicables.

Artículo 255. Se sancionará con prisión de seis a doce años al servidor público que disponga para fines personales de los recursos de las cuentas individuales de los trabajadores o intervenga en la comisión de hechos u omisiones que se traduzcan en merma dolosa de éstos recursos.

Artículo 256. El instituto tomará las medidas pertinentes en contra de quienes indebidamente aprovechen o hagan uso de los derechos o beneficios establecidos por esta Ley, y ejercitará ante las autoridades competentes las acciones que correspondan, presentando las denuncias o querellas, y realizará todos los actos y gestiones que legalmente procedan, así como contra quien cause daños o perjuicios a su patrimonio o trate de realizar cualquiera de los actos anteriormente enunciados.

Artículo 257. La interpretación de los preceptos de esta ley, para efectos administrativos, corresponderá al instituto.

Artículo segundo del presente decreto. Se adiciona un artículo transitorio a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de mayo de 1996, en los siguientes términos:

Vigésimo. La Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro continuará vigente, en lo que no se oponga a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, mientras operen las administradoras de fondos para el retiro y el Pensionissste .

Artículo tercero del presente decreto. Se adiciona un artículo transitorio a la Ley de Protección y Defensa del Usuarios de Servicios Financieros publicada en el Diario Oficial de la Federación del 18 de enero de 1999, en los siguientes términos:

Undécimo. La Ley de Protección y Defensa del Usuarios de Servicios Financieros continuará vigente en relación a los usuarios de las administradoras de fondos para el retiro, en lo que no se oponga a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, mientras operen las administradoras de fondos para el retiro y el Pensionissste.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. A partir de la entrada en vigor de esta ley, se abroga la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado publicada en el Diario Oficial de la Federación del treinta y uno de marzo del dos mil siete.

Se mantendrán en vigor todas las disposiciones reglamentarias y administrativas que no se opongan al presente decreto, hasta en tanto se expidan las normas relativas al presente ordenamiento.

Tercero. Los asegurados inscritos hasta el treinta y uno de marzo del año de 2007, así como sus beneficiarios, al momento de cumplirse, en términos de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado publicada en el Diario Oficial de la Federación del 27 de diciembre de 1983 con sus reformas y adiciones, los supuestos legales o el siniestro respectivo para el disfrute de cualquiera de las pensiones, podrán optar por acogerse al beneficio de dicha ley o al esquema de pensiones establecido en el presente Decreto. El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado está obligado, a solicitud de cada trabajador o sus beneficiarios, a calcular estimativamente el importe de su pensión para cada uno de los regímenes, a efecto de que éstos pueda decidir lo que a sus intereses convenga.

Cuarto. A los trabajadores que se encuentren cotizando al régimen del Instituto a la fecha de entrada en vigor de la presente ley, se les reconocerán los periodos cotizados con anterioridad.

Quinto. Se reconoce la propiedad de los trabajadores sobre sus ahorros de retiro depositados en el marco de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado publicada en el Diario Oficial de la Federación del 27 de diciembre de 1983 con sus reformas y adiciones, los cuales se transferirán al instituto para su administración en una subcuenta especial, mismos que seguirán generando los rendimientos respectivos, y en general se seguirán regulando conforme a las disposiciones contenidas en éste ordenamiento.

Sexto. Por cuanto hace a los fondos de los trabajadores que se acumulen en la subcuenta de retiro a partir de abril de 2007, se entregarán a los trabajadores que cumplan los requisitos para jubilarse o pensionarse conforme a este decreto o a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado publicada en el Diario Oficial de la Federación del 27 de diciembre de 1983 con sus reformas y adiciones, según sea la opción del trabajador conforme al artículo segundo transitorio de este decreto. Es decir, recibirán la jubilación o pensión que les corresponda y además los fondos acumulados en su subcuenta del seguro de retiro, conforme a lo previsto en el artículo 79.

Séptimo. Estarán a cargo del Gobierno Federal las Pensiones que se otorguen a los Trabajadores cual sea la ley por la que opten los trabajadores en apego al artículo tercero transitorio de este decreto.

El gobierno federal cumplirá lo previsto en el párrafo anterior mediante los mecanismos de pago que determine a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los que en ningún caso afectarán a los trabajadores.

Octavo. Los Trabajadores que a la fecha de entrada en vigor de este decreto se encuentren separados del servicio y posteriormente reingresaren al mismo, y quisieren que el tiempo trabajado con anterioridad se les compute para obtener los beneficios, a su elección, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado publicada en el Diario Oficial de la Federación del 27 de diciembre de 1983 con sus reformas y adiciones, o del presente decreto, deberán reintegrar, en su caso, la indemnización global que hubieren recibido. Asimismo, deberán laborar por lo menos durante un año contado a partir de su reingreso.

Una vez transcurrido un año a partir del reingreso, el trabajador deberá acreditar su antigüedad con sus hojas únicas de servicio.

Los beneficios que se les otorguen a los trabajadores referidos en este artículo se calcularán sobre el promedio del sueldo integrado o básico, según el que le otorgue un beneficio mayor, del año anterior a su separación del servicio público.

Noveno. Los jubilados, pensionados o sus familiares derechohabientes que, a la entrada en vigor de este decreto, gocen de los beneficios que les otorga la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado publicada en el Diario Oficial de la Federación del 27 de diciembre de 1983 con sus reformas y adiciones, continuarán ejerciendo sus derechos en los términos y condiciones señalados en las disposiciones vigentes al momento de su otorgamiento. Por lo que no podrán ver reducidas y en general afectadas, estas prestaciones económicas; de lo contrario el instituto quedará obligado a reintegrarlas y al pago de daños y perjuicios. Los servidores públicos responsables incurrirán en fraude equiparado.

Los jubilados o pensionados conforme a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado publicada en el Diario Oficial de la Federación del 31 de marzo de 2007, podrán seguir ejerciendo sus derechos conforme a ésta, o acogerse a la opción prevista en el artículo tercero transitorio de este decreto.

Décimo. El cálculo del sueldo integrado señalado en este decreto, en ningún caso podrá dar por resultado una cantidad menor al sueldo básico establecido en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado publicada en el Diario Oficial de la Federación del 27 de diciembre de 1983 con sus reformas y adiciones, tanto para el cálculo de las cuotas y aportaciones al instituto, como de los beneficios de los derechohabientes.

Décimo Primero. Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 30 de la presente ley, el instituto contará con un año, a partir de la entrada en vigor de esta Ley para realizar los estudios que correspondan y definir las condiciones en las que podrá intercambiar seguros de salud con instituciones públicas federales y estatales del sector salud.

Décimo Segundo. Los trabajadores y pensionados que a la fecha de entrada en vigor de esta ley, tengan derecho a la prestación de préstamos personales, continuarán gozando de dicho beneficio de acuerdo con el programa anual que autorice la junta directiva y de conformidad con las reglas que establezca la misma.

Décimo Tercero. Los reglamentos y las reformas a los mismos derivadas del presente decreto deberán ser expedidos en un plazo máximo de cuatro meses contado a partir de la entrada en vigor de este decreto.

Décimo Cuarto. A las personas que presten sus servicios a las dependencias o entidades mediante contrato personal sujeto a la legislación común, que perciban sus emolumentos exclusivamente con cargo a la partida de honorarios por contrato, o que estén incluidos en las listas de raya, siempre y cuando hayan laborado una jornada completa de acuerdo con las condiciones generales de trabajo y hayan laborado por un periodo mínimo de un año, se les incorporará integralmente al régimen de seguridad social con la entrada en vigor de este decreto.

Asimismo, se les incorporará con los tabuladores aplicables en la dependencia o entidad en que presten sus servicios mediante un programa de incorporación gradual, que iniciará a partir del primero de enero del 2008 dentro de un plazo máximo de cinco años. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público establecerá los lineamientos para su incorporación.

A cuenta de lo previsto en este artículo, no se presionará a los trabajadores en activo para que se jubilen o en general se separen de su trabajo.

Cualquier lucro que se obtenga con cargo a los trabajadores por la aplicación de este artículo, se conceptuará como fraude equiparado.

Décimo Quinto. El instituto y las organizaciones de trabajadores orientarán a sus agremiados en lo relativo al ejercicio de los derechos que les otorga este decreto.

Décimo Sexto. El instituto y el Fondo de la Vivienda estarán sujetos a lo dispuesto por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, así como a su reglamento y demás disposiciones emitidas con fundamento en dicha ley.

Décimo Séptimo. A partir de la entrada en vigor del presente decreto las administradoras de fondos para el retiro no podrán seguir cobrando comisiones en los términos en que lo vienen haciendo, sino que únicamente podrán cobrar las comisiones y montos que al respecto marca este decreto respecto a la administración efectuada por instituto.

Igualmente a partir de la vigencia de este decreto los trabajadores ya inscritos en una administradora de fondos para el retiro tendrán derecho a traspasar sus cuentas individuales en cualquier momento hacia el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

Este traspaso deberá realizarse máximo en veinticuatro horas de presentada la solicitud por el trabajador, de lo contrario por cada traspaso omitido o no efectuado se le cobrará a la administradora de fondos para el retiro una multa de doscientos a mil salarios mínimos generales vigentes en el Distrito Federal.

Por otro lado, a los tres meses de la entrada en vigor de este decreto los trabajadores ya no podrán afiliarse a las administradoras de fondos para el retiro por lo que la inscripción de los trabajadores y la administración de sus cuentas se llevará a cabo única y exclusivamente por el instituto.

A los tres meses de la entrada en vigor del presente decreto se extinguirá el Pensionissste, en tal virtud las cuentas que administre pasarán al instituto para su administración, e igualmente el personal de base, bienes y derechos de este Fondo pasarán a ser administrados por el instituto.

Décimo Octavo. El proceso de unificación de las cuentas individuales deberá concluir a más tardar en diciembre de 2009.

Décima Novena. A partir de que la totalidad de las cuentas individuales de los trabajadores al servicio del estado pasen a ser administradas por el instituto, la Comisión Nacional de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, dejará de tener atribuciones respecto a las cuentas individuales de los burócratas.

Vigésima. Los trabajadores que hayan recibido alguna prestación conforme a la Ley del instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado publicada en el Diario Oficial de la Federación del 31 de marzo de 2007, incluidos los préstamos, podrán disfrutarla y en su caso amortizarla conforme a esta ley, o acogerse a las disposiciones del presente decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de octubre de 2008.--- Diputado Neftalí Garzón Contreras (rúbrica).»

VOLUMEN II

LEY DEL IMPUESTO SOBRE TENENCIA O USO DE VEHICULOS

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Se recibió del diputado Javier Guerrero García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, iniciativa que adiciona un artículo transitorio al decreto por el que se reforma el artículo 14 de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos.

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : «Iniciativa que adiciona un artículo transitorio al decreto por el que se reforma el artículo 14 de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, a cargo del diputado Javier Guerrero García , del Grupo Parlamentario del PRI Exposición de Motivos

El 1 de abril del presente año se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforma la tarifa del artículo 14 de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos.

El objetivo de esa reforma fue que las motocicletas pagaran un impuesto menor que el que se calculaba con la tarifa anterior.

Sin embargo, al entrar en vigor la modificación, las motocicletas de modelo 2007 y anteriores pagarán un impuesto mayor que las del mismo valor modelo 2008.

Con lo anterior se pierde el espíritu de igualdad y proporcionalidad que, de acuerdo con la Constitución, deben guardar las contribuciones.

Por lo expuesto se propone adicionar un transitorio al decreto en comento, para que las motocicletas modelo 2007 y anteriores no tributen más que las modelo 2008, para quedar como sigue:

Transitorios

Tercero. El pago del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos de motocicletas modelo 2007 y anteriores se calculará aplicando al impuesto pagado en 2008 de la unidad nueva cuyo precio sea semejante al valor de factura del año que corresponda, la siguiente tarifa:

Cuarto. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de octubre de 2008.--- Diputado Javier Guerrero García (rúbrica)

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.



CODIGO CIVIL FEDERAL - CODIGO PENAL FEDERAL

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : La Presidencia recibió del diputado Pascual Bellizzia Rosique, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federaly del Código Penal Federal.

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : «Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de los Códigos Civil Federal, y Penal Federal, a cargo del diputado Pascual Bellizzia Rosique , del Grupo Parlamentario del PVEM

Pascual Bellizzia Rosique , diputado de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta ante el Pleno de esta honorable asamblea, la presente iniciativa que contiene proyecto de decreto, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Conforme al artículo 7o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 1 , el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz pública, tienen el rango de fundamentales, hasta el punto que el respeto de tales derechos constituye un límite al ejercicio de las libertades de expresión que el propio precepto reconoce y protege con el mismo carácter de fundamentales.

Del mismo modo, al enmarcar el principio de no discriminación en el artículo 1o. de la Constitución 2 , se establece la prohibición de cualquier otra acción que atente contra la dignidad humana y que tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

Es decir, se preservan ambos derechos frente a todo género de injerencia o intromisiones ilegítimas, y por tanto, previsiblemente deben gozar de una protección en la legislación secundaria.

En este orden de ideas, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, previó en el artículo 16 segundo párrafo, la privacidad de las comunicaciones privadas de las personas. 3

Así también, en las prescripciones contenidas en el artículo 6o. fracción II de la Carta Magna, protegen determinados aspectos de la vida privada de las personas. 4

Sin embargo, a pesar de los instrumentos jurídicos existentes que se avocan a la protección de la vida privada o la dignidad humana, provistos en la legislación secundaria, resulta que no han sido pocos los casos en que hemos podido observar la injerencia de actos, personas o situaciones que afectan gravemente la vida privada y la dignidad de las personas.

La normatividad vigente no posee fronteras definidas del derecho a la intimidad o privacidad de las personas, particularmente no trata el derecho de un individuo o grupo de mantener sus vidas y actos personales fuera de la vista del público, o de controlar el flujo de información sobre si mismos.

México, al constituirse con un sistema democrático de gobierno, ha privilegiado en todo momento la libertad de expresión como uno de los derechos fundamentales que más promueve, ejerce y protege.

Los derechos de la dignidad humana, la intimidad y de la vida privada, pueden entrar en conflicto ante al dispensar a la libertad de expresión en todas sus formas.

Al margen de derecho contra la invasión a la privacidad, algunas personas sufren atentados a su privacidad individual y otras tantas, una invasión a la intimidad, particularmente en situaciones que en muchos de los casos la intimidad puede ser entendida como un aspecto esencial de su seguridad.

Por lo anterior, se propone establecer que los conflictos entre la libertad de información y los derechos de personalidad, entre ellos, los relativos a la vida privada o la imagen, sean resueltos a favor del interés público a cuyo propósito sirviere la información que los difunde.

Considerando que en la actualidad, es indispensable proteger la institución de la familia, por ser la base de la sociedad, se propone dotarle de un marco regulatorio que garantice a cada uno de los miembros que la conforman, el derecho a la intimidad familiar.

Es la familia, una célula social o un grupo elemental sobre el cual descansa toda la sociedad mexicana, es en la convivencia de familia, que la constitución en el artículo 16 ya dispone que nadie puede ser sujeto de un acto de molestia que atente contra su familia.

Sin embargo, tal institución procura a cada uno de los individuos que poseen una familia, más no salvaguarda a la familia como una organización independiente de los seres humanos que la conforman.

En este contexto, la familia es un ente que guía a la sociedad mexicana 5 , una institución jurídica capaz de contar con un patrimonio familiar por ley, y una necesidad natural y necesaria para el desarrollo de todas y todos los mexicanos.

La presente iniciativa robustece la protección a la familia que se brinda en otros ordenamientos 6 , la familia tiene derecho a que se le respete la intimidad y privacidad, por ello se propone inhibir la publicación de asuntos relativos a la vida de la privada de una familia; aún cuando uno de sus integrantes sea una persona pública.

Los límites que plantea la presente iniciativa, pretenden separar los derechos de la familia con relación a un individuo particular de la misma. Ya que éste último expone su persona a un escrutinio abierto de sus palabras, actos, o hechos voluntaria o condensadamente, y los otros que integran aquella no expresan consentimiento de la publicidad de los actos tanto por la persona o la familia sean en general del dominio público.

Es pues, que la presente iniciativa reconoce una dualidad en el derecho a la intimidad de las personas, la intimidad considerada de sí mismo, y la intimidad de la persona como parte de una familia, es decir, inscrita en la intimidad familiar.

La iniciativa busca proponer una interpretación proporcional y justificada, que queda sin efectos ante el consentimiento de las personas a divulgar o publicitar los actos que ocurren en la esfera de la vida privada o de la intimidad familiar, asimismo no preserva éstos derechos para quien por sí mismos determinan exponer, publicitar y romper la tenue línea entre los límites de su vida privada y pública revelando información de su intimidad personal.

En cambio se confiere la posibilidad a las familias de reclamar el derecho a la intimidad, siempre y cuando ellos mismos lo respeten y fijen claramente la línea divisoria, entre los elementos y situaciones sobre su intimidad familiar que ocurren dentro de la esfera de la vida privada, que se reservan en su vida privada e íntima y deciden no sacarla a la luz pública y respetarla y los que puedan pasar a ser por voluntad o descuido del dominio público, por alguno de sus miembros.

Por otra parte, dado que los actos contra la intimidad de una persona no solo se circunscribe a una dimensión puramente familiar, se propone modificar dos preceptos del Código Penal Federal, con el objeto de proteger la intimidad de las personas como una dimensión única que queda expuesta ante una relación de trabajo ausente de principios éticos.

Por lo ya expuesto, se pretende sean sancionadas las personas que pretenden supeditar el derecho a la intimidad personal y a la privacidad de una persona, con motivo específicamente en una relación de trabajo. Es decir, la presente iniciativa propone hacer extensiva la protección del derecho a la intimidad de las personas para efectos de su relación de trabajo, se precisan casos en que los individuos que posean el ánimus malicioso de recolectar datos o información de la intimidad de un trabajador en su perjuicio serán sancionados.

Las reformas que se proponen cambiarían el texto vigente de la siguiente forma:

Código Civil Federal

Texto Vigente

Artículo 1916 . Por daño moral se entiende la afectación que una persona sufre en sus sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración y aspectos físicos, o bien en la consideración que de sí misma tienen los demás. Se presumirá que hubo daño moral cuando se vulnere o menoscabe ilegítimamente la libertad o la integridad física o psíquica de las personas.

Cuando un hecho u omisión ilícitos produzcan un daño moral, el responsable del mismo tendrá la obligación de repararlo mediante una indemnización en dinero, con independencia de que se haya causado daño material, tanto en responsabilidad contractual como extracontractual. Igual obligación de reparar el daño moral tendrá quien incurra en responsabilidad objetiva conforme al Artículo 1913, así como el Estado y sus servidores públicos, conforme a los artículos 1927 y 1928, todos ellos del presente Código.

La acción de reparación no es transmisible a terceros por acto entre vivos y sólo pasa a los herederos de la víctima cuando ésta haya intentado la acción en vida.

El monto de la indemnización lo determinará el juez tomando en cuenta los derechos lesionados, el grado de responsabilidad, la situación económica del responsable, y la de la víctima, así como las demás circunstancias del caso.

Cuando el daño moral haya afectado a la víctima en su decoro, honor, reputación o consideración, el juez ordenará, a petición de ésta y con cargo al responsable, la publicación de un extracto de la sentencia que refleje adecuadamente la naturaleza y alcance de la misma, a través de los medios informativos que considere convenientes. En los casos en que el daño derive de un acto que haya tenido difusión en los medios informativos, el juez ordenará que los mismos den publicidad al extracto de la sentencia, con la misma relevancia que hubiere tenido la difusión original.

Estarán sujetos a la reparación del daño moral de acuerdo a lo establecido por este ordenamiento y, por lo tanto, las conductas descritas se considerarán como hechos ilícitos:

I. El que comunique a una o más personas la imputación que se hace a otra persona física o moral, de un hecho cierto o falso, determinado o indeterminado, que pueda causarle deshonra, descrédito, perjuicio, o exponerlo al desprecio de alguien;
II. El que impute a otro un hecho determinado y calificado como delito por la ley, si este hecho es falso, o es inocente la persona a quien se imputa;
III. El que presente denuncias o querellas calumniosas, entendiéndose por tales aquellas en que su autor imputa un delito a persona determinada, sabiendo que ésta es inocente o que aquél no se ha cometido, y
IV. Al que ofenda el honor, la vida privada o la imagen propia de una persona.

La reparación del daño moral con relación al párrafo e incisos anteriores deberá contener la obligación de la rectificación o respuesta de la información difundida en el mismo medio donde fue publicada y con el mismo espacio y la misma circulación o audiencia a que fue dirigida la información original, esto sin menoscabo de lo establecido en el párrafo quinto del presente artículo.

La reproducción fiel de información no da lugar al daño moral, aun en los casos en que la información reproducida no sea correcta y pueda dañar el honor de alguna persona, pues no constituye una responsabilidad para el que difunde dicha información, siempre y cuando se cite la fuente de donde se obtuvo.

Artículo 1916 Bis-2. Inexistente

Artículo 1916 Bis-3. Inexistente

Iniciativa

Artículo 1916. Por daño moral se entiende la afectación que una persona sufre en sus sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración y aspectos físicos, o bien en la consideración que de sí misma tienen los demás. Se presumirá que hubo daño moral cuando se vulnere o menoscabe ilegítimamente la libertad o la integridad física o psíquica de las personas.

También se reputara daño moral a la publicidad que por cualquier medio o modo, presenten imágenes, textos o conceptos distorsionados, expresiones, insinuaciones insidiosas y vejaciones que afecten la dignidad del ser humano.

Cuando un hecho u omisión ilícitos produzcan un daño moral, el responsable del mismo tendrá la obligación de repararlo mediante una indemnización en dinero, con independencia de que se haya causado daño material, tanto en responsabilidad contractual como extracontractual. Igual obligación de reparar el daño moral tendrá quien incurra en responsabilidad objetiva conforme al artículo 1913, así como el Estado y sus servidores públicos, conforme a los Artículos 1927 y 1928, todos ellos del presente Código.

Se confiere al agraviado o a sus herederos, la acción para exigir la cesación de los actos lesivos constituyentes del daño moral.

La acción de reparación no es transmisible a terceros por acto entre vivos y sólo pasa a los herederos de la víctima cuando ésta haya intentado la acción en vida.

El monto de la indemnización lo determinará el juez tomando en cuenta los derechos lesionados, el grado de responsabilidad, la situación económica del responsable, y la de la víctima, así como las demás circunstancias del caso.

Cuando el daño moral haya afectado a la víctima en su decoro, honor, reputación o consideración, el juez ordenará, a petición de ésta y con cargo al responsable, la publicación de un extracto de la sentencia que refleje adecuadamente la naturaleza y alcance de la misma, a través de los medios informativos que considere convenientes. En los casos en que el daño derive de un acto que haya tenido difusión en los medios informativos, el juez ordenará que los mismos den publicidad al extracto de la sentencia, con la misma relevancia que hubiere tenido la difusión original.

La publicación de la respuesta o rectificación será nula para los efectos legales si por el tenor de los comentarios, asume el carácter de réplica de la réplica, debiendo ser nuevamente realizada de acuerdo con los requisitos de ley.

Son inviolables la intimidad, la vida privada y la imagen de las personas, asegurándose el derecho a la indemnización por daño material o moral resultante de estos.

Estarán sujetos a la reparación del daño moral de acuerdo a lo establecido por este ordenamiento y, por lo tanto, las conductas descritas se considerarán como hechos ilícitos:

I. El que comunique a una o más personas la imputación que se hace a otra persona física o moral, de un hecho cierto o falso, determinado o indeterminado, que pueda causarle deshonra, descrédito, perjuicio, o exponerlo al desprecio de alguien;
II. El que impute a otro un hecho determinado y calificado como delito por la ley, si este hecho es falso, o es inocente la persona a quien se imputa;
III. El que presente denuncias o querellas calumniosas, entendiéndose por tales aquellas en que su autor imputa un delito a persona determinada, sabiendo que ésta es inocente o que aquél no se ha cometido, y
IV. Al que ofenda el honor, la vida privada o la imagen propia de una persona.
V. El que arbitrariamente se entrometiera en la vida ajena, publicando retratos, difundiendo correspondencia, mortificando a otros en sus costumbres o sentimientos o perturbando de cualquier modo su intimidad personal.
VI. Los que participen, faciliten los medios o los receptores, de los actos descritos en el artículo 1916 Bis-2 de este ordenamiento.

La reparación del daño moral con relación al párrafo e incisos anteriores deberá contener la obligación de la rectificación o respuesta de la información difundida en el mismo medio donde fue publicada y con el mismo espacio y la misma circulación o audiencia a que fue dirigida la información original, esto sin menoscabo de lo establecido en el párrafo quinto del presente artículo.

También será procedente la reparación del daño moral, a la persona afectada por afirmaciones sin pruebas o inexactas, o agraviada por informaciones o publicaciones no pagadas hechas por la prensa u otros medios de comunicación social y tendrá el derecho a la rectificación correspondiente.

La reproducción fiel de información no da lugar al daño moral, aun en los casos en que la información reproducida no sea correcta y pueda dañar el honor de alguna persona, pues no constituye una responsabilidad para el que difunde dicha información, siempre y cuando se cite la fuente de donde se obtuvo.

Artículo 1916 Bis-2. Todos los actos que no surgen de un contrato o de una relación de confianza, contrarios a los que se reputen de protección al derecho de la vida privada, la intimidad personal, o sean producto de actos que preserven la privacidad, a saber:

Irrupción contra la intimidad de la persona, la transmisión o captación de palabras comunicadas en forma confidencial, sin el consentimiento de la persona y; la transmisión y grabación de la imagen de la persona sin su consentimiento en un lugar privado.

Perturbar la intimidad de una persona, la divulgación de la vida íntima de la persona, entendiéndose como tal la esfera personal íntima de su vida y especialmente su vida sexual o su estado de salud, tendientes a exhibirlas, o menoscabar su reputación o dañarlas en sus relaciones sociales.

Atentar contra la intimidad de la persona, cuando se comercia, publica, exhibe o expone la imagen de una persona lesionando su reputación o decoro, o en su caso, la reproducción de la voz de la persona. No se requiere consentimiento para comerciar, publicar, exhibir la foto o la imagen de una persona en los casos de notoriedad en la función que desempeña, las necesidades de policía o cuando se haga en relación a acontecimientos de interés público.

Los conflictos entre la libertad de información y los derechos de personalidad, entre ellos, los relativos a la vida privada, y la imagen, serán resueltos a favor del interés público a cuyo propósito sirviere la información.

Artículo 1916 Bis-3. La familia tiene derecho a que se le respete la intimidad y privacidad, se prohíbe que se publiquen asuntos relativos a la vida de la privada de una familia; aún cuando uno de sus integrantes sea una persona pública, se requerirá el consentimiento para publicar al respecto.

Para considerar violación de la intimidad o privacidad de una familia, se tomaran en cuenta las siguientes condiciones:

Se reputara vida privada familiar, la facultad que tienen los individuos para no ser interferidos o molestados, por persona o entidad alguna, en el núcleo esencial de las actividades que legítimamente deciden mantener fuera del conocimiento público.

Se reputara intimidad familiar, la facultad que tienen los individuos para no ser interferidos o molestados, por persona o entidad alguna, en los actos que solo ocurren entre personas íntimas o de la familia, comprende conductas y situaciones que, por su contexto no están destinados al conocimiento de terceros o su divulgación, cuando no son de interés público.

Se reputará invasión a la privacidad, entrar en un sitio por la fuerza o la violencia o contra la voluntad de los que lo ocupan y las acciones de usurpación, es decir, las realizadas con ánimus de instalarse, de irrumpir, ocupar o tomar, aún cuando se hubiere obtenido el consentimiento de algún integrante de la familia abusando de la buena fe de éste.

Las injerencias o ataques a la vida privada, a la intimidad o a la privacidad, antes descritas, darán lugar al pago de responsabilidad civil del autor de la ofensa y solidariamente al medio de difusión que lo generó.

Código Penal Federal

Texto vigente

212 Bis 2. Inexistente

212 Bis 3. Inexistente

Iniciativa

212 Bis 2. A quien haciendo uso de su relación de subordinación, ejercicio de su poder de dirección, está amenazando o vulnerando el derecho a la intimidad o pudor del trabajador preguntando sobre su agenda personal, método de planificación, intimidad sexual, razones de sus preferencias políticas, detalles de algún trauma emocional, datos sensibles acerca de su personalidad y economía, que pueden ser maliciosamente recolectados y utilizados por terceros, en perjuicio del usuario inocente, será sancionado con multa de cien a doscientos salarios mínimos.

No se considerara actos de violación al derecho de la intimidad del trabajador, las medidas puramente preventivas, universales y despersonalizadas de revisión y control sean idóneas para el mantenimiento del orden y la seguridad de la persona, los trabajadores o el empleador, o cuando sea se realicen con la finalidad de corroborar la veracidad de la información vertida bajo protesta de decir verdad por el trabajador, en la evaluación o examen médico general.

212 Bis 3. El que con el fin de descubrir secretos o vulnerar la intimidad de otro, se apoderare de comunicación escrita, soporte informático o cualquier otro documento o efecto personal que no le esté dirigido se apodere de datos reservados de carácter personal o familiar de otro, será sancionado con multa de ciento cincuenta a doscientos salarios mínimos. Si los hechos descritos se realizaren por personas encargadas de los ficheros, archivos o soportes informáticos, además de las sanciones previstas en este artículo, será sancionado con inhabilitación del cargo respectivo hasta por un año.

Finalmente, se trata de proteger el ámbito laboral, la privacidad en los lugares de trabajo, la armonización de los derechos del empleador con los derechos del trabajador y precisar que el derecho legítimo que tiene el empleador a supervisar al trabajador no es absoluto y el trabajador por su parte puede ejercer legítimamente el poder de hacer valer el derecho a su intimidad y privacidad.

Por lo expuesto, el que suscribe, Pascual Bellizzia Rosique , diputado a la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, para garantizar lo dispuesto en los artículos 1o., y 4o., párrafos tercero, cuarto, sexto, séptimo y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y demás disposiciones jurídicas aplicables, somete a la consideración de la asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el artículo 1916 y se adicionan los artículos 1916 Bis-2 y 1916 Bis-3 del Código Civil Federal, asimismo, se adicionan 212 Bis 2 y 212 Bis 3 del Código Penal Federal

Artículo Primero. Se reforma el artículo 1916 y se adicionan los artículos 1916 Bis 2 y 1916 Bis 3 del Código Civil Federal, para quedar como sigue

Artículo 1916 . ...

También se reputara daño moral la publicidad que por cualquier medio o modo, presenten imágenes, textos o conceptos distorsionados, expresiones, insinuaciones insidiosas y vejaciones que afecten la dignidad del ser humano.

...

Se confiere al agraviado o a sus herederos, la acción para exigir la cesación de los actos lesivos constituyentes del daño moral.

...

...

...

La publicación de la respuesta o rectificación será nula para los efectos legales si por el tenor de los comentarios, asume el carácter de réplica de la réplica, debiendo ser nuevamente realizada de acuerdo con los requisitos de ley.

Son inviolables la intimidad, la vida privada y la imagen de las personas, asegurándose el derecho a la indemnización por daño material o moral resultante de estos.

...

I. a IV. ...
V. El que arbitrariamente se entrometiera en la vida ajena, publicando retratos, difundiendo correspondencia, mortificando a otros en sus costumbres o sentimientos o perturbando de cualquier modo su intimidad personal.
VI. Los que participen, faciliten los medios o los receptores, de los actos descritos en el artículo 1916 Bis-2 de este ordenamiento.

...

También será procedente la reparación del daño moral, a la persona afectada por afirmaciones sin pruebas o inexactas, o agraviada por informaciones o publicaciones no pagadas hechas por la prensa u otros medios de comunicación social y tendrá el derecho a la rectificación correspondiente.

...

Artículo 1916 Bis-2. Todos los actos que no surgen de un contrato o de una relación de confianza, contrarios a los que se reputen de protección al derecho de la vida privada, la intimidad personal, o sean producto de actos que preserven la privacidad, a saber:

Irrupción contra la intimidad de la persona, la transmisión o captación de palabras comunicadas en forma confidencial, sin el consentimiento de la persona y; la transmisión y grabación de la imagen de la persona sin su consentimiento en un lugar privado.

Perturbar la intimidad de una persona, la divulgación de la vida íntima de la persona, entendiéndose como tal la esfera personal íntima de su vida y especialmente su vida sexual o su estado de salud, tendientes a exhibirlas, o menoscabar su reputación o dañarlas en sus relaciones sociales.

Atentar contra la intimidad de la persona, cuando se comercia, publica, exhibe o expone la imagen de una persona lesionando su reputación o decoro, o en su caso, la reproducción de la voz de la persona. No se requiere consentimiento para comerciar, publicar, exhibir la foto o la imagen de una persona en los casos de notoriedad en la función que desempeña, las necesidades de policía o cuando se haga en relación a acontecimientos de interés público.

Los conflictos entre la libertad de información y los derechos de personalidad, entre ellos, los relativos a la vida privada, y la imagen, será resueltos a favor del interés público a cuyo propósito sirviere la información.

Artículo 1916 Bis-3. La familia tiene derecho a que se le respete la intimidad y privacidad, se prohíbe que se publiquen asuntos relativos a la vida de la privada de una familia; aún cuando uno de sus integrantes sea una persona pública, se requerirá el consentimiento para publicar al respecto.

Para considerar violación de la intimidad o privacidad de una familia, se tomaran en cuenta las siguientes condiciones:

Se reputara vida privada familiar, la facultad que tienen los individuos para no ser interferidos o molestados, por persona o entidad alguna, en el núcleo esencial de las actividades que legítimamente deciden mantener fuera del conocimiento público.

Se reputara intimidad familiar, la facultad que tienen los individuos para no ser interferidos o molestados, por persona o entidad alguna, en los actos que solo ocurren entre personas íntimas o de la familia, comprende conductas y situaciones que, por su contexto no están destinados al conocimiento de terceros o su divulgación, cuando no son de interés público.

Se reputará invasión a la privacidad, entrar en un sitio por la fuerza o la violencia o contra la voluntad de los que lo ocupan y las acciones de usurpación, es decir, las realizadas con ánimus de instalarse, de irrumpir, ocupar o tomar, aún cuando se hubiere obtenido el consentimiento de algún integrante de la familia abusando de la buena fe de éste.

Las injerencias o ataques a la vida privada, a la intimidad o a la privacidad, antes descritas, darán lugar al pago de responsabilidad civil del autor de la ofensa y solidariamente al medio de difusión que lo generó.

Artículo Segundo. Se adicionan los artículos 212 Bis 2 y 212 Bis 3 al Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 212 Bis 2. A quien haciendo uso de su relación de subordinación, ejercicio de su poder de dirección, está amenazando o vulnerando el derecho a la intimidad o pudor del trabajador preguntando sobre su agenda personal, método de planificación, intimidad sexual, razones de sus preferencias políticas, detalles de algún trauma emocional, datos sensibles acerca de su personalidad y economía, que pueden ser maliciosamente recolectados y utilizados por terceros, en perjuicio del usuario inocente, será sancionado con multa de cien a doscientos salarios mínimos.

No se considerara actos de violación al derecho de la intimidad del trabajador, las medidas puramente preventivas, universales y despersonalizadas de revisión y control sean idóneas para el mantenimiento del orden y la seguridad de la persona, los trabajadores o el empleador, o cuando sea se realicen con la finalidad de corroborar la veracidad de la información vertida bajo protesta de decir verdad por el trabajador, en la evaluación o examen médico general.

Artículo 212 Bis 3. El que con el fin de descubrir secretos o vulnerar la intimidad de otro, se apoderare de comunicación escrita, soporte informático o cualquier otro documento o efecto personal que no le esté dirigido se apodere de datos reservados de carácter personal o familiar de otro, será sancionado con multa de ciento cincuenta a doscientos salarios mínimos. Si los hechos descritos se realizaren por personas encargadas de los ficheros, archivos o soportes informáticos, además de las sanciones previstas en este artículo, será sancionado con inhabilitación del cargo respectivo hasta por un año.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor a 90 días de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas: 1 Artículo 7o. Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquiera materia. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura ni exigir fianza a los autores o impresores, ni coartar la libertad de imprenta, que no tiene más límites que el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz pública''. ...''. 2 Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse... Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. 3 Artículo 16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento... Las comunicaciones privadas son inviolables. La Ley sancionará penalmente cualquier acto que atente contra la libertad y privacía de las mismas. ... 4 Artículo 6o. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado.... II. La información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes. 5 Cfr. El Derecho a la Educación artículo 3o., inciso C de la Constitución vigente. ``La Educación que imparta el Estado: c) contribuirá a la mejor convivencia humana, tanto por los elementos que aporte a fin de robustecer en el educando, junto con el aprecio para la dignidad de la persona y la integridad de la familia'' 6 Véase: Ley General de Acceso a las Mujeres a una vida libre de Violencia, Ley General de las Personas con Discapacidad, Ley de Asistencia Social, Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores y Ley para la Protección de los Derechos de niñas, niños y adolescentes.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil ocho.--- Diputado Pascual Bellizia Rosique (rúbrica).»

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Túrnese a la Comisión de Justicia.



LEY DEL SERVICIO POSTAL MEXICANO

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : La Presidencia recibió del diputado Jesús Ramírez Stabros, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Servicio Postal Mexicano.

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : «Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Servicio Postal Mexicano, a cargo del diputado Jesús Ramírez Stabros , del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, Jesús Ramírez Stabros , diputado federal a la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento por lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso Federal de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta aoberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 2o. y 12 de la Ley del Servicio Postal Mexicano, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Los cambios en el Servicio Postal Mexicano se producen a una velocidad lenta si se la compara con la rapidez de la evolución que han presentado las telecomunicaciones. Sin embargo, pese a su lentitud, el correo convencional ha experimentado un periodo de transformación sin precedentes a nivel mundial.

En este orden de ideas, en 2007, por ejemplo, el servicio postal de Japón llevó a cabo un proceso de privatización, creando una nueva corporación pública postal, enfrentándose a la competencia por primera vez. Asimismo, en 2006, en la Unión Europea, los operadores postales nacionales hicieron frente a la competencia de empresas privadas con actividades en todos los terrenos, salvo el de los servicios más básicos de gestión de correspondencia.

En Estados Unidos de América, el US Postal Service, considerado el mayor del mundo, fue objeto de escrutinio por parte de una comisión presidencial que dio lugar a su modernización; y, en muchos países en desarrollo, los servicios postales han sido objeto de programas de reforma a fondo, redefiniendo su calidad y su complementación con los servicios prestados por particulares.

Si bien el avance tecnológico ha cambiado profundamente, los medios de comunicación, la utilización de la vía tradicional, es decir, el uso de la correspondencia sigue teniendo un peso específico, sobre todo, por la correspondencia de carácter financiero, aunque la tendencia nos lleva a la utilización de medios tecnológicamente más avanzados que ofrecen seguridad y rapidez.

La Conferencia mundial del sector postal, celebrada en noviembre de 2004, hizo un llamamiento en favor de la defensa del concepto de servicio postal universal, y de un control exhaustivo del avance de la liberalización de los servicios de correos. En tal sentido, la competencia global exige que elevemos los índices de competitividad del país en áreas tan dinámicas e importantes como las comunicaciones.

Ante este hecho ineludible, es necesario que la legislación relativa al servicio público de correos se modernice y reconozca la realidad imperante y la existencia de otras alternativas tecnológicas disponibles para los usuarios.

Tradicionalmente, la tarea de envío y recepción de correspondencia se asignó al Estado en una concepción estatista clásica rebasada cuando el correo y el ferrocarril eran símbolo de modernidad. Sin embargo, en los últimos años, las empresas estatales encargadas de proveer este servicio se han visto rebasadas por las demandas de un usuario más exigente que requiere de un servicio rápido, oportuno, seguro, eficiente y accesible en costos.

En el entorno internacional, encontramos países que se han pronunciado por una desregulación total del servicio público de correos. Destacan, entre otros, Gran Bretaña, Suecia, Finlandia, Alemania, Argentina y Colombia. En la Unión Europea se aprobó una iniciativa para abolir la única exclusiva estatal prevaleciente (sobres que pesan menos de 50 gramos) para 2011 en 13 países y, hasta el 2013, en los 12 nuevos miembros de la unión.

Todos estos países identificaron ineficiencias atribuibles a las empresas estatales encargadas de administrar el servicio público de correos y optaron por otras alternativas. La tendencia internacional es, entonces, la de articular la participación del sector privado de manera creciente en la prestación de servicios postales.

A diferencia de otros países que han emprendido un proceso de apertura total del sector postal, el servicio de correo en México debe constituirse como una actividad estratégica, cuyo rol debe ser fundamentalmente social e identificarse primordialmente con la necesidad de prestar el servicio postal universal a todos los ciudadanos y a precios accesibles.

Desde una perspectiva eminentemente económica, los servicios postales son parte importante del mercado interior de servicios y constituyen una fuente de crecimiento y de generación de empleos, tanto directos como indirectos. La labor del Estado no debe obstaculizar el alcance de dichos objetivos sino, por el contrario, debe promoverlos, concentrando sus esfuerzos en atender a la totalidad de la población que solicite sus servicios y permitiendo, de manera complementaria, la concurrencia del sector privado.

Si tratamos de compaginar el respeto a la libertad de comercio con la reserva estratégica del Estado para la prestación del servicio público de correos, ambas consagradas a nivel constitucional, resulta determinante promover la competencia en el sector postal, teniendo en cuenta, ante todo, las exigencias de la población que demanda un servicio postal eficiente y de la más alta calidad, siéndole irrelevante quién se lo proporcione.

Es un hecho que, hoy día, empresas privadas concurren con el Estado en la prestación de servicios relacionados con el sector postal en beneficio de la población que puede optar por acudir a ellas para satisfacer sus necesidades cotidianas de comunicación. Ejemplo de ello lo tenemos cotidianamente en la entrega oportuna de millones de estados de cuenta bancarios y de tarjetas de crédito a los usuarios por parte de las empresas privadas de mensajería. Concentrar toda esta labor en manos del Estado sería altamente ineficiente y riesgoso.

La iniciativa que se presenta busca fundamentalmente brindar al ciudadano alternativas eficientes y seguras en materia de comunicación a través de mejores estándares de calidad, valores agregados y servicio. En tal sentido, se propone reformar la Ley del Servicio Postal Mexicano en el cuarto párrafo del artículo 2o., con la finalidad de redefinir el concepto de correspondencia reservada que se propone reúna como características que se contenga en sobre cerrado o en tarjetas postales, que se ajuste a los pesos y dimensiones que señala esta ley y las disposiciones reglamentarias respectivas, y que se reciba, transporte y entregue mediante el pago correspondiente de estampillas oficiales o de las marcas de franqueo autorizadas por el Servicio Postal Mexicano.

Sólo se considerará como correspondencia reservada aquella que reúna todas y cada una de las características señaladas en este precepto.

De igual forma, se propone reformar las fracciones I y II del artículo 12 del mismo ordenamiento, a efecto de que no sea violación a la reserva del Estado, en caso de que se reciba y transporte correspondencia que no reúna las características mencionadas anteriormente en el párrafo que se propone reformar y en el caso de que una persona física o moral envíe su correspondencia utilizando sus propios vehículos y empleados.

De aprobarse, todos se verían beneficiados: el Estado podría asignar de manera más eficiente sus recursos, se dotaría a las empresas privadas que concurren en el sector de la seguridad jurídica, indispensable para invertir sus capitales en infraestructura y en la generación de nuevos empleos, y, finalmente, el principal beneficiario sería el ciudadano, ya que contaría con mejores alternativas para comunicarse.

Con este proyecto, el Estado mexicano actualizaría lo que en un tiempo fueron sus servicios estratégicos, adaptándolos a una visión de rectoría, de corresponsabilidad, apertura y competencia.

Por todo lo expuesto y fundado, me permito someter a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman los artículos 2o. y 12 de la Ley del Servicio Postal Mexicano

Único. Se reforma el cuarto párrafo del artículo 2o. y las fracciones I y II del artículo 12, ambos de la Ley del Servicio Postal Mexicano, para quedar como sigue:

Artículo 2o. ... ...

...

Correspondencia reservada. Aquella que reúna las siguientes características:

a) La contenida en sobre cerrado y tarjetas postales;
b) Que se ajuste a los pesos y dimensiones que señala esta ley y las disposiciones reglamentarias respectivas; y
c) Que se reciba, transporte y entregue mediante el pago correspondiente de estampillas oficiales o de las marcas de franqueo autorizadas por el Servicio Postal Mexicano.

Sólo se considerará como correspondencia reservada aquella que reúna todas y cada una de las características señaladas en este precepto.

Artículo 12. ...

I. Cuando se reciba y transporte correspondencia que no reúna las características señaladas en el artículo 2 de esta ley.
II. Cuando una persona física o moral envíe su correspondencia utilizando sus propios vehículos y empleados.
III. ...
Artículo Transitorio

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de octubre de 2008.--- Diputado Jesús Ramírez Stabros (rúbrica).»

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Túrnese a la Comisión de Transportes.



PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : La Presidencia informa a la asamblea que las siguientes proposiciones y que tienen relación con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009, serán turnadas de inmediato a la comisión correspondiente.

«Proposición con punto de acuerdo, a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2009 se reconsidere reducir los recursos destinados al Instituto Nacional de Migración para conservar el monto asignado con anterioridad, a cargo de la diputada Omeheira López Reyna , del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita diputada federal a la LX Legislatura, Omeheira López Reyna , integrante del grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía el siguiente punto de acuerdo de urgente resolución

Considerando

Que con motivo de la presentación y discusión del proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009, el caso del Instituto Nacional de Migración se tiene conocimiento que se ha proyectado una reducción presupuestal por el orden de 600 millones de pesos en los recursos que se le asignarán para el año próximo, de acuerdo a la distribución de la recaudación del derecho de no inmigrante (DNI) que propone lo siguiente: dejar la asignación al Fondo Nacional de Fomento al Turismo igual que la ley vigente, esto es el 10 por ciento de la recaudación, reducir al 40 por ciento la asignación al Consejo de Promoción Turística e incrementar al 50 por ciento los recursos al Instituto Nacional de Migración.

El Instituto Nacional de Migración es una entidad determinante que facilita los flujos migratorios de manera eficiente y cuyo trabajo debe apegarse al respeto a los derechos y la dignidad humana, siendo procesos complejos de gran responsabilidad ética.

Por lo que, dadas las funciones que tiene a su cargo el Instituto Nacional de Migración como órgano técnico desconcentrado de la administración pública federal, dependiente de la Secretaría de Gobernación, de aplicar la legislación migratoria vigente, para contribuir al desarrollo nacional a través de una adecuada gestión migratoria con base en el marco legal, facilitando los flujos migratorios con respeto a la dignidad humana.

Su actividad es de suma importancia, por cuanto hace al bienestar y la salud de los migrantes, incluso porque dicho organismo viene realizando acciones con el objetivo principal de salvar la vida de los migrantes en peligro en las zonas de riesgo, ya que desde 1994 con la creación del Grupo Beta, que funciona en las fronteras norte y sur de nuestro país, ha efectuado labores de apoyo legal y asistencia social a los migrantes, recibiendo y atendiendo quejas, así como canalizando las denuncias ante las instancias correspondientes, todo ello, con el objeto de proteger la integridad física y patrimonial de los migrantes con la irrestricta protección y defensa de sus derechos humanos, así como su integridad física y patrimonial, con independencia de su nacionalidad y de su condición de documentados o indocumentados.

El informe Estado de la población mundial 2006, del Fondo de Población de las Naciones Unidas. Entre otras cifras que arrojó dicha investigación internacional, refiere que 191 millones de personas viven fuera de su país de origen y que de ellas, 95 millones son mujeres, lo que representa el 49,6 por ciento de la cifra total.

Que de esta cifra unos 12.7 millones de migrantes son refugiados que huyen de las condiciones de vida en sus lugares natales y que entre 600 y 800 mil mujeres, hombres y niños son víctimas de las redes de tráfico ilegal de personas. De ellos, un 80 por ciento son mujeres y niños.

Ante estas cifras reveladoras, México, no esta exento del problema del flujo migratorio internacional, por lo que es necesario que las políticas públicas en materia de asuntos migratorios, sean las adecuadas para dar atención a esta función a cargo del Estado mexicano.

Por cuanto hace a la asignación de recursos presupuestales para enfrentar esta situación durante el año 2009, se sugiere a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, de esta honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, reconsidere la reducción de presupuesto que se determine al Instituto Nacional de Migración como órgano técnico desconcentrado de la administración pública federal, a fin de no perjudicar su desempeño y poder fortalecer sus acciones en la gestión migratoria que facilite los flujos migratorios, con el invariable respeto a los derechos humanos de los migrantes y su dignidad humana.

Toda vez que, de persistir la reducción de presupuesto, esta podría generar acciones de ineficiencia en esta actividad gubernamental, con el consecuente deterioro de las relaciones de México con la comunidad internacional.

Por lo expuesto, muy atentamente someto a su consideración la presente proposición de urgente y obvia resolución:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorte a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, de esta honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, reconsidere la reducción del presupuesto que se determine al Instituto Nacional de Migración, a fin de que conserve el presupuesto asignado anteriormente y fortalecer las acciones de la gestión migratoria, facilitando los flujos migratorios, observando el respeto a los derechos humanos de los migrantes y su dignidad humana.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de octubre de 2008.--- Diputada Omeheira López Reyna (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

«Proposición con punto de acuerdo, a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2009 se consideren recursos para construir tres aulas en el Centro Bachillerato Tecnológico Agropecuario 197, del municipio de Providencia, Cajeme, Sonora, a cargo del diputado Pablo Trejo Pérez , del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, diputado federal a la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento por lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La educación es un elemento homogenizador que olvida la existencia de diferencias sociales y económicas en los cuales los individuos están inmersos. La población desertora experimenta la exclusión social, porque la educación es transmisora de los valores socialmente aceptados.

Los cambios que sufren los adolescentes pueden ir desde los de su crecimiento y su adaptación al medio hasta aquéllos que pueden modificar negativamente el destino de su vida, como son la delincuencia, las drogas, la prostitución, entre otros. Estos factores pueden provocar en el joven o la joven inestabilidad y rechazo hacia sus estudios, dejando de lado las experiencias de compartir su vida con los nuevos amigos, compañeros y profesores.

La Secretaría de Educación Pública es la encargada de poner atención inmediata a la insuficiente cobertura en preparatoria y bachillerato; evitar las falsas dicotomías entre calidad y cantidad, y atender ambos aspectos, además de la deserción escolar, la cual muestra el fracaso del sistema educativo.

En este sentido, el de nivel bachillerato es donde se registra la mayor deserción y donde los índices de rezago educativo del país reciben mayor efecto.

Esas cifras han tenido pocas variaciones en los diez años recientes, lapso en que la eficiencia terminal sólo pasó de 56 a 59 por ciento, y es en el nivel medio superior donde se presentan los mayores desafíos para la actual administración.

Ante la deficiencia de infraestructura a nivel bachillerato en el municipio de Providencia, Cajeme, estado de Sonora, el Centro de Bachillerato Tecnológico Agropecuario 197 da respuesta a la demanda estudiantil de 14 comunidades rurales del estado.

Sin embargo, el rápido crecimiento de la matricula ha rebasado las instalaciones de dicho plantel, debiendo rechazar alrededor de 300 jóvenes estudiantes egresados de secundaria, por lo que es necesaria la construcción de 3 aulas didácticas, en virtud de que la infraestructura se ha tenido que modificar para implantar tanto el centro de idiomas como la sala de cómputo, teniendo como resultado el rechazo de estudiantes antes mencionado.

Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en los artículos 74, fracción IV, de la Constitución Política, y 42 de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, me permito solicitar al Pleno de la Cámara de Diputados se someta a consideración la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública considere, dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009, recursos por un millón 410 mil pesos para la Subsecretaría de Educación Media Superior de la Secretaría de Educación Pública, para destinarlos a la construcción de 3 aulas didácticas en las instalaciones del Centro Bachillerato Tecnológico Agropecuario 197, en el municipio Providencia, Cajeme, estado de Sonora.

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 23 de octubre de 2008.--- Diputado Pablo Trejo Pérez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

«Proposición con punto de acuerdo, para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2009 se incluya en el Fondo Metropolitano la zona urbana de Orizaba, Veracruz, y se considere en los fondos del Ramo 23, ``Provisiones Salariales y Económicas'', a cargo del diputado Gerardo Lagunes Gallina , del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, Gerardo Lagunes Gallina , diputado federal a la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 55, 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución, a efecto de exhortar al titular del Ejecutivo para que gire instrucciones al secretario de Hacienda y Crédito Público, doctor Agustín Carstens Carstens, para que tenga a bien considerar en el Fondo Metropolitano para el ejercicio fiscal de 2009 la inclusión de la zona metropolitana de Orizaba, Veracruz, asimismo exhortar a la Comisión de Hacienda y Crédito Público y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública para que se incluya la zona metropolitana de Orizaba en los fondos del ramo 23 provisiones salariales y económicas.

Antecedentes

La zona metropolitana de Orizaba, fue reconocida por la Comisión Nacional para la Población (Conapo), la Secretaría de Desarrollo Social y el Instituto Nacional de Estadística Geografía e Informática en el año de 2005, dicha zona se conforma por 11 municipios, a saber: Atzacan, Camerino Z. Mendoza, Huiloapan, Ixhuatlancillo, Ixtaczoquitlán, Mariano Escobedo, Nogales, Orizaba, Rafael Delgado, Río Blanco y Tlilapan, fungiendo como ciudad central Orizaba.

En esta zona metropolitana se han desarrollado importantes industrias como la textil, la cervecera y la papelera, sin embargo, los mismos procesos de automatización, y la globalización económica, han provocado problemas de desempleo y subempleo y, consecuentemente, altas tasas de analfabetismo, y significativos grados de marginación.

En el 2008, la población de la zona metropolitana de Orizaba (11 municipios), son más de 389 mil habitantes, de los cuales el 67 por ciento del total poblacional corresponde a solamente cuatro municipios (Orizaba, Ixtaczoquitlán, Río Blanco y Camerino Z. Mendoza) y el 33 por ciento a siete municipios, como puede observarse en el cuadro 1, en donde se nota que Huiloapan y Tlilapan apenas representan el 3% de la población de la zona metropolitana de Orizaba.

En lo que respecta al crecimiento de la población de la zona, del 2000 al 2005, entre seis municipios (Ixtaczoquitlán, Mariano Escobedo, Huiloapan, Tlilapan, Rafael Delgado e Ixhuatlancillo) promedian una tasa anual de crecimiento del 2.36 por ciento, de los municipios restantes, ninguno alcanza una tasa del uno por ciento, e inclusive, Camerino Z. Mendoza, presenta una tasa negativa de -0.14 por ciento.

En términos generales, y como referente, en materia de salud cabe destacar que en la zona metropolitana de Orizaba, vista de manera completa, existe un médico por cada mil habitantes, lo cual contrasta con el municipio de Orizaba, en donde particularmente existen 5 médicos por cada mil habitantes.

Lo anterior refleja que el 36 por ciento de los municipios que comprenden la zona el grado de marginación es alto, lo cual también se advierte en la tasa de analfabetismo que en 2005 se registró en un 12.8 por ciento promedio, la mayor tasa de analfabetismo observada corresponde a Ixhuatlancillo con 23.3 por ciento, y Atzacan con 21.15 por ciento, es preocupante dicha asimetría, pues en Orizaba la tasa de analfabetismo no llega al 4 por ciento.

La inclusión de la zona metropolitana de Orizaba al Fondo Metropolitano para el ejercicio fiscal 2009, contribuirá a atender de manera inherente, entre otros, uno de los grandes problemas de esa zona, que es la marginación y el analfabetismo, a través de obras de infraestructura económica que coadyuven en las posibilidades, accesos y movilidad de la población; estos índices de marginación impactan de manera directa y desfavorable en el desarrollo económico y social de la población que deriva en un círculo vicioso sin instrucción académica se cierran las posibilidades de acceso al mercado laboral, las regiones no presentan condiciones para atraer y hospedar inversiones ni nacionales ni extranjeras, las posibilidades de crecimiento y desarrollo se estrechan y se continua replicando el patrón de rezago.

También se observa que a menor educación, menor oportunidad de mejorar los ingresos. Los municipios que presentan la mayor tasa de analfabetismo, son los municipios en donde prácticamente las tres cuartas partes de la población ocupada percibe hasta dos salarios mínimos, como se aprecia en el cuadro 2.

Cabe destacar que solamente en los municipios de Camerino Z. Mendoza, Río Blanco y Orizaba, la mitad de la población ocupada percibe hasta dos salarios mínimos, lo que significa que en estos municipios se concentra la población mejor remunerada, porque en todos los demás el porcentaje de la población económicamente activa ocupada que no gana más de dos salarios mínimos rebasa el 50 por ciento; cabe destacar que en el municipio de Atzacan el 75 por ciento de la población ocupada no gana más de dos salarios mínimos.

Acorde a la información del cuadro 3, para el año 2003, se tienen registradas 13 mil 124 unidades económicas (empresas), de las cuales el 52.7 por ciento se encuentran en Orizaba, y entre los municipios de Iztaczoquitlán, Río Blanco y Camerino Z. Mendoza, suman el 32.9 por ciento, es decir, el 86.6 por ciento de las unidades económicas se encuentran en cuatro municipios.

En lo que se refiere a la producción bruta total, para el 2003 se contabilizaron 20.7 miles de millones de pesos, de los cuales el 94 por ciento de la producción total se concentra en Iztaczoquitlán y Orizaba, lo cual refleja la concentración del personal ocupado en esos municipios, que es del 76.6 por ciento para ese año.

Además, en la zona los vínculos económicos y sociales son notables, debido a que son pueblos rurales y semi urbanos cuya población, en primera instancia, acude a las zonas urbanas a ofrecer sus productos, servicios, y mano de obra. En esos lugares no sólo ofertan sino demandan bienes y/o servicios que en su localidad de origen no tienen como: salud y educación superior, no omitiendo señalar que en términos de demanda a estos servicios también tienen acceso sólo la población que puede hacer frente económicamente, lo que deja al margen el gran grueso de la misma.

Lo descrito anteriormente genera externalidades tanto positivas como negativas en las primeras se encuentra: el desarrollo económico por sí mismo en Orizaba, la generación amplia y diversificada de bienes y servicios tales como la industria de los alimentos, empero, en la parte negativa radica el deterioro ambiental, el alto congestionamiento vehicular y eventualmente colapso, en consecuencia el incremento potencial de los riesgos por accidentes y así la eminente necesidad de la creación de infraestructura urbana para atender las necesidades actuales demandadas por la metrópoli.

La infraestructura vial es otro punto delicado en la zona, este último aspecto, por las mismas condiciones económicas, sociales y hasta por la mismas condiciones orográficas, el tránsito del sureste a la norte y del oeste noreste está limitado únicamente a la carretera federal de Río Blanco-Orizaba, y pese a contar con la autopista Puebla Orizaba Córdoba, la afluencia vehicular de la zona urbana del municipio de Orizaba es insostenible, más de 500 mil unidades vehiculares de la zona urbana de Orizaba, sin contar con ninguna otra opción, tienen que ingresar a la zona urbana de Orizaba, lo cual provoca congestionamientos, contaminación ambiental, entre otros problemas que afectan a la vida económica y social de la región .

La importancia de abrir las posibilidades de acceso a los recursos públicos federales coadyuvaría a aminorar las grandes injusticias existentes que obstaculizan e imposibilitan el desarrollo regional de la nación en su conjunto, ya que no sólo se advierten asimetrías en la asignación de los recursos mismos, sino que también en la generación de oportunidades que permitan a la población acceder a mejores condiciones de vida, las cuales parecieran ser cada vez más escasas y desesperanzadoras ante las magras posibilidades de desarrollo.

Diputado Gerardo Lagunes Gallina (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades municipales y a las estatales, así como a la SCT, a considerar en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2009 recursos para pavimentar el tramo Primero de Mayo-Sabanas de la Estancia, en Papantla de Olarte, Veracruz, a cargo del diputado José Manuel del Río Virgen , del Grupo Parlamentario de Convergencia

El suscrito, José Manuel del Río Virgen , diputado del Grupo Parlamentario de Convergencia en la LX Legislatura, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta el siguiente punto de acuerdo a fin de que la Cámara de Diputados exhorte a los gobiernos municipal y estatal, así como a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a pavimentar el tramo Primero de Mayo-Sabanas de la Estancia, en Papantla, Veracruz.

Antecedentes

Durante varias administraciones estatales y municipales, los habitantes de la región han recibido la promesa de que la vía de comunicación, de 14.57 kilómetros de longitud, sería pavimentada.

Durante las largas y cada vez más intensas temporadas de lluvias, en las cuales se han registrado diversas tormentas tropicales e incluso huracanes, el camino de terracería queda intransitable, dejando prácticamente incomunicados a los pobladores.

Las polvaredas y las filosas rocas, en época de sequía, así como el lodo y los deslaves, en la temporada de lluvia, provocan que el tránsito por el tramo sea lento y muchas veces imposible, por lo que los productores regionales sufren graves pérdidas debido a que las mercancías, en su mayoría perecederas, se descomponen por el calor o la humedad.

El desarrollo de la región, que produce principalmente cítricos, vainilla y maíz, se entorpece debido a que los agricultores no pueden llevar de forma rápida y segura al mercado la mercancía, con lo que sus ganancias tiene una merma importante y se pone en riesgo la sustentabilidad de los cultivos y, sobre todo, el sustento de sus familias.

El deterioro del camino también pone en riesgo la vida de los habitantes, ya que es un peligro transitarlo y obstaculiza el traslado de enfermos o heridos en casos de urgencia a hospitales situados en zonas urbanas.

Para el sector ganadero, las malas condiciones del camino ponen en riesgo su actividad comercial, ya que trasladar las cabezas de ganado representa un gran riesgo para el conductor y los animales ante la posibilidad de que los vehículos se vuelquen; además, se incrementan los costos de mantenimiento de los automotores y del transporte de los alimentos para el ganado.

Considerando
1. Que el gobierno municipal no cuenta con los 24 millones de pesos que corresponden al costo de la obra y sólo aplica paliativos para responder a las demandas de los ciudadanos, quienes sufren por el mal estado de las vialidades.
2. Que los ciudadanos ya no pueden aguantar tantas mentiras de los gobiernos municipales y estatales de que les resolverán sus necesidades de mejores medios de comunicación, como las carreteras.
3. Que el proyecto de infraestructura anunciado por el gobierno federal puede incluir las obras de rehabilitación de carreteras y pavimentación del tramo carretero en cuestión.
4. Que las mencionadas vialidades, en general, tienen un grave deterioro, que prácticamente impide el paso de los automotores de pasajeros y de carga, además de que provoca fallas en los transportes, lo cual ocasiona gastos económicos no previstos.
5. Que, con justa razón social, los demandantes se dicen dispuestos a realizar las manifestaciones que consideren pertinentes para que sus demandas sean atendidas.

Por lo expuesto y con fundamento en los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 58 y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, solicito a la Presidencia de la Mesa Directiva que someta a consideración de este Pleno, de urgente y obvia resolución, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Para exhortar a las autoridades municipales, a las estatales y a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a destinar los recursos necesarios en el Presupuesto de Egresos de 2009 para la pavimentación del tramo Primero de Mayo-Sabanas de la Estancia, en Papantla de Olarte, Veracruz, a cargo del diputado José Manuel del Río Virgen .

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, Distrito Federal, a 23 de octubre de 2008.--- Diputado José Manuel del Río Virgen (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.



ESTADO DE TABASCO

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Se recibió del diputado Pascual Bellizzia Rosique, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, punto de acuerdo por el que se solicita a la Secretaría de Gobernaciónque asigne más recursos del Fonden para los municipios de Tabasco afectados por las recientes inundaciones.

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : «Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Segob que asigne mayores recursos del Fonden para los municipios de Tabasco afectados por las recientes inundaciones, a cargo del diputado Pascual Bellizzia Rosique , del Grupo Parlamentario del PVEM

Pascual Bellizzia Rosique , diputado integrante de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en las siguientes.

Consideraciones

Nuevamente nuestro país está sufriendo los estragos de las lluvias, la población de Tabasco no olvida las afectaciones del pasado 2 de noviembre de 2007, donde comenzó la mayor tragedia natural registrada en el estado. Las cifras oficiales reportaron que aquella desventura afectó el 80 por ciento del territorio estatal, que dejó damnificado un millón de personas, de una población total de dos millones de habitantes.

Este año, desde el pasado 27 de septiembre, la Comisión Nacional del Agua (Conagua) advirtió que las potenciales lluvias crecían para Tabasco y el norte de Chiapas y se esperaban fuertes precipitaciones durante cinco días más, teniendo un riesgo severo. Por lo cual desde esa fecha soldados del Ejecito Mexicano pusieron en marcha el plan DN-III, instalando costales de arena para evitar la filtración que empezó en las primeras horas del domingo 28 de septiembre, en el río Grijalva, hasta ese día, las fuertes lluvias que azotan el sureste de México habían dejado a más de 35 mil personas afectadas por las inundaciones causadas por el desbordamiento de ríos en ese estado.

El pasado 20 de octubre, el río Usumacinta rebasó tres centímetro, causando daños severos tanto en la ganadería como en el patrimonio de cientos de familias tabasqueñas. Protección civil reporto, al 21 de octubre, daños por poco más de 72 mil 930 habitantes, en 238 localidades de cinco municipios de Tabasco.

Al día de hoy el río Usumacinta se encuentra en 2.06 metros por arriba de su escala crítica, lo que afecta a los municipios de Tenosique, Balancán, Emiliano Zapata, Jonuta y Centla.

De acuerdo con los daños reportados por autoridades municipales, el municipio de Balancán registra 34 comunidades afectadas, con más de 3 mil 834 personas damnificadas, Emiliano Zapata reportó 3 mil 528 habitantes perjudicados, Jonuta 22 mil 206 personas y Tenosique reporto 4 mil 829 afectados.

Desafortunadamente, el pasado 25 de septiembre el gobernador de Tabasco rechazó que en este año se repetiría la misma catástrofe de 2007, en donde se reportaron 1,2 millones de damnificados. Agregó que al menos 5 mil 600 familias están sufriendo por el desbordamiento parcial de los ríos Grijalva, la Sierra, el Teapa y el Pichucalco. Sin embargo los hechos a esa fecha, indicaban que las afectaciones podrían ser de la misma intensidad o incluso mayor.

Por lo anterior, es indispensable que Tabasco cuente con los recursos necesarios obtenidos por el Fondo Nacional de Desastres, por lo que es indispensable que se realicen los dictámenes técnicos necesarios para decretar este estado como zona de desastre.

El pasado 6 de octubre se declaró zona de emergencia a nueve municipios del estado, Nacajuca, Balancán, Emiliano Zapata, Jonuta y Centla por la ocurrencia de inundaciones atípicas del 22 de septiembre a la fecha, en presencia de lluvias severas. Así como los municipios de Huimanguillo, Comalcalo, Paraíso y Jalpa de Méndez, por la ocurrencia de lluvias atípicas los días 25, 27, 29 y 30 de septiembre. Con lo que se reactivaron del Fondo Revolvente del Fondo de Desastres Naturales, para dar atención inmediata a la población damnificada.

De acuerdo con el Diario Oficial de la Federación, con esta declaratoria, las autoridades, contarían con recursos para atender las necesidades alimenticias, de abrigo y salud de la población afectada por este fenómeno meteorológico

El Fondo de Desastres Naturales es un mecanismo financiero para que en la eventualidad de un desastre natural, el gobierno federal pueda conforme a sus disponibilidades, en los términos de las reglas de operación, entre otras; apoyar a las poblaciones afectadas, reparación de daños de los bienes públicos y mitigación de daños a las viviendas de la población de bajos ingresos.

Por lo anterior, el Grupo Parlamentario del Partido Verde, en esta soberanía, somete a consideración de este honorable Pleno la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación para la asignación inmediata de mayores recursos del Fondo de Desastres Naturales, para dar atención a la población damnificada en el estado de Tabasco, por los graves daños causados a sus municipios por las intensas lluvias.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 23 de octubre de 2008.--- Diputado Pascual Bellizzia Rosique (rúbrica).»

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Túrnese a la Comisión de Gobernación.



GAS NATURAL

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Se recibió del diputado Jacinto Gómez Pasillas, de Nueva Alianza, punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a que, mediante las instancias competentes, revise y modifique los reglamentos que regulan la prestación de servicios de las empresas concesionadas para el suministro de gas natural.

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : «Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a revisar y modificar a través de las áreas competentes los reglamentos que regulan la prestación de servicios por las empresas concesionarias de suministro de gas natural, a cargo del diputado Jacinto Gómez Pasillas , del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

El suscrito, diputado federal Jacinto Gómez Pasillas , en nombre del Grupo Parlamentario Nueva Alianza, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del Pleno de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo, mediante el que se exhorta al Ejecutivo federal, las Secretarías de Energía y Hacienda, Petróleos Mexicanos, la Comisión Reguladora de Energía, la Procuraduría Federal del Consumidor, la Comisión Federal de Electricidad, la Comisión Federal de Competencia y Organismos Intermedios y Cámaras, para que en el ámbito de sus atribuciones, revisen y modifiquen los reglamentos que regulan la prestación de servicios de las empresas concesionadas para el suministro de gas natural, para que se hagan explícitas las sanciones por incumplimiento a sus clientes, con base en las siguientes:

Consideraciones

En los tiempos actuales, de grandes dificultades económicas, caídas en los mercados y crisis derivadas de los volátiles precios del petróleo, México debe buscar un aprovechamiento más eficiente de sus recursos naturales, que le permita seguir avanzando en el camino de la sustentabilidad, con miras a obtener un crecimiento sostenido en las siguientes décadas. En este sentido, el uso del gas natural, conocido también como el combustible del siglo XXI, no puede seguir postergándose por más tiempo.

El gas natural es un energético de origen natural, que se encuentra en el subsuelo, y procede de la descomposición de materia orgánica; en su composición predomina el metano. Este combustible llega directamente a los hogares, comercios e industrias por tuberías, de manera subterránea. Además de ser más barato y seguro, ayuda a tener un medio ambiente más sano, al poder ser certificado como industria limpia. Es asimismo competitivo, porque reduce costos de energía y mantenimiento, e incrementa la productividad.

Sin embargo, pese a todos los beneficios que el gas natural trae consigo, los problemas surgidos a raíz de su reglamento siguen siendo comunes y graves entre la sociedad.

El Reglamento de Gas Natural establece que para la fijación del precio de este producto se deben de considerar ``los costos de oportunidad y condiciones de competitividad del gas respecto al mercado internacional y al lugar donde se realice la venta'', lo que deriva en una incongruente determinación del precio en el ámbito doméstico, ya que el capital extranjero obtiene en nuestro país ganancias similares a las obtenidas en el extranjero, sin importar el poder adquisitivo de cada mercado. Petróleos Mexicanos no logra obtener la rentabilidad de las empresas privadas; esto lo vemos claramente reflejado en el contexto interno, y afecta directamente al consumidor final (los ingresos de los mexicanos son difícilmente comparables a aquellos de los estadounidenses).

Resulta incongruente que México, contando con amplias reservas de gas natural, maneje uno de los precios más altos del mundo. Paradójicamente, los precios aumentan, y no así la producción y calidad del suministro. De acuerdo a datos oficiales, el consumo de gas natural en nuestro país oscila entre los 5 y 6 mil millones de pies cúbicos por día, y sólo entre un 2 y 6 por ciento de este volumen se destina al consumo doméstico.

En la práctica, a este aspecto se le suma el hecho que las concesionarias brindan un servicio deficiente tanto a los consumidores como a la industria nacional. Persiste una severa impunidad, debido a que los dispositivos aplicados a los consumidores los dejan en total desamparo, en relación a las cláusulas de los contratos que éstos suscriben con dichas compañías concesionarias.

Particularmente, en lo relativo al corte y/o suspensión del servicio por falta de pago en la fecha límite establecida, por medio del envío de un único aviso de cobro. Cabe recordar que la producción de gas natural es parte de las funciones del Estado, por lo que las ventas del producto a la salida de las plantas corren a cargo de Pemex Gas.

En lo que respecta a la deficiencia en el servicio que prestan las compañías concesionarias, resaltan los siguientes puntos:

• El beneficiario del servicio que presenta reclamación cuando considera un cobro indebido o fuera de su consumo promedio no cuenta con la garantía que no se le cortará el suministro, en tanto se investiga y resuelve su queja.
• Los recibos de cobro son entregados por personal que no responde a la obligación de asegurarse que dichos recibos sean efectivamente entregados, lo que provoca que al no efectuarse el pago a tiempo, se corte el servicio.
• Además, es común que se desechen o no procedan aquellas quejas derivadas de la no entrega de recibos.
• Los recibos son entregados por única vez, sin que exista la obligación por parte de las empresas prestatarias, de enviar como mínimo un primer recordatorio o advertencia de suspensión del servicio, en caso que no se realice el pago en la fecha límite señalada; se tendría que enviar un segundo y último aviso para el pago correspondiente.
• Cuando por los anteriores motivos, y otros imputables al cliente o contratante, se suspende el suministro, y el cliente recurre a presentar su queja a los departamentos correspondientes, resulta que éstos son atendidos por personal sin capacidad ejecutora de decisión; razón por la cual a los quejosos les es imposible acceder a funcionarios que realmente sí se pueden hacer responsables de dar cauce y resolución al problema.

Es por ello que, en Nueva Alianza, preocupados por el desamparo en que se les deja a los consumidores de gas natural, exhorta a las autoridades correspondientes para que, en el ámbito de sus atribuciones, revisen y modifiquen los reglamentos que regulan la prestación del servicio de las empresas concesionadas para el suministro del energético, para que se hagan explícitas las sanciones que éstas recibirán si incumplen con sus clientes.

Esperando siempre una respuesta positiva, y tomando en cuenta las consideraciones expuestas con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta Asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta al Ejecutivo federal, las Secretarías de Energía y Hacienda, Petróleos Mexicanos, la Comisión Reguladora de Energía, la Procuraduría Federal del Consumidor, la Comisión Federal de Electricidad, la Comisión Federal de Competencia y Organismos Intermedios y Cámaras, para que en el ámbito de sus atribuciones, revisen y modifiquen los reglamentos que regulan la prestación de servicios de las empresas concesionadas para el suministro de gas natural, para que se hagan explícitas las sanciones por incumplimiento a sus clientes.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 23 días del mes de octubre de dos mil ocho.--- Diputado Jacinto Gómez Pasillas (rúbrica).»

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Túrnese a la Comisión de Energía.



PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : La Presidencia informa a la asamblea que las siguientes proposiciones y que tienen relación con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009, serán turnadas de inmediato a la comisión correspondiente.

«Proposición con punto de acuerdo, a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2009 se consideren mayores recursos para ciencia y tecnología, a cargo de la diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez , del Grupo Parlamentario de Alternativa

La suscrita integrante del Grupo Parlamentario de Alternativa Socialdemócrata en la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

A partir de la creación de la Ley de Ciencia y Tecnología publicada en junio de 2002, se plantean modificaciones importantes a la legislación en esta materia. Se crea el Consejo General de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico; se identifica al Concejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) como cabeza del sector ciencia y tecnología; y se crea el Foro Consultivo Científico y Tecnológico.

El foro consultivo es el órgano autónomo permanente de consulta del Poder Ejecutivo federal, del Consejo General de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico y de la Junta de Gobierno del Conacyt. Además es asesor del Congreso de la Unión y del Consejo de la Judicatura Federal, a través de convenios de colaboración.

El foro opera por medio de subcomités y reúne actores relevantes y diversos del desarrollo científico y tecnológico del país. Como resultado de sus sesiones de trabajo, la mesa directiva del foro a partir de un análisis serio y objetivo está solicitando para el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2009 mayores recursos para la investigación científica y desarrollo tecnológico, a partir de las siguientes consideraciones:

En el reporte 2006 del Foro Económico Mundial, México en comparación con 125 países, presenta un rezago notable en tres indicadores evaluados. En materia de educación superior y capacitación ocupa el lugar 71; en disponibilidad tecnológica el lugar 56 y en innovación el 58.

El crecimiento de la inversión en ciencia tecnología como porcentaje del PIB, creció sólo 2 veces, mientras que en países como Brasil creció 4.5, en España 5 y en Corea hubo un crecimiento de 9 veces. El ingreso per cápita se multiplicó en México, 3.8 veces, en Brasil 6.3, en España 7.4 y en Corea 25.4.

En los últimos años 20 años en nuestro país no ha crecido significativamente la productividad per cápita de la población como lo podemos verificar con las cifras anteriores. La experiencia comparada demuestra que los países que más invierten en ciencia y tecnología elevan el ingreso per cápita de la población, cosa que no ha sucedido en México, por lo que se vuelve indispensable trabajar en este rubro.

Estos rezagos han impulsado que diversas organizaciones internacionales como la UNESCO, OCDE, y el Banco Mundial, recomiendan la importancia de invertir en el rubro de Ciencia y Tecnología entre el 1 y 1.5 del Producto Interno Bruto (PIB). Esta recomendación, igualmente, ha encontrado eco en diversos sectores Nacionales, que van desde la Conago hasta los académicos, en la que subrayan la importancia estratégica de llegar a un presupuesto federal en materia de Ciencia y Tecnología que alcance el 1 por ciento del PIB.

La actual Ley de Ciencia y Tecnología en su artículo 9 Bis señala explícitamente la aspiración de alcanzar al menos el 1 por ciento en inversión pública en Ciencia y Tecnología, y como lo prevé el artículo segundo transitorio del decreto de la reforma del artículo 9 Bis de esta Ley, es indispensable retomar el incremento gradual del presupuesto en este rubro, de manera tal que se incrementen todas las actividades del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.

El Presupuesto Federal actual para Ciencia y Tecnología es de 39 mil 82.8 millones de pesos, cifra 16.2 por ciento superior en términos reales respecto al año previo. El incremento presupuestal registrado en 2008 para este sector, autorizado por la Cámara de Diputados, ha sido el más importante en los últimos 11 años. Sin embargo el reto va en el sentido de continuar avanzando hasta alcanzar una inversión en innovación más desarrollo tecnológico más investigación científica acorde a nuestra economía.

Para el Presupuesto del 2009 se tiene previsto otorgarle 15 mil 525 millones 732 mil 726 pesos, por lo que hay un aumento de 3 mil 649 millones 729 mil 26 pesos; sin embargo éste no está acorde al avance de nuestra economía ni es suficiente para cubrir las necesidades del país en esta materia.

El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología como un organismo público descentralizado de la administración pública federal, e integrante del sector educativo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, es el responsable de elaborar las políticas de ciencia y tecnología en México.

El Conacyt, cuenta con 27 centros que congregan al 9.2 por ciento del personal científico. A la fecha 2 mil 278 investigadores de los Centros forman parte del Sistema Nacional de Investigadores, la segunda cifra más alta después de la UNAM. Ofrecen 98 programas de posgrado, de los cuales 12 son de competencia internacional. Atienden a más de 6 mil 800 alumnos al año, de programas propios y de instituciones de educación superior. Gradúan anualmente más de 850 doctores y maestros. Lo que constituye un importante medio de descentralización de la actividad científica y tecnológica contribuyendo al entendimiento de la realidad y a la solución de problemas regionales y locales. La cantidad otorgada para este rubro en este año (3 mil 240.3 millones de pesos --mdp--) no fue suficiente para cumplir con su responsabilidad, por lo que es necesario una cantidad complementaria de 200 mdp aplicada a los gastos de operación.

Otro rubro de interés son los Fondos Sectoriales, los cuales son fideicomisos que las dependencias y las entidades de la Administración Pública Federal conjuntamente con el Conacyt pueden constituir para destinar recursos a la investigación científica y al desarrollo tecnológico en el ámbito sectorial correspondiente. En ellos participan más de 167 instituciones y mil 159 investigadores, que ayudan a promover el desarrollo y la consolidación de capacidades científicas y tecnológicas en beneficios de los sectores.

Un ejemplo de esto lo demuestran los resultados de la Convocatoria de Investigación Científica Básica 2007*, que se emitieron de manera coordinada entre la SEP y el Conacyt, los cuales fueron los siguientes: 2 mil 652 solicitudes de apoyo recibidas y mil 181 proyectos aprobados por un monto de 708.7 millones de pesos, monto superior en 9.2 por ciento en términos reales, respecto a la convocatoria anterior. Para seguir impulsando dicha participación en este rubro estamos solicitando la cantidad complementaria de 400 mdp incluyendo 200 mdp para el fondo SEP-Conacyt para alcanzar 900 mdp.

Actualmente existen 8 laboratorios que necesitan reforzar su equipo por ello es necesaria una cantidad complementaria de 500 mdp.

Finalmente en relación a los estímulos fiscales a las empresas, en el PEF 2009 se elimina este programa por lo que estamos solicitando una cantidad complementaria de 2000 mdp para estímulos fiscales para el próximo año.

México tiene un compromiso social con la ciencia y la tecnología que no puede esperar más, por lo que es indispensable recomendar que en la próxima discusión sobre el presupuesto federal 2009, se considere un aumento sustantivo a este rubro, que impacte de manera gradual el gasto del Conacyt y permita se retome un aumento en el Gasto Federal para Ciencia y Tecnología para que se acerque realmente el 1 por ciento del PIB Nacional del 2009 señalado en la ley.

Por lo antes expuesto, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados considere en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2009, otorgar mayores recursos para ciencia y tecnología, distribuidos de la siguiente manera:

1. La cantidad complementaria de 220 millones de pesos aplicada exclusivamente a los gastos de operación de los centros Conacyt.
2. La cantidad complementaria de 400 mdp, incluyendo 200 para el fondo SEP-Conacyt para alcanzar 900 mdp y 200 mdp para los demás fondos sectoriales.
3. La cantidad complementaria de 500 mdp para renovación de los equipos en las instituciones de educación superior y Centros Certified Partner for Learning Solutions.
4. Trans anualidad (2009-2010) para el ejercicio de los 2 mil 500 mdp de inversión directa destinados a innovación y
5. La cantidad complementaria de 2000 mdp en estímulos fiscales para hacer la transición entre este programa de estímulos y el nuevo programa de inversión directa.
Ciudad de México, a 22 de octubre de 2008.--- Diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

«Proposición con punto de acuerdo, a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2009 se incrementen los recursos destinados al programa de la Sagarpa Adquisición de Activos Productivos para el Fomento de la Explotación de Ixtle, Palma Zamandoca y Lechuguilla, suscrita por los diputados Antonio Medellín Varela y Ernesto Oviedo Oviedo , del Grupo Parlamentario del PAN, y Ramón Salas López , del PRI

Los suscritos, legisladores Antonio Medellín Varela y Ernesto Oviedo Oviedo , del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, así como Ramón Salas López , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LX legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de esta honorable soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, mediante el cual se exhorta a la comisión encargada de elaborar el dictamen del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009 a destinar una partida especialmente etiquetada en el programa Adquisición de Activos Productivos para el fomento de la explotación de las fibras naturales, como ixtle, palma zamandoca y lechuguilla.

Consideraciones

El sector de productores de fibras naturales de ixtle, palma zamandoca y lechuguilla en el país es uno de los más relegados del sector rural, ya que se da en lugares áridos y semidesérticos.

Las personas que se dedican al tallado de esas fibras generalmente se encuentran en condiciones económicas difíciles, ya que el sector se encuentra en condiciones de baja competitividad, y los ingresos que dichos productores reciben por sus productos son realmente bajos, ya que el mercado para esas fibras se encuentra en abandono.

De conformidad con un punto de acuerdo que esta soberanía aprobó en el primer periodo ordinario del segundo año de ejercicio de esta legislatura, en 2008 se otorgaron recursos por alrededor de 50 millones de pesos para el rubro del Fondo de Apoyo a la Competitividad de las Ramas Productivas para ixtle, palma zamandoca y lechuguilla, a cargo de la Sagarpa.

Ante el escenario actual que presenta la actividad, es necesario que se inyecte una cantidad importante de recursos a esta actividad productiva, ya que tiende a mejorar el nivel de vida de los habitantes de dichas zonas, que por la condición geográfica del país presentan los mayores niveles de pobreza.

Ante el incremento que a últimas fechas se ha presentado en el precio de dichas fibras, y por la importancia que representa en el mercado interno y en las exportaciones, se considera de suma relevancia que se fortalezca este sector para que se encuentre en condiciones de competencia y en el marco de desarrollo rural sustentable.

Por lo mismo, consideramos importante que Coahuila, Durango, Hidalgo, Nuevo León, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas cuenten con tres centros de tallado destinados a la explotación de las fibras naturales citadas, en la inteligencia de que la construcción asciende a un monto aproximado de 5 millones de pesos cada uno, situación que desde luego será posible mediante la aprobación del punto de acuerdo contenido en la presente proposición.

Por lo expuesto, se pone a consideración el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009 se destinen 100 millones de pesos al Programa de Adquisición de Activos Productivos para el fomento de la explotación de las fibras naturales de ixtle, palma zamandoca y lechuguilla.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de octubre de 2008.--- Diputados: Ramón Salas López , Ernesto Oviedo Oviedo , Antonio Medellín Varela (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

«Proposición con punto de acuerdo, a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2009 se destinen recursos a Guelatao de Juárez, Oaxaca, para las festividades cívicas nacionales del 21 de marzo y del 18 de julio, nacimiento y muerte, respectivamente, de don Benito Juárez, a cargo del diputado Carlos Roberto Martínez Martínez , del Grupo Parlamentario del PRD

El que suscribe, diputado federal a la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, Carlos Roberto Martínez Martínez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Antecedentes

Primera. Guelatao de Juárez, lugar que vio nacer al Benemérito de las Américas, se localiza en la región de la sierra norte, pertenece al distrito de Ixtlán de Juárez; es uno de los 570 municipios del estado de Oaxaca que se asienta en una superficie de 442-50 hectáreas; el padrón de ciudadanos se limita a no más de 140, de los cuales un 30 por ciento son inactivos, ya sea porque residen en otro lugar, o bien porque se encuentran realizando actividades que el propio reglamento de la municipalidad avala.

Segunda. El lugar es un santuario cívico nacional. La plaza del pueblo rompe con la vieja tradición hispánica que trazaba a partir de un espacio central donde convergían los poderes públicos y eclesiásticos, representados por el palacio de gobierno y la iglesia principal. Fiel a su destino histórico, aquel pueblo oaxaqueño conserva un espacio público, cívico y laico, sin una iglesia en su plaza. No podía ser de otra manera, San Pablo Guelatao sólo se explica a través de Benito Juárez.

Tercera. Con la creación, en 1938, del internado indígena Benito Juárez, Guelatao cambio totalmente de fisonomía, los edificios de este centro educativo y la afluencia de alumnos de diversas comunidades, mostraron a Guelatao como sede del desarrollo que el estado mexicano diseño para si mismo. En aquella época la mayor parte de la población era analfabeta, lo que motivo que el internado albergara a jóvenes que incluso rebasaban los 20 años.

Cuarta. Fue también con Lázaro Cárdenas que llega la luz a esta microrregión. Con seguridad jurídica y política, además de contar con un internado y electricidad, Guelatao asume el papel de un nuevo pueblo con seguridad territorial, que le es ofrecida por el entonces presidente de la Republica General Lázaro Cárdenas.

Quinta. Por Guelatao pasaba tanto la población cafeticultora de El Rincón como el traslado de los minerales obtenidos en aquellos tiempos. Es decir, reafirma su papel de pueblo tránsito, imagen que en 1955 se agiganta con la gestión realizada por caracterizados y autoridades de la zona ante Adolfo Ruiz Cortínez, presidente de la republica. Para ello debemos señalar que el gobierno de Miguel Alemán había diseñado seis años antes un programa de desarrollo que hizo sentar sus bases precisamente en Guelatao.

Sexta. Se introdujeron a la región especies de árboles no conocidos y varios paquetes tecnológicos que poco a poco, y ya dentro de los periodos de Ruiz Cortines y López Mateos, le dieron a Guelatao y a la región una nueva imagen. Se reforzó la agricultura, el cultivo del trigo, se realizaron plantaciones de eucalipto y la labor de entubamiento de agua casi en todas las comunidades.

Séptima. Se construyeron escuelas y casas de salud, el desarrollo en pleno vestía a esta comunidad, que en breves años vería con sus propios ojos la modificación del trazo carretero Oaxaca-Tuxtepec y la pavimentación de este mismo tramo, que en las palabras de Ruiz Cortínez llenaba dos objetivos: el cívico y el industrial.

Octava. El 21 de marzo de 1990 inicia transmisiones de prueba la radiodifusora XEGLO, La Voz de la Sierra Juárez, provisionalmente en un local de la presidencia municipal, la cual fortalece elementos que antropológicamente se consideran patrimonio cultural de la región: música de banda, la medicina tradicional, la organización social, los avisos e información, esto le da a Guelatao de Juárez, una nueva tarea de atención regional.

Novena. El ánimo por la comunicación no se detiene e invade la televisión, en 1994 sale al aire un canal de televisión cuya señal cubre sólo a ocho comunidades. Desde la sociedad civil, bajo el nombre de Fundación Comunalidad.

Décima. Desde 1967 se establece con la visita del general Lázaro Cárdenas, la asistencia de todos los presidentes de la república el 21 de marzo, aniversario del natalicio, o bien, el 18 de julio, aniversario luctuoso de don Benito Juárez García.

Undécima. Los referentes importantes lo constituyen los eventos de carácter social, cultural, deportivo y político que año tras año se realizan en la localidad, la disponibilidad de espacios públicos que para estos actos, pareciera ser más que suficientes se convierten en insuficientes ante la gran cantidad de visitantes que requieren los servicios de agua potable, hospedaje, alimentación, espacios deportivos apropiados, entre otros y que también den respuesta a la demanda del turismo nacional y extranjero que tienen en su ruta visitar la cuna del Benemérito, así como visitar una de las regiones con mayor biodiversidad de México.

Duodécima. La celebración del 21 de marzo, dentro de sus atractivos tiene el de atraer a los jóvenes de distintas edades para competir en un campeonato que en las ultimas tres décadas ha despertado un interés inusitado que refrenda el calor que ofrece esta celebración. La Copa Benito Juárez. La organización de este evento ha rebasado la capacidad comunitaria.

Decimotercera. Guelatao ofrece a sus visitantes diversos atractivos culturales e históricos como el antiguo templo, hoy panteón municipal; el Museo Crónica de la Obra de Juárez, que alberga reproducciones de ilustraciones que narran la vida del prócer, así como una miniatura de la carroza que utilizó el ex presidente mexicano para recorrer el país, entre otros objetos y documentos.

Decimocuarta. También puede visitarse el palacio municipal que guarda datos históricos a la vista, una amplia plaza cívica con una magnifica estatua de don Benito y una de su madre, doña Brígida García; la biblioteca Pensamiento Juarista con importantes documentos, y la réplica de la casa original del Benemérito.

Decimoquinta. Los servicios de que dispone el municipio para ofrecer a los visitantes en cada uno de los eventos que se realizan en el transcurso del año, son diferentes, se mencionan los más importantes:

a) Servicio de agua potable, los eventos cívicos nacionales, del 21 de marzo y 18 de julio, requieren de un gasto superior de agua, con el consiguiente malestar de propios y extraños, además de los riesgos para la salud en general.

b) espacios deportivos para los eventos, como las canchas del municipio, de la escuela primaria y del Centro de Integración Social se vuelven insuficientes, además de que en lo general no reúne las condiciones que se requieren para competencias de este nivel.

c) la iluminación por lo consiguiente es deficiente tanto en espacios deportivos como la población en general.

d) A los poco más de cinco mil visitantes que asisten a los actos cívicos nacionales, como es una tradición, se les da la alimentación y hospedaje, tomando en cuenta, que la comunidad está conformada por apenas unas mil personas (contando a niños y ancianos).

Decimosexta. En el marco de la conmemoración del Bicentenario del natalicio de don Benito Juárez García, el pueblo de San Pablo Guelatao, cuna del Benemérito de las Américas, esperaba el apoyo decidido del gobierno federal y estatal, a efecto implementar programas y políticas necesarias, para garantizar la creación de fuentes de empleo en esta localidad, sobre todo la reactivación del campo para evitar mayor migración a Estados Unidos.

Decimoséptima. La posición geográfica, los diferentes medios de comunicación, el nivel de escolaridad y otros factores han permitido que el municipio de Guelatao de Juárez se sitúe como una localidad con baja marginalidad y por consiguiente con un bajo presupuesto por parte de la federación, sin embargo, la realidad del municipio es otra, ya que se tiene rezagos que con los recursos propios no va a ser posible resolver.

Consideraciones

La celebración de natalicio del Benemérito de las Américas como la conmemoración de su muerte, se convierte en eventos que trastocan la rutina y obligan a una organización específica que en principio era regional; es decir, presidentes municipales, agentes, directores de escuela, alumnado, y que ahora invade comisiones especiales del gobierno federal y estatal, las que intervienen en el diseño y realización de los eventos cívicos nacionales del 21 de marzo y del 18 de julio.

Estos eventos cívicos, no sólo han sido espacios de manifestación política, sino ahora, de emotividades interculturales y deportivas. El 21 de marzo, por ejemplo, no es una fiesta normal. Con el paso de los años se ha convertido en la celebración cívica más importante del país que se realiza en una comunidad, incluso de mayor movilización que la que se atribuye Anenecuilco por la memoria de Zapata.

La presencia de presidentes de la republica ha incrementado la importancia de un evento que sale de la capacidad organizativa de la comunidad. El civismo está estacionado en Guelatao de Juárez. Un ejemplo especial fue lo que sucedió en 1972, por la conmemoración del centenario de la muerte de don Benito Juárez. No hubo día que una escuela venida de cualquier parte de la republica rindiera homenaje al prócer.

Estos actos cívicos continúan desarrollando su importancia, la que en algunos casos se ve debilitada por la apatía de los dos últimos presidentes de la republica: Ernesto Zedillo Ponce de León y Vicente Fox.

En este contexto el pueblo de Guelatao demanda el apoyo decidido de este honorable Congreso de Unión, a fin de que se le asigne un recurso, a efecto de poder realizar los diversos atractivos culturales e históricos, que desde 1976 se vienen realizando en torno alas actividades cívicas nacionales.

Son diversas y muy profundas las razones por las que el paso del tiempo ha dado dimensión a la figura del Benemérito de las Américas, pero quizá todas esas razones pudieran resumirse en una sola: un amor entrañable a la patria que se convierte en decisión inquebrantable para construir el Estado y desde él una Nación redentora y justa, forjada a partir del esfuerzo de todos y en la que cada quien encuentra el espacio necesario para su realización.

Por su lucha contra el intervencionismo extranjero, el nombre de don Benito Juárez ha recorrido al mundo como símbolo de la defensa de la soberanía nacional. Por ello mereció el título de Benemérito de las Américas.

Su ejemplo republicano orienta sin duda alguna el camino hacia el progreso de México, por lo que es congruente propiciar en forma decidida el desarrollo de Guelatao de Juárez.

Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito solicitar al Pleno de esta Cámara de Diputados se someta a consideración la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. Se solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública que considere, dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009, recursos por 3 millones de pesos para el municipio de Guelatao de Juárez, Oaxaca, a fin de destinarlos a las festividades cívicas nacionales, del día 21 de marzo y 18 de julio, fechas del natalicio y muerte de don Benito Juárez García.

Segundo. Se solicita al pleno de esta soberanía que asigne cada año este monto al municipio de Guelatao de Juárez para poder llevar acabo las festividades cívicas nacionales del Benemérito de las Américas, don Benito Juárez García.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de octubre de 2008.--- Diputados: Carlos Roberto Martínez Martínez , Othón Cuevas Córdoba, Carlos Altamirano Toledo , Joaquín Conrado de los Santos Molina , Benjamín Hernández Silva , Daniel Dehesa Mora , Daisy Selene Hernández Gaytán (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

«Proposición con punto de acuerdo, a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2009 se consideren recursos para el Subsistema de Universidades Tecnológicas de la Subsecretaría de Educación Superior, a cargo del diputado Alberto Amador Leal , del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, diputado federal Alberto Amador Leal , integrante del Grupo Parlamentario del PRI de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en la fracción I de los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la siguiente propuesta con punto de acuerdo para fortalecer las Universidades Tecnológicas.

Exposición de Motivos

En días pasados la Asociación Nacional de Universidades Tecnológicas acudió a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de esta Cámara para exponer la situación que priva en dichas instituciones y las prioridades de inversión para el 2009.

1. Situación actual

Se trata de 66 universidades que a partir de 1991 están funcionando en 27 entidades federativas con una matricula de 79 mil 800 alumnos y un total de 160 mil egresados.

El objetivo del sistema es:

• Formar profesionales con énfasis en la práctica para su inserción laboral en los mandos medios que requiere el mercado de trabajo.
• Ofrecer continuidad de estudios hacia la licenciatura para 2009.
• Diversificar la estructura de la oferta educativa.
• Fortalecer la vinculación universidad-empresa.
• Coadyuvar en el desarrollo económico del ámbito local y regional.
• Apoyar la movilidad social, al favorecer el acceso a la educación superior de grupos vulnerables.

2. Resultados

Los resultados se pueden resumir en:

• La formación de 160 mil técnicos superiores universitarios (TSU).
• Eficiencia terminal promedio de 63 por ciento.
• Tasa de colocación de egresados de 70 por ciento.
• 68 por ciento de los resultados del EGETSU son sobresalientes o satisfactorios.
• 60 universidades tienen sistema de gestión de calidad certificados bajo la norma ISO 9001:2000.
• 224 programas educativos se encuentran en el nivel 1 de CIEES.
• 139 programas educativos han sido acreditados por el Consejo para la Acreditación de la Educación Superior.

3. Áreas de oportunidad

El sistema tiene, aún, un enorme potencial como:

• Fortalecer la presencia de las Universidades Tecnológicas (UT) en el sistema de educación superior. Difundir la profesión del TSU en el mercado laboral y la sociedad en general.
• Pugnar por un mayor reconocimiento del título del TSU. Hacer las gestiones necesarias para que la profesión de TSU se registre en el tabulador oficial de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y sea reconocido por la propia administración pública.
• Fortalecer a la planta docente por tratarse de un factor estratégico. Lograr el reconocimiento de un tabulador homologado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público e impulsar la capacitación, actualización y formación docente. Revisar y mejorar el reglamento de ingreso, permanencia y promoción del personal académico actual.
• Adecuar la estructura organizacional de las UT. Obtener el reconocimiento y la aprobación de la SHCP sobre las necesidades de crecimiento y evolución de las UT, tales como el incremento de la matrícula atendida y a la oferta educativa. Formular las propuestas de adecuación de la estructura orgánica de 50 UT.

Por lo anterior, someto a la consideración de esta soberanía, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único . Que las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Educación Pública y Servicios Educativos consideren una partida de 800 millones de pesos para el subsistema de universidades tecnológicas a cargo de la Subsecretaría de Educación Superior de acuerdo con lo siguiente:

Palacio Legislativo, a 22 de octubre de 2008.--- Diputado Alberto Amador Leal (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.



BRADLEY ROLAND WILL

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Se recibió del diputado Humberto López Lena Cruz, de Convergencia, punto de acuerdo por el que se solicita la comparecencia del titular de la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos contra Periodistas, de la PGR, para que informe sobre la investigación y los resultados de la muerte del periodista estadounidense Bradley Roland Will, ocurrida durante el conflicto magisterial en Oaxaca.

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : «Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita la comparecencia del fiscal especial para la Atención de Delitos Cometidos contra Periodistas de la PGR, a fin de que informe sobre los resultados de la investigación acerca de la muerte del periodista estadounidense Bradley Roland Will, ocurrida en el conflicto magisterial en Oaxaca, a cargo del diputado Humberto López Lena Cruz , del Grupo Parlamentario de Convergencia

El suscrito, Humberto López Lena Cruz , diputado federal, secretario de la Comisión de Seguimiento a las Agresiones a Periodistas y Medios de Comunicación de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita al Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados que se requiera la comparecencia del ciudadano Octavio Alberto Orellana Wiarco, fiscal especial para la Atención de Delitos Cometidos contra Periodistas de la Procuraduría General de la República, para que informe en relación con la investigación y los resultados actuales de la muerte del periodista estadounidense Bradley Roland Will, ocurrida el 27 de octubre de 2006, durante el conflicto magisterial en Oaxaca.

Consideraciones

El pasado 27 de octubre de 2006, en medio del conflicto político que vivió el estado de Oaxaca fue asesinado el periodista estadounidense Bradley Ronald Will, hechos que, a casi dos años de haber sucedido, no se ha logrado conocer a los autores materiales; sin embargo, la semana pasada se ejecutaron ordenes de aprehensión a dos personas como probables responsables.

Lo mismo ha ocurrido con muchos casos de los que conoce la fiscalía especializada en agresiones a periodistas en todo el país y ninguno ha mostrado avances o éxito en las investigaciones de éstas.

Desde el inicio de dicha investigación hemos apreciado que las autoridades encargadas de impartir justicia en Oaxaca incurrieron en conductas irregulares y omisiones durante la investigación de la muerte del periodista, tratando de ocultar la verdad histórica de los hechos.

El 28 de noviembre de 2006 presenté un punto de acuerdo en el que se exhortaba a la Fiscalía Especial para la Atención de los Delitos Cometidos en contra de Periodistas a atraer la investigación relacionada con la muerte del comunicador Bradley Roland Will.

Surtiendo efectos hasta el 19 de abril de 2007, fecha en que la fiscalía especial atrajo el asunto del periodista, apreciándose desde ese momento dilación en las investigaciones, y se continúa con las irregularidades en la integración de ésta.

El jueves 16 de octubre de 2008, en la ciudad de Oaxaca, agentes federales de investigación detuvieron a Juan José Martínez Moreno, simpatizante de la Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca, quien ahora se encuentra procesado por su presunta responsabilidad material en el homicidio de Brad Will.

Asimismo, se detuvo a Octavio Pérez, quien obtuvo su libertad bajo caución el 18 de octubre de 2008, ya que a él se le acusa del delito de encubrimiento, por lo que enfrenta el proceso gozando de su libertad.

Estas aprehensiones sucedieron el mismo día en que la Procuraduría General de la República (PGR) declaró que no aceptaría la recomendación 50/2008 de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, emitida el 26 de septiembre de 2008, y en la que solicita instruir al agente del Ministerio Público de la Federación para agilizar las investigaciones y realizar las diligencias para determinar la responsabilidad de funcionarios federales que incurrieron en anomalías durante la investigación.

Por tales motivos, este punto de acuerdo tiene como finalidad la comparecencia del ciudadano Octavio Alberto Orellana Wiarco, fiscal especial para la Atención de Delitos Cometidos contra Periodistas de la Procuraduría General de la República para que informe en relación con el estado actual de dicha investigación y a qué se debieron las aprehensiones de los ciudadanos Juan José Martínez Moreno y Octavio Pérez.

Quiero mencionar que el organismo nacional de derechos humanos encontró varias inconsistencias en la investigación de la PGR, ya que dictaminaron que el disparo se hizo a una distancia de entre dos y diez metros y señalaron probables responsables, existiendo contradicción con lo que el organismo manifestó en su recomendación, por ello, transcribo a continuación una parte importante de dicha recomendación:

Con base en los resultados del dictamen pericial, los peritos de la comisión nacional llegaron a las siguientes consideraciones: que la ausencia de tatuaje de granos de pólvora en las heridas producidas por proyectil de arma de fuego, observadas en el cuerpo de Bradley Roland Will, el resultado negativo de la prueba de Walker implica per se que el disparo se efectuó a más de un metro de la boca del cañón del arma, sin que se pueda precisar categóricamente que el disparo se realizó a un metro de distancia.

Del análisis, cuadro por cuadro, de los fragmentos finales que grabó Bradley Roland Will, se puede establecer que siempre se situó en el lado izquierdo de la calle, en el arrollo vehicular, y cerca de la acera, con movimiento constante, sosteniendo la cámara que portaba y grabando con dirección al norte y de frente hacia la calle Juárez.

Que la cámara que portaba el señor Bradley Roland Will el día de los hechos es un equipo Sony modelo HVR-Z1U.

Que fueron identificados los sonidos producidos por disparos y cohetes, así como el grito del lesionado.

Que es altamente probable, de acuerdo con los estudios periciales realizados a las balas calibre 38 especial, que el victimario se encontrara a una distancia aproximada entre 35 y 50 metros.

Que las dos lesiones que produjeron la muerte del señor Bradley Roland Will se suscitaron de forma sucesiva, inmediata, secuencial y en milésimas de segundo, una de otra, en el lugar de los hechos.

Que la posición del señor Bradley Roland Will, al momento de recibir el primer impacto de bala, era en bipedestación (parado), con la parte anterior de su cuerpo de frente a su victimario, el cual, muy probablemente, se situaba por delante y ligeramente a la derecha de éste. En consecuencia, por mecanismo de defensa, el reportero se flexionó hacia delante, lateralizando a la izquierda su cuerpo parcialmente, en el momento en que recibe el segundo disparo, encontrándose el victimario en la misma posición.

Que el tiempo calculado entre la detonación y el impactó a nivel del epigastrio (primera lesión) ocurrió en aproximadamente 166 milésimas de segundo, tiempo en que una bala calibre 38 especial recorre una distancia de entre 45 a 50 metros (promedio 42.5 metros), lo que pericialmente permite afirmar, con un alto grado de probabilidad, que el victimario se encontraba situado detrás del camión de volteo.

Que el disparo no se realizó a un metro de distancia, como establecieron los peritos de la procuraduría estatal, y mucho menos en un lugar y tiempo distinto de donde ocurrieron los hechos.

Por otra parte, en relación con los dictámenes periciales que se han practicado para la integración de la averiguación previa 11/FEADP/07 por parte de la fiscalía especial, se advierte que se han realizado de forma aislada, esto es, sin que se hayan tomando en consideración el conjunto de indicios y evidencias recabadas por cada dictaminador, en particular, y sin que se advierta, además, un análisis completo, coordinado y detallado de las pruebas correspondientes; tampoco se proporciona una conclusión contundente sobre cómo sucedieron los hechos, principalmente, respecto a las circunstancias en que el señor Bradley Roland Will recibió el segundo disparo y la distancia a la que se realizaron los disparos que le ocasionaron la muerte.

Con ello queda en evidencia las indagatorias realizadas por ambas procuradurías; por ello, la necesidad de que se escuchen los posicionamientos del titular de la dependencia en mención.

Actualmente, este caso, aún causa controversia en la forma de procurar justicia, tanto de las autoridades estatales como de las federales, como ha sucedido en otros asuntos como el del periodista Amado Ramírez, asesinado en Guerrero, y que por pertenecer a una empresa tan importante como Televisa y crear la idea de que la justicia es pronta y expedita en nuestro país, no tuvieron inconveniente las autoridades en gestar una línea de investigación alejada de la realidad de los hechos.

No queremos pensar que en la caso que nos atañe, la PGR, por presiones de diferentes actores o grupos que tienen interés en el asunto, está tratando de buscar paganos o chivos expiatorios para desviar la atención y la investigación, y, con esto, alejarnos de la verdad histórica de los hechos.

Por lo antes expuesto, y con fundamento en los artículos 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 45 párrafo primero de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 90 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se solicite la comparecencia del ciudadano Octavio Alberto Orellana Wiarco, fiscal especial para la Atención de Delitos Cometidos contra Periodistas de la Procuraduría General de la República, para que informe en relación con la investigación y resultados actuales de la muerte del periodista estadounidense Bradley Roland Will, ocurrida el 27 de octubre de 2006 durante el conflicto magisterial en Oaxaca.

Salón de sesiones, a 23 de octubre de 2008.--- Diputado Humberto López Lena Cruz (rúbrica).»

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Túrnese a la Comisión de Justicia.



PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : La Presidencia informa a la asamblea que las siguientes proposiciones y que tienen relación con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009, serán turnadas de inmediato a la comisión correspondiente.

«Proposición con punto de acuerdo, a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2009 se destinen recursos al programa Promoción de Convenios en materia de Justicia, de la Comisión para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, y a la creación del programa de indígenas urbanos, a cargo de la diputada Lourdes Alonso Flores , del Grupo Parlamentario del PRD

La que suscribe, diputada federal Lourdes Alonso Flores , integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática a la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de ésta soberanía proposición con punto de acuerdo a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para 2009 se asignen y etiqueten recursos destinados al Programa Promoción de Convenios en Materia de Justicia, de la Comisión para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, y para que se cree el programa de indígenas urbanos, en razón de la siguiente

Exposición de Motivos

Hasta la década de los sesenta del siglo pasado la visibilidad de los pueblos indígenas en México se expresaba en sitios más o menos acotados como antiguas demarcaciones y espacios comunitarios tradicionales. En las últimas cinco décadas, durante el proceso de urbanización del país, la población indígena ha emprendido desplazamientos en volúmenes significativos a zonas metropolitanas como México, Guadalajara, Monterrey y Puebla, así como conurbaciones y ciudades, las cuales se han convertido en nuevas áreas de atracción.

Datos del Consejo Nacional de Población señalan que ``...en el conjunto del sistema urbano nacional habitan 4.2 millones de indígenas, quienes representan uno de cada tres indígenas del país: 2.6 millones en las zonas metropolitanas, 311 mil en las conurbaciones y 1.3 millones en otro tipo de ciudades''.

Esta población indígena ahora urbana acrecienta la demanda de servicios y empleo con una particularidad, su identidad indígena, es decir, la satisfacción de esas necesidades urbanas debe considerar su diferencia cultural con la finalidad de mantener la diversidad y riqueza cultural de los pueblos indígenas Para tal fin, es necesario materializar la satisfacción de derechos económico-sociales con una perspectiva intercultural.

Al respecto, el Informe especial sobre los derechos de las comunidades indígenas residentes en la Ciudad de México 2006-2007 de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal señala que en al menos seis aspectos es urgente la intervención de los gobiernos federal y local para atender la grave situación que viven los indígenas en esta capital: discriminación, denegación de justicia, no accesibilidad a servicios de salud y educación, explotación laboral de artesanos indígenas y empleadas del hogar.

El apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que ``la federación, los estados y los municipios, para promover la igualdad de oportunidades de los indígenas y eliminar cualquier práctica discriminatoria, establecerán las instituciones y determinaran las políticas necesarias para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas y el desarrollo integral de sus pueblos y comunidades, las cuales deberán ser diseñadas y operadas conjuntamente con ellos''.

La Ley que Crea la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI) señala que su objetivo es ``...orientar, coordinar, promover, apoyar, fomentar, dar seguimiento y evaluar los programas, proyectos, estrategias y acciones públicas para el desarrollo integral y sustentable de los pueblos y comunidades indígenas de conformidad con el artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos...''

La CDI, hasta hoy, no ha ajustado su presupuesto y programas a las necesidades que demanda la compleja realidad de este país, cuyas cifras revelan que uno de cada tres indígenas residen en ciudades del país, sin embargo continúa operando con programas anacrónicos diseñados por su antecesor, el Instituto Nacional Indigenista, orientado a los asentamientos de origen de las comunidades que integran los pueblos indígenas.

Si bien la CDI ha considerado algunas acciones para la atención de este fenómeno de la migración indígena a las ciudades, las medidas no han sido diseñadas conforme a las características propias de los indígenas que residen en las ciudades.

Para el ejercicio presupuestal 2008, se destinaron 30 millones de pesos para atender a esta población así como a los ``migrantes desplazados'', cantidad que se estima insuficiente, para el amplio espectro de necesidades que tienen los pueblos indígenas urbanos; para el ejercicio presupuestal 2009, se estima necesario crear un programa específico de atención a pueblos indígenas urbanos con un techo presupuestal de 150 millones de pesos y la elaboración de reglas operación correspondientes, para brindar de manera eficiente los satisfactores necesarios a este grupo poblacional.

Por otra parte, para la promoción de derechos de los pueblos indígenas conforme establece el artículo segundo de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, ha implantado el Programa Promoción de Convenios en Materia de Justicia, cuya finalidad es generar las condiciones para que los pueblos y sus integrantes ejerzan sus derechos individuales y colectivos establecidos en la legislación nacional; en los últimos tres años, este programa ha recibido un gran número de propuestas (2 mil 310), de organizaciones y comunidades indígenas que ven en este programa una oportunidad para la promoción y capacitación de sus derechos; sin embargo por el escaso presupuesto que se ha asignado a este programa sólo se han apoyado mil 452 solicitudes; en el 2008 solamente se ha atendió al 39 por ciento de la demanda.

Con la implantación de este programa se ha beneficiado directamente a 432 mil 840 indígenas y se han realizado diversas actividades de formación de promotores, capacitación y promoción en derechos humanos, indígenas, procuración de justicia, derechos de la mujer, derechos de los migrantes, entre otros.

Dada la magnitud de la problemática en procuración de justicia y derechos humanos de los pueblos indígenas y sus integrantes, se requiere incrementar hasta 100 millones de pesos el techo presupuestal de este programa para atender los graves problemas que aquejan a los pueblos indígenas y cumplir así el mandato del artículo segundo constitucional.

En razón de lo expuesto anteriormente y fundamentado, me permito someter a esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. Se solicita a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Publica, de Hacienda y Crédito Público, y de Asuntos Indígenas de la Cámara de Diputados que, en el marco del análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2009, se considere y etiquete la cantidad de 100 millones de pesos para el Programa Promoción de Convenios en Materia de Justicia, de la Comisión para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.

Segundo. Se solicita a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Publica, de Hacienda y Crédito Público, y de Asuntos Indígenas de la Cámara de Diputados que, en el marco del análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación 2009, se considere la creación de un programa específico de atención a los pueblos indígenas urbanos y se le asigne un presupuesto de 150 millones de pesos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de octubre de 2008.--- Diputada Lourdes Alonso Flores (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

«Proposición con punto de acuerdo, a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2009 se consideren recursos para proyectos de preservación ambiental en el Distrito Federal, a cargo del diputado Alejandro Sánchez Camacho , del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos presenta ante esta soberanía proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El Distrito Federal es la sede de los poderes de la Unión y centro político y económico del país. Su entorno físico requiere ser preservado para garantizar la viabilidad de la Ciudad de México y de la zona metropolitana. Por ello, un elemento fundamental en materia ecológica y ambiental, particularmente en sus 88 mil 440 hectáreas de suelo de conservación, es llevar diversos proyectos que permitan la recarga de los mantos acuíferos, el mantenimiento y la mejora de las área de conservación ecológica y cuidado de la calidad del aire.

Desde una perspectiva ecológica, el suelo de conservación alberga ecosistemas naturales con más de mil 800 especies de flora y fauna silvestres, cerca de 2 por ciento de la riqueza biológica mundial y 11 por ciento de la riqueza biológica nacional. El Distrito Federal ocupa el vigésimo tercer lugar en número de especies endémicas de vertebrados en Mesoamérica y el vigésimo cuarto en endémicas estatales. En el suelo de conservación se desarrollan procesos naturales, a través de los cuales se proporcionan diversos bienes y servicios ambientales, imprescindibles para la sustentabilidad del Distrito Federal.

Por ello que se requiere el apoyo de recursos federales por 25.6 millones de pesos destinados al Programa de Monitoreo y Vigilancia para el Suelo de Conservación.

Se ha detectado que el arbolado no está aportando todos los servicios ambientales que debe prestar a la ciudad, pues se requiere mejorarlo su salud, reducir la mortandad del arbolado, incrementar la captura y secuestro de contaminantes atmosféricos, y conservar el paisaje urbano con una mejora sustancial en la estructura del arbolado de la zona urbana. Por eso es necesario contar con 3.2 millones de pesos de recursos federales.

Las zonas lacustres de Xochimilco y de Tláhuac constituyen un ecosistema remanente de la cuenca de México, en la cual se realizan actividades de turismo, comercio regional y agricultura tradicional principalmente en chinampas. Sin embargo, presentan una problemática compleja que requiere pronta atención, con el respaldo de 4.4 millones de pesos del presupuesto federal.

De manera especial, es indispensable fortalecer la infraestructura de prevención y combate de incendios forestales, acciones inherentes a la protección del suelo de conservación y, por tanto, prioritarias para los más de 20 millones de habitantes de la zona metropolitana de la Ciudad de México, con el apoyo de hasta 115.2 millones de pesos de la federación.

En apoyo de las actividades que se llevan a cabo en el suelo de conservación, la producción de planta en el vivero de San Luis Tlaxialtemalco es estratégica, pues permite repoblar la masa arbolada y reforestar las áreas abatidas, que equivalen a 7.0 por ciento del área rural, para lo cual se requieren 24.0 millones de pesos de presupuesto federal.

En materia de conservación de la vida silvestre, como parte fundamental de los ecosistemas, es indispensable su monitoreo, manejo y conservación, para lo cual se solicitan 0.8 millones de pesos.

Igualmente, a fin de proteger e incrementar la producción de semillas nativas de maíz y evitar la introducción de transgénicos, se adecuarán las instalaciones del laboratorio del vivero de San Luis Tlaxialtemalco, para el análisis y mejoramiento de las semillas, solicitando el apoyo de 11.1 millones de pesos de la federación.

En los últimos lustros y por efectos de la deforestación y los fenómenos eólicos, el suelo rural presenta riesgos, por lo cual es imperioso construir infraestructura para retención y conservación del suelo; se requieren de la federación 132.3 millones de pesos.

En tal virtud, se pretende obtener recursos presupuestales de la federación hasta por 316.6 millones de pesos para llevar a cabo los proyectos señalados, que se orientan al cuidado y la preservación del suelo de conservación de Tláhuac, Milpa Alta, Xochimilco, Tlalpan, La Magdalena Contreras, Álvaro Obregón, Cuajimalpa de Morelos, Gustavo A. Madero e Iztapalapa, con efectos ambientales positivos en la Ciudad de México y zona metropolitana, obteniendo recursos por transferencia de las asignaciones contenidas en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2009, específicamente del Ramo 16, ``Medio Ambiente y Recursos Naturales'', unidades responsables 100, Secretaría; 612, Dirección General de Fomento Ambiental, Urbano y Turístico; 710, Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas; y 712, Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos.

Por ello, legisladoras y legisladores, y en atención de su sensibilidad, sometemos a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión a incluir en el dictamen del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009 recursos hasta por 316.6 millones de pesos con objeto de financiar los proyectos contenidos en el cuerpo de la presente proposición.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de octubre de 2008.--- Diputado Alejandro Sánchez Camacho (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

«Proposición con punto de acuerdo, a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2009 se consideren recursos para proyectos que permitan mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero en la Ciudad de México, a cargo del diputado Alejandro Sánchez Camacho , del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en los artículos 58, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos presenta ante esta soberanía, proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El Gobierno del Distrito Federal reconoce que el cambio climático es la amenaza más grave que se cierne actualmente sobre los ecosistemas del valle de México, el país y el mundo, y que se requieren acciones urgentes para mitigar las emisiones de los gases de efecto invernadero, adoptar medidas para reducir los impactos del cambio climático y garantizar, con equidad, la calidad de vida de quienes habitamos la ciudad y quienes la habitarán.

En ese sentido, la elaboración de estudios para la implementación de las medidas de mitigación de emisiones de gases de efecto invernadero; adaptación a los efectos del cambio climático; y comunicación y educación del fenómeno del cambio climático, propuestas en el Programa de acción climática de la Ciudad de México 2008-2012, que son indispensables para la determinación y aplicación de medidas tanto preventivas como para el equilibrio del cambio climático, para lo cual procede la aplicación de 5.0 millones de pesos provenientes del presupuesto federal.

Cabe señalar, que desde la Primera cumbre de la tierra, se reconoció que las agenda XXI, son herramientas que ayudan a generar conciencia y otorgan elementos para la comprensión de los problemas ambientales en su vinculación con el desarrollo económico y social. Para la ciudad de México, es indispensable integrar su agenda XXI, como una contribución al mejoramiento del ambiente global, para lo que se necesitan recursos presupuestales federales por un monto de 3.3 millones de pesos.

Con el mismo propósito y para asegurar un manejo adecuado y eficiente es necesario contar con un inventario del arbolado urbano, coadyuvantes fundamentales para mantener el equilibrio climático y cuya acción reclama el financiamiento con 9.0 millones de pesos del presupuesto federal.

La educación ambiental dentro de las políticas ambientales del gobierno del Distrito Federal es estratégica, en virtud de que impacta directamente en la sociedad con conocimientos diversos, que confluyen en la contribución al mejoramiento del medio ambiente, tanto en la zona rural como en la urbana y es hacia allá a donde se encaminan los esfuerzos para la readecuación de los centros de educación ambiental de Acuexcomatl, Ecoguardas y Yautlica, así como la instalación del módulo de observación climática en el Museo de Historia Natural en coordinación con el Climate institute. Para ello se requieren recursos federales por 12.8 y 4.4 millones de pesos, respectivamente.

Con respecto a la actualización del Programa de gestión integral de los residuos sólidos para el Distrito Federal 2004-2008 resalta su importancia en virtud que permite desarrollar nuevas estrategias para cumplir con los principios rectores de desarrollo sustentable, prevención y minimización, comunicación educación y capacitación, y participación social, aprovechando la generación de gases para la producción de energía evitando así que dichos gases contribuyan al cambio climático. Adicionalmente, la elaboración del plan maestro y proyecto ejecutivo de la primera etapa del sistema secundario de ciclovías y espacios abiertos metropolitanos en Gustavo A. Madero y Venustiano Carranza dará lugar a la reducción de gases de efecto invernadero, al inhibir el uso de vehículos automotores, ambos proyectos se entrelazan con el sistema de áreas verdes, parques lineales y ciclovías, los cuales se pretende que interconecten tanto a los centros educativos, centros de trabajo, unidades departamentales, etcétera, contribuyendo así a disminuir los efectos de la contaminación que vive hoy por hoy la Ciudad de México y zonas conurbadas, para lo cual se propone la aportación de recursos federales por 2.5 y 10.0 millones de pesos, respectivamente.

