Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXI Legislatura
Correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidente

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín
Director del
Diario de los Debates
Jesús Norberto Reyes Ayala
Año II
México, DF, martes 7 de diciembre de 2010
Sesión No. 34

SUMARIO


ORDEN DEL DIA

Desde sus curules respecto a diversos temas intervienen los diputados:

José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña

Jaime Fernando Cárdenas Gracia

Víctor Humberto Benítez Treviño

Antonio Benítez Lucho

José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña

Ignacio Téllez González

DIPUTADOS SUPLENTES QUE SE INCORPORAN

El Presidente designa comisión que acompañe a los ciudadanos Diana Patricia González Soto y José Luis Alvarez Martínez, electos como diputados suplentes en el IV y XVII distritos electorales de los estados de Coahuila y Veracruz, respectivamente, en el acto de rendir su protesta de ley

COMISIONES LEGISLATIVAS

Dos oficios de la Junta de Coordinación Política por los que se comunica cambios de integrantes en las Comisiones: de Derechos Humanos; Especial de Energías Renovables. Aprobados

LEY ADUANERA

Oficio de la Cámara de Senadores con el que se remite iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 193, fracción I de la Ley Aduanera, presentada por los senadores Federico Döring Casar y Ramiro Hernández García. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

LEY DE AGUAS NACIONALES

Oficio de la Cámara de Senadores en el que transcribe acuerdo complementario de la Comisión de Recursos Hidráulicos sobre el acuerdo a fin de que el proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales se remita al Ejecutivo federal, para su promulgación, únicamente con los artículos aprobados por ambas Cámaras. Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos

LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLE

Oficio de la Cámara de Senadores con el que devuelve para los efectos de la fracción D) del artículo 72 constitucional, expediente de la minuta con proyecto de decreto que reforma el inciso i) de la fracción III del artículo 24 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentable. Se turna a la Comisión de Pesca

LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLE

Oficio de la Cámara de Senadores con el que devuelve para los efectos de la fracción D) del artículo 72 constitucional, expediente de la minuta con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables. Se turna a la Comisión de Pesca

LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLE

Oficio de la Cámara de Senadores con el que remite minuta con proyecto de decreto que adiciona un nuevo inciso b) a la fracción III del artículo 24 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables. Se turna a la Comisión de Pesca

LEY PARA EL APROVECHAMIENTO DE ENERGIAS RENOVABLES Y EL FINANCIAMIENTO DE LA TRANSICION ENERGETICA

Oficio de la Cámara de Senadores con el que remite minuta con proyecto de decreto que reforma la fracción VII y adiciona la VIII del artículo 6 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética. Se turna a la Comisión de Energía

LEY PARA EL APROVECHAMIENTO DE ENERGIAS RENOVABLES Y EL FINANCIAMIENTO DE LA TRANSICION ENERGETICA

Oficio de la Cámara de Senadores con el que remite minuta con proyecto de decreto que adiciona la fracción VII de artículo 24 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética. Se turna a la Comisión de Energía

LEY DE ENERGIA PARA EL CAMPO

Oficio de la Cámara de Senadores con el que remite minuta con proyecto de decreto que adiciona un segundo párrafo al artículo 9 de la Ley de Energía para el Campo. Se turna a la Comisión de Energía

LEY DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD

Oficio de la Cámara de Senadores con el que remite minuta con proyecto de decreto que reforma la fracción I del artículo 3 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud. Se turna a la Comisión de Juventud y Deporte

LEY DEL SEGURO SOCIAL

Oficio de la Cámara de Senadores con el que devuelve para los efectos de la fracción E) del artículo 72 constitucional, minuta con proyecto de decreto que adiciona un párrafo tercero al artículo vigésimo quinto transitorio de la Ley del Seguro Social. Se turna a la Comisión de Seguridad Social

SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL

Oficio de la Secretaría de Desarrollo Social, con el que remite los criterios de elegibilidad 2010, programas del ramo administrativo 20, “Desarrollo social”. Se remite a las Comisiones de Desarrollo Social, Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento

PERMISOS PARA PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

Primera lectura a tres dictámenes de la Comisión de Gobernación con proyectos de decreto que conceden los permisos constitucionales necesarios para que 52 ciudadanos puedan para prestar servicios en diversas representaciones diplomáticas, respectivamente

LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE

Primera lectura del dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto que reforma el primer párrafo del artículo 62 de la Ley General de Vida Silvestre

LEY GENERAL DE EQUILIBRIO ECOLOGICO Y DE LA PROTECCION AL AMBIENTE - LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Primera lectura del dictamen de las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Justicia, con proyecto de decreto que reforma y adicionan el artículo 180 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y de la Protección al Ambiente; y reforma la fracción I del artículo 8o. de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo

ARTICULOS 94, 100, 103, 104 Y 107 CONSTITUCIONALES

Primera lectura del dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los artículos 94, 100, 103, 104 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos

Se le dispensa la segunda lectura

Fundamenta el dictamen a nombre de la Comisión, el diputado Juventino Víctor Castro y Castro

Fijan la posición de sus respectivos grupos parlamentarios, los diputados:

Jaime Fernando Cárdenas Gracia

Nazario Norberto Sánchez

Carlos Alberto Pérez Cuevas

Jesús Alfonso Navarrete Prida

ARTICULOS 94, 100, 103, 104 Y 107 CONSTITUCIONALES

Suficientemente discutido es aprobado en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados del dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los artículos 94, 100, 103, 104 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos

Para la discusión en lo particular se concede la palabra a los diputados:

Jaime Fernando Cárdenas Gracia  quien presenta propuestas de modificaciones que se desechan

Oscar Martín Arce Paniagua  quien presenta modificación

Desde su curul el diputado Rigoberto Salgado Vázquez  realiza comentarios

Es aceptada a discusión la modificación propuesta por el diputado Arce Paniagua

A discusión interviene el diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia

Se acepta la modificación propuesta por el señor diputado Arce Paniagua

Se aprueban los artículos 94, 103 y 107 reservados en términos del dictamen

Es aprobado el artículo 100 tal y como está en la Constitución actualmente

Quedan aprobados en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los artículos 94, 103, 104 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se devuelve al a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E) del artículo 72 constitucional

LEY ORGANICA DE LA ARMADA DE MEXICO - LEY DE ASCENSOS DE LA ARMADA DE MEXICO

Segunda lectura del dictamen de la Comisión de Marina con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de las Leyes Orgánica de la Armada de México, y de Ascensos de la Armada de México

El diputado Alejandro Gertz Manero  fundamenta el dictamen a nombre de la Comisión

A discusión en lo general participan los diputados:

Juan Enrique Ibarra Pedroza

Rogelio Cerda Pérez  desde su curul

Juan Enrique Ibarra Pedroza

Jaime Fernando Cárdenas Gracia  desde su curul

Teresa del Carmen Incháustegui Romero

Suficientemente discutido es aprobado. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales

LEY GENERAL DE SALUD - LEY FEDERAL DEL TRABAJO - LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO - LEY DEL SEGURO SOCIAL - LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO - LEY PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES - LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA

Segunda lectura del dictamen de la Comisión de Seguridad Social con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes General de Salud; Federal del Trabajo; Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional; del Seguro Social; del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; y General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

Sin discusión es aprobado en lo general y en lo particular de los artículos no reservados

A discusión en lo particular intervienen los diputados:

Laura Itzel Castillo Juárez  que presenta modificaciones

Uriel López Paredes  desde su curul

Se admiten a discusión las modificaciones propuestas por la diputada Castillo Juárez

No se aceptan las modificaciones propuestas

Desde sus curules solicitan la reposición del procedimiento de votación, los diputados:

Omar Fayad Meneses

Víctor Humberto Benítez Treviño

José Ramón Martel López

A solicitud de la Presidencia la diputada Laura Itzel Castillo Juárez  aclarara el sentido de sus propuestas

Desde sus curules intervienen los diputados:

María Elena Pérez de Tejada Romero

Leticia Quezada Contreras

Víctor Manuel Castro Cosío

Omar Fayad Meneses

Uriel López Paredes

María Elena Pérez de Tejada Romero

La diputada Laura Itzel Castillo Juárez  continúa aclarando el sentido de sus propuestas

LEY GENERAL DE SALUD - LEY FEDERAL DEL TRABAJO - LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO - LEY DEL SEGURO SOCIAL - LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO - LEY PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES - LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA

Se reanuda la sesión

No se consideran suficientemente discutidos los artículos reservados

El diputado Uriel López Paredes  presenta propuesta de modificación que se acepta

Es aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales

Desde sus curules realizan comentarios los diputados:

Heladio Gerardo Verver y Vargas Ramírez

María Elena Pérez de Tejada Romero

PRECIOS DE GASOLINAS Y DIESEL

Dictamen de las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería, y de Economía con puntos de acuerdo relativos a proposición, presentada en la sesión del 25 de febrero pasado, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a instaurar medidas que favorezcan al sector campesino y contrarresten el alza debida al aumento del costo de las gasolinas y del diesel

MANDOS UNICOS DE POLICIA EN ENTIDADES FEDERATIVAS

Dictamen de la Comisión de Seguridad Pública con puntos de acuerdo relativos a proposición, presentada en la sesión del 28 de abril pasado, por el que se solicita a la Comisión de Seguridad Pública que consulte al Consejo Nacional de Seguridad Pública por conducto del titular del secretariado ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública respecto a lo señalado por la Conferencia Nacional de Gobernadores (Conago), con relación al pronunciamiento para la creación de mandos únicos de policía para las respectivas entidades federativas

CONSEJO DE ATENCION INMEDIATA A LAS COMUNIDADES Y MUNICIPIOS QUE PRESENTAN MAYOR INCIDENCIA DELICTIVA DEL PAIS

Dictamen de la Comisión de Seguridad Pública con puntos de acuerdo relativos a proposición, presentada en la sesión del 17 de marzo pasado, por el que exhorta al Ejecutivo federal a crear el Consejo de Atención Inmediata a las Comunidades y Municipios que Presentan Mayor Incidencia Delictiva en materia de atención de víctimas y ofendidos del delito, justicia, seguridad pública y participación ciudadana

FRONTERA NORTE

Dictamen de la Comisión de Población Fronteras y Asuntos Migratorios con punto de acuerdo relativo a la proposición presentada el 3 de diciembre de 2009, por el que se solicita a los Gobiernos locales, actores económicos y sociales de la frontera norte, a reforzar y en su caso a promover propuestas que permitan impulsar el fortalecimientos y desarrollo integral en sus regiones desde una perspectiva sustentable y con visión de largo plazo

CENSO DE POBLACION Y VIVIENDA 2010

Dictamen de la Comisión de Población Fronteras y Asuntos Migratorios con punto de acuerdo relativo a la proposición presentada el 15 de diciembre de 2009, por el que se exhorta al Instituto Nacional de Estadística y Geografía, que el censo de población que se lleva a cabo en este año 2010, contenga el mayor número de elementos similares a los que se recabaron en el año 2000

FRONTERA NORTE

Dictamen de la Comisión de Población Fronteras y Asuntos Migratorios con punto de acuerdo relativo a la proposición presentada el 15 de diciembre de 2009, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a establecer garitas secundarias en la frontera norte –que comprende Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Tamaulipas, especialmente en Nuevo León–, permitiendo con ello el libre tránsito de los turistas y connacionales

FRONTERA NORTE

Dictamen de la Comisión de Población Fronteras y Asuntos Migratorios con punto de acuerdo relativo a la proposición presentada el 7 de abril pasado, por el que se solicita al Ejecutivo federal que se elabore un Programa Regional Fronterizo para el fomento de la cohesión social en las comunidades de la frontera norte

ATENCION A MIGRANTES MEXICANOS DEPORTADOS

Dictamen de la Comisión de Población Fronteras y Asuntos Migratorios con punto de acuerdo relativo a la proposición presentada el 28 de abril pasado, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a promover, mediante el Instituto Nacional de Migración el fortalecimiento de las políticas de atención integral a migrantes mexicanos deportados a las ciudades fronterizas

SOBREPESO Y OBESIDAD

Dictamen de la Comisión de Salud con punto de acuerdo relativo a la proposición presentada el 28 de abril pasado, por el que se exhorta al Consejo Nacional para la Prevención y Control de las Enfermedades Crónicas a constituir el Foro Nacional para la Prevención del Sobrepeso y la Obesidad

ESTADO DE NAYARIT

La Presidencia menciona el dictamen de la Comisión de Seguridad Pública con punto de acuerdo relativo a la proposición presentada el 25 de febrero pasado, por el que se exhorta al Gobernador del Estado de Nayarit y al Ayuntamiento de Tepic, a emprendan acciones conjuntas, a fin de abatir los índices delictivos en el estado

PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Dictamen de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables con punto de acuerdo relativo a la proposición presentada el 27 de abril pasado, por el que se exhorta a las autoridades educativas federales, estatales y municipales a realizar las acciones procedentes para que todas las instituciones del sector apliquen las leyes y normas en materia de accesibilidad de las personas con discapacidad

TALLERES O MAQUILADORAS SOCIALES

Dictamen de la Comisión de Economía con punto de acuerdo relativo a la proposición presentada el 5 de noviembre de 2009, por el que se exhorta al Secretario de Economía, elaborar un informe de los recursos que se han destinado para apoyar la creación de talleres o maquiladoras sociales en la presente administración

PROGRAMA DE APOYOS DIRECTOS AL CAMPO

Dictamen de la Comisión de Agricultura y Ganadería con punto de acuerdo relativo a la proposición presentada el 30 de septiembre pasado, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, actualicen de manera adecuada y con transparencia el padrón de beneficiarios del programa Programa de Apoyos Directos al Campo

SECTOR CITRICULTOR

Dictamen de la Comisión de Agricultura y Ganadería con punto de acuerdo relativo a la proposición presentada el 6 de octubre pasado, por el que se exhorta al Poder Ejecutivo a diseñar y operar un programa integral para mitigar el riesgo de dispersión del huanglonbing en los estados productores de cítricos

MANGLARES

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales con punto de acuerdo relativo a la proposición presentada el 16 de febrero pasado, relativo a la recategorización de las especies de manglar en la NOM-059-SEMARNAT-2001

AREAS DESTINADAS VOLUNTARIAMENTE A LA CONSERVACION

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales con punto de acuerdo relativo a la proposición presentada el 13 de octubre pasado, por el que se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a publicar modificaciones del Reglamento de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, en materia de áreas naturales protegidas respecto a la certificación voluntaria de predios

BAMBU Y RATAN

Dictamen de las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Agricultura y Ganadería con punto de acuerdo relativo a la proposición presentada el 8 de diciembre de 2009, por el que se exhorta a los titulares de la Secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y de la Comisión Nacional Forestal implementar medidas que permitan incorporar a México a la red internacional del bambú y el ratán

DERRAME PETROLERO EN GOLFO DE MEXICO

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales con punto de acuerdo relativo a la proposición presentada el 26 de mayo pasado, para dar seguimiento al impacto ambiental ocasionado por el derrame petrolero en el Golfo de México

ESTADO DE NAYARIT

La Presidencia anuncia el retiro del dictamen de la Comisión de Seguridad Pública con punto de acuerdo relativo a la proposición presentada el 25 de febrero pasado, por el que se exhorta al Gobernador del Estado de Nayarit y al Ayuntamiento de Tepic, a emprendan acciones conjuntas, a fin de abatir los índices delictivos en el estado

MANDOS UNICOS DE POLICIA EN ENTIDADES FEDERATIVAS - CONSEJO DE ATENCION INMEDIATA A LAS COMUNIDADES Y MUNICIPIOS QUE PRESENTAN MAYOR INCIDENCIA DELICTIVA DEL PAIS

Desde sus curules reservan para la discusión de los dictámenes de la Comisión de Seguridad Pública los diputados:

Teresa del Carmen Incháustegui Romero

Arturo Santana Alfaro

Jaime Fernando Cárdenas Gracia

José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña

DICTAMENES CON PUNTOS DE ACUERDO

Son aprobados los dictámenes que no fueron reservados

MANDOS UNICOS DE POLICIA EN ENTIDADES FEDERATIVAS

A discusión del dictamen de la Comisión de Seguridad Pública respecto a lo señalado por la Conferencia Nacional de Gobernadores, con relación al pronunciamiento para la creación de mandos únicos de policía para las respectivas entidades federativas, intervienen los diputados:

Teresa del Carmen Incháustegui Romero

Arturo Santana Alfaro

Salvador Caro Cabrera

Jaime Fernando Cárdenas Gracia

Salvador Caro Cabrera  desde su curul

José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña

Salvador Caro Cabrera  desde su curul

Pedro Avila Nevárez

Arturo Santana Alfaro  desde su curul presenta propuesta de modificación que se aprueba

CONSEJO DE ATENCION INMEDIATA A LAS COMUNIDADES Y MUNICIPIOS QUE PRESENTAN MAYOR INCIDENCIA DELICTIVA DEL PAIS

A discusión del dictamen de la Comisión de Seguridad Pública, por el que exhorta al Ejecutivo federal a crear el Consejo de Atención Inmediata a las Comunidades y Municipios que Presentan Mayor Incidencia Delictiva en materia de atención de víctimas y ofendidos del delito, justicia, seguridad pública y participación ciudadana, participa el diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia

Se aprueba en sus términos el dictamen

Quedan aprobados los dos anteriores dictámenes

ARTICULOS 74 Y 79 CONSTITUCIONALES - LEY DEFISCALIZACION SUPERIOR DE LA FEDERACION

Dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de la Función Pública con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 74 y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 8, 30 y 67 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, presentada el 4 de septiembre de 2007

LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

Dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 69 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, presentada el 12 de diciembre de 2006

LEY DE VIAS GENERALES DE COMUNICACION - LEY REGLAMENTARIA DEL SERVICIO FERROVIARIO - LEY DE AVIACION CIVIL - LEY DE AEROPUERTOS - LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES

Es mencionado el dictamen de las Comisiones Unidas de Comunicaciones, de Transportes y de Trabajo y Previsión Social con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que deroga diversas disposiciones de la Ley de Vías Generales de Comunicación, de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario, de la Ley de Aviación Civil, de la Ley de Aeropuertos y de la Ley Federal de Telecomunicaciones, presentada el 8 de octubre de 2009

LEY DE VIAS GENERALES DE COMUNICACION

Dictamen de la Comisión de Comunicaciones con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 7 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, presentada el 2 de junio de 2010

LEY DEL SERVICIO PUBLICO DE ENERGIA ELECTRICA - LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - LEY ORGANICA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA

Dictamen de las Comisiones Unidas de Energía, Función Pública y de Justicia con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artículos 43 y 172 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, el artículo 2 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y el artículo 14 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, presentada el 30 de abril de 2008

LEY GENERAL DE SALUD - LEY GENERAL DE EDUCACION - LEY FEDERAL DEL TRABAJO - LEY QUE ESTABLECE LAS NORMAS MINIMAS SOBRE READAPTACION SOCIAL DE LOS SENTENCIADOS

Dictamen de las Comisiones Unidas de Salud, de Educación Pública y de Servicios Educativos, de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Pública con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley General de Educación, de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de los Sentenciados, presentada el 08 de febrero de 2005

LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL - LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA GUBERNAMENTAL

Dictamen de la Comisión de Economía con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un inciso g) al numeral XII del artículo 6 de la Ley de la Propiedad Industrial y un párrafo al artículo 12 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, presentada el 23 de junio de 2010

LEY DE INVERSION EXTRANJERA

Dictamen de la Comisión de Economía con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un Capítulo IV al Título Primero de la Ley de Inversión Extranjera, presentada el 9 de febrero pasado

LEY GENERAL DE SALUD

Dictamen de la Comisión de Salud con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un párrafo al artículo 87 de la Ley General de Salud, presentada el 31 de agosto de 2007

LEY GENERAL DE SALUD

Dictamen de la Comisión de Salud con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción IX, recorriéndose las subsecuentes al artículo 134 y se reforma el artículo 144 de la Ley General de Salud, presentada el 24 de noviembre de 2009

LEY GENERAL DE SALUD

Dictamen de la Comisión de Salud con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 245 de la Ley General de Salud, presentada el 1 de octubre de 2009

LEY GENERAL DE SALUD

Dictamen de la Comisión de Salud con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 3 de la Ley General de Salud, presentada el 20 de octubre de 2009

LEY GENERAL DE SALUD

Dictamen de la Comisión de Salud con puntos de acuerdo por los que se desechan tres iniciativas con proyecto de decreto que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, presentada el 10 de noviembre de 2009 y el 23 de febrero de 2010, respectivamente

LEY GENERAL DE SALUD

Dictamen de la Comisión de Salud con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, presentada el 3 de diciembre de 2009

LEY DE ASISTENCIA SOCIAL

Dictamen de la Comisión de Salud con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4 de la Ley de Asistencia Social, presentada el 29 de abril pasado

LEY GENERAL DE SALUD

Dictamen de la Comisión de Salud con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un último párrafo al artículo 97 del Reglamento de la Ley General de Salud, presentada el 29 de julio de 2009

LEY DE VIAS GENERALES DE COMUNICACION - LEY REGLAMENTARIA DEL SERVICIO FERROVIARIO - LEY DE AVIACION CIVIL - LEY DE AEROPUERTOS - LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES

Desde su curul el diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia  solicita reservar lo referente al dictamen de las Comisiones Unidas de Comunicaciones, de Transportes y de Trabajo y Previsión Social con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que deroga diversas disposiciones de la Ley de Vías Generales de Comunicación, de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario, de la Ley de Aviación Civil, de la Ley de Aeropuertos y de la Ley Federal de Telecomunicaciones, presentada el 8 de octubre de 2009

El Presidente anuncia el retiro de este dictamen

DICTAMENES NEGATIVOS

Son aprobados los anteriores 15 dictámenes a excepción del que fue retirado por la Presidencia. Archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos

MEXICANA DE AVIACION

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se solicita a las Secretarías de Comunicaciones y Transportes, y del Trabajo y Previsión Social un informe detallado sobre el proceso de reactivación de las operaciones de la empresa Mexicana de Aviación. Aprobado

CUENCA DEL LAGO DE PATZCUARO

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se crea el Grupo Plural de Trabajo para el Saneamiento de la Cuenca del Lago de Pátzcuaro. Aprobado

ATENCION A VICTIMAS DEL DELITO

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta a los Congresos de los estados y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, para que al aprobar su Presupuesto de Egresos consideren los recursos necesarios en materia de atención a las víctimas del delito. Aprobado

ORDEN DEL DIA

De la próxima sesión

VOTACIONES

De conformidad con lo que dispone el Reglamento para la Transparencia y el Acceso a la Información Pública de la H. Cámara de Diputados, se publican las votaciones de los siguientes dictámenes:

De la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los artículos 94, 100, 103, 104 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de amparo (en lo general y en lo particular los artículos no reservados)

De la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los artículos 94, 100, 103, 104 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de amparo (en lo particular los artículos 94, 103 y 107, reservados, en sus términos)

De la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los artículos 94, 100, 103, 104 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de amparo (en lo particular el artículo 100, reservado, con la modificación propuesta por el diputado Oscar Martín Arce Paniagua y aceptada por la asamblea)

De la Comisión de Marina, con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de las Ley Orgánica de la Armada de México, y de la Ley de Ascensos de la Armada de México (en lo general y en lo particular)

De la Comisión de Seguridad Social, que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes General de Salud; Federal del Trabajo; Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional; del Seguro Social; del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; y General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (en lo general y en lo particular los artículos no reservados)

De la Comisión de Seguridad Social, que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes General de Salud; Federal del Trabajo; Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional; del Seguro Social; del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; y General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (en lo particular los artículos 170, 28, 94 y 39, reservados, con las modificaciones propuestas por el presidente de la comisión, diputado Uriel López Paredes, y aceptadas por la asamblea)


Presidencia del diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

ASISTENCIA

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Pido a la Secretaría haga del conocimiento de la Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de los señores y señoras diputados.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 317 diputados, por tanto, hay quórum.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín (a las 12:25 horas): Y por tanto, se abre la sesión.



ORDEN DEL DIA

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Consulte si se dispensa la lectura del orden del día.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: Se consulta a la asamblea si se le dispensa la Lectura al orden del día. Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados por la negativa.

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

«Primer periodo de sesiones ordinarias.— Segundo año de ejercicio.— LXI Legislatura.

Orden del día

Martes 7 de diciembre de 2010.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

Protesta de ciudadanos diputados

De la Junta de Coordinación Política.

Proposiciones de Acuerdo de los Órganos de Gobierno

De la Junta de Coordinación Política.

Oficios de la Cámara de Senadores

Con el que remite iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 193, fracción I de la Ley Aduanera, presentada por los senadores Federico Döring Casar y Ramiro Hernández García, de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Acción Nacional y Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

En el que transcribe un acuerdo complementario de la Comisión de Recursos Hidráulicos de la Cámara de Senadores al acuerdo para que el proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, se remita al Ejecutivo Federal, para su promulgación, únicamente con los artículos que ya han sido aprobados por ambas cámaras.

Con el que devuelve expediente de la minuta con proyecto de decreto, que reforma el inciso i) de la fracción III del artículo 24 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, para los efectos de la fracción D del artículo 72 Constitucional. (Turno a Comisión)

Con el que devuelve expediente de la minuta con proyecto de decreto, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, para los efectos de la fracción D del artículo 72 Constitucional. (Turno a Comisión)

Minutas

Con proyecto de decreto, que adiciona un nuevo inciso b) a la fracción III del artículo 24 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentable. (Turno a Comisión)

Con proyecto de decreto, que reforma la fracción VII y adiciona la fracción VIII del artículo 6 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética. (Turno a Comisión)

Con proyecto de decreto, que adiciona la fracción VII al artículo 24 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética. (Turno a Comisión)

Con proyecto de decreto que adiciona un segundo párrafo al artículo 9 de la Ley de Energía para el Campo. (Turno a Comisión)

Con proyecto de decreto que reforma la fracción I del artículo 3 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud. (Turno a Comisión)

Con proyecto de decreto que adiciona un párrafo tercero al artículo Vigésimo Quinto Transitorio de la Ley del Seguros Social, para los efectos de la fracción E) del artículo 72 Constitucional. (Turno a Comisión)

Oficio de la Secretaría de Desarrollo Social

Con el que remite los Criterios de Elegibilidad 2010, Programas del Ramo Administrativo 20 “Desarrollo Social”.

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permisos a los ciudadanos Sergio Igor Almazán Dávila, Betsabé Álvarez Muñoz, Prana Álvarez Rivas, Mónica Buitrón Bravo, Sagra Margarita Clorio Jessel, Patricia Ytalivi Cordero Rosas, Mónica Patricia Cortina Peresola, Victoria Guadalupe Correa Delgado, María Teresa Correa Delgado, Euridice Jael Duran López, Alejandra Cristina Espinosa Mendoza, Lucia Espejel Gómez, Edgar Ignacio Fernández Montoya, Lorena Berenice González López, José Elías Guzmán Martínez, Adrian Herrera Sotelo, Maria De Lourdes Huelgas Plaza, Paola Jiménez Vázquez, Diana León Treviño, Michelle Rosalía Lezama Díaz, Edgar López Zuazua Carmona, Antonio Meléndez Adell, Irasema Mendoza Martínez, Magaly Palacios Morales, Gabriela Carolina Pereda Domínguez, Jenefer Pineda Verhoogh, Oralia Paulina Piña Reyes, Francisco Javier Ponce Castanedo, Lucero Bibiñe Oropeza Aguilar, Cynthia Ortiz Mildare, Jéssica Román Ramírez, María Abigail Sandoval Elizondo, Lizbeth Segundo Juárez, María Del Pilar Tristán Martínez, Laura Patricia Torres Limón, Isaac Álvaro Vargas Arroyo, Ariadna Cecilia Villalobos Gutiérrez y Edgar Zepeda Hernández, para prestar servicios en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en México.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permisos a los ciudadanos Martha Isabel Chávez Silva, María del Carmen Samano López, Roberto Centeno Blanco, Jorge Arturo García Gutiérrez, Graciela Alejandra Sandoval Maas y Beatriz Liliana Rivera Reyes, para prestar servicios en las Embajadas Real de Tailandia, de Brasil, de la república de Nicaragua y de Haíti, en México, y en el Consulado de los Estados Unidos de América, en Mérida, Yucatán y en Ciudad Juárez, Chihuahua, respectivamente.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permisos a los ciudadanos Ileana Rivera Muciño, Iván Joel Adrián Espinosa Hernández, Patricia Simpson Valadez, Miriam Vera López, Alma Rosa Soto González, Patricia Frías Moreno, Cecilio Miguel Montero Marín y Juan Carlos Zúñiga Flores, para prestar servicios en las Embajadas de los Estados Unidos de América, del Reino de los Países Bajos, de la República Islámica de Irán, en México y en el Consulado de los Estados Unidos de América en Monterrey, Nuevo León, respectivamente.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto que reforma el primer párrafo del artículo 62 de la Ley General de Vida Silvestre.

De las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Justicia, con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 180 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y reforma la fracción I del artículo 8o. de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.

De la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los artículos 94, 100, 103, 104 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (Dispensa de Segunda Lectura, Discusión y Votación)

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Marina, con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Armada de México y de la Ley de Ascensos de la Armada de México.

De la Comisión de Seguridad Social, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes General de Salud; Federal del Trabajo; Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del artículo 123 Constitucional; del Seguro Social; del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y, General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

De las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería y de Economía, con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo Federal a instaurar medidas que favorezcan al sector campesino y que contrarresten el alza debida al aumento del costo de las gasolinas y del diesel.

De la Comisión de Seguridad Pública, con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión de Seguridad Pública, consulte al Consejo Nacional de Seguridad Pública, por conducto del titular del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, respecto a lo señalado por la Conago, con relación al pronunciamiento para la creación de mandos únicos de policía en las respectivas entidades federativas.

De la Comisión de Seguridad Pública, con puntos de acuerdo, en materia de Atención a Víctimas y Ofendidos del Delito, Justicia, Seguridad Pública y Participación Ciudadana.

De la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, con punto de acuerdo, por el que se solicita a los gobiernos locales, actores económicos y sociales de la región fronteriza norte, a reforzar y en su caso a promover propuestas que permitan impulsar el fortalecimiento y desarrollo integral en sus regiones desde una perspectiva sustentable y con visión de largo plazo.

De la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, con punto de acuerdo, por el que se solicita al Instituto Nacional de Estadística y Geografía, que en el censo de población que se lleva a cabo en este año 2010, contenga el mayor número de elementos similares a los que se recabaron en el año 2000.

De la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, con puntos de acuerdo, por los que se exhorta al Ejecutivo Federal, establezca garitas secundarias en la frontera norte, que comprende los Estados de Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Tamaulipas y Nuevo León, permitiendo con ello, el libre tránsito de los turistas y connacionales.

De la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, con puntos de acuerdo, por los que se exhorta al ejecutivo Federal, la elaboración de un programa regional fronterizo para el fomento de la cohesión social en las comunidades de la frontera norte.

De la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, con puntos de acuerdo, por los que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que a través del Instituto Nacional de Migración, promueva el fortalecimiento de las políticas públicas de atención integral a migrantes mexicanos deportados a las ciudades fronterizas.

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Consejo Nacional para la Prevención y Control de las Enfermedades Crónicas a constituir el Foro Nacional para la Prevención del Sobrepeso y la Obesidad.

De la Comisión de Seguridad Pública, con punto de acuerdo, por el que exhorta al Gobernador del Estado de Nayarit y al Ayuntamiento de Tepic, emprender acciones conjuntas, a fin de abatir los índices delictivos en el estado.

De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades educativas, federales, estatales y municipales, que realicen las acciones conducentes con el objeto de que todas las instituciones educativas públicas y privadas, apliquen las leyes y normas correspondientes en materia de accesibilidad de las personas con discapacidad.

De la Comisión de Economía, con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Secretario de Economía, elaborar un informe de los recursos que se han destinado para apoyar la creación de talleres o maquiladoras sociales en la presente administración.

De la Comisión de Agricultura y Ganadería, con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que a través de la Sagarpa, actualicen de manera adecuada y con transparencia el padrón de beneficiarios del programa Procampo.

De la Comisión de Agricultura y Ganadería, con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Poder Ejecutivo a diseñar y operar un programa integral para mitigar el riesgo de dispersión de la enfermedad Huanglonbing (HLB), en los estados productores de cítricos en el territorio nacional.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo, relativo a la recategorización de las especies de manglar en la NOM-059-Semarnat-2001.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat publicar modificaciones del reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, en materia de áreas naturales protegidas, respecto a la certificación voluntaria de predios.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat, Sagarpa y Conafor implementar medidas que permitan incorporar a México a la red internacional del bambú y el ratán.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo, para dar seguimiento al impacto ambiental ocasionado por el derrame petrolero en el Golfo de México.

Dictámenes negativos de iniciativas

De las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de la Función Pública, con puntos de acuerdo, por los que se desecha la Iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 74 y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 8, 30 y 67 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación.

De la Comisión de Desarrollo Rural, con puntos de acuerdo, por los que se desecha la Iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 69 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

De las Comisiones Unidas de Comunicaciones, de Transportes y de Trabajo y Previsión Social, con puntos de acuerdo, por los que se desecha la Iniciativa con Proyecto de decreto que deroga diversas disposiciones de la Ley de Vías Generales de Comunicación, de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario, de la Ley de Aviación Civil, de la Ley de Aeropuertos y de la Ley Federal de Telecomunicaciones.

De la Comisión de Comunicaciones, con puntos de acuerdo, por los que desecha la Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 7 de la Ley de Vías Generales de Comunicación.

De las Comisiones Unidas de Energía, de la Función Pública y de Justicia, con puntos de acuerdo, por los que se desecha la Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artículos 43 y 172 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, el artículo 2 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y el artículo 14 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

De las Comisiones Unidas de Salud, de Educación Pública y Servicios Educativos, de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Pública, con puntos de acuerdo, por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, Ley General de Educación, Ley Federal del Trabajo, Ley que Establece las Nomas Mínimas Sobre Readaptación de Sentenciados.

De la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo, por los que se desecha la Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un inciso g) al numeral XII del artículo 6 de la Ley de la Propiedad Industrial y un párrafo al artículo 12 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

De la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo, por los que se desecha la Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un Capítulo IV al Título Primero de la Ley de Inversión Extranjera.

De la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo, por los que se desecha la Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un párrafo al artículo 87 de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo, por los que se desecha la Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción IX, recorriéndose las subsecuentes al artículo 134 y se reforma el artículo 144 de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo, por los que se desecha la Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 245 de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo, por los que se desecha la Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 3 de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo, por los que se desechan tres Iniciativas con proyecto de decreto que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo, por los que se desecha la Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo, por los que se desecha la Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4 de la Ley de Asistencia Social.

De la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo, por los que se desecha la Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un último párrafo al artículo 97 del Reglamento de la Ley General de Salud.

Iniciativas

Que reforma los artículos 3°, 6°, 27 y 111 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada María Dolores Del Río Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Sólo turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, a cargo del diputado César Daniel González Madruga, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Sólo turno a Comisión)

Que reforma el artículo 12 de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, a cargo del diputado Alfredo Villegas Arreola, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Que reforma los artículos 42 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Heriberto Ambrosio Cipriano, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Que reforma el artículo 17 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Sólo turno a Comisión)

De Decreto para declarar al año 2012 como “Año de la Cultura Maya”, a cargo del diputado Martín Enrique Castillo Ruz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Que reforma el artículo 177 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Malco Ramírez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Malco Ramírez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Que reforma el artículo 337 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Malco Ramírez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Malco Ramírez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Que expide la Ley Federal para Prevenir, Atender y Eliminar la Explotación Sexual de Niños, Niñas y Adolescentes, suscrita por los diputados Alejandro Carabias Icaza y Eduardo Ledesma Romo, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Sólo turno a Comisión)

Que adiciona un artículo 46 Bis a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo del diputado Eduardo Ledesma Romo, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (Sólo turno a Comisión)

Que reforma el artículo 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Eduardo Ledesma Romo, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (Sólo turno a Comisión)

Que reforma el artículo 65 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado Alejandro Del Mazo Maza, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Sólo turno a Comisión)

Que reforma el artículo 34 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Jorge Humberto López-Portillo Basave, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Que reforma los artículos 26, 29 y 52 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Esthela Damián Peralta, y suscrita por diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Jorge Humberto López-Portillo Basave, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José del Pilar Córdova Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Que reforma los artículos 41, 90 y 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Ricardo López Pescador, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Banco de México, de la Ley de Instituciones de Crédito y de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 54 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Pedro Vázquez González, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, a cargo de la diputada Mirna Lucrecia Camacho Pedrero, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo del diputado Oscar González Yáñez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 110 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Sergio Mancilla Zayas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Gabriela Cuevas Barrón, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 6° de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, a cargo de la diputada Teresa Guadalupe Reyes Sahagún, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrito por diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de a la Ley General de Salud, de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a cargo de la diputada Laura Elena Estrada Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y de la Ley General del Sistema de Seguridad Pública, a cargo del diputado Víctor Humberto Benítez Treviño, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Enrique Torres Delgado, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, a cargo del diputado Rolando Zubia Rivera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Martín Rico Jiménez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Francisco Arturo Vega de Lamadrid, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Marcos Pérez Esquer, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 266 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado José Erandi Bermúdez Méndez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, a cargo de la diputada Dora Evelyn Trigueras Durón, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 23 y 39 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, a cargo de la diputada Ana Estela Durán Rico, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Proposiciones

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SRE, a la SRA, a la Procuraduría Agraria, al Instituto Nacional de Migración y a la SHCP, pongan en marcha acciones para la promoción y formalización del Testamento Agrario, entre la comunidad mexicana que radica en los Estados Unidos de América, a cargo de la diputada Norma Leticia Salazar Vázquez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, expropie y cubra el pago correspondiente por la afectación de terrenos del Ejido Conicarit, del municipio de Álamos, Sonora, a cargo del diputado Onésimo Mariscales Delgadillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP y a la SEGOB, otorguen los recursos asignados en materia de seguridad pública del Presupuesto de Egresos de la Federación 2011, a cargo de la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Jefe de Gobierno del DF, para que a través de la Setravi y en coordinación con la Delegación Miguel Hidalgo, se realicen las acciones necesarias para la construcción de puentes peatonales, adecuaciones viales, balizamiento y señalización vertical y horizontal que brinden protección al peatón y que comuniquen a las colonias Huichapan, Altamirano y Ocoyoacac con el Proyecto del Parque Ecológico del Bicentenario, a cargo de la diputada Gabriela Cuevas Barrón, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal, se coordine con las delegaciones para que se ejecuten las verificaciones necesarias a todos los establecimientos mercantiles de bajo impacto que venden cerveza y se proceda con la suspensión o clausura que se derive de su funcionamiento; así como al Jefe de Gobierno del DF, para que a través de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, informe a esta Soberanía el estado que guarda el Programa de Regularización de Usos de Suelo de Establecimientos Mercantiles de Bajo Impacto Urbano, a cargo de la diputada Gabriela Cuevas Barron, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que a través de la Sedesol, se modifiquen las reglas de operación del Programa de Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras, a fin de que la baja de tal programa esté sujeta al inicio del próximo ciclo escolar al que deba ser inscrito el niño o la niña, y no a la edad de 3 años 11 meses, a cargo del diputado Juan José Cuevas García, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la SSP, para que a través de la Subsecretaría del Sistema Penitenciario Federal y de la Dirección General de Desarrollo Penitenciario, presente a esta Soberanía un informe sobre la viabilidad, estadística penitenciaria e impacto social en que se fundamenta la probable construcción de un Centro Penitenciario Federal de Alta Seguridad en el estado de Campeche, así como a la Comisión de Seguridad Pública, para que dé seguimiento a los proyectos para la construcción de futuros centros federales de readaptación social, a cargo del diputado José Ignacio Seara Sierra, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, a la SHCP y al Banco de México, para que disminuyan la tasa de interés de los créditos agropecuarios que otorgan FIRA y Financiera Rural, a cargo del diputado Rafael Rodríguez González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Jefe de Gobierno del DF, para que a través de su Secretaría de Finanzas y del Sistema de Aguas del DF, implemente un programa de suspensión y disminución de presión a los deudores del servicio de agua potable, a cargo de la diputada Gabriela Cuevas Barrón, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo relativo a la conformación del Sistema de Seguridad de la República, a cargo del diputado César Augusto Santiago Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, garantice las condiciones de seguridad necesarias para que en México las organizaciones no gubernamentales ejerzan la promoción, difusión y defensa de los derechos humanos, a cargo del diputado Noé Fernando Garza Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que a través de la SSP, suspenda la construcción de un Penal Federal en Campeche, hasta que se determine no sólo su factibilidad sino los efectos que tendría en la zona y de acuerdo a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, se determine la participación de la comunidad y las instituciones académicas, en coadyuvancia de los procesos de evaluación de las políticas de prevención del delito, con las instituciones de Seguridad Pública de la Federación del estado de Campeche y sus municipios, a cargo de la diputada Nelly del Carmen Márquez Zapata, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, publique los decretos de Veda de los Acuíferos denominados “Cuatrociénegas-Ocampo” y “Cuatrociénegas”, en el estado de Coahuila, a cargo del diputado Héctor Franco López, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP y al IMSS, instrumenten las medidas necesarias para dar solución integral y definitiva al déficit en los seguros, problema que coloca al IMSS en situación de inviabilidad financiera, a cargo de la diputada Cora Pinedo Alonso, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a las Secretarías de Salud del Gobierno Federal y de las Entidades Federativas, implementen de manera permanente campañas de carácter preventivo, integral y estratégico a fin de abatir la obesidad y el sobrepeso, a cargo del diputado Rodrigo Reina Liceaga, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se solicita a los gobiernos Federal, estatales y municipales, la creación de fondos específicos para dotar de una computadora a los Jóvenes que cursan estudios de nivel Medio Superior y Superior en las escuelas públicas del país, a cargo del diputado Miguel Martínez Peñaloza, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, para que investiguen y sancionen a los responsables de la muerte de seis trabajadoras de la empresa Coppel y se repare, en la medida de lo posible, el daño a los familiares de las víctimas, a cargo de la diputada Mary Telma Guajardo Villarreal, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los Órganos e Instituciones de Gobierno, adquieran artesanías, a cargo de la diputada Magdalena Torres Abarca, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, al IMSS, al ISSSTE, a Pemex, a la Semar, a la Sedena y al DIF, realicen campañas de promoción para evitar el síndrome de muerte súbita del lactante, a cargo del diputado Heladio Gerardo Verver y Vargas Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la SCT y al Director General del AICM, restituyan los espacios de trabajo, sus derechos y cesen las hostilidades a trabajadores de la agrupación de taxistas permisionarios asociados, denominada Taxistas Agremiados para el Servicio de Transportación Terrestre Sitio 300 A.C., a cargo del diputado Gerardo Sánchez García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, para que en la estrategia Caravanas de la Salud, implemente caravanas específicas para atender la salud de las mujeres y de los hombres, en especial para la prevención y detección de cáncer de mama y de próstata, respectivamente, a cargo del diputado Heladio Gerardo Verver y Vargas Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se solicita la comparecencia de los titulares de la SCT y de la COFETEL, para que expliquen los criterios jurídico – económicos bajo los cuales proyectará la nueva licitación del espectro de 700 mhz, la cual se destinará a los servicios de banda ancha móvil, a cargo de la diputada Sofía Castro Ríos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo para que se declare al Municipio de Indaparapeo, Michoacán, como cuna militar de José María Morelos y Pavón, a cargo de la diputada María Dina Herrera Soto, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, a efecto de que se autorice la realización del Foro y Conferencia denominados “Ven, siente y mira, para quién legislas”, en el marco de la celebración del Día Internacional de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada Nely Edith Miranda Herrera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo por el que se propone la continuación de la Comisión Especial de Apoyo a los Festejos del Bicentenario de la Independencia y el Centenario de la Revolución, hasta el término de la LXI Legislatura, suscrito por diputados integrantes de la Comisión Especial de Apoyo a los Festejos del Bicentenario de la Independencia y el Centenario de la Revolución. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, informe sobre los subejercicios registrados en el curso del ejercicio 2010 por la Administración Pública Federal, y para que a través de sus dependencias defina el monto que debe integrar al Fonden, a cargo del diputado Miguel Ángel Terrón Mendoza, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo relativo a la realización anual del Parlamento de las Personas Adultas Mayores, a cargo de la diputada María Sandra Ugalde Basaldúa, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la PGR, ejerza la facultad de atracción de la denuncia AP/PGR/DDF/ SPE-XXXI/3479/10-08, de fecha 11 de octubre de 2010 y se investiguen en la Ciudad de México los hechos posibles constitutivos de delito resultantes del incendio de la Guardería ABC de la Ciudad de Hermosillo, Sonora, a cargo del diputado Emilio Serrano Jiménez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat y a los gobiernos de los estados de Tlaxcala y Puebla, hagan pública la investigación referente a la contaminación de los ríos Atoyac, Zaguapán y Alseseca, así como las medidas que están llevando a cabo por ser éste un problema de salubridad general, suscrita por diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo relativo a la construcción de un Centro de Rehabilitación Infantil Teletón en Tlaxcala, a cargo de la diputada Oralia López Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, rectifique y retome el Acuerdo con el Instituto Ciudadano de Estudios sobre la Inseguridad, para que coordine las encuestas nacionales sobre el tema, a cargo del diputado Noé Fernando Garza Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a las autoridades educativas de los tres niveles de gobierno, realicen las acciones necesarias para instrumentar y desarrollar una política pública que tenga por objetivo capacitar para el autoempleo y fomentar la educación técnica entre las adolescentes embarazadas, a fin de promover su incorporación a la vida laboral, a cargo de la diputada Wendy Guadalupe Rodríguez Galarza, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo por el que se solicita la comparecencia del titular de la Sedena, ante esta Soberanía, a fin de que explique su intención de imponer un estado de excepción en ciertas zonas del país, así como el grado de intervención del Gobierno de los Estados Unidos de América, en materia de seguridad nacional, a cargo de la diputada Leticia Quezada Contreras, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo para que la Presidencia de la Mesa Directiva de esta Soberanía, promueva Controversia Constitucional ante la SCJN contra el nombramiento o designación de los Consejeros Profesionales de los Organismos Subsidiarios de Petróleos Mexicanos, a cargo de la diputada Laura Itzel Castillo Juárez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que a través de la Semarnat, lleve a cabo las acciones tendientes a preservar el ambiente natural representativo del área ecológica y el ecosistema de las superficies comprendidas en diversos cerros del municipio de Guanajuato, Guanajuato, a cargo de la diputada Ruth Esperanza Lugo Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que a través de la Sedesol expida el Reglamento de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, a cargo de la diputada Diva Hadamira Gastélum Bajo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los Grupos Parlamentarios de esta Soberanía, apoyen la propuesta de cancelación de la Alianza por la Calidad Educativa, a cargo del diputado Ramón Jiménez López, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sedesol, modifique las reglas de operación del programa para el desarrollo de zonas prioritarias a fin de considerar un rubro de desarrollo comunitario que contemple recursos destinados a la construcción de espacios de convivencia y esparcimiento para las familias, a cargo de la diputada Gloria Trinidad Luna Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SRE, exprese su beneplácito por la aprobación de la Dream Act, y manifieste la preocupación del Estado Mexicano al veto que ha realizado a dicha Ley el Gobernador del Estado de California, a cargo del diputado Gumercindo Castellanos Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo para que las Comisiones de Gobernación y de Justicia de esta Soberanía, integren e instalen la Subcomisión de Examen Previo de Denuncias de Juicios Políticos, por la demanda de juicio político en contra del Gobernador del estado de Jalisco, por su responsabilidad en la problemática que se ha suscitado en el predio El Divisadero de Tenacatita y en la Zona Federal de la Bahía de Tenacatita, municipio de La Huerta, Jalisco, a cargo del diputado David Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, instruya a la representación de nuestro país ante la Asamblea General de las Naciones Unidas, a efecto de que respalde la resolución a la solicitud presentada por Cuba sobre la necesidad de poner fin al bloqueo comercial, económico y financiero impuesto por los Estados Unidos de Norteamérica contra dicho país, suscrito por diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del estado de Jalisco, entregue los recursos federales y estatales destinados al desarrollo sus municipios. Asimismo, se solicita a la ASF, realice una auditoría forense a los recursos federales de los fondos contemplados en los ramos 23, 25, 33 y 36 trasferidos a dicho estado, a cargo de la diputada María Esther de Jesús Scherman Leaño, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP, libere los recursos asignados en el fondo de pavimentación a los municipios que aun no los han ejercido, a cargo del diputado Omar Fayad Meneses, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Congreso del estado de Yucatán, establezca el delito de trata de personas dentro de su legislación penal, conforme a lo previsto en la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, así como expedir una Ley para prevenir dicho delito, a cargo de la diputada Rosa Adriana Díaz Lizama, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del estado de Jalisco y al Director General de la CONAGUA, realicen acciones en relación con la construcción de la presa El Zapotillo, en ese Estado, a cargo del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo por el que exhorta a la SHCP, establezca el mecanismo necesario para que los recursos cobrados por los seguros contra siniestros, sean aplicados por la SEP a la reparación de los daños de las escuelas afectadas, a cargo del diputado José Francisco Javier Landero Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de la Secretaría de Salud y de la Cofepris, para que tomen medidas respecto de la publicidad de los productos llamados “milagro”, a cargo de la diputada María Cristina Díaz Salazar, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos Federal, estatales y municipales, implementen acciones tendientes a fortalecer las medidas preventivas para evitar la realización de actos de extorsión hacia los connacionales durante su regreso a territorio nacional, con motivo de las próximas fiestas decembrinas, a cargo de la diputada Norma Leticia Salazar Vázquez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Reguladora de Energía, resuelva la improcedencia del concepto de cobro correspondiente a la contratación de los instrumentos financieros de cobertura hecha por Gas Natural de Juárez, S. A. de C. V., a cargo de la diputada María Antonieta Pérez Reyes, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a las entidades federativas y al Distrito Federal, intensifiquen las acciones de vigilancia contra la venta de comida chatarra en el entorno de las escuelas, a cargo del diputado Juan José Cuevas García, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo para que la Presidencia de la Mesa Directiva de esta Soberanía, presente a la brevedad Controversia Constitucional ante la SCJN, en contra del Decreto del Ejecutivo Federal que extinguió el Organismo Descentralizado Luz y Fuerza del Centro, a cargo del diputado Ramón Jiménez López, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo por el que se solicita a la ASF, lleve a cabo una auditoría especial en el Banco de México, para conocer las causas del comportamiento de las diferentes variables incluidas en el Balance General de la Institución, así como los factores que explican los resultados de su operación, a cargo del diputado Víctor Manuel Báez Ceja, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobernador del estado de Chiapas, cese la represión en contra de dirigentes sociales de diversas organizaciones, asimismo, libere al C. Caralampio Gómez Hernández, detenido el 16 de junio de 2010, a cargo de la diputada Teresa Guadalupe Reyes Sahagún, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la PGR, genere la creación de una base de datos donde se incluya la información de las niñas y niños sustraídos, raptados y desaparecidos, a nivel nacional, a cargo de la diputada Olga Luz Espinosa Morales, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaria de Salud y al Gobierno del estado de Puebla, supervisen y, en su caso, investiguen la atención deficiente y carencias de equipo e infraestructura del Hospital Regional Maximino Ávila Camacho de Teziutlán, Puebla; así como la debida aplicación de los recursos destinados para su funcionamiento, a cargo de la diputada Alba Leonila Méndez Herrera, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Ejecutivo del estado de Yucatán, a las autoridades de salud y al titular de la PGJ de esa entidad, investiguen el deceso de recién nacidos en el Hospital San Carlos de Tizimín, Yucatán, a cargo del diputado Daniel Gabriel Ávila Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo a fin de que se modifique la Normatividad Administrativa de esta Cámara de Diputados y el Reglamento Interno del Centro de Desarrollo Infantil “Antonia Nava de Catalán”, en relación a los servicios del CENDI, a cargo de la diputada Mirna Lucrecia Camacho Pedrero, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Excitativa

A las Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Trabajo y Previsión Social, a solicitud de la diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Agenda política

Comentarios en relación a la conmemoración del Día Nacional del Maíz, a cargo de la diputada Laura Itzel Castillo Juárez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Comentarios en torno a la educación, ciencia y tecnología en México, a cargo del diputado Rodolfo Lara Lagunas, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Comentarios relativos al retiro de spots de Andrés Manuel López Obrador, a cargo del diputado Juan Enrique Ibarra Pedroza, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Comentarios en relación con las disponibilidades del Instituto Mexicano del Seguro Social, a cargo del diputado César Augusto Santiago Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Efemérides

Con motivo del 161 aniversario de la creación del estado de Guerrero, a cargo de la diputada Laura Arizmendi Campos, del Grupo Parlamentario de Convergencia.

Relativa al Homenaje a Ricardo Flores Magón, Precursor de la Revolución Mexicana, a cargo de la diputada Narcedalia Ramírez Pineda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Relativa al 2 de diciembre, conmemoración del “Día Internacional para la Abolición de la Esclavitud”, a cargo de la diputada María Araceli Vázquez Camacho, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Relativa al Día Internacional de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada Daniela Nadal Riquelme, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Relativa a la conmemoración del Día Internacional para la Abolición de la Esclavitud, a cargo de la diputada Rosi Orozco, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Relativa al 6 de diciembre, conmemoración de la declaración de la Abolición de la Esclavitud por el Cura Miguel Hidalgo y Costilla, a cargo de la diputada Araceli Vázquez Camacho, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Relativa al 1° de diciembre, conmemoración del “Día Internacional de la lucha contra el VIH -SIDA”, a cargo de la diputada Leticia Quezada Contreras, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Relativa al 10 de diciembre, conmemoración del “Día de los Derechos Humanos”, a cargo de la diputada Leticia Quezada Contreras, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Relativa al 18 de diciembre, conmemoración del “Día Internacional del Migrante”, a cargo de la diputada Leticia Quezada Contreras, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Relativa a la conmemoración del Bicentenario del Decreto de la Abolición de la Esclavitud, a cargo de la diputada Rosi Orozco, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputado. Diputado Fernández y diputado Cárdenas, en ese orden.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): Diputado presidente, sobre el orden del día.

Primero quisiera volver a solicitarle que la petición que hice de que se declarara interlocutor no válido al secretario del Trabajo del gobierno usurpador, Javier Lozano, me digan qué ha pasado con ese tema. He insistido recurrentemente en cada sesión y es la hora que no se resuelve y estamos a punto de terminar el periodo de sesiones.

De igual manera, hago el reclamo sobre la no comparecencia de la secretaria Georgina Kessel, de Energía del gobierno usurpador y quisiera solicitarle, diputado presidente, una vez que haya hecho uso de la palabra el diputado Jaime Cárdenas, que me permitiera hacer uso de la tribuna porque quiero pedir la inclusión de un punto en el orden del día, y dada la importancia del punto quisiera no hacerlo desde esta curul.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias, diputado.

Solamente le recuerdo que en función del acuerdo para el desarrollo de las sesiones, la inclusión de nuevos puntos en el orden del día debe ser a solicitud de la Junta de Coordinación Política o, de lo contrario, las firmas de todos los señores coordinadores. Adelante.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña (desde la curul): No, diputado presidente. Se puede presentar directo cualquier diputado ante el pleno y el pleno puede aceptarlo o rechazarlo. Ya ha habido este precedente y con base en ese precedente le solicito en su momento, después de que intervenga el diputado Jaime Cárdenas, le pido el uso de la tribuna para presentar la solicitud de inclusión de un punto en el orden del día.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias. Le contesto enseguida, después de que escuchemos al diputado Cárdenas.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia(desde la curul): Gracias, presidente. Nuevamente, como en sesiones previas, vuelvo a insistir, presidente, respecto del incumplimiento por parte de la Junta de Coordinación Política para proponer a este pleno a los tres nuevos consejeros electorales.

Es cada vez más pesado el trabajo en el Instituto Federal Electoral. Los consejeros tienen problemas para tomar decisiones y ese órgano constitucional del Estado no se encuentra debidamente integrado. Estamos con ello incumpliendo tanto la Constitución como la convocatoria, presidente.

Yo vuelvo a pedirle que se solicite muy atentamente a la Junta de Coordinación Política para que remita a la brevedad los nombres de las personas que podrán ser los consejeros electorales del Instituto Federal Electoral.

Yo creo que eso urge para darle un buen funcionamiento a las instituciones del Estado para que haya cumplimiento a las normas constitucionales y no nos encontremos, presidente, en este vacío.

Ése es el primer punto, solicitar muy atentamente a la Junta de Coordinación Política que ya envíe los nombres de los propuestos por la Junta para ser consejeros electorales.

El segundo punto, presidente, es hacer un reconocimiento a los compañeros diputados y diputadas del Partido Acción Nacional porque el día de hoy sí comparecieron a la Comisión de Puntos Constitucionales. Ya pudimos sesionar y se acaba de aprobar en Puntos Constitucionales un dictamen para limitar el veto de bolsillo del Ejecutivo y también para hacer obligatoria la preparatoria en este país.

Agradecer a los compañeros del Partido Acción Nacional que hoy comparecieron a Puntos Constitucionales y permitieron que tuviésemos quórum para aprobar esos dos importantes dictámenes, presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias, diputado. Tomo nota de sus observaciones a la Junta de Coordinación Política. Lo mismo les pido a los integrantes de este órgano de gobierno. Y agradezco sus expresiones de solidaridad con sus compañeros de Puntos Constitucionales.

El diputado Víctor Humberto Benítez Treviño(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: ¿Diputado Benítez Treviño, con qué objeto? Si pudiera usted pasar al otro micrófono.

El diputado Víctor Humberto Benítez Treviño(desde la curul): Gracias, señor presidente. Para ratificar el reconocimiento de mi compañero Cárdenas Gracia a los diputados de Acción Nacional que hoy asistieron, efectivamente, a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Pero para subrayar mi reconocimiento a mis compañeros del Partido Revolucionario Institucional que estuvieron las cinco reuniones previas en la Comisión de Puntos Constitucionales. Los compañeros del Partido del Trabajo que estuvieron las cinco ocasiones y los compañeros del Partido de la RevoluciónDemocrática. El dictamen que hoy aprobamos, señor presidente, es de importancia histórica para este país, así como el Constituyente del 17 estableció con carácter obligatorio la educación primaria, con las reformas de 1993 se estableció como obligatoria la educación secundaria, hoy en la Comisión de Puntos Constitucionales hemos dado un paso histórico, al hacer obligatoria la educación media superior.

Se establece por primera vez en este país la educación media obligatoria y yo creo que es la única fórmula en que puede avanzar este país, con la educación media superior obligatoria, señor presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias, señor diputado.

El diputado Antonio Benítez Lucho (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: ¿Diputado Benítez Lucho, con qué objeto?

El diputado Antonio Benítez Lucho(desde la curul): Para preguntarle, señor presidente, en relación a la conformación de la Comisión Especial para darle seguimiento a los actos de corrupción de Miguel Ángel Toscano Velasco y del propio Instituto Mexicano del Seguro Social.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Con mucho gusto turno su solicitud a la Junta de Coordinación Política, solicitándoles, por favor, nos envíen en el transcurso de esta sesión un informe de en qué estado se encuentra la solicitud presentada por el diputado Benítez Lucho. Gracias, diputado.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Diputado Fernández Noroña, si fuera usted tan amable de especificarme el objeto.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): Sí, con mucho gusto, diputado presidente. Sí requiere argumentación, aunque es muy visible. Antes primero quisiera también pedirle, porque nos hicieron cambio del orden del día, ya no la alcancé a checar, si está incluida la creación de la comisión para ver los negocios hechos al cobijo del poder en Pemex, de varios integrantes del Partido Acción Nacional, dentro de ellos nuestro compañero el diputado César Nava. Quisiera saber si ya se va a presentar en esta sesión.

Y segundo, concretamente, diputado presidente, quiero proponer que se cree una comisión especial para investigar los vínculos del narco con el gobierno usurpador que encabeza Felipe del Sagrado Corazón de Jesús Calderón Hinojosa.

Es muy grave la denuncia hecha por Anabel Hernández, hay amenazas de muerte en su contra, hay una ofensiva brutal hacia la revista Proceso y quisiera pasar a la tribuna a argumentar por qué la solicitud de la inclusión de este punto, reitero, para la creación de una comisión especial que investigue —lo voy a matizar— los posibles vínculos del narco con el gobierno de Calderón, aunque estoy claro que el gobierno de Calderón es un narco-gobierno. Entonces ese es el punto que quiero presentar, diputado presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: La cuestión es la siguiente, señor diputado: la primera, que toda proposición debe ser presentada por escrito y oportunamente ante los órganos designados para eso, que son la Mesa Directiva y la Junta de Coordinación Política, a fin de que se puedan integrar al orden del día. Tal situación no ha ocurrido y el artículo vigésimo del acuerdo relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de la votación, que es el que nos rige, dice que sólo por resolución del pleno, a propuesta de la Mesa Directiva o de la Junta de Coordinación Política se podrá incluir algún asunto no contenido en el orden del día. Ofreciéndole a usted lo siguiente: doy por recibido su punto de acuerdo hoy y con todo gusto quedará formalmente incluido en el orden del día de mañana.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): Le acepto, diputado presidente, la propuesta, porque efectivamente al haberlo verbalizado en este pleno, es como si lo hubiera presentado por escrito y no tengo ningún inconveniente en que se presente para la siguiente sesión o la del jueves, insistiendo en la importancia del tema y también en su momento de presentarlo en tribuna con toda la argumentación necesaria. Sólo adelantaría mi absoluta solidaridad con la periodista Anabel Hernández, responsable del libro Los señores del narco, que ha estado recibiendo amenazas de muerte por la contundente denuncia que hace sobre este tema y los vínculos del gobierno de Calderón con el narco.

Quiero también solidarizarme en la decisión de no aceptar la protección de García Luna, quien es el hampón más peligroso del país; cómo la va a proteger, la tendría más a mano, e insistir en que a la brevedad el tema sea presentado a este plenario, porque es un tema de la mayor importancia y me parece que no podemos seguir tolerando una situación de descomposición de esta naturaleza.

Le agradezco la atención y acepto la gestión que ha planteado.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias, señor diputado. Coincidiendo, quiero reafirmarlo, estoy absolutamente con usted en la importancia del tema. Continúe la Secretaría. Diputado don Ignacio Téllez.

El diputado Ignacio Téllez González(desde la curul): Muchas gracias, presidente. En el mismo sentido, reiterar que hace cinco meses con 20 días solicité a la Junta de Coordinación Política que checara el tema del secretario del Congreso y a la fecha no he tenido respuesta. Para que insista en lo mismo, por favor, para que me den la respuesta lo antes posible.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Como lo hemos hecho en otras ocasiones, exhortamos respetuosamente a la Junta a dar puntual respuesta a la solicitud del diputado Ignacio Téllez.



ACTA DE LA SESION ANTERIOR

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Pregunte usted si se dispensa la lectura del acta anterior.

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán:Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura al acta de la sesión anterior, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Quienes estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente. Se dispensa la lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el jueves dos de diciembre de dos mil diez, correspondiente al primer periodo de sesiones ordinarias del segundo año de ejercicio de la Sexagésima Primera Legislatura

Presidencia del diputadoJorge Carlos Ramírez Marín

En el Palacio Legislativo de San Lázaro en la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con la asistencia de 300 diputadas y diputados, a las 12 horas con 16 minutos del jueves 2 de diciembre de 2010, el presidente declaró abierta la sesión.

Desde sus respectivas curules, realizaron comentarios los diputados Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Partido del Trabajo; Jesús María Rodríguez Hernández, del Partido Revolucionario Institucional; Mario Alberto di Costanzo Armenta, del Partido del Trabajo; Antonio Benítez Lucho y Pedro Ávila Nevárez, del Partido Revolucionario Institucional. El presidente hizo aclaraciones.

Se dio el uso de la palabra a la diputada Yolanda de la Torre Valdez, del Partido Revolucionario Institucional, para referirse al Día Internacional de las Personas con Discapacidad. El presidente hizo comentarios y desde su curul, el diputado Pablo Escudero Morales, del Partido Verde Ecologista de México.

En sendas votaciones económicas se dispensaron la lectura al orden del día y del acta de la sesión anterior, la que se aprobó de la misma manera.

Se dio cuenta con comunicaciones:

• Del diputado Juan Carlos Lastiri Quirós, por el que comunica su reincorporación a sus actividades legislativas a partir de esta fecha. De enterado, comuníquese.

• Del diputado Javier Duarte de Ochoa, por el que comunica que ha decidido optar por el cargo de gobernador de Veracruz, a partir del 1 de diciembre. De enterado, comuníquese.

• Del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdéz, por lo que solicita permiso para separarse de sus funciones como diputado federal, electo en el cuarto distrito de Coahuila, a partir de esta fecha. En votación económica se aprobó, se llama al suplente, comuníquese. Desde su curul realizó comentarios el diputado Pablo Escudero Morales, del Partido Verde Ecologista de México. El presidente hizo aclaraciones.

• Del diputado Ricardo Sánchez Gálvez, por el que comunica que dejada de pertenecer al Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. De enterado, comuníquese.

• De la Comisión Bicamaral del Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, por el que comunica la integración de la mesa directiva, que conducirá los trabajos del Canal del Congreso a partir del 25 de noviembre de 2010. De enterado.

Se recibió del Congreso de Durango, iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía. Se turnó a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Gobernación, y de Energía.

Se dio cuenta con oficios:

a) De la Cámara de Senadores, con los que se remiten:

• Proposición con punto de acuerdo, para que se considere el subsidio de diesel marino, a fin de apoyar de manera efectiva al sector pesquero nacional, presentado por la senadora Carmen Guadalupe Fons Sáenz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. Se turnó a la Comisión de Energía.

• Minuta, con proyecto de decreto que reforma la fracción I del artículo 1080, y el párrafo segundo, y adiciona un tercer párrafo al artículo 1255, del Código de Comercio. Se turnó a la Comisión de Economía.

b) De la Secretaría de Gobernación, con los que se remiten contestaciones:

Dos, del coordinador de asesores del secretario de Economía, a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados, relativos:

- A la estrategia de reducción arancelaria para la importación de acero. Se remitió a la Comisión de Economía, para su conocimiento.

- A los contratos de franquicia en el ramo del Petróleo. Se remitió a la Comisión de Energía, para su conocimiento.

• De la subprocuradora de Inspección Industrial de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a la contaminación de la cuenca Alta del Río Santiago, Jalisco. Se remitió a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su conocimiento.

• Del titular de la Unidad Coordinadora de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, relativo al impacto ambiental del proyecto turístico denominado “Zafiro”, en la biosfera Chamela-Cuixmala. Se remitió a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su conocimiento.

• Del jefe del Estado Mayor General de la Armada de la Secretaría de Marina, a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, relativo al respeto a las garantías individuales y los derechos humanos, en acciones operativas en contra de la delincuencia organizada en Morelos. Se remitió a la Comisión de Derechos Humanos, para su conocimiento.

c) De la Secretaría de Gobernación con los que remitieron:

• El tercer informe trimestral de 2010 respecto de la operación y gestión de Petróleos Mexicanos.

• El informe del programa para Incrementar la Eficiencia Operativa en Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios, correspondiente al tercer trimestre de 2010, así como las observaciones de dicha dependencia al mismo.

Se remitieron a la Comisión de Energía, para su conocimiento.

d) De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la información relativa a los montos de endeudamiento interno neto, el canje o refinanciamiento de obligaciones del erario federal y el costo total de las emisiones de deuda interna y externa correspondientes al mes de octubre de 2010. Se remitió a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.

En votación económica la asamblea dispensó la lectura de dictámenes con proyectos de decreto de las comisiones:

a) De Defensa Nacional:

• Que reforma el artículo 27 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.

• Que adiciona una fracción décima segunda al artículo dos de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

b) De Marina, que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Armada de México y de la Ley de Ascensos de la Armada de México.

De Seguridad Social, que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes General de Salud; Federal del Trabajo; Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; del Seguro Social; del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y, General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Quedaron de primera lectura.

En votación económica se dispensó la lectura y se sometieron a discusión en lo general los dictámenes con proyecto de decreto de las comisiones:

a) De Gobernación, que concede permiso a los ciudadanos:

• Anaid de la Fuente Martínez, Ricardo Eduardo Domínguez Medrano y José Manuel González Torres, para prestar servicios en la Embajada de la República Federativa del Brasil y en los Consulados de Estados Unidos de América, en Nuevo Laredo, Tamaulipas, y en Ciudad Juárez, Chihuahua.

• Michele Melissa Gutiérrez Dandridge y Jorge Gabriel Rivas Barbosa, para prestar servicios en la Embajada Bolivariana de Venezuela, en México y en el Consulado General de Estados Unidos de América, en Nuevo Laredo, Tamaulipas.

El presidente informó a la asamblea que se reservaba el dictamen con proyecto de decreto con el que se concedían permisos para aceptar y usar diversas condecoraciones.

A las 12 horas con 51 minutos, por instrucciones de la Presidencia, la Secretaría instruyó el cierre del sistema electrónico de asistencia con un registro de 353 diputadas y diputados.

En votación nominal, en conjunto, se aprobaron en lo general y en lo particular los proyectos de decreto con los que se concede permisos a los ciudadanos para prestar servicios, por 305 votos a favor y 3 abstenciones. Pasan al Senado y al Ejecutivo, respectivamente, para sus efectos constitucionales.

Se sometió a discusión el dictamen con proyecto de decreto que concede permisos a los ciudadanos: Jorge Alberto Burguete Kaller, Esperanza Cagiao Alonso, Mario Alberto Gasque Ramos, Javier Laynez Potisek, Eduardo Lizalde y Chávez Ramírez, José Ignacio Madrazo Bolívar, Yanerit Cristina Morgan Sotomayor, Rafael Rangel Sostmann, Abel Reyna Castro, Gerardo Lino Ruiz López, Ernesto Velázquez Briseño, Sonia Esther Amelio Amador, Mario Enrique Díaz Quesada, Roxana del Consuelo Sáizar Guerrero, Daniel Francisco Cabeza de Vaca Hernández y José Francisco Alejandro Ruíz Robles, para aceptar y usar las condecoraciones, medallas y distinciones que en diferentes grados les otorgan gobiernos extranjeros. Se sometió a discusión el proyecto de decreto. Intervinieron los diputados Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Partido del Trabajo, para realizar comentarios en contra, en dos ocasiones; Javier Corral Jurado, en nombre de la Comisión de Gobernación.

Presidencia del diputadoJosé de Jesús Zambrano Grijalva

En votación económica se consideró suficientemente discutido en lo general. En votación nominal se aprobó, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por 280 votos; 9 en contra y 10 abstenciones. Pasó al Ejecutivo, para sus efectos constitucionales.

b) De Ciencia y Tecnología, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología. Para fundamentar el dictamen intervino el diputado Reyes Tamez Guerra. En votación económica se consideró suficientemente discutido, en lo general y en lo particular. En votación nominal se aprobó en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 302 votos. Pasó al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

c) De Educación Pública y Servicios Educativos, que reforma el artículo 9o. de la Ley General de Educación. Presentó moción suspensiva el diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar. Desde sus respectivas curules realizaron comentarios en relación con el tema los diputados Pablo Escudero Morales, del Partido Verde Ecologista de México; José Trinidad Padilla López, del Partido Revolucionario Institucional, en dos ocasiones; Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Partido del Trabajo; Víctor Humberto Benítez Treviño, en dos ocasiones; y Germán Contreras García, ambos del Partido Revolucionario Institucional; Juan Enrique Ibarra Pedroza, del Partido del Trabajo; Emilio Serrano Jiménez, del Partido de la Revolución Democrática; y Francisco Amadeo Espinosa Ramos, del Partido del Trabajo. En sendas votaciones económicas se desechó la moción suspensiva propuesta y se consideró suficientemente discutido. En votación nominal se aprobó, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por 278 votos; 1 en contra y 2 abstenciones. Pasó al Senado para sus efectos constitucionales.

d) De Salud, que reforma los artículos 3o. y 13, fracciones II, del Apartado A y I del Apartado B, de la Ley General de Salud. En votación económica se consideró suficientemente discutido en lo general. En votación nominal se aprobó, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por 267 votos y 4 abstenciones. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

e) De Economía, que deroga diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles y de la Ley General de Sociedades Cooperativas. Para fundamentar el dictamen intervino la diputada Susana Hurtado Vallejo. En votación económica se consideró suficientemente discutido en lo general. El presidente informó a la asamblea que se reserva el artículo segundo del proyecto de decreto relativo a la Ley General de Sociedades Cooperativas. En votación nominal se aprobó, en lo general y en lo particular, los artículos no impugnados del proyecto de decreto por 263 votos; 1 en contra y 2 abstenciones. Intervinieron para referirse al artículo reservado el diputado Alejandro Cano Ricaud, del Partido Revolucionario Institucional. En sendas votaciones económicas la asamblea admitió a discusión y aceptó la propuesta de modificación.

Presidencia del diputadoJorge Carlos Ramírez Marín

En votación nominal se aprobó, en lo particular con la modificación aceptada por 219 votos, 32 en contra y 1 abstención, el proyecto de decreto que deroga diversas disposiciones de la Ley General de Sociedad Mercantiles. Pasó al Senado para los efectos constitucionales.

La Secretaría dio lectura al orden del día de la próxima sesión.

El presidente clausuró la sesión a las 14 horas con 16 minutos y citó para la próxima que tendrá lugar el martes 7 de diciembre de 2010, a las 11:00 horas.»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Ponga a discusión el acta.

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán:Está a discusión el acta.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Nadie hace uso de la palabra. Ponga a votación el acta.

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán:No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Quienes estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Aprobada el acta.



DIPUTADOS SUPLENTES QUE SE INCORPORAN

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se encuentran en la puerta de este recinto los ciudadanos Diana Patricia González Soto y José Luis Álvarez Martínez, diputados federales electos en el IV y XVII distritos electorales de los estados de Coahuila y Veracruz, respectivamente.

Suplico a los diputados que han sido designados por los grupos parlamentarios, que los acompañen en el acto de rendir protesta de ley para entrar en funciones.

Se pide a la comisión que cumpla con su cometido, formada por los siguientes diputados: Patricio Chirinos del Ángel, Adela Robles Morales, Noé Fernando Garza Flores, Héctor Franco López, Laura Viviana Agúndiz Pérez y Benigno Quezada Naranjo. Sean tan amables en acompañar a los diputados a rendir su protesta.

(La comisión cumple con su cometido)

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:Se pide a los presentes ponerse de pie.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Ciudadanos Diana Patricia González Soto y José Luis Álvarez Martínez, ¿protestan guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanan y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de diputados que el pueblo les ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la nación?

Los ciudadanos Diana Patricia González Soto y José Luis Álvarez Martínez: Sí, protesto.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Si así no lo hicieran que la nación os lo demande.

Bienvenidos a la Cámara de Diputados. Continúe la Secretaría.



COMISIONES LEGISLATIVAS

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 8o., tercer párrafo, del acuerdo relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, le pido atentamente que se sometan a consideración del pleno de la Cámara de Diputados los siguientes movimientos solicitados por el diputado Francisco Rojas Gutiérrez, Coordinador del Grupo Parlamentario del PRI.

Comisión de de Derechos Humanos

Baja: Diputado Jesús Navarrete Prida (integrante).

Alta: Diputado Jesús Navarrete Prida (presidente).

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente

Palacio Legislativo, México, DF, a 7 de diciembre de 2010.— Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica), Presidenta.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 8o., tercer párrafo, del acuerdo relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, le pido atentamente que se sometan a consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente movimiento, solicitado por el diputado Juan José Guerra Abud, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Comisión Especial de Energías Renovables

Alta: Diputado Juan Carlos Natale López (integrante)

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente

Palacio Legislativo, México, DF, a 6 de diciembre de 2010.— Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica), Presidenta.»

No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo, por favor. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Es mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Aprobado, comuníquense.



LEY ADUANERA

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, los senadores Federico Döring Casar y Ramiro Hernández García presentaron iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 193, fracción I, de la Ley Aduanera.

La Presidencia dispuso que dicha iniciativa, que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 2 de diciembre de 2010. — Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica) Vicepresidente.»

«Federico Döring Casar y Ramiro Hernández García, senadores de la república de la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los artículos 8o., numeral 1, fracción I, 169 y 172 del Reglamento para el Senado de la República, someto a consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 193, fracción I, de la Ley Aduanera al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La Administración General de Aduanas es una entidad del gobierno federal dependiente del Servicio de Administración Tributaria, cuya principal función es fiscalizar, vigilar y controlar la entrada y salida de mercancías, así como los medios en que son transportadas. Lo anterior, asegurando el cumplimiento de las disposiciones establecidas en materia de comercio exterior; seguridad nacional; protección a la economía del país, la salud pública y el medio ambiente, para impedir el flujo de mercancías peligrosas o ilegales hacia nuestro territorio, además de fomentar el cumplimiento voluntario de esas disposiciones por parte de los usuarios.

En este tenor, las aduanas son oficinas públicas administrativas establecidas en las fronteras, litorales y ciudades importantes del país, con facultades para fiscalizar, vigilar y controlar la entrada y salida de mercancías, así como los medios en que éstas son transportadas.

En la actualidad, toda persona que utilice teléfonos celulares y radiolocalizadores dentro de las instalaciones, patios y carriles de pasajeros de los puentes internacionales será acreedora de una multa que va desde 6 mil 870 a 9 mil 160 pesos, de acuerdo a lo establecido en los artículos 192, fracción I, y 193, fracción I, de la Ley Aduanera.

La medida entró en vigor como parte del programa de seguridad y control que se viene implantando en todos los cruces fronterizos del país por parte de las autoridades aduaneras mexicanas, para dar mayor seguridad a los usuarios a su ingreso al país por la vía terrestre. Por una parte, esto evita que un pasajero se distraiga al momento de llegar al país y se percate si le toca revisión o no y, por otro lado, puede estar pendiente cuando el personal de la aduana le realiza una inspección a su vehículo y pertenencias.

Las autoridades indican que esta disposición también responde a que el uso de los equipos móviles de telecomunicación provoca daños a los sistemas de información que tienen los puentes internacionales y que, en caso de que ocurra esta afectación, el usuario no sólo pagaría la multa sino también los daños que pudiera generar al equipo que es muy caro. En contraparte, las autoridades informan que existen diversos señalamientos de esta prohibición y que se encuentran ubicados en puntos estratégicos y plenamente visibles.

Se considera que lo inconveniente de esta situación no es sancionar a quien hace una violación a legislación, en este caso especifico a la Ley Aduanera, sino establecer una multa tan excesiva a una falta que no es tan grave, que es motivada por un descuido o por extrema urgencia.

En este sentido, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 22, prohíbe las multas excesivas. Si bien es cierto que la Suprema Corte se ha pronunciado porque aquellas multas que se individualizan y se fijan en montos mínimos y máximos no constituyen una multa excesiva, debe indicarse que en este caso especifico, la multa de 6 mil 870 a 9 mil 160 pesos –por el simple hecho de hacer uso de un equipo móvil- resulta para muchos mexicanos injusta y difícil de pagar.

Además, una multa tan excesiva por una acción humana necesaria o de extrema urgencia puede motivar la extorsión y corrupción en donde no debe existir, ya que al infractor le resultara más fácil otorgar una cantidad menor a cambio de evitar la sanción. Otro aspecto a considerar es que esta disposición estaría en conflicto con programas como el de Bienvenido Paisano, que buscan orientar y proteger a los connacionales en su tránsito, salida e ingreso del país.

En este sentido, la presente iniciativa pretende que los habitantes de México, así como los connacionales que entren o salgan en las aduanas del país, no sean sorprendidos con una infracción fuera de las posibilidades económicas de muchos de ellos, porque a pesar de que la ley establece montos mínimos y máximos, el mínimo sigue siendo un exceso en cuanto al monto aplicable.

Por lo expuesto debidamente fundado y motivado, someto a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de

Decreto

Artículo Único. Se reforma la fracción I del artículo 93 de la Ley Aduanera para quedar de la siguiente manera:

Articulo 193. ...

I. Multa de 500.00 pesos, a la señalada en la fracción I.

II. y III. ......

Transitorios

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el salón de sesiones, a 25 de noviembre de 2010.— Senador Federico Döring Casar (rúbrica), senador Ramiro Hernández García (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.



LEY DE AGUAS NACIONALES

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Hago referencia al oficio número DGPL-2P3A.-11325, de fecha 15 de abril de 2009, por el que la Cámara de Senadores manifestó su acuerdo para que el proyecto de de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales se remita al Ejecutivo federal para su promulgación, únicamente con los artículos que ya han sido aprobados por ambas Cámaras, para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional.

Al respecto, me permito remitirles la aclaración que hace la Comisión de Recursos Hidráulicos de la Cámara de Senadores.

Atentamente

México, DF, a 2 de diciembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), Vicepresidente.»

«Senador Manlio Fabio Beltrones Rivera, Presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República.— Presente.

La Comisión de Recursos Hidráulicos de este Senado de la República solicita que la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Senadores someta al pleno un acuerdo complementario al “acuerdo por el que el Senado de la República manifiesta su acuerdo para que el proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales se remita al Ejecutivo federal para su promulgación, únicamente con los artículos que ya han sido aprobados por ambas Cámaras”, aprobado por el pleno en fecha 15 de abril del 2009, y que se publicó en la Gaceta del Senado número 366 de esa fecha.

Antecedentes

Primero. El 26 de abril de 2006, la Cámara de Senadores, como Cámara de origen, aprobó un proyecto de decreto de reformas y adiciones a la Ley de Aguas Nacionales y, en esa misma fecha, se envió a la colegisladora para su revisión dentro del procedimiento legislativo dispuesto por el artículo 72 constitucional.

En su fase de revisión, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de decreto antes referido con modificaciones a lo propuesto por el Senado y, con ello, se generó una devolución a esta Cámara de origen.

El 11 de diciembre del 2008, las comisiones correspondientes sometieron al pleno del Senado el proyecto de decreto que contenía modificaciones a algunos artículos y así fue aprobado, por lo que se devolvió para su última revisión a la Cámara de Diputados.

Que en esta última ocasión, la comisión encargada del dictamen en la colegisladora propuso a la Presidencia de su Cámara consultar con el Senado la posibilidad de que el proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales sea enviado al Ejecutivo federal para su promulgación, únicamente con los artículos en los que existe coincidencia de su aprobación por ambas Cámaras. Los artículos sobre los que se mantienen diferencias son el 29 Bis 2, el 119, el 120 y el 122.

Segundo. La Mesa Directiva del Senado obtuvo de las comisiones dictaminadoras su opinión favorable para que de la propuesta de reforma legislativa se retiren los cuatro artículos que no han alcanzado la aprobación de ambas Cámaras y el decreto se promulgue únicamente con los artículos que cuentan con dicha aprobación.

El 15 de abril del 2009 se aprobó un acuerdo de la Mesa Directiva del Senado para que se publicara la reforma en esos términos; el acuerdo es así:

Primero. La Cámara de Senadores manifiesta su acuerdo para que el proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales se remita al Ejecutivo federal para su promulgación, únicamente con los artículos que ya han sido aprobados por ambas Cámaras y se retiren de él las reformas a los artículos 29 Bis 2, 119, 120 y 122, para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional.

Tercero. Hasta la fecha, la colegisladora no ha enviado el decreto al Ejecutivo para su publicación.

Cuarto. Al hacer una revisión del estado que guarda la publicación de la reforma de mérito, la Comisión de Recursos Hidráulicos de este Senado de la República encontró que el acuerdo al que se refiere el numeral segundo de estos antecedentes contiene una omisión, ya que, como se desprende del dictamen de la Cámara de Diputados publicado en la Gaceta de la Cámara de Diputados el 11 de septiembre del 2007, así como la modificación del mismo dictamen publicada en la Gaceta de la Cámara de Diputados el 11 de Septiembre del 2007, y del dictamen del Senado de la República publicado en la Gaceta del Senado el 11 de diciembre del 2008, todos referentes a las reformas de la Ley de Aguas Nacionales en comento sobre las reformas al artículo 3 de la Ley de Aguas Nacionales, no existió acuerdo de las dos Cámaras que integran el Congreso de la Unión y, sin embargo, ese artículo no se incluyó en el acuerdo al que se refiere el numeral segundo de este capítulo, debiendo haberlo incluido (se anexa cuadro comparativo).

Quinto. En reunión de la Comisión de Recursos Hidráulicos del 27 de octubre del año en curso, se acordó solicitar a la Mesa Directiva de este Senado de la República que someta al pleno un acuerdo complementario al “acuerdo por el que el Senado de la República manifiesta su acuerdo para que el proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales se remita al Ejecutivo federal para su promulgación, únicamente con los artículos que ya han sido aprobados por ambas Cámaras”,aprobado por el pleno en fecha 15 de abril del 2009, y que se publicó en la Gaceta del Senado número 366 de esa fecha. Lo anterior, a efecto de que se publiquen las reformas a diversos artículos de la Ley de Aguas Nacionales a las que antes nos referimos, sin incluir las modificaciones al artículo 3 de ese ordenamiento, en virtud de que sobre las reformas a ese numeral no se alcanzó consenso en las dos Cámaras del Congreso de la Unión.

Por lo expuesto, los senadores integrantes de la Comisión de Recursos Hidráulicos atentamente solicitan lo siguiente:

Único. Que la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Senadores someta al pleno un acuerdo complementario al “acuerdo por el que el Senado de la República manifiesta su acuerdo para que el proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales se remita al Ejecutivo federal para su promulgación, únicamente con los artículos que ya han sido aprobados por ambas Cámaras”, aprobado por el pleno en fecha 15 de abril de 2009, y que se publicó en la Gaceta del Senado número 366 de esa fecha, a efecto de que las modificaciones al artículo 3 de la Ley de Aguas Nacionales no sean publicadas.

México, DF, a 22 de noviembre del 2010.— La Comisión de Recursos Hidráulicos, senadores: Claudia Sofía Corichi García, presidenta; María Serrano Serrano, Adolfo Toledo Infanzón, secretarios; Eduardo Tomás Nava Bolaños, Rosalía Peredo Aguilar, Alberto Cárdenas Jiménez, Rosalinda López Hernández, Antelmo Alvarado García, Francisco Herrera León (rúbricas).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos.



LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLE

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha se aprobó dictamen de las Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca; y de Estudios Legislativos por el que se declara sin materia el proyecto de decreto por el que se reforma el inciso i) de la fracción III del artículo 24 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.

En consecuencia, para los efectos de lo dispuesto en la fracción D del artículo 72 constitucional, me permito devolver a ustedes el expediente respectivo.

Atentamente

México, DF, a 2 de diciembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente.»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a la Comisión de Pesca.



LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLE

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha se aprobó dictamen de las Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca; de Agricultura y Ganadería; y de Estudios Legislativos, Primera, por el que se declara sin materia el proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.

En consecuencia, para los efectos de lo dispuesto en la fracción D del artículo 72 constitucional, me permito devolver a ustedes el expediente respectivo

Atentamente

México, DF, a 30 de noviembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente.»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna  a la Comisión de Pesca, también.



LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLE

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se adiciona un nuevo inciso b a la fracción III del artículo 24 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentable.

Atentamente

México, DF, a 2 de diciembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Proyecto de Decreto

Por el que se adiciona un nuevo inciso B a la fracción III del artículo 24 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentable

Único. Se adiciona un nuevo inciso a la fracción III del artículo 24, para quedar como inciso b, recorriéndose en su orden subsecuente los actuales incisos b al l para quedar respectivamente como incisos e al m, todos de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, para quedar como siguen:

Artículo 24. La Secretaría, en coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal competentes, y en lo que corresponda, con los gobiernos de las entidades federativas, realizará las acciones necesarias para fomentar y promover el desarrollo de la pesca y la acuacultura, en todas sus modalidades y niveles de inversión, y para tal efecto:

I. a II. ...

III. Fomentará, promoverá y realizará acciones tendentes a:

a. ...

b. Coadyuvar en la formulación y ejecución de programas que diversifiquen las fuentes de ingresos de los pescadores cuando se presenten situaciones extraordinarias;

c. La construcción de parques de acuacultura, así como de unidades de producción, centros acuícolas y laboratorios dedicados a la producción de organismos destinados al ornato, al cultivo y repoblamiento de las especies de la flora y fauna acuática;

d. La construcción, mejora y equipamiento de embarcaciones y de artes de pesca selectiva y ambientalmente seguras, mediante el apoyo a programas de sustitución y modernización de las mismas;

e. La construcción de infraestructura portuaria pesquera, así como el mejoramiento de la infraestructura existente;

f. La investigación científica y tecnológica en pesca y acuacultura;

g. La elaboración coordinada de programas de industrialización, comercialización y consumo de productos pesqueros y acuícolas, tendentes a fortalecer las redes de valor de los productos generados por la pesca y la acuacultura, mediante acciones de apoyo y difusión;

h. La organización económica de los productores y demás agentes relacionados al sector, a través de mecanismos de comunicación, concertación y planeación;

i. La realización de obras de rehabilitación ambiental en sistemas lagunarios costeros;

j. La aplicación de estímulos fiscales, económicos y de apoyo financiero necesarios para el desarrollo productivo y competitivo de la pesca y la acuacultura. Para estos efectos, la Secretaría se coordinara con las dependencias y entidades competentes, además de observar y aplicar lo dispuesto en la Ley de Energía para el Campo;

k. Impulsar acciones para la formación de capital humano que se vincule con organizaciones de productores que participan en las cadenas productivas acuícolas y pesqueras;

l. Favorecer la creación de figuras organizativas para la promoción comercial de los productos pesqueros y acuícolas en los mercados nacional e internacional; y

m. Establecer acciones conjuntas para el fortalecimiento de las redes de valor, en coordinación con los diversos comités sistema-producto acuícolas y pesqueros.

IV. y V. ...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrara en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las erogaciones que, en su caso, deban realizar las dependencias y entidades de la administración pública federal para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente reforma serán cubiertas en función de los ingresos disponibles conforme a la Ley de Ingresos de la Federación y sujetarse a la disponibilidad presupuestaria que se apruebe para dichos fines por la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos de la Federación del Ejercicio Fiscal de que se trate, y a las disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Tercero. Las modificaciones al Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, deberán realizarse y expedirse en un plazo no mayor a los 120 días a la fecha de entrada en vigor del presente decreto.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. México, DF, a 2 de diciembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente;senador Arturo Herviz Reyes (rúbrica), secretario.»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: La Comisión de Pesca lo recibirá también y se turna a ella.



LEY PARA EL APROVECHAMIENTO DE ENERGIAS RENOVABLES Y EL FINANCIAMIENTO DE LA TRANSICION ENERGETICA

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforma la fracción VII y se adiciona la fracción VIII del artículo 6 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética.

Atentamente

México, DF, a 2 de diciembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Proyecto de decreto

Por el que se reforma la fracción VII y se adiciona la fracción VIII del artículo 6 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética

Único. Se reforma la fracción VII y se adiciona la fracción VIII del artículo 6 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética, para quedar como sigue:

Artículo 6. ...

I. a VI. ...

VII. Elaborar y publicar el atlas nacional de zonas factibles para desarrollar proyectos generadores de energías renovables.

VIII. Las demás que en esta materia le otorguen esta Ley u otros ordenamientos.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. México, DF, a 2 de diciembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente;senador Arturo Herviz Reyes (rúbrica), secretario.»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a la Comisión de Energía.



LEY PARA EL APROVECHAMIENTO DE ENERGIAS RENOVABLES Y EL FINANCIAMIENTO DE LA TRANSICION ENERGETICA

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción VII al artículo 24 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética.

Atentamente

México, DF, a 2 de diciembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Proyecto de Decreto

Por el que se adiciona la fracción VII al artículo 24 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética

Único. Se adiciona la fracción VII al artículo 24 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética, para quedar como sigue:

Artículo 24. ...

I.a VI ...

VII. Promover que en los inmuebles de las dependencias y organismos de la administración pública federal se utilice energía renovable, de acuerdo con las características geográficas, posibilidades técnicas y viabilidad económica en cada una de ellos.

Artículo Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. México, DF, a 2 de diciembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente;senador Arturo Herviz Reyes (rúbrica), secretario.»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a la Comisión de Energía.



LEY DE ENERGIA PARA EL CAMPO

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se adiciona unsegundo párrafo al artículo 9o. de la Ley de Energía para el Campo.

Atentamente

México, DF, a 2 de diciembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Proyecto de Decreto

Por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 9o. de la Ley de Energía para el Campo

Único. Se adiciona un segundo párrafo al artículo 9o. de la Ley de Energía para el Campo, para quedar como sigue:

Artículo 9o. ...

La asignación de la cuota energética será pública, para lo cual al inicio de cada ciclo productivo se publicará en Internet el listado de los beneficiarios de la misma, así como el de las solicitudes desechadas y estará a disposición de los usuarios en las delegaciones y subdelegaciones de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. México, DF, a 2 de diciembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente;senador Arturo Herviz Reyes (rúbrica), secretario.»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Y un asunto más para la Comisión de Energía, a la que se turna.



LEY DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforma la fracción I del artículo 3 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.

Atentamente

México, DF, a 2 de diciembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Proyecto de Decreto

Por el que se reforma la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud

Artículo Único. Se reforma la fracción I del artículo 3 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud para quedar como sigue:

Artículo 3. ...

I. Definir e instrumentar una política nacional de juventud, que permita a los jóvenes desarrollarse dentro de un ambiente de bienestar familiar y social, e incorporarse plenamente al desarrollo del país;

II. a VI. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. México, DF, a 2 de diciembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente;senador Arturo Herviz Reyes (rúbrica), secretario.»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a la Comisión de Juventud y Deporte.



LEY DEL SEGURO SOCIAL

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Para los efectos de lo dispuesto en la fracción E del artículo 72 constitucional, me permito devolver a ustedes el expediente que contiene proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo tercero al artículo vigésimo quinto transitorio de la Ley del Seguro Social.

Atentamente

México, DF, a 2 de diciembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Proyecto de Decreto

Por el que se adiciona un párrafo tercero al artículo vigésimo quinto transitorio de la Ley del Seguro Social

Artículo Único. Se adiciona un párrafo tercero al artículo vigésimo quinto transitorio de la Ley del Seguro Social, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1995, para quedar como sigue:

Transitorios

Primero. a Vigésimo Cuarto. ...

Vigésimo Quinto. El artículo 28 de esta ley entrará en vigor el 1 de enero de 2007, en lo relativo al seguro de invalidez y vida, así como en los ramos de cesantía en edad avanzada y vejez. Los demás ramos de aseguramiento tendrán como límite superior desde el inicio de la vigencia de esta ley el equivalente a veinticinco veces el salario mínimo general que rija en el Distrito Federal.

A partir de la entrada en vigor de esta ley, el límite del salario base de cotización en veces el salario mínimo para el seguro de invalidez y vida, así como para los ramos de cesantía en edad avanzada y vejez, será de quince veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, el que se aumentará un salario mínimo por cada año subsecuente hasta llegar a veinticinco en 2007.

Los límites señalados en el párrafo anterior serán aplicables igualmente en la determinación del salario diario, calculado conforme a la Ley que se deroga, para calcular las cuantías de las pensiones de los seguros y ramos arriba referidos, de aquellos asegurados inscritos con anterioridad a la fecha de  la entrada en vigor de esta ley, así como de sus beneficiarios que, al cumplirse los supuestos legales o el siniestro respectivo para el disfrute de cualquiera de las pensiones, opten por acogerse a los beneficios de la ley que se deroga. Para tales efectos, el Consejo Técnico del instituto establecerá los requisitos, composición y mecanismos para su pago.

Vigésimo Sexto. a Vigésimo Octavo. ...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Cámara de Diputados habrá de considerar en el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011, en el ramo 19, “Aportaciones a la seguridad social”, la posible repercusión que la aplicación de este decreto represente.

Salón de sesiones de la Cámara de Senadores. México DF, a 2 de diciembre de 2010.— Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), vicepresidente;senador Renán Cleominio Zoreda Novelo (rúbrica), secretario.»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se turna a la Comisión de Seguridad Social.



SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Desarrollo Social.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados.— Presente.

Conforme al artículo 1o. del decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2010 (PEF 2010), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de diciembre de 2009, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 29, fracción III, del mismo decreto, en lo conducente de enviar a la honorable Cámara de Diputados, a más tardar el último día hábil de noviembre, la información, los criterios o las memorias de cálculo mediante los cuales se determinaron los beneficiarios, me permito manifestar lo siguiente:

Asimismo, de acuerdo con el artículo 5o., fracción I, de la Ley General de Desarrollo Social, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de enero del 2004, se define a los beneficiarios como aquellas personas que forman parte de la población atendida por los programas de desarrollo social que cumplen los requisitos de la normatividad correspondiente y que toda persona tiene derecho a participar y a beneficiarse de los programas de desarrollo social, de acuerdo con los principios rectores de la política de desa-rrollo social en los términos que establezca la normatividad de cada programa.

