Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXII Legislatura
Correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidente

Diputado Ricardo Anaya Cortés
Director del
Diario de los Debates
Jesús Norberto Reyes Ayala
Año II
México, DF, martes 25 de febrero de 2014
Sesión No. 10

SUMARIO


COMPARECENCIA DEL DIRECTOR DE PEMEX

Interviene sobre el tema, desde su curul, la diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier

ASESINATO DEL DIRIGENTE DE MOVIMIENTO CIUDADANO EN METLATONOC, GUERRERO, ARTURO RIVERA OLIVERA

Interviene sobre el tema, desde su curul, el diputado Ricardo Mejía Berdeja

FELICITACION A LA POLICIA FEDERAL

Interviene sobre el tema, desde su curul, el diputado Néstor Octavio Gordillo Castillo

POLICIA DE TRANSITO DEL ESTADO DE MEXICO

Interviene sobre el tema, desde su curul, el diputado Raúl Gómez Ramírez

FELICITACION A LA PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA, A LA MARINA, AL EJERCITO Y A LA POLICIA FEDERAL

Interviene sobre el tema, desde su curul, el diputado Leobardo Alcalá Padilla

CAMBIOS EN COMISIONES ORDINARIAS Y ESPECIAL

Comunicaciones de la Junta de Coordinación Política, en relación a cambios de integrantes y de juntas directivas de comisiones ordinarias y especial. Aprobadas. Comuníquense

RETIRO DE INICIATIVAS

Oficio de la diputada Rocío Adriana Abreu Artiñano, por el que solicita que se retiren de los registros de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables y de la Comisión de Derechos de la Niñez, respectivamente, las iniciativas con proyecto de decreto que: reforma los artículos 10 y 28 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, presentada el martes 5 de noviembre de 2013; y reforma el capítulo quinto y el artículo 21 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, presentada el martes 22 de octubre de 2013

Oficio del diputado Luis Olvera Correa, por el que solicita que se retire de los registros de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 93 de la Ley General de Sociedades Cooperativas, presentada el miércoles 11 de diciembre de 2013

Oficio de la diputada Purificación Carpinteyro Calderón, por el que solicita que se retire de los registros de la Comisión de Economía la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Competencia Económica, presentada el martes 18 de febrero de 2013

Se tienen por retiradas. Actualícense los registros parlamentarios

EROGACIONES PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDIGENAS

Escrito de la Comisión de Asuntos Indígenas, con el que remite acuerdo por el que se integra el grupo de trabajo encargado de dar seguimiento y evaluar el ejercicio del presupuesto comprendido en el anexo 9 del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2014, “Erogaciones para el desarrollo integral de los pueblos y comunidades indígenas”. De enterado. Publíquese en la Gaceta Parlamentaria

CENTENARIO DEL NATALICIO DE OCTAVIO PAZ

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con la que remite contestación de la Secretaría de Educación Pública a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a considerar o en su caso, ampliar la información de la vida y obra de Octavio Paz en los libros de texto gratuitos, en conmemoración al centenario de su natalicio. Se remite a la Comisión de Cultura y Cinematografía, para su conocimiento

DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 26 DE DICIEMBRE DE 2013, MEDIANTE EL CUAL SE OTORGAN BENEFICIOS Y FACILIDADES FISCALES AL SECTOR PRIVADO

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente correspondiente al primer receso del segundo año de ejercicio de la LXII Legislatura, relativo a desglosar y hacer del conocimiento público el cálculo del impacto a las finanzas públicas derivado del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2013, mediante el cual se otorgan beneficios y facilidades fiscales al sector privado. Se remite al promovente, para su conocimiento

MEDIDAS NECESARIAS PARA PREVENIR TODO TIPO DE ACCIDENTES ENTRE LAS NIÑAS Y LOS NIÑOS QUE HABITAN EN LAS 31 ENTIDADES Y EL DISTRITO FEDERAL

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de la Secretaría de Salud a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente correspondiente al primer receso del segundo año de ejercicio de la LXII Legislatura, relativo a difundir ante la opinión pública las medidas necesarias para prevenir todo tipo de accidentes entre las niñas y los niños que habitan en las 31 entidades y el Distrito Federal. Se remite al promovente, para su conocimiento

CONSULTA DEL PUEBLO QUILIHUA, DE BAJA CALIFORNIA

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de la Secretaría de Energía a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente correspondiente al primer receso del segundo año de ejercicio de la LXII Legislatura, relativo a informar sobre la certeza jurídica al derecho humano a la información amplia y certera respecto a la administración de su territorio, así como clarificación a la metodología de la consulta del pueblo Quilihua, de Baja California, bajo el principio de consentimiento libre, previo e informado de los pueblos y comunidades indígenas, establecido en el principio pro-persona y de convencionalidad establecido en el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se remite al promovente, para su conocimiento

CUESTA DE ENERO

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de la Secretaría de Economía a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente correspondiente al primer receso del segundo año de ejercicio de la LXII Legislatura, relativo a evitar la especulación en el alza de los precios de los productos y servicios, especialmente durante el primer trimestre del año 2014 y a fin de combatir la llamada “cuesta de enero”, así como a reforzar sus acciones contra la publicidad errónea y engañosa, cuando ésta busque disfrazar ,o exagerar cualidades de cualquier producto o servicio. Se remite al promovente, para su conocimiento

PROGRAMA DE APOYO A LA ZONA FRONTERIZA

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de la Secretaría de Economía a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente correspondiente al primer receso del segundo año de ejercicio de la LXII Legislatura, relativo a que se expida el Programa Regional de Desarrollo del Norte, considerando el impacto económico y social del incremento del impuesto al valor agregado en la región y franja fronteriza, así como vigilar que los comerciantes no abusen en la franja fronteriza, incrementando precios de manera indebida e injustificada, e implemente, a la brevedad, las medidas y acciones contenidas en el denominado Programa de Apoyo a la Zona Fronteriza, a fin de mitigar el impacto al valor agregado en la región y franja fronteriza. Se remite al promovente, para su conocimiento

JOSE SULAIMAN CHAGNON, PRESIDENTE DEL CONSEJO MUNDIAL DE BOXEO

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de la Secretaría de Educación Pública a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente correspondiente al primer receso del segundo año de ejercicio de la LXII Legislatura, relativo a realizar un homenaje al fallecido José Sulaimán Chagnón, presidente del Consejo Mundial de Boxeo. Se remite al promovente, para su conocimiento

CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de la Secretaría de Educación Pública a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente correspondiente al primer receso del segundo año de ejercicio de la LXII Legislatura, relativo al exhorto a los gobiernos federal, estatales, municipales y del Distrito Federal, para que en el marco del 25 aniversario de la Convención sobre los Derechos del Niño, se adhieran a la iniciativa 10 por la infancia (UNICEF) para promover y materializar por todos los medios posibles todos los derechos contenidos en dicha convención. Se remite al promovente, para su conocimiento

DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 26 DE DICIEMBRE DE 2013, MEDIANTE EL CUAL SE OTORGAN BENEFICIOS Y FACILIDADES FISCALES AL SECTOR PRIVADO

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente correspondiente al primer receso del segundo año de ejercicio de la LXII Legislatura, relativo a hacer del conocimiento público el cálculo del impacto a las finanzas públicas derivado del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2013, mediante el cua1 se otorgan beneficios y facilidades fiscales al sector privado. Se remite al promovente, para su conocimiento

CENTRO FEDERAL DE REINSERCION SOCIAL EN CHIAPAS

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de la Coordinación Nacional de Protección Civil a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente correspondiente al primer receso del segundo año de ejercicio de la LXII Legislatura, relativo a los resultados de los estudios de impacto ambiental que se hayan elaborado, para autorizar la construcción del centro federal de reinserción social en Chiapas, así como informar el tipo y nivel de riesgo que pueda enfrentar esta edificación por desastre natural conforme al Atlas Nacional de Riesgos. Se remite al promovente, para su conocimiento

RONDA CERO Y PLAN DE NEGOCIOS 2014-2018 DE PEMEX

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de Petróleos Mexicanos a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente correspondiente al primer receso del segundo año de ejercicio de la LXII Legislatura, relativo a informar sobre las áreas que la empresa buscará para seguir operando a través de la llamada Ronda Cero, así como las posibles afectaciones o modificaciones que sufrirá el actual plan de negocios de petróleos mexicanos y sus organismos subsidiarios 2014-2018. Se remite al promovente, para su conocimiento

AUDITORIAS AL ESTADO DE AGUASCALIENTES

Oficio de la Auditoría Superior de la Federación, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente correspondiente al primer receso del segundo año de ejercicio de la LXII Legislatura, relativo a hacer del conocimiento de esta soberanía los resultados finales de las auditorías financieras y de cumplimiento, así como informe del resultado de la Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal, realizada al estado de Aguascalientes y prevista en el Informe de Resultados de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011. Se remite al promovente, para su conocimiento

LEY DEL SEGURO SOCIAL - LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO - LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto, que reforma y adiciona los artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 214 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado y 5 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Se turna las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

LEY DEL INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto, que reforma las fracciones VI, VII y XXIII del artículo 7 y I del artículo 26, así como la denominación del capítulo VII y el segundo párrafo del artículo 30 de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres. Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen

LEY DE ASISTENCIA SOCIAL

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto, que reforma el inciso a) de la fracción II y la fracción V, y adiciona un inciso m) a la fracción I y los incisos a) a c) a la fracción V del artículo 4o. de la Ley de Asistencia Social. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

LEY GENERAL DE LA INFRAESTRUCTURA FISICA EDUCATIVA

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto, que reforma los artículos 7o., 11 y 19 de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa, en materia de bebederos escolares, para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen

PROCEDIMIENTOS QUE REGULARAN EL VOTO DE LOS MEXICANOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se modifica y adiciona el diverso relativo a la propuesta para la inclusión de los procedimientos que regularán el voto de los mexicanos residentes en el extranjero

A discusión intervienen los diputados:

Ricardo Mejía Berdeja, en pro, y hace una propuesta de modificación

Manuel Huerta Ladrón de Guevara, en contra

Ricardo Monreal Ávila, en pro

Se rechaza la propuesta del diputado Ricardo Mejía Berdeja

Aprobado. Comuníquese

DECLARAR 2014 COMO AÑO DE OCTAVIO PAZ

El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que declara al 2014 como Año de Octavio Paz

LEY DE VIVIENDA, EN MATERIA DE ACCESIBILIDAD A LA VIVIENDA

Discusión del dictamen de la Comisión de Vivienda, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, en materia de accesibilidad a la vivienda

Fundamenta el dictamen el diputado Tomás López Landero

Para fijar posición de sus grupos parlamentarios intervienen los diputados:

Rodrigo Chávez Contreras

Edilberto Algredo Jaramillo

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto, pasa al Senado para sus efectos constitucionales

CODIGO CIVIL FEDERAL - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES

Discusión del dictamen de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto que reforma los artículos 416 del Código Civil Federal, y 80 del Código Federal de Procedimientos Civiles

Fundamenta el dictamen la diputada Landy Margarita Berzunza Novelo

Para fijar posición de sus grupos parlamentarios intervienen las diputadas:

Sonia Rincón Chanona

Lilia Aguilar Gil

Zuleyma Huidobro González

Bárbara Gabriela Romo Fonseca

Verónica Beatriz Juárez Piña, y hace una propuesta de modificación, se acepta y se incorpora al dictamen

Karina Labastida Sotelo

Sonia Catalina Mercado Gallegos

A discusión interviene el diputado Ricardo Mejía Berdeja, a favor

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto, pasa al Senado para sus efectos constitucionales

DEPOSITO LEGAL DIGITALIZADO DE PUBLICACIONES

Discusión del dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto que dispone la obligación de los editores de hacer el depósito legal digitalizado de sus publicaciones

Fundamenta el dictamen la diputada María Guadalupe Mondragón González

Para fijar posición de sus grupos parlamentarios intervienen los diputados:

Dora María Talamante Lemas

Héctor Hugo Roblero Gordillo

Nelly del Carmen Vargas Pérez

Judit Magdalena Guerrero López

Roxana Luna Porquillo

Heriberto Manuel Galindo Quiñones

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto, pasa al Senado para sus efectos constitucionales

LEY DE FISCALIZACION Y RENDICION DE CUENTAS DE LA FEDERACION - LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PUBLICOS - LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO - LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS

Discusión del dictamen de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación; Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

Fundamenta el dictamen la diputada Areli Madrid Tovilla

Para fijar posición de sus grupos parlamentarios intervienen los diputados:

María Sanjuana Cerda Franco

Loretta Ortiz Ahlf

José Francisco Coronato Rodríguez

Carla Alicia Padilla Ramos

Verónica García Reyes

Martha Leticia Sosa Govea

Lourdes Eulalia Quiñones Canales

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto, pasa al Senado para sus efectos constitucionales

PLAN NACIONAL DE NUMERACION A FIN DE QUE CADA ZONA METROPOLITANA CUENTE CON UNA SOLA CLAVE DE MARCACION

Dictamen de la Comisión de Comunicaciones, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a consolidar por la SCT y la Cofetel las áreas de servicio local en el país, y revisar el Plan Nacional de Numeración a fin de que cada zona metropolitana cuente con una sola clave de marcación

LICITACION DE DECODIFICADORES Y ANTENAS DIGITALES PARA LA SEGUNDA ETAPA DE LA TRANSICION A LA TELEVISION DIGITAL TERRESTRE

Dictamen de la Comisión de Comunicaciones, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la SCT a continuar el proceso de licitación de decodificadores y antenas digitales para la segunda etapa de la transición a la televisión digital terrestre

CAMPAÑA INFORMATIVA DONDE SE EXPONGAN LAS CONSECUENCIAS DE ADQUIRIR UN TELEVISOR ANALOGICO

Dictamen de la Comisión de Comunicaciones, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Economía a poner en marcha por la Profeco una campaña informativa donde se expongan las consecuencias de adquirir un televisor analógico

REGLAMENTO DE ZONIFICACION Y USO DE SUELO EN LOS VALLES VINICOLAS DE LA ZONA NORTE DE ENSENADA

Dictamen de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al gobernador de Baja California, al ayuntamiento de Ensenada y dependencias federales a revisar a fondo y, en su defecto, abrogar la modificación hecha al proyecto del Reglamento de Zonificación y Uso de Suelo en los Valles Vinícolas de la Zona Norte de Ensenada

DELITOS DE ACOSO O ABUSO SEXUAL COMETIDOS A BORDO DEL TRANSPORTE PUBLICO EN EL DISTRITO FEDERAL

Dictamen de la Comisión del Distrito Federal, con punto de acuerdo por el que se exhorta al jefe del gobierno local y diversas autoridades a instruir la realización de campañas de difusión respecto al trámite y las sanciones penales por delitos de acoso o abuso sexual cometidos a bordo del transporte público

PROGRAMA DE FACIL ACCESO PARA EL ASCENSO Y EL DESCENSO EN TROLEBUSES, CAMIONES Y MICROBUSES EN EL DISTRITO FEDERAL

Dictamen de la Comisión del Distrito Federal, con punto de acuerdo por el que se exhorta al jefe del gobierno local a implantar un programa de fácil acceso para el ascenso y el descenso en trolebuses, camiones y microbuses

POLITICA DE VIVIENDA PARA COMBATIR EL REZAGO EXISTENTE EN EL DISTRITO FEDERAL

Dictamen de la Comisión del Distrito Federal, con punto de acuerdo para exhortar al jefe del gobierno, a la Comisión de Derechos Humanos y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a garantizar la política de vivienda para combatir el rezago existente en la ciudad

APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE DE PLANTAS ACUATICAS

Dictamen de la Comisión de Recursos Hidráulicos, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la Conagua y otras autoridades a considerar el aprovechamiento sustentable de plantas acuáticas como factor de competitividad y conservación de recursos hídricos

PLANTAS POTABILIZADORAS EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS

Dictamen de la Comisión de Recursos Hidráulicos, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la Comisión Nacional del Agua a coordinar y realizar gestiones para instalar nuevas plantas potabilizadoras en las entidades federativas

LEGISLACION EN FAVOR DE LOS DERECHOS DE LOS INMIGRANTES INDOCUMENTADOS

Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo relativo a la decisión del Congreso y del gobernador de California de aprobar legislación en favor de los derechos de los inmigrantes indocumentados

LINEAMIENTOS GENERALES CORRESPONDIENTES A CAMBIO CLIMATICO Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SRE a iniciar negociaciones para actualizar los lineamientos generales correspondientes a cambio climático y desarrollo sustentable de la Comisión Internacional de Límites y Aguas entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Guatemala

CONSTRUCCION DE UN SEGUNDO PUENTE INTERNACIONAL EN CIUDAD ACUÑA, COAHUILA

Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SRE a incorporar en su agenda binacional con Estados Unidos de América la realización de los proyectos de modernización y de infraestructura fronteriza, incluida la construcción de un segundo puente internacional en Ciudad Acuña, Coahuila, y atender los propósitos del proyecto Alianza Ports to Plains, al que dicha entidad se ha adherido

GASTO EXCESIVO AL ERARIO, COMO LOS 18 JUEGOS DEPORTIVOS Y CULTURALES DEL SECTOR MEDIO AMBIENTE

Dictamen de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a detener por la Semarnat las actividades y las políticas que representan un gasto excesivo al erario, como los 18 Juegos Deportivos y Culturales del Sector Medio Ambiente

REVISION DEL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO CORRESPONDIENTE A 2012 EN EL CONACULTA

Dictamen de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al titular de la ASF a agilizar la revisión del ejercicio del presupuesto correspondiente a 2012 en el Conaculta

LICITACIONES PUBLICAS PARA CONTRATAR LOS SERVICIOS DE LABORATORIOS CLINICOS Y BANCOS DE SANGRE

Dictamen de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con punto de acuerdo para exhortar al presidente de la República, a los titulares de la Secretaría de Salud, de la Sedena, y de la Semar, y a los directores generales del IMSS, del ISSSTE y de Pemex a transparentar los procesos de las licitaciones públicas para contratar los servicios de laboratorios clínicos y bancos de sangre en esas dependencias

COMPAÑIA DE GAS DE TIJUANA, SA DE CV, O ZETA GAS

Dictamen de la Comisión de Protección Civil, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a las autoridades competentes de los ámbitos federal, estatal y municipal de Baja California a informar respecto al estatus legal de la Compañía de Gas de Tijuana, SA de CV, o Zeta Gas, y al nivel de riesgo a que se encuentra expuesta la población asentada en sus alrededores

REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE PROTECCION CIVIL

Dictamen de la Comisión de Protección Civil, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a emitir el Reglamento de la Ley General de Protección Civil

DAÑOS CAUSADOS POR LOS FENOMENOS METEOROLOGICOS INGRID Y MANUEL

Dictamen de la Comisión de Protección Civil, con punto de acuerdo relativo a la responsabilidad de diversas autoridades por los daños causados por los fenómenos meteorológicos Ingrid y Manuel

AMENAZAS A INSTITUCIONES PUBLICAS DE GUERRERO POR GRUPOS DEL CRIMEN ORGANIZADO

Dictamen de la Comisión de Seguridad Pública, con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades a atender la obstrucción de la correcta administración pública en diversos municipios de Guerrero, derivado de las amenazas a las instituciones públicas por grupos del crimen organizado

TECNOLOGIAS TENDENTES A GENERAR AHORRO Y USO EFICIENTE Y RACIONAL DE ENERGIA ELECTRICA, AGUA Y GAS EN LA CONSTRUCCION DE VIVIENDAS

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo para exhortar a los congresos y a los Poderes Ejecutivos de las entidades federativas a emprender acciones requeridas a fin de incorporar tecnologías tendentes a generar ahorro y uso eficiente y racional de energía eléctrica, agua y gas en la construcción de viviendas

RECOMENDACION 23/2013, EMITIDA POR LA CNDH, POR ATENCION MEDICA INADECUADA EN HOSPITALES DE COAHUILA Y ZACATECAS

Dictamen de la Comisión de Derechos Humanos, con punto de acuerdo por el que se exhorta al director general del IMSS a atender la recomendación número 23/2013, emitida por la CNDH, sobre el caso presentado por la inadecuada atención médica en agravio de V1, en los hospitales de especialidades número 71 en Coahuila y general de zona número 1 en Zacatecas

AMPLIACION DE TRAMO CARRETERO EN LOS LIMITES DE TABASCO Y CAMPECHE Y CHAMPOTON, DE LA CARRETERA FEDERAL 180

Dictamen de la Comisión de Infraestructura, con punto de acuerdo relativo a la ampliación del tramo carretero comprendido a partir del puente San Pedro, en los límites de Tabasco y Campeche y Champotón, de la carretera federal 180

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PRESA HIDROELECTRICA AMBROSIO FIGUEROA LA VENTA, EN ACAPULCO DE JUAREZ, GUERRERO

Dictamen de la Comisión de Recursos Hidráulicos, con punto de acuerdo relativo a la operación de la presa hidroeléctrica Ambrosio Figueroa La Venta, en Acapulco de Juárez, Guerrero

SANEAMIENTO DEL RIO APATLACO, EN MORELOS

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Semarnat y al gobernador de Morelos a atender las necesidades de saneamiento del río Apatlaco

QUEJAS Y SUGERENCIAS DE DIRECTIVOS DE ESCUELAS Y PADRES DE FAMILIA DE NUEVO LEON

Dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la SEP a atender las quejas y sugerencias de directivos de escuelas y padres de familia de Nuevo León

SANEAMIENTO DEL RIO LAGOS, EN LAGOS DE MORENO, JALISCO

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta al secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al procurador federal de Protección al Ambiente a atender las necesidades de saneamiento del río Lagos, en Lagos de Moreno, Jalisco

NOM QUE ESTABLEZCA LOS LIMITES PERMISIBLES DE PRESENCIA DE MANGANESO EN EL AIRE

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat a expedir la NOM que establezca los límites permisibles de presencia de manganeso en el aire

PARQUE NACIONAL BARRANCA DEL CUPATITZIO

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat a realizar por la Conanp acciones en beneficio del parque nacional Barranca del Cupatitzio

PROGRAMA PROMAJOVEN

Dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con punto de acuerdo por el que se exhorta al secretario de Educación Pública a hacer del conocimiento público los indicadores utilizados en el programa para determinar el monto de la transferencia presupuestaria, evaluación de su ejercicio y acciones implantadas en el programa Promajoven

SANEAMIENTO DE LA BARRANCA EL AGUILA, EN TEPEACA, PUEBLA

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de la Semarnat y de la Conagua a colaborar en el saneamiento de la barranca El Aguila, en Tepeaca, Puebla

VIOLENCIA CONTRA MUJERES Y FEMINICIDIOS EN GUANAJUATO

Dictamen de la Comisión de Igualdad de Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobernador, al Congreso y a la CDH de Guanajuato a realizar acciones para prevenir, detener y atender la violencia contra mujeres y los feminicidios

CAMPAÑA DE LA ONU PARA PONER FIN A LA VIOLENCIA CONTRA LAS NIÑAS Y LAS MUJERES

Dictamen de la Comisión de Igualdad de Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los congresos locales y a la ALDF a iluminar de color naranja sus sedes, en el marco de la campaña del secretario general de la Organización de las Naciones Unidas para poner fin a la violencia contra las niñas y las mujeres

RESULTADOS SOBRE EL EJERCICIO DEL PEF DE 2013 EN EL RUBRO DEL CAMBIO CLIMATICO

Dictamen de la Comisión de Cambio Climático, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a hacer de conocimiento público por diversas autoridades los resultados sobre el ejercicio del PEF de 2013 en el rubro del cambio climático, y se solicita a la Auditoría Superior de la Federación que considere su revisión en 2014

ZONA FORESTAL VEDADA EL CERRO EL HUIXTECO, EN TAXCO

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos federal y de Guerrero a respetar y hacer efectivos los decretos presidenciales por los que se declara zona forestal vedada el cerro El Huixteco, en Taxco

COMISIONES ESTATALES DE PRODUCTIVIDAD

Dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos locales y del Distrito Federal a instalar por sus Secretarías de Trabajo o de Asuntos Laborales las comisiones estatales de productividad

COMISION CONSULTIVA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la STPS a instalar la comisión consultiva nacional de seguridad y salud en el trabajo

PROGRAMAS QUE DEN OPORTUNIDAD DE EMPLEO DIGNO Y JUSTO A LOS EGRESADOS DE LICENCIATURAS UNIVERSITARIAS Y TECNOLOGICAS

Dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal y al sector empresarial a implantar programas que den oportunidad de empleo digno y justo a los egresados de licenciaturas universitarias y tecnológicas

AUMENTOS DE LAS TARIFAS DEL TRANSPORTE PUBLICO EN YUCATAN

Dictamen de la Comisión de Transportes, con punto de acuerdo para exhortar al gobierno de Yucatán a revertir y detener los aumentos de las tarifas del transporte público en la entidad y garantizar el servicio seguro, eficiente y sustentable para los ciudadanos

INFRAESTRUCTURA SANITARIA EN LOS TRAMOS CARRETEROS QUE FORMAN EL CIRCUITO EXTERIOR MEXIQUENSE

Dictamen de la Comisión de Transportes, con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno del estado de México a promover ante la Concesionaria Mexiquense, SA de CV, empresa de Grupo OHL, la instalación de infraestructura sanitaria en los tramos carreteros que forman el Circuito Exterior Mexiquense

Se aprueban los dictámenes; comuníquense

LEY DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD

Dictamen de la Comisión de Juventud, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud

LEY ORGANICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

LEY ORGANICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS - REGLAMENTO DE LA CAMARA DE DIPUTADOS

Dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 104 del Reglamento de la Cámara de Diputados

LEY AGRARIA

Dictamen de la Comisión de Reforma Agraria, con puntos de acuerdo por los que se desechan dos iniciativas con proyecto de decreto que reforman los artículos 17, 18 y 80 de la Ley Agraria

Se aprueban los 4 dictámenes negativos. Archívense los expedientes como asuntos concluidos

LEY GENERAL DE PARTIDOS POLITICOS, REGLAMENTARIA DE LOS ARTICULOS 9o. Y 41 CONSTITUCIONALES

Se recibe de las diputadas Lizbeth Eugenia Rosas Montero y Aleida Alavez Ruiz iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General de Partidos Políticos, Reglamentaria de los Artículos 9o. y 41 Constitucionales. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión

LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONOMICA

Se recibe de los diputados Purificación Carpinteyro Calderón, Fernando Belaunzarán Méndez, Agustín Miguel Alonso Raya y Trinidad Morales Vargas iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Competencia Económica. Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen, y a la Comisión de Competitividad, para opinión

LEY GENERAL PARA PREVENIR, INVESTIGAR, SANCIONAR Y REPARAR LA DESAPARICION DE PERSONAS

Se recibe de los diputados Raquel Jiménez Cerrillo y José Alfredo Botello Montes iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General para prevenir, investigar, sancionar y reparar la Desaparición de Personas. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión

LEY GENERAL DE SALUD

Se recibe de la diputada María del Rocío Corona Nakamura iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de servicios funerarios. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

INICIATIVAS Y PROPOSICIONES

El Presidente comunica que, en términos de los artículos 100 y 102 del Reglamento, las iniciativas y proposiciones serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria

VOTACIONES

De conformidad con lo que dispone el Reglamento de la Cámara de Diputados, se publican las votaciones de los dictámenes:

De la Comisión de Vivienda, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, en materia de accesibilidad a la vivienda (en lo general y en lo particular)

De la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto que reforma los artículos 416 del Código Civil Federal, y 80 del Código Federal de Procedimientos Civiles, con la modificación propuesta por la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña y aceptada por la asamblea (en lo general y en lo particular)

De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto que dispone la obligación de los editores de hacer el depósito legal digitalizado de sus publicaciones (en lo general y en lo particular)

De la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación; Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (en lo general y en lo particular)

ANEXO

Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que le corresponde a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del martes 25 de febrero de 2014, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados



Presidencia del diputado José González Morfín

ASISTENCIA

El Presidente diputado José González Morfín: Pido a la Secretaría que haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de diputadas y diputados.

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 281 diputadas y diputados, por lo tanto, hay quórum.

El Presidente diputado José González Morfín (a las 11:10 horas): Se abre la sesión.



ORDEN DEL DIA

El Presidente diputado José González Morfín: Consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura al orden del día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta.

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura al orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

La diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Permítame, después del acta, ¿me permite un momentito, diputada?

«Segundo periodo de sesiones ordinarias.— Segundo año de ejercicio.— LXII Legislatura.

Orden del día

Martes 25 de febrero de 2014

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones oficiales

De la Junta de Coordinación Política

En relación a cambio de integrantes de comisiones ordinarias.

De los diputados Rocío Adriana Abreu Artiñano, Luis Olvera Correa y Purificación Carpinteyro Calderón

En relación a retiro de iniciativas con proyecto de decreto.

De la Comisión de Asuntos Indígenas

Con el que remite acuerdo por el que se integra el Grupo de Trabajo encargado de dar Seguimiento y Evaluar el Ejercicio del Presupuesto comprendido en el Anexo 9 del Presupuesto de Egresos de la Federación 2014, denominado “Erogaciones para el Desarrollo Integral de los Pueblos y Comunidades Indígenas”.

De la Secretaría de Gobernación

Con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, alusivo al poeta Octavio Paz.

Con el que remite diez contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Comisión Permanente correspondiente al primer receso del segundo año de ejercicio de la LXII Legislatura.

De la Auditoría superior de la Federación

Con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente correspondiente al Primer Receso del Segundo Año de Ejercicio de la LXII Legislatura.

Minutas

Con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 214 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado y 5 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. (Turno a Comisión)

Con proyecto de decreto que reforma las fracciones VI, VII y XXIII del artículo 7; la fracción I del artículo 26, la denominación del Capítulo VII y el segundo párrafo del artículo 30 de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres. (Turno a Comisión)

Con proyecto de decreto que reforma el inciso a) de la Fracción II, la fracción V, y se adiciona un inciso m) a la Fracción I y los incisos a), b) y c) a la fracción V, del artículo 4 de la Ley de Asistencia Social. (Turno a Comisión)

Con proyecto de decreto que reforma los artículos 7, 11 y 19 de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa, en materia de bebederos escolares, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional. (Turno a Comisión)

Propuestas de acuerdo de los órganos de gobierno

De la Junta de Coordinación Política

Por el que se modifica y adiciona el diverso, relativo a la propuesta para la inclusión de los procedimientos que regularán el voto de los mexicanos residentes en el extranjero. (Votación)

Declaratoria de publicidad de dictamen

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que declara al 2014 como “Año de Octavio Paz”. (Votación)

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Vivienda, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, en materia de accesibilidad a la vivienda.

De la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto que reforma los artículos 416 del Código Civil Federal y 80 del Código Federal de Procedimientos Civiles.

De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto que dispone la obligación de los editores de hacer el Depósito Legal Digitalizado de sus publicaciones.

De la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación; de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas.

De la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Dictámenes a discusión

De puntos de acuerdo

De la Comisión de Comunicaciones, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la SCT y de la Cofetel, se lleve a cabo la consolidación de las áreas de servicio local en el país, así como una revisión del Plan Nacional de Numeración, a fin de que cada zona metropolitana cuente con una sola clave de marcación.

De la Comisión de Comunicaciones, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la SCT, a continuar con el proceso de licitación de decodificadores y antenas digitales para la segunda etapa de la transición a la Televisión Digital Terrestre.

De la Comisión de Comunicaciones, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Economía, para que a través de la Profeco, se ponga en marcha una campaña informativa donde se expongan las consecuencias de adquirir un televisor analógico.

De la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al Ejecutivo del estado de Baja California, al Ayuntamiento de Ensenada y dependencias federales, a realizar una revisión a fondo y en su defecto, abrogar la modificación hecha al proyecto del Reglamento de Zonificación y uso de suelo en los Valles Vinícolas de la zona norte de Ensenada.

De la Comisión del Distrito Federal, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Desarrollo Económico y a la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Distrito Federal, a fin de que en el ámbito de sus facultades asuman las medidas necesarias para compensar al sector productivo por las pérdidas generadas por bloqueos y manifestaciones del movimiento magisterial.

De la Comisión del Distrito Federal, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al Gobierno del Distrito Federal, para que investigue y tome medidas por abusos efectuados en el operativo policiaco, instrumentado en torno a la marcha ciudadana conmemorativa del 2 de octubre de 1968.

De la Comisión del Distrito Federal, con punto de acuerdo relativo a marchas y manifestaciones en la Ciudad de México.

De la Comisión del Distrito Federal, con punto de acuerdo por el que se solicita a la ALDF, reforme los artículos 287 y 288 del Código Penal para el Distrito Federal, con la finalidad de que las agresiones a los policías, sean consideradas como delito grave.

De la Comisión del Distrito Federal, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Jefe de Gobierno del Distrito Federal y diversas autoridades, a instruir la realización de campañas de difusión, respecto del trámite y sanciones penales por delitos de acoso y/o abuso sexual cometidos a bordo del transporte público.

De la Comisión del Distrito Federal, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, para que implemente un programa de fácil acceso, para el ascenso y descenso en trolebuses, camiones y microbuses.

De la Comisión del Distrito Federal, con punto de acuerdo para exhortar al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, a la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a garantizar la política de vivienda para combatir el rezago existente en la ciudad.

De la Comisión de Recursos Hidráulicos, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la Conagua y otras autoridades, a considerar el aprovechamiento sustentable de plantas acuáticas como factor de competitividad y conservación de recursos hídricos.

De la Comisión de Recursos Hidráulicos, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la Comisión Nacional del Agua, para que coordine y realice las gestiones necesarias para la instalación de nuevas plantas potabilizadoras en las entidades federativas.

De la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo relativo a la decisión del Congreso y del gobernador del estado de California, de aprobar legislación a favor de los derechos de los inmigrantes indocumentados.

De la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SRE, inicie negociaciones para la actualización de los lineamientos generales que correspondan a cambio climático y desarrollo sustentable de la Comisión Internacional de Límites y Aguas entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Guatemala.

De la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SRE, para que incorpore en su agenda binacional con los Estados Unidos de América, la realización de los proyectos de modernización y de la infraestructura fronteriza, incluyendo la construcción de un Segundo Puente Internacional, en Ciudad Acuña, Coahuila y atender los propósitos del proyecto denominado alianza “Ports to plains” al que dicha entidad se ha adherido.

De la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la Semarnat, detenga las actividades y políticas que representan un gasto excesivo al erario público, como los 18 Juegos Deportivos y Culturales del Sector Medio Ambiente.

De la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al titular de la ASF, para que agilice la revisión del ejercicio del presupuesto correspondiente al 2012 en el Conaculta.

De la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con punto de acuerdo para exhortar al Presidente de la República, a los titulares de la Secretaría de Salud, de la Sedena, de la Semar y a los Directores Generales del IMSS, del ISSSTE y de Pemex para que se transparenten los procesos de las licitaciones públicas para la contratación de los servicios de laboratorios clínicos y bancos de sangre en estas dependencias.

De la Comisión de Protección Civil, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a las autoridades competentes a nivel Federal, Estatal y Municipal del Estado de Baja California, informar respecto al estatus legal de la Compañía de Gas de Tijuana SA de CV, o “Zeta Gas” y respecto al nivel de riesgo al que se encuentra expuesta la población asentada en sus alrededores.

De la Comisión de Protección Civil, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que emita el Reglamento de la Ley General de Protección Civil.

De la Comisión de Protección Civil, con punto de acuerdo relativo a la responsabilidad de diversas autoridades, por los daños causados por los fenómenos meteorológicos Ingrid y Manuel.

De la Comisión de Seguridad Pública, con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, para que atiendan la obstrucción de la correcta administración pública en diversos municipios del estado de Guerrero, derivado de las amenazas a las instituciones públicas por parte de grupos del crimen organizado.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo para exhortar a los Congresos y Poderes Ejecutivos de las Entidades Federativas, emprendan acciones requeridas a fin de incorporar tecnologías tendientes a generar ahorro y el uso eficiente y racional de energía eléctrica, agua y gas en la construcción de vivienda.

De la Comisión de Derechos Humanos, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Director General del IMSS, para que atienda la recomendación número 23/2013 emitida por la CNDH, sobre el caso presentado por la inadecuada atención médica en agravio de V1, en los hospitales de especialidades número 71 en Coahuila y General de Zona número 1, en Zacatecas.

De la Comisión de Infraestructura, con punto de acuerdo relativo a la ampliación del tramo carretero comprendido a partir del Puente San Pedro, en los límites de los estados de Tabasco y Campeche y el municipio de Champotón, de la Carretera Federal 180.

De la Comisión de Recursos Hidráulicos, con punto de acuerdo relativo a la operación de la Presa Hidroeléctrica Ambrosio Figueroa “La Venta”, ubicada en Acapulco de Juárez, Guerrero.

De la Comisión de Derechos Humanos, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEGOB, a fin de fortalecer los trabajos de la Unidad para la Defensa de los Derechos Humanos adscrita a dicha Secretaría, así como la capacitación de los mandos y elementos de las Fuerzas Federales en todo el país.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a los titulares de la Semarnat y del Gobierno del estado de Morelos, para que atiendan las necesidades de saneamiento del Río Apatlaco.

De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la SEP, para que atienda las quejas y sugerencias de directivos de escuelas y padres de familia del estado de Nuevo León.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, para que atiendan las necesidades de saneamiento del Río Lagos, ubicado en el Municipio de Lagos de Moreno, Jalisco.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat, a expedir la NOM que establezca los límites permisibles de presencia de manganeso en el aire.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la Semarnat, a fortalecer la estrategia de preservación de la capa de ozono.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat, para que a través de la Conanp, se realicen acciones en beneficio del “Parque Nacional Barranca del Cupatitzio”.

De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Educación Pública, hacer del conocimiento público los indicadores utilizados por el programa para determinar el monto de la transferencia presupuestaria, evaluación de su ejercicio y acciones implementadas en el programa Promajoven.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de la Semarnat y de la Conagua, para que coadyuven en el saneamiento de la barranca El Águila, en el municipio de Tepeaca, estado de Puebla.

De la Comisión de Igualdad de Género, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al Ejecutivo estatal, al Congreso y a la CDH del estado de Guanajuato, realicen las acciones necesarias para prevenir, detener y atender la violencia en contra de las mujeres y los feminicidios.

De la Comisión de Igualdad de Género, con punto de acuerdo relativo a los feminicidios en el estado de Tabasco.

De la Comisión de Derechos Humanos, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la CNDH, para que inicie las acciones pertinentes para garantizar el respeto a la integridad y los derechos humanos, políticos, de salud y reproductivos de las mujeres indígenas que viven en las comunidades gobernadas por el sistema de usos y costumbres.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat y a Profepa, para que implementen políticas permanentes de prevención y combate al maltrato, agravios y condiciones adversas en las que viven los animales de circo.

De la Comisión de Igualdad de Género, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a los congresos de las entidades federativas y a la ALDF, para que iluminen sus respectivas sedes de color naranja, en el marco de la campaña del Secretario General de las Naciones Unidas, para poner fin a la violencia contra las niñas y las mujeres.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la Semarnat y de la Conagua, realicen acciones para atender la grave problemática que representan los niveles de contaminación del río Lerma y de la cuenca Lerma-Santiago-Pacífico.

De la Comisión de Cambio Climático, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de diversas autoridades, hagan de conocimiento público los resultados sobre el ejercicio del PEF 2013, en el rubro del cambio climático y se solicita a la Auditoría Superior de la Federación, considere su revisión en 2014.

De la Comisión de Igualdad de Género, con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Gobernación, para que considere la información relativa a la situación de violencia en contra de las mujeres en el Estado de Guerrero, a fin de emitir la declaratoria de alerta de violencia de género en la entidad.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno Federal y al Gobierno del estado de Guerrero, a respetar y hacer efectivos los decretos presidenciales por los que se declara Zona Forestal Vedada al cerro el Huixteco, en el municipio de Taxco, Guerrero.

De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos locales y del Distrito Federal a instalar por sus Secretarías de Trabajo o de Asuntos Laborales las comisiones estatales de productividad.

De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al titular de la STPS, a instalar la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno Federal y al sector empresarial, a fin de implementar programas que den oportunidad de empleo digno y justo a los egresados de licenciaturas universitarias y tecnológicas.

De la Comisión de Transportes, con punto de acuerdo para exhortar al Gobierno del Estado de Yucatán, a revertir y detener los aumentos a las tarifas del transporte público en la entidad y brindar servicio seguro, eficiente y sustentable para los ciudadanos.

De la Comisión de Transportes, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del Estado de México para que promueva ante la Concesionaria Mexiquense S. A. de C. V., empresa del Grupo OHL, la instalación de infraestructura sanitaria en los tramos carreteros que forman el Circuito Exterior Mexiquense.

De la Comisión de Transportes, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a los titulares de la SCT y de la Profeco, para que lleven a cabo las medidas pertinentes tras los actos de discriminación cometidos por la aerolínea Aeroméxico hacia ciudadanos originarios de Oaxaca.

De la Comisión de Seguridad Pública, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que expida el Reglamento de la Ley del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas.

Dictámenes a discusión

Negativos de iniciativas

De la Comisión de Juventud, con puntos de acuerdo por los que desecha la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.

De la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

De la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 104 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

De la Comisión de Reforma Agraria, con puntos de acuerdo por los que desechan dos iniciativas con proyectos de decreto que reforman los artículos 17, 18 y 80 de la Ley Agraria.

Iniciativas

Que Expide la Ley General de Partidos Políticos, a cargo de la diputada Lizbeth Eugenia Rosas Montero y Aleida Alavez Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.(Sólo Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Competencia Económica, suscrita por los diputados Purificación Carpinteyro Calderón, Fernando Belaunzarán Méndez, Agustín Miguel Alonso Raya y Trinidad Morales Vargas, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Adriana González Carrillo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 18 Bis-6 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, a cargo de la diputada Mariana Dunyaska García Rojas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 19 de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jorge Francisco Sotomayor Chávez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, a cargo de la diputada María del Socorro Ceseñas Chapa, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Adriana González Carrillo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Inversión Extranjera y de la Ley del Mercado de Valores, a cargo del diputado Victor Manuel Bautista López, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 34, 35, 37 y 38 de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo de la diputada Mariana Dunyaska García Rojas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada María del Socorro Ceseñas Chapa, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Adriana González Carrillo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 2o. y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Eufrosina Cruz Mendoza, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 31 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, a cargo del diputado Vicario Portillo Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Víctor Oswaldo Fuentes Solís, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 111 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, a cargo del diputado Catalino Duarte Ortuño, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Derecho de Autor, a cargo del diputado Marino Miranda Salgado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, a cargo de la diputada María del Socorro Ceseñas Chapa, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 50 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Delfina Elizabeth Guzmán Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ricardo Monreal Ávila y suscrita por el diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 36 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Juan Ignacio Samperio Montaño, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 77 Bis 18 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 82 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado José Alberto Benavides Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 8o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código de Comercio, a cargo del diputado Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por el diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 7o. y 8o. de la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, a cargo del diputado J. Jesús Oviedo Herrera, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, a cargo de la diputada Claudia Elena Águila Torres, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 234 y 236 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 69-E de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo de la diputada Leonor Romero Sevilla y suscrita por diputados integrantes de la Comisión Especial de Programas Sociales. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 25, 26, 27 y 28 de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo de la diputada Alejandra López Noriega y suscrita por los diputados José Enrique Reina Lizárraga y Damián Zepeda Vidales, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que adiciona un artículo 202 Ter al Código Penal Federal, a cargo del diputado Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por el diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 157 Bis de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Crystal Tovar Aragón, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Yenesia Nolasco Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que adiciona un artículo 402 Bis y reforma el artículo 3o. de la Ley General de Salud, suscrita por los diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, a cargo del diputado Juan Ignacio Samperio Montaño, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 61 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Silvano Blanco Deaquino, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 3o. de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, a cargo de la diputada Laura Ximena Martel Cantú, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Laura Ximena Martel Cantú y Manlio Fabio Beltrones Rivera, de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Verde Ecologista de México y Revolucionario Institucional, respectivamente. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 16 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Alberto Rodríguez Calderón, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar la Desaparición de Personas, a cargo de la diputada Raquel Jiménez Cerrillo y suscrita por el diputado José Alfredo Botello Montes, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 62 y 70 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Luis Ángel Xariel Espinosa Cházaro, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que adiciona un artículo 234 Bis al Código Penal Federal, suscrita por los diputados Tomás Torres Mercado, Ana Lilia Garza Cadena y Antonio Cuéllar Steffan, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Francisco Coronato Rodríguez, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Alberto Benavides Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 30 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, a cargo del diputado Rafael Alejandro Moreno Cárdenas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 159 de la Ley de Migración, a cargo del diputado Isaías Cortés Berumen, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 63 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado José Valentín Maldonado Salgado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 101 de la Ley del Seguro Social, a cargo de la diputada Luisa María Alcalde Luján, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que adiciona un artículo 52 Bis a la Ley de Instituciones de Crédito, a cargo del diputado Julio César Flemate Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 28 Bis de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Andrés Eloy Martínez Rojas, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, a cargo del diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 47 y 54 de la Ley General de Educación, suscrita por los diputados Abel Octavio Salgado Peña y Gabriel Gómez Michel, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 155 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado Andrés Eloy Martínez Rojas, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 8o. de la Ley de Migración, a cargo del diputado Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por el diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 47 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo de la diputada Minerva Castillo Rodríguez, y suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 66 y 67 de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, a cargo del diputado José Everardo Nava Gómez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 61 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Antonio Cuéllar Steffan, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 103 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Francisco Coronato Rodríguez, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 272 Bis de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Rubén Benjamín Félix Hays, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Francisco Coronato Rodríguez, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo de la diputada Lucila Garfias Gutiérrez, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 8o. del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 16 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo del diputado Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por el diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 3o., 4o. y 5o. de la Ley de Energía para el Campo, a cargo del diputado Rafael Alejandro Moreno Cárdenas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Carlos Fernando Angulo Parra, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Silvano Aureoles Conejo y Margarita Elena Tapia Fonllem, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 112 de la Ley General de Salud, suscrita por los diputados Isaías Cortés Berumen, Rosalba Gualito Castañeda, Francisco Javier Fernández Clamont y Carla Alicia Padilla Ramos, de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México, respectivamente. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo de la diputada Zuleyma Huidobro González, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Séptimo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social, a cargo del diputado José Alberto Benavides Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 22 y 180 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Alfonso Inzunza Montoya, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 3º del Reglamento de la Cámara de Diputados, suscrita por los diputados Silvano Aureoles Conejo y Margarita Elena Tapia Fonllem, del Grupo Parlamentario del partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 2o. y 7o. de la Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía, a cargo de los diputados Rosa Elba Pérez Hernández y Ricardo Astudillo Suárez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 13, 14 y 17-A de la Ley Federal de Radio y Televisión, a cargo de la diputada Zuleyma Huidobro González, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores, a cargo de la diputada Rosa Elia Romero Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 4-B de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Rafael Alejandro Moreno Cárdenas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 234 del Código Penal Federal, a cargo del diputado José Luis Esquivel Zalpa, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 2o., 3o., 4o. y 5o. de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Zuleyma Huidobro González, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Maria del Rocio Corona Nakamura, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 119 de la Ley de Instituciones de Crédito, a cargo del diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, a cargo de la diputada Elvia María Pérez Escalante, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 33 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por el diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 234 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Javier López Zavala, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 25 y 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Francisco Coronato Rodríguez, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 692 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Héctor García García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 9o. de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, a cargo del diputado José Francisco Coronato Rodríguez, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley General del Seguro Universal de Salud, a cargo del diputado José Francisco Coronato Rodríguez, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 44, 47 y 49 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, a cargo del diputado José Soto Martínez, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Proposiciones

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, a incluir en los planes y programas de estudio del nivel básico de educación, la asignatura de autoestima, a fin de contribuir en la formación de ciudadanos con valores democráticos, a cargo de la diputada Martha Gutiérrez Manrique, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que esta Soberanía se congratula por la realización de la Segunda Conferencia Internacional sobre el Impacto Humanitario de las Armas Nucleares, efectuada los días 13 y 14 de febrero en Nayarit, México, a cargo de la diputada Adriana González Carrillo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Presidente de la República, para que reconsidere el nombramiento del Director de la CFE, a cargo del diputado Carlos Augusto Morales López, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEGOB, así como a las instancias de seguridad pública de las entidades federativas y del Distrito Federal, a garantizar la seguridad pública en la red carretera nacional, a cargo del diputado Ricardo Astudillo Suárez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la PGJ del estado de Guerrero, a esclarecer de forma pronta y expedita, el asesinato de Arturo Rivera Olivera, quien fungía como Coordinador de Movimiento Ciudadano, en el municipio de Metlatonoc, en esa entidad, a cargo del diputado Ricardo Mejía Berdeja y suscrito por el diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP y al Conaculta, a constituir un Fondo para desarrollar en los municipios del país programas de educación musical, a cargo de la diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Jefe del Gobierno del DF, a fin de impulsar políticas públicas y programas sociales tendientes a generar espacios laborales adecuados para las personas con discapacidad que fueron desplazadas de las instalaciones del Sistema de Transporte Colectivo Metro, a cargo del diputado René Ricardo Fujiwara Montelongo, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, para que elabore el reglamento del Título Octavo Bis, “De Los Cuidados Paliativos a los Enfermos en Situación Terminal”, de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Leobardo Alcalá Padilla, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los congresos de los estados de Michoacán, Chihuahua y Baja California Sur, a fin de que expidan las disposiciones necesarias para regular y penalizar el delito de Feminicidio, a cargo de la diputada Martha Berenice Álvarez Tovar, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Segob y a los gobiernos estatales, municipales y del Distrito Federal, para que se comprometan a preservar los derechos de las niñas, niños y adolescentes, así como observar el cumplimiento irrestricto del protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño, relativo a la participación de niños en conflictos armados, suscrito por las diputadas Verónica Beatriz Juárez Piña, Eufrosina Cruz Mendoza y Miriam Cárdenas Cantú, de los Grupos Parlamentarios de los Partidos de la Revolución Democrática, Acción Nacional y Revolucionario Institucional, respectivamente. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Protección al Ambiente de Baja California, a dar continuidad a la declaratoria de área natural protegida al humedal “La Lagunita” en Ensenada, en esa entidad, suscrita por diversos diputados de la Comisión Especial para el Desarrollo Sustentable. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sagarpa, para que por medio de la Unidad Técnica Especializada en Conservación y Uso Sustentable de Suelo y Agua, brinde apoyo, orientación y seguimiento a las comunidades agrícolas donde se lleve a cabo la construcción de jagüeyes y de otros mecanismos de captación de agua, a cargo de la diputada Dulce María Muñiz Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la SCT y la Cofetel, se realice la consolidación de las áreas de servicio local en el país, así como una revisión del Plan Nacional de Numeración, a fin de que cada zona metropolitana cuenten con una sola clave de marcación, a cargo del diputado J. Jesus Oviedo Herrera, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se solicita a la Secretaría de Salud, para que redoble los esfuerzos para la atención de la población afectada por el virus de la influenza estacional, a cargo del diputado Fernando Zárate Salgado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a los gobiernos de las entidades federativas y del Distrito Federal, a garantizar y vigilar el cumplimiento de las leyes, normas y programas que tiendan a mejorar la calidad de los servicios de salud, a cargo de la diputada Leslie Pantoja Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que, a través de la Secretaría de Salud, se instrumenten las acciones de salud pública y de atención médica necesarias para frenar el crecimiento de la tasa de morbilidad y sobre todo la de mortalidad provocada por el virus de la influenza A (H1N1) en todo el país, a cargo de la diputada Martha Leticia Sosa Govea, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Efeméride

Con motivo del 24 de febrero, aniversario de la Bandera, a cargo de los Grupos Parlamentarios.»



ACTA DE LA SESION ANTERIOR

El Presidente diputado José González Morfín: En consecuencia, el siguiente punto del orden del día es la aprobación del acta de la sesión anterior. Pido a la Secretaría que consulte a la asamblea si se le dispensa la lectura al acta, tomando en consideración que también está publicada en la Gaceta.

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la asamblea en votación económica si se le dispensa la lectura, dado que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el jueves veinte de febrero de dos mil catorce, correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio de la Sexagésima Segunda Legislatura.

Presidencia del diputadoRicardo Anaya Cortés

En el Palacio Legislativo de San Lázaro en la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con una asistencia de trescientos seis diputadas y diputados, a las once horas con veintiséis minutos del jueves veinte de febrero de dos mil catorce, el Presidente declara abierta la sesión.

En votación económica se dispensa la lectura al Orden del Día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria; acto seguido, se somete a discusión el acta de la sesión anterior, no habiendo oradores registrados, en votación económica se aprueba.

Se da cuenta con Comunicaciones Oficiales:

a) De la Mesa Directiva, en relación con modificación de turno de la Minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático, remitida por la Cámara de Senadores el doce de febrero de dos mil catorce. Se turna a la Comisión de Cambio Climático, para dictamen; y a la Comisión de Especial de la Industria Automotriz y del Acero, para opinión. Se modifica el turno, actualícense los registros parlamentarios.

b) De la Junta de Coordinación Política, en relación a cambios de Junta Directiva y de integrantes de Comisiones Ordinarias. En votación económica se aprueba. Comuníquese.

c) De los diputados:

• Roberto López Rosado, del Partido de la Revolución Democrática, por la que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo veintiuno de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y los artículos noveno y décimo de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas presentada el nueve de octubre de dos mil trece, sea retirada de las Comisiones de Gobernación y de Asuntos Indígenas.

• Francisco Javier Fernández Clamont, del Partido Revolucionario Institucional, por la que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por el que adiciona un párrafo al artículo setenta y siete Bis de la Ley General de Salud, presentada el once de diciembre de dos mil trece, sea retirada de la Comisión de Salud.

• Ricardo Mejía Berdeja, de Movimiento Ciudadano, por la que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo ciento cuarenta Bis del Código Penal Federal, presentada el cuatro de febrero de dos mil catorce, sea retirada de la Comisión de Justicia.

• Gabriel de Jesús Cárdenas Guízar, del Partido Acción Nacional, por la que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el cuatro de febrero de dos mil catorce, sea retirada de la Comisión de Puntos Constitucionales.

Se tienen por retiradas, actualícense los registros parlamentarios.

d) De la Secretaría de Gobernación, con la que remite dos contestaciones a Puntos de Acuerdo aprobados por la Comisión Permanente correspondiente al Primer Receso del Segundo Año de Ejercicio de la Sexagésima Segunda Legislatura. Se remiten a los promoventes, para sus conocimientos.

e) De la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, por la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente correspondiente al Primer Receso del Segundo Año de Ejercicio de la Sexagésima Segunda Legislatura. Se remite al promovente para su conocimiento.

f) Del Instituto Federal de Telecomunicaciones, con la que remite el Programa Anual de Trabajo dos mil catorce. Se remite a la Comisión de Comunicaciones para su conocimiento.

g) De la Cámara de Senadores, con la que remite Minuta con proyecto de decreto, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos. Se turna a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Derechos Humanos, para dictamen, y a las Comisiones Especial de Lucha contra la Trata de Personas, de Igualdad de Género, y Derechos de la Niñez, para opinión.

Desde sus respectivas curules realizan comentarios sobre la Minuta de que remite la Cámara de Senadores, y sobre diversos temas legislativos los diputados: Martha Lucía Mícher Camarena, en dos ocasiones; Graciela Saldaña Fraire; y Roberto Carlos Reyes Gámiz, del Partido de la Revolución Democrática; Blanca Jiménez Castillo, del Partido Acción Nacional; Lizbeth Loy Gamboa Song, del Partido Revolucionario Institucional; Gloria Bautista Cuevas, del Partido de la Revolución Democrática; Miriam Cárdenas Cantú, del Partido Revolucionario Institucional; Ricardo Mejía Berdeja, de Movimiento Ciudadano; Raymundo King de la Rosa, del Partido Revolucionario Institucional, en dos ocasiones; Agustín Miguel Alonso Raya, Uriel Flores Aguayo, Guadalupe Socorro Flores Salazar, del Partido de la Revolución Democrática; y María Beatriz Zavala Peniche, del Partido Acción Nacional. El Presidente informa a la Asamblea que el trámite de la Minuta se abordará en la Mesa Directiva, durante la reunión previa a la sesión del martes veinticinco de febrero de dos mil catorce.

Presidencia del diputadoJosé González Morfín

h) Del Poder Ejecutivo Federal con la que remite Iniciativa con proyecto de decreto que Expide la Ley Federal de Competencia Económica y reforma el artículo doscientos cincuenta y cuatro Bis del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen, y a la Comisión de Competitividad, para opinión.

En su oportunidad y desde su curul realiza comentarios sobre diversos temas legislativos el diputado Víctor Manuel Jorrín Lozano, de Movimiento Ciudadano. El Presidente hace aclaraciones.

Por instrucciones de la Presidencia, la Secretaría informa a la Asamblea que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria el dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que establece las características de una moneda conmemorativa del Centenario de la Gesta Heroica del Puerto de Veracruz. De conformidad con lo que establece el artículo ochenta y siete del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.

El siguiente punto del Orden del Día es la discusión de los dictámenes con proyecto de decreto de las Comisiones:

a) De Seguridad Social, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud; de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del artículo ciento veintitrés de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de la Ley del Seguro Social; de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; y de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Se concede el uso de la palabra para fundamentar el dictamen en nombre de la Comisión al diputado Javier Salinas Narváez. Para fijar postura de sus respectivos grupos parlamentarios intervienen los diputados: Cristina Olvera Barrios, de Nueva Alianza; Araceli Torres Flores, del Partido del Trabajo; Luisa María Alcalde Luján, de Movimiento Ciudadano;

A las doce horas con veinte minutos, por instrucciones de la Presidencia, se cierra el sistema electrónico de asistencia con un registro de cuatrocientos cuarenta y nueve diputadas y diputados.

Judit Magdalena Guerrero López, del Partido Verde Ecologista de México; Gloria Bautista Cuevas, del Partido de la Revolución Democrática; Mario Alberto Dávila Delgado, del Partido Acción Nacional; y Rosalba Gualito Castañeda, del Partido Revolucionario Institucional. Se somete a discusión en lo general e interviene en pro la diputada: Aída Fabiola Valencia Ramírez, de Movimiento Ciudadano. Sin más oradores registrados, ni artículo alguno reservado, en votación nominal por unanimidad de cuatrocientos dieciocho votos, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud; de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del artículo ciento veintitrés de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de la Ley del Seguro Social; de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; y de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Pasa al Ejecutivo, para sus efectos constitucionales.

b) De Transportes:

• Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Se concede el uso de la palabra para fundamentar el dictamen en nombre de la Comisión al diputado Francisco Alberto Zepeda González. Para fijar postura de sus respectivos grupos parlamentarios intervienen los diputados: José Angelino Caamal Mena, de Nueva Alianza; Jaime Bonilla Valdez, del Partido del Trabajo; José Soto Martínez, de Movimiento Ciudadano; Valentín González Bautista, del Partido de la Revolución Democrática; y Carlos Octavio Castellanos Mijares, del Partido Verde Ecologista de México. Sin más oradores registrados, en votación nominal por cuatrocientos tres votos a favor; y tres abstenciones, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales.

• Que reforma los artículos tres, cuatro, sesenta y dos, sesenta y cuatro, y sesenta y ocho de la Ley de Aviación Civil. Se concede el uso de la palabra para fundamentar el dictamen en nombre de la Comisión al diputado Carlos Humberto Castaños Valenzuela. Para fijar postura de sus respectivos grupos parlamentarios intervienen los diputados: José Angelino Caamal Mena, de Nueva Alianza; José Soto Martínez, de Movimiento Ciudadano; Rubén Acosta Montoya, del Partido Verde Ecologista de México; y Fernando Cuéllar Reyes, del Partido de la Revolución Democrática. Sin más oradores registrados, en votación nominal por unanimidad de trescientos noventa y ocho votos, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma los artículos tres, cuatro, sesenta y dos, sesenta y cuatro, y sesenta y ocho de la Ley de Aviación Civil. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales.

Desde sus respectivas curules realizan comentarios sobre diversos temas legislativos los diputados: Verónica Beatriz Juárez Piña; Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, ambas del Partido de la Revolución Democrática; y Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, del Partido del Trabajo. El Presidente hace aclaraciones.

c) De Vivienda, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Vivienda. Se concede el uso de la palabra para fundamentar el dictamen en nombre de la Comisión a la diputada Esther Angélica Martínez Cárdenas. Para fijar postura de sus respectivos grupos parlamentarios intervienen los diputados: Fernando Bribiesca Sahagún, de Nueva Alianza; María del Carmen Martínez Santillán, del Partido del Trabajo;

Presidencia del diputadoFrancisco Agustín Arroyo Vieyra

Rodrigo Chávez Contreras, de Movimiento Ciudadano; David Pérez Tejada Padilla, del Partido Verde Ecologista de México; y Pedro Porras Pérez, del Partido de la Revolución Democrática. Sin más oradores registrados, en votación nominal por unanimidad de cuatrocientos votos, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Vivienda. Pasa al Ejecutivo, para sus efectos constitucionales.

En virtud de que se ha cumplido con el requisito de declaratoria de publicidad, en votación económica la Asamblea autoriza que se someta a discusión y votación de inmediato el dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que establece las características de una moneda conmemorativa del Centenario de la Gesta Heroica del Puerto de Veracruz. Para fijar postura de sus respectivos grupos parlamentarios intervienen los diputados: José Angelino Caamal Mena, de Nueva Alianza; Ricardo Mejía Berdeja, de Movimiento Ciudadano;

Desde su curul realiza moción de procedimiento el diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, del Partido Revolucionario Institucional. El Presidente hace aclaraciones.

Uriel Flores Aguayo, del Partido de la Revolución Democrática; Mariana Dunyaska García Rojas, del Partido Acción Nacional; y Juan Isidro del Bosque Márquez, del Partido Revolucionario Institucional. Sin más oradores registrados, en votación nominal por unanimidad de trescientos setenta votos, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que establece las características de una moneda conmemorativa del Centenario de la Gesta Heroica del Puerto de Veracruz. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales.

De conformidad con el artículo cien y ciento dos del Reglamento de la Cámara de Diputados, de las iniciativas y proposiciones registradas en el Orden del Día de esta sesión, serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria, las de los siguientes diputados:

a) Iniciativas con proyecto de decreto:

• Trinidad Morales Vargas, del Partido de la Revolución Democrática y suscrita por diputados integrantes de la Comisión Especial de Minería, que reforma el artículo treinta y nueve de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Turno: Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.

• Carlos Augusto Morales López y Agustín Miguel Alonso Raya, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma el artículo treinta y nueve del Estatuto de Gobierno del Distrito. Turno: Comisión del Distrito Federal, para dictamen.

b) Proposiciones con punto de acuerdo:

• José Guillermo Anaya Llamas, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta a la Procuraduría General de la República, a la Secretaría de Relaciones Exteriores y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que soliciten la extradición a México de Javier Villarreal Hernández, ex titular del Servicio de Administración Tributaria de Coahuila, detenido en Estados Unidos de América. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.

• Carlos de Jesús Alejandro, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta a la Comisión para el Diálogo con los Pueblos Indígenas de México de la Secretaría de Gobernación y a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, a conformar un consejo redactor plural e interinstitucional para la elaboración de la propuesta de reforma de derechos de los pueblos indígenas. Se turna a la Comisión de Asuntos Indígenas, para dictamen.

• Ricardo Mejía Berdeja y suscrito por el diputado Ricardo Monreal Ávila, de Movimiento Ciudadano, por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo del estado de Yucatán, a dar cumplimiento a la recomendación No. 34/2013, emitida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos y a esta última a dar seguimiento, a fin de fincar responsabilidades y esclarecer el caso del joven José Felipe Castillo Tzec. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.

• José Arturo López Cándido, del Partido del Trabajo, por el que se exhorta a los titulares de la Secretaría de Energía, de la Secretaría de Salud y de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que se supervise el cumplimiento de la normatividad determinada por el Organismo Internacional de Energía Atómica y emitida al Centro de Almacenamiento de Desechos Nucleares, y se determine el número de enfermedades derivadas de la contaminación radioactiva en su zona aledaña, y el daño ambiental del acuífero Cuautitlán-Pachuca. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

• René Ricardo Fujiwara Montelongo, de Nueva Alianza, por el que se exhorta a las instituciones de educación y universidades del país, para que suscriban convenios con empresas de la iniciativa privada, a fin de que sus alumnos mantengan prácticas profesionales que les permitan acceder al mercado laboral al termino de sus estudios. Se turna a la Comisión de Juventud, para dictamen.

• Elizabeth Vargas Martín del Campo, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a que emprenda un estudio que determine un porcentaje mínimo de personas con discapacidad que deben laborar en el gobierno federal y difunda resultados de dicho estudio. Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen.

• Carol Antonio Altamirano, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se solicita al titular del Servicio de Administración Tributaria, para que difunda las acciones y medidas que desarrolla para enfrentar los adeudos fiscales de los grandes contribuyentes. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Ricardo Mejía Berdeja y suscrito por el diputado Ricardo Monreal Ávila, de Movimiento Ciudadano, por el que se exhorta al Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, a fin de hacer pública la información respecto de la carta que le fue entregada en la sesión de la comisión permanente del pasado veintinueve de enero, en la que rindió su informe de labores. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.

• Magdalena del Socorro Núñez Monreal, del Partido del Trabajo, por el que se exhorta al titular del Comité de Educación Financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que se incorpore al Municipio en su estrategia nacional. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• José Martín López Cisneros, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta al titular del Servicio de Administración Tributaria, a fin de que emita las facilidades administrativas que sean necesarias para diferir la fecha de presentación de las declaraciones anuales de impuestos correspondientes al año dos mil trece, ante las constantes fallas que presenta su página electrónica. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• María Guadalupe Moctezuma Oviedo, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta al gobernador del estado de Veracruz, para que proceda a la suspensión de los titulares de la Procuraduría General de Justicia y de la Secretaría de Seguridad Pública de ese estado, y reformule su política de seguridad. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen.

• Martha Berenice Álvarez Tovar, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, para que solicite a la Secretaría de Gobernación, que declare la alerta de violencia de género en el estado de Michoacán de Ocampo. Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.

• Roxana Luna Porquillo, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta al secretario general de Gobierno, al secretario de Seguridad Pública y a la Comisión Derechos Humanos del estado de Puebla, para que se investiguen y, en su caso, apliquen las sanciones o recomendaciones correspondientes, por la probable responsabilidad del director del Cereso de Zacatlán, y de quienes resulten responsables, en relación a actos de abuso de autoridad cometidos en contra de internos. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.

• Yesenia Nolasco Ramírez, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta a los gobiernos federal y del estado de Oaxaca, para que realicen una inspección de los ríos Atoyac y el Salado y se determine el proceso de saneamiento correspondiente. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

• Catalino Duarte Ortuño, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se solicita la creación de una Comisión Especial para dar seguimiento a las agresiones a periodistas y medios de comunicación. Se turna a la Junta de Coordinación Política, para su atención.

• Verónica Beatriz Juárez Piña, Trinidad Morales Vargas y José Antonio León Mendívil, del Partido de la Revolución Democrática, para que se brinde atención a los productores de granos básicos, ante la caída de precios. Se turna a la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego, para dictamen.

• José Luis Esquivel Zalpa, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta a la Procuraduría General de Justicia del estado de Michoacán, a combatir la impunidad, injusticia y corrupción, así como velar eficazmente por la exacta observancia de los derechos de las y los habitantes del municipio de Cherán. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.

• Teresa de Jesús Mojica Morga, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a fin de que haga llegar a esta soberanía los proyectos de leyes reglamentarias respectivas, correspondientes a las reformas constitucionales en materia energética y de telecomunicaciones. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen.

• Israel Moreno Rivera, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta al jefe de gobierno del Distrito Federal, para que a través de su Procuraduría General de Justicia y de su Secretaría de Seguridad Pública, se realicen campañas de difusión masiva permanentes, respecto de las penalidades federales por la comisión del delito de pornografía infantil. Se turna a la Comisión del Distrito Federal, para dictamen.

• Sebastián Alfonso de la Rosa Peláez y suscrito diversos diputados del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta al Gobierno de la República a liberar de inmediato los recursos del Fondo para la reconstrucción de la infraestructura del estado de Guerrero. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• José Luis Muñoz Soria, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que transparente los recursos del fondo de empresas expropiadas y sector azucarero, así como la venta de los ingenios administrados por el fondo. Se turna a la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego, para dictamen.

• José Luis Muñoz Soria, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Gobernación, para que transparente los recursos ejercidos en las unidades especializadas en combate al secuestro de las treinta y dos entidades federativas, asimismo haga del conocimiento público las acciones que se han implementado a fin de abatir ese delito. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.

• Yesenia Nolasco Ramírez, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta a los Congresos Locales, a fin de que legislen en la elaboración de una Ley de Cultura Cívica en su entidad. Se turna a la Comisión de Cultura y Cinematografía, para dictamen.

Agotados los asuntos del orden del día, el Presidente cita para la próxima Sesión Ordinaria que tendrá lugar el martes veinticinco de febrero de dos mil catorce, a las once horas, y levanta la sesión a las quince horas con veintiún minutos.»

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias. En consecuencia, proceda la Secretaría a poner a discusión el acta.

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: Está a discusión el acta. No habiendo quién haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa, presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias. Aprobada el acta.



COMPARECENCIA DEL DIRECTOR DE PEMEX

El Presidente diputado José González Morfín: Sonido en la curul de la diputada Claudia Bojórquez, por favor. Dígame, diputada.

La diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier(desde la curul): Gracias, presidente. Buenos días.

El Presidente diputado José González Morfín: Buenos días.

La diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier (desde la curul): Dos temas nada más. Uno, la última sesión del jueves se habían comprometido en que se bajaría el acuerdo de la Junta, con respecto a la comparecencia que pedíamos del director de Pemex. Y lejos de la confianza que se le generó a usted, como presidente o como quien presidia la Mesa en ese momento, tuvo la honrosa distinción el diputado Arroyo Vieyra de entorpecer nuevamente la actividad legislativa. Y además, con su carácter de burlón y de falta de muchísimo respeto al pueblo mexicano, y a los diputados que hoy somos voz de ellos, no solamente nos negó la oportunidad de podernos expresar de lo que queríamos y de lo que requeríamos para esa comparecencia, sino que además —burlonamente— se despide y cierra la sesión, tratando hoy de engañar al pueblo mexicano en una cortina de humo con dos temas aparentemente nacionales, la famosa bacteria de la influenza, y hoy la captura de El Chapo Guzmán, que todavía está en duda.

Nosotros no podemos permitir que se le siga engañando a los mexicanos y que además sigamos poniendo cortinas de humo en los medios de comunicación para que pueda distraerse de la realidad que está pasando aquí en el Congreso de la Unión, en donde se están aprobando reformas al albazo, en donde se sigue atentando contra la economía familiar y contra todos los mexicanos.

Pedimos, de manera respetuosa, que podamos tener la aceptación, la comparecencia y la información antes del 20 de marzo, todo lo que respecta a Pemex, de cuáles son los criterios que se van a tomar o que va a tomar el director de Pemex, para decidir con qué se queda la paraestatal y con qué, y cuáles son los, criterios que se van a utilizar para la entrega de los recursos de todos los mexicanos, que aun así seguimos insistiendo en que como ciudadanos nos deben respeto y debemos respeto como legisladores y que sí se nos dé la oportunidad de la consulta, que nos pregunten a todos si queremos que se entregue Pemex.

Hoy nuevamente ponemos en sus manos, o está en sus manos, la Presidencia de esta sesión y queremos que se siga respetando la voz de todos los ciudadanos. No podemos permitir que cualquiera venga, con el carácter de presidente de la Mesa, y se burle de los diputados y que no nos dé la palabra. Muchísimas gracias, diputado.

El Presidente diputado José González Morfín: Diputada, la Junta de Coordinación Política formalmente ha comunicado a la Mesa que el día de mañana abordarán el tema para que podamos conocer de ello en la sesión del próximo jueves. Esto se lo comento porque es una comunicación formal de la Junta de Coordinación Política y de su presidente.



ASESINATO DEL DIRIGENTE DE MOVIMIENTO CIUDADANO EN METLATONOC, GUERRERO,ARTURO RIVERA OLIVERA

El diputado Ricardo Mejía Berdeja(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Sonido en la curul del diputado Ricardo Mejía.

El diputado Ricardo Mejía Berdeja (desde la curul): Gracias, presidente. Para reprobar y conminar a las autoridades de la Procuraduría General de Justicia del estado de Guerrero y a la Procuraduría General de la República, para que se esclarezca puntualmente y sin dilaciones el cobarde y artero asesinato del dirigente del Movimiento Ciudadano en Metlatonoc, en el estado de Guerrero, Arturo Rivera Olivera, que se suma también al asesinato de nuestra compañera dirigente social y política, Rocío Mesino, del municipio de Atoyac. Y también la desaparición del compañero Eliseo Ocampo, en el municipio de Iguala, del mismo estado de Guerrero.

Lo hacemos público porque condenamos estos hechos de violencia, que son parte de la grave descomposición política y social que impera en el país. Es cuánto.

El Presidente diputado José González Morfín: Su intervención ya quedó registrada, diputado.



FELICITACION A LA POLICIA FEDERAL

El diputado Néstor Octavio Gordillo Castillo(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Sonido en la curul del diputado Néstor Gordillo. Dígame, diputado, ¿con qué objeto?

El diputado Néstor Octavio Gordillo Castillo (desde la curul): Gracias, presidente. Nada más para felicitar más que nada, a la Policía Federal. Porque desde hace unos meses —y está pasando— que quienes llegan a Puebla y a la Ciudad de México desde el sureste en los camiones por la noche son asaltados de manera impune. Y quiero felicitarlos por la buena acción que tuvieron, al menos con mi hermano, que venía en un camión, fue baleado y tuvo que esconderse en el monte mientras llegaban los auxilios.

Así como hay elementos en duda, también quisiera agradecer a estas personas, el oficial Milton Cervantes Mendoza, al capitán Roberto Cortés, Bernardino Cococa, al inspector Arturo Beltrán Landeros y al jefe de división, Antonio Garza García, de la Policía Federal, desde acá enviarles una felicitación, y ojalá y tengamos la oportunidad —a través de la Comisión de Seguridad Pública— en algún momento de invitarlos para que esos buenos elementos que ayudan y que prestan la atención a la ciudadanía también sean reconocidos en este recinto.

Aquí yo sé que hay otros casos en algunos municipios, hay buenos elementos, yo confío en las instituciones y sobre todo que desde acá también, por mínimo que sea su actuar, que se están jugando la vida a diario; debemos también desde este recinto darles ese agradecimiento.

En este sentido, aunque fue un caso familiar el de mi hermano José Luis Gordillo Castillo, que fue balaceado en un asalto; pero sobre todo que se cuiden a todas esas personas en las carreteras que vienen con lo mínimo para tener un ingreso adicional o que vienen a apoyar a sus familias, a visitar a sus familias, por trabajo o por lo que sea, debemos tener siempre ese cuidado desde acá de que haya una buena atención.

En ese sentido esas personas se merecen mi felicitación y ojalá a través de la comisión pudiésemos invitarlos, no para darles un minuto de aplausos, sino aunque sea un aplauso, pero que se lo merecen porque también hay buenos elementos y ojalá y que las instituciones, todas ellas, se ocupen en este sentido. Muchas gracias, presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. También su intervención queda ya registrada en el Diario de los Debates.



POLICIA DE TRANSITO DEL ESTADO DE MEXICO

El diputado Raúl Gómez Ramírez(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Sonido en la curul del diputado Raúl Gómez.

El diputado Raúl Gómez Ramírez (desde la curul): Gracias, presidente. Sumarme al compañero Gordillo, ya que como lo dijo, hay muy buenos elementos y algunos que otros malos.

El día de hoy, y como ha sido en muchísimas ocasiones, entrando al Circuito Mexiquense, la autoridad estatal ve placas de otros estados y se van como verdaderos perros. Las denuncias son de mucha gente, donde argumentan que porque son de otros estados las placas los van a parar; se les olvida a ellos que para que detengan vehículos tienen que ser sospechosos o tienen que cometer alguna infracción. Se la pasan extorsionando a todos los ciudadanos que pasan por el estado de México.

Por eso hago un exhorto al gobernador Eruviel Durazo para que ponga en cintura a estas personas, porque no podemos tener esa gente como servidores públicos. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado.



FELICITACION A LA PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA, A LA MARINA, AL EJERCITO Y A LA POLICIA FEDERAL

El Presidente diputado José González Morfín: Sonido en la curul del diputado Leobardo Alcalá. Dígame, diputado.

El diputado Leobardo Alcalá Padilla(desde la curul): Muchas gracias, señor presidente. Compañeras y compañeros, sólo para hacer una reflexión en razón a los comentarios que antes se vertieron, en donde para muchos todo les parece una cortina de humo. Hoy, creo que todo mundo deberíamos de estar felicitando a la Procuraduría General de la República, a las Fuerzas Armadas, a la Marina, al Ejército, a la Policía Federal, entre otras, por la destacada actuación que han venido teniendo en los últimos días.

Por otra parte, decirle a la diputada que me antecedió en el uso de la voz, que el tema de la influenza no es una caricatura, no es un problema menor. Habrá que ir a las instituciones de salud para ver quiénes son quienes están hospitalizados. Hoy el gobierno está haciendo su mayor esfuerzo, la Secretaría de Salud federal y muchas de las Secretarías de Salud en todos los estados están haciendo lo que pueden con lo que tienen, intentando evitar que día a día haya más muertes.

Por tanto, vaya de parte de un servidor mis congratulaciones y mi reconocimiento a las Fuerzas Armadas, a la Marina, a la Policía Federal, a la Procuraduría General de la República y al esfuerzo que en lo particular está haciendo la Secretaría de Salud.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Continúe la Secretaría.



CAMBIOS EN COMISIONES ORDINARIAS Y ESPECIAL

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— LXII Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Diputado Ricardo Anaya Cortés, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le pido atentamente que se sometan a consideración del pleno de la Cámara de Diputados los siguientes movimientos, solicitados por el diputado Manuel Añorve Baños, vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional:

• Que la diputada Cristina González Cruz cause baja como integrante de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

• Que la diputada Cristina González Cruz cause alta como secretaria en la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, le reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.

Atentamente

Palacio Legislativo, México, DF, a 24 de febrero de 2014.— Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— LXII Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Diputado Ricardo Anaya Cortés, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le pido atentamente que se sometan a consideración del pleno de la Cámara de Diputados los siguientes movimientos, solicitados por el coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:

• Que el diputado Arturo Escobar y Vega cause baja como integrante de la Comisión de Defensa Nacional.

• Que el diputado Mario Francisco Guillén Guillén cause baja como integrante de la Comisión de Pesca.

• Que el diputado Mario Francisco Guillén Guillén cause alta como integrante en la Comisión de Defensa Nacional.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, reitero a usted, mi más alta y distinguida consideración.

Atentamente

Palacio Legislativo, México, DF, a 24 de febrero de 2014.— Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— LXII Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Diputado Ricardo Anaya Cortés, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le pido atentamente que se sometan a consideración del pleno de la Cámara de Diputados los siguientes movimientos, solicitados por el coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:

• Que la diputada Bárbara Gabriela Romo Fonseca cause baja como integrante de la Comisión de Recursos Hidráulicos.

• Que la diputada Bárbara Gabriela Romo Fonseca cause alta como integrante en la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

• Que la diputada Bárbara Gabriela Romo Fonseca cause alta como integrante en la Comisión Especial de ciudades patrimonio de la humanidad.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, reitero a usted, mi más alta y distinguida consideración.

Atentamente

Palacio Legislativo, México, DF, a 25 de febrero de 2014.— Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente.»

El Presidente diputado José González Morfín: Aprobadas. Comuníquense.



RETIRO DE INICIATIVAS

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— LXII Legislatura.— Cámara de Diputados.

Diputado Ricardo Anaya Cortes, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Con fundamento en el artículo 77 numeral 2 del Reglamento de esta Cámara de Diputados, y por así convenir a la suscrita, vengo a ejercer mi derecho a retirar las iniciativas que presenté y que se publicaron en la Gaceta Parlamentaria de esta Cámara de Diputados los días 15 y 24 de octubre de 2013, con los rubros:

“Que reforma los artículos 10 y 28 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, a cargo de la diputada Rocío Adriana Abreu Artiñano, del Grupo Parlamentario del PRI.”

“Que reforma el capítulo quinto y el artículo 21 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Rocío Adriana Abreu Artiñano, del Grupo Parlamentario del PRI.”

Por lo expuesto, respetuosamente pido que se tenga por retiradas las iniciativas antes citadas, para todos los efectos parlamentarios a que haya lugar.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de febrero de 2014.— Diputada Rocío Adriana Abreu Artiñano (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— LXII Legislatura.— Cámara de Diputados.

Diputado Ricardo Anaya Cortés, Presidente de la Cámara de Diputados.

Que con fundamento en el artículo 77, numeral 2, le solicito atentamente que sea retirada la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 93 de la Ley General de Sociedades Cooperativas, publicada en la Gaceta Parlamentaria, número 3924-XI, el martes 10 de diciembre de 2013.

Le reitero las seguridades de mi consideración distinguida.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de febrero de 2014.— Diputado Luis Olvera Correa (rúbrica).»

«Diputado Ricardo Anaya Cortes, Presidente de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados LXII Legislatura.— Presente.

Por este conducto, le solicito de la manera más atenta y respetuosa sea retirada mi iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Competencia, enlistada en el orden del día y turnada a comisiones el 18 de febrero de 2014.

Sin toro asunto en particular, le expreso mi más sincero reconocimiento y le envío un cordial saludo.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de febrero de 2014.— Diputada Purificación Carpinteyro Calderón (rúbrica).»

El Presidente diputado José González Morfín: Se tienen por retiradas. Actualícense los registros parlamentarios.



EROGACIONES PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDIGENAS

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— LXII Legislatura.— Cámara de Diputados.— Comisión de Asuntos Indígenas.

Diputado Ricardo Anaya Cortes, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Por este conducto y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 26, fracción VI, segundo párrafo, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014, se remite en tiempo y forma para conocimiento, el acuerdo de la junta directiva de la Comisión de Asuntos Indígenas por el que se integra el grupo de trabajo encargado de dar seguimiento y evaluar el ejercicio del presupuesto comprendido en el Anexo 9 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014, denominado “Erogaciones para el Desarrollo Integral de los Pueblos y Comunidades Indígenas”, lo anterior con fundamento en los artículos 149, numeral 1, fracción III, 153 y 154 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

Sin otro particular, reitero a usted la seguridad de mi atenta consideración.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2014.— Diputada Eufrosina Cruz Mendoza (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— LXII Legislatura.— Cámara de Diputados.

Integración del Grupo de Trabajo de la Comisión de Asuntos Indígenas encargado de dar seguimiento y evaluar el ejercicio del presupuesto comprendido en el Anexo 9 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014, denominado Erogaciones para el Desarrollo Integral de los Pueblos y Comunidades Indígenas.

A las 12:30 horas del 11 de febrero del 2014, en el marco de la decimoctava reunión ordinaria de la junta directiva de la Comisión de Asuntos Indígenas, la presidenta de la comisión sometió a consideración de los integrantes de la misma el acuerdo por el cual se crea e integra el Grupo de Trabajo encargado de dar seguimiento y evaluar el ejercicio del presupuesto comprendido en el Anexo 9 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014 (PEF de 2014), denominado Erogaciones para el Desarrollo Integral de los Pueblos y Comunidades Indígenas, lo anterior con fundamento en los artículos 149, numeral 1, fracción III, 153 y 154, del Reglamento de la Cámara de Diputados, así también, con base en el artículo 26, fracción VI, segundo párrafo del PEF de 2014.

El acuerdo de la junta directiva por el que se crea e integra el grupo de trabajo, propone que el grupo de trabajo se conforme por los once diputados integrantes de la junta directiva, cumpliendo con ello con lo dispuesto en el artículo 153, numeral 1, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, que mandata que los grupos de trabajo que se conformen, procurarán representar la pluralidad de los grupos parlamentarios que convergen en esta Comisión de Asuntos Indígenas.

El Grupo de Trabajo estará conformado por los siguientes diputados y diputadas:

Eufrosina Cruz Mendoza (rúbrica), presidenta; Josefina García Hernández, Samuel Gurrión Matías, Luis Gómez Gómez (rúbrica), Pedro Gómez Gómez (rúbrica), Fernando Zamora Morales (rúbrica), Margarita Licea González (rúbrica), Vicario Portillo Martínez (rúbrica), Amílcar Augusto Villafuerte Trujillo (rúbrica), Carlos de Jesús Alejandro (rúbrica), Juan Luis Martínez Martínez (rúbrica), secretarios.»

El Presidente diputado José González Morfín: De enterado. Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.



CENTENARIO DEL NATALICIO DE OCTAVIO PAZ

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 62-II-2-956 signado por el diputado José González Morfín, entonces vicepresidente de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número UR 120 UCE/CECU/0146/14 suscrito por el licenciado Adrián Guerra Yáñez, coordinador de enlace con el honorable Congreso de la Unión de la Secretaría de Educación Pública, así como el anexo que en él se menciona, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a considerar o en su caso, ampliar la información de la vida y obra de Octavio Paz en los libros de texto gratuitos, en conmemoración al centenario de su natalicio.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

México, DF, a 21 de febrero de 2014.— Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Educación Pública.

Licenciado Felipe Solís Acero, subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

Me refiero al oficio número SEL/300/1779/13, a través del cual la Subsecretaría de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos de la Secretaría de Gobernación, hizo del conocimiento el punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, relacionado con el exhorto para que en los libros de texto gratuitos se considere acerca de la vida y obra de Octavio Paz.

En virtud de lo anterior, me permito remitir a usted copia del oficio número SEB/UR300/CAS/030/2014 suscrito por el maestro Uladimir Valdez Pereznuñez, coordinador de asesores de la Subsecretaría de Educación Básica a través del cual adjunta los comentarios emitidos por la Dirección General de Desarrollo Curricular.

Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

México, DF, a 17 de febrero de 2014.— Licenciado Adrián Guerra Yáñez (rúbrica), coordinador de Enlace.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Educación Pública.

Licenciado Adrián Guerra Yáñez, coordinador de Enlace con el Congreso de la Unión de la Unidad de Coordinación Ejecutiva.— Presente.

En atención al oficio UR 120 UCE/CECU/0734/13 se envían los comentarios, mediante oficio DGDC/037/2014 de la Dirección General de Desarrollo Curricular, debidamente rubricados, relativo al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en el que exhorta a 1a Secretaría de Educación Pública para que a través de la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos, se considere o en su caso, se amplíe la información de la vida y obra de Octavio Paz en conmemoración al centenario de su natalicio.

Aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

México, DF, a 12 de febrero de 2014.— Maestro Uladimir Valdez Pereznuñez (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Educación Pública.

Maestro Uladimir Valdez Pereznuñez, coordinador de asesores, SEP.— Presente.

En atención al volante de correspondencia número 1302982-01, relativo al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados mediante el que exhorta a la Secretaría de Educación Pública para que a través de la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos, se considere o en su caso, se amplié la información de la vida y obra de Octavio Paz en conmemoración al centenario de su natalicio, le comento lo siguiente:

En los programas de estudio de la asignatura de historia, se plantea el trabajo con un enfoque formativo, que pretende propiciar en los alumnos el interés por el estudio del pasado para encontrar respuestas al presente y entender cómo las sociedades actúan ante distintas circunstancias a partir de una historia, que reconoce tanto la participación de la gente del pueblo y de personajes que, como Octavio Paz, han transformado a la sociedad y son orgullo del patrimonio cultural e intelectual de nuestro país.

Con esta visión, el estudio del contexto histórico en que se desenvolvió la vida y obra de Octavio Paz se encuentra en el programa de historia de quinto grado de educación primaria, en los siguientes bloques:

• Bloque IV. De los caudillos a las instituciones (1920-1982) en el contenido: La cultura y los medios de comunicación: Literatura, pintura, cine, radio, televisión y deporte.

• Bloque V. México al final del siglo XX y los albores del XXI, con el contenido: Las expresiones culturales.

Los cuales son referentes para considerar e incorporar mayor información de la vida y obra de Octavio Paz en las próximas ediciones de libros de texto gratuitos.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

México, DF, a 6 de febrero de 2014.— Maestro Hugo Balbuena Corro (rúbrica), director general de Desarrollo Curricular.»

El Presidente diputado José González Morfín: Se remite a la Comisión de Cultura y Cinematografía, para su conocimiento.



DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 26 DE DICIEMBRE DE 2013, MEDIANTE EL CUAL SE OTORGAN BENEFICIOS Y FACILIDADES FISCALES AL SECTOR PRIVADO

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número DGPL 62-II-5-1331, signado por la senadora Lisbeth Hernández Lecona, entonces vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número 100.-III.-038/2014, suscrito por el licenciado Flavio Varela Pineda, titular de la Unidad de Enlace de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como el anexo que en el mismo se menciona, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a desglosar y hacer del conocimiento público el cálculo del impacto a las finanzas públicas derivado del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2013, mediante el cual se otorgan beneficios y facilidades fiscales al sector privado.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

México, DF, a 19 de febrero de 2014.— Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Licenciado Felipe Solís Acero, subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

En relación al oficio número SELAP/300/046/14, le remito a usted para su conocimiento, el oficio número 307-A-0391, que hace llegar al suscrito el ciudadano Isaac Gamboa Lozano, titular de la Unidad de Política y Control Presupuestal, de la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dando respuesta al punto de acuerdo aprobado por el pleno de la Comisión Permanente del honorable Congreso de 1a Unión, en sesión celebrada el 15 de enero del actual, mediante el cual se “exhorta al Ejecutivo federal a que, por medio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, desglose y haga del conocimiento público el cálculo del impacto a las finanzas públicas derivado del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2013, mediante el cual se otorgan beneficios y facilidades al sector privado”.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

México, Distrito Federal, a 18 de febrero de 2014.— Licenciado Flavio Varela Pineda (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Licenciado Flavio Varela Pineda, jefe de la Unidad de Apoyo Técnico.— Presente.

Hago referencia al oficio número SELAP/300/046/14, emitido por la Subsecretaría de enlace Legislativo y acuerdos Políticos de la Secretaría de Gobernación, mediante el cual remite el similar número DGPL62-II-5-1331, de la senadora Lisbeth Hernández Lecona, vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con el que comunica el acuerdo que a continuación se describe:

Primero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo federal, a que por medio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, desglose y haga del conocimiento público el cálculo del impacto a las finanzas públicas derivado del decreto publicado en el diario Oficial de federación el 26 de diciembre de 2013, mediante el cual se otorgan beneficios y facilidades fiscales al sector privado.

Segundo.De igual manera, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo federal, a que detalle las modificaciones que como consecuencia de dicho Decreto tendrán las metas al déficit aprobado, la composición de los ingresos públicos o, en su caso, los ajustes al presupuesto aprobado como gasto de inversión así como en los programas de las dependencias.

Sobre el particular, con fundamento en los artículos 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3, primero párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH); 1, segundo párrafo, el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014 (DPEF 2014); y 62 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y considerando únicamente las facultades de esta Unidad en materia presupuestaria, le solicito atentamente tenga a bien comunicar, a quien corresponda, lo siguiente:

1. El decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa (Decreto), publicado el 26 de diciembre de 2013 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), contiene disposiciones en materia tributaria que buscan propiciar condiciones favorables para el desarrollo de la actividad económica, así como para el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

2. En particular, el decreto establece las medidas para el otorgamiento de estímulos fiscales vinculados al impuesto sobre la renta; el impuesto al valor agregado; el impuesto especial sobre producción y servicios; y el pago de derechos, que se regulan por las leyes específicas, así como medidas para la presentación de las declaraciones de los contribuyentes en los términos de lo previsto en el Código Fiscal de la Federación.

3. Las disposiciones contenidas en el decreto, así como su impacto en las finanzas públicas, son congruentes con el escenario macroeconómico resultante del paquete económico aprobado para 2014, es decir, por el Congreso de la Unión, en el caso de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014 (LIF 2014), publicado en DOF el 20 de noviembre de 2013, y por la Cámara de Diputados, en el caso del DPEF 2014, publicado en DOF el 3 de diciembre de 2013.

Por tanto, el detalle del impacto de la aplicación de las medidas contenidas en el decreto equivale a los montos de ingresos previstos en el artículo 1 de la LIF 2014, incluidos aquellos derivados de financiamientos. Se retira la LIF 2014, que es congruente con las disposiciones del decreto, fue aprobada por el Congreso de la Unión, a través de las Cámaras de Senadores y de Diputados.

4. En este contexto, no se prevén modificaciones a la meta de déficit público, en virtud de que la estimación de ingresos no sufre alteraciones por la entrada en vigor del decreto, ni tampoco se generan, modificaciones, por esta razón, al presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados, en cualquiera de sus componentes, es decir, el gasto de inversión o los programas presupuestarios a cargo de las dependencias y entidades, entre otros.

5. Lo anterior, sin menoscabo de la opinión que, en su caso y conforme al ámbito de sus atribuciones, emita la Unidad de Planeación Económica de la Hacienda Pública de la SHCP, responsable de la integración de escenarios macroeconómicos y de finanzas públicas.

Sin otro particular, le envío un cordial saludo.

Atentamente

México, DF, a 13 de febrero de 2014.— Alfonso Isaac Gamboa Lozano (rúbrica), titular de la Unidad de Política y Control Presupuestario.»

El Presidente diputado José González Morfín: Se remite al promovente, para su conocimiento.



MEDIDAS NECESARIAS PARA PREVENIR TODO TIPO DE ACCIDENTES ENTRE LAS NIÑAS Y LOS NIÑOS QUE HABITAN EN LAS 31 ENTIDADES Y EL DISTRITO FEDERAL

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 62-II-3-1299 signado por el senador Fernando Herrera Ávila, entonces vicepresidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 170/UCVPS/DGAVS/109/2014 suscrito por el licenciado Rodrigo Reina Liceaga, titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social de la Secretaría de Salud, así como el anexo que en el mismo se menciona, mediante los cuales responden el punto de acuerdo relativo a difundir ante la opinión pública las medidas necesarias para prevenir todo tipo de accidentes entre las niñas y los niños que habitan en las 31 entidades y el Distrito Federal.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

México, DF, a 19 de febrero de 2014.— Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica), encargado del Despacho de la Unidad de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Salud.

Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

Me refiero al oficio número SELAP/UEL/311/084/14, suscrito por el maestro Valentín Martínez Garza, encargado del Despacho de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación, mediante el cual informa que en sesión de fecha 22 de enero, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, aprobó el punto de acuerdo que a continuación se transcribe:

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Educación Pública, al titular del Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, y a sus homólogos de los estados del país, a fin de que difundan ante la opinión pública las medidas necesarias para prevenir todo tipo de accidentes entre las niñas y los niños que habitan en las 31 entidades federativas y el Distrito Federal.

Al respecto, me permito acompañar oficio número SPPS-CAS-0743-2014 suscrito por el doctor Miguel Ángel Lutzow Steiner, coordinador de asesores de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud.

Con base en lo anterior he de agradecer su amable intervención a efecto de remitir esta información al órgano legislativo para su desahogo.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

México, DF, a 17 de febrero de 2014.— Licenciado Rodrigo Reina Liceaga (rúbrica), titular de la Unidad.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Salud.

Licenciado Rodrigo Reina Liceaga, titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social.— Presente.

Por instrucciones del doctor Pablo Kuri Morales, subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, me permito enviarle en documento anexo, la respuesta a su oficio 170/UCVPS/DGAVS/66/2014, el cual hace referencia al oficio SEL/UEL/311/084/14, suscrito por el maestro Valentín Martínez Garza, encargado del Despacho de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación, mediante el cual informa que en sesión de fecha 22 de enero, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, aprobó el punto de acuerdo que a continuación se transcribe:

Único.La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Educación Pública, al titular del Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes ya sus homólogos de los estados del país, a fin de que difundan ante la opinión pública las medidas necesarias para prevenir todo tipo de accidentes entre las niñas y los niños que habitan en las 31 entidades federativas y el Distrito Federal.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

México, DF, a 12 de febrero de 2014.— Doctor Miguel Ángel Lutzow Steiner (rúbrica), coordinador de Asesores de la Subsecretaria de Prevención y Promoción de la Salud.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Salud.

Doctor Pablo Kuri Morales, subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud.— Presente.

Me refiero al oficio número SEL/UEL/311/084/14, suscrito por el maestro Valentín Martínez Garza, encargado del Despacho de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación, mediante el cual informa que en sesión de fecha 22 de enero, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, aprobó el punto de acuerdo que a continuación se transcribe:

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Educación Pública, al titular del Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes y a sus homólogos de los estados del país, a fin de que difundan ante la opinión pública las medidas necesarias para prevenir todo tipo de accidentes entre las niñas y los niños que habitan en las 31 entidades federativas y el Distrito Federal.

Con base en lo anterior, he de agradecer su valiosa intervención a fin de contar con la información que permita solventar el punto de acuerdo citado, de manera urgente.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

México, DF, a 4 de febrero de 2014.— Licenciado Rodrigo Reina Liceaga (rúbrica), titular de la Unidad.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Salud.

Doctor Miguel Ángel Lutzow Steiner, coordinador de Asesores de la Subsecretaria de Prevención y Promoción de la Salud.— Presente.

Con referencia al escrito remitido por la Coordinación de Asesores de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud con folio SPPS-CAS-0561-2014, fechado el 6 de febrero de 2014, en relación al exhorto que dirige la Comisión Permanente del Congreso de la Unión a esta unidad administrativa, a través del encargado de Despacho de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación sobre el punto de acuerdo que se transcribe:

Único.La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Educación Pública, al titular del Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes y a sus homólogos de los estados del país, a fin de que difundan ante la opinión pública las medidas necesarias para prevenir todo tipo de accidentes entre las niñas y los niños que habitan en las 31 entidades federativas y del Distrito Federal.”

Se responde lo siguiente:

El Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, es un órgano intersecretarial e intersectorial que conjunta a las Secretarías de Salud, de Hacienda y Crédito Público, de Comunicaciones y Transportes, y de Trabajo y Previsión Social; además de la Procuraduría General de la República, Instituto Mexicano del Seguro Social; el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, desde cuyo seno se disponen las acciones y lineamientos a seguir en materia de prevención de accidentes los cuales corresponderá al secretariado técnico ejecutar y coordinar con las entidades federativas y los órganos de 1a administración pública federal.

El consejo se mandata en 1984 por disposición contenida en el artículo 163 de la Ley General de Salud. El mismo artículo señala cinco acciones generales que realizará el Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes (Conapra). Con la formalización de dicho mandato a partir del decreto del 20 de marzo de 1987, publicado en el Diario Oficial de la Federación, las acciones específicas se difunden a través de las atribuciones que el consejo tendrá para su cumplimiento. De dicho decreto deriva el Reglamento Interior del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes con el que además se asignan funciones propias del secretariado técnico (ST Conapra) creado también por el decreto.

En orden con lo anterior, el inciso I del artículo 35 Bis 2 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, adscribe al ST Conapra a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud. Ésta última define las políticas y criterios bajo los que se regirán las unidades administrativas a su cargo, y evalúa su desempeño y cuenta1a competencia para promover los mecanismos para el fomento de la participación de la sociedad civil y, en general, de la comunidad, así como de los sectores público, privado y social y de las dependencias y entidades federales de las entidades federativas en las acciones de prevención, promoción de la salud y control de accidentes.

Por lo que en el cumplimiento del exhorto que esta honorable soberanía nos dirige, haciendo efectivas las acciones definidas en los numerales VIII y IX del artículo 35 BIS 2 -que establece las atribuciones propias del ST Conapra, de definir los contenidos educativos y participar en el diseño, producción y difusión de materiales impresos y audiovisuales para la prevención de accidentes, en coordinación con las unidades administrativas competentes y con la colaboración de los sectores públicos, social y privado, así como fortalecer el diseño, la producción y difusión de dichos materiales en las entidades federativas, acciones que durante cada ejercicio se vienen realizando y promoviendo en las entidades federativas, acciones que durante cada ejercicio se vienen realizando y promoviendo en las entidades federativas –primordialmente en las temporadas que la información estadística exhibe con mayor siniestralidad.

En razón de lo anterior, se acuerda lo siguiente:

1. El ST Conapra preparará un programa de acciones tendientes a difundir, ante la opinión pública, medidas necesarias para prevenir todo tipo de accidentes entre las niñas y los niños en el país, que someterá a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud para su aprobación.

2. Se considerará, en la planeación del programa mencionado, que las acciones se realicen de forma coordinada con el Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, en atención a la facultad dada por las fracciones III, IX y X del Reglamento Interno de la Secretaría de Salud y se concertarán con éste la ejecución de dichos programas.

3. Atendiendo a las instancias correspondientes, el ST Conapra asume la proposición de contenidos técnicos en materia de prevención de accidentes dirigidos a los planes de estudio de la educación básica, para desarrollarlos conjuntamente con la Secretaría de Educación Pública.

En espera de dar por satisfecho el requerimiento que se nos hace, reciba un cordial saludo.

Atentamente

México, DF, a 11 de febrero de 2014.— Licenciado Hugo Barrera Muciño (rúbrica), encargado de Despacho de la Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes.»

El Presidente diputado José González Morfín: Se remite al promovente, para su conocimiento.



CONSULTA DEL PUEBLO QUILIHUA, DE BAJA CALIFORNIA

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 62-II-6-1199, signado por el senador Fernando Herrera Ávila, entonces vicepresidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número 100.DGVE.023/14, suscrito por la maestra Sharon M.T. Cuenca Ayala, directora general de Vinculación y Enlace de la Secretaría de Energía, así como el anexo que en el mismo .se menciona, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a informar sobre la certeza jurídica al derecho humano a la información amplia y certera respecto a la administración de su territorio, así como clarificación a la metodología de la consulta del pueblo Quilihua, de Baja California, bajo el principio de consentimiento libre, previo e informado de los pueblos y comunidades indígenas, establecido en el principio pro-persona y de convencionalidad establecido en el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

México, DF, a 21 de febrero de 2014.— Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Energía.

Licenciado Felipe Solís Acero, subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

Me refiero al oficio SELAP/UEL/311/112/14, que contiene punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente, mediante el cual solicita:

Primero.La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal a través de la Secretaría de energía, y a la Comisión Reguladora de Energía, para que dentro de las atribuciones establecidas en la Ley para el Aprovechamiento de energía Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética, de certeza jurídica al derecho humano a la información amplia y certera respecto a la administración de su territorio, así como clarificación a la metodología de la consulta del pueblo Quilihua de Baja California, bajo el principio de consentimiento libre, previo e informado de los pueblos y comunidades indígenas, establecido en el principio pro-persona y de convencionalidad establecido en el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Segundo.La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las instancias responsables de la consulta de la que se hace mención, una vez realizada se entregue un reporte a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

Sobre el particular, adjunto al presente sírvase encontrar oficio que remite la Subsecretaría de Electricidad.

Sin otro particular, envío a usted un cordial saludo.

Atentamente

México, DF, a 20 de febrero de 2014.— Maestra Sharon M.T. Cuenca Ayala (rúbrica), directora general de Vinculación y Enlace.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Energía.

Maestra Sharon Cuenca Ayala, Directora General de Vinculación y Enlace.— Presente.

Por este medio hago referencia a su comunicación 100.DGVE.012/14, de fecha 4 de febrero de 2014, en la que tiene a bien remitir a esta Subsecretaría un punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente, mediante el cual:

Primero.La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal a través de la Secretaría de energía, y a la Comisión Reguladora de Energía, para que dentro de las atribuciones establecidas en la Ley para el Aprovechamiento de energía Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética, de certeza jurídica al derecho humano a la información amplia y certera respecto a la administración de su territorio, así como clarificación a la metodología de la consulta del pueblo Quilihua de Baja California, bajo el principio de consentimiento libre, previo e informado de los pueblos y comunidades indígenas, establecido en el principio pro-persona y de convencionalidad establecido en el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Segundo.La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las instancias responsables de la consulta de la que se hace mención, una vez realizada se entregue un reporte a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

Sobre el particular, me permito informar a usted que la Subsecretaría de Electricidad realiza, en el marco de sus atribuciones, acciones de coordinación interinstitucional con la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, para analizar el caso correspondiente al pueblo Quilihua, a fin de determinar la procedencia de un proceso de consulta previa, libre e informada al amparo del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo.

Al agradecerle su atención, aprovecho la ocasión para reiterar a usted las seguridades de mi distinguida consideración.

Atentamente

México, DF, a 17 de febrero de 2014.— Doctor César Emiliano Hernández Ochoa (rúbrica), subsecretario de Enlace.»

El Presidente diputado José González Morfín: Se remite al promovente, para su conocimiento.



CUESTA DE ENERO

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 62-II-6-1179, signado por la senadora Lisbeth Hernández Lecona, entonces vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 100.2014.DGVP.116, suscrito por el maestro Mario Emilio Gutiérrez Caballero, director general de Vinculación Política de la Secretaría de Economía, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a evitar la especulación en el alza de los precios de los productos y servicios, especialmente durante el primer trimestre del año 2014 y a fin de combatir la llamada “cuesta de enero”, así como a reforzar sus acciones contra la publicidad errónea y engañosa, cuando ésta busque disfrazar ,o exagerar cualidades de cualquier producto o servicio.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

México, DF, a 21 de febrero de 2014.— Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Economía.

Licenciado Felipe Solís Acero, subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

En seguimiento al oficio DGPL 62-II-6-1181 expediente 228, con fecha 22 de enero de 2014 por el que la senadora Lisbeth Hernández Lecona, vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión comunicó a la Procuraduría Federal del Consumidor punto de acuerdo aprobado el mismo día relativo a los siguientes resolutivos:

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las dependencias del gobierno federal correspondientes a que en el ámbito de sus atribuciones desarrollen acciones encaminadas a evitar la especulación en el alza de los productos y servicios, especialmente durante el primer trimestre del año 2014 y con el fin de combatir la llamada “cuesta de enero”.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta al secretario del Trabajo y Previsión Social, Alfonso Navarrete Prida, y a los integrantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos a revisar el incremento del salario mínimo de manera proporcional a la inflación observada a partir de la entrada en vigor de las nuevas disposiciones de la reforma fiscal para el ejercicio fiscal de 2014.

Tercero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión solicita al titular de la Procuraduría Federal del Consumidor a que refuerce sus acciones contra la publicidad errónea y engañosa, cuando ésta busque disfrazar o exagerar cualidades de cualquier producto o servicio.

Cuarto. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo federal, al Poder Legislativo y Poder Judicial dar cumplimiento a los compromisos de austeridad, así como de la implementación de medidas y programas con el objeto de garantizar un gasto de mayor eficiencia y transparencia en el ejercicio de la función pública, que establece las nuevas disposiciones de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría.

Al respecto me permito hacer respetuosamente de su conocimiento que la Procuraduría Federal de Consumidor (Profeco) a través de la Dirección General de Procedimientos de la Subprocuraduría de Servicios realiza acciones permanentes para proteger y defender a los consumidores en contra de la información o publicidad engañosa, las cuales consisten en lo siguiente:

• Monitoreo y análisis de la publicidad difundida en diversos medios de comunicación

Los proveedores se valen de estrategias diseñadas para que, al momento de decidir su compra, el consumidor se incline por su producto o servicio.

Por ello, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 32 cuarto párrafo de la LFPC, la Profeco realiza el monitoreo, análisis y verificación de la información y publicidad difundida en diversos medios de comunicación (por ejemplo televisión, radio, internet e impresos), a fin de evitar que se induzca a error o confusión al consumidor; además recibe y analiza denuncias que presentan los consumidores, con la finalidad de hacer un análisis de la publicidad que pueda ser lesiva de los derechos a los consumidores que señala la ley.

• Orden para modificar, corregir o suspender la publicidad

Con fundamento en el artículo 35 de la LFPC, la Profeco podrá ordenar al proveedor, o en su caso al medio que la difunda, que suspenda la información o publicidad que viole las disposiciones de la Ley. Por otra parte, también la Profeco podrá ordenar que se corrija la información o publicidad, en la forma en que se estime suficiente, a fin de que se cumpla con lo establecido en la Ley de referencia.

Requerimientos de información o documentación

De conformidad a lo establecido por el artículo 24, fracción XX, de la LFPC, la Profeco está facultada para requerir a los proveedores a que tomen medidas adecuadas para combatir, detener, modificar o evitar todo género de prácticas que lesionen los intereses de los consumidores, en este sentido, se requerirá al proveedor para que presente la información o los documentos que acrediten la veracidad de la información contenida en la pieza publicitaria.

Procedimientos por infracciones a la ley

La Profeco instaura procedimientos por infracciones a la LFPC originados por información o publicidad engañosa o abusiva. Dichos procedimientos podrán ser iniciados por la Profeco de oficio (derivado de un monitoreo) o bien, por denuncia.

• Aplicación de medidas precautorias

De conformidad a lo establecido en el artículo 25 Bis de la LFPC, cuando se violen disposiciones de dicha ley por diversas conductas o prácticas comerciales abusivas, tales corno la publicidad o información engañosa, esta Procuraduría puede aplicar, entre, otras, las siguientes medidas precautorias:

•Ordenar la suspensión de información o publicidad (artículo 25 Bis, fracción VI, de la LFPC).

•.Ordenar que en la publicidad o información que se difunda, se indique que la veracidad de la misma no ha sido comprobada ante la Profeco (artículo 35 último párrafo de la LFPC).

Aplicación de medidas de apremio

De conformidad a lo establecido en el artículo 25 de la LFPC, la Profeco para el desempeño que le atribuye la ley de la materia, podrá aplicar, entre otras, las siguientes medidas de apremio:

•Apercibimiento;

• Multa mínima de 222.16 y hasta 22 mil 216.42 pesos;

• En caso de que persista la infracción podrán imponerse nuevas multas por cada día que transcurra sin que se obedezca el mandato respectivo, hasta por 8,886.57 pesos; y el auxilio de la fuerza pública.

Sanciones

Con fundamento en el artículo 125 de la LFPC, la Profeco se encuentra facultada para sancionar las infracciones a la ley citada, por tal motivo, en materia de información o publicidad engañosa o abusiva, aplica las siguientes sanciones:

Económicas

• La infracción al artículo 32 de la LFPC se sancionará con multa mínima de 222.16 y hasta 710 mil 925.72 pesos (artículo 126 de la LFPC).

• En casos particularmente graves, la Profeco podrá sancionar con clausura total o parcial, la cual podrá ser hasta de noventa días y con multa de 133 mil 298.57 a 3 millones 732 mil 360.02 pesos; o bien, una multa de hasta un 10 por ciento de los ingresos brutos anuales del infractor obtenidos por la comercialización del bien o los bienes, productos o servicios contenidos en la publicidad respectiva, correspondiente al último ejercicio fiscal en que se haya cometido la infracción, en caso de reincidencia (artículo 128 Bis de la LFPC).

Clausuras

Las infracciones en materia de información o publicidad engañosa o abusiva, que se consideren particularmente graves, de conformidad al artículo 128 Ter de la LFPC, se sancionarán con clausura total o parcial, la cual podrá ser de hasta noventa días.

Arresto Administrativo

Para el caso de reincidencia, se podrá ordenar hasta por treinta y seis horas de arresto.

En este sentido, la Profeco protege y defiende a los consumidores en contra de la información o publicidad engañosa; por tal motivo, se les informa que pueden presentar las denuncias que correspondan las cuales se reciben los 365 días del año, las 24 horas, por los siguientes medios:

a) Vía telefónica al 55688722 en el Distrito Federal o zona metropolitana, y el número 01 800468 8722 larga distancia sin costo en el resto del país o bien, a través del micrositio del Teléfono del consumidor www.telefonodelconsumidor.gob.mx

b) Vía electrónica a

denunciasprofeco@profcco.gob.mx

En caso de que la Profeco detecte que algún proveedor de bienes o servicios cometa violaciones a la LFPC, se actuará con base en el marco jurídico aplicable, para proteger los derechos de los consumidores e imponer las sanciones económicas correspondientes.

Por lo anterior, y con fundamento en los artículos 27 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la fracción II del artículo 48 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, así como el acuerdo por el que se emiten los lineamientos para la conducción y coordinación de las relaciones del Poder Ejecutivo federal con el Poder Legislativo de la Unión, publicado el l de octubre de 2003 en el Diario Oficial de la Federación, se solicita atentamente hacer del conocimiento del honorable Congreso de la Unión la información contenida en el presente, en la forma que usted estime conveniente.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un saludo cordial.

Atentamente

México, DF, a 19 de febrero de 2014.— Maestro Mario Emilio Gutiérrez Caballero (rúbrica), director general de Vinculación Política.»

El Presidente diputado José González Morfín: Se remite al promovente, para su conocimiento.



PROGRAMA DE APOYO A LA ZONA FRONTERIZA

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 62-II-4-1210 signado por la senadora Lisbeth Hernández Lecona, entonces vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 100.2014. DGVP.109 suscrito por el maestro Mario Emilio Gutiérrez Caballero, director general de Vinculación Política de la Secretaría de Economía, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a que se expida el Programa Regional de Desarrollo del Norte, considerando el impacto económico y social del incremento del impuesto al valor agregado en la región y franja fronteriza, así como vigilar que los comerciantes no abusen en la franja fronteriza, incrementando precios de manera indebida e injustificada, e implemente, a la brevedad, las medidas y acciones contenidas en el denominado Programa de Apoyo a la Zona Fronteriza, a fin de mitigar el impacto al valor agregado en la región y franja fronteriza.

México, DF, a 21 de febrero de 2014.— Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Economía.

Licenciado Felipe Solís Acero, subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

En seguimiento a su atento oficio SELAP/300/044/14 con fecha 15 de enero de 2014 por el que comunica punto de acuerdo aprobado el mismo día relativo a los siguientes resolutivos:

Primero. La Comisión Permanente en el hábito de colaboración entre poderes, exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal a que expida, a la brevedad, el Programa Regional de Desarrollo del Norte, considerando el impacto económico y social del incremento del impuesto al valor agregado en la región y franja fronteriza.

Segundo. La Comisión Permanente en el ámbito de colaboración entre poderes, exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal, a que a través de las dependencias competentes, vigile que los comerciantes no abusen en la franja fronteriza, incrementando precios de manera indebida e injustificada, e implemente, a la brevedad, las medidas y acciones contenidas en el denominado Programa de Apoyo a la Zona Fronteriza, a fin de mitigar el impacto económico y social del incremento del impuesto al valor agregado en la región y franja fronteriza. Asimismo, se solicita respetuosamente a las secretarías competentes, a que remitan a esta soberanía, un informe sobre los avances y resultados del programa de Apoyo a la Zona Fronteriza.

Tercero...

Al respecto me permito hacer respetuosamente de su conocimiento que la Procuraduría Federal de Consumidor (Profeco) con fundamento en lo dispuesto por los artículos 20 y 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), es un organismo descentralizado de servicio social, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene funciones de autoridad administrativa, encargada de promover y proteger los derechos e intereses del consumidor, así como procurar la equidad y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del mismo ordenamiento, entre los principios básicos en las relaciones de consumo, se encuentran los siguientes:

(i) La educación y divulgación sobre el consumo adecuado de los productos y servicios, que garanticen la libertad para escoger;

(ii) La información adecuada y clara sobre los diferentes productos y servicios, con especificación correcta de cantidad, características, composición, calidad y precio, así como los riesgos que representen;

(iii) La protección contra la publicidad engañosa y abusiva, métodos comerciales coercitivos y desleales, así como prácticas y cláusulas abusivas o impuestas en el abastecimiento de productos y servidos;

(iv) El respeto a los derechos y obligaciones derivados de las relaciones de consumo y las medidas que garanticen su efectividad y cumplimiento; y

(v) La libertad de constituir grupos u otras organizaciones de consumidores que, sin contravenir las disposiciones de la ley, sean garantes de los derechos del consumidor.

Por lo anterior, la Profeco realiza las acciones necesarias para promover y proteger los derechos de los consumidores en sus relaciones de consumo.

Asimismo, se manifiesta que como parte de sus atribuciones, la Profeco, por conducto de la Subprocuraduría de Verificación, realiza acciones de verificación para proteger los derechos de los consumidores.

Dichas verificaciones tienen su fundamento en lo dispuesto por fracciones XIII, XIV y XIV Bis del artículo 24 de la LFPC, que establecen lo siguiente:

Artículo 24. La procuraduría tiene las siguientes atribuciones:

...

XIII. Vigilar y verificar el cumplimiento de las disposiciones en materia de precios y tarifas establecidos o registrados por la autoridad competente y coordinarse con otras autoridades legalmente facultadas para inspeccionar precios para lograr la eficaz protección de los intereses del consumidor y, a la vez evitar duplicación de funciones;

XIV. Vigilar y verificar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en esta ley y, en el ámbito de su competencia, las de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, así como de las normas oficiales mexicanas y demás disposiciones aplicables y, en su caso, determinar los criterios para la verificación de su cumplimiento;

XIV Bis. Verificar que las pesas, medidas y los instrumentos de medición que se utilicen en transacciones comerciales, industriales o de servicios sean adecuados y, en su caso, realizar el ajuste de los instrumentos de medición en términos de lo dispuesto en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización;

Por lo que hace al punto de acuerdo de mérito y en atención al programa de Apoyo a la Zona Fronteriza, la Profeco estableció medidas especiales que protegen los derechos de los consumidores de la frontera, para evitar conductas o prácticas comerciales abusivas o fuera de la ley.

Sobre el particular, a partir de la publicación del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, el 11 de diciembre de 2013 en el Diario Oficial de la Federación, la Profeco intensificó las acciones de verificación principalmente en 11 (once) entidades federativas ubicadas en las fronteras norte y sur, para evitar que se afectaran los derechos y economía de los consumidores en dichas zonas, por proveedores de bienes y servicios que pretendieran especular o incrementar de manera injustificada los precios de los productos de alto consumo, incluyendo los de la canasta básica.

Los productos verificados han sido: leche, huevo, frijol, aceite, sopa de pasta, jamón, harina de trigo, tortilla de maíz, tortilla de harina de trigo, pan no dulce (bolillo, chapata, telera), pan de caja, bebidas saborizadas, concentrados (polvos, jarabes o extractos para bebidas), bebidas energetizantes, dulces de leche, botanas, chocolates, goma de mascar, confitería, cremas de cacahuate y avellana, alimentos preparados a base de cereales, flanes y pudines, pan dulce, helados, nieves, paletas, venta de mascotas y sus alimentos, entre otros.

En este sentido, desde diciembre de 2013 y antes de la entrada en vigor del decreto citado, la Profeco desarrolló acciones de verificación en diversos sectores comerciales, tales como lo son: tiendas de autoservicio y de conveniencia, agencias automotrices, farmacias, establecimientos con venta de mascotas y sus alimentos, mercados públicos, centrales de abasto, cafeterías, abarrotes y panaderías.

Dichas acciones, en el presente año continúan efectuándose, con los resultados siguientes:

• 397 acciones de monitoreo y vigilancia;

• 450 visitas de verificación;

• 56 establecimientos con suspensión de la comercialización de bienes, o productos o servicios, principalmente por no exhibir o respetar precios, no entregar notas de compra y, en algunos casos, no acreditar documentalmente el motivo de variaciones de precio;

• 53 reuniones con diversos funcionarios, y

• 27 ruedas de prensa en 11 entidades federativas y 21 ciudades.

Es importante mencionar, que la Profeco a través de las acciones de verificación, realiza el comparativo de precios de venta de los productos antes y después de la publicación del decreto en cita, con el propósito de identificar la variación de precios y, en su caso, requerir se acredite y justifique el motivo del incremento injustificado, mientras que en los casos que no se acredita se procede a aplicar las correspondientes medidas precautorias y sanciones.

Aunado a lo anterior, la Profeco firmó convenio con el Colegio de Notarios Públicos del Estado de Tamaulipas, AC, el 6 de diciembre de 2013, con el objeto de establecer las bases de colaboración entre ambas partes en el marco del programa de Apoyo a la Zona Fronteriza, mediante la intervención oportuna de notarios asociados al colegio/asociación, para dar fe de las diligencias de acreditación de hechos, dentro de las atribuciones de verificación y vigilancia de este organismo, y dotar de mayor seguridad jurídica a dichos actos.

Por otra parte, se le informa que la Profeco, a través de la Dirección de Concilianet de la Subprocuraduría de Servicios, pone a disposición de todos los consumidores, una plataforma de solución de controversias en la página web http://concilianet.profeco.gob.mx/conciliante/faces/inicio.jsp, en la cual pueden presentar sus reclamaciones o quejas. En esta plataforma se atiende a las quejas de manera más rápida (el trámite durará 25 días en promedio) y permite a sus usuarios presentarlas desde su hogar, oficina o cualquier otro lugar con acceso a Internet. Las audiencias de conciliación se llevan a cabo mediante una sala de audiencias virtual (tipo chat), en la cual, el consumidor, el proveedor y esta la Profeco, buscarán encontrar una solución a la queja.

Asimismo, en caso de que el consumidor afectado por incumplimientos de proveedores, quiera presentar alguna queja o denuncia, se pone a su disposición los siguientes medios:

a) Vía telefónica al 55688722 en el Distrito Federal o zona metropolitana, y el número 01 800 468 8722 larga distancia sin costo en el resto del país o bien, a través del micrositio del Teléfono del Consumidor www.telefonodelconsumidor.gob.mx

b) Vía electrónica a

denunciasprofeco@profeco.gob.mx

Las quejas también se pueden presentar a través del programa de citas por teléfono (Procitel) en la siguiente dirección electrónica http://telefonodelconsumidor.gob.mx/jsp/procitel.jsp que se estableció para la recepción de quejas.

El consumidor también puede acudir directamente a la delegación Profeco que le corresponda en su entidad federativa, proporcionando la siguiente información:

• Nombre y domicilio del consumidor.

• Nombre o razón social del proveedor, así como su dirección (calle y número, colonia, delegación o municipio, entidad federativa y código postal).

• Documento que acredite la relación de consumo en original y dos copias (por ejemplo: contrato, factura, recibo, publicidad, entre otros.)

En caso que la Profeco detecte que algún proveedor de bienes o servicios cometa violaciones a la LFPC, se actuará con base en el marco jurídico aplicable, para proteger los derechos de los consumidores e imponer las sanciones económicas correspondientes.

Por lo anterior, y con fundamento en los artículos 27 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la fracción II del artículo 48 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, así como el acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para la Conducción y Coordinación de las Relaciones del Poder Ejecutivo Federal con el Poder Legislativo de la Unión, publicado el l de octubre de 2003 en el Diario Oficial de la Federación, se solicita atentamente hacer del conocimiento del Congreso de la Unión la información contenida en el presente, en la forma que usted estime conveniente.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un saludo cordial.

Atentamente

México, DF, a 18 de febrero de 2014.— Maestro Mario Emilio Gutiérrez Caballero (rúbrica), director general de Vinculación Política.»

El Presidente diputado José González Morfín: Se remite al promovente, para su conocimiento.



JOSE SULAIMAN CHAGNON, PRESIDENTE DEL CONSEJO MUNDIAL DE BOXEO

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta del oficio número DGPL 62-II-5-1389, signado por la senadora Lisbeth Hernández Lecona, entonces vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la, Unión, me permito remitir para los fines procedentes copia del similar número UR 120 UCE/ CECU/ 0150/ 14, suscrito por el licenciado Adrián Guerra Yáñez, coordinador de Enlace con el Congreso de la Unión de la Secretaría de Educación Pública, así como el anexo que en él se menciona, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a realizar un homenaje al fallecido José Sulaimán Chagnón, presidente del Consejo Mundial de Boxeo.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

México, DF, a 21 de febrero de 2014.— Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica), encargado del Despacho de la Unidad de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Educación Pública.

Maestro Valentín Martínez Garza, encargado del Despacho de la Unidad de Enlace Legislativo de la Segob.— Presente.

Me refiero al oficio número SELAP/ UEL/ 311/ 127/ 14, a través del cual la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación, hizo del conocimiento el punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión relacionado con el exhorto a la Comisión de Cultura Física y Deporte para realizar un homenaje a José Sulaimán Chagnón.

En virtud de lo anterior, envío copia del oficio número CNyAJ/ 149/ 2014, suscrito por el licenciado Enrique Cebrecos Ruiz, coordinador de Normatividad y Asuntos Jurídicos de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, organismo descentralizado de esta secretaría, con los comentarios correspondientes.

Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

México, DF, a 18 de febrero de 2014.— Licenciado Adrián Guerra Yáñez (rúbrica), coordinador de Enlace con el Congreso de la Unión.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Comisión Nacional del Deporte.

Licenciado Adrián Guerra Yáñez, coordinador de Enlace con el Congreso de la Unión.— Presente.

Me refiero al oficio número UR 120 UCE/CECU/0120/ 14, referencia 0015-P, de fecha 4 de febrero de 2014, recibido en la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade) el 10 de febrero de 2014, por el que en alcance del oficio UR 120 UCE/ CECU/ 0059/ 14, remite el similar número SELAP/ UEL/ 311/ 127/ 14, mediante el cual la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación comunica el punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, en la sesión celebrada el 29 de enero de 2014, donde se señala lo siguiente: “Único. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa al titular de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, Jesús Mena Campos, a realizar un homenaje al fallecido José Sulaimán Chagnón, presidente del Consejo Mundial de Boxeo”. Lo anterior, para generar comentarios al respecto.

Sobre el particular, se comenta lo siguiente:

1. Mediante el oficio número CNyAJ/ 080/ 2014, de fecha 24 de enero de 2014, se hizo de su conocimiento que la Conade, atendiendo a lo dispuesto en los artículos 3, fracción VII, 5, fracción II, 30, fracción II, y 88, fracción V, de la Ley General de Cultura Física y Deporte, se encuentra en posibilidades de realizar el homenaje al fallecido don José Sulaimán Chagnón, presidente del Consejo Mundial de Boxeo, por lo que una vez comunicado el exhorto correspondiente por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión se podrían realizar las gestiones necesarias para tales efectos.

2. Mediante el oficio número CNyAJ/ 139/ 2014, de fecha 6 de febrero de 2014, dirigido a la senadora Lisbeth Hernández Lecona, vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, se informó que la Conade, con fundamento en los preceptos referidos, realizaría las acciones necesarias para cumplir en sus términos el exhorto que hizo de conocimiento mediante el oficio número DGPL 62-II-5-1390, expediente número 396, cuyo contenido es el transcrito en el proemio de este escrito.

En consideración de lo expuesto, se reiteran los comentarios vertidos, en el sentido de que con fundamento en los preceptos referidos de la Ley General de Cultura Física y Deporte, la Conade está en posibilidades de realizar el homenaje respectivo a don José Sulaimán Chagnón, situación de la que se informará una vez hecho éste.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

México, DF, a 11 de febrero de 2014.— Licenciado Enrique Cebrecos Ruiz (rúbrica), coordinador de Normatividad y Asuntos Jurídicos.»

El Presidente diputado José González Morfín: Se remite al promovente, para su conocimiento.



CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 62-II-3-1317 signado por la senadora Lisbeth Hernández Lecona, entonces vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número UR 120 UCE/CECU/0154/14 suscrito por el licenciado Adrián Guerra Yáñez, coordinador de Enlace con el honorable Congreso de la Unión de la Secretaría de Educación Pública, así como el anexo que en él se menciona, mediante los cuales responden el punto de acuerdo relativo al exhorto a los gobiernos federal, estatales, municipales y del Distrito Federal, para que en el marco del 25 aniversario de la Convención sobre los Derechos del Niño, se adhieran a la iniciativa 10 por la infancia (UNICEF) para promover y materializar por todos los medios posibles todos los derechos contenidos en dicha convención.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

México, DF, a 21 de febrero de 2014.— Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica), encargado del Despacho de la Unidad de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Educación Pública.

Maestro Valentín Martínez Garza, encargado del Despacho de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

Me refiero al oficio número SELAP/UEL/311/149/14, a través del cual la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación hizo del conocimiento el punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, relacionado con el exhorto al 25 Aniversario de la Convención sobre los Derechos de los Niños.

En virtud de lo anterior, envío copia del oficio número DGPEE/024/2014, suscrito por el licenciado Antonio Ávila Díaz, director general de Planeación y Estadística Educativa de la Subdirección de Planeación y Evaluación de Políticas Educativas de esta secretaría, con los comentarios correspondientes.

Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

México, DF, a 18 de febrero de 2014.— Licenciado Adrián Guerra Yáñez (rúbrica), coordinador de Enlace.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Educación Pública.

Licenciado Adrián Guerra Yáñez, coordinador de Enlace con el Congreso de la Unión.— Presente.

En atención a su oficio UR120 UCE/CECU/0l27/2014 mediante el cual comunica el punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, referente a la Iniciativa 10 por la infancia (UNICEF) para promover y materializar por todos los medio posibles todos los derechos contenidos en la Convención sobre los Derechos de los Niños en el marco dc1 25 aniversario de ésta.

Al respecto le comunico que e1 programa sectorial de educación 2013-2018, en congruencia con la Iniciativa 10, define como objetivo “asegurar mayor cobertura, inclusión y equidad educativa entre todos los grupos de la población” y especifica una serie de acciones orientadas a la prevención y disminución del abandono escolar en la educación media superior y superior consistentes en:

• Diseñar y utilizar herramientas para identificar tempranamente c1 riesgo de abandono en la educación media superior.

• Capacitar a directores, docentes y tutores en el uso de herramientas que ayuden a evitar el abandono escolar en la educación media superior.

• Promover programas de inducción e integración de estudiantes de nuevo ingreso al entorno escolar en 1a educación media superior.

• Impulsar programas de tutorías académicas, acompañamiento y cursos remediales de apoyo a los estudiantes de educación media superior.

• Fortalecer las modalidades de becas y otros estímulos dirigidos a favorecer la retención de los jóvenes en riesgo de abandono escolar.

• Realizar acciones para prevenir conductas de riesgo (violencia, adicciones, salud sexua1 y reproductiva, entre otros) que suden desembocar en d truncamiento de la trayectoria educativa.

Asimismo, el Programa Sectorial de Educación establece como meta para el fin del ciclo escolar 2017-2018 reducir la tasa de abandono escolar en educación primaria, secundada y media superior.

La Subsecretaría de Planeación y Evaluación de Políticas Educativas está trabajando con las unidades responsables del sector educativo para plasmar en sus planeas anuales las líneas de acción del Programa Sectorial de Educación.

Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

México, DF, a 13 de febrero de 2014.— Antonio Ávila Díaz (rúbrica), director general.»

El Presidente diputado José González Morfín: Se remite al promovente, para su conocimiento.



DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 26 DE DICIEMBRE DE 2013, MEDIANTE EL CUAL SE OTORGAN BENEFICIOS Y FACILIDADES FISCALES AL SECTOR PRIVADO

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número DGPL 62-II-5-1331 signado por la senadora Lisbeth Hernández Lecona, entonces vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 349-A- 025 suscrito por el doctor Rodrigo Barros, titular de la Unidad de Política de Ingresos Tributarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a hacer del conocimiento público el cálculo del impacto a las finanzas públicas derivado del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2013, mediante el cua1 se otorgan beneficios y facilidades fiscales al sector privado.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

México, DF, a 21 de febrero de 2014.— Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Licenciado Felipe Solís Acero, subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

En atención a su oficio número SELAP/300/046/l4 y en relación con el punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a hacer del conocimiento público un desglose del efecto en las finanzas públicas del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del 26 de diciembre de 2013:

Puntos de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo federal, a que por medio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público desglose y haga del conocimiento público el cálculo del impacto a las finanzas públicas derivado del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2013, mediante el cual se otorgan beneficios y facilidades fiscales al sector privado.

Segundo. De igual manera, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo federal, a que detalle las modificaciones que como consecuencia de dicho decreto tendrán las metas del déficit aprobado, la composición de los ingresos públicos o, en su caso, los ajustes al presupuesto aprobado como gasto de inversión así como en los programas de las dependencias.

Sobre el particular, se informa que el “decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa”, publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013, contiene una serie de disposiciones que estaban dispersas en más de 90 decretos presidenciales, y que desde el 30 de marzo de 2012 se habían integrado en un solo documento (“Decreto original”). En este sentido, una vez que se publicaron las disposiciones fiscales derivadas de la Reforma Hacendaria, vigentes a partir del 1 de enero de 2014, resultaba necesario actualizar las referencias contenidas en el decreto original, conforme a las leyes vigentes a partir de 2014, de tal forma que los contribuyentes continúen identificando y aplicando correctamente las disposiciones con la certeza jurídica necesaria.

Adicionalmente, a través del decreto del 26 de diciembre de 2013 se establecen medidas que facilitan el cumplimiento de las nuevas leyes fiscales, con el objetivo de fomentar la instrumentación pronta y adecuada de las nuevas disposiciones.

En consecuencia, el decreto emitido el 26 de diciembre pasado no contiene medidas que afecten el potencial recaudatorio de la Reforma Hacendaria aprobada por el H. Congreso de la Unión. Únicamente se trata de actualizaciones que, necesariamente, se anuncian después de la publicación de las nuevas leyes fiscales, o de disposiciones que facilitan su cumplimiento.

A causa de lo anterior, dado que se trata de disposiciones fiscales que estaban vigentes en 2013 y cuya aplicación está implícita en las proyecciones de recaudación, la publicación del Decreto del 26 de diciembre no tiene impacto en la proyección de ingresos prevista en la Ley de Ingresos para la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014.

Sin más por el momento, le envío un cordial saludo.

Atentamente

México, DF, a 20 de febrero de 2014.— Doctor Rodrigo Barros (rúbrica), titular.»

El Presidente diputado José González Morfín: Se remite al promovente, para su conocimiento.



CENTRO FEDERAL DE REINSERCION SOCIAL EN CHIAPAS

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 62-II-3-1322, signado por la senadora Lisbeth Hernández Lecona, entonces vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número CNPC/ 268 /2014, suscrito por el ciudadano Luis Felipe Puente Espinosa, coordinador nacional de Protección Civil, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a los resultados de los estudios de impacto ambiental que se hayan elaborado, para autorizar la construcción del centro federal de reinserción social en Chiapas, así como informar el tipo y nivel de riesgo que pueda enfrentar esta edificación por desastre natural conforme al Atlas Nacional de Riesgos.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

México, DF, a 21 de febrero de 2014.— Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Licenciado Felipe Salís Acero, subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.— Presente.

Por este conducto me dirijo a usted en atención al oficio número SELAP/300/100/14, mediante el cual hace de nuestro conocimiento el acuerdo aprobado por el pleno de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión y donde solicita información al Ejecutivo federal sobre el tipo y nivel de riesgo que pueda enfrentar la construcción del centro federal de reinserción social en Chiapas, por desastre natural conforme al Atlas Nacional de Riesgos.

Al respecto, y derivado del análisis de las bases de datos que se han integrado en el Atlas Nacional de Riesgos, se hacen las siguientes precisiones:

1. Es importante hacer del conocimiento de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión que, de acuerdo con la Ley General de Protección Civil (LGPC), existe una diferencia conceptual entre los términos peligro y riesgo: el peligro se define como la probabilidad de ocurrencia de un agente perturbador potencialmente dañino de cierta intensidad, durante un cierto período en un sitio determinado, mientras que el riesgo se define como los daños o pérdidas probables sobre un agente afectable, resultado de la interacción entre su vulnerabilidad la presencia de un agente perturbador.

2. En este sentido, el término sobre el cual se emiten los siguientes comentarios es sobre el peligro, determinado por su intensidad y frecuencia. Asimismo, el nivel de riesgo existente al interior del Centro Federal de Reinserción Social deberá ser solicitado a la Comisión Nacional de Seguridad, órgano encargado de la supervisión del diseño, así como su construcción, y quien cuenta con la información sobre los valores utilizados por los diferentes especialistas para el diseño de la estructura e instalaciones.

3. En relación con los niveles de peligro existentes, y de acuerdo a lo establecido por la LGPC, la cual establece que el Atlas Nacional de Riesgo se integra con la información a nivel nacional, estatal, del Distrito Federal, municipal y delegacional, se tiene que:

a. A nivel nacional, el grado de peligro por inundación obtenido por el Cenapred se define como muy alto para toda la extensión territorial del municipio. Sin embargo, este valor no puede utilizarse para el análisis a nivel de predio, ya que es resultado de una generalización de condiciones existentes y es principalmente un indicador de referencia regional.

b. De manera complementaria, se establece que, de acuerdo a la regionalización sísmica de la Comisión Federal de Electricidad, el inmueble se encuentra ubicado en la zona D, que corresponde al mayor valor de intensidad y frecuencia del fenómeno sísmico, con base en lo establecido en dicha fuente, por lo que se asume que el diseño y la construcción del inmueble se realizó de acuerdo a la reglamentación para una construcción tipo A, lo cual implica el mayor nivel de seguridad sísmica.

c. En el siguiente nivel se encuentra el Atlas de Riesgos del Estado de Chiapas. De la observación de la información que el Cenapred ha integrado sobre el área de interés, se deriva que en el predio donde se ubica el Cefereso no existe peligro por inundación.

d. En lo referente al atlas municipal de riesgos de Villa Comaltitlán, el cuál debería ser el marco de referencia inicial para la determinación del nivel de peligro para dicho predio, hago de su conocimiento que el Cenapred llevó a cabo una búsqueda del mismo. Sin embargo, no se cuenta con este instrumento, siendo atribución directa del ayuntamiento su elaboración y actualización.

Asimismo, y una vez revisado el estudio hidrológico del proyecto constructivo del penal Cefereso elaborado por la empresa constructora Estudio Multidisciplinarios y Construcciones, SA de CV, se establece que:

4. Aunque el penal se ubica cerca del río Vado Ancho, este fue cimentado sobre el corte de una ladera a una altura mayor al nivel de aguas máximas extraordinarias del río, lo que garantiza una mayor seguridad con respecto a inundaciones.

5. El análisis hidrológico cuenta con los registros de lluvia y gasto más recientes. Sin embargo, no es claro si ocuparon los registros de las medias o los máximos anuales.

6. En el análisis hidráulico, no se hacen explícitos diferentes parámetros necesarios para el modelado de las áreas inundables, las condiciones de frontera y la rugosidad de Manning. No obstante lo anterior, los resultados del estudio hidráulico pueden considerarse válidos.

7. Los períodos de retorno de 50 y 100 años utilizados para el análisis y construcción del bordo de contención y alcantarillado, tanto al interior como en la periferia del penal, son las adecuadas, según lo recomienda la Comisión Nacional del Agua

En conclusión, y con todos los elementos que el Cenapred cuenta, se establece que la obra mencionada se encuentra en una zona con un peligro alto ante sismo, peligro bajo ante inundaciones, así como únicamente la caída de ceniza ante una posible erupción del Volcán Tacaná, el más próximo al área de interés. No obstante, se sugiere consultar a la Comisión Nacional de Seguridad para conocer los aspectos relacionados con el diseño, construcción y supervisión del inmueble, a fin de valorar su nivel de riesgo.

Sin otro particular, le envío un cordial saludo.

Atentamente

México, DF, a 20 de febrero de 2014.— Luis Felipe Puente Espinosa (rúbrica), coordinador Nacional.»

El Presidente diputado José González Morfín: Se remite al promovente, para su conocimiento.



RONDA CERO Y PLAN DE NEGOCIOS 2014-2018 DE PEMEX

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 62-II-7-1219 signado por el senador Fernando Herrera Ávila, entonces vicepresidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permita remitir para los fines procedentes, copia del similar número DG.-UEL-05-2014 suscrito por la licenciada Rosario Brindis Álvarez, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de Petróleos Mexicanos, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a informar sobre las áreas que la empresa buscará para seguir operando a través de la llamada Ronda Cero, así como las posibles afectaciones o modificaciones que sufrirá el actual plan de negocios de petróleos mexicanos y sus organismos subsidiarios 2014-2018.

Sin otra particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

México, DF, a 20 de febrero de 2014.— Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.»

«Pemex.

Licenciado Felipe Solís Acero, subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

En atención al oficio número DGPL62-II-7-1220, de fecha 29 de enero de 2013, suscrito por el senador Fernando Herrera Ávila, vicepresidente de la Mesa Directiva del Senado de la República, así como al similar SELAP/UEL/311/ 133/14, de fecha 30 de enero de 2014, dirigido a la maestra Sharon Cuenca Ayala, directora general de Vinculación y Enlace Energético de la Secretaría de Energía, con copia al maestro Emilio Lozoya Austin, director general de Petróleos Mexicanos, por medio de los cuales se informa respecto al acuerdo aprobado por la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión el miércoles 29 de enero de 2014, el cual se transcribe a continuación:

Primero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, exhorta al Director General de Pemex, a informar a esta Soberanía sobre las áreas que la empresa buscará seguir operando a través de la llamada Ronda Cero. Segundo.- Se exhorta al Director General de Pemex a informar a esta Soberanía sobre las posibles afectaciones o modificaciones que sufrirá el actual plan de negocios de petróleos mexicanos y sus organismos subsidiarios 2014-2018”

Al respecto y para los efectos de la fracción IX del artículo 17 del Reglamento Interno de la Secretaría de Gobernación, me permito señalar lo siguiente:

El artículo sexto transitorio del Decreto por el que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de Energía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 20 de diciembre de 2013, estableció lo que a la letra se transcribe:

Sexto. La Secretaria del ramo en materia de Energía, con la asistencia técnica de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, será la encargada de adjudicar a Petróleos Mexicanos las asignaciones a que se refiere el párrafo séptimo del artículo 27 de esta Constitución.

El organismo deberá someter a consideración de la Secretaría del ramo en materia de Energía la adjudicación de las áreas en exploración y los campos que estén en producción, que esté en capacidad de operar, a través de asignaciones. Para lo anterior, deberá acreditar que cuenta con las capacidades técnicas, financieras y de ejecución necesarias para explorar y extraer los hidrocarburos de forma eficiente y competitiva. La solicitud se deberá presentar dentro de los noventa días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente decreto.

La Secretaria del ramo en materia de Energía revisará la solicitud, con la asistencia técnica de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, y emitirá la resolución correspondiente dentro del plazo de ciento ochenta días naturales posteriores a la fecha de la solicitud de Petróleos Mexicanos, estableciendo en la misma la superficie, profundidad y vigencia de las asignaciones procedentes ...

(Énfasis añadido)

Conforme a lo antes señalado, es importante precisar que debido a que las adiciones y reformas constitucionales en materia energética se publicaron en el Diario Oficial de la Federación el día 20 de diciembre de 2013, según el término establecido en el artículo sexto transitorio del referido decreto, el plazo para que Petróleos Mexicanos presente a la Secretaría de Energía, las áreas en exploración y los campos que estén en producción que está en capacidad de operar a través de asignaciones, fenece el próximo 20 de marzo del presente año.

Por lo anterior, a la fecha, Petróleos Mexicanos continúa no sólo determinando, sino elaborando las respectivas solicitudes de asignaciones de las áreas en exploración y campos en producción que buscará seguir operando, para lo cual debe acreditar que cuenta con las capacidades técnicas, financieras y de ejecución necesarias para explorar y extraer los hidrocarburos de forma eficiente y competitiva.

Una vez que dichas solicitudes cuenten con todos los elementos necesarios, las mismas serán debidamente presentadas e ingresadas a la Secretaría de Energía para su revisión.

Petróleos Mexicanos mantendrá debidamente informado a ese honorable órgano legislativo respecto a las áreas que se pretenden seguir operando y que se someterán a consideración de la Secretaría de Energía, una vez que se cuente con toda la información al respecto.

Ahora bien, es importante señalar que, según el párrafo tercero del mismo artículo sexto transitorio del referido decreto de reformas, una vez ingresadas las solicitudes a que se refiere dicho transitorio, la Secretaría de Energía, con la asistencia técnica de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, revisará las solicitudes y emitirá la resolución correspondiente dentro del plazo de 180 días naturales posteriores a la solicitud de Petróleos Mexicanos, estableciendo en dicha resolución, la superficie, profundidad y vigencia de las asignaciones procedentes.

En ese sentido, hasta en tanto no queden definidas las áreas que Petróleos Mexicanos seguirá operando, no es conveniente hacer un pronunciamiento respecto a las modificaciones, en caso de que se realicen, que sufrirá el actual Plan de Negocios 2014 - 2018.

Esperando que la información proporcionada en el presente oficio le sea de utilidad, quedamos a sus órdenes.

Atentamente

México, DF, a 12 de febrero de 2014.— Licenciada Rosario Brindis Alvarez (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace Legislativo.»

El Presidente diputado José González Morfín: Se remite al promovente, para su conocimiento.



AUDITORIAS AL ESTADO DE AGUASCALIENTES

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— LXII Legislatura.— Cámara de Diputados.— Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.

Diputado Ricardo Anaya Cortes, Presidente de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados.— Presente.

En relación con oficio DGPL 62-II-6-1194, de fecha 29 de enero del año en curso, mediante el cual se remitió, por parte de la Segunda Comisión de Trabajo de la Comisión Permanente, a esta Presidencia, proposición con punto de acuerdo por el que:

Se exhorta a la ASF para que haga del conocimiento de esta soberanía los resultados finales de las auditorías financieras y de cumplimiento con número de control 11-A-01000-02-0610 y 11-0­11100-02-0391, así como informe del resultado de la Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal 11-1-00GYN-02-0610-05-001, realizada al estado de Aguascalientes y prevista en el Informe de Resultados de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011.

Sobre el particular me permito informar a usted que la Auditoría Superior de la Federación ha dado respuesta a su solicitud mediante oficio OASF/0025/2014, de fecha 4 de noviembre de 2013, de la cual se anexa copia para los efectos conducentes a que haya lugar.

Sin otro particular por el momento, quedo a sus órdenes.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2014.— Diputado José Luis Muñoz Soria (rúbrica).»

«Auditoría Superior de la Federación.

Diputado Federal José Luis Muñoz Soria, Presidente de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.— Presente.

Nos referimos al comunicado CVASF/LXII/0030/2014, al que acompaña copia del oficio DGPL 62-II-6-1194, por medio del cual remite la proposición con punto de acuerdo presentada por la Segunda Comisión de Trabajo de la Comisión Permanente del primer receso del segundo año de ejercicio de la LXII Legislatura, en los términos siguientes:

“Se exhorta a la ASF para que haga del conocimiento de esta soberanía los resultados finales de las auditorías financieras y de cumplimiento con número de control 11-A-01000-02-0610 y 11-0-11100-02-0391, así como del resultado de la Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal 11-1-00GYN-02-0610-05-001, realizada al estado de Aguascalientes y prevista en el Informe de Resultados de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011.”

Al respecto, nos permitimos remitirle lo siguiente:

1. Informe de la auditoría financiera y de cumplimiento número 11-A-01000-02-0610 del Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal, realizada al estado de Aguascalientes; así como un cuadro que muestra el estado de trámite de las acciones derivadas de esta auditoría

2. Informe de la auditoría financiera y de cumplimiento número 11-0-11100-02-0391 del Programa S223 “Habilidades Digitales para Todos”, de la Secretaría de Educación Pública, así como un cuadro que muestra el estado de trámite de las acciones derivadas de esta auditoría.

3. Un cuadro que muestra el estado de trámite de la acción número 11-1-00GYN-02-0610-05-001 con corte al 5 de febrero de 2014.

Reiteramos a usted la seguridad de nuestra distinguida consideración.

México, DF, a 6 de febrero de 2014.— Contador Público Certificado Juan Manuel Portal M. (rúbrica), auditor superior de la Federación.»

El Presidente diputado José González Morfín: Se remite al promovente, para su conocimiento.



LEY DEL SEGURO SOCIAL - LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO - LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO

El Secretario diputado Fernando Bibriesca Sahagún:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 214 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y 5 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

Atentamente

México, DF, a 20 de febrero de 2014.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

PROYECTO DE DECRETO

POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN LOS ARTÍCULOS 273 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL; 214 DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO Y 5o. DE LA LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO

Artículo Primero. Se adiciona un último párrafo al artículo 273 de la Ley del Seguro Social, para quedar como sigue:

Artículo 273. El Instituto deberá presentar al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y al Congreso de la Unión, a más tardar el 30 de junio de cada año, un informe dictaminado por auditor externo, que incluya, al menos, los siguientes elementos:

I. La situación financiera de cada uno de los seguros ofrecidos por el Instituto, y actuarial de sus reservas, aportando elementos de juicio para evaluar si las primas correspondientes son suficientes para cubrir los gastos actuales y futuros de los beneficios derivados de cada seguro;

II. Los posibles riesgos, contingencias y pasivos que se están tomando en cada seguro y la capacidad financiera del Instituto para responder a ellos en función de sus ingresos y las reservas disponibles;

III. Estimaciones sobre las posibles modificaciones a las cuotas obrero patronales y a las cuotas, contribuciones y aportaciones del Gobierno Federal de cada seguro, en su caso, que se puedan prever, para mantener la viabilidad financiera del Instituto, y de las fechas estimadas en que dichas modificaciones puedan ser requeridas, y

IV. La situación de sus pasivos laborales totales y de cualquier otra índole que comprometan su gasto por más de un ejercicio fiscal.

Para los propósitos anteriores el Instituto informará sobre las tendencias demográficas de su población beneficiaria, incluyendo modificaciones en la esperanza de vida; tendencias en la transición epidemiológica, y cambios en la composición de género de la fuerza laboral, entre otros factores. La estimación de riesgos, a su vez, considerará factores derivados del ciclo económico, de la evolución del costo de los tratamientos y medicamentos, los costos laborales, de la situación macroeconómica, así como cualquier otro factor que afecte la capacidad del Instituto para cumplir con sus compromisos. En todos los casos, la estimación sobre riesgos y pasivos laborales y de cualquier otro tipo, se formulará con estricto apego a los principios de contabilidad generalmente aceptados por la profesión contable organizada en México.

El informe, asimismo, deberá contener información sobre el estado que guardan las instalaciones y equipos del Instituto, particularmente los dedicados a la atención médica, para poder atender de forma satisfactoria a sus derechohabientes.

A más tardar a los 30 días hábiles posteriores a que sea entregado al Congreso el informe a que se refiere el presente artículo, el Director General del Instituto comparecerá ante comisiones de las Cámaras del Congreso a efecto de ampliar la información o para que responda a preguntas.

ARTÍCULO SEGUNDO. Se adiciona un último párrafo a la fracción XIX del artículo 214 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para quedar como sigue:

Artículo 214. Corresponde a la Junta Directiva:

I. a XVIII. ...

XIX. Presentar al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y al Congreso de la Unión, a más tardar el 30 de junio de cada año, un informe dictaminado por auditor externo, que incluya, al menos, los siguientes elementos:

a) La situación financiera de cada uno de los seguros ofrecidos por el Instituto, y actuarial de sus reservas, aportando elementos de juicio para evaluar si las primas correspondientes son suficientes para cubrir los gastos actuales y futuros de los beneficios derivados de cada seguro;

b) Los posibles riesgos, contingencias y pasivos que se están tomando en cada seguro y la capacidad financiera del Instituto para responder a ellos en función de sus ingresos y las reservas disponibles;

c) Estimaciones sobre las posibles modificaciones a las Cuotas y Aportaciones de cada seguro, en su caso, que se puedan prever, para mantener la viabilidad financiera del Instituto, y de las fechas estimadas en que dichas modificaciones puedan ser requeridas, y

d) La situación de sus pasivos laborales totales y de cualquier otra índole que comprometan su gasto por más de un ejercicio fiscal.

Para los propósitos anteriores la Junta Directiva informará sobre las tendencias demográficas de sus Derechohabientes, incluyendo modificaciones en la esperanza de vida; tendencias en la transición epidemiológica, y cambios en la composición de género de la fuerza laboral, entre otros factores. La estimación de riesgos, a su vez, considerará factores derivados del ciclo económico, de la evolución del costo de los tratamientos y medicamentos, los costos laborales, de la situación macroeconómica, así como cualquier otro factor que afecte la capacidad del Instituto para cumplir con sus compromisos. En todos los casos, la estimación sobre riesgos y pasivos laborales y de cualquier otro tipo, se formulará con estricto apego a los principios de contabilidad generalmente aceptados por la profesión contable organizada en México.