En consecuencia, se solicitan recursos presupuestales de la federación hasta por 47.0 millones de pesos para solventar los requerimientos de esas importantes acciones que beneficiaran a la población y al entorno ecológico de la Ciudad de México y su zona metropolitana.

Para tales efectos, se propone canalizar recursos vía transferencia de las asignaciones que contempla el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2009, en el ramo 16 medio ambiente y recursos naturales, específicamente de las unidades responsables 100 secretaría, 612 Dirección General de Fomento Ambiental, Urbano y Turística, 710 Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas y 712 Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos.

Por lo anteriormente expuesto, someto a su consideración el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para que en el dictamen del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, se consideren asignaciones de recursos federales por 47.0 millones de pesos para financiar los proyectos que permitan mitigar las emisiones de los gases de efecto invernadero en la Ciudad de México y contribuir, con ello, a la reducción del calentamiento global.

Diputado Alejandro Sánchez Camacho (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

«Proposición con punto de acuerdo, a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2009 se consideren mayores recursos para la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca, a cargo del diputado Othón Cuevas Córdova , del Grupo Parlamentario del PRD

Con fundamento por lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el suscrito, diputado integrante de la LX Legislatura del Congreso de la Unión, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo para solicitar una asignación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009 a la Universidad Autónoma Benito Juárez del estado de Oaxaca por más de 600 millones de pesos, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La universidad pública representa para la gran mayoría de los mexicanos que tienen el deseo de prepararse la única posibilidad de tener las herramientas para cambiar sus condiciones y forma de vida. En el ciclo escolar 2006-2007 había inscritos en el sistema de educación superior poco más de 2 millones y medio de alumnos, de los cuales más de un millón 600 mil acuden a la universidad pública, según datos de la Secretaría de Educación Pública. A pesar de los diversos esquemas de becas y subvenciones el porcentaje de alumnos en la educación superior en las modalidades de educación pública y privada del Programa Nacional de Becas para la Educación Superior, que recibieron apoyos en el 2007, ascendió a 183 mil 42 alumnos.

Ante este panorama, la universidad pública es la única opción para preparar a los próximos profesionistas de México. Por ello, es de fundamental importancia que el gasto destinado a la educación pública superior no sólo se mantenga sino que aumente considerablemente. Este gasto, que es una inversión en capital humano, tiene varias aristas y beneficios. No sólo dará más posibilidades a las instituciones para recibir a más alumnos sino que se reflejará en el rubro de la investigación científica, en el desarrollo de patentes y en el impulso de la industria nacional, aunado a una sociedad con mejores posibilidades de desarrollo.

Por otro lado, quiero precisar que dentro del presupuesto a la educación superior existen instituciones que se encuentran en una situación crítica para su operación y especialmente para obtener resultados en el ámbito académico que es la responsabilidad superior para lo que fueron creadas. En este caso se encuentra la Universidad Autónoma Benito Juárez del estado de Oaxaca (UABJO), la institución de educación superior pública más importante del estado, que lamentablemente atraviesa por una transición académica y administrativa que requiere la atención inmediata por parte del Congreso de la Unión.

Nuestra universidad requiere poco más de 600 millones de pesos para iniciar la reversión de un proceso que tiene muchos años y que la ha colocado en un nivel que no se merece, ni lo merece el pueblo de Oaxaca. Actualmente la UABJO recibe en promedio por subsidios y pago de servicios poco menos de 450 millones de pesos, teniendo un déficit anual de más de 100 millones. Sobre este particular, la UABJO recibe el subsidio más bajo por alumno al obtener 12 mil 600 pesos por cada uno de los poco más de 35 mil estudiantes, en comparación con los 71 mil 400 pesos que recibe un alumno de la Universidad Autónoma de Yucatán.

Nuestra universidad tiene que ser un referente para la educación pública en el estado y ello empezará por destinar mayores recursos para invertir en infraestructura, en sus procedimientos académicos y administrativos, y en la atención que brinda a sus alumnos. Este referente es sólo un ejemplo de lo que se tiene que hacer en torno a las carencias que la universidad de Oaxaca necesita resarcir con urgencia.

Esta proposición se suma a otras propuestas presentadas por compañeros legisladores oaxaqueños en esta soberanía y, en particular, a un punto de acuerdo aprobado por el Congreso de Oaxaca el pasado agosto, en el que solicita un presupuesto por 677 millones de pesos. Estas acciones demuestran la voluntad para superar las diferencias partidistas, que permite reconocer la urgencia de dotar de mayores recursos a nuestra universidad para hacer frente no sólo a las demandas de la comunidad estudiantil, de la investigación y de los retos que exige la sociedad oaxaqueña para tener mejores profesionistas y la oportunidad de un estado con posibilidades de un mejor desarrollo.

Si bien es cierto que nuestro país enfrenta una crisis económica que impacta en las finanzas públicas, es precisamente invirtiendo en educación como tendremos herramientas para que nuestros estudiantes se preparen y se desarrollen para hacer a México más productivo y no depender de las tecnologías y del desarrollo internacional.

Sólo de esta forma, en un mediano y largo plazo, podemos terminar con fenómenos como la migración, la deserción escolar que ha llegado a niveles del 30 por ciento y la desestructuración del sistema educativo que sólo aumenta la pobreza y la miseria de nuestros pueblos.

Por lo que hago un llamado a esta soberanía para que en este Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009 se tomen en cuenta las urgentes necesidades de la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca y se aumenten sustancialmente los recursos para su operación y funcionamiento bajo el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se solicita a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión un aumento en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009, en la asignación a la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca por más de 600 millones de pesos.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de octubre de 2008.--- Diputado Othón Cuevas Córdova (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

«Proposición con punto de acuerdo, para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2009 se destinen recursos a la construcción de la universidad intercultural de Nacajuca, Tabasco, suscrita por diputados de diversos grupos parlamentarios

Los suscritos, diputados por el estado de Tabasco, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración del Pleno de esta honorable asamblea, con carácter de urgente y obvia resolución, proposición con punto de acuerdo, conforme a las siguientes

Consideraciones

En el amplio contexto de los grupos más vulnerables del país se encuentran los grupos indígenas; temas como trabajo, alimentación, salud, vivienda y educación representan la gran deuda histórica del Estado mexicano ante este sector de la población.

El reto de concretar la máxima normativa del derecho a la educación para todos los habitantes de la República Mexicana no se consolidad para los más de 13 millones de indígenas.

Hoy, a tres décadas de la instauración del esquema de modelo bilingüe, no se ha conseguido abatir que uno de cada tres indígenas carezca de acceso a la educación en cualquier nivel.

Es tiempo de que los diputados federales hagamos eco de los pobladores originarios de la nación.

Compañeros diputados: es momento de generar la concentración de jóvenes con plena identidad cultural, que conozcan de las necesidades de sus lugares de origen, que se comprometan con su grupo étnico. Por ello, municipios como Nacajuca, Tabasco, constituyen la opción real para concertar un espacio donde confluyan los indígenas de la región.

Este municipio necesita consolidar su infraestructura educativa. No podemos, en los inicios del siglo XXI, mantener esquemas de más del 15 por ciento de población analfabeta, y con una tasa escandalosa de 31 por ciento de habitantes sin haber concluido la educación primaria.

Por eso exhortamos a que impulsemos la ampliación de la oferta y cobertura educativas en la entidad, que ayudemos a evitar la migración de este sector a las grandes urbes del país o, peor, aumentar la migración al exterior para ser ciudadanos de tercera, menos aun en estos tiempos de crisis en el país vecino del norte, que únicamente puede emplearlos en un sector como el de la construcción, que no tiene posibilidades de crecimiento para los próximos años.

Por lo expuesto, sometemos a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. El Pleno de la Cámara de Diputados aprueba solicitar de manera muy atenta a las Comisiones de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Presupuesto y Cuenta Pública que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009 se otorguen recursos para la construcción de la universidad intercultural de Nacajuca, Tabasco.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de octubre de 2008.--- Diputados: Silbestre Álvarez Ramón , Moisés Félix Dagdug Lützow , Mónica Fernández Balboa , Pedro Landero López , Fernando Enrique Mayans Canabal , Roberto Mendoza Flores , Rafael Elías Sánchez Cabrales , Francisco Sánchez Ramos , Marcos Matías Alonso , Aída Marina Arvizu Rivas , Alejandro Chanona Burguete , Emilio Ulloa Pérez , Pascual Bellizzia Rosique , Diego Cobo Terrazas , Wenceslao Herrera Coyac , Emilio Gamboa Patrón , Héctor Larios Córdova , Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla , Javier González Garza , Jaime Cervantes Rivera , Humberto Dávila Esquivel (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

«Proposición con punto de acuerdo, a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2009 se incluya el estado de Zacatecas en el Programa Especial para la Seguridad Alimentaria, a cargo del diputado Francisco Javier Calzada Vázquez , del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, diputado Francisco Javier Calzada Vázquez , integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

El Programa Especial para la Seguridad Alimentaria (PESA) es un programa que promueve la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación a nivel internacional y que en México implementa el Ejecutivo federal a través de la Secretaría del Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca y en coordinación con los gobiernos estatales y municipales con un enfoque de desarrollo rural integrado, donde los habitantes de las comunidades puedan desarrollar capacidades y realizar diagnósticos de su realidad, identificar los problemas que les impide alcanzar mejores condiciones de vida, proponer soluciones en un entorno de desarrollo regional, para reducir la pobreza y mejorar su seguridad alimentaria de una manera sostenible.

Los objetivos que busca el PESA a través de sus cuatro componentes metodológicos son:

1) Suministro y disponibilidad de suficientes alimentos.
2) Estabilidad en el suministro, sin fluctuaciones o escasez de una cosecha a otra.
3) Acceso y poder para adquirir los alimentos.
4) Calidad e inocuidad de los alimentos.

Aunque tiene presencia en 18 estados de la república, el PESA concentra sus recursos, según el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2009 en los estados de Chiapas, Oaxaca, Morelos y Guerrero, a los que considera zonas prioritarias.

Sin embargo, los municipios zacatecanos de Apulco, Genaro Godina, El Plateado de Joaquín Amaro, Jiménez del Teúl, Mazapil, Melchor Ocampo, Mezquital del Oro, Pinos y El Salvador están considerados de alta marginación (fuente: Consejo Nacional de Población ), en algunos casos comparable con los estados considerados prioritarios.

Actualmente en Zacatecas existen cuatro Agencias de Desarrollo Rural, una en semidesierto norte, otra en semidesierto sur, otra más con sede en Valparaíso y Jiménez de Teúl y la otra en Genaro Godina y Joaquín Amaro. Sin embargo, es necesario garantizar los recursos no sólo para garantizar que estas agencias continúen operando, sino para responder a la demanda creciente de la población de proyectos vinculados al programa en las comunidades de mayor marginación de los municipios de Francisco R. Murguía y Cañitas, por lo que se requiere la creación de dos nuevas ADR.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente a las Comisiones de Desarrollo Rural, de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública a incorporar en el dictamen del Presupuesto de Egresos de la Federación 2009 al estado de Zacatecas en el Programa Especial de Seguridad Alimentaria.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de octubre de 2008.--- Diputado Francisco Javier Calzada Vázquez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

«Proposición con punto de acuerdo, a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2009 se consideren mayores recursos para el Programa de Competitividad en Logística y Centrales de Abasto, a cargo del diputado Octavio Martínez Vargas , del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, Octavio Martínez Vargas , diputado del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en el artículo 58, fracción I, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos somete a consideración del Pleno de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo donde solicita la incorporación en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009 de una ampliación del Programa de Competitividad en Logística y Centrales de Abasto (Prologyca), conforme a las siguientes

Consideraciones

1. La central de abasto se encuentra en el oriente de la Ciudad de México, y es el centro de distribución de productos alimenticios más importante y grande (aproximadamente 305 hectáreas) del país. Desde allí son surtidos muchos otros mercados de la ciudad de México y de algunas entidades federativas. Fue construida a inicios de la década de 1980.

Hasta principios de siglo XX, el principal centro mayorista del país era el mercado de La Merced, pero el acelerado crecimiento urbano y poblacional provocó conflictos en las actividades comerciales en ese mercado, así como problemas operativos, urbanos y ambientales que afectaron el centro de la Ciudad de México. Así surgió la necesidad de un reordenamiento estructural y urbano. Por ello se consideró imprescindible crear la central de abasto en una zona que permitiera el descongestionamiento del centro de la ciudad y el acceso óptimo del transporte pesado.

La central de abasto se inauguró el 22 de noviembre de 1982, por el entonces presidente de la república, José López Portillo, con el objetivo de ofrecer un servicio mejor y más operativo para la comercialización de los productos alimentarios, brindar el abasto suficiente a la población y, sobre todo, generar una unión entre comerciantes, mayoristas y detallistas.

2. La central de abasto de la Ciudad de México es el centro mayorista de alimentos más grande del mundo. Se manejan cifras superiores, incluso, que la Bolsa Mexicana de Valores. Ahí se comercializa aproximadamente 30 por ciento de la producción hortofrutícola nacional, y se estima un movimiento económico anual superior a 8 mil millones de dólares. Brinda servicios en una gran parte del territorio mexicano.

3. Diariamente llegan a la central de abasto unos 480 mil visitantes. Se comercializan más de 30 mil toneladas de alimentos y otros productos, lo que representa 80 por ciento de lo que se consume en la Ciudad de México, zona conurbada y estados circunvecinos: aproximadamente más de 25 millones de mexicanos. Atiende más de mil 500 puntos de venta, entre mercados públicos, itinerantes y tianguis, 380 establecimientos de 15 cadenas de autoservicio y algunos otros locales y ``tienditas de la esquina''. Se convierte por todas estas cantidades de distribución y venta en la central de abasto más grande del mundo, pero sobre todo, competitiva, ya que los precios que en ella se manejan son muy bajos por razones muy sencillas: algunos comerciantes son productores y mayoristas al mismo tiempo. De esa manera, es muy difícil igualar los precios tan bajos entre cadenas comerciales.

4. Sin embargo, muchos de ellos son sólo distribuidores mayoristas. Éstos compran grandes cantidades de mercancía a los productores o fabricantes. Por ello consiguen precios realmente bajos y que ningún otro canal de ventas puede conseguir.

5. La central de abasto es un centro enorme para la generación de empleos: 70 mil fuentes directas, que atienden al gran número de visitantes diarios de las 304 hectáreas. En ellas se localizan más de 3 mil bodegas de frutas, legumbres y abarrotes, además de mil 500 locales, con más de 60 giros y áreas de servicios complementarios, como frigoríficos, bodegas de transferencia, zona de pernocta y estructuras helicoidales.

6. La central de abasto es uno de los centros más importantes para el comercio de productos alimenticios pero, desafortunadamente, se sumerge ante los efectos de la globalización, donde las grandes firmas comerciales de supermercados e hipermercados, como Carrefour, Wal Mart o Intermarche, lograron que la central de abasto se enfrente a problemas que pueden poner en riesgo su participación en el mercado y trastocar los vínculos con los canales de abasto popular.

a) En 2007, la Cámara de Diputados aprobó en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2008 para el Prologyca 120 millones de pesos y en el Ramo 08 se etiquetaron 600 millones de pesos para ``equipamiento de agroindustria y centrales de comercialización de productores agropecuarios''. En este último, los interesados no han podido acceder al recurso, y en Prologyca se ha presentado una serie de complicaciones. Por ejemplo, en la implantación del programa se ha generado mayor número de requisitos, lo que dificulta cada vez más acceder al recurso.
b) Se entiende que el criterio para el ejercicio de los recursos ha estado muy centrado en que se desarrollen proyectos de impacto, estudios, diagnósticos y modelos. Sin embargo, se necesita mayor apoyo para que se permita a las centrales de abasto presentar proyectos de necesidades básicas, como promoción, equipamiento, construcción de infraestructura y financiamiento, lo que permitirá impulsar la sensibilización del sector acerca de la necesidad de modernizarlo, para que sea más fácil adoptar los nuevos modelos de negocio. Debemos confiar en que la modernización y transformación de las centrales de abasto debe ser gradual, partiendo de sus necesidades más apremiantes, hasta lograr la reconversión a través de una planeación prospectiva.

7. De acuerdo con el informe del segundo trimestre de las finanzas públicas, respecto al rubro ``Avance financiero de los principales programas presupuestarios de enero a junio'', se tiene un avance de 24.2 millones de pesos, de un total de 120 millones. En reiteradas ocasiones he solicitado a la Secretaría de Economía, por conducto de su oficina de enlace, que dé a conocer el avance del programa hasta la fecha, así como el subejercicio; no ha habido respuesta.

El eslabón más débil en la distribución de alimentos en México son los canales tradicionales, lo cual repercute en el sector de mayoreo. Al afectarse estos sectores, tendríamos los siguientes efectos:

• Pérdida de empleos en el sector comercial y de ingresos para más de medio millón de familias en el sector minorista;
• Pérdida de empleos en el sector mayorista;
• Concentración del comercio en un número muy pequeño de participantes;
• Menores opciones para los consumidores, en especial los de bajos ingresos;
• Falta de acceso de los pequeños agricultores a los mercados;
• Significativa disminución de la oferta;
• Pérdida de empleos en el campo; y
• Falta de salida para la oferta de productos no homogeneizados, en detrimento de los agricultores más pequeños y menos tecnificados.

Por ello, compañeros, apelo a su buena voluntad política y a su sensibilidad para apoyar la central de abasto, ya que es el sector mayorista más importante del país. Se trata de una cuestión de responsabilidad social: de esta actividad comercial dependen más de 5 millones de familias mexicanas.

Y en congruencia con el Ejecutivo federal ante la propuesta de un presupuesto austero, someto a consideración de los integrantes de las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Economía que se recorten las siguientes partidas: 104, de la Coordinación Nacional de Comunicación Social de la Presidencia de la República, ya que de lo aprobado en este año es de 42 738.505 miles de pesos, y en lo proyectado para el año 2009 es de 74 486.444. Si dejamos dicha partida como está ahora, podemos tener un recurso adicional de 31 702.939, la partida 300 de la Subsecretaría de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación se aprobó 26 102.876 miles de pesos y lo proyectado es 57 884.399, pudiendo dejar a dicha subsecretaría con el mismo ejercicio del gasto de este año. Y buscando recorte a subsecretarías innecesarias y duplicación de direcciones administrativas, así como el recorte del salario de mandos medios y superiores, podemos fortalecer bastantes programas sociales.

Por lo anterior, someto a consideración de la honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Que se incluya en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009 una ampliación del Programa de Competitividad en Logística y Centrales de Abasto por 400 millones de pesos y se simplifiquen las reglas de operación con el fin de facilitar el apoyo a los beneficiarios del programa y se pueda ejecutar adecuadamente.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de octubre de 2008.--- Diputado Octavio Martínez Vargas (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.



I CONGRESO MUNDIAL DEL DEPORTE

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Se recibió punto de acuerdo relativo a la celebración del primer Congreso Mundial del Deporte, suscrito por los diputados Mauricio Ortiz Proaly José Jesús Reyna García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : «Proposición con punto de acuerdo, relativo a la celebración del primer Congreso Mundial del Deporte, suscrita por los diputados Mauricio Ortiz Proal y José Jesús Reyna García , del Grupo Parlamentario del PRI

Mauricio Ortiz Proal y José Jesús Reyna García , en su carácter de diputados federales, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentan la presente proposición de urgente y obvia resolución, que atentamente se solicita se turne a la Comisión de Juventud y Deporte, y la que se encuentra motivada en las siguientes

Consideraciones

En las últimas décadas, la actividad deportiva se ha extendido y diversificado en todo el mundo y nuestro país no es la excepción. En contraste con el delicado problema de salud pública que reporta el trágico binomio sedentarismo-obesidad a la población mexicana, el universo del deporte de alto rendimiento se ha desarrollado en forma constante.

Sin embargo, en los últimos años han sido constantes y crecientes los conflictos entre actores del ámbito deportivo. Y más allá de casos en particular, la problemática en el universo deportivo obedece, entre otras razones, a la pluralidad de instancias, concurrencia de ámbitos y añejas luchas de poder.

Y si bien en los recientes juegos olímpicos celebrados en Beijing, China, se cumplieron las expectativas, cierto es que los resultados pueden mejorarse si se logran conciliar los intereses que giran en torno al deporte mexicano y, paralelamente, se logra también profesionalizar, en la medida de lo posible, las actividades deportivas desde sus diferentes perspectivas.

En este sentido, estamos próximos a que se realice en nuestro país el primer Congreso Mundial del Deporte. Este evento tendrá verificativo del 23 al 25 de octubre en el Centro Banamex, situado en la Ciudad de México, Distrito Federal.

Dentro de los objetivos se encuentran impulsar la profesionalización de la industria del deporte en México, a través de herramientas como la mercadotecnia deportiva, con la participación de líderes del deporte nacional e internacional; fortalecer el vínculo del deporte y la educación en México, fórmula clave para el desarrollo del país; y crear un foro que reúna a los líderes de la industria en Latinoamérica (ligas y equipos profesionales, patrocinadores, medios de comunicación, agencias de publicidad, centrales de medios, agencias de promociones, proveedores de servicios, marcas deportivas, Conade, COM, institutos del deporte, clubes deportivos, atletas, deportistas, estudiantes y promotores de actos deportivos) para compartir experiencias con especialistas a nivel mundial.

Según Alejandro Hütt Valenzuela, joven emprendedor y presidente del primer Congreso Mundial del Deporte, el evento constará de conferencias magistrales, mesas de trabajo, área de exposición, área de interactivos, exposición fotográfica y desfile de modas, entre otros. ``Contaremos con la presencia de los actores más importantes del mundo deportivo y expositores de gran reconocimiento tanto a nivel nacional como internacional, a fin de impulsar la profesionalización de la industria del deporte y la mercadotecnia aplicada a éste. Estarán presentes los más altos dirigentes del deporte, dueños de equipos profesionales, patrocinadores del deporte, ligas profesionales y amateurs, clubes deportivos, promotores de eventos, medios de comunicación, proveedores de servicios y artículos deportivos, agencias de publicidad, de promoción, de medios, estudiantes y deportistas de todo el mundo. Uno de los objetivos principales de este gran evento es fortalecer el vínculo del deporte y la educación en México, formula clave para el desarrollo de nuestro país, por lo que el primer Congreso Mundial del Deporte-Instituto Telmex del Deporte cuenta con el aval académico del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey (campus Ciudad de México), la Universidad Tec Milenio y el aval de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade). Dentro del área de exposición, el público en general aficionado al deporte tendrá la oportunidad de conocer y convivir con sus deportistas favoritos''.

Por lo anterior, resulta procedente sumar esfuerzos para que el congreso convoque a los diversos actores del universo deportivo y sirva como un espacio de análisis que nos permita vislumbrar las medidas que se deben coordinar entre los diferentes sectores y ámbitos de gobierno para fortalecer el deporte en México, por lo que ponemos a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de acuerdo

Primero. Se exhorta a los titulares de las Secretarías de Educación Pública y de Salud, así como al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social, para que en el ámbito de sus respectivas competencias promuevan la participación en el primer Congreso Mundial del Deporte, a celebrarse en la Ciudad de México, del 23 al 25 de octubre del año en curso.

Segundo. Haciendo énfasis en nuestro irrestricto respecto por la autonomía de la colegisladora, invitamos a los integrantes de la Comisión de Juventud y Deporte, del Senado de la República, a sumarse a este esfuerzo de difusión del primer Congreso Mundial del Deporte.

Tercero. Se giren atentos comunicados a los gobernadores de los estados y al jefe del Gobierno del Distrito Federal, a fin de que fomenten la participación de los deportistas de su entidad en el primer Congreso Mundial del Deporte.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de septiembre de 2008.--- Diputados: Mauricio Ortiz Proal , José Jesús Reyna García (rúbricas).»

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Túrnese a la Comisión de Juventud y Deporte.



REGISTRO DE ASISTENCIA

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Se pide a la Secretaría que instruya el cierre del sistema electrónico de asistencia y dé cuenta del registro de diputadas y diputados.

El Secretario diputado José Manuel del Río Virgen : ¿Falta algún diputado o alguna diputada por registrar su asistencia? Ciérrese el sistema electrónico.

Se informa a la Presidencia que hasta el momento hay una asistencia de 398 diputadas y diputados.

Quienes no han registrado su asistencia disponen de 15 minutos para realizarlo por cédula. Es cuanto, señora presidenta.

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Queremos destacar la presencia en este salón de sesiones de maestros y alumnos de la Universidad José Vasconcelos, de Oaxaca, invitados por nuestra compañera diputada Patricia Villanueva Abraján. Bienvenidos sean ustedes.

Asimismo, tenemos la presencia de universitarios de Puebla, invitados por nuestro compañero diputado José Guillermo Fuentes Ortiz . Bienvenidos sean ustedes.



CUENTA DE LA HACIENDA PUBLICA FEDERAL, 2005

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : El siguiente punto del orden del día es la primera lectura del dictamen de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, con proyecto de decreto relativo a la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al Ejercicio Fiscal de 2005*. En virtud de que ha sido publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura.

El Secretario diputado José Manuel del Río Virgen : Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Es de primera lectura.

Queremos informar a quienes siguen en vivo y a través del Canal del Congreso esta transmisión de la sesión de hoy, que tenemos un número considerable de reuniones de comisiones, de grupos parlamentarios y de los distintos grupos de ciudadanos que hoy están aquí, en la Cámara de Diputados. Ésa es la razón por la que muchos de nuestros compañeros estén atendiendo éstas, también, obligaciones.



LEY QUE DETERMINA QUE RESPECTO DE LOS IMPUESTOS DE IMPORTACION Y EXPORTACION, SOLO SON PROCEDENTES LAS EXENCIONES CONSIGNADAS EN LA LEY ADUANAL

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que abroga la Ley que determina que respecto de los Impuestos de Importación y Exportación sólo son Procedentes las Exenciones consignadas en la Ley Aduanal.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura del dictamen.

El Secretario diputado José Manuel del Río Virgen : Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura del dictamen. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Presidenta, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Dictamen de las Comisiones Unidas de Economía, y de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que abroga la Ley que determina que respecto de los Impuestos de Importación y Exportación sólo son Procedentes las Exenciones consignadas en la Ley Aduanal

Honorable Asamblea:

A las Comisiones Unidas de Economía, y de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión correspondientes a la LX Legislatura les fue turnada, para su estudio y dictamen, iniciativa con proyecto de decreto por el cual se abroga la Ley que Determina que Respecto de los Impuestos de Importación y Exportación sólo son Procedentes las Exenciones Consignadas en la Ley Aduanal.

Estas comisiones, con fundamento en los artículos 39, fracción XII, y 45, numeral 6, incisos d), e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 60, 87, 88 y 94, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos someten a la consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, con base en los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada en esta Cámara de Diputados el 9 de octubre de 2007, los secretarios de ésta dieron cuenta al Pleno de la iniciativa que presentó el diputado Carlos Alberto García González , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en ejercicio de la facultad que le confiere la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos.

Segundo. El Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: ``Túrnese a las Comisiones Unidas de Economía, y de Hacienda y Crédito Público, con opinión de la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios''.

Tercero. El legislador propone lo siguiente:

• Abrogar la Ley que Determina que Respecto de los Impuestos de Importación y Exportación, sólo son Procedentes las Exenciones Consignadas en la Ley Aduanal, en virtud de que el marco normativo para el comercio exterior se suscribe básicamente en 3 leyes; la Ley Aduanera, la Ley de Comercio Exterior y la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.

Cuarto. Que la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios emitió una opinión favorable a la iniciativa, resaltando lo siguiente:

• En el texto de la ley bajo análisis se especificó, en un artículo transitorio, que su vigencia terminaría cuando se actualizara la Ley Aduanal, incluyendo en su contenido lo referente a las exenciones.
• El 31 de diciembre de 2000 se publicó en el Diario Oficial de la Federación una reforma a la Ley Aduanera, modificando el Capítulo 2, incorporando una Sección Segunda denominada ``Exenciones'', por lo que con esta reforma se estaría cumpliendo con lo dispuesto por este dispositivo legal que regula la vigencia de la ley bajo análisis.
• La Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios considera pertinente apoyar la iniciativa que abroga la Ley que Determina que Respecto de los Impuestos de Importación y Exportación, sólo son Procedentes las Exenciones Consignadas en la Ley Aduanal.

Consideraciones

Primera. Que con base en los antecedentes antes indicados, las Comisiones Unidas de Economía y de Hacienda y Crédito Público, con las atribuciones antes señaladas se abocaron a dictaminar la iniciativa de referencia.

Segunda. Que la Ley que Determina que Respecto de los Impuestos de Importación y Exportación, sólo son Procedentes las Exenciones Consignadas en la Ley Aduanal fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero de 1952 y no ha sufrido modificación alguna.

Tercera. Que el objetivo de esta ley fue hacer un ordenamiento en el sistema jurídico mexicano, para señalar claramente que la exención de impuestos a la importación o a la exportación era materia exclusiva de la Ley Aduanal, resolviendo un problema, dado que se habían expedido un diversos ordenamientos estableciendo regímenes fiscales de excepción para diferentes sectores de la economía nacional.

Cuarta. Que a 55 años de su vigencia, la situación es diferente, en virtud de que nuestro marco jurídico para el comercio exterior se respalda esencialmente en tres leyes: la Aduanera, la de Comercio Exterior, y la de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.

Quinta. Que la Ley Aduanera, en términos generales, es la encargada de regular la entrada y salida del territorio nacional de las mercancías, y de los medios en que se trasladan, del despacho aduanero y de los hechos o actos que deriven de éste.

Sexta. Que en cuanto hace a la Ley de Comercio Exterior, regula y promueve el comercio exterior, y la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, clasifica las mercancías y determina los impuestos que se deben cubrir en las operaciones de comercio exterior.

Séptima. Que los tratados de libre comercio, firmados por el Ejecutivo federal y ratificados por el Senado de la República, mediante los cuales nuestro país eliminó o redujo sustancialmente los aranceles a la importación de los productos originarios de los países socios comerciales, con la finalidad de recibir el mismo trato en nuestras exportaciones.

Octava. Que los integrantes de la Comisión de Economía, de Hacienda y Crédito Público, y de Población, Fronteras y asuntos Migratorios que dictaminan reconocen y concluyen que es procedente la abrogación de la ley que determina que respecto de los impuestos de importación y exportación, sólo son procedentes las exenciones consignadas en la Ley Aduanal, toda vez que los preceptos legales contenidos en ésta han sido abrogados de manera tácita por un marco jurídico actual que regula el comercio exterior en nuestro país, con lo cual se hace necesario que el honorable Congreso de la Unión lleve a cabo la abrogación expresa que deje sin efectos la referida ley.

En virtud de lo anteriormente expuesto, las Comisiones Unidas de Economía, de Hacienda y Crédito Público, y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, presentan el siguiente proyecto de

Decreto por el cual se abroga la Ley que Determina que Respecto de los Impuestos de Importación y Exportación sólo son Procedentes las Exenciones Consignadas en la Ley Aduanal

Artículo Único. Se abroga la Ley que Determina que Respecto de los Impuestos de Importación y Exportación sólo son Procedentes las Exenciones Consignadas en la Ley Aduanal.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 27 días del mes de febrero de 2008.
La Comisión de Economía, diputados: Adriana Rodríguez Vizcarra Velázquez (rúbrica), presidenta; Carlos Armando Reyes López (rúbrica), Jorge Alejandro Salum del Palacio (rúbrica), Fausto Fluvio Mendoza Maldonado (rúbrica), Arnulfo Elías Cordero Alfonzo (rúbrica), Enrique Serrano Escobar (rúbrica), Jorge Godoy Cárdenas (rúbrica), secretarios; Jericó Abramo Masso (rúbrica), Narcizo Alberto Amador Leal , Antonio Berber Martínez , Carlos Alberto García González (rúbrica), Miguel Ángel González Salum (rúbrica), Sergio Augusto López Ramírez (rúbrica), Luis Xavier Maawad Robert (rúbrica), Martín Malagón Ríos (rúbrica), Octavio Martínez Vargas (rúbrica), Susana Monreal Ávila (rúbrica), José Amado Orihuela Trejo (rúbrica), Marco Heriberto Orozco Ruiz Velazco (rúbrica), Mauricio Ortiz Proal (rúbrica), Eduardo Ortiz Hernández (rúbrica), Miguel Ángel Peña Sánchez , Raúl Ríos Gamboa , Ricardo Rodríguez Jiménez (rúbrica), Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica), Ernesto Ruiz Velasco de Lira (rúbrica), Alejandro Sánchez Camacho (rúbrica), Víctor Gabriel Varela López (rúbrica), Joaquín Humberto Vela González , Javier Martín Zambrano Elizondo .
La Comisión de Hacienda y Crédito Público, diputados: Charbel Jorge Estefan Chidiac (rúbrica), presidente; Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez (rúbrica), Ricardo Rodríguez Jiménez (rúbrica), Carlos Alberto García González (rúbrica), Camerino Eleazar Márquez Madrid (rúbrica), José Antonio Saavedra Coronel (rúbrica), Antonio Soto Sánchez , Ismael Ordaz Jiménez (rúbrica), Miguel Ángel González Salum (rúbrica), Carlos Alberto Puente Salas (rúbrica), Juan Ignacio Samperio Montaño , Joaquín Humberto Vela González , Manuel Cárdenas Fonseca , Aída Marina Arvizu Rivas , secretarios; Moisés Alcalde Virgen (rúbrica), José Alejandro Aguilar López (rúbrica), Samuel Aguilar Solís (rúbrica), José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla (rúbrica), Francisco Javier Calzada Vázquez , Ramón Ceja Romero (rúbrica), Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), José de la Torre Sánchez , Sonia Leslie del Villar Sosa (rúbrica), Juan Nicasio Guerra Ochoa , Javier Guerrero García (rúbrica), José Martín López Cisneros , Luis Xavier Maawad Robert (rúbrica), Octavio Martínez Vargas , José Murat, Dolores María del Carmen Parra Jiménez (rúbrica), Mario Alberto Salazar Madera (rúbrica), Jorge Alejandro Salum del Palacio (rúbrica), Pablo Trejo Pérez (rúbrica).»

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Tiene la palabra el diputado Carlos Alberto García González, por la comisión, para fundamentar el dictamen de conformidad con el artículo 108 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Aclaro, el diputado también habla por las comisiones unidas.

El diputado Carlos Alberto García González : Con su permiso, diputada presidenta.

Compañeras legisladoras y compañeros legisladores, en nombre de los integrantes de las Comisiones de Economía, y de Hacienda y Crédito Público, acudo a esta alta tribuna para poner a su consideración el dictamen por el que se abroga la Ley que determina que respecto de los Impuestos de Importación y Exportación sólo son Procedentes las Exenciones consignadas en la Ley Aduanal.

La actualización de las leyes como valor agregado en un marco jurídico eficiente y, sobre todo, aplicable, nos lleva a considerar procedente la abrogación de esa ley de aranceles, toda vez que los preceptos legales contenidos en ésta han sido abrogados de manera tácita por un marco jurídico actual que regula el comercio exterior en nuestro país.

Con lo cual se hace necesario que el honorable Congreso de la Unión lleve a cabo la abrogación expresa y formal que deje sin efectos la referida ley. Esta ley fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero de 1952 y a la fecha no ha sufrido ninguna modificación.

Siendo su principal objetivo hacer un ordenamiento en el sistema jurídico mexicano que señalara claramente que la exención de impuestos a la importación o a la exportación era materia exclusiva de la Ley Aduanal.

Resolviendo un problema de disposiciones legales que poco abonaban a la operatividad jurídica, dado que se habían expedido diversos ordenamientos jurídicos, estableciendo regímenes fiscales de excepción para diferentes sectores de la economía nacional.

A 55 años de su vigencia, la situación hoy es diferente. México es un país de apertura comercial y de operaciones comerciales globales, y nuestro marco jurídico aplicable al comercio exterior se respalda en tres legislaciones: la Ley Aduanera, la Ley de Comercio Exterior y la Ley de Impuestos Generales de Importación y de Exportación. Éstas en congruencia con los tratados comerciales internacionales que hemos suscrito con diferentes países.

Nuestro país con esto eliminó y redujo los aranceles de importación de los productos originarios de los socios comerciales de México, con la finalidad de recibir un trato especial para nuestras exportaciones en sus mercados.

Cabe resaltar ---y esto es muy importante, compañeros--- que el propio texto de la ley de aranceles que estamos considerando abrogar, establece en un artículo transitorio que su vigencia concluiría cuando se actualizara la Ley Aduanera, incluyendo lo referente a exenciones, trámite que el 31 de diciembre de 2000 quedó atendido mediante la publicación en el Diario Oficial de la Federación de una reforma a la Ley Aduanera reformando el capítulo II, incorporándole una sección II, denominada ``Exenciones'', por lo que con esta reforma se satisface lo dispuesto en este dispositivo legal que regula la vigencia de esta ley de aranceles.

Aprovecho para agradecer a la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, quienes también consideran que debe abrogarse esta ley, que determina que respecto a los impuestos de importación y exportación sólo son procedentes las exenciones consignadas en la Ley Aduanera, y que la opinión de la Comisión de Población contribuyó con elementos muy valiosos para el análisis de esta iniciativa.

Por lo anterior, los integrantes de las comisiones dictaminadoras los invitamos a optimizar el marco jurídico nacional, actualizándolo a las realidades de la economía global, para que se brinde certeza jurídica a las operaciones comerciales internacionales. Es cuanto, diputada presidenta.

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Gracias, diputado.

En consecuencia está a discusión, en lo general y en lo particular, el artículo único del proyecto de decreto. No habiendo oradores registrados, consulte la Secretaría a la asamblea si el proyecto de decreto se encuentra suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.

El Secretario diputado José Manuel del Río Virgen : Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido el proyecto de decreto, en lo general y en lo particular. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Presidenta, mayoría por la afirmativa.

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : En consecuencia, queda suficientemente discutido. Se pide a la Secretaría que abra el sistema electrónico por 10 minutos para proceder a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto.

El Secretario diputado José Manuel del Río Virgen : Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior. Ábrase el sistema electrónico por 10 minutos para proceder a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto.

(Votación)

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Mientras recibimos la votación correspondiente, queremos agradecer la presencia de maestros y alumnos del Colegio de Bachilleres de Michoacán, que hoy nos honran con su presencia, invitados por la diputada Yadhira Yvette Tamayo Herrera.

Asimismo, ciudadanos de Prado Vallejo, Estado de México, invitados por nuestro compañero diputado Alejandro Landero Gutiérrez . Y también tenemos personal docente y alumnos de la escuela primaria y secundaria Katho Plizo, invitados por el diputado Octavio Martínez Vargas . Sean ustedes muy bienvenidos.

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : ¿Falta algún diputado o alguna diputada por emitir su voto? ¿Falta algún diputado o alguna diputada por emitir su voto? Continúa abierto el sistema. Ciérrese el sistema de votación electrónico.

Señora presidenta, se emitieron 317 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones.

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Aprobado en lo general y en lo particular, por unanimidad, el proyecto de decreto que abroga la Ley que determina que respecto de los Impuestos de Importación y Exportación sólo son Procedentes las Exenciones consignadas en la Ley Aduanal. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.



LEY GENERAL DE SALUD

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que adiciona la fracción VII al artículo 100 de la Ley General de Salud. En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura del dictamen.

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura del dictamen. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señora presidenta, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Dictamen de las Comisiones Unidas de Salud, y de Ciencia y Tecnología, con proyecto de decreto que adiciona la fracción VII al artículo 100 de la Ley General de Salud

Honorable Asamblea:

Con fecha 8 de agosto de 2007, fue turnada a las Comisiones Unidas de Salud, y de Ciencia y Tecnología para su estudio y dictamen, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 100 y se adiciona el artículo 104 Bis de la Ley General de Salud, presentada por los diputados Ector Jaime Ramírez Barba , Margarita Arenas Guzmán , Martín Malagón Ríos , Efraín Arizmendi Uribe , Antonio Muñoz Serrano y Adriana Vieyra Olivares del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Los integrantes de estas comisiones dictaminadoras, con fundamento en los artículos 39 numerales 1o. y 3o., 43, 44, 45 y los demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60, 87, 88, 89, 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de los miembros de esta honorable asamblea, el presente dictamen, que se realiza bajo la siguiente

Metodología

Las comisiones encargadas del análisis y dictamen de la iniciativa mencionada anteriormente, desarrollan su trabajo conforme al procedimiento que a continuación se describe

• En el capítulo de ``Antecedentes'' se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen de la referida iniciativa y de los trabajos previos de estas Comisiones.
• En el capítulo correspondiente a ``Contenido'', se exponen los motivos y alcance de la propuesta de reformas y adiciones en estudio, asimismo, se hace una breve referencia de los temas que la componen.
• En el capítulo de ``Consideraciones'', las comisiones dictaminadoras expresan los argumentos de valoración de la propuesta y los motivos que sustentan el resolutivo del dictamen a la iniciativa en el análisis.

Antecedentes

El 8 de agosto de 2007, a la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, le fue presentada la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 100 y se adiciona el artículo 104 Bis de la Ley General de Salud, por los diputados Ector Jaime Ramírez Barba , Margarita Arenas Guzmán , Martín Malagón Ríos , Efraín Arizmendi Uribe , Antonio Muñoz Serrano y Adriana Vieyra Olivares del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con la misma fecha, fue turnada la mencionada iniciativa a las Comisiones Unidas de Salud, y de Ciencia Tecnología de la honorable Cámara de Diputados para su estudio y posterior dictamen.

Contenido

En su exposición de motivos, los diputados presentan el estado jurídico que guarda la investigación en salud en México como materia de salubridad general establecida en la fracción segunda del artículo 2 de la Ley General de Salud.

Los promoventes consideran que pese a lo expresado por la propia ley y el Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Investigación para la Salud, existen dos vacíos:

a) El derecho a la atención médica del participante en estudios de investigación;
b) Las bases para la organización, colaboración y financiamiento de la investigación en seres humanos realizada entre investigadores, pacientes, industria farmacéutica y terceros interesados.

Los promoventes señalan que al realizar investigación en salud es preciso guardar el equilibrio entre los derechos e intereses de los pacientes y todos los participantes en ella velando por el respeto a principios como los siguientes: 1. Apego a los protocolos y a las buenas prácticas clínicas; 2. Apego y cumplimiento por parte de los pacientes; 3. Colaboración; 4. Solidaridad; 5. Subsidiariedad; y 6. Responsabilidad social empresarial.

Asimismo señalan firmes consideraciones al motivar la iniciativa como las siguientes:

La incidencia de reacciones adversas en el paciente como producto de las investigaciones.

El hecho de que a cobertura de los costos de la atención médica hospitalización, administrativos y auxiliares de diagnóstico, en el caso de los participantes que son derechohabientes de instituciones de seguridad social, son cubiertos por dichas instituciones.

Que la investigación persigue fines preponderantemente económicos, y que para la obtención de estos, concurre tanto la voluntad del paciente, el riesgo creado en su salud, los recursos de la industria, así como los recursos públicos de las instituciones donde son derechohabientes los participantes de investigaciones.

En concordancia con pautas éticas internacionales como el Código de Nüremberg, de 1946; la Declaración de Helsinki, en sus múltiples revisiones; las Pautas Éticas Internacionales para la Investigación Biomédica en Seres Humanos del Consejo de Organizaciones Internacionales de las Ciencias Médicas en colaboración con la Organización Mundial de la Salud, Ginebra (2002), entre otras, los diputados propusieron reformar la Ley General de Salud en su artículo 100 y añadir un artículo 104 Bis.

Consideraciones

El 7 de febrero de 1984 fue publicada la Ley General de Salud, con el objetivo de reglamentar el derecho a la protección de la salud, sobre la investigación en salud, dicha exposición señala:

``En el campo de la investigación para la salud ...la iniciativa busca promover nuevos métodos y mayores conocimientos para hacer mas efectiva la prestación de servicios de salud''.

Esto es, el razonamiento teleológico que originó la vigente ley, se circunscribe en investigar para corregir o hacer más efectiva la prestación del servicio de atención médica.

Como se deja ver en la exposición de motivos de la iniciativa que ahora nos ocupa, la evolución tanto de ``Salud'' y de ``Investigación para la Salud'' han variado de manera tal que han surgido una serie de instrumentos internacionales y estándares que hacen necesaria la reforma ahora planteada.

El capítulo único del título quinto de la Ley General de Salud llamado ``Investigación para la Salud'', establece las bases para la investigación en seres humanos. Se aprecia que sus 7 fracciones son insuficientes pues no contienen dentro de sus preceptos jurídicos todas las posibilidades que se pueden presentar en materia de investigación en seres humanos, aun más, omiten la contingencia de la pérdida del acceso a la atención médica durante el curso de la investigación (como la pérdida de la derecho-habiencia en las instituciones de seguridad social) y sus efectos. Esta situación es reconocida por los promoventes al percibir la existencia de una gran laguna, la garantía de los derechos del usuario de servicios de salud, condición indispensable de la calidad y continuidad en la prestación de la atención médica.

La Ley General de Salud establece en su artículo 100 lo siguiente:

Artículo 100. La investigación en seres humanos se desarrollará conforme a las siguientes
...
III. Podrá efectuarse sólo cuando exista una razonable seguridad de que no expone a riesgos ni daños innecesarios al sujeto en experimentación;
...
VI. El profesional responsable suspenderá la investigación en cualquier momento, si sobreviene el riesgo de lesiones graves, invalidez o muerte del sujeto en quien se realice la investigación, y
...
VII. Las demás que establezca la correspondiente reglamentación.
...

Las fracción III tiene un carácter doble, facultativo-permisivo y condicional pues la investigación sólo puede realizarse (facultad-permisión) cuando exista razonable seguridad (condición que debe cumplirse) de que no se expone innecesariamente al participante-paciente.

Por otra parte, la fracción VI posee carácter imperativo, taxativo o coercitivo, pues expresa la obligación o deber de suspender la investigación si sobrevienen ciertos eventos negativos.

Como apreciamos de la lectura de las anteriores disposiciones del artículo 100 de la LGS, el artículo y el título relativo establecen claramente las bases metodológicas de la investigación en seres humanos, sin embargo son omisos en cuanto a la protección de la salud pues no se garantiza relativa a las siguientes finalidades:

I. El bienestar físico y mental del hombre, para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades;
II. La prolongación y mejoramiento de la calidad de la vida humana;
III. La protección y el acrecentamiento de los valores que coadyuven a la creación, conservación y disfrute de condiciones de salud que contribuyan al desarrollo social;
IV. La extensión de actitudes solidarias y responsables de la población en la preservación, conservación, mejoramiento y restauración de la salud;
V. El disfrute de servicios de salud y de asistencia social que satisfagan eficaz y oportunamente las necesidades de la población;
VI. El conocimiento para el adecuado aprovechamiento y utilización de los servicios de salud, y
VII. El desarrollo de la enseñanza y la investigación científica y tecnológica para la salud.

Es evidente la importancia de asegurar los derechos de las personas que se someten a alguna intervención en virtud de su participación en investigaciones en seres humanos, siendo ese, el motivo de la iniciativa.

A pesar de lo anterior, y de coincidir con el espíritu de la iniciativa creemos que es en el reglamento donde deben desarrollarse requisitos, características, medidas de seguridad, ejecución y seguimiento, que deben cumplir todos los involucrados en dichas investigaciones; por lo que consideramos innecesaria la inserción de algunos de los incisos que conforman la adición de la fracción VIII del artículo 100. Razón por la que ésta comisión dictaminadora propone la siguiente redacción:

Artículo 100. La investigación en seres humanos se desarrollará conforme a las siguientes bases:
I. a VI. ...
VII. Toda persona que sea sujeta a estudios de investigación, dentro del sistema nacional de salud, tendrá garantizado el derecho a recibir atención médica hasta que terminen los efectos de la investigación realizada. Para ello, el responsable de la investigación, deberá prever recursos, para el caso de pérdida de derechohabiencia, seguro médico u otra forma de financiamiento, de acuerdo a las disposiciones aplicables.
VIII. Las demás que establezca la correspondiente reglamentación.

Si se analiza cuidadosamente el título quinto, capítulo único ``Investigación para la Salud''; se correlaciona con los artículos 23 y 51 de la LGS; y se valora la naturaleza del derecho planteado concluimos que el derecho que los promoventes pretenden tutelar en la iniciativa corresponde a la Ley General de Salud pues respeta principios jurídicos básicos, como la supremacía Constitucional, ya que toda norma jurídica debe encontrar el fundamento de su validez jurídica en una norma de superior jerarquía. Las disposiciones del artículo 100 de la LGS son análogas al derecho del participante en investigación propuesto, no se trata de requisitos, características o detalles sino de un derecho. Por lo anterior no corresponde insertarlo en el nivel reglamentario.

Asimismo la propuesta tiene una coherencia, debido a que el derecho que buscan garantizar los promoventes encuentra cohesión, congruencia y conexión con sus correlativos del artículo 100, por lo cual relegarlo a nivel reglamentario iría en contra de la sistemática jurídica.

Es necesario señalar que en respeto al principio de reserva de ley, el Poder Legislativo tiene la obligación de regular ciertas materias por sí mismo o mediante ley y en consecuencia la prohibición de que pueda remitirlas al Ejecutivo para su reglamentación mediante una norma reglamentaria. Principio que se ve cumplimentado con el decreto propuesto por ésta dictaminadora. En la Ley General de Salud esto se observa en los siguientes títulos y capítulos:

Titulo Tercero
Prestación de los Servicios de Salud
Capítulo III
Prestadores de servicios de salud
Titulo Tercero
Prestación de los Servicios de Salud
Capítulo IV
Usuarios de los Servicios de Salud y Participación de la Comunidad
Título Tercero Bis
De la Protección Social en Salud
Capítulo IX
Derechos y oligaciones de los bneficiarios

Es necesario señalar que la adición de un artículo 104 Bis, propuesto en la iniciativa, carece de congruencia con la progresión de texto que se pretende reformar ya que el artículo 104 de la ley vigente que establece lo siguiente:

``Artículo 104. La Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, y de conformidad con la Ley de Información Estadística y Geográfica y con los criterios de carácter general que emita la Secretaría de Programación y Presupuesto, captarán, producirán y procesarán la información necesaria para el proceso de planeación, programación, presupuestación y control del Sistema Nacional de Salud, así como sobre el estado y evolución de la salud pública.''

El artículo citado se refiere al Título Sexto de la ley, denominado Información para la Salud, por lo que no tiene una relación directa con el objetivo que la propuesta persigue, aunado a lo anterior, y asumiendo que el numeral del artículo que se pretende adicionar es un error, es importante señalar que no coincidimos con la propuesta para formar parte de la ley, sin embargo, creemos prudente imponer la obligación de la Secretaría de Salud para emitir las normas a las que se deben constreñir las instituciones públicas de salud, de seguridad social, hospitales privados, instituciones académicas, industria farmacéutica y terceros interesados para el fomento organización y colaboración en materia de investigación para la salud. Para lo cual proponemos que esta disposición se inserte en el decreto en forma de un artículo transitorio, como a continuación se señala:

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La Secretaría de Salud, modificará o expedirá las disposiciones que fomenten la organización, financiamiento y la colaboración de instituciones públicas de salud, de seguridad social, hospitales privados, instituciones académicas, industria farmacéutica y terceros interesados, en materia de investigación para salud.
Por lo anteriormente expuesto los integrantes de las Comisiones Unidas de Salud, y de Ciencia y Tecnología, con las atribuciones que les otorga el artículo 73 fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 45 numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ponemos a consideración de la honorable asamblea, el siguiente PROYECTO DE

Decreto que adiciona la fracción VII al artículo 100 de la Ley General de Salud

Artículo Único. Se adiciona una fracción VII, recorriéndose la actual para pasar a ser VIII, al artículo 100 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 100. ...

I. a V. ...
VI. El profesional responsable suspenderá la investigación en cualquier momento, si sobreviene el riesgo de lesiones graves, invalidez o muerte del sujeto en quien se realice la investigación;
VII. Toda persona que sea sujeta a estudios de investigación, dentro del sistema nacional de salud, tendrá garantizado el derecho a recibir atención médica hasta que terminen los efectos de la investigación realizada. Para ello, el responsable de la investigación, deberá prever recursos, para el caso de pérdida de derechohabiencia, seguro médico u otra forma de financiamiento, de acuerdo a las disposiciones aplicables, y
VIII. Las demás que establezca la correspondiente reglamentación.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Secretaría de Salud, modificará o expedirá las disposiciones que fomenten la organización, financiamiento y la colaboración de instituciones públicas de salud, de seguridad social, hospitales privados, instituciones académicas, industria farmacéutica y terceros interesados, en materia de investigación para salud.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de abril de 2008.
La Comisión de Salud, diputados: Ector Jaime Ramírez Barba (rúbrica), José Antonio Muñoz Serrano , Adriana Rebeca Vieyra Olivares (rúbrica), Efraín Morales Sánchez (rúbrica), María Oralia Vega Ortiz (rúbrica), Olga Patricia Chozas y Chozas (rúbrica), Juan Abad de Jesús (rúbrica), Margarita Arenas Guzmán (rúbrica), Efraín Arizmendi Uribe , Ricardo Cantú Garza , Maricela Contreras Julián , María Mercedes Corral Aguilar , Joaquín Conrado de los Santos Molina (rúbrica), Daniel Dehesa Mora , Nemesio Domínguez Domínguez , Ángel Humberto García Reyes , Beatriz Eugenia García Reyes (rúbrica), Yolanda Mercedes Garmendia Hernández (rúbrica), Tomás Gloria Requena (rúbrica), Lorena Martínez Rodríguez (rúbrica), Holly Matus Toledo (rúbrica), Fernando Enrique Mayans Canabal (rúbrica), Roberto Mendoza Flores (rúbrica), Elizabeth Morales García , Miguel Ángel Navarro Quintero , Gilberto Ojeda Camacho , Jorge Quintero Bello (rúbrica), José Ignacio Alberto Rubio Chávez (rúbrica), María Gloria Guadalupe Valenzuela García .
La Comisión de Ciencia y Tecnología, diputados: Silvia Luna Rodríguez (rúbrica), Jesús Vicente Flores Morfín (rúbrica), Jaime Verdín Saldaña (rúbrica), Sergio Hernández Hernández (rúbrica), Daniel Amador Gaxiola (rúbrica), José Luis Aguilera Rico , Salvador Arredondo Ibarra (rúbrica), Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo (rúbrica), Alonso Manuel Lizaola de la Torre , Fabián Fernando Montes Sánchez , Marco Antonio Peyrot Solís , Ector Jaime Ramírez Barba (rúbrica), Héctor Manuel Ramos Covarrubias (rúbrica), Antonio Vega Corona (rúbrica), Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica), Alberto Amaro Corona (rúbrica), Daniel Dehesa Mora (rúbrica), José Luis Gutiérrez Calzadilla (rúbrica), Marcos Matías Alonso (rúbrica), Francisco Martínez Martínez (rúbrica), Miguel Ángel Solares Chávez (rúbrica), Efraín Peña Damacio, Wenceslao Herrera Coyac (rúbrica), Jorge Mario Lescieur Talavera (rúbrica), Mayra Gisela Peñuelas Acuña , Sergio Sandoval Paredes (rúbrica), Gerardo Sosa Castelán , Pablo Leopoldo Arreola Ortega (rúbrica), Alejandro Rodríguez Luis .»

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Tiene la palabra el diputado Antonio Vega Coronahasta por cinco minutos, por las comisiones unidas, para fundamentar el dictamen en términos del artículo 108 del Reglamento para el Gobierno Interior. Las comisiones son las Comisiones Unidas de Salud, y de Ciencia y Tecnología.

El diputado Antonio Vega Corona : Con su permiso, señora presidenta.

Antes que nada, una felicitación a todos los médicos, por ser hoy su día. También una felicitación a quienes impulsaron este proyecto de modificar la Ley General de Salud, por esta iniciativa tan importante.

Estimados compañeros legisladores, hablo a favor de la iniciativa, en nombre del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, ya que una de las tareas del legislador es vigilar la pertinencia de las leyes y, en este sentido, obviamente de la investigación en salud. La cual se ha diversificado como resultado de los nuevos conocimientos y las formas de abordar los problemas que de estos conocimientos se derivan.

Con certeza, todos deseamos que nuevas investigaciones se orienten a buscar soluciones para los principales problemas de salud que aquejan a los mexicanos. La iniciativa en cuestión busca ante todo garantizar que los pacientes que participan en una investigación como sujetos de estudios se encuentren explícitamente protegidos.

La ley prevé que su participación es resultado de un proceso de información, de la libre voluntad de participar y del compromiso por parte del investigador, para no exponerlos a riesgos. No obstante, quedan descubiertos varios aspectos de la protección en salud.

Esta iniciativa pretende garantizar estos derechos, explicitando la necesidad de prever que ante las posibles consecuencias en salud, derivadas de participar como sujetos de investigación, se garantice su atención en el caso de que se presentaran.

Toda investigación se plantea bajo el rigor metodológico de la investigación en salud. No obstante, es menester que se trabaje en esta área bajo los más altos estándares de seguridad. En este sentido la ley, al respecto, no debe ser menos previsora y se requiere que garantice en forma clara los derechos de las personas.

En nuestro país la investigación en salud es una de las actividades científicas de mayor productividad, y ello nos coloca como un país competitivo en ese sector. Estas adecuaciones a la ley otorgarán un marco de mayor seguridad, no sólo para las personas que participan, un marco de mayor seguridad en los estudios de investigación, lo que fortalecerá una cultura de investigación en salud de gran nivel.

Por estas razones, el Grupo Parlamentario del Partido de Acción Nacional se pronuncia a favor de esta iniciativa. Muchas gracias. Es cuanto, señora presidenta.

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Muchas gracias, Diputado Antonio Vega Corona.

Y queremos, asimismo, dar nuestra más cordial bienvenida a los niños y a las niñas participantes en el foro La voz de los niños migrantes jornaleros agrícolas, quienes vienen de 21 estados de la República Mexicana y quienes nos honran con su presencia, invitados por la diputada María Dolores González Sánchez . Sean ustedes bienvenidos.

En consecuencia está a discusión, en lo general y en lo particular, el artículo único del proyecto de decreto. Se han registrado para fijar la posición de sus grupos parlamentarios las siguientes diputadas y los siguientes diputados: por el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional se registra Martha Rocío Partida Guzmán , por el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática se registra Sergio Hernández Hernández .

En consecuencia, tiene la palabra la diputada Martha Rocío Partida Guzmán , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, hasta por cinco minutos. Adelante, diputada.

La diputada Martha Rocío Partida Guzmán : Con el permiso de la Presidencia.

Honorable asamblea, las Comisiones Unidas de Salud, y de Ciencia y Tecnología nos han presentado el proyecto de decreto que adiciona la fracción VII al artículo 100 de la Ley General de Salud, de conformidad con la iniciativa que presentaron diversos legisladores del Partido Acción Nacional, el 8 de agosto de 2007.

Coincidimos en la necesidad de precisar en la Ley General de Salud la materia de investigación para la salud, ya que omite definir dos aspectos fundamentales: por una parte, el derecho a la investigación médica del participante en estudios de investigación; y por la otra, las bases para la organización, la colaboración y el financiamiento de la investigación en seres humanos, realizada entre investigadores, pacientes, industria farmacéutica y terceros interesados.

De ser aprobada, la reforma nos permitiría estar en concordancia con pautas éticas internacionales, como el Código de Núremberg de 1946; la Declaración de Helsinki; las Pautas Éticas Internacionales para la Investigación Biomédica en Seres Humanos, del Consejo de Organizaciones Internacionales de las Ciencias Médicas, en colaboración con la Organización Mundial de Salud, de Ginebra, 2002, entre otros.

Para las diputadas y los diputados del Partido Revolucionario Institucional es de suma importancia que aprobemos en todos sus términos el dictamen referido, ya que nos permitirá actualizar la Ley General de Salud, que entró en vigor el 7 de febrero de 1984, y adecuarla para precisar que toda persona que sea sujeta a estudios de investigación dentro del sistema nacional de salud tendrá garantizado el derecho de recibir atención médica hasta que terminen los efectos de la investigación realizada, para lo cual el responsable de la investigación deberá prever recursos para el caso de pérdida de derechohabiencia, seguro médico u otra forma de financiamiento, de acuerdo con las disposiciones aplicables.

Los legisladores priistas estamos a favor de la consideración de las instituciones, y de la mayor cobertura y calidad de los servicios que presta el sistema nacional de salud, protegiendo cada vez más a un número mayor de colectivos de mexicanos que aún en nuestros tiempos no disfrutan los derechos fundamentales de la salud, como un elemento indispensable para alcanzar la democracia y la justicia social en el país. Es cuanto.

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Muchas gracias, diputada. Tiene el uso de la palabra el diputado Sergio Hernández Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

El diputado Sergio Hernández Hernández : Antes que nada, también en nombre del Grupo Parlamentario del PRD, muchas felicidades a los médicos de nuestro país, que a lo largo y ancho de la república procuran el bienestar de nuestra población.

Qué mejor día que el Día del Médico para que en la Cámara de Diputados podamos reformar el artículo 100 de la Ley General de Salud, a fin de que puedan tener mejores condiciones todos los que participan en una investigación.

Nos debemos sentir muy satisfechos del papel que la Cámara de Diputados ha jugado en materia de salud, pero también en ciencia y tecnología. La semana pasada aprobamos aquí la posibilidad de que se eleven los presupuestos de ciencia y tecnología, el presupuesto que destine la Cámara de Diputados.

Pero en la Ley General de Salud había un vacío. Se hablaba en esta ley de todos aquellos quienes participan dentro de una investigación, de todos aquellos que son sujetos de una investigación médica, si se les daba seguridad, se les daba certeza; pero si finalmente alguna de estas personas que participaba en alguna investigación, por alguna razón quedaban sin efecto sus derechos para tener atención médica, no había un apartado en esta ley que les diera esta posibilidad.

Con esta reforma, con esta adición al artículo 100 de la Ley General de Salud, vamos a dar seguridad a todas las personas que participan, que son sujetas de una investigación, porque a los primeros que debemos dar seguridad es a ellos.

Gracias a ellos, gracias a los investigadores, tenemos después productos que benefician a la población y podemos tener a los médicos que el país requiere, con los medicamentos necesarios para atender la salud de los mexicanos.

Por ello, éste es un gran día para el sector salud; éste es un gran día para la ciencia y la tecnología; éste es un gran día para los médicos de México. Por eso el Partido de la Revolución Democrática habrá de votar a favor. Muchas gracias.

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Gracias, diputado. En virtud de que no se ha registrado algún otro orador, consulte la Secretaría a la asamblea si el proyecto de decreto se encuentra suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : Por instrucciones de la presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido el proyecto de decreto, en lo general y en lo particular. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : En consecuencia, este dictamen se considera suficientemente discutido.

Se pide a la Secretaría que abra el sistema electrónico por 10 minutos para proceder a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto.

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior. Ábrase el sistema electrónico por 10 minutos para proceder a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto.

(Votación)

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Destacamos la presencia en el salón de sesiones de legisladoras y legisladores integrantes de la Comisión de Salud, así como de la Comisión de Seguridad Ciudadana, Combate y Prevención al Narcotráfico, Terrorismo y Crimen Organizado, del Parlamento Latinoamericano, que se reúnen en la Cámara de Diputados para llevar a cabo la décima reunión ordinaria de estas comisiones. Sean ustedes bienvenidos a la Casa del Pueblo de México, señoras y señores parlamentarios integrantes del Parlatino. Bienvenidos sean ustedes.

Continúe la Secretaría.

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : ¿Falta algún compañero diputado o alguna diputada por emitir su voto? Está abierto el sistema. Ciérrese el sistema de votación electrónico.

Señora Presidenta, se emitieron 305 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones.

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Aprobado por unanimidad el proyecto de decreto que adiciona la fracción VIII al artículo 100 de la Ley General de Salud. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

Compañeras diputadas y compañeros diputadas, la Mesa Directiva quiere reconocer el trabajo minucioso, serio, que han hecho las comisiones unidas que han presentado los dos últimos dictámenes, porque ha generado una confluencia de voluntades, lo que nos permite observar unanimidad en el sentido de la votación. Un reconocimiento de la Mesa Directiva a todas y a todos ustedes.



LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACION

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma la fracción V del artículo 11 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura del dictamen.

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura del dictamen. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Diputada presidenta, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Dictamen de la Comisión de Derechos Humanos, con proyecto de decreto que reforma la fracción V del artículo 11 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación

Honorable Asamblea:

La Comisión de Derechos Humanos, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y en lo dispuesto por los artículo 60, 87, 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta a la honorable Asamblea el siguiente:

Dictamen

Antecedentes

A la Comisión de Derechos Humanos le fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente No. DGPL 60-II-5-563 que contiene la iniciativa que reforma el artículo 11 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, presentada por el diputado Jorge Quintero Bello , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el día 22 de febrero de 2007.

La propuesta plantea, el que se prefiera por equidad de género el otorgamiento de becas, créditos u otros beneficios, a las personas que tengan a su cargo menores de edad y estén en situación de pobreza.

Consideraciones

Las diputadas y los diputados de esta comisión, conocimos para su estudio la iniciativa en comento y formulamos la investigación correspondiente para su análisis, así como las consultas necesarias, para una adecuada valoración de la propuesta.

Se realizaron reuniones de trabajo entre ésta Comisión y la Comisión Especial sobre No Discriminación, Nuevos Derechos y Nuevos Sujetos, toda vez que ésta última por mandato de la Presidencia de la Mesa Directiva debe emitir opinión al respecto de la iniciativa.

En reunión de Pleno de esta Comisión, celebrada el ..., las diputadas y los diputados, discutimos y aprobamos el presente dictamen al tenor de estas consideraciones.

Estimamos necesario, que todas las personas tengan acceso y facilidad a la educación y a los beneficios económicos que a través de una beca se puedan obtener, en particular esta preferencia, debe ser para las niñas, niños y adolescentes, y cuando estos últimos menores de edad, sean padres de familia para que puedan continuar con sus estudios, dando preferencia a las madres solteras adolescentes, lo anterior por la falta de solvencia económica, pudiendo adherirse entre otros a los siguientes programas sociales de apoyo: Programa Oportunidades , Programa de Estancias y Guarderías Infantiles, Programa del Seguro Popular, Programa Bécalos, Programa Seguro Médico para una Nueva Generación, así como los que se puedan derivar de la interpretación y aplicación de la fracción V del artículo 11 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, siempre en beneficio de la niñez y la juventud.

La Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, tienen entre otros, los siguientes fines: evitar que se vulneren los derechos de cualquier persona, por motivos de raza, credo religioso, condiciones sociales, discapacidades entre otros, esto incluye a las niñas, niños y adolescentes a quienes, adicional a la Ley de la Protección de las Niñas, Niños y Adolescentes, que les otorga derechos en el ordenamiento para prevenir y eliminar la discriminación, les concede a este sector de la población otros derechos y prerrogativas siempre para su beneficio y superación, el encabezado del artículo 11 de la ley en estudio establece que:

Artículo 11. ``Los órganos públicos y las autoridades federales, en el ámbito de su competencia, llevarán a cabo entre otras, las siguientes medidas positivas y compensatorias a favor de la igualdad de oportunidades de las niñas y los niños''.

Por lo que coincidimos con la necesidad de que éstas medidas positivas compensatorias, y más aun, cuando son beneficios para las niñas, niños y adolescentes de nuestro país, se otorguen. Por todos es conocido, la falta de oportunidades que tienen las niñas y los niños para estudiar, abandonando sus estudios a temprana edad por diferentes motivos, siendo alguno de estos el afrontar la circunstancia de ser padres, con las obligaciones que esto conlleva, dejando en segundo término sus estudios, y en consecuencia una falta de oportunidades para la obtención de un mejor empleo o para estar capacitado para emprender su propio negocio, situación que afecta en primer término como ya se dijo a los adolescentes, pero sin duda a la sociedad en nuestro país, al no incrementar el número de profesionistas y técnicos especialistas, que son importantes para el crecimiento y desarrollo del país.

Coincidimos con lo planteado en la iniciativa, en lo relativo a la equidad de género, reconocemos la importancia que el tema tiene y las desigualdades que aún persisten, y esta comisión al vigilar y procurar el respeto de los derechos humanos, lo debe hacer bajo el principio de la igualdad y equidad, por tanto, el que se otorgue una preferencia en algún derecho o concesión que éste relacionado con la equidad es una acción compensatoria y no una ventaja para quien lo haga valer, ya que la desigualdad de oportunidades por concepto de género han prevalecido, por tanto se debe establecer ese equilibrio de derechos.

Por lo que, en concordancia con el diputado Jorge Quintero Bello , los principios rectores que reconoce la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, establece que son sujetos de los derechos que establece la ley, las mujeres y los hombres que se encuentren en territorio nacional, que por razón de su sexo, independientemente de su edad, estado civil, profesión, cultura, origen étnico o nacional , condición social, salud, religión, opinión o discapacidades, se encuentren con algún tipo de desventaja ante la violación del principio de igualdad que esta ley tutela, por ello aún cuando no es en este ordenamiento, las circunstancias de dar preferencia por concepto de equidad y género, se establecen en el planteamiento de la iniciativa, la cual no es restrictiva, ya que de la simple lectura, del artículo vigente, se puede desprender que su finalidad consiste en especificar que ante la igualdad de circunstancias en que se encuentren varias personas solicitantes de becas, créditos u otros beneficios, se otorgarán dichos beneficios a aquellas que tengan a su cargo a menores de edad, circunstancia que se amplía con la propuesta del diputado, porque establece la preferencia a los menores y prefiriéndose con equidad de género, por lo que de concretarse la modificación la o las autoridades que interpreten y por tanto apliquen las disposiciones deberán observar todas estas posibilidades para el otorgamiento de becas, créditos u otros beneficios.

En la revisión de la propuesta, encontramos no procedente el eliminar de la fracción V del artículo 11 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, las palabras ``en igualdad de circunstancias'', toda vez que la valoración que se haga al momento de otorgar las becas, créditos u otros beneficios, debe realizarse de manera equitativa y no dar preferencia únicamente por la equidad de género, por lo que al dejar en el texto vigente las palabras, ``en igualdad de circunstancias'', se referirá para toda circunstancia de interpretación que la preferencia que se pueda dar, únicamente será por equidad de género y nunca por ninguna otra circunstancia, sea de grupo social o económica.

La preocupación de las circunstancias sociales y económicas de extrema pobreza, que se vive en gran parte de nuestra población, motiva que cada uno de nosotros como diputadas y diputados, busquemos medidas compensatorias para disminuir o atenuar estas circunstancias con el firme deseo de procurar un mejor bienestar y calidad de vida para todos, esto por el compromiso que asumimos en la representación social que hoy tenemos y por convicción personal, sin embargo, el elemento de ``la situación de pobreza'' que pretende adicionar el diputado Quintero Bello, se omite de la propuesta, toda vez que se trata de un tema que puede generar diversas interpretaciones en su aplicación por la generalidad del concepto.

Por las consideraciones anteriormente expuestas, la Comisión de Derechos Humanos, somete a consideración de la honorable Asamblea, el siguiente

Proyecto de decreto por el que se reforma la fracción V del artículo 11 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación:

Artículo Único. Se reforma la fracción V del artículo 11 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, para quedar como sigue:

Artículo 11. ...

I. a IV. ...
V. Preferir, en igualdad de circunstancias y con equidad de género, a las personas que tengan a su cargo menores de edad en el otorgamiento de becas, créditos u otros beneficios;
VI. a IX. ...

Transitorio

Único. El decreto entrará en vigor el día siguiente a de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la Comisión de Derechos Humanos, Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF, a 14 de septiembre de 2007, correspondiente al primer periodo de sesiones del segundo año legislativo de la LX Legislatura.

La Comisión de Derechos Humanos, diputados: Omeheira López Reyna (rúbrica), presidenta; Arturo Flores Grande (rúbrica), María Dolores González Sánchez (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), Rosa Elia Romero Guzmán (rúbrica), Yary del Carmen Gebhardt Garduza (rúbrica), secretarios; Valentina Valia Batres Guadarrama , Adriana Dávila Fernández (rúbrica), Silvia Emilia Degante Romero (rúbrica), Martha Cecilia Díaz Gordillo (rúbrica), Nemesio Domínguez Domínguez , Rutilio Cruz Escandón Cadenas , Alberto Esteva Salinas (rúbrica), Jorge Justiniano González Betancourt (rúbrica), Sonia Nohelia Ibarra Franquez, José Jacques y Medina , María Soledad Limas Frescas (rúbrica), Alberto López Rojas (rúbrica), Rubí Laura López Silva (rúbrica), Dolores de María Manuell-Gómez Angulo (rúbrica), Carlos Alberto Navarro Sugich (rúbrica), José Guadalupe Rivera Rivera (rúbrica), Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez , Jesús Sesma Suárez , Rosa Elva Soriano Sánchez (rúbrica), Isael Villa Villa , Jesús Humberto Zazueta Aguilar .»

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Está a discusión, en lo general y en lo particular, el artículo único del proyecto de decreto. Se ha registrado la diputada Yary del Carmen Gebhardt Garduza, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. Tiene la palabra hasta por cinco minutos.

La diputada Yary del Carmen Gebhardt Garduza : Compañeras y compañeros legisladores, el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por mi conducto, se pronuncia a favor del decreto que reforma la fracción V del artículo 11 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

La juventud es una etapa de la vida humana que ha adquirido una especial importancia en los tiempos contemporáneos; sin embargo, la actualidad nos demuestra que existe discriminación hacia los jóvenes por el simple hecho de ser jóvenes.

Los adultos nos hemos olvidado que nosotros algún día también fuimos jóvenes y que luchábamos por el respeto de nuestros derechos y decisiones y por ejercer libremente nuestras ideas.

Los jóvenes son el futuro de México y por ende constituyen un grupo social para el cual se deben pensar y construir espacios de desarrollo. Esto, porque la población juvenil no es homogénea y se configura como un conglomerado enorme y diverso que demanda oportunidades.

Por ello esta propuesta que se presenta el día de hoy va en el sentido de erradicar la discriminación y las diferencias existentes entre la sociedad y particularmente en la juventud.

Derivado de lo anterior resulta fundamental ampliar el alcance de las medidas positivas y compensatorias a favor de la igualdad de oportunidades de las niñas y niños contenidas en el artículo 11 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. También para los jóvenes.

Al incorporar estas medidas compensatorias para los jóvenes estaremos abriendo las puertas en México para construir un mejor país, con jóvenes que tengan a su alcance oportunidades para su desarrollo y las garantías sociales que les aseguren el reconocimiento absoluto de sus derechos.

Ya es tiempo de que todos los jóvenes que integran la sociedad mexicana tengan acceso a todos los elementos necesarios para el desarrollo pleno de su potencial, y con ello mejor calidad de vida.

Finalmente, quisiera hacer una reflexión. En estos tiempos de intolerancia e incertidumbre, el Estado, las instituciones y toda la sociedad en general tendríamos que preguntarnos qué presente y qué futuro estamos brindando a la niñez de nuestro país con un legado plagado de intolerancia, racismo, discriminación y corrupción que influye de manera negativa en el desarrollo de niñas, niños y jóvenes. Muchas gracias.

La Presidenta, diputada Martha Hilda González Calderón : Gracias, diputada.

No habiendo más oradores registrados, consulte la Secretaría a la asamblea si el proyecto de decreto se encuentra suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido el proyecto de decreto, en lo general y en lo particular. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Diputada presidenta, mayoría por la afirmativa.

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Suficientemente discutido. Se pide a la Secretaría que abra el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto.

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto.

(Votación)

¿Falta algún diputado o alguna diputada por emitir su voto? Aún está abierto el sistema electrónico de votación. Aún está abierto el sistema de votación para las diputadas y los diputados que no han emitido su voto. Si falta alguna diputada o algún diputado de emitir su voto, está abierto aún el sistema de votación electrónico. Ciérrese el sistema de votación electrónico.

Se emitieron 293 votos en pro, 0 en contra y 1 abstención, diputada presidenta.

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Aprobado en lo general y en lo particular, por 293 votos, el proyecto de decreto que reforma la fracción V del artículo 11 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.



LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACION

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que adiciona el artículo 11 Bis a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura del dictamen.

El Secretario diputado José Manuel del Río Virgen : Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura del dictamen. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Presidenta, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Dictamen de la Comisión de Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona un artículo 11 Bis a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación

Honorable Asamblea:

La Comisión de Derechos Humanos, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y en lo dispuesto por los artículos 60, 87, 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta a la honorable Asamblea el siguiente:

Dictamen

Antecedentes

A la Comisión de Derechos Humanos le fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente No. D.G.P.L. 60-II-2-982 que contiene la minuta proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación, a partir de la iniciativa presentada por el senador Manuel Velasco Coello, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista, el 19 de abril de 2007.

El objeto de la minuta es ampliar el alcance de las medidas positivas y compensatorias a favor de la igualdad de oportunidades de niñas y niños contenidas en el artículo 11 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, para ser ampliadas también para los jóvenes.

Las diputadas y los diputados que integramos esta comisión estudiamos la iniciativa presentada por el senador Manuel Velasco Coello, así como la minuta proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, remitida por la Cámara de origen, para estar en posibilidades de dictaminarla a favor de la población beneficiada.

Esta Comisión de Derechos Humanos consultó a las autoridades y organismos competentes en la materia, para conocer su opinión acerca del contenido de la minuta para contar con un mayor número de elementos que sustenten el dictamen a la minuta. Recibiendo opiniones a favor del objeto y finalidad que se contiene en la minuta de referencia.

Consideraciones

La sociedad en su conjunto, para avanzar, requiere que los individuos que la conforman tengan acceso a todos los elementos necesarios para el desarrollo pleno de su potencial.

Las diputadas y los diputados que integramos esta comisión, entendemos que la finalidad que tuvieron los legisladores que diseñaron y aprobaron la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, motivo de este dictamen, lo hicieron para que en nuestro país no existieran mas discriminaciones ni desventajas económicas ni sociales entre los diversos grupos de la sociedad, y conscientes de que para lograrlo se requiere darle la igualdad a los desiguales para que todos tengamos las mismas oportunidades siendo el Estado el rector y garante de estas medidas compensatorias, así, el artículo 11 de la ley en estudio establece: ``Los órganos públicos y las autoridades federales, en el ámbito de su competencia, llevarán a cabo, entre otras, las siguientes medidas positivas y compensatorias a favor de la igualdad de oportunidades de las niñas y los niños'', en el citado numeral se establecen las acciones y programas que se deberán incorporar para la atención de las niñas y niños, respetando la idea de este artículo, el senador Manuel Velasco Coello presentó una iniciativa que pretende incorporar a los jóvenes a estas medidas compensatorias, adecuando aquellas que son propias al rango de su edad.

Coincidimos con el autor de la iniciativa al establecer que las y los jóvenes constituyen un grupo social para el cual se deben pensar y construir espacios de desarrollo, esto porque la población juvenil no es homogénea, y se configura como un conglomerado enorme y diverso que demanda respuestas. El concepto de ``juventud'' podemos definirlo como las personas dentro de un grupo específico de edad. Por un lado, la Organización de las Naciones Unidas define a los jóvenes como aquellos que se encuentran entre los 15 y los 24 años de edad; pero acorde con nuestra Ley del Instituto Nacional de la Juventud, los define como aquellos que se encuentran entre los 12 y 29 años de edad. En este sentido, para efectos de este dictamen, en esta comisión nos avocaremos a lo que establece la legislación nacional.

Las diputadas y los diputados que integramos esta comisión, consideramos necesario incorporar medidas compensatorias para las y los jóvenes, ya que reconocemos en este sector de la población la oportunidad y potencial que tiene México para construir un mejor país, con jóvenes que tengan a su alcance oportunidades para su desarrollo y las garantías sociales que les permitan el reconocimiento absoluto de sus derechos. En la actualidad las y los jóvenes se enfrentan a numerosos riesgos de salud en su paso a la edad adulta, muchos de los cuales afectan su longevidad y calidad de vida. El más importante de todos es el VIH/sida, que se presenta cada vez en mayor proporción en los jóvenes, generalmente con mayor frecuencia en las mujeres. Entre otros posibles riesgos de salud que surgen inicialmente entre los jóvenes están los relativos al alcohol, el tabaco y los accidentes de tráfico, todas estas circunstancias afectan el desarrollo de los jóvenes, pero sobre todo afectan el crecimiento de México, y se destinan una mayor cantidad de recursos económicos para atender las consecuencias que por motivo de salud se presentan en jóvenes infectados con VIH/sida, problemas de alcoholismo, drogadicción y tabaquismo, tratamientos todos éstos con un alto costo, pero lo más triste aún con pocas posibilidades de que se salven de morir o se incorporen a una actividad económicamente productiva, por eso quienes integramos esta Comisión de Derechos Humanos, entendemos también que por ahorro de presupuesto y más aún por el bien de los jóvenes se deben incorporar medidas compensatorias de carácter preventivo para los jóvenes.

En el estudio y valoración de la minuta nos percatamos que otra finalidad es el evitar la discriminación que se da hacia los jóvenes recuperando el espíritu de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. Los mayores tipos de discriminación, de acuerdo con la Consulta Infantil y Juvenil 2003, son la discapacidad, la posición social, el embarazo, el género y la preferencia sexual, así como la diversidad de ideas, la apariencia y la religión, para nosotros la discriminación socava el concepto clave en el que se basa la Declaración Universal de Derechos Humanos, mismo que estipula que ``Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos''. Por tanto, combatir la discriminación es una forma apropiada de promover los derechos humanos y su cabal respeto por parte de las autoridades.

Las y los diputados de esta comisión coincidimos en lo general con la minuta remitida por la colegisladora, disentimos únicamente en el orden de las modificaciones y adiciones de este artículo, y proponemos la incorporación de algunas medidas compensatorias que el autor de la iniciativa consideró, y para efectos de diferenciar con claridad las medidas compensatorias que se han de adoptar y aplicar para éstos dos grupos de la población proponemos la creación del artículo 11 Bis, el cual contendrá disposiciones aplicables únicamente para los jóvenes, toda vez que, como ya hemos manifestado las personas jóvenes son un sector de población que se caracteriza por tener necesidades específicas a satisfacer, distintas del resto de la población, lo que conlleva plenamente a su identificación como grupo determinado, consideramos pertinente analizar la propuesta del autor de la iniciativa, ya que las situaciones planteadas se encuentran reguladas de manera general.

La fracción I del artículo 11 Bis enuncia el acceso a servicios y beneficios sociales, económicos, políticos, culturales, informativos, entre otros, en tanto que la minuta trataba estos derechos de forma más dispersa.

Para la fracción II del artículo 11 Bis se propone el diseño y creación de programas educativos para atender aspectos sociales y de salud que son frecuentes entre los jóvenes, como son la salud, las adicciones, la sexualidad, las infecciones de transmisión sexual, el VIH/sida, la planificación familiar, la paternidad responsable, la ecología y la participación ciudadana, entre otras.

El contenido de la fracción III del artículo 11 Bis se transcribe textualmente de la minuta, suprimiéndose únicamente la palabra niñez, como parte de la diferenciación entre las disposiciones de la niñez y de los jóvenes.

La fracción IV del artículo 11 Bis, busca fortalecer y promover la calidad en el servicio educativo y el fomento a la lectura.

En la fracción V del artículo 11 Bis, se plantea el impulso para la creación de empleos a favor de los jóvenes, en complemento a las disposiciones existentes en materia laboral.

La fracción VI del artículo 11 Bis, impulsa la atención física y psicológica gratuita para los casos de que sean víctimas de algún delito.

La fracción VII del artículo 11 Bis, busca el estímulo en los jóvenes en las actividades culturales, recreativas y deportivas, que les beneficie para un desarrollo sano y que les permita en algunos casos desarrollar habilidades o talentos en estas actividades.

Los integrantes de esta Comisión de Derechos Humanos estimamos que en la propuesta del artículo 11 Bis, se engloban de manera general derechos y oportunidades a favor de la juventud, los cuales no son restrictivos en lo que dispongan otros ordenamientos, sino son el complemento de los ya existentes, coincidimos con el senador Manuel Velasco Coello cuando expone que: ``En un mundo signado por el conocimiento y el cambio, las personas jóvenes son las que tendrán mayores capacidades de adaptación a las nuevas tecnologías, a las nuevas estructuras de las instituciones sociales y a la propuesta de ideas frescas e innovadoras'', por lo que con las modificaciones propuestas a esta minuta, se podrá cumplir con este fin y en general con el impulso y bienestar de los jóvenes de nuestro país.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Derechos Humanos, y para los efectos de lo dispuesto en la fracción E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente

Proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 11 Bis a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

Artículo Único. Se adiciona el artículo 11 Bis a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, para quedar como sigue:

Artículo 11 Bis. Los órganos públicos y las autoridades federales, en el ámbito de su competencia, deberán llevar a cabo, entre otras, las siguientes medidas positivas y compensatorias a favor de la igualdad de oportunidades para las personas jóvenes:

I. Garantizar el goce y ejercicio de todos los derechos y libertades fundamentales, sin discriminación alguna, en términos del artículo 4 de esta ley, permitiéndoles el acceso a servicios y beneficios sociales, económicos, políticos, culturales, informativos, entre otros, para promover un mayor bienestar y mejores condiciones de vida;
II. Promover en los programas educativos el respeto por los derechos y libertades fundamentales y la información y prevención relativa a los principales problemas que los aquejan, como son la salud, las adicciones, la sexualidad, las infecciones de transmisión sexual, el VIH/sida, la planificación familiar, la paternidad responsable, la ecología y la participación ciudadana, entre otras;
III. Promover las condiciones necesarias para que puedan convivir con sus padres o tutores, incluyendo políticas públicas de reunificación familiar para migrantes y personas privadas de su libertad;
IV. Impulsar el adecuado desarrollo del sistema educativo, a través de un sistema de estímulos e intercambios académicos y culturales, complementándolo con el fomento y difusión de libros para la población juvenil que promuevan, apoyen y fortalezcan su desarrollo educativo;
V. Garantizar el acceso al trabajo, promoviendo la creación de empleos bien remunerados para que puedan adquirir conocimientos prácticos sin suspender sus estudios, tomando en consideración las disposiciones de la legislación laboral aplicables;
VI. Promover de manera gratuita, su atención física y psicológica en los casos de que sean víctimas de algún delito, y
VII. Promover y garantizar el acceso a las actividades culturales, recreativas y deportivas, ya sea como medio para aprovechar el tiempo libre o como profesión.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la Comisión de Derechos Humanos, Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF, a 8 de octubre de 2008.
La Comisión de Derechos Humanos, diputados: Omeheira López Reyna (rúbrica), presidenta; Arturo Flores Grande , María Dolores González Sánchez (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), Yary del Carmen Gebhardt Garduza (rúbrica), María Mercedez Maciel Ortíz (rúbrica) secretarios; José Antonio Almazán González (rúbrica), Silvia Emilia Degante Romero , Nemesio Domínguez Domínguez (rúbrica), Adriana Dávila Fernández (rúbrica), Martha Cecilia Díaz Gordillo , Rutilio Cruz Escandón Cadenas , Alberto Esteva Salinas , Jorge Justiniano González Betancourt (rúbrica), Sonia Nohelia Ibarra Franquez, José Jacques y Medina , María Soledad Limas Frescas (rúbrica), Alberto López Rojas (rúbrica), Rubí Laura López Silva (rúbrica), Dolores de María Manuell-Gómez Angulo (rúbrica), Carlos Alberto Navarro Sugich (rúbrica), José Guadalupe Rivera Rivera (rúbrica), Rosa Elva Soriano Sánchez (rúbrica), Eva Angelina Sánchez Valdez (rúbrica), Jesús Humberto Zazueta Aguilar .»

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : En consecuencia está a discusión, en lo general y en lo particular, el artículo único del proyecto de decreto.

Se ha registrado la diputada Guillermina López Balbuena , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

La diputada Guillermina López Balbuena : Con la venia, señora presidenta.

Compañeras legisladoras y compañeros legisladores, el artículo 1o. de la Carta Magna ordena que todo individuo debe gozar de todas las garantías de nuestra Constitución y prohíbe expresamente toda discriminación que atente contra la dignidad humana, como es el caso de aquella que tiene como causa la diversidad en las preferencias sexuales de las personas, educación, salud, entretenimiento, otorgamiento de becas, prestación de servicios, entre otros.

El principio de ``no discriminación'' es trastocado cuando se presenta cualquier forma de menosprecio, exclusión, restricción o preferencia hecha por persona, grupo o institución, basada en la raza, sexo, religión, descendencia, origen étnico, edad, orientación sexual, impacto en la convivencia cotidiana dentro de la sociedad. Es el menoscabo en el reconocimiento y ejercicio en condiciones de igualdad de los derechos humanos y las libertades fundamentales, al grado que se estigmatiza a las personas que profundizan la desigualdad.

Actualmente, según cifras de organismos no gubernamentales, señalan que alrededor de 70 por ciento de la población rechaza la posibilidad de compartir su vivienda con personas jóvenes que pertenecen a la comunidad homosexual, también preocupa que 80 por ciento de los jóvenes no reconocen los derechos de la mencionada comunidad que, sin lugar a dudas, más que un proceso de integración de la sociedad mexicana son claras manifestaciones de actitudes discriminatorias y desagregadoras que atentan contra las garantías y los derechos humanos plasmados en nuestra Constitución.

Compañeros, la discriminación vulnera la cuestión social, generando la desigualdades profundas que obstaculizan el disfrute de los derechos fundamentales. Todos sabemos que el acto de discriminar contrae, consigo mismo, elementos de prejuicio, estigmatización y de estereotipo.

El estigma y la discriminación asociados en el VIH/sida están estrechamente relacionados a la orientación y cultura cívica que están recibiendo actualmente los niños y jóvenes de nuestro país.

Señores legisladores, la discriminación por motivo de preferencias sexuales resulta un fenómeno social que se reproduce en contra de los niños y adolescentes, que por su condición y circunstancias personales se encuentran en situación de alta vulnerabilidad, para protegerse y cuidar de su integridad física o moral.

Asimismo, hoy día las jóvenes y los jóvenes se enfrentan a innumerables riesgos de salud, entre ellos el VIH/sida, el cual se está presentando cada vez en mayor proposición en los jóvenes; pero lo alarmante es que se está dando con mayor frecuencia en las mujeres.

Esta comunidad altamente vulnerable, además de rechazo general por parte de sus familias es discriminada en sus centros de trabajo y en los institutos de salud a la hora de ser atendidos en el suministro de sus retrovirales.

Por tal motivo, es trascendental que el Estado de México vele por la garantía y el respeto de los derechos de las personas, que por su condición y circunstancias personales se encuentran en situación de vulnerabilidad, principalmente los niños y los adolescentes, que por falta de madurez física y psicológica difícilmente pueden protegerse y cuidarse por sí mismos de actos o ataques que atenten contra su de-sarrollo integral.

Su dignidad personal y su integridad física, psíquica y social; compañeros legisladores, en mi calidad de secretaria de la Comisión Especial sobre no Discriminación, Nuevos Sujetos y Nuevos Derechos, aplaudo y extiendo un reconocimiento a la Comisión de Derechos Humanos por ir avanzando en la protección contra la discriminación que sufren los millones de niñas y niños jóvenes de México.

Asimismo, aprovecho la oportunidad y el tema de ir avanzando en el perfeccionismo de la legislación a favor de la no discriminación, para hacer un llamado a las Comisiones de Derechos Humanos, y de Justicia a dictaminar el tema relativo a los derechos de la comunidad transexual y transgénero, tema que conlleva también la protección de los derechos de las niñas, los niños y los jóvenes que son discriminados por sus preferencias sexuales, y con ello ir avanzando en materia de no discriminación en nuestro país. Es cuanto, señora presidenta.

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Gracias, diputada. No habiendo otro orador registrado, consulte la Secretaría a la asamblea si el proyecto de decreto se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

El Secretario diputado José Manuel del Río Virgen : Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido el proyecto de decreto en lo general y en lo particular. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Suficientemente discutido. Se pide a la Secretaría abra el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto.

El Secretario diputado José Manuel del Río Virgen : Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior. Ábrase el sistema electrónico por 10 minutos para proceder a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto... por instrucciones de la Presidencia, cinco minutos.

(Votación)

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Mientras recibimos la votación correspondiente a este proyecto de decreto queremos dar la bienvenida a los alumnos de la Universidad Uninter, de Cuernavaca, Morelos, que hoy nos acompañan en esta sesión, invitados por nuestro compañero diputado Enrique Iragorri Durán. Bienvenidos sean ustedes a este salón de sesiones.

El Secretario diputado José Manuel del Río Virgen : Ciérrese el sistema electrónico de votación. De viva voz:

El diputado Fernel Arturo Gálvez Rodríguez (desde la curul): A favor.

La diputada Elizabeth Morales García (desde la curul): A favor.

El diputado José Inés Palafox Núñez (desde la curul): A favor.

El diputado Miguel Ángel Navarro Quintero (desde la curul): A favor.

La diputada Sonia Nohelia Ibarra Franquez (desde la curul): A favor.

El diputado Raymundo Cárdenas Hernández (desde la curul): A favor.

El Secretario diputado José Manuel del Río Virgen : Se emitieron 287 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención, presidenta.

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Aprobado en lo general y en lo particular por 287 votos, el proyecto de decreto que adiciona un artículo 11 Bis a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. Se devuelve al Senado para los efectos del inciso e) del artículo 72 constitucional.



PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : El siguiente punto del orden del día es la discusión de dictámenes relativos a las solicitudes de permiso de ciudadanos.

Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se autoriza que sólo se lean los puntos de acuerdo.

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se autoriza que sólo se lean los puntos de acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señora Presidenta, mayoría por la afirmativa. Se autoriza la lectura.

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : En consecuencia, se pide a la Secretaría poner a discusión los proyectos de decreto.

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.

Honorable Asamblea:

En oficios de fechas 2, 10, 24 y 30 de septiembre de 2008, la Secretaría de Gobernación solicitó el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Mariana Renata Richter Rodríguez, Felipe Lozano Guerrero, Rafael Solís Martínez, Eglantina López Calzado, Nayelli López Rocha, Vannessa Tena López y Marcos Alberto Franco Romero puedan prestar servicios de carácter administrativo en las Embajadas de Canadá; de la República Popular China, de la República de Corea, y en la Representación Especial de Palestina en México, respectivamente.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el 9 de octubre del año en curso, se turnó a la suscrita comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

Considerando

a) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento;
b) Que los servicios que los propios interesados prestarán en las embajadas de Canadá; de la República Popular China, de la República de Corea y en la Representación Especial de Palestina en México serán de carácter administrativo, y
c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II, del apartado C) del artículo 37 constitucional y en el artículo 60, segundo párrafo, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente

Proyecto de Decreto

Artículo Primero. Se concede permiso a la ciudadana Mariana Renata Richter para prestar servicios como asistente comercial del Centro de Información de Mercado en la Embajada de Canadá en México.

Artículo Segundo. Se concede permiso al ciudadano Felipe Lozano Guerrero para prestar servicios como chofer en la Embajada de la República Popular China en México.

Artículo Tercero. Se concede permiso al ciudadano Rafael Solís Martínez para prestar servicios como encargado de mantenimiento en la Embajada de la República de Corea en México.

Artículo Cuarto. Se concede permiso a la ciudadana Eglantina López Calzado para prestar servicios como asistente de asuntos consulares y protocolo en la Embajada de la República de Corea en México.

Artículo Quinto. Se concede permiso a la ciudadana Nayelli López Rocha para prestar servicios como asistente de investigación en la Embajada de la República de Corea en México.

Artículo Sexto. Se concede permiso a la ciudadana Vannessa Tena López para prestar servicios como asistente del Área Económica y Comercial en la Embajada de la República de Corea, en México.

Artículo Séptimo. Se concede permiso al ciudadano Marcos Alberto Franco Romero para prestar servicios como chofer en la Representación Especial Palestina en México.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, México, DF, a 10 de octubre de 2008.
La Comisión de Gobernación, diputados: Diódoro Carrasco Altamirano (rúbrica), presidente; Juan Enrique Barrios Rodríguez , Cristián Castaño Contreras (rúbrica), Valentina Valia Batres Guadarrama , Narcizo Alberto Amador Leal , Alfonso Rolando Izquierdo Bustamante (rúbrica), Layda Elena Sansores San Román (rúbrica), Antonio Xavier López Adame (rúbrica), secretarios; Ricardo Cantú Garza (rúbrica), Carlos Armando Biebrich Torres (rúbrica), César Octavio Camacho Quiroz , Ariel Castillo Nájera (rúbrica), Jesús de León Tello , María del Carmen Fernández Ugarte (rúbrica), Javier Hernández Manzanares (rúbrica), Juan Darío Lemarroy Martínez, Miguel Ángel Monraz Ibarra (rúbrica), Mario Eduardo Moreno Álvarez (rúbrica), Adolfo Mota Hernández (rúbrica), María del Pilar Ortega Martínez , Luis Gustavo Parra Noriega (rúbrica), Raciel Pérez Cruz , Gerardo Priego Tapia (rúbrica), José Jesús Reyna García (rúbrica), Salvador Ruiz Sánchez , Francisco Javier Santos Arreola (rúbrica), Rosa Elva Soriano Sánchez (rúbrica), Alberto Vázquez Martínez , Gerardo Villanueva Albarrán (rúbrica), Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).»

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Está a discusión el dictamen, en lo general. No habiendo quien haga uso de la palabra, para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del CongresoGeneral, se pregunta a la asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

En virtud de que no se ha reservado artículo alguno para discutirlo en lo particular, se reserva para su votación nominal en conjunto. Continúe la Secretaría.

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.

Honorable Asamblea :

En oficio de fecha 1 de octubre del año en curso, la Secretaría de Gobernación solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Joseph Sebastián Machele, Tomás Alejandro Williams García y Jorge Fernando Garza Morales puedan prestar servicios de carácter administrativo en la Embajada de Estados Unidos de América en México y en sus Consulados en Tijuana, Baja California, y en Monterrey, Nuevo León, respectivamente.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el 9 de octubre, se turnó a la suscrita comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

Considerando

a) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con las copias certificadas de sus actas de nacimiento.
b) Que los servicios que los propios interesados prestarán en la Embajada de Estados Unidos de América en México serán de carácter administrativo, y
c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II) del Apartado C) del artículo 37 constitucional y al segundo párrafo del artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados unidos Mexicanos.

Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea el siguiente

Proyecto de Decreto

Artículo Primero. Se concede permiso al ciudadano Joseph Sebastián Machele para prestar servicios como supply clerk (welcome kits) en la Embajada de Estados Unidos de América en México.

Artículo Segundo. Se concede permiso al ciudadano Tomás Alejandro Williams García para prestar servicios como asistente en el Departamento de Correo, en el Consulado de Estados Unidos de América en Tijuana, Baja California.

Artículo Tercero. Se concede permiso al ciudadano Jorge Fernando Garza Morales para prestar servicios como empleado del Departamento de Seguridad en el Consulado de Estados Unidos de América en Monterrey, Nuevo León.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. México, DF, a 10 de octubre 2008.
La Comisión de Gobernación, diputados: Diódoro Carrasco Altamirano (rúbrica), presidente; Juan Enrique Barrios Rodríguez , Cristián Castaño Contreras (rúbrica), Valentina Valia Batres Guadarrama , Narcizo Alberto Amador Leal , Alfonso Rolando Izquierdo Bustamante (rúbrica), Layda Elena Sansores San Román (rúbrica), Antonio Xavier López Adame (rúbrica), secretarios; Ricardo Cantú Garza (rúbrica), Carlos Armando Biebrich Torres (rúbrica), César Octavio Camacho Quiroz , Ariel Castillo Nájera (rúbrica), Jesús de León Tello , María del Carmen Fernández Ugarte (rúbrica), Javier Hernández Manzanares (rúbrica), Juan Darío Lemarroy Martínez, Miguel Ángel Monraz Ibarra (rúbrica), Mario Eduardo Moreno Álvarez (rúbrica), Adolfo Mota Hernández (rúbrica), María del Pilar Ortega Martínez , Luis Gustavo Parra Noriega (rúbrica), Raciel Pérez Cruz , Gerardo Priego Tapia (rúbrica), José Jesús Reyna García (rúbrica), Salvador Ruiz Sánchez , Francisco Javier Santos Arreola (rúbrica), Rosa Elva Soriano Sánchez (rúbrica), Alberto Vázquez Martínez , Gerardo Villanueva Albarrán (rúbrica), Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).»

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Está a discusión, en consecuencia, el dictamen, en lo general. No habiendo quien haga uso de la palabra, para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del CongresoGeneral se pregunta a la asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

En virtud de que no se ha reservado artículo alguno para discutirlo en lo particular, se instruye a la Secretaría que abra el sistema electrónico por cinco minutos, para recoger la votación nominal de este proyecto de decreto y el anteriormente reservado en un solo acto.

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : Se va a proceder a recoger la votación nominal de los proyectos de decreto en un solo acto. Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior. Ábrase el sistema electrónico de votación por cinco minutos, para tomar la votación nominal de los proyectos de decreto.

(Votación)

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Está abierto todavía el sistema de votación electrónico.

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : ¿Falta algún diputado o alguna diputada por emitir su voto? Ciérrese el sistema de votación electrónica.

Señora presidenta, se emitieron 289 en pro, 0 en contra y 0 abstenciones.

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Gracias, secretaria.Aprobados los proyectos de decretos, por 289 votos. Pasan al Senado para sus efectos constitucionales.



ESTADO DE OAXACA

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : El siguiente punto del orden del día es el de dictámenes a discusión con puntos de acuerdo. En virtud de que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se autoriza que sólo se lean los puntos de acuerdo.

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se autoriza que sólo se lean los puntos de acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Diputadas presidenta, mayoría por la afirmativa.

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Se autoriza.

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : «Dictamen de la Comisión de Seguridad Pública, con puntos de acuerdo a fin de exhortar al Ejecutivo federal a fortalecer a través de las Secretarías de Seguridad Pública, y de la Defensa Nacional, así como de la Procuraduría General de la República, en coordinación con el Congreso de Oaxaca, los mecanismos, las medidas y las acciones para prevenir actos ilícitos y combatir la delincuencia organizada en la entidad

Honorable Asamblea

A la Comisión de Seguridad Pública, le fue turnado para su análisis y dictamen proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos federal y de Oaxaca a instaurar mecanismos y acciones para prevenir el delito y combatir la delincuencia organizada.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) a g) y numeral 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como por los artículos 58, 60, 87, 88 y 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; esta comisión es competente para conocer de la proposición con punto de acuerdo objeto del presente, y somete a consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, con base en los siguientes antecedentes y consideraciones:

Antecedentes

1. En sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el 26 de marzo de 2008, el diputado Alberto Esteva Salinas , del Grupo Parlamentario de Convergencia, presentó proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos federal y de Oaxaca a instaurar mecanismos y acciones para prevenir el delito y combatir la delincuencia organizada.
2. Con esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva, turnó para su análisis y dictamen la proposición de referencia a la Comisión de Seguridad Pública.
3. El 9 de octubre de 2008, los integrantes de la Comisión de Seguridad Pública, se reunieron para analizar, discutir y aprobar el presente dictamen, mismo que fue aprobado por 19 votos.

Contenido

1. El proponente considera que en México la delincuencia, hablando de manera general, se ha venido apoderando de las calles y millones de conciudadanos sufren las consecuencias de un sistema incapaz de brindar seguridad real y eficaz.
2. Señala el proponente que debido a la poca confianza de los ciudadanos en la procuración de justicia, derivado de la burocracia institucional, la cual impone barreras que obstaculizan tanto la denuncia como el seguimiento del proceso penal, da como resultado que no se persigan delincuentes por la falta de registro de un gran número de delitos, lo cual no equivale a que el problema de inseguridad sea menor o se esté reduciendo.
3. La delincuencia organizada se ha venido especializando de forma tal, que cuenta para su operación con instrumentos y herramientas que superan a las instituciones de seguridad pública y, es por ello, que la autoridad debe coordinarse en sus tres ámbitos de gobierno para ofrecer un verdadero y eficaz frente de combate.
4. El proponente señala el incremento en la violencia en el estado de Oaxaca, así como el miedo y la incertidumbre en la que viven los oaxaqueños debido a la nula capacidad de las autoridades locales para prevenir y resolver los delitos cometidos.
5. El proponente hace mención de la ola de violencia que azota al estado oaxaqueño y cita algunos casos de ejecuciones, secuestros, asaltos a domicilios, robos de vehículos, entre otros delitos, por lo cual la sociedad oaxaqueña pide al gobierno del estado que tome las medidas necesarias para contrarrestar esta ola de violencia.

Consideraciones

a) En lo general:

1. Que los párrafos sexto y séptimo del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establecen a la seguridad pública como una función a cargo de la federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios, y disponen la creación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, como una instancia de coordinación entre los mismos.
2. Que la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de diciembre de 1995, tiene por objeto establecer las bases de coordinación entre la federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios para la integración y funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Sus disposiciones son de orden público e interés social y de observancia general en todo el territorio nacional.
3. Que los párrafos segundo, tercero y cuarto del artículo 3 de la Ley mencionada, establecen que las autoridades competentes alcanzarán los fines de la seguridad pública mediante la prevención, persecución y sanción de las infracciones y delitos, a través del desarrollo de políticas, programas y acciones para fomentar en la sociedad valores culturales y cívicos, que induzcan el respeto a la legalidad, y que esta función de seguridad pública se realizará en los diversos ámbitos de competencia, por conducto de las autoridades de policía preventiva, del Ministerio Público, de los tribunales, de las responsables de la prisión preventiva, ejecución de penas y tratamiento de menores infractores, de las encargadas de protección de las instalaciones y servicios estratégicos del país.
4. Que ante el crecimiento de los índices delictivos y las transformaciones en las dinámicas delictivas, el 7 de noviembre de 1996, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, que tiene por objeto establecer las reglas para la investigación, persecución, sanción y ejecución de las penas, por los delitos cometidos por algún miembro de la delincuencia organizada.

b) En cuanto a la proposición con punto de acuerdo:

1. Esta comisión dictaminadora se identifica con el interés del proponente de promover la instauración de mecanismos que prevengan la comisión de delitos y de acciones que puedan hacer frente al combate de la delincuencia organizada, con el fin de salvaguardar la integridad y los derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos.
2. Esta comisión considera que la política preventiva es parte sustancial del combate a la inseguridad. Por esto es necesario dar impulso a programas y acciones integrales a nivel nacional, regional, estatal, municipal y delegacional, a fin de evitar que haya más mexicanos que se conviertan en delincuentes.
3. Esta comisión considera que la función de prevención del delito se refiere a todas las acciones necesarias para disminuir la posibilidad de que se presenten conductas delictivas. No obstante, la prevención del delito en la actualidad va más allá de evitar los delitos, se extiende también a las conductas antisociales y/ o antijurídicas.
4. Esta comisión dictaminadora toma en cuenta que diversas regiones del estado de Oaxaca sufren, desde hace varios años, diversos conflictos raciales que han derivado en situaciones de violencia y enfrentamientos, lo cual ha propiciado la formación de grupos delictivos, así como intranquilidad e incertidumbre en las autoridades del estado por parte de los ciudadanos oaxaqueños.
5. Además de los conflictos sociales, Oaxaca ha empezado a presentar diversas formas de violencia relacionada con el narcotráfico, actividad que ha buscado nuevos centros de operación, a partir de la realización de los operativos conjuntos que lleva a cabo el gobierno federal, en coordinación con las autoridades de diversas entidades federativas.
6. Por otra parte, el estado de Oaxaca, debido a su localización geográfica, constituye una de las principales rutas de tránsito hacia el centro y norte de nuestro país, lo cual ha derivado en la presencia y actuación de grupos delictivos originarios de otros países, como el Salvador, Honduras y Nicaragua. Los maras, son uno de los ejemplos, son manipulados y utilizados por diversos grupos delictivos en el estado de Oaxaca para la comisión de diversos delitos, como narcomenudeo, secuestros y asesinatos entre otros.
7. Esta comisión tiene presente que debido a las dinámicas delictivas, la delincuencia organizada ha llegado a un punto en que muchas veces cuenta con mejores armas, instrumentos y herramientas, que la ponen en una situación de superioridad frente a las instituciones de seguridad pública.
8. La lucha contra el crimen organizado requiere de mayor atención, ya que este se ha venido infiltrando en la sociedad y conlleva una serie de actos ilícitos, así como actos que ponen en riesgo el desarrollo, la tranquilidad y el bienestar de las familias oaxaqueñas.
9. Esta comisión dictaminadora está consciente de la importancia de coordinar esfuerzos en los tres ámbitos de gobierno para poder atacar, de manera eficaz y eficiente, el problema de inseguridad en que se encuentra el estado de Oaxaca. Es por ello que se debe definir y establecer un plan estratégico en materia de seguridad pública, así como implementar una política integral de combate al crimen organizado con participación de los tres niveles de gobierno.
10. Esta comisión tiene conocimiento del incremento de actos ilícitos y de la manera impune en que ha venido actuando la delincuencia organizada en el estado de Oaxaca, debido a la falta de actuación que se presenta, por un lado, a nivel federal y por el otro lado a nivel estatal, poniendo en riesgo la seguridad de los ciudadanos oaxaqueños.
11. Esta comisión dictaminadora estima pertinente mencionar que los operativos realizados en el estado de Guerrero, colindante con Oaxaca, tienen como consecuencia que la delincuencia organizada busque otras zonas de operación, las cuales encuentra en los estados colindantes, y es por ello que los operativos, así como las medidas de combate a la delincuencia organizada, deben extenderse a los estados donde repercuten los alcances de dichos operativos.
12. Esta comisión dictaminadora considera pertinente recordar que dentro de los resolutivos de la XVIII Conferencia nacional de procuración de justicia, celebrada en San Luís Potosí, en marzo de 2007, se acordó establecer nuevas estrategias y mecanismos de coordinación y colaboración que permitan combatir con eficacia a la delincuencia organizada en todas sus expresiones, y garantizar una procuración de justicia que ofrezca certidumbre y seguridad a los mexicanos.
13. Por los razonamientos expresados con anterioridad, esta comisión dictaminadora considera procedente exhortar a los gobiernos federal y de Oaxaca, para que a través de las autoridades correspondientes, se fortalezcan los mecanismos y acciones para prevenir el delito y combatir la delincuencia organizada.

Por lo anteriormente expuesto, los diputados integrantes de la Comisión de Seguridad Pública, sometemos a consideración del Pleno de esta honorable Asamblea los siguientes:

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, exhorta al titular del Ejecutivo federal, para que a través de los titulares de la Secretaría de Seguridad Pública, de la Defensa Nacional y de la Procuraduría General de la República y en coordinación con las autoridades competentes del estado de Oaxaca, fortalezcan los mecanismos, medidas y acciones para prevenir el delito y combatir la delincuencia organizada en esta entidad.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, solicita atentamente al titular del Ejecutivo federal y al gobernador del estado de Oaxaca, a través de las autoridades correspondientes, que informe a ésta soberanía las medidas adoptadas en el marco del anterior punto de acuerdo.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de octubre de 2008.
La Comisión de Seguridad Pública, diputados: Juan Francisco Rivera Bedoya (rúbrica), presidente; Édgar Armando Olvera Higuera (rúbrica), Luis Gerardo Serrato Castell , Armando Barreiro Pérez (rúbrica), Gerardo Octavio Vargas Landeros (rúbrica), Patricia Villanueva Abraján (rúbrica), María de los Ángeles Jiménez del Castillo (rúbrica)m David Mendoza Arellano (rúbrica), secretarios; Gregorio Barradas Miravete , Jorge Justiniano González Betancourt , Agustín Leura González (rúbrica), Carlos Madrazo Limón (rúbrica), José Luis Murillo Torres (rúbrica), Martín Stefanonni Mazzocco (rúbrica), Andrés Lozano Lozano , Miguel Ángel Arellano Pulido , Silvia Oliva Fragoso (rúbrica), Francisco Javier Santos Arreola (rúbrica), Efraín Morales Sánchez , Roberto Badillo Martínez , Yary del Carmen Gebhardt Garduza , Manuel Cárdenas Fonseca , Jesús Sergio Alcántara Núñez (rúbrica), Layda Elena Sansores San Román (rúbrica), Manuel Salvador Salgado Amador (rúbrica), Ángel Rafael Deschamps Falcón (rúbrica), Josefina Salinas Pérez (rúbrica).»

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Están a discusión los puntos de acuerdo. En virtud de que no se ha registrado orador alguno, se considera suficientemente discutido. Se reserva para su votación económica en conjunto.



ESTADO DE PUEBLA

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : «Dictamen de la Comisión de la Función Pública, con punto de acuerdo a fin de exhortar al Congreso de Puebla de Zaragoza a aprobar, en términos del artículo segundo transitorio del decreto de reformas y adiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de mayo de 2008, las modificaciones necesarias para cumplir lo dispuesto en dicho decreto respecto a su órgano estatal de fiscalización

Honorable Asamblea:

La Comisión de la Función Pública de la Cámara de Diputados, con base en las facultades que le confieren los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XVIII, y 45 numeral 6, incisos e) y f); y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 87 y 88 del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a su consideración el siguiente: dictamen sobre la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Congreso del Estado de Puebla que reforme la Ley del Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Puebla.

Antecedentes

I. La proposición que se dictamina fue publicada en la Gaceta Parlamentaria número 2448-III, el 19 de febrero de 2008 y presentada el 30 de abril de 2008 por la diputada Violeta del Pilar Lagunes Viveros , integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
II En esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados la turnó para su estudio y dictamen a la Comisión de la Función Pública, con el número de expediente 4022.
III. Recibida en la Comisión de la Función Pública y una vez sometida a estudio y análisis, se preparó un proyecto de dictamen en sentido positivo, el cual fue sometido a la consideración y discusión del pleno de dicha comisión, que lo aprobó en la sesión celebrada el 8 de octubre del 2008, por 17 votos a favor, 0 votos en contra, y 0 abstenciones.

Análisis de la proposición

Señala la diputada proponente que el marco legal aplicable en el estado de Puebla debe permitir que el gobierno garantice la existencia de un verdadero estado de derecho.

Que es responsabilidad del congreso del estado mantener una legislación que mejore la calidad de vida de los gobernados, así como la confianza en las instituciones gubernamentales y la función pública, por lo que es necesario reformar la Ley del Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Puebla, con la finalidad de que tal organismo realmente tenga autonomía técnica y de gestión como lo prevé la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, pues en la realidad tiene un alto grado de dependencia del congreso del estado, fundamentalmente en los siguientes aspectos:

-Nombramiento y remoción del auditor general.
-Votación requerida para la remoción del titular del Órgano de Fiscalización.
-Informes del Órgano de Fiscalización.
-Ausencia de facultades reglamentarias del auditor general.
-Facultades del Órgano de Fiscalización en materia de responsabilidad de funcionarios públicos y aplicación de sanciones.
-Fortalecimiento de las revisiones excepcionales del Órgano de Fiscalización.
-Ausencia de prórrogas para la presentación de la cuenta pública.

Consideraciones

Primera. Partiendo de los antecedentes precisados, los legisladores integrantes de esta comisión señalamos que la utilización racional y transparente de los fondos públicos constituye una de las condiciones esenciales para garantizar el buen manejo de las finanzas públicas y la eficacia de las decisiones adoptadas por la autoridad competente.

Segunda. Los suscritos integrantes de la Comisión de la Función Pública estiman oportuno puntualizar la propuesta contenida en el punto de acuerdo de mérito, por el que se solicita se exhorte al Congreso del Estado de Puebla que reforme la Ley del Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Puebla para que ese organismo cuente con autonomía técnica y de gestión, ya que sin duda la intención de la proponente es loable, pero esta soberanía no puede llevar a cabo un exhorto en los términos planteados en el punto de acuerdo de mérito, pues debe ser respetuoso del ámbito competencial con que cuenta el congreso de la entidad federativa en comento; sin embargo, esta comisión dictaminadora considera que la propuesta es viable con las modificaciones que se expondrán subsiguientemente.

Tercera. El 7 de mayo del 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y es en el artículo 116 en donde se manifiesta que las legislaturas locales contarán con entidades de fiscalización dotadas de autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones y también para decidir sobre su organización interna basándose en los principios de posterioridad, anualidad, legalidad, imparcialidad y confiabilidad.

Por lo que se refiere al titular de la entidad de fiscalización de las entidades federativas, se establece que éste será electo por las dos terceras partes de los miembros presentes en las legislaturas locales, por periodos no menores a siete años y deberá contar con experiencia de cinco años en materia de control, auditoría financiera y de responsabilidades.

Cuarta. En virtud de que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos fue reformada en lo que se refiere a los órganos técnicos con que deben contar las legislaturas de los estados para la fiscalización de la Cuenta Pública, tema que le preocupa a la diputada proponente respecto al estado de Puebla, y en atención a la supremacía que establece el artículo 133 constitucional, esta comisión dictaminadora considera que es procedente exhortar al Congreso del Estado de Puebla para que lleve a cabo las modificaciones legales pertinentes, a fin de que la legislación local sea semejante a lo dispuesto en la ley suprema.

Quinta. Cabe destacar que el artículo segundo transitorio de la reforma constitucional en comento establece que las legislaturas de los estados deberán aprobar leyes y, en su caso, las reformas que sean necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en ese decreto a más tardar en un año, contado a partir de la fecha de entrada en vigor del mismo (8 de mayo del 2008), por lo cual

sólo se conmina a la legislatura del estado de Puebla de Zaragoza a que dé cumplimiento, dentro del plazo establecido, a lo que dispone la reforma constitucional que tiene relación con lo que la iniciante solicita.

En virtud de los motivos expuestos en las consideraciones anteriores, ésta Comisión de la Función Pública, con base en las atribuciones legales y reglamentarias con las que cuenta, pone a su consideración el siguiente:

Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Congreso del Estado de Puebla de Zaragoza a que en términos del artículo segundo transitorio del decreto de reformas y adiciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de mayo de 2008, apruebe las modificaciones que sean necesarias para cumplir con lo dispuesto en dicho decreto respecto a su órgano estatal de fiscalización.

La Comisión de la Función Pública, diputados: Benjamín Ernesto González Roaro (rúbrica), presidente; José Guillermo Velázquez Gutiérrez (rúbrica), Enrique Cárdenas del Avellano (rúbrica), Jesús Ricardo Morales Manzo (rúbrica), secretarios; Jesús Sergio Alcántara Núñez , Alma Edwviges Alcaraz Hernández (rúbrica), Carlos Altamirano Toledo (rúbrica), Jesús Arredondo Velázquez (rúbrica), Carlos Armando Biebrich Torres , María Eugenia Campos Galván , Andrés Carballo Bustamante , José de la Torre Sánchez (rúbrica), Joaquín Conrado de los Santos Molina (rúbrica), Mario Enrique del Toro (rúbrica), Adriana Díaz Contreras , María del Carmen Fernández Ugarte (rúbrica), Arturo Flores Grande (rúbrica), Apolonio Méndez Meneses (rúbrica), Carlos Orsoe Morales Vázquez , Alan Notholt Guerrero (rúbrica), Héctor Padilla Gutiérrez , Rafael Plácido Ramos Becerril , Marcos Salas Contreras (rúbrica), Ramón Valdez Chávez (rúbrica), Lariza Montiel Luis (rúbrica).»

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Está a discusión el punto de acuerdo. En virtud de que no se ha registrado orador alguno, se considera suficientemente discutido y se reserva para su votación económica en conjunto.



ESTADO DE VERACRUZ

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : «Dictamen de la Comisión de la Función Pública, con punto de acuerdo a fin de exhortar a la Auditoría Superior de la Federación a dar seguimiento, en uso de sus atribuciones, a las denuncias presentadas contra funcionarios y empresas contratistas; y, en su caso, a iniciar los procedimientos correspondientes

Honorable Asamblea:

La Comisión de la Función Pública de la honorable Cámara de Diputados, con base en las facultades que le confieren los artículos 39 numerales 1 y 2, fracción XVIII, y 45 numeral 6, incisos e) y f); y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 87 y 88 del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a su consideración el siguiente: Dictamen sobre la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, doctor Luis Téllez Kuenzler, la remoción de los funcionarios públicos, ingeniero Agustín Basilio de la Vega e ingeniero Jaime Yamada Hutado, director general y subdirector de Obras, respectivamente.

Antecedentes

I. La proposición que se dictamina fue publicada en la Gaceta Parlamentaria número 2480-II, el 8 de abril del 2008 y presentada el 30 de abril de ese año por el diputado Enrique Iragorri Durán y suscrita por diputados de la Comisión de Transportes.
II. En esa fecha la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados la turnó para su estudio y dictamen a la Comisión de la Función Pública, con el número de expediente 4066.
III. Recibida en la Comisión de la Función Pública y una vez sometida a estudio y análisis, se preparó un proyecto de dictamen en sentido positivo , el cual fue sometido a la consideración y discusión del pleno de dicha comisión, que lo aprobó en la sesión celebrada el 8 de octubre de 2008, por 17 votos a favor, 0 votos en contra, y 0 abstenciones.

Análisis de la proposición

Señala el diputado promovente que se documentó una denuncia de hechos ante la Secretaría de la Función Pública, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y la Auditoria Superior de la Federación, en la cual se presentaron irregularidades en las licitaciones así como en la construcción de las obras carreteras. Asimismo, que se informó a la Contraloría Interna de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes de la duplicidad de pago que se venía haciendo en los trabajos de reconstrucción y conservación rutinaria anual correspondientes al Centro SCT Veracruz.