En estas condiciones, en los términos del artículo 10, fracción V, de la ley antes citada, los beneficiarios de los programas de desarrollo social tienen, entre otros derechos, el recibir los servicios y prestaciones de los programas conforme a sus reglas de operación, salvo que les sean suspendidos por resolución administrativa o judicial debidamente fundada y motivada.

Por su parte, el artículo 19 del Reglamento de la Ley antes mencionada establece que el proceso de incorporación de los beneficiarios se apegará a los criterios de selección de localidades y de elegibilidad de beneficiarios que se establezcan en las reglas de operación de los programas de de-sarrollo social.

En este contexto, el artículo 2o., fracción XLV, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de marzo del 2006, indica que las reglas de operación son las disposiciones a las cuales se sujetan determinados programas y fondos federales con el objeto de otorgar transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los recursos públicos asignados a los mismos.

El instrumento normativo antes citado, nos señala que los programas, a través de los cuales se otorguen subsidios, deberán sujetarse a reglas de operación con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia; de igual forma, se indica como uno de los criterios que las reglas de operación deberán contener para efectos del dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria el siguiente: i) deberán establecer los criterios de selección de los beneficiarios, instituciones o localidades objetivo. Estos deben ser precisos, definibles, mensurables y objetivos.

De lo anterior se desprende que el instrumento normativo que regula a los programas sociales son las reglas de operación, de tal suerte que la información y los criterios para determinar a los beneficiarios deben ineludiblemente estar previstos en esos instrumentos razón por la cual se estima que la información o criterios deberán circunscribirse a los siguientes apartados de las reglas de operación:

• Población objetivo;

• Cobertura;

• Criterios y requisitos de elegibilidad;

• Criterios de selección.

En cumplimiento de lo anterior, se anexa al presente la información y criterios correspondientes a los programas del Ramo Administrativo 20, “Desarrollo social”, que aparecen en el artículo 31 referente a los criterios generales para programas específicos sujetos a reglas de operación del PEF 2010 de la siguiente manera:

Para estos fines, el Ramo Administrativo 20, “Desarrollo social considera los programas para el Desarrollo de Zonas Prioritarias; Hábitat; de Empleo Temporal; de Atención a Jornaleros Agrícolas; de Estancias Infantiles para apoyar a Madres Trabajadoras; de Rescate de Espacios Públicos; 70 y más; 3x1 para Migrantes; de Opciones Productivas; de Apoyo a los Avecindados en Condiciones de Pobreza Patrimonial para Regularizar Asentamientos Humanos Irregulares; de Ahorro y Subsidio para la Vivienda, Tu Casa; Vivienda Rural; de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas, para Implementar y Ejecutar Programas de Prevención de la Violencia contra las Mujeres; de Abasto Social de Leche, a cargo de Liconsa, SA de CV; de Abasto Rural a cargo de Diconsa, SA de CV; de Apoyo Alimentario y de Desarrollo Humano Oportunidades; de Coinversión Social, y del Fondo Nacional para el Fomento de las Artesanías.

Quedo a sus órdenes para atender las observaciones que tuviera sobre la información en cuestión.

México, DF, a 30 de noviembre de 2010.— Licenciado Miguel Ángel López Martínez (rúbrica), encargado de la Dirección General de Geoestadística y Padrones de Beneficiarios .

Con Fundamento en el artículo 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, y en el oficio SSPPE.600/107/10 del 14 de septiembre de 2010 en el que el ciudadano subsecretario de Prospectiva, Planeación y Evaluación lo designa como responsable para atender los asuntos a cargo de la Dirección General de Geoestadística y Padrones de Beneficiarios.»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se remite a las Comisiones de Desarrollo Social, Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.



PERMISOS PARA PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Pasamos al capítulo de dictámenes. El siguiente punto del orden del día son dictámenes de primera lectura.

En virtud de que han sido publicados en la Gaceta consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se les dispensa le lectura.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:Por instrucciones de la Presidencia y en votación económica se pregunta a la asamblea si se les dispensa la lectura. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarl. Quienes estén por la negativa.

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Cámara de Diputados.

Honorable Asamblea:

La Comisión de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta el siguiente dictamen:

Antecedentes

En sesión celebrada el 25 de noviembre del año en curso por la Cámara de Diputados, se dio cuenta con oficio de la Secretaría de Gobernación por el que solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Sergio Igor Almazán Dávila, Betsabé Álvarez Muñoz, Prana Álvarez Rivas, Mónica Buitrón Bravo, Sagra Margarita Clorio Jessel, Patricia Ytalivi Cordero Rosas, Mónica Patricia Cortina Peresola, Victoria Guadalupe Correa Delgado, María Teresa Correa Delgado, Eurídice Jael Durán López, Alejandra Cristina Espinosa Mendoza, Lucía Espejel Gómez, Édgar Ignacio Fernández Montoya, Lorena Berenice González López, José Elías Guzmán Martínez, Adrián Herrera Sotelo, María de Lourdes Huelgas Plaza, Paola Jiménez Vázquez, Diana León Treviño, Michelle Rosalía Lezama Díaz, Édgar López Zuazua Carmona, Antonio Meléndez Adell, Irasema Mendoza Martínez, Magaly Palacios Morales, Gabriela Carolina Pereda Domínguez, Jenefer Pineda Verhoogh, Oralia Paulina Piña Reyes, Francisco Javier Ponce Castanedo, Lucero Bibiñe Oropeza Aguilar, Cynthia Ortiz Mildare, Jéssica Román Ramírez, María Abigaíl Sandoval Elizondo, Lizbeth Segundo Juárez, María del Pilar Tristán Martínez, Laura Patricia Torres Limón, Isaac Álvaro Vargas Arroyo, Ariadna Cecilia Villalobos Gutiérrez y Édgar Zepeda Hernández puedan prestar servicios en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México, turnándose a la suscrita comisión para su dictamen el expediente relativo.

Consideraciones

Que los peticionarios acreditaron su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento. La comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y, en tal virtud, de conformidad con lo que establecen la fracción II del apartado C del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el segundo párrafo del artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de la honorable asamblea el siguiente proyecto de

Decreto

Artículo Primero.Se concede permiso al ciudadano Sergio Igor Almazán Dávila para prestar servicios como oficial de Prensa en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Segundo.Se concede permiso a la ciudadana Betsabé Álvarez Muñoz para prestar servicios como gerente de Recursos Humanos y oficial adjunta de Administración en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Tercero.Se concede permiso a la ciudadana Prana Álvarez Rivas para prestar servicios como asistente de Servicios Corporativos en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Cuarto.Se concede permiso a la ciudadana Mónica Buitrón Bravo para prestar servicios como oficial de Proyectos en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Quinto.Se concede permiso a la ciudadana Sagra Margarita Clorio Jessel para prestar servicios como agregado adjunto de Comercio e Inversión en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Sexto.Se concede permiso a la ciudadana Patricia Ytalivi Cordero Rosas para prestar servicios como oficial de Prensa y Comunicación en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Séptimo.Se concede permiso a la ciudadana Mónica Patricia Cortina Peresola para prestar servicios como asistente de Recursos Humanos en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Octavo.Se concede permiso a la ciudadana Victoria Guadalupe Correa Delgado para prestar servicios como personal de limpieza en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Noveno.Se concede permiso a la ciudadana María Teresa Correa Delgado para prestar servicios como personal de limpieza en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Décimo.Se concede permiso a la ciudadana Eurídice Jael Durán López para prestar servicios como oficial consular regional en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Undécimo.Se concede permiso a la ciudadana Alejandra Cristina Espinosa Mendoza para prestar servicios como agregado de Comercio e Inversión en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Duodécimo.Se concede permiso a la ciudadana Lucía Espejel Gómez para prestar servicios como gerente de Proyectos en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Decimotercero.Se concede permiso al ciudadano Édgar Ignacio Fernández Montoya para prestar servicios como asistente consular en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Decimocuarto.Se concede permiso a la ciudadana Lorena Berenice González López para prestar servicios como oficial de Política de Cambio Climático en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Decimoquinto.Se concede permiso al ciudadano José Elías Guzmán Martínez para prestar servicios como jardinero y asistente de Mantenimiento en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Decimosexto.Se concede permiso al ciudadano Adrián Herrera Sotelo para prestar servicios como agregado adjunto de Inversión en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Decimoséptimo.Se concede permiso a la ciudadana María de Lourdes Huelgas Plaza para prestar servicios como agregada adjunta de Comercio e Inversión en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Decimoctavo.Se concede permiso a la ciudadana Paola Jiménez Vázquez para prestar servicios como agregada adjunta de Comercio e Inversión en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Decimonoveno.Se concede permiso a la ciudadana Diana León Treviño para prestar servicios como oficial de Comercio e Inversión en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Vigésimo.Se concede permiso a la ciudadana Michelle Rosalía Lezama Díaz para prestar servicios como asistente de Contabilidad en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Vigésimo Primero.Se concede permiso al ciudadano Édgar López Zuazua Carmona para prestar servicios como administrador de Sistemas en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Vigésimo Segundo.Se concede permiso al ciudadano Antonio Meléndez Adell para prestar servicios como asistente de Prensa y Comunicación en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Vigésimo Tercero.Se concede permiso a la ciudadana Irasema Mendoza Martínez para prestar servicios como agregada de Comercio e Inversión en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Vigésimo Cuarto.Se concede permiso a la ciudadana Magaly Palacios Morales para prestar servicios como gerente de Internet en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Vigésimo Quinto.Se concede permiso a la ciudadana Gabriela Carolina Pereda Domínguez para prestar servicios como oficial de Cambio Climático en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Vigésimo Sexto.Se concede permiso a la ciudadana Jenefer Pineda Verhoogh para prestar servicios como oficial de Cambio Climático en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Vigésimo Séptimo.Se concede permiso a la ciudadana Oralia Paulina Piña Reyes para prestar servicios como gerente de Bases de Datos y Apoyo Administrativo en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Vigésimo Octavo.Se concede permiso al ciudadano Francisco Javier Ponce Castanedo para prestar servicios como encargado de Diseño y Mercadotecnia en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Vigésimo Noveno.Se concede permiso a la ciudadana Lucero Bibiñe Oropeza Aguilar para prestar servicios como empleada en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Trigésimo.Se concede permiso a la ciudadana Cynthia Ortiz Mildare para prestar servicios como asistente Personal en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Trigésimo Primero.Se concede permiso a la ciudadana Jéssica Román Ramírez para prestar servicios como oficial administrativo del Diálogo de Desarrollo Sustentable en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Trigésimo Segundo.Se concede permiso a la ciudadana María Abigaíl Sandoval Elizondo para prestar servicios como asistente personal de la embajadora en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Trigésimo Tercero.Se concede permiso a la ciudadana Lizbeth Segundo Juárez para prestar servicios como recamarera para la residencia de la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Trigésimo Cuarto.Se concede permiso a la ciudadana María del Pilar Tristán Martínez para prestar servicios como asistente personal en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Trigésimo Quinto.Se concede permiso a la ciudadana Laura Patricia Torres Limón para prestar servicios como asistente de Visas en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Trigésimo Sexto.Se concede permiso al ciudadano Isaac Álvaro Vargas Arroyo para prestar servicios como director de Inversiones en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Trigésimo Séptimo.Se concede permiso a la ciudadana Ariadna Cecilia Villalobos Gutiérrez para prestar servicios como asistente de Logística en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Trigésimo Octavo.Se concede permiso al ciudadano Édgar Zepeda Hernández para presentar servicios como contador en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. México, DF, diciembre de 2010.

La Comisión de Gobernación, diputados:Javier Corral Jurado (rúbrica), presidente; Mercedes del Carmen Guillén Vicente (rúbrica), Felipe de Jesús Rangel Vargas (rúbrica), Ilich Augusto Lozano Herrera, Lorena Corona Valdés (rúbrica), Juan Enrique Ibarra Pedroza (rúbrica), Claudia Ruiz Massieu Salinas, Gastón Luken Garza (rúbrica), Francisco Ramos Montaño (rúbrica), Gregorio Hurtado Leija, Luis Carlos Campos Villegas, Raúl Domínguez Rex (rúbrica), secretarios; Agustín Carlos Castilla Marroquín (rúbrica), Miguel Ángel Luna Munguía, Sami David David (rúbrica), Nancy González Ulloa (rúbrica), Marcela Guerra Castillo, Jorge Antonio Kahwagi Macari, Humberto Lepe Lepe (rúbrica), Vidal Llerenas Morales (rúbrica), José Ramón Martel López, Andrés Massieu Fernández (rúbrica), Dolores de los Ángeles Nazares Jerónimo, Nazario Norberto Sánchez, Beatriz Elena Paredes Rangel, María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica), Liev Vladimir Ramos Cárdenas, Jesús María Rodríguez Hernández, César Augusto Santiago Ramírez, Agustín Torres Ibarrola (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Cámara de Diputados.

Honorable Asamblea

La Comisión de Gobernación con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 60, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta el siguiente dictamen:

Antecedentes

En sesión celebrada el 3 de noviembre del año en curso por la Cámara de Diputados, se dio cuenta con los oficios de la Cámara de Senadores, con los que remiten los expedientes que contienen las minutas proyecto de decreto por los que se conceden permisos a los ciudadanos Martha Isabel Chávez Silva, María del Carmen Samano López, Roberto Centeno Blanco, Jorge Arturo García Gutiérrez, Graciela Alejandra Sandoval Maas y Beatriz Liliana Rivera Reyes, puedan prestar servicios de carácter administrativo en las Embajadas Real de Tailandia, de Brasil, de la República de Nicaragua y de Haití, en México, y en el Consulado de los Estados Unidos de América, en Mérida, Yucatán y en Ciudad Juárez, Chihuahua, respectivamente, turnándose a la suscrita comisión, para su dictamen, el expediente relativo.

Consideraciones

Que los peticionarios acreditaron su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento.

La comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder los permisos solicitados y en tal virtud, de conformidad con lo que establecen la fracción II del Apartado C) del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el segundo párrafo del artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se somete a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente proyecto de

Decreto

Artículo Primero. Se concede permiso a la ciudadana Martha Isabel Chávez Silva para prestar servicios como asistente en la Embajada Real de Tailandia en México.

Artículo Segundo. Se concede permiso a la ciudadana María del Carmen Samano López para prestar servicios como auxiliar administrativa en la Embajada de Brasil en México.

Artículo Tercero. Se concede permiso al ciudadano Roberto Centeno Blanco, para prestar servicios como conductor en la Embajada de la República de Nicaragua en México.

Artículo Cuarto. Se concede permiso al ciudadano Jorge Arturo García Gutiérrez para prestar servicios como chofer mensajero en la Embajada de la República de Haití, en México.

Artículo Quinto. Se concede permiso a la ciudadana Graciela Alejandra Sandoval Maas para prestar servicios como operadora de teléfono en el Consulado de los Estados Unidos de América en Mérida, Yucatán.

Artículo Sexto. Se concede permiso a la ciudadana Beatriz Liliana Rivera Reyes para prestar servicios como asistente de Visas en el Consulado de los Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. México, DF, a 24 de noviembre de 2010.

La Comisión de Gobernación, diputados:Javier Corral Jurado (rúbrica), presidente; Mercedes del Carmen Guillén Vicente (rúbrica), Felipe de Jesús Rangel Vargas (rúbrica), Illich Augusto Lozano Herrera, Lorena Corona Valdés (rúbrica), Juan Enrique Ibarra Pedroza (rúbrica), Claudia Ruiz Massieu Salinas, Gastón Luken Garza (rúbrica), Francisco Ramos Montaño (rúbrica), Gregorio Hurtado Leija, Luis Carlos Campos Villegas, Raúl Domínguez Rex (rúbrica), secretarios; Agustín Carlos Castilla Marroquín (rúbrica), Miguel Ángel Luna Munguía, Sami David David (rúbrica), Nancy González Ulloa (rúbrica), Marcela Guerra Castillo, Jorge Antonio Kahwagi Macari, Humberto Lepe Lepe (rúbrica), Vidal Llerenas Morales (rúbrica), José Ramón Martel López, Andrés Massieu Fernández (rúbrica), Dolores de los Ángeles Nazares Jerónimo, Nazario Norberto Sánchez, Beatriz Elena Paredes Rangel, María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica), Liev Vladimir Ramos Cárdenas, César Augusto Santiago Ramírez, Agustín Torres Ibarrola (rúbrica), Arturo Zamora Jiménez (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Cámara de Diputados.

Honorable Asamblea

La Comisión de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta el siguiente dictamen:

Antecedentes

En sesión celebrada el martes 30 de noviembre del año en curso por la Cámara de Diputados se dio cuenta con el oficio de la Secretaría de Gobernación, por el que solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Ileana Rivera Muciño, Iván Joel Adrián Espinosa Hernández, Patricia Simpson Valadez, Miriam Vera López, Alma Rosa Soto González, Patricia Frías Moreno, Cecilia Miguel Montera Marín y Juan Carlos Zúñiga Flores, puedan prestar sus servicios en las Embajadas de Estados Unidos de América, del Reino de los Países Bajos, de la República Islámica de Irán, en México y en el Consulado de Estados Unidos de América en Monterrey, Nuevo León, turnándose a la suscrita comisión para su dictamen, el expediente relativo.

Consideraciones

Que los peticionarios acreditaron su nacionalidad mexicana con las copias certificadas de sus actas de nacimiento.

La comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de conformidad con lo que establecen la fracción II del Apartado C del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el segundo párrafo, del artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se somete a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente proyecto de

Decreto

Artículo Primero. Se concede permiso a la ciudadana Ileana Rivera Muciño para prestar servicios como asistente del Programa de Seguridad Portuaria y Fronteriza en la Embajada de Estados Unidos de América en México.

Artículo Segundo. Se concede permiso al ciudadano Iván Joel Adrián Espinosa Hernández, para prestar servicios como asesor senior en Asuntos Políticos, Prensa y Cultura, en la Embajada del Reino de los Países Bajos, en México.

Artículo Tercero. Se concede permiso a la ciudadana Patricia Simpson Valadez, para prestar servicios como asesora Económica, en la Embajada del Reino de los Países Bajos, en México.

Artículo Cuarto. Se concede permiso a la ciudadana Miriam Vera López, para prestar servicios como asistente ejecutiva, en la Embajada del Reino de los Países Bajos, en México.

Artículo Quinto. Se concede permiso a la ciudadana Alma Rosa Soto González, para prestar servicios como asesora comercial, en la Embajada del Reino de los Países Bajos, en México.

Artículo Sexto. Se concede permiso a la ciudadana Patricia Frías Moreno, para prestar servicios como secretaria y asistente del embajador, en la Embajada de la República Islámica de Irán, en México.

Artículo Séptimo. Se concede permiso al ciudadano Cecilio Miguel Montero Marín, para prestar servicios como empleado de mantenimiento en el Departamento de Servicios Generales, en el Consulado de Estados Unidos de América, en Monterrey, Nuevo León.

Artículo Octavo. Se concede permiso al ciudadano Juan Carlos Zúñiga Flores, para prestar servicios como guardia de seguridad en la oficina regional de Seguridad, en el Consulado de Estados Unidos de América, en Monterrey, Nuevo León.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. México, DF, a 1 de diciembre de 2010.

La Comisión de Gobernación, diputados:Javier Corral Jurado (rúbrica), presidente; Mercedes del Carmen Guillén Vicente (rúbrica), Felipe de Jesús Rangel Vargas (rúbrica), Ilich Augusto Lozano Herrera, Lorena Corona Valdés (rúbrica), Juan Enrique Ibarra Pedroza (rúbrica), Claudia Ruiz Massieu Salinas, Gastón Luken Garza (rúbrica), Francisco Ramos Montaño (rúbrica), Gregorio Hurtado Leija, Luis Carlos Campos Villegas, Raúl Domínguez Rex (rúbrica), secretarios; Agustín Carlos Castilla Marroquín (rúbrica), Miguel Ángel Luna Munguía, Sami David David (rúbrica), Nancy González Ulloa (rúbrica), Marcela Guerra Castillo, Jorge Antonio Kahwagi Macari, Humberto Lepe Lepe (rúbrica), Vidal Llerenas Morales (rúbrica), José Ramón Martel López, Andrés Massieu Fernández (rúbrica), Dolores de los Ángeles Nazares Jerónimo, Nazario Norberto Sánchez, Beatriz Elena Paredes Rangel, María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica), Liev Vladimir Ramos Cárdenas, César Augusto Santiago Ramírez, Agustín Torres Ibarrola (rúbrica), Arturo Zamora Jiménez (rúbrica).»



LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto que reforma el primer párrafo del artículo 62 de la Ley General de Vida Silvestre

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnado para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente, el expediente número 2050, que contiene la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 62 de la Ley General de Vida Silvestre, presentada por el diputado Alejandro del Mazo Maza, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

En virtud del análisis y estudio de la iniciativa que se dictamina, esta comisión ordinaria, con base en las facultades que le confiere la fracción XXIX-G del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para expedir leyes que establezcan la concurrencia del gobierno federal, de los gobiernos de los estados y de los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de protección al ambiente y preservación y restauración del equilibrio ecológico; los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XXIV, y 45, numeral 6, incisos e) y f), y numeral 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 60, 87, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea, el presente dictamen, de acuerdo con los siguientes

Antecedentes

Primero. En la sesión plenaria celebrada el día 27 de abril de 2010, la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados, recibió una iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 62 de la Ley General de Vida Silvestre, presentada por el diputado Alejandro del Mazo Maza, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México y, suscrita por diputados integrantes de diversos grupos parlamentarios; y,

Segundo. En esa misma fecha, dicha iniciativa fue turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados, iniciándose un cuidadoso proceso de análisis y consulta, a efecto de elaborar el presente dictamen, de conformidad con las siguientes

Consideraciones

El presente dictamen tiene por objeto atender la solicitud del diputado Del Mazo Maza quien considera procedente reformar el artículo 62 de la Ley General de Vida Silvestre (LGVS) para otorgar facultades a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en la elaboración de programas obligatorios para la recuperación, reproducción y reintroducción en su hábitat a las especies de valor ecológico y productivo; sugiriendo la siguiente redacción:

Artículo 62. La secretaría promoverá el desarrollo de proyectos para la conservación, recuperación de especies y poblaciones prioritarias para la conservación, con la participación en su caso de las personas que manejen dichas especies o poblaciones y demás involucrados.

Asimismo, creará programas con carácter obligatorio para recuperar, reproducir y reintroducir en su hábitat a las especies con alto grado de valor ecológico y productivo, para la conservación de los ecosistemas en México.

La información relativa a los proyectos de conservación y recuperación de especies y poblaciones prioritarias para la conservación, estará a disposición del público.

En atención a dicha solicitud la comisión legislativa que elabora el presente dictamen procede a iniciar su análisis.

México es considerado como un país megadiverso, pues alberga una gran variedad de organismos vivos de ecosistemas terrestres, marinos, acuáticos y los complejos ecológicos de los que forman parte. Así, nuestro país ocupa el primer lugar en el mundo en riqueza de reptiles (707), el segundo en mamíferos (491) y, el cuarto en anfibios (282) y plantas (26 mil).

A escala internacional se tiene registro de 1millón 700 mil especies descritas, pero por las tendencias se estima que esta cifra puede llegar hasta entre cinco y diez millones más (McNeely et. al., 1990). Entre 10 y 12 por ciento de las especies del planeta se distribuyen en el territorio nacional, sumando más de 200 mil especies descritas y una infinidad que aún permanecen sin registro o descripción. De igual forma, 32 por ciento de la fauna nacional de vertebrados es endémica de México y 52 por ciento lo comparte únicamente con Mesoamérica.

Amén de ubicarnos en un lugar privilegiado en las estadísticas internacionales, la biodiversidad proporciona varios servicios ambientales, entre ellos la degradación de dese-chos orgánicos, la formación de suelo y control de la erosión, fijación del nitrógeno, incremento de los recursos alimenticios de cosechas y su producción, control biológico de plagas, polinización de plantas, productos farmacéuticos y naturistas, turismo de bajo impacto, secuestro de dióxido de carbono y muchos más. Sin omitir, que esa flora y fauna representan valores éticos, culturales, económicos, políticos, ecológicos, recreacionales, educativos y científicos, que han ido de la mano con el desarrollo de la humanidad y la historia de la tierra.

Por lo anterior, resulta prioritario proteger y conservar los ecosistemas y hábitat representativos del país, para así procurar la sustentabilidad de los recursos naturales que en la actualidad enfrentan una de las crisis ambientales más severas, colocándonos en vísperas de presenciar una de las más grandes extinciones masivas en la historia del planeta. Actualmente, en nuestro país 2 mil 584 especies se encuentran en alguna categoría de riesgo según lo dispuesto en la NOM 059-2001 Protección ambiental-especies nativas de México de flora y fauna silvestres-categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-lista de especies en riesgo.

Al respecto, la comisión legislativa que elabora el presente dictamen coincide con lo expuesto por el diputado promovente en el sentido de que se deben diseñar e implantar programas para la conservación, recuperación, reproducción y reintroducción de ciertas especies con el objeto de fortalecer los esfuerzos de autoridades y sociedad en general, por proteger a especies prioritarias revirtiendo así en el caso de  algunas especies, su categoría de amenazadas o en peligro de extinción.

En ese contexto, la LGVS publicada en el año 2000, tuvo como objetivo que en México se estableciera una política nacional conservacionista en la materia, mediante la protección y la exigencia de niveles óptimos de aprovechamiento sustentable para promover la restauración de su diversidad e integridad, así como incrementar el bienestar de los habitantes del país.

De forma particular, en dicho ordenamiento se asignó en el Título VI denominado “Conservación de la vida silvestre” un Capítulo I para regular la conservación, recuperación y manejo en general de especies en categoría de riesgo o bien, especies prioritarias para la conservación.

Así, la reforma propuesta por el diputado Alejandro del Mazo Maza es congruente con lo dispuesto en el artículo 62 de la LGVS, pues en éste ya se prevé la potestad de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) para promover proyectos para la conservación y recuperación de especies y poblaciones prioritarias, involucrando la participación de especialistas en la materia y del público en general, al obligar a la difusión de esa información.

Más aún, en el artículo 61 de la ley en comento, se establece que la Semarnat deberá elaborar las listas de especies prioritarias para la conservación, mismas que serán publicadas en el Diario Oficial de la Federación y actualizadas cada 3 años. Las especies se incluirán en ese listado, siempre que se habilite alguno de los supuestos siguientes:

1. Su importancia estratégica para la conservación de hábitats y de otras especies.

2. La importancia de la especie o población para el mantenimiento de la biodiversidad, la estructura y el funcionamiento de un ecosistema o parte de él.

3. Su carácter endémico, cuando se trate de especies o poblaciones en riesgo.

4. El alto grado de interés social, cultural, científico o económico.

Aún cuando los listados no han sido publicados por la Semarnat, la conservación y manejo de la vida silvestre, como política pública, y específicamente la atención a especies prioritarias tiene su primer antecedente en el Programa para la Conservación de la Vida Silvestre y la Diversificación Productiva del Sector Rural 1997-2000, publicado por la entonces Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca. En dicho programa, se plantearon dos grandes estrategias cuyo objetivo fue armonizar las necesidades de conservación de la flora y fauna silvestres con la satisfacción de las necesidades básicas de la población, particularmente en el sector rural. Para ello, se dio impulso al establecimiento de las unidades de manejo para la conservación (UMA) y la incorporación de los proyectos de conservación y recuperación de especies prioritarias (PREP) a dicho programa.

Así, para diciembre de 2006 se habían integrado 26 subcomités y diseñado 12 proyectos de recuperación de especies prioritarias (PREP), los cuales contienen una diagnosis de la situación de la especie o grupos de especies y las estrategias generales para su aprovechamiento, conservación y manejo.

Atendiendo a la amplitud de los criterios establecidos en la LGVS para determinar a las especies prioritarias, la Semarnat a través de la Dirección de Especies Prioritarias para la Conservación de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas implantó en el año 2007 el programa de Conservación de Especies en Riesgo (Procer).

El Procer tiene como objetivo general, establecer las bases, coordinar, impulsar y articular los esfuerzos del Gobierno Federal y diversos sectores de la sociedad, en la conservación y recuperación de las especies en riesgo para nuestro país, que brinde resultados contundentes en este corto periodo, y contenga los elementos necesarios para mantener un esfuerzo continuo y permanente a mediano y largo plazo.

Aun cuando en la implantación del Procer, se han considerado los trabajos y esfuerzos realizados en años previos por los Subcomités Técnicos Consultivos a través de los PREP, y con base en éstos, se elaboran los Programas de Acción para la Conservación de Especies, lo cierto es que los proyectos a los que hace referencia el artículo 62 de la LGVS que se pretende reformar ha quedado sin aplicabilidad por lo que la propuesta del Diputado promovente resulta acertada, pues el ámbito de aplicación del Procer se reduce a especies en riesgo, en tanto que los proyectos a que hace referencia el artículo 62 resultan aplicables a especies prioritarias

En atención a dicha solicitud la comisión legislativa que elabora el presente dictamen procede a iniciar el siguiente análisis.

Ley General de Vida Silvestre

Texto vigente

Artículo 62. La secretaría promoverá el desarrollo de proyectos para la conservación, recuperación de especies y poblaciones prioritarias para la conservación, con la participación en su caso de las personas que manejen dichas especies o poblaciones y demás involucrados.

La información relativa a los proyectos de conservación y recuperación de especies y poblaciones prioritarias para la conservación, estará a disposición del público.

Reforma

Artículo 62. La secretaría promoverá el desarrollo de proyectos para la conservación, recuperación de especies y poblaciones prioritarias para la conservación, con la participación en su caso de las personas que manejen dichas especies o poblaciones y demás involucrados.

Asimismo, creará programas con carácter obligatorio para recuperar, reproducir y reintroducir en su hábitat a las especies con alto grado de valor ecológico y productivo, para la conservación de los ecosistemas en México.

La información relativa a los proyectos de conservación y recuperación de especies y poblaciones prioritarias para la conservación, estará a disposición del público.

La comisión legislativa coincide con la reforma propuesta, sin embargo estima que los planteamientos realizados en el párrafo segundo que se pretende adicionar, coinciden con lo que establece el párrafo primero del artículo 62 de la LGVS, por lo que se pueden adicionar a dicho párrafo.

En el mismo sentido, esta comisión considera que acotar la aplicación de los Programas obligatorios a los que se hace referencia la reforma propuesta a “especies con alto grado de valor ecológico y productivo” contradice lo dispuesto en el artículo 61 de la LGVS, pues esas características atienden sólo a uno de los supuestos a habilitarse para que ciertas especies puedan ser consideradas como prioritarias y en su caso, ser objeto de un Programa para su conservación.

El artículo 61 de la LGVS a la letra señala:

Artículo 61. La Secretaría, previa opinión del consejo, elaborará las listas de especies y poblaciones prioritarias para la conservación y las publicará en el Diario Oficial de la Federación.

La inclusión de especies y poblaciones a dicha lista procederá si las mismas se encuentran en al menos alguno de los siguientes supuestos:

a) Su importancia estratégicapara la conservación de hábitats y de otras especies.

b) La importancia de la especie o población para el mantenimiento de la biodiversidad, la estructura y el funcionamiento de un ecosistema o parte de él.

c) Su carácter endémico, cuando se trate de especies o poblaciones en riesgo.

d) El alto gradode interés social, cultural, científico o económico.

Las listas a que se refiere este artículo serán actualizadas por lo menos cada 3 años, debiendo publicarse la actualización en el Diario Oficial de la Federación.

En virtud de lo expuesto la comisión legislativa que elabora el presente dictamen se permite proponer el siguiente texto alterno:

Artículo 62. La secretaría deberá implementar programas para la conservación, recuperación, reproducción y reintroducción en su hábitat, de especies y poblaciones prioritarias para la conservación, con la participación en su caso de las personas que manejen dichas especies o poblaciones y demás involucrados.

La información relativa a los proyectos de conservación y recuperación de especies y poblaciones prioritarias para la conservación, estará a disposición del público.

Por lo expuesto la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, somete a consideración de esta honorable soberanía el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 62 de la Ley General de Vida Silvestre

Artículo Único. Se reforma el primer párrafo del artículo 62 de la Ley General de Vida Silvestre, para quedar como sigue:

Artículo 62. La secretaría deberá implementar programas para la conservación, recuperación, reproducción y reintroducción en su hábitat, de especies y poblaciones prioritarias para la conservación, con la participación en su caso de las personas que manejen dichas especies o poblaciones y demás involucrados.

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Disponible en página web Semarnat http://cruzadabosquesagua.semarnat.gob.mx/iii.html

2 Zamorano de Haro, Pablo. La flora y fauna silvestres en México y su regulación. Procuraduría Agraria. 2009. Disponible en http://www. pa.gob.mx/publica/rev_40/NOTAS/Pablo%20Zamorano%20de%20Haro.pdf

3 Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 06 de marzo de 2002 y entró en vigor el 06 de mayo de 2002.

Última modificación fue publicada el 5 de diciembre de 2008 en el Diario Oficial de la Federación.

4 Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de julio de 2000.

5 Artículo 5 de la Ley General de Vida Silvestre.

6 La Ley General de Vida Silvestre define en el artículo 3o., fracción XVIII, a las Especies y poblaciones prioritarias para la conservación como aquellas determinadas por la secretaría de acuerdo con los criterios establecidos en la presente ley, para canalizar y optimizar esfuerzos de conservación y recuperación.

7 Programa de Conservación de Especies en Riesgo (PROCER). Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Disponible en http://www.conanp.gob.mx/pdf_especies/PROCERFinalpubmar2009.pdf

8 El Programa forma parte de los 5 Compromisos por la Conservación asumidos por el Ejecutivo Federal en febrero del mismo año y se enmarca en la estrategia general de Restauración ,contemplada en el Programa Nacional de Áreas Protegidas 2007-2012.

9 En el PACE, además de los diagnósticos biológicos y socioeconómicos que en cada caso correspondan, se incluye los siguientes apartados: Protección, Manejo, Restauración, Conocimiento, Cultura y Gestión.-De esta forma, los PACE se convierten en un poderoso instrumento para la planeación y evaluación de la política pública orientada a la conservación de especies.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados:Ninfa Salinas Sada (rúbrica), presidenta; Andrés Aguirre Romero (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Héctor Franco López (rúbrica), Francisco Alejandro Moreno Merino, Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández, Agustín Torres Ibarrola (rúbrica), Ma. Dina Herrera Soto (rúbrica), María Araceli Vázquez Camacho (rúbrica), Alejandro Carabias Icaza (rúbrica), Jaime Álvarez Cisneros, secretarios; María Estela de la Fuente Dagdug, Jorge Venustiano González Ilescas (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Víctor Manuel Kidnie de la Cruz, César Daniel González Madruga (rúbrica), José Ignacio Pichardo Lechuga (rúbrica), Adela Robles Morales, José Alfredo Torres Huitrón (rúbrica), Alejandro Bahena Flores (rúbrica), Óscar Saúl Castillo Andrade (rúbrica), Juan Pablo Escobar Martínez, Jesús Giles Sánchez (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez (rúbrica), Leoncio Alfonso Morán Sánchez (rúbrica), Rafael Pacchiano Alamán.»



LEY GENERAL DE EQUILIBRIO ECOLOGICO Y DE LA PROTECCION AL AMBIENTE - LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Justicia, con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 180 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y reforma la fracción I del artículo 8o. de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo

Honorable Asamblea:

Las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70 a 73 de la Constitución Política; 39 y 45, numeral 6, incisos f) y g), de la Ley Orgánica; y 55, 56, 60 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de los integrantes de esta asamblea el presente dictamen, relativo a la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 180 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y se reforma la fracción I del artículo 8o. de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada por la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión el 26 de abril de 2007, Manuel Velasco Coello, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 180 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y se reforma la fracción I del artículo 8o. de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.

Segundo. La Mesa Directiva de la Cámara de Senadores, en la misma fecha, mediante el oficio número DGPL 4586, acordó que se turnara dicha iniciativa a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, y de Estudios Legislativos, Primera, las cuales, previo análisis y estudio, presentaron el dictamen correspondiente ante el pleno de la Cámara de Senadores, que fue discutido y aprobado en sesión del 11 de diciembre de 2007.

Tercero. En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión el 12 de diciembre de 2007 se dio cuenta con el oficio número DGPL/2. 2369, del 11 de diciembre de 2007, mediante el cual la Cámara de Senadores remitió la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 180 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y se reforma la fracción I del artículo 8o. de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.

Cuarto. En la misma fecha, la Mesa Directiva, mediante el oficio número DGPL 60-II-4-976, acordó que se turnara dicha minuta a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Justicia, por lo que éstas presentan el dictamen, al tenor de las siguientes consideraciones:

Análisis de la minuta

Primera. En la minuta con proyecto de decreto, la Cámara de Senadores propone reformar y adicionar el artículo 180 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, así como reformar la fracción I del artículo 8o. de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, a fin de legitimar a las personas físicas y a las morales de comunidades afectadas para acudir optativamente a la justicia impartida por el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, a efecto de poder interponer directamente demanda de nulidad contra actos administrativos irregulares y contrarios a la normatividad ambiental vigente.

Segunda. En el dictamen elaborado por las comisiones unidas del Senado a que fue turnada la iniciativa se expresa que uno de los problemas que enfrenta la ciudadanía al momento de acceder a la justicia en materia ambiental es el relativo a la legitimación, toda vez que ésta se encuentra limitada a la circunstancia de que el recurrente debe ser afectado en sus intereses jurídicos. Tal situación es contraria a la naturaleza del bien jurídicamente tutelado, ya que el ambiente es un bien jurídico de titularidad colectiva, lo que justifica plenamente la ampliación de la esfera de legitimación procesal, a efectos de garantizar efectivamente el acceso de toda persona a los instrumentos de justicia ambiental, por lo que en ese sentido se deben adecuar tanto la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente como la Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.

Igualmente, señala el dictamen en comento que otro de los problemas a que se enfrenta el gobernado es el relativo al recurso de revisión previsto en el artículo 180 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, ya que obliga a los recurrentes a agotar dicha instancia antes de poder demandar, mediante el juicio contencioso-administrativo federal, la nulidad de los actos que contravengan el marco jurídico en materia de protección del ambiente.

Consideraciones

Primera. El bien jurídico tutelado en el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos relativo al ambiente adecuado es un bien jurídico de carácter suprapersonal o colectivo, en virtud del cual la sociedad es la titular de ese bien. La protección del ambiente tiene como fundamento al ser humano, en cuanto que el ambiente es un espacio vital idóneo para el desarrollo de la sociedad y de las generaciones venideras.

El Estado debe proporcionar instrumentos legales para su protección, ya que dicha garantía de igualdad se vincula a la calidad de vida de los individuos. Por ello, en la medida en que el ambiente afecta a la colectividad, éste se convierte en un valor social. Por ello se considera bien jurídico protegido.

Lo anterior tiene concordancia con lo dispuesto en la fracción I del artículo 3o. de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, que señala qué debe entenderse por ambiente. Señala a la letra lo siguiente:

Artículo 3o. Para los efectos de esta ley se entiende por

I. Ambiente: El conjunto de elementos naturales y artificiales o inducidos por el hombre que hacen posible la existencia y desarrollo de los seres humanos y demás organismos vivos que interactúan en un espacio y tiempo determinados;

Como se advierte de la lectura del precepto citado, el ambiente hace posible la existencia y el desarrollo de los seres humanos y demás organismos vivos que interactúan en un espacio y tiempo determinados.

Resulta procedente la ampliación de la esfera de legitimación procesal a que se refiere el dictamen antecedente de la minuta en estudio, ya que la legitimación en términos generales es la capacidad de una persona de ser parte en un proceso, como resultado del interés o necesidad de defender jurisdiccionalmente su derecho amenazado o violado y corresponde a esas personas en el pleno ejercicio de sus derechos o bien, a través de sus legítimos representantes, hacerlos valer y excitar a la justicia.

Lo anterior es así ya que doctrinalmente la legitimación se divide en dos concepciones: la primera, denominada legitimatio ad causam, se refiere a la persona que invoca un derecho sustantivo que la ley establece en su favor y que hace valer mediante la intervención de los órganos jurisdiccionales cuando ese derecho es amenazado o violado; y la segunda, la legitimatio ad processum, es la capacidad de actuar en juicio tanto por quien tiene el derecho sustantivo a su favor como por su legítimo representante o por quien puede sustituirlo.

Así, se garantiza el derecho efectivo de toda persona cuando sean amenazados o vulnerados sus derechos para acceder a los instrumentos de justicia ambiental; verbigracia, la posibilidad de optar por la promoción del recurso de revisión a que se refiere la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, o bien, al procedimiento contencioso-administrativo, conocido como “juicio de nulidad”, regulado en la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.

Segunda. La reforma planteada coincide plenamente con la recién aprobada reforma del artículo 17 constitucional, en el que se regulan las acciones colectivas de la siguiente forma:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 17.

...

...

El Congreso de la Unión expedirá las leyes que regulen las acciones colectivas. Tales leyes determinarán las materias de aplicación, los procedimientos judiciales y los mecanismos de reparación del daño. Los jueces federales conocerán de forma exclusiva sobre estos procedimientos y mecanismos.

...

De la lectura del precepto citado se advierte que en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se regula el acceso a la justicia en México y en concreto, en materia de protección de los derechos fundamentales reconocidos en la Carta Magna, no sólo los derechos individuales sino los nuevos derechos colectivos, también llamados “de tercera generación”, a través de los cuales es posible facilitar el acceso a la justicia de los grupos afectados y, a su vez, reducir la percepción generalizada de desconfianza hacia el propio Estado respecto a su capacidad de resolver en forma pacífica y dentro del marco de la ley los conflictos sociales.

Asimismo, es preciso referir lo asentado en la exposición de motivos de la reforma constitucional en comento, donde las comisiones dictaminadoras señalan que aun cuando la actuación tanto de los órganos legislativos como de los ejecutivos y judiciales en materia de protección y defensa de los derechos fundamentales de las personas ha sido loable, además de que en algunas materias ya se han previsto algunos tipos de acciones colectivas, en la práctica la complejidad de la sociedad actual y la falta de mecanismos de organización colectiva han resultado en una protección parcial y, por tanto, deficiente de sus derechos.

En consecuencia, refieren que las normas que en un momento cumplieron las expectativas y demandas habidas en materia de protección de los derechos de las personas hoy son insuficientes a partir de la creciente complejidad de las relaciones entre los miembros de la colectividad y el surgimiento de nuevas formas de interacción entre ellos, haciendo evidente que la legislación ha sido rebasada entonces por esta nueva realidad.

Finalmente, manifiestan las comisiones legislativas que con objeto de enfrentar estos nuevos desafíos y retos, se requería un rediseño de las instituciones jurídicas que por mucho tiempo regularon la materia con rumbo al establecimiento de herramientas y mecanismos que permitan a los individuos y a los grupos de individuos hacer valer sus derechos de forma menos costosa, más expedita y eficiente.

Así, uno de esos mecanismos para la protección efectiva de los derechos e intereses en forma colectiva, así como la organización y asociación de personas para la defensa de éstos, son las denominadas “acciones colectivas” que, en términos claros, puede decirse que son instituciones procesales que permiten la defensa, protección y representación jurídica colectiva de derechos e intereses de los miembros de una colectividad o grupo en una sociedad.

Asimismo, refieren que la incorporación de esos mecanismos en la Constitución permitiría que, en forma ordenada y regulada, se generen las condiciones para agrupar a todas las personas cuyos derechos han sido vulnerados y se permite su organización para lograr la adecuada defensa y protección de los derechos, por lo que se estaría ante una verdadera posibilidad de justiciabilidad de los derechos de los individuos en dicho carácter y como miembros de una colectividad.

Las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Justicia, que elaboran el presente dictamen, consideran que la minuta en análisis coincide con la reforma constitucional, haciendo efectivo acceso a la justicia, acceso que requiere dos elementos esenciales:

A. El reconocimiento de los derechos que asisten a las personas (ya sea en forma individual o como miembros de una colectividad), que necesariamente corresponden a los fines e intereses que una sociedad en un momento determinado estima como valiosos.

B. La previsión de instrumentos y mecanismos que permitan un efectivo cumplimiento de dichos derechos o, en su caso, la reparación del daño, ante su inobservancia.

Así, al ser reconocido constitucionalmente el derecho de los individuos y de la colectividad para acceder a la justicia, la reforma en estudio no hace sino adecuarse al marco constitucional, volviendo efectivo el acceso a la justicia ambiental.

Tercera. Por lo que hace a la opción del afectado para impugnar en la vía administrativa a través de la promoción del recurso de revisión a que se refiere la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, o bien, a través del procedimiento contencioso-administrativo, o “juicio de nulidad”, regulado en la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, es procedente la reforma, ya que con ello se homologan los ordenamientos administrativos que consignan dicha opción, como el Código Fiscal de la Federación y la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Cuarta. Esta colegisladora coincide con los argumentos planteados en la minuta en comento en lo relativo a homologar términos para que la ley sea mejor comprendida y, en consecuencia, dar certeza jurídica al gobernado, como los referentes a “medio ambiente” y “vida silvestre”, ya que de esa manera se cumple la obligación del legislador de crear leyes claras y precisas, homologando los términos de las legislaciones.

Por los argumentos vertidos en párrafos que anteceden, las comisiones unidas coinciden con la minuta objeto del presente dictamen respecto a las adiciones y reformas de las Leyes General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, ya que de esa forma se hace efectiva la protección del bien jurídico protegido, un ambiente adecuado, en favor de cada individuo para su desarrollo y bienestar integral, consignado en la Constitución.

Por lo expuesto, y para los efectos del artículo 72, fracción A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Justicia someten a consideración de esta asamblea el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 180 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y se reforma la fracción I del artículo 8o. de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo

Artículo Primero. Se reforma el primer párrafo y se adicionan uno segundo y un tercero al artículo 180 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para quedar como sigue:

Artículo 180. Tratándose de obras o actividades que contravengan las disposiciones de esta ley y de aquellas a las cuales se aplica de manera supletoria, así como de los reglamentos y normas oficiales mexicanas derivadas de las mismas, los programas de ordenamiento ecológico, las declaratorias de áreas naturales protegidas o los reglamentos y normas oficiales mexicanas derivadas de la misma, las personas físicas y morales que tengan interés legítimo tendrán derecho a impugnar los actos administrativos correspondientes, así como a exigir que se lleven a cabo las acciones necesarias para que sean observadas las disposiciones jurídicas aplicables, siempre que demuestren en el procedimiento que dichas obras o actividades originan o pueden originar un daño al medio ambiente, los recursos naturales, la vida silvestre o la salud pública.

Para tal efecto, de manera optativa podrán interponer el recurso administrativo de revisión a que se refiere este capítulo, o acudir al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

Para los efectos del presente artículo, tendrán interés legítimo las personas físicas o morales de las comunidades posiblemente afectadas por dichas obras o actividades.

Artículo Segundo. Se reforma la fracción I del artículo 8o. de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, para quedar como sigue:

Artículo 8o. Es improcedente el juicio ante el tribunal en los casos, por las causales y contra los actos siguientes:

I. Que no afecten los intereses jurídicos del demandante , salvo en los casos de legitimación expresamente reconocida en las leyes que rigen el acto impugnado.

II. a XVI. ...

...

Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de julio de 2010, disponible en http://www.diputados. gob.mx/LeyesBiblio/ref/cpeum_art.htm

2 Dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Gobernación, y de Estudios Legislativos que contiene proyecto de decreto que adiciona el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, jueves 10 de diciembre de 2009, Gaceta número 68, disponible en http://www.senado.gob.mx/index.php?ver= sp&mn=2&sm=2&id=1658&lg=61

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de noviembre de 2010.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados: Ninfa Salinas Sada (rúbrica), presidenta; Andrés Aguirre Romero (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Héctor Franco López (rúbrica), Francisco Alejandro Moreno Merino, Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández, Agustín Torres Ibarrola (rúbrica), Ma. Dina Herrera Soto (rúbrica), María Araceli Vázquez Camacho (rúbrica), Alejandro Carabias Icaza (rúbrica), Jaime Álvarez Cisneros, secretarios; María Estela de la Fuente Dagdug, Jorge Venustiano González Ilescas (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Víctor Manuel Kidnie de la Cruz, César Daniel González Madruga (rúbrica), José Ignacio Pichardo Lechuga (rúbrica), Adela Robles Morales, José Alfredo Torres Huitrón (rúbrica), Alejandro Bahena Flores (rúbrica), Óscar Saúl Castillo Andrade (rúbrica), Juan Pablo Escobar Martínez, Jesús Giles Sánchez (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez (rúbrica), Leoncio Alfonso Morán Sánchez (rúbrica), Rafael Pacchiano Alamán.

La Comisión de Justicia, diputados:Víctor Humberto Benítez Treviño (rúbrica), José Tomás Carrillo Sánchez (rúbrica), Sergio Lobato García (rúbrica), Óscar Martín Arce Paniagua, Camilo Ramírez Puente (rúbrica), Ezequiel Retiz Gutiérrez (rúbrica), Eduardo Ledesma Romo, Ángeles Nazares Jerónimo (rúbrica), Luis Carlos Campos Villegas (rúbrica), Juanita Arcelia Flores Espinosa (rúbrica), Felipe Amadeo Flores Espinosa, Julio César Godoy Toscano (rúbrica), Nancy González Ulloa (rúbrica), Leonardo Arturo Guillén Medina, Mercedes del Carmen Guillén Vicente (rúbrica), Cuauhtémoc Gutiérrez de la Torre, Gregorio Hurtado Leija, Sonia Mendoza Díaz (rúbrica), Jesús Alfonso Navarrete Prida (rúbrica), Carlos Alberto Pérez Cuevas (rúbrica), Rodrigo Pérez-Alonso González (rúbrica), Norma Leticia Salazar Vázquez, Cuauhtémoc Salgado Romero (rúbrica), José Alfredo Torres Huitrón (rúbrica), Enoé Margarita Uranga Muñoz (rúbrica), Josué Cirino Valdés Huezo (rúbrica), Ardelio Vargas Fosado, Alma Carolina Viggiano Austria, Pedro Vázquez González (rúbrica), Arturo Zamora Jiménez (rúbrica).»



ARTICULOS 94, 100, 103, 104 Y 107 CONSTITUCIONALES

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen a la minuta con proyecto de decreto por el que reforman los artículos 94, 100, 103, 104 Y 107 de la Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos, en materia de amparo.

Honorable Asamblea:

La Comisión de Puntos Constitucionales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 55, 56, 60, 88 y demás disposiciones del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados, el siguiente:

Dictamen

I. Antecedentes Legislativos

1. En sesión ordinaria del 19 de marzo de 2009 celebrada en la Cámara de Senadores, integrantes de los grupos parlamentarios de los Partidos Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática de la LX Legislatura, presentaron iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 94, 100, 103, 107 Y 112 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2. En la misma fecha, la Mesa Directiva del Senado de la República, turnó la iniciativa, a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos, para su estudio, análisis y elaboración del dictamen correspondiente.

3. El 8 de diciembre de 2009, las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos del Senado de la República, emitieron dictamen correspondiente a los artículos 94, 100, 103, 104 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. El 10 de diciembre de 2009, el Pleno del Senado de la República aprobó el dictamen, enviándolo a la Cámara de Diputados para los efectos de ley.

5. El 15 de diciembre de 2009, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la Minuta referida, a la Comisión de Puntos Constitucionales, para emitir el dictamen correspondiente.

6. (Fecha de la aprobación por la Comisión de Puntos Constitucionales)

II. Contenido de la minuta

El Senado propone una reforma integral al instrumento de control constitucional más importante del orden jurídico mexicano.

Su objetivo es fortalecer y perfeccionar al Poder Judicial de la Federación y consolidar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación como tribunal constitucional, permitiéndole concentrarse en asuntos que revisten la mayor importancia y trascendencia constitucional.

Para ello, se propone reformar los artículos 94, 100, 103, 107, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La iniciativa propone ampliar el objeto del juicio de amparo integrando a su ámbito de protección a los derechos fundamentales contenidos en los instrumentos internacionales ratificados por el Estado mexicano.

Otra de las propuestas se refiere a la posibilidad para resolver en amparo, además de controversias suscitadas por normas generales, omisiones en que incurra la autoridad. Y se precisa que la protección de derechos fundamentales es independiente de su carácter individual o social.

Asimismo, se precisa la necesidad de armonizar el juicio de amparo con las transformaciones de varias instituciones jurídicas siguiendo la serie de reformas que históricamente ha sufrido hasta llegar a su estado actual.

En este sentido, es claro que la independencia y autonomía de los tribunales estatales es un requisito fundamental de cualquier reforma que pretenda mejorar la administración de justicia, a fin armonizar las competencias federal con las locales y así lograr su complementariedad.

No se pretende de ninguna manera desaparecer el amparo directo, sino atemperar la intervención de la justicia federal en el ámbito local. Se pretende conservar el control de la constitucionalidad directa, que es la materia propia del amparo y garantizar la defensa de los sujetos y materias que siempre han sido objeto de protección, vigorizando la confianza en los tribunales locales para que, fuera de los supuestos mencionados en la reforma el amparo sólo proceda en casos de importancia y trascendencia, en todos los demás supuestos las sentencias serán inimpugnables, constituyendo a los tribunales que las emitieron como órganos terminales, de acuerdo a las exigencias de los tiempos actuales.

La propuesta además establece la figura del amparo adhesivo dando la posibilidad a la parte que haya obtenido sentencia favorable y a la que tenga interés, en que subsista el acto de promover el amparo con el objeto de mejorar las consideraciones de la sentencia definitiva, laudo o resolución que pone fin al juicio que determina una solución favorable a sus intereses.

Se impone al quejoso o a quien promueva el amparo adhesivo la carga de invocar todas aquellas violaciones procesales que estime puedan violar sus derechos cometidos en el procedimiento de origen. Se pretende con esto que en un sólo juicio queden resueltas las violaciones procesales que puedan aducirse respecto de la totalidad del proceso y no a través de diversos amparos como ahora sucede.

Así también, se propone introducir la figura del interés legítimo permitiendo que se constituya como quejoso en el amparo, aquella persona que resulte afectada por un acto que violente un derecho reconocido por el orden jurídico o, no violentando directamente el derecho, se afecte la situación jurídica derivada del propio orden jurídico.

Se propone ajustar el principio de relatividad de las sentencias de amparo, señalándose que las sentencias, además de ocuparse de individuos particulares, también lo hace respecto de personas morales privadas o sociales que lo hubieren solicitado.

Igualmente, se propone otorgar a la Suprema Corte de Justicia la facultad de emitir una declaración general en aquellos juicios de amparo indirecto en revisión en los que se establezca jurisprudencia por reiteración y se determine la inconstitucionalidad o la interpretación conforme de una norma general respecto a la Constitución.

En lo que se refiere a las contradicciones de tesis entre los tribunales colegiados de un mismo circuito, se propone la creación de un nuevo órgano para su resolución: los plenos de circuito. Esta modificación está encaminada a homogeneizar los criterios hacia adentro de un circuito previniendo así que tribunales diversos pertenecientes a la misma jurisdicción emitan criterios contradictorios.

En estos casos, la Suprema Corte de Justicia mantendría la competencia para conocer de: a) Las controversias entre plenos de distintos circuitos; b) entre plenos en materia especializada de un mismo circuito, o c) entre tribunales de un mismo circuito con distinta especialización. Esto asegura que sea la Suprema Corte el órgano terminal para establecer las interpretaciones, evitando así una potencial dualidad y oposición entre la interpretación constitucional y la legal.

En materia de suspensión del acto reclamado, se propone establecer el marco constitucional bajo un sistema equilibrado que permita cumplir con el fin protector y, asimismo, cuente con mecanismos para evitar abusos que desvíen su objetivo natural. Se privilegia la discrecionalidad de los jueces, consagrando expresamente como elemento para otorgar la suspensión la apariencia de buen derecho.

Para su correcta aplicación se establece la obligación del juez de realizar un análisis ponderado entre la no afectación del interés social, el orden público y la apariencia de buen derecho.

Uno de los temas más complejos es el relativo a la ejecución de las sentencias de amparo. La propuesta es eliminarel requisito de declaración de procedencia para que la Suprema Corte pueda separar a la autoridad y consignarla ante el juez de distrito en caso de incumplimiento no justificado de sentencias de amparo o repetición de actos reclamados.

III. Consideraciones

Respondiendo a las exigencias de la sociedad mexicana de que se hagan plenamente eficaces los derechos y principios establecidos en la Constitución, se propone la modificación de la institución originaria de control constitucional; el juicio de amparo. En esta adecuación se incorporan las omisiones por parte de la autoridad las que son el principal medio de violación de los derechos sociales. En este sentido, se precisa que la protección de los derechos fundamentales es independiente de su carácter individual o social.

Se modifica el concepto de interés jurídico y se incorpora el de interés legitimo parta ampliar la posibilidad de protección del procedimiento a objetos que antes no contemplaba. Se establece la posibilidad de declaración general de inconstitucionalidad para evitar que todos los individuos afectados tengan que acudir al amparo para que se hagan efectivas sus garantías. Se incorporan los instrumentos internacionales de derechos humanos como parámetro directo de protección del individuo.

La independencia de los tribunales estatales es un requisito fundamental para el funcionamiento del Estado de Derecho. La administración de justicia debe organizarse de manera integral, armonizando las esferas de competencia federal con las locales. Actualmente, los tribunales de los Estados mantienen elevados niveles de eficacia contando con juristas de reconocido prestigio, trabajando con la certeza de que la justicia es un valor esencial para la convivencia social y para la preservación y fortalecimiento de la democracia.

Se reposicionan a los poderes judiciales estatales en el ámbito nacional, en razón a la importancia de la tarea que de-sarrollan, reconociendo que en los últimos tiempos ha habido avances en este sentido, por efecto de las reformas a la Constitución Federal, a las constituciones locales y a la existencia de leyes más respetuosas de la función judicial; a ello ha contribuido también, en estos años, la Suprema Corte de Justicia, que a través de varias interpretaciones constitucionales y legales ha establecido criterios que reconocen y refuerzan la autonomía de los tribunales ordinarios, los que no se han mantenido al margen, ni han asumido una actitud de mera contemplación ante las circunstancias de la transformación social.

Desde hace varias décadas, la procedencia del amparo directo ha sido un tema controversial. Se han alzado voces de juzgadores, expertos, académicos y funcionarios en reclamo de una reconfiguración de la Justicia Federal y Local en esta materia.

Estas ideas han tenido un eco más intenso a partir de las reformas constitucionales y legales que reconfiguraron al Poder Judicial de la Federación en el año de 1994, y ahora, gracias a la puesta en debate de la Reforma del Estado, estos temas se ven favorecidos con la dinámica de discusión que se propone desde el Congreso de la Unión.

Desde que se inició la Reforma Judicial en México, se han señalado las repercusiones que el diseño actual del amparo directo tiene en la configuración del Federalismo Judicial. En los extremos del debate se encuentran quienes, de manera radical, sugieren la supresión del amparo casación, y aquellos que estiman que debe prevalecer en su forma actual. En el sector medio, encontramos una masa crítica que consideran más viable la limitación de la procedencia de este Juicio, sea mediante modificaciones a la Ley Reglamentaria de los artículos 103 y 107 constitucionales, o con armonización de las legislaciones locales adjetivas con el amparo directo y limitar éste mediante acciones reglamentarias al interior del Poder Judicial de la Federación.

Con las reformas constitucionales y legales de 1988 se observó un cambio importante en la orientación de las reformas que se habían realizado anteriormente en materia de amparo directo y su sustanciación. Dado que se consideró la necesidad de que la Suprema Corte de Justicia abandonara su función predominantemente de tribunal de casación, para asumir la característica de un tribunal constitucional, se determinó que la Corte resolvería únicamente los juicios de amparo y otros instrumentos, entre ellos las controversias constitucionales, cuando en ellos se impugnaran violaciones directas a las normas de la Carta Magna.

Las anteriores reformas no implicaron la alteración de la estructura procesal del juicio de amparo directo. En cambio, sí significaron la recuperación, por parte de la Suprema Corte, de la calidad de máximo intérprete de las normas fundamentales, que se había disminuido por el enorme peso del control de legalidad, ya que por el número excesivo de juicios de amparo en materia judicial se había transformado en un tribunal de casación federal y, accesoriamente, conocía de problemas constitucionales.

Esta reforma se consolidó con el proceso de reforma judicial que atravesó el Poder Judicial Federal en 1994, con lo que la Suprema Corte de Justicia quedó como máximo intérprete de la Constitución.

Actualmente, el juicio de amparo directo es uni-instancial, esto es, se resuelve en una sola instancia y de él conocen los Tribunales Colegiados de Circuito. Sin embargo, en ciertos casos, dada la importancia y relevancia del asunto, puede conocer de él, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a través del ejercicio de la facultad de atracción.

El amparo procede, como regla general, contra sentencias definitivas o laudos, así como contra resoluciones que ponen fin al juicio dictadas por tribunales judiciales, administrativos o del trabajo, respecto de los cuales no proceda ningún recurso ordinario por el que puedan ser modificados o revocados, ya sea que la violación se cometa en ellos o que, cometida durante el procedimiento, afecte las defensas del quejoso y trascienda al resultado del fallo, y por violaciones de garantías cometidas en las resoluciones indicadas.

En la actualidad, debemos reconocer que algunas de las razones dadas en el Congreso Constituyente de 1917 para justificar la creación de la institución del amparo directo son válidas, empero, la referida a la influencia indebida de parte de los Ejecutivos locales sobre los tribunales estatales de justicia es una razón que se considera superada, pues se han observado buenos avances en materia de independencia interna y externa en la totalidad de los tribunales locales, aún cuando estos avances han sido dispares.

Por tanto, no cabe duda que la independencia de los tribunales estatales, es un requisito fundamental para el asentamiento, desarrollo y funcionamiento del estado de derecho a nivel nacional; tanto es así, que sin esa independencia judicial de los tribunales ordinarios es impensable cualquier reforma que pretenda mejorar la administración de justicia. Ésta debe organizarse de manera integral, en armonía de las esferas de competencia federal con las locales, que no deben verse como extrañas y menos aún como adversarias, sino como complementarias, pero debe insistirse en que el primer paso en ese cambio es lograr la autonomía de los poderes locales.

Las actividades jurisdiccionales que los Tribunales Superiores de Justicia llevan a cabo permiten asegurar la legalidad, la equidad y la seguridad jurídica de la sociedad mexicana. Basta ver las estadísticas de sentencias revocadas para darse cuenta que sus resoluciones son, en general, apegadas a derecho y la administración de justicia es de mayor calidad, lo que motiva el respeto, la solidaridad y la confianza de la sociedad en sus órganos de gobierno, lo que demuestra que la Justicia Federal responde a las necesidades actuales del país. No debemos dejar de mencionar los grandes esfuerzos que realiza la justicia local por implementar políticas públicas que permitan mayor capacitación de los servidores que ahí laboran; el diseño de mecanismos de ingreso y superación en el marco de una carrera judicial, entre otras acciones que permiten reconocer avances importantes en la función judicial.

Además, en los últimos años se han gestado modificaciones constitucionales y legales a nivel local que han sido interpretados favorablemente por el máximo tribunal del país, y que finca n criterios que reconocen y refuerzan la autonomía de los tribunales ordinarios

Como puede apreciarse, dentro de los problemas más graves que aquejan a la justicia federal en materia de amparo directo, es el que estriba en el siempre espectacular aumento de juicios de garantías que arriban a los Tribunales Colegiados de Circuito y que traen como consecuencia no sólo la demora ilimitada en las resoluciones, sino también pérdida de confianza de los individuos en la expedición y rapidez de la administración de justicia. En opinión de varios autores, el actual Poder Judicial de la Federación vive, en su conjunto, una situación similar a la que experimentó la Corte en 1951 en cuanto al rezago y problemas de eficiencia se refiere.

Asimismo, debe destacarse que en el periodo de dos mil cinco, la duración del procedimiento en días, de un amparo directo ante los Tribunales Colegiados de Circuito, oscilaba, del Circuito que conociera del mismo, entre 34 días y 277. En el 2006, la duración de un amparo directo, según el Circuito del que se trate, osciló entre 40 días y 390 días; esto es, el promedio en 2005 fue de 103.86 días y el de 2006 de 112.58 días.

Las anteriores cifras revelan que la duración del procedimiento tiende a incrementarse, y si se considera que en la mayoría de los procesos se negó el amparo, ello se traduce en un abuso, o al menos, en el uso no razonable del amparo directo que representa, entre otras cosas, un obstáculo para el proceso de consolidación, fortalecimiento y eficiencia de la justicia en las entidades federativas.

En la actualidad, según estadísticas del propio Poder Judicial de la Federación, las sentencias dictadas al respecto por los Tribunales Colegiados de Circuito constituyen el más alto porcentaje de las emitidas por el Poder Judicial de la Federación. Este acrecentamiento espectacular, que ya tiende a hipertrofia, se debe a varias causas. Unas son propias del notorio engrose demográfico del país -15 millones en 1917 y 107 millones de habitantes en 2006; del paso de una economía predominantemente rural en 1917, a un sistema semi­industrializado en que vivimos, así como el aumento de la población en las urbes y el incremento de la conflictividad que se da cuando se debuta en un Estado de Derecho; esto ya de por sí explica el incremento del quehacer judicial, pero cabe hacer notar otros motivos, entre los que figura el aumento en la carga de trabajo para el personal.

En los Tribunales Colegiados de Circuito no se ha implementado mecanismo alguno que contribuya al combate frontal del rezago, pues las cargas de trabajo se incrementan día a día y dificultan más atender el imperativo que señala el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de impartir justicia pronta y expedita.

En efecto, con apoyo en las estadísticas de la Dirección General de Estadística y Planeación Judicial, se muestran datos comparativos en relación con la cantidad de asuntos en amparo directo que fueron tramitados en los Tribunales Colegiados de Circuito en el año 2005 y 2006. Como se observa aparece que en los Tribunales Colegiados de Circuito, ingresaron en el año estadístico 2005 127,366 asuntos en amparo directo, en tanto que en 2006 fue un total de 129,921. Es así como se aprecia que el amparo directo aumenta año tras año de manera desorbitada. Lo anterior, aunado a que las estadísticas de los últimos años demuestran que en un gran porcentaje las sentencias de fondo dictadas en vía directa han negado la protección constitucional, confirman el hecho de que se hace un mal uso de esta vía de protección constitucional.

Debemos partir de la idea que el amparo directo no puede ni debe desaparecer, pues resultan actuales, en lo general, las razones que se dieron por los diputados constituyentes de 1917, para la existencia de esta vía de control constitucional, de entre las cuales tal vez la más importante es que la Constitución reserva al Poder Judicial Federal, como competencia propia, la salvaguarda de las garantías individuales, tanto a nivel de legalidad como de constitucionalidad, así como por invasión de esferas de competencia, en cuya violación puedan incurrir los tribunales ordinarios.

Además, con el correr del tiempo, por más de ochenta años, se ha hecho patente otra razón de gran trascendencia, en cuanto a que el amparo directo es una de las vías fundamentales para lograr la unidad interpretativa de la Constitución y de las leyes; de ahí que esta vía no debe desaparecer.

Después de conocer diversos enfoques sobre las posibles soluciones a la problemática, derivadas de la forma en que actualmente funciona el amparo directo en cuanto a que, por una parte, afecta de alguna manera la autonomía judicial de los Estados y, por otra parte, congestiona la marcha de los Tribunales Colegiados de Circuito, resulta pertinente considerar que la reestructuración más prudente de dicho juicio requiere la concordancia de dos ejercicios.

En primer lugar, el afianzamiento de la autonomía plena de los tribunales ordinarios y, en segundo, la implantación de una facultad de selección por parte de los Tribunales Colegiados de Circuito para admitir las demandas de amparo directo.

El objetivo que se pretende alcanzar con la presente propuesta es que se encuentre un equilibrio razonable entre la autonomía de los poderes judiciales locales y la facultad selectiva del Poder Judicial Federal para tramitar sólo aquellos amparos directos que ameriten ser examinados por la justicia federal, a fin de que entre ambos extremos se logre un nuevo sistema que reduzca significativamente su procedencia y, en la misma medida, con prudencia, fortalezca las decisiones de los tribunales de los Estados. La confluencia de estos dos elementos desembocan en un criterio básico que permite armonizarlos, que es el de importancia y trascendencia.

No es concebible una reforma estructural del Poder Judicial de la Federación sin pluralidad incluyente de todos los sectores y manifestaciones ideológicas de la sociedad, sobre todo en estos momentos de consolidación democrática. Por ello, es plausible este ejercicio de consulta y de diálogo franco entre actores políticos, jueces, académicos, litigantes y operadores de las normas que permiten encontrar coincidencias ideológicas constructivas.

En estos momentos, es imposible negar que nos conducimos por un camino democrático, caracterizado por el diálogo, la negociación y la tolerancia. Camino el cual debe reafirmarse de modo permanente, sin desviaciones ni retrocesos, lo cual propiciará, en un plazo más bien corto, la madurez política que será contexto también apto para que se expidan leyes más justas y, para que las imperfecciones de otras sean purgadas por el medio idóneo: el juicio de amparo.

Así, el hecho de que el juicio de los tribunales colegiados de circuito o de la Suprema Corte sobre la procedencia del amparo directo -en los casos en que no es forzosa su admisión-, tenga que guiarse mediante las reglas generales acordadas por el Pleno del Alto Tribunal, sigue el criterio normativo establecido en la fracción IX del artículo 107 constitucional que previene la misma condición, que tan bien ha funcionado en la práctica, para el ejercicio de la facultad, también discrecional, de admitir los recursos de revisión en amparo directo, por lo que no resultaría una práctica desconocida o difícil de implementar.

No se trata de una facultad de carácter discrecional y deliberada, pues estamos ante una facultad que se encontraría reglada de forma normativa, y que con la práctica se perfeccionaría.

En resumen, debe quedarnos claro que el amparo directo no fue creado para satisfacer una necesidad de los tribunales locales o federales, sino de los ciudadanos y las sociedades de las entidades federativas, por ello debemos transitar hacia el fortalecimiento del federalismo judicial con mecanismos de reforma maduros, que resulten viables para las partes involucrada, y sobre todo mejore el acceso a la justicia del pueblo mexicano.

Se pretende conservar el control de la constitucionalidad directa que es la materia propia del amparo; asimismo, garantizar la defensa de los sujetos y cuestiones que siempre han sido objeto de protección por el Estado mexicano, pero al mismo tiempo, vigorizar la confianza en los tribunales locales y, en general, de los tribunales ordinarios, para que, fuera de los supuestos inicialmente mencionados, el amparo directo sólo proceda en casos de importancia y trascendencia en la forma reglamentada antes citada. En todos los demás supuestos, las resoluciones y sentencias serán inimpugnables, quedando los tribunales que las emitieron como órganos terminales, de acuerdo con lo que los tiempos actuales demandan.

Así las cosas, debe decirse que la selección de los asuntos conforme a los criterios de importancia y trascendencia que propone, facilitará las labores de los Tribunales Colegiados de Circuito y, por consiguiente, librará tiempo a los juzgadores para concentrarse y profundizar en los asuntos de fondo, a favor de una más completa, pronta y expedita protección de las garantías individuales y los derechos fundamentales.

Por otra parte, se dan numerosos casos en los que la parte que no obtuvo resolución favorable en un procedimiento seguido en forma de juicio, promueve amparo directo en contra de dicho acto. Cuando se le concede la protección federal solicitada, la autoridad responsable emite un nuevo acto en cumplimiento de la ejecutoria de amparo, el cual puede resultar ahora desfavorable para la contraparte que no estuvo en posibilidad de acudir inicialmente al juicio de garantías, por haber obtenido sentencia favorable a sus intereses. En este supuesto, al promover su amparo contra esa nueva determinación, la parte interesada puede combatir las violaciones procesales que, en su opinión, se hubieren cometido en su contra en el proceso original, en cuyo caso, de resultar fundadas dichas alegaciones, deberá reponerse el procedimiento para que se purgue la violación, no obstante que el Tribunal Colegiado de Circuito haya conocido del asunto, pronunciándose en cuanto al fondo, desde el primer amparo.

Para resolver esta problemática, se propone la adopción de las siguientes reformas:

Primera, establecer la figura del amparo adhesivo, esto es, dar la posibilidad a la parte que haya obtenido sentencia favorable y a la que tenga interés en que subsista el acto, para promover amparo con el objeto de mejorar las consideraciones de la sentencia definitiva, laudo o resolución que pone fin al juicio que determinaron el resolutivo favorable a sus intereses.

Segunda, imponer al quejoso o a quien promueva el amparo adhesivo la carga de invocar en el escrito inicial todas aquellas violaciones procesales que, cometidas en el procedimiento de origen, estimen que puedan violar sus derechos. Con esta solución se tiende a lograr que en un solo juicio queden resueltas las violaciones procesales que puedan aducirse respecto de la totalidad de un proceso y no, como hasta ahora, a través de diversos amparos.

Sobre el particular, es importante destacar que se pretende que, si la parte interesada no promueve el amparo adhesivo, no podrá posteriormente acudir a un nuevo juicio de garantías para alegar las violaciones cometidas en su contra, siempre que haya estado en oportunidad de hacerlas valer en el primer amparo.

El sistema judicial federal mexicano ha estado en una constante transformación estructural, resolviendo problemas relacionados con el funcionamiento de los órganos de justicia y el rezago, desde mediados de siglo, comenzando con la reforma de febrero de 1951 y continuando con la reforma de octubre de 1967.

Estas reformas fueron fundamentales para la conformación del actual sistema de competencias de los tribunales federales, al crearse los Tribunales Colegiados de Circuito, que ahora son base fundamental para la distribución de competencias constitucionales y legales, y son los principales receptores de las competencias delegadas al haberse establecido jurisprudencia o por vía de acuerdos generales por parte de la Suprema Corte de Justicia de Nación.

Estas reformas fueron seguidas por la reforma de agosto de 1988, que siguió con la tendencia apuntada y llevó más allá esta transformación ya que, además de seguir con la lógica de atacar el rezago, permitió que la Corte se fuera perfilando como un auténtico tribunal constitucional. Siendo la idea eje de la reforma, como lo afirma su exposición de motivos, la de perfeccionar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación como supremo intérprete de la Constitución y asignar a los tribunales colegiados de circuito el control total de la legalidad en el país.

Estas fueron las reformas que habilitaron y fueron el antecedente directo para la transformación estructural del Poder Judicial de la Federación efectuado en la reforma de diciembre de 1994, de donde resultó la organización competencial y estructura actual de los órganos que lo integran. Esta última reforma no es, entonces, una modificación aislada, sino una más en una línea continua y sistemática de modificaciones con las mismas ideas fundamentales que se fueron gestando desde la década de 1940 en nuestro país y que le ha permitido una constante evolución y perfeccionamiento de la estructura y función de los órganos integrantes del Poder Judicial de la Federación.

La reforma que aquí se presenta se inscribe en esta lógica, la de fortalecer y perfeccionar la estructura del Poder Judicial de la Federación y consolidar a su órgano superior; la Suprema Corte de Justicia de la Nación, como un tribunal garante de nuestra Constitución que pueda concentrarse en la resolución de los asunto de importancia y trascendencia para la totalidad del ordenamiento jurídico nacional y del Estado mexicano en su conjunto.

Lo anterior claramente debe pasar por el fortalecimiento de los tribunales colegiados de circuito y el reconocimiento de sus integrantes como conformadores efectivos de los criterios de interpretación de la legalidad. Este fortalecimiento debe ser, además, consistente con las anteriores reformas y con las ideas que las sustentan para lograr una consolidación adecuada del sistema en su totalidad y no como soluciones parciales y aisladas que no son consistentes con la evolución del sistema judicial mexicano.

En este sentido, se propone la creación de un nuevo órgano para la decisión de posibles contradicciones de tesis entre los tribunales pertenecientes a un mismo circuito: los Plenos de Circuito. Estos órganos estarán integrados por los miembros de los mismos tribunales, que son los que de primera mano y de manera más cercana conocen la problemática que se presenta en sus propios ámbitos de decisión. Esto permite generar una homogeneización de los criterios hacia adentro del circuito previniendo así que tribunales diversos pero pertenecientes a la misma jurisdicción decidan cuestiones distintas para casos iguales.

Asimismo, se toma en consideración la variación entre los circuitos, que en este momento va desde un único tribunal en el caso del vigésimo cuarto circuito correspondiente al Estado de Nayarit, hasta 56 tribunales divididos en cuatro especialidades en el caso del primer circuito correspondiente al Distrito Federal. Esto implica que la formación de los plenos solamente puede estar determinado por reglas generales para que el órgano encargado de la organización del Poder Judicial de la Federación: el Consejo de la Judicatura Federal, pueda particularizar, en cada uno de los circuitos, la organización dependiendo del número y especialización de los tribunales que lo integren.

La Suprema Corte de Justicia mantiene la competencia para conocer de las controversias que se susciten entre plenos de circuito de distintos circuitos, así como de aquellas que se susciten entre plenos de un mismo circuito con distinta especialidad, y de aquellas contradicciones que se presenten entre tribunales colegiados de distintas especialidades de un mismo circuito. Esto asegura que no queden supuestos en los cuales pueden quedar inconsistencias de criterio para la resolución de asunto futuros. Asimismo, asegura que sea la Suprema Corte de Justicia el órgano terminal para homogeneizar las interpretaciones de los tribunales, evitando así una potencial dualidad y oposición entre la interpretación constitucional y la de legalidad.

IV. Conclusiones

Primera.Esta iniciativa tiene por objeto fortalecer y perfeccionar al Poder Judicial de la Federación y consolidar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación como Tribunal Constitucional, permitiéndole concentrarse en asuntos que revisten la mayor importancia y trascendencia constitucional.

Segunda.Se propone reformar los artículos 94, 100, 103, 107, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se amplía el objeto del juicio de amparo integrando a su ámbito de protección a los derechos fundamentales contenidos en los instrumentos internacionales ratificados por el Estado mexicano.

Otra de las propuestas se refiere a la posibilidad para resolver en amparo, además de controversias suscitadas por normas generales, omisiones en que incurra la autoridad. Y se precisa que la protección de derechos fundamentales es independiente de su carácter individual o social.

Tercera.No se pretende de ninguna manera desaparecer el amparo directo, sino atemperar la intervención de la justicia federal en el ámbito local. Se pretende conservar el control de la constitucionalidad directa, que es la materia propia del amparo y garantizar la defensa de los sujetos y materias que siempre han sido objeto de protección, vigorizando la confianza en los tribunales locales para que, fuera de los supuestos mencionados en la reforma el amparo sólo proceda en casos de importancia y trascendencia, en todos los demás supuestos las sentencias serán inimpugnables, constituyendo a los tribunales que las emitieron como órganos terminales, de acuerdo a las exigencias de los tiempos actuales.

Cuarta.Se establece la figura del amparo adhesivo dando la posibilidad a la parte que haya obtenido sentencia favorable y a la que tenga interés en que subsista el acto de promover el amparo con el objeto de mejorar las consideraciones de la sentencia definitiva, laudo o resolución que pone fin al juicio que determina una solución favorable a sus intereses.

Se impone al quejoso o a quien promueva el amparo adhesivo la carga de invocar todas aquellas violaciones procesales que estime puedan violar sus derechos cometidos en el procedimiento de origen. Se pretende con esto que en un solo juicio queden  resueltas las violaciones procesales que puedan aducirse respecto de la totalidad del proceso y no a través de diversos amparos como ahora sucede.

Quinta.Se propone introducir la figura del interés legítimo permitiendo que se constituya como quejoso en el amparo aquella persona que resulte afectada por un acto que violente un derecho reconocido por el orden jurídico o, no violentando directamente el derecho, se afecte la situación jurídica derivada del propio orden jurídico.

Se propone ajustar el principio de relatividad de las sentencias de amparo, señalándose que las sentencias, además de ocuparse de individuos particulares, también lo hace respecto de personas morales privadas o sociales que lo hubieren solicitado.

Igualmente, se propone otorgar a la Suprema Corte de Justicia la facultad de emitir una declaración general en aquellos juicios de amparo indirecto en revisión en los que se establezcan jurisprudencia por reiteración y se determine la inconstitucionalidad o la interpretación conforme de una norma general respecto a la Constitución.

Sexta.En lo que se refiere a las contradicciones de tesis entre los tribunales colegiados de un mismo circuito, se propone la creación de un nuevo órgano para su resolución: los plenos de circuito. Esta modificación está encaminada a homogeneizar los criterios hacia adentro de un circuito previniendo así que tribunales diversos pertenecientes a la misma jurisdicción emitan criterios contradictorios.

En estos casos, la Suprema Corte de Justicia mantendría la competencia para conocer de: a) Las controversias entre plenos de distintos circuitos; b) entre plenos en materia especializada de un mismo circuito, o c) entre tribunales de un mismo circuito con distinta especialización. Esto asegura que sea la Suprema Corte el órgano terminal para establecer las interpretaciones, evitando así una potencial dualidad y oposición entre la interpretación constitucional y la legal.

Séptima.En materia de suspensión del acto reclamado, se propone establecer el marco constitucional bajo un sistema equilibrado que permita cumplir con el fin protector y, asimismo, cuente con mecanismos para evitar abusos que desvíen su objetivo natural. Se privilegia la discrecionalidad de los jueces, consagrando expresamente como elemento para otorgar la suspensión la apariencia de buen derecho.

Para su correcta aplicación se establece la obligación del juez de realizar un análisis ponderado entre la no afectación del interés social, el orden público y la apariencia de buen derecho.

Octava.Uno de los temas más complejos es el relativo a la ejecución de las sentencias de amparo. La propuesta es eliminar el requisito de declaración de procedencia para que la Suprema Corte pueda separar a la autoridad y consignarla ante el juez de distrito en caso de incumplimiento no justificado de sentencias de amparo o repetición de actos reclamados.

Por lo anteriormente expuesto la Comisión de Puntos Constitucionales y para los efectos del artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de la Honorable Asamblea de la Cámara de Diputados, el siguiente:

Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los artículos 94, 100, 103, 104 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo Único.Se reforma el artículo 94, para modificar el párrafo ubicado actualmente en octavo lugar; se incorpora un nuevo párrafo para quedar en séptimo lugar y se incorpora otro nuevo párrafo para quedar en noveno lugar; se reforma el párrafo noveno del artículo 100. Se reforma el artículo 103. Se reforma el artículo 104. Se reforma el artículo 107 de la siguiente manera: el párrafo inicial; las fracciones I y II; el inciso a) de la fracción III; las fracciones IV, V, VI y Vil; el inciso a) de la fracción VIII; las fracciones IX, X, XI, XIII, XVI y XVII y se deroga la fracción XIV, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 94. ..

..

..

..

..

...

Asimismo, mediante acuerdos generales establecerá Plenos de Circuito, atendiendo al número y especialización de los Tribunales Colegiados que pertenezcan a cada Circuito. Las leyes determinarán su integración y funcionamiento.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia estará facultado para expedir acuerdos generales, a fin de lograr una adecuada distribución entre las Salas de los asuntos que competa conocer a la Corte, así como remitir a los Tribunales Colegiados de Circuito, para mayor prontitud en el despacho de los asuntos, aquéllos en los que hubiera establecido jurisprudencia o los que, conforme a los referidos acuerdos, la propia Corte determine para una mejor impartición de justicia. Dichos acuerdos surtirán efectos después de publicados.

Los juicios de amparo, las controversias constitucionales y las acciones de inconstitucionalidad se substanciarán y resolverán de manera prioritaria cuando alguna de las Cámaras del Congreso, a través de su presidente, o el Ejecutivo Federal, por conducto del consejero jurídico del gobierno, justifique la urgencia atendiendo al interés social o al orden público, en los términos de lo dispuesto por las leyes reglamentarias.

La ley fijará los términos en que sea obligatoria la jurisprudencia que establezcan los tribunales del Poder Judicial de la Federación y los Plenos de Circuito sobre la interpretación de la Constitución y normas generales, así como los requisitos para su interrupción y sustitución.

La remuneración que perciban por sus servicios los ministros de la Suprema Corte, los magistrados de Circuito, los jueces de Distrito y los consejeros de la Judicatura Federal, así como los magistrados electorales, no podrá ser disminuida durante su encargo.

Los ministros de la Suprema Corte de Justicia durarán en su encargo quince años, sólo podrán ser removidos del mismo en los términos del Título Cuarto de esta Constitución y, al vencimiento de su periodo, tendrán derecho a un haber por retiro.

Ninguna persona que haya sido ministro podrá ser nombrada para un nuevo periodo, salvo que hubiera ejercido el cargo con el carácter de provisional o interino.

Artículo 100. ..

..

..

..

..

..

..

...

Las decisiones del Consejo serán definitivas e inatacables y, por lo tanto, en su contra no procede juicio ni recurso alguno, salvo las que afecten derechos de personas ajenas al Poder Judicial de la Federación, las que sean de materia laboral y las que se refieran a la designación, adscripción, cambio de adcripción, ratificación y remoción de magistrados y jueces, los cuales no podrán ser revisadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

...

Artículo 103.Los Tribunales de la Federación resolverán toda controversia que se suscite:

I. Por normas generales, actos u omisiones de la autoridad que violen los derechos humanos reconocidos y las garantías otorgadas para su protección por esta Constitución, así como por los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte;

II. Por normas generales o actos de la autoridad federal que vulneren o restrinjan la soberanía de los estados o la esfera de competencia del Distrito Federal, y

III. Por normas generales o actos de las autoridades de los Estados o del Distrito Federal que invadan la esfera de competencia de la autoridad federal.

Artículo 104.Los Tribunales de la Federación conocerán:

I. De los procedimientos relacionados con delitos del orden federal;

II. De todas las controversias del orden civil o mercantil que se susciten sobre el cumplimiento y aplicación de leyes federales o de los tratados internacionales celebrados por el Estado Mexicano. A elección del actor y cuando sólo se afecten intereses particulares, podrán conocer de ellas, los jueces y tribunales del orden común.

Las sentencias de primera instancia podrán ser apelables ante el superior inmediato del juez que conozca del asunto en primer grado;

III. De los recursos de revisión que se interpongan contra las resoluciones definitivas de los tribunales de lo contencioso-administrativo a que se refieren la fracción XXIX-H del artículo 73 y fracción IV, inciso e) del artículo 122 de esta Constitución, sólo en los casos que señalen las leyes. Las revisiones, de las cuales conocerán los Tribunales Colegiados de Circuito, se sujetarán a los trámites que la ley reglamentaria de los artículos 103 y 107 de esta Constitución fije para la revisión en amparo indirecto, y en contra de las resoluciones que en ellas dicten los Tribunales Colegiados de Circuito no procederá juicio o recurso alguno;

IV. De todas las controversias que versen sobre derecho marítimo;

V. De aquellas en que la Federación fuese parte;

VI. De las controversias y de las acciones a que se refiere el artículo 105, mismas que serán del conocimiento exclusivo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación;

VII. De las que surjan entre un Estado y uno o más vecinos de otro, y

VIII. De los casos concernientes a miembros del Cuerpo Diplomático y Consular.

Artículo 107.Las controversias de que habla el artículo 103 de esta Constitución, con excepción de aquellas en materia electoral, se sujetarán a los procedimientos que determine la ley reglamentaria, de acuerdo con las bases siguientes:

I. El juicio de amparo se seguirá siempre a instancia de parte agraviada, teniendo tal carácter quien aduce ser titular de un derecho o de un interés legítimo individual o colectivo, siempre que alegue que el acto reclamado viola los derechos reconocidos por esta Constitución y con ello se afecte su esfera jurídica, ya sea de manera directa o en virtud de su especial situación frente al orden jurídico.

Tratándose de actos o resoluciones provenientes de tribunales judiciales, administrativos o del trabajo, el quejoso deberá aducir ser titular de un derecho subjetivo que se afecte de manera personal y directa;

II. Las sentencias que se pronuncien en los juicios de amparo sólo se ocuparán de los quejosos que lo hubieren solicitado, limitándose a ampararlos y protegerlos, si procediere, en el caso especial sobre el que verse la demanda.

Cuando en los juicios de amparo indirecto en revisión se resuelva la inconstitucionalidad de una norma general por segunda ocasión consecutiva, la Suprema Corte de Justicia de la Nación lo informará a la autoridad emisora correspondiente.

Cuando los órganos del Poder Judicial de la Federación establezcan jurisprudencia por reiteración en la cual se determine la inconstitucionalidad de una norma general, la Suprema Corte de Justicia de la Nación lo notificará a la autoridad emisora. Transcurrido el plazo de 90 días naturales sin que se supere el problema de inconstitucionalidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitirá, siempre que fuere aprobada por una mayoría de cuando menos ocho votos, la declaratoria general de inconstitucionalidad, en la cual se fijarán sus alcances y condiciones en los términos de la ley reglamentaria.

Lo dispuesto en los dos párrafos anteriores no será aplicable a normas generales en materia tributaria.

En el juicio de amparo deberá suplirse la deficiencia de los conceptos de violación o agravios de acuerdo con lo que disponga la ley reglamentaria.

Cuando se reclamen actos que tengan o puedan tener como consecuencia privar de la propiedad o de la posesión y disfrute de sus tierras, aguas, pastos y montes a los ejidos o a los núcleos de población que de hecho o por derecho guarden el estado comunal, o a los ejidatarios o comuneros, deberán recabarse de oficio todas aquellas pruebas que puedan beneficiar a las entidades o individuos mencionados y acordarse las diligencias que se estimen necesarias para precisar sus derechos agrarios, así como la naturaleza y efectos de los actos reclamados.

En los juicios a que se refiere el párrafo anterior no procederán, en perjuicio de los núcleos ejidales o comunales, o de los ejidatarios o comuneros, el sobreseimiento por inactividad procesal ni la caducidad de la instancia, pero uno y otra sí podrán decretarse en su beneficio. Cuando se reclamen actos que afecten los derechos colectivos del núcleo tampoco procederán desistimiento ni el consentimiento expreso de los propios actos, salvo que el primero sea acordado por la Asamblea General o el segundo emane de ésta;

III. ...

a) Contra sentencias definitivas, laudos y resoluciones que pongan fin al juicio, ya sea que la violación se cometa en ellos o que, cometida durante el procedimiento, afecte las defensas del quejoso trascendiendo al resultado del fallo. En relación con el amparo al que se refiere este inciso y la fracción V de este artículo, el Tribunal Colegiado de Circuito deberá decidir respecto de todas las violaciones procesales que se hicieron valer y aquéllas que, cuando proceda, advierta en suplencia de la queja, y fijará los términos precisos en que deberá pronunciarse la nueva resolución. Si las violaciones procesales no se invocaron en un primer amparo, ni el Tribunal Colegiado correspondiente las hizo valer de oficio en los casos en que proceda la suplencia de la queja, no podrán ser materia de concepto de violación, ni de estudio oficioso en juicio de amparo posterior.

La parte que haya obtenido sentencia favorable y la que tenga interés jurídico en que subsista el acto reclamado, podrá presentar amparo en forma adhesiva al que promueva cualquiera de las partes que intervinieron en el juicio del que emana el acto reclamado. La ley determinará la forma y términos en que deberá promoverse.

Para la procedencia del juicio deberán agotarse previamente los recursos ordinarios que se establezcan en la ley de la materia, por virtud de los cuales aquellas sentencias definitivas, laudos y resoluciones puedan ser modificados o revocados, salvo el caso en que la ley permita la renuncia de los recursos.

Al reclamarse la sentencia definitiva, laudo o resolución que ponga fin al juicio, deberán hacerse valer las violaciones a las leyes del procedimiento, siempre y cuando el quejoso las haya impugnado durante la tramitación del juicio mediante el recurso o medio de defensa que, en su caso, señale la ley ordinaria respectiva. Este requisito no será exigible en amparos contra actos que afecten derechos de menores o incapaces, al estado civil, o al orden o estabilidad de la familia, ni en los de naturaleza penal promovidos por el sentenciado;

b) ...

c) ...

IV. En materia administrativa el amparo procede, además, contra actos u omisiones que provengan de autoridades distintas de los tribunales judiciales, administrativos o del trabajo, y que causen agravio no reparable mediante algún medio de defensa legal. Será necesario agotar estos medios de defensa siempre que conforme a las mismas leyes se suspendan los efectos de dichos actos de oficio o mediante la interposición del juicio, recurso o medio de defensa legal que haga valer el agraviado, con los mismos alcances que los que prevé la ley reglamentaria y sin exigir mayores requisitos que los que la misma consigna para conceder la suspensión definitiva, ni plazo mayor que el que establece para el otorgamiento de la suspensión provisional, independientemente de que el acto en sí mismo considerado sea o no susceptible de ser suspendido de acuerdo con dicha ley.

No existe obligación de agotar tales recursos o medios de defensa si el acto reclamado carece de fundamentación o cuando sólo se aleguen violaciones directas a esta Constitución;

V. El amparo contra sentencias definitivas, laudos o resoluciones que pongan fin al juicio se promoverá ante el Tribunal Colegiado de Circuito competente de conformidad con la ley, en los casos siguientes:

a) ...

b) ...

c) ...

...

d) ...

...

VI. En los casos a que se refiere la fracción anterior, la ley reglamentaria señalará el procedimiento y los términos a que deberán someterse los Tribunales Colegiados de Circuito y, en su caso, la Suprema Corte de Justicia de la Nación para dictar sus resoluciones;

VII. El amparo contra actos u omisiones en juicio, fuera de juicio o después de concluido, o que afecten a personas extrañas al juicio, contra normas generales o contra actos u omisiones de autoridad administrativa, se interpondrá ante el Juez de Distrito bajo cuya jurisdicción se encuentre el lugar en que el acto reclamado se ejecute o trate de ejecutarse, y su tramitación se limitará al informe de la autoridad, a una audiencia para la que se citará en el mismo auto en el que se mande pedir el informe y se recibirán las pruebas que las partes interesadas ofrezcan y oirán los alegatos, pronunciándose en la misma audiencia la sentencia;

VIII. ...

a) Cuando habiéndose impugnado en la demanda de amparo normas generales por estimarlas directamente violatorias de esta Constitución, subsista en el recurso el problema de constitucionalidad.

b) ...

...

...

IX. En materia de amparo directo procede el recurso de revisión en contra de las sentencias que resuelvan sobre la constitucionalidad de normas generales, establezcan la interpretación directa de un precepto de esta Constitución u omitan decidir sobre tales cuestiones cuando hubieren sido planteadas, siempre que fijen un criterio de importancia y trascendencia, según lo disponga la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en cumplimiento de los acuerdos generales del Pleno. La materia del recurso se limitará a la decisión de las cuestiones propiamente constitucionales, sin poder comprender otras;

X. Los actos reclamados podrán ser objeto de suspensión en los casos y mediante las condiciones que determine la ley reglamentaria, para lo cual el órgano jurisdiccional de amparo, cuando la naturaleza del acto lo permita, deberá realizar un análisis ponderado de la apariencia del buen derecho y de! interés social.

Dicha suspensión deberá otorgarse respecto de las sentencias definitivas en materia penal al comunicarse la promoción del amparo, y en las materias civil, mercantil y administrativa, mediante garantía que dé el quejoso para responder de los daños y perjuicios que tal suspensión pudiere ocasionar al tercero interesado. La suspensión quedará sin efecto si éste último da contragarantía para asegurar la reposición de las cosas al estado que guardaban si se concediese el amparo y a pagar los daños y perjuicios consiguientes;

XI. La demanda de amparo directo se presentará ante la autoridad responsable, la cual decidirá sobre la suspensión. En los demás casos la demanda se presentará ante los Juzgados de Distrito o los Tribunales Unitarios de Circuito los cuales resolverán sobre la suspensión, o ante los tribunales de los Estados en los casos que la ley lo autorice

XII. ...

...

XIII. Cuando los Tribunales Colegiados de un mismo Circuito sustenten tesis contradictorias en los juicios de amparo de su competencia, el Procurador General de la República, los mencionados tribunales y sus integrantes, los Jueces de Distrito o las partes en los asuntos que los motivaron podrán denunciar la contradicción ante el Pleno del Circuito correspondiente, a fin de que decida la tesis que debe prevalecer como jurisprudencia.

Cuando los Plenos de Circuito de distintos Circuitos, los Plenos de Circuito en materia especializada de un mismo Circuito o los Tribunales Colegiados de un mismo Circuito con diferente especialización sustenten tesis contradictorias al resolver las contradicciones o los asuntos de su competencia, según corresponda, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los mismos Plenos de Circuito, así como los órganos a que se refiere el párrafo anterior, podrán denunciar la contradicción ante la Suprema Corte de Justicia, con el objeto de que el Pleno o la Sala respectiva, decida la tesis que deberá prevalecer.

