Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXII Legislatura
Correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Vicepresidente en funciones de Presidente

Diputado Tomás Torrres Mercado
Director del
Diario de los Debates
Luis Alfredo Mora Villagómez
Año III
México, DF, jueves 12 de marzo de 2015
Sesión No. 13 Apéndice

SUMARIO


INICIATIVAS Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

De la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que le corresponde a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del jueves 12 de marzo de 2015, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados

LEY ORGANICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Del diputado Carlos Fernando Angulo Parra, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 28 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Se remite a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen

LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS

De la diputada Rosa Elba Pérez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 9o. y 49 de la Ley General de Asentamientos Humanos. Se turna a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, para dictamen

LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA

De la diputada María del Rocío Corona Nakamura y del diputado Rafael González Reséndiz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 54 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Se remite a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen

LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES

Del diputado Alfonso Inzunza Montoya, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables. Se turna a la Comisión de Pesca, para dictamen

LEY GENERAL DE SALUD

De la diputada Sonia Rincón Chanona, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 134 de la Ley General de Salud. Se remite a la Comisión de Salud, para dictamen

RECONOZCAN LOS MUNICIPIOS DE HIDALGO DEL PARRAL, DELICIAS Y CUAUHTEMOC, ASI COMO SUS ZONAS CONURBADAS O PERIFERIAS CONTIGUAS, PERTENECIENTES AL ESTADO DE CHIHUAHUA, COMO NUEVAS ZONAS METROPOLITANAS

Del diputado Pedro Ignacio Domínguez Zepeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la Sedesol, del Conapo y del Inegi, para que reconozcan los municipios de Hidalgo del Parral, Delicias y Cuauhtémoc, así como sus zonas conurbadas o periferias contiguas, pertenecientes al estado de Chihuahua, como nuevas zonas metropolitanas. Se remite a la Comisión de Desarrollo Metropolitano, para dictamen

REVISE LA FORMULA DE DISTRIBUCION DE LAS PARTICIPACIONES FEDERALES E INCORPORE UNA NUEVA FORMULA DE DISTRIBUCION AL FONDO DE APORTACIONES MULTIPLES

De la diputada María de Lourdes Medina Valdés, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP, para que revise la fórmula de distribución de las participaciones federales e incorpore una nueva fórmula de distribución al Fondo de Aportaciones Múltiples. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

DIFUNDA EL PORCENTAJE DE AVANCE DEL “INVENTARIO ESTATAL FORESTAL Y DE SUELOS”, DE DICHO ESTADO, A FIN DE INSTRUMENTAR ACCIONES QUE FORTALEZCAN LA PRESERVACION DE LA SELVA LACANDONA

Del diputado Juan Ignacio Samperio Montaño, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno del estado de Chiapas, para que difunda el porcentaje de avance del “Inventario Estatal Forestal y de Suelos”, de dicho estado, a fin de instrumentar acciones que fortalezcan la preservación de la Selva Lacandona. Se remite a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

LLEVEN A EFECTO UNA EVALUACION DE LOS AGENTES DEL MINISTERIO PUBLICO

De la diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la PGR y de las Procuradurías de Justicia de las entidades federativas y del DF, para que lleven a efecto una evaluación de los agentes del Ministerio Público. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

PRESERVEN Y GARANTICE EN ESA ENTIDAD EL ACCESO Y GOCE IRRESTRICTO DEL DERECHO HUMANO A LA EDUCACION, Y A LOS DOCENTES DE LA SECCION 59 DEL SNTE LA PROTECCION DE SUS DERECHOS LABORALES Y SOCIALES

De la diputada Dora María Guadalupe Talamante Lemas, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobernador del estado de Oaxaca y a las autoridades federales competentes, para que preserven y garantice en esa entidad el acceso y goce irrestricto del derecho humano a la educación, y a los docentes de la Sección 59 del SNTE la protección de sus derechos laborales y sociales. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen

GARANTIZAR LOS DERECHOS LABORALES, EN LOS CASOS DE TERMINO DE CONTRATOS Y/O FIRMA DE RENUNCIA ANTICIPADA

Del diputado Víctor Hugo Velasco Orozco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Profedet, a fin de implementar acciones para garantizar los derechos laborales, en los casos de término de contratos y/o firma de renuncia anticipada. Se remite a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen

CELEBRAR UN PROGRAMA DE COORDINACION PERMANENTE DE VISITAS GUIADAS QUE INVOLUCRE A LA COMUNIDAD ESTUDIANTIL Y AL TURISMO NACIONAL E INTERNACIONAL

De la diputada Patricia Lugo Barriga, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, proposición con punto de acuerdo, por el que esta soberanía invita a las autoridades educativas y de turismo, a celebrar un Programa de coordinación permanente de visitas guiadas que involucre a la comunidad estudiantil y al turismo nacional e internacional. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen

FINQUEN RESPONSABILIDADES PENALES Y ADMINISTRATIVAS AL GOBERNADOR DEL ESTADO DE SONORA, POR POSIBLES ILICITOS COMETIDOS EN ESA ENTIDAD

De la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita a los titulares de la PGR y de la SFP, para que realicen las investigaciones y se finquen responsabilidades penales y administrativas al Gobernador del estado de Sonora, por posibles ilícitos cometidos en esa entidad. Se remite a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen

REFORZAR LA SEGURIDAD EN EL COMERCIO ELECTRONICO, A FIN DE EVITAR EL TRAFICO LIBRE DE ARMAS Y MERCANCIAS ILEGALES EN NUESTRO PAIS

Del diputado Carlos Humberto Castaños Valenzuela, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob, tome las medidas necesarias para reforzar la seguridad en el comercio electrónico, a fin de evitar el tráfico libre de armas y mercancías ilegales en nuestro país. Se remite a la Comisión de Gobernación, para dictamen

FIN DE TOMAR LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA IMPEDIR EL TURISMO ELECTORAL EN DICHA ENTIDAD

Del diputado Raúl Paz Alonzo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al INE y al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán, a fin de tomar las medidas necesarias para impedir el turismo electoral en dicha entidad. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen





INICIATIVAS Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

«Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que le corresponde a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del jueves 12 de marzo de 2015, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados (*)

Con fundamento en los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se informa a la honorable Asamblea los turnos dictados a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo, registradas en el orden del día del 12 de marzo de 2015 y que no fueron abordadas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de marzo de 2015.— Diputado Tomás Torres Mercado (rúbrica), vicepresidente en funciones de Presidente.»

«Iniciativas con proyecto de decreto

1. Que reforma el artículo 28 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Carlos Fernando Angulo Parra, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.

2. Que reforma los artículos 9o. y 49 de la Ley General de Asentamientos Humanos, a cargo de la diputada Rosa Elba Pérez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, para dictamen.

3. Que reforma el artículo 54 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, suscrita por los diputados María del Rocío Corona Nakamura y Rafael González Reséndiz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.

4. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, a cargo del diputado Alfonso Inzunza Montoya, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Pesca, para dictamen.

5. Que reforma el artículo 134 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Sonia Rincón Chanona, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza.

Turno: Comisión de Salud, para dictamen.

Proposiciones con punto de acuerdo

1. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la Sedesol, del Conapo y del Inegi, para que reconozcan los municipios de Hidalgo del Parral, Delicias y Cuauhtémoc, así como sus zonas conurbadas o periferias contiguas, pertenecientes al estado de Chihuahua, como nuevas zonas metropolitanas, a cargo del diputado Pedro Ignacio Domínguez Zepeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Desarrollo Metropolitano, para dictamen.

2. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP, para que revise la fórmula de distribución de las participaciones federales e incorpore una nueva fórmula de distribución al Fondo de Aportaciones Múltiples, a cargo de la diputada María de Lourdes Medina Valdes, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

3. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno del estado de Chiapas, para que difunda el porcentaje de avance del inventario estatal forestal y de suelos, de dicho estado, a fin instrumentar acciones que fortalezcan la preservación de la Selva Lacandona, a cargo del diputado Juan Ignacio Samperio Montaño, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

4. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la PGR y de las procuradurías de justicia de las entidades federativas y del DF, para que lleven a efecto una evaluación de los agentes del Ministerio Público, a cargo de la diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.

5. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador del estado de Oaxaca y a las autoridades federales competentes, para que preserven y garantice en esa entidad el acceso y goce irrestricto del derecho humano a la educación, y a los docentes de la sección 59 del SNTE la protección de sus derechos laborales y sociales, a cargo de la diputada Dora María Guadalupe Talamante Lemas, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza.

Turno: Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.

6. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Profedet, a fin de implementar acciones para garantizar los derechos laborales, en los casos de término de contratos y/o firma de renuncia anticipada, a cargo del diputado Víctor Hugo Velasco Orozco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.

7. Con punto de acuerdo, por el que esta soberanía invita a las autoridades educativas y de turismo, a celebrar un programa de coordinación permanente de visitas guiadas que involucre a la comunidad estudiantil y al turismo nacional e internacional, a cargo de la diputada Patricia Lugo Barriga, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.

8. Con punto de acuerdo, por el que se solicita a los titulares de la PGR y de la SFP, para que realicen las investigaciones y se finquen responsabilidades penales y administrativas al gobernador del estado de Sonora, por posibles ilícitos cometidos en esa entidad, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno: Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.

9. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob, tome las medidas necesarias para reforzar la seguridad en el comercio electrónico, a fin de evitar el tráfico libre de armas y mercancías ilegales en nuestro país, a cargo del diputado Carlos Humberto Castaños Valenzuela, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Gobernación, para dictamen.

10. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al INE y al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán, a fin de tomar las medidas necesarias para impedir el turismo electoral en dicha entidad, a cargo del diputado Raúl Paz Alonzo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Gobernación, para dictamen.»



INICIATIVAS                                                                                                                                                         LEY ORGANICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

«Iniciativa que reforma el artículo 28 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Carlos Fernando Angulo Parra, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 y el inciso h) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del servicio profesional legislativo en los grupos parlamentarios, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

I. Introducción

El progreso de la política en términos de su calidad, no es posible si no viene acompañada con la mejora de la calidad de los políticos. En el seno de los políticos, los legisladores son una parte sustantiva porque desempeñan una tarea relevante por el lugar en el sistema político en el que se sitúan, por su condición de miembros de partido, así como por su posicionamiento en las labores cotidianas legislativas y de control parlamentario;sin embargo, para el desarrollo eficiente de esa labor legislativa, se presume como indispensable que puedan con equipos de trabajo profesionales y especializados que les permitan desarrollar sus actividades en el menor tiempo posible y con los mejores resultados.

Así, con la idea de avanzar con base en esta filosofía de eficiencia institucional y contando con los importantes referentes internacionales en esta materia, se han realizado algunos notables esfuerzos por lograr la puesta en marcha de un sistema de mérito en el Poder Legislativo federal en México, sin que hasta la fecha se haya logrado su plena consolidación, transitando por distintas etapas, que han dejado de manifiesto que el cambio de un sistema de gestión pública a otro no es un asunto sencillo.

Una de la etapas más importantes tiene que ver con las reformas realizadas a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos en 1999, donde tras acaloradas discusiones se plasmaron relevantes instrumentos en la legislación interna para hacer funcionar un sistema de mérito, que no han encontrado aún en la práctica la respuesta esperada, pero que ha sido la base sobre la cual descansan una serie de esfuerzos destinados a encontrar los mejores métodos para rescatar su adecuada funcionalidad y correcta operación.

En este contexto se presenta ahora este proyecto, que por sus características particulares de mayor enfoque a las actividades de los grupos parlamentarios, pretende perfilase como una mejor alternativa, a la eterna interrogante de cómo lograr finalmente que el servicio civil de carrera funcione eficientemente en el Congreso, considerando que debería operar en un medio que por su esencia es sumamente complejo, pues en él convergen diversos actores políticos, emanados de distintas corrientes ideológicas y tendencias partidistas y, por ende, con muy diversas conceptualizaciones de cómo gestionar el ejercicio público en el poder representativo de la nación.

No obstante, lo rescatable de esa diversidad de formas de hacer política es que el objetivo principal de todo legislador debe ser lograr una muy buena representación ciudadana que le permita corroborar a quienes depositaron su confianza en la plataforma política que lo representa, que no se equivocaron en su máxima decisión de llevarlo al poder.

De esta manera presentaremos ahora algunas reflexiones que pueden resultar de utilidad para conocer el porqué de la propuesta.

II. La aprobación de la reelección consecutiva de legisladores

Este tema adquiere mayor relevancia si tomamos en cuenta que en este ejercicio legislativo que se acerca a su conclusión se definió en la última reforma política, la reelección consecutiva de legisladores y donde las discusiones se centraron primordialmente en la necesidad de profesionalizar a los legisladores para cumplir con su encargo en un periodo más amplio, que les permita dar un adecuado seguimiento a las agendas legislativas, atender de una mejor manera cuerpo electoral como un incentivo para lograr ocupar nuevamente sus curules.

Uno de los objetivos más importantes de esta propuesta se centra en apoyar la profesionalización de los legisladores, contando paralelamente con los mejores elementos disponibles para respaldar su labor legislativa; tal como está ocurriendo ya en los congresos más fuertes y con mayor influencia del mundo, el alemán, el estadounidense o el sueco.

Así es como se pretende presentar una solución definitiva a uno de los principales problemas con los que se han enfrentado los impulsores del sistema de mérito en el máximo órgano representativo y que tiene que ver precisamente, con el hecho de que los legisladores necesitan confiar para el apoyo de sus labores parlamentarias, en personal altamente calificado pero que además reúna las características de credibilidad y confianza que a criterio de que cada grupo resulten pertinentes para integrarse a sus equipos; además de las que la ley determine para darle sistematicidad y coherencia a la parte del trabajo que la unidad de servicio profesional del grupo parlamentario deberá realizarse en conjunto, para procesar de manera eficiente las decisiones y determinaciones de los propios legisladores.

La propuesta que en esta oportunidad se presenta pretende resultar viable y definitiva porque aborda la necesidad de que los representantes populares, requerirán invariablemente de un cuerpo profesional de servidores públicos de carácter permanente, bien capacitado y especializado desde donde se generan la mayor parte de productos legislativos, necesarios para cumplir las perspectivas populares.

Se procederá ahora a presentar algunos referentes históricos que pueden contribuir a entender de una mejor manera el contexto en el que se ha desarrollado las labores de las bancadas, dando por conocido que el tema no es nuevo en esta representatividad pero que al encontrarse reflejado en las normas internas, está siempre matizado por la línea directiva de quienes encabezan las labores administrativas de los propios grupos.

III. Principales antecedentes de los grupos parlamentarios

No se puede hablar de profesionalizar el trabajo de los grupos parlamentarios sin conocerlos. Así, empezaremos por traer a colación algunas referencias importantes de sus antecedentes.

El Diccionario universal de términos parlamentarios refiere que estos surgen en Inglaterra –aunque de forma ocasional– durante el siglo XVII, con las luchas entre el rey y el parlamento, ya que existían dos grupos el de los “Tory” (bandido irlandés) y el de los “Whig”, que se consideraban los rebeldes presbiterianos de Escocia.