Que se exhibió ante la Contraloría Interna de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, así como ante la Secretaría de la Función Pública, la documentación comprobatoria de dicha duplicidad de pagos, y que a pesar de haberse informado de estos ilícitos en tiempo y forma a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a la Secretaría de la Función Pública y a la Auditoria Superior de la Federación, y haberse comprobado la existencia de la duplicidad de pagos, así como la reducción en los volúmenes de los conceptos de obra establecidos originalmente en los contratos, no se ha determinado responsabilidad alguna, no obstante que desde noviembre de 2007 se comprobaron físicamente los ilícitos señalados.

Que es de exigirse la destitución del director general y del subdirector de Obras del Centro SCT Veracruz y proceder a fincar las responsabilidades que corresponda.

Consideraciones

Primera. Partiendo de estos antecedentes, los legisladores de la comisión que suscribe, concuerdan que la administración pública debe regirse siempre por la exigencia de la más alta eficiencia y transparencia y por la rigurosa observancia de las disposiciones normativas aplicables, por lo cual se reconoce la intención de la propuesta presentada, ya que un problema como el que exponen debe ser atendido por las autoridades competentes.

Segunda. Es importante señalar que el pasado 16 de abril de 2008, el pleno de la Comisión de la Función Pública aprobó por unanimidad el dictamen sobre la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SCT a remover al director general y al subdirector de Obras del Centro SCT Veracruz, presentada por el diputado Santiago López Becerra , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Los resolutivos del dictamen en comento son los siguientes:

Primero. La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Secretaría de la Función Pública y a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a concluir las investigaciones que se han iniciado sobre presuntas irregularidades en el Centro SCT Veracruz.

Segundo. Asimismo, esta soberanía manifiesta su determinación de dar puntual seguimiento a las conclusiones que permitan el deslinde de responsabilidades y la aplicación de las sanciones que correspondan a los funcionarios del Centro SCT Veracruz que, en su caso, hubiesen incurrido en faltas a la ley y a la normatividad aplicables.

Tercera. En consecuencia, la proposición que se dictamina ha sido ya atendida con la aprobación de un dictamen anterior, sin embargo, se considera necesario incluir en el presente dictamen una consideración realizada por los diputados de la Comisión de la Función Pública.

Dicha consideración versa en solicitarle a la Auditoría Superior de la Federación que, en uso de sus atribuciones, dé seguimiento a las denuncias presentadas contra los funcionarios y empresas contratistas y, en su caso, inicie los procedimientos legales correspondientes.

En virtud de los motivos expuestos en las consideraciones anteriores, la Comisión de la Función Pública, con base en las atribuciones legales y reglamentarias con las que cuenta, pone a su consideración el siguiente:

Acuerdo

Único. Se exhorta a la Auditoría Superior de la Federación para que, en uso de sus atribuciones, dé seguimiento a las denuncias presentadas contra los funcionarios y empresas contratistas y en su caso, inicie los procedimientos correspondientes.

La Comisión de la Función Pública, diputados: Benjamín Ernesto González Roaro (rúbrica), presidente; José Guillermo Velázquez Gutiérrez (rúbrica), Jesús Ricardo Morales Manzo (rúbrica), Enrique Cárdenas del Avellano (rúbrica), secretarios; Jesús Sergio Alcántara Núñez , Alma Edwviges Alcaraz Hernández (rúbrica), Carlos Altamirano Toledo (rúbrica), Jesús Arredondo Velázquez (rúbrica), Carlos Armando Biebrich Torres , María Eugenia Campos Galván , Andrés Carballo Bustamante (rúbrica), José de la Torre Sánchez (rúbrica), Joaquín Conrado de los Santos Molina (rúbrica), Mario Enrique del Toro, Adriana Díaz Contreras , Arturo Flores Grande (rúbrica), María del Carmen Fernández Ugarte (rúbrica), Apolonio Méndez Meneses (rúbrica), Lariza Montiel Luis (rúbrica), Carlos Orsoe Morales Vázquez , Alan Notholt Guerrero (rúbrica), Héctor Padilla Gutiérrez , Rafael Plácido Ramos Becerril , Marcos Salas Contreras (rúbrica), Ramón Valdez Chávez (rúbrica).»

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Está a discusión el punto de acuerdo. En virtud de que no se ha registrado orador alguno, se considera suficientemente discutido.

Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueban los puntos de acuerdo.

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : En votación económica se pregunta si se aprueban los puntos de acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Diputada Presidenta, mayoría por la afirmativa.

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Aprobados los puntos de acuerdo. Comuníquense.



LEY GENERAL DE EDUCACION

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : El siguiente punto del orden del día es la discusión de dictámenes negativos relativos a iniciativas. En virtud de que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se autoriza que sólo se lean los puntos de acuerdo.

El Secretario diputado José Manuel del Río Virgen : Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se autoriza que sólo se lean los puntos de acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Se autoriza.

El Secretario diputado José Manuel del Río Virgen : «Dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con punto de acuerdo por el que se de- sechan tres iniciativas que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de educación y accesibilidad para personas con discapacidad

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión le fue turnada, para su estudio y dictamen, iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 7, fracción X, 13, fracción I, 20, fracción I, 41 y 50 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado José Luis Briones Briseño, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LIX Legislatura.

Los integrantes de las comisiones dictaminadoras, con fundamento en los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con los artículos 39, 44 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 56, 60, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de esta honorable asamblea el presente

Dictamen

I. Antecedentes

a) En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados del 2 de febrero de 2006, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dio cuenta de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 7, fracción X, 13, fracción I, 20, fracción I, 41 y 50 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado José Luis Briones Briseño, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de la LIX Legislatura, y determinó que se turnara a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos para su estudio y dictamen.

b) La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos dio cuenta de otras iniciativas turnadas a esta comisión que son coincidentes con la iniciativa de mérito, por lo que se determinó incluirlas como parte del presente análisis y dictamen.

1. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona las fracciones XIV a XVIII del artículo 33, y un cuarto párrafo al artículo 48 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado César Amín González Orantes, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de la LIX Legislatura.

En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados del 22 de marzo de 2006, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dio cuenta de la iniciativa y determinó que se turnara a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos para su estudio y dictamen.

2. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 41 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Mónica Arriola, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, de la LX Legislatura.

En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados del 4 de octubre del 2007, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dio cuenta de la iniciativa y determinó que se turnara a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos para su estudio y dictamen.

II. Descripción de las iniciativas

A. El diputado federal de la LIX legislatura, José Luis Briones Briseño, destaca en su exposición de motivos que si bien se reconoce el esfuerzo nacional de lo que internacionalmente se conoce como la hazaña educativa mexicana, donde en unas cuantas décadas se logró reducir el analfabetismo a menos del 10 por ciento, prácticamente universalizar la educación primaria y alcanzar un promedio de escolaridad de casi 8 años, también se debe reconoce que ``al ir desagregando las estadísticas e ir llegando a las realidades locales, vamos descubriendo dolorosas realidades sociales y rezagos educativos tanto en cobertura como en calidad, que afectan más [...] a quienes menos tienen y a los grupos sociales más vulnerables''.

Lo anterior, para el iniciante, habla de una profunda inequidad ``que las más de las veces se trata de esconder en políticas restringidas, cobijadas en programas de relumbrón, o bien, en programas de carácter compensatorio francamente disminuido en lo que hace a su contenido''.

Precisa la exposición de motivos que lo anterior ha sido así porque ``en nuestro país, la educación básica fue concebida como un proceso que iguala por sí mismo, esencialmente integrador pero también que discrimina, al que los individuos, independientemente de sus condiciones sociales, económicas, culturales, étnicas, lingüísticas, de salud, de capacidades físicas y mentales deben adecuarse, y no a la inversa''.

El proponente señala que es necesario volver la cara y poner el acento en la calidad y equidad, que exige una concepción de educación básica para la diversidad, que no excluya poblaciones ni individuos, como parte del criterio de calidad. Por ello, insiste, se debe reorientar la educación con un enfoque de ``educación integradora'', es decir, ``la incorporación de niños con necesidades especiales a la escolaridad regular''.

Por otro lado, advierte que, de acuerdo con documentos oficiales, existen 7 mil planteles en el país que cuentan con todos los recursos para la atención especial, que abarca capacitación del personal, evaluación psicopedagógica, currículo adaptado a los alumnos con capacidades diferentes integrados a escuelas regulares, apoyos, libros y materiales.

Sin embargo, faltan 220 mil 491 planteles escolares de ser atendidos con infraestructura para la atención de estos educandos.

Destaca, asimismo, que en ningún caso queda claro cómo se hace para determinar a qué escuelas se les brinda esos apoyos y bajo qué condiciones, existiendo una clara preferencia en las zonas urbanas, siendo que, de acuerdo con el proponente, el mayor número de casos de alumnos con necesidades especiales se encuentran en las zonas marginadas urbanas y rurales.

Finalmente, para José Luis Briones Briseño, ``la atención a esta población ocurre por políticas selectivas, no por medidas generales que deriven de una obligación legal que instrumente la obligación constitucional en la materia''.

Por lo que propone modificar la Ley General de Educación en los siguientes términos.

Decreto

Artículo Primero. Se reforman los artículos 7o., fracción X, 13, fracción I, 20, fracción I, 41 y 50 de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:
Artículo 7o. ...
I. a IX. ...
X. Desarrollar actitudes solidarias en los individuos para crear conciencia sobre la preservación de la salud, la planeación familiar y la paternidad responsable, la igualdad de género y las potencialidades de las personas con capacidades diferentes, sin menoscabo de la libertad y del respeto absoluto a la dignidad humana, así como propiciar el rechazo a los vicios;
XI. y XII. ...
Artículo 13. ...
I. Prestar los servicios de educación inicial básica, incluyendo la indígena y especial, así como la normal y demás para la formación de maestros;
II. a VII. ...
Artículo 20. ...
I. La formación, con nivel de licenciatura, de maestros de educación inicial básica --incluyendo la de aquellos para la atención de la educación indígena y especial-- y de educación física;
II. a IV. ...
Artículo 41. La educación especial está destinada a individuos con capacidades diferentes, a individuos con discapacidades transitorias o definitivas y a individuos con aptitudes sobresalientes. Atenderá a los educandos de manera adecuada a sus propias condiciones, con equidad social.
Tratándose de alumnos con discapacidades, esta educación propiciará su integración a los planteles de educación básica regular, para los cuales la autoridad educativa estará obligada a aportar los apoyos, el personal y los recursos necesarios. Para quienes no cuenten con las aptitudes necesarias para lograr esa integración, esta educación procurará la satisfacción de necesidades básicas de aprendizaje para la autónoma convivencia social y productiva. Con este fin, se elaborarán programas específicos que serán impartidos por personal especializado, y materiales de apoyo didáctico necesarios que serán proporcionados por la autoridad educativa.
...
Artículo 50. La evaluación de los educandos comprenderá la medición en lo individual de los conocimientos, las habilidades, las destrezas y, en general, del logro de los propósitos establecidos en los planes y programas de estudio. Tratándose de alumnos con necesidades educativas especiales, se valorará su aprendizaje y aprovechamiento de acuerdo a adecuaciones equivalentes para los mismos propósitos, con la equidad pertinente a su individualidad.
...
Artículo Segundo. Se incorporan un párrafo a la fracción XIII y dos fracciones al artículo 33, para quedar como sigue:
Artículo 33. ...
I. a XII. ...
XIII. ...
...
Asimismo, establecerá convenios intersectoriales y con particulares, de asistencia y rehabilitación, para que los alumnos con necesidades educativas especiales cursen su educación básica con equidad en el sistema educativo nacional.
XIV. Los libros de texto de educación básica deberán promover, a través de sus contenidos e imágenes, condiciones de igualdad para las personas con capacidades diferentes.
XV. Impulsar programas de investigación para la creación de dispositivos didácticos destinados a la población con necesidades educativas especiales, e investigaciones acerca del aprendizaje y su evaluación de las diversas discapacidades que presenten.

Transitorios

Único. La presente reforma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

B. La iniciativa del diputado César Amín González Orantes, de la LIX Legislatura, tiene como finalidad ampliar el marco jurídico vigente, de tal forma que se garantice el pleno goce del derecho a la educación a las personas con discapacidad.

Para el iniciante, la Ley General de Educación no contempla todas las medidas adecuadas que garanticen el acceso y la permanencia de las personas con discapacidad a las escuelas públicas y privadas, debido a que ``todo servicio que se relaciona con la educación de estas personas ha sido visto como un acto de caridad o beneficencia''.

A pesar de ser un grupo bastante numeroso, advierte el proponente que actualmente se encuentra segregado y marginado, además de que, por razones inexplicables, las personas con discapacidad no han sido tomadas en cuenta al planear y actualizar los programas de educación, condenándolas a la llamada ``educación especial'' que, lejos de desarrollar sus potenciales humanos, margina y obstaculiza todo deseo de superación.

Esta educación especial, precisa el proponente, no puede abarcar toda la diversidad de discapacidades, pues muchas de ellas no tienen nada que ver con las lesiones en la capacidad intelectual y de aprendizaje de los individuos. Por ello, señala que ``es urgente y necesario crear el cuerpo jurídico que les permita hacer realidad la aplicación de los principios de equidad educativa e igualdad de oportunidades en el acceso y permanencia en el sistema escolar''.

En tal razón, se propone que se adicione las fracciones XIV a XVIII del artículo 33, y un cuarto párrafo de artículo 48 de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:

Artículo 33. ...
I. a XIII. ...
XIV. Los planteles educativos deben contar con la accesibilidad física que requiere la población discapacitada y realizar las adecuaciones arquitectónicas en los planteles existentes.
XV. Se crearán escuelas para los estudiantes con discapacidad que les sea imposible integrarse a las escuelas regulares y que requieran educación especial.
XVI. Con la finalidad de revalorar la imagen de las personas con discapacidad, se deberán incluir en los planes y los programas temas referentes a la problemática de este sector de la población.
XVII. Los libros de texto para educación básica deberán promover una revalorización y condiciones de igualdad a los grupos marginados, entre otros, indígenas, mujeres y personas con discapacidad, a través de su contenido y sus imágenes.
XVIII. Otorgar apoyos pedagógicos en cuanto a educación especial dentro de los servicios educativos regulares que apoyen en forma continua y estable el aprovechamiento de los alumnos que así lo requieran.
...
Artículo 48. ...
...
Los programas de estudio que deberán cubrir los normalistas incluirán materias referentes a la problemática de la población discapacitada, a fin de brindar el trato adecuado que requieren los estudiantes con discapacidad.
...

C. La diputada Mónica Arriola resalta en su iniciativa que la situación de la educación en nuestro país es preocupante por la falta de calidad, pero que aún es más preocupante el sistema educativo para personas con alguna discapacidad transitoria o definitiva, por la falta de preparación y programas, métodos e infraestructuras.

De acuerdo con la diputada, entre las causas por las que los menores de edad con discapacidad no asisten a la escuela, se encuentran la inexistencia de docentes capacitados para tratar y enseñar a los niños especiales y la falta de recursos económicos que hace más difícil el ingreso a una escuela, a lo que se debe sumar que las instalaciones educativas no cuentan con la infraestructura adecuada.

Destaca, por otro lado, que, de acuerdo con las estadísticas publicadas por el Instituto Nacional de Estadística, Geografía, en 2000 existían 176 mil 840 niños con discapacidad en edad de asistir a una escuela, de los cuales sólo lo hacen 111 mil 274.

Resalta, asimismo, que sólo el 35 por ciento de la población con discapacidad cuenta con alguna instrucción, de los cuales, el 15 por ciento tiene la primaria completa y el 7 por ciento tiene la secundaria o equivalente completa.

Advierte en su exposición de motivos que, aunque a nivel nacional existe un programa de fortalecimiento de la educación especial, no se cumple con lo establecido en el artículo 41 de la Ley General de Educación. Además, ``aunque la ley señala procuración para satisfacer las necesidades básicas de aprendizaje para la autónoma convivencia social y productiva de los niños discapacitados, y la elaboración de programas materiales de apoyo didácticos necesarios, no se regula lo básico o indispensable para que un niño pueda entrar a la escuela, es decir, la infraestructura''.

Señala la diputada Mónica Arriola que, ante la necesidad y un derecho fundamental que tenemos todos los ciudadanos, propone reformar la Ley General de Educación para promover que en todas las escuelas haya la infraestructura necesaria para los menores discapacitados que asisten a éstas.

Decreto que reforma el artículo 41 de la Ley General de Educación
Artículo Único. Se reforma el artículo 41 de la Ley General de Educación para quedar como sigue:
Artículo 41. La educación especial está destinada a individuos con discapacidades transitorias o definitivas, y a aquellos con aptitudes sobresalientes. Atenderá a los educandos de manera adecuada a sus propias condiciones y necesidades, con equidad social.
Tratándose de menores de edad con discapacidades, esta educación propiciará su integración a los planteles de educación básica regular, mediante la aplicación de métodos, técnicas y materiales específicos. Además, las instalaciones escolares deberán contar con la infraestructura básica para permitir el fácil acceso a los menores con discapacidad. Para quienes no logren esa integración, esta educación procurará la satisfacción de necesidades básicas de aprendizaje para la autónoma convivencia social y productiva, para lo cual se elaborarán programas y materiales de apoyo didácticos necesarios.
Esta educación incluye orientación a los padres o tutores, y también a los maestros y el personal de escuelas de educación básica regular que integren a alumnos con necesidades especiales de educación.

Transitorios

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

III. Consideraciones

Las iniciativas en análisis tienen como objeto fundamental el desarrollo de las potencialidades de las personas con discapacidad, estableciendo en la Ley General de Educación que las instalaciones escolares cuenten con la infraestructura básica que permita el fácil acceso a los menores con discapacidad.

Al respecto, se debe reconocer el esfuerzo que han realizado los legisladores del honorable Congreso de la Unión en los últimos años, para establecer un marco jurídico bastante amplio que optimice la condición de las personas que se encuentra con alguna desventaja, principalmente porque el Estado no los había considerado como sujetos de derechos específicos.

El Constituyente Permanente ha tomado las acciones necesarias en esta materia, ya que en el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se establece el derecho de todos los individuos a recibir educación. Más aún, se precisa en el inciso c) del mismo artículo 3o. constitucional que la educación que imparta el Estado contribuirá a sustentar los ideales de igualdad de derechos de todos los hombres.

En cumplimiento a estas garantías constitucionales, el Congreso de la Unión ha promulgado diversas disposiciones legislativas en la Ley General de Educación, encaminadas a lograr la igualdad de oportunidades educativas.

Así, por ejemplo, en el artículo 2 de la Ley General de Educación señala que ``todo individuo tiene derecho a recibir educación y, por tanto, todos los habitantes del país tienen las mismas oportunidades de acceso al sistema educativo nacional''. En tanto que en el artículo 8 del mismo cuerpo normativo se dispone que el criterio que orientará a la educación que imparta el Estado y los particulares luchará contra la discriminación. Finalmente, en el artículo 32 se establece que ``las autoridades educativas tomarán medidas tendientes a establecer condiciones que permitan el ejercicio pleno del derecho a la educación de cada individuo, una mayor equidad educativa, y el logro de la efectiva igualdad en oportunidades de acceso y permanencia en los servicios educativos''.

Asimismo, el 17 de abril de 2008, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó un dictamen de las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Atención a Grupos Vulnerables, en el cual se retoma la esencia de las iniciativas materia del presente dictamen, enlistadas en el capítulo I, ``Antecedentes''. El mencionado decreto, aprobado por el Pleno de esta soberanía, es el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Educación
Artículo Único. Se reforman los artículos 7, fracción I, 13, fracción I, 20, fracción I; se adiciona un segundo párrafo al artículo 41; se reforman los artículos 55, fracción II, 69, tercer párrafo y 70, segundo párrafo, de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:
Artículo 7. ...
I. Contribuir al desarrollo integral del individuo, para que ejerza plenamente sus capacidades humanas; especialmente de las personas con discapacidad.
II. a XIII. ...
Artículo 13. ...
I. Prestar los servicios de educación inicial básica, incluyendo la indígena y especial, así como la normal y demás para la formación de maestros.
II. a VII. ...
Artículo 20. ...
I. La formación, con nivel de licenciatura, de maestros de educación inicial básica --incluyendo la de aquéllos para la atención de la educación indígena y especial-- y de educación física;
II. a IV. ...
...
Artículo 41. ...
Las instituciones educativas que impartan cualquier tipo o modalidad de educación deberán contar con los requerimientos pedagógicos, físicos de acceso y uso de todo espacio y servicio para los educandos o cualquier otra persona con alguna discapacidad, en los términos y condiciones previstas en la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, en la Ley General de las Personas con Discapacidad, en la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y en las demás disposiciones aplicables.
Artículo 55. Las autorizaciones y los reconocimientos de validez oficial de estudios se otorgarán cuando los solicitantes cuenten
I. ...
II. Con instalaciones que satisfagan las condiciones higiénicas, de seguridad y pedagógicas que la autoridad otorgante determine, y con la infraestructura adecuada que permita el acceso y uso de los espacios y servicios para los educandos o cualquier otra persona con alguna discapacidad. Para establecer un nuevo plantel se requerirá, según el caso, una nueva autorización o un nuevo reconocimiento; y
III. ...
Artículo 69.
...
Este consejo conocerá el calendario escolar, las metas educativas y el avance de las actividades escolares, con objeto de coadyuvar con el maestro a su mejor realización; tomará nota de los resultados de las evaluaciones que realicen las autoridades educativas; propiciará la colaboración de maestros y padres de familia; podrá proponer estímulos y reconocimientos de carácter social a alumnos, maestros, directivos y empleados de la escuela; estimulará, promoverá y apoyará actividades extraescolares que complementen y respalden la formación de los educandos; llevará a cabo las acciones de participación, coordinación y difusión necesarias para la protección civil y la emergencia escolar; alentará el interés familiar y comunitario por el desempeño del educando; podrá opinar en asuntos pedagógicos; contribuirá a reducir las condiciones sociales adversas que influyan en la educación; estará facultado para realizar convocatorias para trabajos específicos de mejoramiento de las instalaciones escolares, los cuales deberán incluir los requerimientos físicos de acceso y uso de los espacios y servicios para los educandos o cualquier otra persona con alguna discapacidad, respaldará las labores cotidianas de la escuela y, en general, podrá realizar actividades en beneficio de la propia escuela.
Artículo 70.
...
Este consejo gestionará ante el ayuntamiento y ante la autoridad educativa local el mejoramiento de los servicios educativos, la construcción y ampliación de escuelas públicas, y la realización de adecuaciones físicas de acceso y uso de espacios y servicios necesarias para las personas con alguna discapacidad y demás proyectos de desarrollo educativo en el municipio.
...

Transitorios

Primero. Este decreto entrará en vigor un día después al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las instituciones del sistema educativo nacional tendrán un plazo de cinco años para cumplir, de manera gradual, con las disposiciones y requerimientos previstos en el segundo párrafo del artículo 41 de la presente ley. En el caso de las instituciones públicas, el cumplimiento de dichas disposiciones estará sujeto a la concurrencia de recursos presupuestales asignados por los tres niveles de gobierno.
Además de estas disposiciones de la Ley General de Educación, se han promulgado diversas leyes especificas como la Ley General de las Personas con Discapacidad, la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, y la Ley General de la Infraestructura Física Educativa, que regulan ampliamente los derechos de las personas discapacitadas, incluido el relativo al acceso a la educación en igualdad de condiciones.
Así, por ejemplo, la Ley General de las Personas con Discapacidad establece acciones muy concretas para garantizar la plena inclusión de las personas con discapacidad en el ámbito educativo.

Capítulo III De la Educación

Artículo 10. La educación que imparta y regule el Estado deberá contribuir a su desarrollo integral para potenciar y ejercer plenamente sus capacidades, habilidades y aptitudes. Para tales efectos, las autoridades competentes establecerán, entre otras acciones, las siguientes:
I. Elaborar y fortalecer los programas de educación especial e integración educativa para las personas con discapacidad;
II. Garantizar la incorporación y oportuna canalización de las personas con discapacidad en todos los niveles del sistema educativo nacional; y verificar el cumplimiento de las normas para su integración educativa;
III. Admitir y atender a menores con discapacidad en los centros de desarrollo infantil y guarderías públicas y privadas;
IV. Formar, actualizar, capacitar y profesionalizar a los docentes y personal asignado que intervengan directamente en la incorporación educativa de personas con discapacidad;
V. Propiciar el respeto e integración de las personas con discapacidad en el sistema educativo nacional;
VI. Establecer en los programas educativos que se transmiten por televisión, estenografía proyectada e intérpretes de lengua de señas mexicana;
VII. Proporcionar a los estudiantes con discapacidad materiales que apoyen su rendimiento académico;
VIII. Garantizar el acceso de la población sorda a la educación pública obligatoria y bilingüe, que comprenda la enseñanza del idioma español y la lengua de señas mexicana. El uso suplementario de otras lenguas nacionales se promoverá cuando las circunstancias regionales así lo requieran;
IX. Establecer un programa nacional de becas educativas para personas con discapacidad;
X. Implantar el reconocimiento oficial de la lengua de señas mexicana y el sistema de escritura Braille, así como programas de capacitación, comunicación e investigación para utilizarlos en el sistema educativo nacional;
XI. Diseñar e implantar programas de formación y certificación de intérpretes, estenógrafos del español y demás personal especializado en la difusión y uso conjunto del español y la lengua de señas mexicana;
XII. Impulsar toda forma de comunicación escrita que facilite al sordo hablante, al sordo señante o semilingüe el desarrollo y uso de la lengua en forma escrita;
XIII. Impulsar programas de investigación, preservación y desarrollo de la lengua de señas, de las personas con discapacidad auditiva, y de las formas de comunicación de las personas con discapacidad visual; y
XIV. Elaborar programas para las personas ciegas y débiles visuales que los integren al sistema educativo nacional, público o privado, creando de manera progresiva condiciones físicas y acceso a los avances científicos y tecnológicos, así como materiales y libros actualizados a las publicaciones regulares necesarios para su aprendizaje.

Capítulo IV De las Facilidades Arquitectónicas, de Desarrollo Urbano y de Vivienda

Artículo 13. Las personas con discapacidad tienen derecho al libre desplazamiento en condiciones dignas y seguras en espacios públicos.
Las dependencias de la administración pública federal, estatal y municipal vigilarán el cumplimiento de las disposiciones que, en materia de accesibilidad, desarrollo urbano y vivienda, se establecen en la normatividad vigente.
Los edificios públicos que sean construidos a partir del inicio de la vigencia de esta ley, según el uso al que serán destinados, se adecuarán a las normas oficiales que expidan las autoridades competentes para el aseguramiento de la accesibilidad a éstos.
Artículo 14. Las empresas privadas deberán contar con facilidades arquitectónicas para sus trabajadores con alguna discapacidad.
Artículo 15. Para facilitar la accesibilidad en la infraestructura básica, equipamiento urbano y espacios públicos, se contemplarán, entre otros, los siguientes lineamientos:
I. Que sean de carácter universal y adaptados para todas las personas;
II. Que cuenten con señalización e incluyan tecnologías para facilitar el acceso y desplazamiento, y que posibiliten a las personas el uso de ayudas técnicas, perros guía u otros apoyos; y
III. Que la adecuación de las instalaciones públicas sea progresiva.
Artículo 16. Las personas con discapacidad tienen derecho a una vivienda digna. Los programas de vivienda del sector público incluirán proyectos arquitectónicos de construcciones que consideren las necesidades propias de las personas con discapacidad. De la misma manera, los organismos públicos de vivienda otorgarán facilidades a las personas con discapacidad para recibir créditos o subsidios para la adquisición, construcción o remodelación de vivienda.

A mayor abundamiento, la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, en su artículo 9, prohíbe toda práctica discriminatoria que tenga por objeto impedir o anular el reconocimiento o ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades, considerando, como práctica discriminatoria, ``impedir el acceso a la educación pública o privada, así como a becas e incentivos para la permanencia en los centros educativos, en los términos de las disposiciones aplicables''.

Incluso, la fracción VII del artículo 13 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación establece que los órganos públicos y las autoridades federales en el ámbito de su competencia llevarán a cabo, entre otras, las siguientes medidas positivas y compensatorias, en favor de la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad:

• Promover que todos los espacios e inmuebles públicos, o que presten servicios al público, tengan las adecuaciones físicas y de señalización para su acceso, libre desplazamiento y uso.

En este mismo orden de ideas, la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes dispone, en su artículo 31, inciso D, que ``la federación, el Distrito Federal, estados y municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, establecerán normas tendientes a fomentar centros educativos especiales y proyectos de educación especial que permitan a niñas, niños y adolescentes con discapacidad integrarse en la medida de su capacidad a los sistemas educativos regulares. Dispondrán de cuidados elementales gratuitos, acceso a programas de estimulación temprana, servicios de salud, rehabilitación, esparcimiento, actividades ocupacionales, así como a la capacitación para el trabajo, para lo cual se promoverá, de no contarse con estos servicios, a su creación''.

Además de establecer un capítulo especial sobre el derecho a la educación, en donde en su artículo 32 se establece lo siguiente:

Artículo 32. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a una educación que respete su dignidad y les prepare para la vida en un espíritu de comprensión, paz y tolerancia, en los términos del artículo 3o. de la Constitución. Las leyes promoverán las medidas necesarias para que
a) Se les proporcione la atención educativa que, por su edad, madurez y circunstancias especiales, requirieran para su pleno desarrollo.
b) Se evite la discriminación de las niñas y las adolescentes en materia de oportunidades educativas. Se establecerán los mecanismos que se requieran para contrarrestar las razones culturales, económicas o de cualquier otra índole, que propicien dicha discriminación.
c) Las niñas, niños y adolescentes que posean cualidades intelectuales por encima de la media, tengan derecho a una educación acorde a sus capacidades, así como a contar con las condiciones adecuadas que les permita integrarse a la sociedad.
d) Se impulse la enseñanza y el respeto de los derechos humanos. En especial, la no discriminación y de la convivencia sin violencia.
Por último, la Ley General de la Infraestructura Física Educativa prevé en su artículo 6o. que para el cumplimiento de esa ley se estará a lo dispuesto, entre otras leyes, en la Ley General de Educación y la Ley Federal de Personas con Discapacidad.
Además, esta misma ley establece, en sus artículos 7,10 y 11, disposiciones orientadas a que la infraestructura física educativa cumpla con determinados requisitos para atender las necesidades de grupos con mayor rezago educativo.
Artículo 7. La infraestructura física educativa del país deberá cumplir requisitos de calidad, seguridad, funcionalidad, oportunidad, equidad, sustentabilidad y pertinencia, de acuerdo con la política educativa determinada por el Estado --federación, estados, Distrito Federal y municipios--, con base en lo establecido en el artículo 3o. constitucional, la Ley General de Educación, las leyes estatales de educación y del Distrito Federal, el Plan Nacional de Desarrollo, el programa sectorial, los programas educativos estatales y del Distrito Federal; así como los programas de desarrollo regional.
Artículo 10. Las autoridades en la materia establecerán acciones para atender a los grupos y regiones con mayor rezago educativo según parámetros estatales y nacionales, mediante la creación de programas compensatorios tendentes a ampliar la cobertura y la calidad de la infraestructura física educativa.
Artículo 11. En la planeación de los programas y proyectos para la construcción, equipamiento, mantenimiento, rehabilitación, reforzamiento, reconstrucción y habilitación de la INFE deberán cumplirse las disposiciones de la Ley Federal de las Personas con Discapacidad y las leyes en materia de entidades federativas. Asimismo, atenderá las necesidades de las comunidades indígenas y las comunidades con escasa población o dispersa, y tomará en cuenta las condiciones climáticas y la probabilidad de contingencias ocasionadas por desastres naturales, tecnológicos o humanos, procurando la satisfacción de las necesidades individuales y sociales de la población.

En definitiva, se estima que los argumentos de los proponentes sobre la necesidad de reformar la Ley General de Educación para garantizar el acceso y la permanencia de las personas con discapacidad a una educación con calidad ya están contempladas ampliamente en diversas leyes específicas, por lo se considera que son redundantes.

En virtud de lo anterior, esta comisión dictaminadora considera que no son de aprobarse las iniciativas, materia del presente dictamen, por lo que se propone a esta honorable asamblea de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Primero. Se desechan las tres iniciativas enlistadas en el capítulo I, ``Antecedentes'', en virtud de que su esencia ya se contempla en diversos ordenamientos, tales como nuestra Carta Magna, la Ley General de Educación, la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la Ley General de las Personas con Discapacidad, la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, y la Ley General de la Infraestructura Física Educativa.

Segundo. Archívese el presente asunto como total y definitivamente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de septiembre de 2008.
La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, diputados: Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla (rúbrica), presidente; Constantino Acosta Dávila (rúbrica), Ariel Castillo Nájera (rúbrica), Leobardo Curiel Preciado (rúbrica), Delber Medina Rodríguez (rúbrica), Víctor Manuel Lizárraga Peraza (rúbrica), Adrián Pedrozo Castillo (rúbrica), Abundio Peregrino García (rúbrica), Enrique Rodríguez Uresti (rúbrica), Odilón Romero Gutiérrez (rúbrica), Arnoldo Ochoa González (rúbrica), Sergio Sandoval Paredes (rúbrica), secretarios; José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), Daniel Amador Gaxiola , Raymundo Cárdenas Hernández , Juan de Dios Castro Muñoz (rúbrica), Faustino Javier Estrada González , Jesús Vicente Flores Morfín (rúbrica), María Gabriela González Martínez (rúbrica), Benjamín Ernesto González Roaro , Sergio Hernández Hernández (rúbrica), Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo , Adolfo Mota Hernández , Francisco Javier Murillo Flores (rúbrica), Concepción Ojeda Hernández (rúbrica), Ignacio Alberto Rubio Chávez (rúbrica), José de Jesús Solano Muñoz (rúbrica), Miguel Ángel Solares Chávez , Gerardo Sosa Castelán (rúbrica), José Luis Varela Lagunas (rúbrica).»

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Está a discusión el punto de acuerdo. En virtud de que no se ha registrado orador alguno, se reserva para su votación en conjunto.



LEY GENERAL DE EDUCACION

El Secretario diputado José Manuel del Río Virgen : «Dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con punto de acuerdo por el que se dese-chan cuatro iniciativas que reforman diversos artículos de la Ley General de Educación, sobre problemas ambientales, riesgos del consumo de drogas y reconocimiento de la diversidad indígena

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su estudio y análisis, iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley General de Educación en materia de educación ambiental, aprovechamiento sustentable y ética, a cargo del diputado federal Jorge Legorreta Ordorica del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LIX Legislatura.

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con fundamento en los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con los artículos 39, 44 y 45 numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 56, 60, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta Honorable Asamblea el presente

Dictamen

I. Antecedentes

A) En sesión de Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, el día 19 de julio de 2006, el diputado federal Jorge Legorreta Ordorica, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LIX Legislatura, presentó Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma la fracción XI del artículo 7, la fracción II del artículo 8 y el artículo 47 de la Ley General de Educación.

B) Recibida en esa misma fecha la iniciativa con proyecto de decreto en la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, la Presidencia de la Mesa Directiva, en uso de sus facultades legales y reglamentarias, acordó dar a la misma trámite de recibo y ordenó su turno a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente.

C) Una vez iniciada la discusión de la iniciativa de referencia, la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, acordó incorporar al análisis tres iniciativas más, por coincidir con el objetivo de modificación de planes y programas de estudio de educación básica. Las iniciativas son las siguientes:

1. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 47 Bis de la Ley General de Educación, presentada el 9 de noviembre de 2006 por la Legislatura del Estado de Tlaxcala de Xicoténcatl, turnada a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.
2. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo segundo del artículo 48 de la Ley General de Educación, presentada el 6 de febrero de 2007 por el diputado Ricardo Cantú Garza del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, de la XL Legislatura
3. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción III del artículo 12 de la Ley General de Educación, presentada el 26 de marzo de 2008 por el diputado Jorge Toledo Luis del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de la LX Legislatura.

II. Contenido de las iniciativas

Las iniciativas en comento tienen como objeto ampliar los planes y programas de estudio de la educación básica, proponiendo para tal efecto diversas modificaciones a la Ley General de Educación respecto de temas como la educación ambiental, educación para la salud, adicciones y grupos étnicos.

A) La iniciativa del diputado Jorge Legorreta Ordorica aborda los problemas ambientales que ya no aparecen como independientes unos de otros sino que constituyen elementos que se relacionan entre sí. El iniciante considera que hoy en día nos enfrentamos a una auténtica problemática ambiental y la gravedad de la crisis se manifiesta en su carácter global.

El promovente considera que la educación ambiental tiene un importante papel que permite afrontar el desafío de transformar los valores de la sociedad contemporánea, promoviendo un aprendizaje caracterizado por prevenir el desgaste de nuestros recursos naturales y nuestro entorno.

La exposición de motivos señala que la educación ambiental resulta clave para comprender las relaciones existentes entre los sistemas naturales y sociales, así como para conseguir una percepción más clara de la importancia de los factores socioculturales en la génesis de los problemas ambientales. Plantea que se debe impulsar la adquisición de la conciencia, los valores y los comportamientos que favorezcan la participación efectiva de la población en el proceso de toma de decisiones. La educación ambiental así entendida puede y debe ser un factor estratégico que incida en el modelo de desarrollo establecido para reorientarlo hacia la sostenibilidad y la equidad.

Respecto de los planes y programas de estudio, se propone que: ``se observen los principios de protección al ambiente, aprovechamiento sustentable de recursos naturales y ética para la sustentabilidad'', ya que considera que constituye un aspecto prioritario para ser observado por los niños, adolescentes y jóvenes en proceso de formación, menciona también que: ``debe traducirse en la incorporación de asignaturas dentro de los planes y programas de estudio para la educación primaria, secundaria y normal, así como fijar los lineamientos generales para el uso de material educativo para tales efectos, traduciéndose esto último en actividades y talleres tendientes al aprendizaje práctico o en campo.''

Para concluir, añade que: aunado al reconocimiento constitucional del derecho a un medio ambiente adecuado para el desarrollo y bienestar que existe en nuestra Carta Magna, deben darse los fundamentos jurídicos necesarios para establecer, en los planes de estudio a nivel básico, secundaria y normal, asignaturas obligatorias relativas a la protección del ambiente, aprovechamiento sustentable y ética para la sustentabilidad a efecto de hacerlos acorde con la garantía de nuestro sistema constitucional.''

De acuerdo con las consideraciones del diputado Jorge Legorreta Ondorica, propone modificar los artículos 7, 8 y 47 de la Ley General de Educación para quedar como sigue:

``Capítulo I Disposiciones Generales

Artículos del 1o. al 6...
Artículo 7. La educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios tendrá, además de los fines establecidos en el segundo párrafo del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los siguientes.
I. a X. ...
XI. Desarrollar y fomentar en el individuo la conciencia y capacidad de realizar el aprovechamiento de los recursos naturales en forma sustentable, de proteger el ambiente y atender a su restauración, de manera teórica y práctica, así como inculcar una ética para la sustentabilidad que apele a la responsabilidad moral de los sujetos; y
...
Artículo 8. El criterio que orientará a la educación que el Estado y sus organismos descentralizados impartan -así como toda la educación primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica que los particulares impartan-, se basará en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los perjuicios. Además:
I. ...
II. Será nacional, en cuanto -sin hostilidades ni exclusivismos- atenderá a la comprensión de nuestros problemas, al aprovechamiento de nuestros recursos de manera sustentable, a la defensa de nuestra independencia política, al aseguramiento de nuestra independencia económica y a la continuidad y acrecentamiento de nuestra cultura, y
...

Sección Segunda De los Planes de Estudio

Artículo 47. Los contenidos de la educación serán definidos en planes y programas de estudio.
En los planes de estudio deberán establecerse:
I. Los fines previstos en el artículo 7 de esta ley;''
...
Transitorio
Único. Este decreto entrará en vigor al inicio del ciclo escolar después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

B) La Comisión de Educación, Ciencia, Tecnología y Cultura del Congreso de Tlaxcala de Xicoténcatl, menciona en la iniciativa presentada, el grave problema social para nuestros niños y jóvenes estudiantes al enfrentarse al riesgo de consumo de drogas y bebidas alcohólicas, que en muchos casos sucede desde el nivel de educación primaria, se refiere también a las causas por las que inician las adicciones, que pueden ser desintegración familiar, falta de atención de los profesores, que al dejarlos con horas libres, buscan un medio de escape o diversión mal orientada, afectando su salud y deteriorando su autoestima.

La Comisión considera imperativo el educar y preservar la salud de los educandos, para formar individuos responsables y conscientes, por ende alejarlos de las adicciones al alcohol y consumo de las drogas, que orillan a la adquisición de vicios, como el robo, el abandono de sus estudios o incluso de su hogar.

La iniciativa en merito señala que es de orden público e interés social el llevar a cabo las acciones coordinadas a fin de prevenir y atender el grave problema de las adicciones desde nuestras instituciones de enseñanza, para que los jóvenes no caigan en estos vicios y enfermedades que destruyen a los alumnos, familias y sociedades enteras, por ello la Comisión de Educación, Ciencia, Tecnología y Cultura considera necesario establecer como asignatura curricular obligatoria la educación para la prevención de las adicciones, en el nivel primaria, secundaria y bachillerato.

En virtud de estas consideraciones, la LVIII Legislatura del Congreso del estado de Tlaxcala de Xicoténcatl, pone a consideración adicionar un artículo 47 Bis a la Ley General de Educación en los términos siguientes:

``Artículo 47 Bis. En los programas de estudio de educación primaria, secundaria y bachillerato se establecerá la educación para la prevención de las adicciones misma que tendrá como objetivo primordial brindar un conocimiento para prevenir y evitar caer en la adicción a las drogas. Esta materia se considerará como asignatura curricular desde los niveles primaria, secundaria y educación media superior.''

Transitorio

``Artículo único. Este decreto de reforma entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial de la Federación.''

C) En el mismo sentido que la iniciativa antes descrita, la Iniciativa del diputado Ricardo Cantú Garza , aborda el tema del combate y la prevención de las adicciones como tema prioritario de la política de salud en México.

La exposición de motivos señala que el factor fundamental por el que las personas consumen cada vez más drogas está asociado a la destrucción del núcleo familiar.

Añade que ``millones de padres de familia de todos los estratos sociales se vieron envueltos en una dinámica de destinar mayor tiempo a las actividades laborales en detrimento del tiempo destinado a la convivencia familiar y con los hijos.''

Considera que factores como la pobreza y la desintegración familiar, generan individuos emocionalmente inseguros, vulnerables al desarrollo de conductas depresivas y ansiosas, mismas que pueden inducirlos al consumo de drogas, alcoholismo, tabaquismo y otras conductas delictivas y adictivas que distorsionan la personalidad de los individuos.

Ante la problemática, proponen impulsar una política de autoconocimiento de la personalidad y el carácter de los individuos para tener mejor desempeño emocional y de integración social, que involucre todas las instancias del sector salud, a la sociedad en su conjunto, las instituciones de educación superior y al Congreso de la Unión a fin de enfrentar con mayor capacidad los problemas y retos relacionados con la vida cotidiana, así como tomar decisiones que muestren firmeza de carácter y seguridad de la personalidad.

En virtud de lo anterior, el diputado Ricardo Cantú Garza , propone la modificación del artículo 48 de la Ley General de Educación, a fin de que se incluya una materia que forme parte del plan de estudios de la enseñanza básica, donde se destaquen las razones que inducen al consumo de drogas, prevención y repercusiones, quedando dicho artículo como sigue:

Artículo 48. ...
La Secretaría establecerá como obligatoria en el contenido de los planes y programas de estudio para el nivel básico la incorporación de una materia que destaque la enseñanza de la prevención y el combate de las adicciones. Dicha materia deberá ser impartida en el quinto y sexto grados de primaria, así como en cada uno de los años que abarca la enseñanza secundaria.

Transitorio

Artículo Único. La presente iniciativa entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

D) La iniciativa del diputado Jorge Toledo Luis del Grupo Parlamentario de la Revolución Institucional, aborda la problemática de los contenidos regionales en materia educativa, mismos que considera insuficientes para el estudio y reconocimiento de la riqueza y diversidad indígena.

El promovente hace referencia a la población indígena existente en México, que rebasa los 12.7 millones de personas, representando así el 13 por ciento de la población nacional con alrededor de 62 comunidades indígenas que hablan más de 63 lenguas diferentes.

Por otra parte, observa que en materia indígena, ha habido avances, como la reforma del artículo 2o. de la Carta Magna, ``donde se reconocen sus derechos, ya que el país se define a sí mismo como una nación pluricultural, en reconocimiento de los diversos pueblos indígenas que habitan en su territorio. Además, las lenguas de estos pueblos son reconocidas como lenguas nacionales, en la misma categoría que el español.''

Sin embargo, añade que aún existe una gran problemática en la educación indígena en virtud de que los servicios educativos no han llegado a muchas zonas marginadas, lo que se traduce en gran número de analfabetos.

Con el fin de impulsar acciones que fortalezcan el conocimiento, la comprensión, el respeto y la inclusión de la cultura indígena, el promovente considera importante reformar la Ley General de Educación para que los textos gratuitos contengan una edición específica para distribuirse en el nivel básico que contenga la historia, cultura y organización indígenas de cada entidad, destacando las aportaciones de los pueblos indígenas en su desarrollo.

Por lo anterior, el diputado Jorge Toledo Luis , propone la siguiente modificación al artículo 12 de la Ley General de Educación:

Artículo 12. Corresponden de manera exclusiva a la autoridad educativa federal las atribuciones siguientes:
I. y II. ...
III. Elaborar y mantener actualizados los libros de texto gratuitos, mediante procedimientos que permitan la participación de los diversos sectores sociales involucrados en la educación. Dichos libros incluirán, además de los contenidos regionales, una edición específica, para distribuirse en el nivel básico, que contenga la historia, cultura y organización indígenas de cada entidad, destacando las aportaciones de los pueblos indígenas en su desarrollo regional y nacional.
Todos los textos se elaborarán considerando las propuestas de los gobiernos de las entidades federativas. Asimismo, la Secretaría verificará que dichos textos se ajusten a los principios de cientificidad, imparcialidad y pedagogía.
IV. a XIII. ...

Artículo Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

III. Consideraciones de la comisión

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, en virtud del espíritu que guardan las iniciativas que se describen en el punto anterior, coincide con los Legisladores en que los temas que les preocupan son de suma importancia para la educación básica y comparte la idea de que deben formar parte de los planes y programas de estudio y del currículo.

Respecto a la alarmante problemática ambiental, la Comisión Dictaminadora reconoce que México, como muchas otras naciones, enfrentan en la actualidad problemas ambientales derivados de su propio desarrollo, mismos que requieren de soluciones que garanticen el futuro de las generaciones venideras.

Esta Comisión dictaminadora, no pierde de vista que tan sólo en México, se ha perdido cerca del 37 por ciento de la cubierta forestal nacional, que más del 80 por ciento de las pesquerías nacionales han alcanzado su aprovechamiento máximo, que cerca del 45 por ciento de los suelos presenta algún tipo de degradación causada por el hombre y que dos mil quinientas ochenta y tres especies, entre plantas y animales, están consideradas dentro de alguna categoría de riesgo; 1 es por esto que comprendemos la preocupación del iniciante al afirmar que ``la educación ambiental tiene un importante papel que permitirá afrontar el desafío de transformar los valores de la sociedad contemporánea''.

Si bien es cierto que en los planes y programas de estudio se deben observar principios de protección al medio ambiente, aprovechamiento sustentable y ética, como lo indica la iniciativa, cierto es también que la trayectoria de la educación ambiental no es intrascendente, ya que las actividades institucionales involucradas en ella datan de principios de la década de los años ochenta.

La educación ambiental forma parte de los propósitos de la educación básica de nuestro país y, por tanto, constituye un eje temático transversal, que se desarrolla desde el nivel preescolar hasta la secundaria. En el cuadro siguiente se muestran los contenidos por nivel y grado incluidos en el currículo vigente:

En el cuadro de análisis anterior se refleja la considerable atención que se dedica a la educación ambiental en los programas de educación básica, demostrando que estos constituyen instrumentos que proporcionan al educando herramientas de discernimiento para la contención del deterioro, el fomento a la producción sustentable y el aumento del bienestar social.

Cabe señalar que la Semarnat, en el marco de la Década de la Educación para el Desarrollo Sustentable (2005), que tiene como propósito promover la educación como base para una sociedad humana más sustentable estimular la colaboración internacional para compartir programas, prácticas y políticas educativas innovadoras de la educación para el desarrollo sustentable, se encuentra revisando y fortaleciendo el marco legal de la educación ambiental en coordinación con el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y con el apoyo de la Secretaría de Educación Pública. 2

Respecto de las iniciativas que abordan el tema de las adicciones y los medios para prevenirlas y combatirlas, principalmente entre los jóvenes, esta comisión coincide con los legisladores en que las actitudes adictivas en los jóvenes representa un inquietante problema que aqueja a México al igual que muchos países en el mundo.

Esta Comisión reconoce los severos problemas que las adicciones ocasionan, especialmente a mediano y largo plazo, así como los efectos colaterales. 3

Ahora bien, no cabe duda de que cada día se ha vuelto más necesario informar respecto a las adicciones desde una edad temprana, ya que para las mujeres, ``la edad más frecuente para iniciar el consumo [de alcohol] es entre los 18 y los 29 años, mientras que en los varones se observan dos etapas importantes: entre los 12 y los 15 años y al llegar a la mayoría de edad''. 4 Respecto del consumo de drogas ilícitas, ``el grupo más numeroso fue el de hombres entre 18 y 34 años (15.61 por ciento), con educación formal de primaria y secundaria''. 5

Es precisamente por la importancia del tema que las asignaturas de Ciencias Naturales, en los dos últimos años de primaria y Ciencias y Formación Cívica y Ética en secundaria, proporcionan información a los adolescentes respecto de las drogas, las adicciones y los efectos de estas, tal y como se muestra en el cuadro que sigue:

Como puede observarse en el breve análisis de los planes y programas de estudios de la educación básica, los temas de salud, bienestar físico, calidad de vida e integridad son encaminados, en los últimos grados de primaria y secundaria, a informar a los estudiantes respecto de las causas y consecuencias de las adicciones, buscando que los adolescentes (en los últimos grados de secundaria) formen juicios propios al respecto y que sean capaces de tomar decisiones en base a sus opiniones personales.

En este mismo sentido, cabe señalar que la fracción X del artículo 7o. de la Ley General de Educación, recién modificada por un dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, aprobado el 29 de abril de 2008 en el Pleno de la Cámara de Diputados, refiere que la educación que imparta el Estado tendrá como fin el desarrollar ``actitudes solidarias en los individuos, para crear conciencia sobre la preservación de la salud [...], sin menoscabo de la libertad y del respeto absoluto a la dignidad humana, así como propiciar el rechazo a los vicios y adicciones, fomentando el conocimiento de sus causas, riesgos y consecuencias.''

Referente a la iniciativa que se ocupa del tema de la cultura indígena, esta comisión dictaminadora esta conciente del valor de la riqueza cultural de nuestros grupos étnicos.

En México conviven por los menos 57 grupos étnicos reconocidos por el INEGI. Según estudios, la población indígena aumentó de dos millones en 1895 a seis millones en el año 2000; y a pesar de que su representatividad respecto al de población a decrecido en los últimos años, actualmente la población indígena entre los 5 y 14 años, es decir, en edad de acudir a la educación básica, es de 1 millón 335 mil 697 (INEGI 2005).

Ahora bien, es importante señalar que de a cuerdo con la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, en México se hablan 62 lenguas indígenas además de diversas variantes que en ocasiones son incluso ininteligibles entre sí, es decir, que si bien es cierto que su historia, lenguas y tradiciones forman parte de la riqueza cultural de México, cierto es también que crear ediciones de libros de texto gratuitos por cada grupo étnico, representaría una labor por demás extensa, no obviando que en algunas regiones como Oaxaca o Chiapas, la información bien podría ser compilada en libros que se utilizarían durante toda la educación básica, es decir, una nueva asignatura, y en cambio, en regiones como Aguascalientes, donde la población indígena a partir de los 5 años, no alcanza las 3 mil personas, la información podría ser compilada en tan sólo algunos capítulos.

Por otra parte y en virtud del gran valor de la pluriculturalidad de nuestra Nación, misma que es reconocida en nuestra Carta Magna, los planes y programas de estudio de la educación básica observan y dan al tema un lugar en el currículo.

En el mismo sentido, a partir de junio de 2006 entró en operación el programa de la asignatura de Lengua y Cultura Indígena para la educación secundaria, que tiene como meta principal ``establecer las condiciones para que los estudiantes alcancen un dominio eficiente del lenguaje como actividad comunicativa, cognitiva y reflexiva en todos los ámbitos de la vida''. 6

Del detallado análisis puede observarse que las preocupaciones de los legisladores respecto a temas significativos de la educación básica, tales como el medio ambiente, las adicciones y la pluriculturalidad, tienen tanto peso en los planes y programas de estudio, que ya forman parte de ellos y a los cuales se les dedica una parte significativa del tiempo escolar.

Por otra parte, es importante resaltar que existen otros contenidos --no menos importantes- que los maestros deben tratar. Al respecto, es importante tomar en cuenta que:

``A la escuela primaria se le encomiendan múltiples tareas. No sólo se espera que enseñe más conocimientos, sino también que realice otras complejas funciones sociales y culturales. Frente a esas demandas, es indispensable aplicar criterios selectivos y establecer prioridades, bajo el principio de que la escuela debe asegurar en primer lugar el dominio de la lectura y la escritura, la formación matemática elemental y la destreza en la selección y el uso de información. Sólo en la medida en que cumpla estas tareas con eficacia, la educación primaria será capaz de atender otras funciones.'' (Plan y programas de estudio. Educación primaria, SEP, 1993)

Ahora bien, en lo que toca a los contenidos educativos en planes y programas de estudio, la fracción tercera del artículo 3o. constitucional establece que:

``el Ejecutivo Federal determinará los planes y programas de estudio de la educación preescolar, primaria, secundaria y normal para toda la República. Para tales efectos, el Ejecutivo Federal considerará la opinión de los gobiernos de las entidades federativas y del Distrito Federal, así como de los diversos sectores sociales involucrados en la educación, en los términos que la ley señale''.

Por esta razón resulta improcedente que, desde la ley secundaria se proponga establecer contenidos educativos, ya que como lo establece la propia Ley General de Educación en su artículo 48, tales contenidos serán determinados por la Secretaría de Educación Pública de conformidad a los principios y criterios establecidos en los artículos 7o. y 8o. de la norma secundaria y serán publicados en el Diario Oficial de la Federación para el conocimiento público.

En virtud de lo anterior, esta comisión dictaminadora considera que no son de aprobarse las presentes iniciativas, por lo que se propone a la honorable asamblea de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Primero. Se desechan las cuatro iniciativas enlistadas en el capítulo I, Antecedentes, en virtud de que las modificaciones planteadas a los planes y programas de estudio son atribuciones legales de la Secretaria de Educación Pública Federal, y en virtud de que las preocupaciones de los legisladores se encuentran ya contempladas en los lineamientos de la Ley General de Educación y forman parte del currículo de la educación básica.

Segundo. Archívese el presente asunto, como total y definitivamente concluido.

Notas: 1 ¿Y el medio ambiente? Problemas en México y el mundo. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. 20072 Semarnat, Sistema Nacional de Información Ambiental y Recursos Naturales. Informe de labores.3 Programa de acción: adicciones. Alcoholismo y abuso de bebidas alcohólicas. Consejo Nacional Contra las Adicciones. Secretaría de Salud. México, 2001 p. 19.4 Ibíd. P. 255 Programa de acción: adicciones. Farmacodependencia. Consejo Nacional contra las Adicciones. Secretaría de Salud. México 2001. p. 186 Fundamentos generales de la asignatura de lengua y cultura indígena para la educación secundaria. SEP, Coordinación General de Educación Intercultural y Bilingüe. México, DF, junio de 2006
Palacio Legislativo de San Lázaro, 11 de septiembre de 2008.
La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, diputados: Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla (rúbrica), presidente; Constantino Acosta Dávila (rúbrica), Ariel Castillo Nájera (rúbrica), Leobardo Curiel Preciado (rúbrica), Delber Medina Rodríguez (rúbrica), Víctor Manuel Lizárraga Peraza (rúbrica), Adrián Pedrozo Castillo (rúbrica), Abundio Peregrino García (rúbrica), Enrique Rodríguez Uresti (rúbrica), Odilón Romero Gutiérrez (rúbrica), Arnoldo Ochoa González (rúbrica), Sergio Sandoval Paredes (rúbrica), secretarios; José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), Daniel Amador Gaxiola , Raymundo Cárdenas Hernández , Juan de Dios Castro Muñoz (rúbrica), Faustino Javier Estrada González , Jesús Vicente Flores Morfín (rúbrica), María Gabriela González Martínez (rúbrica), Benjamín González Roaro , Sergio Hernández Hernández (rúbrica), Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo , Adolfo Mota Hernández , Francisco Javier Murillo Flores (rúbrica), Concepción Ojeda Hernández (rúbrica), Ignacio Alberto Rubio Chávez (rúbrica), José de Jesús Solano Muñoz (rúbrica), Miguel Ángel Solares Chávez , Gerardo Sosa Castelán (rúbrica), Tomás José Luis Varela Lagunas (rúbrica).»

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Está a discusión el punto de acuerdo. En virtud de que no se ha registrado orador alguno, se reserva para su votación en conjunto.



LEY GENERAL DE EDUCACION

El Secretario diputado José Manuel del Río Virgen : «Dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con punto de acuerdo por el que se dese-chan ocho iniciativas que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de equidad

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión le fue turnada, para su estudio y dictamen, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación a cargo de la diputada Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LX Legislatura, en materia de equidad.

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con fundamento en los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con los artículos 39, 43, 44 y 45 numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 56, 60, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta honorable asamblea, el presente:

Dictamen

I. Antecedentes

A. En sesión celebrada el 12 de abril de 2007 por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la diputada Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LX Legislatura, presentó iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 2, segundo párrafo; adiciona un párrafo a la fracción X del artículo 7; reforma el artículo 8, fracción III; adiciona el párrafo tercero al artículo 30; y reforma el artículo 49, adicionándole un párrafo, todos de la Ley General de Educación.

B. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dio cuenta de la iniciativa y determinó que se turnara a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para su estudio y dictamen.

C. A la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión le turnaron, para su estudio y dictamen, diversas iniciativas que son coincidentes con la de mérito, por lo que se determinó incluirlas como parte del presente análisis y dictamen:

1. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 3 y 4 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez, integrante del Grupo Parlamentario de Convergencia de la LIX Legislatura.

En la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados del 15 de junio de 2005, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dio cuenta de la iniciativa y determinó que se turnara a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para su estudio y dictamen.

2. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 32 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada María Concepción Fajardo Muñoz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de la LIX Legislatura.

En la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados del 20 de septiembre de 2005, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dio cuenta de la iniciativa y determinó que se turnara a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para su estudio y dictamen.

3. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 33, 47 y 75 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Manuel Velasco Coello, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, de la LIX Legislatura.

En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados del 6 de abril de 2006, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dio cuenta de la iniciativa y determinó que se turnara a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para su estudio y dictamen.

4. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 33 y 75 de la Ley General de Educación, a cargo de los diputados Fernando Alberto García Cuevas y José Porfirio Alarcón Hernández del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de la LIX Legislatura.

En la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados del 19 de julio de 2006, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dio cuenta de la iniciativa y determinó que se turnara a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para su estudio y dictamen.

5. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción XIV al artículo 7 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Mónica Arriola, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, de la LX Legislatura.

En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados del 25 de abril de 2007, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dio cuenta de la iniciativa y determinó que se turnara a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para su estudio y dictamen.

6. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona con una fracción XIV el artículo 7 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Alberto Esteva Salinas , del Grupo Parlamentario de Convergencia, de la LX Legislatura.

En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados del 14 de febrero de 2008, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dio cuenta de la iniciativa y determinó que se turnara a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para su estudio y dictamen.

7. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 9 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Mónica Arriola, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, de la LX Legislatura.

En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados del 3 de abril del 2008, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dio cuenta de la iniciativa y determinó que se turnara a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para su estudio y dictamen.

II. Contenido de las iniciativas

A) La Diputada Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez manifiesta en su exposición de motivos que la violencia es un fenómeno creciente en los planteles educativos pero, aclara, no es nuevo, y que no ha dejado de ser noticia que en las escuelas haya niños o jóvenes que se comportan agresivamente con sus compañeros y profesores.

Refiere que según estadísticas de la Secretaría de Educación Pública el aumento de la violencia en los salones de clase es evidente: ``...el incremento del maltrato físico y emocional y del abuso sexual pasó de 12 casos tan sólo en el Distrito Federal en el ciclo escolar 1999-2000 a 482 denuncias en el ciclo escolar 2003-2004; es decir, aumentó 3,917 por ciento en cuatro años, cifra alarmante que muestra el grado de ambiente violento en el ámbito escolar y para 2007 la cifra va en gradual aumento''.

Advierte la iniciante que ``...la violencia se hace más compleja con la marginalidad de las mujeres tanto alumnas como docentes, precisamente en las escuelas, donde debería fortalecerse el aprendizaje de una cultura de respeto y equidad de género''.

Aclara, por otro lado, que ``...las bases jurídicas que regulan el sistema educativo nacional tienen que armonizarse, igual que las demás instituciones sociales, con el proceso de transversalización de la perspectiva de género, con la tolerancia y con una cultura de respeto entre las personas''.

La proponente Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez alerta sobre la urgencia de actuar, ``...fortaleciendo el sistema educativo nacional, profesionalizando a las autoridades educativas y a los docentes para prevenir y sancionar a quien ejerza violencia, estableciendo como principios educativos básicos el fomento de valores como la tolerancia, el respeto, el rechazo de la discriminación, y la equidad entre los géneros; y desde luego, a la formación de personas que sepan resolver sus diferencias privilegiando el diálogo y la tolerancia, en abierto rechazo de actitudes violentas''.

Por lo anterior, para la diputada federal se vuelve imprescindible una ``...fundamentación normativa en la Ley General de Educación, para implantar políticas públicas eficaces en materia educativa que busquen la equidad entre los géneros, consagrada en el artículo 4o. constitucional y la eliminación de cualquier forma de violencia, establecida en diversos instrumentos internacionales de los que México forma parte'', por lo que propone reformas a la Ley General de Educación en los siguientes términos:

``Decreto que reforma el artículo 2, segundo párrafo; adiciona un párrafo a la fracción X del artículo 7; reforma el artículo 8, fracción III; adiciona el párrafo tercero al artículo 30; y reforma el artículo 49, adicionándole un párrafo, todos de la Ley General de Educación
Artículo Primero. Se reforma y adiciona el artículo 2, en su segundo párrafo; se adiciona un párrafo a la fracción X del artículo 7; se reforma el artículo 8, fracción III; se adiciona el párrafo tercero al artículo 30; y se reforma el artículo 49, adicionándole un párrafo, todos de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:
Artículo 2. ...
La educación es medio fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la cultura; es proceso permanente que contribuye al desarrollo del individuo y a la transformación de la sociedad, y es factor determinante para la adquisición de conocimientos y para formar a mujeres y a hombres, de manera que tengan sentido de solidaridad social.
...
Artículo 7. ...
I. a IX. ...
X. Desarrollar actitudes solidarias en los individuos para crear conciencia sobre la preservación de la salud, la planeación familiar y la paternidad responsable, sin menoscabo de la libertad y del respeto absoluto de la dignidad humana, así como propiciar el rechazo de los vicios; del mismo modo, desarrollar una cultura de la equidad entre mujeres y hombres a través de la incorporación de la perspectiva de género, de manera transversal en todos los planes y programas de los diferentes niveles de educación, y también en la capacitación del personal docente.
XI. a XIII. ...
Artículo 8. ...
I. y II. ...
III. Contribuirá a la mejor convivencia humana, tanto por los elementos que aporte a fin de robustecer en el educando, junto con el aprecio para la dignidad de la persona y la integridad de la familia, la convicción del interés general de la sociedad, cuanto por el cuidado que ponga en sustentar los ideales de fraternidad e igualdad de derechos de todas las personas, evitando los privilegios de razas, de religión, de grupos, de sexos o de individuos.
Artículo 30. ...
...
Sin menoscabo de lo anteriormente señalado, las instituciones a que se refiere el primer párrafo de este artículo están obligadas a generar indicadores sobre su avance en la aplicación de métodos de prevención y eliminación de la violencia para que sean sujetas a evaluaciones sobre este particular. Tales indicadores serán de dominio público y se difundirán por los medios disponibles.
Artículo 49. El proceso educativo se basará en los principios de libertad, responsabilidad y equidad entre los géneros que aseguren la armonía de relaciones entre educandos y educadores y promoverá el trabajo en grupo para asegurar la comunicación y el diálogo entre educandos, educadores, padres de familia e instituciones públicas y privadas.
El proceso educativo buscará prevenir y erradicar la violencia en el interior de las aulas, en los diferentes niveles educativos. Para ello, se dará capacitación al personal docente para que éste, a su vez, traslade la información a las y los estudiantes, así como a los padres de familia.

Transitorios

Primero. La Secretaría de Educación Pública deberá considerar los criterios establecidos en el presente decreto en la próxima revisión de los planes y programas, de conformidad con lo que establece el artículo 48 de la Ley General de Educación, informando de las acciones tomadas al Poder Legislativo.
Segundo. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación''.

B) Con respecto a la iniciativa del diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez, en la exposición de motivos se indica que no es suficiente el contar con un texto que obligue al Estado a prestar servicios educativos, sino que se requiere un sistema legal que conceda la garantía de los mexicanos respecto a lo señalado por el articulo 4 de la Ley General de Educación.

Advierte además que no se trata de un intento de reformar lo ya establecido en materia de educación, sino de sensibilizar el texto legal a la realidad, en donde ``...actualmente en diversas comunidades no se tiene acceso a la educación básica y si dicho acceso es posible, en ocasiones los padres optan porque sus hijos trabajen en lugar de asistir a clases''.

El diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez, preocupado por contribuir a la educación del país, propone que los sistemas educativos sean herramientas al alcance de todos y garantizados por el Estado, por lo que formula dos modificaciones muy concretas a la Ley General de Educación, para quedar como sigue:

``Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 3 y 4 de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:
Artículo 3. El Estado está obligado a prestar y a garantizar que se presten servicios educativos para que toda la población pueda cursar la educación preescolar, la primaria y la secundaria. Estos servicios se prestarán en el marco del federalismo y la concurrencia previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y conforme a la distribución de la función social educativa establecida en la presente ley.
Artículo 4. Todos los habitantes del país deben cursar la educación preescolar, la primaria y la secundaria. El Estado velará por la prestación de los servicios educativos de manera equitativa.
Es obligación de los mexicanos hacer que sus hijos o pupilos menores de edad cursen la educación preescolar, la primaria y la secundaria.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación''.

C) La iniciativa de la diputada por la LIX Legislatura, María Concepción Fajardo Muñoz, propone adicionar un párrafo al artículo 32 de la Ley General de Educación, en materia de equidad de género.

En la exposición de motivos la promovente argumenta que el índice de analfabetismo en nuestro país es de 8.3 por ciento, correspondiendo a las mujeres el 5.1 y a los hombres el 3.2 por ciento. Que en el nivel superior, 89 de cada cien mujeres mexicanas mayores de 18 años no cuentan con educación de este nivel, y que alrededor del 48 por ciento de la población se ubica en lo que se llama el ``rezago educativo'', correspondiendo a las mujeres el 28 por ciento y a los hombres el 20 por ciento. Es decir, de acuerdo al rango de 15 años y más, aproximadamente 26 millones de mujeres y 19 millones de hombres no terminaron ni siquiera la primaria.

De acuerdo con la proponente, esto no debe ser un dato para la estadística, sino un dato para reflexionar sobre la competitividad, el empleo, la preparación, el desarrollo, la calidad humana y la defensa de los valores que tenemos como nación.

En tal sentido, propone añadir un último párrafo al artículo 32 de la Ley General de Educación en los siguientes términos:

``Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 32 de la Ley General de Educación, adicionándole un último párrafo.
Artículo 32. Las autoridades educativas tomarán medidas tendientes a establecer condiciones que permitan el ejercicio pleno del derecho a la educación de cada individuo, una mayor equidad educativa, así como el logro de una efectiva igualdad en oportunidades de acceso y permanencia de servicios educativo.
Dichas medidas estarán dirigidas, de manera preferente a los grupos y regiones con mayor rezago educativo o que enfrenten condiciones económicas y sociales de desventaja.
Durante la aplicación de estas medidas, las autoridades educativas, deberán promover acciones necesarias para que permitan alcanzar la equidad de género que garantice un desarrollo integral, se combata la discriminación y fomente una cultura con perspectiva de género.

Transitorio

Único. La siguiente iniciativa entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación''.

D) En la iniciativa del diputado Manuel Velasco Coello de la LIX Legislatura, se menciona que no es suficiente para elevar la calidad educativa la distribución de bienes entre las entidades federativas y hacia los grupos de población, ``...en tanto no se logre la equidad genérica que otorga el mismo valor a las personas, independientemente de su sexo''.

Se señala además, que hay que excluir de los programas escolares ``la marcada diferenciación de papeles masculinos y femeninos que impiden a las mujeres escoger libremente actividades y formas de vida que las orillan a destinar su tiempo exclusivamente y desde pequeñas a los trabajos domésticos del grupo familiar alejándolas de un desarrollo personal autónomo y profesional''.

El diputado proponente advierte también que al incluir la aplicación del análisis de género en la Ley General de Educación, se cumple con los convenios internacionales ratificados por México, al mismo tiempo que ``...integra y a su vez contribuye para que no sólo se interpreten las desigualdades, revise el acceso a los recursos y repartan las tareas en los ámbitos de desarrollo personal o social, sino también se proporcionen nuevos modelos que aporten a la solidaridad entre hombres y mujeres, de modo que sea posible llevarlos a acordar y asentar sus relaciones sobre nuevos equilibrios en su interés común''.

La iniciativa a cargo del diputado Manuel Velasco Coello plantea la reforma a los artículos 33, 47 y 75 de la Ley General de Educación, en los siguientes términos:

``Decreto por el que se reforman los artículos 33, 47 y 75 de la Ley General de Educación.
Artículo Único: Se reforman los artículos 33, 47 y 75 de la Ley General de Educación para quedar como sigue:
Artículo 33. Para cumplir con lo dispuesto en el artículo anterior, las autoridades educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias llevarán a cabo las actividades siguientes:
(...)
XIII. Desarrollarán programas tendientes a que los padres de familia apoyen en igualdad de circunstancias los estudios de sus hijos y los de sus hijas, y a otorgar estímulos e incentivos que permitan que las niñas gocen de igual manera que los niños las oportunidades educativas.
XIV. Realizar las demás actividades que permitan ampliar la calidad y la cobertura de los servicios educativos, y alcanzar los propósitos mencionados en el artículo anterior.
Artículo 47. Los contenidos de la educación serán definidos en planes y programas de estudio.
En los planes de estudio deberán establecerse:
(...)
En los programas de estudio deberán establecerse los propósitos específicos de aprendizaje de las asignaturas u otras unidades de aprendizaje dentro de un plan de estudios, así como los criterios y procedimientos para evaluar y acreditar su cumplimiento. Podrán incluir sugerencias sobre métodos y actividades para alcanzar dichos propósitos.
Las autoridades educativas pondrán especial cuidado en que los contenidos de los planes y programas den a los educandos una nítida visión del concepto de igualdad de las personas, de equidad y respeto entre ambos géneros y del significado e importancia de los derechos humanos.
Artículo 75. Son infracciones de quienes prestan servicios educativos:
(...)
XII. Actuar en contra de lo estipulado en el artículo 42 de esta Ley.
XIII. Incumplir con cualesquiera de los demás preceptos de esta Ley, así como las disposiciones expedidas con fundamento en ella.

Transitorios

Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación''.

E) Los diputados Fernando Alberto García y José Porfirio Alarcón Hernández, integrantes de la LIX legislatura, manifiestan en su iniciativa que es necesario promover la igualdad entre sexos. Que si bien puede parecer un tanto abstracta en las ciudades grandes, la desigualdad en el trato educativo entre niñas y niños en las ciudades medianas y pequeñas y, sobre todo, en las áreas semirurales y rurales es una práctica común y altamente discriminatoria.

Los diputados proponentes reconocen que aunque por desgracia aún privan conceptos no equitativos tanto en el trato, como en la educación, la participación social y en el desarrollo integral de niños y niñas, ``...del Congreso de La Unión han surgido numerosos esfuerzos para la igualdad de género sea una práctica generalizadas y aceptada''; además de que se han visto frutos en los sectores de la población menos favorecidos.

Argumentan también que ``...no basta con emitir, por decreto, que el varón y la mujer son iguales ante la ley y que tienen los mismos derechos, como lo marca la Constitución de la República y la Ley General de Educación. Es preciso reglamentar también que es obligación de las autoridades educativas desarrollar y establecer programas destinados a que los adultos, principalmente los padres o tutores de éstos niños y niñas, entiendan la importancia de que la igualdad de género en materia educativa es el verdadero cimiento del aprovechamiento escolar''.

Por lo anterior, los diputados Fernando Alberto García y José Porfirio Alarcón Hernández, sometieron a la consideración de esta soberanía la reforma a los artículos 33 y 75 de la Ley General de Educación, en el siguiente sentido:

Artículo Único. Se reforman los artículos 33 y 75, para quedar como sigue:
Artículo 33. Para cumplir con lo dispuesto en el artículo anterior, las autoridades educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, llevarán a cabo las actividades siguientes:
I. a XII. ...
XIII. Apoyarán y desarrollarán programas destinados a que los padres y/o tutores apoyen en circunstancias de igualdad los estudios de sus hijas e hijos, prestando especial atención a la necesidad de que aquellos tomen conciencia de la importancia de que las niñas deben recibir un trato igualitario y que deben recibir las mismas oportunidades educativas que los varones.
Asimismo, deberán desarrollar programas de sensibilización a los padres y/o tutores, destinados a evitar que las niñas abandonen los estudios a edad temprana, y de apoyo específico en los casos en los que los jóvenes estudiantes hayan tenido que abandonar los estudios por razones de que sean padres o madres solteros o precoces, hayan contraído nupcias o efectúen trabajos en apoyo del sustento familiar.
Artículo 75. Son infracciones de quienes prestan servicios educativos:
I. a XI.........
XII. No dar cumplimiento a cualquiera de los preceptos de esta ley.

Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

F) Por su parte, la diputada Mónica Arriola en su iniciativa reconoce en su exposición de motivos que en tiempos recientes se han instaurado instrumentos jurídicos y acciones políticas para proteger a las niñas y niños, producto de un diálogo político y social, de un movimiento internacional del que México ha sido parte.

Asimismo, acepta que en consonancia con los compromisos internacionales que México ha suscrito en los distintos tratados, además del fruto de un trabajo legislativo responsable, se han hecho reformas al artículo 3o. constitucional, relativo a la educación, además de haberse publicado Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

No obstante lo anterior, precisa la diputada proponente que es tiempo de dar un paso más en relación al conocimiento y protección de los derechos de los niños, ya que, aún cuando en el marco jurídico son reconocidos, no estamos explotando el mejor recurso que tenemos para ello, la educación. Acepta que ``...en los actuales planes de educación sólo incorporan en sus bases velar por la laicidad, gratuidad y publicidad de la misma, pero habría que considerar además que se incluya información en relación a los derechos que poseen y la forma de ejercitarlos y demandarlos por los propios menores de edad''; derechos como a la supervivencia, al desarrollo, a la protección, a la participación y a ser escuchados.

Por lo que propone el siguiente decreto:

``Decreto por el que se adiciona la Ley General de Educación
Único. Se adiciona la fracción XIV al artículo 7 de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:
Artículo 7o. ...
XIV. Difundir los derechos de niños, niñas y adolescentes y las formas de protección con que cuentan para ejercitarlos.

Transitorios

Primero. EI presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Educación, deberá revisar los planes educativos nacionales para incorporar en sus contenidos la especificación de la nueva fracción a la ley''.

G) En la iniciativa del diputado Alberto Esteva Salinas se advierte que el abuso sexual en niños es cada día más frecuente o quizá es más frecuentemente reportado. En la exposición de motivos se incluyen estadísticas que reflejan la gravedad del problema no sólo en nuestro país, sino en otros países como en España y Estados Unidos de América, en donde se reporta que alrededor del 20 al 25 por ciento de las niñas y del 10 al 15 por ciento de los niños sufren algún tipo de abuso sexual antes de los 17 años.

El promovente destaca que se debe ``...educar a la población en general y específicamente a los individuos en riesgo sobre este fenómeno, creando programas de prevención de factores de riesgo y contribuir a su erradicación y la incidencia de tan desagradables acontecimientos y de garantizarle a la niñez y la juventud una vida con un desarrollo psicosexual normal''.

En tal sentido, su propuesta va dirigida a que se cuente con un programa educativo que permita tratar y analizar todo lo relacionado a la educación sexual y sobre todo a la cultura de la prevención del abuso sexual, ello, a partir de la enseñanza más temprana que pueda adquirir los niños en instituciones educativas, en presencia de los padres de familia y con personal debidamente capacitado en las materias de psicología, pedagogía y demás que se consideren necesarios.

Por lo que se propone modificar la Ley General de Educación en los siguientes términos:

Proyecto de adición a la Ley General de Educación
Artículo Único. Se adiciona el artículo 7o. con una fracción XIV de Ley General de Educación. Quedando en los términos siguientes:
Ley General de Educación
Artículo 7. La educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios tendrá, además de los fines establecidos en el segundo párrafo del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los siguientes:
...
...
XIV. Inculcar y fomentar programas educativos que permitan establecer la cultura de la prevención de abuso sexual, con el fin de obtener en los educandos, un normal desarrollo psicosexual.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

H) Finalmente, la diputada Mónica Arriola en su iniciativa que reforma el artículo 9o. de la Ley General de Educación, señala que su propuesta tiene por objeto garantizar la equidad en el acceso a la educación, reconociendo con ello que el concepto de equidad es ``mucho más sensible a las diferencias de los seres humanos; la igualdad se refiere a iguales oportunidades a nivel formal, ya que puede haber una igualdad formal de acceso a la educación, pero para garantizar una igualdad de oportunidades se debe apoyar con mayores recursos a los grupos más vulnerables.

Precisa la diputada promovente que una de las prioridades del Estado debe ser cumplir con el principio de equidad en el acceso a la educación, por lo que debemos recordar que el papel de la escuela, como detonante de equidad es central en sociedades como la nuestra.

Se reconoce también que el asunto es tan importante y trascendente que, incluso los sujetos excluidos del sistema educativo también lo son de la inserción laboral. Y destaca que en las últimas décadas ``...quienes no tienen una educación de calidad, definida como la adquisición de competencias deseables formalmente iguales, no alcanzan la plena ciudadanía, al estar impedidos para ejercer plenamente sus derechos y la participación en los bienes sociales y culturales''.

Asimismo, subraya que para su partido garantizar la equidad en el acceso a la educación es prioritario, ``...ya que a través de ella implantaremos las condiciones necesarias para que en adelante nos integremos al mundo de una manera menos costosa, socialmente hablando, y mucho más benéfica para nuestros ciudadanos''.

Advierte, por último, que si las instituciones y el poder legislativo no brindamos a todos los mexicanos el derecho a una educación y acceso equitativo a ella, no responderemos a los cambios acelerados en la economía y al entorno social, perdiendo con esto la gran oportunidad de alcanzar mejores niveles de bienestar y la posibilidad de alcanzar el desarrollo económico y social a los cuales aspiramos.

Por lo que propone agregar el texto ``con equidad'' al artículo 9o. para quedar como sigue:

Decreto por el que se reforma el artículo 9 de la Ley General de Educación
Único. Se reforma el artículo 9o. de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:
Ley General de Educación
Artículo 9o. Además de impartir con equidad la educación preescolar, la primaria y la secundaria, el Estado promoverá y atenderá --directamente, mediante sus organismos descentralizados, a través de apoyos financieros, o bien por cualquier otro medio-- todos los tipos y modalidades educativos, incluida la educación superior, necesarios para el desarrollo de la nación, apoyará la investigación científica y tecnológica, y alentará el fortalecimiento y la difusión de la cultura nacional y universal.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

III. Consideraciones de la comisión

Las iniciativas materia de análisis tienen como finalidad reformar la Ley General de Educación a efecto de promover la equidad en general y, en particular, erradicar la violencia y el trato desigual y discriminatorio en contra de las mujeres, en particular, la ejercida en las aulas.

Los miembros de la Comisión Dictaminadora coincidimos con la diputada Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez respecto a que el problema de la violencia en los planteles educativos no es nuevo y que desafortunadamente va en aumento. Concordamos, asimismo, que esta violencia se vuelve más incomprensible en las escuelas, en donde, precisamente, debería fortalecerse el aprendizaje de una cultura de respeto y equidad de género.

Por otro lado, esta legislatura sensible al grave problema de la violencia en nuestro país aprobó reformas específicas a la Ley General de Educación, a fin de promover el desarrollo de una cultura por la paz y la cultura de la no violencia en cualquier tipo de sus manifestaciones, las cuales fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 17 de junio del presente año.

Dichas reformas se integran a los fines de la educación previstos en el artículo 7 de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:

``Artículo 7o. La educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios tendrá, además de los fines establecidos en el segundo párrafo del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los siguientes:
...
VI. Promover el valor de la justicia, de la observancia de la Ley y de la igualdad de los individuos ante ésta, así como promover el desarrollo de una cultura por la paz y la no violencia en cualquier tipo de sus manifestaciones y propiciar el conocimiento de los Derechos Humanos y el respeto a los mismos;''.

Asimismo, el 28 de marzo de 2008 en Sesión Plenaria de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, los diputados integrantes aprobaron un Dictamen de las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Equidad de Género, en el cual se incorpora la esencia de las diversas propuestas de las Iniciativas materia del presente Dictamen, enlistadas en el Capítulo I. de Antecedentes. El Decreto aprobado en la mencionada reunión es el siguiente:

``Decreto por el que se reforma el artículo 2o., se adiciona la fracción XIV al artículo 7 y una fracción IV al artículo 8; se adiciona un párrafo al artículo 30 y se reforma el artículo 32 y las fracciones IV Y VIII del artículo 33; y se adiciona un párrafo al artículo 49 de la Ley General de Educación.
Artículo primero. Se reforma el artículo 2o. de la Ley General de Educación para quedar como sigue:
Artículo 2o. Todo individuo tiene derecho a recibir educación y, por lo tanto, todos los habitantes del país tienen las mismas oportunidades de acceso al sistema educativo nacional, con sólo satisfacer los requisitos que establezcan las disposiciones generales aplicables.
La educación es medio fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la cultura; es proceso permanente que contribuye al desarrollo del individuo y a la transformación de la sociedad, y es factor determinante para la adquisición de conocimientos y para formar a mujeres y a hombres, de manera que tengan sentido de solidaridad social.
...
Artículo segundo. Se adiciona la fracción XIV al artículo 7 de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:
Artículo 7o. La educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios tendrá, además de los fines establecidos en el segundo párrafo del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los siguientes:
I. a XIII. ...
XIV. Difundir los derechos y deberes de niños, niñas y adolescentes y las formas de protección con que cuentan para ejercitarlos.
Artículo tercero. Se adiciona la fracción IV al artículo 8 de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:
Artículo 8. El criterio que orientará a la educación que el Estado y sus organismos descentralizados impartan -así como toda la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica que los particulares impartan- se basará en los resultados del progreso científico; luchará contra la ignorancia y sus causas y efectos, las servidumbres, los fanatismos, los prejuicios, la formación de estereotipos, la discriminación y la violencia especialmente la que se ejerce contra las mujeres, niñas y niños, debiendo implementar políticas públicas de Estado orientadas a la transversalidad de criterios en los tres órdenes de gobierno.
Artículo cuarto. Se adiciona un párrafo al artículo 30 de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:
Artículo 30. Las instituciones educativas establecidas por el Estado, por sus organismos descentralizados y por los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, otorgarán a las autoridades educativas todas las facilidades y colaboración para la evaluación a que esta sección se refiere.
...
Sin menoscabo de lo señalado en los párrafos anteriores, las instituciones a que se refiere este artículo están obligadas a generar indicadores sobre su avance en la aplicación de métodos para prevenir y eliminar cualquier forma de discriminación y de violencia, con la finalidad de que sean sujetas a evaluación sobre la materia. Tales indicadores serán de dominio público y se difundirán por los medios disponibles.
Artículo quinto. Se reforma el artículo 32 de la Ley General de Educación para quedar como sigue:
Artículo 32. Las autoridades educativas tomarán medidas tendientes a establecer condiciones que permitan el ejercicio pleno del derecho a la educación de cada individuo, una mayor equidad educativa, así como el logro de la efectiva igualdad en oportunidades de acceso y permanencia en los servicios educativos.
Dichas medidas estarán dirigidas, de manera preferente, a los grupos y regiones con mayor rezago educativo o que enfrentan condiciones económicas y sociales de desventaja en términos de lo dispuesto en los artículos 7 y 8 de esta ley.
Artículo sexto. Se reforman las fracciones IV y VIII y se adiciona la fracción XIV del artículo 33 de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:
Artículo 33. Para cumplir con lo dispuesto en el artículo anterior, las autoridades educativas en el ámbito de sus respectivas competencias llevarán a cabo las actividades siguientes:
I. a III. ...
IV. Prestarán servicios educativos para atender a quienes abandonaron el sistema regular, que faciliten la terminación de la educación preescolar, primaria y la secundaria, otorgando facilidades de acceso, reingreso, permanencia, y egreso a las mujeres;
V. a VII. ...
VIII. Desarrollarán programas con perspectiva de género para otorgar becas y demás apoyos económicos a educandos;
IX. a XIII. ...
XIV. Apoyarán y desarrollarán programas destinados a que los padres y/o tutores apoyen en circunstancias de igualdad los estudios de sus hijas e hijos, prestando especial atención a la necesidad de que aquellos tomen conciencia de la importancia de que las niñas deben recibir un trato igualitario y que deben recibir las mismas oportunidades educativas que los varones.
Artículo séptimo. Se modifica el artículo 41 de la Ley General de Educación.
Artículo 41. La educación especial está destinada a individuos con discapacidades transitorias o definitivas, así como a aquellos con aptitudes sobresalientes. Atenderá a los educandos de manera adecuada a sus propias condiciones, con equidad social incluyente y con perspectiva de género.
Artículo octavo. Se adiciona un párrafo al artículo 49 de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:
Artículo 49. El proceso educativo se basará en los principios de libertad, responsabilidad que asegure la armonía de relaciones entre educandos y educadores y promoverá el trabajo en grupo para asegurar la comunicación y el diálogo entre educandos, educadores, padres de familia e instituciones públicas y privadas.
Además, estará sujeto a los fines y criterios dispuestos en los artículos 7 y 8 del presente ordenamiento, para lo cual se brindará capacitación al personal docente para que éste, a su vez, transmita esa información a los educandos, así como a los padres de familia.

Transitorio Único

Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

En este sentido, y en virtud de que esta Soberanía ha aprobado en los últimos años distintas leyes específicas en materia de protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, para prevenir y eliminar la discriminación, así como sobre la igualdad entre mujeres y hombres y el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, es necesario hacer una serie de consideraciones a los proyectos de Iniciativas, a efecto de no caer en innecesarias reiteraciones y redundancias tanto en la Ley General de Educación como en diversas leyes.

El artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone que el varón y la mujer son iguales ante la ley, entendida ésta como una disposición autoaplicativa o eficiencia plena, es decir, como aquella que no necesita una norma secundaria para su cumplimiento y, por lo tanto, que produce todos los efectos desde la entrada en vigor. No obstante, distintas leyes de nuestro ordenamiento jurídico establecen mecanismos y acciones para hacer efectiva esta disposición constitucional, incluyendo la Ley General de Educación.

Dentro de los criterios que deben orientar la educación en México, establecidos en el artículo 8o. de la Ley General de Educación, se prevé el de luchar contra la discriminación, especialmente la ejercida en contra de las mujeres, además se precisa que contribuirá a la igualdad de derechos de todos los hombres, evitando los privilegios de sexos.

``Artículo 8. El criterio que orientará a la educación que el Estado y sus organismos descentralizados impartan -así como toda la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica que los particulares impartan- se basará en los resultados del progreso científico; luchará contra la ignorancia y sus causas y efectos; las servidumbres, los fanatismos, los prejuicios, la formación de estereotipos y la discriminación, especialmente la ejercida en contra de las mujeres. Además:
...
III. Contribuirá a la mejor convivencia humana, tanto por los elementos que aporte a fin de robustecer en el educando, junto con el aprecio para la dignidad de la persona y la integridad de la familia, la convicción del interés general de la sociedad, cuanto por el cuidado que ponga en sustentar los ideales de fraternidad e igualdad de derechos de todos los hombres, evitando los privilegios de razas, de religión, de grupos, de sexos o de individuos''.

El texto del artículo 32 de la misma Ley General de Educación estipula, por un lado, la responsabilidad de la autoridad educativa de establecer condiciones para el pleno ejercicio del derecho a la educación de cada individuo y, por otro lado, el mismo artículo precisa el compromiso de la autoridad de asegurar una mayor equidad y el logro de la efectiva igualdad de oportunidades de acceso y permanencia en los servicios educativos. En este sentido, la ley es incluyente al considerar a todos los individuos, sin distinción alguna por condiciones o características específicas.

Además, el mismo artículo 32 dispone que las medidas que tome la autoridad educativa deben dirigirse preferentemente a los grupos y regiones con mayor rezago educativo o que enfrenten condiciones económicas y sociales de desventaja, situación que igualmente, a consideración de esta Comisión, incluye los supuestos de desventaja que presentan las mujeres, obligando a la autoridad educativa a que implemente los planes y programas necesarios para lograr, entre otros aspectos, una mayor igualdad entre la mujer y el hombre.

Ahora bien, el Congreso de la Unión aprobó en el 2000 la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en donde se incluyen dos capítulo especiales relacionados, uno con el derecho a la educación y otro con los derechos de niñas, niños y adolescentes con discapacidad,

``Capítulo Décimo Del Derecho a la Educación

Artículo 32. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a una educación que respete su dignidad y les prepare para la vida en un espíritu de comprensión, paz y tolerancia en los términos del artículo 3o. de la Constitución. Las leyes promoverán las medidas necesarias para que:

A. Se les proporcione la atención educativa que por su edad, madurez y circunstancias especiales requirieran para su pleno desarrollo.
B. Se evite la discriminación de las niñas y las adolescentes en materia de oportunidades educativas. Se establecerán los mecanismos que se requieran para contrarrestar las razones culturales, económicas o de cualquier otra índole, que propicien dicha discriminación.
C. Las niñas, niños y adolescentes que posean cualidades intelectuales por encima de la media, tengan derecho a una educación acorde a sus capacidades, así como a contar con las condiciones adecuadas que les permita integrarse a la sociedad.
D. Se impulse la enseñanza y respeto de los derechos humanos. En especial la no discriminación y de la convivencia sin violencia.
E. Se prevean mecanismos de participación democrática en todas las actividades escolares, como medio de formación ciudadana.
F. Se impida en las instituciones educativas la imposición de medidas de disciplina que no estén previamente establecidas, sean contrarias a su dignidad, atenten contra su vida, o su integridad física o mental.
G. Se favorezcan en las instituciones educativas, mecanismos para la solución de conflictos, que contengan claramente las conductas que impliquen faltas a la disciplina y los procedimientos para su aplicación.

Capítulo Noveno Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes con Discapacidad

Artículo 29. Para efectos de esta ley, se considera persona con discapacidad a quien padezca una alteración funcional física, intelectual o sensorial, que le impida realizar una actividad propia de su edad y medio social, y que implique desventajas para su integración familiar, social, educacional o laboral.

Artículo 30. Niñas, niños y adolescentes con discapacidad física, intelectual o sensorial no podrán ser discriminados por ningún motivo. Independientemente de los demás derechos que reconoce y otorga esta ley, tienen derecho a desarrollar plenamente sus aptitudes y a gozar de una vida digna que les permita integrarse a la sociedad, participando, en la medida de sus posibilidades, en los ámbitos escolar, laboral, cultural, recreativo y económico.

Artículo 31. La Federación, el Distrito Federal, estados y municipios en el ámbito de sus respectivas competencias, establecerán normas tendientes a:

A. Reconocer y aceptar la existencia de la discapacidad.
B. Ofrecer apoyos educativos y formativos para padres y familiares de niñas, niños y adolescentes con discapacidad, a fin de aportarles los medios necesarios para que puedan fomentar su desarrollo y vida digna.
C. Promover acciones interdisciplinarias para el estudio, diagnóstico temprano, tratamiento y rehabilitación de las discapacidades de niñas, niños y adolescentes que en cada caso se necesiten, asegurando que sean accesibles a las posibilidades económicas de sus familiares.
D. Fomentar centros educativos especiales y proyectos de educación especial que permitan a niñas, niños y adolescentes con discapacidad, integrarse en la medida de su capacidad a los sistemas educativos regulares. Dispondrán de cuidados elementales gratuitos, acceso a programas de estimulación temprana, servicios de salud, rehabilitación, esparcimiento, actividades ocupacionales, así como a la capacitación para el trabajo, para lo cual se promoverá, de no contarse con estos servicios, a su creación.
E. Adaptar el medio que rodea a niñas, niños y adolescentes con discapacidad a sus necesidades particulares''.

Por otro lado, en la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2003, se contemplan acciones muy concretas con el objeto de prevenir y eliminar todas las formas de discriminación que se ejerzan contra cualquier perronas, incluidas las mujeres, así como promover la igualdad de oportunidades y de trato.

De acuerdo con lo dispuesto en las fracciones I y II del artículo 9o. de dicha Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, se consideran como conductas discriminatorias, entre otras:

``I. Impedir el acceso a la educación pública o privada, así como a becas e incentivos para la permanencia en los centros educativos, en los términos de las disposiciones aplicables;
II. Establecer contenidos, métodos o instrumentos pedagógicos en que se asignen papeles contrarios a la igualdad o que difundan una condición de subordinación;
...''

El artículo 10 de la misma Ley señala que los órganos públicos y las autoridades federales en el ámbito de su competencia llevarán a cabo, entre otras medidas positivas y compensatorias a favor de la igualdad de oportunidades para las mujeres:

``I. Incentivar la educación mixta, fomentando la permanencia en el sistema educativo de las niñas y las mujeres en todos los niveles escolares;
...
V. Procurar la creación de centros de desarrollo infantil y guarderías asegurando el acceso a los mismos para sus hijas e hijos cuando ellas lo soliciten''.

En la mismo sentido, con la entrada en vigor de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres el 3 de agosto del 2006, este órgano legislativo decidió abordar el tema de la desigualdad entre los hombres y mujeres de una manera integral y sistemática, desde una perspectiva de género con acciones positivas, aprobando una ley especifica que tiene como objeto, ``...regular y garantizar la igualdad entre mujeres y hombres y proponer los lineamientos y mecanismos institucionales que orienten a la Nación hacia el cumplimiento de la igualdad sustantiva en los ámbitos público y privado, promoviendo el empoderamiento de las mujeres''.

En la fracción II del artículo 34 de esta Ley, se dispone que las autoridades y organismos públicos, con el objeto de fortalecer la igualdad en materia laboral, económica y el liderazgo igualitario, desarrollarán acciones para ``...fomentar la incorporación a la educación y formación de las personas que en razón de sus sexo están relegadas''.

En el mismo sentido, según lo dispuesto en la fracción II del artículo 36 de la misma Ley, las autoridades correspondientes, a fin de impulsar la participación equitativa entre mujeres y hombres en la toma de decisiones políticas y socioeconómicas, desarrollarán acciones para ``Garantizar que la educación en todos sus niveles se realice en el marco de la igualdad entre mujeres y hombres y se cree conciencia de la necesidad de eliminar toda forma de discriminación''.

En tanto que en el artículo 38, fracción VI, se dispone que las autoridades correspondientes, con el fin de promover la igualdad en el acceso a los derechos sociales y el pleno disfrute de éstos, desarrollarán acciones que aseguren la igualdad de acceso de mujeres y de hombres a la alimentación, la educación y la salud.

Es de señalar, asimismo, que el 1 de febrero de 2007 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, donde se estipula en la fracción II del artículo 8o., que

``Artículo 8o. Los modelos de atención, prevención y sanción que establezcan la federación, las entidades federativas y los municipios, son el conjunto de medidas y acciones para proteger a las víctimas de violencia familiar, como parte de la obligación del Estado, de garantizar a las mujeres su seguridad y el ejercicio pleno de sus derechos humanos. Para ello, deberán tomar en consideración:
...
II. Brindar servicios reeducativos integrales, especializados y gratuitos al agresor para erradicar las conductas violentas a través de una educación que elimine los estereotipos de supremacía masculina, y los patrones machistas que generaron su violencia;''.

En tanto que en el artículo 17 de esta misma Ley se dispone que el Estado mexicano debe garantizar a las mujeres la erradicación de la violencia en la comunidad, a través de acciones como la reeducación libre de estereotipos y la información de alerta sobre el estado de riesgo que enfrentan las mujeres en una sociedad desigual y discriminatoria.

Incluso, se prevé la existencia de un Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, del cual la Secretaría de Educación Pública forma parte y de un Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, el que contendrá acciones concretas con perspectiva de género para, entre otras cosas:

``I...
...
II. Transformar los modelos socioculturales de conducta de mujeres y hombres, incluyendo la formulación de programas y acciones de educación formales y no formales, en todos los niveles educativos y de instrucción, con la finalidad de prevenir, atender y erradicar las conductas estereotipadas que permiten, fomentan y toleran la violencia contra las mujeres;
VI. Fomentar y apoyar programas de educación pública y privada, destinados a concientizar a la sociedad sobre las causas y las consecuencias de la violencia contra las mujeres;''.

Aunado a lo anterior, dentro del Capítulo III correspondiente a la Distribución de Competencias en Materia de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, se prevé una sección especial a la Secretaría de Educación Pública.

A esta Secretaría le corresponde, de acuerdo con el artículo 45 de la Ley:

``I. Definir en las políticas educativas los principios de igualdad, equidad y no discriminación entre mujeres y hombres y el respeto pleno a los derechos humanos;
II. Desarrollar programas educativos, en todos los niveles de escolaridad, que fomenten la cultura de una vida libre de violencia contra las mujeres, así como el respeto a su dignidad;
III. Garantizar acciones y mecanismos que favorezcan el adelanto de las mujeres en todas las etapas del proceso educativo;
IV. Garantizar el derecho de las niñas y mujeres a la educación: a la alfabetización y al acceso, permanencia y terminación de estudios en todos los niveles. A través de la obtención de becas y otras subvenciones;
V. Desarrollar investigación multidisciplinaria encaminada a crear modelos de detección de la violencia contra las mujeres en los centros educativos;
VI. Capacitar al personal docente en derechos humanos de las mujeres y las niñas;
VII. Incorporar en los programas educativos, en todos los niveles de la instrucción, el respeto a los derechos humanos de las mujeres, así como contenidos educativos tendientes a modificar los modelos de conducta sociales y culturales que impliquen prejuicios y que estén basados en la idea de la inferioridad o superioridad de uno de los sexos y en funciones estereotipadas asignadas a las mujeres y a los hombres;
VIII. Formular y aplicar programas que permitan la detección temprana de los problemas de violencia contra las mujeres en los centros educativos, para que se dé una primera respuesta urgente a las alumnas que sufren algún tipo de violencia;
IX. Establecer como un requisito de contratación a todo el personal de no contar con algún antecedente de violencia contra las mujeres;
X. Diseñar y difundir materiales educativos que promuevan la prevención y atención de la violencia contra las mujeres;
XI. Proporcionar acciones formativas a todo el personal de los centros educativos, en materia de derechos humanos de las niñas y las mujeres y políticas de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres;
XII. Eliminar de los programas educativos los materiales que hagan apología de la violencia contra las mujeres o contribuyan a la promoción de estereotipos que discriminen y fomenten la desigualdad entre mujeres y hombres;
XIII. Establecer, utilizar, supervisar y mantener todos los instrumentos y acciones encaminados al mejoramiento del Sistema y del Programa;
XIV. Diseñar, con una visión transversal, la política integral con perspectiva de género orientada a la prevención, atención, sanción y erradicación de los delitos violentos contra las mujeres;
XV. Celebrar convenios de cooperación, coordinación y concertación en la materia, y
XVI. Las demás previstas para el cumplimiento de la presente ley''.

En el mismo orden de ideas, en la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres tiene por objeto ``...promover y fomentar las condiciones que posibiliten la no discriminación, la igualdad de oportunidades y de trato entre los géneros; el ejercicio pleno de todos los derechos de las mujeres y su participación equitativa en la vida política, cultural, económica y social del país...''.

Lo anterior bajo criterios, como por ejemplo, el de transversalidad en las políticas con perspectiva de género en las distintas dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a partir de la ejecución de programas y acciones coordinadas o conjuntas

Al instituto Nacional de las Mujeres se le otorgaron una gran cantidad de objetivos específicos y atribuciones enfocadas a la promoción, protección y difusión de los derechos de las mujeres y de las niñas, en particular, aquellas destinadas a asegurar la equidad de género, la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la promoción de la cultura de la no violencia hacia las mujeres.

Por otra parte, se debe recordad que el Código Civil Federal reconoce la misma capacidad jurídica al hombre y mujer. El artículo 2o. de la ley civil precisa que en consecuencia de esta igualdad jurídica la mujer no queda sometida, por razón de sus sexo, a restricción alguna en al adquisición y ejercicio de sus derechos civiles.

Por último, México ha suscrito distintos tratados internacionales en la materia, como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer, (en vigor para México el 3 de septiembre de 1981) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (en vigor para México el 12 de diciembre de 1998), en donde se compromete a adoptar políticas orientadas no sólo a prevenir todo tipo de violencia y discriminación en contra de la mujer, sino a sancionarlas y erradicarlas.

IV. Consideraciones particulares

A) Referente a la propuesta del diputado Manuel Velasco, de que se desarrollen programas tendientes a que los padres de familia apoyen los estudios de sus hijos y de sus hijas en igualdad de circunstancias, así como lo concerniente a la propuesta de los diputados Fernando Alberto García Cuevas y José Porfirio Alarcón Hernández, para que las autoridades educativas desarrollen programas destinados a que los padres y/o tutores apoyen en circunstancias de igualdad los estudios de sus hijas e hijos, es importante señalar que la Ley General de Educación establece:

En su artículo 33, fracción IX, que las autoridades educativas ``efectuarán programas dirigidos a los padres de familia, que les permitan dar mejor atención a sus hijos''.

Asimismo, en el artículo 40 de esta misma Ley se precisa que la educación inicial incluye orientación a padres de familia o tutores para la educación de sus hijos o pupilos.

Por su parte, el tercer párrafo del artículo 41 dispone que la educación especial incluye, de igual manera, orientación a los padres o tutores.

El artículo 49 del mismo cuerpo normativo dispone, por su parte que: ``El proceso educativo se basará en los principios de libertad y responsabilidad que aseguren la armonía de relaciones entre educandos y educadores y promoverá el trabajo en grupo para asegurar la comunicación y el diálogo entre educandos, educadores, padres de familia e instituciones públicas y privadas''.

En tanto que el segundo párrafo del artículo 50 contempla que: ``Las instituciones deberán informar periódicamente a los educandos y, en su caso, a los padres de familia o tutores, los resultados y calificaciones de los exámenes parciales y finales, así como, de haberlas, aquellas observaciones sobre el desempeño académico de los propios educandos que permitan lograr mejores aprovechamientos''.

A mayor abundamiento, en el Capítulo VII ``De la participación social en la Educación'', existe unas sección específica denominada ``De los padres de familia'', en donde establecen los derechos y obligaciones de quienes ejercen la patria potestad o tutela. Por ejemplo, se prescribe como derecho, entre otros, ``Participar a las autoridades de la escuela en la que estén inscritos sus hijos o pupilos, cualquier problema relacionado con la educación de éstos, a fin de que aquéllas se aboquen a su solución'' y ``Colaborar con las autoridades escolares para la superación de los educandos y en el mejoramiento de los establecimientos educativos''. Y como obligación, hacer que sus hijos o pupilos menores de edad, reciban la educación preescolar, la primaria y la secundaria; apoyar el proceso educativo de sus hijos o pupilos, y colaborar con las instituciones educativas en las que estén inscritos sus hijos o pupilos, en las actividades que dichas instituciones realicen.

B) En relación a la propuesta del diputado Manuel Velasco Coello de añadir una fracción al artículo 75 de la Ley General de Educación para considerar como infracción de quienes presten servicios educativos el actuar en contra de lo estipulado en el artículo 42 de la ley, se debe observar que en la fracción XII del mismo artículo se establece como sanción ``incumplir cualesquiera de los demás preceptos de esta Ley, así como las disposiciones expedidas con fundamento en ella''.

C) En cuanto a la preocupación de los diputados Fernando Alberto García Cuevas y José Porfirio Alarcón Hernández, manifiesta en su exposición de motivos sobre la desigualdad que persiste, sobre todo, en zonas rurales o semiurbanas, producto de la misma educación que han recibido las niñas, se debe considerar que en la fracción I, del artículo 33 de la Ley General de Educación se estipula que las autoridades educativas ``atenderán de manera especial las escuelas en que, por estar en localidades aisladas o zonas urbanas marginadas, sea considerablemente mayor la posibilidad de atrasos o deserciones, mediante la asignación de elementos de mejor calidad para enfrentar los problemas educativos de dichas localidades''.

D) Respecto a la propuesta del diputado por Convergencia, Alberto Esteva Salinas , para que incluya como fines de la educación el inculcar y fomentar programas educativos que permitan establecer la cultura de la prevención de abuso sexual, con el fin de obtener en los educandos, un normal desarrollo psicosexual, se debe considerar, en primer término que la propuesta no se puede considerar como un fin en si mismo, sino como un contenido. Además, en la ley particular, la Ley para la Protección de los Derechos de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en el capitulo quinto referente al Derecho a ser Protegido en su integridad, en su libertad, y contra el maltrato y el abuso sexual, artículo 21, se estipula que las niñas, niños y adolescentes tienen el derecho a ser protegidos contra actos u omisiones que puedan afectar su salud física o mental, su normal desarrollo o su derecho a la educación en los términos establecidos en el artículo 3o. constitucional, particularmente, cuando se vean afectados por el abuso sexual.

En tal sentido, con independencia de las disposiciones previstas en la Ley General de Educación para prevenir la inequidad de género y la no violencia en cualquier tipo de sus manifestaciones, existen leyes específicas que regulan ampliamente las propuestas de las iniciativas analizadas en presente dictamen, como son la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres, además de lo previsto en el Código Civil Federal y en los tratados internacionales.

Dichas normas específicas, como se puede observar, regulan ampliamente los derechos y garantías de las niñas y niños, estableciendo incluso acciones afirmativas que, articuladas con las disposiciones de la Ley General de Educación, estiman que las autoridades educativas cuentan con el marco jurídico necesario para desarrollar planes y programas educativos destinados a prevenir y erradicar la violencia y el trato desigual y discriminatorio en contra de ciertos grupos vulnerables, en particular el de las niñas y niños. En tal sentido, los miembros de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos consideramos que los problemas de inequidad de género, no son tanto cuestiones de leyes sino de la adecuada implantación de dichos planes y programas por las autoridades responsables.

En virtud de lo anteriormente expuesto, esta comisión dictaminadora propone a la honorable asamblea de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Primero. Se desechan las iniciativas mencionadas en el capítulo I, Antecedentes, en virtud de que su esencia ya se contempla en diversos ordenamientos, tales como nuestra Carta Magna, la Ley General de Educación, la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el Código Civil Federal y diversos Tratados Internacionales.

Segundo. Archívese el presente asunto como total y definitivamente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de septiembre de 2008.
La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, diputados: Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla (rúbrica), presidente; Constantino Acosta Dávila (rúbrica), Ariel Castillo Nájera (rúbrica), Leobardo Curiel Preciado (rúbrica), Delber Medina Rodríguez (rúbrica), Víctor Manuel Lizárraga Peraza (rúbrica), Adrián Pedrozo Castillo (rúbrica), Abundio Peregrino García (rúbrica), Enrique Rodríguez Uresti (rúbrica), Odilón Romero Gutiérrez (rúbrica), Arnoldo Ochoa González (rúbrica), Sergio Sandoval Paredes (rúbrica), secretarios; José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), Daniel Amador Gaxiola , Raymundo Cárdenas Hernández , Juan de Dios Castro Muñoz (rúbrica), Faustino Javier Estrada González , Jesús Vicente Flores Morfín (rúbrica), María Gabriela González Martínez (rúbrica), Benjamín González Roaro , Sergio Hernández Hernández (rúbrica), Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo , Adolfo Mota Hernández , Francisco Javier Murillo Flores (rúbrica), Concepción Ojeda Hernández (rúbrica), Ignacio Alberto Rubio Chávez (rúbrica), José de Jesús Solano Muñoz (rúbrica), Miguel Ángel Solares Chávez , Gerardo Sosa Castelán (rúbrica), Tomás José Luis Varela Lagunas (rúbrica).»

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Está a discusión el punto de acuerdo. En virtud de que no se ha registrado orador alguno, se reserva para su votación en conjunto.



LEY DE AGUAS NACIONALES

El Secretario diputado José Manuel del Río Virgen : «Dictamen de la Comisión de Recursos Hidráulicos, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Recursos Hidráulicos de la Cámara de Diputados, le fue turnada para su estudio y dictamen la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, presentada por la diputada Lilia Guadalupe Merodio Reza , el 16 de octubre de 2007.

Esta comisión dictaminadora, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 60, 87, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del honorable Pleno el presente dictamen, al tenor de los siguientes

I. Antecedentes

a. En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados celebrada el 16 de octubre de 2007, la diputada Lilia Guadalupe Merodio Reza , presentó iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales.
b. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó trámite a la iniciativa de referencia, turnándola a la Comisión de Recursos Hidráulicos para su análisis y dictamen.

Los integrantes de esta comisión dictaminadora procedimos al estudio y análisis del asunto que nos ocupa, atendiendo el siguiente

II. Contenido de la iniciativa

La iniciadora propone definir con precisión la competencia del Ejecutivo federal en materia de prevención de inundaciones, así como la participación de los gobiernos estatales y municipales, a través de los consejos de cuenca, conforme a lo establecido en la fracción XV del artículo 3, y 13 de la Ley de Aguas Nacionales, para orientar las acciones para la definición de la prevención de las inundaciones.

Señala que las inundaciones son producto, principalmente, de las fuertes lluvias, y que este fenómeno se produce bajo diversos factores meteorológicos y por la acción indiscriminada del hombre y a consecuencia del depósito de basura o el arrastre de troncos, ramas y demás materiales que obstruyen los drenajes naturales y artificiales.

Afirma que en México las inundaciones constituyen uno de los fenómenos que causan anualmente pérdidas humanas, pérdidas materiales y afectaciones en las actividades económicas en las localidades establecidas en áreas con riesgo de ser inundadas, y que el fenómeno de depredación forestal ha propiciado el acarreo de material que llevan las corrientes a las lagunas, diques y otros receptores, convirtiéndose en un alto riesgo de inundación.

Reconoce que fenómenos como El Niño, han generado enormes precipitaciones pluviales u otros fenómenos, como los huracanes, que rebasan las capacidades de los tres órdenes de gobierno, para prevenir o establecer medidas que salvaguarden a la población y a sus bienes de las inundaciones.

Señala que la acción de la naturaleza es inevitable, y en muchos casos produce cuantiosos daños para las localidades afectadas; y que las políticas públicas están encaminadas a subsanar dichos daños; sin embargo, expresa la iniciadora, no existe una política de prevención de inundaciones.

Afirma que el Programa Nacional de Infraestructura del Ejecutivo federal 2007, reconoce la falta de un verdadero control de inundaciones y por eso proyecta inversiones para la protección a centros de población y áreas productivas.

Expresa que la actual Ley de Aguas Nacionales no establece con claridad una política de prevención de inundaciones como competencia del Ejecutivo federal, y que en ella sólo se menciona el mantenimiento como parte del aprovechamiento integral del agua, su regulación y control y la preservación de su calidad y cantidad. Refiere que el mismo cuerpo normativo atiende la prevención, haciendo referencia a la participación en el Sistema Nacional de Protección Civil y el apoyo a los planes y programas en situaciones de emergencia.

Comenta que no se establece una política de prevención que permita a los tres órdenes de gobierno acceder a los recursos para el mantenimiento de la cuenca hidrológica, y que debe prevenirse la deforestación que produce el azolve de causes y cuerpos receptores de aguas, incrementando el peligro de inundaciones.

Concluye que no existe en el futuro inmediato una política de prevención que atienda el problema y permita la coordinación de los tres órdenes de gobierno.

Con base en los motivos expuestos, la iniciadora propone el siguiente proyecto de

Decreto

Único. Se reforman los articulas 13 y 13 Bis 3, y se adicionan una fracción XI al artículo 6, y párrafo último a la fracción XIV del artículo 9, todos de la Ley de Aguas Nacionales, para quedar como sigue:

Ley de Aguas Nacionales
Artículo 6. Compete al Ejecutivo federal:
I. a X. . . .
XI. Definir e instrumentar las políticas en materia de prevención contra inundaciones.
XII. Las demás atribuciones que señala la presente ley.
Artículo 9. ``La comisión'' es un órgano administrativo desconcentrado de ``la secretaría'', que se regula conforme a las disposiciones de esta Ley y sus reglamentos, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de su reglamento interior.
...
I. a XIII. ...
XIV. ...
Se apoyará con los recursos que para este fin se disponga, como parte de las acciones de prevención contra inundaciones, el mantenimiento y desazolve de las cuencas hidrológicas, causes de corriente, cuerpos receptores, vasos de lago, lagunas o esteros y diques que lleven a cabo los gobiernos de los estados y municipios.
XV. a LIV. ...
Artículo 13. ``La comisión'', previo acuerdo de su consejo técnico, establecerá consejos de cuenca, órganos colegiados de integración mixta, conforme a la fracción XV del artículo 3 de esta ley. La coordinación, concertación, apoyo, consulta y asesoría referidas en la mencionada fracción están orientadas a formular y ejecutar programas y acciones para la mejor administración de las aguas, el desarrollo de la infraestructura hidráulica y de los servicios respectivos, la preservación de los recursos de la cuenca, de prevención contra inundaciones y demás que se establecen en este capítulo y en los reglamentos respectivos. Los consejos de cuenca no están subordinados a ``la comisión'' o a los organismos de cuenca.
...
Artículo 13 Bis 3. Los consejos de cuenca tendrán a su cargo:
I. a VI. ...
VII. Promover la coordinación y complementación de las inversiones en materia hídrica y de prevención contra inundaciones que efectúen los gobiernos de los estados, Distrito Federal y municipios en el ámbito territorial de las subcuencas y acuíferos, y apoyar las gestiones necesarias .para lograr la concurrencia de los recursos para la ejecución de las acciones previstas en la programación hídrica.
VIII. a XXV.
Los integrantes de esta comisión dictaminadora previo el estudio de la iniciativa objeto de este dictamen, exponemos las siguientes

Consideraciones de la Comisión de Recursos Hidráulicos

Coincidimos con la diputada iniciadora en el reconocimiento de que las políticas públicas deben atender la prevención de los posibles daños consecuencia de un fenómeno meteorológico o hidrometeorológico, como son las inundaciones; sin embargo, estimamos que las políticas públicas deben estar vinculadas por el principio de complementariedad entre éstas, en aras de alcanzar el desarrollo económico, social y humano de manera sustentable.

Es precisamente, en aras de alcanzar la complementariedad de las políticas, programas y acciones, que el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos atribuye al Ejecutivo federal la facultad de establecer los procedimientos de participación y consulta ciudadana, así como los criterios para la formulación, instrumentación, control y evaluación del Plan Nacional de Desarrollo al que están sujetos de manera obligatoria, todos los programas de la administración pública federal.

Las disposiciones del artículo 26 constitucional, en la consideración de esta comisión dictaminadora, lleva implícita la atribución del Ejecutivo Federal para definir e instrumentar las políticas públicas, no sólo en materia de prevención contra inundaciones, sino todas las políticas, programas y acciones a cargo de la administración pública federal.

En apoyo de lo anterior, estimamos pertinente observar algunas de las disposiciones establecidas en algunas leyes, reglamentos e instrumentos de políticas públicas federales.

El artículo 32 Bis fracción XXVIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, establece que corresponde a la Semarnat, la función de controlar los ríos y demás corrientes, y ejecutar obras de defensa contra inundaciones.

Por otro lado, la Ley de Aguas Nacionales establece en su artículo 83 que ``La Comisión'', a través de los organismos de cuenca, en coordinación con los gobiernos estatales y municipales, o en concertación con personas físicas o morales, deberá construir y operar, según sea el caso, las obras para el control de avenidas y protección de zonas inundables.

Asimismo, en su artículo 84, dispone que la ``La Comisión'' determinará la operación de la infraestructura hidráulica para el control de avenidas y tomará las medidas necesarias para dar seguimiento a fenómenos climatológicos extremos, promoviendo o realizando las acciones preventivas que se requieran...; asimismo, el artículo 96 Bis 2, determina que se consideran como obras públicas necesarias que competen al Ejecutivo federal a través de ``la Comisión'', las que: Controlen, y sirvan para la defensa y protección de las aguas nacionales, así como aquellas que sean necesarias para prevenir inundaciones, sequías y otras situaciones excepcionales que afecten a los bienes de dominio público hidráulico; sin perjuicio de las competencias de los gobiernos estatales o municipales.

Por otro lado, el Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, en el artículo 13 fracción III inciso b), establece que corresponde al director general la atribución de ejercer directamente o a través de las unidades administrativas competentes del nivel nacional, además de aquellas que le estén expresamente reservadas en la ley, establecer programas y acciones para fomentar y apoyar el desarrollo de sistemas de control de avenidas y protección contra inundaciones, entre otros.

Las disposiciones legales y reglamentarias señaladas, guardan estricta congruencia con la política nacional hídrica en la que se comprenden las acciones para la prevención de inundaciones, y que es formulada por la Comisión Nacional del Agua, quien la propone al Ejecutivo federal, para su definición, a través, de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 fracción II y 8, fracción I de la Ley de Aguas Nacionales.

De tal manera, el Programa Nacional Hídrico 2007-2012, en el cual se desarrolla la política nacional hídrica, tiene, entre otros objetivos, el de promover el manejo integrado y sustentable del agua en cuencas y acuíferos, entre cuyos temas principales de cooperación para un manejo sustentable del agua en las cuencas compartidas, señala la estrategia y acciones para el control de avenidas y azolves y para la conservación de cauces, así como esquemas conjuntos para la prevención y mitigación de posibles daños asociados a la ocurrencia de fenómenos hidrometeorológicos extremos, como son las inundaciones, entre otros.

Asimismo, destaca el objetivo de prevenir los riesgos derivados de fenómenos meteorológicos e hidrometeorológicos y atender sus efectos involucrando a la participación de diversas instituciones y organismos, entre los que destacan la Secretaría de Gobernación encargada de coordinar la elaboración e Implementación de los programas y acciones necesarios para la prevención y atención de sequías e inundaciones, y la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, encargada de formular e implantar programas de ordenamiento ecológico que favorezcan el desarrollo social y económico y la preservación del medio ambiente, y coordinar las acciones de restauración de las cuencas reforestadas.

Con base en las anteriores consideraciones, los integrantes de la Comisión de Recursos Hidráulicos, estimamos que la política hídrica nacional, a cargo del Ejecutivo federal por disposición constitucional, cubre con amplitud el tema de la prevención de inundaciones, y existe la regulación de esta materia en las disposiciones legales y reglamentarias vigentes lo que hace innecesarias las reformas y adiciones a la Ley de Aguas Nacionales planteada en la iniciativa objeto de este dictamen.

Por lo anterior expuesto y fundado, la Comisión de Recursos Hidráulicos pone a la consideración del honorable Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, presentada por la diputada Lilia Guadalupe Merodio Reza , el 16 de octubre de 2007.

Segundo. Archívese el asunto como total y definitivamente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de octubre de 2008.
La Comisión de Recursos Hidráulicos, diputados: Jesús Manuel Patrón Montalvo (rúbrica), presidente; Antonio Medellín Varela (rúbrica), Lourdes Alonso Flores (rúbrica), Víctor Manuel Torres Herrera (rúbrica), Apolonio Méndez Meneses , Cuitláhuac Condado Escamilla (rúbrica), José Rubén Escajeda Jiménez (rúbrica), Gustavo Ildefonso Mendívil Amparán (rúbrica), secretarios; Pedro Armendáriz García , Edmundo Javier Bolaños Aguilar (rúbrica), Modesto Brito González (rúbrica), Aurora Cervantes Rodríguez (rúbrica), Diego Cobo Terrazas (rúbrica), Felipe González Ruiz (rúbrica), David Lara Compeán (rúbrica), Alma Lilia Luna Munguía (rúbrica), Fausto Fluvio Mendoza Maldonado (rúbrica), Irineo Mendoza Mendoza (rúbrica), Pedro Montalvo Gómez (rúbrica), Héctor Hugo Olivares Ventura , Antonio Ortega Martínez (rúbrica), José Inés Palafox Núñez (rúbrica), Francisco Javier Paredes Rodríguez (rúbrica), Santiago Gustavo Pedro Cortés , Héctor Manuel Ramos Covarrubias (rúbrica), Ramón Salas López (rúbrica), Martín Stefanonni Mazzocco (rúbrica), Gerardo Octavio Vargas Landeros (rúbrica), Jesús Cuauhtémoc Velasco Oliva , César Augusto Verástegui Ostos .»