Cuando las Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sustenten tesis contradictorias en los juicios de amparo cuyo conocimiento les competa, los ministros, los Tribunales Colegiados de Circuito y sus integrantes, los Jueces de Distrito, el Procurador General de la República o las partes en los asuntos que las motivaron, podrán denunciar la contradicción ante el Pleno de la Suprema Corte, conforme a la ley reglamentaria, para que éste resuelva la contradicción.

Las resoluciones que pronuncien el Pleno o las Salas de la Suprema Corte de Justicia así como los Plenos de Circuito conforme a los párrafos anteriores, sólo tendrán el efecto de fijar la jurisprudencia y no afectarán las situaciones jurídicas concretas derivadas de las sentencias dictadas en los juicios en que hubiese ocurrido la contradicción;

XIV. Se deroga

XV. ...

XVI. Si la autoridad incumple la sentencia que concedió el amparo, pero dicho incumplimiento es justificado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de acuerdo con el procedimiento previsto por la ley reglamentaria, otorgará un plazo razonable para que proceda a su cumplimiento, plazo que podrá ampliarse a solicitud de la autoridad. Cuando sea injustificado o hubiera transcurrido el plazo sin que se hubiese cumplido, procederá a separar de su cargo al titular de la autoridad responsable y a consignarlo ante el Juez de Distrito. Las mismas providencias se tomarán respecto del superior jerárquico de la autoridad responsable si hubiese incurrido en responsabilidad, así como de los titulares que, habiendo ocupado con anterioridad el cargo de la autoridad responsable, hubieran incumplido la ejecutoria.

Si concedido el amparo, se repitiera el acto reclamado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de acuerdo con el procedimiento establecido por la ley reglamentaria, procederá a separar de su cargo al titular de la autoridad responsable, y dará vista al Ministerio Público Federal, salvo que no hubiera actuado dolosamente y deje sin efectos el acto repetido antes de que sea emitida la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

El cumplimiento sustituto de las sentencias de amparo podrá ser solicitado por el quejoso al órgano jurisdiccional, o decretado de oficio por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuando la ejecución de la sentencia afecte a la sociedad en mayor proporción a los beneficios que pudiera obtener el quejoso, o cuando, por las circunstancias del caso, sea imposible o desproporcionadamente gravoso restituir la situación que imperaba antes de la violación. El incidente tendrá por efecto que la ejecutoria se dé por cumplida mediante el pago de daños y perjuicios al quejoso. Las partes en el juicio podrán acordar el cumplimiento sustituto mediante convenio sancionado ante el propio órgano jurisdiccional.

No podrá archivarse juicio de amparo alguno, sin que se haya cumplido la sentencia que concedió la protección constitucional;

XVII. La autoridad responsable que desobedezca un auto de suspensión o que, ante tal medida, admita por mala fe o negligencia fianza o contrafianza que resulte ilusoria o insuficiente, será sancionada penalmente;

XVIII. Se deroga.

Artículos Transitorios

Primero. El presente Decreto entrará en vigor a los 120 días de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.El Congreso de la Unión expedirá las reformas legales correspondientes dentro de los 120 días posteriores a la publicación del presente decreto.

Tercero.Los juicios de amparo iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto, continuarán tramitándose hasta su resolución final conforme a las disposiciones aplicables vigentes a su inicio, salvo por lo que se refiere a las disposiciones relativas al sobreseimiento por inactividad procesal y caducidad de la instancia, así como el cumplimiento y ejecución de las sentencias de amparo.

Cuarto.Para la integración de jurisprudencia por reiteración no se tomarán en cuenta las tesis aprobadas en los asuntos resueltos conforme a lo dispuesto en las disposiciones vigentes con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de agosto de 2010.

La Comisión de Puntos Constitucionales, diputados:Juventino Castro y Castro (rúbrica), presidente; Nazario Norberto Sánchez (rúbrica), Feliciano Rosendo Marín Díaz (rúbrica), Reginaldo Rivera de la Torre (rúbrica), Francisco Saracho Navarro (rúbrica), Héctor Guevara Ramírez (rúbrica), Gustavo González Hernández (rúbrica), Carlos Alberto Pérez Cuevas, Guillermo Cueva Sada (rúbrica), Jaime Fernando Cárdenas Gracia (rúbrica), secretarios; José Luis Jaime Correa, María Dina Herrera Soto (rúbrica), Morelos Jaime Carlos Canseco Gómez, Fermín Gerardo Alvarado Arroyo (rúbrica), Víctor Humberto Benítez Treviño (rúbrica), Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica), Fernando Ferreyra Olivares (rúbrica), Diva Hadamira Gastélum Bajo (rúbrica), Rafael Rodríguez González, José Ricardo López Pescador, Miguel Pompa Corella (rúbrica), Guadalupe Pérez Domínguez, Rolando Rodrigo Zapata Bello (rúbrica), Justino Eugenio Arraiga Rojas (rúbrica), Víctor Alejandro Balderas Vaquera, Mario Alberto Becerra Pocoroba, Óscar Martín Arce Paniagua, Sonia Mendoza Díaz, Camilo Ramírez Puente (rúbrica), Agustín Torres Ibarrola (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias, señora secretaria. Consulte usted a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la segunda lectura al dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales y se pone a discusión y votación de inmediato.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:Por instrucciones de la Presidencia y con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se consulta a la asamblea si se les dispensa la segunda lectura y se ponen a discusión y votación de inmediato. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo, por favor. Quienes estén por la negativa.

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Queda aprobado entonces que se dispensa la segunda lectura y por tanto, el siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los artículos 94, 100, 103, 104 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Está a discusión y tiene la palabra, por la comisión, el diputado don Juventino Castro y Castro, que viene incorporándose al salón. Haremos el tiempo necesario para esperar la siempre docta palabra del don Juventino Castro y Castro.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Diputado Cárdenas, ¿con qué objeto?

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia (desde la curul): Para que me incorpore a la lista de oradores.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Queda usted incorporado en la lista de oradores, en el posicionamiento por los grupos parlamentarios.

Pregunto a los grupos parlamentarios si alguien más va a posicionar. Tengo registrados hasta este momento exclusivamente al diputado Nazario Norberto Sánchez, por el PRD y al diputado Jaime Cárdenas Gracia, por el PT.

El diputado Alfonso Navarrete Prida hará el posicionamiento por el PRI.

Si no tiene inconveniente la asamblea, lo que podemos hacer es adelantar los posicionamientos, en tanto el señor presidente de la Comisión, que ha hecho un extraordinario trabajo y tiene el consenso...No necesitan apurar a don Juventino.

El diputado Juventino Víctor Castro y Castro: Señor presidente, mis disculpas.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: No tiene porqué darlas, señor diputado. Bienvenido, don Juventino, tiene usted el uso de la palabra hasta por 10 minutos.

El diputado Juventino Víctor Castro y Castro:Señores, la Comisión de Puntos Constitucionales presenta a ustedes el dictamen que aprueba la minuta del Senado sobre una cuestión trascendental para México: el juicio de amparo.

El juicio de amparo, que es nuestro orgullo, realmente desde que en 1847, en sus bases se estableció, nunca había sufrido reformas. Esto preocupaba mucho a la Suprema Corte y por eso hace años presentó un proyecto que ha sido la base de los dictámenes y de las iniciativas que se han presentado al respecto.

Hay muchos puntos fundamentales en esta reforma. Yo le doy mucha importancia a la incorporación de los derechos. Los tratados internacionales en materia de derechos humanos que nuestro país haya aprobado son materia directa del juicio de amparo. Esto es algo muy importante.

También es importante subrayar —y lo hago en este momento— que no sólo procede el amparo contra actos de la autoridad, sino también contra omisiones de la autoridad. En cierto sentido ésta es una novedad muy relativa, porque realmente cuando un amparo se resuelve y se dice: la autoridad no cumplió con la Constitución y por ello se concede el amparo, realmente está aceptando que hay omisiones que son sancionables por medio del amparo.

Tiene el propósito, la reforma , de reformar la independencia y autonomía de los tribunales de los estados, no sólo para armonizar sus competencias y su posibilidad de que coincidan con las competencias federales, no. Se acuerdan ustedes que ha sido un viejo propósito de los tribunales decir no es aceptable que nosotros tengamos nuestras leyes civiles y penales, que las interpretemos, que las apliquemos y que después, aun cuando haya dicho la última palabra nuestro Tribunal Superior de Justicia del estado todavía se puedan plantear ante la Corte.

Es evidente una invasión de la Federación en la soberanía de los estados. Ahora se propone que en el amparo directo solamente se vean las violaciones constitucionales que son las que corresponde resolver al Tribunal del Poder Judicial de la Federación. Todos los demás serían la última palabra. La interpretación de la ley local y su aplicación no son materia que pueda ser más planteable.

Hay declaraciones generales en los amparos indirectos y se refuerza la jurisprudencia por reiteración. La reiteración contrasta con la jurisprudencia establecida por contradicción. Ahora se proponen plenos especiales de tribunales de circuito en los cuales puedan ellos conocer estas cuestiones. No se le quita soberanía al Poder Judicial Federal, porque al fin y al cabo las contradicciones que pudiera haber entre los plenos que interpretan las contradicciones de los jueces de circuito son revisables por la Suprema Corte de Justicia.

Hay novedades en cuanto a ejecución de sentencias. La Suprema Corte puede separar al incumplido y por supuesto consignarlo ante juez directamente si es que cometió un delito. Ésta es una novedad que fue muy notable en la nueva Ley de Amparo propuesta, aprobada por el Senado y que tendría que ser aprobada por ustedes para poder pasar a los Legislativos locales.

Se modifica el concepto de interés jurídico, esto es muy importante. Es muy frecuente que se establezca: este amparo no es procedente porque no se pone de manifiesto la lesión que ha recibido el que plantea el amparo. Ahora el concepto de interés jurídico es mucho más amplio. Todas estas cuestiones y otras más se plantean en el dictamen. El dictamen es una de las cuestiones más importantes —en mi concepto— que pudiera conocer esta asamblea.

Yo definitivamente sugiero que después del análisis que ustedes quieran llevar a cabo, estas modificaciones, en su esencia, sean aprobadas por este pleno. Muchas gracias.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias a usted, señor diputado. Tiene la palabra el diputado Jaime Cárdenas Gracia hasta por 5 minutos.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia: Gracias, presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Adelante, diputado.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia:Compañeras diputadas, compañeros diputados, desde luego que se trata de una reforma muy importante a la Constitución, que modifica los artículos 94, 100, 103 y 107 de nuestra Carta Magna. Es decir, es una reforma que está modificando muchos de los principios fundamentales en materia de amparo y tiene elementos de avance importantes.

Sin embargo, quiero manifestar que votaré en contra de la misma y voy a exponer brevemente algunas razones. Esta reforma, por ejemplo, establece la sustanciación prioritaria de controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad cuando las promueve el Congreso o alguna de las Cámaras del Congreso.

Desde mi punto de vista esta modificación al artículo 94 viola el principio de acceso a la justicia en condiciones igualitarias, porque tendrá el Congreso de la Unión, o sus Cámaras, un acceso privilegiado a las controversias constitucionales o a las acciones de inconstitucionalidad.

Después hay cuestiones que se debieron haber modificado en este dictamen respecto del trato privilegiado que reciben los ministros de la Suprema Corte. Esta reforma no modifica el principio de que los ministros de la Suprema Corte, tal como lo establece el artículo 127 de la Constitución, pueden recibir emolumentos, salarios superiores a los del presidente de la República. Esta reforma no modifica para nada, no prohíbe, no deroga el haber de retiro a que tienen derecho los ex ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Es una reforma que, por ejemplo, en el artículo 100 le da atribuciones a la Corte, para revisar casi cualquier decisión del Consejo de la Judicatura, va a hacer nugatorio el papel del Consejo de la Judicatura. Cuando se afecten derechos de terceros o se afecten derechos de otro tipo, la Corte pueda intervenir para modificar decisiones del Consejo de la Judicatura.

Es decir, es una reforma que está subordinando a este órgano, al Consejo de la Judicatura, totalmente al pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

También es una reforma que no amplía, por ejemplo, la protección en materia de amparo. Don Juventino Castro ha insistido en este pleno para que dictemos o aprobemos un dictamen y que permita regular el amparo en materia social.

Este dictamen no contempla el amparo social, tampoco permite promover juicio de amparo contra actos de particulares, pensemos en poderes fácticos que violentan derechos fundamentales y no establece ningún mecanismo adecuado para que los tratados internacionales en materia de derechos humanos  sean aprobados conforme al procedimiento del artículo 135 de la Constitución.

Es verdad que contiene este dictamen algunas modificaciones para ampliar en poco el interés legítimo, pero no establece, por ejemplo, algo que sería fundamental en el derecho mexicano. Solamente prever el interés jurídico en materia de derecho privado, civil y mercantil. Y en materia de derecho público, social y familiar, establecer que en esos casos debe prevalecer no el interés jurídico sino el interés legítimo.

Es una reforma que también permite en alguna medida la suplencia de la queja, pero no en todas las materias. Debería, por ejemplo, establecerse que debe haber suplencia de la queja en materia de amparo, en materia social, en derecho público o en derecho familiar y esta reforma no lo contempla así.

Después hay una interesante reforma para que se derogue la Cláusula Otero, que es una de las bases o de las columnas del juicio de amparo mexicano, lo que me parece muy interesante, que cuando existan cinco tesis en el mismo sentido, pueda establecerse la obligatoriedad de la jurisprudencia en todos los casos.

Sin embargo se establece como excepción, que en materia tributaria no procederá la Cláusula Otero.

En fin, pudiendo haber sido una gran reforma en materia de amparo, es una reforma que contiene resabios tradicionales que no permitirán garantizar derechos humanos, derechos fundamentales de las personas de manera amplia.

Por eso en lo particular y en lo general votaré en contra de esta reforma constitucional. Por su atención muchas gracias, compañeras diputadas y compañeros diputados.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias, diputado Cárdenas. Tiene la palabra el diputado Nazario Norberto Sánchez, para posicionar por el Partido de la Revolución Democrática.

El diputado Nazario Norberto Sánchez:Muchas gracias, diputado presidente, con su permiso. Estas reformas a los artículos 94, 100, 103, 107 y 112 son las reformas fundamentales, ya que desde hace muchos años no se ha reformado la Constitución y mucho menos en materia de amparo.

Concuerdo con algunas de las propuestas del compañero diputado que me antecedió en la palabra en esta tribuna, pero hay que dejar claro que es menester que estas reformas que se dan ahorita en materia de amparo son fundamentales.

Quiero comentarles que estas propuestas también se refieren a la posibilidad para resolver el amparo, además de controversias suscitadas por normas generales, omisiones en que incurra la autoridad y se precisa que la protección de derechos fundamentales es independiente de su carácter individual o social.

Se precisa la necesidad de armonizar el juicio de amparo con las transformaciones de varias instituciones jurídicas, siguiendo la serie de reformas que históricamente ha sufrido hasta llegar a su estado actual.

En este sentido, es claro que la independencia y autonomía de los tribunales estatales es un requisito fundamental de cualquier reforma que pretenda mejorar la administración de justicia a fin de armonizar la competencia federal con las locales y así lograr su complementariedad.

No se pretende de ninguna manera desaparecer el amparo directo sino atemperar la intervención de la justicia federal en el ámbito local. Se pretende conservar el control de la constitucionalidad directa, que es la materia propia del amparo.

Asimismo, es de materia propia de amparo garantizar la defensa de los sujetos y materias que siempre han sido objeto de protección, vigorizando la confianza en los tribunales locales para que —fuera de los supuestos mencionados— en la reforma el amparo sólo proceda en casos de importancia y trascendencia. En todos los demás supuestos las sentencias serán impugnables, constituyendo a los tribunales que las emitieron como órganos terminales, de acuerdo con las exigencias de los tiempos actuales.

Se impone al quejoso o a quien promueva el amparo adhesivo la carga de invocar todas aquellas violaciones procesales que estimen puedan violar sus derechos. Se pretende con esto que en un solo juicio queden resueltas las violaciones procesales que puedan aducirse respecto de la totalidad del proceso y no a través de diversos amparos, como ahora sucede.

Así también se propone introducir la figura de interés legítimo, que ya había comentado el diputado Juventino Castro y Castro, permitiendo que se constituya como quejosa en el amparo aquella persona que resulte afectada por un acto que violente un derecho reconocido por el orden jurídico, no violentando directamente, derecho, se afecte la institución jurídica derivada del propio orden jurídico.

Igualmente se propone otorgar a la Suprema Corte de Justica de la Nación la facultad de emitir una declaración general en aquellos juicios de amparo indirecto en revisión en donde se establezca jurisprudencia por reiteración y se determine la inconstitucionalidad o la interpretación conforme a alguna norma general respecto de la Constitución.

En lo que se refiere a las contradicciones de tesis entre los tribunales colegiados de un mismo circuito se propone la creación de un nuevo órgano para su resolución: los plenos de circuito. Esta modificación está encaminada a homogeneizar los criterios hacia adentro de un circuito, previniendo así que los tribunales diversos pertenecientes a la misma jurisdicción emitan criterios contradictorios.

En materia de suspensión del acto reclamado se propone establecer en el marco constitucional, un sistema equilibrado que permita cumplir con el fin protector, y asimismo cuente con mecanismos para evitar abusos que desvíen su objetivo natural.

Se privilegia la discrecionalidad de los jueces consagrando expresamente como elemento para otorgar la suspensión, la apariencia de buen derecho.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Concluya, señor diputado.

El diputado Nazario Norberto Sánchez:Concluyo, diputado presidente.

Por último, uno de los temas más complejos es el relativo a la ejecución de las sentencias de amparo. La propuesta es eliminar el requisito de declaración de procedencia para que la Suprema Corte de Justicia pueda separar a la autoridad y consignarla ante el juez de distrito en caso de incumplimiento no justificado de sentencias de amparo o de repetición del acto reclamado. Muchas gracias. Es todo, diputado presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputado Nazario. Tiene la palabra hasta por 5 minutos el diputado Carlos Alberto Pérez Cuevas, por el Grupo Parlamentario de Acción Nacional.

Antes de que haga uso de la palabra el diputado Pérez Cuevas queremos saludar la presencia de alumnos del Instituto Hidalguense de Pachuca, invitados por el licenciado Justino Gómez Pedraza.

Se encuentran con nosotros bachilleres del plantel 01 de Cuernavaca, Morelos, invitados del diputado Jesús Giles Sánchez.

Se encuentran con nosotros alumnos del bachillerato de la UPAEP, campus Huamantla, Tlaxcala, invitados del diputado Leobardo Soto Martínez.

Se encuentran con nosotros alumnos de la Universidad Insurgentes, invitados por el diputado Carlos Cruz Mendoza.

Saludamos cordialmente la presencia de adultos mayores de Tlalnepantla, estado de México, invitados del diputado Amador Monroy Estrada. Sean todos ustedes bienvenidos a la Cámara de Diputados.

Tiene la palabra usted, señor diputado Pérez Cuevas, hasta por 5 minutos.

El diputado Carlos Alberto Pérez Cuevas:Con su venia, señor presidente. Hago uso de esta tribuna, la más alta de la nación, para hacer algunas reflexiones sobre la trascendental reforma que habremos de aprobar en breves minutos y que en una primera parte merece dejar sentado que los compromisos de las Juntas de Coordinación Política, tanto del Senado como de la Cámara de Diputados, impulsados por la presidenta de la Junta de Coordinación y los coordinadores de esta Cámara de Diputados, empiezan a dar frutos.

Éste es uno de los compromisos que acordaron en esa reunión los coordinadores parlamentarios. Y tenemos que reconocer el trabajo de la presidenta, la diputada Vázquez Mota. De los integrantes, el diputado Rojas Gutiérrez, como coordinadores, el diputado Encinas Rodríguez, el diputado Guerra Abud, el diputado Vázquez González, el diputado Tamez Guerra, el diputado Jiménez León.

Y también hacer un reconocimiento al presidente de la Mesa Directiva y a su Mesa Directiva, porque hoy estamos dando muestras claras y fehacientes de que en la Cámara de Diputados sabemos llegar a acuerdos, que a pesar de los tópicos que puedan tener como punto de vista distinto, siempre sabemos tener muy en alto el tema que nos convoca en esta Cámara de Diputados que es México. Y que concretamente esta reforma constitucional de amparo será un parteaguas en la historia del derecho constitucional mexicano y una reforma trascendental a uno de los instrumentos de control constitucional.

Interés legítimo, en lugar de interés jurídico —como ya lo han explicado algunos— rompe tecnicismos, rompe limitaciones de la protección constitucional. Ahora se abre prácticamente a todos los ciudadanos, en razón del interés legítimo, un tema de vital trascendencia y que da cuenta del trabajo de esta Legislatura. Es lo que, en términos doctrinarios se llama efecto erga omnes que tiene que ver con efectos generales de la sentencia. Es decir, lo inconstitucional es inconstitucional y bastará que se determine que es inconstitucional para que tenga efectos para todos los mexicanos y no como ahora, que cada quien tiene que hacer uso del recurso para buscar la protección de la justicia federal. Ése es un punto muy trascendente en la vida jurídica nacional.

Un tema también trascendente. Cuando exista contradicción de sentencias se integrará el pleno de circuito, que además de facilitar y solidariamente ayudar a hacer el trabajo del pleno de la Corte, podrá determinar cuál es la sentencia correspondiente.

En el caso particular no ahondaré más, sólo reafirmaré que se trata de una reforma constitucional de gran calado y que en esa medida esta Cámara de Diputados hoy tendrá que dar cuenta de cara a la nación, que sabe ponerse de acuerdo, que honra sus compromisos y que sus órganos, sus comisiones y los diputados estamos trabajando. Bienvenida esta gran reforma y que sea por el bien de México. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Tiene la palabra el diputado don Jesús Alfonso Navarrete Prida, para posicionar por el grupo del Partido Revolucionario Institucional.

El diputado Jesús Alfonso Navarrete Prida:Muchas gracias, señor presidente. Compañeros diputados.

La posición del Grupo Parlamentario del PRI frente a esta reforma a diversos artículos de la Constitución General de la República es una posición de apoyo, es una posición favorable por las siguientes razones:

Se trata de modificar cinco artículos de la Constitución: el 94, el 100, el 103 y el 104 de la Constitución General de la República.

En el artículo 94 lo que se establece es la creación por acuerdo del pleno de la Suprema Corte de Justicia de los Tribunales Colegiados de Circuito. De los plenos de estos tribunales colegiados que permitirían a la Corte mantenerse como un órgano de constitucionalidad, que ésa es su función esencial y que sean los propios tribunales colegiados en pleno, quienes diriman las contradicciones de resoluciones que se dan en su seno.

La modificación a los tribunales colegiados no es nueva. Desde las década de los cincuenta del siglo pasado que se crearon los tribunales colegiados, la tendencia ha sido de dotarles de mayor número de facultades que le permita a la Corte mantenerse como un órgano de constitucionalidad.

La segunda modificación, que entendemos que hay reserva de un grupo parlamentario en el artículo 100 y que valdría la pena, quizá, estudiarla con mayor profundidad, tiene que ver con resoluciones del Consejo de la Judicatura federal que pudieran ser ya conocidas por el pleno en tres hipótesis: tratándose de asuntos laborales, tratándose de adscripciones y movimientos de jueces y tratándose de asuntos que involucren a un tercero ajeno al Poder Judicial de la Federación y que la resolución del Consejo de la Judicatura le pueda afectar.

Ciertamente hay que pensar si esta reforma a la Constitución vulnera el principio de equilibrio entre los órganos internos del Poder Judicial de la Federación, de las facultades del pleno de la Corte y del Consejo de la Judicatura.

Por otro lado, trascendentes resultan las modificaciones al artículo 103 para dar las posibilidades y ampliar las posibilidades de conocer de juicio de amparo y modificar en el 104 las bases constitucionales que lo rigen, la calidad de la parte agraviada.

El amparo —como sabemos— es extraordinariamente técnico. Ahora lo que se propone es que la expresión interés jurídico, que significa el menoscabo directo y particular a una garantía individual, que en la reforma ahora se modificará y se llamará derechos humanos y sus garantías,, pueda ser sustituido este término: interés jurídico por interés legítimo.

Esto abre una posibilidad mayor de defensa a los gobernados porque permite que sin los rigores técnicos específicos que se dan en la parte de interés jurídico puedan conocer de la Corte en otros temas y proteger garantías individuales. Lo mismo resulta relevante la relatividad de las sentencias de amparo y la modificación a la fórmula de Otero.

Si bien es un primer paso y habría que pensar en efectos generales en otros casos, lo cierto es que marca el principio de que tratándose de revisión en amparos indirectos, donde ya el pleno de la Corte se ha pronunciado por segunda ocasión sobre la inconstitucionalidad de una ley, permita que el órgano que expide la misma, es decir, congreso federal o local, modifique su resolución o, en su caso, la Corte declare con efectos generales la inconstitucionalidad de una ley. Esto sin duda es benéfico para la sociedad.

Las expresiones de modificación de leyes a normas generales también ayudan a la sociedad porque permiten a la Corte conocer —ya no restrictivamente sino en amplitud de facultades— normas generales que no necesariamente puedan emanar de un órgano legislativo.

Las controversias que se dan en asuntos de orden criminal, y sustituirlos por asuntos, por delitos federales especifican la competencia directa y los asuntos de la división entre civiles y mercantiles también ayudan, sin duda, a mejorar el sistema y el juicio de amparo, nuestro sistema de amparo, que es una gran figura con muchas modificaciones e instituciones mexicanas que se ven sin duda fortalecidas.

Es una reforma técnicamente sólida, moralmente aceptable y políticamente correcta la que se nos presenta el día de hoy y por eso el PRI, sin duda alguna, la apoyará en sus términos. Muchas gracias.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: A usted, señor diputado.

No habiendo más oradores, pregunte la Secretaría si se considera suficientemente discutido en lo general.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:Por instrucciones de la Presidencia y en votación económica se pregunta a la asamblea si se considera suficientemente discutido en lo general. Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo, por favor. Quienes estén por la negativa.

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Suficientemente discutido. Para los efectos del artículo 104 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se pregunta a la asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

Ya lo han hecho los señores diputados Jaime Cárdenas Gracia, con los artículos 94, 100, 103 y 107, y el diputado Óscar Martín Arce Paniagua, para reservar el artículo 100.



REGISTRO DE ASISTENCIA

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Le solicito atentamente a la Secretaría dar cuenta del registro electrónico e instruir el cierre del sistema, a efecto de preparar la votación en lo general.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:¿Falta algún diputado o diputada de registrar su asistencia? Se informa a la Presidencia que hasta este momento hay registrada una asistencia de 401 diputadas y diputados. Ciérrese el sistema electrónico.

Quienes hasta el momento no han registrado su asistencia disponen de 15 minutos para realizarlo por cédula.



ARTICULOS 94, 100, 103, 104 Y 107 CONSTITUCIONALES

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Se pide a la Secretaría abra el sistema electrónico por 10 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior. Ábrase el sistema electrónico de votación por 10 minutos, para proceder la votación en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados del proyecto de decreto.

(Votación)

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Consulte la Secretaría si falta algún diputado por votar.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:¿Falta algún diputado o  diputada de emitir su voto?  Adelante, sigue abierto el sistema.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Informe la Secretaría el resultado del cómputo de la votación.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:De viva voz el diputado José Luis Álvarez Martínez.

El diputado José Luis Álvarez Martínez(desde la curul): A favor.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: El diputado Ahued me parece que también esté emitiendo su voto de viva voz.

El diputado Ricardo Ahued Bardahuil(desde la curul): A favor.

El diputado Eduardo Ledesma Romo (desde la curul): A favor.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:¿Algún diputado o diputada que falte de emitir su voto? Adelante, diputado. Sigue abierto el sistema.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Adelante, infórmenos del cómputo.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:Ciérrese el sistema de votación electrónico. Diputado presidente, se emitieron 361 votos en pro, 0 abstenciones, 4 en contra. Hay mayoría calificada.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Aprobados en lo general y en lo particular los artículos no impugnados, por 361 votos, reuniéndose la mayoría calificada de dos terceras partes de los presentes.

Esta Presidencia informa que se han reservado para la discusión en lo particular los siguientes artículos: el 94, el 100, el 103 y el 107, por el diputado Jaime Cárdenas Gracia. Y el artículo 100 por el diputado Óscar Martín Arce Paniagua.

Hemos recibido del diputado Jaime Cárdenas Gracia oficio en el que nos hace las siguientes solicitudes:

Primero. Reservar para su discusión en lo particular los preceptos mencionados en este escrito, lo cual ya hemos hecho, ya han sido enumerados en la asamblea.

Segundo. Acordar la votación nominal de los preceptos reservados. Todas las votaciones en lo particular son votaciones nominales.

Tercero. Concederle 30 minutos en tribuna para exponer los argumentos del caso sobre los preceptos reservados.

Dado que el diputado Cárdenas Gracia tiene cuatro artículos reservados, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo vigésimo cuarto del acuerdo relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, y con la facultad que nos concede el artículo 20 en relación a la dirección de los debates a la Mesa Directiva, se le conceden al diputado Cárdenas Gracia 17 minutos para la exposición de los cuatro artículos reservados.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia:Gracias, presidente, por su generosidad. Compañeras diputadas, compañeros diputados. Voy a tratar de ser muy sintético en los argumentos.

Repito que me parece una reforma importante, que se avanza en algunos puntos, pero que es una reforma insuficiente que no está a la altura de las circunstancias que el sistema judicial y los derechos de los ciudadanos demandan del Poder Judicial de la Federación.

Respecto del artículo 94 constitucional, presidente, mis tres objeciones al artículo 94 que se sometió a votación en lo general, y que fue votado en lo general por este pleno a favor, tengo tres comentarios:

Hay que decirles a los compañeros que en este artículo 94 se establece una substanciación prioritaria en materia de controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad. Es decir, el Congreso de la Unión o el Ejecutivo federal tendrán trato privilegiado respecto de las otras autoridades previstas en el artículo 105 de la Constitución, para que la Suprema Corte atienda de manera preferente controversias y acciones de inconstitucionalidad promovidas por estos dos poderes.

Me parece que es un trato injustificado que viola el principio de acceso igualitario a la justicia respecto de las otras autoridades que pueden promover acciones y controversias y que no tienen este trato privilegiado.

El segundo punto de rechazo a este dictamen del artículo 94 tiene que ver con el principio tradicional del derecho mexicano en materia de amparo, que establece la obligatoriedad de la jurisprudencia y que obliga tanto al Poder Judicial Federal como a poderes judiciales locales.

Estimo, como lo ha señalado la doctrina nacional y extranjera, que la obligatoriedad de la jurisprudencia implica una camisa de fuerza, presidente, que impide ejercer la independencia judicial plenamente.

La jurisprudencia debiera ser en nuestro país meramente indicativa y no obligatoria, para promover y maximizar la independencia judicial. Sin embargo, el dictamen contiene, sigue conteniendo este criterio tradicional y obliga a los tribunales inferiores a acatar jurisprudencia obligatoria, limitando su independencia y su libertad de criterio, la flexibilidad interpretativa de los tribunales.

En tercer lugar, presidente, esta reforma pudo haber modificado sustancialmente la Constitución para que los ministros de la Corte no reciban emolumentos superiores al presidente de la República y mantiene el criterio tradicional.

En la actualidad los ministros de la Corte pueden percibir emolumentos superiores al presidente de la República y además perciben un haber de retiro vitalicio, no solamente ellos, sino sus viudas o sus viudos, una vez que fallecen los ministros. Esto es un privilegio excesivo del derecho mexicano y se está garantizando en este dictamen.

Por lo que ve al artículo 100, en donde me da mucho gusto que varios grupos parlamentarios ya se han sumado a la reserva, hay que decir que este dictamen está planteando la limitación de los poderes de las facultades del Consejo de la Judicatura.

Se permite que cualquier decisión del Consejo de la Judicatura que tenga que ver con derechos de terceros o asuntos laborales, pueda ser conocida en revisión por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Si se aprueba en sus términos, como se pretende, este artículo 100 de la Constitución hará totalmente nugatorio el papel del Consejo de la Judicatura. Si ya es un órgano subordinado a la Corte, de aprobarse en sus términos el artículo 100 hará de este Consejo de la Judicatura un órgano totalmente subordinado a las decisiones del pleno de la Suprema Corte, y en los hechos el Consejo de la Judicatura será un órgano administrativo del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y no el órgano constitucional que se estableció en el artículo 100 para vigilar, disciplinar y administrar al Poder Judicial de la Federación.

Respecto del artículo 103, la reforma contiene importantes avances, es verdad. Se van a poder impugnar no solamente preceptos de la Constitución sino también preceptos previstos en tratados internacionales. Sin embargo, la reforma no contempla el amparo social.

En México urge que los derechos colectivos estén tutelados por el amparo. En la actualidad los derechos colectivos no están tutelados debidamente por el amparo ni los derechos sociales. Me parecería que era una oportunidad importante regular el amparo social en México y no se está regulando.

También sería fundamental que el amparo no solamente procediese contra decisiones de autoridades, sino contra decisiones de algunos particulares que desempeñan un papel importante en la sociedad mexicana, me refiero, en concreto, a los poderes fácticos, que el amparo, como en el derecho comparado, como en Argentina, como en Alemania, también procediese, no solamente contra actos de autoridad sino también contra actos de particulares y la reforma no está proponiendo eso en el artículo 103.

Respecto del artículo 107, compañeras diputadas y compañeros diputados, muchas pudieron ser las reformas y se queda la reforma a medias.

El interés jurídico, voy brevemente a explicar la importancia de la reforma y por qué es insuficiente. En la actualidad en materia de amparo, para que el amparo sea procedente y el juez de distrito entre al fondo, se debe acreditar que el acto de autoridad implica una afectación a la propiedad, a la libertad, a la posesión de una persona. Si no se acredita el agravio personal y directo, que eso es lo que significa interés jurídico, el amparo es improcedente y no se entra al fondo del asunto.

Según estadísticas de la propia Suprema Corte, de 100 amparos que se presentan todos los días en este país, del 100 por ciento, casi el 70 por ciento de los amparos son dese-chados porque no se acredita el interés jurídico.

Esta reforma da un paso adelante, permite que en algunos casos el amparo pueda ser procedente si se acredita un interés legítimo. Sin embargo, la reforma se queda a medias. Debería establecerse el interés legítimo en todo el derecho público, el derecho social y el derecho familiar.

Permite la reforma el interés legítimo en unos cuantos casos, no lo abre a todo el derecho público ni lo abre al derecho social ni lo abre al derecho familiar. Aquí, desde luego, hay una limitación importante en el dictamen.

La reforma al artículo 107 permite que en algunos casos se puedan invalidar normas generales. Esto me parece correcto, que pongamos fin a la Cláusula Otero, que establece que el amparo solamente procede contra el acto que está promoviendo el particular o el quejoso en un amparo, pero es muy curiosa esta reforma, dice: Sí, puede ponerse fin a la Cláusula Otero y el amparo puede tener efectos generales, pero no en materia de amparo, en materia tributaria.

Yo me pregunto por qué en materia tributaria o fiscal el amparo no tiene efectos generales, cuando debe tenerlos. Me parece una deficiencia muy importante de esta reforma.

Ocurre lo mismo en materia de suplencia de la queja. Se amplía la suplencia de la queja. Sin embargo, en derecho público, en derecho social y de nuevo en derecho familiar la suplencia de la queja en materia de amparo para beneficiar la protección a los sectores colectivos, al interés general, a los que promueven amparo en materia familiar debiera ser extensiva la suplencia de la queja en todos los casos. Pues no es así, no se hace extensiva en todos los casos.

Por otra parte, presidente, se establece que los tribunales superiores de justicia en los estados van a tener, a partir de este momento, en materia de amparo directo, un tratamiento privilegiado. En materia de amparo directo, no en todos los casos procederá el amparo directo ante un tribunal colegiado, solamente en algunos de los casos.

Tal como están hoy en día muchos tribunales superiores de justicia en los estados, me parece que es darles un inmenso poder a los gobernadores. Los gobernadores controlan muchos tribunales superiores de justicia. Sería importante que el amparo directo fuese procedente en la mayor parte de los casos y que no se limitara.

Con esto no estamos fortaleciendo el federalismo judicial, estamos fortaleciendo a los tribunales superiores de justicia de este país, presidente.

Por otro lado, en contradicción de tesis, que es este mecanismo que tiene la Corte para determinar qué tesis de qué tribunal colegiado debe prevalecer, se establece legitimación procesal, sobre todo a las autoridades para promover contradicción de tesis.

Pero oh enorme fallo. Nunca hay en esta reforma legitimación procesal abierta a los ciudadanos. Es decir, cuando los ciudadanos observemos de manera abierta, no cuando tengamos un interés jurídico, y que veamos que un tribunal colegiado decidió en una materia equis y el otro tribunal colegiado en esa misma materia decidió ye, que cualquier ciudadano de la república le diga al órgano competente para el conocimiento de la contradicción de tesis: “aquí hay una contradicción de tesis, resuélvela”. Pues no es el caso.

Los ciudadanos no tenemos legitimación procesal abierta para promover una contradicción de tesis ante los tribunales competentes, en este caso la contradicción de tesis está conferida exclusivamente también a las personas que según el dictamen están legitimadas.

Algo más, presidente. Esta reforma está proponiendo, en la fracción XVI del 107 de la Constitución, algo que me parece grave: no está distinguiendo entre servidores públicos que repiten el acto reclamado y los servidores públicos que tienen origen en una elección democrática.

De acuerdo a esta propuesta constitucional cuando exista repetición del acto reclamado cualquier servidor público podrá ser retirado de su cargo. Fíjese lo grave, no solamente en aquellos casos de servidores públicos que no tienen origen en una elección democrática. En esta propuesta de reforma se está diciendo que cuando hay repetición del acto reclamado cualquier servidor público, incluyendo los que hemos sido elegidos democráticamente por el voto popular, podemos ser retirados de nuestra función.

La reforma desde mi punto de vista debiera hacer la distinción y establecer que sí se puede retirar del cargo a un servidor que repite el acto reclamado en una sentencia de amparo, pero no respecto de aquellos que han sido elegidos democráticamente.

En estos casos, cuando hay repetición del acto reclamado ese tema debiera someterse a la consideración de la correspondiente asamblea legislativa para que un diputado o un senador pudiesen ser retirados del cargo.

Pues esta reforma no hace distinción alguna y si algún legislador o el Congreso de la Unión o esta Cámara de Diputados repiten el acto reclamado vamos a poder ser suspendidos, retirados de nuestro cargo, sin que se haga distinción alguna.

Concluyo, presidente, para decir que aunque la reforma contiene, desde luego, avances importantes, es una reforma insuficiente que no está previendo cuestiones importantes para nuestro país.

Desde mi punto de vista debiera existir en México un tribunal constitucional; que la Suprema Corte debiera ser un máximo tribunal de legalidad; que la Suprema Corte no debiera conocer, como hasta ahora, de cuestiones de legalidad de las que sigue conociendo; que los ministros de la Suprema Corte, ya que les estamos dando facultades para invalidar normas generales, debieran ser elegidos democráticamente por los ciudadanos; que los ministros de la Suprema Corte no debieran tener los privilegios salariales que hoy tienen ni de haber de retiro. Que además el Consejo de la Judicatura debiera tener más poderes de los que actualmente tiene para administrar, vigilar y disciplinar al Poder Judicial de la Federación. Que esos consejeros de la Judicatura debieran ser elegidos democráticamente por los ciudadanos.

Todos estos temas pues no están recogidos en esta reforma a los artículos 94, 100, 103 y 107 de la Constitución. Yo echo en falta presidente, compañeros diputados, compañeras diputadas, una reforma que ampliara los mecanismos de defensa de la Constitución, que actualmente no prevé nuestra Constitución.

Por ejemplo, ¿qué hacer cuando el Congreso incurre en inconstitucionalidad por omisión? ¿Cuando el propio Congreso establece, o el Poder Constituyente permanente que debemos legislar y no legislamos? ¿Qué mecanismo constitucional de defensa a la Constitución existe para exigir que el Congreso legisle? Pues ninguno.

Y esta reforma debiendo hacerse cargo de esos importantes asuntos no se hace cargo. Es una reforma insuficiente, es una reforma mediocre. Por su atención, compañeros, muchas gracias. Y espero que voten en lo particular en contra de esta reforma constitucional. Gracias.

Presidencia del diputado Francisco Javier Salazar Sáenz

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Gracias a usted, diputado. Consulte la Secretaría a la asamblea si se admite a discusión la modificación propuesta por el diputado Jaime Cárdenas Gracia, a los artículos 94, 100, 103 y 107.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la asamblea si se admiten a discusión los artículos reservados por el diputado Jaime Cárdenas. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Hay mayoría por la negativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Se desecha la modificación propuesta por el diputado.

Tiene la palabra el señor diputado Óscar Martín Arce Paniagua, del Partido Acción Nacional.

Mientras llega el señor diputado al micrófono; quiero informarles señores diputados y señoras diputadas, que les damos la bienvenida y nos da mucho gusto tener la visita de los alumnos de la Escuela Preparatoria Oficial 33, de Metepec, estado de México, a invitación del diputado Miguel Terrón Mendoza.

De los alumnos de la Universidad Autónoma de Tlaxcala, a invitación del diputado Julián Francisco Velázquez y Llorente.

También de los alumnos de la Escuela Libre de Derecho, invitados por el diputado Ovidio Cortazar Ramos.

Así como estudiantes de la Universidad Euro Hispanoamericana de Xalapa, Veracruz, invitados por el diputado Ricardo Ahued Bardahuil.

También los invitados de la diputada Teresa Ochoa, que son egresados de la Universidad de Cuautitlán, Izcalli en habilidades gerenciales y alumnos de la maestría de la Facultad de Economía, de Monterrey, campus estado de México, en administración pública.

Adelante, señor diputado Arce Paniagua.

El diputado Óscar Martín Arce Paniagua:Con su venia, presidente.

Sin duda alguna la mayoría de las reformas que se proponen el día de hoy son muy benéficas, empezando —como lo comentaron mis compañeros diputados— porque a partir de esta reforma que aprobamos en lo general, cuando se declara inconstitucional cualquier artículo, ley, decreto, ya no tendrán que hacerlo todas las personas, sino con una sola persona que consiga eso será suficiente para que se aplique a toda la nación. Creo que es una gran reforma. No abundaré en ella.

Sin embargo, hoy, platicando con los grupos parlamentarios, coincidiendo un poco con lo que decía mi compañero Cárdenas, coincidimos en que el artículo 100, en la forma en que está redactado en la minuta que viene del Senado, vulnera esa parte de autonomía que tiene el Consejo de la Judicatura.

Es decir, el Consejo de la Judicatura se creó para que fuera un ente independiente a la Corte y no estuviera sujeto en ninguna de sus determinaciones esenciales. En la reforma que se propone, que se votó en lo general, bueno, el Consejo estaría supeditado en algunos temas a la Suprema Corte de Justicia, lo cual consideramos no debe ser.

La propuesta, actualmente, de la minuta, dice lo siguiente, en la parte fundamental del párrafo. Seré muy específico: Las decisiones del Consejo serán definitivas e inatacables. Por tanto, en su contra no procede ningún juicio ni recurso. —Estamos de acuerdo ahí. Salvo las que afectan los derechos de personas ajenas al Poder Judicial de la Federación y las que sean de materia laboral.

Nosotros consideramos que esto tampoco debe ser materia de revisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, tal y como se propone, sino que se quede en el seno del Consejo de la Judicatura, y hemos coincidido los grupos parlamentarios, algunos grupos parlamentarios, especialmente el PRI y el PAN, en dejar el artículo 100 en los términos que estaba antes de la aprobación de esta minuta. Es decir, en los términos actuales, porque la minuta no se ha aprobado en lo particular.

Me voy a permitir leerlo para que se continúe con la votación, si no se admite quedará en los mismos términos del día de hoy, del artículo 100 que dice lo siguiente:

Artículo 100. El Consejo de la Judicatura federal será un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica de gestión y para emitir sus resoluciones. Iré al párrafo concreto que es, todo lo demás sigue igual:

Dice: De conformidad con lo establecido en la ley, el Consejo estará facultado para expedir sus acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones. La Suprema Corte de Justicia no podrá solicitar al Consejo la expedición de aquellos acuerdos generales que consideren necesarios para asegurar un adecuado ejercicio de la función jurisdiccional federal.

El pleno de acuerdo también podrá revisar, en su caso revocar los que el Consejo apruebe por mayoría de cuando menos ocho votos. La ley establecerá los términos y procedimientos para el ejercicio de estas atribuciones.

Las decisiones del Consejo serán definitivas e inatacables y, por tanto, no procede juicio ni recurso alguno en contra de las mismas, salvo las que se refieren a la designación, adscripción, ratificación y remoción de los magistrados y jueces, las cuales podrán ser revisadas por la Suprema Corte de Justicia, únicamente para verificar que hayan sido adoptadas conforme a las reglas que establece la Ley Orgánica respectiva.

Es decir, no aceptaríamos la modificación al artículo 100, que viene en la minuta del Senado, tal y como lo hemos acordado, y dejaríamos que inclusive en el tema laboral, en el tema de amparo de terceros no proceda ningún recurso ante la Suprema Corte y el Consejo de la Judicatura sea el órgano que defina en definitiva en estos términos.

Es cuanto, presidente, y pido que la someta a consideración.

«Reserva a las modificaciones del artículo 100 de la minuta con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los artículos 94, 100, 103, 104 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Oscar Martín Arce Paniagua.

Con el permiso de la Presidencia, compañeras y compañeros diputados:

A nombre del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo que se establece en los artículos 124, 125, 133, y 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, acudo a esta tribuna para fundamentar la reserva respecto del artículo 100 del dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales sobre la minuta con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los artículos 94, 100, 103, 104 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La modificación que propone la Colegisladora y que avaló la Comisión de Puntos Constitucionales de esta Cámara, es en el sentido de establecer nuevos supuestos de excepción a los principios de inatacabilidad y definitividad de las resoluciones y decisiones del Consejo de la Judicatura Federal, cuando se trate de resoluciones que afecten derechos de personas ajenas al Poder Judicial de la Federación y cuando se trate de resoluciones en materia laboral.

Cabe precisar que la propuesta de modificación tiene por justificación, dar plena certeza a todos aquellos individuos ajenos al Poder Judicial de la Federación y los trabajadores del mismo, que no tenían a su alcance la posibilidad de impugnar aquellas resoluciones del Consejo de la Judicatura

Federal que les causaran algún perjuicio.

Con base en lo anterior, hago de su conocimiento los argumentos que sustentan que la incorporación de tales excepciones al artículo 100, son contrarias a derecho, al tenor de lo siguiente:

I. Incongruencia del proyecto de reforma con la interpretación vigente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

El penúltimo párrafo del artículo 100 constitucional, dispone lo siguiente:

Las decisiones del Consejo serán definitivas e inatacables y, por lo tanto, no procede juicio ni recurso alguno, en contra de las mismas, salvo las que se refieran a la designación, adscripción, ratificación y remoción de magistrados y jueces, las cuales podrán ser revisadas por la Suprema Corte de Justicia, únicamente para verificar que hayan sido adoptadas conforme a las reglas que establezca la Ley Orgánica respectiva.

La propuesta de la minuta aprobada en sus términos por la Comisión de Puntos Constitucionales de esta Cámara, propone lo siguiente:

Las decisiones del Consejo serán definitivas e inatacables y, por lo tanto, en su contra no procede juicio ni recurso alguno, salvo las que afecten derechos de personas ajenas al Poder Judicial de la Federación, las que sean de materia laboraly las que se refieran a la designación, adscripción, cambio de adscripción, ratificación y remoción de magistrados y jueces, las cuales sólo podrán ser revisadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Al respecto, debe notarse que la ratio constitucional del texto vigente es otorgar plena validez e inatacabilidad a las resoluciones del Consejo de la Judicatura, a fin de fortalecer institucionalmente a dicho órgano, que goza de independencia técnica, de gestión para emitir sus resoluciones, de conformidad con el primer párrafo del artículo 100 constitucional.

Tal criterio se ha sostenido y refrendado por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, inclusive surgió entre criterios discordantes de la 1a. y 2a. sala de dicha Corte, a continuación se transcribe la tesis de jurisprudencia por contradicción del Pleno de nuestro máximo tribunal:

Novena Época Registro: 181762 Instancia: PlenoJurisprudenciaFuente: Semanario Judicial de la Federación y su GacetaXIX, Abril de 2004 Materia(s): ComúnTesis: P./J. 25/2004 Página: 5

Los artículos 94, segundo párrafo y 100, primer y penúltimo párrafos, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establecen que el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación y cuenta con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones, las cuales serán definitivas e inatacables por lo que no procede juicio ni recurso alguno en su contra. Esa regla sólo admite las excepciones expresamente consignadas en el indicado penúltimo párrafo del artículo 100 constitucional, relativas a la designación, adscripción, ratificación y remoción de magistrados de circuito y jueces de distrito, las que podrán impugnar se ante el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante el recurso de revisión administrativa, únicamente para verificar que se hayan emitido de conformidad con las disposiciones legales aplicables. Atento a lo anterior, resulta indudable que contra los actos y resoluciones emitidos por el citado Consejo no procede el juicio de garantías, aun cuando éste se intente por un particular ajeno al Poder Judicial de la Federación, lo cual no pugna con la garantía de acceso a la justicia que consagra el artículo 17 de la Constitución Federal, pues ésta no es absoluta e irrestricta y, por ende, no puede ejercerse al margen de los cauces establecidos por el legislador y menos aún de los previstos por el Constituyente Permanente.

Contradicción de tesis 29/2003-PL. Entre las sustentadas por la primera y segunda salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. 16 de marzo de 2004. Mayoría de siete votos. Disidentes: José Ramón Cossío Díaz, Olga Sánchez Cordero de García Villegas y Juan N Silva Meza. Ausente: Humberto Román Palacios. Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. secretaria: Georgina Laso de la Vega Romero.

El tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada hoy veinticinco de marzo en curso, aprobó, con el número 25/2004, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a veinticinco de marzo de dos mil cuatro.

De conformidad con lo anterior, se ratifica el carácter irrecurrible e inatacable de las decisiones del Consejo de la Judicatura, inclusive sin proceder el juicio de amparo de una persona ajena al Poder Judicial de la Federación, debiendo precisar que dicha inatacabilidad no pugna con la garantía de acceso a la justicia que consagra el artículo 17 de la Constitución Federal, pues es de explorado derecho, que las garantías individuales no son absolutas e irrestrictas, sino que están sujetas a los límites que establezca el legislador, y más aún los que previene el Constituyente Permanente, siendo un límite valido y constitucional asegurar una función institucional.

Por tanto, debe hacerse énfasis que el carácter inatacable de las resoluciones del Consejo de la Judicatura, tiene por objeto garantizar la función de dicho órgano, a fin de optimizar su actuación, y que la misma no este sujeta a impugnación posterior, lo cual sería en demerito de su independencia y autonomía.

II. Incongruencia normativa con los fines que persigue la modificación constitucional

La modificación propuesta por el Senado y avalada por la Comisión de Puntos Constitucionales de esta Cámara de Diputados, justifican que la reforma dará plena certeza a todos aquellos individuos ajenos al poder judicial de la federación y los trabajadores del mismo, que no tenían a su alcance la posibilidad de impugnar aquellas resoluciones del Consejo de la Judicatura Federal que les causaran algún perjuicio, luego entonces, debe precisarse que previo a cualquier resolución que dicte el Consejo de la Judicatura, se sustancia y sigue un procedimiento legal donde se respetan garantías de audiencia y debido proceso, por lo cual no se deja en estado de indefensión a personas ajenas al Poder Judicial de la federación y los trabajadores del mismo, por lo cual no existe el problema que pretende justificar el proyecto que hoy se reserva.

Por tanto, no tiene mucho sentido otorgar un recurso o la posibilidad de impugnación, cuando quien resolvería sería el superior jerárquico del Consejo de la Judicatura, que sería la Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo cual vulneraría la independencia y autonomía de las decisiones del propio consejo.

Además, debe considerarse que tal supuesto no contempla que los asuntos que debe conocer la Suprema Corte de Justicia de la Nación, deben guardar relevancia e importancia, ya que de lo contrario se distraerían de su conocimiento, con asuntos administrativos o laborales, si no de menos importancia, al menos que no correspondería su conocimiento de manera originaria.

En tal tesitura, no sólo debe salvaguardarse la función y autonomía del Consejo de la Judicatura Federal, sino también evitar cargas de trabajo innecesarias para el máximo tribunal de nuestro país, al abrir la puerta a impugnaciones de cualquier persona contra el Consejo de la Judicatura Federal.

III. Vulneración del principio de debida fundamentación y motivación de los actos de la autoridad legislativa

Cualquier autoridad esta obligada a fundar y motivar sus actos, so pena de la nulidad e impugnación de los mismos, en consecuencia, debemos señalar que la modificación propuesta por la colegisladora de reformar el penúltimo párrafo del artículo 100 constitucional, en específico, se suprime la siguiente expresión que sí esta contenida en el texto vigente:

“...únicamente para verificar que hayan sido adoptadas conforme a las reglas que establezca la ley orgánica respectiva.”

Cabe precisar que tal circunstancia, no se encuentra justificada ni en la minuta ni en el dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales de esta Cámara, pese a que tal enunciado constituye un límite a la excepción de inatacabilidad, por lo cual, no sólo se están aumentado las excepciones a la inatacabilidad de las resoluciones del Consejo, sino que además se están suprimiendo los límites legales que se pudiesen establecer en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Es importante recalcar, que cualquier excepción debe estar debidamente definida y más si se trata de una excepción legal, por lo cual es inadmisible que se elimine la reserva de ley, que actualmente se hace en el penúltimo párrafo del artículo 100 constitucional.

Me permito solicitar a usted, con fundamento en el numeral 124 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someta a consideración del Pleno la eliminación del penúltimo párrafo del numeral 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la siguiente modificación:

Dice:

Artículo 100.El Consejo de la Judicatura Federal será un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones.

El Consejo se integrará por siete miembros de los cuales, uno será el Presidente de la Suprema Corte de Justicia, quien también lo será del Consejo; tres Consejeros designados por el Pleno de la Corte, por mayoría de cuando menos ocho votos, de entre los magistrados de circuito y jueces de Distrito; dos Consejeros designados por el Senado, y uno por el Presidente de la República.

Todos los consejeros deberán reunir los requisitos señalados en el artículo 95 de esta Constitución y ser personas que se hayan distinguido por su capacidad profesional y administrativa, honestidad y honorabilidad en el ejercicio de sus actividades, en el caso de los designados por la Suprema Corte, deberán gozar, además con reconocimiento en el ámbito judicial.

El Consejo funcionará en Pleno o en comisiones. El Pleno resolverá sobre la designación, adscripción, ratificación y remoción de magistrados y jueces, así como de los demás asuntos que la ley determine.

Salvo el Presidente del Consejo, los demás consejeros durarán cinco años en su cargo, serán substituidos de manera escalonada, y no podrán ser nombrados para un nuevo período.

Los consejeros no representan a quien los designa, por lo que ejercerán su función con independencia e imparcialidad. Durante su encargo, sólo podrán ser removidos en los términos del Título Cuarto de esta Constitución.

La ley establecerá las bases para la formación y actualización de funcionarios, así como para el desarrollo de la carrera judicial, la cual se regirá por los principios de excelencia, objetividad, imparcialidad, profesionalismo e independencia.

De conformidad con lo que establezca la ley, el Consejo estará facultado para expedir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones. La Suprema Corte de Justicia podrá solicitar al Consejo la expedición de aquellos acuerdos generales que considere necesarios para asegurar un adecuado ejercicio de la función jurisdiccional federal. El Pleno de la Corte también podrá revisar y, en su caso, revocar los que el Consejo apruebe, por mayoría de cuando menos ocho votos. La ley establecerá los términos y procedimientos para el ejercicio de estas atribuciones.

Las decisiones del Consejo serán definitivas e inatacables y, por lo tanto, en su contra no procede juicio ni recurso alguno, salvo las que afecten derechos de personas ajenas al Poder Judicial de la Federación, las que sean de materia laboral y las que se refieran a la designación, adscripción, cambio de adscripción, ratificación y remoción de magistrados y jueces, las cuales sólo podrán ser revisadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La Suprema Corte de Justicia elaborará su propio presupuesto y el Consejo lo hará para el resto del Poder Judicial de la Federación, sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo séptimo del artículo 99 de esta Constitución. Los presupuestos así elaborados serán remitidos por el Presidente de la Suprema Corte para su inclusión en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación. La administración de la Suprema Corte de Justicia corresponderá a su Presidente.

Debe decir:

Artículo 100. El Consejo de la Judicatura Federal será un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones.

El Consejo se integrará por siete miembros de los cuales, uno será el Presidente de la Suprema Corte de Justicia, quien también lo será del Consejo; tres consejeros designados por el Pleno de la Corte, por mayoría de cuando menos ocho votos, de entre los magistrados de circuito y jueces de distrito; dos consejeros designados por el Senado, y uno por el Presidente de la República.

Todos los consejeros deberán reunir los requisitos señalados en el artículo 95 de esta Constitución y ser personas que se hayan distinguido por su capacidad profesional y administrativa, honestidad y honorabilidad en el ejercicio de sus actividades, en el caso de los designados por la Suprema Corte, deberán gozar, además con reconocimiento en el ámbito judicial.

El Consejo funcionará en Pleno o en comisiones. El Pleno resolverá sobre la designación, adscripción, ratificación y remoción de magistrados y jueces, así como de los demás asuntos que la ley determine.

Salvo el Presidente del Consejo, los demás consejeros durarán cinco años en su cargo, serán substituidos de manera escalonada, y no podrán ser nombrados para un nuevo período.

Los consejeros no representan a quien los designa, por lo que ejercerán su función con independencia e imparcialidad. Durante su encargo, sólo podrán ser removidos en los términos del Título Cuarto de esta constitución.

La ley establecerá las bases para la formación y actualización de funcionarios, así como para el desarrollo de la carrera judicial, la cual se regirá por los principios de excelencia, objetividad, imparcialidad, profesionalismo e independencia.

De conformidad con lo que establezca la ley, el Consejo estará facultado para expedir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones. La Suprema Corte de Justicia podrá solicitar al Consejo la expedición de aquellos acuerdos generales que considere necesarios para asegurar un adecuado ejercicio de la función jurisdiccional federal. El Pleno de la Corte también podrá revisar y, en su caso, revocar los que el Consejo apruebe, por mayoría de cuando menos ocho votos. La ley establecerá los términos y procedimientos para el ejercicio de estas atribuciones.

Las decisiones del Consejo serán definitivas e inatacables y, por lo tanto, no procede juicio ni recurso alguno, en contra de las mismas, salvo las que se refieran a la designación, adscripción, ratificación y remoción de magistrados y jueces, las cuales podrán ser revisadas por la Suprema Corte de Justicia, únicamente para verificar que hayan sido adoptadas conforme a las reglas que establezca la ley orgánica respectiva.

La Suprema Corte de Justicia elaborará su propio presupuesto y el Consejo lo hará para el resto del Poder Judicial de la Federación, sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo séptimo del artículo 99 de esta Constitución. Los presupuestos así elaborados serán remitidos por el Presidente de la Suprema Corte para su inclusión en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación. La administración de la Suprema Corte de Justicia corresponderá a su Presidente.

Por su atención, muchas gracias.

Diputado Oscar Martín Arce Paniagua (rúbrica).»

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Gracias, señor diputado. Consulte la Secretaría a la asamblea si se admite a discusión la modificación propuesta por el diputado Óscar Martín Arce Paniagua al artículo 100.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:Por instrucciones de la Presidencia y en votación económica se pregunta a la asamblea si se admiten...

El diputado Rigoberto Salgado Vázquez(desde la curul): Señor presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Dígame, señor diputado Salgado.

El diputado Rigoberto Salgado Vázquez(desde la curul): Presidente, estamos solicitando se vote nominalmente la aceptación de este punto de reserva.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Sí, señor diputado, pero primero tiene que ser aceptada a discusión o rechazada a discusión. Continúe la Secretaría.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:Por instrucciones de la Presidencia y en votación económica se pregunta a la asamblea si se aceptan las modificaciones propuestas por el diputado Óscar Martín Arce Paniagua. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favo. Quienes estén por la negativa.

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Aceptada a discusión la modificación propuesta por el diputado Óscar Arce.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia (desde la curul): Señor presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Sí, diputado Jaime Cárdenas.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia (desde la curul): Para entrar en la discusión de la propuesta, señor presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Sí, diputado, está a discusión. Queda inscrito el diputado Cárdenas. Tiene usted la palabra, diputado Cárdenas.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia:Sí, presidente. Me alegro mucho que de parte del compañero Arce Paniagua y sé que también de otras fracciones parlamentarias o de todas las fracciones parlamentarias, hasta donde sé, están de acuerdo en que se mantenga, si no entendí mal, en sus términos el artículo 100, el párrafo correspondiente del artículo 100 constitucional, que diría, como lo establece actualmente: las decisiones del consejo serán definitivas e inatacables y por tanto, no procede juicio ni recurso alguno en contra de las mismas, salvo las que se refieren a la designación, adscripción, ratificación y remoción de magistrados y jueces, las cuales podrían ser o podrán ser revisadas por la Suprema Corte.

Me parece que la redacción vigente de este párrafo del artículo 100 es totalmente correcta, aunque diría que habría que ir un poco más allá, habría que fortalecer más al Consejo de la Judicatura.

Voy brevemente a comentar cómo se origina este órgano. En la reforma constitucional del año 94 a este artículo de la Constitución, que entró en vigor en 1995, se creó en México por primera vez el Consejo de la Judicatura Federal.

El Consejo de la Judicatura Federal, como ya lo han expresado algunos de mis compañeros, es un órgano que sirve, que tiene por propósito vigilar, administrar y disciplinar a los miembros del Poder Judicial de la Federación. Es un órgano de una importancia fundamental.

Cuando esta reforma fue aprobada se pretendía que muy pocas de las decisiones del consejo fuesen revisadas por el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sin embargo, se estableció por criterios de la propia Corte que algunas decisiones del Consejo fuesen revisadas y se fue ampliando de alguna manera, desde mi punto de vista, incorrecta, la competencia del pleno de la Corte para estar revisando muchas de las decisiones del Consejo de la Judicatura Federal, limitando sus atribuciones de vigilancia, disciplina y administración del Poder Judicial de la Federación.

Lo que pretendía el dictamen o la minuta que estamos conociendo en este momento era algo totalmente inaceptable, que la posibilidad de la Corte de revisar en mayor medida las decisiones del Consejo de la Judicatura se ampliara. Por ejemplo, decisiones que afecten derechos de personas ajenas al Poder Judicial o la materia laboral, en estas materias, según la propuesta del dictamen, esas decisiones y no solamente las que tenían que ver con la designación, adscripción, ratificación de los miembros del Poder Judicial podrían ser revisadas por el pleno de la Corte.

Es darle una competencia enorme a la Corte y hacer totalmente pequeño y chiquito al Consejo de la Judicatura Federal. Qué bueno que en este pleno, por lo menos en esta materia, estemos rectificando y pretendamos dejar tal como está el artículo 100 de la Constitución, para que el Consejo de la Judicatura, aunque sea en parte, tenga algún tipo de independencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

A mí me gustaría que la reforma fuese aún mayor, que por ejemplo el presidente del Consejo no fuese el presidente de la Suprema Corte. A mí me gustaría que la integración del Consejo de la Judicatura fuese totalmente ciudadana y me gustaría que el Consejo de la Judicatura tuviese más atribuciones y competencias para vigilar, administrar y disciplinar al Poder Judicial de la Federación.

Sé que en este momento no existen las condiciones políticas para ello, pero yo invito a mis compañeros legisladores a que pensemos en una reforma al Consejo de la Judicatura, de mayor envergadura, para que el Consejo de la Judicatura sea ciudadano, para que sus miembros sean elegidos democráticamente y para que el presidente de la Corte ya no sea el presidente del Consejo de la Judicatura.

Por su atención, compañeros, muchas gracias y espero que voten a favor de esta reserva.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Gracias, señor diputado. No habiendo más oradores inscritos, consulte la Secretaría a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo mencionado.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:Por instrucciones de la Presidencia y en votación económica se pregunta a la asamblea si se considera suficientemente discutido el artículo reservado por el diputado Óscar Martín Arce Paniagua. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor. Quienes estén por la negativa.

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Suficientemente discutido. Consulte la Secretaría a la asamblea si se acepta la modificación propuesta por el señor diputado Óscar Arce Paniagua.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:Por instrucciones de la Presidencia y en votación económica se pregunta a la asamblea si se aceptan las proposiciones del diputado Óscar Martín Arce Paniagua. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo, por favor. Quienes estén por la negativa.

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: Aceptada la modificación propuesta.

Se pide a la Secretaría abra el sistema electrónico por 5 minutos para proceder a la votación nominal de los artículos reservados en términos del dictamen, con excepción del artículo 100 que se elimina del propio dictamen. Sólo los artículos reservados, con excepción del artículo 100, que queda en los términos de la ley original.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior. Ábrase el sistema electrónico por 5 minutos para proceder a la votación nominal de los artículos reservados, en términos del dictamen, con excepción del artículo 100.

(Votación)

El Presidente diputado Francisco Javier Salazar Sáenz: En el inter le damos la más cordial bienvenida a personal docente, a padres de familia y a estudiantes de la escuela primaria Benito Juárez García, del municipio de Cuernavaca del estado de Morelos, invitados por la diputada federal Rosalina Mazari Espín. Sean ustedes bienvenidos.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:¿Falta algún diputado o diputada de emitir su voto? Sigue abierto el sistema. ¿Falta algún diputado o diputada? Adelante.

¿Falta algún diputado o diputada de emitir su voto? De viva voz, el diputado José Luis Álvarez Martínez.

El diputado José Luis Álvarez Martínez (desde la curul): A favor.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:¿Algún diputado o diputada que falte de emitir su voto? Adelante, diputado, sigue abierto el sistema.

¿Algún diputado o diputada que falte de emitir su voto? Adelante, sigue abierto el sistema.

Ciérrese el sistema de votación electrónico.

Diputado presidente, se emitieron 336 votos a favor, 0 abstenciones y 6 en contra.

Presidencia del diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Quedan aprobados por 336 votos los artículos reservados, que son el 94, el 103 y 107 en los términos del dictamen.

Ahora, señores diputados, para efecto de que haya una absoluta claridad en el proceso que estamos llevando a cabo, que es nada más y nada menos que una modificación a la Constitución de la República, se pide a la Secretaría abra el sistema electrónico por 5 minutos para proceder a la votación del artículo 100 con la modificación aceptada, lo que significaría dejar el artículo 100 tal y como se encuentra actualmente en la Constitución de la República.

Proceda la Secretaría.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior. Ábrase el sistema electrónico por 5 minutos para proceder a la votación nominal del artículo 100 con la modificación aceptada.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Lo que significa que votar en pro es dejar el artículo 100 tal y como está en la Constitución actualmente.

(Votación)

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:¿Falta algún diputado o diputada por emitir su voto? Adelante, sigue abierto el sistema. Sigue abierto el sistema, pueden votar desde su curul.

Solicito auxilien a la diputada, porque tiene problemas con el sistema, por favor.

¿Falta algún diputado o diputada de emitir su voto? De viva voz el diputado José Luis Álvarez Martínez.

El diputado José Luis Álvarez Martínez(desde la curul): A favor.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:Gracias, diputado. ¿Algún diputado o diputada que falte de emitir su voto? Gracias. Sigue abierto el sistema, diputados.

Ciérrese el sistema de votación electrónico.

Diputado presidente, se emitieron 275 votos a favor, 3 abstenciones y 45 en contra.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Aprobado por 275 votos, por lo consiguiente se retira, se elimina del proyecto de decreto el artículo 100. Y por consiguiente, en  los términos de la ley y de la Constitución General de la República queda aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los artículos 94, 103, 104 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se devuelve al Senado para los efectos de la fracción E del artículo 72 constitucional.



LEY ORGANICA DE LA ARMADA DE MEXICO - LEY DE ASCENSOS DE LA ARMADA DE MEXICO

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 27  de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea en votación económica si se le dispensa la lectura.

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se le dispensa la lectura. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa favor de manifestarlo. Quienes estén por la negativa favor de manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, señor presidente. Se dispensa la lectura.

«Dictamen de la Comisión de Marina, con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Armada de México, y de la Ley de Ascensos de la Armada de México

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Marina de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión fue turnada, para estudio y dictamen, la minuta proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de las Leyes Orgánica, y de Ascensos de la Armada de México.

Con fundamento en  los artículos 39, 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 60, 65, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se procedió al análisis de la minuta, presentando a consideración de esta asamblea el siguiente dictamen.

La Comisión de Marina se abocó al examen de la minuta descrita al tenor de los siguientes

Antecedentes

1. En la sesión plenaria de la Comisión Permanente celebrada el 11 de julio de 2007, la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión recibió la iniciativa mediante la cual se reforman y adicionan diversas disposiciones de las Leyes Orgánica, y de Ascensos de la Armada de México, la cual fue presentada por el diputado Carlos Ernesto Navarro López en nombre de la diputada Claudia Lilia Cruz Santiago, ambos del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

2. En esa misma fecha, el vicepresidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión turnó a la Comisión de Marina de la Cámara de Diputados la iniciativa en comento, para estudio y elaboración del dictamen correspondiente.

3. Con fecha 10 de febrero de 2009, la Comisión de Marina presentó a consideración del pleno de la Cámara de Diputados, el dictamen por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de las Leyes Orgánica, y de Ascensos de la Armada de México, que fue aprobado con 351 votos en pro y 4 abstenciones, remitiendo en esa misma fecha la minuta al Senado como Cámara revisora.

4. En sesión ordinaria celebrada el 12 de febrero de 2009, la Presidencia de la Mesa Directiva del Senado de la República dispuso que la minuta de referencia, se turnara a las Comisiones de Marina, y de Estudios Legislativos, Primera, del Senado de la República, para su análisis y dictamen correspondiente.

5. Mediante oficio número DGLP-2P3A.-9701, de fecha 19 de febrero de 2009, se comunica el acuerdo de la Mesa Directiva por el que se autoriza además la ampliación de turno, solicitado por la Comisión de Equidad y Genero, para quedar a las Comisiones Unidas de Marina, de Equidad y Genero, y de Estudios Legislativos, Primera.

6. Con fecha 29 de abril de 2010, las Comisiones Unidas de Marina, de Equidad y Género, y de Estudios Legislativos, Primera, presentaron a consideración del pleno de la Cámara de Senadores el dictamen con modificaciones a la minuta  por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de las Leyes Orgánica, y de Ascensos de la Armada de México, que fue aprobado con 91 votos en pro y 1 abstención y por lo tanto fue devuelto a la Cámara de Diputados para los efectos de lo dispuesto en la fracción E) del artículo 72 constitucional.

7. En sesión celebrada el 7 septiembre de 2010 mediante oficio número D.G.P.L. 61-II-3-602 la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó a la Comisión de Marina dicha minuta para el trámite señalado en el párrafo anterior.

8. Con fecha 9 de noviembre de 2010, el pleno de esta comisión valoró y discutió el dictamen presentado y aprobó por unanimidad los fundamentos y razones por los cuales se formula el presente dictamen.

Valoración de la minuta

Primera. La participación de las mujeres en las Fuerzas Armadas es un progreso evidente de las luchas de género. Alcanzar la equidad en este ámbito es, sin discusión, muestra de civilidad, de desarrollo humano y de justicia. Con motivo del bicentenario de la Independencia Nacional y el centenario de la Revolución Mexicana, se ha hecho una nueva valoración de la importancia que tuvo en estas gestas el papel de la mujer no sólo por su inteligencia, valentía, arrojo y sensibilidad, sino también por su compromiso con la construcción de un nuevo país.

Segunda. La mujer en México mantiene viva esa voluntad de transformación y de superación que le ha permitido salir de condiciones ancestrales que la habían mantenido al margen de las grandes decisiones nacionales. Hoy, gracias a esta renovada voluntad de participación, las mujeres ocupan cargos de la más elevada responsabilidad en todos los espacios de la vida nacional y contribuyen decisivamente al desarrollo de México.

Tercera. Lo anterior explica en buena medida el ingreso cada vez mayor de las mujeres al ámbito militar, incluso a las instituciones educativas donde hasta hace poco sólo ingresaba personal masculino como lo son la Heroica Escuela Naval Militar y el Heroico Colegio Militar.

Cuarta. Por cuanto al orden jurídico, esta comisión considera que las reformas y adiciones propuestas, tienen su sustento constitucional en lo establecido por el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que en su parte conducente establece: “ Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.

Quinta. Asimismo, es congruente con lo dispuesto por el artículo 1o. de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, que señala: “La presente ley tiene por objeto regular y garantizar la igualdad entre mujeres y hombres, y proponer los lineamientos y mecanismos institucionales que orienten a la nación hacia el cumplimiento de la igualdad sustantiva en los ámbitos público y privado, promoviendo el empoderamiento de las mujeres. Sus disposiciones son de orden público e interés social y de observancia general en todo el territorio nacional”.

Por ello, compartimos el espíritu de la minuta que se dictamina respecto a que en las normas jurídicas navales se establezca de manera expresa la equidad de género al interior de la Armada de México porque así se nutre del espíritu femenino que es, a no dudarlo, una fuente de fortaleza y resolución para las elevadas funciones que le tocan desempeñar en defensa de la soberanía y en la preservación de la seguridad nacional.

En virtud de que el Senado aprobó realizar algunas modificaciones a la iniciativa original y que estos cambios la fortalecen en forma y fondo, esta Comisión concluye que fundada y razonadamente resulta necesario adoptar las modificaciones a la Minuta hechas por las Comisiones Unidas de Marina, de Equidad y Género, y de Estudios Legislativos, Primera, de la colegisladora que enseguida se expresan.

A. Respecto al artículo 4o. de la Ley Orgánica de la Armada de México, deberá quedar de la manera siguiente:

Artículo 4. La Armada de México está integrada por

I. Recursos humanos, que se integran por el personal, que presta sus servicios en la Armada, estando sujeto a las leyes, reglamentos y demás disposiciones de orden naval y militar, las cuales serán aplicables en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

II. y III. ...

Esta modificación se realiza con la finalidad de que se establezca claramente que las leyes, reglamentos y demás disposiciones de orden naval y militar son aplicables en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, tanto en los derechos como en las obligaciones contenidas en dichas normas.

B. Respecto al artículo 13 de la Ley Orgánica de la Armada de México:

Artículo 13. Las fuerzas navales son el conjunto organizado de mujeres y hombres, buques, aeronaves y unidades de infantería de marina capacitados para salvaguardar los intereses marítimos, conforme a las prescripciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

...

...

Esta modificación se realiza con el objeto de hacer congruente la redacción con los conceptos que establece la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.

C. Con relación a la reforma al artículo 23 de la Ley Orgánica de la Armada de México que se propone, estas comisiones unidas la consideran improcedente, toda vez que dicho artículo se refiere a la asignación de recursos de carácter económico, a fin de que la Armada de México cuente con los establecimientos educativos necesarios para preparar al personal naval; consecuentemente, es innecesario establecer que dichos recursos se asignen conforme a los principios de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, mérito y capacidad.

D. Finalmente, en lo que respecta al artículo 5o. de la Ley de Ascensos de la Armada de México, por técnica legislativa se modifica la redacción y en lugar de adicionar un segundo párrafo al artículo 5o., se reforma el contenido del artículo 1o. de la referida ley para quedar como sigue:

Artículo 1o. La presente ley tiene por objeto regular los ascensos del personal de la Armada de México y será aplicable en igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. Ascenso es el acto mediante el cual el Mando promueve al militar en servicio activo al grado superior en el orden jerárquico dentro de la escala que fija la Ley Orgánica de la Armada de México.

Por todo lo expuesto y para los efectos de la fracción A del artículo 72 constitucional, los integrantes de la Comisión de Marina someten a consideración de la honorable asamblea el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Armada de México y de la Ley de Ascensos de la Armada de México

Artículo Primero. Se reforman los artículos 4 y 13 de la Ley Orgánica de la Armada de México, para quedar como sigue:

Artículo 4. La Armada de México está integrada por

I. Recursos humanos, que se integran por el personal, que presta sus servicios en la Armada, estando sujeto a las leyes, reglamentos y demás disposiciones de orden naval y militar, las cuales serán aplicables en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

II. a III. ...

Artículo 13. Las fuerzas navales son el conjunto organizado de mujeres y hombres, buques, aeronaves y unidades de infantería de marina capacitados para salvaguardar los intereses marítimos, conforme a las prescripciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

...

...

Artículo Segundo. Se reforma el artículo 1o. de la Ley de Ascensos de la Armada de México para quedar como sigue:

Artículo 1o. La presente ley tiene por objeto regular los ascensos del personal de la Armada de México y será aplicable en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Ascenso es el acto mediante el cual el Mando promueve al militar en servicio activo al grado superior en el orden jerárquico dentro de la escala que fija la Ley Orgánica de la Armada de México.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, DF, a 9 de noviembre de 2010.

La Comisión de Marina, diputados:Alejandro Gertz Manero (rúbrica), presidente; Luis Antonio Martínez Armengol (rúbrica), Carlos Martínez Martínez (rúbrica), Francisco Armando Meza Castro (rúbrica), secretarios; Antonio Benítez Lucho (rúbrica), Rolando Bojórquez Gutiérrez (rúbrica), Martín Enrique Castillo Ruz, Sofía Castro Ríos (rúbrica), Hilda Ceballos Llerenas (rúbrica), Martha Elena García Gómez (rúbrica), Luis Alejandro Guevara Cobos (rúbrica), Carlos Manuel Joaquín González (rúbrica), Víctor Manuel Kidnie de la Cruz (rúbrica), Humberto Lepe Lepe, César Mancillas Amador, Onésimo Mariscales Delgadillo, Miguel Martínez López, Ifigenia Martha Martínez y Hernández (rúbrica), Mario Moreno Arcos (rúbrica), Gustavo Antonio Miguel Ortega Joaquín, Silvia Puppo Gastélum (rúbrica), Benigno Quezada Naranjo (rúbrica), José Francisco Rábago Castillo (rúbrica), Julio Saldaña Morán (rúbrica), José Ignacio Seara Sierra (rúbrica), Bernardo Margarito Téllez Juárez (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Por consiguiente tiene la palabra el diputado Alejandro Gertz Manero, por la comisión, para fundamentar el dictamen, de conformidad con el artículo 108 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Tiene usted la palabra, hasta por 10 minutos, para fundamentar por la comisión.

El diputado Alejandro Gertz Manero:Señoras diputadas y señores diputado, el proyecto legislativo que sometemos a su consideración tiene una importancia fundamental en la vida pública de nuestro país y en los principios de equidad de género, a través del reconocimiento al valor de la mujer mexicana en los ámbitos más sensibles de nuestra vida comunitaria.

Las mujeres mexicanas han participado y lo siguen haciendo, con valentía, arrojo y sensibilidad, en el compromiso nacional por construir un México más justo y para defender la paz y la seguridad de nuestra nación.

La mujer en México siempre ha sido solidaria con los valores más altos de la convivencia, con los derechos de las personas y con la defensa de la familia, y aun cuando este compromiso se lleva a cabo en el ámbito de la lucha por la seguridad nacional, entonces su participación produce una mayor relevancia.

Hoy las mujeres mexicanas están participando junto a los hombres para defender al país y a sus habitantes de los acechos de la violencia. Su heroica tarea ha sido reconocida en el ámbito de las Fuerzas Armadas, lo cual les ha permitido que en las instituciones educativas nacionales como son: la Escuela Heroica Naval Militar y la Heroica Escuela Militar, ellas también tengan acceso en igualdad de condiciones a los hombres.

El derecho de equidad que la mujer se ha ganado en México, en defensa de los más altos valores, tiene que ser reconocido en el orden jurídico, lo cual ya se ha plasmado en el artículo 1o. de nuestra Constitución y en el artículo 1o. de la Ley General de Igualdad de Hombres y Mujeres.

Por ello este dictamen ratifica esos principios constitucionales para que se establezca de manera expresa la equidad de género y los derechos de la mujer en el interior de la Armada de México, reconociendo así las elevadas funciones que le toca desempeñar en la defensa de la soberanía y en la preservación de la seguridad nacional.

Por tal motivo, en la Armada de México también queda establecida en esta ley la igualdad entre hombres y mujeres en sus ascensos y asimismo en la regulación de dichos ascensos en toda la estructura de la armada nacional.

Nosotros nos sentimos muy orgullosos de representar un derecho tan valioso y que se ha ganado con tanta fuerza en nuestro país en un momento tan difícil. Lo someto a su consideración con todo respeto y les agradezco su atención. Muchas gracias.

Presidencia del diputado José de Jesús Zambrano Grijalva

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias a usted, diputado Gertz Manero. Está a discusión en lo general el proyecto de dictamen que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Armada de México y de la Ley de Ascensos de la Armada de México. Diputado Ibarra Pedroza.

El diputado Juan Enrique Ibarra Pedroza(desde la curul): Para solicitar el uso de la voz en el dictamen que está a consideración del pleno, en pro.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene la palabra el diputado Enrique Ibarra Pedroza para hablar en pro del dictamen, hasta por 5 minutos.

El diputado Juan Enrique Ibarra Pedroza:Con su venia, señor presidente. El día de hoy vamos a discutir y a votar tres dictámenes relacionados con las Fuerzas Armadas: con el Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada de México.

El sentido de mi voto en esos tres dictámenes será a favor porque significan lo que ya decía aquí mi preopinante: “avances en materia de equidad de género como integrantes de las Fuerzas Armadas y también estímulos a militares en retiro”.

Sin embargo, yo quisiera llamar la atención de esta asamblea porque las reformas que estamos discutiendo son realmente de poco calado. Son reformas accesorias que en nada atienden lo que de fondo y en esencia debe ser la revisión de las Fuerzas Armadas de México.

Yo sí quisiera llamar la atención de la Comisión de Defensa Nacional, fundamentalmente porque tenemos temas que están durmiendo el sueño de los justos y temas que tienen una gran importancia y una relevancia en la revisión, en el control que esta Cámara debe tener de nuestras Fuerzas Armadas.

Es el caso de la reforma pendiente del artículo 57 del Código de Justicia Militar, que es una reforma que inclusive el Estado mexicano está pendiente de cumplir con la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

El próximo 15 de diciembre, en 8 días, el Estado mexicano tiene la obligación de reformar el artículo 57 para acotar el fuero de guerra que los militares, la clase castrense cuando violente garantías de los civiles, de los paisanos, sea enjuiciada por los tribunales del orden común, y no como ocurre en la actualidad en la opacidad de los regímenes militares y de los órganos de justicia militar.

Es una vergüenza que el Estado mexicano haya incumplido con esa resolución de la Corte Interamericana y es una vergüenza que el Poder Ejecutivo de este país haya sido el último en reaccionar.

En abril el diputado Encinas, del PRD, y el de la voz por el PT, presentamos iniciativas para el acotamiento del fuero militar y nada se ha hecho ni se ha dictaminado en la Comisión de la Defensa Nacional, por lo que México va a incumplir con ese precepto que está obligado a acatar.

Otro tema de la mayor relevancia es la falta de voluntad política de este pleno, de la Comisión de Defensa Nacional que no ha dictaminado, y de la Junta de Coordinación Política que encabeza la diputada Vázquez Mota, para citar a comparecer a los secretarios de la Defensa y al de la Marina.

Ya a través de todas las filtraciones que se han dado en estos días nuestras instituciones armadas han sido exhibidas, han sido cuestionadas por las agencias de Estados Unidos y ahora debemos ya evaluarnos nosotros.

Aquí, en esta Cámara, nosotros tenemos la obligación que nos da el artículo 93 de la Constitución, de ejercer el control del Poder Legislativo y citar a comparecer a todos los secretarios, incluyendo al de la Defensa y al de la Marina, y al momento no ha habido disposición de los grupos mayoritarios...

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Permítame, diputado Ibarra.

El diputado Juan Enrique Ibarra Pedroza: ... ni de su órgano de gobierno para citar a comparecer. Por eso es esta convocatoria y este llamado a que cumplamos con nuestra obligación. Muchas gracias.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, a usted. Permítame un momentito.

El diputado Rogelio Cerda Pérez (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Sí. Dígame, diputado Rogelio Cerda.

El diputado Rogelio Cerda Pérez(desde la curul): Solamente, señor presidente, para pedir una aclaración, una moción de temática.

Había dos puntos a discutir en segunda lectura que tenían que ver con temas de la Defensa Nacional y fueron retirados de la agenda del día de hoy. Veo que el diputado Ibarra los está tocando, cuando el único punto que estamos por discutir es el concerniente a la Secretaría de Marina y a la Armada de México. No me queda claro el rumbo que está llevando el orador, si pudiera aclararme, solamente la agenda del día.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Si quiere el diputado, nada más yo informo que efectivamente a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados llegó para su reunión del día de hoy previa a esta plenaria de la Cámara, la solicitud del presidente de la Comisión de Defensa Nacional, el retiro para esta sesión de los dos primeros dictámenes que estaban originalmente agendados, antes de que se aprobara por esta asamblea el orden del día y, en consecuencia, solamente quedó el correspondiente al que ahorita estamos discutiendo, referido a las reformas a las que hemos hecho referencia de la Ley Orgánica de la Armada de México y de la Ley de Ascensos de la Armada de México. Efectivamente, éste es el tema que estamos discutiendo.

A ver, diputado Enrique Ibarra, por la alusión específica que se ha hecho.

El diputado Juan Enrique Ibarra Pedroza:Muchas gracias. Efectivamente, el día de hoy estaban agendados tres dictámenes. No se nos había informado de la Presidencia del retiro de dos que se refieren a la Secretaría de la Defensa Nacional.

Sin embargo, diputado Cerda, me parece a mí de lo más oportuno y de lo más relevante, si estamos tratando un asunto de la Armada de México, que forma parte de las Fuerzas Armadas mexicanas de la nación, el hacer las reflexiones que acabo de compartir con ustedes y expresar la vergüenza que debe ser el incumplimiento del Estado mexicano y de este Poder Legislativo, no cumplir con la reforma del artículo 57 del Código de Justicia Militar que comprende también a la Marina, y vamos a seguir insistiendo en ello y en la comparecencia que vengan a informar por qué nada más son evaluados los marinos, los miembros de la Defensa Nacional por agencias y por autoridades norteamericanas.

Este pleno es de dar pena, que renuncie a pedir la evaluación del desempeño que están teniendo la Secretaría de la Defensa Nacional y la Secretaría de Marina. No hay razón para que no vengan a comparecer y que se haya incumplido en lo que había sido un acuerdo de la Junta de Coordinación Política para que fueran convocados.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: ¿Con qué objeto, diputado Jaime Cárdenas? Ya concluyó el tiempo de... A ver, sonido a la curul del diputado Cárdenas.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia(desde la curul): Una pregunta muy respetuosa porque no me quedó claro cuando lo expresó. ¿Si estas iniciativas que estaban agendadas, que se retiraron, fue por petición del secretario de la Defensa o fue una decisión de los órganos internos de la Cámara? No me quedó claro lo que usted dijo.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Les preciso y subrayo la información que ahorita expresaba a nombre de la Mesa Directiva. Por la mañana fuimos informados de la petición del presidente de la Comisión respectiva, la solicitud de que se reagendaran, ya sea para mañana o para pasado mañana, los dos dictámenes que estaban originalmente en el preorden del día, por decirlo de esta manera. Por razones de que otras actividades le impedían estar el día de hoy al presidente, y algunos integrantes de la Comisión en la plenaria de este día.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: De nueva cuenta sonido en la curul.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia (desde la curul): Gracias por la información, presidente, por la aclaración. Yo esperaría solamente de que no fuese ése retiro momentáneo de los dictámenes una petición del secretario de la Defensa o del secretario de Marina porque me parecería o me parece o si eso fue así, una injerencia indebida en los trabajos de este pleno.

Espero que siga manteniendo la independencia del Poder Legislativo respecto del Poder Ejecutivo, y coincido con el diputado Ibarra, de que ya es hora de que el secretario de la Defensa y el secretario de Marina comparezcan a las comisiones y al pleno de esta Cámara, que son miembros del Poder Ejecutivo que nunca han comparecido a las comisiones de la Cámara de Diputados. Ojalá que pronto se agende la comparecencia respectiva de ambos funcionarios, presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se toman en cuenta sus consideraciones y nada más le expreso que en un elemental acto de congruencia no admitiríamos injerencias de otro tipo y menos estando dictámenes ya enlistados para ser retirados, más que de los propios legisladores, integrantes de las comisiones respectivas.

Tiene la palabra la diputada Teresa Incháustegui Romero, para hablar en pro del dictamen.

La diputada Teresa del Carmen Incháustegui Romero:Gracias, señor presidente. Buenas tardes, compañeras diputadas y compañeros diputados.

Mi intervención es a favor de esta iniciativa, toda vez que a partir de ella se está eliminando uno de los elementos de la discriminación femenina, que fue por muchos años tanto el ingreso a las corporaciones de la milicia, tradicionalmente, históricamente consideradas, incluso como la quintaesencia de una masculinidad que habría que exaltar.  Eran instituciones básicamente para varones, y que mediante el avance de las mujeres y de la igualdad de género se han ido abriendo poco a poco también para las mujeres.

Aquí estamos hablando de una corporación como la Marina, que suma también el otro elemento de que también muy pocas mujeres han estado participando en este tipo de tareas. Esto, sin duda, es un elemento de justicia básica. Quisiéramos ver una legislación como ésta también en las Fuerzas Armadas, en el Ejército, porque ahí hay, incluso se abrió durante unos años la Escuela de Enfermería como el lugar por el cual podían ingresar las mujeres a las Fuerzas Armadas.

Actualmente, todavía siguen ingresando básicamente por ese conducto y muchas de las mujeres que son egresadas de la Escuela de Enfermería llegan, incluso, a tener formación profesional mucho más alta que la de sus propios compañeros de otras corporaciones militares porque todavía sigue vedado para las mujeres el ingreso a otros cuerpos de la milicia mexicana.

Todavía sigue habiendo discriminación, y en ese sentido, esta legislación es un primer paso que debemos apoyar, aunque –como decía— solamente acotada a la parte de la Marina y no del Ejército que es donde sería un cambio mucho más importante.

Desde esa perspectiva, esta iniciativa plantea equidad de género en las promociones. Hasta este momento, las mujeres tienen un techo de cristal muy fuerte, muy férreo en las corporaciones militares. No se las deja llegar a los altos rangos y las que llegan son casos excepcionales y casi, casi como para muestra, para mostrar que no están cerradas, cuando en realidad los filtros discriminatorios siguen pesando sobre las carreras de muchas de ellas.

En ese sentido es importante apoyar, compañeros y compañeras, esta propuesta y ojalá muchos más diputados y diputadas nos empeñemos en presentar lo propio para las Fuerzas Armadas, para el Ejército, que es, dijéramos, el mainstream de las instituciones militares en nuestro país. Es cuanto, muchas gracias.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Incháustegui. No habiendo más oradores inscritos, consulte la Secretaría a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido en lo general.

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido en lo general. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa favor de manifestarlo. Quienes estén por la negativa favor de manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, señor presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias. Suficientemente discutido. Para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General se pregunta a la asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular, especificando la ley y los artículos específicos de los que se trata.

Sin artículos reservados se pide a la Secretaría abra el sistema electrónico por 10 minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular, en un solo acto.

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior. Ábrase el sistema electrónico hasta por 10 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados del proyecto de decreto.

(Votación)

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Nos visitan vecinos de las colonias Huerta, tercera sección, Loma Colorada, segunda, y Ampliación San Esteban, del municipio de Naucalpan de Juárez, estado de México, invitados del diputado Sergio Mancilla Zayas.

Igualmente alumnos de la UPAEP, Puebla, del campus Huamantla, Tlaxcala. Escuela Técnica Comercial Ramírez, del municipio de Rafael Lara Grajales, y líderes sindicales de diferentes sindicatos del estado de Puebla, invitados por el diputado Leobardo Soto Martínez.

También alumnos del municipio de Jerécuaro, Guanajuato, invitados por el diputado Ramón Merino Loo.

De la Universidad del Golfo de México, campus Poza Rica, del estado de Veracruz, invitados por el diputado Sergio Lorenzo Quiroz Cruz, y de la Escuela Secundaria Libertadores de América, del municipio de Ecatepec, estado de México, invitados por el diputado Noé Martín Vázquez Pérez.

Sean todas y todos ustedes bienvenidos.

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: Vamos a proceder a cerrar el sistema electrónico.

¿Alguna diputada, algún diputado que falte por emitir su voto? Ciérrese el sistema electrónico. Diputado Álvarez Martínez.

El diputado José Luis Álvarez Martínez (desde la curul): A favor.

El Secretario diputado Carlos Samuel Moreno Terán: Señor presidente, tenemos 318 votos a favor, 0 abstenciones y 0 en contra. Por unanimidad.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Aprobado en lo general y en lo particular por 318 votos, el proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Armada de México y de la Ley de Ascensos de la Armada de México. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.



LEY GENERAL DE SALUD - LEY FEDERAL DEL TRABAJO - LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO - LEY DEL SEGURO SOCIAL - LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO - LEY PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES - LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las leyes Generales de Salud, Federal del Trabajo, Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, del Seguro Social, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se le dispensa la lectura.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: Se consulta a la asamblea, en votación económica, si se le dispensa la lectura. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa.

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente. Se dispensa la lectura.

«Dictamen de la Comisión de Seguridad Social, que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes General de Salud; Federal del Trabajo; Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional; del Seguro Social; del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; y General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

Honorable Asamblea:

La Comisión de Seguridad Social, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numerales 1 y 3, y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 56, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y demás relativos, presenta a consideración de esta honorable asamblea el siguiente dictamen:

Antecedentes

A la Comisión de Seguridad Social le fue turnada, para su estudio y dictamen la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de las Leyes General de Salud, Federal del Trabajo, Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, del Seguro Social, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para la Protección de los Derechos de Niñas y Niños y Adolescentes, y General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, suscrita por los diputados Heladio Gerardo Verver Vargas Ramírez y Leticia Quezada Contreras, del Grupo Parlamentario del PRD; Rosalina Mazari Espín, Marco Antonio García Ayala, Antonio Benítez Lucho, María Cristina Díaz Salazar, José Antonio Yglesias Arreola y Rodrigo Reina Liceaga, del Grupo Parlamentario del PRI; Miguel Antonio Osuna Millán y Silvia Esther Pérez Ceballos, del Grupo Parlamentario del PAN, Carlos Alberto Ezeta Salcedo, del Grupo Parlamentario del PVEM y María del Pilar Torre Canales, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, y presentada por el primero mencionado en la sesión de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión celebrada el 4 de agosto del 2010.

Descripción de la iniciativa

Los promoventes de la iniciativa exponen que existe una creciente tendencia de las madres mexicanas a no alimentar al pecho o suspender la lactancia tempranamente, debido en gran parte a la falta de información adecuada del personal de salud en las unidades médicas donde nacen los infantes, así como la falta de apoyo legal a las madres, ya que la protección actual tanto legal como ambiental, no es suficiente. Dicha situación evita que se logre el objetivo de una lactancia materna exitosa. Por lo tanto resulta fundamental proveer información correcta de los beneficios de la lactancia materna y la forma correcta de hacerlo.

Las variables importantes en México son la creciente incorporación de la mujer en el mercado laboral por la mayor necesidad de trabajar fuera del hogar, la falta de apoyo legal, la lejanía de los centros de desarrollo infantil y con rutinas alimenticias no adecuadas a la lactancia materna y las empresas que no respetan las garantías legales y hacen contratos sin prestaciones adecuadas. Muchas madres perciben la lactancia materna como un inconveniente, pues limita su tiempo a hacer otras actividades y han realizado un desprendimiento temprano del bebe y por ende la alimentación con leche materna del infante, ha sido sustituida por la fórmula, evitándose una lactancia materna exitosa. Sin embargo, el trabajo y la lactancia materna no tienen porqué ser antagónicos y para ello se requiere tanto del compromiso de los empleadores como de las madres para propiciar las condiciones, los espacios y las formas de conservación de leche materna.

La leche de las mujeres, conservada a una temperatura menor de 24 grados centígrados puede durar hasta 8 horas, en refrigeración de 4 a 8 grados centígrados hasta tres días y en congelación hasta 3 meses. Por lo anterior es necesario tener entornos con el espacio e higiene adecuados para lograr la extracción y conservación de la leche ante la imposibilidad de que la niña o niño estén cerca de su madre y puedan brindárseles en su ausencia; o bien propiciar la instalación de bancos de leche humana con todas las condiciones higiénicas y de seguridad, garantizando que la leche de las madres se entregue a su hijo, no a otro; estancias infantiles cercanas a los centros de trabajo de las madres.