Refiere también que hasta mediados del siglo XIX no se consideraron como asociaciones esporádicas de parlamentarios con afinidad política, que actuaban conjuntamente para lograr fines comunes, pero con el desarrollo de una estructura capaz de proveer un sistema de partidos contendientes en elecciones.

La fuerza de estos grupos parlamentarios esporádicos adquirió una definida orientación política, al grado de poder hablar de los ingleses como propensos a considerar la política como un enfrentamiento entre dos concepciones, la del mundo y la de la vida.

Por otro lado, tenemos lo expresado por el español Antonio Carro Martínez que en diversos foros públicos ha referido a los grupos parlamentarios como las asociaciones en las que se distribuyen e integran todos los miembros de una Cámara, según sus afinidades de partido o de ideología, para canalizar una unidad de voto y de portavocía de casi toda la actividad parlamentaria.

También vale la pena mencionar, que otra forma aún más coloquial de llamar a este tipo de instituciones, es la de “bancada” y se refiere básicamente a señalar a los miembros de las Corporaciones Públicas elegidos por un mismo partido, movimiento político, o grupo significativo de ciudadanos.

Son pues todas estas definiciones genéricas y moldeables. La realidad es que en cada legislación particular existen diferentes matices que distinguen y particularizan la concepción de grupo parlamentario en función de aspectos tales como su modo de integración y de las funciones que al respecto establece la ley.

De todo esto se desprende la necesidad de localizar en el propio marco jurídico mexicano, lo que actualmente se encuentra asentado en las normas y de esta forma referimos que en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con referencia a la concepción de grupo parlamentario, se habla de un conjunto de diputados con igual afiliación de partido, que se integra por lo menos con cinco diputados y que tienen la función de proporcionar a sus integrantes información, asesoría y los elementos necesarios para articular el trabajo parlamentario y que se formaliza mediante la entrega del acta constitutiva del propio grupo para su registro, en la primera sesión ordinaria de cada legislatura, en donde se especifica el nombre de sus integrantes, adicionado con un documento donde se establecen sus normas de funcionamiento interno, así como el nombre del coordinador del grupo y de quienes desempeñarán sus actividades directivas.

La mayoría de las Constituciones de los países señala en sus reglas internas de funcionamiento como deben darse este tipo de conformaciones, sus órganos de gobierno, los derechos que deben garantizarse, las obligaciones, así como las principales sanciones y aspectos disciplinarios a los cuales debe ceñirse.

Un elemento coincidente en este tipo de ordenamientos, es que por lo general los integrantes de los grupos parlamentarios deben pertenecer a un mismo partido político, pero también se pueden componer de miembros de partidos distintos sobre todo cuando requieren el apoyo de otros integrantes para formar un bloque de acuerdos a las normas internas disponibles.

IV. La organización interna

Es destacable que en México ha sido abordado y normado de manera insuficiente el tema de los grupos parlamentarios, encontrándose en el bagaje analítico nacional elementos muy escasos con respecto a la historia, el funcionamiento y las características principales que lo componen; y más aún se desprende de los estudios realizados, que los análisis resultan en mayor medida de carácter descriptivo, que enfocados con una tendencia propositiva. Esto se aprecia con mayor realce si realizamos una comparación, por ejemplo con la extensa información que sobre este tema podemos encontrar por parte del gremio intelectual que escribe sobre la materia, en países como España, Italia o Alemania, donde se ha profundizado de manera más abundante en este tipo de unidades de trabajo. Esto tiene implicaciones con la propuesta, en el sentido de que no ha sido un tema que haya resultado muy fácil de analizar toda vez que existen una serie de intereses entrelazados al funcionamiento de este tipo de organismos.

Los legisladores federales cuentan, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 70 constitucional y 26 y 27 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con la posibilidad de agruparse según su afiliación de partido y con el propósito de garantizar la libre expresión de las corrientes ideológicas en las Cámaras, con un mínimo de cinco legisladores, que deberán entregar a la Secretaría General para su respectiva publicación en la Gaceta Parlamentaria, la documentación suficiente y necesaria que acredite su decisión de constituirse en grupo parlamentario por un lado y de forma paralela con la obligación de manifestar el nombre de éste y la lista de los integrantes que tendrá entre sus filas.

Adicionalmente, se encuentra una disposición más, en el sentido de definir que deberán presentar para su publicación en el órgano de difusión interno, las normas que regirán su vida funcional interna de acuerdo con los estatutos del partido político en el que militen.

Para conocer con mayor precisión la dimensión regulatoria que abarca este precepto, se realizó un análisis de los documentos publicados en la Gaceta Parlamentaria el 7 de septiembre de 2012 y se encontraron importantes hallazgos, que consisten básicamente en

V. Normatividad interna

Los grupos parlamentarios cuentan con una diversidad de formatos diferentes para concentrar su información. Algunos entregan documentos muy bien elaborados que contienen su normatividad interna, que resulta coincidente en cuanto a que determinan de muy variadas normas, aspectos como los órganos internos que los forman, las atribuciones y responsabilidades de sus titulares, los derechos y obligaciones de los legisladores que los integran, las responsabilidades administrativas de cada uno de ellos, etcétera. Otros grupos parlamentarios, sobre todo los que están integrados por un número reducido de legisladores, no han encontrado los suficientes incentivos como para presentar un documento más completo y pormenorizado. Ésta es pues una buena oportunidad para motivar a las bancadas a revisar con mayor detenimiento sus especificaciones normativas, considerando que si deciden solicitar la integración de su unidad de apoyo legislativo profesional, tendrán que presentar los detalles completos de su operación, incluidas por supuesto las disposiciones irreductibles que se les estarán señalando. Esto les dará un margen de flexibilidad indispensable para que puedan operar su servicio, pero con las características y detalles que les sean más favorables.

Éste es un aspecto más en el que el propio servicio puede brindar una buena retroalimentación. Es decir, al contar con personal profesional interesado en lograr los mejores resultados para los parlamentarios, seguramente podrán mejorar no solo los productos legislativos que necesariamente deben existir, sino que además podrá contribuir definitivamente abonando una serie de recomendaciones hacia la organización interna de los propios grupos, que dicho sea de paso, deberá ser lo más más idónea y completa posible, puesto que contarán con personal altamente especializado que podrán contribuir notablemente a lograr esa mejoría.

VI. Argumentos a favor de la propuesta

El fortalecimiento del Poder Legislativo. Coincidiendo con la premisa de que el parlamento debe ser para cualquier país un bastión de la democracia, podemos argumentar que una buena fórmula para evitar los vaivenes políticos, es precisamente contar con instituciones sólidas cuya actuación no esté al alcance de los cambios sexenales del Ejecutivo o al menos no se encuentre tan vulnerable a la hora de contabilizar la integración de las curules. Esto es, que una vocación realmente parlamentaria, forzosamente nos tiene que conducir a buscar las mejores herramientas al alcance de las más modernas técnicas de administración de los recursos humanos.

Esto viene a colación porque todos sabemos que en la calidad de la democracia también se pueden generar importantes avances, pero también se pueden sufrir lamentables retrocesos. En este sentido se puede afirmar, que un poder legislativo fuerte y bien diseñado puede resistir con mayores probabilidades de sobrevivencia, las eventuales crisis que pudieran presentarse y que puedan a prueba su más amplia cimentación, como lo son las estructuras de organización con que cuenten.

La representatividad del parlamento.Los datos nos revelan que si bien hay una buena representación de la diversidad de opiniones políticas en las Cámaras en el país, el parlamento en general no es una institución que se encuentre en su mejor momento en la historia, en cuanto al grado de confianza que los ciudadanos manifiestan a la hora de externar su opinión; sin embargo esta situación no es privativa de México, ocurre en Latinoamérica y en diversas partes del orbe y por supuesto que nuestro país no escapa a esa percepción de la pérdida de la confianza del ciudadano, por lo que una de las mejores maneras de mejorar esa percepción, es justamente realizar acciones de mejora, que brinden las posibilidades de tender nuevos puentes de comunicación y entendimiento con los electores, para que estos comprendan de mejor manera las actividades y esfuerzos que realizan los buenos legisladores, y porque no, también puede ser de utilidad para que conozcan de las deficiencias en el actuar legislativo y puedan de esta manera retroalimentarlos y externar sus puntos de vista y puedan expresar sus ideas, tendientes a lograr que realmente las Cámaras sean el foro de debate sobre las cuestiones de preocupación pública y adicionalmente puedan estar en posibilidades de premiar o castigar a los actores políticos a la hora de solicitar su voto de nueva cuenta.

El inicio de la carrera legislativa a través de la reelección consecutiva de los parlamentarios.En México quedó prohibida la reelección legislativa consecutiva por 81 años. Esto es porque desde 1933 se aprobó en el país una reforma constitucional que si bien tenía como punto nodal prohibir la reelección del titular del Poder Ejecutivo federal, se hizo extensiva a los diputados y senadores, evitando su reelección inmediata posterior. Esto trajo como consecuencia negativa –según la percepción de diversos estudiosos del tema– que precisamente los ciudadanos se sintieran desvinculados de sus representantes respecto de la defensa de sus intereses y paralelamente generó un fortalecimiento en los estándares de disciplina del partido hegemónico, puesto que las aspirantes a legisladores, tendrían que alinearse a los intereses del partido para poder ser favorecidos con alguna nueva candidatura o posterior cargo público, situaciones similares se percibieron en los partidos de oposición de aquellas épocas.

Sin embargo, esta disposición pasó a formar parte de la historia, el 10 de Febrero del 2014, cuando se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que devuelve a la posibilidad a los diputados y senadores de reelegirse de manera inmediata, hasta por dos periodos más para los diputados y hasta por un periodo más para los senadores. En este contexto arranca una nueva carrera parlamentaria donde los legisladores requerirán personal suficientemente calificado para apoyarlos en este nuevo escenario.

La capacidad legislativa de los grupos parlamentarios.Toda vez que a pesar de que a la actividad legislativa principalmente se vincula a los legisladores, en algunos grupos parlamentarios no se aprecian los resultados esperados como óptimos, es decir, que si bien es cierto algunos representantes que por sus capacidades y experiencia personales, logran presentar una buena producción legislativa en lo particular, éste no es el caso de todos.

Esto es así porque si se revisan con detenimiento los registros de las proposiciones e iniciativas de los legisladores, podemos percatarnos de que algunos han presentado muy escasas propuestas, e inclusive se puede afirmar que algunos no han presentado ni una sola reforma o modificación al marco jurídico en lo que va de la presente legislatura; esto puede deberse por un lado a que no tuvieron el acierto de conseguir buenos asesores con amplia capacidad legislativa y por otro lado, a que el staff de asesores con que cuenta su grupo parlamentario, no es suficientemente bueno o no se da abasto como para apoyar a todos los diputados con la elaboración con algún proyecto de iniciativa o proposición con punto de acuerdo.

Por otro lado, ciertos factores adicionales impiden el adecuado procesamiento de los productos legislativos, como puede ser deficientes procedimientos para someter los proyectos de ley a debate cabal y abierto, el regular grado de eficacia con el que las comisiones realizan la inspección y enmienda de los proyectos de ley, o los casi inexistentes procesos de consulta con los grupos de interés del tema por legislar.

Mención aparte merece la necesidad de que los proyectos sean filtrados a través de un riguroso proceso de corrección de estilo, que brinde mejores expectativas de su claridad de lenguaje y correcta redacción y al que se le apliquen las revisiones suficientes para percatarse de que el proyecto cumple los requisitos de control de la convencionalidad en la parte legislativa. Esto significa que el staff de asesores de apoyo legislativo debería tener un especial cuidado para que los proyectos de ley no se contrapongan con los tratados internacionales signados por México, así como el énfasis que se requiera en las especificaciones de la perspectiva de género y de la opinión y participación de las minorías en las decisiones.

Seguimiento a las agendas legislativas de mediano y largo plazos.Un tema que merece especial atención es el peso crucial de lo que actualmente se ha dado en llamar las agendas legislativas de los Grupos Parlamentarios, donde debe realizarse un gran esfuerzo por conciliar los intereses de los ciudadanos en proporción directa con las prioridades del sector público, privado y social, recuperando en algunas ocasiones algunos temas que por considerarse no prioritarios, controversiales hasta en algunos casos inclusive inaplazables, fijando términos y plazos para la atención de los asuntos y determinando si existen condiciones para generar alianzas.

Si bien las comisiones son los espacios donde los legisladores tienen la oportunidad de interactuar con sus colegas diputados o senadores de otras ideologías para generar consensos, acuerdos y negociaciones, en su grupo parlamentario forzosamente se tendrá que generar el primer filtro de revisión y definición de la viabilidad o no, de presentación ante el pleno de alguna de las Cámaras, o de su turno hacia las comisiones que habrán de dictaminarlo. Es decir, mientras el legislador cuente con el apoyo profesional especializado, contará con mayores y mejores elementos para saber cuáles son los temas susceptibles de legislarse o y como consecuencia lógica mayores serán sus posibilidades de satisfacer las exigencias del electorado, situación que resulta muy convenientes, sobretodo en un contexto político tan dinámico y cambiante como el que se tiene hoy.

Control del Poder Ejecutivo a través de la actividad en los grupos parlamentarios. En el tema del control del Ejecutivo por el parlamento, encontramos interesantes avances pero también notorias deficiencias. Esto tiene que ver con que no se aprecia una sistematización en la revisión de las acciones de la actividad del gobierno federal; una probable causa de esta situación puede ser la relacionada con que no hay las condiciones idóneas para revisar –por lo menos en sus aspectos generales– los programas de cada una de las dependencia y entidades de la administración pública federal, a través de asesores especializados.

Otra falta de control se refiere a la mínima supervisión que se realiza a la correcta implementación de las políticas públicas y lo que es aún más delicado, que no se realice un seguimiento puntual al eficiente ejercicio del gasto y que como consecuencia resulte recurrente el destinar recursos excedentes hacia ciertas áreas de gobierno, que pueden no estar ejerciendo debidamente los recursos.

Otras carencias en la aplicación del control parlamentario se refieren a que no se han comprendido del todo los alcances de un instrumento tan relevante como lo es la figura de interpelación parlamentaria o de la gran deficiencia que en la práctica significa el no detectar a tiempo la posible formación de comisiones de investigación con las respectivas facultades constitucionales que éstas poseen, más allá de las comisiones especiales que cuenta con un rango de acción mucho más acotado.

Por otro lado, no se toman debidamente en cuenta las aportaciones que suministra al legislativo su brazo fiscalizador, la Auditoría Superior de la Federación, que presenta regularmente sus hallazgos dentro de la actividad del Ejecutivo a través de los múltiples ejercicios de auditoría, lo que redunda desafortunadamente en que muchas veces no se le adecuado seguimiento a las faltas y responsabilidades administrativas de los funcionarios.

Mejor evaluación de los grupos parlamentarios. Institución que no se evalúa regularmente a sí misma está destinada a cometer reiteradamente los mismos errores y a lidiar de manera regular con las mismas deficiencias. Esto podría subsanarse con una mínima dosis de aplicación de una correcta técnica bien direccionada, y muchas veces algunos de los aspectos negativos del trabajo legislativo podrían solucionarse a través de la observación constante.