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Está a discusión el punto de acuerdo. En virtud de que no se ha registrado orador alguno, se reserva para su votación en conjunto.



LEY ADUANERA - LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

El Secretario diputado José Manuel del Río Virgen : «Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Aduanera, y del Impuesto al Valor Agregado

Honorable Asamblea:

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracciones II y III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracciones II y III, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se somete a consideración de esta honorable Cámara de Diputados la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Aduanera y de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, que presentó el diputado Jericó Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del PRI, de fecha 27 de marzo de 2007.

Esta Comisión que suscribe, con base en las facultades que le confieren los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al análisis de la iniciativa antes citada, y conforme a las deliberaciones que sobre la misma realizaron los miembros de esta Comisión de Hacienda y Crédito Público, reunidos en Pleno, presentan a esta honorable asamblea el siguiente dictamen

Antecedentes

En la sesión del 27 de marzo de 2007, la Mesa Directiva turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Aduanera y de la Ley del Impuesto la Valor Agregado, del diputado Jericó Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del PRI, para su estudio y dictamen.

Descripción de la iniciativa

La iniciativa del diputado Jericó Abramo Masso propone que se modifique y adicione de la Ley Aduanera, los artículos 136, último párrafo, 137 Bis-1 y se adicione una nueva fracción IV al artículo 137 Bis-2, así como la modificación al artículo 2o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, respectivamente.

La propuesta planteada tiene por objeto ampliar a 55 kilómetros la región hacia el interior del país de forma paralela a la franja fronteriza de 20 kilómetros, aplicando la tasa general del 10 por ciento del impuesto al valor agregado en las poblaciones ubicadas dentro de los 75 kilómetros paralelos a las líneas divisorias internacionales, incorporando a dicho beneficio a los municipios de Zaragoza, Morelos, Allende, Villa Unión y Nava, ubicados en la zona denominada Cinco Manantiales del estado de Coahuila, con tasa preferencial en la importación de mercancías a la referida región.

Consideraciones de la comisión

En relación a la propuesta de reformar el último párrafo del artículo 136, el artículo 137 Bis-1 y se adicione una nueva fracción IV al artículo 137 Bis-2, con la finalidad de definir la región fronteriza como el territorio nacional comprendido dentro del área que se extiende 55 kilómetros hacia el interior del país de forma paralela a la franja fronteriza de 20 kilómetros, para permitir que las personas físicas que acrediten su residencia en la región Cinco Manantiales del estado de Coahuila puedan efectuar la importación definitiva de vehículos automotores usados, se observa que en la actualidad los residentes en la región Cinco Manantiales pueden realizar la importación de los vehículos denominados pick-up, correspondientes de al menos 10 años anteriores y vehículos año-modelo 1998 y que a partir de enero de 2009, podrán realizar la importación de autos usados de 1999 y anteriores sin límite de antigüedad en virtud de la entrada en vigor del TLCAN.

Asimismo, si bien los beneficios del tratamiento de franja o región fronteriza no aplican a la región denominada Cinco Manantiales, los residentes en dicha zona sí tienen acceso a preferencias arancelarias que aplican independientemente de si se trata de la franja o región fronteriza, o del resto del país, tales como los Tratados y Acuerdos de Libre Comercio firmados por México y los programas de promoción sectorial.

Igualmente, es de señalarse que ampliar la franja o región fronteriza provocaría un gasto extraordinario a las autoridades aduaneras, al tener que mover sus puntos de control del actual límite de la región al nuevo límite que se estableciera.

Por otra parte, es de mencionarse que actualmente la Ley del Impuesto al Valor Agregado prevé dos tasas generales de pago del impuesto, la del 15 por ciento y la del 10 por ciento. Esta última es la que se aplica en la zona fronteriza del país, dentro de la cual se desarrolla una importante actividad económica.

La aplicación de una tasa menor del impuesto al valor agregado en la región fronteriza obedece a la necesidad de mantener la competitividad entre los contribuyentes que residen en la citada región y los comerciantes de los países vecinos, establecidos en las poblaciones limítrofes a las líneas divisorias internacionales del norte y del sur del país.

Ampliar la aplicación de la tasa general reducida del impuesto al valor agregado bajo el argumento de que promueve el desarrollo económico, abriría la opción para que los demás municipios del país, con independencia de su situación geográfica respecto de las líneas divisorias internacionales, deseen promover su desarrollo comercial e industrial, presionen para que también se les otorgue la tasa reducida del impuesto al valor agregado.

Más que ampliar la región fronteriza, es preferible acotarla a lo que se aplica en el contexto internacional. De esta manera, se recuperarán las ventajas del impuesto al valor agregado en cuanto a simplicidad, potencial recaudatorio y autocontrol, lo que se traduciría en mayor recaudación que permitirá dotar de más recursos, vía participaciones, a los municipios para su desarrollo económico y social, generando así una mayor creación de empleos para esas zonas.

Es importante considerar el incremento en el gasto fiscal que implicaría ampliar en los términos propuestos la región fronteriza, considerando que el costo actual por la aplicación del impuesto al valor agregado al 10 por ciento en la región fronteriza es de aproximadamente 15 mil 63 millones de pesos (mdp), es decir, 0.1445 por ciento del PIB, el cual podría llegar a ser de aproximadamente 40 mil mdp.

Finalmente, se considera que deben tomarse en cuenta los antecedentes recientes de iniciativas con la misma finalidad de incluir a otras zonas del país en el tratamiento de región fronteriza previsto en la Ley Aduanera y en la Ley del Impuesto al Valor Agregado, donde también se observa que ha sido criterio reiterado del honorable Congreso de la Unión rechazar las iniciativas que tengan por objeto ampliar el territorio que comprende la región fronteriza donde se aplica actualmente la tasa del 10 por ciento del impuesto al valor agregado.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Hacienda y Crédito Público somete a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Acuerdo

Primero. Se desecha la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Aduanera y de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, presentada por el diputado Jericó Abramo Masso del Grupo Parlamentario del PRI, turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público el 27 de marzo de 2007.

Segundo. Archívese el presente asunto, como total y definitivamente concluido.

Sala de Comisiones de la honorable Cámara de Diputados, a 30 de septiembre de 2008.
La Comisión de Hacienda y Crédito Público, diputados: Jorge Estefan Chidiac (rúbrica), Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez (rúbrica), Ricardo Rodríguez Jiménez (rúbrica), Carlos Alberto García González (rúbrica), Camerino Eleazar Márquez Madrid (rúbrica), José Antonio Saavedra Coronel (rúbrica), Antonio Soto Sánchez , Ismael Ordaz Jiménez (rúbrica), Miguel Ángel González Salum (rúbrica), Carlos Alberto Puente Salas (rúbrica), Juan Ignacio Samperio Montaño , Joaquín Humberto Vela González , Manuel Cárdenas Fonseca , Aída Marina Arvizu Rivas , Moisés Alcalde Virgen (rúbrica), José Alejandro Aguilar López (rúbrica), Samuel Aguilar Solís (rúbrica), José Rosas Aispuro Torres Sánchez (rúbrica), Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla (rúbrica), Francisco Javier Calzada Vázquez , Ramón Ceja Romero (rúbrica), Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), José de la Torre Sánchez , Sonia Leslie del Villar Sosa (rúbrica), Juan Nicasio Guerra Ochoa , Javier Guerrero García (rúbrica en contra), José Martín López Cisneros , Luis Xavier Maawad Robert (rúbrica), Octavio Martínez Vargas , José Murat, Dolores María del Carmen Parra Jiménez (rúbrica), Mario Alberto Salazar Madera (rúbrica), Jorge Alejandro Salum del Palacio (rúbrica), Pablo Trejo Pérez (rúbrica).»

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Está a discusión el punto de acuerdo. En virtud de que no se ha registrado orador alguno, se reserva para su votación en conjunto.



VOLUMEN III

LEY DE COORDINACION FISCAL

El Secretario diputado José Manuel del Río Virgen : «Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que reforma el artículo 2o. de la Ley de Coordinación Fiscal

30 de septiembre de 2008.

Honorable Asamblea:

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el diputado Jericó Abramo Masso del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó la iniciativa que reforma el artículo 2o. de la Ley de Coordinación Fiscal.

Esta Comisión que suscribe, con base en las facultades que le confieren los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al análisis de la iniciativa antes señalada, reunidos en Pleno, presentan a esta honorable Asamblea el siguiente dictamen:

Antecedentes

En sesión del 18 de septiembre de 2007, la Mesa Directiva turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, la iniciativa que reforma el artículo 2o. de la Ley de Coordinación Fiscal, del diputado Jericó Abramo Masso del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para su estudio y dictamen.

Descripción de la iniciativa

La iniciativa del diputado Jericó Abramo Masso propone reformar el artículo 2o. de la Ley de Coordinación Fiscal, a fin de incrementar el Fondo General de Participaciones del 20 al 30% de la recaudación federal participable.

Consideraciones de la comisión

La exposición de motivos de la iniciativa señala, entre otras cosas, que:

• La República Mexicana está compuesta por una federación de estados libres, bajo una sola ley soberana. Esta composición, a través de la historia, ha sido el criterio obligado de la legislación para adecuar sus alcances en consideración de esta Federación.
• El ingreso público corresponde, entre otros, a los impuestos que las diversas leyes establecen para los ciudadanos mexicanos, de conformidad con la realización de actividades vinculadas al deber de contribuir, apoyados en la libertad e igualdad jurídica de los ciudadanos.
• A partir del porfiriato se inició un proceso de concentración de atribuciones fiscales en el gobierno federal. Posteriormente, la Constitución Federal de 1917 no estableció claramente las competencias tributarias entre niveles de gobierno, dejando abierto uno de los principales temas del federalismo mexicano, lo que dio origen a que se llevaran a cabo convenciones fiscales con los gobiernos estatales en 1925, 1933 y 1947, que concluyeron con el establecimiento de un esquema de coordinación fiscal entre la Federación y los estados, caracterizado por una centralización en el cobro de los impuestos federales, con un mecanismo de participación en la recaudación.
• En 1980, se promulgó la Ley de Coordinación Fiscal, la cual estableció un sistema único de participación de las entidades federativas sobre los impuestos que se ha traducido en una reducción de las fuentes de ingresos de las entidades federativas a prácticamente los impuestos sobre nomina y otros impuestos menores, mientras que los municipios conservaron como principal fuente de ingresos el impuesto predial. Esa tendencia se acelera en 1990, cuando se incluyó la federalización del gasto público ejercido en ciertos sectores como la educación y salud. Sin embargo, la creciente importancia de las entidades federativas no se ha traducido en un cambio significativo en materia de coordinación fiscal.
• El federalismo en la vida moderna da vida a un conjunto de poderes que deben dirigirse, coordinarse y colaborar a la manera de un todo armónico, respetando la autonomía y la capacidad de gestión de los gobiernos constituidos.
• Los argumentos antes expuestos constituyen el sustento de la reforma que se propone a esta soberanía.

Derivado de lo anterior, la Comisión de Hacienda y Crédito Público realizó diversos trabajos a efecto de revisar el contenido de la citada iniciativa, con el objeto de expresar sus observaciones y comentarios a la misma e integrar el presente dictamen.

Esta dictaminadora, si bien coincide con el hecho de que nuestro pacto fiscal ha venido evolucionando a lo largo del tiempo y que actualmente existe un grado de centralización de la recaudación en la Federación, considera que el Sistema Nacional de Coordinación Fiscal y la introducción del impuesto al valor agregado en 1980 trajo grandes beneficios al país al eliminarse 18 impuestos federales y poco más de 450 impuestos locales, situación que simplificó notablemente la carga fiscal para los contribuyentes al eliminar la posibilidad de que exista una múltiple imposición sobre una misma fuente de riqueza.

El pacto fiscal vigente ha generado que los recursos administrados por las entidades federativas estén constituidos de manera importante de transferencias del Gobierno Federal, tal y como puede apreciarse a continuación:

• Las participaciones federales representan alrededor del 41%.
• Las aportaciones federales incluyendo los ramos de educación y salud representan aproximadamente el 41%.
• Los convenios de descentralización entre la Federación y las entidades federativas, el reparto de ingresos excedentes y los programas de financiamiento con el Gobierno Federal representan alrededor del 3.5%, 3% y 1%, respectivamente.
• Los ingresos propios representan el 10%.

Además, existe una parte importante del gasto federal que se ejecuta en las entidades federativas en forma de inversión pública y programas federales sociales, lo que incrementa los beneficios que dichas entidades reciben, sin que esos recursos se contabilicen como transferencias ya que son ejercidos y administrados por el Gobierno Federal.

Como puede apreciarse, alrededor del 90% de los recursos de las entidades federativas provienen de recursos federales, lo cual pone de manifiesto que son éstas las que han recibido los beneficios del sistema de coordinación fiscal vigente.

En adición a lo anterior y consciente de la necesidad de adecuar nuestro pacto fiscal, a finales de 2007, el Congreso de la Unión aprobó una reforma hacendaria a través de la cual se fortaleció de forma importante el federalismo fiscal mexicano, a través de una expansión de las facultades tributarias de las entidades federativas y una simplificación de las fórmulas de distribución de las transferencias federales (participaciones y aportaciones). Gracias a esta reforma, las entidades federativas han aumentado sustancialmente sus participaciones federales, pues de acuerdo con cifras de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el periodo enero-agosto del 2008 el incremento al Ramo 28 ha sido de alrededor de 64,000 mdp, lo cual representa un incremento real de 22% con respecto al mismo periodo de 2007.

En ese sentido, resulta evidente que los ingresos de las entidades federativas y municipios han aumentado sustancialmente en los últimos años.

Ahora bien, de acuerdo con el Paquete Económico 2009, presentado por el Ejecutivo Federal el pasado 8 de septiembre, se estima destinar a las entidades federativas, a través del Fondo General de Participaciones, alrededor de 324 mil millones de pesos, cifra que representa un incremento de 4.1% respecto a la estimación autorizada para 2008.

En ese orden de ideas, incrementar el porcentaje del Fondo General de Participaciones de 20 a 30% como lo plantea la iniciativa resulta económicamente inviable, ya que implicaría una afectación a las finanzas federales de aproximadamente 162 mil millones de pesos, lo que equivale a un 1.24% del Producto Interno Bruto. Lo anterior, necesariamente traería consigo un ajuste al Presupuesto de Egresos de la Federación 2009 con lo que se reduciría el gasto destinado a programas prioritarios tales como seguridad, educación, salud y pobreza. Además, de 1998 a la fecha las entidades federativas han incrementado sus recursos en un 1.5% del PIB, mientras que los ingresos públicos sólo han aumentado alrededor del 1%.

En este contexto, la Comisión dictaminadora considera que la propuesta de reforma no es de aprobarse.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Hacienda y Crédito Público, somete a consideración de esta H. Asamblea el siguiente:

Acuerdo

Primero. Se desecha la iniciativa que reforma el artículo 2o. de la Ley de Coordinación Fiscal, presentada por el diputado Jericó Abramo Masso, turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público el 18 de septiembre de2008.

Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados a 30 de septiembre de 2008.
La Comisión de Hacienda y Crédito Público, diputados: Charbel Jorge Estefan Chidiac (rúbrica), presidente; Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez (rúbrica), Ricardo Rodríguez Jiménez (rúbrica), Carlos Alberto García González (rúbrica), Camerino Eleazar Márquez Madrid (rúbrica), José Antonio Saavedra Coronel (rúbrica), Antonio Soto Sánchez , Ismael Ordaz Jiménez (rúbrica), Miguel Ángel González Salum (rúbrica), Carlos Alberto Puente Salas (rúbrica), Juan Ignacio Samperio Montaño , Joaquín Humberto Vela González , Manuel Cárdenas Fonseca , Aída Marina Arvizu Rivas , secretarios; Moisés Alcalde Virgen (rúbrica), José Alejandro Aguilar López (rúbrica), Samuel Aguilar Solís (rúbrica), José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla (rúbrica), Francisco Javier Calzada Vázquez , Ramón Ceja Romero (rúbrica), Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), José de la Torre Sánchez , Sonia Leslie del Villar Sosa (rúbrica), Juan Nicasio Guerra Ochoa , Javier Guerrero García (rúbrica en contra), José Martín López Cisneros , Luis Xavier Maawad Robert (rúbrica), Octavio Martínez Vargas , José Murat, Dolores María del Carmen Parra Jiménez (rúbrica), Mario Alberto Salazar Madera (rúbrica), Jorge Alejandro Salum del Palacio (rúbrica), Pablo Trejo Pérez (rúbrica).»

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Está a discusión el punto de acuerdo. En virtud de que no se ha registrado orador alguno, se reserva para su votación en conjunto.



LEY ADUANERA

El Secretario diputado José Manuel del Río Virgen : «Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que reforma el artículo 59 de la Ley Aduanera

2 de octubre de 2008.

Honorable Asamblea:

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracciones II y III, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se somete a consideración de esta honorable Cámara de Diputados la iniciativa que reforma el artículo 59 de la Ley Aduanera, presentada por el diputado José Martín López Cisneros del Grupo Parlamentario del PAN, de fecha 30 de abril de 2008.

Esta Comisión que suscribe, con base en las facultades que le confieren los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al análisis de la iniciativa antes citada y conforme a las deliberaciones que sobre la misma realizaron los miembros de esta Comisión de Hacienda y Crédito Público, reunidos en Pleno, presentan a esta honorable Asamblea el siguiente:

Dictamen

Antecedente

En la sesión del 30 de abril de 2008, la Mesa Directiva turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 59 de la Ley Aduanera, del diputado José Martín López Cisneros , del Grupo Parlamentario del PAN, para su estudio y dictamen.

Descripción de la iniciativa

La iniciativa del diputado José Martín López Cisneros , propone reformar el artículo 59, fracción IV, de la Ley Aduanera, con el objeto de establecer la obligación a los importadores de señalar al momento de inscribirse en el Padrón de Importadores y, en su caso, el Padrón de Sectores Específicos, las personas que fungen como sus representantes legales para los efectos y trámites que señale la Ley Aduanera y su Reglamento.

Lo anterior, con la finalidad de mejorar y precisar el Padrón de Importadores y el de Importadores de Sectores Específicos, desde el momento de la inscripción en el Padrón de Importadores de sus representantes legales, y que baste ello para que la autoridad en materia aduanera pueda tener por reconocida su personalidad y los identifique plenamente.

Consideraciones de la comisión

En relación con la iniciativa que propone se reforme el artículo 59 de la Ley Aduanera; la que dictamina considera que tratándose de la inscripción en el Padrón de Importadores, el procedimiento se encuentra debidamente regulado en el numeral 2.2.1., rubro A de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2008,

Es decir, la normatividad aduanera vigente señala que las personas físicas y morales interesadas en importar mercancías al territorio nacional deberán inscribirse en el Padrón de Importadores a través de la página electrónica www.aduanas.gob.mx, llenando el formato electrónico denominado ``Solicitud de Inscripción al Padrón de Importadores'', para ello deberán contar con firma electrónica avanzada expedida por el SAT, RFC activo, domicilio fiscal que se encuentre localizado en el RFC y estar al corriente de sus obligaciones fiscales. Además los solicitantes deben registrar en la solicitud electrónica a los agentes aduanales que realizarán las operaciones de comercio exterior, y tratándose de personas físicas extranjeras residentes en territorio nacional, deberán digitalizar y anexar a la solicitud electrónica de inscripción, el documento mediante el cual comprueben su calidad migratoria en el país.

En ese sentido, podemos afirmar que el trámite para llevar a cabo la inscripción en el Padrón de Importadores se ha optimizado, siendo ahora más accesible, ágil y eficaz, ya que al realizarlo vía Internet se obtienen diversos beneficios tales como: Reducción en tiempo de respuesta; supresión de desplazamiento para el contribuyente, ya que puede realizar el llenado y envío en el formato electrónico dentro de su hogar u oficina; evita contacto personal con el contribuyente, brindando seguridad en las transacciones y transparencia en el proceso de inscripción; reducción significativa en gastos operativos para el contribuyente como es el pago de mensajería, papelería y contratación de gestoría de trámites; así como simplificación notable del trámite de inscripción, además de que se elimina el requisito de exhibir documentos en papel.

Ahora bien, tratándose de la obligación de los importadores de inscribirse en el Padrón de Sectores Específicos, dicho cumplimiento ya no es obligatorio por mandato presidencial, ya que el 31 de marzo de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el ``Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia aduanera y de comercio exterior'',

De conformidad con el decreto presidencial citado, a partir del 14 abril del año en curso, los importadores ya no están obligados a inscribirse en el Padrón de Sectores Específicos a que se refiere el artículo 59, fracción IV de la Ley Aduanera, excepto tratándose de la importación de mercancías que puedan representar un riesgo en materia de salud pública y seguridad nacional, las cuales se encuentran identificadas a nivel de fracción arancelaria en el Anexo 10 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2008.

En ese sentido, los importadores al quedar liberados de cumplir con la obligación de inscribirse en el Padrón de Sectores Específicos, con las excepciones mencionadas, resulta improcedente modificar la Ley Aduanera en los términos planteados.

Finalmente, por lo que se refiere a que sea reconocida desde la inscripción en el Padrón de Importadores a las personas que fungen como sus representantes legales para los efectos y trámites previstos en la Ley Aduanera y su Reglamento, es importante precisar que dicha representación legal de los importadores, en la actualidad por ministerio de ley, se encuentra prevista en el artículo 41 de la Ley Aduanera, misma que recae en los agentes y apoderados aduanales que realicen los trámites del despacho aduanero de las mercancías efectuadas en el recinto fiscal y el procedimiento de inscripción en el Padrón de Importadores, se encuentra regulado en la regla 2.2.1, razón por la cual se reitera, que no es necesaria la reforma planteada al artículo 59 de la Ley Aduanera.

Conforme al análisis de la iniciativa y a lo expuesto y fundado por la Comisión de Hacienda y Crédito Público, se considera que no es de aprobarse la iniciativa materia de este dictamen y se somete a consideración de la Asamblea, el siguiente.

Acuerdo

Primero. Se desecha la iniciativa que reforma el artículo 59 de la Ley Aduanera, presentada por el diputado José Martín López Cisneros del Grupo Parlamentario del PAN, turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público el 30 de abril de 2008.

Segundo. Archívese el presente asunto, como total y definitivamente concluido.

Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados, a 2 de octubre de 2008.
La Comisión de Hacienda y Crédito Público, diputados: Charbel Jorge Estefan Chidiac (rúbrica), presidente; Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez (rúbrica), Ricardo Rodríguez Jiménez (rúbrica), Carlos Alberto García González (rúbrica), Camerino Eleazar Márquez Madrid (rúbrica), José Antonio Saavedra Coronel (rúbrica), Antonio Soto Sánchez , Ismael Ordaz Jiménez (rúbrica), Miguel Ángel González Salum (rúbrica), Carlos Alberto Puente Salas (rúbrica), Juan Ignacio Samperio Montaño , Joaquín Humberto Vela González , Manuel Cárdenas Fonseca , Aída Marina Arvizu Rivas , secretarios; Moisés Alcalde Virgen (rúbrica), José Alejandro Aguilar López (rúbrica), Samuel Aguilar Solís (rúbrica), José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla (rúbrica), Francisco Javier Calzada Vázquez , Ramón Ceja Romero (rúbrica), Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), José de la Torre Sánchez , Sonia Leslie del Villar Sosa (rúbrica), Juan Nicasio Guerra Ochoa , Javier Guerrero García (rúbrica), José Martín López Cisneros , Luis Xavier Maawad Robert (rúbrica), Octavio Martínez Vargas , José Murat, Dolores María del Carmen Parra Jiménez (rúbrica), Mario Alberto Salazar Madera (rúbrica), Jorge Alejandro Salum del Palacio (rúbrica), Pablo Trejo Pérez (rúbrica).»

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Está a discusión el punto de acuerdo. En virtud de que no se ha registrado orador alguno, se reserva para su votación en conjunto.



LEY DEL IMPUESTO SOBRE TENENCIA O USO DE VEHICULOS

El Secretario diputado José Manuel del Río Virgen : «Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que abroga la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos

2 de octubre de 2008.

Honorable Asamblea:

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se somete a consideración de esta honorable Cámara de Diputados la iniciativa con proyecto de decreto que abroga la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, a cargo del diputado Ariel Castillo Nájera , del Grupo Parlamentario del PNA, de fecha 14 de diciembre de 2006.

Esta comisión que suscribe, con base en las facultades que le confieren los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al análisis de la citada iniciativa y conforme a las deliberaciones que sobre la misma realizaron los miembros de esta Comisión de Hacienda y Crédito Público, reunidos en Pleno, presentan a esta honorable Asamblea el siguiente:

Dictamen

Antecedentes

En la sesión del 14 de diciembre de 2006, la Mesa Directiva turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, la iniciativa con proyecto de decreto que abroga la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, a cargo del diputado Ariel Castillo Nájera , del Grupo Parlamentario del PNA, para su estudio y dictamen.

Descripción de la iniciativa

La iniciativa del diputado Ariel Castillo Nájera , propone abrogar la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, expresando para tal propósito los siguientes argumentos:

Que el cobro de impuestos es la mayor fuente con la que cuenta el Gobierno para hacerse de recursos que le permitan contribuir en el desarrollo económico del país, y así poder atender las demandas sociales. Pero que, sin embargo, en México se cuenta con un impuesto creado con un fin específico, que hoy en día ya no tiene razón de ser, refiriéndose al impuesto sobre tenencia o uso de vehículos.

Que dicho impuesto se creó con carácter transitorio en la década de los 60, mediante decreto de fecha 28 de diciembre de 1962, con la promulgación de la llamada Ley del Impuesto sobre la Tenencia o Uso e Automóviles, con la finalidad especifica de sufragar los gastos financieros que el Gobierno iba a realizar por haber sido nuestro país designado sede de los Juegos Olímpicos de 1968.

También menciona la iniciativa que el impuesto sobre tenencia o uso de vehículos ha sido cuestionado y repudiado por todos los mexicanos, ya que en lugar de recibir estímulos fiscales, se les incrementan más las cargas impositivas.

Otro argumento que expresa la iniciativa es que el impuesto sobre tenencia o uso de vehículos desde su creación ha generado un alto costo para la sociedad, en comparación con su capacidad real de recaudación. En este sentido, se menciona que la recaudación que se logra con dicho impuesto no resulta tan representativa para los ingresos federales (1.6%), si se le compara con otros impuestos; empero, representa un alto costo para los contribuyentes.

Que lo único que se logra con este impuesto, es que la mayoría de las personas no tengan acceso a la compra de un vehículo nuevo, por no poder costear este cuestionado impuesto por uso, que resulta injustificado.

Finalmente, la exposición de motivos de la iniciativa que se dictamina, señala que el impuesto sobre tenencia o uso de vehículos vulnera la economía de todo mexicano que tenga o use un determinado vehículo.

Consideraciones de la comisión

La que dictamina considera que no es de aprobarse la iniciativa del diputado Ariel Castillo Nájera , con base en las siguientes consideraciones:

En la iniciativa se menciona que el impuesto sobre tenencia o uso de vehículos se creó mediante decreto de fecha 28 de diciembre de 1962, con la promulgación de la llamada Ley del Impuesto sobre la Tenencia o Uso de Automóviles. Que el objeto de dicho impuesto fue sufragar los gastos financieros que el gobierno mexicano realizaría por haber sido México designado sede de los Juegos Olímpicos de 1968.

Al respecto, esta dictaminadora considera conveniente aclarar que el impuesto sobre tenencia o uso de vehículos no se estableció con carácter transitorio para financiar la celebración de los juegos olímpicos en nuestro país en 1968. Lo anterior, en virtud de que dicho impuesto tiene su origen en la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 1962, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 1961, en tanto que la sede de los juegos olímpicos se otorgó hasta octubre de 1963.

En efecto, conforme a la exposición de motivos de la iniciativa de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 1962, publicada el 19 de diciembre de 1961 en el Diario de los Debates del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, se estableció que la razón del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos, ``...es, como en el caso de todo gravamen, la de contribuir al gasto público, que en el caso de la expansión de carreteras, autopistas, vías, etc., requieren de recursos cada vez más cuantiosos y a cuya contribución los ingresos que se obtienen actualmente por su disfrute, no guardan relación con el beneficio recibido, máxime si se considera que son gentes de recursos las que pueden hacer uso de las mismas''.

Por otra parte, es importante mencionar que el impuesto sobre tenencia o uso de vehículos si bien es de carácter federal, es un impuesto que se participa en su totalidad a las entidades federativas, ya que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2o., penúltimo párrafo de la Ley de Coordinación Fiscal, las entidades federativas que estén adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal y que hayan celebrado convenios de colaboración administrativa con la Federación en materia del impuesto federal sobre tenencia o uso de vehículos, recibirán el 100% de la recaudación que obtengan por este impuesto, del cual corresponderá el 20% a los municipios de la entidad, mismo que se distribuirá entre ellos en la forma en que determine la legislatura respectiva.

En este sentido, la propuesta de eliminar el impuesto sobre tenencia o uso de vehículos no puede ser analizada con objetividad si se presenta de manera aislada sin proponer de manera concreta otra fuente alternativa de ingresos para las entidades federativas y los municipios. Lo anterior, considerando que conforme a la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009, presentada por el Ejecutivo federal, la recaudación de este impuesto ascenderá a 21,330.5 millones de pesos, recursos que las entidades federativas perderían en caso de que se eliminara el impuesto sobre tenencia o uso de vehículos.

Por otra parte, la que dictamina considera conveniente mencionar que además de la importancia de este impuesto en materia de recaudación, en particular el impuesto sobre tenencia o uso de vehículos permite cumplir con propósitos extra fiscales, tales como la integración de un padrón vehicular estatal, que se denomina SARVE, mismo que se actualiza anualmente y constituye un requisito para percibir el 100% de la recaudación de este impuesto, permitiendo con ello, no sólo a la autoridad fiscal, sino a otras instancias administrativas tener un adecuado control sobre los vehículos. De igual manera, el Registro Público Vehicular (Repuve) a cargo de la Secretaría de Seguridad Pública, permite identificar a los vehículos y a sus propietarios, otorgando mayor seguridad en las operaciones de las unidades registradas.

Finalmente, debe mencionarse que el día 21 de diciembre de 2007, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el ``Decreto por el que se reforman, adicionan, derogan y abrogan diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios'', en el que se prevé la abrogación de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, a partir del 1 de enero de 2012.

Conforme al análisis de la iniciativa y a lo expuesto y fundado por la Comisión de Hacienda y Crédito Público, se considera que no es de aprobarse la iniciativa materia de este dictamen y se somete a consideración de la Asamblea, el siguiente

Acuerdo

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que abroga la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, presentada por el diputado Ariel Castillo Nájera , del Grupo Parlamentario del PNA, de fecha 14 de diciembre de 2006.

Segundo. Archívese el presente asunto, como total y definitivamente concluido.

Sala de comisiones de la H. Cámara de Diputados a 2 de octubre de 2008.
La Comisión de Hacienda y Crédito Público, diputados: Charbel Jorge Estefan Chidiac (rúbrica), presidente; Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez (rúbrica), Ricardo Rodríguez Jiménez (rúbrica), Carlos Alberto García González (rúbrica), Camerino Eleazar Márquez Madrid (rúbrica), José Antonio Saavedra Coronel (rúbrica), Antonio Soto Sánchez , Ismael Ordaz Jiménez (rúbrica), Miguel Ángel González Salum (rúbrica), Carlos Alberto Puente Salas (rúbrica), Juan Ignacio Samperio Montaño , Joaquín Humberto Vela González , Manuel Cárdenas Fonseca , Aída Marina Arvizu Rivas , secretarios; Moisés Alcalde Virgen (rúbrica), José Alejandro Aguilar López (rúbrica), Samuel Aguilar Solís (rúbrica), José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla (rúbrica), Francisco Javier Calzada Vázquez , Ramón Ceja Romero (rúbrica), Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), José de la Torre Sánchez , Sonia Leslie del Villar Sosa (rúbrica), Juan Nicasio Guerra Ochoa , Javier Guerrero García (rúbrica), José Martín López Cisneros , Luis Xavier Maawad Robert (rúbrica), Octavio Martínez Vargas , José Murat, Dolores María del Carmen Parra Jiménez (rúbrica), Mario Alberto Salazar Madera (rúbrica), Jorge Alejandro Salum del Palacio (rúbrica), Pablo Trejo Pérez (rúbrica).»

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Está a discusión el punto de acuerdo. En virtud de que no se ha registrado orador alguno, se reserva para su votación en conjunto.



LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PUBLICOS

El Secretario diputado José Manuel del Río Virgen : «Dictamen de la Comisión de la Función Pública, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que reforma y adiciona el artículo 47 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos

Honorable Asamblea:

La Comisión de la Función Pública de la Cámara de Diputados, con base en las facultades que le confieren los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XVIII, y 45 numeral 6, incisos e) y f); y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 87 y 88 del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a su consideración el siguiente dictamen sobre la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 47 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

Antecedentes

I. La iniciativa que se dictamina fue publicada en la Gaceta Parlamentaria número 2582, el 1 de septiembre, y presentada el 27 de agosto del 2008 por la diputada Ana Yurixi Leyva Piñón , integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
II. En esta última fecha la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados la turnó para su estudio y dictamen a la Comisión de la Función Pública, con el número de expediente 2175.
III. Recibida en la Comisión de la Función Pública y una vez sometida a estudio y análisis, se preparó un proyecto de dictamen en sentido negativo, el cual fue sometido a la consideración y discusión del pleno de dicha comisión, que lo aprobó en la sesión celebrada el 8 de octubre del 2008, por 17 votos a favor, 0 votos en contra, y 0 abstenciones.

Análisis de la iniciativa

Plantea la diputada en la exposición de motivos de la iniciativa que se dictamina que la transparencia y rendición de cuentas son instrumentos importantes para evitar la discrecionalidad y el abuso de poder.

Que en un régimen democrático con un sistema de auténtica división de poderes, la representación nacional tiene potestad de llamar a comparecer a funcionarios del Ejecutivo federal, así como de otros órganos federales del Estado, en un ejercicio de rendición de cuentas, a fin de conocer del desempeño de los servidores públicos federales, del ejercicio de la función pública, de la ejecución de programas, así como del gasto público.

Que en un esquema de cooperación de poderes y órganos del Estado, puede citar a comparecer a los servidores públicos de la federación para investigar el funcionamiento de diversas dependencias y órganos autónomos, así como para conocer la posición de los diversos titulares tanto del poder ejecutivo como de los órganos autónomos del Estado respecto de asuntos que incidirían sobre los temas que les atañen.

Que la constitución consigna que aquellos que comparezcan ante cualquiera de las cámaras del Congreso de la Unión lo hagan bajo protesta de decir verdad; sin embargo, si faltasen a esa obligación aún no hay la previsión en la legislación secundaria.

Consideraciones

Primera. Esta comisión dictaminadora coincide con la proponente respecto a que los regímenes democráticos deben asegurar un ejercicio transparente de la función pública y una verdadera rendición de cuentas, así como un equilibrio entre los poderes que integran al Estado.

Por lo cual, es de suma importancia que el orden jurídico nacional establezca un régimen de responsabilidades de los servidores públicos, que en la carta magna se establece en su título cuarto, y la materia de responsabilidades administrativas en su ley reglamentaria, que es precisamente a la que se debería referir la iniciativa materia del presente dictamen.

Segunda. Existe coincidencia respecto a la naturaleza de la reforma planteada, es decir, de incluir en las leyes especiales (de responsabilidades), como obligación de todo servidor público el proporcionar, de manera oportuna y bajo protesta de decir verdad, toda la información y datos que les sean solicitados de manera verbal durante sus comparecencias ante cualquiera de las cámaras del Congreso de la Unión o de sus respectivas comisiones, o mediante pregunta por escrito.

Tercera. Sin embargo, no es posible su aprobación, pues la proponente afirma que la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos es el ordenamiento jurídico apto para llevar a cabo estas modificaciones, cuando esta ley ha quedado derogada, por lo que al ámbito federal se refiere, con la publicación de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, que se hizo el 13 de marzo del 2002 en el Diario Oficial de la Federación.

En efecto, en virtud de la expedición del ordenamiento en cita, se encuentran derogados los títulos primero, tercero y cuarto de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, únicamente por lo que respecta al ámbito federal, de ahí que lo que establece su artículo 47 (materia de la propuesta), ya no sea aplicable al ámbito federal.

Cuarta. Con la promulgación de una nueva ley para el ámbito federal, se agrupó en un solo ordenamiento jurídico las normas sobre responsabilidad administrativa de los servidores públicos federales, quedando las figuras del juicio político y la declaración de procedencia en la ley a la que se refiere la iniciante, que es la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, la cual sigue estando vigente para los servidores públicos del Distrito Federal respecto a su régimen de responsabilidades administrativas.

Quinta. El artículo 1 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos afirma que tiene por objeto reglamentar el título cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de:

1. Los sujetos de responsabilidad administrativa en el servicio público;
2. Las obligaciones en el servicio público;
3. Las responsabilidades y sanciones administrativas en el servicio público;
4. Las autoridades competentes y el procedimiento para aplicar dichas sanciones, y
5. El registro patrimonial de los servidores públicos.

Sexta. Cabe destacar que el artículo 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos es el precepto que prevé las obligaciones de los servidores públicos (normas de conducta) y es al que tenía que haberse referido la propuesta de la iniciante, y no al artículo 47 de un ordenamiento legal que ya no es aplicable al ámbito federal, por lo cual es procedente desechar la propuesta de mérito.

En virtud de los motivos expuestos en las consideraciones anteriores, ésta Comisión de la Función Pública, con base en las atribuciones legales y reglamentarias con las que cuenta, pone a su consideración el siguiente:

Acuerdo

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 47 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, presentada por la diputada Ana Yurixi Leyva Piñón , integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Segundo. Archívese este expediente como asunto totalmente concluido.

La Comisión de la Función Pública, diputados: Benjamín Ernesto González Roaro (rúbrica), presidente; José Guillermo Velázquez Gutiérrez (rúbrica), Enrique Cárdenas del Avellano (rúbrica), Jesús Ricardo Morales Manzo (rúbrica), secretarios; Jesús Sergio Alcántara Núñez , Alma Edwviges Alcaraz Hernández (rúbrica), Carlos Altamirano Toledo (rúbrica), Jesús Arredondo Velázquez (rúbrica), Carlos Armando Biebrich Torres , María Eugenia Campos Galván , Andrés Carballo Bustamante , José de la Torre Sánchez (rúbrica), Joaquín Conrado de los Santos Molina (rúbrica), Mario Enrique del Toro (rúbrica), Adriana Díaz Contreras , María del Carmen Fernández Ugarte (rúbrica), Arturo Flores Grande (rúbrica), Apolonio Méndez Meneses (rúbrica), Carlos Orsoe Morales Vázquez , Alan Notholt Guerrero (rúbrica), Héctor Padilla Gutiérrez , Rafael Plácido Ramos Becerril , Marcos Salas Contreras (rúbrica), Ramón Valdez Chávez (rúbrica), Lariza Montiel Luis (rúbrica).»

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Está a discusión el punto de acuerdo. En virtud de que no se ha registrado orador alguno, se reserva para su votación en conjunto.

Consulte entonces la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueban los puntos de acuerdo.

El Secretario diputado José Manuel del Río Virgen : Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la asamblea si se aprueban los puntos de acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Aprobados los puntos de acuerdo. Archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos.



LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Se recibió de la diputada Ana María Ramírez Cerda, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia.

El Secretario diputado José Manuel del Río Virgen : «Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Ana María Ramírez Cerda , del Grupo Parlamentario del PVEM

Ana María Ramírez Cerda , diputada de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta ante el Pleno de esta honorable asamblea, la presente iniciativa que contiene proyecto de decreto, con base en la siguiente

Exposición de motivos

De acuerdo con la Organización Panamericana de la Salud (OPS), la violencia basada en género es uno de los abusos contra los derechos humanos, y de los problemas de salud pública más difundidos en el mundo; afecta a una de cada tres mujeres y es, también, una manifestación extrema de la desigualdad de género, que se basa en la subordinación del sexo femenino respecto al masculino; y afecta la salud física y mental de las mujeres y niñas, así como el desarrollo de la sociedad en general. 1

Las consecuencias de la violencia contra la mujer son tan severas que incluso ha sido reconocida desde 1993, por la OPS, como un problema de salud pública y ``un problema especial de graves repercusiones sociales por la asociación existente entre discriminación y maltrato.'' 2

Lo anterior, resulta de la mayor importancia si consideramos que en nuestro país la violencia contra la mujer va en aumento.

``De la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2006, se desprende que en el país, de las 21 millones 631 mil 993 mujeres casadas o unidas de 15 años o más, fueron violentadas a lo largo de su relación, 10 millones 088 mil 340, dato que muestra un alto índice de violencia de género, representa casi la mitad de las mujeres encuestadas (46.7 %)''. 3

De esta cifra, el 44.6 por ciento de mujeres han sido agredidas físicamente (4 millones 497 mil 887); el 18.1 por ciento de mujeres han sufrido violencia sexual (1 millón 822 mil 270); otro 84.3 por ciento de mujeres ha padecido violencia psicológica (8 millones 504 mil 221); y un 60.7 por ciento de mujeres han experimentado violencia económica (6 millones 119 mil 256). 4

Por otra parte, diez estados tienen porcentajes de violencia de pareja superiores a la media nacional, entre ellos Colima, Jalisco y el Estado de México, que se ubican por encima del 53 %. 5

Lo expuesto, resulta preocupante si consideramos que la violencia contra la mujer no ha disminuido en relación con las cifras de 2003, ya que por lo menos 46.6 por ciento de mujeres mexicanas fueron víctimas de violencia, de acuerdo a un estudio publicado en el 2003 por el Instituto Nacional de las Mujeres y el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer.

Ante este panorama, las mujeres requieren que el Estado adopte todas las medidas que sean necesarias para abatir el problema.

La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia constituye un avance muy importante en este sentido, no sólo porque con ella se cumplen compromisos internacionales de nuestro país, como los relativos a la Plataforma de Acción de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer o la Convención de Belém do Pará, sino porque contamos con disposiciones normativas aplicables a todas las mujeres en el país, y obligatorias en los tres órdenes de gobierno, que tienen por objeto erradicar todos los tipos de violencia contra las mujeres y garantizar su acceso a una vida libre de violencia.

No obstante lo anterior, consideramos que a fin de contribuir a la erradicación de la violencia contra la mujer, resulta necesario reformar algunos preceptos del mencionado ordenamiento legal, con el objeto de desarrollar elementos importantes como los relativos a la reinserción de los agresores, debido a que, aún cuando la intervención con la mujer maltratada y con sus hijos es imprescindible, resulta insuficiente si no se actúa simultáneamente con el agresor.

Fundamentalmente porque ``la violencia hacia las mujeres, debido a su pertenencia genérica, no es un problema que se explique por adicciones, condiciones de pobreza del agresor, u otros; es un problema de relaciones de poder entre sexos, manejado desde una perspectiva de sometimiento. 6

Si bien actualmente la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia prevé la creación de modelos de atención que brinden servicios reeducativos integrales, especializados y gratuitos al agresor, no se contempla la posibilidad de apoyar la creación de centros de atención especializados para agresores, que además de brindar servicios de reeducación integral, proporcionen tratamiento psicológico especializado y gratuito.

Lo anterior, resulta de la mayor importancia si se considera que al no recibir el agresor ningún tipo de tratamiento psicológico, el problema continúa. Además de que existe el riesgo de que la situación de maltrato se reproduzca en las víctimas, ya que un porcentaje importante de ellas reanuda la convivencia con el agresor, lo que contribuye a que la violencia se extienda a otros miembros de la familia, especialmente a los hijos, o a futuras parejas del mismo agresor.

Según información disponible, el psicólogo Enrique Echeburúa -uno de los pioneros en España, en terapias para agresores- concluyó que había que neutralizar a los agresores para proteger a sus parejas actuales y futuras, ya que después de dos años de haber implementado un servicio de atención para víctimas de violencia sexual y familiar se percató que entre el 40 y el 50 por ciento de las mujeres seguía viviendo con su agresor.

Actualmente la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia sólo prevé la hipótesis de que el agresor participe obligatoriamente en los programas de reeducación integral, cuando se le determine por mandato de autoridad competente, pero no se prevé la amplia posibilidad de que el agresor acuda voluntariamente a algún centro de atención especializada, con el fin de recibir tratamiento para reinsertarse en la vida social.

Ante esta realidad, la reforma que se propone consiste en apoyar la creación de centros de atención especializados para agresores, que brinden servicios de reeducación integral y tratamiento psicológico, especializados y gratuitos, con el objeto de erradicar las conductas violentas y reinsertar al agresor a la vida social.

Además, es importante considerar el ámbito de validez territorial de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como la obligación de las entidades federativas de dar cumplimiento al artículo 8 transitorio del mismo ordenamiento legal, de promover las reformas necesarias en la legislación local para cumplir el objeto de la ley.

En este punto, vale la pena mencionar que al 1 de junio de 2008, 22 entidades federativas han aprobado su respectiva Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de las cuales sólo seis prevén la creación de centros de atención para agresores.

Es así que resulta necesario establecer en la ley general la obligación de crear centros de atención especializados para agresores, con el objeto de que su creación resulte obligatoria en todo el país.

En términos generales, lo que se pretende lograr con los centros de atención especializada para agresores, es una reeducación psicosocial de los mismos, para lograr un ajuste que les posibilite reinsertarse en la sociedad, con la garantía de haber erradicado la violencia de sus hábitos de conducta.

Se busca que en los centros de atención se implemente un programa con carácter multidisciplinar, fundamentalmente con un planteamiento técnico y científico, que se base en el análisis psicológico previo del perfil del agresor.

La reforma propuesta resultaría benéfica no sólo para los agresores sino también para las mujeres. Debido a que aún cuando se busca implementar acciones dirigidas a los agresores, su objetivo fundamental sería proteger a la mujer que, por diferentes razones, continúa conviviendo con el agresor, a los hijos o a la futura pareja; es decir, se evitaría que otras mujeres sean agredidas.

La violencia contra las mujeres constituye un obstáculo para lograr los objetivos de igualdad, desarrollo y paz, y una violación y anulación del disfrute de los derechos humanos y las libertades de las mujeres. 7

Lo anterior, nos obliga a adoptar todas las medidas que sean necesarias para erradicar un mal que tanto daña a la familia mexicana.

Por lo expuesto, la que suscribe, diputada Ana María Ramírez Cerda de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Verde, para garantizar lo dispuesto en los artículos 1 y 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y demás disposiciones jurídicas aplicables, somete a la consideración de esta asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de:

Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Único. Se reforman los artículos 8 y 53; se adicionan una fracción IV al artículo 14, una fracción XIV al artículo 38, una fracción XIII al artículo 49, recorriéndose las demás en su orden; una fracción VIII al artículo 50, recorriéndose las demás en su orden; se adiciona un capítulo VI al título III, que se denominará ``De los Centros de Atención Especializada para los Agresores'' con los artículos 60 a 63, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para quedar como sigue:

Artículo 8. ...

I. ...
II. ...
III. Proporcionar servicios de tratamiento psicológico, especializado y gratuito al agresor, para erradicar las conductas violentas;
IV. Evitar que la atención que reciban la víctima y el agresor sea proporcionada por la misma persona y en el mismo lugar. En ningún caso podrán brindar atención aquellas personas que hayan sido sancionadas por ejercer algún tipo de violencia;
V. Evitar procedimientos de mediación o conciliación, por ser inviables en una relación de sometimiento entre el Agresor y la Víctima;
VI. Favorecer la separación y alejamiento del agresor con respecto a la víctima,
VII. Favorecer la instalación y mantenimiento de refugios para las víctimas y sus hijas e hijos; la información sobre su ubicación será secreta y proporcionarán apoyo psicológico y legal especializados y gratuitos. Las personas que laboren en los refugios deberán contar con la cédula profesional correspondiente a la especialidad en que desarrollen su trabajo. En ningún caso podrán laborar en los refugios personas que hayan sido sancionadas por ejercer algún tipo violencia, y
VIII. Favorecer la instalación y mantenimiento de Centros de Atención Especializados para Agresores, que brinden servicios de reeducación integral y tratamiento psicológico, especializados y gratuitos, que favorezcan la eliminación de las conductas violentas y la reinserción del agresor a la vida social.

Las personas que laboren en los centros deberán contar con la cédula profesional correspondiente a la especialidad en que desarrollen su trabajo. En ningún caso podrán laborar en los centros personas que hayan sido sancionadas por ejercer algún tipo violencia.

Artículo 14. ...

I. a III. ...
IV. Diseñar programas que brinden servicios reeducativos integrales y tratamiento psicológico, especializados y gratuitos, para víctimas y agresores.

Artículo 38. El programa contendrá las acciones con perspectiva de género para:

I. a XII. ...
XIII. Diseñar un modelo integral de atención a los derechos humanos y ciudadanía de las mujeres que deberán instrumentar las instituciones, los centros de atención y los refugios que atiendan a víctimas, y
XIV. Brindar al agresor servicios reeducativos integrales con perspectiva de género y tratamiento psicológico, especializados y gratuitos, en instituciones públicas debidamente acreditadas.

Artículo 49. ...

I. a XII. ...
XIII. Impulsar la creación de Centros de Atención Especializados para los Agresores.
XIV. Difundir por todos los medios de comunicación el contenido de esta ley;
XV. Rendir un informe anual sobre los avances de los programas locales;
XVI. Promover investigaciones sobre las causas y las consecuencias de la violencia contra las mujeres;
XVII. Revisar y evaluar la eficacia de las acciones, las políticas públicas, los programas estatales, con base en los resultados de las investigaciones previstas en la fracción anterior;
XVIII. Impulsar la participación de las organizaciones privadas dedicadas a la promoción y defensa de los derechos humanos de las mujeres, en la ejecución de los programas estatales;
XIX. Recibir de las organizaciones privadas, las propuestas y recomendaciones sobre la prevención, atención y sanción de la violencia contra mujeres, a fin de mejorar los mecanismos para su erradicación;
XX. Proporcionar a las instancias encargadas de realizar estadísticas, la información necesaria para la elaboración de éstas;
XXI. Impulsar reformas, en el ámbito de su competencia, para el cumplimiento de los objetivos de la presente ley, así como para establecer como agravantes los delitos contra la vida y la integridad cuando estos sean cometidos contra mujeres, por su condición de género;
XXII. Celebrar convenios de cooperación, coordinación y concertación en la materia, y
XXIII. Las demás aplicables a la materia, que les conceda la ley u otros ordenamientos legales.

Las autoridades federales harán las gestiones necesarias para propiciar que las autoridades locales reformen su legislación, para considerar como agravantes los delitos contra la vida y la integridad corporal cometidos contra mujeres.

Artículo 50. ...

I. a VII. ...
VIII. Apoyar la creación de Centros de Atención Especializados para los Agresores.
IX. Participar y coadyuvar en la prevención, atención y erradicación de la violencia contra las mujeres;
X. Llevar a cabo, de acuerdo con el sistema, programas de información a la población respecto a la violencia contra las mujeres;
XI. Celebrar convenios de cooperación, coordinación y concertación en la materia, y
XII. La atención de los demás asuntos que en materia de violencia contra las mujeres que les conceda esta ley u otros ordenamientos legales.

Artículo 53. El agresor deberá participar obligatoriamente en los programas de reeducación integral y tratamiento psicológico, cuando se le determine por mandato de autoridad competente.

Capítulo VI De los Centros de Atención Especializada para los Agresores

Artículo 60. El agresor podrá optar por acudir voluntariamente a un centro de atención especializada para obtener la asistencia adecuada e integrarse nuevamente a la vida social. Estará obligado a asistir a dicho centro cuando se le determine por mandato de autoridad competente.

Artículo 61. Los centros de atención especializada tendrán las siguientes facultades y obligaciones:

I. Aplicar en lo conducente el programa;
II. Proporcionar al agresor la atención que coadyuve a su reinserción en la vida social;
III. Proporcionar al agresor talleres educativos integrales para motivar su reflexión sobre los patrones socioculturales que generan en ellos conductas violentas, y eliminar los estereotipos de supremacía masculina, y los patrones machistas que generan su violencia;
IV. Proporcionar al agresor tratamiento psicológico especializado y gratuito, según lo requiera, de acuerdo a una valoración previa, y
V. Contar con el personal debidamente capacitado y especializado en las materias relacionadas con la atención que brindan.

Artículo 62. El tratamiento psicológico especializado que proporcionen los centros al agresor, deberá observar los siguientes lineamientos:

I. El modelo psicoterapéutico que se implemente será registrado y validado por dos instituciones públicas, en cuanto a su efectividad y contenidos, el refrendo del mismo se realizará semestralmente; y
II. Una institución pública deberá fungir como supervisor clínico de los profesionales que proporcionan el apoyo psicoterapéutico.

Artículo 63. Los centros de atención especializada deberán estar alejados de los refugios para víctimas.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor a los treinta días siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Como única ocasión, para el primer año de creación de los Centros de Atención Especializada para Agresores, se aprobará un presupuesto extraordinario en el Presupuesto de Egresos de 2009.

Notas: 1. De acuerdo con la publicación ``La violencia contra las mujeres: responde el sector salud'', 2003. OPS. 2. Véase. CD37.19, 1993 de la Organización Panamericana de Salud. 3. ``Panorama de violencia contra las mujeres en los Estados Unidos Mexicanos 2006''. ENDIREH 2006. Estados Unidos Mexicanos, elaborado por el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI). 4. Las cifras no son exclusivas del tipo de violencia citado, pues una misma mujer pudo haber reportado uno o más tipos a la vez. 5. De acuerdo con la publicación del INEGI ``Panorama de Violencia contra las Mujeres en los Estados Unidos Mexicanos, 2006. 6. Véase. ``Panorama de violencia contra las mujeres en los Estados Unidos Mexicanos 2006''. ENDIREH 2006. Estados Unidos Mexicanos elaborado por el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), p. 30. 7. Véase. Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, asamblea general de la Organización de Naciones Unidas, 1993; y declaración y plataforma para la acción de Beijing (Cuarta conferencia mundial de la mujer, 1995).
Dado en el palacio legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 23 de octubre de 2008.--- Diputada Ana María Ramírez Cerda (rúbrica).»

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Túrnese a la Comisión de Equidad y Género.



LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Se recibió iniciativa que reforma el artículo 29 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, suscrita por los diputados Mayra Gisela Peñuelas Acuñay Gilberto Ojeda Camacho, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

El Secretario diputado José Manuel del Río Virgen : «Iniciativa que reforma el artículo 29 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, suscrita por los diputados Mayra Gisela Peñuelas Acuña y Gilberto Ojeda Camacho , del Grupo Parlamentario del PRI

Los suscritos, diputados Mayra Gisela Peñuelas Acuña y Gilberto Ojeda Camacho , someten a la consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 29 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, con el más firme propósito de fortalecer la gestión de los gobiernos municipales, en favor de los servicios de carácter público que ofrecen a la sociedad, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

A partir de la entrada en operación y generalización de uso de las denominadas antenas parabólicas, que captan señal televisiva vía satélite, y con el ánimo de brindar servicio gratuito a la población, algunos gobiernos municipales se dieron a la tarea de captar, de manera directa, la señal de canales que luego retransmitían en frecuencia abierta en un radio geográfico limitado.

Para los efectos del caso, instalaron receptores y decodificadores de señal televisiva satelital. A su vez, la señal era enviada de manera abierta a un número limitado de hogares. La cobertura de captación era de un radio geográfico, por lo regular, de una extensión aproximada a los 6 kilómetros.

No obstante que la medida adoptada por administraciones municipales contravenía las disposiciones preceptuadas en la legislación correspondiente, la iniciativa en mención contó con el beneplácito de amplios sectores de la población que vieron con ello la oportunidad de acceder a una oferta variada de entretenimiento televisivo.

Entre otros argumentos, las administraciones correspondientes sustentaron la medida en el hecho de que la población beneficiada está asentada en zonas geográficas que, por efecto de sus características orográficas, no captan en condiciones óptimas las señales enviadas por la televisión abierta, sin dejar de mencionar que, en algunos otros casos, no la reciben.

Argumentaron, además, la necesidad de brindar a la población el acceso a una variedad de alternativas, no sólo de entretenimiento sino de puente a la educación y la cultura en general, que ofrece, precisamente, la televisión por la multiplicidad de canales que oferta.

Insisto que la medida a que hago referencia fue bienvenida por la población, toda vez que le representó el acceso legítimo de toda sociedad a un pluralismo de entretenimiento vía televisiva. Fue ésta una de las divisas fundamentales en las que descansó la iniciativa de algunos presidentes municipales.

Ello, porque implicó, e implica, la oportunidad de la población de acceder a mayores opciones para el desarrollo educativo y cultural, tomando como referencia que la televisión, como medio de comunicación masiva, contribuye a desarrollar tareas de educación formativa.

Precisamente, estas características de la televisión, como medio masivo, son lo que le permite servir como puente para la el proceso de educación y no únicamente como promotor del entretenimiento, aparte de ser, para los espectadores, una ventana a múltiples y variadas expresiones culturales.

Además, la televisión, como medio de comunicación masiva, y gracias a los adelantos de carácter técnico y tecnológico, ha ganado un peso de influencia en las sociedades, porque se ha convertido en un medio fundamental para la pedagogía.

Consientes de esta percepción, y una vez salvado el beneplácito del cuerpo de gobierno, es que algunos alcaldes concretaron la iniciativa de invertir en infraestructura elemental, con lo cual fue posible, en algunas zonas del país, captar señal televisiva de satélite que después fue retransmitida en frecuencia abierta, gracias a que el desarrollo de los satélites significa precisamente la posibilidad de que la televisión, como medio de comunicación, alcance una cobertura geográfica total.

Sin embargo, la autoridad normativa puso freno a esta práctica, debido a que contravenía y contraviene lo dispuesto en la Ley Federal de Telecomunicaciones.

Es por ello que, buscando salvar el impedimento de carácter legal que al respecto existe, nos hemos permitido presentar una iniciativa de adición a la Ley Federal de Telecomunicaciones, esperando que ello redunde en favor de la población que tiene derecho a los beneficios que desde el aspecto educativo ofrece la televisión como medio de comunicación masiva.

Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento por lo establecido en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior Del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de este Pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión la presente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona el artículo 29 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, para quedar como sigue:

Sección IV De las Concesiones para Comunicaciones Vía Satélite

Artículo 29. Las concesiones para ocupar y explotar posiciones orbitales geoestacionarias y órbitas satelitales asignadas al país, con sus respectivas bandas de frecuencias y derechos de emisión y recepción de señales, se otorgarán tanto a particulares como a los gobiernos estatales y municipales, mediante el procedimiento de licitación pública a que se refiere la sección II del presente capítulo, a cuyo efecto, el gobierno federal podrá requerir una contraprestación económica por el otorgamiento de dichas concesiones, sólo en el caso de aquellos particulares que lucren con el uso de la concesiones, con excepción de las otorgadas a los gobiernos estatales y municipales.

Transitorio

Articulo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de septiembre de 2008.--- Diputados: Gilberto Ojeda Camacho , Mayra Gisela Peñuelas Acuña (rúbricas).»

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Túrnese a la Comisión de Comunicaciones.



ARTICULO 18 CONSTITUCIONAL

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Se recibió de la diputada Mayra Gisela Peñuelas Acuña, del Partido Revolucionario Institucional, iniciativa que reforma el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El Secretario diputado José Manuel del Río Virgen : «Iniciativa que reforma el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Mayra Gisela Peñuelas Acuña , del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, Mayra Gisela Peñuelas Acuña , integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la Cámara de Diputados de la LX Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el párrafo tercero del artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con la siguiente

Exposición de Motivos

La problemática causada por el evidente incremento de la población interna en el sistema nacional penitenciario ocupa la atención de las autoridades federales y locales de la materia. Los datos y las cifras son impresionantes.

De acuerdo con información proporcionada por la Secretaría de Seguridad Pública federal sobre el estado que guarda el sistema penitenciario nacional, dicho sistema cuenta con 442 centros de readaptación social, de los cuales sólo 6 son federales, 10 del Gobierno del Distrito Federal, 331 de los gobiernos estatales y 95 de gobiernos municipales.

La población en prisión se ha incrementado en México a un ritmo sin precedente. En poco más de 10 años casi se ha duplicado, lo que no había ocurrido en un periodo tan corto.

La población penitenciaria nacional en 1998 era de 128 mil 902 reos; actualmente asciende a 217 mil 457. De éstos, 166 mil 276 son del fuero común y 51 mil 181 del federal, lo que significa que las entidades federativas tienen que atender a estos reos, que son responsabilidad de la federación.

Este incremento ha generado que en las prisiones mexicanas se supere la capacidad instalada. Hay una sobrepoblación de 51 mil 710 internos que se sitúan en 223 penales; de ellos, en 158 se tiene población del fuero común y federal y sólo en 65 hay población del fuero común.

Esto se da principalmente en las prisiones de Baja California, Nayarit, Chiapas, Sonora, Tamaulipas, Oaxaca, Puebla y Distrito Federal.

Para los presos de orden federal, el gobierno destina un socorro de ley, recursos que otorga la federación a las entidades federativas para la manutención de los reos federales, que compurgan sus penas en centros penitenciarios locales, entendiendo como manutención los gastos para alimentación, sueldos del personal del centro, y servicios médicos, psicológicos, sociales, legales y laborales, así como agua, luz, teléfono y mantenimiento de edificios, entre otros.

Durante muchos años, los estados estuvieron recibiendo sólo 25 pesos por interno federal. Actualmente, dicha cantidad asciende a 40 pesos, pese a que el costo real promedia 140 pesos. El gobierno federal destina para cada reo la tercera parte de lo que cuesta la manutención

El proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 2009 considera incrementar a 50 pesos la cuota alimenticia por interno del fuero federal; no obstante, el incremento resulta a todas luces insuficiente para mantener a los más de 51 mil reos federales.

A la par del consumo de alimentos, cada uno de ellos hace uso de los servicios de agua potable y luz eléctrica; se invierte en el mantenimiento de las instalaciones. Dichos gastos son cubiertos por los gobiernos estatales y los municipales.

En la mayoría de los estados, cerca de 50 por ciento del presupuesto asignado al rubro de seguridad pública se destina a los centros penitenciarios locales, principalmente a su operación, y a la manutención de los internos. Muy bien, estos recursos podrían aplicarse, además de los programas de readaptación, en programas de desarrollo para las entidades del país.

Por consiguiente, ante esa situación, los gobiernos de los estados se hallan inmersos en serios problemas, ya que se afectan de manera directa sus finanzas, al tener que cubrir los faltantes para la manutención de un creciente número de reos federales.

De igual manera, para las autoridades penitenciarias los centros de readaptación no son viables para recuperar lo invertido, debido a que la mayoría de los internos no produce, sólo generan gastos y los que se dedican durante su estancia a realizar algún trabajo son mal pagados.

Los centros de readaptación social representan una carga económica muy fuerte al presupuesto destinado a la seguridad pública, tanto estatal como federal. Millones de pesos al año son destinados a la manutención de los Ceresos en México, sin que satisfagan siquiera la necesidad de su creación.

Los reos federales en las cárceles estatales constituyen una carga económica y administrativa para las entidades federativas, sin contar con los riesgos de seguridad, que no son compartidos debidamente por la instancia federal, lo que los reduce a enfrentar situaciones de responsabilidad jurídica, sin obligación legal.

Los mismos mandatarios agrupados en la Conferencia Nacional de Gobernadores han demando que el gobierno federal se responsabilice de los reos federales. Incluso, algunos congresos estatales han acordado solicitarle que traslade a los reos del fuero federal a sus cárceles, a fin de que se haga cargo de la manutención y vigilancia y no cuesten más a los gobiernos estatales y municipales. Han declarado que los estados no están en capacidad de seguir aportando más de dos terceras partes para la manutención de personas internas a causa de un proceso penal federal.

Hay necesidad de que el gobierno de la república asuma su responsabilidad y cumpla el artículo 3 de la Ley General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública:

...

Las autoridades competentes alcanzarán los fines de la seguridad pública mediante la prevención, persecución y sanción de las infracciones y delitos, así como la reinserción social del delincuente y del menor infractor.

Por ello se requiere que el gobierno federal asuma cabalmente su responsabilidad con los Ceresos donde hay mayoritariamente reos federales.

Por lo anterior, presento a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que adiciona el párrafo tercero del artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Único. Se adiciona el párrafo tercero del artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 18. (...)

Los gobernadores de los estados, sujetándose a lo que establezcan las leyes locales respectivas, podrán celebrar con la federación convenios de carácter general para que los reos sentenciados por delitos del orden común extingan su condena en establecimientos dependientes del Ejecutivo federal. Cada orden de gobierno deberá hacerse cargo de la manutención de los reos según corresponda.

Transitorios

Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. Se derogan todas las disposiciones de carácter legal que se contrapongan con el presente decreto; y se dejan sin efecto las disposiciones de carácter administrativo que lo contravengan.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de octubre de 2008.--- Diputada Mayra Gisela Peñuelas Acuña (rúbrica).»

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.



CENTRO NACIONAL DE TRASPLANTES

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Se recibió de la diputada Mayra Gisela Peñuelas Acuña, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, punto de acuerdo por el que se solicita la comparecencia del director del Centro Nacional de Trasplantes, para que informe de la situación que prevalece en los hospitales donde se realizan trasplantes de órganos.

El Secretario diputado José Manuel del Río Virgen : «Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita la comparecencia del director del Centro Nacional de Trasplantes para que informe sobre la situación prevaleciente en los hospitales donde se realiza ese tipo de intervenciones quirúrgicas, a cargo de la diputada Mayra Gisela Peñuelas Acuña , del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, Mayra Gisela Peñuelas Acuña , diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en la LX Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento por lo dispuesto en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete la proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

En 1999 se crea el Consejo Nacional de Trasplantes como una comisión intersecretarial de la administración pública federal, que tendría por objeto promover, apoyar y coordinar las acciones en materia de trasplantes que realizan las instituciones de salud de los sectores público, social y privado.

El artículo 316 de la Ley Federal de Salud prescribe que en los establecimientos donde se hagan trasplantes de órganos y tejidos debe existir un comité interno de trasplantes, un responsable sanitario y un coordinador, además de un comité de ética en el que participen personas ajenas al programa de trasplantes. Las entidades federativas contarán con centros estatales, como el nacional, y la asignación de cada trasplante deberá ser aprobada por el responsable local del programa de trasplantes.

Por su parte, el artículo 333 de la misma ley establece que para la asignación de los órganos se debe haber cumplido con todos los requisitos legales y procedimientos establecidos por la secretaría para comprobar que no se está lucrando con esta práctica.

De igual manera, el artículo 336 establece que para la asignación de órganos y tejidos, y cuando no exista urgencia o razón médica para asignar preferentemente un órgano o tejido, ésta se sujetará estrictamente a listas que se integrarán con los datos de los mexicanos en espera, y que estarán a cargo del Centro Nacional de Trasplantes (Cenatra).

Por su parte, corresponde al Cenatra, y a los centros estatales, decidir y vigilar la asignación de órganos y tejidos y células.

Asimismo, el artículo 339 de la Ley Federal de Salud mandata a que los centros estatales de trasplantes, que establezcan los gobiernos de las entidades federativas, decidirán y vigilarán la asignación de órganos, tejidos y células, dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, y actuarán coordinadamente con el Consejo Nacional de Trasplantes, cuyas funciones, integración y organización se determinarán en el reglamento respectivo.

Los centros estatales proporcionarán al Registro Nacional de Trasplantes la información correspondiente a su entidad y su actualización, en los términos de los acuerdos de coordinación respectivos.

La normatividad establece que las atribuciones del Cenatra son de rectoría. Aquí se origina el Programa Nacional de Donación y Trasplante de Órganos, y tiene la atribución de vigilar a los comités internos de los hospitales, y están obligados a informar al centro sobre cada procedimiento que realicen en el transcurso del mes siguiente.

Por su parte, el reglamento del Consejo Nacional de Trasplantes manifiesta que esta instancia debe coadyuvar con las autoridades competentes en la prevención del tráfico ilegal de órganos, tejidos y células. También le fija coordinar y operar los métodos de asignación de órganos a nivel nacional.

Al respecto, quiero mencionar las declaraciones hechas en días pasados por el coordinador del Cenatra, Dib Kuri, en el sentido que, a la fecha, personal del centro ha visitado 30 unidades hospitalarias autorizadas para tomar órganos en donación y trasplantarlos, de las cuales la mitad trabaja bien y el resto mal o con deficiencias.

Este hecho es preocupante. Más aún, cuando en días pasados nos enteramos de lo sucedido en el hospital civil Fray Antonio Alcalde, de Guadalajara, uno de los más importantes de Jalisco, donde se reconoció que desde hace al menos un año el jefe de la Unidad de Trasplantes sabía de la existencia de presuntas irregularidades en la disposición (donación y trasplante) de órganos. Incluso, el mismo funcionario reconoció que esta situación podría estar ocurriendo en otros estados.

Los órganos y tejidos que son donados con fines de trasplante constituyen un bien social que es temporalmente administrado por el sistema nacional de trasplantes.

Debido a que la demanda de órganos y tejidos es desproporcionada, con respecto a los que hay disponibles, es responsabilidad de los profesionales de la salud, involucrados en cada etapa del proceso, que los órganos se asignen al receptor adecuado en las mejores condiciones posibles, atendiendo siempre los lineamientos normativos.

Con base en lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Artículo Único. Se cite a comparecer al director del Centro Nacional de Trasplantes, Dib Kuri, para que informe de la situación que prevalece en los hospitales donde se realizan trasplantes de órganos.

Salón de sesiones, a 11 de septiembre de 2008.--- Diputada Mayra Gisela Peñuelas Acuña (rúbrica).»

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Túrnese a la Comisión de Salud.



ARTICULOS 75, 115, 116, 122 Y 127 CONSTITUCIONALES

La Presidenta diputada Martha Hilda González Calderón : Tiene la palabra la diputada Dora Alicia Martínez Valeropara presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por ella misma y por el diputado Mario Alberto Salazar Madera, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

La diputada Dora Alicia Martínez Valero : Con su venia, señora presidenta.

Compañeros diputados, en un orden social justo que México requiere las personas deben gozar de una base económica suficiente que les garantice el ejercicio de sus libertades y que les permita vivir con dignidad.

Los suscritos, diputados Dora Alicia Martínez Valero y Mario Alberto Salazar Madera , integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 55, fracción II, y demás relativos al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa, por las razones que a continuación expondré.

En un entramado social que día con día nos empeñamos en construir, y con relación a la debida y adecuada división de poderes, es justo que los ciudadanos tengan la certeza de que el dinero que se destina para el Estado y para la consecución de cada uno de los fines de éste sea bien canalizado; entre ellos, los recursos que se destinan para cubrir los salarios de los funcionarios públicos.

Esta legislatura ha dado muestra del compromiso para combatir las viejas prácticas de discrecionalidad de los sueldos millonarios de los servidores públicos que en el servicio público era servicio propio, donde la política es el mejor espacio para acrecentar las arcas de unos cuantos.

Todas estas malas prácticas hicieron, en parte, que los ciudadanos perdieran la confianza en la política y en los políticos; que se generara una cultura de amiguismo, de favores, de aviadores al interior del gobierno, y que nos acostumbráramos a ser únicamente espectadores, sin reclamar.

Por ello, la transparencia se ha convertido en un elemento clave para el proceder de los gobernantes, en relación con sus gobernados. Todas y cada una de las acciones tendientes a transparentar el ejercicio gubernamental son valiosas para el desarrollo del Estado y también para sus instituciones.

La iniciativa que proponemos el día de hoy reforma los artículos 75, fracción IV, párrafo octavo, también del artículo 115 y el artículo 127 se adiciona. También reformamos el artículo 122, en los párrafos segundo y tercero, y el artículo 127, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Con esto se pretende no sólo brindar certeza a los ciudadanos sobre la remuneración de los servidores públicos, sino a ellos mismos y a los aspirantes a dichos cargos sobre el salario que recibirán en el ejercicio de su encargo.

Con esta iniciativa proponemos la creación de comités de transparencia y evaluación salarial de los trabajadores al servicio del Estado para cada uno de los Poderes de la Unión, para cada uno de los niveles de gobierno; es decir, federal, estatal y municipal, sin que estos comités tengan como función otorgar los parámetros que permitan dar certidumbre a los ciudadanos. Tenemos que continuar y propiciar la ética de los servidores públicos.

Con esta iniciativa también cuidamos que los organismos autónomos puedan designar el salario que debe tener la gente que en ellos participa.

Por lo expuesto, amablemente solicitaría a la Presidencia que se inserte íntegra tanto la iniciativa como mi participación en este momento. Es cuanto, señor presidente.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Mario Alberto Salazar Madera y Dora Alicia Martínez Valero , del Grupo Parlamentario del PAN

Los suscritos, diputados Dora Alicia Martínez Valero y Mario Alberto Salazar Madera , integrantes del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa de decreto, bajo la siguiente:

Exposición de Motivos

México está cambiado, nuestro país demanda rendición de cuentas y transparencia para acabar con las prácticas del pasado penosamente reciente, en donde era común que los funcionarios públicos amasaran grandes fortunas a costa del erario público.

Bajo este principio, el Congreso de la Unión ha asumido su responsabilidad al establecer mecanismos para que los ciudadanos conozcan, de manera certera, clara y oportuna, información sobre la gestión gubernamental, esta es una de las razones por las que fue aprobada por esta soberanía el 11 de junio de 2002, La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Estamos ciertos que sólo transparentando el ejercicio del poder público en la rendición de cuentas, podremos erradicar la corrupción de todos aquellos malos funcionarios que no ven en la labor que desempeñamos una forma de servir al pueblo, sino únicamente una forma para enriquecerse de manera indebida.

De esta manera, comprometidos con los principios que ha postulado Acción Nacional a lo largo de su historia respecto a la austeridad en el gasto público, la equidad y eficiencia en la acción gubernamental, y de conformidad con lo que señala el artículo 127 de nuestra Carta Magna que establece de manera precisa que la remuneración de los servidores públicos debe ser adecuada e irrenunciable, es que ahora presentamos esta iniciativa que propone la creación de Comités Técnicos de Transparencia y Valoración Salarial de los Trabajadores al Servicio del Estado, por cada uno de los poderes de la unión a nivel federal, y Comités Técnicos de Transparencia y Valoración Salarial, por cada uno de los estados incluyendo al Distrito Federal que designaran los salarios que recibirán los servidores públicos dentro de sus municipios y en cada una de las demarcaciones territoriales respectivamente, estos comités estarían integrados de manera paritaria por académicos especialistas en la materia así como por servidores públicos, teniendo como función el establecimiento de parámetros que otorguen certidumbre tanto a los servidores públicos como a los ciudadanos sobre el monto que los primeros deben percibir como remuneración justa, acorde y honesta por el trabajo que realizan como funcionarios públicos.

Respecto de los organismos con autonomía reconocida en esta Constitución y en las constituciones estatales y en el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, los salarios de los servidores públicos se fijaran en atención a sus leyes respectivas y sus reglamentos.

Sabemos la necesidad que existe de contar con servidores públicos éticos, profesionales y honestos; es por eso que se debe fortalecer el marco jurídico y mantenerse los criterios que permiten otorgar una remuneración económica que retribuya con justicia y congruencia el trabajo que realizan y que, simultáneamente, sea establecida en coherencia con las posibilidades presupuestarias, así como con base en la economía nacional y local que existe en los distintos niveles de gobierno: federal, estatal y municipal.

De esta manera los Comités cuya creación ahora se propone deberán formular los salarios de los servidores públicos en el marco de sus atribuciones para que se integren en el proyecto de egresos de la federación, así como analizar, y evaluar las percepciones aprobadas en los presupuestos anteriores tomando en cuenta la importancia relativa a cada función, la capacidad financiera o presupuestal de la o las entidades públicas, así como la productividad y resultados, entre otras, para fijar salarios acorde a la importancia y requerimientos del trabajo desempeñado. Siendo base suficiente para fijar conforme a principios de legalidad, justicia y equidad los salarios de los servidores públicos.

Dadas las condiciones de pobreza que padecen millones de mexicanos y el esfuerzo tan grande que significa para todo ciudadano el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, debemos asumir una actitud responsable en el manejo de las finanzas públicas, puesto que de estas las remuneraciones de los servidores públicos constituyen un elemento fundamental. Es imprescindible reducir en el corto plazo la discrecionalidad de que disfrutan algunos servidores públicos para determinar, de manera autónoma e irresponsable, el monto de sus percepciones.

Bajo la anterior exposición es que ahora se presenta la siguiente iniciativa de

Decreto

Único. Se reforma el artículo 75, la fracción IV, párrafo octavo del artículo 115, y el artículo 127; y se adiciona una fracción VIII al artículo 116; un párrafo segundo al inciso b) recorriéndose los demás en su orden, de la fracción V, de la Base Primera del apartado C del artículo 122; y los párrafos segundo, tercero, y cuarto al artículo 127, todos ellos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 75. La Cámara de Diputados, al aprobar el Presupuesto de Egresos, no podrá dejar de señalar la retribución que corresponda a un empleo que esté establecido por la ley; y en caso de que por cualquiera circunstancia se omita fijar dicha remuneración, se entenderá por señalada la que hubiere tenido fijada en el Presupuesto anterior o en la ley que estableció el empleo. Dicho señalamiento deberá respetar los lineamientos previstos en el artículo 127 de esta Constitución.

Artículo 115. ...

I. a III. ...
IV. ...
...
...
Las legislaturas de los estados aprobarán las leyes de ingresos de los municipios, revisarán y fiscalizarán sus cuentas públicas. Los presupuestos de egresos serán aprobados por los ayuntamientos con base en sus ingresos disponibles.
En la determinación de las remuneraciones de los servidores públicos municipales, los ayuntamientos deberán atender en el correspondiente decreto presupuestal, los lineamientos previstos en el artículo 127 de esta Constitución.
...
V. a X. ...

Artículo 116. ...

I. a VII. ...
VIII. Las remuneraciones de los servidores públicos de los estados, se establecerán anualmente en el Presupuesto de Egresos que aprueben las legislaturas locales y se sujetarán a lo dispuesto en el artículo 127 de esta Constitución.

Artículo 122. ...

...

...

...

...

...

A. ...

B. ...

Base Primera. Respecto de la Asamblea Legislativa.

I. a IV. ...
V. La Asamblea Legislativa, en los términos del Estatuto de Gobierno, tendrá las siguientes facultades:
a) ...
b) ...
Las remuneraciones de los servidores públicos del Distrito Federal, se establecerán anualmente en el Presupuesto de Egresos que apruebe la Asamblea Legislativa y se sujetarán a lo dispuesto en el artículo 127 de esta Constitución.

...

...

...

C. a O. ...

Base Segunda a Base Quinta ...

Artículo 127. Los servidores públicos recibirán una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que será determinada en forma anual, austera, equitativa y proporcional en los presupuestos de egresos que correspondan.

Las remuneraciones del Presidente de la República, de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de los diputados y senadores al Congreso de la Unión y de los demás servidores públicos en los ámbitos federal, estatal, municipal, del Distrito Federal y sus demarcaciones territoriales, serán fijados por los Comités Técnicos de Valoración Salarial. Se exceptúa de lo anterior a las remuneraciones de los servidores públicos que desempeñen un empleo, cargo o comisión en los organismos con autonomía reconocida en el ámbito de las constituciones federal, estatal, así como en el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

El Comité Técnico de Valoración Salarial es un organismo especializado, independiente en sus decisiones y funcionamiento, integrado de manera paritaria por académicos especialistas en la materia así como por servidores públicos, que tendrá como funciones analizar, evaluar y fijar las remuneraciones de los servidores públicos. Se constituirá un Comité en cada uno de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial de la Federación, estados y el Distrito Federal, en los términos que establezcan las leyes. En cada Estado de la Federación y en el Distrito Federal, se instituirá un Comité Técnico de Valoración Salarial, responsable de fijar de conformidad con lo previsto en este artículo, las remuneraciones de los servidores públicos de los municipios y de las demarcaciones territoriales, respectivamente.

Las leyes que regulan el funcionamiento de los organismos con autonomía reconocida en el ámbito de las constituciones federal, estatal, así como en el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, establecerán los criterios para la remuneración de los servidores públicos que desempeñan un empleo, cargo o comisión, en dichos organismos.

Artículos Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Congreso de la Unión, los Congresos de los estados, y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en sus respectivos ámbitos de competencia, deberán expedir o adecuar las leyes correspondientes, para crear los Comités Técnicos de Valoración Salarial, a más tardar 180 días después de la entrada en vigor de este decreto.

Diputada Dora Alicia Martínez Valero (rúbrica), Diputado Mario A. Salazar Madera (rúbrica).»

Presidencia del diputado José Luis Espinosa Piña

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Así se hará, diputada Dora Alicia Martínez Valero.Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Tiene la palabra el diputado José Inés Palafox Núñez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma los artículos 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 4o. de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. No estando presente en el salón el diputado Palafox Núñez, vamos a continuar.



LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA GUBERNAMENTAL

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Ahora le concedemos el uso de la palabra a la diputada Verónica Velasco Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, para presentar iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información PúblicaGubernamental.

La diputada Verónica Velasco Rodríguez : Con la venia del presidente.

Compañeras diputadas y compañeros diputados, los legisladores podemos reconocer que los avances en transparencia en nuestro país en los últimos seis años han sido significativos para nuestra sociedad; sin embargo, queda mucho por hacer.

El acceso a la información del gobierno no sólo es un derecho de los ciudadanos; también es una herramienta que permite fortalecer nuestro gobierno democrático a través de la rendición de cuentas.

Los gobiernos no sólo deben permitir que los ciudadanos los observen, sino también deben divulgar activamente la información que poseen.

En la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental se especifica que este ordenamiento tiene la finalidad de proveer lo necesario para garantizar el acceso a toda persona a la información, mediante procedimientos sencillos y expeditos. Esto debe incluir a personas con discapacidad y adultos mayores. Sin embargo, en la práctica eso desgraciadamente no ocurre, y por ello deben hacerse las adecuaciones necesarias.

Actualmente, en un contexto en el que predominan las tecnologías, se ha introducido el término accesibilidad electrónica, concepto que abraza los derechos y las posibilidades de las personas con capacidades distintas, para su mayor integración a la sociedad y la economía, mediante el uso de las tecnologías de la información y la comunicación, como lo es el Internet, que debe ser bien utilizado.

La nueva aplicación y servicio de las tecnologías son sin duda herramientas poderosas que permiten llevar información a personas que carecen de movilidad; al mismo tiempo, pueden ser el medio más democrático de un gobierno, porque le permite establecer lazos directos y superar las barreras geográficas, culturales, económicas, jerárquicas y de discapacidad.

Actualmente el acceso a las páginas web y a su contenido presentan una serie de problemas para las personas con discapacidades visuales, físicas, sensorial o cognitivas. El gobierno, entonces, debe adoptar las medidas necesarias para que la información disponible en sus páginas de Internet pueda ser accesible a este sector.

Una web accesible permite que personas con algún tipo de capacidad distinta hagan un uso correcto de ella. Logra que estas personas puedan percibir, entender, navegar e interactuar con la web aportando, a su vez, contenidos.

Para realizar una web accesible puede servir como procedente la W3C, que son estándares usados como referencia por gobiernos de varios países y organizaciones internacionales para el diseño de sus portales en línea con el único objeto de promover la universalidad en Internet.

Por lo anterior, se hace indispensable que en nuestra legislación se prevean medidas pertinentes para que se garantice que la información disponible en portales electrónicos o en otros medios sea accesible a las personas con discapacidades para que puedan hacer uso de la información electrónica de forma independiente.

En atención a lo anteriormente expuesto, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México y de Acción Nacional sometemos a la consideración de este honorable pleno la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Señor presidente, debido a que la iniciativa ha sufrido modificaciones, solicito que esta nueva versión que ahora entrego se inserte íntegramente en el Diario de los Debates. Es cuanto, muchas gracias.

«Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, a cargo de la diputada Verónica Velasco Rodríguez , del Grupo Parlamentario del PVEM

Verónica Velasco Rodríguez , diputada a la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 6, 71, fracción II, 72 y 73, fracción XXIX-D, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión la presente iniciativa con proyecto de decreto con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Los legisladores podemos reconocer que los avances en transparencia en nuestro país, en los últimos seis años han sido significativos para la sociedad. Sin embargo, aun queda mucho por hacer.

El acceso a la información del gobierno no sólo es un derecho de los ciudadanos, también es una herramienta que permite fortalecer nuestro gobierno democrático a través de la rendición de cuentas. El autor Richard W. Oliver asevera que la transparencia significa ``apertura activa'', es decir, que los gobiernos no sólo deben permitir que los ciudadanos los observen sino también deben ``divulgar activamente la información que poseen''.

Al respecto, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 6 que el Estado garantizará el derecho a la información, este derecho se establece como una garantía social que se materializa mediante los procedimientos y acciones públicas establecidas para que las personas tengan acceso a la información pública, en forma transparente.

Según lo dispuesto en los artículos 1o. y 4o., fracción I, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental se específica que este ordenamiento tiene la finalidad de proveer lo necesario para garantizar el acceso a toda persona a la información mediante procedimientos sencillos y expeditos.

La frase: ``acceso a toda persona'' hace referencia a todos los sectores de la sociedad, lo cual obviamente debe incluir a los grupos vulnerables como las personas con discapacidad y adultos mayores. Sin embargo, en la práctica esto no ocurre y para ello deben realizarse las adecuaciones necesarias.

La ``accesibilidad'' se refiere a la cualidad de fácil entrada o acercamiento para que cualquier persona, incluso aquellas que tengan limitaciones en la movilidad o en la comunicación, pueda llegar a un lugar, objeto o servicio.

Actualmente, en un contexto en el que predominan las telecomunicaciones en diversos ámbitos de la vida de la población se ha introducido el término de ``e-accessibility'' o accesibilidad electrónica, concepto que abraza los derechos y posibilidades de las personas con discapacidad para su mayor integración en la sociedad y la economía del conocimiento a través del uso de las tecnologías de la información y comunicación como Internet. Incluso la describen como las ``rampas de acceso on-line''.

De ser bien utilizadas, las nuevas aplicaciones y servicios de las tecnologías de la información y comunicación son una herramienta poderosa que permiten llevar información a personas que carecen de movilidad. Pueden ser una fuente de oportunidades para la integración, eliminando las barreras existentes. Internet permite ofrecer servicios más eficientes, compartir información de manera más transparente y facilitar la participación de los ciudadanos en la toma de decisiones. Al mismo tiempo, puede ser el medio más democrático de un gobierno porque le permite establecer lazos directos y superar las barreras geográficas, culturales, económicas, jerárquicas y de discapacidad 1

Es así que, en el marco de los avances en la democratización y de la ampliación de igualdad de oportunidades que lleva a cabo el gobierno en otros ámbitos de actuación, constituye una acción ineludible introducir las modificaciones necesarias en la presentación de los contenidos de información, incluyendo los que se encuentran en forma electrónica, establecidos en el artículo 9 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, de forma que permita la accesibilidad a las personas con discapacidad y, en consecuencia, a adultos mayores.

Actualmente, el acceso a las páginas web y a su contenido presenta una serie de problemas para las personas con discapacidad física, sensorial o cognitiva. Una buena parte de los más de 12 millones de quines tienen algún tipo de discapacidad en México, y de los más de 7 millones de adultos mayores de 60 años, pueden verse imposibilitados para acceder a la información y a los servicios que ofrecen los nuevos medios de comunicación.

El gobierno mediante sus tres poderes y los órganos autónomos debe adoptar las medidas necesarias para que la información disponible en sus páginas de Internet pueda ser accesible a personas con discapacidad y adultas mayores. Una web accesible permite que personas con algún tipo de discapacidad haga un uso correcto de ella. Logra que estas personas puedan percibir, entender, navegar e interactuar con la web , aportando a su vez, contenidos.

La accesibilidad electrónica también beneficia indirectamente a otras personas, incluyendo personas de edad avanzada que han visto mermadas sus habilidad a consecuencia de la edad.

Los expertos dejan claro que hacer un portal gubernamental o página web accesible no es fácil, sobre todo si se tiene en cuenta este objetivo desde el primer momento. Para realizar una web accesible, la W3C (World Wide Web Consortium) 2 ha establecido una serie de normas y pautas que definen cómo debe ser el diseño de ésta. 3 Son estándares usados como referencia por gobiernos de varios países y organizaciones internacionales para el diseño de sus portales en línea con el objeto de promover la universalidad de Internet. 4

``Las pautas describen cómo hacer páginas web accesibles sin sacrificar el diseño, ofreciendo esa flexibilidad que es necesaria para que la información sea accesible bajo diferentes situaciones y proporcionando métodos que permiten su transformación en páginas útiles e inteligibles.'' 5

Posteriormente, con el empleo de las pautas los beneficios son máximos. Además de favorecer a personas con discapacidad, el acceso a la web aporta otra serie de ventajas: se hacen aún más accesibles y flexibles para el resto de los usuarios porque son más fáciles de navegar; se incrementa la audiencia potencial, permite la reutilización de contenidos, fomenta la internacionalización, permite acceso a usuarios con conexión lenta, mejora la eficiencia, reduce el costo de mantenimiento y fomenta la responsabilidad social.

Actualmente países como España, Estados Unidos, Perú, Puerto Rico y Chile ya cuentan con legislación sobre accesibilidad 6 y algunos además establecen guías para diseñar sitios de Internet accesibles. 7 En ellas se determina por ejemplo, que deben ser descritas todas las imágenes, gráficos y animaciones usadas en la web ; transcribirse el sonido de los videos; no debe usarse el color como único método para señalar información importante. Pero, sobre todo, se enfatiza el cometido de lograr hacer accesible la web principal y no hacer una segunda versión ``sólo en texto'' como primera alternativa de accesibilidad, es decir, no se pretende duplicar el sitio. Además de que los portales gubernamentales tienen que ponerse a prueba y revisión constante para su actualización.

En este sentido, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad --jurídicamente vinculante a nuestro país por su ratificación en 2007--, en sus artículos 9 y 21, referentes a la accesibilidad; a la libertad de expresión y de opinión y acceso a la información, correspondientemente, obliga a los Estados parte, como México, a adoptar medidas pertinentes para asegurar el acceso a la información de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones que las demás, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales. Estas medidas, incluyen la identificación y eliminación de obstáculos y barreras de acceso aplicadas a los servicios de información como los servicios electrónicos y de emergencia.

Asimismo, compromete a nuestro país a la adopción de medidas para promover otras formas adecuadas de asistencia y apoyo a las personas con discapacidad para asegurar su acceso a la información de manera oportuna y sin costo adicional, en formato accesible y con las tecnologías adecuadas a los diferentes tipos de discapacidad; además de promover el acceso a los nuevos sistemas y tecnologías de la información y las comunicaciones, incluida la Internet.

Por lo anterior, se hace indispensable que en nuestra legislación se prevean medidas pertinentes para que se garantice que la información disponible en portales electrónicos, o en otros medios, sea accesible a todos. Esto contribuirá a la generación de un entorno en donde, las personas con discapacidad y en consecuencia, las adultas mayores, puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida.

En atención a lo anteriormente expuesto, los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta soberanía sometemos a la consideración de este honorable Pleno la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental

Artículo Único. Se adiciona una fracción X al artículo 3, recorriéndose las demás en su orden; se reforman el segundo párrafo de la fracción XVII del artículo 7 y el segundo párrafo del artículo 9 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, para quedar como sigue:

Artículo 3. Para los efectos de esta ley se entenderá por:

I. a IX. ...
X. Pautas de accesibilidad: Guía con especificaciones técnicas que utilizan los sujetos obligados para el diseño de sus sitios electrónicos con objeto de que la información sea accesible para las personas con discapacidad.
XI. Reglamento: El Reglamento respecto al Poder Ejecutivo Federal, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental;
XII. Servidores públicos: Los mencionados en el párrafo primero del artículo 108 constitucional y todas aquellas personas que manejen o apliquen recursos públicos federales;
XIII. Seguridad nacional: Acciones destinadas a proteger la integridad, estabilidad y permanencia del Estado mexicano, la gobernabilidad democrática, la defensa exterior y la seguridad interior de la Federación, orientadas al bienestar general de la sociedad que permitan el cumplimiento de los fines del Estado constitucional;
XIV. Sistema de datos personales: El conjunto ordenado de datos personales que estén en posesión de un sujeto obligado;
XV. Sujetos obligados:
a) El Poder Ejecutivo federal, la administración pública federal y la Procuraduría General de la República;
b) El Poder Legislativo federal, integrado por la Cámara de Diputados, la Cámara de Senadores, la Comisión Permanente y cualquiera de sus órganos;
c) El Poder Judicial de la Federación y el Consejo de la Judicatura Federal;
d) Los órganos constitucionales autónomos;
e) Los tribunales administrativos federales, y
f) Cualquier otro órgano federal.
XVI. Unidades administrativas: Las que de acuerdo con la normatividad de cada uno de los sujetos obligados tengan la información de conformidad con las facultades que les correspondan.

Artículo 7. ...

I. ... al XVI. ...
XVII. ...
La información a que se refiere este Artículo deberá publicarse de tal forma que facilite su uso y comprensión por las personas, incluyendo a las personas con discapacidad , y que permita asegurar su calidad, veracidad, oportunidad y confiabilidad. Las dependencias y entidades deberán atender las recomendaciones que al respecto expida el instituto.

Artículo 8. ...

Artículo 9. ...

Los sujetos obligados deberán preparar la automatización, presentación y contenido de su información, que será accesible a personas con discapacidad con base en pautas de accesibilidad para su integración en línea, en los términos que disponga el reglamento y los lineamientos que al respecto expida el instituto.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que contravengan al presente decreto.

Tercero. En un plazo no mayor a 180 días, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, se deberán llevar a cabo las modificaciones a los ordenamientos administrativos que sean necesarios, para su aplicación.

Notas: 1 Manifiesto Nuevo León sobre usabilidad y accesibilidad para los portales gubernamentales mexicanos: hacia una web para todos. Compromisos firmados por varios estados y municipios de todo el país, el 27 de mayo de 2007. 2 (W3C) Consorcio World Wide Web es una asociación internacional donde las organizaciones que la integran, personal a tiempo completo y el público en general trabajan conjuntamente para desarrollar estándares web. Su misión es guiar la red hacia su máximo potencial a través de la realización de protocolos y pautas que aseguren el crecimiento futuro de la web. Trata de alcanzar su objetivo principalmente a través de la creación de estándares web y pautas. 3 Cfr . http://www.discapnet.es/web_accesible/WCAG-REC-fact.html & http://www.w3c.es/traducciones/es/WAI/intro/wcag 4 Cfr. http://www.w3.org/WAI/Policy/ 5 Cfr . http://www.w3c.es/divulgacion/guiasbreves/Accesibilidad y http://www.w3.org/TR/WCAG10/ 6 Cfr. http://www.estandaresyaccesibilidad.com/2007/10/legislacin-sobre-accesibilidad-en-espaa.html 7 Cfr. http://www.oppi.gobierno.pr/Guias_Ley229.pdf
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los treinta días del mes de septiembre del año dos mil ocho.--- Diputada Verónica Velasco Rodríguez (rúbrica).»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Gracias, diputada Verónica Velasco, así se hará. Insértese íntegro el contenido en el Diario de Debates y publíquese en la Gaceta Parlamentaria. Túrnese a la Comisión de la Función Pública.

Tiene la palabra la diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez , del Grupo Parlamentario Alternativa, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo. No encontrándose presente la diputada Conde Rodríguez, vamos a continuar y se pospone la presentación de esta iniciativa.



LEY FEDERAL DEL TRABAJO

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Tiene la palabra el diputado Obdulio Ávila Mayo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma la fracción XXVI, y se recorre el numeral y el contenido de las fracciones XXVI a XIX del artículo 132; y se adiciona la fracción VII al artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo. Adelante, señor diputado.

El diputado Obdulio Ávila Mayo : Con la venia de la Presidencia.

Honorable asamblea, la presente iniciativa que someto a su consideración tiene como finalidad reformar la Ley Federal del Trabajo para contemplar como obligación a cargo de los patrones, personas físicas y morales, el que se afilien al instituto Fonacot, en caso de que en el plazo establecido no lo hagan, sean sujetos de sanciones a través de una multa por parte de la autoridad laboral.

Es de suma importancia recordar que el 24 de abril de 2006 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el cual se crea la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores. Éste tiene como objetivo promover el ahorro de los trabajadores, otorgarles financiamiento y garantizarles el acceso a los créditos para la adquisición de bienes y el pago de diversos servicios.

Se estima que aproximadamente existen 10.3 millones de trabajadores del país que están limitados para ejercer el crédito que otorga el Fonacot a ellos, sabiendo que éste es 7 veces más bajo en comparación a las cadenas comerciales y es 39 por ciento más económico que los bancos comerciales.

Ahora bien, hago del conocimiento de esta asamblea que se encuentran registradas 198 mil 584 empresas ante el IMSS, las que sin duda cumplen los requisitos establecidos para el instituto para afiliar a sus trabajadores al Fonacot; de ellas sólo 46 mil 175 están afiliadas a dicho instituto. Es decir, menos de 25 por ciento de los potenciales trabajadores que podrían afiliarse.

Por ello, ante la posibilidad de obtener los beneficios que otorga el crédito de Fonacot, es indispensable obligar a los patrones a que afilien a sus trabajadores al sistema aludido. Así los trabajadores de más de 150 mil empresas podrán acceder a los beneficios que otorga el crédito Fonacot, y no dejando a la libre voluntad del patrón la posibilidad de beneficios para los trabajadores.

Los trabajadores de las 150 mil empresas señaladas merecen la oportunidad de tener acceso a estos créditos por medio de los principales beneficios que se otorgan al acceder al crédito Fonacot, tales como condiciones de pago acordes con sus ingresos, tasas de interés reducidas y fijas, traduciéndose en la oportunidad de mejorar su nivel de vida, para que puedan vivir mejor; sin olvidar que el sector social de nuestro Estado mexicano está conformado por patrones que constituyen el pilar para el desarrollo económico del país.

Por todo lo expuesto, someto a la apreciable consideración del pleno la presente iniciativa de decreto que reforma y adiciona diversas fracciones de los artículos de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como se señala en la iniciativa que ha sido ya publicada en la Gaceta Parlamentaria, y por economía parlamentaria pido a la Presidencia que se sirva anexarla íntegra en el Diario de los Debates. Es cuanto.

«Iniciativa que reforma la fracción XXVI y se recorre el numeral y contenido de las fracciones XXVI a XXIX del artículo 132, y se adiciona una fracción VII al artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Obdulio Ávila Mayo , del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado federal de la LX Legislatura del honorable Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en ejercicio de la facultad conferida en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad por lo dispuesto en los artículos 55, fracción II, y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del Pleno de esta honorable Cámara de Diputados la presente iniciativa que reforma la fracción XXVI y recorre el numeral y contenido de las fracciones XXVI a XXIX del artículo 132, y adiciona una fracción VII al artículo 994, todos ellos de la Ley Federal del Trabajo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El 30 de diciembre de 1973, el honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos reformó la Ley Federal del Trabajo, con el cual crea el Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores (Fonacot) como respuesta a las demandas hechas por éstos, con el objetivo de instrumentar acciones públicas con la finalidad de proteger la capacidad adquisitiva y facilitar el acceso de satisfactores que requerían los jefes de familia en el ámbito material, social y cultural.

Bajo esta tesitura, el Ejecutivo federal decretó y publicó en el Diario Oficial de la Federación del 2 de mayo de 1974 la constitución de un fideicomiso público de carácter social con el cual operaría el fondo, en el cual el fideicomitente recaía en la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, y, como fiduciario, Nacional Financiera SNA. Dicho fideicomiso tenía como fines

1. Garantizar los créditos institucionales otorgados a los trabajadores para la adquisición de bienes duraderos y la obtención de servicios.
2. Garantizar los créditos o, en su caso, otorgar financiamiento para la operación de los almacenes y tiendas que se refiere el artículo 103 de la Ley Federal del Trabajo.
3. Fomentar el ahorro de los trabajadores.
4. Facilitar a los trabajadores la obtención de condiciones adecuadas de crédito y precios que les procuren un mayor poder adquisitivo.
5. Operar como institución descontadora para el sistema bancario, respecto de operaciones de crédito relativas a la adquisición de bienes y la obtención de servicios.
6. Establecer y operar registros de afiliación de sujetos de crédito y de proveedores.
7. Fomentar y establecer mecanismos destinados a orientar y proteger a los consumidores.
8. Sobre todo, promover entre los usuarios el mejor aprovechamiento del salario y contribuir a la orientación de su gasto familiar de manera que satisfaga, en la mayor medida posible, las necesidades de una vida digna, como lo menciona el artículo 123, fracción VI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Cabe señalar que el patrimonio del fideicomiso se constituyó por una aportación que realizó el gobierno federal por 100 millones de pesos, y las subsecuentes aportaciones cuyo monto y modalidades de asignación eran establecidos en el contrato del fideicomiso, entre otros.

Hasta 2000, el Fonacot presentó problemas funcionales, como estructura organizacional burocrática, en donde sus principales problemas eran el lento y burocrático proceso de otorgamiento del crédito, contaba con un alto índice de cartera vencida, no se realizaba la supervisión a los centros de trabajo y establecimientos comerciales afiliados a él, falta de estrategias para mejorar su funcionamiento, inadecuada infraestructura tecnológica y, lo más alarmante, el desconocimiento de los productos, servicios y sistemas que soportaban su operación.

Con la finalidad de revertir sus problemas funcionales, a finales de 2000 y principios de 2001, se elaboró un diagnóstico empresarial y financiero al fideicomiso de carácter social. En este diagnóstico se identificó que la institución era inviable e insolvente en las condiciones en que venía operando. Además, de que contaba con cadenas de distribución limitadas en cantidad y variedad. Asimismo, contaba con un proceso lento en el otorgamiento del crédito hacia los trabajadores.

De acuerdo a los resultados que arrojó el diagnóstico al que fue sometido la institución, se propuso fortalecer sus operaciones, ampliar la cobertura y cambiar su imagen institucional, en la cual la institución llevó a cabo un proceso de planeación estratégica que incluyó reingeniería de procesos, reestructura orgánica integral y modernización de sistemas y, con base en ello, dejó atrás a la institución pública obsoleta y corrupta que estaba a punto de la quiebra.

En la actualidad, esta institución contribuye al fortalecimiento del mercado interno (consumo), mediante la operación eficiente, autofinanciable y transparente. Asimismo, diseña sus propios programas con una visión de mercado, teniendo como misión el fomento del desarrollo integral de los trabajadores y el crecimiento de su patrimonio familiar a través del acceso al crédito barato, en comparación con otras instituciones financieras y de consumo. Por ejemplo, el crédito Fonacot es siete veces más bajo respecto a cadenas comerciales y 39 por ciento más económico a los bancos comerciales.

Como parte del marco de las políticas públicas impulsadas por el Ejecutivo federal para la transformación de la administración pública federal, se planteó para el Fonacot un proceso de cambio con el objetivo de convertirlo en una institución competitiva que contribuya al crecimiento económico, desarrollo social y humano, así como buscar su permanencia en los cambios y que cuente con una certeza jurídica, como base de la institucionalidad.

El Ejecutivo federal concluyó que, a través de un organismo público descentralizado cuya creación se sometió a la mejor consideración del Congreso de la Unión, se garantiza la permanencia de los cambios obtenidos en el periodo 2000-2006, en beneficio del desarrollo integral de los trabajadores y de sus familias, dándole una visión al instituto como la institución financiera al servicio de los trabajadores de México y se permite el acceso a otros sectores de trabajadores al financiamiento que ofrece ésta con condiciones de mercado preferenciales.

Después del proceso legislativo correspondiente, el 24 de abril de 2006 se publicó, en el Diario Oficial de la Federación, el decreto por el que se crea la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, el cual quedó definido como un organismo público descentralizado, de interés social, con personalidad jurídica y patrimonio propio, así como con autosuficiencia presupuestal, sectorizado a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

El nuevo instituto tiene como objetivo promover el ahorro de los trabajadores, otorgarles financiamiento y garantizar su acceso a créditos para la adquisición de bienes y pago de servicios.

En lo correspondiente a sus atribuciones, se prevé como novedad celebrar convenios con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, dependencias y entidades de la administración pública federal, a fin de que el instituto pueda otorgar créditos a los trabajadores.

Es de vital trascendencia mencionar que los requisitos que se piden al trabajador son sencillos, con la premisa de que éste pueda acceder al crédito Fonacot pero, antes de acceder a este crédito, el patrón (centro de trabajo) al cual presta sus servicios como trabajador deberá estar afiliado al instituto Fonacot. Los requisitos que tiene que cumplir el patrón para afiliarse al instituto son los siguientes:

1. Ser una empresa constituida bajo el marco legal vigente;
2. Tener dos años de antigüedad de establecida y, al menos, ocho trabajadores, o bien, si tiene entre tres y menos de ocho, la empresa deberá contar con diez años de antigüedad;
3. Que sus relaciones laborales se rijan por la Ley Federal del Trabajo; y
4. Estar en el régimen de seguridad social ante el IMSS, ISSSTE o el que corresponda.

En nuestros días, se encuentran registradas 198 mil 84 empresas ante el IMSS, las cuales cumplen con los requisitos para afiliarse al Fonacot; de éstas, sólo 46 mil 175 empresas están afiliadas al Fonacot, es decir, menos del 25 por ciento de los trabajadores que podrían afiliarse. Con ello están en la posibilidad de obtener los beneficios del crédito que otorga el instituto, con lo cual los trabajadores de más de 150 mil empresas no pueden acceder a los beneficios que otorga el crédito Fonacot.

El principal beneficio que se obtiene al acceder al crédito Fonacot gira en torno a las condiciones de pago, el cual es acorde a sus ingresos y necesidades, con tasas de interés reducidas y fijas.

Para que un trabajador sea sujeto de crédito, éste debe cumplir los siguientes requisitos mínimos:

1. Que el centro de trabajo o patrón al cual presta sus servicios el trabajador debe estar afiliado al Fonacot;
2. Que el trabajador sea mayor de 18 años;
3. Que cuente con una antigüedad mínima de un año en el centro de trabajo y que el contrato esté por tiempo indeterminado;
4. Estar inscrito en el IMSS o en una institución similar, según sea el caso;
5. Solicitar ante la instancia que se desea acceder la solicitud de contrato de crédito;
6. Presentar el último comprobante de pago de nómina;
7. Un comprobante de domicilio e
8. Identificación oficial vigente con fotografía.

Es de suma importancia mencionar los beneficios que el trabajador puede obtener con este fondo. Por ejemplo, remozar su hogar, arreglarlo, tener muebles o aparatos electrodomésticos básicos, darle educación a sus hijos, atender sus necesidades médicas, comprar computadoras, adquirir servicios de Internet de banda ancha, mejorar su vivienda o auto construirla, etcétera, por lo que merecen la oportunidad de tener acceso a créditos en condiciones de pago, acordes con sus ingresos y necesidades, con tasas de interés reducidas y fijas.

En fin, que tengan la oportunidad de tener un mejor nivel de vida para que vivan dignamente.

Una vez que se autoriza el crédito, los beneficios que obtienen los trabajadores son el plazo de pago --que puede ser desde 12 a 60 meses--, los pagos son por cantidades menores, la tasa de interés es la más baja del mercado, las cantidades a pagar las entera su propio centro de trabajo, y el crédito se ejerce en los establecimientos comerciales afiliados al Fonacot, lo cual le permite obtener los bienes y servicios en mejores precios y calidad.

Por su parte, de enero de 2001 a septiembre del 2007, el Fonacot ha otorgado más de 5 millones 882 mil 800 créditos a trabajadores por un monto aproximado de 28 mil 844 millones de pesos, en beneficio de alrededor de 25 millones de personas, al contar actualmente con 46 mil175 centros de trabajo afiliados. Además, se ha mantenido un nivel de recuperación de la cartera superior al 95 por ciento, reduciendo la vencida de 39 al 4.7 por ciento de 2000 a la fecha.

Se tienen afiliados 19 mil 287 distribuidores de bienes y servicios de los programas de salud, capacitación y formación educativa, cultura y recreación, seguridad patrimonial, automóviles, equipos de cómputo e Internet de banda ancha, entre otros.

El avance de la modernización tecnológica ha dado como resultado la eficiencia en la autorización de créditos a los trabajadores al contar con un sistema de crédito de los más avanzados en el mundo, y operar a gran escala con la tarjeta Fonacot.

Los principales resultados palpables que permitió la reingeniería del Fonacot se traducen en una institución viablemente financiera y operativa, ya que desde 2001 tiene remanente de operación positivo, mismo año en el que renegoció su adeudo con el Banco de México, evitando una contingencia jurídica importante. Esto, más los buenos resultados obtenidos en los últimos años, le han permitido incrementar en 5.3 veces su patrimonio, con respecto al año 2000, para llegar a los 2 mil 122 millones de pesos a agosto de 2007.

La institución está acreditada en el sistema financiero mexicano, al fondearse con recursos de la banca comercial, la banca de desarrollo y, principalmente, en el mercado de valores, a través de más de 20 emisiones de certificados bursátiles por un monto superior a los 17 mil millones de pesos, obteniendo en todas las colocaciones las máximas calificaciones del mercado (AAA para la enajenación de su cartera y A1+ y F1+ para la administración), por parte de Standard & Poor's y Fitch Ratings, sin contar con el aval del gobierno federal.

El sector social del Estado mexicano está conformado, en buena medida, por trabajadores que constituyen el pilar para el desarrollo del país y de la economía nacional. De acuerdo al entorno económico actual, los trabajadores le demandan al gobierno federal un apoyo con el cual se permita el acceso a una mejor calidad de vida y, con base en ello, Acción Nacional tiene como principio doctrinario impulsar una política social justa en donde no pretenda la substitución de la familia por el Estado, ya que éste debe crear condiciones educativas, económicas, laborales, habitacionales y de seguridad social, que estimulen la responsabilidad y energía de las familias mexicanas.

Para alcanzar éste principio doctrinario, los trabajadores requieren contar con instrumentos e instituciones que fortalezcan su poder adquisitivo para poder acceder a los bienes y servicios que procuren el bienestar de su núcleo familiar; para lo cual, el Ejecutivo federal ha adoptado como prioridades el impulso del mercado interno y el empleo, la capacidad productiva y la protección al mejoramiento del ingreso de los trabajadores.

Esas políticas conciben al trabajo como un círculo virtuoso que vincula a los sujetos que intervienen en el proceso productivo, como las entidades gubernamentales, patrones, comerciantes, industriales y a los trabajadores, y se señala la necesidad de crear vías institucionales para propiciar la interacción de las cadenas de producción y la mejor obtención de resultados.

Es premisa de la política económica del Estado alcanzar un crecimiento con baja inflación que contribuya a la recuperación de los salarios reales, la reducción en la tasa de interés y la expansión del crédito, así como la promoción de reformas estructurales necesarias para lograr una nueva cultura laboral y una reforma en este ámbito, con la consecuente implantación de programas de promoción, financiamiento y capacitación.

Así pues, con la creación del Fonacot se garantiza la permanencia de los logros obtenidos, en beneficio del desarrollo integral de los trabajadores y de sus familias; se da una visión de la nueva entidad como la institución financiera al servicio de los trabajadores de México, y se permite el acceso a otros sectores al financiamiento, en condiciones de mercado preferenciales.

La afiliación de los patrones (centros de trabajo) al Fonacot queda totalmente a la discreción del patrón, por lo que, si éste no se afilia, deja a sus trabajadores sin la posibilidad de poder obtener el crédito Fonacot y, con éste, contar con todos los beneficios que con éste conlleva.

Bajo esta tesitura, se estima que aproximadamente 10.3 millones de trabajadores del país están limitados para ejercer el crédito Fonacot y, como consecuencia, carecen del acceso al crédito Fonacot y las virtudes que éste ofrece para contribuir a su desarrollo integral y al crecimiento de su patrimonio familiar.

Cabe señalar que la decisión que tomó el Ejecutivo federal, para la constitución del fondo como fideicomiso público con carácter social, fue idónea en ese momento para las relaciones prevalecientes entre los distintos integrantes de los procesos productivos nacionales, y también es cierto que 30 años después resultó evidente la necesidad de permitir nuevos mecanismos que atendieran a los trabajadores con medios o instrumentos acordes a sus requerimientos para que el salario fuera una fuente de crecimiento y mejora continua.

Es por ello que propongo reformar la Ley Federal del Trabajo para contemplar como obligación, a cargo de los patrones --personas físicas y morales--, el que se afilien al Fonacot, además de que, en caso de que en el plazo que se contemple para tales efectos no lo hagan, sean sujetos de sanciones por la propia autoridad en materia laboral. Correlacionado a ello, también se propone modificar la fracción III del artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo, a fin de incluir la multa en el caso de que los patrones no cumplan con la obligación antes referida, agregando como supuesto lo señalado en el primer párrafo de la fracción XXVI del artículo 132 de la ley citada, que previamente se propuso adicionar.

Por su parte, y en consideración que el actual artículo 132, en su fracción XXVI, de la ley que se trata, establece la obligación de los patrones de hacer las deducciones previstas en las fracciones IV del artículo 97, y VII del artículo 110, consistentes en el pago de abonos para cubrir los créditos otorgados o garantizados por el fondo a que se refiere el artículo 103 Bis de la Ley Federal del Trabajo, y de enterarlos, situación esta última que en algunos casos no se realiza, se propone adicionar una fracción VII al propio artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo.

Por todo lo anteriormente expuesto, someto a su apreciable consideración la presente iniciativa de

Decreto que reforma y adiciona diversas fracciones de los artículos de la Ley Federal del Trabajo

Artículo Único. Se reforma la fracción XXVI y se recorre el numeral y contenido de las fracciones XXVI a XXIX del artículo 132, y se adiciona una fracción VII al artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo para quedar como sigue:

Artículo 132.

I. a XXV. ...
XXVI. Afiliarse al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, comunicar las altas y bajas, y las modificaciones del salario y los demás datos de sus trabajadores, dentro de un plazo máximo de treinta días hábiles, a fin de que éstos puedan ser sujetos del crédito Fonacot.
XXVII. Hacer las deducciones previstas en las fracciones IV del artículo 97 y VII del artículo 110, y enterar los descuentos a la institución bancaria acreedora o, en su caso, al Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores.
Esta obligación no convierte al patrón en deudor solidario del crédito que se haya concedido al trabajador;
XXVIII. Proporcionar a las mujeres embarazadas la protección que establezcan los reglamentos; y
XXIX. Participar en la integración y funcionamiento de las comisiones que deban formarse en cada centro de trabajo, de acuerdo con lo establecido por esta ley.

Artículo 994. ...

I. a VI. ...
VII. De 20 a 350 veces el salario mínimo general al patrón que no cumpla con las obligaciones señaladas en el artículo 132 fracciones XXVI y XXVII; se impondrá igual sanción al patrón que, habiendo efectuando dichas deducciones, no las entregue al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores en los plazos acordados para tal efecto.
Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación.

Segundo. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

Presentada en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de septiembre de 2008.--- Diputado Obdulio Ávila Mayo (rúbrica).»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Gracias, diputado Ávila Mayo. Insértese íntegra esta iniciativa en el Diario de Debates y publíquese en la Gaceta Parlamentaria.Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.



LEY FEDERAL DEL TRABAJO - LEY GENERAL DE EDUCACION

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Tiene la palabra el diputado Luis Enrique Benítez Ojeda, del Grupo Parlamentario Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, y de la Ley General Educación.

El diputado Luis Enrique Benítez Ojeda : Con el permiso de la Presidencia.

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Adelante.

El diputado Luis Enrique Benítez Ojeda : El que suscribe, Luis Enrique Benítez Ojeda, diputado de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 73, fracción XXIX-E de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del CongresoGeneral, somete a la consideración de la honorable Cámara de Diputados, la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley Federal del Trabajoy la Ley General de Educación, con base en la siguiente exposición de motivos.

El Estado mexicano tiene una enorme deuda social con los jornaleros agrícolas que son, sin duda, uno de los sectores sociales con condiciones de vida más precarias del país, y al cual poco han podido ayudar los cambios legales y los múltiples programas de gobierno que se han aplicado durante los últimos años.

Cifras de la Secretaría de Desarrollo Social indican que en el país existen 3.1 millones de jornaleros agrícolas, lo cual representa 12.9 por ciento de la población económicamente activa; 1 millón 200 mil son migrantes.

Las principales causas de la migración de jornaleros es la falta de empleo y de tierras. Más de la mitad de ellos, 55 por ciento, migra en grupos familiares, por lo que más de 60 por ciento de los hijos de familias jornaleras, de entre 6 y 14 años de edad, no asisten a la escuela.

Por el hecho de que el trabajo de un jornalero agrícola no es constante, al término de cada estación para la cual fue contratado, tanto él como sus familiares quedan fuera del amparo de la seguridad social.

La falta de un régimen jurídico que considere a cabalidad las particularidades del trabajo de los jornaleros ha impedido garantizar su derecho a la seguridad social; el marco legal actual es obsoleto e ineficaz. Es una responsabilidad del Estado considerar al campo como un sector estratégico y ayudar para que se desarrolle.

Consecuente con lo anterior, propongo adicionar el artículo 283 Bis para que, tratándose de trabajadores migrantes eventuales o estacionarios del campo, además de las obligaciones que tienen, los patrones registren a los jornaleros ante las instituciones de seguridad social en los plazos y los términos que señale la legislación correspondiente, y que les otorguen las prestaciones y las indemnizaciones derivadas de las relaciones de trabajo durante todo el tiempo que dure la estación, sin perjuicio de que sus servicios se empleen en distintas jornadas.

Por lo anterior, propongo: Artículo primero. Se adicionan los artículos 283 Bis y 284 Bis a la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

Artículo 283 Bis. Tratándose de trabajadores migrantes eventuales o estacionarios del campo, además de las obligaciones a que se refiere el artículo anterior, los patrones tienen las siguientes:

Y se enumeran todas las obligaciones que tienen que ver con prestaciones, con servicios de guardería y de educación, con la parte que tiene que ver con el término de la relación laboral a la que hacía yo alusión, como el de computar el tiempo efectivo en la jornada laboral, los accidentes de trabajo.

Y luego, el artículo 284 Bis, que dice: La Federación, a través de la Secretaría del Trabajo, podrá suscribir convenios o acuerdos de coordinación con objeto de que los gobiernos del Distrito Federal o de los estados, con la participación, en su caso, de municipios en el ámbito territorial de su competencia, promuevan la vinculación interinstitucional para la atención de los trabajadores migrantes eventuales o estacionarios del campo y sus familias, así como para programar y operar las tareas de inspección y vigilancia de sus condiciones de trabajo.

Finalmente, también reformar y adicionar el artículo 2o. de la Ley General de Educación, para que se correlacione lo que acabo de señalar en la Ley Federal del Trabajo, con la obligación de las autoridades educativas en coordinación con los patrones, para promover estos mismos programas y servicios que tienen que ver con la educación a trabajadores migrantes eventuales o estacionarios del campo y sus familias.

De manera coordinada queremos trabajar por los jornaleros agrícolas de México, por los jornaleros agrícolas de Durango y por los jornaleros agrícolas y sus familias que tanto nos necesitan. Es cuanto.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Federal del Trabajo, y General de Educación, a cargo del diputado Luis Enrique Benítez Ojeda , del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, Luis Enrique Benítez Ojeda , diputado de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II y 73, fracción XXIX-E de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se permite someter a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley Federal del Trabajo y la Ley General de Educación, con arreglo en la siguiente

Exposición de Motivos I

El Estado mexicano tiene una enorme deuda social con los jornaleros agrícolas, que son sin duda uno de los sectores sociales con condiciones de vida más precarias del país, y al cual poco han podido ayudar los cambios legales y los múltiples programas de gobierno que se han aplicado durante los últimos años.

La especialista en la materia, Sylvia Schmelkes señaló en el 2002 que para la atención de la grave problemática de los jornaleros agrícolas, las instituciones públicas y de los organismos internacionales están presentes, y en muchos casos su trabajo es verdaderamente ejemplar. Pero la dimensión del fenómeno rebasa, en todos los casos, los recursos disponibles para atenderlo cabalmente.

Cifras de la Secretaría de Desarrollo Social indican que en el país existen 3.1 millones de jornaleros agrícolas, lo cual representa el 12.9 por ciento de la población económicamente activa. Un millón doscientos mil son migrantes.

Las principales causas de la migración de jornaleros es la falta de empleo y tierras, más de la mitad de ellos, el 55 por ciento migra en grupos familiares, por lo que más del 60 por ciento de los hijos de familias jornaleras entre 6 y 14 años de edad no asiste a la escuela.

Por el hecho de que el trabajo de un jornalero agrícola no es constante, al término de cada estación para la cual fue contratado, tanto él como sus familiares quedan fuera del amparo de la seguridad social.

Las particularidades de su forma de vida, constantemente en movimiento, la temporalidad y la informalidad de su empleo, son factores que han facilitado un alto grado de explotación en su contra, estancamiento y falta de acceso a condiciones de vida digna o a los servicios más elementales como la salud y la educación.