El informe, asimismo, deberá contener información sobre el estado que guardan las instalaciones y equipos del Instituto, particularmente los dedicados a la atención médica, para poder atender de forma satisfactoria a sus derechohabientes.

A más tardar a los 30 días hábiles posteriores a que sea entregado al Congreso el informe a que se refiere el presente artículo, el Director General del Instituto comparecerá ante comisiones de las Cámaras del Congreso a efecto de ampliar la información o para que responda a preguntas, y

XX. ...

Artículo Tercero. Se reforma la fracción XIII y se ADICIONA una fracción XIII bis, recorriéndose la actual para ser fracción XIII ter, del artículo 5o. de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, para quedar como sigue:

Artículo 5o. La Comisión tendrá las facultades siguientes:

I. a XII. ...

XIII. Rendir un informe semestral al Congreso de la Unión sobre la situación que guardan los Sistemas de Ahorro para el Retiro, en el que se deberán considerar apartados específicos sobre:

a) a e) ...

A más tardar a los 10 días hábiles posteriores a que sea entregado al Congreso el informe consignado en esta fracción, el Presidente de la Comisión comparecerá ante comisiones de las Cámaras del Congreso a efecto de ampliar la información o para que responda a preguntas;

XIII bis. Rendir informe específico al Congreso de la Unión cuando llegaren a presentarse minusvalías en el valor de los recursos de los trabajadores invertidos en las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro, que incluya, al menos, las causas y montos de las minusvalías, su efecto en la rentabilidad de las inversiones, la estimación de los riesgos para el ahorro de los trabajadores y, en su caso, los cambios en los regímenes de inversiones y de comisiones que la Comisión estime procedentes para proteger los recursos de los trabajadores;

XIII ter. Establecer medidas para proteger los recursos de los trabajadores cuando se presenten circunstancias atípicas en los mercados financieros. Así como dictar reglas para evitar prácticas que se aparten de los sanos usos comerciales, bursátiles o del mercado financiero;

XIV. a XVI. ...

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. México, DF, a 20 de febrero de 2014.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta;senadora Lilia Guadalupe Merodio Reza (rúbrica), secretaria.»

El Presidente diputado José González Morfín: Túrnense a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



LEY DEL INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman las fracciones VI, VII y XXIII del artículo 7, I del artículo 26, la denominación del Capítulo VII y el segundo párrafo del artículo 30 de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres.

Atentamente

México, DF, a 20 de febrero de 2014.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

PROYECTO DE DECRETO

POR EL QUE SE REFORMAN LAS FRACCIONES VI, VII Y XXIII DEL ARTÍCULO 7, I DEL ARTÍCULO 26, LA DENOMINACIÓN DEL CAPÍTULO VII Y EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 30 DE LA LEY DEL INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES

ARTÍCULO ÚNICO.Se reforman las fracciones VI, VII y XXIII del artículo 7; la fracción I del artículo 26; la denominación del Capítulo VII y el segundo párrafo del artículo 30 de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres, para quedar como sigue:

Artículo 7.El Instituto tendrá las siguientes atribuciones:

I. a V. ...

VI. Proponer, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo, el Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y, evaluar periódica y sistemáticamente la ejecución del mismo;

VII. Establecer y concertar acuerdos y convenios con las autoridades en los tres niveles de gobierno para promover, con la participación, en su caso, de los sectores social y privado, las políticas, acciones y programas que se establezcan en el Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres;

VIII. a XXII. ...

XXIII. Emitir informes de evaluación periódica para dar cuenta de resultados en el cumplimiento de los objetivos, estrategias y políticas del Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres;

XXIV. a  XXV. ...

Artículo 26. El Consejo Consultivo colaborará con el Instituto en los casos siguientes:

I. Fungir como órgano de asesoría y consulta del Instituto en lo relativo al Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y en los demás asuntos en materia de equidad de género y mujeres que sean sometidos a su consideración;

II. a V. ...

Capítulo VIIDel Cumplimiento del Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres

Artículo 30....

Como resultado de la evaluación del Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, el Instituto podrá emitir opiniones y propuestas dirigidas a los legisladores, autoridades, y servidores públicos a que se refiere el párrafo anterior, relacionadas con la ejecución del citado Programa.

TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO. El Programa Nacional correspondiente a la administración 2013-2018 deberá modificar su denominación en el Plan Nacional de Desarrollo conforme a lo aprobado en el presente Decreto.

TERCERO.El Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y no Discriminación publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de agosto de 2013, correspondiente a la administración 2013-2018 deberá modificar su denominación conforme a lo aprobado en el presente Decreto.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. México, DF, a 20 de febrero de 2014.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta;senadora Lilia Guadalupe Merodio Reza (rúbrica), secretaria.»

El Presidente diputado José González Morfín: Túrnese a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.



LEY DE ASISTENCIA SOCIAL

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforma el inciso a) de la fracción II, la fracción V, y se adiciona un inciso m) a la fracción I y los incisos a), b) y c) a la fracción V del artículo 4 de la Ley de Asistencia Social.

Atentamente

México, DF, a 20 de febrero de 2014.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

PROYECTO DE DECRETO

POR EL QUE SE REFORMA EL INCISO A) DE LA FRACCIÓN II, LA FRACCIÓN V Y SE ADICIONA UN INCISO M) A LA FRACCIÓN I Y LOS INCISOS A), B) Y C) A LA FRACCIÓN V, DEL ARTÍCULO 4 DE LA LEY DE ASISTENCIA SOCIAL

ARTÍCULO ÚNICO. Se REFORMAN el inciso a) de la fracción II y la fracción V y se ADICIONAN un inciso m) a la fracción I y los incisos a), b) y e) a la fracción V, del artículo 4 de la Ley de Asistencia Social, para quedar como sigue:

Artículo 4. ...

...

I. Todas las niñas, niños y adolescentes, en especial aquellos que se encuentren en situación de riesgo o afectados por:

a) a j) ...

k) Ser migrantes y repatriados;

l) Ser víctimas de conflictos armados y de persecución étnica o religiosa, y

m) Ser huérfanos

II. Las mujeres:

a) En estado de gestación o lactancia, las madres adolescentes y madres solas que tengan a su cuidado hijos menores de dieciocho años de edad;

b) y c)...

III. y IV. ...

V. Personas adultas mayores:

a) En desamparo, marginación o sujetos a maltrato;

b) Con discapacidad, o

c) Que ejerzan la patria potestad

VI. a XII. ...

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. México, DF, a 20 de febrero de 2014.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta;senadora Lilia Guadalupe Merodio Reza (rúbrica), secretaria.»

El Presidente diputado José González Morfín: Túrnese a la Comisión de Salud, para dictamen.



LEY GENERAL DE LA INFRAESTRUCTURA FISICA EDUCATIVA

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Para los efectos de lo dispuesto en la fracción e) del artículo 72 constitucional, me permito devolver a ustedes el expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 7, 11 y 19 de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa, en materia de bebederos escolares.

Atentamente

México, DF, a 20 de febrero de 2014.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

PROYECTO DE DECRETO

POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 7, 11 Y 19 DE LA LEY GENERAL DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA EDUCATIVA, EN MATERIA DE BEBEDEROS ESCOLARES

ARTÍCULO ÚNICO. Se reforman los artículos 7 y 11, y la fracción XII del artículo 19 de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa, para quedar como sigue:

Artículo 7. La infraestructura física educativa del país deberá cumplir requisitos de calidad, seguridad, funcionalidad, oportunidad, equidad, sustentabilidad, pertinencia y oferta suficiente de agua potable para consumo humano, de acuerdo con la política educativa determinada por el Estado –Federación, estados, Distrito Federal y municipios–, con base en lo establecido en el artículo 3o. constitucional; la Ley General de Educación; las leyes estatales de educación y del Distrito Federal; el Plan Nacional de Desarrollo; el Programa Sectorial; los programas educativos estatales y del Distrito Federal, así como los programas de desarrollo regional.

...

Artículo 11. En la planeación de los programas y proyectos para la construcción, equipamiento, mantenimiento, rehabilitación, reforzamiento, reconstrucción y habilitación de la INFE deberán cumplirse las disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad y las leyes en la materia de las entidades federativas. Asimismo, se garantizará la existencia de bebederos suficientes y con suministro continuo de agua potable en cada inmueble de uso escolar conforme a los lineamientos que emita la Secretaría de Salud en coordinación con la Secretaría de Educación Pública. Se asegurará la atención a las necesidades de las comunidades indígenas y las comunidades con escasa población o dispersa, se asegurará la aplicación de sistemas y tecnologías sustentables, y se tomarán en cuenta las condiciones climáticas y la probabilidad de contingencias ocasionadas por desastres naturales, tecnológicos o humanos, procurando la satisfacción de las necesidades individuales y sociales de la población.

Artículo 19. Son atribuciones del Instituto las siguientes:

I. a XI. ...

XII. Construir, equipar, dar mantenimiento, rehabilitar, reforzar, reconstruir y habilitar en el Distrito Federal, en las entidades federativas en el caso de instituciones de carácter federal o cuando así se convenga con las autoridades estatales, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 11 de esta Ley.

Queda prohibido destinar recursos públicos federales para construir, equipar, dar mantenimiento, rehabilitar, reforzar, reconstruir o habilitar instituciones educativas privadas;

XIII. a XX. ...

TRANSITORIOS

PRIMERO. Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO. Con fundamento en el artículo 19, fracción I, de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa, el Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa en un plazo no mayor a 180 días, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente decreto, emitirá lineamientos generales en materia de bebederos escolares y calidad de agua para consumo humano en las instalaciones del Sistema Educativo Nacional.

TERCERO. Los planteles educativos particulares instalarán bebederos en cantidad suficiente a su matrícula inscrita en un plazo máximo de 18 meses a partir del día siguiente a la publicación del presente decreto. El cumplimiento de lo anterior estará supervisado por la autoridad competente.

CUARTO. El Presupuesto de Egresos de la -Federación contemplará, con sujeción a la disponibilidad presupuestaria, una asignación para proveer bebederos con suministro de agua potable en los inmuebles escolares, en términos de los artículos 7 y 11 de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa.

QUINTO. La Secretaría de Salud en coordinación con la Secretaría de Educación Pública, emitirán en un plazo de 90 días, los lineamientos previstos en el artículo 11.

SEXTO.El Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa procurará que las instalaciones del Sistema Educativo Nacional cuenten con la infraestructura de bebederos de agua potable prevista en los artículos 7 y 11 de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa, en un plazo máximo de 3 años a partir de la publicación del presente decreto

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. México, DF, a 20 de febrero de 2014.— Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica), vicepresidenta;senadora Lilia Guadalupe Merodio Reza (rúbrica), secretaria.»

El Presidente diputado José González Morfín: Túrnese a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.

Le pido a la Secretaría dé lectura a un acuerdo de la Junta de Coordinación Política.



PROCEDIMIENTOS QUE REGULARAN EL VOTO DE LOS MEXICANOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— LXII Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se modifica y adiciona el diverso relativo a la propuesta para la inclusión de los procedimientos que regularán el voto de los mexicanos residentes en el extranjero

La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 33 y 34 numeral 1 incisos a) y b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos al tenor de los siguientes

Considerandos

I. Por ser los Estados Unidos de América (UEA) el país en el que se encuentra la mayor parte de nuestros connacionales que residen en el extranjero, y al ser la Comisión Asuntos Frontera Norte la especializada en los temas que surgen de la colindancia con el vecino país del norte, además de que los estados fronterizos son el paso obligado para buena parte de los mexicanos que cambian su lugar de residencia.

II. Se considera que los diputados que integran la Comisión Asuntos Frontera Norte tienen mucho que aportar para enriquecer la iniciativa con proyecto de decreto resultante del análisis de las propuestas que se viertan en el foro al que hace alusión el acuerdo de la Junta de Coordinación Política.

Por lo antes expuesto y con fundamento en los artículos 33 y 34 numeral 1 incisos a) y b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Junta de Coordinación Política somete a consideración del pleno el siguiente

Acuerdo

Primero.  Se modifica el resolutivo tercero del acuerdo relativo a la propuesta para la inclusión de los procedimientos que regularán el voto de los mexicanos residentes en el extranjero, para quedar como sigue:

Se instruye a la Comisión de Gobernación, a la Comisión de Asuntos Migratorios y a la Comisión de Asuntos Frontera Norte, para llevar a cabo la organización y celebración de dicho foro.

Segundo.Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF, a 20 de febrero de 2014.— Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; diputado Luis Alberto Villarreal García (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; diputado Arturo Escobar y Vega, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México;  diputado Ricardo Monreal Ávila (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano; diputado Alberto Anaya Gutiérrez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; diputada María Sanjuana Cerda Franco (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario Nueva Alianza.»

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias. Está a discusión. Para hablar en pro del acuerdo tiene el uso de la voz el diputado Ricardo Mejía.

El diputado Ricardo Mejía Berdeja: Gracias, presidente. Recibimos con beneplácito la propuesta de incluir en el foro para revisar el tema del voto de los mexicanos en el extranjero que se tome en cuenta a la Comisión de Asuntos Frontera Norte, que preside el diputado Jaime Bonilla, pero queremos recordar que esta propuesta se hizo desde el momento en que se votó el acuerdo en sesiones anteriores, y fue precisamente una propuesta del diputado Ricardo Monreal Ávila, que propuso desde ese momento que se incluyera a la Comisión de Asuntos Frontera Norte.

Me parece que no debió haberse dilatado, que en ese mismo momento se debió haber votado incluir a la Comisión de Asuntos Frontera Norte, sobre todo porque tiene que ver con los asuntos fronterizos y de los mexicanos residentes en el extranjero.

Queremos primero reivindicar la propuesta que en su tiempo hizo el diputado Ricardo Monreal. Y por otro lado queremos proponer, y ya por ahí está ya el escrito, compañero presidente, que se realicen tres foros más. Uno para ver el tema del financiamiento a las campañas electorales, sobre todo porque siguen irresueltos los temas de Monex, de Soriana, y una lacra de nuestra democracia es precisamente el tema del financiamiento. Financiamiento ilegal que viene de gobiernos estatales, de empresas e incluso del narcotráfico. Por eso creemos que para poder aprobar la legislación secundaria se requiere también un foro que establezca el tema del financiamiento de las campañas.

Otro tema que consideramos fundamental es el tema de las nulidades en materia electoral. Nos parece aberrante la simulación de la nulidad por violación de topes de gastos de campaña cuando se permite violar los topes hasta un 5 por ciento y, por otro lado, se pone el candado de la determinancia para que el juez o los magistrados puedan resolver sobre este tema. Estamos planteando pues un foro para ver el tema de las nulidades en materia electoral.

Y otro tema que nos parece ineludible es el tema de la propaganda gubernamental, que tiene que ver con regular el párrafo octavo del artículo 134 constitucional, que señala precisamente la imposibilidad de que los funcionarios y servidores públicos realicen campañas encubiertas.

Sin embargo, todos sabemos que esto no se aplica y vemos gobernadores, como el de Chiapas, que realizan propaganda abierta, descarada. Por eso creemos que también debe haber un foro para regular la propaganda gubernamental.

Nosotros creemos que a diferencia de lo que se celebra hoy con el libro de Krauze, Por una democracia sin adjetivos, la realidad es que la democracia mexicana sigue siendo adjetivada, es simulada, es adulterada, prostituida y partidocrática. Y como ejemplo de ello lo vemos en el Instituto Nacional Electoral, donde es claro que el Comité Técnico de Evaluación trae los dados cargados —concluyo, presidente— para que cinco consejeros electorales le correspondan al PRI, tres al Partido de Acción Nacional y tres al PRD. Es decir, el Pacto por México más vivo que nunca en perjuicio de la democracia mexicana, por eso creemos que debe haber más foros. Y le pido, presidente, que someta a votación nuestra propuesta. Es cuanto.

El Presidente diputado José González Morfín: En cuanto la tengamos físicamente lo haremos con mucho gusto, diputado. Tengo inscritos para hablar en contra al diputado Manuel Huerta, y para hablar a favor, al diputado Ricardo Monreal. Pero, si me permiten, quiero agradecer y destacar la presencia hoy aquí en este salón de sesiones, de una delegación de senadores del Grupo de Amistad Francia-México, de la República Francesa, que preside el senador Gérard Cornu.

Está integrada también por los senadores Jean-Marc Pastor y Bernard Saugey, y están acompañados por la excelentísima señora embajadora Elisabeth Beton. Todos son bienvenidos. Es un honor tenerlos aquí. Han tenido una reunión de trabajo con al Grupo de Amistad México-Francia, que preside el diputado Jorge Mendoza.

La Cámara de Diputados les da la más cordial bienvenida y hace votos por el fortalecimiento del diálogo, la colaboración y la amistad entre nuestros dos países. Bienvenida, embajadora. Bienvenidos senadores. Es un gusto tenerlos aquí.

Tiene la palabra para hablar en contra del acuerdo el diputado Manuel Huerta Ladrón de Guevara.

El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara:Miren lo que tiene uno que hacer para hacer valer la ley y para garantizar los derechos políticos de los ciudadanos, que no es menor cosa.

Obviamente, más que estar en contra, es razonar el sentido del voto y desenmascarar a la Junta de Coordinación Política, a esa que dirige el PRI, aunque aparentemente la preside un opositor, que obviamente hoy es claramente parte del régimen político. Esta mascarada de Junta de Coordinación Política que existe en este Congreso y que aparentemente hay una democracia profunda.

Hoy pudieron ser magnánimos, hoy incorporan a la Comisión de Asuntos Frontera Norte, que por cierto preside el compañero Jaime Bonilla, un verdadero representante popular y, ¿quién va a estar en contra de eso? debería tener el rango.

De lo que estamos en contra es de la simulación, de la mentira, de la maniobra con la cual el PRI y sus aliados, y hoy los partidos del régimen, el PAN y el PRD, a través de la Junta pretenden hoy aquí presentar esta gran magnanimidad con la que actúan.

Miren, les voy a decir porqué. En la Comisión de Gobernación nos reunimos. En la Comisión de Gobernación y en este pleno he presentado un punto de acuerdo desde hace varias semanas, donde estamos pidiendo la apertura de foros para discutir con los ciudadanos lo que los ciudadanos están todos los días viniendo a pedir aquí.

Ayer mismo en la Junta estuvieron los representantes, los dirigentes de una asociación de consejeros electorales de varios estados y les pidieron: oigan, hay que abrir el debate. Y la Junta les dijo: Sí, cómo no. Pero no les dijo ni cuándo ni cómo, porque no les interesa debatir ni abrir la discusión de cómo se va a elegir a los consejeros electorales, y mucho menos discutir las leyes secundarias y que sea esto una verdadera discusión. Le quieren dar atole con el dedo a los ciudadanos.

Qué necesidad tiene uno de estar acudiendo a los tribunales, como lo he hecho desde el día viernes, para solicitar a través de un juicio de protección de los derechos políticos electorales de los ciudadanos, a que repongan, a que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación —y si existe justicia se los van a tener que exigir— adopte medidas cautelares para que la Junta de Coordinación Política, la Mesa Directiva y el pleno de la Cámara garanticen que el Comité Técnico de Evaluación aplique una evaluación objetiva de la idoneidad de los ciudadanos que acuden a la convocatoria o que acudan a la convocatoria.

Es toda una trampa ésta, de tener 120 días para nombrar a los consejeros y ahora lo quieren hacer en 57 días. Peor aún, violentar los derechos de los ciudadanos, que es una demanda de muchos miembros del servicio profesional de carrera y que aquí de un plumazo los borraron.

Miren, veo caras de algunos diputados. Claro, no tienen valor para subirse a debatir aquí. Y va a decir: bueno, ¿y eso qué tiene que ver con que debatamos sobre los residentes en el extranjero y su voto? Pues tiene que ver que el punto nodal, como lo ven ustedes, que va a ser el juez, como es la crisis del sistema electoral mexicano, como la crisis del régimen, que nadie les cree nada, bueno, ahora no les creen ni lo de El Chapo. Ya hablan del chueco y del chafa. O sea, nadie les cree nada.

Obviamente nadie cree en esta farsa electoral que pretenden generar en estas maniobras y ahora querer amparar —culmino, presidente— en una supuesta magnanimidad y abrir este debate a los de la Comisión de Asuntos Frontera Norte.

Miren, la verdad es que ya a veces yo mismo digo, pues es que solita la ciudadanía, los que saben, los académicos, los investigadores están refutándoles toda la acción. Es la pérdida de credibilidad de esta Cámara de Diputados, es como están legislando.

Y evidentemente, yo haría votos porque no nada más se ampliara este foro a la Comisión de Asuntos Frontera Norte, sino que abrieran los foros necesarios en materia política-electoral. Al menos tenemos un acuerdo que espero que tengan palabra los de Comisión de Gobernación y cumplamos, y desde la comisión abramos estos foros a los ciudadanos.

Y ojalá se hiciera que todos los temas que esta Cámara debate se abrieran a la discusión y no les pase como en la Ley Ferroviaria, que la pasan de nochecita, en un dos por tres, y después en otros lugares les abren la puerta a los sectores, cuando menos para escucharlos. Es cuanto.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Tiene ahora la palabra el diputado Ricardo Monreal.

El diputado Ricardo Monreal Ávila:Ciudadano presidente, ciudadanos legisladores, quise hacer uso de la palabra para poder razonar mi voto. Mi voto será en pro de este acuerdo de la Junta de Coordinación Política, mediante el cual se modifica uno que ya había sido aprobado en sesiones pasadas y que tiene que ver con la inclusión de los procedimientos que regularán el voto de los mexicanos residentes en el extranjero.

Y quise usar esta tribuna por dos razones. La primera, porque ustedes votaron en contra en esa sesión que se aprobó el acuerdo que hoy se modifica, votaron en contra de que se modificara el acuerdo para incluir a la Comisión de Asuntos Frontera Norte.

Admito y acepto que la oposición de la Cámara, que nosotros constituimos, está estigmatizada. Lamentablemente, todo lo que proponemos, aunque sea bueno —el 99 por ciento es bueno— es rechazado de manera automática por los grupos mayoritarios.

En aquella ocasión, por escrito planteamos, por lógica política, por lógica legislativa, que se incorporara la Comisión de Asuntos Frontera Norte, que preside el diputado Jaime Bonilla y que conoce el tema, para participar de estos foros y no solo buscar los mecanismos que transparentaran y eficientaran la participación de los mexicanos en el extranjero al momento de sufragar en el exterior, sino que otras materias también pudieran ser reguladas.

No solo la Comisión de Asuntos Frontera Norte debería participar, en efecto, pero ya el hecho de que participe me parece que es suficiente para votar a favor. Porque Jaime Bonilla es un diputado honorable, que va a actuar con pluralidad, con imparcialidad y con eficacia en estos foros. No se va a prestar a la farsa, estoy seguro de ello.

Y por eso, yo quiero simplemente hacerles un reclamo amistoso. Rechazan mi propuesta de inclusión de la Comisión de Asuntos Frontera Norte hace tres sesiones, por provenir de una propuesta del suscrito. Y a los días, la misma propuesta está sometiéndose a consideración del pleno. Estoy seguro que va a pasar. ¿Pero no es incongruente? ¿Tres sesiones después votar a favor lo que les había propuesto? ¿Es mezquindad o es simplemente una actitud de estar en contra, ustedes, de todo lo que yo propongo?

He propuesto más de cien iniciativas. La mayoría está durmiendo el sueño de los justos. Más de cien puntos de acuerdo. La mayoría está encarcelada, aprisionada, sin ninguna posibilidad de éxito.

Sin embargo, no vamos a dejar de hacerlo, se los aseguro. Nosotros seguiremos luchando para que este país se transforme, para que las instituciones puedan transformarse. Para que el país pueda renacer y para que la decadencia política que en este momento tiene por rehén a nuestro país se haga a un lado para dar paso a una nueva generación de políticos. Jóvenes que puedan transformar las instituciones del país.

Por esa razón votaremos a favor de la propuesta que hace tres sesiones había hecho y que ustedes rechazaron. Y que me alegra que la comisión que preside Jaime Bonilla vaya a estar como coordinadora de estos foros del voto de los mexicanos en el extranjero. Enhorabuena para la Cámara y ojalá y así meditaran todas mis propuestas.

El Presidente diputado José González Morfín: Le pido a la Secretaría que dé lectura a la propuesta de modificación que dejó el diputado Ricardo Mejía y que inmediatamente después consulte a la asamblea si se acepta la propuesta de modificación.

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Gracias, presidente. El documento del diputado Mejía dice: Me permito solicitar se incluya la modificación del acuerdo citado, la realización de los siguientes foros; financiamiento de las campañas electorales, sistemas de nulidades en materia electoral y regulación de la propaganda gubernamental. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias. Consulte ahora si se acepta la modificación propuesta.

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se admite la modificación propuesta por el diputado Ricardo Mejía Berdeja. Los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Presidente, mayoría por la negativa.

El Presidente diputado José González Morfín: No se admite. En consecuencia se desecha. Consulte ahora la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si es de aprobarse el Acuerdo de la Junta de Coordinación Política.

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:En votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado José González Morfín: Aprobado. Comuníquese.

Quiero dar la más cordial bienvenida a los alumnos de intercambio de Rotary International, que están hoy aquí, provenientes de 14 países. Invitados por el diputado Alberto Curi Naime. Bienvenidas y bienvenidos todos a la Cámara de Diputados, y por supuesto a nuestro país.

Continúe la Secretaría con la declaratoria de publicidad.



DECLARAR 2014 COMO AÑO DE OCTAVIO PAZ

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:«Dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que declara al 2014 como “Año de Octavio Paz”

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Gobernación de la LXII Legislatura fue turnada, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, la iniciativa con proyecto de decreto que declara al 2014 como “Año de Octavio Paz”.

Esta comisión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), y numeral 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 80, numeral 1, fracción II, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, 158, numeral 1, fracción IV, y 167, numeral 4, del Reglamento de la Cámara de Diputados, y habiendo analizado el contenido de la iniciativa de referencia somete a la consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen:

I. Antecedentes

1. El once de diciembre de dos mil trece la diputada Sonia Rincón Chanona, integrante del grupo parlamentario de Nueva Alianza, presentó la iniciativa con proyecto de decreto para declarar el 2014 como “Año de Octavio Paz”.

2. En esa misma fecha, once de diciembre de dos mil trece, el Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados determinó turnarla a la Comisión de Gobernación de la LXII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, para su análisis y dictamen, y a la Comisión de Cultura y Cinematografía, para opinión.

3. El diecinueve de febrero de dos mil catorce, la Comisión de Cultura y Cinematografía aprobó su opinión en sentido positivo, remitiendo el mismo a la Comisión de Gobernación.

4. Con fecha diecinueve de febrero de dos mil catorce los diputados integrantes de la Comisión de Gobernación aprobaron el presente dictamen.

II. Contenido de la iniciativa

La diputada proponente reconoce que el Congreso de la Unión siempre se ha distinguido por reconocer la labor de los mexicanos que han contribuido de manera significativa a nuestra nación; por esta razón, es necesario conocer la obra del intelectual Octavio Paz, “un hombre con una conciencia lúcida de su tiempo y en particular del tiempo mexicano. Uno de los intelectuales mexicanos de proyección universal con mayor reconocimiento en el mundo”.

La proponente señala que Octavio Paz, Premio Nobel de Literatura 1990, fue merecedor de numerosos premios y distinciones como el Premio Cervantes (España), el Premio Ollin Yoliztli (México) y el Premio T. S. Eliot (EUA). Su obra abarca la filosofía, la poesía, el ensayo, la historia, el arte, las relaciones internacionales y la música. Como poeta reflejó siempre una comprensión luminosa de nuestro país, desde sus raíces, para, a partir de ella, hacer una aportación apreciable a la cultura y como escritor, fue un crítico tenaz del dogmatismo que nunca rehuyó la polémica. La iniciadora concluye que Octavio Paz es un referente importante para la poesía mexicana y mundial, sus obras deben estar presentes en el colectivo nacional hoy y siempre.

En este sentido, y al cumplirse el centenario del nacimiento del poeta, el 31 de marzo de 2014, el proyecto de decreto quiere rendir un homenaje y tributo a este mexicano distinguido por lo que se propone declarar el 2014 como “Año de Octavio Paz”.

Establecidos los antecedentes y el contenido de la iniciativa, los miembros de la Comisión de Gobernación de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados, suscriben el presente dictamen exponiendo las siguientes

III. Consideraciones

1. Octavio Paz nació en la ciudad de México, el 31 de marzo de 1914. A edades muy tempranas manifestó interés por las letras publicando diversos trabajos en revistas. Se formó en la Universidad Nacional Autónoma de México y tuvo formación sólida en el extranjero, particularmente en los Estados Unidos y Europa.

2. Formó parte del Servicio Exterior Mexicano al cual renunció en 1968 ante los hechos de represión del movimiento estudiantil. También fue docente; en Inglaterra fue profesor invitado de la Universidad de Cambridge. Hacia 1970, publicó el ensayo Posdata donde revisó los hechos del movimiento de 1968. En México, funda con otros intelectuales Plural (1971-1976) y después Vuelta (1976-1998), revistas literarias y artísticas abiertas a la problemática, a la vida y a la cultura de México incluyendo los asuntos públicos.

3. La obra de Octavio Paz es extensa lo que valió ser merecedor del Premio Nobel de Literatura en 1990. Sus trabajos poéticos están conformados por los siguientes títulos: Luna Silvestre(1993); Bajo tu clara sombra y otros poemas sobre España (1937); Entre la piedra y la flor(1941); Libertad bajo palabra (1949); Águila o sol (1951); Semillas para un himno (1954); La estación violenta (1958); Salamandra (1962); Ladera Este (1969); Topoemas (1971); Renga (1972); Pasado en claro (1975); Vuelta (1976); Poemas (1979) y Árbol de adentro (1987).

La prosa de Octavio Paz tiene obras como El laberinto de la soledad (1950); El arco y la lira(1959); Cuadrivio (1965); Claude Levi-Strauss o el nuevo festín de Esopo (1967); Conjunciones y disyunciones (1969); El mono gramático (1974); Los hijos del limo (1974); El ogro filantrópico(1979); Sor Juana Inés de la Cruz o las trampas de la fe (1982); Tiempo nublado (1983) y Hombres de su siglo (1984).

Aun cuando fue honrado con el Nobel de Literatura en 1990, su producción literaria siguió cosechando importantes reconocimientos nacionales e internacionales. En 1993 obtuvo el Premio Príncipe de Asturias por la revista Vuelta, y al año siguiente la Gran Cruz de la Legión de Honor, máximo reconocimiento que otorga el gobierno de la República Francesa. También fue miembro de la Academia Mexicana de la Lengua. Este hombre de todos los tiempos, mexicano excepcional, y agudo crítico de nuestra época y de las culturas murió en la Ciudad de México, el 19 de abril de 1998.

Esta comisión considera importante el reconocimiento que el honorable Congreso de la Unión realiza a un hombre cuyas aportaciones permiten una mejor comprensión de la vida cultura hispanoamericana. Reconocer el 2014 como “Año de Octavio Paz” tendrá un impacto en la vida cultural de México haciendo posible el derecho a la cultura al conocer la obra y pensamiento de Octavio Paz. El proyecto de decreto, por lo tanto, es congruente con los propósitos del Poder Legislativo, particularmentede.la Cámara de Diputados al promover la instalación de una Comisión Especial para Conmemorar el Centenario del Natalicio de Octavio Paz.

Efectivamente, la instalación de esta Comisión Especial obedeció a que la Cámara de Diputados no puede quedarse al margen de la celebración de los cien años del nacimiento del Nobel de Literatura mexicano. “La creación de la Comisión Especial para conmemorar el centenario del natalicio de Octavio Paz es indispensable para estar a la altura de las circunstancias”.

En este sentido, dicha Comisión Especial tiene por objeto definir y organizar actividades como: ediciones especiales, encuentros de poetas, coloquios de intelectuales, difusión masiva, lecturas públicas, exposiciones artísticas, y demás similares, en torno a la vida y obra de Octavio Paz. De la misma forma, la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión realizará, en el segundo período ordinario de sesiones del segundo año de ejercicio constitucional, un homenaje a Octavio Paz para conmemorar el centenario de su natalicio.

De la misma manera, la Comisión de Cultura y Cinematografía emitió su opinión que, en su parte medular, determina:

Esta Comisión opina que es conveniente dictaminar favorablemente la iniciativa con proyecto de decreto para declarar “2014, Año de Octavio paz”, propuesta el 11 de diciembre de dos mil trece por la diputada Sonia Rincón Chanona, del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza.

Por lo antes expuesto, los integrantes de la Comisión de Gobernación de la LXII Legislatura, sometemos a consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente

Decreto que declara al 2014 como “Año de Octavio Paz”

Primero. El honorable Congreso de la Unión declara al 2014 como “Año de Octavio Paz”

Segundo. A partir de la entrada en vigor del presente Decreto, toda la correspondencia oficial del Estado deberá contener al rubro o al calce la siguiente leyenda: “2014, Año de Octavio Paz”.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y concluirá su vigencia el 31 de diciembre del mismo año.

Palacio Legislativo de San Lázaro. México, Distrito Federal, a diecinueve de febrero de dos mil catorce.

La Comisión de Gobernación, diputados:Rafael Alejandro Moreno Cárdenas (rúbrica), presidente; Esther Quintana Salinas (rúbrica), José Alfredo Botello Montes (rúbrica), Marcelo de Jesús Torres Cofiño (rúbrica), Lizbeth Eugenia Rosas Montero (rúbrica), Fernando Belaunzarán Méndez (rúbrica), Mónica García de la Fuente (rúbrica), Francisco Alfonso Durazo Montaño (rúbrica), Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara (rúbrica), Williams Oswaldo Ochoa Gallegos, Abel Octavio Salgado Peña (rúbrica), Adán David Ruiz Gutiérrez (rúbrica), Jaime Chris López Alvarado (rúbrica), secretarios; Juan Jesús Aquino Calvo (rúbrica), Consuelo Argüelles Loya, Luis Manuel Arias Pallares, José Ángel Ávila Pérez (rúbrica), Faustino Félix Chávez (rúbrica), Heriberto Manuel Galindo Quiñones, Rodrigo González Barrios (rúbrica), Luis Antonio González Roldán, Francisco González Vargas (rúbrica), Fernando Donato de las Fuentes Hernández (rúbrica), Julio César Moreno Rivera (rúbrica), Arnoldo Ochoa González (rúbrica), Alfredo Rivadeneyra Hernández (rúbrica), Simón Valanci Buzali, José Arturo Salinas Garza (rúbrica), Víctor Hugo Velasco Orozco, Ruth Zavaleta Salgado (rúbrica).»

« Opinión que emite la Comisión de Cultura y Cinematografía a la iniciativa con proyecto de decreto para declarar “2014, Año de Octavio Paz”

La Comisión de Cultura y Cinematografía de esta Cámara de Diputados de la LXII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 39, numeral 1 y numeral 2, fracción XII; y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 67, numeral 1, fracción II; 69, numerales 1, 2, y 4; 157, numeral 1, fracción IV, y 158, numeral 1, fracción X, del Reglamento de la Cámara de Diputados, emite opinión al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero. Con fecha 11 de diciembre de dos mil trece, la diputada Sonia Rincón Chanona, del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza, presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de esta LXII Legislatura, iniciativa con proyecto de decreto para declarar “2014, Año de Octavio Paz”.

Segundo. Con la fecha antes señalada, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados mediante oficio No. D .G.P 1. 62-II-6-1114, turnó la iniciativa a la Comisión de Gobernación para dictamen y a la Comisión de Cultura y Cinematografía para opinión.

A efecto de cumplir con lo dispuesto por el artículo 69, numerales 1, 2, 3 y 4 del Reglamento de la Cámara de Diputados, los integrantes de la comisión se reunieron el diecinueve de febrero de dos mil catorce, para emitir opinión respecto de la Iniciativa señalada con anterioridad, al tenor de los siguientes:

Considerandos

Primero. Que esta Comisión es competente para emitir su opinión respecto de la iniciativa con proyecto de decreto para declarar “2014, Año de Octavio Paz”, cuyo objeto es el rendir un tributo a este distinguido mexicano, conforme al fundamento jurídico invocado en el proemio del presente.

Segundo. Como antecedentes, la diputada refiere que la Cámara de Diputados siempre se ha distinguido por reconocer la labor de los mexicanos que han contribuido de manera significativa a (sic) nuestra nación.

Que el referido personaje de nuestra historia, es el poeta, ensayista, diplomático e intelectual mexicano más plural del siglo XX. Que fue hombre de conciencia lúcida de su tiempo y, en particular, del tiempo mexicano. Uno de los intelectuales mexicanos de proyección universal, con mayor reconocimiento en el mundo.

Que fue el primer poeta e intelectual mexicano en ser reconocido con el Premio Nobel de Literatura en 1990. A lo largo de su trayectoria fue merecedor de numerosos premios y distinciones, entre ellos el Premio Cervantes (España), el Premio Ollin Yoliztli (México) y el Premio T. S. Eliot (EUA).

Que sin su obra y sus aportaciones teóricas no comprenderíamos la vida cultural de Hispanoamérica. Al igual que Juan Ramón Jiménez, Vicente Huidobro, César Vallejo o Pablo Neruda, Paz abrió caminos para las nuevas generaciones del siglo XXI.

Señala la diputada que la obra de Paz abarca la filosofía, la poesía, el ensayo, la historia, el arte, las relaciones internacionales, la música, etcétera. Que a semejanza de los sabios griegos, trató de llegar a la totalidad del conocimiento, y que al igual que aquellos maestros, se enfrentó a la ignorancia, la envidia y la difamación.

Que su poesía reflejó siempre una comprensión luminosa de nuestro país, desde sus raíces, para, a partir de ella, hacer una aportación apreciable a la cultura.

Asimismo, dice que como escritor fue un crítico tenaz del dogmatismo que nunca rehuyó la polémica.

Que Octavio Paz es un referente para la poesía mexicana y mundial, sus obras deben estar presentes en el colectivo nacional hoy siempre (sic).

La diputada Rincón Chanona dice al argumentar esta iniciativa, que es importante que con el pueblo de México y el Congreso de la Unión, se rinda el máximo tributo a este distinguido mexicano que nació el 31 de marzo de 1914 en la Ciudad de México, y que es de notar, que Octavio Paz será reconocido internacionalmente, ya que la UNESCO está considerando declarar el 2014 como “Año de Octavio Paz”.

Tercero. Los efectos jurídicos de una declaratoria como la que propone la diputada Rincón Chanona, y que es materia de esta opinión, residen, principalmente, en que en los documentos y eventos oficiales se haga referencia al personaje o hecho histórico al que se rinde homenaje ese año.

La implementación del mismo no trae, entonces, aparejado un impacto presupuestal para los planes y programas de los Poderes de la Unión ni de los demás órdenes de gobierno y sí, en cambio, tienen un impacto significativo en el impulso a la cultura cívica, la convivencia y el reforzamiento de los valores y tejido de la sociedad mexicana a través de conocer, difundir y reconocer hechos y personas con importante significado en nuestra historia y en nuestra cultura.

Lo anterior permitirá dar cumplimiento a los artículos 2 y 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establecen el derecho humano a la cultura y educación fomentando los valores intrínsecos del ser humano. Los mismos derechos están consagrados en los artículos 16 (1) y 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y artículos 1 (1), 3, 6 (2) así como 15 (1 inciso a) y (2) del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Cuarto. El Poder Judicial de la Federación también se ha pronunciado respecto al deber del Estado consistente en promover, de forma individual y colectiva, el derecho a la cultura que es, finalmente, el objetivo primordial que se persigue con la iniciativa que se opina.

Al respecto, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió la siguiente tesis que ilustra lo aseverado:

Época: Décima Época

Registro: 2001622

Instancia: Primera Sala

Tipo de Tesis: Aislada

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Localización: Libro XII, Septiembre de 2012 Tomo 1

Materia (s): Constitucional

Tesis: 1a. CCVI/2012 (10a.)

Pag:500

Derecho a la cultura. El Estado mexicano debe garantizar y promover su libre emisión, recepción y circulación en sus aspectos individual y colectivo. De la interpretación armónica y sistemática de los artículos 3o., 7o., 25 y 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con diversos preceptos sobre derechos humanos de carácter internacional, adoptados por el Estado mexicano, y conforme al artículo 4o. constitucional, deriva que el derecho a la cultura se incluye dentro del marco de los derechos fundamentales; de ahí que el Estado deba garantizar y promover la libre emisión, recepción y circulación de la cultura, tanto en su aspecto individual, como elemento esencial de la persona, como colectivo en lo social, dentro del cual está la difusión de múltiples valores, entre ellos, los históricos, las tradiciones, los populares, las obras de artistas, escritores y científicos, y muchas, otras manifestaciones del quehacer humano con carácter formativo de la identidad individual y social o nacional.

Amparo directo 11/2011. Sociedad Mexicana de Directores Realizadores de Obras Audiovisuales, S.G.C. 2 de mayo de 2012. Mayoría de tres votos. Disidentes: Jorge Mario Pardo Rebolledo y Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretario: Ignacio Valdés Barreiro.

Con base en lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, la Comisión de Cultura y Cinematografía, emite la siguiente:

Opinión

Esta comisión opina que es conveniente dictaminar favorablemente iniciativa con proyecto de decreto para declarar “2014, Año de Octavio Paz”, propuesta el 11 de diciembre de dos mil trece, por la diputada Sonia Rincón Chanona, del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza.

Lo anterior, en virtud de que los diputados que integramos esta comisión consideramos que es loable conmemorar la vida y obra de Octavio Paz, en el centenario de su natalicio.

Un mexicano auténtico, gran escritor, poeta, uno de nuestros intelectuales de proyección universal, con mayor reconocimiento en el mundo y desde luego distinguido con el Premio Nobel de Literatura, que incursionó con gran éxito en la diplomacia y específica mente en la promoción cultural dentro y fuera de nuestro territorio.

Que supo dimensionar en sus obras y testimonio, que la cultura es fuente de identidad, cohesión social, expresión y diálogo, que dada la variedad y modalidad de manifestaciones, las instituciones sociales y los seres humanos, deben mantener, pero al mismo tiempo desarrollar, armonizándolas con la modernidad. En un intercambio e influencia recíproca con culturas externas, tanto en lo local como en lo nacional e internacional, siempre consciente de que al hacerlo se logra reafirmar la identidad cultural propia y se logra la adaptación de las personas a sí mismas y a su medio físico y social, dentro de la dimensión de un mundo globalizado.

Que dentro de las propuestas de los Estados miembros sobre la celebración de aniversarios a los que la UNESCO se asociará en 2014-2015, aprobadas en su Conferencia General 37, en París, en el 2013, se encuentra, con e1 numeral 63 el “Centenario del nacimiento de Octavio Paz, escritor (1914-1998) (México)”,  por lo que esta Comisión considera conveniente que a la par de la celebración por parte de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, se declare en nuestro país “2014, Año de Octavio Paz”, como reconocimiento a la grandeza y trascendencia universal de su obra.

Notas:

1 Adoptada en la Ciudad de San José de Costa Rica, el 22 de noviembre de 1969.

2 Publicado en el Diario Oficial de la Federaci6n, el 12 de mayo de 1981.

3 http://unesdoc.unesco.org/imageslO022/002240/224003s.pdf

Comisión de Cultura y Cinematografía, de esta Cámara de Diputados de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, a 19 de febrero de 2014.

Signan la presente opinión los diputados integrantes de la Comisión de Cultura y Cinematografía, diputados:Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), presidenta; Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Irma Elizondo Ramírez (rúbrica), Eligio Cuitláhuac González Farías (rúbrica), Luis Armando Córdova Díaz, Aurora Denisse Ugalde Alegría (rúbrica), Sonia Rincón Chanona, Zuleyma Huidobro González (rúbrica), Bárbara Gabriela Romo Fonseca (rúbrica), Hugo Jarquín, Roberto López González (rúbrica), Víctor Oswaldo Fuentes Solís (rúbrica), secretarios; Claudia Elena Águila Torres (rúbrica), Alma Jeanny Arroyo Ruiz, Juana Bonilla Jaime, Frine Soraya Córdova Morán (rúbrica), Blanca Estela Gómez Carmona, Gerardo Francisco Liceaga Arteaga (rúbrica) (rúbrica), José Martín López Cisneros, María del Carmen López Segura (rúbrica), María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), Tanya Rellstab Carreto, Roberto Carlos Reyes Gámiz, Rosa Elia Romero Guzmán, Martín de Jesús Vásquez Villanueva, María Beatriz Zavala Peniche.»

El Presidente diputado José González Morfín: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.



LEY DE VIVIENDA, EN MATERIA DE ACCESIBILIDAD A LA VIVIENDA

El Presidente diputado José González Morfín: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, en materia de accesibilidad a la vivienda.

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:«Dictamen de la Comisión de Vivienda, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, en materia de accesibilidad a la vivienda

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Vivienda de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, le fue turnada para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley de Vivienda para establecer que una vivienda digna y decorosa debe ser accesible para personas con alguna discapacidad, presentada por la diputada Paloma Villaseñor Vargas del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

En virtud del análisis y estudio de la propuesta mencionada, esta comisión legislativa, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f) y 7 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 80, 82, numeral 1, 85, 157, fracción I, 158, fracción IV, 162 y 174 del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de este ordenamiento, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen.

Metodología

1. En el capítulo de “ Antecedentes”, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen de la referida iniciativa y de los trabajos previos de la comisión dictaminadora.

2. En el capítulo correspondiente a “ Fundamentación y contenido”, se sintetiza el alcance de la propuesta de reforma en estudio.

3. En el capítulo de “ Consideraciones”, la comisión expresa los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la resolución de esta comisión dictaminadora.

1. Antecedentes

Primero. En la sesión plenaria celebrada por la Cámara de Diputados el 5 de septiembre de 2013, la diputada Paloma Villaseñor Vargas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo primero del artículo 2, se adiciona la fracción I, II y VIII, recorriéndose las subsecuentes y se reforma la fracción X del artículo 4, se adiciona la fracción X al artículo 6, se reforma la fracción XIV y adiciona la fracción XXIV al artículo 19 recorriendo las subsecuentes, se reforma el párrafo primero y segundo del artículo 71, se reforma el párrafo segundo del artículo 72 y se reforma el párrafo segundo del artículo 78, todos ellos de la Ley de Vivienda.

Segundo. En esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva turnó la iniciativa para su estudio y dictamen correspondiente a la Comisión de Vivienda.

2. Fundamentación y contenido

La iniciativa señala que el 30 de marzo de 2007, México suscribió la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y el 17 de diciembre de ese mismo año, con el aval del Congreso de la Unión, ratificó su adhesión. Por tal motivo, este instrumento es ley suprema de toda la Unión, tal y como lo prevé el artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En este tenor, refiere que el 30 de mayo de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que expide la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, y el 30 de noviembre de 2012 su reglamento. Con estos ordenamientos se dio un importante paso en el cumplimiento de las obligaciones adquiridas por el Estado mexicano con la firma y ratificación de la convención.

El artículo cuarto constitucional establece que: “Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo” En tal sentido, la Ley de Vivienda aduce que su objeto es “establecer y regular la política nacional, los programas, los instrumentos y apoyos para que toda familia pueda disfrutar de vivienda digna y decorosa”.

Por todo esto, se requiere establecer que una vivienda digna y decorosa debe ser accesible para todas las personas con alguna discapacidad; entendiendo la accesibilidad como la garantía de acceso a este tipo de personas al entorno físico, para que puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida. Ello se logra eliminando en la medida de lo posible las barreras físicas que dificultan, entorpecen o impiden a las personas con discapacidad su libre desplazamiento.

La accesibilidad es un valor colectivo que la mayoría de hogares pueden reconocer y valorar, con independencia de las capacidades físicas de sus miembros. La vivienda sin un grado mínimo de accesibilidad también puede ser sinónimo de aislamiento, inseguridad o malestar, sobre todo para aquellas personas cuyos requerimientos son mayores: las personas con discapacidad.

Por otra parte, la iniciativa menciona que la accesibilidad depende más de la calidad y sensibilidad en el diseño que de la existencia de elementos auxiliares o de más metros cuadrados.

El principal beneficio tangible de la accesibilidad consiste en el ahorro de costos, tanto para los discapacitados y sus familias, como para los programas de asistencia social. Este ahorro se debe a que los discapacitados y ciertos enfermos podrían permanecer en sus casas en lugar de centros especializados y, además, con menores requerimientos asistencia les. Todo ello gracias a las posibilidades de autonomía y atención que se derivan de una mayor accesibilidad.

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en su artículo noveno sobre la accesibilidad establece:

“A fin de que las personas con discapacidad puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida, los estados parte adoptarán medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales. Estas medidas, que incluirán la identificación y eliminación de obstáculos y barreras de acceso, se aplicarán, entre otras cosas, a:

a) Los edificios, las vías públicas, el transporte y otras instalaciones exteriores e interiores como escuelas, viviendas, instalaciones médicas y lugares de trabajo”.

Añade la iniciativa, que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) reporta, que para 2010 había en todo el territorio nacional más de 5 millones de personas que viven con algún tipo de discapacidad, donde los dos principales tipos de discapacidad son las relacionadas con la movilidad y la vista. Es decir, una de cada veinte personas se enfrenta diariamente vicisitudes de accesibilidad, lo que genera una condición de vida que en la mayoría de los casos los coloca en la marginalidad, la vulnerabilidad, la invisibilidad del mundo y en ocasiones discriminación.

Ante esta situación, concluye la iniciativa, el estado y la sociedad están obligados moral y jurídicamente a adoptar medidas para lograr el bienestar de todos y cada uno de sus miembros. De las políticas y programas de gobierno, radica en gran medida la deficiencia o efectividad del reconocimiento, protección y más aún, mejoramiento de la vida y de los derechos de las personas con discapacidad.

De acuerdo con lo anterior es que esta Comisión de Vivienda, hace las siguientes:

3. Consideraciones

Primera. Efectivamente, en los últimos años se han tomado distintas acciones para evitar la discriminación y mejorar las condiciones de vida de las personas que padecen algún tipo de discapacidad, sin embargo aun hace falta una gran labor para garantizar accesibilidad en la vivienda no sólo para los más de 5 millones de personas que padecen alguna invalidez, sino también para todos los adultos que por su edad están más expuestos a tener un accidente que produzca una discapacidad.

Segunda. Esta comisión dictaminadora coincide que México como país firmante de convenios internacionales sobre los derechos de las personas con discapacidad se comprometió a adoptar entre otras medidas las de: a) eliminar progresivamente la discriminación y promover la integración por parte de las autoridades gubernamentales y particulares en la prestación o suministro de bienes... vivienda..etcétera; b) medidas para que los edificios que se construyan faciliten el acceso a las personas con discapacidad; c) medidas para eliminar en lo posible los obstáculos arquitectónicos con la finalidad de facilitar el acceso y uso para las personas con discapacidad.

Tercera. En un análisis de derecho comparado realizado por el Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias de la Cámara de Diputados, se encuentra que Estados Unidos de América, Canadá, España, Argentina, Perú, Colombia y muchos otros países han adoptado en su legislación, normas y reglamentos para que tanto desde el punto de vista de los materiales empleados como del diseño arquitectónico se eliminen los obstáculos y barreras de acceso en edificios, viviendas y otros lugares, a fin de que las personas con discapacidad y adultos mayores cuenten con condiciones de accesibilidad.

Cuarta. En tal sentido, México incorporó en su orden jurídico la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. En el Capítulo IV de esta norma se plasman un conjunto de disposiciones en materia de accesibilidad y vivienda para las personas con discapacidad. Específicamente el artículo 16 dispone lo siguiente:

Artículo 16. Las personas con discapacidad tienen derecho a la accesibilidad universal y a la vivienda, por lo que se deberán emitir normas, lineamientos y reglamentos que garanticen la accesibilidad obligatoria en instalaciones públicas o privadas, que les permita el libre desplazamiento en condiciones dignas y seguras.

Las dependencias y entidades competentes de la administración pública federal, estatal y municipal, vigilarán el cumplimiento de las disposiciones que en materia de accesibilidad, desarrollo urbano y vivienda se establecen en la normatividad vigente.

...

Adicionalmente, el artículo 18, señala que las personas con discapacidad tienen derecho a una vivienda digna. Asimismo ordena que los programas de vivienda del sector público o sector privado deberán incluir proyectos arquitectónicos de construcciones que consideren las necesidades de accesibilidad de dichas personas. Igualmente prevé que las instituciones públicas de vivienda otorgarán facilidades para recibir créditos o subsidios para la adquisición, redención de pasivos y construcción o remodelación de vivienda.

Quinta.En virtud de lo anterior, esta comisión dictaminadora considera que las modificaciones jurídicas propuestas por la iniciativa en comento, vienen armonizar la Ley de Vivienda en materia de accesibilidad y vivienda digna con lo dispuesto por la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

Sexta.Asimismo, las reformas propuestas no sólo representan un avance importante para garantizar accesibilidad en la vivienda a más de 5 millones de personas que viven con algún tipo de incapacidad, sino también contribuyen a mejorar las condiciones de vida habitacional de los adultos mayores al reducir riesgos de accidentes en el hogar, que frecuentemente son el origen de padecimientos de invalidez de este grupo creciente de la población mexicana.

Séptima.Que conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y el artículo 85, fracción VIII del Reglamento de la Cámara de Diputados, esta comisión dictaminadora recibió del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas la valoración del impacto presupuestario de la iniciativa en comento, cuya conclusión es que las modificaciones propuestas no tienen un impacto presupuestario ni recaudatorio, toda vez que son de carácter normativo ya que los deberes que se le pretenden adicionar a la Ley de Vivienda están contempladas en la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, los miembros de la Comisión de Vivienda que suscriben, someten a consideración de esta honorable asamblea, el siguiente:

Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, en materia de accesibilidad a la vivienda

Artículo Único. Se reforman los artículos 2; 4, actual fracción VII; 19, fracción XIV; 71; 72, segundo párrafo y 78, segundo párrafo; se adicionan los artículos 4, con las fracciones I, II y VIII, recorriéndose las demás fracciones en su orden; 6, con una fracción X; 19, con una fracción XXIV, pasando la actual XXIV a ser XXV de la Ley de Vivienda, para quedar como sigue:

Artículo 2. Se considerará vivienda digna y decorosa la que cumpla con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de asentamientos humanos y construcción, habitabilidad, salubridad, cuente con los servicios básicos y brinde a sus ocupantes seguridad jurídica en cuanto a su propiedad o legítima posesión, y contemple criterios para la prevención de desastres y la protección física de sus ocupantes ante los elementos naturales potencialmente agresivos y, en su caso, cumpla con la normatividad vigente en materia de accesibilidad y diseño universal para personas con discapacidad.

Artículo 4. ...

I. Accesibilidad: garantía de acceso a las personas con discapacidad al entorno físico, dentro de la vivienda y en su entorno, cuyo objetivo será que las personas con discapacidad puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida;

II. Ajustes razonables: son las modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas que no impongan una carga desproporcionada, cuando se requieran en un caso particular, para garantizar una vivienda sin barreras físicas garantizando con ello la accesibilidad;

III. a VII. ...

VIII. Conadis: Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad;

IX. ...

X. Mejoramiento de vivienda: la acción tendiente a consolidar o renovar las viviendas deterioradas física o funcionalmente, mediante actividades de ampliación, reparación, ajustes razonables que garanticen la accesibilidad, reforzamiento estructural o rehabilitación que propicien una vivienda digna y decorosa;

XI. a XV. ...

Artículo 6. ...

I. a VII. ...

VIII. Promover una distribución y atención equilibrada de las acciones de vivienda en todo el territorio nacional, considerando las necesidades y condiciones locales y regionales, así como los distintos tipos y modalidades del proceso habitacional;

IX. Promover medidas que proporcionen a la población información suficiente para la toma de decisiones sobre las tendencias del desarrollo urbano en su localidad y acerca de las opciones que ofrecen los programas institucionales y el mercado, de acuerdo con sus necesidades, posibilidades y preferencias, y

X. Promover que los programas de vivienda públicos y/o privados, incluyan criterios para la rehabilitación, y construcción de vivienda para personas con discapacidad que cumplan la norma en la materia sobre accesibilidad y diseño universal.

Artículo 19. ...

I. a XIII. ...

XIV. Fomentar y apoyar medidas que promuevan la calidad de la vivienda y su accesibilidad;

XV. a XXII. ...

XXIII. Promover y apoyar la constitución y operación de organismos de carácter no lucrativo que proporcionen asesoría y acompañamiento a la población de bajos ingresos para desarrollar de mejor manera sus procesos productivos y de gestión del hábitat;

XXIV. Establecer, en coordinación con Conadis, un Programa Nacional de Vivienda accesible y con diseño universal, el cual tendrá como principio garantizar el derecho de las personas con discapacidad a adquirir una vivienda a través de los programas públicos y privados, que deberán incluir en sus proyectos los lineamientos y especificaciones que garanticen la accesibilidad y diseño universal, y

XXV. Las demás que le otorguen la presente ley u otros ordenamientos.

Artículo 71.Con el propósito de ofrecer calidad de vida a los ocupantes de las viviendas, la comisión promoverá, en coordinación con las autoridades competentes tanto federales como locales, que en el desarrollo de las acciones habitacionales en sus distintas modalidades y en la utilización de recursos y servicios asociados, se considere que las viviendas cuenten con los espacios habitables, accesiblesy de higiene suficientes en función al número de usuarios, provea de los servicios de agua potable, desalojo de aguas residuales y energía eléctrica que contribuyan a disminuir los vectores de enfermedad, así como garantizar la seguridad estructural y la adecuación al clima con criterios de sustentabilidad, eficiencia energética y prevención de desastres, utilizando preferentemente bienes y servicios normalizados.

Las autoridades del gobierno federal, las entidades federativas y los municipios en el ámbito de sus respectivas competencias, verificarán que se dé cumplimiento a lo dispuesto en esta ley en materia de calidad, accesibilidady sustentabilidad de la vivienda, y a las disposiciones legales y reglamentarias correspondientes.

Artículo 72.....

Aquellas localidades que no cuenten con las disposiciones previstas en el párrafo anterior, tomarán como referente el modelo formulado por la comisión. Este modelo incluirá requisitos técnicos que garanticen la seguridad estructural, la habitabilidad, la accesibilidad,la eficiencia y sustentabilidad de la vivienda.

Artículo 78....

En este tipo de normas se deberán considerar las condiciones y características de habitabilidad, accesibilidady seguridad para los diferentes tipos de vivienda y de sus etapas de construcción.

Transitorios

Primero.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.La Comisión Nacional de Vivienda dispondrá de 180 días para hacer las adecuaciones en el modelo normativo donde adicione los elementos que garanticen la accesibilidad y diseño universal.

Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF, a 29 de octubre de 2013.

La Comisión de Vivienda, diputados:Carlos Humberto Aceves del Olmo (rúbrica), Víctor Oswaldo Fuentes Solís (rúbrica), José Alejandro Llanas Alba (rúbrica), Mirna Esmeralda Hernández Morales (rúbrica), Marco Antonio Barba Mariscal (rúbrica), Tomás López Landeros, Abel Guerra Garza (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), David Pérez Tejada Padilla (rúbrica), Joaquina Navarrete Contreras (rúbrica), Karen Quiroga Anguiano, Rodrigo Chávez Contreras (rúbrica), Martha Berenice Álvarez Tovar (rúbrica), Lázara Nelly González Aguilar, José Enrique Reina Lizárraga (rúbrica), Rocío Esmeralda Reza Gallegos (rúbrica), Diego Sinhué Rodríguez Vallejo, Noé Barrueta Barón (rúbrica), Celia Isabel Gauna Ruiz de León (rúbrica), Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez (rúbrica), María del Carmen García de la Cadena Romero (rúbrica), Cesario Padilla Navarro, Norma Ponce Orozco (rúbrica), Esther Angélica Martínez Cárdenas (rúbrica), Amílcar Augusto Villafuerte Trujillo, Brasil Alberto Acosta Pena, Josefina Salinas Pérez (rubrica), Edilberto Algredo Jaramillo, Pedro Porras Pérez (rúbrica), Teresita de Jesús Borges Pasos, María Eugenia de León Pérez (rúbrica).»

El Presidente diputado José González Morfín: Para fundamentar el dictamen, por la comisión, tiene el uso de la voz el diputado Tomás López Landero.

Les damos también la bienvenida a los integrantes de Liderazgo Joven del estado de Aguascalientes, que nos acompañan hoy aquí en la sesión. Invitados por el diputado José Pilar Moreno Montoya. Bienvenidos y bienvenidas todos a la sesión.

El diputado Tomás López Landero:Con su permiso, señor presidente. Compañeras y compañeros diputados. Pongo a consideración de esta soberanía el dictamen de la Comisión de Vivienda a la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley de Vivienda.

Sin duda en los últimos años se han emprendido diversas acciones para evitar la discriminación y mejorar las condiciones de vida de las personas que padecen algún tipo de discapacidad, sin embargo aún falta mucho por hacer para garantizar plenamente la accesibilidad en la vivienda a los más de cinco millones de habitantes en el país que padecen alguna invalidez, y también a todas aquellas personas que por su edad avanzada están expuestas a tener un accidente en el hogar que afecte sus facultades físicas.

Precisamente el dictamen que modifica la Ley de Vivienda, y es motivo de la presente discusión, tiene como finalidad establecer que toda vivienda que se precie de ser digna y decorosa debe ser accesible para todas las personas con alguna discapacidad, entendiendo la accesibilidad como la garantía de acceso al entorno físico para que puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida.

Lo anterior se logra eliminando, en la medida de lo posible, las barreras físicas que dificultan, entorpecen o impiden a las personas con discapacidad su libre desplazamiento.

La accesibilidad es un valor colectivo que la mayoría de hogares pueden reconocer y valorar. Con independencia de las capacidades físicas de sus miembros, el grado de accesibilidad depende además de la calidad y la sensibilidad en el diseño de los existentes elementos auxiliares o más metros cuadrados.

El principal beneficio tangible de la accesibilidad consiste en el ahorro de costos tanto para los discapacitados y sus familias como para los programas de asistencia social. Este ahorro se debe a que los discapacitados y ciertos enfermos podrían permanecer en sus casas, en lugares de centros especializados y además con menores requerimientos asistenciales.

México, como país firmante de convenios internacionales sobre los derechos de las personas con discapacidad, se comprometió a adoptar diferentes medidas para eliminar la discriminación contra las personas que guardan dicha condición. Entre estas medidas destaca promover la integración de autoridades gubernamentales y particulares en la prestación o suministro de bienes como el de la vivienda, y auspiciar la construcción de los edificios que faciliten el acceso a las personas con discapacidad.

En aras de estos propósitos, el 30 de mayo de 2011 se incorporó en nuestro orden jurídico la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. En esta ley se establecen un conjunto de disposiciones en materia de accesibilidad y vivienda para las personas con discapacidad.

Específicamente el artículo 16 instituye que las personas con discapacidad tienen derecho a la accesibilidad universal y a la vivienda, por lo que se deberán emitir normas, lineamientos y reglamentos que garanticen la accesibilidad obligatoria en instalaciones y desplazamiento en condiciones dignas y seguras.

Adicionalmente, la Comisión Nacional de Vivienda (Conavi) emite el Código de Edificación de Vivienda en el cual dispone los lineamientos de diseño y construcción aplicables a casa habitación, áreas de uso común, vialidades, equipamientos y servicios urbanos que formen parte integral de un conjunto habitacional y su entorno urbano.

Todo lo anterior, con la finalidad que sean funcionales para todos sus habitantes con impedimentos motrices, visuales y/o auditivos, permitiendo moverse, de manera independiente, de acuerdo a sus propias necesidades.

En consecuencia, el dictamen que presentamos a consideración de esta honorable soberanía viene a armonizar y fortalecer la Ley de Vivienda con lo dispuesto en las leyes y reglamentos anteriormente citados.

Pero también, y esto es lo más importante, es que las reformas y adiciones de leyes de vivienda propuestas en el dictamen contribuyen a mejorar las condiciones de vida de más de 5 millones de personas que viven con algún tipo de discapacidad, y de otros muchos millones de ciudadanos de edad avanzada que tendrán menos riesgo de sufrir accidentes en el hogar, que en muchas ocasiones causan severos problemas de movilidad a la población adulta. Es cuanto, señor presidente y muchas gracias.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado.

Está a discusión el dictamen. Para fijar la posición del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano tiene el uso de la voz el diputado Rodrigo Chávez Contreras.

El diputado Rodrigo Chávez Contreras:Con su venia, diputado presidente. Compañeras y compañeros diputados. En todas las esferas democráticas del mundo existe una creciente preocupación por hacer realidad los preceptos plasmados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, de que todos los seres humanos nacemos libres e iguales en dignidad, derechos y libertades, sin distinción alguna de origen nacional o social, cuestión económica o cualquier otra condición.

Todos somos iguales ante la ley y tenemos derechos a igual protección y a la no discriminación.

Cabe resaltar que en la década pasada nuestro país se comprometió a suscribir ante las Naciones Unidas la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad, en marzo de 2007.

Dichos acuerdos quedaron plasmados en la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, publicada en noviembre de 2012.

En ese contexto nos queda mucho trabajo por hacer, ya que la sociedad tiene una importante responsabilidad en materia de inclusión, equidad, justicia y participación con este sector de la población considerado altamente vulnerable.

Un ejemplo importante es el tema relacionado con la vivienda. Nuestra Constitución señala en su artículo 4o., que “toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decorosa. Para tal fin la ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo, procurando eliminar las costumbres y prácticas asistencialistas o discriminatorias”.

Para ello los responsables de ejecutar dicha ley deben considerar el establecimiento de políticas públicas y programas que consideren la accesibilidad económica, espacial, cultural, social y estructural que se requiera para proveer a las personas con discapacidad de una vivienda digna y adecuada a sus necesidades, tanto individuales como familiares, y así mejorar sus condiciones de vida y a la vez que se establezcan aspectos de justicia y de equidad.

En nuestro país5 millones 739 mil 270 habitantes, es decir, el 5.1 por ciento de la población total, tienen alguna discapacidad.

Pese a este significativo porcentaje el colectivo de personas con discapacidad sigue constituyendo uno de los grupos con mayor situación con fragilidad, por lo que es de suma importancia crear los mecanismos para la protección, equidad, justicia y defensa que les permita el derecho a un alto estándar de vida en referencia a la salud para un tratamiento médico, psicológico y funcional. De igual manera a una rehabilitación médica, social y otros servicios necesarios para el máximo desarrollo de las capacidades, habilidades y autoconfianza.

En base a lo anterior reitero la importancia de implementar políticas públicas y acciones que garanticen una vivienda digna a las personas con discapacidad, por lo que resulta fundamental adoptar las medidas necesarias que aseguren su accesibilidad económica, montos adecuados a su nivel de ingresos, créditos blandos y subsidios para la adquisición o remodelación de la vivienda.

Espacial: áreas adecuadas para su movilidad dentro y fuera de la vivienda. Estructural: eliminación de barreras y obstáculos, accesos accesibles y seguros. Social: mecanismos de protección, desarrollo social e individual, ejercicio pleno de sus derechos, desarrollo de habilidades y capacidades. Culturales: reconocimiento, accesibilidad a la cultura y a todas las expresiones sociales.

Tenemos el compromiso de ser consecuentes como legisladores promoviendo las medidas legales que den fortaleza a las acciones en materia de accesibilidad e inclusión a personas con discapacidad a una vivienda digna y adecuada a sus necesidades.

Por lo tanto, el Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano está a favor de apoyar el proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Vivienda, en materia de accesabilidad a la misma a personas con discapacidad, de la Comisión de Vivienda de esta honorable Cámara de Diputados. Es cuanto, diputado Presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado. Tiene ahora la palabra el diputado Edilberto Algredo Jaramillo para fijar la posición del Grupo Parlamentario del PRD.

El diputado Edilberto Algredo Jaramillo:Con su permiso, diputado Presidente. Compañeros diputados. La accesibilidad es un derecho esencial a la vez que una herramienta primordial en el apoyo a la inclusión social, la no discriminación y la igualdad de oportunidades y de trato. En gran medida esto es así porque la designación más frecuente nace de la ausencia de accesibilidad a los entornos físicos, a la información y a la comunicación, a los procesos, a los productos y a los servicios.

En este sentido ya no es preciso demostrar la enorme influencia de realizaciones en materia de accesibilidad las cuales, al facilitar un entorno accesible, hacen que las personas con discapacidad puedan gozar y ejercer sus derechos fundamentales en igualdad de condiciones que el resto de los ciudadanos.

La insuficiente accesibilidad en el interior de los edificios y sus accesos pueden suponer una de las principales causas de discriminación hacia las personas con discapacidad al verse privadas de poder utilizar los recursos básicos de la comunidad, comenzando por la escasez de viviendas adaptadas y continuando con los servicios de uso público de todo tipo. Las llamadas barreras arquitectónicas limitan la actividad de las personas con movilidad reducida, ya sea por una deficiencia física o por las limitaciones en la actividad que impone una edad avanzada.

Actualmente existe en nuestro país un desconocimiento sobre el tema de accesibilidad arquitectónica, cuyo objetivo implica el diseño, proyecto, construcción, remodelación y adecuación de edificaciones y del medio urbanístico para evitar las barreras físicas, y con ello las personas con limitaciones pueden realizar el mismo tipo de actividades que las que no las tienen.

En materia de vivienda es de suma importancia generar una política de accesibilidad, tanto en el impulso normativo como en las acciones concretas, que ofrezca soluciones a los problemas de accesibilidad arquitectónica, que permita a las personas con discapacidad participar en las actividades sociales y económicas.

La política nacional en materia de vivienda debe de considerar en su elaboración un diseño de planificación urbana que combata las barreras arquitectónicas en el proceso de rehabilitación e inclusión social de las personas que presenten alguna limitación.

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en vigor en nuestro país a partir del 3 de mayo de 2008, obliga al Estado mexicano a asegurar el acceso a las personas con discapacidad a programas de vivienda pública, y en términos de nuestra Constitución, ésta deberá de ser digna y decorosa.

Para ello, el gobierno federal deberá armonizar todo su marco jurídico y emitir las normas oficiales mexicanas pertinentes que contengan la información, especificación y metodología para la construcción de una vivienda que cumpla con los principios de accesibilidad arquitectónica en un entorno urbano completamente accesible y transitable con la autonomía, comodidad y seguridad para las personas.

La iniciativa que hoy se presenta ante este pleno es un esfuerzo honesto para contrarrestar la indolencia de algunos desarrolladores inmobiliarios que tienen la percepción que construir viviendas accesibles implica un aumento de los costos en la construcción.

Con las disposiciones contenidas en el presente dictamen se establece la elaboración de un diseño universal que pueda ser apto para su aplicación en la construcción de viviendas con accesibilidad arquitectónica que le proporcione una habitación digna y decorosa a quien la habita.

Con la actual iniciativa, los diputados damos cumplimiento a diversas disposiciones, en materia internacional, de accesibilidad y armonizamos la Ley de Vivienda con otras leyes de promoción y de inclusión de las personas con discapacidad.

De igual manera, en esta iniciativa se crean disposiciones normativas que darán sustento a nuevas políticas públicas en materia de accesibilidad arquitectónica para ser ejecutadas por diversas dependencias de la administración pública de los diferentes órdenes de gobierno.

Esperamos que en las entidades federativas los poderes legislativos incluyan en sus respectivas leyes el concepto de la accesibilidad, con el fin de normar en el ámbito de su competencia las políticas de vivienda y desarrollos inmobiliarios.

Como integrantes de la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática damos nuestro voto de confianza al presente dictamen de reforma a la Ley de Vivienda, con el fin de dar cumplimiento a una demanda añeja y a una propuesta que siempre hemos abanderado. El que cada ciudadano pueda tener una vivienda digna y decorosa, de acuerdo a sus necesidades específicas.

El fomentar políticas públicas en materia de vivienda que permitan que cada ciudadano pueda tener un espacio que pueda llamar hogar, y sea el espacio de convivencia y crecimiento de una familia, debe de ser para todos los mexicanos prioridad máxima en la suma de todos nuestros esfuerzos. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado.

Agotada la lista de oradores y no habiendo artículos reservados, le pido a la Secretaría abra el sistema electrónico de votación, por cinco minutos, para recoger la votación nominal en lo general y en lo particular.

La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular, en un solo acto.

(Votación)

Ciérrese el sistema electrónico de votación. De viva voz.

El diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra (desde la curul): A favor.

El diputado Xavier Azuara Zúñiga (desde la curul): A favor.

La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: Señor presidente, se emitieron 413 votos a favor, 0 abstenciones y 0 en contra.

Presidencia del diputado Ricardo Anaya Cortés

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, en materia de accesibilidad a la vivienda. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.



CODIGO CIVIL FEDERAL - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma los artículos 416 del Código Civil Federal, y 80 del Código Federal de Procedimientos Civiles.

La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos:«Dictamen de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto que reforma los artículos 416 del Código Civil Federal, y 80 del Código Federal de Procedimientos Civiles

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Justicia de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión fue turnada para su análisis y elaboración del dictamen, iniciativa con proyecto de decreto por el que reforma los artículos 416 del Código Civil Federal y 80 del Código Federal de Procedimientos Civiles, presentada por la diputada Karina Labastida Sotelo, del Grupo Parlamentario del PAN.

Con fundamento en los artículos 39, numeral 1 y 45 numeral 6, incisos e), f) y g) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 80 numeral 1, fracción II, 81 numeral 2, 85, 157 numeral 1, fracción I; 158 numeral 1, fracción IV y 167 numeral 4 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen, de acuerdo con la siguiente

Metodología

I. En el capítulo de Antecedentes se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de tumo para el dictamen de la referida iniciativa y del trabajo previo para su resolución de la comisión dictaminadora.

II. En el capítulo referido al Contenido de la iniciativa se sintetiza el alcance de la propuesta de reforma en estudio.

III. En el capítulo de Consideraciones se expresan los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la resolución de esta comisión dictaminadora.

I. Antecedentes

1. En la sesión de fecha dos de abril de dos mil trece, la diputada Karina Labastida Sotelo, del Grupo Parlamentario del PAN, presento la iniciativa con proyecto de decreto por el que reforma los artículos 416 del Código Civil Federal y 80 del Código Federal de Procedimientos Civiles, como a continuación se describe:

Decreto por el que se reforma y adiciona los artículos 416 del Código Civil Federal, y el artículo 80 del Código Federal de Procedimientos Civiles

Artículo Primero. Se reforma el artículo 416 del Código Civil Federal, para quedar como sigue:

Artículo 416. En caso de separación de quienes ejercen la patria potestad, ambos deberán continuar con el cumplimiento de sus deberes y podrán convenir los términos de su ejercicio, particularmente en lo relativo a la guarda y custodia de los menores.

En caso de desacuerdo, el juez de la materia resolverá lo conducente oyendo al Ministerio Público, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 94 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal y con base en el resultado de las pruebas periciales en materia de trabajo social y de psicología familiar que oficiosamente habrán de practicárseles a ambos.

El otro estará obligado a colaborar en su alimentación y conservará los derechos de vigilancia y de convivencia con el menor, conforme a las modalidades previstas en el convenio o resolución judicial.

Artículo Segundo. Se reforma el artículo 80 del Código Federal De Procedimientos Civiles, para quedar como sigue:

Artículo 80. Los tribunales podrán decretar, en todo tiempo, sea cual fuere la naturaleza del negocio, la práctica, repetición o ampliación de cualquier diligencia probatoria, siempre que se estime necesaria y sea conducente para el conocimiento de la verdad sobre los puntos controvertidos. En la práctica de esas diligencias, obrarán como lo estimen procedente, para obtener el mejor resultado de ellas, sin lesionar los derechos de las partes, y procurando en todo su igualdad.

Tratándose de procedimientos en materia de patria potestad, el juez ordenará de oficio la realización de las pruebas pericia les a que se refiere el artículo 146 del Código Civil Federal.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el ejercicio fiscal siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

2. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, dispuso que dicha iniciativa fuera turnada para su estudio y dictamen correspondiente a la Comisión de Justicia.

3. En la sesión plenaria de la Comisión de Justicia, celebrada el día 29 de octubre de dos mil trece, se aprobó en sentido positivo por mayoría de los presentes el proyecto de dictamen de la iniciativa en referencia.

II. Contenido de la iniciativa

Instruir al juez en materia familiar, a escuchar al Ministerio Público en caso de desacuerdo de quienes ejerzan la patria potestad en el supuesto de separación, respecto a la guarda y custodia de los menores, tomando como base el resultado de las pruebas periciales en materia de trabajo social y de psicología familiar que oficiosamente se practiquen a ambos.

III. Consideraciones

Primero. El artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece las facultades del Congreso de la Unión para legislar, por lo que de conformidad con el artículo 124 del texto constitucional, claramente observamos que la materia familiar es exclusiva de las entidades federativas su legislación, sin embargo, por ser los preceptos citados en el cuerpo de la presente iniciativa, contenidas en un ordenamiento jurídico vigente, forman parte del derecho positivo mexicano, además de constituir un referente para los Congresos locales que en muchas ocasiones reproducen lo establecido en las normas federales.

La iniciativa tiene como sustento que. nuestro país al haber suscrito y ratificado la Convención sobre los Derechos del Niño, adquirió el compromiso de implementar una serie de medidas apropiadas para garantizar el ejercicio de los derechos contemplados en la misma, la Convención fue ratificada por los Estados Unidos Mexicanos el 21 de septiembre de 1990, En el ámbito Federal, se dio ya la aprobación-de la reforma y adición al artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 07 de abril del 2000, en la que se establece que todas las niñas y los niños tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral, promoviendo que sea el Estado el que proporcione lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos.

Segundo. La alienación parental se da principalmente en el contexto de conflictos de custodia entre los padres. Su manifestación primaria es la campaña de denigración y maltrato de sus hijos contra uno de los padres, campaña que no tiene justificación alguna o de exagerada denigración hacia el padre objetivo, esta conducta es caracterizada por el conjunto de actitudes que resultan del proceso por el cual, un progenitor transforma la conciencia de sus hijos mediante distintas estrategias, con objeto de impedir, obstaculizar o destruir sus vínculos con el otro progenitor.

Por otra parte; para los conflictos familiares, donde se dirimen controversias respecto a los menores de edad y sus derechos como integrantes de la familia, es reconocida la regulación del interés superior del menor, consistente en la protección preferencial a favor del menor, al considerarse un interés jurídico relevante, que implica un deber a cargo del Estado y de los particulares incluyendo a los padres, quienes están en la obligación de salvaguardar el desarrollo del menor y el ejercicio pleno de sus derechos.

Como se advierte en la tesis de jurisprudencia de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que dice:

Interés superior del menor. Su concepto. En términos de los artículos 4o., párrafo octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño,ratificada por México y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de enero de 1991; y 3 4 6 7 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas Niños Adolescentes,los tribunales, en todas las medidas que tomen relacionadas con los menores, deben atender primordialmente al interés superior del niño; concepto que interpretó la Corte Interamericana de Derechos Humanos (cuya competencia contenciosa aceptó el Estado Mexicano el 16 de diciembre de 1998) de la siguiente manera: “la expresión ‘interés superior del niño ... implica que el desarrollo de éste y el ejercicio pleno de sus derechos deben ser considerados como criterios rectores para la elaboración de normas y la aplicación de éstas en todos los órdenes relativos a la vida del niño”.

Es necesario identificar dicha conducta y subsanarla en la legislación federal, ya que existen casos severos en los que el padre rechazado, quien alguna vez fue amado y tuvo una buena relación con su hijo, ve destruido permanentemente el vínculo del afecto, aunado a que la idea de que un padre manipule y programe a sus hijos y los ponga en contra del otro progenitor, es un fenómeno cada vez más frecuente y acontece a la par de un juicio de divorcio. En México los niños, niñas, adolescentes, tienen derecho a tener sana convivencia con sus progenitores y familiares, independientemente de que habiten en domicilio distinto.

Tercero. La iniciativa, propone reformar la normatividad civil sustantiva y adjetiva, por falta de acuerdo para determinar quién de los padres ejercerá la guarda y custodia del menor, sea obligatoria la práctica de periciales de trabajo social y de psicología familiar, en los procedimientos de derecho familiar y sobre el estado civil de las personas, con el objetivo de proteger los derechos de las niñas, niños y adolescentes, frente a su padres y de todos aquellos que puedan ejercer la guarda y custodia en un determinado momento.

La prueba pericial en trabajo social, versa acerca de un estudio socioeconómico, sobre dos aspectos: Las condiciones materiales; evaluar las características físicas del hogar en donde se desarrollaría el menor y las condiciones ambientales, para evaluar las circunstancias de cómo se desarrolla el menor.

Las pruebas periciales antes descritas, son las idóneas y son las mínimas en el trabajo del juzgador pero no excluyen de algunas otras que se requieran de acuerdo al caso, para dilucidar el conflicto puesto en juicio, y en caso de ser permitente se realicen otras más.

Derivado de lo anterior, coincidimos con la proponente, en la conveniencia de llevar a cabo las adecuaciones correspondientes, ya que ello permitirá garantizar el pleno desarrollo afectivo y social, así como una vida digna de la niñez, garantizando que con la opinión de los menores y las periciales en materia de psicología familiar y de trabajo social, se permitan determinar de mejor forma la custodia de los menores.

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Justicia ponemos la consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Decreto por el que se reforma y adiciona los artículos 416 del Código Civil Federal, y el artículo 80 del Código Federal de Procedimientos Civiles

Artículo Primero. Se reforma el artículo 416 del Código Civil Federal, para quedar como sigue:

Artículo 416. En caso de separación de quienes ejercen la patria potestad, ambos deberán continuar con el cumplimiento de sus deberes y podrán convenir los términos de su ejercicio, particularmente en lo relativo a la guarda y custodia de los menores.

En caso de desacuerdo, el juez de la materia, con base al interés superior del menor resolverá lo conducente oyendo a los menores y al Ministerio Público, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 94 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal y con base en el resultado de las pruebas periciales que oficiosamente habrán de practicárseles a ambos en materia de trabajo social y de psicología familiar, así como cualquiera otra probanza que le alleguen las partes y las que estime pertinente para resolver lo más favorable a los menores.

En este supuesto, con base en el interés superior del menor, éste quedará bajo los cuidados y atenciones de uno de ellos. El otro estará obligado a colaborar en su alimentación y conservará los derechos de vigilancia y de convivencia con el menor, conforme a las modalidades previstas en el convenio o resolución judicial.

Artículo Segundo. Se reforma el artículo 80 del Código Federal de Procedimientos Civiles, para quedar como sigue:

Artículo 80. Los tribunales podrán decretar, en todo tiempo, sea cual fuere la naturaleza del negocio, la práctica, repetición o ampliación de cualquier diligencia probatoria, siempre que se estime necesaria y sea conducente para el conocimiento de la verdad sobre los puntos controvertidos. En la práctica de esas diligencias, obrarán como lo estimen procedente, para obtener el mejor resultado de ellas, sin lesionar los derechos de las partes, y procurando en todo su igualdad.

En todos los asuntos del orden familiar, los jueces y tribunales estarán facultados para recabar y desahogar de oficio las pruebas necesarias para preservar el interés superior de la niñez, otorgando al Ministerio Público la intervención que corresponda.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el ejercicio fiscal siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Nota:

1 Tesis de jurisprudencia 25/2012 (9a:). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de veintiuno de noviembre de dos mil doce.

Amparo directo en revisión 2076/2012. 19 de septiembre de 2012. Cinco votos. Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Secretario: Alejandro García Núñez Amparo directo en revisión 908/2006. 18 de abril de 2007. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretario: Heriberto Pérez Reyes. Amparo directo en revisión 1475/2008. 15 de octubre de 2008. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretaria: Dolores Rueda Aguilar. Amparo en revisión 645/2008. 29 de octubre de 2008. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretario: Jaime Flores Cruz.

Amparo directo en revisión 1187/2010. 1o. de septiembre de 2010. Cinco votos. Ponente: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Secretarios: Ana María Ibarra Olguín y Javier Mijangos y González.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de octubre de 2013.

La Comisión de Justicia, diputados:Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez (rúbrica), presidente; María del Roció Corona Nakamura (rúbrica), Karina Labastida Sotelo (rúbrica), Esther Quintana Salinas, Alejandro Carbajal González (rúbrica), Alfa Eliana González Magallanes, Antonio Cuéllar Steffan, Zuleyma Huidobro González (rúbrica), Lilia Aguilar Gil, José Alberto Rodríguez Calderón, Eloy Cantú Segovia (rúbrica), Miriam Cárdenas Cantú (rúbrica), Luis Armando Córdova Díaz (rúbrica), Andrés de la Rosa Anaya, Tomás Torres Mercado, Cristina González Cruz (rúbrica), Mirna Esmeralda Hernández Morales, Areli Madrid Tovilla (rúbrica), Julio César Moreno Rivera, José Antonio Rojo García de Alba (rúbrica), Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Jorge Francisco Sotomayor Chávez, Marcelo de Jesús Torres Cofiño (rúbrica), Fernando Zárate Salgado, Darío Zacarías Capuchino (rúbrica), Damián Zepeda Vidales, Claudia Delgadillo González (rúbrica), Crystal Tovar Aragón (rúbrica).»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Tiene el uso de la palabra, a nombre de la comisión, la diputada Landy Margarita Berzunza Novelo.

La diputada Landy Margarita Berzunza Novelo:Muy buenos días, compañeros. Me corresponde la presentación del dictamen de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto que reforma los artículos 416 del Código Civil Federal, y 80 del Código Federal de Procedimientos Civiles.

Con la venia de la Presidencia. Compañeras legisladoras y compañeros legisladores. Me permito presentar ante ustedes el dictamen en sentido positivo de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 416 del Código Civil Federal, y 80 del Código Federal de Procedimientos Civiles.

A través del referido instrumento legislativo la comisión dictaminadora manifiesta su interés en reformar la normatividad civil, sustantiva y adjetiva, con la finalidad de atender primordialmente el interés superior del menor, instruyendo al juez en materia familiar a escuchar al Ministerio Público en caso de desacuerdo de quienes ejerzan la patria potestad en el supuesto de separación respecto a la guarda y custodia, por supuesto de los menores, tomando como base el resultado de las pruebas periciales en materia de trabajo social y de psicología familiar que oficiosamente se practiquen a ambos. Esto es obviamente buscando el bienestar de los menores.

La reforma que en este momento se sujeta a la consideración del pleno proyecta el contenido del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual establece que todas las niñas y los niños tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral, promoviendo que sea el Estado el que proporcione lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos.

Lo anterior cobra especial vigencia, ya que durante la realización de los juicios de divorcio es común observar el fenómeno de la alienación parental, principalmente en el contexto de conflictos de custodia entre los padres, cuya manifestación primaria es un proceso por el cual un progenitor transforma la conciencia de sus hijos mediante distintas estrategias con objeto de impedir, obstaculizar o destruir sus vínculos con el otro progenitor.

La idoneidad de las pruebas periciales que aquí se proponen en trabajo social y psicológico derivan de la realización de estudios que abarquen aspectos tales como las condiciones materiales, evaluar las características físicas del hogar en donde se desarrollaría el menor y las condiciones ambientales, para evaluar las circunstancias de cómo se desarrolla el menor.

Las pruebas periciales antes descritas, tal y como se menciona en este dictamen, son las idóneas en el trabajo del juzgador, pero no excluyen a algunas otras que se requieran de acuerdo al caso para dilucidar el conflicto puesto en juicio, y en caso de ser permitente se realicen otras más.

Derivado de lo anterior, la comisión dictaminadora ha decidido que es conveniente aprobar las adecuaciones correspondientes, ya que ello permitirá garantizar el pleno desarrollo afectivo y social; así como una vida digna de la niñez, garantizando que con la opinión de los menores y las periciales en materia de psicología familiar y de trabajo social se permitan determinar de mejor manera la custodia de los menores.

Compañeras y compañeros legisladores, de aprobarse el presente dictamen, se avanzará en el pleno desarrollo afectivo y social, así como una vida digna de la niñez, garantizando que con la opinión de los menores y los periciales en materia de psicología familiar y de trabajo social se permita determinar de mejor forma su custodia y régimen de convivencia.

Si bien es cierto reconocemos que la materia familiar es preferente para las entidades federativas, no lo es menos que los preceptos citados en el cuerpo del presente dictamen están contenidos en un ordenamiento jurídico vigente y por ello forman parte del derecho positivo mexicano.

Por lo que pueden constituirse en referente para los Congresos locales que en muchas ocasiones reproducen lo establecido en las normas federales. En virtud de lo anterior expuesto, las diputadas y los diputados integrantes de la Comisión de Justicia someten a su consideración el presente dictamen, solicitándoles su voto aprobatorio.

Es muy importante que cuidemos el beneficio de los menores, cuidemos a nuestros niños y a nuestras niñas. Es cuanto, señor presidente. Muchas gracias.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias a usted, diputada Berzunza Novelo.

Está a discusión en lo general. Tiene el uso de la palabra la diputada Sonia Rincón Chanona, para fijar la postura del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

La diputada Sonia Rincón Chanona:Con la venia de la Presidencia. Estimadas compañeras diputadas, estimados compañeros diputados, las leyes mexicanas han sido enfáticas en la protección y la atención del núcleo familiar, para ello ha creado normas que son mandatadas desde el artículo 4o. de la Constitución Política Mexicana. Resultado de ello ha sido la creación de instituciones especializadas en la atención a los diferentes individuos que integran el núcleo familiar.

Es por ello que como Estado mantenemos organismos de corte específico en materia de apoyo infantil, juvenil, materna y para los adultos mayores en sus diversas problemáticas y variantes. Asimismo las leyes y las instituciones deben actualizarse, a fin de que sus mandatos y programas den respuesta satisfactoria a una sociedad en constante evolución y transformación.

En este sentido, el dictamen que hoy se somete a consideración tiene que ver con la actualización de las problemáticas que ocasionan la disolución de los vínculos matrimoniales y la protección a los derechos de los menores de edad de estos núcleos.

Actualmente la sociedad mexicana ha iniciado un cambio, en el que se registran mayor número de divorcios, pues en solo tres décadas la cantidad de éstos se ha incrementado de manera importante. De acuerdo con el Instituto Nacional de Geografía y Estadística (Inegi), en 1980 se registraban 4.4 divorcios por cada 100 matrimonios, cifra que creció a 7.2 en 1990, a 11.8 en 2005 y a 16 en 2011.

Sin embargo, entidades como Chihuahua registran la disolución de 35 matrimonios de cada 100 uniones ante el juez civil, y en el Distrito Federal reporta la cifra de 32, seguidos por Nuevo León y Colima, con 24 cada una.

Esta situación obliga a tomar cartas en el asunto y considerar las problemáticas que se presentan con la separación de las parejas. Sus descendientes y patrimonio, como los aspectos más relevantes a resolver, implican una etapa de transición que debe ser atendida en el menor tiempo posible.

Al entrar en un conflicto de disolución matrimonial y de la afectación de sus integrantes menores de edad, el Estado mexicano está obligado a velar por el interés de éstos y atender las problemáticas que se puedan presentar.

En este sentido, es común que el conflicto de disolución de un matrimonio lleve aparejado un conflicto inherente a los hijos, en el cual es común que ambos padres busquen la custodia de sus descendientes, situación que es aprovechada a través de la alienación del menor para rechazar a uno de ellos. Tales medidas generalmente se realizan sin la consciencia del prejuicio que se provoca hacia el menor de edad en su desarrollo emocional ni de su relación con uno de sus progenitores en el futuro.

Bajo esta óptica, consideramos un acierto la iniciativa de instruir al juez en materia familiar para que escuche al Ministerio Público antes de considerar un fallo para entregar la patria potestad de un menor de edad durante un juicio de divorcio. Al considerar que se regula la guarda y custodia de un menor, para que se emitan de manera oficiosa pruebas periciales en materia de trabajo social y de psicología familiar, para considerar cuál de los progenitores es apto para brindar la atención adecuada a su hijo.

Estamos reforzando el compromiso de nuestro país en materia de observancia del interés superior de la niñez. Cabe señalar, que esta consideración se suma a los demás elementos que ya contempla el derecho familiar para estos casos y refuerza la visión de otras legislaciones locales, podría no estar considerado, pues tales asuntos competen esencialmente a la legislación estatal.

Convencido de las bondades que contiene la dictaminación en comento, el Grupo Parlamentario de Nueva Alianza dará su voto a favor, con la confianza de que constituye un paso importante al interés superior de la niñez y se plasma en las leyes mexicanas como parte sustantiva del derecho. Es cuanto, diputado presidente.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias, diputada Sonia Rincón Chanona. Tiene el uso de la palabra la diputada Lilia Aguilar Gil, para fijar la postura del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

La diputada Lilia Aguilar Gil:Muy buenas tardes. Con la venia de la asamblea. Este dictamen que estamos presentando el día de hoy pareciera un poco extraño, estamos hablando de que un Ministerio Público pueda influir en la medida de lo posible, a través de periciales, de la idoneidad de quién será el padre que deberá tener el cuidado de los hijos en el caso de una separación o divorcio.

Pareciera que esta iniciativa promueve el exceso de la intervención del Estado en la vida privada de las personas. Sin embargo, una de las obligaciones del Estado es velar por el bienestar de sus niños y de sus niñas.

La alienación parental es una realidad. Cuando existen divorcios los padres pueden utilizar a los hijos como armas para dañar a su cónyuge, sin percatarse que no sólo infringen daño a la ex pareja sino también a los niños.

En 2011, compañeras y compañeros diputados, se registraron solamente 91 mil 285 divorcios; en 2010, 86 mil. El incremento de divorcios es evidente. En 2009 la mayoría de los divorcios fueron judiciales, y de éstos, 3 de cada 10 no tienen hijos menores de 18 años; una tercera parte tiene uno; y una cuarta parte tiene dos; en uno de cada 10 casos se tienen 3 hijos o más. Ésta es la gravedad del problema.

El artículo 4o. de la Constitución mexicana establece que todos los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral, promoviendo que sea el Estado el que proporcione lo necesario para propiciar el respeto, la dignidad de la niñez, y el ejercicio pleno de sus derechos.

Tomamos, precisamente, como base el precepto constitucional anterior, para señalar que los derechos de los niños y las niñas es el que más frecuente se presenta en el tribunal y es el que más se vulnera, fundamentalmente en los juicios de divorcio, de alimentos, de guarda y de custodia.

Es por eso que la idea de que uno de los progenitores manipule o programe a sus hijos y lo ponga en contra del otro progenitor puede parecer una locura o una perfecta excusa de abandono. Se trata, sin embargo, de un fenómeno cada vez más frecuente en la actualidad, pues aparece en la mayoría de las separaciones o divorcio. El niño por falta de madurez física y mental necesita protección y cuidado de sus progenitores, incluso, el debido cuidado también del Estado.

México, al haber ratificado la Convención sobre los Derechos del Niño, adquirió el compromiso de implementar una serie de medidas apropiadas para garantizar el ejercicio de los niños y las niñas, y esta reforma es precisamente en este sentido, pues en la Declaración de los Derechos de los Niños se menciona que éstos tienen el pleno derecho del desarrollo de su personalidad. Y para ello es necesario, no solamente darles amor y comprensión sino la apropiada tutela legal.

En el caso de que un niño sea objeto de maltrato o descuido, o manipulación de los padres cuando estos viven separados, debe adoptarse una decisión acerca del lugar de residencia del niño. Respetar el derecho del niño que está separado de uno o ambos de sus padres, de mantener relaciones personales, contacto directo con ambos padres de manera regular, salvo si ello es contrario al interés superior del niño.

El juez en materia familiar —y de esto trata esta iniciativa— debe ser sensible a la problemática de la niñez y tener, además, la actitud suficiente para advertir e identificar cuando esté en presencia de un niño o niña que se encuentre manipulado o manipulada por uno de sus progenitores.

El Ministerio Público debe correr estas periciales y hacer del conocimiento del juez que requiere los datos objetivos, no manipulados, que le permitirán determinar con sustento en criterios técnicos quién debe quedarse con la guarda y custodia de las niñas y los niños.

Sin mermar su independencia en su valoración como elementos de convicción y evitar criterios subjetivos o parciales, incluso de género que lo constriñan a dejar la custodia siempre con la madre, que es lo que sucede actualmente.

Las pruebas periciales antes descritas son las idóneas y no las mínimas en el trabajo del juzgador, pero no excluyen de alguna otra que requiera, de acuerdo al caso, para dilucidar el conflicto puesto en juicio, y en caso de que se les permita deben ser realizadas otras más.

Es decir, debemos permitir que los ministerios públicos puedan intervenir de manera activa en una decisión objetiva del juez cuando se perciba que un menor ha sido manipulado en lo que hoy conocemos como alienación parental.

Es por eso que el Partido del Trabajo ha decidido votar a favor esta iniciativa, porque creemos no solamente que cumple con la Convención ya firmada por México, de los derechos de las niñas y los niños, sino con el bien superior de los niños. Muchas gracias.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias a usted, diputada Lilia Aguilar Gil. Tiene el uso de la palabra la diputada Zuleyma Huidobro González, para fijar la postura del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.

La diputada Zuleyma Huidobro González:Con su permiso, presidente. Seguramente todos coincidimos en que la familia es el núcleo de la sociedad y, por ende, la base de toda dinámica social. Así como que ésta no es la misma desde hace 50 años. Actualmente, los estereotipos de la misma y los roles de sus miembros han cambiado, colocándolos como testigos de la conformación de una gran variedad de formas de organización familiar.

Hoy, y probablemente más que nunca, contamos con los índices más altos de divorcio, segundos matrimonios y casos de madres o padres solteros, situaciones que derivan en la conveniencia interrumpida de los menores con sus progenitores; pese a la cotidianidad de los procesos judiciales de divorcio y guarda y custodia.

No podemos dejar de lado el costo psicológico que estos provocan en los menores, que con frecuencia se encuentran en medio de esta problemática, cuya salud emocional y física en casos extremos está en riesgo cuando son utilizados como rehenes de sus propios padres, para herir a su contraparte sin considerar los daños que ocasionan en los niños y la violación de sus derechos.

Dicha conducta se ha definido, en el ámbito médico y de los tribunales familiares, como síndrome de alienación parental del cual poco sabe fuera de ambos contextos, pero su frecuencia es innegable, éste consiste en un proceso completamente destructivo de la imagen del padre o la madre cuando el otro comienza a hablar mal de éste, con el firme propósito de destruir todo vínculo afectivo con el menor y llegar a separarlos definitivamente.

El síndrome de alienación parental puede desembocar eventualmente no solo en la ejecución de resoluciones equivocadas por parte de las instancias jurisdiccionales, sino en el quebranto emocional y económico de los sujetos tutelados. La aptitud socio-emocional debe ser motivo de orientación jurídica para construir criterios que promuevan la valoración objetiva de los desacuerdos emergidos de las relaciones matrimoniales.

El problema no es menor si consideramos que de conformidad con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en nuestro país anualmente por cada 100 matrimonios hay 12 parejas que rompen su vínculo de manera legalmente y que de éstas al menos 10 se enrolan en procesos desgastantes ante los tribunales.

En Movimiento Ciudadano reconocemos la imperiosa necesidad de que se regule en la materia y se incluyan los mecanismos que permitan la identificación de dicha conducta y contener los efectos de la misma. Las modificaciones a la legislación federal contenidas en el dictamen contemplan, por un lado, que en caso de falta de acuerdo para determinar quién de los padres ejercerá la guardia y custodia del menor, sea obligatoria la práctica de periciales de trabajo social y de psicología familiar, las cuales permitirán dilucidar la situación más benéfica para el menor, así como la intervención del Ministerio Público en la realización de las mismas, el cual en su carácter de representante social vigilará en todo momento el estricto cumplimiento de las disposiciones legales.

Consideramos que ambas propuestas de reforma son adecuadas tomando en cuenta que nuestro país se ha obligado internacionalmente a través de la ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño a adoptar las medidas necesarias tendientes a garantizar la protección de la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos.

Aunado al hecho de que la jurisprudencia contempla que en toda controversia de orden familiar el juzgador deberá resolver con estricto apego al principio del interés superior del niño o niña, que es entendido como un conjunto de acciones y procesos tendientes a garantizar un desarrollo integral y una vida digna, así como las condiciones materiales y efectivas que le permitan vivir plenamente y alcanzar el máximo de bienestar posible.

Movimiento Ciudadano votará a favor de este dictamen, y felicitamos a la promovente, a la diputada Karina Labastida Sotelo. Muchas gracias.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias a usted, diputada Zuleyma Huidobro González. Tiene el uso de la palabra, la diputada Bárbara Gabriela Romo Fonseca, para fijar la postura del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

La diputada Bárbara Gabriela Romo Fonseca:Con su permiso, diputado presidente. Honorable asamblea. El artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos garantiza los derechos de las niñas y los niños, satisfaciendo sus necesidades de alimentación, salud, educación y de sano esparcimiento para su desarrollo integral.

La Convención sobre los Derechos del Niño de noviembre de 1989, ratificada por México en septiembre de 1990, reconoce que los niños deben recibir la protección y asistencia necesaria para poder asumir plenamente su responsabilidad dentro de la comunidad, convencidos de que la familia es el grupo fundamental de la sociedad y de las naciones.

En este sentido, quienes diseñamos el orden jurídico estamos obligados a ofrecer instrumentos que les provean de los máximos cuidados en pro de su desarrollo e integridad, por esta razón apoyaremos las reformas planteadas al Código Civil Federal y al Código Federal de Procedimientos Civiles.

La falta de acuerdo para determinar quién de los padres ejercerá la guardia y custodia del menor hace necesario garantizar el pleno desarrollo afectivo y social, así como una vida digna de la niñez, avalando que con la opinión de los menores y la evaluación sicológica familiar permitirá determinar de mejor forma la custodia de los menores.

Por esto destacamos la exigencia al juez en materia familiar a tomar en consideración el interés superior del menor, referencia que ya estaba impuesto pero sólo a nivel jurisprudencial, por lo que su inclusión dentro del ámbito positivo es un gran avance en la atención de los menores.

El juez deberá resolver lo conducente oyendo siempre a los menores y también al Ministerio Público, quien se erige como el representante de la sociedad, con lo cual se fortalece el régimen de protección y de asistencia de la comunidad en favor de los niños y niñas.

Con las modificaciones propuestas se le otorga al juez mayores elementos para resolver el correspondiente asunto de modelo objetivo, pues ahora por mandato de ley deberán considerarse las pruebas oficiosas practicadas a ambas partes de la relación conyugal para resolver lo más favorable a los menores.

Los pretendidos cambios, además de oportunos, son sistemáticos. De este modo, tanto por el lado de la norma como por el lado del proceso, los distintos operadores del derecho coadyuvarán en bienestar de los menores.

Creemos que este dictamen, sujeto a consideración, podrá llegar a ser eficiente en su implementación, máxime ahora que se presenta como fenómeno social el aumento considerable de divorcios en la sociedad mexicana, pues de acuerdo con el Inegi se ha reportado un aumento en la respectiva tasa de separaciones, pues en el año 2009 la cifra se ubicó en 84 mil 302 divorcios, y para 2011 se registraron más de 91 mil 285.

Es por ello que los diputados del Partido Verde Ecologista en esta Cámara de Diputados votarán en pro de la integridad de la niñez de nuestro país. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Muchas gracias, diputada Bárbara Gabriela Romo Fonseca. Esta Presidencia saluda y da la más cordial bienvenida al ciudadano Manuel Quiñones Cortés, presidente municipal de Tecoanapa, Guerrero, invitado por el diputado Manuel Añorve Baños. Sea usted bienvenido, señor presidente, a esta Cámara de Diputados.

Asimismo, saludamos y damos la más cordial bienvenida a un grupo de personas que han venido a este honorable recinto del municipio de Tultitlán, estado de México, invitados por el diputado Marco Antonio Calzada Arroyo. Sean todas y todos ustedes bienvenidos a esta Cámara de Diputados.

Tien el uso de la palabra la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña, para fijar la postura del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

La diputada Verónica Beatriz Juárez Piña:Con su permiso, señor presidente. Compañeras y compañeros diputados. En cumplimiento a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a los tratados internacionales, el Constituyente Permanente ha venido presentando una serie de reformas en torno al marco jurídico que preserva los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

Así tenemos que con la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de octubre de 2011, se estableció en el artículo 4o., que “en todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará por el cumplimiento del interés superior de la niñez”.

De esta forma los derechos de las niñas, niños y adolescentes se encuentran protegidos a través de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Asimismo tenemos también la reforma constitucional publicada el 10 de junio del 2011 que contiene en el artículo 1o. el principio de convencionalidad, por lo que México al ser Estado parte de distintos convenios internacionales está obligado a su cumplimiento.

Tal es el caso de la Convención de los Derechos del Niño que refiere un marco amplio de diversas garantías efectivas hacia las niñas, niños. A saber, el interés superior del niño, la no discriminación, el derecho a la supervivencia, al desarrollo, a la protección y a la participación en todos aquellos aspectos de la vida que les conciernen.

Gran parte de este cuerpo normativo está formado por un número notable de normas que claramente exigen valer principios, decíamos ya, como el interés superior del niño, el derecho a ser reconocido como sujetos plenos de derechos, el derecho de las niñas, niños y adolescentes a ser escuchados y a participar activamente en los procesos que puedan afectarlos.

Principio entonces que tiene que ver directamente con el dictamen que hoy nos ocupa. También tenemos el principio del derecho a su intimidad, el derecho a su privacidad, el derecho a que le sean reparadas las violaciones a esos derechos, entre otros.

Cabe señalar que en nuestro país, datos censales del 2010 nos dicen que residen alrededor de 32.5 millones de menores de niñas, niños, menores de 14 años de edad en términos relativos que representan el 29 por ciento de la población total que reclama atención y preservación de sus derechos sin cortapisas.

Por ello con la reforma que hoy nos ocupa al artículo 416 del Código Civil y al 80 del Código Federal de Procedimientos Civiles, las niñas, los niños y los adolescentes gozarán de sus derechos sin restricción alguna al ser escuchados en todos los procedimientos jurisdiccionales en que se vean afectados, lo cual constituye, desde luego, un acto de equidad elemental. Y lo que es más importante, que el juzgador tomará como base el resultado de las pruebas periciales que oficiosamente habrán de practicársele a los padres y madres en materia de trabajo social y de psicología familiar, así como cualquier otra probanza que le alleguen las partes y las que estime pertinente para resolver lo más favorable a favor de las niñas y niños.

Estos derechos consignados en el Código Civil nos vuelven hacia esa responsabilidad de velar siempre por el interés superior de las niñas y niños, pero sobre todo los encargados de impartir justicia tienen la firme responsabilidad de velar plenamente por los derechos de las niñas y los niños.

Es así que estaremos atentos sobre cualquier caso en las que se habrán de presentar en los distintos tribunales familiares, donde se incluya a niñas y niños a los que deben velarse sus derechos, y deben verse éstos como derechos plenos de niñas y niños, tomando en consideración las características propias de su edad y etapa en crecimiento.

Por lo tanto, nuestro Grupo Parlamentario, el Partido de la Revolución Democrática, votará a favor del presente dictamen porque estamos convencidos de que la mejor manera de preservar el interés superior de la niñez, como lo señala la Constitución y la Convención de los Derechos del Niño, es con la premisa de legislar a favor de las niñas y niños, donde tengan derecho la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral y la garantía de un crecimiento libre de violencia familiar, pero siempre, siempre con la participación de las niñas, niños y adolescentes.

Si me lo permite, señor Presidente, quisiéramos presentar una propuesta de modificación que hemos ya consultado con quien preside la Comisión de Justicia, que no tiene que ver con la sustancia del dictamen, pero sí con uno de los artículos en mención, que es el artículo 416. Al final dice: “En caso de separación de quienes ejercen la patria potestad, ambos deberán continuar con el cumplimiento de sus deberes y podrán convenir los términos de su ejercicio, particularmente en lo relativo a la guarda y custodia de los menores”.

La propuesta de modificación es que se diga: “... de guarda y custodia de niñas, niños y adolescentes”. En esta Legislatura debemos avanzar en ese lenguaje. Menores de qué: ¿menores de edad, menores de estatura, menores de peso? Finalmente esto viene a ser una forma de nombrar de manera peyorativa, por lo que debemos de pasar a lo que ya dice la Constitución y lo que se menciona en la Convención de los Derechos del Niño y lo que menciona la Ley de Protección de los Derechos de la Niñez. Creo que en todas las leyes debemos de dar este paso, para decir: niñas, niños y adolescentes. Es cuanto, presidente.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias, diputada Verónica Juárez Piña. Recibida la propuesta de modificación, consulte la Secretaría a la asamblea si se admite a discusión.

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se acepta a discusión la modificación propuesta por la diputada. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, señor presidente.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Se admite a discusión. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se acepta.

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: En votación económica se consulta si se acepta. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, presidente.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Incorpórese al dictamen. Tiene el uso de la palabra la diputada Karina Labastida Sotelo para fijar la postura del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

La diputada Karina Labastida Sotelo:Con su permiso, señor Presidente. Compañeras diputadas y diputados, es motivo de satisfacción presentar a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y del mío en particular, este dictamen. Este dictamen que contó con la aprobación de los diferentes grupos parlamentarios al interior de la Comisión de Justicia, sabedores que el bienestar de la familia es fundamental en cualquier sociedad, motivo por el cual nuestra Constitución ordena que las leyes serán protectoras de este bienestar.

El presente dictamen se apega a lo establecido en la Convención Americana sobre Derechos Humanos que establece que la familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y debe ser protegida por el Estado.

Estas disposiciones no autorizan al gobierno para interferir en la vida íntima de los integrantes de la familia, sino sólo para asistirla, fortalecerla y conservarla, privilegiando el bienestar de los menores de edad por tratarse de un grupo que necesita del cuidado y protección especial, dado que son individuos vulnerables debido a su inmadurez física, intelectual y emocional.

Dentro de las instituciones establecidas en nuestro marco jurídico de naturaleza civil que otorgan protección a la familia y al menor, se encuentra la patria potestad. Ésta se ejerce sobre las personas y los bienes de los hijos, y el ejercicio de esta facultad en cuanto a la guarda y educación de los menores recae en ambos padres, o en la modalidad que establezca la resolución dictada por el juez familiar en caso de que exista alguna controversia.

En cualquier caso la resolución del juez debe inclinarse siempre por buscar la mayor protección posible para los menores de edad. Para ello, existen disposiciones en este sentido, tanto el Código Civil Federal como los códigos de cada entidad federativa establecen que en caso de que el menor corra peligro bajo la tutela de alguno de sus progenitores, a éste se le privará del derecho de convivencia con el menor.

Como ha quedado constancia a lo largo de mi trabajo en la actual legislatura de esta Cámara de Diputados, una de mis prioridades es atender los problemas que actualmente aquejan a las familias mexicanas, a través de directrices legales que protejan no sólo los derechos de niñas, niños y adolescentes, sino que repercutan también en sus padres y en todas aquellas personas que en determinado momento puedan ejercer la guarda y custodia.

Uno de los derechos reconocidos, tanto en los tratados internacionales como en el derecho positivo mexicano, es permitir que el menor exprese su deseo sobre cuál de sus progenitores quiere que ejerza sobre él la guarda y custodia.

Actualmente en caso de desacuerdo de quien debe ejercer la guarda y custodia de los menores, la legislación federal procesal y sustantiva en materia civil es subjetiva y es discrecional, ya que si bien establece que el menor deberá quedar al cuidado de uno de los progenitores salvo cuando ello le sea perjudicial, también es cierto que en muchas ocasiones no se verifica la idoneidad de dicho padre o madre debido a que la autoridad no está obligada a ello, a menos de que una de las partes e, incluso, el propio ministerio público, así lo solicite.

Sin embargo, con la aprobación de esta iniciativa daremos un paso fundamental en la materia, pues la propuesta de reforma y adición a los artículos 416 del Código Civil Federal, y al artículo 80 del Código Federal de Procedimientos Civiles establece que será obligatorio para el juez familiar que sus resoluciones se tomen en base al resultado de las pruebas periciales en materia de trabajo social y psicología familiar que practiquen a ambos progenitores.

De esta manera el impartidor de justicia se allegará de datos objetivos que le permitan determinar, con sustento en criterios técnicos, quién debe quedarse con la guarda y custodia de los menores. Y así, de esta manera, evitar criterios subjetivos.

Con la probación de este dictamen permitimos que la dinámica legislativa continúe y, como legisladores, daremos cumplimiento al derecho de los menores para que vean materializado su derecho a una vida digna, libre de violencia y accedan a su pleno desarrollo psicosocial y afectivo. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias, diputada Karina Labastida Sotelo. Tiene el uso de la palabra la diputada Sonia Catalina Mercado Gallegos, para fijar la postura del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

La diputada Sonia Catalina Mercado Gallegos:Gracias. Con la venia de la Presidencia. Compañeras legisladoras y compañeros legisladores, el número de divorcios en nuestro país parece estar encaminado a aumentar. Esto de acuerdo a las estadísticas del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, las cuales precisan que para el 2009 se llevaron a cabo 84 mil 302 separaciones; en 2010, 86 mil 42; y en 2011 alcanzaron la cifra de 91 mil 285.

Con base en esto es que tenemos que voltear a ver las implicaciones que se derivan de esta enorme cantidad de separaciones, ya que cuando se lleva a cabo un divorcio y la pareja que lo está promoviendo ha procreado hijos éstos se ven envueltos en medio de un conflicto que les causa daño en su bienestar físico y emocional.

La disputa que surge en un juicio de divorcio para decidir cuál de los padres se quedará con el menor ha sido causa de batallas, en las que muchas de las veces cada una de las partes intenta poner al menor en contra de alguno de sus progenitores. Esto pese a que los niños las niñas y los adolescentes tienen derecho a tener una sana convivencia con sus progenitores y familiares, independientemente de que habiten en un domicilio distinto.

Debemos recordar que nuestras leyes han sufrido diversas reformas con la intención de preservar el interés superior del menor, lo que se traduce a un deber a cargo del Estado, así como de los particulares, entre los que se incluye a los padres, para que salvaguarden el desarrollo del menor y el ejercicio pleno de sus derechos.

Las reformas que hoy tenemos a nuestra consideración representan un avance en la protección de los derechos de los menores, ya que al establecer que será obligatoria la práctica de periciales de trabajo social y de psicología familiar cuando no sea posible llegar a un acuerdo para determinar quién de los padres ejercerá la guarda y custodia del menor, permitirá a los juzgadores determinar de mejor forma sobre la guarda y custodia de los menores.

Con el dictamen que hoy se pone a consideración de la asamblea se reformará la normatividad civil y adjetiva para que a falta de acuerdos para determinar quién de los padres ejercerá la guarda y la custodia del menor, será obligatoria la práctica de periciales de trabajo social y de psicología familiar en los procedimientos de derecho familiar y sobre el estado civil de las personas, con el objetivo de proteger los derechos de las niñas, los niños y de los adolescentes frente a sus padres y de todos aquéllos que puedan ejercer la guarda y custodia en un determinado momento.

Tal y como se establece en el dictamen que nos ocupa, las pruebas antes descritas serán útiles, ya que no excluirán las prácticas de otras que se necesiten para resolver los conflictos que se generen sobre este particular.

Compañeras legisladoras y compañeros legisladores, la separación de las parejas, aunque nunca deseable, resulta mejor para muchas familias que así tienen la posibilidad de reconstruirse y fortalecer sus lazos; lo cual de ninguna manera debe traducirse en demérito de los derechos de los menores, quienes deben seguir siendo atendidos conforme lo marca la ley, pese la disolución del vínculo que alguna vez mantuvo juntos a sus padres.

Por eso hoy el del Grupo Parlamentario del PRI dará su voto a favor del presente dictamen, siempre en apoyo y en beneficio de quienes más lo necesitan: los niños, las niñas y los adolescentes de nuestro país. Muchas gracias. Es cuanto, presidente.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias, diputada Sonia Catalina Mercado Gallegos. Tiene el uso de la palabra el diputado Ricardo Mejía Berdeja, para hablar a favor.

El diputado Ricardo Mejía Berdeja:Con su permiso, compañero presidente. Primero que nada, felicitar a la promovente y a la Comisión de Justicia por esta resolución de un tema que ha cobrado actualidad, que es la alienación parental.

Por otro lado, señalar que el suscrito presentó una iniciativa también de reforma al Código Civil sobre este mismo tema, pero para el artículo 444 del Código Civil Federal. Por lo que le pedimos a la Comisión de Justicia y a su presidente, el diputado Pacheco, que puedan dictaminar, porque nos parece que complementa el tema que hoy nos ocupa.

Sin lugar a dudas en México los derechos de los niños y de las niñas, además de irrenunciables, son una plataforma ética. Todo niño, y toda niña, tienen derecho a vivir en un entorno familiar sano, a una vida libre de violencia y a la corresponsabilidad de ese núcleo, del Estado y de la sociedad.

En un proceso de separación legal ambos progenitores pueden utilizar a los hijos como armas para dañar al otro cónyuge, sin percatarse de que a quien perjudican es al niño.

La alienación parental es el hecho reiterado o proceso por el cual un progenitor, mediante cualquier estrategia, transforma la consciencia de sus hijos con objeto de impedir, obstaculizar o destruir sus vínculos con el otro progenitor.

La idea de que uno de ellos manipule y programe a sus hijos y los ponga en contra del otro padre puede parecer una locura o una excusa perfecta de abandono, sin embargo, se trata de un fenómeno cada vez más frecuente en la actualidad, pues acontece en muchas separaciones o divorcios.

Esta conducta es un tipo de violencia y abuso psicológico para las y los niños, quienes ven en los padres la garantía de seguridad y bienestar frente al mundo exterior. Se caracteriza este fenómeno por el conjunto de síntomas resultado de la transformación de la consciencia de los hijos e hijas mediante diferentes estrategias.

Un hijo es objeto de abuso emocional programado para pensar que el otro progenitor es su enemigo. Es una forma, sin duda, de maltrato infantil psicológico, pues al fomentar el odio y el resentimiento contra el padre ausente se causan daños emocionales al niño y se le puede privar de llevar una vida común y una relación sana con ambos progenitores y sus familias.

Por esta razón estamos a favor de esta reforma. Pero nosotros queremos también que la Comisión de Justicia dictamine la iniciativa que presentamos sobre este mismo tema. Es preciso atender a quien ejerce este tipo de maltrato al menor, pues ya no es capaz de distinguir entre una batalla legal y los daños que puede provocar en sus hijos.

Ningún hijo debe ser tratado como traidor simplemente por amar a ambos padres. Se debe cuidar que los hijos no sean objeto de las disputas de parejas ni en el terreno emocional ni en el terreno económico. Esa es una actitud que se debe sancionar.

Por eso nosotros —y su servidor, en particular— estamos proponiendo que se reforme el artículo 444 del Código Civil Federal, para que cuando quede acreditado que se ejercieron conductas consideradas como alienación parental, de acuerdo con el diagnóstico psicológico realizado por peritos en la materia, incluso se pueda perder la patria potestad. Esto es una realidad en México y por eso celebramos que se esté legislando en problemas concretos de la realidad que viven muchas familias. Es cuanto.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias, diputado Ricardo Mejía Berdeja.

Agotada la lista de oradores y en virtud de que de conformidad con el artículo 109 del Reglamento no se ha reservado artículo alguno para ser discutido en lo particular, pido a la Secretaría abra el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular en un solo acto, con la modificación aceptada por la asamblea.

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular en un solo acto, con la modificación aceptada por la asamblea.

(Votación)

Ciérrese el sistema de votación electrónico. De viva voz.

La diputada Aleida Alavez Ruiz (desde la curul): A favor.

El diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra (desde la curul): A favor.

El diputado Xavier Azuara Zúñiga (desde la curul): A favor.

El diputado Jorge Iván Villalobos Seáñez (desde la curul): A favor.

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: Señor presidente, se emitieron 427 votos a favor, 6 abstenciones y 0 en contra.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Aprobado en lo general y en lo particular por 427 votos el proyecto de decreto que reforma los artículos 416 del Código Civil Federal, y 80 del Código Federal de Procedimientos Civiles. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.



DEPOSITO LEGAL DIGITALIZADO DE PUBLICACIONES

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que dispone la obligación de los editores de hacer el depósito legal digitalizado de sus publicaciones.

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez:«Dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto que dispone la obligación de los editores de hacer el depósito legal digitalizado de sus publicaciones

Honorable Asamblea:

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, de conformidad con lo enunciado en los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e), f) y g) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 80, 85, 176 y 182 numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen.

I. Antecedentes

1. En la sesión de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión celebrada el día 21 de noviembre de 2013, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dio cuenta de la iniciativa de referencia, a cargo de los diputados Heriberto Manuel Galindo Quiñones, Fernando Rodríguez Doval, Marcelo Garza Ruvalcaba, Jesús Antonio Valdés Palazuelos, Mirna Velázquez López, Raúl Santos Galván Villanueva, Alfonso Inzunza Montoya, Francisca Elena Corrales Corrales, Blas Ramón Rubio Lara y Román Alfredo Padilla Fierro.

2. La Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la iniciativa en comento a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente.

3. La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos dio trámite de recibo e inició el análisis de la iniciativa.

II. Descripción de la iniciativa

La iniciativa materia del presente dictamen tiene como objetivo adecuar el Sistema de Biblioteca del Congreso de la Unión a los adelantos tecnológicos en el marco de la digitalización y para propiciar la interconexión en esta materia de nuestras bibliotecas con sus similares de México y del extranjero, estableciendo la recepción de un formato, además de recibir en formato electrónico por parte de los editores de todo tipo de publicaciones para crear así el depósito legal digital además del impreso.

Mencionan sus promoventes  que  la presente iniciativa se justifica, ya que se encuentra documentado el rezago en la configuración de las bibliotecas respecto a las tecnologías digitales.

Por lo anterior, los promoventes proponen las siguientes  modificaciones al  decreto vigente:

Se adiciona a las bibliotecas de los congresos de las entidades federativas y de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal como bibliotecas depositarias de las publicaciones producidas en su territorio.

Se adicionan como obligación de los depositantes las publicaciones en formatos electrónicos como son libros y revistas en ediciones digitales.

Se definen con mayor precisión los tipos y clases de publicaciones sujetas a depósito legal.

Se incluye como obligatorio el depósito de un ejemplar de las publicaciones digitales que se hagan por medio de sistemas de transmisión de información a distancia cuando el origen de la transmisión sea el territorio nacional.

Se obliga a los depositantes a entregar información de sus ediciones de forma periódica y con requisitos que permiten su catalogación, verificación y seguimiento estadístico.

Se establece que corresponderá a la Biblioteca Nacional de México y Hemeroteca Nacional de México elaborar y publicar la Bibliografía Nacional, conservar los acervos impresos y digitales y elaborar las estadísticas de las ediciones nacionales.

Se define como responsabilidad de la Biblioteca del Congreso de la Unión el articular y organizar las políticas de consulta pública y uso de los acervos, disponiendo de ellos para alimentar a los sistemas de bibliotecas especializadas.

Para la verificación del cumplimiento de la obligación del depósito legal convencional y digitalizado, se establece la obligación del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, órgano encargado de la base de datos del Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura, de enviar mensualmente a la Biblioteca Nacional de México y Hemeroteca Nacional de México de México, dependiente de la Universidad Nacional Autónoma de México y a la Biblioteca del Congreso de la Unión, una relación de las editoriales registradas en esa dependencia así como de las asignaciones de precio único a los libros.

Se duplica el monto de las multas por no cumplir el depósito legal.

III. Consideraciones generales

1. Que los distintos avances tecnológicos y la aparición de la era de la información y del conocimiento en el mundo han posicionado al medio digital como el nuevo paradigma de la sistematización y presentación de la información.

2. Que el fenómeno de la digitalización de libros es una tendencia mundial definitiva, la cual ha sido integrada cada vez por un mayor número de países alrededor del mundo y por las distintas universidades de mayor prestigio a nivel mundial, tales como Harvard, Oxford, Stanford, Columbia, la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y distintas universidades públicas y privadas en el país.

3. Que la digitalización de los distintos textos que son publicados permite garantizar un acceso universal y equitativo de la información y esto, a su vez, genera un avance importante hacia la evolución de una sociedad del conocimiento.

4. Que el acceso a la información es un auténtico derecho humano y es considerado incluso como un medio idóneo para el ejercicio de otros derechos, concebido como un derecho de tipo instrumental que se construye a partir de la libertades de expresión, pensamiento y opinión, reconocidas en diversos instrumentos internacionales reconocidos por el Estado Mexicano: la Declaración Universal de los Derechos Humanos –artículo 19- , la Convención Americana sobre Derechos Humanos –artículo 13- y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos –artículo 19.

5. Que un sistema más eficaz de acceso a la información mejora el intercambio de opinión entre las personas, perfecciona el debate, fortalece la autonomía de la razón humana y permite afianzar la democracia de los países que adoptan esa forma de gobierno.

6. Que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sostenido que el derecho de acceder libremente a la información en los archivos y documentos en poder del Estado es una garantía fundamental de la democracia constitucional, por cuanto asegura a la vez la participación de la ciudadanía en la discusión y decisión de los asuntos comunes y la transparencia de las actuaciones estatales.

7. Que en diversos países del continente europeo, tales como España, Francia, Alemania, Suecia, entre otros, la digitalización de la información se ha consolidado en la medida que facilita la interoperatividad y la interconexión entre los  países miembros de la Unión Europea.

8. Que la digitalización de las obras publicadas va acorde con la reciente reforma en materia de telecomunicaciones, orientada, entre otras cuestiones, a fortalecer el papel de México en el mundo de la era digital y así permitir un mejor acceso a la información, catalogado como un derecho humano reconocido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 6o. En dicha reforma se dispone que el derecho a la información será garantizado por el Estado; además, se establece que toda persona tiene el derecho al libre acceso a la información plural y oportuna, así como a buscar, recibir, y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión; igualmente se prevé que el Estado debe garantizar el derecho de acceso a las tecnologías de la información y la comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e Internet (Diario Oficial de la Federación de 11 de junio de 2013).

9. Que la figura del depósito legal ha sido integrada, de manera exitosa, a los ordenamientos jurídicos de distintos países como Bélgica, Canadá, España, Estados Unidos de América, Francia, Gran Bretaña, Nueva Zelanda y Suecia, ante los importantes resultados positivos que ha generado dicha figura.

10. Que el gobierno mexicano tiene un programa para garantizar el acceso de los educandos con base en distintos medios digitales, con lo que los distintos Poderes de la Unión trabajarían de manera armónica en el mejoramiento de las políticas públicas orientadas al perfeccionamiento de la educación y a un mejor acceso a la información por parte de los profesores y estudiantes, investigadores y del público en general, tanto nacional como extranjero.

11. Que con el depósito legal digitalizado se moderniza en definitiva el Sistema de Biblioteca del Congreso de la Unión y se realiza una aportación considerable a los medios de información magnéticos que forman parte del acervo y patrimonio cultural del país.

12. Que el depósito legal genera una obligación de gran importancia para la sistematización de la información de las Bibliotecas del Congreso de la Unión, de los Congresos locales e incluso de la Biblioteca Nacional de México y Hemeroteca Nacional de México de México.

13. Que el depósito legal digitalizado ofrece ventajas de gran envergadura para el Estado mexicano: garantiza la creación de una colección nacional digital del material publicado en diferentes formatos; favorece la compilación y la publicación de una bibliografía nacional para garantizar el control bibliográfico de una colección de depósito completa; y, garantiza a los ciudadanos e investigadores nacionales y extranjeros el acceso a las colecciones de investigación del material publicado en México.

14. Que el decreto sobre depósito legal tiene un claro carácter de interés público de gran importancia para la sociedad mexicana, al velar por la adquisición, el registro, la preservación y la disponibilidad del patrimonio de obras publicadas en México. Una colección nacional de ese tipo es sin duda alguna uno de los principales componentes de la política cultural y debe considerarse como un eje central de la política nacional de libertad de expresión y acceso a la información.

15. Que por las razones antes expuestas, el decreto vigente, el cual tiene una antigüedad de más de 20 años, ha dejado de tener una importancia práctica, pues no obstante los nuevos cambios tecnológicos que se viven en México y en el mundo en lo referente a la era digital, éste no previó la figura del depósito legal digitalizado dado que estaba pensado para regular distintas situaciones características del siglo anterior.

Además, el depósito legal ha sido incorporado a los ordenamientos jurídicos de varios países alrededor del mundo y ha tenido ventajas de gran importancia para la sistematización de la información y para la satisfacción de importantes derechos humanos, como lo es el de acceso a la información.

16. Que en un sentido similar, el decreto que se propone busca armonizar las normas jurídicas derivadas de distintos ordenamientos internacionales, precisados en el punto cuatro de los Considerandos, así como las nacionales, como lo son las derivadas del artículo 6o de nuestra Carta Magna, particularmente por lo que hace al derecho humano de acceso a la información y libertad de expresión.

17. Que el decreto que se propone en la presente iniciativa reúne cabalmente todos los requisitos para regular eficazmente la figura del depósito legal digitalizado, tal como puede advertirse de las normas jurídicas derivadas de dicho decreto.

Por cuanto esta comisión dictaminadora considera que el Ejecutivo federal está en posibilidades de concentrar los recursos financieros derivados de las multas mencionados en la Iniciativa y destinarlos al mejor uso posible se modifica la propuesta de etiquetar tales recursos y se incluye un artículo transitorio que genere una directriz para el ejercicio de ésta disposición sin invadir la esfera de su competencia, en el marco de la división de poderes.

Asimismo, esta comisión dictaminadora considera que el procedimiento sancionatorio debe ser precisado a efectos de cumplir con lo previsto en los artículos 14 y 16 constitucionales. En tal sentido, se modifica lo relativo a que sean las bibliotecas, en un sentido general y ambiguo, quienes comuniquen a su superior jerárquico la falta de cumplimiento de la obligación prevista en el artículo cuarto del presente decreto; en vez de ello, a fin de dar mayor certeza jurídica al procedimiento en cita, se propone que sean exclusivamente los titulares de las bibliotecas quienes deban comunicar a su superior jerárquico en los términos expuestos, pues estos representan la autoridad máxima de dichos entes. Además, a fin de agotar la garantía de audiencia reconocida por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se precisa que las autoridades respectivas deberán, ya no solicitar, sino notificar a los sujetos responsables a efecto de que éstos cumplan con la obligación referida. Finalmente, se propone aclarar y precisar que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público será la autoridad que aplique el procedimiento legal administrativo, lo que incluye la facultad de imponer las sanciones correspondientes y la relativa a llevar a cabo su ejecución.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Educación y Servicios de Educativos de la LXII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados somete a consideración de la honorable asamblea el siguiente proyecto de

Decreto por el que se dispone la obligación de los editores de hacer el depósito legal digitalizado de sus publicaciones

Artículo Único.Decreto por el que se dispone la obligación de los editores de hacer depósito legal digitalizado de sus publicaciones, para quedar como sigue:

Artículo Primero. Toda publicación que constituya una expresión literaria, educativa, científica, artística, informativa o técnica, cuyo fin sea la venta, el alquiler, o la simple distribución sin costo, contenida en soportes impresos o digitales, resultantes de cualquier procedimiento técnico de producción, o que esté disponible al público mediante sistemas de transmisión de información digital o cualquier otro medio, y sea producida en el país,  se considera parte integrante del patrimonio cultural de la nación. Su integración, custodia, preservación, registro y disposición para su consulta, en los términos del presente decreto, son de orden público e interés general.

Artículo Segundo. Para los efectos del artículo anterior todos los editores y productores de materiales bibliográficos y documentales, están obligados a contribuir a la integración del patrimonio editorial de la nación.

Esta obligación se cumple con la entrega de ejemplares en versión digital e impresa de cada publicación de las ediciones y producciones de sus obras, a la Biblioteca Nacional de México, a la Hemeroteca Nacional de México, al Sistema de Bibliotecas del honorable Congreso de la Unión, y a la Biblioteca del Congreso de la entidad federativa  en la que tenga su sede legal la casa editora, en los términos señalados en el artículo tercero del presente decreto.

Artículo Tercero. Los editores y productores del país entregarán a cada una de las bibliotecas mencionadas los materiales siguientes:

 a)  Dos ejemplares de libros, folletos, revistas, periódicos, mapas, partituras musicales, carteles y de otros materiales impresos o digitales de contenido cultural, científico y/o  técnico.

b) Un ejemplar de las obras de creación artística, educativa, o con valor cultural editadas en discos compactos, DVD  y, de otros formatos digitales o mecanismos de almacenaje  electrónico que contengan información de las características señaladas en el inciso anterior.

c) Un ejemplar a las bibliotecas depositarias de todas las publicaciones electrónicas, digitales o bases de datos que se hagan públicos por medio de sistemas de transmisión de información a distancia, cuando el origen de la transmisión sea el territorio nacional. Las bibliotecas depositarias podrán solicitar el depósito de publicaciones  con valor crítico para el patrimonio cultural y editorial de la nación.

No son objeto de depósito legal las reimpresiones de una obra ya depositada previamente que no ha sufrido modificaciones.

El Sistemas de Bibliotecas del honorable Congreso de la Unión especificará a través del Diario Oficial de la Federación en el mes de diciembre de cada año a los depositantes los materiales objeto de depósito legal que no serán susceptibles de recibirse.

Artículo Cuarto. Los materiales citados se entregarán a las bibliotecas mencionadas acompañándose de una relación en formato digital que contenga todos los datos que se requieran para su catalogación, dentro de los treinta días siguientes a la fecha de su edición o producción, con excepción de las publicaciones periódicas que deberán ser entregadas, tan pronto sean puestas en circulación.

Artículo Quinto. La Biblioteca Nacional de México, la Hemeroteca Nacional de México y el Sistema de Bibliotecas del honorable Congreso de la Unión, deberán:

a) Recibir los materiales a que hace referencia el artículo tercero del presente decreto.

b) Expedir constancias que acrediten la recepción del material de que se trate y conservar asiento de aquélla.

c) Corresponderá a la Biblioteca Nacional de México y Hemeroteca Nacional de México elaborar y publicar la Bibliografía Nacional, conservar los acervos impresos y digitales y elaborar las estadísticas de las ediciones nacionales.

d) Corresponderá al Sistema de Bibliotecas del honorable Congreso de la Unión, articular y organizar las normas y procedimientos para la consulta de los acervos integrados por depósito legal, contando con la facultad de entregar los ejemplares y materiales pertinentes a los sistemas de bibliotecas especializadas que se constituirán en responsables del correspondiente segmento del depósito legal.

e) Establecer las medidas que sean necesarias para la debida organización de los materiales, la prestación de los servicios bibliotecarios y de consulta pública.

f) Publicar anualmente la información estadística de los materiales recibidos.

g) Corresponde a la Comisión Bicameral del Sistema de Bibliotecas del honorable   Congreso de la Unión,  elaborar los lineamientos para la debida distribución de las obras en depósito legal para su integración en las colecciones de las bibliotecas de la Cámara de Senadores, de la Cámara de Diputados o en general de la biblioteca del honorable Congreso de la Unión.

Artículo Sexto. La Biblioteca Nacional de México, Hemeroteca Nacional de México y al Sistema de Bibliotecas del honorable Congreso de la Unión, podrán celebrar con instituciones afines los convenios que coadyuven a realizar los objetivos, material del presente Decreto.

Artículo Séptimo. Respecto de las publicaciones periódicas y de las de distribución gratuita, las bibliotecas podrán convenir con los editores y productores los procedimientos técnicos y administrativos para hacer efectivo el cumplimiento del presente decreto.

Artículo Octavo. La constancia que expidan las bibliotecas deberá contener los datos básicos que permitan la identificación del editor o productor y de los materiales recibidos.

Las bibliotecas depositarias rendirán informe público trimestral de las obras recibidas.

Artículo Noveno. La Dirección General del Derecho de Autor de la Secretaría de Educación Pública, y el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (Conaculta)  mediante el Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura,  enviarán mensualmente una relación de las obras registradas en esas dependencias, a la Biblioteca Nacional de México, la Hemeroteca Nacional de México y el Sistema de Bibliotecas del honorable Congreso de la Unión, para la verificación del cumplimiento de la obligación consignada en el artículo segundo de ese decreto.

La biblioteca del honorable Congreso de la Unión informará a las bibliotecas de los Congresos locales.

Artículo Décimo. Los editores y productores del país que no cumplan con la obligación consignada en el Artículo Tercero de este Decreto, se harán acreedores a una multa equivalente a diez veces el precio de venta al público de los materiales no entregados.

Para las obras de distribución gratuita la multa será por una cantidad no menor de diez ni mayor de veinte días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.

La aplicación de la sanción no excusa al infractor de cumplir con la entrega de los materiales.

Artículo Décimo Primero. En los casos en que los editores y productores no entreguen los materiales, en los términos del artículo cuarto del presente decreto, el funcionario competente de la biblioteca afectada lo comunicará a la autoridad superior de la cual dependa, para el efecto de que la misma notifique a los responsables el cumplimiento de su obligación, dentro del plazo de los treinta días naturales siguientes a la recepción de la petición.

En caso de que en dicho término no se cumpla con la referida obligación, las propias autoridades lo comunicarán a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a efecto de que esta dependencia aplique el procedimiento legal administrativo a fin de imponer las sanciones que correspondan y las haga efectivas conforme a las disposiciones legales aplicables.

Artículo Décimo Segundo. El monto de las multas hechas efectivas conforme al presente decreto, será transferido con sus accesorios legales a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, directamente a la biblioteca afectada por la omisión, con el fin de que ésta los destine a la adquisición de materiales bibliográficos y documentales que enriquezcan su acervo.

Transitorios

Artículo Primero. Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. Se abroga el decreto de fecha 8 de julio de 1991, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de julio del mismo año y todas las disposiciones que se opongan al siguiente decreto.

Artículo Tercero. El Ejecutivo federal procurará que los montos de las multas se destinen a la adquisición de materiales bibliográficos y documentales que enriquezcan el acervo de las bibliotecas del país.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de diciembre de 2013.

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, diputados:Jorge Federico de la Vega Membrillo (rúbrica), presidente; María Guadalupe Mondragón González (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal (rúbrica), José Enrique Doger Guerrero, Roy Argel Gómez Olguín (rúbrica), Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Dulce María Muñiz Martínez (rúbrica), Adriana Fuentes Téllez (rúbrica), Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica), Héctor Hugo Roblero Gordillo (rúbrica), Nelly del Carmen Vargas Pérez, Víctor Reymundo Nájera Medina, Judit Magdalena Guerrero López (rúbrica), secretarios; Juan Manuel Gastélum Buenrostro (rúbrica), Alejandra López Noriega, Glafiro Salinas Mendiola, Leticia López Landero, Blanca Estela Gómez Carmona, Julio César Flemate Ramírez (rúbrica), Gaudencio Hernández Burgos (rúbrica), María de Jesús Huerta Rea (rúbrica), Arnoldo Ochoa González (rúbrica), Jorge Herrera Delgado (rúbrica), Harvey Gutiérrez Álvarez (rúbrica), Mónica García de la Fuente (rúbrica), Alberto Díaz Trujillo, Roxana Luna Porquillo, Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Roberto López González (rúbrica), Fernando Cuéllar Reyes (rúbrica).»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Tiene el uso de la palabra la diputada María Guadalupe Mondragón González, para hablar a nombre de la comisión.

La diputada María Guadalupe Mondragón González:Gracias, presidente, con su venia. Compañeras y compañeros diputados, presento a su consideración el dictamen sobre el decreto por el que se dispone la obligación de los editores de hacer el depósito legal digitalizado de sus publicaciones.

Los integrantes de la Comisión de Educación y Servicios Educativos coincidimos en la necesidad de superar el rezago en la configuración de las bibliotecas respecto a las tecnologías digitales.

Por ello, presentamos este dictamen cuyo objetivo consiste en adecuar el sistema de bibliotecas del Congreso de la Unión a los adelantos tecnológicos en el marco de la digitalización.

La intención legislativa es propiciar la interconexión de nuestras bibliotecas con sus similares de México y del extranjero. Se propone un formato electrónico por parte de los editores de todo tipo de publicaciones para crear así el depósito legal digital, además del impreso, con la finalidad de garantizar la debida integración de la producción editorial al patrimonio cultural de la nación.

El dictamen contiene importantes modificaciones, entre las que se destacan las siguientes: se adicionan las bibliotecas de los Congresos de las entidades federativas y de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, como bibliotecas depositarias de las publicaciones producidas en el territorio.

Se adicionan como obligación de los depositantes, las publicaciones en formatos electrónicos, como son libros y revistas en ediciones digitales. Se definen, con mayor precisión, los tipos y clases de publicaciones sujetas a depósitos legales.

Se establece que corresponderá a la Biblioteca Nacional de México elaborar y publicar la bibliografía nacional, conservar los acervos impresos y digitales, y elaborar las estadísticas de las ediciones nacionales.

Compañeras diputadas y diputados, poniendo a su consideración este dictamen les pedimos el apoyo y su voto a favor. Es cuánto, presidente.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias, diputada María Guadalupe Mondragón González.

Está a discusión en lo general y tiene el uso de la palabra la diputada Dora María Talamante Lemas, para fijar la postura del Grupo Parlamentario Nueva Alianza.

La diputada Dora María Guadalupe Talamante Lemas:Con la venia de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados, el día de hoy tenemos a nuestra consideración este dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos que mandata la obligación de los editores a hacer el depósito legal digitalizado de sus publicaciones en la Biblioteca Nacional de México, al Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión y a las bibliotecas de los Congresos locales.

Con este decreto se generarán importantes beneficios como la creación de una colección nacional digital del material publicado en los diferentes formatos, que garantice el control bibliográfico y permita a los ciudadanos e investigadores nacionales y extranjeros el acceso a las colecciones de investigación de material publicado en México.

En la dinámica actual es indispensable el uso de la tecnología, por lo que la adecuación de nuestro marco jurídico resulta necesaria, sin que ello signifique dejar de especificar las medidas de seguridad pertinentes para dicha sistematización y actualización de los formatos, que permita hacerlo en el marco de la legislación actual.

Esta reforma permitirá y promoverá el acceso universal y equitativo a la información de los distintos textos que estén publicados y custodiados por las bibliotecas ya mencionadas, promoviendo avances en nuestra sociedad, donde se requieren otros modelos y métodos para el conocimiento y el fomento de la lectura.

De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en 2010 existían 13 mil 104 bibliotecas en el país que albergaron 73.7 millones de ejemplares de obras impresas, las cuales deben apoyar en la formación de 35.3 millones de alumnos mexicanos, además de aquellos que soliciten el acceso a este tipo de producciones.

Asimismo, se coincide con la digitalización de las obras publicadas porque van acorde con la reciente reforma en materia de comunicaciones, fortaleciendo el papel de México en el mundo de la era digital y así permitir un mejor acceso a la información.

Otro de los beneficios que se establece es que con esta obligación los editores y productores de materiales bibliográficos y documentales contribuirán a la integración del patrimonio editorial de la nación, con lo que se resguarda y se comparte dicho patrimonio entre las bibliotecas. Estas previsiones resultan importantes debido a que solo en 2011 se editaron 26 mil 836 obras nuevas, sin incluir las revistas, según la Cámara Nacional de la Industria Editorial Mexicana, y de acuerdo con esta producción mil 709 correspondieron a libros digitales.

El dictamen establece también que la Dirección General del Derecho de Autor de la Secretaría de Educación Pública, y el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, Conaculta, mediante el Consejo Nacional del Fomento para el Libro y la Lectura enviarán mensualmente una relación de las obras registradas a estas dependencias, la Biblioteca Nacional de México y al Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión, para la verificación del cumplimiento de esta obligación.

Por lo tanto, en la comisión coincidimos en que la reforma cumple cabalmente con todos los requisitos para regularizar eficazmente la figura del depósito legal digitalizado; al mismo tiempo que fomentamos con esta acción el conocimiento, la educación y la lectura.

Por lo tanto en Nueva Alianza estamos convencidos de que esta reforma resulta de gran importancia y que promoverá en la dinámica actual el intercambio y la difusión de material bibliográfico para todos aquellos que lo requieran. Nuestro voto siempre será a favor de la educación, del conocimiento y del acceso universal al material bibliográfico depositado en nuestras principales bibliotecas públicas. Es cuanto, diputado Presidente. Muchas gracias.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias a usted, diputada Dora María Talamante Lemas. Esta Presidencia saluda y da la más cordial bienvenida al presidente municipal de Atlautla, estado de México, Raúl Navarro Rivera. Invitado por la diputada Guadalupe Mondragón. Sea usted bienvenido a esta Cámara de Diputados.

Tiene el uso de la palabra, el diputado Héctor Hugo Roblero Gordillo, para fijar la postura del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

El diputado Héctor Hugo Roblero Gordillo:Con la venia de la Presidencia, compañeras y compañeros legisladores. La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de esta Cámara de Diputados presentó ante el pleno de esta soberanía un dictamen sobre una iniciativa con proyecto de decreto por el que se dispone la obligación de los editores de hacer el depósito legal digitalizado de sus publicaciones, con el fin de adecuar el Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión a los avances tecnológicos, en el marco de la digitalización y para propiciar la interconexión, en esta materia, de nuestras bibliotecas con sus similares de México y del mundo.

Los promoventes de la iniciativa base de este dictamen argumentaron, en su exposición de motivos, la necesidad de que nuestro Sistema de Bibliotecas cuente con un acervo actualizado de las publicaciones que editan, para que junto con las empresas tengamos un volumen de títulos que satisfaga las necesidades de quienes acuden a consultar el inventario de información que contienen.

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos —de la cual formo parte— hizo suyo el contenido de la iniciativa en comento, de tal manera que de forma sucinta queden plasmados los requerimientos señalados en el documento aludido.

Las consideraciones del dictamen señalan que los distintos avances tecnológicos, y la aparición de esta era de la información y del conocimiento en el mundo, han posicionado el medio digital como el nuevo paradigma de la sistematización y la presentación de la información.

Advierte la comisión en su dictamen que el fenómeno de la digitalización de libros es una tendencia mundial a la que cada vez un mayor número de países del orbe se incorporan. También que la digitalización de los distintos textos que se publican permiten garantizar el acceso universal y equitativo de la información, que la entrada a la información es un auténtico derecho humano y, por tanto, es considerado como un medio idóneo para el ejercicio de otros derechos, como un derecho de tipo instrumental que se construye a partir de la libertad de expresión.

Menciona que un sistema eficaz de acceso a la información mejora el intercambio de opiniones entre las personas, perfecciona el debate, fortalece la autonomía de la razón humana y permite afianzar la democracia de los países.

Hace alusión a que la Corte Interamericana de los Derechos Humanos ha sostenido que el derecho de acceder libremente a la información contenida en los archivos y documentos en poder del Estado es una garantía fundamental de la democracia.

Alude a que la figura del depósito legal ha sido integrada de manera exitosa a los ordenamientos jurídicos de distintos países como Bélgica, Canadá, España, Estados Unidos, Francia, Gran Bretaña, Nueva Zelanda y Suecia, entre otros.

Señala que el gobierno mexicano tiene un programa para garantizar el acceso de los educandos con base en distintos medios digitales con los que los Poderes de la Unión trabajan de manera armónica en el mejoramiento de las políticas públicas orientadas al perfeccionamiento de la educación. Que con el depósito legal organizado se moderniza el Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión, con lo que se efectúa una aportación importante a los medios de comunicación.

El depósito legal digitalizado genera una obligación de gran importancia para la sistematización de la información de las bibliotecas del Congreso de la Unión, de los Congresos locales y de la Biblioteca Nacional de México.

El decreto en cuestión tiene un claro carácter de interés público para la sociedad mexicana en su conjunto, que por las razones expuestas, el derecho vigente que tiene 20 años de antigüedad es motivo de actualización en temas tan importantes como la digitalización.

Que el impacto económico que podría generar la expedición del decreto en comento, tiene por sustentabilidad los recursos financieros derivados por multas aplicadas y así destinarlas al uso de lo propuesto en la iniciativa.

En mérito de lo anterior, el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo votará a favor del dictamen referido al inicio de este documento. Es cuanto, diputado presidente, gracias.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias a usted, diputado Héctor Hugo Roblero Gordillo. Tiene el uso de la palabra la diputada Nelly del Carmen Vargas Pérez, para fijar la postura del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.

La diputada Nelly del Carmen Vargas Pérez:Con su permiso, señor presidente. En nuestros días la digitalización de libros es una tendencia mundial definitiva, la cual garantiza un acceso universal a los textos publicados y genera una evolución en el conocimiento de una sociedad.

En diferentes países del mundo ya se cuenta con bibliotecas públicas digitales, ya que es de gran utilidad para mejorar el acceso a los documentos, brindar información al usuario y aumentar la concurrencia en estos espacios, derivado de que se puede acceder de forma simultánea a un mismo documento.

Otra de las ventajas que tiene este avance en tecnología es que los documentos tienen conservación y un respaldo efectivo.

Instituciones internacionales, organismos educativos, históricos y patrimoniales, han participado en la transformación de colecciones materiales a virtuales, permitiendo una gran variedad de recursos al alcance de investigadores, profesores, estudiantes o simplemente apasionados a la cultura.

En 2009 comenzó a funcionar la Biblioteca Digital Mundial, iniciativa de la UNESCO y desarrollada por la Biblioteca del Congreso de los Estados Unidos; fue respaldada por países como China, Egipto, Francia, Japón, Rusia, entre otros, quienes dieron acceso a sus documentos con el motivo de aumentar la cantidad y variedad de los contenidos culturales.

Igualmente en Europa existe una Librería Europea que alberga un contenido de 48 bibliotecas europeas y su consulta puede ser en 35 idiomas diferentes, para poder dar acceso a las culturas e información de diferentes ciudades de ese continente.

Con el depósito legal digitalizado en nuestro país habrá una sistematización de información en las bibliotecas del Congreso de la Unión, de los Congresos locales e incluso de la Biblioteca Nacional de México, lo que tendrá como beneficio para los mexicanos accesibilidad a la información del acervo documental existente en nuestro país.

Existe vigente un decreto por el que dispone la obligación de los editores y productores de materiales bibliográficos y documentales de entregar ejemplares de sus obras a la Biblioteca Nacional y a la Biblioteca del Congreso de la Unión. Sin embargo su última reforma fue en 1991; por lo tanto tiene características diferentes e incompetentes para la época en la que nos encontramos.

Con el presente dictamen se da un avance en tecnología y acceso a la información para los mexicanos. Sin embargo no debemos olvidar que la mayoría de nuestra población no tiene acceso a bibliotecas, mucho menos a medios electrónicos e Internet.

En México existen 7 mil 200 bibliotecas públicas para 112 millones 322 mil 757 habitantes, según el censo del Inegi de 2010, lo que significa una biblioteca pública para cada 15 mil 395 mexicanos. Ubicadas éstas además en zonas urbanas, y menos en zonas rurales, y las que existen en zonas rurales están con pocos libros, sin libros y en abandono.

Sin duda será de utilidad el depósito legal en el país, pero no dejemos olvidados a los millones de mexicanos que no tienen acceso a una biblioteca; ellos también necesitan modernizarse, necesitan el apoyo del gobierno para poder estar informados y documentados.

Por lo anteriormente expuesto, estamos a favor del dictamen por el que se dispone la obligación de los editores de hacer el depósito legal digitalizado de sus publicaciones. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias, diputada. Nelly del Carmen Vargas Pérez. Tiene el uso de la palabra la diputada Judit Magdalena Guerrero López, para fijar la postura del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

La diputada Judit Magdalena Guerrero López:Con su permiso, Presidente. Señoras y señores legisladores. Éste es un tema que ha interesado a expertos internacionales. El sociólogo y educador español de reconocido prestigio internacional, Manuel Castells, creador de la categoría conceptual de la sociedad y democracia sin red, al analizar el impacto de la revolución científica y tecnológica que experimenta la humanidad ha dicho con certeza que los procesos de virtualización y digitalización que vive el mundo contemporáneo son irreversibles, y por eso ha creado un nuevo paradigma de relacionamiento individual y colectivo.