La premisa relevante en este tipo de evaluaciones es que toda democracia necesita de un parlamento fuerte, porque la actividad legislativa no debe confrontar sino que debe ser complementaria a la idea del ciudadano de un país bien organizado.

En este contexto y aunque parezca difícil de entender en la actualidad, al no existir los canales suficientes de comunicación entre la población, los legisladores, y los distintos niveles de gobernantes, se corre el gran riesgo de que se produzca un vacío que muchas veces dificulta que las agendas temáticas de interés sean armadas de manera correcta, por lo que se percibe de gran utilidad que los encargados de modificar la legislación cuenten con el recurso humano que los apoye eficientemente en esta tarea.

Acercamiento con la ciudadanía más allá de los tiempos electorales.Lastécnicas de gestión pública modernas tienen que permitir primordialmente encontrar los mecanismos ideales para lograr un acercamiento con la ciudadanía más allá de los tiempos electorales. Esto se percibe así porque al existir un mayor grado de eficiencia en el desarrollo de los trabajos legislativos, se tendrá como consecuencia la necesidad de hacer ver a la ciudadanía por un lado que efectivamente se está trabajando por rescatar todas aquellas acciones que redunden en su beneficio y por otro lado para dejar atrás que la tradicional queja de que los políticoss los buscan únicamente para solicitar su voto y después una vez que ya cuentan con el poder suficiente, no vuelven a contactarlos para darles a conocer el resultado de su gestión.

Deliberación e intercambio ciudadano en torno a la discusión de políticas públicas. Una cultura de deliberación e intercambio ciudadano en torno a la discusión de políticas públicas es una práctica sana que se ve con mayor intensidad en los países con los niveles de democracia más altos.

Lo que realmente necesitan los ciudadanos es estar al tanto de lo que está ocurriendo en el Poder Legislativo para comprender lo que sucede en su entorno, pues repercute en su vida diaria, y presentar paralelamente sus comentarios, propuestas y opiniones que será de una gran valía a la hora de tomar las determinaciones.

Disponibilidad de información.El contar con información confiable en el momento preciso, es un elemento de suma importancia a la hora de tomar decisiones de carácter legislativo. Para ejemplificar esta afirmación baste recordar los escasos tiempos con los que cuentan los legisladores, no solamente para revisar y validar un dictamen, sino para decidir su voto de manera certera, contando con todos y cada uno de los elementos que necesita para tomar alguna determinación.

Esto se presenta como un área de oportunidad muy grande en el contexto de esta propuesta, puesto que al existir un grupo de asesores expertos y especializados en un tema, será muy sencillo contar con cifras, estadísticas y comparaciones de primera mano, lo que puede redundar de manera definitiva en elevar el nivel de debate, al mejorar los posicionamientos de los grupos parlamentarios, así como una consecuencia natural al contar mayores elementos decisorios, será necesariamente la de adquirir un mayor grado de influencia en la determinación de las políticas públicas que se puede detonar al ponerse de acuerdo con mayor facilidad, ya sea con sus propios compañeros de bancada, con colegas de otros grupos parlamentarios, e incluso con los funcionarios del poder ejecutivo, sobresaliendo el tema de las gestiones en favor de la ciudadanía que el legislador esté abordando.

Otro aspecto relevante en torno a los beneficios de una oportuna disponibilidad de información se refiere a la mayor atención que se prestará a la escasez de normas que obliguen a los representantes populares a responder ante los electores por su actuación, a disminuir la inexistencia de códigos de conducta, a que los mecanismos para prevenir conflictos de índole financiera dejen de ser por demás escasos, a que el financiamiento a partidos políticos y candidatos se encuentrea la vista del ciudadano.

En el tema de los estudios de opinión, también se pueden generar avances interesantes, puesto que la costumbre es que en México no se realiza con periodicidad un control y examen de la confianza del público en el parlamento, sino que tenemos que utilizar los instrumentos internacionales para conocer el grado de aceptación de las instituciones parlamentarias de los representados. Esto quiere decir que los grupos parlamentarios pueden contribuir en gran medida a generar acuerdos en la materia que los lleven a contar con mejores resultados.

Con mayores niveles de información en los grupos parlamentarios se puede contribuir directamente a dotarlos de mayor independencia en torno a sus determinaciones, pues será mucho fácil analizar los contextos donde se desarrollarán las situaciones del orden público.

VII. Propuesta de modificación concreta

A lo largo de esta propuesta se pretende evidenciar que se presentando un enfoque de gestión pública del todo distinto del tradicionalmente abordado en esta representatividad, pues se direcciona al imprescindible apoyo al ejercicio parlamentario, pero partiendo de la unidad de trabajo donde se generan la mayor parte de los productos legislativos que se procesan en el pleno, que es el interior de las bancadas y no únicamente desde la perspectiva de la atención de los legisladores desde las esferas administrativas o de las comisiones de trabajo.

Así, se está centrando la profesionalización en esa unidad de trabajo complementaria considerando que es de suma importancia reconocer que una muy buena parte del trabajo realizado, centra una de sus actividades medulares en las áreas de asesoría y de trabajo técnico de las diversas bancadas que componen el órgano representativo, sin descuidar por supuesto el trabajo colegiado que un cuerpo con alto grado de especialización debe llevar a cabo para contribuir a lograr los objetivos institucionales.

Por otro lado y a sabiendas de las peculiaridades del sistema político mexicano, se pretende que los legisladores conserven las facilidades para designar o remover de manera libre al personal de las áreas administrativas que presta sus servicios en los grupos parlamentarios, igual que a los colaboradores que tendrán bajo su responsabilidad apoyar y asistir a los legisladores de manera más cercana y directa.

Por lo expuesto y motivado someto a consideración del pleno de la Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma y adiciona la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de servicio profesional legislativo de los grupos parlamentarios

Único.Se reforma y adicionael artículo 28 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar redactado como sigue:

Artículo 28.

1. Para el ejercicio de las funciones constitucionales de sus miembros, los Grupos Parlamentarios proporcionan información, otorgan asesoría y preparan los elementos necesarios para articular el trabajo parlamentario de aquéllos.

Para tal efecto, podrán contar con las facilidades administrativas y las plazas presupuestarias necesarias para instrumentar al interior de los mismos, una unidad de servicio legislativo profesional, desarrollada como un cuerpo permanente de funcionarios, integrados en un sistema de gestión pública y cuyo propósito fundamental sea proveer a los legisladores de personal calificado, con base en el mérito, la especialización, la constante capacitación y la evaluación del desempeño.

Dicha unidad se integrará con personal de carrera y personal temporal y tendrá como directriz principal la de actuar con base en los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, productividad y la eficiencia que correspondan al adecuado desempeño de las funciones.

Dependerá directamente del coordinador del grupo, pero realizará además diversas actividades de vinculación con otras unidades de asistencia parlamentaria para la debida atención de los trabajos legislativos.

Para el cumplimiento adecuado de sus responsabilidades, deberá contar con un sistema integral de información del servicio profesional legislativo, que integre las herramientas necesarias para que el público usuario del sistema, cuente con toda la información que requiera para lograr una plena participación y para que adicionalmente la autoridad competente pueda verificar el adecuado cumplimiento del marco normativo en cada uno de los procesos, así como la difusión de los indicadores que permitan medir el impacto del trabajo de sus miembros en los distintos procesos legislativos.

El ingreso en el servicio se realizará por concursos de oposición mediante la expedición de convocatorias que podrán ser abiertas o cerradas, según lo determine el propio grupo parlamentario y en las que se establecerán con toda precisión los requisitos personales, académicos y de experiencia profesional que para cada cargo o puesto se consideren pertinentes.

Las convocatorias deberán ser publicadas en la Gaceta Parlamentaria y deberán contener al menos el objeto de la misma, el puesto sujeto a concurso, los requisitos a cumplir por los aspirantes, las fechas de inscripción, de recepción de documentos, de aplicación de los exámenes, de publicación de resultados y su revisión, así como las características generales para realizar la evaluación correspondiente.

Entre los requisitos, se deberán incluir invariablemente, la constancia de no estar inhabilitado para el servicio público, la obligatoriedad de cubrir un periodo de experiencia práctica que no podrá ser menor de seis meses.

La plantilla de personal del servicio profesional legislativo de cada grupo parlamentario se integrará con los siguientes rangos y niveles de puestos:

El número de plazas asignadas a cada grupo parlamentario para formar o actualizar su servicio legislativo profesional será proporcional el número de diputados que lo integran de acuerdo con la disposición presupuestal.

No formarán parte del servicio los puestos administrativos con que cuenta el grupo el personal por honorarios, el personal de confianza y sindicalizado asignado al grupo parlamentario que estén adscritos o colaboren en el grupo; sin embargo, si los trabajadores reúnen los requisitos necesarios, estarán en posibilidad de concursar para obtener algún puesto, solicitando licencia para conservar de manera preventiva su plaza actual.

Las vacantes podrán ser temporales y serán todas aquellas que se generen por la ausencia no definitiva de su titular.

Se considerarán vacantes definitivas las que no cuenten con un titular por haberse dado los supuestos de separación del servicio y podrán ser cubiertas por personal del mismo servicio. No se considerarán como vacantes los puestos de nueva creación.

La permanencia de los servidores públicos estará sujeta a la acreditación de los exámenes periódicos, a los programas de formación y desarrollo profesional, así como al resultado de la evaluación en su conjunto, que se realizará anualmente.

Se podrá contratar prestadores de servicios profesionales para programas específicos y para realizar actividades eventuales.

La formación y capacitación deberán regirse mediante un plan rector de profesionalización que tendrá como objetivo el desarrollo de habilidades, conocimientos y aptitudes básicas específicas de los participantes y deberá contener los lineamientos, los programas, las actividades y contenidos mínimos para el adecuado desarrollo de los miembros del servicio, así como su actualización y de especialización.

Los ascensos, las promociones y la movilidad se otorgarán sobre las bases de los indicadores que muestren el grado de cumplimiento de los objetivos y metas, la actualización de los méritos profesionales y académicos, el rendimiento en el desarrollo de sus actividades, así como de la revisión de las quejas procedentes.

Al efecto se llevará a cabo una previa revisión de los expedientes personales, considerando el cumplimiento en las responsabilidades encomendadas, los estímulos y reconocimientos obtenidos.

Transitorios

Primero.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.A partir de la publicación del presente decreto, las Cámaras de Diputados y de Senadores disponen de 180 días hábiles para realizar todas las adecuaciones internas de organización, así como las previsiones de carácter presupuestal necesarias para la puesta en marcha de esta reforma.

Tercero. Los grupos parlamentarios que soliciten la plantilla de plazas para la integración de sus respectivos servicios legislativos profesionales deberán presentar el documento que contenga el reglamento de la unidad de asistencia profesional legislativa, donde deberán especificarse de manera puntual las características del órgano interno que lo regulará; la organización del servicio; las funciones, derechos y obligaciones de los funcionarios; la estructuración, características y remuneración; las políticas de ingreso, ascensos, movimientos, rotación, evaluación y promociones; las condiciones para la movilidad entre ambas Cámaras o congresos locales; las actividades de desarrollo del personal, las percepciones, los incentivos y los reconocimientos; las infracciones, las sanciones, el procedimiento disciplinario; las causas y características de la separación o remociones.

Cuarto.Los grupos parlamentarios contarán con 360 días hábiles, contados a partir de la fecha en que les sea autorizada su plantilla de servicio profesional, para emitir de manera paulatina y escalonada las convocatorias de ingreso a los diferentes puestos, respetando los criterios irreductibles contemplados en la presente ley y adicionando las características que se consideren necesarias para la correcta operación de sus funciones legislativas, que deberán ser publicadas en la Gaceta Parlamentaria.

Quinto.En tanto no se definan los funcionarios que ocuparán las plazas del servicio, esos espacios podrán ser ocupados de manera temporal, por personal que ya colabora en sus áreas.

Sexto.Para el correcto desarrollo de sus actividades en el ámbito del apoyo legislativo, los grupos parlamentarios podrán promover el diseño de estándares de competencia y la certificación de los puestos, que integrará el reconocimiento de las habilidades, capacidades y destrezas necesarias para desarrollar los puestos. Al efecto podrán contar con el apoyo de los organismos públicos especializados en la materia, como el Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales en México en toda la República Mexicana.

Dichos estándares podrán ser definidos en un documento oficial, que podrá ser aplicable a todos los grupos parlamentarios que así lo soliciten y podrán servir de referencia para evaluar y certificar las competencias de los servidores públicos de los puestos seleccionados.

Séptimo. Al personal que actualmente colabora en los grupos parlamentarios o en las Cámaras asignados al grupo y que sean designados para ocupar cualquier puesto en la estructura orgánica del servicio será reconocida para efectos de retiro y pago de prestaciones la antigüedad real acreditada en las oficinas correspondientes.

Octavo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Notas:

1 Alcántara Sáez, Manuel. El oficio del político, Tecnos, Madrid, España, 2012.

2 Pedroza de la Llave, Susana T. “Grupos parlamentarios”, en Berlín Valenzuela, Francisco, (coordinador). Diccionario universal de términos parlamentarios, México, Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, 1998, páginas 333-336.

3 Antonio Carro Martínez fue jurista y político español, catedrático de diversas universidades, letrado del Consejo de Estado y procurador de las Cortes Españolas.

4 Para mayor información puede revisarse el material de consulta elaborado por el Instituto Nacional Demócrata para Asuntos Internacionales, que brinda información amplia respecto al concepto de bancadas, Guía práctica sobre el régimen de bancadas, material de consulta para miembros de corporaciones públicas, Colombia, NDI, 2008.

5 Cfr. Estudios sobre el Congreso Peruano, grupos parlamentarios, disciplina y desempeño profesional,Instituto Ética y Desarrollo,Lima, Perú, 2009.

Salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 12 de marzo de 2015.— Diputado Carlos Fernando Angulo Parra (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.



LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS

«Iniciativa que reforma los artículos 9o. y 49 de la Ley General de Asentamientos Humanos, a cargo de la diputada Rosa Elba Pérez Hernández, del Grupo Parlamentario del PVEM

La que suscribe, Rosa Elba Pérez Hernández, diputada del Partido Verde Ecologista de México en la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, al tenor del siguiente

Planteamiento del problema

En México, los 2 mil 440 municipios del país y las 16 delegaciones del Distrito Federal están facultados para formular, aprobar y administrar la zonificación y los planes de desarrollo urbano municipal. Esta facultad les confiere la autonomía para determinar la organización territorial de su suelo y les permite impulsar el desarrollo de su región con base en la planeación territorial. No obstante, esa facultad requiere que los interesados –los sectores sociales y privados– tengan conocimiento de la dirección que el desarrollo tomará en su municipio, a fin de evitar que afecten sus derechos humanos.

En virtud de lo anterior, se propone reformar la Ley General de Asentamientos Humanos a fin de fortalecer la participación social en las decisiones públicas para la planeación territorial y con ello legitimarle como espacio para hacer política pública y reforzar el sentido de pertenencia de los habitantes de las áreas metropolitanas.