Sobre los jornaleros migrantes, Schmelkes señala: ``Todos ellos son mexicanos en pobreza extrema. Todos ellos están dispuestos a sumir fuertes riesgos para asegurar su sobrevivencia y la de su familia. Son personas cuyos derechos fundamentales se encuentran prácticamente cancelados. Son campesinos, trabajadores de la tierra, habitantes del medio rural, indígenas y mestizos, co-nacionales de todos nosotros, cuyas condiciones de vida y de trabajo apenas conocemos''.

La falta de un régimen jurídico que considere a cabalidad las particularidades del trabajo de los jornaleros ha impedido garantizar su derecho a la seguridad social; el marco legal actual es obsoleto e ineficaz. Es una responsabilidad del Estado considerar al campo como un sector estratégico y ayudar para que se desarrolle.

En junio de 1998, se expidió un decreto que reforma el Reglamento de la Seguridad Social para el Campo, el cual establece que los patrones que contraten trabajadores eventuales determinarían y cubrirían las cuotas a su cargo bajo un esquema gradual, cuyo incremento sería anual hasta alcanzar las bases de cotización establecidas en la ley y, posteriormente, a partir del 1 de julio de 2004, cubrirían las cuotas a su cargo conforme a las bases de cotización vigentes, lo que quedó establecido en el acuerdo emitido para el efecto por el Consejo Técnico del IMSS.

Debido a que la vigencia del convenio concluyó el 30 de junio de 2004, se han presentado diversas iniciativas para establecer cómo se regirá la seguridad social del los trabajadores eventuales del campo; una de las cuales se aprobó en 2004 para mejorar el status quo de los jornaleros agrícolas, que no ha surtido los efectos sociales esperados.

Por ello es necesario modificar la actual legislación en el sentido de que la Ley Federal del Trabajo defina las obligaciones de los patrones respecto de los trabajadores agrícolas migrantes, eventuales o estacionales.

II

Consecuente con lo anterior, propongo adicionar un artículo 283 Bis, para que en tratándose de trabajadores migrantes, eventuales o estacionarios del campo, además de las obligaciones que tienen, los patrones registren a los jornaleros ante las instituciones de seguridad social de en los plazos y términos que señale la legislación correspondiente; y que otorguen a éstos las prestaciones e indemnizaciones derivadas de las relaciones de trabajo durante todo el tiempo que dure la estación, sin perjuicio de que sus servicios se empleen en determinados jornadas.

Considero esencial que la ley disponga expresamente que deben brindar servicios de guardería y educación a los hijos de los jornaleros agrícolas, así como proporcionar a las autoridades laborales competentes, la relación de trabajadores o de sus hijos que deban recibir servicios educativos para que les sean proporcionados en términos de la Ley General de Educación.

Para que tales responsabilidades laborales, propias de los patrones, pero también del Estado, se hagan efectivas, propongo que la Ley Federal del Trabajo disponga que la federación, a través de la Secretaría del Trabajo, podrá suscribir convenios o acuerdos de coordinación, con el objeto de que los gobiernos del Distrito Federal o de los estados, con la participación, en su caso, de municipios, en el ámbito territorial de su competencia promuevan la vinculación interinstitucional para la atención de los trabajadores migrantes, eventuales o estacionarios del campo y sus familias, así como para programar y operar las tareas de inspección y vigilancia de sus condiciones de trabajo.

III

Si bien es cierto que las cuestiones laborales o de seguridad social pegan duro a los jornaleros agropecuarios mexicanos, a ellos y sus familias les afecta enormemente el hecho de que no tienen un acceso satisfactorio --cualitativa y cuantitativamente-- a la educación, por lo que es bajo el rendimiento escolar, y elevado el rezago en su enseñanza y deserción.

De acuerdo con diversos estudios que el Congreso de la Unión puede consultar y comparar, la mayoría de los niños migrantes no logra terminar su educación básica, pues en promedio sólo estudian 3.3 años, sólo uno de cada diez asiste a la escuela, y 70 por ciento de ellos se encuentra en el primero o segundo grado de primaria. Los que acuden a las aulas lo hacen mal alimentados y después de su jornada de trabajo --entre 18:00 y 19:00 horas-- llegan cansados y sin disposición para estudiar, es decir, difícilmente cuentan con cuatro horas de estudio al día y un buen número de ellos sólo dispone de dos horas.

Estoy conciente de que han existido y existen acciones gubernamentales de la SEP, Sedesol y numerosas entidades públicas y no-gubernamentales, tales como el Programa de Educación Preescolar y Primaria para Niñas y Niños Migrantes (Pronim), los cual que han ido aportando soluciones interesantes en algunas regiones o sectores. Sin embargo creo que se requieren alternativas educativas para este sector ampliamente vulnerable, las cuales deben figurar en la ley.

En esa virtud propongo adicionar un artículo 283 Bis a la Ley Federal del Trabajo, para que en tratándose de trabajadores migrantes, eventuales o estacionarios del campo, además de las obligaciones a que se refiere el artículo anterior, los patrones deberán registrar a sus trabajadores ante las instituciones de seguridad social de en los plazos y términos que señale la legislación correspondiente; así como brindar a sus trabajadores las prestaciones e indemnizaciones derivadas de las relaciones de trabajo durante todo el tiempo que dure la estación, sin perjuicio de que sus servicios se empleen en determinados jornadas y llevar un registro especial anualizado que servirá de base para establecer la antigüedad.

Asimismo se hace énfasis en que deberán brindar los servicios de guardería y educación a los hijos de los trabajadores, y proporcionar a las autoridades laborales competentes, la relación de trabajadores o de sus hijos que deban recibir servicios educativos.

Considerando que esta tarea no es responsabilidad de un nivel de gobierno, se propone que la Ley disponga que la Federación, a través de la Secretaría del Trabajo, podrá suscribir convenios o acuerdos de coordinación, con el objeto de que los gobiernos del Distrito Federal o de los estados, con la participación, en su caso, de municipios, en el ámbito territorial de su competencia promuevan la vinculación interinstitucional para la atención de los trabajadores migrantes, eventuales o estacionarios del campo y sus familias, así como para programar y operar las tareas de inspección y vigilancia de sus condiciones de trabajo.

Entre otros graves problemas que enfrentan se encuentra un analfabetismo por encima de la media nacional, escasa escolarización, altos índices de desnutrición, problemas de salud, falta de prestaciones sociales y explotación del trabajo infantil.

El 40 por ciento de los jornaleros migrantes son indígenas y el 28 por ciento son analfabetas; 41 por ciento de mujeres embarazadas no cuentan con control médico. El 12 por ciento de la población jornalera no tiene acta de nacimiento y el 91.8 de los hombres mayores de dieciocho años no tiene cartilla militar. Además de ello, se calcula que sólo una de cada diez personas que trabajan en el medio rural sólo una está afiliada al Seguro Social. 38 por ciento de los menores de seis años no cuentan con cartilla de vacunación.

De acuerdo con un perfil del jornalero agrícola ordenado por la Secretaría del Trabajo, poco más de la mitad de ellos viaja con su familia, cinco integrantes en promedio, de los cuales, según los propios jornaleros, trabajan tres.

En los últimos ocho años Cancún se ha enfrentado al problema de la migración, lo cual se ve reflejado en el crecimiento de la población estudiantil. Niños provenientes de Chiapas, Tabasco, Veracruz, Morelos, estado de México, Distrito Federal, Yucatán y hasta países como Guatemala, aumentaron a un 5 por ciento más la matricula escolar para el ciclo 2008-2009, la más alta del país.

Uno de los principales problemas del trabajo jornalero migrante es el empleo de niños, ya que no sólo acentúa la grave marginación de las familias que se dedican a esa actividad, sino se convierte en factor de rezago para cientos de miles de pequeños que no pueden seguir en la escuela.

De acuerdo con cifras de la Organización Internacional del Trabajo, existen más de 100 millones de niñas y niños que trabajan en campos y plantaciones en todo el mundo, una de las modalidades de trabajo más riesgosa y en la que perciben los salarios más bajos.

Pero el trabajo en los campos agrícolas no sólo viola el derecho a no trabajar hasta cierta edad, también viola su derecho a la educación, a la salud y al juego. Las niñas y los niños jornaleros registran el mayor rezago educativo; se calcula que sólo el 7 por ciento acude a la escuela y que en promedio estudian tan sólo 3.3 años.

De la demanda potencial de educación inicial y preescolar, que asciende a 192 mil niños, sólo se atiende al 6 por ciento; de educación primaria y secundaria, al 7 por ciento y de educación de adultos sólo al 1 por ciento.

En el caso de estos niños, Dalila López Salmorán, directora de Programas Educativos para Grupos en Situación de Vulnerabilidad, de la SEP, explica que la carencia de instrucción básica para este sector es ``verdaderamente alarmante'': 70 por ciento de los niños jornaleros migrantes se enclava en primer y segundo grado de primaria; el 100 por ciento está desfasado de su nivel de estudios, como mínimo por un periodo de dos años.

La funcionaria federal explica que la pobreza y desigualdad son los principales factores para propiciar este esquema de migración interna, que se acentúa con la falta del servicio educativo, lo que vuelve el ritmo de este grupo ``un círculo vicioso''.

De acuerdo con cifras de la Secretaría de Educación Pública, la mayor concentración de fuerza de trabajo infantil de Jalisco se encuentra en el sector rural, con una población cercana a los 12 mil niños jornaleros. De los cuales sólo mil 200 logran recibir atención y ser adoptados por medio de guarderías del DIF y el aparato educativo estatal.

El trabajo jornalero infantil se incrementa con las políticas de libre comercio y la globalización, que de acuerdo con Mercedes Gema Gómez Limón, es donde la consigna es la reducción del costo del trabajo, la desreglamentación y la flexibilidad laboral, lo que individualiza los contratos, horarios y salarios; crece en un contexto de privatización de todos los aspectos de la vida social: tierras, salud, educación, seguridad social y servicios públicos en general -

La investigadora afirma que ``Debido a que estos mercados primarios manejan grandes volúmenes de producción dedicados principalmente a la exportación, conforman una marcada división social del trabajo y demandan fuerza de trabajo especializada barata y flexible que los inversionistas encuentran en el trabajo de mujeres y niños. (...) Lo que individualiza los contratos, horarios y salarios; crece en un contexto de privatización de todos los aspectos de la vida social: tierras, salud, educación, seguridad social y servicios públicos en general.''

En mérito del anterior, propongo la reforma y adición de diverso artículos de la Ley General de Educación para que exista un marco legal, mediante el cual las autoridades educativas entablarán coordinación con los patrones y promoverán programas de servicios educativos especiales destinados los trabajadores migrantes, eventuales o estacionarios del campo y sus hijos.

Por lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la presente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley General de Educación

Artículo Primero. Se adicionan los artículos 283 Bis y 284 Bis, a la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

Artículo 283 Bis. En tratándose de trabajadores migrantes, eventuales o estacionarios del campo, además de las obligaciones a que se refiere el artículo anterior, los patrones tienen las siguientes:

I. Registrar a sus trabajadores ante las instituciones de seguridad social de en los plazos y términos que señale la legislación correspondiente;
II. Brindar a sus trabajadores las prestaciones e indemnizaciones derivadas de las relaciones de trabajo durante todo el tiempo que dure la estación, sin perjuicio de que sus servicios se empleen en determinados jornadas, y llevar un registro especial anualizado que servirá de base para establecer la antigüedad relativa al cálculo de prestaciones y derechos correspondientes.
III. Brindar servicios de guardería y educación a los hijos de los trabajadores, así como proporcionar a las autoridades laborales competentes, la relación de trabajadores o de sus hijos que deban recibir servicios educativos para que les sean proporcionados en términos de la Ley General de Educación;
IV. Pagar al trabajador, al término de la relación laboral, las partes proporcionales que le correspondan por concepto de prima de antigüedad, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo y cualquier otra prestación a que tenga derecho el trabajador.
V. Computar como tiempo efectivo de la jornada laboral el tiempo empleado en el traslado de los trabajadores cuando deban ser trasladados diariamente por el patrón de su habitación al centro de trabajo y viceversa;
VI. Considerar como accidente de trabajo los que sucedan durante el trayecto del trabajador de su domicilio al centro de trabajo dentro de la hora anterior y posterior al inicio y conclusión de la jornada de trabajo;
VII. Proporcionar los servicios de intérprete cuando sus trabajadores no hablen español.

Artículo 284 Bis. La federación, a través de la Secretaría del Trabajo, podrá suscribir convenios o acuerdos de coordinación, con el objeto de que los gobiernos del Distrito Federal o de los estados, con la participación, en su caso, de municipios, en el ámbito territorial de su competencia promuevan la vinculación interinstitucional para la atención de los trabajadores migrantes, eventuales o estacionarios del campo y sus familias, así como para programar y operar las tareas de inspección y vigilancia de sus condiciones de trabajo.

Artículo Segundo. Se reforman y adicionan los artículos 14 fracción I; 23, 33, 34, 38, 44 y 51, y se adiciona un artículo 48 Bis a la Ley General de Educación, para quedar como sigue:

Artículo 14. Adicionalmente a las atribuciones exclusivas a que se refieren los artículos 12 y 13, corresponden a las autoridades educativas federal y locales, de manera concurrente, las atribuciones siguientes:

I. Promover y prestar servicios educativos, distintos de los previstos en las fracciones I y IV del artículo 13, tales como los destinados a trabajadores migrantes, eventuales o estacionarios del campo, de acuerdo con las necesidades nacionales, regionales y estatales;
II. a XII. ...

Artículo 23. Las negociaciones o empresas a que se refiere la fracción XII del apartado A) del artículo 123 de la Constitución Política ...

...

...

...

Las autoridades educativas, en coordinación con los patrones, promoverán asimismo programas de servicios educativos especiales destinados los trabajadores migrantes, eventuales o estacionarios del campo y sus hijos.

Artículo 33. Para cumplir con lo dispuesto en el artículo anterior, las autoridades educativas en el ámbito de sus respectivas competencias llevarán a cabo las actividades siguientes:

I. a IV. ...
IV Bis. Promoverán opciones educativas flexibles y de calidad para la población de trabajadores migrantes, eventuales o estacionarios del campo y sus hijos, así como alternativas educativas pertinentes que respondan a su identidad y a su cultura;
V. a XIII. ...

Artículo 34. Además de las actividades enumeradas en el artículo anterior, el Ejecutivo Federal llevará a cabo programas compensatorios por virtud de los cuales apoye con recursos específicos a los gobiernos de aquellas entidades federativas con mayores rezagos educativos o que registren mayor presencia de grupos de trabajadores migrantes, eventuales o estacionarios del campo, previa celebración de convenios en los que se concierten las proporciones de financiamiento y las acciones específicas que las autoridades educativas locales deban realizar para reducir y superar dichos rezagos.

...

Artículo 38. La educación básica, en sus tres niveles, tendrá las adaptaciones requeridas para responder a las características lingüísticas y culturales de cada uno de los diversos grupos indígenas del país, así como de la población rural dispersa; trabajadores migrantes, eventuales o estacionarios del campo y sus familias; y grupos migratorios.

Artículo 44. Tratándose de la educación para adultos ...

...

El Estado y sus entidades organizarán servicios permanentes de promoción y asesoría de educación para adultos y darán las facilidades necesarias a sus trabajadores y familiares para estudiar y acreditar la educación preescolar, primaria y la secundaria, estableciendo programas especiales para trabajadores migrantes, eventuales o estacionarios del campo.

...

Artículo 48 Bis. La secretaría organizará también contenidos curriculares de la educación primaria de acuerdo a los tiempos y condiciones de la población infantil migrante, y diseñará materiales de apoyo para la enseñanza y el aprendizaje adecuados a las características socioculturales y condiciones de vida de las niñas y los niños de familias de trabajadores migrantes, eventuales o estacionarios del campo y sus hijos.

Artículo 51. La autoridad educativa federal determinará el calendario escolar ...

...

De manera coordinada, la Secretaría y las autoridades educativas locales, tomarán en consideración las circunstancias de tránsito de trabajadores migrantes, eventuales o estacionarios del campo y sus familias, para crear calendarios educativos distintos al escolar oficial, para garantizar su acceso y permanencia en los servicios educativos.

Salón de sesiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 25 de septiembre de 2008.--- Diputado Luis Enrique Benítez Ojeda (rúbrica).»

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Gracias, diputado Benítez Ojeda.Túrnese a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Educación Pública y Servicios Educativos.

Aprovechamos para saludar a alumnos de la Preparatoria Oficial 160, de San Juan Teotihuacán, que nos visitan hoy. Sean ustedes bienvenidos, invitados por el diputado Ramón Valdés Chávez . Bienvenidos.



LEY DE LA COMISION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

El Presidente diputado José Luis Espinosa Piña : Se concede la palabra a la diputada Verónica Velasco Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

La diputada Verónica Velasco Rodríguez : Presidente.

Compañeras diputadas y compañeros diputados, sin lugar a dudas la mayor conquista que nos ha dado la vida democrática de este siglo ha sido la rendición de cuentas y la institucionalización de los derechos humanos en el Estado mexicano.

Hoy que vivimos momentos especialmente difíciles en torno a la seguridad pública en nuestro país debemos, más que nunca, tomar acciones para preservar los derechos humanos y aprovechar las fortalezas que tenemos en las instituciones que están al servicio de las personas e impulsan el respeto a la legalidad.

Debemos, pues, iniciar acciones que nos lleven hacia el México que queremos, y así poder fortalecer los valores individuales, la paz y la unidad nacional. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos contribuye en mucho a estas acciones, al emitir las recomendaciones para restituir a los afectados en sus derechos fundamentales.

Ha sido mucho lo que se ha avanzado por el respeto a los derechos humanos, pero aún falta mucho por hacer. Todavía 31 por ciento de la población ignora que puede acudir a la comisión en caso de que sea víctima de algún delito. Por ello el Partido Verde ha decidido fortalecer a las recomendaciones como el único mecanismo mediante el cual el ciudadano común puede ejemplificar la justicia para el ciudadano en general.

Sabemos que la finalidad de un organismo protector de derechos humanos no es emitir una gran cantidad de recomendaciones, sino emitir sólo aquellas que son necesarias para proteger al quejoso e impedir que se repitan futuras violaciones a los derechos humanos en nuestro país. Por ello tenemos que establecer mecanismos para terminar con la injusta o defectuosa actuación de servidores públicos en hacer cumplir las recomendaciones y sancionar a los responsables.

Por lo anterior proponemos vincular el seguimiento de las recomendaciones a los superiores jerárquicos en los casos de que hayan sido destituidas las autoridades involucradas y, en consecuencia, se retome su cumplimiento hasta que sean atendidas hasta sus últimas consecuencias.

De lo que se trata no es sólo de procurar la dignidad humana, el derecho humano; se trata de buscar la forma para que la recomendación sea un instrumento garante del derecho humano a la vida, a la integridad y a la libertad de expresión.

Por ello, proponemos que la Comisión Nacional de Derechos Humanos pueda elaborar y difundir públicamente informes especiales acerca de autoridades y servidores públicos que persistan en actitudes, omisiones, conductas evasivas o de entorpecimiento, para dar cumplimiento a las recomendaciones anteriores.

Por todo esto, en el Partido Verde ---muy seguramente junto con muchos amigos legisladores--- pretendemos fortalecer los mecanismos protectores de los derechos humanos, respondiendo a las demandas de la sociedad por una efectiva actuación de las autoridades y protegiendo la seguridad y el respeto en todos sus derechos a la ciudadanía. Por su atención, muchas gracias.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, a cargo de la diputada Verónica Velasco Rodríguez , del Grupo Parlamentario del PVEM

Verónica Velasco Rodríguez , diputada de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 71, fracción II, 102, inciso B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta ante el Pleno de esta honorable asamblea, la presente iniciativa que contiene proyecto de decreto, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Muchos han sido los cambios que de manera sustantiva han reportado avances para la democracia en México, el más significativo en la última década ha sido la institucionalización de los derechos humanos en el Estado mexicano.

Desde su creación, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, ha sido la institución encargada de terminar con la impunidad en el respeto a los derechos humanos; y como resultado, a lo largo de su vida de esta institución ha emitido una serie de recomendaciones a las autoridades involucradas.

A pesar de estos avances en la vida democrática, aún subsisten sistemáticas violaciones a los derechos humanos en nuestro país, y por consiguiente, es menester vigorizar y modernizar la justicia que ofrece la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, como institución rectora de los derechos inherentes del individuo adscrita al poder ejecutivo mismo.

El tema de los derechos humanos, esta vigente en todas las agendas políticas nacionales e internacionales, todas coinciden en que éstos derechos deben contar con suficientes mecanismos para hacerlos exigibles dentro y fuera de las instituciones del Estado.

Es por ello, que los derechos de la infancia, los derechos de los indígenas, los derechos de los migrantes, por mencionar algunos; hoy en día requieren de una sensibilidad especial de parte de las autoridades para hacer efectiva la impartición de justicia en México.

Por mencionar un ejemplo: En años recientes han cobrado relevancia los feminicidios ocurridos en Ciudad Juárez, Chihuahua y en algunos abusos cometidos contra miembros de la sociedad civil.

En general situaciones conexas al respeto de estos derechos, hacen evidente la falta de compromiso y voluntad política para poner fin a estas violaciones, escenario que se agrava ante la ineficacia y parcialidad con que actúan los órganos encargados de la impartición de justicia.

Por ello, proponemos dar un seguimiento a las recomendaciones formuladas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, a fin de que den evidencia de su cumplimiento y resultados, se refleje el cese de las violaciones y se restauren los derechos de los afectados y la sociedad sepa de las consecuencias jurídicas en que derivaron las actuaciones de las autoridades involucradas.

Sin duda son varias las temáticas sobre las cuales puede versar una recomendación: desaparición de personas, situación sobre los derechos de la infancia y grupos vulnerables, específicas sobre libertad de pensamiento y expresión, tortura, el papel de la participación y de la sociedad civil, incluso sobre la vulnerabilidad de las personas pueblos y comunidades en la justicia ambiental.

La presente iniciativa tiene por objeto fortalecer a la recomendación, es decir, el instrumento jurídico protector del derecho humano a la vida, a la salud, a la integridad, a la libertad de expresión, al agua, entre otras.

La presente iniciativa se origina en virtud de que desde hace algunos años, se han venido observando un deterioro o ignoro de la efectividad de las recomendaciones, toda vez que la dinámica entre la sociedad y las instituciones se ha complicado cada día.

Lo que hoy conocemos como quejas y reclamos que las personas presentan a la CNDH, cada vez más tratan de conflictos que perduran meses y algunas veces años sin resolverse. Para tal efecto se trata de privilegiar el que la emisión de recomendaciones sean oportunas y adecuadas para reestablecer el respeto a los derechos y libertades que consagra la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Se trata pues, de vincular la recomendación a las autoridades para que la reconozcan y retomen una vez que hayan sido formuladas con la promesa de que serán atendidas hasta sus últimas consecuencias.

La recomendación que evidencia la injusta o defectuosa actuación de servidores públicos en la administración pública, deberá contar con un adecuado seguimiento, el cual armoniza plenamente con el deber de los servidores públicos de cumplir y hacer cumplir las leyes en todo momento y con alto grado de responsabilidad que éstos tienen para procurar la dignidad humana y los derechos humanos.

La relación entre el número de quejas recibidas frente al número de recomendaciones emitidas es menor al 10 por ciento, como puede observarse en la siguiente tabla:

Año Número de quejas Número de recomendaciones emitidas 1999 5 414 104 2000 4 473 26 2001 3 626 38 2002 3 184 49 2003 3 518 52 2004 3 914 92

2005 5 294 51

Las recomendaciones tienen un papel especial para la CNDH ya que por su relevancia y trascendencia pueden responder al ciudadano común y ejemplificar la justicia para el ciudadano en general.

Las características de las recomendaciones actuales son:

• Emitidas con apego a derecho.
• Evidencian las violaciones a los derechos humanos.
• Individualizan la autoría y responsabilidad de los sujetos.
• Establecen las medidas para reestablecer los derechos fundamentales.
• Su contenido es de carácter público.
• No tienen fuerza obligatoria para las autoridades a las que se dirigen.

Según el informe anual 2007, de los 4 mil 993 expedientes de queja concluidos 40 (0.8 por ciento) fueron por recomendación, y por otra parte, de las 70 recomendaciones emitidas por las visitadurías generales 16 no fueron aceptadas, 1 fue aceptada con cumplimiento insatisfactorio y 50 aceptadas con pruebas de cumplimiento parcial, 11 aceptadas sin pruebas de cumplimiento, 10 aceptadas en tiempo para presentar pruebas de cumplimiento y 15 en tiempo de ser contestadas.

En este mismo ejercicio de 2007, fueron 114 las autoridades destinatarias de las recomendaciones de la CNDH muchas de las cuales se dirigieron a varias autoridades.

Según los indicadores estratégicos del primer trimestre de 2008. En el primer trimestre de este año, las visitadurías generales reportan recomendaciones emitidas, 3 aceptadas con pruebas de cumplimiento y 4 en tiempo de ser contestadas.

Asimismo los resultados de la Encuesta Nacional 2007, señalan que todavía el 26 por ciento de la población no conoce que existen organismos encargados de defender los derechos humanos. Aún más grave la encuesta en cita, evidencia que solo el 31 por ciento por ciento de la población sabe que puede acudir a la CNDH en caso de que sea víctima de algún delito.

Durante el primer trimestre de 2008, son 9 las autoridades destinatarias de las 8 recomendaciones emitidas por la CHDH, ninguna de ellas ha cumplido en su totalidad las mismas en lo que va del año.

Cabe recordar que las recomendaciones que el ombudsman nacional emite a nombre del organismo autónomo, no deben estar supeditadas a nadie y deben ser del conocimiento público para observar su cumplimiento.

Finalmente, las recomendaciones se deben cumplir, ello involucra un seguimiento y una constante revisión de las acciones que se llevan a cabo para alcanzar su cumplimiento.

Por lo anterior, se pretende establecer una serie de modificaciones al marco jurídico de la institución para que las recomendaciones se traduzcan en instrumentos jurídicos que redunden en soluciones y hechos comprobables en la realidad.

Por lo expuesto, la que suscribe, Verónica Velasco Rodríguez diputada a la LX Legislatura del Congreso de la Unión, a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, para garantizar lo dispuesto en el artículo 102 Apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y demás disposiciones jurídicas aplicables, someten a la consideración de esta asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos

Artículo Único. Se adiciona el artículo 49-Bis y el párrafo segundo al artículo 51, ambos de la Ley Orgánica de la Comisión Nacional de Derechos Humanos para quedar como sigue:

Artículo 49-Bis. Una vez aceptada la recomendación por las autoridades a las cuales se sujeta su cumplimiento, éstas deberán acreditar un seguimiento al cumplimiento de las mismas. En caso de remoción, sustitución o cambio en los servidores públicos involucrados, el superior jerárquico deberá informar por escrito el estatus del seguimiento de las recomendaciones.

Si a raíz de las acciones que la Comisión Nacional de Derechos Humanos consideró emprendidas satisfactoriamente por las autoridades se concluye el seguimiento de la recomendación y le sobrevienen elementos supervenientes para verificar su cabal cumplimiento, la recomendación podrá extenderse a un llamamiento de los involucrados cuando se considere idoneidad, en cuanto a su jerarquía, del funcionario destinatario de la recomendación.

Podrá considerarse el tratamiento establecido en el párrafo precedente, a los procedimientos concluidos por conciliación que reflejan aún incumplimiento o violación de derechos humanos, para efectos de hacer efectiva la conciliación.

Artículo 51. ...

La Comisión Nacional de Derechos Humanos podrá elaborar y difundir públicamente informes especiales cuando persistan actitudes u omisiones que impliquen conductas evasivas o de entorpecimiento por parte de las autoridades y servidores públicos que deban intervenir o colaborar en el cumplimiento de sus recomendaciones.

Transitorios

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 7 de octubre de 2008.--- Diputada Verónica Velasco Rodríguez (rúbrica).»

Presidencia del diputado César Duarte Jáquez

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Gracias, diputada.Túrnese a la Comisión de Derechos Humanos la iniciativa presentada por la diputada Verónica Velasco.

Proceda la Secretaría a leer un acuerdo de la Mesa Directiva.



DESIGNACION DE RECINTO DE LA CAMARA DE DIPUTADOS

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.

Acuerdo de la Mesa Directiva, por el que se propone al Pleno la sede temporal de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión

La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del tercer año de ejercicio de la LX Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 77 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 20 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del Pleno el siguiente:

Acuerdo

Primero. Se faculta a la Mesa Directiva para que acuerde y designe los recintos alternos que podrán ser utilizados, en caso de que no existan las condiciones necesarias para sesionar dentro del Palacio Legislativo de San Lázaro.

Segundo. La ubicación de los recintos que se designen se comunicarán a la colegisladora y a los demás Poderes de la Unión, a las legislaturas de los estados y a la Asamblea del Distrito Federal. Asimismo, se hará difusión de su ubicación en los medios de comunicación que la Mesa Directiva considere necesarios.

Tercero. Publíquese el presente acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio de San Lázaro, a 23 de octubre de 2008.--- Diputado César Duarte Jáquez (rúbrica), Presidente; Diputada Martha Hilda González Calderón (rúbrica), Vicepresidenta; Diputado José Luis Espinosa Piña (rúbrica), Vicepresidente; Diputada Ruth Zavaleta Salgado , Vicepresidenta; Diputada Margarita Arenas Guzmán (rúbrica), Secretaria; Diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela , Secretaria; Diputada María del Carmen Pinete Vargas , Secretaria; Diputado José Manuel del Río Virgen (rúbrica), Secretario; Diputado Manuel Portilla Dieguez (rúbrica), Secretario; Diputada Rosa Elia Romero Guzmán , Secretaria; Diputado Jacinto Gómez Pasillas (rúbrica), Secretario; Diputado Santiago Gustavo Pedro Cortés (rúbrica), Secretario.»

En votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Aprobado. Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.



LEY DE ASISTENCIA SOCIAL

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Tiene el uso de la palabra la diputada Holly Matus Toledo, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Asistencia Social.

La diputada Holly Matus Toledo : Con su venia, diputado presidente.

Compañeros diputados y compañeras diputadas, la Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada por la Organización de las Naciones Unidas y ratificada por México en 1990, establece una serie de normas y obligaciones aceptadas por todos los Estados miembros.

Estas normas básicas contienen un catálogo de derechos y libertades mínimas que los gobiernos deben cumplir para la protección de los niños y los adolescentes, y que garanticen el respeto a su dignidad, la igualdad, la diversidad y, en general, a los derechos humanos inherentes a toda persona.

La iniciativa que hoy someto a su consideración busca atenuar las graves consecuencias que genera la forma más brutal de violencia en contra de mujeres menores y adolescentes: la violación sexual y el embarazo producto de este hecho.

El abuso sexual en niñas y niños tiene características propias. Con frecuencia es una conducta reiterada y oculta. Suele cometerse sin mediar violencia física, pero sí violencia psicológica.

Los agresores son generalmente adultos conocidos por las víctimas. Pueden ser los padres, padrastros, tíos, abuelos, primos o vecinos, razón por la cual la niña o el niño evitan informar del abuso.

En México algunos estudios señalan que la mitad de los casos de violación sexual ocurren en niñas, niños y adolescentes. Para 2002 el DIF atendió mil 123 casos de abuso sexual y 64 de explotación sexual comercial.

En este mismo año, el último por cierto, para el cual se tienen datos, solamente 13 por ciento de casos de abuso sexual y 0.3 por ciento de explotación sexual comercial fueron denunciados a las autoridades.

El Estado, a pesar de estar obligado a proteger a las niñas y los adolescentes de todo tipo de violencia, elude su responsabilidad en el caso de las niñas y las adolescentes que se encuentran embarazadas. La única atención que reciben generalmente es por parte de organizaciones no gubernamentales, tanto religiosas como de la sociedad civil. Éstas ofrecen refugio temporal, pero nadie se hace cargo de los niños que han sido producto de la violación.

¿Qué sucede con los casos en donde la madre o la familia son los que encubren al violador? Ante esta problemática observamos la ausencia de programas gubernamentales y políticas públicas que brinden apoyo específico.

Con la iniciativa de ley que presento se pretende incorporar a las menores embarazadas como resultado de violencia sexual como sujetos de atención en la Ley de Asistencia Social.

Propongo, además, ampliar las funciones del DIF para incluir programas de atención integral para las menores embarazadas y los hijos o las hijas producto de esta violación.

Este tipo de programas darán cobertura a las menores que no cuentan con una red de apoyo familiar o cuando los familiares se convierten en los agresores de la menor, o en los encubridores del violador; motivo suficiente para retirar a la menor de este entorno social de riesgo.

El Estado mexicano ha firmado y ratificado distintos compromisos internacionales y es hora que empiece a cumplirlos.

Señor presidente, por la premura del tiempo solicito que se sirva integrar el texto completo en el Diario de los Debates. Por su atención, muchas gracias.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Asistencia Social, a cargo de la diputada Holly Matus Toledo , del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, diputada Holly Matus Toledo , integrante de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentamos a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 4, 12 y 28 de la Ley de Asistencia Social, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La Convención de los Derechos del Niño, aprobada en 1989 por la Organización de las Naciones Unidas, y ratificada por México el 21 de septiembre de 1990, establece una serie de normas y obligaciones aceptadas por todos los Estados miembros.

Estas normas básicas contienen un catálogo de derechos y libertades mínimas que los gobiernos deben cumplir para protección de la niñez y los adolescentes, que garanticen el respeto a la dignidad, la igualdad, la diversidad y en general a los derechos humanos inherentes a toda persona.

La convención contiene, en sus 54 artículos y dos protocolos facultativos, los derechos humanos básicos que deberán disfrutan las niñas y niños: el derecho a la supervivencia, al desarrollo pleno a la protección contra influencias peligrosas, contra los malos tratos y la explotación, y a la plena participación en la vida familiar, cultural y social.

La ratificación o adhesión a la convención vincula a los Estados a proteger y garantizar los derechos de la infancia ante la comunidad internacional, por lo tanto México está, sin duda, obligado a ello.

El Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos, a través de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (aprobada por México en 1980), amplía su ámbito de acción, y en el artículo 19 contempla que no sólo los Estados tienen la obligación de adoptar estas medidas, sino también la sociedad y la familia.

Estas convenciones por ende, protegen a los niños y niñas de todo tipo de violencia, entre ellas, la violencia sexual y sus consecuencias.

La iniciativa que hoy se somete a su consideración busca precisamente atenuar las graves consecuencias que genera la forma más brutal de violencia en contra de menores y adolescentes: la violación sexual.

Las estadísticas mundiales indican que el abuso sexual en niños y niñas representa un importante problema social y de salud en numerosas regiones del mundo, aún cuando existe un subregistro del fenómeno.

El abuso sexual en niñas y niños tiene características propias, con frecuencia es una conducta reiterada y oculta durante semanas o meses, suele cometerse sin mediar violencia física, pero sí violencia psicológica a través de amenazas de agresión o muerte a la familia. Los agresores son generalmente adultos conocidos por las víctimas: padres, padrastros, tíos, abuelos, primos o vecinos, razón por la cual la niña o el niño evitan informar del abuso.

En México, algunos estudios señalan que la mitad de los casos de violación ocurre en niñas, niños y adolescentes. Datos provenientes de los centros de atención en crisis que atienden casos de violación, revelan que un gran porcentaje de violaciones e incidentes de abuso sexual, son perpetrados contra mujeres de 15 años o menos.

Es importante precisar que en la comisión del delito de violación sexual se vulneran los bienes jurídicos de la libertad, la dignidad y la integridad física, psíquica y social. En el caso que nos ocupa es aún más grave en virtud de que las víctimas son niñas y adolescentes que aún no tienen una comprensión cabal de la sexualidad ni de las consecuencias y los riesgos del ejercicio sexual en condiciones de desigualdad física, psíquica, cognitiva y social. Por esta razón, el impacto sobre su salud mental y sexual perdura durante muchos años.

Es por ello que consideramos que el Estado debe asumir la tutela de esos bienes jurídicos y brindar a este grupo vulnerable una protección especial que garantice su derecho constitucional a la reparación del daño, a la atención médica, psicológica, a la asesoría jurídica, a la educación y a una vida digna, tal como lo contempla nuestra Carta Magna, en su capítulo de garantías individuales, artículo 4o., párrafos 6, 7 y 8.

Artículo 4o. ...
Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.

Los ascendientes, tutores y custodios tienen el deber de preservar estos derechos. El Estado proveerá lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos.

El Estado otorgará facilidades a los particulares para que coadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez.

Durante el año 2002 el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) atendió mil 123 casos de abuso sexual y 64 de explotación sexual comercial. En ese mismo año --el último para el que se tienen datos del DIF-- sólo el 13 por ciento de casos de abuso sexual y el 0.3 por ciento de explotación sexual comercial, fueron denunciados a las autoridades. 1

En cuanto a las querellas directas a las instituciones de procuración de justicia, entre 1997 y 2003 fueron denunciadas un total de 53 mil violaciones en contra de menores de edad en el país. Ello equivale a un promedio de 7 mil 600 violaciones por año, es decir, 21 cada día.

En el Distrito Federal, la Procuraduría de Justicia reportó que entre los años 2000 y 2002 habían sido abandonados en lugares públicos 150 niños por año. De entre los menores abandonados, 40 por ciento eran varones y 60 por ciento niñas, el 10 por ciento del total de niños y niñas abandonados tenían alguna discapacidad.

Es importante destacar que las consecuencias de este acto de violencia sexual en muchas ocasiones se traducen en embarazos no deseados e infecciones de transmisión sexual, incluido el VIH/sida. Este tipo de violencia se ejerce a través de la coerción impuesta a una persona menor de edad por un individuo mayor que utiliza incorrectamente su poder o autoridad.

Son muchos los factores por los que se ocultan las violaciones en mujeres menores de edad, entre ellos se encuentran las amenazas del violador, la carencia de redes sociales que las apoyen en estas circunstancias, así como el estigma de que son objeto, y la violencia de otro tipo que sufren en los servicios de salud y en los de impartición de justicia, cuando son tratadas como culpables de inducir la agresión sexual. Ello conlleva en muchas ocasiones a ocultar los impactos o consecuencias producto de la violación, como son los embarazos.

Cabe destacar que la única atención que reciben las menores de edad víctimas de violación que además quedaron embarazadas, provienen de entidades no gubernamentales tanto religiosas como de la sociedad civil. Estas entidades ofrecen refugios para víctimas de violencia familiar extrema, muy pocos de ellos reciben a menores violadas gestantes y solamente con la autorización de la familia (al menos con el consentimiento de la madre), ¿pero qué sucede en aquellos casos en que es la madre o la familia quien encubre al violador?

Ante esta problemática, podemos observar una ausencia de programas gubernamentales o políticas públicas que brinden apoyo específico para la atención integral de menores embarazadas como producto de la agresión sexual.

Sólo algunas entidades federativas cuentan con una ley de atención a víctimas del delito, en las que generalmente en casos de violencia sexual, se remite a las víctimas al DIF, pero este no cuenta con un programa integral para atender la problemática específica que aquí se plantea.

Como ejemplo observamos que en el Distrito Federal el DIF envía a las víctimas de violencia sexual a la Casa de las Mercedes. Esta ONG proporciona albergue temporal a niñas o adolescentes de la calle, donde se les otorga atención médica, ginecobstétrica y de salud en general, planificación familiar y derechos humanos, entre otros servicios, Sin embargo, el Estado, a través del DIF, no ha asumido su responsabilidad de desarrollar programas específicos de atención y apoyo a las niñas y adolescentes en esta situación.

El artículo 168, fracción II, de la Ley General de Salud establece que dentro de las actividades básicas de la asistencia social se encuentra ``la atención en establecimientos especializados a menores y ancianos en estado de abandono o desamparo e inválidos sin recursos'', mientras en el artículo 27, inciso c), de la Ley de Asistencia Social, relativo a las funciones del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, se señala que ``con fundamento en lo establecido en los artículos 1o., 4o., 7o. y 8o. de la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, y atendiendo al interés superior de la infancia, el organismo tendrá como responsabilidad coadyuvar en el cumplimiento de esa ley''.

Esta normatividad se refiere a las medidas legales y administrativas que el sistema de asistencia social debe tomar para garantizar el bienestar de las niñas, niños y adolescentes, así como los cuidados y la asistencia que requieren para lograr un crecimiento y un desarrollo plenos. Sin embargo, aunque constituyen un marco general, no garantizan la atención a problemáticas específicas, como la que en esta iniciativa abordamos.

El Estado mexicano ha firmado y ratificado los compromisos internacionales de protección a la niñez, y por lo tanto, está obligado a desarrollar programas y políticas públicas para dejar a salvo los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

Particularmente en los casos en que la menor embarazada se encuentre en riesgo en el seno del hogar, será obligación del Estado protegerla, informarle sus opciones legales (interrupción del embarazo dentro del término legal, adopción y/o continuar con el embarazo), en caso de que decida continuar con la gestación, el Estado le brindará atención médica durante este periodo, durante el parto y posterior a éste, tanto a la madre como al producto.

El Estado deberá además, proteger a ambos niños (madre e hijo) y garantizar su derecho a la educación; la salud, y a vivir una vida libre de violencia.

El cuidado de las niñas y adolescentes en situación de violencia y vulnerabilidad, debe hacerse de manera integral, 2 en un espacio digno, manejado por profesionales capacitados en la atención a este grupo de población, brindando techo, alimentación, recreación, atención a la salud física y mental, y educación, la cual debe incluir la formación básica y media superior o una carrera técnica que les brinde capacitación profesional, según lo decidan las menores.

Por los motivos expuestos, estimamos que es urgente ampliar las funciones del DIF para que dentro de sus atribuciones esté la de crear un programa específico para que el Estado brinde atención integral a mujeres menores embarazadas como resultado de violencia sexual, y en caso de que decidan continuar con el embarazo, también el Estado deberá brindar la atención a la hija o al hijo.

Este programa dará cobertura a las menores que no cuentan con una red de apoyo familiar, o cuando los familiares se convierten en los agresores de la menor o en los encubridores del violador, motivo suficiente para retirar a la menor de ese entorno social de riesgo.

A través de este programa, el DIF estará obligado a atender de manera rápida, digna y eficiente, la problemática a la que se refiere la presente iniciativa que propone reformar y adicionar la Ley de Asistencia Social, para la protección y asistencia de niñas y adolescentes embarazadas por violación

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso general de los estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del Pleno la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley de Asistencia Social.

Artículo Único. Se adicionan el inciso m) a la fracción I del artículo 4o., un segundo párrafo a la fracción X del artículo 12, y un segundo párrafo al inciso d) del artículo 28 de la Ley de Asistencia Social, para quedar como sigue:

Artículo 4o. Con base en lo anterior, son sujetos de la asistencia social, preferentemente:

I. Todas las niñas, niños y adolescentes, en especial aquellos que se encuentran en situación de riesgo o afectados por:
...
...
m) Embarazo producto de una violación, y que no cuenten con el apoyo familiar y/o permanezcan en riesgo de violencia y abuso sexual.

Artículo 12. Se entienden como servicios básicos de salud en materia de asistencia social, los siguientes:

X...
La atención integral en establecimientos especializados a niñas y adolescentes embarazadas como consecuencia de una violación, que no cuenten con una red de apoyo familiar, o que en cuyo entorno permanezca el riesgo de violencia y abuso sexual.
...

Artículo 28. El organismo será el coordinador del sistema, y tendrá las siguientes funciones:

...
...
d) ...
...
Prestar servicios de atención especializada e integral a niñas y adolescentes embarazadas víctimas de una violación, que no cuenten con una red de apoyo familiar, o que en cuyo entorno permanezca el riesgo de violencia y abuso sexual.
Artículos Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Congreso de la Unión deberá aprobar las leyes o reformas a las leyes vigentes para regular las materias que este decreto establece en un plazo de 180 días a partir de la publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Tercero. Se derogan las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Notas: 1 Azaola, Elena. ``Maltrato, abuso y negligencia contra menores de edad''. En Extracto del informe nacional sobre violencia y salud . Secretaría de Salud, México, 2006, página 26. 2 Por atención integral se entiende el manejo médico y psicológico de las consecuencias para la salud de la violencia familiar y sexual, así como los servicios de consejería y acompañamiento.
Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo,a 18 de septiembre de 2008.--- Diputada Holly Matus Toledo (rúbrica).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Túrnese a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

Queremos destacar la presencia en este salón de sesiones de las mujeres integrantes de la Mesa Directiva de la Federación Internacional de Mujeres de Negocios y Profesionales, que nos han visitado hoy, encabezadas por la doctora Chonchanok Viravan, presidenta internacional de la Organización Internacional de Mujeres de Negocios. Bienvenidas.

Asimismo, a todas las acompañantes de 80 países del mundo que están en México en un congreso internacional. Bienvenidas.



ARTICULO 3O. CONSTITUCIONAL - LEY GENERAL DE EDUCACION - LEY DEL INSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACION DE LA EDUCACION

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Tiene el uso de la palabra la diputada Guillermina López Balbuena, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanosy de la Ley General de Educación, y expide la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.

La diputada Guillermina López Balbuena : Con su venia, señor presidente.

Compañeras y compañeros, la evaluación suministra información para elaborar planes de mejora del sistema educativo. Nuestra propuesta no genera ningún impacto presupuestal, ya que el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación cuenta con un presupuesto. Lo que ahora hay que hacer es sacarlo de la corrupción que predomina en la SEP.

Que sus evaluaciones sean autónomas, que reflejen la realidad que impera y no lo que le convenga al gobierno.

El instituto ya está maduro para separarse de las manos del gobierno. El propósito es lograr que la educación sea promotora y creadora de innovaciones y rinda cuentas de sus desempeños; asimismo que proporcione mejores prácticas para la enseñanza y la investigación, y para la formación y la actualización del magisterio.

Compañeros, basta de tolerar a maestros que dejen a los niños sin clases por varios meses. Basta ya de las marchas exigiendo que no se les supriman las prácticas de venta de plazas o de heredarlas, o para rechazar que los capaciten o se les evalúe. Mejor que marchen para exigir mejor capacitación para actualizarse y elevar la calidad de la educación.

Propongo que sean suspendidos de sus cargos los maestros que suspendan clases sin ninguna causa justificada y no cumplan su horario de clases.

Maestros, si tienen alguna exigencia, demándenla fuera de los horarios de clases. Basta de dejar a los niños sin clases. Demándenla sin afectar su derecho a recibir educación.

Asimismo se sancionará a los funcionarios o docentes que concierten por sí o por interpósita persona la venta o traspaso de plazas magisteriales. Basta de seguir manteniendo a funcionarios incompetentes y lentos en la solución de los problemas.

Por ello, los funcionarios que no den pronta solución a las solicitudes de los docentes serán suspendidos de su cargo. Ya basta de tolerar a la burocracia que en algunas ocasiones provoca que los maestros salgan a las calles a exigir solución pronta a sus problemas.

Compañeros, si no alcanzamos que la educación se convierta en un tema prioritario en la agenda del país, nunca lograremos cambiar la actual situación que padece este sector.

Todos estamos de acuerdo en que el país requiere la unidad para enfrentar los asuntos prioritarios que imperan en el país. Pero cómo deseamos lograr esa unidad si en el México de hoy se observan dos países: uno denominado ``Pejelandia'', donde se hace lo que su excelentísimo presidente mande, donde quien exprese sus ideas es considerado como un traidor; donde la prioridad es dividir y provocar inestabilidad y donde sólo buscan obtener popularidad a costa de que el país no avance. Les recuerdo que la imposición de ideas lleva al caos.

Y otro, el de Mafalda, donde Felipito gobierna de manera incapaz, inepta y es lento para resolver los problemas; actúa tardíamente, donde sus resultados son pocos y sus índices de crecimiento van a la baja, y el amiguismo es lo que sobresale.

Compañeras del PAN y del PRD, México necesita una izquierda responsable con las causas sociales, con ideas que a lo largo de los años han ayudado a perfeccionar las instituciones. Necesita que el PAN vuelva a sus raíces, que gobierne bajo las ideas que defendían cuando eran oposición. Les recuerdo que el PRI construyó las instituciones de esta nación.

No dejemos que el país se derrumbe, mejor fortalezcamos el beneficio de millones de mexicanos. Por ello hago un llamado a todos los actores políticos, a los intelectuales, a la sociedad civil, a la iglesia, medios de comunicación y a los empresarios a concretar un pacto nacional por la unidad de los mexicanos.

Señores legisladores, vamos por una mejor educación para nuestros hijos, que ésta sea de calidad competitiva, que los niños de México siempre tengan educación. Es cuanto, señor presidente.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley General de Educación; y expide la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, a cargo de la diputada Guillermina López Balbuena , del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, diputada federal Guillermina López Balbuena , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de ésta honorable asamblea, los siguientes Proyectos de Decreto por el que se adicionan las fracciones IX y X al artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se reforman las fracciones I y XI del artículo 12, fracción II del artículo 13, el párrafo tercero del artículo 15, primer párrafo del artículo 29, el artículo 30, fracción IV del artículo 47, el artículo 68, las fracciones VII, XII y el último párrafo del artículo 75, y se adicionan, un párrafo segundo al artículo 3, una fracción VIII al artículo 10, una fracción V al artículo 11, una fracción III al artículo 76, todos de la Ley General de Educación, y por el cual, se expide la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En la actualidad la educación es un factor fundamental para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos. Su importancia ha sido puesta repetidamente de relieve, debido tanto a las transformaciones económicas y sociales de nuestro entorno, como a los cambios que han experimentado los sistemas educativos. El interés que se ha manifestado hacia la evaluación de los servicios educativos también ha contribuido a atraer la atención hacia este tema.

La educación es un fenómeno complejo y delicado. Complejo por la cantidad y diversidad de factores, actores y funciones que la conforman; delicado por las poderosas fuerzas que lo atraviesan y por la multiplicidad de repercusiones y consecuencias que sus acciones y resultados generan en la sociedad.

La evaluación es un instrumento fundamental para dar respuesta a la creciente demanda social de información, para objetivar el debate educativo y para anotar sobre bases sólidas los procesos de toma de decisión. La evaluación suministrará una información muy valiosa para elaborar planes de mejora del sistema educativo.

Una reforma educativa en México no es simple; es un problema complejo técnica y políticamente, pero hay muchos grupos interesados en que esto cambie. Es importante recordar que la primera recomendación de la OCDE al gobierno mexicano luego de dar a conocer los resultados de la prueba PISA 2006, es aceptar que la educación importa.

La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico ha puesto sobre la mesa de discusión el tema de la efectividad del presupuesto asignado a la educación en México, lo anterior a partir de las evaluaciones practicadas a los estudiantes en distintos niveles y áreas del conocimiento. En el documento titulado Panorama de la educación 2008 publicado por la OCDE, señala que México invierte por alumno 2 mil 405 dólares, es decir, nuestro país, se encuentra al final de los países miembro; muy lejos de los 12 mil 788 de Estados Unidos o de los 12 mil 195 de Suiza que encabezan la lista.

Otro dato relevante es que mientras que las economías latinoamericanas más grandes han crecido en la última década a un promedio de alrededor del 7%, la nuestra lo ha hecho a un ritmo inferior a la mitad de esa cifra. Además, en México el porcentaje de alumnos que terminan sus estudios secundarios es de 42%, lo que lo ubica en el último lugar, por debajo de Turquía, que tiene 51 por ciento.

El tema de mejorar la calidad de nuestra educación se ha vuelto una necesidad. Por todas partes escuchamos acerca del agotamiento de nuestro modelo de educación tradicional. La educación enfrenta grandes desafíos que deben superarse si no queremos permanecer estancados o incluso retroceder, porque tendríamos menos calidad.

Existe una clara conciencia sobre el imperativo de mejorar la calidad de los sistemas educativos, por encima de criterios cuantitativos de costo y cobertura. Es elevado el consenso tanto en el ámbito académico, político y social que la calidad constituye hoy en día el eje central de la educación.

La desigualdad en la instrucción es una de las fuentes de desigualdad social, junto con las relativas a la riqueza y al trabajo por lo que la educación es el medio para lograr la igualdad social. Al grado de que el rezago en temas como la alfabetización, deserción y escolaridad aun registran desigualdades entre las entidades federativas.

Sólo por mencionar, en el Plan Nacional de Desarrollo 2007--2012, se destaca que el rezago en educación básica se estima en más de 30 millones de personas de más de 15 años que no concluyeron, o que nunca cursaron la primaria o la secundaria. De ellos, la mitad son jóvenes de entre 15 y 35 años. Actualmente los años de escolaridad promedio de las personas entre 15 y 24 años es de 9.7 grados escolares y el nivel nacional de analfabetismo es de 7.7 por ciento ante estos datos, es indiscutible la necesidad reconsolidar cambios culturales que enfaticen el predominio de la calidad, la evaluación y la competitividad.

El nivel de aprendizaje de los alumnos mexicanos de primaria y secundaria está por debajo del que alcanzan los estudiantes de países desarrollados, los resultados de las evaluaciones señalan que la mayoría de los jóvenes egresa de las escuelas sin los conocimientos y habilidades que necesitarán para un futuro de oportunidades. Las diferencias entre el D.F., y Oaxaca son enormes y confirma que en este caso la inversión, el desarrollo y el ingreso per capita si marcan diferencias.

Según la OCDE, México tiene un nivel 2 en promedio que implica que se obtengan resultados mínimos para poder desempeñarse. La prueba PISA muestra que la condición socioeconómica de los estudiantes es el factor que más se relaciona con el nivel de logro educativo.

Aunado a ello, hay que precisar que los países menos desarrollados enfrentan hoy el reto que debieron superar hace décadas los más desarrollados; después de conseguir que todos los niños accedan a la escuela, evitar que la abandonen al poco tiempo, tras lo cual surge el tema de los niveles de aprendizaje o, en forma simplificada, de la calidad, no basta que los alumnos terminen cierto grado o nivel escolar, si lo hacen sin haber alcanzado los objetivos que establecen los planes y programas de estudio.

Es preciso mencionar que el propio subsecretario de Educación Media Superior, Miguel Székely Pardo, ha señalado que nuestro país, destina menos de 5% de su gasto nacional a atender el rezago educativo de 33 millones de mexicanos que se encuentran en esta situación, es decir, que no saben leer ni escribir; no concluyeron la primaria ni la secundaria. Agregando que cada año se suman al analfabetismo en México entre 100 mil y 140 mil personas por falta de acceso a una escuela, ya que viven en zonas alejadas a las zonas urbanas; de ese total, 20 mil son jóvenes de entre 15 y 19 años.

Entre los estados con mayor proporción de personas en situación de rezago educativo son Chiapas, Durango, Guerrero, Nayarit, Oaxaca, Puebla y Veracruz, y los municipios con el mayor índice de personas que no saben leer ni escribir son Tehuipango, Veracruz; Coicoyán de las Flores, Oaxaca y Cochoapa el Grande, en Guerrero.

Los actuales ejercicios de evaluación han mostrado una escasa relación, en su diseño y aplicación con los programas, planes y proyectos supuestamente destinados a mejorar la gestión escolar y el desempeño de los estándares y los niveles de aprendizaje pretendidos. Es necesario que se utilicen estas evaluaciones para conformar y diseñar programas que eleven el nivel profesional, a través de la formación inicial, actualización, profesionalización y seguimiento, así como las condiciones de trabajo adecuadas.

Es innegable que los expertos en el tema de educación y políticas educativas han señalado que es fundamental evaluar para elevar la calidad, aunque evaluar no es suficiente por sí mismo ya que es necesario, que los resultados de las evaluaciones se difundan y se aprovechen para sustentar estrategias de mejora.

En México, los sistemas de evaluación están en procesos de institucionalización, asociados a promover la calidad educativa. La calidad de la educación en México, se ha convertido en un tema que inevitablemente se cuestiona en varias ocasiones durante el año, en especial, cada vez que algún organismo internacional nos recuerda sobre nuestras deficiencias y problemas. Los resultados que se han dado a conocer reafirman lo que ya todos conocemos desde hace mucho tiempo, el nivel de nuestra educación no sólo deja mucho que desear, sino que se esta rezagando peligrosamente en términos comparativos respecto a otros países.

En este sentido, la evaluación debe constituir una base de información que conduzca a los distintos actores involucrados en el proceso educativo a diseñar las políticas y líneas de acción para el mejoramiento de los resultados.

Las políticas públicas en educación se elaboran, en esencia, mediante un dialogo entre los distintos actores, así como de las demandas y presiones de la sociedad, y la propia realidad educativa. Una escasa presencia de algunos de esos tres actores genera distorsiones con graves consecuencias.

La determinación y el mejoramiento de la calidad de la educación tienden a concebirse entonces, en términos de las discrepancias existentes, entre los propósitos pretendidos y los logros alcanzados, Por tal motivo, es urgente sumar esfuerzos para fortalecer el papel de la educación, involucrar a todos los actores políticos implicados en esta materia en un ambiente de respeto y corresponsabilidad, valorando la contribución de todas las organizaciones de la sociedad, tanto del sector público como del privado y del social.

La labor evaluadora es objeto de un interés creciente, hasta el punto de poder afirmarse que la evaluación del sistema educativo y de sus diversos componentes ocupa un lugar privilegiado en las políticas actuales de la educación.

Nuestro sistema educativo requiere de una verdadera transformación. Para empezar, hay que diseñar un nuevo modelo educativo; capacitar al personal docente para trabajar en equipo creativamente y para elaborar sus propios materiales didácticos, así como, para desarrollar su liderazgo; mejorar la gestión escolar; innovar la pedagogía y las didácticas; extender la cultura de la evaluación y articular ésta con las políticas y acciones de todo el sector educativo; fortalecer la investigación educativa, mejorar la infraestructura escolar y equipamiento así como en los aspectos organizacionales de las instituciones educativas.

La transformación de nuestro sistema educativo sentará las bases para el crecimiento y desarrollo de nuestra sociedad, en los aspectos emocional, intelectual, social, familiar y espiritual capaz de enfrentar con éxito el futuro. Habrá que fortalecer la participación de los padres de familia, e involucra a los demás sectores de la sociedad en el apoyo de la escuela, en especial a las empresas y a los medios masivos de comunicación.

La sociedad mexicana tiene que participar; no hay ningún país con un gran sistema educativo que no tenga detrás una sociedad muy exigente. La educación no es un fin en si misma, sirve para enfrentar situaciones novedosas, con más recursos, en la vida personal, social y laboral. Una buena educación propicia un buen desarrollo económico, social y cultural.

Resulta apremiante contar con un sistema de evaluación autónomo de la injerencia del gobierno, que permita dar seguimiento y emitir una serie de recomendaciones que impacten directamente a la sociedad a través de medidas, programas y políticas públicas educativas.

En diversos foros, conferencias y hasta en este Congreso, hemos oído que la educación debe ser vista como una inversión social; y su adecuación debe estar ligada al contexto que rodea a la sociedad, en donde el compromiso de todos los sectores vinculados a la calidad educativa sea el de mejorar al sistema educativo.

Una vía para impulsar el desarrollo armónico e integral del individuo y de la comunidad es contar con un sistema educativo de buena calidad, mejorando tanto la educación pública como la privada en todos sus niveles y modalidades, creando una cultura nacional que la identifique a la educación como el medio fundamental para lograr la libertad, la justicia y la prosperidad individual y colectiva.

El propósito primordial de la presente iniciativa es lograr que el sistema de educación en México sea el promotor y creador de innovaciones, rinda cuentas de su desempeño y atienda la demanda de educación con equidad, y solidez académica, asumiendo como compromiso el proporcionar el diseño de mejores prácticas para la enseñanza; la investigación; la formación y actualización del magisterio; el impulso a la ciencia y la tecnología, entre muchos otros.

Nuestra propuesta esta encaminada a implantar cambios en la forma de evaluar a los profesores, a los planes de estudio y otros insumos educativos, sin la injerencia del gobierno para manipular o maquillar los resultados a su antojo y conveniencia, sino con la única finalidad de evaluar seriamente el aprendizaje, la preparación y las habilidades con las que salen los alumnos de su proceso educativo. Fomentando una política de fortalecimiento educativo dirigida a mejorar la calidad de los profesores y a aplicar con consistencia evaluaciones transparentes y accesibles del resultado del proceso educativo, a toda la sociedad, en especial a los padres de familia, mejorar los presupuestos de las escuelas, y elevar el nivel educativo de los planteles.

Señores legisladores, si no alcanzamos que la educación se convierta en un tema prioritario en la agenda del país, en donde, sea una constante la cultura de la evaluación de la educación, nunca lograremos cambiar la actual situación que padece este sector.

La evaluación es necesaria para que la calidad mejore, pero que no cualquier evaluación sirve, para que dicha evaluación sirva debe ser sólida técnicamente y tener en cuenta el contexto de las escuelas, para evitar una calificación inapropiada, dado que una evaluación mal hecha trae resultados negativos. La evaluación educativa debe explicar su relación con los procesos de planificación, de tal forma que proporcione información para la toma de decisiones. La evaluación ha revestido importancia a partir de establecer estándares de calidad en la educación.

Señores legisladores, hay mucho por hacer en términos de ofrecer a los niños y jóvenes mexicanos las herramientas indispensables para crecer, desarrollarse y participar activamente en un mundo competitivo.

Los resultados cuantitativos lucen muy bien en los informes de las autoridades, pero ya no resuelven los problemas de fondo. Para lograr cambios significativos se requiere de modificaciones profundas y radicales, no sólo en términos de los planteamientos pedagógicos a seguir, sino también del marco institucional que es ahí donde se complica la situación. En este contexto, el eje para la transformación educativa en el país, es mejorar su calidad para hacer posible que todos los mexicanos realicen sus aspiraciones, con ello, logren una vida digna, productiva y solidaria.

La educación es una función social que nos concierne y atañe a todos, debemos reiterar nuestro compromiso con la sociedad mexicana, ofreciéndole una educación de calidad, que permita a su niñez alcanzar los más altos estándares de aprendizaje, sin distinción de género, etnia o condición social.

Es urgente realizar modificaciones a nuestro marco jurídico para que no tengamos que acostumbrarnos a los malos resultados internacionales y nacionales. Para ello, se requerirá de un buen tiempo para cristalizar y ofrecer resultados efectivos.

Por todo lo anteriormente expresado, presento ante el Pleno de la honorable Cámara de Diputados, el presente proyecto de decreto, por el cual, se adicionan las fracciones IX y X al artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se reforman las fracciones I y XI del artículo 12, fracción II del artículo 13, el párrafo tercero del artículo 15, primer párrafo del artículo 29, el artículo 30, fracción IV del artículo 47, el artículo 68, las fracciones VII, XII y el último párrafo del artículo 75, y se adicionan, un párrafo segundo al artículo 3, una fracción VIII al artículo 10, una fracción V al artículo 11, una fracción III al artículo 76, todos de la Ley General de Educación, y se expide la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, quedando de la siguiente manera:

Artículo Primero. Se adicionan las fracciones IX y X al artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar de la siguiente manera:

Artículo 3o. ...

I. a la VIII. ...
IX. El Ejecutivo federal con la participación del sector privado y social desarrollará e implantará un Plan Estratégico de Desarrollo Integral Educativo, con el objetivo de enriquecer la calidad del sector educativo federal y estatal, buscando incrementar la productividad y competitividad del sistema nacional educativo. El Plan Estratégico de Desarrollo Integral Educativo, se subdividirá en Programas Regionales, enfocándose en las zonas de más rezago educativo;
X. El Estado para el conocimiento exacto de la situación que guarda su sistema educativo nacional, planeara, diseñara, implementara y ejecutara, un Sistema Nacional de Evaluación de la Educación, encaminado a fortalecer, enriquecer, y elevar la calidad de la educación.
Para fines de la evaluación del sistema educativo, el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, será la autoridad en esta materia, como un órgano autónomo, con personalidad jurídica, independiente en sus decisiones, y funcionamiento. Tendrá como finalidad coordinarse con las autoridades educativas federales y estatales, y con los sectores privado y social para diseñar e implementar los instrumentos idóneos para incrementar los niveles de calidad, productividad y competitividad de la educación, así como, establecer las bases para el desarrollo integral y evaluación de los diferentes elementos que integran sus correspondientes sistemas educativos.
La Cámara de Diputados a propuesta de los grupos parlamentarios, designara por el voto de las dos terceras partes de sus miembros, al titular del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, quien durara en su cargo cinco años, y podrá ser reelecto por una sola vez.
La ley establecerá las bases de organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Evaluación de la Educación, con base en los principios de accesibilidad a la información, transparencia, objetividad e independencia. El titular del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, sólo podrá ser removido por causa grave y no podrá tener ningún otro empleo, cargo o comisión, con excepción de los no remunerados en instituciones docentes, científicas, culturales o de beneficencia; y estará sujeto a lo dispuesto por el Título Cuarto de esta Constitución.
Transitorios

Primero. El presente decreto entra en vigor el día siguiente al de su publicación.

Segundo. El honorable Congreso de la Unión, tendrá 30 días contados a partir de la entrada en vigencia del presente decreto para expedir la ley reglamentaria, a que se refiere la fracción X del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Tercero. La Cámara de Diputados tendrá 30 días contados a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, para la designación del titular del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.

Artículo Segundo. Se reforman, las fracciones I y XI del artículo 12, fracción II del artículo 13, el párrafo tercero del artículo 15, primer párrafo del artículo 29, el artículo 30, fracción IV del artículo 47, el artículo 68, las fracciones VII, XII y el último párrafo del artículo 75, y se adicionan, un párrafo segundo al artículo 3, una fracción VIII al artículo 10, una fracción V al artículo 11, una fracción III al artículo 76, todos de la Ley General de Educación, para quedar de la siguiente manera:

Artículo 3. ...

Asimismo, el Estado esta obligado a planear, diseñar, implementar y ejecutar, una política de evaluación encaminada a fortalecer, enriquecer, y elevar la calidad de la educación.

Artículo 10. ...

...

I. a la VII. ...
VIII. El Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación y sus correspondientes delegaciones.
...

Artículo 11. ...

...

I. a la IV. ...
V. Instituto. Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.

Artículo 12. ...

I. Determinar para toda la república los planes y programas de estudio para la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, así como, los programas de estudio regionales, poniendo atención prioritaria, en las zonas de más rezago educativo, a cuyo efecto se considerara la opinión de las autoridades educativas locales y de los diversos sectores sociales involucrados en la educación en los términos del artículo 48.
II. a la X. ...
XI. Realizar la planeación y programación globales del sistema educativo nacional, evaluar a éste y fijar los financiamientos generales de la evaluación que las autoridades educativas locales deban realizar, con el objeto de fortalecer, enriquecer y elevar la calidad de la educación;

Artículo 13. ...

I. ...

II. Proponer a la Secretaria los contenidos regionales que hayan de incluirse en los planes y programas de estudio para la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, con el objeto de fortalecer, enriquecer y elevar la calidad de la educación, así mismo, incluirán, los indicadores y lineamientos de las regiones con más rezago educativo;

Artículo 15. ...

...

El gobierno de cada entidad federativa y los ayuntamientos podrán celebrar convenios para coordinar, evaluar o unificar sus actividades educativas y cumplir de mejor manera las responsabilidades a su cargo;

Artículo 29.

Corresponde al instituto en coordinación con la Secretaria la evaluación del sistema educativo nacional, sin perjuicio de la que las autoridades educativas locales realicen en sus respectivas competencias.

...

Artículo 30.

Las instituciones educativas establecidas por el Estado, por sus organismos descentralizados y por los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, otorgarán al instituto todas las facilidades y colaboración para la evaluación a que esta sección se refiere.

Para ello, proporcionarán oportunamente toda la información que se les requiera; tomarán las medidas que permitan la colaboración efectiva de alumnos, maestros, directivos y demás participantes en los procesos educativos; facilitarán que las autoridades educativas, incluido al instituto en coordinación con la Secretaría, realicen exámenes para fines estadísticos y de diagnóstico y recaben directamente en las escuelas la información necesaria.

Artículo 47. ...

...

I. a la III. ...
IV. Los criterios, lineamientos, instrumentos, procedimientos y mecanismos de evaluación y acreditación para verificar que el educando cumple los propósitos de cada nivel educativo.

Artículo 68.

Las autoridades educativas y el Instituto, promoverán, de conformidad con los lineamientos que establezca la autoridad educativa federal, la participación de la sociedad en actividades que tengan por objeto fortalecer y elevar la calidad de la educación pública, así como ampliar la cobertura de los servicios educativos.

Artículo 75. ...

I. a la VI. ...
VII. Expedir certificados, constancias, diplomas o títulos a quienes no cumplan los requisitos aplicables; así como, por si o por interpósita, consienta o lleve a cabo actos que impliquen la venta o traspaso a través de la obtención de un beneficio económico o de forma hereditaria, de plazas sindicales para desempeñarse como trabajador de la educación;
VIII. a la XI. ...
XII. Incumplir cualesquiera de los demás preceptos de esta Ley, las disposiciones expedidas con fundamento en ella; así como, la no atención inmediata de las solicitudes de los trabajadores de la educación que presente de forma individual o en grupo.
Las disposiciones contenidas en las fracciones II, III y VII de este artículo son aplicables a los trabajadores de la educación. Con respecto a las demás disposiciones, no son aplicables, en virtud de que, las infracciones en que incurran serán sancionadas conforme a las disposiciones específicas para ellos.

Artículo 76. ...

I. a la II. ...
III. En los supuestos señalados en las fracciones II, III, VII y XII señalados en el artículo 75, se impondrá suspensión del empleo, cargo o comisión por un plazo de 5 años; en caso de reincidencia procederá inmediatamente la destitución del puesto.

...

Transitorio

Único. El presente decreto entra en vigor el día siguiente al de su publicación.

Artículo Tercero. Se expide la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.

Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación

Capítulo Primero Disposiciones Generales

Artículo 1. La presente ley es de observancia general en todo el territorio nacional, de interés educativo y social, tiene como objetivo, regular, y supervisar, los mecanismos implementados y ejecutados a mejorar la calidad, productividad, competitividad, desarrollo integral y evaluación de la educación.

Artículo 2. La responsabilidad de cumplir con la presente ley, estará a cargo del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, el cual, será un órgano público autónomo, con personalidad jurídica, patrimonio propio. En el desarrollo de la presente ley, se le denominara ``instituto''.

Tendrá como finalidad coordinarse con las autoridades educativas federales y estatales, así como, con los sectores privado y social, para planear, diseñar, implementar y ejecutar los instrumentos idóneos para incrementar los niveles de calidad, productividad y competitividad de la educación, así como, establecer las bases para el desarrollo integral y evaluación de los diferentes elementos que integran los sistemas educativos.

Artículo 3. La Secretaría de Educación Pública suscribirá convenio con el instituto, para la realización de las evaluaciones del sistema educativo nacional, así como, para establecer los lineamientos conforme a los cuales las autoridades educativas estatales deban efectuar sus respectivas evaluaciones.

Artículo 4. Los criterios y lineamientos sobre los cuales la política educativa se regirá para alcanzar la calidad, productividad, competitividad, desarrollo integral y evaluación de la educación, serán los siguientes:

1. Alcanzar una mayor calidad en el desarrollo de modelos e instrumentos de evaluación, atendiendo la calidad, productividad y competitividad en todas sus dimensiones;
2. Procesar la información en beneficio de mejorar el sistema educativo nacional;
3. Reconocer la importancia de la función de evaluación y supervisión de los centros escolares y autoridades educativas;
4. Orientar, complementar, apoyar el fortalecimiento del sistema educativo nacional;
5. Cuidar que los resultados de las evaluaciones no sean utilizados con fines políticos y electorales;
6. Retroalimentar al sistema educativo nacional y a los subsistemas estatales, para que mejoren su operación y resultados;
7. Evitar comparaciones entre el sistema educativo público y el privado, buscando equidad en el análisis de los resultados de la evaluación;
8. Procurar que en las líneas de actividad exista un componente de innovación que genere nuevos instrumentos y nuevas formas de enfrentar la evaluación, en función de las necesidades del sistema educativo;
9. Participar en todos los programas de evaluación internacional.

Artículo 5. En lo referente a la política nacional de evaluación educativa, ésta deberá precisar:

1. Los puntos de referencia con los que se deberán comparar los resultados obtenidos para llegar a juicios de valor sobre la calidad educativa, tanto en una perspectiva transversal como en una longitudinal;
2. Las consecuencias de la evaluación, en términos de apoyos compensatorios, estímulos, medidas preventivas o correctivas y financiamiento;
3. Lo relativo a la difusión pública de los resultados de la evaluación, cuidando tanto el justo derecho de las personas a la privacidad, como el de la sociedad a que se le rindan cuentas sobre el uso de los recursos públicos y el funcionamiento de servicios de interés general;
4. La distinción entre la evaluación de personas, la de instituciones y subsistemas, y la del sistema educativo nacional en su conjunto.
Capítulo II De los lineamientos para la calidad, productividad y competitividad de la educación

Artículo 6. La estructura educativa federal y estatal deberá funcionar en forma ágil y eficiente, acorde con su naturaleza técnica y académica en relación con el sistema educativo en la perspectiva del mejoramiento de la calidad, productividad y competitividad educativa. Para ello, fortalecerán su colaboración, en particular en los siguientes rubros:

1. Supervisión de los fondos y condiciones en que se sujetarán la ejecución de proyectos, estudios, investigaciones, otorgamiento de becas y cualquier otro apoyo de carácter económico que se proporcione;
2. Promover la participación económica de organismos o agencias internacionales e instituciones extranjeras, tendientes a apoyar acciones y programas en beneficio de la evaluación de la educación mexicana;
3. Dar a conocer las necesidades de capacitación que puedan ayudar a atender, tanto en lo que corresponde a la formación de personal especializado en evaluación, como en lo que toca a preparación de las autoridades educativas y la sociedad en general para la correcta interpretación de los resultados de las evaluaciones y su adecuado uso para la toma de decisiones;
4. Mantener permanentemente actualizados los instrumentos de apoyo administrativo necesarios para el funcionamiento del sistema educativo;
5. Proponer las medidas necesarias para el mejoramiento administrativo de las unidades educativas a nivel federal y estatal;
6. Instrumentar mecanismos de difusión con el fin de que los resultados del Instituto lleguen a la sociedad de manera que estos sean interpretados correctamente y puedan ser aprovechados para mejorar la educación;
7. Implantar políticas institucionales de información y difusión;
8. Difundir materiales sobre evaluación educativa;
9. Exigir el cumplimiento de los compromisos derivados de los convenios internacionales;
10. Coordinar los procesos de planeación, programación y presupuestación para la elaboración de los programas y planes educativos a nivel federal y estatal;
11. Coordinar la planeación, supervisando su realización, con la finalidad de buscar que mantenga los más altos niveles de calidad;
12. Promover la realización de seminarios en que participe el personal de las áreas académicas, así como mecanismos que fomenten el espíritu de innovación y el trabajo en equipo de dicho personal;
13. Propiciar que el personal académico se mantenga en contacto con las agrupaciones profesionales, con el objetivo de que tengan una elevada productividad reflejada en publicaciones y participaciones académicas;
14. Participar en el diseño de los indicadores;
15. Diseñar mecanismos para efectuar análisis secundarios, adicionales y otras investigaciones a partir de los resultados obtenidos para complementar los análisis habituales y proponer formas de aprovechar de manera más completa tales resultados;
16. Supervisar y monitorear los procesos de aplicación de las diversas pruebas cuidando su calidad;
17. Hacer investigaciones relacionadas con el desarrollo de la prueba y sus resultados;
18. Participar en las actividades de capacitación tanto para las autoridades como para el personal de las áreas de evaluación de las entidades federativas y especializados, para darles elementos que les permitan interpretar correctamente los resultados y utilizarlos para el mejoramiento de la educación;
19. Diseñar metodologías desarrolladas en la capacitación del personal educativo a nivel federal y estatal; y
20. Establecer mecanismos para que las autoridades estatales coadyuven con la Secretaria de Educación Pública, en la especial atención y apoyo a los estudiantes de las comunidades indígenas, de acuerdo a las condiciones propias de su cultura, dando prioridad a la formación y desarrollo profesional del personal docente.
Capítulo III Del desarrollo integral y evaluación de la educación

Artículo 7. El Ejecutivo Federal con la participación de los sectores privado y social, desarrollará e implementará un Plan Estratégico de Desarrollo Integral Educativo, con el objetivo de enriquecer al sector educativo federal, estatal y municipal, buscando incrementar la calidad, productividad y competitividad del sistema nacional educativo. El Plan Estratégico de Desarrollo Integral Educativo, se subdivida en Programas Regionales, enfocándose en las zonas de más rezago educativo.

Artículo 8. Con el único fin dar cumplimiento al Plan Estratégico de Desarrollo Integral Educativo, así como, para organizar las actividades destinadas a fortalecer la capacidad técnica de las áreas de evaluación, el gobierno federal y el de las entidades federativas, reforzarán su capacidad de interpretar para usar correctamente los resultados de las evaluaciones, con base en las siguientes acciones:

1. Opinar sobre los programas buscando que respondan a las necesidades de mejoramiento y rendimiento educacional;
2. Planear, programar, organizar, dirigir, coordinar y evaluar las acciones efectuadas;
3. Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el funcionamiento de las labores académicas;
4. Presentar las necesidades de evaluación para alimentar la elaboración de los planes de trabajo anuales tanto en lo relativo a las evaluaciones nacionales, como a las evaluaciones estatales;
5. Observar que los estudios y proyectos que se elaboren en materia educativa estén apegados al desarrollo integral de la educación;
6. Promover el desarrollo institucional de las políticas orientadas al funcionamiento de la estructura educativa;
7. Mantener contacto con las áreas de evaluación, proponiendo oportunamente acciones que puedan servir para la orientación de sus trabajos;
8. Promover y gestionar proyectos de evaluación educativa ante organismos internacionales de cooperación;
9. Cuidar que el diseño de las pruebas o proyectos internacionales en general, y el de sus elementos, como reactivos o indicadores particulares, sea el adecuado a las características socioculturales de México y a las del sistema educativo nacional;
10. Supervisar que la aplicación de las pruebas o la realización de los proyectos de evaluación se realicen en condiciones que aseguren la calidad de los resultados;
11. Vigilar que el análisis de dichos resultados sea el adecuado, tomando en consideración las circunstancias de México;
12. Aportar elementos para la construcción de indicadores;
13. Monitorear la calidad de la información que sustenta los indicadores educativos;
14. Participar en el análisis anual de los resultados;
15. Realizar análisis e interpretación de los resultados;
16. Producir informes sobre las características psicométricas de las pruebas, así como, sobre la calidad de los procesos de aplicación y procesamiento de resultados, que permitan verificar que cumplen con los estándares de calidad propios de ese tipo de instrumentos;
17. Diseñar metodologías para la autoevaluación y la evaluación externa de centros escolares;
18. Diseñar metodologías innovadoras que complementen las desarrolladas por las áreas de la Secretaría de Educación Pública; y
19. Realizar estudios e investigaciones que integren los resultados de los subsistemas de indicadores y pruebas buscando comprender de manera más completa la calidad educativa y los factores que inciden en ella;
Capítulo IV Del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación

Artículo 9. El Instituto se conformara por un Presidente, una Junta de Gobierno, un Consejo Técnico para la calidad, productividad, competitividad y evaluación de la educación y una Contraloría Interna, así como, por las demás unidades que señale su reglamento interno.

El presidente será nombrado por las dos terceras partes de los miembros de la Cámara de Diputados, la propuesta será realizada por los grupos parlamentarios. El presidente será quien presida la Junta de Gobierno y durará en su encargo cinco años y podrá ser reelecto por una sola vez.

Artículo 10. Conforme a la presente ley, serán facultades del instituto las siguientes:

1. Coordinarse con la Secretaria de Educación Pública, para la creación de un programa de desarrollo integral en materia educativa;
2. Diseñar instrumentos y sistemas de evaluación educativa adecuados a los diferentes tipos, niveles, grados y áreas de los currículos; supervisando su aplicación;
3. Analizar y proponer programas y acciones que incidan en el cumplimiento de la Política Nacional de Educación;
4. Contribuir al incremento de la calidad de los sistemas educativos, estimulando acciones orientadas a fomentar la igualdad y la justicia social, a partir de la valoración de la diversidad cultural y la atención a grupos con necesidades específicas;
5. Promover el desarrollo y consolidación de procesos y sistemas de evaluación de la calidad de la educación;
6. Fortalecer los sistemas de evaluación, a través de estudios comparativos y foros de discusión;
7. Desarrollar metodologías y procedimientos de evaluación de los programas y proyectos;
8. Desarrollar y mantener en operación un sistema de indicadores que permita valorar en forma objetiva la calidad del sistema educativo nacional;
9. Realizar evaluaciones nacionales cubriendo por muestreo o en forma censal y en ciclos anuales o multianuales, todos los grados, ciclos y áreas curriculares de los tipos, niveles y modalidades educativos correspondientes;
10. Coadyuvar en el análisis e interpretación de la información que arrojen las evaluaciones;
11. Desarrollar medidas para abatir el déficit de espacios escolares, así como, para la adaptación de instalaciones en los municipios con la finalidad de abrirlos a la comunidad para que se conviertan en espacios de articulación social;
12. Coadyuvar con la Secretaría de Educación Pública para establecer las medidas dirigidas a los docentes, para que estos se incorporen al uso de las tecnologías más adecuadas en los procesos de enseñanza y de aprendizaje;
13. Garantizar, con base en lo establecido en la Ley General de Educación, los procedimientos de participación social para mejorar la calidad educativa en todos los niveles;
14. Coordinarse con los gobiernos federal y estatales ha fortalecer el federalismo educativo, con la finalidad de responder a las diversas condiciones que prevalecen en los contextos local y regional;
15. Estimular la participación amplia de las autoridades municipales para el mejoramiento continuo del servicio educativo, en la esfera de sus competencias;
16. Impulsar y fortalecer la cultura de la evaluación de la educación, y difundir sus resultados;
17. Representar a México ante los organismos internacionales de evaluación educativa;
18. Coordinar la participación del país en los proyectos internacionales con la participación que conforme a las disposiciones legales corresponda a la Secretaría de Relaciones Exteriores;
19. Actuar como órgano de consulta y asesoría de las dependencias y entidades de la administración pública federal, así como, de las autoridades estatales, municipales, y de los sectores social y privado cuando así lo requieran;
20. Concertar acuerdos y convenios con las autoridades educativas locales y municipales y, en su caso, con entidades privadas, para promover políticas y programas tendientes a la elevación de la calidad educativa;
21. Expedir su reglamento interno; y
22. Las demás que señalen la presente ley y su reglamento interno.

Artículo 11. La evaluación que efectuará el Instituto, será dirigida a los planes, programas, servicios y acciones de los niveles de preescolar, primaria, secundaria, enseñanza medio superior, educación para adultos, indígena y comunitaria, e intercultural, en cualquiera de la modalidad que sean impartidos, en las escuelas públicas y privadas. En lo referente a la educación superior, ésta se realizará a través de convenio con las universidades públicas y privadas.

Artículo 12. Conforme a esta ley, son requisitos para ser presidente, los siguientes:

1. Ser ciudadano mexicano por nacimiento, estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos;
2. Tener más de treinta y cinco años de edad, al día de la designación;
3. Contar con titulo profesional y tener conocimientos en política educativa;
4. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito alguno, salvo que hubiese sido de carácter no intencional o imprudencial;
5. Haber residido en el país durante los últimos cinco años, salvo el caso de ausencia en servicio de la República por un tiempo menor de seis meses;
6. No desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal en algún partido político en los cinco años inmediatos anteriores a la designación; y
7. No ser representante de elección popular, ni secretario de Estado, ni procurador general de la República o del Distrito Federal, subsecretario u oficial mayor en la administración pública federal, ni jefe del Gobierno del Distrito Federal, ni gobernador, ni secretario de Gobierno, a menos que se separe de su encargo con un año de anticipación al día de su designación.

Artículo 13. Son facultades del presidente:

1. Presidir la Junta de Gobierno;
2. Nombrar al director del Consejo Técnico para la calidad, productividad, competitividad y evaluación de la educación;
3. Representar a nivel nacional e internacional a la Comisión;
4. Fungir como representante legal;
5. Asesorar al Ejecutivo Federal en la planeación de políticas y acciones relacionadas con la calidad educativa, de acuerdo al Plan Nacional de Desarrollo;
6. Rendir un informe semestral ante el Congreso de la Unión, o en su caso, ante la Comisión Permanente, sobre los avances en materia educativa, así como, sobre el estado financiero que guarda el Instituto;
7. Rendir informes trimestrales ante la Junta de Gobierno del instituto;
8. Coordinarse con la autoridad encargada de la evaluación en la Secretaría de Educación Pública;
9. Mantener contacto con organismos mexicanos que tengan propósitos similares a los de la Comisión, así como con instituciones nacionales de educación superior o investigación interesadas en la evaluación educativa para conjuntar esfuerzos, aprovechar recursos escasos y, en su caso, realizar proyectos comunes;
10. Presentar oportunamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el anteproyecto de presupuesto anual del Instituto, previamente aprobado por la Junta Directiva;
11. Ejercer el presupuesto del instituto de conformidad con los ordenamientos y disposiciones legales aplicables;
12. Presentar a la Junta de Gobierno el Plan de Trabajo, para su análisis, discusión y en su caso aprobación;
13. Nombrar a los directores, subdirectores, y titulares de las unidades administrativas que señala el reglamento interno de la presente ley;
14. Expedir el reglamento interno; y
15. Las demás que señale esta ley y su reglamento.

Artículo 14. El Instituto tendrá su sede en la Ciudad de México, podrá establecer delegaciones en las entidades federativas que presenten rezago educativo.

Capítulo V De la Junta de Gobierno

Artículo 16. La Junta de Gobierno, será el órgano que supervisara, y vigilara el cumplimiento de los objetivos y facultades de la comisión, asimismo, promoverá la celebración de convenio con las autoridades educativas a nivel federal y estatal, para supervisar el adecuado funcionamiento de sus programas y planes educativos, así como, sus estrategias en relación a la capacitación del personal académico. La Junta de Gobierno se integrará por:

1. El presidente del instituto, quien la presidirá;
2. El secretario de Educación Pública;
3. El director general del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología;
4. El subsecretario de Educación Básica y Normal de la Secretaría de Educación Pública;
5. El subsecretario de Gasto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
6. Los presidentes de las Comisiones de Educación y Servicios Educativos, de las Cámaras de Diputados y de Senadores de Congreso de la Unión;
7. El director general del Centro de Investigación y Docencia Económicas, A. C.;
8. El director general del Centro de Investigación y Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional;
9. El rector de la Universidad Pedagógica Nacional;
10. El rector de la Universidad Autónoma Metropolitana; y
11. El rector de la Universidad Nacional Autónoma de México;

El presidente de la Junta de Gobierno podrá extender invitación con voz pero sin voto a: un representante de la Fundación para la Cultura del Maestro, AC; al presidente de Transparencia Mexicana, AC; un representante del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación; el presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Padres de Familia, AC; el presidente de la Unión Nacional de Padres de Familia, AC; un representante de la Comisión de Educación del Sector Empresarial; y un representante de Observatorio Ciudadano de la Educación, AC.

Artículo 17. Conforme a esta ley, son facultades de la Junta de Gobierno las siguientes:

1. Recabar la información correspondiente al cumplimiento de los acuerdos de la Junta de Gobierno y hacerla del conocimiento de los integrantes;
2. Supervisara, y vigilar el cumplimiento de los objetivos y facultades de la comisión;
3. Promover convenio con las autoridades educativas a nivel federal y estatal, para supervisar el adecuado funcionamiento de sus programas y planes educativos, así como, sus estrategias en relación a la capacitación del personal académico;
4. Ratificar el nombramiento del director del Consejo Técnico;
5. Analizar y, en su caso, designar de las propuestas enviadas por el presidente de los integrantes del Consejo Técnico;
6. Designar al encargado de la Contraloría Interna del instituto;
7. Aprobar el programa de trabajo que elabore el presidente;
8. Cuidar que los resultados de las acciones de apoyo a la evaluación del Sistema Educativo Nacional y los sistemas estatales que se realicen sean entregados oportunamente a la Secretaría de Educación Pública, a las autoridades educativas estatales y a los miembros de la Junta de Gobierno;
9. Recibir los informes del presidente y contralor interno del instituto, en los términos y plazos, que se señalan en la presente ley;
10. Firmar las actas y las constancias que sean necesarias, que se deriven de las sesiones; y
11. Las demás que establezca la presente ley y su reglamento interno.

Artículo 18. Para el exacto cumplimiento de los acuerdos de naturaleza académica que suscriba el instituto, se observaran las siguientes reglas:

1. Que no tengan implicaciones de carácter económico ni laboral y que, a juicio de la Junta de Gobierno, y sean congruentes con la política nacional de evaluación;
2. Que tengan implicaciones económicas o laborales que no pudieran ser atendidas adecuadamente;
3. En los casos en que no parezcan congruentes con la política nacional de evaluación, la Junta de Gobierno podrá devolverlos al Consejo Técnico con las observaciones que juzgue pertinentes; y
4. Las demás que sean acordadas por mayoría de los miembros de la Junta de Gobierno.

Artículo 19. La Junta de Gobierno celebrará sesiones ordinarias, por lo menos tres veces por año, y las extraordinarias que convoque su presidente, cuando lo juzgue necesario o a propuesta de la mitad de los integrantes de dicho órgano de gobierno. La Junta de Gobierno sesionará válidamente con la asistencia de por lo menos la mitad más uno de sus miembros y siempre que la mayoría de sus asistentes sean representantes de la administración pública federal.

Las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno se celebrarán de acuerdo con un calendario que deberá ser aprobado en su primera sesión anual; el Presidente podrá convocar a reuniones extraordinarias cuando sea necesario.

Artículo 20. La convocatoria a las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno, contendrá el orden del día, deberá ser entregada y recibida por los miembros de la misma y por los comisarios públicos con una antelación no menor de cinco días hábiles a la fecha para la que se convoquen, anexándose copia del acta de la sesión anterior, así como de la información y documentación necesarias. Para el caso de las sesiones extraordinarias, la documentación deberá ser enviada a los miembros con un mínimo de veinticuatro horas de anticipación a la fecha de realización de la reunión.

Los acuerdos que se tomen en las sesiones de la Junta de Gobierno quedarán asentados en el libro de actas, que deberán firmar el presidente, quien dará fe.

Capítulo VI Del Consejo Técnico para la calidad, productividad, competitividad y evaluación de la educación

Artículo 21. El Consejo Técnico para la calidad, productividad, competitividad y evaluación de la educación, a quién durante el desarrollo de la presente ley, se le denominara ``Consejo Técnico'', estará integrado por veinte expertos en los campos de la calidad, productividad, y competitividad, y de la evaluación y en la investigación de los programas de desarrollo en materia educativa. Los integrantes del Consejo Técnico serán designados por la Junta de Gobierno en consideración a su experiencia en el ramo educativo, las propuestas serán presentadas por el comisionado.

El Consejo Técnico será dirigido por un director general, quien será nombrado por el Comisionado, y ratificado por el voto de las dos terceras partes de los miembros de la Junta de Gobierno. El director durará cuatro años en su cargo, pudiendo reelegirse por única ocasión, por un periodo similar, en el caso de los demás integrantes del Consejo Técnico, éstos durarán en su cargo seis años, los cuales, no podrán ser reelegidos.

Artículo 22. El Consejo Técnico, para el adecuado funcionamiento de sus obligaciones se subdivida en cuatro áreas:

1. Indicadores de calidad y productividad educativa;
2. Competitividad y pruebas;
3. Evaluación educativa; y
4. Programas, planes y Desarrollo Integral en materia educativa.

Cada área estará conformada por cinco miembros del Consejo Técnico, ningún miembro del Consejo Técnico podrá estar en dos o más áreas al mismo tiempo. La distribución de los miembros del Consejo Técnico a las áreas señaladas en el presente artículo, la realizara la Junta de Gobierno, observando el perfil de cada miembro del Consejo Técnico.

Artículo 23. La Junta de Gobierno hará la designación de los veinte integrantes del Consejo Técnico, de entre los candidatos mejor calificados. Asimismo en caso de renuncia o fallecimiento de alguno de ellos, procederá a designar a quien lo sustituya. Para ser designado miembro del Consejo Técnico se requerirá del voto de cuando menos la mitad más uno de los miembros de la Junta de Gobierno presentes.

Artículo 24. Conforme a la presente ley, el Consejo Técnico tendrá las siguientes funciones:

1. Establecer los lineamientos técnicos y académicos que guiarán el trabajo del Instituto en materia de calidad, productividad, competitividad, desarrollo integral y evaluación educativa;
2. Asesorar a la Junta de Gobierno y al presidente para el mejor desempeño de sus atribuciones y dictaminar sobre las cuestiones de naturaleza técnica y académica que dichas instancias sometan a su consideración;
3. Conocer los programas de trabajo anuales y de mediano plazo que elabore el Comisionado y, en su caso, recomendar a la Junta de Gobierno su aprobación, o proponer los ajustes técnicos que considere necesarios;
4. Dictaminar sobre la calidad de los instrumentos que se utilicen, indicando si reúnen las condiciones para ser utilizados operativamente, así como valorar sus aspectos académicos y técnicos;
5. Evaluar técnica y académicamente los informes que se presenten, respecto de los resultados de los programas de trabajo del instituto y, en su caso, recomendar su aprobación por la Junta de Gobierno;
6. Proponer elementos para la política nacional de evaluación;
7. Proponer criterios y lineamientos para las actividades de difusión de los programas, planes e investigación en materia educativa; y
8. Las demás que le otorgue la Junta de Gobierno, y las que se establezcan en el reglamento interior.

Artículo 25. El Consejo Técnico celebrará sesiones ordinarias una vez al mes, así como las extraordinarias que convoque su director general. El Consejo Técnico sesionará válidamente con la asistencia de por lo menos la mitad más uno de sus miembros.

Capítulo VII Del patrimonio del instituto

Artículo 26. El patrimonio del Instituto se integra con lo siguiente:

1. Los bienes inmuebles o muebles que adquiera para el cumplimiento de sus funciones, incluyendo los que la Federación haya destinado para tal fin o para su uso exclusivo;
2. Los recursos que anualmente apruebe para el Instituto la Cámara de Diputados, en el Presupuesto de Egresos de la Federación;
3. Las donaciones e ingresos que reciba por cualquier otro concepto, incluso los derivados de la aplicación de la presente Ley.

Artículo 27. De conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para su tratamiento presupuestario el instituto se sujetará a lo siguiente:

1. Aprobará su proyecto de presupuesto y deberá enviarlo a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para su integración al proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación;
2. Ejercerá su presupuesto en base a lo dispuesto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, sin sujetarse a las disposiciones generales emitidas por las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública. Esto deberá realizarse bajo los principios de eficiencia, eficacia y transparencia, sujetándose a la evaluación y control de los órganos correspondientes; y
3. Llevará la contabilidad y elaborará sus informes conforme a lo previsto en la presente ley y deberá enviarlos a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Cámara de Diputados y a la Junta de Gobierno, con base en lo establecido en la presente ley.
Capítulo VIII De la transparencia y rendición de cuentas

Artículo 30. El presidente del instituto, rendirá un informe semestral ante el Congreso de la Unión o en sus recesos a la Comisión Permanente y, en caso de que sea requerido, comparecerá ante los diputados o senadores, para explicar la política de evaluación educativa del Estado.

Artículo 31. El instituto contará con una Contraloría Interna, que será el órgano de control encargado de la fiscalización de los ingresos y egresos del instituto; en el ejercicio de sus atribuciones estará dotada de autonomía técnica y de gestión para decidir sobre su funcionamiento y resoluciones.

El titular de la Contraloría será designado por la Junta de Gobierno, con el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes, mediante los procedimientos y en los plazos que fije el reglamento interno de la presente ley.

El contralor durará en su encargo cuatro años y podrá ser reelecto por una sola vez. Tendrá la obligación de mantener coordinación técnica con la Entidad de Fiscalización Superior de la Federación a que se refiere el artículo 79 de la Constitución. La Contraloría contará con la estructura orgánica, personal y recursos que apruebe la Junta de Gobierno a propuesta de su presidente. En su desempeño la Contraloría se sujetará a los principios de imparcialidad, legalidad, objetividad, certeza, honestidad, y transparencia.

Artículo 32. La Contraloría Interna tendrá las siguientes facultades:

1. Fijar los criterios para la realización de las auditorias, procedimientos, métodos y sistemas necesarios para la revisión y fiscalización de los recursos a cargo de las áreas y órganos de la comisión;
2. Establecer las normas, procedimientos, métodos y sistemas de contabilidad y de archivo, de los libros y documentos justificativos y comprobatorios del ingreso y del gasto, así como aquellos elementos que permitan la práctica idónea de las auditorias y revisiones, que realice en el cumplimiento de sus funciones;
3. Evaluar los informes de avance de la gestión financiera respecto de los programas autorizados y los relativos a procesos concluidos;
4. Evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas fijadas en los programas de naturaleza administrativa contenidos en el presupuesto de egresos de la comisión;
5. Verificar que las diversas áreas administrativas de la comisión que hubieren recibido, manejado, administrado o ejercido recursos, lo hagan conforme a la normatividad aplicable, los programas aprobados y montos autorizados, así como, en el caso de los egresos, con cargo a las partidas correspondientes y con apego a las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas conducentes;
6. Verificar las obras, bienes adquiridos o arrendados y servicios contratados, para comprobar que las inversiones y gastos autorizados se han aplicado, legal y eficientemente, al logro de los objetivos y metas de los programas aprobados;
7. Requerir a terceros que hubieran contratado bienes o servicios con la comisión la información relacionada con la documentación justificativa y comprobatoria respectiva, a efecto de realizar las compulsas que correspondan;
8. Solicitar y obtener la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones;
9. Emitir los lineamientos, instruir, desahogar y resolver los procedimientos administrativos respecto de las quejas que se presenten en contra de los servidores públicos de la comisión, y llevar el registro de los servidores públicos sancionados;
10. Investigar, en el ámbito de su competencia, los actos u omisiones que impliquen alguna irregularidad o conducta ilícita en el ingreso, egreso, manejo, custodia y aplicación de fondos y recursos de la comisión;
11. Presentar a la Junta de Gobierno, informes previo y anual de resultados de su gestión;
12. Recibir y resguardar las declaraciones patrimoniales que deban presentar los servidores públicos de la comisión; y
13. Las demás que le otorgue esta ley o su reglamento interno.

Artículo 33. Conforme a esta ley, son requisitos para ser Contralor Interno del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, los siguientes:

1. Ser ciudadano mexicano por nacimiento, estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos;
2. Tener más de treinta y cinco años de edad, al día de la designación;
3. Contar con titulo profesional y tener conocimientos en materia fiscal, fiscalización, contabilidad, y financiera;
4. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito alguno, salvo que hubiese sido de carácter no intencional o imprudencial;
5. Haber residido en el país durante los últimos cinco años, salvo el caso de ausencia en servicio de la República por un tiempo menor de seis meses;
6. No desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal en algún partido político en los cinco años inmediatos anteriores a la designación; y
7. No ser representante de elección popular, ni secretario de Estado, ni procurador general de la República o del Distrito Federal, subsecretario u oficial mayor en la administración pública federal, ni jefe del Gobierno del Distrito Federal, ni gobernador, ni secretario de Gobierno, a menos que se separe de su encargo con un año de anticipación al día de su designación.

Artículo 34. El contralor interno podrá ser sancionado por causas graves de responsabilidad administrativa:

1. Utilizar en beneficio propio o de terceros la documentación e información confidencial;
2. Dejar sin causa justificada, de fincar responsabilidades o aplicar sanciones pecuniarias, en el ámbito de su competencia cuando esté debidamente comprobada la responsabilidad e identificado el responsable como consecuencia de las revisiones e investigaciones que realice en el ejercicio de sus atribuciones;
3. Sustraer, destruir, ocultar o utilizar indebidamente la documentación e información que por razón de su cargo tenga a su cuidado o custodia o que exista en la Contraloría, con motivo del ejercicio de sus atribuciones;
4. Conducirse con parcialidad en los procedimientos de supervisión e imposición de sanciones a que se refiere esta ley;
5. Incurrir en alguna de las infracciones mencionadas en el artículo 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; y
6. Las demás que establezcan las leyes en materia de rendición de cuentas y responsabilidad de servidores públicos.

Artículo 35. Los servidores públicos adscritos a la Contraloría Interna, en su caso, los profesionales contratados para la práctica de auditorías, deberán guardar estricta reserva sobre la información y documentos que conozcan con motivo de desempeño de sus facultades así como de sus actuaciones y observaciones.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Cámara de Diputados designara al presidente en un plazo de 30 días contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto.

Tercero. Inmediatamente de su designación el presidente convocará a los miembros de la Junta de Gobierno, para una reunión a más tardar en 5 días, para la designación del Contralor Interno e integrantes del Consejo Técnico del instituto. Así como, para la aprobación del plan de trabajo.

Cuarto. Se abrogan todas las disposiciones y reglamentos, así como, instituciones u organizaciones que contravengan al presente decreto.

Quinto. El presidente tendrá 30 días a partir de su designación para expedir el reglamento interno del instituto.

Sexto. Los puestos de la estructura orgánica que se establezcan en el reglamento interno del instituto, se irán cubriendo progresivamente, en función de las necesidades y de los recursos disponibles.

Diputada Guillermina López Balbuena (rúbrica).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Gracias, diputada Guillermina López Balbuena.Túrnese a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Educación Pública y Servicios Educativos, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.



CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Tiene la palabra la diputada Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que adiciona el artículo 165 al Código Federal de Procedimientos Penales.

La diputada Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez : Con su permiso, señor presidente.

Hablar de la inseguridad en México es hablar de uno de los problemas más graves que tiene este país. Referirnos a la poca efectividad de los sistemas de seguridad para capturar y castigar a los delincuentes es añadir a esta crisis fenómenos tales como la impunidad y corrupción.

El costo de la criminalidad en los aspectos humanos, físicos y emocionales demanda mayores capacidades científicas para evitar el delito y que se constituya en soberano. De ahí que el Estado deba dotar a los órganos investigadores de las herramientas para esclarecer ilícitos y demostrar la inocencia o culpabilidad de los involucrados en un crimen.

Nuestra responsabilidad como legisladores es adecuar nuestras leyes a una realidad mundial, incorporando medios como el que se propone, de forma adecuada, clara, responsable y, sobre todo, útil. Por ello acudo a este pleno a proponer una adición al Código Federal de Procedimientos Penales, para que se prevea un mecanismo adicional de investigación criminalística.

La propuesta consiste en que la autoridad pueda conservar, en un registro de fichas genéticas de ADN, los códigos genéticos de todos los sentenciados en la república por delitos del orden federal. Lo ideal sería que el Sistema Nacional de Seguridad Pública lo hiciese después extensivo en las entidades federativas.

Se propone que los análisis de ADN se limiten al ADN no codificante, el que además de caracterizarse por su gran habilidad entre los individuos, no revela otros datos que los meramente identificatorios.

Consideramos que la limitación de los análisis a estos marcadores no codificantes elimina toda vulnerabilidad del derecho a la intimidad, dado que los datos obtenidos no revelan más información sobre el individuo que la que puede ofrecer la huella dactilar, siendo éste precisamente el fin que habilita y justifica, en nuestro concepto, y que además exige la creación de este registro.

Serán las fichas genéticas de ADN las que se encontrarán a disposición de fiscales y jueces, para que sirvan de base al desarrollo de las investigaciones y procesos criminales, a fin de coadyuvar al mejor y pronto esclarecimiento de un hecho delictivo, ya sea de naturaleza sexual, corporal e inclusive patrimonial. El tejido social está muy dañado por el delito, y las instituciones que lo combaten padecen deterioros serios.

Por tanto, la iniciativa que pongo a su consideración es una modesta aportación en esta suma de esfuerzos impostergables que requiere la nación. Es cuanto, señor presidente. Muchas gracias.

«Iniciativa que adiciona el artículo 165 Quáter al Código Federal de Procedimientos Penales, a cargo de la diputada Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez , del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, diputada integrante de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se propone adicionar un artículo 165 Quáter al Código Federal de Procedimientos Penales, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Uno de los problemas más graves de México es la inseguridad, tanto física como jurídica. La primera se debe a que existe en el país un alto índice de violencia cotidiana que afecta por igual al campo y a la ciudad, a los pobres que a los ricos; la segunda, a que no existe un marco jurídico adecuado para procesar las diferencias sociales y las violaciones normativas, la ley sigue siendo una regla de convivencia a la que se acude solamente en ocasiones excepcionales.

El bienestar social obliga al Estado Mexicano a promover el desarrollo individual de cada uno de los integrantes de la nación, en correlación lo más perfectamente posible con los derechos de sus semejantes. Para ello, debe proponerse a la existencia del correcto amparo y protección de los derechos individuales, en tanto sirvan al desarrollo colectivo de toda la población.

De ahí que el Estado tenga la función de reprimir aquellas conductas que, en tanto vulneran ilegítimamente derechos de terceros, quebrantan esta base esencial de convivencia. Para ello se recurre a diversas herramientas, siendo la más extrema aquella que nos ofrece el sistema penal, definida en su esencia por constituir una vulneración en el ejercicio de derechos individuales. Toda pena conlleva la afectación en dichos derechos, pero de una forma legítima, necesaria y útil para el Estado y la sociedad en general.

Para ello el Estado debería dotar a los órganos investigadores de las herramientas para esclarecer ilícitos y demostrar la inocencia o culpabilidad de los involucrados en un ilícito.

Sin duda, podemos afirmar que la criminalidad evoluciona y se transforma, y que los organismos encargados de perseguir, reprimir e investigar las conductas delictivas, cada día quedan más a la zaga y alejados del criminal, por inercia, por rutina o por hábito nos hemos acostumbrado a la impunidad, en nuestro país la regla es crimen sin castigo. Vivimos de hecho cada momento doloroso entre el delito y la sanción, y esto constituye una de las más profundas crisis de la justicia y del Estado frente al derecho.

En este sentido, la finalidad de la adición hoy propuesta al Código Federal de Procedimientos Penales es conservar en un registro de fichas de ácido desoxirribonucleico (ADN) los códigos genéticos de todos los sentenciados en la república por delitos del orden federal.

Nuestra responsabilidad como legisladores es la de adecuar nuestras leyes a la realidad y a las necesidades de nuestro país incorporando medios como el que se propone, de forma adecuada, clara, responsable, precisa y sobre todo útil.

El proyecto propone que los análisis de ADN se limiten al ácido desoxirribonucleico no codificante.

Las características generales del ADN no codificante lo hacen especialmente útil para su aplicación a la identificación en medicina forense. Como se puede deducir de su trascendente función, el ADN esencial esta formado por secuencias altamente conservadas con muy pocas variaciones interindividuales e intergeneracionales, ya que de lo contrario se podían ver afectadas funciones básicas para la vida de las personas. Los mínimos cambios que tienen lugar, cuando son viables, aumentan el polimorfismo de proteínas y enzimas, aunque también pueden tener efectos negativos.

Por el contrario, el ADN no codificante presenta una gran variabilidad de unos individuos a otros, ya que estas secuencias no son conservadoras al no afectar sus cambios a la fisiología del individuo. Las variaciones debidas a cambios de bases sencillos, procesos de inserción-delección o de intercambio de ADN (recombinación) durante la formación de las células germinales (meiosis), hacen que se modifiquen el número de repeticiones o el orden de las bases de un determinado fragmento repetitivo, pudiendo producirse en un locus sencillo o en múltiples loci, siendo este el origen de la variación que hace que no haya dos personas , a excepción de los gemelos univitelinos, que tengan la misma secuencia del ADN.

Consideramos que la limitación de los análisis a estos marcadores no codificantes, elimina toda vulneración del derecho a la intimidad, dado que los datos obtenidos no revelan más información sobre el individuo que la que puede ofrecer la huella dactilar, siendo éste precisamente el fin que habilita, justifica y que, en nuestro concepto, exige, la creación de este registro.

El objetivo de la presente propuesta se enmarca en nuestro constante esfuerzo para buscar los medios que nos permitan coadyuvar, al máximo, en el desarrollo de la investigación del delito.

Los análisis genéticos pueden ser de utilidad para la prevención de delitos en los casos de asesinos en serie o de violadores compulsivos, que podrían ser identificados antes de cometer otros delitos, además, de que también se puede descubrir más rápido al verdadero culpable y pueden contribuir a esclarecer el misterio de antiguos crímenes nunca elucidados.

El nivel de confiabilidad que proporciona estos análisis es digno de destacarse. En una muestra de ADN, es posible obtener un 99,9 por ciento de exactitud de la identificación practicada, arrojando asimismo un 100 por ciento de efectividad para acreditar la inexactitud del análisis comparativo.

La experiencia de numerosos países en los que se mantienen este tipo de archivos, certifica que la existencia de registros del ADN de las personas que fueren condenadas por la comisión de ilícitos penales permite una rápida identificación de los responsables, particularmente frente a casos de reincidencia delictual.

Ello posibilita que frente a otros procesos criminales se obtenga de manera rápida, efectiva y segura, la identificación de los presuntos responsables de haber incurrido en algún ilícito penal; asimismo contribuye a la rápida acreditación de la inocencia de quienes, no obstante se les haya imputado un delito, siendo inocentes del mismo.

Se trata de avances que requieren la posibilidad de efectuar aproximaciones entre el perfil genético de un individuo buscado y el de un sospechoso, y por ende de la constitución de un fichero de huellas o códigos genéticos.

La Escuela Nacional de Medicina y Homeopatía (ENMyH) del Instituto Politécnico Nacional cuenta con el equipo humano y técnico para realizar la identificación biomolecular de todos los delincuentes sentenciados en el país, lo cual permitiría formar una base de datos para identificar y capturar a criminales reincidentes, lo anterior lo declaró Javier Grandini, director de la ENMyH y especialista en medicina forense. 1

Dicho proyecto revolucionaría el sistema penitenciario mexicano al operar un procedimiento complementario a la toma de huella digital y fotografía (ficha signalética) que se utiliza actualmente durante la captura e identificación de personas que cometen presuntos ilícitos, y permitiría contar con una base de datos del ADN de todos los delincuentes federales en poco más de tres años.

Será el registro de fichas genéticas de ADN las que se encontrarán a disposición del Ministerio Público y de los Tribunales Penales Federales y Estatales de nuestro país, a efecto de servir de base al desarrollo de las investigaciones y procesos criminales, coadyuvando al mejor y pronto esclarecimiento de un hecho delictivo, ya sea de naturaleza sexual, corporal e incluso patrimonial.

La prevención no basta, es necesario adoptar acciones inmediatas para detener a quienes reinciden penalmente.

En este sentido, nuestro derecho penal reconoce dos tipos de reincidencia: la genérica y la específica.

La reincidencia genérica se produce cuando el agente delinque por segunda vez, al cometer un delito de naturaleza diferente a la del primero.

La reincidencia específica se presenta cuando el primero y el segundo delito son de la misma naturaleza.

El artículo 20 del Código Penal Federal vigente señala que

Artículo 20. Hay reincidencia siempre que el condenado por sentencia ejecutada dictada por cualquier tribunal de la república o del extranjero, cometa un nuevo delito, si no ha transcurrido, desde el cumplimiento de la condena o desde el indulto de la misma, un término igual al de la prescripción de la pena, salvo las excepciones fijadas por la ley.
La condena sufrida en el extranjero se tendrá en cuenta si proviene de un delito que tenga este carácter en este código o leyes especiales.

Raúl Carranca y Trujillo dice que la diferencia procesal entre la reincidencia y la acumulación, o concurso real, es que en la primera ha recaído sentencia firme con relación a algunos de los delitos y en la segunda no la hay por ninguno.2

Es aquí donde encontramos el punto de conflicto que sirve de base para este trabajo, pues se advertirá que los ejemplos que se describirán ut infra 3 han mantenido la innovación y el progreso penal en los países donde se ha aplicado la creación de registros o ficheros genéticos.

Desde hace más de trece años, policías británicos crearon un fichero genético con el apoyo de grupos de mujeres, para que se pudiera permitir la rápida identificación de los violadores, posteriormente se estableció que a menudo los violadores tenían un prontuario judicial por delitos de menos importancia, el fichero fue ampliado. En el Reino Unido a toda persona detenida o sospechosa puede pedírsele una muestra de saliva para poder trazar su ficha de ADN. Este fichero centraliza actualmente los códigos de barras de unos 700 mil individuos y debería llegar a contener cinco millones de fichas de aquí a 2010, sobre una población de 58,6 millones de británicos. En cinco años, este registro de datos ha permitido ya realizar miles de aproximaciones, que han llevado a la identificación de ``más de 260 asesinos, 400 violadores y 2 mil 500 ladrones.

El FBI está constituyendo, desde octubre de 1988, un fichero nacional, bautizado como Codis, que unifica los procedimientos biológicos e informáticos, permitiendo intercambiar los datos de los ficheros de los 50 estados del país.

El FBI afirma que dispone de 260 mil, que ya habrían permitido identificar a los culpables de más de 200 delitos, esto concierne hasta ahora a las agresiones sexuales y a los llamados crímenes ``violentos''.

En Alemania, los Países Bajos, Noruega, Suecia, Francia y Estados Unidos, una toma de sangre puede practicarse cuando así lo ordena un juez o un policía en el marco de una investigación.

En Estados Unidos, el Parlamento de Massachusetts aprobó en 1997 una ley que autoriza el fichaje de personas condenadas por un crimen, con efecto retroactivo.

La medida que hoy se plantea no será de efecto retroactivo en nuestro país; lo anterior, en virtud de lo señalado en el párrafo primero del artículo 14 Constitucional, que a la letra dice:

Artículo 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.

Para prevenir riesgos innecesarios algunos países como Alemania, Austria, Finlandia, Suecia, Dinamarca y los Países Bajos decidieron destruir las muestras una vez elaborada la ficha. Otros optaron por la conservación (ilimitada en el Reino Unido; durante cuarenta años en Francia).

Con esta iniciativa se garantiza que las muestras de ADN conservadas en el registro genético protegerá la confidencialidad de los datos genéticos de todos los sentenciados, en virtud de que estos se destruirán una vez elaborada la ficha genética de la persona sentenciada por cualquier hecho ilícito.

En ningún caso la información contenida en el registro podrá solicitarse o consultarse para otros fines o instancias que no sean los propios de una investigación o proceso criminal.

Lo anterior, toda vez que la Declaración Universal sobre el Genoma Humano, adoptada por la UNESCO en 1997, precisa en su artículo 7 que ``se deberá proteger (...) la confidencialidad de los datos genéticos asociados con una persona identificable''.

La legislación penal actual debe pugnar día a día para lograr el debido respeto de los derechos humanos, inclusive de aquellos del propio inculpado en pro de una debida y garantizada procuración e impartición de justicia penal, que responda a las necesidades sociales sin causar males mayores.

Con la adición hoy propuesta al Código Federal de Procedimientos Penales se respeta y protege el derecho que tiene cualquier persona imputada o procesada a no vulnerar sus garantías individuales, en virtud de que la muestra de ADN se tomaría únicamente hasta que sea declarado penalmente responsable del injusto que se le atribuye mediante sentencia emitida por el juez de la causa y esta sea declarada ejecutoriada.

Debemos privilegiar la libertad del gobernado, pero que a su vez no se propicie la impunidad, con lo cual no está conforme la sociedad mexicana; respetar el principio de presunción de inocencia y destacar el de economía procesal y celeridad en los juicios.

El principio de presunción de inocencia, en el que se sostiene la decisión de los juzgadores de absolver al justiciable cuando no se pruebe plenamente su culpabilidad, también tiene antecedentes históricos remotos como el digesto, al prescribir: ``nocetem absolvere satius est quam inocentem damniri'' (Decio); es preferible absolver a un culpable que condenar a un inocente. 4

El pensamiento penal ilustrado que acoge dicho principio tiene su origen en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789; documento donde se enfatiza que debe considerarse inocente al acusado hasta en tanto exista sentencia ejecutoriada que declare una razón diversa; así se excluye la presunción de culpabilidad que durante tanto tiempo condenó a hombres inocentes, bajo procedimientos inquisitorios secretos, caracterizados por la ausencia absoluta de la garantía de audiencia y del derecho de defensa.

Actualmente, es indudable el reconocimiento del principio de presunción de inocencia en nuestro país; antes se encontraba implícito en nuestra Carta Magna, pero con la reforma en materia de seguridad pública y de justicia penal promulgada por el titular del Poder Ejecutivo hace algunos meses, se encuentra literalmente contemplado en el artículo 20 constitucional, como instrumento de defensa de los ciudadanos frente a los actos de los órganos de impartición de justicia. Ello implica la observancia de las garantías previstas en las leyes fundamentales e instrumentos internacionales, en lo que la presunción de inocencia junto con otros principios jurídico-penales 5 conforman un sistema de justicia propio de un Estado democrático de derecho, que limitan al ejercicio del poder punitivo del Estado.

El reconocimiento de la presunción de inocencia en la normatividad jurídica internacional como en nuestro derecho interno, concretamente en el artículo 20 Constitucional, obliga a su observancia obligatoria por todos los órganos del Estado Mexicano.

El proyecto expresamente consagra que bajo ningún supuesto el registro podrá constituir base o fuente de discriminación, estigmatización, vulneración de la dignidad, intimidad, privacidad u honra de persona alguna.

El asunto que hoy nos versa es constitucional, toda vez, que no atenta contra los derechos que tiene toda persona imputada contemplados en el multicitado precepto.

El uso minucioso de la información con la que se contará será escrupuloso ya que no podemos olvidar que la temática, a la luz del estado que ha alcanzado el nivel de conocimientos científicos hoy en día, recibe un margen de duda en torno a la utilización que se debe dar a estos antecedentes codificados, en atención al correcto amparo de derechos individuales que pudieren encontrarse comprometidos, considerando en ello particularmente la alta y compleja calidad de la información radicada en la huella genética individual.

Para mayor abundamiento se transcribe a continuación la reforma propuesta al Código Federal de Procedimientos Penales que consistiría en adicionar un nuevo artículo, el 165 Quáter:

Capítulo III Autos de Formal Prisión, de Sujeción a Proceso y de Libertad por Falta de Elementos para Procesar
Artículo 165. Dictado el auto de formal prisión o el de sujeción a proceso se identificará al procesado por el sistema adoptado administrativamente. En todo caso se comunicarán a las oficinas de identificación las resoluciones que pongan fin al proceso y que hayan causado ejecutoria, para se que hagan las anotaciones correspondientes.
Las constancias de antecedentes penales y los documentos o fichas en que conste la identificación de individuos indiciados o inculpados con motivo de cualquier averiguación o proceso penal, sólo se proporcionarán por las oficinas respectivas cuando lo requiera una autoridad competente, fundando y motivando su requerimiento, o cuando se solicite por ser necesarias para ejercitar un derecho o cumplir un deber legalmente previstos.
Artículo 165 Bis. Se procederá a la cancelación del documento de identificación administrativa que establece el artículo 165 de la presente Ley, en los siguientes supuestos:
a) Cuando el proceso penal haya concluido con una sentencia absolutoria que haya causado estado;
b) En el caso de que el sobreseimiento recayera sobre la totalidad de los delitos a que se refiere la causa, y
c) En el caso de reconocimiento de inocencia, contemplado en el artículo 96 del Código Penal Federal.
Artículo 165 Ter. En los supuestos previstos en el artículo 165 Bis, el juzgador, de oficio y sin mayor trámite, ordenará la cancelación del documento de identificación administrativa. De lo anterior dejará constancia en el expediente.
Artículo 165 Quáter. A toda aquella persona que obtenga sentencia definitiva condenatoria que haya sido declarada ejecutoria, el juez de la causa, de oficio le mandará realizar el procedimiento de toma de muestra de sangre, para que ésta se integre a la base de datos de sentenciados, del registro de fichas genéticas obtenidas a partir del ácido desoxirribonucleico.
Las constancias obrantes en el registro de identificación genética serán de contenido reservado y únicamente podrán suministrarse informes:
I. A los jueces y tribunales de todo el país
II. Cuando las leyes nacionales o estatales lo determinen
III. A los agentes del Ministerio Público Federal, para atender exclusivamente necesidades de investigación
IV. A las autoridades extranjeras cuando en virtud de sus facultades, el Poder Ejecutivo, promueva el intercambio de información con países extranjeros sobre antecedentes penales de las personas
V. Cuando lo disponga la Procuraduría General de la República a solicitud fundada de otras autoridades nacionales, estatales o municipales.
Una vez elaborada la ficha pericial del código genético, se destruirá la muestra original del ADN (ácido desoxirribonucleico) que se tenga del sentenciado.
La infracción de la reserva de confidencialidad acarreará las sanciones penales, administrativas y civiles que correspondan.

Para evitar confusiones en la interpretación del precepto que se plantea adicionar, a continuación se dan las definiciones de lo propuesto:

La sentencia es definitiva cuando el juez de primera instancia así lo declara al transcurrir el plazo señalado por la ley para interponer un medio de impugnación y resuelve el tema del proceso.

Sentencia viene del latín sententia, que significa ``dictamen'' o ``proceso''.

Finalmente se afirma que la sentencia penal es la resolución del Estado, por conducto del juez, fundada en los elementos del injusto punible y en las circunstancias objetivas, subjetivas y normativas condicionantes del delito y en la cual se define la pretensión punitiva estatal, individualizando el derecho y poniendo con ello fin a la instancia. La sentencia es un acto procesal que constituye un hecho jurídico.

La sentencia de condena es la que se sustenta en los fines específicos del proceso penal, afirma la existencia del delito ya la responsabilidad del autor imponiéndole una pena o una medida de seguridad.

La sentencia es definitiva cuando el juez de primera instancia así lo declara al transcurrir el plazo señalado por la ley para interponer un medio de impugnación y resuelve el tema del proceso. La sentencia es ejecutoria cuando ya no admite ningún recurso.