Como se menciona anteriormente, la lactancia materna es una función natural, pero no necesariamente un instinto natural en las madres humanas. La mayoría de las madres requieren de información, apoyo, estímulo y asistencia después del nacimiento acerca de cómo alimentar a sus hijos e hijas.

Otro problema fundamental de la lactancia materna, es que no se implanta de manera correcta. Tan sólo 35 por ciento de los lactantes de todo el mundo son alimentados exclusivamente con leche materna durante los primeros cuatro meses de vida; la alimentación complementaria suele comenzar demasiado pronto y con frecuencia mediante productos nutritivamente inadecuados e insalubres.

Algunas empresas que fabrican los sucedáneos de la leche, si bien, están adheridos al Código de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna, algunos de sus trabajadores, representantes y promotores no respetan dicho código, y por medio del otorgamiento de muestras de sucedáneos de inicio y obsequios al personal de salud propician y fomentan el abandono de la leche materna.

Las prácticas deficientes de lactancia materna y alimentación complementaria, junto con el índice elevado de enfermedades infecciosas y alergias, son las causas principales de desnutrición, obesidad, sobrepeso, dermatitis atópica, alergia y anemia del lactante en los primeros dos años de vida.

Es por los grandes beneficios y por la necesidad de apoyo para realizar prácticas adecuadas de la lactancia materna que es necesario fomentar la misma entre las madres mexicanas, especialmente entre las trabajadoras, así como de capacitarlas para que realicen de manera correcta el amamantamiento y darles las facilidades necesarias para que lo lleven a cabo, respetando los derechos humanos de las madres y sus hijos e hijas.

La Comisión Dictaminadora se aboca a consultar con las fuentes formales de información sobre los elementos expuestos por los promoventes llegando a las siguientes:

Consideraciones

Primera

La Seguridad Social forma parte de los derechos sociales básicos que garantizan nuestras normas constitucionales y legales a los individuos, las familias y a determinados grupos sociales. La Seguridad Social permite acceder a una protección básica para satisfacer estados de necesidad.

La definición más comúnmente aceptada de Seguridad Social es la propuesta por la Organización Internacional del Trabajo, la cual establece que:

Es la protección que la sociedad proporciona a sus miembros mediante una serie de medidas públicas, contra las privaciones económicas y sociales que, de no ser así, ocasionarían la desaparición o una fuerte reducción de los ingresos por causa de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte y también la protección en forma de asistencia médica y de ayuda a las familias con hijos.

Así, la Seguridad Social tiene como fin proteger a los habitantes de la Nación de las contingencias de enfermedades y accidentes, sean o no de trabajo, cesantía, maternidad, incapacidad temporal y parcial, invalidez, vejez, nupcialidad, muerte, sobrevivencia y cualquier otro riesgo que pueda ser objeto de previsión social, así como de las cargas derivadas de la vida familiar y las necesidades de vivienda que tiene todo ser humano.

Segunda

La iniciativa promueve la lactancia materna considerado que la leche humana posee cualidades que producen beneficios significativos para la madre y su hijo. Entre estos destacan los nutricios, los inmunológicos y los afectivos. En países en desarrollo como México el aspecto económico adquiere también un lugar preponderante.

En contraste con las ventajas de la lactancia materna (LM) es notable la disminución creciente de su práctica en países de desarrollo y México no es ajeno a este fenómeno, tanto en áreas urbanas como rurales. Los factores que se han asociado con el abandono de la lactancia materna, son diversos y difieren de acuerdo con el sitio de residencia, las características socioeconómicas, una mayor escolaridad materna y el trabajo fuera del hogar se asocian con porcentajes mayores de abandono temprano de esta práctica.

Los escenarios descritos han conducido a la Organización Mundial de la Salud y al Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia a promover acciones de compromisos internacionales y el establecimiento de actividades como el alojamiento del la madre y el neonato y de programas hospitalarios de atención al parto, como del hospital amigo del niño y de la madre, en el cual se alientan el inicio temprano de la Lactancia Materna, se asiste a la madre en el procedimiento del amamantamiento y se proscribe la utilización de biberones y sucedáneos de la leche materna.

En México, un estudio realizado en una muestra representativa de los servicios de salud, de los Estados de Chiapas, Sonora y de la Ciudad de México, entre 1989 y 1991, reportó un cumplimiento muy bajo de las recomendaciones dada por la UNICEF / OMS, y de la Ley General de Salud, en lo referente a la atención de los recién nacidos y por el contrario, lejos de incentivar la lactancia materna se muestra un decremento en la expectativa de alimentar exclusivamente con leche materna, entre el ingreso hospitalario y el egreso posparto, dando alimentación al recién nacido con soluciones glucosadas y sucedáneos de leche materna y sin el alojamiento conjunto. Elementos considerados positivos para los integrantes de esta Comisión.

Tercera

La Comisión Dictaminadora documenta la necesidad de reformas legislativas, con sustento académico que demuestro el impacto benéfico de esta reforma; considera que el Estudio realizado por el Instituto Nacional de Salud Pública, publicado en la revista de Salud Pública de México, denominado Abandono de la Lactancia materna en trabajadoras, da como resultado que:

“La decisión materna de alimentar al pecho y su duración tiene una influencia multifactorial; entre estos factores se destacan los socioeconómicos (estructura familiar, ingresos, red de apoyo familiar y de los servicios de salud), culturales y, en la mujer trabajadora, el plan de retorno a su trabajo, y las condiciones laborales (extensión de la jornada de trabajo y facilidades laborales para la LM). En las madres incluidas en este estudio destaca, por un lado, el haber tenido exposición a factores laborales de repercusión negativa para la LM, como son la duración excesiva de la jornada de trabajo, el predominio de las actividades físicas en su ocupación, y la carencia de facilidades para hacer más flexible su jornada, y el momento de reincorporación posparto al trabajo, sin arriesgar su estabilidad laboral. Por otro lado, se identifica un control prenatal oportuno aunado al contacto con el Programa Hospital Amigo del Niño y de la Madre como factores potencialmente positivos para la LM. Sin embargo, ambos tipos de factores se distribuyeron con una frecuencia semejante, tanto en las madres que la abandonaron tempranamente, como en aquellas que la prolongaron. Cabe preguntarse ¿qué condiciones condujeron a las madres a tomar decisiones diferentes?

El grado de compromiso de la madre con la LM, medido por el tiempo planeado de duración, parece ser el factor más importante para sostener la LM y prolongar los beneficios de la LM por medio de la lactancia mixta; es muy probable que el nivel de conocimientos sobre la LM y tener la experiencia de este tipo de alimentación en un hijo previo influya en la decisión de prolongarla; sin embargo, es factible que participen otros factores de orden psicosocial, principalmente aquellos relacionados con las redes de apoyo, ya que es muy llamativo que casi la mitad de las señoras en ambos grupos no buscaron ayuda con familiares o amigas en caso de dudas o problemas sobre la LM, y tampoco lo hicieron con el personal de salud. Esto puede estar revelando la existencia de grupo familiares o redes de apoyo mal estructuradas o disfuncionales, en su caso impermeables o muy selectivas al apoyo fuera de la familia nuclear; estos supuestos no pueden ser contestados en este estudio y podrían ser motivo de otra investigación.

“A pesar de que los beneficios de la LM para la madre y su hijo son muchos,difundidos y reforzados principalmente durante la atención del parto en los Hospitales Amigos del Niño y de la Madre,condición a la que estuvieron expuestas todas las mujeres que participaron en este estudio, encontramos que la proporción de madres que la abandonaron temprano sigue siendo muy alta y que ésta conserva la tendencia a la baja en su duración global. Las principales acciones del programa en la asistencia a la madre para la LM, como son la asesoría para la primera tetada, la facilitación para su oportunidad y la proscripción de los biberones y los SLM se dieron en más de 80% de las madres de ambos grupos, y esto coincide con una intención de 95% o más de las madres en iniciar la LM. Sin embargo, posteriormente, aunque con diferente duración, ambos grupos abandonaron prematuramente la LM. Este comportamiento guarda semejanzas con los resultados de Pérez-Escamilla y Flores Huerta; ambos trabajos fueron realizados en áreas urbanas y sus hallazgos apoyan la repercusión del alojamiento conjunto sobre la permanencia de la LM durante el primer mes de vida posnatal. Por lo anterior, parece que las actividades de promoción de la LM que se realizan actualmente no son condición suficiente para influir en la decisión materna de amamantar por tiempo prolongado. Otro escenario de mayor duración que el hospitalario, y por tanto de mayor oportunidad, donde debe promoverse la LM, se ubica en el primer nivel de atención del sistema nacional de salud, durante la atención prenatal.

“La Norma Oficial Mexicanaconsidera como estándar de una atención prenatal adecuada, su inicio lo más temprano posible durante el primer trimestre de la gestación y un mínimo de seis consultas durante el embarazo, en las cuales, junto con otras acciones relacionadas con la salud del feto y de la madre, se norma la promoción de la lactancia materna. Estas acciones no han sido evaluadas en su homogeneidad de contenidos para la educación, ni en su calidad. El mínimo de consultas prenatales se cumplió en más de 80% de las madres incluidas en esta investigación, sin que se pueda detectar un efecto benéfico de esta intervención potencialmente promotora de la LM en la duración de la misma. Puede uno preguntarse qué tan congruente es la información sobre LM que se transmite durante la atención prenatal y aquella que se da en los hospitales durante la atención del parto y, por lo mismo, se hace interesante investigar como una fuente de confusión para las madres el grado de continuidad que existe entre las actividades de promoción para la LM, que se realizan en unidades de primer contacto y la de los hospitales donde esta misma población acude a la atención del parto, ya que algunos estudios han demostrado un efecto mayor en la duración de la LM cuando las acciones de promoción de la misma se realizan, tanto durante el control prenatal, como durante el parto y en las consultas subsecuentes. Además, es necesario un mayor apoyo para la LM durante el control prenatal, ya que la decisión sobre la duración de ésta es tomada por la madre durante el embarazo.

“La incorporación de la mujer a la actividad económica es creciente y predominantemente fuera del hogar. En estas mujeres se ha observado que un factor importante para el abandono temprano de la LM es la separación de su hijo por periodos largos relacionados con su jornada de trabajo, ya que las madres que pueden tener cerca a sus hijos durante su trabajo, y por lo tanto pueden alimentarlos, logran mantener la LM por más tiempo. Por lo anterior, destaca entre los factores laborales la repercusión negativa de la ausencia de facilidades en el trabajo para la LM, condición que se suma a la reconocida inseguridad que muchas madres tienen sobre las cualidades nutritivas de su leche y sobre la suficiencia en la cantidad que pueden producir, lo cual, según se ha reportado, influye sobre la decisión materna de introducir los Sustitutos de Leche Materna, e incluso de iniciar tempranamente la ablactación para asegurar de alguna manera la buena nutrición de su hijo. Esta inseguridad puede ser un reflejo de la falta de conocimientos sobre la LM, y parece congruente con la identificación de los malos conocimientos sobre la LM como un factor de riesgo para el abandono temprano de este tipo de alimentación. Parece necesario plantear intervenciones que aseguren a las madres saber más sobre lactancia materna durante la etapa prenatal y que sirvan para apoyar la permanencia de la LM en la etapa posnatal. Estas intervenciones pueden ser la implantación de programas específicos de promoción de la LM en el primer nivel de atención, durante el control prenatal, la integración de grupos de apoyo en el interior de los centros de trabajo, la adecuación de áreas específicas para la LM que permitan la extracción y almacenamiento de la leche materna, el cumplimiento, por parte del empleador, de las facilidades legales que debe brindar a las madres después del parto. Todo lo anterior, aunado al conocimiento por parte de las madres de sus derechos al respecto.

“Una limitación de este estudio es la aplicación posparto de un cuestionario en el que se pregunta el plan pre-parto de alimentar con leche materna y de su duración. Sin embargo, en favor de la validez de nuestros resultados, existe evidencia de que la mujer que trabaja fuera de su hogar planea en el pre-parto la forma como alimentará a su hijo, de acuerdo con el momento de reinicio de sus labores y de que sus conductas posparto son consistentes con las planeadas antes del nacimiento de su hijo. Por lo tanto, a pesar del momento de la aplicación del cuestionario, es probable que las respuestas realmente reflejen el plan pre-parto.

“En este estudio se identifica tanto a un grupo de madres que abandonaron tempranamente la lactancia materna, debido a un plan de corta duración de la misma, subordinado al reinicio de su trabajo; además, también se identifica a otro grupo de madres que a pesar de tener un reinicio igual de sus actividades laborales, prolongó la LM, tal vez porque la manejaron con un nivel mayor de prioridad o al menos equivalente al del trabajo, postura que puede verse influida por los buenos conocimientos sobre la LM, una experiencia previa positiva con ella y por contar con facilidades en el trabajo para efectuarla.”

El estudio desarrollado por el Instituto Nacional de Salud Pública, genera criterios académicos, probatorios de la necesidad de una regulación más efectiva en pro de las madres trabajadoras de este País, elementos que los C. Legisladores consideran válidos para la dictaminación positiva del presente.

Cuarta.

La Comisión dictaminadora se dio a la tarea de integrar las opiniones por parte de las Instituciones de la administración Pública Federal que a continuación se presentan:

De la consulta realizada al Sistema de Desarrollo Integral para la familia se desprende que:

“Estimamos que la propuesta es acorde en algunos aspectos con los criterios formulados Internacionalmente por la Organización Mundial de la Salud, así como con el objetivo 6 del Acuerdo Nacional para la Salud Alimentaria. No obstante, discordamos del legislador en los siguientes aspectos:

“En cuanto hace a los reposos extraordinarios para la lactancia, no debe olvidarse que el objetivo de estos descansos es, además de alimentar al recién nacido, fomentar la convivencia entre éste y su madre, por tanto se considera que debe conservarse ese fin y no hacerlos opcional para la extracción de la leche. Por otra parte, la creación de bancos de leche humana, no responde a una necesidad específica, ni es necesario implementarlos, en virtud de que la leche no tiene una duración tal que permita su conservación y que dicha leche sólo es para alimentar al hijo de la mujer que la produce, por lo que resulta inviable su implementación.

“Por lo que hace a la adicción de la fracción IV bis del artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo y al artículo 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, se estima que la capacitación y el fomento a la lactancia materna no corresponde a una obligación patronal, más bien debe ser incluida dentro de los servicios que prestan las instituciones de seguridad social. De manera similar, las reformas propuestas al art. 94, fracción III de la Ley del Seguro Social y al artículo 39, fracción III de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, relativas a los 2 períodos de descanso diarios de las mujeres trabajadoras para alimentar a su hijo, escapan del ámbito de aplicación de las normas e instituciones de seguridad social, ya que esa previsión consiste en un derecho laboral que se encuentra regulado en la normatividad específica.

“En lo que respecta a las reformas planteadas a las Leyes para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia se estiman inviables, en virtud de que la primera ya contempla el fomento de la lactancia materna y es materia de otras leyes la implementación de medidas para ello, y la segunda, en razón de que los periodos de lactancia son un derecho laboral cuya violación corresponde conocer a las Juntas de Conciliación y Arbitraje y a las demás autoridades laborales. Por el contrario, este Organismo considera pertinente reformar el art. 94, fracción II de la Ley del Seguro Social y el 39, fracción II de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado a fin de fomentar la lactancia materna, empero, se sugiere reformar en el mismo sentido el artículo 150 la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, para que las usuarias de esa institución también se beneficien con esa capacitación.”

De la consulta realizada a la Administración pública federal, en lo que respecta a la Secretaría de Salud Federal se desprende que:

“De la solicitud de información solicitada por la propia Secretaría al Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva y a la Coordinación General de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos su opinión respecto de la iniciativa referida, se desprende lo siguiente:

 “Esta iniciativa puede tener un alto impacto en materia laboral, por lo que sería importante tener en consideración lo que sobre el particular opine la Secretaría de Trabajo y Previsión Social.

“Los impactos presupuestales tienen que contemplarse en aspectos laborales más que en materia de salud a través de análisis actuariales.

 “Se sugiere que los horarios de lactancia se compacten en una sola hora, mejor que en dos de media hora, lo cual mejora la calidad de la lactancia y propicia más contacto afectivo entre la madre e hijo(a).

“Es conveniente incluir en la iniciativa, una obligación de los medios de comunicación de utilizar en la publicidad de alimentos para niños(as) y madres de familia, mensajes alusivos a la importancia, ventajas y bondades de la lactancia materna, ya que esto necesariamente requiere un cambio en el proceso cultural de tener este compromiso biológico como un elemento fundamental en la calidad del desarrollo de nuestro capital humano. Algo similar a las cintillas ‘Aliméntate con frutas y verduras’, ‘Lactancia materna, una garantía de mejor calidad de vida’, Lactancia materna mejora el desarrollo intelectual de los niños(as) que la reciben’ y/o ‘Lactancia materna reduce el riesgo de obesidad y sobrepeso en el futuro’.”

Con respecto a la opinión Institucional del Instituto Nacional de las Mujeres, en lo que refiere a la iniciativa se señalan a continuación:

“Se estima viable en lo general la iniciativa que se analiza, sin embargo nos permitimos formular las siguientes consideraciones:

“No se considera viable la reforma propuesta al artículo 64 de la Ley General de Salud, porque su contenido ya se encuentra debidamente contemplado en el numeral en cita.

“No se considera viable la adición de la fracción IV Bis, que se propone al artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, ya que se considera que dicho ordenamiento legal no es el idóneo para regular la materia de la propuesta en los términos que se propone.

“Se consideran viables las reformas propuesta a los artículo 94 de la Ley del seguro Social y 39 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios sociales de los trabajadores del Estado.

“Se considera innecesaria la reforma propuesta al artículo 20 de la Ley para la protección de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes.

“Se considera viable la reforma propuesta al artículo 11 de la Ley General de Acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, para considerar como violencia laboral el impedimento a las mujeres para llevar a cabo el periodo de lactancia.

“No obstante lo anterior, se considera que esta es una buena oportunidad para conciliar responsabilidades laborales con las familiares, sin embargo se considera pertinente valorar la posibilidad de emitir disposiciones de carácter administrativo que regulen lo relativo a la implementación y operación de los bancos de leche materna, y se consideren las implicaciones económicas y jurídicas que tendría esta medida para los empleadores.”

La Secretaría de Trabajo y Previsión Social, establece como opinión oficial que:

“La iniciativa pretende reformar la segunda fracción y adicionar la fracción II bis del artículo 64 de la Ley General de Salud, con el propósito de que en la organización y operación de los servicios de salud, destinado a la atención, materno – infantil, las autoridades sanitarias competentes, establecerán acciones, de orientación y vigilancia, capacitación y fomento para la lactancia materna y amamantamiento, incentivando a que: la leche materna sea alimento exclusivo durante 6 meses y complementario hasta avanzando el segundo año de vida y en su caso la ayuda alimentaria directa tendiente a mejorar el estado nutricional, del grupo materno infantil, además fomentar los bancos de leche materna. Al respecto, esta dependencia no encuentra inconveniente con esta propuesta.

“No se encuentra inconveniente, respecto de adicionar la fracción IV del artículo 170 de la Ley Federal del trabajo, para que las madres trabajadoras ene l periodo de lactancia tengan un lugar adecuado e higiénico, que destine la empresa para realizar la extracción, manual de leche. Sin embargo en lo que se refiere a adicionar una fracción IV bis del artículo 17º de la LFT, en el sentido de otorgar el derecho a las trabajadora, a la capacitación y fomento para la lactancia materna y amamantamiento e incentivar a que la leche materna sea alimento exclusivo durante 6 meses y complementario hasta avanzado el segundo año de edad. Se estima que esta adición resulta improcedente en términos de los establecido en el artículo 153 – F de la propia Ley, en el cual instituye como objeto de la capacitación y el adiestramiento los siguientes: I) Actualizar y perfeccionar los conocimiento y habilidades del trabajador en su actividad; así como proporcionarle información sobre la aplicación de nueva tecnología en ella; preparar al trabajador para ocupar una vacante o puesto de nueva creación, III) prevenir riesgos de trabajo IV) Incrementar la productividad y en general; V) Mejorar las actitudes del trabajador. Como se observa el tema que plantea el legislador no es materia de la capacitación y adiestramiento a que hace referencia la Ley Federal del Trabajo, ya que esta tiene como finalidad, mejorar las aptitudes del trabajador, con el objeto de que se desarrollen sus habilidades, para que realicen de la mejor manera posible las tareas que se le encomienden o en el uso de la maquinaria que se les asigné en el centro del trabajo.

“En relación con los periodos de lactancia la iniciativa presentada artículo 170 I y II disfrutaran de un descanso de 6 semanas anteriores y 6 posteriores al parto, a solicitud expresa de la trabajadora previa solicitud escrita del médico de la institución de seguridad social que le corresponda o en su caso, del servicio de salud que otorgue el patrón, tomando en cuenta la opinión del patrón y la naturaleza del trabajo que desempeñe se podrá transferir hasta 4 de las 6 semanas de descanso, previas al parto para después del mismo; III a IV en el periodo de lactancia hasta por el término máximo de 6 meses, tendrán dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos, en lugar adecuado e higiénico que designe la empresa, o bien, cuando esto no sea posible, previo acuerdo con el patrón se reducirá en una hora su jornada de trabajo durante el periodo señalado; V a VII, al respecto, se considera oportuno impulsar la propuesta hecha por el GP PAN, en torno a la posibilidad de reducir la jornada de trabajo de las madres trabajadoras, en periodos de lactancia, hasta en una hora diaria.

“En lo que se refiere a la Reforma planteada a al artículo 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y a reformar el segundo párrafo, la edición de un tercero, y recorrer los subsecuentes del artículo 39 de la Ley de ISSSTE que están relacionados con destinar un lugar higiénicos para extracción de leche materna y tener acceso a la capacitación para la lactancia y amamantamiento. Se estima que resultan aplicables los comentarios realizados en el punto 2 de este apartado. Además es importante señalar que esta parte de la iniciativa presenta vicios de técnica legislativa pues no se trata de reformar un segundo y adicionar un tercero y recorrer lo subsecuentes del artículo 39. Lo correcto será hacer referencia a que se modifica la fracción II se adiciona una fracción III y se recorre la actual fracción III para pasar a ser fracción IV del citado artículo 39.

“La iniciativa que se analiza también plantea la reforma al segundo párrafo adicionar el tercer párrafo y se recorren los subsecuentes párrafos del artículo 94 de la Ley del Seguro Social para quedar como sigue: artículo 94, en caso de maternidad, el instituto otorgará a la asegurada durante el embarazo, el alumbramiento y el puerperio, las prestaciones siguientes: I .. II Ayuda en especie por seis meses para lactancia, y capacitación y fomento para la lactancia materna y amamantamiento, incentivando a que: la leche materna sea alimento exclusivo durante seis mese y complementario hasta avanzado el segundo año de vida. III. Durante el periodo de lactancia tendrán dos descansos extraordinarios por día, de media hora cada uno para amamantar a sus hijos o para efectuar la extracción manual de leche en lugar adecuado e higiénico que designe la institución o dependencia, y IV.... Al respecto se considera inviable la reforma planteada, toda vez que estas cuestiones no son materia de la Ley del Seguro Social.

“En lo concerniente a la propuesta de reformar el artículo 20 de la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, se estima que resultan aplicables, los comentarios del punto 4 inciso anterior, pues las referencias propuestas no son materia de la citada Ley, respecto de la reforma planteada al inciso C) del artículo 28 de la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, esta Dependencia, no tendría inconveniente con la propuesta.

“Respecto a la propuesta para reformar el artículo 11 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el propósito de prever como causa de violencia laboral el relativo, a impedir a las mujeres llevar a cabo el periodo de lactancia, se estima, que resulta innecesaria pues actualmente el artículo 11 de la referida Ley, ya prevé como causa de violencia laboral los siguientes: “Constituye violencia laboral: la negativa ilegal a contratar a la víctima o a respectar su permanencia o condiciones generales de trabajo; la descalificación del trabajo realizado, las amenazas, la intimidación, las humillaciones, la explotación, y todo tipo de discriminación por condición de género”. Como se puede observar, bajo el concepto de la negativa a respetar las condiciones generales de trabajo, ya estaría prevista la propuesta relativa a “impedir que se lleve a cabo el periodo de lactancia”, pues precisamente el periodo de lactancia es una figura que se contiene en la Ley Federal del Trabajo. En suma, la propuesta resultaría innecesaria, pues lo único que haría sería señalar de manera casuística, un tema que ya está, regulado como violencia laboral”

Las consideraciones vertidas por la administración pública federal, se consideran positivas y a favor de la dictaminación de la iniciativa, situación por la cual, los legisladores valoran en todos sus términos los comentarios vertidos y ratifican el sentido de las propuestas de los promoventes, para quedar en los mismos términos que fueron presentados.

Conclusión

Es de aprobarse en sus términos la iniciativa con proyecto de decreto, por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 39, numerales 1 y 3, y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 60, 87, 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de las Leyes General de Salud; Federal del Trabajo; Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional; del Seguro Social; del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

Artículo Primero. Se reforma la fracción II y se adiciona una fracción II Bis al artículo 64 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 64. En la organización y operación de los servicios de salud destinados a la atención materno-infantil, las autoridades sanitarias competentes establecerán:

I. ...

II. Acciones de orientación y vigilancia institucional, capacitación y fomento para la lactancia materna y amamantamiento, incentivando a que la leche materna sea alimento exclusivo durante seis meses y complementario hasta avanzado el segundo año de vida y, en su caso, la ayuda alimentaria directa tendiente a mejorar el estado nutricional del grupo materno infantil;

II Bis. Fomentar los bancos de leche humana;

III. y IV. ....

Artículo Segundo. Se reforma la fracción IV y se adiciona una fracción IV Bis al artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

Artículo 170. Las madres trabajadoras tendrán los siguientes derechos:

I. a III. ...

IV. En el período de lactancia tendrán unreposo extraordinarios por día, de una hora, para alimentar a sus hijos o para realizar la extracción manual de leche, en lugar adecuado e higiénico que designe la empresa;

IV Bis. A la capacitación y fomento para la lactancia materna y amamantamiento, incentivando a que: la leche materna sea alimento exclusivo durante seis meses y complementario hasta avanzado el segundo año de edad;

V. a VII. ...

Artículo Tercero. Se reforma el artículo 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, para quedar como sigue:

Artículo 28. Las mujeres disfrutarán de un mes de descanso antes de la fecha que aproximadamente se fije para el parto, y de otros dos después del mismo. Durante la lactancia tendrán un descanso extraordinario por día, de una hora para amamantar a sus hijos o para realizar la extracción manual de leche, en lugar adecuado e higiénico que designe la institución o dependencia y tendrán acceso a la capacitación y fomento para la lactancia materna y amamantamiento, incentivando a que la leche materna sea alimento exclusivo durante seis meses y complementario hasta avanzado el segundo año de edad.

Artículo Cuarto. Se reforma la fracción II, y se adiciona una fracción III, recorriéndose la actual en su orden, al artículo 94 de la Ley del Seguro Social, para quedar como sigue:

Artículo 94. En caso de maternidad, el Instituto otorgará a la asegurada durante el embarazo, el alumbramiento y el puerperio, las prestaciones siguientes:

I. ...

II.Ayuda en especie por seis meses para lactancia y capacitación y fomento para la lactancia materna y amamantamiento, incentivando a que: la leche materna sea alimento exclusivo durante seis meses y complementario hasta avanzado el segundo año de vida;

III. Durante el período de lactancia tendrán un descanso extraordinario por día, de una hora para amamantar a sus hijos o para efectuar la extracción manual de leche, en lugar adecuado e higiénico que designe la institución o dependencia, y

IV. ...

Artículo Quinto. Se reforma la fracción II, y se adiciona una fracción III, recorriéndose la actual en su orden, al artículo 39 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para quedar como sigue

Artículo 39. ...

I. ...

II. A la capacitación y fomento para la lactancia materna y amamantamiento, incentivando a que la leche materna sea alimento exclusivo durante seis meses y complementario hasta avanzado el segundo año de vida y ayuda para la lactancia cuando, según dictamen médico, exista incapacidad física o laboral para amamantar al hijo. Esta ayuda será proporcionada en especie, hasta por un lapso de seis meses con posterioridad al nacimiento, y se entregará a la madre o, a falta de ésta, a la persona encargada de alimentarlo,

III. Durante el período de lactancia tendrán un descanso extraordinario por día, de una hora para amamantar a sus hijos o para realizar la extracción manual de leche, en lugar adecuado e higiénico que designe la institución o dependencia, y

IV. ...

Artículo Sexto. Se reforman los artículos 20 y 28, numeral C, de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue:

Artículo 20. Las madres tienen derecho, mientras están embarazadas o lactando, a recibir la atención médica y nutricional necesaria, de conformidad con el derecho a la salud integral de la mujer. Además, las madres trabajadoras, durante el período de lactancia tendrán un descanso extraordinario por día, de una hora para amamantar a sus hijos o para realizar la extracción manual de leche, en lugar adecuado e higiénico que designe la empresa.

Artículo 28. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la salud. Las autoridades federales, del Distrito Federal, estatales y municipales en el ámbito de sus respectivas competencias, se mantendrán coordinados a fin de:

A. ...

B. ...

C. A la capacitación y fomento para la lactancia materna y amamantamiento, incentivando a que la leche materna sea alimento exclusivo durante seis meses y complementario hasta avanzado el segundo año de edad.

D. a J. ....

Artículo Séptimo.Se reforma el artículo 11 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para quedar como sigue:

Artículo 11. Constituye violencia laboral: la negativa ilegal a contratar a la Víctima o a respetar su permanencia o condiciones generales de trabajo; la descalificación del trabajo realizado, las amenazas, la intimidación, las humillaciones, la explotación, el impedimento a las mujeres de llevar a cabo el periodo de lactancia previsto en la ley y todo tipo de discriminación por condición de género.

Transitorios

Primero. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se concede un plazo de trescientos sesenta y cinco días naturales, contados a partir de la fecha en que entren en vigor estas modificaciones, para que las empresas, instituciones, dependencias y, en general, todos los obligados conforme este Decreto efectúen las adecuaciones físicas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de la ley correspondiente.

Notas:

1. Goldman AS, Goldblum RM. “Defense agents in milk. A defense agents in human milk”. En: Jensen RG. Handbook of milk composition. San Diego Academic Press, 1995:727-738.

2 Secretaría de Salud. Dirección General de Salud Reproductiva. Ventajas de la lactancia materna. Manual de lactancia materna para el primer nivel de atención. México, DF: SSA, 1997:25-28.

3 Bronfman M. Como se vive se muere. Familia, redes sociales y muerte infantil. México, DF: UNAM, 2000:79-188

4 Vega LMG, González PGJ. Factores maternos asociados a la duración de la lactancia en áreas periféricas de Guadalajara, México. Bol Oficina Sanit Panam 1993;115(2):118-126.

5 Pérez-Escamilla R, Dewey KG. Epidemiología de la lactancia materna en zonas rurales y urbanas de México. Bol Oficina Sanit Panam 1993;114(5):399-405.

Winikoff B, Castle M. The influence of maternal employment on infant feeding. En: Beverly Winikoff, Castle MA, Hight-Laukaran V, Ed. Feeding infants in four societies: Causes and consequences of mothers’ choices. Westport (et): Greenwood Press, 1988:121-145.

Pérez-Escamilla R, Segura-Millán S, Pollit E, Dewey KG. Determinants of lactation performance across time in an urban population from Mexico. Soc Sci Med 1993;37:1069-1078

Pérez-Escamilla R, Segura-Millán S, Pollit E, Dewey KG. Effect of the maternity ward system on the lactation success of low income urban Mexican women. Early Human Dev 1992;31:25-40.

Segura-Millán S, Dewey KG, Pérez-Escamilla R. Factors associated with perceived insufficient milk in a low-income urban population in Mexico. J Nutr 1994;124:202-212.

Long-Dunlap K, Rivera Dommarco J, Rivera-Pasquel M, Hérnandez-Avila M, Lezana MA. Feeding patterns of Mexican infants recorded in the 1988 National Nutrition Survey. Salud Publica Mex 1995;37:120-129.

World Health Organization/UNICEF. Protecting, promotion and supporting breastfeeding: The special role of maternity service. A join WHO/UNICEF statement. Int J Gynecol Obstet 1990;31:171-183.

Secretaría de Salud, Dirección General de Salud Reproductiva. Situación de la lactancia materna. En: Manual de lactancia materna para el primer nivel de atención. México, DF: SSA, 1997:7-20.Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia. La iniciativa hospital amigo del niño. Parte VII. Revaluación de hospitales amigos del niño: guía para desarrollar el proceso a nivel nacional. Nueva York (NY): FBHI Team Nutrition Section,1998.

Margen S, Melnick V, Neuhauser L, Ríos E. Infant feeding in Mexico. Emeryville (CA): PRINTEAM 1991.

6 Flores-Huerta S, Cisneros-Silva I. Alojamiento conjunto madre-hijo y lactancia humana exclusiva. Salud pública, México, 1997; 39(2):110-116.

Dado en la Sala de Juntas de la Comisión de Seguridad Social, a los 10 días del mes de noviembre de 2010.

La Comisión de Seguridad Social, diputados: Uriel López Paredes (rúbrica), Janet Graciela González Tostado (rúbrica), Rafael Yerena Zambrano (rúbrica), Jorge Hernández Hernández (rúbrica), Valdemar Gutiérrez Fragoso (rúbrica), Ana Elia Paredes Árciga (rúbrica), Julio César Godoy Toscano (rúbrica), Malco Ramírez Martínez, Elvia Hernández García, Armando Neyra Chávez (rúbrica), Clara Gómez Caro (rúbrica), Fernando Espino Arévalo (rúbrica), Francisco Alejandro Moreno Merino, Melchor Sánchez de la Fuente, Armando Jesús Báez Pinal, Germán Contreras García, Velia Idalia Aguilar Armendáriz (rúbrica), María Elena Pérez de Tejada Romero, José Gerardo de los Cobos Silva (rúbrica), Raúl Gerardo Cuadra García (rúbrica), Bernardo Margarito Téllez Juárez (rúbrica), Rubén Arellano Rodríguez (rúbrica), Francisco Hernández Juárez, Feliciano Rosendo Marín Díaz, Roberto Pérez de Alva Blanco, José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, María Guadalupe García Almanza, Norma Leticia Orozco Torres (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Está a discusión en lo general. No hay oradores. Consulte la Secretaría a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido en lo general.

La diputada Laura Itzel Castillo Juárez(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: ¿Con qué objeto, diputada Laura Itzel Castillo?

La diputada Laura Itzel Castillo Juárez (desde la curul): Para hacer unas reservas, para adicionar modificaciones a algunos artículos.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: En un momento pasaremos a ese escenario procesal.

La diputada Laura Itzel Castillo Juárez (desde la curul): Perfecto.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Adelante la Secretaría.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: En votación económica se consulta a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido en lo general. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Diputadas y diputados por la negativa.

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias. Suficientemente discutido.

Para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se pregunta a la asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

Hemos recibido de entrada las siguientes reservas:

Artículo 170, fracción IV de la Ley Federal del Trabajo. El 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. El 94, fracción III de la Ley del Seguro Social. Y 39, fracción III de la Ley del ISSSTE.

De la Ley Federal del Trabajo el artículo 170. De la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Artículo B del Artículo 123 Constitucional el artículo 28. De la Ley del Seguro Social el artículo 94. De la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado el artículo 39. Todos ellos por la diputada Laura Itzel Castillo Juárez.

Considerando los artículos reservados a los que se ha hecho referencia, se pide a la Secretaría abra el sistema electrónico por 5 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular de los artículos no reservados en un solo acto.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior. Ábrase el sistema electrónico por 5 minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados del proyecto de decreto.

(Votación)

¿Falta algún diputado o diputada por emitir su voto? Sigue abierto el sistema. ¿Falta algún diputado o diputada por emitir su voto? Tienen 10 segundos para hacerlo.

Ciérrese el sistema de votación. Votación de viva voz:

El diputado José Luis Álvarez Martínez (desde la curul): A favor.

El diputado Ricardo Sánchez Gálvez (desde la curul): A favor.

El diputado Mario Moreno Arcos(desde la curul): A favor.

El diputado Liborio Vidal Aguilar(desde la curul): A favor.

El diputado José Ignacio Pichardo Lechuga(desde la curul): A favor.

El diputado José Ricardo López Pescador(desde la curul): A favor.

El diputado Germán Contreras García(desde la curul): A favor.

El diputado Agustín Carlos Castilla Marroquín(desde la curul): A favor.

El diputado Enrique Salomón Rosas Ramírez(desde la curul): A favor.

El diputado Leandro Rafael García Bringas(desde la curul): A favor...

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: Diputado presidente, la votación es la siguiente: 305 a favor, 1 abstención, 0 en contra.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias. Aprobados en lo general y en lo particular los artículos no impugnados, por 305 votos.

Esta Presidencia informa a la asamblea que se han reservado para la discusión en lo particular los siguientes artículos del proyecto de decreto: de la Ley Federal del Trabajo, el artículo 170. De la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, el artículo 28. De la Ley del Seguro Social, el artículo 94. Y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, el artículo 39.

Tiene la palabra la diputada Laura Itzel Castillo Juárez, hasta por 5 minutos, para fundamentar sus reservas.

La diputada Laura Itzel Castillo Juárez:Muchas gracias, diputado presidente. En primer lugar quiero reconocer el trabajo y la propuesta que han venido realizando distintos diputados, como es el caso del diputado Verver y del diputado Uriel López.

Considero que es necesario incentivar la lactancia materna y que por tanto, el proyecto que se está presentando para hacer distintas modificaciones, es un proyecto que toma en consideración los aspectos relacionados con el fortalecer el sistema inmunológico, las cuestiones de carácter nutricional, así como desde luego lo primordial que tiene que ver con lo afectivo.

Por esa razón la propuesta que estoy haciendo, las reservas en específico en torno a los distintos artículos que aquí están planteados, considera que si bien en estos momentos dentro de la Ley Federal del Trabajo existen dos medias horas dentro del transcurso de un día para poder llevar a cabo la lactancia materna, aquí la propuesta que hicieron es tomar en consideración que eso se pudiera consolidar y que fuera en una hora.

A mí me parece que lo que aquí tenemos que ver, es que esto debe ser opcional, es decir, que en función de los tiempos de las características, la mujer trabajadora pueda decidir entre dos medias horas o una hora completa. Por esa razón es que pienso que de no hacerlo así podría ser regresiva, ya que aquí lo que se está especificando es que en lugar de dos medias horas sea una hora en un solo acto.

Por esa razón las propuestas que estoy planteando tienen que ver con distintos artículos que se están reformando, que es el caso de la Ley Federal del Trabajo en el artículo 170. En el caso de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, que sería el artículo 28, como se ha señalado. La Ley del Seguro Social, el artículo 94, y la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado, en el artículo 39.

Por tanto, es muy concreto lo que estamos considerando y solamente se añadiría que en el periodo de lactancia tendrán derecho a decidir entre contar con dos reposos extraordinarios por día de media hora cada uno, o bien un reposo extraordinario por día de una hora para alimentar a sus hijos.

En específico lo único que se le está incorporando es este derecho a decidir entre contar entre dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno, y después seguiría la redacción tal cual.

En cada uno de estos artículos se ha incorporado esto, contemplando que las leyes no deben ser regresivas y que si ya tienen las mujeres estos derechos, que sea una opción de la mujer decidir cuál es el tiempo y cuáles son estas características. Eso es todo, gracias.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Castillo. Consulte la Secretaría a la asamblea si se admiten a discusión las modificaciones propuestas por la diputada Laura Itzel Castillo Juárez a los artículos referidos. Sí, diputado López Paredes.

El diputado Uriel López Paredes(desde la curul): Presidente, nada más para manifestar que estaríamos de acuerdo, ya que es opcional el que sean los dos espacios o que se compacten en una hora. O dos medias horas o una hora.

Creo que no hay absolutamente ninguna contradicción a la propuesta que hace la diputada Castillo.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: El presidente de la comisión ha emitido una opinión de anuencia a las propuestas de modificación presentadas por la diputada Castillo Juárez.

Consulte la Secretaría a la asamblea si se admiten a discusión las modificaciones propuestas.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: Se pregunta a la asamblea si se admiten a discusión las modificaciones propuestas por la diputada Laura Itzel Castillo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados por la negativa sírvanse manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias. Consulte la Secretaría a la asamblea si se aceptan las modificaciones propuestas, no habiendo oradores inscritos.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea si se aceptan las modificaciones propuestas. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputadas que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Pido a la Secretaría que repita la votación para tener certeza del sentido de la misma.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: Las diputadas y los diputados que estén por aceptar las modificaciones propuestas, los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputadas que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Mayoría por la negativa, diputado presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: A juicio de la Presidencia es correcta la apreciación de la Secretaría. Por tanto, no se admiten las modificaciones propuestas.

Consulte la Secretaría a la asamblea si se encuentran suficientemente discutidos los artículos reservados.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: En votación económica se consulta...

El diputado Omar Fayad Meneses (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Perdón, antes el diputado Omar Fayad. ¿Con qué objeto, diputado?

El diputado Omar Fayad Meneses(desde la curul): Presidente, nada más para solicitar si nos puede hacer el favor de aclarar a esta asamblea el sentido de las votaciones, porque fueron varias propuestas las de la compañera Laura Itzel.

Entonces si puede aclarar el sentido de la votación porque creo que hay una confusión. A lo mejor es algo positivo que podemos apoyar o que puede transitar en esta asamblea. Estamos confundidos exactamente en el texto de la propuesta, qué es lo que propone la compañera, y entonces sí preguntar a la asamblea si está de acuerdo o no está de acuerdo.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Ya se había hecho la votación, diputado Fayad. La diputada Laura Itzel Castillo fue muy clara en los términos de su argumentación referida a los periodos u horarios específicos de lactancia, que quedaran como opcionales.

Hubo una anuencia de la Presidencia de la comisión respectiva, pero la asamblea en un principio admitió a discusión las propuestas y luego no las aceptó. Ésta es la realidad de la votación: no admitió las propuestas de modificación que tienen que ver con lo que hice referencia.

El diputado Omar Fayad Meneses (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Sí, diputado Fayad. De nueva cuenta sonido en la curul.

El diputado Omar Fayad Meneses(desde la curul): Yo creo que hay una confusión, presidente. Si ilustra a la asamblea y consulta, seguramente se va a aprobar lo que propuso la compañera Laura Itzel.

Yo le pido que por favor reponga el procedimiento. Pero primero ilustre a la asamblea para que pueda saber cada diputado el sentido de la votación. Está hablando de un tema importante en el que las propias mujeres les van a poder argumentar sobre los periodos de lactancia, sobre los tiempos.

A mí me parece que es justo que, primero se aclare específicamente de qué se trata y en virtud de ello se consulte a la asamblea. Creo que no nos afecta absolutamente en nada, presidente.

El diputado Víctor Humberto Benítez Treviño (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: El diputado Benítez Treviño.

El diputado Víctor Humberto Benítez Treviño (desde la curul): Gracias, señor presidente.

El trámite parlamentario lo cumplió usted escrupulosamente, señor presidente. Se preguntó a la asamblea si se sometía a discusión; se dijo que sí. Y después en la votación, mayoritariamente, se rechazó. No podemos andar poniendo procedimientos parlamentarios.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Coincidiendo con usted, yo en lo individual podría estar de acuerdo con la reflexión del diputado Fayad y con las propuestas de modificación. Pero como presidente estoy obligado a respetar la decisión soberana de la asamblea y votó mayoritariamente por no admitir las modificaciones propuestas. Éste fue el trámite cumplido rigurosamente.

Consulte la Secretaría a la asamblea si se encuentran suficientemente discutidos los artículos reservados.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo reservado. Los diputados y las diputadas que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Los que estén de acuerdo en que está suficientemente discutido. Aquí los que crean que no está suficientemente discutido, ahorita lo...

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Secretario, por favor, repita la votación. Repita la votación, en términos de si los artículos reservados se encuentran suficientemente discutidos.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se encuentran suficientemente discutidos los artículos reservados. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: A juicio de la Presidencia hay diputados que están confundidos en su sentido de la votación, porque hasta votan doble.

Entonces, vamos a... poniéndose de pie, les voy a pedir, por favor, que los que voten en cualquiera de los sentidos, a favor o en contra, lo hagan poniéndose de pie.

Primero los que estén a favor, se sientan, y luego inmediatamente después los que estén en contra, señalado todo esto por la Secretaría. Adelante, señor secretario.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: Señores diputados, nuevamente, por instrucciones de la Presidencia...

El diputado José Ramón Martel López(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: A ver... Si diputado. Sonido en la curul del diputado Martel, por favor.

El diputado José Ramón Martel López(desde la curul): Con todo respeto a la Mesa, son varios los temas que se están incluyendo en un solo acto. Y doy un ejemplo a ver si podemos hacer de esto un diálogo productivo para poder lograr votaciones.

Hubo uno de los temas, por ejemplo, que tocó la diputada Laura Itzel, donde comentó que podría ser un derecho de la madre elegir entre una hora para poder amamantar o dividir dos medias horas. Temas en la que nuestra fracción parlamentaria estaría de acuerdo en que pudiese fraccionarse en dos medias horas.

Ojo, si se comentó tal cual el punto, así tendría que someterse a consideración esta parte, no el resto en el que no estamos nosotros de acuerdo con la presentación que se hizo. Por eso le rogamos la aclaración a la Mesa y a ver si pudiese darse en un evento de esta naturaleza.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Le pediríamos a la diputada Castillo Juárez que nos aclarara el sentido preciso de los artículos a los que impactaría esta argumentación.

La diputada Laura Itzel Castillo Juárez:Gracias. Es específicamente lo que señaló el diputado Martel, solamente que estamos hablando de distintos artículos de diferentes leyes, pero es exactamente lo mismo y es la misma redacción para cada uno de los artículos donde se habla en torno a que se lleve a cabo en un solo acto que fuera una hora.

Quiero señalar que los diputados Verver y el diputado Uriel, plantearon que para incentivar que exista esta lactancia materna, también se les diera la posibilidad a las mujeres de que fuera una hora en lugar de dos medias horas.

Lo que nosotros estamos planteando es que es correcto. Sin embargo, si las mujeres, de acuerdo a la ley, tienen dos medias horas, lo que decimos es que no debe ser regresiva sino debe ser opcional. O sea, la mujer debe decidir si son dos medias horas o una hora.

La propuesta habla de varias cosas, pero en específico que en lugar de ser dos medias horas sea una hora. Por eso, yo estoy planteando aquí esta reserva que se refiere a distintos artículos de los que se están proponiendo por parte de los diputados.

En concreto sería que fuera opcional, que la mujer decidiera si son dos medias horas o una hora y que no se eliminara esa posibilidad de las dos medias horas. Es muy sencillo.

Efectivamente, como señalan los diputados, estamos hablando de varios artículos. En primer lugar, el de la Ley Federal del Trabajo, por tanto quizá se debería votar uno por uno, aunque la redacción es exactamente la misma en cada uno de los distintos artículos de las diferentes leyes.

En el caso concreto de la Ley Federal del Trabajo la propuesta es en el artículo 170. La propuesta que plantean los diputados Uriel y Verver dice así: “Las madres trabajadoras tendrán los siguientes derechos:

IV. En el periodo de lactancia tendrán un reposo extraordinario por día de una hora para alimentar a sus hijos o para realizar la extracción manual de leche en un lugar adecuado e higiénico que designe la empresa.”

La propuesta que yo estoy haciendo para reformar esto es que debe decir: “Las madres trabajadores tendrán los siguientes derechos:

IV. En el periodo de lactancia tendrán derecho a decidir entre contar con dos reposos extraordinarios por día de media hora cada uno, o bien, un reposo extraordinario por día de una hora para alimentar a sus hijos o para realizar la extracción manual de leche en un lugar adecuado e higiénico que designe la empresa.”

¿Qué es lo que decía la actual Ley Federal del Trabajo? Hablaba de dos medias horas. ¿Cuál es la propuesta que están haciendo los diputados? Que sea una hora, que se compacte. ¿Cuál es la propuesta que estoy haciendo yo? Que se considere la voluntad de las mujeres y, en este sentido, que la mujer trabajadora pueda decidir entre dos medias horas o una hora. Así de sencillo.

Éste es el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo. Yo propondría que fuéramos artículo por artículo y en el caso de la Ley Federal del Trabajo, ésta es la modificación que estamos planteando, que es una reserva para adicionar esta modificación en específico al artículo 170.

La diputada María Elena Pérez de Tejada Romero (desde la curul): Señor presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: La diputada María Elena Pérez de Tejada.

La diputada María Elena Pérez de Tejada Romero(desde la curul): Presidente, en las sesiones que tuvimos de trabajo, donde también se expusieron estos mismos tiempos, se discutió el tema del horario.

Nosotras y nosotros también creemos que el tema de una hora es mucho más viable, que en la vida práctica de las trabajadoras es mejor para que la lactancia pueda cumplirse, para que pueda realizarse.

También que quede a un acuerdo con el empleado y el patrón. Creo que ésa es la manera cómo podríamos anexarlo así, además tomando lo que dice la diputada Laura Itzel, para que pueda proceder. Es tanto, presidente, gracias.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias. Diputada Leticia Quezada.

La diputada Leticia Quezada Contreras(desde la curul): Gracias, diputado. Como estoy escuchando ahorita es un problema que estamos viendo de enfoque a lo mejor las diputadas, por quien me acaba de anteceder.

Pero creo que sí debe votarse de manera transversal, porque se deben modificar varios ordenamientos y creo que de fondo, al parecer todo mundo está con esa idea, que debe ser opcional para las mujeres, ya sea una hora o dos medias horas, pero la mujer debe decidir, porque los horarios de trabajo, a lo mejor nosotros lo estamos viendo desde aquí que tenemos un poco más de horario de trabajo, pero hay mujeres que no tienen el mismo tiempo, o que se les facilita mucho más partir su hora en dos, y hay mujeres que según pudieran ir incluso a su casa para darle pecho a su bebé.

Creo que de fondo estamos de acuerdo y sí tiene que ser la votación transversal de todos los artículos y obviamente, nosotros estamos a favor por esa opción, la elección la tiene que tener la mujer y lo tenemos que dejar asentado en los diferentes ordenamientos. Si no modificamos uno o si dejamos a la mitad las modificaciones, de ahí posiblemente los patrones pudieran agarrarse para negar este permiso y entonces, sí lo pondríamos en una nulidad absoluta.

Sí tiene que quedar con mucha claridad específica en los diferentes ordenamientos, siguiendo la misma redacción que aquí se acuerde, por parte de la diputada que está proponiendo, pero sí debe quedar con mucha claridad.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias. Diputado Víctor Castro y luego, el diputado Omar Fayad.

El diputado Víctor Manuel Castro Cosío(desde la curul): Creo que, Jesús, presidente, muchas gracias. El señor Martel, diputado Martel, hizo una propuesta que Laura la replanteó correctamente y a mí cuando menos me queda mucho más claro ya con estos agregados de la Comisión y creo que podríamos, todas las bancadas, dejar muy claro el día de hoy que estamos a favor de que las mujeres tengan esa facilidad y puedan opcionalmente... No cambia nada, pues, el fondo es positivo para las madres. Eso es lo que este Congreso debe valorar.

De alguna manera estamos ayudando a las dos posiciones, tanto a adecuarlo para la madre de una hora, como para la que pueda opcional y de acuerdo a sus condiciones laborales, tener media hora.

Yo creo que todas las bancadas ya con esta claridad podemos separar la votación y procesar de una manera unificada este punto, a favor de las madres mexicanas.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Diputado Omar Fayad.

El diputado Omar Fayad Meneses(desde la curul): Gracias, presidente.

Tal como lo leyó la compañera Laura Itzel en su intervención al inicio, es el texto con el que creo que la mayoría de las fracciones parlamentarias y la mayoría de los diputados estamos de acuerdo. No consideramos que deba haber una votación transversal, simplemente con que se acepte el texto propuesto por Laura Itzel se modifique en todas aquellas disposiciones donde tiene que quedar, y en todo caso si el procedimiento parlamentario de esta Cámara había agotado ya la votación, mi propuesta es que se formule nueva propuesta de modificaciones al artículo 124 del Reglamento y que con ese texto queden todas las demás leyes que inciden exactamente en el mismo tema.

Yo creo que ya hay claridad, yo creo que estamos de acuerdo. Creemos que la propuesta de Laura Itzel es una buena propuesta, una propuesta interesante, y muchas compañeras y compañeros de mi partido transitaríamos con ello si se formula la nueva protesta con el texto que leyó en tribuna Laura Itzel.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado. Diputado Uriel López Paredes.

El diputado Uriel López Paredes(desde la curul): Presidente, nada más para aclarar que la propuesta es una. Que las madres que están amamantando tengan la opción de tomar una hora o dos medias horas, por eso nosotros no le vemos ahí ninguna dificultad. Si dejamos el dictamen como está estaríamos dejando una hora nada más, que por las consultas que nosotros hicimos, el grueso de las madres que están amamantando están en la condición o hacen la propuesta de que se les deje una hora, pero no hay ninguna dificultad dejarles la otra opción para quienes por alguna circunstancia así lo quieran hacer, pues que lo hagan en las dos medias horas.

Entonces no nos confundamos. La propuesta es única, pasa por varios ordenamientos, la modificación de varios ordenamientos: la Ley del Trabajo, del ISSSTE, del IMSS, pero es una propuesta única —así lo entiendo yo— la que nos hace la diputada Castillo.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Diputado Pérez Cuevas, había usted solicitado el uso... De nueva cuenta la diputada Pérez de Tejada.

La diputada María Elena Pérez de Tejada Romero(desde la curul): Gracias, presidente.

Solicitarle de favor, si es tan amable de volvernos a leer cómo quedaría la propuesta, para que se incluya como dice el presidente, y textualmente diga así, el presidente de la comisión, y podamos tener con claridad cómo sería la votación, por favor. El texto definitivo, por favor.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Diputada Castillo, yo creo que usted como proponente sería la más indicada para que las propuestas de modificación fueran presentadas y clarificadas para efectos de la decisión de la asamblea.

La diputada Laura Itzel Castillo Juárez: Debe decir:

Artículo 170. Las madres trabajadoras tendrán los siguientes derechos:

Fracción IV: En el periodo de lactancia tendrán derecho a decidir entre contar con dos reposos extraordinarios por día de media hora cada uno. O bien, un reposo extraordinario por día de una hora para alimentar a sus hijos o para realizar la extracción manual de leche en lugar adecuado e higiénico que designe la empresa.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Castillo.



RECESO

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva(a las 15:50 horas):Vamos a decretar un receso por 3 minutos. Vamos a pedirles a los coordinadores o vicecoordinadores respectivos de los grupos parlamentarios nos acompañen aquí, en la Presidencia misma de la Mesa, a efecto de que clarifiquemos el procedimiento que seguiríamos para que la asamblea tomara la mejor decisión. Les pedimos por favor que pasen acá.

Declaramos un receso por tres minutos.

(Receso)



LEY GENERAL DE SALUD - LEY FEDERAL DEL TRABAJO - LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO - LEY DEL SEGURO SOCIAL - LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO - LEY PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES - LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva(a las 15:57 horas): Se reanuda la sesión.

Luego de las deliberaciones con las representaciones de los distintos grupos parlamentarios con la Mesa Directiva, se han clarificado los asuntos que estamos decidiendo. Vamos a continuar el trámite en donde nos quedamos hace unos minutos.

Consulte la Secretaría a la asamblea si se encuentran suficientemente discutidos los artículos reservados.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo reservado. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa.

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias. Por la negativa.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: Por la  negativa. Mayoría por la negativa, diputado presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, secretario.

Sobre este mismo tema y sobre los mismos artículos tiene una nueva propuesta presentada por el presidente de la comisión, el diputado Uriel López Paredes. Le pediríamos que le diera lectura a la misma.

El diputado Uriel López Paredes(desde la curul): Sí, presidente. La propuesta quedaría como sigue: con fundamento en lo que disponen los artículos 124 y 125 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, nos permitimos proponer al pleno que se incorpore en los artículos 170 de la Ley Federal del Trabajo, 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del artículo 123 Constitucional, 94 de la Ley del Seguro Social y 39 de la Ley de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, la siguiente redacción: derecho a decidir dos reposos extraordinarios por día de media hora cada uno o bien uno solo.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: De una hora, como está.

El diputado Uriel López Paredes (desde la curul): De una hora.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Pregunte la Secretaría a la asamblea si se admite la propuesta que se acaba de presentar.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: Por instrucciones de la Presidencia se pregunta a la asamblea si se admite la propuesta que se acaba de presentar. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados por la negativa.

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Por tanto es admitida la propuesta. Ahora consulte la Secretaría a la asamblea si se acepta la propuesta.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: En votación económica se pregunta a la asamblea si se acepta la propuesta. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa.

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias. Se acepta. Consulte la Secretaría a la asamblea si está suficientemente discutida la reserva.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: Se pregunta a la asamblea si se encuentra suficientemente  discutida la reserva. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa.

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias. Se pide a la Secretaría abra el sistema electrónico por 5 minutos para proceder a la votación de los artículos reservados en los términos en que han sido admitidos por la asamblea en lo que se refiere al artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo. Al 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional. Del 94 de la Ley del Seguro Social y del 39 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior.

Ábrase el sistema electrónico por 5 minutos para proceder a la votación nominal del artículo reservado, con las modificaciones aceptadas por la asamblea.

(Votación)

¿Falta algún diputado o diputada por emitir su voto? Ciérrese el sistema electrónico de votación. De viva voz el diputado José Luis Álvarez Martínez.

El diputado José Luis Álvarez Martínez (desde la curul): A favor.

El diputado Miguel Ángel Terrón Mendoza (desde la curul): A favor.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: Diputado presidente, el resultado de la votación son 286 votos a favor, cero en contra y una abstención.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias. Aprobado en lo general y en lo particular por 286 votos el proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes General de Salud, Federal del Trabajo, Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, del Seguro Social, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

Diputado Verver, ¿con qué objeto? Y luego la diputada Pérez de Tejada.

El diputado Heladio Gerardo Verver y Vargas Ramírez(desde la curul): Señor presidente, con el objeto de agradecer a las diputadas y los diputados por esta decisión tan acertada que sienta bases al retomar una costumbre natural que es la lactancia materna.

Creo que la Comisión de Seguridad Social, sus integrantes y las personas que estuvieron haciendo la explicación y con la atinada intervención de la diputada Laura Itzel, se dan bases jurídicas para un evento natural que se ha ido perdiendo y ocasionaba serios problemas de alergia y muerte infantil. Gracias, de verdad. Quedo muy a la orden.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Diputada María Elena Pérez de Tejada.

La diputada María Elena Pérez de Tejada Romero(desde la curul): Gracias, presidente. Nada más resaltar que ésta es una muestra de que nos podemos poner de acuerdo en temas tan sensibles e importantes para la ciudadanía, especialmente para las trabajadoras. Y ojalá podamos seguir trabajando así en muchos temas que están pendientes para beneficio de las mujeres en la cuestión de seguridad social. Muchas gracias a todos y a todas.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias a usted, diputada Pérez de Tejada.



PRECIOS DE GASOLINAS Y DIESEL

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: El siguiente punto del orden del día es dictámenes a discusión con puntos de acuerdo.

En virtud de que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se autoriza que sólo se dé lectura a los encabezados.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se autoriza que sólo se dé lectura a los encabezados. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa favor de manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa favor de manifestarlo.

Diputado presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se autoriza. En consecuencia, proceda la Secretaría a dar lectura a los encabezados.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Dictamen de las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería, y de Economía, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a instaurar medidas que favorezcan al sector campesino y contrarresten el alza debida al aumento del costo de las gasolinas y del diesel

Honorable Asamblea:

A las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería, y de Economía de la LXI Legislatura fue turnada para su estudio, análisis y dictamen correspondiente la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a instaurar medidas que favorezcan al sector campesino y que contrarresten el alza debida al aumento del costo de las gasolinas y del diesel, a cargo del diputado Héctor Pedraza Olguín, del Grupo Parlamentario del PRI.

Una vez recibida por estas comisiones unidas, sus integrantes entraron a su estudio con la responsabilidad de considerar lo más detalladamente posible su contenido y analizar los fundamentos y argumentos en que se apoya, para proceder a emitir dictamen conforme a las facultades que les confieren los artículos 39 y 45 numeral 6 inciso f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 65, 66, 85, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. A las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería, y de Economía les corresponde dictaminar la presente proposición con punto de acuerdo a partir de los siguientes

Antecedentes

El 25 de febrero de 2010, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó a estas Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería, y de Economía la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a instaurar medidas que favorezcan al sector campesino y que contrarresten el alza debida al aumento del costo de las gasolinas y del diesel, presentada por del diputado Héctor Pedraza Olguín, del Grupo Parlamentario del PRI.

El 11 de febrero de 2010, el diputado Héctor Pedraza Olguín, del Grupo Parlamentario del PRI, presentó proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a instaurar medidas que favorezcan al sector campesino y que contrarresten el alza debida al aumento del costo de las gasolinas y del diesel.

Con base en los antecedentes anteriormente expuestos, los integrantes de esta comisión hemos tenido a bien formular las siguientes

Consideraciones

Que el artículo 27 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, en la fracción XX, establece que “el Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación en el desarrollo nacional, y fomentar la actividad agropecuaria y forestal para el uso de la tierra, con obras de infraestructura, insumos, crédito, servicios de capacitación y asistencia técnica. Asimismo expedirá la legislación reglamentaria para planear y organizar la producción agropecuaria, su industrialización y comercialización, considerándolas de interés público”.

Que el propósito de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, reglamentaria de la fracción XX del artículo 27 la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, establece que “el propósito fundamental de dicha ley es promover el desarrollo del país, considerado de interés general, así como el desarrollo rural que incluye la planeación y organización de la producción agropecuaria y todas aquellas acciones que buscaran elevar la calidad en la producción”.

Que de acuerdo al artículo 4 de la citada ley, “para lograr el desarrollo rural sustentable, el Estado, con el concurso de los diversos agentes organizados, impulsará un proceso de transformación social y económica que reconozca la vulnerabilidad del sector y conduzca al mejoramiento sostenido y sustentable de las condiciones de vida de la población rural, a través del fomento de las actividades productivas y de desarrollo social que se realicen en el ámbito de las diversas regiones del medio rural, procurando el uso óptimo, la conservación y el mejoramiento de los recursos naturales y orientándose a la diversificación de la actividad productiva en el campo, incluida la no agrícola, a elevar la productividad, la rentabilidad, la competitividad, el ingreso y el empleo de la población rural”.

Que uno de los principales problemas del campo mexicano se ha concentrado en el deterioro de los precios del grano mexicano, así como el elevado costo de los insumos.

Que las condiciones del campo nos demuestran que los campesinos no han percibido un beneficio sustancial, ni recibido los apoyos necesarios, por el contrario, se ha mantenido un constante aumento de precios en diversos sectores de la economía y productos, entre los que destacaron el maíz, por consiguiente la tortilla, la carne, el transporte, el pago de derechos, etcétera.

Que como parte de las reformas que el gobierno federal ha implantado para reactivar su economía, es el retirar gradualmente el subsidio al principal combustible; la gasolina, sin embargo, esto contradice al anuncio que en enero del 2009 realizó el gobierno federal de mantener estables los precios de la gasolina, así como del gas doméstico y la electricidad a fin de apoyar a las familias mexicanas a afrontar la crisis económica.

Que aunado a lo anterior, los aumentos a los precios de los combustibles que viene aplicando la presente administración, consistente en adicionar entre 1.6 y 2.4 centavos al precio de cada litro de combustible, propició una alza de precios que no se hizo esperar y un impacto en la economía del sector agrario. Sin embargo, nuevamente se vuelve a la carga y a partir del primer minuto del sábado 6 de febrero del presente año, los precios de las gasolinas y diesel sufrieron un incremento de precios, según dio a conocer la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el precio de la gasolina Magna aumentó ocho centavos, al pasar de 7.88 pesos por litro a 7.96 pesos, en tanto que la gasolina Premium registró un ajuste de cuatro centavos, por lo que el litro se comercializo en 9.70 pesos, el precio del diesel tuvo un incremento de ocho centavos, ya que se vendía en 8.24 pesos y se vendió en 8.32 pesos.

Que no consiente el efecto negativo de este aumento, el Ejecutivo federal, a través de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, autorizó el 6 marzo del presente año un aumentó a la gasolina y el diesel, quedando el precio de la gasolina Premium en 9.74 pesos, Magna a 8.04 pesos y el diesel 8.40 pesos.

Que el gobierno federal, incrementa el precio de gasolina y diesel, en el peor momento, sin considerar el deterioro de la economía, como consecuencia de la enorme crisis económica que aun sigue afectando a nuestro país.

Que el gobierno federal no considera los efectos negativos que un incremento  a la gasolina y al diesel tiene en el campo mexicano, pues además de generar un efecto espiral en el incremento del precio de los insumos, frena la comercialización de los productos al encarecerse el transporte de los mismos.

Que este incremento, es el punto de partida para el alza de los precios en nuestro país, debido a que los transportistas al ver un mayor gasto en su operación, tienen que elevar sus costos para trasladar los insumos, bienes y prestación de servicios en el campo mexicano.

Que el campo requiere mejores esquemas que garanticen la rentabilidad de la producción y de la comercialización de los productos y se necesita una política que favorezca a los productores nacionales sobre los extranjeros, dándoles facilidades y apoyos a los campesinos y productores para el desarrollo y comercialización de sus cultivos, ya que al realizarlo, ello se reflejará dentro de la economía del país.

Que siendo estos aumentos a la gasolina y diesel una realidad que golpea al campo mexicano, generando un aumento inmediato en el costo de los insumos a la producción y a la comercialización de los productos, los integrantes de esta Comisión, tenemos a bien poner a consideración del Pleno de la honorable Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta al Ejecutivo federal a instaurar medidas que favorezcan al sector campesino y que contrarresten el alza en el precio de los insumos y la comercialización de los productos debido al aumento del costo de las gasolinas y del diesel.

Entérese y archívese como total y definitivamente concluido el presente expediente.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de marzo de 2010.

La Comisión de Agricultura y Ganadería, diputados: Cruz López Aguilar (rúbrica), presidente; Manuel Humberto Cota Jiménez (rúbrica), Alfredo Francisco Lugo Oñate (rúbrica), Fermín Montes Cavazos (rúbrica), Luis Félix Rodríguez Sosa (rúbrica), Rolando Zubía Rivera (rúbrica), Sergio Arturo Torres Santos (rúbrica), Dora Evelyn Trigueras Durón, Javier Bernardo Usabiaga Arroyo (rúbrica), José Narro Céspedes, José M. Torres Robledo (rúbrica), secretarios; José Tomás Carrillo Sánchez, Óscar García Barrón (rúbrica), Joel  González Díaz (rúbrica), Narcedalia Ramírez Pineda (rúbrica), Jorge  Rojo García de Alba (rúbrica), Gerardo  Sánchez García (rúbrica), Héctor Eduardo  Velasco Monroy (rúbrica), Víctor Alejandro Balderas Vaquera, Alberto Esquer Gutiérrez (rúbrica), José Luis  Íñiguez Gámez, Juan de Jesús  Pascualli Gómez (rúbrica), Fernando Santamaría Prieto (rúbrica), Ricardo Sánchez Gálvez (rúbrica), Enrique Octavio Trejo Azuara (rúbrica), Sergio E. Gutiérrez Villanueva, Ramón  Jiménez Fuentes (rúbrica), José María Valencia Barajas (rúbrica), Liborio Vidal Aguilar (rúbrica), Eduardo  Zarzosa Sánchez (rúbrica).

La Comisión de Economía, diputados:Ildefonso Guajardo Villarreal (rúbrica), presidente; Alejandro Cano Ricaud (rúbrica), Melchor Sánchez de la Fuente (rúbrica), Jorge Alberto Juraidini Rumilla (rúbrica), José Luis Velasco Lino (rúbrica), Narcedalia Ramírez Pineda (rúbrica), Norma Sánchez Romero (rúbrica en contra), María Antonieta Pérez Reyes, Leoncio Alfonso Morán Sánchez (rúbrica), Rodrigo Pérez-Alonso González (rúbrica), Indira Vizcaíno Silva (rúbrica), Jorge Antonio Kahwagi Macari, secretarios; Noé Fernando Garza Flores (rúbrica), Jorge Hernández Hernández, Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Jorge Humberto López-Portillo Basave (rúbrica), David Penchyna Grub, Enrique Salomón Rosas, David Ricardo Sánchez Guevara, José Antonio Arámbula López (rúbrica en abstención), Sergio Gama Dofour (rúbrica), Luis Enrique Mercado Sánchez, Ramón Merino Loo, Martín Rico Jiménez, Ramón Jiménez López (rúbrica), Gerardo Leyva Hernández, Carlos Torres Piña, José Torres Robledo (rúbrica), Ifigenia Martha Martínez y Hernández (rúbrica).»



MANDOS UNICOS DE POLICIA EN ENTIDADES FEDERATIVAS

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Dictamen de la Comisión de Seguridad Pública, con punto de acuerdo por el cual se solicita a ésta que consulte al Consejo Nacional de Seguridad Pública, por conducto del titular del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, respecto a lo señalado por la Conago sobre el pronunciamiento para crear mandos únicos de policía en las entidades federativas

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Seguridad Pública de la LXI Legislatura le fue turnada el pasado 28 de abril de 2010, para su estudio y dictamen la proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión de Seguridad Pública de esta soberanía que consulte a la Conferencia Nacional de Seguridad Pública Municipal del Sistema Nacional de Seguridad Pública respecto a lo señalado por la Conferencia Nacional de Gobernadores con relación al pronunciamiento para crear mandos únicos de policía en las entidades federativas, a efecto de tomar las medidas legislativas pertinentes, suscrita por el diputado federal Salvador Caro Cabrera, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la cual fue presentada al pleno de la Cámara Baja y publicada en su Gaceta Parlamente en la misma fecha.

Esta comisión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Seguridad Publica somete a consideración de esta honorable asamblea, el presente dictamen en sentido positivo con modificaciones, al tenor de los siguientes

Antecedentes

I. Con fecha 25 de abril de 2010, el diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional haciendo uso de la facultad que le confiere los artículos 71, fracción I ,de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentó al pleno de la Cámara de Diputados, la proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión de Seguridad Pública de esta soberanía que consulte a la Conferencia Nacional de Seguridad Pública Municipal del Sistema Nacional de Seguridad Pública respecto a lo señalado por la Conferencia Nacional de Gobernadores con relación al pronunciamiento para crear mandos únicos de policía en las entidades federativas.

II. En la misma fecha, el presidente y demás integrantes que conforman la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, dispusieron que dicha proposición con punto de acuerdo fuera turnada a la Comisión de Seguridad Pública para su estudio y dictamen.

III. El martes 1 de junio de 2010, en sesión plenaria de la Comisión de Seguridad Pública, este dictamen fue aprobado en sentido positivo con modificaciones por 16 votos a favor, 2 votos en contra y 0 abstenciones.

Contenido de la proposición con punto de acuerdo

1. El promovente refiere en un contexto general, la gran responsabilidad que tienen por observar los actores de los tres Poderes de la Unión en materia de seguridad pública y que se encuentra señalada en la Carta Magna y demás ordenamientos jurídicos. De manera particular centra su atención en las estrategias y acciones emprendidas por los tres órdenes de gobierno para abatir la inseguridad y disminuir así los altos índices delictivos que afectan a la nación.

2. Por otra parte, menciona cómo la normatividad mexicana ha sido dispuesta para que los actores responsables de la seguridad pública salvaguarden la estabilidad social, garanticen el orden y la paz públicos, prevean la observancia irrestricta al respecto de los derechos humanos y civiles de la sociedad con el objeto de asegurar la integridad de cada ciudadano y así se acceda a un estado de derecho eficaz.

3. De esta manera señala cómo el factor “seguridad pública” es un aspecto toral que el Estado debe garantizar para que la sociedad desarrolle juiciosa y sanamente el resto de sus actividades como son la economía, el empleo, la política, etcétera; pues la preocupación fundamental del promovente es una clara percepción de la gran expansión, sofisticación e incremento de la violencia e inseguridad que se vive hoy en día, incitando a que las estrategias y las acciones por combatir estos fenómenos sean más reactivos que preventivos.

Así indica que tal problemática involucra un gran desafío que requiere la coordinación efectiva y la cooperación total de los tres Poderes de la Unión en sus tres órdenes de gobierno.

4. A razón de lo expuesto, es para el promovente de gran interés atender algunos de los resultados de los trabajos celebrados por la Conferencia Nacional de Gobernadores, Conago, en su 38 reunión ordinaria, relacionado con crear un nuevo modelo policial donde existan mandos policiales únicos por cada una de las 32 entidades federativas, la conversión de las policías municipales en cuerpos policíacos de tránsito y auxilio a la población, y dejar a las policías estatales la responsabilidad de la persecución de los delitos del fuero común y a la policía federal lo correspondiente al orden federal, con la finalidad de fortalecer la coordinación policial para combatir al crimen organizado.

Asimismo la sugerencia para que el Congreso de la Unión en el ámbito de su competencia pueda resolver la conveniencia de reformar el marco legal correspondiente para que la propuesta de la Conago sea factible sin que se trasgreda ningún ordenamiento dadas las facultades presentes que señala la actual legislación en cuanto a la función y organización de las policías municipales y de tránsito, así como las competencias y responsabilidades de coordinación y definición de las políticas públicas en materia de seguridad pública de las autoridades locales y federales.

5. Solicita se consulte a la Conferencia Nacional de Seguridad Pública Municipal del Sistema Nacional de Seguridad Pública sobre la factibilidad de la propuesta emitida por la Conago a efecto de que el análisis del Congreso de la Unión que realice al respecto sea integral.

Establecidos los antecedentes y el contenido de la proposición con punto de acuerdo, los miembros de la Comisión de Seguridad Pública de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados suscriben el presente dictamen.

Consideraciones

Primero. Que la Comisión de Seguridad Pública realizó el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la presente proposición con punto de acuerdo, a fin de valorar y dilucidar el presente dictamen.

Segundo. Que el presente punto de acuerdo tiene por objeto solicitar a la Conferencia Nacional de Seguridad Pública Municipal del Sistema Nacional de Seguridad Pública emita una opinión integral relativa a la propuesta que hiciera la Conferencia Nacional de Gobernadores, sobre la creación de mandos únicos de policía en las 32 entidades federativas, para que el Poder Legislativo cuente con la información y los elementos suficientes que accedan a resolver la conveniencia de reformar los artículos constitucionales y demás ordenamientos aplicables para tales fines y así promover políticas públicas eficaces que impacten de manera conveniente el desarrollo y fortalecimiento de las dependencias encargadas de la seguridad pública.

Lo anterior en virtud de que el crimen organizado y la delincuencia en las dos últimas décadas han transformado la vida del país, provocando altos índices de inseguridad y violencia que progresivamente se ven más expandidos y sofisticados, afectando inexorablemente el entorno biopsicosocial de cada mexicano, la economía, la salud y el desa-rrollo del país.

Tercero. Que para efectos del punto el Congreso General está facultado para establecer y organizar a las instituciones de seguridad pública en materia federal, de acuerdo a la fracción XXIII del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda vez que los párrafos noveno y décimo, así como el inciso a) del artículo 21 de la Carta Magna señalan:

Artículo 21. ...

...

...

...

...

...

...

...

...

...

La seguridad pública es una función a cargo de la federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala. La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en esta Constitución.

Las instituciones de seguridad pública serán de carácter civil, disciplinado y profesional. El Ministerio Público y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno deberán coordinarse entre sí para cumplir los objetivos de la seguridad pública y conformarán el Sistema Nacional de Seguridad Pública, que estará sujeto a las siguientes bases mínimas:

a) La regulación de la selección, ingreso, formación, permanencia, evaluación, reconocimiento y certificación de los integrantes de las instituciones de seguridad pública. La operación y desarrollo de estas acciones será competencia de la federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios en el ámbito de sus respectivas atribuciones...

Cuarto. Que de conformidad con el Apartado 1 del artículo 1o. de Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el cual se sustenta en los artículos 52 y 56 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, “ ... el Congreso General se divide en dos Cámaras, una de Diputados y otra de Senadores”.

Y de acuerdo con los apartados 1 y 3 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Cámara de Diputados cuenta con comisiones ordinarias que son “ ... órganos constituidos por el pleno, que a través de la elaboración de dictámenes, informes, opiniones o resoluciones, con tribu yen a que la Cámara cumpla sus atribuciones constitucionales y legales y “...su competencia se corresponde en lo general con las otorgadas a las dependencias y entidades de la administración pública federal”, respectivamente. Por lo que atendiendo a lo dispuesto en los Apartados 1 y 6, inciso e) del artículo 45 del mismo ordenamiento que a la letra dicen:

Artículo 45.

1. Los presidentes de las comisiones ordinarias, con el acuerdo de éstas, podrán solicitar información o documentación a las dependencias y entidades del Ejecutivo federal cuando se trate de un asunto sobre su ramoo se discuta una iniciativa relativa a las materias que les corresponda atender de acuerdo con los ordenamientos aplicables

...

...

...

...

6. Las comisiones tendrán las tareas siguientes:

a) a d) ...

e) Resolver los asuntos que la Mesa Directiva de la Cámara les turne;

f) Dictaminar, atender o resolver las iniciativas, proyectos y proposiciones turnadas a las mismas en los términos de los programas legislativos acordados por la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos; y

g) Realizar las actividades que se deriven de esta ley, de los ordenamientos aplicables, de los acuerdos tomados por el pleno de la Cámara y los que adopten por sí mismas con relación a la materia o materias de su competencia.

Se desprende que esta comisión ordinaria se encuentra acreditada para solicitar a las instancias de la administración pública federal, la información que le permita atender la presente proposición con punto de acuerdo.

Quinto. Que el 21 de agosto de 2008 los tres Poderes de la Unión en sus tres órdenes de gobierno acordaron una estrategia nacional en materia de seguridad pública, que contempló a sugerencia de la Conago, políticas integrales entre otras materias de análisis legislativo e inteligencia. Esta estrategia nacional se denominó “Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad”, donde el Poder Ejecutivo federal se comprometió entre otras cosas a:

X. Adecuar el modelo de coordinación y el arreglo institucional de atención a la seguridad pública, para garantizar la responsabilidad compartida entre la Federación, las entidades federativas y los municipios.

La cual tiene entre otros objetivos contar con directrices de un modelo de policía homogéneo. Asimismo los gobiernos de las entidades federativas a través de sus titulares acordaron:

XLIX. Adecuar la organización y funcionamiento de las instituciones de seguridad público estatales al mar nacional.

Las Asociaciones de Alcaldes se comprometieron a establecer un:

LV. Programa permanente de desarrollo de procedimientos policiales.”

Sexto. Que el Sistema Nacional de Seguridad Pública comprende la coordinación de las Instituciones de Seguridad Pública de la Federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios para formular políticas integrales, sistemáticas, continuas y evaluables, así como programas y estrategias, en materia de seguridad pública, conforme a lo dispuesto en la fracción II del artículo 7 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Séptimo. De acuerdo a las fracciones V y VII del artículo 10 del ordenamiento antes citado, el Sistema Nacional de Seguridad Publica cuenta para el despacho de sus asuntos con el Consejo Nacional de Seguridad Pública quién a su vez se auxilia entre otras instancias por la Conferencia Nacional de Seguridad Pública Municipal y el Secretariado Ejecutivo del Sistema, a quienes corresponde:

De acuerdo a los artículos 10 fracción I v 14 fracciones I a III y VI de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública

Artículo 10. El sistema se integrará por:

I. El Consejo Nacional de Seguridad Pública, que será la instancia superior de coordinación y definición de políticas públicas;

II. a VII. ....

El Poder Judicial de la Federación y los Tribunales Superiores de Justicia contribuirán con las instancias que integran el sistema, en la formulación de estudios, lineamientos e implementación de acciones que permitan alcanzar los fines de la seguridad pública.

Artículo 11. a 13. ...

Artículo 14.El Consejo Nacional tendrá las siguientes atribuciones:

I. Establecer los instrumentos y políticas públicas integrales, sistemáticas, continuas y evaluables, tendientes a cumplir los objetivos y fines de la Seguridad Pública;

II. Emitir acuerdos y resoluciones generales, para el funcionamiento del sistema;

III. Establecer los lineamientos para la formulación de políticas generales en materia de seguridad pública;

IV. ...

V. ...

VI. Promover la homologación y desarrollo de los modelos ministerial, policial y pericial en las instituciones de seguridad pública y evaluar sus avances, de conformidad con las leyes respectivas;

Conforme al artículo 18 fracciones IV, IX, X, XV V XXV de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública

Artículo 18.Corresponde al secretario ejecutivo del sistema:

I.a III. ...

IV. Coordinar la realización de estudios especializados sobre las materias de Seguridad Pública V formular recomendaciones a las instancias de coordinación previstas en el presente ordenamiento;

V. a VIII. ...

IX. Proponer al Consejo Nacional las políticas, lineamientos, protocolos v acciones para el buen desempeño de las Instituciones de Seguridad Pública;

X. Verificar que los programas, estrategias, acciones, políticas y servicios que se adopten por las Conferencias Nacionales se coordinen entre sí,y que cumplan con los lineamientos y acuerdos generales que dicte el consejo;

XI. a XIV. ...

XV. Colaborar con las instituciones de seguridad pública que integran el Sistema, para fortalecer v eficientar los mecanismos de coordinación;en especial en el impulso de las carreras ministerial, policial y pericial;

XVI. a XXIV. ...

XXV. Las demás que le otorga esta ley y demás disposiciones aplicables asi como las que le encomiende el Consejo Nacional o su presidente.

Acorde a lo dispuesto en el artículo 33, fracciones II, IV, VI y X de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública

Articulo 33. La Conferencia Nacional de Seguridad Pública Municipal, tendrá las siguientes funciones mínimas:

I. ...

II. Proponer y aplicar políticas y programas de cooperación Municipal en materia de Seguridad Pública;

III. ...

IV. Elaborar propuestas de reformas a las normas de aplicación municipal en materia de Seguridad Pública;

V. ...

VI. Proponer políticas públicas en materia de seguridad pública;

VI. a IX. ...

X. Las demás que establezcan otras disposiciones legales o el consejo nacional.”

Octavo.Que congruente con las dos últimas consideraciones, se desprende que el Consejo Nacional al ser la instancia superior de coordinación y definición de políticas públicas, así como el que el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública es el es el órgano operativo del sistema encargado entre otras funciones verificar que los programas, estrategias, acciones, políticas y servicios que se adopten por las Conferencias Nacionales, se coordinen entre sí; tenemos que para efectos del presente punto de acuerdo, la instancia a la que se debe dirigir la solicitud planteada por el promovente es al Consejo Nacional de Seguridad Pública por conducto del titular del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Con base en lo expuesto esta comisión dictaminadora considera que la sugerencia planteada por el proponente resulta pertinente a fin de fortalecer el criterio y análisis integral que en su momento el Poder Legislativo deba realizar respecto del pronunciamiento de la Conferencia Nacional de Gobernadores para la creación de mandos únicos de policía en las respectivas entidades federativas para el eficaz combate a la delincuencia y el crimen organizado y, en su caso reformar la Constitución y demás ordenamientos aplicables en la materia.

Por tanto los diputados y las diputadas integrantes de la Comisión de Seguridad Publica reconocen y concluyen que es procedente aprobar en sentido positivo el presente punto de acuerdo, por lo que someten a consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente

Acuerdo

Único. Se solicita a la Comisión de Seguridad Pública de esta honorable Cámara de Diputados que consulte al Consejo Nacional de Seguridad Pública por conducto del titular del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, respecto a lo señalado por la Conferencia Nacional de Gobernadores en su XXXVIII reunión ordinaria, celebrada en Morelia, Michoacán el 23 de marzo de 2010, con relación al pronunciamiento para la creación de mandos únicos de policía en las respectivas entidades federativas, a efecto de tomar las medidas legislativas pertinentes.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a martes 1 de junio de 2010.

Nota:

1 Diario Oficial de la Federación del lunes 25 de agosto de 2009. Primera Sección. Página 2.

La Comisión de Seguridad Pública, diputados:José Luis Ovando Patrón (rúbrica); Sergio González Hernández (rúbrica), Bonifacio Herrera Rivera (rúbrica), María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica), Manuel Esteban de Esesarte Pesqueira, Felipe Amadeo Flores Espinoza (rúbrica), J. Eduardo Yáñez Montaño (rúbrica), Adriana Sarur Torre (rúbrica), Teresa del Carmen Incháustegui Romero (rúbrica en contra), Alejandro Gertz Manero, Miguel Álvarez Santamaría, Víctor Hugo Círigo (rúbrica), Jaime Fernando Cárdenas García (rúbrica en contra), Salvador Caro Cabrera (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Omar Fayad Meneses (rúbrica), Jorge Fernando Franco Vargas, Luis Alejandro Guevara Cobos, Aarón Irizar López (rúbrica en contra), Feliciano Rosendo Marín Díaz, Manuel Guillermo Márquez Lizalde, Rosi Orozco (rúbrica), Gustavo Antonio Miguel Ortega (rúbrica), María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica), Camilo Ramírez Puente, Francisco Lauro Rojas San Román, Arturo Santana Alfaro (rúbrica), Ricardo Sánchez Gálvez (rúbrica), Ardelio Vargas Fosado.»


VOLUMEN II

CONSEJO DE ATENCION INMEDIATA A LAS COMUNIDADES Y MUNICIPIOS QUE PRESENTAN MAYOR INCIDENCIA DELICTIVA DEL PAIS

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Dictamen de la Comisión de Seguridad Pública, con puntos de acuerdo en materia de atención de víctimas y ofendidos del delito, justicia, seguridad pública y participación ciudadana

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Seguridad Pública de la LXI Legislatura fue turnada el 17 de marzo de 2010, para estudio y dictamen, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a crear el consejo de atención inmediata de las comunidades y de los municipios con mayor incidencia delictiva.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica; y 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Seguridad Pública somete a consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, en sentido positivo, al tenor de los siguientes

Antecedentes

I. Con fecha 17 de marzo de 2010, el diputado Jesús Alfonso Navarrete Prida, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en uso de la facultad que le confiere el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentó al pleno de la Cámara de Diputados, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a crear el consejo de atención inmediata de las comunidades y de los municipios con mayor incidencia delictiva.

II. En la misma fecha, el presidente y demás integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dispusieron que dicha proposición con punto de acuerdo fuera turnada a la Comisión de Seguridad Pública, para estudio y dictamen.

III. El 11 de agosto de 2010, en sesión plenaria de la Comisión de Seguridad Pública, el dictamen fue aprobado en sentido positivo por 16 votos a favor, 3 votos en contra y 0 abstenciones.

Contenido de la proposición con punto de acuerdo

1. El diputado proponente refiere que en la década de 1980, el gobierno estadounidense centró su estrategia antidroga en la inhibición de la oferta, lo que generó graves consecuencias para los países que producían y transportaban droga. En razón de lo anterior, las organizaciones criminales en México basaron su poder en el control de una ruta de trasiego hacia Estados Unidos. Por ello, los principales socios en este ilícito negocio recaían en miembros de corporaciones policíacas, quienes con una doble moral podían aparentar; por un lado, la percepción de eficacia en el cumplimiento de sus funciones al interior de la sociedad mexicana y por otro lado, servir de protector al crimen organizado en el transporte de droga hacia el norte, así surgieron y consolidaron el cártel de Sinaloa, del Golfo, de Juárez, etc., por ello, la lucha de carteles se daba por el control de rutas, mientras que la delincuencia común no significaba grandes riesgos para la seguridad nacional.

2. Señala el proponente que en la década de 1990 la política antidroga de Estados Unidos se reorienta hacia inhibir el consumo de droga, por lo que la mecánica de su producción y tráfico cambia, en el sentido que a México le corresponde ahora impedir el ingreso de droga al territorio americano, con el fin de no generar sobreoferta, hecho que modifica de raíz el panorama delictivo al interior del país.

3. El proponente manifiesta que ahora los cárteles se asociaron con los grupos delictivos locales, lo cual potencio su peligrosidad bajo la tutela de las grandes organizaciones criminales, lo que las hizo evolucionar rápidamente hacia otros nichos delincuenciales muy redituables como el robo masivo de vehículos y el secuestro, pero, sobre todo, propició que el control del territorio (plaza) se volviera el centro de su actividad. Ya no era entonces buscar una ruta segura de trasiego, sino el control del territorio, el resultado fue claro: gran violencia y nuevos fenómenos delictivos poco conocidos en el país. Las organizaciones delictivas locales siguieron creciendo, reclutaron miembros activos que estuvieran dispuestos a enfrentarse a muerte al rival (con poca o nula formación) y corromper, presionar o ejecutar, a autoridades y policías locales (fundamentalmente municipales) que sin estar preparados para enfrentarlos han sucumbido al embate de las nuevas organizaciones y a su capacidad corruptora.

4. Según el proponente, la estrategia que el gobierno federal si bien, le ha merecido el aval del gobierno norteamericano al inhibir que la droga ingrese a su territorio, ha generado en cambio, el traslado del problema de narcomenudeo a las Entidades Federativas, sin recursos para poderlo enfrentar eficazmente. Es decir, se ha omitido la aplicación de una estrategia de corte socialpara las comunidades y municipios que presentan los más serios problemas de criminalidad.

5. En esta tesitura, el proponente considera necesario un cambio de estrategia en el combate de la delincuencia, incorporando un programa mínimo de acción en materia social, por lo cual propone que por esta Cámara de Diputados, se lleve a cabo la realización de una Gran Jornada Nacional contra la Inseguridad que agrupe la realización de tres foros,en los que se puedan escuchar las voces de las víctimas del delito y la sociedad en general; los académicos y especialistas en estos temas y los responsables de la seguridad pública, para que de viva voz en un diálogo abierto y directo expresen a sus representantes populares sus propuestas en materia de seguridad pública. Por ello somete a consideración de esta soberanía los siguientes puntos de acuerdo:

a) Propone que la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura del Congreso de la Unión apruebe la organización de una jornada nacional contra la inseguridad compuesta por la organización de tres foros, uno con víctimas del delito y grupos sociales, otro con académicos y especialistas; y uno más con responsables de la seguridad pública, para escuchar sus demandas y propuestas de solución a la seria problemática de la seguridad pública que vive el país.

b) Con los resultados de dichos foros, exhortar al titular del Poder Ejecutivo federal a crear el consejo de atención inmediata a las comunidades y municipios que presentan mayor incidencia delictiva en el país, que tendría como objetivo diseñar políticas y ejecutar programas y acciones que incidan efectivamente en la mejora de las condiciones de seguridad pública.

c) El consejo se integraría por los titulares de las Secretarías de Salud, de Educación Pública, de Desarrollo Social, del Trabajo, de Hacienda y Crédito Público, y de Seguridad Pública, así como del Instituto Nacional de la Juventud, el Instituto Nacional de las Mujeres, del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, así como miembros de organizaciones sociales.

d) El consejo se encargará de analizar y evaluar las propuestas sugeridas por la sociedad en los tres foros organizados por la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura y atenderlas, de ser procedente; en caso contrario, comunicará a la Cámara de Diputados por qué no son de considerarse.

e) La ejecución de las acciones viables deberá hincar antes de la conclusión del primer cuatrimestre del año.

f) El consejo informará a la Cámara de Diputados de los avances en la ejecución de acciones, que serán evaluadas por este órgano.

Establecidos los antecedentes y el contenido de la proposición con punto de acuerdo, los miembros de la Comisión de Seguridad Pública de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados suscriben el presente dictamen.

Consideraciones

1. Que con base en los antecedentes expuestos y con los elementos de información disponibles, la Comisión de Seguridad Pública, con las atribuciones antes señaladas se avoco a dictaminar la proposición con punto de acuerdo de referencia.

2. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone en su artículo 21 párrafos noveno y décimo, que la Seguridad Pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas en los términos de la ley, en las respectivas competencias que la propia Constitución prevé y, que el Ministerio Público y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno se coordinarán entre sí para cumplir los objetivos de la seguridad pública y conformar el Sistema Nacional de Seguridad Pública.

La Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, reglamentaria de la disposición constitucional referida, prevé en los artículos 2o. y 4o. que el Sistema Nacional de Seguridad Pública se integra con las instancias, instrumentos, políticas, servicios y acciones previstos en la propia ley, tendentes a cumplir los objetivos y fines de la seguridad pública y que, cuando sus disposiciones comprendan materias y acciones que incidan en diversos ámbitos de competencia de la federación, los estados, el Distrito Federal o los municipios, se aplicarán y ejecutarán mediante convenios generales y específicos entre las partes componentes del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Asimismo, de conformidad con el artículo 11 de la ley de la materia, las políticas, lineamientos y acciones de coordinación se llevarán a cabo mediante la suscripción de los convenios respectivos, o con base en los acuerdos y resoluciones que se tomen en el Consejo Nacional de Seguridad Pública.

3. Las proposiciones con punto de acuerdo, como señalan los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y décimo segundo del acuerdo 1, son precisamente propuestas de legisladores “en asuntos de orden político, cultural o social, que afecten a una comunidad, grupo, partido o colectividad y cuyos efectos sean de interés general, para que el Pleno de cualquiera de las Cámaras o de la Comisión Permanente, en el ámbito de su competencia, emita algún pronunciamiento, exhorto o recomendación”.

”En este orden de ideas, las proposiciones con punto de acuerdo podrán ser de tres tipos:

De exhorto. Se solicita respetuosamente de una autoridad administrativa, en el ámbito de colaboración entre Poderes, la realización o cesación en la ejecución de determinados actos; el cumplimiento concreto de obligaciones, o en general, la ejecución o suspensión de ciertas acciones, en beneficio de una comunidad, grupo, partido o colectividad y cuyos efectos sean de interés general.

De pronunciamiento. Se solicita la declaración expresa de la Cámara o de la Comisión Permanente, que implique un posicionamiento en relación a una manifestación, acontecimiento, resolución o acuerdo de dependencias, entidades u organismos nacionales e internacionales, en relación a asuntos de orden político, social o cultural, cuyos efectos sean de interés general.

De recomendación. Se refiere a la sugerencia respetuosa, en el ámbito de colaboración entre los Poderes, a órganos de la administración pública federal, del Poder Judicial o de los gobiernos de los estados, para que realicen algún acto, gestión, cumplan alguna obligación, resolución o acuerdo, en asuntos de interés general” (José G. Sandoval Ulloa. Prontuario de términos, prácticas y procedimientos más usados en el trabajo parlamentario de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, página 38).

Por tanto, la presente proposición con punto de acuerdo se ubica dentro de la clasificación de exhorto,en razón de que se exhorta al Ejecutivo federal a crear el consejo de atención inmediata a las comunidades y municipios que presentan mayor incidencia delictiva en el país. Sin embargo, esta comisión considera que las finalidades y los objetivos que se persiguen en el punto de acuerdo con la creación del mencionado consejo ya se prevén en la legislación, y se figuran entre las facultades del Consejo Nacional de Seguridad Pública.

4. La Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública determina la constitución del Consejo Nacional de Seguridad Pública, el cual tiene como propósitos fundamentales, el establecer una política nacional de seguridad pública, fortalecer el Estado mexicano en este ámbito e integrar y coordinar a todas las instituciones en la materia de la federación, estados y municipios con pleno respeto a su ámbito de competencia. A su vez, busca establecer un nuevo concepto de seguridad pública que comprenda la prevención del delito, la procuración e impartición de justicia y la reinserción social, revalorizar y dignificar a las instituciones de seguridad pública, para que estas formen a su personal bajo los principios constitucionales de legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez.

Para ello, los integrantes del Consejo Nacional de Seguridad Pública tienen el deber de intercambiar y sistematizar la información sobre seguridad pública y sus tecnologías asociadas, así como establecer los elementos para propiciar la participación de la comunidad para la planeación de políticas y medidas concretas para mejorar los servicios de seguridad pública.