Exposición de Motivos

Desde hace casi dos décadas la corrupción asociada al uso de suelo es un negocio millonario para la industria inmobiliaria que según estimaciones de la organización ciudadana Suma Urbana, en el Distrito Federal hay alrededor de 4 mil edificios construidos ilegalmente y los ingresos por los ilícitos se calculan en 203 mil millones de pesos. La mayoría de las ciudades y zonas urbanas de los municipios urbanos y el suelo de conservación que les circunda están heridos por el desorden y lastrado por la corrupción.

El artículo 115, fracción V, inciso c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) establece “la participación de los municipios en la formulación de planes de desarrollo regional”. Asimismo, la Ley General de Asentamientos Humanos (LGAH), determina que el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y el desarrollo urbano de los centros de población tenderán a mejorar el nivel y la calidad de vida de la población urbana y rural mediante la participación social en la solución de los problemas que genera la convivencia en los asentamientos humanos; asimismo señala a los municipios en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, como sujetos de la atribución de formular, administrar, aprobar y administrar los planes y programas municipales de desarrollo urbano y vigilar su cumplimiento.

Según la LGAH, la participación social comprenderá: la formulación, modificación, evaluación y vigilancia del cumplimiento de los planes o programas de desarrollo urbano. Asimismo prevé que los procedimientos para la participación de los sectores social y privado quedarán determinados en la legislación estatal de desarrollo urbano, siempre sujetos al procedimiento previsto en el artículo 16 de esa ley general. En ese sentido, el propósito de esta iniciativa es fortalecer la participación social de los ciudadanos en el principal instrumento rector del uso de suelo a través de establecer expresamente que es atribución de los municipios formular, modificar, evaluar, vigilar y administrar los planes o programas municipales de desarrollo urbano de centros de población y los demás que de éstos deriven en los términos de los artículos 16 y 57 de esta ley,y que la participación social en materia de asentamientos humanos comprenderá, además de la formulación de los planes o programas de desarrollo urbano, la audiencia y consulta de los interesados para su aprobación modificación, evaluación y vigilancia.

La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) refiere la experiencia internacional de la participación social en las decisiones públicas para la planeación territorial. La participación social refuerza el sentido de pertenencia de los habitantes de las áreas metropolitanas y se legitima como un espacio para hacer política pública. Tomar en cuenta las preocupaciones y preferencias de los ciudadanos en los procesos de toma de decisión en las fases tempranas y a través de mecanismos de consulta sistemáticos puede contribuir a mejorar la confianza en las autoridades municipales.

La crisis de credibilidad de la autoridad deriva, en gran parte, de la falta de políticas públicas de participación social que empoderen a los ciudadanos frente a los grandes retos del desarrollo.

La participación efectiva de la ciudadanía puede producir una serie de beneficios, incluyendo la construcción de confianza en el gobierno; generar mejores resultados a menor costo; asegurar altos niveles de cumplimiento con las decisiones tomadas; mejorar la equidad de acceso a la toma y los servicios de políticas públicas; el aprovechamiento de los conocimientos y los recursos; y el desarrollo de soluciones innovadoras.

Tres etapas principales de la participación ciudadana se pueden identificar:

1. Información a la ciudadanía. El suministro de información es una primera etapa crítica de un gobierno más abierto y transparente. La comunicación de información a los ciudadanos sobre la toma de decisiones.

Informar a los ciudadanos ayuda a educar acerca de sus derechos y obligaciones y para comunicar los fundamentos, objetivos y logros del gobierno y ayuda a ganarse la confianza ciudadana.

Esto es importante para que los ciudadanos hagan suyos los cambios y las reformas y para proporcionar una plataforma desde la que los ciudadanos pueden participar con el gobierno.

Los ejemplos de técnicas utilizadas para la información de los ciudadanos incluyen la creación de sitios web y la concesión de acceso a la información pública y datos.

2. Consulta ciudadana. A raíz de un proceso que el gobierno inicia, se proporciona información y se invita a los ciudadanos a contribuir con sus puntos de vista y opiniones. El objetivo principal de la consulta ciudadana es mejorar la toma de decisiones, asegurando lo siguiente:

• Que se consideren las opiniones y experiencias de los afectados.

• Que las opciones innovadoras y creativas se tomen en cuenta.

• Garantizar que las nuevas disposiciones son viables.

Algunos ejemplos de consulta ciudadana incluyen las encuestas de opinión pública, grupos focales, talleres y, en el caso, seminarios, audiencias públicas y comentarios del público sobre los proyectos de planes y programas de desarrollo urbano.

3. Participación, ciudadanía y empoderamiento. La información se intercambia en ambos sentidos, entre el público y el gobierno, a través de un diálogo en el que las opiniones de ambas partes se alimentan. La participación ciudadana y el empoderamiento requieren una relación basada en el principio de asociación. Se reconoce la capacidad autónoma de los ciudadanos para discutir y generar opciones de política; que exige a los gobiernos compartir el poder para fijar la agenda y a comprometerse a tomar en cuenta las propuestas de políticas generadas conjuntamente para llegar a una decisión final. Por último, se exige a los ciudadanos a aceptar la mayor responsabilidad por su papel en la formulación de políticas que acompaña mayores derechos de participación. Ejemplos pueden ser la planeación participativa y presupuestos participativos, jurados ciudadanos y foros ciudadanos.

Acorde con el principio constitucional de publicidad de las normas, esta reforma protegerá el derecho humano al libre acceso a la información plural y oportuna definido en el principio de I. y VI. del apartado A del artículo 6o. de la CPEUM que a la letra dice:

“Para el ejercicio del derecho de acceso a la información, la federación los estados y el DF, en el ámbito de sus respectivas competencias, se regirán por los siguientes principios y bases:

Toda información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial [...] es pública [...] en la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad.”

Asimismo, se pretende hacer valer el principio democrático consignado en diversas partes del artículo 26 constitucional, con el que indica que el estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación. De este artículo, se advierte que México es un estado que siempre debe tender a la democratización. Sin embargo, ésta no se debe ceñir exclusivamente a lo político, sino que debe ampliarse a los aspectos de desarrollo económico.

Deseamos fortalecer una de las bases del municipio libre: la facultad de formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo municipal, armonizando lo establecido en la LGAH en referencia al proceso de participación social, puntualizando que los planes de desarrollo se someterán a audiencia y consulta de los interesados para su posterior aprobación para quedar como sigue:

Redacción actual

Ley General de Asentamientos Humanos

Artículo 9.Corresponden a los municipios, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, las siguientes atribuciones:

I.Formular, aprobar y administrar los planes o programas municipales de desarrollo urbano, de centros de población y los demás que de éstos deriven, así como evaluar y vigilar su cumplimiento, de conformidad con la legislación local;

II.a XV.....

Artículo 49.La participación social en materia de asentamientos humanos comprenderá:

I.La formulación, modificación, evaluación y vigilancia del cumplimiento de los planes o programas de desarrollo urbano, en los términos de los artículos 16 y 57 de esta ley;

II.a IX. ...

Proyecto de decreto

Ley General de Asentamientos Humanos

Artículo 9.Corresponden a los municipios, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, las siguientes atribuciones:

I. Formular, modificar, evaluar, vigilar y administrar los planes o programas municipales de desarrollo urbano de centros de población y los demás que de éstos deriven en los términos de los artículos 16 y 57 de esta ley,

II.a XV.....

Artículo 49.La participación social en materia de asentamientos humanos comprenderá:

I.La formulación, audiencia y consulta de los interesados, aprobación modificación, evaluación y vigilancia del cumplimiento de los planes o programas de desarrollo urbano, en los términos de los artículos 16 y 57 de esta ley;

II.IX.....

Existen otros ordenamientos que inciden en el ordenamiento territorial como son la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS). Estas leyes generales promueven la participación corresponsable de la sociedad en la planeación territorial. A saber:

Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

El título quinto Participación Social e Información Ambiental de la LGEEPA faculta al gobierno federal a promover la participación corresponsable de la sociedad en la planeación, ejecución, evaluación y vigilancia de la política ambiental y de recursos naturales recabando la opinión y propuestas de la sociedad en el ámbito del Sistema Nacional de Planeación.

En armonía con lo anterior, establece en su artículo 20 Bis 1 que la secretaría deberá apoyar técnicamente la formulación y ejecución de los programas de ordenamiento ecológico regional y local y que las entidades federativas y los municipios podrán participar en las consultas y emitir las recomendaciones que estimen pertinentes para la formulación de los programas de ordenamiento ecológico general del territorio y de ordenamiento ecológico marino.

Asimismo prevé la difusión y la consulta pública como procedimiento sine qua non para la formulación, aprobación, expedición, evaluación y modificación de dichos programas de ordenamiento, además de mecanismos que garanticen la participación de los particulares, las organizaciones de la sociedad civil, grupos empresariales y demás interesados en su ejecución, vigilancia y evaluación.

Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Entre los objetivos específicos de la LGDFS está garantizar la participación de la sociedad, incluyendo a los pueblos y comunidades indígenas, en la aplicación, evaluación y seguimiento de la política forestal.

El artículo 8 de la LGDFS señala que las entidades federativas y los municipios establecerán las bases de coordinación para la integración y el funcionamiento del Servicio Nacional Forestal que tiene por objeto la conjunción de esfuerzos, instancias, instrumentos, políticas, servicios y acciones institucionales para la atención eficiente y concertada del sector forestal.

La zonificación forestal constituye uno de los instrumentos más importantes de la política forestal. En este instrumento se identifican, agrupan y ordenan los terrenos forestales y preferentemente forestales dentro de las cuencas, subcuencas y microcuencas hidrológico-forestales, por funciones y subfunciones biológicas, ambientales, socioeconómicas, recreativas, protectoras y restauradoras, con fines de manejo y con el objeto de propiciar una mejor administración y contribuir al desarrollo forestal sustentable.

El título VII de la Participación Social en Materia Forestal refiere que concierne a los gobiernos de los municipios en coordinación con la federación participar en la zonificación forestal; cabe aclarar que el reglamento de la LGDFS determina los criterios, metodología y procedimientos para la integración, organización y actualización de la zonificación; tomando en consideración la participación, opinión y propuesta comunitaria de los propietarios de los predios forestales y agropecuarios.

En atención a lo expuesto, los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México sometemos a consideración del pleno de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que reforma la fracción I del artículo 9 y la fracción I del artículo 49 de la Ley General de Asentamientos Humanos

Artículo 9.Corresponden a los municipios, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, las siguientes atribuciones:

I. Formular, modificar, evaluar, vigilar y administrar los planes o programas municipales de desarrollo urbano de centros de población y los demás que de éstos deriven en los términos de los artículos 16 y 57 de esta ley,

II.a XV.....

Artículo 49.La participación social en materia de asentamientos humanos comprenderá:

I.La formulación, audiencia y consulta de los interesados, aprobación modificación, evaluación y vigilancia del cumplimiento de los planes o programas de desarrollo urbano, en los términos de los artículos 16 y 57 de esta ley;

II.IX.....

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan las disposiciones legales y reglamentarias que se opongan a lo establecido en el presente decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de marzo de 2015.— Diputada Rosa Elba Pérez Hernández (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, para dictamen.



LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA

«Iniciativa que reforma el artículo 54 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, suscrita por los diputados María del Rocío Corona Nakamura y Rafael González Reséndiz, del Grupo Parlamentario del PRI

Los suscritos, diputados María del Rocío Corona Nakamura y Rafael González Reséndiz, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 54 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En nuestro país, sin duda alguna debemos reconocer que gracias al esfuerzo y la lucha constante de generaciones de mujeres, se ha avanzado en el esmero de lograr una efectiva igualdad, que permita el disfrute tanto de hombres y mujeres de las mismas oportunidades y condiciones de desarrollo pleno.

Sin embargo para las mujeres esto no ha sido fácil y aún falta mucho por hacer para lograr una cultura que nos permita como sociedad otorgar en igualdad de oportunidades y sin discriminación alguna, el libre ejercicio de todos los derechos que corresponden.

No obstante lo anterior, podemos afirmar que paulatinamente hemos aprendido a reconocer el papel que le corresponde a la mujer por su importancia en el desarrollo de este país al igual que de sus habitantes.

Es así que las mujeres a pesar de representar más del 50 por ciento de la población total en México y sobre todo de tener un lugar preponderante en el desarrollo político, económico y educativo –por mencionar algunos- han tenido que luchar para poder disfrutar de lo que les corresponde; pasando históricamente desde el reconocimiento a su derecho a votar y ser votadas, hasta la garantía de sus derechos elementales como el derecho a la vida, a elegir sobre sí mismas, el acceso a la educación, al trabajo digno y remunerado y a disfrutar de una vida libre de violencia; entre otros más.

De tal manera que hoy en día, una de cada cuatro mujeres en nuestro país son jefas de hogar y única fuente de ingresos familiares, esto sin considerar que además el 42 por ciento de las mujeres mexicanas económicamente activas trabajan fuera de su casa.

No obstante, hay todavía factores en nuestra población que impiden el desarrollo pleno de los individuos y particularmente de las mujeres que la componen; la realidad nos hace ver, que no basta con el establecimiento en la ley y el reconocimiento por parte de los gobiernos y sus instituciones, de estos derechos hacia y de las mujeres; si la sociedad en su conjunto no los reconoce, los reproduce sistemáticamente, los enseña de manera permanente, los acepta en su totalidad y por consiguiente los lleva a la práctica diaria y están a su alcance dentro del ámbito en que se desenvuelven.

Por ejemplo, de manera grave en las escuelas desde el nivel básico de enseñanza todavía se motivan y toleran las diferencias por cuestión de género pues aún existen clases y ejercicios definidos o estandarizados para hombres y mujeres.

Todavía se castiga a los estudiantes varones como una manera efectiva de escarmiento y sometimiento a burla y rebaja en su persona mandándolos a formarse a las filas de niñas o a integrarse a los talleres o asignaturas consideradas exclusivas de ellas o para ellas y en la familia todavía existe y se reproduce la marcada diferencia de roles entre las labores propias de las mujeres y los hombres.

Básicamente a pesar de que se ha dicho mucho sobre los derechos de la mujer, integramos una sociedad que discretamente pero de manera reiterada, tolera la simulación y solapa la marginación sistemática hacia ella y no ha sido capaz de erradicar los distintos tipos y manifestaciones de violencia que sufre a lo largo de las distintas etapas de su vida.

Esto es porque quizás nos ocupamos de sembrar en nuestras leyes y gobiernos el término de igualdad de género; pero a la vez olvidamos sembrarlo y reproducirlo  en nuestra sociedad, su pensamiento, su cultura, su comportamiento y los sistemas educativos que la conforman; ya sea desde la casa, la escuela así como el desarrollo del comportamiento diario desde la infancia.

Desafortunadamente y de manera particular, el nivel de violencia familiar que existe en la mayoría de los hogares; es reflejo de lo anterior.

Violencia que sin importar clase social o nivel educativo, sigue afectando principalmente a las mujeres y por consecuencia lesiona irremediablemente a la familia en su conjunto.

Al respecto las cifras son frías y claramente contundentes.