Por archivo, registro de fichas o banco de datos, se entiende indistintamente el conjunto organizado de datos personales que sean objeto de tratamiento o procesamiento electrónico o no, cualquiera que fuere la modalidad de su información, almacenamiento, organización o acceso.

La adición propuesta establece la obligación de mantener la reserva respecto de la información contenida en el registro a todos aquellos que en razón de su función tomen conocimiento de la información contenida en ellos.

Igual prohibición se extiende a quienes hayan obtenido antecedentes de dicha información.

El proyecto establece que no pueden acceder al Registro si no ciertas y determinadas personas.

Asimismo, el proyecto establece, la obligación de destruir las muestras biológicas que hubieren servido de base para la realización de los exámenes una vez que éstos fueron remitidos a la base de datos.

Por otro lado, se han establecido lo que denominamos sistemas de identificación, el cual se creó a partir de 1995; con la instauración del Sistema Nacional de Seguridad Pública se formaron una serie de bases de datos relacionados con el delito y la justicia. Dichos registros están encaminados a saber exactamente cuántos miembros componen las fuerzas de seguridad pública, de cuántas armas y de cuánto equipo disponen.

De igual manera estos sistemas de registros proporcionan datos estadísticos y sirven para compartir información entre los Estados, los probables responsables de algún delito, indiciados, procesados y sentenciados.

La protección de la privacidad es un derecho fundamental de la persona humana y por ello debemos proteger el flujo de información y por ende la privacidad del individuo; es importante tomar en cuenta que existen dos principios fundamentales para el resguardo en la intimidad de cada sujeto: por un lado es la protección a la privacidad y, por el otro, el libre flujo de información. La protección de la información personal contenida en la base de datos se relaciona con el derecho individual de respeto a la vida privada.

El Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional da una muestra clara de fortalecimiento de la actividad pública destinada al esclarecimiento de los diversos ilícitos penales que se cometen en nuestro país, dando a los órganos de persecución e investigación penal una herramienta de alta eficiencia para el cumplimiento de sus objetivos. Es así como lograremos potenciar efectivamente el rol preventivo que está llamado a servir nuestro derecho penal, en miras a buscar el ideal de sana convivencia al que todos aspiramos.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, me permito someter a la consideración de la honorable Cámara de Diputados el siguiente proyecto de

Decreto

Artículo Único. Se adiciona un artículo 165 Quáter al Código Federal de Procedimientos Penales, para quedar como sigue:

Artículo 165 Quáter. A toda aquella persona que obtenga sentencia definitiva condenatoria que haya sido declarada ejecutoria, el juez de la causa, de oficio le mandará realizar el procedimiento de toma de muestra de sangre, para que esta se integre a la base de datos de sentenciados, del registro de fichas genéticas obtenidas a partir del ácido desoxirribonucleico.

Las constancias obrantes en el registro de identificación genética serán de contenido reservado y únicamente podrán suministrarse informes a:

I. A los jueces y tribunales de todo el país
II. Cuando las leyes nacionales o estatales lo determinen
III. A los agentes del Ministerio Público Federal, para atender exclusivamente necesidades de investigación
IV. A las autoridades extranjeras cuando en virtud de sus facultades, el Poder Ejecutivo, promueva el intercambio de información con países extranjeros sobre antecedentes penales de las personas
V. Cuando lo disponga la Procuraduría General de la República a solicitud fundada de otras autoridades nacionales, estatales o municipales.

Una vez elaborada la ficha pericial del código genético, se deberá destruir la muestra original del ADN (ácido desoxirribonucleico) que se tenga del sentenciado.

La infracción de la reserva de confidencialidad acarreará las sanciones penales, administrativas y civiles que correspondan.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas: 1 Diario Reforma, 21 de abril de 2008. 2 Carranca y Trujillo Raúl, Carranca y Rivas Raúl, Código Penal anotado , Porrúa, SA. Quinta edición, 1974. 3 Como abajo. Se dice en los textos para referirse a pasaje que cabe leer o se inserta más adelante. 4 Romero Arias Esteban, ``La presunción de inocencia'', Estudio de algunas consecuencias de la constitucionalización de este derecho fundamental, Aranzandi, Pamplona, 1985, p. 18. 5 Legitimidad, culpabilidad, principio de acto, de bien jurídico, legalidad, irretroactividad, exacta aplicación de la ley litis cerrada, defensa adecuada y non bis in idem.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de septiembre de 2008.--- Diputada Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez (rúbrica).»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Gracias, diputada Yolanda Rodríguez. Felicidades.Túrnese a la Comisión de Justicia.



REFORMA ENERGETICA

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: La Presidencia instruye a la Secretaría General y a la Dirección General de Apoyo Parlamentario que, con base en el acuerdo que hemos tenido y la inminente llegada de las minutas del Senado de la Repúblicaen materia energética, éstas se turnen de manera inmediata a la Comisión de Energía. Continúe la Secretaría.



COMISIONES LEGISLATIVAS

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

Diputado César Duarte Jáquez, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 8, tercer párrafo, del acuerdo relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, le pido atentamente se someta a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente movimiento solicitado por el diputado Alejandro Chanona Burguete , coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia:

• Que el diputado Robinson Uscanga Cruz cause baja como secretario de la Comisión de Energía.• Que el diputado Cuauhtémoc Velasco Oliva cause alta como secretario de la Comisión de Energía.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 23 de octubre de 2008.--- Diputado Javier González Garza (rúbrica), Presidente.»
En votación económica se pregunta si se aprueban. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Diputado presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Aprobados.

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

Diputado César Duarte Jáquez, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 8, tercer párrafo, del acuerdo relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, le pido atentamente se someta a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente movimiento solicitado por el diputado Francisco Javier Calzada Vázquez , vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

• Que el diputado Rutilio Cruz Escandón Cadenas , cause baja como integrante en la Comisión de Justicia.
• Que la diputada Claudia Lilia Cruz Santiago , cause alta como integrante en la Comisión de Justicia.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 22 de octubre de 2008.--- Diputado Javier González Garza (rúbrica), Presidente.»

El Presidente diputado César Duarte Jáquez: De enterado. Comuníquense. Continúe la Secretaría con la lectura del orden del día.



ORDEN DEL DIA

La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán : «Primer Periodo Ordinario de Sesiones.--- Tercer Año de Ejercicio.--- LX Legislatura.

Orden del día

Martes 28 de octubre de 2008.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

Dos, de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

Del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

Los asuntos no abordados en esta sesión y los demás con los que la Mesa Directiva dé cuenta.»



CLAUSURA Y CITATORIO

El Presidente diputado César Duarte Jáquez (a las 15:18 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el próximo martes 28 de octubre a las 11:00 horas. Se les informa que el sistema electrónico de asistencia estará abierto desde las 9: 30 horas.

--------------- O ---------------



RESUMEN DE TRABAJOS



DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
(en orden alfabético)

ASISTENCIA


DE CONFORMIDAD CON LO QUE DISPONE EL ARTÍCULO 2, NUMERAL 2, INCISO C, DEL REGLAMENTO PARA LA TRANSPARENCIA Y EL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS, SE PUBLICA LA SIGUIENTE LISTA DE ASISTENCIA DE LAS DIPUTADAS Y LOS DIPUTADOS

SECRETARÍA GENERAL

GRUPO
PARLAMENTARIO
ASISTENCIA ASISTENCIA
POR CÉDULA
ASISTENCIA
COMISIÓN
OFICIAL
PERMISO
MESA
DIRECTIVA
INASISTENCIA
JUSTIFICADA
INASISTENCIAS TOTAL
ALT 181 5 4 4 0 13 207
PRD 86 5 1 0 0 35 127
PRI 85 2 3 9 0 7 106
CONV 11 0 1 0 0 5 17
PVEM 16 0 0 0 0 1 17
PT 8 1 0 0 0 2 11
NA 9 0 0 0 0 0 9
ALT 2 0 1 0 0 2 5
TOTAL 398 13 10 13 0 65 65

Nota: Las diferencias que existen entre las listas de asistencias y el número de votos puede variar conforme a los diputados presentes al momento de la votación.


SECRETARÍA GENERAL
REPORTE DE ASISTENCIA

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
1 Acosta Dávila Constantino CÉDULA
2 Aguilar López José Alejandro ASISTENCIA
3 Alcalde Virgen Moisés ASISTENCIA
4 Alcaraz Hernández Alma Edwviges ASISTENCIA
5 Álvarez Bernal María Elena ASISTENCIA
6 Amezola Fonceca Gerardo ASISTENCIA
7 Antuña Batista Fidel ASISTENCIA
8 Aranda Orozco Gerardo ASISTENCIA
9 Arellano Arellano Joel ASISTENCIA
10 Arenas Guzmán Margarita ASISTENCIA
11Arizméndi Uribe Efraín ASISTENCIA
12 Armendáriz García Pedro ASISTENCIA
13 Arredondo Ibarra Salvador ASISTENCIA
14 Arredondo Velázquez Jesús ASISTENCIA
15 Ávila Mayo Obdulio ASISTENCIA
16 Barradas Miravete Gregorio ASISTENCIA
17 Barrios Rodríguez Juan Enrique ASISTENCIA
18 Bello Pérez Alfonso Othón ASISTENCIA
19 Berber Martínez Antonio ASISTENCIA
20 Bermúdez Viramontes Andrés ASISTENCIA
21 Bolaños Aguilar Edmundo Javier ASISTENCIA
22 Borrego Estrada Felipe ASISTENCIA
23 Bracho González Carlos Augusto ASISTENCIA
24 Buganza Salmerón Gerardo ASISTENCIA
25 Campos Galván María Eugenia ASISTENCIA
26 Carbajal Méndez Liliana ASISTENCIA
27 Cárdenas Sánchez Esmeralda ASISTENCIA
28 Cardona Benavidez Alma Xóchil CÉDULA
29 Carrasco Altamirano Diódoro Humberto ASISTENCIA
30 Castaño Contreras Cristián ASISTENCIA
31Castro De la Rosa Osiel ASISTENCIA
32 Castro Muñoz Juan de Dios INASISTENCIA
33 Ceja Romero Ramón ASISTENCIA
34 Collado Lara Beatriz ASISTENCIA
35 Contreras Coeto José Luis ASISTENCIA
36 Corral Aguilar María Mercedes ASISTENCIA
37 Cuen Garibi Marcela ASISTENCIA
38 Curiel Preciado Leobardo ASISTENCIA
39 Chávez García Daniel ASISTENCIA
40 Dávila Fernández Adriana ASISTENCIA
41 Dávila García Francisco ASISTENCIA
42 De la Torre Jaramillo Eduardo Sergio INASISTENCIA
43 De la Torre Sánchez José ASISTENCIA
44 De León Tello Jesús ASISTENCIA
45 Degante Romero Silvia Emilia ASISTENCIA
46Del Toro del Villar Tomás ASISTENCIA
47 Del Valle Toca Antonio ASISTENCIA
48Del Villar Sosa Sonia Leslie ASISTENCIA
49 Delgado Oscoy Alejandro Enrique ASISTENCIA
50 Denegre Vaught Ramírez Rosaura Virginia ASISTENCIA
51 Deschamps Falcón Ángel Rafael ASISTENCIA
52 Díaz García José Antonio ASISTENCIA
53 Díaz Garibay Felipe ASISTENCIA
54 Díaz Gordillo Martha Cecilia INASISTENCIA
55 Díaz Mena Joaquín Jesús ASISTENCIA
56 Díaz de León Torres Leticia CÉDULA
57 Domínguez Servién Francisco ASISTENCIA
58 Duck Núñez Edgar Mauricio PERMISO MESA DIRECTIVA
59 Enríquez Flores Armando ASISTENCIA
60 Escaroz Soler Gerardo Antonio ASISTENCIA
61 Escobar Jardinez Adolfo ASISTENCIA
62 Espinosa Piña José Luis ASISTENCIA
63 Félix Holguín Armando Jesús ASISTENCIA
64 Felton González Carlos Eduardo OFICIAL COMISIÓN
65 Fernández Cabrera Adrián ASISTENCIA
66Fernández Ugarte Ma. del Carmen ASISTENCIA
67 Flores Domínguez Emilio Ramón Ramiro PERMISO MESA DIRECTIVA
68 Flores Grande Arturo ASISTENCIA
69 Flores Morfín Jesús Vicente ASISTENCIA
70 Fraile García Francisco Antonio ASISTENCIA
71 Franco Cazarez Ricardo ASISTENCIA
72 Fuentes Ortíz José Guillermo ASISTENCIA
73 García González Carlos Alberto ASISTENCIA
74 García Müller Martha Margarita ASISTENCIA
75 García Reyes Ángel Humberto ASISTENCIA
76 García Reyes Beatriz Eugenia PERMISO MESA DIRECTIVA
77 García Vivián Raúl ASISTENCIA
78 Garmendia Hernández Yolanda Mercedes ASISTENCIA
79 Gómez Leyva Silvio ASISTENCIA
80 González Betancourt Jorge Justiniano ASISTENCIA
81 González Martínez María Gabriela INASISTENCIA
82 González Morán Martín Oscar ASISTENCIA
83 González Roaro Benjamín Ernesto CÉDULA
84 González Ruiz Felipe ASISTENCIA
85González Sánchez Ma. Dolores INASISTENCIA
86Gudiño Ortíz Francisco Javier ASISTENCIA
87 Guerrero Torres José Gildardo ASISTENCIA
88 Gutiérez Aguilar Miguel Ángel ASISTENCIA
89 Gutiérrez Lagunes María Victoria ASISTENCIA
90 Hernández Núñez Elia ASISTENCIA
91 Hurtado Pérez Nelly Asunción ASISTENCIA
92 Iragorri Durán Enrique ASISTENCIA
93Jiménez del Castillo Ma. de los Ángeles ASISTENCIA
94 Jiménez Ramos María Esther ASISTENCIA
95 Joaquín Coldwell Addy Cecilia ASISTENCIA
96 Lagunes Viveros Violeta del Pilar ASISTENCIA
97 Landero Gutiérrez Alejandro ASISTENCIA
98 Landeros González Ramón ASISTENCIA
99 Lara Compeán David ASISTENCIA
100 Larios Córdova Héctor ASISTENCIA
101 Laviada Hernández Iñigo Antonio ASISTENCIA
102 Lemus Muñoz Ledo Ramón Ignacio ASISTENCIA
103 Leura González Agustín ASISTENCIA
104 Limas Frescas María Soledad ASISTENCIA
105 Lizaola de la Torre Alonso Manuel INASISTENCIA
106 López Cisneros José Martín ASISTENCIA
107 López Reyna Omeheira ASISTENCIA
108 López Silva Rubí Laura ASISTENCIA
109 Lujano Nicolás Christian Martín ASISTENCIA
110 Maawad Robert Luis Xavier ASISTENCIA
111 Macías Zambrano Gustavo ASISTENCIA
112 Madrazo Limón Carlos ASISTENCIA
113Magallón Arceo Leonardo Melesio de J. ASISTENCIA
114 Malagón Ríos Martín ASISTENCIA
115 Maldonado González David INASISTENCIA
116Manuell-Gómez Angulo Dolores De María ASISTENCIA
117 Martínez Valero Dora Alicia ASISTENCIA
118 Medellín Varela Antonio ASISTENCIA
119 Medina Macias Alma Hilda INASISTENCIA
120 Medina Rodríguez Delber ASISTENCIA
121 Medina Rodríguez Lizbeth Evelia OFICIAL COMISIÓN
122 Mejía García Luis Alonso ASISTENCIA
123 Méndez Meneses Apolonio ASISTENCIA
124 Mendoza Morales Lucía Susana ASISTENCIA
125 Mohamar Dainitin Oscar Miguel ASISTENCIA
126 Mollinedo Hernández Agustín ASISTENCIA
127 Monraz Ibarra Miguel Ángel ASISTENCIA
128 Montes Sánchez Fabián Fernando ASISTENCIA
129 Montiel Luis Lariza ASISTENCIA
130 Mora Cuevas Marisol ASISTENCIA
131 Morales Ramos José Nicolás ASISTENCIA
132 Moreno Álvarez Mario Eduardo ASISTENCIA
133 Morgan Franco Rocío del Carmen ASISTENCIA
134 Muñoz Serrano José Antonio ASISTENCIA
135 Murillo Flores Francisco Javier ASISTENCIA
136 Murillo Torres José Luis ASISTENCIA
137 Navarro Sugich Carlos Alberto ASISTENCIA
138 Nordhausen González Jorge Rubén ASISTENCIA
139Noriega Blanco Vigil María Nieves ASISTENCIA
140 Ochoa López Nabor ASISTENCIA
141 Olvera Higuera Edgar Armando INASISTENCIA
142 Orozco Ruiz Velazco Marco Heriberto ASISTENCIA
143Ortega Martínez Ma. del Pilar ASISTENCIA
144 Ortiz Montoro Sagrario María del Rosario ASISTENCIA
145Ortíz Hernández Eduardo ASISTENCIA
146 Oviedo Oviedo Ernesto ASISTENCIA
147 Padilla Orozco Raúl Alejandro INASISTENCIA
148 Palafox Núñez José Inés ASISTENCIA
149 Paredes Rodríguez Francisco Javier ASISTENCIA
150 Parra Jiménez Dolores María del Carmen ASISTENCIA
151 Parra Noriega Luis Gustavo ASISTENCIA
152 Pérez Cuéllar Cruz ASISTENCIA
153 Pérez de Tejada Romero Diana Carolina ASISTENCIA
154 Peyrot Solís Marco Antonio ASISTENCIA
155 Plascencia Alonso Francisco Javier ASISTENCIA
156 Priego Tapia Gerardo ASISTENCIA
157 Pulido Pecero Pedro ASISTENCIA
158 Quintero Bello Jorge ASISTENCIA
159 Ramírez Barba Ector Jaime ASISTENCIA
160 Ramírez Corral Ivette Jacqueline OFICIAL COMISIÓN
161 Ramírez Pech Edgar Martín ASISTENCIA
162 Ramírez Villarreal Gustavo ASISTENCIA
163 Ramos Covarrubias Héctor Manuel ASISTENCIA
164 Reyes López Carlos Armando ASISTENCIA
165 Rincón Vargas Mirna Cecilia ASISTENCIA
166 Rivera Rivera José Guadalupe ASISTENCIA
167 Rivero Rivero Rolando ASISTENCIA
168 Rodríguez Ahumada Luis Fernando ASISTENCIA
169 Rodríguez Jiménez Ricardo ASISTENCIA
170 Rodríguez Prats Juan José ASISTENCIA
171 Rodríguez Uresti Enrique ASISTENCIA
172 Rodríguez Vizcarra Velázquez Adriana ASISTENCIA
173 Rojas Hernández Laura Angélica PERMISO MESA DIRECTIVA
174 Román Isidoro Demetrio ASISTENCIA
175 Romo Jiménez Martha Angélica OFICIAL COMISIÓN
176 Rubio Chávez José Ignacio Alberto ASISTENCIA
177 Rueda Gómez Francisco ASISTENCIA
178 Ruiz Velasco de Lira Ernesto ASISTENCIA
179 Salas Contreras Marcos ASISTENCIA
180 Salazar Madera Mario Alberto ASISTENCIA
181 Salum del Palacio Jorge Alejandro ASISTENCIA
182 Sánchez Díaz de Rivera Antonio ASISTENCIA
183 Sánchez Domínguez Alejandro INASISTENCIA
184 Sánchez Gil Carlos René ASISTENCIA
185 Sánchez Juárez Claudia CÉDULA
186 Sánchez Trujillo José Víctor ASISTENCIA
187Sandoval Munguia Juan Manuel ASISTENCIA
188 Serrato Castell Luis Gerardo ASISTENCIA
189 Shej Guzmán Sara ASISTENCIA
190 Solano Muñoz José de Jesús ASISTENCIA
191 Stefanonni Mazzocco Martín ASISTENCIA
192 Tamayo Herrera Yadhira Yvette ASISTENCIA
193 Torres Gómez Artemio ASISTENCIA
194 Torres Herrera Víctor Manuel ASISTENCIA
195 Torres Torres Carlos Alberto ASISTENCIA
196 Valenzuela García María Gloria Guadalupe ASISTENCIA
197 Valladolid Rodríguez Antonio ASISTENCIA
198 Vasconcelos Rueda Antonio INASISTENCIA
199 Vázquez Martínez Alberto ASISTENCIA
200 Vega Corona Antonio ASISTENCIA
201 Velázquez Gutiérrez José Guillermo ASISTENCIA
202 Verástegui Ostos César Augusto INASISTENCIA
203 Verdín Saldaña Jaime ASISTENCIA
204 Victoria Alva Juan ASISTENCIA
205 Vieyra Olivares Adriana Rebeca ASISTENCIA
206 Villanueva Arjona Juan Manuel ASISTENCIA
207 Zambrano Elizondo Javier Martín ASISTENCIA
Asistencias: 181
Asistencias por cédula: 5
Asistencias comisión oficial: 4
Permiso Mesa Directiva: 4
Inasistencias justificadas: 0
Inasistencias: 13
Total diputados: 207


PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA
1Aguirre Alcaide Victor INASISTENCIA
2 Alavez Ruiz Aleida INASISTENCIA
3 Almazán González José Antonio ASISTENCIA
4 Almonte Borja Ramón ASISTENCIA
5 Alonso Flores Lourdes INASISTENCIA
6Wilfrido Alonso Razo Humberto INASISTENCIA
7 Altamirano Toledo Carlos ASISTENCIA
8 Alva Olvera Maribel Luisa INASISTENCIA
9 Álvarez Ramón Silbestre ASISTENCIA
10 Amaro Corona Alberto INASISTENCIA
11 Aragón Castillo Irene ASISTENCIA
12 Arellano Pulido Miguel Ángel ASISTENCIA
13Arreola Calderón Juan Dario ASISTENCIA
14 Barreiro Pérez Armando ASISTENCIA
15 Batres Guadarrama Valentina Valia INASISTENCIA
16 Bautista Bravo Alliet Mariana ASISTENCIA
17Bravo Padilla Itzcóatl Tonatiuh ASISTENCIA
18 Brito González Modesto ASISTENCIA
19 Calzada Vázquez Francisco Javier ASISTENCIA
20 Campos Aburto Amador ASISTENCIA
21 Cárdenas Hernández Raymundo ASISTENCIA
22 Cervantes Rodríguez Aurora ASISTENCIA
23Condado Escamilla Cuitlahuac ASISTENCIA
24 Contreras Julián Maricela INASISTENCIA
25 Cruz Santiago Claudia Lilia INASISTENCIA
26 Cuevas Córdova Othón ASISTENCIA
27 Chávez García Higinio ASISTENCIA
28 Dagdug Lützow Moisés Félix ASISTENCIA
29 De la Rosa García Juan Hugo ASISTENCIA
30 De los Santos Molina Joaquín Conrado ASISTENCIA
31 Dehesa Mora Daniel ASISTENCIA
32 Del Toro Mario Enrique CÉDULA
33 Díaz Contreras Adriana ASISTENCIA
34 Escandón Cadenas Rutilio Cruz ASISTENCIA
35 Espejel Lazcano Jaime ASISTENCIA
36 Fernández Balboa Mónica INASISTENCIA
37 Flores Maldonado César ASISTENCIA
38 Flores Salazar Guadalupe Socorro OFICIAL COMISIÓN
39 Franco Melgarejo Rafael ASISTENCIA
40 Gálvez Rodríguez Fernel Arturo ASISTENCIA
41 García Rodríguez Víctor Hugo ASISTENCIA
42 Garzón Contreras Neftalí ASISTENCIA
43 González Garza Javier INASISTENCIA
44 Guerra Ochoa Juan Nicasio CÉDULA
45 Gutiérrez Calzadilla José Luis ASISTENCIA
46 Hernández Gaytán Daisy Selene INASISTENCIA
47 Hernández Hernández Sergio ASISTENCIA
48 Hernández Manzanares Javier ASISTENCIA
49 Hernández Silva Benjamín INASISTENCIA
50Nohelia Ibarra Franquez Sonia CÉDULA
51 Jacques y Medina José INASISTENCIA
52 Jiménez Valenzuela María Eugenia ASISTENCIA
53 Landero López Pedro INASISTENCIA
54Lemarroy Martínez Juan Darío INASISTENCIA
55 Leyva Piñón Ana Yurixi ASISTENCIA
56 Lizárraga Peraza Víctor Manuel ASISTENCIA
57 López Barriga Erick ASISTENCIA
58 López Becerra Santiago ASISTENCIA
59 López Rojas Alberto INASISTENCIA
60 López Torres Ma. Soledad INASISTENCIA
61 Lozano Lozano Andrés ASISTENCIA
62 Luna Munguía Alma Lilia INASISTENCIA
63 Márquez Madrid Camerino Eleazar ASISTENCIA
64 Márquez Tinoco Francisco ASISTENCIA
65 Martínez Hernández Alejandro ASISTENCIA
66 Martínez Martínez Carlos Roberto ASISTENCIA
67 Martínez Martínez Francisco ASISTENCIA
68 Martínez Padilla Hugo Eduardo ASISTENCIA
69 Martínez Vargas Octavio ASISTENCIA
70 Matías Alonso Marcos ASISTENCIA
71 Matus Toledo Holly ASISTENCIA
72 Mayans Canabal Fernando Enrique INASISTENCIA
73 Mendoza Arellano David ASISTENCIA
74 Mendoza Flores Roberto ASISTENCIA
75 Mendoza Maldonado Fausto Fluvio ASISTENCIA
76 Mendoza Mendoza Irineo INASISTENCIA
77 Monreal Ávila Susana ASISTENCIA
78 Montalvo Rojas Victorio Rubén ASISTENCIA
79 Morales Manzo Jesús Ricardo ASISTENCIA
80 Morales Sánchez Efraín ASISTENCIA
81 Morales Vázquez Carlos Orsoe ASISTENCIA
82Narcía Álvarez Héctor ASISTENCIA
83 Navarro López Carlos Ernesto ASISTENCIA
84 Navarro Quintero Miguel Ángel CÉDULA
85 Ojeda Hernández Concepción INASISTENCIA
86 Oliva Fragoso Silvia ASISTENCIA
87 Orcí Martínez Juan Adolfo ASISTENCIA
88 Ortega Martínez Antonio ASISTENCIA
89 Ortiz Magallón Rosario Ignacia ASISTENCIA
90Pacheco LLanes Ramón Félix ASISTENCIA
91 Pedraza Chávez Isidro ASISTENCIA
92 Pedrozo Castillo Adrián INASISTENCIA
93 Peña Sánchez Miguel Ángel ASISTENCIA
94 Pérez Cruz Raciel ASISTENCIA
95 Pulido Santiago Celso David ASISTENCIA
96 Ramos Becerril Rafael Plácido ASISTENCIA
97 Ramos Castellanos Martín INASISTENCIA
98 Rasgado Corsi Gloria ASISTENCIA
99 Ríos Gamboa Raúl INASISTENCIA
100 Romero Gutiérrez Odilón ASISTENCIA
101Ruíz Sánchez Salvador ASISTENCIA
102 Saavedra Coronel José Antonio ASISTENCIA
103 Salinas Pérez Josefina ASISTENCIA
104 San Martín Hernández Juan Manuel CÉDULA
105 Sánchez Barrios Carlos ASISTENCIA
106 Sánchez Cabrales Rafael Elías INASISTENCIA
107 Sánchez Camacho Alejandro INASISTENCIA
108 Sánchez Camacho David ASISTENCIA
109 Sánchez Ramos Francisco ASISTENCIA
110 Sánchez Valdéz Eva Angelina INASISTENCIA
111 Sandoval Ramírez Cuauhtémoc INASISTENCIA
112 Santos Arreola Francisco Javier ASISTENCIA
113 Solares Chávez Miguel Ángel ASISTENCIA
114 Soriano Sánchez Rosa Elva INASISTENCIA
115 Soto Sánchez Antonio ASISTENCIA
116 Suárez del Real y Aguilera José Alfonso ASISTENCIA
117 Torres Baltazar María Elena INASISTENCIA
118 Torres García Daniel INASISTENCIA
119 Trejo Pérez Pablo ASISTENCIA
120 Ulloa Pérez Emilio ASISTENCIA
121 Vallejo Estevez Mario ASISTENCIA
122 Varela López Víctor Gabriel INASISTENCIA
123 Villanueva Albarrán Gerardo INASISTENCIA
124 Villicaña García Rafael INASISTENCIA
125 Zavaleta Salgado Ruth ASISTENCIA
126 Zazueta Aguilar Jesús Humberto ASISTENCIA
127 Zepeda Hernández Martín ASISTENCIA
Asistencias: 86
Asistencias por cédula: 5
Asistencias comisión oficial: 1
Permiso Mesa Directiva: 0
Inasistencias justificadas: 0
Inasistencias: 35
Total diputados: 127


PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
1 Abramo Masso Yerico ASISTENCIA
2 Aguilar Diego ASISTENCIA
3 Aguilar Solís Samuel ASISTENCIA
4 Aispuro Torres José Rosas PERMISO MESA DIRECTIVA
5 Alcántara Núñez Jesús Sergio ASISTENCIA
6 Aldana Prieto Luis Ricardo ASISTENCIA
7 Amador Gaxiola Daniel ASISTENCIA
8 Amador Leal Narcizo Alberto ASISTENCIA
9 Ayala Almeida Joel ASISTENCIA
10 Badillo Martínez Roberto ASISTENCIA
11Barajas Del Toro Salvador PERMISO MESA DIRECTIVA
12 Barajas López Ramón ASISTENCIA
13 Barba Hernández Alfredo ASISTENCIA
14 Beltrán Montes Israel ASISTENCIA
15 Benítez Ojeda Luis Enrique ASISTENCIA
16 Bernal Gutiérrez Andrés Marco Antonio ASISTENCIA
17 Biebrich Torres Carlos Armando ASISTENCIA
18 Blanco Pajón José Luis ASISTENCIA
19 Caballero Camargo Gustavo Fernando ASISTENCIA
20 Camacho Quiroz César Octavio ASISTENCIA
21 Canavati Tafich Jesús Ricardo INASISTENCIA
22 Carballo Bustamante Andrés INASISTENCIA
23Cárdenas Del Avellano Enrique ASISTENCIA
24 Cárdenas Monroy Oscar Gustavo ASISTENCIA
25 Cervantes Andrade Raúl PERMISO MESA DIRECTIVA
26 Colín Guadarrama María Mercedes ASISTENCIA
27 Cordero Alfonzo Arnulfo Elías PERMISO MESA DIRECTIVA
28 Chaurand Arzate Carlos ASISTENCIA
29De la Garza Treviño Jorge Luis ASISTENCIA
30 Díaz Athié Antonio de Jesús ASISTENCIA
31 Díaz Solorzano Elmar Darinel ASISTENCIA
32 Domínguez Domínguez Nemesio ASISTENCIA
33 Duarte Jáquez César Horacio ASISTENCIA
34 Escajeda Jiménez José Rubén ASISTENCIA
35 Escalante Jasso Aracely PERMISO MESA DIRECTIVA
36 Espinosa Abuxapqui Eduardo Elías ASISTENCIA
37 Estefan Chidiac Charbel Jorge INASISTENCIA
38 Flores Sandoval Patricio ASISTENCIA
39 Fuentes Téllez Octavio ASISTENCIA
40 Gamboa Patrón Emilio ASISTENCIA
41 Garza Garza Horacio Emigdio ASISTENCIA
42 Gebhardt Garduza Yary del Carmen INASISTENCIA
43 Gloria Requena Tomás CÉDULA
44 Gómez Lugo Elda ASISTENCIA
45 González Calderón Martha Hilda ASISTENCIA
46 González Salum Miguel Ángel ASISTENCIA
47 González Zarur Mariano ASISTENCIA
48 Guerrero García Javier ASISTENCIA
49 Guerrero Juárez Joel OFICIAL COMISIÓN
50 Herrera Ale Juana Leticia PERMISO MESA DIRECTIVA
51 Herrera Coyac Wenceslao ASISTENCIA
52 Izquierdo Bustamante Alfonso Rolando ASISTENCIA
53 Lagunes Gallina Gerardo INASISTENCIA
54 Lescieur Talavera Jorge Mario ASISTENCIA
55 López Balbuena Guillermina ASISTENCIA
56Madrid Tovilla Arely ASISTENCIA
57 Martínez Rocha Arturo PERMISO MESA DIRECTIVA
58 Martínez Rodríguez Lorena ASISTENCIA
59 Méndez Lanz Víctor Manuel INASISTENCIA
60 Mendívil Amparán Gustavo Ildefonso ASISTENCIA
61 Merodio Reza Lilia Guadalupe ASISTENCIA
62Moctezuma Pereda Fernando Quetzalcoatl ASISTENCIA
63 Montalvo Gómez Pedro ASISTENCIA
64 Morales García Elizabeth CÉDULA
65 Mota Hernández Adolfo ASISTENCIA
66 Muñoz Serna Rogelio ASISTENCIA
67 Murat José ASISTENCIA
68 Ochoa González Arnoldo ASISTENCIA
69 Ojeda Camacho Gilberto PERMISO MESA DIRECTIVA
70 Olivares Monterrubio Alejandro ASISTENCIA
71 Olivares Ventura Héctor Hugo ASISTENCIA
72 Ordaz Jiménez Ismael ASISTENCIA
73 Orihuela Bárcenas José Ascención ASISTENCIA
74 Orihuela Trejo José Amado ASISTENCIA
75Ortiz Del Carpio Víctor ASISTENCIA
76 Ortiz Proal Mauricio ASISTENCIA
77 Padilla Gutiérrez Héctor ASISTENCIA
78 Pagés Llergo Rebollar María Beatriz ASISTENCIA
79 Palma César Víctor Samuel ASISTENCIA
80 Parás González Juan Manuel ASISTENCIA
81 Partida Guzmán Martha Rocío ASISTENCIA
82 Patrón Montalvo Jesús Manuel ASISTENCIA
83 Peñuelas Acuña Mayra Gisela ASISTENCIA
84 Pérez Valdés Daniel ASISTENCIA
85 Pinete Vargas María del Carmen OFICIAL COMISIÓN
86 Quiñones Canales Lourdes INASISTENCIA
87 Ramírez Martínez José Edmundo ASISTENCIA
88 Ramírez Stabros Jesús ASISTENCIA
89 Reyna García José Jesús ASISTENCIA
90 Ríos Camarena Alfredo Adolfo ASISTENCIA
91 Rivera Bedoya Juan Francisco ASISTENCIA
92 Rodríguez Ramírez Bertha Yolanda ASISTENCIA
93 Rojas Gutiérrez Carlos ASISTENCIA
94Ruíz Chávez Sara Latife ASISTENCIA
95 Salas López Ramón ASISTENCIA
96 Sánchez Hernández Eduardo ASISTENCIA
97 Sandoval Paredes Sergio ASISTENCIA
98 Serrano Escobar Enrique ASISTENCIA
99 Sosa Castelán Gerardo ASISTENCIA
100 Toledo Luis Jorge ASISTENCIA
101 Vargas Landeros Gerardo Octavio ASISTENCIA
102Vega Ortíz María Oralia ASISTENCIA
103 Velasco Pérez Juan Carlos ASISTENCIA
104 Villa Villa Isael PERMISO MESA DIRECTIVA
105 Villanueva Abraján Patricia OFICIAL COMISIÓN
106 Zatarain González Carlos Ernesto ASISTENCIA
Asistencias: 85
Asistencias por cédula: 2
Asistencias comisión oficial: 3
Permiso Mesa Directiva: 9
Inasistencias justificadas: 0
Inasistencias: 7
Total diputados: 106


CONVERGENCIA
1 Abad De Jesús Juan INASISTENCIA
2 Aguilera Rico José Luis INASISTENCIA
3 Cárdenas Márquez Elías ASISTENCIA
4 Castellanos Hernández Félix ASISTENCIA
5 Castillo Romero Patricia Obdulia de Jesús ASISTENCIA
6 Chanona Burguete Alejandro ASISTENCIA
7 Del Río Virgen José Manuel ASISTENCIA
8 Godoy Cárdenas Jorge ASISTENCIA
9 López Lena Cruz Humberto ASISTENCIA
10 Salvatori Bronca María del Carmen ASISTENCIA
11 Samperio Montaño Juan Ignacio ASISTENCIA
12 Sansores San Román Layda Elena INASISTENCIA
13 Tagle Martínez Martha Angélica ASISTENCIA
14 Uscanga Cruz Robinson INASISTENCIA
15 Valdés Chávez Ramón ASISTENCIA
16 Varela Lagunas Tomás José Luis OFICIAL COMISIÓN
17 Velasco Oliva Jesús Cuauhtémoc INASISTENCIA
Asistencias: 11
Asistencias por cédula: 0
Asistencias comisión oficial: 1
Permiso Mesa Directiva: 0
Inasistencias justificadas: 0
Inasistencias: 5
Total diputados: 17


PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO
1 Arévalo González José Antonio ASISTENCIA
2 Bellizzia Rosique Pascual ASISTENCIA
3 Cobo Terrazas Diego ASISTENCIA
4 Elizondo Garrido Francisco ASISTENCIA
5 Estrada González Faustino Javier ASISTENCIA
6 González Martínez Jorge Emilio INASISTENCIA
7 Lavara Mejía Gloria ASISTENCIA
8 López Adame Antonio Xavier ASISTENCIA
9 Manrique Guevara Beatriz ASISTENCIA
10 Notholt Guerrero Alan ASISTENCIA
11 Portilla Dieguez Manuel Salvador ASISTENCIA
12 Puente Salas Carlos Alberto ASISTENCIA
13 Ramírez Cerda Ana María ASISTENCIA
14 Rodríguez Luis Alejandro ASISTENCIA
15 Salgado Amador Manuel Salvador ASISTENCIA
16 Sesma Suárez Jesús ASISTENCIA
17 Velasco Rodríguez Verónica ASISTENCIA
Asistencias: 16
Asistencias por cédula: 0
Asistencias comisión oficial: 0
Permiso Mesa Directiva: 0
Inasistencias justificadas: 0
Inasistencias: 1
Total diputados: 17


PARTIDO DEL TRABAJO
1 Aguilar Jiménez Rubén ASISTENCIA
2 Arreola Ortega Pablo Leopoldo ASISTENCIA
3 Cantú Garza Ricardo ASISTENCIA
4 Cervantes Rivera Jaime INASISTENCIA
5 Garay Ulloa Silvano ASISTENCIA
6 Herrera Solís Anuario Luis ASISTENCIA
7Maciel Ortiz Ma. Mercedes ASISTENCIA
8 Peregrino García Abundio ASISTENCIA
9 Romero Guzmán Rosa Elia ASISTENCIA
10 Solís Parga Rodolfo CÉDULA
11 Vela González Joaquín Humberto INASISTENCIA
Asistencias: 8
Asistencias por cédula: 1
Asistencias comisión oficial: 0
Permiso Mesa Directiva: 0
Inasistencias justificadas: 0
Inasistencias: 2
Total diputados: 11


NUEVA ALIANZA
1 Arriola G. Mónica T. ASISTENCIA
2 Cárdenas Fonseca Manuel ASISTENCIA
3 Castillo Nájera Ariel ASISTENCIA
4 Dávila Esquivel Humberto ASISTENCIA
5 Gómez Pasillas Jacinto ASISTENCIA
6 Jiménez Godínez Miguel Ángel ASISTENCIA
7 Luna Becerril Blanca ASISTENCIA
8 Luna Rodríguez Silvia ASISTENCIA
9 Piñeyro Arias Irma ASISTENCIA
Asistencias: 9
Asistencias por cédula: 0
Asistencias comisión oficial: 0
Permiso Mesa Directiva: 0
Inasistencias justificadas: 0
Inasistencias: 0
Total diputados: 9


ALTERNATIVA
1 Arvizu Rivas Aida Marina ASISTENCIA
2 Conde Rodríguez Elsa de Guadalupe OFICIAL COMISIÓN
3 García Méndez Armando INASISTENCIA
4 Hernández Valadés Delio INASISTENCIA
5 Pedro Cortés Santiago Gustavo ASISTENCIA
Asistencias: 2
Asistencias por cédula: 0
Asistencias comisión oficial: 1
Permiso Mesa Directiva: 0
Inasistencias justificadas: 0
Inasistencias: 2
Total diputados: 5


SECRETARÍA GENERAL
REPORTE DE INASISTENCIAS

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
Diputado
1 Castro Muñoz Juan de Dios
2 De la Torre Jaramillo Eduardo Sergio
3 Díaz Gordillo Martha Cecilia
4 González Martínez María Gabriela
5 González Sánchez Ma. Dolores
6 Lizaola de la Torre Alonso Manuel
7 Maldonado González David
8 Medina Macias Alma Hilda
9 Olvera Higuera Edgar Armando
10 Padilla Orozco Raúl Alejandro
11 Sánchez Domínguez Alejandro
12 Vasconcelos Rueda Antonio
13 Verástegui Ostos César Augusto
Faltas por grupo: 13


PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA
Diputado
1 Aguirre Alcaide Victor
2 Alavez Ruiz Aleida
3 Alonso Flores Lourdes
4 Wilfrido Alonso Razo Humberto
5 Alva Olvera Maribel Luisa
6 Amaro Corona Alberto
7 Batres Guadarrama Valentina Valia
8 Contreras Julián Maricela
9 Cruz Santiago Claudia Lilia
10 Fernández Balboa Mónica
11 González Garza Javier
12 Hernández Gaytán Daisy Selene
13 Hernández Silva Benjamín
14 Jacques y Medina José
15 Landero López Pedro
16 Lemarroy Martínez Juan Darío
17 López Rojas Alberto
18 López Torres Ma. Soledad
19 Luna Munguía Alma Lilia
20 Mayans Canabal Fernando Enrique
21 Mendoza Mendoza Irineo
22 Ojeda Hernández Concepción
23 Pedrozo Castillo Adrián
24 Ramos Castellanos Martín
25 Ríos Gamboa Raúl
26 Sánchez Cabrales Rafael Elías
27 Sánchez Camacho Alejandro
28 Sánchez Valdéz Eva Angelina
29 Sandoval Ramírez Cuauhtémoc
30 Soriano Sánchez Rosa Elva
31 Torres Baltazar María Elena
32 Torres García Daniel
33 Varela López Víctor Gabriel
34 Villanueva Albarrán Gerardo
35 Villicaña García Rafael
Faltas por grupo: 35


PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
Diputado
1 Canavati Tafich Jesús Ricardo
2 Carballo Bustamante Andrés
3 Estefan Chidiac Charbel Jorge
4 Gebhardt Garduza Yary del Carmen
5 Lagunes Gallina Gerardo
6 Méndez Lanz Víctor Manuel
7 Quiñones Canales Lourdes
Faltas por grupo: 7


CONVERGENCIA
Diputado
1 Abad De Jesús Juan
2 Aguilera Rico José Luis
3 Sansores San Román Layda Elena
4 Uscanga Cruz Robinson
5 Velasco Oliva Jesús Cuauhtémoc
Faltas por grupo: 5


PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO
Diputado
1 González Martínez Jorge Emilio
Faltas por grupo: 1


PARTIDO DEL TRABAJO
Diputado
1 Cervantes Rivera Jaime
2 Vela González Joaquín Humberto
Faltas por grupo: 2


ALTERNATIVA
Diputado
1 García Méndez Armando
2 Hernández Valadés Delio
Faltas por grupo: 2


VOTACIONES

Del dictamen de las Comisiones Unidas de Economía, y de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que abroga la Ley que determina que respecto de los Impuestos de Importación y Exportación sólo son Procedentes las Exenciones consignadas en la Ley Aduanal (en lo general y en lo particular)
PARTIDO ACCION NACIONAL
1 Acosta Dávila, Constantino Ausente
2 Aguilar López, José Alejandro Favor
3 Alcalde Virgen, Moisés Ausente
4 Alcaraz Hernández, Alma Edwviges Favor
5 Álvarez Bernal, María Elena Favor
6 Amezola Fonceca, Gerardo Favor
7 Antuna Batista, Fidel Favor
8 Aranda Orozco, Gerardo Favor
9 Arellano Arellano, Joel Favor
10 Arenas Guzmán, Margarita Favor
11 Arizméndi Uribe, Efraín Ausente
12 Armendáriz García, Pedro Favor
13 Arredondo Ibarra, Salvador Favor
14 Arredondo Velázquez, Jesús Favor
15 Ávila Mayo, Obdulio Ausente
16 Barradas Miravete, Gregorio Ausente
17 Barrios Rodríguez, Juan Enrique Favor
18 Bello Pérez, Alfonso Othón Favor
19 Berber Martínez, Antonio Ausente
20 Bermúdez Viramontes, Andrés Ausente
21 Bolaños Aguilar, Edmundo Javier Favor
22 Borrego Estrada, Felipe Favor
23 Bracho González, Carlos Augusto Favor
24 Buganza Salmerón, Gerardo Ausente
25 Campos Galván, María Eugenia Ausente
26 Carbajal Méndez, Liliana Favor
27 Cárdenas Sánchez, Esmeralda Favor
28 Cardona Benavídez, Alma Xóchil Favor
29 Carrasco Altamirano, Diódoro Humberto Favor
30 Castaño Contreras, Cristián Favor
31 Castro de la Rosa, Osiel Ausente
32 Castro Muñoz, Juan de Dios Ausente
33 Ceja Romero, Ramón Ausente
34 Chávez García, Daniel Favor
35 Collado Lara, Beatriz Favor
36 Contreras Coeto, José Luis Favor
37 Corral Aguilar, María Mercedes Favor
38 Cuen Garibi, Marcela Favor
39 Curiel Preciado, Leobardo Favor
40 Dávila Fernández, Adriana Ausente
41 Dávila García, Francisco Ausente
42 De la Torre Jaramillo, Eduardo Sergio Ausente
43 De León Tello, Jesús Favor
44 Degante Romero, Silvia Emilia Favor
45 Del Toro del Villar, Tomás Favor
46 Del Valle Toca, Antonio Ausente
47 Del Villar Sosa, Sonia Leslie Favor
48 Delgado Oscoy, Alejandro Enrique Favor
49 Denegre Vaught, Rosaura Favor
50 Deschamps Falcón, Ángel Rafael Favor
51 Díaz de León Torres, Leticia Favor
52 Díaz García, José Antonio Favor
53 Díaz Garibay, Felipe Favor
54 Díaz Gordillo, Martha Cecilia Ausente
55 Díaz Mena, Joaquín Jesús Favor
56 Domínguez Servién, Francisco Favor
57 Duck Núñez, Edgar Mauricio Ausente
58 Enríquez Flores, Armando Favor
59 Escaroz Soler, Gerardo Antonio Favor
60 Escobar Jardinez, Adolfo Ausente
61 Espinosa Piña, José Luis Favor
62 Félix Holguín, Armando Jesús Favor
63 Felton González, Carlos Eduardo Ausente
64 Fernández Cabrera, Adrián Favor
65 Fernández Ugarte, Carmen Favor
66 Flores Domínguez, Emilio Ramón Ramiro Ausente
67 Flores Grande, Arturo Favor
68 Flores Morfín, Jesús Vicente Favor
69 Fraile García, Francisco Antonio Favor
70 Franco Cazarez, Ricardo Favor
71 Fuentes Ortiz, José Guillermo Favor
72 García González, Carlos Alberto Favor
73 García Müller, Martha Margarita Favor
74 García Reyes, Ángel Humberto Ausente
75 García Reyes, Beatriz Eugenia Ausente
76 García Vivián, Raúl Favor
77 Garmendia Hernández, Yolanda Mercedes Favor
78 Gómez Leyva, Silvio Favor
79 González Betancourt, Jorge Justiniano Ausente
80 González Martínez, María Gabriela Ausente
81 González Morán, Martín Oscar Favor
82 González Roaro, Benjamín Ernesto Favor
83 González Ruiz, Felipe Favor
84 González Sánchez, María Dolores Favor
85 Gudiño Ortiz, Francisco Javier Ausente
86 Guerrero Torres, José Gildardo Favor
87 Gutiérrez Aguilar, Miguel Ángel Favor
88 Gutiérrez Lagunes, María Victoria Ausente
89 Hernández Núñez, Elia Favor
90 Hurtado Pérez, Nelly Asunción Favor
91 Iragorri Durán, Enrique Ausente
92 Jiménez del Castillo, Ma. de los Ángeles Favor
93 Jiménez Ramos, María Esther Favor
94 Joaquín Coldwell, Addy Cecilia Favor
95 Lagunes Viveros, Violeta del Pilar Favor
96 Landero Gutiérrez, Alejandro Favor
97 Landeros González, Ramón Favor
98 Lara Compeán, David Favor
99 Larios Córdova, Héctor Favor
100 Laviada Hernández, Íñigo Antonio Ausente
101 Lemus Muñoz Ledo, Ramón Ignacio Favor
102 Leura González, Agustín Favor
103 Limas Frescas, María Soledad Favor
104 Lizaola de la Torre, Alonso Manuel Ausente
105 López Cisneros, José Martín Favor
106 López Reyna, Omeheira Favor
107 López Silva, Rubí Laura Favor
108 Lujano Nicolás, Christian Martín Favor
109 Maawad Robert, Luis Xavier Favor
110 Macías Zambrano, Gustavo Favor
111 Madrazo Limón, Carlos Favor
112 Magallón Arceo, Leonardo Melesio de Jesús Favor
113 Malagón Ríos, Martín Favor
114 Maldonado González, David Ausente
115 Manuell-Gómez Angulo, Dolores de María Favor
116 Martínez Valero, Dora Alicia Favor
117 Medellín Varela, Antonio Favor
118 Medina Macias, Alma Hilda Favor
119 Medina Rodríguez, Delber Ausente
120 Medina Rodríguez, Lizbeth Evelia Ausente
121 Mejía García, Luis Alonso Favor
122 Méndez Meneses, Apolonio Favor
123 Mendoza Morales, Lucía Susana Favor
124 Mohamar Dainitin, Oscar Miguel Favor
125 Mollinedo Hernández, Agustín Ausente
126 Monraz Ibarra, Miguel Ángel Favor
127 Montes Sánchez, Fabián Fernando Ausente
128 Montiel Luis, Lariza Favor
129 Mora Cuevas, Marisol Favor
130 Morales Ramos, José Nicolás Favor
131 Moreno Álvarez, Mario Eduardo Favor
132 Morgan Franco, Rocío del Carmen Favor
133 Muñoz Serrano, José Antonio Favor
134 Murillo Flores, Francisco Javier Ausente
135 Murillo Torres, José Luis Favor
136 Navarro Sugich, Carlos Alberto Favor
137 Nordhausen González, Jorge Rubén Favor
138 Noriega Blanco Vigil, María Elena de las Nieves Favor
139 Ochoa López, Nabor Ausente
140 Olvera Higuera, Edgar Armando Ausente
141 Orozco Ruiz Velazco, Marco Heriberto Favor
142 Ortega Martínez, María del Pilar Favor
143 Ortiz Hernández, Eduardo Favor
144 Ortiz Montoro, Sagrario María del Rosario Favor
145 Oviedo Oviedo, Ernesto Favor
146 Padilla Orozco, Raúl Alejandro Ausente
147 Palafox Núñez, José Inés Favor
148 Paredes Rodríguez, Francisco Javier Favor
149 Parra Jiménez, Dolores María del Carmen Favor
150 Parra Noriega, Luis Gustavo Favor
151 Pérez de Tejada Romero, Diana Carolina Favor
152 Pérez Cuéllar, Cruz Favor
153 Peyrot Solís, Marco A. Ausente
154 Plascencia Alonso, Francisco Javier Favor
155 Priego Tapia, Gerardo Favor
156 Pulido Pecero, Pedro Favor
157 Quintero Bello, Jorge Favor
158 Rodríguez Vizcarra Velázquez, Adriana Favor
159 Ramírez Barba, Ector Jaime Favor
160 Ramírez Corral, Ivette Jacqueline Ausente
161 Ramírez Pech, Edgar Martín Ausente
162 Ramírez Villarreal, Gustavo Favor
163 Ramos Covarrubias, Héctor Manuel Favor
164 Reyes López, Carlos Armando Favor
165 Rincón Vargas, Mirna Cecilia Favor
166 Rivera Rivera, José Guadalupe Favor
167 Rivero Rivero, Rolando Favor
168 Rodríguez Ahumada, Luis Fernando Favor
169 Rodríguez Jiménez, Ricardo Favor
170 Rodríguez Prats, Juan José Favor
171 Rodríguez Uresti, Enrique Favor
172 Rojas Hernández, Laura Angélica Ausente
173 Román Isidoro, Demetrio Ausente
174 Romo Jiménez, Martha Angélica Ausente
175 Rubio Chávez, José Ignacio Alberto Favor
176 Rueda Gómez, Francisco Favor
177 Ruiz Velasco de Lira, Ernesto Favor
178 Salas Contreras, Marcos Ausente
179 Salazar Madera, Mario Alberto Favor
180 Salum del Palacio, Jorge Alejandro Favor
181 Sánchez Díaz de Rivera, Antonio Favor
182 Sánchez Domínguez, Alejandro Ausente
183 Sánchez Gil, Carlos René Favor
184 Sánchez Juárez, Claudia Favor
185 Sánchez Trujillo, José Víctor Favor
186 Sandoval Munguia, Juan Manuel Favor
187 Serrato Castell, Luis Gerardo Favor
188 Shej Guzmán Sara Favor
189 Solano Muñoz, José de Jesús Favor
190 Stefanonni Mazzocco, Martín Favor
191 Tamayo Herrera, Yadhira Yvette Favor
192 Torres Gómez, Artemio Favor
193 Torres Herrera, Víctor Manuel Favor
194 Torres Torres, Carlos Alberto Favor
195 Valenzuela García, María Gloria Guadalupe Favor
196 Valladolid Rodríguez, Antonio Favor
197 Vasconcelos Rueda, Antonio Ausente
198 Vázquez Martínez, Alberto Favor
199 Vega Corona, Antonio Favor
200 Velázquez Gutiérrez, José Guillermo Favor
201 Verástegui Ostos, César Augusto Ausente
202 Verdín Saldaña, Jaime Favor
203 Victoria Alva, Juan Favor
204 Vieyra Olivares, Adriana Rebeca Favor
205 Villanueva Arjona, Juan Manuel Favor
206 Zambrano Elizondo, Javier Martín Favor
Favor: 157
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 50
Total: 207
PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
1 Aguirre Alcaide, Víctor Ausente
2 Alavez Ruiz, Aleida Ausente
3 Almazán González, José Antonio Ausente
4 Almonte Borja, Ramón Favor
5 Alonso Flores, Lourdes Ausente
6 Alonso Razo, Humberto Wifredo Ausente
7 Altamirano Toledo, Carlos Ausente
8 Alva Olvera, Maribel Luisa Ausente
9 Álvarez Ramón, Silbestre Ausente
10 Amaro Corona, Alberto Ausente
11 Aragón Castillo, Irene Favor
12 Arellano Pulido, Miguel Ángel Favor
13 Arreola Calderón, Juan Dario Favor
14 Barreiro Pérez, Armando Ausente
15 Batres Guadarrama, Valentina Valia Ausente
16 Bautista Bravo, Alliet Mariana Favor
17 Bravo Padilla, Itzcóatl Tonatiuh Ausente
18 Brito González, Modesto Favor
19 Calzada Vázquez, Francisco Javier Favor
20 Campos Aburto, Amador Ausente
21 Cárdenas Hernández, Raymundo Favor
22 Cervantes Rodríguez, Aurora Favor
23 Chávez García, Higinio Ausente
24 Condado Escamilla, Cuitlahuac Favor
25 Contreras Julián, Maricela Ausente
26 Cruz Santiago, Claudia Lilia Ausente
27 Cuevas Córdova, Othón Ausente
28 Dagdug Lützow, Moisés Félix Favor
29 De la Rosa García, Juan Hugo Favor
30 De los Santos Molina, Joaquín Conrado Ausente
31 Dehesa Mora, Daniel Favor
32 Del Toro , Mario Enrique Favor
33 Díaz Contreras, Adriana Favor
34 Escandón Cadenas, Rutilio Cruz Favor
35 Espejel Lazcano, Jaime Favor
36 Fernández Balboa, Mónica Ausente
37 Flores Maldonado, César Favor
38 Flores Salazar, Guadalupe Socorro Ausente
39 Franco Melgarejo, Rafael Favor
40 Gálvez Rodríguez, Fernel Arturo Favor
41 García Rodríguez, Víctor Hugo Ausente
42 Garzón Contreras, Neftalí Favor
43 González Garza, Javier Ausente
44 Guerra Ochoa, Juan Nicasio Favor
45 Gutiérrez Calzadilla, José Luis Favor
46 Hernández Gaytán, Daisy Selene Ausente
47 Hernández Hernández, Sergio Favor
48 Hernández Manzanares, Javier Favor
49 Hernández Silva, Benjamín Ausente
50 Ibarra Franquez, Sonia Nohelia Ausente
51 Jacques y Medina, José Ausente
52 Jiménez Valenzuela, María Eugenia Favor
53 Landero López, Pedro Ausente
54 Lemarroy Martínez, Juan Dario Ausente
55 Leyva Piñón, Ana Yurixi Favor
56 Lizárraga Peraza, Víctor Manuel Favor
57 López Barriga, Erick Favor
58 López Becerra, Santiago Favor
59 López Rojas, Alberto Ausente
60 López Torres, María Soledad Ausente
61 Lozano Lozano, Andrés Favor
62 Luna Munguía, Alma Lilia Ausente
63 Márquez Madrid, Camerino Eleazar Favor
64 Márquez Tinoco, Francisco Favor
65 Martínez Hernández, Alejandro Ausente
66 Martínez Martínez, Carlos Roberto Ausente
67 Martínez Martínez, Francisco Favor
68 Martínez Padilla, Hugo Eduardo Favor
69 Martínez Vargas Octavio Favor
70 Matías Alonso, Marcos Favor
71 Matus Toledo, Holly Favor
72 Mayans Canabal, Fernando Ausente
73 Mendoza Arellano, David Ausente
74 Mendoza Flores, Roberto Favor
75 Mendoza Maldonado, Fausto Fluvio Favor
76 Mendoza Mendoza, Irineo Ausente
77 Monreal Ávila, Susana Favor
78 Montalvo Rojas, Victorio Rubén Favor
79 Morales Manzo, Jesús Ricardo Favor
80 Morales Sánchez, Efraín Ausente
81 Morales Vázquez, Carlos Orsoe Ausente
82 Narcía Álvarez, Héctor Favor
83 Navarro López, Carlos Ernesto Ausente
84 Navarro Quintero, Miguel Ángel Favor
85 Ojeda Hernández, Concepción Ausente
86 Oliva Fragoso, Silvia Favor
87 Orcí Martínez, Juan Adolfo Ausente
88 Ortega Martínez, Antonio Favor
89 Ortiz Magallón, Rosario Ignacia Ausente
90 Pacheco Llanes, Ramón Félix Favor
91 Pedraza Chávez, Isidro Ausente
92 Pedrozo Castillo, Adrián Ausente
93 Peña Sánchez, Miguel Ángel Favor
94 Pérez Cruz, Raciel Ausente
95 Pulido Santiago, Celso David Favor
96 Ramos Becerril, Rafael Plácido Favor
97 Ramos Castellanos, Martín Ausente
98 Rasgado Corsi, Gloria Favor
99 Ríos Gamboa, Raúl Favor
100 Romero Gutiérrez, Odilón Ausente
101 Ruiz Sánchez, Salvador Favor
102 Saavedra Coronel, José Antonio Favor
103 Salinas Pérez, Josefina Favor
104 San Martín Hernández, Juan Manuel Favor
105 Sánchez Barrios, Carlos Favor
106 Sánchez Cabrales, Rafael Elías Ausente
107 Sánchez Camacho, Alejandro Ausente
108 Sánchez Camacho, David Favor
109 Sánchez Ramos, Francisco Favor
110 Sánchez Valdéz, Eva Angelina Ausente
111 Sandoval Ramírez, Cuauhtémoc Ausente
112 Santos Arreola, Francisco Javier Favor
113 Solares Chávez, Miguel Ángel Favor
114 Soriano Sánchez, Rosa Elva Ausente
115 Soto Sánchez, Antonio Ausente
116 Suárez del Real y Aguilera, José Alfonso Favor
117 Torres Baltazar, María Elena Ausente
118 Torres García, Daniel Ausente
119 Trejo Pérez, Pablo Favor
120 Ulloa Pérez, Emilio Ausente
121 Vallejo Estevez, Mario Favor
122 Varela López, Víctor Gabriel Ausente
123 Villanueva Albarrán, Gerardo Ausente
124 Villicaña García, Rafael Ausente
125 Zavaleta Salgado, Ruth Favor
126 Zazueta Aguilar, Jesús Humberto Favor
127 Zepeda Hernández, Martín Favor
Favor: 68
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 59
Total: 127
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
1 Abramo Masso, Yerico Favor
2 Aguilar , Diego Favor
3 Aguilar Solís, Samuel Ausente
4 Aispuro Torres, José Rosas Ausente
5 Alcántara Núñez, Jesús Sergio Favor
6 Aldana Prieto, Luis Ricardo Ausente
7 Amador Gaxiola, Daniel Favor
8 Amador Leal, Narcizo Alberto Ausente
9 Ayala Almeida, Joel Favor
10 Badillo Martínez, Roberto Favor
11 Barajas López, Ramón Favor
12 Barajas del Toro, Salvador Ausente
13 Barba Hernández, Alfredo Favor
14 Beltrán Montes, Israel Favor
15 Benítez Ojeda, Luis Enrique Ausente
16 Bernal Gutiérrez, Andrés Marco Antonio Favor
17 Biebrich Torres, Carlos Armando Ausente
18 Blanco Pajón, José Luis Ausente
19 Caballero Camargo, Gustavo Fernando Favor
20 Camacho Quiroz, César Octavio Favor
21 Canavati Tafich, Jesús Ricardo Ausente
22 Carballo Bustamante, Andrés Ausente
23 Cárdenas del Avellano, Enrique Ausente
24 Cárdenas Monroy, Oscar Gustavo Ausente
25 Cervantes Andrade, Raúl Ausente
26 Chaurand Arzate, Carlos Favor
27 Colín Guadarrama, María Mercedes Favor
28 Cordero Alfonzo, Arnulfo Elías Ausente
29 De la Garza Treviño, Jorge Luis Favor
30 Díaz Athié, Antonio de Jesús Favor
31 Díaz Solorzano, Elmar Darinel Favor
32 Domínguez Domínguez, Nemesio Favor
33 Duarte Jáquez, César Ausente
34 Escajeda Jiménez, José Rubén Favor
35 Escalante Jasso, Aracely Ausente
36 Espinosa Abuxapqui, Eduardo Elías Favor
37 Estefan Chidiac, Charbel Jorge Ausente
38 Flores Sandoval, Patricio Favor
39 Fuentes Tellez, Octavio Ausente
40 Gamboa Patrón, Emilio Favor
41 Garza Garza, Horacio Emigdio Favor
42 Gebhardt Garduza, Yary del Carmen Favor
43 Gloria Requena, Tomás Ausente
44 Gómez Lugo, Elda Favor
45 González Calderón, Martha Hilda Favor
46 González Salum, Miguel Ángel Ausente
47 González Zarur, Mariano Ausente
48 Guerrero García, Javier Ausente
49 Guerrero Juárez, Joel Ausente
50 Herrera Ale, Juana Leticia Ausente
51 Herrera Coyac, Wenceslao Favor
52 Izquierdo Bustamante, Alfonso Rolando Favor
53 Lagunes Gallina, Gerardo Ausente
54 Lescieur Talavera, Jorge Mario Favor
55 López Balbuena, Guillermina Favor
56 Madrid Tovilla, Areli Ausente
57 Martínez Rodríguez, Lorena Ausente
58 Martínez Rocha, Arturo Ausente
59 Méndez Lanz, Víctor Manuel Ausente
60 Mendívil Amparám, Gustavo Ildefonso Favor
61 Merodio Reza, Lilia Guadalupe Ausente
62 Moctezuma Pereda, Fernando Quetzalcoatl Favor
63 Montalvo Gómez, Pedro Ausente
64 Morales García, Elizabeth Ausente
65 Mota Hernández, Adolfo Favor
66 Muñoz Serna, Rogelio Favor
67 Murat , José Favor
68 Ochoa González, Arnoldo Ausente
69 Ojeda Camacho, Gilberto Ausente
70 Olivares Monterrubio, Alejandro Favor
71 Olivares Ventura, Héctor Hugo Favor
72 Ordaz Jiménez, Ismael Favor
73 Orihuela Bárcenas, José Ascención Favor
74 Orihuela Trejo, José Amado Favor
75 Ortiz del Carpio, Víctor Favor
76 Ortiz Proal, Mauricio Favor
77 Padilla Gutiérrez, Héctor Favor
78 Pagés Llergo Rebollar, María Beatriz Favor
79 Palma César, Víctor Samuel Favor
80 Parás González, Juan Manuel Favor
81 Partida Guzmán, Martha Rocío Favor
82 Patrón Montalvo, Jesús Manuel Favor
83 Peñuelas Acuña, Mayra Gisela Favor
84 Pérez Valdés, Daniel Ausente
85 Pinete Vargas, María del Carmen Ausente
86 Quiñones Canales, Lourdes Ausente
87 Ramírez Martínez, José Edmundo Favor
88 Ramírez Stabros, Jesús Favor
89 Reyna García, José Jesús Favor
90 Ríos Camarena, Alfredo Adolfo Favor
91 Rivera Bedoya, Juan Francisco Favor
92 Rodríguez Ramírez, Bertha Yolanda Favor
93 Rojas Gutiérrez, Carlos Favor
94 Ruiz Chávez, Sara Latife Favor
95 Salas López, Ramón Favor
96 Sánchez Hernández, Eduardo Favor
97 Sandoval Paredes, Sergio Ausente
98 Serrano Escobar, Enrique Ausente
99 Sosa Castelán, Gerardo Ausente
100 Toledo Luis, Jorge Favor
101 Vargas Landeros, Gerardo Octavio Ausente
102 Vega Ortiz, María Oralia Favor
103 Velasco Pérez, Juan Carlos Ausente
104 Villa Villa, Isael Ausente
105 Villanueva Abraján, Patricia Ausente
106 Zatarain González, Carlos Ernesto Favor
Favor: 62
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 44
Total: 106
CONVERGENCIA
1 Abad de Jesús, Juan Ausente
2 Aguilera Rico, José Luis Ausente
3 Cárdenas Márquez, Elías Ausente
4 Castellanos Hernández, Félix Ausente
5 Castillo Romero, Patricia Obdulia de Jesús Favor
6 Chanona Burguete, Alejandro Ausente
7 Del Río Virgen, José Manuel Favor
8 Godoy Cárdenas, Jorge Favor
9 López Lena Cruz, Humberto Favor
10 Salvatori Bronca, María del Carmen Favor
11 Samperio Montaño, Juan Ignacio Favor
12 Sansores San Román, Layda Elena Ausente
13 Tagle Martínez, Martha Angélica Favor
14 Uscanga Cruz, Robinson Ausente
15 Valdés Chávez, Ramón Ausente
16 Varela Lagunas, Tomás José Luis Ausente
17 Velasco Oliva, Jesús Cuauhtémoc Ausente
Favor: 7
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 10
Total: 17
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO
1 Arévalo González, José Antonio Favor
2 Bellizzia Rosique, Pascual Favor
3 Cobo Terrazas, Diego Favor
4 Elizondo Garrido, Francisco Favor
5 Estrada González, Faustino Javier Favor
6 González Martínez, Jorge Emilio Ausente
7 Lavara Mejía, Gloria Favor
8 López Adame, Antonio Xavier Favor
9 Manrique Guevara, Beatriz Favor
10 Notholt Guerrero, Alan Favor
11 Portilla Diéguez, Manuel Favor
12 Puente Salas, Carlos Alberto Ausente
13 Ramírez Cerda, Ana María Favor
14 Rodríguez Luis, Alejandro Favor
15 Salgado Amador, Manuel Salvador Favor
16 Sesma Suárez, Jesús Favor
17 Velasco Rodríguez, Verónica Favor
Favor: 15
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 2
Total: 17
PARTIDO DEL TRABAJO
1 Aguilar Jiménez, Rubén Favor
2 Arreola Ortega, Pablo Leopoldo Ausente
3 Cantú Garza, Ricardo Ausente
4 Cervantes Rivera, Jaime Ausente
5 Garay Ulloa, Silvano Ausente
6 Herrera Solís, Anuario Luis Favor
7 Maciel Ortiz, María Mercedez Ausente
8 Peregrino García, Abundio Ausente
9 Romero Guzmán, Rosa Elia Favor
10 Solís Parga, Rodolfo Favor
11 Vela González, Joaquín Humberto Ausente
Favor: 4
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 7
Total: 11
PARTIDO NUEVA ALIANZA
1 Arriola Gordillo, Mónica Ausente
2 Cárdenas Fonseca, Manuel Ausente
3 Castillo Nájera, Ariel Ausente
4 Dávila Esquivel, Humberto Favor
5 Gómez Pasillas, Jacinto Favor
6 Jiménez Godínez, Miguel Ángel Favor
7 Luna Becerril, Blanca Ausente
8 Luna Rodríguez, Silvia Favor
9 Piñeyro Arias, Irma Ausente
Favor: 4
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 5
Total: 9
PARTIDO ALTERNATIVA SOCIAL
1 Arvizu Rivas, Aida Marina Ausente
2 Conde Rodríguez, Elsa de Guadalupe Ausente
3 García Méndez, Armando Ausente
4 Hernández Valadés, Delio Ausente
5 Pedro Cortés, Santiago Gustavo Ausente
Favor: 0
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 5
Total: 5
Del dictamen de las Comisiones Unidas de Salud, y de Ciencia y Tecnología, con proyecto de decreto que adiciona la fracción VII al artículo 100 de la Ley General de Salud (en lo general y en lo particular)
PARTIDO ACCION NACIONAL
1 Acosta Dávila, Constantino Ausente
2 Aguilar López, José Alejandro Ausente
3 Alcalde Virgen, Moisés Ausente
4 Alcaraz Hernández, Alma Edwviges Favor
5 Álvarez Bernal, María Elena Favor
6 Amezola Fonceca, Gerardo Favor
7 Antuna Batista, Fidel Favor
8 Aranda Orozco, Gerardo Favor
9 Arellano Arellano, Joel Favor
10 Arenas Guzmán, Margarita Favor
11 Arizméndi Uribe, Efraín Favor
12 Armendáriz García, Pedro Favor
13 Arredondo Ibarra, Salvador Favor
14 Arredondo Velázquez, Jesús Favor
15 Ávila Mayo, Obdulio Ausente
16 Barradas Miravete, Gregorio Ausente
17 Barrios Rodríguez, Juan Enrique Favor
18 Bello Pérez, Alfonso Othón Favor
19 Berber Martínez, Antonio Ausente
20 Bermúdez Viramontes, Andrés Ausente
21 Bolaños Aguilar, Edmundo Javier Favor
22 Borrego Estrada, Felipe Favor
23 Bracho González, Carlos Augusto Favor
24 Buganza Salmerón, Gerardo Ausente
25 Campos Galván, María Eugenia Favor
26 Carbajal Méndez, Liliana Ausente
27 Cárdenas Sánchez, Esmeralda Favor
28 Cardona Benavídez, Alma Xóchil Favor
29 Carrasco Altamirano, Diódoro Humberto Favor
30 Castaño Contreras, Cristián Favor
31 Castro de la Rosa, Osiel Ausente
32 Castro Muñoz, Juan de Dios Ausente
33 Ceja Romero, Ramón Favor
34 Chávez García, Daniel Favor
35 Collado Lara, Beatriz Favor
36 Contreras Coeto, José Luis Favor
37 Corral Aguilar, María Mercedes Favor
38 Cuen Garibi, Marcela Favor
39 Curiel Preciado, Leobardo Favor
40 Dávila Fernández, Adriana Ausente
41 Dávila García, Francisco Favor
42 De la Torre Jaramillo, Eduardo Sergio Ausente
43 De León Tello, Jesús Favor
44 Degante Romero, Silvia Emilia Favor
45 Del Toro del Villar, Tomás Favor
46 Del Valle Toca, Antonio Ausente
47 Del Villar Sosa, Sonia Leslie Favor
48 Delgado Oscoy, Alejandro Enrique Favor
49 Denegre Vaught, Rosaura Favor
50 Deschamps Falcón, Ángel Rafael Favor
51 Díaz de León Torres, Leticia Favor
52 Díaz García, José Antonio Favor
53 Díaz Garibay, Felipe Favor
54 Díaz Gordillo, Martha Cecilia Ausente
55 Díaz Mena, Joaquín Jesús Favor
56 Domínguez Servién, Francisco Favor
57 Duck Núñez, Edgar Mauricio Ausente
58 Enríquez Flores, Armando Favor
59 Escaroz Soler, Gerardo Antonio Favor
60 Escobar Jardinez, Adolfo Favor
61 Espinosa Piña, José Luis Favor
62 Félix Holguín, Armando Jesús Favor
63 Felton González, Carlos Eduardo Ausente
64 Fernández Cabrera, Adrián Favor
65 Fernández Ugarte, Carmen Favor
66 Flores Domínguez, Emilio Ramón Ramiro Ausente
67 Flores Grande, Arturo Favor
68 Flores Morfín, Jesús Vicente Favor
69 Fraile García, Francisco Antonio Favor
70 Franco Cazarez, Ricardo Favor
71 Fuentes Ortiz, José Guillermo Favor
72 García González, Carlos Alberto Favor
73 García Müller, Martha Margarita Ausente
74 García Reyes, Ángel Humberto Favor
75 García Reyes, Beatriz Eugenia Ausente
76 García Vivián, Raúl Favor
77 Garmendia Hernández, Yolanda Mercedes Favor
78 Gómez Leyva, Silvio Favor
79 González Betancourt, Jorge Justiniano Ausente
80 González Martínez, María Gabriela Ausente
81 González Morán, Martín Oscar Favor
82 González Roaro, Benjamín Ernesto Favor
83 González Ruiz, Felipe Favor
84 González Sánchez, María Dolores Favor
85 Gudiño Ortiz, Francisco Javier Ausente
86 Guerrero Torres, José Gildardo Favor
87 Gutiérrez Aguilar, Miguel Ángel Favor
88 Gutiérrez Lagunes, María Victoria Ausente
89 Hernández Núñez, Elia Favor
90 Hurtado Pérez, Nelly Asunción Ausente
91 Iragorri Durán, Enrique Ausente
92 Jiménez del Castillo, Ma. de los Ángeles Favor
93 Jiménez Ramos, María Esther Favor
94 Joaquín Coldwell, Addy Cecilia Favor
95 Lagunes Viveros, Violeta del Pilar Ausente
96 Landero Gutiérrez, Alejandro Favor
97 Landeros González, Ramón Favor
98 Lara Compeán, David Favor
99 Larios Córdova, Héctor Ausente
100 Laviada Hernández, Íñigo Antonio Ausente
101 Lemus Muñoz Ledo, Ramón Ignacio Favor
102 Leura González, Agustín Favor
103 Limas Frescas, María Soledad Favor
104 Lizaola de la Torre, Alonso Manuel Ausente
105 López Cisneros, José Martín Favor
106 López Reyna, Omeheira Favor
107 López Silva, Rubí Laura Favor
108 Lujano Nicolás, Christian Martín Favor
109 Maawad Robert, Luis Xavier Favor
110 Macías Zambrano, Gustavo Favor
111 Madrazo Limón, Carlos Favor
112 Magallón Arceo, Leonardo Melesio de Jesús Favor
113 Malagón Ríos, Martín Favor
114 Maldonado González, David Ausente
115 Manuell-Gómez Angulo, Dolores de María Favor
116 Martínez Valero, Dora Alicia Favor
117 Medellín Varela, Antonio Favor
118 Medina Macias, Alma Hilda Favor
119 Medina Rodríguez, Delber Favor
120 Medina Rodríguez, Lizbeth Evelia Ausente
121 Mejía García, Luis Alonso Favor
122 Méndez Meneses, Apolonio Favor
123 Mendoza Morales, Lucía Susana Favor
124 Mohamar Dainitin, Oscar Miguel Favor
125 Mollinedo Hernández, Agustín Ausente
126 Monraz Ibarra, Miguel Ángel Ausente
127 Montes Sánchez, Fabián Fernando Ausente
128 Montiel Luis, Lariza Favor
129 Mora Cuevas, Marisol Favor
130 Morales Ramos, José Nicolás Favor
131 Moreno Álvarez, Mario Eduardo Favor
132 Morgan Franco, Rocío del Carmen Favor
133 Muñoz Serrano, José Antonio Favor
134 Murillo Flores, Francisco Javier Ausente
135 Murillo Torres, José Luis Favor
136 Navarro Sugich, Carlos Alberto Favor
137 Nordhausen González, Jorge Rubén Favor
138 Noriega Blanco Vigil, María Elena de las Nieves Favor
139 Ochoa López, Nabor Ausente
140 Olvera Higuera, Edgar Armando Ausente
141 Orozco Ruiz Velazco, Marco Heriberto Favor
142 Ortega Martínez, María del Pilar Favor
143 Ortiz Hernández, Eduardo Favor
144 Ortiz Montoro, Sagrario María del Rosario Favor
145 Oviedo Oviedo, Ernesto Favor
146 Padilla Orozco, Raúl Alejandro Ausente
147 Palafox Núñez, José Inés Ausente
148 Paredes Rodríguez, Francisco Javier Favor
149 Parra Jiménez, Dolores María del Carmen Favor
150 Parra Noriega, Luis Gustavo Favor
151 Pérez de Tejada Romero, Diana Carolina Favor
152 Pérez Cuéllar, Cruz Favor
153 Peyrot Solís, Marco A. Ausente
154 Plascencia Alonso, Francisco Javier Favor
155 Priego Tapia, Gerardo Favor
156 Pulido Pecero, Pedro Favor
157 Quintero Bello, Jorge Favor
158 Rodríguez Vizcarra Velázquez, Adriana Favor
159 Ramírez Barba, Ector Jaime Favor
160 Ramírez Corral, Ivette Jacqueline Ausente
161 Ramírez Pech, Edgar Martín Ausente
162 Ramírez Villarreal, Gustavo Favor
163 Ramos Covarrubias, Héctor Manuel Favor
164 Reyes López, Carlos Armando Favor
165 Rincón Vargas, Mirna Cecilia Favor
166 Rivera Rivera, José Guadalupe Favor
167 Rivero Rivero, Rolando Favor
168 Rodríguez Ahumada, Luis Fernando Favor
169 Rodríguez Jiménez, Ricardo Favor
170 Rodríguez Prats, Juan José Favor
171 Rodríguez Uresti, Enrique Favor
172 Rojas Hernández, Laura Angélica Ausente
173 Román Isidoro, Demetrio Ausente
174 Romo Jiménez, Martha Angélica Ausente
175 Rubio Chávez, José Ignacio Alberto Favor
176 Rueda Gómez, Francisco Favor
177 Ruiz Velasco de Lira, Ernesto Favor
178 Salas Contreras, Marcos Ausente
179 Salazar Madera, Mario Alberto Favor
180 Salum del Palacio, Jorge Alejandro Favor
181 Sánchez Díaz de Rivera, Antonio Favor
182 Sánchez Domínguez, Alejandro Ausente
183 Sánchez Gil, Carlos René Favor
184 Sánchez Juárez, Claudia Favor
185 Sánchez Trujillo, José Víctor Favor
186 Sandoval Munguia, Juan Manuel Favor
187 Serrato Castell, Luis Gerardo Favor
188 Shej Guzmán Sara Favor
189 Solano Muñoz, José de Jesús Favor
190 Stefanonni Mazzocco, Martín Favor
191 Tamayo Herrera, Yadhira Yvette Favor
192 Torres Gómez, Artemio Favor
193 Torres Herrera, Víctor Manuel Favor
194 Torres Torres, Carlos Alberto Favor
195 Valenzuela García, María Gloria Guadalupe Favor
196 Valladolid Rodríguez, Antonio Favor
197 Vasconcelos Rueda, Antonio Ausente
198 Vázquez Martínez, Alberto Favor
199 Vega Corona, Antonio Favor
200 Velázquez Gutiérrez, José Guillermo Favor
201 Verástegui Ostos, César Augusto Ausente
202 Verdín Saldaña, Jaime Favor
203 Victoria Alva, Juan Favor
204 Vieyra Olivares, Adriana Rebeca Favor
205 Villanueva Arjona, Juan Manuel Favor
206 Zambrano Elizondo, Javier Martín Favor
Favor: 156
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 51
Total: 207
PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
1 Aguirre Alcaide, Víctor Ausente
2 Alavez Ruiz, Aleida Ausente
3 Almazán González, José Antonio Ausente
4 Almonte Borja, Ramón Favor
5 Alonso Flores, Lourdes Ausente
6 Alonso Razo, Humberto Wifredo Ausente
7 Altamirano Toledo, Carlos Ausente
8 Alva Olvera, Maribel Luisa Ausente
9 Álvarez Ramón, Silbestre Favor
10 Amaro Corona, Alberto Ausente
11 Aragón Castillo, Irene Favor
12 Arellano Pulido, Miguel Ángel Favor
13 Arreola Calderón, Juan Dario Favor
14 Barreiro Pérez, Armando Ausente
15 Batres Guadarrama, Valentina Valia Ausente
16 Bautista Bravo, Alliet Mariana Favor
17 Bravo Padilla, Itzcóatl Tonatiuh Ausente
18 Brito González, Modesto Favor
19 Calzada Vázquez, Francisco Javier Favor
20 Campos Aburto, Amador Ausente
21 Cárdenas Hernández, Raymundo Favor
22 Cervantes Rodríguez, Aurora Favor
23 Chávez García, Higinio Favor
24 Condado Escamilla, Cuitlahuac Favor
25 Contreras Julián, Maricela Ausente
26 Cruz Santiago, Claudia Lilia Ausente
27 Cuevas Córdova, Othón Ausente
28 Dagdug Lützow, Moisés Félix Favor
29 De la Rosa García, Juan Hugo Favor
30 De los Santos Molina, Joaquín Conrado Ausente
31 Dehesa Mora, Daniel Favor
32 Del Toro , Mario Enrique Favor
33 Díaz Contreras, Adriana Favor
34 Escandón Cadenas, Rutilio Cruz Ausente
35 Espejel Lazcano, Jaime Favor
36 Fernández Balboa, Mónica Ausente
37 Flores Maldonado, César Favor
38 Flores Salazar, Guadalupe Socorro Ausente
39 Franco Melgarejo, Rafael Favor
40 Gálvez Rodríguez, Fernel Arturo Favor
41 García Rodríguez, Víctor Hugo Ausente
42 Garzón Contreras, Neftalí Favor
43 González Garza, Javier Ausente
44 Guerra Ochoa, Juan Nicasio Favor
45 Gutiérrez Calzadilla, José Luis Favor
46 Hernández Gaytán, Daisy Selene Ausente
47 Hernández Hernández, Sergio Favor
48 Hernández Manzanares, Javier Favor
49 Hernández Silva, Benjamín Ausente
50 Ibarra Franquez, Sonia Nohelia Ausente
51 Jacques y Medina, José Ausente
52 Jiménez Valenzuela, María Eugenia Favor
53 Landero López, Pedro Ausente
54 Lemarroy Martínez, Juan Dario Ausente
55 Leyva Piñón, Ana Yurixi Favor
56 Lizárraga Peraza, Víctor Manuel Favor
57 López Barriga, Erick Favor
58 López Becerra, Santiago Favor
59 López Rojas, Alberto Ausente
60 López Torres, María Soledad Ausente
61 Lozano Lozano, Andrés Favor
62 Luna Munguía, Alma Lilia Ausente
63 Márquez Madrid, Camerino Eleazar Favor
64 Márquez Tinoco, Francisco Favor
65 Martínez Hernández, Alejandro Ausente
66 Martínez Martínez, Carlos Roberto Ausente
67 Martínez Martínez, Francisco Favor
68 Martínez Padilla, Hugo Eduardo Favor
69 Martínez Vargas Octavio Favor
70 Matías Alonso, Marcos Ausente
71 Matus Toledo, Holly Favor
72 Mayans Canabal, Fernando Ausente
73 Mendoza Arellano, David Ausente
74 Mendoza Flores, Roberto Favor
75 Mendoza Maldonado, Fausto Fluvio Favor
76 Mendoza Mendoza, Irineo Ausente
77 Monreal Ávila, Susana Ausente
78 Montalvo Rojas, Victorio Rubén Favor
79 Morales Manzo, Jesús Ricardo Favor
80 Morales Sánchez, Efraín Ausente
81 Morales Vázquez, Carlos Orsoe Favor
82 Narcía Álvarez, Héctor Favor
83 Navarro López, Carlos Ernesto Ausente
84 Navarro Quintero, Miguel Ángel Favor
85 Ojeda Hernández, Concepción Ausente
86 Oliva Fragoso, Silvia Favor
87 Orcí Martínez, Juan Adolfo Ausente
88 Ortega Martínez, Antonio Ausente
89 Ortiz Magallón, Rosario Ignacia Ausente
90 Pacheco Llanes, Ramón Félix Ausente
91 Pedraza Chávez, Isidro Favor
92 Pedrozo Castillo, Adrián Ausente
93 Peña Sánchez, Miguel Ángel Favor
94 Pérez Cruz, Raciel Ausente
95 Pulido Santiago, Celso David Favor
96 Ramos Becerril, Rafael Plácido Ausente
97 Ramos Castellanos, Martín Ausente
98 Rasgado Corsi, Gloria Favor
99 Ríos Gamboa, Raúl Favor
100 Romero Gutiérrez, Odilón Favor
101 Ruiz Sánchez, Salvador Favor
102 Saavedra Coronel, José Antonio Favor
103 Salinas Pérez, Josefina Ausente
104 San Martín Hernández, Juan Manuel Favor
105 Sánchez Barrios, Carlos Favor
106 Sánchez Cabrales, Rafael Elías Ausente
107 Sánchez Camacho, Alejandro Ausente
108 Sánchez Camacho, David Favor
109 Sánchez Ramos, Francisco Favor
110 Sánchez Valdéz, Eva Angelina Ausente
111 Sandoval Ramírez, Cuauhtémoc Ausente
112 Santos Arreola, Francisco Javier Favor
113 Solares Chávez, Miguel Ángel Ausente
114 Soriano Sánchez, Rosa Elva Ausente
115 Soto Sánchez, Antonio Ausente
116 Suárez del Real y Aguilera, José Alfonso Favor
117 Torres Baltazar, María Elena Ausente
118 Torres García, Daniel Ausente
119 Trejo Pérez, Pablo Favor
120 Ulloa Pérez, Emilio Ausente
121 Vallejo Estevez, Mario Favor
122 Varela López, Víctor Gabriel Ausente
123 Villanueva Albarrán, Gerardo Ausente
124 Villicaña García, Rafael Ausente
125 Zavaleta Salgado, Ruth Ausente
126 Zazueta Aguilar, Jesús Humberto Favor
127 Zepeda Hernández, Martín Favor
Favor: 64
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 63
Total: 127
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
1 Abramo Masso, Yerico Favor
2 Aguilar , Diego Favor
3 Aguilar Solís, Samuel Favor
4 Aispuro Torres, José Rosas Ausente
5 Alcántara Núñez, Jesús Sergio Favor
6 Aldana Prieto, Luis Ricardo Ausente
7 Amador Gaxiola, Daniel Favor
8 Amador Leal, Narcizo Alberto Favor
9 Ayala Almeida, Joel Favor
10 Badillo Martínez, Roberto Favor
11 Barajas López, Ramón Favor
12 Barajas del Toro, Salvador Ausente
13 Barba Hernández, Alfredo Favor
14 Beltrán Montes, Israel Ausente
15 Benítez Ojeda, Luis Enrique Ausente
16 Bernal Gutiérrez, Andrés Marco Antonio Favor
17 Biebrich Torres, Carlos Armando Ausente
18 Blanco Pajón, José Luis Favor
19 Caballero Camargo, Gustavo Fernando Favor
20 Camacho Quiroz, César Octavio Favor
21 Canavati Tafich, Jesús Ricardo Ausente
22 Carballo Bustamante, Andrés Ausente
23 Cárdenas del Avellano, Enrique Favor
24 Cárdenas Monroy, Oscar Gustavo Ausente
25 Cervantes Andrade, Raúl Ausente
26 Chaurand Arzate, Carlos Favor
27 Colín Guadarrama, María Mercedes Favor
28 Cordero Alfonzo, Arnulfo Elías Ausente
29 De la Garza Treviño, Jorge Luis Favor
30 Díaz Athié, Antonio de Jesús Ausente
31 Díaz Solorzano, Elmar Darinel Favor
32 Domínguez Domínguez, Nemesio Favor
33 Duarte Jáquez, César Ausente
34 Escajeda Jiménez, José Rubén Favor
35 Escalante Jasso, Aracely Ausente
36 Espinosa Abuxapqui, Eduardo Elías Favor
37 Estefan Chidiac, Charbel Jorge Ausente
38 Flores Sandoval, Patricio Favor
39 Fuentes Tellez, Octavio Ausente
40 Gamboa Patrón, Emilio Favor
41 Garza Garza, Horacio Emigdio Ausente
42 Gebhardt Garduza, Yary del Carmen Favor
43 Gloria Requena, Tomás Favor
44 Gómez Lugo, Elda Favor
45 González Calderón, Martha Hilda Favor
46 González Salum, Miguel Ángel Ausente
47 González Zarur, Mariano Ausente
48 Guerrero García, Javier Ausente
49 Guerrero Juárez, Joel Ausente
50 Herrera Ale, Juana Leticia Ausente
51 Herrera Coyac, Wenceslao Favor
52 Izquierdo Bustamante, Alfonso Rolando Favor
53 Lagunes Gallina, Gerardo Ausente
54 Lescieur Talavera, Jorge Mario Favor
55 López Balbuena, Guillermina Favor
56 Madrid Tovilla, Areli Ausente
57 Martínez Rodríguez, Lorena Favor
58 Martínez Rocha, Arturo Ausente
59 Méndez Lanz, Víctor Manuel Ausente
60 Mendívil Amparám, Gustavo Ildefonso Favor
61 Merodio Reza, Lilia Guadalupe Ausente
62 Moctezuma Pereda, Fernando Quetzalcoatl Favor
63 Montalvo Gómez, Pedro Ausente
64 Morales García, Elizabeth Ausente
65 Mota Hernández, Adolfo Favor
66 Muñoz Serna, Rogelio Favor
67 Murat , José Ausente
68 Ochoa González, Arnoldo Ausente
69 Ojeda Camacho, Gilberto Ausente
70 Olivares Monterrubio, Alejandro Favor
71 Olivares Ventura, Héctor Hugo Favor
72 Ordaz Jiménez, Ismael Favor
73 Orihuela Bárcenas, José Ascención Ausente
74 Orihuela Trejo, José Amado Favor
75 Ortiz del Carpio, Víctor Favor
76 Ortiz Proal, Mauricio Favor
77 Padilla Gutiérrez, Héctor Favor
78 Pagés Llergo Rebollar, María Beatriz Favor
79 Palma César, Víctor Samuel Favor
80 Parás González, Juan Manuel Favor
81 Partida Guzmán, Martha Rocío Favor
82 Patrón Montalvo, Jesús Manuel Favor
83 Peñuelas Acuña, Mayra Gisela Favor
84 Pérez Valdés, Daniel Favor
85 Pinete Vargas, María del Carmen Ausente
86 Quiñones Canales, Lourdes Ausente
87 Ramírez Martínez, José Edmundo Favor
88 Ramírez Stabros, Jesús Favor
89 Reyna García, José Jesús Ausente
90 Ríos Camarena, Alfredo Adolfo Favor
91 Rivera Bedoya, Juan Francisco Favor
92 Rodríguez Ramírez, Bertha Yolanda Favor
93 Rojas Gutiérrez, Carlos Favor
94 Ruiz Chávez, Sara Latife Favor
95 Salas López, Ramón Favor
96 Sánchez Hernández, Eduardo Favor
97 Sandoval Paredes, Sergio Ausente
98 Serrano Escobar, Enrique Ausente
99 Sosa Castelán, Gerardo Favor
100 Toledo Luis, Jorge Ausente
101 Vargas Landeros, Gerardo Octavio Ausente
102 Vega Ortiz, María Oralia Ausente
103 Velasco Pérez, Juan Carlos Ausente
104 Villa Villa, Isael Ausente
105 Villanueva Abraján, Patricia Ausente
106 Zatarain González, Carlos Ernesto Favor
Favor: 62
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 44
Total: 106
CONVERGENCIA
1 Abad de Jesús, Juan Ausente
2 Aguilera Rico, José Luis Ausente
3 Cárdenas Márquez, Elías Ausente
4 Castellanos Hernández, Félix Ausente
5 Castillo Romero, Patricia Obdulia de Jesús Ausente
6 Chanona Burguete, Alejandro Ausente
7 Del Río Virgen, José Manuel Favor
8 Godoy Cárdenas, Jorge Favor
9 López Lena Cruz, Humberto Ausente
10 Salvatori Bronca, María del Carmen Favor
11 Samperio Montaño, Juan Ignacio Ausente
12 Sansores San Román, Layda Elena Ausente
13 Tagle Martínez, Martha Angélica Ausente
14 Uscanga Cruz, Robinson Ausente
15 Valdés Chávez, Ramón Ausente
16 Varela Lagunas, Tomás José Luis Ausente
17 Velasco Oliva, Jesús Cuauhtémoc Ausente
Favor: 3
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 14
Total: 17
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO
1 Arévalo González, José Antonio Favor
2 Bellizzia Rosique, Pascual Favor
3 Cobo Terrazas, Diego Ausente
4 Elizondo Garrido, Francisco Favor
5 Estrada González, Faustino Javier Favor
6 González Martínez, Jorge Emilio Ausente
7 Lavara Mejía, Gloria Favor
8 López Adame, Antonio Xavier Favor
9 Manrique Guevara, Beatriz Favor
10 Notholt Guerrero, Alan Favor
11 Portilla Diéguez, Manuel Ausente
12 Puente Salas, Carlos Alberto Ausente
13 Ramírez Cerda, Ana María Favor
14 Rodríguez Luis, Alejandro Favor
15 Salgado Amador, Manuel Salvador Favor
16 Sesma Suárez, Jesús Favor
17 Velasco Rodríguez, Verónica Favor
Favor: 13
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 4
Total: 17
PARTIDO DEL TRABAJO
1 Aguilar Jiménez, Rubén Favor
2 Arreola Ortega, Pablo Leopoldo Ausente
3 Cantú Garza, Ricardo Ausente
4 Cervantes Rivera, Jaime Ausente
5 Garay Ulloa, Silvano Ausente
6 Herrera Solís, Anuario Luis Ausente
7 Maciel Ortiz, María Mercedez Ausente
8 Peregrino García, Abundio Ausente
9 Romero Guzmán, Rosa Elia Favor
10 Solís Parga, Rodolfo Favor
11 Vela González, Joaquín Humberto Ausente
Favor: 3
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 8
Total: 11
PARTIDO NUEVA ALIANZA
1 Arriola Gordillo, Mónica Ausente
2 Cárdenas Fonseca, Manuel Ausente
3 Castillo Nájera, Ariel Ausente
4 Dávila Esquivel, Humberto Favor
5 Gómez Pasillas, Jacinto Favor
6 Jiménez Godínez, Miguel Ángel Favor
7 Luna Becerril, Blanca Ausente
8 Luna Rodríguez, Silvia Favor
9 Piñeyro Arias, Irma Ausente
Favor: 4
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 5
Total: 9
PARTIDO ALTERNATIVA SOCIAL
1 Arvizu Rivas, Aida Marina Ausente
2 Conde Rodríguez, Elsa de Guadalupe Ausente
3 García Méndez, Armando Ausente
4 Hernández Valadés, Delio Ausente
5 Pedro Cortés, Santiago Gustavo Ausente
Favor: 0
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 5
Total: 5
Del dictamen de la Comisión de Derechos Humanos, con proyecto de decreto que reforma la fracción V del artículo 11 de la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación (en lo general y en lo particular)
PARTIDO ACCION NACIONAL
1 Acosta Dávila, Constantino Ausente
2 Aguilar López, José Alejandro Ausente
3 Alcalde Virgen, Moisés Ausente
4 Alcaraz Hernández, Alma Edwviges Favor
5 Álvarez Bernal, María Elena Favor
6 Amezola Fonceca, Gerardo Favor
7 Antuna Batista, Fidel Ausente
8 Aranda Orozco, Gerardo Favor
9 Arellano Arellano, Joel Favor
10 Arenas Guzmán, Margarita Favor
11 Arizméndi Uribe, Efraín Favor
12 Armendáriz García, Pedro Favor
13 Arredondo Ibarra, Salvador Favor
14 Arredondo Velázquez, Jesús Favor
15 Ávila Mayo, Obdulio Ausente
16 Barradas Miravete, Gregorio Ausente
17 Barrios Rodríguez, Juan Enrique Favor
18 Bello Pérez, Alfonso Othón Favor
19 Berber Martínez, Antonio Ausente
20 Bermúdez Viramontes, Andrés Ausente
21 Bolaños Aguilar, Edmundo Javier Favor
22 Borrego Estrada, Felipe Favor
23 Bracho González, Carlos Augusto Favor
24 Buganza Salmerón, Gerardo Ausente
25 Campos Galván, María Eugenia Favor
26 Carbajal Méndez, Liliana Ausente
27 Cárdenas Sánchez, Esmeralda Favor
28 Cardona Benavídez, Alma Xóchil Favor
29 Carrasco Altamirano, Diódoro Humberto Favor
30 Castaño Contreras, Cristián Favor
31 Castro de la Rosa, Osiel Ausente
32 Castro Muñoz, Juan de Dios Favor
33 Ceja Romero, Ramón Ausente
34 Chávez García, Daniel Favor
35 Collado Lara, Beatriz Favor
36 Contreras Coeto, José Luis Favor
37 Corral Aguilar, María Mercedes Favor
38 Cuen Garibi, Marcela Favor
39 Curiel Preciado, Leobardo Favor
40 Dávila Fernández, Adriana Ausente
41 Dávila García, Francisco Favor
42 De la Torre Jaramillo, Eduardo Sergio Ausente
43 De León Tello, Jesús Favor
44 Degante Romero, Silvia Emilia Favor
45 Del Toro del Villar, Tomás Favor
46 Del Valle Toca, Antonio Ausente
47 Del Villar Sosa, Sonia Leslie Favor
48 Delgado Oscoy, Alejandro Enrique Ausente
49 Denegre Vaught, Rosaura Ausente
50 Deschamps Falcón, Ángel Rafael Favor
51 Díaz de León Torres, Leticia Favor
52 Díaz García, José Antonio Favor
53 Díaz Garibay, Felipe Favor
54 Díaz Gordillo, Martha Cecilia Ausente
55 Díaz Mena, Joaquín Jesús Favor
56 Domínguez Servién, Francisco Favor
57 Duck Núñez, Edgar Mauricio Ausente
58 Enríquez Flores, Armando Favor
59 Escaroz Soler, Gerardo Antonio Favor
60 Escobar Jardinez, Adolfo Ausente
61 Espinosa Piña, José Luis Favor
62 Félix Holguín, Armando Jesús Favor
63 Felton González, Carlos Eduardo Ausente
64 Fernández Cabrera, Adrián Ausente
65 Fernández Ugarte, Carmen Favor
66 Flores Domínguez, Emilio Ramón Ramiro Ausente
67 Flores Grande, Arturo Favor
68 Flores Morfín, Jesús Vicente Favor
69 Fraile García, Francisco Antonio Favor
70 Franco Cazarez, Ricardo Favor
71 Fuentes Ortiz, José Guillermo Favor
72 García González, Carlos Alberto Favor
73 García Müller, Martha Margarita Ausente
74 García Reyes, Ángel Humberto Favor
75 García Reyes, Beatriz Eugenia Ausente
76 García Vivián, Raúl Favor
77 Garmendia Hernández, Yolanda Mercedes Favor
78 Gómez Leyva, Silvio Ausente
79 González Betancourt, Jorge Justiniano Ausente
80 González Martínez, María Gabriela Ausente
81 González Morán, Martín Oscar Favor
82 González Roaro, Benjamín Ernesto Ausente
83 González Ruiz, Felipe Favor
84 González Sánchez, María Dolores Favor
85 Gudiño Ortiz, Francisco Javier Ausente
86 Guerrero Torres, José Gildardo Favor
87 Gutiérrez Aguilar, Miguel Ángel Favor
88 Gutiérrez Lagunes, María Victoria Ausente
89 Hernández Núñez, Elia Favor
90 Hurtado Pérez, Nelly Asunción Favor
91 Iragorri Durán, Enrique Favor
92 Jiménez del Castillo, Ma. de los Ángeles Favor
93 Jiménez Ramos, María Esther Favor
94 Joaquín Coldwell, Addy Cecilia Favor
95 Lagunes Viveros, Violeta del Pilar Ausente
96 Landero Gutiérrez, Alejandro Favor
97 Landeros González, Ramón Favor
98 Lara Compeán, David Favor
99 Larios Córdova, Héctor Favor
100 Laviada Hernández, Íñigo Antonio Ausente
101 Lemus Muñoz Ledo, Ramón Ignacio Favor
102 Leura González, Agustín Favor
103 Limas Frescas, María Soledad Favor
104 Lizaola de la Torre, Alonso Manuel Ausente
105 López Cisneros, José Martín Favor
106 López Reyna, Omeheira Favor
107 López Silva, Rubí Laura Favor
108 Lujano Nicolás, Christian Martín Favor
109 Maawad Robert, Luis Xavier Favor
110 Macías Zambrano, Gustavo Favor
111 Madrazo Limón, Carlos Favor
112 Magallón Arceo, Leonardo Melesio de Jesús Favor
113 Malagón Ríos, Martín Favor
114 Maldonado González, David Ausente
115 Manuell-Gómez Angulo, Dolores de María Favor
116 Martínez Valero, Dora Alicia Favor
117 Medellín Varela, Antonio Favor
118 Medina Macias, Alma Hilda Favor
119 Medina Rodríguez, Delber Favor
120 Medina Rodríguez, Lizbeth Evelia Ausente
121 Mejía García, Luis Alonso Favor
122 Méndez Meneses, Apolonio Favor
123 Mendoza Morales, Lucía Susana Favor
124 Mohamar Dainitin, Oscar Miguel Favor
125 Mollinedo Hernández, Agustín Ausente
126 Monraz Ibarra, Miguel Ángel Favor
127 Montes Sánchez, Fabián Fernando Favor
128 Montiel Luis, Lariza Favor
129 Mora Cuevas, Marisol Favor
130 Morales Ramos, José Nicolás Favor
131 Moreno Álvarez, Mario Eduardo Favor
132 Morgan Franco, Rocío del Carmen Favor
133 Muñoz Serrano, José Antonio Favor
134 Murillo Flores, Francisco Javier Favor
135 Murillo Torres, José Luis Favor
136 Navarro Sugich, Carlos Alberto Favor
137 Nordhausen González, Jorge Rubén Favor
138 Noriega Blanco Vigil, María Elena de las Nieves Favor
139 Ochoa López, Nabor Ausente
140 Olvera Higuera, Edgar Armando Ausente
141 Orozco Ruiz Velazco, Marco Heriberto Favor
142 Ortega Martínez, María del Pilar Favor
143 Ortiz Hernández, Eduardo Ausente
144 Ortiz Montoro, Sagrario María del Rosario Favor
145 Oviedo Oviedo, Ernesto Favor
146 Padilla Orozco, Raúl Alejandro Ausente
147 Palafox Núñez, José Inés Favor
148 Paredes Rodríguez, Francisco Javier Favor
149 Parra Jiménez, Dolores María del Carmen Favor
150 Parra Noriega, Luis Gustavo Favor
151 Pérez de Tejada Romero, Diana Carolina Abstención
152 Pérez Cuéllar, Cruz Favor
153 Peyrot Solís, Marco A. Ausente
154 Plascencia Alonso, Francisco Javier Favor
155 Priego Tapia, Gerardo Favor
156 Pulido Pecero, Pedro Favor
157 Quintero Bello, Jorge Favor
158 Rodríguez Vizcarra Velázquez, Adriana Favor
159 Ramírez Barba, Ector Jaime Favor
160 Ramírez Corral, Ivette Jacqueline Ausente
161 Ramírez Pech, Edgar Martín Ausente
162 Ramírez Villarreal, Gustavo Favor
163 Ramos Covarrubias, Héctor Manuel Favor
164 Reyes López, Carlos Armando Favor
165 Rincón Vargas, Mirna Cecilia Favor
166 Rivera Rivera, José Guadalupe Favor
167 Rivero Rivero, Rolando Favor
168 Rodríguez Ahumada, Luis Fernando Favor
169 Rodríguez Jiménez, Ricardo Ausente
170 Rodríguez Prats, Juan José Favor
171 Rodríguez Uresti, Enrique Favor
172 Rojas Hernández, Laura Angélica Ausente
173 Román Isidoro, Demetrio Ausente
174 Romo Jiménez, Martha Angélica Ausente
175 Rubio Chávez, José Ignacio Alberto Favor
176 Rueda Gómez, Francisco Favor
177 Ruiz Velasco de Lira, Ernesto Favor
178 Salas Contreras, Marcos Ausente
179 Salazar Madera, Mario Alberto Ausente
180 Salum del Palacio, Jorge Alejandro Favor
181 Sánchez Díaz de Rivera, Antonio Favor
182 Sánchez Domínguez, Alejandro Ausente
183 Sánchez Gil, Carlos René Favor
184 Sánchez Juárez, Claudia Ausente
185 Sánchez Trujillo, José Víctor Favor
186 Sandoval Munguia, Juan Manuel Favor
187 Serrato Castell, Luis Gerardo Favor
188 Shej Guzmán Sara Favor
189 Solano Muñoz, José de Jesús Favor
190 Stefanonni Mazzocco, Martín Favor
191 Tamayo Herrera, Yadhira Yvette Favor
192 Torres Gómez, Artemio Ausente
193 Torres Herrera, Víctor Manuel Favor
194 Torres Torres, Carlos Alberto Favor
195 Valenzuela García, María Gloria Guadalupe Favor
196 Valladolid Rodríguez, Antonio Favor
197 Vasconcelos Rueda, Antonio Ausente
198 Vázquez Martínez, Alberto Favor
199 Vega Corona, Antonio Favor
200 Velázquez Gutiérrez, José Guillermo Favor
201 Verástegui Ostos, César Augusto Ausente
202 Verdín Saldaña, Jaime Favor
203 Victoria Alva, Juan Favor
204 Vieyra Olivares, Adriana Rebeca Favor
205 Villanueva Arjona, Juan Manuel Favor
206 Zambrano Elizondo, Javier Martín Favor
Favor: 150
Contra: 0
Abstención: 1
Quorum: 0
Ausentes: 56
Total: 207
PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
1 Aguirre Alcaide, Víctor Ausente
2 Alavez Ruiz, Aleida Ausente
3 Almazán González, José Antonio Ausente
4 Almonte Borja, Ramón Favor
5 Alonso Flores, Lourdes Ausente
6 Alonso Razo, Humberto Wifredo Favor
7 Altamirano Toledo, Carlos Ausente
8 Alva Olvera, Maribel Luisa Ausente
9 Álvarez Ramón, Silbestre Favor
10 Amaro Corona, Alberto Ausente
11 Aragón Castillo, Irene Favor
12 Arellano Pulido, Miguel Ángel Favor
13 Arreola Calderón, Juan Dario Favor
14 Barreiro Pérez, Armando Ausente
15 Batres Guadarrama, Valentina Valia Ausente
16 Bautista Bravo, Alliet Mariana Favor
17 Bravo Padilla, Itzcóatl Tonatiuh Ausente
18 Brito González, Modesto Favor
19 Calzada Vázquez, Francisco Javier Favor
20 Campos Aburto, Amador Ausente
21 Cárdenas Hernández, Raymundo Favor
22 Cervantes Rodríguez, Aurora Favor
23 Chávez García, Higinio Favor
24 Condado Escamilla, Cuitlahuac Favor
25 Contreras Julián, Maricela Ausente
26 Cruz Santiago, Claudia Lilia Ausente
27 Cuevas Córdova, Othón Ausente
28 Dagdug Lützow, Moisés Félix Favor
29 De la Rosa García, Juan Hugo Favor
30 De los Santos Molina, Joaquín Conrado Ausente
31 Dehesa Mora, Daniel Favor
32 Del Toro , Mario Enrique Favor
33 Díaz Contreras, Adriana Favor
34 Escandón Cadenas, Rutilio Cruz Ausente
35 Espejel Lazcano, Jaime Favor
36 Fernández Balboa, Mónica Ausente
37 Flores Maldonado, César Favor
38 Flores Salazar, Guadalupe Socorro Ausente
39 Franco Melgarejo, Rafael Favor
40 Gálvez Rodríguez, Fernel Arturo Ausente
41 García Rodríguez, Víctor Hugo Ausente
42 Garzón Contreras, Neftalí Favor
43 González Garza, Javier Ausente
44 Guerra Ochoa, Juan Nicasio Favor
45 Gutiérrez Calzadilla, José Luis Favor
46 Hernández Gaytán, Daisy Selene Ausente
47 Hernández Hernández, Sergio Ausente
48 Hernández Manzanares, Javier Favor
49 Hernández Silva, Benjamín Ausente
50 Ibarra Franquez, Sonia Nohelia Favor
51 Jacques y Medina, José Ausente
52 Jiménez Valenzuela, María Eugenia Favor
53 Landero López, Pedro Ausente
54 Lemarroy Martínez, Juan Dario Ausente
55 Leyva Piñón, Ana Yurixi Favor
56 Lizárraga Peraza, Víctor Manuel Favor
57 López Barriga, Erick Favor
58 López Becerra, Santiago Favor
59 López Rojas, Alberto Ausente
60 López Torres, María Soledad Ausente
61 Lozano Lozano, Andrés Favor
62 Luna Munguía, Alma Lilia Ausente
63 Márquez Madrid, Camerino Eleazar Favor
64 Márquez Tinoco, Francisco Favor
65 Martínez Hernández, Alejandro Ausente
66 Martínez Martínez, Carlos Roberto Ausente
67 Martínez Martínez, Francisco Favor
68 Martínez Padilla, Hugo Eduardo Favor
69 Martínez Vargas Octavio Favor
70 Matías Alonso, Marcos Ausente
71 Matus Toledo, Holly Favor
72 Mayans Canabal, Fernando Ausente
73 Mendoza Arellano, David Ausente
74 Mendoza Flores, Roberto Favor
75 Mendoza Maldonado, Fausto Fluvio Favor
76 Mendoza Mendoza, Irineo Ausente
77 Monreal Ávila, Susana Ausente
78 Montalvo Rojas, Victorio Rubén Favor
79 Morales Manzo, Jesús Ricardo Favor
80 Morales Sánchez, Efraín Ausente
81 Morales Vázquez, Carlos Orsoe Favor
82 Narcía Álvarez, Héctor Favor
83 Navarro López, Carlos Ernesto Ausente
84 Navarro Quintero, Miguel Ángel Favor
85 Ojeda Hernández, Concepción Ausente
86 Oliva Fragoso, Silvia Favor
87 Orcí Martínez, Juan Adolfo Ausente
88 Ortega Martínez, Antonio Ausente
89 Ortiz Magallón, Rosario Ignacia Ausente
90 Pacheco Llanes, Ramón Félix Favor
91 Pedraza Chávez, Isidro Favor
92 Pedrozo Castillo, Adrián Ausente
93 Peña Sánchez, Miguel Ángel Favor
94 Pérez Cruz, Raciel Ausente
95 Pulido Santiago, Celso David Favor
96 Ramos Becerril, Rafael Plácido Favor
97 Ramos Castellanos, Martín Ausente
98 Rasgado Corsi, Gloria Ausente
99 Ríos Gamboa, Raúl Favor
100 Romero Gutiérrez, Odilón Ausente
101 Ruiz Sánchez, Salvador Ausente
102 Saavedra Coronel, José Antonio Favor
103 Salinas Pérez, Josefina Favor
104 San Martín Hernández, Juan Manuel Favor
105 Sánchez Barrios, Carlos Favor
106 Sánchez Cabrales, Rafael Elías Ausente
107 Sánchez Camacho, Alejandro Ausente
108 Sánchez Camacho, David Favor
109 Sánchez Ramos, Francisco Favor
110 Sánchez Valdéz, Eva Angelina Ausente
111 Sandoval Ramírez, Cuauhtémoc Ausente
112 Santos Arreola, Francisco Javier Favor
113 Solares Chávez, Miguel Ángel Ausente
114 Soriano Sánchez, Rosa Elva Ausente
115 Soto Sánchez, Antonio Ausente
116 Suárez del Real y Aguilera, José Alfonso Favor
117 Torres Baltazar, María Elena Ausente
118 Torres García, Daniel Ausente
119 Trejo Pérez, Pablo Favor
120 Ulloa Pérez, Emilio Ausente
121 Vallejo Estevez, Mario Favor
122 Varela López, Víctor Gabriel Ausente
123 Villanueva Albarrán, Gerardo Ausente
124 Villicaña García, Rafael Favor
125 Zavaleta Salgado, Ruth Ausente
126 Zazueta Aguilar, Jesús Humberto Favor
127 Zepeda Hernández, Martín Favor
Favor: 65
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 62
Total: 127
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
1 Abramo Masso, Yerico Favor
2 Aguilar , Diego Ausente
3 Aguilar Solís, Samuel Ausente
4 Aispuro Torres, José Rosas Ausente
5 Alcántara Núñez, Jesús Sergio Ausente
6 Aldana Prieto, Luis Ricardo Ausente
7 Amador Gaxiola, Daniel Favor
8 Amador Leal, Narcizo Alberto Ausente
9 Ayala Almeida, Joel Favor
10 Badillo Martínez, Roberto Favor
11 Barajas López, Ramón Ausente
12 Barajas del Toro, Salvador Ausente
13 Barba Hernández, Alfredo Favor
14 Beltrán Montes, Israel Favor
15 Benítez Ojeda, Luis Enrique Ausente
16 Bernal Gutiérrez, Andrés Marco Antonio Ausente
17 Biebrich Torres, Carlos Armando Ausente
18 Blanco Pajón, José Luis Favor
19 Caballero Camargo, Gustavo Fernando Favor
20 Camacho Quiroz, César Octavio Favor
21 Canavati Tafich, Jesús Ricardo Ausente
22 Carballo Bustamante, Andrés Ausente
23 Cárdenas del Avellano, Enrique Favor
24 Cárdenas Monroy, Oscar Gustavo Ausente
25 Cervantes Andrade, Raúl Ausente
26 Chaurand Arzate, Carlos Favor
27 Colín Guadarrama, María Mercedes Favor
28 Cordero Alfonzo, Arnulfo Elías Ausente
29 De la Garza Treviño, Jorge Luis Favor
30 Díaz Athié, Antonio de Jesús Favor
31 Díaz Solorzano, Elmar Darinel Favor
32 Domínguez Domínguez, Nemesio Favor
33 Duarte Jáquez, César Favor
34 Escajeda Jiménez, José Rubén Favor
35 Escalante Jasso, Aracely Ausente
36 Espinosa Abuxapqui, Eduardo Elías Favor
37 Estefan Chidiac, Charbel Jorge Ausente
38 Flores Sandoval, Patricio Favor
39 Fuentes Tellez, Octavio Favor
40 Gamboa Patrón, Emilio Ausente
41 Garza Garza, Horacio Emigdio Favor
42 Gebhardt Garduza, Yary del Carmen Favor
43 Gloria Requena, Tomás Favor
44 Gómez Lugo, Elda Favor
45 González Calderón, Martha Hilda Favor
46 González Salum, Miguel Ángel Ausente
47 González Zarur, Mariano Ausente
48 Guerrero García, Javier Ausente
49 Guerrero Juárez, Joel Ausente
50 Herrera Ale, Juana Leticia Ausente
51 Herrera Coyac, Wenceslao Favor
52 Izquierdo Bustamante, Alfonso Rolando Favor
53 Lagunes Gallina, Gerardo Ausente
54 Lescieur Talavera, Jorge Mario Favor
55 López Balbuena, Guillermina Favor
56 Madrid Tovilla, Areli Favor
57 Martínez Rodríguez, Lorena Favor
58 Martínez Rocha, Arturo Ausente
59 Méndez Lanz, Víctor Manuel Ausente
60 Mendívil Amparám, Gustavo Ildefonso Favor
61 Merodio Reza, Lilia Guadalupe Ausente
62 Moctezuma Pereda, Fernando Quetzalcoatl Favor
63 Montalvo Gómez, Pedro Ausente
64 Morales García, Elizabeth Ausente
65 Mota Hernández, Adolfo Favor
66 Muñoz Serna, Rogelio Ausente
67 Murat , José Ausente
68 Ochoa González, Arnoldo Ausente
69 Ojeda Camacho, Gilberto Ausente
70 Olivares Monterrubio, Alejandro Favor
71 Olivares Ventura, Héctor Hugo Ausente
72 Ordaz Jiménez, Ismael Ausente
73 Orihuela Bárcenas, José Ascención Ausente
74 Orihuela Trejo, José Amado Favor
75 Ortiz del Carpio, Víctor Favor
76 Ortiz Proal, Mauricio Favor
77 Padilla Gutiérrez, Héctor Ausente
78 Pagés Llergo Rebollar, María Beatriz Favor
79 Palma César, Víctor Samuel Ausente
80 Parás González, Juan Manuel Favor
81 Partida Guzmán, Martha Rocío Favor
82 Patrón Montalvo, Jesús Manuel Favor
83 Peñuelas Acuña, Mayra Gisela Favor
84 Pérez Valdés, Daniel Favor
85 Pinete Vargas, María del Carmen Ausente
86 Quiñones Canales, Lourdes Ausente
87 Ramírez Martínez, José Edmundo Favor
88 Ramírez Stabros, Jesús Favor
89 Reyna García, José Jesús Favor
90 Ríos Camarena, Alfredo Adolfo Favor
91 Rivera Bedoya, Juan Francisco Favor
92 Rodríguez Ramírez, Bertha Yolanda Favor
93 Rojas Gutiérrez, Carlos Favor
94 Ruiz Chávez, Sara Latife Favor
95 Salas López, Ramón Favor
96 Sánchez Hernández, Eduardo Favor
97 Sandoval Paredes, Sergio Ausente
98 Serrano Escobar, Enrique Favor
99 Sosa Castelán, Gerardo Ausente
100 Toledo Luis, Jorge Favor
101 Vargas Landeros, Gerardo Octavio Ausente
102 Vega Ortiz, María Oralia Favor
103 Velasco Pérez, Juan Carlos Ausente
104 Villa Villa, Isael Ausente
105 Villanueva Abraján, Patricia Ausente
106 Zatarain González, Carlos Ernesto Favor
Favor: 59
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 47
Total: 106
CONVERGENCIA
1 Abad de Jesús, Juan Ausente
2 Aguilera Rico, José Luis Ausente
3 Cárdenas Márquez, Elías Ausente
4 Castellanos Hernández, Félix Ausente
5 Castillo Romero, Patricia Obdulia de Jesús Ausente
6 Chanona Burguete, Alejandro Ausente
7 Del Río Virgen, José Manuel Favor
8 Godoy Cárdenas, Jorge Ausente
9 López Lena Cruz, Humberto Favor
10 Salvatori Bronca, María del Carmen Favor
11 Samperio Montaño, Juan Ignacio Ausente
12 Sansores San Román, Layda Elena Ausente
13 Tagle Martínez, Martha Angélica Ausente
14 Uscanga Cruz, Robinson Ausente
15 Valdés Chávez, Ramón Ausente
16 Varela Lagunas, Tomás José Luis Ausente
17 Velasco Oliva, Jesús Cuauhtémoc Ausente
Favor: 3
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 14
Total: 17
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO
1 Arévalo González, José Antonio Favor
2 Bellizzia Rosique, Pascual Favor
3 Cobo Terrazas, Diego Favor
4 Elizondo Garrido, Francisco Ausente
5 Estrada González, Faustino Javier Favor
6 González Martínez, Jorge Emilio Ausente
7 Lavara Mejía, Gloria Favor
8 López Adame, Antonio Xavier Favor
9 Manrique Guevara, Beatriz Favor
10 Notholt Guerrero, Alan Favor
11 Portilla Diéguez, Manuel Ausente
12 Puente Salas, Carlos Alberto Ausente
13 Ramírez Cerda, Ana María Favor
14 Rodríguez Luis, Alejandro Ausente
15 Salgado Amador, Manuel Salvador Favor
16 Sesma Suárez, Jesús Ausente
17 Velasco Rodríguez, Verónica Favor
Favor: 11
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 6
Total: 17
PARTIDO DEL TRABAJO
1 Aguilar Jiménez, Rubén Favor
2 Arreola Ortega, Pablo Leopoldo Ausente
3 Cantú Garza, Ricardo Ausente
4 Cervantes Rivera, Jaime Ausente
5 Garay Ulloa, Silvano Ausente
6 Herrera Solís, Anuario Luis Ausente
7 Maciel Ortiz, María Mercedez Ausente
8 Peregrino García, Abundio Ausente
9 Romero Guzmán, Rosa Elia Favor
10 Solís Parga, Rodolfo Favor
11 Vela González, Joaquín Humberto Ausente
Favor: 3
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 8
Total: 11
PARTIDO NUEVA ALIANZA
1 Arriola Gordillo, Mónica Ausente
2 Cárdenas Fonseca, Manuel Ausente
3 Castillo Nájera, Ariel Ausente
4 Dávila Esquivel, Humberto Favor
5 Gómez Pasillas, Jacinto Favor
6 Jiménez Godínez, Miguel Ángel Ausente
7 Luna Becerril, Blanca Ausente
8 Luna Rodríguez, Silvia Ausente
9 Piñeyro Arias, Irma Ausente
Favor: 2
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 7
Total: 9
PARTIDO ALTERNATIVA SOCIAL
1 Arvizu Rivas, Aida Marina Ausente
2 Conde Rodríguez, Elsa de Guadalupe Ausente
3 García Méndez, Armando Ausente
4 Hernández Valadés, Delio Ausente
5 Pedro Cortés, Santiago Gustavo Ausente
Favor: 0
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 5
Total: 5
Del dictamen de la Comisión de Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona un artículo 11 Bis a la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación (en lo general y en lo particular)
PARTIDO ACCION NACIONAL
1 Acosta Dávila, Constantino Ausente
2 Aguilar López, José Alejandro Favor
3 Alcalde Virgen, Moisés Ausente
4 Alcaraz Hernández, Alma Edwviges Ausente
5 Álvarez Bernal, María Elena Favor
6 Amezola Fonceca, Gerardo Favor
7 Antuna Batista, Fidel Ausente
8 Aranda Orozco, Gerardo Favor
9 Arellano Arellano, Joel Favor
10 Arenas Guzmán, Margarita Favor
11 Arizméndi Uribe, Efraín Ausente
12 Armendáriz García, Pedro Favor
13 Arredondo Ibarra, Salvador Favor
14 Arredondo Velázquez, Jesús Favor
15 Ávila Mayo, Obdulio Ausente
16 Barradas Miravete, Gregorio Ausente
17 Barrios Rodríguez, Juan Enrique Favor
18 Bello Pérez, Alfonso Othón Favor
19 Berber Martínez, Antonio Ausente
20 Bermúdez Viramontes, Andrés Ausente
21 Bolaños Aguilar, Edmundo Javier Favor
22 Borrego Estrada, Felipe Favor
23 Bracho González, Carlos Augusto Favor
24 Buganza Salmerón, Gerardo Ausente
25 Campos Galván, María Eugenia Favor
26 Carbajal Méndez, Liliana Favor
27 Cárdenas Sánchez, Esmeralda Favor
28 Cardona Benavídez, Alma Xóchil Favor
29 Carrasco Altamirano, Diódoro Humberto Favor
30 Castaño Contreras, Cristián Favor
31 Castro de la Rosa, Osiel Ausente
32 Castro Muñoz, Juan de Dios Favor
33 Ceja Romero, Ramón Ausente
34 Chávez García, Daniel Favor
35 Collado Lara, Beatriz Favor
36 Contreras Coeto, José Luis Favor
37 Corral Aguilar, María Mercedes Favor
38 Cuen Garibi, Marcela Favor
39 Curiel Preciado, Leobardo Favor
40 Dávila Fernández, Adriana Ausente
41 Dávila García, Francisco Favor
42 De la Torre Jaramillo, Eduardo Sergio Ausente
43 De León Tello, Jesús Ausente
44 Degante Romero, Silvia Emilia Ausente
45 Del Toro del Villar, Tomás Favor
46 Del Valle Toca, Antonio Ausente
47 Del Villar Sosa, Sonia Leslie Favor
48 Delgado Oscoy, Alejandro Enrique Ausente
49 Denegre Vaught, Rosaura Favor
50 Deschamps Falcón, Ángel Rafael Favor
51 Díaz de León Torres, Leticia Ausente
52 Díaz García, José Antonio Favor
53 Díaz Garibay, Felipe Favor
54 Díaz Gordillo, Martha Cecilia Ausente
55 Díaz Mena, Joaquín Jesús Favor
56 Domínguez Servién, Francisco Favor
57 Duck Núñez, Edgar Mauricio Ausente
58 Enríquez Flores, Armando Favor
59 Escaroz Soler, Gerardo Antonio Favor
60 Escobar Jardinez, Adolfo Ausente
61 Espinosa Piña, José Luis Favor
62 Félix Holguín, Armando Jesús Favor
63 Felton González, Carlos Eduardo Ausente
64 Fernández Cabrera, Adrián Favor
65 Fernández Ugarte, Carmen Favor
66 Flores Domínguez, Emilio Ramón Ramiro Ausente
67 Flores Grande, Arturo Favor
68 Flores Morfín, Jesús Vicente Favor
69 Fraile García, Francisco Antonio Favor
70 Franco Cazarez, Ricardo Favor
71 Fuentes Ortiz, José Guillermo Ausente
72 García González, Carlos Alberto Favor
73 García Müller, Martha Margarita Ausente
74 García Reyes, Ángel Humberto Favor
75 García Reyes, Beatriz Eugenia Ausente
76 García Vivián, Raúl Favor
77 Garmendia Hernández, Yolanda Mercedes Favor
78 Gómez Leyva, Silvio Favor
79 González Betancourt, Jorge Justiniano Ausente
80 González Martínez, María Gabriela Ausente
81 González Morán, Martín Oscar Favor
82 González Roaro, Benjamín Ernesto Favor
83 González Ruiz, Felipe Favor
84 González Sánchez, María Dolores Favor
85 Gudiño Ortiz, Francisco Javier Favor
86 Guerrero Torres, José Gildardo Favor
87 Gutiérrez Aguilar, Miguel Ángel Favor
88 Gutiérrez Lagunes, María Victoria Ausente
89 Hernández Núñez, Elia Favor
90 Hurtado Pérez, Nelly Asunción Favor
91 Iragorri Durán, Enrique Favor
92 Jiménez del Castillo, Ma. de los Ángeles Favor
93 Jiménez Ramos, María Esther Favor
94 Joaquín Coldwell, Addy Cecilia Favor
95 Lagunes Viveros, Violeta del Pilar Favor
96 Landero Gutiérrez, Alejandro Ausente
97 Landeros González, Ramón Favor
98 Lara Compeán, David Favor
99 Larios Córdova, Héctor Favor
100 Laviada Hernández, Íñigo Antonio Ausente
101 Lemus Muñoz Ledo, Ramón Ignacio Favor
102 Leura González, Agustín Favor
103 Limas Frescas, María Soledad Favor
104 Lizaola de la Torre, Alonso Manuel Ausente
105 López Cisneros, José Martín Favor
106 López Reyna, Omeheira Ausente
107 López Silva, Rubí Laura Favor
108 Lujano Nicolás, Christian Martín Favor
109 Maawad Robert, Luis Xavier Ausente
110 Macías Zambrano, Gustavo Favor
111 Madrazo Limón, Carlos Favor
112 Magallón Arceo, Leonardo Melesio de Jesús Ausente
113 Malagón Ríos, Martín Favor
114 Maldonado González, David Ausente
115 Manuell-Gómez Angulo, Dolores de María Favor
116 Martínez Valero, Dora Alicia Favor
117 Medellín Varela, Antonio Favor
118 Medina Macias, Alma Hilda Favor
119 Medina Rodríguez, Delber Favor
120 Medina Rodríguez, Lizbeth Evelia Ausente
121 Mejía García, Luis Alonso Favor
122 Méndez Meneses, Apolonio Favor
123 Mendoza Morales, Lucía Susana Favor
124 Mohamar Dainitin, Oscar Miguel Ausente
125 Mollinedo Hernández, Agustín Ausente
126 Monraz Ibarra, Miguel Ángel Favor
127 Montes Sánchez, Fabián Fernando Favor
128 Montiel Luis, Lariza Favor
129 Mora Cuevas, Marisol Favor
130 Morales Ramos, José Nicolás Favor
131 Moreno Álvarez, Mario Eduardo Favor
132 Morgan Franco, Rocío del Carmen Favor
133 Muñoz Serrano, José Antonio Ausente
134 Murillo Flores, Francisco Javier Favor
135 Murillo Torres, José Luis Favor
136 Navarro Sugich, Carlos Alberto Favor
137 Nordhausen González, Jorge Rubén Favor
138 Noriega Blanco Vigil, María Elena de las Nieves Favor
139 Ochoa López, Nabor Ausente
140 Olvera Higuera, Edgar Armando Ausente
141 Orozco Ruiz Velazco, Marco Heriberto Favor
142 Ortega Martínez, María del Pilar Favor
143 Ortiz Hernández, Eduardo Favor
144 Ortiz Montoro, Sagrario María del Rosario Favor
145 Oviedo Oviedo, Ernesto Favor
146 Padilla Orozco, Raúl Alejandro Ausente
147 Palafox Núñez, José Inés Favor
148 Paredes Rodríguez, Francisco Javier Ausente
149 Parra Jiménez, Dolores María del Carmen Favor
150 Parra Noriega, Luis Gustavo Favor
151 Pérez de Tejada Romero, Diana Carolina Favor
152 Pérez Cuéllar, Cruz Favor
153 Peyrot Solís, Marco A. Ausente
154 Plascencia Alonso, Francisco Javier Favor
155 Priego Tapia, Gerardo Favor
156 Pulido Pecero, Pedro Ausente
157 Quintero Bello, Jorge Favor
158 Rodríguez Vizcarra Velázquez, Adriana Favor
159 Ramírez Barba, Ector Jaime Ausente
160 Ramírez Corral, Ivette Jacqueline Ausente
161 Ramírez Pech, Edgar Martín Ausente
162 Ramírez Villarreal, Gustavo Favor
163 Ramos Covarrubias, Héctor Manuel Favor
164 Reyes López, Carlos Armando Favor
165 Rincón Vargas, Mirna Cecilia Favor
166 Rivera Rivera, José Guadalupe Favor
167 Rivero Rivero, Rolando Favor
168 Rodríguez Ahumada, Luis Fernando Favor
169 Rodríguez Jiménez, Ricardo Ausente
170 Rodríguez Prats, Juan José Favor
171 Rodríguez Uresti, Enrique Favor
172 Rojas Hernández, Laura Angélica Ausente
173 Román Isidoro, Demetrio Ausente
174 Romo Jiménez, Martha Angélica Ausente
175 Rubio Chávez, José Ignacio Alberto Favor
176 Rueda Gómez, Francisco Favor
177 Ruiz Velasco de Lira, Ernesto Favor
178 Salas Contreras, Marcos Ausente
179 Salazar Madera, Mario Alberto Favor
180 Salum del Palacio, Jorge Alejandro Favor
181 Sánchez Díaz de Rivera, Antonio Favor
182 Sánchez Domínguez, Alejandro Ausente
183 Sánchez Gil, Carlos René Favor
184 Sánchez Juárez, Claudia Ausente
185 Sánchez Trujillo, José Víctor Favor
186 Sandoval Munguia, Juan Manuel Favor
187 Serrato Castell, Luis Gerardo Favor
188 Shej Guzmán Sara Favor
189 Solano Muñoz, José de Jesús Ausente
190 Stefanonni Mazzocco, Martín Favor
191 Tamayo Herrera, Yadhira Yvette Favor
192 Torres Gómez, Artemio Ausente
193 Torres Herrera, Víctor Manuel Favor
194 Torres Torres, Carlos Alberto Favor
195 Valenzuela García, María Gloria Guadalupe Favor
196 Valladolid Rodríguez, Antonio Favor
197 Vasconcelos Rueda, Antonio Ausente
198 Vázquez Martínez, Alberto Ausente
199 Vega Corona, Antonio Favor
200 Velázquez Gutiérrez, José Guillermo Favor
201 Verástegui Ostos, César Augusto Ausente
202 Verdín Saldaña, Jaime Favor
203 Victoria Alva, Juan Favor
204 Vieyra Olivares, Adriana Rebeca Favor
205 Villanueva Arjona, Juan Manuel Favor
206 Zambrano Elizondo, Javier Martín Favor
Favor: 144
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 63
Total: 207
PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
1 Aguirre Alcaide, Víctor Ausente
2 Alavez Ruiz, Aleida Ausente
3 Almazán González, José Antonio Ausente
4 Almonte Borja, Ramón Favor
5 Alonso Flores, Lourdes Ausente
6 Alonso Razo, Humberto Wifredo Favor
7 Altamirano Toledo, Carlos Ausente
8 Alva Olvera, Maribel Luisa Ausente
9 Álvarez Ramón, Silbestre Favor
10 Amaro Corona, Alberto Ausente
11 Aragón Castillo, Irene Favor
12 Arellano Pulido, Miguel Ángel Favor
13 Arreola Calderón, Juan Dario Favor
14 Barreiro Pérez, Armando Ausente
15 Batres Guadarrama, Valentina Valia Ausente
16 Bautista Bravo, Alliet Mariana Favor
17 Bravo Padilla, Itzcóatl Tonatiuh Favor
18 Brito González, Modesto Favor
19 Calzada Vázquez, Francisco Javier Favor
20 Campos Aburto, Amador Ausente
21 Cárdenas Hernández, Raymundo Favor
22 Cervantes Rodríguez, Aurora Favor
23 Chávez García, Higinio Favor
24 Condado Escamilla, Cuitlahuac Favor
25 Contreras Julián, Maricela Ausente
26 Cruz Santiago, Claudia Lilia Ausente
27 Cuevas Córdova, Othón Ausente
28 Dagdug Lützow, Moisés Félix Favor
29 De la Rosa García, Juan Hugo Favor
30 De los Santos Molina, Joaquín Conrado Ausente
31 Dehesa Mora, Daniel Favor
32 Del Toro , Mario Enrique Favor
33 Díaz Contreras, Adriana Favor
34 Escandón Cadenas, Rutilio Cruz Ausente
35 Espejel Lazcano, Jaime Favor
36 Fernández Balboa, Mónica Ausente
37 Flores Maldonado, César Favor
38 Flores Salazar, Guadalupe Socorro Ausente
39 Franco Melgarejo, Rafael Favor
40 Gálvez Rodríguez, Fernel Arturo Favor
41 García Rodríguez, Víctor Hugo Ausente
42 Garzón Contreras, Neftalí Favor
43 González Garza, Javier Ausente
44 Guerra Ochoa, Juan Nicasio Favor
45 Gutiérrez Calzadilla, José Luis Ausente
46 Hernández Gaytán, Daisy Selene Ausente
47 Hernández Hernández, Sergio Favor
48 Hernández Manzanares, Javier Favor
49 Hernández Silva, Benjamín Ausente
50 Ibarra Franquez, Sonia Nohelia Favor
51 Jacques y Medina, José Ausente
52 Jiménez Valenzuela, María Eugenia Favor
53 Landero López, Pedro Ausente
54 Lemarroy Martínez, Juan Dario Ausente
55 Leyva Piñón, Ana Yurixi Favor
56 Lizárraga Peraza, Víctor Manuel Favor
57 López Barriga, Erick Favor
58 López Becerra, Santiago Favor
59 López Rojas, Alberto Ausente
60 López Torres, María Soledad Ausente
61 Lozano Lozano, Andrés Favor
62 Luna Munguía, Alma Lilia Ausente
63 Márquez Madrid, Camerino Eleazar Favor
64 Márquez Tinoco, Francisco Favor
65 Martínez Hernández, Alejandro Ausente
66 Martínez Martínez, Carlos Roberto Ausente
67 Martínez Martínez, Francisco Favor
68 Martínez Padilla, Hugo Eduardo Favor
69 Martínez Vargas Octavio Favor
70 Matías Alonso, Marcos Favor
71 Matus Toledo, Holly Favor
72 Mayans Canabal, Fernando Ausente
73 Mendoza Arellano, David Ausente
74 Mendoza Flores, Roberto Favor
75 Mendoza Maldonado, Fausto Fluvio Favor
76 Mendoza Mendoza, Irineo Ausente
77 Monreal Ávila, Susana Favor
78 Montalvo Rojas, Victorio Rubén Ausente
79 Morales Manzo, Jesús Ricardo Favor
80 Morales Sánchez, Efraín Ausente
81 Morales Vázquez, Carlos Orsoe Favor
82 Narcía Álvarez, Héctor Favor
83 Navarro López, Carlos Ernesto Ausente
84 Navarro Quintero, Miguel Ángel Favor
85 Ojeda Hernández, Concepción Ausente
86 Oliva Fragoso, Silvia Favor
87 Orcí Martínez, Juan Adolfo Favor
88 Ortega Martínez, Antonio Favor
89 Ortiz Magallón, Rosario Ignacia Ausente
90 Pacheco Llanes, Ramón Félix Favor
91 Pedraza Chávez, Isidro Ausente
92 Pedrozo Castillo, Adrián Ausente
93 Peña Sánchez, Miguel Ángel Favor
94 Pérez Cruz, Raciel Ausente
95 Pulido Santiago, Celso David Favor
96 Ramos Becerril, Rafael Plácido Ausente
97 Ramos Castellanos, Martín Ausente
98 Rasgado Corsi, Gloria Favor
99 Ríos Gamboa, Raúl Favor
100 Romero Gutiérrez, Odilón Favor
101 Ruiz Sánchez, Salvador Ausente
102 Saavedra Coronel, José Antonio Favor
103 Salinas Pérez, Josefina Favor
104 San Martín Hernández, Juan Manuel Favor
105 Sánchez Barrios, Carlos Favor
106 Sánchez Cabrales, Rafael Elías Ausente
107 Sánchez Camacho, Alejandro Ausente
108 Sánchez Camacho, David Favor
109 Sánchez Ramos, Francisco Favor
110 Sánchez Valdéz, Eva Angelina Ausente
111 Sandoval Ramírez, Cuauhtémoc Ausente
112 Santos Arreola, Francisco Javier Favor
113 Solares Chávez, Miguel Ángel Favor
114 Soriano Sánchez, Rosa Elva Ausente
115 Soto Sánchez, Antonio Ausente
116 Suárez del Real y Aguilera, José Alfonso Favor
117 Torres Baltazar, María Elena Ausente
118 Torres García, Daniel Ausente
119 Trejo Pérez, Pablo Favor
120 Ulloa Pérez, Emilio Ausente
121 Vallejo Estevez, Mario Favor
122 Varela López, Víctor Gabriel Ausente
123 Villanueva Albarrán, Gerardo Ausente
124 Villicaña García, Rafael Favor
125 Zavaleta Salgado, Ruth Ausente
126 Zazueta Aguilar, Jesús Humberto Favor
127 Zepeda Hernández, Martín Favor
Favor: 71
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 56
Total: 127
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
1 Abramo Masso, Yerico Favor
2 Aguilar , Diego Favor
3 Aguilar Solís, Samuel Ausente
4 Aispuro Torres, José Rosas Ausente
5 Alcántara Núñez, Jesús Sergio Ausente
6 Aldana Prieto, Luis Ricardo Ausente
7 Amador Gaxiola, Daniel Favor
8 Amador Leal, Narcizo Alberto Ausente
9 Ayala Almeida, Joel Favor
10 Badillo Martínez, Roberto Favor
11 Barajas López, Ramón Ausente
12 Barajas del Toro, Salvador Ausente
13 Barba Hernández, Alfredo Favor
14 Beltrán Montes, Israel Favor
15 Benítez Ojeda, Luis Enrique Ausente
16 Bernal Gutiérrez, Andrés Marco Antonio Ausente
17 Biebrich Torres, Carlos Armando Ausente
18 Blanco Pajón, José Luis Favor
19 Caballero Camargo, Gustavo Fernando Favor
20 Camacho Quiroz, César Octavio Favor
21 Canavati Tafich, Jesús Ricardo Ausente
22 Carballo Bustamante, Andrés Ausente
23 Cárdenas del Avellano, Enrique Favor
24 Cárdenas Monroy, Oscar Gustavo Ausente
25 Cervantes Andrade, Raúl Ausente
26 Chaurand Arzate, Carlos Favor
27 Colín Guadarrama, María Mercedes Favor
28 Cordero Alfonzo, Arnulfo Elías Ausente
29 De la Garza Treviño, Jorge Luis Favor
30 Díaz Athié, Antonio de Jesús Favor
31 Díaz Solorzano, Elmar Darinel Abstención
32 Domínguez Domínguez, Nemesio Ausente
33 Duarte Jáquez, César Ausente
34 Escajeda Jiménez, José Rubén Favor
35 Escalante Jasso, Aracely Ausente
36 Espinosa Abuxapqui, Eduardo Elías Favor
37 Estefan Chidiac, Charbel Jorge Ausente
38 Flores Sandoval, Patricio Favor
39 Fuentes Tellez, Octavio Favor
40 Gamboa Patrón, Emilio Ausente
41 Garza Garza, Horacio Emigdio Ausente
42 Gebhardt Garduza, Yary del Carmen Ausente
43 Gloria Requena, Tomás Favor
44 Gómez Lugo, Elda Favor
45 González Calderón, Martha Hilda Favor
46 González Salum, Miguel Ángel Ausente
47 González Zarur, Mariano Ausente
48 Guerrero García, Javier Ausente
49 Guerrero Juárez, Joel Ausente
50 Herrera Ale, Juana Leticia Ausente
51 Herrera Coyac, Wenceslao Favor
52 Izquierdo Bustamante, Alfonso Rolando Ausente
53 Lagunes Gallina, Gerardo Ausente
54 Lescieur Talavera, Jorge Mario Favor
55 López Balbuena, Guillermina Favor
56 Madrid Tovilla, Areli Favor
57 Martínez Rodríguez, Lorena Favor
58 Martínez Rocha, Arturo Ausente
59 Méndez Lanz, Víctor Manuel Ausente
60 Mendívil Amparám, Gustavo Ildefonso Favor
61 Merodio Reza, Lilia Guadalupe Ausente
62 Moctezuma Pereda, Fernando Quetzalcoatl Favor
63 Montalvo Gómez, Pedro Ausente
64 Morales García, Elizabeth Favor
65 Mota Hernández, Adolfo Favor
66 Muñoz Serna, Rogelio Favor
67 Murat , José Ausente
68 Ochoa González, Arnoldo Ausente
69 Ojeda Camacho, Gilberto Ausente
70 Olivares Monterrubio, Alejandro Favor
71 Olivares Ventura, Héctor Hugo Ausente
72 Ordaz Jiménez, Ismael Ausente
73 Orihuela Bárcenas, José Ascención Ausente
74 Orihuela Trejo, José Amado Ausente
75 Ortiz del Carpio, Víctor Favor
76 Ortiz Proal, Mauricio Favor
77 Padilla Gutiérrez, Héctor Ausente
78 Pagés Llergo Rebollar, María Beatriz Favor
79 Palma César, Víctor Samuel Favor
80 Parás González, Juan Manuel Favor
81 Partida Guzmán, Martha Rocío Favor
82 Patrón Montalvo, Jesús Manuel Favor
83 Peñuelas Acuña, Mayra Gisela Favor
84 Pérez Valdés, Daniel Favor
85 Pinete Vargas, María del Carmen Ausente
86 Quiñones Canales, Lourdes Ausente
87 Ramírez Martínez, José Edmundo Favor
88 Ramírez Stabros, Jesús Ausente
89 Reyna García, José Jesús Favor
90 Ríos Camarena, Alfredo Adolfo Favor
91 Rivera Bedoya, Juan Francisco Favor
92 Rodríguez Ramírez, Bertha Yolanda Ausente
93 Rojas Gutiérrez, Carlos Favor
94 Ruiz Chávez, Sara Latife Favor
95 Salas López, Ramón Favor
96 Sánchez Hernández, Eduardo Ausente
97 Sandoval Paredes, Sergio Favor
98 Serrano Escobar, Enrique Ausente
99 Sosa Castelán, Gerardo Ausente
100 Toledo Luis, Jorge Favor
101 Vargas Landeros, Gerardo Octavio Ausente
102 Vega Ortiz, María Oralia Ausente
103 Velasco Pérez, Juan Carlos Ausente
104 Villa Villa, Isael Ausente
105 Villanueva Abraján, Patricia Ausente
106 Zatarain González, Carlos Ernesto Favor
Favor: 52
Contra: 0
Abstención: 1
Quorum: 0
Ausentes: 53
Total: 106
CONVERGENCIA
1 Abad de Jesús, Juan Ausente
2 Aguilera Rico, José Luis Ausente
3 Cárdenas Márquez, Elías Ausente
4 Castellanos Hernández, Félix Ausente
5 Castillo Romero, Patricia Obdulia de Jesús Ausente
6 Chanona Burguete, Alejandro Ausente
7 Del Río Virgen, José Manuel Favor
8 Godoy Cárdenas, Jorge Favor
9 López Lena Cruz, Humberto Favor
10 Salvatori Bronca, María del Carmen Favor
11 Samperio Montaño, Juan Ignacio Ausente
12 Sansores San Román, Layda Elena Ausente
13 Tagle Martínez, Martha Angélica Ausente
14 Uscanga Cruz, Robinson Ausente
15 Valdés Chávez, Ramón Ausente
16 Varela Lagunas, Tomás José Luis Ausente
17 Velasco Oliva, Jesús Cuauhtémoc Ausente
Favor: 4
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 13
Total: 17
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO
1 Arévalo González, José Antonio Ausente
2 Bellizzia Rosique, Pascual Ausente
3 Cobo Terrazas, Diego Favor
4 Elizondo Garrido, Francisco Favor
5 Estrada González, Faustino Javier Favor
6 González Martínez, Jorge Emilio Ausente
7 Lavara Mejía, Gloria Favor
8 López Adame, Antonio Xavier Favor
9 Manrique Guevara, Beatriz Ausente
10 Notholt Guerrero, Alan Ausente
11 Portilla Diéguez, Manuel Ausente
12 Puente Salas, Carlos Alberto Ausente
13 Ramírez Cerda, Ana María Favor
14 Rodríguez Luis, Alejandro Ausente
15 Salgado Amador, Manuel Salvador Favor
16 Sesma Suárez, Jesús Favor
17 Velasco Rodríguez, Verónica Favor
Favor: 9
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 8
Total: 17
PARTIDO DEL TRABAJO
1 Aguilar Jiménez, Rubén Ausente
2 Arreola Ortega, Pablo Leopoldo Ausente
3 Cantú Garza, Ricardo Ausente
4 Cervantes Rivera, Jaime Ausente
5 Garay Ulloa, Silvano Ausente
6 Herrera Solís, Anuario Luis Favor
7 Maciel Ortiz, María Mercedez Ausente
8 Peregrino García, Abundio Ausente
9 Romero Guzmán, Rosa Elia Favor
10 Solís Parga, Rodolfo Favor
11 Vela González, Joaquín Humberto Ausente
Favor: 3
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 8
Total: 11
PARTIDO NUEVA ALIANZA
1 Arriola Gordillo, Mónica Ausente
2 Cárdenas Fonseca, Manuel Ausente
3 Castillo Nájera, Ariel Ausente
4 Dávila Esquivel, Humberto Favor
5 Gómez Pasillas, Jacinto Favor
6 Jiménez Godínez, Miguel Ángel Ausente
7 Luna Becerril, Blanca Favor
8 Luna Rodríguez, Silvia Favor
9 Piñeyro Arias, Irma Ausente
Favor: 4
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 5
Total: 9