Es decir, la comisión considera que si bien queda mucho trabajo pendiente para lograr un ambiente pleno de seguridad y paz con características ideales en comunidades y municipios afectados por la delincuencia, se destaca y reafirma que ya existe en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la figura del Consejo Nacional de Seguridad Pública, el cual cuenta con una serie de atribuciones de cuya interpretación se desprende la facultad de diseñar políticas y ejecutar programas y acciones que incidan en la mejora de las condiciones de seguridad pública, igualmente dentro de dicho articulado se desprende la posibilidad de allegarse de todo tipo de información proveniente de personas, instituciones y representantes de la sociedad civil que puedan exponer conocimientos y experiencias para el cumplimiento de los objetivos de la seguridad pública, como señalan los artículos 10, 11, 12 y 14 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública:

I. El Consejo Nacional de Seguridad Pública, que será la instancia superior de coordinación y definición de políticas públicas;

II. La Conferencia Nacional de Procuración de Justicia;

III. La Conferencia Nacional de Secretarios de Seguridad Pública o sus equivalentes;

IV. La Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario;

V. La Conferencia Nacional de Seguridad Pública Municipal;

VI. Los consejos locales e instancias regionales; y

VII. El secretariado ejecutivo del sistema.

El Poder Judicial de la Federación y los Tribunales Superiores de Justicia contribuirán con las instancias que integran el sistema, en la formulación de estudios, lineamientos e implantación de acciones que permitan alcanzar los fines de la seguridad pública.

Artículo 11. Las conferencias nacionales establecerán los mecanismos de coordinación que permitan la formulación y ejecución de políticas, programas, acciones necesarias para el cumplimiento de sus funciones.

El secretario ejecutivo realizará las acciones necesarias para asegurar que la coordinación sea efectiva y eficaz e informará de ello al Consejo Nacional.

El secretariado ejecutivo se coordinará con los presidentes de las conferencias nacionales para dar seguimiento a las resoluciones que se adopten por el consejo nacional, en los términos de esta ley.

Artículo 12. El consejo nacional estará integrado por

I. El presidente de la República, quien lo presidirá;

II. El secretario de Gobernación;

III. El secretario de la Defensa Nacional;

IV. El secretario de Marina;

V. El secretario de Seguridad Pública;

VI. El procurador general de la República;

VII. Los gobernadores de los estados;

VIII. El jefe del gobierno del Distrito Federal; y

IX. El secretario ejecutivo del sistema.

El presidente del consejo será suplido en sus ausencias por el secretario de Gobernación. Los demás integrantes del consejo nacional deberán asistir personalmente.

El consejo podrá invitar, por la naturaleza de los asuntos por tratar, a las personas, instituciones y representantes de la sociedad civil que puedan exponer conocimientos y experiencias para el cumplimiento de los objetivos de la seguridad pública. Dicha participación será con carácter honorífico. Asimismo, el presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos será invitado permanente de este consejo.

Artículo 14. El consejo nacional tendrá las siguientes atribuciones:

I. Establecer los instrumentos y políticas públicas integrales, sistemáticas, continuas y evaluables, tendientes a cumplir los objetivos y fines de la seguridad pública;

II. Emitir acuerdos y resoluciones generales, para el funcionamiento del sistema;

III. Establecer los lineamientos para la formulación de políticas generales en materia de seguridad pública;

IV. Promover la implantación de políticas en materia de atención a víctimas del delito;

V. Promover la efectiva coordinación de las instancias que integran el sistema y dar seguimiento de las acciones que para tal efecto se establezcan;

VI. Promover la homologación y desarrollo de los modelos ministerial, policial y pericial en las instituciones de seguridad pública y evaluar sus avances, de conformidad con las leyes respectivas;

VII. Vigilar que en los criterios para la distribución de recursos de los fondos de aportaciones federales para la seguridad pública de los estados y del Distrito Federal, se observen las disposiciones establecidas en la Ley de Coordinación Fiscal;

VIII. Resolver la cancelación de la ministración de las aportaciones, a las entidades federativas o, en su caso, a los municipios, por un periodo u objeto determinado, cuando incumplan lo previsto en esta ley, los acuerdos generales del consejo o los convenios celebrados previo cumplimiento de la garantía de audiencia;

IX. Formular propuestas para los programas nacionales de seguridad pública, de procuración de justicia y de prevención del delito en los términos de la ley de la materia;

X. Evaluar el cumplimiento de los objetivos y las metas de los programas de seguridad pública y otros relacionados;

XI. Llevar a cabo la evaluación periódica de los programas de seguridad pública y otros relacionados;

XII. Expedir políticas en materia de suministro, intercambio, sistematización y actualización de la información que sobre seguridad pública generen las instituciones de los tres órdenes de gobierno;

XIII. Establecer medidas para vincular al Sistema con otros nacionales, regionales o locales;

XIV. Promover el establecimiento de unidades de consulta y participación de la comunidad en las instituciones de seguridad pública;

XV. Recomendar la remoción de los titulares de las instituciones de seguridad pública, previa opinión justificada del secretariado ejecutivo, por el incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente ley;

XVI. Establecer mecanismos eficaces para que la sociedad participe en los procesos de evaluación de las políticas de prevención del delito, así como de las instituciones de seguridad pública;

XVII. Promover políticas de coordinación y colaboración con el Poder Judicial de la Federación y los órganos jurisdiccionales de las entidades federativas;

XVIII. Crear grupos de trabajo para el apoyo de sus funciones; y

XIX. Las demás que se establezcan en otras disposiciones normativas y las que sean necesarias para el funcionamiento del sistema.

5. Nuestra legislación también considera integrar y coordinar todas las instituciones involucradas en la seguridad pública, y para tales efectos se designa la figura de secretario ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Las obligaciones de la citada figura administrativa son: elaborar las propuestas de contenido del Programa Nacional de Seguridad Pública y someterlas a aprobación del consejo, además de levantar y certificar los acuerdos que se tomen en el consejo, y llevar el archivo de éstos y de instrumentos jurídicos.

Como actividad se busca ejecutar y dar seguimiento a acuerdos y resoluciones del consejo; proponer para su aprobación al consejo políticas, lineamientos y acciones para el buen desempeño de las instituciones de seguridad pública del país; elaborar y publicar informes de actividades del consejo.

El secretario ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública deberá informar periódicamente al consejo de sus actividades, formular sugerencias a las autoridades competentes, para que las instituciones de seguridad pública de la federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios, desarrollen de manera más eficaz sus funciones.

También buscar promover, por conducto de las instituciones de seguridad pública, la realización de acciones conjuntas, conforme a las bases y reglas que emita el consejo y sin menoscabo de otras que realicen las autoridades competentes.

De igual manera, toma las medidas necesarias para hacer efectiva la coordinación y preservación de la seguridad pública, realizar estudios especializados sobre el tema y coordinar acciones entre las policías preventivas, como dispone el artículo 18 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública:

Artículo 18. Corresponde al secretario ejecutivo del sistema

I. Ejecutar y dar seguimiento a los acuerdos y resoluciones del consejo nacional y de su presidente;

II. Impulsar mejoras para los instrumentos de información del sistema;

III. Formular propuestas para el programa rector de profesionalización;

IV. Coordinar la realización de estudios especializados sobre las materias de seguridad pública y formular recomendaciones a las instancias de coordinación previstas en el presente ordenamiento;

V. Compilar los acuerdos que se tomen en el consejo nacional, llevar el archivo de éstos y de los instrumentos jurídicos que deriven, y expedir constancia de los mismos;

VI. Informar periódicamente al consejo nacional y a su presidente de sus actividades;

VII. Celebrar convenios de coordinación, colaboración y concertación necesarios para el cumplimiento de los fines del sistema;

VIII. Verificar el cumplimiento de las disposiciones de esta ley, los convenios generales y específicos en la materia, así como las demás disposiciones aplicables e informar lo conducente al consejo nacional;

IX. Proponer al consejo nacional las políticas, lineamientos, protocolos y acciones para el buen desempeño de las instituciones de seguridad pública;

X. Verificar que los programas, estrategias, acciones, políticas y servicios que se adopten por las conferencias nacionales, se coordinen entre sí, y que cumplan con los lineamientos y acuerdos generales que dicte el consejo;

XI. Proponer los criterios de evaluación de las instituciones de seguridad pública en los términos de la ley;

XII. Preparar la evaluación del cumplimiento de las políticas, estrategias y acciones del sistema en los términos de ley;

XIII. Presentar al consejo nacional los informes de las conferencias nacionales, para el seguimiento de los acuerdos y resoluciones que se adopten en las mismas;

XIV. Elaborar y publicar informes de actividades del consejo nacional;

XV. Colaborar con las instituciones de seguridad pública que integran el sistema, para fortalecer y eficientar los mecanismos de coordinación; en especial en el impulso de las carreras ministerial, policial y pericial;

XVI. Integrar los criterios para la distribución de los fondos de seguridad pública y someterlos a la aprobación del consejo, en términos de las disposiciones legales aplicables;

XVII. Gestionar ante las autoridades competentes, la ministración de los fondos de seguridad pública, de conformidad con los criterios aprobados por el consejo y las demás disposiciones aplicables;

XVIII. Someter a consideración del consejo nacional el proyecto de resolución fundado y motivado de cancelación y, cuando proceda, la restitución de la ministración de aportaciones, a las entidades federativas o, en su caso, municipios;

XIX. Coadyuvar con la Auditoría Superior de la Federación y demás instancias de fiscalización, proporcionando la información con la que cuente respecto del ejercicio de los recursos de los fondos de ayuda federal, así como del cumplimiento de esta ley;

XX. Supervisar, en coordinación con las demás instancias competentes, la correcta aplicación de los recursos de los fondos por las entidades federativas y por los municipios;

XXI. Elaborar y someter a consideración del consejo nacional, opinión fundada y razonada por la que se recomiende la remoción de los titulares de las instituciones de seguridad pública;

XXII. Presentar quejas o denuncias ante las autoridades competentes por el incumplimiento de la Ley, los acuerdos generales, los convenios y demás disposiciones aplicables, así como por el uso ilícito o indebido de los recursos a que se refiere el artículo 142 de esta ley, e informar al respecto al consejo nacional;

XXIII. Dictar las medidas necesarias para garantizar el adecuado funcionamiento del sistema;

XXIV. Coordinar la homologación de la carrera policial, la profesionalización y el régimen disciplinario en las instituciones de seguridad pública; y

XXV. Las demás que le otorga esta ley y demás disposiciones aplicables, así como las que l encomiende el consejo nacional o su presidente.

6. El autor de la proposición que se dictamina, en el apartado de antecedentes, señala que el sistema de seguridad pública se encuentra en una situación de riesgo, sobre todo en determinadas comunidades y municipios en los que se ha detectado un alto índice de delincuencia con respecto a otros municipios y comunidades de la República Mexicana. Por tales motivos, propone que a través de la Cámara de Diputados se realicen tres foros en los que se puedan escuchar las voces de las víctimas del delito y la sociedad en general; los academices y especialistas en estos temas y los responsables de la seguridad pública, para que de viva voz en un dialogo abiertos y directo expresen a sus representantes populares sus propuestas. Sin embargo, en virtud de lo expresado, esta comisión considera que si bien resulta necesario el intercambio de ideas y la discusión amplia en torno de temas tan relevantes como la seguridad pública, no es necesario crear un nuevo consejo denominado de atención inmediata a las comunidades y municipios que presentan mayor incidencia delictiva en el país, en razón de que ya existe el Consejo Nacional de Seguridad Pública, dotado de las facultes y finalidades que señala el proponente.

7. El principal objetivo de los foros es conocer la opinión de expertos, académicos, intelectuales, representantes de instituciones de educación superior, procuradores de justicia, jueces, magistrados, legisladores y de la sociedad civil en general, a fin de que la ciudadanía esté bien informada sobre un tema determinado, antes de tomar cualquier decisión.

La comisión aprueba convocar y organizar la realización de los tres foros que se proponen en el presente punto de acuerdo, uno de víctimas del delito y grupos sociales, otro con académicos y especialistas y uno más con responsables de la seguridad pública, para escuchar las demandas y propuestas de solución a la seria problemática que enfrenta el país, empero, dichos foros deberán ser organizados a través de una comisión, en representación de la Cámara de Diputados, en razón de que es una facultad específica de los comités y comisiones la organización de foros, y no en general de la Cámara de Diputados, como señala el siguiente

Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos por el que se establecen las normas relativas al funcionamiento de las comisiones y comités de la Cámara de Diputados

Artículo 15. Las comisiones o comités se instalarán y ejercerán sus atribuciones con la concurrencia, en cada una de ellas, de cuando menos la mitad mas uno del número total de sus integrantes, y tomarán las decisiones que correspondan al ámbito de su competencia por mayoría de votos de sus miembros, expresada en reunión plenaria debida y oportunamente convocada.

Serán materia de resolución por parte del pleno de las comisiones, los siguientes asuntos:

I. La aprobación de las actas de las reuniones plenarias.

II. Los programas anuales de trabajo.

III. Los informes semestrales de actividades.

IV. Los dictámenes, opiniones o resoluciones, sobre los asuntos que le fueron turnados por la Presidencia de la Cámara para tales efectos.

V. La constitución e integración de subcomisiones y grupos de trabajo.

VI. El análisis del informe con el que los secretarios de despacho den cuenta al Congreso, del estado que guardan sus respectivos ramos, previsto en el primer párrafo del artículo 93 de la Constitución Política.

VII. Las determinaciones que deba llevar a cabo de conformidad con el segundo párrafo del artículo 69 constitucional.

VIII. El acuerdo para solicitar la comparecencia de servidores públicos, invitaciones a reuniones de trabajo o encuentros, para solicitarles información, opinión o aclaración sobre asuntos competencia de la comisión, el que deberá ser comunicado a la conferencia. En caso de que varias comisiones coincidan en citar en la misma fecha a un mismo servidor público, los presidentes de éstas acordarán lo conducente con el presidente de la Conferencia.

IX. Las solicitudes de información que se formulen a los titulares de las dependencias y entidades de la administración pública federal, relativas a asuntos del conocimiento o dictamen de la comisión.

X. La opinión fundada a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, con base en los informes que rindan el Poder Ejecutivo federal y las demás entidades fiscalizadas, en los términos del artículo 79, fracción I, de la Constitución Política.

XI. La evaluación periódica de las políticas públicas y los programas respectivos, en lo concerniente al área de su competencia.

XII. Los acuerdos o resoluciones que considere la propia comisión, relacionadas con las actividades que le corresponden en los términos de la Ley Orgánica, el Reglamento, este acuerdo y los acuerdos particulares de la Cámara, relacionados con su competencia.

Los asuntos no previstos serán resueltos por acuerdo de la mesa directiva de la comisión.

Como órgano informativo interno de las actividades de la Cámara, la Gaceta Parlamentaria, a solicitud de las comisiones y comités, publicará los asuntos previstos en el primer párrafo de este artículo, así como las convocatorias, citatorios e invitaciones de las propias comisiones, de sus subcomisiones o grupos de trabajo, conforme a las reglas del acuerdo respectivo de la Cámara.

Capítulo CuartoDe las Reuniones de Comisiones y Comités

Artículo 16. Las comisiones y comités cumplirán las atribuciones previstas en el artículo 15 del presente, mediante acuerdos o resoluciones adoptados en reuniones, que podrán ser

I. Ordinarias, las que se convocan y celebran, cuando menos una vez al mes, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45, numeral 6, inciso d), de la Ley Orgánica, y que tendrán por objeto la atención y resolución de los asuntos identificados en el artículo 15 de este acuerdo, y los derivados de sus atribuciones constitucionales y legales.

II. Extraordinarias, las que se convocan y celebran fuera del calendario programado o entre una y otra ordinaria. En caso de que tengan por objeto acordar o resolver uno o más de los asuntos identificados en el artículo 15 de este acuerdo, deberán satisfacer los requisitos y condiciones previstos para las reuniones ordinarias.

III. De mesa directiva, las que se convocan y celebran con la concurrencia del presidente y la mayoría de los secretarios de la comisión o comité para el ejercicio de sus atribuciones.

IV. De trabajo interno, que son las que tienen por objeto tratar y resolver asuntos distintos a los identificados en el artículo 14 o para proveer a la ejecución o dar seguimiento a los acuerdos o resoluciones adoptados en una reunión ordinaria, o para informar a los diputados integrantes de la comisión sobre cualquier asunto de su competencia o su interés.

V. De comparecencia, de trabajo o de encuentros de información con servidores públicos, que son aquellas en que las comisiones invitan o citan a comparecer según fuera el caso, por disposición de la ley, para dar cuenta de un asunto específico acordado por el pleno, para informar, intercambiar ideas u opiniones, sustentar o explicar algún acto de su dependencia, en los asuntos competencia de la o las comisiones convocantes.

VI. De trabajo con sectores de la sociedad, que podrán adoptar la fórmula de foros, consultas públicas, mesas redondas, talleres, diplomados o eventos similares.

VII. En conferencia, cuando se reúnan una o más comisiones ordinarias de la Cámara con las correlativas de la Cámara de Senadores, para tratar asuntos de interés común, expeditar el despacho de los asuntos y ampliar información para la emisión de los dictámenes, en los términos que prevea la ley.

El presidente de la mesa directiva de la comisión o comité deberá expedir la convocatoria a reunión, la cual será publicada al menos con 24 horas de anticipación a la fecha programada, durante los periodos de sesiones, o de 48 horas durante los recesos, salvo urgencia determinada por la mayoría de los miembros de la mesa directiva. La convocatoria deberá contener por lo menos lo siguiente:

I. Orden del día.

II. Fecha, hora y lugar precisos de su realización.

III. Relación de los asuntos que van a ser tratados en la reunión, identificando los que serán objeto de votación.

Si a una reunión no concurre el presidente, uno de los secretarios nombrado por los asistentes, presidirá la reunión.

8. Por último, por lo que se refiere a los puntos consistentes en que

d) El consejo se encargaría de analizar y evaluar las propuestas sugeridas por la sociedad en los tres foros organizados por la Cámara de Diputados de la H. LXI Legislatura y atenderlas de ser procedente, en caso contrario comunicará a la Cámara de Diputados por qué no son de considerarse.

e) La ejecución de las acciones viables deberá iniciar antes de la conclusión del primer cuatrimestre del año.

f) El consejo informará a la Cámara de Diputados de los avances en la ejecución de acciones, que serán evaluadas por este órgano.

Se debe entender que el Consejo Nacional de Seguridad, de acuerdo con el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tiene la obligación de rendir cuentas al Congreso a través de sus integrantes sobre el estado que guarde el negocio concerniente a sus respectivos ramos o actividades o para que respondan a interpelaciones o preguntas, en este caso respecto al Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Además, dicho artículo constitucional señala en los últimos párrafos que las Cámaras podrán requerir información o documentación a los titulares de las dependencias y entidades del gobierno federal, mediante pregunta por escrito, la cual deberá ser respondida en un término no mayor de 15 días naturales a partir de su recepción; y que el ejercicio de estas atribuciones se realizará de conformidad con la ley del Congreso y sus reglamentos.

Artículo 93. Los secretarios del despacho, luego que esté abierto el periodo de sesiones ordinarias, darán cuenta al Congreso del estado que guarden sus respectivos ramos.

Cualquiera de las Cámaras podrá convocar a los secretarios de Estado, al procurador general de la República, a los directores y administradores de las entidades paraestatales, así como a los titulares de los órganos autónomos, para que informen bajo protesta de decir verdad, cuando se discuta una ley o se estudie un negocio concerniente a sus respectivos ramos o actividades o para que respondan a interpelaciones o preguntas.

Las Cámaras, a pedido de una cuarta parte de sus miembros, tratándose de los diputados, y de la mitad, si se trata de los senadores, tienen la facultad de integrar comisiones para investigar el funcionamiento de dichos organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria. Los resultados de las investigaciones se harán del conocimiento del Ejecutivo federal.

Las Cámaras podrán requerir información o documentación a los titulares de las dependencias y entidades del gobierno federal, mediante pregunta por escrito, la cual deberá ser respondida en un término no mayor de 15 días naturales a partir de su recepción.

Al respecto, la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 45, establece:

Artículo 45.

1. Los presidentes de las comisiones ordinarias, con el acuerdo de éstas, podrán solicitar información o documentación a las dependencias y entidades del Ejecutivo federal cuando se trate de un asunto sobre su ramo o se discuta una iniciativa relativa a las materias que les corresponda atender de acuerdo con los ordenamientos aplicables.

2. No procederá la solicitud de información o documentación, cuando una u otra tengan el carácter de reservada conforme a las disposiciones legales aplicables.

3. El titular de la dependencia o entidad estará obligado a proporcionar la información en un plazo razonable; si no fuere remitida, la comisión podrá dirigirse oficialmente en queja al titular de la dependencia o al presidente de la República.

4. Las comisiones ordinarias cuya materia se corresponde con los ramos de la administración pública federal harán el estudio del informe a que se refiere el primer párrafo del artículo 93 constitucional, según su competencia. Al efecto, formularán un documento en el que consten las conclusiones de su análisis. En su caso, podrán requerir mayor información del ramo, o solicitar la comparecencia de servidores públicos de la dependencia ante la propia comisión. Si de las conclusiones se desprenden situaciones que por su importancia o trascendencia requieran la presencia en la Cámara del titular de la dependencia, la comisión podrá solicitar al presidente de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos que el secretario del despacho o jefe de departamento administrativo correspondiente comparezca ante el pleno. Asimismo, se estará a lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 93 constitucional.

9. La Comisión de Seguridad Pública respalda la propuesta del legislador proponente, para que se realicen tres foros en los que se puedan escuchar las voces de las víctimas del delito y la sociedad en general; los académicos y especialistas en estos temas y los responsables de la seguridad pública, para que de viva voz en un diálogo abiertos y directo expresen a sus representantes populares sus propuestas en la materia, a fin de impulsar un espacio de reflexión sobre diversas temáticas relacionadas con la seguridad pública. Sin embargo, dichos foros deben ser desahogados a través de las comisiones ordinarias correspondientes, ya que deben ser dichas instancias la que desahoguen la solicitud planteada, estableciendo los posibles alcances y los recursos que en todo caso se requirieran para cumplir sus objetivos.

Por lo expuesto, los integrantes de las Comisión de Seguridad Pública sometemos a consideración del pleno de esta asamblea los siguientes

Acuerdos

Primero. Se exhorta a las Comisiones de Atención a Grupos Vulnerables, de Derechos Humanos, de Equidad y Género, de Justicia, de Participación Ciudadana, y de Seguridad Pública a organizar foros con académicos, especialistas, autoridades en la materia, integrantes de la sociedad organizada y ciudadanos en general a fin de escuchar sus demandas y propuestas que permitan generar estrategias y políticas públicas de largo plazo y permanentes en materia de atención de víctimas y ofendidos del delito, justicia, seguridad pública y participación ciudadana.

Segundo. Con los resultados de dichos foros, se exhorta al Consejo Nacional de Seguridad Pública a diseñar políticas y ejecutar programas y acciones que incidan efectivamente en la mejora de las condiciones de seguridad pública, justicia y participación ciudadana.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de agosto de 2010.

La Comisión de Seguridad Pública, diputados:José Luis Ovando Patrón (rúbrica), Sergio González Hernández (rúbrica), Bonifacio Herrera Rivera (rúbrica), María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica), Manuel Esteban de Esesarte Pesqueira, Felipe Amadeo Flores Espinosa (rúbrica), J. Eduardo Yáñez Montaño (rúbrica), Adriana Sarur Torre, Teresa del Carmen Incháustegui Romero (rúbrica en contra), Alejandro Gertz Manero, Miguel Álvarez Santamaría (rúbrica), Víctor Hugo Círigo Vásquez (rúbrica en contra), Jaime Fernando Cárdenas Gracia (rúbrica en contra), Salvador Caro Cabrera (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins, Omar Fayad Meneses (rúbrica), Jorge Fernando Franco Vargas, Luis Alejandro Guevara Cobos (rúbrica), Aarón Irízar López (rúbrica), Feliciano Rosendo Marín Díaz, Manuel Guillermo Márquez Lizalde (rúbrica), Rosi Orozco (rúbrica), Gustavo Antonio Miguel Ortega Joaquín (rúbrica), María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica), Camilo Ramírez Puente (rúbrica), Francisco Lauro Rojas San Román, Arturo Santana Alfaro, Ricardo Sánchez Gálvez, Ardelio Vargas Fosado.»



FRONTERA NORTE

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Dictamen de la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, con punto de acuerdo por el que se solicita a los gobiernos locales y tanto a los actores económicos como a los sociales de la zona fronteriza norte que refuercen y, en su caso, promuevan propuestas que impulsen el fortalecimiento y desarrollo integral en sus regiones desde una perspectiva sustentable y con visión de largo plazo

Honorable Asamblea:

La Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, de conformidad con lo establecido por los artículos 39, inciso 1) y 2), fracción XXVII, 45, fracción 6), incisos e) y f), todos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, emite el siguiente dictamen a la proposición con punto de acuerdo para solicitar a la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, promueva un amplio proceso de consultas y elaboración de propuestas con los gobiernos locales y actores económicos y sociales de la frontera norte del país, que permitan impulsar el fortalecimiento y desarrollo integral de la región fronteriza desde una perspectiva sustentable y con visión de largo plazo, bajo los siguientes

Antecedentes

Que en fecha 3 de diciembre de 2009, se presentó la proposición con punto de acuerdo para solicitar a la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, promueva un amplio proceso de consultas y elaboración de propuestas con los gobiernos locales y actores económicos y sociales de la frontera norte del país, que permitan impulsar el fortalecimiento y desarrollo integral de la región fronteriza desde una perspectiva sustentable y con visión de largo plazo, a cargo de la diputada Laura Elena Ledesma Romo, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (PVEM).

Que en esa misma fecha, la presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dictó el siguiente trámite: túrnese a la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios.

Contenido de la proposición

La diputada proponente, en su búsqueda de fomentar el desarrollo y crecimiento de la región fronteriza, intenta que se lleve a cabo la promoción de proyectos detonadores de la frontera norte, teniendo su origen en la presentación de propuestas desde las entidades federativas, en la cual participarían los diversos actores sociales en la formulación de esos proyectos.

Asimismo solicita a esta comisión promueva un amplio proceso de consultas y elaboración de propuestas con los gobiernos locales y actores económicos y sociales de la frontera norte del país, que permitan impulsar el fortalecimiento y desarrollo integral de la región fronteriza desde una perspectiva sustentable y con visión de largo plazo.

Consideraciones

Posterior al estudio y análisis de la proposición con punto de acuerdo, los integrantes de esta comisión manifestamos, que de conformidad con lo establecido por las fracciones 1 y 3 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, no se cuentan con las facultades expresas para elaborar las propuestas a que hace mención la diputada proponente.

Artículo 39

1. Las comisiones son órganos constituidos por el pleno, que a través de la elaboración de dictámenes, informes, opiniones o resoluciones, contribuyen a que la Cámara cumpla sus atribuciones constitucionales y legales

3. Las comisiones ordinarias establecidas en el párrafo anterior, tienen a su cargo tareas de dictamen legislativo, de información y de control evaluatorio conforme a lo dispuesto por el párrafo primero del artículo 93 constitucional, y su competencia se corresponde en lo general con las otorgadas a las dependencias y entidades de la administración pública federal.

Debemos aclarar que lo anterior no implica que desde esta Cámara de Diputados no se pueda hacer un llamado, a los gobiernos locales, actores económicos y sociales a que elaboren y promuevan propuestas que permitan el desarrollo integral e impulso de sus regiones, y que en contacto y reuniones que se puedan realizar con las diversas comisiones encargadas de los temas competencia de cada propuesta se busque su impulso y apoyo para poder llevarlos a cabo.

No obstante, es de enorme interés para los integrantes de esta comisión, que se implementen acciones, programas que fomenten y activen el desarrollo de nuestras fronteras, por lo que es de exhortar a los gobiernos locales y demás involucrados a que se impulsen propuestas que lo permitan.

De igual manera, esta comisión puede sostener con posterioridad reuniones de trabajo con los actores involucrados en las propuestas que se presenten en los gobiernos locales, para estudiarlas y en su caso buscar el impulso de las mismas, recordando que muchos temas son transversales y que no sólo implican la participación o acción de ésta o una sola comisión.

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de esta Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, sometemos a consideración de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Único. Se solicita a los gobiernos locales, actores económicos y sociales de la región fronteriza norte, a reforzar y en su caso a promover propuestas que permitan impulsar el fortalecimiento y desarrollo integral en sus regiones desde una perspectiva sustentable y con visión de largo plazo.

La Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, diputados.Norma Leticia Salazar Vázquez (rúbrica), Julieta Octavia Marín Torres, Ana Georgina Zapata Lucero (rúbrica), Cristabell Zamora Cabrera (rúbrica), Gumercindo Castellanos Flores (rúbrica), Ramón Jiménez Fuentes (rúbrica), Teresa Guadalupe Reyes Sahagún (rúbrica), Heriberto Ambrosio Cipriano, Guillermina Casique Vences, José del Pilar Córdova Hernández, Jorge Venustiano González Ilescas, Olivia Guillén Padilla (rúbrica), Sandra Méndez Hernández, Héctor Pedraza Olguín (rúbrica), Miguel Ernesto Pompa Corella (rúbrica), Socorro Sofío Ramírez Hernández, Adriana Terrazas Porras, Carlos Martínez Martínez (rúbrica), Jaime Oliva Ramírez (rúbrica), Benigno Quezada Naranjo (rúbrica), Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, Adolfo Rojo Montoya, María Yolanda Valencia Vales (rúbrica), Francisco Arturo Vega de Lamadrid (rúbrica), Ariel Gómez León (rúbrica), José M. Torres Robledo, Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, Roberto Pérez de Alva Blanco, Eduardo Ledesma Romo (rúbrica), Rafael Rodríguez González.»



CENSO DE POBLACION Y VIVIENDA 2010

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Dictamen de la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, con punto de acuerdo por el que se solicita al Instituto Nacional de Estadística y Geografía que el censo de población que se lleva a cabo en 2010 contenga el mayor número de elementos similares a los recabados en 2000

Honorable Asamblea:

La Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, de conformidad con lo establecido en los artículos 39, incisos 1) y 2), fracción XXVII, 45, fracción 6), incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, emite el siguiente dictamen a la proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a tomar las medidas necesarias a fin de que el Censo de Población y Vivienda 2010 se lleve a cabo al menos en los mismos términos que el de 2000, bajo los siguientes:

Antecedentes

Que en fecha 15 de diciembre de 2009 se presentó la proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a tomar las medidas necesarias a fin de que el Censo de Población y Vivienda 2010 se lleve a cabo al menos en los mismos términos que el de 2000, a cargo del diputado Manuel García Corpus, del Grupo Parlamentario del PRI.

Que en esa misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dictó el siguiente trámite: “túrnese a la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios”.

Contenido de la proposición

El diputado proponente exhorta al Ejecutivo federal a tomar las medidas necesarias y que el censo de población 2010 se realice con las mismas características con las que se realizó el de 2000.

Consideraciones

Esta Comisión considera acertado el exhorto al Poder Ejecutivo Federal, para que se tomen las medidas que correspondan a fin de que las características que debe contener el censo de población, para este año, sean las mismas que el de 2000.

Debemos aclarar, que la presentación de esta proposición está fuera de tiempo y de las negociaciones que se hubieran podido llevar a cabo en el mes de noviembre cuando se discutía el Presupuesto de Egresos para 2010.

Asimismo, hay que recordar que el país presentó una fuerte disminución en sus ingresos, lo que ocasionó que varios programas sociales, secretarías de estado, y otras actividades del gobierno federal, vieran reducidos sus ingresos y en algunos casos prácticamente desaparecieron algunos programas, situación por la que se atravesaba ante una baja recaudación u obtención de ingresos de parte del gobierno federal.

El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) no fue la excepción, toda vez que también resultó afectado por los recortes, y que para este año, el censo de población se llevará a cabo con los elementos más similares a los que contenían los cuestionarios de 2000, todo esto responde a que el instituto tuvo que ajustar sus actividades y obtención de datos a las nuevas cantidades presupuestales autorizadas.

No obstante lo anterior, es interés de esta Comisión, que el Inegi lleve a cabo un censo de población con elementos lo más cercanos a los recabados en el año 2000, ya que dicha información permitirá a los distintos órdenes de gobierno llevar a cabo la planeación e implementación de programas en distintos sectores que fomenten e impulsen la productividad y el desarrollo del país y servirán como fuente de datos principal, para las acciones que lleva a cabo el gobierno federal.

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de esta Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, sometemos a consideración de la Cámara de Diputados el siguiente:

Acuerdo

Único.- Se solicita al Instituto Nacional de Estadística y Geografía que el censo de población que se lleva a cabo en este año 2010 contenga el mayor número de elementos similares a los que se recabaron en 2000, en función de la disponibilidad presupuestal aprobada por esta Cámara de Diputados, y de esta manera contar con la información suficiente que nos proporcione los datos que se requieren.

La Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, diputados:Norma Leticia Salazar Vázquez (rúbrica), Julieta Octavia Marín Torres, Ana Georgnina Zapata Lucero (rúbrica), Cristabell Zamora Cabrera (rúbrica), Gumercindo Castellanos Flores (rúbrica), Ramón Jiménez Fuentes (rúbrica), Teresa Guadalupe Reyes Sahagún (rúbrica), Heriberto Ambrosio Cipriano, Guillermina Casique Vences, José del Pilar Córdova Hernández (rúbrica), Jorge Venustiano González Ilescas, Olivia Guillén Padilla (rúbrica), Sandra Méndez Hernández, Héctor Pedraza Olguín (rúbrica), Miguel Ernesto Pompa Corella (rúbrica), Socorro Sofío Ramírez Hernández, Adriana Terrazas Porras, Carlos Martínez Martínez (rúbrica), Jaime Oliva Ramírez (rúbrica), Benigno Quezada Naranjo (rúbrica), Alejandra Noemí Reynoso Sánchez (rúbrica), Adolfo Rojo Montoya (rúbrica), María Yolanda Valencia Vales (rúbrica), Francisco Arturo Vega de Lamadrid (rúbrica), Ariel Gómez León (rúbrica), José M. Torres Robledo (rúbrica), Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, Roberto Pérez de Alva Blanco (rúbrica), Eduardo Ledesma Romo (rúbrica), Rafael Rodríguez González.»



FRONTERA NORTE

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Dictamen de la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al Ejecutivo federal a establecer garitas secundarias en la frontera norte, que comprende Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Tamaulipas y Nuevo León, para permitir con ello el libre tránsito de turistas y de connacionales

Honorable Asamblea:

La Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, de conformidad con lo establecido en los artículos 39, incisos 1) y 2), fracción XXVII, 45, fracción 6), incisos e) y f), todos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, emite el siguiente dictamen a la proposicióncon punto para exhortar al Ejecutivo federal a establecer garitas secundarias en la frontera norte, que comprende los estados de Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Tamaulipas, especialmente en Nuevo León, permitiendo con ello el libre tránsito de los turistas y connacionales con base en los siguientes

Antecedentes

Que en fecha 15 de diciembre de 2009, se presentó la proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a establecer garitas secundarias en la frontera norte, que comprende los estados de Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Tamaulipas, especialmente en Nuevo León, permitiendo con ello el libre tránsito de los turistas y connacionales, a cargo del diputado Baltazar Martínez Montemayor, del Grupo Parlamentario del PAN.

Que en esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dictó el siguiente trámite: túrnese a la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios.

Contenido

El proponente manifiesta que uno de los principales aspectos para sostener nuestra economía es el permitir el libre tránsito de los turistas y connacionales residentes en Estados Unidos de América, no sólo en los primeros 20 kilómetros de la franja fronteriza, sino incluso permitirles el acceso hasta 150 kilómetros dentro de nuestro territorio nacional, dependiendo de la región.

Y nos recuerda que es facultad del Ejecutivo federal el suprimir aduanas fronterizas interiores y de tráfico aéreo y marítimo, así como designar su ubicación y funcionamiento como lo establece el artículo 143 de la Ley Aduanera.

Asimismo, propone establecer garitas secundarias aproximadamente a 150 kilómetros de la frontera norte, a fin de delimitar el libre tránsito a los viajeros provenientes del país vecino, según convenga en cada ruta. Y las garitas primarias que están establecidas actualmente sólo se encargarán de revisar las mercancías y además determinará la región beneficiada por una tasa fiscal más baja.

El proponente manifiesta que con estas medidas se incrementará la inversión en la región fronteriza norte, toda vez que más personas querrán invertir para detonar el desarrollo en los diversos estados de la república, incentivando así un mayor flujo de personas e inversionistas y de los mismos connacionales que viviendo en el país vecino querrán y podrán invertir sus ingresos en sus localidades.

Es de esta manera que el proponente promueve el establecimiento de las garitas secundarias en los estados fronterizos del norte del país, poniendo especial énfasis en el estado de Nuevo León.

Consideraciones

Los integrantes de esta comisión, posterior al estudio y análisis de la proposición con punto de acuerdo que nos ocupa, hemos llegado a las siguientes conclusiones:

Primero. Coincidimos que es importante promover las mejores prácticas que incentiven y detonen el desarrollo de las regiones fronterizas y puedan estar en mejores condiciones para competir ante las adversidades o disparidades con Estados Unidos de América.

Segundo. Si bien, una de las opciones que nos pueden ayudar a fortalecer el comercio y el flujo de las inversiones en la zona fronteriza es el establecimiento de las garitas secundarias, creemos que se deberían de promover los estudios y análisis correspondientes para poder conocer su impacto.

Tercero. Creemos que se debe impulsar el establecimiento de las garitas secundarias, pero también solicitar a las autoridades del Ejecutivo federal que definan cuales serán las atribuciones de las garitas tanto de las primarias como de las secundarias, para un buen desempeño de sus funciones.

Cuarto. Solicitar al Poder Ejecutivo Federal que mantenga comunicación constante con los gobiernos estatales, para definir los puntos donde en un momento dado puedan ser factibles el establecimiento de estas garitas secundarias.

Por lo expuesto, los integrantes de esta Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios sometemos a consideración de esta Cámara de Diputados los siguientes

Acuerdos

Primero.Se exhorta respetuosamente al Ejecutivo Federal a efecto de que en el ámbito de sus atribuciones, realice los estudios correspondientes que determinen la viabilidad del establecimiento de garitas secundarias en la frontera norte, que comprende los estados de Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Tamaulipas y Nuevo León, para permitir el libre tránsito de los turistas y connacionales hasta donde se establezca este segundo punto de revisión.

Segundo. Se solicita que de los estudios realizados, se determine la viabilidad del establecimiento de las garitas secundarias en los estados fronterizos en común acuerdo entre el gobierno federal y estatal, según convenga a cada región.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de septiembre de 2010.

La Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, diputados:Norma Leticia Salazar Vázquez (rúbrica), presidenta; Julieta Octavia Marín Torres, Ana Georgina Zapata Lucero (rúbrica), Cristabell Zamora Cabrera (rúbrica), Gumercindo Castellanos Flores (rúbrica), Ramón Jiménez Fuentes (rúbrica), Teresa Guadalupe Reyes Sahagún (rúbrica), secretarios; Heriberto Ambrosio Cipriano, Guillermina Casique Vences, José del Pilar Córdova Hernández (rúbrica), Jorge Venustiano González Ilescas, Olivia Guillén Padilla (rúbrica), Sandra Méndez Hernández, Héctor Pedraza Olguín (rúbrica), Miguel Ernesto Pompa Corella (rúbrica), Sofío Ramírez Hernández, Adriana Terrazas Porras, Carlos Martínez Martínez, Jaime Oliva Ramírez (rúbrica), Benigno Quezada Naranjo (rúbrica), Alejandra Noemí Reynoso Sánchez (rúbrica), Adolfo Rojo Montoya, María Yolanda Valencia Vales (rúbrica), Francisco Arturo Vega De Lamadrid, Ariel Gómez León (rúbrica), José M. Torres Robledo, Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, Roberto Pérez de Alva Blanco (rúbrica), Eduardo Ledesma Romo (rúbrica), Rafael Rodríguez González.»



FRONTERA NORTE

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Dictamen de la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al Ejecutivo federal a elaborar un programa regional fronterizo para fomentar la cohesión social en las comunidades de la frontera norte

Honorable Asamblea:

La Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios de la LXI Legislatura, de conformidad con lo establecido por los artículos 39, inciso 1) y 2), fracción XXVII, 45, fracción 6), incisos e) y f), todos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, emite el siguiente dictamen a la proposición con punto de acuerdo para solicitar al Ejecutivo federal, la elaboración de un programa regional fronterizo para el fomento de la cohesión social en las comunidades de la frontera norte, bajo los siguientes

Antecedentes

Que en fecha 7 de abril de 2010, se presentó la proposición con punto de acuerdo para solicitar al Ejecutivo federal, la elaboración de un programa regional fronterizo para el fomento de la cohesión social en las comunidades de la frontera norte, a cargo del diputado Eduardo Ledesma Romo, del Grupo Parlamentario del PVEM.

Que en esa misma fecha, la presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, dictó el siguiente trámite: Túrnese a la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios.

Contenido de la proposición

El promovente solicita al Poder Ejecutivo, elaborar un programa de desarrollo regional fronterizo que fomente la cohesión social, en el cual participen los tres órdenes de gobierno, las instituciones académicas y las organizaciones de la sociedad civil.

Asimismo, solicita que se promuevan las medidas necesarias para la adquisición de equipos y herramientas de base tecnológica para la revisión a unidades de transporte, por parte del Ejercito Nacional, en su combate al narcotráfico y a la delincuencia organizada, y ayudar a disminuir los efectos negativos ocasionados por los retenes en el fomento económico.

Por último, propone instruir a la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, la promoción y seguimiento de los asuntos planteados anteriormente.

Consideraciones

En esta comisión se considera pertinente la promoción de un programa que busque el desarrollo de la frontera, así como el impulso a la cohesión social, la cual entre otros tiene como objetivos, la búsqueda de un mayor involucramiento de la sociedad en este tipo de programas de organización y de crecimiento de su región.

Toda vez que con una mayor participación de la sociedad en este tipo de programas, de fomento al desarrollo de la región de la frontera, y más aún con una mayor integración en la búsqueda de encontrar soluciones a los problemas de violencia y de aquellos que provocan la desintegración de los grupos familiares, es que se debe apoyar la solicitud, para que los tres órdenes de gobierno impulsen acciones las acciones tendientes a fomentar y reforzar la cohesión social.

De la misma manera, creemos que el Ejército Nacional, debe considerar en su presupuesto la adquisición de equipos y herramientas tecnológicas que ayuden a una mejor revisión del transporte, en búsqueda de disminuir las negatividades que se ocasionan por los retenes que actualmente se llevan a cabo, y que generan molestias a los visitantes en las diversas zonas del país.

“El costo de no seguir una enérgica política de cohesión para luchar contra las disparidades conllevaría no solo una pérdida de bienestar personal y social sino también, desde el punto de vista económico, una pérdida de renta potencial y de un nivel de vida más alto”

La participación o cohesión social y la mejora de las herramientas con las que opera el Ejército Nacional, no deben tomarse como elementos contrarios, sino como aquellos que se pueden complementar para obtener mejores resultados a los alcanzados actualmente.

De esta manera, consideramos que si bien ésta comisión pudiera promover y solicitar a las entidades federativas llevar a cabo prácticas que fomenten una mayor cohesión social, así como su seguimiento, incluyendo acciones de parte de las diversas comisiones constituidas en la Cámara de Diputados, toda vez que las acciones deben ser de manera conjunta y no aislada.

Por último cabe mencionar, que esta comisión, carece de facultades para promover y dar seguimiento a las propuestas que realiza el promovente, lo que si podemos hacer es emitir una opinión o solicitud a las entidades federativas y a las dependencias que conforman la administración pública federal, toda vez que en cuestiones presupuestales son las mismas dependencias quienes conocen de manera puntual, sus requerimientos más importantes o de primera necesidad y que cada una de estas es independiente de las adecuaciones que realice para el uso que le asigna a los recursos que en este congreso se aprueban año con año.

De igual manera, debemos mencionar que existe una Comisión de Defensa Nacional, la cual es la encargada de la supervisión de las actividades que se desarrollan en este caso por la Secretaría homologa en su nombre. Es ésa comisión quién en determinado momento puede solicitar o llevar a cabo la promoción de recursos adicionales para las actividades que se mencionan en una estrecha comunicación con la dependencia.

Por lo expuesto, los integrantes de esta Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, sometemos a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente:

Acuerdo

Primero. Se solicita a los Poderes Ejecutivos federal, estatal y del Distrito Federal, así como a los presidentes municipales, que promuevan e impulsen de manera coordinada, programas tendentes a fomentar la cohesión social, en la cual intervengan los diversos actores sociales, como las organizaciones de la sociedad civil y empresarios, en la búsqueda de encontrar soluciones a los problemas de violencia y de aquellos que provocan la desintegración de los grupos familiares, poniendo especial énfasis en las franjas fronterizas.

Segundo. Se solicita a la Secretaría de la Defensa Nacional, que en la medida de sus posibilidades presupuestales, realice la adquisición de equipos y herramientas tecnológicas que coadyuven al mejor desempeño de las atribuciones que le fueron conferidas por la propia Constitución Política y demás ordenamientos jurídicos.

Nota:

1 Cepal, La importancia de la cohesión social en la inserción internacional de América Latina, documentos de proyectos, Integración económica y cohesión social: lecciones aprendidas y perspectivas.

La Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, diputados:Norma Leticia Salazar Vázquez (rúbrica), presidenta; Julieta Octavia Marín Torres, Georgina Zapata Lucero (rúbrica), Cristabell Zamora Cabrera (rúbrica), Gumercindo Castellanos Flores (rúbrica), Ramón Jiménez Fuentes (rúbrica), Teresa Guadalupe Reyes Sahún (rúbrica), secretarios; Heriberto Ambrosio Cipriano, Guillermina Casique Vences, José del Pilar Córdova Hernández (rúbrica), Jorge Venustiano González Ilescas, Olivia Guillén Padilla (rúbrica), Sandra Méndez Hernández, Héctor Pedraza Olguín (rúbrica), Miguel Ernesto Pompa Corella (rúbrica), Sofío Ramírez Hernández, Adriana Terrazas Porras, Carlos Martínez Martínez, Jaime Oliva Ramírez (rúbrica), Benigno Quezada Naranjo (rúbrica), Alejandra Noemí Reynoso Sánchez (rúbrica), Adolfo Rojo Montoya, María Yolanda Valencia Vales (rúbrica), Francisco Arturo Vega de Lamadrid, Ariel Gómez León (rúbrica), José M. Torres Robledo, Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, Roberto Pérez de Alva Blanco (rúbrica), Eduardo Ledesma Romo (rúbrica), Rafael Rodríguez González.»



ATENCION A MIGRANTES MEXICANOS DEPORTADOS

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Dictamen de la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al Ejecutivo federal a promover por el Instituto Nacional de Migración el fortalecimiento de las políticas de atención integral de migrantes mexicanos deportados a las ciudades fronterizas

Honorable Asamblea:

La Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, de conformidad con lo establecido en los artículos 39, incisos 1) y 2), fracción XXVII; y 45, fracción 6), incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, emite el presente dictamen, relativo a la proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a promover por el Instituto Nacional de Migración (INM) el fortalecimiento de las políticas de atención integral de migrantes mexicanos deportados a las ciudades fronterizas, suscrita por integrantes de diversos grupos parlamentarios, conforme a los siguientes

Antecedentes

El 28 de abril de 2010 se presentó la proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a promover por el INM el fortalecimiento de las políticas de atención integral de migrantes mexicanos deportados a las ciudades fronterizas, a cargo del diputado Enrique Torres Delgado, del Partido Acción Nacional, y suscrita por integrantes de diversos grupos parlamentarios.

En esa fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dictó el siguiente trámite: “Túrnese a la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios”.

Contenido de la proposición

La proposición en comento hace expresa la problemática que se vive en las fronteras ante los migrantes que son deportados y que requieren atención en diversas modalidades, ya sea médica, legal o económica para su traslado, entre otras.

El número de deportados en las fronteras ha ido en aumento, y se requieren recursos crecientes del INM para atender a esa población, considerada flotante y que precisa de determinadas acciones encaminadas a brindarle apoyo.

El proponente solicita al Ejecutivo federal que, por conducto del INM, promueva el fortalecimiento de las políticas públicas de atención integral de migrantes mexicanos deportados a las ciudades fronterizas.

Consideraciones de la comisión

Los integrantes de la comisión consideramos que si bien el problema de las deportaciones de connacionales a las fronteras del país, especialmente a la norte, representa un gran esfuerzo y reto que se debe atender, también es necesario crear políticas integrales de desarrollo y detonadores de esas regiones y de los programas que se puedan implantar.

Como manifiesta el proponente, el programa de repatriación voluntaria contiene determinados beneficios de traslado hasta el lugar de origen de la persona.

Es un programa que se lleva a cabo por la cancillería desde el extranjero por medio de los trámites que se realizan en las representaciones diplomáticas en el exterior.

Derivado de lo anterior, debemos hacer las siguientes anotaciones:

Primera. Solicitar el fortalecimiento de políticas de atención de migrantes mexicanos deportados a las ciudades fronterizas implica acciones que van más allá de una solicitud a una instancia para dar solución al problema.

Segunda. Si sólo se busca fortalecer las acciones encaminadas a brindar la atención necesaria o que requieren los connacionales deportados en las fronteras, podría ser una solución el simple hecho de dotar de mayores recursos al INM para que garantice mejor atención.

Tercera. El problema es desde nuestro punto de vista más de fondo. Se deben considerar la asignación de recursos y programas específicos para capacitar a la población flotante, regresarla a su lugar de origen, o llevar a cabo acciones que tiendan a minimizar los efectos nocivos que se puedan generar por ser una mano de obra ociosa. Más aún, es una tarea de algunas dependencias, pero en coordinación con las autoridades de las entidades respectivas.

No obstante lo anterior, la comisión coincide en solicitar al INM que realice las acciones y establezca los acuerdos necesarios con las autoridades locales para reforzar las actividades de atención de migrantes mexicanos deportados a las ciudades fronterizas y que, de la misma manera, elabore un programa que considere el desarrollo y fortalecimiento de esas acciones específicas de atención para que, en lo posible, en esta comisión se soliciten recursos para el Presupuesto de 2011.

Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios sometemos a consideración de la Cámara de Diputados los siguientes

Acuerdos

Primero.Se exhorta al Poder Ejecutivo federal a promover por el Instituto Nacional de Migración el fortalecimiento de las políticas de atención integral de migrantes mexicanos deportados a las ciudades fronterizas.

Segundo. Se solicita al Poder Ejecutivo federal que elabore por el Instituto Nacional de Migración un programa mediante el cual se refuercen las políticas de atención de los migrantes que han sido deportados, en coordinación con las autoridades estatales y las municipales de las ciudades fronterizas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de septiembre de 2010.

La Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, diputados:Norma Leticia Salazar Vázquez (rúbrica), presidenta; Julieta Octavia Marín Torres, Ana Georgina Zapata Lucero (rúbrica), Cristabell Zamora Cabrera (rúbrica), Gumercindo Castellanos Flores (rúbrica), Ramón Jiménez Fuentes (rúbrica), Teresa Guadalupe Reyes Sahagún (rúbrica), rúbrica; Heriberto Ambrosio Cipriano, Guillermina Casique Vences, José del Pilar Córdova Hernández (rúbrica), Jorge Venustiano González Ilescas, Olivia Guillén Padilla (rúbrica), Sandra Méndez Hernández, Héctor Pedraza Olguín (rúbrica), Miguel Ernesto Pompa Corella (rúbrica), Socorro Sofío Ramírez Hernández, Adriana Terrazas Porras, Carlos Martínez Martínez, Jaime Oliva Ramírez (rúbrica), Benigno Quezada Naranjo (rúbrica), Alejandra Noemí Reynoso Sánchez (rúbrica), Adolfo Rojo Montoya (rúbrica), María Yolanda Valencia Vales (rúbrica), Francisco Arturo Vega de Lamadrid, Ariel Gómez León (rúbrica), José M. Torres Robledo, Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, Roberto Pérez de Alva Blanco (rúbrica), Eduardo Ledesma Romo (rúbrica), Rafael Rodríguez González.»



SOBREPESO Y OBESIDAD

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Dictamen de la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Consejo Nacional para la Prevención y Control de las Enfermedades Crónicas a constituir el foro nacional para la prevención del sobrepeso y la obesidad

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Salud de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su estudio y dictamen la siguiente proposición con Punto de Acuerdo:

“Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Salud a que atienda y convoque a la brevedad la constitución del foro nacional para la prevención del sobrepeso y la obesidad, en cumplimiento a lo establecido en el Acuerdo Nacional para la Salud Alimentaria, Estrategia contra el Sobrepeso y la Obesidad.

Segundo. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, respetuosamente solicita a la Secretaría de Salud a que en el marco del Acuerdo Nacional para la Salud Alimentaria considere la participación en este foro nacional, de al menos dos representantes de la Cámara de Diputados”.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Salud somete a su consideración el siguiente

Dictamen

I. Antecedentes

1. Presentada por el diputado Heladio Gerardo Verver y Vargas, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolución Democrática de la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en la sesión del 28 de abril del 2010 y publicada en la Gaceta Parlamentaria de la misma fecha.

2. La proposición con punto de acuerdo fue turnada en la misma fecha, a la Comisión de Salud, para efectos de su análisis y elaboración de dictamen respectivo.

II. Consideraciones

La comisión dictaminadora realizó el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la proposición con punto de acuerdo, a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

La proposición con punto de acuerdo que se dictamina, se sustenta en relación con el Acuerdo Nacional para la Salud Alimentaria, Estrategia Contra el Sobrepeso y la Obesidad. Por lo que es importante señalar que para poder atacar de manera frontal el grave problema del sobrepeso y la obesidad, se entabló dentro del Acuerdo Nacional para la Salud Alimentaria Estrategia contra el Sobrepeso y la Obesidad, llevar a cabo una política de Estado de carácter intersectorial, que identifique las acciones necesarias para lograr cambios sustanciales y revertir la actual epidemia de obesidad y enfermedades crónicas asociadas.

Debemos mencionar la creación del Consejo Nacional para la Prevención y control de las enfermedades crónicas no transmisibles, mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación del 11 de febrero del presente año. El cual se crea como una instancia de coordinación permanente en materia de prevención y control de las enfermedades crónicas no transmisibles de mayor prevalencia en la población mexicana y factores de riesgo.

Es preciso mencionar que dentro de las funciones otorgadas al consejo en dicho acuerdo, en la fracción V, se menciona la realización de congresos relacionados con el su objeto, por lo que dicha propuesta se considera tomada en cuenta por la Secretaria de Salud, la cual crea el consejo como un primer paso para la conformación del foro nacional para la prevención y la obesidad.

Asimismo, se menciona que esta comisión recibió oficio de la Secretaría de Salud, con fecha 24 de mayo del 2010, en el cual se considera oportuna e importante la participación del poder legislativo en la constitución de este foro, por lo que al menos dos representantes de la Cámara de Diputados participen en dicho foro.

En merito de lo expuesto, la comisión dictaminadora, se permite someter a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Único. Se exhorta al Consejo Nacional para la Prevención y Control de las Enfermedades Crónicas a constituir el foro nacional para la prevención del sobrepeso y la obesidad relativo al Acuerdo Nacional para la Salud Alimentaria, Estrategia contra el Sobrepeso y la Obesidad, en el que participarán al menos dos representantes de la Cámara de Diputados.

La Comisión de Salud, diputados:Miguel Antonio Osuna Millán (rúbrica), presidente; Marco Antonio García Ayala (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Antonio Benítez Lucho (rúbrica en contra), Rosalina Mazari Espín (rúbrica), Rodrigo Reina Liceaga (rúbrica), Gloria Trinidad Luna Ruiz (rúbrica), José Antonio Yglesias Arreola (rúbrica), Silvia Esther Pérez Ceballos (rúbrica), Heladio Gerardo Verver y Vargas (rúbrica), Carlos Alberto Ezeta Salcedo (rúbrica), María del Pilar Torre Canales, secretarios; Felipe Borja Texocotitla, Yolanda de la Torre Valdez, Olga Luz Espinoza Morales, Leandro Rafael García Bringas (rúbrica), Clara Gómez Caro (rúbrica), Delia Guerrero Coronado (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez (rúbrica), José Luis Marcos León Perea, Fernando Morales Martínez, Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, Ana Elia Paredes Arciga (rúbrica), Guadalupe Eduardo Robles Medina, Sergio Tolento Hernández (rúbrica), Alicia Elizabeth Zamora Villalva (rúbrica), Laura Piña Olmedo (rúbrica), Leticia Quezada Contreras, Oralia López Hernández (rúbrica), Malco Ramírez Martínez (rúbrica).»



ESTADO DE NAYARIT

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Dictamen con puntos de acuerdo de la Comisión de Seguridad Pública, por el que exhorta al gobernador del estado de Nayarit y al Ayuntamiento de Tepic a emprender acciones conjuntas, a fin de abatir los índices delictivos en el estado.



PERSONAS CON DISCAPACIDAD

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Dictamen de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con punto de acuerdo por el que se exhorta a las autoridades educativas federales, estatales y municipales a realizar las acciones conducentes a garantizar que todas las instituciones educativas públicas y las privadas apliquen las leyes y normas correspondientes en materia de accesibilidad de las personas con discapacidad

Honorable Asamblea:

La Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numeral 1, y 45, numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 58, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos presenta a la honorable asamblea, el dictamen de la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las autoridades educativas federales, estatales y municipales, a que realicen las acciones correspondientes para que todas las instituciones educativas apliquen las leyes y normas en materia de accesibilidad de las personas con discapacidad.

Antecedentes

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión en fecha 27 de abril de 2010, la diputada María Joann Novoa Mossberger, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las autoridades educativas federales, estatales y municipales, a que realicen las acciones correspondientes para que todas las instituciones educativas, apliquen las leyes y normas correspondientes en materia de accesibilidad de las personas con discapacidad.

En esa fecha la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó dicha proposición a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables para su estudio y dictamen correspondiente.

Contenido del punto de acuerdo

La proponente expresa que derivado del compromiso internacional que México adquirió al ratificar la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, es necesario que la legislación aplicable en el país sea acorde con sus preceptos por lo que concierne a la inclusión de las personas con discapacidad.

Desafortunadamente, la discapacidad y la accesibilidad pueden ser los factores por los que más se excluye a niños de la educación. Por ello, para la mayoría de los niños con discapacidad, la falta de instrucción y no su discapacidad limita las oportunidades.

El trabajo legislativo y las acciones de política pública que se han realizado sobre la materia han derivado en adecuaciones del marco legal y programas encaminados a la atención de las necesidades y demandas de las personas con discapacidad. La Ley General de las Personas con Discapacidad, el manual de recomendaciones de accesibilidad y el Programa Nacional de Fortalecimiento de la Educación Especial y de la Integración Educativa, son ejemplo de ello.

Por lo que se refiere a las barreras físicas para las personas con discapacidad, se han logrado avances en la modificación de edificios, entre las que destacan la mejora de plazas de estacionamiento, la adaptación de salidas de urgencia, la instalación de mecanismos de apertura automática de puertas y la instalación de sanitarios para personas con discapacidad.

Sin embargo, pese a los avances logrados, es necesario seguir trabajando en la eliminación de las barreras arquitectónicas, toda vez que siguen siendo un obstáculo que dificulta, entorpece o impide el libre desplazamiento de las personas con discapacidad.

Es importante realizar adaptaciones razonables en las instalaciones educativas, lo cual contribuiría a garantizar que las personas con discapacidad puedan desarrollarse en condiciones más equitativas.

Consideraciones

El artículo 3o. constitucional establece que todo individuo tiene derecho a recibir educación. Por ser un derecho constitucional el Estado, en sus distintas esferas de competencia, tiene la obligación de brindar educación y, en el caso de personas con alguna discapacidad, dotar los medios necesarios para que tengan un acceso digno a esta educación que brinda el Estado.

Las barreras arquitectónicas en los centros de estudio generan que las personas con discapacidad no tengan libre acceso a su derecho de educación, es por eso que esta comisión coincide con la proponente de que las autoridades educativas se enfoquen en el cumplimiento de los ordenamientos en materia de accesibilidad para personas con discapacidad.

La comunidad internacional en el preámbulo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, establece:

“Reconociendo la importancia de la accesibilidad al entorno físico, social, económico y cultural, a la salud y la educación y a la información y las comunicaciones, para que las personas con discapacidad puedan gozar plenamente de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales”.

La Ley General de las Personas con Discapacidad establece las bases que permiten la plena inclusión de las personas con discapacidad, en un marco de igualdad y equiparación de oportunidades, y obliga a las autoridades competentes a garantizar la incorporación y oportuna canalización de las personas con discapacidad en todos los niveles del sistema educativo nacional, así como verificar el cumplimiento de las normas para su integración educativa.

La Ley General de Asentamientos Humanos establece en su artículo 3 “el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y el desarrollo urbano de los centros de población, tenderá a mejorar el nivel y calidad de vida de la población urbana y rural, mediante:

...

XIX.El desarrollo y adecuación en los centros de población de la infraestructura, el equipamiento y los servicios urbanos que garanticen la seguridad, libre tránsito y accesibilidad que requieren las personas con discapacidad.”

Por otra parte la Ley General de la Infraestructura Física Educativa establece:

...

Artículo 11.En la planeación de los programas y proyectos para la construcción, equipamiento, mantenimiento, rehabilitación, reforzamiento, reconstrucción y habilitación de la INFE deberán cumplírselas disposiciones de la Ley Federal de las Personas con Discapacidad y las leyes en la materia de las entidades federativas. Asimismo, atenderá las necesidades de las comunidades indígenas y las comunidades con escasa población o dispersa, y tomará en cuenta las condiciones climáticas y la probabilidad de contingencias ocasionadas por desastres naturales, tecnológicos o humanos, procurando la satisfacción de las necesidades individuales y sociales de la población”.

Esta propuesta está enfocada a solicitar a todas las autoridades de gobierno ya sean federales o locales a impulsar y verificar que se cumpla con lo ya establecido en la ley con la finalidad de que las personas con alguna discapacidad cuenten con los elementos y las instalaciones necesarias para poder ejercer su derecho de educación, está comisión dictaminadora considera pertinente el aprobar la propuesta ya que la educación y preparación es lo que realmente anula las limitaciones en las personas logrando que tengan una vida plena.

Por lo anterior, la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables

Resuelve

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a las autoridades educativas federales, estatales y municipales a que realicen las acciones conducentes con el objeto de que todas las instituciones educativas públicas y privadas, apliquen las leyes y normas correspondientes en materia de accesibilidad de las personas con discapacidad.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de septiembre de 2010.

La Comisión de Grupos Vulnerables, diputados:Yolanda de la Torre Valdez (rúbrica), presidenta; Claudia Edith Anaya Mota (rúbrica), Carlos Bello Otero, Delia Guerrero Coronado (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Yolanda del Carmen Montalvo López (rúbrica), María Joann Novoa Mossberger, secretarios; Velia Idalia Aguilar Armendáriz, Pedro Ávila Nevárez (rúbrica), Bélgica Nabil Carmona Cabrera, Hilda Ceballos Lleneras, Olga Luz Espinosa Morales (rúbrica), Laura Felicitas García Dávila (rúbrica), Inocencio Ibarra Piña (rúbrica), Blanca Estela Jiménez Hernández (rúbrica), Margarita Liborio Arrazola, Ilich Augusto Lozano Herrera, Rosalina Mazari Espín (rúbrica), Nely Edith Miranda Herrera (rúbrica), Daniela Nadal Riquelme, Rosario Ortiz Yeladaqui (rúbrica), Ana Elia Paredes Árciga, María Isabel Pérez Santos (rúbrica), Malco Ramírez Martínez (rúbrica), Caritina Sáenz Vargas, Laura Margarita Suárez González, María Sandra Ugalde Basaldúa, Guadalupe Valenzuela Cabrales.»



TALLERES O MAQUILADORAS SOCIALES

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Dictamen de la Comisión de Economía, con punto de acuerdo por el que se exhorta al secretario de Economía a elaborar un informe de los recursos destinados en la presente administración para apoyar la creación de talleres o maquiladoras sociales

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, correspondiente a esta LXI Legislatura, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos le fue turnada para su estudio y dictamen el siguiente

“Punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal, para que implemente acciones que permitan la instalación de talleres o maquiladoras sociales, con el objetivo de crear empleos formales y fomentar la actividad económica nacional”, presentada por la diputada Blanca Estela Jiménez Hernández, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en fecha 5 de noviembre de 2009.

La Comisión de Economía, con fundamento en los artículos 39 y 45 numeral 6 incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 58, 60, 87, 88 y 94, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la proposición del punto de acuerdo referida al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada en esta Cámara de Diputados, en fecha 5 de noviembre de 2009, los secretarios de la misma, dieron cuenta al pleno de esta soberanía de la proposición de punto de acuerdo que presentó la diputada Blanca Estela Jiménez Hernández.

Segundo. El presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite:

“Túrnese a la Comisión de Economía”.

Tercero. El legislador propone lo siguiente:

“ ... Actualmente, la gran tarea de todos los mexicanos es, sin duda alguna, sumar esfuerzos a fin de sacar a nuestro país del estancamiento económico, el cual ha sido consecuencia de una crisis global, que ha ocasionado efectos negativos que se manifiestan en mayor medida en los sectores poblacionales más desprotegidos.

Aunado a lo anterior, es importante mencionar que la falta de capacidad de los gobiernos panistas en el ejercicio público agudiza aún más las problemáticas que se presentan, lo preocupante del tema es la incidencia en indicadores tales como el nivel de crecimiento y el empleo.

Según el último informe sobre la producción nacional que publicó el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), al cierre del tercer trimestre el producto interno bruto presenta una disminución de aproximadamente 6 por ciento, en este sentido, cálculos del Banco de México estiman que para finales del 2009 la contracción será cercana al diez por ciento, en comparación con el año anterior.

En lo que se refiere a la generación de empleos, el déficit en la creación de empleos supera los dos millones, tan sólo en lo que va de la presente administración. Del total de la población económicamente activa, cerca del 6 por ciento de la misma se encuentra desempleada.

La oportunidad de conseguir un empleo formal es mínima, considerando que no existen elementos que fomenten la inversión productiva, los programas de asistencia son insuficientes ante una demanda que se incrementa día con día.

En este contexto, la propuesta que presento representa una alternativa para coadyuvar a mejorar la precaria situación que enfrentan millones de mexicanos que no cuentan con los mínimos para subsistir.

La proposición con punto de acuerdo es para exhortar al Ejecutivo federal a diseñar mecanismos e implementar acciones que permitan destinar recursos a la coinversión en la instalación y apertura de talleres y maquiladoras sociales.

El objetivo principal de este proyecto es construir las bases de un sistema de coinversión pública y social que permita fortalecer al sector manufacturero nacional, siendo el pilar del crecimiento económico.

La generación de un número mayor de talleres y empresas maquiladoras sociales permitirá generar empleos formales, en donde se procurará emplear a las personas que habitan en la región, para con ello incidir de manera positiva en el mejoramiento de la calidad de vida de los trabajadores.

Dichas empresas sociales, al ser instaladas en zonas de alta y muy alta marginación, son un detonante del desa-rrollo regional, así como un mecanismo que impulse el crecimiento de la producción del aparato productivo nacional.

Para enfrentar la crisis es fundamental implementar medidas anticíclicas, principalmente aquellas que permitan la inversión productiva, para ello es imperativo fomentar mecanismos de coinversión pública y social, que permitan contar con un sector competitivo.

De igual forma, es necesario garantizar la sustentabilidad de este proyecto, por lo que se debe establecer como una obligación para los coinversionistas, que una parte de las utilidades obtenidas se concentre en un fondo común que permita invertir en la apertura de otros centros con características similares.

En razón de lo expuesto, someto a consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al titular del Ejecutivo federal a emprender de manera inmediata acciones que permitan destinar recursos para el alquiler o renta de naves o locales adecuados en los cuales se pueda instalar un taller o manufactura social; y a diseñar un programa de apoyo a través del cual se otorguen recursos suficientes para la adquisición de maquinaria, equipo y mobiliario que será utilizado en los talleres o maquiladoras sociales.

En el programa de apoyo se establezca como un elemento fundamental la obligación de la reinversión de las utilidades obtenidas, con el objetivo de formar un fondo que permita la apertura otros talleres o maquiladoras sociales.”

Consideraciones

Primera. Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, esta Comisión de Economía es competente para conocer sobre la proposición de punto de acuerdo presentada por la diputada Blanca Estela Jiménez Hernández.

Segunda. Que con base en los antecedentes indicados por la diputada Blanca Estela Jiménez Hernández, la Comisión de Economía, con las atribuciones señaladas, se abocó de forma respetuosa y responsable a dictaminar la proposición con punto de acuerdo referida.

Tercera. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 25, hace referencia a la participación del estado en el fomento del crecimiento económico y el empleo para garantizar la integridad y sustentabilidad del Estado mexicano.

El estado planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad económica nacional, y llevará a cabo la regulación y fomento de las actividades que demande el interés general en el marco de libertades que otorga esta Constitución.

Asimismo, establece que el sector público podrá participar por sí o con los sectores social y privado, de acuerdo con la ley, para impulsar y organizar las aéreas prioritarias del desarrollo.

De este modo, actuando bajo criterios de equidad social y productividad se apoyará e impulsará a las empresas de los sectores social y privado de la economía, sujetándolos a las modalidades que dicte el interés público y al uso, en beneficio general, de los recursos productivos, cuidando su conservación y el medio ambiente.

La ley establecerá los mecanismos que faciliten la organización y la expansión de la actividad económica del sector social: de los ejidos, organizaciones de trabajadores, cooperativas, comunidades, empresas que pertenezcan mayoritaria o exclusivamente a los trabajadores y, en general, de todas las formas de organización social para la producción, distribución y consumo de bienes y servicios socialmente necesarios.

Cuarta. Que el artículo 34 fracción X Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, atribuye a la Secretaria de Economía lo siguiente:

“ ... Coordinar y ejecutar la política nacional para crear y apoyar empresas que asocien a grupos de escasos recursos en áreas urbanas a través de las acciones de planeación, programación, concertación, coordinación, evaluación; de aplicación, recuperación y revolvencia de recursos para ser destinados a los mismos fines; así como de asistencia técnica y de otros medios que se requieran para ese propósito, previa calificación, con la intervención de las dependencias y entidades de la administración pública federal correspondientes y de los gobiernos estatales y municipales, y con la participación de los sectores social y privado.”

Asimismo, en la fracción XXIII del artículo 34 de la mencionada ley, se le atribuye la facultad de promover, orientar, fomentar y estimular la industria nacional.

Quinta. Tal como lo establece el Plan Nacional de Desa-rrollo, en su apartado de Economía Competitiva y Generadora de Empleos, la creación de empleos favorece la estabilidad, la seguridad pública y la interacción social respetuosa de los derechos de los demás; y para crear tales empleos, es necesario sostener el dinamismo de la inversión para asegurar los recursos suficientes y que todos los sectores de la población y de la actividad productiva cuenten con un acceso adecuado a los servicios financieros.

Asimismo, establece que la finalidad de la política económica de la presente administración será lograr un crecimiento sostenido más acelerado y generar los empleos formales que permitan mejorar la calidad de vida de todos los mexicanos.

Adicionalmente, establece que se apoyará el desarrollo de proyectos productivos y empresas sociales, que generen empleos y que permitan a los mexicanos tener un ingreso digno y mejores niveles de vida.

Sexta. Que con el objetivo de apoyar a las empresas, en particular a las de menor tamaño y a los emprendedores, y con el propósito de promover el desarrollo económico nacional a través del otorgamiento de apoyos de carácter temporal a programas y proyectos que fomenten la creación, desarrollo, consolidación, viabilidad, productividad, competitividad y sustentabilidad de las micro, pequeñas y mediana empresas, ya ha sido creado el Fondo de Apoyo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fondo PYME), el cual es operado por la Secretaria de Economía.

Asimismo, la Ley para el desarrollo de la competitividad de la micro, pequeña y mediana empresa en el artículo 4o. fracción II inciso d) establece dentro de sus objetivos promover los apoyos para el desarrollo de las MIPYMES en todo el territorio nacional, basados en la participación de los sectores.

Es preciso decir que la mencionada ley entiende por sectores a los sectores privado, social y del conocimiento según lo establece el artículo 3 fracción VI.

Séptima. Que según las Reglas de Operación del Fondo PYME, el artículo 2 señala como objetivos específicos los siguientes:

“ .. I. Contribuir a la generación de empleos;

II. Contribuir a la creación y fortalecimiento de micro, pequeñas y medianas empresas; ...

... V. Contribuir a la conservación de empleos formales;

... VII. Apoyar la atracción de inversión para la creación de micro, pequeñas y medianas empresas preferentemente en las regiones de mayor expulsión de mano de obra;

VIII. Promover el desarrollo económico regional y sectorial;

IX. Promover oportunidades de desarrollo productivo;

X. Fomentar la innovación y el desarrollo tecnológico de las micro, pequeñas y medianas empresas; ...

... XIIL Fomentar la integración y fortalecimiento de cadenas productivas estratégicas; ...

... XV. Fomentar la productividad y competitividad de las MIPYMES, mediante el apoyo para la constitución y/o fortalecimiento de parques industriales que les brinden espacios para su desarrollo o consolidación; ...

.. . XVII. Estimular la inversión de recursos financieros para la creación e inicio de operaciones de las micro, pequeñas y medianas empresas; ...

... XXII. Fomentar el acceso al financiamiento en general y al crédito en particular, de las micro, pequeñas y medianas empresas;

XXIII. Multiplicar y fortalecer los canales y productos financieros dedicados a las micro, pequeñas y medianas empresas;

XXIV. Contribuir al desarrollo de un sistema nacional de financiamiento para las micro, pequeñas y medianas empresas; ...

... XXIX. Estimular la generación de nuevas micro, pequeñas y medianas empresas para el fortalecimiento del empleo nacional, a través del fomento al desarrollo de nuevas franquicias; ... ”

Octava. Que el artículo 11 de las Reglas de Operación del Fondo Pyme, establece que dicho fondo tiene una cobertura nacional y su población objetivo son:

“ ... a. Emprendedores

b. Micro empresas

c. Pequeñas y medianas empresas, y

d. Talleres familiares inscritos en el Registro de los Talleres Familiares de la SE ... ”

Novena. Por lo anteriormente expuesto, puede concluirse que la creación de maquiladoras o talleres para generar empleos formales y con ello incidir de manera positiva en el mejoramiento de la calidad de vida de los trabajadores, puede llevarse a cabo a través del Fondo Pyme, el cual puede destinar recursos a la creación, fomento y desarrollo de este proyecto, pues estaría contribuyendo de manera directa a la generación de empleos.

Décima. En virtud de lo anterior, esta comisión considera adecuado modificar el punto de acuerdo presentado, pues si bien la creación de dichos talleres o maquiladoras serían un detonante del desarrollo regional, así como un mecanismo que impulse el crecimiento de la producción del aparato productivo nacional, no se considera necesario crear un programa de apoyo para este fin, sino más bien hacerla por medio del Fondo PYME, el cual otorga los apoyos y recursos para los fines y objetivos considerados por la proponente.

Décima Primera. Por lo que en virtud de lo expuesto; esta Comisión de Economía dictamina positivamente el punto de acuerdo propuesto para quedar como sigue:

La honorable Cámara de Diputados acuerda:

Único. Se exhorta al secretario de Economía para que por medio del Fondo de Apoyo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fondo PYME) se elabore un informe de los recursos que se han destinado para apoyar la creación de talleres o maquiladoras sociales en la presente administración, y a partir de ese reporte se elabore un programa que fortalezca y destine mayores recursos para ese propósito.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 10 días de noviembre del 2010

La Comisión de Economía, diputados: Ildefonso Guajardo Villarreal (rúbrica), Alejandro Cano Ricaud (rúbrica), Jorge Alberto Juraidini Rumilla (rúbrica), Narcedalia Ramírez Pineda (rúbrica), Melchor Sánchez de la Fuente (rúbrica), José Luis Velasco Lino, Leoncio Alfonso Morán Sánchez (rúbrica), María Antonieta Pérez Reyes, Norma Sánchez Romero (rúbrica), Indira Vizcaíno Silva (rúbrica), Rodrigo Pérez-Alonso González (rúbrica), Jorge Antonio Kahwagi Macari, José Antonio Arámbula López, Raúl Gerardo Cuadra García (rúbrica), Sergio Gama Dufour (rúbrica), Noé Fernando Garza Flores (rúbrica), Jorge Hernández Hernández, Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Ramón Jiménez López (rúbrica), Jorge Humberto López Portillo Basave (rúbrica), Ifigenia Martha Martínez y Hernández, Luis Enrique Mercado Sánchez (rúbrica), David Penchyna Grub, Enrique Salomón Rosas Ramírez (rúbrica), David Ricardo Sánchez Guevara (rúbrica), Carlos Torres Piña (rúbrica).»



PROGRAMA DE APOYOS DIRECTOS AL CAMPO

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Dictamen de la Comisión de Agricultura y Ganadería, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a actualizar de manera adecuada y con transparencia mediante la Sagarpa el padrón de beneficiarios del Procampo

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Agricultura y Ganadería de la LXI Legislatura, le fue turnada para su estudio, análisis y dictamen correspondiente la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) actualice de manera adecuada, justa y con transparencia el padrón de beneficiarios del Programa de Apoyos Directos al Campo (Procampo) a cargo de la diputada Diva Hadamira Gastelum Bajo del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Una vez recibida por la Comisión de Agricultura y Ganadería, sus integrantes entramos a su estudio con la responsabilidad de considerar lo más detalladamente posible su contenido y analizar los fundamentos y argumentos en que se apoya, para proceder a emitir dictamen conforme a las facultades que nos confieren los artículos 39 y 45, numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 65, 66, 85, 87 y 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. A la Comisión de Agricultura y Ganadería le corresponde dictaminar la presente proposición con punto de acuerdo al tenor de los siguientes:

Antecedentes

La Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó a esta Comisión de Agricultura y Ganadería una proposición con punto de acuerdo por el cual se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Sagarpa actualice de manera adecuada, justa y con transparencia el padrón de beneficiarios del Procampo, a cargo de la diputada Diva Hadamira Gastelum Bajo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

El 30 de septiembre de 2010, la diputada Diva Hadamira Gastelum Bajo presentó un punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Sagarpa actualice de manera adecuada, justa y con transparencia el padrón de beneficiarios del Procampo.

Con base en los antecedentes mencionados, los integrantes de esta Comisión dictaminadora formulamos las siguientes

Consideraciones

Que el artículo 27 constitucional señala en su fracción XX, que el Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación en el desarrollo nacional, y fomentará la actividad agropecuaria y forestal para el óptimo uso de la tierra, con obras de infraestructura, insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica. Asimismo, expedirá la legislación reglamentaria para planear y organizar la producción agropecuaria, su industrialización y comercialización, considerándolas de interés público.

Que el Plan Nacional de Desarrollo (2007-2012), establece como principio rector el desarrollo humano sustentable, mismo que se articula sobre cinco ejes de política pública, dentro de los que se encuentra el de economía competitiva y generadora de empleos, que considera en la estrategia 9.10, la continuación del Programa de Apoyos Directos al Campo, denominado Procampo, mejorando su operación y eficiencia.

Que el Procampo se regula por el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de julio de 1994 y su fe de erratas del 26 de septiembre del mismo año en el que se establece que tiene por objeto transferir recursos en apoyo a la economía de los productores rurales que siembren la superficie elegible registrada en el directorio del programa; cumplan con los requisitos que establezca la normatividad, y acudan a solicitar por escrito el apoyo.

Que el Programa Sectorial de Desarrollo Agropecuario y Pesquero (2007-2012), dispone en sus objetivos, la estrategia 3.6 denominada “Generar certidumbre y agregación de valor en las actividades agroalimentarias”, en la que se prevé un nuevo esquema de apoyos directos al campo, Procampo, en el cual se establecen cuotas con el propósito de otorgar una distribución equitativa de los recursos presupuestarios.

Que el pasado 8 de abril de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo por el que se modifican y adicionan diversas disposiciones de las Reglas de Operación del Programa de Apoyos Directos al Campo, que tiene como principio rector el desarrollo humano sustentable para generar certidumbre y agregar valor a las actividades agroalimentarias, mediante una distribución equitativa de los recursos para apoyar a los productores y dispongan de recursos para invertir en sus unidades de producción, privilegiando a productores propietarios y titulares o en posesión de predios con superficie de menos de cinco hectáreas.

Que en relación a las modificaciones del programa, por razones de temporalidad y vigencia del Procampo permanece hasta 2012 y se incluyen las siguientes adecuaciones:

1. Se estableció un monto máximo de apoyo hasta de 100,000.00 (cien mil pesos 00/100 moneda nacional) por beneficiario, en cada ciclo agrícola; estos beneficiarios representan el 0.2 del total del padrón. Para el caso de las personas morales beneficiarias, el monto máximo de apoyo se calcula en función de la aportación de la superficie elegible de cada uno de sus miembros o de su posesión derivada en lo individual, sin que en ningún caso exceda la cantidad señalada por cada uno de ellos.

Respecto de las tierras de uso común y en explotación colectiva de los ejidos y comunidades, el monto máximo de apoyo será calculado por partes iguales en función de los ejidatarios o comuneros individualmente considerados en el plano interno del ejido o comunidad, o bien, de acuerdo con la proporción que corresponda de acuerdo con los certificados de derechos sobre tierras de uso común, sin que en ningún caso exceda la cantidad señalada por cada uno de ellos.

2. Para efectos del Procampo, los apoyos previstos en las presentes reglas de operación, se definen las siguientes cuotas:

a) Cuota alianza: Se establece una cuota unitaria de $1,300.00 (un mil trescientos pesos 00/100 moneda nacional) por hectárea para predios del ciclo agrícola primavera-verano de temporal, con superficie elegible de hasta cinco hectáreas.

b) Cuota preferente: Se establece una cuota unitaria de $1,160.00 (un mil ciento sesenta pesos 00/100 moneda nacional) por hectárea, para predios del ciclo agrícola primavera-verano de temporal, con superficie elegible mayor de cinco hectáreas y hasta el límite indicado en las propias reglas de operación.

c) Cuota normal: Se establece una cuota normal de $963.00 (novecientos sesenta y tres pesos 00/100 moneda nacional) por hectárea, para el resto de los predios del ciclo agrícola primavera-verano y para todos los predios del ciclo agrícola otoño-invierno.

3. Se ha anticipado la entrega de los recursos del programa hasta por 14 días en relación al año anterior. Lo que significa que se entregan en un lapso de 20 días anticipadas a la siembra.

4. El Procampo llega más directo y a tiempo a través de la banca, 3 de cada 4 beneficiarios cuentan con su tarjeta de pago sin costo. Adicionalmente los productores cuentan con un seguro de hasta 25 mil pesos.

Que la Sagarpa publicó el martes 1 de septiembre de 2009 en el Diario Oficial de la Federación el “acuerdo por el que se emiten los lineamientos del Programa de Actualización de Datos y Expedientes del Directorio del Procampo”, es una prioridad para el Ejecutivo federal y una preocupación para el Congreso de la Unión, incorporar procesos de mejora que permitan tener un mejor control y transparencia en la aplicación de los recursos federales al campo mexicano, estableciendo una comunicación permanente con las instancias de procuración de justicia y toda aquella autoridad competente que coadyuve en la mejor aplicación del gasto federal, para fortalecer en todo momento la participación de la sociedad a través de la Contraloría Social como instancia de participación ciudadana y plural.

Que los propietarios de predios inscritos en el Procampo tendrán la obligación de acudir al módulo de atención que les corresponda, de conformidad con el Calendario de Actualización e Integración de Expedientes, debiendo en todos los casos proporcionar la documentación e información solicitada.

Que el objeto del acuerdo es establecer las disposiciones a las que se sujetan la operación del Programa de Actualización de Datos y Expedientes del Directorio del Programa de Apoyos Directos al Campo.

Que dentro de esta actualización se considere la situación actual de los campesinos en algunos de los documentos que correspondan a la tenencia de los predios, toda vez que muchos de ellos se encuentran en poder del Banrural, hoy el SAE.

Los sujetos del programa de actualización de datos y complementación de expedientes comprende a los propietarios de predios inscritos en el Procampo que hayan recibido los apoyos en uno o varios de los ciclos agrícolas Primavera-Verano 2007 al 2009 y/u otoño-invierno 2006/2007 al 2008/2009, así como aquellos cuyos predios no fueron objeto del apoyo en el periodo citado por encontrarse bajo procedimientos judiciales o administrativos pendientes de resolución.

Que conforme a la operación de cada ciclo agrícola, el programa dispone de un mecanismo donde el productor actualiza la información registrada, esta información corresponde a los predios registrados derivado de la base de datos del Programa de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares urbanos Procede, del Registro Agrario Nacional (RAN) y del Catastro Rural de la Secretaria de la Reforma Agraria.

Al propietario del predio inscrito en el Procampo que no comparezca o no justifique que se encontró impedido para acudir al módulo de atención a proporcionar la información y documentación requerida o que en el proceso de actualización e integración de expedientes se cuente con elementos que notoriamente adviertan el incumplimiento de las obligaciones a su cargo, se dará de baja el predio en el padrón actualizado del directorio del Procampo y perderá la capacidad de ser elegible del apoyo previsto en el Procampo.

Que el 27 de octubre de 2009 la Sagarpa, a través de Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria, órgano desconcentrado de la Secretaría, publicó en el Diario Oficial de la Federación el primer calendario de actualización e integración de expedientes del Programa de Actualización de Datos y Expedientes del Directorio del Procampo.

A efecto de que el propietario o a quien acredite tener la capacidad para ejercer actos de dominio sobre uno o varios predios inscritos en el Procampo, acuda al módulo de atención que le corresponda para realizar los trámites de actualización e integración de expedientes y proporcionar la información productiva y socioeconómica.

Que con las acciones del gobierno federal el Programa de Apoyos Directos al Campo también llamado “Procampo para Vivir mejor” se han implementado mecanismos para mejorar el programa, es pertinente mencionar que el Procampo tiene como propósito transferir apoyos al ingreso de los productores rurales, cumpliéndose ampliamente con su objetivo ya que atiende a 2.7 millones de productores agrícolas.

Que serán sujetos del apoyo, los productores, personas físicas o morales, con predios registrados en el Procampo, a los que se les haya integrado en el Centro de Apoyo al De-sarrollo Rural que les corresponda su Expediente Único Completo, que mantengan el predio en explotación y cumplan la normatividad de este programa.

Que un problema que han identificado múltiples estudios sobre el tema, es la imposibilidad de ampliar el padrón de beneficiarios a aquellos que en su momento, por cualquier motivo no se inscribieron cuando se realizó el padrón y que hoy cumplen con los requisitos para ser beneficiarios. El padrón prácticamente no se ha modificado desde su origen y sólo ha tenido cambios menores debido al fraccionamiento o fusión de predios ya inscritos.

Por lo anterior, los integrantes de la Comisión de Agricultura y Ganadería, sometemos a consideración de la honorable asamblea, el siguiente

Acuerdo

Primero. Se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Sagarpa actualice de manera adecuada y con transparencia el padrón de beneficiarios del Procampo, con la finalidad de que los actuales beneficiarios no resulten afectados con las recientes modificaciones de las reglas de operación.

Segundo. Se exhorta al secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a otorgar, una vez actualizado el padrón de beneficiarios del Procampo, mayores oportunidades a los productores agrícolas que no han sido beneficiados con el programa.

Notas:

1 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de mayo de 2007.

2 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de enero de 2008.

3 Remítase a las Reglas de Operación del Procampo publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 20 de febrero de 2002, apartado III.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de noviembre de 2010.

La Comisión de Agricultura y Ganadería, diputados:Cruz López Aguilar (rúbrica), presidente; Manuel Humberto Cota Jiménez (rúbrica), Alfredo Francisco Lugo Oñate (rúbrica), Fermín Montes Cavazos (rúbrica), Luis Félix Rodríguez Sosa, Rolando Zubía Rivera (rúbrica), Sergio Arturo Torres Santos, Dora Evelyn Trigueras Durón (rúbrica), Javier Bernardo Usabiaga Arroyo (rúbrica), José Narro Céspedes, José M. Torres Robledo (rúbrica), secretarios; José Tomás Carrillo Sánchez, Óscar García Barrón, Joel González Díaz (rúbrica), Narcedalia Ramírez Pineda, Jorge Rojo García de Alba (rúbrica), Gerardo Sánchez García (rúbrica), Héctor Eduardo Velasco Monroy (rúbrica), Víctor Alejandro Balderas Vaquera (rúbrica), Alberto Esquer Gutiérrez, José Luis Iñiguez Gámez, Fernando Santamaría Prieto, Ricardo Sánchez Gálvez (rúbrica), Enrique Octavio Trejo Azuara, Sergio Ernesto Gutiérrez Villanueva, Ramón Jiménez Fuentes (rúbrica), José María Valencia Barajas, Liborio Vidal Aguilar (rúbrica), Eduardo Zarzosa Sánchez.»



SECTOR CITRICULTOR

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Dictamen de la Comisión de Agricultura y Ganadería, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Poder Ejecutivo a diseñar y operar un programa integral para mitigar el riesgo de dispersión del huanglonbing en los estados productores de cítricos

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Agricultura y Ganadería de la LXI Legislatura fue turnada, para estudio, análisis y dictamen correspondiente, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Poder Ejecutivo federal a diseñar y operar un programa integral para proteger la citricultura nacional de la plaga de la diaforina y de la enfermedad huanglongbing (HLB), a cargo del diputado José María Valencia Barajas, del Grupo Parlamentario del PRD.

Una vez recibida por la Comisión de Agricultura y Ganadería, sus integrantes entramos a su estudio, con la responsabilidad de considerar lo más detalladamente posible su contenido y analizar los fundamentos y argumentos en que se apoya, para proceder a emitir dictamen conforme a las facultades que les confieren los artículos 39 y 45, numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 65, 66, 85, 87 y 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. A la Comisión de Agricultura y Ganadería le corresponde dictaminar la presente proposición con punto de acuerdo al tenor de los siguientes

Antecedentes

La Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó a esta Comisión de Agricultura y Ganadería una proposición con punto de acuerdo por el cual se exhorta al Poder Ejecutivo federal a diseñar y operar un programa integral para proteger la citricultura nacional de la plaga de la diaforina y de la enfermedad huanglongbing (HLB), a cargo del diputado José María Valencia Barajas, del Grupo Parlamentario del PRD.

El 21 de septiembre de 2010, el diputado José María Valencia Barajas presentó un punto de acuerdo por el que se exhorta al Poder Ejecutivo federal a diseñar y operar un programa integral para proteger la citricultura nacional de la plaga de la diaforina y de la enfermedad huanglongbing.

Con base en los antecedentes mencionados, los integrantes de esta comisión dictaminadora formulamos las siguientes

Consideraciones

Que el artículo 27 constitucional señala en la fracción XXque el Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación en el desarrollo nacional, y fomentará la actividad agropecuaria y forestal para el óptimo uso de la tierra, con obras de infraestructura, insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica. Asimismo, expedirá la legislación reglamentaria para planear y organizar la producción agropecuaria, su industrialización y comercialización, considerándolas de interés público.

Que de acuerdo con la Ley Federal de Sanidad Vegetal, corresponde a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desa-rrollo Rural, Pesca y Alimentación regular y promover la sanidad vegetal, así como la aplicación, verificación y certificación de los sistemas de reducción de riesgos de contaminación física, química y microbiológica en la producción primaria de vegetales.

Que México es considerado el cuarto productor de cítricos en el mundo; cuenta con 512 mil hectáreas establecidas con este cultivo, distribuidas en 23 estados del territorio nacional (Baja California, Baja California Sur, Chiapas, Campeche, Colima, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz y Yucatán), mediante las cuales se obtienen 5.2 millones de toneladas anuales, con un valor de 5 mil 242 millones de pesos, en beneficio de 67 mil productores; esta actividad genera 70 mil empleos directos y unos 250 mil indirectos (fuente: Dirección General de Fomento a la Agricultura, 2007).

Que la Ley Federal de Sanidad Vegetal determina en el artículo 2, párrafos primero y segundo, que la sanidad vegetal tiene como finalidad promover y vigilar la observancia de las disposiciones legales aplicables; diagnosticar y prevenir la diseminación e introducción de plagas de los vegetales, sus productos o subproductos que representen un riesgo fitosanitario, así como establecer medidas fitosanitarias y regular la efectividad de los insumos fitosanitarios y de los métodos de control integrado.

Que la regulación en materia de sistemas de reducción de riesgos de contaminación, tiene como finalidad, promover, verificar y certificar las actividades efectuadas en la producción primaria de vegetales encaminadas a evitar su contaminación por agentes físicos, químicos o microbiológicos, a través de la aplicación de buenas prácticas agrícolas y el uso y manejo adecuado de insumos utilizados en el control de plagas.

Que las medidas fitosanitarias que establezca la secretaría serán las necesarias para asegurar el nivel adecuado de protección y condición fitosanitaria en todo o parte del territorio nacional, para lo cual tomará en consideración la evidencia científica y en su caso, el análisis de riesgo de plagas, así como las características agroecológicas de la zona donde se origine el problema fitosanitario y las de las zonas a la que se destinen los vegetales, productos o subproductos, buscando proteger y conservar la fauna benéfica nativa y el equilibrio natural.

Que de acuerdo a estimaciones de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), para 2007  México se sitúa entre los principales productores de cítricos a nivel internacional.

Que la citricultura en México está en grave riesgo, debido a que recientemente se ha detectado una peligrosa enfermedad, que ha amenazado a esta importante actividad agrícola desde hace varios años. Se trata de la HLB, conocida también como “dragón amarillo” o “enverdecimiento”. Este mal es producido por la bacteria Candidatus liberibacter sp, de la cual se conocen las especies asiaticus, africanus y americanus. La enfermedad es transmitida de manera muy importante y de forma muy eficiente por el insecto de origen asiático diaforina (Diaphorina citri) y a través de injertos.

Que la diaforina (Diaphorina citri) es el insecto que de manera muy eficiente transmite la peligrosa bacteria, que produce el huanglongbing, por primera vez fue descubierta en Asia en 1907, sesenta años después se descubre en Brasil y posteriormente en Florida y en las islas del Caribe. En México se detectó en 2002, en la península de Yucatán; es decir, siete años antes que se percibiera la peligrosa enfermedad multicitada. A la fecha esta plaga se encuentra prácticamente en todas la entidades productoras de cítricos, tanto por el golfo como por el Pacífico.

Que los síntomas de la enfermedad en el ámbito mundial se han identificado básicamente en los cítricos dulces. Sin embrago, aquí el mal se ha detectado sobre todo en el limón mexicano. Los principales Estados productores de este cítrico, en orden de los volúmenes de producción son Colima, Michoacán, Oaxaca y Guerrero.

Que con base en lo dispuesto en la Ley Federal de Sanidad Vegetal y en la NOM-EM-047-FITO-2009, se han diseñado y puesto en operación acciones fitosanitarias para mitigar la introducción y dispersión del HLB en el territorio nacional. Asimismo en los Estados productores de cítricos se desarrollan acciones para detectar la enfermedad y acciones de urgencia donde ya se ha presentado.

Que no obstante que el gobierno federal ha puesto en marcha las acciones mencionadas, los efectos percibidos derivados de ellas, en particular en relación con las acciones de los productores para controlar la dispersión de la enfermedad, han sido de poca relevancia.

Que la experiencia internacional, en particular la de Brasil, ha identificado diversos métodos de mitigación y control de la enfermedad, que han tenido efectos positivos. Es deseable que la experiencia internacional sea considerada, adaptando a México los elementos aplicables.

Que se ha elaborado y puesto en marcha el Proyecto Estratégico para mitigar el Impacto del Huanglongbing sobre la Citricultura de Colima. En él participan los tres órdenes de gobierno y las representaciones de las fases del sistema producto limón mexicano; comprende los siguientes elementos fundamentales:

• Coordinación y asesoría a productores de limón para el control del HLB y de la diaforina.

• Producción de material propagativo bajo condiciones protegidas e indemnización de viveros.

• Difusión a la población sobre los efectos del HLB en la citricultura.

• Renovación de huertas para atenuar el efecto del HLB.

• Transferencia de tecnología para el manejo del HLB.

• Infraestructura de los puntos de vigilancia e inspección para controlar la dispersión del HLB.

Que se observa en el proyecto de Colima se consideran los elementos sustantivos para enfrentar el HLB y sus consecuencias. En virtud de ello, sería deseable que esta experiencia se considerase a fin de aplicar las medidas convenientes en el resto de los estados donde tiene presencia la citricultura.

En razón de lo anteriormente expuesto, la Comisión de Agricultura y Ganadería somete a consideración de esta honorable asamblea los siguientes

Acuerdos

Primero. Se exhorta al Poder Ejecutivo Federal a profundizar y agilizar eficientemente las acciones señaladas, en lo dispuesto en la Ley Federal de Sanidad Vegetal y en la NOM-EM-047-FITO-2009, por la que se establecen las acciones fitosanitarias para mitigar el riesgo de introducción y dispersión del huanglongbing (HLB) en los estados productores de cítricos en el territorio nacional.

Segundo. Poner especial atención a las zonas de mayor relevancia de producción citrícola, particularmente en las áreas de limón mexicano, donde el segundo productor nacional es Michoacán y se encuentra en peligro inminente debido a su cercanía con Colima.