Basta mencionar que en uno de cada tres hogares en nuestro país, hay violencia familiar de manera recurrente, siendo la principal víctima la mujer y las victimas indirectas las hijas y/o los hijos.

Hasta el año pasado, se tenía registrado que uno de cada cinco asesinatos violentos efectuados en contra de mujeres en el territorio nacional, se cometía en casa.

Igualmente alarmante, en nuestra sociedad; de cada 100 mujeres mayores de 15 años casadas o en unión, al menos 47 han sufrido violencia ya sea emocional, física o sexual.

Es decir, casi la mitad de las mujeres en esa condición social, han sufrido al menos una vez algún tipo de violencia de parte de sus parejas.

Frente todo lo anterior, aunque con un número insuficiente, contamos con  refugios especializados en atender a las mujeres víctimas de la violencia familiar.

Instancias que a lo largo del territorio nacional, ya sea bajo el apoyo gubernamental o también administrados por organismos no gubernamentales; se ofrecen como una alternativa para escapar de ese mal que día a día las somete.

Espacios que ofrecen no solo refugio temporal, sino también la oportunidad de recibir la ayuda en todos los ámbitos –psicológicos, de empleo, educativos por ejemplo- que se requieran para lograr su reincorporación a una vida plena.

En la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en el artículo 51, particularmente en la fracción IV, se establece que las autoridades desde el ámbito de sus competencias deberán “proporcionar un refugio seguro a las víctimas” de violencia.

De igual manera, en ese mismo ordenamiento en el artículo 52 se establece que:

“En los casos de violencia familiar, las mujeres que tengan hijas y/o hijos podrán acudir a los refugios con éstos.”

Finalmente en el artículo 54, en materia específica de los refugios se establece que éstos deberán:

I. Aplicar el programa;

II. Velar por la seguridad de las mujeres que se encuentren en ellos;

III. Proporcionar a las mujeres la atención necesaria para su recuperación física y psicológica, que les permita participar plenamente en la vida pública, social y privada;

IV. Dar información a las víctimas sobre las instituciones encargadas de prestar asesoría jurídica gratuita;

V. Brindar a las víctimas la información necesaria que les permita decidir sobre las opciones de atención;

VI. Contar con el personal debidamente capacitado y especializado en la materia; y

VII. Todas aquellas inherentes a la prevención, protección y atención de las personas que se encuentren en ellos.

Como se puede apreciar con lo anterior; los refugios brindan en el caso de violencia familiar lo necesario para que la mujer víctima de este mal reciba la ayuda requerida y si es el caso acudan en compañía de sus hijas o hijos.

Necesariamente tiene que ser así, porque la violencia familiar no solo afecta y victimiza a la mujer sino de igual manera, lesiona a los hijos que en su núcleo familiar la padecen.

Por ello consideramos, que es necesario establecer en este ordenamiento la obligatoriedad de que en estos refugios las hijas y/o hijos de las mujeres víctimas de violencia familiar reciban la ayuda especializada para superar en lo individual y como integrante de una familia, esa desafortunada situación.

Cifras al respecto establecen que seis de cada diez menores de edad en nuestro país, sufren de violencia familiar.

Es decir; más de 15 millones de menores conviven diariamente bajo la sombra de violencia ejercida directa o indirectamente –victimas presenciales– de quien se supone los debería de proteger; siendo generalmente el padre (en el 2010 había un total de 32.5 millones de menores en México).

No podemos ser insensibles ante esta situación; si bien hay instituciones sólidas, fuertes y con una larga trayectoria en defensa de los menores de nuestro país como lo es el DIF, la realidad nos muestra que desafortunadamente los refugios siguen siendo necesarios, ante la carencia de una cultura de la denuncia de estos actos y de quienes los cometen.

Es por lo anterior, que no está por demás proteger a las hijas y/o los hijos de las mujeres que a toda costa tratan de escapar de las destructivas garras de la violencia sufrida en los hogares y ejercida por su pareja.

Estos refugios no solo deben de ser una alternativa efectiva para la mujer, sino también para la familia en su conjunto. Y para garantizar esto, el ofrecer en éstos espacios, la protección, orientación y cuidado profesional y especializado a sus hijas y/o hijos para su también recuperación física y psicológica; es indiscutiblemente necesario.

Por todo ello, se somete a la consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el artículo 54 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

Artículo Único.Se reforma la fracción III del artículo 54 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para quedar como sigue:

Artículo 54.Corresponde a los refugios, desde la perspectiva de género:

I. a II. ...

III.Proporcionar a las mujeres, así como también a sus hijas y/o hijos menores de edad la atención necesaria para su recuperación física y psicológica, que les permita participar plenamente en la vida pública, social y privada;

IV. a VII. ...

Transitorios

Artículo Único.El presente decreto entrará en vigor 60 días posteriores al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Inegi. Censo de Población y Vivienda 2010.

2 Inegi. Censo de Población y Vivienda 2010.

3 Inegi. Censo de Población y Vivienda 2010.

4 Inegi. Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2013.

5 Inegi. Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2013.

6 Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Artículo 51.

7 Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Artículo 52, fracción VIII.

8 Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Artículo 54.

9 Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Reporte 2012.

10 Inegi. Censo de Población y Vivienda 2010.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de marzo de 2015.— Diputados: María del Rocío Corona Nakamura, Rafael González Reséndiz, José Noel Pérez de Alba, Elvia María Pérez Escalante (rúbricas).»

Se remite a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.



LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, a cargo del diputado Alfonso Inzunza Montoya, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, diputado Alfonso Inzunza Montoya, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a la Sexagésima Segunda Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6o., numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por la que se adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, con el propósito de incluir en los preceptos de este ordenamiento definiciones de uso recurrente por y ante la autoridad pesquera, bajo la siguiente

Exposición de Motivos

Los objetivos de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, contenidos en el artículo segundo de este ordenamiento, son precisos en cuanto a los propósitos de regular, fomentar y administrar el aprovechamiento de los recursos pesqueros y acuícolas en el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción.

De forma genérica, la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables preceptúa entre otros objetivos de este ordenamiento legal: establecer y definir los principios para ordenar, fomentar y regular el manejo integral y el aprovechamiento sustentable de la pesca y la acuacultura.

Asimismo, fijar las normas básicas para planear y regular el aprovechamiento de los recursos pesqueros y acuícolas, además de establecer el régimen de concesiones y permisos para la realización de actividades de pesca y acuacultura.

Es así que atendiendo este propósito y en concordancia con los preceptos, la presente iniciativa propone adicionar diversas disposiciones a la ley en comento, para establecer en el ordenamiento definiciones de uso recurrente en los diferentes instrumentos a cargo, así como de trámite ante la autoridad pesquera.

En el artículo cuarto del ordenamiento, definir que arte de pesca es el instrumento, equipo o estructura con que se realiza la captura o extracción de especies de flora y fauna acuáticas permitidas por la ley, su reglamento y normas oficiales mexicanas.

Ello, toda vez que se requiere precisar que las características de las artes de pesca utilizadas se encuentren en los parámetros permitidos por la normatividad aplicable, de tal forma que no cause efectos nocivos a las especies de flora y fauna acuáticas.

En el mismo artículo, adicionar una fracción XVI Bis para establecer el concepto cuota de captura, como una medida de importancia fundamental para la sustentabilidad del recurso pesquero. Asimismo, incluir fracción XVI Bis 2 en la que se establezca el término embarcación mayor, dado que su uso es recurrente en los diferentes trámites e instrumentos que emite la autoridad pesquera.

Definir además que embarcación menor, término contenido en la fracción XVII, será la unidad pesca con o sin motor fuera de borda con menos de 15 metros de eslora e incluir una fracción XXIII para introducir el concepto método de pesca, ya que es un término que se usa comúnmente y no está definido en el texto de la ley.

En este artículo, incluir asimismo una fracción XXXVII Bis para establecer el concepto prórroga, dado que el significado de este término es importante para el uso adecuado de los promoventes al ingresar el tipo de trámite que solicitan, respecto a un permiso o una concesión.

La presente iniciativa propone también adicionar un texto a la fracción XI del artículo octavo de la Ley, de suerte tal que entre las facultades que le son conferidas a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y para efecto de que pueda resolver sobre la expedición, modificación o extinción de concesiones y permisos en materia pesquera y acuícola en los términos de la propia legislación, disposiciones reglamentarias y normas oficiales que deriven, podrá establecer condiciones, medidas de seguridad o correctivas. Está adición tiene como sustento que se requiere la debida fundamentación legal de todos los actos administrativos que se realizan en materia de permisos y concesiones de pesca.

En el artículo 24 de la ley que se refiere, se propone adicionar los términos seguros, reaseguros y garantías liquidas al inciso a de la fracción tercera, el cual preceptúa que la Secretaría, en coordinación con las dependencias y entidades de la administración pública federal competentes, fomentará, promoverá y realizará acciones a la formulación y ejecución de programas de apoyo financiero. Ello, se precisa, porque es necesario fomentar la formulación de esquemas de financiamiento y de apoyo financiero.

Se propone adicionar los mismos términos a la fracción V del artículo en comento, el cual establece que la Secretaría promoverá el ordenamiento de la pesca y acuacultura y diseñará estructuras y mecanismos para el otorgamiento de créditos, seguros, reaseguros, fianzas y garantías liquidas. Esto, con el propósito de incluir y fortalecer legalmente el ordenamiento de la pesca y la acuacultura.

En el mismo artículo, adicionar una fracción VI, para establecer que la Secretaría podrá expedir permisos de pesca y acuacultura de fomento con la finalidad de apoyar la investigación, exploración, experimentación, evaluación de los recursos acuáticos, creación, mantenimiento y reposición de colecciones científicas así como el desarrollo de nuevas tecnologías, bajo el argumento precisamente de que es atribución de la Secretaría el fomentar las actividades pesqueras y acuícolas para el desarrollo integral de quienes participan en dichas actividades.

Un apartado siguiente propone incluir en el artículo 26, referente al Fondo Mexicano para el Desarrollo Pesquero y Acuícola, Promar, los términos seguros, reaseguros, fianzas y garantías liquidas, ya que ello garantizará a las instituciones financieras de banca de desarrollo, de fomento o a intermediarios financieros rurales que operen con el fondo, la recuperación de los crédito que se otorguen a las organizaciones de productores pesqueros y acuícolas.

En la iniciativa que ocupa la presente exposición de motivos, se propone también derogar la fracción VIII del artículo 41, toda vez que el concepto trabajos pesqueros necesarios para fundamentar las solicitudes de concesión, es un procedimiento que en la práctica no se realiza.

Se plantea derogar asimismo las fracciones IV y V del artículo 47, dado que los preceptos: informará de la solicitud al Consejo Estatal de Pesca y Acuacultura, quien podrá emitir opinión respecto a la solicitud recibida y contará con quince días naturales para hacerla del conocimiento de la Secretaría y una vez dictada la resolución, la Secretaría, en su caso, publicará la concesión en el Diario Oficial de la Federación, a costa del solicitante, son procedimientos que no se realizan.

En el artículo 50, la iniciativa plantea adicionar el término permiso al de concesiones, en razón de que la cesión de derechos de concesiones y permisos, se contempla en otras legislaciones.

Propone derogar también el párrafo cuarto del artículo 51 de la ley, dado que la disposición por la cual se preceptúa que en caso de fallecimiento del permisionario, la Secretaría dará preferencia para la sustitución, a los designados por el derecho sucesorio aplicable al caso, de conformidad con las disposiciones legales aplicables, está contenida ya en este ordenamiento legal.

Adicionar asimismo los términos físicas o morales al artículo 64 por el cual se dispone que la Secretaría podrá otorgar permisos para realizar pesca de fomento a las personas que acrediten capacidad técnica y científica para tal fin, en los términos del ordenamiento legal, su Reglamento y las Normas Oficiales que al efecto se expidan.

En el artículo 100 de la ley sustituir el término concesión por el de permiso, al proponer que para la acuacultura comercial el titular deberá entregar un informe al Inapesca a la mitad del plazo estipulado en el permiso y con base en el dictamen emitido por el instituto se podrá prorrogar el mismo.

Una propuesta adicional plantea adicionar un término a la fracción IX del artículo 132, para dejar preceptuado que son infracciones a lo establecido en la ley, su reglamento y las normas oficiales que de ella deriven: no llevar a bordo de las embarcaciones la documentación original o en copia certificada expedida por la Secretaría para acreditar la concesión o permiso, o no tener en las instalaciones acuícolas copia certificada de la misma. Se busca con la medida mantener el resguardo del título original, amparar la operación de diversas embarcaciones menores bajo un mismo título, evitar la pérdida, extravío o daño del título original de pesca.

Así también, incluir una adición en la fracción XIII del mismo artículo para determinar como infracción a la ley, su reglamento y normas oficiales que de ella deriven, el hecho de practicar la pesca en altamar o en aguas de jurisdicción extranjera, con embarcaciones de matrícula y banderas mexicanas, sin la concesión o el permiso correspondiente.

Lo anterior, para estar en congruencia con lo establecido en el artículo 40 de la ley, el cual preceptúa que requieren concesión la pesca y acuacultura comercial.

Para el artículo 138 de la ley, esta iniciativa propone adiciones a la fracción III, para establecer que la imposición de multas a que se refiere el artículo 132 del ordenamiento se determinará también por incumplimiento a lo establecido en las normas oficiales que deriven.

Ello, tiene por objeto salvaguardar adecuadamente los recursos pesqueros y acuícolas con el endurecimiento de las infracciones, al dotar a la ley de mecanismos que permitan sancionar administrativamente a aquellos que infrinjan normas oficiales mexicanas.

Por lo expuesto y fundado, someto a la consideración de este pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el siguiente proyecto de

Decreto por el que se adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables

Artículo Único. Se reforma la fracción V, XVII y adiciona las fracciones XVI Bis,  XVI Bis 2, XXIII Bis, XXXVII Bis al artículo 4o.;  reforma la fracción XI del artículo 8o.; el inciso a de la fracción III, la fracción V, y adiciona la fracción VI al artículo 24; reforma el artículo 26; deroga la fracción VIII al artículo 41; deroga la fracción IV y V del artículo 47; reforma el artículo 50; deroga el párrafo cuarto al artículo 51; reforma el artículo 64; el párrafo tercero del artículo 100; las fracciones IX, XIII del artículo 132; la fracción III del artículo 138 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, para quedar como sigue:

Artículo 4o.Para los efectos de esta ley, se entiende por:

I. a IV. ...

V. Arte de Pesca:es el instrumento, equipo o estructura con que se realiza la captura o extracción de especies de flora y fauna acuáticas permitidos por la Ley, su Reglamento y Normas Oficiales Mexicanas;

VI a XVI...

XVI Bis. Cuota de Captura: cantidad máxima de organismos que podrá ser capturada para una especie o pesquería en particular en una zona y periodo de tiempo determinado por embarcación o unidad productiva.

XVI Bis 2. Embarcación Mayor: unidad de pesca con motor estacionario y con eslora total superior a 15 metros; dotada con motor estacionario, con sistema de conservación de productos de la pesca a base de hielo o refrigeración y una autonomía promedio de 20 días.