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, le fue turnada para su estudio, análisis y dictaminación la Cuenta Pública de la Hacienda Pública Federal correspondiente al Ejercicio Fiscal 2005, presentada por el Ejecutivo Federal ante la H. Cámara de Diputados para su revisión, conforme lo establece el artículo 74 fracción VI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Con fundamento en el artículo 45 numerales 5 y 6 inciso f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80 y 81 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública somete a consideración de esta Honorable Asamblea el presente dictamen, bajo las siguientes:

Consideraciones

Primera. Es facultad exclusiva de la Cámara de Diputados revisar la Cuenta Pública del año anterior, como lo ordena la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Segunda. La Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública es una comisión ordinaria a la que corresponde la dictaminación de las Cuentas Públicas, según lo dispuesto por la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Tercera. La Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, recibió para su estudio, análisis y dictaminación la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al Ejercicio Fiscal de 2005.

Cuarta. Los integrantes de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, asumieron la responsabilidad de integrar el presente dictamen con el propósito de cumplir con el marco normativo y sobre todo, satisfacer la exigencia de la sociedad de transparentar el destino de los recursos públicos federales.

PARTIDO ALTERNATIVA SOCIAL
1 Arvizu Rivas, Aida Marina Ausente
2 Conde Rodríguez, Elsa de Guadalupe Ausente
3 García Méndez, Armando Ausente
4 Hernández Valadés, Delio Ausente
5 Pedro Cortés, Santiago Gustavo Ausente
Favor: 0
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 5
Total: 5

El objetivo de este grupo fue el integrar, analizar y agrupar los diversos aspectos de interés de los grupos parlamentarios para la elaboración del dictamen; de igual manera, se contó con la participación de la Auditoría Superior de la Federación (ASF), y del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas (CEFP).

Sexta. Las fuentes de información para la integración del presente dictamen fueron las siguientes: la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2005, el Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2005, Resumen Ejecutivo del Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2005, Comentarios Generales al Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2005 1 , y Memoria de los Trabajos de Análisis al Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2005 2 .

Preámbulo

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 74, fracción VI, 43 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, y 8 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, señala la facultad exclusiva de la Cámara de Diputados de revisar la Cuenta Pública, con el objeto de conocer los resultados de la gestión financiera, comprobar si se ha ajustado a los criterios señalados por el Presupuesto y si se ha cumplido con los objetivos contenidos en los programas.

De igual manera, nuestro máximo ordenamiento legal reconoce que para la revisión de la Cuenta Pública, la Cámara de Diputados se apoyará en la entidad de fiscalización superior de la Federación. Es claro que la facultad originaria para la revisión de la Cuenta Pública la detenta esta Soberanía y que para ello se apoya en la Auditoría Superior de la Federación; sin embargo, no existe la misma claridad cuando nos referimos a la dictaminación de la Cuenta Pública.

Resulta oportuno mencionar que en el año de 1999, cuando se realizaron las reformas constitucionales que dieron paso a la creación de la entidad de fiscalización superior de la Federación, no se realizó modificación alguna en lo que respecta a su dictaminación. En el escenario actual, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 80 y 81 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se confiere a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública la obligación de dictaminar las cuentas públicas. Estas disposiciones permiten afirmar que no existe una metodología para la elaboración del dictamen; sino únicamente, la obligación de elaborar el dictamen correspondiente.

Hoy día subsisten opiniones encontradas con respecto al acto de la dictaminación, hay quienes consideran que la tarea del dictamen es precisamente el Informe del Resultado que la ASF presenta a esta Soberanía como producto de la actividad fiscalizadora; y otros que consideran que, corresponde a la Cámara de Diputados dar a conocer a la sociedad los resultados de la revisión de la Cuenta Pública precisamente a través de un dictamen técnico político.

Revisando criterios sustentados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación al respecto, no se encontró alguna jurisprudencia que permita afirmar cuál es integración, contenido y fin último de la dictaminación de la Cuenta Pública; sin embargo, el máximo Tribunal ha sustentado algunas tesis aisladas 3 , entre otras, la que nos pareció de mayor interés señala que: 4

``...ha sido norma invariable en la estructuración del Estado Constitucional Mexicano, sujetar la aprobación de la Cuenta Pública del Poder Ejecutivo al Poder Legislativo...''

Lo anterior nos permite afirmar que la aprobación del dictamen de la Cuenta Pública, representa un medio de control del Poder Legislativo sobre el Poder Ejecutivo que contribuye al equilibrio entre poderes.

Por otra parte, también ha señalado en la referida tesis aislada que:

``...la aprobación de la Cuenta Pública es un acto esencialmente político...''

Estos criterios de la Suprema Corte nos permiten afirmar lo que ya se ha dicho, en el sentido de que el dictamen representa un acto político, nosotros consideramos que además reviste cierto carácter técnico; y lo decimos no por su metodología, sino por las fuentes de información con las que se integra, que son precisamente la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y el Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública.

Y se reafirma su carácter político, por que el dictamen no es una ley, ni reviste las características de la misma como claramente lo ha señalado la Suprema Corte que ha señalado:

``...el acto esencialmente político, se realiza mediante un decreto que no reúne las características materiales de una ley, por no crear ese acto legislativo, una situación jurídica general, impersonal y permanente...''

Estas aristas que derivan de la tesis aislada que hemos citado ponen de manifiesto, la necesidad de que se revise el marco jurídico que actualmente rige la dictaminación de la Cuenta Pública. Como resultado de esta revisión, se considera se debe establecer un esquema que jurídicamente permita apreciar con toda claridad cuales son los resultados de la dictaminación, así como su funcionalidad, practicidad y consecuencias o efectos de dicho acto.

Hoy más que nunca los legisladores en su carácter de representantes de la sociedad, tienen el deber de dar a conocer en forma concreta, transparente y objetiva los resultados del ejercicio del gasto. Es en este sentido, en el que se insiste que es impostergable emplear toda una metodología que con facilidad permita conocer entre otros los siguientes aspectos: el contenido del dictamen, efectos de su aprobación, la posible participación de otras comisiones ordinarias de la Cámara de Diputados cuya materia se corresponda con los ramos de la Administración Pública Federal, los plazos para su emisión y presentación ante el Pleno.

La transformación del dictamen de un acto político a una herramienta útil como medio para dar a conocer a la sociedad los resultados del ejercicio de los recursos públicos, su fiscalización y gestión gubernamental, es una tarea pendiente que queda a cargo de esta Soberanía.

I. PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN (PEF) 2005.

I. A PROYECTO DE PEF ENVIADO POR EL EJECUTIVO

En el proyecto del PEF que envió el Poder Ejecutivo a esta Soberanía, se propuso ejercer un Gasto Neto de 1 billón 744 mil 370.7 mdp, de los cuales 71.0 por ciento correspondería al Gasto Programable y 29.0 por ciento al No Programable.

El Gasto Programable ascendería a 1 billón 238 mil 192.7 mdp distribuido de la siguiente manera: 3.2 por ciento para los Ramos Autónomos, 30.5 a los Ramos Administrativos, 36.7 a los Ramos Generales y 43.4 por ciento a las Entidades de Control Presupuestario Directo 5 .

A los Ramos Autónomos se asignarían 40 mil 25.4 mdp; 66.3 por ciento al Poder Judicial, específicamente al Consejo de la Judicatura Federal; 16.5 para el Poder Legislativo; 15.4 para el Instituto Federal Electoral (IFE) y 1.8 por ciento a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

A los Ramos Administrativos se destinarían 378 mil 47.0 mdp; entre los que destacan: SEP, SAGARPA y SSA. En conjunto estos Ramos representarían el 49.4 por ciento del presupuesto destinado a este grupo.

Los Ramos Generales dispondrían de 453 mil 827.1 mdp; 59.1 por ciento se destinó al Ramo 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios, 33.2 al Ramo 19 Aportaciones a la Seguridad Social y el 7.7 por ciento restante para los ramos 25 Provisiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos y 23 Provisiones Salariales y Económicas.

A las Entidades de Control Presupuestario Directo se autorizarían recursos por 537 mil 136.8 mdp; 38.1 por ciento para el IMSS; 24.1, CFE; 20.3, PEMEX; 12.8, ISSSTE, y 4.8 por ciento para LFC.

En el proceso de revisión y aprobación del PEF para el ejercicio fiscal 2005, se efectuaron reducciones por 39 mil 515.5 mdp y ampliaciones de 113 mil 586.8 mdp; lo que arrojó un aumento neto global de 74 mil 71.3 mdp respecto al proyecto.

En los Ramos Autónomos se realizaron reasignaciones netas negativas respecto al proyecto de PEF por 5 mil 525.5 mdp, las cuales se integraron por reducciones de 5 mil 799.9 mdp y ampliaciones de 274.4 mdp. Entre las reducciones sobresalen las realizadas al Consejo de la Judicatura Federal por un monto de 5 mil 243.9 mdp.

En los Ramos Administrativos se efectuaron reasignaciones netas positivas por 54 mil 520.3 mdp, como resultado de reducciones por 13 mil 834.5 mdp y ampliaciones por 68 mil 354.8 mdp. Entre los recortes más significativos se distinguen las efectuadas en la SEP, SHCP y SEDENA. Mientras que, las ampliaciones más representativas se registraron en los ramos SCT, SEP, SAGARPA, SEMARNAT y SEDESOL.

La reasignación neta en los Ramos Generales fue positiva y ascendió a 28 mil 279.1 mdp. Ésta se integró por reducciones de 3 mil 301.3 mdp y ampliaciones de 31 mil 580.4 mdp.

Como se puede observar prácticamente el Ramo 19 Aportaciones a Seguridad Social absorbió el total de reducciones. En tanto que, en las ampliaciones sobresalen el PAFEF, Ramo 25 Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos, y el Ramo 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios.

En las Entidades de Control Presupuestario Directo se realizaron reasignaciones netas positivas por 1 mil 637.5 mdp, las cuales se integraron por reducciones de 3 mil 829.8 mdp y ampliaciones de 5 mil 467.3 mdp. En las primeras se distinguen el IMSS y PEMEX, y en las ampliaciones la CFE.

En el Gasto No Programable se registró una reasignación neta negativa de 4 mil 840.1 mdp, compuesta por reducciones de 12 mil 750.0 mdp y ampliaciones de 7 mil 909.9 mdp. Las reducciones se realizaron a los Programas de Apoyo a Ahorradores y Deudores de la Banca y al pago de ADEFAS. Por su parte, las ampliaciones se concentraron en el Ramo 28 Participaciones a Entidades Federativas.

I. C PEF APROBADO

Como resultado de este proceso, esta Soberanía aprobó un presupuesto acorde con la previsión de ingresos, que contribuiría de manera significativa a propiciar condiciones de estabilidad económica y a lograr una asignación más productiva de los recursos públicos disponibles, con el fin de superar rezagos sociales y regionales, incrementar la infraestructura y mejorar la cobertura y calidad de los servicios gubernamentales.

Bajo este contexto, se autorizó un gasto neto total equivalente a 22.9 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB), nivel inferior en 1.0 puntos porcentuales al del cierre estimado para 2004. En términos reales, ello implicaría una reducción anual de 0.4 por ciento.

Por su parte, el gasto programable 6 representaría 16.6 por ciento del PIB, frente a 17.2 de un año antes, y disminuiría durante igual lapso en sólo 0.1 por ciento real.

A los programas asociados al desarrollo social se asignaría un presupuesto superior al del cierre esperado en 6.2 por ciento real, y su peso relativo en el PIB se ubicaría en 10.3 por ciento, esto es, 0.3 puntos porcentuales más que el ejercicio previo.

Los recursos destinados a cubrir el costo financiero de la deuda se incrementarían en 1.9 por ciento en términos reales y alcanzarían un nivel de 2.8 por ciento con relación al PIB, similar al del año precedente.

El pago de participaciones a entidades federativas y municipios aumentaría 4.6 por ciento real y su proporción respecto al PIB sería de 3.4 por ciento, proporción semejante a la del período anterior.

I. D CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL

Durante 2005, el ejercicio del gasto público se vio influido por la Controversia Constitucional 109/2004 que presentó el Ejecutivo Federal ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), con respecto al Presupuesto de Egresos de la Federación 2005 (PEF) aprobado por la Cámara de Diputados, argumentando la existencia de inconsistencias y contradicciones técnico-presupuestarias, recortes al gasto en detrimento de la operación normal y eficiente de la Administración Pública Federal, disposiciones que transgredían leyes federales y asignaciones específicas de recursos que sustituían la función administrativa que compete exclusivamente al Poder Ejecutivo.

Seguida la Controversia Constitucional por sus cauces legales, el 17 de mayo de 2005, la SCJN resolvió dicha controversia, señalando en sus puntos resolutivos lo siguiente:

``PRIMERO. Es procedente y fundada la presente Controversia Constitucional.
SEGUNDO. Se declara la invalidez del acuerdo de 14 de diciembre de 2004, reclamado, así como la nulidad parcial del Presupuesto de Egresos de la Federación para el año de 2005, para los efectos que se precisan en el penúltimo considerando de esta resolución.
TERCERO. Han quedado sin materia las objeciones de fondo hechas valer en contra del indicado presupuesto.''

Para el debido cumplimiento de la resolución dictada por el Máximo Tribunal, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, con fundamento en el artículo 136 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, mediante oficio No. D.G.P.L. 59-II-0-1873 de fecha 30 de mayo de 2005, turnó la resolución de la Controversia Constitucional 109/2004 a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Los integrantes de la Mesa Directiva de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública llevaron a cabo reuniones de trabajo en diversas fechas, con el objeto de analizar la resolución emitida en la Controversia Constitucional 109/2004 y las observaciones formuladas por el Ejecutivo Federal al Decreto de PEF 2005, a efecto de tomar las decisiones conducentes para cumplimentar la resolución de mérito.

La sentencia de la pronunciada por la SCJN fue publicada el 24 de octubre de 2005 en el Diario Oficial de la Federación y el 28 de octubre del mismo año, la Cámara de Diputados aprobó el dictamen por el cual se da por cumplimiento a la resolución dictada por la Suprema Corte de Justicia en torno a la Controversia Constitucional relativa al Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, lo que permitirá liberar recursos por 80 mil 176.7 millones de pesos.

Luego de que esta Soberanía, en ejercicio de sus facultades y al hacerse cargo de las observaciones formuladas por el Ejecutivo Federal, acordó con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público destinar dicha cantidad de los 110 mil millones de pesos suspendidos en el PEF de 2005, a diversos organismos de la Administración Pública, los ramos 19, 25 y 33, y el Programa de Apoyo para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (PAFEF), al cual se destinarán 17 mil 269 millones de pesos.

Al Poder Legislativo Federal corresponderán 69.7 millones de pesos; al IFE, 200; la Comisión Nacional de Derechos Humanos, 4.7; a la Secretaría de Relaciones Exteriores, 475; Hacienda y Crédito Público, 3 mil 155.3; SAGARPA, 7 mil 164.8; Comunicaciones y Transportes, 12 mil 953.5; Economía, mil 177.3; Educación Pública, 10 mil 447; Salud, 3 mil 508.6; Trabajo y Previsión Social, 52.2; a Reforma Agraria se destinarán mil 77.8; a Medio Ambiente y Recursos Naturales, 5 mil 290.2; a PGR, 100.6; Desarrollo Social, mil 161.9; Seguridad Pública, 283.2; CONACYT, mil 28.9; ISSSTE, 168.2 millones de pesos, a la Comisión Federal de Electricidad, 5 mil 299.1 y al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, 200 millones de pesos.

Al Ramo 19 (Seguridad Social), se irán 300 millones de pesos, mientras que al Ramo 25 (Educación Básica) se canalizarán 6 mil 396.5 y al 33 (Aportaciones a Estados y Municipios), 2 mil 15.8 millones de pesos.

El dictamen de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, turnado al Ejecutivo Federal para su publicación, señalaba que: en caso de que la Corte libere los recursos, éstos deberán ejercerse de acuerdo a lo aprobado en el gasto de este año, no obstante, se precisa que de ser imposible su ejecución, la Cámara de Diputados podrá destinarlos a los rubros de educación, salud, comunicaciones, campo e infraestructura para los estados.

También se acordó con la Secretaría de Hacienda, que en el Informe Trimestral de Finanzas Públicas, se incluyera un apartado que reflejara el ejercicio de los recursos contenidos en la resolución aprobada por los legisladores.

Lo anterior, luego de que la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública se hiciera cargo de las observaciones hechas por el titular del Ejecutivo e integrar un grupo de trabajo de manera conjunta entre ambos Poderes, a efecto de llegar a un acuerdo y establecer el monto de los recursos para ser aplicados en el presente ejercicio fiscal.

Se acordó con los representantes de las dependencias ejecutoras ejercer la totalidad de los recursos acordados y se solicitó a la Secretaría de Hacienda emitir, por única vez, disposiciones específicas para que las dependencias encargadas de ejercerlos puedan pagar los recursos devengados al cierre del ejercicio después del término de periodo fiscal de 2005.

II. ANÁLISIS DE LOS PRINCIPALES RESULTADOS ECONÓMICOS Y DE LAS FINANZAS PÚBLICAS.

II. A ANÁLISIS MACROECONÓMICO 2005

La información analizada por esta Comisión Dictaminadora en la Cuenta Pública de 2005 y en el Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública que realizó la Auditoría Superior de la Federación muestra que, durante dicho ejercicio el crecimiento de la actividad económica en México fue afectado por la desaceleración de la demanda externa, principalmente la proveniente del sector manufacturero estadounidense.

No obstante, la recuperación de la inversión y del consumo interno permitieron mantener la expansión de las actividades productivas. En este contexto, el PIB aumentó a una tasa anual de 3.0 por ciento real 7 que se compara con 3.8 por ciento estimado en los Criterios Generales de Política Económica y el 4.2 por ciento registrado en 2004.

La formación bruta de capital fijo se elevó en 7.6 por ciento real, favorecida por el crecimiento de la de origen privado, que fue mayor en 9.6 por ciento a la registrada un año antes. Por su parte, el consumo se expandió en 4.8 por ciento también en términos reales motivado principalmente por el componente privado que rebasó en 5.4 por ciento real lo observado en el ejercicio previo. Las exportaciones aumentaron 6.9 por ciento real, frente a 11.6 por ciento alcanzado en 2004.

La inflación se redujo sustancialmente, el índice nacional de precios al consumidor registró un crecimiento anual de 3.33 por ciento. Dicho nivel fue menor en 1.86 puntos porcentuales al registrado en el mismo mes del año previo, y se ubicó en el intervalo de variabilidad establecido por el Banco de México para este ejercicio. Si bien dicho comportamiento reflejó el incremento de la restricción monetaria y la disipación de las perturbaciones de oferta (alza en los precios internacionales de diversas materias primas) que afectaron a la economía en 2004, también se vio favorecido por el comportamiento atípico de los precios de algunas frutas y verduras, lo que contribuyó a la reducción de la inflación general a finales de año e implicó una disminución de las expectativas inflacionarias.

Cabe comentar que, ante la persistencia de las presiones inflacionarias de origen externo, el Banco de México decidió incrementar el corto en tres ocasiones en el primer trimestre del año, con lo cual su monto pasó de 69.0 a 79.0 mdp diarios. El atemperamiento de las expectativas inflacionarias a partir del segundo semestre, permitió al Instituto Central revertir parte de la restricción monetaria, al aplicar en cinco ocasiones descensos en las tasas de fondeo.

El aumento de la restricción monetaria durante los primeros cinco meses del año influyó en el incremento de las tasas de interés. Por ello, el Banco de México anunció en junio la desvinculación de las tasas de interés con sus equivalentes en Estados Unidos. En el segundo semestre, los descensos en la tasa de fondeo aminoraron las presiones sobre dichas tasas. Bajo este marco, el promedio de CETES a 28 días, el Costo Porcentual Promedio y la Tasa Interbancaria de Equilibrio se situaron por arriba de los niveles observados un año antes en 235, 246 y 180 puntos base, respectivamente.

El tipo de cambio nominal se fortaleció, al pasar de un promedio anual de 11.29 pesos por dólar en 2004 a 10.90 pesos en 2005; esto implicó una apreciación de 0.39 pesos por dólar, o bien de 3.45 por ciento al valor observado. Tal comportamiento fue resultado de la mayor entrada de divisas provenientes de la exportación de petróleo crudo, el incremento en el envío de remesas familiares, la entrada de inversión extranjera directa y la venta de divisas por parte del Banco Central, dado el nivel de acumulación de las reservas internacionales.

En este contexto, el déficit en cuenta corriente se redujo de manera significativa y fue financiado en su totalidad con recursos de largo plazo. Su monto ascendió a 5 mil 708.3 millones de dólares, inferior en 20.5 por ciento respecto al obtenido el ejercicio previo. Con relación al PIB, se ubicó en 0.8 por ciento, lo cual significó una reducción de 0.3 puntos porcentuales respecto al de 2004.

La evolución de las principales variables macroeconómicas se presenta en la siguiente tabla.

II. B FINANZAS PÚBLICAS

B. I INGRESOS PRESUPUESTARIOS

En la Ley de Ingresos de la Federación aprobada por el H. Congreso de la Unión para 2005, se estimó que el Sector Público Presupuestario captaría recursos equivalentes a 22.4 por ciento del PIB, nivel inferior en 1.0 puntos porcentuales al cierre esperado para 2004, lo que significaría un decremento anual de 0.3 por ciento real.

Esta reducción se sustentaba básicamente en la disminución esperada en el precio de la mezcla del crudo mexicano. Cabe señalar que de un nivel estimado por el Ejecutivo Federal de 23.0 dólares por barril, esta Soberanía lo modificó a 27.0 dólares, con lo cual resultaría menor en 7.5 por ciento al promedio considerado para 2004. Aunado a ello, se preveía una contracción de los ingresos no recurrentes, particularmente por concepto de utilidades por recompra de deuda, desincorporaciones y remanente de operación del Banco de México.

En contraparte, se estimaba que los ingresos tributarios no petroleros crecerían 6.6 por ciento real, como consecuencia del mejoramiento de la eficiencia recaudatoria, principalmente en el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

La información analizada por la Comisión Dictaminadora muestra que en 2005 los ingresos ordinarios del Sector Público Presupuestario ascendieron a 1 billón 947 mil 816.3 mdp, cantidad que rebasó en 9.4 por ciento la prevista en la Ley de Ingresos y en 4.3 por ciento real la registrada un año antes. De la captación total, 62.7 por ciento provino de fuentes no petroleras y 37.3 por ciento de las de origen petrolero.

Con relación al PIB representó una proporción de 23.3 por ciento, mayor en 0.9 puntos porcentuales a la programada y en 0.3 puntos a la observada el ejercicio precedente.

Lo anterior se atribuye principalmente a los recursos generados por la actividad petrolera, mismos que rebasaron la meta en 17.8 por ciento y crecieron 8.1 en términos reales, comportamiento que se atribuye, sobre todo, al dinamismo de los Derechos y Aprovechamientos petroleros, a que dio lugar el precio alcanzado por la mezcla de crudo mexicano de exportación y las mayores ventas internas de productos petrolíferos y petroquímicos. No obstante, los ingresos propios de PEMEX presentaron una caída anual de 7.8 por ciento real, misma que se explica, de manera particular, por el incremento de las importaciones de mercancías para reventa, dado que sus ingresos se reportan netos de dichas operaciones.

La recaudación no petrolera resultó superior a la esperada en 4.9 por ciento y en 2.1 por ciento real a la reportada en 2004, lo cual se derivó, en gran medida, de los ingresos extraordinarios obtenidos por las entidades de control presupuestario directo, fundamentalmente de la CFE y el ISSSTE. También fue importante la mayor recaudación de origen no tributario por concepto de Derechos.

Ingresos del Gobierno Federal

La política tributaria del Ejecutivo Federal se dirigió a obtener mayores ingresos fiscales para financiar las erogaciones públicas, así como a fortalecer las haciendas locales y favorecer la inversión privada.

Las reformas fiscales aprobadas por el H. Congreso de la Unión se enfocaron a elevar la eficiencia y la competitividad del sistema tributario; simplificar el cálculo de los impuestos; fortalecer la equidad y la seguridad jurídica de los gravámenes; combatir la evasión y elusión fiscales, y reforzar el federalismo fiscal.

Entre las medidas fiscales aprobadas para 2005 destacan:

• La reducción gradual de la tasa del Impuesto sobre la Renta (ISR) empresarial que a partir de 2007 se situaría en 28.0 por ciento.

• La deducción total del pago de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades generadas a partir de 2005.

• La ampliación de la consolidación fiscal al 100.0 por ciento de la participación accionaria.

• El establecimiento de la deducción al 100.0 por ciento de la inversión realizada por empresas en maquinaria y equipo para la generación de energía a partir de fuentes renovables.

• El incremento de 1 a 3 mil mdp del monto del estímulo destinado a la realización de proyectos en investigación y desarrollo de tecnología por parte de las empresas.

• La sustitución de la deducción de las compras de las mercancías por el costo de las ventas y el establecimiento de un esquema de acumulación gradual de inventarios. Con ello se mejoró la equidad en la distribución de la carga fiscal entre los distintos sectores y se evitó que algunos contribuyentes enfrentaran una tasa efectiva menor a la del resto de los sectores productivos.

En el ámbito del Federalismo Fiscal se otorgaron nuevas potestades tributarias a los estados, consistentes en establecer un ISR cedular para las personas físicas que perciban ingresos por la prestación de servicios profesionales, por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles, por la enajenación de bienes inmuebles o por actividades empresariales. La tasa mínima se fijó en 2.0 por ciento y la máxima en 5.0 por ciento, pudiendo establecer tasas distintas por cada impuesto cedular. La base gravable sería similar al ISR federal. Asimismo, se determinó que las entidades federativas puedan convenir con la SHCP que los contribuyentes paguen el ISR cedular conjuntamente con el ISR federal.

Adicionalmente, se aprobaron diversas modificaciones al Régimen Fiscal de PEMEX, que fueron publicadas en el DOF el 21 de diciembre de 2005, mediante las cuales se dotó a la paraestatal de mayores recursos para llevar a cabo las inversiones que requiere, principalmente en exploración y desarrollo de nuevos yacimientos de petróleo crudo y gas natural.

Por otra parte, con el propósito de eliminar la doble tributación y fomentar el flujo de inversión entre México y el exterior, se prosiguió con las negociaciones de los tratados internacionales con otros países.

Bajo ese contexto, los ingresos del Gobierno Federal ascendieron a 1 billón 412 mil 505.0 mdp, cifra por arriba de la estimada en 10.3 por ciento y de la recaudada el ejercicio anterior en 5.5 por ciento real. En dicho dinamismo fue determinante la obtención de mayores ingresos petroleros, mismos que rebasaron en 24.7 por ciento lo programado y en 14.9 por ciento real lo registrado el año previo.

Entre las principales causas que explican tal comportamiento destacan: el precio promedio de exportación de petróleo (en flujo de efectivo) superó en 12.4 y 10.3 dólares por barril el proyectado y observado en 2004, respectivamente; los mayores precios internos de algunos productos que se determinan con base en su referencia internacional, como fue el caso del gas natural, el combustóleo, la turbosina y los petroquímicos, y el mayor volumen de las ventas internas de petrolíferos.

En contraste, la recaudación del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) que se aplica a las gasolinas y al diesel fue menor con respecto a lo estimado y lo registrado el ejercicio precedente. Ello debido a la forma en que opera este gravamen, a fin de mantener el precio de venta programado para dichos productos en el mercado nacional.

Por su parte, los ingresos tributarios no petroleros superaron el pronóstico en 0.5 por ciento, en razón del favorable desempeño del IVA y el Impuesto a la Importación que, junto con los mayores Accesorios, más que compensaron la menor recaudación del ISR y el IEPS con relación a lo previsto. Comparados con lo obtenido un año antes fueron mayores en 4.9 por ciento en términos reales, resultado que se derivó, principalmente, del efecto de las reformas fiscales y el comportamiento productivo nacional.

La recaudación no tributaria, excluyendo la proveniente de la actividad petrolera, rebasó la meta en 37.1 por ciento, lo que se atribuye, básicamente, a los mayores ingresos por Aprovechamientos y Derechos. Sin embargo, con respecto al ejercicio previo fueron inferiores en 30.3 por ciento real, caída que se explica, fundamentalmente, por la marcada diferencia entre el monto de ingresos no recurrentes percibido en 2004 y 2005, particularmente por los que se derivaron de la cancelación de Bonos Brady. También influyó el hecho de que en 2005 no se generó remanente de operación del Banco de México.

Ingresos de los Organismos y Empresas de Control Presupuestario Directo

Con la política de precios y tarifas públicos instrumentada por el Ejecutivo se buscó contribuir al fortalecimiento financiero de las empresas públicas y al uso racional de los bienes y servicios que ofrecen, así como a reducir las expectativas inflacionarias y garantizar el abasto suficiente y oportuno de insumos estratégicos.

Los ajustes a los precios y tarifas públicos se determinaron con base en la relación precio-costo; los precios de referencia internacional; la tasa de inflación esperada para el año, y la racionalización de los subsidios.

En complemento, se prosiguió aplicando una estrategia de ajustes periódicos y graduales, a fin de evitar impactos abruptos sobre los niveles de inflación, y permitir a los demandantes de los bienes y servicios recibir una señal apropiada para la toma de decisiones productivas y de consumo.

Entre los ajustes llevados a cabo en la materia, sobresalen:

• Gasolinas y diesel: desliz mensual de 0.2466 por ciento, con objeto de compensar la inflación esperada para el año de estudio.

• Otros productos petrolíferos y petroquímicos: los precios al público se determinaron con base en fórmulas que incorporan referencias de los precios internacionales, ajustes por calidad del producto y costos de logística.

• Tarifas eléctricas: en el caso de las domésticas se aplicó un desliz mensual acumulativo de 0.469 por ciento; mientras que, para las comerciales e industriales de media y alta tensión se continuó utilizando el mecanismo de ajuste automático, a efecto de reflejar de manera aproximada las variaciones de los precios de los combustibles utilizados en la generación de energía eléctrica y las de los precios de los principales insumos requeridos en este proceso.

En este marco, la información estudiada por esta Comisión Dictaminadora revela que, durante 2005 las entidades de control presupuestario directo obtuvieron ingresos propios por 535 mil 311.3 mdp, cantidad que superó en 6.9 por ciento la meta y en 1.3 por ciento real lo captado en 2004.

El conjunto de entidades diferentes de PEMEX aportó 65.3 por ciento del total, y generó ingresos que rebasaron en 10.1 por ciento lo estimado y en 6.9 por ciento real lo registrado el ejercicio previo. Lo anterior se atribuye, sobre todo, a la favorable evolución de los recursos obtenidos por la CFE, el ISSSTE y el IMSS.

Los ingresos reportados por PEMEX excedieron en 1.3 por ciento lo previsto y resultaron inferiores en 7.8 por ciento real a los del período precedente. En el primer caso, el incremento se atribuye a los mayores productos financieros e ingresos diversos. La disminución anual fue consecuencia del aumento en las importaciones de mercancías para reventa, ya que los ingresos de la paraestatal se presentan netos de dichas operaciones. También influyeron los menores ingresos financieros captados por la entidad.

B. II GASTO DEL SECTOR PÚBLICO PRESUPUESTARIO

Para el desarrollo de este apartado, la Comisión Dictaminadora se apoyó en los cuadros de la Cuenta Pública de 2005 que contienen las diferentes clasificaciones del gasto, como se muestra a continuación:

Del análisis realizado a la información se desprende que, al cierre del ejercicio fiscal 2005 el gasto neto total del sector público presupuestario 8 ascendió a 1 billón 979 mil 808.0 mdp, monto superior a la meta en 8.9 por ciento y al del año anterior en 4.2 por ciento real. Su proporción respecto al PIB se ubicó en 23.6 por ciento, nivel mayor en 0.7 y 0.2 puntos porcentuales al previsto y al registrado en 2004, respectivamente.

El incremento del gasto neto con relación a lo aprobado inicialmente implicó ampliaciones presupuestarias por 161 mil 366.3 mdp. Del total, el 99.3 por ciento se canalizó al gasto programable y el 0.7 al no programable.

Las ampliaciones citadas se cubrieron con ingresos excedentes, por lo que el nivel de gasto fue congruente con la disponibilidad de recursos y con las metas de finanzas públicas. Su asignación fue acorde con las disposiciones establecidas en el PEF, razón por la cual se dirigieron a fortalecer la infraestructura en los estados y en el sector energético, así como cubrir el incremento en materiales, combustibles y servicios necesarios para la ejecución de programas prioritarios, y apoyar a la población afectada por desastres naturales.

Gasto Programable en Clasificación Económica

Las erogaciones programables sumaron 1 billón 477 mil 368.1 mdp, lo que implicó rebasar lo esperado en 12.2 por ciento. Entre los factores que se señalan en la Cuenta Pública para explicar el mayor gasto programable se distinguen los siguientes:

• Los recursos excedentes destinados a vigorizar la inversión en PEMEX.

• Las aportaciones al Fondo de Estabilización de los Ingresos Petroleros.

• Los recursos entregados a las entidades federativas para apoyar sus programas y proyectos de inversión en infraestructura y equipamiento.

• Los mayores subsidios y transferencias destinados a fortalecer la operación de las instituciones educativas.

• Los incrementos salariales al magisterio, personal médico y enfermeras, y de seguridad pública.

• El aumento de los recursos asignados al Fideicomiso Nuevo Aeropuerto para financiar las obras de la Segunda Terminal del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, y al FINFRA a fin de impulsar el desarrollo de la infraestructura carretera.

• El incremento en el precio de los combustibles que se emplean en la generación de energía eléctrica.

• El creciente pago de pensiones y jubilaciones.

• Las erogaciones extraordinarias para apoyar a la población afectada por fenómenos meteorológicos adversos.

El gasto corriente se ubicó en 1 billón 197 mil 944.3 mdp, cantidad por arriba de la meta en 6.2 por ciento. Ello se atribuye, principalmente, a los siguientes factores:

• El aumento en los precios de materiales y combustibles.

• El incremento en las tarifas de los servicios básicos necesarios para el abasto de bienes y servicios que producen las entidades paraestatales.

• El mayor pago de pensiones y jubilaciones.

• Las mayores aportaciones y transferencias canalizadas a los programas sociales.

• Los incrementos salariales al magisterio, personal médico y enfermeras, y de seguridad pública.

A los servicios personales correspondió un gasto similar al previsto, al registrar una variación positiva de sólo 0.3 por ciento. No obstante, destacan las aportaciones efectuadas a las entidades federativas a través del ramo 33, mismas que aumentaron 10.6 por ciento, con el fin de cubrir incrementos salariales y prestaciones al personal médico, docente y administrativo de los servicios de educación básica y salud en los estados, así como la creación de plazas.

Los recursos destinados al pago de pensiones fueron mayores en 3.5 por ciento a lo esperado, en razón del incremento registrado tanto en el salario base de cotización, como en el número de pensionados.

En materiales y suministros se realizaron erogaciones adicionales a las aprobadas en 50.1 por ciento, como resultado de una compra mayor de víveres, medicamentos, material de curación y combustibles, entre otros, para apoyar a la población afectada por el paso de los huracanes. A lo anterior se agrega la adquisición adicional de material quirúrgico, de curación y medicamentos destinados a cubrir programas preventivos de salud, así como de sustancias químicas para la operación de refinerías en PEMEX, y el aumento en los precios de combustibles de gas y carbón utilizados en la generación de fluido eléctrico por parte de CFE.

El capítulo de servicios generales rebasó lo presupuestado en 23.5 por ciento, debido al aumento en las tarifas de energía eléctrica, telefonía, agua, servicios de arrendamiento de inmuebles y seguros de bienes patrimoniales. También influyeron los gastos de mantenimiento de las unidades de superficie aérea y terrestre de la SEDENA y la SEMAR derivado de la ayuda proporcionada a diversos estados de la República, a efecto de mitigar los daños ocasionados por la presencia de fenómenos meteorológicos; la contratación de servicios de transporte terrestre por el aumento en el volumen de productos petrolíferos por parte de PEMEX, y el incremento en la prestación de servicios integrales a los derechohabientes del IMSS.

Los subsidios y transferencias superaron en 3.7 por ciento lo programado, como consecuencia de los mayores apoyos otorgados al Colegio de Bachilleres, Universidades Públicas Estatales, Escuelas de Educación Básica, UNAM, INAH, IPN, CONALEP, Comisión Nacional de los Libros de Texto Gratuitos, Escuelas de Educación Superior Tecnológica, INEGI, SAT, CNBV, Instituto Nacional de Migración, CISEN, Centro Nacional de Vigilancia Epidemiológica y Control de Enfermedades, Comisión Nacional para la Protección contra Riesgos Sanitarios, y al Centro Nacional para la Salud de la Infancia.

Al gasto de capital se destinaron 279 mil 423.8 mdp, cifra superior a la prevista en 47.6 por ciento. El dinamismo observado en la inversión física y las aportaciones al Fondo de Inversión de PEMEX, explican dicho resultado.

En la inversión física se registró un gasto adicional a lo presupuestado en 31.7 por ciento, lo que se atribuye a:

• Los mayores recursos transferidos a las entidades federativas mediante el PAFEF, incluidos los destinados a apoyar los programas y proyectos de inversión en infraestructura y equipamiento, conforme a lo dispuesto en el Artículo 19, fracción I, del PEF.

• El pago de obras por contrato de perforación de pozos y de reacondicionamiento en Pemex Exploración y Producción, y los trabajos de mantenimiento en Pemex Refinación.

• La conclusión de 121 obras de hospitales generales y unidades médicas familiares que se encontraban en proceso y el fortalecimiento del Programa de Equipamiento Médico del IMSS.

• El impulso al desarrollo de la Segunda Terminal del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México y los apoyos al FINFRA con objeto de reforzar la infraestructura carretera.

• La reconstrucción de infraestructura carretera, educativa, hidráulica, urbana y de salud, así como la reparación de viviendas de la población más vulnerable dañada por fenómenos meteorológicos adversos en diferentes estados del país.

El rubro de otros gastos de capital reportó ampliaciones por 30 mil 766.2 mdp, debido a las aportaciones a PEMEX provenientes del ARE, para apoyar la inversión en obras de exploración, refinación, petroquímica y gas y, en menor medida, a los recursos destinados a la reserva financiera de la CFE para el pago de pensiones jubilatorias y otras prestaciones.

Gasto No Programable

El gasto no programable del sector público presupuestario ascendió a 502 mil 439.9 mdp, monto superior al previsto en sólo 0.2 por ciento, que se explica principalmente por el mayor pago de ADEFAS y participaciones a Entidades Federativas y Municipios. Con relación al PIB su nivel se ubicó en 6.0 por ciento, proporción inferior en 0.3 puntos porcentuales a la previsión original.

El mayor pago de ADEFAS con relación al programado fue de 84.3 por ciento, debido a que en el proceso de aprobación del presupuesto, esta Soberanía redujo el monto propuesto por el Ejecutivo Federal en el Proyecto del PEF, como se puede observar en el apartado I.A de este Dictamen.

Las participaciones a entidades federativas y municipios rebasaron lo estimado en 2.4 por ciento, en razón de la favorable evolución de la recaudación federal participable a que dio lugar el incremento observado tanto en el precio de exportación del petróleo como en la recaudación del IVA.

En contraste, los intereses, comisiones y gastos de la deuda disminuyeron con relación a la meta en 3.7 por ciento, como consecuencia de un tipo de cambio menor al esperado, y un nivel de desendeudamiento externo por arriba del contemplado en la Ley de Ingresos de la Federación.

Las erogaciones orientadas a los programas de apoyo a ahorradores y deudores de la banca, se redujeron con respecto a las previstas en 13.6 por ciento, debido, principalmente, a los anticipos realizados a finales de 2004 por concepto del Programa de Fomento a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FOPYME).

Gasto Programable por Nivel Institucional y Orden de Gobierno

El análisis de la clasificación del gasto programable por nivel institucional y orden de gobierno muestra que, las entidades de control presupuestario directo concentraron el 42.8 por ciento del total; la Administración Pública Centralizada el 29.1; las entidades federativas y municipios el 25.7, y los Ramos Autónomos el restante 2.4 por ciento.

En 2005, los recursos ejercidos por los Ramos Autónomos ascendieron a 34 mil 975.5 mdp. Del total, 61.5 por ciento correspondió al Poder Judicial; 18.4 al Legislativo; 18.1 al IFE, y el restante 2.0 por ciento a la CNDH.

A las entidades federativas y municipios se otorgaron recursos federales por 398 mil 482.2 mdp 9 , cifra mayor a la esperada en 9.1 por ciento. Del total, 77.6 por ciento correspondió a las previsiones y aportaciones federales, 11.8 por ciento al PAFEF y 10.6 por ciento a convenios.

Las erogaciones ejercidas por la Administración Pública Centralizada se ubicaron en 679 mil 214.3 10 mdp, lo que implicó rebasar lo autorizado originalmente por la Cámara de Diputados en 92 mil 95.4 mdp.

En este resultado se conjugaron las ampliaciones de 15 dependencias y ramos administrativos por 99 mil 206.1 mdp, y las reducciones de otras 11 por 7 mil 110.7 mdp, mismas que se explican por la reasignación de recursos entre ramos con base en los artículos 8 y 12 del PEF.

Por su parte, las erogaciones programables de las entidades de control presupuestario directo ascendieron a 632 mil 298.6 mdp, cantidad superior a la aprobada inicialmente en 93 mil 524.3 mdp. Cabe señalar que con excepción de LFC, las demás entidades ejercieron recursos adicionales a los autorizados originalmente. Destacan PEMEX y CFE, que en conjunto explican el 89.5 por ciento del total de las ampliaciones.

B. III DÉFICIT PÚBLICO

Con base en el Informe de Resultados de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de 2005 presentado por la Auditoría Superior de la Federación, esta Comisión Dictaminadora constató que el balance presupuestario arrojó un déficit por 11 mil 904.3 mdp. Su participación relativa en el PIB fue equivalente a 0.14 por ciento, inferior en 0.08 y 0.09 puntos porcentuales a la estimada en el programa anual y a la registrada en 2004, respectivamente.

El resultado anterior considera el costo de la Conclusión de la Relación Laboral (CRL), que se refiere a la compensación económica otorgada a 9 423 servidores públicos que optaron por concluir la prestación de sus servicios en la APF. De excluir tales erogaciones, que ascendieron a 3 mil 798.4 mdp, el déficit presupuestario se ubicaría en 0.09 por ciento del PIB, inferior en 0.13 puntos porcentuales a la meta.

Cabe destacar que 11.2 miles de mdp provenientes de ingresos excedentes fueron aplicados al mejoramiento del balance presupuestario, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 21, fracción I, inciso j) correspondiente al PEF de 2005.

El superávit primario 11 se ubicó en 198 mil 281.2 mdp, es decir, 2.37 por ciento del PIB, proporción menor en 0.20 y 0.08 puntos porcentuales a la pronosticada y a la observada en 2004, en cada caso. Sin considerar el impacto del costo de la CRL, su peso relativo en el PIB sería de 2.42 por ciento.

B. IV DEUDA PÚBLICA

La información presentada en la Cuenta Pública de 2005 y en el Informe de los Resultados de la Revisión y Fiscalización realizado por la Auditoría Superior de la Federación permitió a esta Comisión Dictaminadora corroborar que la política de deuda pública se dirigió a captar los recursos necesarios para hacer frente a las obligaciones de deuda vigente y financiar el déficit público, así como a apoyar la estabilidad macroeconómica, reducir la vulnerabilidad de las finanzas públicas y coadyuvar al buen funcionamiento de los mercados financieros nacionales.

La estrategia propuesta por el Ejecutivo para alcanzar dichos propósitos consistió en lograr un balance más adecuado entre la deuda interna y externa; financiar la totalidad del déficit del Gobierno Federal en el mercado doméstico; profundizar los esfuerzos por suavizar el perfil de vencimientos; fortalecer la estructura de la deuda interna en el marco de un desarrollo ordenado de los mercados, y mejorar la composición y los términos de la estructura de la deuda.

Bajo este contexto, en la Ley de Ingresos de la Federación para 2005 el H. Congreso de la Unión estableció los límites de endeudamiento que a continuación se describen:

• Ejercer un endeudamiento neto interno hasta por 97 mil mdp.

• Alcanzar un desendeudamiento externo neto de hasta 500 millones de dólares.

• Contratar endeudamiento interno adicional al autorizado, siempre que los recursos obtenidos se destinen íntegramente a la disminución de la deuda pública externa.

Deuda Interna

En materia de deuda interna, el Ejecutivo propuso una política orientada a financiar el déficit del Gobierno Federal y disminuir el endeudamiento externo neto a través de recursos provenientes de fuentes domésticas, a fin de fortalecer la estructura de la deuda pública.

Para ello, la estrategia de colocación de valores gubernamentales privilegió la captación neta de recursos mediante emisiones de Bonos de Desarrollo a tasa nominal fija a largo plazo (BONOS), lo cual se apoyó en la aplicación de una política de reapertura de emisiones y el inicio de las operaciones del programa de permuta de BONOS. En contraste, se redujo la colocación de instrumentos de tasa variable.

Como resultado de la estrategia antes descrita, el plazo promedio ponderado de vencimiento de la deuda interna se incrementó en 140 días, al pasar de 1 071 al cierre de 2004 a 1 211 días al término de 2005.

Deuda Externa

La política de deuda externa se dirigió a la obtención del desendeudamiento externo neto comprometido, por medio de operaciones de manejo y administración de pasivos que simultáneamente contribuyeron a mejorar la composición y los términos de contratación.

Endeudamiento Neto del Sector Público Presupuestario

En 2005, el Sector Público Presupuestario reportó un endeudamiento neto por 80 mil 862.3 mdp, cuya composición se encuentra en línea con las directrices establecidas en el Artículo 2º de la Ley de Ingresos de la Federación para 2005. El endeudamiento interno ascendió a 134 mil 920.4 mdp, en tanto que el desendeudamiento externo se ubicó en 54 mil 58.1 mdp.

El Gobierno Federal registró un endeudamiento neto por 120 mil 8.8 mdp, que se relaciona con el desempeño de las fuentes internas, a través de las cuales se obtuvieron recursos netos por 138 mil 725.0 mdp, monto que resultó congruente con lo establecido en el Artículo 2º de la Ley de Ingresos de la Federación, en el que se autorizó la contratación de endeudamiento interno adicional destinado a la obtención de un mayor desendeudamiento externo neto.

Las entidades de control presupuestario directo reportaron un desendeudamiento neto de 39 mil 146.5 mdp. Resultado que se atribuye en su totalidad a PEMEX, ya que la CFE registró un endeudamiento por 1 mil 163.9 mdp.

El desendeudamiento externo alcanzó 35 mil 341.9 mdp, derivado, en su mayor parte, de la reducción de deuda por el intercambio de bonos a cargo de PEMEX. En el frente interno se registró un desendeudamiento por 3 mil 804.6 mdp. De esta cantidad, 70.4 por ciento la generó PEMEX, dada la amortización del Programa de Certificados Bursátiles a Corto Plazo y los vencimientos de créditos contratados con BANOBRAS y NAFIN. El restante 29.6 por ciento lo explica la CFE, debido a la amortización de líneas de crédito convenidas con NAFIN y BANCOMEXT.

Por lo anterior, esta Comisión Dictaminadora concluye que la política de deuda pública arrojó resultados consecuentes con lo previsto en el programa económico.

El saldo de la deuda bruta del Sector Público Presupuestario al 31 de diciembre de 2005 fue de 1 billón 950 mil 948.7 mdp, cantidad mayor en 44 mil 497.1 mdp respecto al ejercicio anterior, como resultado de los siguientes factores:

• Un endeudamiento interno por 134 mil 920.4 mdp.

• Un desendeudamiento externo por 54 mil 58.1 mdp.

• Un ajuste contable a la baja por 36 mil 365.2 mdp, que se asocia, sobre todo, con el registro de los pasivos vinculados con los PIDIREGAS y el efecto de la apreciación del peso frente al dólar.

La proporción relativa de dicho saldo respecto al PIB se ubicó en 23.3 por ciento, nivel inferior en 1.4 puntos porcentuales al observado en 2004. El frente externo explica tal disminución, básicamente por la cancelación anticipada de bonos soberanos emitidos por el Gobierno Federal en los mercados internacionales, junto con la reducción de pasivos de PEMEX por el intercambio de bonos y la amortización de créditos.

Saldo de la Deuda del Gobierno Federal

El saldo de la deuda bruta del Gobierno Federal ascendió a 1 billón 871 mil 287.4 mdp, monto superior en 95 mil 417.0 mdp al cierre del ejercicio previo. Su relación respecto al PIB se ubicó en 22.3 por ciento, menor en 0.7 puntos porcentuales a la de 2004.

Saldo de la Deuda de las Entidades de Control Presupuestario Directo

La deuda bruta de las entidades de control presupuestario directo se situó en 79 mil 661.3 mdp, lo que implicó una reducción anual de 50 mil 919.9 mdp, ocasionada por un desendeudamiento neto de 39 mil 146.5 mdp y ajustes contables a la baja por 11 mil 773.4 mdp.

Como porcentaje del PIB, dicho saldo significó 1.0, esto es, 0.7 puntos porcentuales menos del nivel alcanzado el ejercicio previo.

Costo Financiero

Para cubrir el costo financiero de la deuda del Sector Público Presupuestario y los compromisos de los Programas de Apoyo a Ahorradores y Deudores de la Banca, se destinaron 210 mil 185.5 mdp, cantidad menor a la programada en 5.2 por ciento y a la registrada el periodo precedente en 3.6 por ciento real.

En términos del PIB, dicha cifra se ubicó en 2.5 por ciento, menor en 0.3 puntos porcentuales a la proyectada originalmente y en 0.2 puntos a la observada un año antes.

Por concepto de intereses, comisiones y gastos se ejercieron 182 mil 730.4 mdp, lo que representó una disminución de 3.7 por ciento con respecto a lo estimado y que se explica, fundamentalmente, por el menor costo externo, a que dio lugar un tipo de cambio inferior al esperado y un nivel de desendeudamiento superior al previsto en la Ley de Ingresos de la Federación.

A los Programas de Apoyo a Ahorradores y Deudores de la Banca se aplicaron 27 mil 455.1 mdp. De este monto, 80.0 por ciento fue asignado al IPAB y 20.0 por ciento al pago que asume el Gobierno Federal por los descuentos otorgados a deudores de los programas de Vivienda, de Fomento a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FOPYME), y de Financiamiento del Sector Agropecuario y Pesquero (FINAPE).

Para atender las obligaciones asociadas al IPAB se ejerció exactamente la cantidad autorizada en el presupuesto de salida, mientras que las erogaciones relativas a los Programas de Apoyo a Deudores resultaron inferiores en 4 mil 318.7 mdp, debido, básicamente, a los anticipos que por concepto de FOPYME se realizaron en el ejercicio previo.

B. V PRINCIPALES AMPLIACIONES Y REDUCCIONES

La información analizada por esta Comisión Dictaminadora revela que, las principales ampliaciones y reducciones netas registradas en el gasto programable ejercido con respecto al presupuesto originalmente aprobado a las dependencias, ramos y entidades durante 2005, fueron las que se presentan en el siguiente cuadro:

Los principales ramos y entidades que registraron un gasto por arriba de lo previsto, así como las causas que dieron origen a las variaciones observadas, fueron:

• Energía (51 mil 21.1 mdp): recursos transferidos a PEMEX provenientes del Aprovechamiento sobre Rendimientos Excedentes, y los derivados del Artículo 21, fracción I, inciso j) del PEF, para fortalecer la inversión en infraestructura en materia de exploración, gas, refinación y petroquímica; y, a la CFE a fin de cubrir incrementos en los combustibles utilizados en la generación de fluido eléctrico.

• Provisiones Salariales y Económicas (18 mil 422.8 mdp): recursos destinados al Fondo de Estabilización de los Ingresos Petroleros; al Programa de Inversiones del FOVISSSTE; al Fideicomiso Fondo para la Conclusión de la Relación Laboral; al Fondo de Ahorro Capitalizable de los Trabajadores al Servicio del Estado, y las aportaciones al Fideicomiso Fondo de Desastres Naturales.

• Educación Pública (9 mil 702.9 mdp): mayores subsidios otorgados a las Instituciones de Educación Básica en los Estados, Universidades Públicas Estatales, Instituciones de Educación Superior, Colegio de Bachilleres, UNAM, CONALEP, INAH, IPN, UAM y a la Comisión Nacional de los Libros de Texto Gratuitos. También influyeron los aumentos salariales autorizados en el año al personal administrativo de la SEP y el alza en los precios de los servicios de telefonía y energía eléctrica.

• PEMEX (41 mil 912.1 mdp): recursos destinados al Fondo para Inversión en PEMEX provenientes del Aprovechamiento sobre Rendimientos Excedentes; mayores gastos de operación generados por siniestros en las instalaciones y el aumento en los volúmenes transportados de productos petrolíferos. También influyeron los incrementos registrados en las tarifas del suministro de energía eléctrica; erogaciones adicionales para pagar servicios de apoyo en la perforación de pozos por contrato y la ampliación de trabajos de modificación y reacondicionamiento; la adquisición de un volumen superior de material de curación y quirúrgico, destinados a los programas preventivos de salud; y mayores compras de sustancias químicas para la operación de las refinerías y la realización de trabajos de mantenimiento en las mismas.

• CFE (41 mil 804.9 mdp): costos por arriba de los previstos en combustibles utilizados en la generación de fluido eléctrico; recursos adicionales destinados a la reserva financiera para el pago de pensiones jubilatorias y primas de antigüedad; cubrir las compensaciones e indemnizaciones por separación de personal eventual del área de construcción; sufragar el incremento en el número de pensionados y en el salario base de cotización; y pagar un aumento salarial mayor al considerado y tiempo extraordinario en las áreas de operación, a efecto de reanudar el servicio de energía en las zonas siniestradas por eventos climatológicos.

• IMSS (8 mil 231.5 mdp): la conclusión de 121 obras que se encontraban en proceso en hospitales generales y unidades médicas familiares; el aumento en la prestación de servicios integrales a los derechohabientes; el fortalecimiento del Programa de Equipamiento Médico, y un mayor número de pagos jubilatorios e indemnizaciones.

Entre los ramos y entidades que ejercieron un gasto menor a lo programado, y las causas que lo explican, destacan los siguientes:

Quinta. A efecto de elaborar el presente dictamen, la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública en sesión plenaria conformó un ``Grupo de Trabajo para el análisis y dictaminación de la Cuenta Pública de 2005'' integrado por los Diputados: Moisés Alcalde Virgen (PAN), Javier Guerrero García (PRI), Carlos Altamirano Toledo (PRD), Ricardo Cantú Garza (PT), Alejandro Chanona Burgete (Convergencia), Elsa Guadalupe Conde Rodríguez (Alternativa), Francisco Elizondo Garrido (PVEM), y Mónica T. Arriola (Nueva Alianza).

• Desarrollo Social (1 mil 988.9 mdp): menores subsidios otorgados a los programas de Apoyo Alimentario, como resultado de la depuración del padrón de beneficiarios, al detectarse que recibían apoyos alimentarios de otros programas federales; ahorros generados en el Programa Oportunidades por los conceptos de comunicación social, viáticos y asesorías, así como por bajas naturales del padrón de acuerdo con sus reglas de operación, y en el de Atención a Adultos Mayores, debido a que algunos beneficiarios no cobraron los apoyos. También influyeron la resectorización de la Comisión Nacional de las Zonas Áridas a la SAGARPA, y la transferencia de recursos de la CONAFOVI al CONACYT con base en el convenio denominado: Fondo de Desarrollo Científico y Tecnológico para el Fomento de la Producción y Financiamiento de la Vivienda y el Crecimiento del Sector Habitacional.

• Reforma Agraria (1 mil 100.9 mdp): menores requerimientos en servicios personales, como resultado de la cancelación de plazas incorporadas a la CRL; la aplicación de medidas de racionalidad básicamente en comunicación social de la Procuraduría Agraria y del Registro Agrario Nacional, y la recalendarización de actividades para 2006 de los programas de la Mujer en el Sector Agrario, Joven Emprendedor Rural, Fomento y Organización en Materia Agraria Rural y Conflictos Agrarios en el Medio Rural, así como del Fondo de Apoyo para Proyectos Productivos de las Organizaciones Agrarias.

• LFC (2 mil 600.3 mdp): el retraso en la formalización de algunos contratos hasta el cierre del ejercicio y el diferimiento de la entrega por parte de proveedores de materiales y equipos para algunas obras de subestaciones y el sistema de distribución. También influyeron los ahorros generados por concepto de primas de seguros, honorarios, gastos de consultoría, reparación de equipo de cómputo y servicios básicos y de comunicación social.

B. VI PRINCIPALES SOBRE Y SUBEJERCICIOS

A continuación, esta Comisión Dictaminadora muestra las diferencias registradas entre el gasto ejercido por las dependencias, ramos y entidades en 2005, y el presupuesto modificado autorizado para ese ejercicio. De manera convencional, a las diferencias positivas se les denominan sobre ejercicios y a las negativas subejercicios. En la terminología presupuestaria estas últimas se definen como economías.

Como se puede observar, únicamente PEMEX registró un sobreejercicio de 2 mil 978.3 mdp. En tanto que de los subejercicios sobresalen los registrados por el IMSS con 8 mil 508.3 mdp, LFC 2 mil 586.0 e ISSSTE con 1 mil 176.3 mdp.

De la información analizada se identificaron las causas generales de los subejercicios o economías, entre las que se distinguen: menores costos en las adquisiciones; medidas de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria; aplicación del Programa de la Conclusión de la Relación Laboral; tipo de cambio inferior al previsto; retrasos en la formalización de contratos; diferimientos en la entrega de materiales y equipos, y compromisos pendientes de pago en el caso de las entidades.

(Cifras del Estado de Egresos Presupuestarios presentado en la pág. 443 del tomo de Resultados Generales de la Cuenta Pública de 2005 y argumentos tomados del Resultado No. 7 de la Auditoría No. 86.- Evaluación de las Finanzas del Sector Público Presupuestario, contenida en el Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2005).

B. VII ANÁLISIS DEL CUMPLIMIENTO DE LOS INDICADORES DEL SECTOR PÚBLICO PRESUPUESTARIO

Para la elaboración de este apartado, esta Comisión Dictaminadora tomó como fuente el Resumen Ejecutivo del Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2005, presentado por la Auditoría Superior de la Federación a partir del análisis del Banco de Información de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal, del cual se destacan los siguientes aspectos respecto al cumplimiento de metas de los indicadores:

En la Cuenta Pública de 2005 se presentaron 1 079 indicadores, de los cuales 960 fueron sujetos a evaluación y 119 no se evaluaron por las causas siguientes:

De los 960 indicadores evaluados, el 60.8 por ciento superó la meta, el 23.9 por ciento la alcanzó, y el 15.3 por ciento no la cumplió. Los indicadores que no alcanzaron la meta (147) tuvieron como causas generales a los siguientes factores: atribuibles a las dependencias y entidades, debido a errores en la programación por sobreestimación de metas (36.7 por ciento) y retrasos en la autorización y trámites (15.0 por ciento); situaciones de carácter externo, relacionadas con una menor demanda de bienes y servicios (15.6 por ciento) y por fenómenos naturales (6.8 por ciento), y por otras causas de índole diversa (25.9 por ciento).

Los ramos que registraron el menor grado de avance en el cumplimiento de la meta de sus indicadores, fueron: SHCP, SCT, CONACYT, SAGARPA y SALUD. Por otra parte, los ramos que no presentaron indicadores fueron Poder Legislativo, Poder Judicial, Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios, y el Programa de Apoyos para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (PAFEF). Los dos primeros porque son poderes independientes y la normativa no los obliga, y los dos últimos porque no son los ejecutores directos del gasto, ya que los recursos se ejercen por las entidades federativas.

Del total de indicadores evaluados, 63.4 por ciento se concentró en ocho ramos, los cuales se muestran a continuación:

II. C VALORACIÓN SOBRE LAS FINANZAS PÚBLICAS

La información presentada en la Cuenta Pública de 2005 y en el Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de igual año, muestra que con el fin de preservar un entorno macroeconómico estable que propiciara el aumento de la inversión productiva y la generación empleos, desde la elaboración del programa de finanzas públicas para 2005 el Ejecutivo estableció el compromiso de consolidar la responsabilidad fiscal.

En este marco, se planteó como meta alcanzar un déficit presupuestario equivalente a 0.22 por ciento del PIB, y un superávit primario del orden de 2.57 por ciento.

Para apoyar el logro de tales metas, se anticipaba un moderado nivel de ingresos ordinarios del Sector Público Presupuestario, el cual sería equivalente a 22.45 por ciento del PIB, nivel inferior en 0.92 puntos porcentuales al cierre esperado para 2004. En términos reales ello significaría una caída anual de 0.3 por ciento.

Dicha proyección reflejaba una estimación del precio de la mezcla mexicana de petróleo de exportación de 27.0 dólares por barril, la cual sería menor en 7.5 por ciento al promedio considerado el ejercicio precedente.

Por su parte, las erogaciones se mantendrían en niveles congruentes con la disponibilidad de recursos, y se asignarían con base en prioridades claras y acordes con el programa económico. De esta forma, se autorizó un gasto neto total inferior en términos reales en 0.4 por ciento. Con ello su proporción respecto al PIB se ubicaría en 22.92 por ciento, es decir, 0.97 puntos porcentuales por abajo del cierre estimado para 2004.

A fin de asegurar el cumplimiento de la meta del balance público, en el Decreto del PEF para el ejercicio fiscal de 2005 se incluyeron nuevamente mecanismos de ajuste al gasto, en caso de que la evolución de los ingresos fuera distinta a la proyectada. Tales mecanismos preveían tanto la aplicación de medidas de contingencia para enfrentar una posible caída en la captación, preservando las erogaciones prioritarias en áreas estratégicas, como la distribución de los excedentes, si éstos se llegaran a obtener.

Asimismo, se autorizó la CRL, que contempla el otorgamiento de una compensación económica a los servidores públicos que decidieran concluir en definitiva la prestación de sus servicios en la APF, sin perjuicio de sus derechos en materia de seguridad social. Para ello se estableció la posibilidad de ampliar el balance presupuestario, siempre y cuando dicha modificación fuera disminuida con los ahorros generados por la cancelación de plazas.

En materia de deuda pública, la estrategia propuesta por el Ejecutivo consistió en lograr un balance más adecuado entre la deuda interna y externa; financiar la totalidad del déficit del Gobierno Federal en el mercado doméstico; profundizar los esfuerzos por suavizar el perfil de vencimientos; fortalecer la estructura de la deuda interna en el marco de un desarrollo ordenado de los mercados, y mejorar la composición y los términos de la estructura de la deuda.

El techo aprobado para el endeudamiento neto interno se ubicó en 97 mil mdp, nivel que podría incrementarse si los recursos obtenidos se canalizaran en su totalidad a la disminución de la deuda pública externa. Adicionalmente, por segundo año consecutivo se previó obtener un desendeudamiento neto externo.

Sobre la base de dicha estrategia dirigida a fortalecer las finanzas públicas, esta Comisión Dictaminadora constató su papel en la preservación de la estabilidad macroeconómica, concebida como plataforma para un crecimiento sostenido.

En este marco, el balance presupuestario como proporción del PIB arrojó un déficit de 0.14 por ciento, nivel inferior en 0.08 y 0.09 puntos porcentuales al estimado en el programa anual y al registrado en 2004, respectivamente. Merece destacarse que gracias a la responsabilidad fiscal, se logró una mejora progresiva del balance presupuestario, de manera que se espera consolidar en los próximos años una posición de equilibrio.

El resultado anterior considera el costo de la CRL, que se refiere a la compensación económica otorgada a 9 423 servidores públicos que dejaron de prestar sus servicios en la APF.

De excluirse tales erogaciones, que sumaron 3 mil 798.4 mdp, el déficit presupuestario se ubicaría en 0.09 por ciento del PIB, y sería inferior a la meta en 0.13 puntos porcentuales.

Cabe señalar que de acuerdo con lo establecido en el PEF, una parte de los ingresos excedentes a que se refiere el Artículo 21, fracción I, inciso j), fue aplicado al mejoramiento del balance presupuestario, lo que equivale a 11.2 miles de mdp.

El superávit primario 13 se situó en 2.37 por ciento del PIB, nivel menor en 0.20 y 0.08 puntos porcentuales al pronóstico y al observado en 2004, en cada caso. De excluir el costo de la CRL, su proporción respecto al PIB se ubicaría en 2.42 por ciento.

Por su parte, el ahorro corriente del sector público mantuvo una evolución ascendente. Su participación relativa en el PIB fue de 6.34 por ciento, que se compara con la prevista de 5.38 y la alcanzada un año antes de 6.20 por ciento. Ello se relaciona, fundamentalmente, con la captación de ingresos excedentes.

El dinamismo de los ingresos públicos fue determinante en el desempeño de las cuentas fiscales. Su monto ascendió a un billón 947 mil 816.3 mdp, superior al estimado en la Ley de Ingresos en 9.4 por ciento y al registrado en 2004 en 4.3 por ciento real.

Dicho comportamiento estuvo influido por los recursos provenientes de la actividad petrolera, que rebasaron en 17.8 por ciento la meta y en 8.1 por ciento real lo observado el período precedente, lo cual se atribuye, en lo esencial, al precio alcanzado por la mezcla del crudo mexicano de exportación y al alza en las ventas internas de productos petrolíferos y petroquímicos.

Asimismo, la captación no petrolera fue mayor a la programada en 4.9 por ciento, y a la obtenida un año antes en 2.1 por ciento en términos reales, variación que se explica, en gran medida, por los ingresos extraordinarios captados por las entidades de control presupuestario directo, en particular de la CFE y el ISSSTE. También fue importante el aumento en la recaudación de origen tributario, especialmente por concepto del IVA.

Al gasto neto total del sector público 14 se destinó 1 billón 979 mil 808.0 mdp, monto superior al autorizado en 8.9 por ciento y al de 2004 en 4.2 por ciento real.

Las erogaciones programables sumaron 1 billón 477 mil 368.1 mdp, lo que implicó rebasar el pronóstico en 12.2 por ciento y lo registrado el ejercicio previo en 5.6 por ciento real. Tal resultado se asocia, principalmente, con la distribución de los ingresos excedentes para vigorizar la inversión de PEMEX, las aportaciones al Fondo de Estabilización de los Ingresos Petroleros, los recursos entregados a las entidades federativas para programas y proyectos de inversión en infraestructura y su equipamiento, y los subsidios destinados a fortalecer la operación de las instituciones educativas.

A lo anterior se agregan los incrementos salariales al magisterio, personal médico y enfermeras, y de seguridad pública; el aumento en el precio de los combustibles utilizados en la generación de energía eléctrica; el creciente pago de pensiones y jubilaciones; las erogaciones extraordinarias para apoyar a la población afectada por fenómenos meteorológicos adversos, y los apoyos para financiar las obras de la Segunda Terminal del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México y al FINFRA para el desarrollo de la infraestructura carretera.

El gasto no programable fue superior al estimado en 0.2 por ciento, y al ejercido en el período anterior en 0.2 por ciento real. Las ampliaciones se asocian con el dinamismo registrado en las participaciones a entidades federativas y municipios, a que dio lugar la favorable evolución de la recaudación federal participable.

Con relación a la deuda pública, durante 2005 el Sector Público Presupuestario registró un endeudamiento neto por 80 mil 862.3 mdp. En dicho monto se conjugaron un endeudamiento interno por 134 mil 920.4 mdp y un desendeudamiento externo por 54 mil 58.1 mdp. Ambos resultados se encuentran en línea con las directrices establecidas al respecto por esta Soberanía.

III. ANÁLISIS FUNCIONAL DEL GASTO

Del análisis de la Clasificación Funcional del Gasto Programable se desprende que, el 58.8 por ciento del total de los recursos se destinó a las Funciones de Desarrollo Social, 31.1 por ciento a las Funciones de Desarrollo Económico, 7.8 por ciento a las Funciones de Gobierno y 2.3 por ciento a los Ramos Autónomos.

Con base en el análisis del cumplimiento de los indicadores presentado por la Auditoría Superior de la Federación en el Informe de Resultados de la Revisión y fiscalización Superior de la Cuenta pública de 2005, esta Comisión Dictaminadora observó que de los 960 indicadores evaluados 25.3 por ciento correspondió a las Funciones de Desarrollo Social, 57.2 a las de Desarrollo Económico y 17.5 por ciento a las de Gobierno, grupos en los que se alcanzó un cumplimiento promedio de metas de 86.4, 81.8 y 91.7 por ciento respectivamente.

Para el desempeño de las Funciones de Desarrollo Social se canalizaron 868 mil 713.2 mdp, lo que representó rebasar en 6.5 por ciento al presupuesto aprobado y en 5.7 por ciento real lo registrado el ejercicio previo.

Del total, 37.0 por ciento se asignó a Educación; 25.7, Salud; 20.3, Seguridad Social; 12.9, Urbanización, Vivienda y Desarrollo Regional; 2.9, Asistencia Social, y el restante 1.2 por ciento a Agua Potable y Alcantarillado.

Con los recursos destinados al Desarrollo Social se obtuvieron, entre otros resultados, los siguientes:

• En el Programa de Desarrollo Humano Oportunidades, los apoyos alimentarios otorgados en efectivo a las familias crecieron a una tasa anual de 7.3 por ciento real; en tanto que, el número de becas asignadas a niños y jóvenes menores de 18 años aumentaron en 3.9 por ciento.

• La población favorecida con el Programa de Abasto Social de Leche se elevó en 6.5 por ciento, en igual período.

• A través del Programa de Atención a Menores de 5 años en Riesgo, No Escolarizados, se incrementó el promedio diario de raciones alimenticias distribuidas en 53.2 por ciento con respecto a 2004.

• El número de niños beneficiados con el Programa de Desayunos Escolares se expandió a una tasa anual de 4.7 por ciento.

• Con el Programa de Apoyo Alimentario a cargo de DICONSA se entregaron subsidios en efectivo superiores en más de 100.0 por ciento a los registrados el período previo.

• Al Seguro Popular de Salud se afiliaron 2.0 millones de nuevas familias, alcanzando con ello una cobertura de 3.6 millones de familias protegidas. De este total, 94.9 por ciento se consideraron dentro del Régimen no Contributivo del Sistema.

• Por medio del Programa de Atención Especializada a la Comunidad se realizaron 32 357 cirugías, esto es, 13.9 por ciento más que las practicadas el ejercicio anterior, en beneficio de 31 376 personas.

• La matrícula de educación preescolar se elevó 6.1 por ciento en comparación con el ciclo escolar 2004-2005; la de secundaria, 1.5; la media superior, 4.6, y la de superior y posgrado 2.0 por ciento.

Para evaluar el cumplimiento de las metas en las funciones de Desarrollo Social, se seleccionaron 243 indicadores, de los cuales, en el 60.5 por ciento se superó la meta, en el 25.9 por ciento se alcanzó y en el restante 13.6 por ciento no se cumplió.

Las causas generales del incumplimiento de los 33 indicadores señalados en este grupo funcional fueron las siguientes: atribuibles a las dependencias y entidades (48.5 por ciento); de carácter externo (21.2 por ciento), y otras de diversa naturaleza (30.3 por ciento).

Para el desempeño de las Funciones de Desarrollo Económico se asignaron 459 mil 9.7 mdp, cifra superior en 6.7 por ciento real a la ejercida en 2004 y 21.5 por ciento por arriba de la aprobada originalmente por la Cámara de Diputados.

La función de Energía concentró 70.8 por ciento del total. En orden de importancia le siguen: Desarrollo Agropecuario y Forestal, 10.9; Comunicaciones y Transportes, 9.3, y el restante 9.0 por ciento se canalizó a Ciencia y Tecnología, Temas Empresariales, Agrarios y Laborales, Desarrollo Sustentable, Turismo, y Servicios Financieros.

Los recursos destinados a la función Energía superaron en 31.3 por ciento los programados y en 3.2 por ciento real los de 2004. Ello permitió, entre otros avances, los que se indican:

• Un incremento anual de 5.4 por ciento en la producción de gas natural.

• La conclusión de 74 pozos exploratorios y 668 de desarrollo, lo que permitió incorporar reservas por 950.2 millones de barriles de petróleo crudo.

• Un aumento anual de 4.9 por ciento en la generación bruta de energía eléctrica.

• La ampliación a 13 381.7 kilómetros de líneas de transmisión y distribución.

• Mediante la ejecución de los programas de electrificación rural y urbana, la CFE incorporó al servicio público de energía a 585 poblaciones rurales y 372 colonias, para favorecer a 160.4 miles de habitantes; en tanto que, LFC electrificó 225 colonias, 14 poblados rurales, dos unidades habitacionales y dos sistemas de bombeo en beneficio de 112.9 miles de personas.

Las erogaciones asignadas a la función Comunicaciones y Transportes rebasaron la previsión en 14.8 por ciento y lo ejercido un año antes en 39.3 por ciento real, como resultado, básicamente, de los recursos destinados al Fideicomiso Nuevo Aeropuerto a efecto de realizar obras en la Segunda Terminal del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, al FINFRA para impulsar el desarrollo de la infraestructura carretera, y a los Centros SCT a fin de apoyar los trabajos de conservación y reconstrucción en caminos rurales y alimentadores afectados por fenómenos meteorológicos adversos.

Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (2 mil 117.1 mdp): transferencia de recursos al Ramo 23 derivada de la Controversia Constitucional que afectó el presupuesto de la Comisión Nacional de Acuacultura y del Fideicomiso de Riesgo Compartido. También se efectuaron traspasos para restituir el costo de la incorporación de plazas a la CRL en años anteriores y respaldar el Programa de Empleo Temporal a cargo de la SEDESOL.

Para medir el grado de avance en el cumplimiento de las metas del Grupo Funcional Desarrollo Económico, se seleccionaron 549 indicadores, observándose los siguientes resultados: el 58.5 por ciento de los indicadores superó la meta, el 23.3 por ciento la alcanzó y el 18.2 por ciento restante no la cumplió.

Las causas generales del incumplimiento de las metas en 100 indicadores fueron las siguientes: atribuibles a las dependencias y entidades (52.0 por ciento); de carácter externo (23.0 por ciento), y otras diversas (25.0 por ciento).

Los recursos destinados a las Funciones de Gobierno ascendieron a 114 mil 669.7 mdp, monto mayor en 28.1 por ciento a lo previsto y al del año precedente en tan sólo 0.4 por ciento en términos reales.

La distribución de los recursos fue la siguiente: Hacienda 33.9 por ciento; Soberanía, 28.0; Orden, Seguridad y Justicia, 18.8; Administración Pública, 4.8; Relaciones Exteriores, 4.5; Gobernación, 4.3, y Otros Bienes y Servicios Públicos el restante 5.7 por ciento.

Por el monto de sus ampliaciones presupuestarias, destaca la función Hacienda, que concentró 74.5 por ciento del total. En este resultado influyeron, básicamente, los recursos destinados al Fondo de Estabilización de los Ingresos Petroleros, al Programa de Inversiones del FOVISSSTE y a cubrir el costo de las medidas relativas a la Conclusión de la Relación Laboral de 2005. A ello se agregan las mayores asignaciones otorgadas al SAT, así como las dirigidas a fortalecer el Sistema Nacional de Coordinación Fiscal.

Para evaluar el cumplimiento de las metas en el Grupo Funcional Gobierno, se seleccionaron 168 indicadores, con los siguientes resultados: el 69.0 por ciento de los indicadores superó la meta, el 22.6 por ciento la alcanzó y el restante 8.3 por ciento no la cumplió.

Las causas generales de que 14 indicadores de este grupo funcional registraran un avance en sus metas inferior al 90.0 por ciento fueron las siguientes: atribuibles a las dependencias y entidades (57.2 por ciento); de carácter externo (21.4 por ciento), y otras diversas (21.4 por ciento).

IV RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN SUPERIOR DE LA CUENTA PÚBLICA

Auditorías Practicadas.

Las auditorías realizadas por la entidad de fiscalización superior de la Federación, para la revisión y fiscalización de la Cuenta Pública de 2005 tuvieron una cobertura de revisión de 143 entes fiscalizados. Se realizaron un total de 627 auditorías; de estas, 53 correspondieron al Informe de Avance de Gestión Financiera y 574 a la revisión de la Cuenta Pública. En la tabla siguiente se muestra el total de las auditorías realizadas, que se encuentran divididas por tipo; así como a los sectores y ramos a los que se les practicaron.

Atendiendo al esquema anterior, se tiene que por tipo las auditorías se dividen en:

51 Auditorías de Desempeño, en estas los sectores que resultaron más revisados fueron: el Sector Hacienda y Crédito Público con ocho; Entidades no Coordinadas Sectorialmente con seis; Sector Educación Pública con cinco; Instituciones Públicas de Educación Superior y Desarrollo Social con cuatro; Sector Comunicaciones y Transportes, Sector Medio Ambiente y Energía con tres cada uno.
522 Auditorías de Regularidad, que se integraron de la siguiente forma:
- 155 Auditorías Financieras y de Cumplimiento, siendo los sectores más revisados el de Hacienda y Crédito Público con 38 revisiones; Energía con 34; Entidades No Coordinadas Sectorialmente con 18; Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación con 13; y con 10 los sectores de Comunicaciones y Transportes, Educación Pública.
- 80 Auditorías a Inversiones Físicas, siendo los sectores más revisados el de Comunicaciones y Transportes con 36 y el de Energía con 31.
- 2 Auditorias de Sistemas, una al Sector Hacienda y Crédito Público y otra a la Secretaría de Marina.
- 285 Revisiones al ejercicio de recursos federales transferidos a Estados y Municipios Ramos 33 y 39; de las cuales, 33 fueron realizadas directamente por la Auditoría Superior de la Federación y 252, por las Entidades de Fiscalización Superior Locales.
44 Auditorías Especiales, siendo los sectores más revisados con este tipo de auditorías el de Hacienda y Crédito Público con 29; seguido del de Comunicaciones y Transportes con 4; y el de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación con 3.
9 Auditorías de Seguimiento, destacando el Sector Hacienda y Crédito Público con 2.
1 Revisión de Situación Excepcional al Gobierno del Distrito Federal.

En forma adicional, se practicó una revisión que había sido programada realizarse en su momento al Fondo para la Infraestructura Social en su versión Estatal (FAIS-FISE) al Estado de Oaxaca, con respecto al ejercicio de 2002, misma que se realizó en atención a la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Controversia Constitucional 42/2004.

Como lo refiere la Auditoría Superior de la Federación, con la practica de 51 auditorías desempeño y algunas especiales y financieras y de cumplimiento se evaluaron en detalle los elementos y componentes más importantes de los treinta y un programas a que se refiere el cuadro anterior.

Resumen de los resultados de la verificación de los Principios Básicos de Contabilidad Gubernamental.

La Auditoría Superior de la Federación con motivo de la revisión de la Cuenta Pública, entre otros, tienen el deber de verificar el cumplimiento de los Principios de Contabilidad Gubernamental y de reportar sus resultados a la Cámara de Diputados vía el Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública.

Para el ejercicio fiscal de 2005, la entidad de fiscalización superior de la Federación concluyó en el Informe de Resultados de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2005 que, de las 546 identificadas en las 627 auditorías practicadas, el principio que con mayor frecuencia se incumplió fue el correspondiente al ``Cumplimiento de disposiciones Legales'' seguido de los principios de ``Revelación Suficiente'', ``Base de Registro'' y ``Control Presupuestario''.

Es preciso dejar señalado que los Principios de Contabilidad Gubernamental constituyen los fundamentos esenciales para sustentar el correcto ejercicio de las operaciones, la elaboración y presentación oportuna de estados financieros, basados en su razonamiento, eficiencia demostrada, respaldo de legislaciones especializadas y aplicación general de la contaduría gubernamental.

En la siguiente tabla se muestra por Sectores, Ramos y Poderes el cumplimiento de los Principios de Contabilidad Gubernamental:

El cuadro anterior permite concluir como se había señalado que los principios que mayormente fueron incumplidos son:

``Cumplimiento de Disposiciones Legales'' seguido de los principios de ``Revelación Suficiente'', ``Base de Registro'' y ``Control Presupuestario''. De igual forma, los ramos y Sectores que presentaron mayor incumplimiento fueron los siguientes: Ramos Generales 33 y 39, con 328 inobservancias; Sector Hacienda y Crédito Público con 65; Sector Educación Pública 47; Sector Energía con 38 y el Sector Economía con 22 inobservancias.

Resultado de la evaluación sobre la observancia de los Ordenamientos Legales y Reglamentarios.

La revisión que realiza la Auditoría Superior de la Federación sobre el cumplimiento de los ordenamientos legales, tiene como finalidad verificar si las operaciones realizadas y registradas en la contabilidad por las entidades fiscalizadas se ajustaron a los ordenamientos jurídicos y disposiciones normativas que regulan su operación.

De la revisión practicada por la entidad de fiscalización superior de la Federación, la propia entidad concluye que, en lo general se observaron los ordenamientos jurídicos y las disposiciones normativas que regulan su operación; con la excepción de 3,314 inobservancias, detectadas en las 627 revisiones practicadas.

En el siguiente cuadro se muestra por Poderes, Sectores y Ramos quiénes incurrieron en un mayor incumplimiento y cuáles son los ordenamientos que mayormente dejaron de observarse:

El cuadro anterior permite concluir que el ordenamiento que mayormente fue incumplido es la Ley de Coordinación Fiscal, seguida del Decreto de Presupuesto de Egreso de la Federación, el Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y el Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

De igual manera los Poderes, Sectores y Ramos que mayor incumplimiento presentaron a los ordenamientos legales y reglamentarios son los siguientes: Ramos Generales 33 y 39 con 1009 inobservancias, Sector Comunicaciones y Transportes con 503; Sector Energía con 318; Sector Hacienda y Crédito Público 315; las Entidades No Coordinadas Sectorialmente 236; y el Sector Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural Pesca y Alimentación con 180 inobservancias.

Algunos resultados relevantes de la práctica de auditorías, visitas e inspecciones.

E.1 Sector Financiero

Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

Recursos fiscales excedentes.

Se revisó que los ingresos fiscales excedentes se calcularan, destinaran, registraran y presentaran en la Cuenta Pública de 2005, de conformidad con lo dispuesto en el Presupuesto de Egresos de la Federación y la normativa aplicable, determinándose los resultados siguientes:

• La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) determinó recursos fiscales excedentes por 44,610,623.4 miles de pesos, con base en cifras aún no definitivas.

• Las reglas de Operación del Fondo de Estabilización de los Ingresos Petroleros establecen que para aplicar los excedentes se debe efectuar un ajuste anual a más tardar el último día de enero del siguiente año; sin embargo, el depósito correspondiente se efectuó hasta el 26 de abril de 2006, es decir con 85 días de retraso.

• De los descuentos que efectuó la SHCP para determinar los recursos fiscales excedentes, no se consideró el costo financiero de la deuda de Petróleos Mexicanos, el mayor costo de combustible de la Comisión Federal de Electricidad y los menores ingresos en Luz y Fuerza del Centro, requerimientos tales que tuvieron que ser cubiertos por las propias entidades; no obstante, el artículo 21, fracción I, inciso j, del PEF 2005, otorgó facultades discrecionales a la SHCP para efectuar dichos descuentos a los ingresos excedentes.

• La SHCP descontó de los ingresos excedentes la cantidad de 8,294,000.0 miles de pesos para financiar el aumento en los gastos presupuestales derivado de desastres naturales, cifra que resultó superior en 4,877,104.3 miles de pesos a la reportada en la Cuenta Pública.

• La SHCP aplicó 11,152,700.0 miles de pesos al balance económico del sector público mediante anticipos en el año, mecánica que hubiera sido procedente en un escenario de ingresos excedentes a la alza, pero no en uno con tendencia a la baja como fue el caso; además, dichos recursos se han venido utilizando, principalmente, en gasto corriente.

Se formularon 2 observaciones que generaron 6 acciones, las cuales corresponden a 2 recomendaciones y 4 promociones de responsabilidades administrativas sancionatorias.

Operación del Fideicomiso del Fondo de Estabilización de los Ingresos Petroleros (FEIP).

Los resultados obtenidos de auditorías anteriores practicadas por la ASF a este Fondo, así como los derivados de las realizadas por el Órgano Interno de Control de la SHCP, han generado presunciones de un alto grado de riesgo operativo y discrecionalidad en el manejo de los recursos de este Fideicomiso.

En esta ocasión, respecto del ejercicio 2005, se revisó que las operaciones efectuadas por el Fondo se realizaran conforme a las Reglas de Operación establecidas, se presentaran en la Cuenta Pública de dicho año y se registraran en la contabilidad, de conformidad con la normativa aplicable, determinándose los resultados siguientes:

• Las Reglas de Operación del FEIP establecen plazos para el traspaso de recursos al Fondo, los cuales no están de acuerdo con los que establece el PEF 2005, por lo que su Comité Técnico informó que promoverá la modificación del Contrato de Fideicomiso y de las Reglas de Operación con el fin de subsanar las diferencias en los plazos establecidos.

• NAFIN S.N.C. en su calidad de Fiduciaria, efectuó registros erróneos en la contabilidad del FEIP por 7,381,900.8 miles de pesos; sin embargo, derivado de la auditoría, NAFIN reclasificó dichos registros.

• El Comité Técnico del FEIP acordó dolarizar el Fondo, adquiriendo, en dos etapas, 1,188,931.5 miles de dólares americanos (12,789,080.0 miles de pesos), los que se invirtieron a una tasa promedio del 3.5% que generaron 791,030.5 miles de pesos. Sobre el particular, se considera que de no haberse hecho la conversión a dólares, se hubiese obtenido un rendimiento probable de 1,043,351.2 miles de pesos, lo cual arroja una diferencia en contra de 252,320.7 miles de pesos.

• Las Reglas de Operación del FEIP señalan que se podrán adquirir coberturas o instrumentos análogos; sin embargo, desde la creación del Fondo sólo se han contratado instrumentos de cobertura petrolera habiéndose erogado 16,544,450.9 miles de pesos hasta el 31 de diciembre de 2005 .

Se emitieron 5 observaciones que generaron 5 acciones, las cuales corresponden a 5 recomendaciones.

Devolución del Impuesto al Valor Agregado a Transportación Ferroviaria Mexicana, S.A. de C.V. (TFM).

Se verificó que las operaciones de devolución del Impuesto al Valor Agregado y la desincorporación de las acciones de TFM, se apegaran a la normativa aplicable y que se registraran en la contabilidad y presentaran en la Cuenta Pública, derivándose los resultados siguientes:

• Se promovieron diversos recursos legales tanto por TFM como por el Gobierno Federal (GF) durante el periodo comprendido de 1997 al 2005, no habiéndose demostrado que Ferrocarril del Noreste (FN) pagó al GF, el IVA derivado de las operaciones que en 1997 se llevaron a cabo entre la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) y FN, por la enajenación de bienes y equipo, el otorgamiento del título de concesión y el subarrendamiento financiero. Estos dos últimos conceptos no generaban IVA, de conformidad con la normativa aplicable vigente a esa fecha.

• Cabe señalar, que nunca se litigó el fondo de la procedencia de la devolución del IVA, únicamente se trató sobre la entrega del certificado de devolución.

• Nunca se acreditó el pago del IVA, y tampoco se realizó un proceso de verificación y dictaminación de la procedencia de la devolución del IVA, antes de la emisión del certificado.

• Ni el SAT, la TESOFE, la PFF, la PGR, la SCT ni tampoco los OIC en estas entidades, actuaron oportunamente en el ámbito de su competencia, y después de ocho años, el 26 de enero de 2005, se emitió la resolución definitiva e inacatable del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito del DF, en la que se ordenó al GF emitir el certificado de devolución del IVA por 2,111,111.8 miles de pesos, más actualizaciones e intereses.

El 12 de septiembre de 2005, las partes convinieron mediante un ``Contrato de Cumplimiento y de Transacción'', en dar por atendida la resolución judicial del 26 de enero de 2005 para la devolución de los 2,111,111.8 miles de pesos, los cuales, considerando actualizaciones e intereses, ascendieron a un monto de 12,965,742.2 miles de pesos.

Del monto señalado, TFM, se dio por recibida del pago de 5,623,927.3 miles de pesos por la desincorporación del 20% de las 276,797,501 acciones que se había reservado; además, también se dio por recibida de 551,873.0 miles de pesos del ISR por los intereses moratorios del IVA, renunciando, por todo ello, a cobrar los restantes 6,789,941.9 miles de pesos. Después de esta transacción, ambas partes se desistieron de los juicios que aún quedaban pendientes.

Se formularon 4 observaciones que generaron 4 acciones que corresponden a 1 recomendación y 3 promociones de responsabilidad administrativa sancionatoria.

Cuentas de Balance-Activo, ``Bancos''.

Se verificó en la TESOFE que las operaciones por los depósitos y retiros efectuados en las cuentas de ``Bancos'', se realizaran conforme a la normativa, y se reflejaran adecuadamente en la Cuenta Pública y en los registros contables respectivos, determinándose los resultados siguientes:

• La TESOFE no maneja auxiliares de la cuenta de Bancos, originando deficiencias en el control y registro de los recursos financieros que administra.

• La Dirección de Contabilidad (DC) registró movimientos contables erróneos, al incluir en la cuenta 11201 Caja, operaciones que correspondían a la cuenta 11203 Bancos, habiendo realizado ajustes por 932,891,726.0 miles de pesos, en junio de 2005, para corregir estos movimientos, sin presentar documentación que los soporte.

• En la cuenta 11201 Caja, se registraron, indebidamente, egresos por 582,840,629.5 miles de pesos, traspasando, de la cuenta 11203 Bancos, recursos por 554,480,544.7 miles de pesos, para evitar que la primera cuenta registrara saldo negativo, incumpliendo su propia norma interna.

• De enero a octubre de 2005, la DC registró inadecuadamente, en la cuenta 11201 Caja, 40,610,424.4 miles de pesos que provienen de Bancos, en lugar de registrarlos en esta última cuenta.

• Se determinaron diferencias de ingresos y egresos entre la DC y las áreas operativas, debido a que no se efectúan conciliaciones entre dichos registros.

• Durante 2005, la Dirección de Conciliaciones y Control Operativo (DCCO) y la DC no conciliaron el saldo de 77 cuentas bancarias que administró la TESOFE, contra los importes registrados en la cuenta de Bancos, lo que originó que, en diciembre de 2005, esta última cuenta reflejara 11,601,325.1 miles de pesos de más.

• Se detectó un registro erróneo de recursos recibido por los Bancos del concepto de Puentes Federales de Peaje por 4,937.7 miles de pesos.

• La DCCO y DC no conciliaron, en la cuenta de Bancos, 41 cuentas bancarias a nombre de la TESOFE en Banxico, por vencimiento de Créditos Hipotecarios y Liquidación con Garantía Hipotecaria a 18, 25 y 30 años; Planta Productiva Nacional-Crédito Disponible; Adicional de Estados y Municipios-Crédito Disponible; Banobras-Fondo de Infraestructura; FINAPE-Crédito Disponible; entre otros conceptos. Estas cuentas arrojaron, en total, un saldo al 31 de diciembre de 2005 de 64,683,289.9 miles de pesos.

Se emitieron 10 observaciones que generaron 20 acciones, correspondientes a 12 recomendaciones, 1 solicitud de aclaración-recuperación, 1 recomendación al desempeño y 6 promociones de responsabilidades administrativas sancionatorias.

Sistema de Evaluación del Desempeño (SED). Administración por resultados de los recursos públicos.

Se evaluó el enfoque de administración por resultados establecidos en el PEF (Sistema de Evaluación del Desempeño), para la ejecución de los programas y presupuestos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como la construcción de indicadores que identifiquen la eficiencia, los costos, la calidad de los bienes y servicios y el impacto social del ejercicio del gasto público, determinándose los resultados siguientes:

• En la planeación de mediano plazo se tienen 22 programas sectoriales identificados, publicándose 21 de ellos en el Diario Oficial de la Federación: 2 en 2001; 13 en 2002; 5 en 2003; 1 en 2004. La SHCP no emitió las disposiciones reglamentarias para regular los plazos de elaboración y publicación de dichos programas.

• De los 21 programas sectoriales dictaminados por la SHCP, en todos ellos establecieron objetivos; en 20, estrategias; en 12, metas; en 6, políticas; en 2, prioridades; en ninguno se estimaron recursos y tiempos de ejecución; en 9, responsables de las acciones; y en 18, indicadores para evaluar el desempeño (en estos indicadores no se definieron metas, careciendo de vinculación entre la planeación y la evaluación).

• En la planeación a corto plazo, se constató que de las 286 dependencias y entidades (que incluyen a los organismos constitucionalmente autónomos), 262 de ellas definieron un total de 1,008 indicadores. La SHCP validó y aprobó que las 24 dependencias y entidades restantes no establecieran indicadores.

• La SHCP y la SFP integraron el Informe de Resultados con una cobertura del 53.4% de las 262 dependencias y entidades y del 64.6% de los 1,008 indicadores establecidos.

• No se logró identificar la eficiencia, los costos y la calidad, ni el impacto social del ejercicio del gasto público, toda vez que las autoridades no emitieron los criterios normativos para la clasificación de los indicadores respectivos.

• La SHCP proporcionó la clasificación que realizaron 71 dependencias y entidades de 218 indicadores. La evaluación realizada por la ASF mostró que 87 indicadores fueron congruentes con la definición de su clasificación; en 80, se midió el impacto social del gasto público; en 6, se midió la calidad de los bienes y servicios; y en 1, la eficiencia del ejercicio del gasto.

• En conclusión, el SED, basado en indicadores estratégicos, de gestión y de servicios, no se encuentra totalmente establecido, lo que dificulta la evaluación del cumplimiento de objetivos y metas, y no permite conocer la calidad de la acción pública y la gestión del gasto.

Se emitieron 12 observaciones que generaron 26 acciones, las cuales corresponden a 11 recomendaciones, 2 promociones de intervención de la instancia de control y 13 recomendaciones al desempeño.

Evaluación del Sistema Integral de Contabilidad Gubernamental.

Se evaluó que la información contable, financiera, presupuestal, programática, administrativa, económica y patrimonial generada por el Sistema Integral de Contabilidad Gubernamental, se presentó en la Cuenta Pública 2005 de manera confiable, completa, oportuna, clara, veraz y relevante, conforme al marco legal y normativo, derivándose los resultados siguientes:

• Inexistencia de normas del Sector Público convergentes con las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP). Por lo tanto, se requiere que en México se promuevan o actualicen, en su caso, las Normas Nacionales de Contabilidad para el Sector Público, para armonizarlas con las emitidas por el Consejo de la Federación Internacional de Contadores y que contengan los preceptos establecidos en las NICSP, tales como: un sistema de contabilidad con base en devengado; revelación separada del tratamiento contable para los cambios en estimaciones de contabilidad; cambios en las políticas contables y corrección de errores fundamentales; tratamiento contable del patrimonio nacional; requisitos para el reconocimiento de provisiones; y la revelación de obligaciones y activos contingentes;

• Se requiere homogeneizar la información financiera del Gobierno Federal y de los gobiernos estatales y municipales con objeto de incrementar la calidad y la comparabilidad de la información presentada por los entes del sector público, y que lo mandatado por la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), que constituye un paso hacia la contabilidad con base en devengado, se regule con normas nacionales de contabilidad gubernamental que obliguen a reconocer los costos de los resultados alcanzados, de las metas programadas y del registro y preservación del patrimonio público.