Tercero. Considerar la experiencia del Proyecto Estratégico para mitigar el Impacto del Huanglongbing sobre la Citricultura de Colima en la aplicación de medidas similares en el resto del país e informar a esta Soberanía sobre los resultados derivados de este exhorto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, 24 de noviembre de 2010.

La Comisión de Agricultura y Ganadería, diputados:Cruz López Aguilar (rúbrica), presidente; Manuel Humberto Cota Jiménez (rúbrica), Alfredo Francisco Lugo Oñate (rúbrica), Fermín Montes Cavazos (rúbrica), Luis Félix Rodríguez Sosa (rúbrica), Rolando Zubía Rivera (rúbrica), Sergio Arturo Torres Santos, Dora Evelyn Trigueras Durón (rúbrica), Javier Bernardo Usabiaga Arroyo (rúbrica), José Narro Céspedes, José M. Torres Robledo (rúbrica), secretarios; José Tomás Carrillo Sánchez, Óscar García Barrón, Joel González Díaz (rúbrica), Narcedalia  Ramírez Pineda, Jorge  Rojo García de Alba (rúbrica), Gerardo  Sánchez García (rúbrica), Héctor Eduardo Velasco Monroy (rúbrica), Víctor Alejandro Balderas Vaquera (rúbrica), Alberto Esquer Gutiérrez, José Luis Íñiguez, Fernando Santamaría Prieto, Ricardo Sánchez Gálvez (rúbrica), Enrique Octavio  Trejo Azuara Sergio Ernesto Gutiérrez Villanueva, Ramón  Jiménez Fuentes (rúbrica), José María  Valencia Barajas, Liborio Vidal Aguilar (rúbrica), Eduardo Zarzosa Sánchez.»



MANGLARES

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo relativo a la recategorización de las especies de manglar en la NOM-059-SEMARNAT-2001

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión fue turnado para estudio y elaboración del dictamen correspondiente el expediente número 1344, que contiene la proposición con punto de acuerdo relativo a la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la NOM-059-SEMARNAT-2001, con las modificaciones acordadas por el grupo técnico de trabajo para la recategorización de riesgo de las especies de manglares, presentada por el diputado Alejandro Carabias Icaza, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Esta comisión legislativa, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numeral 1, 45, numeral 6, incisos e) y f), y numeral 7, 86, 94, 103 y demás relativos de la Ley Orgánica; y 60, 88, 95 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente punto de acuerdo, de conformidad con los siguientes

Antecedentes

Primero. El 16 de febrero de 2010, el diputado Alejandro Carabias Icaza, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó punto de acuerdo relativo a la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la NOM-059-SEMARNAT-2001, con las modificaciones acordadas por el grupo técnico de trabajo para la recategorización de riesgo de las especies de manglares.

Segundo. En la misma fecha, la Mesa Directiva turnó la propuesta citada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para análisis y elaboración del dictamen correspondiente, de conformidad con las siguientes

Consideraciones

El presente dictamen tiene por objeto atender la solicitud del diputado Carabias Icaza, quien manifiesta en el punto de acuerdo que los manglares son ecosistemas importantes a los que se debe dar seguridad y protección a través de diversos instrumentos jurídicos. Señalado de forma particular que las modificaciones acordadas por el grupo técnico de trabajo de la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001 respecto a la recategorización de las cuatro especies de manglar de “sujetas a protección especial” a “amenazadas” está aún pendiente.

En virtud de lo anterior, el diputado promovente sugiere el siguiente resolutivo:

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales a publicar en el Diario Oficial de la Federación las modificaciones de la NOM-059-SEMARNAT-2001, “Especificaciones para la inclusión, exclusión o cambio-Lista de especies en riesgo”, con la recategorización de protección de las especies de manglar de “sujetas a protección especial” a “amenazadas”, actuando con transparencia y legalidad, conforme a las disposiciones y modificaciones realizadas por el grupo técnico de trabajo y a la manifestación de impacto regulatorio.

En atención de dicha solicitud, la comisión legislativa que elabora el presente dictamen procede a iniciar el siguiente análisis:

La privilegiada ubicación geográfica de México y su relieve son condiciones que permiten que en sólo 1.47 por ciento de la superficie terrestre se encuentre distribuido entre 10 y 12 por ciento de las especies de flora del planeta, sumando más de 200 mil especies descritas y una infinidad que aún permanecen sin registro o descripción.

Una de las especies de flora silvestre más importantes por los servicios ambientales que proporciona y su efecto en un número considerable de especies de flora y fauna endémicas o en alguna categoría de riesgo son los mangles.

Los mangles son árboles o arbustos que poseen raíces aéreas respiratorias, llamadas “neumatóforos”, y tienen la particularidad de ser plantas resistentes a la salinidad del agua, constituyendo en su conjunto ecosistemas de manglar.

Dichos ecosistemas se desarrollan en las planicies costeras de los trópicos húmedos, principalmente alrededor de esteros y lagunas costeras, cerca de las desembocaduras de ríos y arroyos. Los manglares son una transición entre los ecosistemas terrestres y los marinos. Hay conectividad entre los manglares, los pastos marinos y los arrecifes de coral, la que permite el flujo entre las especies que viven en estos ecosistemas.

Asimismo, es oportuno señalar que éstos proporcionan bienes y servicios ambientales como la captura de carbono y la depuración de aguas de los ríos, evitan la erosión de las costas y amortiguan efectos de meteoros e inundaciones. De igual manera, dichos ecosistemas fungen como hogar de crianza, crecimiento y alimentación de diversas especies marinas, y refugio contra depredadores incapaces de tener acceso a estos espacios. A su vez, proporcionan ciertos beneficios económicos, pues facilitan la pesca de camarón y de diversas especies, así como la realización de actividades cinegéticas y de ecoturismo, generando la visita de miles de turistas atraídos por las bellezas naturales de los manglares.

En el mundo se conocen 54 especies de mangle, distribuidas en 20 géneros y pertenecientes a 16 familias (Tomlinson, 1986). Tales familias no están genéticamente relacionadas, lo cual significa que sus adaptaciones a ambientes salinos se han producido varias veces durante la evolución.

En México predominan cuatro especies de mangle: el rojo (Rhizophora mangle), el blanco (Laguncularia racemosa), el negro (Avicennia germinans) y el botoncillo (Conocarpus erectus). Además, se han registrado Rizophora harrisoni y Avicennia bicolor. Es común encontrarlas asociadas, dependiendo de sus requerimientos y resistencia a la salinidad, en un gradiente relacionado con el nivel de las mareas que las inundan o las bañan. Generalmente domina una especie o hay una asociación predominante de dos o tres especies, según el lugar donde se hayan establecido.

México es con Indonesia, Brasil, Nigeria y Australia de los países con mayor superficie de manglar, pues el ecosistema está presente en los 17 estados de la república con litoral.

De la superficie de manglar, 45.2 por ciento (348 mil 65 hectáreas) se encuentra decretada como área natural protegida (ANP) federal; 21.4 por ciento (164 mil 713 hectáreas) está dentro de sistemas de áreas protegidas estatales. Debido a una sobreposición entre algunas áreas federales y estatales, la superficie total de manglar bajo protección incluyendo ambas modalidades es de 53.7 por ciento (413 mil 749 hectáreas).

Campeche (90.4 por ciento), Quintana Roo (79), Yucatán (76.3) y Chiapas (71.4) son los estados de mayor proporción de manglares con esos esquemas de protección. En el extremo de baja protección se encuentran Colima y Guerrero, carentes de áreas protegidas federales o estatales.

No obstante que los manglares constituyen ecosistemas de vasta productividad y riqueza biológica, acciones como la destrucción del hábitat, la contaminación y la sobreexplotación de los recursos, la falta de planificación del desarrollo urbano, industrial y turístico, y el desarrollo agrícola, ganadero y acuícola han desplazado y reducido extensiones considerables de manglares.

Distintos estudios a escala internacional señalan que la recuperación de un manglar que ha sido gravemente dañado puede tomar muchos años, cuando ello es posible, pues en la mayoría de los casos la pérdida es total e irreversible (Loyche y Fortuna, 2003; FAO, 2007b; Duke, et al., 2007).

La Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO, por sus siglas en inglés) señaló que en 1980 los manglares abarcaban una superficie cercana a 19.8 millones de hectáreas de las zonas costeras del mundo, para 2005 reportó 15.2 millones de hectáreas, lo que significa que en los últimos 20 años se ha perdido 23 por ciento de la superficie mundial (FAO, 2007a). Agregó que de mantenerse las presiones existentes y si la tendencia continúa, estaríamos destruyendo uno de los ecosistemas representativos de la biodiversidad del planeta que proporcionan diversos servicios ambientales y con amplia productividad.

En el país se ha diseñado una serie de instrumentos para su protección y preservación. Tal es el caso del artículo 60 Ter de la Ley General de Vida Silvestre, el cual establece que queda prohibida cualquier actividad que afecte el flujo hidrológico de manglar:

Artículo 60 Ter. Queda prohibida la remoción, relleno, trasplante, poda o cualquier obra o actividad que afecte la integridad del flujo hidrológico del manglar.

La NOM-059-SEMARNAT-2001 incluyó desde 2002 en la lista de especies en riesgo las cuatro de manglar que alberga el territorio nacional, y las situó en categoría de “sujetas a protección especial”.

Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley General de Vida Silvestre, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) inició en 2004 el proceso de actualización de la lista de las especies en riesgo del país; se publicó una convocatoria a fin de que se presentaran propuestas para su modificación.

Una vez aprobado el anteproyecto de modificaciones de la NOM por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en la sesión tercera ordinaria, del 27 de noviembre de 2007, se publicó para consulta pública el proyecto de NOM en el Diario Oficial de la Federación el 5 de diciembre de 2008, a efecto de que los interesados presentaran comentarios al citado comité. Sin embargo, los acuerdos adoptados por el grupo de trabajo no se publicaron íntegramente: se omitió la recategorización de las cuatro especies de manglar de “sujetas a protección especial” a “amenazadas”.

No obstante, en el periodo de consulta pública se insistió en la necesidad de que las especies de manglar fueran recategorizadas. De los comentarios recibidos, el grupo de trabajo de la NOM consideró procedentes 271, entre las cuales destacaron 3 que versaron sobre el cambio de categoría de las especies de mangle.

A mayor abundamiento, es preciso referir que la manifestación de impacto regulatorio del cambio en la categoría de riesgo de las especies de mangle en México emitida por la Comisión Federal de Mejora Regulatoria señalo lo siguiente:

1. Como se mencionó en el análisis costo-beneficio anexo a la manifestación de impacto regulatorio presente, el anteproyecto de modificación de la NOM-059-SEMARNAT-2001, “Protección ambiental-Especies nativas de México de flora y fauna silvestres-Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-Lista de especies en riesgo”, tiene dos objetivos:

1. Establecer los criterios de la inclusión, exclusión o cambio de las especies o poblaciones mediante un método de evaluación de su riesgo de extinción (cuerpo principal de la NOM); y

2. Identificar las especies o poblaciones de flora y fauna silvestres en riesgo en la República Mexicana mediante la integración de las listas correspondientes (anexo normativo II).

En virtud de lo anterior, el cambio de estatus de las especies de mangle, igual que otras especies de plantas, no tiene efectos directos derivados del presente anteproyecto de modificación de la NOM-059, pues todas las obligaciones o acciones regulatorias relacionadas con la protección, el aprovechamiento y el manejo de especies y poblaciones en riesgo están establecidas en otros ordenamientos (Ley General de Vida Silvestre; Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y su Reglamento en materia de Ordenamiento Ecológico; Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y su reglamento), no en el presente anteproyecto de modificación.

2. Independientemente del estatus de riesgo establecido a través del anexo normativo de la NOM-059, esta especie se encuentra protegida en la Ley General de Vida Silvestre, en el artículo 60 Ter, que a la letra establece: “Queda prohibida la remoción, relleno, trasplante, poda o cualquier obra o actividad que afecte la integralidad del flujo hidrológico del manglar; del ecosistema y su zona de influencia; de su productividad natural; de su capacidad de carga natural del ecosistema para los proyectos turísticos; de las zonas de anidación, reproducción, refugio, alimentación y alevinaje; o bien, de las interacciones entre el manglar, los ríos, la duna, la zona marítima adyacente y los corales, o que provoque cambios en las características y servicios ecológicos...”, por lo que los costos de su protección no son atribuibles exclusivamente a su categorización en el presente anteproyecto de NOM.

3. Además de la especie dominante de mangles, en este ecosistema vive gran diversidad de animales, tanto terrestres como acuáticos, y distintas especies de plantas que ya se encuentran catalogadas en riesgo en la NOM-059-SEMARNAT-2001 vigente, por lo que aun cuando no se modificara su categoría de riesgo, el área ya se encuentra regulada por las otras muchas especies en riesgo, y su impacto regulatorio ya está dado ya sea por una u otra especie.

4. Finalmente, casi todas las acciones regulatorias respecto a las especies en riesgo establecidas en otros instrumentos regulatorios hacen poco énfasis entre una categoría y otra; es decir, las especies en riesgo se regulan de manera general, la acción regulatoria no cambia en términos del estatus de riesgo salvo en los casos específicos (marcados en verde) que se analizarán más adelante, en la sección de costos.

Conclusión

En virtud de lo anterior, el impacto regulatorio del cambio de categoría de riesgo de las cuatro especies de mangle (Rhizophora mangle, Avicennia germinans, Laguncularia racemosa y Conocarpus erectus) de la categoría de “protección especial” a “amenazadas” en el anexo III del anteproyecto de NOM-059-SEMARNAT es muy bajo.

Tras el análisis costo-beneficio realizado por la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, ésta determinó que el impacto regulatorio sería muy bajo.

Finalmente, se asumió como viable dicha recategorización, aprobada en la sesión segunda ordinaria del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales, del 21 de junio de 2010; y se procedió nuevamente a someter a consulta pública el proyecto de modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2010, a efecto de que los interesados presentasen comentarios dentro de los 60 días naturales, contados a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, que se cerró el 5 de noviembre de 2010.

Se está hoy dentro del término de 45 días para que el grupo de trabajo determine cuáles de los comentarios recibidos se consideran viables, dé respuesta a ellos y sean incorporados en el contenido de la norma oficial.

La comisión legislativa que elabora el presente dictamen considera que la solicitud del diputado promovente ha quedado atendida. Sin embargo, estima procedente dirigir un respetuoso exhorto a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a agilizar una vez que se agote el término legal para la incorporación de comentarios obtenidos en la consulta la publicación del proyecto de modificación de la NOM-059-SEMARNAT-2001, cuyo proceso de actualización inició en 2004.

Por las consideraciones expuestas, los integrantes de la comisión nos permitimos someter a consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales a publicar en el Diario Oficial de la Federación, una vez agotado el término para incorporación de comentarios recibidos durante la consulta pública, la actualización de la NOM-059-SEMARNAT-2001, “Especificaciones para la inclusión, exclusión o cambio-Lista de especies en riesgo”, en que se recategorizan las especies de manglar de “sujetas a protección especial” a “amenazadas”.

Notas:

1 Zamorano de Haro, Pablo. La flora y fauna silvestres en México y su regulación, Procuraduría Agraria, 2009, disponible en http://www.pa.gob.mx/publica/rev_40/NOTAS/Pablo%20Zamorano%20de%20Haro.pdf

2 Conabio, 2009. Manglares de México: extensión y distribución, segunda edición, Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, México, página 16, disponible en http://www.conabio.gob.mx/conocimiento/manglares/doctos/Manglares_de_Mexico_Ext ension_y_distribucion.pdf

3 Ibídem, página 19.

4 La región península de Yucatán contiene 55 por ciento (423 mil 751 hectáreas) de la extensión de manglares en México, seguida por la región Pacífico norte, con 24.5 (188 mil 900 hectáreas). Las regiones Golfo de México y Pacífico sur contienen 11 (84 mil 442 hectáreas) y 8.6 por ciento (66 mil 374 hectáreas), respectivamente. La región Pacífico centro es la que menor extensión de manglar contiene: 0.9 por ciento (6 mil 590 hectáreas).

5 Comisión Federal de Mejora Regulatoria. Impacto regulatorio del cambio en la categoría de riesgo de las especies de mangle en México, apartado “Área regulada”.

6 Conabio, 2009. Obra citada, página 21.

7 “Protección ambiental-Especies nativas de México de flora y fauna silvestres-Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-Lista de especies en riesgo”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de marzo de 2002 y en vigor desde el 6 de mayo de 2002.

8 Proyecto de modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001, “Protección ambiental-Especies nativas de México de flora y fauna silvestres-Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-Lista de especies en riesgo”, Diario Oficial de la Federación, 5 de diciembre de 2008, disponible en http://ss1.webkreator.com.mx/4_2/000/000/017/3ad/modifNOM059. pdf

9 La Ley General de Vida Silvestre define en el artículo 58 las especies amenazadas como sigue:

Artículo 58. Entre las especies y poblaciones en riesgo estarán comprendidas las que se identifiquen como

...

c) Sujetas a protección especial, las que podrían llegar a encontrarse amenazadas por factores que inciden negativamente en su viabilidad, por lo que se determina la necesidad de propiciar en su recuperación y conservación o la recuperación y conservación de poblaciones especiales asociadas.

10 La Ley General de Vida Silvestre define en el artículo 58 las especies amenazadas como sigue:

Artículo 58. Entre las especies y poblaciones en riesgo estarán comprendidas las que se identifiquen como

...

b) Amenazadas, las que podrían llegar a encontrarse en peligro de de-saparecer en el corto o mediano plazos si siguen operando los factores que inciden negativamente en su viabilidad, al ocasionar el deterioro o modificación de su hábitat o disminuir directamente el tamaño de sus poblaciones.

11 Proyecto de modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001, “Protección ambiental-Especies nativas de México de flora y fauna silvestres-Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-Lista de especies en riesgo”, Diario Oficial de la Federación, 6 de septiembre de 2010, disponible en http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5158031& fecha=06/09/2010

12 Véase el objeto de la NOM-059-SEMARNAT-2001.

Dado en el salón de plenos de la Cámara de Diputados, a 25 de noviembre de 2010.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados:Ninfa Salinas Sada (rúbrica), presidenta; Andrés Aguirre Romero (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Héctor Franco López (rúbrica), Francisco Alejandro Moreno Merino, Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández, Agustín Torres Ibarrola (rúbrica), Ma. Dina Herrera Soto (rúbrica), María Araceli Vázquez Camacho (rúbrica), Alejandro Carabias Icaza (rúbrica), Jaime Álvarez Cisneros, secretarios; María Estela de la Fuente Dagdug, Jorge Venustiano González Ilescas (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Víctor Manuel Kidnie de la Cruz, César Daniel González Madruga (rúbrica), José Ignacio Pichardo Lechuga (rúbrica), Adela Robles Morales, José Alfredo Torres Huitrón (rúbrica), Alejandro Bahena Flores (rúbrica), Óscar Saúl Castillo Andrade (rúbrica), Juan Pablo Escobar Martínez, Jesús Giles Sánchez (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez (rúbrica), Leoncio Alfonso Morán Sánchez (rúbrica), Rafael Pacchiano Alamán.»



AREAS DESTINADAS VOLUNTARIAMENTE A LA CONSERVACION

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat a publicar modificaciones del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente en materia de Áreas Naturales Protegidas respecto a la certificación voluntaria de predios

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión fue turnada, para estudio y elaboración del dictamen correspondiente, el expediente número 2957, que contiene la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales se publiquen las modificaciones correspondientes al Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de áreas naturales protegidas, de acuerdo con el artículo segundo transitorio del decreto por el que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente para fortalecer la certificación voluntaria de predios, presentada por el diputado Alejandro Carabias Icaza, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Esta comisión legislativa, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numeral 1, 45, numeral 6, incisos e) y f), y numeral 7, 86, 94, 103 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 60, 88, 95 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente punto de acuerdo de conformidad con los siguientes

Antecedentes

Primero.El 13 de octubre del 2010, el diputado Alejandro Carabias Icaza, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales se publiquen las modificaciones correspondientes al Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de áreas naturales protegidas, de acuerdo con el artículo segundo transitorio del decreto por el que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente para fortalecer la certificación voluntaria de predios.

Segundo.En esa misma fecha, la Mesa Directiva turnó la propuesta citada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente, de conformidad con las siguientes

Consideraciones

El presente dictamen tiene por objeto atender la solicitud del diputado Carabias Icaza quien manifiesta en su punto de acuerdo que la reforma a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, publicada en el Diario Oficial de la Federación en fecha 16 de mayo de 2008, que tuvo como objetivo fortalecer la certificación voluntaria de predios como instrumento de política ambiental de protección de los recursos naturales, ha quedado inconclusa pues no se han realizado aún las modificaciones al reglamento generando incógnitas entre los interesados en incorporar sus predios a ese régimen.

En ese contexto, refiere que dicha omisión ha limitado los alcances de esa figura jurídica pues ocasiona incertidumbre en el proceso de certificación voluntaria de predios.

En virtud de lo anterior el diputado promovente sugiere el siguiente resolutivo:

Único.Se exhorta al gobierno federal para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales se publiquen las modificaciones correspondientes al Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de áreas naturales protegidas, de acuerdo con el artículo segundo transitorio del decreto por el que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente para fortalecer la certificación voluntaria de predios.

En atención a dicha solicitud la comisión legislativa que elabora el presente dictamen procede a iniciar el siguiente análisis.

México ha sido reconocido en el mundo por la excepcional diversidad biológica y cultural que alberga. Sin embargo, es innegable que el aumento de las presiones antropogénicas sobre la biodiversidad, en particular las que causan las elevadas tasas de cambio de uso de suelo, modificación de los ecosistemas, la extracción ilícita y mal planeada de los recursos naturales, están conduciendo a una pérdida irreversible de especies o sus poblaciones y el deterioro de los ecosistemas.

En ese contexto, es preciso diseñar e implementar estrategias para la conservación, manejo sustentable de los recursos naturales y protección de los ecosistemas que alberga México, como la determinación de superficies terrestres y acuáticas como áreas naturales protegidas (ANP).

Actualmente, la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) administra 171 ANP de carácter federal que se materializa en más de 23 millones 877 mil 976 hectáreas; sin embargo, estas áreas enfrentan algunos problemas que impiden su desarrollo y consolidación plena, principalmente por la inconformidad que genera la imposición de modalidades a la propiedad, así como por los costos de administración.

Otro de los instrumentos de política ambiental regulados en nuestro sistema jurídico nacional para la conservación de los ecosistemas es la certificación voluntaria de predios prevista en el párrafo segundo del artículo 59 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), instrumento que fue fortalecido tras diversas reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 16 de mayo de 2008.

La reforma aprobada incluía modificaciones a la LGEEPA en sus artículos 46 y 74, así como la adición de un artículo 55 Bis y de la sección V denominada “Establecimiento, Administración y Manejo de Áreas Destinadas Voluntariamente a la Conservación”, al capítulo I, “Áreas Naturales Protegidas”, del título segundo, “Biodiversidad”.

Dicha reforma tuvo como objetivo fortalece la regulación de los predios que particulares, organizaciones sociales, personas morales, públicas o privadas que se destinen voluntariamente a acciones de conservación. Así, los predios son incorporados a ese régimen al menos durante 15 años y se acredita su situación con la entrega de un certificado expedido por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en el que además de los datos del propietario y del predio se determina el nivel de certificación en función de las características físicas y biológicas generales y el estado de conservación de los predios, así como el plazo por el que se emite el certificado y su estrategia de manejo.

Las áreas destinadas voluntariamente a la conservación son administradas y manejadas conforme a la estrategia de manejo definida en el certificado. Sin embargo, ciertas particularidades del manejo de esos predios remiten a la observancia de las normas relativas del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de áreas naturales protegidas tales como la comercialización de los productos obtenidos del manejo de los predios, el procedimiento de modificación de superficies o estrategias de manejo, así como la transmisión, extinción o prórroga de los certificados expedidos por la Secretaría, por citar algunos ejemplos.

Es importante destacar que la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas refiere en su sitio de internet que la certificación es una herramienta que ayuda a los propietarios al establecimiento, administración y manejo de sus áreas naturales protegidas privadas. Es un proceso unilateral por parte del proponente, en el que dicha Comisión participa como fedatario de la voluntad de conservar sus predios y de las políticas, criterios y acciones que el promovente pretende realizar para lograr sus fines.

Asimismo señala que este mecanismo de conservación ha sido bien aceptado por la sociedad civil por lo que, al 30 de septiembre de 2010, 221 áreas han sido certificadas en 15 estados del país lo que representa más de 274,151 hectáreas en las que participan, entre otros, 9 grupos étnicos que involucran a cerca de 70, 000 ciudadanos mexicanos.

En ese sentido refiere que el compromiso de la Conanp como una institución de gobierno, es ofrecer a los proponentes un respaldo institucional ante gobiernos locales, estatales, o incluso internacionales o respaldarlos ante las organizaciones no gubernamentales, fundaciones o cualquier fuente de asesoría o financiamiento.

Igualmente, refiere que el certificado puede ser utilizado para programas de estímulos nacionales o internacionales, como pago por servicios ambientales, acceso a mercados verdes o justos.

No obstante lo anterior, la adecuada instrumentación para el cumplimiento de sus objetivos de dicha reforma está inconclusa, pues lo dispuesto en el artículo segundo transitorio del decreto por el que se reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para fortalecer la certificación voluntaria de predios no ha sido observado.

El artículo transitorio en comento a la letra señala:

Artículo Segundo.El titular del Poder Ejecutivo federal, en un plazo no mayor de trescientos días, deberá publicar en el Diario Oficial de la Federación las reformas necesarias al Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de áreas naturales protegidas, a fin de que las disposiciones correspondientes sean acordes al presente decreto.

En ese contexto, es procedente el exhorto planteado por el diputado promovente del punto de acuerdo objeto del presente dictamen, respecto de dirigir un respetuoso exhorto al Ejecutivo federal para realizar las modificaciones que debieron acompañar la reforma sobre el fortalecimiento de la certificación voluntaria de predios, como figura jurídica dentro de las categorías de ANP en el Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de áreas naturales protegidas, a efecto de dar mayor certeza jurídica a los interesados en incorporar sus predios a ese régimen pues ya han pasado dos años desde la publicación de dicho decreto.

Por las consideraciones expuestas, los integrantes de esta comisión nos permitimos someter a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados el siguiente

Punto de acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobierno federal para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales se publiquen las modificaciones correspondientes al Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de áreas naturales protegidas, de acuerdo con el artículo segundo transitorio del decreto por el que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente para fortalecer la certificación voluntaria de predios.

Notas:

1 Conabio-Conanp-TNC-Pronatura-FCF-UANL. Análisis de vacíos y omisiones en conservación de la biodiversidad terrestre en México: espacios y especies. México, 2007, página 9.

2 http://conanp.gob.mx/

3 http://www.conanp.gob.mx/que_hacemos/areas_certi.php

4 Decreto publicado en  el Diario Oficial de la Federación del 16 de mayo de 2008. Disponible en  http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/dof_2008.htm

Dado en el salón de plenos de la honorable Cámara de Diputados, a 25 de noviembre de 2010.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados:Ninfa Salinas Sada (rúbrica), presidenta; Andrés Aguirre Romero (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Héctor Franco López (rúbrica), Francisco Alejandro Moreno Merino, Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández, Agustín Torres Ibarrola (rúbrica), Ma. Dina Herrera Soto (rúbrica), María Araceli Vásquez Camacho (rúbrica), Alejandro Carabias Icaza (rúbrica), Jaime Álvarez Cisneros, secretarios; María Estela de la Fuente Dagdug, Jorge Venustiano González Ilescas (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Víctor Manuel Kidnie de la Cruz, César Daniel González Madruga (rúbrica), José Ignacio Pichardo Lechuga (rúbrica), Adela Robles Morales, José Alfredo Torres Huitrón (rúbrica), Alejandro Bahena Flores (rúbrica), Óscar Saúl Castillo Andrade (rúbrica), Juan Pablo Escobar Martínez, Jesús Giles Sánchez (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez (rúbrica), Leoncio Alfonso Morán Sánchez (rúbrica), Rafael Pacchiano Alamán.»



BAMBU Y RATAN

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat, a la Sagarpa y a la Conafor a implantar medidas que permitan incorporar a México a la Red Internacional del Bambú y el Ratán

Las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Agricultura y Ganadería, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica, y 58, 60 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de los integrantes de esta asamblea el presente dictamen, sobre el punto de acuerdo por el que se exhorta a los secretarios de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), y de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), así como al director general de la Comisión Nacional Forestal (Conafor), a realizar las gestiones conducentes a incorporar a México en el acuerdo de creación de la Red Mundial del Bambú y del Ratán (Inbar), a fin de que reciba los beneficios tecnológicos y económicos para el desa-rrollo de esta cadena productiva, presentada ante la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

Honorable Asamblea:

A las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Agricultura y Ganadería de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de la LXI Legislatura fue turnado para estudio y elaboración del dictamen correspondiente el expediente número 883, que contiene la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de la Semarnat, de la Sagarpa y de la Conafor a realizar las gestiones conducentes a incorporar a México en el acuerdo de creación de la Inbar para que reciba sus beneficios tecnológicos y económicos.

Estas comisiones legislativas, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numeral 1, 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7, 86, 94, 103 y demás relativos de la Ley Orgánica; y 60, 88, 95 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de los integrantes de esta asamblea el presente punto de acuerdo, de conformidad con los siguientes

Antecedentes

Primero. El 8 de diciembre de 2009, el diputado Alberto Jiménez Merino, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de la Semarnat, de la Sagarpa y de la Conafor a realizar las gestiones conducentes a incorporar a México como miembro al acuerdo de creación de la Inbar a efecto de que pueda recibir los beneficios tecnológicos y económicos para el desarrollo de esta cadena productiva, considerada la planta del milenio.

Segundo.En la misma fecha, la Mesa Directiva turnó la propuesta citada a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Agricultura y Ganadería de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, para análisis y elaboración del dictamen correspondiente, de conformidad con las siguientes

Consideraciones

El presente dictamen tiene por objeto atender la solicitud del diputado Jiménez Merino, quien manifiesta en el punto de acuerdo que el bambú y el ratán tienen altos beneficios económicos y ambientales, por lo que resulta oportuno incorporar a México a la Inbar y obtener los beneficios económicos y tecnológicos necesarios que apoyen la producción y comercialización de dichos productos forestales no maderables.

Refiere que el bambú destaca por su rápido crecimiento y desarrollo, madura en sólo cuatro años desde la plantación hasta la cosecha; su hábito de crecimiento permite retener el suelo y el agua; su resistencia y estructura le permiten incorporarse a la construcción de viviendas, puentes, edificios; captura hasta 30 toneladas de CO2 por hectárea por año (cuatro veces más que las plantas más eficientes); y ayuda a la reducción de emisión de gases efecto invernadero. Sus múltiples usos y derivados, como muebles, artesanías, papel, alimento, textiles, y carbón, le han valido la denominación de “planta del milenio”.

En virtud de lo anterior, el diputado promovente sugiere el siguiente resolutivo:

Único.Se exhorta a los titulares de la Semarnat, de la Sagarpa y de la Conafor a implantar en ámbito de sus atribuciones medidas que permitan incorporar a México al acuerdo de creación, como miembro, de la Red Internacional del Bambú y del Ratán, con objeto de poder contar con la asesoría, la capacitación, la asistencia técnica, el intercambio tecnológico, la información y los recursos de dicho organismo internacional, a fin de aprovechar los usos que se generan a partir del bambú y el ratán, en beneficio de la sociedad mexicana.

En atención de dicha solicitud, las comisiones legislativas que elaboran el presente dictamen proceden a iniciar el siguiente análisis:

La pobreza en México se ha incrementado durante los últimos años. Actualmente, más de 52 millones de personas se sitúan en algún nivel de pobreza, dentro de las que poco más de 20 millones se encuentran en pobreza alimentaria, es decir, 4 millones de familias no tienen 27 pesos diarios para adquirir los alimentos necesarios.

Un país pierde su soberanía alimentaria cuando importa más de 30 por ciento de lo que requiere para atender a su población. México en maíz importa 33 por ciento, en trigo 64, en arroz 75 y en soya 95.

La pérdida de suelo fértil es un problema ambiental de consideración. En México, la erosión afecta más de 120 millones de hectáreas, representa pérdidas anuales por 2 mil 500 kilogramos de suelo por hectárea, equivalentes a más de 500 millones de toneladas de tierra fértil.

El agua presenta una disminución preocupante: en 1950 teníamos 11 mil metros cuadrado anuales por cada mexicano; hoy, la cifra ha bajado a 4 mil 800. Estimaciones de organizaciones públicas y privadas señalan que para 2030 la disponibilidad de agua será de sólo 3 mil 500 metros cúbicos.

El problema más preocupante en los últimos 20 años es el calentamiento global, que intensifica los fenómenos climáticos. Muestra de ello son las intensas sequías, los ciclones, los huracanes, los tornados y las bajas temperaturas, que ocasionan heladas fuera de tiempo.

Una de las causas del cambio climático es la emisión tan elevada de gases de efecto invernadero, que superan 30 mil millones de toneladas derivadas de la combustión de productos del petróleo, en los cuales el CO2 tiene una importancia primordial.

Lo anterior obliga a los gobiernos a implantar acciones que permitan disminuir los daños del cambio climático, diseñando estrategias y políticas públicas centradas en buscar opciones que permitan reducir las emisiones de gases y detener en 2 grados el calentamiento global. Ése es el reto, la obligación y el compromiso de los líderes mundiales.

Por otra parte, México presenta un rezago de más de 3 millones de casas nuevas, y cerca de 4 millones requieren alguna reparación. Como referencia, Colombia tiene una necesidad de 4 millones de casas. El hacinamiento de las familias en pocas y pequeñas habitaciones representa un grave problema de autoestima, ya que carecen de las condiciones mínimas para su desarrollo pleno.

La experiencia de otras naciones en el tema ha permitido innovar en técnicas y tecnologías que promueven el uso eficiente de los recursos existentes aplicando materiales y métodos alternativos en la construcción de viviendas.

En el caso particular de la industria de la construcción, algunos países latinoamericanos han diseñado estrategias alternativas que pueden compensar el deterioro ambiental, además de contribuir a reducir de manera importante los costos de las viviendas de interés social. Muestra de ello es la utilización del bambú como un insumo más para la construcción de desarrollos habitacionales.

El bambú destaca por su rápido crecimiento y desarrollo. Madura en sólo cuatro años desde la plantación hasta cosecha; su hábito de crecimiento permite retener el suelo y el agua; su resistencia y estructura permiten incorporarlo a la construcción de viviendas, puentes, edificios; captura hasta 30 toneladas de CO2 por hectárea por año (cuatro veces más que las plantas más eficientes); y ayuda a la reducción de emisión de gases efecto invernadero. Sus múltiples usos y derivados, como muebles, artesanías, papel, alimento, textiles y carbón, le han validado la denominación de “planta del milenio”.

La utilización de bambú en la construcción representa una disminución en los costos de producción de hasta 40 por ciento, en comparación con el precio de los materiales tradicionales. Es un material ligero que por su resistencia es llamado “acero vegetal”.

El bambú es una planta que se produce en México: Puebla, Veracruz, Tabasco, Campeche, Guerrero, Morelos, Michoacán, Jalisco, Chiapas, Oaxaca, Yucatán y Quintana Roo encabezan la producción.

En Puebla se estableció, como un programa estatal, desde 2000, en respuesta de los desbordamientos de ríos ocurridos en 1999. Se formó una barrera protectora de 2 kilómetros para la colonia Morelos, Tenampulco, en Puebla, contra el río Pantepec. Se han desarrollado dos centros de procesamiento y transformación en Hueytamalco y Cuetzalan; en este último se construyó un hotel de bambú en 2008.

Internacionalmente, el cultivo del bambú se impulsa como opción de desarrollo económico y ambiental a través de la Inbar. En 1979, en Singapur, el Centro de Investigación Internacional del Desarrollo de Canadá (IDRC), realizó reuniones acerca del bambú y ratán. Se inició la investigación sobre cómo estas plantas descuidadas producen el sustento de millones de personas.

El IDRC puso el bambú y el ratán en su agenda de investigación, y comenzó a reunir los maestros, investigadores y sus estudios dispersos en el mundo. En 1985, varios talleres científicos sobre bambú y ratán reunieron a más de 100 especialistas, lo que dio la idea de formar una institución formal que coordinase la investigación y el desarrollo del bambú y el ratán en 1988, lo cual se concretó en Nueva Delhi en 1993, con la creación de la Inbar, al mismo tiempo que se reunieron los investigadores y los proveedores potenciales de fondos.

La Inbar nació como parte del IDRC. Sus objetivos principales son estudiar cómo el bambú y el ratán pueden contribuir al mejoramiento de las áreas rurales e investigar su papel en la conservación de los bosques tropicales del mundo.

En 1994, el Fondo Internacional de las Naciones Unidas para el Desarrollo (IFAD) proporcionó fondos al IDRC para que la Inbar realizara una investigación socioeconómica. La Inbar se convirtió en una red amplia que abarca tecnologías de proceso, la construcción y la disposición de información.

En 1995, en Malasia, la Inbar se independizó del IDRC. En 1997, en Pekín, China, se constituyó la Inbar como una organización intergubernamental, con un comité consultivo provisional. Luego se realizó una reunión para establecer la independencia de la Inbar entre los gobiernos de Canadá, Italia, Myanmar, Malasia, Nepal, Pakistán, Perú, Filipinas, Corea, Tanzania y Vietnam, más la Inbar, el IFAD, el IDRC y cuatro ministerios del gobierno de China. El 6 de noviembre se firmó la creación de la Inbar por los nueve miembros fundadores, Bangladesh, Canadá, China, Indonesia, Myanmar, Perú, Filipinas y Tanzania.

En 2000, la Inbar se reestructuró para centrarse en el ambiente, el comercio sustentable y la disminución de la pobreza mediante el bambú y el ratán. La Inbar desarrolló una estrategia de la información, nuevas bases de datos y publicaciones, incluido el Diario Internacional del Bambú y el Ratán.

En 2007, la Inbar cumplió 10 años, y es considerada la principal red internacional y alcanza 34 países miembros y organizaciones y más de 130 afiliados en el mundo. En la celebración del décimo aniversario y en el marco de la Feria Mundial del Bambú en Hangzhou, China, se declaró el bambú como “planta del milenio”. Más de 3 mil productos derivados fueron expuestos por más de 300 empresas en el recinto ferial. Más de 6.5 millones de hectáreas de plantaciones de bambú hay en China; ciudades como Angi, Huangzhou, basan su economía en tan importante planta.

La Red Internacional del Bambú y el Ratán es una organización intergubernamental dedicada a mejorar las condiciones sociales y las económicas, y los beneficios ambientales del bambú y el ratán. Conecta una red mundial de socios de sectores gubernamentales y privados sin fines de lucro en más de 50 países para definir y aplicar un programa mundial para el desarrollo sostenible a través del bambú y el ratán.

La Inbar es una organización con una posición privilegiada para contribuir al logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, erradicación de la pobreza, ambiente y sociedad, de forma integrada y coordinada, y ha centrado actividades de desarrollo global de manera positiva, hasta ahora no igualada.

Lo señalado trata de describir un panorama amplio del contexto en que se puede producir, utilizar y aplicar el bambú. De ahí que sea imperativo impulsar y fortalecer las acciones que permitan realizar un mejor aprovechamiento de esta valiosa planta, que ha estado presente en México como un recurso más, entre tantos que desconocemos.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los párrafos cuarto y quinto del artículo 4o., establece que “toda persona tiene derecho a un ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar. Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La ley establecerá los instrumentos y apoyos a fin de alcanzar tal objetivo”.

Aunado a lo anterior, el tercer párrafo del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala lo siguiente: “La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como regular en beneficio social el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana. En consecuencia, se dictarán las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población; para preservar y restaurar el equilibrio ecológico; para el fraccionamiento de los latifundios; para disponer, en los términos de la ley reglamentaria , la organización y explotación colectiva de los ejidos y comunidades; para el desarrollo de la pequeña propiedad rural; para el fomento de la agricultura, de la ganadería, de la silvicultura y de las demás actividades económicas en el medio rural, y para evitar la destrucción de los elementos naturales y los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la sociedad”.

De acuerdo con el artículo 27, fracción XX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, “el Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación en el desarrollo nacional, y fomentará la actividad agropecuaria y forestal para el óptimo uso de la tierra, con obras de infraestructura, insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica. Asimismo, expedirá la legislación reglamentaria para planear y organizar la producción agropecuaria, su industrialización y comercialización, considerándolas de interés público”.

De acuerdo con el artículo 4 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, “para lograr el desarrollo rural sustentable, el Estado, con el concurso de los diversos agentes organizados, impulsará un proceso de transformación social y económica que reconozca la vulnerabilidad del sector y conduzca al mejoramiento sostenido y sustentable de las condiciones de vida de la población rural, a través del fomento de las actividades productivas y de desarrollo social que se realicen en el ámbito de las diversas regiones del medio rural, procurando el uso óptimo, la conservación y el mejoramiento de los recursos naturales y orientándose a la diversificación de la actividad productiva en el campo, incluida la no agrícola, a elevar la productividad, la rentabilidad, la competitividad, el ingreso y el empleo de la población rural”.

De acuerdo con el artículo 41 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, “las acciones en materia de cultura, capacitación, investigación, asistencia técnica y transferencia de tecnología son fundamentales para el fomento agropecuario y el desarrollo rural sustentable, y se consideran responsabilidad de los tres órdenes de gobierno y de los sectores productivos, mismas que se deberán cumplir en forma permanente y adecuada a los diferentes niveles de desarrollo y consolidación productiva y social. El gobierno federal de-sarrollará la política de capacitación a través del sistema nacional de capacitación y asistencia técnica rural integral, atendiendo la demanda de la población rural y sus organizaciones. Las acciones y los programas en capacitación, asistencia y transferencia de tecnología se formularán y ejecutarán con criterios de sustentabilidad, integralidad, inclusión y participación. Se deberán vincular a todas las fases de proceso de desarrollo, desde el diagnóstico, la planeación, la producción, la organización, la transformación, la comercialización y el desarrollo humano, incorporando, en todos los casos, a los productores y a los diversos agentes del sector rural, y atenderán con prioridad a los que se encuentran en zonas con mayor rezago económico y social”.

De acuerdo con el artículo 15, fracción II, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, “los ecosistemas y sus elementos deben ser aprovechados de manera que se asegure una productividad óptima y sostenida, compatible con su equilibrio e integridad”.

De acuerdo con el artículo 15, fracción III, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, “las autoridades y los particulares deben asumir la responsabilidad de la protección del equilibrio ecológico”.

De acuerdo con el artículo 12, fracción III, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, son atribuciones de la federación “elaborar, coordinar y aplicar los programas a que se refiere esta ley en materia forestal, en los ámbitos nacional y regional, tanto de proyección sexenal, así como de más largo plazo”.

De acuerdo con el artículo 12, fracción XIV, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, son atribuciones de la federación “diseñar, desarrollar, aplicar y propiciar, en coordinación con las dependencias y entidades federales competentes, los instrumentos económicos para promover el desarrollo forestal”.

De acuerdo con el artículo 12, fracción XIX, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, son atribuciones de la federación “promover el uso de prácticas, métodos y tecnologías que conlleven a un manejo forestal sustentable”.

De acuerdo con el artículo 30 de la Ley General de Desa-rrollo Forestal Sustentable, “la política nacional en materia forestal deberá promover el fomento y la adecuada planeación de un desarrollo forestal sustentable, entendido éste como un proceso evaluable y medible mediante criterios e indicadores de carácter ambiental, silvícola, económico y social que tienda a alcanzar una productividad óptima y sostenida de los recursos forestales sin comprometer el rendimiento, equilibrio e integridad de los ecosistemas forestales, que mejore el ingreso y la calidad de vida de las personas que participan en la actividad forestal y promueva la generación de valor agregado en las regiones forestales, diversificando las alternativas productivas y creando fuentes de empleo en el sector”.

De acuerdo con el artículo 6, fracción I, de la Ley de Vivienda, “la política nacional de vivienda tiene por objeto cumplir los fines de esta ley y deberá promover oportunidades de acceso a la vivienda para la población, preferentemente para la que se encuentre en situación de pobreza, marginación o vulnerabilidad”.

De acuerdo con el artículo 6, fracción V, de la Ley de Vivienda, “la política nacional de vivienda tiene por objeto cumplir los fines de esta ley y deberá establecer mecanismos para que la construcción de vivienda respete el entorno ecológico, y la preservación y el uso eficiente de los recursos naturales”.

Con fundamento en los antecedentes y las consideraciones expuestos, los integrantes de estas comisiones legislativas hemos tenido a bien dictaminar en sentido positivo la proposición con punto de acuerdo.

Por las consideraciones expuestas, los integrantes de las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Agricultura y Ganadería nos permitimos someter a consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Único.La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a los secretarios de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, así como al director general de la Comisión Nacional Forestal, a implantar en el ámbito de sus atribuciones medidas que permitan incorporar a México al acuerdo de creación, como miembro, de la Red Internacional del Bambú y del Ratán, con objeto de poder contar con la asesoría, la capacitación, la asistencia técnica, el intercambio tecnológico, la información y los recursos de dicho organismo internacional, a fin de aprovechar los múltiples usos que se generan a partir del bambú y el ratán, en beneficio de la sociedad mexicana.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados:Ninfa Salinas Sada (rúbrica), presidenta; Andrés Aguirre Romero (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Héctor Franco López (rúbrica), Francisco Alejandro Moreno Merino, Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández, Agustín Torres Ibarrola (rúbrica), Ma. Dina Herrera Soto (rúbrica), María Araceli Vázquez Camacho (rúbrica), Alejandro Carabias Icaza (rúbrica), Jaime Álvarez Cisneros, secretarios; María Estela de la Fuente Dagdug, Jorge Venustiano González Ilescas (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Víctor Manuel Kidnie de la Cruz, César Daniel González Madruga (rúbrica), José Ignacio Pichardo Lechuga (rúbrica), Adela Robles Morales, José Alfredo Torres Huitrón (rúbrica), Alejandro Bahena Flores (rúbrica), Óscar Saúl Castillo Andrade (rúbrica), Juan Pablo Escobar Martínez, Jesús Giles Sánchez (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez (rúbrica), Leoncio Alfonso Morán Sánchez (rúbrica), Rafael Pacchiano Alamán.

La Comisión de Agricultura y Ganadería, diputados: Cruz López Aguilar (rúbrica), presidente; Manuel Humberto Cota Jiménez (rúbrica), Alfredo Francisco Lugo Oñate (rúbrica), Fermín Montes Cavazos (rúbrica), Luis Félix Rodríguez Sosa (rúbrica), Rolando Zubía Rivera (rúbrica), Sergio Arturo Torres Santos (rúbrica), Dora Evelyn Trigueras Durón (rúbrica), Javier Bernardo Usabiaga Arroyo (rúbrica), José Narro Céspedes (rúbrica), José M. Torres Robledo (rúbrica), secretarios; José Tomás Carrillo Sánchez, Óscar García Barrón, Joel González Díaz (rúbrica), Narcedalia Ramírez Pineda, Jorge Rojo García de Alba (rúbrica), Gerardo Sánchez García (rúbrica), Héctor Eduardo Velasco Monroy, Víctor Alejandro Balderas Vaquera, Alberto Esquer Gutiérrez, José Luis Íñiguez Gámez, Fernando Santamaría Prieto (rúbrica), Ricardo Sánchez Gálvez, Enrique Octavio Trejo Azuara (rúbrica), Sergio Ernesto Gutiérrez Villanueva, Ramón Jiménez Fuentes, José María Valencia Barajas (rúbrica), Liborio Vidal Aguilar (rúbrica), Eduardo Zarzosa Sánchez.»



DERRAME PETROLERO EN GOLFO DE MEXICO

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: «Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo para dar seguimiento al impacto ambiental ocasionado por el derrame petrolero en el Golfo de México

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión le fue turnado, para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente, el expediente No. 2431, que contiene la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a diversas dependencias del gobierno federal realizar mesas de trabajo para delimitar las acciones para hacer frente a los daños causados por el derrame petrolero en el Golfo de México.

Esta comisión legislativa, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numeral 1, 45, numeral 6, incisos e) y f), y numeral 7, 86, 94, 103 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 60, 88, 95 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea, el presente punto de acuerdo de conformidad con los siguientes:

Antecedentes

Primero. El 27 de mayo de 2010, el senador Arturo Escobar y Vega, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó ante la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión punto de acuerdo por el que se solicita a diversas dependencias del gobierno federal a realizar mesas de trabajo para delimitar las acciones para hacer frente a los daños causados por el derrame petrolero del Golfo de México.

Segundo.Con fecha 2 de junio del presente año, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la propuesta citada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente, de conformidad con las siguientes:

Consideraciones

El presente dictamen tiene por objeto atender la solicitud del senador Arturo Escobar y Vega, quien manifiesta en su punto de acuerdo su preocupación por el siniestro provocado el pasado 20 de abril, a propósito de la explosión de la plataforma de exploración petrolera Deepwater Horizon, operada por la Compañía British Petroleum, cuando ésta realizaba actividades de exploración y perforación en aguas profundas, provocando el derramamiento de petróleo más grande de la historia, ya que de acuerdo a cálculos previos, ascendía a 6 millones de litros de petróleo.

Asimismo, como consecuencia de lo anterior, el promovente infiere que se vierten aproximadamente 800 mil litros diariamente sobre las aguas del Golfo de México, y que debido a la gran mancha de petróleo que se dirige al estado de Luisiana, así como dentro de la corriente De Lazo, se corre el riesgo de que dicho derrame ingrese a México.

En este sentido, el senador Escobar, expresa su preocupación por la falta de acciones preventivas llevadas a cabo por parte del gobierno federal, ante este hecho, ya que, aunado a la complicación que por sí sólo conlleva, los fenómenos climáticos presentados en la región, complican de manera grave la labor de las tareas que permitan revertir las consecuencias de esa explosión.

El promovente señala también que el Golfo de México es reconocido como el noveno cuerpo de agua más grande del mundo, situación que le permite albergar una cantidad considerable de especies marinas al ser la cuenca de aguas protegidas más grande del mundo, que se comparte con México, Estados Unidos y Cuba.

El senador refiere que aunque el derrame no se haya suscitado en el territorio nacional, el problema puede afectarnos de manera importante, y pone en grave peligro al medio ambiente, por lo que es necesario conocer las acciones presentes y futuras que llevarán a cabo las dependencias involucradas, para la prevención y control del daño ambiental tanto marino como terrestre.

En virtud de lo anterior, el senador promovente sugiere los siguientes resolutivos:

Primero. El Senado de la República exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal, para que gire sus instrucciones a los titulares de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), Secretaría de Marina, Secretaría de Agricultura, Ganadería Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación de México, Secretaría de Energía, Secretaría de Relaciones Exteriores, Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, Petróleos Mexicanos, a llevar a cabo y sostener reuniones de trabajo con la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de ambas Cámaras para que se manifiesten sobre el conjunto de acuerdos, medidas preventivas y acciones para el combate del impacto ecológico y medio ambientales hasta el día de hoy y en lo subsecuente derivados de el derrame petrolero en el Golfo de México, ocasionado por la explosión y hundimiento de la plataforma de perforación petrolera Deepwater Horizon.

Segundo. El Senado de la República exhorta al Ejecutivo federal para que por medio de la Secretaría de Relaciones Exteriores para que por medio de las instancias que correspondan continúe con los trabajos México-Estados Unidos para dar seguimiento puntual a los monitoreo de la contaminación marina, atmosférica y terrestre por el derrame de crudo en el Golfo de México, así como prevenir los posibles riesgos que este derrame pudiera ocasionar dentro del territorio mexicano.

En atención a dicha solicitud la comisión legislativa que elabora el presente dictamen procede a iniciar el siguiente análisis:

El gran ecosistema marino del Golfo de México, está ubicado entre las costas del este de México, colindando con Cuba y Estados Unidos de América. Asimismo, tiene conexión con el Mar Caribe y el Océano Atlántico, a través del Canal de Yucatán y el estrecho de Florida, presentando entre estuarios, bahías y lagunas costeras, 27 grandes sistemas que albergan una de las riquezas biológicas más grandes del mundo, lo cual representa un valor muy alto como hábitat.

Del mismo modo, este importante sistema recibe debido a las descargas de los principales ríos de Norteamérica, un importante aporte de agua dulce que reciben en gran medida las aguas mexicanas, de las que la sección de nuestro territorio se beneficia con el 60 por ciento de los ríos en descarga a nivel nacional y el 75 por ciento de ambientes estuarinos. Las dos cuencas de agua dulce del sistema del Golfo de México, son la cuenca del Mississippi, que descarga 420 billones de galones de agua al día y la del Grijalva Usumacinta.

Del mismo modo, este sistema cuenta con una de las extensiones de mayor biodiversidad en México, pues en él habita el 67 por ciento de las especies vivientes en el territorio nacional.

En este sentido, la Comisión Nacional para la Biodiversidad en México, ha identificado 70 regiones marinas prioritarias para México, de las cuales 27 se ubican en el Sistema del Golfo de México, lo que lo convierte en una de las zonas de mayor importancia para el desarrollo marino y costero en México.

El Golfo de México es considerado como un gran ecosistema marino (GEM). Ello es así por ser una región de más de 200,000 kilómetros cuadrados, con características importantes que hacen propicio el desarrollo de la producción primaria y de poblaciones tropicales dependientes, pues los grandes ecosistemas marinos son considerados como estructuras claves que permiten el manejo sustentable de esos recursos. En este sentido, el Fondo Global Ambiental, recomienda el uso de los GEM, para integrar los cambios que sufre la zona costera por las actividades económicas y los cambios sociales y demográficos.

Dentro de las actividades primarias que se desarrollan en el Golfo, se encuentra la del sector pesquero, el cual implica una fuente importante de ingresos, y emplea directamente, alrededor de 260 mil personas, resaltando la importancia de ese sector  en nuestro país.

En este sentido, algunas de las especies marinas que más se capturan en el Golfo de México, es el atún aleta amarilla, la jaiba azul y el tiburón cazón.

Del mismo modo, los estados mexicanos que forman parte del Golfo contribuyen con el 12.9 del producto interno bruto nacional, de acuerdo a las actividades más importantes que éstos desarrollan.

No obstante todo lo mencionado en relación a la riqueza generada por el sistema del Golfo de México, incluyendo la derrama de empleos y económica que estos espacios generan, uno de los principales problemas ambientales que amenazan las zonas marítimas y costeras del mismo, es la contaminación ambiental y la degradación de hábitats. La contaminación que proviene de los asentamientos humanos, y de manera particular, si existe concentración de instalaciones industriales y de generación eléctrica en zonas portuarias; el derrame de sustancias peligrosas, y la extracción, procesamiento o transporte de petróleo y gas.

En este orden de ideas, además de la ya compleja problemática de contaminación que per séimplica el contexto en el que se encuentra el Golfo de México, el 20 de abril de 2010, la plataforma de perforación mar adentro denominada Deepwater Horizon, contratada por la empresa petrolera British Petroleum, que se localizaba en las costas del estado de Luisiana en Estados Unidos de Norte América, sufrió un incendio, debido a una explosión que hizo que la plataforma se hundiera, propiciando uno de los derrames de hidrocarburos más grandes de la historia, contenidos en el pozo MC252 en las aguas del Golfo de México.

El sistema del Golfo de México es un conjunto de ecosistemas que incluyen humedales, pantanos, y diversos sistemas de arrecifes coralinos, que propician a su vez hábitats que permiten la reproducción y crianza de diversas especies de vida silvestre, los cuales se verán seriamente  afectados con el derrame de petróleo comentado con anterioridad.

Del mismo modo, como ya se mencionó, el sistema del Golfo implica la conformación de importantes cuencas hidrológicas que se verán también contaminadas, e implicarán un caos debido a la cantidad de agua dulce que será imposible aprovechar en esa condición.

Asimismo, gran cantidad de especies en peligro subsisten en ese importante sistema, por lo que, de alcanzarse la mancha de petróleo a las agua mexicanas, se verían afectados entre otros, el atún aleta azul, así como varias especies de tortugas marinas, que desovan en esos lugares, y ballenas que también podrían ser afectadas, además de manatíes y nutrias de río.

Asimismo, existen también gran cantidad de especies de aves que tienen su ruta migratoria a través del Golfo de México, las cuales se verán en riesgo inminente por la explosión ocurrida.

En este sentido, se sabe que este tipo de eventos afectan gravemente las condiciones de vida y el agua en los océanos, dejando estelas de contaminación que tienen efectos a muy largo plazo, y que afectan directamente y de manera principal a las aves y mamíferos acuáticos, pues desvían los rayos luminosos que permiten los procesos de fotosíntesis, y obstruyen el intercambio gaseoso, además de que cubren los bronquios de algunas especies de la fauna marina, propiciando la muerte de ésta en muchos de los casos.

Las repercusiones de los derrames petroleros, pueden variar de acuerdo al tipo de petróleo del que hablemos (crudo o refinado); distancia del sitio contaminado con la playa, época del año, condición atmosférica, temperatura media del agua y corrientes oceánicas. Dicho petróleo, puede también cubrir la piel de algunos animales marinos, que acostumbra zambullirse, tales como focas y nutrias de mar, destruyendo su aislamiento natural térmico, lo que afecta su capacidad para flotar, propiciando que mueran de frío o ahogados por hundimiento.

Las capas de petróleo en el océano pueden ser disueltas lentamente en aguas calientes y mucho más lento en aguas frías. Además, los componentes pesados de éste se hunden y llegan hasta el fondo del mar, matando gran cantidad de especies marinas que ahí habitan o no permitiendo que éstas puedan ser consumidas por los seres humanos.

Por todo el peligro que implica para la biodiversidad de un espacio con tanta riqueza, el gobierno de México ha realizado diversas acciones, con el objetivo de tener una mejor valoración de los impactos y repercusiones que este problema puede ocasionar al país, para lo cual las Secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Marina Armada de México, así como Petróleos Mexicanos, principalmente, llevan a cabo una comunicación constante, a fin de coordinar las acciones necesarias.

En este sentido, el pasado mes de mayo, la Semarnat, en el marco de la Comisión Intersecretarial para el Manejo Sustentable de Mares y Costas, convocó a una reunión de técnicos y científicos especializados en el tema, para que esa problemática sea analizada desde una perspectiva interdisciplinaria, y definir las posibles afectaciones que el derrame de petróleo ocurrido puede ocasionar en los mares y costas mexicanos.

De acuerdo con la Semarnat, en dicha reunión, participaron expertos del Centro de Investigaciones de Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional y de la Universidad Nacional Autónoma de México, entre otras instituciones. También en el evento participaron las Secretarías de Relaciones Exteriores, de Comunicaciones y Transportes, de Energía, Petróleos Mexicanos, el Instituto Mexicano del Petróleo, la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, el Instituto Nacional de Ecología y la Secretaría de Marina Armada de México.

En ese evento, la problemática fue analizada desde tres posibles perspectivas; modelación de corrientes y mareas para determinar el posible comportamiento de los hidrocarburos en el Golfo de México; posible afectación a los sistemas y especies compartidas, y desde el punto de vista institucional, sobre todo para conocer la capacidad de respuesta del gobierno mexicano ante esta contingencia, para lo cual se creó una comisión especial interior, presidida por el titular de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, para hacer monitoreos y definir el plan de trabajo que permita atender los posibles daños que el petróleo pueda generar en nuestras aguas.

Para atender la problemática en estudio, las acciones se basan principalmente en el Plan Nacional para Controlar y Combatir Derrames de Hidrocarburos y otras sustancias nocivas en el mar, que aplica principalmente la Secretaría de Marina-Armada de México.

Del mismo modo, en 2008 fue creada la Comisión Intersecretarial para el Manejo Sustentable de Mares y Costas, la cual participó asistiendo a la Primera Visita del Programa de Observadores Internacionales que el gobierno de Estados Unidos puso en marcha, a fin de dar a conocer a la comunidad internacional, la respuesta dada a la explosión del pozo de la empresa Deepwater Horizon en el Golfo de México.

En dicha visita, se llevó a cabo una salida de campo en Grand Island visitando las instalaciones para la limpieza y descontaminación de barreras, así como una playa en la que se realizaban acciones mecánicas y una salida en lancha, que permitió observar las barreras que protegen la zona costera de la llegada del petróleo, principalmente en una de las islas ubicada frente a las costas de Luisiana, que es considerada como prioritaria para la anidación de aves.

Del mismo modo, con la finalidad de realizar acciones de monitoreo que permitan atender las situaciones de contaminación del agua en el Golfo Mexicano, se conformó el grupo de trabajo integrado por el Centro de Educación Científica y de Educación Superior de Ensenada, el Centro de Investigación de Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional, la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), la Secretaría de Marina, el Instituto Nacional de la Pesca, Pemex y otras instituciones, que realizaron la primer campaña oceanográfica, frente a las costas de Tamaulipas y Veracruz,  concluyendo que hasta ese momento, no se encontraba presencia de hidrocarburos  provenientes del derrame petrolero provocado por el hundimiento de la plataforma Deepwater Horizon.

El último reporte realizado a través de la Semarnat, es el de fecha 5 de agosto de 2010, en el que se informa que las detecciones de manchas superficiales de petróleo, ubicadas mediante técnicas de percepción remota, mostraron una disminución, debido tanto al sellado del pozo, como al vertimiento de dispersantes, que forman una mezcla de petróleo-agua-dispersante, que se localiza a cientos de metros sobre el nivel del mar, formando plumas submarinas, de acuerdo a lo reportado por el Consejo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.

Sin embargo, es necesario mencionar, que con el uso de dispersantes, viene la duda sobre los efectos que éstos causarán a la fauna y ecosistemas marinos, tanto en aguas profundas, como en los litorales del Golfo, por lo que se sugirió el continuar con los monitoreos de manera permanente, a fin de tener mayor control en las repercusiones generadas por esa contingencia.

No obstante las acciones generadas con anterioridad, es evidente que será necesario continuar con las líneas de acción generadas en este sentido, para poder determinar los avances y resultados, así como los cambios que se presenten en los océanos y costas de nuestro país, a medida que pasa el tiempo, por lo que con la finalidad de combatir y revertir y valorar, tal y como es comentado por el Senador Escobar, el impacto ecológico y medioambiental, que se propicie por el derrame de petróleo en el Golfo de México, será importante y trascendental, como parte complementaria de las acciones ya desarrolladas, el que se incluya en las mesas de trabajo al Poder Legislativo, a fin de considerar e incluir medidas sustentadas por ley, para que en lo sucesivo se tengan elementos jurídicos que  permitan una mejor capacidad de respuesta como país.

Por las consideraciones expuestas, los integrantes de esta comisión, nos permitimos someter a la consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal a girar instrucciones a la Comisión Intersecretarial para el Manejo Sustentable de Mares y Costas a fin de que lleve a cabo reuniones de trabajo con las Comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales de ambas Cámaras Legislativas, a efecto de dar a conocer los acuerdos, medidas preventivas y acciones para el combate del impacto ecológico y medio ambientales ocasionados por el derrame de petróleo en el Golfo de México, tras la explosión y hundimiento de la plataforma de perforación petrolera Deepwater Horizon.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que por medio de las instancias correspondientes, continúen con los trabajos México-Estados Unidos para dar seguimiento puntual a los monitoreos de contaminación marina, atmosférica y terrestre tras el derrame de crudo en el Golfo de México, así como prevenir los posibles riesgos que el mismo pudiera ocasionar dentro del territorio mexicano.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas a tener a bien presentar a este órgano legislativo los últimos informes relativos a las investigaciones en relación al impacto generado por el derrame petrolero ocurrido en el Golfo de México.

Notas:

1 Rivera Arriaga, Evelia; Borges Souza, Gladys, El gran ecosistema marino del Golfo de México: perspectivas para su manejo, boletín informativo, volumen 16 (1).

Disponible en http://etzna.uacam.mx/epomex/paginas/web-content/ jaina/RiveraetalJaina161.pdf

2 Op. Cit., pág. 33.

3 Ídem.

4 Op. Cit., pág. 31.

5 Op. Cit., pág. 35.

6 Ídem.

7 Semarnat. Derrame de Petróleo en el Golfo de México. Para su consulta en http://www.derrame.semarnat.gob.mx/index.php?option=com_content&view=articl e&id=2008:contexto-de-la-problematica-&catid=111:plan-de-accion-&It emid=184

8 Disponible para su consulta en: http://www.sagan-gea.org/hojared_AGUA/paginas/14agua.html.

9 Ídem.

10 Semarnat. Derrame de Petróleo en el Golfo de México. Disponible en http://derrame.semarnat.gob.mx/

11 Comisión Intersecretarial para el Manejo Sustentable de Mares y Costas. Disponible en http://www.semarnat.gob.mx/temas/ordenamientoecologico/Documents/cimares/bases_ juridicas/cim_091016_2a_ses_ord_acta_1a_sesionordinaria_firmas.pdf

12 Semarnat. Derrame de Petróleo en el Golfo de México. Disponible en http://derrame.semarnat.gob.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=1998:visitas-de-expertos-mexicanos-a-la-zona-del-derrame-en-estados-unidos &catid=109:acciones-del-sector-ambiental-&Itemid=110

13 Ídem.

14 Ídem.

Dado en el salón de plenos de la honorable Cámara de Diputados, el 25 de noviembre de 2010.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados:Ninfa Salinas Sada (rúbrica), presidenta; Andrés Aguirre Romero (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Héctor Franco López (rúbrica), Francisco Alejandro Moreno Merino, Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández, Agustín Torres Ibarrola (rúbrica), Ma. Dina Herrera Soto (rúbrica), Araceli Vásquez Camacho (rúbrica), Alejandro Carabias Icaza (rúbrica), Jaime Álvarez Cisneros, secretarios; María Estela de la Fuente Dagdug, Jorge Venustiano González Ilescas (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Víctor Manuel Kidnie de la Cruz, César Daniel González Madruga (rúbrica), José Ignacio Pichardo Lechuga (rúbrica), Adela Robles Morales, José Alfredo Torres Huitrón (rúbrica), Alejandro Bahena Flores (rúbrica), Óscar Saúl Castillo Andrade (rúbrica), Juan Pablo Escobar Martínez, Jesús Giles Sánchez (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez (rúbrica), Leoncio Morán Sánchez (rúbrica), Rafael Pacchiano Alamán (rúbrica).»

Presidencia del diputado Jorge Carlos Ramírez Marín



ESTADO DE NAYARIT

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Sí, como no, diputados. Permítanme un segundo.

A solicitud de la comisión, el punto marcado con el número 12 se retira del dictamen que se refiere al que exhorta al estado de Nayarit y al ayuntamiento de Tepic a emprender acciones conjuntas a fin de abatir los índices delictivos del estado. Se retira del dictamen en su conjunto.



MANDOS UNICOS DE POLICIA EN ENTIDADES FEDERATIVAS - CONSEJO DE ATENCION INMEDIATA A LAS COMUNIDADES Y MUNICIPIOS QUE PRESENTAN MAYOR INCIDENCIA DELICTIVA DEL PAIS

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Han solicitado la palabra el diputado Jaime Cárdenas, el diputado Arturo Santana y la diputada Teresa Incháustegui.

Empiezo con la diputada. ¿Con qué objeto, señora diputada? Sonido en la curul de la diputada Incháustegui.

La diputada Teresa del Carmen Incháustegui Romero(desde la curul): Para solicitar la intervención en el punto de acuerdo número 5, en el de la Conago.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: En el número 5 que se refiere a...

La diputada Teresa del Carmen Incháustegui Romero(desde la curul): El mando único...

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: El punto número 5 que se refiere a la atención a víctimas y ofendidos de delito, justicia y seguridad pública.

La diputada Teresa del Carmen Incháustegui Romero(desde la curul): Perdón, es el de la Conago, ¿no? El 5 ó 6.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: El número 4. Dice: ...consulte al Consejo Nacional de Seguridad Pública, por conducto del titular del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, respecto de lo señalado por la Conago con relación al pronunciamiento para la creación de mandos únicos.

El diputado Arturo Santana Alfaro(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muy bien. Diputado Santana.

El diputado Arturo Santana Alfaro(desde la curul): Diputado presidente, en el mismo sentido, para solicitarle que me enliste para pasar en contra de este dictamen que hace referencia a la consulta que debe hacer la Comisión de Seguridad Púbica al Sistema Nacional de Seguridad Pública respecto de la solicitud de la Conago.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Es sobre el punto 4, en contra. La diputada Incháustegui, en contra, también.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Diputado Cárdenas.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia(desde la curul): Igualmente, presidente. Para solicitar mi intervención y votar en contra de ese punto cuatro, del mando único, y del siguiente, también, presidente, con punto de acuerdo en materia de atención de víctimas y ofendidos del delito, justicia, seguridad pública y participación ciudadana. Respecto de esos dos, presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Perfecto. Entonces quedan separados los puntos 4 y 5 para ser discutido y se retira el punto 12. Por tanto, y en virtud de que todos los demás puntos...

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Diputado Fernández.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): En contra del punto.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: En contra, también, del de la Conago, y ya son tres oradores en el mismo sentido, así que no se admitirá ninguno más. El punto 4. Consulte, en virtud de que no se ha presentado ningún otro orador en los otros puntos que no han sido apartados, consulte si se aprueban estos puntos de acuerdo.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: En votación económica se pregunta si se aprueban los puntos que no fueron reservados. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa favor de manifestarlo, gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa favor de manifestarlo.

Diputado presidente, mayoría por la afirmativa.



DICTAMENES CON PUNTOS DE ACUERDO

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Aprobados los puntos de acuerdo que no fueron reservados.



MANDOS UNICOS DE POLICIA EN ENTIDADES FEDERATIVAS

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Tiene la palabra la diputada Teresa Incháustegui para hablar en contra del punto de acuerdo que solicita la Comisión de Seguridad Pública que realice una consulta al Consejo Nacional de Seguridad Pública, a través del titular del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, respecto de lo señalado por la Conago con el pronunciamiento para la creación de mandos únicos de policía en las entidades federativas.

Creo que sería más económico que retiraran este punto de acuerdo, porque no tienen acuerdo.

La diputada Teresa del Carmen Incháustegui Romero:Gracias, señor presidente. Buenas tardes compañeros y compañeras.

Manifestar mi rechazo a esta iniciativa que se ha planteado y al punto de acuerdo que se refiere sobre el mando único, por considerar que además de distorsionar la arquitectura institucional, constitucional del régimen político mexicano es contrario realmente a lo que pretende resolver.

Primero, entre los argumentos a favor del mando único, por ejemplo, se señala que el 97 por ciento de los delitos que victimizan a la población son de fuero común, lo cual es correcto, y que éstos son los primeros eslabones de la cadena delincuencial.

De esto se reconoce que el 80 por ciento constituyen robos, un delito situacional que depende de la zona, del territorio concreto en el que se produce y del carácter económico de las localidades.

El robo a transeúntes y comercios en las zonas comerciales, a casa habitación, etcétera, bodegas, son todos estos delitos que dependen mucho de la localidad, del territorio, de las características y son las policías locales las adecuadas para perseguirlas porque conocen el terreno, porque conocen a la gente, conocen las redes, incluso, que están mezcladas en estas cuestiones.

Desde esta perspectiva, decir que las policías local y municipal no son funcionales es un error. Es al contrario. Totalmente.

Se argumenta, por ejemplo también, para eliminar a las policías municipales, la falta de capacidad de profesionalización, de formación, de sueldos con que operan las más de 2 mil corporaciones policiales que —hay que decirlo— este tema de la profesionalización y la formación, de la homologación de sueldos y de formaciones es el tema central de la creación del Sistema Nacional de Seguridad Pública que ha tenido justamente recursos desde el momento en que se forma, pero que no ha cumplido.

La pregunta es por qué se sigue sosteniendo una entidad como ésta, el Sistema Nacional, que no ha cumplido la tarea encomendada desde 1994 y en su lugar se quieren eliminar a las corporaciones municipales que justamente han sido desatendidas en esta política.

De los 2 mil 500 municipios, por ejemplo, sólo 190 participan en el Subsemun. Se han evaluado solamente 31 mil 500 policías de los 400 mil que constituyen la fuerza de tarea del país en donde están los municipios.

De manera que se quiere tirar al niño junto con el agua sucia, porque lo que no se ha hecho es justamente la tarea de formar, de capacitar, de darles recursos a los municipios. Y ahora, como no se ha hecho la tarea, entonces, eliminar a los policías municipales.

Estaríamos, si nosotros entramos a esta lógica, estaríamos además sustrayendo autoridad y capacidad de fuerza, de ejercicio de la fuerza a una autoridad soberana, constituida por el voto.

Todos vivimos en municipios, todos somos municipios. La federación es una entelequia. Lo real es el municipio y ahí vivimos todos y de ahí votamos todos y ahí inicia la democracia y el sistema de régimen de gobierno en nuestro país.

Quitarle a la autoridad local esta capacidad de fuerza es mutilar de origen el primer nivel, el nivel sustantivo, que es el nivel en el que todos los mexicanos vivimos.

Esto también implicaría una concentración de poder y de autoridad, no solamente en el nivel estatal sino también un ataque artero al municipalismo, porque el municipio está mal en seguridad, pero está también mal en salud, en educación, en todo, porque hemos vivido en un sistema que concentra los recursos y el poder, en una descentralización fallida y simulada.

Desde esa perspectiva me parece que esta iniciativa ni responde al problema y sí va a mutilar nuestro régimen constitucional de autoridad, de soberanía. Muchas gracias, es cuanto.

El Presidente diputado Amador Monroy Estrada: Gracias a usted, diputada. Tiene el uso de la palabra el diputado Arturo Santana Alfaro, para manifestarse en contra.

El diputado Arturo Santana Alfaro:Gracias, diputado presidente, con su permiso. Nosotros, dentro de la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática hemos fijado una postura muy clara en relación a la creación de los mandos únicos policiales en las 32 entidades federativas de nuestro país.

Hemos sido muy claros, en el sentido de que fundamentamos que no hay condiciones, que no existen las medidas, los recursos necesarios, pero sobre todo la situación jurídico-legal para implementar un mando único, hoy por hoy en nuestro país.

¿Por qué digo esto? Lo hemos discutido al seno de la Comisión de Seguridad Pública, ha venido gente del Sistema Nacional de Seguridad Pública y quiere basar la entrada en vigor de este proyecto de gobierno de Felipe Calderón en lo que ya existe en el artículo 115 constitucional. Nosotros decimos que no, nosotros decimos que hay que ir más allá.

La legislación, como está hoy por hoy no nos da para la creación de los mandos únicos aquí en México.

El diputado Salvador Caro hace una propuesta en el sentido de hacer una consulta al Sistema Nacional de Seguridad Pública, en particular a través del Sistema Nacional de Seguridad Pública municipal, que es una derivación de lo que es el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Nosotros decimos que hay que entrarle al debate. Nosotros decimos que hay que consultar, pero tenemos que abrir esa consulta y no crear debates a modo. Por eso estamos proponiendo nosotros entrarle al debate de este tema tan importante hoy por hoy, y sobre todo por la violencia que estamos padeciendo en nuestro país, pero hay que entrarle a un debate serio, no un debate ya fijado sobre la mesa y dejando de lado a todos aquellos organismos, por ejemplo, todos aquellos organismos de alcaldes, de presidentes municipales en nuestro país que se  han manifestado claramente en relación a este tema, pero también decimos que hay que consultar a las organizaciones de la sociedad civil.

Entrémosle al debate, entrémosle a la discusión, pero que sea una discusión seria, que sea una discusión sana que nos permita arribar a la mejor de las conclusiones. Es por ello que nosotros en la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática estaríamos dispuestos a apoyar esta proposición con punto de acuerdo, y yo le preguntaría al diputado promovente, que es el diputado Salvador Caro, del Partido Revolucionario Institucional, si estaría de acuerdo en incluir a una serie de organismos, a una serie de organizaciones de la sociedad civil y abrir el debate nacional con todas estas propuestas que hemos venido realizando al seno de la Comisión de Seguridad Pública.

Por ello proponemos, que de ser posible y si lo acepta el diputado promovente y la Comisión de Seguridad Pública, el acuerdo quedaría de la siguiente manera:

Único. Se solicita a la Comisión de Seguridad Pública de esta honorable Cámara de Diputados que consulte a todas las organizaciones de presidentes municipales de nuestro país, así como al Consejo Nacional de Seguridad Pública por conducto del titular del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad, respecto de lo señalado por la Conferencia Nacional de Gobernadores en su XXXVIII reunión ordinaria, celebrada en Morelia, Michoacán el 23 de marzo de 2010, con relación al pronunciamiento para la creación de mandos únicos de policía en las respectivas entidades federativas, a efecto de tomar las medidas legislativas pertinentes.

No es mucho lo que estamos cambiándole, única y exclusivamente que quede bien claro que estamos asentando nuestro deseo de entrar al debate sano, no a un debate a modo que aglutine o que recabe todas las opiniones en relación a este tema que es de la mayor importancia hoy por hoy en México. Gracias. Es cuanto, diputado presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputado. Tiene la palabra para alusiones personales el diputado Salvador Caro Cabrera.

El diputado Salvador Caro Cabrera:Gracias, presidente. Hago uso de la tribuna para aclarar el sentido del punto que está propuesto, que se hizo del conocimiento de los integrantes de la Comisión de Seguridad Pública y para lamentar que se haya modificado el sentido original de la propuesta, particularmente por la diputada Incháustegui, porque esta iniciativa que está ya traducida en un dictamen no tiene en ninguno de sus referentes el propósito de apoyar el mando único.

La iniciativa fue presentada en el contexto del pronunciamiento de la Conago para que se creara el mando único y posterior a una reunión con los integrantes del Consejo de Seguridad Pública Municipal, que en ese tiempo era presidido por el presidente municipal de Oaxaca y actualmente ocupa ese cargo el presidente de Ciudad Juárez, Chihuahua.

Los alcaldes nos solicitaban —en una reunión— la necesidad de poder plantear a la Cámara de Diputados a través de la Comisión de Seguridad Pública su sentir. Recogiendo esa preocupación de alcaldes que no estaban de acuerdo con la propuesta del mando único es que se elaboró la iniciativa y se presentó en esta tribuna.

¿Qué es lo más oportuno en este momento?

Primero. Que a través del eje que les da voz a los alcaldes del país en el Sistema Nacional de Seguridad Pública, que es el Consejo de Seguridad Pública Municipal, podamos recoger su opinión respecto de este polémico tema.

Y, por supuesto, la propuesta del diputado Santana vendría a enriquecer el trabajo al interior de la Comisión de Seguridad Pública para que, en un segundo término, se consulte a todas las asociaciones de presidentes municipales.

Yo quisiera exhortar a que dándole este sentido pudiéramos unir los dos propósitos y, a efecto de que quienes integramos esta Comisión de Seguridad Pública, en la Cámara de Diputados, tengamos mayores elementos, opiniones certeras comprometidas de quienes están viviendo la realidad del problema de seguridad pública tan grave que padece nuestro país, pues lo hagamos considerando a todos, pero con las jerarquías, primero lo institucional y posteriormente las instituciones en las que se agrupan alcaldes de distintos signos políticos con distintas intenciones. Me parece —concluyo— de lo más oportuna la propuesta del diputado Santana.

El diputado Arturo Santana Alfaro(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputado Caro. Desde su lugar, diputado Santana.

El diputado Arturo Santana Alfaro(desde la curul): Sólo para realizar la pregunta al diputado, en relación a la propuesta de modificación, pero lo acaba de contestar al terminar su intervención. Gracias, diputado presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias. Tiene la palabra el diputado Jaime Cárdenas Gracia.

Solamente quisiera hacer dos observaciones a la asamblea. La primera, que lo que estamos discutiendo no es el mando único sino un punto de acuerdo específico. Lo segundo, que las comisiones tienen las facultades por sí mismas de solicitar toda la información necesaria sin necesidad de ningún punto de acuerdo. Adelante, señor diputado.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia:Gracias, presidente. Usted ya ha razonado nuestra propuesta, nuestro comentario. Efectivamente, así es, creo que este punto de acuerdo, primero, no se dirige a quien se debe dirigir, que es al Consejo de Seguridad Pública Municipal, que fue lo que propusieron los preopinantes, los diputados preopinantes. Y en segundo lugar, porque no es necesario ni siquiera consultar de esta manera.

Nosotros en la Comisión de Seguridad Pública, a través del pleno, podríamos perfectamente, en la Comisión de Seguridad Pública solicitar esta información a ese Consejo de Seguridad Públicas Municipal directamente sin pasar por el pleno.

Sin embargo, también es oportuno que en esta tribuna, en este pleno, sí discutamos el tema del mando único, porque por parte de algunos grupos parlamentarios hay la intención de respaldar el mando único.

Como ya lo señalaba mi compañera, la diputada Teresa Incháustegui, esto implicaría una reforma a los artículos, entre otros, pero principalmente a los artículos 115 y al artículo 21 de la Constitución.

Actualmente nuestra Carta Magna establece que es competencia de municipios, de estados y de la federación la seguridad pública.

El mando único nos provoca a algunos miembros de la Comisión de Seguridad Pública esta reacción totalmente en contra, no solamente por las razones constitucionales que ya aquí se han expuesto, que la Constitución le da plena competencia al municipio en materia de seguridad pública, sino también porque consideramos que es una propuesta la del mando único totalmente autoritaria y concentradora del poder de seguridad pública en los gobernadores y en las autoridades federales, en la Secretaría de Seguridad Pública federal.

Creo que de aprobarse la reforma en materia de mando único estaríamos yendo en contra del espíritu del artículo 115 que fue aprobado por el Constituyente de Querétaro de 1917.

La autonomía municipal tiene distintas vertientes y una de esas vertientes, en la que se manifiesta la autonomía municipal, tiene que ver con las tareas de seguridad pública que realizan los municipios.

La seguridad pública que realizan los municipios es fundamental, pero no se ha querido entender así por el gobierno federal.

¿Por qué es fundamental? Porque la principal función de la seguridad pública municipal tiene que ver con algo que descuidamos en esta Cámara y que descuidan las instituciones de seguridad pública del país, que es la prevención social del delito.

La policía municipal es el mejor instrumento para prevenir socialmente el delito. Es una policía de proximidad y por tanto, no podemos de ninguna manera alentar ninguna propuesta de reforma constitucional o legal que trate o que intente menoscabar atribuciones del municipio.

Creo que la solución, como decía Teresa Incháustegui, de fondo al problema de seguridad pública en el país tiene que ver, y para fortalecer al municipio, con un replanteamiento de la coordinación fiscal y con un replanteamiento también del gasto público en México.

Tenemos que lograr que los municipios de este país cuenten con mayores recursos en materia de educación, de salud y de seguridad pública y que también cando aprobemos el Presupuesto existan muchos más recursos participables a los municipios para que los municipios puedan tener una policía municipal profesional, una policía municipal bien capacitada, una policía que reciba buenos sueldos, en fin, una policía que sea capaz de garantizar la seguridad pública en este ámbito territorial.

La propuesta, por tanto, del gobierno federal, la propuesta de Calderón, no solamente irá en contra del espíritu de la Constitución de 1917, cercenando parte de la autonomía municipal, sino que es una propuesta totalmente autoritaria, concentradora de poder que no se aviene bien con el concepto político de gobernanza, que es un concepto diferente al de gobernabilidad.

El concepto de gobernabilidad es un concepto autoritario, el concepto de gobernanza está basado en la distribución territorial o funcional del poder.

Por todas esas razones, y además porque es improcedente plantear en este pleno esta solicitud de información, es que votaré en contra de ese punto de acuerdo, presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias, señor diputado. Le pregunto al diputado Salvador Caro si es necesario que intervenga nuevamente. Está usted en la lista para hablar en pro, señor diputado.

El diputado Salvador Caro Cabrera(desde la curul): Presidente, nada más compartir con todos mis compañeros diputados que esto fue producto de un acto de buena voluntad hacia los presidentes municipales del país que quieren ser escuchados en esta Cámara y que creo que no se vale que les cerremos las puertas ni los oídos.

Yo solicitaría que se proceda a la votación.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias, señor diputado. Entiendo que la votación... Perdón diputado, pero usted se inscribió para el siguiente tema. Tome la palabra, señor diputado.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña:Muchas gracias, diputado presidente. La verdad es que lamento discrepar del diputado Caro porque es un diputado a quien yo respeto. La verdad es uno de los hombres que dentro de las filas del PRI hace un trabajo honorable, consecuente. Es un diputado al cual yo le tengo mucha consideración.

Pero en este caso se está hablando del mando único y yo francamente les preguntaría: además de los planteamientos de inconstitucionalidad, los señalamientos sobre la viabilidad, la insistencia en que se quiera, a través de las medidas punitivas, supuestamente resolver los problemas de seguridad, yo les pregunto si le van a dar a García Luna el mando único. Eso sí sería suicida, sería un acto de irresponsabilidad extrema.

García Luna lleva tres policías: la AFI, que ya ven cómo terminó. La Policía Federal Preventiva, también ya se la echó al plato, como se dice coloquialmente. Ahora va por la Policía Federal y ahora le van a dar la policía única, al hampón. Bueno, a uno de los hampones más peligrosos de este país, señalado de vínculos con el Chapo, señalado de ser uno de los operadores fundamentales del narco en México, operador, además, de quien usurpa la Presidencia de la República y de este narcogobierno, que debería estar en la cárcel.

Me parece que el nivel de discusión que ya deberíamos tener en esta asamblea debería ser otro y en vez de estarnos planteando soluciones administrativas, deberíamos plantearnos una solución política de fondo y es la de correr a Calderón y meterlo a la cárcel.

Yo todavía estaría en disposición de concederle la gracia de no meterlo a la cárcel si se va ya, pero si se empeña en mantenerse ahí, me parece que habría además que meterlo a la cárcel, junto con García Luna, con Horcasitas, con Lozano, que son algunos de los sujetos claramente criminales y algunos con responsabilidad criminal que deberían estar en las celdas de este país y no muchos pobres que están ahí pagando a veces, inclusive, condenas por cosas que no cometieron.

Volviendo al asunto del mando único, además de que los exhortos sirven para lo que se le unta al queso: la Cámara puede exhortar cualquier cosa y el Ejecutivo hace lo que le da la gana. Esto de seguir con los exhortos me parece también inadecuado y me parece que ya deberíamos desaparecer esta figura, que deberíamos crear mecanismos de exigencia del Poder Legislativo puntuales y que el Ejecutivo tuviera que acatarlos, no que estuviera a su criterio si lo hace o no y más cuando es un Ejecutivo que carece de absoluta legitimidad en su origen constitucional y electivo.

Por todas estas razones yo no sólo me manifesté en contra, no sólo votaré en contra, sino que pediría que esta asamblea vote en contra de este exhorto.

Habría que parar ya esa discusión, falsa discusión del mando único. Habría que frenar ya esta pretensión de seguir concentrando poder de parte del Ejecutivo federal y tendría que empezar a discutirse una solución verdadera a los problemas de seguridad y violencia que pasan, por un lado, por toda una serie de programas sociales: de empleo, de vivienda, de salud, de educación para la mayoría de la población. Y que pasan, por otro, por restablecer el Estado de derecho, de restablecer la legalidad, de restablecer la autoridad moral, política y legítima de quienes están al frente de las responsabilidades públicas.

Por todas estas razones yo les pediría, compañeros diputados, compañeras diputadas, votar en contra de este exhorto. Muchas gracias por su atención.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias a usted, señor diputado.

Aprovechamos este momento para saludar la presencia en esta Cámara y en este debate, de participantes en el curso-taller Instrumentos y habilidades para la incidencia ciudadana con especialidad en migración y desarrollo; el caso de los Congresos en México. Todos ellos ponentes y dirigentes de veinte organizaciones de migrantes en Estados Unidos y de organizaciones civiles mexicanas. Bienvenidos a la Cámara de Diputados.

Para hacer uso de la palabra, por alusiones personales, el diputado Caro Cabrera. Puede usted hacerlo desde su curul, si lo desea, diputado. Sonido en la curul del diputado Caro Cabrera.

El diputado Salvador Caro Cabrera(desde la curul): Gracias, presidente.

De las participaciones de algunos de los diputados que me han antecedido se puede pensar que un servidor está promoviendo el mando único, lo cual es absolutamente falso. He dejado constancia al interior de la Comisión de Seguridad Pública de mi oposición. De que estoy en contra de esta medida que vulneraría la autonomía, el sentido propio de lo que es el municipio en México.

Pero lo que sí quiero es reiterar la necesidad de que se consulte formalmente por parte de esta Cámara al Consejo Nacional de Seguridad Pública Municipal y a las distintas organizaciones de alcaldes que existen en nuestro país.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias, diputado.

El diputado Pedro Ávila Nevárez(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Don Pedro, ¿con qué objeto? Sonido en la curul de don Pedro Ávila.

El diputado Pedro Ávila Nevárez(desde la curul): Señor presidente, he estado escuchando las intervenciones de los compañeros y a mí me parece que dar el mando único a una sola policía violaría el artículo 115 constitucional y se tendría que reformar el 21 también.

Creo que la policía municipal puede ejercer la función que hasta ahorita, con mucha dignidad, ha hecho en todos los municipios de México. Yo creo que no hay necesidad de un mando único; si hacemos esto y todos los diputados aprobamos el mando único estaremos dándoles, a la policía, a la Policía Federal que va a depender, a donde van a depender todas las policías estatales, estaríamos dándole una autoridad tan grande que el secretario de Seguridad Pública por órdenes del presidente de la República podría dar un golpe de Estado en cada estado de la república que no fuera afín a sus convicciones ni a sus colores políticos.

Si nosotros estamos tratando de crear un mando único en la policía, estaríamos dándole al presidente de la República carta blanca para que desaparezca los gobiernos legítimos elegidos en los estados. Yo creo que lo que debemos hacer es citar aquí en el Congreso, que es la Casa del Pueblo, a todos los presidentes municipales, como bien lo ha dicho el compañero Caro, para que aquí expongan lo que ellos tengan que hacer.

La lucha del municipio libre, como todos nosotros lo sabemos, viene de la Revolución, y el artículo 115 es la base de la democracia en México. Pensemos bien lo que vamos a hacer, porque así como se reformó el artículo 27 constitucional en tiempo de Salinas y que ahora el país no es más que un latifundio enorme y el agua es de unos cuantos hacendados de la época moderna, estaremos dándole a Calderón el látigo para que golpee las espaldas de los más pobres, y además para que cuando quiera quite de los gobiernos de los estados a sus enemigos políticos.

Yo creo que como el Poder legítimo del pueblo que somos, la Cámara de Diputados, debemos pensar bien esto y darle legitimidad a los presidentes municipales y a las policías municipales. Muchas gracias.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: A usted, don Pedro.

Voy a solicitarle a los diputados Santana y Caro, que presentaron una proposición alterna de redacción, sean tan amables de dirigirla a la Mesa Directiva por escrito, tal y como se establece en el Reglamento.

Adelante diputado Santana, diputado Caro. Si son tan amables de pasarla a la Secretaría.

Sea tan amable la Secretaría de dar lectura a la proposición alterna que presentan los diputados Caro y Santana.

Si es tan amable, diputado, léala desde su lugar, diputado y la hace llegar, en lugar de que la lea la Secretaría, o desde cualquier curul.

Sonido en la curul del diputado Santana.

No vayan a decir ninguna mala palabra, ya tienen abierto su micrófono.

El diputado Arturo Santana Alfaro(desde la curul): Sí, diputado presidente. Es el acuerdo.

Único. Se solicita a la Comisión de Seguridad Pública de este honorable Cámara de Diputados que consulte al Consejo Nacional de Seguridad Pública Municipal, así como a todas las organizaciones de presidentes municipales de nuestro país, respecto de lo señalado por la Conferencia Nacional de Gobernadores en su XXXVIII reunión ordinaria celebrada en Morelia, Michoacán, el 23 de marzo de 2010, con relación al pronunciamiento para la creación de mandos únicos de policía en las respectivas entidades federativas, a efecto de tomar las medidas legislativas pertinentes.

Firmamos la propuesta: el diputado Salvador Caro y un servidor, diputado Arturo Santana Alfaro.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias. Ponga a votación, señora secretaria, la propuesta del diputado Salvador Caro, con la adición del diputado Santana.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: En votación económica se pregunta a la asamblea si se aprueba la propuesta que hace el diputado Caro en este punto de acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa favor de manifestarlo, gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa favor de manifestarlo...

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Adelante, diputada.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: Diputado, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Mayoría por la afirmativa. Queda aprobado en los términos de la propuesta del diputado Caro, con la modificación leída por el diputado Santana.



CONSEJO DE ATENCION INMEDIATA A LAS COMUNIDADES Y MUNICIPIOS QUE PRESENTAN MAYOR INCIDENCIA DELICTIVA DEL PAIS

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Pasamos al siguiente punto de acuerdo reservado, que es el relativo a la Comisión de Seguridad Pública en materia de atención a víctimas y ofendidos del delito, justicia, seguridad pública y participación ciudadana. Tiene la palabra el diputado Jaime Cárdenas Gracia.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia:Presidente, este punto de acuerdo lo voy a votar en contra porque la iniciativa inicial del diputado Navarrete Prida, del PRI, era una iniciativa muy rica, muy interesante.

Él proponía un consejo para atender a aquellos municipios con mayor índice delictivo, y por ejemplo, proponía el diputado Navarrete Prida, elaborar un listado de comunidades y municipios que requieren la intervención inmediata, formular un programa emergente de atención a niños, niñas y adolescentes en situación de calle y madres adolescentes que contemple asistencia médica, psicológica, nutricional y facilite, en su caso, albergue, diseñar y programar intervenciones en escuelas públicas de educación básica y media superior acordadas con padres de familia para detectar problemas de salud física y mental con énfasis en desnutrición, adicciones, violencia familiar y escolar o ambas. Depresión, pre delincuencia y situaciones de suicidio.

Concertar con instituciones de educación superior un amplio programa de servicio social para que los alumnos de carreras como medicina, sociología, psicología, pedagogía, trabajo social, enfermería, etcétera, apoyen a la comunidad escolar y atiendan o canalicen los casos detectados bajo la coordinación y supervisión académica.

Atacar la deserción a través de programas de becas, atender a alumnos con bajo rendimiento, proporcionando cursos de regularización vespertinos impartidos por profesionistas, padres de familia, estudiantes, universitarios, supervisados por docentes del Sistema Educativo Nacional.

Abrir en las escuelas públicas a actividades sociales, vespertinas, supervisadas. Actuar con los padres de familia a través de pláticas y talleres que serán obligatorios para recibir en su caso los beneficios de programas tales como Oportunidades. Proporcionar a los maestros atención y capacitación dentro de esos programas que serán considerados en el puntaje de la carrera magisterial.

Brindar atención a padres de familia y miembros de la comunidad que presenten problemas de adicciones. Desarrollar un programa gubernamental de empleo temporal. Estimular fiscalmente tanto a los empresarios que se comprometan a contratar personal, atendiendo a programas de fomento al empleo, como a quienes carecen de centros de trabajo o empleos permanentes.

Desarrollar un programa concertado con autoridades municipales y estatales para el mejoramiento del entorno físico de las comunidades, etcétera.

Una serie de propuestas por demás interesantes, con el fin de establecer primero un listado de municipios con los mayores índices delictivos del país y atender esos índices delictivos con programas de carácter social, generando empleos, fortaleciendo la educación básica y preparatoria, apoyando a los padres de familia, combatiendo las adicciones en esos municipios, etcétera.

¿Y en qué acabó toda esa propuesta tan interesante del diputado Navarrete Prida? Según la Comisión de Seguridad Pública, en la realización de unos foros de discusión sobre estas propuestas.

A mí me parece que por un lado hay incongruencia en la Comisión de Seguridad Pública, porque lo que propuso el diputado Navarrete Prida no fue la celebración de foros, sino la atención a aquellos municipios con enormes índices delictivos para que vía el desarrollo de programas sociales se atendiera a esos municipios de una manera efectiva, con recursos públicos, con trabajo educativo, con trabajo en materia de salud y esto es lo que no está contestando la Comisión de Seguridad Pública.

Por estas razones, por ser insuficiente totalmente la propuesta y porque no se aviene a la iniciativa del diputado Navarrete Prida, que aquí en su nombre defiendo, es que votaré en contra de este punto de acuerdo, presidente. Por su atención, muchas gracias, compañeros.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muchas gracias, señor diputado. No hay más oradores inscritos sobre este punto. Consulte la Secretaría la votación de la asamblea.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: Se queda como...

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Exactamente, la consulta es si se acepta o no se acepta el punto de acuerdo.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: En votación económica se pregunta a la asamblea si se acepta este punto de acuerdo como está redactado...