La sociedad de nuestros días trasciende sólo y a través de los circuitos electrónicos. La armonía se sustenta en la producción de conocimientos de frontera y los aprendizajes se suscitan en comunidades en red.

En épocas anteriores de la historia de la humanidad se requerían miles de años para duplicar los volúmenes del conocimiento. Ahora se necesitan sólo dos años.

El mundo global experimenta un fenómeno inusitado asociado a la producción de conocimiento científico vinculado además al uso de las tecnologías y en consecuencia a los procesos de digitalización.

Por eso es de vital importancia para el desarrollo de la nación acercar las fuentes de conocimiento a quienes generan innovación, investigación y producción científica y tecnológica, y en esto juega un rol especial la digitalización de los documentos informáticos.

Pero también es crucial recrear una nueva cultura de la virtualidad, factor que en la actualidad es decisivo para la constitución de la nueva ciudadanía. Particularmente en México se dispone de muy poca información electrónica de fuentes confiables que se ajusten a las necesidades que demanda la ciudadanía, sus especialistas. Aun cuando ya existen bibliotecas con catálogos electrónicos, las bibliotecas digitales con acceso a textos completos se encuentran en una etapa incipiente.

Las bibliotecas son consideradas las fuentes de la educación en todas las comunidades; sin embargo, dificultades como la distancia y las restricciones en el uso de sus servicios impiden un eficiente aprovechamiento de los recursos que se ponen a disposición en ellas.

Igualmente, es pertinente avanzar hacia una mayor profesionalización del trabajo en las bibliotecas y alentar las tareas de investigación bibliotecnológica en base a los nuevos paradigmas derivados de la digitalización.

Se demandan con premura cambios inmediatos en las estrategias de gestión en la administración y conducción de las bibliotecas, que vayan desde la forma de catalogar y recuperar la información hasta el depósito legal electrónico por parte de los editores.

Por esto es necesario proveer de mejores servicios, de tal forma que los insumos puedan acceder a la información sin necesidad de trasladarse físicamente hasta el sitio donde se encuentra el documento original.

No obstante el avasallante avance de los procesos de digitalización de la información documental, tenemos todavía quienes se oponen a éstos debido a que argumentan que reducirán la esencia del uso de los libros tradicionales para ser sustituidos por los electrónicos. Nada es más falso.

Los libros tradicionales, aquellos surgidos de la llamada Galaxia de Gutenberg, son insustituibles e irremplazables por el avance de la digitalización, como bien lo anticipa en una ocasión el insigne maestro Octavio Paz, premio Nobel de Literatura en 1990.

Hoy lo que planteamos es incorporar solamente el pleno uso de las tecnologías en los sistemas de organización de las bibliotecas y, en consecuencia, consolidar sus procesos de digitalización para beneficio de la sociedad en general.

Coincidimos en la necesidad de ponernos al día con los avances tecnológicos, que permitan quitar o minimizar las barreras físicas para lograr una mayor participación en la investigación como base fundamental del progreso en materia de educación de nuestro país.

Por eso debemos asumir el reto que representa colocarnos en igualdad a los países que ya han logrado la inclusión de los estudiantes a la vida digital, avance que no sólo nos impulsa al desarrollo cultural, social y educativo, sino a erradicar por completo las brechas internas y externas del desarrollo digital y las ataduras y obstáculos que éstas implican para el progreso colectivo del país.

Es por ello que la fracción parlamentaria del Partido Verde Ecologista votará a favor del presente dictamen, con la certeza que modificaciones como éstas impulsan indudablemente el desarrollo integral de nuestra sociedad. Es cuanto, presidente, y señoras y señores legisladores.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Muchas gracias diputada Judith Magdalena Guerrero López. Tiene el uso de la palabra la diputada Roxana Luna Porquillo, para fijar la postura del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Esta Presidencia saluda y da la más cordial bienvenida a invitados de la preparatoria marista Cristóbal Colón, del estado de Nayarit, invitados por los diputados que integran esa coordinación. Asimismo, a alumnos de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Morelos, invitados por la diputada Maricela Velázquez Sánchez, y a invitados especiales provenientes del estado de México, invitados por la diputada Maricruz Cruz Morales. Sean todas y todos ustedes bienvenidos a esta Cámara de Diputados. Adelante, diputada.

La diputada Roxana Luna Porquillo:Con su venia, señor presidente. Compañeros y compañeras, buenas tardes. La iniciativa que ha quedado a consideración en este pleno significa un importante paso a la consolidación del derecho humano al acceso de información en el país.

Es innegable que hoy en día la sociedad necesita de mecanismos e instrumentos que faciliten y agilicen el ejercicio de este derecho para lograr una sociedad bien informada, a través de las publicaciones de todo tipo, reproducida por cualquier soporte y por cualquier procedimiento para su distribución y, por supuesto, su comunicación pública. Asumiendo la constante actualización de los acervos literarios, periodísticos, artísticos y culturales, así como las nuevas formas de edición, fruto de las nuevas tecnologías.

No menos importante es reconocer el efecto que los editores de estas publicaciones tienen con la actualidad nacional porque son precisamente ellos, los sujetos culturales centrales del depósito legal, quienes construyen este conjunto de información y que finalmente se reflejan en la sociedad; es decir, debe considerarse de interés público la responsabilidad social de los editores y sus publicaciones que tienen frente a sus lectores, lo que es razón suficiente para comprometer al Estado a esforzarse a construir mecanismos para difundir toda esta información.

Es imprescindible destacar que la conservación de todo tipo de publicaciones tiene como objeto el de preservar el patrimonio bibliográfico, sonoro, audiovisual, visual y digital con el fin de garantizar el acceso a la información, a la investigación de las generaciones actuales y futuras. El depósito legal es la vía para la conservación de la memoria cultural de los pueblos, asimismo es la obtención de datos precisos para la confección de estadísticas oficiales sobre la producción editorial y el patrimonio ingresado en las bibliotecas.

La recopilación de cada una de las publicaciones a través del depósito legal nos permite la descripción de un conjunto de la producción editorial con el propósito de difundirla, y esto posibilita el intercambio con otras bibliotecas. Desde esta perspectiva la iniciativa pretende actuar para lograr adecuar el Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión en las entidades federativas y en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

El uso de estas tecnologías, estableciendo como obligación para los editores enviar en formato electrónico todo tipo de publicaciones, como son los libros o revistas en ediciones digitales y con ello construir el depósito legal digital, lo que además moderniza el actual decreto de 1991, garantiza la creación de una colección nacional digital, integrando contenido en una variedad de formatos que no están previstos por el decreto y que lleva más de 20 años funcionando con disposiciones pensadas para el siglo anterior, además de favorecer la compilación y la publicación para una biografía nacional para garantizar el control bibliográfico de una colección de depósitos nacionales y extranjeros, el acceso a las colecciones de investigación de material publicado en México.

El problema de la falta de lectura en nuestro país es notable, y lo ha advertido la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, la Unesco, porque según sus datos, en México sólo existe una biblioteca por cada 15 mil habitantes, lo que convierte en un verdadero desafío para muchas personas el poder allegarse de esta información, contenida en libros y documentos culturales, entre otros, siguiendo el método tradicional de publicaciones impresas.

Con la presente iniciativa no sólo se garantiza y se agiliza la información, sino que se crean los mecanismos que fomentan la lectura al facilitar la cultura de los ejemplares a distancia, reduciendo los tiempos y garantizando el acceso universal. Es decir, todas las publicaciones, como los libros y revistas, estarán disponibles de forma equitativa y general.

Finalmente, debe hacerse notar que la iniciativa fortalecerá el papel del México en el mundo de la era digital, permitiendo el acercamiento a la información plural y oportuna. Por tal motivo el grupo parlamentario apoyará en sentido positivo la presente iniciativa que dispone la obligación de los editores de hacer el depósito legal digitalizado de sus publicaciones. Es cuanto, señor presidente.

Presidencia del diputado José González Morfín

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada. Tiene la palabra el diputado Heriberto Galindo para fijar la posición del Grupo Parlamentario del PRI.

El diputado Heriberto Manuel Galindo Quiñones:Con su permiso, señor presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Adelante, diputado.

El diputado Heriberto Manuel Galindo Quiñones: Compañeras diputadas y compañeros diputados, vengo a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a respaldar el dictamen que reforma el decreto del depósito legal vigente, que dispone la obligación de los editores y productores de materiales bibliográficos y documentales de entregar ejemplares de sus obras a la Biblioteca Nacional y a la Biblioteca del honorable Congreso de la Unión.

Agradecemos la gentileza y el respaldo que nos dio la Comisión de Educación y Servicios Educativos al aprobarlo por unanimidad el pasado 5 de diciembre de 2013. Gracias al presidente y a todos los miembros.

La valiosa intervención de todos los miembros de la Comisión de Educación fue determinante para agendar, discutir y aprobar la iniciativa que me permití presentar a esta soberanía el pasado 21 de noviembre de 2013, a nombre de los diputados que formamos parte integrante de la Comisión Bicameral del Sistema de Bibliotecas del honorable Congreso de la Unión, a la que se sumaron inmediatamente y de manera solidaria los miembros de la bancada priísta de Sinaloa, a quienes valoro su interés y apoyo.

Con este dictamen que ahora está a consideración del pleno, estaremos actualizando la tradición centenaria del depósito legal garantizando que el patrimonio editorial y documental de México se conserve como memoria histórica y esté accesible a los ciudadanos que así lo requieren, pues es un componente sustantivo del patrimonio cultural de la nación.

Esta reforma mantiene la obligación de los editores y los productores de toda clase de publicaciones a entregar ejemplares de sus impresiones en papel, y por primera ocasión la amplía a las ediciones en toda clase de formatos electrónicos.

Si esta soberanía aprueba el dictamen y el Senado de la República hace lo propio, habremos iniciado la era de las bibliotecas digitales en la Biblioteca Nacional de México y en el Sistema de Bibliotecas del honorable Congreso de la Unión, así como en todas las bibliotecas de los Congresos de las entidades federativas y del Distrito Federal, lo cual será un salto histórico en la materia.

Además de establecer como obligación el depósito legal de publicaciones y productos que se generen en formatos digitales, el dictamen establece una responsabilidad definida para concentrar las tareas de conservación en la Biblioteca Nacional de México y asigna las tareas de difusión como responsabilidad especializada del Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión.

El nuevo decreto establece que las bibliotecas de los Congresos de las entidades federativas reciban también ejemplares físicos y digitales, según sea el caso, de las publicaciones que sean editadas, producidas o trasmitidas en su territorio, de manera que las bibliotecas congresionales puedan figurar una memoria bibliográfica y documental que reúna los materiales generales en su estado y su región.

El dictamen incluye como obligatorio el depósito de un ejemplar de las publicaciones que se hagan públicas por medio del sistema de trasmisión de información a distancia, cuando el origen de la trasmisión sea el territorio nacional. Esto quiere decir que quienes comercian con materiales bibliográficos o documentales o los diseminen haciendo descargas por pago o gratuitas desde territorio mexicano, deben depositar en las instituciones bibliotecarias una copia de lo que venden o distribuyen.

En el mismo orden de ideas, el nuevo alcance del depósito incluye las bases de datos que se hagan públicas, de manera que los materiales en ellas contenidos puedan ser utilizados en una instalación bibliotecaria oficial por académicos, estudiantes, periodistas, legisladores o por cualquier ciudadano que lo solicite.

Compañeras y compañeros diputados, los invito a votar a favor, en sustento y apoyo a este dictamen, porque nos ha correspondido el honor, como diputados y como Legislatura, de cerrar la brecha digital en materia de acervos bibliográficos, hemerográficos y documentales.

A los ya de suyo trascendentales cambios de normatividad que hemos aprobado en la reforma educativa se sumará esta reforma, que por sus repercusiones legales y su avanzado contenido tecnológico, al transformar a la Biblioteca Nacional de México y al Sistema de Bibliotecas del honorable Congreso de la Unión, pone el ejemplo para que todas nuestras bibliotecas públicas se abran al presente y al futuro del mundo digital.

Votar a favor de este dictamen nos ubicará en un salto tecnológico de valor histórico y nos sentiremos orgullosos de haber votado a favor. Muchas gracias, por su atención.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado.

Agotada la lista de oradores, y no habiendo artículos reservados, le pido a la Secretaría abra el sistema de votación, por cinco minutos, para recoger la votación nominal en lo general y en lo particular.

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular en un solo acto.

(Votación)

El Presidente diputado José González Morfín: Les quiero dar la más cordial bienvenida a la Cámara de Diputados al grupo de alumnos de la Escuela Primaria México, de Tlatlauquitepec, Puebla, que están aquí invitados por el diputado Víctor Díaz Palacios. Bienvenidas y bienvenidos a la Cámara de Diputados.

Presidencia del diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Esta Presidencia saluda con afecto y respeto a los alumnos de política, de la Universidad de Guanajuato, invitados por este servidor de ustedes, acompañados por Héctor Corona. Sean ustedes bienvenidos. Ustedes que saben de política, ¿dónde venden las matracas?

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Ciérrese el sistema de votación electrónico. De viva voz.

El diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (desde la curul): A favor.

El diputado Jorge Iván Villalobos Seáñez (desde la curul): A favor.

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Señor presidente, se emitieron 436 a favor, 0 abstenciones y 0 en contra.

Presidencia del diputado José González Morfín

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias. Aprobado por unanimidad en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que dispone la obligación de los editores de hacer el depósito legal digitalizado de sus publicaciones. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.



LEY DE FISCALIZACION Y RENDICION DE CUENTAS DE LA FEDERACION - LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PUBLICOS - LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO - LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS

El Presidente diputado José González Morfín: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún:«Dictamen de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación; Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Transparencia y Anticorrupción de la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen correspondiente la iniciativa que reforma los artículos 54 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, 8o. de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 78 de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, presentada por la diputada Lourdes Eulalia Quiñones Canales, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Esta dictaminadora es competente para analizar y resolver la presente iniciativa con fundamento en los artículos 39, numeral 2, fracción XLIX y 45, numeral 6, Incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y los artículos 80, numeral 1, fracción II; 157, fracción I y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, por lo que esta comisión procedió a elaborar el presente dictamen al tenor del siguiente

I. Antecedente

Único. El 3 de octubre de 2013, la diputada Lourdes Eulalia Quiñones Canales, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, haciendo uso de la facultad que le confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentó la iniciativa que reforma los artículos 54 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, 8o. de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 78 de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

En la fecha antes referida, la Presidencia de la Mesa Directiva, mediante oficio número D.G.P.L. 62-II-7-937, turnó dicha iniciativa a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción de la Cámara de Diputados para su estudio y elaboración de dictamen correspondiente.

II. Contenido de la iniciativa

Primero.La diputada proponente manifestó en su exposición de motivos, esencialmente lo siguiente:

“(...) El sistema de responsabilidades de los servidores públicos, alude a un marco jurídico que ha sido objeto de numerosas reformas y no menos estudios, toda vez que el tema no ha sido agotado, ya que la sociedad reclama mejores gobiernos y mejores funcionarios públicos, cuyas actividades estén dotadas de altos contenidos éticos, apunten al bien común y permitan la transparencia y sana rendición de cuentas.

Los servidores públicos emanados de los tres Poderes del Estado, llevan a cuestas importantes responsabilidades, de ahí que la exigencia de éstas, sea mucho más compleja que para el resto de los ciudadanos, pudiéndoles exigir las de tipo civil, penal, administrativo –incluyendo las patrimoniales y resarcitorias– y desde luego, las políticas.

Bajo el anterior orden de ideas, es menester señalar que el sistema jurídico mexicano en materia de responsabilidades de los servidores públicos, ha tenido en los últimos años importantes avances, sin embargo es justo también decir, que aún quedan vacíos, lagunas e interpretaciones que poco contribuyen a fortalecer el estado de derecho deseable para los mexicanos.

En este sentido, es que presento ante esta soberanía la presente iniciativa, que tiene por objeto fortalecer el espíritu con que está investida la responsabilidad resarcitoria, mandatada en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, en sus capítulos II y III del título quinto.

Planteamiento del problema

La responsabilidad resarcitoria es exigible a los servidores públicos y a los particulares, personas físicas o morales, que por actos u omisiones causen un daño o perjuicio, o ambos, estimable en dinero, a la Hacienda pública federal o, en su caso, al patrimonio de los entes públicos federales o de las entidades paraestatales federales.

Al respecto cabe mencionar, que como lo han señalado ya diversos tratadistas, ha sido la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, reglamentaria del artículo 79 constitucional, la que ha reservado esta designación para la atribución a cargo de la Auditoría Superior de la Federación. Esta responsabilidad resarcitoria es una especie de la institución jurídica denominada reparación de daños y perjuicios, que en el caso de los Poderes de la Unión y los entes públicos federales es una reparación patrimonial y hacendaria. El hecho mismo de que la Auditoría Superior de la Federación esté facultada para determinar y hacer efectiva esta responsabilidad mediante el ejercicio directo de sus facultades, sin tener que recurrir a la autorización adicional de ninguna otra jurisdicción, la convierte en autoridad fiscal o en instancia coadyuvante de una autoridad de naturaleza fiscal.

Esta alta encomienda, conferida al órgano superior de fiscalización, el cual de acuerdo a la ley es el órgano auxiliar de la Cámara de Diputados para que ésta pueda ejercer su facultad exclusiva de vigilar y controlar el ejercicio de los recursos públicos, así como fortalecer la rendición de cuentas, se objetiva en la posibilidad de exigir las responsabilidades en comento, de ahí que resulte de primordial interés realizar las reformas necesarias a efecto no sólo de clarificar el mandato legal sino de posibilitar que prevalezca el espíritu del mismo.

Como corolario de lo antes planteado, podemos señalar que la responsabilidad resarcitoria puede entenderse como “la obligación a cargo de los servidores públicos y los particulares de reparar a la hacienda pública los daños y perjuicios ocasionados, cuantificables monetariamente, como consecuencia de una conducta u omisión que incumpla los ordenamientos jurídicos vigentes”.

Sin embargo, actualmente, por la manera en que está planteada la indemnización resarcitoria, da lugar erróneamente, a entender que constituye un filtro del análisis de la conducta ilícita de los servidores públicos o quienes se reputan como tales. Es decir, en los hechos tanto a nivel federal como estatal, el procedimiento resarcitorio se entiende como si éste constituyera en sí mismo una sanción, sin que se exijan las demás responsabilidades.

No en todos los casos lleva aparejada la exigencia de responsabilidades penales y administrativas y por lo tanto tampoco las sanciones conducentes.

En pocas palabras “devuelve el menoscabo y un tanto más” y “no pasa nada”. Entendimiento cínico, que por supuesto no hace sino perpetrar el círculo de corrupción que tanto ha lastimado al país y a sus instituciones.

Por ello, no es ajeno que existan funcionarios públicos en ejercicio de sus funciones con sentencia firme en materia resarcitoria, que no han solventado sus obligaciones, y sin embargo, siguen detentando la función pública. No es extraño saber de empresas que siguen ganando licitaciones, mientras “con una mano cobran recursos del erario público y con la otra fingen resarcir a cuenta gotas el daño causado al patrimonio público”.

La indemnización resarcitoria no debe ser una forma de eludir las responsabilidades de otro carácter en que el servidor público o particular pueda incurrir durante la comisión del acto atentatorio contra la Hacienda pública federal o el patrimonio de los entes federales, pues en el sistema de responsabilidades estaría primando el aspecto económico de la conducta en detrimento de valores y principios, como la vocación de servicio y el contenido ético de los comportamientos públicos, consustanciales al quehacer de quienes detentan el poder público, lo cual resulta inaceptable.

Tanto la Constitución como la ley toman en cuenta la función de la Auditoría Superior para proceder a hacer las denuncias o presentar las quejas o querellas ante las autoridades correspondientes, y advierten que aún después de aplicarse la resarcitoria debe procederse, cuando sea el caso, a poner el expediente a disposición de las autoridades respectivas. Sin embargo, es necesario dejar en claro que el resarcimiento de la Hacienda pública federal y del patrimonio de los entes públicos federales, en sí mismo, no extingue la conducta infractora que ocasionó tales deméritos, en el mejor de los casos, podrían ser tenidos como atenuantes para los efectos de determinación de la sanción en la jurisdicción correspondiente.

De igual forma, es necesario evitar que tanto los servidores públicos como los particulares ya sean personas físicas o morales, en tanto tienen un daño pendiente por resarcir, se evite ejerzan cualquier tipo de empleo, cargo o comisión dentro de la federación, de otra manera, no tendría ningún sentido la exigencia de esta responsabilidad.

A todas luces, es innegable que existe una lógica jurídica y política impecable al dotar a la Auditoría Superior de esta facultad resarcitoria, pues siendo un órgano técnico de la Cámara de Diputados y siendo, asimismo, los recursos federales contribuciones realizadas por el pueblo, toca a ella velar por estos intereses populares, por el buen uso de los recursos aportados por los mexicanos para el financiamiento del gasto público. Pero es también innegable que en muchas de las veces los órganos de control de la administración pública resultan un obstáculo para ejecutar el resarcitorio.

No es objeto de esta iniciativa exponer las causas de sobra conocidas, sobre la pertinencia de ampliar las facultades de la Auditoría Superior y restringir las atribuciones de las unidades y órganos de control que malamente tienen y que significan una regresión en la materia. Simplemente, esta reforma plantea dar solución a un problema existente: evitar que quienes dañen el erario público sigan en funciones como si nada pasara y evitar que el resarcimiento del daño extinga el resto de las responsabilidades que se deben enfrentar, ya sea administrativas, penales o políticas.

Combatir frontalmente la corrupción es una tarea fundamental e insustituible para los tres poderes del estado en sus diferentes niveles de gobierno, de ahí, la presente iniciativa. (...)”.

Segundo. La iniciativa de mérito propone reformar cuatro ordenamientos jurídicos en los términos siguientes:

1. Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación:

a) Establece que las responsabilidades resarcitorias señaladas, son complementarias y no excluyen la exigencia de otras responsabilidades, según sea el caso, y se fincarán independientemente de las que procedan con base en otras leyes y de las sanciones de carácter penal que imponga la autoridad judicial.

b) Prevé que en ningún caso los servidores públicos, particulares, personas físicas o morales, públicas o privadas, sancionados por resolución definitiva firme, a través del procedimiento resarcitorio podrán ser contratadas, ni prestar servicio o encargo alguno a la federación, en tanto no hayan solventado totalmente el monto a resarcir, de ser el caso, el contrato cesará de inmediato y se considerarán inhabilitados en los términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

2. Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos:

Establece como obligación de todo servidor público el abstenerse de autorizar la selección, contratación, nombramiento o designación de quien se encuentre inhabilitado por resolución de autoridad competente para ocupar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, así como a quien habiendo sido sancionado, mediante resolución firme, por la Auditoría Superior de la Federación en un procedimiento resarcitorio, omita cubrir el pago respectivo a la Tesorería de la Federación.

3. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público

Propone facultar a la Secretaría de la Función Pública para inhabilitar temporalmente para participar de manera directa o por interpósita persona en los procedimientos de contratación o celebrar contratos en materia de adquisiciones, arrendamientos o servicios del sector público a los licitantes o proveedores que omitan el pago de las sanciones resarcitorias firmes impuestas por la Auditoría Superior de la Federación, en cuyo caso, la inhabilitación a que se refiere este artículo, cesará hasta que el pago respectivo ante la Tesorería de la Federación se efectúe en su totalidad.

4. Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas:

Prevé que se faculte a la Secretaría de la Función Pública para inhabilitar temporalmente para participar de manera directa o por interpósita persona en los procedimientos de contratación o celebrar contratos en materia de obra pública y servicios relacionados con las mismas a los licitantes o proveedores que omitan el pago de las sanciones resarcitorias firmes impuestas por la Auditoría Superior de la Federación, en cuyo caso, la inhabilitación a que se refiere este artículo, cesará hasta que el pago respectivo ante la Tesorería de la Federación se efectúe en su totalidad.

III. Fundamentación

Primera. Por cuanto hace a la propuesta de reforma al artículo 54 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación:

En primer lugar, resulta importante el estudio comparativo del texto actual con el propuesto en la iniciativa:

Texto Actual

Artículo 54. Las responsabilidades resarcitorias señaladas, se fincarán independientemente de las que procedan con base en otras leyes y de las sanciones de carácter penal que imponga la autoridad judicial.

Texto de la iniciativa 

Artículo 54. Las responsabilidades resarcitorias señaladas, son complementarias y no excluyen la exigencia de otras responsabilidades, según sea el caso, y se fincarán independientemente de las que procedan con base en otras leyes y de las sanciones de carácter penal que imponga la autoridad judicial, conforme a lo señalado en artículo 49 de esta ley.

En ningún caso los servidores públicos, particulares, personas físicas o morales, públicas o privadas, sancionados por resolución definitiva firme, a través del procedimiento resarcitorio podrán ser contratadas, ni prestar servicio o encargo alguno a la federación, en tanto no hayan solventado totalmente el monto a resarcir, de ser el caso, el contrato cesará de inmediato y se considerarán inhabilitados en los términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

De lo anterior se desprende que la iniciativa propone 2 cuestiones:

1. Establecer que las responsabilidades resarcitorias son complementarias y no excluyen la exigencia de otras responsabilidades.

2. Establecer el impedimento para que los sancionados por resolución definitiva firme, a través del procedimiento resarcitorio sean contratados, presten servicio o encargo alguno a la federación, en tanto no hayan solventado totalmente el monto a resarcir; y que de ser el caso, el contrato cesará de inmediato y se considerarán inhabilitados en los términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

c) Al efecto, es importante precisar que la palabra responsabilidad, según el Nuevo Diccionario Jurídico Mexicano, proviene de responderé que significa, inter alia: prometer merecer, pagar. Así, responsalis significa: “El que responde” (fiador). En un sentido más restringido, responsum (responsable) significa “el obligado a responder de algo o alguien”. Respondere se encuentra estrechamente relacionada con spondere, la expresión solemne de la forma de la stipulatio por la cual alguien asumía una obligación (Gayo, institutas, 3,92).

Para el jurista Jorge Fernández Ruíz, “la responsabilidad, en términos generales, es la capacidad de un sujeto de derecho de conocer y aceptar las consecuencias de sus actos realizados consciente y libremente”.

De acuerdo con diversos doctrinarios, nuestro sistema jurídico, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 108 a 114 (pertenecientes al título cuarto) y 79 de la Carta Magna, contempla un sistema de responsabilidades de los servidores públicos se conforma por los siguientes tipos:

a) Responsabilidad Política.

b) Responsabilidad Penal.

c) Responsabilidad Civil.

d) Responsabilidad Administrativa.

e) Responsabilidad Resarcitoria.

En ese sentido, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha sostenido mediante un criterio en tesis aislada, cuyo rubro refiere “Responsabilidades de Servidores Públicos. Sus modalidades de acuerdo con el titulo cuarto constitucional”, que de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 108 al 114 de la Constitución Federal, el sistema de responsabilidades de los servidores públicos se conforma por cuatro vertientes:

A) La responsabilidad política para ciertas categorías de servidores públicos de alto rango, por la comisión de actos u omisiones que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho;

B) La responsabilidad penal para los servidores públicos que incurran en delito;

C) La responsabilidad administrativa para los que falten a la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en la función pública, y

D) La responsabilidad civil para los servidores públicos que con su actuación ilícita causen daños patrimoniales.

Así, el sistema descansa en un principio de autonomía, conforme al cual para cada tipo de responsabilidad se instituyen órganos, procedimientos, supuestos y sanciones propias, aunque algunas de éstas coincidan desde el punto de vista material, como ocurre tratándose de las sanciones económicas aplicables tanto a la responsabilidad política, a la administrativa o penal, así como la inhabilitación prevista para las dos primeras, de modo que un servidor público puede ser sujeto de varias responsabilidades y, por lo mismo, susceptible de ser sancionado en diferentes vías y con distintas sanciones.

Como puede advertirse, la vertiente de responsabilidad denominada como “resarcitoria”, no se encuentra en el título cuarto de la ley suprema; sino que es contemplada en sus artículos 74 y 79.

Conviene precisar que la responsabilidad resarcitoria no se aplica exclusivamente a servidores públicos; sino que incurren en responsabilidad resarcitoria los servidores públicos y particulares, personas físicas o morales que por actos u omisiones causen daño o perjuicio estimable en dinero al estado en su Hacienda pública federal o al patrimonio de los entes públicos federales.

Por ende, la responsabilidad resarcitoria viene a ser una obligación de indemnizar a la Hacienda pública federal en virtud de la comisión de actos ilícitos e infracciones a la norma.

Como ya ha se ha indicado, la responsabilidad resarcitoria, es regulada a nivel federal, principalmente por la norma suprema de toda la unión, y a nivel legal por la Ley Federal de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, por lo que es importante analizar el contenido de algunos de las hipótesis normativas relativas y aplicables:

En primer término, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece en su artículo 74, fracción VI, como parte de las facultades exclusivas de la Cámara de Diputados la siguiente:

(...) VI.Revisar la Cuenta Pública del año anterior, con el objeto de evaluar los resultados de la gestión financiera, comprobar si se ha ajustado a los criterios señalados por el Presupuesto y verificar el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas.

La revisión de la Cuenta Pública la realizará la Cámara de Diputados a través de la entidad de fiscalización superior de la federación.Si del examen que ésta realice aparecieran discrepancias entre las cantidades correspondientes a los ingresos o a los egresos, con relación a los conceptos y las partidas respectivas o no existiera exactitud o justificación en los ingresos obtenidos o en los gastos realizados, se determinarán las responsabilidades de acuerdo con la ley. En el caso de la revisión sobre el cumplimiento de los objetivos de los programas, dicha entidad sólo podrá emitir las recomendaciones para la mejora en el desempeño de los mismos, en los términos de la Ley.

(...)”

Por su parte, en las fracciones III y IV del artículo 79 de la Carta Magna, se establecen como facultades de la Auditoría Superior de la Federación las siguientes:

III. Investigar los actos u omisiones que impliquen alguna irregularidad o conducta ilícita en el ingreso, egreso, manejo, custodia y aplicación de fondos y recursos federales, y efectuar visitas domiciliarias, únicamente para exigir la exhibición de libros, papeles o archivos indispensables para la realización de sus investigaciones, sujetándose a las leyes y a las formalidades establecidas para los cateos, y

IV. Determinar los daños y perjuicios que afecten a la Hacienda Pública Federal o al patrimonio de los entes públicos federales y fincar directamente a los responsables las indemnizaciones y sanciones pecuniarias correspondientes, así como promover ante las autoridades competentes el fincamiento de otras responsabilidades; promover las acciones de responsabilidad a que se refiere el título cuarto de esta Constitución, y presentar las denuncias y querellas penales, en cuyos procedimientos tendrá la intervención que señale la ley.

Las sanciones y demás resoluciones de la entidad de fiscalización superior de la federación podrán ser impugnadas por las entidades fiscalizadas y, en su caso, por los servidores públicos afectados adscritos a las mismas, ante la propia entidad de fiscalización o ante los tribunales a que se refiere el artículo 73, fracción XXIX-H de esta Constitución conforme a lo previsto en la ley.

A pesar de que no se refieren directamente a la responsabilidad resarcitoria, dada la armonía y sistematización de la norma, es importante hacer mención de los artículos 134, 109, fracción III y 113, los cuales prevén que:

Artículo 134.Los recursos económicos de que dispongan la federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

Los resultados del ejercicio de dichos recursos serán evaluados por las instancias técnicas que establezcan, respectivamente, la federación, los estados y el Distrito Federal, con el objeto de propiciar que los recursos económicos se asignen en los respectivos presupuestos en los términos del párrafo anterior. Lo anterior, sin menoscabo de lo dispuesto en los artículos 74, fracción VI y 79. (...)

Artículo 109.El Congreso de la Unión y las legislaturas de los estados, dentro de los ámbitos de sus respectivas competencias, expedirán las leyes de responsabilidades de los servidores públicos y las demás normas conducentes a sancionar a quienes, teniendo este carácter, incurran en responsabilidad, de conformidad con las siguientes prevenciones: (...)

III.Se aplicarán sanciones administrativas a los servidores públicos por los actos u omisiones que afecten la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deban observar en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones. (...)

Artículo 113.Las leyes sobre responsabilidades administrativas de los servidores públicos, determinarán sus obligaciones a fin de salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, y eficiencia en el desempeño de sus funciones, empleos, cargos y comisiones; las sanciones aplicables por los actos u omisiones en que incurran, así como los procedimientos y las autoridades para aplicarlas. Dichas sanciones, además de las que señalen las leyes, consistirán en suspensión, destitución e inhabilitación, así como en sanciones económicas, y deberán establecerse de acuerdo con los beneficios económicos obtenidos por el responsable y con los daños y perjuicios patrimoniales causados por sus actos u omisiones a que se refiere la fracción III del artículo 109, pero que no podrán exceder de tres tantos de los beneficios obtenidos o de los daños y perjuicios causados por sus actos u omisiones a que se refiere la fracción III del artículo 109, pero que no podrán exceder de tres tantos de los beneficios obtenidos o de los daños y perjuicios causados.

La responsabilidad del estado por los daños que, con motivo de su actividad administrativa irregular, cause en los bienes o derechos de los particulares, será objetiva y directa. Los particulares tendrán derecho a una indemnización conforme a las bases, límites y procedimientos que establezcan las leyes.

A nivel legal, el artículo 1o. de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, reglamentaria de los artículos 74, fracciones II y VI, y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de revisión y fiscalización de la Cuenta Pública; la fiscalización de la Cuenta Pública tiene el objeto de evaluar los resultados de la gestión financiera de las entidades fiscalizadas; comprobar si se observó lo dispuesto en el Presupuesto, la Ley de Ingresos y demás disposiciones legales aplicables, así como la práctica de auditorías sobre el desempeño para verificar el cumplimiento de los objetivos y las metas de los programas federales, conforme a las normas y principios de posterioridad, anualidad, legalidad, definitividad, imparcialidad y confiabilidad.

Asimismo, se estipula que la fiscalización de la Cuenta Pública comprende la revisión de los ingresos, los egresos, incluyendo subsidios, transferencias y donativos, fondos, los gastos fiscales y la deuda pública; del manejo, la custodia y la aplicación de recursos públicos federales, con excepción de las participaciones federales, así como de la demás información financiera, contable, patrimonial, presupuestaria y programática que las entidades fiscalizadas deban incluir en dicho documento, conforme a las disposiciones aplicables.

De conformidad con el artículo 49 de la referida norma, si de la fiscalización de la Cuenta Pública, aparecieran irregularidades que permitan presumir la existencia de hechos o conductas que produzcan un daño o perjuicio, o ambos, a la Hacienda pública federal o, en su caso, al patrimonio de los entes públicos federales o de las entidades paraestatales federales, la Auditoría Superior de la Federación procederá a:

a)Determinar los daños o perjuicios, o ambos, según corresponda, y fincar directamente a los responsables las responsabilidades resarcitorias por medio de indemnizaciones y sanciones;

b)Promover ante las autoridades competentes el fincamiento de otras responsabilidades;

c)Promover las acciones de responsabilidad a que se refiere el título cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

d)Presentar las denuncias y querellas penales, a que haya lugar, y

e)Coadyuvar con el Ministerio Público en los procesos penales investigatorios y judiciales correspondientes. En estos casos, el Ministerio Público recabará previamente la opinión de la Auditoría Superior de la Federación, respecto de las resoluciones que dicte sobre el no ejercicio o el desistimiento de la acción penal.

En ese contexto, derivado de lo estipulado en el inciso a) antes señalado, se regula en el título quinto, capítulo II (Del fincamiento de Responsabilidades resarcitorias), en los artículos 50 a 56 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, lo siguiente:

Artículo 50.Para los efectos de esta ley incurren en responsabilidad:

I. Los servidores públicos y los particulares, personas físicas o morales, por actos u omisiones que causen un daño o perjuicio, o ambos, estimable en dinero, a la Hacienda pública federal o, en su caso, al patrimonio de los entes públicos federales o de las entidades paraestatales federales, y

II. Los servidores públicos de la Auditoría Superior de la Federación, cuando al revisar la Cuenta Pública no formulen las observaciones sobre las situaciones irregulares que detecten o violen la reserva de información en los casos previstos en esta ley.

Artículo 51. Las responsabilidades que conforme a esta ley se finquen, tienen por objeto resarcir el monto de los daños y perjuicios estimables en dinero que se hayan causado, a la Hacienda pública federal, o en su caso, al patrimonio de los entes públicos federales o de las entidades paraestatales federales.

Artículo 52.Las responsabilidades resarcitorias para obtener las indemnizaciones y sanciones pecuniarias correspondientes a que se refiere este capítulo, se constituirán en primer término, a los servidores públicos o a los particulares, personas físicas o morales, que directamente hayan ejecutado los actos o incurran en las omisiones que las hayan originado y, subsidiariamente, y en ese orden al servidor público jerárquicamente inmediato que por la índole de sus funciones, haya omitido la revisión o autorizado tales actos, por causas que impliquen dolo, culpa o negligencia por parte de los mismos.

Serán responsables solidarios con los servidores públicos, los particulares, persona física o moral, en los casos en que hayan participado y originado una responsabilidad resarcitoria.

Artículo 53. Las responsabilidades que se finquen a los servidores públicos de las entidades fiscalizadas y de la Auditoría Superior de la Federación, no eximen a éstos ni a los particulares, personas físicas o morales, de sus obligaciones, cuyo cumplimiento se les exigirá aún cuando la responsabilidad se hubiere hecho efectiva total o parcialmente.

Artículo 54.Las responsabilidades resarcitorias señaladas, se fincarán independientemente de las que procedan con base en otras leyes y de las sanciones de carácter penal que imponga la autoridad judicial.

Artículo 55.La Auditoría Superior de la Federación, con base en las disposiciones de esta ley, formulará a las entidades fiscalizadas los pliegos de observaciones derivados de la fiscalización de la Cuenta Pública, en los que se determinará en cantidad líquida, la presunta responsabilidad de los infractores.

En los casos en que la irregularidad no exceda de cien veces el salario mínimo diario general vigente en el Distrito Federal en la fecha en que se cometa la infracción, no se formulará el pliego de observaciones respectivo, sin perjuicio de las acciones que se promuevan ante las instancias de control competentes para el fincamiento de responsabilidades administrativas sancionatorias.

Artículo 56.Las entidades fiscalizadas, dentro de un plazo improrrogable de 30 días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de los pliegos de observaciones, deberán solventar los mismos ante la Auditoría Superior de la Federación.

Cuando los pliegos de observaciones no sean atendidos dentro del plazo señalado, o bien, la documentación y argumentos no sean suficientes a juicio de la Auditoría Superior de la Federación para solventarlos, ésta iniciará el procedimiento para el fincamiento de responsabilidades resarcitorias y solicitará la intervención de las instancias de control competentes para que, en el ámbito de su competencia, investiguen e inicien, en su caso, el procedimiento sancionatorio por los actos u omisiones de los servidores públicos de las entidades fiscalizadas de los cuales pudieran desprenderse responsabilidades administrativas, con excepción de las responsabilidades resarcitorias.

Una vez que las instancias de control competentes cuenten con la información de las auditorías practicadas por la Auditoría Superior de la Federación, deberán comunicar a ésta dentro de los 30 días hábiles siguientes sobre la procedencia de iniciar el procedimiento administrativo de responsabilidades.

En ese sentido, de lo antes anotado puede concluirse que:

a) El procedimiento para el fincamiento de responsabilidades resarcitorias tiene por objeto resarcir al estado y a los entes públicos federales el monto de los daños y perjuicios estimables en dinero causados, respectivamente, a su Hacienda pública federal y a su patrimonio,

b) Pueden incurrir en responsabilidad los servidores públicos y los particulares, personas físicas o morales, pues se creó para cumplir con los principios constitucionales de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez con que deben disponerse los recursos económicos que tienen la federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, previstos en el artículo 134 de la Constitución General de la República;

c) Con el procedimiento de responsabilidad resarcitoria se pretenden salvaguardar los principios de legalidad, honradez, imparcialidad y eficiencia, conforme a los artículos 109, fracción III y 113 constitucionales.

d) El procedimiento de responsabilidad resarcitoria resulta trascendental, dado que es importante para los intereses colectivos resolver si los presuntos responsables tienen o no responsabilidad por los actos u omisiones cometidos y si debe fincarse o no la indemnización correspondiente.

Ahora bien, de la lectura a la exposición de motivos de la iniciativa, se advierte que la problemática planteada y a la que se pretende dar solución por la vía legislativa es esencialmente la siguiente:

1) Actualmente, por la manera en que está planteada la responsabilidad resarcitoria, da lugar erróneamente, a entender que constituye un filtro del análisis de la conducta ilícita de los servidores públicos. Es decir, en los hechos el procedimiento resarcitorio se entiende como si este constituyera en sí mismo una sanción, sin que se exijan las demás responsabilidades.

2) Que la responsabilidad resarcitoria no en todos los casos lleva aparejada la exigencia de responsabilidades penales y administrativas y por lo tanto tampoco las sanciones conducentes.

3) La responsabilidad resarcitoria no debe ser una forma de eludir las responsabilidades de otro carácter en que el servidor público o particular pueda incurrir durante la comisión del acto atentatorio de la hacienda Pública Federal o el patrimonio de entes federales, pues en el sistema de responsabilidades estaría primando el aspecto económico de la conducta en detrimento de valores y principios, como la vocación de servicio y el contenido ético de los comportamientos públicos, consustanciales al quehacer de quienes detentan el poder público.

4) Debe dejarse claro que el resarcimiento del daño de la Hacienda Pública Federal y del Patrimonio de los Entes Públicos Federales, en sí mismo, no extingue la conducta infractora que ocasionó tales deméritos; pues en el mejor de los casos podrían ser atenuantes.

5) Es necesario evitar que tanto los servidores públicos como los particulares ya sean personas físicas o morales, en tanto tienen un daño pendiente por resarcir, se evite ejerzan cualquier tipo de encargo o comisión dentro de la federación.

Por lo que dadas las pretensiones esgrimidas, esta comisión dictaminadora advierte que resulta viable, necesaria y procedente la propuesta planteada en la iniciativa; lo que se afirma con fundamento en lo siguiente:

Debe partirse de la premisa de que los recursos económicos de que disponga la federación deben administrarse con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados, ello de conformidad con lo que establece el artículo 134 de la Carta Magna. De no seguirse dichos principios, se ocasionaría un daño o perjuicio al patrimonio del estado.

En consecuencia, el objetivo de la responsabilidad resarcitoria estriba en resarcir al estado y a los entes públicos federales el monto de los daños y perjuicios estimables en dinero causados, respectivamente, a su Hacienda pública federal y a su patrimonio.

Por lo que resulta de suma importancia que real y efectivamente se repare el daño o perjuicio al erario público; así como también evitar que la conducta infractora que dio origen al procedimiento de responsabilidad resarcitoria vuelva a repetirse en el ejercicio del servicio público.

En ese contexto, la iniciativa propone una redacción clara y precisa de que la responsabilidad resarcitoria que en su caso se finque no excluye la exigencia de otras responsabilidades. Lo que tendría como resultado el que se sigan otros procedimientos como el de responsabilidad administrativa o el penal; dado que es evidente que una acto ilícito cometido por un servidor público o particular puede y debe ser objeto de distintas sanciones según el ámbito material que corresponda (penal, civil, administrativo etcétera); pues en un estado de derecho, la observancia y aplicación de la norma debe ser irrestricto.

Asimismo, con lo anterior, se refuerza el principio de autonomía que rige al sistema de responsabilidades de los servidores públicos; con forme al cual “para cada tipo de responsabilidad se instituyen órganos, procedimientos, supuestos y sanciones propias, aunque algunas de éstas coincidan desde el punto de vista material, como ocurre tratándose de las sanciones económicas aplicables tanto a la responsabilidad política, a la administrativa o penal, así como la inhabilitación prevista para las dos primeras, de modo que un servidor público puede ser sujeto de varias responsabilidades y, por lo mismo, susceptible de ser sancionado en diferentes vías y con distintas sanciones.

Debe expresarse también, que la propuesta de la iniciativa relativa a establecer el impedimento para que los sancionados por resolución definitiva firme, a través del procedimiento resarcitorio sean contratados, presten servicio o encargo alguno a la Federación, en tanto no hayan solventado totalmente el monto a resarcir; y que de ser el caso, el contrato cesará de inmediato considerándoseles inhabilitados, abona a lo siguiente:

Se establece un mecanismo para que efectivamente se proteja el patrimonio del estado ante un daño o perjuicio de su hacienda, pues constriñe a un servidor público o particular a reparar la afectación, ya que de lo contrario se le impedirá seguir ejerciendo sus funciones o actividades.

Se protege a la hacienda pública y al servicio público, pues si un servidor público causa un daño a la hacienda pública federal, per se ya está incumpliendo con una obligación en términos de lo dispuesto por el artículo 8 de la Ley Federal de Responsabilidades administrativas de los Servidores Públicos; y al considerársele como inhabilitado, ante su omisión en la reparación al daño, da oportunidad a que se le investigue y, en su caso, de sancione, en pleno respeto a sus derechos fundamentales del debido proceso.

Artículo 8. Todo servidor público tendrá las siguientes obligaciones:

I. ...

II.Formular y ejecutar los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia, y cumplir las leyes y la normatividad que determinen el manejo de recursos económicos públicos;

III. Utilizar los recursos que tenga asignados y las facultades que le hayan sido atribuidas para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, exclusivamente para los fines a que están afectos;

Segunda. Por cuanto hace a la propuesta de reforma a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de Servidores Públicos:

En primer lugar, resulta importante el estudio comparativo del texto actual con el propuesto en la iniciativa:

Texto actual

Artículo 8.Todo servidor público tendrá las siguientes obligaciones:

I. a IX. ...

X. Abstenerse de autorizar la selección, contratación, nombramiento o designación de quien se encuentre inhabilitado por resolución de autoridad competente para ocupar un empleo, cargo o comisión en el servicio público;

Texto de la iniciativa 

Artículo 8.Todo servidor público tendrá las siguientes obligaciones:

I. a IX. ...

X. Abstenerse de autorizar la selección, contratación, nombramiento o designación de quien se encuentre inhabilitado por resolución de autoridad competente para ocupar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, así como a quien habiendo sido sancionado, mediante resolución firme, por la Auditoría Superior de la Federación en un procedimiento resarcitorio, omita cubrir el pago respectivo a la Tesorería de la Federación.

De lo anterior se desprende que la iniciativa al respecto propone establecer como obligación de todo servidor público el abstenerse de autorizar la selección, contratación, nombramiento o designación de quien habiendo sido sancionado, mediante resolución firme, por la Auditoría Superior de la Federación en un procedimiento resarcitorio, omita cubrir el pago respectivo a la Tesorería de la Federación.

Lo cual resulta conveniente y oportuno, dado que impide que los servidores públicos sujetos a responsabilidad resarcitoria por resolución firme y que no hayan reparado el daño sean contratados para el ejercicio de la función pública; lo que los constriñe a enterar el pago a la Tesorería de la Federación, tutelando así los recursos económicos del Estado, en términos de lo dispuesto por el artículo 134 de la Carta Magna y procurando que el servicio público sea efectuado por personas que cumplan íntegramente los requisitos establecidos por la propia Ley Fundamental, relativos a la salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, y eficiencia en el desempeño de sus funciones, empleos, cargos y comisiones (artículo 109, fracción III y 113).

Lo antes esgrimido coincide con la jurisprudencia emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuyo rubro se intitula Responsabilidades de los servidores públicos. Es improcedente conceder la suspensión en el amparo contra el acto consistente en la inhabilitación para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio públicode donde se desprende que la inhabilitación es un acto de interés social y público contra el cual no procede otorgar la suspensión en el amparo, en virtud de que involucra el bienestar del orden social de la población en materia de seguridad pública y tiene como fin excluir al servidor público de la prestación del servicio por estimar que no está capacitado para participar en él por haber incurrido en la comisión de alguna infracción administrativa, y con la concesión de la medida cautelar se afectaría el interés social, pues la sociedad está interesada en que la función pública se desempeñe por quienes se reconocen como aptos para tal efecto y que se excluya, a aquellas personas que no son idóneas para tal fin.

Tercera.Con respecto a la propuesta de reforma de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, esta comisión dictaminadora considera conveniente analizarlas de manera conjunta, toda vez que el planteamiento y objetivo es el mismo.

En primer lugar, resulta importante el estudio comparativo del texto actual con el propuesto en la iniciativa:

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público

Texto actual

Artículo 60. La Secretaría de la Función Pública, además de la sanción a que se refiere el primer párrafo del artículo anterior, inhabilitará temporalmente para participar de manera directa o por interpósita persona en procedimientos de contratación o celebrar contratos regulados por esta Ley, a las personas que se encuentren en alguno de los supuestos siguientes:

I a V...

VI. Aquéllas que se encuentren en el supuesto del segundo párrafo del artículo 74 de esta Ley.

Texto de la iniciativa 

Artículo 60. La Secretaría de la Función Pública, además de la sanción a que se refiere el primer párrafo del artículo anterior, inhabilitará temporalmente para participar de manera directa o por interpósita persona en procedimientos de contratación o celebrar contratos regulados por esta Ley, a las personas que se encuentren en alguno de los supuestos siguientes:

I a V...

VI. Los licitantes o proveedores que omitan el pago de las sanciones resarcitorias firmes impuestas por la Auditoría Superior de la Federación, en cuyo caso, la inhabilitación a que se refiere este artículo, cesará hasta que el pago respectivo ante la Tesorería de la Federación se efectúe en su totalidad;

VII. Aquellas que se encuentren en el supuesto del segundo párrafo del artículo 74 de esta ley.  

Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las Mismas

Texto Actual

Artículo 78. La Secretaría de la Función Pública, además de la sanción a que se refiere el artículo anterior, inhabilitará temporalmente para participar de manera directa o por interpósita persona en procedimientos de contratación o celebrar contratos regulados por esta Ley, a las personas que se encuentren en alguno de los supuestos siguientes:

I. a V.

VI.Aquéllas que se encuentren en el supuesto del segundo párrafo del artículo 92 de esta Ley.

Texto de la Iniciativa 

Artículo 78. La Secretaría de la Función Pública, además de la sanción a que se refiere el artículo anterior, inhabilitará temporalmente para participar de manera directa o por interpósita persona en procedimientos de contratación o celebrar contratos regulados por esta Ley, a las personas que se encuentren en alguno de los supuestos siguientes:

I. a V.

VI. Los licitantes o proveedores que omitan el pago de las sanciones resarcitorias firmes impuestas por la Auditoría Superior de la Federación, en cuyo caso, la inhabilitación a que se refiere este artículo, cesará hasta que el pago respectivo ante la Tesorería de la Federación se efectúe en su totalidad;

VII. Aquellas que se encuentren en el supuesto del segundo párrafo del artículo 92 de esta ley.  De lo anterior, se advierte que el objeto de la reforma en ambos ordenamientos estriba en facultar a la Secretaría de la Función Pública para inhabilitar temporalmente para participar de manera directa o por interpósita persona en los procedimientos de contratación o celebrar contratos en materia de adquisiciones, arrendamientos o servicios del sector público, así como de obra pública o servicios relacionados con las mismas a:

Los licitantes o proveedores que omitan el pago de las sanciones resarcitorias firmes impuestas por la Auditoría Superior de la Federación; en cuyo caso, la inhabilitación a que se refiere este artículo, cesará hasta que el pago respectivo ante la Tesorería de la Federación se efectúe en su totalidad.

De conformidad con lo establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 134, que establece:

Artículo 134. Los recursos económicos de que dispongan la federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

(...)

Las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra que realicen, se adjudicarán o llevarán a cabo a través de licitaciones públicas mediante convocatoria pública para que libremente se presenten proposiciones solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.

Cuando las licitaciones a que hace referencia el párrafo anterior no sean idóneas para asegurar dichas condiciones, las leyes establecerán las bases, procedimientos, reglas, requisitos y demás elementos para acreditar la economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez que aseguren las mejores condiciones para el estado.

(...).

Los servidores públicos serán responsables del cumplimiento de estas bases en los términos del título cuarto de esta Constitución.

(...)

(...)

(...)

Tomando como eje rector de las contrataciones públicas lo establecido por la Carta magna en el dispositivo antes citado, se colige que resulta oportuna y adecuada la reforma propuesta en la iniciativa de mérito, dado que el deben asegurarse las mejores condiciones para el Estado en la adquisición, arrendamiento, contratación de servicios y de obra pública; por lo que la inhabilitación temporal para participar de manera directa o por interpósita persona en los procedimientos de contratación o celebrar contratos en la materia a los licitantes o proveedores que omitan el pago de las sanciones resarcitorias firmes impuestas por la Auditoría Superior de la Federación, viene a ser un mecanismo para impedir que participen personas que dado su incumplimiento de resarcimiento al erario público, existe duda sobre su honradez y no puedan asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes y, con ello, preservar los principios de eficiencia, eficacia y honradez que deben regir en todo procedimiento licitatorio.

Lo que tiene fundamento, por analogía, en una jurisprudencia emitida por la Segunda Sala del más alto tribunal de la nación, cuyo rubro se intitula “Suspensión en el amparo. Debe negarse contra los efectos y consecuencias de la inhabilitación temporal para participar en procedimientos de licitación o para celebrar contratos públicos.” De la que se desprende que debe negarse la suspensión solicitada en el amparo contra los efectos y consecuencias de la inhabilitación temporal para participar en procedimientos de licitación o para celebrar contratos públicos en términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, pues de concederse se contravendrían las disposiciones de orden público que desarrollan las bases y principios establecidos en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuyo fin es regular y vigilar que las acciones relativas a la adquisición, arrendamiento y enajenación de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y contratación de obra por parte de la federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, se administren con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos colectivos para los que están destinados, situaciones respecto de las cuales la sociedad está interesada en que se protejan, aunado a que esa sanción goza de la presunción de legalidad y validez de los actos administrativos, por lo que el interés particular se subordina al general, evitando que participe en una licitación o se otorgue un contrato público a la persona sancionada respecto de la cual existe duda sobre su honradez.

Tercera.Con la iniciativa planteada, se adecúa el marco normativo en pro de la rendición de cuentas y la protección de la hacienda pública federal, lo que representa un claro avance en materia del combarte a la corrupción.

En ese sentido, también se ajusta la legislación en cumplimiento al Plan Nacional de Desarrollo 2013-20188, donde se establece la necesidad contar con un gobierno cercano y moderno; lo que se traduce en que“las políticas y acciones de gobierno inciden directamente en la calidad de vida de las personas, por lo que es imperativo contar con un gobierno eficiente, con mecanismos de evaluación que permitan mejorar su desempeño y la calidad de los servicios; que simplifique la normatividad y trámites gubernamentales, y rinda cuentas de manera clara y oportuna a la ciudadanía. Por lo anterior, las políticas y los programas de la presente Administración deben estar enmarcadas en un Gobierno Cercano y Moderno orientado a resultados, que optimice el uso de los recursos públicos, utilice las nuevas tecnologías de la información y comunicación e impulse la transparencia y la rendición de cuentas con base en un principio básico plasmado en el artículo 134 de la Constitución: “Los recursos económicos de que dispongan la Federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados”.

Destacando que con la propuesta de reforma se abona para llegar a las metas fijadas en el Plan Nacional de Desarrollo vigente, donde además se contempla como estrategia el combatir la corrupción, por ello, gracias a iniciativas como la que se dictamina se mejoran los procesos de vigilancia en relación con la actuación de los servidores públicos.

IV. Consideraciones

Primera.Que el 3 de octubre de 2013, la diputada Lourdes Eulalia Quiñones Canales, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional presentó la iniciativa que reforma los artículos 54 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, 8o. de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 78 de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Asimismo, en la fecha antes referida, la Presidencia de la Mesa Directiva, turnó dicha iniciativa a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción para su estudio y elaboración de dictamen correspondiente.

Segunda.Que la iniciativa en estudio propone reformar cuatro ordenamientos jurídicos en los términos siguientes:

1. Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

2. Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

3. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

4. Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

1. Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación:

a) Establece que las responsabilidades resarcitorias señaladas, son complementarias y no excluyen la exigencia de otras responsabilidades, según sea el caso, y se fincarán independientemente de las que procedan con base en otras leyes y de las sanciones de carácter penal que imponga la autoridad judicial.

b) Prevé que en ningún caso los servidores públicos, particulares, personas físicas o morales, públicas o privadas, sancionados por resolución definitiva firme, a través del procedimiento resarcitorio podrán ser contratadas, ni prestar servicio o encargo alguno a la federación, en tanto no hayan solventado totalmente el monto a resarcir, de ser el caso, el contrato cesará de inmediato y se considerarán inhabilitados en los términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

2. Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos:

Establece como obligación de todo servidor público el abstenerse de autorizar la selección, contratación, nombramiento o designación de quien se encuentre inhabilitado por resolución de autoridad competente para ocupar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, así como a quien habiendo sido sancionado, mediante resolución firme, por la Auditoría Superior de la Federación en un procedimiento resarcitorio, omita cubrir el pago respectivo a la Tesorería de la Federación.

3. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público

Prevé que se faculte a la Secretaría de la Función Pública para inhabilitar temporalmente para participar de manera directa o por interpósita persona en los procedimientos de contratación o celebrar contratos en materia adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público a los licitantes o proveedores que omitan el pago de las sanciones resarcitorias firmes impuestas por la Auditoría Superior de la Federación, en cuyo caso, la inhabilitación a que se refiere este artículo, cesará hasta que el pago respectivo ante la Tesorería de la Federación se efectúe en su totalidad.

4. Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas:

Propone que se faculte a la Secretaria de la Función Pública para inhabilitar temporalmente para participar de manera directa o por interpósita persona en los procedimientos de contratación o celebrar contratos en materia de obra pública y servicios relacionados con las mismas a los licitantes o proveedores que omitan el pago de las sanciones resarcitorias firmes impuestas por la Auditoría Superior de la Federación, en cuyo caso, la inhabilitación a que se refiere este artículo, cesará hasta que el pago respectivo ante la Tesorería de la Federación se efectúe en su totalidad.

Tercera.Que a juicio la comisión dictaminadora, con la iniciativa planteada, se amplía el marco normativo en pro de la rendición de cuentas y la protección de la hacienda pública federal, lo que representa un claro avance en materia del combate a la corrupción; por lo que resulta viable y procedente, de acuerdo a las siguientes consideraciones:

La iniciativa propone una redacción clara y precisa de que la responsabilidad resarcitoria que en su caso se finque no excluye la exigencia de otras responsabilidades.

Con la redacción propuesta, se evita que quienes dañen el erario público sigan en funciones como si nada pasara, impidiéndose que el resarcimiento del daño extinga el resto de las responsabilidades que deben enfrentar, ya sean administrativas, penales o políticas.

Podrán seguirse otros procedimientos como el de responsabilidad administrativa o el penal; pues resulta evidente que un ilícito cometido por un servidor público o particular puede y debe ser objeto de distintas sanciones según el ámbito material que corresponda (penal, civil, administrativo etcétera); ya que en un estado de derecho, la observancia y aplicación de la norma debe ser irrestricto.

Se establece un mecanismo que protege de manera efectiva el patrimonio del estado ante un daño o perjuicio a su hacienda; pues constriñe a un servidor público o particular a reparar la afectación; ya que de omitir enterar el pago de daños y perjuicios se le impedirá seguir ejerciendo sus funciones o actividades.

Impide que los servidores públicos sujetos a responsabilidad resarcitoria por resolución firme y que no hayan reparado el daño sean contratados para el ejercicio de la función pública; lo que los constriñe a enterar el pago a la Tesorería de la Federación, tutelando así los recursos económicos del Estado, en términos de lo dispuesto por el artículo 134 de la Carta Magna y procurando que el servicio público sea efectuado por personas que cumplan íntegramente los requisitos establecidos por la propia Ley Fundamental, relativos a la salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, y eficiencia en el desempeño de sus funciones, empleos, cargos y comisiones (artículo 109, fracción III y 113).

Tomando como eje rector de las contrataciones públicas lo establecido por la Carta magna en el dispositivo antes citado, se colige que resulta oportuna y adecuada la reforma propuesta en la iniciativa de mérito, dado que el deben asegurarse las mejores condiciones para el Estado en la adquisición, arrendamiento, contratación de servicios y de obra pública; por lo que la inhabilitación temporal para participar de manera directa o por interpósita persona en los procedimientos de contratación o celebrar contratos en la materia a los licitantes o proveedores que omitan el pago de las sanciones resarcitorias firmes impuestas por la Auditoría Superior de la Federación, viene a ser un mecanismo para impedir que participen personas que dado su incumplimiento de resarcimiento al erario público, existe duda sobre su honradez y no puedan asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes y, con ello, preservar los principios de eficiencia, eficacia y honradez que deben regir en todo procedimiento licitatorio.

Con la iniciativa planteada, se adecúa el marco normativo en pro de la rendición de cuentas y la protección de la hacienda pública federal, lo que representa un claro avance en materia del combarte a la corrupción.

Se considera positiva porque amplía la protección a la Hacienda pública federal; toda vez que no es correcto que una persona que ha ejercido la función pública y ha cometido el ilícito ponga en riesgo el patrimonio del estado. En ese sentido se considera benéfica y es un paso más en el avance de la transparencia y combate a la corrupción.

Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, la Comisión de Transparencia y Anticorrupción resolvió dictaminar en sentido positivo la iniciativa que reforma los artículos 54 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, 8o. de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 78 de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y somete a consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas deposiciones de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación; de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

Artículo Primero. Se reforma el artículo 54 de Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, para quedar como sigue:

Artículo 54. Las responsabilidades resarcitorias señaladas, son complementarias y no excluyen la exigencia de otras responsabilidades, según sea el caso, y se fincarán independientemente de las que procedan con base en otras leyes y de las sanciones de carácter penal que imponga la autoridad judicial, conforme a lo señalado en artículo 49 de esta ley.

En ningún caso los servidores públicos, particulares, personas físicas o morales, públicas o privadas, sancionados por resolución definitiva firme, a través del procedimiento resarcitorio podrán ser contratadas, ni prestar servicio o encargo alguno a la federación, en tanto no hayan solventado totalmente el monto a resarcir, de ser el caso, el contrato cesará de inmediato y se considerarán inhabilitados en los términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Artículo Segundo.Se adiciona la fracción X del artículo 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, para quedar como sigue:

Artículo 8. Todo servidor público tendrá las siguientes obligaciones:

I. a IX. ...

X. Abstenerse de autorizar la selección, contratación, nombramiento o designación de quien se encuentre inhabilitado por resolución de autoridad competente para ocupar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, así como a quien habiendo sido sancionado, mediante resolución firme, por la Auditoría Superior de la Federación en un procedimiento resarcitorio, omita cubrir el pago respectivo a la Tesorería de la Federación;

XI. a XXIV. ...

...

Artículo Tercero.Se adiciona una fracción VI, pasando la actual VI a ser VII al artículo 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Público, para quedar como sigue:

Artículo 60. ...

I. a IV. ...

V. Las que se encuentren en el supuesto de la fracción XII del artículo 50 de este ordenamiento;

VI. Los licitantes o proveedores que omitan el pago de las sanciones resarcitorias firmes impuestas por la Auditoría Superior de la Federación, en cuyo caso, la inhabilitación a que se refiere este artículo, cesará hasta que el pago respectivo ante la Tesorería de la Federación se efectúe en su totalidad, y

VII. Aquellas que se encuentren en el supuesto del segundo párrafo del artículo 74 de esta ley.

...

...

...

...

Artículo Cuarto.Se adiciona una fracción VI, pasando la actual VI a ser VII al artículo 78 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, para quedar como sigue:

Artículo 78. ...

I. a IV. ...

V. Los contratistas que se encuentren en el supuesto de la fracción X del artículo 51 de este ordenamiento;

VI. Los licitantes o proveedores que omitan el pago de las sanciones resarcitorias firmes impuestas por la Auditoría Superior de la Federación, en cuyo caso, la inhabilitación a que se refiere este artículo, cesará hasta que el pago respectivo ante la Tesorería de la Federación se efectúe en su totalidad, y

VII. Aquellas que se encuentren en el supuesto del segundo párrafo del artículo 92 de esta ley.

...

...

...

Transitorios

Primero.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.Se deroga cualquier disposición contraria a los presentes ordenamientos.

Notas:

1. Nuevo Diccionario Jurídico Mexicano, México, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, México, 20001, pág. 3348.

2. Fernández Ruíz Jorge, Derecho Administrativo, México, Mc Graw-Hill, 1997, pág. 165.

3. Tesis Aislada P. LX/96 de la Novena Época, emitida por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta en el Tomo III, Abril de 1996, Página 128; cuyo rubro se intitula Responsabilidades de servidores públicos. Sus modalidades de acuerdo con el titulo cuarto constitucional

4. Se afirma lo anterior, de conformidad con la Tesis Aislada XXX/2013 de la Décima Época, emitida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta en el Libro XVII, Tomo 1, Febrero de 2013, Página 841; cuyo rubro refiere “Responsabilidad resarcitoria. El artículo 53, fracción II, de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación abrogada, al no establecer una sanción a la auditoría superior si no resuelve dentro del plazo señalado sobre su existencia o inexistencia, no viola el derecho de seguridad jurídica”.

5. Tesis Aislada P. LX/96 de la Novena Época, emitida por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta en el Tomo III, Abril de 1996, Página 128; cuyo rubro se intitula Responsabilidades de servidores públicos. Sus modalidades de acuerdo con el titulo cuarto constitucional

6. Jurisprudencia: 2ª./J.251/2009, de la Novena Época, emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta en el Tomo XXXI, Enero de 2010, Página 314; cuyo rubro se intitula Responsabilidades de los servidores públicos. Es improcedente conceder la suspensión en el amparo contra el acto consistente en la inhabilitación para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público.

7. Jurisprudencia: 2ª./J.157/2010, de la Novena Época, emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta en el Tomo XXXIII, Enero de 2011, Página 1402; cuyo rubro se intitula Suspensión en el amparo. Debe negarse contra los efectos y consecuencias de la inhabilitación temporal para participar en procedimientos de licitación o para celebrar contratos públicos.

8. Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018. Pág. 23.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de diciembre de 2013.

La Comisión de Transparencia y Anticorrupción, diputados:Areli Madrid Tovilla (rúbrica), presidenta; Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), Flor Ayala Robles Linares (rúbrica), Juan Isidro del Bosque Márquez (rúbrica), Enrique Alejandro Flores Flores (rúbrica), Rocío Esmeralda Reza Gallegos (rúbrica), Laura Ximena Martel Cantú (rúbrica), Roberto Carlos Reyes Gámiz (rúbrica), Verónica García Reyes, Omar Antonio Borboa Becerra, Alberto Coronado Quintanilla (rúbrica), Martha Leticia Sosa Govea (rúbrica), Elizabeth Oswelia Yáñez Robles (rúbrica), Lisandro Arístides Campos Córdova (rúbrica), Alfonso Inzunza Montoya, Rodimiro Barrera Estrada (rúbrica), Rubén Acosta Montoya (rúbrica), Benjamín Castillo Valdez (rúbrica), Jorge Terán Juárez, Joaquina Navarrete Contreras (rúbrica), Fernando Belaunzarán Méndez (rúbrica), Javier Salinas Narváez, Juan Manuel Carbajal Hernández (rúbrica), Alejandro Carbajal González (rúbrica).»

El Presidente diputado José González Morfín: Para fundamentar el dictamen por la comisión, tiene el uso de la voz la diputada Areli Madrid Tovilla.

Saludamos con mucho gusto a un grupo de destacados periodistas del municipio de Playas de Rosarito, que están aquí invitados por la diputada Mayra Karina Robles Aguirre. Bienvenidas y bienvenidos todos a la Cámara de Diputados.

La diputada Areli Madrid Tovilla:Con su venia, señor presidente.

El diputado Víctor Manuel Jorrín Lozano (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: No, adelante, diputada, después le daré el uso de la voz al diputado Jorrín.

La diputada Areli Madrid Tovilla: Gracias, presidente. Honorable asamblea, en mi carácter de presidenta de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción pongo a la consideración de este pleno el dictamen en sentido positivo, que corresponde a la iniciativa que reforma los artículos 54 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 78 de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Éstas, esencialmente buscan fortalecer el régimen de responsabilidades públicas en nuestro país.

En la construcción de una mejor sociedad, la responsabilidad y el correcto actuar de los servidores públicos siempre ha sido motivo de una especial atención. Por una parte, nuestra Constitución Política establece el régimen de responsabilidades que busca tutelar el correcto y cabal desarrollo de la función administrativa, y establecer principios rectores de los servidores públicos que se traduzcan en garantía del buen desempeño a favor de los gobernados y de la administración pública.

Nuestra legislación en este tema, a pesar de los diversos esfuerzos que se han realizado, aun no alcanza el grado de protección y de perfeccionamiento que quisiéramos. Y como bien lo señala la diputada proponente, la diputada Lourdes Quiñones Canales, en el diagnóstico jurídico del tema aun quedan vacíos, lagunas e interpretaciones que poco contribuyen a fortalecer el Estado de derecho deseable para los mexicanos y que merece la sociedad.

Ante esta realidad se propone avanzar en transparencia y rendición de cuentas fortaleciendo la responsabilidad resarcitoria, la cual debe ser exigible a los servidores públicos, a los particulares, sean personas físicas o morales, que por actos u omisiones causen daño o perjuicio, o ambos, a la hacienda pública federal o en su caso el patrimonio de los entes públicos federales o de las entidades paraestatales federales, todos ellos estimables en dinero.

Por ello se propone en la iniciativa que en la reforma al artículo 54 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación se busque que las responsabilidades resarcitorias sean complementarias y no excluyan la exigencia de otras responsabilidades administrativas o de carácter penal, que quiten este sujeto a un proceso resarcitorio y no pueda ser contratado ni prestar servicios a la federación, como muchas veces se hace. A pesar de todo el error que comenten se les premia.

En este sentido, consecuentemente, las modificaciones del artículo 8º de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos buscan establecer la obligación de que los servidores públicos se abstengan de contratar a estos sujetos que tengan una resolución contraria, y se exige que se inhabilite a quienes no hayan cubierto el pago resarcitorio respecto de la Tesorería de la Federación.

La reforma al artículo 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público facultará a la Secretaría de la Función Pública para inhabilitar temporalmente en los procesos de contratación a quienes eludan el pago de las sanciones resarcitorias impuestas por la Auditoría Superior de la Federación, de manera que solamente cubriendo en su totalidad la sanción podrán participar en procedimientos de contratación del sector público federal.

En este mismo sentido, en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas se propone, mediante adición en el artículo 78, que la Secretaría de la Función Pública esté en posibilidad de inhabilitar a quienes omitan el pago de sanciones resarcitorias impuesta por la Auditoría Superior de la Federación, y una vez que realicen el pago en su totalidad, bueno pues como ya señalamos, se pueda levantar la restricción.

Compañeras y compañeros diputados, con la aprobación de este decreto que reforma cuatro ordenamientos relativos a los fortalecimientos del régimen de responsabilidades públicas en nuestro país avanzaremos en la ampliación y mejoramiento del marco normativo en transparencia y rendición de cuentas, además de contar con mejores leyes para la protección de la hacienda pública federal estableciendo mejores prácticas para el combate a la nociva corrupción.

La iniciativa establece con claridad y precisión que quienes realicen un daño o perjuicio al erario público federal no queden impunes —eso es lo que se busca en realidad— sino que reciban la sanción que corresponde a la falta de probidad siendo inhabilitados para desempeñarse en funciones públicas, concluyendo así con el hecho de que el funcionario anteriormente continuaba en su puesto, se burlaba de la sociedad y no correspondía ni hacía lo que tenía y esperaba la sociedad. Hoy en el dictamen se dice que se contribuye a la certidumbre y a la salvaguarda de la hacienda pública.

La reforma que se propone es complementaria en la estrategia, ésta es una estrategia nacional contra la corrupción, ya que no limita ninguna posibilidad de seguir otros procedimientos tanto de responsabilidad administrativa como penal, el resarcimiento del daño no excluye al servidor público de cualquier otra responsabilidad en la que incurra, en tanto que se transforma en un poderoso inhibidor de conductas nocivas. En un Estado de derecho, la observancia y la aplicación del marco normativo es el primer deber de los servidores públicos.

El dictamen señala con claridad los mecanismos propuestos que garantizan la mejor forma de que los recursos del Estado sean utilizados conforme lo dispone el artículo 134 de nuestra Constitución, la que señala que los recursos económicos de que dispongan la federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos públicos administrativos de sus demarcaciones territoriales, se administrarán con eficiencia, con eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

Compañeros, el dictamen señala también que el artículo 109, la fracción III, de la Carta Magna, que señala la aplicación de sanciones administrativas a servidores públicos por los actos u omisiones que afecten la legalidad, honradez, lealtad que deben observar en el desempeño de los cargos en que han sido impuestos. Cerramos y señalamos lo siguiente.

La Comisión de Transparencia y Anticorrupción votó de manera plural a favor de la iniciativa en comento para actualizar el marco jurídico, con el fin de establecer las responsabilidades de los servidores públicos. La rendición de cuentas y la protección de la hacienda pública están dotando al Estado de mejores herramientas para el combate a la corrupción.

Ésta es una excelente iniciativa, por lo tanto les pido, compañeras y compañeros diputados, que la votemos, pero la votemos por las razones no solamente de una iniciativa y una ley más; sino de un instrumento que va a servir al Estado, porque de nada serviría ninguna otra iniciativa ni ninguna acción por el desarrollo de México, si no hay transparencia y anticorrupción. Muchas gracias.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputada.

Está a discusión el dictamen. Para fijar la posición del Grupo Parlamentario Nueva Alianza, tiene el uso de la voz la diputada María Sanjuana Cerda Franco.

La diputada María Sanjuana Cerda Franco:Con su permiso, señor presidente. Posicionamiento de nuestro Grupo Parlamentario de Nueva Alianza a favor del dictamen que presenta la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, que establece el proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, la Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Compañeras y compañeros legisladores, el manejo adecuado de los recursos públicos es una responsabilidad ineludible de quienes hemos optado por el servicio público. Nada indigna más a la sociedad que los funcionarios hagan un uso inadecuado de los recursos de todas y todos los mexicanos.

En los últimos años hemos trabajado a favor de fortalecer el marco institucional para una mayor rendición de cuentas, estableciendo mecanismos preventivos y sancionadores a través de organismos como la Auditoría Superior de la Federación.

No obstante los avances en la materia, resulta necesario continuar reforzando estos mecanismos. La sociedad mexicana exige controles eficaces para evitar la conducta de funcionarios que sin ética pública continúan utilizando los recursos con una visión patrimonialista, lo que afecta a la hacienda pública y genera un clima de desconfianza hacia las instituciones.

Consideramos un acierto el dictamen que hoy presenta la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, y que hoy se somete a consideración de este pleno, ya que elimina una laguna jurídica en cuanto a la responsabilidad resarcitoria de los funcionarios públicos.

Con la reforma a los tres ordenamientos jurídicos establecidos en el dictamen no sólo se dota de una mayor certeza jurídica a la sanción resarcitoria, sino además fortalece el estado de derecho para que el daño o perjuicio a la hacienda pública no quede impune.

Es importante señalar que el espíritu de estas reformas es el de armonizar y clarificar lo señalado sobre las responsabilidades resarcitorias en distintos ordenamientos jurídicos.

En primer lugar se establece de manera expresa la complementariedad y la no exclusión entre las diversas responsabilidades ya sean administrativas, penales o políticas, según sea la gravedad del caso.

De igual manera queda asentado en el artículo 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos que estos deberán abstenerse de autorizar la selección, contratación, nombramiento o designación de quien haya sido sancionado por la Auditoría Superior de la Federación con un proceso resarcitorio y omita cubrir el pago respectivo a la Tesorería de la Federación.

Con esta adecuación se evitará, como ha sucedido hasta ahora, que el servidor público se mantenga en funciones sin haber cumplido la sanción resarcitoria.

En este mismo sentido es la adición de las fracciones V, VI y VII del artículo 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público para que la Secretaría de la Función Pública inhabilite en los procesos de contratación a los licitantes o proveedores que omitan el pago de las sanciones resarcitorias a los que están obligados.

Las reformas y adiciones propuestas en el dictamen son una muestra fehaciente de nuestro compromiso con la rendición de cuentas.

Es necesario que frente a la sociedad las y los legisladores asumamos nuestra obligación de legislar para cuidar el patrimonio y el erario público.

Reconocemos que la rendición de cuentas es un pilar fundamental en la construcción de un gobierno democrático, pues es a partir de esos mecanismos como se fundamenta la confianza en las instituciones y en los funcionarios que están para servir a la sociedad y no para servirse de ella.

Compañeras y compañeros diputados, la sociedad nos demanda que cumplamos con nuestra responsabilidad de velar por el interés de la nación, por mecanismos legales que fortalezcan la rendición de cuentas y que aquellos que incumplieron con su deber de mirar por el bien colectivo sean sancionados y no queden impunes.

En el Grupo Parlamentario Nueva Alianza asumimos esta demanda como una exigencia social. No podemos permitir que por la conducta de algunos funcionarios sin ética política se comprometa la legitimidad de la gestión gubernamental.

Por estas razones es que votaremos a favor del presente dictamen, conscientes de que las medidas legislativas en materia de rendición de cuentas deben tener la finalidad de evitar los actos de corrupción, creando los incentivos necesarios para inhibir este tipo de conductas. Nuestro voto será a favor del presente dictamen. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada. Quiero saludar al presidente municipal de Villa de Allende, Arturo Piña, que está aquí en la Cámara de Diputados invitado por las diputadas Lupita Mondragón y Tere Jiménez. Bienvenido, presidente municipal. Tiene la palabra para fijar la posición del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la diputada Loretta Ortiz Ahlf.

La diputada Loretta Ortiz Ahlf:Con la venia de la Presidencia. Compañeras y compañeros legisladores. A nombre del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo acudo a esta tribuna para expresar nuestro apoyo al dictamen que nos presenta la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, por el que se reforman las Leyes de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Es necesario tener presente que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su título cuarto, capítulo de responsabilidad de servidores públicos, política penal, o civil, según el caso.

En el artículo 79, fracción IV, de la propia Constitución se faculta a la Auditoría Superior de la Federación para fincar directamente a los responsables por el manejo indebido de recursos federales las indemnizaciones y sanciones pecuniarias correspondientes.

El propósito del dictamen es establecer en las distintas leyes que siempre será obligación de los servidores públicos o particulares a los que se les haya fincado responsabilidad resarcitoria el cubrir ésta en los montos que los órganos competentes hayan determinado. Es más, es muy común observar en materia de licitaciones que empresas que han sido sancionadas por incumplir los compromisos pactados en los contratos siguen participando y obteniendo adjudicaciones.

Con la reforma se plantea que dichas empresas no podrán participar en los concursos hasta que no reintegren al Estado las cantidades adeudadas. Esto se propone en el artículo 78 de la Ley de Obras Públicas.

Pero también esta medida va dirigida a los servidores públicos que hayan sido sancionados y que omitan cubrir el pago respectivo ante la Tesorería. En el caso de estos últimos no podrán ser contratados de nueva cuenta bajo ninguna modalidad hasta en tanto no efectúen el pago correspondiente.

De manera adicional, el presente dictamen tiene el mérito de establecer de manera expresa que las sanciones que se apliquen por los órganos de control interno son complementarias y no excluyen la exigencia de otras responsabilidades, y se fincarán independientemente de las que procedan. Esto tiene importancia porque los servidores públicos inhabilitados y obligados al resarcimiento de los recursos indebidamente apropiados reintegraban al erario las cantidades señaladas e impunemente seguían en los cargos públicos que desempeñaban.

En el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo compartimos el propósito de los cambios legales que se nos presentan; sin embargo queremos llamar la atención en el sentido de que los Órganos de Control Interno de las dependencias y entidades tienen que ser más eficaces en las tareas de fiscalización que tienen encomendadas, y no continuar con las reiteradas conductas que fomentan la mencionada impunidad. También debemos encontrar mecanismos que permitan que las sanciones impuestas por la Auditoría Superior de la Federación se lleven a cabo de manera inmediata para salvaguardar el correcto funcionamiento de la administración pública, y que finalmente los ciudadanos tengan un gobierno que corresponda a sus necesidades. Al menos esto sería lo ideal.

Por las consideraciones antes expuestas, el Partido del Trabajo votará a favor del presente dictamen. Es cuanto, diputado Presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada. Tiene la palabra el diputado Francisco Coronato Rodríguez, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.

El diputado José Francisco Coronato Rodríguez:Con su venia, señor presidente. Con la venia de mis compañeras y compañeros diputados. En el sexenio pasado se exhibieron diversos casos de corrupción de funcionarios y servidores públicos, ya no derivados por las labores de investigación del gobierno federal, más bien por la denuncia del gobierno de los Estados Unidos de América.

En septiembre del 2010, con motivo de investigaciones del gobierno de ese país, se informó que la empresa ABB pagaría una multa por comprobarse casos de soborno a funcionarios de la Comisión Federal de Electricidad para la asignación de contratos.

Igualmente, el 14 de marzo del 2012 la empresa denominada MRO, de mantenimiento de aeronaves, reconoció haber sobornado a funcionarios de la Policía Federal Preventiva, la Coordinación General de Transportes Aéreos Residenciales, la flota aérea de los gobiernos de Sinaloa y Sonora, sin que a la fecha se haya informado de sanciones aplicadas a los servidores públicos relacionados.

El 21 de abril del 2012 se dio a conocer que durante el periodo comprendido del año 2001 al 2005, la empresa Walmart sobornó a funcionarios de los tres niveles de gobierno para acelerar la apertura de sus tiendas sin que se haya deslindado responsabilidad de los funcionarios por parte de los órdenes de gobierno correspondiente.

El 10 de julio de 2012 de nueva cuenta por las investigaciones del Departamento de Justicia de Estados Unidos se advirtió el soborno para la asignación de contratos del Instituto Mexicano del Seguro Social, el común denominador de los casos antes mencionados, es que no existe una consecuencia para muchos de los servidos públicos inmiscuidos en estos casos, pues a la fecha no se reporta la existencia con alguna investigación relacionada con esos hechos.

La ausencia de una política efectiva de investigación y sanción a los funcionarios y servidores públicos nulifica cualquier regulación en la materia.

Con motivo de la entrada en vigor de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, en 2002, se consideró que existían herramientas para la investigación y sanción de las conductas ilícitas de esos servidores públicos. No obstante la efectividad de la normatividad ha frenado su aplicación.

El dictamen que hoy discutimos refiere a implementar en cuatro ordenamientos legales distintos —todos ellos relativos a la asignación de contratos a particulares y responsabilidad pública— una figura novedosa, consistente en establecer que la sanción resarcitoria a servidores y particulares impuestas en casos de responsabilidades administrativas puedan prorrogar la inhabilitación sujetándose al pago de la sanción.

Con esta medida se pretende aumentar de la efectividad de las sanciones resarcitorias, lo que en determinados casos podría tener un efecto positivo en la materia. Sin embargo, de nueva cuenta es de advertir que esta reforma constituye letra muerta hasta en tanto no se establezca un sistema de persecución efectiva de estas actividades inadecuadas. Únicamente aumentando la tasa de sanción a los servidores públicos que incurran en una falta se podrá corregir este mal del sistema.

El aumento de penas por la imposición de nuevas penas resultan inútiles mientras que no exista la aplicación efectiva de la normatividad. Sin embargo, esta iniciativa —consideramos— podrá cumplir para el cumplimiento de la sanción impuesta, por lo que conscientemente votaremos a favor del presente dictamen. Es cuanto, compañeras y compañeros.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado. Tiene ahora la palabra la diputada Carla Alicia Padilla Ramos, del Grupo Parlamentario del Partido Verde.

Y saludamos con mucho gusto a los alumnos de la Telesecundaria Tlatoani, de la colonia México Nuevo, de Atizapán de Zaragoza, del turno matutino, que están aquí invitados por la diputada Silvia Márquez Velasco. Bienvenidas todas y bienvenidos todos a la Cámara de Diputados.

La diputada Carla Alicia Padilla Ramos:Con la venia de la Presidencia. Compañeras legisladoras y compañeros legisladores, es evidente que ningún acto ilícito debe generar beneficios a favor de sus ejecutores. Por esta razón aplaudimos la emisión del presente dictamen y felicitamos a la proponente de la iniciativa, a la diputada Lourdes Eulalia Quiñones Canales.

Como se ha señalado, este dictamen consiste en modificar diversas disposiciones de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, de la Ley de Adquisiciones y de la Ley de Obra Pública, a fin de no darle beneficio a persona alguna, ya sea particulares o servidores públicos, que atenten contra la hacienda pública, de modo tal que la llamada responsabilidad resarcitoria sea efectiva, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o laborales que pudieran llegar a concluir.

La responsabilidad resarcitoria era en la mayoría de los casos la mejor que le pudiera ocurrir al transgresor de la norma, pues entre otras circunstancias solamente estaba obligado a restituir lo que extraía, incluso podía celebrar un convenio para ello, sin embargo pocos reparábamos en la posibilidad de que muchas veces de lo extraído se constituían negocios o actos indebidos de donde podrían y de hecho emergieron fuentes de riqueza irregulares, como los llamados pagos de renta, mordidas, etcétera.

De igual manera, a quien ofendía al erario en varias ocasiones se le permitió prestar servicios a la federación aunque no hubiera devuelto el monto a restituir, circunstancia que además de indebida se encuadraba en lo absurdo. En cambio, de aprobarse el dictamen en discusión esto ya no podrá ser, pues habrá un mandato expreso para ello en el artículo 54 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

Pero además se obligará en el caso de los contratos a cesar de inmediato, y serán los infractores calificados como inhabilitados. También se establece como obligación del servidor público no contratar a nadie que haya sido sancionado por la Auditoría Superior de la Federación para ocupar algún cargo o empleo de la federación. Esto último plasmándolo en la Ley Federal de Responsabilidad de los Servidores Públicos.

Por último, dentro del contexto de las obras públicas y las adquisiciones se determina que todo aquel sancionado por la Auditoría Superior de la Federación a causa de una responsabilidad resarcitoria no podrá ser considerado en los procesos de selección, es decir no ofertará sus productos o servicios haciendo de este modo un proceso de selección de contratantes mucho más coherente a nuestro orden jurídico, ya que de ninguna forma se podrá concebir que se haya atentado en contra del patrimonio público, y además dejar en virtud de este acto indebido a un contratista que sea él mismo el adjudicado.

Por considerar inherentemente positivo este cambio es que mi partido, el Partido Verde Ecologista de México, votará favorablemente, sabiendo que reformas a nuestro marco jurídico como éstas son las que requerimos para combatir a la corrupción, extinguir el proceder indebido de los servidores y dar una mayor y mejor rendición de cuentas a los mexicanos. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada. Tiene ahora la palabra la diputada Verónica García Reyes, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

La diputada Verónica García Reyes:Con su permiso, diputado presidente. A nombre del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática vengo a expresar nuestro punto de vista respecto a este dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Público, y de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Una de las preocupaciones centrales que deberían guiar nuestra conducta es la relacionada con la ética del servicio público, este dictamen nos habla fundamentalmente de la reparación del daño y las diversas vertientes para poder ejecutar las obligaciones resarcitorias de las facultades que deben tener, tanto la Auditoría Superior de la Federación como la Secretaría de la Función Pública o el ente que pudiera sustituirlo para lograr este resarcimiento y las obligaciones de los servidores públicos.

Efectivamente, es muy importante la acción punitiva para fortalecer la vertiente de reparación en el marco de las diversas leyes que tienen que ver con la fiscalización, pero creo que es muchísimo más importante la política de prevención de las conductas irregulares, o para decirlo de manera más clara, conductas corruptas.

La sociedad exige a la par de mejores y más eficientes gobiernos que los servidores públicos no vean el servicio público como una fuente de enriquecimiento a costa de la riqueza de la nación, y que si se dan conductas ilícitas sean sancionados mediante acciones de tipo administrativo, civil, penal y por supuesto que también políticas.

El efecto de mostración no tiene que ver con el levantamiento de patíbulos en plazas públicas, que tienen que ver con el ejercicio de los recursos públicos, pero las sanciones tienen que ser tan claras, contundentes y precisas que desalienten a quienes pretendan apropiarse de los recursos públicos, tanto por acción, omisión o complicidad.

En nuestro Grupo Parlamentario entendemos que una mayor certeza en las leyes que propongan no solamente mayores sanciones para los corruptos, sino hacer que éstas se cumplan. El fondo del dictamen tiene que ver con los mecanismos de resarcimiento de los daños y perjuicio de la hacienda púbica cuantificables monetariamente como consecuencia de una conducta u omisión que incumpla los ordenamientos jurídicos vigentes.

Luego entonces, si se da una acción dañina al patrimonio público se deben ejecutar todas las acciones legales que obliguen a los servidores públicos, a los particulares cómplices o a las personas físicas o morales que participaron de estas acciones ilícitas, o resarcir el daño implica también la inhabilitación respectiva, sanciones administrativas, en su caso las penales y, por supuesto, también las políticas.

En resumen, este dictamen busca dar solución a las prácticas que quienes dañan el erario sigan en funciones y pretenden también que el resarcimiento del daño extinga el resto de las responsabilidades que deben enfrentar, ya sean administrativas, penales y políticas.

Este dictamen también se inscribe en la filosofía de que la rendición de cuentas debe fundamentarse en la transparencia, en la voluntad para asumir las consecuencias políticas, legales y administrativas.

En las acciones, la existencia de la norma jurídica suficiente para que los órganos de control puedan velar por el cumplimiento de las responsabilidades de los gobernantes y, finalmente, una sociedad civil caracterizada por una cultura cívica que promueva la honestidad y la transparencia en la gestión pública.

Si un Estado no garantiza la rendición de cuentas y los ciudadanos no tienen acceso a una información fidedigna y adecuada de las acciones de gobierno, entonces existirán mayores riesgos de que las instituciones públicas se corrompan.

La rendición de cuentas es una condición necesaria, aunque no suficiente, para el control efectivo de la corrupción, pues supone transparencia al quehacer del gobierno y a ser sujeto al escrutinio de todos. De ahí el estrecho vínculo entre la rendición de cuentas y el combate a la corrupción.

La fiscalización y la rendición de cuentas son elementos esenciales para la gobernabilidad y el desarrollo de las sociedades que se incrustan en los sistemas políticos. Para que la rendición de cuentas se construya en una herramienta de control sobre el ejercicio de poder es indispensable que quienes lo ejercen den visibilidad, publiciten y difundan cómo toman sus decisiones, bajo qué criterios, con base en qué datos y motivaciones, así como los objetivos que pretenden lograr. Es decir, que sean transparentes.

Sin embargo, aunque la transparencia es el paso previo para que se actualice la rendición de cuentas ésta no se reduce a la primera, tiene que existir la posibilidad de sancionar al funcionario que actúe ilegalmente, que no desempeñe adecuadamente sus funciones, o bien, que informe de manera insuficiente, poco clara o faltando a la verdad sobre las mismas. El objetivo de la rendición de cuentas es que se establezcan correctivos que inhiban conductas indebidas o irresponsabilidades en el futuro.

Una gobernanza democrática, es decir, un gobierno de prácticas democráticas en lo cotidiano, en los acuerdos y en las formas de relación del Estado con la sociedad requieren una permanente política de transparencia y acceso a la información, que permitan arreglos democráticos en la hechura de las políticas públicas.

Estas son las razones por las que los diputados y las diputadas del Partido de la Revolución Democrática votaremos a favor de este dictamen. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada. Tiene ahora el uso de la voz la diputada Martha Leticia Sosa Govea, del Grupo Parlamentario del PAN.

La diputada Martha Leticia Sosa Govea:Con la venia, diputado presidente. Compañeras y compañeros legisladores, la corrupción es un fenómeno que afecta el bienestar de toda sociedad limitando el desarrollo de cualquier gobierno y el cual puede presentarse de diferentes formas, ya sea beneficiando y tolerando la actuación ilegal de servidores públicos, así como de aquellas personas que sin ser servidores públicos participan en actos de corrupción, y es justamente a lo que contribuye el presente dictamen, a erradicar las prácticas de corrupción dentro de las compras que realiza el Estado mexicano.

Así como es importante que existan mecanismos de control y evaluación de los procesos de contratación pública dentro de la administración pública federal, también resulta de especial relevancia mantener un estricto control y vigilancia de las personas, tanto físicas como morales, que participan en los procesos de licitación, de manera tal que éstos ajusten sus actuaciones a las disposiciones legales que les rigen, evitando con ello la realización de prácticas contrarias a los fines de la ley y al erario público.

Pero de igual manera, resulta de especial relevancia que existan mecanismos que hagan efectivo el cumplimiento de las sanciones que las autoridades competentes impongan a quienes cometan algún acto contrario a dichos mandatos legales.

Por ello, consideramos importante el dictamen que aquí se discute, toda vez que con las reformas propuestas a las Leyes de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y de Obras Públicas y Servicios Relacionadas con las Mismas, se garantizará que hasta en tanto dichas personas cumplan con la sanción impuesta, éstas no podrán continuar realizando las actividades a las que se dedican.

Dicha disposición no contraviene a ningún derecho de las personas, ya que tiene como objetivo principal propiciar el cumplimiento de las sanciones a las que se han hecho acreedoras por contravenir las disposiciones legales.

De esta manera, se consideró oportuno que hasta en tanto no se haya solventando el monto a resarcir por los servidores públicos, particulares, personas físicas o morales, públicas o privadas, sancionados por resolución definitiva firme, a través del procedimiento resarcitorio, puedan ser contratadas ni prestar servicio o encargo alguno a la federación, y que de ser el caso, el contrato cese de inmediato y se consideren inhabilitados en los términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Por todo lo anterior, mi grupo, el Grupo Parlamentario de Acción Nacional y su servidora, como integrante de la comisión dictaminadora, votaremos a favor del presente dictamen, comprometidos con la transparencia y con el debido cumplimiento de las responsabilidades de todos aquellos que violenten las disposiciones legales en materia de contrataciones públicas.

Es por ello, compañeros, compañeras, que considero de gran valía que aprobemos esta tarde este dictamen, que será una herramienta útil, oportuna y eficaz en el combate a la corrupción. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada. Tiene ahora la palabra la diputada Lourdes Quiñones, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

La diputada Lourdes Eulalia Quiñones Canales:Con permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros legisladores. Los servidores públicos, emanados de los tres Poderes del Estado, llevan a cuestas importantes responsabilidades, de ahí que la exigencia de éstas sea mucho más compleja, para que el resto de los ciudadanos, pudiéndoles exigir las de tipo civil, penal, administrativo, incluyendo las patrimoniales y resarcitorias, y desde luego, las políticas.

Bajo el anterior orden de ideas, es menester señalar que el sistema jurídico mexicano en la materia ha tenido, en los últimos años, importantes avances. Sin embargo, es justo reconocer que aún quedan vacíos, lagunas y dobles interpretaciones que poco contribuyen a fortalecer la transparencia y rendición de cuentas que nos permitan combatir la corrupción.

Actualmente, la responsabilidad resarcitoria es exigirle, por la Auditoría Superior de la Federación a los servidores públicos y a los particulares, personas físicas o morales que por actos u omisiones causen un daño o perjuicio, o ambos, estimable en dinero, a la hacienda pública federal o en su caso, al patrimonio de los entes públicos federales o de las entidades paraestatales federales.

Esta alta encomienda, conferida al órgano fiscalizador, el cual de acuerdo a la ley es el órgano auxiliar de esta Cámara, para ejercer su facultad exclusiva de vigilar y controlar el ejercicio de los recursos públicos, debe ser fortalecida y ampliada en sus alcances.

Sin embargo, la obligación a cargo de los servidores públicos y los particulares de reparar a la hacienda pública los daños y perjuicios ocasionados, cuantificables monetariamente, como consecuencia de una conducta u omisión que incumpla los ordenamientos jurídicos vigentes no es suficiente.

Es menester dejar en claro en la ley que la responsabilidad resarcitoria lleva aparejada la existencia de responsabilidades penales y administrativas a que haya lugar, no siendo unas excluyentes de las otras.

De igual forma, es necesario evitar que tanto los servidores públicos como los particulares, ya sean personas físicas o morales, que tengan un daño o perjuicio pendiente por resarcir, ejerzan cualquier tipo de empleo, cargo, comisión o encomienda, o sean sujetos a contratos o licitaciones dentro de la federación. De esta manera, no tendría ningún sentido la exigencia de esta responsabilidad.

Este dictamen plantea dar solución a un problema existente. Evitar que quienes dañen el erario público sigan en funciones, como si nada pasara y evitar que el resarcimiento del daño extinga el resto de las responsabilidades que se deben enfrentar, ya sean administrativas, penales o políticas.

Combatir frontalmente la corrupción es una tarea fundamental e insustituible para los tres poderes del Estado en sus diferentes niveles de gobierno.

De ahí el voto favorable del Grupo Parlamentario del PRI al presente dictamen. Muchas gracias, presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada. Finalmente, para hablar a favor del dictamen tiene el uso de la voz la diputada Lilia Aguilar Gil. No se encuentra en este momento. Siendo la última de las oradoras y al no haber artículos reservados, le pido a la Secretaría abra el sistema electrónico de votación por 5 minutos. A ver, permítame un momento.

Vamos a escuchar la intervención de la diputada Lilia Aguilar.

La diputada Lilia Aguilar Gil (desde la curul): Declino.

El Presidente diputado José González Morfín: No. Me dice la diputada Aguilar Gil que continuemos con el procedimiento.

Le pido a la Secretaría abra el sistema electrónico de votación, por cinco minutos, para recoger la votación nominal en lo general y en lo particular del proyecto de decreto.

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular.

(Votación)

El Presidente diputado José González Morfín: Quiero dar la más cordial bienvenida a un grupo de ciudadanos de Querétaro, pertenecen a Querétaro Unido por la Discapacidad. Están aquí invitados por el diputado Marcos Aguilar. Bienvenidas y bienvenidos todos a la Cámara de Diputados.

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Ciérrese el sistema de votación electrónico. De viva voz, diputados, por favor.

El diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra (desde la curul): A favor.

El diputado Jorge Iván Villalobos Seáñez (desde la curul): A favor.

El diputado Pedro Pablo Treviño Villarreal (desde la curul): A favor

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Señor presidente, se emitieron 415 votos a favor, cero abstenciones y cero en contra.

Presidencia del diputado Ricardo Anaya Cortés

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

El siguiente punto del orden del día es dictámenes a discusión con punto de acuerdo.



PLAN NACIONAL DE NUMERACION A FIN DE QUE CADA ZONA METROPOLITANA CUENTE CON UNA SOLA CLAVE DE MARCACION

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Comunicaciones, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a consolidar por la SCT y la Cofetel las áreas de servicio local en el país, y revisar el Plan Nacional de Numeración a fin de que cada zona metropolitana cuente con una sola clave de marcación

Honorable Asamblea:

Con fundamento en el artículo 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 80, numeral 1, fracción VI, y 84, 157, numeral 1, fracción I, 158, numeral 1, fracción IV, 176, numeral 1, fracción I, y 180, numeral 2 y 3, todos del Reglamento de la Cámara de Diputados, esta Comisión de Comunicaciones somete a consideración del pleno el presente dictamen, a partir de los siguientes antecedentes de trámite, método y consideraciones.

I. Antecedentes de trámite

1. En la sesión ordinaria del 1 de octubre del 2013 se dio cuenta al pleno de esta Cámara de Diputados de la proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal, para que a través de la SCT y de la Cofetel, se lleve a cabo la consolidación de las áreas de servicio local en el país, así como una revisión del Plan Nacional de Numeración, a fin de que cada zona metropolitana cuente con una sola clave de marcación, presentada por el diputado J. Jesús Oviedo Herrera, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

2. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó turnar la Proposición a la Comisión de Comunicaciones para dictamen, mediante oficio número D.G.P.L. 62-II-4-922 y expediente número 2700, recibido ese mismo día en esta comisión que dictamina.

II. Contenido de la proposición

1. De acuerdo con el diputado proponente, la consolidación de las áreas de servicio local (ASL) es un asunto que se encuentra pendiente en nuestro país, debido a que hay demarcaciones que poseen una alta interacción económica, política y social, y sin embargo, las llamadas telefónicas que realizan los ciudadanos entre estas zonas son consideradas de larga distancia, situación que representa un mayor costo para los usuarios.

2. La problemática a la que hace referencia el promovente, se presenta en muchas ciudades del país, como es el caso de los municipios de Silao y el de León, en el estado de Guanajuato, donde las llamadas telefónicas que se realizan son registradas por los concesionarios como de larga distancia, ya que, por un lado, la ciudad de León cuenta con clave lada 477 y, por su parte, Silao cuenta con clave 472, no importando que ambos municipios sean parte de una misma zona metropolitana conurbada.

3. Culmina el diputado Oviedo diciendo que, actualmente, la Cofetel está revisando la problemática que tiene el país en materia de consolidación de las ASL para reducirlas de 397 a 173, esto con el fin de atender las distintas solicitudes presentadas en los últimos años por usuarios, autoridades y operadores, proponiendo, en consecuencia, el siguiente resolutivo:

Único. Se exhorta al Ejecutivo federal a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y a la Comisión Federal de Telecomunicaciones, para que se lleve a la brevedad la consolidación de las áreas de servicio local en el país, así como una revisión integral del Plan Nacional de Numeración, a fin de que cada zona metropolitana cuente con una sola clave de marcación, que les permita establecer una cultura metropolitana que identifique a sus habitantes.

III. Consideraciones de dictamen

1. Esta comisión considera pertinente hacer las siguientes aclaraciones:

a) Como es bien sabido, la Comisión Federal de Telecomunicaciones se extinguió el pasado 10 de septiembre de 2013, cuando el Senado de la República aprobó el nombramiento de los 7 comisionados integrantes del nuevo Instituto Federal de Telecomunicaciones, la nueva máxima autoridad en materia de telecomunicaciones y radiodifusión en el país.

b) Por otro lado, esta problemática ya ha sido tratada, en repetidas ocasiones, tanto por la Cámara de Diputados, como por esta comisión dictaminadora, como se muestra a continuación:

I. El 17 de septiembre de 2012, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó una proposición con punto de acuerdo, de urgente resolución, para exhortar a la SCT y a la Cofetel, a homologar el costo de las llamadas de las comunidades del valle de Mexicali y del estado de Tlaxcala, para que sean consideradas como llamadas locales, cuyos resolutivos fueron los siguientes:

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y a la Comisión Federal de Telecomunicaciones a que, de manera inmediata, cumplan con el acuerdo aprobado por la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión el 20 de julio de 2011 y se homologue el costo de las llamadas de las comunidades del valle de Mexicali que tienen la clave lada 658 y estas sean consideradas como llamadas locales.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y a la Comisión Federal de Telecomunicaciones a que, de manera inmediata, efectúen los estudios y acciones pertinentes destinadas a eliminar la categoría de larga distancia en las llamadas telefónicas realizadas en aquellas comunidades del país que, por su disposición geopolítica, debieran ser consideradas como llamadas locales, en especial, en las comunidades del estado de Tlaxcala.

Tercero. Que la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorte a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y a la Comisión Federal de Telecomunicaciones a que conjuntamente con la Cámara de Diputados se cree un grupo de trabajo para darle puntual seguimiento a lo establecido en este acuerdo hasta su cumplimiento. Es cuanto, señor presidente.

II. El 19 de diciembre de 2012, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó un dictamen de esta Comisión de Comunicaciones, por el que se exhortó a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del Poder Ejecutivo federal y a la Comisión Federal de Telecomunicaciones, a fin de que en el ámbito de sus respectivas competencias realicen los estudios, análisis y acciones correspondientes con el objetivo de proceder a la eliminación del cobro de las llamadas telefónicas consideradas actualmente con el carácter de larga distancia entre los municipios de Orizaba y Córdoba, en Veracruz.

III. De igual forma, el 30 de abril de 2013, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen de esta Comisión de Comunicaciones por medio del cual se libró un exhorto a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para que, a través de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, se lleve a cabo con la mayor brevedad el proceso de consolidación de las áreas de servicio locales de Baja California, reduciendo así el número de claves de larga distancia en el estado y logrando que las comunidades cercanas, geográfica mente hablando, se comuniquen de manera más eficiente y económica.

Asimismo, el pasado 9 de enero de 2013, esta comisión dictaminadora sostuvo una reunión de trabajo con los titulares de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, en la que se trató a profundidad este tema.

IV.Derivado de todas estas acciones llevadas a cabo por esta comisión, el pasado 1 de julio de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la “resolución mediante la cual el pleno de la Comisión Federal de Telecomunicaciones modifica la resolución administrativa mediante la cual se establecen los lineamientos para llevar a cabo la consolidación de los grupos de centrales de servicio local existentes en áreas de servicio local, así como el calendario de consolidación respectivo, publicada el 30 de noviembre de 1998 y el Plan Técnico Fundamental de Numeración publicado el 21 de junio de 1996”.

En esta resolución se establecen los lineamientos necesarios para consolidar las 397 áreas de servicio locales que existen en la actualidad, a fin de conformar sólo 172 áreas de servicio local en el territorio nacional, tal y como se solicita en la proposición que se está dictaminando.

2. No obstante lo anterior, esta comisión que dictamina es sensible de la preocupación del diputado Oviedo y considera que la equiparación del actual servicio de larga distancia a servicio de telefonía local repercutirá en la elevación de la productividad de las empresas, del ingreso real de los hogares, como consecuencia de la reducción del costo de ese servicio y, en el mediano plazo, en el dinamismo de la economía de las distintas regiones del país.

3. Por lo antes expuesto, esta Comisión, considera prudente modificar la solicitud del diputado Oviedo, adecuándolo a la actualidad, para que, en lugar de exhortar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y a la extinta Comisión Federal de Telecomunicaciones a que se realice la consolidación de áreas de servicio local, se exhorte a la nueva autoridad competente, el Instituto Federal de Telecomunicaciones, a que continúe con el proceso de consolidación de áreas de servicio local, de conformidad con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 1 de julio.

En este sentido, el presente dictamen busca que el Instituto Federal de Telecomunicaciones continúe impulsando la consolidación de las áreas de servicio local del país y que este proceso se realice lo más pronto posible, por lo que esta comisión somete a la consideración del pleno de esta Cámara los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al Instituto Federal de Telecomunicaciones a que impulse el proceso de consolidación de las Áreas de Servicio Local, de acuerdo con la “resolución mediante la cual el pleno de la Comisión Federal de Telecomunicaciones modifica la resolución administrativa mediante la cual se establecen los lineamientos para llevar a cabo la consolidación de los grupos de centrales de servicio local existentes en áreas de servicio local, así como el calendario de consolidación respectivo, publicada el 30 de noviembre de 1998 y el Plan Técnico Fundamental de Numeración publicado el21 de junio de 1996”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 1 de julio de 2013.

Segundo. La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión solicita al Instituto Federal de Telecomunicaciones que informe a esta soberanía el avance en el cumplimiento del proceso de consolidación de las Áreas de Servicio Local del país, de manera semestral, hasta que concluya dicho proceso, de conformidad con lo establecido en el Diario Oficial de la Federación el 1 de julio de 2013.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de noviembre de 2013.

La Comisión de Comunicaciones, diputados: Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), presidente; Andrés de la Rosa Anaya (rúbrica), Homero Ricardo Niño de Rivera Vela (rúbrica), José Noel Pérez de Alba (rúbrica), Víctor Emanuel Díaz Palacios (rúbrica), Eligio Cuitláhuac González Farías (rúbrica), Federico José González Luna Bueno (rúbrica), Marcelo Garza Ruvalcaba (rúbrica), Purificación Carpinteyro Calderón, Sue Ellen Bernal Bolnik (rúbrica), Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Jorge Mendoza Garza, Landy Margarita Berzunza Novelo, Heriberto Manuel Galindo Quiñones (rúbrica), José Luis Flores Méndez (rúbrica), Martha Gutiérrez Manrique (rúbrica), Patricia Guadalupe Peña Recio (rúbrica), Humberto Alonso Morelli (rúbrica), Rafael Alejandro Micalco Méndez, Juan Pablo Adame Alemán (rúbrica), José Isabel Trejo Reyes, Juan Carlos Uribe Padilla (rúbrica), Gloria Bautista Cuevas (rúbrica), María Guadalupe Moctezuma Oviedo, Andrés Eloy Martínez Rojas (rúbrica), Agustín Miguel Alonso Raya, María Sanjuana Cerda Franco, Jaime Bonilla Valdés (rúbrica), Ana Lilia Garza Cadena (rúbrica).»



LICITACION DE DECODIFICADORES Y ANTENAS DIGITALES PARA LA SEGUNDA ETAPA DE LA TRANSICION A LA TELEVISION DIGITAL TERRESTRE

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Comunicaciones, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la SCT a continuar el proceso de licitación de decodificadores y antenas digitales para la segunda etapa de la transición a la televisión digital terrestre

Honorable Asamblea:

Con fundamento en el artículo 45, numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 80 numeral 1 fracción VI y 84, 157 numeral 1 fracción 1, 158 numeral 1 fracción IV, 176 numeral 1 fracción I y 180 numeral 2 y 3, todos del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Comisión de Comunicaciones somete a la consideración del pleno el presente dictamen, a partir de los siguientes antecedentes de trámite, método y consideraciones.

I. Antecedentes de trámite

1. En la sesión ordinaria del 8 de octubre del 2013 se dio cuenta al pleno de esta Cámara de Diputados de la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SCT a concluir el proceso de licitación de decodificadores y antenas digitales para la segunda etapa del programa piloto de la transición a la televisión digital terrestre, a cargo del diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, y suscrita por el diputado Federico José González Luna Bueno, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

2. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó turnar la proposición a la Comisión de Comunicaciones para dictamen, mediante oficio D.G.P.L. 62-II-2-796 y expediente número 2805, recibido el día 9 de octubre de 2013 en esta comisión que dictamina.

II. Contenido de la proposición

1. De acuerdo con los diputados proponentes, a principios del mes de septiembre, la hoy extinta Comisión Federal de Telecomunicaciones, Cofetel, informó que dejaría en manos del Instituto Federal de Telecomunicaciones, Ifetel, el proceso de licitación para la adquisición de los decodificadores y antenas necesarias para cumplir con la segunda etapa de la transición a la televisión digital terrestre, TDT, en las ciudades de Monterrey, Nuevo Laredo, Matamoros, Reynosa y Ciudad Juárez.

2. No obstante lo anterior, como lo mencionan los legisladores, en días pasados, el Instituto Federal de Telecomunicaciones informó a través del comunicado de prensa número 03/2013, que el proceso de licitación de decodificadores y antenas para la segunda etapa de la transición a la televisión digital terrestre es facultad del Poder Ejecutivo federal, de conformidad con la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones publicada el 11 de junio del presente año.

A este respecto, cabe mencionar que en el párrafo tercero del artículo quinto transitorio de la reforma constitucional antes mencionada, se estableció que “los Poderes de la Unión estarán obligados a promover, en el ámbito de sus competencias, la implementación de equipos receptores y decodificadores necesarios para la adopción de esta política de gobierno garantizando, a su vez, los recursos presupuestales que resulten necesarios”.

3. Bajo tal consideración, el Comité Técnico del Fondo de Cobertura Social en Telecomunicaciones, Foncos, resolvió cancelar el recurso que se utilizaría para la licitación de los servicios de visita, entrega e instalación de decodificadores y antenas digitales en Monterrey, Nuevo Laredo, Matamoros, Reynosa y Ciudad Juárez que corresponden al segundo programa piloto para la transición a la TDT, a llevarse a cabo el próximo mes de mayo de 2014.

En consecuencia de lo anterior, los Diputados promoventes proponen los siguientes resolutivos:

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a retomar y concluir satisfactoriamente el proceso de licitación de decodificadores y antenas digitales para el segundo programa piloto de la transición a la televisión digital terrestre, tomando como base el proceso iniciado por la hoy extinta Comisión Federal de Telecomunicaciones y se cumplan las fechas establecidas para culminar con este proceso.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al Comité Técnico del Fondo de Cobertura Social en Telecomunicaciones a liberar los recursos necesarios para que la licitación de decodificadores y antenas digitales para el segundo programa piloto de la transición a la televisión digital terrestre se lleve a cabo de manera oportuna y satisfactoria.

III. Consideraciones de dictamen

1. Esta comisión que dictamina comparte plenamente la preocupación expresada por los diputados que proponen este punto de acuerdo y apoyan plenamente los resolutivos planteados, en especial ya que el Ifetel, al ser un órgano autónomo constitucional, no forma parte de los Poderes de la Unión, por lo que debe ser el Poder Ejecutivo federal, a través de la Secretaría del ramo, quien defina el programa y los recursos presupuestales necesarios para cumplir con la política que permita culminar la transición a la televisión digital terrestre, el 31 de diciembre de 2015.

2. Estamos ciertos que la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones ha redefinido en forma clara, que las autoridades deben impulsar el proyecto para incrementar la penetración de la televisión digital terrestre en el país y concluir las transmisiones de las señales analógicas de la televisión abierta en México.

En este sentido, los Poderes de la Unión están obligados a promover, en el ámbito de sus competencias, la implementación de equipos receptores y decodificadores para la transición a la televisión digital y, por su parte, al Ifetel corresponderán las acciones necesarias para contribuir con los objetivos y metas fijados en el Plan Nacional de Desarrollo y demás instrumentos programáticos, relacionados con los sectores de radiodifusión y telecomunicaciones.

3. Esta comisión dictaminadora concluye que, con este cambio, la transición a la televisión digital terrestre no se pospone y mucho menos se cancela, únicamente se distribuyen de mejor manera las responsabilidades entre las autoridades que están involucradas en este proceso.

4. Por lo antes expuesto, esta comisión coincide en la pertinencia y atingencia del exhorto que se propone, y en congruencia esta comisión somete a la consideración del pleno de la Cámara los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a que retorne y concluya satisfactoriamente el proceso de licitación de decodificadores y antenas digitales para la segunda etapa de la transición a la Televisión Digital Terrestre, tomando como base el proceso iniciado por la hoy extinta Comisión Federal de Telecomunicaciones y se cumplan con las fechas establecidas para culminar con este proceso.

Segundo. La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al Comité Técnico del Fondo de Cobertura Social en Telecomunicaciones, a liberar los recursos necesarios para que la licitación de decodificadores y antenas digitales para que la segunda etapa de la transición a la televisión digital terrestre se lleve a cabo de manera satisfactoria.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de noviembre de 2013.

La Comisión de Comunicaciones, diputados: Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), presidente; Andrés de la Rosa Anaya (rúbrica), Homero Ricardo Niño de Rivera Vela (rúbrica), José Noel Pérez de Alba (rúbrica), Víctor Emanuel Díaz Palacios (rúbrica), Eligio Cuitláhuac González Farías (rúbrica), Federico José González Luna Bueno (rúbrica), Marcelo Garza Ruvalcaba (rúbrica), Purificación Carpinteyro Calderón, secretarios; Sue Ellen Bernal Bolnik (rúbrica), Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Jorge Mendoza Garza, Landy Margarita Berzunza Novelo, Heriberto Manuel Galindo Quiñones (rúbrica), José Luis Flores Méndez (rúbrica), Martha Gutiérrez Manrique (rúbrica), Patricia Guadalupe Peña Recio (rúbrica), Humberto Alonso Morelli (rúbrica), Rafael Alejandro Micalco Méndez, Juan Pablo Adame Alemán (rúbrica), José Isabel Trejo Reyes, Juan Carlos Uribe Padilla (rúbrica), Gloria Bautista Cuevas (rúbrica), María Guadalupe Moctezuma Oviedo, Andrés Eloy Martínez Rojas (rúbrica), Agustín Miguel Alonso Raya, María Sanjuana Cerda Franco, Jaime Bonilla Valdés (rúbrica), Ana Lilia Garza Cadena (rúbrica).»



VOLUMEN II



CAMPAÑA INFORMATIVA DONDE SE EXPONGAN LAS CONSECUENCIAS DE ADQUIRIR UN TELEVISOR ANALOGICO

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Comunicaciones, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Economía a poner en marcha por la Profeco una campaña informativa donde se expongan las consecuencias de adquirir un televisor analógico

Honorable Asamblea:

Con fundamento en el artículo 45, numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 80, numeral 1, fracción VI, y 84, 157, numeral 1, fracción I, 158, numeral 1, fracción IV, 176, numeral 1, fracción I, y 180, numeral 2 y 3, todos del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Comisión de Comunicaciones somete a la consideración del pleno el presente dictamen, a partir de los siguientes antecedentes de trámite, método y consideraciones.

I. Antecedentes de trámite

1. En la sesión ordinaria del 22 de octubre del 2013 se dio cuenta al pleno de la Cámara de Diputados de la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Economía, para que a través de la Procuraduría Federal del Consumidor, Profeco, se ponga en marcha una campaña informativa donde se expongan las consecuencias de adquirir un televisor analógico, a cargo del diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, del Grupo Parlamentario del PRI.

2. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó turnar la proposición a la Comisión de Comunicaciones para dictamen, mediante oficio D.G.P.L. 62-II-4-991 y expediente número 2959, recibido el jueves 24 de octubre de 2013 en la comisión que dictamina.

II. Contenido de la proposición

1. De acuerdo con el proponente, el pasado 14 de octubre de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la norma oficial mexicana NOM-192-SCFI/SCT1-2013, Telecomunicaciones-aparatos de televisión y decodificadores-especificaciones. Esta norma oficial mexicana da certeza al consumidor de que los aparatos receptores de televisión que se comercializan cuentan con la capacidad de recibir, sintonizar y reproducir, cuando menos, las señales que se transmitan con el estándar A/53 de A TSC, es decir, dichos televisores son capaces de recibir, sintonizar y reproducir las señales de televisión digital terrestre, TDT, y tienen la capacidad de recibir, sintonizar y reproducir cuando menos señales High Definition Television (Hdtv) y Standard Definition Television (Sdtv).

2. Según el Diputado, el principal objetivo de la norma oficial es evitar el riesgo de un daño inminente en la economía o patrimonio de los consumidores, ya que a partir de la conversión total de señal analógica a digital, aquellos consumidores que adquieran un televisor con tecnología analógica no contarán con el nivel tecnológico que les permita recibir, sintonizar y reproducir, cuando menos, las señales que se transmitan con el estándar A/53 de A TSC, lo cual conllevaría a tener que adquirir otro televisor que cuente con la capacidad para recibir, sintonizar y reproducir cuando menos señales Hdtv y Sdtv. Por lo tanto, se debe asegurar que el consumidor no ponga en riesgo su patrimonio al momento de comprar un televisor que no sea capaz de recibir, sintonizar y reproducir señales de televisión digital y, en consecuencia, no tenga acceso a las señales de televisión abierta que, a partir del 31 de diciembre de 2015, solo serán digitales.

3. En este sentido, a decir del legislador promovente, resulta de la mayor relevancia tener en cuenta los tiempos que maneja esta nueva norma oficial mexicana, ya que, de acuerdo con sus disposiciones transitorias, entrará en vigor a los 60 días de su publicación y, más importante aún, una vez que entre en vigor, los comerciantes contarán todavía con 30 días naturales más para poder vender los televisores analógicos que tengan inventariados; es decir, aun cuando la norma oficial se publicó el 14 de octubre, los televisores analógicos seguirán en el mercado hasta el 14 de enero de 2014.

4. Lo anterior significa que las televisiones tecnológicamente obsoletas podrán comercializarse durante el próximo Buen Fin, por realizarse del 15 al 18 de noviembre de 2013, por lo que resulta necesario que la población mexicana, como público consumidor, cuente con la información comercial que le advierta que ciertos aparatos televisores que actualmente se comercializan en el mercado, no serán idóneos para recibir señales digitales, por lo que su compra generara un daño o menoscabo en su patrimonio ya que estará adquiriendo un bien cuyo valor futuro se perderá y, para tal efecto, propone el siguiente resolutivo:

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Economía para que, a través de la Procuraduría Federal del Consumidor, se vigile el cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-024-SCFI-2013, Información comercial para empaques, instructivos y garantías de los productos electrónicos, eléctricos y electrodomésticos, y ponga en marcha una campaña informativa previa al Buen Fin, en la forma y a través de los medios que estime pertinente, donde se expongan las consecuencias de adquirir un televisor analógico.

III. Consideraciones de dictamen

1. Esta comisión dictaminadora coincide plenamente con el diputado proponente y considera pertinente y atendible el exhorto solicitado ya que, si bien desde el 12 de agosto pasado y con el fin de advertir al consumidor que una televisión análoga no podrá captar señales digitales una vez que se concluya la transición a la televisión digital terrestre, fue emitida una norma que establece que dichos aparatos deberán tener una etiqueta en la que se lea la siguiente leyenda: “No sintoniza transmisiones de televisión digital conforme al estándar A/53 Advanced Television Systems Committe” o

“No recibe señales de televisión digital”, podemos hacer todavía más para proteger al consumidor mexicano, ya que algunas empresas comercializan estos televisores a costos muy bajos, pues serán obsoletos a finales de 2015.

2. Asimismo, hay que señalar que este asunto ha sido del interés del Congreso de la Unión desde hace tiempo, basta recordar el dictamen aprobado por la Comisión Permanente el pasado 7 de agosto, cuyos resolutivos rezan:

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, reconoce y apoya la creación de la Norma Oficial Mexicana denominada NOM-192-SCFI/SCT1-2013 “Telecomunicaciones-aparatos de televisión y decodificadores-especificaciones” de acuerdo con el proyecto elaborado por la Comisión Federal de Telecomunicaciones en conjunto con la Secretaría de Economía, para que, cuanto antes, entre en vigor y se dejen de comercializar televisores analógicos.

Segundo.La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, en el ámbito de colaboración entre Poderes, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y a la Comisión Federal de Telecomunicaciones para que, atendiendo a sus respectivas atribuciones, revisen la estrategia de implementación del cambio de señal analógica a la digital, con la finalidad de que se eviten o aminoren las externalidades y efectos negativos de la llamada transición digital, con el propósito de garantizar el acceso de la ciudadanía de la señal televisiva.

Tercero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, en el ámbito de colaboración entre Poderes, exhorta respetuosamente a la Procuraduría Federal del Consumidor, para que garantice la no especulación de los precios de los aparatos decodificadores de señal digital y se eviten prácticas abusivas por parte de sus distribuidores y comercializadores.

3. En tal tesitura, la Comisión que dictamina estima oportuno exhortar a la Secretaría de Economía para que, a través de la Procuraduría Federal del Consumidor, se vigile el cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-024-SCFI-2013, Información comercial para empaques, instructivos y garantías de los productos electrónicos, eléctricos y electrodomésticos, y ponga en marcha una campaña informativa, en la forma y a través de los medios que estime pertinente, donde se expongan las consecuencias de adquirir un televisor analógico.

8. Por lo antes expuesto, esta comisión somete a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente:

Punto de acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Economía para que, a través de la Procuraduría Federal del Consumidor, se vigile el cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-024-SCFI-2013, Información comercial para empaques, instructivos y garantías de los productos electrónicos, eléctricos y electrodomésticos, y ponga en marcha una campaña informativa, en la forma y a través de los medios que estime pertinente, donde se expongan las consecuencias de adquirir un televisor analógico.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de noviembre de 2013.

La Comisión de Comunicaciones, diputados: Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), presidente; Andrés de la Rosa Anaya (rúbrica), Homero Ricardo Niño de Rivera Vela (rúbrica), José Noel Pérez de Alba (rúbrica), Víctor Emanuel Díaz Palacios (rúbrica), Eligio Cuitláhuac González Farías (rúbrica), Federico José González Luna Bueno (rúbrica), Marcelo Garza Ruvalcaba (rúbrica), Purificación Carpinteyro Calderón, secretarios; Sue Ellen Bernal Bolnik (rúbrica), Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Jorge Mendoza Garza, Landy Margarita Berzunza Novelo, Heriberto Manuel Galindo Quiñones (rúbrica), José Luis Flores Méndez (rúbrica), Martha Gutiérrez Manrique (rúbrica), Patricia Guadalupe Peña Recio (rúbrica), Humberto Alonso Morelli (rúbrica), Rafael Alejandro Micalco Méndez, Juan Pablo Adame Alemán (rúbrica), José Isabel Trejo Reyes, Juan Carlos Uribe Padilla (rúbrica), Gloria Bautista Cuevas (rúbrica), María Guadalupe Moctezuma Oviedo, Andrés Eloy Martínez Rojas (rúbrica), Agustín Miguel Alonso Raya, María Sanjuana Cerda Franco, Jaime Bonilla Valdés (rúbrica), Ana Lilia Garza Cadena (rúbrica).»



REGLAMENTO DE ZONIFICACION Y USO DE SUELO EN LOS VALLES VINICOLAS DE LA ZONA NORTE DE ENSENADA

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al gobernador de Baja California, al ayuntamiento de Ensenada y dependencias federales a revisar a fondo y, en su defecto, abrogar la modificación hecha al proyecto del Reglamento de Zonificación y Uso de Suelo en los Valles Vinícolas de la Zona Norte de Ensenada

Honorable asamblea:

La Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, en uso de las facultades que le confieren los artículos 39, 40 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como 80, 81, 82, 84 y 85 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se abocó al análisis, la discusión y la valoración de las proposiciones, y conforme a las deliberaciones que realizaron sus integrantes, somete a consideración de esta soberanía el presente dictamen, de conformidad con los siguientes

Antecedentes

En sesión ordinaria celebrada el 12 de noviembre de 2013, el diputado Adán David Ruiz Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó proposición con punto de acuerdo con tres resolutivos, que fue turnada por la Presidencia de la Mesa Directiva mediante el oficio número DGPL 62-II-3-1133 a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial.

Contenido de la proposición

La proposición del diputado Adán David Ruiz considera los siguientes resolutivos:

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, exhorta al presidente municipal de Ensenada, Baja California, para que tomando en consideración que su periodo constitucional como alcalde se encuentra a menos de 30 días de concluir, y que las manifestaciones sociales acerca del reglamento aprobado son contundente y notoriamente en contra, promueva la abrogación del Reglamento del Programa Sectorial de Desarrollo Urbano-Turístico de los Valles Vitivinícolas de la Zona Norte del Estado de Baja California, para que su discusión pueda ser retomada por los ediles entrantes y, en ese sentido, se abstenga de continuar la promoción de cambios que enrarezcan el equilibrio y tranquilidad social de las comunidades relacionadas con los valles vitivinícolas de la zona.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, exhorta al cabildo del XX ayuntamiento de Ensenada, Baja California, para que en el ámbito de sus atribuciones y ante los evidentes reclamos de la sociedad baja californiana, promuevan la abrogación del Reglamento del Programa Sectorial de Desarrollo Urbano-Turístico de los Valles Vitivinícolas de la Zona Norte del Estado de Baja California, y en un acto de responsabilidad civil, moral y política, permitan que la discusión de este reglamento sea retomada por los ediles entrantes, que por mandato constitucional comenzarán sus funciones en menos de 30 días.

Tercero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Ejecutivo de Baja California para que en el ámbito de su competencia y ante las notorias manifestaciones sociales contra la aprobación del reglamento del Programa Sectorial de Desarrollo Urbano-Turístico de los Valles Vitivinícolas de la Zona Norte del Estado de Baja California, se abstenga de la publicación de dicho ordenamiento en el periódico oficial del estado, y de esta manera pugne porque en esa región se prioricen antes del desarrollo inmobiliario intensivo, la conservación e impulso de las actividades primarias y culturales de la zona.

Consideraciones del punto de acuerdo

El diputado Adán David Ruiz Gutiérrez expone que la región vitivinícola de Baja California se ha convertido en promotora de la economía del municipio de Ensenada y del resto de la región, concentrando la producción de 90 por ciento del vino de México y atrayendo más de 300 mil turistas. Entre los problemas que enfrenta la región se encuentran: la constante escasez de agua y la falta de políticas públicas que garanticen la preservación de la región como espacio cultural, sustentable y turístico.

El diputado proponente señala que para ordenar y preservar los valles vitivinícolas, las autoridades acordaron la realización del Programa Sectorial de Desarrollo Urbano Turístico de los Valles Vitivinícolas de la Zona Norte del Estado de Baja California, el cual fue publicado el 15 de octubre de 2010 en el Periódico Oficial del Estado de Baja California. Dicho programa establece lineamientos que garantizan la protección de los valles mediante restricciones orientadas a priorizar la actividad vitivinícola y la construcción de instalaciones turísticas sustentables de bajo impacto.

El proponente menciona que el 7 de noviembre del año en curso el cabildo del ayuntamiento de Ensenada aprobó la expedición del Reglamento del Programa Sectorial y considera que el procedimiento de aprobación y dictamen del reglamento se llevó a cabo en medio de graves irregularidades, entre las que menciona: que se sesionó a altas horas de la noche, que deliberadamente se ocultó la determinación de votar el Reglamento, y que no se difundió la agenda del cabildo y los asuntos sometidos a votación; además de que según el proponente las modificaciones pueden contrariar lo establecido en el Programa Sectorial de Desarrollo.

Adicionalmente, el diputado Adán David Ruiz Gutiérrez comenta que, entre diversos sectores de la población, se ha hecho circular un documento en el que se solicita la intervención de las autoridades para detener el avance del proyecto y que a la fecha de la presentación de la Proposición se habían recopilado más de 10 mil firmas y que se convocó, en menos de 24 horas a una manifestación con una afluencia de 3 mil personas.

Entre las consecuencias que conlleva la aprobación del reglamento, el diputado señala que hay modificaciones que podrían contradecir lo establecido en el Programa Sectorial de Desarrollo, como es el caso de la conformación del comité de evaluación, en el que no se incluyeron a las autoridades ejidales e indígenas, además de que no se contaba con el permiso para continuar obras que se habían establecido.

Análisis, discusión y valoración de los puntos de acuerdo

La comisión dictaminadora comparte la preocupación expresada por el proponente, y en particular, considera que esta soberanía debe posicionarse con respecto a las demandas sociales que se están manifestando por parte de los habitantes de Ensenada, a lo que hay que agregar el hecho de que para la elaboración e integración técnica se erogaron recursos de diversos órdenes de gobierno, entre ellos recursos federales etiquetados.

Es relevante señalar que las consideraciones sobre la controversia, que motiva el punto de acuerdo, se deben enmarcar en el espíritu de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California, publicada en el Periódico Oficial número 26, tomo I, sección I, de fecha 24 de junio de 1994. Para tal efecto debe tomarse en cuenta lo establecido como objetivo de ésta en el artículo 2, fracciones I a V, que a la letra dicen:

Artículo 2. La presente ley tiene por objeto

I. Establecer las normas que regulen la concurrencia del estado y los municipios que lo integran, al participar en la ordenación y regulación de los asentamientos humanos;

II. Fijar normas básicas para planear la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población en esta entidad federativa;

III. Establecer las normas conforme a las cuales el gobierno del estado y los ayuntamientos ejercerán sus atribuciones para zonificar el territorio y determinar las correspondientes provisiones, usos, destinos de áreas y predios;

IV. Fijar las normas básicas para reglamentar, autorizar, controlar y vigilar la urbanización de áreas y predios, así como la edificación en los mismos;

V. Definir las disposiciones que regulen toda acción inmobiliaria que emprendan las entidades de la administración pública federal, estatal y municipal, o los particulares con el fin de ejecutar las acciones que se determinen; [...]

VI. ...

El artículo 7 de la ley señala como autoridades en materia de desarrollo urbano las siguientes:

I. El Congreso del estado;

II. El gobernador del estado;

III. Los ayuntamientos del estado;

IV. La secretaría;

V. La Comisión Coordinadora de Desarrollo Urbano del estado; y

VI. La Secretaría de Protección al Ambiente del estado.

La Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial considera que ciertos artículos de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California son relevantes a efecto de dirimir las controversias que condujeron a la presentación del punto de acuerdo. Entre ellos cabe mencionar:

1. El artículo 126, que prevé, a la letra, lo siguiente:

Artículo 126. Cuando se expida un programa regional de desarrollo urbano con su zonificación correspondiente, tomando como referencia los criterios definidos en el Reglamento Estatal de Zonificación, podrán estipularse criterios específicos aplicables a las áreas y predios de su territorio.

Los ayuntamientos al definir la zonificación de los centros de población, utilizarán los criterios de clasificación de usos y destinos establecidos en el Reglamento Estatal de Zonificación, estando facultados para establecer normas específicas cuando así se requiera.

Las declaratorias de usos derivadas de los Programas de Desarrollo Urbana de Centros de Población o de los Programas Parciales de Desarrollo Urbano se notificarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 122 de este capítulo.

2. El artículo 147, que dice a la letra lo siguiente:

Artículo 147. Para los efectos de esta ley, se entiende por acción de urbanización la adecuación del suelo rústico o del suelo previamente urbanizado, que lo habilite para alojar actividades de habitación, educación, esparcimiento y producción de bienes y servicios, tales como

I. El fraccionamiento, subdivisión, fusión y relotificación de predios o áreas y sus correspondientes obras físicas para dedicarlos a usos urbanos.

II. La introducción de redes de infraestructura de servicios de agua potable, drenaje pluvial y sanitario, electrificación, alumbrado público, telefonía y otras instalaciones especiales para las actividades productivas.

III. La apertura de vialidades y sus elementos complementarios como andadores peatonales, entronques, enlaces y estacionamientos de vehículos.

IV. La previsión y ubicación de las áreas dedicadas a equipamiento urbano destinado a satisfacer las necesidades de educación, salud, esparcimiento, comunicación, transporte, abasto y servicios.

V. Los componentes del paisaje urbano, como arboledas, jardines, mobiliario urbano y señalización.

VI. La modificación de la naturaleza o topografía de un predio, para su utilización, para la intensificación o modificación de su uso.

VII. La construcción y adecuación de la infraestructura, el equipamiento y los servicios urbanos para garantizar la seguridad y accesibilidad requeridas por las personas con discapacidad.

3. El artículo 150, que a la letra dice:

Artículo 150. El otorgamiento de permisos y autorizaciones para realizar acciones de urbanización es competencia de los ayuntamientos, salvo las condiciones y excepciones siguientes:

I. El Ejecutivo del estado, a través de la secretaría, deberá extender un dictamen técnico de congruencia a solicitud de los ayuntamientos, previo a cualquier expedición de autorización cuando se trate de acciones de urbanización de alcance estatal tales como todo tipo de infraestructura que no haya sido considerada dentro de los planes y programas de desarrollo urbano estatal, municipal y de centros de población, como son

1. Puentes vehiculares y peatonales sobre vialidades primarias intraurbanas mayores de 25 metros de ancho a parámetros o vialidades interurbanas;

2. Apertura y prolongación de vialidades primarias intraurbanas y vialidades interurbanas a ubicarse fuera de los límites de los centros de población;

3. Entronques e intersecciones de vialidades nuevas con vialidades existentes primarias intraurbanas o vialidades interurbanas; e,

4. Instalaciones de redes de servicios de agua potable, drenaje sanitario y pluvial; cárcamos, bombas, acueductos, poliductos y gaseoductos; energía eléctrica, alumbrado público, telefonía e instalaciones especiales; estaciones y subestaciones eléctricas, nucleoeléctricas, geotérmicas; sistemas de transporte público sobre rieles metálicos interestatales o intraurbanos; plantas recicladoras de residuos peligrosos y rellenos sanitarios;

II. El Ejecutivo, a través de la secretaría, otorgará las autorizaciones que correspondan cuando se trate de acciones de urbanización que se ubiquen fuera de los límites de los centros de población definidos en los planes y programas de desarrollo urbano debidamente aprobados, publicados e inscritos en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio;

III. Cuando las acciones de urbanización afecten las áreas naturales protegidas declaradas por la federación, el estado o los municipios, y sean destinadas para la industria de alto riesgo o con posibilidad de un impacto negativo en el medio ambiente, para la industria extractiva y de transformación, indistintamente de su ubicación y no considerados en los planes y programas de desarrollo urbano aplicables y sus declaratorias y que requieran de la elaboración de un estudio de evaluación de impacto ambiental; los ayuntamientos verificarán el cumplimiento de la Ley de Protección al Ambiente para el Estado.

4. El artículo 158, que a la letra dice:

Artículo 158. Las autoridades competentes sólo autorizarán acciones de urbanización en las zonas previstas en los planes y programas de desarrollo urbano y de acuerdo con los procedimientos establecidos en el capítulo tercero de este título.

5. El artículo 159, que a la letra dice:

Artículo 159. El Reglamento correspondiente normará la autorización y el desarrollo de las acciones de urbanización a que se refiere el artículo 147, y deberá establecer como mínimo

I. La obligatoriedad de cumplir los planes y programas de desarrollo urbano y sus declaratorias de usos y destinos del suelo;

II. Los criterios de densidad de población, ocupación y utilización del suelo;

III. Las normas técnicas y la clasificación de las acciones de urbanización;

IV. El contenido de la solicitud de autorización y los criterios para calificarla;

V. Los procedimientos de inspección y supervisión;

VI. Las obligaciones de los urbanizadores, promotores y peritos;

VII. Los mecanismos de control para publicidad y ventas;

VIII. Las medidas de seguridad y sanciones; y

IX. Los mecanismos de defensa de los particulares.

6. El artículo 167, que a la letra dice:

Artículo 167.Cuando se desee realizar alguna de las acciones de urbanización a que se refiere el artículo 147 y éstas se localicen fuera de los centros de población o no estén contempladas dentro de los programas de desarrollo urbano de los centros de población, o no existan programas de desarrollo urbano, la secretaría aprobará los estudios que demuestren su factibilidad y congruencia con los diferentes planes y programas de desarrollo urbano, elaborando los solicitantes un anteproyecto que contenga los elementos de un programa parcial de desarrollo urbano, siguiendo los lineamientos que dictamine la comisión coordinadora de acuerdo con la fracción IV del artículo 21 de esta ley y los demás que sean requeridos en el reglamento correspondiente, salvo las excepciones que por ubicación, tamaño o densidad en él se consideren y para proceder con su aprobación en los términos de la presente ley.

La solicitud de aprobación del programa parcial de desarrollo y su propuesta de programa deberán ser entregadas a la autoridad competente según el municipio en que se pretendan realizar las acciones de urbanización.

Ahora bien, la norma objeto de controversia es el Reglamento de Zonificación y Usos de Suelo para el Programa Sectorial de Desarrollo Urbano-Turístico de los Valles Vitivinícolas de la Zona Norte del Municipio de Ensenada (Región del Vino), BC.

Resulta claro para los integrantes de esta comisión dictaminadora que hay irregularidades denunciadas por el diputado proponente, siendo tal vez la más grave que se apruebe la modificación de un reglamento, con posibles impactos en el ordenamiento territorial, pocos días antes de que concluya el periodo del ayuntamiento, con lo que las consecuencias positivas o negativas de su aprobación tendrían que ser asumidas por los próximos integrantes del cabildo.

Dado que la controversia motivo del punto de acuerdo se da en el ámbito local es vital respetar la autonomía de los órdenes de gobierno involucrados que son el estatal y el municipal, atendiendo además a las autoridades en materia de desarrollo urbano que establece el artículo 7 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California.

En virtud de lo expuesto y con estricto respeto de la autonomía de Baja California y del ayuntamiento de Ensenada y de sus habitantes, la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial sugiere reformular los resolutivos con la finalidad de que el presidente municipal del XXI ayuntamiento de Ensenada que inició su encargo el 1 de diciembre del año en curso, considere la abrogación del reglamento aprobado por la administración anterior; para que el síndico procurador y el cabildo del XXI ayuntamiento de Ensenada, que iniciaron su encargo el 1 de diciembre del año en curso, consideren promover la abrogación del reglamento en comento y valoren la conveniencia de realizar una investigación exhaustiva y en su caso, iniciar el procedimiento de responsabilidad administrativa; y para que el gobernador de Baja California considere la conveniencia de no publicar dicho ordenamiento en el Periódico Oficial del Estado, por lo que sometemos a consideración de la asamblea los siguientes

Acuerdos

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con pleno respeto del principio de división y colaboración entre poderes y a la autonomía estatal y municipal, exhorta al presidente municipal del XXI ayuntamiento de Ensenada, Baja California, para que en uso de sus atribuciones, y tomando en cuenta las manifestaciones sociales en contra del reglamento aprobado por la administración anterior, considere la abrogación del Reglamento del Programa Sectorial de Desarrollo Urbano-Turístico de los Valles Vitivinícolas de la Zona Norte del Estado de Baja California.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con pleno respeto del principio de división y colaboración entre poderes y a la autonomía estatal y municipal, exhorta al síndico procurador y al cabildo del XXI ayuntamiento de Ensenada, Baja California, para que en el ámbito de sus atribuciones y ante los reclamos de la sociedad, consideren la abrogación del Reglamento del Programa Sectorial de Desarrollo Urbano-Turístico de los Valles Vitivinícolas de la Zona Norte del Estado de Baja California, y conforme a sus facultades realicen una investigación exhaustiva que permita deslindar responsabilidades y en su caso estructurar el procedimiento de responsabilidad administrativa.

Tercero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con pleno respeto del principio de división y colaboración entre poderes y a la autonomía estatal y municipal, exhorta al Ejecutivo de Baja California para que, de no darse modificaciones por el XXI ayuntamiento de Ensenada, y ante las manifestaciones sociales contra la aprobación del Reglamento del Programa Sectorial de Desarrollo Urbano-Turístico de los Valles Vitivinícolas de la Zona Norte del Estado de Baja California, valore la no publicación de dicho ordenamiento en el Periódico Oficial del Estado.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro. México, Distrito Federal, a 3 de diciembre de 2013.

La Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, diputados:Jorge Herrera Delgado (rúbrica), presidente; María Elena Cano Ayala (rúbrica), Celia Isabel Gauna Ruiz de León (rúbrica), Abel Guerra Garza (rúbrica), María Guadalupe Velázquez Díaz (rúbrica), Felipe de Jesús Almaguer Torres, Alberto Díaz Trujillo (rúbrica), Israel Moreno Rivera (rúbrica), Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara (rúbrica en contra), secretarios; Brenda María Izontli Alvarado Sánchez (rúbrica), Leticia Calderón Ramírez (rúbrica), Ramón Montalvo Hernández, Gisela Raquel Mota Ocampo, Dulce María Muñiz Martínez (rúbrica), Silvia Márquez Velasco, Rosa Elba Pérez Hernández (rúbrica), Eduardo Roman Quian Alcocer (rúbrica), Adán David Ruiz Gutiérrez (rúbrica), Hugo Sandoval Martínez, Carlos Sánchez Romero, Diana Karina Velázquez Ramírez (rúbrica), Beatriz Eugenia Yamamoto Cázares.»



DELITOS DE ACOSO O ABUSO SEXUAL COMETIDOS A BORDO DEL TRANSPORTE PUBLICO EN EL DISTRITO FEDERAL

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión del Distrito Federal, con punto de acuerdo por el que se exhorta al jefe del gobierno local y diversas autoridades a instruir la realización de campañas de difusión respecto al trámite y las sanciones penales por delitos de acoso o abuso sexual cometidos a bordo del transporte público

Honorable Asamblea:

A la Comisión del Distrito Federal de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, fue turnada para análisis y dictamen, la proposición con punto de acuerdo para exhortar al jefe del gobierno del Distrito Federal y diversas autoridades, a instruir la realización de campañas de difusión, respecto del trámite y sanciones penales por delitos de acoso y abuso sexual cometidos a bordo del transporte público; presentada por el diputado Israel Moreno Rivera, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Esta comisión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7, y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, 82, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presenta el dictamen de la Proposición con Punto de Acuerdo señalada, conforme a los siguientes:

I. Antecedentes

1. Con fecha 24 de octubre de 2013, el diputado Israel Moreno Rivera del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó al pleno de la Cámara de Diputados, la proposición con punto de acuerdo materia del presente dictamen.

2. El 25 de octubre de 2013, con oficio número D.G.P.L. 62-II-4-1003, la Mesa Directiva de la Cámara de los Diputados de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, remitió el expediente relativo para su análisis y dictamen, a la Comisión del Distrito Federal.

3. Con fecha 21 de noviembre de 2013, en reunión ordinaria de la Comisión del Distrito Federal se analizó, discutió y aprobó el dictamen que se presenta.

II. Contenido de la proposición

1. En la proposición con punto de acuerdo que se dictamina, el proponente señala que “en una ciudad tan compleja como el Distrito Federal, donde diariamente más de cinco millones de personas utilizan algún modo de transporte público, llámese metro, trolebús, autobús, microbús, taxi, combis o metrobús; es necesario avalar la seguridad de todas esas personas con herramientas que garanticen los derechos de los usuarios.

2. Manifiesta también que “una encuesta reciente realizada por la asociación civil Presencia Ciudadana Mexicana, sobre la precepción de los usuarios de trasporte en el Distrito Federal, señala que las experiencias más desagradables en el trasporte público concesionado están relacionadas con la inseguridad (38 por ciento), falta de cultura cívica en el trasporte (11 por ciento), incomodidad (6 por ciento), contaminación (2 por ciento)”.

3. Hace referencia a que el Código Penal para el Distrito Federal, establece que: “Comete el delito de acoso sexual, quien solicita favores sexuales para sí o para una tercera persona o realice una conducta de naturaleza sexual indeseable para quien la recibe, que le cause un daño o sufrimiento psicoemocional que lesione su dignidad”.

De igual forma el Código establece que: “Comete el delito de abuso sexual, quien sin consentimiento de una persona y sin el propósito de llegar a la cópula, ejecute en ella un acto sexual, la obligue a observarlo o la haga ejecutarlo”.

La comisión de los delitos de acoso y abuso sexual, tienen como agravantes, que sea dentro de un vehículo del trasporte público, de acuerdo a la ley vigente; empero los hechos siguen llevándose a cabo por los delincuentes, a quienes no les interesa más que satisfacer sus deseos sexuales.

4. Asimismo, señala el diputado Moreno que “de acuerdo a la información que proporciona el Coordinador de Servicios Jurídicos del Metro las estaciones en las que se encuentran instaladas agencias del Ministerio Público son en las estaciones de Pantitlán (línea 5), Gurrero (conocida como Zarco y Violeta, línea 3), Hidalgo (línea 3), Observatorio (línea 1) e Hidalgo (línea 2). Las estaciones en las que ocurre el 35 por ciento de la incidencia delictiva del Metro, incluyendo el abuso y acoso sexuales son: Hidalgo, Pino Suárez, Bellas Artes, Balderas y Zócalo donde la aglomeración de gente es mayor. Y anqué la Fiscalía de Coordinación de Agencias de Atención Especializada recibe los casos por tocamientos, las investigaciones de este delito la realiza la Fiscalía Central de Investigación para Delitos Sexuales de la dependencia”. No obstante reconoce que no hay estadísticas unificadas que permitan tener un dato certero.

Menciona también, que en la actualidad se tiene conocimiento de que en el trasporte público operan bandas dedicadas a la extorsión. Bandas integradas por grupos de mujeres u hombres que se encargan de elegir a cualquier persona no importa el género (masculino o femenino) para después realizar la inculpación de acoso sexual, y después pasar a la extorsión.

Por lo que concretamente propone:

Único. Se exhorta al jefe del gobierno del Distrito Federal a instruir al procurador general de Justicia, al secretario de Seguridad Pública, al secretario de Transporte y Vialidad y al director general del Sistema de Transporte Colectivo Metro a fin de que en coordinación se realicen campañas de difusión masiva permanentes y que 10 por ciento de los espacios para publicidad se ocupe para informar a la sociedad acerca del trámite y las sanciones penales por delitos de acoso o abuso sexuales cometidos a bordo del transporte público y dar a conocer a los ciudadanos que las videograbaciones pueden ser solicitadas para su revisión y utilización en el proceso.

II. Considerando que

1. Esta comisión dictaminadora, luego de analizar que la proposición con punto de acuerdo cumple con los requisitos formales, coincide y hace suyas las preocupaciones y objetivos de la proposición; en el sentido de salvaguardar las personas que son víctimas de acoso sexual, sin importar su género.

2. Debido a los constantes ataques de tipo sexual, al que se ven afectadas cientos de mujeres (principalmente) de forma reiterada en el trasporte colectivo Metro, es necesario exista la difusión pertinente y clara para que las personas que pasan por esta clase de abusos sepan que las autoridades tienen la obligación de actuar y están preparadas para ello.

3. De igual manera, es pertinente que los afectados tengan conocimiento que existen agencias del Ministerio Público dentro de algunas estaciones del metro y que en ese mismo instante pueden solicitar el video de los hechos acontecidos.

4. En virtud de que el Sistema de Transporte Colectivo Metro junto con el Metrobús son los transportes públicos más concurridos, es necesario contar con mayor vigilancia de cámaras dentro de las instalaciones. Ya que como bien señala el proponente, existen diversos grupos delictivos que de una falsa declaración de acoso sexual llevan a la victima a una extorsión afectándole igualmente como en el acoso a su dignidad y derechos; situación que no debe permitirse.

5. Es importante que los usuarios tanto hombres como mujeres se sientan protegidos por las autoridades mientras se trasladan de sus hogares a sus trabajos o encomiendas fuera del hogar, y que los delincuentes sepan que los vigilan y pueden hacerse acreedores a una pena por los delitos que ahí se cometan.

En tal virtud, los integrantes de la Comisión del Distrito Federal con base en las consideraciones y argumentos que preceden, resuelven: Es de aprobarse la proposición con punto de acuerdo presentada por el diputado Israel Moreno Rivera, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; por lo que se somete a consideración de esta soberanía el siguiente

Dictamen a la proposición con punto de acuerdo para exhortar al jefe de gobierno del Distrito Federal y diversas autoridades, a instruir la realización de campañas de difusión, respecto del trámite y sanciones penales por delitos de acoso y abuso sexual cometidos a bordo del transporte público

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta al  jefe de Gobierno del Distrito Federal, a instruir al procurador general de Justicia, al secretario de Seguridad Pública, al secretario de Transporte y Vialidad y al director general del Sistema de Transporte Colectivo Metro, Metrobús y transporte público; a fin de que en coordinación se realicen campañas de difusión masiva permanentes y que el 10 por ciento de los espacios para publicidad sean ocupados para informar a la sociedad acerca del trámite y sanciones penales por delitos de acoso y abuso sexual cometidos a bordo del trasporte público y dar a conocer a la ciudadanía que los vídeos de grabación pueden ser solicitados para su revisión y utilización en el proceso.

La Comisión del Distrito Federal, diputados:Laura Barrera Fortoul (rúbrica), presidenta; Arnoldo Ochoa González (rúbrica), José Rangel Espinosa (rúbrica), María de la Paloma Villaseñor Vargas (rúbrica), Fernando Rodríguez Doval (rúbrica), Jorge Francisco Sotomayor Chávez (rúbrica), Karen Quiroga Anguiano, Hugo Sandoval Martínez, José Antonio Hurtado Gallegos (rúbrica), René Ricardo Fujiwara Montelongo (rúbrica), secretarios; Carlos Humberto Aceves y del Olmo (rúbrica), Paulina Alejandra del Moral Vela (rúbrica), Marco Antonio Calzada Arroyo (rúbrica), José Luis Cruz Flores Gómez (rúbrica), María de las Nieves García Fernández (rúbrica), José Isidro Moreno Árcega (rúbrica), Felipe de Jesús Muñoz Kapamas (rúbrica), Gerardo Maximiliano Cortázar Lara, Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), Flor de María Pedraza Aguilera, Israel Moreno Rivera (rúbrica), Mario Miguel Carrillo Huerta (rúbrica), Carlos Augusto Morales López, José Alberto Benavides Castañeda (rúbrica), Antonio Cuéllar Steffan (rúbrica), Adolfo Orive Bellinger.»