XVII. Embarcación Menor:unidad de pesca con o sin motor fuera de borda con menos de 15 metros de eslora; con o sin sistema de conservación de la captura a base de hielo y con una autonomía de tres días como máximo;

XVIII. a XXIII. ...

XXIII Bis. Método de Pesca: forma en que se opera el arte de pesca con el que se realice la captura o extracción de especies de flora y fauna acuáticas en el medio acuático o el entorno en que se desarrollan dichas especies permitidos por la ley, su reglamento y normas oficiales mexicanas;

XXIV. a XXXVII. ...

XXXVII Bis. Prórroga: extensión del plazo para realizar la actividad pesquera o acuícola, mediante la expedición de una nueva concesión o permiso, siempre que se haya cumplido con los términos y condiciones del anterior;

XXXVIII. a LI. ...

Artículo 8o.Corresponde a la Secretaría el ejercicio de las siguientes facultades:

I. a X. . .

XI.Resolver sobre la expedición, modificación o extinción de concesiones y permisos en materia pesquera y acuícola en los términos de esta ley, sus disposiciones reglamentarias y normas oficiales que de ella deriven ; para tal efecto y en su caso, podrá establecer condiciones, medidas de seguridad o correctivas.

XII. a XLI. ...

Artículo 24.La Secretaría, en coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal competentes, y en lo que corresponda, con los gobiernos de las entidades federativas, realizará las acciones necesarias para fomentar y promover el desarrollo de la pesca y la acuacultura, en todas sus modalidades y niveles de inversión, y para tal efecto:

I. a II. ...

III.Fomentará, promoverá y realizará acciones tendientes a:

a. La formulación y ejecución de programas de apoyo financiero, seguros, reaseguros, fianzas y garantías liquidas para el desarrollo de la pesca y la acuacultura, que incluyan, entre otros aspectos, la producción de especies comestibles y ornamentales de agua dulce, estuarinas y marinas, la reconversión productiva, la transferencia tecnológica y la importación de tecnologías de ciclo completo probadas y amigables con el ambiente;

b a l...

IV ...

V. Promoverá el ordenamiento de la pesca y acuacultura y diseñará estructuras y mecanismos para el otorgamiento de créditos, seguros, reaseguros, fianzas y garantías liquidas a sus beneficiarios y su capacitación, así como para instrumentar servicios de comercialización de productos, investigación y adaptación al cambio tecnológico.

VI. La Secretaría podrá expedir permisos de pesca y acuacultura de fomento con la finalidad de apoyar la investigación, exploración, experimentación, evaluación de los recursos acuáticos, creación, mantenimiento y reposición de colecciones científicas así como el desarrollo de nuevas tecnologías.

Artículo 26.El Fondo Mexicano para el Desarrollo Pesquero y Acuícola, Promar, será el instrumento para promover la creación y operación de esquemas de financiamiento para la conservación, incremento y aprovechamiento sustentable de los recursos pesqueros y acuícolas, la investigación, el desarrollo y transferencia de tecnología, facilitando el acceso a los servicios financieros, seguros, reaseguros, fianzas y garantías liquidas  en el mercado, impulsando proyectos que contribuyan a la integración y competitividad de la cadena productiva y desarrollando los mecanismos adecuados, así como para garantizar a las instituciones financieras de banca de desarrollo, Financiera Rural o a los Intermediarios Financieros Rurales que operen con el Fondo, la recuperación de los créditos que se otorguen a las organizaciones de productores pesqueros y acuícolas.

Artículo 41. Requieren permiso las siguientes actividades:

I. a VII. ...

VIII. Derogada.

IX. a XV. ...

Artículo 47.Para el otorgamiento de una concesión de un recurso pesquero por área, especie o grupo de especies para la pesca comercial, la Secretaría procederá conforme a lo siguiente:

I. a III.

IV. Derogada.

V. Derogada.

Artículo 50.Los titulares de las concesiones o permisos podrán ser sustituidos previa autorización expresa que otorgue la Secretaría, siempre que se cumplan con los requisitos y condiciones que establezca el reglamento de la presente ley. En el caso del fallecimiento del titular de la concesión, la Secretaría dará preferencia para la sustitución, a los designados por el derecho sucesorio aplicable al caso, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.

Artículo 51. Los permisos de pesca comercial tendrán una duración de dos hasta cinco años, de acuerdo a la pesquería de que se trate y lo que determine el reglamento de la presente ley.

Los permisos a que se refieren las fracciones V a la XV del artículo 41 de esta ley, tendrán la duración que determine su reglamento, de acuerdo a las características y naturaleza de la actividad, y en su caso, se sujetarán a los planes de manejo.

Podrán ser prorrogados si la evaluación realizada por el Inapesca resulta positiva en cuanto al manejo de la pesquería, acorde con las condiciones que se establezcan en el reglamento de la presente ley y no podrán ser transferidos a terceros.

Derogado

Artículo 64. La Secretaría podrá otorgar permisos para realizar pesca de fomento a las personas físicas o morales que acrediten capacidad técnica y científica para tal fin, en los términos de la presente Ley, de su reglamento y de las normas oficiales que al efecto se expidan.

Artículo 100.  Los permisos de acuacultura tendrán una vigencia de hasta cinco años de acuerdo a las características y naturaleza de la actividad, y los demás requisitos que determinen en las disposiciones reglamentarias que deriven de esta ley, y en su caso se sujetarán a los planes de manejo.

Podrán ser prorrogados en los casos y condiciones que se determinen en el propio reglamento, y serán intransferibles.

Para la acuacultura comercial el titular deberá entregar un informe al Inapesca a la mitad del plazo estipulado en el permiso, y con base en el dictamen emitido por el Instituto se podrá prorrogar el permiso.

Artículo 132.Son infracciones a lo establecido en la presente ley, el reglamento y las normas oficiales que de ella deriven:

I. a VIII. ...

IX. No llevar a bordo de las embarcaciones la documentación original o en copia certificada expedida por la Secretaría para acreditar la concesión o permiso, o no tener en las instalaciones acuícolas copia certificada de la misma

X a XII...

XIII.- Practicar la pesca en alta mar o en aguas de jurisdicción extranjera, con embarcaciones de matrícula y bandera mexicanas, sin la concesión o el permiso correspondiente;

XIV a la XXXI. . .

Artículo 138.- La imposición de las multas a que se refiere el artículo 133 se determinará en la forma siguiente:

I a II. ...

III. Con el equivalente de 1,001 a 10,000 días de salario mínimo vigente a quien cometa las infracciones señaladas en las fracciones: VIII, XI, XII, XIV, XX, XXIV, XXVI, XXVII, XXX del artículo 132; y

IV. ...

Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de marzo de dos mil quince.— Diputados: Alfonso Inzunza Montoya, María del Rocío Corona Nakamura, José Noel Pérez de Alba (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Pesca, para dictamen.



LEY GENERAL DE SALUD

«Iniciativa que reforma el artículo 134 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Sonia Rincón Chanona, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

La que suscribe, Sonia Rincón Chanona, integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza en la LXII legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo establecido en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción VI del artículo 134 de la Ley General de Salud, al tenor del siguiente

Planteamiento del problema

En México, la aparición en 2009 de un nuevo virus de influenza (A/H1N1) marcó un punto de inflexión en el sistema de salud pública.

Actualmente, el país sufre de algunas epidemias temporales que se dan en su mayoría en climas tropicales, como el dengue o el cólera.

El artículo 134 de la Ley General de Salud enumera las enfermedades transmisibles que serán sujeto de actividades de vigilancia epidemiológica, de prevención y control, que a la letra dice:

Capítulo IIEnfermedades Transmisibles

Artículo 134. La Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, realizarán actividades de vigilancia epidemiológica, de prevención y control de las siguientes enfermedades transmisibles:

I.Cólera, fiebre tifoidea, paratifoidea, shigelosis, amibiasis, hepatitis virales y otras enfermedades infecciosas del aparato digestivo;

II.Influenza epidémica, otras infecciones agudas del aparato respiratorio, infecciones meningocóccicas y enfermedades causadas por estreptococos;

III.Tuberculosis;

IV.Difteria, tosferina, tétanos, sarampión, poliomielitis, rubéola y parotiditis infecciosa;

V.Rabia, peste, brucelosis y otras zoonosis. En estos casos la Secretaría de Salud coordinará sus actividades con la de Agricultura y Recursos Hidráulicos;

VI.Fiebre amarilla, dengue y otras enfermedades virales transmitidas por artrópodos;

VII.Paludismo, tifo, fiebre recurrente transmitida por piojo, otras rickettsiosis, leishamaniasis, tripanosomiasis, y oncocercosis;

VIII.Sífilis, infecciones gonocóccicas y otras enfermedades de transmisión sexual;

IX.Lepra y mal del pinto;

X.Micosis profundas;

XI.Helmintiasis intestinales y extraintestinales;

XII.Toxoplasmosis;

XIII.Síndrome de inmunodeficiencia adquirida (sida); y

XIV.Las demás que determinen el Consejo de Salubridad General y los tratados y convenciones internacionales en que los Estados Unidos Mexicanos sean parte y que se hubieren celebrado con arreglo a las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El artículo en cuestión se ha ido acrecentando con la evolución de los virus y bacterias que se han presentado y que han atacado a la población mexicana.

El año pasado, a escala mundial se registró una epidemia de ébola, la cual tiene una tasa de letalidad que puede llegar a 90 por ciento. Esta letal enfermedad dejó miles de defunciones no sólo en África, su lugar de origen, sino que logró propagarse incluso hasta Estados Unidos y Europa.

Afortunadamente, en México no se presentaron casos confirmados de este virus. Sin embargo, si nos dejó un aprendizaje en materia de prevención, que debemos aplicar y fortalecer para las enfermedades que aquejan a los mexicanos.

A la par de la citada epidemia del ébola en África, en América del Sur y el Caribe se presentaron brotes de una enfermedad denominada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como la “fiebre de chikungunya”.

Esta enfermedad, como señala la OMS, es vírica transmitida al ser humano por mosquitos. El virus ARN del género alfavirus, familia Togaviridae se descubrió durante un brote ocurrido en el sur de Tanzania en 1952. Chikungunya es una voz del idioma kimakonde y significa “doblarse”, en alusión al aspecto encorvado de los pacientes debido a los dolores articulares.

La fiebre chikungunya se caracteriza por la aparición súbita de fiebre, generalmente acompañada de dolores articulares. La mayoría de los pacientes se recuperan pero en personas mayores la enfermedad puede contribuir a la muerte. Según el organismo internacional este virus se ha detectado en casi 40 países de Asia, África, Europa y las Américas.

Esta peligrosa y silenciosa enfermedad se transmite de una persona a otra por la picadura de mosquitos hembras infectadas. El tiempo aproximado de incubación del virus es de 4 a 8 días después de la picadura, aunque el intervalo puede oscilar entre 2 y 12 días.

La OMS ha señalado en reiteradas ocasiones que no existe tratamiento contra esta enfermedad, el cual consiste principalmente en aliviar los síntomas, entre ellos el dolor articular, con antipiréticos, analgésicos óptimos y líquidos. En su sitio web la Organización menciona que “No hay comercializada ninguna vacuna contra el virus chikungunya”.

En febrero de 2005 comenzó un importante brote en las islas del Océano Índico, con el cual se relacionaron numerosos casos importados en Europa, sobre todo en 2006 cuando la epidemia estaba en su apogeo.

Hasta octubre de 2014 se habían registrado más de 776 mil casos sospechosos de fiebre chikungunya en las islas del Caribe y en algunos países de América del Sur; durante el mismo periodo se han atribuido mil 152 muertes a esta enfermedad. En México y en Estados Unidos también se han registrado casos importados, como ha señalado la OMS.

Derivado de lo anterior, en el Grupo Parlamentario de Nueva Alianza estamos comprometidos con la salud de las y los mexicanos. Por ello, ante la constante amenaza que representa en el país la fiebre chikungunya, presentamos la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la Ley General de Salud para agregar la fiebre chikungunya al catálogo de enfermedades transmisibles a las cuales se les realizarán actividades de vigilancia epidemiológica, de prevención y control.

Argumentación

La Carta Magna dice a la letra en el artículo 4o., párrafo cuarto:

Artículo 4o. .........

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.

...

En sintonía con lo anterior, en Nueva Alianza estamos comprometidos a cumplir dicho precepto obligando al Estado a garantizar el acceso y la prevención de las enfermedades que aquejan a los mexicanos.

El portal de internet de los Centers for Disease Control and Prevention, situado en Atlanta, Georgia, señaló en febrero de 2015 que a partir de octubre de 2014, se han dado casos de transmisión local de chikungunya en México.

El mismo organismo ha citado que hasta el 7 de febrero se reportaron casos en Chiapas (148), Guerrero (35), Oaxaca (21), Sinaloa (1) y Sonora (1), esto aunado a los múltiples casos reportados en Centro y Sudamérica; haciendo una recomendación a los futuros viajeros a nuestro país, para que se protejan de las picaduras de mosquitos.

Se especifica una lista de las personas que pueden ser más propensas a esta enfermedad:

• Las que tienen artritis;

• Las que presentan enfermedades subyacentes graves (como la presión arterial alta, enfermedades del corazón o diabetes);

• Las mayores de 65 años;

• Las mujeres que están al final de sus embarazos, debido al riesgo de los bebés que nacen en el momento en que la madre está enferma;

• Los viajeros de largo plazo, incluidos los misioneros y trabajadores de ayuda humanitaria y las personas que visitan amigos y familiares; y

• Las personas que puedan tener dificultades para evitar las picaduras de mosquitos, como las que planean pasar mucho tiempo al aire libre o permanecer en habitaciones sin ventanas o pantallas de aire acondicionado.

En el país, según la Organización Panamericana de la Salud, al 20 de febrero del año en curso se han presentado 241 casos confirmados, de los cuales 20 son importados. Si bien la cantidad de casos no se compara con los que tiene la Guyana Francesa, que para la misma fecha ha confirmado 6 mil 191 casos, los casos en nuestro país representan un número considerable el cual debe ser atendido con acciones preventivas.

La OMS refiere tres factores por los cuales es tan rápida la transmisión de esta enfermedad: a) se trata de un nuevo virus para las Américas; b) como es un virus nuevo, toda la población es susceptible de adquirir el chikungunya porque no tiene defensas; y c) además, la presencia del mosquito Aedes está ampliamente distribuido en el lugar por las condiciones de clima, temperatura y humedad en los países tropicales.

Por su parte, la OMS trabaja con los países de la región en la preparación y respuesta ante la eventual introducción de este virus desde hace tiempo. Por ejemplo, la publicación en 2012 de una guía para preparación y respuesta del chikungunya; apoyar a los países a fortalecer las capacidades de los laboratorios (para que puedan detectar el virus de manera confiable y a tiempo); capacitar al personal de salud para que puedan identificar y manejar los casos de chikungunya; y preparar y organizar los servicios de salud para atender a los pacientes.

Los organismos internacionales colaboran en mejorar la vigilancia epidemiológica, asesorar en comunicación de riesgo y apoyar a los países en el control del vector.