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Si se aprueba en sus términos, así es.

La Secretaria diputada Cora Cecilia Pinedo Alonso: Si se aprueba en sus términos. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa favor de manifestarlo, gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa favor de manifestarlo. Diputado presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Queda aprobado el punto de acuerdo tal y como lo presentó la Comisión de Seguridad. Comuníquense ambos puntos de acuerdo, como se solicita.



ARTICULOS 74 Y 79 CONSTITUCIONALES - LEY DE FISCALIZACION SUPERIOR DE LA FEDERACION

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: El siguiente punto del orden del día es la discusión de dictámenes negativos. En virtud de que se encuentran publicados en la Gaceta, consulte la Secretaría a la asamblea en votación económica si se autoriza que se le dé lectura a los encabezados.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se autoriza que sólo se dé lectura a los encabezados. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo, muchas gracias. Quienes estén por la negativa.

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: En virtud de que se encuentran publicados en la Gaceta, pregunte usted si se ponen a votación de inmediato. Lea usted los encabezados, secretaria.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de la Función Pública, con puntos de acuerdo por los cuales se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 74 y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 8, 30 y 67 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación

Honorable Asamblea:

A las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de la Función Pública, con opinión de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación en la LX Legislatura, les fue turnada, para su estudio y dictamen, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 74 y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 8, 30 y 67 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, presentada por la diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez integrante del Grupo Parlamentario del Partido Alternativa.

Estas Comisiones Unidas con fundamento en lo dispuesto por el artículo 73, fracción XXX, en relación con el artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 39, numerales 1 y 3, y artículo 45, numeral 6, incisos e), f) y g), y numeral 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como en los artículos 56, 60, 65, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, somete a la consideración de esta honorable asamblea, el presente dictamen con proyecto de decreto. Y al efecto expone los siguientes:

Antecedentes

1. Con fecha cuatro de septiembre de dos mil siete, la diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez integrante del Grupo Parlamentario del Partido Alternativa, presentó ante el pleno del Congreso de la Unión, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 74 y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 8, 30 y 67 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación.

2. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva del Congreso de la Unión, dispuso que dicha iniciativa fuera turnada para su estudio y dictamen, a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de la Función Pública de la Cámara de Diputados, con opinión de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, asignándole el número de expediente 2269.

3. Una vez recibida la opinión y previo estudio de la misma, se preparó el siguiente proyecto de dictamen.

Contenido de la iniciativa

I. Específicamente la iniciativa que se dictamina propone adelantar la fecha de presentación de la Cuenta Pública a la Cámara de Diputados, por parte del Ejecutivo federal, del 10 de junio al 31 de marzo del año siguiente al ejercicio fiscal correspondiente.

II. También se propone establecer que el informe de resultados elaborado por la Auditoría Superior de la Federación sea presentado, en vez del 31 de marzo del año siguiente a la presentación de la Cuenta Pública, el 30 de septiembre del mismo año de su presentación.

III. Asimismo en la iniciativa se propone otorgar carácter vinculatorio a las observaciones y recomendaciones que emita la Auditoría Superior de la Federación hacia las entidades fiscalizadas.

IV. se plantea también establecer que sean las Comisiones de Vigilancia y la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados las que emitan el dictamen correspondiente para su presentación ante el Pleno de la Cámara de Diputados.

V. La diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez expresa en su exposición de motivos, lo siguiente:

“La revisión de la Cuenta Pública después del proceso de aprobación del presupuesto de Egresos de la Federación, es la segunda facultad más importante de la Cámara de Diputados en materia de finanzas Públicas, ya que tiene que ver con la evaluación del ejercicio del gasto público. Tiene por objeto conocer los resultados que las entidades presupuestarias obtuvieron en su gestión financiera, al tiempo que se comprueba si sus erogaciones se ajustaron a los criterios señalados por el presupuesto aprobado, y si los objetivos contenidos en los programas bajo la responsabilidad de evaluar y con ello avalar el ejercicio del gasto público, o fincar las responsabilidades de acuerdo con la ley.

”La Cámara de Diputados junto con la Auditoría Superior de la Federación son los responsables de llevar a cabo la revisión de la Cuenta Pública en tiempo y forma y bajo los preceptos de legalidad e imparcialidad. Por eso es necesario que el Congreso reasuma su función de vigilante del Ejecutivo. Ya que los mecanismos de control han sido insuficientes para que este se apegue a las prioridades del gasto establecidas en el presupuesto.”

Sigue diciendo la proponente:

“También se propone en el artículo 74 constitucional que la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, junto con la Comisión de Vigilancia sean las responsables de elaborar el dictamen correspondiente de la Cuenta Pública.

”Actualmente corresponde únicamente a la Comisión de Presupuesto emitir su opinión sobre el informe de Resultados de la Auditoría Superior de la Federación y elaborar el dictamen correspondiente, sin embargo, se observa un nulo intercambio de información entre el proceso de revisión  de la Cuenta Pública a cargo de la Comisión de Presupuesto. Por ello con la idea de facilitar la elaboración del dictamen y fortalecer la participación de la Comisión de Presupuesto es que proponemos que ambas comisiones sean las encargadas de elaborar dicho dictamen.”

Considerando

1. Conforme a la publicación de La Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, de fecha 29 de mayo del año dos mil nueve, en el Diario Oficial de la Federación por promulgación del presidente de la república, licenciado Felipe Calderón Hinojosa, y con estricto apego a sus facultades constitucionales, que entró en vigor al día siguiente de su publicación de manera sincrónica para toda la república, por tratarse de un ordenamiento federal, siendo lo anterior el día 30 de mayo del año 2009 para dar cumplimiento al decreto de aprobación expedido por el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, dejó a la presente iniciativa sin materia.

2. la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación referida abrogó de manera automática la anterior Ley de Fiscalización Superior de la Federación, la cual era uno de los ordenamientos legales que afectaría la presente iniciativa en estudio, lo anterior da lugar a que la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 74 y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 8, 30 y 67 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, se quedara sin materia.

3. La Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación emitió opinión en el sentido que la iniciativa en estudio debiera desecharse en virtud de que la reforma propuesta dejo de tener materia por reformas anteriores.

Por las razones y argumentación citadas, estas comisiones unidas emiten la siguiente

Conclusión

En virtud de lo establecido en los considerandos primero y segundo de este dictamen, estas comisiones dictaminan y resuelven en sentido negativo la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 74 y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 8, 30 y 67 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, por carecer de materia y someten a la consideración de esta soberanía el siguiente

Acuerdo

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 74 y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 8, 30 y 67 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, con número de expediente 2269, presentada por la diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez del Grupo Parlamentario del Partido Político Alternativa.

Segundo. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

La Comisión de Puntos Constitucionales, diputados:Juventino Castro y Castro (rúbrica), presidente; Nazario Norberto Sánchez (rúbrica), Feliciano Rosendo Marín Díaz (rúbrica), Reginaldo Rivera de la Torre (rúbrica), Heriberto Ambrosio Cipriano (rúbrica), Francisco Saracho Navarro (rúbrica), Gustavo González Hernández (rúbrica), Carlos Alberto Pérez Cuevas (rúbrica), Guillermo Cueva Sada (rúbrica), Jaime Fernando Cárdenas Gracia (rúbrica), secretarios; José Luis Jaime Correa, Ma. Dina Herrera Soto (rúbrica), Morelos Jaime Carlos Canseco Gómez (rúbrica), Fermín Gerardo Alvarado Arroyo (rúbrica), Víctor Humberto Benítez Treviño (rúbrica), Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica), Fernando Ferreyra Olivares (rúbrica), Diva Hadamira Gastélum Bajo (rúbrica), Rafael Rodríguez González, José Ricardo López Pescador (rúbrica), Miguel Ernesto Pompa Corella (rúbrica), Guadalupe Pérez Domínguez (rúbrica), Rolando Rodrigo Zapata Bello (rúbrica), Justino Eugenio Arraiga Rojas (rúbrica), Víctor Alejandro Balderas Vaquera (rúbrica), Mario Alberto Becerra Pocoroba, Roberto Gil Zuarth, Sonia Mendoza Díaz (rúbrica), Camilo Ramírez Puente (rúbrica), Agustín Torres Ibarrola (rúbrica).

La Comisión de la Función Pública, diputados:Pablo Escudero Morales (rúbrica), presidente; Patricio Chirinos del Ángel (rúbrica), Josué Cirino Valdés Huezo (rúbrica), Marcos Pérez Esquer (rúbrica), Juan Carlos López Fernández (rúbrica), secretarios; Salvador Caro Cabrera (rúbrica), Yulenny Guylaine Cortés León (rúbrica), Esthela Damián Peralta, Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Carlos Alberto Ezeta Salcedo (rúbrica), Lizbeth García Coronado, Miguel Ángel García Granados, César Daniel González Madruga (rúbrica), Janet Graciela González Tostado, Agustín Guerrero Castillo (rúbrica), Jorge Alberto Juraidini Rumilla (rúbrica), Sergio Lobato García (rúbrica), Kenia López Rabadán, Tereso Medina Ramírez (rúbrica), Héctor Pedroza Jiménez (rúbrica), Pedro Peralta Rivas, Eviel Pérez Magaña, Ramón Ramírez Valtierra (rúbrica), Ivideliza Reyes Hernández (rúbrica), José Francisco Rábago Castillo (rúbrica), María del Pilar Torre Canales, Enrique Torres Delgado (rúbrica), Enrique Octavio Trejo Azuara (rúbrica), Guillermo José Zavaleta Rojas.»

«Opinión de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación

Honorable Asamblea:

A las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de la Función Pública, con opinión de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación en la LX Legislatura, les fue turnada, para su estudio y dictamen, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 74 y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 8, 30 y 67 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, presentada por la diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Alternativa.

Esta comisión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numerales 1 y 3, artículo 45, numerales 6, incisos e), f) y g), y numeral 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como en los artículos 56, 60 65, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno interior del Congreso General, somete a consideración de esta honorable asamblea, la presente opinión, que al efecto expone lo siguiente:

Antecedentes

1. Con fecha cuatro de septiembre de dos mil siete, la diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Alternativa, presentó ante el pleno del Congreso de la Unión la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 74 y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 8, 30 y 67 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación.

2. En la misma fecha, la Presidenta de la Mesa Directiva del Congreso de la Unión dispuso que dicha iniciativa fue turnada para su estudio y dictamen, a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de la Función Pública de la Cámara de Diputados, con opinión de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, asignándole el número de expediente 2269.

3. Una vez recibida y previo estudio de la misma, se preparó el siguiente proyecto de dictamen:

Contenido de la iniciativa

I. Específicamente la iniciativa que se dictamina propone adelantar la fecha de presentación de la Cuenta Pública a la Cámara de Diputados por parte del Ejecutivo federal, del 10 de junio al 31 de marzo del año siguiente al ejercicio fiscal correspondiente.

II. También se propone establecer que el informe de resultados elaboro por la Auditoría Superior de la Federación sea presentado, en vez del 31 de marzo del año siguiente a la presentación de la Cuenta Pública, el 30 de septiembre del mismo año de su presentación.

III. Asimismo, en la iniciativa se propone otorgar carácter vinculatorio a las observaciones y recomendaciones que emita la Auditoría Superior de la Federación hacia las entidades fiscalizadas.

IV. Se plantea también establecer que sean la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación y la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados las que emitan el dictamen correspondiente para su presentación ante el Pleno de la Cámara de Diputados.

V. La diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez expresa en su exposición de motivos, lo siguiente:

“La revisión de la Cuenta Pública después del proceso de aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación, es la segunda facultad más importante de la Cámara de Diputados en materia de Finanzas Públicas, ya que tiene que ver con la evaluación del ejercicio del gasto público. Tiene por objeto conocer los resultados que las entidades presupuestarias obtuvieron en su gestión financiera, al tiempo que se comprueba si sus erogaciones se ajustaron a los criterios señalados por el Presupuesto aprobado, y si los objetivos contenidos en los programas bajo la responsabilidad de evaluar y con ello avalar el ejercicio del gasto público, o fincar las responsabilidades de acuerdo con la ley.

”La Cámara de Diputados, junto con la Auditoría Superior de la Federación, son los responsables de llevar a cabo la revisión de la Cuenta Pública en tiempo y forma y bajo los preceptos de legalidad e imparcialidad. Por eso es necesario que el Congreso reasuma su función de vigilante del Ejecutivo, ya que los mecanismos de control han sido insuficientes para que este se apegue a las prioridades del gasto establecidas en el presupuesto.”

Sigue diciendo la proponente:

“También se propone en el artículo 74 constitucional que la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, junto con la Comisión de Vigilancia, sean las responsables de elaborar el dictamen correspondiente de la Cuenta Pública.

”Actualmente corresponde únicamente a la Comisión de Presupuesto emitir su opinión sobre el informe de Resultados de la Auditoría Superior de la Federación y elaborar el dictamen correspondiente, sin embargo, se observa un nulo intercambio de información entre el proceso de revisión de la Cuenta Pública a cargo de la Comisión de Presupuesto. Por ello con la idea de facilitar la elaboración del dictamen y fortalecer la participación de la Comisión de Presupuesto, proponemos que ambas comisiones sean las encargadas de elaborar dicho dictamen.”

Considerando

1. Con motivo de la publicación de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, el día 29 de mayo del año dos mil nueve, en el Diario Oficial de la Federación, la cual estableció, de manera expresa, la abrogación de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, por lo que, por ese solo hecho, la presente iniciativa dejó de tener materia para su estudio y dictaminación por parte de dichas comisiones unidas.

2. Ante tal situación, y en razón de que la materia de la iniciativa a dictaminarse la componen los artículos 8, 30 y 67 de la entonces Ley de Fiscalización Superior de la Federación, es de considerarse el desecha miento de la misma, la cual fue presentada por la diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Alternativa, sin demérito alguno de los principios e ideales que en ella se postularon, los cuales siguen siendo validos y vigentes en el fondo, pero que, por razones de la vigencia de la referida ley, no pueden ser valorados para su dictaminación.

3. Asimismo, y en razón de que durante la LXI Legislatura se han presentado al pleno de esta soberanía iniciativas que se refieren al mismo propósito, siendo materia de las mismas la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, consideramos que con el desechamiento de esta iniciativa no se demerita, en el fondo, la materia o contenido de las mismas.

Por las razones y argumentación anteriormente citadas, la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación emite la siguiente:

Opinión

Único. Esta Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación considera que debe desecharse la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 74 y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 8, 30 y 67 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, con número de expediente 2269, presentada por la diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Político Alternativa, sin demérito de las iniciativas presentadas en la LXI Legislatura, que tienen el mismo propósito que la que se dictamina.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 8 días del mes de septiembre de 2010.

La Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, diputados:Esthela Damián Peralta (rúbrica), presidenta; Marcela Guerra Castillo, Sebastián Lerdo de Tejada Covarrubias, Manuel Jesús Clouthier Carrillo (rúbrica), José Francisco Rábago Castillo (rúbrica), Daniel Gabriel Ávila Ruiz (rúbrica), José Narro Céspedes, Ramón Jiménez López (rúbrica), Pablo Escudero Morales, Mario di Costanzo Armenta, Alejandro Gertz Manero, secretarios; Alejandro Cano Ricaud (rúbrica), Manuel Ignacio Acosta Gutiérrez (rúbrica), Humberto Lepe Lepe, Margarita Liborio Arrazola (rúbrica), José Ricardo López Pescador (rúbrica), Patricio Chrinos del Ángel (rúbrica), César Augusto Santiago Ramírez, Ramón Ramírez Valtierra (rúbrica), David Ricardo Sánchez Guevara (rúbrica), María Esther de Jesús Scherman Leaño, Francisco Saracho Navarro, Gloria Romero León (rúbrica), Bonifacio Herrera Rivera (rúbrica), Ruth Esperanza Lugo Martínez (rúbrica), Felipe de Jesús Cantú Rodríguez (rúbrica), Gastón Luken Garza (rúbrica), Sergio Octavio Germán Olivares, Elsa Martínez Peña (rúbrica).»



LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural, con puntos de acuerdo por los cuales se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 69 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Desarrollo Rural de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LXI Legislatura le fue turnada, para su estudio y dictamen, la iniciativa que reforma el artículo 69 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, presentada por el diputado Daniel Pérez Valdés, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 12 de diciembre de 2006.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 38, 39, 40, 48 y 49 de las Normas Relativas al Funcionamiento de las Comisiones y Comités de la Cámara de Diputados, la Comisión de Desarrollo Rural somete a consideración de sus integrantes el presente dictamen, el cual se realiza bajo los siguientes

Antecedentes

I. Con fecha 12 de diciembre de 2006, el diputado Daniel Pérez Valdés, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, haciendo uso de la facultad que le confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados, la iniciativa que reforma el artículo 69 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

II. En la misma fecha, el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dispuso que dicha iniciativa fuera turnada la Comisión de Desarrollo Rural para su estudio y dictamen.

III. Con fecha 14 de abril de 2010, y en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 18, párrafo tercero, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, esta comisión dictaminadora solicitó al Centro de Estudios de Finanzas Públicas una valoración del impacto presupuestario de la iniciativa materia del presente dictamen.

Contenido de la iniciativa

La presente iniciativa tiene por objeto otorgar certidumbre al blindar y asegurar los recursos mínimos necesarios para el fomento agropecuario y el desarrollo rural sustentable de los recortes presupuestales. Para ello, propone adicionar tres incisos al artículo 69 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable con la finalidad de que el presupuesto que la Cámara de Diputados apruebe sea íntegramente aplicado y que no sea susceptible de ningún recorte a los programas, proyectos y objetivos consagrados por la misma ley y a los compromisos que se establecen en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Con base en los antecedentes mencionados, los integrantes de esta comisión formulamos las siguientes

Consideraciones

Primera. La Comisión de Desarrollo Rural, en su calidad de comisión dictaminadora, realizó el estudio y análisis de los planteamientos expuestos en la iniciativa citada, con objeto de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

Segunda. Del análisis practicado a la iniciativa, se deduce que el legislador proponente pretende adicionar el artículo 69 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable con la finalidad de instituir, como mecanismo de blindaje para el fomento agropecuario y el impulso al desarrollo rural integral y sustentable, que el Presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados sea íntegramente aplicado y no sea susceptible de ningún recorte a los programas, proyectos y objetivos consagrados por la Ley de Desarrollo Rural Sustentable y a los compromisos establecidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Tercera. La Ley de Desarrollo Rural Sustentable publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de diciembre de 2001, reglamentaria de la fracción XX del artículo 27 constitucional, tiene por objeto promover el desarrollo rural sustentable del país, propiciar un medio ambiente adecuado, en los términos del párrafo cuarto del artículo 4o.; y garantizar la rectoría del Estado y su papel en la promoción de la equidad, en los términos del artículo 25 de la Constitución.

Este ordenamiento establece una serie de criterios y mandatos generales y específicos en materia de los presupuestos y prevé las orientaciones para los recursos aprobados por la Cámara de Diputados y que deberán ser ejercidos por el Poder Ejecutivo, como lo disponen los artículos 6o., párrafo tercero; 16; 72; 107; 110; 148; 188; 189; 190 y demás relativos.

Cuarta. Por otra parte, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de marzo de 2006, tiene por objeto reglamentar los artículos 74, fracción VI, 75, 126, 127 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de programación, presupuestación, aprobación, ejercicio, control y evaluación de los ingresos y egresos públicos federales.

Este ordenamiento contempla como ejecutores de gasto al Poder Ejecutivo, al Poder Judicial, a los entes autónomos, a los tribunales administrativos, a la Procuraduría General de la República, a la Presidencia de la República, a las dependencias y a las entidades, tal como lo dispone el artículo 4.

En el ejercicio de su autonomía presupuestaria, los ejecutores del gasto podrán ejercer sus presupuestos, sin sujetarse a las disposiciones generales emitidas por las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, dicho ejercicio deberá realizarse con base en los principios de eficiencia, eficacia y transparencia y estarán sujetos a la normatividad, la evaluación y el control de los órganos correspondientes; asimismo podrán realizar las adecuaciones a sus presupuestos sin requerir la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; y determinar los ajustes que correspondan en sus presupuestos en caso de disminución de ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la LFPRH.

Quinta. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria contiene disposiciones que regulan las normas de disciplina presupuestaria que podrán aplicarse en caso de que durante el ejercicio fiscal disminuyan los ingresos previstos en la Ley de Ingresos. A este respecto, la LFPRH mandata que el Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, podrá compensar dicha disminución con el incremento que, en su caso, observen otros rubros de ingresos aprobados. Una vez realizado lo anterior, y en caso de ser necesario, la disminución de ingresos podrá compensarse también con la reducción de los montos aprobados en los presupuestos de las dependencias, entidades, fondos y programas, conforme lo dispone el artículo 21 de este ordenamiento.

Sexta. En la exposición de motivos de la iniciativa que se dictamina, el legislador proponente hace referencia a que durante los últimos años, el manejo del presupuesto ha sido discrecional en razón de que los subejercicios o recortes se realizan sin mediar consulta ni consentimiento alguno por parte de los actores involucrados en su aprobación.

A este respecto, cabe destacar el señalamiento del legislador proponente carece de sustento en razón de que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que en el caso de que la contingencia represente una reducción equivalente de hasta el 3 por ciento de los ingresos por impuestos, el Ejecutivo federal enviará a la Cámara de Diputados en los siguientes 15 días hábiles a que se haya determinado la disminución de ingresos, un informe que contenga el monto de gasto programable a reducir y la composición de dicha reducción por dependencia y entidad.

Por otra parte, en el caso de que la contingencia sea de tal magnitud que represente una disminución equivalente a un monto superior al 3 por ciento de los ingresos por impuestos, el Ejecutivo federal enviará a dicha Cámara en los siguientes 15 días hábiles a que se haya determinado la disminución de ingresos, el monto de gasto a reducir y una propuesta de composición de dicha reducción por dependencia y entidad.

La Cámara de Diputados, por conducto de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, en un plazo de 15 días hábiles a partir de la recepción de la propuesta, analizará la composición de ésta, con el fin de proponer, en su caso, modificaciones a la composición de la misma, en el marco de las disposiciones generales aplicables. El Ejecutivo federal, con base en la opinión de la Cámara, resolverá lo conducente de acuerdo a las prioridades aprobadas en el presupuesto informando de ello a la misma. En caso de que la Cámara no emita opinión dentro de dicho plazo, procederá la propuesta enviada por el Ejecutivo federal.

Séptima. Una vez realizado el análisis de la iniciativa, esta comisión dictaminadora considera que el propósito de la misma se encuentra contenido en diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable y que, de aprobarse en sus términos, se contravendría con lo dispuesto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en materia de autonomía presupuestaria de los ejecutores de gasto y de las normas de disciplina presupuestaria contenidas en el artículo 21 de este ordenamiento.

Conclusiones

Primera. En virtud de lo anterior y una vez que esta comisión dictaminadora ha entrado al análisis del fondo del asunto, valorando los argumentos que sustentan el contenido de la iniciativa, se concluye que no resulta jurídicamente procedente su aprobación.

Segunda. Consecuentemente, la Comisión de Desarrollo Rural considera que no ha lugar a aprobar la iniciativa materia de este dictamen, por lo tanto es procedente el archivo del expediente como asunto definitivamente concluido.

En mérito de lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Desarrollo Rural tenemos a bien expedir el siguiente:

Acuerdo

Primero . Se desecha la iniciativa que reforma el artículo 69 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, presentada por el diputado Daniel Pérez Valdés, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 12 de diciembre de 2006.

Segundo . Archívese como asunto total y definitivamente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de julio de 2010.

La Comisión de Desarrollo Rural, diputados:Javier Bernardo Usabiaga Arroyo (rúbrica), presidente; Guillermina Casique Vences (rúbrica), María Esther Terán Velázquez (rúbrica), Martín Enrique Castillo Ruz, Rogelio Manuel Díaz Brown Ramsburgh (rúbrica), Hernán de Jesús Orantes López, Alfonso Jesús Martínez Alcázar (rúbrica), Carlos Luis Meillón Johnston (rúbrica), Karla Verónica González Cruz (rúbrica), Federico Ovalle Vaquera, secretarios; Esteban Albarrán Mendoza (rúbrica), Rubén Arellano Rodríguez (rúbrica), Sabino Bautista Concepción, José Erandi Bermúdez Méndez (rúbrica), Felipe Borja Texocotitla, María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Francisco Amadeo Espinosa Ramos (rúbrica en abstención), Alberto Esquer Gutiérrez (rúbrica), Sergio Ernesto Gutiérrez Villanueva, Francisco Alberto Jiménez Merino (rúbrica), Israel Madrigal Ceja (rúbrica en abstención), Fermín Montes Cavazos (rúbrica en contra), Alba Leonila Méndez Herrera (rúbrica), Avelino Méndez Rangel (rúbrica), Norma Leticia Orozco Torres (rúbrica en contra), Guadalupe Pérez Domínguez (rúbrica en contra), Arturo Ramírez Bucio (rúbrica), Luis Félix Rodríguez Sosa, Emiliano Velázquez Esquivel (rúbrica en abstención), Rolando Zubia Rivera.»



LEY DE VIAS GENERALES DE COMUNICACION - LEY REGLAMENTARIA DEL SERVICIO FERROVIARIO - LEY DE AVIACION CIVIL - LEY DE AEROPUERTOS - LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:Dictamen de las Comisiones Unidas de Comunicaciones, de Transporte y de Trabajo y Previsión Social, por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que deroga diversas disposiciones de la Ley de Vías Generales de Comunicación, de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario, de la Ley de Aviación Civil, de la Ley de Aeropuertos y de la Ley Federal de Telecomunicaciones.



LEY DE VIAS GENERALES DE COMUNICACION

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Comunicaciones, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 7 de la Ley de Vías Generales de Comunicación

Honorable Asamblea:

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 45 numeral 6, incisos f) y g) y numeral 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con los artículos 55, 56, 60, 65, 87,88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Comunicaciones somete a la consideración del pleno de esta honorable asamblea el presente dictamen en sentido negativo, al tenor de los siguientes

Antecedentes

I. En sesión ordinaria celebrada en fecha 2 de junio de 2010, se dio cuenta a la asamblea de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 7 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, suscrita por la diputada Claudia Edith Anaya Mota y por los diputados Agustín Guerrero Castillo, Armando Ríos Piter y Vidal Llerenas; del Grupo Parlamentario de la Revolución Democrática.

II. En la misma sesión, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, en uso de sus facultades, y mediante el oficio número CP2R1A.-534 instruyó el turno de la iniciativa a la Comisión de Comunicaciones para su estudio y dictaminación.

III. Con base en lo anterior, la Comisión de Comunicaciones de la LXI Legislatura procedió a la revisión del expediente, al análisis de la iniciativa y la elaboración del presente dictamen en sentido negativo.

Contenido de la Iniciativa

La iniciativa presentada por la diputada Claudia Edith Anaya Mota y por los diputados Agustín Guerrero Castillo, Armando Ríos Piter y Vidal Llerenas; tiene por objeto, que las contribuciones que se capten por servicios públicos, capitales, empréstitos empleados, acciones, bonos y obligaciones emitidos por las empresas del ramo de vías generales de comunicación sean objeto de contribución federal, y cien por ciento participables entre las entidades federativas y los municipios.

Los exponentes manifiestan que la citada iniciativa busca corregir una interpretación jurídica que ha impedido que las entidades federativas y los municipios se hagan de recursos financieros para atender las necesidades de sus habitantes por concepto de predial y uso derechos de suelo.

Lo anterior considerando que actualmente, la Ley de Vías Generales de Comunicación, en su artículo 7 establece “Las vías generales de comunicación, los servicios públicos que en ellas se establezcan, los capitales y empréstitos empleados en ellos, las acciones, bonos y obligaciones emitidos por las empresas, no podrán ser objeto de contribuciones de los estados, departamentos del Distrito Federal o municipios.”

De acuerdo con los legisladores, lo anterior no significa que la federación establezca las mismas, y que determine hacerlas participables a la entidades federativas.

Asimismo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido diversas tesis aisladas, respecto de la naturaleza de las contribuciones que se supone deben pagar las empresas.

La primera de estas tesis aisladas es la referente a los derechos de los municipios por instalación de casetas telefónicas, que concluye que el cobro de derechos municipales por instalación de casetas telefónicas no invade la esfera de competencia de la federación.

Tesis Aislada CCXXVI/2009. Derechos municipales por instalación de casetas telefónicas. Su cobro no invade la esfera competencial de la federación. El derecho sobre casetas telefónicas establece un pago por los servicios municipales prestados por concepto de uso u ocupación de la vía pública por la caseta telefónica, sin que con ello se involucre la actividad o naturaleza de los servicios prestados por quienes cuenten con una concesión para la explotación de una vía general de comunicación.

En efecto, el objeto de ese derecho no versa sobre la caseta telefónica, el teléfono o la prestación del servicio telefónico, sino respecto del uso de un espacio público municipal para colocar la caseta. En este sentido, el cobro de derechos municipales por instalación de casetas telefónicas no invade la esfera competencial de la federación y, por ende, no viola el artículo 73, fracción XXIX, punto cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues lo que éste prohíbe es la imposición de contribuciones estatales sobre servicios públicos concesionados, lo cual no acontece en la especie ya que se trata de un derecho que grava la utilización que hacen los particulares de un servicio público municipal.

La segunda tesis aislada expuesta en la presente iniciativa, es la referente a la facultad federal para legislar en determinada materia, que no conlleva una potestad tributaria exclusiva de la federación para establecer contribuciones sobre cualquier cuestión propia de la materia que se regula.

Tesis Aislada CCXXIV/2009. Competencia federal en materia tributaria. Conforme al principio de no redundancia en materia constitucional, la facultad para legislar en determinada materia no conlleva una potestad tributaria exclusiva de la federación para establecer contribuciones sobre cualquier cuestión propia de la materia que se regula. Los tributos exclusivamente federales son los enumerados en la fracción XXIX del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Por tanto y conforme al principio de no redundancia en materia constitucional, se concluye que la facultad federal para legislar en determinada materia no conlleva una potestad tributaria exclusiva de la federación para establecer contribuciones sobre cualquier cuestión propia de la materia que se regula. Es decir, el hecho de que exclusivamente la federación pueda legislar sobre alguna materia no significa que los estados o el Distrito Federal no puedan ejercer sus atribuciones tributarias sobre determinados sujetos u objetos reglamentados por una norma de carácter federal.

La siguiente tesis aislada manifiesta que las leyes federales no podrán otorgar algún tipo de exención respecto del cobro de las contribuciones que perciban los municipios por los servicios públicos que presten, debido a que la atribución federal para legislar en una materia no puede restringir potestades tributarias atribuidas por la Constitución General de la República a otros órdenes de gobierno.

Tesis Aislada CCXXV/2009. Contribuciones por concepto de servicios públicos municipales. La federación no puede otorgar exenciones respecto de su cobro. El artículo 115, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos otorga directamente a los estados la potestad de facultar a los municipios para el cobro de contribuciones sobre los servicios públicos que presten, de ahí que atento al principio de supremacía constitucional, dicha facultad no puede limitarse por una norma federal y, por ende, las leyes federales no podrán otorgar algún tipo de exención respecto del cobro de las contribuciones que perciban los municipios por los servicios públicos que presten, pues la atribución federal para legislar en una materia no puede restringir potestades tributarias atribuidas por la Constitución General de la República a otros órdenes de gobierno.

Los legisladores exponen casos particulares de la negativa, por parte de la empresa Teléfonos de México, a pagar impuestos a los estados o municipios por conceptos de uso de suelo y predial.

El primer caso que registran los exponentes es en la ciudad de Morelia, donde existen instaladas más de dos mil casetas telefónicas de la empresa Teléfonos de México (Telmex), de las cuales no pagan impuesto alguno, además de no solicitar permisos para su instalación.

De la misma forma, en la ciudad de Zacatecas, a través de su tesorero, se dio a conocer la resolución del recurso de revisión por parte del pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI) en la cual avala que la empresa Telmex, no paga derechos por el uso de vía pública, ni en materia de impuestos sobre anuncios y propaganda.

Señalan los legisladores, que el Sistema de Administración Tributaria (SAT), le comunicó al IFAI que Telmex no pagaba a los gobiernos municipales contribuciones previstas en sus leyes de ingresos, como el impuesto sobre anuncios y propaganda, y los derechos por uso de vía pública por sus casetas telefónicas, argumentando que el artículo 7 de la Ley General de Comunicaciones lo obliga a pagar derechos a la federación.

Derivado de lo anterior, la presente iniciativa propone la reforma del artículo 7 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, para que las contribuciones que se capten por servicios públicos, capitales, empréstitos empleados, acciones, bonos y obligaciones emitidos por las empresas del ramo de vías generales de comunicación sean objeto de contribución federal, y cien por ciento participables entre las entidades federativas y los municipios.

Consideraciones

1. La Comisión de Comunicaciones con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, 45 numeral 6, inciso f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con el artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, procede a realizar el estudio y análisis de la iniciativa presentada por la diputada Claudia Edith Anaya Mota y por los diputados Agustín Guerrero Castillo, Armando Ríos Piter y Vidal Llerenas; del Grupo Parlamentario de la Revolución Democrática.

2. El Congreso de la Unión, en uso de atribuciones que le confiere el artículo 73, fracción XVII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, expidió la actual Ley de Vías Generales de Comunicación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de febrero de 1940, cuyo artículo 7 establece:

“Artículo 7o. Las vías generales de comunicación, los servicios públicos que en ellas se establezcan, los capitales y empréstitos empleados en ellos, las acciones, bonos y obligaciones emitidos por las empresas, no podrán ser objeto de contribuciones de los estados, departamentos del Distrito Federal o municipios”.

De lo anterior se deriva, que la explotación, regulación y operación de las vías generales de comunicación corresponde al gobierno federal y que el Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, ejerce facultades en materia de explotación de vías generales de comunicación, lo cual sólo podrá ser permitida o concesionada a particulares por parte de dicha dependencia sin la intervención o interferencia de las autoridades locales.

Asimismo, se debe tener en cuenta lo que establece el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su fracción IV, incisos a) y c):

“Artículo 115. ...

IV. Los municipios administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que las legislaturas establezcan a su favor, y en todo caso:

a) Percibirán las contribuciones, incluyendo tasas adicionales, que establezcan los estados sobre la propiedad inmobiliaria, de su fraccionamiento, división, consolidación, traslación y mejora así como las que tengan por base el cambio de valor de los inmuebles.

Los municipios podrán celebrar convenios con el estado para que éste se haga cargo de algunas de las funciones relacionadas con la administración de esas contribuciones.

b)  ...

c) Los ingresos derivados de la prestación de servicios públicos a su cargo.

Las leyes federales no limitarán la facultad de los estados para establecer las contribuciones a que se refieren los incisos a) y c), ni concederán exenciones en relación con las mismas. Las leyes estatales no establecerán exenciones o subsidios en favor de persona o institución alguna respecto de dichas contribuciones. Sólo estarán exentos los bienes de dominio público de la federación, de los estados o los municipios, salvo que tales bienes sean utilizados por entidades paraestatales o por particulares, bajo cualquier título, para fines administrativos o propósitos distintos a los de su objeto público”.

Con base en lo anterior, los municipios sólo pueden percibir las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, de su fraccionamiento, división, consolidación, traslación y mejora, así como las que tengan por base el cambio de valor de los inmuebles, así como los ingresos derivados de la prestación de servicios públicos a su cargo, con excepción de bienes de dominio público de la federación, salvo que tales bienes sean utilizados por entidades paraestatales o por particulares para fines administrativos o propósitos distintos a los de su objeto público.

Asimismo, la Ley de Vías Generales de Comunicación en sus artículos 8o., 40a. y 43o. establece lo siguiente:

“Artículo 8. Para construir, establecer y explotar vías generales de comunicación, o cualquiera clase de servicios conexos a éstas, será necesario el tener concesión o permiso del Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y con sujeción a los preceptos de esta ley y sus reglamentos.

Artículo 40. Las vías generales de comunicación se construirán y establecerán con sujeción a lo dispuesto en el artículo 8o. de esta ley y a las prevenciones de los reglamentos sobre la materia. La Secretaría de Comunicaciones fijará en cada caso, las condiciones técnicas relacionadas con la seguridad, utilidad especial y eficiencia del servicio que deben satisfacer dichas vías.

Artículo 43. Dentro de los límites urbanizados y urbanizables de las poblaciones, las empresas de vías generales de comunicación no podrán poner obstáculo de ningún género que impida o estorbe en cualquier forma o que moleste el uso público de las calles, calzadas o plazas, a juicio de las autoridades locales. En ningún caso se autorizará la construcción de estaciones radiodifusoras dentro de los límites de las poblaciones, salvo lo dispuesto en las convenciones internacionales”.

En el mismo sentido, esta comisión considera fundamental lo establecido por la Ley Federal de Telecomunicaciones en sus artículos 4o. y 5o.

“Artículo 4. Para los efectos de esta ley, son vías generales de comunicación el espectro radioeléctrico, las redes de telecomunicaciones y los sistemas de comunicación vía satélite.

Artículo 5. Las vías generales de comunicación materia de esta ley y los servicios que en ellas se presten son de jurisdicción federal.

Para los efectos de esta ley se considera de interés público la instalación, operación, y mantenimiento de cableado subterráneo y aéreo y equipo destinado al servicio de las redes públicas de telecomunicaciones, debiéndose cumplir las disposiciones estatales y municipales en materia de de-sarrollo urbano y protección ecológica aplicables”.

3. Con base en lo anterior, se concluye que para construir, establecer y explotar vías generales de comunicación o cualquier clase de servicios conexos a éstas, se requiere de concesión o permiso otorgado por el Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Que las vías generales de comunicación, no podrán ser objeto de contribuciones de los estados, del Distrito Federal o de los municipios.

Que el espectro radioeléctrico, las redes de telecomunicaciones y los sistemas de comunicación vía satélite, son vías generales de comunicación. A este respecto, la instalación, operación y mantenimiento de cableado subterráneo y aéreo y equipo destinado al servicio de las redes públicas de telecomunicaciones se considera de interés público.

4. Es importante señalar que de igual manera el Poder Judicial de la Federación se ha pronunciado a través de la tesis aislada emitida por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, que establece lo siguiente:

Derechos municipales por obras relativas a la instalación del servicio público de telefonía. Son violatorios del artículo 16 constitucional por gravar la red pública de telecomunicaciones que constituye una vía general de comunicación de jurisdicción federal. De los artículos 73, fracciones XVII y XXIX, inciso 4o. de la Constitución General de la República; de los numerales 2o.,7o. y 8o. de la Ley de Vías Generales de Comunicación, así como 1o. a 5o. de la Ley Federal de Telecomunicaciones, se constata que sólo el Congreso de la Unión tiene facultad para dictar leyes sobre vías generales de comunicación, así como para establecer contribuciones sobre servicios públicos concesionados o explotados directamente por la federación, por lo que se trata de una facultad exclusiva del legislador federal, no reservada para las legislaturas de los estados, conforme a lo dispuesto por el artículo 124 constitucional, aplicado a contrario sensu. De tales numerales se deduce además, que la Ley Federal de Telecomunicaciones considera a la red pública de telecomunicaciones, incluida la de servicios públicos telefónicos que se explota comercialmente, como una vía general de comunicación, mismas que son exclusivamente de jurisdicción federal y que, en términos de la Ley de Vías Generales de Comunicación, no podrán ser objeto de contribuciones de los estados o municipios. En consecuencia, el cobro de derechos que realicen las autoridades municipales por la realización de obras relativas a la instalación de postes para la prestación del servicio público de telefonía, resulta violatorio del artículo 16 constitucional, dado que dichos derechos constituyen verdaderas contribuciones que gravan la instalación de una parte de la red pública de telecomunicaciones, y que constituyen una vía general de comunicación de jurisdicción federal exclusiva, sin que las autoridades municipales puedan fundamentar su actuación en las leyes de ingresos municipales que prevean el cobro de derechos por obras materiales o por la ejecución de obras públicas, ni aplicar, en auxilio de las facultades exclusivas de la Federación, las disposiciones contenidas en la Ley de Vías Generales de Comunicación y en la Ley Federal de Telecomunicaciones. (tesis aislada; novena época; instancia: tribunales colegiados de circuito; Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; Tomo XXVII, Enero de 2008; pág. 2773.)

5. Por lo antes expuesto, los diputados integrantes de la Comisión de Comunicaciones de la LXI Legislatura, sometemos a consideración del pleno de esta honorable asamblea, el siguiente

Acuerdo

Primero. Se desecha la iniciativa que reforma el artículo 7 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, suscrita por la diputada Claudia Edith Anaya Mota y por los diputados Agustín Guerrero Castillo, Armando Ríos Piter y Vidal Llerenas; del Grupo Parlamentario de la Revolución Democrática, presentada el 2 de julio de 2010.

Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de octubre de 2010.

La Comisión de Comunicaciones, diputados:José Adán Ignacio Rubí Salazar (rúbrica), presidente; Éric Luis Rubio Barthell (rúbrica), Baltazar Martínez Montemayor, Pablo Rodríguez Regordosa (rúbrica), Arturo García Portillo (rúbrica), Juan Gerardo Flores Ramírez (rúbrica), José María Torres Robledo (rúbrica), Gerardo Leyva Hernández (rúbrica), Fernando Ferreyra Olivares (rúbrica), María del Pilar Torre Canales (rúbrica), secretarios; Maurilio Ochoa Millán, Ana Estela Durán Rico (rúbrica), Sofía Castro Ríos, Hugo Héctor Martínez González, Carlos Cruz Mendoza (rúbrica), Rogelio Cerda Pérez (rúbrica), Manuel Humberto Cota Jiménez (rúbrica), Janet Graciela González Tostado (rúbrica), Reginaldo Rivera de la Torre, Ricardo Ahued Bardahuil (rúbrica), Leonardo Arturo Guillén Medina (rúbrica), Sergio Arturo Torres Santos (rúbrica), Aránzazu Quintana Padilla, Adriana Fuentes Cortés, Javier Corral Jurado, Adriana Sarur Torre, Martha Angélica Bernardino Rojas (rúbrica), Francisco Hernández Juárez (rúbrica en abstención), Genaro Mejía De la Merced.»



LEY DEL SERVICIO PUBLICO DE ENERGIA ELECTRICA - LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - LEY ORGANICA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de las Comisiones Unidas de Energía, de la Función Pública, y de Justicia, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artículos 43 y 172 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, 2 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y 14 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Honorable Asamblea:

A las Comisiones Unidad de Energía, de la Función Pública y de Justicia de la LXI Legislatura, les fue turnada para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, la Iniciativa con Proyecto de Decreto que adiciona los artículos 43 y 172 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, el artículo 2o. de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y el artículo 14 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

Las Comisiones Unidas de Energía, de la Función Pública, y de Justicia de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, correspondientes a la LXI Legislatura con fundamento en los artículo 39 y 45, numeral 60, 87 y 88, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a al consideración de esta honorable asamblea, el presente dictamen, de conformidad con los siguientes

Antecedentes

Primero.Con fecha 30 de abril de 2008, la diputada Blanca Luna Becerril, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados, la iniciativa con Proyecto de Decreto que adiciona los artículos 43 y 172 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, el articulo 2o. de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y el artículo 14 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

Segundo. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados determinó el siguiente trámite: “Túrnese a las Comisiones Unidas de Energía, de la Función Pública, y de Justicia”.

Tercero. Las comisiones dictaminadoras procedieron a la revisión y análisis de la iniciativa y la elaboración del presente dictamen.

Contenido de la iniciativa

La iniciativa presentada por la diputada Blanca Luna Becerril versa sobre el  abastecimiento de energía eléctrica a cargo de Luz y Fuerza del Centro y las anomalías, irregularidades, abusos, alteraciones, incoherencias, arbitrariedades, atropellos al realizar el cobro y atención al cliente por parte del personal de esta dependencia, actitudes que tenia la hoy extinta Luz y fuerza del Centro.

Asimismo, plantea diversas situaciones derivadas de los procedimientos de queja o reclamación que se pueden incoar a partir de lo establecido en la Ley Federal de Protección al Consumidor o conforme al contenido del artículo 42 de Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica; así como con motivo de la sustanciación del recurso de revisión conforme a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

En primer lugar, la diputada Luna Becerril hace referencia a que una vez emitida una resolución de la Procuraduría Federal del Consumidor, ésta puede ser objeto de recurso de revisión y que en la sustanciación de éste recurso no participa el usuario, es decir, queda fuera de la relación que dio inicio al procedimiento.

En segundo lugar, a partir del contenido del artículo 42 del Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, señala que se debe evitar que la autoridad sea juez y parte en la resolución de alguna controversia.

En tercer lugar, pretende impedir la duplicidad de funciones que realizan por un lado, el área competente de la Secretaría de Energía y, por el otro, la Procuraduría Federal del Consumidor.

En cuarto lugar, indica que ninguna de las resoluciones surgidas de los procedimientos establecidos en la Ley Federal de Protección al Consumidor o del artículo 42 del Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica obligan a Luz y Fuerza del Centro a acatarlas resoluciones cuando el usuario tenga la razón y menos aún se puede establecer por ese hecho una sanción a servidores públicos que incurran en responsabilidad por irregularidades en el desempeño de sus funciones dentro de Luz y Fuerza del Centro.

En consecuencia, la legisladora menciona que la materia de su iniciativa es dotar al usuario de una herramienta jurídica que permita al usuario impugnar la resolución de Luz y Fuerza del Centro. Asimismo, se permitiría estar acorde con las políticas y acciones para prevenir y combatir la corrupción y fomentar la transparencia en el ejercicio de atribuciones de las dependencias y entidades de la administración pública federal.

También pretende la diputada proponente, hacer eficiente la aplicación de la ley en situaciones irregulares en el servicio de energía eléctrica tales como: prepotencia, nepotismo, negligencia, peculado, actos de extorsión, entre otras que realizan las personas que laboran en Luz y Fuerza del Centro.

Asimismo, propone facultar al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa para que conozca de quejas o denuncias en contra de Luz y Fuerza del Centro sin perjuicio de las atribuciones de la Procuraduría Federal del Consumidor.

Concluye la diputada Luna Becerril al señalar que “resultan necesarias y convenientes las modificaciones a los ordenamientos jurídicos propuestas en esta iniciativa, para terminar con las prácticas irregulares de los servidores públicos adscritos a la paraestatal Luz y Fuerza del Centro, así como las anomalías en la prestación del servicio de energía eléctrica, que van directamente en detrimento del patrimonio familiar pues devienen en gastos extras no contemplados en el presupuesto previsto para gastos de servicios.”

Consideraciones

Primera. Las reformas planteadas por la proponente tienen como materia regular distintos aspectos con los que se pretende normar la actuación del personal que trabajaba en Luz y Fuerza del Centro, sin embargo debido a que la compañía de Luz y Fuerza del Centro ya no existe, la presente iniciativa carece de materia, en virtud de la entrada en vigor del Decreto por el que se extingue el organismo descentralizado de Luz y Fuerza del Centro, publicado el 11 de octubre de 2009 en el Diario Oficial de la Federación .En el artículo 1° de dicho instrumento legal se establece lo siguiente:

“Artículo 1. Se extingue el organismo descentralizado Luz y Fuerza del Centro, el cual conservará su personalidad jurídica exclusivamente para efectos del proceso de liquidación.”

Este instrumento legal entró en vigor al día siguiente de su publicación, conforme a lo establecido en el artículo primero transitorio.

Dada esta situación, se considera es inevitable señalar que la presente iniciativa ya no tiene materia, ya que al no existir la compañía de Luz y Fuerza del Centro se pierde el sentido de la iniciativa ya que no se puede regular algo que no existe.

Segunda. Por otro lado y a fin de esclarecer algunos puntos de la presente iniciativa hay que hacer los siguientes comentarios para dejar en claro que además de ser improcedente la iniciativa por falta de materia, se considera improcedente en cuanto a su contenido, por las siguientes consideraciones.

En primer lugar la proponente de la iniciativa sugiere reformar el articulo 43 de la Ley de Servicio Público de Energía Eléctrica que corresponde al capítulo siete, titulado Recurso Administrativo, dicha reforma pretende aumentarle un segundo párrafo, sin embargo hay que resaltar que dicho artículo no sólo consta de un párrafo, en realidad este artículo vigente tiene siete párrafos y cinco fracciones, por lo que dicha reforma mutilaría el artículo mencionado que regula el recurso administrativo cuando se presenta alguna inconformidad con las resoluciones de la Secretaría de Energía, por lo que aparentemente la iniciativa en estudio derogaría las disposiciones vigentes, sin justificar porque razón o circunstancia se suprimen, si esa fuese la intención.

La reforma antes mencionada únicamente pretende establecer como optativo presentar una queja o denuncia ya sea ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) o ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, dejando fuera todo lo demás regulado en dicho artículo, es decir, la forma de presentarlo,  la cuestión referente a las pruebas, plazos y términos, etc. A fin de ilustrar esta situación se transcribe el artículo de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica que se pretende reformar:

Articulo 43.En caso de inconformidad con las resoluciones de la Secretaría competente, dictadas con fundamento en esta Ley y demás disposiciones derivadas de ella, el interesado podrá solicitar ante la propia Secretaría, dentro del plazo de 15 días hábiles siguientes a su notificación, la reconsideración de dicha resolución.

En este recurso podrán ofrecerse toda clase de pruebas, excepto la confesional. Al interponerse deberán acompañarse los documentos en que conste la resolución recurrida y acreditarse la personalidad de quien promueva.

Para el desahogo de las pruebas ofrecidas se concederá al recurrente un plazo no menor de 8 ni mayor de 30 días hábiles, que la Secretaría que conozca del recurso fijará según el grado de dificultad que el mencionado desahogo implique. Quedará a cargo del recurrente la presentación de testigos, dictámenes y documentos. De no presentarlos dentro del término concedido, la prueba correspondiente no se tendrá en cuenta al emitir la resolución respectiva. En lo no previsto en este párrafo, será aplicable supletoriamente, en relación con el ofrecimiento, recepción y desahogo de pruebas, el Código Federal de Procedimientos Civiles.

Los recursos serán resueltos por los funcionarios que corresponda, de conformidad con lo previsto en el reglamento interior de la respectiva dependencia; o en los acuerdos delegatorios de facultades; salvo cuando se trate de resoluciones que emita el secretario, caso en el cual le corresponderá resolver el recurso.

Las resoluciones no recurridas dentro del término de 15 días hábiles, las que se dicten durante el trámite del recurso o al resolver éste, así como aquéllas que lo tengan por no interpuesto, tendrán administrativamente el carácter de definitivas.

La interposición del recurso suspenderá la ejecución de la resolución recurrida por cuanto al pago de multas, de las indemnizaciones y demás prestaciones, por un plazo de 6 días hábiles. Cuando dentro de dicho plazo se garantice su importe en los términos del Código Fiscal de la Federación, continuará la suspensión hasta que la Secretaría competente resuelva el recurso. De no constituirse la garantía cesará la suspensión sin necesidad de declaración y procederá la ejecución.

Respecto de otras resoluciones administrativas, la interposición del recurso suspenderá la ejecución de la resolución impugnada si así lo solicitare el recurrente y surtirá efectos hasta que el oficio o a petición del propio recurrente se resuelva en definitiva sobre dicha suspensión, que sólo se otorgará si concurren los siguientes requisitos:

I.Que el recurrente la hubiere solicitado;

II.Que se admita el recurso;

III.Que la suspensión no traiga como consecuencia la consumación o continuación de actos u omisiones que impliquen perjuicios al interés social o al orden público;

IV.Que no se ocasionen daños o perjuicios a terceros, a menos que se garantice el pago de éstos para el caso de no obtenerse resolución favorable, y

V.Que la ejecución de la resolución recurrida produzca daños o perjuicios de imposible o difícil reparación en contra del recurrente.

Como se puede advertir de la transcripción anterior, la esencia del artículo 43 es la regulación del recurso administrativo cuando se presente una inconformidad y su procedimiento, por lo que resultaría completamente contrario al espíritu de la Ley la reforma propuesta, ya que plantea regular la responsabilidad administrativa de los servidores públicos, a través de la presentación de una queja o denuncia optativamente ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) o ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, pasando por alto las disposiciones constitucionales establecidas en el artículo 113, relativas a las responsabilidades administrativas, así como las disposiciones establecidas en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, legislación en la que se establece el objeto y la competencia de las autoridades en dicha materia.

El artículo 1 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, señala que el objeto de la ley es reglamentar el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de los sujetos de responsabilidad administrativa en el servicio público; las obligaciones en el servicio público; las responsabilidades y sanciones administrativas en el servicio público; las autoridades competentes y el procedimiento para aplicar dichas sanciones, y el registro patrimonial de los servidores públicos.

En ese sentido, hacer competente a una autoridad diversa de la que la propia Constitución establece, mediante la ley reglamentaria correspondiente señala en el  párrafo anterior, daría pauta a la existencia de duplicidad de funciones en materia de responsabilidades administrativas de los servidores públicos, lo que se traduciría en incertidumbre jurídica para los gobernados, por lo que esta Soberanía no puede permitirse expedir leyes que causen incertidumbre en la sociedad.

Por otro lado, cabe resaltar que esta Ley regula de manera general todo lo referente a la producción distribución y abastecimiento de energía eléctrica por parte de la Comisión Federal de Electricidad, mas no directamente las actividades de la Compañía de Luz y Fuerza del Centro, es decir, el ámbito de aplicación de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica recae no sobre las actividades de Luz y Fuerza del Centro, sino recae en el desarrollo de las actividades de la Comisión Federal de Electricidad.

Tercera.En lo que respecta a la reforma propuesta para el artículo 172 de al Ley de Servicio Público de Energía Eléctrica resulta necesario aclarar que dicha Ley sólo consta de 46 artículos, luego entonces, resulta imposible hacer una reforma sobre un artículo que no existe.

A pesar de la situación antes mencionada y derivado de la lectura y del estudio del artículo 172 contenido en la iniciativa se logró observar que dicho artículo corresponde al Reglamento de la Ley de Servicio Público de Energía Eléctrica, ante esta situación cabe hacer la siguiente aclaración, debido a que la pretendida reforma versa sobre un reglamento y no sobre una ley, el Congreso de la Unión no es el competente para conocer del asunto por tratarse de una de las facultades del Presidente de la República, como se desprende de la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual establece lo siguiente:

Artículo 89.Las facultades y obligaciones del presidente, son las siguientes:

I.Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia.

Como podemos observar, este artículo constitucional establece como facultades del Presidente de la República el promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión y además agrega “proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia”, en este segundo enunciado se encuentra inmersa la facultad reglamentaria del Ejecutivo federal.

Las constituciones anteriores a la de 1857 consignaban de manera expresa que el Ejecutivo tenia la facultad de dictar reglamentos, pero en la constitución de 1857 se consigno la expresión antes mencionada, sin embargo, y a pesar de las discusiones doctrinales, el Poder Judicial de la Federación se ha pronunciado al respecto como a continuación se puede constatar:

Tesis: VI. 2. 188 A

Semanario Judicial de la Federación

Octava Época

209579

Tribunales Colegiados de Circuito

Tomo: XV, Enero de 1995

Página 298

Tesis Aislada

Reglamentos administrativos. Facultad del presidente de la Republica para expedirlos. Su naturaleza.El artículo 89, fracción I, de la Carta Magna, confiere al Presidente de la República tres facultades: a). La de promulgar las leyes que expida el Congreso de la Unión; b). La de ejecutar dichas leyes y c). La de proveer en la esfera administrativa a su exacta observancia, o sea la facultad reglamentaria. Esta última facultad es la que determina que el Ejecutivo pueda expedir disposiciones generales y abstractas que tienen por objeto la ejecución de la ley, desarrollando y complementando en detalle las normas contenidas en los ordenamientos jurídicos expedidos por el Congreso de la Unión. El reglamento es un acto formalmente administrativo y materialmente legislativo; partícipe de los atributos de la ley aunque sólo en cuánto ambos ordenamientos son de naturaleza impersonal, general y abstracta. Dos características separan la ley del reglamento en sentido estricto: Este último emana del Ejecutivo, a quien incumbe proveer en la esfera administrativa a la exacta observancia de la ley, y es una norma subalterna que tiene su medida y justificación en la ley. Pero aun en lo que aparece común en los dos ordenamientos, que es su carácter general y abstracto, sepárense por la finalidad que en el área del reglamento se imprime a dicha característica, ya que el reglamento determina de modo general y abstracto los medios que deberán emplearse para aplicar la ley a los casos concretos.

Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito

Amparo directo 233/90. Electrónica Aplicada del Sureste, SA de CV, 19 de febrero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Arnoldo Nájera Virgen. Secretario: Enrique Crispín Campos Ramírez.

Amparo directo 169/90. Industrias Modernas de Precisión, SA, 21 de noviembre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Jorge Alberto González Álvarez.

Amparo directo 433/88. Haddad Textil, SA de CV, 24 de octubre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Mario Machorro Castillo.

Como se puede apreciar del criterio jurisprudencial en la tesis aislada antes transcrita, es facultad de Presidente expedir reglamentos y no del Congreso de la Unión a pesar de ser una función materialmente legislativa, por lo que queda claro que no esta dentro de la esfera de atribuciones de este Congreso legislar en materia de reglamentos por corresponderle esta facultad al Presidente de la República.

Cuarta.En términos de las consideraciones anteriores, las adiciones propuestas al artículo 2o. de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y al artículo 14 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, igualmente son improcedentes, ya que al establecer estas dictaminadoras que no es procedente la adición a la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica por no tener materia y por que jurídicamente la iniciativa en estudio no tiene la razón, pues aún más las adiciones que se pretenden a aquellas leyes, toda vez que en estas se materializaría procesalmente la propuesta materia del presente dictamen.

Por las razones y argumentación anteriormente citadas, estas Comisiones Unidas de Energía, de la Función Pública y de Justicia emiten el siguiente:

Acuerdo

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artículos 43 y 172 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, el artículo 2 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y el artículo 14 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, presentada por la diputada Blanca Luna Becerril del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza.

Segundo. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de octubre de 2010.

La Comisión de Energía, diputados:Felipe de Jesús Cantú Rodríguez (rúbrica), Ramón Ramírez Valtierra (rúbrica), José del Pilar Córdova Hernández, Guillermo Raúl Ruiz de Teresa (rúbrica), Sergio Lorenzo Quiroz Cruz (rúbrica), Ivideliza Reyes Hernández (rúbrica), José Erandi Bermúdez Méndez (rúbrica), Juan Gerardo Flores Ramírez, Eduardo Mendoza Arellano, Laura Itzel Castillo Juárez (rúbrica en contra), Pedro Jiménez León, Tomás Gutiérrez Ramírez (rúbrica), Víctor Manuel Kidnie de la Cruz, Eduardo Alonso Bailey Elizondo (rúbrica), Canek Vázquez Góngora (rúbrica), José Luis Soto Oseguera (rúbrica), Jorge Alberto Juraidini Rumilla (rúbrica), José Luis Velasco Lino (rúbrica), Alfredo Villegas Arreola (rúbrica), Luis Antonio Martínez Armengol, Genaro García de la Merced, Éric Luis Rubio Barthell, Miguel Martín López, Alfredo Javier Rodríguez Dávila (rúbrica), Nelly del Carmen Márquez Zapata (rúbrica), César Octavio Pedroza Gaitán (rúbrica), Elsa María Martínez Peña, Obdulia Magdalena Torres Abarca (rúbrica), Ramón Jiménez López, César Francisco Burelo Burelo (rúbrica en abstención).

La Comisión de la Función Pública, diputados:Pablo Escudero Morales (rúbrica), presidente; Patricio Chirinos del Ángel (rúbrica), Josué Cirino Valdés Huezo (rúbrica), Marcos Pérez Esquer (rúbrica), Juan Carlos López Fernández (rúbrica), secretarios; Salvador Caro Cabrera, Yulenny Guylaine Cortes León, Esthela Damián Peralta, Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Carlos Alberto Ezeta Salcedo (rúbrica), Lizbeth García Coronado, Lizbeth García Coronado, Miguel Ángel García Granados, César Daniel González Madruga (rúbrica), Janet Graciela González Tostado, Agustín Guerrero Castillo (rúbrica), Jorge Alberto Juraidini Rumilla (rúbrica), Sergio Lobato García (rúbrica), Kenia López Rabadán, Tereso Medina Ramírez (rúbrica), Héctor Pedroza Jiménez (rúbrica), Pedro Peralta Rivas, Eviel Pérez Magaña, Ramón Ramírez Valtierra (rúbrica), Ivideliza Reyes Hernández (rúbrica), José Francisco Rábago Castillo, (rúbrica), Fausto Sergio Saldaña del Moral (rúbrica), María del Pilar Torre Canales, Enrique Torres Delgado (rúbrica), Enrique Octavio Trejo Azuara (rúbrica), Guillermo José Zavaleta Rojas.

La Comisión de Justicia, diputados:Víctor Humberto Benítez Treviño (rúbrica), José Tomás Carrillo Sánchez (rúbrica), Sergio Lobato García (rúbrica), Óscar Martín Arce Paniagua (rúbrica), Camilo Ramírez Puente (rúbrica), Ezequiel Retiz Gutiérrez (rúbrica), Eduardo Ledesma Romo (rúbrica), Ángeles Nazares Jerónimo, Luis Carlos Campos Villegas (rúbrica), Juanita Arcelia Flores Espinosa, Felipe Amadeo Flores Espinosa (rúbrica), Nancy González Ulloa, Leonardo Arturo Guillén Medina (rúbrica), Mercedes del Carmen Guillén Vicente (rúbrica), Cuauhtémoc Gutiérrez de la Torre (rúbrica), Gregorio Hurtado Leija (rúbrica), Sonia Mendoza Díaz (rúbrica), Jesús Alfonso Navarrete Prida, Carlos Alberto Pérez Cuevas, Rodrigo Pérez-Alonso González (rúbrica), Norma Leticia Salazar Vázquez (rúbrica), Cuauhtémoc Salgado Romero, José Alfredo Torres Huitrón (rúbrica), Enoé Margarita Uranga Muñoz, Josué Cirino Valdés Huezo (rúbrica), Ardelio Vargas Fosado (rúbrica), Alma Carolina Viggiano Austria, Pedro Vázquez González, Arturo Zamora Jiménez (rúbrica).»



LEY GENERAL DE SALUD - LEY GENERAL DE EDUCACION - LEY FEDERAL DEL TRABAJO - LEY QUE ESTABLECE LAS NORMAS MINIMAS SOBRE READAPTACION SOCIAL DE LOS SENTENCIADOS

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de las Comisiones Unidas de Salud, de Educación Pública y Servicios Educativos, de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Pública, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes General de Salud, General de Educación, Federal del Trabajo, y que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados

Honorable Asamblea:

Las Comisiones Unidas de Salud, de Educación Pública y Servicios Educativos, de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Pública de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LXI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, 45, numeral 6, incisos f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 55, 56, 60 y 88, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; someten a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen.

I. Antecedentes

1. El 8 de febrero de 2005 la diputada Irma Figueroa Romero, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, haciendo uso de la facultad que le confiere el artículo 71 fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentó ante la Cámara de Diputados iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, Ley General de Educación, Ley Federal del Trabajo y Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.

2. En esa misma sesión, la Presidencia de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados turnó a las Comisiones Unidas de Salud, de Educación Pública y Servicios Educativos, de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Pública, la iniciativa en comento para su análisis y dictaminación.

3. En sesión del 13 de marzo de 2007, el Pleno de la Comisión de Salud de la LX Legislatura aprobó el proyecto de dictamen respectivo.

4. En sesión del 25 de septiembre de 2007, el Pleno de la Comisión de Seguridad Pública de la LX Legislatura aprobó el dictamen respectivo.

5. En marzo de 2008 el Pleno de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la LX Legislatura votó y aprobó el presente Dictamen.

II. Contenido de la iniciativa

La promovente manifiesta en su exposición de motivos, que la epidemia del virus de inmunodeficiencia humana (VIH), ha provocado que grupos radicales den una connotación moral equivocada a esta enfermedad, ya que desde su aparición se han presentado actitudes de discriminación hacia los infectados por el VIH/sida, obstaculizando adecuadas condiciones de dialogo y reflexión entre diversos involucrados.

Asimismo, señala que en nuestro país esto se ha puesto de manifiesto con la insuficiencia de políticas sanitarias destinadas a apoyar con suficientes recursos los programas de prevención y tratamiento hacia los enfermos atacados por este mal, toda vez que predominan situaciones inaceptables como la intolerancia, discriminación hacia los enfermos y sus familiares, la falta de medicamentos antirretrovirales en las instituciones gubernamentales, el rechazo en las escuelas, clubes, asociaciones, hospitales, así como el despido laboral injustificado de estos.

Es por ello, que a través de la iniciativa presentada, la diputada Irma Figueroa Romero pretende que los derechos de los pacientes con VIH/sida, queden claramente establecidos en las diferentes leyes, a fin de contribuir a dar soluciones efectivas para evitar la discriminación, rechazo y violación de sus derechos como pacientes.

III. Consideraciones

De acuerdo al Informe de diciembre de 2006 del Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/Sida (Onusida), así como la Organización Mundial de la Salud (OMS), el número de personas que a nivel mundial vive con el VIH, así como muertes causadas por el sida, muestra una tendencia creciente. Problema de salud pública que afecta, cada vez más, a los jóvenes cuyo intervalo de edad oscila entre los 15 y 24 años.

Según datos referidos en dicho informe, el número estimado de adultos y niños que vivían con el VIH al finalizar el año 2006, fue de:

• 24.7 millones para África;

• 7.8 millones para Asia Meridional y Sudoriental;

• 1.7 millones para Europa Oriental y Asia Central;

• 1.7 millones para América Latina;

• 1.4 millones para América del Norte;

• 750, 000 para Asia Oriental;

• 740, 000 para Europa Occidental y Central;

• 460, 000 para Oriente Medio y Afrecha del Norte;

• 250,000 para el Caribe; y

• 81, 000 para Oceanía.

Por su parte, las muertes causadas por el sida alcanzaron para ese mismo año un total de 2.9 millones de personas, de los cuales 2.6 fueron adultos y 380,000 menores de edad.

Para el caso de México, el Registro Nacional de Casos de Sida, dio cuenta de 107,625 casos hasta noviembre de 2006, de los cuales 83 por ciento corresponden a hombres y 17 por ciento a mujeres, siendo el grupo de personas con edades entre 15 y 44 años los que representaron mayor afectación al concentrar el 78.7 por ciento de los casos registrados.

Indudablemente, la desinformación respecto a la epidemia del VIH/sida ha generado reacciones de rechazo, producto de la falta de conocimiento de las formas de contagio y principales factores de riesgo (como el consumo de drogas intravenosas, las relaciones sexuales entre varones, el comercio sexual y las relaciones sexuales sin protección), lo cual ha dado origen a diversos actos de discriminación, negación de servicios médicos, despidos laborales injustificados, y en general, la estigmatización de la enfermedad.

Las razones anteriormente presentadas abundan respecto a la pandemia del VIH/sida, por lo cual estas Comisiones Dictaminadores reconocen la preocupación de la diputada promoverte respecto a la grave problemática que encierra esta enfermedad, toda vez que se trata de una situación de alcance y consideración nacional y mundial.

Para el caso de nuestro país, es menester referir la existencia de la normatividad vigente, así como de las políticas, programas y acciones institucionales, a través de las cuales se aborda, actualmente, el problema de salud que represente el VIH/sida.

El Programa Nacional de Salud 2001-2006 refiere como una de sus líneas de acción la prevención y control de las enfermedades de transmisión sexual (ITS) y el VIH/sida. En dicha línea de acción se señala que el VIH/sida es un problema complejo que no sólo tiene que ver con la salud y la educación, sino además, implica la incorporación de un gran número de actores a las campañas de control, para lo cual se plantea de forma específica la realización de las siguientes acciones:

i. Orientar las estrategias educativas a las poblaciones con prácticas de riesgo y mayor vulnerabilidad;

ii. Promover el uso del condón en poblaciones con prácticas de riesgo y mayor vulnerabilidad;

iii. Interrumpir la transmisión peri natal del VIH y de las Sífilis, asegurando el acceso a la información, pruebas de detención y tratamiento;

iv. Ampliar el acceso a servicios integrales de detección, tratamiento y seguimiento adecuados para las ITS y VIH/sida;

v. Fortalecer y ampliar los esfuerzos de negociación entre las SSA y las empresas farmacéuticas, con el fin de lograr descuentos significativos en los medicamentos antirretrovirales;

vi. Establecer mecanismos de sanción a los individuos, empresas o instituciones que violen las disposiciones contenidas en la Norma Oficial Mexicana para la prevención y Control del VIH/sida; y

vii. Desarrollar campañas contra la discriminación de las personas afectadas por el VIH/sida y aquellas que pertenecen a los grupos sociales con mayor riesgo de adquirir la infección.

Por su parte, al Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/sida, le corresponde, entre otras acciones:

a) Formular el Programa para la Prevención y el Control del VIH/Sida VIH/sida, y otras infecciones de trasmisión sexual, y

Proponer al subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, las políticas y estrategias nacionales en materia de prevención, atención y control de la infección por el VIH, el sida y las infecciones de transmisión sexual, así como evaluar su impacto.

Y al Consejo Nacional para la Prevención y Control del Síndrome de la Inmunodeficiencia Adquirida, corresponde entre otras:

• Proponer políticas, estrategias y acciones para la elaboración y operación del Programa para la Prevención y el Control del VIH/Sida VIH/sida

A su vez, el Programa para la Prevención y el Control del VIH/Sida, y otras Infecciones de Trasmisión Sexual 2001-2006, refiere como prioridades de acción:

a) La atención integral de los pacientes, destacando el compromiso de dar acceso al tratamiento antirretrovital a toda la población sin seguridad social que lo requiera;

b) Fortalecer el desarrollo de estrategias preventivas dirigidas a las poblaciones con mayor riesgo y vulnerabilidad para contraer el sida, y

c) Impulsar e implementar acciones específicas para disminuir el estigma y la discriminación asociados al VIH/sida.

Asimismo, la Norma Oficial Mexicana NOM-010-SSA2-1993, para la Prevención y Control de la infección por Virus de la Inmunodeficiencia Humana, establece claramente dentro del apartado de medidas de prevención, en qué consiste ésta, los órganos competentes y mecanismos para llevarla a cabo, la orientación de las acciones en materia de promoción para la salud y participación social, entre otras. De igual forma, en el apartado de medidas de control, se establecen las acciones que comprenden el control del paciente con VIH, los procedimientos de detención y diagnóstico por infección de VIH, los criterios que deben regir toda detección del VIH/sida, el seguimiento y vigilancia epidemiológica del paciente infectado, la atención especializada que se debe brindar a estos pacientes, y el esquema de tratamiento antirretroviral adecuado, entre muchas acciones.

Algunas de las medidas preventivas establecidas en esta norma son:

a) La prevención de la infección por VIH se debe llevar a cabo por los órganos competentes, a través de la educación para la salud, la promoción de la salud y la participación social, orientando sus actividades a formar conciencia y auto responsabilidad entre individuos, familias, grupos sociales, con el propósito de que colaboren activamente en el cuidado de la salud y en el control de la infección.

b) En materia de promoción para la salud, las acciones deben estar orientadas a dar a conocer a la población los mecanismos de transmisión, formas de prevención e instituciones de información y atención, relacionadas con la infección por VIH.

c) En materia de participación social, las acciones deben orientarse a sensibilizar a la población para que permita el desarrollo de acciones preventivas de control.

d) En materia de educación, las acciones deben encaminarse a colaborar en la capacitación del personal de salud, con objeto de lograr una modificación en su conducta, a efecto de obtener una detección oportuna y la atención adecuada.

Y respecto a algunas medidas de control establecidas en esta Norma, destaca lo siguiente:

• La detección, diagnóstico, atención y tratamiento adecuados, lo cual implica, entre otros, que la detección del VIH/sida no debe utilizarse para fines ajenos a los de protección de la salud del individuo en cuestión, a menos que sea en acato de una orden judicial. Nunca como requisito para el acceso a bienes y servicios, contraer matrimonio, obtener empleo, integrarse a una institución educativa o para poder ser atendido en una institución médica. Tampoco podrá ser causal para la rescisión de un contrato laboral, expulsión de una escuela, vivienda, etcétera.

Por su parte, en la Ley General de Salud se establece en sus artículos 134, 135, 139 y 150 lo siguiente:

Artículo 134. La Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, realizarán actividades de vigilancia epidemiológica, de prevención y control de las siguientes enfermedades transmisibles:

I. a XII. ...

XIII. Síndrome de Inmunodeficiencia (sida), y

XIV. ...

Artículo 135. La Secretaría de Salud elaborará y llevará a cabo, en coordinación con las instituciones del sector salud y con los gobiernos de las entidades federativas, programas o campañas temporales o permanentes, para el control o erradicación de aquellas enfermedades transmisibles que constituyan un problema real o potencial para la salubridad general de la República.

Artículo 139. Las medidas que se requieran para la prevención y el control de las enfermedades que enumera el Artículo 134 de esta Ley, deberán ser observadas por los particulares. El ejercicio de esta acción comprenderá una o más de las siguientes medidas, según el caso de que se trate:

I. a III. ...

IV. La aplicación de sueros, vacunas y otros recursos preventivos y terapéuticos;

V. a VIII. ...

Artículo 150. Las autoridades sanitarias señalarán el tipo de enfermos o portadores de gérmenes que podrán ser excluidos de los sitios de reunión, tales como hoteles, restaurantes, fábricas, talleres, cárceles, oficinas, escuelas, dormitorios, habitaciones colectivas, centros de espectáculos y deportivos.

Y respecto a la discriminación de aquellas personas infectadas con el VIH/sida, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 1º establece categóricamente la prohibición de todo acto de discriminación:

Artículo 1o. ...

...

Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las capacidades diferentes, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

De acuerdo a la consideración anteriormente expuesta, el problema del VIH/sida ocupa un lugar importante en la agenda gubernamental de nuestro país. Así lo denota el Programa Nacional de Salud 2001-2006, el Programa de Prevención y Control del VIH/sida y de las Infecciones de Transmisión Sexual 2001-2006, así como las acciones emprendidas tanto por el Centro Nacional para la Prevención y Control del sida, como en el Consejo Nacional para la Prevención y control del sida, por lo que podemos considerar la existencia de una Política Pública orientada a prevenir y controlar este padecimiento.

La ejecución de la Política, con sus consiguientes programas y acciones, no haya sido eficaz, efectiva y suficiente para atacar debidamente la problemática, no implica necesariamente una reforma a la ley con el fin de hacer obligatorias conductas específicas que evidentemente en lo general ya los son; en todo caso, amerita la reorientación ejecutiva y cotidiana de las tareas y recursos institucionales; y en el caso de requerir una reforma a la ley, ésta deberá ser genérica, a fin de abordar el problema de salud en general, y cuyas acciones institucionales deriven en el trato específico que la envergadura del problema del VIH/sida, demanda.

Como ya vimos, está establecido de forma general en la ley, así como en los instrumentos programáticos institucionales, lo que la diputada Figueroa pretende hacer obligatorio, por lo que de aceptar su propuesta se caería en la redundancia, pero como todo, se contribuiría a la discriminación de otros sectores, ya que lamentablemente en nuestro país, no sólo el VIH/sida, constituye un problema de salud pública, pues además tenemos un conjunto de enfermedades producto de la transición epidemiológica de nuestro país, que nos obligaría entonces a establecer  cada una de ellas en la ley, así como derechos específicos para cada clase de enfermos, lo cual daría como resultado una hiperinflexión legal, que se prestaría a confusión, y con ello se perdería el principio de la generalidad de las leyes vigentes y el propósito de las instituciones. Por ello, más que multiplicar, debemos eficientar y capitalizar el escaso recurso disponible destinado al sector salud.

Estas comisiones dictaminadoras consideran que el problema del VIH/sida en nuestro país, demanda el ejercicio pleno y riguroso de programas establecidos, a fin de concienciar, educar y capacitar a la sociedad en general, así como programas efectivos en materia de promoción de la salud, control y tratamiento integral de la enfermedad.

Respecto a la garantía de acceso a los medicamentos, esta demanda una reforma general a fin de garantizar plenamente el derecho a la protección de la salud, que necesariamente contempla a todas las enfermedades y, en especial, las que la transición epidemiológica y las enfermedades graves generan, como es el caso del VIH/sida.

Es por ello, que estas Comisiones Dictaminadoras apelan hacer cumplir la normatividad vigente, hacer efectivo lo establecido en la Ley General de Salud y en la Norma Oficial Mexicana relativa a la Prevención y Control del VIH, así como la efectiva implementación de los programas y su adecuada evaluación.

Expuesto lo anterior, y por considerar que no procede la reforma a la Ley General de Salud, misma que concentra la esencia de la propuesta de la diputada Figueroa, estas comisiones dictaminadoras estiman sin efecto las reformas de la Ley General de Educación, Ley Federal del Trabajo y Ley que Establece las Normas Mínimas Sobre Readaptación Social y de Sentenciados.

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisiones Unidas de Salud, de Educación Pública y Servicios Educativos, de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Pública, someten a consideración de esta honorable asamblea el siguiente:

Acuerdo

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, Ley General de Educación, Ley Federal del Trabajo, Ley que Establece las Normas Mínimas Sobre Readaptación Social y de Sentenciados, presentada por la diputada Irma Figueroa Romero, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el 8 de febrero de 2005.

Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

Nota:

1 Para el año 2006, los 39.5 millones de personas infectadas con el VIH, representaron un incremento de 2.6 millones, respecto al año 2004.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2010.

La Comisión de Salud, diputados:Miguel Antonio Osuna Millán (rúbrica), presidente; Marco Antonio García Ayala (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Antonio Benítez Lucho (rúbrica), Rosalina Mazari Espín (rúbrica), Rodrigo Reina Liceaga (rúbrica), José Antonio Yglesias Arreola (rúbrica), Silvia Esther Pérez Ceballos (rúbrica), Heladio Gerardo Verver y Vargas Ramírez, Carlos Alberto Ezeta Salcedo (rúbrica), María del Pilar Torre Canales, secretarios; Felipe Borja Texocotitla (rúbrica), Yolanda de la Torre Valdez (rúbrica), Olga Luz Espinoza Morales, Leandro Rafael García Bringas, Clara Gómez Caro, Delia Guerrero Coronado, José Manuel Hinojosa Pérez, José Luis Marcos León Perea (rúbrica), Fernando Morales Martínez, Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, Ana Elia Paredes Árciga, Guadalupe Eduardo Robles Medina (rúbrica), Sergio Tolento Hernández (rúbrica), Alicia Elizabeth Zamora Villalva, Laura Piña Olmedo, Leticia Quezada Contreras.

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, diputados:José Trinidad Padilla López (rúbrica), presidente; Jorge Romero Romero, Héctor Hernández Silva (rúbrica), José Alberto González Morales (rúbrica), Germán Contreras García (rúbrica), Jaime Oliva Ramírez (rúbrica), Víctor Manuel Castro Cosío (rúbrica), Lorena Corona Valdés (rúbrica), Francisco Amadeo Espinosa Ramos (rúbrica), Roberto Pérez de Alba Blanco (rúbrica), Carlos Cruz Mendoza (rúbrica), Paz Gutiérrez Cortina (rúbrica), María de Lourdes Reynoso Femat (rúbrica), secretarios; Eduardo Alonso Bailey Elizondo (rúbrica), Germán Osvaldo Cortez Sandoval (rúbrica), Elpidio Desiderio Concha Arellano, Óscar Lara Salazar (rúbrica), José Antonio Aysa Bernat (rúbrica), Beatriz Elena Paredes Rangel, Onésimo Mariscales Delgadillo (rúbrica), Francisco Herrera Jiménez (rúbrica), Alejandro Bahena Flores, José Francisco Javier Landero Gutiérrez, Manuel Jesús Clouthier Carrillo, María Sandra Ugalde Besaldúa (rúbrica), Yolanda del Carmen Montalvo López, Obdulia Magdalena Torres Abarca, María Araceli Vázquez Camacho (rúbrica), Ana Luz Lobato Ramírez (rúbrica en contra), Reyes Tamez Guerra (rúbrica).

La Comisión de Trabajo y Previsión Social, diputados:Tereso Medina Ramírez (rúbrica), presidente; Israel Reyes Ledesma Magaña (rúbrica), José Ramón Martel López, Nancy González Ulloa, José Gerardo de los Cobos Silva (rúbrica), Arturo Ramírez Bucio (rúbrica), Francisco Hernández Juárez (rúbrica), Diego Guerrero Rubio (rúbrica), secretarios; Juan Nicolás Callejas Arroyo (rúbrica), Víctor Félix Flores Morales, Miguel Ángel García Granados, David Hernández Pérez (rúbrica), Rafael Yerena Zambrano (rúbrica), César Octavio Madrigal Díaz, Valdemar Gutiérrez Fragoso, María Felícitas Parra Becerra, Norma Sánchez Romero (rúbrica), Isaías González Cuevas (rúbrica), Armando Neyra Chávez (rúbrica), Carlos Oznerol Pacheco Castro, Sergio Lorenzo Quiroz Cruz (rúbrica), Reginaldo Rivera de la Torre (rúbrica), Leobardo Soto Martínez (rúbrica), Laura Piña Olmedo (rúbrica), Rodolfo Lara Lagunas (rúbrica), Porfirio Muñoz Ledo.

La Comisión de Seguridad Pública, diputados:José Luis Ovando Patrón (rúbrica), Sergio González Hernández (rúbrica), Bonifacio Herrera Rivera (rúbrica), María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica), Manuel Esteban de Esesarte Pesqueira, Felipe Amadeo Flores Espinoza (rúbrica), J. Eduardo Yáñez Montaño (rúbrica), Adriana Sarur Torre, Teresa del Carmen Incháustegui Romero (rúbrica en abstención), Alejandro Gertz Manero, Miguel Álvarez Santamaría (rúbrica), Víctor Hugo Círigo (rúbrica), Jaime Fernando Cárdenas Gracia (rúbrica), Salvador Caro Cabrera (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins, Omar Fayad Meneses (rúbrica), Jorge Fernando Franco Vargas, Luis Alejandro Guevara Cobos (rúbrica), Aarón Irízar López (rúbrica), Feliciano Rosendo Marín Díaz, Manuel Guillermo Márquez Lizalde (rúbrica), Rosi Orozco (rúbrica), Gustavo Antonio Miguel Ortega Joaquín (rúbrica), María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica), Camilo Ramírez Puente (rúbrica), Francisco Lauro Rojas San Román, Arturo Santana Alfaro (rúbrica), Ricardo Sánchez Gálvez (rúbrica), Ardelio Vargas Fosado.»



LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL - LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA GUBERNAMENTAL

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el inciso g) al numeral XII del artículo 6 de la Ley de la Propiedad Industrial y un párrafo al artículo 12 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión correspondiente a la LXI Legislatura, con fundamento en los artículos 58 a 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos fue turnada para estudio y dictamen la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el inciso g) al numeral XII del artículo 6 de la Ley de la Propiedad Industrial y un párrafo al artículo 12 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, presentada por el diputado Gerardo del Mazo Morales, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, el 23 de junio de 2010.

La Comisión de Economía, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica; y 58, 60, 87, 88 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la iniciativa mencionada, al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada en la Cámara de Diputados el 23 de junio de 2010, sus secretarios dieron cuenta al pleno de esta soberanía de la iniciativa con proyecto de decreto que se mencionó en el exordio del presente dictamen.

Segundo. El presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: “Túrnese a la Comisión de Economía”.

Tercero. El legislador propone en resumen lo siguiente:

• Incluir en la Ley de la Propiedad Industrial, como parte de las facultades del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, celebrar convenios de cooperación, coordinación y concertación con las universidades, instituciones de educación superior y centros públicos de investigación, para que sus investigadores patenten sus invenciones e incentivar el uso y transferencia de tecnología a las pequeñas y medianas empresas (Pyme).

• Incluir en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental la obligación a las universidades o instituciones de educación superior de hacer pública la información relacionada con el desa-rrollo y la explotación de las patentes que en su interior se generen, diferenciando en su contabilidad los ingresos obtenidos por regalías de las patentes a fin de poder hacer una valoración real de su efecto.

Consideraciones

Primera. Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Comisión de Economía es competente para conocer sobre la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el inciso g) al numeral XII del artículo 6 de la Ley de Propiedad Industrial y un párrafo al artículo 12 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Segunda. Que la Comisión de Economía estima fundadas las preocupaciones del diputado Gerardo del Mazo Morales. Sin embargo, parte de ellas ya se encuentra cubierta por la legislación actual, como se expone a continuación:

1. En cuanto a la reforma propuesta de la Ley de la Propiedad Industrial, el legislador propone adicionar el inciso g) a la fracción XII del artículo 6 de la mencionada ley, en los términos siguientes:

Artículo 6. El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, autoridad administrativa en materia de propiedad industrial, es un organismo descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, el cual tendrá las siguientes facultades:

I. a XI. ...

XII. Promover la creación de invenciones de aplicación industrial, apoyar su desarrollo y explotación en la industria y el comercio, e impulsar la transferencia de tecnología mediante

a) a f) ...

g) Celebrar convenios con las universidades, instituciones de educación superior y centros públicos de investigación para promover que sus investigadores patenten sus invenciones; y para que estas instituciones capaciten a las Pyme a efecto de promover el de-sarrollo y la protección de tecnología, así como las estrategias de aprovechamiento óptimo (sic), derivadas de la transferencia tecnológica nacional e internacional.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el artículo 3o., fracción V, la obligación del Estado de promover y atender todos los tipos y modalidades educativos necesarios para el desarrollo de la nación y apoyar la investigación científica y tecnológica. La fracción VII indica que las universidades y demás instituciones de educación superior a que la ley confiera autonomía tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas; y realizarán sus fines de educar, investigar y difundir la cultura respetando la libertad de cátedra e investigación.

2. La Ley de la Propiedad Industrial establece lo siguiente:

Artículo 6o. El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, autoridad administrativa en materia de propiedad industrial, es un organismo descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, el cual tendrá las siguientes facultades:

... II. Propiciar la participación del sector industrial en el desarrollo y la aplicación de tecnologías que incrementen la calidad, competitividad y productividad del mismo, así como realizar investigaciones sobre el avance y la aplicación de la tecnología industrial nacional e internacional y su incidencia en el cumplimiento de tales objetivos, y proponer políticas para fomentar su desarrollo;

... XII. Promover la creación de invenciones de aplicación industrial, apoyar su desarrollo y explotación en la industria y el comercio, e impulsar la transferencia de tecnología mediante

... e) La difusión entre las personas, grupos, asociaciones o instituciones de investigación, enseñanza superior o de asistencia técnica del conocimiento y alcance de las disposiciones de esta ley, que faciliten sus actividades en la generación de invenciones y en su desa-rrollo industrial y comercial subsecuente; y

f) La celebración de convenios de cooperación, coordinación y concertación con los gobiernos de las entidades federativas, así como con instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras, para promover y fomentar las invenciones y creaciones de aplicación industrial y comercial;

XIII. Participar en los programas de otorgamiento de estímulos y apoyos para la protección de la propiedad industrial, tendentes a la generación, desarrollo y aplicación de tecnología mexicana en la actividad económica, así como para mejorar sus niveles de productividad y competitividad...

Por lo anterior podemos concluir que el vínculo entre el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial y los centros de investigación, las universidades y las instituciones de educación superior que se menciona en la iniciativa ya se establece en el artículo 6, fracción XII, incisos e) y f), al considerar ya la promoción y difusión de la creación, explotación y desarrollo, tanto industrial como comercial, de invenciones, a través de convenios de cooperación, coordinación y concertación con instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras, entre las cuales ya están las instituciones de educación superior y los centros públicos de investigación, por lo que resulta innecesario adicionar a este artículo lo propuesto por el legislador.

Respecto al vínculo entre las mencionadas instituciones educativas y de investigación con las Pyme, debe decirse que la Ley de la Propiedad Industrial, así como otros ordenamientos, ya considera estos convenios de coordinación, que a través del IMPI permiten impulsar la creación de invenciones para su desarrollo industrial y comercial en la actividad económica mexicana, como se desprende de las fracciones del artículo citado líneas arriba.

Aunado a lo anterior, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial ha celebrado convenios de colaboración con diversas instituciones para la creación de centros de patentamiento, a través de los cuales se busca brindar asesoría sobre la búsqueda de información tecnológica y la correcta tramitación de solicitudes de patentes. Dichos centros de patentamiento tienen como objetivo coadyuvar y apoyar en la vinculación de proyectos de investigación con los sectores productivos.

A continuación se citan algunos sitios donde se han puesto en operación centros de patentamiento:

• Incubaempresas, Asociación de Empresarios de Iztapalapa

• Centro de Investigación Científica y de Educación Superior de Ensenada

• Universidad Anáhuac del Norte

• Universidad Tecnológica de Puebla

• Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla

• Instituto Politécnico Nacional (Centro de Patentamiento Ingeniero Guillermo González Camarena)

• Universidad Tecnológica de Nezahualcóyotl

• Universidad de Sonora

• Universidad Iberoamericana

• Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología

• Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo

• Cámara Nacional de la Industria de Transformación

• Fundación Mexicana para la Salud

• Consejo de Ciencia y Tecnología del Estado de Puebla

• Dirección General de Industria Militar

• Instituto de Investigaciones Eléctricas

• Centro de Investigaciones Biológicas del Noroeste

• Instituto Nacional de Cardiología

• Instituto Nacional de Medicina Genómica

• Coordinación de la Investigación Científica de la Universidad Nacional Autónoma de México

Como se observa, las facultades que actualmente la Ley de la Propiedad Industrial confiere al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial le permiten capacitar, promover y asesorar a las universidades, a las instituciones de educación superior, a los centros de investigación y a toda persona interesada en patentar sus invenciones.

El legislador, al hablar de “que estas instituciones capaciten a las Pyme”, según se desprende de la exposición de motivos, se refiere a la colaboración entre estos agentes para promover el desarrollo, la protección de tecnología y la transferencia tecnológica, a fin de evitar que el conocimiento se quede en las instituciones y no trascienda hacia el espacio público para su aplicación y aprovechamiento en el campo empresarial.

La Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa establece lo siguiente:

Artículo 10. La planeación y ejecución de las políticas y acciones de fomento para la competitividad de las Mipyme deben atender los siguientes criterios:

... VI. Enfocar estrategias y proyectos de modernización, innovación y desarrollo tecnológico para las Mipyme...

... Artículo 14. La secretaría promoverá la participación del sector público y de los sectores para la consecución de los objetivos de esta ley, a través de los convenios que celebre, de acuerdo con lo siguiente:

... VI. La investigación enfocada a las necesidades específicas de las Mipyme;

... IX. La modernización, innovación, desarrollo y fortalecimiento tecnológico de las Mipyme...

El artículo 4 de la Ley de Ciencia y Tecnología dispone que por “unidades de vinculación y transferencia de conocimiento” se entenderán las unidades creadas por las universidades e instituciones de educación superior o los centros públicos de investigación que tienen como propósito generar y ejecutar proyectos en materia de desa-rrollo tecnológico e innovación y promover su vinculación con los sectores productivos y de servicios.

El artículo 40 de dicha ley establece que para la creación y la operación de los instrumentos de fomento a que se refiere, se concederá prioridad a los proyectos cuyo propósito sea promover la modernización, la innovación y el desa-rrollo tecnológicos que estén vinculados con empresas o entidades usuarias de la tecnología, en especial con la pequeña y mediana empresas.

Dicho dispositivo dispone que serán prioritarios los proyectos que se propongan lograr un uso racional, más eficiente y ecológicamente sustentable de los recursos naturales, y las asociaciones cuyo propósito sea la creación y el funcionamiento de redes científicas y tecnológicas, así como los proyectos para la vinculación entre la investigación científica y tecnológica con los sectores productivos y de servicios que incidan en la mejora de la productividad y la competitividad de la industria nacional.

3. Adicionalmente a las leyes citadas, el Plan Nacional de Desarrollo menciona como una de sus estrategias para aumentar la productividad y competitividad de la economía establecer políticas de Estado de corto, mediano y largo plazos que permitan fortalecer la cadena educación, ciencia básica y aplicada, tecnología e innovación.

Sin hacer valoración alguna de sus resultados, el Ejecutivo federal ha creado el Programa Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación 2008-2012, el cual tiene como componente esencial establecer un vínculo más estrecho entre los centros educativos y de investigación con el sector productivo, de forma que los recursos tengan el mayor efecto posible en la competitividad de la economía.

Los citados ordenamientos y programas que regulan en materia de ciencia, tecnología e innovación ya han concertado mecanismos de coordinación de acciones para vincular los sectores educativo y productivo que promueven la investigación científica y el desarrollo tecnológico para lograr mayor efecto en la economía mexicana.

Tercera. Respecto a la reforma propuesta de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, el legislador propone adicionar un párrafo al artículo 12, en los términos siguientes:

Artículo 12. Los sujetos obligados deberán hacer pública toda la información relativa a los montos y las personas a quienes entreguen, por cualquier motivo, recursos públicos, así como los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos.

En el caso de las universidades e instituciones de educación superior a que la ley otorgue o no autonomía, deberán además hacer pública la información relacionada con el desarrollo y la explotación de las patentes que en su interior se generen, en tanto que en el desarrollo de éstas converjan recursos públicos.

1. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone en el artículo 6o., fracción I, que toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo federal, estatal y municipal, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público en los términos que fijen las leyes. En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad. La fracción V del mismo artículo dispone que los sujetos obligados deberán preservar sus documentos en archivos administrativos actualizados y publicarán a través de los medios electrónicos disponibles la información completa y actualizada sobre sus indicadores de gestión y el ejercicio de los recursos públicos.

No obstante lo anterior, debemos distinguir entre el antes y el después de la obtención de una patente, pues los procesos de desarrollo de una invención deben tener un carácter reservado, según se desprende del artículo 38 de la Ley de la Propiedad Industrial, el cual establece que la solicitud de patente en trámite y sus anexos serán confidenciales hasta el momento de su publicación. Dado lo anterior, la Comisión de Economía estima que no resulta viable que se publique la información relacionada con el “desarrollo” de las patentes que se generen en las instituciones de educación superior y universidades.

2. Respecto a la publicación de la información relativa a la explotación por las universidades e instituciones de educación superior, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental establece lo siguiente:

Artículo 3. Para los efectos de esta ley se entenderá por

... IX. Órganos constitucionales autónomos: El Instituto Federal Electoral, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el Banco de México, las universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía y cualquier otro establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

... XIV. Sujetos obligados:

a) El Poder Ejecutivo federal, la administración pública federal y la Procuraduría General de la República;

b) El Poder Legislativo federal, integrado por la Cámara de Diputados, la Cámara de Senadores, la Comisión Permanente y cualquiera de sus órganos;

c) El Poder Judicial de la Federación y el Consejo de la Judicatura Federal;

d) Los órganos constitucionales autónomos;

e) Los tribunales administrativos federales; y

f) Cualquier otro órgano federal.

De lo anterior se desprende que las universidades y las instituciones de educación superior, autónomas y no autónomas, son sujetos de aplicación de la ley referente, por lo que siguiendo el artículo 3, fracciones III y IV, dichos sujetos están obligados a difundir la información que generen, como la información relativa a la explotación de patentes, la cual deberá incluir todos los expedientes, reportes, estudios, actas, resoluciones, oficios, correspondencia, acuerdos, directivas, directrices, circulares, contratos, convenios, instructivos, notas, memorandos y estadísticas, o bien, cualquier otro registro que documente el ejercicio de las facultades o la actividad de los sujetos obligados y sus servidores públicos, sin importar su fuente o fecha de elaboración. Los documentos podrán estar en cualquier medio, sea escrito, impreso, sonoro, visual, electrónico, informático u holográfico.

El artículo 7 establece la obligación de los sujetos obligados de poner a disposición del público y actualizar la información siguiente:

... XIII. Las contrataciones que se hayan celebrado en términos de la legislación aplicable, detallando por cada contrato

a) Las obras públicas, los bienes adquiridos, arrendados y los servicios contratados; en el caso de estudios o investigaciones deberá señalarse el tema específico;

b) El monto;

c) El nombre del proveedor, contratista o de la persona física o moral con quienes se haya celebrado el contrato; y

d) Los plazos de cumplimiento de los contratos...

La Ley de Ciencia y Tecnología establece en el artículo 10, fracción 2, inciso c), que se deberá formular y presentar al Consejo General de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación un informe general anual acerca del estado que guardan la ciencia, la tecnología y la innovación en México, así como el informe anual de evaluación del programa especial y los programas específicos prioritarios, incluyendo las evaluaciones realizadas respecto al efecto de la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación en los sectores productivos y de servicios.

El informe anual procurará especificar los resultados y el efecto del gasto en ciencia, tecnología e innovación destinado a apoyar al sector productivo que permita identificar la eficiencia, economía, eficacia y calidad de éste.