PROGRAMA DE FACIL ACCESO PARA EL ASCENSO Y EL DESCENSO EN TROLEBUSES, CAMIONES Y MICROBUSES EN EL DISTRITO FEDERAL

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión del Distrito Federal, con punto de acuerdo por el que se exhorta al jefe del gobierno local a implantar un programa de fácil acceso para el ascenso y el descenso en trolebuses, camiones y microbuses

Honorable Asamblea

La Comisión del Distrito Federal de la LXII Legislatura, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 80, numeral 1, fracción VI; 157, numeral 1, fracción I, y 158 numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración el presente dictamen, al tenor de los siguientes

I. Antecedentes

1. En sesión del pleno del jueves 24 de octubre de 2013, el diputado Jesús Antonio Valdés Palazuelos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó la proposición con punto de acuerdo objeto del presente dictamen.

2. En fecha 25 de octubre de 2013, la presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó dicha proposición con punto de acuerdo a las Comisión del Distrito Federal  para su estudio y dictamen correspondiente.

3. La Comisión del Distrito Federal de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, fue convocadas en términos de ley para el análisis de la proposición con punto de acuerdo, el 21de noviembre de 2013, emitiendo el dictamen que hoy se presenta.

II. Contenido de la proposición

1. En la parte expositiva de la proposición con punto de acuerdo donde se hace un exhorto a al Jefe del Gobierno del Distrito Federal a implantar un programa de fácil acceso para el ascenso y el descenso en trolebuses, camiones y microbuses; lo cual tiene como sustento los razonamientos que se indican a continuación:

2. El legislador promovente indica que el tiempo es un factor que afecta de manera profunda las habilidades y capacidades de las personas de la tercera edad, en especial en el sistema óseo; lo que les complica aún más el desarrollo de una vejez digna.

Indica que en 2010, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía registró 10.1 millones de adultos de más de 60 años, quienes sufren consecuencias de desempleo, abandono y discriminación.

3. Que muchos olvidan que tarde o temprano se llega a esa edad, y nada mejor que ir construyendo puentes para, llegado el momento, vivir de manera más óptima, señala además que las enfermedades no son exclusivas de la edad y pueden llegar en cualquier momento, complicando también el desarrollo de una vida normal.

4. Explica también, que el Estado y la sociedad tienen la obligación con los adultos mayores, personas con discapacidad, igual que con la niñez y la juventud de crear condiciones para que todos alcancen su desarrollo integral.

5. Refiere que lo más importante es no considerar la vejez como un estado fatal que lleve a la pasividad, sino como una etapa diferente que pueda ser igual o mejor que antes.

6. Destaca que en la Ciudad México hay transportes que van de camiones, trolebuses a microbuses y hasta taxis. Cuando se viaja en camiones, trolebuses y microbuses, se vive la dificultad que tienen las personas mayores y las personas con discapacidad para subir o bajar de este tipo de transporte, debido a la altura (70 centímetros) para el ascenso y descenso al primer escalón, donde también sufren mucho las mujeres y los niños para abordar este tipo de trasportes, volviendo muy complicado y doloroso para las personas de la tercera edad y personas con discapacidad, principalmente, para viajar y trasladarse de un lugar a otro.

Por lo que el legislador propone:

Único.Se exhorta con todo respeto y con pleno conocimiento de la libertad y soberanía en lo concerniente al régimen interior del Distrito Federal al jefe del Gobierno del Distrito Federal a incorporar en la política de regulación del autotransporte público de pasajeros concesionado y no concesionado acciones tendentes a garantizar las condiciones de accesibilidad necesarias para el fácil ascenso y descenso de pasajeros adultos mayores, así como niños, embarazadas, personas con discapacidad y todas las que presentan limitaciones de movilidad.

III. Análisis y valoración de los argumentos y textos propuestos

Primero. Que la Comisión del Distrito Federal de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión es competente para dictaminar la proposición con punto de acuerdo por la se hace un exhorto a al Jefe del Gobierno del Distrito Federal a implantar un programa de fácil acceso para el ascenso y el descenso en trolebuses, camiones y microbuses.

Segundo.La Comisión del Distrito Federal realizó el análisis y valoración de la proposición con punto de acuerdo en tratamiento mediante la evaluación de los argumentos planteados en la exposición de motivos y con la información pública disponible al momento de su dictaminen.

IV. Considerando que

1. En países del primer mundo ya se implementan condiciones de accesibilidad para los ciudadanos que utilizan el transporte público; situación que en México aún, dista de ser una realidad integral.

2. Sin embargo, en la Ciudad de México, existen algunas prácticas exitosas como el caso del transporte eléctrico conocido como trolebús para el ascenso, pero se olvidándose del descenso.

3. En tal virtud, es loable la proposición presentada por el diputado Jesús Antonio Valdés Palazuelos, en el sentido de buscar la forma de agilizar el ascenso y el descenso en el transporte público de las personas, reduciendo la dificultad para este fin, principalmente de los adultos mayores y personas con discapacidad, así como de mujeres y niños; situación que en un período ordinario anterior había presentado y del cual esta comisión en su momento le hizo observaciones al proponente, mismas que fueron consideradas en este nuevo planteamiento.

4. La Comisión del Distrito Federal coincide con los argumentos expuestos por el diputado Jesús Antonio Valdés Palazuelos, además de considerar que la proposición con punto de acuerdo en tratamiento contribuye al  beneficio de los habitantes de la Ciudad de México sin menoscabo de lo establecido en la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Distrito Federal, y que además fortalece una vida con mayor calidad garantizando a las personas adultas mayores, su sobrevivencia así como el acceso a los mecanismos necesarios para ellos.

5. A fin de perfeccionar la propuesta presentada, se realizaron leves modificaciones para mejorar su redacción y hacer más comprensibles los términos expresados.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, la Comisión del Distrito Federal de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión resuelve: Es de aprobarse la proposición con punto de acuerdo del diputado Jesús Antonio Valdés Palazuelos, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; por lo que se somete a la consideración de esta soberanía el siguiente

Dictamen de la Comisión del Distrito Federal, con punto de acuerdo por el que se exhorta al jefe del Gobierno del Distrito Federal a implantar un programa de fácil acceso para el ascenso y el descenso en trolebuses, camiones y microbuses que presenta la Comisión del Distrito Federal

Único.Se exhorta respetuosamente al jefe del Gobierno del Distrito Federal y con pleno conocimiento de la libertad y soberanía en lo concerniente al régimen interior del Distrito Federal, a incorporar en la política de regulación del autotransporte público de pasajeros concesionado y no concesionado, acciones tendientes a garantizar las condiciones de accesibilidad necesarias para el fácil ascenso y descenso de pasajeros adultos mayores, así como niños, embarazadas, personas con discapacidad y todas las que presentan limitaciones de movilidad.

La Comisión del Distrito Federal, diputados: Laura Barrera Fortoul (rúbrica), presidenta; Arnoldo Ochoa González (rúbrica), José Rangel Espinosa (rúbrica), María de la Paloma Villaseñor Vargas (rúbrica), Fernando Rodríguez Doval (rúbrica), Jorge Francisco Sotomayor Chávez (rúbrica), Karen Quiroga Anguiano, Hugo Sandoval Martínez, José Antonio Hurtado Gallegos (rúbrica), René Ricardo Fujiwara Montelongo (rúbrica), secretarios; Carlos Humberto Aceves y del Olmo (rúbrica), Paulina Alejandra del Moral Vela (rúbrica), Marco Antonio Calzada Arroyo (rúbrica), José Luis Cruz Flores Gómez (rúbrica), María de las Nieves García Fernández (rúbrica), José Isidro Moreno Árcega (rúbrica), Felipe de Jesús Muñoz Kapamas (rúbrica), Gerardo Maximiliano Cortázar Lara, Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), Flor de María Pedraza Aguilera, Israel Moreno Rivera (rúbrica), Mario Miguel Carrillo Huerta (rúbrica), Carlos Augusto Morales López, José Alberto Benavides Castañeda (rúbrica), Antonio Cuéllar Steffan (rúbrica), Adolfo Orive Bellinger.»



POLITICA DE VIVIENDA PARA COMBATIR EL REZAGO EXISTENTE EN EL DISTRITO FEDERAL

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión del Distrito Federal, con punto de acuerdo para exhortar al jefe del gobierno, a la Comisión de Derechos Humanos y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a garantizar la política de vivienda para combatir el rezago existente en la ciudad

Honorable Asamblea:

A la Comisión del Distrito Federal de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión fue turnada para análisis y dictamen la proposición con punto de acuerdo para exhortar al jefe de gobierno y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a fortalecer y garantizar la política de vivienda para combatir el rezago existente en la ciudad, presentada por el diputado Rodrigo Chávez Contreras, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Esta comisión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7, y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 80, 82, numeral 1, fracción I, y 58, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presenta el dictamen de la proposición con punto de acuerdo señalada, conforme a los siguientes

I. Antecedentes

1. A la comisión que suscribe fue turnado para estudio y dictamen el expediente número 3173, que contiene la proposición con punto de acuerdo, presentada al pleno de la Cámara de Diputados por Rodrigo Chávez Contreras, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, el 12 de noviembre de 2013, en sesión ordinaria correspondiente al segundo periodo de sesiones del segundo año de ejercicio legislativo.

2. El 13 de noviembre de 2013, con el oficio número DGPL 62-II-3-1131, la Mesa Directiva de la Cámara de los Diputados de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión remitió el expediente relativo para estudio y dictamen a la Comisión del Distrito Federal.

3. Con fecha 21 de noviembre de 2013, en reunión ordinaria de la Comisión del Distrito Federal se analizó y discutió el dictamen que hoy se presenta.

II. Contenido de la proposición

1. La proposición con punto de acuerdo que se dictamina señala que la Carta Magna dispone en el artículo 4o., párrafo séptimo: “Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa”.

A decir del proponente la casa, vestido, sustento son necesidades humanas fundamentales; por lo tanto la vivienda constituye un derecho humano básico, más allá de cualquier consideración legal y económica; su carencia constituye una injusticia estructural por depender de una iniquidad distribución del ingreso que hace cada vez más distante la brecha entre ricos y pobres.

2. Señala también, entre las razones que motivan el presente punto de acuerdo, que la vivienda no es una necesidad individual a resolver sólo mediante el esfuerzo personal, por tratarse de injusticia social, su solución es responsabilidad de la sociedad en su conjunto.

3. De igual forma, menciona que para poder disminuir el rezago en viviendas, se requieren anualmente alrededor de 25 mil viviendas nuevas y 45 mil mejoramientos de vivienda, situación que no es posible atender con los recursos que le asignan al Instituto de Vivienda del Distrito Federal.

Los cuales considera la proporción en cuanto a presupuesto de vivienda se refiere tomando como base 2001 en el cual se obtuvieron 2 171 676 306 mdp, en 2014 debería ser alrededor de 7 000 mdp.

Para atender esta situación el legislador propone:

Único.Se exhorta al jefe del gobierno, a la Comisión de Derechos Humanos y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a fortalecer y garantizar la política de vivienda para combatir el rezago existente en el Distrito Federal.

II. Considerando que

1. Esta comisión dictaminadora, luego de analizar la proposición con punto de acuerdo cumple los requisitos, coincide y hace suyas las preocupaciones y los objetivos de la proposición, en el sentido de salvaguardar los derechos de los seres humanos de obtener una vivienda digna.

2. En los últimos años, los costos de vivienda se han duplicado comparados con 2001. Es evidente la necesidad de inyectar más presupuesto a dicho rubro por el Instituto de Vivienda del Distrito Federal.

3. Debido a la importancia que impera en la ciudad, la reorganización y la regularización de las zonas metropolitanas, con el fin de contrarrestar el crecimiento desordenado; el impulso al crédito y al subsidio, prioridad que debería establecer el gobierno del Distrito Federal para el caso concreto ya que se trata de un bienestar protegido en la propia Constitución.

En tal virtud, los integrantes de la Comisión del Distrito Federal, con base en las consideraciones y los argumentos que preceden, resuelven: Es de aprobarse la proposición con punto de acuerdo presentada por el diputado Rodrigo Chávez Contreras, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, por lo que someten a consideración de esta soberanía el siguiente

Dictamen de la proposición con punto de acuerdo, presentada por el diputado Rodrigo Chávez Contreras, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, por el que se exhorta al jefe del gobierno, a la Comisión de Derechos Humanos y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a fortalecer y garantizar la política de vivienda para combatir el rezago existente en el Distrito Federal

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al jefe del gobierno, a la Comisión de Derechos Humanos y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a fortalecer y garantizar la política de vivienda con una visión sustentable para combatir el rezago existente en el Distrito Federal.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de noviembre de 2013.

La Comisión del Distrito Federal, diputados:Laura Barrera Fortoul (rúbrica), presidenta; Arnoldo Ochoa González (rúbrica), José Rangel Espinosa (rúbrica), María de la Paloma Villaseñor Vargas (rúbrica), Fernando Rodríguez Doval (rúbrica), Jorge Sotomayor Chávez (rúbrica), Karen Quiroga Anguiano, Hugo Sandoval Martínez, José Antonio Hurtado Gallegos (rúbrica), René Ricardo Fujiwara Montelongo (rúbrica), secretarios; Carlos Humberto Aceves del Olmo (rúbrica), Paulina Alejandra del Moral Vela (rúbrica), Marco Antonio Calzada Arroyo (rúbrica), José Luis Cruz Flores Gómez (rúbrica), María de las Nieves García Fernández (rúbrica), José Isidro Moreno Árcega (rúbrica), Felipe de Jesús Muñoz Kapamas (rúbrica), Gerardo Maximiliano Cortázar Lara, Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), Flor de María Pedraza Aguilera, Israel Moreno Rivera (rúbrica), Mario Miguel Carrillo Huerta (rúbrica), Carlos Augusto Morales López, José Alberto Benavides Castañeda (rúbrica), Antonio Cuéllar Steffan (rúbrica), Adolfo Orive Bellinger.»



APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE DE PLANTAS ACUATICAS

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Recursos Hidráulicos, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la Conagua y otras autoridades a considerar el aprovechamiento sustentable de plantas acuáticas como factor de competitividad y conservación de recursos hídricos

Honorable Asamblea:

De la Comisión de Recursos Hidráulicos, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Nacional del Agua y otras autoridades a considerar el aprovechamiento sustentable de plantas acuáticas como factor de competitividad y conservación de recursos hidráulicos, a cargo del diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa, del Grupo Parlamentario del PRD.

La Comisión de Recursos Hidráulicos de la LXII Legislatura, con fundamento en los artículos 39, numeral 1 y 3; 45, numeral 6, e incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 80, numeral 1, fracción VI; 157, numeral 1, fracción I y 158, numeral1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, y demás relativos y aplicables, somete a su consideración el presente dictamen al tenor de los siguientes:

I. Antecedentes

1. En sesión plenaria de fecha 17 de octubre de 2013, el diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa, presidente de esta comisión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 79, numeral 2, fracción I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentó una proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Nacional del Agua (Conagua) y otras autoridades a considerar el aprovechamiento sustentable de plantas acuáticas como factor de competitividad y conservación de recursos hídricos, que permitan el desarrollo de políticas nacionales y regionales que despierten capacidades inmediatas en todos los sectores de la sociedad.

2. En esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó con el oficio número D.G.P.L. 62-II-4-981, expediente número 2929, la presente proposición con punto de acuerdo a la Comisión de Recursos Hidráulicos para su estudio y dictamen correspondiente.

3. Con fecha miércoles 27 de noviembre de 2013, la junta directiva y el pleno de la Comisión de Recursos Hidráulicos se reunieron por separado y dentro de los asuntos del orden del día se abordó el análisis de la proposición con punto de acuerdo en mención.

II. Contenido

La intención del punto de acuerdo propuesto consiste en exhortar respetuosamente a los titulares de Conagua, Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), a los consejos y organismos de cuenca a efecto de que:

a) Consideren el aprovechamiento sustentable de plantas acuáticas como factor de competitividad y conservación de recursos hídricos.

b) Evitar la utilización de métodos y/o productos de control que propicien el hundimiento de plantas acuáticas, pues con ello se está dañando la calidad del recurso hídrico.

c) Se proponga al Ejecutivo federal la ejecución de un Programa Nacional de Aprovechamiento Sustentable de Plantas Acuáticas, a efecto de potencializar actividades acuícolas y servicios ambientales hídricos encaminados a la conservación sustentable de nuestros recursos naturales.

d) Se incluyan proyectos, obras y/o programas que detonen el aprovechamiento sustentable de plantas acuáticas como parte de la planeación estratégica en la elaboración del Plan Nacional Hídrico y en la realización del Proyecto de Presupuesto para el Ejercicio de 2014 que se presentará a esta soberanía.

Porque indica el diputado proponente que:

El problema consiste en que 54 por ciento de las regiones hidrológicas del país tienen un grado alto de presión sobre los recursos hídricos, es decir, 8 de las 13 regiones administrativas tienen un severo problema. También se debe considerar que el sector productivo nacional es un gran generador de residuos peligrosos y la utilización adecuada de las innovaciones en torno a las plantas acuáticas puede ser aprovechada para desarrollar productos absorbentes que disminuyan el costo ambiental, económico y social en situaciones de contingencia por derrames.

El Programa de Control de Malezas Acuáticas implementado por la Conagua ha propiciado una desorganizada atención al problema, favoreciendo en muchos casos corrupción, manejo inadecuado de los recursos públicos y efectos negativos a la biodiversidad y recursos naturales.

Los métodos de control de plantas acuáticas utilizados actualmente generan una grave perturbación al ecosistema acuático.

Por estas razones el objetivo es diseñar una estrategia de planeación, operación y supervisión eficientes, responsables y sustentables para el control de plantas acuáticas en aguas nacionales.

Con base en lo anterior el diputado propone:

Artículo Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales; al director general de la Comisión Nacional del Agua; a los consejos y organismos de cuenca; a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, y Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a que consideren el aprovechamiento sustentable de plantas acuáticas como factor de competitividad; mitigación de la pobreza; desarrollo para el campo; acciones estratégicas de prevención y mitigación al cambio climático como valor agregado para incluirse en las futuras acciones derivadas del plan nacional de desarrollo 2013-2018 y por consecuencia para la conservación de nuestro capital natural y recursos hídricos.

Artículo Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales; al director general de la Comisión Nacional del Agua; a los consejos y organismos de cuenca; así como a las dependencias, institutos y delegaciones estatales, relacionados con el control y saneamiento de los cuerpos de agua a evitar la utilización de métodos y/o productos de control que propicien el hundimiento de plantas acuáticas, pues con ello se depositan residuos orgánicos al interior de los cuerpos receptores dañando la calidad del recurso hídrico.

Artículo Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales; a la Comisión Nacional del Agua, para que se presente y proponga al Ejecutivo federal la ejecución de un Programa Nacional de Aprovechamiento Sustentable de Plantas Acuáticas, a través de los programas transversales, sectoriales, institucionales, especiales y/o regionales para el ejercicio 2013-2018, a efecto de potencializar actividades acuícolas y servicios ambientales hídricos que contribuyan a la generación de empleos y a la conservación sustentable de nuestros recursos naturales.

Artículo Cuarto. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales; a la Comisión Nacional del Agua; a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados; a que incluyan proyectos, obras y/o programas que detonen el aprovechamiento sustentable de plantas acuáticas como parte de la planeación estratégica en el diseño y elaboración del Plan Nacional Hídrico y en la realización del Proyecto de Presupuesto para el Ejercicio de 2014 que se presentará a esta soberanía.

Después del análisis del contenido de la proposición con punto de acuerdo, quienes integramos la Comisión de Recursos Hidráulicos exponemos las siguientes:

III. Consideraciones

En el caso particular que estudia esta comisión, es sensible y se muestra fuertemente preocupada ante la alta cobertura de plantas acuáticas, las cuales han sido un problema permanente en múltiples cuerpos de agua del país, afectando no sólo las actividades productivas, sino también el contexto escénico y el bienestar de la población.

A más de 100 años de ser objeto de atención del gobierno federal, este problema dista mucho de atenderse integralmente en tanto no se implementen programas y acciones que contemplen el aprovechamiento de estas plantas acuáticas mediante modelos productivos que detonen riqueza, valor agregado y metodologías respetuosas del medio ambiente.

Información emitida por el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua, señala “De un millón 200 mil hectáreas de aguas superficiales interiores del país, aproximadamente 10 por ciento presenta problemas de maleza acuática, y de éstas, 60 por ciento está cubierto de lirio acuático...”; es decir, se tienen cuando menos 72 mil hectáreas de lirio acuático.

Recordemos que fue la Comisión Nacional del Agua quien implementó el Programa de Control de Malezas Acuáticas para dar respuesta a esta problemática nacional, pero, se desconoce actualmente por qué dejó de operar dicho programa, si la abundancia de plantas acuáticas en aguas nacionales aún persiste. Es importante conocer cuáles son los programas con los que se pudiera medir su eficiencia y resultados en casode operar actualmente.

En México se utilizan predominantemente 4 métodos de control: 1) Trituración; 2) Aplicación de químicos; 3) Uso de agentes biológicos y 4) Extracción mecánica. En los tres primeros el efecto del método es el hundimiento y degradación de las plantas acuáticas al interior del cuerpo de agua, hecho que genera una grave perturbación al ecosistema acuático pues se incorpora materia orgánica; incrementa el azolve; afecta la calidad del agua; agota el oxígeno; generan GEI y modifican los ecosistemas. La extracción mecánica implica la extracción de las plantas y su disposición final en tiros municipales, tiros clandestinos o a cielo abierto, hechos que también implican efectos asociados como:extracción y traslado de agua; alto consumo de diesel; saturación de tiros; generación de lixiviados; incremento de fauna nociva y fomento de tiros clandestinos.

Es por esto que México no debe demorar la aplicación de tecnologías y políticas sustentables, ya que la nueva visión por la que se está apostando en el concierto internacional, llamada sustentabilidad, es la principal herramienta para que al usarla generemos mayor cultura ambiental; diseñemos políticas y programas públicos ambientalmente responsables; y detonemos nuevas economías de menor impacto ambiental. En conjunto mitigaremos integralmente los efectos del cambio climático.

La Constitución y leyes secundarias, no sólo se pronuncia por el derecho a un medio ambiente sano, también es competente en materia de daño y deterioro ambiental.

Lo anterior, se complementa integralmente al señalar el derecho humano al recurso hídrico, visualizando la participación del estado como garante de este derecho.

Artículo 4o. constitucional

Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.

Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal .Y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.”

Lo pronunciado en nuestra Carta Magna implica una mejor gobernanza de nuestros recursos naturales a todos niveles. En materia hídrica se debe voltear la mirada hacia las fuentes abastecedoras superficiales y subterráneas a efecto de evitar su degradación, menoscabo o pérdida.

Además existe dentro de la actual Ley de Aguas Nacionales (LAN) el mandato para desarrollar estrategias y programas integrales en torno al agua, sin embargo, existe también dentro de la ley una visión focalizada sobre el quehacer hídrico, muestra de ello lo podemos observar en la Ley de Aguas Nacionales que señala:

Ley de Aguas Nacionales

“Artículo 3

Para los efectos de esta ley se entenderá por:

XXIX Gestión integrada de los recursos hídricos: Proceso que promueve la gestión y desarrollo coordinado del agua, la tierra, los recursos relacionados con éstos y el ambiente, con el fin de maximizar el bienestar social y económico equitativamente sin comprometer la sustentabilidad de los ecosistemas vitales. Dicha gestión está íntimamente vinculada con el desarrollo sustentable. Para la aplicación de esta ley en relación con este concepto se consideran primordialmente agua y bosque;”

En teoría y en pleno apego a la legislación vigente, la Conagua debe contar con programas integrales en torno al control de plantas acuáticas, también está obligada a evitar que los residuos derivados del hundimiento de plantas acuáticas en cuerpos de agua superficiales y finalmente le corresponde proceder contra quien así lo haga, podemos afirmar categóricamente que la Conagua es competente para proceder de manera preventiva o actora para cumplir con su deber jurídico de cuidar y preservar el patrimonio hídrico ante actos que involucren el hundimiento de plantas acuáticas, cuenta con el marco normativo y legal para proceder.

Por lo que esta comisión considera conveniente que la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales; la Comisión Nacional del Agua; los consejos y organismos de cuenca y la Secretaría de Agricultura, Ganadería, y Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, consideren el aprovechamiento sustentable de plantas acuáticas, se presente y proponga al Ejecutivo federal la ejecución de un Programa Nacional de Aprovechamiento Sustentable de Plantas Acuáticas, y lo consideren en sus presupuestos para el Ejercicio Fiscal de 2014.

Y por los argumentos anteriormente señalados, esta comisión se pronuncia porque se adopten medidas que protejan y garanticen el cuidado y la calidad del recurso hídrico para cumplir con el mandato que conforme a derecho establece el artículo 4o. de nuestra Constitución; que es el acceso y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre aceptable y asequible.

En este sentido y con el ánimo de brindar la protección y el aprovechamiento sustentable de las plantas acuáticas, detonar la competitividad y la conservación de los recursos hídricos, la Comisión de Recursos Hidráulicos, somete a la consideración de la honorable asamblea de la Cámara de Diputados el siguiente:

Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión hace un respetuoso exhorto al titular de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales; al director general de la Comisión Nacional del Agua; a los consejos y organismos de cuenca; a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, y Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, a que consideren el aprovechamiento sustentable de plantas acuáticas como factor de competitividad; mitigación de la pobreza; desarrollo para el campo; acciones estratégicas de prevención y mitigación al cambio climático como valor agregado para incluirse en las futuras acciones derivadas del plan nacional de desarrollo 2013-2018 y por consecuencia para la conservación de nuestro capital natural y recursos hídricos.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales; al director general de la Comisión Nacional del Agua; a los consejos y organismos de cuenca; así como a las dependencias, institutos y delegaciones estatales, relacionados con el control y saneamiento de los cuerpos de agua a implementar las nuevas tecnologías que eviten la utilización de métodos y/o productos de control que propicien el hundimiento de plantas acuáticas, ya que éstas dañan la calidad del recurso hídrico.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales; a la Comisión Nacional del Agua, para que se presente y proponga al Ejecutivo federal la ejecución de un Programa Nacional de Aprovechamiento Sustentable de Plantas Acuáticas, a efecto de potencializar actividades acuícolas y servicios ambientales hídricos que contribuyan a la generación de empleos y a la conservación sustentable de nuestros recursos naturales.

Cuarto. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales; a la Comisión Nacional del Agua; a que incluyan proyectos, obras y/o programas que detonen el aprovechamiento sustentable de plantas acuáticas como parte de la planeación estratégica en el diseño y elaboración del Plan Nacional Hídrico.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil trece.

La Comisión de Recursos Hidráulicos, diputados:Gerardo Gaudiano Rovirosa (rúbrica), presidente; José de Jesús Oviedo Herrera (rúbrica), Antonio García Conejo (rúbrica), Enrique Cárdenas del Avellano (rúbrica), Faustino Félix Chávez (rúbrica), Blas Ramón Rubio Lara (rúbrica), Jorge Terán Juárez (rúbrica), Nabor Ochoa López (rúbrica), Sergio Augusto Chan Lugo (rúbrica), Marco Antonio Calzada Arroyo (rúbrica), Gerardo Villanueva Albarrán (rúbrica), secretarios; Landy Margarita Berzunza Novelo, Claudia Elizabeth Bojórquez Javier (rúbrica), Benjamín Castillo Valdez (rúbrica), Humberto Alonso Morelli (rúbrica), Juan Francisco Cáceres de la Fuente (rúbrica), José Rubén Escajeda Jiménez (rúbrica), Cecilia González Gómez (rúbrica), José Antonio León Mendívil (rúbrica), Angélica Rocío Melchor Vásquez (rúbrica), Abraham Montes Alvarado (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Luis Olvera Correa (rúbrica), Gerardo Peña Avilés (rúbrica), Humberto Armando Prieto Herrera, Juan Manuel Rocha Piedra (rúbrica), Bárbara Gabriela Romo Fonseca.»



PLANTAS POTABILIZADORAS EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Recursos Hidráulicos, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la Comisión Nacional del Agua a coordinar y realizar gestiones para instalar nuevas plantas potabilizadoras en las entidades federativas

Honorable Asamblea:

Esta Comisión de Recursos Hidráulicos de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión fue turnada para su dictamen la proposición con punto de acuerdo que exhorta a la Comisión Nacional del Agua a coordinar y realizar las gestiones necesarias para la instalación de nuevas plantas potabilizadoras en los estados de Hidalgo y Guerrero, presentada por el diputado Víctor Manuel Jorrín Lozano, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Esta comisión dictaminadora, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numeral 1, y 45, numeral 6, incisos e) y f), y numeral 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 80, 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral I, fracción IV, y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen, de acuerdo con los siguientes

I. Antecedentes

1. En la sesión celebrada el 31 de octubre de 2013, el diputado Víctor Manuel Jorrín Lozano, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presentó una proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión Nacional del Agua a coordinar y realizar las gestiones necesarias para la instalación de nuevas plantas potabilizadoras en los estados de Hidalgo y Guerrero.

2. El 4 de noviembre de 2013, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó con el oficio número D.G.P.L. 62-II-6-0916, expediente número 3095, la presente proposición con punto de acuerdo a la Comisión de Recursos Hidráulicos para su estudio y dictamen correspondiente.

3. Con fecha del día miércoles 27 de noviembre del 2013, la junta directiva de esta comisión se reunió y dentro de los asuntos del orden del día se abordo el análisis de la proposición con punto de acuerdo en mención.

Recibido el asunto, quienes integramos esta comisión, procedimos al estudio del siguiente

II. Contenido de la proposición

Para sustentar su proposición, el diputado Víctor Manuel Jorrín Lozano argumenta esencialmente lo siguiente en la exposición de motivos:

1. Que nuestro país, por su ubicación geográfica, es altamente vulnerable a los fenómenos meteorológicos extremos, entre ellos, los huracanes.

2. Que el paso de las tormentas Manuel e Ingrid por territorio mexicano el pasado mes de septiembre de 2013 pusieron en evidencia, no sólo la incapacidad del gobierno federal en materia de prevención de desastres, sino también en cuanto a reacción, control de daños y respuesta en situaciones de emergencia.

3. Que en Guerrero, después de un mes del paso de dichos meteoros, sigue habiendo comunidades aisladas y que por los daños causados por el fenómeno, carecen de servicios básicos que incluso ponen en riesgo su salud.

4. Que en Hidalgo, como en otras entidades del país, la falta de agua potable ha generado el brote de enfermedades como el cólera, provocando grandes riesgos a la salud de la población que sufrió el azote los huracanes. (De 171 casos registrados, 157 fueron en Hidalgo; 9 en el estado de México; 2 en el DF; 2 en Veracruz, y 1 de San Luis Potosí.)

5. Que la Comisión Nacional del Agua, en coordinación con las entidades, municipios y dependencias federales, tiene encomendadas tareas para atender los daños ocasionados por los fenómenos hidrometeorológicos extremos, a fin de restablecer y normalizar el suministro de los servicios de agua y saneamiento; así como desalojar los volúmenes de agua en exceso en poblaciones inundadas: tareas que no han sido cumplidas por dicho organismo en la situación en cuestión.

6. Que para apoyar estas acciones, la Comisión Nacional del Agua cuenta con 20 Centros Regionales para la Atención de Emergencias, los cuales deben contar con plantas potabilizadoras móviles, equipos de bombeo, plantas para la generación independiente de energía eléctrica y camiones pipa.

7. Que resulta inconcebible que a más de 30 días del suceso que cobró la vida de varios mexicanos, no se haya podido recuperar la normalidad en algunas regiones del país.

8. Que el Estado mexicano tiene la obligación de garantizar la seguridad de la población en materia de salubridad.

9. Que el gobierno federal, a través de la Comisión Nacional del Agua debe no sólo coordinar las acciones para reducir los efectos asociados a los fenómenos meteorológicos; sino que debe apoyar en el restablecimiento de los servicios de agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales en situaciones de emergencia como la sufrida en días pasados, especialmente en las entidades de Guerrero e Hidalgo.

Con base en lo anterior, el diputado Víctor Manuel Jorrín presentó para consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Único. Se exhorta a la Comisión Nacional del Agua, para que coordine y realice las gestiones necesarias para la instalación de nuevas plantas potabilizadoras en los estados de Hidalgo y Guerrero, ya que, las existentes no son suficientes para cubrir la demanda de agua potable de todas las comunidades que se encuentran altamente vulnerables al carecer constantemente de este liquido vital para la vida diaria, poniendo en riesgo la salud de los habitantes de estas regiones.

Después del análisis del contenido de la proposición, quienes integramos la Comisión de Recursos Hidráulicos, exponemos las siguientes

III. Consideraciones

Esta comisión dictaminadora coincide con los argumentos vertidos por el proponente al considerar que México por sus características geográficas es uno de los países más vulnerables a fenómenos meteorológicos extremos.

Esta comisión dictaminadora sensible a los sucesos ocurridos por fenómenos meteorológicos en el mes de septiembre de 2013, puso en evidencia la falta de coordinación de las distintas autoridades de todos los niveles para la atención de un fenómeno de estas magnitudes, las cuales tienen la obligación de garantizar la seguridad de las personas.

Esta comisión considera también como grave que en Guerrero, a más de un mes de ocurrido el fenómeno, haya comunidades aisladas y sin los servicios más básicos como son el agua potable, poniendo en riesgo la salud de sus habitantes. Y que en el caso de Hidalgo, la falta de agua potable haya generado el brote de enfermedades como el cólera.

Coincide también esta comisión que el Ejecutivo federal, por conducto de la Comisión Nacional del Agua, en coordinación con las entidades, municipios y demás dependencias federales, tiene encomendadas tareas específicas para atender los daños ocasionados por los fenómenos hidrometeorológicos extremos, a fin de restablecer y normalizar los servicios básicos de agua potable y saneamiento en las localidades afectadas. Situación que no ha sido cumplida con oportunidad.

En este contexto, esta comisión considera de la más alta prioridad que el Estado mexicano fortalezca sus políticas, estrategias y acciones específicas para hacer frente de manera efectiva, oportuna y eficaz ante los efectos cada vez mayores de1 cambio climático que vivimos a nivel global, y que garantice la seguridad de la población mexicana, por ello se modifica la propuesta original, fortaleciendo su alcance para todas las entidades federativas y la Conagua, pueda realizar las gestiones necesarias para que se instalen plantas potabilizadoras en todas las entidade3 federativas que se requiera; dando prioridad a los estados de Guerrero e Hidalgo.

También se modifica el único petitorio para ser cuatro donde se exhorta a la Conagua, fortalecer sus estrategias, procedimientos y acciones de tipo preventivo ante fenómenos meteorológicos e hidrometeorológicos extremos y destine las asignaciones presupuestales necesarias para el debido equipamiento de los Centros Regionales para la Atención de Emergencias que existen a nivel nacional.

De conformidad con algunas inquietudes que ha trasmitido en la última reunión plenaria el diputado Gerardo Villanueva Albarrán para que los medios de comunicación y la Conagua en coordinación, puedan brindar “alertas de emergencia y atención sea oportuna y suficiente a la población de los diferentes estados de la República Mexicana que resulten afectados por los efectos de fenómenos hidrometeorológicos”.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Recursos Hidráulicos somete a consideración del honorable pleno de la Cámara de Diputados, los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Nacional del Agua, para que coordine y realice las gestiones necesarias para la instalación de nuevas plantas potabilizadoras en las entidades federativas.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Nacional del Agua a que destine las asignaciones presupuesta les necesarias para el debido equipamiento de los Centros Regionales para la Atención de Emergencias que existen a nivel nacional, a efecto brindar atención oportuna y suficiente a la población de los diferentes estados de la república que resulten afectados por los efectos de fenómenos hidrometeorológicos extremos.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Nacional del Agua, a que brinde mayor apoyo a los estados de Hidalgo y Guerrero en cuanto a plantas potabilizadoras, ya que las existentes, no son suficientes para cubrir la demanda de agua potable dé todas las comunidades que se encuentran altamente vulnerables al carecer constantemente de este vital liquido para la vida diaria, poniendo en riesgo la salud de los habitantes de estas regiones.

Cuarto. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Nacional del Agua a que fortalezca sus estrategias, procedimientos y acciones de tipo preventivo así como las “alertas de emergencia y atención sean oportuna y suficiente a la población de los diferentes estados de la República Mexicana que resulten afectados por los efectos de fenómenos hidrometeorológicos.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a veintisiete de noviembre de dos mil trece.

La Comisión de Recursos Hidráulicos, diputados: Gerardo Gaudino Rovirosa (rúbrica), presidente; J. Jesús Oviedo Herrera (rúbrica), Antonio García Conejo (rúbrica), Enrique Cárdenas del Avellano (rúbrica), Faustino Félix Chávez (rúbrica), Blas Ramón Rubio Lara (rúbrica), Jorge Terán Juárez (rúbrica), Nabor Ochoa López (rúbrica), Sergio Augusto Chan Lugo (rúbrica), Marco Antonio Calzada Arroyo (rúbrica), Gerardo Villanueva Albarrán (rúbrica), secretarios; Landy Margarita Berzunza Novelo, Claudia Elizabeth Bojórquez Javier (rúbrica), Benjamín Castillo Valdez (rúbrica), Alonso Morelli Humberto (rúbrica), Juan Francisco Cáceres de la Fuente (rúbrica), José Rubén Escajeda Jiménez (rúbrica), Cecilia González Gómez (rúbrica), José Antonio León Mendívil (rúbrica), Angélica Rocío Melchor Vásquez (rúbrica), Abraham Montes Alvarado (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Luis Olvera Correa (rúbrica), Gerardo Peña Avilés (rúbrica), Humberto Armando Prieto Herrera, Juan Manuel Rocha Piedra (rúbrica), Bárbara Gabriela Romo Fonseca.»



LEGISLACION EN FAVOR DE LOS DERECHOS DE LOS INMIGRANTES INDOCUMENTADOS

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo relativo a la decisión del Congreso y del gobernador de California de aprobar legislación en favor de los derechos de los inmigrantes indocumentados

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Relaciones Exteriores fue turnada para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente, la proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión reconoce la decisión del Congreso y del gobernador de California, de Estados Unidos de América, de aprobar legislación a favor de los derechos de los inmigrantes indocumentados, presentada el 29 de octubre de 2013, por la diputada Adriana González Carrillo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, inciso e) y f), ambos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los artículos 80, fracción VI, 85, 157, fracción I, 176, numeral 1, 182, y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, con los siguientes apartados:

Antecedentes

En sesión del pleno del 29 de octubre de 2013, la diputada Adriana González Carrillo presentó la proposición con punto de acuerdo objeto del presente dictamen. En la misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión acordó se turnara a la Comisión de Relaciones Exteriores para su estudio y dictaminación correspondiente.

Contenido

Propone realizar un reconocimiento por parte de la honorable Cámara de Diputados a la decisión del Congreso y del gobernador de California, señor Jerry Brown, por aprobar la legislación AB60 que, al entrar en vigor en enero de 2015, permitirá obtener licencias de conducir a inmigrantes indocumentados en ese estado.

Metodología

La comisión realizó el análisis de la proposición con punto de acuerdo en comento mediante la evaluación de los argumentos planteados en la exposición de motivos, así como los antecedentes e información pública disponible al momento de su dictaminación.

Consideraciones

De las consideraciones de la proponente se destacan las siguientes:

Considera histórica la decisión de ambas Cámaras del Congreso de California que recientemente aprobaron y luego promulgó el gobernador de ese estado, señor Edmund J. Brown, la ley AB60 que entrará en vigor en enero del 2015 y, a partir de la cual se otorgarán licencias de conducir a indocumentados. En la nueva ley se prohíbe expresamente la discriminación, así como su utilización para cualquier investigación criminal, arresto o detención con base en el estatus migratorio de quien la porte.

Señala que California derogó esta medida en 1993, cuando el entonces gobernador Pete Wilson, firmó una ley que exigía el número de Seguridad Social del usuario y, por tanto, hacía imprescindible, la residencia legal para obtener el documento.

De esta manera, California se une a la lista de 10 estados del país que extienden el documento a personas que comprueban residir en Estados Unidos sin tomar en cuenta su estatus migratorio. Siendo estos Washington, Utah, Nuevo México, Oregon, Nevada, Colorado, Vermont, Connecticut, Maryland e Illinois.

Señala que esta medida se une a otras también, de reciente aprobación, donde el estado de California sigue mostrando, al menos desde la aprobación de la Dream Act del 2011, un rostro distinto, progresista y de un compromiso real con los derechos humanos de los inmigrantes indocumentados.

Vale la pena reconocer, en este sentido, la promulgación el pasado 6 de octubre de la ley AB4 conocida como “Ley de la Confianza” o “Trust Act” cuya entrada en vigor está prevista para el 1 de enero de 2014 y mediante la que se limita el tipo de acusaciones penales bajo las cuales las personas en California pueden ser retenidas a nivel local para luego transferir su custodia a las autoridades migratorias.

En relación con la materia que versa la proposición con punto de acuerdo que se dictamina, esta Comisión destaca que el Ejecutivo federal a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores mediante el comunicado 325, de fecha 13 de octubre de 2013, que a continuación se transcribe, expresó su reconocimiento por la aprobación de esta ley:

Comunicado

La Cancillería reconoce la aprobación de la iniciativa de ley que facilita el otorgamiento de licencias de conducir en California.

Viernes 13.09.13/México, DF/Comunicado 325

La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) reconoce a la Asamblea Estatal de California por la aprobación de la iniciativa de Ley AB60, que al entrar en vigor permitirá a extranjeros indocumentados obtener una licencia de conducir de California. Asimismo, valora la voluntad expresada por el gobernador Edmund G. Brown de promulgar la iniciativa a la brevedad.

Esta medida tendrá un impacto positivo en la vida cotidiana de millones de mexicanos residentes en ese estado. Luego de 20 años, se abre nuevamente la posibilidad de que el Departamento de Motores y Vehículos de California siga criterios estrictamente relacionados con la capacidad para conducir un vehículo automotor al momento de decidir sobre el otorgamiento de una licencia de manejo, independientemente de la situación migratoria del interesado.

Las diez representaciones consulares de México en California darán seguimiento puntual a la aplicación de la AB60 una vez que ésta entre en vigor, en particular a las prácticas que se puedan derivar de las marcas distintivas de la nueva licencia, a efecto de proteger los intereses de los mexicanos.

México es el primer mercado internacional de California. El país importó 26 mil millones de dólares de ese estado en 2012, a donde a su vez exportó 36 mil millones. De acuerdo a cifras oficiales estadounidenses, viven en California 14 millones de personas de origen hispano, 82 por ciento de ellas mexicanas o de origen mexicano.*

* http://saladeprensa.sre.gob.mx/index. php/es/comunicados/3050-325

Por su parte, el embajador de México en Estados Unidos, Eduardo Tomas Medina Mora Icaza, hizo lo propio:

Respecto a la firma de la Ley AB60, “Licencias de Manejo para Inmigrantes”, el embajador de México en Estados Unidos, Eduardo Medina Mora, declara que el gobierno de México reconoce la trascendencia de la firma de la ley AB60, “Licencias de Manejo para Inmigrantes”, por parte del gobernador de California Edmund G. Brown. Esta iniciativa permitirá la expedición de licencias de conducir a todos los migrantes que residen en ese estado y mejorará la seguridad vial y pública al proveer de identificaciones a un mayor número de personas. Esta ley cuenta con el apoyo de una amplia gama de actores de la sociedad en California y crea las condiciones para que los migrantes contribuyan aún más al desarrollo social y económico estatal, al tiempo que facilita la integración a las comunidades donde viven. La red consular de México en California asistirá y mantendrá informados a los mexicanos respecto de la instrumentación de la ley.**

** http://hoylosangeles.com/news/2013/oct/04/postura-de-mexico-sobre-la-firma-de-l a-ley-ab60/#sthash.Q8B44LiS.dpuf

En este sentido, la Comisión de Relaciones Exteriores considera pertinente que, dada la relevancia de este tema para los derechos humanos de nuestros connacionales en ese estado, esta Cámara de Diputados se sume al reconocimiento expresado por el gobierno de México por la aprobación de la referida legislación.

Por lo tanto, se estima aprobar la proposición con punto de acuerdo materia de este dictamen, con algunas modificaciones en la redacción del resolutivo, a efecto de clarificar su propósito y precisar la legislación a la que se refiere.

Conclusiones

Los integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores, con base en las consideraciones que preceden, estiman aprobar la proposición con punto de acuerdo materia del presente dictamen, por lo que se somete a la consideración del pleno el siguiente:

Resolutivo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión reconoce la decisión del Congreso y del gobernador de California de Estados Unidos de América, el señor Jerry Brown, para aprobar la legislación AB60 que permitirá a los inmigrantes indocumentados obtener una licencia para conducir en ese estado.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de diciembre de dos mil trece.

La Comisión de Relaciones Exteriores, diputados: Eloy Cantú Segovia (rúbrica), presidente; Heriberto Manuel Galindo Quiñones (rúbrica), Adriana González Carrillo (rúbrica), Cristina Ruiz Sandoval (rúbrica), María del Carmen García de la Cadena (rúbrica), Glafiro Salinas Mendiola, Roberto López Rosado, Fernando Zarate Salgado, Rosa Elba Pérez Hernández (rúbrica), Martha Beatriz Córdova Bernal (rúbrica), Loretta Ortiz Ahlf (rúbrica), secretarios; Leslie Pantoja Hernández, Agustín Barrios Gómez Segués (rúbrica), Tanya Rellstab Carreto, Sergio Armando Chávez Dávalos (rúbrica), David Cuauhtémoc Galindo Delgado (rúbrica), Amalia Dolores García Medina, Luis Antonio González Roldan (rúbrica), José Ángel González Serna, Fernando Alfredo Maldonado Hernández (rúbrica), María Guadalupe Mondragón González (rúbrica), Luis Olvera Correa (rúbrica), María del Rosario de Fátima Pariente Gavito, José Rangel Espinoza, Alejandro Rangel Segovia (rúbrica), Carla Guadalupe Reyes Montiel (rúbrica), Diego Sinhúe Rodríguez Vallejo (rúbrica), Leopoldo Sánchez Cruz (rúbrica), Crystal Tovar Aragón (rúbrica), Martín de Jesús Vásquez Villanueva (rúbrica).»



LINEAMIENTOS GENERALES CORRESPONDIENTES A CAMBIO CLIMATICO Y DESARROLLO SUSTENTABLE

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SRE a iniciar negociaciones para actualizar los lineamientos generales correspondientes a cambio climático y desarrollo sustentable de la Comisión Internacional de Límites y Aguas entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Guatemala

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Relaciones Exteriores le fue turnada para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente, con opinión de la Comisión de Cambio Climático, la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Relaciones Exteriores a iniciar negociaciones para la actualización de los lineamientos generales que correspondan a cambio climático y desarrollo sustentable de la Comisión Internacional de Límites y Aguas entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Guatemala, presentada el 29 de octubre de 2013, por la diputada Nelly del Carmen Vargas Pérez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, inciso e) y f), ambos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los artículos 80 fracción VI, 85, 157 fracción I, 176 numeral 1, 182 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, somete a la consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, con los siguientes apartados:

Antecedentes

En sesión del pleno del 29 de octubre de 2013, la diputada Nelly del Carmen Vargas Pérez, presentó la proposición con punto de acuerdo materia del presente dictamen. En la misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, acordó se turnara a las Comisiones de Relaciones Exteriores para su estudio y dictamen correspondiente y a la de Cambio Climático para que emita opinión.

Contenido

Propone exhortar a la Secretaría de Relaciones Exteriores con la finalidad de solicitarle se inicien las negociaciones necesarias para realizar la actualización de los lineamientos generales que correspondan a cambio climático y desarrollo sustentable de la Comisión Internacional de Límites y Aguas entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Guatemala.

Metodología

La comisión realizó el análisis de la proposición con punto de acuerdo en comento mediante la evaluación de los argumentos planteados en la exposición de motivos, así como los antecedentes e información pública disponible al momento de su dictamen.

Consideraciones

La comisión dictaminadora destaca a continuación algunas de las consideraciones planteadas por la proponente:

Señala que la Comisión Internacional de Límites y Aguas entre México y Guatemala carece de lineamientos generales que atiendan problemas actuales como el cambio climático y el desarrollo sustentable. En vez de una comisión conjunta responsable de la vigilancia de los cauces, propone que sea de forma y fondo un instrumento de regulación y cooperación regional del cuerpo hídrico en comento.

Para ello, propone se actualice este instrumento bilateral, para adecuarse a las nuevas circunstancias que corresponden al cambio climático y establecer un manejo responsable y sustentable del río Usumacinta entre ambas naciones.

Al respecto, la Comisión de Relaciones Exteriores destaca lo siguiente:

Existen mecanismos de coordinación en materia de límites y aguas entre México y Guatemala desde el siglo XIX. En 1961 se creó la Comisión Internacional de Límites y Aguas entre México y Guatemala, como consecuencia inmediata de las recomendaciones de la reunión internacional de ingenieros de México y de Guatemala llevada a cabo del 20 al 24 de febrero de 1961.

Así, la Comisión Internacional de Límites y Aguas entre México y Guatemala fue creada por canje de notas diplomáticas fechadas el 9 de noviembre y 21 de diciembre de 1961, quedando formalmente instalada el 1 de agosto de 1962, mediante el acta de inauguración celebrada en la ciudad de Tapachula, Chiapas.

Por otra parte, el Tratado para fortalecer la Comisión Internacional de Límites y Aguas firmado el 17 de julio de 1990, fue aprobado por el Congreso de la Unión y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de agosto de 1991. El 5 de marzo del año 2003, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto promulgatorio de dicho tratado, con lo cual ha entrado en vigor en los Estados Unidos Mexicanos.

Por su parte, el 27 de septiembre del año 2002, se publicó en el Diario Oficial de Guatemala el decreto número 54-2002, que aprobó el tratado, mismo que ha entrado en vigor en la República de Guatemala.

En este sentido, la Comisión de Límites y Aguas con Guatemala, tiene un funcionamiento permanente basado en el artículo V del tratado referido que a la letra dice:

“Artículo V.

La comisión tendrá como función la de asesorar a los gobiernos de los dos países en los asuntos limítrofes y de aguas de los ríos internacionales, con facultades de investigación, estudio y ejecución de obras, pero no tendrá facultades resolutivas ni de ninguna otra especie que impliquen compromisos para los gobiernos respectivos. Los asuntos de la comisión, que deban ser presentados a la consideración de los gobiernos, serán de la competencia de la Secretaría de Relaciones Exteriores de México y del Ministerio de Relaciones Exteriores de Guatemala.”

Por otra parte, el artículo IX del mismo tratado, establece que la Comisión de Límites y Aguas ejercerá jurisdicción sobre los ríos internacionales en ambos países, es decir, únicamente en los tramos limítrofes de los ríos Suchiate, Salinas y Usumacinta.

Por lo anterior, esta comisión considera que las propuestas realizadas por la promovente, no pueden ser abordadas únicamente por este organismo, debido a que sólo tiene jurisdicción sobre dichos tramos y las mismas requieren una acción más extensa desde el punto de vista territorial, pues habría que abordar lo relativo a las cuencas de los ríos correspondientes, así como las acciones necesarias para establecer un programa de desarrollo sustentable fronterizo, que naturalmente, debería comprender toda la franja fronteriza.

En efecto, los tópicos del cambio climático y del desarrollo sustentable, tienen alta relevancia para todas las regiones del país, incluyendo por supuesto, a la frontera sur. En este sentido, consideramos que el exhorto debería dirigirse a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que la misma incluya el tema en la relación bilateral con el país vecino, así como convoque, en su oportunidad, a otras dependencias y entidades que resulten competentes al tema como pueden ser la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, entre otras, que tienen atribuciones que las hacen competentes en la materia.

De esta manera, las acciones coordinadas de control de los efectos del cambio climático y los programas de desarrollo sustentable de la región fronteriza sur, podrían establecerse en acuerdos ad hoc que, mediante su inclusión en los temas de la agenda bilateral, sean el fruto de negociaciones adecuadas sobre el tema.

En tal virtud, se estima aprobar la referida proposición con punto de acuerdo, con algunas modificaciones apuntadas en las consideraciones previas, a efecto de hacer viable la proposición que se dictamina.

Conclusiones

Los integrantes de Comisión de Relaciones Exteriores, con base en las consideraciones que preceden, someten a la consideración del pleno el siguiente

Resolutivo

Único. Se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que, en el ámbito de sus atribuciones, incluya en la agenda binacional con la República de Guatemala, los temas relativos a los efectos del cambio climático en la zona fronteriza y sus ríos y cuerpos de agua, así como la posibilidad de integrar un programa binacional de desarrollo sustentable para dicha zona. Para este efecto, la secretaría podrá convocar a las dependencias y entidades que por sus atribuciones, tengan competencia en estas materias.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 3 días del mes de diciembre del dos mil trece.

La Comisión de Relaciones Exteriores, diputados:Eloy Cantú Segovia (rúbrica), presidente; Heriberto Manuel Galindo Quiñones (rúbrica), Adriana González Carrillo (rúbrica), Cristina Ruiz Sandoval (rúbrica), María del Carmen García de la Cadena (rúbrica), Glafiro Salinas Mendiola, Roberto López Rosado, Fernando Zarate Salgado, Rosa Elba Pérez Hernández (rúbrica), Martha Beatriz Córdova Bernal (rúbrica), Loretta Ortiz Ahlf (rúbrica), secretarios; Leslie Pantoja Hernández, Agustín Barrios Gómez Segués (rúbrica), Tania Rellstab Carreto, Sergio Armando Chávez Dávalos (rúbrica), David Cuauhtémoc Galindo Delgado (rúbrica), Amalia Dolores García Medina, Luis Antonio González Roldán (rúbrica), José Ángel González Serna, Fernando Alfredo Maldonado Hernández (rúbrica), María Guadalupe Mondragón González (rúbrica), Luis Olvera Correa (rúbrica), María del Rosario de Fátima Pariente Gavito, José Rangel Espinosa, Alejandro Rangel Segovia (rúbrica), Carla Guadalupe Reyes Montiel (rúbrica), Diego Sinhué Rodríguez Vallejo (rúbrica), Leopoldo Sánchez Cruz (rúbrica), Crystal Tovar Aragón (rúbrica), Martín de Jesús Vásquez Villanueva (rúbrica).»



CONSTRUCCION DE UN SEGUNDO PUENTE INTERNACIONAL EN CIUDAD ACUÑA, COAHUILA

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SRE a incorporar en su agenda binacional con Estados Unidos de América la realización de los proyectos de modernización y de infraestructura fronteriza, incluida la construcción de un segundo puente internacional en Ciudad Acuña, Coahuila, y atender los propósitos del proyecto Alianza Ports to Plains, al que dicha entidad se ha adherido

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Relaciones Exteriores fue turnada para análisis y elaboración del dictamen correspondiente la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que tenga a bien apoyar e incorporar en la agenda binacional con Estados Unidos de América la realización del proyecto de modernización y ampliación de los patios fiscales del puente internacional de Ciudad Acuña, la construcción del segundo puente internacional y de la espuela de ferrocarril en Ciudad Acuña, en Coahuila, a fin de modernizar y fortalecer la infraestructura aduanera en esa entidad, propiciando el incremento del flujo y la movilidad comercial en la región, además de darle capacidad para atender el proyecto Ports to Plains, presentada el 5 de noviembre de 2013 por la diputada Irma Elizondo Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 80, fracción VI, 85, 157, fracción I, 176, numeral 1, 182 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, se somete a consideración de esta asamblea el presente dictamen, con los siguientes apartados:

Antecedentes

En sesión del pleno del 5 de noviembre de 2013, la diputada Irma Elizondo Ramírez presentó la proposición con punto de acuerdo materia del presente dictamen. En la misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión acordó que se turnase a la Comisión de Relaciones Exteriores para su estudio y dictamen.

Contenido

Propone exhortar a la Secretaría de Relaciones Exteriores a apoyar e incorporar en su agenda binacional con Estados Unidos de América la realización del proyecto de modernización y ampliación de los patios fiscales, la construcción del segundo puente internacional y de la espuela de ferrocarril en Ciudad Acuña, Coahuila, a fin de modernizar y fortalecer la infraestructura aduanera en esa región, propiciando el incremento del flujo y la movilidad comercial, además de darle la capacidad para atender el proyecto Ports to Plains.

Metodología

La comisión realizó el análisis de la proposición con punto de acuerdo en comento mediante la evaluación de los argumentos planteados en la exposición de motivos, así como la información pública disponible al momento de su dictamen.

Consideraciones

La comisión destaca a continuación algunas de las consideraciones planteadas por la proponente: Menciona que Coahuila se integró al proyecto Ports to Plains en 2010, que consiste en la construcción de un corredor carretero en la región central de Estados Unidos de América, desde y hasta las fronteras con México y Canadá, lo que contribuye a incrementar y agilizar el intercambio comercial y el progreso de sectores como el industrial, empresarial, laboral y educativo, entre otros rubros, que propician una mejora en la calidad de vida de los habitantes de las regiones involucradas en el proyecto en comento y que beneficia a México en general en sus exportaciones e importaciones y a la economía regional.

Señala que el proyecto Ports to Plains permitirá efectuar en forma continua traslados de mercancías ligeras desde Alberta, Canadá, cruzando estados como Colorado, Oklahoma y Texas para llegar a la frontera con México y de ahí a otros puertos y ejes carreteros nacionales, como Mazatlán y Colima.

Entre otros propósitos regionales, el proyecto referido facilitaría el enlace comercial desde México a Canadá y Estados Unidos de América, tanto desde los puertos del océano Pacífico como desde regiones productivas de nuestro país a través de la frontera terrestre.

Por ello considera importante que la Secretaría de Reacciones Exteriores apoye la realización de este proyecto y lo incorpore en la agenda binacional con Estados Unidos de América para modernizar y ampliar este cruce fronterizo, incluyendo la construcción de un segundo puente internacional, así como la construcción de una espuela de ferrocarril en Ciudad Acuña, Coahuila, lo que le permitiría atender las necesidades de su incorporación al proyecto Ports to Plains.

Al respecto, la comisión dictaminadora puntualiza lo siguiente:

De acuerdo con información de la página del proyecto referido, Ports to Plains Alliance (http://www.portstoplains.com/), es un grupo sin fines de lucro, no partidista, impulsado por la comunidad, integrado con funcionarios públicos locales, ejecutivos de cámaras de comercio y desarrollo económicos y líderes regionales que representan a las comunidades a lo largo de los 10 estados de Estados Unidos de América que atraviesa el corredor carretero 38, así como de comunidades fronterizas con Canadá y México.

La alianza tiene el objetivo de construir infraestructura de comunicación, principalmente un corredor carretero, para continuar e impulsar el desarrollo económico de la región central de Estados Unidos de América.

En la última década, miembros de Ports to Plains han recaudado más de 1.2 billones de dólares en fondos para la expansión de la vía carretera y las mejoras en la región, y continuamente abogan y buscan ideas innovadoras para garantizar la financiación adicional para el desarrollo futuro del corredor.

Miembros de la alianza colaboran con líderes estatales y federales, socios en Canadá y México y socios de la industria, a fin de ofrecer infraestructura, alimentos y combustible para garantizar la calidad de vida a lo largo de estas grandes regiones y ciudades de Estados Unidos.

Estos cuatro corredores recorren más de 2300 millas, es decir, más de 3 mil 700 kilómetros, sirviendo a una región de 10 estados: Texas, Oklahoma, Nuevo México, Colorado, Nebraska, Kansas, Wyoming, Dakota del Sur, Dakota del Norte y Montana.

En el extremo sur de Texas, el corredor de Ports to Plains Alliance se conecta a tres puertos fronterizos de Estados Unidos de América con México:

• Del Río/Acuña, Coahuila.

• Eagle Pass/Piedras Negras, Coahuila.

•Laredo/Nuevo Laredo, Tamaulipas.

Esta comisión reconoce que la realización de tal infraestructura fronteriza podría contribuir de manera importante al desarrollo de la región norte de Coahuila, así como agilizar e incrementar el comercio internacional de México con Estados Unidos y Canadá, considerando que una buena parte se realiza por la frontera norte y por vía terrestre.

En virtud de lo anterior, se considera adecuado realizar el exhorto correspondiente para que la Secretaría de Relaciones Exteriores otorgue el impulso necesario a este proyecto, en el ámbito de sus atribuciones, e incluya en la agenda nacional que mantiene con Estados Unidos de América los proyectos referidos, con algunas modificaciones en la redacción del resolutivo, a efecto de clarificar su propósito.

Conclusiones

Los integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados, con base en las consideraciones que preceden, estiman aprobar la proposición con punto de acuerdo objeto del presente dictamen con las modificaciones apuntadas, por lo que se somete a consideración del pleno el siguiente

Resolutivo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores a impulsar e incorporar en el ámbito de sus atribuciones a su agenda binacional con Estados Unidos de América la realización de los proyectos de modernización de la infraestructura fronteriza, incluida la construcción de un segundo puente internacional en Ciudad Acuña, Coahuila, para propiciar un mayor desarrollo económico y la facilitación e incremento del flujo comercial en la región y atender los propósitos del proyecto Alianza Ports to Plains al que dicha entidad federativa se ha adherido para esos fines.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de diciembre de 2013.

La Comisión de Relaciones Exteriores, diputados:Eloy Cantú Segovia (rúbrica), Heriberto Manuel Galindo Quiñones (rúbrica), Adriana González Carrillo (rúbrica), Cristina Ruiz Sandoval (rúbrica), María del Carmen García de la Cadena (rúbrica), Glafiro Salinas Mendiola, Roberto López Rosado, Fernando Zárate Salgado, Rosa Elba Pérez Hernández (rúbrica), Martha Beatriz Córdova Bernal (rúbrica), Loretta Ortiz Ahlf (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández, Agustín Barrios Gómez Segués (rúbrica), Tanya Rellstab Carreto, Sergio Armando Chávez Dávalos (rúbrica), David Cuauhtémoc Galindo Delgado (rúbrica), Amalia Dolores García Medina, Luis Antonio González Roldán (rúbrica), José Ángel González Serna, Fernando Alfredo Maldonado Hernández (rúbrica), María Guadalupe Mondragón González (rúbrica), Luis Olvera Correa (rúbrica), María del Rosario de Fátima Pariente Gavito, José Rangel Espinosa, Alejandro Rangel Segovia (rúbrica), Carla Guadalupe Reyes Montiel (rúbrica), Diego Sinhué Rodríguez Vallejo (rúbrica), Leopoldo Sánchez Cruz (rúbrica), Crystal Tovar Aragón (rúbrica), Martín de Jesús Vásquez Villanueva (rúbrica).»



GASTO EXCESIVO AL ERARIO, COMO LOS 18 JUEGOS DEPORTIVOS Y CULTURALES DEL SECTOR MEDIO AMBIENTE

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a detener por la Semarnat las actividades y las políticas que representan un gasto excesivo al erario, como los 18 Juegos Deportivos y Culturales del Sector Medio Ambiente

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Transparencia y Anticorrupción de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión correspondiente a la LXII Legislatura le fue turnada por la Mesa Directiva para su estudio y elaboración de dictamen correspondiente la proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, detenga las actividades y políticas que representan un gasto excesivo al erario público, como los 18 Juegos Deportivos y Culturales del Sector Medio Ambiente, el cual costó 45 millones de pesos; presentada por el diputado Ricardo Monreal Ávila y suscrita por el diputado Ricardo Mejía Berdeja, ambos integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento Ciudadano.

La Comisión de Transparencia y Anticorrupción de la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura resulta competente para analizar y resolver este asunto de conformidad con lo que establecen los artículos 39, numeral 2, fracción XLIX y45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 80, numeral 1, fracción VI; 157, fracción I y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión; por lo que se somete a su consideración el presente dictamen, al tenor de los siguientes:

I. Antecedentes

Único. El 10 de septiembre de 2013, el diputado Ricardo Monreal Ávila, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento Ciudadano, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados el punto de acuerdo antes mencionado.

En esa misma fecha, la Mesa Directiva acordó turnar dicho asunto a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción para su análisis y elaboración de dictamen correspondiente; por lo que remitió duplicado del expediente de mérito, mediante oficio número D.G.P.L. 62-II-2-721, el cual fue recibido en fecha 11 de septiembre del año en curso.

II. Contenido de la proposición con punto de acuerdo

Primero. En la exposición de motivos del asunto de mérito, el legislador esgrimió esencialmente lo siguiente:

“(...) En los últimos años, el número y costo de los burócratas en México se ha incrementado de manera significativa, tanto en el Poder Ejecutivo federal como en los Poderes Legislativo y Judicial y en estados y municipios según un estudio realizado por Consultores Internacionales, SC (CISC).

Su análisis revela que el número de burócratas contratados por el gobierno mexicano ronda los ocho millones, mientras que en Venezuela y Argentina están cerca de los tres millones.

Países más avanzados tienen menos trabajadores públicos, como en el caso de los Estados Unidos, que cuenta con alrededor de 2.2 millones de burócratas con una población de 300 millones de habitantes, o España, con 2.5 millones y una población de menos de 50 millones.

Según el más reciente informe de gobierno, entre los años 2000 y 2012, el gasto devengado en servicios personales en todos los órdenes de gobierno creció 141.6 por ciento en términos nominales.

A su vez, en los estados y municipios el gasto creció 152 por ciento en igual periodo .Y en los ramos autónomos que contemplan a los Poderes Judicial y Legislativo, así como al Instituto Federal Electoral y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos el aumento fue del 283.7 por ciento en los mismos términos.

Según un estudio realizado por el Centro de Investigaciones en Economía y Negocios (CIEN) del Tecnológico de Monterrey, reveló que la estructura burocrática de México cuesta aproximadamente 1 billón 100 mil millones de pesos, los cuales se representan en salarios, alimentos, arrendamientos, servicios financieros y viáticos.

A lo anterior se suman las erogaciones para comunicación social, remuneraciones al personal de carácter permanente, utensilios y servicios profesionales y técnicos.

Esto ha ocasionado que gran parte del gasto federal se utilice para cubrir prestaciones, sueldos y salarios de los millones de trabajadores, dejando el resto para el cumplimiento de los objetivos establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo.

Según el presupuesto de 2013, el gobierno federal de cada peso que se ejerce en gasto programable, 32 centavos son para el pago de los sueldos y salarios, mientras que el resto es utilizado en infraestructura, materiales y otros servicios. Sin embargo la tendencia de los gastos federales sigue en aumento.

Con las nuevas reformas impulsadas por Enrique Peña Nieto, aprobadas mecánicamente en el Congreso de la Unión, se establece la creación de nuevos institutos y órganos de gobierno que representan un aumento considerable en el gasto federal orientado a los sueldos y salarios, además que en algunas secretarias se mantienen prestaciones excesivas que pone en grave riesgo la economía del país, ya que puede volverlo menos competitivo que otros países del mundo.

Tal es el ejemplo de la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la cual en sus Decimoctavos Juegos Deportivos Culturales del Sector Medio Ambiente, con sede en Cancún, tiene un costo aproximado de 45 millones de pesos, los cuales corren a cuenta de la misma.

El evento está planeado del 8 al 14 de septiembre en el hotel de lujo Iberostar Cancún, con un costo por habitación de mil 745 pesos por noche.

Estas habitaciones cuentan con vista al Caribe, pantalla de 32 pulgadas, aire acondicionado, tina, minibar y wifi. Esto sin contar los desayunos, comidas y cenas tipo buffet, con servicios de agua, café y refrescos sin costo alguno para los trabajadores.

Hoy nuestro país de acuerdo al reporte Doing Business del Banco de Mundial, México se encuentra en el lugar 48 de 185 economías evaluadas, aún muy lejos de ocupar un lugar competitivo, por lo que hacemos un enérgico llamado al Ejecutivo federal para que reencauce al país en una política de austeridad a fin de disminuir el gasto federal.

No podemos concebir que mientras funcionarios y personal de la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semamat) derroche millones de pesos en hoteles lujosos y servicios, mientras haya grandes deficiencias en infraestructura y servicios que ayudan al desarrollo económico del país.

Recordemos que contar con un aparato gubernamental obeso trae consigo graves riesgos y muchos menos costos de oportunidad, ya que esos recursos utilizados de manera ineficaz pudieran representar cambios importantes y destinarse a nuevos proyectos productivos del país (...)”

Segundo.El resolutivo de la proposición con punto de acuerdo refiere lo siguiente:

Único. Se exhorta al titular del Ejecutivo federal, Enrique Peña Nieto, para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, detenga las actividades y políticas que representan un gasto excesivo al erario público, como los decimoctavos Juegos Deportivos y Culturales del Sector Medio Ambiente, el cual costó 45 millones de pesos.”

III. Fundamentación

Primera.Debe precisarse que de conformidad con el artículo 134, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los recursos económicos de que dispongan la federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados. Además el segundo párrafo ordena que los resultados del ejercicio de dichos recursos serán evaluados por las instancias técnicas que establezcan, respectivamente, la federación, los estados y el Distrito Federal, con el objeto de propiciar que los recursos económicos se asignen en los respectivos presupuestos; ello sin menoscabo de lo dispuesto en los artículos 74, fracción VI, y 79 de la Carta Magna.

En tanto, el artículo 74, fracción VI, de la Norma Suprema consagra como parte de las facultades exclusivas de la Cámara de Diputados la siguiente:

“(...) VI. Revisar la Cuenta Pública del año anterior, con el objeto de evaluar los resultados de la gestión financiera, comprobar si se ha ajustado a los criterios señalados por el Presupuesto y verificar el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas.

La revisión de la Cuenta Pública la realizará la Cámara de Diputados a través de la entidad de fiscalización superior de la Federación. Si del examen que ésta realice aparecieran discrepancias entre las cantidades correspondientes a los ingresos o a los egresos, con relación a los conceptos y las partidas respectivas o no existiera exactitud o justificación en los ingresos obtenidos o en los gastos realizados, se determinarán las responsabilidades de acuerdo con la Ley. En el caso de la revisión sobre el cumplimiento de los objetivos de los programas, dicha entidad sólo podrá emitir las recomendaciones para la mejora en el desempeño de los mismos, en los términos de la Ley.

La Cuenta Pública del ejercicio fiscal correspondiente deberá ser presentada a la Cámara de Diputados a más tardar el 30 de abril del año siguiente. Sólo se podrá ampliar el plazo de presentación en los términos de la fracción IV, último párrafo, de este articulo; la prórroga no deberá exceder de 30 días naturales y, en tal supuesto, la entidad de fiscalización superior de la federación contará con el mismo tiempo adicional para la presentación del informe del resultado de la revisión de la Cuenta Pública.

La Cámara concluirá la revisión de la Cuenta Pública a más tardar el 31 de octubre del año siguiente al de su presentación, con base en el análisis de su contenido y en las conclusiones técnicas del informe del resultado de la entidad de fiscalización superior de la federación, a que se refiere el artículo 79 de esta Constitución, sin menoscabo de que el trámite de las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas por la entidad de fiscalización superior de la federación, seguirá su curso en términos de lo dispuesto en dicho artículo.

La Cámara de Diputados evaluará el desempeño de la entidad de fiscalización superior de la federación y al efecto le podrá requerir que le informe sobre la evolución de sus trabajos de fiscalización; (...)”

Por su parte, en las fracciones III y IV del artículo 79 de la Carta Magna, se establecen como facultades de la Auditoría Superior de la Federación las siguientes:

III. Investigar los actos u omisiones que impliquen alguna irregularidad o conducta ilícita en el ingreso, egreso, manejo, custodia y aplicación de fondos y recursos federales, y efectuar visitas domiciliarias, únicamente para exigir la exhibición de libros, papeles o archivos indispensables para la realización de sus investigaciones, sujetándose a las leyes y a las formalidades establecidas para los cateos, y

IV. Determinar los daños y perjuicios que afecten a la Hacienda Pública Federal o al patrimonio de los entes públicos federales y fincar directamente a los responsables las indemnizaciones y sanciones pecuniarias correspondientes, así como promover ante las autoridades competentes el fincamiento de otras responsabilidades; promover las acciones de responsabilidad a que se refiere el Título Cuarto de esta Constitución, y presentar las denuncias y querellas penales, en cuyos procedimientos tendrá la intervención que señale la ley.

Las sanciones y demás resoluciones de la entidad de fiscalización superior de la federación podrán ser impugnadas por las entidades fiscalizadas y, en su caso, por los servidores públicos afectados adscritos a las mismas, ante la propia entidad de fiscalización o ante los tribunales a que se refiere el artículo 73, fracción XXIX-H, de esta Constitución conforme a lo previsto en la Ley.

(Lo resaltado es propio).

Por su parte, el artículo 1o., párrafo segundo de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, señala que los sujetos obligados a cumplir las disposiciones de dicha ley deberán observar que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género; asimismo, señala más adelante que la Auditoría fiscalizará el estricto cumplimiento de las disposiciones de esta Ley por parte de los sujetos obligados, conforme a las atribuciones que le confieren la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley de Fiscalización Superior de la Federación.

En ese sentido, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales –Semarnat–, (como secretaría de Estado, perteneciente a la administración pública federal, en términos del artículo 26 de la Ley Orgánica de la administración Pública Federal) por lo que resulta ser sujeto de la normatividad antes indicada, conforme a lo dispuesto por el artículo 2o., fracción VIII, de la ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Asimismo, debe tenerse presente que en términos del artículo 1o. de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación; la cual es reglamentaria de los artículos 74, fracciones II y VI, y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de revisión y fiscalización de la Cuenta Pública; establece que la fiscalización de la Cuenta Pública tiene el objeto de evaluar los resultados de la gestión financiera de las entidades fiscalizadas; comprobar si se observó lo dispuesto en el Presupuesto, la Ley de Ingresos y demás disposiciones legales aplicables, así como la práctica de auditorías sobre el desempeño para verificar el cumplimiento de los objetivos y las metas de los programas federales, conforme a las normas y principios de posterioridad, anualidad, legalidad, definitividad, imparcialidad y confiabilidad.

Estipulando también que la fiscalización de la Cuenta Pública comprende la revisión de los ingresos, los egresos, incluyendo subsidios, transferencias y donativos, fondos, los gastos fiscales y la deuda púb1ica; del manejo, la custodia y la aplicación de recursos públicos federales, con excepción de las participaciones federales, así como de la demás información financiera, contable, patrimonial, presupuestaria y programática que las entidades fiscalizadas deban incluir en dicho documento, conforme a las disposiciones aplicables.

En términos del artículo 4o. de la ley arriba indicada, la fiscalización de la Cuenta Pública que realiza la Auditoria Superior de la Federación se lleva a cabo de manera posterior al término de cada ejercicio fiscal, tiene carácter externo y por lo tanto se efectúa de manera independiente y autónoma de cualquier otra forma de control o fiscalización que realicen las instancias de control competentes.

Por su parte, el artículo 9o. del ordenamiento en referencia, contempla que a fin de integrar la Cuenta Pública, los Poderes Legislativo y Judicial y los entes públicos federales harán llegar con la debida anticipación al Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría, la información que el mismo les solicite. Y más adelante se señala en el primer párrafo del artículo 16 que la Auditoría Superior de la Federación, a más tardar en el mes de enero del año siguiente al que se presentó la Cuenta Pública, dará a conocer a las entidades fiscalizadas la parte que les corresponda de los resultados finales y las observaciones preliminares que se deriven de la revisión de la misma, a efecto de que dichas entidades presenten las justificaciones y aclaraciones que correspondan.

Segunda.De la lectura de las condiciones generales de trabajo de la Semarnat, se advierte que:

a) Dentro de sus presupuestos anuales, la Secretaría considerará una partida para fomentar el deporte y la activación física entre los trabajadores, de común acuerdo con el sindicato. (Artículo 83, fracción VI).

b) Anualmente en las fechas que fijen la Secretaría y el Sindicato y con base a la convocatoria que se expida, se llevarán a cabo los Juegos Nacionales, Deportivos y Culturales de la SEMARNAT. (Art. 83, fracción XV).

c) Como parte de las prestaciones de contenido económico, anualmente y tomando en cuenta el uso racional de los recursos de la Secretaría, en las fechas que fije ésta y el Sindicato y con base a la convocatoria que se celebre, se llevarán a cabo los Juegos Nacionales, Deportivos y Culturales de la Semarnat, para cuyo efecto se darán las facilidades correspondientes al trabajador. (Artículo 138).

IV. Consideraciones

Primera.Que el 10 de septiembre de 2013 el diputado Ricardo Monreal Ávila, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento Ciudadano, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados el punto de acuerdo que se dictamina.

En esa misma fecha, la Mesa Directiva acordó turnar dicho asunto a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción para su análisis y elaboración de dictamen correspondiente.

Segunda. Que el objeto de la proposición es el de “exhortar al titular del Ejecutivo federal para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) detenga las actividades y políticas que representan un gasto excesivo al erario público, como los 18 Juegos Deportivos y Culturales del Sector Medio Ambiente, el cual costó 45 millones de pesos.”

Tercera.Toda vez que el evento deportivo referido por los proponentes fue celebrado en Cancún, Quintana Roo, del 8 al 14 de septiembre del presente año y que esta Comisión de Transparencia y Anticorrupción recibió la proposición con punto de acuerdo por conducto de la Mesa Directiva el 11 de septiembre de 2013; se advierte que se trata de un acto que se encontraba en curso al momento que el asunto fue turnado a este órgano par su dictaminación.

No obstante lo anterior, a efecto de analizar el presente asunto, se remitió oficio a la Semarnat, para hacer de su conocimiento la solicitud de los diputados proponentes y requerir información relativa al tema; la cual aún no ha sido remitida.

Por otra parte, del estudio del asunto en cuestión, y como se desprende de las condiciones generales de trabajo de la Semarnat, se advierte que los Juegos Nacionales, Deportivos y Culturales de dicha dependencia, representan una prestación de contenido económico a favor de los trabajadores sindicalizados, la cual tiene por objeto fomentar el deporte y activación física entre los trabajadores, y que debe prestarse de manera anual y tomando en cuenta el uso racional de los recursos. Por lo que se consideró conveniente, sin perjuicio de la autonomía sindical, solicitar al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Semarnat su opinión relativa al tema, la cual aún no se ha hecho llegar a esta comisión dictaminadora.

En esas condiciones, y dado que esta Comisión de Transparencia y Anticorrupción coincide con los proponentes en que el monto presuntamente erogado para que los decimoctavos Juegos Nacionales, Deportivos y Culturales se advierte un gasto excesivo para el erario público; por lo que se estima procedente exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que en los subsecuentes Juegos Deportivos y Culturales se revisen los gastos invertidos en este tipo de actividades, tomando en cuenta el principio de austeridad, sin trastocar la autonomía sindical.

Por las razones expuestas, la Comisión de Transparencia y Anticorrupción somete a consideración de la honorable Asamblea de la Cámara de Diputados, el siguiente:

Dictamen

Único.Se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que en los subsecuentes Juegos Deportivos y Culturales se revisen los gastos invertidos en este tipo de actividades, tomando en cuenta el principio de austeridad y sin trastocar la autonomía sindical.

Notas:

1 Proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, detenga las actividades y políticas que representan un gasto excesivo al erario público, como los decimoctavos Juegos Deportivos y Culturales del Sector Medio Ambiente; presentada por el diputado Ricardo Monreal Ávila, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento Ciudadano. Gaceta Parlamentaria, año XVI, número 3859.VI, martes 10 de septiembre de 2013.

2 Ibídem.

3 Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT). Véase: http://www.semarnat.gob.mx/conocenos/Documents/Condiciones%20Generales%20de%20T rabajo%20de%20la%20Semarnat.pdf?Mobile=1&Source=%2Fconocenos%2F%5Flaouts%2F mobile%2Fdispform%2Easpx%3FList%3D8eb9c541%2D47e8%2D4ecf%2D8062%2D8c948a649e80% 26View%3D6e880080%2D5ca7%2D4363%2Db134%2Dcbcb8ef916cb%26ID%3D67%26CurrentPage%3 D1

Página consultada el 17 de septiembre de 2013.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de diciembre de 2013.

La Comisión de Transparencia y Anticorrupción, diputados:Areli Madrid Tovilla (rúbrica), presidenta; Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), Flor Ayala Robles Linares (rúbrica), Juan Isidro del Bosque Márquez (rúbrica), Enrique Alejandro Flores Flores (rúbrica), Rocío Esmeralda Reza Gallegos (rúbrica), Laura Ximena Martel Cantú (rúbrica), Roberto Carlos Reyes Gámiz (rúbrica), Verónica García Reyes, Omar Antonio Borboa Becerra, Alberto Coronado Quintanilla (rúbrica), Martha Leticia Sosa Govea (rúbrica), Elizabeth Oswelia Yáñez Robles (rúbrica), Lisandro Arístides Campos Córdova (rúbrica), Alfonso Inzunza Montoya, Rodimiro Barrera Estrada (rúbrica), Rubén Acosta Montoya, Benjamín Castillo Valdez (rúbrica), Jorge Terán Juárez, Joaquina Navarrete Contreras (rúbrica), Fernando Belaunzarán Méndez (rúbrica), Javier Salinas Narváez, Juan Manuel Carbajal Hernández (rúbrica), Alejandro Carbajal González.»



REVISION DEL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO CORRESPONDIENTE A 2012 EN EL CONACULTA

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al titular de la ASF a agilizar la revisión del ejercicio del presupuesto correspondiente a 2012 en el Conaculta

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Transparencia y Anticorrupción de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión correspondiente a la LXII Legislatura fue turnada por la Mesa Directiva la proposición con punto de acuerdo para exhortar al auditor superior de la Federación a agilizar la revisión del ejercicio del presupuesto correspondiente a 2012 en el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (Conaculta), presentada por la diputada Juana Bonilla Jaime, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, a efecto de dictaminar su segundo y tercer resolutivos.

La Comisión de Transparencia y Anticorrupción de la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura resulta competente para analizar y resolver este asunto de conformidad con lo que establecen los artículos 39, numeral 2, fracción XLIX, y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 80, numeral 1, fracción VI, 157, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, por lo que se somete a su consideración el presente dictamen, al tenor de lo siguiente:

I. Antecedente

Único. El 10 de septiembre de 2013, Juana Bonilla Jaime, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados el punto de acuerdo mencionado.

En la misma fecha, la Mesa Directiva acordó turnar dicho asunto, por cuanto hace al primer resolutivo, a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación para su atención; y el segundo y tercer resolutivos, a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción para análisis y elaboración del dictamen correspondiente, por lo que remitió duplicado del expediente de mérito, mediante el oficio número DGPL 62-II-6-0788, el cual fue recibido en fecha 11 de septiembre del año en curso.

II. Contenido de la proposición con punto de acuerdo

Primero.En la exposición de motivos del asunto de mérito, la legisladora esgrimió esencialmente lo siguiente:

(...) En fecha reciente se ha tenido conocimiento a través de diversos medios del grave problema financiero que enfrenta el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes debido a los adeudos que contrajo la anterior administración y que no logró solventar durante el año fiscal de 2012, no obstante que durante ese ejercicio dispuso de una asignación de 14 500 000 pesos, erogación establecida para cubrir gasto comente, los proyectos culturales y toda actividad sustantiva que el propio consejo presentó para ese periodo.

Al respecto, el órgano superior de fiscalización de la Cámara de Diputados llevó a cabo una auditoría financiera y de cumplimiento al Conaculta, seleccionando pera su revisión 400 207.7 miles de pesos, que representan 74.5 por ciento del presupuesto ejercido, de 537 189.1 miles de pesos, al programa presupuestario E011, Impulso al Desarrollo de la Cultura. que comprende cinco partidas: 33104, 33301, 33604, 33903 y 38401. De la misma manera, en octubre de 2012 la Auditoría Superior de la Federación cerró la auditoría, con un dictamen negativo.

Resulta oportuno señalar que durante el ejercicio correspondiente al periodo enero-diciembre de 2011, la administración del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes no logró sustanciar la auditoría practicada al uso de recursos provenientes del erario, en el informe de la auditoría financiera y de cumplimiento correspondiente a este organismo cultural, en el apartado correspondiente al resumen de observaciones y acciones se establece un dictamen negativo en razón de que no cumplió las disposiciones normativas aplicables a la política de impulso del desarrollo de la cultura, como se precisa en los resultados que se presentan en el apartado correspondiente del informe y que se refieren principalmente a que no diseñaron indicadores y metas para evaluar el cumplimiento de las estrategias establecidas en el Programa Nacional de Cultura 2007-2012.

En fechas recientes, el titular del Conaculta señaló que la administración anterior le heredó adeudos por “más de 500 millones de pesos, lo que ha mermado el presupuesto de 2013”. Entre esos adeudos se encuentran obras pendientes como la terminación de la Ciudadela, la Cineteca Nacional y el dispendio con que se celebraron congresos sin una verdadera proyección nacional, como los dedicados a la mujer en 2011 y 2012.

El Consejo Nacional para la Cultura y las Artes tiene actividades de promoción, apoyo y patrocinio de eventos que propicien el arte y la cultura. Como es de esperarse, los pasivos financieros heredados repercutirán en las actividades cotidianas y los proyectos culturales que se pretendan llevar en este año.

Indudablemente, el acceso a la cultura, uno de los propósitos del Estado garantizados en la Constitución, tendrá menoscabo, por lo que sin duda muchos menos mexicanos podrán gozar de este derecho (...).

Segundo. Los resolutivos de la proposición con punto de acuerdo refieren lo siguiente:

Primero. La Cámara de Diputados solicita respetuosamente a la Auditoría Superior de la Federación agilizar la revisión del presupuesto ejercido durante 2012 por el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes.

Segundo. La Cámara de Diputados solicita respetuosamente al secretario de la Función Pública determinar la presumible existencia de daño al erario y buscar su resarcimiento.

Tercero. La Cámara de Diputados exhorta al titular del Consejo para la Cultura y las Artes a tomar las medidas necesarias para sanear financiera y administrativamente el organismo.

III. Fundamentación

Única. De conformidad con el artículo 134, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los recursos económicos de que dispongan la federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a que estén destinados. Además, el segundo párrafo ordena que los resultados del ejercicio de dichos recursos sean evaluados por las instancias técnicas que establezcan, respectivamente, la federación, los estados y el Distrito Federal, con objeto de propiciar que los recursos económicos se asignen en los respectivos presupuestos.

En tanto, el artículo 74, fracción VI, de la norma suprema consagra como facultad exclusiva de la Cámara de Diputados la siguiente:

(...) VI. Revisar la Cuenta Pública del año anterior, con objeto de evaluar los resultados de la gestión financiera, comprobar si se ha ajustado a los criterios señalados por el Presupuesto y verificar el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas.

La revisión de la Cuenta Pública la realizará la Cámara de Diputados a través de la entidad de fiscalización superior de la federación. Si del examen que ésta realice aparecieran discrepancias entre las cantidades correspondientes a los ingresos o a los egresos, con relación a los conceptos y las partidas respectivos o no existiera exactitud o justificación en los ingresos obtenidos o en los gastos realizados, se determinarán las responsabilidades de acuerdo con la ley. En el caso de la revisión sobre el cumplimiento de los objetivos de los programas, dicha entidad sólo podrá emitir las recomendaciones para la mejora en el desempeño de los mismos, en los términos de la ley.

La Cuenta Pública del ejercicio fiscal correspondiente deberá ser presentada a la Cámara de Diputados a más tardar el 30 de abril del año siguiente. Sólo se podrá ampliar el plazo de presentación en los términos de la fracción IV, último párrafo, de este artículo; la prórroga no deberá exceder de 30 días naturales y, en tal supuesto, la entidad de fiscalización superior de la federación contará con el mismo tiempo adicional para la presentación del informe del resultado de la revisión de la Cuenta Pública.

La Cámara concluirá la revisión de la Cuenta Pública a más tardar el 31 de octubre del año siguiente al de su presentación, con base en el análisis de su contenido y en las conclusiones técnicas del Informe del Resultado de la entidad de fiscalización superior de la federación a que se refiere el artículo 79 de esta Constitución, sin menoscabo de que el trámite de las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas por la entidad de fiscalización superior de la federación seguirá su curso en términos de lo dispuesto en dicho artículo.

La Cámara de Diputados evaluará el desempeño de la entidad de fiscalización superior de la federación y al efecto le podrá requerir que le informe sobre la evolución de sus trabajos de fiscalización (...)

Por otra parte, en las fracciones III y IV del artículo 79 de la Carta Magna se establecen como facultades de la Auditoría Superior de la Federación las siguientes:

III. Investigar los actos u omisiones que impliquen alguna irregularidad o conducta ilícita en el Ingreso, egreso, manejo, custodia y aplicación de fondos y recursos federales, y efectuar visitas domiciliarias, únicamente para exigir la exhibición de libros, papeles o archivos indispensables para la realización de sus investigaciones, sujetándose a las leyes y a las formalidades establecidas para los cateos; y

IV. Determinar los daños y perjuicios que afecten a la hacienda pública federal o al patrimonio de los entes públicos federales y fincar directamente a los responsables las indemnizaciones y sanciones pecuniarias correspondientes, así como promover ante las autoridades competentes el fincamiento de otras responsabilidades; promover las acciones de responsabilidad a que se refiere el título cuarto de esta Constitución; y presentar las denuncias y querellas penales, en cuyos procedimientos tendrá la intervención que señale la ley.

Las sanciones y demás resoluciones de la entidad de fiscalización superior de la federación podrán ser impugnadas por las entidades fiscalizadas y, en su caso, por los servidores públicos afectados adscritos a las mismas, ante la propia entidad de fiscalización o ante los tribunales a que se refiere el artículo 73, fracción XXIX-H, de esta Constitución conforme a lo previsto en la ley.

Respecto a la consideración de la diputada proponente donde manifiesta que “el órgano superior de fiscalización, de la Cámara de Diputados llevó a cabo una auditoría financiera y de cumplimiento al Conaculta, seleccionando para su revisión 400 207.7 miles de pesos, que representan 74.5 por ciento del presupuesto ejercido, de 537 189. 1 miles de pesos, al programa presupuestario E011, Impulso al Desarrollo de la Cultura, que comprende cinco partidas: 33104, 33301, 33604, 33903 y 38401. De la misma manera, en octubre de 2012 la Auditoría Superior de la Federación cerró la auditoría, con un dictamen negativo”, resulta importante referir:

Que el contenido del dictamen negativo emitido por el órgano de fiscalización superior de la federación en el Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de 2011 respecto a la auditoría de desempeño 11-0-11H00-02-0416, hecha al Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (Impulso al Desarrollo de la Cultura), es el que a continuación se cita:

Dictamen: negativo

La auditoría se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable; fue planeada y desarrollada de acuerdo con el objetivo y alcance establecidos; y se aplicaron los procedimientos de auditoría y las pruebas selectivas que se estimaron necesarios. En consecuencia, hay una base razonable para sustentar el presente dictamen, que se refiere sólo a las operaciones revisadas.

La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales y respecto de la muestra auditada, el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes no cumplió las disposiciones normativas aplicables, como se precisa en los resultados que se presentan en el apartado correspondiente de este informe, donde destacan los siguientes: no reconoció los Adefa reportados en la CHPF por 516 708.1 miles de pesos, ya que generó un pasivo circulante por 1 187 301.3 miles de pesos no registrados en el Módulo del Presupuesto Comprometido, ni en el Módulo de Adefas, ni los informó a la SHCP; no demostró que los saldos por 34 62.7 miles de pesos de 22 cuentas bancarias estaban devengados al 31 de diciembre de 2011; las partidas restringidas 33104, “Otras asesorías para la operación de programas”, y 38401, “Exposiciones”, no se sujetaron a los “Lineamientos para regular los gastos restringidos”; realizó adjudicaciones directas por 31 991.7 miles de pesos sin garantizar las mejores condiciones para el Estado; no cuenta con un sistema de control de inventarios; 7 815 discos compactos de una obra musical por 453.3 miles de pesos no se destinaron para el fin para el cual fueron adquiridos y 48 780 unidades por 2 829.2 miles de pesos no se tenía determinado el destino de los mismos; no se contó con la información y documentación del proceso de contratación celebrado con Artmex Viajes, SA de CV; emitió cuentas por liquidar certificadas por 6 498.6 miles de pesos sin estar a favor de los beneficiarios directos; y no cumplió la realización de la “evaluación de consistencia y resultados” del programa presupuestario E011, Impulso al Desarrollo de la Cultura, mediante la evaluación externa señalada por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.

Asimismo, en cuanto a la consideración de la diputada proponente en la que expresa que “durante el ejercicio correspondiente al periodo enero-diciembre de 2011, la administración del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes no logró sustanciar la auditoría practicada al uso de recursos provenientes del erario, en el informe de la auditoría financiera y de cumplimiento correspondiente a este organismo cultural, en el apartado correspondiente al resumen de observaciones y acciones se establece un dictamen negativo en razón de que no cumplió las disposiciones normativas aplicables a la política de impulso del desarrollo de la cultura, como se precisa en los resultados que se presentan en el apartado correspondiente del informe y que se refieren principalmente a que no diseñaron indicadores y metas para evaluar el cumplimiento de las estrategias establecidas en el Programa Nacional de Cultura 2007-2012”, se valora lo siguiente:

Que el contenido del dictamen negativo emitido por el órgano de fiscalización superior de la federación en el Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de 2011 respecto a la auditoría de desempeño 11-0-11H00-07-0413, hecha al Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (Impulso al Desarrollo de la Cultura), es el que a continuación se cita:

Dictamen: negativo

La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales, el Conaculta no cumplió las disposiciones normativas aplicables a la política de impulso al desarrollo de la cultura, como se precisa en los resultados que se presentan en el apartado correspondiente de este informe y que se refieren principalmente a que no diseñó indicadores y metas para evaluar el cumplimiento de las estrategias establecidas en el Programa Nacional de Cultura 2007-2012 de incrementar el apoyo a proyectos de mediano y largo plazos que estimulen el desarrollo cultural; desarrollar nuevos sistemas para la evaluación de los proyectos apoyados por el consejo; revisar la pertinencia y consistencia de los programas de estímulo a la creación artística; programar actividades en materia de artes visuales, escénicas y literatura de mediano y largo plazos, que respondan a ciclos o circuitos coherentes y articulados, nacionales e internacionales; optimizar la presencia de México en los organismos multilaterales y regionales; contar con un programa de conferencias y charlas preparatorias a conciertos, ópera y ballet; desarrollar, en colaboración con otras dependencias e instituciones privadas y públicas dedicadas a la difusión de las artes, proyectos de investigación sobre públicos en actividades artísticas para reorientar y reforzar el trabajo en los distintos espacios escénicos y foros; conservar el libro como instrumento central para dar a conocer las culturas populares y a sus creadores e investigadores, preservando y promoviendo la cultura escrita, con un programa editorial anual; contar con una programación artística general con la participación de todas las áreas del consejo para armonizar tiempos y elaborar calendarios óptimos; y generar convenios de colaboración y patrocinio para la difusión con empresas del sector privado. Tampoco acreditó las diferencias en cifras de los reportes internos de apoyos a la creación del arte, ni organizó la información del sistema contable para determinar los costos de los apoyos para la creación del arte, de la promoción y de la difusión del patrimonio artístico y cultural; no vinculó los objetivos de la MIR con los del Programa Nacional de Desarrollo 2007-2012; y no presentó información suficiente en los principales documentos de rendición de cuentas para evaluar el cumplimiento de los objetivos relacionados con el impulso del desarrollo de la cultura.

Por otra parte, debe referirse que en términos del artículo 1o. de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, reglamentaria de los artículos 74, fracciones II y VI, y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de revisión y fiscalización de la Cuenta Pública, la fiscalización de la Cuenta Pública tiene el objeto de evaluar los resultados de la gestión financiera de las entidades fiscalizadas; comprobar si se observó lo dispuesto en el Presupuesto, la Ley de Ingresos y demás disposiciones legales aplicables, así como la práctica de auditorías sobre el desempeño para verificar el cumplimiento de los objetivos y las metas de los programas federales, conforme a las normas y los principios de posterioridad, anualidad, legalidad, definitividad, imparcialidad y confiabilidad.

Asimismo, se estipula que la fiscalización de la Cuenta Pública comprende la revisión de los ingresos, los egresos, incluyendo subsidios, transferencias y donativos, fondos, los gastos fiscales y la deuda pública, del manejo, la custodia y la aplicación de recursos públicos federales, con excepción de las participaciones federales, así como de la demás información financiera, contable, patrimonial, presupuestaria y programática que las entidades fiscalizadas deban incluir en dicho documento, conforme a las disposiciones aplicables.

El artículo 49 de la referida Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación señala que si de la fiscalización de la Cuenta Pública aparecieren irregularidades que permitan presumir la existencia de hechos o conductas que produzcan un daño o perjuicio, o ambos, a la hacienda pública federal o, en su caso, al patrimonio de los entes públicos federales o de las entidades paraestatales federales, la Auditoría Superior de la Federación procederá a

a) Determinar los daños o perjuicios, o ambos, según corresponda, y fincar directamente a los responsables las responsabilidades resarcitorias por medio de indemnizaciones y sanciones;

b) Promover ante las autoridades competentes el fincamiento de otras responsabilidades;

c) Promover las acciones de responsabilidad a que se refiere el título cuarto de la Constitución Política de tos Estados Unidos Mexicanos;

d) Presentar las denuncias y querellas penales a que haya lugar; y

e)Coadyuvar con el Ministerio Público en los procesos penales investigatorios y judiciales correspondientes. En estos casos, el Ministerio Público recabará previamente la opinión de la Auditoría Superior de la Federación respecto a las resoluciones que dicte sobre el no ejercicio o el desistimiento de la acción penal.

Más adelante, en los artículos 50 a 56, la normativa de fiscalización señalada precisa, entre otras cuestiones:

1. Incurren en responsabilidad los servidores públicos y los particulares, personas físicas o morales, por actos u omisiones que causen daño o perjuicio, o ambos, estimable en dinero, a la hacienda pública federal o, en su caso, al patrimonio de los entes públicos federales o de las entidades paraestatales federales.

2. Las responsabilidades que se finquen tienen por objeto resarcir el monto de los daños y perjuicios estimables en dinero que se hayan causado a la hacienda pública federal o, en su caso, al patrimonio de los entes público federales o de las entidades paraestatales federales.

3. Las responsabilidades resarcitorias para obtener las indemnizaciones y sanciones pecuniarias (derivadas de la responsabilidad resarcitoria) se constituirán, en primer término, a los servidores públicos o a los particulares, personas físicas o morales que directamente hayan ejecutado los actos o incurran en las omisiones que las hayan originado y, subsidiariamente, y en ese orden, al servidor público jerárquicamente inmediato que por la índole de sus funciones haya omitido la revisión o autorizado tales actos, por causas que impliquen dolo, culpa o negligencia por parte de ellos.

4. Las responsabilidades resarcitorias se fincarán independientemente de las que procedan con base en otras leyes y de las sanciones penales que imponga la autoridad judicial.

5. La Auditoría Superior de la Federación, con base en las disposiciones de la ley de mérito, formulará a las entidades fiscalizadas los pliegos de observaciones derivados de la fiscalización de la Cuenta Pública, en los que determinará en cantidad líquida la presunta responsabilidad de los infractores.

Finalmente, es importante señalar que del artículo 57 al 68 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación se establece el procedimiento para el fincamiento de responsabilidades resarcitorias, y en el artículo 69 de dicho ordenamiento se prevé el recurso de reconsideración, como medio de defensa en contra de las sanciones y demás resoluciones que al efecto emita la Auditoría Superior de la Federación.

Por ello, de una interpretación armónica y sistemática de los dispositivos normativos indicados, la Auditoría Superior de la Federación es el órgano encargado de determinar la existencia o no del daño al erario y resolver, con base en el procedimiento legalmente establecido, si ha lugar la responsabilidad resarcitoria. Así, en el caso concreto, la Secretaría de la Función Pública no posee facultades para determinar la presumible existencia de daño a la hacienda pública federal en el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes y, en su caso, iniciar el procedimiento respectivo para fincar responsabilidad resarcitoria al o los servidores públicos infractores.

IV. Consideraciones

Primera. Que el 10 de septiembre de 2013, Juana Bonilla Jaime, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados la proposición con punto de acuerdo objeto del presente análisis.

En la misma fecha, la Mesa Directiva acordó turnar dicho asunto, por cuanto hace al primer resolutivo, a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, para su atención; y el segundo y tercer resolutivos a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para análisis y elaboración de dictamen correspondiente.

Segunda. Que los resolutivos de la proposición con punto de acuerdo que a esta comisión competen refieren lo siguiente:

Segundo. La Cámara de Diputados solicita respetuosamente al secretario de la Función Pública determinar la presumible existencia de daño al erario y buscar su resarcimiento.

Tercero. La Cámara de Diputados exhorta al titular del Consejo para la Cultura y las Artes a tomar las medidas necesarias para sanear financiera y administrativamente el organismo.

Tercera. Que en términos de lo dispuesto en los artículos 79, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 49 y 50 a 69 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación; es facultad de la Auditoría Superior de la Federación determinar los daños y perjuicios que afecten la hacienda pública federal o el patrimonio de los entes públicos federales y fincar directamente a los responsables las indemnizaciones y sanciones pecuniarias correspondientes.

En ese sentido, resulta improcedente la propuesta planteada relativa al que la Cámara de Diputados solicite al secretario de la Función Pública determinar la existencia de daño al erario en el Conaculta y, en su caso, buscar su resarcimiento, toda vez que dicha secretaría no posee tales facultades.

Po lo que toca al punto tercero de la proposición, se considera procedente el exhorto que se propone, pues se tiene conocimiento cierto del resultado de la auditoría 11-0-11H00-02-0416, practicada por la Auditoría Superior de la Federación al Conaculta, fue dictaminada negativa.

Por las razones expuestas, la Comisión de Transparencia y Anticorrupción somete a consideración de la asamblea de la Cámara de Diputados el siguiente

Dictamen

Primero.Se exhorta al titular del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes a tomar las medidas necesarias para sanear financiera y administrativamente el organismo.

Segundo.La Comisión de Transparencia y Anticorrupción solicita a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación que instruya al órgano de fiscalización superior de la federación para que informe a esta comisión o a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión (Mesa Directiva) si existe algún procedimiento de responsabilidad resarcitoria instaurado contra algún servidor público del Conaculta con motivo del ejercicio fiscal correspondiente a 2011.

Notas:

1 Proposición con punto de acuerdo para exhortar al auditor superior de la Federación a agilizar la revisión del ejercicio del presupuesto correspondiente a 2012 en el Conaculta, presentada por la diputada Juana Bonilla Jaime, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. Gaceta Parlamentaria, año XVI, número 3859-VI, martes 10 de septiembre de 2013.

2 Ibídem.

3 Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011.

4 Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011.

5 Ibídem.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de diciembre de 2013.

La Comisión de Transparencia y Anticorrupción, diputados:Areli Madrid Tovilla (rúbrica), presidenta; Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), Flor Ayala Robles Linares (rúbrica), Juan Isidro del Bosque Márquez (rúbrica), Enrique Alejandro Flores Flores (rúbrica), Rocío Esmeralda Reza Gallegos (rúbrica), Laura Ximena Martel Cantú (rúbrica), Roberto Carlos Reyes Gámiz (rúbrica), Verónica García Reyes, secretarios; Omar Antonio Borboa Becerra, Alberto Coronado Quintanilla (rúbrica), Martha Leticia Sosa Govea (rúbrica), Elizabeth Oswelia Yáñez Robles (rúbrica), Lisandro Arístides Campos Córdova (rúbrica), Alfonso Inzunza Montoya, Rodimiro Barrera Estrada (rúbrica), Rubén Acosta Montoya, Benjamín Castillo Valdez (rúbrica), Jorge Terán Juárez, Joaquina Navarrete Contreras (rúbrica), Fernando Belaunzarán Méndez (rúbrica), Javier Salinas Narváez, Juan Manuel Carbajal Hernández (rúbrica), Alejandro Carbajal González.»



LICITACIONES PUBLICAS PARA CONTRATAR LOS SERVICIOS DE LABORATORIOS CLINICOS Y BANCOS DE SANGRE

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con punto de acuerdo para exhortar al presidente de la República, a los titulares de la Secretaría de Salud, de la Sedena, y de la Semar, y a los directores generales del IMSS, del ISSSTE y de Pemex a transparentar los procesos de las licitaciones públicas para contratar los servicios de laboratorios clínicos y bancos de sangre en esas dependencias

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Transparencia y Anticorrupción de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión correspondiente a la LXII Legislatura, le fue turnada por la Mesa Directiva, para su estudio y elaboración de dictamen correspondiente, la proposición con punto de acuerdo para exhortar al presidente de la república, a los titulares de la Secretaría de Salud, de la Sedena y de la Semar, y a los directores generales del IMSS, del ISSSTE y de Pemex, para que se transparenten los procesos de las licitaciones públicas para la contratación de los servicios de laboratorios clínicos y bancos de sangre de estas dependencias; presentada por la diputada Yazmín de los Ángeles Copete Zapot, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

La Comisión de Transparencia y Anticorrupción de la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura resulta competente para analizar y resolver este asunto de conformidad con lo que establecen los artículos 39, numeral 2, fracción XLIX y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 80, numeral 1, fracción VI; 157, fracción I y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión; por lo que se somete a su consideración el presente dictamen, al tenor de los siguientes

I. Antecedentes

Único. El 18 de septiembre de 2013, la diputada Yazmín de los Ángeles Copete Zapot, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados el punto de acuerdo antes mencionado.

En esa misma fecha, la Mesa Directiva acordó turnar dicho asunto a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción para su análisis y elaboración de dictamen correspondiente; por lo que remitió duplicado del expediente de mérito, mediante oficio número D.G.P.L. 62-II-5-924, el cual fue recibido en fecha 19 de septiembre del año en curso.

II. Contenido de la proposición con punto de acuerdo

Primero. En la exposición de motivos del asunto de mérito, la legisladora esgrimió esencialmente lo siguiente:

“(...) El pasado 8 de julio del presente año el presidente de la República, dio a conocer la estrategia de contratación pública cuyos objetivos cuyos son: acelerar las contrataciones y asegurar que éstas se realicen bajo los principios constitucionales de: eficacia, economía, transparencia y honradez, en este mismo sentido el titular del Ejecutivo federal señalo que para el 2013 se destinarán para contrataciones públicas $ 365 mil 129 millones de pesos, es decir, más de mil millones de pesos diarios.

El presidente de la República señaló que la estrategia de contratación pública tendrá como base el sentido común, utilizar el tamaño del gobierno federal para comprar más barato y lograr que el dinero público que es de todos los mexicanos rinda mucho más, a través de compras consolidadas, contratos marco, subastas en reservas y un mayor uso de las tecnologías de la información, mediante licitaciones electrónicas.

Como parte de la estrategia de contratación pública el presidente de la república señaló que se promoverá la adquisición de bienes y servicios en donde participarán las Mipymes de todo país a través de contratos marco, el contrato marco consiste en un convenio general que celebran una dependencia federal con uno o varios proveedores, y que se fijan condiciones de precio y calidad del bien y servicio, la ventaja es que podrán adherirse a él otras dependencias que requieran un producto o servicio similar.

Enrique Peña Nieto también anunció que se incluirá la figura de contratación pública conocida como subasta en reserva, a diferencia de la subasta normal, donde gana quien ofrece más, aquí el contrato lo gana el proveedor que ofrece el menor precio.

La importancia del incluir en el presente punto de acuerdo la contratación de los servicios de laboratorios clínicos y bancos de sangre, es por la cantidad de recursos que se destinarán a los contratos públicos y que anunció el presidente Enrique Peña Nieto el pasado 8 de julio en la presentación de la estrategia de contratación pública, y señaló que en el mes de julio se suscribirá el contrato marco entre la Secretaría de Salud y más de 25 laboratorios, para la compra de medicamentos de patente por un monto estimado de $13 mil 27 millones de pasos y que bajo la conducción del Instituto Mexicano del Seguro Social se iniciaron los trabajos para la licitación consolidada de más de 900 distintos medicamentos y más de mil 800 claves de materiales de curación, para el sector salud, incluyendo al ISSSTE, la Sedena, a la Secretaría de Marina y a la Secretaria de Salud, esta adquisición será de 42 millones de pesos.

Es importante señalar y preguntarle al presidente de la república y demás titulares del gobierno federal, ¿si la estrategia de contratación pública está encaminada a terminar con el oligopolio que durante los doce años de administraciones panistas y hasta nuestros días siguen dominando el mercado del sector salud?, me refiero a las empresas transnacionales como: Productos Roche, Johnson & Johnson, Siemens, Abbott, Beckton Dickinson, Biomerieux, IL Diagnostics, Beckman Coulter que a través de los contratos adjudicados a las empresas Instrumentos y Equipos Falcón, SA de CV; Selecciones Médicas, SA de CV; Dicipa, SA de CV; Impromed, SA de CV; Centrum Promotora Internacional, SA de CV y Hemoser, SA de CV, han sido las más beneficiadas.

No podemos dejar de lado que las empresas distribuidoras: Instrumentos y Equipos Falcón, SA de CV; Selecciones Médicas, SA de CV; Dicipa, SA de CV; Impromed, SA de CV; Centrum Promotora Internacional, SA de CV y Hemoser, SA de CV, fueron las principales beneficiadas por las licitaciones nacionales públicas mixtas del ISSSTE e IMSS, con la representación de las transnacionales Productos Roche, Johnson & Johnson, Siemens, Abbott, Beckton Dickinson, Biomerieux, IL Diagnostics, Beckman Coulter.

Concretamente la contratación de servicios integrales de laboratorio y bancos de sangre de clínicas y hospitales del ISSSTE, los resultados fueron desastrosos para los derechohabientes de este organismo de salud, esto se acredita con la Auditoria Superior de la Federación (ASF) de la Cuenta Pública del 2010.

Al respecto la ASF señala en el citado informe de la cuenta Pública del 2010 lo siguiente: concretamente en la página 10 “por lo anterior, se observó que los costos unitarios en el contrato plurianual abierto a la prestación del servicio integral de laboratorios de análisis clínicos y bancos de sangre en unidades médicas hospitalarias y no hospitalarias del ISSSTE, fueron mayores que en las adjudicaciones realizadas en el hospital en el ejercicio de 2010 dentro de un parámetro del 10% al 776.1%. De acuerdo con estimaciones de la ASF, al ejercer el monto máximo de1 contrato con el mismo número de pruebas, el incremento en los costos resultó mayor que las erogaciones que se efectuaban con los proveedores salientes”,

El dictamen el 2010 de la ASF realizado al ISSSTE fue negativo y el organismo fiscalizador concluyó lo siguiente:

“La Auditoría Superior de la Federación considera que en términos generales y respecto de la muestra auditada, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado no cumplió con las disposiciones normativas aplicables, como se precisa en los resultados que se presentan en el apartado correspondiente de este informe, donde destacan los siguientes: carece de normatividad para determinar las necesidades de las unidades médicas respecto de los servicios médicos: la cantidad de pruebas estipuladas en el cuerpo de los contratos números LPN-CS-DA-SRMS-149/2010 y 150/2010 no coinciden con la establecida en sus anexos, algunas pruebas resultaron más caras que las presentadas en el estudio de mercado, aun sin considerar los insumos: además, en el caso del Hospital Regional 1o. de Octubre” los costos de 72 pruebas pactadas en el contrato son superiores de 10.8% a 776% a los proveedores anteriores y se realizan con equipos de misma tecnología y no se asignaron las pruebas de laboratorio necesarias para transfundir sangre, entre ellas las requeridas para realizar trasplante de órganos, por lo que a la fecha de la auditoría (octubre de 2011) no se habla realizado pruebas de compatibilidad HLA a 58 pacientes para efectuar los trasplantes: asimismo; el Centro Médico Nacional 20 de Noviembre no hizo 142,034 pruebas de laboratorios y el Hospital Regional 1o. de Octubre, 12,046 ya no se incluyeron en la licitación, como tampoco los insumos para efectuar/as; los laboratorios del Centro Médico Nacional 20 de Noviembre y el Hospital Regional 1o. de Octubre, carecen de controles de calidad externos que garanticen la calidad y confiabilidad de las pruebas que realizan, ya que no se incluyeron en la licitación; en el Centro Médico Nacional 20 de Noviembre se detectó un equipo de artroscopia que no se ha utilizado desde abril de 2010”. De lo anterior se concluye que aun cuando no se ha realizado ninguna erogación por este equipo, ya que no ha sido utilizado, existen deficiencias en la determinación de las necesidades de las unidades médicas, ya que se asignaron equipos que no se utilizan.

Así como en el dictamen de la ASF correspondiente al ejercicio 2011 en donde se señala lo siguiente y concretamente en la página 20.

Dictamen: Negativo.

“La auditoría se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable; fue planeada y desarrollada de acuerdo con el objetivo y alcance establecidos, y se aplicaron los procedimientos de auditoría y las pruebas selectivas.

21 que se estimaron necesarios. En consecuencia, existe una base razonable para sustentar el presente dictamen, que se refiere sólo a las operaciones revisadas.

La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales y respecto de la muestra auditada, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado no cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la subcontratación de servicios, como se precisa en los resultados que se presentan en el apartado correspondiente de este informe, las cuales se originaron debido a deficiencias en la gestión financiera, entre las que destacan las siguientes: al 31 de diciembre de 2011 se reportó un pasivo circulante por 503,874.9 miles de pesos, el cual no corresponde a gastos efectivamente devengados; no cuenta con indicadores de gestión y desempeño para evaluar los servicios de laboratorio de análisis clínicos y banco de sangre, ni con un sistema informático para su seguimiento; asimismo, en su contratación no se incluyeron pruebas de laboratorio o no fueron asignadas a las unidades médicas, así como tampoco los materiales y reactivos necesarios para realizarlas, por lo que se han tenido que adquirir con presupuesto de los hospitales; existen pruebas y procesos que no cuentan con controles de calidad externos; los hospitales muestreados manifestaron deficiencias en el abasto de insumos y reactivos (no se entregan en tiempo, o se entregan incompletos, se entregan reactivos con fechas de caducidad corta); las pruebas para pacientes de trasplantes no fueron asignadas para los hospitales regionales 1o. de octubre, Licenciado Adolfo López Mateos y Doctor Valentín Gómez Farías, así como el Centro Médico Nacional 20 de Noviembre, unidades médicas que realizan esta clase de operaciones, y se recibió e instaló equipo en fechas posteriores a la establecida en los contratos. Además, en los hospitales regionales “León” y “Doctor Valentín Gómez Farías”, los costos de algunas pruebas, estipulados en el contrato LPN-CS-DA-SRMS-150/2010, fueron mayores en 3,648.6 y 5,293.8 miles de pesos, respectivamente, que los que pagaba mediante contratos anteriores que ellos mismos adjudicaban”.

Con estos resultados de la ASF de 2010 y 2011 se demuestra que las empresas distribuidoras como Instrumentos y Equipos Falcón, SA de CV; Selecciones Médicas, SA de CV, Dicipa, SA de CV; Impromed, SA de CV; Centrum Promotora Internacional, SA de CV; y Hemoser, SA de CV; formaron un mercado oligopólico en el sector de la salud y no representaron la mejor opción en las contrataciones públicas de los últimos seis años, además se incrementó el costo de los reactivos contratados por más de $2,000,000.00 (dos mil millones de pesos) en relación a las contrataciones anteriores que se llevaban a cabo mediante las Mipymes de todo el país.

Las Mipymes en un escenario de competencia ofrecían mejores servicios y costos benéficos para el Fovissste e IMSS, sólo basta señalar que estas prácticas oligopólicas dejaron fuera de las licitaciones aproximadamente a 500 micro y pequeñas empresas distribuidores del sector.

Por este motivo de los aproximadamente $85 mil millones de pesos que se licitaran para el sector salud en el presente año, se tiene que realizar concursos públicos de manera transparente en la contratación de los Servicios de Laboratorios Clínicos y Bancos de Sangre de hospitales y clínicas, para que en las licitaciones públicas plurianuales del IMSS, ISSSTE y SSA participen las Mipymes. (...)”

Segundo. En su parte resolutiva, la proposición con punto de acuerdo refiere lo siguiente:

“1. Se exhorta al presidente de la República, Enrique Peña Nieto, a los titulares de la Secretaría de: Salud, Mercedes Juan López, de la Defensa Nacional, Salvador Cienfuegos Zepeda, de la Marina, Francisco Soberón Sáenz, y a los directores generales del Instituto Mexicano del Seguro Social, José Antonio González Anaya, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, Sebastián Lerdo de Tejada y de Petróleos Mexicanos, Emilio Lozoya Autín, para que transparenten los procesos de las licitaciones públicas para Contratación de los Servicios de Laboratorios Clínicos y Bancos de Sangre en estas dependencias del gobierno federal.

2. Que en las licitaciones públicas plurianuales del ISSSTE e IMSS participen las Mipymes de todo el país y que se cumpla con el porcentaje de contratación de éstas de acuerdo a lo estipulado por la Secretaría de Economía para cada dependencia.

3. Que en las Licitaciones convocadas por las Instituciones de salud de los gobiernos federales y estatales se eliminen los conceptos ó condiciones que limitan la libre participación de las Mipymes, estas se deberán llevar a cabo de manera descentralizada, que cada entidad cuente con autonomía para adjudicar de acuerdo con las necesidades de los servicios de salud de la localidad, se lleven a cabo por nivel de servicio ya que la atención de primer y segundo nivel representan el 70% de los servicios institucionales a nivel federal, con lo que se logrará la mayor participación de Mipymes, así mismo los puntajes de evaluación en las Licitaciones, se le dé primordial preponderancia a: precio, calidad, oportunidad y servicio.”

III. Fundamentación

Primera. Debe precisarse que de conformidad con el artículo 134, párrafos tercero y cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra que realicen, se adjudicarán o llevarán a cabo a través de licitaciones públicas mediante convocatoria pública para que libremente se presenten proposiciones solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.

Cuando las licitaciones no sean idóneas para asegurar dichas condiciones, las leyes establecerán las bases, procedimientos, reglas, requisitos y demás elementos para acreditar la economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez que aseguren las mejores condiciones para el Estado.

Por su parte, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, estipula en su artículo 1o., señala lo siguiente:

Artículo 1. La presente Leyes de orden público y tiene por objeto reglamentar la aplicación del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de las adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, que realicen:

I. Las unidades administrativas de la Presidencia de la República;

II. Las Secretarías de Estado y la Consejería Jurídica del Ejecutivo federal;

III. La Procuraduría General de la República;

IV. Los organismos descentralizados;

V. Las empresas de participación estatal mayoritaria y los fideicomisos en los que el fideicomitente sea el gobierno federal o una entidad paraestatal, y

VI. Las entidades federativas, los municipios y los entes públicos de unas y otros, con cargo total o parcial a recursos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo federal. No quedan comprendidos para la aplicación de la presente Ley los fondos previstos en el Capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal.

(...)

Las adquisiciones, arrendamientos y servicios relacionados con las actividades sustantivas de carácter productivo a que se refieren los artículos 3o. y 4o. de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo que realicen Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios quedan excluidos de la aplicación de este ordenamiento, por lo que se regirán por lo dispuesto en su Ley, salvo en lo que expresamente ésta remita al presente ordenamiento.

(...)

(...)

(...)

(...)

Segunda. Por cuanto hace el primero de los resolutivos, se concluye lo siguiente:

Debe partirse del hecho de que en términos del referido artículo 1o. de la Ley de adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, tanto las secretarías como las entidades paraestatales mencionadas por la proponente son sujetos de la norma antes señalada.

Ahora bien, conforme a lo dispuesto por el artículo 2°, fracción II, de la ley antes citada, CompraNet es el sistema electrónico de información pública gubernamental sobre adquisiciones, arrendamientos y servicios, integrado entre otra información, por los programas anuales en la materia, de las dependencias y entidades; el registro único de proveedores; el padrón de testigos sociales; el registro de proveedores sancionados; las convocatorias a la licitación y sus modificaciones; las invitaciones a cuando menos tres personas; las actas de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de proposiciones y de fallo; los testimonios de los testigos sociales; los datos de los contratos y los convenios modificatorios; las adjudicaciones directas; las resoluciones de la instancia de inconformidad que hayan causado estado, y las notificaciones y avisos correspondientes. Dicho sistema es de consulta gratuita y constituye un medio por el cual se desarrollaran procedimientos de contratación. El sistema está a cargo de la Secretaría de la Función Pública y se establecen los controles necesarios para garantizar la inalterabilidad y conservación de la información que se contenga.

En ese tenor, debe considerarse que el “Módulo de Información e Inteligencia de Mercado para las Contrataciones Públicas” forma parte del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental sobre Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios, Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (CompraNet). Este nuevo módulo está diseñado para garantizar acceso oportuno y sistematizado a 1a población en generar a la información relacionada con la planeación, ejecución y resultado de las contrataciones públicas realizadas por la administración pública federal y los gobiernos estatales y municipales cuando éstas son realizadas a través de CompraNet, de conformidad con la’ normatividad aplicable.

Este módulo ofrece información relevante para todos los actores que participan en las compras de gobierno, fortaleciendo al mismo tiempo los principios de transparencia y rendición de cuentas en el uso de los recursos públicos.

El módulo de CompraNet-inteligencia de mercado consta de cinco apartados:

1. Programas anuales de contrataciones públicas

2. Procedimientos de contratación

3. Contratos

4. Proveedores y contratistas

5. Indicadores de desempeño de los procedimientos de contratación

En cada uno de los apartados el usuario tendrá la posibilidad de acceder a:

Consultas generales, en donde encontrará la información más relevante de manera agregada;

Informes analíticos predefinidos, con los que podrá ordenar, clasificar y filtrar información de forma detallada de un menú predefinido de reportes;

Consultas personalizadas o a la medida, que brindará al usuario la posibilidad de ejecutar consultas de acuerdo a sus necesidades de análisis, y PDFs activos, con los que podrá acceder a las consultas generales de cada apartado, pudiendo exportar y consultar la información de manera interactiva en un cualquier equipo.

El módulo de CompraNet-inteligencia de mercado cuenta con una funcionalidad que permite exportar en diversos formatos consultas, ofreciendo al usuario la libertad de archivar sus búsquedas en su propio equipo de cómputo, construir tablas y graficar los datos.”

Por lo que es preciso puntualizar lo siguiente:

a) Que las dependencias y entidades señaladas por la proponente tienen la obligación de publicar los procesos de licitaciones, en términos de lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

b) Que el Sistema de CompraNet se encuentra disponible a los ciudadanos con tan sólo acceder a su página de internet (https://compranet.funcionpublica.gob.mxlweb/ login.html); en la que se proporciona información pública gubernamental sobre adquisiciones, arrendamientos y servicios, dando a conocer cuestiones tales como las convocatorias a la licitación y sus modificaciones; las actas de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de proposiciones y de fallo; los datos de los contratos y los convenios modificatorios; lo que garantiza el respeto al derecho fundamental de acceso a la información consagrado por el artículo 6o. de la Carta Magna.

En ese sentido, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental establece en su artículo 7, fracción XIII, lo siguiente:

Articulo 7. Con excepción de la información reservada o confidencial prevista en esta Ley, los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y actualizar, en los términos del Reglamento y los lineamientos que expida el Instituto o la instancia equivalente a que se refiere el artículo 61, entre otra, la información siguiente: (...)

XIII. Las contrataciones que se hayan celebrado en términos de la legislación aplicable detallando por cada contrato:

a) Las obras públicas, los bienes adquiridos, arrendados y los servicios contratados; en el caso de estudios o investigaciones deberá señalarse el tema específico;

b) El monto;

c) El nombre del proveedor, contratista o de la persona física o moral con quienes se haya celebrado el contrato, y

d) Los plazos de cumplimiento de los contratos;

(...)

De lo anterior se concluye que el marco legal y el sistema CompraNet brindan la posibilidad de que el ciudadano tenga acceso a la información gubernamental relativa a toda clase de licitaciones de la administración pública.

Tercera. Por cuanto hace el segundo de los resolutivos, debe considerarse que conforme al artículo 8o. de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Secretaría de Economía dictará las reglas que deban observar las dependencias y entidades, derivadas de programas que tengan por objeto promover la participación de las empresas nacionales, especialmente de las micro, pequeñas y medianas (Mipymes).

Adicionalmente, las dependencias y entidades deberán diseñar y ejecutar programas de desarrollo de proveedores de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales para generar cadenas de proveeduría respecto de bienes y servicios que liciten regularmente. Para la expedición de las reglas, la Secretaría de Economía tomará en cuenta la opinión de la Secretaría y de la Secretaría de la Función Pública.

Por otra parte, de conformidad con el principio de legalidad (reconocido por el artículo 14 de la Ley Suprema) ningún órgano del Estado puede realizar actos individuales que no estén previstos y autorizados por disposición general anterior; por lo que en el caso concreto, las entidades referidas por la autora (IMSS e ISSSTE), tienen la obligación de cumplir con el mandato legal antes referido, así como el resto de las disposiciones normativas aplicables.

Derivado de lo anterior, resulta inviable el exhorto propuesto por la autora, toda vez que las normas aplicables ya prevén y regulan de manera general la situación planteada.

Cuarta. Finalmente, referente al tercero de los resolutivos que se dictaminan, se advierte que dicha propuesta resulta inviable ya que:

Tanto las instituciones de salud federales como las instituciones de salud de las entidades federativas (en el supuesto de que se manejen en una licitación local recursos públicos federales) deben, con base en el principio de legalidad atenerse estrictamente a lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Así, la ley antes referida establece las condiciones y medidas aplicables en el procedimiento licitatorio para las Mipymes (y que les otorgan ciertos beneficios) en los artículos 8o.; 13, segundo párrafo; 14, segundo párrafo; 23, fracción V, y 28, en su último párrafo.

En tanto que si se trata de una licitación local en la que no haya recursos públicos federales, las reglas del procedimiento que deberán seguir serán las establecidas en la legislación local de la materia.

Por lo que se concluye que un punto de acuerdo no es un instrumento idóneo para establecer a las dependencias y entidades reglas en el procedimiento de licitación; pues es la ley la encargada de regular tales hipótesis.

III. Consideraciones

Primera. El 18 de septiembre de 2013, la Diputada Yazmín de los Ángeles Copete Zapot, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados el Punto de acuerdo antes mencionado.

En esa misma fecha, la Mesa Directiva acordó turnar dicho asunto a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción para su análisis y elaboración de dictamen correspondiente.

Segunda. Que el objeto de la proposición con punto de acuerdo que se analiza consiste en:

1. Exhortar al presidente de la República, Enrique Peña Nieto, a los titulares de la Secretaría de: Salud, Mercedes Juan López, de la Defensa Nacional, Salvador Cienfuegos Zepeda, de la Marina, Francisco Soberón Sáenz, y a los directores generales del Instituto Mexicano del Seguro Social, José Antonio González Anaya, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, Sebastián Lerdo de Tejada y de Petróleos Mexicanos, Emilio Lozoya Autín, para que transparenten los procesos de las licitaciones públicas para contratación de los servicios de laboratorios clínicos y bancos de sangre en estas dependencias del gobierno federal.

2. Que en las licitaciones públicas plurianuales del ISSSTE e IMSS participen las Mipymes de todo el país y que se cumpla con el porcentaje de contratación de éstas de acuerdo a lo estipulado por la Secretaría de Economía para cada dependencia.

3. Que en las Licitaciones convocadas por las Instituciones de salud de los gobiernos federales (sic) y estatales se eliminen los conceptos ó (sic) condiciones que limitan la libre participación de las Mipymes, estas se deberán /levar acabo de manera descentralizada, que cada entidad cuente con autonomía para adjudicar de acuerdo con las necesidades de los servicios de salud de la localidad, se lleven a cabo por nivel de servicio ya que la atención de primer y segundo nivel representan el 70% de los servicios institucionales a nivel federal, con lo que se logrará la mayor participación de Mipymes, así mismo los puntajes de evaluación en las licitaciones, se le dé primordial preponderancia a: precio, calidad, oportunidad y servicio.

Tercera. Respecto al primer resolutivo, debe mencionarse que la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental establecen la obligación brindar a los gobernados el acceso a la información pública, tal y como se explica enseguida:

a. El artículo 2o., fracción II de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, establece que el sistema electrónico de información pública gubernamental sobre adquisiciones, arrendamientos y servicios (“CompraNet”) brinda la posibilidad de que el ciudadano tenga acceso a la información gubernamental relativa a toda clase de licitaciones de la administración pública; pues entre otra información, se publica la relativa a las convocatorias a la licitación y sus modificaciones; las invitaciones a cuando menos tres personas; las actas de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de proposiciones y de fallo; los testimonios de los testigos sociales; los datos de los contratos y los convenios modificatorios.

b. Por su parte, el artículo 7o., fracción XIII, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, ordena que las dependencias pongan a disposición de los ciudadanos la información relativa a las contrataciones celebradas en materia de obras públicas, los bienes adquiridos, arrendados y los servicios contratados; y que en el caso de estudios o investigaciones deberá señalarse el tema específico; el monto; el nombre del proveedor, contratista o de la persona física o moral con quienes se haya celebrado el contrato, y los plazos de cumplimiento de los contratos.

Por cuanto hace al segundo de los resolutivos, debe referirse que a juicio de esta dictaminadora resulta improcedente; dado que conforme al artículo 8o. de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Secretaría de Economía dicta las reglas que deben observar las dependencias y entidades, derivadas de programas que tengan por objeto promover la participación de las empresas nacionales, especialmente de las micro, pequeñas y medianas (Mipymes).

En ese contexto, los órganos referidos en la proposición (IMSS e ISSSTE), tienen por mandato legal la obligación de cumplir con el dispositivo normativo antes referido; así, resulta innecesario realizar el exhorto propuesto, toda vez que los funcionarios públicos per se deben respetar el principio de legalidad so pena de ser sancionados en los términos legalmente previstos.

Finalmente, esta comisión dictaminadora advierte la inviabilidad del tercero de los resolutivos propuestos, dado que la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público establece con claridad los beneficios para las Mipymes dentro del procedimiento de licitación, y en el caso de las licitaciones locales, en que no existan recursos públicos federales, son las legislaciones locales las que norman el proceso de licitación.

De lo anterior se concluye que son las leyes correspondientes las que establecen y regulan los procedimientos de licitación.

Cuarta. No obstante la inviabilidad del exhorto en los términos propuestos; esta Comisión de Transparencia y Anticorrupción considera de suma importancia que las dependencias y entidades de la administración pública federal transparenten de manera real, efectiva y ágil los procedimientos de licitación en los que intervengan, cumpliendo en todo momento lo dispuesto por la ley, particularmente con lo establecido por el artículo 2o., fracción II, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y el artículo 7o., fracción XIII, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, citados anteriormente.

En esas condiciones, resulta procedente que se solicite a la Secretaría de Salud, de la Defensa Nacional y de la Marina; así como a los directores generales del Instituto Mexicano del Seguro Social, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y de Petróleos Mexicanos; para que cumplan con lo establecido en la ley, dando transparencia y agilidad a las licitaciones como lo señala la proponente.

Por lo anteriormente expuesto, esta Comisión de Transparencia y Anticorrupción somete a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente:

Dictamen

Único. Se solicita a la Secretaría de Salud, de la Defensa Nacional y de la Marina del Ejecutivo Federal; así como a los directores generales del Instituto Mexicano del Seguro Social, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y de Petróleos Mexicanos a que cumplan lo establecido en la ley, dando transparencia a todos los procesos de licitaciones públicas para la contratación de los servicios de laboratorios clínicos y bancos de sangre.

Nota

1 Véase página de internet de CompraNet: https://compranet.funcionpublica.gob.mx/web/login.html página consultada el 20 de Septiembre de 2013.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de diciembre de 2013.

La Comisión de Transparencia y Anticorrupción, diputados:Areli Madrid Tovilla (rúbrica), presidenta; Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), Flor Ayala Robles Linares (rúbrica), Juan Isidro del Bosque Márquez (rúbrica), Enrique Alejandro Flores Flores (rúbrica), Rocío Esmeralda Reza Gallegos (rúbrica), Laura Ximena Martel Cantú (rúbrica), Roberto Carlos Reyes Gámiz (rúbrica), Verónica García Reyes, Omar Antonio Borboa Becerra, Alberto Coronado Quintanilla (rúbrica), Martha Leticia Sosa Govea (rúbrica), Elizabeth Oswelia Yáñez Robles (rúbrica), Lisandro Arístides Campos Córdova (rúbrica), Alfonso Inzunza Montoya, Rodimiro Barrera Estrada (rúbrica), Rubén Acosta Montoya, Benjamín Castillo Valdez (rúbrica), Jorge Terán Juárez, Joaquina Navarrete Contreras (rúbrica), Fernando Belaunzarán Méndez (rúbrica), Javier Salinas Narváez, Juan Manuel Carbajal Hernández (rúbrica), Alejandro Carbajal González.»



COMPAÑIA DE GAS DE TIJUANA, SA DE CV, O ZETA GAS

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Protección Civil, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a las autoridades competentes de los ámbitos federal, estatal y municipal de Baja California a informar respecto al estatus legal de la Compañía de Gas de Tijuana, SA de CV, o Zeta Gas, y al nivel de riesgo a que se encuentra expuesta la población asentada en sus alrededores

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Protección Civil fue turnada para estudio y dictamen correspondiente la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a crear una subcomisión legislativa mixta y solicitar a las autoridades competentes su intervención para reubicar las instalaciones de la Compañía de Gas de Tijuana, SA de CV, o Zeta Gas, a cargo de la diputada María Carmen López Segura, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Esta comisión legislativa, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numerales 1 y 3, y 45, numerales 6, incisos e) a g), y 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 80, 157, numeral I, fracción I, 158, numeral I, fracción IV, 167, numeral 4, y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de los integrantes de esta asamblea el presente dictamen, de acuerdo con los siguientes

Antecedentes

1. El 3 de octubre de 2013, la diputada María Carmen López Segura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó proposición con punto de acuerdo a fin de crear una subcomisión legislativa mixta y solicitar la intervención de las autoridades competentes para reubicar las instalaciones e Compañía de Gas de Tijuana, SA de CV, o Zeta Gas.

2. En la misma fecha, la presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la mencionada proposición con punto de acuerdo a la Comisión de Protección Civil para estudio y dictamen correspondiente.

3. El 24 de octubre de 2013, el licenciado Efrén Rodríguez Reyes en su calidad de representante legal de Compañía de Gas de Tijuana, SA de CV (Z Gas), hizo llegar al presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados una carta con objeto de brindar elementos documentales y de contexto que refutaran las aseveraciones de la proposición con punto de acuerdo presentada por la diputada María Carmen López Segura.

4. El 29 de octubre de 2013, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados hizo llegar los comentarios de la empresa Z Gas para conocimiento de la Comisión de Protección Civil.

Contenido del punto de acuerdo

La diputada proponente considera que la ubicación de Z Gas en el bulevar Lázaro Cárdenas sin número y bulevar Federico Benítez López, delegación La Mesa, en Tijuana, Baja California, representa gran riesgo para la población, en particular para la gran cantidad de gente que se ubica en áreas residenciales y comerciales en los alrededores de la misma, por lo que solicita la intervención de las autoridades competentes para su reubicación y la conformación de una subcomisión legislativa conformada por las Comisiones de Protección Civil, de Energía, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Asuntos de la Frontera Norte dedicada igualmente a gestionar dicha reubicación.

A manera de antecedente, la exposición de motivos enumera algunas situaciones desde los años 1984 hasta el 2013, en las cuales se han presentado explosiones e incendios de tanques de gas por diferentes razones.

La diputada López Segura elabora una cronología, en la cual detalla el origen del problema, las protestas e inconformidades, protestas e incidente u petición:

• La compañía recibió la concesión inicial por 30 años para operar en las instalaciones actuales el 11 de agosto de 1964.

• El Diario Oficial de la Federación del 21 de noviembre de 1986, establece el acuerdo para la reubicación de plantas que almacenan gas licuado propano (LP) situadas en las poblaciones. El acuerdo estableció el primer ordenamiento que obliga a reubicar ese tipo de plantas por considerarse peligrosas para la ciudad si no cumplen la obligación de estar a más de 100 metros de distancia de las viviendas.

• En 1992, los vecinos comenzaron a movilizarse y solicitar al gobierno la reubicación de la gasera.

• El 23 de enero de 1997 sucedió un incidente en el que se reventaron las costuras de un tanque de gas, ocasionando la muerte de un trabajador y lesiones considerables a otro de ellos.

• En 1998, la LVII Legislatura de la Cámara de Diputados aprobó la creación de una subcomisión especial encargada de realizar las acciones necesarias de inspección y consulta sobre el problema de Compañía de Gas de Tijuana, derivada de una proposición con punto de acuerdo de Jorge Tomás Esparza Carlos (PAN) y otros diputados de los diferentes grupos parlamentarios, presentada el 16 de abril de 1998. Dicha subcomisión fue instalada y presentó informes que dan cuenta de gestiones realizadas para atender la problemática en comento.

• Actualmente, en el predio citado, Compañía de Gas de Tijuana, SA de CV –o Zeta Gas–, tiene instalados 8 tanques fijos tipo salchicha de 33 toneladas cada uno, que suman 264 toneladas de combustible, y otros tanques de menor tonelaje. El terreno está rodeado de más de 2 mil 500 casas-habitación, la zona habitacional del Infonavit La Mesa, situada a menos de 100 metros de distancia y que consta de 33 edificios de 10 departamentos cada uno, es decir, 310 departamentos; está la penitenciaría del estado, con más de 2 mil internos, escuelas, comercios, la clínica 20 del Instituto Mexicano del Seguro Social, maquiladoras, una tienda Soriana, salas de cine, la plaza Mundo Divertido, la nueva macroplaza, y un parque industrial, dividido en tres partes, la mayor de ellas el complejo industrial Bustamante, que consta de 35 naves, casi todas ocupadas.

Asimismo, de la revisión de las disposiciones normativas aplicables, la proponente fundamenta cuáles son las atribuciones de las diferentes autoridades involucradas en autorizar y vigilar el funcionamiento de compañías almacenadoras y distribuidoras de gas LP como Z Gas:

• El asunto involucra a la autoridad municipal, por ser la encargada de conceder las autorizaciones y licencias de uso del suelo;

• Al gobierno estatal a cuyo cargo recae la definición de los planes y programas de desarrollo urbano para la entidad;

• A la Secretaría de Energía y a la Comisión Reguladora de Energía en virtud de las facultades que en materia de regulación y otorgamiento de permisos y autorizaciones les confieren la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, la Ley de la Comisión Reguladora de Energía y lo dispuesto en el Reglamento de Gas Licuado de Petróleo y las normas oficiales mexicanas aplicables.

Por todo lo anterior, la diputada López Segura propone los siguientes puntos de acuerdo:

Primero. Se acuerda la creación de una subcomisión mixta, compuesta por integrantes de las Comisiones de Energía, de Protección Civil, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Asuntos de la Frontera Norte, con la encomienda de gestionar la reubicación de Compañía de Gas de Tijuana, SA de CV, o Zeta Gas, a las afueras de la ciudad.

Segundo. Se solicita respetuosamente la intervención de la Secretaría de Energía, de la Comisión Reguladora de Energía, del gobierno de Baja California y del ayuntamiento de Tijuana para que, en el ámbito de sus respectivas competencias y facultades, colaboren en la reubicación de las instalaciones de Compañía de Gas de Tijuana SA de CV, o Zeta Gas.

Consideraciones

En el asunto materia de la proposición con punto de acuerdo de la diputada María Carmen López Segura, del Grupo Parlamentario del PRI, hay posiciones divergentes entre las denuncias y la preocupación de la proponente, y los argumentos de Z Gas con objeto de refutar las acusaciones vertidas en su contra.

Esta comisión tiene la obligación de considerar ambos argumentos y en una vez hecho lo anterior, exhortar a las autoridades competentes, tanto al respeto de la legalidad, y los derechos de la empresa y los ciudadanos, como velar por que los habitantes de las áreas colindantes a las instalaciones de Z Gas en Tijuana, BC, estén fuera de todo peligro.

Con este objetivo, los integrantes de la comisión hacemos las siguientes consideraciones:

Primera. Compartimos la preocupación de la proponente respecto a la cercanía física de instalaciones que hacen un uso intensivo de materiales potencialmente riesgosos como el gas LP, con zonas habitacionales y comerciales de alta densidad poblacional. De la misma manera, es cierto que el “acuerdo para la reubicación de plantas de almacenamiento de gas LP ubicadas dentro de poblaciones”, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 21 de noviembre de 1986, especifica textualmente:

Las plantas de almacenamiento de gas LP que por el crecimiento demográfico de la población se encuentren actualmente a una distancia menor de 100 metros de las construcciones destinadas a habitación, reuniones públicas o centros de trabajo medidos del tanque de almacenamiento o zona de trasiego más cercano a éstas, deberán reubicarse a otro lugar dentro del plazo máximo de un año, contado a partir de la fecha en que se les notifique el requerimiento para tal fin, el que se fundará en dictamen que formule conjuntamente las Secretarías de Comercio y Fomento Industrial, y de Salud.

Sin embargo, esa normativa por sí sola no significa que Z Gas se encuentra asentada ilegalmente en el terreno que ocupa actualmente, ya que es posible que desde 1986 a la fecha, y ante la diversidad de nuevos ordenamientos en la materia desde entonces, se crearan nuevas disposiciones que permitieran a la empresa establecerse en el lugar en el que aún se encuentra, siempre y cuando cumpliera con ciertos requisitos y revisiones que garantizaran un adecuado mantenimiento y seguridad de sus instalaciones.

Segunda. Que Z Gas, a través de su representante legal, hizo llegar una carta a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, la cual a su vez la envió a la Comisión de Protección Civil, en la que se refutan las acusaciones de la diputada proponente, aduciendo que la empresa y el lugar actual de su asentamiento, cumplen con toda la normatividad que les exigen las autoridades federales. De manera resumida, se presentan los principales argumentos de la empresa:

• Que con fecha 1 de noviembre del 2006, la empresa Compañía de Gas de Tijuana, SA de CV, obtuvo de la Subsecretaría de Hidrocarburos, Dirección General de Gas LP, Dirección de Apoyo Legal, en el expediente número DGGLP/ PLA/ BCN/ 0320/ 2004, 513.- DAL/ 3/ 3076/ 06, relativo al “Procedimiento para verificar el cumplimiento con condiciones de seguridad en instalaciones de gas LP en la Compañía de Gas de Tijuana, SA de CV”, una resolución administrativa en la que “se da por terminado el requisito de Reubicación de la Planta y se pone fin al procedimiento administrativo denominado procedimiento para verificar el cumplimiento con condiciones de seguridad en instalaciones de gas LP de la empresa Compañía de Gas de Tijuana, SA de CV..., que podrá continuar operando en el domicilio señalado, con las medidas de seguridad superiores a las indicadas en la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDG-1966...”

• La resolución administrativa anterior establece que la empresa “deberá representar ante esta autoridad administrativa cada dos años, la actualización de su estudio de riesgo ambiental nivel 2, así como dictamen de unidad de verificación acreditada en la materia, donde constate el cumplimiento de las recomendaciones y conclusiones que arroje la actualización de dicho estudio y el seguimiento puntual del Programa de Prevención de Accidentes”. Al respecto, Z Gas argumenta que desde entonces han cumplido las revisiones periódicas a las que están obligados con las autoridades federales, estatales y municipales, para mantener la legalidad de sus operaciones en el área donde se encuentran actualmente.

Sin embargo, en tanto no se tenga una confirmación oficial por las autoridades competentes en la materia, es difícil para esta comisión establecer si Z Gas cumple toda la normativa vigente para asentarse en el lugar en el que se encuentra actualmente, o si ha venido sometiéndose a las evaluaciones periódicas a que la ley la obliga.

Tercera. Por todo lo expresado, los integrantes de la comisión consideramos que no contamos con información suficiente para determinar si la población asentada en los alrededores de las instalaciones de Z Gas en Tijuana se encuentra en una situación de alto riesgo; tampoco contamos con elementos suficientes para determinar si, efectivamente, la empresa cumple la normativa vigente y está al corriente con las revisiones periódicas que evalúan su desempeño y seguridad.

En vista de esta situación, consideramos pertinente que, antes de formar cualquier comisión legislativa mixta para impulsar la reubicación de la empresa o solicitar dicha reubicación a las autoridades competentes, como sugiera la diputada proponente, como primer paso se solicite información a dichas autoridades respecto al estado actual de las cosas para conocer a través de ellas el nivel de riesgo a que está expuesta la población, si lo está, y el cumplimiento de la normativa vigente de Z Gas.

Con base en las consideraciones mencionadas, los integrantes de la Comisión de Protección Civil tenemos a bien emitir el presente dictamen, en sentido positivo con modificaciones, al tenor de los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se solicita atentamente a las autoridades del gobierno de Baja California y de Tijuana, así como a la Secretaría de Energía y a la Comisión Reguladora de Energía, que hagan llegar a esta soberanía un informe respecto al estatus legal de la empresa Compañía de Gas de Tijuana, SA de C V – mejor conocida como Z Gas–, para conocer si opera en arreglo a la normativa vigente en su ubicación actual en la delegación La Mesa, en Tijuana, Baja California.

Segundo. Se solicita atentamente a las autoridades competentes, en particular a las dependencias a cargo de la protección civil de Baja California y Tijuana, informar si la población asentada en los alrededores de las instalaciones de la Compañía de Gas de Tijuana, SA de CV – mejor conocida como “Z Gas”–, en el distrito de La Mesa, en Tijuana, Baja California, se encuentra expuesta a algún riesgo relacionado con las operaciones de la empresa mencionada. De ser así, se les solicita atentamente también informar de las acciones que se estén llevando a cabo para proteger a la población.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de diciembre de 2013.

La Comisión de Protección Civil, diputados:Francisco Alfonso Durazo Montaño (rúbrica), presidente; David Cuauhtémoc Galindo Delgado (rúbrica), Raudel López López (rúbrica en contra), Martha Gutiérrez Manrique (rúbrica), Esther Angélica Martínez Cárdenas (rúbrica), César Reynaldo Navarro de Alba (rúbrica), Ángel Abel Mavil Soto (rúbrica), Antonio Sansores Sastré (rúbrica), Arturo Cruz Ramírez, secretarios; Ana Isabel Allende Cano (rúbrica), José Guillermo Anaya Llamas, Alma Jeanny Arroyo Ruiz (rúbrica), Marco Antonio Barba Mariscal (rúbrica), Sergio Armando Chávez Dávalos (rúbrica), Rodrigo González Barrios (rúbrica), Tomás López Landero (rúbrica), Lorena Méndez Denis (rúbrica), María del Carmen Ordaz Martínez (rúbrica), Francisco Pelayo Covarrubias, Cristina Ruiz Sandoval.»



REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE PROTECCION CIVIL

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Protección Civil, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a emitir el Reglamento de la Ley General de Protección Civil

Honorable Asamblea:

A la Comisión Protección Civil fue turnada para su estudio y dictamen correspondiente la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que emita el Reglamento de la Ley General de Protección Civil., a cargo de los diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Esta comisión legislativa, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numeral 1 y 3, 45, numeral 6, incisos e), f) y g), y numeral 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 80, 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV y 167, numeral 4 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen, de acuerdo con los siguientes

Antecedentes

1. El 17 de octubre del 2013, los diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presentaron proposición con punto de acuerdo a fin de exhortar al Ejecutivo federal para que emita el Reglamento de la Ley General de Protección Civil.

2. En esa misma fecha, la presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la mencionada proposición con punto de acuerdo a la Comisión de Protección Civil para estudio y dictamen correspondiente.

Contenido del punto de acuerdo

De manera resumida, el punto de acuerdo en cuestión establece los siguientes argumentos:

• Que en recientemente, el país se ha visto afectado por fenómenos meteorológicos que son consecuencia del cambio climático y que han evidenciado la importancia de contar con una estrategia y programa de protección civil a nivel nacional. Ejemplo de ello fue el impacto y devastación que a su paso dejaron los fenómenos meteorológicos: Ingrid y Manuel, en gran parte del territorio nacional, afectaron principalmente al estado de Guerrero, en específico al puerto de Acapulco; provocando severos daños y hasta la desaparición de poblados completos.

• Debido a estos trágicos acontecimientos que han causando la muerte de cientos de personas, afectando a miles de familias, se ha evidenciando, la ausencia de una reglamentación secundaria de la Ley General de Protección Civil, lo cual crea lagunas que a su vez, limitan el accionar de las diferentes autoridades responsables.

• Para que los particulares o dependencias públicas puedan ejercer la actividad de asesoría, capacitación, evaluación y elaboración de programas internos de protección civil, de continuidad de operaciones y estudios de vulnerabilidad y riesgos en materia de protección civil, es necesario que cuenten con el registro expedido por la autoridad competente de protección civil, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el Reglamento de esta ley.

• Lo anterior para solicitar el cumplimiento de lo señalado en el artículo segundo transitorio de la Ley General de Protección Civil, donde establece que el Ejecutivo federal cuenta con un plazo no mayor a 180 días a partir de la publicación de dicha ley en el Diario Oficial de la Federación, para emitir el reglamento de ésta. No obstante, casi 500 días después de la promulgación de la ley, el Ejecutivo federal no ha dado cumplimiento a lo establecido en dicho ordenamiento, para dar plena vigencia a lo contemplado en la ley.

Por todo lo anterior, los diputados proponentes sometieron a consideración de la asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta al Ejecutivo federal para que emita el Reglamento de la Ley General de Protección Civil.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de octubre de 2013. (Rúbrica)

Consideraciones

Primera. Es innegable que el Ejecutivo federal ha sobrepasado el plazo establecido en el segundo transitorio de la Ley General de Protección Civil, en el cual se establecía un plazo máximo de 180 días posteriores a la publicación de dicha ley, para la publicación del Reglamento de Protección Civil.

Esta situación ha dejado un vacío legal en el que, sobre todo los gobiernos locales, han encontrado dificultades para adaptar el espíritu amplio de los ordenamientos legales de la Ley General de Protección Civil en su legislación local, a falta de un modelo de legislación en rubros más específicos, como se esperaría de un Reglamento.

Por lo cual, es indispensable que todas las autoridades involucradas, aceleren el proceso de publicación del Reglamento de Protección Civil.

Segunda. Es cierto que el plazo de los 180 días para publicar el Reglamento venció durante los días del cambio de administración en el gobierno federal, en diciembre del 2012, lo cual entendiblemente dificultó y retrasó la publicación del documento en cuestión.

Al respecto, la Coordinación Nacional de Protección Civil, CNPC, ha hecho llegar a esta comisión una explicación detallada respecto al retraso en la publicación del Reglamento de Protección Civil, así como un informe del estado actual de este ordenamiento, los cuales se resumen a continuación:

• Una vez nombrado coordinador nacional de Protección Civil, Luis Felipe Puente Espinosa, recibió como asunto pendiente por concluir el anteproyecto de reglamento, documento que se encontraba incompleto e inoperable, además desacorde con la propia Ley General de Protección Civil. Cabe resaltar que no se realizó ninguna de las etapas procesales administrativas que establece el acuerdo por el que se emiten los lineamientos para la elaboración, revisión y trámite de reglamentos del Ejecutivo federal.

• Por tal motivo, durante los primeros meses de la actual administración, el coordinador nacional, giró instrucciones para que se elaborara un nuevo proyecto de reglamento, en el cual se han involucrado todos los actores en la materia, con el fin de prever la mejor operación de la Ley. Como consecuencia de lo anterior, el pasado 22 de noviembre, se remitió el anteproyecto para dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, organismo que público dicho documento en la página www.cofemermir.gob.mx conforme lo establecido en los lineamientos para la elaboración, revisión y trámite de reglamentos del Ejecutivo federal.

• Al mismo tiempo, se está valorando por parte de la Dirección General de Programación y Presupuesto de esta Secretaría de Gobernación, el impacto presupuestal que el reglamento en cuestión pudiera tener.