• Se hace urgente también elaborar un programa de trabajo y de actividades que incluya objetivos y metas para implementar las acciones que establece la LFPRH en materia de contabilidad gubernamental.

• En resumen, se requiere instaurar, en concordancia con las NICSP, las Normas Nacionales de Contabilidad del Sector Público para los tres órdenes de Gobierno, y considerar la instrumentación de los mandatos establecidos en la LFPRH.

Se formularon 3 observaciones que generaron 3 acciones, las cuales corresponden a 3 recomendaciones al desempeño.

Evaluación de la normativa para el otorgamiento de donativos del Sector Público Presupuestario.

Se evaluó la normativa presupuestaria para el registro y control de los donativos otorgados por el sector público presupuestario, su aplicación y, en su caso, el destino final que se dio a estas erogaciones por parte de la SHCP, la SEP, CONACULTA, PEMEX y el IMSS, derivándose los resultados siguientes:

• En general, las erogaciones efectuadas por las dependencias y entidades en calidad de donativos carecen, tanto a nivel de las disposiciones presupuestarias como de la normativa interna de los entes públicos, de criterios para acotar la discrecionalidad en su otorgamiento, evaluar el impacto social de los beneficios derivados de su aplicación, verificar que los recursos se aplicaron a los fines establecidos y cuantificar la contribución del donativo al logro de los objetivos institucionales o de los programas a cargo de las entidades otorgantes.

• En cuanto a control se refiere, no se obliga a los beneficiarios a manejar en una cuenta bancaria especial los recursos recibidos como donativos, y aunque la normativa presupuestaria indica que los beneficiarios no deben estar sujetos a procesos legales y sus principales ingresos no deben provenir del presupuesto, no establece el procedimiento mediante el cual se garantice el cumplimiento de estos requisitos.

• Particularmente, en CONACULTA, se detectó que el control interno del registro presupuestario y contable de donativos es deficiente, ya que no existe certeza del número de beneficiarios ni del monto de donativos otorgados en 2005; además, dicha entidad ejerció recursos presupuestarios que no estuvieron autorizados en su presupuesto modificado y otorgó un donativo por un monto mayor al autorizado.

• Se requiere adecuar y expedir la normativa para atender la problemática señalada, estableciendo con precisión los propósitos y las circunstancias en que podrán concederse estos apoyos, así como las características de las instituciones beneficiarias.

Se formularon 10 observaciones que generaron 12 acciones correspondientes a 1 recomendación, 7 recomendaciones al desempeño y 4 promociones de responsabilidades administrativas sancionatorias.

Evaluación del nuevo Sistema de Fideicomisos, Mandatos y Contratos Análogos.

Se evaluó el grado de avance y cumplimiento de los objetivos que se establecieron en el nuevo Sistema de Fideicomisos, Mandatos y Contratos Análogos, determinándose los resultados siguientes:

• El número de figuras jurídicas vigentes y no vigentes se incrementó de 1,387 en 2004 a 1409 en 2005, y el monto de sus activos pasó de 675,443,389.4 miles de pesos a 742,020,541.9 miles de pesos.

• El Sistema de Fideicomisos, Mandatos y Análogos no tiene registrado el universo total de este tipo de figuras jurídicas, ya que los Poderes Legislativo y Judicial, así como los órganos constitucionalmente autónomos, no están obligados a reportar en dicho sistema los actos jurídicos que constituyen.

• El nuevo Sistema presenta avances importantes, ya que facilita tanto la captura de la información como las consultas y reportes de los actos jurídicos inscritos.

• De igual forma, mejoró el control al definirse las responsabilidades de las áreas involucradas en la operación del Sistema en relación a la captura, validación, revisión e integración de informes; asimismo, facilita, de mejor manera, su fiscalización, al permitir el acceso a las instancias competentes como lo son la ASF y la SFP.

• No obstante lo anterior, el Sistema no dispone de un mecanismo que garantice que las dependencias y entidades den de alta la totalidad de estas figuras jurídicas.

• Igualmente, se detectaron fallas en su operación, debido a que de 46 figuras jurídicas revisadas, en 4 casos no fue posible consultar los datos y el soporte documental para el trámite de renovación de la clave de registro presupuestario.

• En el diseño del sistema no se consideró la emisión de reportes globales sobre los activos, pasivos y patrimonio del conjunto de figuras jurídicas; respecto de este último señalamiento, la SHCP giró instrucciones para iniciar un proceso de mejora del Sistema.

• Se recomendó establecer la obligatoriedad de dictaminar anualmente los estados financieros de estas figuras jurídicas por parte de auditores externos.

Se formularon 2 observaciones que generaron 2 acciones, las cuales corresponden a 2 recomendaciones.

Devolución de impuestos que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público efectuó a los contribuyentes.

Se analizaron las causas que dan lugar a las devoluciones de impuestos; se verificó si se apegan a la normativa aplicable; y se identificó el tipo de empresas y sectores productivos en los que se generó la mayoría de estas devoluciones, determinándose los resultados siguientes:

• Entre 2000 y 2005, las devoluciones de impuestos pagados a los contribuyentes fueron de 679,691,300.0 miles de pesos, de los cuales el 79.4% correspondió al IVA y 14.5% al ISR. Específicamente, en 2005, las devoluciones ascendieron a 149,849,700.0 miles de pesos, monto superior en 98.9% a lo registrado en 2000.

• Las devoluciones son consecuencia de las disposiciones de la legislación fiscal, entre las que destacan: la aplicación de la tasa 0 a los bienes y servicios señalados en el artículo 2-A de la Ley del IVA; la exención del pago de este impuesto a la enajenación de los bienes y la prestación de los servicios señalados en los artículos 9 y 15 de la Ley del IVA, que opera como deducción para efectos del ISR; y las modificaciones a la Ley del ISR, que han reducido la base gravable al aumentar las deducciones y exenciones en beneficio de empresas que operan en Bolsa, así como de las dedicadas al transporte terrestre de carga y pasaje, de los desarrolladores inmobiliarios, y de diversas actividades agrícolas y ganaderas.

También contribuyó la resolución de la SCJN, al dejar sin efecto los impuestos a la venta de bienes y servicios suntuarios, sustitutivo del crédito al salario, a la enajenación de aguas mineralizadas, el especial sobre producción y servicios a telecomunicaciones y servicios conexos, y la disposición transitoria que exentaba del pago del ISR a las gratificaciones a los trabajadores al servicio de la Federación y entidades federativas.

• Las devoluciones de impuestos se encuentran altamente concentradas, generando una situación de privilegio que contraviene el principio de equidad fiscal. Se constató, que 4,132 grandes contribuyentes recibieron 106,519,565.6 miles de pesos, por concepto de devoluciones, lo que representó el 71.1% del total pagado en 2005. Destacan 398 de esos grandes contribuyentes, que concentraron el 76.5% de ese monto; aún más, 10 de ellos recibieron una devolución promedio de 1,741,630.0 miles de pesos, que contrasta con el promedio global de 52.1 miles de pesos del resto de los contribuyentes.

• Los beneficiarios fueron empresas de la industria automotriz, productos fotográficos, panificadoras, acereras, tiendas departamentales y de autoservicio e instituciones financieras.

• Se detectaron 50 grandes contribuyentes cuyos pagos individuales de ISR en 2005, deducidas las devoluciones, fueron menores a 74 pesos, mientras que otros 50 de esta clasificación de contribuyentes pagaron hasta 67 pesos por concepto de IVA. Los grandes contribuyentes son aquellos cuyos ingresos brutos anuales son superiores a 500 millones de pesos.

• Las devoluciones efectuadas en el periodo 2001-2005, por 604,366,100.0 miles de pesos, superaron en 216.0% al incremento en la inversión privada que fue de 279,832,900.0 miles de pesos, lo que, en principio, cuestiona la hipótesis de que una menor tributación, como en rigor implican las devoluciones, libera recursos a los particulares para incrementar la formación bruta de capital.

Se emitieron 3 observaciones que generaron 3 acciones, las cuales corresponden a 3 recomendaciones.

SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SAT).

Recaudación de ingresos por Derecho de Trámite Aduanero.

Se verificó que los ingresos se calcularan, cobraran, enteraran a la Tesorería de la Federación, registraran en la contabilidad y presentaran en la Cuenta Pública, de conformidad con la normativa aplicable; asimismo, se evaluó el cumplimiento de objetivos y metas, determinándose los resultados siguientes:

• El SAT registró indebidamente en el rubro del Derecho de Trámite Aduanero, devoluciones de impuestos por 1,220,176.4 miles de pesos, integradas por 10,185.2 miles de pesos de devoluciones virtuales, y 1,209,991.2 miles de pesos de devoluciones en efectivo, que no corresponden a este derecho.

• Se registraron 3,829,459.0 miles de pesos como ingresos ajenos. Si bien dichos recursos son considerados como recursos privados de acuerdo a la Controversia Constitucional 84/2004, éstos se manejan indebidamente en un fideicomiso público sin que la SHCP defina las reglas para su control, registro y presentación en la Cuenta Pública.

• Las instituciones bancarias que recaudan contribuciones al comercio exterior realizaron movimientos en mayo, noviembre y diciembre de 2005 por 432,064.4 miles de pesos, sin la correspondiente afectación complementaria.

Se formularon 4 observaciones que generaron 5 acciones, correspondientes a 1 recomendación, 1 promoción de intervención de la instancia de control, 2 solicitudes de aclaración-recuperación y 1 promoción de responsabilidades administrativas sancionatorias.

Devoluciones en efectivo de multas por corrección fiscal.

Se verificó que las devoluciones se determinaran, autorizaran, registraran en la contabilidad y presentaran en la Cuenta Pública, y se comprobó que las devoluciones por resoluciones jurídicas se realizaran de conformidad con la normativa, determinándose los resultados siguientes:

• La Administración del Centro Contable (ACC) registró indebidamente 455,405.4 miles de pesos, en el rubro ``Devoluciones en efectivo de multas por corrección fiscal'', de la Cuenta Pública 2005, reportados de esa manera por la Administración Central de Devoluciones y Compensaciones, aún cuando éstas correspondieron a devoluciones de IVA e ISR, entre otros conceptos; lo anterior se determinó como resultado de la revisión de 81 devoluciones por 465,344.3 miles de pesos.

• La Administración Local de Recaudación del Norte del DF pagó a un contribuyente 40.1 miles de pesos de intereses, debido a que emitió la resolución del IVA en forma extemporánea.

• La ACC registró 143 devoluciones no pagadas por 2,349.7 miles de pesos, reportadas en la Cuenta Pública por la Administración Central de Devoluciones y Compensaciones de la Administración General de Recaudación, así como 26 devoluciones no pagadas por 4,885.5 miles de pesos, reportadas también en el Estado Analítico de Ingresos.

• La Administración Local de Grandes Contribuyentes del Norte de DF, pagó a un contribuyente 1,995.3 miles de pesos, por aplicar un factor distinto de actualización e intereses.

Se emitieron 13 observaciones que generaron 16 acciones, las cuales corresponden a 12 recomendaciones, 1 promoción de intervención de la instancia de control, 1 pliego de observaciones y 2 promociones de responsabilidades administrativas sancionatorias.

Eficiencia recaudatoria del Estado. Recaudación de ingresos fiscales del Gobierno Federal.

Se evaluaron las acciones para recaudar los impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos y aprovechamientos federales y sus accesorios, que la legislación fiscal establece, a fin de verificar el impacto de sus resultados en los ingresos del Gobierno Federal y en el gasto público, determinándose los resultados siguientes:

• En el periodo 2001-2005, los ingresos ordinarios del Sector Público Presupuestario pasaron de 1,697,617.2 a 1,947,816.3 millones de pesos, lo que significó una tasa media de crecimiento anual real de 3.5%.

• Por tipo de fuente, la contribución de los ingresos petroleros se incrementó en 4.1 puntos porcentuales, al pasar de 33.2% a 37.3%; en tanto que los no petroleros disminuyeron su participación de 66.8% a 62.7%.

• Por tipo de ingreso, los ingresos fiscales del Gobierno Federal mostraron un crecimiento de 12.7%, mientras que los provenientes de organismos y empresas registraron un crecimiento real de 20.6%.

• La tasa media de crecimiento anual de los ingresos tributarios fue negativa de 1.9%, y su participación respecto de los ingresos fiscales del Gobierno Federal registró una disminución de 12.3 puntos porcentuales, al pasar de 69.7% en 2001 a 57.4% en 2005, mientras que los ingresos no tributarios registraron una tasa media de crecimiento anual en el periodo de 12.3%, y pasaron de representar el 30.3% de los ingresos fiscales del Gobierno Federal en 2001, al 42.6% en 2005.

• En 2005, los ingresos fiscales del Gobierno Federal, por 1,412,505.0 millones de pesos, fueron superiores en 10.3% a los programados, y los ingresos administrados por el SAT, por 772,831.7 millones de pesos, fueron mayores en 0.4% que los previstos.

• Por su parte, los ingresos administrados por el SAT en 2005 representaron el 54.7% de la recaudación de los ingresos fiscales del Gobierno Federal, y el 39.7% de los ingresos ordinarios del Sector Público Presupuestario, y contribuyeron con el 39.0% al financiamiento del gasto neto presupuestario del Gobierno Federal.

• A diciembre de 2005 había en el Registro Federal de Contribuyentes 25,254 miles de contribuyentes inscritos, de los que el 81.1% fueron activos localizados mismos que presentaron un incremento de 162.8%, por la incorporación de 9,809 miles de asalariados en 2004 y 2005.

• En cuanto a créditos fiscales se refiere, éstos crecieron, en el periodo 2001-2005, a una tasa media anual real de 10.0%, al pasar de 338,091.5 a 495,807.9 millones de pesos. Aun cuando el importe que se recuperó pasó de 7,093.0 a 8,522.0 millones de pesos, el porcentaje de recuperación respecto del importe de los créditos determinados se mantuvo en 1.1%, debido a los diferentes mecanismos legales a los que recurren los contribuyentes.

• A 2005, el SAT registró un total de 47,070 juicios fiscales por 70,654.4 millones de pesos, de los cuales el 97.5% correspondió a otros contribuyentes y el 2.5% a grandes contribuyentes. En total, en 2005 se concluyó el 73.8% de los juicios, y de éstos, el 46.8%, resultaron con sentencia favorable al SAT y el 53.2% con sentencia desfavorable.

• El SAT no estableció en sus programas de mediano y largo plazo la meta del universo potencial de contribuyentes (43,177 miles de Población Económicamente Activa al cuarto trimestre de 2004); y no llevó a cabo acciones en 2005 para combatir la elusión fiscal.

Se formularon 8 observaciones que generaron 10 acciones, correspondientes a 3 recomendaciones, 1 promoción de intervención de la instancia de control, 5 recomendaciones al desempeño y 1 promoción de responsabilidades administrativas sancionatorias.

Créditos fiscales otorgados por el Servicio de Administración Tributaria.

La revisión efectuada tuvo como objetivo identificar las causas por las que se generan créditos fiscales y detectar en qué tipo de operaciones, sectores productivos o empresas se produce el mayor número y monto de éstos; analizar las acciones aplicadas para su recuperación y el costo de las mismas en comparación con los montos recuperados; y verificar las razones del por qué la mayoría de los créditos fiscales se vuelven irrecuperables o están en litigio, derivándose los resultados siguientes:

• De 2001 a 2005, el saldo de los créditos fiscales pasó de 27.9% de los ingresos ordinarios del Gobierno Federal al 35.1%.

• Los créditos controvertidos equivalen al 40.3% de la cartera, y la recuperación de créditos fiscales que se obtuvo en 2005, por 8,522,040.6 miles de pesos, representó el 1.7% de la cartera total.

• Se determinó que 298 deudores acumularon 20,717 créditos fiscales (70 créditos en promedio). Asimismo, se detectaron 15 contribuyentes con más de 100 créditos fiscales cada uno y, de ellos, 6 registraron más de 300; se observó también, que un solo contribuyente acumuló 1,453 créditos. De lo anterior, se desprende que no existe un límite para la determinación de créditos fiscales y que ciertos contribuyentes han omitido sus obligaciones por un tiempo prolongado.

• Por otra parte, se constató que 3 bancos concentraron 780 créditos por 28,623,193.3 miles de pesos, y un solo banco registró 683 créditos por 24,918,603.5 miles de pesos.

• En el ramo de la construcción, 14 empresas con 235 créditos adeudaban 9,880,860.0 miles de pesos, y las obligaciones que adeudaban 3 de ellas, con 57 créditos, equivalían al 40.7% de dicho monto.

• 11 ingenios, con 739 créditos, adeudaban 8,267,168.9 miles de pesos, y 4 de ellos concentraban más de la mitad de los créditos y montos mencionados.

• En el ramo de transportes, 2 empresas registraron 1,060 créditos por 5,779,737.7 miles de pesos.

• En materia de entretenimiento y comunicaciones, 4 clubes de fútbol, con 79 créditos, adeudaban 2,178,880.2 miles de pesos; una compañía editorial, con 40 créditos, debían 2,675,476.0 miles de pesos; y 2 cadenas televisivas registraron créditos por 1,521,821.2 miles de pesos.

• Se detectaron contribuyentes con créditos fiscales que, en 2005, obtuvieron devoluciones de impuestos por parte del SAT.

• Los créditos fiscales no recuperados y las devoluciones de impuestos implican montos de recursos importantes que dejó de percibir el erario federal. Por ello, resulta indispensable revisar, en el corto plazo, la legislación y las disposiciones normativas en la materia, así como la calidad de las demandas que se presentan y la responsabilidad de los servidores públicos en el seguimiento de los juicios.

Se emitieron 2 observaciones que generaron 2 acciones, las cuales corresponden a 2 recomendaciones.

NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. (NAFIN).

Fideicomiso para administrar la contraprestación del Artículo 16 de la Ley Aduanera (FACLA).

• El FACLA es un fideicomiso registrado como público, pero administra indebidamente recursos privados. El Comité Técnico del fideicomiso está conformado por servidores públicos, cuyos costos son absorbidos por el Gobierno Federal.

• El 29 de diciembre de 2005, NAFIN, en su carácter de fiduciaria del Fideicomiso, depositó 1,000,000.0 miles de pesos a la TESOFE. Posteriormente, el 6 de noviembre de 2006, el SAT emitió la Regla 1.3.10. de carácter general en materia de comercio exterior, ex profeso para retirar dichos recursos, mismos que recibió el Fideicomiso el 7 de noviembre de 2006.

• El SAT realizó 8 procedimientos de adquisiciones para contratar los servicios establecidos en el artículo 16 de la Ley Aduanera; sin embargo, se determinó que los descuentos ofrecidos por las empresas a las que se les adjudicaron los servicios no se consideraron indebidamente en los clausulados de los contratos respectivos.

• Las facturas emitidas por los prestadores del servicio del segundo reconocimiento aduanero se emitieron a nombre de la SHCP, debiendo haberse formulado a favor del FACLA; además, dichas facturas no cubrieron los requisitos fiscales respectivos.

Se emitieron 4 observaciones que generaron 7 acciones, correspondientes a 1 recomendación, 1 promoción del ejercicio de la facultad de comprobación fiscal, 1 pliego de observaciones y 4 promociones de responsabilidades administrativas sancionatorias.

Fideicomiso ``Programa de Mejoramiento de los Medios de Informática y de Control de las Autoridades Aduaneras'', (FIDEMICA).

Se verificó que los ingresos por aprovechamientos por prevalidación de pedimentos se transfirieran al fideicomiso, se aplicaran al cumplimiento de su objeto, se registraran en la contabilidad y se presentaran en los estados financieros, de conformidad con la normativa relativa a estas operaciones; asimismo, se evaluaron los objetivos y metas relacionados con el fideicomiso, determinándose los resultados siguientes:

• La SHCP y el SAT aplicaron la normativa de ingresos excedentes para transferir al FIDEMICA, 966,438.3 miles de pesos de aprovechamientos por prevalidación de pedimentos recaudados de enero a la primera quincena de diciembre de 2005; conforme a los plazos que establece la normativa, no se tramitó el reembolso de 56,506.2 miles de pesos, recaudados en la segunda quincena de diciembre de 2005.

• El SAT no registró de manera puntual en las solicitudes de adecuación presupuestaria la justificación del gasto adicional.

• La TESOFE transfirió los 966,438.3 miles de pesos de aprovechamientos, de los cuales 817,155.3 miles de pesos, el SAT lo solicitó con la clave presupuestaria correcta (4328), correspondiente a transferencias para aportaciones a fideicomisos y mandatos; sin embargo, de esa cantidad dispuso de 316,049.3 miles de pesos que afectaron claves presupuestarias distintas a la antes señalada.

• El Comité Técnico del FIDEMICA no realizó las acciones necesarias para que NAFIN transmitiera, mediante instrumento jurídico, la propiedad de los bienes en equipamiento, servicios e infraestructura por 565,265.2 miles de pesos, entregados al SAT, lo que generó que en 2005 se aplicaran recursos de ese fideicomiso por 18,944.5 miles de pesos, a mantenimiento y gastos menores asociados a dichos bienes.

• El Programa de Mejoramiento de los Medios de Informática y de Control de las Autoridades Aduaneras, carece de formalización por las partes que suscribieron el Contrato de Fideicomiso de Administración, no obstante que en éste se establece que forma parte del mismo.

• El Comité Técnico autorizó modificaciones al Programa en 2003 y en 2006, sin contar con atribuciones para ello, ya que debieron formalizarse por las partes que suscribieron el Contrato de Fideicomiso.

• El Comité Técnico autorizó a NAFIN a aplicar recursos en 2005 a gastos de operación en diversos proyectos por 89,247.6 miles de pesos, en vez de aplicarlos a gastos de inversión, como se establece en el Programa.

• A partir del 1° de agosto de 2006, la TESOFE dejó de participar en las sesiones del Comité de Vigilancia; sin embargo, la cláusula décima del Contrato de Fideicomiso, que establece la constitución del Comité, sigue vigente a la fecha de la auditoría.

• En 2005, el OIC en NAFIN no auditó el ejercicio de la función fiduciaria de esa institución en el FIDEMICA.

• En las metas para el ejercicio de 2005, presentadas por el SAT ante la SHCP, se contemplaron 31 proyectos autorizados en los ejercicios de 2003 y 2004 por el Comité Técnico, los cuales no se cumplieron.

Se emitieron 9 observaciones que generaron 14 acciones, las cuales corresponden a 4 recomendaciones, 2 promociones de intervención de la instancia de control, 2 pliegos de observaciones y 6 promociones de responsabilidades administrativas sancionatorias.

INSTITUTO PARA LA PROTECCIÓN AL AHORRO BANCARIO (IPAB).

Nuevo Programa de Banamex, de BBVA Bancomer, de HSBC y de Banorte

• Con el canje de los pagarés del FOBAPROA por los Instrumentos del IPAB, se dio al artículo quinto transitorio de la y de Protección al Ahorro Bancario (LPAB) y las Reglas Generales del Nuevo Programa, expedidas el 16 de junio de 1999 por la Junta de Gobierno del IPAB.

• El objetivo de las auditorías fue verificar que las revisiones a la Gestión, Existencia y Legitimidad (GEL), de los fideicomisos del PCCC, se realizaron de conformidad con los Términos de Referencia aprobados por la Junta de Gobierno del IPAB, así como comprobar que el canje de los pagarés del FOBAPROA por los Instrumentos del IPAB correspondientes al Nuevo Programa, y los recursos que destinó el Gobierno Federal para el pago de los citados instrumentos, se ajustaron a la LPAB y demás disposiciones normativas.

• El IPAB contrató a terceros especializados para realizar las revisiones GEL de los fideicomisos del PCCC. Las revisiones se realizaron de acuerdo con el Contrato del Nuevo Programa celebrado en cumplimiento de la LPAB y de conformidad con los términos de referencia aprobados en 2004 por la Junta de Gobierno del IPAB.

• Como resultado de las revisiones GEL, los despachos externos detectaron créditos relacionados o duplicados, saldos al descubierto (adeudos de intereses), y posibles conductas irregulares, por lo que se lograron recuperaciones por 1,257.0 millones de pesos, lo que representó una reducción del costo fiscal.

• Una vez realizadas las revisiones GEL, el IPAB emitió, en mayo de 2005, con fecha valor al 31 de marzo del mismo año, los Instrumentos de pago a favor de Banamex, BBVA Bancomer, HSBC y Banorte por 128,826.9 millones de pesos, los cuales, con los intereses generados al 31 de diciembre de 2005 por 5,999.4 millones de pesos, ascendieron a 134,826.3 millones de pesos.

• El Instituto efectuó pagos anticipados con recursos generados por los instrumentos del IPAB por 90,642.3 millones de pesos, por los cuales recibió un descuento total de 763.6 millones de pesos.

El costo de oportunidad del IPAB por los pagos anticipados del Nuevo Programa fue de 523.1 millones de pesos, que comparados con los 763.6 millones de pesos que obtuvo por el referido descuento, se generó un beneficio de 240.5 millones de pesos.

Estos pagos anticipados permitieron al IPAB mejorar el nivel de los vencimientos de los pasivos, reducir sensiblemente el nivel de recursos líquidos estimados para el cierre de 2005 y distribuir los pagos en un mayor número de transferencias de menor cuantía.

• Además, el IPAB efectuó amortizaciones con recursos de la cobranza de los créditos de la cartera de los fideicomisos del Nuevo Programa por 4,388.1 millones de pesos.
También, realizó pagos contractuales al vencimiento de los instrumentos del IPAB del tramo I por 26,324.0 millones de pesos.

• Con el Esquema de Incentivos, el costo fiscal se redujo en un total de 9,766.8 millones de pesos.

Enajenación de carteras hipotecarias del Nuevo Programa de Banamex y de BBVA Bancomer.

Se revisó que el proceso de enajenación de las carteras hipotecarias vigente y vencida del Nuevo Programa de Banamex y BBVA Bancomer, se realizara conforme a la legislación y normativa correspondiente, habiéndose determinado los resultados siguientes:

• Con la venta de las carteras hipotecarias, se recuperó hasta el 173.2% respecto del Valor de Referencia Garantizado (VRG), pero el 37.5% del saldo contable registrado al 30 de junio de 2005.

• El proceso de enajenación se realizó con sujeción a los términos pactados en el contrato atípico del Programa de Capitalización y Compra de Cartera (PCCC), firmado entre el FOBAPROA y Banamex y/o BBVA Bancomer; dichos términos fueron retomados por el IPAB por mandato de ley, conforme al artículo quinto transitorio de la LPAB, para la celebración de los contratos de Administración y Cobranza, como parte de los contratos del Nuevo Programa que sustituyó al PCCC.

• Los términos pactados en los contratos de Administración y Cobranza consideraron que, para la enajenación de la cartera, se deberían aplicar las mismas políticas y procedimientos que observan los bancos en estas operaciones; sin embargo, éstos no contaban con ellas, lo que trajo como consecuencia una indefinición de las reglas de venta y de selección de los terceros especializados que apoyaron al banco para cumplir con el objetivo, lo que originó inconsistencias y discrecionalidad en la toma de decisiones, así como un posible conflicto de intereses en el caso de Banamex.

• Las debilidades normativas que de origen presentó el rescate bancario como resultado de la crisis financiera de 1994-1995, producto de una insuficiente e ineficaz regulación y una deficiente supervisión por parte de la SHCP, de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y del Banco de México, como responsables de la vigilancia del sistema financiero, se vieron reflejadas en las cláusulas de los contratos que celebró el FOBAPROA con los bancos, las cuales el IPAB debió respetar y ejecutar en la suscripción del Nuevo Programa.

Estas deficiencias de origen no permitieron realizar los procesos de enajenación de las carteras hipotecarias del Nuevo Programa de Banamex y de BBVA Bancomer bajo sanas prácticas bancarias y, en consecuencia, en las mejores condiciones para el Estado.

• La situación anterior se vio reflejada de manera específica en la venta de la cartera y en las condiciones establecidas en los Contratos de Administración y Cobranza, provocando que los procesos de enajenación presentaran las debilidades siguientes:
- La contratación de los agentes valuadores que determinaron el VRG estuvo restringida al no tener opciones de otros especialistas;
- El agente valuador pudo reconsiderar la estimación de su VRG;.
- El mismo agente que fungió como valuador realizó funciones también como colocador; y
- La contratación del agente colocador, por parte de los bancos, fue discrecional, afectando la transparencia del proceso de enajenación de la cartera hipotecaria del Nuevo Programa de Banamex y BBVA Bancomer.
- Por lo anterior, la instrumentación del rescate bancario, en lo general, careció de políticas, procedimientos y reglas de operación, que trajo como consecuencia discrecionalidad en la toma de decisiones, falta de transparencia en las operaciones y ambigüedad en las responsabilidades imputables a los servidores públicos y a las instituciones que participaron en la conducción de los programas de saneamiento y capitalización.

Se formularon 16 observaciones que generaron 22 acciones; que corresponden a 16 recomendaciones al desempeño y 6 promociones de responsabilidades administrativas sancionatorias.

SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES (SAE).

Venta de inmuebles del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario.

Se revisó que el proceso utilizado por el SAE para la venta de 121 inmuebles por 49,940.0 miles de pesos, provenientes del IPAB ofrecieran las mejores condiciones económicas para el Estado, determinándose los resultados siguientes:

• La Junta de Gobierno del organismo no tiene establecidos lineamientos generales para la enajenación de los bienes, que permitan evaluar las propuestas y determinar la adjudicación de los bienes de acuerdo con su naturaleza.

• De los 7,886 bienes inmuebles que el IPAB transfirió documentalmente al SAE para su venta, a la fecha de la auditoría, 35 de ellos no los había entregado físicamente; asimismo, al 31 de diciembre de 2005, en el Padrón General de Bienes Inmuebles del IPAB, no se reflejaba el saldo real de 7,284 bienes inmuebles.

• Por otra parte, no se incluyó en la convocatoria, ni en el acta de fallo de la Licitación Pública DECBI núm. 05/05 para la enajenación de 121 inmuebles provenientes del IPAB, el precio base de venta, ni se justificó el hecho de no haberlo incluido. Además, en las cédulas de fallo solo se consignó la postura del ganador.

• Asimismo, los valores de catastro y/o avalúo de diversos bienes inmuebles asentados en las escrituras de compra venta, son superiores en 10,919.4 miles de pesos al valor en el que fueron vendidos por el SAE, de lo que se desprende que no se obtuvieron las mejores condiciones económicas, y por lo tanto se presume un posible daño al patrimonio de la Hacienda Pública Federal.

Se formularon 11 observaciones que generaron 17 acciones, correspondientes a 10 recomendaciones, 1 pliego de observaciones, 5 promociones de responsabilidades administrativas sancionatorias y 1 denuncia de hechos.

BANCO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, S.N.C.

Egresos presupuestales para el otorgamiento de crédito.

Se verificó que los recursos ejercidos en 2005 por el Bancomext por concepto de otorgamiento de créditos, correspondieran a previsiones de su presupuesto destinadas al financiamiento de actividades productivas; que en su otorgamiento se cumplieran con las políticas y requisitos institucionales para la selección de acreditados; que la recuperación de los adeudos se realizará conforme a las condiciones pactadas en los contratos; que el registro contable y presupuestal de las operaciones se apegaran a la normativa gubernamental y a las prácticas bancarias establecidas por la CNBV, y que se cumpliera con las metas establecidas en materia crediticia, determinándose los resultados siguientes:

• En 11 créditos por 24,967.6 miles de pesos, la Dirección de Promoción de Crédito no llevó a cabo las gestiones de cobranza procedentes, y al cierre de la auditoría (noviembre de 2006), no se había iniciado el proceso de cobro por la vía judicial. La Dirección Ejecutiva Jurídica de Bancomext consideró que las expectativas de recuperación son casi nulas.

• No se ha iniciado el proceso de cobro por la vía judicial de un crédito por 2,811.4 miles de pesos, ya que se carece de los documentos originales, tales como las escrituras públicas y los pagarés.

• Un acreditado, con saldo de 373,703.5 miles de pesos, se consideró como Empresa en Pago Sostenido sin haber cumplido con los requisitos de la reestructura que le fue autorizado, dando origen a su falta de pago y posterior demanda ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

• De un acreditado, con saldo de 2,158.0 miles de pesos, se detectó que los avalúos de los terrenos que garantizan el crédito eran de 1999, y que la indemnización amparada por la póliza de seguro de daños, ocasionados por el huracán Emily, se pagó directamente al acreditado sin verificar la procedencia de la solicitud de autorización realizada al Comité Ejecutivo Regional por la Gerencia de Banca Empresarial de Mérida.

Se emitieron 6 observaciones que generaron 9 acciones, las cuales corresponden a 5 recomendaciones, 2 pliegos de observaciones y 2 promociones de responsabilidades administrativas sancionatorias.

LOTERÍA NACIONAL PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA.

Cuentas de resultados. ``Venta Neta'', y recuperación de cartera.

Se revisó que la ``Venta Neta'' reportada en el ``Estado de Resultados'' al 31 de diciembre de 2005, correspondiera a los ingresos obtenidos durante el ejercicio derivados de las operaciones propias de la entidad; se verificó el cumplimiento de las políticas de venta de billetes de lotería y recuperación de cartera, así como su registro contable conforme a la normativa aplicable; y se evaluó el cumplimiento de objetivos y metas mediante el análisis de los indicadores de gestión, sobre las acciones realizadas respecto de la venta y cobro a expendedores de los billetes de lotería, determinándose los resultados siguientes:

• LOTENAL otorgó dotación de billetes de lotería a los organismos de venta 13, 19 y 49 que tenían adeudos de 1996 a 2000, y que eran insolventes, no solicitándoles garantías de acuerdo al Programa Operativo Temporal para el saneamiento de la Cartera Vencida, y tampoco recuperándose dichos adeudos por 52,539.6 miles de pesos.

• Los adeudos de 7 organismos, por 241.1 miles de pesos, correspondientes a Lotería Mexicana, que dejó de operar desde 1997, a la fecha de la revisión (octubre de 2006), no se habían enviado al área jurídica para su recuperación, ni se realizaron las acciones administrativas para definir su situación.

• No se garantizó la recuperación de adeudos por 83,683.3 miles de pesos de 18 distribuidores, que datan de 1995 a 1999, debido a que los demandados no cuentan con recursos o con bienes inmuebles para cubrir sus adeudos.

• LOTENAL no cuenta con la documentación que acredite la entrega de dotaciones de billetes a 35 distribuidores por 29,743.2 miles de pesos, los cuales datan de 1995 y 1997, debido a las deficiencias en la guarda y custodia de la documentación.

• Se determinó que los adeudos de 23 distribuidores, por 31,049.5 miles de pesos, estaban incorrectamente registrados en la contabilidad, debido a que los saldos de 8 organismos de venta, cuya situación jurídica concluyó aproximadamente cinco años atrás, no fueron reconocidos contablemente por la LOTENAL, y los saldos de los 15 distribuidores restantes, registraban naturaleza contraria a la propia cuenta.

Se emitieron 12 observaciones que generaron 14 acciones, correspondientes a 8 recomendaciones, 3 pliegos de observaciones y 3 promociones de responsabilidades administrativas sancionatorias.

E.2 Sector Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación

APOYOS Y SERVICIOS A LA COMERCIALIZACIÓN AGROPECUARIA (ASERCA).

Egresos presupuestales de la partida 4101 ``Subsidios a la Producción''.

Se revisó que el presupuesto asignado en el 2005 a Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria (ASERCA), en la partida 4101 ``Subsidios a la Producción'', programa C03 ``Otros Esquemas de Apoyo'', se ejerciera y registrara conforme a los montos aprobados y a las disposiciones legales y normativas aplicables, determinándose los resultados siguientes:

• A través de ASERCA, la SAGARPA celebró un convenio de colaboración con DICONSA, S.A. de C.V., cuyo objetivo fue apoyar a esta última para garantizar el abasto social, lo cual se considera irregular, toda vez que dicho objetivo no se encuentra dentro de las atribuciones conferidas a la SAGARPA.

• La comprobación presentada a ASERCA por DICONSA, S.A. de C.V., reportó diversas irregularidades por 45,144.2 miles de pesos.

• Se otorgaron apoyos improcedentes por 393.9 miles de pesos, al detectarse 29 productores duplicados en las relaciones de compras de diferentes empresas participantes en el Subprograma de Apoyo a la Pignoración, en el esquema de apoyos a cabotaje y/o flete terrestre y en el convenio de concertación con Integradora CAADES, S.A. de C.V.

• Se determinó una diferencia de 2,125.3 miles de pesos entre las cifras correspondientes a los rubros de presupuesto ejercido y economías reportadas en la Cuenta Pública 2005, contra las consignadas en el reporte ``Situación Presupuestal de ASERCA'' al 31 de diciembre de 2005.

Se formularon 8 observaciones que generaron 10 acciones, correspondientes a 7 recomendaciones, 2 pliegos de observaciones y 1 promoción de responsabilidades administrativas sancionatorias.

Evaluación a las acciones realizadas para la solventación de las acciones promovidas con motivo de la auditoría practicada al Programa ``Otros Esquemas de Comercialización'' en la revisión a la Cuenta Pública 2004.

Se verificó que ASERCA atendiera las acciones que se promovieron, derivadas de la revisión del Programa ``Otros Esquemas de Comercialización'' de la Cuenta Pública 2004.

• Se determinó que ASERCA realizó las gestiones necesarias que permitieron solventar dos de los pliegos de observaciones formulados; sin embargo, por lo que corresponde a una recomendación y otros tres pliegos de observaciones, queda pendiente la resolución final de la SHCP para el pago del ISR y demás impuestos federales causados por la venta de frijol, así como la determinación del remanente de recursos que será reintegrado a la TESOFE.

• Se formuló un pliego de observaciones adicional por 227,075.4 miles de pesos, que corresponde a la diferencia entre el monto de 80,687.4 miles de pesos observado en la auditoría de la Cuenta Pública 2004, y que dio origen a un pliego de observaciones, y el importe de 307,762.8 miles de pesos de recursos obtenidos por la conclusión de la comercialización de 91,864.63 toneladas de frijol de los ciclos agrícolas PV 2003 y 2004.

Se emitió 1 observación que generó 1 acción, la cual corresponde a 1 pliego de observaciones.

FONDO DE EMPRESAS EXPROPIADAS DEL SECTOR AZUCARERO.

Evaluación de la operación del Fondo de Empresas Expropiadas del Sector Azucarero (FEESA).

Se revisó que la gestión del FEESA, de Promotora Azucarera, S.A. de C.V. y del Fideicomiso Comercializador para operar y administrar 23 de los 27 ingenios azucareros expropiados, y que los ingresos obtenidos por los ingenios en la comercialización de azúcar y subproductos, se ejercieran, registraran y controlaran de conformidad con las disposiciones legales y normativas, y se verificaron las acciones del Gobierno Federal para incorporar al sector paraestatal, aquellos ingenios que no fue posible enajenar, determinándose los resultados siguientes:

• De los 27 ingenios expropiados, los afectados de 14 de ellos obtuvieron resolución judicial favorable; de dichos ingenios, 4 se devolvieron al grupo GAM en 2004, y 4 al Grupo Machado y 6 al Grupo Santos en 2006. De los 13 ingenios restantes, que pasaron a ser propiedad del Gobierno Federal, uno de ellos se enajenó en 2005, tres se encuentran en proceso de venta y nueve serán transferidos al SAE para su enajenación.

• Al 31 de diciembre de 2005, 23 ingenios expropiados, que eran administrados por FEESA, reflejaron un deterioro sustancial en su situación financiera, presentando pérdidas netas por 16,557,121.9 miles de pesos generadas por las causas siguientes:

- Reconocimiento contable del avalúo del activo, con un efecto neto en la contabilidad de nueve ingenios, por un importe de 9,444,979.6 miles de pesos;
- Reconocimiento de adeudos anteriores a la expropiación con la Comisión Nacional del Agua, por un importe de 3,081,827.3 miles de pesos; • Intereses por un importe de 2,640,827.7 miles de pesos;
- Pérdida cambiaria proveniente de créditos, por un importe de 481,536.5 millones de pesos; y
- Pérdida de operación, por un importe de 907,950.8 miles de pesos.
- En 2005, el FEESA pagó las indemnizaciones de cuatro ingenios propiedad del Gobierno Federal por 469,758.7 miles de pesos, de conformidad con los montos determinados por la extinta Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales; respecto de otros nueve ingenios, se encuentran pendientes los pagos de las indemnizaciones correspondientes.
- De no resultar exitoso o conveniente el proceso de desincorporación y enajenación de los ingenios expropiados, el Gobierno Federal, por conducto de la SAGARPA, deberá realizar el trámite correspondiente para su incorporación al sector paraestatal.

Se formuló 1 observación que generó 1 acción, que corresponde a 1 solicitud de aclaración recuperación. Se elaboró una Separata sobre la expropiación de los ingenios y su fiscalización la cual se incluye como parte integrante de este Informe.

E.3 SECTOR COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES (ASA).

Proyecto de cimentación profunda de los edificios dedo norte y dedo sur de la Terminal 2 del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México.

Se revisó que las inversiones físicas realizadas correspondientes a este Proyecto se hubieren planeado, programado, presupuestado, licitado, contratado y ejecutado de conformidad con la legislación aplicable, resultando las observaciones siguientes:

• La entidad no obtuvo la manifestación relativa a la construcción de la obra.

• Se fraccionó indebidamente la construcción del Proyecto.

• No se aplicaron retenciones por 11,772.6 miles de pesos por atraso de la contratista en su programa de ejecución.

Se formularon 17 observaciones que generaron 20 acciones, las cuales corresponden a 17 recomendaciones, 1 pliego de observaciones y 2 promociones de responsabilidades administrativas sancionatorias.

Proyecto integral, anteproyecto, diseño, ingeniería de detalle, obra civil, transferencia de tecnología y capacitación del Sistema de Transporte en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, en el Distrito Federal.

Se revisó que las inversiones físicas se planearan, programaran, presupuestaran, licitaran, contrataran y ejecutaran conforme a la legislación aplicable, determinándose los resultados siguientes:

• La inversión total del proyecto únicamente permitió solventar la saturación a siete años y no a 50 años como se planteó en el plan maestro.

• La entidad no exigió que la contratista obtuviera el registro de manifestación de construcción.

• La entidad no aplicó retenciones al 31 de diciembre de 2005 por 16,894.3 miles de pesos.

• Se realizaron pagos sin soporte documental por 8,016.9 miles de pesos.

Se formularon 32 observaciones que generaron 39 acciones correspondientes a 32 recomendaciones, 1 pliego de observaciones y 6 promociones de responsabilidades administrativas sancionatorias.

E.4 SECTOR ECONOMÍA

SECRETARÍA DE ECONOMÍA.

Operación del Fideicomiso del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario.

Se verificó que la operación del fideicomiso se realizara de conformidad con las reglas de operación, que los resultados se presentaran en la Cuenta Pública y se registraran en la contabilidad de acuerdo a la normativa; y se verificó el cumplimiento de objetivos y metas, determinándose los resultados siguientes:

• Las comisiones del Fondo para la Participación de Riesgos de los meses de junio a diciembre de 2005, por 1,494.4 miles de pesos, se depositaron al Fideicomiso del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario (FINAFIM) en forma extemporánea, en incumplimiento de lo establecido en el contrato, lo que significó penalizaciones por 149.4 miles de pesos.

• El FINAFIM registró contablemente en 2005 créditos otorgados por 18,000.0 miles de pesos, de los cuales 17,000.0 miles de pesos los entregó hasta 2006, y en ese año canceló contablemente la diferencia por no contar con autorización del Comité Técnico.

• Al 31 de diciembre de 2005, tres microfinancieras no tenían colocados, en conjunto, 23,617.3 miles de pesos del total de recursos que les ministró el FINAFIM para el otorgamiento de créditos, y en sus estados financieros dictaminados sólo reflejaban, en la cuenta de bancos, 11,779.8 miles de pesos.

• Se constató una diferencia por 6,975.3 miles de pesos, entre los registros contables del FINAFIM y los consignados en los depósitos en la cuenta bancaria.

• El FINAFIM, en incumplimiento con lo establecido en sus Reglas de Operación, otorgó 4,564.6 miles de pesos a la institución Centro de Apoyo al Microempresario y A. P. para la apertura de sucursales, sin que dicha institución esté reconocida como microfinanciera y cuente directamente con apoyos crediticios del fideicomiso.

• Se determinó un conflicto de intereses, toda vez que un miembro del Comité Técnico, en su carácter de representante Propietario de la Sociedad Civil, con voz y voto, era, a su vez, miembro del Consejo de Administración de la microfinanciera FINCOMUN, Servicios Financieros Comunitarios, S. A. de C. V.

• El FINAFIM recibió subsidios y transferencias por 150,465.6 miles de pesos, reportando, en Cuenta Pública, un monto de 168,437.2 miles de pesos, presentándose una diferencia de 17,971.6 miles de pesos; además, se observó que no se reporta como parte de su patrimonio los importes que recupera de los créditos otorgados para apoyo de los microempresarios.

• Se detectaron 3 microfinancieras que acumularon 3 amortizaciones vencidas, por lo que, al cierre del ejercicio 2005, la cartera vencida del FINAFIM debió reportar 46,971.5 miles de pesos.

Se emitieron 12 observaciones que generaron 17 acciones, las cuales corresponden a 9 recomendaciones, 1 promoción de intervención de la instancia de control, 2 solicitudes de aclaración-recuperación, 1 pliego de observaciones y 4 promociones de responsabilidades administrativas sancionatorias.

E.5 SECTOR ENERGÍA

PETROLEOS MEXICANOS (PEMEX).

Evaluación de la aplicación del Convenio 10275/04 y del Convenio de Transacción.

Se revisó la justificación, legalidad y documentación comprobatoria relativa al cumplimiento de las obligaciones de pago de PEMEX con el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM), pactadas en el Convenio 10275/04 y en el Convenio de Transacción, así como su registro y evidencia documental respectiva, habiéndose derivado los resultados siguientes:

En el Convenio 10275/04 en comento se comprometieron recursos económicos sin contar con la suficiencia presupuestal correspondiente, lo cual debió ser aprobado previamente por el Consejo de Administración de PEMEX y por las Secretarías de Energía y de Hacienda y Crédito Público.

• Entrega directa de recursos al STPRM por 1,065,518.9 miles de pesos, por concepto de vivienda para los trabajadores, sin sustento normativo y sin estar contemplado en el Contrato Colectivo de Trabajo (CCT).

• Entrega directa de recursos al STPRM por 200,000.0 miles de pesos, por concepto de mantenimiento de instalaciones deportivas, sin sustento normativo y sin estar contemplado en el CCT.

• Entrega directa de recursos al STPRM por 459,000.0 miles de pesos por concepto de ayuda por los años de 2001 a 2004, pagados en 2005, correspondientes a festejos relacionados con el Aniversario de la Expropiación Petrolera, con el Desfile del Primero de Mayo y con Revisiones Anuales al CCT, sin sustento normativo, sin estar contemplados en el CCT y sin apego a disposiciones de carácter presupuestal al haberse reconocido indebidamente obligaciones de años anteriores con cargo al presupuesto de 2005.

Se formularon 7 observaciones que generaron 12 acciones, las cuales corresponden a 8 recomendaciones, 3 pliegos de observaciones y 1 promoción de responsabilidades administrativas sancionatorias.

PEMEX PETROQUÍMICA.

Proyecto de ``Construcción de la Planta Swing''.

Se verificó que el proyecto de ``Construcción de la Planta Swing'', en el Complejo Petroquímico Morelos cumpliera con el importe programado y el de término de construcción; asimismo, se comprobó que las erogaciones efectuadas en dicho proyecto correspondieran a operaciones autorizadas en el presupuesto, y que su registro presupuestal se ajustara a la normativa aplicable, determinándose los resultados siguientes:

• De la auditoría se derivó un presunto daño o perjuicio al patrimonio del organismo por penas convencionales no aplicadas por 28,736.3 miles de pesos; por falta de recuperación del saldo del anticipo pendiente de amortizar por 45,144.6 miles de pesos; y por concepto de utilidades netas que se dejaron de percibir por incumplimiento al plazo pactado en la construcción ( 17 de septiembre de 2005), por 166,693.9 miles de pesos.

• También se determinó una presunta responsabilidad administrativa sancionatoria, por las siguientes causas: caducidad de las fianzas de garantía de anticipo y de cumplimiento de contrato, por omitirse la formulación de las actas circunstanciadas de suspensión temporal de los trabajos de construcción; por no haberse hecho del conocimiento del OIC del organismo la suspensión temporal de los trabajos; y por no establecerse en las bitácoras las causas que motivaron dicha suspensión temporal, la fecha de inicio y término, y el número de días de la suspensión.

Se emitió 1 observación que generó 4 acciones, las cuales correspondieron a 3 pliegos de observaciones y 1 promoción de responsabilidades administrativas sancionatorias.

PEMEX REFINACIÓN.

Comercialización de productos petrolíferos.

Se revisó que los volúmenes de venta de los productos petrolíferos durante el ejercicio, fueran congruentes con la producción obtenida; que la facturación emitida correspondiera con los volúmenes registrados en sus sistemas de medición y destinados a la venta; que se observaran las políticas internas del organismo; asimismo, se revisó que los costos incurridos en el proceso de comercialización correspondieran con la naturaleza de las operaciones; que el registro presupuestal y contable relacionado con la operación se efectuara conforme a la normativa; y se verificó el cumplimiento de objetivos y metas del organismo en relación con la comercialización de gasolinas, determinándose los resultados siguientes:

• Se constataron adeudos pendientes de cobro por 192,558.4 miles de pesos, de Clientes de Gobierno provenientes de ejercicios anteriores, sin evidencia documental de acciones para su recuperación.

• Hay saldos pendientes de cobro por 119,617.5 miles de pesos, a ``Otros Clientes'', de los cuales se carece de la evidencia documental que sustente los derechos de cobro.

• Se presentó una diferencia de 1,487.7 miles de barriles (mb) del volumen total vendido, entre lo reportado en el Sistema Integral de Información Comercial (618,154.8 mb) de la Subdirección de Finanzas y Administración, y lo reportado por el Sistema de Transferencia de Custodia (616,667.1 mb) de la Subdirección de Almacenamiento y Distribución.

• Hay una variación de 13,912.4 mb de productos petrolíferos, entre la producción obtenida (refinerías, maquila e importaciones) por 604,242.4 mb de la Subdirección de Producción y el importe facturado por 618,154.8 mb de la Subdirección Comercial.

• Hay una diferencia de 345.3 mb de ventas interorganismos, entre el Sistema Integral de Información Comercial de la Subdirección Comercial (40,301.8 mb), y lo registrado en el ``Balance Nacional de Hidrocarburos 2005'' por la Subdirección de Planeación, Coordinación y Evaluación (39,956.5 mb).

Se emitieron 8 observaciones que generaron 9 acciones, las cuales corresponden a 4 recomendaciones, 3 solicitudes de aclaración-recuperación y 2 pliegos de observaciones.

P.M.I. COMERCIO INTERNACIONAL, S.A. DE C.V.

Fondeo liquidable con la venta de cartera de exportaciones de petróleo.

Se evaluó el costo-beneficio del mecanismo de fondeo utilizado por Pemex, a través del Grupo PMI, para cubrir el servicio de la deuda emitida en el extranjero, asociada a la venta de cuentas por cobrar presentes y futuras generadas por las exportaciones de crudo; se comprobó que las operaciones se registraran en la contabilidad, y se presentaran en los estados financieros y en la Cuenta Pública, de conformidad con la normativa aplicable, determinándose los resultados siguientes:

• El 27 de junio de 2005, Pemex Finance, Ltd., prepagó 4 series de bonos por un monto total de 994,117.7 miles de dólares, obteniendo un ahorro de 14.9 millones de dólares, por dejar de pagar la prima de seguros, comisiones y gastos asociados a los mismos.

• De la comparación de las tasas promedio del 8.3% de los intereses pagados por la emisión de bonos de Pemex Finance, Ltd. en 2005, contra la tasa de interés promedio del 6.2% de los bonos emitidos por el Master Trust, se determinó un 2.1% adicional, que aplicado al saldo promedio anual de los bonos en circulación al 31 de diciembre de 2005, por 2,873,811.0 miles de dólares, arrojó como resultado un sobrecosto por diferencial en tasas de 60,257.2 miles de dólares, equivalentes a 649,434.2 miles de pesos. La ASF concluyó que Pemex continúa operando un mecanismo de fondeo para financiar obras PIDIREGAS que genera costos excesivos.

Se emitió 1 observación que generó 1 acción, la cual corresponde a 1 solicitud de aclaración-recuperación.

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

Egresos presupuestales del Programa de Hidrocarburos.

Se revisó que la entidad desarrollara los proyectos de hidrocarburos de acuerdo al objeto social para el que fue creada y a la capacidad instalada con que cuenta; asimismo, se verificó que las erogaciones efectuadas por dichos proyectos correspondieran a operaciones autorizadas en el presupuesto, y que su registro presupuestal se ajustara a la normativa; asimismo, se verificó el cumplimiento de los programas asignados a la entidad fiscalizada en relación con el ejercicio del presupuesto, determinándose los resultados siguientes:

• Se pagaron facturas de 45 contratos por 566,360.0 miles de pesos a proveedores de servicios sin contar con los soportes documentales que justificaran los trabajos ejecutados.

• Se aplicaron ingresos excedentes de 2005, por 175,365.0 miles de pesos, para cubrir un sobreejercicio por mayor gasto realizado, sin contar con la autorización de la SHCP.

Se emitieron 6 observaciones que generaron 9 acciones, correspondientes a 4 recomendaciones, 2 promociones del ejercicio de la facultad de comprobación fiscal, 1 pliego de observaciones y 2 promociones de responsabilidades administrativas sancionatorias.

COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD.

``TRN Gasoducto Samalayuca'' PIDIREGAS, inversión condicionada.

Se evaluó la rentabilidad del proyecto para verificar que los resultados se apegaran a la Ley General de Deuda Pública y a la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gato Público Federal, y se revisó que se cumpliera con la normativa para su presentación en la Cuenta Pública, determinándose los resultados siguientes:

• La CFE y Gasoductos de Chihuahua suscribieron en febrero de 1997, un ``Contrato de Servicio de Transporte de Gas Natural'', denominado Proyecto PIDIREGAS de inversión condicionada ``TRN Gasoducto Samalayuca''.

• Gasoductos de Chihuahua fue responsable de construir el gasoducto Samalayuca y obtener, bajo su exclusiva responsabilidad, los fondos para su construcción, terminación, operación y mantenimiento. Cuando este proyecto se termine, en diciembre de 2007, la vigencia del contrato de servicio de transporte y del tratamiento de este proyecto PIDIREGAS de inversión condicionada, seguirá siendo prioridad de Gasoductos de Chihuahua.

• Los estados financieros de la CFE reportaron obligaciones con Gasoductos de Chihuahua por las que se obligó a pagar diversas contraprestaciones, a cambio de que se garantizara el transporte de gas; sin embargo, no se especifican los montos pactados contractualmente, con vencimiento en 2006 y 2007.

• Se detectó una diferencia de 16,262.3 miles de pesos de cargos fijos y variables, debido a que la CFE presentó los conceptos de servicio de transporte de gas natural conforme al sistema Cubo ``Essbase'', y no de acuerdo a los registros del Sistema SAP R/3 y a la facturación efectivamente pagada durante el 2005.

• La CFE debe decidir la posible extensión del contrato de servicio de transporte de gas natural, debido a que la cláusula 32 señala que tiene derecho de ampliar el plazo vigente hasta por 10 años, mediante notificación con 6 meses de anticipación a la empresa transportista.

• La ASF no determinó la rentabilidad del proyecto en comento a través de los flujos netos de efectivo que la CFE presentó en la Cuenta Pública 2005, atribuibles a la autorización del servicio de transporte de gas, al no tener, el organismo, inversión alguna que le permita poseer en propiedad los activos correspondientes.

Se emitieron 4 observaciones que generaron 5 acciones, las cuales corresponden a 5 recomendaciones.

Cuentas de Balance-Activo, ``Depósitos y Adelantos'', su Otorgamiento, cancelación y/o recuperación.

Se revisó que el saldo reportado en el balance general correspondiera a derechos reales de la CFE; que las operaciones correspondieran a las condiciones convenidas; que los depósitos en garantía efectuados en Nacional Financiera, S.N.C., fiduciaria del Fideicomiso para el Ahorro de Energía Eléctrica (FIDE), estuvieran autorizados, verificando el origen de los recursos otorgados en garantía; de igual forma, se constató la cancelación de la garantía por la recuperación de los créditos otorgados por el FIDE a los usuarios beneficiados del Programa de Financiamiento para el Ahorro de Energía Eléctrica (PFAEE); y que su registro contable se realizara con base en la normativa aplicable, determinándose los resultados siguientes:

• El FIDE otorgó 200 créditos por 2,103.3 miles de pesos a empleados de la CFE que no cumplieron con los requisitos de elegibilidad.

• 3,632 usuarios del servicio de energía eléctrica obtuvieron, en conjunto, financiamiento del PFAEE por 4,943.6 miles de pesos, determinándose que, al 31 de diciembre de 2005, dichos usuarios no habían efectuado pagos de sus créditos.

• 55 empleados de la CFE obtuvieron créditos por 556.0 miles de pesos, quienes fallecieron en fechas posteriores, sin haberse recuperado el crédito.

• La CFE, del 2002 al 2005, había depositado 1,034,835.2 miles de pesos para garantizar los créditos que otorga el FIDE; sin embargo, los rendimientos que generaron los recursos durante ese periodo por 72,652.7 miles de pesos, no se han enterado a la TESOFE, y 18,044.4 miles de pesos, correspondientes a los rendimientos de 2002 a 2004, se registraron hasta julio de 2005.

• No se reflejó en la ``Clasificación Administrativa del Gasto Programable'' reportada en la Cuenta Pública, recursos por 636,854.7 miles de pesos, por lo que no se identificó el capítulo del gasto al cual se aplicó esta erogación.

Se emitieron 11 observaciones que generaron 14 acciones, correspondientes a 6 recomendaciones, 2 solicitudes de aclaración-recuperación y 6 promociones de responsabilidades administrativas sancionatorias.

E.6 SECTOR EDUCACIÓN PÚBLICA

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA (SEP).

Egresos presupuestales asignados al Proyecto Enciclomedia.

Se revisó que el presupuesto asignado a la Dirección General de Tecnología de la Información (DGTI), para la contratación de un servicio multianual, a efecto de poner a disposición de la Secretaría de Educación Pública los equipos, la paquetería de Software y demás infraestructura necesaria para la operación del Proyecto Enciclomedia, en un total de 125,562 ``Aulas'' en toda la República Mexicana, se ejerciera y registrara conforme a las disposiciones legales y normativas aplicables, determinándose los resultados siguientes:

• La DGTI ejerció 478,337,.9 miles de pesos (23%) del total del presupuesto original autorizado por 2,105,000.0 miles de pesos para la actividad prioritaria R055 ``Implementar el Programa Enciclomedia''. La diferencia por 1,626,662.1 miles de pesos (77%), se utilizó para dar atención a las presiones de gasto que tenía el sector educativo.

• Durante el ejercicio de 2005 se programaron instalar 18,464 ``Aulas'' del Modelo Multianual de Servicios (MMS); sin embargo, la DGTI justificó la instalación de 7,287 ``Aulas MMS'', quedando pendiente de aclarar las restantes 11,177 ``Aulas MMS''.

• No se presentaron 127 actas circunstanciadas de inicio de operación de ``Aulas MMS'' de los estados de Zacatecas y el Estado de México, por 24,181.4 miles de pesos.

Se formularon 9 observaciones que generaron 10 acciones, correspondientes a 6 recomendaciones, 1 solicitud de aclaración-recuperación y 3 promociones de responsabilidades administrativas sancionatorias.

Egresos presupuestales de la partida 4108 ``Subsidios a Fideicomisos Privados y Estatales''.

Se revisó que las erogaciones reportadas en la Cuenta Pública 2005 en la partida 4108, correspondieran a transacciones efectivamente realizadas por la entidad fiscalizada, que se encontraran justificadas y comprobadas, y se verificó que el respaldo documental y el registro presupuestal y contable fueran correctos, determinándose los resultados siguientes:

• No se reintegraron a la TESOFE los recursos remanentes de ejercicios anteriores y sus respectivos rendimientos, concentrados en el Fideicomiso Nacional del Programa de Escuelas de Calidad (PEC), que al 30 de junio de 2006 ascendían a 1,431,627.2 miles de pesos.

• De una muestra de nueve entidades federativas que recibieron recursos del PEC 2005, se constató que, cuatro de ellas, no reintegraron al Fideicomiso Nacional recursos de las aportaciones no ejercidas por las escuelas beneficiadas, ni sus productos financieros.

• El Gobierno del Estado de Tlaxcala no comprobó recursos por 4,250.0 miles de pesos, existiendo también facturación de gastos con fecha posterior a la terminación del ciclo escolar, por 4,970.2 miles de pesos.

Se emitieron 10 observaciones que generaron 17 acciones, correspondientes a 13 recomendaciones, 1 promoción de intervención de la instancia de control, 2 solicitudes de aclaración-recuperación y 1 pliego de observaciones.

Evaluación integral de los servicios de educación básica.

Se evaluó el desempeño de los servicios de educación básica en términos de la congruencia de las acciones realizadas conforme a lo establecido en el marco legal y normativo, en las prioridades nacional y sectorial, y en la estructura programática. Asimismo, se evaluó la eficacia en la cobertura y cumplimiento de los objetivos y metas; la eficiencia en la gestión institucional; la calidad del servicio educativo; la competencia de los actores; y la economía con que se aplicaron los recursos asignados, derivándose los resultados siguientes:

• En materia de cobertura, en 2005, la SEP cumplió parcialmente el mandato Constitucional de otorgar educación a todos los mexicanos, toda vez que se atendieron a 27,745,320 (43.8%) de los 63,380,303 personas que carecían de ese nivel educativo, quedando sin atención 35,634,983 personas.

• En el subsistema escolarizado se cubrió, con servicios educativos, a 25,131,815 (88.6%) de los 28,355,713 niños y jóvenes en edad escolar (3 a 15 años); y en el subsistema de adultos, a 2,613,505 personas (7.5%) de los 35,024,590 adultos sin educación básica.

• La matrícula nacional del subsistema escolarizado mostró un crecimiento del 1.3% en promedio anual respecto de 2001, como consecuencia del aumento del 6.7% en la inscripción de niños en el nivel preescolar, y del 2.2% en la de jóvenes en nivel de secundaria. Conviene señalar que, en las escuelas particulares, la matrícula registró un crecimiento promedio anual de 3.8%.

• En cuanto a la calidad del logro educativo, la dependencia no estableció metas e indicadores para medir la permanencia, el logro académico y el abatimiento del rezago educativo de los alumnos de educación básica, así como lo requerido para evaluar la calidad del servicio de tipo básico.

• El índice de reprobación se redujo en 1% en primaria y en 1.2% en secundaria; la deserción escolar disminuyó 0.2% en primaria, y en secundaria aumentó en 0.1%; la eficiencia terminal aumento un 2.3% en primaria, y 3.7% en secundaria, lo que refleja un avance moderado de logro educativo. Asimismo, se determinó que de cada 100 alumnos que se inscriben en primaria escolarizada, 62 egresan de secundaria y 38 no concluyen la educación básica, lo que genera un rezago educativo generacional promedio de 838 mil personas al año.

• A diferencia de los resultados obtenidos en la aplicación de pruebas nacionales, los relativos a la aplicación de Pruebas Internacionales mostraron que, en lectura, México se ubicó en el nivel uno que es el más bajo de los cinco que se definieron y ocupó el lugar 38 de 40 países evaluados. En matemáticas, el país se situó en el nivel uno que es también el más bajo de los seis posibles y ocupó el lugar 37 de 40 países evaluados.

• En el periodo de estudio, los docentes de educación básica aumentaron en 1.9% en promedio anual, al pasar de 1,028,524 en 2001 a 1,107,418 en 2005, como resultado de la expansión de la demanda de los servicios de educación básica, principalmente en los niveles de preescolar y secundaria. En las escuelas particulares el número de profesores aumentó en 6.7%.

• En materia de infraestructura, de 2001 a 2005, se registró un crecimiento de 12,676 escuelas, al pasar de 201,718 a 214,394. De los nuevos planteles que se incorporaron, 8,308 (65%) fueron particulares.

• En 2005, de las 190,170 escuelas públicas de educación básica, 128,017 de ellas (67.3%) fueron de organización completa, y 62,153 (32.7%) de organización incompleta, últimas que corresponden a establecimientos educativos en los que no se imparten todos los grados. Asimismo, de las 190,170 escuelas públicas, 107,256 (56.4%) fueron de carácter multigrado, es decir, escuelas en donde un docente atiende a alumnos de diversos grados.

• En relación a la planeación de mediano plazo, en el Programa Nacional de Educación se establecieron 119 metas, de las cuales la dependencia cumplió 53 al 100%; con cumplimiento menor al 90.0% se registraron 24 metas; con alcance inferior al 50.0%, 7 metas; en 16 metas no se registraron avances; sin registro de seguimiento fueron 7 metas; reubicadas o fusionadas 11 metas; y una más fue dada de baja. El cumplimiento parcial se debió a que la SEP modificó sus metas sectoriales sin ajustarse a lo señalado en la Ley de Planeación.

• En cuanto al ejercicio de los recursos, en 2005, el gasto público en educación, como proporción del PIB, fue de 5.5%, 2.5 puntos porcentuales por debajo del 8.0% establecido en la Ley General de Educación.

• Se determinó una desigual distribución de los recursos destinados a la educación básica, ya que el gasto por alumno atendido se situó en 13.4 miles de pesos en el subsistema escolarizado, y en 0.6 miles de pesos en el subsistema de adultos. Similar situación se observó en la distribución nacional, ya que las aportaciones del Gobierno Federal fueron superiores a las de los gobiernos estatales en un rango que oscila entre 11.0% y 99.6%.

Se formularon 21 observaciones que generaron 23 acciones, correspondientes a 8 recomendaciones, 14 recomendaciones al desempeño y 1 promoción de responsabilidades administrativas sancionatorias.

Regímenes de jubilaciones y pensiones de las Universidades Públicas Estatales.

Se evaluaron las acciones realizadas por 28 universidades públicas estatales para atender los problemas estructurales derivados de sus pasivos laborales, con el propósito de verificar la viabilidad financiera de sus regímenes de jubilaciones y pensiones, determinándose los resultados siguientes:

• El déficit actuarial se redujo a 1.5% del PIB, para quedar en 133,065.0 millones de pesos, integrándose como sigue:
- 2,350.0 millones de pesos (1.8%) correspondieron al grupo I, integrado por 5 universidades (17.9%);
- 43,357.0 millones de pesos (32.6%) al grupo II, compuesto por 10 universidades (35.7%);
- 29,555.0 millones de pesos (22.2%) al grupo III, en el que se integran 5 universidades (17.9%); y
- 57,803.0 millones de pesos (43.4%) al grupo IV, con 8 universidades (28.5%).
- De las 28 universidades públicas estatales, 12 (42.9%) constituyeron su fondo y/o fideicomiso antes del año de 2002; 5 (17.9%) en el año de 2003; 4 (14.3%) en el año de 2002; 2 (7.1%) en el año 2006; 2 (7.1%) no tenían dicha obligación; y 3 (10.7%) no constituyeron fondo y/o fideicomiso alguno para afrontar sus obligaciones laborales, siendo estas últimas las universidades Autónoma de Chiapas, Juárez del Estado de Durango y Autónoma de Zacatecas.
- La SEP no estableció plazos límite para la constitución de fideicomisos para el depósito, administración y aplicación de los recursos proporcionados al amparo de un convenio de apoyo financiero celebrado entre la SEP y las universidades públicas estatales.
- De las 28 universidades, solo 18 de ellas (64%) revelaron, en sus estados financieros al 31 de diciembre de 2005, los saldos de los fondos y/o fideicomisos para sus regímenes de jubilaciones y pensiones.
- La Universidad Autónoma de Guerrero no sustentó la aplicación de 102,303.3 miles de pesos que la SEP le transfirió en 2005 mediante un convenio para destinarlos al proyecto denominado ``Financiamiento para el Reconocimiento de Antigüedad Laboral de Empleados'', orientado al ejercicio de pensiones y jubilaciones a tráves del ISSSTE.
- Durante la auditoría se obtuvieron recuperaciones por 1,520.6 miles de pesos por concepto de intereses generados.

Se formularon 21 observaciones que generaron 21 acciones, correspondientes a 14 recomendaciones, 6 recomendaciones al desempeño y 1 solicitud de aclaración-recuperación.

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA (UAM).

Compra de predios para destinarse a los objetivos de la UAM.

Se evaluó el procedimiento llevado a cabo para la compraventa de predios de aproximadamente 12.5 hectáreas, para destinarse al cumplimiento de los objetivos de la UAM, derivándose los resultados siguientes:

• El Patronato, mediante acuerdo, autorizó al Rector General de la UAM la adquisición, mediante compraventa, de predios ubicados en la Delegación Cuajimalpa, D.F., para destinarlos al establecimiento de la cuarta Unidad Académica Universitaria, mediante el pago de 187,000.0 miles de pesos.

• El Patronato emitió el citado acuerdo sin contar con la opinión de su Comité de Adquisiciones.

• Mediante escrituras públicas, el Rector General de la UAM formalizó el contrato privado de compraventa en comento, no obstante que, al igual que el Contralor, el Abogado General y los miembros del Patronato, conocían de la limitación de uso de suelo de los predios adquiridos.

• La UAM realizó los pagos correspondientes a la compra de los predios sin contar con la autorización de asignación de los recursos en el presupuesto autorizado por el Colegio Académico.

• A la fecha de la revisión (diciembre de 2006), la UAM no había dado destino alguno a los referidos predios, en virtud de que la clasificación de la zona y el uso de suelo de los terrenos, es de preservación ecológica, lo que imposibilita destinarlos al fin para el que fueron adquiridos.

Se formularon 10 observaciones que generaron 12 acciones, las cuales corresponden a 6 recomendaciones, 1 pliego de observaciones y 5 promociones de responsabilidades administrativas sancionatorias.

UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLÁS DE HIDALGO.

Reasignación de recursos federales a la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo.

Se revisó una muestra de 381,236.7 miles de pesos, que representaron el 36% del universo seleccionado por 1,060,453.6 miles de pesos, ejercidos en 2005, determinándose los resultados siguientes:

• La Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH) no estableció metas para algunos de los indicadores de medición de la calidad de la educación superior respecto de los Profesores de Tiempo Completo, Cuerpos Académicos y Programas Educativos. De las metas que estableció para otros de los indicadores, algunas no fueron alcanzadas, y si bien, en lo general, durante el periodo 2001-2005, las tendencias reflejan evolución y crecimiento en los indicadores cuantitativos, existieron otros en los que no se presentó progreso.

• Las metas de los proyectos autorizados, al amparo del Convenio de Colaboración y Apoyo (CCA) en el marco del PIFI, fueron cumplidas; la UMSNH no fue eficiente en la entrega de informes financieros y programáticos, al no presentarse éstos con la debida oportunidad. Los recursos federales autorizados en los Convenios de Apoyo Financiero y el CCA no fueron ministrados oportunamente a la Universidad por parte de la SEP y del Gobierno del estado.

• La UMSNH operó sin la autorización de los manuales generales de organización y de procedimientos, y de los catálogos de puestos y de cuentas, en demérito de su control interno.

• En materia de adquisiciones, se constató que en 9 procedimientos por invitación a cuando menos tres personas por un monto de 1,525.5 miles de pesos, no se tuvo evidencia de que la institución realizara las invitaciones respectivas; de 90 adquisiciones directas por 10,201.8 miles de pesos, en 21 casos se rebasaron los montos máximos establecidos en el PEF 2005, y en 79 de ellos, no se establecieron penas convencionales ni se aplicaron penalizaciones a los proveedores que entregaron los bienes hasta con 68 días de atraso; se efectuaron adquisiciones directas por 7,068.1 y 297.8 miles de pesos, que debieron haberse realizado por licitación pública e invitación a cuando menos tres personas, respectivamente.

• En la revisión de diversos rubros que se cubren con recursos federales, se detectaron las siguientes desviaciones: se efectuaron pagos indebidos al personal administrativo por 67,662.8 miles de pesos y a mandos medios por 7,882.1 miles de pesos, sin evidencia de la justificación del pago ni la retención del impuesto; no se habían transferido 50,096.8 miles de pesos a la cuenta específica para administrar los recursos autorizados para el Programa Educación de Buena Calidad; la cuenta ``Gastos por Comprobar'' arrojó un saldo, al 31 de diciembre de 2005, de 99,716.0 miles de pesos, el cual muestra una diferencia de 414.1 miles de pesos entre los auxiliares contables y las declaraciones de contribuciones federales; se pagaron actualizaciones en las contribuciones federales del ISR por 397.5 miles de pesos, y recargos por 330.3 miles de pesos en la liquidación de cuotas obrero-patronales, por pagos extemporáneos; con recursos del Fondo de Equidad se pagaron gastos por 30,112.5 miles de pesos, sin evidencia de la documentación comprobatoria; se efectuaron erogaciones en proyectos y dependencias de educación superior no autorizados por 5,752.0 y 287.1 miles de pesos, respectivamente; se detectaron gastos por 3,075.8 miles de pesos, amparados con vales, recibos y otros comprobantes que no reunían los requisitos fiscales; y, en dos proyectos, se ejercieron recursos de más por 9,402.1 miles de pesos.

• En obra pública, se detectaron contrarecibos a proveedores por 195.1 miles de pesos con recursos del Fondo de Equidad, pendientes de pago por más de un año, sin contratos y sin las garantías de cumplimiento por 341.0 miles de pesos. Del Fondo de Aportaciones Múltiples 2005, el gobierno del estado no había ministrado 2,929.0 miles de pesos a la UMSNH.

Se emitieron 36 observaciones que generaron 61 acciones, las cuales corresponden a 29 recomendaciones, 6 solicitudes de aclaración-recuperación, 6 pliegos de observaciones, 7 recomendaciones al desempeño y 13 promociones de responsabilidades administrativas sancionatorias.

COMITÉ ADMINISTRADOR DEL PROGRAMA FEDERAL DE CONSTRUCCIÓN DE ESCUELAS (CAPFCE).

Proyecto Construcción de la Biblioteca José Vasconcelos de la Ciudad de México, en el Distrito Federal. Presupuesto ejercido 652,481.6 miles de pesos.

Se revisó que el proyecto contara con el estudio de factibilidad técnica, económica y ambiental; que las obras se planearan, programaran, presupuestaran, licitaran, contrataran y ejecutaran de conformidad con la normativa vigente; que los pagos se ajustaran a los volúmenes de obra ejecutados, al tipo y calidad de los materiales especificados y a los precios unitarios establecidos en los contratos, determinándose los resultados siguientes:

• Con motivo de la intervención de la ASF se obtuvieron recuperaciones por un monto de 4,051.3 miles de pesos, integrado por 511.2 miles de pesos, por el cálculo incorrecto del ajuste por financiamiento; 2,520.3 miles de pesos, por diferencias entre los volúmenes de obra pagados y los realmente ejecutados; 135.1 miles de pesos, por la autorización incorrecta de un concepto extraordinario; 532.5 miles de pesos, por omitir la aplicación de sanciones a las contratistas; y 352.2 miles de pesos, por la aplicación de sanciones a las contratistas, toda vez que no realizaron el acabado requerido conforme a las normas y especificaciones contractuales en losas, muros y columnas.

• Queda como probable de recuperar un monto de 15,507.8 miles de pesos, por piezas colocadas de mármol Santo Tomás de primera calidad que se encuentran desniveladas, fisuradas, rotas y resanadas, así como 635.9 miles de pesos, por la colocación de una losa aligerada con desplazamientos verticales mayores que los permitidos.

Se formularon 17 observaciones que generaron 25 acciones, correspondientes a 17 recomendaciones, 3 solicitudes de aclaración-recuperación y 5 pliegos de observaciones.

E.7 SECTOR SALUD

SECRETARÍA DE SALUD (SS).

Egresos presupuestales de la partida 4105 ``Subsidios a la Prestación de Servicios Públicos''.

Se verificó que el presupuesto reportado como ejercido en la partida 4105 Subsidios a la Prestación de Servicios Públicos de la Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud, correspondiera a transacciones efectivamente realizadas, y que se encuentra soportado con la documentación justificativa y comprobatoria correspondiente, determinándose los resultados siguientes:

• No se realiza un seguimiento para vigilar la correcta aplicación y comprobación de los recursos públicos de origen federal destinados al Programa de Calidad, Equidad y Desarrollo en Salud (PROCEDES), ya que se constató que 18 entidades federativas, a noviembre de 2006, no habían comprobado el ejercicio de recursos por 1,371,107.0 miles de pesos.

• Se entregaron recursos del PROCEDES a 10 entidades federativas que no contaban con los acuerdos de coordinación, por 814,181.9 miles de pesos.

• Existen bienes adquiridos con recursos del PROCEDES para el Hospital General Nezahualcóyotl ``La Perla'' del Estado de México, que no cumplieron con las características técnicas solicitadas, sin que a la fecha de la auditoría se hayan aplicado penas convencionales a los proveedores por 241.5 miles de pesos.

• Existe la falta de documentación comprobatoria del pago a proveedores por 2,777.3 miles de pesos.

Se emitieron 10 observaciones que generaron 16 acciones, las cuales corresponden a 11 recomendaciones, 4 solicitudes de aclaración-recuperación y 1 promoción de responsabilidades administrativas sancionatorias.

Sistema de Protección Social en Salud (Programa Seguro Popular).

Se evaluó el desempeño de la Secretaría de Salud en la operación del Sistema de Protección Social en Salud (SPSS), en términos de la congruencia del objetivo con el mandato constitucional, los ordenamientos legales y los lineamientos establecidos en los documentos de planeación de mediano y corto plazo; asimismo, se evaluó la eficacia con que se cumplieron el objetivo y las metas; la eficiencia operativa de los procesos; la competencia de los actores, la percepción de los beneficiarios; y la eficiencia y economía con las que se aplicaron los recursos financieros autorizados para el efecto, determinándose los siguientes resultados:

• La Secretaría de Salud y la Comisión Nacional de Protección Social en Salud (CNPSS), cumplieron el objetivo de brindar protección financiera orientada a asegurar a las familias que no tienen acceso a la seguridad social. Sin embargo, no se establecieron indicadores para medir el cumplimiento del compromiso establecido de reducir, en 75%, los gastos catastróficos en salud y sustituirlos gradualmente por prepagos, para liberar, a las familias, de recursos para la atención de otras de sus necesidades.

• En cuanto a la cobertura de atención, en 2005, se afiliaron 1,992,405 familias, superior en 32.8% a la meta comprometida en el Presupuesto de Egresos de la Federación, con lo cual, de manera acumulada, se incorporó ya al 28.1% de la población objetivo del SPSS; sin embargo, se estima que se incumplirá el compromiso de alcanzar el 100.0% de cobertura en el año 2010 como estaba previsto, de acuerdo a la tendencia anual de incorporación y la estimación de crecimiento que tendrá la población objetivo.

• Respecto de la eficiencia operativa de los procesos, la SS no formuló el Plan Estratégico de Desarrollo del SPSS; no se suscribieron los Convenios de Colaboración previstos en la ley; y se observaron inconsistencias en el número de familias que integran la población objetivo del Sistema por entidad federativa y en las metas anuales de incorporación de núcleos familiares.

• Se observaron inconsistencias en el registro y captación de las familias afiliadas en el Padrón de Beneficiarios, ya que la CNPSS no realizó la validación de las bases de datos remitidas por los regímenes estatales de protección social en salud.

• La CNPSS actualizó el Catálogo de Servicios Esenciales de Salud, conforme a la normativa establecida, incluyéndose 154 acciones médico-quirúrgicas, esto es, 72 más que el año anterior. Además, se incorporó un catálogo de medicamentos, el que detalla las claves y número de dosis requeridas.

• En la identificación de las enfermedades, tratamientos, medicamentos y materiales asociados que generan gastos catastróficos, el Consejo General de Salud determinó 58 padecimientos, de los cuales, en 2005, se incorporaron 4 más al SPSS, a saber: la leucemia linfoblástica aguda, VIH/SIDA, cáncer cérvico uterino y complicaciones neonatales.

• La valuación actuarial para el financiamiento del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, reflejó que, de incorporarse enfermedades adicionales a las existentes, la solvencia financiera se reducirá, poniendo en riesgo la atención de los padecimientos de alto costo.

• La CNPSS emitió el manual para la acreditación de Unidades Médicas conforme a la normativa vigente. Sin embargo, se observó que, en 2005, se había atendido sólo el 6.8% de las 20,568 Unidades Médicas consideradas a incorporarse al SPSS en 2010, estando en riesgo la calidad en el otorgamiento de atención médica.

• La CNPSS cumplió con lo dispuesto en la Ley General de Salud en el establecimiento de un esquema tripartito para financiar la operación del SPSS, habiendo determinado la cuota social y las aportaciones solidarias federal y estatal. De igual forma, se definió el esquema de cuotas familiares considerando el nivel de ingreso de las familias y exentando de pago a aquellas ubicadas en los deciles más bajos.

• En materia de control, se presentaron insuficiencias en la justificación de los recursos aplicados en servicios de salud.

Se formularon 18 observaciones que generaron 20 acciones, correspondientes a 9 recomendaciones, 5 solicitudes de aclaración recuperación, 4 recomendaciones al desempeño y 2 promociones de responsabilidades administrativas sancionatorias.

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.

Egresos presupuestales el capítulo 2000 ``Materiales y Suministros'',(adquisición y abastos de medicamentos y materiales de curación), Delegación Norte en el Distrito Federal.

Se revisó que el ejercicio presupuestal reportado por la Delegación Norte en el D. F., del IMSS, con cargo al capítulo 2000 Materiales y Suministros, correspondiera a previsiones de gasto que se incluyeron en su Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios; que las adquisiciones se justificaran y se licitaran; que los bienes fueran realmente recibidos, y que se obtuvieran las mejores condiciones de precio, cantidad, calidad y oportuna recepción; y que el pago, registro y comprobación se ajustaran a la normativa aplicable; asimismo, se verificó el cumplimiento de metas y objetivos, determinándose los resultados siguientes:

• Se constató la falta de aplicación de penas convencionales de la Delegación Norte y UMAE Hospital de Especialidades del Centro Médico Nacional (CMN) La Raza, por 21,276.1 y 1,479.3 miles de pesos, respectivamente, por incumplimiento de proveedores.

• De las existencias de bienes terapéuticos reportados por el almacén delegacional, y su comparación contra el programa de necesidades elaborados por las UMAE hospitales General y de Especialidades del CMN La Raza, así como contra las compras realizadas por ellas, se determinaron adquisiciones innecesarias de medicamentos y materiales de curación por 11,594.1 y 11,695.0 miles de pesos, respectivamente, al no haber considerado las existencias en almacén antes de realizar las compras.

• Se realizaron adjudicaciones directas indebidas por 4,563.0 miles de pesos, ya que los montos excedieron las cantidades máximas de adjudicación directa; de igual forma, se realizaron adquisiciones bajo el esquema de compra emergente por 1,062.2 miles de pesos, que originaron pagos en demasía por diferencias de precios.

• Al no considerar las UMAE hospitales General y de Especialidades del CMN La Raza, las existencias en el almacén delegacional, se provocó la caducidad de medicamentos, materiales de curación, radiológicos y de laboratorio por 1,975.6 y 1,175.8 miles de pesos, respectivamente.

Se emitieron 10 observaciones que generaron 18 acciones, las cuales corresponden a 10 recomendaciones, 4 pliegos de observaciones y 4 promociones de responsabilidades administrativas sancionatorias.

E.8 SECTOR PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA (PGR).

Emisión, registro y control de los dictámenes periciales.

Se evaluó el cumplimiento de la normativa correspondiente a la recepción, registro, control de solicitudes y emisión de dictámenes periciales, así como el desempeño de los peritos como coadyuvantes en la búsqueda, preservación y obtención de indicios y pruebas para la investigación y persecución de los delitos, determinándose los resultados siguientes:

• En 2005, la PGR contó con 1,006 peritos, de los cuales 516 fueron profesionales y 490 técnicos. De los peritos profesionales registrados, 36 carecían de cédula profesional, los cuales realizaban funciones de especialidades técnicas.

• La PGR no cuenta con un sistema computarizado a nivel nacional que le permita generar información sobre el número de solicitudes periciales recibidas.

• El Sistema de Control de Solicitudes Periciales en el Distrito Federal no refleja cifras confiables respecto al número de solicitudes recibidas, y presenta deficiencias al permitir la asignación de folios anteriores y posteriores al orden que les corresponde.

• En la Cuenta Pública 2005, la PGR informó haber emitido 319,540 dictámenes periciales, superiores en 13,258 a los reportados en los informes de actividades de la dependencia (306,282 dictámenes).

• Las cifras de dictámenes periciales registrados en los informes de actividades de la dependencia, arrojan un promedio por perito de 304.0 dictámenes, mismo que es superado en 10 entidades federativas, destacando los casos de Jalisco, con 1,358.6 dictámenes, Guanajuato con 979.2, Nuevo León con 794.0 y Baja California con 780.1. Por debajo de dicho promedio, están las delegaciones de Chihuahua, Tamaulipas, Estado de México y el Distrito Federal.

• En 2005 se contabilizó, como dictámenes, 5,538 consultas al Sistema AFIS, que corresponden a trámites realizados para la renovación de licencia de portación de armas.

• La PGR, en 2005, realizó 52 visitas de supervisión a las delegaciones para la revisión de 27,520 dictámenes, generándose 7,382 observaciones. Se careció de lineamientos para determinar el tipo de observaciones generadas y no se dio seguimiento al incumplimiento de lo observado.

• Se realizaron 31 talleres de actualización científica, asistiendo 343 peritos (34%) de los 1,006 registrados. El programa respectivo no estableció metas respecto al número de participantes y temática, lo que no permitió su evaluación respectiva.

• En el Distrito Federal, cada Jefe de Departamento lleva a cabo la revisión de los dictámenes periciales emitidos. Sin embargo, de la muestra revisada de 132 expedientes en los que se emitió dictamen, en 34 de ellos no consta la firma correspondiente.

• Los expedientes no están ordenados e integrados con la documentación que establece la normativa, carecen de folio respectivo, y no en todos los casos se encuentran identificados con los números de folio de la propia solicitud.

• Entre la primera solicitud de dictamen y la emisión de éste, transcurren en promedio 159 días naturales, debido a que la solicitud no cuenta con los elementos y requisitos necesarios, ocasionando que se retrase el auxilio de los servicios periciales en la búsqueda y obtención de indicios y pruebas.

Se formularon 12 observaciones que generaron 16 acciones, correspondientes a 14 recomendaciones y 2 recomendaciones al desempeño.

E.9 SECTOR DESARROLLO SOCIAL

SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL.

Estrategia de Microrregiones en el Centro Estratégico Comunitario ``Landa'', en el municipio de Landa de Matamoros, Querétaro.

Se verificó que los apoyos institucionales de los programas que conforman la Estrategia de Microregiones en este Centro Estratégico Comunitario, se otorgaran de acuerdo con los principios de eficacia, eficiencia y economía; asimismo, se evaluó el impacto que tuvieron en el desarrollo de la localidad, así como la participación, coordinación y vinculación de las diferentes dependencias del Ejecutivo Federal y de los tres órdenes de gobierno, determinándose los resultados siguientes:

• De los 68 programas de la Estrategia de Microrregiones, se ejecutaron 8, participando SAGARPA, SEDESOL Y DICONSA para otorgar apoyos al campo, becas a educación, empleo, alimentación, y obras y acciones o proyectos productivos.

• Se detectó la ausencia de una política integral de acción en los 3 niveles de gobierno, para coordinar y vincular los programas de dicha estrategia.

• Se ha seguido la inercia sectorial y no se focalizan ni conciertan los recursos y acciones en la región.

• Los resultados de la encuesta levantada en este Centro muestran desconocimiento de la población de los programas que se llevan a cabo; insatisfacción sobre las obras, servicios y bienes, lo que evidenció un bajo impacto económico y social de la política pública; pésima percepción de la ejecución que implicó deficiencias en los resultados de los programas; mínima participación social en el diseño y rendición de cuentas de las obras realizadas, lo que reflejó la discrecionalidad de la autoridad competente de la ejecución.

• Se constató la falta de indicadores de resultados.

• El municipio tuvo una disminución de su Índice de Marginación en un 9.76% durante el periodo 2000-2005, pero aún sin mostrar avances importantes en esta materia. No hay evidencia de que esa ligera mejoría se deba a la Estrategia de Microrregiones implementada.

Se emitieron 5 observaciones que generaron 9 acciones, las cuales corresponden 2 a recomendaciones y 7 a recomendaciones al desempeño.

E.10 SECTOR FUNCIÓN PÚBLICA

SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA (SFP).

Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.

Se evaluó el cumplimiento de los objetivos de establecer las bases de organización, funcionamiento y desarrollo del Sistema del Servicio Profesional de Carrera, para garantizar la legalidad, eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad y competencia por mérito en la Administración Pública; de la implementación de los subsistemas de Planeación, de Recursos Humanos, de Ingreso y de Capacitación y Certificación de Capacidades; y de la aplicación de los recursos destinados a su operación, determinándose los siguientes resultados:

• En 2005, la SFP estableció las bases para la organización, funcionamiento y desarrollo del Sistema Profesional de Carrera (SPC), en 77 dependencias de la administración pública centralizada. Se registraron avances en su operación en 75 de ellas, con 508.5 puntos (50.8%) de los 1,000 establecidos por la Secretaría para 2006, año en el que debe funcionar el Sistema en su totalidad. En la organización, funcionamiento y operación del Sistema, las dependencias y órganos desconcentrados erogaron 243,109.7 miles de pesos, significando un promedio de 5.9 miles de pesos por servidor público.

• De los siete Subsistemas que integran el SPC, en 2005 operaron sólo cuatro de ellos: Planeación de Recursos Humanos; Ingreso; Capacitación y Certificación de Capacidades; y Control y Evaluación. Los tres subsistemas restantes (Desarrollo Profesional, Evaluación del Desempeño y Separación), registraron avances en su organización para su posterior funcionamiento y operación en 2006.

• Por lo que hace al Subsistema de Planeación de Recursos Humanos, de las 77 dependencias sujetas al SPC, 71 de ellas certificaron su estructura orgánica e integraron el Catálogo de Puestos, a las que estuvieron adscritas 41,724 plazas de las 42,944 que forman el SPC; 39 contaron con gabinetes de apoyo; 3 definieron puestos de libre designación; 11 determinaron puestos claves; 24 registraron movimientos laterales; y 33 establecieron puestos de ocupación temporal.

• Respecto al Subsistema de Ingreso, de las 77 dependencias sujetas al SPC, 59 de ellas sometieron a concurso 2,509 plazas mediante 2,930 concursos por convocatoria pública y abierta, de las que 2,163 se concursaron una sola vez y 346 en más de una ocasión; de las 2,509 plazas concursadas, 1,524 (60.7%) se declararon ganadas en 2005.

• En la evaluación realizada a este Subsistema, no fue posible verificar que todas las plazas vacantes se hubieran concursado, al no haberse consolidado, en 2005, el procedimiento para identificar la situación organizacional del 23.8% de las 41,164 plazas adscritas al SPC que estuvieron vacantes en algún periodo del año. De una muestra de 208 concursos ganados, en 79 de ellos el ganador no resultó el mejor evaluado, y 9 candidatos de Director General y Director General Adjunto que resultaron ganadores en el proceso de selección, ingresaron al SPC sin acreditar las evaluaciones gerenciales respectivas.

• En el Subsistema de Capacitación y Certificación de Capacidades, de las 77 dependencias sujetas al SPC, 66 de ellas capacitaron al 38.9% de los servidores públicos del servicio en la capacidad gerencial o directiva, y 56 dependencias capacitaron al 33.9% en la capacidad técnica transversal. En 2005, ningún servidor público logró su certificación en las capacidades profesionales adquiridas.

Finalmente, en el Subsistema de Control y Evaluación, la SFP definió 24 Indicadores para evaluar la operación del Sistema de manera gradual, y mediante el sistema ``MIdESPC/Banderas blancas'', evaluó y controló la implementación del SPC.

Se formularon 35 observaciones que generaron 35 acciones, correspondientes a 12 recomendaciones, 6 promociones de intervención de la instancia de control, 15 recomendaciones al desempeño y 2 promociones de responsabilidades administrativas sancionatorias.

E.11 RECURSOS TRANSFERIDOS A ESTADOS, MUNICIPIOS Y DELEGACIONES DEL DISTRITO FEDERAL

RAMO GENERAL 33

En relación al Ramo General 33, ``Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios'', y debido, fundamentalmente, a los recursos de apoyo que, por 150 millones de pesos, gestionó la ASF en el año 2006 para el Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado (PROFIS), fue posible efectuar 280 revisiones de la Cuenta Pública 2005, sobre los recursos federales transferidos a 10 gobiernos de entidades federativas, a 133 gobiernos municipales y 4 demarcaciones del Distrito Federal, a través de los Fondos de Aportaciones para la Educación Básica y Normal (FAEB); para los Servicios de Salud (FASSA); para la Infraestructura Social Municipal (FISM); para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN-DF); y para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP).

Cabe señalar, que a la fecha del presente Informe, 6 revisiones relativas a este Ramo 33, se encontraban aún en proceso de terminación por parte de las Entidades de Fiscalización Superior Locales, de las cuales, dos de ellas corresponden al Municipio de León, Guanajuato, dos más al de Tantoyuca, Veracruz, y otras dos al de Santa Cruz Xoxocotlán, Oaxaca. Por lo anterior, a continuación solo se reportan los resultados de 274 revisiones, cuyas debilidades, por cada uno de los Fondos auditados, fueron las siguientes:

Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal (FAEB).

- Pagos efectuados con fines distintos de los establecidos en la Ley de Coordinación Fiscal.
- Pagos indebidos a comisionados.
- Pago de multas y recargos por pagos extemporáneos de obligaciones e impuestos.
- Pagos por estímulos y bonos no reglamentados o autorizados.
- Pagos indebidos a personal dado de baja, no localizado en su centro de trabajo, o con otros empleos incompatibles.

• Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud (FASSA).

- Extemporaneidad en la entrega de los recursos del Fondo.
- Mezcla indebida de recursos propios con recursos del Fondo.
- Pagos indebidos a personal con licencia, comisionado o sin contrato.
- Pagos en exceso a personal eventual.
- Financiamiento del ISR por pagos indebidos de incentivos en efectivo.
- Pagos indebidos a personal dado de baja.
- Incumplimiento de los estándares establecidos en el Sistema de Calidad de los Servicios de Salud.
- Pagos efectuados con fines distintos de los establecidos en la legislación y normativa aplicables.
- Pagos por compensaciones discrecionales e incentivos sin sustento normativo.
- Deficiencias en el manejo, control e identificación de insumos y medicamentos.
- No aplicación de penalizaciones por incumplimientos de los proveedores.

• Fondo para la Infraestructura Social Municipal (FISM).

- Transferencia indebida o no autorizada de recursos a otros programas federales y estatales.
- Falta de documentación comprobatoria.
- Obras y acciones que no benefician a zonas y grupos en rezago social y pobreza extrema.
- Obras y acciones no contempladas en la Ley de Coordinación Fiscal.
- Irregularidades en la adjudicación de contratos de adquisición, obras y servicios.
- Anticipos no amortizados.
- Falta de aplicación de sanciones y penas convencionales.
- Celebración extemporánea de convenios adicionales de obra, o sin autorización.
- Pagos indebidos por conceptos de obra no efectuados, no autorizados o con preestimaciones, así como pagos en exceso.
- Falta de ministración de recursos en los montos y plazos establecidos.
- Integración incompleta e inadecuada de expedientes de adquisiciones y de obra pública.
- Inversión de recursos en obras y acciones que no están en operación.
- Falta de retención y entero del ISR.
- Publicación extemporánea del calendario de los recursos del Fondo.
- Diferencias entre las cifras reportadas en los registros presupuestales y contables e insuficiencia de la información financiera.
- Falta de difusión de los montos recibidos y resultados alcanzados.
- Falta de elaboración y difusión de los informes trimestrales sobre la utilización de los recursos.
- Omisión del gobierno del estado de comunicar a los municipios el calendario de enteros de los recursos.
- Utilización de más de una cuenta bancaria para la recepción y manejo de los recursos.
- Transferencias indebidas para acciones de fiscalización, control, vigilancia y supervisión.

Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN-DF).

- Pagos improcedentes o en exceso.
- Falta de documentación comprobatoria.
- Obras incompletas.
- Adquisiciones directas fuera de norma.
- Falta de aplicación de sanciones y penas convencionales.
- Pagos indebidos por conceptos de obra no efectuados o con preestimaciones, así como pagos en exceso.
- Incorrecta integración de expedientes.
- Afectación en garantía de los recursos del Fondo por préstamos no autorizados.
- Carencia de una cuenta específica para la administración de los recursos del Fondo.
- Falta de difusión de los resultados alcanzados.
- Bienes no contabilizados.
- Falta de publicación del monto y el calendario de los recursos del Fondo.
- Falta de ministración de recursos en los montos y plazos establecidos.

Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP).

- Recursos destinados a fines distintos de los establecidos en la Ley de Coordinación Fiscal.
- Falta de documentación comprobatoria.
- Falta de aplicación de sanciones y penas convencionales.
- Irregularidades en los procedimientos de contratación y adjudicación de bienes y servicios.
- Inexistencia de contratos y pedidos en operaciones de compra de bienes.
- Acciones inconclusas.
- Pagos improcedentes, en exceso y por obra no ejecutada.
- Pagos por estímulos al personal sin cumplir con la normativa para su otorgamiento.
- Extemporaneidad en la entrega de los recursos del Fondo.
- Deficiencias en la información de los registros contables y presupuestarios.
- Falta de evidencia documental de la aplicación de exámenes al personal de seguridad pública.
- Información no actualizada sobre el cumplimiento de metas y montos ejercidos.
- Recursos no ejercidos.

RAMO GENERAL 39

Respecto al Ramo General 39, se efectuaron 5 revisiones a los recursos federales transferidos a los estados de Michoacán, Oaxaca, Yucatán y al Gobierno del Distrito Federal, a través del Programa de Apoyos para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (PAFEF) y del Fideicomiso para la Infraestructura en los Estados (FIES).

Las principales observaciones determinadas en la revisión de estos recursos, son las siguientes:

- Obras ejecutadas que no cumplen con el objetivo del PAFEF.
- Adquisiciones directas fuera de norma.
- Falta de reintegro de recursos a la TESOFE.
- Falta de documentación comprobatoria.
- Pagos indebidos y en exceso.
- Aplicación de recursos en acciones de saneamiento financiero sin autorización de la SHCP.
- Pagos de penas convencionales por el incumplimiento de contratos de compraventa.
- Pagos por adquisición de predios sin concluir el trámite de escrituración.
- Formalización improcedente de convenios adicionales por trabajos extraordinarios.
- Otorgamiento de anticipos superiores a lo establecido en la normativa.
- Anticipos pendientes de amortizar o amortizados extemporáneamente.
- Trabajos de mala calidad e incumplimiento de estándares.
- Falta de aplicación de retenciones y sanciones.
- Reintegro extemporáneo de recursos.

En resumen, los montos que fueron observados de las 279 revisiones efectuadas a los Ramos Generales 33 y 39, implicaron los efectos contables y económicos, según la siguiente tabla:

De los efectos económicos antes señalados, se obtuvieron recuperaciones por 57,733.5 miles de pesos, y se tienen como probables 1,960,473.6 miles de pesos.

Se formularon 2328 observaciones que generaron 2,473 acciones, de las cuales 2,138 son Recomendaciones (R), 8 Promociones de Intervención de la Instancia de Control (PIIC), 29 Solicitudes de Aclaración Recuperación (SAR), 4 Promociones del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal (PEFCF), 132 Pliegos de Observaciones (PO) y 162 Promociones de Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Sancionatorias (PFRAS), cuya integración es la siguiente:

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 42/2004

Adicionalmente a las revisiones efectuadas a los Ramos 33 y 39 correspondientes a la Cuenta Pública 2005 antes señaladas, se llevó a cabo la auditoría que se tenía programada practicar al estado de Oaxaca relativa al Fondo para la Infraestructura Social Estatal (FISE), correspondiente a la Cuenta Pública 2002, en cumplimiento de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sobre la controversia constitucional núm. 42/2004, emitida a favor de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

De la revisión efectuada en comento, se determinaron las principales observaciones siguientes:

- Obras que no cumplen con el objeto del Fondo.
- Irregularidades en los procedimientos de licitación y fraccionamiento de obras.
- Ejecución de obras por administración directa sin el acuerdo respectivo.
- Adquisición de material y arrendamiento de maquinaria sin haber realizado el proceso de licitación.
- Conceptos de obra ordinarios dados de baja y posteriormente dados de alta como extraordinarios para ejecutarlos con precios unitarios más altos.
- Autorización para la contratación de obra pública con recursos del 2002 para regularizar pagos de trabajos ya ejecutados en el ejercicio 2001, en infracción de la Ley de Obra Pública.
- Anticipos pendientes de amortizar.
- Derivado de la auditoría practicada, se determinaron efectos contables por 21,508.0 miles de pesos, y efectos económicos por 53,429.3 miles de pesos, con recuperaciones probables por 4,680.3 miles de pesos.

Se emitieron 14 observaciones que generaron 27 acciones, correspondientes a 1 solicitud de aclaración-recuperación, 3 pliegos de observaciones y 23 promociones de fincamiento de responsabilidades administrativas sancionatorias.

Dada la reincidencia de las observaciones detectadas, así como las distintas causas de las mismas, es necesario revisar, con urgencia, los objetivos y las reglas de operación de los diferentes fondos, a través de los cuales se transfieren y reasignan recursos públicos federales a estados, municipios y delegaciones del D.F., privilegiando la claridad y sencillez de los mismos, con el fin de evitar la recurrencia de las anomalías y favorecer la transparencia, la rendición de cuentas y la fiscalización de estos cuantiosos recursos.

F. Cuantificación de las Observaciones

F.1 Cuantificación Monetaria de las Observaciones

La Auditoría Superior de la Federación (ASF) derivado de las auditorias practicadas para la revisión y fiscalización de la Cuenta Pública 2005, señaló una cuantificación monetaria de las observaciones que ascendió a 26,342.0 millones de pesos (mdp), y señaló que este monto no necesariamente constituye resarcimientos, daños patrimoniales al erario federal, o responsabilidades administrativas sancionatorias. Su situación definitiva será establecida una vez que los entes fiscalizados entreguen las evidencias y documentación soporte respectivas.

En la siguiente tabla se muestra por sector la cuantificación monetaria de las observaciones:

El esquema anterior permite a esta dictaminadora señalar que en el Sector Energía, Sector Hacienda y Crédito Público, Sector Salud y las Entidades Federativas, Municipios y Delegaciones del Distrito Federal, presentan los mayores montos del total de la cuantificación monetaria de las observaciones.

Actualización Cuantificación Monetaria

F.2 Recuperaciones

La que dictamina advierte que el tiempo que ha pasado entre la presentación de la Cuenta Pública y su dictaminación, hace necesario actualizar las recuperaciones determinadas. El monto por recuperar en el Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de 2006 fue de 21,714.0 mdp, durante el periodo del 1 de enero al 30 de junio de 2008 se han tenido actualizaciones por 224.5 mdp. Los entes auditados han reintegrado o justificado los montos que se consignan en la siguiente tabla:

Como se aprecia, se han recuperado 1,844.1 mdp y restan saldos por recuperar o justificar equivalentes a 18,299.3 mdp.

V. SEGUIMIENTO DE LAS OBSERVACIONES ACCIONES FORMULADAS POR LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN, EN LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 2005.

A. Sectores más observados y naturaleza de las acciones

Como resultado de la revisión y fiscalización superior de la Cuenta Pública de 2005, la entidad de fiscalización superior de la Federación formuló originalmente un total de 4,505 observaciones, que generaron 5,182 acciones emitidas. Al 31 de julio de 2008, la ASF adicionó 6 acciones supervenientes que consisten en 1 pliego de observaciones, 4 promociones de responsabilidades administrativas sancionatorias, y 1 Denuncia de Hechos, por lo que actualmente existen 5,188 acciones. Con objeto de tener un panorama general de la naturaleza de las acciones y de los poderes, sectores y ramos más observados, se presenta la tabla siguiente:

El esquema anterior permite señalar que de acuerdo con la naturaleza de las acciones emitidas, éstas se dividieron en: 4,269 acciones preventivas y 919 correctivas, de las cuales 3 fueron denuncias de hechos, 272 pliegos de observaciones, 436 promociones de responsabilidades administrativas sancionatorias, 50 promociones de intervención de la instancia de control, 15 promociones del ejercicio de la facultad de comprobación fiscal y 143 solicitudes de aclaración-recuperación.

Por lo que respecta a los Poderes, Sectores y Ramos, esta Comisión Revisora consideró que los Ramos Generales 33 y 39, y los Sectores Hacienda y Crédito Público, Energía y Comunicaciones y Transportes recibieron un mayor número de observaciones.

B. Actualización de las Acciones.

Esta Comisión estima acertado presentar la actualización de las observaciones derivadas de la revisión y fiscalización de la Cuenta Pública de 2005, tomando en cuenta el tiempo transcurrido desde su presentación. En estas condiciones, lo haremos en primer lugar respecto de las acciones preventivas (Recomendaciones) y, en segundo lugar, de las acciones de carácter correctivo.

En la tabla siguiente se muestra el desarrollo que han mostrado las Recomendaciones reportadas en el apartado correspondiente del Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 2006:

El cuadro anterior permite a la dictaminadora sostener que de las 4,269 acciones preventivas (Recomendaciones) que se emitieron con motivo de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de 2005, al 31 de julio de 2008, se encontraban en proceso únicamente 40.

En la tabla siguiente se muestra el estado que guardan las 919 acciones correctivas de 2005, al 31 de julio de 2008, donde se reportaron en proceso 214 acciones.

Es oportuno señalar que estas acciones presentan cierto dinamismo; prueba de ello es que al 31 de julio de 2008 las acciones de carácter correctivo (Denuncias de Hechos, Pliegos de Observaciones, Promociones de Responsabilidades Administrativas Sancionatorias, Promociones de Intervención de la Instancia de Control, Promociones del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal y Solicitudes de Aclaración-Recuperación) se habían incrementado a 919, y de ellas, 214 se encuentran en proceso como se detalla en el cuadro siguiente:

Los resultados de la actualización de las observaciones-acciones suscitan una preocupación sobre la situación que guardan los aspectos del impacto económico de aquellas acciones que a la fecha no se encuentran concluidas por la ASF, o que están en proceso en otras instancias de control o autoridad competente.

VI) CANCELACIÓN DE CRÉDITOS FISCALES DERIVADOS DE RESPONSABILIDADES.

De la revisión practicada a la Cuenta Pública de 2005, esta Comisión constató que la Secretaría de la Función Pública (SFP) con fundamento en el artículo 48 de la entonces vigente Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, propuso la cancelación de 14 créditos fiscales cuyo monto asciende a 224,124.3 pesos; toda vez que los hechos que los constituyen, en su opinión no revisten un carácter delictuoso, ni se debieron a culpa grave o descuido notorio del responsable y que por incobrabilidad, como es que los declaró, propuso su cancelación. Como se muestra en la siguiente tabla:

La que dictamina considera adecuada la cancelación solicitada sobre los créditos aludidos, cuyos montos y justificación de su incobrabilidad han sido expuestos con antelación. Lo anterior no invalida que la ASF revise la cancelación de créditos fiscales y genere un reporte a esta Soberanía señalando los casos de recurrencia y en su caso, la alta concentración de créditos en una sola persona.

Por todo lo anteriormente expuesto, y con fundamento en los dispuesto en el artículo 39, numerales 1, 2 y 3 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como 80 y 81 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los integrantes de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, sometemos a la consideración de esta Soberanía el siguiente:

DECRETO

PRIMERO. La del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 74 fracción VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8 de la Ley de la Fiscalización Superior de la Federación y 116 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, recibió el 9 de junio de 2006 la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al Ejercicio Fiscal de 2005.

SEGUNDO. La Comisión Permanente del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 78 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos; y 80, 81 y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, turnó a la Auditoría Superior de la Federación, por conducto de la Comisión de Vigilancia, la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al Ejercicio Fiscal de 2005 para su revisión de conformidad con lo establecido en la fracción VI, párrafo segundo del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

TERCERO. La Cuenta Pública muestra que los Principios de Contabilidad Gubernamental que más se incumplieron fueron: ``Cumplimiento de disposiciones Legales'' seguido de los principios de ``Revelación Suficiente'', ``Base de Registro'' y ``Control Presupuestario''. Los ramos y Sectores que presentaron mayor incumplimiento fueron los siguientes: Ramos Generales 33 y 39, con 328 inobservancias; Sector Hacienda y Crédito Público con 65; Sector Educación Pública 47; Sector Energía con 38 y el Sector Economía con 22 inobservancias. 15

CUARTO. Las entidades fiscalizadas en forma general atendieron los ordenamientos jurídicos relacionados con sus atribuciones. Sin embargo, conviene destacar, que de la revisión del Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2005, se detectó que los sectores y ramos que presentan un mayor número de incumplimiento de disposiciones legales son: Ramos Generales 33 y 39 con 1009 inobservancias, Sector Comunicaciones y Transportes con 503; Sector Energía con 318; Sector Hacienda y Crédito Público 315; las Entidades No Coordinadas Sectorialmente 236; y el Sector Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural Pesca y Alimentación con 180 inobservancias; por ello, se insta a las entidades fiscalizadas de estos sectores y ramos a que mejoren sus mecanismos y/o procedimientos de ejecución, del gasto, y en su caso, la captación del ingreso, con el fin de observar mayor cumplimiento en la normatividad aplicable. 16

QUINTO. A la Auditoría Superior de la Federación se le insta a revisar las estrategias de prevención y corrección, que promueve a través de los Convenios de Colaboración que celebra con las instancias de control, de los diferentes ámbitos y niveles de gobierno a efecto de lograr un efectivo cumplimiento de la normatividad.

SEXTO. El Ejecutivo Federal no alcanzó las proyecciones de crecimiento económico, y la tasa inflacionaria se vio rebasada respecto de lo proyectado en los Criterios Generales de Política Económica, que presentó al Poder Legislativo para el ejercicio fiscal 2005, por lo que se exhorta al Ejecutivo Federal a que mejore los mecanismos para la determinación de las proyecciones de los Criterios Generales de Política Económica.

SEPTIMO. La Cámara de Diputados con base en la facultad que la Constitución Federal le confiere en el artículo 74 fracción VI, exhorta a la Auditoría Superior de la Federación, para que en la medida de lo posible, mantenga el incremento en el número de auditorías de desempeño, pues su realización contribuye a observar el mandato constitucional de verificar el cumplimiento de los objetivos de los programas, al tiempo que se evalúa la gestión de las entidades fiscalizadas.

OCTAVO. El Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización superior de la Cuenta Pública de 2005, muestra que los ramos que registraron el menor grado de avance en el cumplimiento de la meta de sus indicadores, fueron: Hacienda y Crédito Público, Comunicaciones y Transportes, Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural Pesca y Alimentación y Salud 17 .

NOVENO. Como resultado de la revisión y fiscalización de la Cuenta Pública de 2005, la Entidad de Fiscalización Superior de la Federación formuló un total de 4,505 observaciones, que generaron el ejercicio de 5,182 acciones 18 . Derivado de esta revisión los sectores y ramos a los que les fueron formuladas un mayor número de observaciones fueron: los Ramos Generales 33 y 39, Sector Comunicaciones y Transportes, Sector Hacienda y Crédito Público y Sector Energía 19 .

Considerando la importancia que tienen estos sectores en el desarrollo económico y social de nuestro país, se establece la urgencia de implementar los mecanismos y las disposiciones jurídicas y normativas que sean necesarias a efecto de reducir en lo posterior el número de observaciones y asumir el compromiso, que se traduzca en la responsabilidad política que garantice una eficiente gestión gubernamental; y en su caso, se apliquen las sanciones a que haya lugar.

DECIMO. Considerando que a julio de 2008 y con base en información de la Auditoría Superior de la Federación, aún se reportan 254 acciones en proceso, se hace indispensable que los sujetos fiscalizados, los Órganos de Control Interno y la Secretaría de la Función Pública, realicen los actos que sean necesarios para su total desahogo y se concluyan las promociones de responsabilidad administrativa sancionatorias; de igual forma se exhorta, a la Procuraduría General de República a que realice las acciones necesarias para la debida resolución de las denuncias de hechos; y a la Auditoría Superior de la Federación, para que les dé estricto seguimiento hasta su total conclusión. 20

DECIMO PRIMERO. Con base en información de la Auditoría Superior de la Federación, las 255 acciones que a julio de 2008 se reportan en proceso, por su naturaleza se dividen 40 Acciones Preventivas y 214 Acciones Correctivas; de estas últimas destacan entre otras las siguientes: En Pliegos de Observaciones, el Gobierno del Distrito Federal con 32; el Instituto Mexicano del Seguro Social con 13; PEMEX Refinación con 9; PEMEX y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes con 8 cada una. En Promoción de Responsabilidades Administrativas Sancionatorias, PEMEX con 8; y la Secretaría de la Función Pública con 4. En Promoción de Intervención de la Instancia de Control, el Gobierno del Distrito Federal con 8; el Servicio de administración y Enajenación de Bienes y la Secretaría de Economía con 1 respectivamente. En Solicitud de Aclaración Recuperación, el FONAES (Programa Nacional de Apoyo para las Empresas en Solidaridad) y el Servicio de Administración Tributaria con 3 cada uno. 21

DECIMO SEGUNDO. Se recomienda se realice una revisión al marco jurídico ( Ley de Coordinación Fiscal, Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y Ley de Fiscalización Superior de la Federación) que rige el ejercicio y rendición de cuentas de los recursos federales que son transferidos a las entidades federativas vía Ramo 33 a efecto de asegurar que subsistan las condiciones necesarias, que permitan garantizar, un transparente y correcto ejercicio de los recursos públicos federales y eficientar la rendición de cuentas.

DECIMO TERCERO. Esta Soberanía debe en cumplimiento de sus facultades en el proceso presupuestal etiquetar recursos destinados para atender las necesidades de equidad de género en el Presupuesto de Egresos de la Federación, y que estos realmente se ejerzan en aquellos rubros para los que fueron asignados y procurar la irreductibilidad de los mismos.

DECIMO CUARTO. Se exhorta a la Auditoría Superior de la Federación a incluir dentro de sus programas de revisión de la Cuenta Pública, auditorías de género que permitan evaluar la eficacia de las políticas públicas y de los recursos destinados a las mujeres.

DECIMO QUINTO. La Cámara de Diputados conoció de la cancelación de 14 créditos fiscales derivados de responsabilidades, propuestos por la Secretaría de la Función Pública (SFP) 22

DECIMO SEXTO. El presente decreto no releva ninguna responsabilidad civil o penal ni cancela las investigaciones que se realicen a futuro. Todo ello con base en las conclusiones de las auditorías practicadas por la Auditoría Superior de la Federación.

DECIMO SEPTIMO. Las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, en el ámbito de sus respectivas competencias, darán seguimiento al presente decreto.

DECIMO OCTAVO. El presente Decreto deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación.

Notas: 1 Elaborado por la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.2 Ídem.3 CUENTA PÚBLICA, LA APROBACIÓN DE LA, NO IMPLICA EL RECONOCIMIENTO DE LA LEGALIDAD DEL ACTO HABIDO ENTRE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y UNA PERSONA, NI LA APROBACIÓN DE ACTOS ENTRE LA HACIENDA PÚBLICA Y LOS CAUSANTES. Tesis Aislada, Materia Constitucional Administrativa, Sala Auxiliar, Séptima Época, Informe 1970, Parte III, Registro 807085, Página 88. NATURALEZA DEL ACTO DE LA REVISIÓN DE LA. EVOLUCIÓN DOCTRINAL Y LEGISLATIVA. Tesis Aislada, Materia Administrativa, Sala Auxiliar, Séptima Época, Apéndice 2000, Tomo III, P.R. SCJN, Pagina 36, Tesis 39.4 CUENTA PÚBLICA, LA APROBACIÓN DE LA, NO IMPLICA EL RECONOCIMIENTO DE LA LEGALIDAD DEL ACTO HABIDO ENTRE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y UNA PERSONA, NI LA APROBACIÓN DE ACTOS ENTRE LA HACIENDA PÚBLICA Y LOS CAUSANTES. Tesis Aislada, Materia Constitucional Administrativa, Sala Auxiliar, Séptima Época, Informe 1970, Parte III, Registro 807085, Página 88.5 Cabe hacer mención que estos porcentajes de participación incluyen los subsidios, transferencias y aportaciones a la seguridad social por lo que al deducirlas del gasto programable, éstas representan el 13.8 por ciento del gasto programable, en términos absolutos 170 mil 843.6 mdp.6 Agregado que se relaciona con la producción de bienes y la prestación de servicios públicos.7 Información disponible al momento de elaborar la Cuenta Pública de 2005.8 Gasto total menos amortización de la deuda.9 Corresponde a la suma de las cifras aprobadas en el PEF a cada uno de los ramos que componen este grupo, razón por la cual no coincide con las presentadas en el cuadro a nivel consolidado.10 Corresponde a la suma de las cifras aprobadas en el PEF a cada uno de los ramos que componen este grupo, razón por la cual no coincide con las presentadas en el cuadro a nivel consolidado.11 Diferencia entre el déficit presupuestario y el costo financiero de la deuda.12 Comprende la totalidad de las obligaciones financieras en el mercado nacional y frente al exterior, tanto del Gobierno Federal como de las entidades no financieras de control presupuestario directo.13 Diferencia entre el déficit presupuestario y el costo financiero de la deuda.14 Gasto total menos amortizaciones de la deuda.15 Cfr. página 48 y 49.16 Cfr. páginas 49 a 51.17 Cfr. página 35.18 Cfr. página 103. Al 31 de julio de 2008, la ASF adicionó 6 acciones supervenientes para un total de 5,188 acciones.19 Cfr. página 102, 103 y 104.20 Cfr. página 104 y 105.21 Cfr. págs. 105,106 y 107. Las Acciones Correctivas comprenden: Pliegos de Observaciones, Promoción de Responsabilidades Administrativas Sancionatorias, Promoción de Intervención de la Instancia de Control, Solicitud de Aclaración-Recuperación y Denuncias de Hechos; de las mencionadas, la ASF únicamente finca los Pliegos de Observaciones, las demás son acciones que la entidad de fiscalización superior de la Federación formula, promueve o presenta.22 Cfr. página 107.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los veinticinco días del mes de septiembre de dos mil ocho.

La Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, diputados: Raúl Alejandro Padilla Orozco (rúbrica), presidente; Édgar Martín Ramírez Pech (rúbrica), Carlos Altamirano Toledo , Erick López Barriga , Susana Monreal Ávila , Joel Ayala Almeida , Javier Guerrero García (rúbrica), Francisco Elizondo Garrido (rúbrica), Alejandro Chanona Burguete (rúbrica), Ricardo Cantú Garza , Mónica Arriola, Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez (rúbrica), secretarios; Alejandro E. Delgado Oscoy (rúbrica), Andrés M. Bernal Gutiérrez, Artemio Torres Gómez (rúbrica), Carlos Rojas Gutiérrez (rúbrica en abstención), Francisco Javier Calzada Vázquez , Enrique Serrano Escobar (rúbrica), Charbel Jorge Estefan Chidiac , Enrique Iragorri Durán (rúbrica), Ernesto Ruiz Velasco de Lira (rúbrica), Faustino Soto Ramos , Jorge Emilio González Martínez , Adolfo Escobar Jardinez (rúbrica), Francisco Rueda Gómez (rúbrica), Jesús Arredondo Velázquez , Celso David Pulido Santiago , Jesús Ramírez Stabros (rúbrica), José Alejandro Aguilar López (rúbrica), Juan Adolfo Orci Martínez (rúbrica), Liliana Carbajal Méndez (rúbrica), Mario Alberto Salazar Madera (rúbrica), Martín Ramos Castellanos (rúbrica), Moisés Alcalde Virgen (rúbrica), Pablo Trejo Pérez .»

Para el Desarrollo Agropecuario y Forestal se ejerció un gasto mayor al de 2004 en 7.3 por ciento real. Con ello, se ampliaron los recursos asignados a ASERCA para respaldar la comercialización de productos agropecuarios, y a los fondos de Apoyo a la Competitividad de las Ramas Productivas y de Compensación a los Costos Energéticos Agrícolas. Adicionalmente, se brindó un mayor impulso al Programa de Estímulos a la Producción Ganadera y al desarrollo de la infraestructura hidroagrícola. No obstante, comparados con lo programado, los egresos en esta función disminuyeron 4.5 por ciento, en razón de las reducciones observadas en la Comisión Nacional de Acuacultura y el Fideicomiso de Riesgo Compartido. En el primer caso, por la cancelación de obras y, en el segundo, debido a los menores apoyos entregados a productores agropecuarios, principalmente de maíz y frijol.