El artículo 15 de la Ley de Ciencia y Tecnología señala que las personas o instituciones públicas o privadas que reciban apoyo de cualquiera de los fondos proveerán la información básica que se les requiera, señalando la que por derechos de propiedad intelectual o por alguna otra razón fundada deba reservarse.

En el sitio web del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial se encuentran a disposición del público diversas bases de datos donde se pueden consultar patentes vigentes o caducas. Su objetivo es, para el caso de las patentes vigentes, facilitar el acceso a las nuevas tecnologías y los elementos para que los interesados se pongan en contacto con el titular para obtener licencias de explotación.

Un ejemplo de dichas bases de datos son el Portal de Tecnologías de Patentes para las Pequeñas y Medianas Empresas, de acceso gratuito, y la Búsqueda Subregional de Patentes.

Por lo anterior, debe decirse que con la existencia de las mencionadas bases de datos, las medidas implantadas en la Ley de Ciencia y Tecnología y las establecidas en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental cubren las preocupaciones expresadas por el legislador, pues a partir del desglose pertinente de la información respectiva a las patentes se podrá medir y analizar el efecto real que tienen las innovaciones generadas en las universidades y las instituciones de educación superior.

Cuarta. En virtud de lo expuesto

La Comisión de Economía acuerda:

Primero. Se desecha la iniciativa que adiciona el inciso g) al numeral XII del artículo 6 de la Ley de la Propiedad Industrial y un párrafo al artículo 12 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, presentada por el diputado Gerardo Del Mazo Morales, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, el 23 de junio de 2010.

Segundo. Archívese el presente asunto, como total y definitivamente concluido.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de noviembre de 2010.

La Comisión de Economía, diputados:Ildefonso Guajardo Villarreal (rúbrica), Alejandro Cano Ricaud (rúbrica), Jorge Alberto Juraidini Rumilla (rúbrica), Narcedalia Ramírez Pineda (rúbrica), Melchor Sánchez de la Fuente (rúbrica), José Luis Velasco Lino, Leoncio Alfonso Morán Sánchez (rúbrica), María Antonieta Pérez Reyes, Norma Sánchez Romero (rúbrica), Indira Vizcaíno Silva (rúbrica), Rodrigo Pérez-Alonso González (rúbrica), Jorge Antonio Kahwagi Macari, José Antonio Arámbula López, Raúl Gerardo Cuadra García (rúbrica), Sergio Gama Dufour (rúbrica), Noé Fernando Garza Flores (rúbrica), Jorge Hernández Hernández, Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Ramón Jiménez López (rúbrica), Jorge Humberto López-Portillo Basave (rúbrica), Ifigenia Martha Martínez y Hernández, Luis Enrique Mercado Sánchez (rúbrica), David Penchyna Grub, Enrique Salomón Rosas Ramírez (rúbrica), David Ricardo Sánchez Guevara (rúbrica), Carlos Torres Piña (rúbrica).»



LEY DE INVERSION EXTRANJERA

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el capítulo IV al título primero de la Ley de Inversión Extranjera

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, correspondiente a la LXI Legislatura, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, fue turnada para su estudio y dictamen la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un capítulo IV al título primero de la Ley de Inversión Extranjera, presentada por el diputado Pedro Vázquez González, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, en fecha 9 de febrero de 2010.

La Comisión de Economía, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 58, 60, 87, 88 y 94 del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la iniciativa mencionada al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada en esta Cámara de Diputados en fecha 9 de febrero de 2010, los secretarios dieron cuenta al pleno de esta soberanía de la iniciativa con proyecto de decreto que se mencionó en el exordio del presente dictamen.

Segundo. El presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: Túrnese a la Comisión de Economía.

Tercero. El legislador propone en resumen lo siguiente:

• Establecer requisitos a las empresas extranjeras con asiento en territorio nacional, para que capaciten a los obreros mexicanos y proporcionen toda la información relacionada a los procesos productivos, diseños y especificaciones de los productos y servicios que exploten etas empresas para que dicha información sea utilizada en la creación de nuestra propia tecnología.

• Establecer  programas de vinculación entre las empresas extranjeras y las universidades públicas del país, para garantizar la transferencia de tecnología y en el futuro los científicos mexicanos puedan diseñar máquinas y equipos sin ayuda exterior.

Consideraciones

Primera. Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el 34 de la Ley Orgánica de la Administración Púbica Federal, esta Comisión de Economía es competente para conocer sobre la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un capítulo IV al título primero de la Ley de Inversión Extranjera.

Segunda. Que si bien esta Comisión de Economía reconoce que la propuesta presentada por el diputado Pedro Vázquez González tiene loables aspectos, sin embargo es preciso decir que parte de las preocupaciones manifestadas por el promovente ya se encuentran atendidas en nuestros ordenamientos jurídicos y otras resultan contradictorias a los mismos como se expone a continuación:

1. Respecto al primer punto, la iniciativa presentada propone que las empresas con inversión extranjera directa que tengan su asiento en territorio nacional, cumplan con los siguientes requisitos:

a) Entregar la documentación correspondiente a la comisión y a la secretaría, así como al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, relacionada con el procesoproductivo que explota o vaya a explotar, que debe incluir el diseño, los planos de procedimientos, especificaciones técnicas, de producción, de calidad, mantenimiento y reparaciones, para que los obreros y técnicos mexicanos puedan reproducir la tecnología especifica del sector objeto de explotación y que ésta pueda ser utilizada en otras empresas que puedan constituirse con capital mexicano.

Al respecto, debe decirse que el artículo 73 fracción XXIX-F de nuestra Constitución faculta al Congreso para expedir leyes tendientes a la promoción de la inversión mexicana, la regulación de la inversión extranjera, la transferencia de tecnología y la generación, difusión y aplicación de los conocimientos científicos y tecnológicos que requiere el desarrollo nacional. Asimismo, el artículo 89, fracción XV, constitucional, faculta y obliga al presidente de la República a conceder privilegios exclusivos por tiempo limitado, con arreglo a la ley respectiva, a los descubridores, inventores o perfeccionadores de algún ramo de la industria.

Por su parte, la Ley de la Propiedad Industrial establece en el artículo 9 que la persona que realice una invención, modelo de utilidad o diseño industrial, o su causahabiente, tendrán el derecho exclusivo de su explotaciónen su provecho, por sí o por otros con su consentimiento, de acuerdo con las disposiciones contenidas en dicha ley.

Asimismo, la Ley de la Propiedad Industrial establece en el artículo 25 las prerrogativas conferidas al titular de la invención patentada, en los siguientes términos:

I.Si la materia objeto de la patente es un producto, el derecho de impedir a otras personas que fabriquen, usen, vendan, ofrezcan en venta o importen el producto patentado, sin su consentimiento; y

II.Si la materia objeto de la patente es un proceso, el derecho de impedir a otras personas que utilicen ese proceso y que usen, vendan, ofrezcan en venta o importen el producto obtenido directamente de ese proceso, sin su consentimiento.

Igualmente, el artículo 85 de la mencionada ley establece que toda aquella persona que con motivo de su trabajo, empleo, cargo, puesto, desempeño de su profesión o relación de negocios, tenga acceso a un secreto industrial del cual se le haya prevenido sobre su confidencialidad, deberá abstenerse de revelarlo sin causa justificada y sin consentimiento de la persona que guarde dicho secreto, o de su usuario autorizado.

Cabe decir, que México ha firmado diversos tratados internacionales en materia de propiedad artística y propiedad industrial, tales como los Tratados de Libre Comercio de América del Norte, de Libre Comercio con la Unión Europea y los realizados con la Organización Mundial del Comercio.

Por lo anterior, resultaría violatorio a la Ley de la Propiedad Industrial y a los tratados internacionales mencionados, el establecer como obligación a las empresas con inversión extranjera directa que tengan su asiento en territorio nacional, entregar los documentos relacionados con los procesos productivos, diseños, planos de procedimientos, especificaciones técnicas y demás información relacionada con productos o servicios novedosos, que se encuentren protegidos en virtud de un registro o una patente a fin de que dicha información sea utilizada y explotada por otras empresas constituidas con capital mexicano.

2. En cuanto a la propuesta de establecer que las empresas con inversión extranjera directa deban capacitar a los obreros y técnicos mexicanos, para que aprendan a reproducir los diseños, los procesos de operación y producción objeto de explotación, así como las reparaciones y mantenimiento de las maquinas y equipos que se utilizan en los centros de producción y anexos, debe decirse que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 123, apartado A, fracción XIII, dispone que las empresas, cualquiera que sea su actividad, estarán obligadas a proporcionar a sus trabajadores, capacitación o adiestramiento para el trabajo.

Asimismo, la Ley Federal del Trabajo establece en el artículo 132, fracción XV, la obligación de los patrones de proporcionar capacitación y adiestramiento a sus trabajadores; adicionalmente a lo anterior, dicha ley establece lo siguiente:

Artículo 153-F.La capacitación y el adiestramiento deberán tener por objeto:

I. Actualizar y perfeccionar los conocimientos y habilidades del trabajador en su actividad, así como proporcionarle información sobre la aplicación de nueva tecnología en ella;

IV. Incrementar la productividad; y

V. En general, mejorar las aptitudes del trabajador.

Sumado a lo anterior, la ley para el desarrollo de la competitividad de la micro, pequeña y mediana empresa (Mipyme) establece en el artículo 11 que para la ejecución de las políticas y acciones contenidas en dicha ley, se deberá considerar dentro de los programas el de capacitación y formación empresarial, así como asesoría y consultoría para las Mipyme.

Asimismo, el reglamento de la mencionada ley establece en el artículo 4 que se consideraran como actividades de fomento para el desarrollo de la  competitividad de las Mipyme las siguientes:

V.De capacitación: Aquellas que contribuyan a crear mecanismos para el desarrollo de conocimientos, habilidades gerenciales y competencias de los recursos humanos de las Mipyme y las que fortalezcan su capacidad productiva, tecnológica, de innovación, comercial y administrativa.

De lo anterior, se desprende que la obligación de dar capacitación a los trabajadores es una obligación constitucional y que esta impuesta en otros ordenamientos jurídicos como lo son la Ley Federal del Trabajo y la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, como se explica líneas atrás. Debido a ello, resulta innecesario agregar dicha obligación en la Ley de Inversión Extranjera, pues aquellas empresas con inversión extranjera directa asentadas en territorio nacional, no se encuentran exentas de dicha obligación ya que se encuentran incluidas en las disposiciones citadas anteriormente.

3. Respecto a la propuesta de vincular a las empresas con inversión extranjera directa con los centros de investigación y las universidades públicas del país para garantizar la transferencia tecnológica, debe decirse que la Ley de Ciencia y Tecnología establece como uno de sus objetivos, vincular a los sectores educativo, productivo y de servicios en materia de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación, según se desprende del  artículo 1, fracción V, de dicha ley.

Asimismo, el artículo 4 de la Ley de Ciencia y Tecnología dispone que por unidades de vinculación y transferencia de conocimiento se entenderá aquellas unidades creadas por las universidades e instituciones de educación superior o los centros públicos de investigación, que tienen como propósito generar y ejecutar proyectos en materia de desa-rrollo tecnológico e innovación y promover su vinculación con los sectores productivos y de servicios.

Aunado a lo anterior, el artículo 40 de dicha ley establece que para la creación y la operación de los instrumentos de fomento a que se refiere, se concederá prioridad a los proyectos cuyo propósito sea promover la modernización, la innovación y el desarrollo tecnológicos que estén vinculados con empresas o entidades usuarias de la tecnología, en especial con la pequeña y mediana empresa.

Por otro lado, la Ley de la Propiedad Industrial establece mecanismos de vinculación entre las empresas con los centros de investigación y universidades públicas, así como estrategias para promover la transferencia de tecnología en beneficio de estas como se desprende del siguiente artículo:

Artículo 6o.El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, autoridad administrativa en materia de propiedad industrial, es un organismo descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, el cual tendrá las siguientes facultades:

II.Propiciar la participación del sector industrial en el desarrollo y aplicación de tecnologías que incrementen la calidad, competitividad y productividad de éste, así como realizar investigaciones sobre el avance y aplicación de la tecnología industrial nacional e internacional y su incidencia en el cumplimiento de tales objetivos, y proponer políticas para fomentar su desarrollo;

XII. Promover la creación de invenciones de aplicación industrial, apoyar su desarrollo y explotación en la industria y el comercio, e impulsar la transferencia de tecnología mediante:

e)La difusión entre las personas, grupos, asociaciones o instituciones de investigación, enseñanza superior o de asistencia técnica, del conocimiento y alcance de las disposiciones de esta ley, que faciliten sus actividades en la generación de invenciones y en su desarrollo industrial y comercial subsecuente; y

f) La celebración de convenios de cooperación, coordinación y concertación, con los gobiernos de las entidades federativas, así como con instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras, para promover y fomentar las invenciones y creaciones de aplicación industrial y comercial;

Asimismo, debe mencionarse la existencia del Programa Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación 2008-2012, creado por el Ejecutivo federal, cuyo propósito esencial es establecer un vínculo más estrecho entre los centros educativos y de investigación con el sector productivo, de forma que los recursos tengan el mayor impacto posible sobre la competitividad de la economía mexicana.

Por lo anterior, esta Comisión de Economía considera que debido a las leyes antes mencionadas, resulta de más agregar una disposición a la Ley de Inversión Extranjera que considere los ya mencionados programas de vinculación entre las empresas y las universidades o institutos públicos de investigación.

4. En cuanto al último punto de la iniciativa, el legislador propone lo siguiente:

Artículo 9 Bis. Las empresas con inversión extranjera directa que tengan su asiento en territorio nacional deberán cumplir con los siguientes requisitos:

d) En ningún caso, estas empresas podrán crear centros de producción o institutos de diseño que busquen anular el aprendizaje tecnológico de sus procesos de producción por parte de los obreros y técnicos mexicanos.

De lo anterior, debe decirse que debido a los términos en que se encuentra redactado ese punto, no se logra desentrañar el sentido real de la restricción que se pretende regular, pues no tendría sentido que las empresas crearan centros o institutos para anular el aprendizaje tecnológico de sus propios procesos de producción.

En virtud de lo antes expuesto, esta Comisión de Economía estima inconveniente la adición propuesta por el diputado Pedro Vázquez González a la Ley de Inversión Extranjera, pues sus inquietudes ya han sido reguladas por otros ordenamientos jurídicos o son discordantes a los mismos como se expone en las anteriores consideraciones, en virtud de que sus propuestas ya se encuentran consideradas en otros cuerpos normativos o resultan contrarios a ellos.

Tercera.Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Economía

Acuerda

Primero.Se desecha la iniciativa que adiciona un capítulo IV al título primero de la Ley de Inversión Extranjera, presentada por el diputado Pedro Vázquez González, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, el 9 de febrero de 2010.

Segundo.Archívese el presente asunto, como total y definitivamente concluido.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de noviembre de 2010.

La Comisión de Economía, diputados:Ildefonso Guajardo Villarreal (rúbrica), Alejandro Cano Ricaud (rúbrica), Jorge Alberto Juraidini Rumilla (rúbrica), Narcedalia Ramírez Pineda (rúbrica), Melchor Sánchez de la Fuente (rúbrica), José Luis Velasco Lino, Leoncio Alfonso Morán Sánchez (rúbrica), María Antonieta Pérez Reyes, Norma Sánchez Romero (rúbrica), Indira Vizcaíno Silva (rúbrica), Rodrigo Pérez-Alonso González (rúbrica), Jorge Antonio Kahwagi Macari, José Antonio Arámbula López, Raúl Gerardo Cuadra García (rúbrica), Sergio Gama Dufour (rúbrica), Noé Fernando Garza Flores (rúbrica), Jorge Hernández Hernández (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Ramón Jiménez López (rúbrica), Jorge Humberto López-Portillo Basave (rúbrica), Ifigenia Martha Martínez y Hernández, Luis Enrique Mercado Sánchez (rúbrica), David Penchyna Grub, Enrique Salomón Rosas Ramírez (rúbrica), David Ricardo Sánchez Guevara (rúbrica), Carlos Torres Piña (rúbrica).»



LEY GENERAL DE SALUD

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un párrafo al artículo 87 de la Ley General de Salud

Honorable Asamblea:

La Comisión de Salud de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica; y 56, 87, 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta el siguiente dictamen:

I. Antecedentes

1. Con fecha 31 de agosto de 2007, en sesión celebrada por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, fue presentada la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un párrafo al artículo 87 de la Ley General de Salud, relativo al servicio social en el extranjero, en nombre de los diputados Ector Jaime Ramírez Barba, Elia Hernández Núñez, María del Pilar Ortega Martínez, Martín Malagón Ríos y Margarita Arenas Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

2. Con la misma fecha, la Mesa Directiva turnó la mencionada iniciativa a la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados para estudio y posterior dictamen.

II. Contenido de la iniciativa

La iniciativa en comento tiene como objeto que la prestación del servicio social realizada por los pasantes profesionales en la salud pueda efectuarse también en el extranjero conforme a los lineamientos emitidos por la Secretaría de Salud, previa implantación de instrumentos de cooperación entre los gobiernos involucrados.

III. Consideraciones

Primera. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en el párrafo tercero del artículo 4o.:

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud... y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.

Segunda. Se considera que el contenido de la presente iniciativa es interesante, dada la trascendencia que en la actualidad tienen los diversos programas para cubrir la función de la salud, como el programa Vete Sano, Regresa Sano y la Ventanilla de Salud, en los consulados de México en Estados Unidos.

Tercera. A pesar de ello, se estima que la prestación del servicio social en el extranjero es un tema que se tiene que analizar de manera integral y con mayor profundidad, pues hay varios aspectos coyunturales que se deben analizar antes de plasmar una reforma de esta naturaleza sólo en la Ley General de Salud. Debido a que la Secretaría de Salud emita los lineamientos correspondientes, tal y como lo sugiere el texto de la propuesta legislativa, es importante resaltar que la reglamentación del servicio social corresponde a las autoridades e instituciones del ámbito educativo, en sus respectivas competencias. Las autoridades facultadas para regular el servicio social pueden ser federales o estatales, así como las universidades autónomas por ley.

Por tanto, hay que tomar en cuenta la opinión y competencia de la Secretaría de Educación Pública y de la Dirección General de Profesiones para definir el alcance de las actividades que realizarían los pasantes de las profesiones para la salud, pues hay limitaciones para la prestación de servicios de atención médica.

Cuarta. Por lo anterior consideramos que no es adecuado establecer que el servicio social en el extranjero se llevará a cabo conforme a lineamientos emitidos por la Secretaría de Salud, ya que no sería competencia únicamente de esta dependencia la materia de educación, por lo que en todo caso podrían determinarse mediante reglamento expedido por el titular del Ejecutivo federal o un acuerdo conjunto entre ambas dependencias, de conformidad con que lamentablemente esa proliferación de normas ha provocado una dispersión e inconsistencia normativa, ha producido contradicciones al extremo de generar en ocasiones anarquía e invasión de competencias, situación que motiva llevar a cabo una revisión global y específica de los fundamentos jurídicos vigentes en toda la república en materia del servicio social que prestan los estudiantes de las profesiones.

Quinta. Los fundamentos constitucionales que rigen la organización y prestación del servicio social de los estudiantes de las profesiones que se imparten en el sistema educativo mexicano no se desprenden de lo dispuesto en los artículos 3o.; 5o.; 25; 26; 73, fracción XXV; 89, fracción V; 122, Apartado C, Base Primera, fracción V, inciso I); 123, Apartado A, fracción XXIX; 124; y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Los fundamentos rectores del derecho a la educación lo catalogan como un derecho humano y una garantía de todo gobernado, y se encuentran plasmados en el artículo 3o. de la norma suprema. Dentro de estos principios, la fracción III de este numeral establece la facultad del Ejecutivo federal para determinar los planes y programas de estudio de la educación primaria, secundaria y normal para toda la república, y es obvio que entre estos planes y programas determina la obligación de prestar servicio social como un requisito previo para la obtención del título profesional. La fracción VII del mismo precepto consagra la autonomía universitaria, que confiere a las universidades e instituciones de educación superior autónomas por ley de potestad para que éstas se gobiernen y administren libremente y determinen sus planes y programas de estudio, los cuales también deben incluir la obligación de prestar servicio social.

Sexta. Ahora bien, de acuerdo con lo dispuesto en las leyes en materia educativa y de profesiones de toda la república, corresponde a los planes de preparación profesional establecer la obligación a cargo de los estudiantes de las profesiones, como un requisito previo para que se les otorgue el título o grado académico, que presten servicio social en beneficio de la sociedad y del Estado.

Dentro de dichos planes de estudio, en cumplimiento y congruencia con la Ley Reglamentaria del Artículo 5o., relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal, los pasantes como requisito previo a la obtención del título deberán prestar servicio social en los términos que indica la referida ley.

Séptima. Con base en lo expresado, es evidente que en el país la educación, o sea, la formación académica de profesionales, encuentra su fundamento legal en el artículo 3o. constitucional y no en el 4o., que trata de la protección de la salud; o en el artículo 5o., que trata de la libertad de trabajo y del ejercicio profesional. La formación académica de profesionales es responsabilidad de las propias universidades y demás instituciones de educación, públicas o privadas, federales o estatales, autónomas por ley o dependientes del gobierno (federal o estatal).

Otro punto por considerar es si está satisfecha la necesidad del país para contribuir a la conservación de la salud en poblaciones rurales, zonas marginadas urbanas y las comunidades mexicanas con mayor carencia de servicios de salud.

Cabe resaltar que las características, las bases y los lineamientos para la prestación del servicio social están plasmados en el Reglamento para la Prestación del Servicio Social de los Estudiantes de las Instituciones de Educación Superior de la República Mexicana, emitido por el entonces presidente de la República, José López Por- tillo.

Por todo lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Salud, con las atribuciones que confieren el artículo 73, fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los Apartados E y F de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y los artículos 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de esta soberanía los siguientes

Acuerdos

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un párrafo al artículo 87 de la Ley General de Salud, relativo al servicio social en el extranjero, presentada por los diputados Ector Jaime Ramírez Barba, Elia Hernández Núñez, María del Pilar Ortega Martínez, Martín Malagón Ríos y Margarita Arenas Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el 31 de agosto de 2007.

Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

La Comisión de Salud, diputados:Miguel Antonio Osuna Millán (rúbrica), presidente; Marco Antonio García Ayala (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Antonio Benítez Lucho (rúbrica), Rosalina Mazari Espín (rúbrica), Rodrigo Reina Liceaga (rúbrica), Gloria Trinidad Luna Ruiz (rúbrica), José Antonio Yglesias Arreola (rúbrica), Silvia Esther Pérez Ceballos (rúbrica), Heladio Gerardo Verver y Vargas Ramírez (rúbrica), Carlos Alberto Ezeta Salcedo (rúbrica), María del Pilar Torre Canales, secretarios; Felipe Borja Texocotitla (rúbrica), Yolanda de la Torre Valdez, Olga Luz Espinoza Morales, Leandro Rafael García Bringas, Clara Gómez Caro (rúbrica), Delia Guerrero Coronado (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez (rúbrica en abstención), José Luis Marcos León Perea (rúbrica), Fernando Morales Martínez, Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, Ana Elia Paredes Árciga (rúbrica en abstención), Guadalupe Eduardo Robles Medina (rúbrica), Sergio Tolento Hernández (rúbrica), Alicia Elizabeth Zamora Villalva (rúbrica), Laura Piña Olmedo (rúbrica), Leticia Quezada Contreras, Oralia López Hernández (rúbrica), Malco Ramírez Martínez (rúbrica).»



LEY GENERAL DE SALUD

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción IX, recorriéndose las subsecuentes, al artículo 134; y reforma el artículo 144 de la Ley General de Salud

Honorable Asamblea:

La Comisión de Salud de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), y numeral 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, 56, 60, 64, 87, 88, 93, 136 y 137 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y habiendo analizado el contenido de la iniciativa de referencia, somete a consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen al tenor de los siguientes

I. Antecedentes

1. Con fecha 22 de septiembre de 2009, los integrantes de la Quincuagésima Novena Legislatura del honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero remitieron al Congreso de la Unión la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 144 y adiciona una fracción IX, recorriéndose las actuales IX, X, XI, XII, XIII Y XIV, para ser X, XI, XII, XIII, XIV Y XV al artículo 134 de la Ley General de Salud.

2. En sesión celebrada el 24 de noviembre del 2009 por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, se dio cuenta con el oficio del Congreso de Guerrero con el que se remite la iniciativa objeto del presente dictamen.

3. En la misma fecha, el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dispuso que dicha iniciativa fuera turnada a la Comisión de Salud para estudio y dictamen.

II. Contenido de la iniciativa

1. Lograr la introducción en el esquema nacional básico de vacunación el biológico contra el virus del papiloma humano, a fin de combatir el cáncer cérvico-uterino, obteniendo de esta manera sea obligatoria y a través de la gratuidad llegue al amplio sector de las mujeres que carecen de los recursos económicos para su compra.

2. La iniciativa propone adicionar una fracción IX, recorriéndose las actuales IX, X, XI, XII, XIII y XIV, para ser X, XI, XII, XIII, XIV y XV del artículo 134, y reformar el artículo 144 de la Ley General de Salud  quedando como sigue:

Artículo 134. ...

I. a VIII. ...

IX. Cáncer cérvico-uterino;

X. Lepra y mal de pinto;

XI. Micosis profundas;

XII. Helmintiasis intestinales y extraintestinales;

XIII. Toxoplasmosis;

XIV. Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (sida); y

XV. Las demás que determinen en el Consejo de Salubridad General y los tratados y las convenciones internacionales en los que los estados Unidos Mexicanos sean parte y que se hubieren celebrado con arreglo a las disposiciones de la Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos.

Artículo 144. Las vacunaciones contra la tosferina, la difteria, el tétanos, la tuberculosis, la poliomielitis y el sarampión, el cáncer cérvico- uterino,así como otras contra enfermedades transmisibles que en el futuro estimare necesarias la Secretaría de Salud, serán obligatorias en los términos que fije esta dependencia. La misma secretaría determinará los sectores de población que deban ser vacunados y las condiciones en que deberán suministrarse las vacunas, privilegiando a los sectores más vulnerables, conforme a los programas que al efecto establezca, las que serán de observación obligatoria para las instituciones de salud.

III. Consideraciones

Primera.La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en su  párrafo tercero del artículo 4o.:

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud [...] Y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.

Segunda.Debido a que es un tema de gran relevancia para esta comisión la problemática expuesta en la iniciativa, debemos de considerar que la enfermedad generada por el virus del papiloma humano, sea cual sea su serotipo viral, es una enfermedad de carácter infeccioso, con medio de contagio la transmisión sexual; siendo que existen un sinnúmero de enfermedades de transmisión sexual, como por ejemplo las generadas por el virus de la inmunodeficiencia humana, trachoma trachomatis, virus del herpes tipo 2, etcétera, no consideramos posible establecer un listado en la Ley General de Salud con todas las posibles enfermedades infecciosas que pudieran presentarse en un futuro.

Tercera.El artículo 134, fracción VIII, actualmente expone lo siguiente: “sífilis, infecciones gonocócicas y otras enfermedades de transmisión sexual”, por lo que en términos de generalidad de la LGS, el artículo antes mencionado incluye la patología causada por el virus del papiloma humano y no hace referencia a ningún sexo en particular, por lo que no excluye a ninguno, ya que estaría en contra del artículo 4o. constitucional que establece que el hombre y la mujer son iguales ante la ley.

Cuarta.El artículo 144 establece que “las vacunaciones contra la tosferina, la difteria, el tétanos, la tuberculosis, la poliomielitis y el sarampión, así como otras enfermedades transmisibles que en el futuro estimare necesarias la Secretaría de Salud,serán obligatorias en los términos que fije esta dependencia. La misma Secretaría determinará los sectores de población que deban ser vacunados y las condiciones en que deberán subministrarse las vacunas, conforme a los programas que al efecto establezca, las que serán de observación obligatoria para la instituciones de salud”.

Este artículo hace mención de las vacunaciones que se rea-lizan actualmente e incluye las que se harán a futuro; no se puede predecir con exactitud las enfermedades que se presentarán a largo plazo; es por eso que consideramos inviable la reforma al artículo en comento, ya que todas las enfermedades transmisibles que recibirán vacunaciones serán obligatorias en los términos que fije la Secretaría de Salud. Es por lo anterior que se debe interpretar que el virus del papiloma humano y la vacuna para esta patología queda comprendida en ambos textos.

En mérito de lo antes expuesto, la Comisión de Salud se permite someter a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción IX, recorriéndose en su orden las demás fracciones al artículo 134, y se reforma el artículo 144 de la Ley General de Salud, presentada por el honorable Congreso de Guerrero el 24 de noviembre de 2009.

Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

La Comisión de Salud, diputados:Miguel Antonio Osuna Millán (rúbrica), Marco Antonio Benítez Lucho (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Antonio Benítez Lucho (rúbrica), Rosalina Mazari Espín (rúbrica), Rodrigo Reina Liceaga (rúbrica), Gloria Trinidad Luna Ruiz (rúbrica), José Antonio Yglesias Arreola (rúbrica), Silvia Esther Pérez Ceballos (rúbrica), Heladio Gerardo Verver y Vargas Ramírez (rúbrica), Carlos Alberto Ezeta Salcedo (rúbrica), María del Pilar Torre Canales, secretarios; Felipe Borja Texocotitla (rúbrica), Yolanda de la Torre Valdez, Olga Luz Espinosa Morales, Leandro Rafael García Bringas, Clara Gómez Caro (rúbrica), Delia Guerrero Coronado (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez (rúbrica en abstención), José Luis Marcos León Perea (rúbrica), Fernando Morales Martínez, Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, Ana Elia Paredes Arciga (rúbrica en abstención), Guadalupe Eduardo Robles Medina (rúbrica), Sergio Tolento Hernández (rúbrica), Alicia Elizabeth Zamora Villalva (rúbrica), Laura Piña Olmedo (rúbrica), Leticia Quezada Contreras, Oralia López Hernández (rúbrica), Malco Ramírez Martínez (rúbrica).»



LEY GENERAL DE SALUD

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 245 de la Ley General de Salud

Honorable Asamblea:

La Comisión de Salud de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 y 45 numeral 6, incisos e), f) y g), y numeral 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 55, 56, 60, 64, 87, 88, 93, 136 y 137 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y habiendo analizado el contenido de la iniciativa de referencia, somete a la consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, al tenor de los siguientes:

 I. Antecedentes

1. Con fecha 1 de octubre de 2009 el diputado Ignacio Téllez González, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 245 de la Ley General de Salud, agregando una fracción, para incluir los nitritos de amilo, butilo e isobutilo (poppers) como parte de la lista del grupo I de la clasificación de substancias psicotrópicas.

2. En la misma fecha, el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dispuso que dicha iniciativa fuera turnada a la Comisión de Salud para su estudio y dictamen.

II. Contenido de la iniciativa

1.- La iniciativa tiene por objeto reformar el artículo 245 de la Ley General de Salud, con la finalidad de que el nitrito de amilo, nitrito de butilo y el nitrito de isobutilo se incluyan en la fracción I del artículo 245, para quedar como sigue

Artículo 245. En relación con las medidas de control y vigilancia que deberán adoptar las autoridades sanitarias, las substancias psicotrópicas se clasifican en cinco grupos:

I. Las que tienen valor terapéutico escaso o nulo y que, por ser susceptibles de uso indebido o abuso, constituyen un problema especialmente grave para la salud pública, y son:

III. Consideraciones

Primera. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en su  párrafo tercero del artículo 4o.:

“Toda persona tiene derecho a la protección de la salud... y establecerá la concurrencia de la federación y de las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución”.

Segunda. Para la dictaminación de la presente iniciativa se consideró que los denominados: “poppers” son nitritos o nitratos, cuyo mecanismo de acción depende de la activación del óxido nítrico (NO), el cual se produce mediante la acción de la enzima llamada óxido nítrico sintetasa. Se han demostrado un sinnúmero de acciones fisiológicas, bioquímicas y patológicas en las que interviene directa o indirectamente. En la actualidad está demostrado el papel esencial del ON (óxido nítrico) en la regulación de diversas funciones entre las que cuentan la participación en el sistema cardiovascular, nervioso, muscular e inmune.

Tercera. En el sistema cardiovascular su efecto fisiológico es el responsable de la respuesta vasodilatadora esencial para la regulación de la presión arterial, inhibe la agregación plaquetaria, disminuye los efectos dañinos de la ateroesclerosis, protege contra la hipoxia pulmonar, controla la circulación colateral, participa en la fisiología de la erección del pene y produce relajación del músculo liso (esfínter anal interno en cuestión y temática de esta iniciativa, en la población de homosexuales). En contacto con el aire, el óxido nítrico se convierte con rapidez en dióxido de nitrógeno (NO²) muy venenoso.  Los efectos adversos de la exposición excesiva al óxido nítrico incluyen irritación de ojos, nariz y faringe, obnubilación y pérdida de la consciencia.

Cuarta. Debido a la participación del NO en estas funciones, se han realizado diferentes investigaciones en las que se ha comprobado su participación en diferentes procesos patológicos tales como

• Hipertensión arterial esencial (incluida la producida durante el embarazo),

• Ateroesclerosis,

• Insuficiencia cardíaca congestiva,

• Gastrointestinal, y

• Sistema nervioso central

Quinta. Con respecto a la función gastrointestinal el óxido nítrico incrementa el flujo sanguíneo en la mucosa gástrica e inhibe la adherencia de leucocitos al endotelio en la microcirculación gástrica, aumentando la protección y disminuyendo el riesgo de sangrado gastrointestinal alto.

Sexta.Las implicaciones en el sistema nervioso central se basan en que el óxido nítrico funciona como neurotransmisor. Se encuentra principalmente en las células del encéfalo, (hipocampo) que son responsables de la memoria. Éste se encuentra inmerso en muchas patologías neurales: la enfermedad de Alzheimer, en la enfermedad de Parkinson, esquizofrenia, pérdida neuronal durante la isquemia cerebral y otros trastornos del sistema nervioso.

Séptima. Por todo lo anterior expuesto se puede deducir que todos los efectos ocasionados por los nitritos o nitratos son debidos a la vasodilatación e inhibición plaquetaria debido a la óxido nítrico sintetasa.

Octava. Asimismo, consideramos que la iniciativa omite diversos vasodilatadores que presentan casi los mismos efectos adversos y secundarios, lo que deja abierta la posibilidad en la ley de que se pueda crear una droga con los vasodilatadores no contemplados en la iniciativa, por lo que se considera necesaria la inclusión, no solamente de los nitritos o nitratos de amilo, butilo e isobutilo, sino también la inclusión de los siguientes

• Adenosina

• Alprostadil

• Betahistina

• Fenoxibenzamina

• Fentolamina

• Minoxidil

• Papaverina

• Prostaciclina

• Sildenafil

• Treprostinil

• Vinpocetina

Los anteriormente nombrados son vasodilatadores de diferentes receptores, y cuyo mecanismo de acción es similar a los que se consideran en la iniciativa.

Novena. En el entendido que el óxido nítrico tiene diversas funciones metabólicas las cuales se mencionan anteriormente y que no es una sustancia que presente un valor terapéutico escaso o nulo, consideramos que es incorrecto incluirlo en el listado de este tipo de sustancias.

En mérito de lo antes expuesto, la Comisión de Salud se permite someter a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados, los siguientes

Acuerdos

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 245 de la Ley General de Salud, presentada por el diputado Ignacio Téllez González, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el 1 de octubre de 2009.

Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

La Comisión de Salud, diputados, diputados:Miguel Antonio Osuna Millán (rúbrica), presidente; Marco Antonio García Ayala (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Antonio Benítez Lucho (rúbrica), Rosalina Mazari Espín (rúbrica), Rodrigo Reina Liceaga (rúbrica), Gloria Trinidad Luna Ruiz (rúbrica), José Antonio Yglesias Arreola (rúbrica), Silvia Esther Pérez Ceballos (rúbrica), Heladio Gerardo Verver y Vargas Ramírez, Carlos Alberto Ezeta Salcedo (rúbrica), María del Pilar Torre Canales, secretarios; Felipe Borja Texocotitla (rúbrica), Yolanda de la Torre Valdez, Olga Luz Espinoza Morales, Leandro Rafael García Bringas, Clara Gómez Caro (rúbrica), Delia Guerrero Coronado (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez (rúbrica en abstención), José Luis Marcos León Perea (rúbrica), Fernando Morales Martínez, Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, Ana Elia Paredes Árciga (rúbrica en abstención), Guadalupe Eduardo Robles Medina (rúbrica), Sergio Tolento Hernández (rúbrica), Alicia Elizabeth Zamora Villalva (rúbrica), Laura Piña Olmedo (rúbrica), Leticia Quezada Contreras, Oralia López Hernández (rúbrica), Malco Ramírez Martínez (rúbrica).»



LEY GENERAL DE SALUD

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 3o. de la Ley General de Salud

Honorable Asamblea:

La Comisión de Salud de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 y 45 numeral 6, incisos e), f) y g), y numeral 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 55, 56, 60, 64, 87, 88, 93, 136 y 137 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y habiendo analizado el contenido de la iniciativa de referencia, somete a la consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, al tenor de los siguientes

I. Antecedentes

1. Con fecha 20 de octubre de 2009 el diputado David Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción XXVII del artículo 3o. de la Ley General de Salud.

2. En la misma fecha, el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dispuso que dicha iniciativa fuera turnada a la Comisión de Salud para su estudio y dictamen.

II. Contenido de la iniciativa

La iniciativa tiene por objeto reformar la Ley General de Salud, con el objeto de establecer el supuesto consistente en que en caso de una empresa o particular introduzca, adhiera o adjunte tatuajes a los productos de consumo humano, así como a quienes se encarguen de su distribución y venta, serán acreedoras a las sanciones económicas y administrativas que la autoridad reguladora le imponga.

Por lo que se somete a consideración de esta comisión, reformar el artículo 3o., fracción XXVII, de la Ley General de Salud para quedar como sigue:

I. a XXVI. ...

XXVII. El control sanitario de la publicidad de las actividades, productos y servicios a los que se refiere esta ley, así como aplicar las sanciones administrativas y económicas a quienes introduzcan, adhieran o adjunten tatuajes promocionales a los productos de consumo humano.

III.- Consideraciones

Primera. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en su  párrafo tercero del artículo 4o.

“Toda persona tiene derecho a la protección de la salud.... y establecera la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución”.

Segunda. Creemos conveniente para poder entender el trasfondo de esta iniciativa, el considerar de qué están formados los llamados “tatuajes temporales o adheribles”, los cuales se componen de un papel llamado decal, el cual incluye un auto adherible para la piel, logrando que la tinta del tatuaje pueda ser imprimible en cualquier impresora de chorro de tinta usando la tinta del pigmento, per se.

Tercera. El material anteriormente descrito puede provocar dermatitis por contacto, de manera local en el sitio de aplicación.  Sin embargo, fuera del padecimiento antes mencionado, no presenta ninguna otra contraindicación o riesgo para el consumidor.

Cuarta. Asimismo, dicha reforma es inviable, toda vez que de forma general, el artículo 3 de la LGS establece aquellos rubros que serán materia de salubridad general y en específico la fracción XVII vigente, la cual señala  que es materia de salubridad general el control sanitario de la publicidad de cualquier actividad, producto y servicio referido en dicha Ley, por lo que resulta carente de sentido incluir en dicha fracción, atendiendo al carácter general con que se deben expresar las materias de salubridad general, a la aplicación de sanciones administrativas y económicas a quienes introduzcan, adhieran o adjunten tatuajes promocionales a los productos de consumo humano, ya que dicha circunstancia por un lado describe una prohibición específica respecto de un tipo de bienes, cuya regulación no correspondería a sentarse en la enumeración de las materias de salubridad general. Por otro lado, existe en la LGS un capítulo expreso relativo a las sanciones que se deben imponer por violación a ésta Ley y las demás disposiciones que de ella emanen.

Quinta. Es necesario señalar, que en el texto del artículo 268 Bis de la LGS se define al “tatuador” como a la “Persona que graba dibujos, figuras o marcas en la piel humana, introduciendo colorantes bajo la epidermis con agujas, punzones u otro instrumento por las punzadas previamente dispuestas”, por lo que una calcomanía adherible a la piel humana, como la que se pretende regular en la iniciativa en comento, no podría considerarse como tatuaje, toda vez que es colocada superficialmente y no por debajo de la piel.

En mérito de lo antes expuesto, la Comisión de Salud se permite someter a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados, los siguientes

Acuerdos

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 3o. de la Ley General de Salud, presentada por el diputado David Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 20 de octubre de 2009.

Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

La Comisión de Salud, diputados:Miguel Antonio Osuna Millán (rúbrica), presidente; Marco Antonio García Ayala (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Antonio Benítez Lucho (rúbrica), Rosalina Mazari Espín (rúbrica), Rodrigo Reina Liceaga (rúbrica), Gloria Trinidad Luna Ruiz (rúbrica), José Antonio Yglesias Arreola (rúbrica), Silvia Esther Pérez Ceballos (rúbrica), Heladio Gerardo Verver y Vargas (rúbrica), Carlos Alberto Ezeta Salcedo (rúbrica), María del Pilar Torre Canales, secretarios; Felipe Borja Texocotitla (rúbrica), Yolanda de la Torre Valdez, Olga Luz Espinoza Morales, Leandro Rafael García Bringas (rúbrica), Clara Gómez Caro (rúbrica), Delia Guerrero Coronado (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez, José Luis Marcos León Perea (rúbrica), Fernando Morales Martínez, Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, Ana Elia Paredes Arciga, Guadalupe Eduardo Robles Medina (rúbrica), Sergio Tolento Hernández (rúbrica), Alicia Elizabeth Zamora Villalva (rúbrica), Laura Piña Olmedo (rúbrica), Leticia Quezada Contreras, Oralia López Hernández (rúbrica), Malco Ramírez Martínez (rúbrica).»



LEY GENERAL DE SALUD

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo por los que se desechan tres iniciativas con proyecto de decreto que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Salud de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de La Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 56, 87, 88 y demás relativos al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta el siguiente dictamen.

I. Antecedentes

1. En sesión celebrada con fecha 10  de noviembre de 2009, el diputado Jorge Antonio  Kahwagi Macari, integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, presentó la iniciativa  que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de cirugía estética.

2. Con la misma fecha, la Mesa Directiva de este órgano legislativo turnó la mencionada iniciativa a la Comisión de Salud para estudio y posterior dictamen.

3. En sesión celebrada con fecha 10 de noviembre de 2009, el diputado Agustín Castilla Marroquín, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó la iniciativa que reforma los artículos 198, 271 y 420 de la Ley General de Salud.

4. Con la misma fecha, la Mesa Directiva de este órgano legislativo turnó la mencionada iniciativa a la Comisión de Salud para estudio y posterior dictamen.

5. En sesión celebrada con fecha 23 de febrero del 2010, el diputado Guadalupe Eduardo Robles Medina, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó la iniciativa que reforma el artículo 79 y adiciona un artículo 269 Bis a la Ley General de Salud.

II. Contenido de las iniciativas

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General De Salud, en materia de cirugía estética

Tiene por objeto explicitar que para el ejercicio de actividades profesionales en el campo de la medicina, procedimientos no quirúrgicos estéticos o cosméticos, odontología, veterinaria, biología, bacteriología, enfermería, trabajo social, entre otras, se requiere el aval de un consejo o asociación de su especialidad. Prever que en materia de procedimientos no quirúrgicos o cosméticos, los diplomas correspondientes deberán ser legalmente expedidos y registrados por las autoridades educativas competentes. Requerir de autorización sanitaria a los establecimientos que realicen procedimientos no quirúrgicos estéticos o cosméticos. Sancionar a quien desempeñe funciones o servicios a una persona que cause efectos adversos en su organismo de manera inmediata o mediata, temporal o permanente.

Que reforma los artículos 198, 271 y 420 de la Ley General de Salud

Su espíritu recae en requerir de autorización sanitaria a los establecimientos que realicen infiltraciones para adelgazar, engrosar, cambiar o corregir el contorno, forma o variar las proporciones de diferentes zonas o regiones de la cara y del cuerpo. Establecer que los productos para adelgazar partes del cuerpo, control de peso o para desarrollar la definición o el volumen muscular que se ofrezcan como remedios naturales, sustitutos de alimentos o complementos alimenticios, cumplan con los requisitos que determine la Secretaría de Salud para su venta, distribución, prescripción, recomendación o publicidad. Prohibir a toda persona que no sea profesional de la medicina y que no se encuentre capacitada y certificada la prescripción o aplicación mediante infiltración hipodérmica, cualquier producto para adelgazar o engrosar partes del cuerpo o variar las proporciones de éste.

Que reforma el artículo 79 y adiciona un artículo 269 Bis a la Ley General de Salud

Tiene como sustento  garantizar que para el ejercicio de las actividades de aplicación de productos de perfumería y belleza, se requerirá que los diplomas correspondientes hayan sido legalmente expedidos y registrados por las autoridades educativas competentes, pudiendo estos aplicarse en spas, estéticas, centros de masaje y clínicas de belleza. Prohibir la aplicación de belleza y perfumería mediante infiltraciones o incisiones de la piel .

III. Consideraciones

Primera. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en el  párrafo tercero del artículo 4o.:

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud [...] Y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.

Segunda. Respecto a la iniciativa  que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de cirugía estética, se considera improcedente e inconstitucional, ya que restringe la libertad de ejercicio profesional y el derecho de asociación, que consagra la Carta Magna en los artículos 5o. y 9o.

a) Con lo que refiere a reformar el párrafo primero del artículo 79, se comenta que se esta realizando la mención de que los títulos profesionales o certificados de especialidad deberán estar avalados por un consejo o asociación de su especialidad, al respecto, se advierte que en la Ley General de Educación, en su artículo 60 se prevé que serán las instituciones educativas del sistema educativo nacional, las que expedirán títulos, diplomas, grados , certificados y constancias, de conformidad con los planes y programas de estudio que imparten. Es decir, se entiende que como resultado de los estudios cursados por una persona, una vez que se hubieran cubierto los contenidos de plan de estudios de forma satisfactoria, la institución educativa, expedirá el titulo, diploma o grado, sin necesidad de someter tal institución educativa, expedirá, el titulo, diploma o grado, sin necesidad de someter tal situación a la consideración o al aval de un tercero como serían los colegios o asociaciones.

b) En el mismo sentido, cabe señalar que la ley General de Educación en su artículo 47 establece que los contenidos de la educación serán definidos en planes y programas de estudio y establece los aspectos deben establecerse en los mismos. Por lo anterior, la propuesta de reforma, estaría supeditando lo previsto en la Ley General de Educación al aval de un colegio o asociación, ya que los títulos, diplomas o grados, se expiden por planes y programas de estudio que la autoridad educativa ha considerado procedentes.

c) Con relación a lo anterior, se debe señalar que el artículo 5o. constitucional establece:

Artículo 5o. A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos.

La ley determinará en cada estado, cuáles son las profesiones que necesitan título para su ejercicio, las condiciones que deban llenarse para obtenerlo y las autoridades que han de expedirlo.

d) En el mismo contexto, la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal señala:

Artículo 5o. Para el ejercicio de una o varias especialidades, se requiere autorización de la Dirección General de Profesiones, debiendo comprobarse previamente lo siguiente:

1. Haber obtenido título relativo a una profesión en los términos de esta ley;

2. Comprobar, en forma idónea, haber realizado estudios especiales de perfeccionamiento técnico científico, en la ciencia o rama de la ciencia de que se trate.

e) En el mismo sentido, el articulo 25 la misma, se señala lo siguiente:

Artículo 25. Para ejercer en el Distrito Federal cualquiera de las profesiones a que se refieren los Artículos 2o. y 3o., se requiere:

I. Estar en pleno goce y ejercicio de los derechos civiles.

II. Poseer título legalmente expedido y debidamente registrado; y

III. Obtener de la Dirección General de Profesiones patente de ejercicio.

f) Es preciso mencionar que ya se considera el ejercicio profesional y su vigencia de conformidad con el artículo 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal le corresponde a la Secretaría de Educación Pública y, en ese mismo sentido, el marco jurídico vigente en la materia no prevé ninguna disposición que obligue a someter un titulo, diplomas o grado al aval de un colegio o asociación para poder ejercer profesionalmente.

g) Además de lo anterior se comenta que la Ley Reglamentaria del artículo 5o. constitucional relativo al ejercicio de las profesiones en el DF prevé la existencia de los colegios de profesionistas, y entre los propósitos por lo que fueron previstos, no se encuentra alguno por el que pueda avalar estudios.

h) Por lo que refiere al segundo párrafo del artículo 79 que se propone reformar, se considera que para ello la Secretaría de Educación Pública, se pronunciara respecto de si los diplomas que se expiden por estudios técnicos o auxiliares son susceptibles de ser registrados, ello en virtud de no ser el caso, sería imposible cumplir dicho requisito.

i) En relación con la propuesta de reforma a la fracción V del artículo 198 de la Ley General de Salud se comenta que éste señala cuáles son los establecimientos que requieren autorización sanitaria y que deban dar aviso de funcionamiento.

j) En ese sentido, cabe mencionar que el 1 de marzo de 2002, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo por el que se dan a conocer los establecimientos que deberán dar aviso de funcionamiento en el marco del acuerdo que establece el sistema de apertura rápida de empresas, en el cual se prevé entre éstos a los consultorios y clínicas de especialidades medicas del sector privado entre los cuales se encontrarían aquellos que realizan procedimientos no quirúrgicos estéticos o cosméticos.

k) Con relación del artículo 469, es preciso aclarar que el tipo penal propuesto no se relaciona con lo previsto en el artículo 469 vigente de la Ley General de Salud.

Tercera.Con relación a la iniciativa que reforma los artículos 198, 271 y 420 de la Ley General de Salud, se considera no necesaria, en merito deque se pretende particularizar supuestos normativos y aspectos legales que ya se encuentran reguladosde manera general y, por tanto, nada nuevo aporta la propuesta al orden jurídico sanitario vigente.

a) Dentro de los objetivos primordiales que tiene esta iniciativa es el que los establecimientos que realicen infiltraciones para adelgazar, engrosar, cambiar o corregir alguna parte del cuerpo cuenten con la autorización sanitaria, esta propuesta se considera innecesaria porque al señalar al procedimiento de infiltraciones para adelgazar, engrosar, cambiar o corregir alguna parte del cuerpo cuenten con la autorización, se comenta que el artículo 271 de la Ley General de Salud vigente, ya regula tal situación, siendo que la licencia sanitaria es una de las especies de autorización sanitaria, de conformidad con el artículo 368 de la Ley General de Salud.

b) Respecto a prohibir a toda persona no profesionales de la medicina, es limitativo debido a que existen técnicos y auxiliares que pueden participar en los servicios de salud.

c) En cuanto a lo que propone de los productos para adelgazar o engrosar partes del cuerpo, cambia el contenido del artículo 271, dejando sin sustento legal a estos.

Cuarta.Con lo que respecta a la iniciativa que reforma el artículo 79 y adiciona un artículo 269 Bis a la Ley General de Salud, se considera improcedente, ya que lo que se pretende reformar en el artículo 79 de la Ley General de Salud, se establece en el titulo cuarto, en donde especifica los recursos humanos para los servicios de salud.

Es preciso mencionar que los servicios de salud comprenden todas aquellas acciones realizadas en beneficio del individuo y de la sociedad en general, dirigidas a proteger y restaurar la salud de la persona y de la colectiva. Además de que se clasifican en 3: atención medica, de salud pública y de asistencia social, es por ello que se considera que la aplicación de dichos productos corresponda a un servicio de salud y por lo tanto seria improcedente reformar el artículo 79 de la Ley General de Salud.

Lo que se refiere a  la adición del artículo 269 Bis de la Ley General de Salud, se pretende que la aplicación de dichos productos sólo podrá realizarse en establecimientos spas, estéticas, centros de masaje y clínicas de belleza, por lo que sobre ese respecto, además de no son objeto de control sanitario el tipo de establecimientos mencionados.

Cuarta.Los integrantes de esta comisión dictaminadora están consientes de la problemática que actualmente existe con lo que respecta a cirugía plástica y estética, y ha sostenido reuniones con especialistas en la materia, para que se estructurara una iniciativa que llenara esas lagunas legislativas que existe, estas reuniones dieron como resultado que el  29 de abril de 2010, se aprobara un dictamen de una minuta que contenía diversas  cuestiones relativas a este tema, todo esto con la finalidad de para de esta manera se pueda crear mecanismos que eviten que estos procedimientos o productos causen un daño a la salud.

Por todo lo expuesto, los integrantes de las Comisión de Salud, con las atribuciones que  otorga el artículo 73, fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los apartados e) y f) de la Ley Orgánica del congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los  Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de esta honorable soberanía los siguientes

Acuerdos

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de cirugía estética, presentada por el diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, el 10 de noviembre de 2009.

Segundo. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 198, 271 y 420 de la Ley General de Salud, presentada por el diputado Agustín Castilla Marroquín, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el 10 de noviembre de 2009.

Tercero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 79 y adiciona un artículo 269 Bis a la Ley General de Salud, presentada por el diputado Guadalupe Eduardo Robles Medina, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el 23 de febrero de 2010.

Cuarto.Archívense los expedientes como asuntos total y definitivamente concluidos.

La Comisión de Salud, diputados: Miguel Antonio Osuna Millán (rúbrica), Marco Antonio Benítez Lucho (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Antonio Benítez Lucho (rúbrica), Rosalina Mazari Espín (rúbrica), Rodrigo Reina Liceaga (rúbrica), Gloria Trinidad Luna Ruiz (rúbrica), José Antonio Yglesias Arreola (rúbrica), Silvia Esther Pérez Ceballos (rúbrica), Heladio Gerardo Verver y Vargas Ramírez (rúbrica), Carlos Alberto Ezeta Salcedo (rúbrica), María del Pilar Torre Canales, secretarios; Felipe Borja Texocotitla (rúbrica), Yolanda de la Torre Valdez, Olga Luz Espinosa Morales, Leandro Rafael García Bringas, Clara Gómez Caro (rúbrica), Delia Guerrero Coronado (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez (rúbrica en abstención), José Luis Marcos León Perea (rúbrica), Fernando Morales Martínez, Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, Ana Elia Paredes Arciga (rúbrica en abstención), Guadalupe Eduardo Robles Medina (rúbrica), Sergio Tolento Hernández (rúbrica), Alicia Elizabeth Zamora Villalva (rúbrica), Laura Piña Olmedo (rúbrica), Leticia Quezada Contreras, Oralia López Hernández (rúbrica), Malco Ramírez Martínez (rúbrica).»



LEY GENERAL DE SALUD

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud

Honorable Asamblea:

La Comisión de Salud de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de La Ley Orgánica; y 56, 87, 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta el siguiente dictamen:

I. Antecedentes

1. Con fecha 3 de diciembre de 2009, la diputada Janet Graciela González Tostado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud.

2. Con misma fecha, la Mesa Directiva turnó a esta comisión dicha iniciativa para estudio y dictamen.

II. Contenido de la iniciativa

La iniciativa tiene por objeto crear un programa contra los trastornos alimenticios, coordinado por el Consejo Nacional contra las Adicciones, con la finalidad de prevenir y tratar todo tipo de trastornos alimenticios causados por malos hábitos y adicción a la ingesta excesiva de alimentos, educar sobre los efectos de los malos hábitos alimenticios, y generar programas para la rehabilitación de personas que padezcan algún trastorno alimenticio.

Asimismo, propone fomentar actividades cívicas, deportivas y culturales que contribuyan a la lucha contra los trastornos alimenticios, principalmente en los grupos de población considerados de alto riesgo. De la misma manera, propone impulsar grupos de autoayuda y promover la creación de clínicas públicas especializadas en trastornos alimenticios.

Por último, plantea proporcionar a la población información sobre los problemas de salud que conllevan los trastornos alimenticios y la adicción a la ingesta excesiva de alimentos.

III. Consideraciones

Primera. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en el párrafo tercero del artículo 4o.:

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud... y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.

Segunda. Debido a que los trastornos alimenticios que la iniciativa propone son de carácter psiquiátrico, basó el fundamento en la clasificación del DSM-IV, el cual menciona que la correcta definición para este tipo de padecimientos es el de “trastornos de la conducta alimentaria: anorexia nerviosa, bulimia nerviosa y trastornos de la conducta alimentaria no especificados; y la obesidad”.

• La anorexia nerviosa se caracteriza por ser un trastorno en el que la persona se niega a mantener un peso mínimo dentro de la normalidad, presenta miedo intenso a ganar peso, y una significativa mala interpretación de su cuerpo y su forma. Se caracteriza por una profunda distorsión de la imagen corporal y una implacable búsqueda de delgadez, que a menudo llega a la inanición. La prevalencia es mayor en mujeres que en hombres; asimismo, se han observado trastornos de la conducta alimentaria de varias clases en 4 por ciento de estudiantes, adolescentes y jóvenes adultos. Se estima que la anorexia nerviosa se presenta en 1 por ciento de las adolescentes en el mundo. Los criterios diagnósticos para la anorexia según el DSM-IV consisten en un rechazo a mantener peso corporal en o por encima de un peso mínimo esperado (por ejemplo, pérdida de peso que llegan a menos de 85 por ciento del peso esperado), o incapacidad para ganar peso esperado durante el periodo de crecimiento; los pacientes temen a ser obesos, se sienten gordos o deformes. El tratamiento se basa en un abordaje terapéutico global, que conlleva a la hospitalización cuando sea necesaria (restaurar el estado nutricional del paciente: inanición, deshidratación, desequilibrios hidroelectrolíticos y un auxiliar que vigile que no vomiten tras la alimentación), terapia individual y familiar con terapias de comportamiento, interpersonal y cognoscitiva y la medicación.

• La bulimia nerviosa es según los criterios del DSM-IV un trastorno consistente en atracones de comida y métodos compensatorios inapropiados para evitar la ganancia de peso. Los episodios recurrentes de bulimia nerviosa se acompañan de sentimientos de estar fuera de control, la interrupción social o el malestar físico terminan con el atracón de comida, que a menudo se sigue de sentimientos de culpa, depresión o autodesprecio. Las personas con bulimia nerviosa muestran también conductas recurrentes compensatorias, como la purga (autoinducción del vómito, uso repetido de laxantes y diuréticos), ayuno o ejercicio excesivos, todo esto para prevenir la ganancia de peso. Los atracones aparecen dos veces por semana durante tres meses. Se ha detectado que 3 por ciento de las mujeres jóvenes padece esta enfermedad psiquiátrica. El tratamiento de la bulimia nerviosa se basa en varios tipos de intervenciones, como la psicoterapia individual cognoscitivo-conductual, la terapia grupal, la terapia familiar y la farmacoterapia (antidepresivos). La mayoría de estos pacientes no requiere hospitalización. Los trastornos de la conducta alimentaria no especificados es una categoría diagnóstica del DSM-IV para los trastornos de la conducta alimentaria que no reúnen criterios para un trastorno específico de esta conducta. Entre ellos se encuentran la anorexia nerviosa atípica, la bulimia nerviosa atípica, hiperfagia en otras alteraciones psicológicas y vómitos en otras alteraciones psicológicas.

• La obesidad es según el DSM-IV una enfermedad caracterizada por excesiva acumulación de grasa en el cuerpo. Por convención, se ha acordado que son obesos los que presentan un índice de masa corporal superior a 30, el cual relaciona la morbilidad y la mortalidad. Somos el primer lugar mundial en obesidad infantil y segundo en obesidad en adultos. La etiología es multifactorial; sin embargo, el tratamiento psiquiátrico es la farmacoterapia, con los antidepresivos, y la psicoterapia que modifica la conducta es el método de elección psiquiátrico.

Tercera. Como se acaba de exponer, el término que se propone en la iniciativa, “trastornos alimenticios”, es incorrecto. Según el DSM-IV (Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales) compete llamarlos “trastornos de la conducta alimentaria”. Por tanto, se considera inviable el término descrito en la iniciativa.

Cuarta. En el entendimiento de que la anorexia nerviosa es una enfermedad que compete a la especialidad de psiquiatría, en su etiología, diagnóstico y tratamiento, se considera que lo que se propone en el artículo 193 Ter es incorrecto, ya que la anorexia no es una enfermedad previsible. Asimismo, su diagnóstico y tratamiento tienen que ser llevados por médicos especialistas en la materia, no por actividades deportivas y culturales, aunque sean considerados de alto riesgo. La educación en salud que compete a este tema no es sobre los efectos de los malos hábitos, ya que como se dijo esta enfermedad se debe a un trastorno neuropsiquiátrico, y no es generada por los malos hábitos del paciente.

Quinta. La bulimia nerviosa es una enfermedad de etiología neuropsiquiatría, debido a un trastorno consistente en atracones de comida y métodos compensatorios inapropiados para evitar la ganancia de peso. En la exposición de motivos, la iniciativa define adecuadamente el concepto; sin embargo, no menciona el diagnóstico y tratamiento posterior que requiere este padecimiento, como se dijo. Igual que en el punto anterior, “el fomento de actividades cívicas, deportivas y culturales que coadyuven en la lucha contra estos trastornos”, que proponen en la reforma del artículo 193 Ter, es erróneo debido a las causas expuestas.

Sexta. Los trastornos de la conducta alimentaria no especificados es una categoría diagnóstica del DSM-IV para los trastornos de la conducta alimentaria que no reúnen criterios para un trastorno específico de esta conducta. Comprenden la anorexia nerviosa atípica, la bulimia nerviosa atípica, la hiperfagia en otras alteraciones psicológicas y vómitos en otras alteraciones psicológicas. La hiperfagia es un trastorno de comer en exceso; por ende, la adicción a la ingesta excesiva de alimentos es un término incorrecto, ya que la hipofagia incluye esta adicción.

Séptima. Respecto a lo que se propone en el artículo 193 Quáter, eso se considera no viable, ya que la hipofagia no es una adicción sino un trastorno psiquiátrico obsesivo-compulsivo, que provoca ansiedad grave en el paciente, generando un aumento indiscriminado de ingestión de alimentos. Asimismo, lo que plantean ya se señala en la Ley General de Salud en los artículos 114 y 115:

Artículo 114. Para la atención y mejoramiento de la nutrición de la población, la Secretaría de Salud participará de manera permanente en los programas de alimentación del gobierno federal.

La Secretaría de Salud, las entidades del sector salud y los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, formularán y desarrollarán programas de nutrición, promoviendo la participación en los mismos de los organismos nacionales e internacionales cuyas actividades se relacionen con la nutrición y los alimentos, y su disponibilidad, así como de los sectores sociales y privado.

Artículo 115. La Secretaría de Salud tendrá a su cargo

I. Establecer un sistema permanente de vigilancia epidemiológica de la nutrición;

II. Normar el desarrollo de los programas y actividades de educación en materia de nutrición, prevención, tratamiento y control de la desnutrición y obesidad, encaminados a promover hábitos alimentarios adecuados, preferentemente en los grupos sociales más vulnerables;

III. Normar el establecimiento, operación y evaluación de servicios de nutrición en las zonas que se determinen, en función de las mayores carencias y problemas de salud;

IV. Normar el valor nutritivo y características de la alimentación en establecimientos de servicios colectivos y en alimentos y bebidas no alcohólicos;

V. Promover investigaciones químicas, biológicas, sociales y económicas encaminadas a conocer las condiciones de nutrición que prevalecen en la población y establecer las necesidades mínimas de nutrimentos para el mantenimiento de las buenas condiciones de salud de la población;

VI. Recomendar las dietas y los procedimientos que conduzcan al consumo efectivo de los mínimos de nutrimentos por la población en general, y proveer en la esfera de su competencia a dicho consumo;

VII. Establecer las necesidades nutritivas que deban satisfacer los cuadros básicos de alimentos. Tratándose de las harinas industrializadas de trigo y de maíz, se exigirá la fortificación obligatoria de éstas, indicándose los nutrientes y las cantidades que deberán incluirse; y

VIII. Proporcionar a la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial los elementos técnicos en materia nutricional para los efectos de la expedición de las normas oficiales mexicanas.

Octava. La Secretaría de Salud ya considera la problemática que expone la presente iniciativa.

Asimismo, dos institutos ayudan a resolver estos problemas de salud: el Nacional de Ciencias Médicas y de la Nutrición Salvador Zubirán, el cual cuenta con clínicas de anorexia y bulimia; y el Nacional de Psiquiatría Ramón de la Fuente Muñiz, que tiene de la misma manera clínicas de trastornos de la conducta alimentaria.

Novena. Finalmente, los integrantes de la comisión consideramos inviable dicha reforma debido a las consideraciones anteriores.

Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Salud, con las atribuciones que confieren los artículos 73, fracción XVI, de la Constitución Política; 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ponemos a consideración de la asamblea los siguientes

Acuerdos

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, presentada por la diputada Janet Graciela González Tostado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 3 de diciembre de 2009.

Segundo. Archívese el expediente como asunto como total y definitivamente concluido.

La Comisión de Salud, diputados:Miguel Antonio Osuna Millán (rúbrica), presidente; Marco Antonio García Ayala (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Antonio Benítez Lucho (rúbrica), Rosalina Mazari Espín (rúbrica), Rodrigo Reina Liceaga (rúbrica), Gloria Trinidad Luna Ruiz (rúbrica), José Antonio Yglesias Arreola (rúbrica), Silvia Esther Pérez Ceballos (rúbrica), Heladio Gerardo Verver y Vargas Ramírez (rúbrica), Carlos Alberto Ezeta Salcedo (rúbrica), María del Pilar Torre Canales, secretarios; Felipe Borja Texocotitla (rúbrica), Yolanda de la Torre Valdez, Olga Luz Espinoza Morales, Leandro Rafael García Bringas, Clara Gómez Caro (rúbrica), Delia Guerrero Coronado (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez (rúbrica en abstención), José Luis Marcos León Perea (rúbrica), Fernando Morales Martínez, Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, Ana Elia Paredes Árciga (rúbrica en abstención), Guadalupe Eduardo Robles Medina (rúbrica), Sergio Tolento Hernández (rúbrica), Alicia Elizabeth Zamora Villalva (rúbrica), Laura Piña Olmedo (rúbrica), Leticia Quezada Contreras, Oralia López Hernández (rúbrica), Malco Ramírez Martínez (rúbrica).»



LEY DE ASISTENCIA SOCIAL

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4 de la Ley de Asistencia Social

Honorable Asamblea:

La Comisión de Salud de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f) de La Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 56, 87, 88 y demás relativos al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta el siguiente dictamen:

I. Antecedentes

1. En sesión celebrada con fecha 29 de abril de 2010, la diputada Gabriela Cuevas Barron, integrante del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, presentó la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4 de la Ley Asistencia Social.

2. Con la misma fecha la Mesa Directiva de este órgano Legislativo turnó la mencionada iniciativa a la Comisión de Salud, para su estudio y posterior dictamen.

II. Contenido de la iniciativa

El espíritu de la iniciativa en comento es incluir como sujetos de la asistencia social, preferentemente a las jefas de familia en estado de marginación económica y social; asimismo propone la definición del concepto de jefa de familia, como la mujer que se haga cargo de la manutención y lleve la responsabilidad de los miembros del hogar.

III. Consideraciones

Primera. Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en su párrafo tercero del artículo 4o:

“Toda persona tiene derecho a la protección de la salud.... y establecera la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.”

Segunda. La estrecha vinculación que debe existir entre hombres y mujeres nos viene de nuestra condición gregaria, de nuestra búsqueda de complementariedad. Esa búsqueda del “otro”, presente en el hombre desde el inicio de su evolución, es lo que ha llevado a la especie humana a formar hogares y familias. Hogar y familia constituyen, pues, las formas de agrupación más antiguas y universales que conoce la humanidad.

Estas formas de agrupación encuentran su fundamento, principalmente, en las relaciones de parentesco que existen entre sus miembros. Por tanto, el parentesco se vuelve una de las variables fundamentales para conocer como están configurados los hogares, cual es el papel que juegan entre sí cada uno de sus miembros y de qué manera se organizan.

Tercera. Multitudinariamente, en la mujer han recaído las tareas asociadas con las labores domésticas, la crianza y educación de los hijos, así como el cuidado de los enfermos, ancianos y personas discapacitadas. Actualmente, un gran número de mujeres ha ampliado su presencia en otras instancias de responsabilidad, incluida la función de proveedora de ingresos, incrementando con ello el número de hogares con mujeres como jefe de familia.

Cuarta. Según la Encuesta Nacional de Ingreso y Gasto, en México hay 19.4 millones de hogares, de las cuales casi tres millones son comandados por una mujer.

Infortunadamente, el incremento de esos hogares no ha redundado en una distribución más equitativa de las tareas y responsabilidades domésticas y laborales entre ambos sexos; ni ha repercutido favorablemente en el nivel de vida de esos hogares, en la mayoría de los casos.

En nuestro país, las fuentes de información estadística, parten de reconocer “un jefe por hogar”, quien por ello se convierte en el punto de referencia para definir el parentesco del resto de los miembros de la familia.

Diversos estudios señalan la importancia de abordar el análisis de los hogares partiendo de las características sociodemográficas del jefe. Por ello, en el caso de hogares con jefatura femenina, resulta de particular importancia destacar las características del jefe (socieconómicas, demográficas y de género) para conocer en qué condiciones viven esos hogares y en qué medida se debe a la inequidad en el desarrollo de la mujer en nuestra sociedad.

Quinta. Sin embargo, y desde una perspectiva estrictamente jurídica, se considera que adicionar como sujetos de asistencia social a las mujeres “jefas de familia en estado de marginación económica y social”, es reiterativo, ya que el artículo 4 de la Ley de Asistencia Social, señala que

“Tienen derecho a la asistencia social los individuos y familias que por sus condiciones físicas, mentales, jurídicas, o sociales, requieran de servicios especializados para su protección y su plena integración al bienestar”.

De esta manera se considera que esta dentro del supuesto a las familias en general, independientemente del sujeto (hombre o mujer) responsable de la manutención y responsabilidad de la misma.

Es menester mencionar de forma particular la fracción II del citado artículo, que contempla de manera genérica a las mujeres, englobando todos los supuestos posibles, motivo por el cual se considera inviable la iniciativa en estudio.

Asimismo, se considera que el hecho de adicionar un inciso d), a la fracción II, del artículo 4 de la Ley de Asistencia Social, en los términos que se propone a fin de considerar a la mujer como jefa de familia, sería discriminatorio de aquellos hombres que son jefes de familia en estado de marginación económica y social, contraviniendo así lo que estatuye el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 2, 3 y 4 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, los cuales para mayor referencia se transcriben:

“Artículo 2. Corresponde al estado promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de las personas sean reales y efectivas. Los poderes públicos federales deberán eliminar aquellos obstáculos que limiten en los hechos su ejercicio e impidan el pleno desarrollo de las personas así como su efectiva participación en la vida política, económica, cultural y social del país y promoverán la participación de las autoridades de los demás órdenes de Gobierno y de los particulares en la eliminación de dichos obstáculos.”

”Artículo 3. Cada una de las autoridades y de los órganos públicos federales adoptará las medidas que estén a su alcance, tanto por separado como coordinadamente, de conformidad con la disponibilidad de recursos que se haya determinado para tal fin en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio correspondiente, para que toda persona goce, sin discriminación alguna, de todos los derechos y libertades consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en las Leyes y en los Tratados Internacionales de los que México sea parte.”

Es preciso aclarar que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para cada ejercicio fiscal se incluirán, las asignaciones correspondientes para promover las medidas positivas y compensatorias a favor de la igualdad de oportunidades a que se refiere el Capítulo III de esta ley.

“Artículo 4. Para los efectos de esta Ley se entenderá por discriminación toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas.

”También se entenderá como discriminación la xenofobia y el antisemitismo en cualquiera de sus manifestaciones”.

Los integrantes de esta comisión dictaminadora consideran y con relación de los argumentos mencionados, que no es viable la iniciativa en los términos propuestos, ya que pretende adicionar un supuesto que ya se encuentra contemplado de manera genérica en la Ley de Asistencia Social y que adicionalmente en los términos que se propone podría considerarse como discriminatorio desde una perspectiva de género para todos aquellos hombres jefes de familia en estado de marginación económica y social.

Por todo lo expuesto anteriormente, los integrantes de las Comisión de Salud, con las atribuciones que otorga el artículo 73 fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, apartados e) Y f) de la Ley Orgánica del congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se somete a consideración de esta honorable soberanía el siguiente

Acuerdo

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4 de la Ley de Asistencia Social, presentada por la diputada Gabriela Cuevas Barron, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el 29 de abril de 2010.

Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

La Comisión de Salud, diputados:Miguel Antonio Osuna Millán (rúbrica), presidente; Marco Antonio García Ayala (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Antonio Benítez Lucho (rúbrica), Rosalina Mazari Espín (rúbrica), Rodrigo Reina Liceaga (rúbrica), Gloria Trinidad Luna Ruiz (rúbrica), José Antonio Yglesias Arreola (rúbrica), Silvia Esther Pérez Ceballos (rúbrica), Heladio Gerardo Verver y Vargas Ramírez, Carlos Alberto Ezeta Salcedo (rúbrica), María del Pilar Torre Canales, secretarios; Felipe Borja Texocotitla (rúbrica), Yolanda de la Torre Valdez, Olga Luz Espinoza Morales, Leandro Rafael García Bringas, Clara Gómez Caro (rúbrica), Delia Guerrero Coronado (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez (rúbrica en abstención), José Luis Marcos León Perea (rúbrica), Fernando Morales Martínez, Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, Ana Elia Paredes Árciga (rúbrica en abstención), Guadalupe Eduardo Robles Medina (rúbrica), Sergio Tolento Hernández (rúbrica), Alicia Elizabeth Zamora Villalva (rúbrica), Laura Piña Olmedo (rúbrica), Leticia Quezada Contreras, Oralia López Hernández (rúbrica), Malco Ramírez Martínez (rúbrica).»



LEY GENERAL DE SALUD

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:«Dictamen de la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un último párrafo al artículo 97 del Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud

Honorable Asamblea:

La Comisión de Salud de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f) de La Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 56, 87, 88 y demás relativos al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta el siguiente dictamen:

I. Antecedentes

1. En sesión celebrada el 29 de julio de 2009, el diputado Francisco Javier Calzada Vázquez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un último párrafo al artículo 77 Bis 29 de la Ley General de Salud, se reforma el artículo 95 y se adiciona un último párrafo al artículo 97 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Protección Social en Salud.

2. Con la misma fecha la Mesa Directiva de este órgano Legislativo, turnó la mencionada iniciativa a la Comisión de Salud, para su estudio y posterior dictamen.

II. Contenido de la iniciativa

El espíritu de la iniciativa en comento incluir en los gastos catastróficos, a los que se deriven de la implementación de medidas de mitigación por parte de las entidades federativas ante contingencias epidemiológicas, de conformidad con las alertas sanitarias internacionales que emita la Organización Mundial de la Salud, así como la Secretaría de Salud. Explicitar que el ocho por ciento de la suma de la cuota social, la aportación solidaria federal y la aportación solidaria estatal que le corresponda a cada una de las entidades federativas, el 30 por ciento se destinará exclusivamente para un fondo contra contingencias epidemiológicas, mismo que se distribuirá entre las entidades federativas para cubrir el 70 por ciento de los costos en los que incurran al implementar medidas de mitigación, derivadas de sus planes de continuidad económica, al activarse las alertas sanitarias correspondientes. La distribución de estos recursos se hará en un plazo no mayor a un mes contado a partir de la implementación de las medidas de mitigación.

III. Consideraciones

Primera. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en su párrafo tercero del artículo 4o.:

“Toda persona tiene derecho a la protección de la salud.... y establecera la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.”

Segunda.Los integrantes de esta comisión dictaminadora consideran que la iniciativa en comento es inviable, debido a que la misma, pretende modificar y adicionar los artículos 95 y 97, respectivamente, del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Protección Social en Salud, lo que constituiría una invasión a la esfera de competencia del Ejecutivo Federal, ya que de acuerdo con lo establecido por la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es facultad y obligación del presidente de la república, promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia, lo que se materializa en su facultad de expedir reglamentos respecto de las leyes federales, por lo que las modificaciones aludidas al Reglamento en comento no pueden ser considerados competencia del Congreso de la Unión.

Tercera. Con relación a la propuesta de adición al artículo 77 Bis 29 de la Ley General de Salud en la que se pretende considerar como gastos catastróficos “ todos aquellos que deriven de la implementación de medidas de mitigación por parte de las Entidades Federativas ante contingencias epidemiológicas, de conformidad con las alertas sanitarias internacionales que emita la Organización Mundial de la Salud, así como la Secretaría de Salud” es menester considerar primeramente que la naturaleza de los gastos catastróficos se desprende del numeral que se pretende modificar, que los define como: “ ...los que se derivan de aquéllos tratamientos y medicamentos asociados, definidos por el Consejo de Salubridad General, que satisfagan las necesidades de salud mediante la combinación de intervenciones de tipo preventivo, diagnóstico, terapéutico, paliativo y rehabilitación, con criterios de carácter clínico y epidemiológico, seleccionadas con base en su seguridad, eficacia, costo, efectividad, costo en virtud de su grado de complejidad o especialidad y el nivel o la frecuencia con la que ocurren” y cuyo objetivo es apoyar el financiamiento de la atención, principalmente de beneficiarios del sistema de protección en salud que sufran enfermedades de alto costo de las que provocan gastos catastróficos, de donde se desprende que dicho fondo es utilizado para servicios de salud de atención médica, atendiendo a los criterios señalados.

Cuarta. Con lo que respecta a la propuesta de adicionar la implementación de medidas de mitigación por parte de las entidades federativas ante contingencias epidemiológicas, de conformidad con las alertas sanitarias como un gasto catastrófico, es de observarse que dichas medidas se contemplan como orientadas al desarrollo de planes de continuidad económica durante dichas alertas, lo que escapa de la naturaleza de los servicios de salud para los que está diseñado el fondo contra gastos catastróficos, así como del ámbito de competencia de la Secretaría de Salud, razón por la cual, no es viable incluir el costo de estas medidas de mitigación bajo ese rubro, pues no se trata propiamente de servicios de salud de atención médica.

Por todo lo expuesto anteriormente, los integrantes de las Comisión de Salud, con las atribuciones que otorga el artículo 73 fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, apartados e) Y f) de la Ley Orgánica del congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de esta honorable soberanía el siguiente:

Acuerdo

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un último párrafo al artículo 77 Bis 29 de la Ley General de Salud, que reforma el artículo 95 y adiciona un último párrafo al artículo 97 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Protección Social en Salud, presentada por el diputado Francisco Javier Calzada Vázquez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el 29 de julio de 2009.

Segundo.Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

Diputados:Miguel Antonio Osuna Millán (rúbrica), presidente; Marco Antonio García Ayala (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Antonio Benítez Lucho (rúbrica), Rosalina Mazari Espín (rúbrica), Rodrigo Reina Liceaga (rúbrica), Gloria Trinidad Luna Ruiz (rúbrica), José Antonio Yglesias Arreola (rúbrica), Silvia Esther Pérez Ceballos (rúbrica), Heladio Gerardo Verver y Vargas Ramírez, Carlos Alberto Ezeta Salcedo (rúbrica), María del Pilar Torre Canales, secretarios; Felipe Borja Texocotitla (rúbrica), Yolanda de la Torre Valdez, Olga Luz Espinoza Morales, Leandro Rafael García Bringas, Clara Gómez Caro (rúbrica), Delia Guerrero Coronado (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez (rúbrica en abstención), José Luis Marcos León Perea (rúbrica), Fernando Morales Martínez, Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, Ana Elia Paredes Árciga (rúbrica en abstención), Guadalupe Eduardo Robles Medina (rúbrica), Sergio Tolento Hernández (rúbrica), Alicia Elizabeth Zamora Villalva (rúbrica), Laura Piña Olmedo (rúbrica), Leticia Quezada Contreras, Oralia López Hernández (rúbrica), Malco Ramírez Martínez (rúbrica).»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: En virtud de que no se ha registrado orador alguno, pregunte la Secretaría si acepta la asamblea estas votaciones negativas de las comisiones.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:Por instrucciones de la Presidencia...



LEY DE VIAS GENERALES DE COMUNICACION - LEY REGLAMENTARIA DEL SERVICIO FERROVIARIO - LEY DE AVIACION CIVIL - LEY DE AEROPUERTOS - LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Permítame. ¿Cuál reserva, diputado Cárdenas?

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia(desde la curul): La relativa a las Comisiones Unidas de Comunicaciones; de Transportes y de Trabajo y Previsión Social, con punto de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que deroga diversas disposiciones de las Leyes de Vías Generales de Comunicación, Reglamentaria del Servicio Ferroviario, de Aviación Civil, de Aeropuertos, y Federal de Telecomunicaciones, presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Si no tiene inconveniente, preferiría que retiráramos dicha votación y continuemos con todas las que no son reservadas.

Queda retirado el relativo a las Comisiones Unidas de Comunicaciones, Transportes y de Trabajo y Previsión Social. Adelante, secretaria.



DICTAMENES NEGATIVOS

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:Por instrucciones de la Presidencia y en votación económica se consulta a la asamblea si se aprueban estos puntos de acuerdo, a excepción del que fue retirado por la Presidencia y por el diputado Jaime Cárdenas. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor, muchas gracias. Quienes estén por la negativa.

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Quedan desechados.

Continúe la Secretaría con proposiciones de órganos de gobierno.



MEXICANA DE AVIACION

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se solicita a las Secretarías de Comunicaciones y Transportes, y del Trabajo y Previsión Social un informe detallado sobre el proceso de reactivación de las operaciones de la empresa Mexicana de Aviación

La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y derivado de la solicitud a que hace referencia el informe presentado por el grupo de trabajo para dar seguimiento al proceso de adquisición y reestructuración de la compañía Mexicana de Aviación, hoy Nuevo Grupo Aeronáutica, presidido por el diputado José Adán Ignacio Rubí Salazar, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, relativa a requerir información detallada relacionada con los contenidos de la oferta presentada por el grupo de inversión PC Capital. Asimismo, el diputado Mario Alberto di Costanzo, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, solicitó hacer suya una proposición con punto de acuerdo en el mismo sentido, por lo que se somete a la consideración del pleno los siguientes

Acuerdos

Primero. Se solicita a las Secretarías de Comunicaciones y Transportes, y del Trabajo y Previsión Social que envíen a esta soberanía un informe detallado sobre el proceso de reactivación de la compañía Mexicana de Aviación, así como la oferta presentada por el grupo de inversión PC Capital.

Segundo. Se exhorta a las autoridades involucradas en el proceso de reactivación de dicha compañía a actuar con transparencia e imparcialidad.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de diciembre de 2010.— Diputada Josefina Eugenia Vázquez Mota (rúbrica p.a.), Presidenta y Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional;Diputado Francisco José Rojas Gutiérrez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional;Diputado Alejandro Encinas Rodríguez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática;Diputado Juan José Guerra Abud (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México;Diputado Pedro Vázquez González (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo;Diputado Reyes Tamez Guerra (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza;Diputado Pedro Jiménez León, Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Pregunte si se aprueba, ya que no hay oradores inscritos, señor diputado.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Los que estén por la negativa. Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Aprobado. Comuníquese.



CUENCA DEL LAGO DE PATZCUARO

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se crea el grupo plural de trabajo para el saneamiento de la cuenca del lago de Pátzcuaro

La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en los incisos b) y c), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de las siguientes

Consideraciones

1. Que la cuenca del lago de Pátzcuaro se localiza en Michoacán, México. Es una cuenca cerrada con una superficie de 929 kilómetros cuadrados, se desarrolla desde los 2,035 hasta los 3 mil 300 metros sobre el nivel del mar, con una elevación promedio de 2 mil 369 metros sobre el nivel del mar.

II. Que la precipitación media es de 775 milímetros, mientras que la evaporación es de 1 mil 393 milímetros. Cuenta con un lago interior de 126.4 kilómetros cuadrados, el cual tiene una profundidad promedio de 4.9 metros y almacena 619.4 hectómetros cúbicos.

III. Que su población aproximada es de 120 mil habitantes y su economía depende fundamentalmente del turismo, la explotación forestal, la pesca y las artesanías; recientemente, de las remesas que le llegan de sus migrantes que trabajan en Estados Unidos. Por su particular belleza y sus antecedentes históricos, los cuales se remontan a épocas prehispánicas, es considerada como una de las regiones emblemáticas de México.

IV. Que en los últimos cincuenta años la cuenca, por efecto de la sobreexplotación de sus recursos naturales y la contaminación, ha sufrido un grave deterioro ambiental.

V. Que la situación ambiental que padece la cuenca es crítica y tiene que ser atendida de inmediato; el 26 de febrero de 2003 se firmó el convenio que dio origen al Programa para la Recuperación Ambiental de la Cuenca del Lago de Pátzcuaro. En dicho programa participan el gobierno federal, a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y sus organismos, la Comisión Nacional del Agua y el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua; el gobierno de Michoacán, a través de la Secretaría de Urbanismo y Medio Ambiente; los gobiernos municipales de Erongarícuaro, Huiramba, Pátzcuaro, Quiroga y Tzintzuntzan; la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo; la Universidad Autónoma de Zacatecas; diversas organizaciones no gubernamentales.

Por lo expuesto, la Junta de Coordinación Política somete a consideración del pleno el siguiente

Acuerdo

Primero. Se crea el grupo plural de trabajo para el saneamiento de la cuenca del lago de Pátzcuaro.

Segundo. El grupo de trabajo en mención estará integrado por los siguientes diputados y diputadas.

Nombre/cargo                                      Grupo

                                                Parlamentario

Diputado Víctor Manuel                                          Baez Ceja

Presidente                                                 PRD

Diputado Francisco Alejandro                                 Moreno Merino

Integrante                                                   PRI

Diputado Agustín Torres Ibarrola

Integrante                                                 PAN

Diputado Alejandro Carabias Icaza

Integrante                                             PVEM

Diputado María del Pilar                                          Torre Canales

Integrante                                 Nueva Alianza

Diputada Laura Itzel                                                Castillo Juárez

Integrante                                                    PT

Diputado Jaime                                                        Álvarez Cisneros

Integrante                                   Convergencia

Tercero. El grupo de trabajo estará vigente hasta el término de los trabajos, objeto de su creación, debiendo presentar periódicamente un informe de los avances a la Junta de Coordinación Política.

Transitorio. Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de diciembre de 2010.— Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica p.a.), Presidenta y Coordinadora del Grupo Parlamentario del Pardo Acción Nacional;Diputado Francisco Rojas Gutiérrez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional;Diputado Alejandro Encinas Rodríguez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática;Diputado Juan José Guerra Abud (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México;Diputado Pedro Vázquez González (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo;Diputado Reyes Tamez Guerra (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza;Diputado Pedro Jiménez León (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Adelante. Consulte la votación, señor secretario.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa. Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Adelante, señor secretario. Éste y el anterior acuerdo de la Junta de Coordinación Política quedan aprobados y se comunican.



ATENCION A VICTIMAS DEL DELITO

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta a los congresos de los estados y a la ALDF a considerar, al aprobar sus Presupuestos de Egresos, los recursos necesarios en materia de atención a las víctimas del delito

La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo décimo cuarto del acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, hace suya las proposición con punto de acuerdo relativa a la materia objeto del presente, que formula el diputado Bonifacio Herrera Rivera, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, por lo que se somete a consideración del pleno el siguiente

Acuerdo

Único. Se exhorta a los congresos de los estados y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a considerar, al aprobar sus iniciativas de Presupuesto de Egresos, los recursos necesarios en materia de atención a las víctimas del delito.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de diciembre de 2010.— Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica p.a.), Presidenta y Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Diputado Francisco Rojas Gutiérrez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Diputado Alejandro Encinas Rodríguez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Diputado Juan José Guerra Abud (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Diputado Pedro Vázquez González (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Diputado Reyes Tamez Guerra (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza; Diputado Pedro Jiménez León (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Dado que no hay oradores inscritos, tome usted el sentido de la votación.

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados por la negativa. Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Continúe la Secretaría.



ORDEN DEL DIA

El Secretario diputado Balfre Vargas Cortez: «Primer periodo de sesiones ordinarias.— Segundo año de ejercicio.— LXI Legislatura.

Orden del día

Miércoles 8 de diciembre de 2010.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Y los demás asuntos con los que la Mesa Directiva dé cuenta.»



CLAUSURA Y CITATORIO

El Presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín(a las 17:13 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar mañana miércoles 8 de diciembre a las 11 horas y se les informa que el sistema electrónico estará abierto a partir de las 9:30.

————— O —————

RESUMEN DE TRABAJOS • Tiempo de duración: 4 horas 18 minutos, con un receso de 7 minutos
• Quórum a la apertura de sesión: 317 diputados
• Asistencia al cierre de registro: 401 diputados
• Diputados suplentes que se incorporan: 2
• Comisiones reglamentarias y protocolarias: 1
• Acuerdos de la Junta de Coordinación Política, aprobados: 3
• Oradores que participaron: 52
PRI                                  12
PAN                                 6
PRD                                   15
PT                             18
Convergencia                   1


Se recibió o presentó:
• 2 oficios de la Junta de Coordinación Política por los que se comunica cambios de integrantes en las Comisiones: de Derechos Humanos; Especial de Energías Renovables;
• 1 iniciativa de senadores del PAN y PRI;
• 1 acuerdo de la Cámara de Senadores;
• 2 minutas con proyectos de decreto para los efectos de la fracción D) del artículo 72 constitucional;
• 1 minuta con proyecto de decreto para los efectos de la fracción E) del artículo 72 constitucional;
• 5 minutas con proyectos de decreto;
• 1 oficio de la Secretaría de Desarrollo Social
Dictámenes de primera lectura:
• 3 dictámenes de la Comisión de Gobernación con proyectos de decreto que conceden los permisos constitucionales necesarios para que 52 ciudadanos puedan para prestar servicios en diversas representaciones diplomáticas, respectivamente;
• 1 de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto que reforma el primer párrafo del artículo 62 de la Ley General de Vida Silvestre;
• 1 de las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Justicia, con proyecto de decreto que reforma y adicionan el artículo 180 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y de la Protección al Ambiente; y reforma la fracción I del artículo 8o. de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo;
• 1 de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los artículos 94, 100, 103, 104 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Dictámenes aprobados:
1 de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y de• roga diversas disposiciones de los artículos 94, 100, 103, 104 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos;
• 1 de la Comisión de Marina con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de las Leyes Orgánica de la Armada de México, y de Ascensos de la Armada de México;
• 1 de la Comisión de Seguridad Social con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes General de Salud; Federal del Trabajo; Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional; del Seguro Social; del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; y General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia;
• 1 de las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería, y de Economía con puntos de acuerdo relativos a proposición, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a instaurar medidas que favorezcan al sector campesino y contrarresten el alza debida al aumento del costo de las gasolinas y del diesel;
• 1 de la Comisión de Seguridad Pública con puntos de acuerdo relativos a proposición, por el que se solicita a la Comisión de Seguridad Pública que consulte al Consejo Nacional de Seguridad Pública por conducto del titular del secretariado ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública respecto a lo señalado por la Conferencia Nacional de Gobernadores (Conago), con relación al pronunciamiento para la creación de mandos únicos de policía para las respectivas entidades federativas;
• 1 de la Comisión de Seguridad Pública con puntos de acuerdo relativos a proposición, por el que exhorta al Ejecutivo federal a crear el Consejo de Atención Inmediata a las Comunidades y Municipios que Presentan Mayor Incidencia Delictiva en materia de atención de víctimas y ofendidos del delito, justicia, seguridad pública y participación ciudadana;
• 1 de la Comisión de Población Fronteras y Asuntos Migratorios con punto de acuerdo relativo a la proposición, por el que se solicita a los Gobiernos locales, actores económicos y sociales de la frontera norte, a reforzar y en su caso a promover propuestas que permitan impulsar el fortalecimientos y desarrollo integral en sus regiones desde una perspectiva sustentable y con visión de largo plazo;
• 1 de la Comisión de Población Fronteras y Asuntos Migratorios con punto de acuerdo relativo a la proposición, por el que se exhorta al Instituto Nacional de Estadística y Geografía, que el censo de población que se lleva a cabo en este año 2010, contenga el mayor número de elementos similares a los que se recabaron en el año 2000;
• 1 de la Comisión de Población Fronteras y Asuntos Migratorios con punto de acuerdo relativo a la proposición, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a establecer garitas secundarias en la frontera norte -que comprende Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Tamaulipas, especialmente en Nuevo León-, permitiendo con ello el libre tránsito de los turistas y connacionales;
• 1 de la Comisión de Población Fronteras y Asuntos Migratorios con punto de acuerdo relativo a la proposición, por el que se solicita al Ejecutivo federal que se elabore un Programa Regional Fronterizo para el fomento de la cohesión social en las comunidades de la frontera norte;
• 1 de la Comisión de Población Fronteras y Asuntos Migratorios con punto de acuerdo relativo a la proposición, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a promover, mediante el Instituto Nacional de Migración el fortalecimiento de las políticas de atención integral a migrantes mexicanos deportados a las ciudades fronterizas;
• 1 de la Comisión de Salud con punto de acuerdo relativo a la proposición, por el que se exhorta al Consejo Nacional para la Prevención y Control de las Enfermedades Crónicas a constituir el Foro Nacional para la Prevención del Sobrepeso y la Obesidad;
• 1 de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables con punto de acuerdo relativo a la proposición, por el que se exhorta a las autoridades educativas federales, estatales y municipales a realizar las acciones procedentes para que todas las instituciones del sector apliquen las leyes y normas en materia de accesibilidad de las personas con discapacidad;
• 1 de la Comisión de Economía con punto de acuerdo relativo a la proposición, por el que se exhorta al Secretario de Economía, elaborar un informe de los recursos que se han destinado para apoyar la creación de talleres o maquiladoras sociales en la presente administración;
• 1 de la Comisión de Agricultura y Ganadería con punto de acuerdo relativo a la proposición, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desa-rrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), actualicen de manera adecuada y con transparencia el padrón de beneficiarios del programa Programa de Apoyos Directos al Campo (Procampo);
1 de la Comisión de Agricultura y Ganadería con punto de acuerdo relativo a la proposición presentada el 6 de octubre pasado, por el que se exhorta al Poder Ejecutivo a diseñar y operar un programa integral para mitigar el riesgo de dispersión del huanglonbing en los estados productores de cítricos;
• 1 de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales con punto de acuerdo relativo a la proposición, relativo a la recategorización de las especies de manglar en la NOM-059-SEMARNAT-2001;
• 1 de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales con punto de acuerdo relativo a la proposición, por el que se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a publicar modificaciones del Reglamento de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, en materia de áreas naturales protegidas respecto a la certificación voluntaria de predios;
• 1 de las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Agricultura y Ganadería con punto de acuerdo relativo a la proposición, por el que se exhorta a los titulares de la Secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y de la Comisión Nacional Forestal implementar medidas que permitan incorporar a México a la red internacional del bambú y el ratán;
• 1 de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales con punto de acuerdo relativo a la proposición, para dar seguimiento al impacto ambiental ocasionado por el derrame petrolero en el Golfo de México
• 1 de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de la Función Pública con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 74 y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 8, 30 y 67 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación;
• 1 de la Comisión de Desarrollo Rural con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 69 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable;
• 1 de la Comisión de Comunicaciones con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 7 de la Ley de Vías Generales de Comunicación;
• 1 de las Comisiones Unidas de Energía, Función Pública y de Justicia con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artículos 43 y 172 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, el artículo 2 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y el artículo 14 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa;
• 1 de las Comisiones Unidas de Salud, de Educación Pública y de Servicios Educativos, de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Pública con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley General de Educación, de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de los Sentenciados;
• 1 de la Comisión de Economía con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un inciso g) al numeral XII del artículo 6 de la Ley de la Propiedad Industrial y un párrafo al artículo 12 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental;
• 1 de la Comisión de Economía con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un Capítulo IV al Título Primero de la Ley de Inversión Extranjera;
• 1 de la Comisión de Salud con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un párrafo al artículo 87 de la Ley General de Salud;
• 1 de la Comisión de Salud con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción IX, recorriéndose las subsecuentes al artículo 134 y se reforma el artículo 144 de la Ley General de Salud;
• 1 de la Comisión de Salud con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 245 de la Ley General de Salud;
• 1 de la Comisión de Salud con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 3 de la Ley General de Salud;
• 1 de la Comisión de Salud con puntos de acuerdo por los que se desechan tres iniciativas con proyecto de decreto que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud;
• 1 de la Comisión de Salud con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud;
• 1 de la Comisión de Salud con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4 de la Ley de Asistencia Social;
• 1 de la Comisión de Salud con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un último párrafo al artículo 97 del Reglamento de la Ley General de Salud