• Una vez recabada la información de manera interna se remitirá a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, quien al igual que la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, Cofemer, cuenta con treinta días hábiles antes de la fecha en que se pretenda someterlo a la consideración del titular de Ejecutivo federal, de conformidad con los artículos 69-H de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y 18 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como numerales séptimo y octavo de los lineamientos.

• Atendidas las observaciones a los dictámenes antes referidos, si es el caso, el proyecto de Reglamento se remitirá a la Consejería Jurídica con una anticipación mínima de treinta días respecto de la fecha en que se pretenda que sea sometido a la consideración y, en su caso, firma del Presidente de la República en términos del numeral décimo tercero de los Lineamientos.

• Por lo anterior, una vez cumplidas todas las etapas para su elaboración, se publicará la normatividad referida en el Diario Oficial de la Federación.

Tercero. Independientemente de la validez de los argumentos de la CNPC respecto al retraso en la publicación del Reglamento de Protección Civil, y al detalle de las diferentes etapas procesales que corresponden al proyecto de Reglamento previo a que sea firmado por el Presidente de la República, los integrantes de esta comisión consideramos apropiado respaldar la petición de los diputados proponentes, para agilizar la publicación del mismo.

Sin embargo, más que exhortar a la publicación del Reglamento en los términos propuestos originalmente, consideramos adecuado dadas las circunstancias actuales, exhortar tanto a la CNPC como a la Cofemer, la Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República a que, en su respectivo momento procesal, agilicen la revisión del proyecto de Reglamento de Protección Civil, para que éste sea publicado lo antes posible.

Con base en las consideraciones mencionadas, los integrantes de la Comisión de Protección Civil tenemos a bien emitir el presente dictamen, en sentido positivo con modificaciones, al tenor del siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente a la Coordinación Nacional de Protección Civil, a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, a la Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y a la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República a que, en el marco de sus atribuciones y en la etapa del proceso que les corresponda, aceleren la revisión del proyecto de Reglamento de Protección Civil sometido a su consideración, para que éste sea publicado lo más pronto posible, tomando en cuenta que el plazo establecido originalmente por la Ley General de Protección Civil para su publicación, venció en diciembre del 2012.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los cinco de diciembre de 2013.

La Comisión de Protección Civil, diputados:Francisco Alfonso Durazo Montaño (rúbrica), presidente; David Cuauhtémoc Galindo Delgado (rúbrica), Raudel López López, Martha Gutiérrez Manrique (rúbrica), Esther Angélica Martínez Cárdenas (rúbrica), César Reynaldo Navarro de Alba (rúbrica), Ángel Abel Mavil Soto (rúbrica), Antonio Sansores Sastré (rúbrica), Arturo Cruz Ramírez, secretarios; Ana Isabel Allende Cano (rúbrica), José Guillermo Anaya Llamas, Alma Jeanny Arroyo Ruiz (rúbrica), Marco Antonio Barba Mariscal (rúbrica), Sergio Armando Chávez Dávalos (rúbrica), Rodrigo González Barrios (rúbrica), Tomás López Landero (rúbrica), Lorena Méndez Denis (rúbrica), María del Carmen Ordaz Martínez (rúbrica), Francisco Pelayo Covarrubias, Cristina Ruiz Sandoval.»



DAÑOS CAUSADOS POR LOS FENOMENOS METEOROLOGICOS INGRID Y MANUEL

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Protección Civil, con punto de acuerdo relativo a la responsabilidad de diversas autoridades por los daños causados por los fenómenos meteorológicos Ingrid y Manuel

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Protección Civil de la LXII Legislatura le fue turnada, para su estudio, análisis y dictamen, la proposición con punto de acuerdo relativo a deslindar la responsabilidad de diversas autoridades por no haber alertado a la población en tiempo y forma de los fenómenos meteorológicos Ingrid y Manuel.

Esta Comisión de Protección Civil, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 79, numeral 2, 80, 81, 82, 84 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea, el siguiente dictamen, basándose en los siguientes:

Antecedentes

1. El 17 de octubre de 2013, el diputado Víctor Manuel Jorrín Lozano, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presentó ante el pleno, proposición con punto de acuerdo, relativo a la responsabilidad de diversas autoridades, por no haber alertado a la población en tiempo y forma de los fenómenos meteorológicos Ingrid y Manuel.

2. En la fecha señalada en el párrafo anterior, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó dicha proposición, para su dictamen, a la Comisión de Protección Civil

Contenido de la proposición

El proponente, solicita a la Procuraduría General de la República, a la Secretaría de la Función Pública y a la Secretaría de Gobernación para que investiguen y deslinden responsabilidades al personal competente del Sistema Nacional de Protección Civil, de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) y de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) por no haber alertado a la población en tiempo y forma y tomar las medidas necesarias respecto a los fenómenos meteorológicos Ingrid y Manuel.

Señala además, que la finalidad de toda política de protección civil es contrarrestar los efectos que traen consigo los desastres naturales, reducir al máximo la pérdida de vidas humanas, patrimoniales y estructurales. Afirma también, que los fenómenos meteorológicos Ingrid y Manuel dejaron a su paso 147 muertos, 35 heridos, 53 desaparecidos y 248,477 personas afectadas, de las cuales 50 mil fueron evacuadas y llevadas a albergues; presentándose contingencias en 23 Estados del país, constituyendo así uno de los desastres naturales más “impactantes” en los últimos años en territorio nacional.

Consideraciones

El diputado Víctor Manuel Jorrín realiza una cronología de hechos, a partir del día jueves 12 de septiembre del año en curso, en la que, en opinión de esta Comisión, no se aportan elementos probatorios contundentes, que impliquen necesariamente omisiones de los funcionarios competentes en atender las emergencias suscitadas por los fenómenos meteorológicos Ingrid y Manuel.

Los funcionarios señalados como probables responsables de negligencia por el autor de la proposición, pertenecen a las siguientes dependencias: Conagua, Coordinación Nacional de Protección Civil y CFE.

Apuntando que esta Comisión entiende y comparte la preocupación detrás de la proposición presentada, se procedió a revisar la legislación vigente.

Al respecto la Ley General de Protección Civil determina lo siguiente:

Artículo 7.Corresponde al Ejecutivo Federal en materia de protección civil:

I.Asegurar el correcto funcionamiento del Sistema Nacional y dictar los lineamientos generales para coordinar las labores de protección civil en beneficio de la población, sus bienes y entorno, induciendo y conduciendo la participación de los diferentes sectores y grupos de la sociedad en el marco de la Gestión Integral de Riesgos;

...

Artículo 15.El objetivo general del Sistema Nacional es el de proteger a la persona y a la sociedad y su entorno ante la eventualidad de los riesgos y peligros que representan los agentes perturbadores y la vulnerabilidad en el corto, mediano o largo plazo, provocada por fenómenos naturales o antropogénicos, a través de la gestión integral de riesgos y el fomento de la capacidad de adaptación, auxilio y restablecimiento en la población.

...

Artículo 16.El Sistema Nacional se encuentra integrado por todas las dependencias y entidades de la administración pública federal, por los sistemas de protección civil de las entidades federativas, sus municipios y las delegaciones; por los grupos voluntarios, vecinales y organizaciones de la sociedad civil, los cuerpos de bomberos, así como por los representantes de los sectores privado y, social, los medios de comunicación y los centros de investigación, educación y desarrollo tecnológico.

Los integrantes del Sistema Nacional deberán compartir con la autoridad competente que solicite y justifique su utilidad, la información de carácter técnico, ya sea impresa, electrónica o en tiempo real relativa a los sistemas y/o redes de alerta, detección, monitoreo, pronóstico y medición de riesgos.

Artículo 17.Los gobernadores de los estados, el jefe de gobierno del Distrito Federal, los presidentes municipales y los jefes delegacionales del Distrito Federal, tendrán dentro de su jurisdicción la responsabilidad sobre la integración y funcionamiento de los sistemas de protección civil, conforme a lo que establezca la presente Ley y la legislación local correspondiente.

Por su parte, la Coordinación Nacional de Protección Civil hizo las siguientes aclaraciones respecto a la proposición con punto de acuerdo presentada por el Diputado Víctor Manuel Jorrín:

• El Sistema de Alerta Temprana para Ciclones Tropicales (SIAT CT), emite el alertamiento a razón de la velocidad de viento de los fenómenos ciclónicos, por lo tanto las alertas emitidas se hicieron conforme lo anterior mencionado.

• Igualmente es de resaltar que todos los procedimientos de alertamiento y atención a los fenómenos antes citados, se han hecho públicos y transparentes por parte de las autoridades involucradas, además, ambas Cámaras del honorable Congreso de la Unión, han solicitado información sobre la atención al fenómeno, la cual se ha atendido oportunamente.

Tomando en consideración los argumentos, tanto del proponente como de la Coordinación Nacional de Protección Civil, esta Comisión considera que, sería pertinente exhortar a que las autoridades responsables realicen una investigación imparcial y apegada a derecho, en la que determinen si efectivamente existió alguna omisión como lo señala el Diputado Víctor Manuel Jorrín, o si por el contrario los avisos se llevaron a cabo en tiempo y forma como lo establecen las autoridades de Protección Civil. De manera que, como resultado de dichas investigaciones se obtenga certidumbre respecto a la atención y aviso a la población vulnerable de los estados afectados por el paso de Ingrid y Manuel.

Esta comisión considera que los entes responsables de dicha investigación deben ser:

La Secretaría de la Función Pública, dependencia del Poder Ejecutivo Federal, la cual es responsable de vigilar que los servidores públicos federales se apeguen a la legalidad durante el ejercicio de sus funciones.

A su vez, la Procuraduría General de la República tiene como mandato según el artículo 4° de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, investigar y perseguir los delitos del orden federal.

Por lo anteriormente expuesto, los diputados integrantes de la Comisión de Protección Civil, sometemos a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero.La honorable Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de la Función Pública y a la Procuraduría General de la Republica a investigar y deslindar responsabilidades a los integrantes del Sistema Nacional de Protección Civil, en caso de que las alertas a la población ante el paso de los fenómenos meteorológicos Ingrid y Manuel no se hayan dado tiempo y forma, y a informar públicamente del resultado final de dicha investigación.

Notas:

1 Ley General de Protección Civil

2 Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República

Palacio Legislativo de San Lázaro a cinco de diciembre de dos mil trece.

La Comisión de Protección Civil, diputados:Francisco Alfonso Durazo Montaño (rúbrica), presidente; David Cuauhtémoc Galindo Delgado (rúbrica), Martha Gutiérrez Manrique (rúbrica), Esther Angélica Martínez Cárdenas (rúbrica), César Reynaldo Navarro de Alba (rúbrica), Ángel Abel, Mavil Soto (rúbrica), Antonio Sansores Sastré (rúbrica), Arturo Cruz Ramírez, secretarios; Ana Isabel Allende Cano (rúbrica), José Guillermo Anaya Llamas, Alma Jeanny Arroyo Ruiz (rúbrica), Marco Antonio Barba Mariscal (rúbrica), Sergio Armando Chávez Dávalos (rúbrica), Rodrigo González Barrios (rúbrica), Tomás López Landero (rúbrica), Lorena Méndez Denis (rúbrica), María del Carmen Ordaz Martínez (rúbrica), Francisco Pelayo Covarrubias, Cristina Ruiz Sandoval, Raudel López López (rúbrica).»



AMENAZAS A INSTITUCIONES PUBLICAS DE GUERRERO POR GRUPOS DEL CRIMEN ORGANIZADO

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Seguridad Pública, con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades a atender la obstrucción de la correcta administración pública en diversos municipios de Guerrero, derivado de las amenazas a las instituciones públicas por grupos del crimen organizado

Honorable Asamblea:

La Comisión de Seguridad Pública de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), 7 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente dictamen:

I. Antecedentes

1. Con fecha 24 de septiembre de 2013, la diputada Flor de María Pedraza Aguilera, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar a diversas autoridades para que atiendan la obstrucción de la correcta administración pública en diversos municipios del estado de Guerrero, derivado de las amenazas a las instituciones públicas por parte de grupos del crimen organizado.

2. Con misma fecha, la Mesa Directiva turnó a esta comisión dicho punto de acuerdo para su estudio y dictamen.

II. Planteamiento del problema y contenido del asunto

1. El problema que plantea la proposición consiste en diversos hechos delictivos y que vulneran la armonía de municipios de Guerrero; en concreto, los municipios de Iguala,  Teloloapan, Apaxtla de Castrejón,  Cuetzala del Progreso y Pilcaya, así como entorpecen la actividad de las autoridades municipales.

2. El objeto de la proposición es que las autoridades estatales y federales garanticen la seguridad en los municipios referidos en el párrafo anterior.

3. Los resolutivos propuestos en la proposición son los siguientes:

Único.Se hace un atento y respetuoso exhorto al gobernador de Guerrero, Ángel Aguirre Rivero, así como al gobierno federal, para que éste instruya a la Secretaría de Gobernación, a la Secretaría de la Defensa Nacional, a la Procuraduría General de la República y demás dependencias gubernamentales cuya actuación contribuya a la garantía de seguridad para la población mexicana a atender de inmediato la obstrucción de la correcta administración pública en Apaxtla de Castrejón, Cuetzala del Progreso, Iguala de la Independencia, Pilcaya y Teloloapan, Guerrero, derivado de las amenazas a las instituciones públicas por parte de grupos del crimen organizado, poniendo en riesgo la gobernabilidad de estas demarcaciones.

III. Proceso de análisis         

1. Esta Comisión de Seguridad Pública examinó los méritos de la proposición a la luz de una revisión del marco normativo vigente, consulta de antecedentes legislativos, y se enriqueció por la discusión del mismo en su reunión ordinaria.

IV. Consideraciones resultado del análisis y valoración de la iniciativa

a) En cuanto a los argumentos del autor

Primera.Que el artículo 21 constitucional comprende a la seguridad pública como una función a cargo de la federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios, comprendiendo la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva.

Segunda.Esta comisión reconoce con preocupación que Guerrero se encuentra dentro de los estados que más ha resentido la inseguridad en el país; por ejemplo, de acuerdo a cifras del Inegi ha sido la entidad con mayor índice de homicidios el año anterior; y al menos en el primer trimestre del presente, instituciones como el IMCO la han considerado como la entidad más violenta.

Tercera.Que de acuerdo a cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a septiembre en Guerrero se habían presentado mil 570 homicidios, correspondiendo al 11.34 por ciento del total nacional, cifra muy por arriba del promedio; lo cual es un reflejo del alto clima de violencia en la entidad, así como el hecho de que por cada 100 mil habitantes, existen 44.55 homicidios dolosos, la cifra más alta en el país.

Cuarta. Que, de la investigación realizada en esta comisión, se tiene conocimiento de los hechos sucedidos en los municipios de Iguala,  Teloloapan, Apaxtla de Castrejón,  Cuetzala del Progreso y Pilcaya, los cuales se estiman que reducen la eficacia y autoridad de los ayuntamientos correspondientes, tornándolos incapaces de satisfacer las necesidades de sus habitantes.

b) En cuanto a los resolutivos propuestos

Quinta.Se coincide en general con el sentido del texto propuesto, y se modifica únicamente la redacción del mismo por razones de técnica y redacción legislativa.

Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Seguridad Pública sometemos a consideración de esta asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobierno de Guerrero y al Ejecutivo federal para que se continúe de forma exhaustiva con la atención, prevención e investigación respecto a los diversos hechos delictivos que obstruyen la administración pública de los municipios de Iguala,  Teloloapan, Apaxtla de Castrejón,  Cuetzala del Progreso y Pilcaya, de Guerrero.

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de noviembre de 2013.

La Comisión de Seguridad Pública, diputados:José Guillermo Anaya Llamas (rúbrica), presidente; José Alejandro Montano Guzmán (rúbrica), Ana Isabel Allende Cano (rúbrica), Sergio Armando Chávez Dávalos, José Alberto Rodríguez Calderón (rúbrica), Consuelo Argüelles Loya, Ernesto Alfonso Robledo Leal (rúbrica), José Ángel Ávila Pérez (rúbrica), María Guadalupe Moctezuma Oviedo, Felipe Arturo Camarena García (rúbrica), secretarios; María Elena Cano Ayala (rúbrica), Carlos Octavio Castellanos Mijares (rúbrica), José Francisco Coronato Rodríguez (rúbrica), Enrique Cárdenas del Avellano (rúbrica), Pedro Ignacio Domínguez Zepeda (rúbrica), Francisco González Vargas (rúbrica), Raúl Macías Sandoval (rúbrica), José Valentín Maldonado Salgado (rúbrica), Rafael Alejandro Micalco Méndez, Trinidad Secundino Morales Vargas (rúbrica), Joaquina Navarrete Contreras (rúbrica), Rocío Esmeralda Reza Gallegos (rúbrica), Sonia Rincón Chanona (rúbrica), Francisco Tomás Rodríguez Montero (rúbrica), Víctor Serralde Martínez, María Guadalupe Sánchez Santiago (rúbrica), Regina Vázquez Saut, Elizabeth Oswelia Yáñez Robles (rúbrica).»



TECNOLOGIAS TENDENTES A GENERAR AHORRO Y USO EFICIENTE Y RACIONAL DE ENERGIA ELECTRICA, AGUA Y GAS EN LA CONSTRUCCION DE VIVIENDAS

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo para exhortar a los congresos y a los Poderes Ejecutivos de las entidades federativas a emprender acciones requeridas a fin de incorporar tecnologías tendentes a generar ahorro y uso eficiente y racional de energía eléctrica, agua y gas en la construcción de viviendas

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XXXV, y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 80, numeral 1, fracción VI; 84; 85; 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de este honorable pleno, el presente dictamen al tenor de los siguientes

I. Antecedentes.

Primero. En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, celebrada el 05 de septiembre de 2013, la diputada María del Rocío Corona Nakamura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar a los congresos y poderes ejecutivos de las entidades federativas, a que emprendan las acciones requeridas a fin de incorporar tecnologías tendientes a generar ahorro y el uso eficiente y racional de energía eléctrica, agua y gas en la construcción de viviendas.

Segundo.En la misma reunión, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó trámite al asunto, en los siguientes términos: “Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen”.

Las y los legisladores integrantes de esta Comisión Dictaminadora, una vez analizado el texto de la proposición con punto de acuerdo que nos ocupa, exponemos el siguiente:

II. Contenido de la proposición

La proponente señala que no obstante la inteligencia del ser humano, persistimos en la actitud de acabar con el planeta. El cuidado y la preservación de la Tierra y sus especies están en nuestras manos y son nuestra absoluta responsabilidad.

Señala que estamos destruyendo todo lo que existe en nuestro mundo, al amparo y so pretexto de la búsqueda de un progreso sustentado en el deseo de una mejor forma de vida con diversión y entretenimiento. Refiere que el mundo debe ser compartido y que somos los responsables de los daños que le ocasionamos, con lo que la salvación de las demás especies, así como los lugares donde viven, dependen de la especie humana.

Reconoce la necesidad de ayudarnos a nosotros mismos, impulsando y protegiendo toda forma de vida, porque la mejor herencia que podemos entregar a nuestros hijos y a futuras generaciones es una mejor calidad de vida en un mundo renovado en su medio ambiente y sus recursos naturales.

Asume que el reto del ser humano como sociedad, es iniciar la transición hacia un modelo de crecimiento verde y socialmente inclusivo de manera efectiva, eficiente, equitativa y segura para el medio ambiente y la humanidad.

Entiende, se trata de un proceso que en principio debe impulsarse desde el lugar donde vivimos y con nuestra familia, y si la situación lo demanda; comencemos desde la construcción de los inmuebles que habitamos.

Expresa que la sustentabilidad, el uso eficiente de los recursos naturales, la armonía con el medio ambiente y su preservación, la creación de una cultura en el manejo adecuado de desechos, el control de emisiones contaminantes, la aplicación de tecnologías en el aprovechamiento y ahorro de energía eléctrica, agua y gas y la restauración de nuestro entorno natural; llegaron para instalarse de manera urgente y permanente en nuestra conciencia individual y colectiva.

Según la diputada proponente, la viabilidad de habitar nuestro planeta está en riesgo, y sólo asumiendo el compromiso de conservarlo y compartirlo en coexistencia con la gran diversidad de especies de flora y fauna que lo ocupan.

Manifiesta que el daño que hemos producido es creciente y grave; señala que este año alcanzamos niveles históricos en la concentración de dióxido de carbono en la atmósfera, gases que son resultado de la combustión de carbón, petróleo y gas natural.

Sostiene que durante décadas el concepto de cambio climático y el de efecto invernadero dominaron las discusiones y los estudios ambientales; y ya para el año 1992 en el marco de la Convención en la Cumbre de la Tierra de Río de Janeiro se adoptó el Protocolo de Kioto que establecía la meta de reducir en un 5.2% en promedio, las emisiones contaminantes.

Sin embargo, fue hasta 1997 que los países signatarios de la Convención firmaron el Protocolo y se comprometieron a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y a establecer las medidas para mantener una constante captura de carbono.

Sin embargo, señala que a pesar de estos esfuerzos a escala mundial, se ha avanzado muy poco en la reversión del daño ya ocasionado al medio ambiente y los ecosistemas.

Expresa que la temperatura global ha aumentado en casi 0.8 grados centígrados y parece imparable debido a que el 90% de las emisiones de gases que generan esta alteración provienen de las actividades humanas cotidianas; es decir son provocadas y generadas por el hombre.

En consecuencia, no hemos podido revertir ni controlar las afectaciones a los sistemas naturales y, en consecuencia, tampoco las repercusiones en nuestros esquemas económicos y sociales derivados.

Indica que a nivel mundial, para mediados de este siglo tendremos una elevación de la temperatura global en más de 2 grados centígrados, en un escenario de magnitudes catastróficas no sólo para el medio ambiente global, sino también para la existencia y el desarrollo de los seres humanos.

Alude a una serie de consecuencias catastróficas que se harían presentes en todos los rincones de nuestro planeta si no logramos detener o al menos controlar el deterioro ambiental.

Menciona los cinco mecanismos clave identificados en el Informe sobre Desarrollo Humano 2007-2008 por los cuales el cambio climático puede paralizar y posteriormente revertir actividades del desarrollo humano que aún continúan vigentes:

1. Producción agrícola y seguridad: se calcula que las cifras de afectados por desnutrición podrían aumentar a 600 millones a finales del siglo XXI.

2. Estrés por falta de agua e inseguridad de agua: se estima que para finales del presente siglo, 1,800 millones de personas podrían habitar en zonas con escasez de agua.

3. Aumento en el nivel del mar y exposición a desastres meteorológicos: se prevé que el aumento de la temperatura mundial en 3 o 4 grados centígrados podría desembocar en las migraciones de 330 millones de personas por inundaciones.

4. Pérdida de ecosistemas y biodiversidad, con un calentamiento de 3 grados centígrados entre un 20 y 30 por ciento de las especies terrestres podrían enfrentar la extinción.

5. Amenazas a la salud humana, el número de personas expuestas a enfermedades como el paludismo aumentará en los próximos años, impactando mayormente a los países en desarrollo debido a los niveles de pobreza y la poca capacidad de respuesta de los sistemas de salud pública.

Nuestro país no es ajeno  a los efectos de estos niveles de contaminación, al menos el 20 por ciento del territorio Mexicano y el 75 por ciento de la población del país, son vulnerables o están expuestos a los efectos del cambio climático y la contaminación a nivel mundial.

Señala que la demanda de las actividades generadores de este tipo de gases se ha incrementado para proveer los bienes y servicios que la sociedad mexicana requiere. La actividad empresarial se ha elevado, la necesidad de transporte público y particular se disparó y no hay una alternativa de transporte limpio que revierta la situación como parte de una política de uso eficiente de energía y recursos naturales, lo que nos acerca a las naciones que más emisiones y contaminación producen.

Sostiene que las alternativas limpias para revertir este tipo de daños ambientales y ecológicos son escasas, y que el petróleo representa cerca del 60% de la matriz energética, mientras que la participación de otras energías renovables que en el total requerido por la sociedad es de apenas el 15 por ciento.

Por otra parte, menciona que la generación de residuos a nivel municipal se elevó en un 40 por ciento, y el manejo de estos residuos sólidos rurales y urbanos, así como el vertido en sitios de disposición final, sigue siendo el método rudimentario con el que se ha operado el 98% de éstos.

En México, entre 2005 y 2010, se perdieron anualmente 160 mil hectáreas de bosques en promedio. La deforestación y el cambio de uso de suelo, se originó principalmente por la producción agrícola y ganadera que careció  de planes, acciones y políticas gubernamentales de sustentabilidad.

Respecto al uso y manejo del agua, la proponente asevera que más del 30 por ciento de la extracción de agua para consumo humano en el país, se obtiene mediante fuentes no sustentables o controladas ambientalmente y que la tasa de construcción, operación y conexión de plantas de tratamiento de aguas residuales y de recolección de aguas pluviales, es de las más bajas a nivel mundial.

Señala que no obstante ocupar el cuarto lugar mundial como país mega diverso, la combinación de factores de contaminación ambiental mundial y  local, así como  los problemas de índole económico y social nos hacen partícipes de la responsabilidad compartida del cambio climático.

Advierte que es preciso reconocer que ningún esfuerzo para la conservación, rescate y procuración del medio ambiente y contra los efectos adversos  del cambio climático serán suficientes, sin el cambio profundo en nuestra cultura de percepción del problema y reconocemos que esta situación nos implica a todos.

Expresa su preocupación por aprender a construir viviendas y hogares con las menores implicaciones ambientales posibles y la reducción de las ya existentes, en las que se incluyan el uso de sistemas de luz ahorradores de energía o alimentados por celdas fotovoltaicas, calentadores de agua solares, y propone que en las edificaciones empleemos materiales diseñados para generar el máximo ahorro de energía, agua y gas.

Considera que además de pensar en forma verde, debemos construir de igual manera, adoptando medidas de construcción y equipamiento ecológicas para las viviendas.

Al hacerlo de esta manera, se tienen, entre otras las siguientes ventajas:

• Minimizar el uso de recursos naturales.

• Disminución de los residuos sólidos a partir de sistemas de reciclaje para la cocina.

• Control de la erosión y minimizar el impacto del suelo.

• Manejo eficiente y aprovechamiento del agua de lluvia.

• Aumento de la eficiencia energética.

• Conservación máxima del agua.

• Reducción de los costes del mantenimiento.

• Aseguramiento de una planificación y uso de suelo adecuados.

En base a lo anterior, la diputada María del Rocío Corona Nakamura propone el Punto de Acuerdo siguiente

Acuerdo

Único. Con pleno reconocimiento a la libertad y soberanía en todo lo concerniente al régimen interior de los estados, se exhorta respetuosamente a:

1. Los Congresos de las entidades federativas, a incorporar en sus agendas de discusión la formulación de esquemas de fomento del ahorro y el uso eficiente y racional de energía eléctrica, agua y gas, y la aplicación de ecotécnicas y ecotecnologías en la construcción y equipamiento de viviendas.

2. Los Poderes Ejecutivos de las entidades federativas, a emprender acciones para integrar dentro de sus programas de construcción de vivienda, el uso de materiales ecológicos y la incorporación obligatoria de calentadores solares de agua, focos ahorradores de energía y válvulas ahorradoras de agua.

Las y los diputados integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, una vez analizado el contenido de la Proposición objeto del presente dictamen, exponemos el siguiente:

III. Consideraciones de la comisión dictaminadora

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, coincide con la diputada proponente en que con la utilización de tecnologías limpias podremos crear y construir viviendas habitables, confortables y dignas, además de que cuenten con diseños bioclimáticos provechosos, pues no debemos ignorar ni postergar el aprovechamiento de las alternativas ecotécnicas y ecotecnológicas que en la materia se presentan.

Consideramos acertada la visión de la diputada Corona Nakamura sobre la necesidad de encontrar nuevas formas de instrumentar políticas para asumir el compromiso correspondiente a la protección del medio ambiente, procurando evitar al máximo la afectación al mismo, mediante la construcción de vivienda cuyo diseño y funcionamiento permitan evitar al máximo el consumo de recursos renovables y no renovables.

Estimamos preciso reconocer la necesidad de generar una política novedosa en materia de construcción de vivienda que fomente la generación de los recursos que favorezcan la creación de un hábitat saludable y armonioso con el medio que lo rodea. Desde luego, requerimos de poner en práctica la referida política para reorientar a nuestro país hacia una construcción de vivienda que cuide y proteja nuestro medio ambiente.

Quienes integramos esta comisión dictaminadora, reconocemos loable la preocupación manifiesta de la Proponente, pues a pesar de estar consciente de los obstáculos que puede presentar el inicio del proceso planteado en su proposición, expresa los argumentos suficientes y plenos de convencimiento que inducen a la convicción de que dichos obstáculos habremos de enfrentarlos y superarlos en aras de alcanzar el  objetivo de reconquistar la voluntad de los mexicanos de tener y disfrutar del derecho constitucional a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar.

Por lo anterior, esta Comisión considera procedente el punto de acuerdo contenido en la proposición que nos ocupa; sin embargo, es necesario hacerle algunas modificaciones para sustituir algunos de los términos planteados, con el propósito de utilizar aquéllos previstos en Nuestra Constitución Federal.

Por lo anterior expuesto y fundado, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, somete a la consideración del honorable pleno de la  Cámara de Diputados, el siguiente

Punto de Acuerdo

1. A las Legislaturas de los estados y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a incorporar en sus agendas de discusión la formulación de esquemas de fomento del ahorro y el uso eficiente y racional de energía eléctrica, agua y gas, y la aplicación de ecotécnicas y ecotecnologías en la construcción y equipamiento de viviendas.

2. A los poderes ejecutivos de las entidades federativas, a emprender acciones para integrar dentro de sus programas de construcción de vivienda, el uso de materiales ecológicos y la incorporación obligatoria de calentadores solares de agua, focos ahorradores de energía y válvulas ahorradoras de agua.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de diciembre de 2013.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados:Lourdes Adriana López Moreno (rúbrica), presidenta; Minerva Castillo Rodríguez (rúbrica), Érika Yolanda Funes Velázquez (rúbrica), J. Pilar Moreno Montoya (rúbrica), María Concepción Navarrete Vital (rúbrica), María Isabel Ortiz Mantilla (rúbrica), Gerardo Peña Avilés (rúbrica), Claudia Elena Águila Torres (rúbrica), Graciela Saldaña Fraire (rúbrica), Cristina Olvera Barrios (rúbrica), secretarios; Ricardo Astudillo Suárez (rúbrica), Darío Badillo Ramírez (rúbrica), Mario Miguel Carrillo Huerta (rúbrica), Eufrosina Cruz Mendoza (rúbrica), José Luis Esquivel Zalpa (rúbrica), Juan Manuel Fócil Pérez (rúbrica), Marina Garay Cabada (rúbrica), Rodrigo González Barrios (rúbrica), Gabriel Gómez Michel (rúbrica), Adriana Hernández Íñiguez (rúbrica), Patricia Lugo Barriga (rúbrica), Ossiel Omar Niaves López (rúbrica), Ramón Antonio Sampayo Ortiz (rúbrica), Aída Fabiola Valencia Ramírez (rúbrica), Ángel Abel Mavil Soto (rúbrica).»



RECOMENDACION 23/2013, EMITIDA POR LA CNDH, POR ATENCION MEDICA INADECUADA EN HOSPITALES DE COAHUILA Y ZACATECAS

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Derechos Humanos, con punto de acuerdo por el que se exhorta al director general del IMSS a atender la recomendación número 23/2013, emitida por la CNDH, sobre el caso presentado por la inadecuada atención médica en agravio de V1, en los hospitales de especialidades número 71 en Coahuila y general de zona número 1 en Zacatecas

Honorable Asamblea:

La Comisión de Derechos Humanos de la LXII Legislatura, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) a g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 80, numeral 1, fracción VI, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración el presente dictamen, al tenor de lo siguiente:

I. Antecedentes

A.En sesión ordinaria celebrada el 10 de septiembre de 2013, el diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presentó ante el pleno de esta Cámara una proposición con punto de acuerdo para exhortar al doctor José Antonio González Anaya, director general del Instituto Mexicano del Seguro Social, para que se atienda la recomendación número 23/2013, emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), por la inadecuada atención médica prestada a quien se identifica como V1, acaecida en los hospitales de especialidades número 71, en Coahuila, y general de zona número 1 de Zacatecas. Dicha proposición fue suscrita por el diputado Ricardo Monreal Ávila, del mismo grupo parlamentario.

En la misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la proposición en cuestión a la Comisión de Derechos Humanos para dictamen.

II. Finalidad de la proposición con punto de acuerdo

La finalidad de la proposición con punto de acuerdo que se dictamina consiste en exhortar al doctor José Antonio González Anaya, director general del Instituto Mexicano del Seguro Social para que se atienda la recomendación número 23/2013 que emitió la CNDH por la inadecuada atención médica prestada a quien se identifica como V1 en los hospitales de especialidades número 71, en Coahuila, y general de zona número 1, en Zacatecas.

Los proponentes sustentan la proposición anterior con base en lo siguiente:

A. Que en junio de 2013, la CNDH emitió la recomendación 23/2013 dirigida al IMSS por la atención médica inadecuada que efectuó personal de dos hospitales de ese organismo y que trajó como consecuencia la muerte de un menor de edad.

B. Que según las constancias del expediente clínico y de los estudios practicados, un joven quien en 2005 (cuando tenía 10 años de edad) “fue diagnosticado por personal del IMSS con un cuadro clínico de insuficiencia renal crónica”, por lo que fue atendido en el hospital de especialidades número 71 de Torreón, Coahuila, a fin de realizarle un trasplante de riñón, que le fue donado por su madre.

C. Que “en el documento presentado por la CNDH se menciona que el paciente había evolucionado de manera favorable hasta enero de 2011, momento en el cual se le harían diversos estudios y comenzaría a recibir una serie de tratamientos”. Sin embargo, al no responder dicho paciente satisfactoriamente, fue remitido en junio de ese mismo año al hospital general de zona número 1 del IMSS en Zacatecas, donde no se le proporcionó atención oportuna, provocándole esto un edema pulmonar y, consecuentemente, “tres paros cardiorrespiratorios (sic) que le provocaron daño cerebral”. A este cuadro médico se le sumó otro de hepatitis C, por lo que en los días siguientes“tuvo crisis convulsivas derivadas del daño neurológico que sufrió, por lo que el 2 de julio de ese año fue ingresado en la Unidad de Cuidados Intensivos del citado hospital, en donde a las 11:50 horas del 14 del mismo mes y año perdió la vida, determinándose como causas de su muerte en el certificado de defunción: insuficiencia respiratoria aguda, hemorragia pulmonar y coagulopatía; y como estados patológicos que contribuyeron a la muerte, pero no relacionados con la enfermedad o estado morboso que la produjo: encefalopatía anoxoisquémica e insuficiencia renal crónica terminal”.

D. Que con base en información de la CNDH, “el 21 de enero de 2013, a través del oficio número 09 52 17 46 B 0/001111, el IMSS informó que el 14 de diciembre del año anterior, la Comisión Bipartita de Atención al Derechohabiente del Consejo Técnico del instituto determinó que la queja número 1, relacionada con el caso de V1, había resultado procedente, pero que no había lugar al pago de indemnización, solamente a atención psicológica; no obstante, el 2 de mayo del presente año se notificó a Q1 que la Coordinación de Legislación y Consulta acordó otorgarle una indemnización por 165 mil 564 pesos. Asimismo, el titular de la División de Atención a Quejas en materia de Derechos Humanos del IMSS informó que se había dado vista al Órgano Interno de Control de ese instituto”. Sin embargo, a la fecha de elaboración de la proposiciónno se habían recibido en la CNDH evidencias que acreditaran el inicio de procedimiento alguno.

E. Que “Q1 señaló que con motivo de los agravios cometidos a V1, el 6 de octubre de 2010 presentó una denuncia de hechos ante la Procuraduría General de Justicia del Estado de Zacatecas, la cual fue remitida a la Procuraduría General de la República, que dio inicio a la averiguación previa número 1”.

F.Que la CNDH exhibió las violaciones de los derechos a la protección de la salud y a la vida, así como del interés superior del niño, cometidas por cinco médicos adscritos a los hospitales de especialidades número 71 en Coahuila y general de zona número 1 en Zacatecas, ambos del IMSS.

Añaden que la CNDH hizo hincapié en las irregularidades presentadas en las notas médicas del expediente clínico del menor. Asimismo, relatan que dicho organismo emitió el 20 de junio de 2013 la recomendación número 23/2013, relativa al caso por la inadecuada atención médica en agravio de V1 en los hospitales de especialidades número 71 en Coahuila y general de zona número 1 en Zacatecas, la cual fue dirigida al director general del IMSS, en los siguientes términos:

Primera. Instruya a quien corresponda, a efecto de que se tomen medidas necesarias para que se continúe con el trámite de la reparación del daño a Q1 y Q2, o a quien tenga mejor derecho a ello, con motivo de la responsabilidad institucional en que incurrió el personal de los hospitales de especialidades 71 y general de zona 1 del IMSS, en Coahuila y Zacatecas, y envíe a esta comisión nacional (sic) las constancias que acrediten su cumplimiento.

Segunda. Gire sus instrucciones para que en los hospitales de ese Instituto a su cargo, se diseñen e impartan cursos integrales de capacitación y formación en materia de derechos humanos, así como del conocimiento, manejo y observancia de las normas oficiales mexicanas en materia de salud, sobre todo por lo que hace a la atención de los menores de edad y el manejo de pacientes con insuficiencia renal, esto con el objetivo de evitar omisiones como las que dieron origen al presente pronunciamiento, y envíe a esta comisión nacional los indicadores de gestión y evaluación que se apliquen al personal capacitado y las demás constancias con las que se acredite su cumplimiento.

Tercera. Gire sus instrucciones a quien corresponda para que se emita una circular dirigida al personal médico de los hospitales de especialidades número 71 y general de zona número 1 del IMSS, en Coahuila y Zacatecas, en la que se les exhorte a entregar copia de la certificación y recertificación que tramiten ante los consejos de especialidades médicas, con la finalidad de que acrediten tener la actualización, experiencia y conocimientos suficientes para mantener las habilidades necesarias que les permitan brindar un servicio médico adecuado y profesional.

Cuarta. Girar sus instrucciones a quien corresponda para que los servidores públicos del Instituto Mexicano del Seguro Social, especialmente los adscritos a los multicitados hospitales, adopten medidas efectivas de prevención que permitan garantizar que los expedientes clínicos que generen con motivo de la atención médica que brindan se encuentren debidamente integrados y protegidos, conforme a lo establecido en la legislación nacional e internacional, así como en las normas oficiales mexicanas correspondientes y se envíen a esta comisión nacional las constancias que acrediten su cumplimiento.

Quinta. Colaborar ampliamente con esta comisión nacional en el trámite de la queja que promueva ante el Órgano Interno del Control en ese instituto contra los servidores públicos que intervinieron en los hechos, enviando a esta comisión nacional las constancias que le sean requeridas.

Sexta. Colaborar ampliamente en la presentación y seguimiento de la denuncia de hechos que este organismo nacional formule ante la Procuraduría General de la República, a fin de que se inicie la averiguación previa que en derecho corresponda, por tratarse de servidores públicos federales los involucrados y remita a este organismo nacional las constancias que le sean solicitadas.

G. Por lo anterior, los legisladores fundamentan su proposición en lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales y la jurisprudencia en materia de derechos humanos, en especial, la relativa a la protección a la salud, la vida y el interés superior de la niñez.

III. Consideraciones de la Comisión de Derechos Humanos

A. Sobre la dependencia federal competente para dar seguimiento al cumplimiento de recomendaciones que emita la CNDH

De acuerdo con el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Cámara de Diputados, como parte integrante del Estado mexicano y en el ámbito de su competencia, tiene la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

Adicionalmente a esa obligación, esta comisión tiene la convicción de que la legalidad debe ser el principio rector que observen todos los entes públicos en su accionar, y por tanto, las actividades de éstos deben ceñirse a la realización de las atribuciones que la ley les confiere.

Cabe precisar que con anterioridad, esta dictaminadora ha señalado que conforme a lo dispuesto en la fracción XI del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, corresponde a la Secretaría de Gobernación (Segob) la facultad de

Artículo 27. ...

I. a X. ...

XI. Vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país; coordinar en vinculación con las organizaciones de la sociedad civil, trabajos y tareas de promoción y defensa de los derechos humanos y dar seguimiento a la atención de las recomendaciones que emitan los organismos competentes en dicha materia; así como dictar las medidas administrativas necesarias para tal efecto. (El subrayado es nuestro.)

Como se advierte, el precepto anterior da cuenta de la facultad que corresponde ejercer a la Segob para dar seguimiento a las recomendaciones que emitan los organismos competentes en materia de derechos humanos, así como para dictar las medidas para que éstas lleguen a cumplimentarse.

Considerando lo anterior, esta dictaminadora estima que el exhorto planteado por los proponentes debe dirigirse a la Segob para que ésta dicte las medidas administrativas necesarias para que sea atendida la recomendación correspondiente.

B. Sobre el estado que guarda la atención de la recomendación 23/2013

Respecto al estado que guarda a la fecha el trámite que se sigue a la recomendación objeto de la presente proposición, esta dictaminadora solicitó a la CNDH información sobre el particular, señalándose que pese a haber sido aceptada por la autoridad responsable, ésta sólo se ha cumplido parcialmente.

Como se advierte en este caso, se emitió una recomendación que a poco más de cinco meses de haber notificada a la autoridad responsable, ésta no ha atendido completamente.

Si bien debe reconocerse la decisión de la autoridad responsable al aceptar la recomendación e implementar medidas para su cumplimiento, es claro que aún restan aspectos por subsanar y, como en otras ocasiones, la Comisión de Derechos Humanos hace empleo de las proposiciones con punto de acuerdo como herramientas de colaboración institucional entre todos los poderes para lograr la efectividad del mandato impuesto desde el artículo 1o. Constitucional señalado.

En razón de ello, la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados manifiesta su parecer con la propuesta planteada por los diputados Monreal Ávila y Mejía Berdeja. Sin embargo, se proponen modificaciones de forma, a efecto de cuidar el respeto institucional que debe existir entre las diversas autoridades del Estado.

C. El papel que las proposiciones con punto de acuerdo desempeñan en una sociedad democrática

La Comisión de Derechos Humanos de esta soberanía ha precisado en anteriores ocasiones que las proposiciones planteadas por las y los legisladores no deben de ser vistas como un instrumento para desacreditar a las instituciones o para agraviar a éstas o a sus titulares. Por el contrario, deben ser vistas como herramienta de colaboración interinstitucional para el logro de objetivos comunes en una sociedad fundada en el imperio de la ley y el respeto de los derechos humanos.

En razón de lo anterior, y con objeto de coadyuvar a garantizar la efectiva protección y defensa de los derechos humanos de las víctimas a que hace alusión la recomendación 23/2013, la Comisión de Derechos Humanos, con estricto arreglo al principio de legalidad, somete a consideración de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Gobernación del Gobierno de la República a dar seguimiento en el ámbito de su competencia a la atención de la recomendación 23/2013, emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, por la inadecuada atención médica en agravio de V1, realizada en los hospitales de especialidades número 71 en Coahuila y general de zona número 1 en Zacatecas, así como para que dicte las medidas administrativas necesarias al efecto.

Notas:

1 Código con que se hace referencia a un menor de edad.

2 Consultada en el portal electrónico de la CNDH, http://www.cndh.org.mx/sites/all/fuentes/documentos/Recomendaciones/2013/REC_20 13_023.pdf el 16 de octubre de 2013, a las 10:00 horas.

3 Se reproducen para efectos de consulta y análisis.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de diciembre de 2013.

La Comisión de Derechos Humanos, diputados:Miriam Cárdenas Cantú (rúbrica), presidenta; Rodimiro Barrera Estrada (rúbrica), María Esther Garza Moreno (rúbrica), Gabriel Gómez Michel (rúbrica), Carlos Fernando Angulo Parra (rúbrica), Verónica Sada Pérez, María de Lourdes Amaya Reyes (rúbrica), Margarita Elena Tapia Fonllem, Martha Edith Vital Vera (rúbrica), José Francisco Coronato Rodríguez (rúbrica), Loretta Ortiz Ahlf (rúbrica), René Ricardo Fujiwara Montelongo (rúbrica), secretarios; Juan Jesús Aquino Calvo, Carlos Humberto Castaños Valenzuela, Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María de Jesús Huerta Rea (rúbrica), María Jiménez Esquivel, Roxana Luna Porquillo (rúbrica), Roberto López Suárez, María Angélica Magaña Zepeda, María Guadalupe Mondragón González (rúbrica), José Luis Muñoz Soria (rúbrica), Vicario Portillo Martínez, Elvia María Pérez Escalante (rúbrica), Cristina Ruiz Sandoval (rúbrica).»



AMPLIACION DE TRAMO CARRETERO EN LOS LIMITES DE TABASCO Y CAMPECHE Y CHAMPOTON, DE LA CARRETERA FEDERAL 180

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Infraestructura, con punto de acuerdo relativo a la ampliación del tramo carretero comprendido a partir del puente San Pedro, en los límites de Tabasco y Campeche y Champotón, de la carretera federal 180

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Infraestructura le fue turnada para su estudio y dictamen la Proposición con punto de acuerdo relativo a la ampliación del tramo carretero comprendido a partir del puente San Pedro, en los límites de los Estados de Tabasco y Campeche y el municipio de Champotón, de la carretera federal 180.

En términos previstos por los artículos 39, numerales 1, 2 fracción XXXI, 3 y 45, numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 80, numeral 1, fracción VI; 82, 84, 85,182 numeral 3, 184 numeral 2; 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, esta comisión es competente para conocer y resolver el asunto turnado al tenor de los siguientes

Antecedentes

En la sesión del martes 1 de octubre de 2013, el diputado Jorge Rosiñol Abreu del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional presentó la proposición con punto de acuerdo relativa a la ampliación del tramo carretero comprendido a partir del puente San Pedro en los límites de Tabasco, Campeche y el municipio de Champotón de la carretera federal 180.

La Mesa Directiva acordó su turno a la Comisión de Infraestructura el día martes 1 de octubre de 2013, mediante oficio número D.G.P.L.62-II-7-913, correspondiente al expediente 2689, para su estudio y elaboración de dictamen correspondiente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 150, numeral 1, fracción VI, del Reglamento de la Cámara de Diputados, la proposición con punto de acuerdo en comento se distribuyó a los diputados integrantes de la Comisión de Infraestructura para su análisis y comentarios.

Contenido de la proposición

El autor refiere que las carreteras seguras, contribuyen a la integración de las regiones siendo un factor clave para el crecimiento y desarrollo económico del país.

Comenta que en Campeche en el tramo que corresponde a los límites de los estados de Tabasco y Campeche-Nuevo Progreso (península de Atasta), que comprende hasta el municipio de Champotón, se han concentrado un número considerable de accidentes que fueron ocasionados por la falta de modernización de este tramo.

El diputado Rosiñol agrega que la infraestructura carretera permite a México comunicar sus fronteras norte y sur, formando conexiones entre los Estados Unidos y parte de Centroamérica, a su vez, uniendo a los puertos que se encuentran en el océano Pacífico con el Golfo de México y el Caribe, por ello expresa la importancia económica, turística y su relevancia estratégica que representa para el desarrollo del país. De manera particular expresa que la carretera federal 180 requiere de una ampliación a cuatro carriles a partir del Puente San Pedro en los límites de Tabasco y Campeche y el municipio de Champotón con una longitud de 171 kilómetros, ya que actualmente cuenta solo con dos carriles y sin zonas de acotamiento, presentando daños en el pavimento ocasionando un número considerable de accidentes.

El autor considera que la importancia de esta carretera es debido a que cruza toda la costa y el área petrolera del Golfo de México, sirve de enlace para transportar productos desde el sureste del país y es vínculo carretero entre los puertos de Tuxpan, Tampico y Altamira considerado el corredor turístico de internación para los turistas ya que es una ruta directa hacia la península de Yucatán, Campeche, Mérida, Cancún, Playa del Carmen, Cozumel e Isla Mujeres.

Asimismo, señala que de lograrse la ampliación que plantea, se agilizará considerablemente la circulación del transporte de carga, pasajeros y particulares lo cual contribuye al desarrollo industrial, comercial, agropecuario y turístico que beneficiará en forma directa a más de 400 mil habitantes de los municipios de Carmen, Escárcega y Champotón en el estado de Campeche.

Por tal motivo, el diputado Rosiñol propone exhortar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a que realice el estudio costo beneficio, el proyecto ejecutivo y los estudios complementarios para la ampliación a cuatro carriles del tramo carretero comprendido a partir del puente San Pedro en los límites de Tabasco y Campeche y el municipio de Champotón de la carretera federal 180, el cual permita que los próximos trabajos de ampliación y asfaltado sean de alta calidad y durabilidad, y al titular del Ejecutivo federal para que en su caso destine los recursos necesarios y suficientes para que se lleve a cabo la ampliación de este tramo carretero.

Consideraciones de la comisión

Primera. Que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes cuenta con partidas específicas para la elaboración de estudios y proyectos en el Presupuesto de Egresos de la Federación. En tal virtud, es factible que pueda realizar el estudio y proyecto relativo a la ampliación a cuatro carriles de la carretera de San Pedro límite de Tabasco y Campeche y municipio de Champotón en la carretera federal 180, entre éstos el estudio costo-beneficio, así como el análisis de viabilidad física, económica, social y ambiental respectiva.

Segunda. Que la ejecución de esta obra no se encuentra considerada en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2014, y que la asignación de recursos para la realización de ésta no es atribución del Ejecutivo Federal, sino de la Cámara de Diputados la cual podrá hacerse para ejercicios posteriores de conformidad con el resultado que arrojen los análisis y estudios a que se refiere el considerando anterior.

Tercera. Que por conducto de la diputada Rocío Adriana Abreun Artiñano, integrante de esta comisión, el licenciado Fernando Ortega Bernés, gobernador constitucional de Campeche, así como el doctor José Luis Arjona Rosado, presidente municipal de Champotón, solicitaron la realización del estudio costo-beneficio, así como el proyecto ejecutivo y los estudios complementarios necesarios para llevar a cabo la ampliación del tramo carretero comprendido a partir del puente San Pedro, en los límites de Tabasco y Campeche y el municipio de Champotón.

En virtud de lo expresado los integrantes de la Comisión de Infraestructura someten a la consideración del pleno de esta Cámara de Diputados el siguiente:

Acuerdo

Único. Se aprueba la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para que realice el estudio costo-beneficio del tramo que inicia a partir del puente San Pedro límite de los estados Tabasco y Campeche y municipio de Champotón de la carretera federal 180 y, en caso de resultar viable física, económica, social y ambientalmente la obra, se realicen el proyecto ejecutivo y los estudios complementarios respectivos para la ampliación a cuatro carriles de este tramo carretero.

Así lo determinó el pleno de la Comisión de Infraestructura, en la honorable Cámara de Diputados, a 10 de diciembre de 2013.

La Comisión de Infraestructura, diputados: Alberto Curi Naime (rúbrica), presidente; Nabor Ochoa López, Genaro Carreño Muro (rúbrica), José Enrique Reina Lizárraga (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, Mauricio Sahui Rivero (rúbrica), Carlos Sánchez Romero, Víctor Hugo Velasco Orozco (rúbrica), Rosa Elia Romero Guzmán, Marcos Rosendo Medina Filigrana (rúbrica), Marino Miranda Salgado (rúbrica), secretarios; Rocío Adriana Abreu Artiñano (rúbrica), Rafael Acosta Croda (rúbrica), Liliana Castillo Terreros, Eva Diego Cruz (rúbrica), Rodolfo Dorador Pérez Gavilán, Julio César Flemate Rodríguez (rúbrica), Antonio García Conejo (rúbrica), Mario Francisco Gullén Guillén, Samuel Gurrión Matías, Raymundo King de la Rosa (rúbrica), Fernando Alfredo Maldonado Hernández (rúbrica), Angélica Rocío Melchor Vásquez, Ramón Montalvo Hernández, Francisco Pelayo Covarrubias, Patricia Guadalupe Peña Recio (rúbrica), Lourdes Eulalia Quiñones Canales (rúbrica), Sonia Rincón Chanona, Juan Ignacio Samperio Montaño.»



PRESA HIDROELECTRICA AMBROSIO FIGUEROA LA VENTA, EN ACAPULCO DE JUAREZ, GUERRERO

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Recursos Hidráulicos, con punto de acuerdo relativo a la operación de la presa hidroeléctrica Ambrosio Figueroa La Venta, en Acapulco de Juárez, Guerrero

Honorable Asamblea:

Esta Comisión de Recursos Hidráulicos de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión fue turnada para su dictamen la proposición con punto de acuerdo, relativo a la operación de la presa hidroeléctrica Ambrosio Figueroa “La Venta”, en Acapulco de Juárez, Guerrero, suscrita por los diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Esta comisión dictaminadora, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numeral 1 y 3; 45, numeral 6, e incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 80, numeral 1, fracción VI; 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen, de acuerdo con los siguientes

I. Antecedentes

1. En sesión celebrada el 3 de octubre de 2013, el diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presentó una proposición con punto de acuerdo, suscrita por el diputado Ricardo Monreal Ávila, del mismo grupo parlamentario, relativa a la operación de la presa hidroeléctrica Ambrosio Figueroa “La Venta”, en Acapulco de Juárez, Guerrero.

2. En esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó a la Comisión de Recursos Hidráulicos dicha proposición para efecto de su dictaminación.

3. Con fecha del día miércoles 27 de noviembre del 2013, la junta directiva de esta comisión se reunió y dentro de los asuntos del orden del día se abordo el análisis de la proposición con punto de acuerdo en mención.

Recibido el asunto, quienes integramos esta comisión, procedimos al estudio del siguiente:

II. Contenido de la proposición

Para sustentar su proposición, los diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, argumentan en la exposición de motivos esencialmente lo siguiente:

1. Que el municipio, es la forma de organización básica, primer nivel de gobierno de los estados que componen la federación.

2. Que el vertiginoso crecimiento de la población ocurrido en nuestro país en las últimas décadas, ha traído como consecuencia una excesiva concentración de la misma generando anomalías que dificultan el buen funcionamiento de muchas de las ciudades.

3. Que Instrumentos como la planeación abonan a fin de lograr el orden en las ciudades

4. Que esta herramienta técnica ha sido empleada de manera profusa a lo largo y ancho del país, pero que sin embargo sus efectos positivos sólo en muy pocos casos se han visto.

5. Que en el caso de la zona metropolitana de Acapulco, Guerreo, a pesar de haberse decretado varios planes de ordenamiento desde la década de los años sesenta, actualmente padece de graves problemas urbanos que evidencian el incumplimiento de los mismos con consecuencias graves a la vida y pertenencias de sus pobladores.

6. Que el crecimiento urbano de Acapulco ha ido ligado estrechamente con el desarrollo turístico, influenciado por el capital inmobiliario cuyo principal interés es la obtención de mayores ganancias mediante el incremento al valor del suelo a costa de una mayor densidad que la permitida en los reglamentos, generando un anómalo crecimiento urbano, debido a la deficiencia en la infraestructura y servicios necesarios para soportar esta intensidad de construcción.

7. Que es indispensable que los organismos federales, paraestatales o privados en materia de desarrollo urbano como la Conagua, CFE, Semarnat, Banobras y Corett, atiendan las disposiciones normativas del Plan Director Urbano y trabajen en completa coordinación con la Secretaría de Planeación y de Obras Públicas del municipio.

8. Que el paso por nuestro país de los huracanes “Ingrid” y “Manuel” el pasado mes de septiembre de 2013, evidenciaron la poca o nula revisión de parte de muchos de los ayuntamientos a nivel nacional para el otorgamiento de licencias de construcción, pasando por alto las especificaciones técnicas o en su caso las disposiciones de los reglamentos y normatividad para la construcción de complejos industriales, comerciales y habitacionales.

9. Que en este contexto, el poblado la Venta Vieja, del municipio de Acapulco, fue arrasado por el agua que desbordó la presa hidroeléctrica denominada La Venta, debido presuntamente a que la Comisión Federal de Electricidad no dio aviso de forma oportuna a las autoridades vinculadas a la operación  de la misma, a fin de abrir las compuertas.

Con base en lo anterior, los proponentes someten a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición de urgente y obvia resolución con el siguiente

Primero. La honorable Cámara de Diputados exhorta a todos los honorables ayuntamientos de México, a fin de que los alcaldes cumplan y se apeguen a los lineamientos y normatividad para la autorización de licencias de construcción, que permita un desarrollo urbano planeado y sustentable de acuerdo al contexto de cada localidad.

Segundo. La honorable Cámara de Diputados exhorta a la Comisión Federal de Electricidad para que haga pública la información respecto al porqué no se dio de manera oportuna la orden para abrir las compuertas de la central hidroeléctrica Ambrosio Figueroa “La Venta” , ubicada en el poblado del mismo nombre que ocasionó la desaparición del poblado la Venta Vieja en Acapulco de Juárez, Guerrero.

Tercero. La honorable Cámara de Diputados exhorta a la Comisión Nacional del Agua para que haga pública la información respecto a la situación que causó la inundación en el poblado de Renacimiento y Zona Diamante.

Cuarto. La honorable Cámara de Diputados exhorta a la Procuraduría General de la República a que se realice una exhaustiva investigación sobre los responsables e implicados en el desbordamiento de la presa hidroeléctrica Ambrosio Figueroa “La Venta”, ubicada en Ac apulco, Guerrero.

Después del análisis del contenido de la proposición, quienes integramos la Comisión de Recursos Hidráulicos, exponemos las siguientes

III. Consideraciones

Los integrantes de esta comisión por conducto de la Coordinación de Asesores, se ha dado a la labor de investigar la problemática que exponen los diputados promoventes del punto de acuerdo y  consideramos importante precisar algunas consideraciones:

La presa La Venta no es una presa reguladora.La Venta es una pequeña presa ubicada en la cuenca del Río Papagayo, a 50 kilómetros de Acapulco, y es de un tamaño 756 veces menor que, por ejemplo, la de Infiernillo que se encuentra en la importante cuenca del Balsas.

• Construida a filo de agua en 1964, no es una presa reguladora; es decir, no tiene capacidad de almacenamiento, sino que el agua a su paso permite generar 30 MW, una modesta magnitud para los tamaños modernos de producción, pero que contribuye a proveer energía eléctrica en la zona y satisface la demanda de unos 50 mil habitantes.

• En tanto que es una presa de paso para generar electricidad no tiene un vaso significativo y, por lo tanto, su tamaño y diseño no le permiten controlar volúmenes importantes de agua, como los recibidos por la tormenta tropical Manuel.

• Esta presa, como todas las del país, opera con estricto apego a la política avalada por el Comité Técnico de Operación de Obras Hidráulicas, que es una instancia colegiada de alto nivel técnico, en el que participan Conagua, Segob, UNAM (Instituto de Ingeniería), IPN, Instituto Mexicano de Tecnología del Agua, y la CFE.

El volumen de agua recibido fue extraordinario y la operación fue técnicamente aplicable dado que:

• El volumen de agua que se recibió en esa cuenca en 24 horas fue de tal magnitud (se llegaron a registrar 15 mil metros cúbicos por segundo) que al superar en 62 por ciento la capacidad de los vertedores rebasó fácilmente la poca capacidad de esta presa. Sin embargo, con un sostenido esfuerzo de operación especialmente, durante las 25 horas más críticas , se logró contener ese volumen el tiempo suficiente para permitir el aviso y la evacuación oportuna de los caseríos ubicados aguas abajo.

Los integrantes de esta comisión con el apoyo de la Coordinación de Asesores, se ha dado a la labor de canalizar a la Compañía Federal de Electricidad para ampliar la investigación y nos ha indicado que:

• Durante 24 horas, a partir del día 14, las compuertas de la presa estuvieron operando paulatinamente para ir abriendo y controlar el nivel, lo que no fue posible debido al incremento extraordinario de la avenida.

 El aporte del vaso de la presa a la inundación de Acapulco es de menos de una milésima.

• Con el meteoro, este pequeño vaso, cuyo desfogue al Río Papagayo va directo al mar, 50 kilómetros aguas abajo, fue rebasado pese al esfuerzo de mantener abiertas sus compuertas y ha quedado fuera de servicio en términos de generación.

• Aun teniendo las 7 compuertas totalmente abiertas, el volumen de agua afectó la operación de las mismas, sin embargo esto no produjo que se tuvieran peores consecuencias de las que se tuvieron; de cualquier manera el agua pasó e iba a pasar sobre la presa.

• El aporte de este vaso (8 millones de metros cúbicos) se sumó de manera muy poco significativa al conjunto de aportaciones y escurrimientos de toda la cuenca (3,500 millones de metros cúbicos) y concentrados en la zona inundada de Acapulco representando menos de una milésima parte.

• Las notificaciones de operación de la presa fueron oportunas, correctas y eficaces

• El 14 de septiembre, el superintendente de la central notificó a la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Acapulco (CAPAMA), antes de que se abrieran las 5 compuertas.

Dado que las precipitaciones continuaban incrementándose, a las 11 de la noche personal de la central se trasladó al poblado de La Venta Vieja, notificando a los habitantes.

• La población empezó a evacuar por la mañana, cuando el agua se acercó a las viviendas.

• Las notificaciones realizadas por la CFE, señala que no hubo resultados fatales.

• Las compuertas para mantener el nivel de la presa en los 149 metros sobre el nivel del mar que indican las previsiones de seguridad de su diseño.

Niveles de la presa y el crecimiento súbito del gasto de entrada

Para tener una referencia de los volúmenes y los volúmenes aportados por el Río Papagayo a la presa La Venta la CFE indica que al inicio de la crisis hidráulica de esa cuenca; siendo las 11 horas de la noche del miércoles 11 de septiembre la presa registraba un gasto de entrada de 206.4 metros cúbicos por segundo, un volumen que podemos tomar como normal dentro de los registros históricos del Río Papagayo en ese vaso.

Dos horas después, a la 01:27 de la mañana ya del jueves 12, la entrada de agua se elevó súbitamente a más del doble llegando a 484.7 metros cúbicos por segundo. A las 7:00 am el caudal de ingreso subió a 560.7 metros cúbicos por segundo. Casi tres veces el nivel ordinario. Pasado el mediodía, al cambio de turno de las 3 de la tarde, el gasto relevante aun estando arriba de lo ordinario, bajó a 323 metros cúbicos por segundo permitiendo maniobras básicas para mantener, todo el tiempo, el nivel de la presa en los 149 msnm. Así transcurrió en calma relativa la noche del viernes bajando inclusive a 256 metros cúbicos por segundo.

El viernes 13 de septiembre transcurrió de igual manera, sin mayores alteraciones en los volúmenes de agua que ingresaban al vaso de la presa, manteniéndose un nivel de gasto de entrada muy ordinario desde el fin del día anterior.

Sin embargo, para el sábado 14, los registros expresan una dinámica diferente e inusitada. A las 7 de la mañana el gasto de entrada se elevó dentro de los rangos esperados a 301.9 metros cúbicos por segundo aunque una hora después subió inusitadamente a 411.9 estableciéndose las precauciones inmediatas por la rapidez que acusaba la creciente.

A las 8:42 am de ese sábado, con la súbita crecida se tienen registros de desfogue en las unidades de generación y tienen que empezar a desconectarse una a una.

A las 9 de la mañana la entrada de agua al vaso de la presa alcanza los 600 metros cúbicos por segundo; a las 9:30 es de 518 metros cúbicos por segundo; a las 10:56, llega a 572.4 metros cúbicos; y 20 minutos después a los 950 metros cúbicos.

El volumen es tal que se tienen que abrir todas.  A las 14:24, el gasto de ingreso de agua a la presa se eleva a 1, 408 metros cúbicos por segundo y seis minutos después alcanza los 1,496 metros cúbicos por segundo. A las 15:30 horas el gasto de entrada crece a los 1,547 metros cúbicos y se acerca al gasto máximo histórico de 1,591 metros cúbicos ocurrido en 1974, mismo que a las 18:30 de la tarde es rebasado en un amplio margen por el gasto que llega a los 2, 296 metros cúbicos por segundo.

Sin embargo, estaba aún por llegar un nuevo e inesperado nivel histórico en esa presa: a las 19:30 horas de ese sábado 14 de septiembre, el gasto de ingreso alcanzaría los 2,908 metros cúbicos por segundo antes de arrasar los instrumentos de medición de la estación hidrométrica Agua Salada que fue arrastrada por el río.

Según los registros de la otra estación de medición El Puente que poco después también fue inutilizada por la corriente, la situación se agravaría a las 23:00 horas cuando el gasto de entrada llegó a los 3, 640 metros cúbicos por segundo y durante un lapso se alzó incluso a los 4,376.65 metros cúbicos por segundo.

Para el domingo 15 a la 1 am, la estación hidrométrica El Puente reporta en sus últimos registros que el gasto de entrada bajó a los aun poderosos caudales de 1,283 metros cúbicos; y 1, 168 metros cúbicos a la 1:30 am; sin embargo la acumulación de volúmenes ya había causado estragos: a las 2 am se observa que a mil metros de la estación los caminos, aguas arriba y abajo, están destruidos y no se puede pasar para entrar o salir.

A las 4:30 am el desfogue llega a la casa de máquinas, se pierden el taller y el almacén; se desenergizó el equipo, y el personal se trasladó a la cortina para preparar el abandono por inundación. A las 5:10 am, obra en los reportes, los operadores y el grupo de vigilancia se retiraron al cerro ubicado a 30 metros arriba de la corona.

A las 7 am midiendo el gasto de las compuertas abiertas y la mitad del orificio abierto se estima que el gasto de salida es de 8,200 metros cúbicos por segundo. A las 8 se inicia el desborde y el paso del agua por encima de la cortina.

Por los anteriores argumentos, los diputados  integrantes de esta comisión consideramos modificar los puntos petitorios de los diputados proponentes al punto de acuerdo, y sensibles de la situación que enfrentó el municipio de Acapulco, Guerrero, coincidimos en el siguiente

Punto de Acuerdo

Único.La honorable Cámara de Diputados exhorta la Comisión Nacional del Agua para que informe sobre la posible problemática que se presenta en la presa hidroeléctrica Ambrosio Figueroa “La Venta”.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a once de diciembre de dos mil trece.

La Comisión de Recursos Hidráulicos, diputados:Gerardo Gaudino Rovirosa (rúbrica), presidente; Marco Antonio Calzada Arroyo (rúbrica), Enrique Cárdenas del Avellano (rúbrica), Faustino Félix Chávez, Blas Ramón Rubio Lara (rúbrica), Jorge Terán Juárez, Sergio Augusto Chan Lugo (rúbrica), J. Jesús Oviedo Herrera (rúbrica), Antonio García Conejo (rúbrica), Nabor Ochoa López (rúbrica), Gerardo Villanueva Albarrán, secretarios; Alfonso Morelli Humberto (rúbrica), Margarita Landy Berzunza Novelo, Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, Juan Francisco Cáceres de la Fuente (rúbrica), Benjamín Castillo Valdez (rúbrica), José Rubén Escajeda Jiménez (rúbrica), Cecilia González Gómez, José Antonio León Mendívil (rúbrica), Angélica Rocío Melchor Vásquez, Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Abraham Montes Alvarado, Luis Olvera Correa (rúbrica), Gerardo Peña Avilés (rúbrica), Humberto Armando Prieto Herrera, Juan Manuel Rocha Piedra (rúbrica), Bárbara Gabriela Romo Fonseca.»



SANEAMIENTO DEL RIO APATLACO, EN MORELOS

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Semarnat y al gobernador de Morelos a atender las necesidades de saneamiento del río Apatlaco

Honorable Asamblea:

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XXXV; 45, numerales 6, incisos f) y g), y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 79, numeral 1, fracción II, y 80, numeral 1, fracción VI del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a la consideración de esta asamblea el presente dictamen, al tenor de los siguientes:

I. Antecedentes

Primero. En sesión plenaria de la Cámara de Diputados, celebrada el 8 de octubre de 2013, la diputada Marisela Velázquez Sánchez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó proposición con punto de acuerdo por el que solicita exhortar al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al gobernador del estado de Morelos, a efecto de que se atiendan las necesidades de saneamiento del río Apatlaco.

Segundo. En la misma reunión, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó trámite al asunto, turnándolo a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su análisis y dictamen.

II. Contenido de la proposición

Refiere la legisladora proponente, que el agua es el recurso natural más importante en el planeta, y de acuerdo con la doctora Patricia Trujillo Jiménez del Centro de Investigaciones Biológicas de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, la sociedad se ha visto beneficiada por los servicios ofrecidos por los cuerpos de aguas nacionales que nos proveen de agua para uso domestico, incluido el consumo humano, así como para el uso hidroagrícola en la irrigación de zonas de cultivo, además del uso industrial y los demás establecidos en la Ley de Aguas Nacionales. Por tal motivo, es imprescindible cuidar y preservar el recurso hídrico de la nación, así como la flora y fauna que se integran en un ecosistema.

Indica la diputada proponente que los beneficios y el aprovechamiento de los ríos causan grandes afectaciones en los mismos, principalmente su contaminación y deterioro, al grado que se encuentra limitado el uso y aprovechamiento de los recursos naturales, debido principalmente al irrefrenable crecimiento de la mancha urbana sobre las riveras y zonas aledañas a los cuerpos de agua, vertiendo, sin precaución alguna los desechos de los diversos usos del agua previstos en la ley; adicionalmente, es insuficiente el nivel cultural de nuestro pueblo que se manifiesta en la desobligación con la que vierten desechos tóxicos sin conciencia de la obligación legal que tienen de revertir y reparar los graves daños que ocasionan al ambiente, con independencia de que el vertedor de tales desechos sea del sector público, privado o social.

Según la proponente, el río Apatlaco es uno de los más contaminados del estado de Morelos y del país, siendo por su extensión uno de los ríos más importantes del estado, ya que sus aguas fluyen entre los municipios más importantes de la entidad, incluida su capital.

III. Consideraciones

Los diputados integrantes de esta comisión dictaminadora, reconocemos válido el planteamiento de la proponente y coincidimos en la propuesta de exhortar a las autoridades federales y estatales  competentes, para que atiendan el grave problema que representa la contaminación del río Apatlaco, cuyo cause está considerado como uno de los más importantes de la entidad federativa.

Considerando que México ocupa un lugar destacado en el concierto internacional, por estar reconocido como un país continente de una megadiversidad de recursos que se reflejan en una gran variedad de ecosistemas, climas, bosques, selvas, pastizales, flora, fauna, ríos y lagos, etcétera.

El agua es un elemento fundamental para la vida y de acuerdo con cifras correspondientes al año 2010, presentadas por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en donde se observa que la cobertura es 88 de cada 100 municipios en México tienen servicio de agua potable y veintiséis de las 32 entidades federativas tienen este servicio en todos sus municipios.

Consideramos importante señalar que la biodiversidad se ha visto comprometida en las últimas décadas, debido a las distintas actividades humanas que generan un deterioro acelerado de los ecosistemas y una disminución crítica de las especies y de la biodiversidad, como uno de los problemas ambientales más serios que enfrentamos, por lo que debemos conjugar esfuerzos para revertir este efecto negativo y contribuir a la conservación, conocimiento y uso sustentable de los recursos naturales.

A partir del reconocimiento de que el agua es un elemento fundamental para la vida, su relevancia en el estado de Morelos, se acrecienta pues esta región pertenece a la gran cuenca del río Balsas, recorrida por seis microcuencas que fluyen del norte hacia el sur. La microcuenca del río Apatlaco es la más contaminada de Morelos, pues recibe las descargas de aguas residuales de la zona que concentra gran parte de la población y de la industria de la entidad.

Asimismo, consideramos oportuno observar las estimaciones que arrojan estudios recientes respecto a la Estrategia Estatal sobre Biodiversidad del Estado de Morelos, emitida por la Comisión Estatal de Agua y Medio Ambiente (CEAMA) y por la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (Conabio), que establece que los ríos de la entidad se caracterizan por sus afluentes erráticos e intermitentes; tienen escurrimientos medios anuales que registran ciertas variaciones de un año a otro, sus caudales presentan intensas avenidas en los meses de verano y leves escurrimientos en los restantes del año. En Morelos existen ocho ríos principales que en términos generales recorren la entidad de norte a sur: Amacuzac, Tembembe, Tetlama, Apatlaco, Yautepec, Cuautla, Chalma y Amatzinac.

Como ocurre con los ríos, los lagos se distinguen dos tipos de ambientes: los de zonas altas caracterizadas por sus aguas templadas entre 14 y 22 grados centígrados y los de regiones bajas, con aguas cálidas de entre 22 y 32 grados centígrados; el primero lo conforman los lagos Zempoala, Quila, Tonatiahua y Prieta del municipio de Huitzilac; mientras que el segundo lago de las regiones bajas incluye los lagos de Tequesquitengo, El Rodeo y Coatetelco.

Adicionalmente, estimamos necesario considerar el estudio que presentó el Organismo de Cuenca Balsas de la Comisión Nacional del Agua, publicado en mayo de 2013, donde propone establecer antecedentes y acciones concretas para proceder al saneamiento de la cuenca del río Apatlaco, en la cual 80 por ciento de la contaminación se genera por las descargas de aguas residuales de los municipios, siendo Cuernavaca, Jiutepec y Temixco, los principales actores de tal contaminación, por lo que el resultado de dicho estudio se enfoca en la ejecución acciones prioritarias para el saneamiento integral de la cuenca, entre las que destacan:

Primero. Rehabilitar las plantas de tratamiento de aguas residuales.

Segundo. Construir colectores y alcantarillado para la conducción de aguas residuales.

Tercero. Aprovechar la infraestructura que actualmente se tiene en plantas de tratamiento para utilizarlas a su máxima capacidad.

Cuarto. Construir plantas de tratamiento de aguas residuales necesarias en 14 puntos críticos; Quinto.Regular los rastros municipales que representan la segunda fuente de contaminación orgánica del agua.

Sexto. Implementar el manejo integral de la disposición de residuos sólidos.

Apreciamos de vital importancia destacar que uno de los mayores tesoros con los que cuenta el estado de Morelos es su riqueza natural; particularmente, el agua, el suelo y el clima, elementos que constituyen sus principales activos, por lo que la implementación del saneamiento con visión integral de la cuenca del río Apatlaco, contribuye en el proceso de recuperación de las áreas dañadas en el contexto del ámbito de utilización racional de la biodiversidad y hacer uso integral de la naturaleza, sin poner en riesgo el futuro de los recursos naturales.

Por lo anterior expuesto y fundado, los legisladores integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, sementemos a la consideración del honorable pleno de la Cámara de Diputados, los siguientes:

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal, para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, se generen las acciones preventivas, correctivas o de remediación de las afectaciones de contaminación en la cuenca del río Apatlaco.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Ejecutivo del estado de Morelos, para que a través de la Secretaría de Desarrollo Sustentable, implementen las acciones preventivas, correctivas o de remediación de las afectaciones de contaminación en la cuenca del río Apatlaco, en el estado de Morelos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de diciembre de 2013.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados:Lourdes Adriana López Moreno, presidenta; Minerva Castillo Rodríguez, Érika Yolanda Funes Velázquez, José Pilar Moreno Montoya, María Concepción Navarrete Vital, María Isabel Ortiz Mantilla, Gerardo Peña Avilés, Claudia Elena Águila Torres, Graciela Saldaña Fraire, Cristina Olvera Barrios, secretarios; Ricardo Astudillo Suárez, Darío Badillo Ramírez, Mario Miguel Carrillo Huerta, Eufrosina Cruz Mendoza, José Luis Esquivel Zalpa, Juan Manuel Fócil Pérez, Marina Garay Cabada, Rodrigo González Barrios, Gabriel Gómez Michel, Adriana Hernández Íñiguez, Patricia Lugo Barriga, Ossiel Omar Niaves López, Ramón Antonio Sampayo Ortiz, Aída Fabiola Valencia Ramírez, Ángel Abel Mavil Soto (rúbricas).»



QUEJAS Y SUGERENCIAS DE DIRECTIVOS DE ESCUELAS Y PADRES DE FAMILIA DE NUEVO LEON

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la SEP a atender las quejas y sugerencias de directivos de escuelas y padres de familia de Nuevo León

Honorable Asamblea:

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, de conformidad con lo enunciado en los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e), f) y g) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 80, 85, 176 y 182, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen.

I. Antecedentes

1. En sesión de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, celebrada el 8 de octubre, el diputado José Martín López Cisneros, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXII Legislatura, presentó la proposición con punto de acuerdo que exhorta al titular de la Secretaría de Educación Pública para que atienda las quejas y sugerencias de directivos de escuelas y padres de familia de Nuevo León.

2. La Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la proposición en comento a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos para su estudio y dictamen correspondiente.

3. La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos dio trámite de recibo e inició el análisis de la proposición.

II. Descripción de la proposición

El diputado proponente sostiene los siguientes argumentos:

1. De acuerdo con el comunicado 121, emitido por la Secretaría de Educación Pública, SEP, con fecha 11 de agosto de 2013, se informa que se diseñó el sistema básico de mejora educativa, el cual fue puesto en marcha a partir del 19 de agosto del 2013 con el inicio del ciclo escolar 2013-2014.

2. Este sistema, de acuerdo a la SEP, incluye tres prioridades generales: garantizar la normalidad mínima escolar, mejorar el aprendizaje de los alumnos con énfasis especial en lectura, escritura y matemáticas; y poner alto a la deserción escolar. Para atender estas prioridades la SEP establece  tres condiciones: 1. Fortalecer la supervisión escolar, 2. Reactivar los consejos técnicos escolares y de zona, 3. Aligerar la carga administrativa que pesa sobre las escuelas.

3. Para la reactivación de los consejos técnicos escolares (CTE) la SEP determinó que en el calendario escolar 2013-2014, éstos se realicen a lo largo del ciclo escolar mediante 8 sesiones ordinarias programadas para efectuarse el viernes de la última semana de septiembre, octubre, noviembre de 2013, y enero, febrero, marzo, mayo y junio de 2014. Siendo estos de carácter institucional, obligatorios y abarcarán la totalidad de la jornada escolar.

4. Los consejos técnicos escolares como el órgano colegiado encargado de tomar y ejecutar decisiones comunes enfocadas a que el centro escolar cumpla de manera uniforme y satisfactoria su misión.

5. La operación de los lineamientos expedidos por la SEP no ha funcionado a plenitud, porque cuando menos en Nuevo León, los viernes sin clases al final de cada mes han sido impuestos de manera obligatoria, sin tomar en cuenta a los directivos de escuelas ni a los padres de familia, quienes han manifestado su molestia y desacuerdo a través de los medios de comunicación y en escritos que han presentado a la autoridad educativa estatal, por lo que no se ha cumplido con el artículo 5 que señala que estos Consejos se reunirán según las condiciones de cada centro escolar y las circunstancias que favorezcan la eficacia del trabajo.

6. Los padres de familia y directivos de escuelas están de acuerdo con la realización de estos consejos técnicos escolares, porque incluso en algunos planteles éstos ya se realizaban antes de la disposición de la SEP, sin embargo, la molestia es por afectar el día de clases para los alumnos e interrumpir así su educación.

7. Esta medida afecta a las familias, pues además de no tomarlos en cuenta y no se tomaron en cuenta las condiciones de cada centro escolar ni las circunstancias que favorezcan la eficacia del trabajo, no aceptando alternativas a tal medida.

8. 26 millones de estudiantes de educación básica en el país, esos viernes sin clases en lugar de acudir a la escuela se queden en sus casas o en otros sitios, lo que representa un mal ejemplo impulsado desde el gobierno federal.

9. Los padres y madres que trabajan y tienen a sus hijos en escuelas públicas o privadas tienen que incurrir en erogaciones extras en guarderías esos días que sus hijos no van a la escuela.

10. Los padres de familia que tienen hijos en escuelas particulares tendrán que pagar un mes más de colegiatura al recuperar esos 8 viernes sin clases, con lo cual su pago total al año se incrementará en un 10 por ciento.

11. La Unión Neolonesa de Padres de Familia ha informado que 80 colegios particulares han presentado escritos ante esa asociación, así como ante la Secretaría de Educación Pública estatal, para buscar alternativas como realizar los consejos técnicos escolares al finalizar la jornada escolar esos viernes, o bien trasladar sus reuniones a los sábados, sin que a la fecha hayan tenido una respuesta satisfactoria por parte de la autoridad federal.

Basado en estos argumentos, el diputado propone el punto de acuerdo en los siguientes términos:

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al secretario de Educación Pública, licenciado Emilio Chuayffet Chemor, para que con base en los Lineamientos para la organización y funcionamiento de los consejos técnicos escolares, expedidos por la Secretaría de Educación Pública a su cargo, y que en el artículo 5 señalan que “los consejos técnicos escolares se reunirán según las condiciones de cada centro escolar y las circunstancias que favorezcan la eficacia del trabajo”, atienda oportunamente las quejas y sugerencias de directivos de escuelas y padres de familia de Nuevo León, a fin de modificar la medida impuesta de realizar obligatoriamente las reuniones de los consejos técnicos escolares los viernes de la última semana de septiembre, octubre, noviembre de 2013, así como enero, febrero, marzo, mayo y junio de 2014 abarcando la totalidad de la jornada escolar, a fin de encontrar y aplicar alternativas que no interrumpan las clases impartidas esos días.

III. Consideraciones

Esta comisión comparte con el promovente su preocupación sobre la necesidad de que la Secretaría de Educación Pública atienda oportunamente las quejas y sugerencias de directivos y padres de familia. Esto por cuanto la Carta Magna garantiza el derecho de audiencia de los ciudadanos.

Es importante considerar que la propuesta en comento tiene implicaciones que trascienden al ámbito puramente escolar, pues al haber padres de familia que trabajan, tienen que distraer sus labores para atender a sus hijos, con la consecuente disminución en su productividad. Por otra parte, las niñas, niños y jóvenes que no tienen clases cuando hay reuniones de los consejos técnicos escolares se ven expuestos a situaciones coyunturales que los pueden poner en riesgo, tales como permanecer solos en casa.

Adicionalmente, al tratarse de una disposición de carácter nacional no se limita sólo al caso de Nuevo León, sino que se extiende a toda la República, afectando a todos los padres de familia, es el caso de las manifestaciones en contra de esta medida en los estados de Morelos y Jalisco.

Por otro lado, esta comisión reconoce que las principales afectadas, sobre todo financieramente, son las familias que pagan colegiaturas en instituciones privadas, debido a que el tiempo perdido se recupera en otros días, con lo que el tiempo de pago de colegiaturas tiende a extenderse. Sin embargo, esta problemática se reproduce también en las escuelas públicas, donde se concentra la población con mayores carencias económicas y que, debido a medidas como las de este tipo ven restringidos su tiempo y recursos financieros.

Por los anteriores argumentos esta comisión considera que el exhorto debe ser general, tanto a nivel nacional, así como extenderse a escuelas públicas y privadas, dejando la potestad de organizarse a cada una de las comunidades escolares en función de sus necesidades.

En virtud de lo expuesto. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 180, numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de diputados, la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos somete a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al secretario de Educación Pública, licenciado Emilio Chuayffet Chemor, para que con base en los Lineamientos para la organización y funcionamiento de los consejos técnicos escolares, expedidos por la Secretaría de Educación Pública a su cargo, y que en el artículo 5 señalan que “los consejos técnicos escolares se reunirán según las condiciones de cada centro escolar y las circunstancias que favorezcan la eficacia del trabajo”, genere alternativas a la medida de realizar obligatoriamente las reuniones de los consejos técnicos escolares los viernes de la última semana de septiembre, octubre, noviembre de 2013, así como enero, febrero, marzo, mayo y junio de 2014 abarcando la totalidad de la jornada escolar, a fin de que no se interrumpan las clases en esos días.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de diciembre de 2013.

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, diputados:Jorge Federico de la Vega Membrillo (rúbrica), presidente; María Guadalupe Mondragón González (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal (rúbrica), José Enrique Doger Guerrero, Roy Argel Gómez Olguín (rúbrica), Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Dulce María Muñiz Martínez (rúbrica en contra), Adriana Fuentes Téllez (rúbrica en contra), Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica en contra), Héctor Hugo Roblero Gordillo (rúbrica), Nelly del Carmen Vargas Pérez, Víctor Reymundo Nájera Medina, Judit Magdalena Guerrero López (rúbrica), secretarios; Juan Manuel Gastélum Buenrostro (rúbrica), Alejandra López Noriega, Glafiro Salinas Mendiola, Leticia López Landero, Blanca Estela Gómez Carmona, Julio César Flemate Ramírez (rúbrica en contra), Gaudencio Hernández Burgos (rúbrica), María de Jesús Huerta Rea (rúbrica en contra), Arnoldo Ochoa González (rúbrica), Jorge Herrera Delgado (rúbrica), Harvey Gutiérrez Álvarez (rúbrica), Mónica García de la Fuente (rúbrica), Alberto Díaz Trujillo, Roxana Luna Porquillo, Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Roberto López González (rúbrica), Fernando Cuéllar Reyes (rúbrica).»



SANEAMIENTO DEL RIO LAGOS, EN LAGOS DE MORENO, JALISCO

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta al secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al procurador federal de Protección al Ambiente a atender las necesidades de saneamiento del río Lagos, en Lagos de Moreno, Jalisco

Honorable Asamblea:

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XXXV; 45, numerales 6, incisos f) y g), y 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 79, numeral 1, fracción II, y 80, numeral 1, fracción VI, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a la consideración de esta asamblea el presente dictamen, al tenor de los siguientes

I. Antecedentes

Primero. En sesión plenaria de la Cámara de Diputados, celebrada el día 10 de octubre de 2013, el diputado José Noel Pérez de Alba, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó Proposición con Punto de Acuerdo por el que solicita exhortar al Titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al Titular de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, a efecto de que se atiendan las necesidades de saneamiento del río Lagos, ubicado en el Municipio de Lagos de Moreno Jalisco.

Segundo. En la misma reunión, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó trámite al asunto, turnándolo a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su análisis y dictamen.

II. Contenido de la proposición

Refiere el diputado proponente, que en México, el 70% cuerpos de agua se encuentran afectados por con algún grado de contaminación, lo que genera diversas consecuencias negativas en el medio ambiente, tales como la reducción del número de especies y el aumento de riesgos sanitarios que afronta la población que se encuentra próxima a la rivera del Rio Lagos; adicionalmente las afectaciones económicas debido a la reducción de las actividades productivas.

Confirma el legislador, que uno de los afluentes más afectados en el estado de Jalisco es el río Lagos, en el Municipio de Lagos de Moreno, pues en su cauce puede encontrarse todo tipo de residuos sólidos, desde envolturas de productos, llantas, muebles de todo tipo y aparatos electrónicos de uso domestico, adicionalmente a esta afectación al cuerpo de agua, se suman diversos grados de contaminación ya que también se perciben químicos altamente tóxicos como son el mercurio, plomo, cadmio, cromo y compuestos como el tolueno o el benceno, los cuales representan un severo foco de infección y en consecuencia los respectivos daños a la salud pública, que afectan principalmente en las zonas aledañas a los cuerpos de agua, en donde se vierten, sin precaución alguna los desechos de los diversos usos del agua previstos en la ley; adicionalmente, es insuficiente el nivel cultural de nuestro pueblo que se manifiesta en la desobligación con la que vierten desechos tóxicos sin conciencia de la obligación legal que tienen de revertir y reparar los graves daños que ocasionan al ambiente, con independencia de que el vertedor de tales desechos sea del sector público, privado o social.

Según el proponente afirma, que el municipio de Lagos de Moreno en el estado de Jalisco es una importante fuente económica, principalmente en la producción ganadera, avícola y agropecuaria, es por esto que resulta trascendental que se ejecuten acciones preventivas y correctivas en las aéreas dañadas en la cuenca del río Lagos.

III. Consideraciones

Las y los diputados integrantes de esta comisión dictaminadora, reconocemos efectivo el planteamiento del diputado proponente y coincidimos en la propuesta de exhortar a las autoridades federales competentes, para que atiendan el problema que representa la contaminación de la cuenca del río Lagos, en el municipio de Lagos de Moreno Jalisco.

Estimamos importante señalar que México ocupa un lugar destacado en el concierto internacional, por estar reconocido como un país continente de una megadiversidad de recursos que se reflejan en una gran variedad de ecosistemas, climas, bosques, selvas, pastizales, flora, fauna, ríos, lagos, entre otros.

El agua es un elemento fundamental para la vida y de acuerdo con cifras correspondientes al año 2010, presentadas por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en donde se observa que la cobertura es, 88 de cada 100 municipios en México tienen servicio de agua potable y veintiséis de las 32 entidades federativas tienen este servicio en todos sus municipios.

De acuerdo a la información publicada en las estadísticas del agua en México, edición 2013 presentada por la Comisión Nacional del Agua, titulada “Aspectos geográficos que influyen en la disponibilidad del agua”, confirma que la ubicación geográfica y relieve son factores que inciden sobre la disponibilidad del recurso hídrico. En México dos terceras partes del territorio se consideran áridas o semiáridas, con precipitaciones anuales menores a los 500 mm, mientras que el sureste es húmedo con precipitaciones que superan los 2,000 milímetros por año.

La superficie de la Cuenca del río Lagos en el estado de Jalisco es de 2,700 kilómetros, es una subcuenca del Río Verde que a su vez es tributario del Río Santiago y con base a la delimitación de la Comisión Nacional del Agua corresponde a la región hidrológica Lerma Santiago.

Consideramos importante señalar, que la biodiversidad se ha visto comprometida en las últimas décadas, debido a las distintas actividades humanas que generan un deterioro acelerado de los ecosistemas y una disminución crítica de las especies y de la biodiversidad, como uno de los problemas ambientales más serios que enfrentamos, por lo que debemos conjugar esfuerzos para revertir este efecto negativo y contribuir a la conservación, conocimiento y uso sustentable de los recursos naturales.

A partir del reconocimiento de que el agua es un elemento fundamental para la vida, su relevancia en el Municipio de Lagos de Moreno, se dificulta, ya que adicionalmente a la indebida contaminación que presenta esta microcuenca, pues recibe las descargas de aguas residuales de la zona que concentra gran parte de la población y de la industria, y adicionalmente en época de calor se incrementan las afectaciones, esto a causa, de que las aguas se vaporizan y despiden fuertes y fétidos olores, y en consecuencia se propicia un ambiente idóneo que favorece a la proliferación de fauna nociva, como roedores, cucarachas y moscos portadores de enfermedades como dengue, entre otros, incrementando su contaminación y agravando los riesgos sanitarios a la población, que esto implica.

Apreciamos de vital importancia destacar que uno de los principales activos con los que cuenta el estado de Jalisco es su riqueza natural; particularmente, el agua, el suelo, el clima, sus bosques y mares, entre otros, por lo que la implementación del saneamiento con visión integral de la cuenca del río Lagos, contribuye en el proceso de recuperación de las áreas dañadas en el contexto del ámbito de utilización racional de la biodiversidad y hacer uso integral de la naturaleza, sin poner en riesgo el futuro de los recursos naturales.

Por lo anterior expuesto y fundado, las y los legisladores integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, sometemos a la consideración del honorable Pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único.La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal, para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente; así como al Ejecutivo del estado de Jalisco, a través de la Secretaria de Desarrollo Sustentable, se coordinen en la generación e implementación de las acciones preventivas, correctivas o de remediación de las afectaciones de contaminación en la cuenca del río Lagos, en el estado de Jalisco.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de diciembre de 2013.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados: Lourdes Adriana López Moreno (rúbrica), presidenta; Minerva Castillo Rodríguez (rúbrica), Érika Yolanda Funes Velázquez (rúbrica), J. Pilar Moreno Montoya (rúbrica), María Concepción Navarrete Vital (rúbrica), María Isabel Ortiz Mantilla (rúbrica), Gerardo Peña Avilés (rúbrica), Claudia Elena Águila Torres (rúbrica), Graciela Saldaña Fraire (rúbrica), Cristina Olvera Barrios (rúbrica), secretarios; Ricardo Astudillo Suárez (rúbrica), Darío Badillo Ramírez (rúbrica), Mario Miguel Carrillo Huerta (rúbrica), Eufrosina Cruz Mendoza (rúbrica), José Luis Esquivel Zalpa (rúbrica), Juan Manuel Fócil Pérez (rúbrica), Marina Garay Cabada (rúbrica), Rodrigo González Barrios (rúbrica), Gabriel Gómez Michel (rúbrica), Adriana Hernández Íñiguez (rúbrica), Patricia Lugo Barriga (rúbrica), Ossiel Omar Niaves López (rúbrica), Ramón Antonio Sampayo Ortiz (rúbrica), Aída Fabiola Valencia Ramírez (rúbrica), Ángel Abel Mavil Soto (rúbrica).»



NOM QUE ESTABLEZCA LOS LIMITES PERMISIBLES DE PRESENCIA DE MANGANESO EN EL AIRE

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat a expedir la NOM que establezca los límites permisibles de presencia de manganeso en el aire

Honorable Asamblea:

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XXXV; 45, numerales 6, incisos f) y g), y 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 79, numeral 1, fracción II, y 80, numeral 1, fracción VI, del Reglamento de la Cámara de Diputados somete a consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, al tenor de los siguientes:

I. Antecedentes

Primero. En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, celebrada el 22 de octubre de 2013, el diputado Víctor Hugo Velasco Orozco, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó Proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a expedir la Norma Oficial Mexicana que establezca los límites permisibles de presencia de manganeso en el aire, a efecto de preservar la salud de la población cercana a industrias de explotación de este mineral.

Segundo. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, dictó el siguiente trámite: “Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen”.

II. Contenido de la proposición

El diputado proponente menciona que el manganeso es un elemento químico metálico, muy importante para la industria siderúrgica del acero, y que potencialmente puede impulsar el crecimiento de los países en vías de desarrollo, pues tiene grandes posibilidades de comercio en el plano internacional.

Señala que el crecimiento de la industria se ha venido abasteciendo de sólo una fuente primaria de manganeso, ubicada en el Municipio de Molango de Escamilla, Hidalgo.

Refiere que la industria siderúrgica, principal consumidora de manganeso, dada la creciente producción de acero, demanda mayores cantidades de este mineral.

Asimismo, manifiesta que la Unidad Minera Molango, se localiza al norte de Hidalgo, y representa el depósito de mineral manganeso grado metalúrgico más importante en Norte y Centroamérica y es uno de los diez yacimientos más grandes del mundo. El mineral se usa principalmente en las acerías y para ferroaleaciones.

En Molango existe el único horno en el que producen los nódulos de manganeso que sirven para fabricar ferroaleaciones. Las reservas del mineral garantizan por varias décadas la operación de la empresa. La explotación del yacimiento ya repercute negativamente en el medio ambiente de varias localidades y en la salud de sus habitantes.

El gobierno de Hidalgo, hacia el año 2 mil, monitoreó el impacto en la salud y el ecosistema, y solicitó la ayuda de un equipo interdisciplinario, el cual coadyuvó en los trabajos para el estudio: “Exposición a manganeso de la población residente en un distrito minero”, realizado por reconocidas instituciones académicas y de la salud, enfocado a revisar la situación de la explotación de manganeso en el estado de Hidalgo y sus efectos en la salud pública.

El área de afectación ocupa una superficie aproximada de cincuenta kilómetros cuadrados, en la que se asientan cuarenta y dos comunidades, con una población de 127 mil 400 habitantes.

De los resultados del estudio, se destaca:

• El impacto social y cultural en las comunidades derivó, de una alta expectativa de desarrollo regional y de bienestar para la población, a la preocupación de los habitantes por los efectos del metal y su industrialización, en el agua, el suelo, el aire y las personas expuestas.

• La concentración de manganeso en el aire, es superior a la recomendada en el plano internacional, siendo su principal fuente de exposición: la inhalación, por las características toxicológicas del manganeso y la suspensión en el aire de partículas emitidas de este mineral.

• La mitad de la población presenta concentraciones del mineral en la sangre, las cuales son mayores en poblados de las cercanías de la zona de extracción, procesamiento e industrialización del manganeso.

El proponente refiere la detección de la alteración de la actividad motora en niños y jóvenes, específicamente en la coordinación de movimientos, cambio de posición de manos y la realización de dibujos secuenciales, entre otras variaciones detectadas con la aplicación de pruebas neuropsicológicas para medir el coeficiente intelectual, así como las habilidades de aprendizaje y motoras.

Concluye que hay una importante asociación entre las altas concentraciones de manganeso en el aire y el elevado riesgo de desarrollar deficiencias motoras, situación que ya se ha presentado en otros estudios desarrollados en ambientes ocupacionales o no ocupacionales.

Alude a la atribución de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, prevista en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, de procurar la prevención y control de la contaminación de la atmósfera.

Advierte que, conforme a lo dispuesto en el artículo 111 Bis de la LGEEPA, para la operación y funcionamiento de las fuentes fijas de jurisdicción federal que emitan olores, gases o partículas sólidas o líquidas a la atmósfera, como lo es, en su caso, la industria metalúrgica, entre otras, se requiere autorización de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; asimismo, señala que la propia Ley dispone que los subsectores específicos cuyos establecimientos se sujetarán a las disposiciones de la legislación federal, en lo relativo a la emisión de contaminantes a la atmósfera, serán previstos en el Reglamento que al efecto se expida.

Por otro lado, hace referencia a lo dispuesto en el artículo 36 de la LGEEPA, relativo a las Normas Oficiales Mexicanas en Materia Ambiental, cuyas disposiciones prevén que para garantizar la sustentabilidad de las actividades económicas, la Secretaría emitirá normas oficiales mexicanas en materia ambiental y para el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, que tengan por objeto:

- Establecer los requisitos, especificaciones, condiciones, procedimientos, metas, parámetros y límites permisibles que deberán observarse en regiones, zonas, cuencas o ecosistemas, en aprovechamiento de recursos naturales, en el desarrollo de actividades económicas, en la producción, uso y destino de bienes, en insumos y en procesos;

-Considerar las condiciones necesarias para el bienestar de la población y la preservación o restauración de los recursos naturales y la protección al ambiente;

-Estimular o inducir a los agentes económicos para reorientar sus procesos y tecnologías a la protección del ambiente y al desarrollo sustentable;

-Otorgar certidumbre a largo plazo a la inversión e inducir a los agentes económicos a asumir los costos de la afectación ambiental que ocasionen, y

-Fomentar actividades productivas en un marco de eficiencia y sustentabilidad.

En consecuencia, reitera que es competencia de la federación la regulación de las fuentes de contaminación al suelo, el agua y la atmósfera en los casos señalados.

Considera que no obstante la existencia de normas oficiales mexicanas que regulan la emisión de contaminantes del suelo, agua y aire, no contamos con alguna referida a la emisión de manganeso, o que reglamente las fuentes de origen por explotación económica o por su existencia natural en el medio ambiente.

Sin embargo, menciona la NOM-127-SSA1-1994, en materia de salud, “Agua para el uso y consumo humano”, la cual establece los límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización; a su vez, específica los límites de manganeso permitidos en agua para consumo humano como agua potable.

Afirma que, atento a los efectos negativos producidos por la exposición prolongada al manganeso de los pobladores de comunidades cercanas a las fuentes de explotación del mineral, estima fundamental establecer las normas tendentes a la regulación del problema, fijando los límites permisibles de presencia de manganeso en el aire y, en consecuencia, la normalización sobre las fuentes de emisión correspondientes.

En base a los motivos expuestos en su proposición, el diputado Víctor Hugo Velasco Orozco, plantea el siguiente punto de acuerdo:

“Único. Se exhorta, de manera urgente, a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a expedir la norma oficial mexicana que establezca los límites permisibles de presencia de manganeso en el aire, a efecto de preservar la salud de la población cercana a industrias de explotación o fuentes naturales de este mineral.”.

Una vez analizado el contenido de la proposición, las y los integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, planteamos las siguientes

III. Consideraciones

Quienes integramos la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, coincidimos con el proponente en el reconocimiento de la importancia que tiene el manganeso, como elemento químico metálico, en la industria siderúrgica del acero.

Asimismo, reconocemos la importancia de la fuente primaria de manganeso del municipio de Molango de Escamilla, Hidalgo, así como su condición de principal proveedora de la industria siderúrgica del acero en la entidad, y ser reconocida como uno de los diez yacimientos más grandes del mundo.

Del mismo modo, coincidimos con el proponente en distinguir el grave problema que representa el hecho de que la explotación de la fuente está generando repercusiones adversas en el medio ambiente y en la salud de los pobladores de la región.

Es evidente la importancia que tiene el estudio sobre el impacto en la salud humana y en el ecosistema, debidos a la emisión y alta concentración de manganeso en el aire, el agua y el suelo, impulsado por las autoridades estatales de Hidalgo y la Compañía Minera Autlán.

Consideramos que los resultados de los estudios realizados y de las reuniones entre autoridades e industriales que explotan el manganeso en la localidad desde hace varias décadas, han propiciado la implementación de medidas para reducir las emisiones de la Unidad Minera Molango, a través de un programa de acciones para mejorar los sistemas de control de emisiones, con el propósito de evaluar el impacto de las medidas adoptadas para mitigar la exposición al manganeso y los efectos en la salud de la población residente en el distrito minero.

Estimamos válido el objetivo de evidenciar y dar seguimiento al impacto en las concentraciones de manganeso en el aire y en la salud, para que en caso de no alcanzar los resultados esperados, se impulsen soluciones alternas inmediatas.

Consideramos apropiada también, la finalidad que se plantea de obtener y proporcionar evidencia científica sobre la posible reversibilidad en los efectos adversos probados en los estudios previos realizados en los años 2002 y 2006, sobre efectos en salud, fuentes de emisión y concentraciones de manganeso en aire, suelo, agua y alimentos, así como la percepción de riesgo y gobernanza.

Estimamos que el manganeso, aunque poco usado en su forma pura, destaca su importancia práctica en la fabricación de acero, además de la multiplicidad de aplicaciones de sus compuestos en la industria, donde el dióxido de manganeso se usa como desecante o catalizador de pinturas y como decolorante en la fabricación de vidrio.

Sabemos que el manganeso es uno de los tres elementos trazas tóxicos esenciales, pues además de ser necesario para la supervivencia de la humanidad, también es riesgosamente tóxico, cuando se encuentra en altas concentraciones en el cuerpo humano.

Adicionalmente, es importante considerar que los efectos adversos del manganeso en la salud humana, ocurren principalmente en el tracto respiratorio y el cerebro, y que los síntomas por envenenamiento son: alucinaciones, olvidos y daños en los nervios, además de que puede causar Parkinson, embolia pulmonar y bronquitis. El síndrome causado por el manganeso presenta síntomas de esquizofrenia, depresión, debilidad de músculos, dolor de cabeza e insomnio.

De ahí nuestra coincidencia con el proponente, en cuanto a la convalidación de los resultados del estudio: “Exposición a manganeso de la población residente en un distrito minero”, enfocado a revisar la situación de la explotación de manganeso en el estado de Hidalgo y sus efectos en la salud pública.

Estimamos impostergable la atención a una población cuya perspectiva de desarrollo y bienestar se ha traducido en preocupación por los efectos adversos del manganeso y su industrialización; una población en la que la mitad de sus integrantes presenta concentración de manganeso en la sangre, y que entre sus niños y jóvenes se ha detectado alteración de su actividad motora, particularmente en la coordinación de movimientos, cambio de posición de manos y la realización de dibujos secuenciales.

Consideramos que las manifestaciones de los efectos adversos que produce la alta concentración de manganeso en el medio ambiente y en el cuerpo humano, particularmente padecidas por los habitantes de las cercanías del municipio de Molango de Escamilla, Estado de Hidalgo, justifican ampliamente la posición del proponente, al referir la atribución de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de procurar la prevención y control de la contaminación de la atmósfera, y aludir las disposiciones contenidas en el artículo 111 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, con objeto de puntualizar la facultad de la propia Secretaría, para autorizar la operación y funcionamiento de las fuentes fijas de jurisdicción federal que emitan olores, gases o partículas sólidas o líquidas a la atmósfera, como lo es, en su caso, la industria metalúrgica, entre otras; asimismo, destacar que los subsectores específicos cuyos establecimientos se sujetarán a las disposiciones de la legislación federal, en lo relativo a la emisión de contaminantes a la atmósfera, serán previstos en el Reglamento que al efecto se expida.

En el mismo tenor, coincidimos con el proponente en cuanto a la alusión al Artículo 36 del mismo Ordenamiento Legal, relativo a las Normas Oficiales Mexicanas, en Materia Ambiental, cuyas disposiciones prevén que para garantizar la sustentabilidad de las actividades económicas, la Secretaría emitirá normas oficiales mexicanas en materia ambiental y para el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, que tengan por objeto:

Establecer los requisitos, especificaciones, condiciones, procedimientos, metas, parámetros y límites permisibles que deberán observarse en regiones, zonas, cuencas o ecosistemas, en aprovechamiento de recursos naturales, en el desarrollo de actividades económicas, en la producción, uso y destino de bienes, en insumos y en procesos;

Considerar las condiciones necesarias para el bienestar de la población y la preservación o restauración de los recursos naturales y la protección al ambiente;

Estimular o inducir a los agentes económicos para reorientar sus procesos y tecnologías a la protección del ambiente y al desarrollo sustentable;

Otorgar certidumbre a largo plazo a la inversión e inducir a los agentes económicos a asumir los costos de la afectación ambiental que ocasionen, y fomentar actividades productivas en un marco de eficiencia y sustentabilidad.

Por lo anterior expuesto y fundado, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, somete a la consideración del Honorable Pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único.La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a expedir la norma oficial mexicana que establezca los límites permisibles de presencia de manganeso en el aire, a efecto de preservar la salud de la población cercana a industrias de explotación o fuentes naturales de este mineral.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de diciembre de 2013.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados:Lourdes Adriana López Moreno (rúbrica), presidenta; Minerva Castillo Rodríguez (rúbrica), Érika Yolanda Funes Velázquez (rúbrica), J. Pilar Moreno Montoya (rúbrica), María Concepción Navarrete Vital (rúbrica), María Isabel Ortiz Mantilla (rúbrica), Gerardo Peña Avilés (rúbrica), Claudia Elena Águila Torres (rúbrica), Graciela Saldaña Fraire (rúbrica), Cristina Olvera Barrios (rúbrica), secretarios; Ricardo Astudillo Suárez (rúbrica), Darío Badillo Ramírez (rúbrica), Mario Miguel Carrillo Huerta (rúbrica), Eufrosina Cruz Mendoza (rúbrica), José Luis Esquivel Zalpa (rúbrica), Juan Manuel Fócil Pérez (rúbrica), Marina Garay Cabada (rúbrica), Rodrigo González Barrios (rúbrica), Gabriel Gómez Michel (rúbrica), Adriana Hernández Íñiguez (rúbrica), Patricia Lugo Barriga (rúbrica), Ossiel Omar Niaves López (rúbrica), Ramón Antonio Sampayo Ortiz (rúbrica), Aída Fabiola Valencia Ramírez (rúbrica), Ángel Abel Mavil Soto (rúbrica).»



PARQUE NACIONAL BARRANCA DEL CUPATITZIO

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat a realizar por la Conanp acciones en beneficio del parque nacional Barranca del Cupatitzio

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales le fue turnada para su análisis y dictamen, la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que a través de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, se realicen acciones en beneficio del Parque Nacional Barranca de Cupatitzio, presentada por la diputada Socorro de la Luz Quintana León.

Esta comisión dictaminadora, con las atribuciones que le confieren los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XXXV, y 45, numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 79, numeral 1, fracción II, y 80, numeral 1, fracción VI, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea, dictamen con proyecto de punto de acuerdo, al tenor de los siguientes

I. Antecedentes

Primero. En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, celebrada el 22 de octubre de 2013, la diputada Socorro de la Luz Quintana León, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que a través de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, se realicen acciones en beneficio del Parque Nacional Barranca del Cupatitzio.

Segundo.En la misma sesión, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó trámite a la proposición, en los siguientes términos: Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

Los integrantes de la comisión dictaminadora procedimos a la revisión inicial de la proposición para presentar el siguiente

II. Contenido de la proposición

La proposición fue presentada como de urgente u obvia resolución; sin embargo, al no ser aprobada con esa característica, se turnó a comisión ordinaria para su dictamen.

La diputada proponente externa su preocupación de atender la problemática ambiental, en la idea de generar, impulsar y orientar las políticas públicas para conservar los ecosistemas y el medio ambiente en beneficio de las actuales y futuras generaciones.

El objeto central de la proposición es el rescate, estímulo y reactivación del Parque Nacional Barranca del Cupatitzio, en el estado de Michoacán.

Señala que el prestigio adquirido por el Programa Nacional de Áreas Protegidas, le da importancia relevante a nivel nacional e internacional.

Refiere que el Índice del Planeta Vivo, estima que la extinción de especies es parte del curso natural de la historia del planeta.

Asevera que el hombre ha provocado la extinción de especies en cantidad al menos cien veces superior a la extinción natural, lo que representa una pérdida de biodiversidad, con algunas excepciones, como el caso de las reservas o de especies de flora y fauna protegidas, por encontrarse en peligro de extinción.

Plantea el acelerado proceso de desertización en gran parte de nuestro territorio, ocasionado por la grave deforestación que, a su vez, disminuye la calidad de vida de la población y genera un deterioro medioambiental irreversible.

Señala lo dispuesto en el párrafo quinto del artículo 4o. constitucional, en los siguientes términos: “toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley”.

Por otro lado, transcribe parte de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA): “en el establecimiento, administración y manejo de las áreas naturales protegidas a que se refiere el artículo anterior, la secretaría promoverá la participación de sus habitantes, propietarios o poseedores, gobiernos locales, pueblos indígenas y demás organizaciones sociales, públicas y privadas, con el objeto de propiciar el desarrollo integral de la comunidad y asegurar la protección y preservación de los ecosistemas y su biodiversidad. Para tal efecto, la secretaría podrá suscribir con los interesados los convenios de concertación o acuerdos de coordinación que correspondan”.

Señala que el Parque Nacional Barranca del Cupatitzio, forma parte de las 158 áreas naturales protegidas que existen en México, razón suficiente para preservarla de manera obligatoria.

Refiere que el parque está situado en el centro-occidente de Michoacán, a 130 kilómetros de Morelia, y colindando con la zona urbana de Uruapan, su superficie se divide en dos áreas: una localizada al poniente, denominada área de montaña que abarca parte de los municipios de Uruapan y Nuevo Parangaricutiro, y la otra al oriente dentro de la ciudad, designada como área de río, dentro del municipio de Uruapan.

Según la diputada proponente, el área natural protegida de Barranca del Cupatitzio:

• Protege un espacio con 84 especies de hongos, 495 especies de plantas nativas y 213 especies de vertebrados terrestres.

• Protege a 28 especies endémicas de México; 2 de anfibios, 3 de reptiles, 4 de aves, 5 de mamíferos y 4 de orquídeas.

• Es un sitio con dos tipos de vegetación del bosque templado, pino y pino-encino, además de elementos de bosque mesófilo de montaña y de galería.

• Presenta características representativas de la flora y la fauna del eje neovolcánico transversal, especialmente de las zonas medias y bajas de la sierra Purépecha.

• Protege los manantiales que dan origen al río Cupatitzio, con una aportación de 4.3 metros cúbicos por segundo.

• Presenta una belleza escénica única derivada de sus condiciones físicas naturales.

• Por sus características fisiográficas, ubicación geográfica y su relación con otros grandes macizos montañosos, forma parte de un importante corredor biológico entre el Parque Nacional Pico de Tancítaro y la zona protectora forestal de Uruapan.

• En el área se han registrado 31 especies de plantas y animales considerados en riesgo por la NOM-059-SEMARNAT 2010.

Refiere que además de su alto valor biológico, ambiental y ecológico, el parque es esencial para la vida socio-económica de Uruapan y la región.

• Es un polo de atracción turística, con más de 650 mil visitantes al año, lo que genera empleos y estimula la planta productiva nacional.

• La zona está catalogada como de alta capacidad para la captación de agua y sus manantiales abastecen la zona urbana e industrial del municipio de Uruapan y la región agrícola en la parte baja de la subcuenca hacia el sur, y

• Abastece a tres hidroeléctricas que aprovechan las aguas del río Cupatitzio.

No obstante, la proponente manifiesta que el área presenta diversos problemas, como el de la contaminación de la zona, ausencia de estrategias de conservación y una peligrosa reducción en los niveles del agua en sus manantiales.

Declara que, según información de la Comisión Federal de Electricidad, el volumen de agua que fluye en el nacimiento del río Cupatitzio, disminuyó en más de 200 litros por segundo, lo cual representa una pérdida de 33 por ciento en relación con el volumen de 2012.

Señala que el abandono de la zona y la carencia de programas públicos para equilibrar la conservación de ecosistemas y la reactivación económica, han producido graves perjuicios para la flora, la fauna y la población del lugar.

En síntesis, la proponente asegura que las carencias y el abandono mencionados, han generado daños al medio ambiente y al sector turístico local, así como problemas de seguridad y de salud a la población, al lado de diversos problemas sociales, derivados de la falta de información y de acciones institucionales, que dan lugar a la inhibición de una cultura conservacionista en la ciudadanía, particularmente, en las nuevas generaciones.

La diputada proponente estima que la problemática se ha venido agudizando al paso de los años, pues requiere de acciones urgentes, decididas y eficientes para rescatar y reactivar la zona desde una perspectiva sostenible, en estricta observancia del mandato constitucional y legal, y en cumplimiento de los compromisos suscritos por el Estado mexicano en diversos instrumentos internacionales.

Finalmente, la proponente manifiesta que el programa de conservación y manejo del parque Barranca del Cupatitzio, fue elaborado y emitido en el año 2006, y el aviso se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 22 de abril de 2009.

Para efectos de la proposición, destaca lo establecido en el apartado 10 sobre evaluación y efectividad, que señala: “la ejecución del Programa de Conservación y Manejo se realizará a través de los programas operativos anuales (POAAN) que defina el parque. Anualmente se contrastarán los avances logrados en la operación del área natural protegida (ANP), contra las metas propuestas en el PCM, al término del primer quinquenio de operación se revisarán la totalidad de los subprogramas a fin de determinar aspectos que por razones políticas, sociales, económicas y/o administrativas pudiesen haber quedado pendientes de realización”.

La diputada Socorro de la Luz Quintana León, atendiendo el reiterado reclamo de la ciudadanía, de quienes hoy se encuentran inciertos ante el destino del área natural protegida Parque Nacional Barranca de Cupatitzio, zona protegida objeto de la proposición que nos ocupa, somete a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados la proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, exhorta al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que a través de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, y conforme a sus objetivos estratégicos, realice las acciones conducentes en beneficio del Parque Nacional Barranca del Cupatitzio, a efecto de

1. Dar cumplimiento a lo establecido en el Programa de Conservación y Manejo del Parque Nacional Barranca del Cupatitzio, y realizar las adecuaciones necesarias al mismo conforme a la realidad actual de dicho parque.

2. Conservar el ecosistema y las especies en riesgo.

3. Reactivar la economía y el turismo de las comunidades asentadas en el entorno de dicha área, bajo criterios de sostenibilidad.

4. Fomentar una cultura de conservación entre los habitantes de las comunidades aledañas.

5. Implementar un programa que permita aprovechar de manera sustentable el recurso hídrico; e

6. Informar cabalmente a la ciudadanía sobre el estado que guarda la zona protegida de referencia.

Después de analizar el contenido de la proposición con punto de acuerdo presentada por la diputada Socorro de la Luz Quintana León, los diputados integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, expresamos las siguientes

III. Consideraciones

Quienes integramos la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, estimamos loable la preocupación de la diputada proponente, por atender la necesidad de generar, impulsar y orientar las políticas públicas destinadas a conservar los ecosistemas y el medio ambiente, en la perspectiva de beneficiar a las generaciones presentes y futuras del país.

Consideramos viable la propuesta de generar las políticas y las acciones encaminadas a rescatar, estimular y reactivar el Parque Nacional Barranca de Cupatitzio, situado en el estado de Michoacán.

Coincidimos con la proponente en el sentido de reconocer el prestigio del Programa Nacional de Áreas Protegidas, fama que reviste gran importancia a nivel nacional e internacional.

Reconocemos que la dramática extinción de especies es responsabilidad primera e irrefutable del accionar del ser humano, cuyas actitudes irreflexivas llevan a la pérdida creciente de biodiversidad. El ataque cotidiano e ilegal en contra de nuestros bosques, mediante la tala clandestina y, por demás nefasta, es otra de las acciones del hombre que amenaza con la desertización de buena parte de nuestro territorio.

Estamos de acuerdo con la posición asumida por la proponente en cuanto al propósito de regular en la ley el respeto y el pleno ejercicio de los derechos humanos que, en el caso de la proposición que nos ocupa, refiere textualmente el derecho a un medio ambiente sano y la obligación del estado de garantizar su respeto; asimismo, alude con acierto la disposición que prevé la observancia de gobernantes y gobernados para alcanzar la finalidad de que “el daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley”.

Coincidimos plenamente con el señalamiento de que el Parque Nacional Barranca de Cupatitzio, situado en el centro-occidente de Michoacán, forma parte de las 158 áreas naturales protegidas existentes en el país, y cumple con una serie de características que son razón suficiente para preservarla con obligatoriedad por el estado.

En corroboración de lo anterior, el área natural protegida de Barranca del Cupatitzio: protege 84 especies de hongos, 495 especies de plantas nativas y 213 especies de vertebrados terrestres; protege 28 especies endémicas de México, 2 de anfibios, 3 de reptiles, 4 de aves, 5 de mamíferos y 4 de orquídeas.

Es un sitio con dos tipos de vegetación del bosque templado, pino y pino encino, además de elementos de bosque mesófilo de montaña y de galería y presenta características representativas de la flora y la fauna del eje neovolcánico transversal, especialmente de las zonas medias y bajas de la sierra Purépecha.

Adicionalmente, protege los manantiales que dan origen al río Cupatitzio, y presenta una belleza escénica única derivada de sus condiciones físicas naturales.

También es un polo de atracción turística, con más de 650 mil visitantes al año, generando empleos y estimulando la planta productiva de la región.

Por sus características fisiográficas, ubicación geográfica y su relación con otros grandes macizos montañosos, forma parte de un importante corredor biológico entre el Parque Nacional Pico de Tancítaro y la zona protectora forestal de Uruapan.

La zona de ubicación del Parque Nacional, está catalogada como de alta capacidad para la captación de agua, sus manantiales abastecen la zona urbana e industrial del municipio de Uruapan y la región agrícola en la parte baja de la subcuenca.

Además, el río Cupatitzio abastece a tres hidroeléctricas que aprovechan sus aguas.

No obstante, el área presenta problemas de contaminación, ausencia de estrategias de conservación y una peligrosa reducción en los niveles de agua en sus manantiales.

Consideramos que el abandono de la zona y la carencia de programas públicos para equilibrar la conservación de ecosistemas y la reactivación económica, son problemas que debemos atender para evitar graves perjuicios para la flora, la fauna y la población del lugar.

Coincidimos en que la problemática se agudiza con el paso de los años. Se requiere de acciones urgentes, decididas y eficientes para rescatar y reactivar la zona desde una perspectiva sustentable. Por ello, estimamos viable la aprobación del punto de acuerdo propuesto por la diputada Socorro de la Luz Quintana León.

Por lo anterior expuesto y fundado, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, somete a la consideración del honorable pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados a la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, exhorta al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que, a través de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, y conforme a sus objetivos estratégicos, realice las acciones conducentes al beneficio del Parque Nacional Barranca del Cupatitzio, a efecto de:

I. Dar cumplimiento a lo establecido en el Programa de Conservación y Manejo del Parque Nacional Barranca del Cupatitzio, y realizar las adecuaciones necesarias al mismo conforme a la realidad actual de dicho parque.

II. Conservar el ecosistema y las especies en riesgo.

III. Reactivar la economía y el turismo de las comunidades asentadas en el entorno de dicha área, bajo criterios de sostenibilidad.

IV. Fomentar una cultura de conservación entre los habitantes de las comunidades aledañas.

V. Implementar un programa que permita aprovechar de manera sustentable el recurso hídrico; y

VI. Informar cabalmente a la ciudadanía sobre el estado que guarda la zona protegida de referencia.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de diciembre de 2013.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados:Lourdes Adriana López Moreno, presidenta; Minerva Castillo Rodríguez, Érika Yolanda Funes Velázquez, José Pilar Moreno Montoya, María Concepción Navarrete Vital, María Isabel Ortiz Mantilla, Gerardo Peña Avilés, Claudia Elena Águila Torres, Graciela Saldaña Fraire, Cristina Olvera Barrios, secretarios; Ricardo Astudillo Suárez, Darío Badillo Ramírez, Mario Miguel Carrillo Huerta, Eufrosina Cruz Mendoza, José Luis Esquivel Zalpa, Juan Manuel Fócil Pérez, Marina Garay Cabada, Rodrigo González Barrios, Gabriel Gómez Michel, Adriana Hernández Íñiguez, Patricia Lugo Barriga, Ossiel Omar Niaves López, Ramón Antonio Sampayo Ortiz, Aída Fabiola Valencia Ramírez, Ángel Abel Mavil Soto (rúbricas).»



PROGRAMA PROMAJOVEN

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con punto de acuerdo por el que se exhorta al secretario de Educación Pública a hacer del conocimiento público los indicadores utilizados en el programa para determinar el monto de la transferencia presupuestaria, evaluación de su ejercicio y acciones implantadas en el programa Promajoven

Honorable Asamblea:

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, de conformidad con lo enunciado en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los artículos 80, 85, 176 y 182, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea el presente

Dictamen

I. Antecedentes

1. En sesión de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, celebrada el 29 de octubre del año en curso el diputado José Luis Muñoz Soria, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXII Legislatura, presentó la proposición con punto de acuerdo que exhorta al titular de la Secretaría de Educación Pública, Emilio Chuayffet Chemor, haga del conocimiento público el avance del “Programa Becas de Apoyo a la Educación Básica de Madres Jóvenes y Jóvenes Embarazadas ” y alumnas que finalizan la educación básica por entidad federativa en relación al padrón de beneficiadas y transferencias presupuestales.

2. La Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la proposición en comento a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos para su estudio y dictamen correspondientes.

3. La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos dio trámite de recibo e inició el análisis de la proposición.

II. Descripción de la proposición

El proponente argumenta que es importante conocer los avances del “Programa Becas de Apoyo a la Educación Básica de Madres Jóvenes y Jóvenes Embarazadas” (Promajoven), en relación al padrón de beneficiadas, transferencias presupuestales y alumnas que finalizan la educación básica por Entidad Federativa.

Asimismo, el diputado promovente argumenta, de manera destacada, lo siguiente:

1. Dicho programa se creó en el año 2004 por la Secretaría de Educación Pública (SEP), con la finalidad de contribuir a la reducción del rezago educativo mediante el otorgamiento de becas a niñas y jóvenes que están en contextos y situaciones de vulnerabilidad agravadas por el embarazo y/o la maternidad.

2. En el periodo 2012-2013 la Secretaria de Educación Pública destinó un recurso económico equivalente a 108.35 millones de pesos para estímulos como el Promajoven, lo que hace necesario llevar a cabo la evaluación del programa, de esta manera se verificaría su impacto, a través de las cifras exactas de alumnas que continúan con sus estudios de educación básica y si les ha servido para conseguir trabajo.

3. Como país nos encontramos frente a un fenómeno creciente de madres adolescentes y/o embarazadas, siendo los estados de México, Chiapas, Veracruz, Jalisco y Puebla, los lugares con mayor concentración de adolescentes en condiciones de maternidad.

4. Por lo anterior se considera pertinente exhortar al titular de la SEP para que haga del conocimiento público los resultados del Promajoven.

Con base en los argumentos anteriores, el diputado propone el siguiente punto de acuerdo:

Primero.Se exhorta al titular de la Secretaría de Educación Pública, Emilio Chuayffet Chemor, que en su carácter de titular de la dependencia coordinadora de este programa haga del conocimiento público lo siguiente:

• Indicadores utilizados por el programa para determinar el monto de la transferencia presupuestaria y para realizar la evaluación de su ejercicio.

• Transferencias presupuestarias realizadas por entidad federativa de enero a septiembre del 2013.

• Acciones implementadas en el programa Promajoven a fin de revertir la incidencia de madres adolecentes que desde el año 2006 ha aumentado.

• Evaluaciones de impacto a fin de conocer cuantas alumnas continúan y finalizan la educación básica y si han iniciado su participación en el mercado de trabajo.

III. Consideraciones

Esta comisión comparte con el promovente su preocupación sobre la necesidad de conocer las condiciones, forma de operar y los resultados del ejercicio de apoyo que realiza el Promajoven, a fin de corroborar la eficacia del programa. No obstante, se considera que para resolver sobre lo que se propone, se requiere considerar los siguientes argumentos:

Los datos que arrojan los censos de población realizados por el Instituto Nacional de Geografía y Estadística revelan que los casos de jóvenes madres y/o en situación de embarazo están en aumento, pues  de acuerdo con las Estadísticas de Natalidad, mientras que  en 2004 el porcentaje de madres adolescentes ascendió a  17.2% del total (menores de 20 años),  en 2009 ya se había incrementado a 18.8%. La maternidad y/o embarazo a temprana edad resulta ser un factor más de deserción escolar en el nivel básico, de discriminación y de vulnerabilidad social.

El Promajoven otorgó 9,840 becas (2,490 becas adicionales a las programadas) para apoyar a mujeres entre 12 y 18 años que se encuentran en alguna situación de vulnerabilidad.

El motor del Promajoven es garantizar y hacer efectivo el derecho a la educación de las menores de edad, disminuyendo el rezago educativo y la deserción escolar, aumentando la población con estudios de educación básica, para alcanzar la universalización de este nivel, mediante el otorgamiento de becas a niñas y jóvenes en contextos y situación de vulnerabilidad agravado por el embarazo y la maternidad tempranos que amplíen las oportunidades de acceso y permanencia en la primaria, secundaria o en programas de alfabetización.

Según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), la educación básica desempeña un papel determinante en la vida futura de los individuos,pues el contar con un mayor nivel de educación va asociado a la obtención de ingresos más altos, una mejor salud y una vida más larga. Por el contrario un menor nivel educativo genera individuos sin las aptitudes para participar social y económicamente, que a su vez genera a largo plazo costos más elevados que impactan en sectores como la salud, económico, social y de seguridad, entre otros.

Cabe mencionar que la apuesta que hace este programa a la educación de niñas y jóvenes, también se sustenta en el impacto que la escolaridad de la madre tiene en el seno familiar, debido a que constituye un agente de socialización, entendiendo éste como un proceso mediante el cual la generación joven aprende e internaliza una serie de ideas, normas, valores y patrones de conducta que le permiten identificarse e incorporarse a los modos de vida de la comunidad que lo rodea. Lo anterior  lleva a procesos de modelación e imitación permitiendo entender la relación que guarda el nivel de escolaridad de los padres y la escolaridad de los hijos, aún cuando el incremento en el nivel de escolaridad no represente por sí sola una solución a todos los problemas que enfrentan las adolescentes embarazadas, sí constituye una alternativa para mejorar su vida, no solo en términos de oportunidades de un mejor empleo o generación de ingresos, sino de una percepción diferente del proyecto de vida de las mujeres, asegurando que a mayor escolaridad de la madre, más oportunidad tienen los hijos de alcanzar  un alto nivel de escolaridad y aptitudes.

Resulta indispensable conocer los indicadores utilizados por el Promajoven para realizar la evaluación de su ejercicio, las acciones implementadas y las transferencias presupuestarias realizadas por entidad federativa, para saber la efectividad del programa, debido a que el cumplimiento satisfactorio de sus objetivos contribuirá a evitar los cuantiosos costos sociales, consecuencia de adultos marginados con pocas aptitudes básicas.

Actualmente se cuenta con los resultados de una evaluación  externa coordinada por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), que fue realizada con información contenida en el Sistema de Evaluación Específica de Desempeño (EED) de la  Secretaría de Hacienda y Crédito Público  del periodo 2010-2011. La evaluación de la política social, es una herramienta que apoya la mejora continua del desempeño y el conocimiento de cuáles de las acciones son o no efectivas a fin de cumplir los objetivos principales del programa.

La EED generó un manual denominado “Procedimiento para la Asignación y Pago de Becas del Programa de Apoyo a la Educación Básica de Madres Jóvenes y Jóvenes Embarazadas”; dicho manual supuestamente, cubre la totalidad de actividades operativas del Promajoven y las ordena cronológicamente; además incluye un cuadro en el que se indican las actividades, los responsables de llevarlas a cabo, indicadores y un esquema gráfico de la operación del Programa, pero no es del dominio público, asimismo, la información documental relativa solo se encuentra disponible en las instancias ejecutoras. El informe de la evaluación del Promajoven nos presenta una descripción de procesos, actividades, selección e importancia de indicadores, identificación y análisis de problemas y limitantes, así como la emisión de recomendaciones, entre las que se identifica la necesidad de contar con una herramienta informativa que permita identificar los resultados del programa y que se proporcionen reportes detallados de las beneficiarias tales como el tiempo y monto en que disfrutaron de la beca.

En virtud de lo expuesto. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 180, numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de diputados, las Comisiones de Educación Pública y Servicios Educativos somete a la consideración de esta honorable asamblea, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único.Se exhorta al titular de la Secretaría de Educación Pública, Emilio Chuayffet Chemor, para que en su carácter de titular de la dependencia coordinadora de este programa haga del conocimiento público lo siguiente:

• Indicadores utilizados por el programa para determinar el monto de la transferencia presupuestaria y para realizar la evaluación de su ejercicio.

• Transferencias presupuestarias realizadas por entidad federativa de enero a septiembre del 2013.

• Acciones implementadas en el programa Promajoven a fin de revertir la incidencia de madres adolecentes que desde el año 2006 ha aumentado.

• Evaluaciones de impacto a fin de conocer cuantas alumnas continúan y finalizan la educación básica y si han iniciado su participación en el mercado de trabajo.

Notas:

1 OCDE; Diez pasos hacia la equidad en la educación;Disponible en:http://www.oecd.org/edu/school/40043349.pdf; Fecha de Consulta: 26 de noviembre de 2013

2 Joaquina Palomar, Alejandro Márquez; Relación entre la escolaridad y la percepción del funcionamiento familia;Revista Mexicana de Investigación Educativa, Vol. 4, núm. 8, julio-diciembre; México (1999); Disponible en: http://www.redalyc.org/pdf/140/14000805.pdf; Fecha de Consulta: 26 de noviembre de 2013

3 Ficha Narrativa de las Evaluaciones Específicas de Desempeño 2010-2011, SEP; Visto en: http://www.coneval.gob.mx/Evaluacion/ Eval_Especificas/Paginas/Fichas-Narrativas-EED2010-2011.aspx; Fecha de consulta: 27 de noviembre de 2013.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de diciembre de 2013

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, diputados:Jorge Federico de la Vega Membrillo (rúbrica), presidente; María Guadalupe Mondragón González (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal (rúbrica), José Enrique Doger Guerrero, Roy Argel Gómez Olguín (rúbrica), Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Dulce María Muñiz Martínez (rúbrica en contra), Adriana Fuentes Téllez (rúbrica), Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica), Héctor Hugo Roblero Gordillo (rúbrica), Nelly del Carmen Vargas Pérez, Víctor Reymundo Nájera Medina, Judit Magdalena Guerrero López (rúbrica), secretarios; Juan Manuel Gastélum Buenrostro (rúbrica), Alejandra López Noriega, Glafiro Salinas Mendiola, Leticia López Landero, Blanca Estela Gómez Carmona, Julio César Flemate Ramírez (rúbrica), Gaudencio Hernández Burgos (rúbrica), María de Jesús Huerta Rea (rúbrica), Arnoldo Ochoa González (rúbrica), Jorge Herrera Delgado (rúbrica), Harvey Gutiérrez Álvarez (rúbrica), Mónica García de la Fuente (rúbrica), Alberto Díaz Trujillo, Roxana Luna Porquillo, Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Roberto López González (rúbrica), Fernando Cuéllar Reyes (rúbrica).»



SANEAMIENTO DE LA BARRANCA EL AGUILA, EN TEPEACA, PUEBLA

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de la Semarnat y de la Conagua a colaborar en el saneamiento de la barranca El Águila, en Tepeaca, Puebla

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales fue turnada para su análisis y dictamen, la proposición con punto de acuerdo para exhortar a los titulares de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de la Comisión Nacional del Agua, para que coadyuven en el saneamiento de la barranca El Águila, en el municipio de Tepeaca, Puebla.

Esta comisión dictaminadora, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XXXV, y 45, numeral 6, incisos e), f) y g) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del honorable pleno de la Cámara de Diputados, el dictamen sobre la proposición con punto de acuerdo para exhortar a los titulares de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de la Comisión Nacional del Agua, para que coadyuven en el saneamiento de la barranca El Águila, en el municipio de Tepeaca, estado de Puebla, a partir de los siguientes

I. Antecedentes

Primero.En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, celebrada el 5 de noviembre de 2013, el diputado Jesús Morales Flores, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó proposición con punto de acuerdo  para exhortar a los titulares de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de la Comisión Nacional del Agua, para que coadyuven en el saneamiento de la barranca El Águila, en el municipio de Tepeaca, Puebla.

Segundo.En la misma reunión, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó trámite a la proposición en los siguientes términos: “Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.”

Las diputadas y los diputados integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, una vez revisada la proposición objeto de este dictamen, exponemos el siguiente

II. Contenido de la proposición

El diputado proponente manifiesta que la grave contaminación de los cuerpos de agua proveedores del vital líquido para el riego agrícola, el uso ganadero, el uso doméstico y el consumo humano, causa severos daños a la salud al provocar enfermedades como la diarrea, hepatitis, cólera, paratifoidea y poliomielitis, entre otras.

Alude a la necesidad de utilizar plantas tratadoras para procesar las aguas residuales y dejarlas limpias y libres de contaminantes físicos, químicos y biológicos, para que pueda ser reusada en diversas actividades.

Señala los tres procesos de saneamiento de agua mediante plantas de tratamiento, a saber:

• Físico: filtración del agua negra y eliminación de la mayoría de los elementos sólidos y los contaminantes y suciedad de la misma.

• Biológico: limpia las aguas residuales a través de lodo activo compuesto por bacterias benéficas que se alimentan de todos los residuos orgánicos en el agua.

• Químicos: eliminar malos olores y bacterias de aguas negras a través de sustancias de origen químico como el cloro.

Menciona la existencia de las lagunas de oxidación, las cuales al igual que las plantas de tratamiento, tienen por objeto el saneamiento de las aguas residuales, para eliminar todo contaminante y utilizar el agua en áreas verdes y cultivos.

Refiere que en el municipio de Tepeaca cuentan con plantas tratadoras y lagunas de oxidación, las cuales atienden el saneamiento de las aguas residuales del municipio que actualmente afectan y contaminan la barranca El Águila. Al respecto, señala que dichas plantas tratadoras se encuentran en mal estado y que las lagunas de oxidación no funcionan.

Destaca que la Comisión de Derechos Humanos de Puebla investigó el funcionamiento de las plantas tratadoras de aguas de Santa María Oxtotipan, y la Central de Abastos, así como el de las lagunas de oxidación de San Bartolomé Hueyapan, San Pablo Actipan y San José Zahuatlán, encontrando severas irregularidades, ya que tales instalaciones se encuentran en condiciones críticas, por lo que todo tipo de contaminantes se arrojan a la barranca de El Águila, afectando la salud de los vecinos.

Relata el caso cuando se dio a conocer la infección de menores de edad tras la ingesta de legumbres regadas con las aguas de la planta de tratamiento de Santa María Oxtotipan.

Asimismo relata que las descargas clandestinas provenientes de la barranca El Águila, así como las aguas residuales domésticas vertidas en el río Atoyac, han provocado la muerte masiva de peces en el municipio de Tehuitzingo, según información de la Comisión Nacional del Agua.

Señala que los muestreos determinaron que las descargas  aumentaron el PH del agua –acidez y alcalinidad–, para que murieran animales de río en  diversas localidades pertenecientes al citado municipio.

En consecuencia, refiere el proponente, fue realizado un operativo de saneamiento básico consistente en proporcionar la dotación de agentes desinfectantes como plata y cloro en pastillas, así como la capacitación sobre su uso a los pobladores.

Según la Conagua “se realizaron muestreos del agua, los cuales determinaron que la caracterización corresponde a una descarga típica de aguas residuales domésticas, sin embargo (...) se concluye que la contaminación que género el incremento del PH pudo ser consecuencia de descargas fortuitas (clandestinas) efectuadas aguas arriba provenientes de la barranca El Águila, las cuales se diluyeron rápidamente razón por la cual no se registraron en los muestreos realizados por esta institución”.

Con base en lo anterior, el proponente plantea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta de manera respetuosa a los titulares de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de la Comisión Nacional del Agua, para que dentro del ámbito de sus competencias, coadyuven en el saneamiento de la barranca El Águila, en el municipio de Tepeaca, en Puebla.

Las legisladoras y los legisladores integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, atentos al contenido de la proposición, expresamos las siguientes

III. Consideraciones

Esta comisión dictaminadora reconoce que el problema de la contaminación de la barranca El Águila, es un asunto añejo. Desde 2007, cuando menos, los vecinos de Tepeaca, particularmente los campesinos de la región, han expresado su inconformidad mediante denuncias sobre la contaminación de la barranca porque recibe la descarga de aguas residuales de viviendas aledañas, con lo cual se pueden contaminar sus cultivos.

Hace seis años, los habitantes de Tepeaca se quejaban porque el ayuntamiento no había cumplido con la instalación de un sistema de drenaje sanitario; omisión que, manifestaban, provocaba la contaminación de los mantos freáticos y de un pozo que proveía del vital líquido a toda una población.

En octubre de aquel año, la autoridad de la Comisión Nacional del Agua en la localidad, hizo pública la imposición de una multa por 250 mil pesos al ayuntamiento de Tepeaca, por permitir la contaminación mediante las descargas directas de los drenajes en el cuerpo de agua federal de la barranca El Águila.

Coincidimos con el proponente, en el sentido de reconocer la gravedad del problema que representa la contaminación de los cuerpos de agua, sobre todo cuando el recurso hídrico se usa para el riego, la cría de ganado, en actividades domésticas o para la ingesta humana, dañando significativamente la salud de quienes consumen los alimentos producidos con el uso de aguas contaminadas.

Desde luego, coincidimos también en reconocer la necesidad de utilizar plantas de tratamiento y lagunas de oxidación, para proceder al tratamiento de las aguas contaminadas en el municipio de Tepeaca, Puebla.

Consideramos que el problema se complica, cuando en dicho municipio cuentan con plantas de tratamiento y lagunas de oxidación que no son utilizadas porque se encuentran en mal estado o no funcionan. Lo lamentable del caso es que las condiciones que hacen inservibles dichos instrumentos para cumplir la función de saneamiento a cargo del propio municipio por disposición constitucional, se debe seguramente a la falta de mantenimiento y conservación por parte de las propias autoridades locales, responsables del correcto funcionamiento de esos equipos.

Sin embargo, estimamos loable que con la intervención de la Comisión de Derechos Humanos de Puebla, se haya realizado una investigación sobre el funcionamiento de dos plantas de tratamiento y tres lagunas de oxidación ubicadas en cinco diversas comunidades del municipio de Tepeaca, instalaciones que, de acuerdo con la indagatoria, presentan irregularidades severas y un estado crítico que impide realizar el proceso de saneamiento de aguas residuales y contaminadas; de tal manera, y ante la carencia de medios apropiados para realizar dicho proceso de tratamiento en las comunidades del municipio de Tepeaca, la barranca El Águila se ha convertido en vertedero de todo tipo de contaminantes, en foco de infecciones y fuente de enfermedades que ponen en grave riesgo la salud de los pobladores de la región.

A pesar del incumplimiento de las autoridades locales, particularmente del ayuntamiento  de Tepeaca, en cuanto a sus obligaciones de mantener y conservar las instalaciones destinadas a la realización de las funciones y servicios públicos de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales, a cargo de los municipios, por disposición expresa del Artículo 115, fracción III, inciso a) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los tres órdenes de gobierno del Estado Mexicano deben asegurar a los mexicanos el ejercicio pleno y el respeto de sus derechos relativos al goce y disfrute de los servicios y funciones públicas citadas.

Consideramos necesario darle solución a este problema. Que debemos evitar se repitan los casos como el de la infección de menores por la ingesta de legumbres contaminadas por el riego del cultivo con aguas residuales sin el debido tratamiento,  procedentes de la planta de tratamiento de Santa María Oxtotipan; así como el de la muerte de peces ocasionada por el incremento de la acidez y alcalinidad del agua del Río Atoyac, a la altura del municipio de Tehuitzingo,  que pudo ser provocada por las descargas clandestinas de aguas residuales domésticas provenientes de la barranca El Águila, según conclusión derivada de los muestreos del recurso realizados por la Comisión Nacional del Agua.

Estimamos que para tal efecto, se requiere la coordinación de las autoridades competentes de la federación, el estado de Puebla y el municipio de Tepeaca, y que el problema de contaminación con aguas residuales de la barranca El Águila, se resuelva mediante la ayuda recíproca entre instituciones de los tres órdenes de gobierno, para acordar y ejecutar las acciones necesarias tendentes al cumplimiento de la función pública de saneamiento de las aguas residuales del uso doméstico, incluyendo la reparación y/o reacondicionamiento de la infraestructura municipal en la materia, para que el tratamiento de las aguas residuales sea realizado de manera permanente y con eficiencia.

Por lo anterior expuesto y fundado, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales somete a la consideración del honorable pleno de la Cámara de Diputados el presente dictamen con proyecto de

Punto de Acuerdo

Único.La Cámara de Diputados exhorta de manera respetuosa a los titulares de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de la Comisión Nacional del Agua, así como a las autoridades correspondientes de los gobiernos de Puebla y del municipio de Tepeaca, para que dentro del ámbito de sus respectivas  competencias, coadyuven en el saneamiento de la barranca El Águila, en el municipio de Tepeaca, estado de Puebla.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de diciembre de 2013.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados:Lourdes Adriana López Moreno (rúbrica), presidenta; Minerva Castillo Rodríguez (rúbrica), Érika Yolanda Funes Velázquez (rúbrica), José Pilar Moreno Montoya (rúbrica), María Concepción Navarrete Vital (rúbrica), María Isabel Ortiz Mantilla (rúbrica), Gerardo Peña Avilés (rúbrica), Claudia Elena Águila Torres (rúbrica), Graciela Saldaña Fraire (rúbrica), Cristina Olvera Barrios (rúbrica), secretarios; Ricardo Astudillo Suárez (rúbrica), Darío Badillo Ramírez (rúbrica), Mario Miguel Carrillo Huerta (rúbrica), Eufrosina Cruz Mendoza (rúbrica), José Luis Esquivel Zalpa (rúbrica), Juan Manuel Fócil Pérez (rúbrica), Marina Garay Cabada (rúbrica), Rodrigo González Barrios (rúbrica), Gabriel Gómez Michel (rúbrica), Adriana Hernández Íñiguez (rúbrica), Patricia Lugo Barriga (rúbrica), Ossiel Omar Niaves López (rúbrica), Ramón Antonio Sampayo Ortiz (rúbrica), Aída Fabiola Valencia Ramírez (rúbrica), Ángel Abel Mavil Soto (rúbrica).»



VIOLENCIA CONTRA MUJERES Y FEMINICIDIOS EN GUANAJUATO

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Igualdad de Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobernador, al Congreso y a la CDH de Guanajuato a realizar acciones para prevenir, detener y atender la violencia contra mujeres y los feminicidios

Honorable Asamblea:

La Comisión de Igualdad de Género, con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80; 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV y 167, numeral 4 del Reglamento de la Cámara de Diputados presenta a la Honorable Asamblea, el siguiente dictamen.

Antecedentes

A la Comisión de Igualdad de Género le fue turnado el 20 de noviembre de 2013, para su estudio y dictamen, el expediente número 3227 que contiene la proposición con punto de acuerdo, por el cual se exhorta al gobernador, al Congreso y a la Comisión de Derechos Humanos de Guanajuato a realizar acciones para prevenir, detener y atender tanto la violencia contra las mujeres como los feminicidios, a cargo de la diputada Martha Lucía Mícher Camarena, del Grupo Parlamentario del PRD.

Contenido de la proposición

Expresa la diputada proponente que ante los graves acontecimientos de violencia en contra de las mujeres, en el Estado de Guanajuato, ha quedado de manifiesto el repudio social por la misoginia y el cotidiano desprecio institucional por la vida de las mujeres que ahí prevalece.

Señala que la actuación de las autoridades ante las frecuentes denuncias de hechos por violación, dan cuenta de la violencia feminicida en esa entidad, violencia que por la incapacidad de las autoridades, ameritaría un estado de alerta permanente, pues las mujeres víctimas de violencia en Guanajuato se encuentran en total desamparo institucional.

Narra algunos de os elementos del caso de Ana Karen, quien no sólo fue víctima de privación ilegal de la libertad y de una violación multitudinaria el pasado 21 de octubre, sino que también padeció la violencia institucional de las autoridades que bajo sus prejuicios le negaron el derecho de acceso a la justicia y medidas de protección.

Asimismo en la propuesta se denuncia la actuación irresponsable de las autoridades de la Unidad de Delitos Graves, quien a todas luces violentan el debido proceso e incumplen con las obligaciones de la Ley de Acceso de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia al no expedir una orden de protección, ni garantizar la integridad física de las mujeres víctimas, mucho menos garantizan el acceso a la justicia plena; ni aplican un protocolo especializado con perspectiva de género.

Reitera la diputada proponente que las mujeres de Guanajuato están en riesgo, porque ahí prevalece la discriminación y la violencia institucional, día a día la impunidad gana terreno y con ello la descomposición social que hace permisiva y normaliza la violencia contra las mujeres, mientras la autoridad sigue inerte, muestra de ello es el el incremento de la violencia feminicida, como lo reflejan sus registros, que señalan que en 2006 sumaban 33 y hoy en día al 17 de octubre de este año ya suman 60 feminicidios.

Señala que la situación de Guanajuato puede ser un caso similar al conocido como Campo Algodonero, que ameritó una codena de la Corte Interamericana de derechos humanos al estado mexicano y advierte que las autoridades estatales también tiene obligación de cumplir con lo establecido en los instrumentos de derechos humanos de las mujeres que el estado mexicano ha firmado y ratificado.

Expresa de igual manera, las instituciones de derechos humanos deben investigar oficiosamente lo que está sucediendo, nos parece un abuso de autoridad que las y los funcionarios responsables de la investigación de los delitos, suplan la perspectiva de género y derechos humanos, por una serie de prejuicios y criterios discriminatorios, que vulneran sistemáticamente los derechos humanos de las mujeres.

Por todo lo anterior propone emitir un exhorto al titular del Poder Ejecutivo estatal para que instruya a los funcionarios a cumplir con los instrumentos internacionales de derechos humanos y actúen conforme a protocolos de investigación con perspectiva de género; a la Comisión de Derechos Humanos del estado de Guanajuato a iniciar de oficio las investigaciones por las violaciones sistemáticas de los derechos humanos de las mujeres que han sido víctimas de violencia sexual y feminicida; y a la Comisión de Equidad de Género del Congreso del estado a reinstalar la Mesa de Trabajo Interinstitucional con las organizaciones de la sociedad civil para definir acciones urgentes que pongan alto a la violencia de género y a los feminicidos.

Consideraciones

Esta comisión dictaminadora coincide con la proponente en el argumento de que es responsabilidad del Ejecutivo estatal garantizar la libertad, la integridad y la vida de las mujeres, para lo cual debe tomar las medidas necesarias para eliminar la violencia y discriminación en contra de las mujeres. Es el propio gobierno del estado quien está obligado a generar condiciones que permitan a las mujeres vivir una vida libre de violencias, tal como lo establece la propia Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia.

Considerando que esta comisión, a través de su función dictaminadora, es una vía para favorecer acciones a través de las cuales las y los legisladores acompañen las genuinas preocupaciones sociales y se sumen, en este caso, al reclamo general que exige un alto a la violencia feminicida y a la violación sistemática de los derechos humanos de las mujeres, y exhortar a la transformación de las prácticas institucionales que discriminan y violentan a las mujeres.

La Comisión de Igualdad de Género, también considera insostenible que las autoridades continúen incurriendo en las mismas graves omisiones en el tratamiento de los delitos de violencia sexual y los feminicidios; así como el incumplimiento de su obligación de prevenir, atender y sancionar la violencia contra las mujeres, por ello se estima oportuno este llamado a reflexionar desde la perspectiva de género, sobre la manera errática en la que se ha abordado esta grave situación.

Consideramos que el panorama de la violencia de en Guanajuato es similar a los acontecimientos en Ciudad Juárez que condenaron culpable al Estado mexicano en la sentencia conocida como “Campo Algodonero”, por no garantizar la vida, integridad y libertad de las víctimas y en la que se recomienda que se investigue a los funcionarios que han cometido irregularidades; que se estandaricen los protocolos y manuales de investigación de delitos relacionados con violencia sexual y homicidio de mujeres con perspectiva de género y que se capacite permanentemente a los funcionarios en derechos humanos con perspectiva de género.

El propio Comité de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, ante el informe séptimo y octavo consolidados, ha expresado, entre sus ámbitos de preocupación, el tema de la violencia de género y el incremento de los feminicidios ante lo cual dentro de ese ámbito de preocupación ha recomendando entre otras acciones, las siguientes; emitido las siguientes recomendaciones;

...

d) Garantizar el acceso de las mujeres a la justicia, entre otras cosas mejorando la capacidad de los centros de justicia para las mujeres y poniendo estos centros al alcance de las mujeres y las muchachas que son víctimas de la violencia;

e) Adoptar medidas para mejorar los servicios de apoyo para las mujeres y las muchachas que son víctimas de la violencia, entre otras cosas garantizando su acceso a centros de atención y refugios establecidos, y también garantizando que los profesionales de la educación, los proveedores de servicios de salud y los trabajadores sociales estén plenamente familiarizados con la norma oficial mexicana NOM-046-SSA2-2005 para la prevención de la violencia contra las mujeres y el trato a las víctimas, que estén sensibilizados sobre todas las formas de violencia contra las mujeres y sean plenamente capaces de ayudar y apoyar a las víctimas de la violencia;

f) Continuar aplicando las recomendaciones y decisiones sobre la violencia contra la mujer, formuladas por diversos mecanismos internacionales y regionales de derechos humanos, incluida la decisión emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Campo Algodonero;

La comisión coincide con la diputada proponente en que es una obligación ineludible que las autoridades estatales deben cumplir con los compromisos internacionales contraídas por el Estado mexicano al ratificar las Convenciones sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, e Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belém do Pará), y que se debe llamar la atención a las autoridades que han sido omisas en el cumplimiento de dicha obligación, pues resulta preocupante que los niveles de violencia, sobretodo la violencia institucional en contra de las mujeres indican que en Guanajuato hacen caso omiso de los instrumentos internacionales de derechos humanos.

De igual manera, atendiendo al principio de solidaridad, esta comisión considera oportuno el exhorto, que hace un llamado respetuoso a las autoridades para que en el uso de sus facultades y atribuciones realice cada quien las acciones de su competencia para poner un alto a la impunidad ante el incremento de la violencia contra las mujeres y los feminicidios.

Por lo expuesto, la Comisión de Igualdad de Género somete a la consideración de la honorable asamblea, los siguientes

Acuerdos

Primero. Se exhorta al titular del Poder Ejecutivo estatal a detener la violencia institucional e instruir a los funcionarios responsables de la administración y procuración de justicia para que cumplan con las obligaciones establecidas en los instrumentos internacionales de derechos humanos y apliquen protocolos de investigación con perspectiva de género y derechos humanos, en todos los casos de violencia en contra las mujeres y en la investigación de los feminicidios.

Segundo. Se exhorta a la Comisión de Derechos Humanos del estado de Guanajuato a iniciar de oficio las investigaciones por las violaciones sistemáticas de los derechos humanos de las mujeres que han sido víctimas de violencia sexual y feminicida.