La vigilancia epidemiológica es el conjunto de actividades que permiten reunir la información indispensable para conocer en todo momento la conducta o historia natural de la enfermedad; detectar o prever cualquier cambio que pueda ocurrir, con el fin de recomendar oportunamente las medidas indicadas que lleven a la prevención y el control de la enfermedad.

En Nueva Alianza sabemos que la vigilancia epidemiológica supone una herramienta importante en la salud pública, ya que no sólo permite la recolección de datos, su análisis y evaluación, sino que a su vez, permite una toma de decisiones al momento de ejecutar los diversos programas de prevención y tratamiento de enfermedades en la población.

La Ley General de Salud incluye en el artículo 134 la lista de enfermedades susceptibles de la vigilancia epidemiológica, sin embargo consideramos que en algunos casos resultan demasiado generales los preceptos que se manejan.

Si bien esta enfermedad es nueva y comienza a presentarse en el país, resulta urgente que legislemos para fortalecer la prevención, pues siempre será la mejor vía de atacar los problemas de salud pública en México.

En el Grupo Parlamentario de Nueva Alianza no vamos a esperar a que la fiebre de chikungunya se convierta en una epidemia en el país para poder atenderla. Estamos comprometidos con que el Ejecutivo federal preste atención a este iniciativa y pueda poner en marcha acciones de vigilancia epidemiológica contra el virus de chikungunya para evitar su propagación y afectación a los mexicanos.

Fundamento legal

Por las consideraciones expuestas, en mi calidad de integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza en la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 61.1, 77.1 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de esta soberanía la iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma la fracción VI del artículo 134 de la Ley General de Salud

Único. Se reforma la fracción VI del artículo 134 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 134. ...

I. a V. ...

VI.Fiebre amarilla, dengue, fiebre de chikungunya y otras enfermedades virales transmitidas por artrópodos;

VII. a XIV. ...

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en la Diario Oficial de la Federación.

Dado en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a 12 de marzo de 2015.— Diputada Sonia Rincón Chanona (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Salud, para dictamen.



PROPOSICIONES                                                                                                                                      RECONOZCAN LOS MUNICIPIOS DE HIDALGO DEL PARRAL, DELICIAS Y CUAUHTEMOC, ASI COMO SUS ZONAS CONURBADAS O PERIFERIAS CONTIGUAS, PERTENECIENTES AL ESTADO DE CHIHUAHUA, COMO NUEVAS ZONAS METROPOLITANAS

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la Sedesol, el Conapo y el Inegi a reconocer Hidalgo del Parral, Delicias y Cuauhtémoc –y sus áreas conurbadas o periferias contiguas–, Chihuahua, como nuevas zonas metropolitanas, a cargo del diputado Pedro Ignacio Domínguez Zepeda, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, diputado federal del estado de Chihuahua, Pedro Ignacio Domínguez Zepeda, de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en el artículo 79, Apartado 1, fracción II, apartado 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito presentar ante esta soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En los Estados Unidos Mexicanos, el ejercicio de delimitación de zonas metropolitanas no es ajeno. A partir de 1940 la urbanización y expansión física derivada del éxodo campo-ciudad, dieron paso a la conformación de diferentes metrópolis dentro del territorio nacional.

En el año de 1976 el constituyente reforma la Ley Suprema para reconocer la existencia de los municipios conurbados y asegurar, así, la eficaz prestación de los servicios públicos; competencia de éste orden de gobierno, ello en el Artículo 115 Constitucional.

Al mismo tiempo, debemos reconocer que en nuestro país siguen persistiendo serias desigualdades entre regiones y grupos sociales, que requieren mayores esfuerzos para aprovechar racionalmente los recursos naturales y para incrementar la infraestructura que permita abrir nuevas y mejores oportunidades a todos los sectores productivos.

En los últimos años la concentración humana en las ciudades se ha llevado a cabo a través de procesos económicos y sociales atractivos, que han posibilitado una alta ocupación del territorio de éstas. La población mundial vive hoy más en entornos urbanos que rurales. De esta manera, las ciudades hoy en día, con base en los paradigmas impuestos por el modelo globalizador, se han ido convirtiendo en polos de competencia entre ellas que les obliga a enfrentar retos y buscar oportunidades para poder descollar en el contexto de la economía mundial. Además, en las ciudades existe una permanente búsqueda de mejores espacios para la convivencia, cultura y creatividad. Esto, aunado al enorme reto de abastecer de infraestructura básica y servicios que generan estas aglomeraciones.

Entrando en materia, es de citarse que entre los elementos más importantes en la composición, definición y delimitación de una zona metropolitana se encuentra: que está formada por una ciudad con una fuerte concentración demográfica (ciudad central o núcleo central), la cual gradualmente expande su influencia dominante socioeconómica y política hacia una o varias Ciudades o municipios que, de alguna forma u otra, establecen una relación de dependencia hacia la primera con motivo de la alta concentración de actividades económicas, laborales y de servicios.

También se toman en cuenta las unidades administrativas que por su carácter estratégico forman parte de la zona metropolitana, la funcionalidad entre la periferia y el núcleo central, así como el volumen de su población.

En 2003-2004, en México se crea un grupo interinstitucional conformado por la Secretaría de Desarrollo Social, el Consejo Nacional de Población, y el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Sedesol-Conapo-Inegi); se identificaron 55 zonas metropolitanas a nivel nacional entre las que, por el volumen de población, destacan las del Valle de México, Guadalajara, Monterrey, Puebla – Tlaxcala y Toluca dentro de las primeras cinco más pobladas del año 2000.

Este mismo grupo interinstitucional, con los mismos criterios y los datos del II Conteo de Población y Vivienda 2005, identificó 56 zonas metropolitanas dentro del territorio nacional; se sumaron Tijuana, León, Juárez y La Laguna para alcanzar nueve metrópolis con más de un millón de habitantes, de las cuales, la zona metropolitana del Valle de México se encuentra en primer lugar.

Dentro de las Reglas de Operación del Fondo Metropolitano se define a la zona metropolitana,como el conjunto de dos o más municipios o demarcaciones territoriales en los que se localiza una ciudad de 50 mil o más habitantes, cuya área urbana, funciones y actividades rebasan el límite del municipio o demarcación que originalmente la contenía, incorporando como parte de sí misma o de su área de influencia directa a municipios vecinos, predominantemente urbanos, con los que mantiene un alto grado de integración socioeconómica.

Adicionalmente, se considera como zona metropolitana: a) todos aquellos municipios, demarcaciones territoriales o asentamientos humanos que contienen una ciudad de un millón o más habitantes, y b) aquéllos con ciudades de 250 mil o más habitantes que comparten procesos de conurbación con ciudades de Estados Unidos de América.

Considerando todo lo anterior es que, se solicita la creación e incorporación de tres nuevas zonas metropolitanas en el estado de Chihuahua, como parte predominante de un sistema urbano, que ejerce una significativa influencia económica social y política, mismas que comprenderían:

1. Ciudad Delicias, conformada por los municipios de: Rosales, Julimes, Meoqui y Saucillo;

2. Ciudad Hidalgo del Parral, conformada por los municipios de: Valle de Zaragoza, Valle de Allende, San Francisco del Oro, Santa Bárbara, Villa Matamoros y Huejoitan y;

3. Ciudad Cuauhtémoc, conformada por los municipios de: Carichi, Namiquipa, Riva Palacio, Cusihuiriachi, Gran Morelos, Bachíniva y Guerrero.

Esto, debido a que su dinámica espacial es influenciada por la cantidad de flujos de bienes, personas y recursos financieros.

Lo anterior, demanda diversos ejercicios de planeación y gestión con el ánimo de buscar, ordenar y clarificar las acciones que permitan lograr un modelo de territorio ordenado, con la infraestructura adecuada para poder competir en mejores condiciones dentro del sistema de ciudades nacional e internacional, y así satisfacer las necesidades y demandas de sus ciudadanos, conforme a las siguientes:

Consideraciones

Ciudad Delicias se ha consolidado como la tercera ciudad en importancia en el contexto estatal, tanto en el aspecto demográfico como en términos económicos, así mismo, destaca por contar con infraestructura industrial, comercial y de servicios de primer nivel.

Delicias ha comenzado a figurar como uno de los municipios con mayor calidad de vida en la entidad, de acuerdo con el Índice de Desarrollo Humano (IDH) elaborado por la Organización de las Naciones Unidas. Delicias ocupa el lugar número 61 entre los 2,418 municipios del país desde 2005.

El IDH se compone de tres dimensiones: salud, educación e ingreso. Con base en este índice puede observarse que Delicias tiene un grado de desarrollo humano similar al de importantes capitales estatales como Puebla, Guadalajara, Morelia, Saltillo y Ciudad Victoria, o bien de municipios importantes como Los Cabos, Baja California Sur o Apodaca en Nuevo León. La calidad de vida ofrecida por Delicias es similar a la de estas ciudades.

En lo concerniente al Índice de Desarrollo Municipal (IDM) elaborado por la Secretaría de Gobernación, Delicias se ubica en la posición número 65 entre los 2,418 municipios de México, a partir de 2005. En éste contexto, Delicias tiene un grado de desarrollo similar a municipios importantes como Saltillo, Coahuila, municipios relevantes en su contexto estatal como Agua Prieta, Sonora; Ocotlán Jalisco y Playa del Carmen, en Quintana Roo. El desarrollo del municipio de Delicias es también equiparable a municipios incorporados a grandes zonas metropolitanas: Santa Catarina que forma parte del Área Metropolitana de Monterrey, Cuautlancigo que pertenece a la zona metropolitana de Puebla y Jiutepec al Área Metropolitana de Cuernavaca.

En el ámbito estatal, tanto en el Índice de Desarrollo Humano (IDH) como en el Índice de Desarrollo Municipal (IDM), Delicias ocupa la tercera posición en la entidad sólo detrás de los municipios de Chihuahua y Juárez, junto a Cuauhtémoc e Hidalgo del Parral. El IDM se descompone en cuatro componentes: ambiental, económico, social e institucional. En el componente ambiental se evalúa la disponibilidad de servicios públicos en las viviendas, principalmente disponibilidad de agua potable y drenaje. En este componente, Delicias sobresale en la cobertura de agua potable ya que es la más alta a nivel estatal.

En el componente económico, Delicias se ubica en la tercera posición en la productividad por habitante, sólo detrás de Juárez y Chihuahua.

En el aspecto institucional el municipio de Delicias destaca por tener una elevada cantidad de ingresos propios (38 por ciento del total) lo que refleja el esfuerzo hecho por la administración municipal. En el aspecto social, Delicias registra la tasa de mortalidad infantil más baja de todo el estado, esto es gracias a la infraestructura hospitalaria existente en la ciudad que cuenta con 3 hospitales públicos (IMSS, ISSSTE y Hospital Regional) y un hospital privado (Clínica Delicias).

Delicias ha experimentado en un importante auge en el sector comercial y de entretenimiento, gracias a la llegada de franquicias nacionales e internacionales.

Delicias posee todas las comodidades e infraestructura de una ciudad media: tres parques industriales, una central de abastos, un centro de exposiciones, un complejo cultural (Teatro de la Ciudad, Museo de Paleontología y Biblioteca), un club de golf privado, excelentes hoteles, centros comerciales, restaurantes, cines así como instalaciones deportivas de primer nivel entre las que se encuentran un nuevo estadio de béisbol, tres gimnasios de basquetbol y el Parque Fundadores, parque central de la ciudad que cuenta con una ciclopista, canchas de tenis, frontón y basquetbol así como un área para deportes extremos.

En suma, se observa que Delicias es una ciudad competitiva en el plano nacional. La calidad de vida ofrecida por Delicias es similar al de algunas capitales estatales, es una ciudad media que ofrece todas las comodidades de una ciudad más grande. Los municipios aledaños constituyen la zona agroindustrial más importante del Estado.

El desarrollo industrial se concentra principalmente en Ciudad Juárez, seguido de Chihuahua Capital, aunque también se observa un crecimiento de la industria manufacturera en las ciudades medias: Delicias, Cuauhtémoc e Hidalgo del Parral. La Secretaría de Economía define a siete clusters como básicos para la promoción de la actividad económica: agroindustria y alimentos; textil y confección; industria forestal; materiales para construcción; industria automotriz; electrónica y telecomunicaciones; y la industria aeronáutica.

La Región Norte concentró el 82 por ciento de los empleos perdidos en el Estado de Chihuahua en el ciclo recesivo, otras ciudades de la entidad como Chihuahua, Delicias o Cuauhtémoc fueron más exitosos en salir avante de la recesión económica, debido principalmente a la diversificación de sus actividades económicas. A nivel nacional la disminución del empleo formal fue de tan sólo - 4.8 por ciento por lo que la Región Norte con una caída de -24 por ciento estuvo muy por encima del promedio del país.

Cabe destacar que Ciudad Cuauhtémoc es la localidad con el mayor desempeño mostrando una variación promedio de 24 por ciento y un crecimiento absoluto de 28 mil 62 habitantes. En el resto del estado la tasa promedio anual desciende del 2.36 por ciento al 1.5 por ciento.

Esto es debido a que las regiones que cuentan con mayor nivel de infraestructura, ofrecen mejor prestación de servicios y, sobre todo, cuentan con una mayor diversificación de sus actividades productivas, han sorteado mejor la recesión económica induciendo grandes inmigraciones de población, tal es el caso de Cuauhtémoc, Chihuahua y Delicias.

Ciudad Cuauhtémoc, tiene una semejanza muy marcada y guardada a las debidas proporciones a una Ciudad fronteriza, el comentario anterior se desprende de la constante movilización migratoria de personas que llegan de otras regiones como municipios cercanos y más pequeños, comunidades de la sierra tarahumara, personas provenientes del sur del país y el crecimiento natural demográfico de sus mismos habitantes, provocando con esto un rápido crecimiento en su población y por consecuencia en las necesidades de sobrevivencia que tienen sus pobladores al demandar, alguna actividad económica, empleo, servicios, seguridad, educación, cultura, recreación e infraestructura.

Es importante destacar que Delicias, Cuauhtémoc e Hidalgo del Parral destacan dentro de las regiones económicas más importantes del Estado de Chihuahua, dentro de los sectores Agropecuario, Minería, Industria Manufacturera, Comercio y Servicios para Empresas.

Por otra parte, Ciudad Hidalgo del Parral es el centro de desarrollo regional más importante del sur del Estado de Chihuahua, su zona de influencia abarca los municipios de Allende, Balleza, Coronado, El Tule, Huejoitán, Matamoros, Santa Bárbara, San Francisco del Oro y Valle de Zaragoza.

Cuenta con una población de más de 103 mil 500 habitantes, en 112 comunidades, concentrada principalmente en la cabecera municipal.

De los recursos hidráulicos el municipio cuenta con tres acuíferos, los cuales se encuentran en equilibrio en su relación consumo, recarga.

En materia de desarrollo económico, el municipio cuenta con 5,198 unidades económicas del sector industrial y de servicios, propiciando la generación de más de 21 mil empleos formales.

De esto, se deriva la participación de la región y del municipio en el Producto Interno Bruto Estatal, donde la región participa con un 5.5 por ciento y el municipio con el 1.9  por ciento.