Tercero. Se exhorta respetuosamente a la Comisión de Equidad de Género del Congreso del estado a reinstalar la Mesa de Trabajo Interinstitucional y con las organizaciones de la sociedad civil para definir acciones urgentes que pongan alto y prevengan a la violencia feminicida.

Nota:

1 http://cedoc.inmujeres.gob.mx/documentos_download/CEDAW_C_ MEX_CO_7_8_esp.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de diciembre de 2013.

La Comisión de Igualdad de Género, diputadas:Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), presidenta; Rosalba de la Cruz Requena (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María Leticia Mendoza Curiel (rúbrica), Socorro de la Luz Quintana León, María Guadalupe Sánchez Santiago (rúbrica), Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), Carmen Lucía Pérez Camarena (rúbrica), Delfina Elizabeth Guzmán Díaz (rúbrica), María Guadalupe Moctezuma Oviedo, Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica), secretarias; Maricruz Cruz Morales, Irma Elizondo Ramírez, Érika Yolanda Funes Velázquez, María Esther Garza Moreno (rúbrica), Patricia Elena Retamoza Vega, Margarita Licea González (rúbrica), Leticia López Landero (rúbrica), Flor de María Pedraza Aguilera, María Celia Urciel Castañeda, Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), Julisa Mejía Guardado, Lorenia Iveth Valles Sampedro (rúbrica), Aida Fabiola Valencia Ramírez (rúbrica), Ruth Zavaleta Salgado (rúbrica).»



CAMPAÑA DE LA ONU PARA PONER FIN A LA VIOLENCIA CONTRA LAS NIÑAS Y LAS MUJERES

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Igualdad de Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los congresos locales y a la ALDF a iluminar de color naranja sus sedes, en el marco de la campaña del secretario general de la Organización de las Naciones Unidas para poner fin a la violencia contra las niñas y las mujeres

Honorable Asamblea:

La Comisión de Igualdad de Género, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80; 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV, y 167, numeral 4, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a la honorable asamblea el siguiente

Dictamen

Antecedentes

A la Comisión de Igualdad de Género le fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente número 3340 que contiene la proposición con punto de acuerdo, por el cual se a los congresos locales y a la ALDF a iluminar de color naranja sus sedes, en el marco de la campaña del secretario general de la Organización de las Naciones Unidas para poner fin a la violencia contra mujeres, a cargo de la diputada Martha Lucía Mícher Camarena, del Grupo Parlamentario del PRD, y suscrita por diputadas integrantes de la Comisión de Igualdad de Género.

Contenido de la proposición

Señalan las diputadas proponentes, que las violencias contra las mujeres y las niñas constituyen una violación a sus derechos humanos y las libertades, por ello se requiere que los estados y la comunidad internacional lleven a cabo estrategias para su erradicación.

Consideran que es necesario tenerse presente que la violencia contra las mujeres es una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres, es decir, son violaciones a los derechos humanos de las mujeres producto de la desigualdad y discriminación de género las subordina.

Sustentan el punto de acuerdo que se dictamina, en los instrumentos internacionales de protección a los derechos humanos de las mujeres como la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, conocida también como Convención Belém do Paráque destaca el reconocimiento expreso del derecho que tienen todas las mujeres a “una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado” (artículo 3o.).

Asimismo invocan la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos que hacen un reconocimiento expreso a los derechos humanos, contenidos en los tratados internacionales en la materia y lo cuales deben ser promovidos, respetados, protegidos y garantizados por las autoridades de los tres niveles de gobierno.

Señalan que en el marco de la Cuarta Conferencia de la Mujer, celebrada en Beijing, China, se recomendó a los estados parte a organizar y financiar campañas de información para “sensibilizar a las niñas y los varones, a las mujeres y los hombres, acerca de los efectos personales y sociales negativos de la violencia en la familia, la comunidad y la sociedad; enseñarles a comunicarse sin violencia...”.

Refieren la importancia de contribuir con la  campaña del Secretario General Únete para poner fin a la violencia contra las mujeres, que proclamó el 25 de cada mes como el Día Naranja  y propone usar este color para crear la imagen simbólica de un futuro brillante y positivo en el que las mujeres y las niñas de nuestro planeta vivan libres de violencias durante todos sus ciclos de vida, en el marco de respeto a su vida, libertad, seguridad y dignidad.

Esta campaña plantea, entre otras actividades, proyectar luces anaranjadas sobre monumentos y edificios públicos y todas aquellas que contribuyan a la concientización para erradicar la violencia contra las mujeres y las niñas.

Por ello proponen exhortar a los Congresos de las 31 entidades federativas y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, así como a las instancia de la administración pública de los  tres niveles de gobierno, a ser parte de la campaña Únete para poner fin a la violencia contra las mujeres, y que iluminen sus respectivas sedes de los congresos de color naranja en la fecha que corresponde del 25 de noviembre al 10 de diciembre y los días 25 de cada mes hasta que concluyan sus respectivas legislaturas.

Consideraciones

Esta comisión dictaminadora considera que en memoria de las hermanas Mirabal y a 31 años de que el primer Encuentro Feminista Latinoamericano y del Caribe, en el que se acordó dedicar el 25 de noviembre al Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, es una obligación de las y los legisladores contribuir con todas las acciones orientadas a avanzar en el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia así como a participar en las actividades conmemorativas  y campañas que abonen a visibilizar el problema y generar una mayor consciencia social en torno a tan sensible problema.

Sabemos que a pesar de que México ha suscrito importantes instrumentos internacionales de protección de derechos humanos de las mujeres y que contamos con un marco jurídico específico para combatir la discriminación y la violencia de género,  los índices de violencia en contra de las mujeres son preocupantes.

La Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2011, señala que en México 46 de cada 100 mujeres experimento la violencia perpetrada por la pareja ,42 de cada 100 mujeres declararon haber recibido agresiones emocionales en algún momento de su actual o última relación, 40.9% por ciento de las adolescentes de 15 a 17 años declararon haber experimentado violencia por desconocidos, para el caso de la violencia comunitaria, 26.2% de las mujeres solteras sufrieron algún evento durante el año previo a la entrevista.

También consideramos estima que son alarmante los resultados del Estudio Sobre Violencia Feminicida, elaborado por ONU Mujeres, que señala que de 1985 a 2010 se consumaron en este país poco más de 36 mil 600 feminicidios, vidas de mujeres que fueron brutalmente cegadas; lo que implica en promedio 6.5 mujeres diario asesinadas en el país.

Por ello, en esta fecha es importante reiterar, desde todos los espacios posibles,  que la violencia no es natural; que debemos trabajar por desmontar los viejos patrones que han colocado a las mujeres en una posición de desigualdad y discriminación desde donde se les ha arrebatado la libertad y hasta la vida, por el sólo hecho de ser mujeres.

Esta Comisión dictaminadora reitera que la violencia es un abuso de poder, una violación a los derechos humanos y un delito que vulnera el bienestar y la vida de las mujeres; que no sólo impide su desarrollo, sino que amenaza la democracia y obstaculiza la paz social, por lo cual es fundamental apoyar toda estrategia encaminada a la visibilizar el problema y prevenir su proliferación.

Esta dictaminadora considera que el primer punto del exhorto en comento debe retirarse en virtud de ser extemporáneo.

Sin embargo, consideramos que la participación en la Campaña Únete, propuesta por el Secretario General de Naciones Unidas, atiende a la Cuarta Conferencia de la Mujer, celebrada en Beijing, China, en la que se recomendó a los estados parte a organizar y financiar campañas de información para “sensibilizar a las niñas y los varones, a las mujeres y los hombres, acerca de los efectos personales y sociales negativos de la violencia en la familia, la comunidad y la sociedad; enseñarles a comunicarse sin violencia”.

En ese sentido esta Comisión estima oportuno el llamado del Secretario General de las Naciones Unidas, Ban Ki-Moon a los dirigentes mundiales a impulsar la puesta en marcha de campañas nacionales para poner fin a la violencia contra las mujeres, por ello en ese contexto considera prudente el hacer extensivo ese llamado a los poderes legislativos de los estados y del Distrito Federal para que se unan a la campaña y contribuyan a generar mayor consciencia sobre la existencia y las graves repercusiones sociales de la violencia en contra de las mujeres.

En ese sentido resulta viable y oportuno determinar el sentido positivo del presente dictamen.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Igualdad de Género somete a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los Congresos de las 31 entidades federativas y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para que los días 25 de cada mes, hasta el final de sus respectivas legislaturas, iluminen de color naranja las sedes de sus Congresos.

Segundo. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a todas las dependencias de la administración pública federal, estatal y municipal para que se unan a esta campaña, e iluminen los edificios públicos de color naranja los días 25 de cada mes.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de diciembre de 2013.

La Comisión de Igualdad de Género, diputadas: Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), presidenta; Rosalba de la Cruz Requena (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María Leticia Mendoza Curiel (rúbrica), Socorro de la Luz Quintana León, María Guadalupe Sánchez Santiago, Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), Carmen Lucía Pérez Camarena (rúbrica), Delfina Elizabeth Guzmán Díaz (rúbrica), María Guadalupe Moctezuma Oviedo, Dora María Guadalupe Talamante Lemas, secretarias; Maricruz Cruz Morales, Irma Elizondo Ramírez, Erika Yolanda Funes Velázquez, María Esther Garza Moreno (rúbrica), Patricia Elena Retamoza Vega, Margarita Licea González (rúbrica), Leticia López Landero (rúbrica), Flor de María Pedraza Aguilera, María Celia Urciel Castañeda, Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), Julisa Mejía Guardado, Lorenia Iveth Valles Sampedro (rúbrica), Aida Fabiola Valencia Ramírez (rúbrica), Ruth Zavaleta Salgado (rúbrica).»



RESULTADOS SOBRE EL EJERCICIO DEL PEF DE 2013 EN EL RUBRO DEL CAMBIO CLIMATICO

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Cambio Climático, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a hacer de conocimiento público por diversas autoridades los resultados sobre el ejercicio del PEF de 2013 en el rubro del cambio climático, y se solicita a la Auditoría Superior de la Federación que considere su revisión en 2014

Honorable Asamblea:

Dictamen que emite la Comisión de Cambio Climático, de conformidad con lo establecido en los artículos 39 y 45, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, respecto a dos proposiciones con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a hacer de conocimiento público a través de diversas autoridades los resultados sobre el ejercicio del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2013, en el tema del anexo 15, y solicitar a la Auditoría Superior de la Federación que considere en 2014, para su revisión, los recursos para la mitigación de los efectos del cambio climático, al tenor de los siguientes

Antecedentes

• Que el 29 de octubre de 2013 se presentó la proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a hacer de conocimiento público a través de diversas autoridades los resultados sobre el ejercicio del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2013 en el rubro del cambio climático, suscrita por los diputados Yesenia Nolasco Ramírez, María Isabel Ortiz Mantilla y Fernando Bribiesca Sahagún, de los Grupos Parlamentarios de los Partidos de la Revolución Democrática, Acción Nacional y Nueva Alianza, respectivamente.

• Que en la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó el siguiente trámite: “Túrnese a la Comisión de Cambio Climático para dictamen”.

• Que el 28 de noviembre de 2013 se presentó la proposición con punto de acuerdo por el que se exhortar al secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales a difundir al público y en su portal electrónico oficial la información relativa al origen, la distribución, la aplicación y la comprobación de los recursos para la mitigación de los efectos del cambio climático, correspondiente a 2012 y 2013, por el diputado José Luis Muñoz Soria, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

• Que en la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó el siguiente trámite: “Túrnese a la Comisión de Cambio Climático para dictamen”.

Contenido de la proposición

I. Los diputados promoventes persiguen como objetivo en la proposición con punto de acuerdo que nos ocupa que los integrantes de la Comisión Intersecretarial de Cambio Climático y los organismos descentralizados hagan de conocimiento público los resultados respecto del ejercicio presupuestal de los recursos determinados en el anexo 15 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013, los cuales ascienden a la cantidad de 34 mil 514 millones 794 mil 262 pesos, destinados a disminuir los efectos del cambio climático a partir de dos grandes ejes, como la mitigación y adaptación.

Asimismo, menciona que el gobierno de la república, consciente de elevar la productividad del país y fomentar el crecimiento económico, debe observar el criterio de sustentabilidad para transitar hacia una economía baja en carbono, y detener la pérdida en biodiversidad y mejorar la gestión de residuos, entre otras actividades.

Que en materia de transparencia y rendición de cuentas en el ejercicio del gasto, la administración pública federal debe fomentar el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos, así como las acciones de disciplina en el gasto de los recursos públicos y para dar buenos resultados deberá observar en todo momento la mayor eficiencia y rentabilidad social de sus acciones.

II. El diputado Muñoz Soria comenta en su proposición que actualmente la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), como coordinadora de formular e instaurar políticas nacionales de cambio climático, no cuenta en su página oficial con información concerniente al origen, la distribución, la aplicación y la comprobación de los “recursos para la mitigación de los efectos del cambio climático”, los cuales fueron divididos en varios programas presupuestarios; y que no cuentan con avances, cumplimiento de metas y objetivos, ni con evaluaciones de cada programa vinculado.

Refiere el diputado proponente que la falta de información anteriormente planteada va en contravención de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, cuyo artículo 7, fracción XVII, señala que con excepción de la información reservada o confidencial, los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y actualizar la información de utilidad o que se considere relevante, además de la que con base en la información estadística responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.

Derivado de lo expuesto, el diputado Rodrigo Chávez solicita exhortar al titular de la Semarnat a publicar en su portal electrónico y hacer pública la información respecto al origen, la distribución, la aplicación y la comprobación de los recursos para mitigar los efectos del cambio climático, así como al avance en el cumplimiento de sus metas y objetivos y a las evaluaciones de cada programa.

También solicita a la Auditoría Superior de la Federación que en el programa de auditorías de 2014 considere los recursos para mitigar los efectos del cambio climático, toda vez que éstos no han sido evaluados.

Consideraciones de la comisión

I. Los integrantes de la comisión dictaminadora coincidimos con los diputados promoventes, toda vez que si bien el Ejecutivo federal, consciente de los efectos del cambio climático, creó la Ley General de Cambio Climático y que por ese motivo ha establecido un apartado específico en el Presupuesto de Egresos de la Federación para atenderlo o combatirlo (anexo 15), debemos exigir también como representantes populares la rendición de cuentas de los recursos propuestos y avalados por la Cámara de Diputados.

En efecto, México, igual que otros países, experimenta efectos de índoles ambiental, social y económico estrechamente vinculados con los efectos adversos del cambio climático.

Lo anterior es el resultado de la producción y el consumo de energía basados en combustibles fósiles, lo que propicia la alteración adversa en el incremento de las emisiones GEI, teniendo como consecuencia que la temperatura presente un incremento aproximadamente de 0.7 grados Celsius, y generando entre otros eventos climáticos extremos graves y muy graves, como mayor frecuencia e intensidad de huracanes, sequías, inundaciones, incremento de la temperatura, reducción de la producción agrícola, desaparición de la selva del Amazonas y deshielo del Ártico, provocando serias afectaciones al clima terrestre. Poniendo de esta manera en riesgo los recursos naturales, las actividades económicas y la infraestructura nacional.

Con la solicitud propuesta por los diputados promoventes se da cumplimiento a lo establecido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, cuyo artículo 1o. dispone lo siguiente:

Artículo 1o.La presente ley es de orden público, y tiene por objeto reglamentar los artículos 74, fracción IV, 75, 126, 127 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de programación, presupuestación, aprobación, ejercicio, control y evaluación de los ingresos y egresos públicos federales.

Los sujetos obligados a cumplir las disposiciones de esta ley deberán observar que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género.

El artículo 1o. refuerza en el segundo párrafo que la rendición de cuentas no es un tema o materia que no tenga un fundamento, y que quede al arbitrio de las diversas dependencias, por lo cual tenemos el derecho de exigir una rendición de cuentas claras sobre el destino y la eficacia de los recursos asignados al anexo 15 del Presupuesto de Egresos de la Federación.

Esta acción nos da el espacio para hacer eficiente el uso de los recursos, toda vez que podemos recordar que los recursos son limitados, al contrario de las necesidades, las cuales tienden a ser ilimitadas, por lo cual, en concordancia con el esquema de una nueva gobernanza, la rendición de cuentas debe ser un tema transparente porque sólo de esa forma podremos dimensionar los alcances logrados y el efecto esperado u obtenido, así como de las metas por alcanzar en los plazos establecidos en la Ley General de Cambio Climático.

II. Los integrantes de la comisión dictaminadora coincidimos con el diputado proponente, pues los recursos asignados para acciones de mitigación del cambio climático no son claros respecto del fin o uso que se les da, no tenemos indicadores para poder constatar cuál ha sido el avance desde que se iniciaron los programas y de cuáles son los objetivos, y más aún si la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Federal establece los formatos o las características que deben cubrir las dependencias en materia de hacer de conocimiento público sus recursos y para nuestro caso en un tema tan importante como los efectos ocasionados por el cambio climático.

Si bien debemos aclarar que solicitar información responde a que de esta manera los gobiernos democráticos obtienen mayor legitimidad ante la sociedad y que una rendición clara de cuentas ayudará a que en el Congreso podamos establecer canales de comunicación con los titulares de las dependencias, con miras a apoyar el desarrollo y los procesos de reforma que les permitan llegar a buen puerto con los programas que se implantan.

México ha venido adoptando las medidas de corte neoliberal respecto a la forma de ejercicio de los recursos públicos, mediante esquemas que buscan una eficiencia y eficacia en el gasto, con indicadores claros y específicos para determinar si estamos cumpliendo los fines y las metas de las políticas económicas de hacer eficiente su uso obteniendo el mayor efecto cuantitativo en la sociedad o beneficiarios.

No debemos olvidar que estas propuestas tienen un origen, como el acceso a la información de manera transparente entre otras cosas, como se establece en la Carta Magna:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 134.Los recursos económicos de que dispongan la federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a que estén destinados.

Derivado de la norma fundamental, estaremos ajustándonos a lo establecido en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental:

Capítulo II Obligaciones de transparencia

Artículo 7.Con excepción de la información reservada o confidencial prevista en esta ley, los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y actualizar,en los términos del reglamento y los lineamientos que expida el instituto o la instancia equivalente a que se refiere el artículo 61, entre otra, la información siguiente:

XVII.Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.

La información a que se refiere este artículo deberá publicarse de tal forma que facilite su uso y comprensión por las personas, y que permita asegurar su calidad, veracidad, oportunidad y confiabilidad. Las dependencias y entidades deberán atender las recomendaciones que al respecto expida el instituto.

De esta manera, consideramos prudente el solicitar a la Auditoría Superior de la Federación que en las auditorías y evaluaciones que realice en 2014 considere y tome en cuenta practicar la pertinente a los programas que las dependencias efectúan con recursos a acciones contenidas en el anexo 15 del Presupuesto de Egresos de la Federación.

Por último, debemos recordar que nuestro papel como legisladores estriba en ser el contrapeso de las decisiones o de la forma en que se ejercen los recursos del Ejecutivo federal. Ése es el fundamento esencial de creación de los Poderes Legislativo y Judicial, ser garantes de las actuaciones de los gobiernos, independientemente de la ideología o corriente política, pues la población nos ha confiado esa garantía de ser vigilantes, con su voto, el cual debemos atender.

Asimismo, creemos pertinente mencionar que la proposición gire en torno a solicitar la información respecto a 2013, toda vez que desde ahí podemos contar con un apartado específico en materia de atención de los fenómenos o efectos del cambio climático, en los cuales tenemos elementos específicos de acciones concretas, ya que en 2012 puedan justificarse como acciones institucionales.

Por lo expuesto sometemos a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal para que por conducto de la Secretaría de Gobernación, los integrantes de la Comisión Intersecretarial de Cambio Climático, con los organismos descentralizados del Fondo de Desastres Naturales, Fondo de Prevención de Desastres Naturales, Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, Petróleos Mexicanos y la Comisión Federal de Electricidad, hagan de conocimiento de esta soberanía el resultado sobre el ejercicio del gasto y las inversiones correspondientes a los recursos presupuestarios, definidos en el anexo 15 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013, para conocer el efecto obtenido y el esperado en cumplimiento de las obligaciones de transparencia y rendición de cuentas establecidas en el artículo 1o. de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Segundo. Se solicita a la Auditoria Superior de la Federación que en el programa anual de auditorías de 2014 sean considerados para su revisión los recursos para la mitigación de los efectos del cambio climático, en virtud de que no han sido evaluados.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de diciembre de 2013.

La Comisión de Cambio Climático, diputados:Ramón Antonio Sampayo Ortiz (rúbrica), presidente; Rocío Adriana Abreu Artiñano (rúbrica), Blanca Estela Gómez Carmona, Román Alfredo Padilla Fierro (rúbrica), Hugo Mauricio Pérez Anzueto, Sergio Augusto Chan Lugo (rúbrica), Yesenia Nolasco Ramírez (rúbrica), secretarios; Verónica Carreón Cervantes, Rosa Elba Pérez Hernández (rúbrica), Lourdes Adriana López Moreno, Javier Orihuela García (rúbrica), Graciela Saldaña Fraire, Jorge Federico de la Vega Membrillo, Rodrigo Chávez Contreras (rúbrica).»



ZONA FORESTAL VEDADA EL CERRO EL HUIXTECO, EN TAXCO

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos federal y de Guerrero a respetar y hacer efectivos los decretos presidenciales por los que se declara zona forestal vedada el cerro El Huixteco, en Taxco

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales turnada para análisis y dictamen la proposición con punto de acuerdo para exhortar a los gobiernos federal y de Guerrero a respetar y hacer efectivos los decretos presidenciales por los que se declara zona forestal vedada el cerro El Huixteco, en Taxco, Guerrero.

La comisión dictaminadora, con las atribuciones que le confieren los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XXXV, y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 79, numeral 1, fracción II, y 80, numeral 1, fracción VI, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea el presente dictamen con proyecto de punto de acuerdo, al tenor de los siguientes

I. Antecedentes

Primero.En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados celebrada el 4 de diciembre de 2013, el diputado Marino Miranda Salgado, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar a los gobiernos federal y de Guerrero a respetar y hacer efectivos los decretos presidenciales por los que se declara zona forestal vedada el cerro El Huixteco, en Taxco, Guerrero.

Segundo.En la misma sesión, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó trámite a la proposición, en los siguientes términos: “Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen”.

Los integrantes de la comisión dictaminadora procedimos a la revisión inicial de la proposición para presentar el siguiente

II. Contenido de la proposición

El diputado proponente señala que Taxco es uno de los municipios más relevantes de Guerrero, tanto por su densidad demográfica como por su participación en la economía y el turismo de la entidad.

Refiere que el cerro El Huixteco, situado en dicho municipio, es una zona de reserva natural protegida, declarado zona protectora forestal vedada, mediante sendos decretos, emitidos, el primero en 1936, por el entonces presidente de la República, Lázaro Cárdenas del Río, y otro en 1944, que propuso acrecentar dicha reserva, por el presidente Manuel Ávila Camacho.

Según el proponente, El Huixteco es un importante reservorio de recursos naturales, donde los habitantes de Taxco y comunidades aledañas, así como los guerrerenses en general, gozan de los múltiples servicios ambientales que ofrece, entre los que destacan sus mantos acuíferos y la superficie arbolada que sirve de pulmón a la región. Asimismo, refiere la existencia de diversas plantas endémicas y únicas de la región, como el enebro de cucharillo, el pino de ocote, y los cedros rojo y blanco, así como diferentes especies de animales, entre las que destaca el jumil.

Manifiesta que El Huixteco es lugar de reunión donde se celebra la conmemoración del Día del Jumil, el cual se festeja desde hace más de 65 años, el primer lunes de noviembre. Por ello, El Huixteco es conocido como “Santuario del Jumil”.

Relata que el pasado 6 de octubre se presentó ante los medios de comunicación la posibilidad de que se construya el santuario religioso denominado “Dos Corazones”, cuya edificación está planeada para realizarse en una superficie de más de 5 hectáreas en el cerro El Huixteco, y contará con un auditorio con capacidad para 3 mil personas, así como un asilo para sacerdotes en retiro, un templo destinado a religiosas y un hotel “de buen nivel” para los feligreses que lleguen a ese lugar.

Según el proponente, con la construcción y el desarrollo de las edificaciones proyectadas conforme a la información difundida en los medios de comunicación, tanto las edificaciones como los religiosos que albergarán, y los visitantes y habitantes temporales en la zona, convertirán el espacio en una fuente de contaminación y devastación para el área forestal y los ecosistemas que en él existen.

Afirma también que con la transformación proyectada para las más de cinco hectáreas del cerro El Huixteco, se afectarán los servicios ambientales que presta a los habitantes de Taxco y otros municipios; además, seguramente se afectarán el arribo, la reproducción y la conservación del jumil, así como el festejo tradicional del Día del Jumil.

El proponente señala que ya existen expresiones de reclamo por quienes se sienten agraviados con la magnitud del proyecto y la gravedad del daño a los ecosistemas y a los mantos acuíferos que dan vida y alimentan a las comunidades de la región del cerro El Huixteco y municipios aledaños.

Asevera que de acuerdo con la vicepresidencia del proyecto, a principios de noviembre la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales de Guerrero indicó que “la licencia está en trámite” para iniciar la primera etapa del proyecto, consistente en la ampliación del camino existente.

Afirma que si las autoridades de cualquiera de los tres órdenes de gobierno otorgan algún permiso para llevar a cabo este proyecto, estarán violando los citados decretos presidenciales, la legislación federal y local en materia ecológica, y el Plan de Desarrollo Urbano Municipal de Taxco de Alarcón, que prohíbe la realización de un proyecto de tales magnitudes.

Con base en las consideraciones vertidas por el diputado Marino Miranda Salgado, la proposición objeto del presente dictamen plantea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a los secretarios de Medio Ambiente y Recursos Naturales federal, y del Medio Ambiente y Recursos Naturales de Guerrero a respetar y hacer valer las disposiciones contenidas en los decretos emitidos por los presidentes Lázaro Cárdenas del Río y Manuel Ávila Camacho a efecto de no emitir las autorizaciones correspondientes que permitan la construcción del megaproyecto Dos Corazones, en el terreno situado en la reserva forestal conocida como “Cerro El Huixteco”.

Los integrantes de la comisión dictaminadora, después de analizar el contenido de la proposición que nos ocupa, exponemos las siguientes

III. Consideraciones

Quienes integramos la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales estimamos loable la preocupación del diputado proponente por atender la problemática que representa la probable construcción del proyecto Dos Corazones en una superficie de más de cinco hectáreas en la reserva forestal del cerro El Huixteco.

Reconocemos la importancia de la ciudad y municipio de Taxco de Alarcón, Guerrero, tanto por su número de habitantes como por sus actividades económicas y de turismo en la entidad.

Coincidimos con el proponente en la consideración de que el cerro El Huixteco es una zona de reserva natural protegida, declarada zona protectora forestal vedada por dos decretos presidenciales, emitidos en 1936 y 1944, respectivamente.

Del mismo modo, reconocemos en el cerro El Huixteco el importante reservorio de recursos naturales donde se disfruta de los servicios ambientales que ofrece, destacando sus mantos acuíferos y la superficie arbolada que sirve de pulmón a la región, así como la diversidad de plantas endémicas y únicas de la zona, como el enebro de cucharillo, el pino de ocote, los cedros rojo y blanco, y las especies de animales, entre las que destaca el jumil.

Consideramos importante difundir la información sobre la posibilidad de que se construya el santuario religioso Dos Corazones, cuya edificación se pretende realizar en una superficie de más de 5 hectáreas en el cerro El Huixteco, y contará con un auditorio para 3 mil personas, así como un asilo para sacerdotes en retiro, un templo destinado a religiosas y un hotel “de buen nivel” para los feligreses que visiten el lugar.

Estimamos que con los cambios que plantea el proyecto de referencia, el cerro El Huixteco se convertirá en fuente de contaminación y devastación para el área forestal y los ecosistemas que en él prevalecen. En consecuencia, se dañarán los servicios ambientales que actualmente benefician a los habitantes de la región, y seguramente se afectarán el arribo, la reproducción y la conservación del jumil, así como el festejo tradicional del Día del Jumil.

Consideramos que los tres órdenes de gobierno deben evitar la expedición de permiso alguno para realizar el proyecto, y observar los decretos presidenciales y los ordenamientos federales y locales en materia ecológica, incluso la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, que prevé las sanciones a las personas morales que la infrinjan (artículo 19), así como el Plan de Desarrollo Urbano Municipal de Taxco.

Cualquier autorización para concretar el proyecto Dos Corazones, en los términos y con las instalaciones publicitadas, resultaría violatorio del decreto emitido por el presidente Lázaro Cárdenas del Río, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de marzo de 1936, mediante el cual “se declara zona protectora forestal vedada, de la ciudad de Taxco de Alarcón, Guerrero, todo el terreno comprendido por los siguientes límites generales: por el norte quedarán incluidas las serranías parciales que se desprenden de El Huixtecoy el Atachi; por el oeste...” Asimismo, señala: “Las explotaciones forestales de carácter comercial quedan suspendidas y se consideran en estado de veda total las porciones de protección hidráulica y de erosión del suelo”.

Con base en las consideraciones anteriores, estimamos que el punto de acuerdo propuesto por el diputado Marino Miranda Salgado es procedente.

Por lo expuesto y fundado, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Único.La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a los secretarios de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y del Medio Ambiente y Recursos Naturales de Guerrero a respetar y hacer valer las disposiciones contenidas en los decretos emitidos por los presidentes Lázaro Cárdenas del Río y Manuel Ávila Camacho a efecto de no emitir las autorizaciones correspondientes que permitan la construcción del megaproyecto Dos Corazones, en el terreno situado en la zona protectora forestal vedada conocida como “Cerro El Huixteco”.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de diciembre de 2013.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados: Lourdes Adriana López Moreno (rúbrica), presidenta; Minerva Castillo Rodríguez (rúbrica), Érika Yolanda Funes Velázquez (rúbrica), José Pilar Moreno Montoya (rúbrica), María Concepción Navarrete Vital (rúbrica), María Isabel Ortiz Mantilla (rúbrica), Gerardo Peña Avilés (rúbrica), Claudia Elena Águila Torres (rúbrica), Graciela Saldaña Fraire (rúbrica), Cristina Olvera Barrios (rúbrica), secretarios; Ricardo Astudillo Suárez (rúbrica), Darío Badillo Ramírez (rúbrica), Mario Miguel Carrillo Huerta (rúbrica), Eufrosina Cruz Mendoza (rúbrica), José Luis Esquivel Zalpa (rúbrica), Juan Manuel Fócil Pérez (rúbrica), Marina Garay Cabada (rúbrica), Rodrigo González Barrios (rúbrica), Gabriel Gómez Michel (rúbrica), Adriana Hernández Íñiguez (rúbrica), Patricia Lugo Barriga (rúbrica), Ossiel Omar Niaves López (rúbrica), Ramón Antonio Sampayo Ortiz (rúbrica), Aída Fabiola Valencia Ramírez (rúbrica), Ángel Abel Mavil Soto (rúbrica).»



COMISIONES ESTATALES DE PRODUCTIVIDAD

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos locales y del Distrito Federal a instalar por sus Secretarías de Trabajo o de Asuntos Laborales las comisiones estatales de productividad

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada, para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente, la proposición con punto de acuerdo para exhortar a los gobiernos estatales y del Distrito Federal, para que a través de sus Secretarias de Trabajo o de Asuntos Laborales, instalen las comisiones estatales de productividad, presentada por el diputado José Arturo López Candido, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Con fundamento en los artículos 39, numeral 1 y 45 numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 80 numeral 1, fracción VI, 157 numeral 1, fracción I; 158 numeral 1, fracción IV y 167 numeral 4 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, esta Comisión de Trabajo y Previsión Social, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen, de acuerdo con lo siguiente

Metodología

En el apartado de “Antecedentes” se indica la fecha de recepción ante el Pleno de la Cámara de Diputados, su turno y la materia sobre la que versa la proposición con punto de acuerdo.

En el apartado de “Análisis de la proposición con punto de acuerdo”, se examina el contenido sustancial de la propuesta legislativa, los argumentos en que se sustenta y se determina el sentido y su alcance.

Por último, en el apartado de “Consideraciones”, la Comisión dictaminadora realiza las reflexiones necesarias para motivar el sentido de resolución, el análisis y valoración de la proposición con punto de acuerdo mediante la evaluación de los argumentos planteados en la exposición de motivos, así como lo dispuesto en la legislación vigente aplicable para el caso en concreto.

I. Antecedentes

1. En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en fecha 10 de octubre de 2013, el diputado José Arturo López Candido, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, ejerciendo su facultad conferida en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentó la proposición con punto de acuerdo para exhortar a los gobiernos estatales y del Distrito Federal, para que a través de sus Secretarías de Trabajo o de Asuntos Laborales, instalen las comisiones estatales de productividad.

2. La Mesa Directiva, con identidad de fecha en sesión y mediante oficio número DGPL 62-II-3-1050, acordó se turnara para su dictamen a esta Comisión de Trabajo y Previsión Social, para su análisis y dictamen correspondiente, asignándole el expediente 2843.

II. Análisis de la proposición con punto de acuerdo

1. La proposición con punto de acuerdo de referencia materia del presente dictamen, plantea el siguiente proyecto de

“Acuerdo

Único. Que los gobiernos estatales así como el del Distrito Federal por medio de sus Secretarias de Trabajo o de Asuntos Laborales cumplan con lo establecido en el artículo 153-Q de la Ley Federal de Trabajo e Instalen las comisiones estatales de productividad.”

2. En su exposición de motivos, refiere lo siguiente:

a) El diputado proponente argumenta que el pasado 30 de noviembre 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma a la Ley Federal de Trabajo dentro de las cuales se encuentra la reforma al artículo 153-Q, donde se contempla la Instalación de un Comité Nacional de Productividad así como comisiones estatales de productividad.

b) Dichas comisiones se encuentran integradas conforme lo mencionado en el artículo 153 K; donde menciona que:

“La Secretaria de Trabajo y Previsión Social, en conjunto con la Secretaria de Economía, convocarán a los patrones, sindicatos, trabajadores e Instituciones académicas para que constituyan el Comité Nacional de Productividad, que tendrá el carácter de órgano consultivo y auxiliar del Ejecutivo Federal y de la Planta Productiva.”

A su vez, en el primer informe de actividades del Ejecutivo Federal, la Secretaria de Trabajo y Previsión Social enuncia que

“La Comisión Nacional de Productividad está integrada por cuatro dependencias del Gobierno Federal: Secretaria de Hacienda y Crédito Público, Secretaria de Economía, Secretaria de Educación Pública y la Secretaria de Trabajo y Previsión Social; por el director general del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología; cinco representantes de cada uno de los factores de la producción (de las organizaciones empresariales y de las organizaciones sindicales de trabajadores); cuatro representantes de instituciones de educación superior; un representante de una institución de educación técnica media superior, y un representante de una institución de capacitación para el trabajo”.

El principal funcionamiento es realizar el diagnóstico nacional e internacional de los requerimientos necesarios para elevar la productividad y la competitividad en cada sector y la rama de la producción, así como estudiar mecanismos y nuevas formas de remuneración que vinculen los salarios, y en general el ingreso de los trabajadores, a los beneficios de la productividad.

c) De tal manera, en sus considerandos el proponente menciona que es preocupante que a casi un año de la entrada en vigor de las reformas a la Ley Federal del Trabajo, en donde se prevén dichas Comisiones Estatales, solamente cuatro estados cuentan con Comisiones Instaladas; siendo éstos: Baja California Sur, Chiapas, Colima y Guanajuato, según el primer informe de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social de los cuales se tiene conocimiento.

d) El iniciador concluye que entre sus objetivos es promover una política de capacitación que atienda las necesidades de los empleadores y de quien desee autoemplearse, impulsar la productividad de las plantas laborales y elevar los niveles de capacitación de los trabajadores, al tenor del mismo menciona que el secretario de Trabajo y Previsión Social, señaló que dicho compromiso quedó plasmado en el decreto signado con todos los sectores tanto público, privado y empresarial de la entidad, se establece que la capacitación es el medio adecuado para el crecimiento económico del país, por ello es necesario que realmente se sienten las bases para el funcionamiento de dicho comité y las comisiones estatales, ya que es fundamental que por medio de ellas se implemente funciones de los encargados de los comités y comisiones estatales y que en un término inmediato se activen los mismos.

III. Consideraciones

1. Esta dictaminadora con base en los antecedentes expuestos y con las facultades conferidas en la normatividad vigente, se abocó a dictaminar la proposición con punto de acuerdo de referencia.

2.Por lo anteriormente expuesto, esta Comisión estima procedente el exhorto a las entidades federativas, dándose cabal cumplimiento a las reformas al artículo 153-Q de la Ley laboral vigente, ya que es de suma importancia la atención inmediata sobre este asunto, estimándose que las comisiones estatales de productividad sean instaladas a la brevedad posible, ya que esta actividad representa un retraso considerable después de haber sido publicadas estas reformas, dentro de las cuales se encuentra el artículo mencionado en esta proposición y de la cual es necesario ya que estas comisiones se encargaran de realizar el diagnóstico nacional e internacional para elevar la productividad y la competitividad en cada sector y rama de producción y en general el crecimiento del sector trabajador.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, la Comisión de Trabajo y Previsión Social somete a la consideración del Pleno el siguiente:

Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta a los gobiernos estatales y del Distrito Federal, para que a través de sus Secretarias de Trabajo o de Asuntos Laborales, instalen las comisiones estatales de productividad, en cumplimiento lo establecido en el artículo 153-Q de la Ley Federal de Trabajo, con el objeto de que cumplan con las facultades conferidas en la normatividad vigente aplicable.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a  5 de diciembre de dos mil trece.

La Comisión de Trabajo y Previsión Social, diputados:Claudia Delgadillo González (rúbrica), presidenta; Jorge del Ángel Acosta (rúbrica), Francisco Grajales Palacios (rúbrica), Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez (rúbrica), Fernando Salgado Delgado (rúbrica), Karina Labastida Sotelo, Rafael Alejandro Micalco Méndez, Ramón Montalvo Hernández (rúbrica), Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Luisa María Alcalde Luján (rúbrica), José Arturo López Candido (rúbrica), José Angelino Caamal Mena (rúbrica), Carlos Humberto Aceves y del Olmo (rúbrica), Luis Ricardo Aldana Prieto, Elsa Patricia Araujo de la Torre (rúbrica), Marco Antonio Barba Mariscal, Silvano Blanco Deaquino (rúbrica), José Alfredo Botello Montes (rúbrica), María del Socorro Ceseñas Chapa, Patricio Flores Sandoval (rúbrica), Gaudencio Hernández Burgos (rúbrica), Esther Angélica Martínez Cárdenas (rúbrica), María Leticia Mendoza Curiel (rúbrica), Esther Quintana Salinas (rúbrica), Marcelo de Jesús Torres Cofiño, Alfredo Zamora García (rúbrica).»



COMISION CONSULTIVA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la STPS a instalar la comisión consultiva nacional de seguridad y salud en el trabajo

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada, para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente, la proposición con punto de acuerdo para exhortar al titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a instalar la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como a las Secretarías estatales y del Distrito Federal de Trabajo a instalar las Comisiones Consultivas Estatales y del Distrito Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, presentada por el diputado José Arturo López Candido, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Con fundamento en los artículos 39, numeral 1, y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 80, numeral 1, fracción VI, 157 numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV, y 167, numeral 4, y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, esta Comisión de Trabajo y Previsión Social, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen, de acuerdo con lo siguiente

Metodología

En el apartado de “Antecedentes” se indica la fecha de recepción ante el pleno de la Cámara de Diputados, su turno y la materia sobre la que versa la proposición con punto de acuerdo.

En el apartado de “Análisis de la proposición con punto de acuerdo”, se examina el contenido sustancial de la propuesta, los argumentos en que se sustenta y se determina el sentido y su alcance.

Por último, en el apartado de “Consideraciones”, la Comisión dictaminadora realiza las reflexiones necesarias para motivar el sentido de resolución, el análisis y valoración de la proposición con punto de acuerdo mediante la evaluación de los argumentos planteados en la exposición de motivos, así como lo dispuesto en la legislación vigente aplicable para el caso en concreto.

I. Antecedentes

1. En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión en fecha 24 de abril de 2013, el diputado José Arturo López Candido, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, ejerciendo su facultad conferida en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentó la proposición con punto de acuerdo para exhortar al titular de la Secretaria de Trabajo y Previsión Social, a instalar la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como a las Secretarías estatales y del Distrito Federal de Trabajo a instalar las Comisiones Consultivas Estatales y del Distrito Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo.

2. La Mesa Directiva, con identidad de fecha en sesión y mediante oficio número D.G.P.L. 62-II-2-842, acordó se turnara para su dictamen a esta Comisión de Trabajo y Previsión Social, para su análisis y dictamen correspondiente, asignándole el expediente 3010.

II. Análisis de la proposición con punto de acuerdo

1. La proposición con punto de acuerdo de referencia materia del presente dictamen, plantea el siguiente

“Acuerdo

Único. El pleno de la Honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaria de Trabajo y Previsión Social a instalar de manera inmediata la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (Coconasst), así como las Comisiones Consultivas Estatales y del Distrito Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo (Cocoesst), para dar cumplimiento con el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación para sus creaciones”

2. En su exposición de motivos, plantea lo siguiente:

a) El diputado proponente de la proposición con punto de acuerdo, alude que a casi un año de que se haya decretado en el Diario Oficial de la Federación con fecha de 30 de noviembre de 2012, las reformas a la Ley Federal del Trabajo que incluye la creación y formación de tan importantes Comisiones como lo son: la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo y las de las Comisiones Consultivas Estatales y del Distrito federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, no se han constituido, bajo el argumento que aparece en el primer informe de labores correspondiente a la Secretaria de Trabajo y Previsión Social que a la letra dice:

“Del 1o. de diciembre de 2012 al 31 de julio de 2013, dicha comisión, creada con motivo del decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, publicado en el DOF el 30 de noviembre de2012, no se ha constituido ni sesionado, puesto que está pendiente de señalarse su organización en  el reglamento que se expida, atento a lo dispuesto por el artículo 512-C de la LFT”.

Bajo este mismo tenor también menciona y plasma el contenido del artículo 512-C de la Ley Federal del Trabajo que a la letra dice:

“La organización de la Comisión Nacional Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo y la de las Comisiones Consultivas Estatales y del Distrito Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, serán señalados en el reglamento que se expida en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo.”

b) Lo anterior, trae como consecuencia la falta de expedición del reglamento que regulara las funciones de estas Comisiones, dejando en total abandono e indefensión la seguridad y salud de los centros de trabajo, y la poca o nula información de quienes integran dichas Comisiones.

Es necesario mencionar que al no constituir ni sesionar dichas Comisiones, la calidad y seguridad que se vive en los centros de trabajo se ven severamente mermadas, afectando directamente en la seguridad e integridad de los trabajadores. Ya que no existen las medidas ni las recomendaciones necesarias para prevenir y abatir  los riesgos de trabajo.

c) Menciona que es desalentador ya que en los registros del Instituto Mexicano del Seguro Social, se demuestra que al año en el país, se presentan aproximadamente 1,412 defunciones por riesgos laborales y 411 mil accidentes de trabajo, los cuales son la primera causa de incapacidad temporal en el país y representan el 81% de los riesgos registrados por dicha institución.

d) El iniciador concluye que es importante mencionar que los accidentes en los centros de trabajo no solo afectan al trabajador física y moralmente, si no también afectan al núcleo familiar del afectado provocando en ella, la disminución de las expectativas de desarrollo de los miembros, así como aparición de fenómenos de alteración de la dinámica familiar en relación con la disminución de ingresos y presupuesto familiar.

III. Consideraciones

Primera. Esta dictaminadora con base en los antecedentes expuestos y con las facultades conferidas en la normatividad vigente, se abocó a dictaminar la proposición con punto de acuerdo de referencia.

Segunda.Que el artículo 512-A de la Ley Federal del Trabajo establece que:

Artículo 512-A. Con el objeto de coadyuvar en el diseño de la política nacional en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, proponer reformas y adiciones al reglamento y a las normas oficiales mexicanas en la materia, así como estudiar y recomendar medidas preventivas para abatir los riesgos en los centros de trabajo, se organizará la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Dicha comisión se integrará por representantes de las Secretarías del Trabajo y Previsión Social; de Salud; de Gobernación, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, del Instituto Mexicano del Seguro Social, así como por los que designen aquellas organizaciones nacionales de trabajadores y de patrones a las que convoque el titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, quien tendrá el carácter de Presidente de la citada Comisión.

La Comisión deberá mantener comunicación permanente con las autoridades de protección civil, a efecto de diseñar las acciones que contribuyan a reducir o eliminar la pérdida de vidas, la afectación de la planta productiva, la destrucción de bienes materiales, el daño a la naturaleza y la interrupción de las funciones esenciales de la sociedad, ante la eventualidad de un desastre provocado por agentes naturales o humanos.”

Que el artículo 512-B establece la obligación para las entidades federativas, el cual señala:

“Artículo 512-B. En cada entidad federativa se constituirá una Comisión Consultiva Estatal de Seguridad y Salud en el Trabajo, cuya finalidad será la de coadyuvar en la definición de la política estatal en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, proponer reformas y adiciones al reglamento y a las normas oficiales mexicanas en la materia, así como estudiar y proponer medidas preventivas para abatir los riesgos en los centros de trabajo establecidos en su jurisdicción.

Dichas comisiones consultivas estatales serán presididas por los Ejecutivos estatales y el jefe de Gobierno del Distrito Federal y en su integración participarán representantes de las Secretarías del Trabajo y Previsión Social; de Salud; de Gobernación, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales; del Instituto Mexicano del Seguro Social; así como los que designen las organizaciones de trabajadores y de patrones a las que convoquen.

El representante de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social ante la Comisión Consultiva Estatal respectiva, fungirá como secretario de la misma.”

Tercera. Por lo anteriormente expuesto, esta comisión estima procedente realizar el exhorto propuesto en términos de la normatividad vigente, en virtud de la falta de cumplimiento que se ha tenido referente a las reformas que sufrió la Ley Federal del Trabajo, es por ello que es importante poner atención inmediata sobre este asunto el cual debe ser llevado a cabo a la práctica, ya que estas comisiones juegan un papel muy importante en este ámbito, al ser éstas las que se encargan de regular y llevar un control adecuado de los problemas que se puedan presentar al momento de que los trabajadores mexicanos lleven alguna actividad en su zona laboral, y esta pueda en ocasiones provocar problemas en los cuales los trabajadores tengan algún accidente, razón por la cual es necesario poner suma atención que a la brevedad posible se cumpla lo establecido en la ley de la materia.

Cuarta. Aunado a esto, es menester mencionar que el proponente hace mención del artículo que regula esta actividad, del cual señala como será la función interna de dichas comisiones, las cuales fijaran su reglamento interno de cada comisión. De tal manera, es necesario que las comisiones sean instaladas a la brevedad posible, ya que esta actividad está presentando un retraso considerable después de haber sido publicadas estas reformas, y de la cual es necesario, ya que estas comisiones se encargaran de dar seguridad y resguardo a los trabajadores mexicanos, para elevar la productividad y la competitividad en cada sector y rama de producción y en general el crecimiento del sector trabajador

Por lo anteriormente expuesto y fundado, la Comisión de Trabajo y Previsión Social somete a la consideración del honorable pleno el siguiente

Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta al titular de la Secretaria de Trabajo y Previsión Social, en términos del artículo 512-A de la Ley Federal del Trabajo, a instalar la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, con el objeto de coadyuvar en el diseño de la política nacional en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, proponer reformas y adiciones al reglamento y a las normas oficiales mexicanas en la materia, así como estudiar y recomendar medidas preventivas para abatir los riesgos en los centros de trabajo, y las demás establecidas en la normatividad vigente aplicable.

Segundo.Se exhorta a las Entidades Federativas y del Distrito Federal, para que a través de sus dependencias competentes, en términos de los dispuesto por el artículo 512-B de la Ley Federal del Trabajo, instalen las Comisiones Consultivas Estatales y del Distrito Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, con el objeto de coadyuvar en la definición de la política estatal en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, proponer reformas y adiciones al reglamento y a las normas oficiales mexicanas en la materia, así como estudiar y proponer medidas preventivas para abatir los riesgos en los centros de trabajo establecidos en su jurisdicción, y las demás establecidas en la normatividad vigente aplicable.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de diciembre de 2013.

La Comisión de Trabajo y Previsión Social, diputados:Claudia Delgadillo González (rúbrica), presidenta; Jorge del Ángel Acosta (rúbrica), Francisco Grajales Palacios (rúbrica), Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez (rúbrica), Fernando Salgado Delgado (rúbrica), Karina Labastida Sotelo, Rafael Alejandro Micalco Méndez, Ramón Montalvo Hernández (rúbrica), Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Luisa María Alcalde Luján (rúbrica), José Arturo López Candido (rúbrica), José Angelino Caamal Mena (rúbrica), Carlos Humberto Aceves y del Olmo (rúbrica), Luis Ricardo Aldana Prieto, Elsa Patricia Araujo de la Torre (rúbrica), Marco Antonio Barba Mariscal, Silvano Blanco Deaquino (rúbrica), José Alfredo Botello Montes (rúbrica), María del Socorro Ceseñas Chapa, Patricio Flores Sandoval (rúbrica), Gaudencio Hernández Burgos (rúbrica), Esther Angélica Martínez Cárdenas (rúbrica), María Leticia Mendoza Curiel (rúbrica), Esther Quintana Salinas (rúbrica), Marcelo de Jesús Torres Cofiño, Alfredo Zamora García (rúbrica).»



PROGRAMAS QUE DEN OPORTUNIDAD DE EMPLEO DIGNO Y JUSTO A LOS EGRESADOS DE LICENCIATURAS UNIVERSITARIAS Y TECNOLOGICAS

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal y al sector empresarial a implantar programas que den oportunidad de empleo digno y justo a los egresados de licenciaturas universitarias y tecnológicas

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, le fue turnada para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente, la proposición con punto de acuerdo para exhortar al gobierno federal y al sector empresarial, a implementar programas que den oportunidad de empleo digno y justo a los egresados de licenciaturas universitarias y tecnológicas, suscrita por diversos diputados del Grupo del Partido Revolucionario Institucional.

Con fundamento en los artículos 39, numeral 1 y 45 numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 80, numeral 1, fracción VI, 81 numeral 2, 82 numeral 1, 157 numeral 1, fracción I; 158 numeral 1, fracción IV y 167 numeral 4 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, esta Comisión de Trabajo y Previsión Social, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen, de acuerdo con lo siguiente

Metodología

En el apartado de “Antecedentes” se indica la fecha de recepción ante el pleno de la Cámara de Diputados, su turno y la materia sobre la que versa la proposición.

En el apartado de “Análisis de la proposición con punto de acuerdo”, se examina el contenido sustancial de la propuesta, los argumentos en que se sustenta y se determina el sentido y su alcance.

Por último, en el apartado de “Consideraciones”, la comisión dictaminadora realiza las reflexiones necesarias para motivar el sentido de resolución, el análisis y valoración mediante la evaluación de los argumentos planteados en la exposición de motivos, así como lo dispuesto en la legislación vigente aplicable para el caso en concreto.

I. Antecedentes

1. En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión en fecha 24 de octubre de 2013, los diputados (as) Heriberto Manuel Galindo Quiñones, Jesús A. Valdés Palazuelos, Francisca Elena Corrales Corrales, Raúl Santos Galván Villanueva, Alfonso Inzunza Montoya, Mirna Velázquez López, Román Alfredo Padilla Fierro y Blas Ramón Rubio Lara, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentaron proposición con punto de acuerdo para exhortar al gobierno federal y al sector empresarial a implementar programas que den oportunidad de empleo digno y justo a los egresados de licenciaturas universitarias y tecnológicas.

2. La Mesa Directiva, con identidad de fecha en sesión y mediante oficio número DGPL 62-II-4-1001, acordó se turnara para su dictamen a esta Comisión de Trabajo y Previsión Social, para su análisis y dictamen correspondiente, asignándole el expediente número 3005.

II. Análisis de la proposición con punto de acuerdo

1. La proposición con punto de acuerdo de referencia, materia del presente dictamen, plantea el siguiente

“Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a los titulares de las distintas dependencias de la administración federal, centralizada, paraestatal y al sector empresarial, para que en el ámbito de sus distintas competencias sean otorgadas oportunidades laborales a egresados de una carrera técnica o profesional, dentro de un ámbito digno que les permita a los jóvenes profesionistas integrarse al desarrollo nacional.”

2. En su exposición de motivos, la proposición con punto de acuerdo de referencia plantea lo siguiente:

a) Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 1o. reconoce que todas las personas gozarán de los derechos humanos, promoviendo, respetando, protegiendo y garantizando los derechos de los mismos y asimismo prohibiendo la discriminación por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religiosa.

b) Que de acuerdo a los datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), existen 36.2 millones de jóvenes en nuestro país, conformando la tercera parte de la población, jóvenes que requieren de más atención y que han sido olvidados en muchos aspectos como de oportunidades reales de trabajo digno y bien remunerado, para los cuales se deben crear políticas que los impulsen realmente, así como también integrarlos y protegerlos en todos los ámbitos de la vida nacional.

c) Se señala que se debe fomentar las condiciones que aseguren un desarrollo pleno e integral en condiciones de igualdad para incorporar plenamente a los jóvenes al desarrollo de nuestro país, destinadas a mejorar su nivel de vida, así como sus expectativas sociales, económicas, culturales y en especial en el campo laboral, con la participación consciente del sector social y privado, especialmente a los egresados de alguna profesión, los cuales se enfrentan a una realidad amarga, el desempleo.

d) También se expresa que en la actualidad no existen empleos para los egresados de diferentes carreras y mucho menos salarios justos; para lo cual la Ley Federal del Trabajo en su artículo 2o. menciona las normas de trabajo que tienden a conseguir el equilibrio entre los factores de la producción y la justicia social, así como propiciar el trabajo digno o decente en todas las relaciones laborales.

e) Existe una triste realidad, ya que no existen trabajos dignos y bien remunerados para la gran mayoría de los 450 mil egresados cada año de licenciatura universitaria o tecnológica, esto lleva a la deserción de muchos de estos egresados que se desaniman por la falta de oportunidades y pago justo, ya que después de haber estudiado tanto y con gran esfuerzo, resulta que muchas veces les ofrecen un salario inferior al salario mínimo también debido a su juventud, optando por trabajar en cualquier otra rama de empleo y en el último de los casos trabajando en oficios, a falta de oportunidades para desarrollar los conocimientos adquiridos.

f) De acuerdo con la Subsecretaría de Educación Superior de la Secretaría de Educación Pública (SEP) y la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo del tercer trimestre de 2012, sólo 40 de cada 100 profesionistas en México tienen un empleo relacionado con su formación universitaria. La misma Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo, indica que 56 por ciento de los profesionistas desempleados son menores de 30 años, cifra que ha sido la más alta en los últimos 4 años.

g) Con este punto de acuerdo se busca brindar oportunidad de acceso a un empleo digno, fortaleciendo la calidad de vida de los jóvenes con el objeto de no permitir la deserción de este segmento estudiantil, que se verá valorado y retroalimentará a la sociedad.

III. Consideraciones

1. Esta dictaminadora con base en los antecedentes expuestos y con las facultades conferidas en la normatividad vigente, se abocó a dictaminar la proposición con punto de acuerdo de referencia.

2. Bajo el tenor del asunto aquí planteado, es de señalarse que el mundo enfrenta una crisis del empleo cada vez más grave, los jóvenes tienen tres veces mayores probabilidades de estar desempleados que los adultos y casi 73 millones de jóvenes en el mundo están buscando trabajo. La Organización Internacional de Trabajo (OIT) ha advertido sobre el riesgo de una generación de trabajadores jóvenes “marcada” por una mezcla peligrosa de alto desempleo, creciente inactividad y trabajo precario en los países desarrollados, y de un aumento de trabajadores pobres en el mundo en desarrollo.

Ante tal situación, la OIT opera el Programa de Empleo Juvenil (PEJ) a través de una red global de especialistas que trabajan en los departamentos técnicos de la OIT en su sede en Ginebra y en más de 60 oficinas en todo el mundo, la cual proporciona asistencia a los países en el desarrollo de intervenciones coherentes y coordinadas sobre empleo juvenil, el cual se enfoca en lo siguiente:

• La recopilación de datos sobre la naturaleza y las dimensiones del empleo juvenil, el desempleo y el subempleo;

• Análisis de la eficacia de las políticas y los programas nacionales sobre empleo juvenil;

• Asesoramiento para fortalecer las políticas del mercado de trabajo de los países y programas de empleo juvenil y la creación de capacidades para los gobiernos, los empleadores y los trabajadores;

• Asistencia técnica para la formulación y ejecución de programas nacionales de empleo juvenil que se centran en inversiones intensivas en empleo, desarrollo de habilidades, el espíritu empresarial juvenil, el acceso a la financiación y otras medidas activas del mercado de trabajo;

• Actividades de sensibilización para promover el trabajo decente para los jóvenes con un enfoque en la empleabilidad, el empleo y los derechos de los trabajadores;

• Servicios de asesoramiento a través de la asociación con YEN, incluidas las clínicas de evaluación y apoyo a los principales países de YEN, y

• Alianzas estratégicas en materia de empleo juvenil mediante la promoción de redes nacionales y globales, la cooperación interinstitucional a través de la Organización de las Naciones Unidas y otros organismos internacionales, y la colaboración entre los sectores público y privado en los planos internacional, regional y nacional.

3. Por lo anteriormente expuesto, y ante las estadísticas e información tanto a nivel mundial como nacional, la crisis del empleo es latente en los jóvenes, por lo que ante dicha problemática esta dictaminadora retoma los argumentos esgrimidos en el cuerpo del presente documento y se pronuncia a favor del punto de acuerdo propuesto, lo cual abona para que los egresados de licenciaturas o de carreras tecnológicas cuenten con oportunidades laborales y puedan de-sarrollarse con los conocimientos adquiridos.

Con esto también se busca incentivarlos a desempeñarse dentro de la formalidad laboral, en donde tanto el gobierno federal como las entidades federativas y el sector empresarial ofrezcan oportunidades de empleos dignos y justos, en donde los jóvenes tengan certidumbre de sus derechos laborales con las prestaciones legales.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, la Comisión de Trabajo y Previsión Social somete a la consideración del pleno el siguiente:

Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a los titulares de las distintas dependencias de la administración pública federal, centralizada, paraestatal y al sector empresarial, para que dentro del ámbito de sus distintas competencias sean otorgadas oportunidades laborales a egresados de una carrera técnica o profesional, a efecto de que accedan a un trabajo digno que les permita a los jóvenes profesionistas integrarse al desarrollo nacional.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 5 de diciembre de dos mil trece.

La Comisión de Trabajo y Previsión Social, diputados: Claudia Delgadillo González (rúbrica), presidenta; Jorge del Ángel Acosta (rúbrica), Francisco Grajales Palacios (rúbrica), Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez (rúbrica), Fernando Salgado Delgado (rúbrica), Karina Labastida Sotelo, Rafael Alejandro Micalco Méndez, Ramón Montalvo Hernández (rúbrica), Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Luisa María Alcalde Luján (rúbrica), José Arturo López Candido (rúbrica), José Angelino Caamal Mena (rúbrica), Carlos Humberto Aceves y del Olmo (rúbrica), Luis Ricardo Aldana Prieto, Elsa Patricia Araujo de la Torre (rúbrica), Marco Antonio Barba Mariscal, Silvano Blanco Deaquino (rúbrica), José Alfredo Botello Montes (rúbrica), María del Socorro Ceseñas Chapa, Patricio Flores Sandoval (rúbrica), Gaudencio Hernández Burgos (rúbrica), Esther Angélica Martínez Cárdenas (rúbrica), María Leticia Mendoza Curiel (rúbrica), Esther Quintana Salinas (rúbrica), Marcelo de Jesús Torres Cofiño, Alfredo Zamora García (rúbrica).»



AUMENTOS DE LAS TARIFAS DEL TRANSPORTE PUBLICO EN YUCATAN

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Transportes, con punto de acuerdo para exhortar al gobierno de Yucatán a revertir y detener los aumentos de las tarifas del transporte público en la entidad y garantizar el servicio seguro, eficiente y sustentable para los ciudadanos

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Transportes de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión fue turnada para su estudio y dictamen la siguiente proposición con punto de acuerdo: Por el que se exhorta al gobierno de Yucatán a revertir los aumentos a las tarifas del transporte público en la entidad toda vez que contraviene lo dispuesto en la Ley de Transporte Estatal y no garantiza un seguro eficiente y sustentable para los ciudadanos, presentada por el diputado Raúl Paz Alonzo, del Grupo Parlamentario Partido Acción Nacional, expediente 3006.

La Comisión de Transportes, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, numeral 1, fracción VI, 81, numeral 2, 82, 84, 85, 157, 158 y 167, numeral 4, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, presenta a la honorable asamblea el siguiente dictamen:

Antecedentes

1. En sesión ordinaria del pleno de la Cámara de Diputados, celebrada el 24 de octubre de 2013, el diputado Raúl Paz Alonzo, integrante del Grupo Parlamentario Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno de Yucatán a revertir los aumentos a las tarifas del transporte público en la entidad toda vez que contraviene lo dispuesto en la Ley de Transporte Estatal y no garantiza un servicio seguro, eficiente y sustentable para los ciudadanos.

2. Con la misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, dictó trámite: Túrnese a la Comisión de Transportes para dictamen; mediante oficio número DGPL 62-II-5-1098.

3. Con fecha 21 de noviembre de 2013, el pleno de la Comisión de Transportes acordó turnar a las Subcomisiones de Transporte Carretero de Carga y de Pasaje, para la elaboración del predictamen correspondiente, la presente proposición con punto de acuerdo.

Derivado de lo anterior, esta comisión realizó diversos trabajos a efecto de revisar el contenido de la citada proposición con punto de acuerdo, con objeto de expresar sus observaciones y comentarios a la misma e integrar el presente dictamen.

Contenido de la propuesta con punto de acuerdo

El desarrollo social, cultural y económico de una sociedad depende necesariamente de una adecuada infraestructura que garantice la movilidad y la conectividad de las personas, mercancías y servicios. Pero además, es necesario contar también con un sistema de transporte adecuado a las exigencias y a las circunstancias que requieren las comunidades y las metrópolis.

El sistema de transporte público en Yucatán se ha ido deteriorando a través de los años, no solo en la calidad y conservación del estado de las unidades que prestan el servicio, sino también en la aglomeración y mala planeación de rutas en la prestación de servicio por parte de los concesionarios y en el respeto a los reglamentos de transito.

Además el servicio de transporte para la zona metropolitana de Mérida ha quedado rebasado y obsoleto. No se ha invertido en un sistema ecológico y autosustentable que permita una mejor movilidad  de pasajeros hacia los centros de trabajo y educativos.

Sin embargo, y a pesar de esta situación, el gobierno de Yucatán decidió aprobar un incremento en las tarifas del 16.6 por ciento y se prevé que antes de terminar el año se autorice un aumento de hasta 66 por ciento en comparación a las tarifas pasadas.

Esta medida, sin lugar a dudas, traerá un impacto negativo en la economía de las familias yucatecas, máxime cuando se trata de una entidad con nivel salarial B que es de 61.38 pesos y en donde los habitantes tienen necesariamente que tomar por lo menos dos camiones para trasladarse, lo que equivale a que una persona gasta por lo menos 28 pesos diarios, lo que representa poco más del 45 por ciento de sus ingresos tan solo en transportación.

Con el incremento a las tarifas, Yucatán y la zona metropolitana de Mérida tendrán uno de los transportes más caros del país, sin que ello signifique contar con la infraestructura que gozan otras ciudades como Monterrey, Guadalajara o el Distrito Federal.

Por ello, es que esta legislatura busca hacer un llamado al gobierno estatal para que reconsidere el incremento y tome en cuenta la gravedad de esta medida para los bolsillos de las y los ciudadanos de Yucatán, pues de lo contario se pondría en riesgo el desarrollo social, cultural y económico de la entidad y sobre todo la estabilidad de la familias yucatecas.

Consideraciones

La comisión dictaminadora realizó el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la proposición con punto de acuerdo, a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

La Presidencia de la Comisión de Transportes llegó a la conclusión que comparte la inquietud del diputado, autor de la proposición, pues es de conocimiento público que el transporte es un servicio considerado como indispensable y algunos autores lo catalogan como estratégico, ya que no hay actividad económica que no requiera en algún momento los servicios de transporte para mover mercancías o personas, y resulta de vital importancia para la población en general, y en particular para todos aquellos que utilizan los diferentes medios de traslado masivo como es el caso del transporte urbano y suburbano.

Esta comisión coincide con el diputado promovente de que el estado debe contribuir y garantizar la movilidad y la conectividad con un sistema de transporte seguro, eficiente, autosustentable, pero que también esté al alcance de la ciudadanía, mediante tarifas razonables tanto para los transportistas como para los usuarios.

Sin duda, los incrementos a las tarifas deben considerar el nivel de ingresos de la mayoría de los ciudadanos quienes utilizan los servicios de transporte masivo, pues de acuerdo a lo que el diputado promovente da a conocer en su proposición, en el caso particular de Yucatán, el gasto diario por persona representa más del 45 por ciento del salario mínimo vigente en la entidad, lo que resulta alarmante considerando que el grueso de la población destina gran parte de sus ingresos a un servicio de transporte obsoleto, ineficiente y altamente contaminante.

Por las consideraciones anteriores, los integrantes de la Comisión de Transportes se pronuncian a favor del siguiente

Punto de Acuerdo

Único.Se exhorta respetuosamente al gobierno de Yucatán a revertir y detener los aumentos a las tarifas del transporte público en la entidad, toda vez que contraviene lo dispuesto en la Ley de Transporte Estatal por significar un duro golpe a la economía de los ciudadanos del estado y por no garantizar un servicio seguro, eficiente y sustentable.

Palacio Legislativo de San Lázaro. México, DF, a 12 de diciembre de 2013.

La Comisión de Transportes, diputados:Juan Carlos Muñoz Márquez (rúbrica), presidente; Fernando Alfredo Maldonado Hernández (rúbrica), Jesús Tolentino Román Bojórquez (rúbrica), Miguel Sámano Peralta (rúbrica), María Rebeca Terán Guevara (rúbrica), Francisco Alberto Zepeda González (rúbrica), Jorge Rosiñol Abreu (rúbrica), Luis Manuel Arias Pallares, Valentín González Bautista, María del Rosario de Fátima Pariente Gavito (rúbrica), secretarios; Rafael Acosta Croda (rúbrica), José Angelino Caamal Mena (rúbrica), Marco Antonio Calzada Arroyo (rúbrica), Fernando Cuéllar Reyes (rúbrica), Catalino Duarte Ortuño, Raúl Santos Galván Villanueva (rúbrica), Víctor Rafael González Manríquez (rúbrica), Francisco Grajales Palacios (rúbrica), Abel Guerra Garza (rúbrica), Javier Filiberto Guevara González (rúbrica), María del Rosario Merlín García (rúbrica), Jesús Morales Flores, Felipe Arturo Camarena García (rúbrica), Jesús Oviedo Herrera (rúbrica), Germán Pacheco Díaz (rúbrica), Humberto Armando Prieto Herrera, Hugo Mauricio Pérez Anzueto, Francisco Tomás Rodríguez Montero (rúbrica), José Soto Martínez, Jorge Terán Juárez.»



INFRAESTRUCTURA SANITARIA EN LOS TRAMOS CARRETEROS QUE FORMAN EL CIRCUITO EXTERIOR MEXIQUENSE

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Transportes, con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno del estado de México a promover ante la Concesionaria Mexiquense, SA de CV, empresa de Grupo OHL, la instalación de infraestructura sanitaria en los tramos carreteros que forman el Circuito Exterior Mexiquense

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Transportes de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión fue turnada para estudio y dictamen la proposición con punto de acuerdo para exhortar al gobierno del estado de México a promover ante la Concesionaria Mexiquense, SA de CV, empresa de Grupo OHL, la instalación de infraestructura sanitaria en los tramos carreteros que forman el Circuito Exterior Mexiquense, presentada por el diputado Víctor Manuel Bautista López, del Grupo Parlamentario Partido de la Revolución Democrática, expediente 2570.

La Comisión de Transportes, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 80, numeral 1, fracción VI, 81, numeral 2, 82, 84, 85, 157, 158 167, numeral 4, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a la honorable asamblea el siguiente dictamen:

Antecedentes

1. En sesión ordinaria del pleno de la Cámara de Diputados celebrada el 24 de septiembre de 2013, Víctor Manuel Bautista López, integrante del Partido de la Revolución Democrática, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar al gobierno del estado de México a promover ante la Concesionaria Mexiquense, SA de CV, empresa de Grupo OHL, la instalación de infraestructura sanitaria en los tramos carreteros que forman en Circuito Exterior Mexiquense.

2. Con la misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión dictó trámite: “Túrnese a la Comisión de Transportes, para dictamen”, mediante el oficio número DGPL 62-II-3-958.

3. Con fecha 10 de octubre de 2013, el pleno de la Comisión de Transportes acordó turnar a las Subcomisiones de Transporte Carretero de Carga, y de Pasaje, para la elaboración del predictamen correspondiente, la presente proposición con punto de acuerdo.

Derivado de lo anterior, esta comisión realizó diversos trabajos a efecto de revisar el contenido de la citada proposición con punto de acuerdo, con objeto de expresar sus observaciones y comentarios sobre ella e integrar el presente dictamen.

Contenido de la propuesta con punto de acuerdo

Durante los primeros años del presente ciclo, el gobierno del estado de México licitó y otorgó la concesión, de febrero de 2003 a diciembre de 2040, para construir y operar una nueva autopista integrada por distintos tramos carreteros en el norte de la zona metropolitana del valle de México, la que fue denominada Circuito Exterior Mexiquense.

Se trata de una autopista urbana de 110 kilómetros de longitud, que recorre 18 municipios del estado de México y conecta con las autopistas México-Querétaro, Chamapa-Lechería, México-Pachuca, México-Tuxpan, Peñón-Texcoco y México-Puebla y, que sin duda, beneficia el transporte vehicular particular y público, de pasajeros y de carga, y contribuye a disminuir el tránsito de vehículos por la Ciudad de México, lo que repercute en la reducción de tiempos de traslado, así como una significativa reducción de emisiones contaminantes.

El proyecto generó diversas críticas por diferentes causas, entre las que destaca la ausencia de infraestructura sanitaria como un servicio a los usuarios en toda la línea, lo que evidencia el diseño deficiente y cuya reparación es necesaria para asegurar el derecho de las personas, entre otras cosas, a la salud.

Consideraciones

La comisión dictaminadora realizó el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la proposición con punto de acuerdo, a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

La presidencia de la Comisión de Transportes llegó a la conclusión de que comparte la inquietud del legislador autor de la proposición, en el preocupante hecho de que los usuarios del Circuito Exterior Mexiquense, que durante su recorrido por más de una hora, no encuentran infraestructura sanitaria suficiente y eficiente, que debe encontrarse en los diferentes tramos de autopista concesionados, en beneficio tanto de los conductores de vehículos de carga como de los de pasaje, y personas que viajen a bordo de esos vehículos.

La Comisión de Transportes está de acuerdo que en los proyectos de construcción y ampliación de carreteras concesionadas, se exija como un elemento indispensable contemplar la construcción y operación de infraestructura sanitaria para el uso de todas aquellas personas que utilicen la infraestructura carretera.

El Circuito Exterior Mexiquense se encuentra considerado como infraestructura de jurisdicción local del estado de México y clasificada como “vía primaria”, como señala el artículo 17.4 del Código Administrativo del Estado de México.

Que el propio código administrativo local manifiesta en el artículo 17.8: “El Estado podrá operar, construir, explotar, conservar, rehabilitar y dar mantenimiento a la infraestructura vial de su competencia y a la infraestructura de los sistemas de transporte masivo y teleférico, incluyendo las estaciones de transferencia modal, directamente o a través de particulares, mediante el otorgamiento de concesiones y contratos”.

Para el caso del Circuito Exterior Mexiquense, el gobierno del estado de México otorgó concesión para el diseño, construcción y operación de dicha vía primaria a la empresa de Grupo OHL, Concesionaria Mexiquense, SA de CV.

El circuito en mención cuenta con los servicios de ambulancia, llamadas de auxilio, vigilancia, asistencia vial y grúa, pero carece de sanitarios, servicio básico e indispensable para la salud de los usuarios.

El Código Administrativo del Estado de México, en el artículo 18.3, fracciones IX y X, establece que toda construcción dispondrá de espacios y muebles sanitarios de bajo consumo de agua, en número suficiente para los usuarios y de conformidad a las normas oficiales mexicanas y cumplirán con las previsiones correspondientes a protección civil, ingeniería sanitaria y personas con discapacidad.

Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Transportes se pronuncian a favor del siguiente

Punto de Acuerdo

Único.La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobierno del estado de México a promover por el Sistema de Autopistas, Aeropuertos, Servicios Conexos y Auxiliares del Estado de México, ante Concesionaria Mexiquense, SA de CV, empresa de Grupo OHL, concesionaria del diseño, la construcción y la operación de los tramos que forman el Circuito Exterior Mexiquense, la instalación de infraestructura sanitaria al servicio de los usuarios de manera suficiente y en óptimas condiciones.

Palacio Legislativo de San Lázaro. México, DF, a 12 de diciembre de 2013.

La Comisión de Transportes, diputados: Juan Carlos Muñoz Márquez (rúbrica), presidente; Fernando Alfredo Maldonado Hernández (rúbrica), Jesús Tolentino Román Bojórquez (rúbrica), Miguel Sámano Peralta (rúbrica), María Rebeca Terán Guevara (rúbrica), Francisco Alberto Zepeda González (rúbrica), Jorge Rosiñol Abreu (rúbrica), Luis Manuel Arias Pallares, Valentín González Bautista, María del Rosario de Fátima Pariente Gavito (rúbrica), secretarios; Rafael Acosta Croda (rúbrica), José Angelino Caamal Mena (rúbrica), Marco Antonio Calzada Arroyo (rúbrica), Fernando Cuéllar Reyes (rúbrica), Catalino Duarte Ortuño, Raúl Santos Galván Villanueva (rúbrica), Víctor Rafael González Manríquez (rúbrica), Francisco Grajales Palacios (rúbrica), Abel Guerra Garza (rúbrica), Javier Filiberto Guevara González (rúbrica), María del Rosario Merlín García (rúbrica), Jesús Morales Flores, Felipe Arturo Camarena García (rúbrica), J. Jesús Oviedo Herrera (rúbrica), Germán Pacheco Díaz (rúbrica), Humberto Armando Prieto Herrera, Hugo Mauricio Pérez Anzueto, Francisco Tomás Rodríguez Montero (rúbrica), José Soto Martínez, Jorge Terán Juárez.»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueban los no reservados para discusión, enlistados en el orden del día con los números 1, 2, 3, 4, 9, 10 al 27, 29 al 32, 34 al 37, 41, 43 y 45 al 50.

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se consulta a la asamblea si se aprueban los puntos de acuerdo enunciados por la Presidencia. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Aprobados. Comuníquense.

El siguiente punto del orden del día es dictámenes en sentido negativo. Informo a la asamblea, que en cumplimiento del artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria los dictámenes en sentido negativo que a continuación se discutirán.

Proceda la Secretaría a dar lectura a sus encabezados.



LEY DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Juventud, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud

Honorable Asamblea:

La Comisión de Juventud de la LXII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, inciso e) y f), y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 80, numeral 1, fracción II, 81, numeral 2, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, todos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen.

I. Antecedentes

1. En sesión ordinaria celebrada el 18 de septiembre de 2013, el diputado Javier Orozco Gómez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, presentó ante el pleno una iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.

2. El presidente de la Mesa Directiva determinó dictar el siguiente trámite: Túrnese a la Comisión de Juventud de la Cámara de Diputados, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, mediante expediente número 2516.

3. A partir del lunes 4 de noviembre de 2013, con fundamento en el artículo 182, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, inició el término de cuarenta y cinco días hábiles para que la proposición fuera dictaminada por la Comisión de Juventud.

4. El jueves 7 de noviembre de 2013 mediante oficio número DGPL 62-II-7-1037, y con fundamento en el artículo 183, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Mesa Directiva autorizó la prórroga solicitada por esta comisión para dictaminar la iniciativa con expediente 2516 hasta por noventa días más, contados a partir del día siguiente en que se hubiese cumplido el término.

II. Contenido de la iniciativa

La iniciativa presentada por el diputado Javier Orozco Gómez con expediente número 2516, busca la creación de una nueva Ley del Instituto Mexicano de la Juventud. Esta iniciativa tiene como primer objetivo la creación de una nueva regulación tomando como premisa el hecho de que las reformas legales que hasta el momento se han llevado a cabo en la ley vigente, no han avanzado a la par de las necesidades y los requerimientos de los jóvenes actuales. Por otro lado busca que el nuevo marco jurídico fortalezca la estructura y organización del Instituto Mexicano de la Juventud.

En este orden de ideas la iniciativa, en palabras del promovente, pretenden reforzar las atribuciones del Instituto Mexicano de la Juventud, al contar con las herramientas y las obligaciones para hacer frente a los retos de entender a este importante sector, en relación a la autonomía técnica y de gestión para elaborar, diseñar y conducir las políticas públicas en materia de juventud. A través de la ampliación de su estructura, de un Consejo Técnico de la Política Nacional en Materia de Juventud y con un Consejo Ciudadano de Seguimiento de Políticas Públicas.

III. Consideraciones

México actualmente tiene el mayor número de jóvenes en su historia, equivalente a 37.4 millones, según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, lo que representa más de un tercio de la población del país, sin embargo, aun cuando es importante contar con las herramientas y las obligaciones para hacer frente a los retos que representa tan importante sector como bien lo expone el diputado promovente, no debe olvidarse que la promoción de una nueva ley genera sobre regulación, ya que la actual ley vigente desde 1999, ha sido reformada de manera constante, y cumpliendo con los objetivos que desde la visión de panorama nacional están encaminados a salvaguardar los derechos, las obligaciones y las necesidades de este sector de la población. Cabe destacar que resulta innecesaria su aprobación, ya que existen disposiciones, programas y políticas públicas, entre otros medios, que atienden la situación que se pretende resolver.

En relación con la exposición de motivos de la iniciativa del diputado Javier Orozco Gómez, no se justifica la importancia de cambiar el nombre de la Junta Directiva, por el de Junta de Gobierno, como lo indica el artículo 9 de la iniciativa en cuestión, en virtud de que dicho cambio de denominación se prevé en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Por lo que la representatividad de las instituciones en materia de juventud ante la junta directiva de este organismo descentralizado, se ve afectada, razón por la cual no se considera necesario este punto dentro la propuesta. Con respecto a los requisitos para ser director general del Instituto Mexicano de la Juventud, Imjuve, se consideran excesivos e incluso discriminatorios, ya que este organismo descentralizado es de y para los jóvenes, por lo que es suficiente con lo que establece el actual artículo 21 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.

Cabe destacar que la propuesta del promovente tiene objetivos claros que son de interés para el instituto, por ejemplo, en lo referente a la creación del Consejo Técnico de Políticas Nacionales en Materia de Juventud, que representan un adelanto normativo en cuanto a la inclusión de los diversos sectores de la sociedad en las políticas de juventud. Por lo que, de ser el caso, se sugiere que dicho Consejo, se adecue al Consejo vigente del instituto para que sea posible establecer una vinculación y participación directa del instituto con los diversos organismos de la administración pública con interés en la política de juventud.

Esta comisión reconoce el interés del promovente en relación con una propuesta de ley que expida una nueva Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, y aunque efectivamente cuenta con algunos puntos clave y de trascendencia que pueden ser rescatados y discutidos, también considera que la abrogación de la ley de 6 de enero de 1999 es innecesaria. Cabe hacer mención que, en a la opinión que al respecto de la iniciativa del promovente emite la Secretaría de Desarrollo Social, con fecha 24 de octubre de 2013, se destaca que la propuesta de ley contiene íntegramente algunas de las disposiciones que ya están reguladas en la ley con lo cual ya se garantiza normativamente al sector joven de la población, su ajuste al sistema político, económico y social que permita cambiar de manera práctica, con claridad y precisión la vida que forja los hábitos del futuro.

Con relación al impacto presupuestal, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, SHCP, emitió su opinión mediante oficio VOL.0430-2013 de fecha 29 de octubre de 2013 sobre la Iniciativa que aquí se analiza, de sus conclusiones se desprenden algunos puntos que son vitales en el proceso de dictamen y a continuación se detallan:

Los artículos 7 y 29 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria disponen que las dependencias coordinadoras del sector orientarán y coordinarán la planeación, programación, análisis presupuestario, control y evaluación del gasto público de las entidades ubicadas bajo su coordinación; así como que las dependencias y entidades deberán remitir a la SHCP sus respectivos anteproyectos de presupuesto con sujeción a las disposiciones generales, techos y plazos que la SHCP establezca, y las entidades remitirán sus anteproyectos de presupuesto, por conducto de su dependencia coordinadora de sector, por lo que si la iniciativa prevé que el Imjuve esté bajo la coordinación sectorial de la Secretaría de Desarrollo Social, este instituto deberá enviar su presupuesto por conducto de su coordinadora y no directamente a la SHCP, ya que sólo las entidades no coordinadas remiten sus anteproyectos directamente a la SHCP.

Por lo que se refiere a las funciones que la iniciativa prevé sean realizadas por la Secretaría de la Función Pública, se sugiere evaluar su pertinencia considerando que el 2 de enero de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, LOAPF, con base en el cual se derogó el artículo 37 de la LOAPF, correspondiente a la Secretaría de la Función Pública. Lo anterior, con independencia de lo previsto en el artículo Segundo Transitorio del citado decreto que señala que exclusivamente por lo que se refiere a la desaparición y transferencia de las atribuciones de la Secretaría de la Función Pública, las reformas entrarán en vigor en la fecha en que el órgano constitucional autónomo que se propone crear en materia anticorrupción entre en funciones, conforme a las disposiciones constitucionales y legales que le den existencia jurídica.

Además la iniciativa podría derivar en un incremento en el gasto, toda vez que al establecer nuevas obligaciones y facultades para el Imjuve, se generaría la necesidad crear nuevas unidades administrativas, con estructura ocupacional, y presupuesto a cargo del erario federal; para lo cual se tendría que contar con recursos disponibles, lo cual traería como consecuencia natural la necesidad de realizar contratación de servidores públicos adicionales a los ya existentes en el Imjuve, con lo que se contravendrían las políticas de austeridad y reducción del gasto público destinados a servicios personales instruido por el Congreso de la Unión y las políticas de austeridad impulsadas por el Ejecutivo federal en la administración pública federal.

Adicionalmente, se generaría otro incremento en el gasto al imponerle la  obligación al Imjuve para crear el fondo de financiamiento para proyectos juveniles, por lo que se tendría que contar con recursos presupuestarios adicionales a los asignados originalmente al Instituto para poder cumplir con dicha obligación legal.

Para entender mejor los argumentos antes mencionados en cuanto al impacto presupuestal se debe tener en cuenta lo siguiente:

El artículo 18 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria establece que cuando se proponga un aumento o creación de gasto, deberá agregarse la correspondiente iniciativa de ingreso distinta al financiamiento o compensarse con reducciones en otras previsiones de gasto, lo cual no está previsto en la propuesta original.

En consecuencia, se deben tener identificados los recursos presupuestarios con cargo a los cuales se realizarían las erogaciones que genere un nuevo ordenamiento legal. De no ser así, se correría el riesgo de que se aprobara sin contar con los recursos necesarios en el Presupuesto de Egresos para su cumplimiento, o que se tuvieran que afectar otros programas prioritarios.

Asimismo, conforme al mismo precepto legal, en caso de que el proyecto que se dictamine implique mayores gastos a los aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación del año en curso, primero debería aprobarse una fuente de ingresos adicional para cubrir las erogaciones respectivas (distinta al endeudamiento).

Proceso de análisis

En el presente dictamen se considera la iniciativa:

a) Iniciativa presentada por el diputado Javier Orozco Gómez con número de expediente 2516, cuyo objetivo es la creación de una nueva Ley del Instituto Mexicano de la Juventud y cuya prioridad principal es abrogar la anterior para darle paso a la nueva, al considerar que al crear un nuevo marco jurídico en materia de juventud, los esfuerzos gubernamentales de manera conjunta con el sector privado y social, generaran mejores condiciones de vida para este importante sector de la población.

Tomando en consideración la opinión de las Secretarías de Desarrollo Social, y de Hacienda y Crédito Público, la Comisión de Juventud estima que la iniciativa con proyecto de decreto que expide la ley del Instituto Mexicano de la Juventud, presentada por el diputado Javier Orozco Gómez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, podría presentarse a manera de reforma a la actual ley, rescatando interesantes transformaciones que plantea a la institución y su funcionamiento.

Conclusiones

Considerando que en México la juventud se conforma por cerca de 37.4 millones de individuos, el interés de las políticas públicas aplicadas, se encuentra direccionado a mitigar el rezago y la desigualdad de los jóvenes que conforman a este importante sector de la población. De tal suerte que una gran característica de los jóvenes mexicanos es que, dadas las condiciones económicas, políticas y sociales de nuestro tiempo, entre sus aspiraciones fundamentales se encuentran: destacar en el ámbito laboral, elevar su calidad de vida y contar con educación, entre otras.

La Comisión de Juventud considera que la emisión de una nueva ley no da solución concreta al problema de generación de empleo y carestía en la contratación, educación y acceso a oportunidades en distintos ámbitos, y se limita a la creación de un nuevo instrumento público de diagnóstico cuando el fenómeno cuenta con un análisis que refleja las necesidades de este sector y que se encuentran cubiertas con la ley vigente.

Una política pública tiene como objetivo encarar y resolver un problema público de forma racional, a través de un proceso de acciones gubernamentales y no sólo con la creación de una nueva reglamentación. Es por lo anterior que la comisión considera que debe de perfeccionarse el actual marco normativo del Instituto Mexicano de la Juventud, haciendo frente a las omisiones y áreas de oportunidad de la actual ley para adaptarse a las necesidades de la juventud en México que se encuentran en constante transformación.

Es importante que el instituto cuente con atribuciones que le permitan actuar de manera más eficaz en aras de fomentar el desarrollo de la juventud mexicana, de tal manera que se convierta en un organismo efectivo de consulta, asesoría, coordinación y seguimiento en materia de juventud, cuyo eje fundamental sea la integración, la no discriminación, y la igualdad de oportunidades en el ámbito político, cultural, económico, educativo y social. Sin embargo, considerando que la propuesta en su mayoría ya está contenida en el marco jurídico vigente y que la reestructuración de los órganos de administración del Imjuve, tendrían un impacto presupuestal que impide la implementación de la ley que se propone, esta comisión se pronuncia con los siguientes

Acuerdos

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud presentada por el diputado Javier Orozco Gómez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Segundo. Archívese el asunto como total y definitivamente concluido.

Nota:

1 De acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2010, del Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de noviembre de 2013.

La Comisión de Juventud, diputados: José Luis Oliveros Usabiaga (rúbrica), presidente; Sue Ellen Bernal Bolnik (rúbrica), María del Rocío Corona Nakamura (rúbrica), Delvim Fabiola Bárcenas Nieves (rúbrica), Laura Guadalupe Vargas Vargas (rúbrica), María Guadalupe Velázquez Díaz (rúbrica), Tania Margarita Morgan Navarrete, Humberto Armando Prieto Herrera, Crystal Tovar Aragón, secretarios; Juan Pablo Adame Alemán (rúbrica), Gabriel de Jesús Cárdenas Guízar (rúbrica), René Ricardo Fujiwara Montelongo, Gerardo Gaudiano Rovirosa (rúbrica), Ricardo Medina Fierro (rúbrica), Zuleyma Huidobro González, María Teresa Jiménez Esquivel, Dulce María Muñiz Martínez (rúbrica), Gloria Elizabeth Núñez Sánchez (rúbrica), Carla Guadalupe Reyes Montiel (rúbrica), Jesús Antonio Valdés Palazuelos (rúbrica), Heberto Neblina Vega (rúbrica), Francisco Alberto Zepeda González (rúbrica), Gisela Raquel Mota Ocampo, Jessica Salazar Trejo, Jorge Salgado Parra, Jorge Francisco Sotomayor Chávez (rúbrica), Alfredo Rivadeneyra Hernández (rúbrica).»



LEY ORGANICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la Cámara de Diputados, del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su estudio, análisis y dictamen, la iniciativa que reforma el artículo 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Esta comisión dictaminadora, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 40, numeral 2, inciso a) y 45, numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 80, fracción II, 82, numeral 1, 84, 85 y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, expone a consideración de esta asamblea el presente dictamen, de conformidad con los siguientes

Antecedentes

1. En sesión de pleno de la Cámara de fecha 22 de octubre de 2013, se dio cuenta de la iniciativa que reforma el artículo 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por el diputado Felipe Arturo Camarena García, del Grupo Parlamentario del PVEM y suscrita por los diputados Elvia María Pérez Escalante, Angelina Carreño Mijares y Érick Marte Rivera Villanueva, que se determinó turnarla a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

2. La iniciativa fue publicada en la Gaceta Parlamentaria, año XVI, número 3890- IX, el martes 22 de octubre de 2013.

Contenido de la iniciativa

l. La iniciativa presentada por el diputado Felipe Arturo Camarena García, suscrita por los diputados Elvia María Pérez Escalante, Angelina Carreño Mijares y Érick Marte Rivera Villanueva, propone la reforma al artículo mencionado a efecto de establecer en el marco jurídico aplicable la prohibición de que los coordinadores de los grupos parlamentarios formen parte de las comisiones ordinarias.

2. La propuesta de la iniciativa referida, se basa en las siguientes reflexiones y argumentación:

3. La doctora Cecilia Judith Mora Donatto, opina que “...en el ejercicio de sus funciones nuestros legisladores carecen de normas claras que establezcan un régimen de disciplina parlamentaria. No están obligados a rendir cuentas de sus actuaciones por ningún medio jurídico. En suma, es preciso que el Congreso antes de solicitar la reelección ofrezca a la ciudadanía una reforma de amplio calado que tenga en el centro de la misma la eficacia de los procedimientos parlamentarios, la transparencia y la rendición de cuentas, así como un régimen de responsabilidades claro y mecanismos permanentes de vinculación con la ciudadanía, la que se debe”.

4. “Dentro de la reflexión que hace la investigadora, considero imprescindible continuar con reformas de gran calado que tenga en el centro de la misma, la eficacia y eficiencia de los procedimientos parlamentarios.

5. Imprescindible recordar que fuimos electos para cumplir con un responsabilidad hacia la gente que votó por nosotros, y que en este honorable Congreso de la Unión representamos no sólo a nuestro distrito o estado, sino a todo el país. Sin embargo, un gran número de legisladores demuestra fehacientemente que no le interesa cumplir con todas las obligaciones establecidas en el marco jurídico que nos rige.

6. Igualmente, debemos tener muy presente que nuestro trabajo se centra en generar los instrumentos necesarios para propiciar el desarrollo nacional y una parte esencial del trabajo legislativo lo constituye el dictamen legislativo, el cual se genera en las reuniones de comisión. Por ello la importancia de la puntual asistencia que todos los diputados debemos tener en las mismas; sin embargo, lo que sucede aquí es todo lo contrario, en la práctica, prevalece la ausencia de un número importante de legisladores en las reuniones en comento.”

7. A partir de la reforma al artículo 70 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Congreso General está facultado para expedir su propia ley que regulará su estructura y funcionamiento internos.

8. De conformidad con el artículo 27 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el coordinador expresa la voluntad del grupo parlamentario; promueve los entendimientos necesarios para la elección de los integrantes de la Mesa Directiva; y participa con voz y voto en la Junta de Coordinación Política y en la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos. La naturaleza de su trabajo, no le permite cumplir en las convocatorias de las comisiones, por lo cual, algunos sólo hacen una simulación de asistencia, con la finalidad de gozar de los beneficios a que tienen derecho, entre otros el derecho a proponer un asesor B como por ejemplo, al ocupar el cargo de secretarios de comisión.

9. Sin embargo, algunos coordinadores parlamentarios que a su vez son secretarios de comisión, en el mejor de los casos, llegan, registran su asistencia y no regresan a la reunión de comisión durante el desarrollo de la misma, o bien sólo presentan reunión tras reunión oficio de justificación. Adviertan ustedes lo que provoca esta simulación de cumplimiento de una obligación como parlamentario.

10. Bajo tales premisas y de conformidad con el artículo 157 del Reglamento de la Cámara de Diputados, las comisiones tienen la tarea principal de dictamen legislativo, pero con la inasistencia de algunos integrantes y con la consecuente falta de quórum, situación con la que no es posible aprobarlos.

Consideraciones

1. La Cámara de Diputados está facultada para conocer y resolver la iniciativa enunciada en los antecedentes de este dictamen, de acuerdo con lo que señala el artículo 71, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2. Esta comisión, resalta la finalidad que el proponente busca con su iniciativa, que es contribuir a un mejor marco legal y procedimiento de las actividades parlamentarias.

3. Esta dictaminadora en cuanto al contenido de la iniciativa estima conveniente realizar las siguientes:

a) Consideraciones de técnica legislativa. (Planteamiento del problema)

Correctamente el diputado proponente estructura su iniciativa conforme a los lineamientos previstos a ese respecto por el Reglamento de la Cámara de Diputados.

En tal virtud señala un apartado relativo al planteamiento del problema que metodológicamente debe entenderse como lo que la propuesta del diputado pretenda resolver, esto es exponer claramente una situación o circunstancia previa existente.

Sin embargo, se debe observar que el contenido de dicho apartado no es acorde a éste, por el contrario, en este describe el objetivo de su propuesta, esto es, lo que busca, lo que en todo caso es la solución al problema que debió plantearse y daría lugar a la propuesta.

Debemos tener en cuenta que, este tópico resulta de suma importancia en virtud de que para determinar la formulación de una iniciativa, es indispensable comprobar si dicho proyecto está relacionado con un problema jurídico, político, social, cultural, científico o técnico y con ello se puedan precisar las causas y efectos de un problema, para que a través de un acto legislativo se aporte su solución.

No obstante lo asentado en el apartado que antecede relativo al planteamiento del problema, al analizar esta dictaminadora la propuesta en comento, desprendemos dentro del apartado de los argumentos la mención de una problemática respecto a quienes ocupan el cargo de coordinador de un grupo parlamentario en la Cámara de Diputados, al señalar lo siguiente:

La naturaleza de su trabajo, no le permite cumplir en las convocatorias de las comisiones, por lo cual, algunos sólo hacen una simulación de asistencia, con la finalidad de gozar de los beneficios a que tienen derecho, entre otros el derecho a proponer un asesor B como por ejemplo, al ocupar el cargo de secretarios de comisión.

Sin embargo, algunos coordinadores parlamentarios que a su vez son secretarios de comisión, en el mejor de los casos, llegan, registran su asistencia y no regresan a la reunión de comisión durante el desarrollo de la misma, o bien sólo presentan reunión tras reunión oficio de justificación. Adviertan ustedes lo que provoca esta simulación de cumplimiento de una obligación como parlamentario.

Bajo tales premisas y de conformidad con el artículo 157 del Reglamento de la Cámara de Diputados, las comisiones tendrán, la tarea principal de dictamen legislativo, pero con la inasistencia de algunos integrantes y con la consecuente falta de quórum, no se pueden aprobar los mismos.

Con base en ello, las consideraciones del presente dictamen versarán respecto a esta problemática que alude el diputado en su propuesta en el apartado de argumentos.

b) Consideraciones en particular

En tal sentido, aún cuando la propuesta del diputado tiene la finalidad de cumplir cabalmente las tareas legislativas, se debe tener en cuenta que la misma Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos establece la conformación de Grupos Parlamentarios de acuerdo a la afiliación de un grupo de diputados a un determinado partido político.

Del mismo modo, contempla que cada grupo parlamentario designará a un coordinador de los diversos grupos parlamentarios.

Efectivamente, como lo establece el proponente en su iniciativa, los coordinadores de los grupos parlamentarios, legalmente, ya sea en la Ley Orgánica del Congreso, D bien, en el Reglamento de la Cámara de Diputados, cuentan con tareas y funciones determinadas dado el carácter de dicha designación.

En tales circunstancias, es notorio que quien ha sido designado coordinador de un grupo parlamentario, a sus atribuciones y obligaciones que le son inherentes por su encargo como legislador, deben sumarse las de coordinador, es decir, sus actividades irán aumentando en tanto ocupe designaciones dentro de su grupo parlamentario.

Cabe mencionar que la ley no contempla figuras de incompatibilidad a los legisladores que se desempeñen como coordinadores para integrarse a las diversas actividades parlamentarias, incluyendo la integración de las comisiones en la Cámara de Diputados.

Debe tenerse en cuenta que, en la práctica parlamentaria es común en los partidos mayoritarios, que quien ha sido designado coordinador, no sea integrante de las comisiones conformantes de la Cámara de Diputados, pero debe tenerse en cuenta también, que tales grupos parlamentarios se integran por un gran número de diputados, llegando incluso a conformarse por cientos de ellos.

No obstante lo anterior, así como existen fuerzas políticas numerosamente representadas en la Cámara de Diputados, se cuentan con los partidos denominados de las minorías, esto es, que se conforman con muy pocos legisladores, como ocurre en la presente legislatura con Nueva Alianza y el Partido del Trabajo que tan sólo se conforman por 10 y 14 diputados respectivamente, seguidos por Movimiento Ciudadano y Verde Ecologista que solamente suman 20 y 28 respectivamente.

No debemos tampoco pasar por alto que en muchos casos, en las actividades parlamentarias se atiende al principio de representación, que permite que partidos con poco porcentaje de votos en las elecciones, puedan incrementar su presencia en la Cámara, como los casos del Verde Ecologista, Movimiento Ciudadano, del Trabajo y de Nueva Alianza.

Evidentemente eso trae como consecuencia que los pocos integrantes de estas representaciones políticas, atiendan, en medida de sus escaños logrados más asuntos parlamentarios.

Por ello, no se considera viable la propuesta del diputado, ya que en caso de prohibir que un coordinador parlamentario integre comisiones, puede ser perjudicial a las actividades que, representantes de partidos minoritarios, pero al final de una parte de la población, se limite a sus integrantes en la participación de las actividades parlamentarias, tales como la discusión y dictamen de leyes en las comisiones.

A mayor abundamiento, la propia Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos contempla que un grupo parlamentario se integre por lo menos con cinco diputados, es decir, una cifra bastante minoritaria, pero en caso de que existiera la prohibición propuesta por el diputado Camarena García, acotaría sobre manera el trabajo de este grupo parlamentario, lo cual sería restrictivo a las funciones de una representación popular.

Por otra parte, si bien, realmente representa un obstáculo a los procedimientos legislativos, el hecho de contar con legisladores que no cumplan con sus funciones, como pueden ser los integrantes de comisiones que no asistan a las reuniones de las mismas, deben contemplarse otras vertientes para solucionar tal problemática, como atender a disposiciones y acuerdos para remover a tales integrantes, pero diferentes a soluciones que resulten prohibitivas al ejercicio de las atribuciones que como representaciones minoritarias legalmente le son reconocidas a éstas.

Inclusive, cabe mencionar que se han presentado casos que coordinadores de grupos parlamentarios han desempeñado con responsabilidad y profesionalismo sus funciones como coordinador e integrante de comisiones, cumpliendo con sus asistencias y tareas eficazmente.

Cabe destacar que en la presente legislatura, se cuentan con los casos siguientes:

1) El coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, diputado Arturo Escobar y Vega, es integrante de las Comisiones de Defensa Nacional, de Desarrollo Municipal, y de Marina.

2) El diputado Alberto Anaya Gutiérrez, coordinador parlamentario del Partido del Trabajo, integra las Comisiones de Derechos de la Niñez, Energía, Presupuesto y Cuenta Pública (de la cual es secretario).

3) El diputado Ricardo Monreal Ávila, coordinador parlamentario de Movimiento Ciudadano es integrante de la Comisión de Defensa Nacional.

4) La diputada María Sanjuana Cerda Franco, coordinadora parlamentaria de Nueva Alianza, integra las comisiones de Comunicaciones, Hacienda y Crédito Público, Seguridad Social, Cuenca del Bajo Pánuco y de lucha contra la trata de personas.

En el caso de la LXI Legislatura:

1) El diputado Alberto Pérez Cuevas, coordinador parlamentario del Partido de Acción Nacional, fue integrante de la Comisión de Puntos Constitucionales.

2) El diputado Pedro Vázquez González, coordinador parlamentario del Partido del Trabajo integró las comisiones de Justicia, Presupuesto y Cuenta Pública, y Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

3) El diputado Juan José Guerra Abud, coordinador parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, integró la Comisión Especial de la industria automotriz.

4) La diputada Mary Telma Guajardo Villareal, al ser coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, era integrante de la Comisión Jurisdiccional, y de la Niñez.

Respecto a la LX Legislatura, tenemos los siguientes casos:

l) El diputado Ricardo Cantú Garza, como coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, integró las Comisiones de Gobernación, y de Presupuesto y Cuenta Pública.

2) El diputado Diego Coba Terrazas, en su carácter de coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, integró las comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Recursos Hidráulicos y sobre la no discriminación, nuevos sujetos y nuevos derechos.

3) El diputado Alejandro Chanona Burguete, coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia Ciudadana, fue integrante de las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, de Relaciones Exteriores, y de Concordia y Pacificación.

4) La diputada Aida Marina Arvizu Rivas, que coordinara al grupo del Partido Social Demócrata, integró las comisiones de Defensa Nacional, Hacienda y Crédito Público y Reforma del Estado.

5) La diputada Silvia Rodríguez Luna, al ser coordinadora del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, integró la comisión de Ciencia y Tecnología.

6) El diputado Javier González Garza, coordinador del Grupo del Partido de la Revolución Democrática, fue integrante de la comisión de Defensa Nacional y de la Bicamaral de Seguridad Nacional.

Por lo que de impulsar la prohibición propuesta, podría impedir contar con la contribución de legisladores y legisladoras capaces y comprometidos con las labores parlamentarias.

Por lo anterior, la iniciativa del diputado Felipe Arturo Camarena García, suscrita por los diputados Elvia María Pérez Escalante, Angelina Carreño Mijares y Érick Marte Rivera Villanueva, no se estima viable y se considera su desechamiento.

Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, los integrantes de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la LXII Legislatura, proponemos a la consideración del pleno de esta honorable Asamblea los siguientes

Acuerdos

Primero. Se desecha la iniciativa que reforma el artículo 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por el Diputado Felipe Arturo Camarena García.

Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

Notas:

1 Artículo 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados

2 Fracción II del numeral 1 del artículo 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

3 Muro Ruiz, Eliseo, “Algunos elementos de técnica legislativa”, Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM, México, 2007, página 61.

4 Artículo 26 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

5 Artículo 26, numeral 3, inciso c) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

6 Artículo 26, numeral 2, de la Ley Orgánica de! Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Así lo resolvieron los diputados integrantes de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, en el recinto legislativo de San Lázaro, en reunión ordinaria del 13 de febrero de 2014.

La Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, diputados:Marcos Aguilar Vega (rúbrica), presidente; Alberto Díaz Trujillo (rúbrica en contra), Brenda María Izontli Alvarado Sánchez (rúbrica), Amira Griselda Gómez Tueme (rúbrica), Francisco Alfonso Durazo Montaño (rúbrica en contra), Roberto López Suárez, Rubén Camarillo Ortega, Fernando Rodríguez Doval (rúbrica), María del Rocío Corona Nakamura (rúbrica), Cristina González Cruz, Norma Ponce Orozco (rúbrica), Miguel Sámano Peralta (rúbrica), Luis Armando Cordova Díaz (rúbrica), Alfa Eliana González Magallanes (rúbrica en contra), Marcos Rosendo Medina Filigrana (rúbrica en abstención), Jorge Salgado Parra, Felipe Arturo Camarena García (rúbrica en contra).»



LEY ORGANICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS - REGLAMENTO DE LA CAMARA DE DIPUTADOS

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 104 del Reglamento de la Cámara de Diputados

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión fue turnada para estudio, análisis y dictamen la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 104 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado Felipe Arturo Camarena García, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (PVEM).

La comisión dictaminadora, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 40, numeral 2, incisos a) y b), y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 80, 82, 84, 85, 158, 167, 176 y 177 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea el presente dictamen, de conformidad con los siguientes

Antecedentes

1. En la sesión del jueves 7 de noviembre de 2013, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dio cuenta al pleno de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 104 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado Felipe Arturo Camarena García, del Grupo Parlamentario del PVEM, y determinó turnarla a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

2. La iniciativa fue publicada en la Gaceta Parlamentaria, año XVI, número 3900-VII, el martes 5 de noviembre de 2013.

3. En la décima reunión ordinaria de la comisión, celebrada el 28 de noviembre de 2013, el diputado Felipe Arturo Camarena García, del Grupo Parlamentario del PVEM, presentó su iniciativa, de acuerdo con el artículo 177, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados.

Contenido y argumentos de la iniciativa

En el apartado “Planteamiento del problema que la iniciativa pretende resolver”, el iniciante expresa: “La finalidad de la presente iniciativa consiste en establecer en el marco jurídico aplicable, la prohibición de devolver a la comisión un dictamen en sentido positivo por acuerdo de la Junta de Coordinación Política y consultando a la asamblea en votación económica; siendo sólo procedente la anterior devolución cuando así lo aprueben las dos terceras partes de los diputados presentes”.

El argumento fundamental de la iniciativa es que “es imprescindible hacer reformas al marco jurídico que nos rige, específicamente dando solución a un grave problema que (...) tiene que ver con una de las atribuciones de la Junta de Coordinación Política (establecidas en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos) y con relación a las normas concernientes a las discusiones en lo general de los dictámenes con proyecto de ley o de decreto”.

El diputado Felipe Arturo Camarena expresa que la motivación de su iniciativa tiene que ver con el hecho de la devolución de un dictamen (a la iniciativa del diputado Roberto López Suárez, cuyo objetivo era regular de mejor manera el trabajo de las comisiones de investigación), a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, a solicitud de la Junta de Coordinación Política y con el aval del pleno de la Cámara, a través de una votación económica, una vez aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados.

En este sentido, la propuesta de esta reforma es prever que en una situación como la que ocurrió en aquella sesión, la devolución del dictamen se realice, siempre que se cuente con la aprobación de las dos terceras partes del pleno.

Consideraciones

1. La Cámara de Diputados está facultada para conocer y resolver la iniciativa prevista, de acuerdo con lo que señala el artículo 71, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2. Corresponde a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias conocer, analizar y dictaminar la iniciativa que en el presente dictamen se atiende, conforme a lo dispuesto en los artículos 40, numeral 2, incisos a) y b), y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 80, 82, 84, 85, 158, 167, 176 y 177 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

3. Es de destacar el contenido de la iniciativa presentada por el diputado Felipe Arturo Camarena, pues busca proteger el trabajo de las comisiones ordinarias, con relación a las resoluciones que toman a través de la elaboración de dictámenes y que pueden trastocarse en el pleno, por un acuerdo de la Junta de Coordinación Política, respaldado por la mayoría simple de los diputados presentes en sesión.

4. Si bien se considera atendible la preocupación que manifiesta la iniciativa, es conveniente precisar que actualmente la Junta de Coordinación Política no tiene la atribución expresa de solicitar la devolución de algún dictamen a las comisiones. Los artículos 33 y 34 de la Ley Orgánica del Congreso, invocados en la sesión ordinaria del 10 de octubre de 2013 para dar trámite a la petición de este órgano de gobierno, le otorgan facultad para impulsar acuerdos y entendimientos a fin de hacer coincidir los diversos puntos de vista de los grupos parlamentarios respecto de algún tema en particular. Sin embargo, una vez encontradas las coincidencias, no tiene atribución para participar de manera directa en el desarrollo del procedimiento legislativo.

5. Por ello puede afirmarse que el trámite que se siguió en la sesión ordinaria del 10 de octubre, para el caso de un dictamen presentado por esta comisión, fue un error de procedimiento, pues el proceso legislativo de presentación, dictamen, discusión y votación de una iniciativa está claramente regulado en el Reglamento de la Cámara, así como las atribuciones de todos los órganos involucrados en él.

6. Se entiende que la preocupación fundamental en aquel momento por algunos grupos parlamentarios fue detener el proceso que, desde su punto de vista, desvirtuaba el sentido de lo acordado en el seno de esta comisión. Asimismo, que la Junta de Coordinación Política actuó como mediadora ante tal hecho. No obstante, a la Mesa Directiva de la Cámara, conforme a lo dispuesto en el artículo 23, numeral 1, inciso f), de la Ley Orgánica, corresponde “dar curso a los asuntos y negocios en términos de la normatividad aplicable y determinar los trámites que deban recaer sobre las cuestiones con que se dé cuenta a la Cámara”. De acuerdo con el Reglamento de la Cámara de Diputados, debe cuidar que los asuntos cumplan las formalidades requeridas (artículo 63 del Reglamento), así como vigilar que se acate el proceso.

7. Por otro lado, se comprende que la Mesa Directiva, ante la solicitud de integrantes de la Junta de Coordinación Política y otros diputados para regresar a la comisión un dictamen, que ya había sido aprobado en lo general, se viera en la necesidad de aplicar los instrumentos jurídicos a su alcance, ante una situación no prevista en las normas que regulan el quehacer parlamentario, como fue el caso.

8. Resulta entendible entonces que la decisión de la Mesa Directiva haya sido aplicar de manera supletoria (sin mencionarlo de manera expresa) los artículos 104, numeral 2, fracción VI, y 122, numeral 5, del Reglamento de la Cámara de Diputados. En ambos casos se trata de supuestos en los que no hay un acuerdo para continuar con el proceso de discusión y votación de un dictamen y se pide a la asamblea decidir, en votación económica, si un dictamen vuelve o no a la comisión dictaminadora.

9. Con lo anterior, es pertinente aclarar que en caso de situaciones no previstas en la ley o el reglamento, también a la Mesa Directiva corresponde realizar la interpretación de las normas, inclusive, puede dictar una resolución de carácter general (artículo 260, numerales 1 y 4, del Reglamento), pero siempre cuidando el desarrollo adecuado del proceso legislativo.

10. Así las cosas, incorporar el texto que propone la iniciativa en el artículo 34 de la Ley Orgánica implica autorizar formalmente a la Junta de Coordinación Política para que pueda solicitar la devolución de un dictamen de cualquier comisión, atribución que no le otorga actualmente la ley y se estaría validando el procedimiento erróneo que se llevó a cabo en la sesión referida, debido a que el dictamen ya había sido aprobado en lo general por el pleno.

11. En cuanto al artículo 104 del Reglamento, aprobar la propuesta implicaría establecer una clara diferencia de votación (económica y calificada) para procedimientos similares, en el mismo artículo. En este sentido, no hay que olvidar que desde su origen, no sólo en México, sino en el mundo, la votación de dos terceras partes (porcentaje especial de votación) se ha establecido para aquellos asuntos de trascendencia nacional en los que es preciso garantizar un amplio consenso para su aprobación, como es el caso de las reformas constitucionales, nombramiento de servidores públicos en el ámbito federal, creación de nuevos estados en el país, aprobación de un periodo de sesiones extraordinarias para el Congreso, nombramiento de un presidente interino, o bien, para la resolución del jurado de sentencia en el caso de juicio político.

Por todo lo expuesto y fundado, los integrantes de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la LXII Legislatura ponemos a consideración del pleno de esta asamblea los siguientes

Acuerdos

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 104 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado Felipe Arturo Camarena García, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, el 7 de noviembre de 2013.

Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

Notas:

1 “La aplicación supletoria de una ley respecto de otra procede para integrar una omisión en la ley o para interpretar sus disposiciones en forma que se integren con otras normas o principios generales contenidos en otras leyes”.

Rubro: “Supletoriedad de las leyes. Requisitos para que opere”. Diccionario jurídico. Consulta en línea: http://www.diccionariojuridico. mx/?pag=vertermino&id=1301

2 “Compete a la Mesa Directiva interpretar el Reglamento durante la sesión y a través del presidente, observarlo y hacerlo cumplir para la adecuada conducción de la sesión. Para atender una situación no prevista en el Reglamento, el presidente podrá dictar una resolución de carácter general, siempre que haya la opinión favorable de la Mesa Directiva y de la Junta. En caso contrario, este tipo de resoluciones sólo tendrán efecto con la aprobación de la mayoría simple del pleno”.

3 Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos. Decreto del 4 de octubre de 1824.

Así lo resolvieron los integrantes de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, en el Palacio Legislativo de San Lázaro, en la reunión ordinaria del 12 de noviembre de 2013.

La Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, diputados:Marcos Aguilar Vega (rúbrica), Alberto Díaz Trujillo (rúbrica), Brenda María Alvarado Sánchez (rúbrica), Amira Gricelda Gómez Tueme, Francisco Alfonso Durazo Montaño (rúbrica), Roberto López Suárez, Rubén Camarillo Ortega, Fernando Rodríguez Doval (rúbrica), María del Rocío Corona Nakamura (rúbrica), Cristina González Cruz, Norma Ponce Orozco (rúbrica), Miguel Sámano Peralta (rúbrica), Luis Armando Córdova Díaz (rúbrica), Alfa Eliana González Magallanes (rúbrica), Marcos Rosendo Medina Filigrana (rúbrica en abstención), Jorge Salgado Parra, Felipe Arturo Camarena García (rúbrica en contra).»



LEY AGRARIA

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Dictamen de la Comisión de Reforma Agraria, con puntos de acuerdo por los que se desechan dos iniciativas con proyecto de decreto que reforman los artículos 17, 18 y 80 de la Ley Agraria

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Reforma Agraria fue turnada para dictamen las iniciativas con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 17, 18 y 80 de la Ley Agraria, a cargo del diputado Gabriel de Jesús Cárdenas Guízar, del Grupo Parlamentario del PAN.

La Comisión de Reforma Agraria, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80,157, numeral 1, fracción 1; 158, numeral 1, fracción IV y 167, numeral 4 del Reglamento de la Cámara de Diputados presenta a la honorable asamblea, el siguiente dictamen.

Antecedentes

1. Con fecha 9 de octubre de 2013, la Mesa Directiva de la LXII Legislatura, mediante oficio número D.G.P.L. 62-II-7-946 turnó para dictamen a la Comisión de Reforma Agraria, el expediente número 2831, que contiene la iniciativa con proyecto de decreto por el que reforma los artículos 17, 18 y 80 de la Ley Agraria, a cargo del diputado Gabriel de Jesús Cárdenas Guízar, del Grupo Parlamentario del PAN.

2. Con fecha 6 de febrero de 2014, la Mesa Directiva de la LXII Legislatura, mediante oficio número D.G.P.L. 62-II-6-1236 turnó para dictamen a la Comisión de Reforma Agraria, el expediente número 3664, que contiene la iniciativa con proyecto de decreto por el que reforma los artículos 17, 18 y 80 de la Ley Agraria, a cargo del diputado Gabriel de Jesús Cárdenas Guízar, del Grupo Parlamentario del PAN, de contenido idéntico al que se señala en el numeral anterior, por lo que se integran ambos expedientes en este proyecto.

2. La Comisión de Reforma Agraria integra, a través de la Secretaría Técnica, las opiniones de sus diputados integrantes y entra al estudio de las iniciativas con fundamento en el cual, formula proyecto de dictamen para la consideración del pleno de las diputadas y los diputados integrantes de esta Comisión, para su estudio y aprobación en su caso.

3, Con fecha 19 de febrero de 2014, se reúne en pleno la Comisión de Reforma Agraria para conocer el proyecto de dictamen, estudiarlo, analizarlo y, en su caso, aprobarlo, al examinar el proyecto de dictamen, además de los antecedentes que aquí se reseñan, se estudiaron de la iniciativa las siguientes motivaciones:

I. Planteamiento del problema a ser resuelto por la iniciativa: México tiene una superficie de 196 millones de hectáreas, de las cuales el 51 por ciento son de núcleos agrarios.

La tierra que en México pertenece a las familias rurales de ejidos y comunidades es equivalente a todo el territorio de Venezuela, a 1.3 veces el de Chile, a 1.5 veces el de Francia, a dos veces el de España, a 10 veces el de Corea del Sur y a 47 veces el de El Salvador, de ahí su importancia.

Durante el reparto agrario, que inició en el periodo revolucionario 1915 y concluyó en 1992, fueron entregadas a los campesinos 103.5 millones de hectáreas, y a 20 años de dicho reparto, sólo el 2.5 por ciento de la propiedad de ejidos y comunidades ha adoptado el dominio pleno, es decir, transitado de la propiedad social a la privada.

Las más de 100 mil hectáreas de propiedad social están organizadas en 31 mil 785 núcleos agrarios, de los cuales 29 mil 442 son ejidos y 2 mil 343 son comunidades.

El estado de la república con más núcleos agrarios es Veracruz, con 3 mil 714; seguido por Chiapas con 3 mil 112; Michoacán con 1 mil 873; Oaxaca con 1 mil 563 y Guanajuato con 1 mil 559.

En los ejidos y comunidades viven alrededor de 5 millones 222 mil sujetos agrarios aproximadamente, es decir, aquellos que son titulares de derechos agrarios reconocidos sobre la tierra, y sus familias.

Es por ello la importancia que para nuestro país tiene la tenencia de la tierra, como el reparto agrario, así como todos los principios y lineamientos, que han estado contenidos en el artículo 27 constitucional, y algunos más que siguen consagrados en la Carta Magna, permiten advertir las distintas épocas que han marcado el desarrollo del campo mexicano de nuestro país.

Del artículo 27 constitucional derivaron: las propiedades particulares, que se rigen por los Códigos Civiles de cada entidad federativa, la propiedad de la nación, y la propiedad social de las comunidades agrarias y de los ejidos.

El espíritu del Constituyente de 1917 consideró vital insertar en forma lo que es el derecho agrario, y sus principios básicos en la Carta Magna, en donde quedaran plasmados los anhelos y esperanzas de justicia social que el pueblo reclamaba, de acuerdo con los diversos ideales sociales que en ese entonces eran demandados.

Este proceso se inició con la Ley Agraria del 6 de enero de 1915, emitida por el Primer Jefe Constitucionalista Venustiano Carranza, en Veracruz, la cual recogió el aspecto nodal de la lucha zapatista, pues ordenó la restitución de tierras arrebatas y estableció la dotación para aquellos pueblos que carecieran de ella.

Desde la Ley de Ejidos, emitida por Obregón en 1920, quedó establecido que el límite de la propiedad privada inafectable por el reparto agrario sería de 50 hectáreas.

A muy grandes rasgos podríamos decir que la reforma agraria parte desde 1915 y 1917 cubriendo la necesidad más inmediata y urgente posterior a la Revolución de 1910 que fue la del reparto agrario.

En el periodo de 1915 a 1970, se fijaron los lineamientos jurídicos fundamentales del ejido como la institución predominante del campo mexicano, tarea que ocupó una era que va desde 1915 a 1934, fecha del primer Código Agrario que subsumió dichos lineamientos dispersos; después de esa fecha, comenzó la etapa consolidada del gran reparto agrario con Lázaro Cárdenas, era que se extendió en cifras de magna consideración hasta finales del sexenio del licenciado Gustavo Díaz Ordaz, en 1970.

La Ley Federal de Reforma Agraria, de 1971, abrió otra etapa de la reforma agraria al incluir un nuevo capítulo sobre organización agraria; desde entonces, en la historia rural hasta finales del siglo XX, reciente se observó la búsqueda de las formas organizativas para campesinos; así como en 1915 se inició la búsqueda de los linea-mientos jurídicos de los derechos agrarios.

Para entender el origen y la intención que en su momento tuvo la naturaleza de los ejidos se expone lo siguiente:

Cuando se expidió la llamada Ley Fraga, fue con la intención de fijar al campesino a su parcela de cultivo, asegurándole que nadie podía moverlo de ella ni despojarlo de las mejoras que hiciera, con lo anterior se pretendió fomentar el interés del campesino para mejorar los rendimientos de los cultivos e incrementar la productividad, protegiendo a la pequeña propiedad individual del acaparamiento de la tierra por monopolizadores y usureros, sin embargo esto ocurrió en el año de 1925 y desde aquellos tiempos a la fecha la realidad de los ejidatarios ha cambiado.

Asimismo, Cárdenas –en su primer informe de gobierno en septiembre de 1935– señaló que: “...por el hecho de solicitar ejidos, el campesino rompe su liga económica con el patrón, y en esas condiciones el papel del ejido no es el producir el complemento económico de un salario... sino que el ejido, por su extensión, calidad y sistema de explotación debe bastar para la liberación económica absoluta del trabajador, creando un nuevo sistema económico-agrícola, en un todo diferente al régimen anterior... para sustituir el régimen de los asalariados del campo y liquidar el capitalismo agrario de la República”.

Sin embargo, desde el inicio de la gesta revolucionaria de la que surgió la reforma agraria, las características demográficas y económicas de nuestro país han cambiado radicalmente, por tanto necesitamos cambiar la ley agraria no porque haya fallado, sino porque tenemos hoy una diferente realidad demográfica, económica y de vida social en el campo, que la misma reforma agraria contribuyó a formar y que ahora requiere nuevas adecuaciones a las necesidades de los campesinos acorde con estos tiempos.

Debemos actualizar nuestra reforma agraria para incrementar la libertad y la autonomía de todos los campesinos en la realización de sus aspiraciones de justicia.

Con la propiedad ejidal y comunal, se buscó dar respuesta al problema agrario, cuya caracterización principal estaba en la dicotomía –producto de la Conquista y la Colonia– de individuos sin tierra, sin derechos y sin trabajo por un lado, y de grandes latifundistas por otro.

En la terminología corriente, el concepto ejido se refiere a la comunidad de campesinos que han recibido tierras de esta forma (ejidatarios) y el conjunto de tierras que les corresponden. Su patrimonio está formado por tierras de cultivo (área parcelada), otras para satisfacer necesidades colectivas (uso común) y otra más para urbanizar y poblar (fundo legal), principalmente.

Legalmente no se pueden dividir los derechos ejidales. La Ley Agraria establece en su artículo 17 que “el ejidatario tiene la facultad de designar a quien deba sucederle en sus derechos sobre la parcela y en los demás inherentes a su calidad de ejidatario, para lo cual bastará que el ejidatario formule una lista de sucesión en la que consten los nombres de las personas y el orden de preferencia conforme al cual deba hacerse la adjudicación...”. El artículo 18 prevé que en aquellos casos en los que el ejidatario no haya hecho designación de sucesores, si “al fallecimiento del ejidatario resultan dos o más personas con derecho a heredar, los herederos gozarán de tres meses a partir de la muerte del ejidatario para decidir quién, de entre ellos, conservará los derechos ejidales”.

Es así, que el sector agrario cuenta, con un programa destinado a que los sujetos agrarios elaboren listas de sucesión de sus derechos, en la que designan quién habrá de heredarlos a su muerte.

Esto se concibe por los ejidatarios, al igual como se expresa en la ley, como un problema que hay que frenar. Se ha aludido a la existencia de una contradicción entre la ley, los propósitos explícitos del programa de sucesión y la práctica en materia de herencia.

Entre los conflictos que los ejidatarios tienen ante la negativa del fraccionamiento de las tierras por parte de las autoridades es la siguiente:

Los conflictos que se suscitan entre hermanos por la disputa de las tierras ejidales, por óbices en lo dispuesto por los artículos 17, 18 y 80 de la Ley Agraria.

Se han propiciado controversias entre los hijos del ejidatario fallecido con el heredero preferente, generando conflicto entre hermanos ya que no puedan heredar en igualdad de posturas una fracción de terreno de la parcela que les dejo su fallecido padre, además de que en caso de que el heredero estuviese dispuesto a cederles una fracción de terreno de dicha parcela, no se puede por lo que mandata actualmente la ley agraria.

Contraviniendo la Ley Agraria –incluso lo que en materia civil se dispone en materia de alimentos– la Ley Agraria actual no permite que se cumpla esta obligación de los padres hacia los hijos, de tal suerte que si un ejidatario fallecido teniendo hijos menores de edad que requieran alimentos (vestido, calzado, educación, atención médica, etcétera), y designo como sucesor preferente a una persona determinada, esta no queda obligada a proporcionar alimentos al hijo menor del ejidatario o los demás hijos, es por esta razón que el orden de preferencia que establece la Ley Agraria en el artículo 17 genera y seguirá generando muchos conflictos al interior de las familias mexicanas que tengan una parcela.

Es por esta razón que la presente iniciativa uno de sus objetivos es que los ejidatarios tanto jóvenes y viejos puedan dejarle a sus hijos la certeza jurídica de que todos tendrán un documento que los acredite como legítimos herederos, y a su vez ejidatarios, para dar seguridad jurídica a las familias campesinas de todos los ejidos del país, teniendo todos estos el derecho de heredar una parte del ejido.

Como sabemos actualmente la parcela es susceptible de rentarla de permutarla o venderla, pero no es susceptible de heredarla en parte iguales, ni mucho menos venderla en fracciones, no se puede heredar a varios hijos, porque los legisladores conservan el espíritu de que las parcelas son un patrimonio familiar por lo tanto no son susceptibles de fraccionarse, porque hasta la fecha persiste esta modalidad de que las parcelas son indivisibles, por ser el patrimonio de las familias campesinas, y es verdad.

Sin embargo es por ese motivo, por ser un patrimonio familiar, que debe permitirse que todos puedan ostentar un la presente iniciativa uno de sus objetivos es que los ejidatarios tanto jóvenes y viejos puedan dejarle a sus hijos la certeza jurídica de que todos tendrán un documento que los acredite como legítimos herederos, y a su vez ejidatarios, para dar seguridad jurídica a las familias campesinas de todos los ejidos del país, teniendo todos estos el derecho de heredar una parte del ejido.

Como sabemos, actualmente la parcela es susceptible de rentarla de permutarla o venderla, pero no es susceptible de heredarla en parte iguales, ni mucho menos venderla en fracciones, no se puede heredar a varios hijos, porque los legisladores conservan el espíritu de que las parcelas son un patrimonio familiar por lo tanto no son susceptibles de fraccionarse, porque hasta la fecha persiste esta modalidad de que las parcelas son indivisibles, por ser el patrimonio de las familias campesinas, y es verdad.

Sin embargo, es por este motivo, por ser el patrimonio familiar, que debe permitirse que todos puedan ostentar un pedazo de tierra, si es por herencia o por compraventa, debemos tomar en cuenta que las familias campesinas de hace 30 o 40 años atrás eran numerosas, y nadie tenía acceso a un crédito, nadie tenía un tractor, 5 hectáreas producían lo que actualmente te produce una hectárea, quizás el legislador por ese motivo pensó que la pulverización de una parcela de 10 hectáreas, no alcanzaría para el sostenimiento económico de su familia, pero actualmente las familias se compone por 2 o 3 hijos, y hay ejidos que tienen parcelas hasta de 24 hectáreas, lo suficiente para sostener hasta tres o cuatro familias de 2 o 3 hijos cada una.

Asimismo, el artículo 18 de la Ley Agraria dispone que cuando el titular de una parcela que haya fallecido, y que no haya hecho la lista de sucesores, los derechos parcelarios se transmitirán de acuerdo a un orden preferencia, colocando en primer lugar a la cónyuge, en segundo lugar a la concubina, en tercer lugar a uno de los hijos del ejidatario fallecido y en cuarto lugar a uno de sus ascendientes, y en quinto lugar a cualquier otra persona que dependa económicamente de él. Después dispone que si resultaren dos o más personas con derecho a heredar, estos gozaran de tres meses, para decidir, quién de ellos se quedara con la parcela.

No obstante, difícilmente van a poder llegar a un acuerdo, difícilmente los hijos del fallecido se pondrán de acuerdo de quien de entre ellos se quedara con la parcela, ya que todos tiene derecho a ella, este punto a con llevado a un sinfín de conflictos al interior de las familias de los ejidos de todo el país, incluso problemas de homicidios entre los hermanos o de estos con sus padres, aunado a ello el último párrafo del artículo 18 dispone, que si no se ponen de acuerdo el Tribunal Agrario, pondrá en subasta pública la parcela, y repartirá el dinero en partes iguales entre las personas con derecho a heredar, y que en caso de que haya igualdad de posturas en la subasta tendrá preferencia para comprar la parcela, cualquiera de los herederos.

Es entonces contradictorio a lo que se dispone en materia civil referente a la figura del testamento, porque la Ley Agraria, en sus artículos 17 y 18, no permite el fraccionamiento de una parcela ejidal, para el caso de que el titular de la parcela deje testamento, o no lo deje, luego entonces porque la Ley Agraria, no permite mejor la repartición de la tierra en partes iguales, que es lo que las partes en un conflicto agrario estarían dispuestos hacer para que cada uno de ellos le tocara un pedazo de tierra, ya que no es susceptible de fraccionarse y a consecuencia de ello se tiene que recurrir a una subasta pública, para terminar al final en la repartición del dinero en partes iguales, lo más idóneo es fraccionar la parcela en partes iguales y que el Registro Agrario Nacional les expidiera los certificados parcelarios, de acuerdo a la superficie de tierra que a cada heredero le corresponda, respetándose así el principio fundamental del testamento que es la libertad que tiene el testador para disponer de todos sus bienes.

Por último, en el artículo 80 de la ley se hace alusión a la venta de la parcela ejidal, y dispone que cuando el titular desee venderla lo podrá hacer tomando en cuenta que la esposa del ejidatario y los hijos de este, tienen preferencia para comprarla y que gozaran de treinta días para ejercer dicho derecho, y que en caso de no notificarles la venta podrá ser anulada, entonces porque permitir la venta total de la parcela, si la ley permitiera vender una hectárea o dos de acuerdo a la decisión personal de cada ejidatario, los campesinos pudieran vender 2 o 3 hectáreas, pero no tendrían que quedarse totalmente desamparados vendiendo todo el terreno, que en muchas ocasiones por tratar de solventar los estudios de sus hijos venden toda la parcela pudiendo vender solamente unas cuantas hectáreas de su terreno, es aquí en donde la ley agraria debe dar protección al patrimonio familiar de los ejidatarios, a que alude la ley, y la oportunidad de continuar con su sustento de vida.

Este tipo de acontecimientos no pueden y no deben de seguir prevaleciendo en nuestra ley agraria, es necesario realizar las reformas que los pueblos ejidatarios necesitan y demandan.

Los tiempos han cambiado y no podemos seguir así, lo que antes era una protección en el patrimonio familiar de los ejidatarios del país, hoy es un problema grave en el seno de sus familias de los ejidatarios, ante tal situación nosotros como legisladores tenemos la gran tarea de realizar las reformas necesarias para solucionar estos conflictos, ya que es uno de los problemas al interior de los ejidos del país más trascedentes en nuestra actualidad, y que han propiciado infinidad de conflictos en las familias de México.

Por las consideraciones expuestas y fundadas, propongo iniciativa con proyecto de

Decreto

Único. Se reforma el párrafo primero del artículo 17, y se derogan la fracción I, II, III, IV, y V y el último párrafo del artículo 18, y se reforma el artículo 80, todos de la Ley Agraria, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 17. El ejidatario tiene la facultad de designar a quien deba sucederle en sus derechos sobre la parcela y en los demás inherentes a su calidad de ejidatario, para lo cual bastara que el ejidatario formule una lista de sucesores en el que consten los nombres de las personas y la forma de como quedara repartida la unidad de dotación entre los herederos designados por el ejidatario, el cual deberá hacerse la adjudicación de acuerdo al porcentaje de tierra que este haya designado para cada heredero de los derechos agrarios a su fallecimiento. A falta de disposición expresa se aplicara supletoriamente las normas del Código Civil Federal vigente.

...

Articulo 18. Cuando el ejidatario que no haya hecho designación de sucesores, o cuando ninguno de los señalados en el testamento no pueda heredar por imposibilidad material o legal, los derechos agrarios se transmitirán siguiendo las normas de la sucesión legítima como lo establece el Código Civil Federal.

I. (Se deroga)

II. (Se deroga)

III. (Se deroga)

IV. (Se deroga)

V. (Se deroga)

... (Se deroga)

Artículo 80. Los ejidatarios podrán enajenar en todo o en partes sus derechos parcelarios, a su esposa o concubina, a sus hijos, o a otros avecindados del mismo núcleo de población.

Para la validez de dicho acto jurídico a que se refiere este artículo bastara la conformidad por escrito de las partes ante dos testigos y la notificación que se haga al Registro Agrario Nacional, el que deberá expedir sin demora los nuevos certificados parcelarios. Por su parte el comisariado ejidal deberá realizar la inscripción correspondiente en el libro.

El cónyuge y los hijos del ejidatario, gozaran del derecho del tanto, el cual deberán ejercer en un término de treinta días naturales contados a partir de la notificación, a cuyo vencimiento caducara tal derecho si no hiciere la notificación la venta podrá ser anulada.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1. www.sedatu.gob.mx

2. Artis Espriu, Gloria, “Minifundio y fraccionamiento de la tierra ejidal parcelada, análisis.” Estudios Agrarios.

3. Assennatto Blanco, Salvador y de León Mojarro, Pedro, Análisis, La democracia interna en el ejido.

4. Gamboa Montejano, Claudia, Articulo 27 constitucional, estudio teórico doctrinal, de antecedentes, derecho comparado, e iniciativas presentadas en la LXI Legislatura, enfocados al ámbito del derecho agrario, 2012, Dirección General de Servicios de Documentación, Información y Análisis, de la Cámara de Diputados.

5. Knowlton, Robert. J, El ejido mexicano en el siglo XIX, Wisconsin-Stevens Point University.

6. Sotomayor Garza, Jesús, El nuevo derecho agrario en México, segunda edición, México, Porrúa, 2001.

7. Zúñiga Alegría, José Guadalupe, La Revolución de 1910 y el mito del ejido mexicano, Centenario de la Revolución, México, 2010.

Palacio Legislativo, en la Ciudad de México, DF, a 2 de octubre de 2013. Diputado Gabriel de Jesús Cárdenas Guízar (rúbrica)

Considerando

Primero. Las iniciativas a cargo del diputado Gabriel de Jesús Cárdenas Guízar, del Grupo Parlamentario del PAN y turnadas a esta comisión el miércoles 9 de octubre del 2013, carecen en todo momento de una técnica jurídica depurada y que esté en concordancia con disposiciones que emanan de la propia Ley Agraria, debido a que en dos de sus articulados establece una aplicación supletoria del derecho civil, concretamente de su norma sustantiva federal, pues en el artículo 2o. de la Ley Agraria se establece la supletoriedad en todo aquello que no se encuentre previsto en la referida ley.

Cabe señalar que la referida supletoriedad sirve como una especie de suplemento a la normatividad que regula la propiedad y la actividad de la justicia agraria, con diversas legislaciones independientes del derecho social y del artículo 27 constitucional. Sin embrago esta supletoriedad se limita por dos factores, que recoge el artículo 167 de la Ley Agraria. Por un lado, para que exista la supletoriedad es necesario que la institución o figura de que se trate exista efectivamente en la legislación agraria, aunque se halle insuficientemente desarrollada, como en el caso de sucesiones que es el que nos ocupa. Y por otro lado no es posible introducir figuras ajenas a la legislación de la materia, criterio que comparte de la misma forma nuestro más alto tribunal1

Por ello y en virtud de que la supletoriedad de la norma se encuentra lo suficientemente regulada y reglamenta por la propia legislación se concluye que incluir de nueva cuenta la supletoriedad en todo caso resulta ser redundante e innecesario.

Segundo. Del estudio pormenorizado de ambas iniciativas presentadas por el mismo proponente en diversas fechas, se desprende que son de contenido idéntico, por lo que con fundamento en el numeral 2 del artículo 81 del Reglamento de la Cámara de Diputados se resolverá sobre ambas iniciativas, por lo que la referencia a una de ellas necesariamente se referirá a las dos.

Tercero. Ha sido lo suficientemente discutido por los integrantes de ésta comisión la intención que se tiene de que el derecho agrario mexicano, concretamente en la norma que lo regula, tanto en su parte adjetiva como en la sustantiva, gocen de cierta autonomía y que ésta disciplina recurriera en determinado momento a sus propias fuentes.

De hecho, históricamente, nuestra nación no podría proseguir su soberana vigencia por mucho tiempo sin la vital presencia de la Ley Agraria y del propio derecho social; es decir, la república no podría subsistir bajo el abrigo de la juricidad del orden privado, a su fuerza administrativa o aún represiva. La historia política de México enseña, en el fondo, que todo nuestro Estado, sus funciones y su sistema jurídico dependen en gran parte, por la propia naturaleza de sus condiciones existenciales, de dicha norma agro-social que, finalmente, es la que da una posibilidad de mantener la paz común y la seguridad jurídica, no sólo entre los campesinos, sino en toda nuestra sociedad.

Es por ello que en este sentido, las normas que se pretenden reformar y que prácticamente regularía el derecho privado deben quedar fuera de toda consideración dentro del derecho agrario, como parte del mismo derecho social.

Cuarto. Uno de los problemas que se pretenden resolver con la reforma a los artículos 17, 18 y 80 de la Ley Agraria en comento, según se desprende de la lectura de la exposición de motivos que formula el diputado Gabriel de Jesús Cárdenas Guízar, es el que se trata de los conflictos surgidos entre miembros de una misma familia, que figuran o no en la lista de sucesión elaborada por el ejidatario de cujus. Problema que sí se encuentra previsto en la Ley Agraria vigente ya que el propio artículo 18 y también el 19 de la ley en cuestión, señala que el Tribunal Agrario competente se encuentra facultado para resolver en el asunto y en su caso enajenar los derechos parcelarios y el producto que resulte de la venta repartirlo entre las personas con derecho a heredar o incluso darlos al núcleo de población ejidal, según corresponda.

Quinto. En estrecha relación con los dos considerandos anteriores es necesario establecer que en sentido jurídico, la sucesión mortis causa agraria es la sustitución de un ejidatario, en sus derechos y deberes transmisibles, por otra, por causa de fallecimiento. Ello implica el cambio de ejidatario en una serie de relaciones de derecho agrario, cuyo cambio de éstas es en correspondencia de todas aquellas situaciones en que sea titular el fallecido y que no tengan carácter de personalísimo, lo cual a su vez, deriva esencialmente del derecho ejidal, patrimonial y de la índole social respectiva del de cujus.

La sucesión agraria por causa de muerte no es tan solo una adquisición de bienes y derechos por parte del sucesor, sino un fenómenos complejo de sustitución del ejidatario por alguien que se hace cargo de sus relaciones y haberes: administra los derechos ejidales, los bienes que tutela, cobra los créditos, pero también liquida la sucesión, paga las deudas, y tiene la responsabilidad, a estos efectos, de conservar el patrimonio agrario del difunto, es decir, de preservar los medios para que puedan hacer efectivos sus derechos agrarios quienes le sucedan.

Este tipo de sucesión no responde únicamente a los intereses particulares o propios de los ejidatarios como individuos, sino que tienen que ver con un interés social y económico del ejido, con la necesidad de que la muerte de un ejidatario no afecte a la estructura socio-económica del núcleo, ni cese sus relaciones de este índole, ya que una interrupción de este tipo sería perjudicial en la economía del ejido.

Sexto. Un problema que, a juicio de esta comisión, se acentuaría en la presente iniciativa, es uno que aqueja incluso desde antes de la reforma constitucional del artículo 27 del año de 1992 y lo es el fraccionamiento excesivo de la tierra.

En efecto, en la exposición de motivos de la citada reforma constitucional, el ejecutivo federal da por terminado el reparto agrario y señala la necesidad de revertir un “creciente minifundismo y fraccionamiento en la tenencia de la tierra que, en muchos de los casos, ya ha rebasado  las posibilidades de sustentar plenamente a sus poseedores.”

El principio de indivisibilidad de la parcela ejidal por tanto, no fue un capricho jurídico o político establecido por el proponente de aquella reforma, sino que se estableció como una medida que evitaría la pulverización de la tierra que afectaría la vida de todas las comunidades y ejidos al entrar en vigor el fin del reparto agrario.

La Procuraduría Agraria, en el Glosario de términos jurídico-agrarios del año 2008 define al minifundio como: “pequeñas super?cies de propiedad ejidal, comunal o particular, con dimensiones menores a cinco hectáreas, en usufructo de integrantes del núcleo, posesionarios o propietarios privados; esta forma de tenencia de la tierra es considerada como una limitante a la viabilidad de la unidad productiva que impide el desarrollo rural y bienestar de las familias campesinas; además conlleva a la pulverización de las tierras de los núcleos y de la pequeña propiedad.”

Lo cual viene a complementar lo considerado con anterioridad pues, si en la propuesta de reforma a los artículos de la Ley Agraria se pretende fraccionar la parcela ejidal mediante la sucesión y la enajenación, no se establecen mecanismos ni límites a dicho fraccionamiento ni para abatir en un mediano y largo plazo el minifundismo que se vería acrecentado de forma exponencial, en caso de aprobarse la reforma planteada.

Por ello, la propuesta de reforma presentada resulta ser incompleta y poco viable en el desarrollo económico y social de los ejidatarios.

Por lo expuesto, la Comisión de la Reforma Agraria, somete a la consideración de la honorable asamblea, los siguientes

Acuerdos

Primero. Se desechan en todos sus términos las iniciativas con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 17,18 y 80 de la Ley Agraria, a cargo del diputado Gabriel de Jesús Cárdenas Guízar, del Grupo Parlamentario del PAN, ambas con número de expediente 2831 y 3664.

Segundo. Para los efectos legales conducentes envíese ambos expedientes como asuntos debidamente dictaminados para su archivo.

Notas:

1 Amparo en Revisión 276/76. Guanos y Fertilizantes de México, SA, 6 de febrero de 1979, Quinta Época: Tomo CX, página 1755. Tomo CXI, página 1022.

2 Díaz de León, Marco Antonio. Las acciones de Controversia de Límites y de Restitución, ed. Porrúa, México, 2000, página 40.

3 Dirección General de Estudios y Publicaciones de la Procuraduría Agraria. Glosario de términos jurídico-agrarios 2008. Página 107.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de febrero de 2014.

La Comisión de Reforma Agraria, diputados:Gisela Mota Ocampo (rúbrica), presidenta; Omar Antonio Borboa Becerra (rúbrica), José Guadalupe García Ramírez (rúbrica), Martha Berenice Álvarez Tovar (rúbrica), Jesús Morales Flores (rúbrica), Juan Manuel Rocha Piedra (rúbrica), Maricruz Cruz Morales (rúbrica), José Luis Esquivel Zalpa (rúbrica), Yazmin de los Ángeles Copete Zapot (rúbrica), María Concepción Navarrete Vital (rúbrica), secretarios; Felipe de Jesús Almaguer Torres (rúbrica), Darío Badillo Ramírez (rúbrica), Luis Gómez Gómez, Lisandro Arístides Campos Cordova (rúbrica), José Pilar Moreno Montoya (rúbrica), Óscar Bautista Villegas (rúbrica), Héctor Narcia Álvarez (rúbrica), Darío Zacarías Capuchino (rúbrica), José Antonio Rojo García de Alba (rúbrica), Guillermo Sánchez Torres (rúbrica), José Antonio León Mendivil, Ángel Abel Mávil Soto (rúbrica), José Humberto Vega Vázquez, Diana Karina Velázquez Ramírez (rúbrica), María Celia Urciel Castañeda (rúbrica), Alicia Concepción Ricalde Magaña.»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueban los puntos de acuerdo.

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la asamblea si son de aprobarse los acuerdos. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, presidente.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Aprobados los puntos de acuerdo. Archívense los expedientes como asuntos concluidos.



VOLUMEN III



LEY GENERAL DE PARTIDOS POLITICOS, REGLAMENTARIA DE LOS ARTICULOS 9O. Y 41 CONSTITUCIONALES

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: Se recibió iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General de los Partidos Políticos suscrita por la diputada Lizbeth Eugenia Rosas Montero y Aleida Alavez Ruiz, del Grupo Parlamentario de la Revolución Democrática.

Túrnese a la Comisión de Gobernación, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.



LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONOMICA

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Competencia Económica, suscrita por los diputados Purificación Carpinteyro Calderón, Fernando Belaunzarán Méndez, Agustín Miguel Alonso Raya y Trinidad Morales Vargas, del Grupo Parlamentario del PRD

Con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 6, Numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, pongo a su consideración la presente iniciativa al tenor de los siguientes

Antecedentes

El 2 de diciembre de 2012 se firmó el Pacto por México. En dicho documento se establece la necesidad de intensificar la competencia económica en todos los sectores de la economía, con especial énfasis en sectores estratégicos como telecomunicaciones, transporte, servicios financieros y energía, a fin de generar productos y servicios de mejor calidad a menores precios, lo que incentiva el crecimiento de la economía, ayuda a reducir la desigualdad y la pobreza, y detona procesos de innovación que fomentan el dinamismo económico.

Para profundizar la competencia económica en México, el Pacto por México señaló que se instrumentará una política de Estado basada en un arreglo institucional que la dote de fuerza y permanencia. En particular, en el compromiso 37 del pacto se estableció que se dotaría a la Comisión Federal de Competencia de mayores herramientas legales mediante las reformas necesarias para determinar y sancionar posiciones dominantes de mercado en todos los sectores de la economía, otorgándole la facultad para la partición de monopolios, y que se precisarán en la ley los tipos penales violatorios en materia de competencia, garantizándose los medios para hacerlos efectivos, y se acotarán los procedimientos para dar eficacia a la ley.

El 11 de junio de 2013 el Ejecutivo federal publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto de reforma constitucional en materia de telecomunicaciones (reforma constitucional) cuyo propósito general es fortalecer los derechos vinculados con la libertad de expresión e información, establecer el derecho al acceso a las tecnologías de la información y la comunicación y a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluidos los servicios de banda ancha; así como fomentar la libre competencia en televisión abierta y restringida, radio, telefonía fija y móvil.

El decreto de reforma constitucional que publicó el Ejecutivo federal modificó los artículos 6o., 7o., 27, 28, la fracción XVII del artículo 73; la fracción VII del artículo 78 y el párrafo quinto del artículo 94 y la fracción I del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El decreto de reforma constitucional crea la Comisión Federal de Competencia Económica (comisión), que sustituirá a la Comisión Federal de Competencia, como un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tendrá por objeto garantizar la libre competencia y concurrencia, así como prevenir, investigar y combatir los monopolios, las prácticas monopólicas, las concentraciones y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados.

El decreto señala que la comisión podrá ordenar medidas para eliminar las barreras a la competencia y libre concurrencia, regular el acceso a recursos esenciales y, en caso de reincidencia reiterada en la comisión de prácticas monopólicas, ordenará la desincorporación de activos, derechos partes sociales o acciones de los agentes económicos responsables.

La reforma constitucional establece que los comisionados que integren el pleno de la comisión deberán ser profesionales en su desempeño y dictarán sus resoluciones con independencia, de forma colegiada, pública y transparente. Los comisionados serán nombrados por el Presidente y ratificados por el Senado por periodos fijos de 9 años, previa acreditación y evaluación de conocimientos a través del procedimiento previsto en el artículo 28 constitucional.

Finalmente, el decreto establece que las normas generales, actos u omisiones de la comisión podrán ser impugnados únicamente mediante el juicio de amparo indirecto y no serán objeto de suspensión. Solamente en los casos en que la comisión imponga multas o la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones, las resoluciones se ejecutarán hasta que se resuelva el juicio de amparo que, en su caso, se promueva.

Contenido

En ese contexto, se presenta la presente iniciativa de reforma a la Ley Federal de Competencia Económica, reglamentaria del artículo 28 constitucional, en la que se establecen las normas generales bajo las cuales el Estado garantizará, protegerá y restaurará las condiciones necesarias para la libre competencia y libre concurrencia, mediante la eliminación, prevención, investigación de monopolios, prácticas monopólicas, estructuras de mercado monopólicas o monopsónicas, concentraciones prohibidas y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados de bienes y servicios.

La iniciativa establece que para los efectos de la ley, las prácticas anticompetitivas tipificadas en ésta se consideran hechos jurídicos ilícitos, y que todos los hechos jurídicos anticompetitivos se encuentran prohibidos. Asimismo, señala que en términos de lo dispuesto en los artículos quinto y veintiocho de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, todos los gobernados tienen derecho a participar en los mercados nacionales de bienes y servicios libres de prácticas monopólicas y situaciones que en cualquier forma afecten el funcionamiento eficiente de dichos mercados, y que el procedimiento respectivo se desahogará de acuerdo a lo dispuesto en el Código Federal de Procedimientos Civiles.

La iniciativa establece que son responsables de una práctica o conducta monopólica todas las personas que participen o coadyuven de cualquier forma en la ejecución de la misma y deberán responder de manera solidaria de los daños y perjuicios que causen, y que los sujetos activos de una práctica o conducta anticompetitiva incurren además en responsabilidades civiles y penales.

La presente iniciativa de reforma a la Ley Federal de Competencia Económica señala que los agentes económicos o personas que sufran daños y perjuicios como resultado de prácticas anticompetitivas podrán acudir a los tribunales competentes para dirimir sus derechos, sin más requisitos que los que marquen las leyes procesales aplicables y que la comisión se niegue a admitir la denuncia correspondiente por razones fondo y no de forma o bien que el procedimiento administrativo de investigación no se resuelva en un plazo de seis meses contados a partir de la presentación de la denuncia o del cumplimiento del apercibimiento si lo hubiere o que al concluirse la indagatoria se resuelva no continuar con el procedimiento administrativo contencioso.

La iniciativa faculta a la comisión a ejercer la controversia constitucional cuando considere que el Congreso de la Unión, las autoridades federales, estatales o municipales hayan emitido normas o realizado actos cuyo objeto o efecto, directo o indirecto, sea el establecimiento de restricciones injustificadas al comercio que contravengan lo dispuesto en el artículo 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o generen una afectación al proceso de libre competencia y libre concurrencia contraviniendo lo dispuesto por el artículo 28 de la Constitución.

Respecto a las concentraciones, la iniciativa establece que la investigación no podrá exceder del plazo de veinticinco días hábiles, y que una vez emitida la resolución preliminar y en caso de que los agentes económicos que la hayan notificado acepten expresamente la resolución de la comisión en todos sus términos, se entenderá que el procedimiento ha terminado. En caso contrario, en un plazo de treinta días podrán manifestar lo que a su derecho convenga, adjuntar los medios de prueba documentales que obren en su poder y ofrecer las pruebas que ameriten algún desahogo. El secretario instructor contará con cincuenta días para tramitar un procedimiento en el cual se analicen estas manifestaciones y se provea sobre las pruebas presentadas. Una vez concluido dicho procedimiento, el pleno contará con diez días para emitir su resolución definitiva. Los notificantes, en cualquier momento y hasta un día después de que el asunto sea listado para sesión del pleno, podrán presentar por escrito propuestas de corrección o de prevención de los posibles efectos anticompetitivos que hayan sido identificados por la comisión.

La iniciativa introduce un capitulado de estructuras monopólicas y monopólicas, estableciendo que las mismas representan una restricción al funcionamiento eficiente de los mercados nacionales. La comisión queda obligada a identificar, diseñar e instrumentar las medidas que, en los términos de este mandato constitucional, considere necesarias para eliminar ese tipo de restricciones.

Para identificar las estructuras de mercado monopólicas/monopsónicas prevalecientes en los diversos sectores de la economía nacional se considera que se está ante una estructura de mercado monopólica/monopsónica cuando un mercado relevante particular observa un nivel de concentración igual o superior a los mil 800 puntos medido a través del índice de concentración Herfindahl-Hirschman (IHH).

Al respecto, la iniciativa establece que las estructuras de mercado monopólicas/monopsónicas identificadas por la comisión serán clasificadas por esta misma autoridad en tres grupos: estructuras de mercado monopólicas/monopsónicas tipo I, estructuras de mercado monopólicas/monopsónicas tipo II y estructuras de mercado monopólicas/monopsónicas tipo III.

La iniciativa considera que las estructuras de mercado monopólicas/monopsónicas tipo I son aquellos mercados relevantes identificados con base en el criterio de índice de concentración Herfindahl-Hirschman, y en los que, en opinión de la comisión, las condiciones de libre competencia y libre concurrencia pueden ser alcanzadas a través de la imposición de un conjunto de medidas específicas que tengan por objeto la eliminación de barreras a la libre competencia y la libre concurrencia en ese mercado.

Asimismo, la iniciativa establece que las estructuras de mercado monopólicas/monopsónicas tipo II son aquellos mercados relevantes identificados con base en el criterio de índice de concentración Herfindahl-Hirschman, y en los que, en opinión de la comisión, las condiciones de libre competencia y libre concurrencia solo pueden ser alcanzadas a través de la imposición de un conjunto de obligaciones de aplicación exclusiva para el agente o conjunto de agentes económicos que detenten una participación de mercado significativa en el mercado relevante identificado. Debe observarse que el agente económico o conjunto de agentes económicos que pudieran estar sujetos a la imposición de obligaciones en los términos del presente artículo, no necesitan ser declarados por la comisión como agentes con poder sustancial de mercado.

Al respecto, cuando exista una autoridad reguladora específica en el mercado relevante en el que desarrolla su actividad productiva el agente económico o los agentes económicos que se encuentren bajo los supuestos del artículo 22 Bis 5, la comisión podrá solicitar una opinión técnica no vinculatoria a esa autoridad reguladora respecto a las obligaciones que debieran ser impuestas sobre esos agentes económicos a fin de mejorar el funcionamiento y la eficiencia del mercado en el que participan.

La presente iniciativa señala que las estructuras de mercado monopólicas/monopsónicas tipo III son aquellos mercados relevantes identificados con base en el criterio de índice de concentración Herfindahl-Hirschman, y en los que, en opinión de la comisión , las condiciones de libre competencia y libre concurrencia solo pueden ser alcanzadas a través del ordenamiento de la desincorporación de activos productivos, derechos, partes sociales o acciones del agente económico o de los agentes económicos que detenten la mayor participación de mercado dentro del mercado relevante o los mercados relevantes en los que participan.

En aquellos casos donde exista una autoridad reguladora en el mercado relevante en el que desarrolla su actividad principal el agente o los agentes económicos sujetos al proceso de desincorporación, la comisión podrá solicitar a esa autoridad reguladora una opinión técnica no vinculatoria respecto a la naturaleza, alcance y tiempos necesarios para llevar a cabo la desincorporación de activos, partes sociales o acciones de ese o esos agentes económicos. Asimismo, la iniciativa establece que en cualquier circunstancia la comisión será la única autoridad encargada de emitir, mediante resolución, la orden de desincorporación de activos, partes sociales o acciones al agente económico o a los agentes económicos de los que se trate.

Finalmente la iniciativa señala que cuando la comisión decida ordenar la desincorporación de activos, partes sociales o acciones de uno o varios de los agentes económicos que participan en una estructura monopólica/monopsónica tipo III, y con el objeto de garantizar que este proceso de desincorporación resulte pro-competitivo y eficiente, la comisión  deberá anexar a su resolución un “Análisis Económico de Desincorporación Competitiva” que contendrá, al menos, los siguientes elementos: La identificación precisa del problema competitivo asociado a la existencia y permanencia de esta estructura de mercado monopólica/monopsónica; Una estimación del daño económico derivado de la existencia y permanencia de esa estructura de mercado monopólica/monopsónica en la economía nacional; Una evaluación técnica y legal de cada una de las distintas opciones de desincorporación de activos que, en opinión de la autoridad, podrían instrumentarse en el mercado relevante bajo consideración y, una evaluación de los beneficios económicos netos que derivarían de la instrumentación de cada una de las distintas opciones de desincorporación identificadas por la comisión .

La presente iniciativa introduce un capitulado sobre recursos esenciales. Al respecto, se establece la comisión identificará, a petición de parte o como resultado de investigaciones de oficio, los insumos esenciales presentes en los distintos sectores de la economía nacional. Dicho insumo esencial es un bien o servicio que: es indispensable para completar un proceso productivo determinado; cuya réplica por otro agente económico o grupo de agentes económicos es técnicamente inviable o económicamente ineficiente; cuyo control recae en manos de un reducido número de agentes económicos que participan simultáneamente en la provisión de bienes o servicios al segmento final del mercado donde participan los agentes económicos que requieren del insumo esencial y, que, en función del análisis realizado por la comisión , la imposición de condiciones de acceso a ese insumo esencial es susceptible de generar un impacto procompetitivo en el mercado o los mercados relevantes analizados.

La presente iniciativa señala que los insumos esenciales identificados por la comisión en los distintos sectores de la economía nacional estarán sujetos a términos y condiciones de acceso no discriminatorias y económicamente viables. Dichos términos y condiciones de acceso serán determinados por la comisión  aunque, en situaciones en las cuales exista una autoridad reguladora del mercado al que pertenece el insumo esencial identificado, la comisión podrá solicitar una opinión técnica no vinculatoria a esa autoridad respecto a los términos y condiciones de acceso que considera necesarias.

Asimismo, la iniciativa establece que el incumplimiento de las condiciones de acceso que la comisión  haya impuesto sobre el agente económico o los agentes económicos en control, directo o indirecto de los insumos esenciales, en los tiempos que la propia comisión  haya establecido para estos efectos, dará paso para que la comisión emita resolución ordenando la desincorporación de los activos productivos identificados como insumos esenciales. En dicha resolución, se identificarán explícitamente los insumos esenciales que estarán sujetos a desincorporación, así como los tiempos autorizados para llevar a cabo ese proceso de desinversión.

Finalmente, la iniciativa establece que los términos y condiciones de acceso a un insumo esencial dejarán de estar vigentes solo cuando la comisión, mediante resolución respectiva, establezca que, por razones económicas, tecnológicas o de cualquier otra naturaleza relevante, el insumo esencial inicialmente identificado ha perdido precisamente esa condición.

Al respecto, la comisión podrá determinar que en un mercado relevante de un servicio público concesionado existen precios no competitivos cuando: El agente económico o los agentes económicos investigados posean poder sustancial en el mercado relevante; El mercado relevante identificado presente altas barreras a la entrada, no hayan sustitutos relevantes, y el mercado no tenga procesos de innovación tecnológica acelerada y, las diferencias entre los precios y márgenes de ganancias observados en el mercado relevante respecto a los precios y márgenes de ganancia tomados como punto de referencia sean significativos y consistentes a lo largo del tiempo.

Al respecto, cuando un agente económico o un conjunto de agentes económicos hayan sido identificados como responsables del establecimiento de precios no competitivos en cualquiera de los segmentos de las cadenas productivas asociadas a la provisión de los servicios públicos concesionados, la iniciativa señala que la comisión impondrá la sanción económica establecida la presente iniciativa.

Asimismo, se establece que en un plazo no mayor a los tres meses posteriores a la imposición de la sanción, el agente económico o los agentes económicos sancionados deberán acreditar ante la comisión, empíricamente, la modificación de sus niveles de precios y tarifas que fueron catalogados como no competitivos. Si transcurrido este plazo el agente económico no demuestra de manera fehaciente ante la comisión la modificación de sus niveles de precios iniciales, la comisión determinará mediante resolución que el mercado relevante donde se identificaron los precios no competitivos representa una estructura de mercado monopólica/monopsónica tipo II, pasando a establecer obligaciones sobre el agente económico o los agentes económicos en comento a fin de mejorar el funcionamiento y la eficiencia del mercado en el que participan.

La iniciativa define a la comisión como un órgano constitucional autónomo con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía técnica, operativa, administrativa y presupuestal y contará con las facultades necesarias para cumplir con el objeto de la ley. Entre otras atribuciones la comisión prevendrá e investigará la existencia de monopolios, prácticas monopólicas, estructuras de mercado monopólicas o monopsónicas, estancos, concentraciones indebidas así como demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados, respecto de los actos que no estén expresamente comprendidos dentro de la protección que señala el artículo 28 constitucional, para lo cual podrá requerir a los particulares y agentes económicos la información o documentos que estime relevantes y pertinentes.

Además de las facultades que actualmente tiene la Comisión Federal de Competencia, la comisión podrá: resolver sobre condiciones de competencia, competencia efectiva, existencia de poder sustancial en el mercado relevante, existencia de insumos esenciales u otras cuestiones relativas al proceso de competencia o libre concurrencia a que hacen referencia ésta u otras leyes, reglamentos o disposiciones administrativas; ordenar las medidas necesarias para eliminar las barreras a la libre competencia y la libre concurrencia; regular el acceso a insumos esenciales en la economía nacional; y, ordenar la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones de los agentes económicos en las proporciones necesarias para eliminar efectos anticompetitivos.

Asimismo, la presente iniciativa establece que la comisión publicará por lo menos cada cinco años, criterios técnicos, previa consulta pública, en la forma y términos que señale el Reglamento de esta ley, en materia de: determinación de estructuras de mercado monopólicas o monopsónicas; determinación de insumos esenciales así como lineamientos para la determinación de condiciones óptimas para su acceso; Identificación de barreras a la libre competencia y la libre concurrencia en la economía nacional; desincorporación óptima de activos, derechos y partes sociales y, determinación de mercado relevante y mercados relacionados.

Finalmente, en relación a su carácter autónomo la iniciativa señala que la comisión: emitirá su propio estatuto orgánico así como el Reglamento de esta ley y otras disposiciones de carácter general que sirvan, exclusivamente, para el cumplimiento de su función regulatoria; ejercer autonomía presupuestaria para la planeación, programación, presupuestación y ejercicio de sus recursos ,y emitir las normas en materia de recursos humanos, materiales, financieros y de tecnologías de información y comunicaciones, privilegiando el control de dichos recursos, en un marco de transparencia y rendición de cuentas.

La iniciativa establece que todas las autoridades estarán obligadas a brindar el apoyo necesario a la comisión para el eficaz cumplimiento de la ley.

Además la iniciativa señala los requisitos que deberán cumplir los comisionados, el Secretario Ejecutivo, el Secretario Instructor y el Secretario de Acuerdos de la comisión para no incurrir en conflictos de intereses, y tanto ratifica que los comisionados podrán ser removidos de su cargo por las dos terceras partes de los miembros presentes del Senado de la República, por falta grave en el ejercicio de sus funciones, como reglamenta el proceso de selección de los mismos, y el procedimiento que se deberá seguir para la elección del Secretario Ejecutivo y del Secretario Instructor, y a su vez, fija los mecanismos y criterios que deberán cumplir los trabajos del pleno de la comisión a fin de que sus resoluciones sean emitidas resoluciones con independencia, de forma colegiada, pública y transparente.

Asimismo, la iniciativa establece que, para cumplimentar el deber de transparencia que se tiene en el funcionamiento de la comisión, los funcionarios de la misma involucrados en los diversos asuntos estarán obligados a llevar una bitácora de trabajo de cada caso. En dicha bitácora se deberá anotar las reuniones con las partes y/o sus representantes u otros agentes interesados, su fecha, hora y la agenda o puntos discutidos en cada reunión y firmando al margen y al calce cada relatoría. De la misma forma, las comparecencias personales ante funcionarios de la comisión únicamente podrán celebrarse en las oficinas de la comisión y con la presencia de la contraparte o, en su caso, dejar constancia que ésta última fue debidamente citada y se negó o abstuvo de comparecer.

La presente iniciativa también establece que las sesiones del pleno serán públicas, salvo aquellas porciones en las que se discuta información confidencial, a las cuales únicamente tendrán acceso los servidores públicos de la comisión directamente involucrados en cada caso.

Asimismo, la iniciativa establece que la comisión será transparente y operará bajo principios de gobierno digital y datos abiertos. Las resoluciones, opiniones, lineamientos, guías y otras disposiciones administrativas, criterios técnicos de la comisión, salvo por la información confidencial o reservada, deben ser publicados en el sitio de Internet de la comisión y pueden ser divulgados y compilados en cualquier otro medio. Las resoluciones deben ser publicadas dentro de los veinte días siguientes a la notificación, salvo por la información que haya sido clasificada como confidencial o reservada. Los dictámenes emitidos por el Secretario Ejecutivo o el Secretario Instructor para consideración del pleno deben ser publicados dentro de los treinta días siguientes a que la resolución correspondiente haya causado estado en sede judicial, salvo por la información que haya sido clasificada como confidencial o reservada.

Respecto a las denuncias, la iniciativa establece que el Secretario Ejecutivo propondrá al pleno el desechamiento de aquellas que considere notoriamente improcedentes. El pleno contará con cinco días para pronunciarse sobre dicho desechamiento. En caso de que el pleno se pronuncie por la admisión o no se pronuncie durante esos cinco días, la denuncia se tendrá por admitida.

Asimismo, la presente iniciativa señala que dentro de un plazo de sesenta días contados a partir del día siguiente a que se publique el acuerdo de conclusión del periodo de investigación, el Secretario Ejecutivo emitirá, o el oficio de probable responsabilidad, si existen elementos suficientes para sustentar la existencia de hechos constitutivos de probables infracciones a la ley cometidos por el o los probables responsables, o el acuerdo de cierre del expediente cuando no existan elementos suficientes para sustentar la probable responsabilidad de algún agente económico. Dicho acuerdo deberá ser notificado al denunciante, y el Secretario Ejecutivo emplazará al probable responsable con el oficio de probable responsabilidad.

Respecto a las sanciones por incumplir las obligaciones impuestas a estructuras monopólicas/monopsónicas, la iniciativa establece multas de hasta por el equivalente al ocho por ciento de los ingresos del agente económico, por incumplir las mismas. Asimismo, fija multas de hasta por el equivalente al ocho por ciento de los ingresos del agente económico, por continuar con la prevalencia de precios no competitivos en servicios públicos concesionados cuando la autoridad se haya pronunciado al respecto y el agente económico incumpla.

En casos de conductas anticompetitivas que generen daños importantes en los mercados nacionales de bienes y servicios, la iniciativa señala que la comisión podrá establecer que el objetivo de la imposición de la multa es revertir el beneficio económico que el agente económico o los agentes económicos hayan extraído de manera ilícita como resultado de su conducta anticompetitiva en el mercado. Así, en los términos del presente artículo, la comisión podrá estimar la magnitud del daño económico generado por la práctica anticompetitiva en cuestión a fin de determinar la sanción pecuniaria que habrá de imponer.

Asimismo, cuando la comisión determine el incumplimiento a una resolución de la comisión, el pleno presentará la querella correspondiente al Ministerio Público. La sanción que imponga la comisión será sin perjuicio de la acción penal que corresponda.

Por otra parte, la iniciativa establece que la comisión podrá emitir resolución de solicitud al Tribunal Especializado en Competencia Económica a fin de que éste gire una Orden de Descalificación Profesional en contra de cualquier persona física que, fungiendo como directivo de un agente económico involucrado en la comisión de cualquier tipo de violaciones a las leyes de competencia y sus reglamentos, se haya encontrado en su calidad de directivo de ese agente económico en una posición en la que: su conducta como directivo del agente económico haya contribuido a la comisión de violaciones a las leyes de competencia y sus reglamentos o, su conducta como directivo no haya contribuido directamente a la comisión de violaciones a las leyes de competencia, pero existan suficientes indicios de que el directivo tenía conocimiento de que el agente económico donde prestaba sus servicios estaba violando las leyes de competencia y fue omiso en su actuación para impedirlo.

La iniciativa establece que se entenderá por Orden de Descalificación Profesional una orden judicial emitida por el Tribunal Especializado en materia de Competencia Económica en respuesta a una resolución de la comisión en la que se prohíbe a una persona física involucrada en violaciones a la normatividad de competencia, ejercer cualquier posición directiva o de representación legal de cualquier empresa de la industria en la que se cometió la violación por el plazo especificado en la orden emitida.

La iniciativa establece que cuando la comisión emita una solicitud de Orden de Descalificación Profesional al Tribunal Especializado en materia de Competencia Económica, deberá elaborar su solicitud con base en el análisis y discusión de los siguientes factores: la existencia de una violación a las leyes de competencia y sus reglamentos; la naturaleza y alcance de la violación a las leyes de competencia y sus reglamentos así como la magnitud de la sanción económica que, en su caso, haya sido impuesta por esta violación; la posible participación del agente económico involucrado en la violación a las leyes de competencia en algún programa de inmunidad; la magnitud de la responsabilidad directa e indirecta del directivo en cuestión en la comisión de la violación a las leyes de competencia y sus reglamentos; y, la evaluación de factores agravantes o reductores de la sanción que se habrá de imponer sobre la persona física.

La iniciativa establece que la comisión podrá emitir su resolución de solicitud de Orden de Descalificación Profesional hasta por un periodo máximo de 15 años. Al respecto, durante el periodo de tiempo en el que estará vigente la Orden de Descalificación Profesional emitida por el Tribunal Especializado en Competencia Económica, será un delito para el directivo del agente económico responsable de la violación de las leyes de competencia ejercer alguna posición directiva o de representación legal en cualquier empresa de la industria en la que se cometió la violación.

Asimismo, en lo que respecto a los delitos de competencia económica, la presente iniciativa establece que a la persona que cometa, participe o coadyuve en la comisión de una práctica monopólica absoluta, práctica monopólica relativa concentración prohibida de tipo vertical, concentración prohibida de tipo horizontal, o prácticas restrictivas del comercio interestatal, y con independencia de las multas administrativas que procedan, se le impondrá penas de dos a cuatro años de prisión, de cuatro a seis años de prisión o de seis a diez años de prisión dependiendo del monto de los daños generados por la conducta anticompetitiva respectiva.

La iniciativa también señala que el comisionado o funcionario de la comisión que declare falsamente que no tiene impedimento alguno para participar en las deliberaciones o decisiones del órgano competencial, o que viole el principio de imparcialidad, se le aplicará una pena de cuatro a seis años de prisión. Sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, laborales y civiles que correspondan.

Asimismo, la iniciativa establece que a la persona que encubra o auxilie a encubrir una práctica monopólica se le impondrá una pena de cuatro a seis años de prisión.

Finalmente, la iniciativa señala que las normas generales, actos u omisiones de la comisión podrán ser impugnados únicamente mediante el juicio de amparo indirecto y no serán objeto de suspensión. Solamente en los casos en que la Comisión Federal de Competencia Económica imponga multas o la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones, éstas se ejecutarán hasta que se resuelva el juicio de amparo. Queda también establecido que en ningún caso, el proceso judicial que resuelve de forma definitiva el juicio de amparo indirecto podrá durar más de 90 días naturales.

Por todo lo anterior, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 6, Numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, pongo a su consideración la presente iniciativa con Proyecto de:

Decreto que adiciona, reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Competencia Económica

Artículo Único. Se reforman y adicionan los artículos 2, 3, 7, 7 Bis, 7 Bis 1, 7 Bis 2, 7 Bis 3, 7 Bis 4, 7 Bis 5, 7 Bis 6, 7 Bis 1, 13 Bis, 20, 21, 21 Bis, 22 Bis, 22 Bis 1, 22 Bis 2, 22 Bis 3, 22 Bis 4, 22 Bis 5, 22 Bis 6, 22 Bis 7, 22 Bis 8, 22 Bis 9, 22 Bis 10, 22 Bis 11, 22 Bis 12, 22 Bis 13, 22 Bis 14, 22 Bis 15, 22 Bis 16, 22 Bis 17, 22 Bis 18, 23, 24, 25, 25 Bis, 25 Bis 1, 25 Bis 2, 26, 27, 28, 29, 30, 30 Bis, 31 Bis 1, 32, 33, 33 Bis, 33 Bis 1, 34, 34 Bis, 34 Bis 1, 35, 36 Bis, 38, 38 Bis, 38 Bis 1, 38 Bis 2, 38 Bis 3, 38 Bis 4, 38 Bis 5, 38 Bis 6, 38 Bis 7, 38 Bis 8, 38 Bis 9, 38 Bis 10, 38 Bis 11, 38 Bis 12, 38 Bis 13, 38 Bis14, y 39, todos de la Ley Federal de Competencia Económica para quedar en los términos siguientes:

Capítulo I Disposiciones generales

Artículo 1o. ...

Artículo 2o. Esta Ley tiene por objeto establecer, proteger y restaurar las condiciones necesarias para la libre competencia y libre concurrencia, mediante la eliminación, prevención, investigación de monopolios, prácticas monopólicas, estructuras de mercado monopólicas o monopsónicas, concentraciones prohibidas y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados de bienes y servicios.

...

Artículo 3o. ...

Serán responsables solidarios los agentes económicos y demás personas que hayan adoptado la decisión y los involucrados en la conducta prohibida por esta ley.

Artículo 3 Bis 1. El Instituto Federal de Telecomunicaciones será la única autoridad competente para aplicar esta ley en los mercados de telecomunicaciones y radiodifusión, salvo cuando el análisis de competencia involucre además mercados distintos a éstos, en cuyo caso el Instituto Federal de Telecomunicaciones y la comisión tendrán facultades concurrentes.

Artículo 4o. ...

...

Artículo 5o. ...

...

...

Artículo 6o. ...

Artículo 7o. ...

I. ...

II. La Secretaría de Economía, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias y previa opinión de la comisión respecto a la utilidad, nivel, temporalidad y dimensión geográfica de la imposición de restricciones en precios y tarifas, fijará los precios que correspondan a los bienes y servicios determinados conforme a la fracción anterior, con base en criterios que eviten la insuficiencia en el abasto.

...

La Procuraduría Federal del Consumidor, bajo la coordinación de la Secretaría de Economía, será responsable de la inspección, vigilancia y sanción, respecto de los precios que se determinen conforme a este artículo, de acuerdo con lo que dispone la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Capítulo I. BisDe los hechos jurídicos ilícitos

Artículo 7 Bis. Para los efectos de esta ley las prácticas o conductas anticompetitivas tipificadas en la misma, se consideran hechos jurídicos ilícitos. En los términos de lo dispuesto en los artículos quinto y veintiocho de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, todos los gobernados tienen derecho a participar en los mercados nacionales de bienes y servicios libres de prácticas monopólicas y/o situaciones que en cualquier forma afecten el funcionamiento eficiente de dichos mercados.

Artículo 7 Bis 1. Quedan prohibidos todos los hechos, actos o conductas que tengan como objeto o efecto, directo o indirecto, dañar, disminuir, restringir o afectar en cualquier forma la competencia y/o la eficiencia económica que debe existir en los mercados nacionales de bienes y servicios.

Artículo 7 Bis 2. Son responsables de una práctica o conducta monopólica todas las personas que participen o coadyuven de cualquier forma en la ejecución de la misma y deberán responder de manera solidaria de los daños y perjuicios que causen.

Artículo 7 Bis 3. Los sujetos activos de una práctica o conducta anticompetitiva incurren además en responsabilidades civiles y penales. Los afectados podrán acudir a los tribunales competentes para dirimir sus derechos sin más requisitos que los que marquen las leyes procesales aplicables y que la comisión se niegue a admitir la denuncia correspondiente por razones de fondo y no de forma o bien que el procedimiento administrativo de investigación no se resuelva en un plazo de seis meses contados a partir de la presentación de la denuncia, del cumplimiento del apercibimiento si lo hubiere o que al concluirse la indagatoria se resuelva no continuar con el procedimiento administrativo contencioso. El procedimiento respectivo se desahogará de acuerdo a lo dispuesto en el Código Federal de Procedimientos Civiles.

Artículo 7 Bis 5. La comisión no podrá emitir sanciones a los Estados de la Federación que participen en una práctica anticompetitiva de comercio interestatal.

Artículo 7 Bis 6. La comisión, en los casos de prácticas anticompetitivas de comercio interestatal, estará facultada para determinar: la existencia o inexistencia de barreras al comercio interestatal y si hay o no efectos contrarios a la competencia o eficiencia económica en los mercados relevantes.

Capítulo II De los monopolios y las prácticas monopólicas

Artículo 8o. ...

Artículo 9o. ...

Artículo 10. ...

Artículo 11. ...

Artículo 12. ...

Artículo 13. ...

Artículo 13 Bis. Para determinar la existencia de poder sustancial de dos o más agentes económicos que se ubiquen en los supuestos del artículo anterior en prácticas monopólicas relativas en un mismo mercado relevante, la comisión deberá contemplar en su análisis los siguientes elementos:

I. al V...

Artículo 15. ...

Capítulo III De las concentraciones

Artículo 16. ...

Artículo 17. ...

Artículo 18. ...

Artículo 19. ...

Artículo 20. ...

I. ...

II. ...

III. ...

...

...

Los agentes involucrados en una concentración que no se ubiquen en los supuestos previstos en este artículo, podrán notificarla voluntariamente a la comisión. En el caso particular de concentraciones que involucren cualquier medio masivo de comunicación o información éstas deberán ser notificadas sin excepción.

Artículo 21.- Para los efectos del artículo anterior, se estará a lo siguiente:

I. La investigación correrá a cargo del secretario ejecutivo y la resolución estará a cargo del pleno. La notificación se hará por escrito dirigida al secretario ejecutivo, acompañada del proyecto del acto jurídico de que se trate, que incluya los nombres o denominaciones sociales de los agentes económicos involucrados, sus estados financieros del último ejercicio, su participación en el mercado y los demás datos que permitan conocer la transacción pretendida;

II. El secretario ejecutivo podrá solicitar datos o documentos adicionales dentro de los quince días contados a partir de la recepción de la notificación, mismos que los interesados deberán proporcionar dentro de un plazo de quince días, el que podrá ser ampliado en casos debidamente justificados;

III. La investigación respecto de la operación notificada no podrá exceder del plazo de veinticinco días contados a partir de la recepción de la notificación o, en su caso, de la documentación adicional solicitada;

IV. ...

V. Una vez concluida la investigación, el secretario ejecutivo turnará el asunto al pleno, quien contará con 10 días para emitir su resolución preliminar. La resolución de la comisión deberá estar debidamente fundada y motivada. Concluido el plazo sin emitir resolución, se entenderá que la comisión objeta la concentración.

VI. La resolución favorable no prejuzgará sobre la realización de otras prácticas monopólicas prohibidas por esta ley, por lo que no releva de otras responsabilidades a los agentes económicos involucrados, y

VII. Una vez emitida la resolución preliminar y en caso de que los agentes económicos que la hayan notificado acepten expresamente la resolución de la comisión en todos sus términos, se entenderá que el procedimiento ha terminado. En caso contrario, en un plazo de treinta días podrán manifestar lo que a su derecho convenga, adjuntar los medios de prueba documentales que obren en su poder y ofrecer las pruebas que ameriten algún desahogo. El Secretario Instructor contará con cincuenta días para tramitar un procedimiento en el cual se analicen estas manifestaciones y se provea sobre las pruebas presentadas. Una vez concluido dicho procedimiento, el pleno contará con diez días para emitir su resolución definitiva.

Los notificantes, en cualquier momento y hasta un día después de que el asunto sea listado para sesión del pleno, podrán presentar por escrito propuestas de corrección o de prevención de los posibles efectos anticompetitivos que hayan sido identificados por la comisión. Una vez recibido este escrito, el procedimiento quedará suspendido hasta por quince días prorrogables, en tanto la comisión se pronuncia al respecto. Habiendo hecho tal pronunciamiento, el procedimiento continuará hasta culminar con la resolución correspondiente.

El Reglamento de esta ley establecerá las reglas específicas que habrán de gobernar el desarrollo del procedimiento a que se refiere la fracción VII de este artículo

Artículo 21 Bis. ...

...

I. ...

II. ...

III. ...

IV. ...

...

El pleno deberá resolver si la concentración tiene como objeto o efecto disminuir, dañar o impedir la competencia y libre concurrencia en un plazo no mayor a 15 días siguientes a la fecha del acuerdo de admisión. Concluido el plazo sin que la comisión haya emitido resolución, se entenderá que la comisión objeta la concentración.

Cuando, a juicio del secretario ejecutivo, la concentración no se ubique en los supuestos previstos en las fracciones I a IV de este artículo o, una vez turnado al pleno para resolución, éste estime que la información aportada por el agente económico es insuficiente, el secretario ejecutivo emitirá un acuerdo de recepción a trámite conforme a lo previsto en el artículo 21 de esta ley.

Artículo 21 Bis 1. ...

Artículo 22. ...

Capítulo III. BisDe las estructuras de mercado monopólicas y monopsónicas

Artículo 22 Bis. En los términos de lo establecido por el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las estructuras de mercado monopólicas/monopsónicas representan una restricción al funcionamiento eficiente de los mercados nacionales. La comisión identificará, diseñará e instrumentará las medidas que, en los términos de este mandato constitucional, considere necesarias para eliminar ese tipo de restricciones.

Artículo 22 Bis 1. La comisión identificará las estructuras de mercado monopólicas/monopsónicas prevalecientes en los diversos sectores de la economía nacional y hará públicos los estudios conducentes a la identificación de estas estructuras de mercado. En los términos de esta ley y sus reglamentos correspondientes, se está ante una estructura de mercado monopólica/monopsónica cuando un mercado relevante particular observa un nivel de concentración igual o superior a los 1,800 puntos medido a través del índice de concentración Herfindahl-Hirschman (IHH) que se define como:

donde:

  participación de mercado de la empresa j.

Número de empresas participantes en el mercado relevante.

Artículo 22 Bis 2. Las estructuras de mercado monopólicas/monopsónicas identificadas por la comisión serán clasificadas por esta misma autoridad en tres grupos: estructuras de mercado monopólicas/monopsónicas tipo I, estructuras de mercado monopólicas/monopsónicas tipo II y estructuras de mercado monopólicas/monopsónicas tipo III.

Artículo 22 Bis 3. Las estructuras de mercado monopólicas/monopsónicas tipo I son aquellos mercados relevantes identificados con base en el criterio del artículo 22 Bis 1 y en los que, en opinión de la comisión, las condiciones de libre competencia y libre concurrencia pueden ser alcanzadas a través de la imposición de un conjunto de medidas específicas que tengan por objeto la eliminación de barreras a la libre competencia y la libre concurrencia en ese mercado.

Artículo 22 Bis 4. La comisión dictará mediante resolución el conjunto de medidas específicas a las que deberán someterse las estructuras de mercado monopólicas/monopsónicas tipo I a fin de eliminar las barreras a la libre competencia y a la libre concurrencia en ese mercado.

Las medidas específicas que la comisión dicte para estructuras de mercado monopólicas/monopsónicas tipo I podrán comprender, entre otras, medidas que tengan por objeto eliminar barreras a la entrada en el mercado en cuestión o bien, medidas que tengan por objeto eliminar prácticas comerciales que atenten contra el sano desarrollo y desenvolvimiento de la sana competencia entre los distintos agentes económicos que participan en el mercado.

Artículo 22 Bis 5. Las estructuras de mercado monopólicas/monopsónicas tipo II son aquellos mercados relevantes identificados con base en el criterio del artículo 22 Bis 1 y en los que, en opinión de la comisión, las condiciones de libre competencia y libre concurrencia solo pueden ser alcanzadas a través de la imposición de un conjunto de obligaciones de aplicación exclusiva para el agente o conjunto de agentes económicos que detenten una participación de mercado significativa en el mercado relevante identificado.

El agente económico o conjunto de agentes económicos que pudieran estar sujetos a la imposición de obligaciones en los términos del presente artículo, no necesitan ser declarados por la comisión como agentes con poder sustancial de mercado.

Artículo 22 Bis 6. La comisión será la única autoridad facultada para determinar e imponer al agente o a los agentes económicos que pudieran estar sujetos a la imposición de obligaciones en los términos del artículo 22 Bis 5, las obligaciones que correspondan.

No obstante, cuando exista una autoridad reguladora específica en el mercado relevante en el que desarrolla su actividad productiva el agente económico o los agentes económicos que se encuentren bajo los supuestos del artículo 22 Bis 5, la comisión podrá solicitar una opinión técnica no vinculatoria a esa autoridad reguladora respecto a las obligaciones que debieran ser impuestas sobre esos agentes económicos a fin de mejorar el funcionamiento y la eficiencia del mercado en el que participan.

Artículo 22 Bis 7. El agente económico o conjunto de agentes económicos que pudieran estar sujetos a la imposición de obligaciones en los términos del artículo 22 Bis 5, estarán obligados a presentar ante la comisión un informe semestral detallado sobre el estado del cumplimiento de las obligaciones impuestas, que deberá ser suscrito por el o los Presidentes de los principales organos de gobierno del agente econòmico o conjunto de agentes económicos que pudieran estar sujetos a la imposiciòn de obligaciones en términos del citado artículo 22 Bis 5, así cómo por los funcionarios responsables de la dirección general y de finanzas de los mismos. La comisión se reserva el derecho a verificar, en cualquier momento, la veracidad de lo reportado en estos informes semestrales.

En caso que los funcionarios del agente económico o los agentes económicos sujetos a la obligación estipulada en este artículo no presenten el informe respectivo o, en su defecto, hayan incurrido en falsedad de la información contenida en éste, la comisión impondrá las sanciones que, para este efecto, se determinan en la fracción XIV del artículo 35 de la presente ley, con independencia del ejercicio de las acciones penales que correspondan de conformidad con lo previsto en el artículo 38 Bis 10.

Artículo 22 Bis 8. Las estructuras de mercado monopólicas/monopsónicas tipo III son aquellos mercados relevantes identificados con base en el criterio del artículo 22 Bis 1 y en los que, en opinión de la comisión, las condiciones de libre competencia y libre concurrencia solo pueden ser alcanzadas a través del ordenamiento de la desincorporación de activos productivos, derechos, partes sociales o acciones del agente económico o de los agentes económicos que detenten la mayor participación de mercado dentro del mercado relevante o los mercados relevantes en los que participan.

Artículo 22 Bis 9. En el caso de estructuras de mercado monopólicas/monopsónicas tipo III, la comisión habrá de determinar mediante resolución la naturaleza, alcance y tiempos necesarios para llevar a cabo la desincorporación de activos, partes sociales o acciones de ese o esos agentes económicos, a fin de asegurarse que el proceso de desincorporación resulte pro-competitivo y eficiente.

En aquellos casos donde exista una autoridad reguladora en el mercado relevante en el que desarrolla su actividad principal el agente o los agentes económicos sujetos al proceso de desincorporación, la comisión podrá solicitar a esa autoridad reguladora una opinión técnica no vinculatoria respecto a la naturaleza, alcance y tiempos necesarios para llevar a cabo la desincorporación de activos, partes sociales o acciones de ese o esos agentes económicos. En cualquier circunstancia, la comisión será la única autoridad encargada de emitir, mediante resolución, la orden de desincorporación de activos, partes sociales o acciones al agente económico o a los agentes económicos de los que se trate.

Artículo 22 Bis 10. Cuando la comisión decida ordenar la desincorporación de activos, partes sociales o acciones de uno o varios de los agentes económicos que participan en una estructura monopólica/monopsónica tipo III, y con el objeto de garantizar que este proceso de desincorporación resulte pro-competitivo y eficiente, la comisión deberá anexar a su resolución un “Análisis Económico de Desincorporación Competitiva” que contenga, al menos, los siguientes elementos:

La identificación precisa del problema competitivo asociado a la existencia y permanencia de esta estructura de mercado monopólica/monopsónica;

Una estimación del daño económico derivado de la existencia y permanencia de esa estructura de mercado monopólica/monopsónica en la economía nacional;

Una evaluación técnica y legal de cada una de las distintas opciones de desincorporación de activos que, en opinión de la autoridad, podrían instrumentarse en el mercado relevante bajo consideración y,

Una evaluación de los beneficios económicos netos que derivarían de la instrumentación de cada una de las distintas opciones de desincorporación identificadas por la comisión.

Las distintas opciones de desincorporación de activos contenidas en el “Análisis Económico de Desincorporación Competitiva” serán sometidas a consideración de los agentes económicos sujetos al proceso de desincorporación con el objeto de que éstos seleccionen alguna de las opciones planteadas como competitivamente viables por la comisión.

El “Análisis Económico de Desincorporación Competitiva” deberá hacerse público, al menos, en las partes que no involucren información reservada y/o confidencial.

Capítulo III. Bis 1 De los insumos esenciales

Artículo 22 Bis 11. La comisión identificará, a petición de parte o como resultado de investigaciones de oficio, los insumos esenciales presentes en los distintos sectores de la economía nacional, con excepción de los insumos esenciales asociados a las industrias de las telecomunicaciones y la radiodifusión, cuya determinación será una facultad exclusiva del Instituto Federal de Telecomunicaciones. En los términos de esta ley, un insumo esencial es un bien o servicio:

I. Indispensable para completar un proceso productivo determinado;

II. Cuya réplica por otro agente económico o grupo de agentes económicos es técnicamente inviable o económicamente ineficiente;

III. Cuyo control recae en manos de un reducido número de agentes económicos que participan simultáneamente en la provisión de bienes o servicios al segmento final del mercado donde participan los agentes económicos que requieren del insumo esencial y,

IV. Que, en función del análisis realizado por la comisión, la imposición de condiciones de acceso a ese insumo esencial es susceptible de generar un impacto pro-competitivo en el mercado o los mercados relevantes analizados.

Artículo 22 Bis 12. Los insumos esenciales identificados por la comisión en los distintos sectores de la economía nacional estarán sujetos a términos y condiciones de acceso no discriminatorias y económicamente viables.

Los términos y condiciones de acceso que habrán de prevalecer sobre un insumo esencial serán determinados por la comisión aunque, en situaciones en las cuales exista una autoridad reguladora del mercado al que pertenece el insumo esencial identificado, la comisión podrá solicitar una opinión técnica no vinculatoria a esa autoridad respecto a los términos y condiciones de acceso que considera necesarias.

Artículo 22 Bis 13. La comisión será la única autoridad responsable de emitir a los agentes económicos que tengan bajo su control algún insumo esencial, los términos y condiciones de acceso que habrán de prevalecer en lo sucesivo respecto al uso y aprovechamiento de ese insumo esencial por otros agentes económicos.

Artículo 22 Bis 14. El incumplimiento de las condiciones de acceso que la comisión haya impuesto sobre el agente económico o los agentes económicos en control, directo o indirecto de los insumos esenciales, en los tiempos que la propia comisión haya establecido para estos efectos, dará paso para que la comisión emita resolución ordenando la desincorporación de los activos productivos identificados como insumos esenciales.

En la resolución emitida por la comisión, se identificarán explícitamente los insumos esenciales que estarán sujetos a desincorporación, así como los tiempos autorizados para llevar a cabo ese proceso de desinversión.

Artículo 22 Bis 15. Los términos y condiciones de acceso a un insumo esencial dejarán de estar vigentes solo cuando la comisión, mediante resolución respectiva, establezca que, por razones económicas, tecnológicas o de cualquier otra naturaleza relevante, el insumo esencial inicialmente identificado ha perdido precisamente esa condición.

Capítulo III. Bis 2De los precios no competitivos en servicios públicos concesionados

Artículo 22 Bis 16. En el caso de servicios públicos concesionados, la comisión no permitirá el establecimiento de precios no competitivos en cualquiera de los segmentos de las cadenas productivas asociadas a estos servicios. A fin de cumplir con este mandato, la comisión realizará periódicamente investigaciones de oficio en diversos mercados a fin de identificar y, en su caso sancionar, la prevalencia de precios no competitivos en industrias que correspondan a servicios públicos concesionados.

Artículo 22 Bis 17. La comisión podrá determinar que en un mercado relevante de un servicio público concesionado existen precios no competitivos cuando:

I. El agente económico o los agentes económicos investigados posean poder sustancial en el mercado relevante;

II. El mercado relevante identificado se encuentre protegido por altas barreras a la entrada; los usuarios o consumidores finales no tengan capacidad real para sustituir el consumo del bien o servicio del mercado relevante y el mercado relevante no se caracterice por observar procesos de innovación tecnológica acelerada y,

III. Las diferencias entre los precios y márgenes de ganancias observados en el mercado relevante respecto a los precios y márgenes de ganancia tomados como punto de referencia sean significativos y consistentes a lo largo del tiempo.

Artículo 22 Bis 18. Cuando un agente económico o un conjunto de agentes económicos hayan sido identificados como responsables del establecimiento de precios no competitivos en cualquiera de los segmentos de las cadenas productivas asociadas a la provisión de los servicios públicos concesionados, la comisión impondrá la sanción económica establecida en el artículo 35 Bis 2.

En un plazo no mayor a los tres meses posteriores a la imposición de la sanción, el agente económico o los agentes económicos sancionados deberán acreditar ante la comisión, empíricamente, la modificación de sus niveles de precios y tarifas que fueron catalogados como no competitivos.

Si transcurrido este plazo el agente económico no demuestra de manera fehaciente ante la comisión la modificación de sus niveles de precios iniciales, la comisión determinará mediante resolución que el mercado relevante donde se identificaron los precios no competitivos representa una estructura de mercado monopólica/monopsónica tipo II, con lo que la propia comisión, en el ejercicio de las facultades conferidas en la presente ley, iniciará los procedimientos administrativos que correspondan para imponer las obligaciones que sobre este tipo de estructura de mercado correspondan.

Capítulo IV De la Comisión Federal de Competencia Económica

Artículo 23. La comisión es un órgano constitucional autónomo con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía técnica, operativa, administrativa y presupuestal y contará con las facultades necesarias para cumplir con el objeto de esta ley.

Artículo 24. La comisión tendrá las siguientes atribuciones:

I. Prevenir e investigar la existencia de monopolios, prácticas monopólicas, estructuras de mercado monopólicas o monopsónicas, estancos, concentraciones indebidas así como demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados, incluyendo aquéllos que pudieren realizar los agentes económicos a que se refieren los artículos 4, 5 y 6 de este mismo ordenamiento, respecto de los actos que no estén expresamente comprendidos dentro de la protección que señala el artículo 28 constitucional, para lo cual podrá requerir a los particulares y agentes económicos la información o documentos que estime relevantes y pertinentes.

II. Practicar dentro de las investigaciones que lleve a cabo, visitas de verificación en los términos del artículo 31 de esta ley, y requerir la exhibición de papeles, libros, documentos, archivos e información generada por medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, a fin de comprobar el cumplimiento de esta ley, así como solicitar el apoyo de la fuerza pública o de otras autoridades federales, estatales o municipales para el eficaz desempeño de las atribuciones a que se refiere esta fracción;

III. ...

IV. ...

IV Bis. Ordenar la suspensión de los actos constitutivos de una probable práctica monopólica o probable concentración prohibida; así como fijar caución para evitar o levantar dicha suspensión.

V. Resolver sobre condiciones de competencia, competencia efectiva, existencia de poder sustancial en el mercado relevante, existencia de insumos esenciales u otras cuestiones relativas al proceso de competencia o libre concurrencia a que hacen referencia ésta u otras leyes, reglamentos o disposiciones administrativas;

V Bis. Ordenar las medidas necesarias para eliminar las barreras a la libre competencia y la libre concurrencia

V Bis 1. Regular el acceso a insumos esenciales en la economía nacional;

V Bis 2. Ordenar la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones de los agentes económicos en las proporciones necesarias para eliminar efectos anticompetitivos;

VI. ...

VII. ...

VIII. ...

IX. ...

X. ...

XI. ...

XII. Emitir su propio estatuto orgánico así como el Reglamento de esta ley y otras disposiciones de carácter general que sirvan, exclusivamente, para el cumplimiento de su función regulatoria.

XIII. ...

XIII Bis. ...

XIV. ...

XV. ...

XVI. ...

XVII. ...

XVIII. ...

XVIII Bis. ...

a) ...

b) ...

b . Bis) Determinación de estructuras de mercado monopólicas o monopsónicas;

b. Bis 1) Determinación de insumos esenciales así como lineamientos para la determinación de condiciones óptimas para su acceso;

b. Bis 2) Identificación de barreras a la libre competencia y la libre concurrencia en la economía nacional;

b. Bis 3) Desincorporación óptima de activos, derechos y partes sociales;

c) ...

d) ...

e) ...

f) Determinación de mercado relevante y mercados relacionados;

g) ...

h) ...

i) ...

j) ...

k) ...

...

XVIII Bis 1. ...

XVIII Bis 2. ...

XVIII Bis 3. ...

XVIII Bis 4. Ejercer autonomía presupuestaria para la planeación, programación, presupuestación y ejercicio de sus recursos;

XVIII Bis 5. Emitir las normas en materia de recursos humanos, materiales, financieros y de tecnologías de información y comunicaciones, privilegiando el control de dichos recursos, en un marco de transparencia y rendición de cuentas;

XIX. ...

Para la elaboración de las opiniones, las disposiciones administrativas a las que se refiere el presente artículo y los criterios técnicos a que se refieren las fracciones VI, VII, VIII, IX, X, XI, XIII Bis, XVIII Bis 1 y XVIII Bis 2 de este artículo, la comisión podrá solicitar la información que estime relevante y pertinente a las dependencias y entidades, a los agentes económicos y, en general, a las personas relacionadas con la materia de dichas disposiciones.

Todas las autoridades estarán obligadas a brindar el apoyo necesario a la comisión para el eficaz cumplimiento de esta ley.

Artículo 25. ...

...

Las sesiones del pleno serán públicas, salvo aquellas porciones en las que se discuta información confidencial en términos del artículo 31 Bis de esta ley, a las cuales únicamente tendrán acceso los servidores públicos de la comisión directamente involucrados en cada caso.

...

Corresponde al pleno únicamente el ejercicio de las atribuciones señaladas en las fracciones IV, IV Bis, V, V Bis, V Bis 1, V Bis 2, VI, VIII, X, XII, XIII Bis, XVI, XVIII Bis, XVIII Bis 1 y XVIII Bis 2 del artículo 24 de esta ley, y las demás atribuciones concedidas expresamente al pleno en esta ley.

El pleno solo podrá intervenir en la etapa resolutoria de los procedimientos.

Artículo 25 Bis. En caso de falta absoluta de algún Comisionado, se procederá a la designación correspondiente, a través del procedimiento previsto en la Constitución, en el entendido de que los aspirantes a ser designados como comisionados del Instituto deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 28º Constitucional, ante un Comité de Evaluación integrado por los titulares del Banco de México, el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación y el Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

Para tales efectos, el Comité de Evaluación instalará sus sesiones al menos dos meses antes de tenga lugar una vacante de Comisionado, excepto en el caso de renuncia o destitución de algunos de ellos, decidirá por mayoría de votos y será presidido por el Titular de la Entidad con mayor antigüedad en el cargo, el cual tendrá voto de calidad.

El Comité emitirá una convocatoria pública para cubrir la vacante, y verificará el cumplimiento por parte de los aspirantes de los requisitos establecidos en la Constitución, requiriendo la presentación de la documentación que considere necesaria, y de las publicaciones de los aspirantes en los últimos tres años. Asimismo, a efecto de cumplir con lo establecido en el artículo 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, los aspirantes deberán proporcionar en sus fichas curriculares los nombres de las empresas sujetas a regulación con las que tenga o haya tenido relaciones profesionales, laborales o de negocio en los últimos tres años. Al respecto, la omisión de datos e información necesaria, o la falsedad de cualquiera de las manifestaciones que realicen los aspirantes bajo protesta de decir verdad, o de cualquier otro documento que se presente con motivo del procedimiento de selección, será causa de su descalificación.

Posteriormente, el comité entrevistará a los aspirantes y aplicará un examen de conocimientos en la materia, mismo que deberá evaluar las capacidades de análisis y resolución de problemas de competencia económica de los aspirantes. El procedimiento deberá observar los principios de transparencia, publicidad y de máxima concurrencia, por lo cual tanto las fichas curriculares como las publicaciones presentadas por los aspirantes, y las calificaciones obtenidas por los mismos en el examen de conocimientos serán públicas.

Para la formulación del examen de conocimientos, el Comité de Evaluación deberá considerar la opinión de cuando menos dos instituciones de educación superior y seguirá las mejores prácticas en la materia.

El Comité de Evaluación por cada vacante, enviara al ejecutivo una lista con un mínimo de tres y un máximo de cinco aspirantes, que hubieren obtenido las calificaciones aprobatorias más altas. En el caso de no completarse el número mínimo de aspirantes se emitirá una nueva convocatoria. El Ejecutivo seleccionara de entre esos aspirantes al candidato que propondrá para su ratificación al Senado.

Artículo 25 Bis 1. Los comisionados, el secretario ejecutivo y el secretario instructor se guiarán por el principio de imparcialidad, y estarán impedidos de conocer cualquier asunto en el que tengan interés directo o indirecto. Se considera que existe un interés directo o indirecto:

I. Si son cónyuges o parientes de alguna de las partes, de sus abogados o representantes, en línea recta por consanguinidad o afinidad sin limitación de grado; en la colateral por consanguinidad dentro del cuarto grado, o en la colateral por afinidad dentro del segundo;

II. Si tienen interés personal en el asunto o lo tienen su cónyuge o parientes en los grados expresados en la fracción anterior;

III. Si han sido abogados o apoderados de alguna de las partes en el asunto;

IV. Si hubieren aconsejado como asesores en algún momento el asunto tratado;

V. Si tuvieren amistad estrecha o enemistad manifiesta con alguna de las partes, sus abogados o representantes; y

VI. Si se encuentran en una situación diversa a las especificadas que implicaran elementos objetivos de los que pudiera derivarse el riesgo de pérdida de imparcialidad.

Los comisionados, el secretario ejecutivo, el secretario instructor y el secretario de acuerdos deberán excusarse del conocimiento de los asuntos en que se presente alguno de los impedimentos señalados en las fracciones del presente artículo en cuanto tengan conocimiento de su impedimento, expresando concretamente la causa del impedimento en que se funde, en cuyo caso el pleno calificará la excusa, sin necesidad de dar intervención a los agentes económicos con interés en el asunto.

Artículo 25 Bis 2. En los términos de la presente ley y de los reglamentos que para este efecto se expidan, los Comisionados, el Secretario Ejecutivo y el Secretario Instructor no podrán ser omisos respecto al ejercicio de ninguna de las facultades que les han sido conferidas respectivamente en esta ley.

Artículo 26. Los comisionados deberán cumplir los requisitos previstos en el artículo 28 de la Constitución.

Los comisionados no podrán tener ningún tipo de relación profesional ni laboral, durante el año posterior a que concluyan sus funciones, con ninguna de las empresas que hayan estado sujetas a alguno de los procedimientos sancionatorios previstos en esta ley durante el tiempo en que ejercieron su encargo público.

Los comisionados deberán abstenerse de desempeñar cualquier otro empleo, trabajo o comisión pública o privada, con excepción de cargos docentes.

Los comisionados se abstendrán de establecer contacto para tratar asuntos de su competencia con personas que representen los intereses de los agentes económicos, salvo que se trate de las audiencias orales a que se refiere la fracción VI del artículo 33 de esta ley o las reuniones de interacción con los agentes económicos, en términos del estatuto orgánico. En todos los casos se deberá citar con la debida antelación a todos los agentes económicos o personas con interés jurídico en el procedimiento y deberán estar presentes cuando menos cuatro Comisionados. El incumplimiento de lo establecido en este párrafo se considerará una causa grave para efectos del artículo 27 de esta ley.

Artículo 26 Bis. Sin perjuicio de los dictámenes que emita el secretario ejecutivo o el secretario instructor, todos los comisionados presentarán las ponencias de los asuntos que deba resolver el pleno conforme a las siguientes reglas:

I. Se designará comisionado ponente de manera rotatoria en orden alfabético del primer apellido;

II. El secretario ejecutivo turnará al comisionado ponente los expedientes referentes a las concentraciones, así como los contenidos en el artículo 33 Bis y 33 Bis 1 de la ley en cuanto se integren los respectivos dictámenes preliminares;

III. El secretario instructor turnará al comisionado ponente los expedientes de la siguiente manera:

a. Los referentes a los procedimientos a que se refieren los artículos 33 y 33 Bis fracción VI de esta ley y los incidentes de verificación, en cuanto éstos se integren;

b. Las propuestas de medidas cautelares, con tres días de anticipación; y

c. Los referentes a los procedimientos contemplados en el artículo 21 y la fracción IV del artículo 33 Bis 1, ambos de esta ley, en cuanto se tengan por concluidos.

Los comisionados tendrán el personal necesario para el despacho eficaz de sus asuntos, de acuerdo con el presupuesto autorizado.

Artículo 27. Los comisionados serán designados para desempeñar sus puestos por períodos de nueve años, y por ningún motivo podrán desempeñar nuevamente ese cargo y sólo podrán ser removidos por las dos terceras partes de los miembros presentes del Senado de la República, de sus cargos por causa grave, debidamente justificada.

Artículo 28. El presidente de la comisión será nombrado por la Cámara de Senadores de entre los comisionados designados, en términos de lo establecido en el artículo 28 de la Constitución por un periodo de cuatro años, por una sola vez, y al término del cual cumplirá, en su caso, su período restante como comisionado.

En su caso, la duración de su encargo como presidente se limitará al tiempo que le reste como comisionado.

El presidente de la comisión tendrá las facultades siguientes:

I. Coordinar los trabajos de la comisión con excepción de las que correspondan al secretario ejecutivo o al secretario instructor, en términos del artículo 29 de esta ley;

II. ...

III. Elaborar y presentar a los Poderes Ejecutivo y Legislativo de la Unión, anualmente, un programa de trabajo y, trimestralmente, un informe sobre el desempeño de la comisión, que deberá ser publicado, así como comparecer ante la Cámara de Senadores anualmente y ante las Cámaras del Congreso en términos del artículo 93 de la Constitución.

El informe a que hace referencia esta fracción se presentará a más tardar el 30 de abril, 31 de julio, 30 de octubre y 31 de enero, siguientes a la conclusión del período que se informa, y deberá comprender, cuando menos, los siguientes elementos:

a. ...

b. ...

c. ...

d. ...

e. ...

f. ...

...

IV. Solicitar a cualquier autoridad del país o del extranjero la información que requiera para indagar sobre posibles violaciones a esta ley;

V.Representar legalmente a la comisión, nombrar y remover al personal de las unidades administrativas directamente bajo su cargo y delegar facultades en términos del Reglamento de esta ley.

VI. Las demás que le confieran las leyes y reglamentos.

VII. Ejercer el presupuesto y tener a su cargo la coordinación administrativa de la comisión;

VII. El presidente de la comisión y los titulares de los organismos reguladores sectoriales se reunirán cuando menos una vez al año. Dichas reuniones tendrán el objetivo de aportar elementos que coadyuven a definir criterios o lineamientos en materia de competencia económica, prácticas anticompetitivas, concentraciones y aportaciones netas al bienestar de los consumidores.

Artículo 29. La comisión contará con un secretario ejecutivo designado por el pleno, quien tendrá a su cargo la coordinación operativa de las investigaciones y demás procedimientos, salvo los que correspondan al secretario instructor.

La comisión también contará con un Secretario Instructor, quien dependerá directamente del pleno y tendrá a su cargo la coordinación operativa de los procedimientos que le asigne expresamente esta ley, su Reglamento y la normativa aplicable.

El secretario ejecutivo y el secretario instructor gozarán de plena autonomía en el ejercicio de sus funciones y darán fe de los actos en que intervengan. Además, podrán nombrar y remover al personal de las unidades administrativas bajo su coordinación, así como turnarles a trámite los asuntos de su competencia y delegarles sus facultades.

El pleno designará al secretario ejecutivo y al secretario instructor por un periodo no renovable de seis años conforme al siguiente procedimiento:

I. El pleno emitirá una convocatoria;

II. De los candidatos que cumplan los requisitos previstos en este artículo, el pleno contará con un plazo de quince días para elegir por mayoría de seis votos;

III. En caso de que en dicho plazo no se haya realizado la designación, se entenderá que se designa al candidato calificado con mayor jerarquía en la comisión. En caso de empate, prevalecerá aquel servidor público con mayor antigüedad en su nivel jerárquico;

IV. Derogado

V. Derogado

El secretario ejecutivo y el secretario instructor sólo podrán ser removidos de sus cargos por causa grave, para lo cual, se requerirá el voto de cuando menos seis comisionados.

El secretario ejecutivo y el secretario instructor deberán cumplir los requisitos siguientes:

I. Ser ciudadanos mexicanos en pleno goce de sus derechos civiles y políticos y ser mayores a treinta años;

II. Contar con Título profesional o de posgrado en las áreas de derecho, economía, ingeniería, administración, contaduría, o materias afines al objeto de esta ley;

III. Haberse desempeñado como servidor público de la comisión o cualquier órgano regulador en actividades profesionales relacionadas con los procedimientos administrativos durante al menos tres años;

IV. No haber sido secretario de estado, procurador general de la República, senador, diputado federal o local, dirigentes de un partido o asociación política, gobernador de algún estado o jefe de gobierno del Distrito Federal, durante el año previo a su nombramiento, y

V. No haber ocupado ningún cargo en las empresas que hayan estado sujetas a alguno de los procedimientos previstos en esta ley, durante un año previo a su nombramiento.

El secretario ejecutivo y el secretario instructor se abstendrán de desempeñar cualquier otro empleo, trabajo o comisión pública o privada, con excepción de los cargos docentes. Asimismo, estarán impedidos para conocer de asuntos en que tengan interés directo o indirecto en los términos del Reglamento de esta ley y demás disposiciones aplicables.

El secretario ejecutivo y el secretario instructor no podrán tener ningún tipo de relación profesional ni laboral, durante el año posterior a que concluyan sus funciones, con ninguna de las empresas que hayan estado sujetas a alguno de los procedimientos sancionatorios previstos en esta ley durante el tiempo en que ejercieron su encargo público.

Artículo 29 Bis. La comisión contará con una Contraloría Interna, cuyo titular será designado en términos del artículo 28 de la Constitución, con el mandato de verificar el apego a la legalidad de los servidores públicos de la Comisión Federal de Competencia Económica.

El titular de la Contraloría Interna será designado por la Cámara de Diputados, con el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes, a propuesta del pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica.

El contralor interno durará en su encargo seis años sin posibilidad de renovación. el contralor deberá mantener la coordinación técnica necesaria con la entidad de fiscalización superior de la Federación a que se refiere el artículo 79 de la Constitución.

El Contralor Interno deberá reunir los requisitos siguientes:

I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento y estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;

II. Ser mayor de treinta y cinco años;

III. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito doloso que amerite pena de prisión por más de un año;

IV. Poseer título profesional de nivel licenciatura con una antigüedad mínima de 5 años, ser de contaduría pública, derecho, administración pública u otro relacionado en forma directa con las actividades de fiscalización, expedido por autoridad o institución legalmente facultada para ello;

V. Haberse desempeñado, cuando menos seis años, en actividades profesionales, de servicio público o académicas sustancialmente relacionadas con materias afines a las de auditoría, control y sanción administrativa.

El proceso de selección y designación del Contralor Interno será inatacable.

La Contraloría Interna, contará con la estructura orgánica, personal y recursos necesarios para su funcionamiento, la cual será aprobada por el pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica.

Capítulo V Del procedimiento

Artículo 30. A efecto de cumplimentar el deber de transparencia que se tiene en el funcionamiento de la comisión, los funcionarios involucrados en los diversos asuntos estarán obligados a llevar una bitácora de trabajo de cada caso. En dicha bitácora se deberá anotar las reuniones con las partes y/o sus representantes u otros agentes interesados, su fecha, hora y la agenda o puntos discutidos en cada reunión y firmando al margen y al calce cada relatoría. Así mismo, las comparecencias personales ante funcionarios de la comisión únicamente podrán celebrarse en las oficinas de la comisión y con la presencia de la contraparte o, en su caso, dejar constancia que ésta última fue debidamente citada y se negó o abstuvo de comparecer.

Artículo 30 Bis. ...

...

...

...

...

Si en cualquier estado de la investigación no se ha efectuado acto procesal alguno por más de sesenta días, el secretario ejecutivo decretará el cierre del expediente, sin perjuicio de la responsabilidad que pudiera derivar de dicha inactividad de los servidores públicos.

...

Artículo 31 Bis 1. La comisión será transparente y operará bajo principios de gobierno digital y datos abiertos. Las resoluciones, opiniones, lineamientos, guías y otras disposiciones administrativas, criterios técnicos de la comisión, salvo por la información confidencial o reservada, deben ser publicados en el sitio de Internet de la comisión y pueden ser divulgados y compilados en cualquier otro medio. Las resoluciones deben ser publicadas dentro de los veinte días siguientes a la notificación, salvo por la información que haya sido clasificada como confidencial o reservada. Los dictámenes emitidos por el Secretario Ejecutivo o el Secretario Instructor para consideración del pleno deben ser publicados dentro de los treinta días siguientes a que la resolución correspondiente haya causado estado en sede judicial, salvo por la información que haya sido clasificada como confidencial o reservada.

Artículo 32. Cualquier persona podrá denunciar por escrito ante la comisión al probable responsable, indicando en qué consiste dicha práctica o concentración.

...

...

El secretario ejecutivo propondrá al pleno el desechamiento de las denuncias que considere notoriamente improcedentes. El pleno contará con cinco días para pronunciarse sobre dicho desechamiento. En caso de que el pleno se pronuncie por la admisión o no se pronuncie durante esos cinco días, la denuncia se tendrá por admitida.

Artículo 33. Dentro de un plazo de sesenta días contados a partir del día siguiente a que se publique el acuerdo de conclusión del periodo de investigación, el Secretario Ejecutivo emitirá:

I. Eloficio de probable responsabilidad, si existen elementos suficientes para sustentar la existencia de hechos constitutivos de probables infracciones a la ley cometidos por el o los probables responsables, o

II. El acuerdo de cierre del expediente cuando no existan elementos suficientes para sustentar la probable responsabilidad de algún agente económico. Dicho acuerdo se notificará al denunciante.

El secretario ejecutivo emplazará al probable responsable con el oficio de probable responsabilidad conforme a lo siguiente:

I. El oficio de probable responsabilidad contendrá:

a) El nombre del probable responsable;

b) Los hechos materia de la práctica monopólica o concentración prohibida que se le imputen;

c) Las disposiciones legales que se estimen violadas, y

d) Las pruebas y los demás elementos de convicción de los que se derive la probable responsabilidad.

II. Una vez realizado el emplazamiento se iniciará un procedimiento administrativo seguido en forma de juicio a cargo del secretario instructor. El probable responsable contará con un plazo de treinta días para manifestar lo que a su derecho convenga, adjuntar los medios de prueba documentales que obren en su poder y ofrecer las pruebas que ameriten algún desahogo.

El emplazado deberá referirse a cada uno de los hechos expresados en el oficio de probable responsabilidad. Los hechos respecto de los cuales no haga manifestación alguna se tendrán por ciertos, salvo prueba en contrario. Lo mismo ocurrirá si no presenta su contestación dentro del plazo señalado en el párrafo anterior;

III. ...

...

IV. ...

V. ...

VI. ...

El pleno de la comisión dictará resolución en un plazo que no excederá de cuarenta días. En casos justificados, este plazo podrá prorrogarse por una sola ocasión y por un plazo igual.

...

...

El Reglamento de esta ley establecerá los términos y condiciones para el ofrecimiento, la admisión y el desahogo de los medios de prueba y el procedimiento relativo a las audiencias orales.

En lo no previsto, se estará a lo dispuesto en el Reglamento de esta ley.

Artículo 33 Bis. Cuando las disposiciones legales o reglamentarias prevengan expresamente que deba resolverse sobre cuestiones de competencia efectiva, existencia de poder sustancial en el mercado relevante, identificación de estructuras de mercado monopólicas u otros términos análogos, la comisión emitirá de oficio o a solicitud de la autoridad respectiva o a petición de parte afectada la resolución que corresponda. En el caso del artículo 7 de esta ley, la comisión sólo podrá emitir resolución a petición del Ejecutivo Federal. En todos los casos, se estará al siguiente procedimiento:

I. En caso de solicitud de parte o de la autoridad respectiva, el solicitante deberá presentar la información que obre en su poder y que ayude a determinar el mercado relevante y el poder sustancial en términos de los artículos 12 y 13 de esta ley, así como motivar la necesidad de emitir la resolución. El Reglamento de esta ley establecerá los requisitos para la presentación de las solicitudes;

II. ...

III. El secretario ejecutivo publicará en el Diario Oficial de la Federación un extracto del acuerdo de inicio, el cual deberá contener el mercado a investigar con el objeto de que cualquier persona pueda coadyuvar en dicha investigación. El extracto podrá ser difundido en cualquier otro medio de comunicación cuando el asunto sea relevante a juicio de la comisión;

IV. El período de investigación comenzará a contar a partir de la publicación del extracto y no podrá ser inferior a quince ni exceder de cuarenta y cinco días. La comisión requerirá los informes y documentos relevantes y citará a declarar a quienes tengan relación con el caso de que se trate;

V. Concluida la investigación correspondiente y si hay elementos para determinar la existencia de poder sustancial o que no hay condiciones de competencia efectiva, u otros términos análogos, el secretario ejecutivo emitirá un dictamen preliminar y publicará un extracto en los medios de difusión de la comisión y publicará los datos relevantes en el Diario Oficial de la Federación;

VI. Los agentes económicos que demuestren ante la comisión que tienen interés en el asunto podrán manifestar lo que a su derecho convenga, adjuntar los medios de prueba documentales que obren en su poder y ofrecer las pruebas que ameriten algún desahogo ante la comisión, dentro de los veinte días siguientes al de la publicación de los datos relevantes del dictamen preliminar en el Diario Oficial de la Federación. El secretario instructor tramitará un procedimiento en el cual se analicen las manifestaciones y se provea sobre las pruebas presentadas, y

VII. Una vez integrado el expediente por el secretario instructor en un plazo no mayor a treinta días, el pleno de la comisión emitirá la resolución que corresponda, misma que se deberá notificar a la autoridad competente y publicará en los medios de difusión de la comisión y los datos relevantes en el Diario Oficial de la Federación.

El secretario ejecutivo podrá prorrogar los plazos señalados en la fracción IV de este artículo hasta por dos ocasiones en un término igual a los mismos. El pleno podrá prorrogar el plazo señalado en la fracción y VII de este artículo por una sola vez y hasta por un término igual.

Artículo 33 Bis 1. Cuando la comisión deba emitir opinión, autorización o cualquier otra resolución en el otorgamiento de concesiones, permisos, cesiones, venta de acciones de empresas concesionarias o permisionarias u otras cuestiones análogas, iniciará y tramitará el procedimiento siguiente:

I. La solicitud se hará por escrito conforme al instructivo que emita la comisión;

II. Dentro de los cinco días siguientes, el Secretario Ejecutivo emitirá el acuerdo de recepción o de prevención a los agentes económicos para que en el plazo de cinco días presenten la información y documentación faltantes. En caso de que no se presente la información o documentación requerida, se tendrá por no presentada la solicitud.

III. La investigación a cargo del Secretario Ejecutivo no excederá de veinte días, contados a partir del acuerdo de recepción o del acuerdo que tenga por presentada la información o documentación faltante. Una vez concluida la investigación, el secretario ejecutivo turnará el asunto al pleno, el cual contará con diez días para emitir su resolución preliminar. Para emitir la opinión, serán aplicables en lo conducente, los artículos 17 y 18 de esta ley.

(Se suprime)

(Se suprime)

(Se suprime)

IV. Una vez emitida la resolución preliminar, en caso de que los agentes económicos que la hayan notificado acepten expresamente la resolución de la comisión en todos sus términos, se entenderá que el procedimiento ha terminado. En caso contrario, en un plazo de treinta días podrán manifestar lo que a su derecho convenga, adjuntar los medios de prueba documentales que obren en su poder y ofrecer las pruebas que ameriten algún desahogo. El Secretario Instructor tramitará un procedimiento en el cual se analicen las manifestaciones y se provea sobre las pruebas presentadas. Una vez concluido dicho procedimiento, el pleno contará con sesenta días para emitir su resolución definitiva.

La solicitud de opinión deberá hacerse en la fecha que se indique en la convocatoria o bases de la licitación correspondiente. En su defecto, la opinión siempre deberá ser previa a cualquier oferta económica.

La convocante deberá enviar a la comisión, antes de la publicación de la licitación, el Plan Maestro, la convocatoria, las bases de licitación, los proyectos de contrato y los demás documentos relevantes que permitan a la comisión conocer la transacción pretendida.

Los plazos señalados en la fracción III de este artículo podrán modificarse o prorrogarse por el Secretario Ejecutivo o el pleno, según corresponda, por causas debidamente justificadas y en una sola ocasión.

Artículo 33 Bis 2. ...

Artículo 33 Bis 3. ...

Artículo 33 Bis 4. ...

Artículo 34. ...

I. ...

II.Multa hasta por el importe del equivalente a tres mil quinientas veces el salario mínimo vigente para el Distrito Federal, cantidad que podrá aplicarse por cada día que transcurra sin cumplimentarse lo ordenado por la comisión o

III. El uso inmediato de la fuerza pública.

Artículo 34 Bis. ...

...

En lo no previsto por esta ley, su Reglamento o las demás disposiciones administrativas de carácter general emitidas por el pleno, se aplicará supletoriamente el Código Federal de Procedimientos Civiles.

Artículo 34 Bis 1. ...

El pleno de la comisión podrá establecer términos y condiciones para realizar los trámites por medios electrónicos o de cualquier otra tecnología, en cuyo caso deberá publicarlos en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo 34 Bis 2. ...

Artículo 34 Bis 3. ...

Artículo 34 Bis 4....

Capítulo VI De las sanciones y delitos

Artículo 35. La comisión podrá aplicar las siguientes sanciones:

I. a XIII. ...

XIV. Multa hasta por el equivalente al ocho por ciento de los ingresos del agente económico, por incumplir las obligaciones estipuladas en el artículo 22 Bis 7;

XV. Multa hasta por el equivalente al ocho por ciento de los ingresos del agente económico, por continuar con la prevalencia de precios no competitivos en servicios públicos concesionados cuando la autoridad se haya pronunciado al respecto y el agente económico incumpla.

...

...

...

...

...

El Ejecutivo federal ejecutará las multas previstas por este artículo, así como las previstas en el artículo 34 de esta ley. El 20 por ciento de los ingresos que se obtengan de las multas impuestas por la comisión en un año fiscal cualquiera, se destinarán al financiamiento del presupuesto de la comisión correspondiente al siguiente año fiscal. Solo en caso que, en el año fiscal anterior, el 20 por ciento de los ingresos recibidos por multas hayan superado el monto óptimo del presupuesto que el Congreso de la Unión haya otorgado a la comisión para el desarrollo eficiente de sus funciones, la comisión podrá recibir un monto inferior al 20 por ciento de los ingresos asociados a esas multas. La comisión publicará una lista detallada de los gastos efectuados con los ingresos obtenidos en los términos del presente párrafo por las multas impuestas. El resto de los ingresos que se obtengan de las multas impuestas por la comisión, se destinarán a los programas de apoyo para la micro, pequeña y mediana empresa.

Artículo 35 Bis. ...

Artículo 36. ...

Artículo 36 Bis. En casos de conductas anticompetitivas que generen daños importantes en los mercados nacionales de bienes y servicios, la comisión podrá establecer que el objetivo de la imposición de la multa es revertir el beneficio económico que el agente económico o los agentes económicos hayan extraído de manera ilícita como resultado de su conducta anticompetitiva en el mercado. Así, en los términos del presente artículo, la comisión podrá estimar la magnitud del daño económico generado por la práctica anticompetitiva en cuestión a fin de determinar la sanción pecuniaria que habrá de imponer.

Artículo 38. Aquellas personas que hayan sufrido daños o perjuicios a causa de una práctica monopólica o una concentración prohibida podrán interponer las acciones en defensa de sus derechos o intereses de forma independiente a los procedimientos previstos en esta ley. Los derechos de estas personas se interpretarán de la manera más amplia posible. La autoridad judicial podrá solicitar la opinión de la comisión en asuntos de su competencia.

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Artículo 38 Bis. El cumplimiento y la ejecución de las resoluciones de la comisión, incluyendo las que impongan condiciones conforme a la fracción I del artículo 19 y las que admitan compromisos conforme al artículo 33 Bis 2, se tramitarán por la vía incidental.

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Cuando, de conformidad con el presente artículo, se determine el incumplimiento a una resolución de la comisión, el pleno presentará la querella correspondiente al Ministerio Público. La sanción que imponga la comisión será sin perjuicio de la acción penal que corresponda.

Artículo 38 Bis 1. La comisión podrá emitir resolución de solicitud al Tribunal Especializado en Competencia Económica a fin de que éste gire una Orden de Descalificación Profesional en contra de cualquier persona física que, fungiendo como directivo de un agente económico involucrado en la comisión de cualquier tipo de violaciones a las leyes de competencia y sus reglamentos, se haya encontrado en su calidad de directivo de ese agente económico en una posición en la que:

I. Su conducta como directivo del agente económico haya contribuido a la comisión de violaciones a las leyes de competencia y sus reglamentos o,

II. Su conducta como directivo no haya contribuido directamente a la comisión de violaciones a las leyes de competencia, pero existan suficientes indicios de que el directivo tenía conocimiento de que el agente económico donde prestaba sus servicios estaba violando las leyes de competencia y fue omiso en su actuación para impedirlo.

Para efectos de la presente ley, se entenderá por Orden de Descalificación Profesional una orden judicial emitida por el Tribunal Especializado en materia de Competencia Económica en respuesta a una resolución de la comisión en la que se prohíbe a una persona física involucrada en violaciones a la normatividad de competencia, ejercer cualquier posición directiva o de representación legal de cualquier empresa de la industria en la que se cometió la violación por el plazo especificado en la orden emitida.

Artículo 38 Bis 2. Cuando la comisión emita una solicitud de Orden de Descalificación Profesional al Tribunal Especializado en materia de Competencia Económica, deberá elaborar su solicitud con base en el análisis y discusión de los siguientes cinco factores:

I. La existencia de una violación a las leyes de competencia y sus reglamentos;

II. La naturaleza y alcance de la violación a las leyes de competencia y sus reglamentos así como la magnitud de la sanción económica que, en su caso, haya sido impuesta por esta violación;

III. La posible participación del agente económico involucrado en la violación a las leyes de competencia en algún programa de inmunidad;

IV. La magnitud de la responsabilidad directa e indirecta del directivo en cuestión en la comisión de la violación a las leyes de competencia y sus reglamentos;

V. La evaluación de factores agravantes o reductores de la sanción que se habrá de imponer sobre la persona física.

Artículo 38 Bis 3. La comisión podrá emitir su resolución de solicitud de Orden de Descalificación Profesional hasta por un periodo máximo de 15 años. Durante el periodo de tiempo en el que estará vigente la Orden de Descalificación Profesional emitida por el Tribunal Especializado en Competencia Económica, será un delito para el directivo del agente económico responsable de la violación de las leyes de competencia ejercer alguna posición directiva o de representación legal en cualquier empresa de la industria en la que se cometió la violación.

Artículo 38 Bis 4. La comisión en coordinación con el Tribunal Especializado en Competencia Económica generará un registro de Órdenes de Descalificación Profesional vigentes, cuyo contenido será público.

Capítulo VI Bis De los delitos de competencia económica

Artículo 38 Bis 5. A la persona que cometa, participe o coadyuve en la comisión de una práctica monopólica absoluta, y con independencia de las multas administrativas que procedan, se le impondrá una pena de cuatro a diez años de prisión, dependiendo de la gravedad de la práctica y de su intencionalidad, y los daños ocasionados.

Artículo 38 Bis 6. A la persona que cometa, participe o coadyuve en la comisión de una práctica monopólica relativa, y con independencia de las multas administrativas que procedan, se le impondrá una pena de tres a ocho años de prisión, dependiendo de la gravedad de la práctica y de su intencionalidad, y los daños ocasionados.

Artículo 38 Bis 7. A la persona que cometa, participe o coadyuve en la comisión de una concentración prohibida de tipo vertical, y con independencia de las multas administrativas que procedan, se le impondrá una pena de cuatro a diez años de prisión, dependiendo de la gravedad de la práctica y de su intencionalidad, y los daños ocasionados.

Artículo 38 Bis 8. A la persona que cometa, participe o coadyuve en la comisión de una concentración prohibida de tipo horizontal, y con independencia de las multas administrativas que procedan, se le impondrá una pena de cuatro a diez años de prisión, dependiendo de la gravedad de la práctica y de su intencionalidad, y los daños ocasionados.

Artículo 38 Bis 9. A la persona que cometa, participe o coadyuve en la comisión de prácticas restrictivas del comercio interestatal, y con independencia de las multas administrativas que procedan, se le impondrá una pena de cuatro a diez años de prisión, dependiendo de la gravedad de la práctica y de su intencionalidad, y los daños ocasionados.

Artículo 38 Bis 10. A la persona que incumpla con la obligación a que se refiere el artículo 22 Bis 7, o incurran en falsedad de la información presentada a la comisión, se le impondrá una pena de cuatro a diez años de prisión, dependiendo de la gravedad de la práctica y de su intencionalidad, y los daños ocasionados.

Artículo 38 Bis 11. Al comisionado o funcionario de la comisión que declare falsamente que no tiene impedimento alguno para participar en las deliberaciones o decisiones del órgano competencial, o que viole el principio de imparcialidad, se le aplicará una pena de cuatro a seis años de prisión. Sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, laborales y civiles que correspondan.

Artículo 38 Bis 12. A la persona que encubra o auxilie a encubrir una práctica monopólica se le impondrá una pena de cuatro a seis años de prisión.

Artículo 38 Bis 13. De los delitos de competencia económica conocerá la fiscalía especializada en delitos económicos de la Procuraduría General de la República.

Artículo 38 Bis 14. Los derechos o acciones derivadas de la presente ley prescribirán en un plazo de cinco años contados a partir de la fecha en que el afectado tenga conocimiento del daño causado o bien de que se hizo del conocimiento público la comisión de la práctica monopólica o la concentración prohibida.

Capítulo VII Medios de Impugnación

Artículo 39. Las normas generales, actos u omisiones de la comisión Federal de Competencia Económica podrán ser impugnados únicamente mediante el juicio de amparo indirecto y no serán objeto de suspensión. Solamente en los casos en que la Comisión Federal de Competencia Económica imponga multas o la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones, éstas se ejecutarán hasta que se resuelva el juicio de amparo.

Los juicios de amparo serán sustanciados por jueces y tribunales especializados en términos del artículo 94 de la Constitución y no se admitirán recursos ordinarios o constitucionales contra actos intraprocesales.

En ningún caso, el proceso judicial que resuelve de forma definitiva el juicio de amparo indirecto podrá durar más de 90 días naturales. Los jueces y los tribunales cuidarán que sus procedimientos no se suspendan ni se interrumpan, para lo cual proveerán lo necesario para que concluyan con la sentencia respectiva en un plazo que no excederá de 35 días en primera instancia y 35 días en revisión.

Transitorios

Primero. La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La comisión tendrá un plazo de 180 días para identificar las estructuras de mercado monopólicas/monopsónicas prevalecientes en los diversos sectores de la economía nacional y hará públicos los estudios conducentes a la identificación de estas estructuras de mercado derivados de éstos.

Tercero. La comisión tendrá un plazo de 30 días para emitir su estatuto orgánico y el reglamento correspondiente a esta ley.

Cuarto. La comisión tendrá un plazo de 120 días para emitir los criterios técnicos a que se refiere la fracción XVIII Bis del artículo 24 de la presente ley.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el 25 de febrero de 2014.— Diputados: Purificación Carpinteyro Calderón, Fernando Belaunzarán Méndez, Miguel Alonso Raya y Trinidad Morales Vargas, Marcos Rosendo Medina Filigrana (rúbricas).»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Túrnese a la Comisión de Economía, para dictamen, y a la Comisión de Competitividad, para opinión.



LEY GENERAL PARA PREVENIR, INVESTIGAR, SANCIONAR Y REPARAR LA DESAPARICION DE PERSONAS

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Iniciativa que expide la Ley General para prevenir, investigar, sancionar y reparar la Desaparición de Personas, a cargo de Raquel Jiménez Cerrillo y suscrita por José Alfredo Botello Montes, diputados del Grupo Parlamentario del PAN

Los que suscriben, diputada Raquel Jiménez Cerrillo y diputado José Alfredo Botello Montes, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, de la LXII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I y artículo 77, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía iniciativa de Ley General para prevenir, investigar, sancionar y reparar la Desaparición de Personas, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

1. Acorde con el artículo 1o. constitucional, en México todas las personas gozan de los derechos humanos y garantías para su protección reconocidas en la Carta Magna y en los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que la misma Constitución establece.

2. Las normas relativas a los derechos humanos deben interpretarse de conformidad con la Constitución y los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia y todas las autoridades, en el ámbito de su competencia tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. Por lo tanto deberán prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos.

3. La tutoría de los derechos humanos para todos los individuos que se encuentran en nuestro territorio, es obligación del estado conferida en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, correspondiéndole la persecución de delitos, ejecución de penas y sanciones a la Federación, Estado y Municipios, preservando la integridad, orden, libertad y paz social.

4. El día 3 de febrero de 1981, el Estado Mexicano firmó y se adhirió a la Convención Americana en materia de Derechos Humanos, suscrita en San José, Costa Rica, el día 22 de noviembre de 1969, comprometiéndose con ello a respetar los derechos y libertades contemplados y reconocidos, así como a garantizarlos. Dentro del documento encontramos derechos esenciales del hombre tales como la vida, la libertad personal y la integridad personal.

5. El día 2 de abril de 2002, México ratificó La Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, suscrita en la Ciudad de Belem, Brasil el 9 de junio de 1994, Convención que en sus artículos primero y tercero, establece el compromiso de los estados firmantes, de adoptar las medidas de carácter legislativo necesarias para tipificar y sancionar en el ámbito de su jurisdicción el delito de Desaparición Forzada.

6. El día 15 de enero de 2008, México ratificó La Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, que en sus artículos primero, segundo, tercero y cuarto compromete a los Estados parte para que tomen las medidas necesarias para que la Desaparición Forzada y la Desaparición cometida entre Particulares, sean tipificadas como delitos en el marco de la Legislación local.

7. La Convención Americana sobre Derechos Humanos en el artículo 1.1, establece el deber de respetar y garantizar los derechos humanos reconocidos ella. Respecto a la obligación de Garantía la Corte Interamericana ha establecido que puede ser cumplida de diversas maneras, las cuales tienen que ver con el derecho específico que el propio Estado debe garantizar a los particulares y de las particulares necesidades de protección.

“Esta obligación implica el deber de los Estados de organizar todo el aparato gubernamental y, en general, todas las estructuras a través de las cuales se manifieste el ejercicio del poder público, de manera tal que sean capaces de asegurar jurídicamente el libre y pleno ejercicio de los derechos humanos. Como parte de dicha Obligación, el Estado está en el deber jurídico de “Prevenir, razonablemente las violaciones de los derechos humanos, de investigar seriamente con los medios a su alcance las violaciones que se hayan cometido dentro del ámbito de su jurisdicción a fin de identificar a los responsables, de imponerles las sanciones pertinentes y de asegurar a la victima una adecuada reparación. Lo decisivo es dilucidar “si una determinada violación [...] ha tenido lugar con el apoyo o la tolerancia del poder público o si peste ha actuado de manera que la transgresión se haya cumplido en defecto de toda prevención o impunemente”

La corte reitera que no basta que los Estados se abstengan de violar los derechos, sino que es imperativa la adopción de medidas positivas, determinables en función de las particulares necesidades de protección del sujeto de derecho, ya sea por su condición persona o por la situación específica en que se encuentre.

8. En tal tenor, la obligación de un Estado, en casos específicos de desaparición, implica la obligación de prevenir e investigar las posibles desapariciones, implementando “todas aquellas medidas de carácter jurídico, político, administrativo y cultural que promuevan la salvaguarda de los derechos humanos y que aseguren que las eventuales violaciones a los mismos sean efectivamente consideradas y tratadas como un hecho ilícito que, como tal, es susceptible de acarrear sanciones para quien las cometa, así como la obligación de indemnizar a las víctimas por sus consecuencias perjudiciales”

9. En el contexto de desapariciones de personas que ocurre en el país, se puede llegar a considerar que en circunstancias de una violación grave generada por la delincuencia, la falta de investigación inmediata y seria por parte del Estado hace considerar que la autoridad, al menos permite o tolera las desapariciones. En ese sentido es necesario seguir los criterios de la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones Forzadas, a partir del deber previsto en el artículo 3 que al efecto establece:

Los Estados partes tomarán las medidas apropiadas para investigar sobre las conductas definidas en el artículo 2 que sean obras de personas o grupos de personas que actúan sin la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, y para procesar a los responsables

10. El actuar del Estado deberá en todo momento estar regido por la preservación de los Derechos Humanos, instrumentando las leyes necesarias a fin de fortalecer la estructura legal que garantice el correcto desarrollo de la sociedad, armonizando las leyes promulgadas con los compromisos internacionales a los que el estado mexicano sea parte.

11. El Estado tiene la obligación de proteger al individuo de los actos de particulares y de agentes estatales que obstaculicen el ejercicio de sus derechos, al respecto la Corte Interamericana ha señalado:

“...los Estados tienen la obligación de garantizar la creación de las condiciones necesarias para que no se produzcan violaciones a los derechos humanos, así como el deber de impedir que sus agentes o particulares atenten contra ellos...”

Los Estados deben adoptar las medidas necesarias para crear un marco normativo adecuado que disuada cualquier amenaza a los derechos humanos; establecer un sistema de justicia efectivo capaz de investigar, castigar y dar reparación por la privación de la vida y libertad por parte de agentes estatales o particulares; y salvaguardar el derecho a que no se impida el acceso a las condiciones que garanticen una existencia digna.

De lo anterior, se concluye que el Estado tiene la obligación de adoptar las medidas necesarias, tanto a nivel legislativo, administrativo y judicial, mediante la emisión de normas penales y el establecimiento de un sistema de justicia para prevenir, suprimir y castigar la participación de los agentes del Estado en actos criminales, así como también para prevenir y proteger a los individuos de actos criminales de otros individuos e investigar efectivamente estas situaciones.

12. Por otra parte la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, ha señalado que la desaparición es una violación que atenta de diversas formas a los derechos humanos, manifestando al efecto:

“Es importante considerar que una desaparición constituye una de las violaciones más graves a los derechos humanos que afecta la violación de otros derechos como:

• El derecho a la seguridad y libertad personales;

• El derecho a la dignidad de la persona

• El derecho a la integridad personal, a no sufrir tortura o trato o pena cruel, inhumana o degradante;

• El derecho a la vida familiar y de amistad, y

• Cuando la persona desaparecida es asesinada, el de derecho a la vida.”

13. En este contexto legal, tenemos el compromiso internacional de legislar en la materia, sancionando la conducta delictiva de Desaparición Forzada y Desaparición Cometida entre particulares, que cuenta con elementos distintivos que la separan de las conductas penales que se contemplan actualmente en nuestro Código Penal Federal, dentro del Libro Segundo, Titulo Décimo Delitos Cometidos por Servidores Públicos, Capítulo III Bis Desaparición Forzada de Personas.

14. Al respecto, el pasado 05 de junio de 2013, el C. Senador Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta del grupo parlamentario del PRD, presentó la Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal, a fin de tipificar el delito de desaparición involuntaria de personas.

15. Asimismo, el 22 de octubre de 2013 el presidente de la República Enrique Peña Nieto, presentó iniciativa a efecto de reformar al Código Penal Federal, para adecuar el delito de desaparición forzada de personas a los estándares internacionales

16. En tal tenor, a fin de conjugar esfuerzos retomando las iniciativas señaladas en los numerales anteriores, resulta imperante generar una Ley General para prevenir, combatir y sancionar la Desaparición de Personas; Ley que contempla la figura de desaparición forzada y la desaparición de Personas entre Particulares, y cumplir con los compromisos Internacionales de los que forma parte el Estado mexicano.

17. Las conductas a sancionar en la modalidad de Desaparición forzada, contempla los siguientes elementos; como agentes activos de la conducta: funcionarios públicos o ciudadanos que actúen por órdenes de funcionarios públicos, con permiso o consentimiento de éstos;mientras que la conducta contiene 1. La privación ilegal o en un principio privación legal de la libertad, 2. La sustracción de la víctima de la protección de la ley, 3. La negativa de la detención o paradero de la víctima,mientras que la modalidad de Desaparición de personas entre particulares, contiene los mismos elementos pero sin la participación de Servidores Públicos o sin conocimiento de éstos, de la comisión de la conducta, elementos que la distinguen a los tipos penales ya existente y tutelados dentro de nuestro Código Penal Federal.

18. En los inicios de la vida independiente de nuestro país, las Agencias Policíacas servían a los intereses de un sector privilegiado de políticos en el poder, cobrando a través de éstas, las venganzas políticas o neutralizando a los adversarios políticos, motivos que llevaban a los Servidores Públicos a cometer conductas en contra de los ciudadanos, conductas que se encuadraban con el tipo penal propuesto en esta iniciativa y en algunos caso extremos llegando a la comisión de crímenes de lesa humanidad.

19. En la actualidad la desaparición forzada cometida por los Agentes o Servidores Públicos, no se ha erradicado en su totalidad, teniendo a los sectores más desprotegidos o en situación de vulnerabilidad, proclives a la violación de los derechos humanos y abusos por parte de las autoridades, inclusive convirtiéndose en víctimas de la comisión del delito de desaparición forzada.

20. Mientras que la conducta de desaparición cometida entre de particulares, se ha vuelto una modalidad muy recurrida por los delincuentes, aprovechando el vacío legal en que se encuentran las personas reportadas como desaparecidas, pues las autoridades no se encuentran hoy en día obligadas jurídicamente a iniciar Averiguación Previa, ya que no hay delito que perseguir por la autoridad, hasta en tanto no se configure alguno de los delitos existentes en el Código Penal Federal, conducta ha sido una constante sobre todo en los últimos años ejecutada por individuos o grupos delictivos. Lo que vuelve urgente legislar en la materia, reconociendo y sancionado la conducta, a fin de que la Procuraduría General de la República Justicia, persiga, sancione y prevenga el delito de desaparición entre particulares.

21. A nivel nacional se registraron 4 mil 7 desapariciones forzadas tan sólo en el 2012, lo que se desprende de estimaciones del Instituto Nacional de Estadísticas y Geografía (Inegi), con base en la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción de la Seguridad Pública (ENVIPE), 2013, es la primera vez que se detalla el número de desapariciones forzadas, ejercicio que se aplica desde el 2010.

22. Debido a la ubicación geográfica del país, éste se ha vuelto trayecto obligado de muchos extranjeros que en su camino hacia Estados Unidos de América, se encuentran de paso; personas que por encontrarse en tránsito se ven expuestas a ser víctimas de la comisión de diversos delitos, entre ellos a ser privados de la liberta por servidores públicos o cualquier otra persona con el objeto de sustraerlos de la protección de la ley y negando la privación o paradero de las víctimas, aprovechándose de la situación de vulnerabilidad en que se encuentran, por lo que considerando la portabilidad de los Derechos Humanos, de conformidad con el artículo 6 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en el que se establece que todo ser humano tiene derecho, en todas partes al reconocimiento de su personalidad jurídica, sin importar su calidad migratoria en el país o situación de transito por el Estado, el que deberá de estar obligado a proteger y salvaguardar los Derechos Humanos de todas las personas, lo que nos compromete a legislar y sancionar la conducta de Desaparición.

23. Con el objeto de brindar la más amplia protección de la Ley, a las víctimas de la comisión de esta conducta delictiva, se propone la persecución del delito por denuncia anónima, con el propósito de que cualquier persona que conozca o se entere de la comisión de este delito, se encuentre facultado de denunciarlo y con ello activar el órgano jurisdiccional para que se investiguen los hechos presuntamente constitutivos de delito, sin la necesidad de que sea denunciado por quien o quienes tiene el derecho legal de denunciarlo, es decir el familiar directo o familiares de la víctima, debido a que existen caso en los que las victimas no cuentan con familiares.

24. Es de destacarse las modalidades adoptadas por la delincuencia para cometer delitos, las cuales no deben de escapar de ser sancionadas, como lo es la desaparición de Personas sin la participación o anuencia de Servidores Públicos, en la que personas o grupo de personas privan de la liberta a otra u otras, negando la privación, sustrayendo a la victima de la protección de la ley, sin pedir nada a cambio de la liberación lo que separa esta conducta del tipo penal de secuestro, pues este último tiene como fin el obtener un beneficio para el delincuente a cambio de la liberación de la víctima; de igual forma se distingue del tipo penal de Privación de la Libertad, debido a que esta última solo busca privar de la libertad a la víctima, mientras que la conducta de Desaparición entre particulares, busca que la víctima desaparezca física y jurídicamente, no quedando solo en la privación de la libertad, elementos que nos llevan a separar las conductas mencionadas y a combatir y sancionar por separado.

25. La Ley propuesta contempla un capítulo sobre los derechos de las víctimas, ofendidos y testigos, en términos de la Ley General de Víctimas y aplicables durante el proceso penal para asegurar su bienestar, su seguridad y la de sus familiares y personas cercanas y evitar la revictimización, incluso innovando con medios tecnológicos las formas de emitir sus declaraciones; además establece la obligación de adoptar medidas y protocolos de protección, asistencia y atención a la víctima, ofendidos y testigos, incluso cuando éstos sean de procedencia extranjera y no cuenten con documentos migratorios que comprueben su legal estancia en el país; estableciendo otro capítulo para la Persecución, Investigación y Sanción del delito considerando la creación de una Fiscalía Especializada adscrita a la Procuraduría para tales fines y en el Capítulo subsecuente se establece la preparación de policías especializados en la materia para la investigación de los delitos establecidos en esta Ley.

26. Adicionalmente se propone la creación de una base de datos que contengan los registros de ADN de restos corpóreos encontrados y los de los familiares de las víctimas de desaparición con la finalidad de cotejarlos y en su momento determinar la identificación de alguna víctima.

27. Durante los procesos de investigación, la víctima y/o los ofendidos suelen sufrir múltiples afectaciones emocionales, económicas, laborales, sociales, educativas y otras, por lo que la presente Ley establece un Capítulo dedicado a la reparación integral, misma que podrá ser garantizada con los bienes de los inculpados y/o mediante el Fondo Estatal de Desaparición que se integrará por recursos gubernamentales, fianzas y otros rubros.

28.Debido al compromiso del Estado en la persecución y sanción de las conductas delictivas en el marco del Estado de Derecho que nos debe de regir, aunado al rezago en el que se encuentra nuestro actual Código Penal Federal, de conformidad con nuestra Carta Magna y los Tratados Internacionales de los que forma parte el Estado Mexicano, nos encontramos con el deber de incluir y tipificar la conducta delictiva de la Desaparición de Personas, en beneficio de la tutelar la integridad y la libertad de las personas.

Por lo antes expuesto y fundado, someto a la consideración de esta Honorable Soberanía la iniciativa siguiente:

Ley General para prevenir, investigar, sancionar y reparar la Desaparición de Personas

Título Primero Parte General Disposiciones Generales

Capítulo Único Generalidades

Artículo 1.La presente Ley general es de orden público de interés social y observancia en todo el territorio nacional, en términos de lo dispuesto por el artículo 1o, párrafo tercero, artículo 17, y el artículo 20 apartado C, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y Tratados Internacionales celebrados y ratificados por el Estado Mexicano.

Esta Ley se interpretará de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano es Parte, la jurisprudencia y recomendaciones de los órganos de protección de los derechos humanos creados por Tratados Internacionales de los que el Estado mexicano sea Parte y en la Ley General de Víctimas, para lo que en su caso proceda, favoreciendo en todo tiempo la protección más amplia de los derechos de las personas.

Artículo 2.La presente Ley tiene por objeto:

I. Prevenir la desaparición de personas;

II. Tipificar el delito de desaparición de personas;

III. Inhibir la práctica de la desaparición de personas, así como no permitir, ni tolerar ésta bajo ninguna circunstancia, incluyendo bajo situaciones de posible emergencia, peligro, disturbio público, catástrofe natural o cualquiera otra.

IV. Sancionar a los autores, cómplices y encubridores del delito de desaparición de personas, así como la tentativa de comisión del mismo; y

V. Dar pleno reconocimiento y efectividad a los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación, conforme a lo que a este respecto establece la normatividad aplicable.

VI. Establecer las reglas para la investigación, persecución, procesamiento, sanción y ejecución de las penas, por los delitos descritos en la presente Ley.

VII. Reparar el daño a las víctimas de desaparición de manera integral, adecuada, eficaz y efectiva, proporcional a la gravedad del daño causado y a la afectación sufrida.

Artículo 3.Para efectos de esta Ley se entenderá por:

I. ADN: Ácido Desoxirribonucleico;

II. Autoridades: Cualquier Dependencia Federal, de los Estados y Municipios.

III. Fondo: El Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación a Víctimas de Desaparición;

IV. Ley: Ley General para prevenir, combatir y sancionar la Desaparición de Personas;

V. Procuraduría: Procuraduría General de de la República;

VI. Servidor Público:los señalados con tal carácter en el artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

VII. Desaparición involuntaria de personas:delito de desaparición de personas entre particulares.

Artículo 4.Serán aplicables en forma supletoria a esta Ley, las disposiciones del Código Penal Federal, Código Federal de Procedimientos Penales, la Ley General de Víctimas, las Resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que sean aplicables y los Tratados Internacionales en materia de Derechos Humanos que sean aplicables de acuerdo a lo establecido en los Artículos 1º y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 5.La interpretación, aplicación y definición de las acciones para el cumplimiento de la presente Ley; el diseño e implementación de acciones de prevención, investigación, persecución y sanción de los delitos objeto del presente ordenamiento legal, así como para la protección y asistencia a las víctimas, ofendidos y testigos, se orientarán, además de lo previsto en el orden jurídico nacional, por los siguientes principios:

I.Máxima protección: Obligación de cualquier autoridad, de velar por la aplicación más amplia de medidas de protección a la dignidad, libertad, seguridad y demás derechos humanos de las víctimas y los ofendidos de los delitos previstos por esta ley. Las autoridades adoptarán, en todo momento, medidas para garantizar su seguridad, protección, bienestar físico y psicológico, su intimidad y el resguardo de su identidad y datos personales.

II.Interés superior de la infancia: Entendido como la obligación del Estado de proteger los derechos de la niñez y la adolescencia, y de velar por las víctimas, ofendidos y testigos menores de 18 años de edad, atendiendo a su protección integral y su desarrollo armónico.

Los procedimientos señalados en esta Ley reconocerán sus necesidades como sujetos de derecho en desarrollo.

El ejercicio de los derechos de los adultos no podrá condicionar el ejercicio de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

III.Debida diligencia: Obligación de los servidores públicos de dar respuesta inmediata, oportuna, eficiente, eficaz y responsable en la prevención, investigación, persecución y sanción, así como en la reparación del daño de los delitos previstos por esta Ley, incluyendo la protección y asistencia a las víctimas de estos delitos.

IV.Derecho a la reparación del daño: Entendida como la obligación del Estado y los Servidores Públicos de tomar todas las medidas necesarias para garantizar a la víctima la restitución de sus derechos, indemnización y rehabilitación por los daños sufridos, así como de vigilar la garantía de no repetición, que entre otros incluye la garantía a la víctima y a la sociedad de que el crimen que se perpetró no volverá a ocurrir en el futuro, el derecho a la verdad que permita conocer lo que verdaderamente sucedió, la justicia que busca que los criminales paguen por lo que han hecho, y a la reparación integral.

V.Garantía de no revictimización: Obligación del Estado y los servidores públicos, en los ámbitos de sus competencias, de tomar todas las medidas necesarias para evitar que las víctimas sean revictimizadas en cualquier forma.

VI.Presunción de minoría de edad: En los casos que no pueda determinarse o exista duda sobre la minoría de edad o documentos de identificación y no se cuente con dictamen médico, se presumirá ésta.

VII.Las medidas de atención, asistencia y protección, beneficiarán a todas las víctimas de los delitos previstos por esta Ley, con independencia de si el sujeto activo ha sido identificado, aprehendido, juzgado o sentenciado, así como de la relación familiar, de dependencia, laboral o económica que pudiera existir entre éste y la víctima.

Artículo 6.LaFederación será competente para investigar, perseguir y sancionar los delitos establecidos en esta Ley cuando:

I.Se apliquen las reglas de competencia previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

II.El delito se inicie, prepare o cometa en el extranjero, siempre y cuando produzca o se pretenda que produzca efecto en el territorio nacional, o cuando se inicie, prepare o cometa en el territorio nacional, siempre y cuando produzca o se pretenda que tengan efectos en el extranjero, en términos de los artículos 2o, 3o, 4o, 5o y 6o del Código Penal Federal;

III.Lo previsto en el artículo 10 del Código Federal de Procedimientos Penales;

IV.El Ministerio Público de la Federación solicite a la autoridad competente de una entidad federativa la atracción del asunto, atendiendo a las características propias del hecho, así como las circunstancias de ejecución o a la relevancia social del mismo.

V.Que sean cometidos por la delincuencia organizada, en los términos de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

Para tal efecto la autoridad local deberá coadyuvar en todo momento con la autoridad federal en la integración de la investigación por delincuencia organizada.

El Distrito Federal y los estados serán competentes para investigar, procesar y sancionar los delitos establecidos en esta ley cuando no se den los supuestos previstos anteriormente.

La ejecución de las penas por los delitos previstos en esta Ley se regirá conforme a los ordenamientos aplicables en la Federación, el Distrito Federal y los Estados, en lo que no se oponga a la presente Ley.

Artículo 7.La Federación, los estados, los municipios y el Distrito Federal y sus demarcaciones territoriales, estarán obligados a coordinarse, en el ámbito de sus competencias, y en función de las facultades exclusivas y concurrentes previstas en esta Ley, con el objeto de generar prevención general, especial y social, en los términos y reglas establecidas en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y la presente Ley.

Título Segundo De los Delitos en Materia de Desaparición de Personas

Capítulo Primero De los Delitos en Materia de Desaparición de Personas

Artículo 8.Los delitos descritos en la presente Ley, serán calificados como graves y no son susceptibles de indulto, amnistía o figuras análogas, ni se le considerará de carácter político para los efectos de extradición.

Artículo 9.Las conductas delictivas descritas en la presente Ley se perseguirán a petición de parte ofendida o denuncia anónima, y se considerarán permanentes hasta en tanto no se establezca el paradero o destino de la víctima, por tanto, los delitos previstos en esta Ley serán imprescriptibles.

Artículo 10.Las Defensoría de los Derechos Humanos de los Estados y el Distrito Federal, en los términos de sus respectivas Leyes y Reglamentos, estarán facultadas para que oficiosamente o mediante petición de parte ofendida denuncie y coadyuve ante el Ministerio Público en la investigación y persecución del delito de desaparición de personas.

Artículo 11.Las autoridades encargadas de la investigación y persecución de los delitos descritos en la presente Ley tienen la obligación oficiosa de iniciar de manera eficaz y urgente las acciones para lograr la localización y el rescate de la víctima que haya sido reportada como desaparecida. Toda víctima de desaparición tiene derecho a que las autoridades desplieguen las acciones pertinentes para su protección con el objetivo de preservar, al máximo posible, su vida y su integridad física y psicológica.

Esta obligación incluye la instrumentación de protocolos de búsqueda conforme a la legislación aplicable y los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea Parte, así como la realización de las exhumaciones de cementerios, fosas clandestinas o de otros sitios en los que se encuentren o se tengan razones fundadas para creer que se encuentran cuerpos u osamentas de las víctimas. Las exhumaciones deberán realizarse con la debida diligencia y competencia y conforme a las normas y protocolos internacionales sobre la materia, buscando garantizar siempre la correcta ubicación, recuperación y posterior identificación de los cuerpos u osamentas bajo estándares científicos reconocidos internacionalmente.

Los familiares de las víctimas tienen el derecho a estar presentes en las exhumaciones, por sí o a través de sus asesores jurídicos o representantes; a ser informadas sobre los protocolos y procedimientos que serán aplicados y a designar peritos independientes, acreditados ante organismo nacional o internacional de protección a los derechos humanos o expertos en el mismo campo, que contribuyan al mejor desarrollo de las mismas.

Con independencia de los derechos previstos en esta Ley, el reconocimiento de la personalidad jurídica de las víctimas de desaparición de personas y el procedimiento para conocer y resolver de las acciones judiciales de declaración especial de ausencia por desaparición se sujetarán a lo que dispongan las leyes aplicables, a fin de que las víctimas indirectas ejerzan de manera expedita los derechos patrimoniales y familiares del ausente para salvaguardar los intereses esenciales del núcleo familiar.

Incurrirán en responsabilidad administrativa, sin perjuicio de la responsabilidad de otra naturaleza a que hubiera lugar, los servidores públicos que:

I. Impidan u obstaculicen el acceso de las víctimas y sus representantes a la información, no sujeta a reserva legal, sobre sus casos;

II. Manipulen, pierdan o alteren las pruebas o datos de investigación;

III. Proporcionen información falsa sobre los hechos;

IV. Se nieguen a cumplir con sus obligaciones en materia de investigación y persecución del delito, por la causa que sea; o

V. Se nieguen a cumplir con las reparaciones a las que sus instituciones estén obligadas, incluyendo el reconocimiento de los hechos y la aceptación de responsabilidades.

Artículo 12.Se impondrá de tres a nueve años de prisión y de doscientos a setecientos cincuenta días de multa, a la persona que en relación con las conductas sancionadas en la presente Ley:

I. Obstruya la actuación de las autoridades.

II. A los servidores públicos que teniendo la obligación de investigar las conductas tipificadas en la presente Ley, omitan efectuar dicha investigación.

III. Intimide a la víctima, a sus familiares o a sus representantes durante o después de la desaparición, para que no realicen la denuncia correspondiente o no colaboren con las autoridades competentes.

IV. Conociendo los planes para la comisión del delito de desaparición, sin ser partícipe, no diere aviso a la autoridad.

Artículo 13.A quien mantenga oculto o no entregue a su familia al infante que nazca durante el período de desaparición forzada de la madre, se le impondrá una pena de quince a veinticinco años de prisión y ciento doscientos a quinientos cincuenta días de multa.

A quien conociendo el paradero o destino final del infante que nazca durante el período de la desaparición de la madre, no proporcione información para su localización se le aplicará una pena de cinco a diez años de prisión y de doscientos a cuatrocientos días de multa.

Artículo 14. Se impondrá de tres a cinco años de prisión y multa de doscientos a quinientos días de salarios mínimos vigentes, a las autoridades o particulares que teniendo a su cargo edificios, locales, recintos o instalaciones de carácter oficial o cualquier otro inmueble de su propiedad permitan por acción u omisión a sabiendas el ocultamiento de la víctima y el despliegue de las conductas descritas de en la presente Ley.

Artículo 15.Las autoridades o particulares que tengan en propiedad o posesión o tengan a su cargo inmuebles o instalaciones en donde se presuma la ejecución de cualquiera de los delitos descritos en la presente Ley, deberán de permitir el acceso inmediato y libre a las autoridades competentes.

Capítulo Segundo De la Desaparición Forzada

Artículo 16.Comete el delito de desaparición forzada de personas el servidor público que, independientemente de que haya participado en la detención legal o ilegal de una persona, propicie o mantenga dolosamente su ocultamiento bajo cualquier forma; o se niegue a reconocer la privación de la libertad de la persona o a informar sobre el paradero de la misma, con el fin de favorecer su ocultamiento.

También incurre en el delito de desaparición forzada de persona el particular que participe en cualquiera de las conductas descritas en el párrafo anterior por orden, con el consentimiento o el respaldo de un servidor público o en su apoyo.

Artículo 17. A quien cometa el delito de desaparición forzada de persona se le impondrá una pena de veinticinco a cincuenta años de prisión y de cuatro mil a ocho mil días de multa, y quedará impedido para desempeñar cualquier cargo, comisión o empleo públicos.

Estas penas podrán ser disminuidas hasta una tercera parte en beneficio de aquel que hubiere participado en la comisión del delito, cuando suministre información que permita esclarecer los hechos, y hasta en una mitad, cuando contribuya a lograr la aparición con vida de la víctima.

Artículo 18.Al servidor Público que haya sido condenado por el delito de desaparición forzada de personas, además se le destituirá del cargo y se le inhabilitará de veinte años y hasta de forma permanente para ejercer cualquier cargo, comisión o empleo público.

Artículo 19.Cuando en la comisión de las conductas descritas en el presente capítulo concurran las siguientes circunstancias, las penas previstas en este capítulo se aumentarán hasta en una mitad, sin perjuicio del concurso de delitos:

I. Que el subordinado jerárquico de un Servidor Público participe en la comisión del delito, y éste tenga conocimiento de su comisión y no ejerciere su autoridad para evitarlo;

II. Que por la comisión de las conductas descritas en el presente capítulo, sobrevenga la muerte de la víctima.

III. Que la víctima sea menor de edad, o que por cualquier otra circunstancia no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o capacidad para resistirlo

IV. Que la víctima haya sido sometida a tortura, tratos crueles e inhumanos o lesiones.

V. Que la víctima sea violentada sexualmente.

VI. Que la víctima sea una persona con discapacidad, migrante, menor de dieciocho años, mayor de sesenta años, indígena, mujer embarazada o cualquier persona en situación de vulnerabilidad;

VII. Que las conductas descritas en el presente capítulo, sea ejecutada por más de una persona;

VIII. Que la conducta sea ejecutada con el propósito de ocultar o asegurar la impunidad de otro delito; o

IX. Como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque.

Las sanciones señaladas en el presente artículo se impondrán, sin perjuicio o con independencia de las que correspondan por otros delitos que de las conductas a las que se aplican resulten.

Artículo 20.Al Servidor Público que haya sido condenado por el delito de desaparición de personas, además de las penas previstas en esta Ley, se le destituirá del cargo y se le inhabilitará permanentemente para desempeñar cualquier cargo, comisión o empleo públicos.

Artículo 21.No serán excluyentes o atenuantes de responsabilidad para quien cometa los delitos descritos en la presente Ley, la obediencia por razones de jerarquía, así como las órdenes o instrucciones recibidas por superiores.

Artículo 22.Las sanciones previstas en el presente capítulo se disminuirán en una tercera parte, cuando:

I. La víctima de desaparición de personas fuere liberada espontáneamente durante los quince días siguientes a su privación de libertad;

II. Los autores o partícipes proporcionen información que conduzca a la liberación de la víctima o a dar con el paradero de los restos corpóreos de la misma; y

III. Los autores materiales del delito de desaparición de personas, que proporcionen información relativa a la responsabilidad y paradero de los autores intelectuales.

Capítulo Tercero Del Delito de Desaparición de Personas entre Particulares

Artículo 23. Comete el delito de desaparición involuntaria de persona quien, independientemente de los fines con los que realice el acto, sustraiga a una persona en contra de su voluntad o a base de engaños,seguido de su ocultamiento y de la negativa a brindar información sobre el paradero de la persona desaparecida, con el objeto de favorecer su ocultamiento.

Artículo 24.Al que cometa el delito de desaparición involuntaria de persona, se le impondrá una pena de se le impondrá una pena de veinte a cincuenta años de prisión y de dos mil a seis mil días de multa.

Estas penas podrán ser disminuidas hasta una tercera parte en beneficio de aquel que hubiere participado en la comisión del delito, cuando suministre información que permita esclarecer los hechos, y hasta en una mitad, cuando contribuya a lograr la aparición con vida de la víctima.

Artículo 25.Se aplicará una pena de veinticinco a cuarenta y cinco años de prisión y de dos mil a ocho mil días multa, si en la desaparición involuntaria de persona concurre alguna o algunas de las circunstancias siguientes:

a) Que quienes la lleven a cabo obren en grupo de dos o más personas;

b) Que la víctima sea menor de edad, o que por cualquier otra circunstancia no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o capacidad para resistirlo;

c) Que la víctima sea una mujer en estado de gravidez;

d) Que la víctima sea obligada a prestar servicios ilícitos dentro de una organización criminal.

Artículo 26.Se aplicará una pena de veinticinco a cincuenta años de prisión y de cinco mil a ocho mil días multa, si en la comisión del ilícito de desaparición involuntaria de persona concurren cualquiera de las circunstancias siguientes:

a) Que el o los autores tengan vínculos de parentesco, amistad, gratitud, confianza o relación laboral con la víctima o persona relacionada con ésta;

b) Que durante la desaparición de la persona se cause a la víctima alguna lesión de las previstas en los artículos 291 a 293 del Código Penal Federal;

d) Que en contra de la víctima se hayan ejercido actos de tortura o violencia sexual;

e) Que durante o después de su desaparición, la víctima muera debido a cualquier alteración de su salud que sea consecuencia de la desaparición, o por enfermedad previa que no hubiere sido atendida en forma adecuada por los autores o partícipes del delito.

Las sanciones señaladas en el presente artículo se impondrán, sin perjuicio o con independencia de las que correspondan por otros delitos que de las conductas a las que se aplican resulten.

Artículo 27. Si la víctima del delito de desaparición involuntaria de persona, es privada de la vida por los autores o partícipes de los mismos, se impondrá a éstos una pena de cuarenta a setenta años de prisión y de seis mil a doce mil días multa.

Si espontáneamente se entrega a la víctima del delito de desaparición involuntaria de persona dentro de los tres días siguientes de que fuera levantada, sin que se haya presentado alguna de las circunstancias agravantes del delito, la pena será de dos a seis años de prisión y de cincuenta a ciento cincuenta días multa.

La misma pena se aplicará a aquél que habiendo participado en la planeación de alguna de las conductas a que hace referencia el presente Capítulo, dé noticia de ese hecho a la autoridad y la víctima sea rescatada con vida.

La pena señalada en el párrafo segundo de este artículo se aplicará a aquél que habiendo participado en la comisión de alguna de las conductas a que hace referencia el presente Capítulo, dé noticia de ese hecho a la autoridad para evitar que se cometa el delito y proporcione datos fehacientes o suficientes elementos de convicción contra los demás participantes del hecho o, ya cometido, antes de que aparezca la víctima, proporcione, los datos o elementos referidos, además dé información eficaz para liberar o localizar a la víctima.

No obstante lo anterior, si a la víctima se le hubiere causado alguna lesión de las previstas en los artículos 291 a 293 del Código Penal Federal, la pena será de nueve a dieciséis años de prisión y de trescientos a quinientos días multa, así como la colocación de los dispositivos de localización y vigilancia por la autoridad policial hasta por los cinco años posteriores a su liberación.

En caso de que espontáneamente se entregue a la víctima dentro de los primeros diez días, sin que se haya presentado alguna de las circunstancias agravantes del delito, la pena de prisión aplicable será de ocho a quince años y de doscientos cincuenta hasta quinientos días multa.

Artículo 28.Los bienes que sean instrumento, objeto o producto de los delitos previstos en esta Ley, y que sean decomisados como resultado del ejercicio de la extinción de dominio, formarán parte del patrimonio del Fondo, así como de aquellos Fondos de Protección y Asistencia a las Víctimas de los estados y el Distrito Federal.

Al imponer las consecuencias jurídicas accesorias previstas en este artículo, el Juez, oficiosamente, tomará las medidas pertinentes para dejar a salvo los derechos de los trabajadores y terceros, así como aquellos otros derechos que sean exigibles frente a otras personas, derivados de actos celebrados con la persona sancionada. Toda omisión de la autoridad judicial será sancionada en los términos de las leyes aplicables.

Capítulo Cuarto De los Principios para la Investigación, Procesamiento e Imposición de las Sanciones

Artículo 29.Para dar cumplimiento a esta Ley, en materia de investigación, procesamiento y sanción, se deberá observar y atender lo siguiente:

I. La Procuraduría General de la República, coordinara la elaboración de una base de datos nacional con los registros del material genético (ADN) de los restos corpóreos que se levanten por los Servicios Médico Forense de los Estados y el Distrito Federal, mismos que deberán de ser cruzados con los registros de material genético (ADN) de los familiares consanguíneos de las personas denunciadas como desaparecidas, con el objeto de identificar los restos corpóreos.

Para alimentar la base de datos a la que se refiere el párrafo anterior, las Procuradurías Generales de Justicia de los Estado y el Distrito Federal, remitirán de forma diaria a la Procuraduría General de la República los datos y actualizaciones de los registros de material genético (ADN) de los restos corpóreos levantados por el Servicio Médico Forense de la Entidad Federativa de la que se trate; así como de los familiares que han denunciado la desaparición de personas en éstas.

II. El Ministerio Público y los Poderes Judiciales de la Federación, de los estados y del Distrito Federal, garantizarán en todo momento los derechos de las víctimas, con el fin de brindar asistencia, protección, seguridad y acceso a la justicia.

III. En todos los casos, la sentencia condenatoria que se dicte por los delitos previstos en esta Ley, deberán contemplar la reparación del daño a las víctimas, cuyo monto fijará el Juez de la causa, con los elementos que el Ministerio Público o la víctima aporten, o aquellos que se consideren procedentes, en términos de Ley.

IV: Las policías, el Ministerio Público y las autoridades jurisdiccionales adoptarán medidas adecuadas para asegurar la eficacia de la investigación y el enjuiciamiento de los delitos previstos en esta Ley. A esos efectos, respetarán los intereses y las circunstancias personales de víctimas y testigos, entre otros la edad, el género y la salud, y tendrán en cuenta la naturaleza de los delitos, en particular los de violencia sexual, violencia por razones de género y violencia contra los niños, niñas y adolescentes.

Artículo 30. Las policías, Ministerio Público y autoridades jurisdiccionales harán una consideración especial en el desarrollo de sus actividades, cuando la víctima se encuentre en una situación de vulnerabilidad por haber sufrido algún daño físico o emocional que requieran tomar medidas especiales.

Artículo 31. Cuando el Ministerio Público tenga conocimiento por cualquier medio de la comisión de alguno de los delitos en materia de desaparición de personas asumirá la función de la dirección de investigación a que se refiere el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 32. El Ministerio Público convocará a una reunión de planeación de la investigación a la que asistirán todas las áreas requeridas, en la que se deberá fijar por lo menos:

I. El Ministerio Público responsable del caso;

II. Los policías de investigación asignados;

III. Integrar a funcionarios encargados de las investigaciones patrimoniales y financieras;

IV. El mando policial responsable;

V. El análisis y estrategia básica de la investigación;

VI. El control de riesgo y manejo de crisis;

VII. El control de manejo de información;

VIII. Lugar en el que deberá ser alojada la víctima, en caso de ser necesario;

IX. La relación con el personal encargado de la atención y apoyo a la víctima u ofendidos, y

X. Periodicidad de las reuniones del grupo en las fases críticas y en la continuación de la investigación.

Artículo 33. Las policías y el Ministerio Público en el respectivo ámbito de sus competencias deberán tener como metas de la investigación, por lo menos las siguientes:

I. Extracción segura de la víctima del lugar de los hechos o de donde se encuentra;

II. Identificación del modus operandi de los involucrados;

III. Obtención de elementos probatorios antes, durante y posterior a la extracción segura de la víctima;

IV. Aseguramiento de elementos probatorios conforme a los lineamientos de cadena de custodia;

V. Detención de las personas que cometieron o participaron en la comisión;

VI. Identificación y aseguramiento de los recursos económicos obtenidos por el responsable del delito;

VII. Identificación de bienes relacionados con los hechos o propiedad de los responsables del delito que pueda ser objeto de extinción de dominio;

VIII. En caso de que el delito sea cometido por más de dos personas, identificar, determinar las actividades que realiza y detener a cada integrante del grupo criminal, y

IX. Obtener sentencias definitivas contra los responsables del delito.

Artículo 34. Las policías que actuarán bajo la dirección y conducción del Ministerio Público, además de las facultades que les confieren otros ordenamientos, durante la fase de investigación podrán:

I. Recabar información en lugares públicos, mediante la utilización de medios e instrumentos y cualquier herramienta que resulten necesarias para la generación de inteligencia. En el ejercicio de esta atribución se deberá respetar los derechos particulares de los ciudadanos;

II. Recabar información de bases de datos públicos, con el objeto de identificar a las víctimas, testigos, lugares de los hechos, forma de operar, sujetos involucrados o bienes de estos;

III. Realizar análisis técnico táctico o estratégico de la información obtenida para la generación de inteligencia;

IV. Verificar la información que reciba sobre hechos que puedan ser constitutivos de delito o delitos para, en su caso, informarlo al Ministerio Público;

V. Efectuar el procesamiento del lugar de los hechos, para lo cual deberán fijar, señalar, levantar, embalar y entregar la evidencia física al Ministerio Público, conforme al procedimiento previamente establecido por éste y en términos de las disposiciones aplicables, en caso de contar con personal calificado para tal fin.

Artículo 35. El Ministerio Público, además de las facultades que les confieren otros ordenamientos, durante la fase de investigación podrá:

I. Solicitar la intervención de comunicaciones, en términos de la legislación federal o local aplicable;

II. Solicitar información a las empresas telefónicas y de comunicación, en términos de la legislación federal o local aplicable;

III. Autorizar el seguimiento de personas hasta por un período de un mes, el cual podrá ser prorrogado siempre que existan motivos suficientes, sin que la misma tenga una duración mayor a seis meses, en términos de la normatividad aplicable;

IV. Solicitar información a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores sobre la actividad financiera de las personas sujetas a investigación, en términos de la legislación federal o local aplicable;

V. Autorizar la colaboración de informantes, en los términos de los lineamientos mínimos que emita el Sistema Nacional de Seguridad Pública, así como demás disposiciones;

VI. Autorizar la utilización de cualquier medio, instrumentos o herramienta para la obtención de pruebas, siempre que ésta no contravenga los derechos humanos no violente el orden jurídico, y

VII. Toda aquella que determinen las leyes aplicables.

En los casos en que las autoridades locales carezcan de normatividad para el ejercicio de cualquiera de las atribuciones anteriores, la Procuraduría coadyuvará en la investigación.

Artículo 36. Por informante se entenderá toda persona que de forma directa o indirecta tiene conocimiento de la comisión de delitos, y por su situación o actividad que realiza, provee dicha información a las instancias de gobierno para la investigación

Artículo 37. El juzgador que conozca de algún caso del delito de desaparición de personas, pondrá especial énfasis en la reparación integral del daño, teniendo en cuenta los siguientes criterios:

I. Que la simple substracción del desaparecido de su núcleo social y la manutención en ocultamiento, en sí mismos constituyen una afectación psicológica y social;

II. Que la desaparición forzada es ejecutada directamente por autoridades que forman parte de la estructura del Estado, o en su defecto por personas que actúan con el apoyo o aquiescencia de funcionarios públicos;

III. Que la desaparición forzada de personas y entre particulares, es un tratamiento cruel e inhumano que corre en perjuicio de los familiares del o de los desaparecidos;

IV. Que la reparación del daño respecto de esta grave violación de los derechos humanos, no debe ser limitada a una cuantificación material, sino que debe incluir las consecuencias psico-sociales de la misma;

V. Que la reparación del daño respecto de esta grave violación a los derechos humanos debe incluir el análisis de los efectos en el ámbito:

A) Personal del desaparecido;

B) Familiar del desaparecido;

C) Comunitario del desaparecido y;

D) Organizativo, si el desaparecido pertenecía a una organización ya sea cultural, social o política o de cualquier índole.

VI. Que la reparación del daño respecto de esta grave violación a los derechos humanos, también debe tomar en cuenta la obstaculización del proyecto de vida de las víctimas de la desaparición forzada y entre particulares;

VII. El Juzgador además de los elementos señalados anteriormente, deberá tomar en cuenta para la reparación del daño la modalidad del delito de desaparición forzada y entre particulares que se encuentra acreditada, con sus respectivas agravantes, como se enuncian en la presente Ley; y

VIII. Fijar en sus resoluciones medidas de reparación integral a favor de las víctimas, en los términos de la Ley General de Víctimas.

Artículo 37.En todo lo no previsto en materia de investigación, procedimientos y sanciones de los delitos materia de esta Ley, las autoridades federales, estatales y del Distrito Federal, aplicarán supletoriamente las disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, del Código Fiscal de la Federación, de la Ley Federal de Extinción de Dominio y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Título Tercero De las Víctimas, Ofendidos y Testigos de los Delitos en Materia de Desaparición de Personas

Capítulo Primero Derechos de las Víctimas y Testigos Durante el Procedimiento Penal y Medidas de Protección a su Favor

Artículo 38.Para los efectos de esta ley, se considera víctima al titular del bien jurídico lesionado o puesto en peligro por la acción u omisión por los delitos previstos en esta Ley.

Lo anterior con independencia de que se identifique, aprehenda, sujete a procesos o condene al autor, coautor o partícipe del delito y con independencia de la relación familiar entre éste y la víctima u ofendido.

Los ofendidos gozarán de los mismos derechos reconocidos a la víctima.

Artículo 39. Tendrán la calidad de ofendido, los familiares de la víctima hasta en cuarto grado, dependientes económicos, así como a cualquier otra persona que tenga una relación de hecho o convivencia afectiva con la víctima y que sufran, hayan sufrido o se encuentren en situación de riesgo de sufrir algún daño o perjuicio por motivos o a consecuencia de la comisión del delito. Entre los que se encuentran:

I. Hijos o hijas de la víctima;

II. El cónyuge, concubina o concubinario;

III. El heredero declarado judicialmente en los delitos cuyo resultado sea la muerte de la víctima u ofendido;

IV. La persona que hubiere vivido de forma permanente con la víctima durante por lo menos dos años anteriores al hecho, y

V. La persona que haya sufrido daños al intervenir para asistir a la víctima en peligro o para prevenir la victimización.

Artículo 40. Tendrá la calidad de testigo toda persona que de forma directa o indirecta, a través de sus sentidos tiene conocimiento de los hechos que se investigan, por lo que puede aportar información para su esclarecimiento, independientemente de su situación legal.

Artículo 41.Las autoridades responsables de atender a las víctimas del delito en los ámbitos federal, de los estados, municipales, del Distrito Federal y de sus Demarcaciones Territoriales, en sus respectivos ámbitos de competencia, adoptarán medidas tendientes a proteger y asistir debidamente a víctimas, ofendidos y testigos, para lo cual deberán:

I. Establecer mecanismos adecuados para identificar a las víctimas y posibles víctimas;

II. Crear programas de protección y asistencia previos, durante y posteriores al proceso judicial, así como de asistencia jurídica durante todas las etapas del procedimiento penal, civil y administrativo;

III. Diseñar y poner en marcha modelos de protección y asistencia inmediatas a víctimas o posibles víctimas ante la comisión o posible comisión de los delitos previstos en esta Ley;

IV. Generar modelos y Protocolos de Asistencia y Protección, según sus necesidades;

V. Proveer la debida protección y asistencia en albergues durante su recuperación, rehabilitación y resocialización, así como en los lugares adecuados para garantizar su seguridad.

Estos programas dependerán de las instancias competentes para prestar atención a las víctimas, ya sean federal o de las entidades federativas, por sí mismas o en coordinación con instituciones especializadas públicas o privadas, en términos de la normativa aplicable, en los que podrán participar la sociedad civil coordinadamente con las áreas responsables.

VI. Diseñar y aplicar modelos que ofrezcan alternativas dignas y apropiadas para las víctimas, con el propósito de restituirles sus derechos humanos, especialmente mujeres, niñas, niños y adolescentes;

VII. Generar y aplicar programas de protección y asistencia a las víctimas, ofendidos y testigos de delitos en que se encuentre involucrado el crimen organizado, que incluirán cambio de identidad y reubicación nacional o internacional.

Artículo 42. En los casos en que se acredite que el sujeto o sujetos activos del delito son miembros de la delincuencia organizada nacional o trasnacional, la víctima, ofendidos y testigos tendrán derecho a cambio de identidad y de residencia como parte de la obligación del Estado.

Artículo 43.Las representaciones diplomáticas de México en el extranjero deberán ofrecer, sin excepción alguna, información, orientación, protección y asistencia a las víctimas, ofendidos y testigos de los delitos previstos en esta Ley, de nacionalidad mexicana en el extranjero, con la finalidad de salvaguardar su dignidad e integridad física y psicológica, así como para apoyarlas en las gestiones necesarias ante las autoridades del país en el que se encuentren, antes, durante y después del proceso judicial, en los términos del párrafo segundo de la fracción V del artículo 41 de la presente Ley.

Artículo 44.La protección de las víctimas, ofendidos y testigos de los delitos contenidos en la presente Ley comprenderá, además de lo previsto en el artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de los demás contemplado en esta Ley, los siguientes rubros:

I. Se garantizará a las víctimas de los delitos previstos en la presente Ley, cuando sea necesario, alojamiento adecuado, atención médica de calidad, acceso a la educación, capacitación y oportunidades de empleo, hasta su total recuperación y resocialización.

Asimismo, se les ofrecerán modelos de medio camino y opciones dignas y viables para su reincorporación a la sociedad, encaminada a la construcción de autonomía, en los términos del párrafo segundo de la fracción V del artículo 41 de la presente Ley.

II. Se garantizará a las víctimas de los delitos previstos en esta Ley, atención física, psicológica y social hasta su total recuperación y rehabilitación.

Esta atención deberá ser proporcionada por autoridades competentes en coordinación con organizaciones no gubernamentales y otros sectores de la sociedad civil, en los términos del párrafo segundo de la fracción V del artículo 41 de la presente Ley.

III. Las demás que resulten pertinentes para salvaguardar su seguridad física, su libertad, dignidad, integridad física y mental, sus derechos humanos y la reparación del daño, así como el normal desarrollo de su personalidad en el caso de niñas, niños y adolescentes.

Artículo 45.Las víctimas y ofendidos de los delitos previstos en la presente Ley y los testigos de cargo, además de los derechos establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el Código Federal de Procedimientos Penales y demás leyes secundarias, tendrán los siguientes:

I. En todo momento serán tratadas con humanidad, respeto por su dignidad, y, con estricto apego a derecho, acceso inmediato a la justicia, la restitución de sus derechos y reparación del daño sufrido;

II. Estar presentes en el proceso, en sala distinta a la que se encuentre el inculpado;

III. Obtener la información que se requiera de las autoridades competentes;

IV. Solicitar y recibir asesoría por parte de autoridades competentes, en los términos del párrafo segundo de la fracción V del artículo 41 de la presente Ley, proporcionada por experto en la materia, quien deberá mantenerlas informadas sobre la situación del proceso y procedimientos, así como de los beneficios o apoyos a que tienen derecho;

V. Solicitar medidas precautorias o cautelares para la seguridad y protección de las víctimas, ofendidos y testigos, en los términos del párrafo segundo de la fracción V del artículo 41 de la presente Ley, para la investigación y persecución de los probables responsables del delito y para el aseguramiento de bienes para la reparación del daño;

VI. Requerir al juez que al emitir una sentencia condenatoria, en la misma se sentencie a la reparación del daño a favor de la víctima;

VII. Contar, con cargo a las autoridades competentes, con apoyo permanente de un grupo interdisciplinario de especialistas que las asesore y apoye en sus necesidades durante las diligencias, en los términos del párrafo segundo de la fracción V del artículo 41 de la presente Ley;

VIII. Rendir o ampliar sus declaraciones sin ser identificados dentro de la audiencia, teniendo la obligación el juez de resguardar sus datos personales y, si lo solicitan, hacerlo por medios electrónicos;

IX. Participar en careos a través de medios remotos;

X. Obtener copia simple gratuita y de inmediato, de las diligencias en la que intervengan;

XI. Coadyuvar con el Ministerio Público y aportar pruebas durante el proceso;

XII. Conocer en todo momento el paradero del autor o partícipes del delito del que fue víctima, ofendido o testigo;

XIII. Ser notificado previamente de la libertad del autor o autores del delito del que fue víctima, ofendido o testigo, y ser proveído de la protección correspondiente de proceder la misma;

XIV. Ser inmediatamente notificado y proveído de la protección correspondiente, en caso de fuga del autor o autores del delito del que fue víctima, ofendido o testigo, y

XV. Tener el beneficio de la prueba anticipada, que podrá hacer valer el Ministerio Público de oficio o el representante de las víctimas y ofendidos por delitos que sean menores de edad, cuando con la ayuda de un especialista se pueda determinar la necesidad de obtener su declaración de manera anticipada, cuando por el transcurso del tiempo hasta que se llegase a la audiencia oral la persona menor de edad no pudiere rendir su testimonio o cuando la reiteración en su atesto sea altamente perjudicial en su desarrollo psicológico.

Artículo 46.Durante todas las etapas del proceso penal, especialmente cuando se presuma que el o los sujetos activos del delito sean integrantes de la delincuencia organizada, o haya algún nivel de involucramiento de ésta, las autoridades ministeriales y judiciales deberán aplicar, en los términos del párrafo segundo de la fracción V del artículo 41 de la presente Ley, medidas para asegurar que la víctima, ofendido o testigo pueda declarar y rendir sus testimonios libre de intimidación o temor por su seguridad y sus vidas o las de sus familiares.

Asimismo, se tomarán medidas para prevenir cualquier riesgo de revictimización durante las diligencias, limitando la exposición pública de las víctimas.

Entre éstas medidas se incluirán, de manera enunciativa pero no limitativa y de manera única o combinada, de acuerdo a las necesidades de las víctimas y de las características y el entorno del delito cometido, las siguientes:

I. Mecanismos judiciales y administrativos que les permitan obtener reparación mediante procedimientos expeditos, justos, poco costosos y accesibles, e informarles de sus derechos para obtener reparación mediante estos mecanismos;

II. Mantenerlas informadas en su idioma de su papel en cada momento del proceso, así como del alcance, el desarrollo cronológico y la marcha de las actuaciones y de la decisión de sus causas;

III. Permitir que sus opiniones y preocupaciones sean presentadas y examinadas en las etapas apropiadas de las actuaciones cuando estén en juego sus intereses, sin perjuicio del derecho al debido proceso del acusado, y

IV. Evitar demoras innecesarias en la resolución de las causas y en la ejecución de los mandamientos o decretos que concedan reparación del daño.

Capítulo Segundo Protección y Asistencia a las Víctimas

Artículo 47.La protección de las víctimas, ofendidos y testigos de los delitos contenidos en la presente Ley comprenderá, además de lo previsto en el artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de los demás contemplados en esta Ley, los siguientes rubros:

I. Se garantizará a las víctimas de los delitos previstos en la presente Ley, cuando sea necesario, alojamiento adecuado, atención médica de calidad, acceso a la educación, capacitación y oportunidades de empleo, hasta su total recuperación y resocialización.

Asimismo, se les ofrecerán modelos de medio camino y opciones dignas y viables para su reinserción social encaminada a la construcción de autonomía.

II. Se garantizará a las víctimas de los delitos previstos en esta Ley, atención física, psicológica y social hasta su total recuperación y rehabilitación.

Esta atención deberá ser proporcionada por autoridades competentes en coordinación con organizaciones no gubernamentales y otros sectores de la sociedad civil, en los términos del párrafo segundo de la fracción V del artículo 41 de la presente Ley.

III. Las demás que resulten pertinentes para salvaguardar su seguridad física, su libertad, dignidad, integridad física y mental, sus derechos humanos y la reparación del daño, así como el libre desarrollo de su personalidad en el caso de niñas, niños y adolescentes.

Artículo 48.Las víctimas, ofendidos y testigos recibirán la asistencia material, jurídica, médica y psicológica que sea necesaria, por conducto de las autoridades federales y estatales encargadas en la materia, las que se podrán auxiliar de organizaciones privadas, comunitarios y de la Sociedad Civil, en los términos del párrafo segundo de la fracción V del artículo 41 de la presente Ley.

En todo momento la autoridad que corresponda les informarán y gestionarán los servicios de salud y sociales y demás asistencia pertinente.

Artículo 49.Para mejor atender las necesidades de las víctimas de los delitos objeto de esta Ley, se proporcionará al personal de policía, justicia, salud, servicios sociales, capacitación que los sensibilice sobre dichas necesidades, así como directrices que garanticen que esta ayuda sea siempre especializada y oportuna.

Artículo 50.Al proporcionar servicios y asistencia a las víctimas, se prestará atención a las necesidades especiales que resulten por la índole de los daños sufridos o debido a cualquier situación de vulnerabilidad.

Artículo 51.Al aplicar las disposiciones de esta Ley, las autoridades darán la debida consideración a factores humanitarios y personales, especialmente para la reunificación familiar en un entorno seguro.

El Fondo contará con recursos específicos para estos fines.

Artículo 52.Las víctimas, ofendidos y testigos tendrán derecho a que se les dicten cualquier tipo de medidas cautelares, providencias precautorias y protección personal, que garanticen la vigencia y salvaguarda de sus derechos, las cuales tendrá vigencia durante la investigación, proceso, sentencia y ejecución de penas, y deberán ser adoptadas por el Ministerio Público y el Poder Judicial, en los términos del párrafo segundo de la fracción V del artículo 41 de la presente Ley.

Artículo 53.Además de garantizar las medidas previstas en el artículo 141 Bis del Código Federal de Procedimientos Penales a las víctimas, ofendidos y testigos, el Ministerio Público y el Poder Judicial deberán asegurar, en los términos del párrafo segundo de la fracción V del artículo 41 de la presente Ley, que durante las comparecencias y actuaciones de éstos sus declaraciones se desarrollen libres de intimidación o temor por su seguridad o la de sus familiares y personas cercanas, por lo que al menos garantizará:

I. Medios remotos de distorsión de voz y rasgos;

II. Comparecencia a través de Cámara de Gesell, y

III. Resguardo de la identidad y otros datos personales.

En los casos en que la víctima, ofendido o testigo declare en contra de grupos de la delincuencia organizada, el Ministerio Público y el Poder Judicial adoptarán un conjunto de medidas de carácter excepcional para resguardar su vida, libertad, integridad, seguridad e identidad.

Capítulo Tercero De la Reparación Integral

Artículo 54. La federación, las entidades federativas y los municipios, garantizarán y ejecutarán en el ámbito de sus competencias lo establecido en la Ley General de Victimas para tal efecto.

Artículo 55.Cuando una persona sea declarada penalmente responsable de la comisión de los delitos previstos en esta Ley, el Juez deberá condenarla al pago de la reparación del daño a favor de la víctima u ofendidos, en todos los casos.

La reparación del daño, deberá ser plena y efectiva, proporcional a la gravedad del daño causado y a la afectación del proyecto de vida, y comprenderá por lo menos:

I.La restitución de los bienes o la cosa obtenida por el delito con sus frutos y accesorios, y el pago, en su caso, de los deterioros que hubiere sufrido, y si no fuese posible la restitución el pago de su valor actualizado;

II. El pago de los daños físicos, materiales, psicológicos, así como la reparación al daño moral.

Incluirá, por lo menos, los costos de tratamiento médico, medicina, exámenes clínicos e intervenciones necesarias, rehabilitación física, prótesis o aparatos ortopédicos, así también la terapia o tratamiento psiquiátrico, psicológico y rehabilitación social y ocupacional hasta la rehabilitación total de la víctima.

III. La pérdida de oportunidades, del empleo, educación y prestaciones sociales que de no haberse cometido el delito se tendrían; por tanto deberá repararse el daño para que la víctima u ofendido puedan acceder a nuevos sistemas de educación, laborales y sociales acorde a sus circunstancias;

IV. El pago de los ingresos económicos que se hubieren perdido, así como y el lucro cesante ocasionado por la comisión del delito, para ello se tomará como base el salario que en el momento de sufrir el delito tenía la víctima, en caso de no contar con esa información, será conforme al salario mínimo general vigente para el Distrito Federal, al tiempo del dictado de la sentencia;

V. Los gastos de asistencia y representación jurídica o de peritos, hasta la total conclusión de los procedimientos legales;

VI. Los costos del transporte de retorno a su lugar de origen, si así lo decide la víctima, gastos de alimentación, vivienda provisional, vestido y los que sean necesarios durante la investigación, el proceso y la rehabilitación física y psíquica total de la víctima;

VII. La declaración que restablezca la dignidad y la reputación de la víctima u ofendido y de las personas vinculadas a ella, a través de los medios que solicite;

VIII. La disculpa pública de reconocimiento de hechos y aceptación de responsabilidad, cuando en el delito participe servidor público o agente de autoridad.

Artículo 56. La reparación del daño será fijada por los jueces, según el daño o perjuicios que sean precisos reparar, de acuerdo con las pruebas obtenidas.

La reparación del daño se cubrirá con los bienes del responsable y subsidiariamente con el importe de la caución que otorgue para obtener su libertad provisional o sanción pecuniaria.

Tiene el carácter de pena pública, será exigida de oficio por el Ministerio Público, sin que medie formalidad alguna y fijada por el juzgador habiéndose demostrado la existencia del hecho y la responsabilidad del inculpado.

La obligación de pagar la reparación del daño es preferente al pago de cualquier otra sanción pecuniaria u obligación contraída con posterioridad a la comisión del delito, salvo las referentes a alimentos y relaciones laborales.

Tienen derecho a la reparación del daño:

I. La víctima y la o las personas ofendidas;

II. A falta de la víctima o de la o las personas ofendidas, sus dependientes económicos, herederos o derechohabientes, en la proporción que señale el derecho sucesorio.

Artículo 57. La reparación del daño se podrá reclamar en forma conexa a la responsabilidad penal, por la vía civil; y cuando sea exigible a terceros, tendrá el carácter de responsabilidad civil.

Lo anterior de conformidad a lo establecido en los códigos Civil y de Procedimientos Civiles que corresponda.

Artículo 58. Son obligaciones de las autoridades para garantizar la reparación del daño:

I. Realizar todas las acciones y diligencias necesarias para que la víctima sea restituida en el goce y ejercicio de sus derechos;

II. Proporcionar los tratamientos médicos y psicológicos para la recuperación de la víctima, en los términos de la Constitución.

Artículo 59.Cuando la reparación del daño no sea cubierta total o parcialmente por el sentenciado, la Federación, el Distrito Federal y los Estados, según corresponda, cubrirán dicha reparación con los recursos de sus respectivos fondos, en los términos establecidos por el artículo 81 de esta Ley.

Los derechos de la autoridad para exigir al sentenciado la reparación del daño, quedarán a salvo para hacerlos efectivos.

Capítulo Cuarto De la Protección y Asistencia a las Víctimas y el Fondo

Artículo 60.Los ejecutivos Federal, de los estados y del Distrito Federal establecerán, en el ámbito de sus respectivas competencias, un fondo para la protección y asistencia a las víctimas de los delitos previstos en la presente Ley.

Los Fondos se constituirán en los términos y porcentajes que establezca el Reglamento respectivo y se integrarán de la siguiente manera:

I. Recursos previstos para dicho fin en los presupuestos de egresos de la Federación, de los estados y del Distrito Federal;

II. Recursos obtenidos por la enajenación de bienes decomisados en procesos penales que correspondan a los delitos materia de la presente Ley;

III. Recursos adicionales obtenido por los bienes que causen abandono;

IV. Recursos producto de los bienes que hayan sido objeto de extinción de dominio y estén relacionados con la comisión de los delitos previstos en esta Ley;

V. Recursos provenientes de las fianzas o garantías que se hagan efectivas cuando los procesados incumplan con las obligaciones impuestas por la autoridad judicial;

VI. Recursos que se produzcan por la administración de valores o los depósitos en dinero, de los recursos derivados de los Fondos para la Atención de Víctimas, distintos a los que se refiere la fracción anterior, y

VII. Las donaciones o aportaciones hechas a su favor por terceros.

El Fondo Federal para la Atención de Víctimas de los delitos previstos en esta Ley será administrado por la instancia y en los términos que disponga el Reglamento, siguiendo criterios de transparencia, oportunidad, eficiencia y racionalidad que serán plasmados en el Reglamento correspondiente, el cual determinará los criterios de asignación de recursos.

Los recursos que integren el Fondo así como los que destine la Federación a los Fondos de Protección y Asistencia a las Víctimas de los estados y el Distrito Federal, serán fiscalizados por la Auditoría Superior de la Federación.

Asimismo, las instancias encargadas de la revisión de la cuenta pública en los ámbitos de sus respetivas competencias, fiscalizarán los Fondos de Protección y Asistencia a las Víctimas de los Estados y el Distrito Federal, en los términos de la legislación local aplicable.

Los recursos del Fondo, así como los correspondientes a los fondos de las entidades federativas, provenientes de las fracciones II, III, IV, V y VII del presente artículo, podrán utilizarse para el pago de la reparación del daño a la víctima, en los términos de las legislaciones Federal y locales en materia de extinción de dominio, en caso de que los recursos del sentenciado sean insuficientes para cubrir el monto determinado por el juzgador.

Artículo 61.El monto que determine el juez para la reparación del daño deberá resarcir a las víctimas y ofendidos por los daños ocasionados por cualquiera de las conductas típicas incluidas en la presente Ley.

Ese resarcimiento comprenderá la devolución de los bienes o el pago por los daños o pérdidas sufridos, el reembolso de los gastos realizados como consecuencia de la victimización, la prestación de servicios y la restitución de sus derechos, incluyendo:

I. Costos de tratamientos médicos, medicinas, exámenes clínicos e intervenciones necesarias, prótesis o aparatos ortopédicos, de ser el caso, hasta la total recuperación de la víctima y su rehabilitación;

II. Costos de terapias o tratamientos psiquiátrico, psicológico y rehabilitación física, social y ocupacional hasta la total recuperación de la víctima;

III. Costos de transporte, incluido el de retorno a su lugar de origen, si así lo decide la víctima, gastos de alimentación, vivienda provisional, vestido y los que sean necesarios;

IV. Pérdida de oportunidades, en particular las de empleo, educación y prestaciones sociales;

V. Daños materiales y pérdida de ingresos, incluida la indemnización laboral por el tiempo que no pudo laborar en su trabajo perdido;

VI. Los gastos de asistencia y representación jurídica o de peritos hasta la total conclusión de los procedimientos legales necesarios;

VII. Si así lo solicita la víctima, una declaración oficial o decisión judicial que restablezca la dignidad, la reputación y los derechos de la víctima y de las personas estrechamente vinculadas a ella.

En los casos en que el sujeto o sujetos activos del delito sean miembros de la delincuencia organizada nacional o trasnacional, la víctima, ofendidos y testigos tendrán derecho a cambio de identidad y de residencia.

En el caso del delito de desaparición forzada, cuando el o los funcionarios públicos u otros agentes que actúen a título oficial, que cometan cualquiera el delito objeto de esta Ley, las víctimas serán resarcidas por el Estado, conforme a la legislación en materia de responsabilidad patrimonial, a través de las dependencias o instancias cuyos funcionarios o agentes hayan sido responsables de los delitos o los daños causados.

A solicitud de la víctima, quien encabece dicha dependencia o instancia, deberá emitir una declaración oficial que restablezca la dignidad, la reputación y los derechos de la víctima y víctima indirecta.

Título Cuarto Del Procedimiento de Declaración de Ausencia por Desaparición

Capítulo Único Del Procedimiento de Declaración de Ausencia por Desaparición

Artículo 62.Se crea el procedimiento de declaración especial de ausencia por desaparición, que se sujetará a lo dispuesto en la presente Ley, con el propósito de dar pleno reconocimiento a la personalidad jurídica de las víctimas de los delitos previstos en esta Ley, independientemente de que se conozca la identidad del responsable, o del estado procesal del caso.

Este procedimiento podrá intentarse en cualquier momento a partir de ocurridos los hechos, sin que se requiera que medie ningún plazo de tiempo entre la última noticia que el solicitante hubiera tenido de la persona desaparecida.

Artículo 63. La declaración de ausencia por desaparición deberá incluir por lo menos la siguiente información:

I. El nombre, edad y domicilio del solicitante y su relación con la persona desaparecida;

II. El Estado civil de la persona desaparecida;

III. La relación de los bienes de la persona desaparecida que estén relacionados con la solicitud;

IV. El nombre y la edad de los hijos de la persona desa-parecida, si procede;

V. El nombre del cónyuge, concubina, concubino o pareja sentimental estable de la persona desaparecida.

Artículo 64.Pueden pedir la declaración de ausencia por desaparición:

I. El cónyuge o el concubino o concubina de la persona ausente;

II. Los parientes consanguíneos hasta el tercer grado del ausente;

III. Los parientes por afinidad hasta el primer grado del ausente;

IV. El adoptante o adoptado que tenga parentesco civil con el ausente; y

V. El Ministerio Público.

VI. La pareja del mismo sexo que hubiere convivido con la víctima durante el último año contado desde la fecha en que la víctima fue vista por última vez.

Artículo 65.Será competente para conocer del procedimiento de declaración especial de ausencia por desaparición el juez de lo civil del domicilio del solicitante o del último domicilio convencional de la persona desaparecida.

Una vez recibida la solicitud de declaración de ausencia por desaparición, el juez requerirá a la autoridad competente, ante el cual se formuló la denuncia de la desaparición, o en su defecto, información sobre la veracidad formal del acto.

Artículo 66. Si el juez encuentra elementada la solicitud de ausencia, dispondrá disponer que se publique durante tres veces, con intervalos de quince días, y sin costo alguno, en el Periódico Oficial que corresponda, y en los principales del último domicilio del ausente. Se dispondrá, asimismo, de una página en la red mundial de Internet, dentro de la página de la Procuraduría General de Justicia de la Entidad Federativa de que se trate, así como dentro de la página electrónica de la Procuraduría General de la República, en las que se harán públicas dichas comunicaciones.

Artículo 67.Una vez iniciado el procedimiento especial de declaración de ausencia, el Juez ordenará las medidas provisionales necesarias de conformidad con la Ley General de Víctimas, que considere convenientes.

Artículo 68.Transcurridos seis meses desde la fecha de la última publicación de edictos, si no hubiere noticias del ausente ni oposición de algún interesado, y siempre y cuando el juez cuente con pruebas suficientes que le permitan presumir de manera fundada que el ausente ha sido víctima de desaparición, declarará en forma la ausencia por cualquiera de dichas causas.

Artículo 69.La sentencia judicial firme nacional o extranjera, las recomendaciones emitidas por las Defensorías de Derechos Humanos de las Entidades Federativas, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos o cualquier organismo Estatal de Protección de los Derechos Humanos, la Comisión Ejecutiva prevista en la Ley General de Víctimas y su equivalente de cualquier estado de la República, así como las resoluciones de tribunales federales o estatales, organismos y tribunales internacionales cuya competencia haya sido reconocida por el Estado mexicano, que determinen la desaparición, constituirán prueba plena de la desaparición para los efectos del presente capítulo. En caso contrario, el Juez deberá allegarse de todas las pruebas necesarias que le permitan presumir de manera fundada que la persona ausente ha sido víctima de alguno de los delitos previstos en esta Ley.

Artículo 70.Si hubiere cualquier noticia del ausente u oposición, el juez no declarará la ausencia sin repetir las publicaciones y hacer la averiguación por los medios que el oponente proponga, y por los que el mismo juez crea oportunos.

Artículo 71.La declaración de ausencia por desaparición podrá ser impugnada mediante los recursos que la Ley aplicable prevea para el caso.

Artículo 72. La declaración de ausencia por desaparición sólo tendrá efectos de carácter civil de conformidad al presente Título; en este sentido, no producirá efectos de prescripción penal, ni eximirá a las autoridades de continuar con las investigaciones dirigidas al esclarecimiento de los hechos y la búsqueda de la víctima hasta que ésta o sus restos no aparezcan y haya sido plenamente identificada. La declaración de ausencia por desaparición tampoco implicará, bajo ningún supuesto la configuración de tipo penal alguno para efectos de la legislación penal, ni constituirá prueba en otros procesos judiciales.

Artículo 73.Declarada la ausencia por desaparición, se abrirá la sucesión del ausente y los herederos y demás interesados entrarán en la posesión provisional de los bienes. De igual forma, el Juez ordenará la inscripción de la persona ausente en el Registro contemplado en la Ley General de Víctimas y su homóloga en las Entidad Federativa de que se trate.

Artículo 74. Si el ausente se presentare o se probare su existencia después de otorgada la posesión provisional, recobrará sus bienes en el estado en que se hallen, el precio de los enajenados, o los que se hubieren adquirido con el mismo precio, pero no podrá reclamar frutos ni rentas.

Artículo 75. Cuando hecha la declaración de ausencia por desaparición de una persona, se hubieren aplicado sus bienes a los que por testamento o sin él se tuvieren por heredados, y después se presentaren otros pretendiendo que ellos deben ser preferidos en la herencia, y así se declara por sentencia que cause ejecutoria, la entrega de los bienes se hará a éstos en los mismos términos que disponga la Ley aplicable al caso.

Artículo 76.Los poseedores provisionales darán cuenta al ausente y a sus herederos. El plazo legal correrá desde el día en que el primero se presente por sí o por apoderado legítimo, o desde aquel en que por sentencia que cause ejecutoria se haya deferido la herencia.

Artículo 77.La posesión provisional termina:

I. Con el regreso del ausente;

II. Con la noticia cierta de su existencia;

III. Con la certidumbre de su muerte;

IV. Con la sentencia que cause ejecutoria.

Artículo 78.Terminada la posesión provisional, por cualquiera de los supuestos previstos en las fracciones II y IV del artículo anterior, se procederá a declarar la posesión definitiva conforme a la legislación civil de la entidad federativa que corresponda.

Artículo 79.La sentencia que declare la ausencia por desa-parición de un ausente casado, pone término a la sociedad conyugal. Para con respecto a los hijos nacidos con posterioridad a los hechos motivo de la declaración de ausencia por desaparición, el Registro Civil reconocerá su filiación para con la persona declarada desaparecida con todos los efectos legales a que haya lugar, cuando éstos hubieran nacido en un plazo máximo de nueve meses posteriores a los hechos.

Artículo 80.En el caso de que el cónyuge del ausente no fuere heredero, ni tuviere bienes propios, sólo tendrá derecho a los alimentos.

Artículo 81. Para fines del cumplimiento de obligaciones de carácter mercantil, crediticio, fiscal o parafiscal la declaración de ausencia por desaparición tendrá efectos suspensivos. Los Poderes Ejecutivos de las Entidades Federativas promoverán convenios de coordinación con instituciones públicas o privadas de carácter federal para proteger los bienes jurídicos de las víctimas de los delitos previstos en esta Ley que se encuentren bajo efectos de la acción de declaración de ausencia contemplada en este capítulo.

Título Quinto De los Programas Estatales y sus Comités de Seguimiento

Capítulo Único De los Programas Estatales y sus Comités de Seguimiento

Artículo 82.Las autoridades encargadas de la procuración de justicia en las Entidades Federativas, con la participación de grupos de víctimas, organizaciones de la sociedad civil y expertos en la materia, diseñarán el Programa Estatal, que definirá la política del Estado que corresponda, frente a los delitos materia de esta Ley, instrumento que deberá contemplar, como mínimo, los siguientes rubros:

I. Diagnóstico de la incidencia, modalidades, causas y consecuencias y su comportamiento delictivo, así como los grupos afectados o en mayor grado de vulnerabilidad;

II. Estrategias y la forma en que la Entidad Federativa de que se trate, se coordinará y actuará uniformemente; la distribución de competencias y las instituciones gubernamentales responsables de la prevención, protección, asistencia y persecución;

III. Elaboración de un inventario de recursos existentes;

IV. Protocolos de atención para la coordinación interinstitucional;

V. Ruta crítica con tiempos, atribuciones y obligaciones;

VI. Políticas públicas para cumplir con las estrategias de prevención, protección y asistencia, y persecución;

VII. Normas oficiales de coordinación interinstitucional;

VIII. Formas y necesidades de coordinación e intercambio de información internacional y nacional; y

IX. Programas de capacitación y actualización permanente.

Artículo 83.El Poder Ejecutivo de la Entidad Federativa que corresponda establecerá un Comité de Seguimiento del Programa Estatal, que tendrá por objeto:

I. Definir y coordinar la implementación de una Política de Estado sobre los delitos materia de esta Ley;

II. Impulsar y coordinar en el Estado que corresponda la vinculación interinstitucional para prevenir y sancionar los delitos a que se refiere esta Ley;

III. Realizar acciones de inspección y vigilancia de los programas, acciones y tareas; y

IV. Evaluar y llevar a cabo la rendición de cuentas y transparencia, sin perjuicio de las atribuciones que en dichas materias correspondan a otras instancias.

Artículo 84.El Comité de Seguimiento del Programa Estatal será presidido por quien presida la Defensoría de Derechos Humanos de la Entidad Federativa que corresponda y estará integrada por los titulares de las siguientes dependencias y organismos:

I. Un representante de la Procuraduría General de la República.

II. Defensoría de los Derechos Humanos de la Entidad Federativa que corresponda;

III. Secretaría de Gobierno de la Entidad Federativa que corresponda;

IV. Secretaría de Seguridad Ciudadana o símil, de la Entidad Federativa que corresponda;

V. Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Seguridad Pública o símil, de la Entidad Federativa que corresponda;

VI. Secretaría de Salud Estatal, de la Entidad Federativa que corresponda;

VII. Procuraduría General de Justicia Estatal, de la Entidad Federativa que corresponda;

VIII. Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia, de la Entidad Federativa que corresponda;

IX. Un representante del Poder Judicial Estatal;

X. Un representante de los Municipios del Estado que al efecto se acrediten;

XI. Un representante del Consejo Estatal de Seguridad Pública;

XII. Tres representantes de la sociedad civil, organizaciones no gubernamentales y de defensa de derechos humanos;

XIII. Tres representantes de los medios de comunicación en el Estado; y

XIV. Tres expertos académicos con experiencia, conocimiento o trabajo relevante sobre casos de desaparición.

Artículo 85.El Comité de Seguimiento del Programa Estatal tendrá las siguientes atribuciones:

I. Proponer su Reglamento Interno;

II. Elaborar y actualizar anualmente el proyecto de Programa Estatal, que contendrá la política del Estado de merito en relación con los delitos a que se refiere esta Ley.

Este Programa deberá incluir las estrategias y políticas del Estado en materia de prevención, protección, asistencia y persecución.

Deberá contener, también, políticas generales y focalizadas en materia de prevención, investigación, persecución y sanción, así como de protección, asistencia y resocialización de víctimas, ofendidos y testigos;

III. Establecer las bases para la coordinación estatal entre los tres poderes y municipios, organismos de defensa de los derechos humanos, organizaciones de la sociedad civil, organismos e instancias locales e instituciones académicas, en el diseño y la aplicación del Programa Estatal;

IV: Adoptar políticas y programas que incluyan la cooperación de organizaciones civiles, a fin de:

a) Elaborar el Programa Estatal.

b) Establecer lineamientos de coordinación para la aplicación del Programa.

c) Coordinar la recopilación y el intercambio de datos de los delitos previstos en esta Ley, respetando la confidencialidad de las víctimas, ofendidos y testigos;

V. Desarrollar campañas locales de prevención y educación;

VI. Promover acuerdos con asociaciones, fundaciones y demás organismos no gubernamentales que tengan como objetivo prevenir y combatir los delitos objeto de esta Ley y proteger a las víctimas;

VII. Establecer programas de asistencia y apoyo para la reunificación familiar y social de las víctimas del delito;

VIII. Realizar campañas para promover la denuncia de los delitos objeto de esta Ley y lograr la detección, persecución y desarticulación de las redes delictivas de los delitos referidos en esta Ley;

Artículo 86.El Comité de Seguimiento del Programa Estatal deberá diseñar y supervisar el funcionamiento de modelos únicos de asistencia y protección para las víctimas, posibles víctimas, ofendidos y testigos de los delitos objeto de esta Ley, mismos que serán desarrollados e implementados por las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, en el ámbito de sus respectivas competencias, debiendo comprender, como mínimo:

I. Orientación jurídica, asistencia social, educativa y laboral;

II. En el caso de que las víctimas pertenezcan a algún pueblo o comunidad indígena o hablen un idioma diferente al español, se les designará un traductor que les asistirá en todo momento;

III. Asistencia social, humanitaria, médica, psicológica, psiquiátrica, aparatos ortopédicos y prótesis a las víctimas de los delitos, hasta su total recuperación;

IV. Oportunidades de empleo, educación y capacitación para el trabajo a las víctimas del delito, a través de su integración en programas sociales;

V. Garantizar protección frente a posibles represalias, intimidaciones, agresiones o venganzas de los responsables del delito o de quienes estén ligados con ellos a:

a) Las víctimas directas, indirectas, potenciales y colectivas.

b) Los testigos y personas que aporten información relativa al delito o que colaboren de alguna otra forma con las autoridades responsables de la investigación, así como a sus familias.

c) A los miembros de la sociedad civil o de organizaciones no gubernamentales que se encuentran brindando apoyo a la víctima, sus familiares o testigos; y

VI. Medidas para garantizar la protección y asistencia, incluyendo, por lo menos, protección física a cargo de la Procuraduría, ayuda en la obtención de empleo, así como aquellas medidas humanitarias que propicien la unificación familiar, también a cargo de la Procuraduría.

Título Sexto Competencias

Capítulo único De las Entidades Federativas y los Municipios

Artículo 87.Para la atención de las necesidades de los ofendidos y víctimas de los delitos objeto de esta Ley, las Entidades Federativas y los Municipios, en sus ámbitos de competencia, proporcionarán al personal de policía, justicia, salud, servicios sociales y demás servidores públicos que puedan estar en contacto con tales personas, capacitación que los sensibilice sobre dichas necesidades, así como las directrices que garanticen que esta ayuda sea siempre especializada y oportuna.

Artículo 88. La Federación, en coordinación con las Entidades Federativas y los Municipios, deberá compartir información para la prevención, combate y sanción de los delitos objeto de esta ley.

Artículo 89. Las dependencias encargadas de registro civil, brindarán a los familiares de la persona desaparecida, una constancia de presunción de ausencia por desaparición al denunciar el hecho, misma que deberá ser ratificada al iniciar la investigación correspondiente las autoridades ministeriales por los delitos objeto de esta Ley, para los fines que a la misma convenga.

Artículo 90.Establecer las estrategias de coordinación institucional para el registro de personas desaparecidas, mismo que deberá remitirse al Registro Nacional de Víctimas por las autoridades Estatales, a fin de que la Federación, a través de la Procuraduría General de la República, genere una base de datos nacional de información genética de los restos humanos encontrados y de los familiares consanguíneos de los posibles desaparecidos.

Transitorios

Primero. La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación

Segundo. Los poderes ejecutivos de las Entidades Federativas deberán emitir el Reglamento correspondiente a la presente Ley dentro de los siguientes 90 días naturales a partir de su publicación.

Tercero. Los Comités de Seguimiento de los Programas Estatales deberán instalarse a los 30 días naturales a partir de la publicación de la presente Ley y deberán publicar el Programa Estatal en un plazo no mayor a 90 días naturales a partir de su conformación.

Cuarto. Al momento de armonizarse las Entidades Federativas, la Ley General de Víctimas para la implementación de los órganos previstos por dicho ordenamiento, el Fondo Estatal de Desaparición se integrará al Fondo Estatal de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral de Víctimas, a fin de no duplicar esfuerzos, en los términos que prevea la normatividad aplicable para ese efecto.

Quinto. La presente Ley deroga los delitos objeto de la misma, en el Código Penal Federal y Leyes Federales.

Sexto. Se derogan todas las disposiciones de igual o menor jerarquía que se opongan a esta Ley.

Notas:

1 Corte IDH. Caso González y otras (“campo algodonero”) vs México. Sentencia de de noviembre de 2009(excepción preliminar fondo, reparaciones y costas), párr. 236

2 Corte IDH. Caso Baldeón García vs Perú. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 6 de 2006

3. Corte IDH. Caso González y otras (“campo algodonero”) vs México. Sentencia de de noviembre de 2009(excepción preliminar fondo, reparaciones y costas), párr. 252

4. Corte IDH. Caso Myrna Mack Chang vs Guatemala. Sentencia de 25 de noviembre de 2003 (fondo , reparaciones y costas), párr. 152 y Caso Juan Humberto Sánchez vs Honduras. Sentencia de 29 de abril de 2004, párr. 110.

5 Corte IDH. Caso Zambrano Vélez y otros vs. Ecuador. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 4 de julio de 2007, Serue C, No. 166. párrs 79 y 81

6 CDHDF, Caso “Falta de protocolos específicos para la investigación y atención de casos de desapariciones de personas en la Ciudad de México”, Recomendación 19/2013, pág. 18

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, el día 18 de febrero de 2014.— Diputados: Raquel Jiménez Cerrillo, José Alfredo Botello Montes (rúbricas).»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Túrnese a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.



LEY GENERAL DE SALUD

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada María del Rocío Corona Nakamura, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, diputada María del Rocío Corona Nakamura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 300, se adiciona un artículo 311 Bis y se adiciona una fracción VI al artículo 315 de la Ley General de Salud al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Planteamiento del problema

El ciclo de la vida no es infinito, trae consigo diversas experiencias, acumulación de conocimientos o vivencias y también un proceso de madurez que con el paso del tiempo nos enfrenta ante la circunstancia de que con seguridad en algún momento –generalmente deseamos que se postergue– este ciclo llegará a su fin tanto para nosotros como para nuestros seres queridos.

Por más difícil que sea con el paso del tiempo entendemos que es un hecho natural e irremediable, es parte de la vida; una etapa más que la debemos de asumir por muy desagradable que sea, aceptando la pérdida irreparable de un ser querido bajo un proceso de daño emocional, en el núcleo familiar y también social.

Sin embargo en nuestros días, al respecto existen dos problemas relacionados entre sí a los que nos enfrentamos como sociedad cuando alguien pierde la vida; por un lado tenemos que esta situación se ha convertido gracias a la publicidad o contratos engañosos en un negocio muy lucrativo para algunas personas que prestan sus servicios en ese momento; y por otro lado, en un factor de latente riesgo sanitario por la irregularidad en su operación y funcionamiento; me refiero a las llamadas agencias funerarias.

En el primer caso podemos afirmar que morir sale caro, desafortunadamente no sólo perdemos la presencia y compañía de alguien de nuestra estima, también perdemos dinero y nuestra posible frágil estabilidad económica; dañando y trastocando las finanzas familiares de manera impactante por los costos elevados y las arbitrariedades a las que estos prestadores de servicios funerarios nos sujetan.

La situación no es nueva; la población en general percibimos –al contar nuestra experiencia–, que en la última década ha repuntado alarmantemente.

Si bien se han tomado medias al respecto, éstas no han sido determinantes y no han prosperado debido a que se decide no denunciar porque se siente que sería una pérdida de tiempo hacerlo y no se resolverá nada, o el dolor por el que se está pasando no deja ganas de involucrarse en otro asunto que se refiera a ese suceso.

Aunado a lo anterior surge de una particularidad, el mexicano no tiene la cultura de anticiparse a éste suceso y además tiene todo en contra para iniciar este cambio de mentalidad.

Lo anterior se ve reflejado en cifras correspondientes al año 2010 que ofrece el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) y para el año 2012 de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas; que al respecto nos muestran lo siguiente:

• 6 de cada 10 mexicanos no cuentan con un ahorro destinado de manera específica para cubrir los gastos de la pérdida de un familiar.

• 2 de cada 10 mexicanos tienen una pequeña previsión económica para cuando se llegue el caso, sin embargo ésta no es suficiente para cubrirlo en su totalidad.

• 2 de cada 10 mexicanos tienen el poder adquisitivo para cubrir en su totalidad esta eventualidad sin verse en la necesidad de destinar un ahorro específico para tal caso.

• 7 de cada 10 mexicanos no conversan en familia sobre ese escenario, ni la manera de cómo prepararse para hacerle frente tanto emocional como económicamente.

• Finalmente 8 de cada 10 mexicanos expresaron su deseo y la necesidad en estos tiempos, de tener la contratación de estos servicios a futuro e irlos pagando cómodamente. Pero terminan no haciéndolo por las mermadas finanzas familiares o por la desconfianza hacia este sector por los casos desafortunados que se tienen registrados de abusos y la impunidad con la que trabajan estos proveedores de un servicio tan sensible pero a la vez indispensable.

Por ello y también al amparo de otras circunstancias relativas a omisiones por parte de las autoridades al respecto, es que ha surgido una serie de problemas que hacen todavía más difícil para cualquier persona enfrentar la pérdida de un ser querido.

Se supone que ante esta circunstancia se cuenta con los servicios de una agencia funeraria, que bien pueden ser de instituciones públicas como el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) o el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y las privadas –autoridades de estas instituciones de salud exponen que las agencias privadas son las que más demanda tienen debido a que en las primeras se tiene que ser derechohabiente para disfrutar del servicio a un bajo costo–, no obstante en general se dice que todas estas agencias tienen la finalidad de proveer la ayuda necesaria y el apoyo suficiente en los trámites, papeleos y finalmente en la preparación del cuerpo del ser querido para darle destino final.

El Consejo Mexicano de Empresas de Servicios Funerarios (Comesef) establece que generalmente estas prestadoras de servicios se encargan de:

• Recibir el cadáver.

• Traslados requeridos.

• Conservar y preparar el cadáver para los servicios a realizar.

• Coordinar y ofrecer los servicios religiosos o deseados.

• Gestiones con la administración del cementerio y las autoridades encargadas de las emisiones de los certificados oficiales.

No obstante, las posibilidades que existen son muy reducidas y básicamente sólo hay dos alternativas; la primera es enfrentar esta circunstancia de manera inmediata, urgente y sin la capacidad de postergarla con la finalidad al menos de comparar precios y beneficios entre distintas opciones; y la otra, es anticipándose mediante la contratación a futuro de estos servicios para disponer de ellos cuando se requiera y abrigarse con la tranquilidad que la prevención provee.

Sin embargo, sea cual sea la elección nos enfrentamos a problemas que sin duda alguna representan un abuso y sacan provecho ventajoso del vulnerable estado emocional en que se encuentran los involucrados.

Por ello, los costos no están bien definidos y pueden variar abismalmente —se dice que esta variación corresponde únicamente al gusto, las necesidades y las elecciones de requerimientos que se dan de manera particular en cada caso— pero la realidad difiere con este argumento porque generalmente y al final de las cuentas con la suma de los cobros indebidos, cuotas extras y pagos de actualización —todos éstos considerados ilícitos— se pierde el valor de referencia, pero con base en una investigación de campo propia realizada entre el 20 y el 24 de enero del año en curso, a efecto de fijar un margen encontré que se pueden gastar al menos unos 25 mil pesos en un modesto y limitado servicio funerario.

Lo mismo pasa con la adquisición de estos servicios a futuro, que puede ser una alternativa real y provechosa para las familias mexicanas al permitirles “prepararse” al menos económicamente para este suceso; pero desafortunadamente esta alternativa no es ajena a todas esas prácticas incorrectas; de inicio basta mencionar que si bien se trata de un financiamiento a largo plazo, con cálculos propios establecí que el costo se eleva entre 30 y 40 por ciento respecto a los paquetes inmediatos y la cifra final de igual manera, se verá también abultada exorbitantemente con cobros extra e indebidos al final de cuentas; además de toda la gama de publicidad engañosa que hace imposible defenderse de esa situación.

Haciendo de la prevención en materia de servicios funerarios a futuro un verdadero lujo.

Prueba de ello, es que de acuerdo con reportes de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) son diversas las quejas relativas a anomalías, prácticas lascivas o arbitrarias que se presentan en la contratación de los servicios de las agencias funerarias; estando entre las principales las siguientes:

• Publicidad engañosa.

• Incumplimiento parcial o total del contrato.

• Disposición de ataúdes rotos o sucios.

• Cobros extra o adicionales no establecidos en el contrato.

• Falsas vigencias de los contratos.

• Instalaciones deficientes y sin las medidas sanitarias adecuadas.

• Cambios sin previo aviso en los costos totales o bien, en las características de los servicios a la hora de solicitarlos.

Aunado a todo lo anterior, tenemos también que gracias a que bajo el amparo de las autoridades correspondientes; cifras oficiales estiman que durante la última década se ha detectado el incremento de manera drástica del número de agencias denominadas irregulares.

La situación no es menor, en promedio al año, según datos del último Censo de Población y Vivienda del Instituto Nacional de Estadística y Geografía se registraron poco más de medio millón de defunciones y con ello el sector de servicios funerarios representa un monto económico cercano a los 8 mil millones de peso anuales.

De acuerdo con el Consejo Mexicano de Empresas de Servicios Funerarios (Comesef) a finales del año pasado había cerca de 3 mil agencias, pero se tiene identificado que tan solo 20 por ciento de éstas operan conforme a lo establecido en las normas aplicables, otro 20 por ciento ofrece sus servicios con un cumplimiento parcial de la norma y 60 por ciento restante son completamente irregulares y no atienden ningún procedimiento establecido por la autoridad correspondiente, ni en materia de prestación del servicio y sus características, ni en la legalidad de sus operaciones, publicidad y contratos; surgiendo de esta situación el segundo problema identificado en el sector, las nulas garantías en materia de salubridad y manejo adecuado de residuos que son un foco latente de infección y peligro para la sociedad en su conjunto.

Sobre estos dos asuntos –los abusos en los costos totales a pagar y las deficiencias en materia de salubridad en la prestación del servicio– tenemos que el marco legal que rige las operaciones de las agencias funerarias, si bien está apoyado en instituciones como la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) o en leyes y reglamentos que las obligan a brindar servicios de calidad, reales, justos en el cobro y dentro del margen de la legalidad y a contar con contratos de adhesión que sean revisados y avalados por la Profeco y sujetan su actuar de manera específica a la Norma Oficial Mexicana denominada NOM-036-SCFI-2007, Prácticas Comerciales -Requisitos de información en la comercialización de servicios funerarios; que establece de manera detallada “ los requisitos de información preliminar y de contenido en los contratos de prestación de servicios funerarios que deben cumplir las personas físicas y morales dedicadas a la comercialización de estos servicios, a fin de que los consumidores conozcan con precisión y oportunamente los costos, características y demás términos fijados para su contratación”.

La realidad es que no se cumplen. Existe una latente impunidad sobre este sector sin duda importante y de servicios tan necesarios.

Tan solo la Profeco

Pues en estos contratos de adhesión la Profeco

• Contar con información de manera clara, oportuna y veraz, de tal forma que los usuarios puedan elegir el servicio que más convenga a sus intereses.

• Contener al menos en sus contratos:

- Nombre, domicilio, teléfono y registro federal de contribuyentes del proveedor.

- Lugar y horarios donde se deben prestar los servicios funerarios contratados.

- La descripción detallada de los bienes y/o servicios contratados, así como el precio correspondiente.

- Y las penas convencionales para las partes por el incumplimiento del contrato y la mecánica para hacerlas efectivas.

Todo lo anterior no se aplica, se disimula o se maquilla de manera tramposa, ofreciendo servicios e instalaciones deficientes en cuanto la atención y la legalidad de su operación y como se mencionó anteriormente trabajando sin las medidas adecuadas en materia de salubridad y manejo de residuos; lo que incluso atenta contra la integridad física de los familiares que se encuentra reunidos para ofrecer los protocolos correspondientes y hacia la población en general.

Si en los últimos años estos negocios han prosperado tanto, es debido a que es un servicio necesario e impostergable a la hora de requerirlo y poco a casi nada se ha hecho de manera efectiva para evitar su proliferación irregular basada en una publicidad engañosa.

Ante esto, requerimos en primer lugar regularizar todas las agencias funerarias que existen a través de garantizar que sus instalaciones tienen al menos las condiciones sanitarias, de salubridad y manejo de residuos adecuados para protección de sus usuarios; y posteriormente regular de manera efectiva sus contratos yla publicidad engañosa de la cual se vale una parte importante de este sector, ya que tiene un efecto determinante en el agravamiento del problema.

No podemos negar la importancia que cada vez más gana este sector y sus servicios que ofrece; pero tampoco podemos permitir que operen bajo una ilegalidad que no les exija, por parte de la autoridad en materia de salud, su correcta operación en materia de salubridad para seguridad de todos y además con una impunidad que les permita atentar contra sus usuarios con contratos ventajosos o abusivos y confundirlos mediante mensajes tramposos o publicidad engañosa en la promoción y venta de sus servicios.

No olvidemos que nadie contrata servicios funerarios por gusto, sino ante una imperante necesidad urgente y sin posibilidad de demorarla.

Contar con lo necesario para despedir a un ser querido es más que un acto protocolario; es parte del proceso de vida que todos en algún momento, deseando sea lo más tarde posible, tendremos que enfrentar.

Lo único que podemos hacer ante ello es atender anticipadamente lo que en su momento no podríamos hacer por el estado emocional dañado.

Esta soberanía no puede ser ajena a esta situación y desde nuestras facultades debemos atenderla para evitar su proliferación y que la serie de abusos siga creciendo.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma el artículo 300, adiciona un artículo 311 Bis y adiciona una fracción VI al artículo 315 de la Ley General de Salud

Primero.Se reforma el artículo 300 de la Ley General de Salud para quedar como sigue:

Artículo 300. Con el fin de proteger la salud pública, es competencia de la Secretaría de Salud la autorización de la publicidad que se refiera a la salud, al tratamiento de las enfermedades, a la rehabilitación de las personas con discapacidad, al ejercicio de las disciplinas para la salud, a la recepción, manejo, traslado, preparación y/o embalsamiento de cadáveres y a los productos y servicios a que se refiere esta ley. Esta facultad se ejercerá sin perjuicio de las atribuciones que en esta materia confieran las leyes a las Secretarías de Gobernación, Educación Pública, Economía, Comunicaciones y Transportes y otras dependencias del Ejecutivo federal.

Segundo.Se adiciona un artículo 311 Bis a la Ley General de Salud para quedar como sigue:

Artículo 311 Bis. Para el caso de la publicidad de servicios funerarios, ésta deberá contener de manera veraz los precios, cuotas o montos inmediatos y futuros totales a pagar, así como las especificaciones del servicio, las condiciones extraordinarias y las cláusulas adicionales aplicables que motivarían cambios sin previo aviso en las características o costos de los servicios.

Tercero.Se reforma la fracción IV y V, y adiciona una fracción VI artículo 315 a la Ley General de Salud para quedar como sigue:

Artículo 315. Los establecimientos de salud que requieren de autorización sanitaria son los dedicados a:

I. La extracción, análisis, conservación, preparación y suministro de órganos, tejidos y células;

II. Los trasplantes de órganos y tejidos;

III. Los bancos de órganos, tejidos y células;

IV. Los bancos de sangre y servicios de transfusión ;

V. La disposición de células progenitoras o troncales , y

VI. Los de recepción, manejo, traslado y preparación de cadáveres.

La secretaría otorgará la autorización a que se refiere el presente artículo a los establecimientos que cuenten con el personal, infraestructura, equipo, instrumental e insumos necesarios para la realización de los actos relativos, conforme a lo que establezcan las disposiciones de esta Ley y demás aplicables.

Transitorios

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1. Procuraduría Federal del Consumidor. Mayo de 2011.

2. Consejo Mexicano de Empresas de Servicios Funerarios. Agosto de 2013.

3. Procuraduría Federal del Consumidor. Mayo de 2011.

4. www.profeco.gob.mx

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de febrero de 2014.— Diputados:  María del Rocío Corona Nakamura, Leobardo Alcalá Padilla (rúbricas).»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Túrnese a la Comisión de Salud, para dictamen.



*INICIATIVAS Y PROPOSICIONES

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: En términos de los artículos 100 y 102 del Reglamento, las iniciativas y proposiciones contenidas en el orden del día serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria.



CLAUSURA Y CITATORIO

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés(a las 14:56 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el jueves 27 de febrero de 2014, a las 11 horas, se les informa que el sistema electrónico estará abierto a partir de las 9:30 horas.

————— O —————

RESUMEN DE ACTIVIDADES

RESUMEN DE TRABAJOS

• Tiempo de duración: 3 horas 46 minutos

• Quórum a la apertura de sesión: 281 diputados

• Asistencia al cierre de registro: 430 diputados

• Oradores que participaron: 42

PRI 8

PAN 7

PRD 11

PVEM 3

MC 6

PT 4

NA 3

Se recibió:

• 3 comunicaciones de la Junta de Coordinación Política, en relación a cambios de integrantes y de juntas directivas de comisiones ordinarias y especial

• 1 oficio de la diputada Rocío Adriana Abreu Artiñano, por el que solicita que se retiren de los registros de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables y de la Comisión de Derechos de la Niñez, respectivamente, las iniciativas con proyecto de decreto que: reforma los artículos 10 y 28 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, presentada el martes 5 de noviembre de 2013; y reforma el capítulo quinto y el artículo 21 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, presentada el martes 22 de octubre de 2013

• 1 oficio del diputado Luis Olvera Correa, por el que solicita que se retire de los registros de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 93 de la Ley General de Sociedades Cooperativas, presentada el miércoles 11 de diciembre de 2013

• 1 oficio de la diputada Purificación Carpinteyro Calderón, por el que solicita que se retire de los registros de la Comisión de Economía la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Competencia Económica, presentada el martes 18 de febrero de 2013

• 1 escrito de la Comisión de Asuntos Indígenas, con el que remite acuerdo por el que se integra el grupo de trabajo encargado de dar seguimiento y evaluar el ejercicio del presupuesto comprendido en el anexo 9 del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2014, “Erogaciones para el desarrollo integral de los pueblos y comunidades indígenas”

• 1 oficio de la Secretaría de Gobernación, con la que remite contestación de la Secretaría de Educación Pública a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a considerar o en su caso, ampliar la información de la vida y obra de Octavio Paz en los libros de texto gratuitos, en conmemoración al centenario de su natalicio

• 1 oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente correspondiente al primer receso del segundo año de ejercicio de la LXII Legislatura, relativo a desglosar y hacer del conocimiento público el cálculo del impacto a las finanzas públicas derivado del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2013, mediante el cual se otorgan beneficios y facilidades fiscales al sector privado

• 1 oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de la Secretaría de Salud a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente correspondiente al primer receso del segundo año de ejercicio de la LXII Legislatura, relativo a difundir ante la opinión pública las medidas necesarias para prevenir todo tipo de accidentes entre las niñas y los niños que habitan en las 31 entidades y el Distrito Federal

• 1 oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de la Secretaría de Energía a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente correspondiente al primer receso del segundo año de ejercicio de la LXII Legislatura, relativo a informar sobre la certeza jurídica al derecho humano a la información amplia y certera respecto a la administración de su territorio, así como clarificación a la metodología de la consulta del pueblo Quilihua, de Baja California, bajo el principio de consentimiento libre, previo e informado de los pueblos y comunidades indígenas, establecido en el principio pro-persona y de convencionalidad establecido en el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

• 1 oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de la Secretaría de Economía a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente correspondiente al primer receso del segundo año de ejercicio de la LXII Legislatura, relativo a evitar la especulación en el alza de los precios de los productos y servicios, especialmente durante el primer trimestre del año 2014 y a fin de combatir la llamada “cuesta de enero”, así como a reforzar sus acciones contra la publicidad errónea y engañosa, cuando ésta busque disfrazar ,o exagerar cualidades de cualquier producto o servicio

• 1 oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de la Secretaría de Economía a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente correspondiente al primer receso del segundo año de ejercicio de la LXII Legislatura, relativo a que se expida el Programa Regional de Desarrollo del Norte, considerando el impacto económico y social del incremento del impuesto al valor agregado en la región y franja fronteriza, así como vigilar que los comerciantes no abusen en la franja fronteriza, incrementando precios de manera indebida e injustificada, e implemente, a la brevedad, las medidas y acciones contenidas en el denominado Programa de Apoyo a la Zona Fronteriza, a fin de mitigar el impacto al valor agregado en la región y franja fronteriza

• 1 oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de la Secretaría de Educación Pública a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente correspondiente al primer receso del segundo año de ejercicio de la LXII Legislatura, relativo a realizar un homenaje al fallecido José Sulaimán Chagnón, presidente del Consejo Mundial de Boxeo

• 1 oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de la Secretaría de Educación Pública a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente correspondiente al primer receso del segundo año de ejercicio de la LXII Legislatura, relativo al exhorto a los gobiernos federal, estatales, municipales y del Distrito Federal, para que en el marco del 25 aniversario de la Convención sobre los Derechos del Niño, se adhieran a la iniciativa 10 por la infancia (UNICEF) para promover y materializar por todos los medios posibles todos los derechos contenidos en dicha convención

• 1 oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente correspondiente al primer receso del segundo año de ejercicio de la LXII Legislatura, relativo a hacer del conocimiento público el cálculo del impacto a las finanzas públicas derivado del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2013, mediante el cua1 se otorgan beneficios y facilidades fiscales al sector privado

• 1 oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de la Coordinación Nacional de Protección Civil a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente correspondiente al primer receso del segundo año de ejercicio de la LXII Legislatura, relativo a los resultados de los estudios de impacto ambiental que se hayan elaborado, para autorizar la construcción del centro federal de reinserción social en Chiapas, así como informar el tipo y nivel de riesgo que pueda enfrentar esta edificación por desastre natural conforme al Atlas Nacional de Riesgos

• 1 oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de Petróleos Mexicanos a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente correspondiente al primer receso del segundo año de ejercicio de la LXII Legislatura, relativo a informar sobre las áreas que la empresa buscará para seguir operando a través de la llamada Ronda Cero, así como las posibles afectaciones o modificaciones que sufrirá el actual plan de negocios de petróleos mexicanos y sus organismos subsidiarios 2014-2018

• 1 oficio de la Auditoría Superior de la Federación, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente correspondiente al primer receso del segundo año de ejercicio de la LXII Legislatura, relativo a hacer del conocimiento de esta soberanía los resultados finales de las auditorías financieras y de cumplimiento, así como informe del resultado de la Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal, realizada al estado de Aguascalientes y prevista en el Informe de Resultados de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

• 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto, que reforma y adiciona los artículos 273 de la Ley del Seguro Social, 214 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado y 5 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro

• 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto, que reforma las fracciones VI, VII y XXIII del artículo 7 y I del artículo 26, así como la denominación del capítulo VII y el segundo párrafo del artículo 30 de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres

• 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto, que reforma el inciso a) de la fracción II y la fracción V, y adiciona un inciso m) a la fracción I y los incisos a) a c) a la fracción V del artículo 4 de la Ley de Asistencia Social

• 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto, que reforma los artículos 7, 11 y 19 de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa, en materia de bebederos escolares, para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional

• 1 iniciativa del PRI

• 1 iniciativa del PAN

• 2 iniciativas del PRD

Acuerdos aprobados

• 1 de la Junta de Coordinación Política, por el que se modifica y adiciona el diverso relativo a la propuesta para la inclusión de los procedimientos que regularán el voto de los mexicanos residentes en el extranjero

Dictámenes para declaratoria de publicidad

• 1 de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que declara al 2014 como Año de Octavio Paz

Dictámenes aprobados

• 1 de la Comisión de Vivienda, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, en materia de accesibilidad a la vivienda

• 1 de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto que reforma los artículos 416 del Código Civil Federal, y 80 del Código Federal de Procedimientos Civiles

• 1 de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto que dispone la obligación de los editores de hacer el depósito legal digitalizado de sus publicaciones

• 1 de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación; Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

• 1 de la Comisión de Comunicaciones, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a consolidar por la SCT y la Cofetel las áreas de servicio local en el país, y revisar el Plan Nacional de Numeración a fin de que cada zona metropolitana cuente con una sola clave de marcación

• 1 de la Comisión de Comunicaciones, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la SCT a continuar el proceso de licitación de decodificadores y antenas digitales para la segunda etapa de la transición a la televisión digital terrestre

• 1 de la Comisión de Comunicaciones, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Economía a poner en marcha por la Profeco una campaña informativa donde se expongan las consecuencias de adquirir un televisor analógico

• 1 de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al gobernador de Baja California, al ayuntamiento de Ensenada y dependencias federales a revisar a fondo y, en su defecto, abrogar la modificación hecha al proyecto del Reglamento de Zonificación y Uso de Suelo en los Valles Vinícolas de la Zona Norte de Ensenada

• 1 de la Comisión del Distrito Federal, con punto de acuerdo por el que se exhorta al jefe del gobierno local y diversas autoridades a instruir la realización de campañas de difusión respecto al trámite y las sanciones penales por delitos de acoso o abuso sexual cometidos a bordo del transporte público

• 1 de la Comisión del Distrito Federal, con punto de acuerdo por el que se exhorta al jefe del gobierno local a implantar un programa de fácil acceso para el ascenso y el descenso en trolebuses, camiones y microbuses

• 1 de la Comisión del Distrito Federal, con punto de acuerdo para exhortar al jefe del gobierno, a la Comisión de Derechos Humanos y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a garantizar la política de vivienda para combatir el rezago existente en la ciudad

• 1 de la Comisión de Recursos Hidráulicos, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la Conagua y otras autoridades a considerar el aprovechamiento sustentable de plantas acuáticas como factor de competitividad y conservación de recursos hídricos

• 1 de la Comisión de Recursos Hidráulicos, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la Comisión Nacional del Agua a coordinar y realizar gestiones para instalar nuevas plantas potabilizadoras en las entidades federativas

• 1 de la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo relativo a la decisión del Congreso y del gobernador de California de aprobar legislación en favor de los derechos de los inmigrantes indocumentados

• 1 de la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SRE a iniciar negociaciones para actualizar los lineamientos generales correspondientes a cambio climático y desarrollo sustentable de la Comisión Internacional de Límites y Aguas entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Guatemala

• 1 de la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SRE a incorporar en su agenda binacional con Estados Unidos de América la realización de los proyectos de modernización y de infraestructura fronteriza, incluida la construcción de un segundo puente internacional en Ciudad Acuña, Coahuila, y atender los propósitos del proyecto Alianza Ports to Plains, al que dicha entidad se ha adherido

• 1 de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a detener por la Semarnat las actividades y las políticas que representan un gasto excesivo al erario, como los 18 Juegos Deportivos y Culturales del Sector Medio Ambiente

• 1 de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al titular de la ASF a agilizar la revisión del ejercicio del presupuesto correspondiente a 2012 en el Conaculta

• 1 de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con punto de acuerdo para exhortar al presidente de la República, a los titulares de la Secretaría de Salud, de la Sedena, y de la Semar, y a los directores generales del IMSS, del ISSSTE y de Pemex a transparentar los procesos de las licitaciones públicas para contratar los servicios de laboratorios clínicos y bancos de sangre en esas dependencias

• 1 de la Comisión de Protección Civil, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a las autoridades competentes de los ámbitos federal, estatal y municipal de Baja California a informar respecto al estatus legal de la Compañía de Gas de Tijuana, SA de CV, o Zeta Gas, y al nivel de riesgo a que se encuentra expuesta la población asentada en sus alrededores

• 1 de la Comisión de Protección Civil, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a emitir el Reglamento de la Ley General de Protección Civil

• 1 de la Comisión de Protección Civil, con punto de acuerdo relativo a la responsabilidad de diversas autoridades por los daños causados por los fenómenos meteorológicos Ingrid y Manuel

• 1 de la Comisión de Seguridad Pública, con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades a atender la obstrucción de la correcta administración pública en diversos municipios de Guerrero, derivado de las amenazas a las instituciones públicas por grupos del crimen organizado

• 1 de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo para exhortar a los congresos y a los Poderes Ejecutivos de las entidades federativas a emprender acciones requeridas a fin de incorporar tecnologías tendentes a generar ahorro y uso eficiente y racional de energía eléctrica, agua y gas en la construcción de viviendas

• 1 de la Comisión de Derechos Humanos, con punto de acuerdo por el que se exhorta al director general del IMSS a atender la recomendación número 23/2013, emitida por la CNDH, sobre el caso presentado por la inadecuada atención médica en agravio de V1, en los hospitales de especialidades número 71 en Coahuila y general de zona número 1 en Zacatecas

• 1 de la Comisión de Infraestructura, con punto de acuerdo relativo a la ampliación del tramo carretero comprendido a partir del puente San Pedro, en los límites de Tabasco y Campeche y Champotón, de la carretera federal 180

• 1 de la Comisión de Recursos Hidráulicos, con punto de acuerdo relativo a la operación de la presa hidroeléctrica Ambrosio Figueroa La Venta, en Acapulco de Juárez, Guerrero

• 1 de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Semarnat y al gobernador de Morelos a atender las necesidades de saneamiento del río Apatlaco

• 1 de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la SEP a atender las quejas y sugerencias de directivos de escuelas y padres de familia de Nuevo León

• 1 de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta al secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al procurador federal de Protección al Ambiente a atender las necesidades de saneamiento del río Lagos, en Lagos de Moreno, Jalisco

• 1 de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat a expedir la NOM que establezca los límites permisibles de presencia de manganeso en el aire

• 1 de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat a realizar por la Conanp acciones en beneficio del parque nacional Barranca del Cupatitzio

• 1 de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con punto de acuerdo por el que se exhorta al secretario de Educación Pública a hacer del conocimiento público los indicadores utilizados en el programa para determinar el monto de la transferencia presupuestaria, evaluación de su ejercicio y acciones implantadas en el programa Promajoven

• 1 de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de la Semarnat y de la Conagua a colaborar en el saneamiento de la barranca El Aguila, en Tepeaca, Puebla

• 1 de la Comisión de Igualdad de Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobernador, al Congreso y a la CDH de Guanajuato a realizar acciones para prevenir, detener y atender la violencia contra mujeres y los feminicidios

• 1 de la Comisión de Igualdad de Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los congresos locales y a la ALDF a iluminar de color naranja sus sedes, en el marco de la campaña del secretario general de la Organización de las Naciones Unidas para poner fin a la violencia contra las niñas y las mujeres

• 1 de la Comisión de Cambio Climático, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a hacer de conocimiento público por diversas autoridades los resultados sobre el ejercicio del PEF de 2013 en el rubro del cambio climático, y se solicita a la Auditoría Superior de la Federación que considere su revisión en 2014

• 1 de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos federal y de Guerrero a respetar y hacer efectivos los decretos presidenciales por los que se declara zona forestal vedada el cerro El Huixteco, en Taxco

• 1 de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos locales y del Distrito Federal a instalar por sus Secretarías de Trabajo o de Asuntos Laborales las comisiones estatales de productividad

• 1 de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la STPS a instalar la comisión consultiva nacional de seguridad y salud en el trabajo

• 1 de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal y al sector empresarial a implantar programas que den oportunidad de empleo digno y justo a los egresados de licenciaturas universitarias y tecnológicas

• 1 de la Comisión de Transportes, con punto de acuerdo para exhortar al gobierno de Yucatán a revertir y detener los aumentos de las tarifas del transporte público en la entidad y garantizar el servicio seguro, eficiente y sustentable para los ciudadanos

• 1 de la Comisión de Transportes, con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno del estado de México a promover ante la Concesionaria Mexiquense, SA de CV, empresa de Grupo OHL, la instalación de infraestructura sanitaria en los tramos carreteros que forman el Circuito Exterior Mexiquense

• 1 de la Comisión de Juventud, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud

• 1 de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

• 1 de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 104 del Reglamento de la Cámara de Diputados

• 1 de la Comisión de Reforma Agraria, con puntos de acuerdo por los que se desechan dos iniciativas con proyecto de decreto que reforman los artículos 17, 18 y 80 de la Ley Agraria

DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
(en orden alfabético)

Aguilar Gil, Lilia (PT)
Código Civil Federal - Código Federal de Procedimientos Civiles: 89
Alavez Ruiz, Aleida (PRD)
Ley General de Partidos Políticos, Reglamentaria de los Artículos 9o. y 41 Constitucionales: 271
Alcalá Padilla, Leobardo (PRI)
Felicitación a la Procuraduría General de la República, a la Marina, al Ejército y a la Policía Federal: 37
Algredo Jaramillo, Edilberto (PRD)
Ley de Vivienda, en materia de accesibilidad a la vivienda: 82
Alonso Raya, Agustín Miguel (PRD)
Ley Federal de Competencia Económica: 336
Belaunzarán Méndez, Fernando (PRD)
Ley Federal de Competencia Económica: 336
Berzunza Novelo, Landy Margarita (PRI)
Código Civil Federal - Código Federal de Procedimientos Civiles: 87
Bojórquez Javier, Claudia Elizabeth (PRD)
Comparecencia del director de Pemex: 35
Botello Montes, José Alfredo (PAN)
Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar la Desaparición de Personas: 361
Carpinteyro Calderón, Purificación (PRD)
Ley Federal de Competencia Económica: 336
Cerda Franco, María Sanjuana (NA)
Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación - Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos - Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público - Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas: 128
Chávez Contreras, Rodrigo (MC)
Ley de Vivienda, en materia de accesibilidad a la vivienda: 81
Corona Nakamura, María del Rocío (PRI)
Ley General de Salud: 385
Coronato Rodríguez, José Francisco (MC)
Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación - Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos - Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público - Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas: 130
Galindo Quiñones, Heriberto Manuel (PRI)
Depósito legal digitalizado de sus publicaciones: 108
García Reyes, Verónica (PRD)
Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación - Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos - Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público - Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas: 131
Gómez Ramírez, Raúl (PAN)
Policía de Tránsito del Estado de México: 37
Gordillo Castillo, Néstor Octavio (PAN)
Felicitación a la Policía Federal: 36
Guerrero López, Judit Magdalena (PVEM)
Depósito legal digitalizado de sus publicaciones: 106
Huerta Ladrón de Guevara, Manuel Rafael (PT)
Procedimientos que regularan el voto de los mexicanos residentes en el extranjero: 69
Huidobro González, Zuleyma (MC)
Código Civil Federal - Código Federal de Procedimientos Civiles: 90
Jiménez Cerrillo, Raquel (PAN)
Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar la Desaparición de Personas: 361
Juárez Piña, Verónica Beatriz (PRD)
Código Civil Federal - Código Federal de Procedimientos Civiles: 92
Labastida Sotelo, Karina (PAN)
Código Civil Federal - Código Federal de Procedimientos Civiles: 95
López Landero, Tomás (PRI)
Ley de Vivienda, en materia de accesibilidad a la vivienda: 80
Luna Porquillo, Roxana (PRD)
Depósito legal digitalizado de sus publicaciones: 107
Madrid Tovilla, Areli (PRI)
Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación - Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos - Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público - Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas: 126
Mejía Berdeja, Ricardo (MC)
Código Civil Federal - Código Federal de Procedimientos Civiles: 96
Mejía Berdeja, Ricardo (MC)
Asesinato del dirigente de Movimiento Ciudadano en Metlatonoc, Guerrero, Arturo Rivera Olivera: 36
Mejía Berdeja, Ricardo (MC)
Procedimientos que regularan el voto de los mexicanos residentes en el extranjero: 68
Mercado Gallegos, Sonia Catalina (PRI)
Código Civil Federal - Código Federal de Procedimientos Civiles: 96
Mondragón González, María Guadalupe (PAN)
Depósito legal digitalizado de sus publicaciones: 103
Monreal Ávila, Ricardo (MC)
Procedimientos que regularan el voto de los mexicanos residentes en el extranjero: 70
Morales Vargas, Trinidad (PRD)
Ley Federal de Competencia Económica: 336
Ortiz Ahlf, Loretta (PT)
Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación - Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos - Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público - Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas: 129
Padilla Ramos, Carla Alicia (PVEM)
Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación - Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos - Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público - Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas: 131
Quiñones Canales, Lourdes Eulalia (PRI)
Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación - Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos - Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público - Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas: 133
Rincón Chanona, Sonia (NA)
Código Civil Federal - Código Federal de Procedimientos Civiles: 88
Roblero Gordillo, Héctor Hugo (PT)
Depósito legal digitalizado de sus publicaciones: 104
Romo Fonseca, Bárbara Gabriela (PVEM)
Código Civil Federal - Código Federal de Procedimientos Civiles: 91
Rosas Montero, Lizbeth Eugenia (PRD)
Ley General de Partidos Políticos, Reglamentaria de los Artículos 9o. y 41 Constitucionales: 271
Sosa Govea, Martha Leticia (PAN)
Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación - Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos - Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público - Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas: 133
Talamante Lemas, Dora María (NA)
Depósito legal digitalizado de sus publicaciones: 103
Vargas Pérez, Nelly del Carmen (MC)
Depósito legal digitalizado de sus publicaciones: 105

VOTACIONES

Del dictamen de la Comisión de Vivienda, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, en materia de accesibilidad a la vivienda (en lo general y en lo particular)

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

1 Abreu Artiñano, Rocío AdrianaFavor

2 Aceves y del Olmo, Carlos HumbertoAusente

3 Acosta Peña, Brasil AlbertoFavor

4 Anaya Gudiño, AlfredoFavor

5 Aguayo López, Miguel ÁngelFavor

6 Arroyo Ruiz, Alma JeannyFavor

7 Alcalá Padilla, LeobardoFavor

8 Aldana Prieto, Luis RicardoFavor

9 Allende Cano, Ana IsabelFavor

10 Alvarado Sánchez, Brenda María IzontliFavor

11 Astiazarán Gutiérrez, Antonio FranciscoFavor

12 Araujo de la Torre, Elsa PatriciaFavor

13 Arellano Guzmán, SalvadorFavor

14 Arroyo Vieyra, Francisco AgustínFavor

15 Añorve Baños, ManuelFavor

16 Athie Flores, KamelAusente

17 Ayala Robles Linares, FlorFavor

18 Badillo Ramírez, DaríoFavor

19 Barajas del Toro, SalvadorFavor

20 Barba Mariscal, Marco AntonioFavor

21 Barcenas Nieves, Delvim FabiolaFavor

22 Barrera Barrera, PetraAusente

23 Barrera Estrada, RodimiroAusente

24 Barrera Fortoul, LauraFavor

25 Barrueta Barón, NoéFavor

26 Bautista Villegas, OscarFavor

27 Beltrones Rivera, Manlio FabioFavor

28 Bernal Bolnik, Sue EllenFavor

29 Bernal Gutiérrez, Marco AntonioAusente

30 Berzunza Novelo, Landy MargaritaFavor

31 Bonilla Gómez, AdolfoFavor

32 Caballero Garza, BenitoFavor

33 Cabañas Aparicio, María EliaFavor

34 Calderón Ramírez, LeticiaFavor

35 Calzada Arroyo, Marco AntonioFavor

36 Campos Córdova, Lisandro ArístidesFavor

37 Cano Ayala, Ma. ElenaFavor

38 Cantú Segovia, EloyFavor

39 Carbajal Hernández, Juan ManuelFavor

40 Cárdenas Cantú, MiriamFavor

41 Cárdenas del Avellano, EnriqueFavor

42 Carreño Mijares, AngelinaAusente

43 Carreón Cervantes, VerónicaFavor

44 Castillo Rodríguez, MinervaFavor

45 Castillo Valdez, BenjamínFavor

46 Chávez Dávalos, Sergio ArmandoFavor

47 Córdova Díaz, Luis ArmandoFavor

48 Córdova Morán, Frine SorayaFavor

49 Corona Nakamura, María del RocíoFavor

50 Corrales Corrales, Francisca ElenaFavor

51 Cruz Morales, MaricruzFavor

52 Curi Naime, AlbertoFavor

53 De la Cruz Requena, RosalbaFavor

54 De las Fuentes Hernández, Fernando DonatoFavor

55 Del Angel Acosta, JorgeFavor

56 Del Bosque Márquez, Juan IsidroFavor

57 Del Moral Vela, Paulina AlejandraFavor

58 Delgadillo González, ClaudiaFavor

59 Díaz Athié, Antonio de JesúsFavor

60 Díaz Palacios, Víctor EmanuelFavor

61 Doger Guerrero, José EnriqueAusente

62 Domínguez Zepeda, Pedro IgnacioFavor

63 Duarte Murillo, José IgnacioFavor

64 Elizondo Ramírez, IrmaFavor

65 Escajeda Jiménez, José RubénFavor

66 Fernández Clamont, Francisco JavierFavor

67 Félix Chávez, FaustinoAusente

68 Flemate Ramírez, Julio CésarFavor

69 Flores Gómez, José Luis CruzFavor

70 Flores Méndez, José LuisFavor

71 Flores Sandoval, PatricioFavor

72 Fuentes Téllez, AdrianaFavor

73 Funes Velázquez, Erika YolandaFavor

74 Galindo Quiñones, Heriberto ManuelFavor

75 Galván Villanueva, Raúl SantosFavor

76 Gamboa Song, Lizbeth LoyAusente

77 Garay Cabada, MarinaAusente

78 García de la Cadena Romero, María del CarmenFavor

79 García Fernández, Maria de las NievesFavor

80 García García, HéctorFavor

81 García Hernández, JosefinaAusente

82 García Olmedo, María del RocíoFavor

83 Garza Moreno, María EstherFavor

84 Gauna Ruiz de León, Celia IsabelFavor

85 Gómez Carmona, Blanca EstelaFavor

86 Gómez Gómez, LuisFavor

87 Gómez Gómez, PedroFavor

88 Gómez Michel, GabrielFavor

89 Gómez Olguín, Roy ArgelFavor

90 Gómez Tueme, Amira GriceldaFavor

91 González Cruz, CristinaFavor

92 González Domínguez, IselaFavor

93 González Farías, Eligio CuitláhuacFavor

94 González Gómez, CeciliaFavor

95 González Martínez, Olivares IrazemaFavor

96 González Reséndiz, RafaelFavor

97 González Valdez, Marco AntonioFavor

98 González Vargas, FranciscoFavor

99 Grajales Palacios, FranciscoFavor

100 Gualito Castañeda, RosalbaFavor

101 Guerra Garza, AbelFavor

102 Guevara González, Javier FilibertoFavor

103 Gurrión Matías, SamuelFavor

104 Gutiérrez Álvarez, HarveyFavor

105 Gutiérrez de la Garza, Héctor HumbertoAusente

106 Gutiérrez Manrique, MarthaFavor

107 Hernández Burgos, GaudencioFavor

108 Hernández González, NoéFavor

109 Hernández Iñiguez, AdrianaFavor

110 Hernández Morales, Mirna EsmeraldaFavor

111 Hernández Tapia, Gerardo XavierFavor

112 Herrera Delgado, JorgeFavor

113 Huerta Rea, María de JesúsAusente

114 Inzunza Montoya, AlfonsoFavor

115 Juan Marcos, Issa SalomónFavor

116 King de la Rosa, RaymundoAusente

117 Liceaga Arteaga, Gerardo FranciscoFavor

118 López Alvarado, Jaime ChrisFavor

119 López Landero, TomásFavor

120 López Segura, María CarmenFavor

121 López Zavala, JavierFavor

122 Macías Sandoval, RaúlFavor

123 Madrid Tovilla, AreliAusente

124 Magaña Zepeda, María AngélicaFavor

125 Maldonado Hernández, Fernando AlfredoFavor

126 Manzur Quiroga, José SergioFavor

127 Márquez Martínez, José LuisFavor

128 Márquez Velasco, SilviaFavor

129 Martínez Cárdenas, Esther AngélicaFavor

130 Mavil Soto, Ángel AbelFavor

131 Medina Fierro, RicardoFavor

132 Mendoza Curiel, María LeticiaFavor

133 Mendoza Garza, JorgeFavor

134 Mercado Gallegos, Sonia CatalinaFavor

135 Miranda Munive, EmilseFavor

136 Montano Guzmán, José AlejandroAusente

137 Montes Alvarado, AbrahamFavor

138 Morales Flores, JesúsFavor

139 Moreno Árcega, José IsidroFavor

140 Moreno Cárdenas, Rafael AlejandroAusente

141 Moreno Montoya, José PilarFavor

142 Muñiz Martínez, Dulce MaríaFavor

143 Muñoz Kapamas, Felipe de JesúsFavor

144 Murguía Lardizábal, Luis AlfredoFavor

145 Nava Gómez, José EverardoAusente

146 Navarrete Vital, María ConcepciónFavor

147 Navarro de Alva, César ReynaldoFavor

148 Niaves López, Ossiel OmarFavor

149 Núñez Sánchez, Gloria ElizabethAusente

150 Ochoa Gallegos, Williams OswaldoFavor

151 Ochoa González, ArnoldoFavor

152 Olvera Correa, LuisFavor

153 Ordaz Martínez, María del CarmenFavor

154 Ortega Pacheco, Guadalupe del SocorroFavor

155 Ortiz García, SalvadorFavor

156 Pacheco Rodríguez, Ricardo FidelAusente

157 Padilla Fierro, Román AlfredoFavor

158 Padilla Navarro, CesarioFavor

159 Pazzi Maza, Zita BeatrizFavor

160 Peña Recio, Patricia GuadalupeFavor

161 Pérez Anzueto, Hugo MauricioFavor

162 Pérez de Alba, José NoelFavor

163 Pérez Escalante, Elvia MaríaFavor

164 Ponce Orozco, NormaFavor

165 Quian Alcocer, Eduardo RománFavor

166 Quiñones Canales, Lourdes EulaliaFavor

167 Quintana León, Socorro de la LuzFavor

168 Rangel Espinosa, JoséFavor

169 Rangel Segovia, AlejandroFavor

170 Rellstab Carreto, TanyaFavor

171 Retamoza Vega, Patricia ElenaFavor

172 Robles Aguirre, Mayra KarinaFavor

173 Rocha Piedra, Juan ManuelFavor

174 Rodríguez Calderón, José AlbertoFavor

175 Rojo García de Alba, José AntonioFavor

176 Román Bojórquez, Jesús TolentinoFavor

177 Romero Valencia, SalvadorFavor

178 Rubio Lara, Blas RamónFavor

179 Ruiz Arriaga, GenaroFavor

180 Ruiz Gutiérrez, Adan DavidFavor

181 Ruiz Moronatti, RobertoFavor

182 Ruiz Sandoval, CristinaFavor

183 Sahui Rivero, MauricioFavor

184 Salgado Delgado, FernandoFavor

185 Salgado Peña, Abel OctavioAusente

186 Sámano Peralta, MiguelFavor

187 Sánchez Cruz, LeopoldoFavor

188 Sánchez Romero, CarlosFavor

189 Sánchez Santiago, María GuadalupeFavor

190 Schroeder Verdugo, María FernandaFavor

191 Sosa Altamira, William RenánAusente

192 Terán Guevara, María RebecaAusente

193 Terán Juárez, JorgeAusente

194 Treviño Cantú, JavierFavor

195 Treviño Villarreal, Pedro PabloFavor

196 Ugalde Alegría, Aurora DenisseFavor

197 Valanci Buzali, SimónAusente

198 Valdés Palazuelos, Jesús AntonioFavor

199 Vargas Vargas, Laura GuadalupeFavor

200 Vásquez Villanueva, Martín de JesúsFavor

201 Vázquez Saut, ReginaFavor

202 Vela Reyes, Marco AlonsoFavor

203 Velasco Orozco, Víctor HugoFavor

204 Velázquez Díaz, María GuadalupeFavor

205 Velázquez López, MirnaFavor

206 Velázquez Ramírez, Diana KarinaAusente

207 Velázquez Sánchez, MaricelaFavor

208 Villaseñor Gudiño, Blanca MaríaFavor

209 Villaseñor Vargas, María de la PalomaFavor

210 Vitela Rodríguez, Alma MarinaFavor

211 Zacarías Capuchino, DaríoFavor

212 Zamora Morales, FernandoFavor

213 Zepeda González, Francisco AlbertoFavor

Favor: 187

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 26

Total: 213

PARTIDO ACCION NACIONAL

1 Acosta Croda, RafaelFavor

2 Adame Alemán, Juan PabloAusente

3 Aguilar Rodríguez, Aurora de la LuzFavor

4 Aguilar Vega, MarcosFavor

5 Almaguer Torres, Felipe de JesúsFavor

6 Alonso Morelli, HumbertoFavor

7 Álvarez Tovar, Martha BereniceFavor

8 Anaya Cortés, RicardoFavor

9 Anaya Llamas, José GuillermoFavor

10 Angulo Parra, Carlos FernandoAusente

11 Aquino Calvo, Juan JesúsFavor

12 Argüelles Loya, ConsueloAusente

13 Azuara Zúñiga, XavierFavor

14 Borboa Becerra, Omar AntonioFavor

15 Botello Montes, José AlfredoFavor

16 Bueno Torio, JuanFavor

17 Cáceres de la Fuente, Juan FranciscoFavor

18 Camarillo Ortega, RubénAusente

19 Cárdenas Guízar, Gabriel de JesúsFavor

20 Carreño Muro, GenaroAusente

21 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoFavor

22 Chan Lugo, Sergio AugustoFavor

23 Coronado Quintanilla, AlbertoFavor

24 Cortázar Lara, Gerardo MaximilianoFavor

25 Cortés Berumen, IsaíasFavor

26 Cruz Mendoza, EufrosinaFavor

27 Dávila Delgado, Mario AlbertoFavor

28 De la Rosa Anaya, AndrésFavor

29 De la Rosa Escalante, ArturoFavor

30 De León Pérez, María EugeniaFavor

31 Díaz Trujillo, AlbertoFavor

32 Pérez Gavilán, Rodolfo DoradorAusente

33 Flores Flores, Enrique AlejandroFavor

34 Fuentes Solís, Víctor OswaldoFavor

35 Galindo Delgado, David CuauhtémocAusente

36 García González, Carlos AlbertoFavor

37 García Ramírez, José GuadalupeFavor

38 García Rojas, Mariana DunyaskaFavor

39 Gastélum Buenrostro, Juan ManuelFavor

40 Gómez Ramírez, RaúlFavor

41 González Carrillo, AdrianaAusente

42 González Manríquez, Víctor RafaelFavor

43 González Morfín, JoséFavor

44 González Serna, José ÁngelFavor

45 Gordillo Castillo, Néstor OctavioFavor

46 Heredia Lizárraga, Martín AlonsoFavor

47 Jiménez Castillo, BlancaFavor

48 Jiménez Cerrillo, RaquelFavor

49 Jiménez Esquivel, María TeresaFavor

50 Labastida Sotelo, KarinaFavor

51 Larrazabal Bretón, Fernando AlejandroFavor

52 Licea González, MargaritaAusente

53 Llanas Alba, José AlejandroAusente

54 López Cisneros, José MartínFavor

55 López Landero, LeticiaFavor

56 López López, RaudelFavor

57 López Noriega, AlejandraFavor

58 Lorenzini Rangel, Julio CésarFavor

59 Lugo Barriga, PatriciaAusente

60 Micalco Méndez, Rafael AlejandroFavor

61 Mondragón González, María GuadalupeFavor

62 Morgan Navarrete, Tania MargaritaFavor

63 Muñoz Márquez, Juan CarlosFavor

64 Neblina Vega, HebertoFavor

65 Niño de Rivera Vela, Homero RicardoFavor

66 Oliveros Usabiaga, José LuisAusente

67 Orta Coronado, MarcelinaFavor

68 Ortiz Mantilla, María IsabelFavor

69 Othón Zayas, MáximoFavor

70 Oviedo Herrera, J. JesúsFavor

71 Pacheco Díaz, GermánFavor

72 Pantoja Hernández, LeslieFavor

73 Paz Alonzo, RaúlFavor

74 Pedraza Aguilera, Flor de MaríaFavor

75 Pelayo Covarrubias, FranciscoFavor

76 Peña Avilés, GerardoFavor

77 Pérez Camarena, Carmen LucíaFavor

78 Prieto Herrera, Humberto ArmandoFavor

79 Quintana Salinas, EstherFavor

80 Ramírez Diez Gutiérrez, María ConcepciónFavor

81 Ramírez Romero, Luis MiguelAusente

82 Reina Lizárraga, José EnriqueFavor

83 Reza Gallegos, Rocío EsmeraldaFavor

84 Ricalde Magaña, Alicia ConcepciónAusente

85 Rivadeneyra Hernández, AlfredoFavor

86 Rivera Villanueva, Erick MarteFavor

87 Robledo Leal, Ernesto AlfonsoAusente

88 Rodríguez Doval, FernandoFavor

89 Rodríguez Vallejo, Diego SinhueAusente

90 Romero Sevilla, LeonorFavor

91 Rosiñol Abreu, JorgeFavor

92 Sada Pérez, VerónicaAusente

93 Saldaña Hernández, MargaritaFavor

94 Salinas Garza, José ArturoFavor

95 Salinas Mendiola, GlafiroFavor

96 Sampayo Ortíz, Ramón AntonioFavor

97 Sánchez Ruiz, MarioFavor

98 Serralde Martínez, VíctorAusente

99 Sosa Govea, Martha LeticiaFavor

100 Sotomayor Chávez, Jorge FranciscoFavor

101 Torres Cofiño, Marcelo de JesúsFavor

102 Trejo Reyes, José IsabelFavor

103 Urciel Castañeda, María CeliaFavor

104 Uribe Padilla, Juan CarlosFavor

105 Valladares Couoh, Cinthya NoemíFavor

106 Vargas Martín del Campo, ElizabethFavor

107 Villalobos Seáñez, Jorge IvánFavor

108 Villarreal García, Luis AlbertoAusente

109 Villarreal García, RicardoFavor

110 Yamamoto Cázares, Beatriz EugeniaFavor

111 Yáñez Robles, Elizabeth OsweliaFavor

112 Zamora García, AlfredoFavor

113 Zavala Peniche, María BeatrizFavor

114 Zepeda Vidales, DamiánFavor

Favor: 95

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 19

Total: 114

PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA

1 Alavez Ruiz, AleidaFavor

2 Algredo Jaramillo, EdilbertoFavor

3 Alonso Raya, Agustín MiguelFavor

4 Amaya Reyes, María de LourdesAusente

5 Antonio Altamirano, CarolFavor

6 Arias Pallares, Luis ManuelAusente

7 Ávila Pérez, José ÁngelFavor

8 Águila Torres, Claudia ElenaFavor

9 Aureoles Conejo, SilvanoFavor

10 Barrios Gómez Segués, AgustínFavor

11 Bautista Bravo, Alliet MarianaFavor

12 Bautista Cuevas, GloriaAusente

13 Bautista López, Victor ManuelFavor

14 Belaunzarán Méndez, FernandoAusente

15 Blanco Deaquino, SilvanoFavor

16 Bojórquez Javier, Claudia ElizabethFavor

17 Bonilla Jaime, JuanaFavor

18 Borges Pasos, Teresita de JesúsAusente

19 Brito Lara, TomásFavor

20 Carbajal González, AlejandroFavor

21 Carpinteyro Calderón, PurificaciónAusente

22 Carrillo Huerta, Mario MiguelFavor

23 Cedillo Hernández, ÁngelFavor

24 Ceseñas Chapa, María del SocorroFavor

25 Contreras Ceballos, ArmandoFavor

26 Copete Zapot, Yazmín de los ÁngelesFavor

27 Cruz Ramírez, ArturoFavor

28 Cuéllar Reyes, FernandoFavor

29 Cuevas Mena, Mario AlejandroFavor

30 De Jesús, Alejandro CarlosFavor

31 De la Rosa Peláez, Sebastián AlfonsoFavor

32 De la Vega Membrillo, Jorge FedericoFavor

33 Diego Cruz, EvaFavor

34 Duarte Ortuño, CatalinoFavor

35 Espinosa Cházaro, Luis Ángel XarielFavor

36 Esquivel Zalpa, José LuisAusente

37 Flores Aguayo, UrielFavor

38 Flores Salazar, Guadalupe SocorroAusente

39 Fócil Pérez, Juan ManuelFavor

40 García Conejo, AntonioFavor

41 García Medina, Amalia DoloresFavor

42 García Reyes, VerónicaFavor

43 Garza Ruvalcaba, MarceloFavor

44 Gaudiano Rovirosa, GerardoFavor

45 González Barrios, RodrigoFavor

46 González Bautista, ValentínAusente

47 González Magallanes, Alfa ElianaFavor

48 Guzmán Díaz, Delfina ElizabethFavor

49 Jardines Fraire, JhonatanFavor

50 Jarquín, HugoAusente

51 Juárez Piña, Verónica BeatrizFavor

52 León Mendívil, José AntonioFavor

53 López González, RobertoFavor

54 López Rosado, RobertoFavor

55 López Suárez, RobertoFavor

56 Luna Porquillo, RoxanaFavor

57 Maldonado Salgado, José ValentínFavor

58 Manriquez González, Víctor ManuelFavor

59 Martínez Rojas, Andrés EloyFavor

60 Medina Filigrana, Marcos RosendoFavor

61 Mejía Guardado, JulisaFavor

62 Melchor Vásquez, Angélica RocíoAusente

63 Méndez Martínez, Mario RafaelFavor

64 Merlín García, María del RosarioAusente

65 Mícher Camarena, Martha LucíaFavor

66 Miranda Salgado, MarinoFavor

67 Moctezuma Oviedo, María GuadalupeAusente

68 Mojica Morga, Teresa de JesúsAusente

69 Montalvo Hernández, RamónFavor

70 Morales López, Carlos AugustoAusente

71 Morales Vargas, Trinidad SecundinoFavor

72 Moreno Rivera, IsraelAusente

73 Moreno Rivera, Julio CésarAusente

74 Mota Ocampo, Gisela RaquelFavor

75 Muñoz Soria, José LuisFavor

76 Nájera Medina, Víctor ReymundoFavor

77 Navarrete Contreras, JoaquinaFavor

78 Nolasco Ramírez, YeseniaFavor

79 Orihuela García, JavierFavor

80 Porras Pérez, PedroFavor

81 Portillo Martínez, VicarioAusente

82 Posadas Hernández, DomitiloFavor

83 Quiroga Anguiano, KarenAusente

84 Reyes Gámiz, Roberto CarlosFavor

85 Reyes Montiel, Carla GuadalupeFavor

86 Rodríguez Montero, Francisco TomásFavor

87 Rosas Montero, Lizbeth EugeniaAusente

88 Salazar Trejo, JessicaFavor

89 Saldaña Fraire, GracielaFavor

90 Salgado Parra, JorgeFavor

91 Salinas Narváez, JavierFavor

92 Salinas Pérez, JosefinaFavor

93 Sánchez Camacho, AlejandroAusente

94 Sánchez Torres, GuillermoAusente

95 Sansores Sastré, AntonioAusente

96 Serrano Toledo, RosendoAusente

97 Tapia Fonllem, Margarita ElenaFavor

98 Tovar Aragón, CrystalAusente

99 Valles Sampedro, Lorenia IvethFavor

100 Vega Vázquez, José HumbertoFavor

101 Zárate Salgado, FernandoFavor

Favor: 76

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 25

Total: 101

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO

1 Acosta Montoya, RubénFavor

2 Astudillo Suárez, RicardoFavor

3 Aubry de Castro Palomino, EnriqueAusente

4 Camarena García, Felipe ArturoFavor

5 Castellanos Mijares, Carlos OctavioAusente

6 Cuéllar Steffan, AntonioFavor

7 Escobar y Vega, ArturoAusente

8 García de la Fuente, MónicaFavor

9 Garza Cadena, Ana LiliaFavor

10 González Luna Bueno, Federico JoséFavor

11 Guerrero López, Judit MagdalenaFavor

12 Guillén Guillén, Mario FranciscoAusente

13 López Moreno, Lourdes AdrianaAusente

14 Martel Cantú, Laura XimenaFavor

15 Medrano Galindo, GabrielaFavor

16 Narcia Álvarez, HéctorFavor

17 Núñez Aguilar, ErnestoFavor

18 Ochoa López, NaborFavor

19 Orozco Gómez, JavierFavor

20 Padilla Ramos, Carla AliciaFavor

21 Pariente Gavito, María del Rosario de FátimaFavor

22 Pérez Hernández, Rosa ElbaFavor

23 Pérez Tejada Padilla, DavidFavor

24 Romo Fonseca, Bárbara GabrielaFavor

25 Torres Mercado, TomásFavor

26 Villafuerte Trujillo, Amílcar AugustoAusente

27 Vital Vera, Martha EdithFavor

28 Zavaleta Salgado, RuthAusente

Favor: 21

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 7

Total: 28

MOVIMIENTO CIUDADANO

1 Alcalde Luján, Luisa MaríaFavor

2 Chávez Contreras, RodrigoFavor

3 Córdova Bernal, Martha BeatrizFavor

4 Coronato Rodríguez, José FranciscoFavor

5 Durazo Montaño, Francisco AlfonsoAusente

6 Gómez Pozos, MerilynFavor

7 Huidobro González, ZuleymaFavor

8 Hurtado Gallegos, José AntonioAusente

9 Jorrín Lozano, Victor ManuelFavor

10 Martínez Martínez, Juan LuisFavor

11 Mejía Berdeja, RicardoFavor

12 Méndez Denis, LorenaAusente

13 Monreal Ávila, RicardoFavor

14 Romero Lozano, María FernandaFavor

15 Samperio Montaño, Juan IgnacioAusente

16 Soto Martínez, JoséFavor

17 Valencia Ramírez, Aída FabiolaFavor

18 Valle Magaña, José LuisAusente

19 Vargas Pérez, Nelly del CarmenFavor

20 Villanueva Albarrán, GerardoFavor

Favor: 15

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 5

Total: 20

PARTIDO DEL TRABAJO

1 Aguilar Gil, LiliaAusente

2 Anaya Gutiérrez, AlbertoFavor

3 Benavides Castañeda, José AlbertoAusente

4 Bonilla Valdez, JaimeFavor

5 Cantú Garza, RicardoFavor

6 Huerta Ladrón de Guevara, Manuel RafaelFavor

7 López Cándido, José ArturoFavor

8 Martínez Santillán, María del CarmenFavor

9 Núñez Monreal, Magdalena del SocorroFavor

10 Orive Bellinger, AdolfoFavor

11 Ortiz Ahlf, LorettaFavor

12 Roblero Gordillo, Héctor HugoFavor

13 Romero Guzmán, Rosa EliaFavor

14 Torres Flores, AraceliFavor

Favor: 12

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 2

Total: 14

PARTIDO NUEVA ALIANZA

1 Bribiesca Sahagún, FernandoAusente

2 Caamal Mena, José AngelinoFavor

3 Cerda Franco, María SanjuanaFavor

4 Félix Hays, Rubén BenjamínFavor

5 Fujiwara Montelongo, René RicardoAusente

6 Garfias Gutiérrez, LucilaAusente

7 González Roldán, Luis AntonioFavor

8 Olvera Barrios, CristinaFavor

9 Rincón Chanona, SoniaFavor

10 Talamante Lemas, Dora María GuadalupeFavor

Favor: 7

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 3

Total: 10

Del dictamen de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto que reforma los artículos 416 del Código Civil Federal, y 80 del Código Federal de Procedimientos Civiles, con la modificación propuesta por la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña y aceptada por la asamblea (en lo general y en lo particular)

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

1 Abreu Artiñano, Rocío AdrianaFavor

2 Aceves y del Olmo, Carlos HumbertoAusente

3 Acosta Peña, Brasil AlbertoFavor

4 Anaya Gudiño, AlfredoFavor

5 Aguayo López, Miguel ÁngelFavor

6 Arroyo Ruiz, Alma JeannyFavor

7 Alcalá Padilla, LeobardoFavor

8 Aldana Prieto, Luis RicardoFavor

9 Allende Cano, Ana IsabelFavor

10 Alvarado Sánchez, Brenda María IzontliFavor

11 Astiazarán Gutiérrez, Antonio FranciscoAusente

12 Araujo de la Torre, Elsa PatriciaFavor

13 Arellano Guzmán, SalvadorFavor

14 Arroyo Vieyra, Francisco AgustínFavor

15 Añorve Baños, ManuelFavor

16 Athie Flores, KamelFavor

17 Ayala Robles Linares, FlorFavor

18 Badillo Ramírez, DaríoFavor

19 Barajas del Toro, SalvadorFavor

20 Barba Mariscal, Marco AntonioFavor

21 Barcenas Nieves, Delvim FabiolaFavor

22 Barrera Barrera, PetraFavor

23 Barrera Estrada, RodimiroAusente

24 Barrera Fortoul, LauraFavor

25 Barrueta Barón, NoéFavor

26 Bautista Villegas, OscarFavor

27 Beltrones Rivera, Manlio FabioFavor

28 Bernal Bolnik, Sue EllenFavor

29 Bernal Gutiérrez, Marco AntonioFavor

30 Berzunza Novelo, Landy MargaritaFavor

31 Bonilla Gómez, AdolfoFavor

32 Caballero Garza, BenitoFavor

33 Cabañas Aparicio, María EliaFavor

34 Calderón Ramírez, LeticiaFavor

35 Calzada Arroyo, Marco AntonioFavor

36 Campos Córdova, Lisandro ArístidesFavor

37 Cano Ayala, Ma. ElenaFavor

38 Cantú Segovia, EloyFavor

39 Carbajal Hernández, Juan ManuelFavor

40 Cárdenas Cantú, MiriamFavor

41 Cárdenas del Avellano, EnriqueFavor

42 Carreño Mijares, AngelinaAusente

43 Carreón Cervantes, VerónicaFavor

44 Castillo Rodríguez, MinervaFavor

45 Castillo Valdez, BenjamínFavor

46 Chávez Dávalos, Sergio ArmandoFavor

47 Córdova Díaz, Luis ArmandoFavor

48 Córdova Morán, Frine SorayaFavor

49 Corona Nakamura, María del RocíoFavor

50 Corrales Corrales, Francisca ElenaFavor

51 Cruz Morales, MaricruzFavor

52 Curi Naime, AlbertoFavor

53 De la Cruz Requena, RosalbaFavor

54 De las Fuentes Hernández, Fernando DonatoFavor

55 Del Angel Acosta, JorgeFavor

56 Del Bosque Márquez, Juan IsidroFavor

57 Del Moral Vela, Paulina AlejandraFavor

58 Delgadillo González, ClaudiaFavor

59 Díaz Athié, Antonio de JesúsFavor

60 Díaz Palacios, Víctor EmanuelFavor

61 Doger Guerrero, José EnriqueFavor

62 Domínguez Zepeda, Pedro IgnacioFavor

63 Duarte Murillo, José IgnacioFavor

64 Elizondo Ramírez, IrmaFavor

65 Escajeda Jiménez, José RubénFavor

66 Fernández Clamont, Francisco JavierFavor

67 Félix Chávez, FaustinoFavor

68 Flemate Ramírez, Julio CésarFavor

69 Flores Gómez, José Luis CruzFavor

70 Flores Méndez, José LuisFavor

71 Flores Sandoval, PatricioFavor

72 Fuentes Téllez, AdrianaFavor

73 Funes Velázquez, Erika YolandaFavor

74 Galindo Quiñones, Heriberto ManuelFavor

75 Galván Villanueva, Raúl SantosFavor

76 Gamboa Song, Lizbeth LoyFavor

77 Garay Cabada, MarinaFavor

78 García de la Cadena Romero, María del CarmenFavor

79 García Fernández, Maria de las NievesFavor

80 García García, HéctorFavor

81 García Hernández, JosefinaAusente

82 García Olmedo, María del RocíoFavor

83 Garza Moreno, María EstherAusente

84 Gauna Ruiz de León, Celia IsabelFavor

85 Gómez Carmona, Blanca EstelaFavor

86 Gómez Gómez, LuisFavor

87 Gómez Gómez, PedroFavor

88 Gómez Michel, GabrielFavor

89 Gómez Olguín, Roy ArgelFavor

90 Gómez Tueme, Amira GriceldaFavor

91 González Cruz, CristinaFavor

92 González Domínguez, IselaFavor

93 González Farías, Eligio CuitláhuacFavor

94 González Gómez, CeciliaFavor

95 González Martínez, Olivares IrazemaFavor

96 González Reséndiz, RafaelFavor

97 González Valdez, Marco AntonioFavor

98 González Vargas, FranciscoFavor

99 Grajales Palacios, FranciscoFavor

100 Gualito Castañeda, RosalbaFavor

101 Guerra Garza, AbelFavor

102 Guevara González, Javier FilibertoFavor

103 Gurrión Matías, SamuelFavor

104 Gutiérrez Álvarez, HarveyFavor

105 Gutiérrez de la Garza, Héctor HumbertoFavor

106 Gutiérrez Manrique, MarthaFavor

107 Hernández Burgos, GaudencioFavor

108 Hernández González, NoéFavor

109 Hernández Iñiguez, AdrianaFavor

110 Hernández Morales, Mirna EsmeraldaFavor

111 Hernández Tapia, Gerardo XavierFavor

112 Herrera Delgado, JorgeFavor

113 Huerta Rea, María de JesúsAusente

114 Inzunza Montoya, AlfonsoFavor

115 Juan Marcos, Issa SalomónFavor

116 King de la Rosa, RaymundoAusente

117 Liceaga Arteaga, Gerardo FranciscoFavor

118 López Alvarado, Jaime ChrisFavor

119 López Landero, TomásFavor

120 López Segura, María CarmenFavor

121 López Zavala, JavierFavor

122 Macías Sandoval, RaúlFavor

123 Madrid Tovilla, AreliAusente

124 Magaña Zepeda, María AngélicaFavor

125 Maldonado Hernández, Fernando AlfredoFavor

126 Manzur Quiroga, José SergioFavor

127 Márquez Martínez, José LuisFavor

128 Márquez Velasco, SilviaFavor

129 Martínez Cárdenas, Esther AngélicaFavor

130 Mavil Soto, Ángel AbelFavor

131 Medina Fierro, RicardoFavor

132 Mendoza Curiel, María LeticiaFavor

133 Mendoza Garza, JorgeAusente

134 Mercado Gallegos, Sonia CatalinaFavor

135 Miranda Munive, EmilseFavor

136 Montano Guzmán, José AlejandroAusente

137 Montes Alvarado, AbrahamFavor

138 Morales Flores, JesúsFavor

139 Moreno Árcega, José IsidroFavor

140 Moreno Cárdenas, Rafael AlejandroAusente

141 Moreno Montoya, José PilarFavor

142 Muñiz Martínez, Dulce MaríaFavor

143 Muñoz Kapamas, Felipe de JesúsFavor

144 Murguía Lardizábal, Luis AlfredoFavor

145 Nava Gómez, José EverardoAusente

146 Navarrete Vital, María ConcepciónFavor

147 Navarro de Alva, César ReynaldoFavor

148 Niaves López, Ossiel OmarFavor

149 Núñez Sánchez, Gloria ElizabethAusente

150 Ochoa Gallegos, Williams OswaldoFavor

151 Ochoa González, ArnoldoFavor

152 Olvera Correa, LuisFavor

153 Ordaz Martínez, María del CarmenFavor

154 Ortega Pacheco, Guadalupe del SocorroFavor

155 Ortiz García, SalvadorFavor

156 Pacheco Rodríguez, Ricardo FidelAusente

157 Padilla Fierro, Román AlfredoFavor

158 Padilla Navarro, CesarioFavor

159 Pazzi Maza, Zita BeatrizFavor

160 Peña Recio, Patricia GuadalupeFavor

161 Pérez Anzueto, Hugo MauricioFavor

162 Pérez de Alba, José NoelFavor

163 Pérez Escalante, Elvia MaríaFavor

164 Ponce Orozco, NormaFavor

165 Quian Alcocer, Eduardo RománFavor

166 Quiñones Canales, Lourdes EulaliaAusente

167 Quintana León, Socorro de la LuzFavor

168 Rangel Espinosa, JoséAusente

169 Rangel Segovia, AlejandroFavor

170 Rellstab Carreto, TanyaFavor

171 Retamoza Vega, Patricia ElenaFavor

172 Robles Aguirre, Mayra KarinaFavor

173 Rocha Piedra, Juan ManuelFavor

174 Rodríguez Calderón, José AlbertoFavor

175 Rojo García de Alba, José AntonioFavor

176 Román Bojórquez, Jesús TolentinoFavor

177 Romero Valencia, SalvadorAusente

178 Rubio Lara, Blas RamónFavor

179 Ruiz Arriaga, GenaroFavor

180 Ruiz Gutiérrez, Adan DavidFavor

181 Ruiz Moronatti, RobertoFavor

182 Ruiz Sandoval, CristinaFavor

183 Sahui Rivero, MauricioFavor

184 Salgado Delgado, FernandoFavor

185 Salgado Peña, Abel OctavioAusente

186 Sámano Peralta, MiguelFavor

187 Sánchez Cruz, LeopoldoFavor

188 Sánchez Romero, CarlosFavor

189 Sánchez Santiago, María GuadalupeFavor

190 Schroeder Verdugo, María FernandaFavor

191 Sosa Altamira, William RenánAusente

192 Terán Guevara, María RebecaFavor

193 Terán Juárez, JorgeAusente

194 Treviño Cantú, JavierAusente

195 Treviño Villarreal, Pedro PabloFavor

196 Ugalde Alegría, Aurora DenisseFavor

197 Valanci Buzali, SimónAusente

198 Valdés Palazuelos, Jesús AntonioFavor

199 Vargas Vargas, Laura GuadalupeFavor

200 Vásquez Villanueva, Martín de JesúsFavor

201 Vázquez Saut, ReginaFavor

202 Vela Reyes, Marco AlonsoFavor

203 Velasco Orozco, Víctor HugoFavor

204 Velázquez Díaz, María GuadalupeFavor

205 Velázquez López, MirnaFavor

206 Velázquez Ramírez, Diana KarinaAusente

207 Velázquez Sánchez, MaricelaFavor

208 Villaseñor Gudiño, Blanca MaríaFavor

209 Villaseñor Vargas, María de la PalomaFavor

210 Vitela Rodríguez, Alma MarinaFavor

211 Zacarías Capuchino, DaríoFavor

212 Zamora Morales, FernandoFavor

213 Zepeda González, Francisco AlbertoFavor

Favor: 189

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 24

Total: 213

PARTIDO ACCION NACIONAL

1 Acosta Croda, RafaelFavor

2 Adame Alemán, Juan PabloAusente

3 Aguilar Rodríguez, Aurora de la LuzFavor

4 Aguilar Vega, MarcosFavor

5 Almaguer Torres, Felipe de JesúsFavor

6 Alonso Morelli, HumbertoFavor

7 Álvarez Tovar, Martha BereniceFavor

8 Anaya Cortés, RicardoFavor

9 Anaya Llamas, José GuillermoFavor

10 Angulo Parra, Carlos FernandoFavor

11 Aquino Calvo, Juan JesúsAusente

12 Argüelles Loya, ConsueloAusente

13 Azuara Zúñiga, XavierFavor

14 Borboa Becerra, Omar AntonioFavor

15 Botello Montes, José AlfredoFavor

16 Bueno Torio, JuanFavor

17 Cáceres de la Fuente, Juan FranciscoFavor

18 Camarillo Ortega, RubénAusente

19 Cárdenas Guízar, Gabriel de JesúsFavor

20 Carreño Muro, GenaroAusente

21 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoFavor

22 Chan Lugo, Sergio AugustoFavor

23 Coronado Quintanilla, AlbertoFavor

24 Cortázar Lara, Gerardo MaximilianoFavor

25 Cortés Berumen, IsaíasFavor

26 Cruz Mendoza, EufrosinaFavor

27 Dávila Delgado, Mario AlbertoFavor

28 De la Rosa Anaya, AndrésFavor

29 De la Rosa Escalante, ArturoFavor

30 De León Pérez, María EugeniaFavor

31 Díaz Trujillo, AlbertoFavor

32 Pérez Gavilán, Rodolfo DoradorAusente

33 Flores Flores, Enrique AlejandroFavor

34 Fuentes Solís, Víctor OswaldoFavor

35 Galindo Delgado, David CuauhtémocFavor

36 García González, Carlos AlbertoFavor

37 García Ramírez, José GuadalupeFavor

38 García Rojas, Mariana DunyaskaFavor

39 Gastélum Buenrostro, Juan ManuelFavor

40 Gómez Ramírez, RaúlFavor

41 González Carrillo, AdrianaAusente

42 González Manríquez, Víctor RafaelFavor

43 González Morfín, JoséFavor

44 González Serna, José ÁngelFavor

45 Gordillo Castillo, Néstor OctavioFavor

46 Heredia Lizárraga, Martín AlonsoFavor

47 Jiménez Castillo, BlancaFavor

48 Jiménez Cerrillo, RaquelFavor

49 Jiménez Esquivel, María TeresaFavor

50 Labastida Sotelo, KarinaFavor

51 Larrazabal Bretón, Fernando AlejandroFavor

52 Licea González, MargaritaAusente

53 Llanas Alba, José AlejandroFavor

54 López Cisneros, José MartínFavor

55 López Landero, LeticiaFavor

56 López López, RaudelFavor

57 López Noriega, AlejandraFavor

58 Lorenzini Rangel, Julio CésarFavor

59 Lugo Barriga, PatriciaFavor

60 Micalco Méndez, Rafael AlejandroFavor

61 Mondragón González, María GuadalupeFavor

62 Morgan Navarrete, Tania MargaritaFavor

63 Muñoz Márquez, Juan CarlosFavor

64 Neblina Vega, HebertoFavor

65 Niño de Rivera Vela, Homero RicardoFavor

66 Oliveros Usabiaga, José LuisAusente

67 Orta Coronado, MarcelinaFavor

68 Ortiz Mantilla, María IsabelFavor

69 Othón Zayas, MáximoFavor

70 Oviedo Herrera, J. JesúsFavor

71 Pacheco Díaz, GermánFavor

72 Pantoja Hernández, LeslieFavor

73 Paz Alonzo, RaúlFavor

74 Pedraza Aguilera, Flor de MaríaFavor

75 Pelayo Covarrubias, FranciscoFavor

76 Peña Avilés, GerardoFavor

77 Pérez Camarena, Carmen LucíaFavor

78 Prieto Herrera, Humberto ArmandoFavor

79 Quintana Salinas, EstherFavor

80 Ramírez Diez Gutiérrez, María ConcepciónFavor

81 Ramírez Romero, Luis MiguelFavor

82 Reina Lizárraga, José EnriqueFavor

83 Reza Gallegos, Rocío EsmeraldaFavor

84 Ricalde Magaña, Alicia ConcepciónAusente

85 Rivadeneyra Hernández, AlfredoFavor

86 Rivera Villanueva, Erick MarteFavor

87 Robledo Leal, Ernesto AlfonsoAusente

88 Rodríguez Doval, FernandoFavor

89 Rodríguez Vallejo, Diego SinhueAusente

90 Romero Sevilla, LeonorFavor

91 Rosiñol Abreu, JorgeFavor

92 Sada Pérez, VerónicaFavor

93 Saldaña Hernández, MargaritaFavor

94 Salinas Garza, José ArturoFavor

95 Salinas Mendiola, GlafiroFavor

96 Sampayo Ortíz, Ramón AntonioFavor

97 Sánchez Ruiz, MarioFavor

98 Serralde Martínez, VíctorAusente

99 Sosa Govea, Martha LeticiaFavor

100 Sotomayor Chávez, Jorge FranciscoFavor

101 Torres Cofiño, Marcelo de JesúsAusente

102 Trejo Reyes, José IsabelFavor

103 Urciel Castañeda, María CeliaFavor

104 Uribe Padilla, Juan CarlosFavor

105 Valladares Couoh, Cinthya NoemíFavor

106 Vargas Martín del Campo, ElizabethFavor

107 Villalobos Seáñez, Jorge IvánFavor

108 Villarreal García, Luis AlbertoAusente

109 Villarreal García, RicardoFavor

110 Yamamoto Cázares, Beatriz EugeniaFavor

111 Yáñez Robles, Elizabeth OsweliaFavor

112 Zamora García, AlfredoFavor

113 Zavala Peniche, María BeatrizFavor

114 Zepeda Vidales, DamiánFavor

Favor: 99

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 15

Total: 114

PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA

1 Alavez Ruiz, AleidaFavor

2 Algredo Jaramillo, EdilbertoFavor

3 Alonso Raya, Agustín MiguelFavor

4 Amaya Reyes, María de LourdesAusente

5 Antonio Altamirano, CarolFavor

6 Arias Pallares, Luis ManuelAusente

7 Ávila Pérez, José ÁngelFavor

8 Águila Torres, Claudia ElenaFavor

9 Aureoles Conejo, SilvanoFavor

10 Barrios Gómez Segués, AgustínFavor

11 Bautista Bravo, Alliet MarianaFavor

12 Bautista Cuevas, GloriaFavor

13 Bautista López, Victor ManuelFavor

14 Belaunzarán Méndez, FernandoFavor

15 Blanco Deaquino, SilvanoFavor

16 Bojórquez Javier, Claudia ElizabethFavor

17 Bonilla Jaime, JuanaFavor

18 Borges Pasos, Teresita de JesúsAusente

19 Brito Lara, TomásFavor

20 Carbajal González, AlejandroFavor

21 Carpinteyro Calderón, PurificaciónFavor

22 Carrillo Huerta, Mario MiguelFavor

23 Cedillo Hernández, ÁngelFavor

24 Ceseñas Chapa, María del SocorroAusente

25 Contreras Ceballos, ArmandoFavor

26 Copete Zapot, Yazmín de los ÁngelesFavor

27 Cruz Ramírez, ArturoFavor

28 Cuéllar Reyes, FernandoFavor

29 Cuevas Mena, Mario AlejandroFavor

30 De Jesús, Alejandro CarlosFavor

31 De la Rosa Peláez, Sebastián AlfonsoFavor

32 De la Vega Membrillo, Jorge FedericoFavor

33 Diego Cruz, EvaFavor

34 Duarte Ortuño, CatalinoFavor

35 Espinosa Cházaro, Luis Ángel XarielFavor

36 Esquivel Zalpa, José LuisAusente

37 Flores Aguayo, UrielFavor

38 Flores Salazar, Guadalupe SocorroFavor

39 Fócil Pérez, Juan ManuelFavor

40 García Conejo, AntonioFavor

41 García Medina, Amalia DoloresFavor

42 García Reyes, VerónicaFavor

43 Garza Ruvalcaba, MarceloFavor

44 Gaudiano Rovirosa, GerardoFavor

45 González Barrios, RodrigoFavor

46 González Bautista, ValentínFavor

47 González Magallanes, Alfa ElianaAusente

48 Guzmán Díaz, Delfina ElizabethFavor

49 Jardines Fraire, JhonatanFavor

50 Jarquín, HugoFavor

51 Juárez Piña, Verónica BeatrizFavor

52 León Mendívil, José AntonioFavor

53 López González, RobertoFavor

54 López Rosado, RobertoFavor

55 López Suárez, RobertoFavor

56 Luna Porquillo, RoxanaFavor

57 Maldonado Salgado, José ValentínFavor

58 Manriquez González, Víctor ManuelFavor

59 Martínez Rojas, Andrés EloyFavor

60 Medina Filigrana, Marcos RosendoFavor

61 Mejía Guardado, JulisaFavor

62 Melchor Vásquez, Angélica RocíoAusente

63 Méndez Martínez, Mario RafaelFavor

64 Merlín García, María del RosarioAusente

65 Mícher Camarena, Martha LucíaFavor

66 Miranda Salgado, MarinoAusente

67 Moctezuma Oviedo, María GuadalupeFavor

68 Mojica Morga, Teresa de JesúsFavor

69 Montalvo Hernández, RamónFavor

70 Morales López, Carlos AugustoAusente

71 Morales Vargas, Trinidad SecundinoAusente

72 Moreno Rivera, IsraelAusente

73 Moreno Rivera, Julio CésarFavor

74 Mota Ocampo, Gisela RaquelFavor

75 Muñoz Soria, José LuisAusente

76 Nájera Medina, Víctor ReymundoFavor

77 Navarrete Contreras, JoaquinaFavor

78 Nolasco Ramírez, YeseniaFavor

79 Orihuela García, JavierFavor

80 Porras Pérez, PedroFavor

81 Portillo Martínez, VicarioFavor

82 Posadas Hernández, DomitiloFavor

83 Quiroga Anguiano, KarenAusente

84 Reyes Gámiz, Roberto CarlosAusente

85 Reyes Montiel, Carla GuadalupeFavor

86 Rodríguez Montero, Francisco TomásFavor

87 Rosas Montero, Lizbeth EugeniaFavor

88 Salazar Trejo, JessicaFavor

89 Saldaña Fraire, GracielaFavor

90 Salgado Parra, JorgeFavor

91 Salinas Narváez, JavierFavor

92 Salinas Pérez, JosefinaFavor

93 Sánchez Camacho, AlejandroFavor

94 Sánchez Torres, GuillermoFavor

95 Sansores Sastré, AntonioAusente

96 Serrano Toledo, RosendoAusente

97 Tapia Fonllem, Margarita ElenaFavor

98 Tovar Aragón, CrystalFavor

99 Valles Sampedro, Lorenia IvethFavor

100 Vega Vázquez, José HumbertoFavor

101 Zárate Salgado, FernandoFavor

Favor: 84

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 17

Total: 101

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO

1 Acosta Montoya, RubénAusente

2 Astudillo Suárez, RicardoFavor

3 Aubry de Castro Palomino, EnriqueAusente

4 Camarena García, Felipe ArturoFavor

5 Castellanos Mijares, Carlos OctavioFavor

6 Cuéllar Steffan, AntonioFavor

7 Escobar y Vega, ArturoFavor

8 García de la Fuente, MónicaFavor

9 Garza Cadena, Ana LiliaFavor

10 González Luna Bueno, Federico JoséFavor

11 Guerrero López, Judit MagdalenaFavor

12 Guillén Guillén, Mario FranciscoAusente

13 López Moreno, Lourdes AdrianaFavor

14 Martel Cantú, Laura XimenaFavor

15 Medrano Galindo, GabrielaFavor

16 Narcia Álvarez, HéctorAusente

17 Núñez Aguilar, ErnestoFavor

18 Ochoa López, NaborFavor

19 Orozco Gómez, JavierFavor

20 Padilla Ramos, Carla AliciaFavor

21 Pariente Gavito, María del Rosario de FátimaFavor

22 Pérez Hernández, Rosa ElbaFavor

23 Pérez Tejada Padilla, DavidFavor

24 Romo Fonseca, Bárbara GabrielaFavor

25 Torres Mercado, TomásFavor

26 Villafuerte Trujillo, Amílcar AugustoAusente

27 Vital Vera, Martha EdithFavor

28 Zavaleta Salgado, RuthFavor

Favor: 23

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 5

Total: 28

MOVIMIENTO CIUDADANO

1 Alcalde Luján, Luisa MaríaAbstención

2 Chávez Contreras, RodrigoFavor

3 Córdova Bernal, Martha BeatrizFavor

4 Coronato Rodríguez, José FranciscoFavor

5 Durazo Montaño, Francisco AlfonsoAusente

6 Gómez Pozos, MerilynAbstención

7 Huidobro González, ZuleymaFavor

8 Hurtado Gallegos, José AntonioAusente

9 Jorrín Lozano, Victor ManuelFavor

10 Martínez Martínez, Juan LuisFavor

11 Mejía Berdeja, RicardoFavor

12 Méndez Denis, LorenaAusente

13 Monreal Ávila, RicardoAbstención

14 Romero Lozano, María FernandaFavor

15 Samperio Montaño, Juan IgnacioFavor

16 Soto Martínez, JoséFavor

17 Valencia Ramírez, Aída FabiolaFavor

18 Valle Magaña, José LuisAusente

19 Vargas Pérez, Nelly del CarmenAbstención

20 Villanueva Albarrán, GerardoFavor

Favor: 12

Contra: 0

Abstención: 4

Quorum: 0

Ausentes: 4

Total: 20

PARTIDO DEL TRABAJO

1 Aguilar Gil, LiliaFavor

2 Anaya Gutiérrez, AlbertoFavor

3 Benavides Castañeda, José AlbertoFavor

4 Bonilla Valdez, JaimeAbstención

5 Cantú Garza, RicardoAusente

6 Huerta Ladrón de Guevara, Manuel RafaelAbstención

7 López Cándido, José ArturoFavor

8 Martínez Santillán, María del CarmenFavor

9 Núñez Monreal, Magdalena del SocorroFavor

10 Orive Bellinger, AdolfoFavor

11 Ortiz Ahlf, LorettaFavor

12 Roblero Gordillo, Héctor HugoFavor

13 Romero Guzmán, Rosa EliaFavor

14 Torres Flores, AraceliFavor

Favor: 11

Contra: 0

Abstención: 2

Quorum: 0

Ausentes: 1

Total: 14

PARTIDO NUEVA ALIANZA

1 Bribiesca Sahagún, FernandoFavor

2 Caamal Mena, José AngelinoFavor

3 Cerda Franco, María SanjuanaFavor

4 Félix Hays, Rubén BenjamínFavor

5 Fujiwara Montelongo, René RicardoFavor

6 Garfias Gutiérrez, LucilaAusente

7 González Roldán, Luis AntonioFavor

8 Olvera Barrios, CristinaFavor

9 Rincón Chanona, SoniaFavor

10 Talamante Lemas, Dora María GuadalupeFavor

Favor: 9

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 1

Total: 10

Del dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto que dispone la obligación de los editores de hacer el depósito legal digitalizado de sus publicaciones (en lo general y en lo particular)

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

1 Abreu Artiñano, Rocío AdrianaFavor

2 Aceves y del Olmo, Carlos HumbertoAusente

3 Acosta Peña, Brasil AlbertoFavor

4 Anaya Gudiño, AlfredoFavor

5 Aguayo López, Miguel ÁngelFavor

6 Arroyo Ruiz, Alma JeannyFavor

7 Alcalá Padilla, LeobardoFavor

8 Aldana Prieto, Luis RicardoFavor

9 Allende Cano, Ana IsabelFavor

10 Alvarado Sánchez, Brenda María IzontliFavor

11 Astiazarán Gutiérrez, Antonio FranciscoAusente

12 Araujo de la Torre, Elsa PatriciaFavor

13 Arellano Guzmán, SalvadorFavor

14 Arroyo Vieyra, Francisco AgustínFavor

15 Añorve Baños, ManuelFavor

16 Athie Flores, KamelFavor

17 Ayala Robles Linares, FlorFavor

18 Badillo Ramírez, DaríoFavor

19 Barajas del Toro, SalvadorFavor

20 Barba Mariscal, Marco AntonioFavor

21 Barcenas Nieves, Delvim FabiolaFavor

22 Barrera Barrera, PetraFavor

23 Barrera Estrada, RodimiroAusente

24 Barrera Fortoul, LauraFavor

25 Barrueta Barón, NoéFavor

26 Bautista Villegas, OscarFavor

27 Beltrones Rivera, Manlio FabioFavor

28 Bernal Bolnik, Sue EllenFavor

29 Bernal Gutiérrez, Marco AntonioFavor

30 Berzunza Novelo, Landy MargaritaFavor

31 Bonilla Gómez, AdolfoFavor

32 Caballero Garza, BenitoFavor

33 Cabañas Aparicio, María EliaFavor

34 Calderón Ramírez, LeticiaFavor

35 Calzada Arroyo, Marco AntonioFavor

36 Campos Córdova, Lisandro ArístidesFavor

37 Cano Ayala, Ma. ElenaFavor

38 Cantú Segovia, EloyFavor

39 Carbajal Hernández, Juan ManuelFavor

40 Cárdenas Cantú, MiriamFavor

41 Cárdenas del Avellano, EnriqueFavor

42 Carreño Mijares, AngelinaAusente

43 Carreón Cervantes, VerónicaFavor

44 Castillo Rodríguez, MinervaFavor

45 Castillo Valdez, BenjamínFavor

46 Chávez Dávalos, Sergio ArmandoFavor

47 Córdova Díaz, Luis ArmandoFavor

48 Córdova Morán, Frine SorayaFavor

49 Corona Nakamura, María del RocíoFavor

50 Corrales Corrales, Francisca ElenaFavor

51 Cruz Morales, MaricruzFavor

52 Curi Naime, AlbertoFavor

53 De la Cruz Requena, RosalbaFavor

54 De las Fuentes Hernández, Fernando DonatoFavor

55 Del Angel Acosta, JorgeFavor

56 Del Bosque Márquez, Juan IsidroFavor

57 Del Moral Vela, Paulina AlejandraFavor

58 Delgadillo González, ClaudiaFavor

59 Díaz Athié, Antonio de JesúsFavor

60 Díaz Palacios, Víctor EmanuelFavor

61 Doger Guerrero, José EnriqueFavor

62 Domínguez Zepeda, Pedro IgnacioFavor

63 Duarte Murillo, José IgnacioFavor

64 Elizondo Ramírez, IrmaFavor

65 Escajeda Jiménez, José RubénFavor

66 Fernández Clamont, Francisco JavierFavor

67 Félix Chávez, FaustinoFavor

68 Flemate Ramírez, Julio CésarFavor

69 Flores Gómez, José Luis CruzFavor

70 Flores Méndez, José LuisFavor

71 Flores Sandoval, PatricioFavor

72 Fuentes Téllez, AdrianaFavor

73 Funes Velázquez, Erika YolandaFavor

74 Galindo Quiñones, Heriberto ManuelFavor

75 Galván Villanueva, Raúl SantosFavor

76 Gamboa Song, Lizbeth LoyFavor

77 Garay Cabada, MarinaFavor

78 García de la Cadena Romero, María del CarmenFavor

79 García Fernández, Maria de las NievesFavor

80 García García, HéctorFavor

81 García Hernández, JosefinaAusente

82 García Olmedo, María del RocíoFavor

83 Garza Moreno, María EstherFavor

84 Gauna Ruiz de León, Celia IsabelFavor

85 Gómez Carmona, Blanca EstelaFavor

86 Gómez Gómez, LuisFavor

87 Gómez Gómez, PedroFavor

88 Gómez Michel, GabrielFavor

89 Gómez Olguín, Roy ArgelFavor

90 Gómez Tueme, Amira GriceldaFavor

91 González Cruz, CristinaFavor

92 González Domínguez, IselaFavor

93 González Farías, Eligio CuitláhuacFavor

94 González Gómez, CeciliaFavor

95 González Martínez, Olivares IrazemaFavor

96 González Reséndiz, RafaelFavor

97 González Valdez, Marco AntonioFavor

98 González Vargas, FranciscoFavor

99 Grajales Palacios, FranciscoFavor

100 Gualito Castañeda, RosalbaFavor

101 Guerra Garza, AbelFavor

102 Guevara González, Javier FilibertoFavor

103 Gurrión Matías, SamuelFavor

104 Gutiérrez Álvarez, HarveyFavor

105 Gutiérrez de la Garza, Héctor HumbertoFavor

106 Gutiérrez Manrique, MarthaFavor

107 Hernández Burgos, GaudencioFavor

108 Hernández González, NoéFavor

109 Hernández Iñiguez, AdrianaFavor

110 Hernández Morales, Mirna EsmeraldaFavor

111 Hernández Tapia, Gerardo XavierAusente

112 Herrera Delgado, JorgeFavor

113 Huerta Rea, María de JesúsAusente

114 Inzunza Montoya, AlfonsoFavor

115 Juan Marcos, Issa SalomónFavor

116 King de la Rosa, RaymundoAusente

117 Liceaga Arteaga, Gerardo FranciscoFavor

118 López Alvarado, Jaime ChrisFavor

119 López Landero, TomásFavor

120 López Segura, María CarmenFavor

121 López Zavala, JavierFavor

122 Macías Sandoval, RaúlFavor

123 Madrid Tovilla, AreliAusente

124 Magaña Zepeda, María AngélicaFavor

125 Maldonado Hernández, Fernando AlfredoFavor

126 Manzur Quiroga, José SergioFavor

127 Márquez Martínez, José LuisFavor

128 Márquez Velasco, SilviaFavor

129 Martínez Cárdenas, Esther AngélicaFavor

130 Mavil Soto, Ángel AbelFavor

131 Medina Fierro, RicardoFavor

132 Mendoza Curiel, María LeticiaFavor

133 Mendoza Garza, JorgeFavor

134 Mercado Gallegos, Sonia CatalinaFavor

135 Miranda Munive, EmilseFavor

136 Montano Guzmán, José AlejandroAusente

137 Montes Alvarado, AbrahamFavor

138 Morales Flores, JesúsFavor

139 Moreno Árcega, José IsidroFavor

140 Moreno Cárdenas, Rafael AlejandroAusente

141 Moreno Montoya, José PilarFavor

142 Muñiz Martínez, Dulce MaríaFavor

143 Muñoz Kapamas, Felipe de JesúsFavor

144 Murguía Lardizábal, Luis AlfredoFavor

145 Nava Gómez, José EverardoAusente

146 Navarrete Vital, María ConcepciónFavor

147 Navarro de Alva, César ReynaldoFavor

148 Niaves López, Ossiel OmarFavor

149 Núñez Sánchez, Gloria ElizabethFavor

150 Ochoa Gallegos, Williams OswaldoFavor

151 Ochoa González, ArnoldoFavor

152 Olvera Correa, LuisFavor

153 Ordaz Martínez, María del CarmenFavor

154 Ortega Pacheco, Guadalupe del SocorroFavor

155 Ortiz García, SalvadorFavor

156 Pacheco Rodríguez, Ricardo FidelAusente

157 Padilla Fierro, Román AlfredoFavor

158 Padilla Navarro, CesarioFavor

159 Pazzi Maza, Zita BeatrizFavor

160 Peña Recio, Patricia GuadalupeFavor

161 Pérez Anzueto, Hugo MauricioFavor

162 Pérez de Alba, José NoelFavor

163 Pérez Escalante, Elvia MaríaFavor

164 Ponce Orozco, NormaFavor

165 Quian Alcocer, Eduardo RománFavor

166 Quiñones Canales, Lourdes EulaliaFavor

167 Quintana León, Socorro de la LuzFavor

168 Rangel Espinosa, JoséFavor

169 Rangel Segovia, AlejandroFavor

170 Rellstab Carreto, TanyaFavor

171 Retamoza Vega, Patricia ElenaFavor

172 Robles Aguirre, Mayra KarinaFavor

173 Rocha Piedra, Juan ManuelFavor

174 Rodríguez Calderón, José AlbertoFavor

175 Rojo García de Alba, José AntonioFavor

176 Román Bojórquez, Jesús TolentinoFavor

177 Romero Valencia, SalvadorAusente

178 Rubio Lara, Blas RamónFavor

179 Ruiz Arriaga, GenaroFavor

180 Ruiz Gutiérrez, Adan DavidFavor

181 Ruiz Moronatti, RobertoFavor

182 Ruiz Sandoval, CristinaFavor

183 Sahui Rivero, MauricioFavor

184 Salgado Delgado, FernandoFavor

185 Salgado Peña, Abel OctavioAusente

186 Sámano Peralta, MiguelFavor

187 Sánchez Cruz, LeopoldoFavor

188 Sánchez Romero, CarlosFavor

189 Sánchez Santiago, María GuadalupeFavor

190 Schroeder Verdugo, María FernandaFavor

191 Sosa Altamira, William RenánAusente

192 Terán Guevara, María RebecaFavor

193 Terán Juárez, JorgeAusente

194 Treviño Cantú, JavierFavor

195 Treviño Villarreal, Pedro PabloFavor

196 Ugalde Alegría, Aurora DenisseFavor

197 Valanci Buzali, SimónAusente

198 Valdés Palazuelos, Jesús AntonioFavor

199 Vargas Vargas, Laura GuadalupeFavor

200 Vásquez Villanueva, Martín de JesúsFavor

201 Vázquez Saut, ReginaFavor

202 Vela Reyes, Marco AlonsoFavor

203 Velasco Orozco, Víctor HugoFavor

204 Velázquez Díaz, María GuadalupeFavor

205 Velázquez López, MirnaFavor

206 Velázquez Ramírez, Diana KarinaAusente

207 Velázquez Sánchez, MaricelaFavor

208 Villaseñor Gudiño, Blanca MaríaFavor

209 Villaseñor Vargas, María de la PalomaFavor

210 Vitela Rodríguez, Alma MarinaFavor

211 Zacarías Capuchino, DaríoFavor

212 Zamora Morales, FernandoFavor

213 Zepeda González, Francisco AlbertoFavor

Favor: 194

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 19

Total: 213

PARTIDO ACCION NACIONAL

1 Acosta Croda, RafaelFavor

2 Adame Alemán, Juan PabloAusente

3 Aguilar Rodríguez, Aurora de la LuzFavor

4 Aguilar Vega, MarcosFavor

5 Almaguer Torres, Felipe de JesúsFavor

6 Alonso Morelli, HumbertoFavor

7 Álvarez Tovar, Martha BereniceFavor

8 Anaya Cortés, RicardoFavor

9 Anaya Llamas, José GuillermoFavor

10 Angulo Parra, Carlos FernandoFavor

11 Aquino Calvo, Juan JesúsFavor

12 Argüelles Loya, ConsueloAusente

13 Azuara Zúñiga, XavierFavor

14 Borboa Becerra, Omar AntonioFavor

15 Botello Montes, José AlfredoFavor

16 Bueno Torio, JuanFavor

17 Cáceres de la Fuente, Juan FranciscoFavor

18 Camarillo Ortega, RubénAusente

19 Cárdenas Guízar, Gabriel de JesúsFavor

20 Carreño Muro, GenaroAusente

21 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoFavor

22 Chan Lugo, Sergio AugustoFavor

23 Coronado Quintanilla, AlbertoFavor

24 Cortázar Lara, Gerardo MaximilianoFavor

25 Cortés Berumen, IsaíasFavor

26 Cruz Mendoza, EufrosinaFavor

27 Dávila Delgado, Mario AlbertoFavor

28 De la Rosa Anaya, AndrésFavor

29 De la Rosa Escalante, ArturoFavor

30 De León Pérez, María EugeniaFavor

31 Díaz Trujillo, AlbertoFavor

32 Pérez Gavilán, Rodolfo DoradorAusente

33 Flores Flores, Enrique AlejandroFavor

34 Fuentes Solís, Víctor OswaldoFavor

35 Galindo Delgado, David CuauhtémocFavor

36 García González, Carlos AlbertoFavor

37 García Ramírez, José GuadalupeFavor

38 García Rojas, Mariana DunyaskaFavor

39 Gastélum Buenrostro, Juan ManuelFavor

40 Gómez Ramírez, RaúlFavor

41 González Carrillo, AdrianaAusente

42 González Manríquez, Víctor RafaelFavor

43 González Morfín, JoséFavor

44 González Serna, José ÁngelFavor

45 Gordillo Castillo, Néstor OctavioFavor

46 Heredia Lizárraga, Martín AlonsoFavor

47 Jiménez Castillo, BlancaFavor

48 Jiménez Cerrillo, RaquelFavor

49 Jiménez Esquivel, María TeresaFavor

50 Labastida Sotelo, KarinaFavor

51 Larrazabal Bretón, Fernando AlejandroFavor

52 Licea González, MargaritaAusente

53 Llanas Alba, José AlejandroFavor

54 López Cisneros, José MartínFavor

55 López Landero, LeticiaFavor

56 López López, RaudelFavor

57 López Noriega, AlejandraFavor

58 Lorenzini Rangel, Julio CésarFavor

59 Lugo Barriga, PatriciaFavor

60 Micalco Méndez, Rafael AlejandroFavor

61 Mondragón González, María GuadalupeFavor

62 Morgan Navarrete, Tania MargaritaFavor

63 Muñoz Márquez, Juan CarlosFavor

64 Neblina Vega, HebertoFavor

65 Niño de Rivera Vela, Homero RicardoFavor

66 Oliveros Usabiaga, José LuisAusente

67 Orta Coronado, MarcelinaFavor

68 Ortiz Mantilla, María IsabelFavor

69 Othón Zayas, MáximoFavor

70 Oviedo Herrera, J. JesúsFavor

71 Pacheco Díaz, GermánFavor

72 Pantoja Hernández, LeslieFavor

73 Paz Alonzo, RaúlAusente

74 Pedraza Aguilera, Flor de MaríaFavor

75 Pelayo Covarrubias, FranciscoFavor

76 Peña Avilés, GerardoFavor

77 Pérez Camarena, Carmen LucíaFavor

78 Prieto Herrera, Humberto ArmandoFavor

79 Quintana Salinas, EstherFavor

80 Ramírez Diez Gutiérrez, María ConcepciónFavor

81 Ramírez Romero, Luis MiguelFavor

82 Reina Lizárraga, José EnriqueFavor

83 Reza Gallegos, Rocío EsmeraldaFavor

84 Ricalde Magaña, Alicia ConcepciónAusente

85 Rivadeneyra Hernández, AlfredoFavor

86 Rivera Villanueva, Erick MarteFavor

87 Robledo Leal, Ernesto AlfonsoAusente

88 Rodríguez Doval, FernandoFavor

89 Rodríguez Vallejo, Diego SinhueAusente

90 Romero Sevilla, LeonorFavor

91 Rosiñol Abreu, JorgeFavor

92 Sada Pérez, VerónicaAusente

93 Saldaña Hernández, MargaritaFavor

94 Salinas Garza, José ArturoFavor

95 Salinas Mendiola, GlafiroFavor

96 Sampayo Ortíz, Ramón AntonioFavor

97 Sánchez Ruiz, MarioFavor

98 Serralde Martínez, VíctorAusente

99 Sosa Govea, Martha LeticiaFavor

100 Sotomayor Chávez, Jorge FranciscoFavor

101 Torres Cofiño, Marcelo de JesúsFavor

102 Trejo Reyes, José IsabelFavor

103 Urciel Castañeda, María CeliaFavor

104 Uribe Padilla, Juan CarlosFavor

105 Valladares Couoh, Cinthya NoemíFavor

106 Vargas Martín del Campo, ElizabethFavor

107 Villalobos Seáñez, Jorge IvánFavor

108 Villarreal García, Luis AlbertoAusente

109 Villarreal García, RicardoFavor

110 Yamamoto Cázares, Beatriz EugeniaFavor

111 Yáñez Robles, Elizabeth OsweliaFavor

112 Zamora García, AlfredoFavor

113 Zavala Peniche, María BeatrizFavor

114 Zepeda Vidales, DamiánFavor

Favor: 99

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 15

Total: 114

PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA

1 Alavez Ruiz, AleidaFavor

2 Algredo Jaramillo, EdilbertoFavor

3 Alonso Raya, Agustín MiguelFavor

4 Amaya Reyes, María de LourdesFavor

5 Antonio Altamirano, CarolFavor

6 Arias Pallares, Luis ManuelAusente

7 Ávila Pérez, José ÁngelFavor

8 Águila Torres, Claudia ElenaFavor

9 Aureoles Conejo, SilvanoFavor

10 Barrios Gómez Segués, AgustínFavor

11 Bautista Bravo, Alliet MarianaFavor

12 Bautista Cuevas, GloriaFavor

13 Bautista López, Victor ManuelFavor

14 Belaunzarán Méndez, FernandoFavor

15 Blanco Deaquino, SilvanoAusente

16 Bojórquez Javier, Claudia ElizabethFavor

17 Bonilla Jaime, JuanaFavor

18 Borges Pasos, Teresita de JesúsAusente

19 Brito Lara, TomásFavor

20 Carbajal González, AlejandroFavor

21 Carpinteyro Calderón, PurificaciónFavor

22 Carrillo Huerta, Mario MiguelFavor

23 Cedillo Hernández, ÁngelFavor

24 Ceseñas Chapa, María del SocorroFavor

25 Contreras Ceballos, ArmandoFavor

26 Copete Zapot, Yazmín de los ÁngelesFavor

27 Cruz Ramírez, ArturoFavor

28 Cuéllar Reyes, FernandoFavor

29 Cuevas Mena, Mario AlejandroFavor

30 De Jesús, Alejandro CarlosFavor

31 De la Rosa Peláez, Sebastián AlfonsoAusente

32 De la Vega Membrillo, Jorge FedericoFavor

33 Diego Cruz, EvaFavor

34 Duarte Ortuño, CatalinoFavor

35 Espinosa Cházaro, Luis Ángel XarielFavor

36 Esquivel Zalpa, José LuisAusente

37 Flores Aguayo, UrielFavor

38 Flores Salazar, Guadalupe SocorroFavor

39 Fócil Pérez, Juan ManuelFavor

40 García Conejo, AntonioFavor

41 García Medina, Amalia DoloresFavor

42 García Reyes, VerónicaFavor

43 Garza Ruvalcaba, MarceloFavor

44 Gaudiano Rovirosa, GerardoFavor

45 González Barrios, RodrigoFavor

46 González Bautista, ValentínFavor

47 González Magallanes, Alfa ElianaAusente

48 Guzmán Díaz, Delfina ElizabethFavor

49 Jardines Fraire, JhonatanFavor

50 Jarquín, HugoFavor

51 Juárez Piña, Verónica BeatrizFavor

52 León Mendívil, José AntonioFavor

53 López González, RobertoFavor

54 López Rosado, RobertoFavor

55 López Suárez, RobertoFavor

56 Luna Porquillo, RoxanaFavor

57 Maldonado Salgado, José ValentínFavor

58 Manriquez González, Víctor ManuelFavor

59 Martínez Rojas, Andrés EloyFavor

60 Medina Filigrana, Marcos RosendoFavor

61 Mejía Guardado, JulisaFavor

62 Melchor Vásquez, Angélica RocíoAusente

63 Méndez Martínez, Mario RafaelFavor

64 Merlín García, María del RosarioAusente

65 Mícher Camarena, Martha LucíaFavor

66 Miranda Salgado, MarinoFavor

67 Moctezuma Oviedo, María GuadalupeFavor

68 Mojica Morga, Teresa de JesúsFavor

69 Montalvo Hernández, RamónFavor

70 Morales López, Carlos AugustoAusente

71 Morales Vargas, Trinidad SecundinoAusente

72 Moreno Rivera, IsraelAusente

73 Moreno Rivera, Julio CésarFavor

74 Mota Ocampo, Gisela RaquelFavor

75 Muñoz Soria, José LuisFavor

76 Nájera Medina, Víctor ReymundoFavor

77 Navarrete Contreras, JoaquinaFavor

78 Nolasco Ramírez, YeseniaFavor

79 Orihuela García, JavierFavor

80 Porras Pérez, PedroFavor

81 Portillo Martínez, VicarioFavor

82 Posadas Hernández, DomitiloFavor

83 Quiroga Anguiano, KarenFavor

84 Reyes Gámiz, Roberto CarlosAusente

85 Reyes Montiel, Carla GuadalupeFavor

86 Rodríguez Montero, Francisco TomásFavor

87 Rosas Montero, Lizbeth EugeniaFavor

88 Salazar Trejo, JessicaFavor

89 Saldaña Fraire, GracielaAusente

90 Salgado Parra, JorgeFavor

91 Salinas Narváez, JavierFavor

92 Salinas Pérez, JosefinaFavor

93 Sánchez Camacho, AlejandroFavor

94 Sánchez Torres, GuillermoFavor

95 Sansores Sastré, AntonioAusente

96 Serrano Toledo, RosendoAusente

97 Tapia Fonllem, Margarita ElenaFavor

98 Tovar Aragón, CrystalFavor

99 Valles Sampedro, Lorenia IvethFavor

100 Vega Vázquez, José HumbertoFavor

101 Zárate Salgado, FernandoFavor

Favor: 86

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 15

Total: 101

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO

1 Acosta Montoya, RubénAusente

2 Astudillo Suárez, RicardoFavor

3 Aubry de Castro Palomino, EnriqueFavor

4 Camarena García, Felipe ArturoFavor

5 Castellanos Mijares, Carlos OctavioFavor

6 Cuéllar Steffan, AntonioFavor

7 Escobar y Vega, ArturoAusente

8 García de la Fuente, MónicaFavor

9 Garza Cadena, Ana LiliaFavor

10 González Luna Bueno, Federico JoséAusente

11 Guerrero López, Judit MagdalenaFavor

12 Guillén Guillén, Mario FranciscoAusente

13 López Moreno, Lourdes AdrianaFavor

14 Martel Cantú, Laura XimenaFavor

15 Medrano Galindo, GabrielaFavor

16 Narcia Álvarez, HéctorAusente

17 Núñez Aguilar, ErnestoFavor

18 Ochoa López, NaborFavor

19 Orozco Gómez, JavierFavor

20 Padilla Ramos, Carla AliciaFavor

21 Pariente Gavito, María del Rosario de FátimaFavor

22 Pérez Hernández, Rosa ElbaFavor

23 Pérez Tejada Padilla, DavidFavor

24 Romo Fonseca, Bárbara GabrielaFavor

25 Torres Mercado, TomásFavor

26 Villafuerte Trujillo, Amílcar AugustoAusente

27 Vital Vera, Martha EdithFavor

28 Zavaleta Salgado, RuthFavor

Favor: 22

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 6

Total: 28

MOVIMIENTO CIUDADANO

1 Alcalde Luján, Luisa MaríaFavor

2 Chávez Contreras, RodrigoFavor

3 Córdova Bernal, Martha BeatrizFavor

4 Coronato Rodríguez, José FranciscoFavor

5 Durazo Montaño, Francisco AlfonsoAusente

6 Gómez Pozos, MerilynFavor

7 Huidobro González, ZuleymaFavor

8 Hurtado Gallegos, José AntonioAusente

9 Jorrín Lozano, Victor ManuelFavor

10 Martínez Martínez, Juan LuisAusente

11 Mejía Berdeja, RicardoFavor

12 Méndez Denis, LorenaAusente

13 Monreal Ávila, RicardoFavor

14 Romero Lozano, María FernandaFavor

15 Samperio Montaño, Juan IgnacioFavor

16 Soto Martínez, JoséFavor

17 Valencia Ramírez, Aída FabiolaFavor

18 Valle Magaña, José LuisAusente

19 Vargas Pérez, Nelly del CarmenFavor

20 Villanueva Albarrán, GerardoFavor

Favor: 15

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 5

Total: 20

PARTIDO DEL TRABAJO

1 Aguilar Gil, LiliaFavor

2 Anaya Gutiérrez, AlbertoFavor

3 Benavides Castañeda, José AlbertoFavor

4 Bonilla Valdez, JaimeAusente

5 Cantú Garza, RicardoAusente

6 Huerta Ladrón de Guevara, Manuel RafaelFavor

7 López Cándido, José ArturoFavor

8 Martínez Santillán, María del CarmenFavor

9 Núñez Monreal, Magdalena del SocorroFavor

10 Orive Bellinger, AdolfoAusente

11 Ortiz Ahlf, LorettaFavor

12 Roblero Gordillo, Héctor HugoFavor

13 Romero Guzmán, Rosa EliaFavor

14 Torres Flores, AraceliFavor

Favor: 11

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 3

Total: 14

PARTIDO NUEVA ALIANZA

1 Bribiesca Sahagún, FernandoFavor

2 Caamal Mena, José AngelinoFavor

3 Cerda Franco, María SanjuanaFavor

4 Félix Hays, Rubén BenjamínFavor

5 Fujiwara Montelongo, René RicardoFavor

6 Garfias Gutiérrez, LucilaAusente

7 González Roldán, Luis AntonioFavor

8 Olvera Barrios, CristinaFavor

9 Rincón Chanona, SoniaFavor

10 Talamante Lemas, Dora María GuadalupeFavor

Favor: 9

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 1

Total: 10

Del dictamen de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación; Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (en lo general y en lo particular)

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

1 Abreu Artiñano, Rocío AdrianaFavor

2 Aceves y del Olmo, Carlos HumbertoAusente

3 Acosta Peña, Brasil AlbertoFavor

4 Anaya Gudiño, AlfredoFavor

5 Aguayo López, Miguel ÁngelFavor

6 Arroyo Ruiz, Alma JeannyFavor

7 Alcalá Padilla, LeobardoFavor

8 Aldana Prieto, Luis RicardoFavor

9 Allende Cano, Ana IsabelFavor

10 Alvarado Sánchez, Brenda María IzontliFavor

11 Astiazarán Gutiérrez, Antonio FranciscoAusente

12 Araujo de la Torre, Elsa PatriciaAusente

13 Arellano Guzmán, SalvadorFavor

14 Arroyo Vieyra, Francisco AgustínFavor

15 Añorve Baños, ManuelFavor

16 Athie Flores, KamelFavor

17 Ayala Robles Linares, FlorFavor

18 Badillo Ramírez, DaríoFavor

19 Barajas del Toro, SalvadorFavor

20 Barba Mariscal, Marco AntonioFavor

21 Barcenas Nieves, Delvim FabiolaFavor

22 Barrera Barrera, PetraFavor

23 Barrera Estrada, RodimiroAusente

24 Barrera Fortoul, LauraFavor

25 Barrueta Barón, NoéFavor

26 Bautista Villegas, OscarFavor

27 Beltrones Rivera, Manlio FabioFavor

28 Bernal Bolnik, Sue EllenFavor

29 Bernal Gutiérrez, Marco AntonioFavor

30 Berzunza Novelo, Landy MargaritaFavor

31 Bonilla Gómez, AdolfoFavor

32 Caballero Garza, BenitoAusente

33 Cabañas Aparicio, María EliaFavor

34 Calderón Ramírez, LeticiaFavor

35 Calzada Arroyo, Marco AntonioFavor

36 Campos Córdova, Lisandro ArístidesFavor

37 Cano Ayala, Ma. ElenaFavor

38 Cantú Segovia, EloyFavor

39 Carbajal Hernández, Juan ManuelFavor

40 Cárdenas Cantú, MiriamFavor

41 Cárdenas del Avellano, EnriqueFavor

42 Carreño Mijares, AngelinaAusente

43 Carreón Cervantes, VerónicaFavor

44 Castillo Rodríguez, MinervaFavor

45 Castillo Valdez, BenjamínFavor

46 Chávez Dávalos, Sergio ArmandoFavor

47 Córdova Díaz, Luis ArmandoFavor

48 Córdova Morán, Frine SorayaFavor

49 Corona Nakamura, María del RocíoFavor

50 Corrales Corrales, Francisca ElenaFavor

51 Cruz Morales, MaricruzFavor

52 Curi Naime, AlbertoAusente

53 De la Cruz Requena, RosalbaAusente

54 De las Fuentes Hernández, Fernando DonatoFavor

55 Del Angel Acosta, JorgeFavor

56 Del Bosque Márquez, Juan IsidroFavor

57 Del Moral Vela, Paulina AlejandraFavor

58 Delgadillo González, ClaudiaFavor

59 Díaz Athié, Antonio de JesúsFavor

60 Díaz Palacios, Víctor EmanuelFavor

61 Doger Guerrero, José EnriqueFavor

62 Domínguez Zepeda, Pedro IgnacioFavor

63 Duarte Murillo, José IgnacioFavor

64 Elizondo Ramírez, IrmaFavor

65 Escajeda Jiménez, José RubénFavor

66 Fernández Clamont, Francisco JavierFavor

67 Félix Chávez, FaustinoFavor

68 Flemate Ramírez, Julio CésarFavor

69 Flores Gómez, José Luis CruzFavor

70 Flores Méndez, José LuisFavor

71 Flores Sandoval, PatricioFavor

72 Fuentes Téllez, AdrianaFavor

73 Funes Velázquez, Erika YolandaFavor

74 Galindo Quiñones, Heriberto ManuelFavor

75 Galván Villanueva, Raúl SantosFavor

76 Gamboa Song, Lizbeth LoyFavor

77 Garay Cabada, MarinaFavor

78 García de la Cadena Romero, María del CarmenFavor

79 García Fernández, Maria de las NievesFavor

80 García García, HéctorFavor

81 García Hernández, JosefinaAusente

82 García Olmedo, María del RocíoFavor

83 Garza Moreno, María EstherFavor

84 Gauna Ruiz de León, Celia IsabelFavor

85 Gómez Carmona, Blanca EstelaFavor

86 Gómez Gómez, LuisFavor

87 Gómez Gómez, PedroFavor

88 Gómez Michel, GabrielFavor

89 Gómez Olguín, Roy ArgelFavor

90 Gómez Tueme, Amira GriceldaFavor

91 González Cruz, CristinaFavor

92 González Domínguez, IselaFavor

93 González Farías, Eligio CuitláhuacAusente

94 González Gómez, CeciliaFavor

95 González Martínez, Olivares IrazemaFavor

96 González Reséndiz, RafaelFavor

97 González Valdez, Marco AntonioFavor

98 González Vargas, FranciscoFavor

99 Grajales Palacios, FranciscoFavor

100 Gualito Castañeda, RosalbaFavor

101 Guerra Garza, AbelFavor

102 Guevara González, Javier FilibertoAusente

103 Gurrión Matías, SamuelFavor

104 Gutiérrez Álvarez, HarveyFavor

105 Gutiérrez de la Garza, Héctor HumbertoFavor

106 Gutiérrez Manrique, MarthaFavor

107 Hernández Burgos, GaudencioFavor

108 Hernández González, NoéFavor

109 Hernández Iñiguez, AdrianaFavor

110 Hernández Morales, Mirna EsmeraldaFavor

111 Hernández Tapia, Gerardo XavierFavor

112 Herrera Delgado, JorgeAusente

113 Huerta Rea, María de JesúsAusente

114 Inzunza Montoya, AlfonsoFavor

115 Juan Marcos, Issa SalomónFavor

116 King de la Rosa, RaymundoAusente

117 Liceaga Arteaga, Gerardo FranciscoFavor

118 López Alvarado, Jaime ChrisFavor

119 López Landero, TomásFavor

120 López Segura, María CarmenFavor

121 López Zavala, JavierFavor

122 Macías Sandoval, RaúlFavor

123 Madrid Tovilla, AreliFavor

124 Magaña Zepeda, María AngélicaFavor

125 Maldonado Hernández, Fernando AlfredoFavor

126 Manzur Quiroga, José SergioFavor

127 Márquez Martínez, José LuisAusente

128 Márquez Velasco, SilviaFavor

129 Martínez Cárdenas, Esther AngélicaFavor

130 Mavil Soto, Ángel AbelFavor

131 Medina Fierro, RicardoFavor

132 Mendoza Curiel, María LeticiaFavor

133 Mendoza Garza, JorgeFavor

134 Mercado Gallegos, Sonia CatalinaFavor

135 Miranda Munive, EmilseFavor

136 Montano Guzmán, José AlejandroAusente

137 Montes Alvarado, AbrahamFavor

138 Morales Flores, JesúsFavor

139 Moreno Árcega, José IsidroFavor

140 Moreno Cárdenas, Rafael AlejandroAusente

141 Moreno Montoya, José PilarFavor

142 Muñiz Martínez, Dulce MaríaFavor

143 Muñoz Kapamas, Felipe de JesúsFavor

144 Murguía Lardizábal, Luis AlfredoFavor

145 Nava Gómez, José EverardoAusente

146 Navarrete Vital, María ConcepciónFavor

147 Navarro de Alva, César ReynaldoFavor

148 Niaves López, Ossiel OmarFavor

149 Núñez Sánchez, Gloria ElizabethFavor

150 Ochoa Gallegos, Williams OswaldoFavor

151 Ochoa González, ArnoldoFavor

152 Olvera Correa, LuisFavor

153 Ordaz Martínez, María del CarmenFavor

154 Ortega Pacheco, Guadalupe del SocorroFavor

155 Ortiz García, SalvadorFavor

156 Pacheco Rodríguez, Ricardo FidelAusente

157 Padilla Fierro, Román AlfredoFavor

158 Padilla Navarro, CesarioFavor

159 Pazzi Maza, Zita BeatrizFavor

160 Peña Recio, Patricia GuadalupeFavor

161 Pérez Anzueto, Hugo MauricioFavor

162 Pérez de Alba, José NoelFavor

163 Pérez Escalante, Elvia MaríaFavor

164 Ponce Orozco, NormaFavor

165 Quian Alcocer, Eduardo RománFavor

166 Quiñones Canales, Lourdes EulaliaFavor

167 Quintana León, Socorro de la LuzFavor

168 Rangel Espinosa, JoséAusente

169 Rangel Segovia, AlejandroFavor

170 Rellstab Carreto, TanyaFavor

171 Retamoza Vega, Patricia ElenaFavor

172 Robles Aguirre, Mayra KarinaFavor

173 Rocha Piedra, Juan ManuelFavor

174 Rodríguez Calderón, José AlbertoFavor

175 Rojo García de Alba, José AntonioFavor

176 Román Bojórquez, Jesús TolentinoFavor

177 Romero Valencia, SalvadorFavor

178 Rubio Lara, Blas RamónFavor

179 Ruiz Arriaga, GenaroFavor

180 Ruiz Gutiérrez, Adan DavidFavor

181 Ruiz Moronatti, RobertoFavor

182 Ruiz Sandoval, CristinaFavor

183 Sahui Rivero, MauricioAusente

184 Salgado Delgado, FernandoAusente

185 Salgado Peña, Abel OctavioAusente

186 Sámano Peralta, MiguelFavor

187 Sánchez Cruz, LeopoldoFavor

188 Sánchez Romero, CarlosFavor

189 Sánchez Santiago, María GuadalupeFavor

190 Schroeder Verdugo, María FernandaFavor

191 Sosa Altamira, William RenánAusente

192 Terán Guevara, María RebecaFavor

193 Terán Juárez, JorgeAusente

194 Treviño Cantú, JavierFavor

195 Treviño Villarreal, Pedro PabloFavor

196 Ugalde Alegría, Aurora DenisseFavor

197 Valanci Buzali, SimónAusente

198 Valdés Palazuelos, Jesús AntonioFavor

199 Vargas Vargas, Laura GuadalupeFavor

200 Vásquez Villanueva, Martín de JesúsFavor

201 Vázquez Saut, ReginaFavor

202 Vela Reyes, Marco AlonsoFavor

203 Velasco Orozco, Víctor HugoFavor

204 Velázquez Díaz, María GuadalupeFavor

205 Velázquez López, MirnaFavor

206 Velázquez Ramírez, Diana KarinaAusente

207 Velázquez Sánchez, MaricelaAusente

208 Villaseñor Gudiño, Blanca MaríaFavor

209 Villaseñor Vargas, María de la PalomaFavor

210 Vitela Rodríguez, Alma MarinaFavor

211 Zacarías Capuchino, DaríoFavor

212 Zamora Morales, FernandoFavor

213 Zepeda González, Francisco AlbertoFavor

Favor: 185

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 28

Total: 213

PARTIDO ACCION NACIONAL

1 Acosta Croda, RafaelFavor

2 Adame Alemán, Juan PabloAusente

3 Aguilar Rodríguez, Aurora de la LuzFavor

4 Aguilar Vega, MarcosFavor

5 Almaguer Torres, Felipe de JesúsAusente

6 Alonso Morelli, HumbertoFavor

7 Álvarez Tovar, Martha BereniceAusente

8 Anaya Cortés, RicardoFavor

9 Anaya Llamas, José GuillermoFavor

10 Angulo Parra, Carlos FernandoFavor

11 Aquino Calvo, Juan JesúsAusente

12 Argüelles Loya, ConsueloFavor

13 Azuara Zúñiga, XavierFavor

14 Borboa Becerra, Omar AntonioFavor

15 Botello Montes, José AlfredoFavor

16 Bueno Torio, JuanFavor

17 Cáceres de la Fuente, Juan FranciscoFavor

18 Camarillo Ortega, RubénAusente

19 Cárdenas Guízar, Gabriel de JesúsFavor

20 Carreño Muro, GenaroAusente

21 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoFavor

22 Chan Lugo, Sergio AugustoFavor

23 Coronado Quintanilla, AlbertoFavor

24 Cortázar Lara, Gerardo MaximilianoAusente

25 Cortés Berumen, IsaíasFavor

26 Cruz Mendoza, EufrosinaFavor

27 Dávila Delgado, Mario AlbertoFavor

28 De la Rosa Anaya, AndrésFavor

29 De la Rosa Escalante, ArturoFavor

30 De León Pérez, María EugeniaFavor

31 Díaz Trujillo, AlbertoFavor

32 Pérez Gavilán, Rodolfo DoradorAusente

33 Flores Flores, Enrique AlejandroFavor

34 Fuentes Solís, Víctor OswaldoFavor

35 Galindo Delgado, David CuauhtémocAusente

36 García González, Carlos AlbertoFavor

37 García Ramírez, José GuadalupeFavor

38 García Rojas, Mariana DunyaskaFavor

39 Gastélum Buenrostro, Juan ManuelFavor

40 Gómez Ramírez, RaúlFavor

41 González Carrillo, AdrianaAusente

42 González Manríquez, Víctor RafaelFavor

43 González Morfín, JoséFavor

44 González Serna, José ÁngelFavor

45 Gordillo Castillo, Néstor OctavioFavor

46 Heredia Lizárraga, Martín AlonsoFavor

47 Jiménez Castillo, BlancaFavor

48 Jiménez Cerrillo, RaquelAusente

49 Jiménez Esquivel, María TeresaFavor

50 Labastida Sotelo, KarinaFavor

51 Larrazabal Bretón, Fernando AlejandroFavor

52 Licea González, MargaritaAusente

53 Llanas Alba, José AlejandroAusente

54 López Cisneros, José MartínFavor

55 López Landero, LeticiaFavor

56 López López, RaudelAusente

57 López Noriega, AlejandraFavor

58 Lorenzini Rangel, Julio CésarFavor

59 Lugo Barriga, PatriciaFavor

60 Micalco Méndez, Rafael AlejandroFavor

61 Mondragón González, María GuadalupeFavor

62 Morgan Navarrete, Tania MargaritaFavor

63 Muñoz Márquez, Juan CarlosFavor

64 Neblina Vega, HebertoFavor

65 Niño de Rivera Vela, Homero RicardoFavor

66 Oliveros Usabiaga, José LuisAusente

67 Orta Coronado, MarcelinaFavor

68 Ortiz Mantilla, María IsabelFavor

69 Othón Zayas, MáximoFavor

70 Oviedo Herrera, J. JesúsFavor

71 Pacheco Díaz, GermánFavor

72 Pantoja Hernández, LeslieAusente

73 Paz Alonzo, RaúlFavor

74 Pedraza Aguilera, Flor de MaríaFavor

75 Pelayo Covarrubias, FranciscoAusente

76 Peña Avilés, GerardoFavor

77 Pérez Camarena, Carmen LucíaFavor

78 Prieto Herrera, Humberto ArmandoFavor

79 Quintana Salinas, EstherFavor

80 Ramírez Diez Gutiérrez, María ConcepciónFavor

81 Ramírez Romero, Luis MiguelFavor

82 Reina Lizárraga, José EnriqueFavor

83 Reza Gallegos, Rocío EsmeraldaFavor

84 Ricalde Magaña, Alicia ConcepciónAusente

85 Rivadeneyra Hernández, AlfredoFavor

86 Rivera Villanueva, Erick MarteFavor

87 Robledo Leal, Ernesto AlfonsoAusente

88 Rodríguez Doval, FernandoFavor

89 Rodríguez Vallejo, Diego SinhueFavor

90 Romero Sevilla, LeonorFavor

91 Rosiñol Abreu, JorgeFavor

92 Sada Pérez, VerónicaFavor

93 Saldaña Hernández, MargaritaFavor

94 Salinas Garza, José ArturoFavor

95 Salinas Mendiola, GlafiroFavor

96 Sampayo Ortíz, Ramón AntonioFavor

97 Sánchez Ruiz, MarioAusente

98 Serralde Martínez, VíctorAusente

99 Sosa Govea, Martha LeticiaFavor

100 Sotomayor Chávez, Jorge FranciscoFavor

101 Torres Cofiño, Marcelo de JesúsFavor

102 Trejo Reyes, José IsabelAusente

103 Urciel Castañeda, María CeliaAusente

104 Uribe Padilla, Juan CarlosFavor

105 Valladares Couoh, Cinthya NoemíFavor

106 Vargas Martín del Campo, ElizabethFavor

107 Villalobos Seáñez, Jorge IvánFavor

108 Villarreal García, Luis AlbertoAusente

109 Villarreal García, RicardoFavor

110 Yamamoto Cázares, Beatriz EugeniaFavor

111 Yáñez Robles, Elizabeth OsweliaFavor

112 Zamora García, AlfredoFavor

113 Zavala Peniche, María BeatrizAusente

114 Zepeda Vidales, DamiánFavor

Favor: 89

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 25

Total: 114

PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA

1 Alavez Ruiz, AleidaFavor

2 Algredo Jaramillo, EdilbertoFavor

3 Alonso Raya, Agustín MiguelAusente

4 Amaya Reyes, María de LourdesFavor

5 Antonio Altamirano, CarolAusente

6 Arias Pallares, Luis ManuelAusente

7 Ávila Pérez, José ÁngelFavor

8 Águila Torres, Claudia ElenaFavor

9 Aureoles Conejo, SilvanoFavor

10 Barrios Gómez Segués, AgustínFavor

11 Bautista Bravo, Alliet MarianaFavor

12 Bautista Cuevas, GloriaFavor

13 Bautista López, Victor ManuelFavor

14 Belaunzarán Méndez, FernandoFavor

15 Blanco Deaquino, SilvanoFavor

16 Bojórquez Javier, Claudia ElizabethFavor

17 Bonilla Jaime, JuanaFavor

18 Borges Pasos, Teresita de JesúsAusente

19 Brito Lara, TomásFavor

20 Carbajal González, AlejandroFavor

21 Carpinteyro Calderón, PurificaciónFavor

22 Carrillo Huerta, Mario MiguelFavor

23 Cedillo Hernández, ÁngelFavor

24 Ceseñas Chapa, María del SocorroAusente

25 Contreras Ceballos, ArmandoFavor

26 Copete Zapot, Yazmín de los ÁngelesFavor

27 Cruz Ramírez, ArturoFavor

28 Cuéllar Reyes, FernandoFavor

29 Cuevas Mena, Mario AlejandroFavor

30 De Jesús, Alejandro CarlosFavor

31 De la Rosa Peláez, Sebastián AlfonsoFavor

32 De la Vega Membrillo, Jorge FedericoFavor

33 Diego Cruz, EvaFavor

34 Duarte Ortuño, CatalinoFavor

35 Espinosa Cházaro, Luis Ángel XarielFavor

36 Esquivel Zalpa, José LuisAusente

37 Flores Aguayo, UrielFavor

38 Flores Salazar, Guadalupe SocorroFavor

39 Fócil Pérez, Juan ManuelFavor

40 García Conejo, AntonioFavor

41 García Medina, Amalia DoloresFavor

42 García Reyes, VerónicaFavor

43 Garza Ruvalcaba, MarceloFavor

44 Gaudiano Rovirosa, GerardoFavor

45 González Barrios, RodrigoFavor

46 González Bautista, ValentínFavor

47 González Magallanes, Alfa ElianaAusente

48 Guzmán Díaz, Delfina ElizabethFavor

49 Jardines Fraire, JhonatanFavor

50 Jarquín, HugoFavor

51 Juárez Piña, Verónica BeatrizFavor

52 León Mendívil, José AntonioFavor

53 López González, RobertoFavor

54 López Rosado, RobertoFavor

55 López Suárez, RobertoFavor

56 Luna Porquillo, RoxanaFavor

57 Maldonado Salgado, José ValentínFavor

58 Manriquez González, Víctor ManuelFavor

59 Martínez Rojas, Andrés EloyFavor

60 Medina Filigrana, Marcos RosendoFavor

61 Mejía Guardado, JulisaFavor

62 Melchor Vásquez, Angélica RocíoAusente

63 Méndez Martínez, Mario RafaelFavor

64 Merlín García, María del RosarioAusente

65 Mícher Camarena, Martha LucíaFavor

66 Miranda Salgado, MarinoFavor

67 Moctezuma Oviedo, María GuadalupeFavor

68 Mojica Morga, Teresa de JesúsFavor

69 Montalvo Hernández, RamónFavor

70 Morales López, Carlos AugustoAusente

71 Morales Vargas, Trinidad SecundinoFavor

72 Moreno Rivera, IsraelAusente

73 Moreno Rivera, Julio CésarFavor

74 Mota Ocampo, Gisela RaquelFavor

75 Muñoz Soria, José LuisFavor

76 Nájera Medina, Víctor ReymundoFavor

77 Navarrete Contreras, JoaquinaFavor

78 Nolasco Ramírez, YeseniaFavor

79 Orihuela García, JavierFavor

80 Porras Pérez, PedroFavor

81 Portillo Martínez, VicarioFavor

82 Posadas Hernández, DomitiloAusente

83 Quiroga Anguiano, KarenFavor

84 Reyes Gámiz, Roberto CarlosFavor

85 Reyes Montiel, Carla GuadalupeFavor

86 Rodríguez Montero, Francisco TomásAusente

87 Rosas Montero, Lizbeth EugeniaFavor

88 Salazar Trejo, JessicaFavor

89 Saldaña Fraire, GracielaFavor

90 Salgado Parra, JorgeAusente

91 Salinas Narváez, JavierFavor

92 Salinas Pérez, JosefinaFavor

93 Sánchez Camacho, AlejandroFavor

94 Sánchez Torres, GuillermoFavor

95 Sansores Sastré, AntonioAusente

96 Serrano Toledo, RosendoAusente

97 Tapia Fonllem, Margarita ElenaFavor

98 Tovar Aragón, CrystalFavor

99 Valles Sampedro, Lorenia IvethAusente

100 Vega Vázquez, José HumbertoFavor

101 Zárate Salgado, FernandoFavor

Favor: 84

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 17

Total: 101

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO

1 Acosta Montoya, RubénAusente

2 Astudillo Suárez, RicardoFavor

3 Aubry de Castro Palomino, EnriqueFavor

4 Camarena García, Felipe ArturoFavor

5 Castellanos Mijares, Carlos OctavioFavor

6 Cuéllar Steffan, AntonioFavor

7 Escobar y Vega, ArturoFavor

8 García de la Fuente, MónicaFavor

9 Garza Cadena, Ana LiliaFavor

10 González Luna Bueno, Federico JoséAusente

11 Guerrero López, Judit MagdalenaFavor

12 Guillén Guillén, Mario FranciscoAusente

13 López Moreno, Lourdes AdrianaFavor

14 Martel Cantú, Laura XimenaFavor

15 Medrano Galindo, GabrielaFavor

16 Narcia Álvarez, HéctorAusente

17 Núñez Aguilar, ErnestoFavor

18 Ochoa López, NaborFavor

19 Orozco Gómez, JavierFavor

20 Padilla Ramos, Carla AliciaFavor

21 Pariente Gavito, María del Rosario de FátimaFavor

22 Pérez Hernández, Rosa ElbaFavor

23 Pérez Tejada Padilla, DavidFavor

24 Romo Fonseca, Bárbara GabrielaFavor

25 Torres Mercado, TomásFavor

26 Villafuerte Trujillo, Amílcar AugustoAusente

27 Vital Vera, Martha EdithFavor

28 Zavaleta Salgado, RuthFavor

Favor: 23

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 5

Total: 28

MOVIMIENTO CIUDADANO

1 Alcalde Luján, Luisa MaríaFavor

2 Chávez Contreras, RodrigoFavor

3 Córdova Bernal, Martha BeatrizFavor

4 Coronato Rodríguez, José FranciscoFavor

5 Durazo Montaño, Francisco AlfonsoAusente

6 Gómez Pozos, MerilynFavor

7 Huidobro González, ZuleymaFavor

8 Hurtado Gallegos, José AntonioAusente

9 Jorrín Lozano, Victor ManuelAusente

10 Martínez Martínez, Juan LuisFavor

11 Mejía Berdeja, RicardoFavor

12 Méndez Denis, LorenaAusente

13 Monreal Ávila, RicardoFavor

14 Romero Lozano, María FernandaFavor

15 Samperio Montaño, Juan IgnacioFavor

16 Soto Martínez, JoséFavor

17 Valencia Ramírez, Aída FabiolaFavor

18 Valle Magaña, José LuisAusente

19 Vargas Pérez, Nelly del CarmenFavor

20 Villanueva Albarrán, GerardoFavor

Favor: 15

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 5

Total: 20

PARTIDO DEL TRABAJO

1 Aguilar Gil, LiliaFavor

2 Anaya Gutiérrez, AlbertoAusente

3 Benavides Castañeda, José AlbertoFavor

4 Bonilla Valdez, JaimeFavor

5 Cantú Garza, RicardoAusente

6 Huerta Ladrón de Guevara, Manuel RafaelFavor

7 López Cándido, José ArturoFavor

8 Martínez Santillán, María del CarmenFavor

9 Núñez Monreal, Magdalena del SocorroFavor

10 Orive Bellinger, AdolfoAusente

11 Ortiz Ahlf, LorettaFavor

12 Roblero Gordillo, Héctor HugoFavor

13 Romero Guzmán, Rosa EliaFavor

14 Torres Flores, AraceliFavor

Favor: 11

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 3

Total: 14

PARTIDO NUEVA ALIANZA

1 Bribiesca Sahagún, FernandoFavor

2 Caamal Mena, José AngelinoFavor

3 Cerda Franco, María SanjuanaFavor

4 Félix Hays, Rubén BenjamínFavor

5 Fujiwara Montelongo, René RicardoFavor

6 Garfias Gutiérrez, LucilaFavor

7 González Roldán, Luis AntonioFavor

8 Olvera Barrios, CristinaAusente

9 Rincón Chanona, SoniaAusente

10 Talamante Lemas, Dora María GuadalupeFavor

Favor: 8

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 2

Total: 10