En infraestructura educativa, el municipio cuenta con 153 planteles, cubriendo la demanda de oferta educativa.

En cuanto a vivienda y servicios públicos, se tienen registradas 26,827 viviendas, de las cuales más del 95 por ciento cuenta con servicios de agua potable, drenaje y electricidad.

La integración de las acciones, programas y proyectos que se realicen dentro del municipio cuentan con el respaldo de objetivos y estrategias producto de la participación del Ayuntamiento y la sociedad parralense en su conjunto, por ello, la validación de la sociedad y el compromiso del Gobierno Municipal darán frutos medibles y cuantificables.

Hidalgo del Parral, es una Ciudad Principal, no solo del municipio, sino que se ha consolidado como el principal polo de desarrollo de la región, en infraestructura, servicios, desarrollo económico, por las condiciones actuales en la entidad y en el extranjero. Las tendencias de retorno de la población que emigró a otras ciudades del Estado y el extranjero tiene la expectativa de encontrar oportunidades en el municipio.

El desarrollo urbano ha rebasado la capacidad de contar con un crecimiento ordenado, provocando así la asfixia vial y los consecuentes accidentes.

En el municipio se cuenta con diferentes instituciones que dan servicio a sus derechohabientes, como son el IMSS, ISSSTE, Pensiones Civiles del Estado, así como instituciones particulares.

El municipio cuenta con un gran potencial de desarrollo, siendo la ciudad de Hidalgo del Parral el polo de desarrollo regional, cuenta con el potencial para convertirse en una metrópoli con zona conurbada intermunicipal, cuya economía ha evolucionado, donde el municipio se ha convertido en el centro de confluencia económica, industrial, comercial y de servicios.

El sector industrial en el municipio se encuentra incipiente, cuenta con un potencial de crecimiento en las áreas metal mecánica y automotriz, lo cual, puede detonar el empleo y el desarrollo de empresas de servicios industriales. Como áreas de oportunidad se encuentran la infraestructura, servicios y capacitación para el trabajo.

El comercio y los servicios se encuentran concentrados en la cabecera municipal, provén de bienes a toda la región, conformando así un eje de desarrollo económico para el municipio, sustento de cientos de familias parralenses.

El turismo puede desarrollarse y convertirse en otro eje del desarrollo económico de la región, cuenta con lugares que tienen el potencial para convertirse en productos turísticos de impacto regional, las Jornadas Villistas cuentan ya con el reconocimiento estatal e internacional, atrayendo cada vez a más participantes y visitantes en el municipio.

Cada vez es mayor la cantidad de migrantes temporales que deciden establecer su residencia en el municipio Cuauhtémoc, ocasionando con esto el nacimiento de nuevas colonias y crecimiento irregular de las ya existentes, con la consabida falta de infraestructura en vivienda y servicios básicos como agua, luz, drenaje, seguridad, educación, servicios médicos, servicios sociales.

Se observa un equilibrio económico en las actividades productivas del municipio en comento, en el área comercial, agropecuaria, agroindustria, industria y turismo, este factor permite llevar un desarrollo económico estable durante todas las épocas del año.

Con el objeto de continuar apoyando, un desarrollo equilibrado, se ha contemplado dentro del Plan Estatal de Desarrollo, la realización de Infraestructura Básica, que le da sustento al resto de la Infraestructura, mediante la realización de importantes obras, que en su mayoría, ya se encuentran iniciadas y que demandan recursos para su continuación y conclusión. Estas obras incluyen la construcción de carreteras alimentadoras, la ampliación y modernización de carreteras existentes, la construcción de carreteras pavimentadas a cabeceras municipales, que aún no contaban con una carretera pavimentada; construcción de libramientos, para facilitar el paso y la conexión en los centros urbanos, así como la construcción de infraestructura aeroportuaria con la construcción de aeropuertos regionales y de infraestructura hidroagrícola con la construcción de presas. Asimismo, en conjunto con los municipios de esta región, se han estado construyendo un buen número de caminos rurales pavimentados que comunican los centros poblacionales de la región, dándoles acceso por una vía Pavimentada a las Carreteras Alimentadoras y Troncales del Estado, ahorrándoles tiempo y costos en los traslados.

El estado de Chihuahua cuenta con una red carretera de 13, 104 km, distribuida de la siguiente manera: autopistas de cuatro carriles con una longitud de 1192 km, las conforman la carretera Panamericana que une Juárez, Villa Ahumada, Chihuahua, Delicias, Camargo y Jiménez que comunica a la Ciudad de Torreón, Coahuila.

En el norte del estado, ésta comunica con El Paso, Texas, en el sur de Estados Unidos de América; la carretera 16 parte de la capital del Estado, comunica a la región agrícola de Cuauhtémoc, y en la porción sur la carretera número 45 Hidalgo del Parral – Jiménez comunica la región minera de Parral.

Carreteras de cuota de dos carriles con una longitud de 280 km que comunica a los poblados de Ojo Laguna, Flores Magón, Galeana y Nuevo Casas Grandes; la carretera Tres Marías – Placer de Guadalupe – Potrero del Llano, de aquí se comunica por vía libre a Ojinaga; y por último la de Samalayuca – Jerónimo – Santa Teresa, comunica al Estado de Nuevo México. Se tienen 9665 km de carreteras federales y estatales de dos carriles que ha servido para impulsar la comunicación en el interior y con los Estados de Sonora, Durango y Coahuila, así como el sur de los Estados Unidos. De estas carreteras parten terracerías y brechas que comunican a otras poblaciones del interior y de Estados colindantes.

Se realizó el análisis de la distribución de las localidades al 2005 con relación a las vías de comunicación, utilizando el criterio de tomar una franja de cinco kilómetros a cada lado, arrojando los siguiente datos: el 13.67 por ciento de las localidades están comunicadas por autopistas de cuatro carriles, corresponden a 2,584,148 habitantes (79.72  por ciento), entre las principales ciudades se ubican: Juárez, Chihuahua, Delicias, Hidalgo del Parra, Cuauhtémoc, Santa Rosalía de Camargo, Mariano Jiménez, Pedro Meoquí, y Juan Aldama. La carreteras de dos carriles comunican 3814 localidades (31.43 por ciento) con 464350 habitantes (14.32  por ciento) con las localidades de Nuevo Casas Grandes, Manuel Ojinaga, Madera, Guachochi, Ascensión, San Juanito, Col Anáhuac, Santa Bárbara, Vicente guerrero y San Buena Aventura; estos dos tipos de carreteras pavimentadas comunican 5473 localidades con 3048498 habitantes, lo que corresponde al 94.05 por ciento de la población.

Por terracerías están comunicadas 2102 localidades con 92332 habitantes lo que corresponde al 2.85 por ciento de la población de la entidad; por brecha 2894 poblados con 68895 habitantes y el 2.13 por ciento de la población, casi el 100 por ciento de las localidades de las zonas áridas y semiáridas del estado están comunicadas por brechas y terracerías.

En la Sierra Madre Occidental existen 1624 localidades con 30854 habitantes comunicados por vereda que corresponden a menos del 1 por ciento de la población del estado.

Por las razones expuestas ante esta asamblea, y con fundamento en el artículo 79, apartado 1, fracción II y apartado 2, fracción I, todos del Reglamento de la Cámara de Diputados someto respetuosamente a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión solicita a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de Desarrollo Social, el Consejo Nacional de Población, y el Instituto Nacional de Estadística, Geografía; todas las anteriores del Ámbito Federal; reconozcan, incluyan y consideren como zonas metropolitanas, a las Ciudades de Delicias, conformada por las Zonas Conurbadas municipios de: Rosales, Julimes, Meoqui y Saucillo, Hidalgo del Parral y sus Zonas Conurbadas o municipios: Valle de Zaragoza, Valle de Allende, San Francisco del Oro, Santa Bárbara, Villa Matamoros y Huejoitan; y Cuauhtémoc y sus zonas conurbadas o municipios: Carichi, Namiquipa, Riva Palacio, Cusihuiriachi, Gran Morelos, Bachíniva y Guerrero, todas del Estado de Chihuahua.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de marzo de 2015. — Diputado Pedro Ignacio Domínguez Zepeda (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Desarrollo Metropolitano, para dictamen.



REVISE LA FORMULA DE DISTRIBUCION DE LAS PARTICIPACIONES FEDERALES E INCORPORE UNA NUEVA FORMULA DE DISTRIBUCION AL FONDO DE APORTACIONES MULTIPLES

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP a revisar la fórmula de distribución de las participaciones federales e incorporar otra en el Fondo de Aportaciones Múltiples, a cargo de la diputada María de Lourdes Medina Valdés, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada María de Lourdes Medina Valdés, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional representado en esta LXII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 3, numeral 1, fracción XIX; 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, por la que exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que revise la fórmula de distribución de las participaciones federales e incorpore una nueva fórmula de distribución al Fondo de Aportaciones Múltiples, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Desde la creación de la Ley de Coordinación Fiscal (LCF), en la distribución de las participaciones y aportaciones federales uno de los grandes perdedores han sido los municipios.

Éstos han sido afectados severamente en sus presupuestos como resultado de dos factores que además de ser reiterativos en el tiempo, son altamente lesivos a los erarios locales:

1) La distribución a discreción de los recursos por parte de los gobiernos estatales a los municipales, y;

2) La falta de fórmulas de distribución precisas que dejan margen a interpretaciones de carácter político.

En el marco del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, la ley establece que los gobiernos locales recibirán recursos a través de las participaciones y aportaciones federales.

Las participaciones federales son recursos que la federación entrega a las entidades federativas para dar cumplimiento al artículo 73 constitucional que establece la obligación de participar a las entidades en el rendimiento de determinados impuestos.

Así, el presupuesto que reciben los gobiernos locales por participaciones federales deriva del esfuerzo conjunto que realiza tanto la federación como los estados y municipios para llevar a cabo el proceso de recaudación de impuestos.

Dicho de otra manera, las participaciones federales son recursos propios, sin etiquetar, que los gobiernos locales pueden utilizar para invertir en programas y proyectos que determinen prioritarios, o en su defecto, usarlos para cubrir obligaciones financieras. Bajo la normatividad de la LCF, las participaciones federales que se les transfieren a las entidades federativas vía el Ramo 28, tienen 14 fondos.

No todas las entidades federativas reciben recursos de los 14 fondos. Los estados, a su vez, redistribuyen dichos fondos por fórmulas que se aprueban en cada congreso local a propuesta de cada gobernador. Se usan criterios discrecionales, métodos opacos y variables indebidas.

En el caso particular de las aportaciones federales, es como su nombre lo dice, recursos que la federación aporta a los gobiernos locales a través del Ramo 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios, para apoyarlos en sus presupuestos y que éstos tengan una mayor capacidad económica para poder invertir en educación, salud, seguridad pública, infraestructura social y proyectos productivos.

De los 8 fondos de aportaciones federales que existen actualmente, dos de ellos se ministran directamente a los gobiernos municipales, mientras que el resto se distribuye directamente a los gobiernos estatales.

Para la distribución de los recursos de cada fondo de aportación, la LCF vigente contiene fórmulas específicas que permiten una asignación equitativa y distributiva de los recursos totales del Ramo 33.

El Fondo de Aportaciones Múltiples (FAM) es uno de los ocho fondos que integran actualmente el Ramo General 33. Se orienta al financiamiento de los programas de asistencia social en materia alimentaria y de apoyo a la población en desamparo, así como a la atención de las necesidades relacionadas con la creación, mantenimiento y rehabilitación de la infraestructura física de la educación básica y superior.

El FAM se determina anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación por un monto equivalente a 0.814 por ciento de la recaudación federal participable, según estimación realizada en el propio presupuesto, con base en lo que al efecto establezca la Ley de Ingresos de la Federación para ese ejercicio.

En materia de asistencia social, las entidades federativas suscriben acuerdos de coordinación con el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), mediante los cuales se transfieren recursos económicos para los programas.

Los recursos se transfieren por medio de la Tesorería de la Federación, a la Secretaría de Finanzas de las entidades federativas, y a su vez, ésta los transfiere al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en el estado (DIF); el Instituto de Infraestructura Física Educativa (Inife), y las instituciones de educación superior.

En este contexto, de los ocho fondos que componen el Ramo 33, el FAM es el único fondo en donde la ley no especifica una fórmula concreta. Esto da paso a que dependencias federales como la Secretaría de Salud y la Secretaría de Educación Pública, realicen asignaciones presupuestales de igual manera, de una forma discrecional.

Además, después de asignarse los montos de este fondo a cada entidad, los gobiernos estatales distribuyen el FAM a sus municipios (no todos), de manera discrecional desde la oficina del DIF estatal.

En la revisión de la Cuenta Pública de cada año, la Auditoría Superior de la Federación ha detectado graves anomalías en la asignación y ejecución de los recursos. Los artículos 39 a 42 de la LCFI, no especifican ni proponen fórmula o método de cómo distribuir estos recursos a los municipios de cada entidad federativa.

De tal manera que los gobiernos municipales sufren constantes presiones presupuestales debido a los recursos que les corresponden por concepto de participaciones y aportaciones federales no les llega en los tiempos que establece dicha ley o en su defecto, por una constante discreción por parte de los gobiernos estatales para su distribución. Es decir, los recursos les llegan “recortados”.

Este retraso o discreción en su entrega compromete la inversión anual en programas y proyectos locales que generen desarrollo y se encaminen a disminuir la pobreza que existe en muchas regiones del país.

Históricamente, en Acción Nacional hemos estado comprometidos con lograr un federalismo fiscal que se caracterice por ser equitativo y redistributivo para impulsar desde la base de los gobiernos municipales, los mecanismos que generen en el corto y mediano plazo, el desarrollo de las regiones que lo componen.

Por esta razón, preocupados por las lagunas legales que la LCF tiene y que permiten un cúmulo de actos irregulares por parte de las autoridades federales y estatales, consideramos necesario que las dependencias especializadas en el tema federalista, propongan los mecanismos legales más eficientes para poder incorporar en el próximo paquete fiscal, las reformas a la Ley de Coordinación Fiscal que permitan perfeccionar las fórmulas de distribución de las participaciones federales e incorporar por primera vez una fórmula de distribución de los recursos del FAM.

Por lo anteriormente expuesto, tengo a bien someter a la consideración de esta honorable soberanía, la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero.Se exhorta al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que revise de forma integral, la viabilidad de las fórmulas de distribución de las participaciones federales establecidas en la Ley de Coordinación, y que en el Paquete Económico de 2016 envíe al Congreso de la Unión una propuesta de la distribución equitativa de recursos de los 12 fondos que integran el Ramo 28 que se distribuyen a los municipios del país.

Segundo.Se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que en el Paquete Económico de 2016 envíe al Congreso de la Unión una propuesta que reforme el artículo 41 de la Ley de Coordinación Fiscal, a fin de integrar una fórmula de distribución del Fondo de Aportaciones Múltiples.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de marzo de 2015.— Diputada María de Lourdes Medina Valdés (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



DIFUNDA EL PORCENTAJE DE AVANCE DEL “INVENTARIO ESTATAL FORESTAL Y DE SUELOS”, DE DICHO ESTADO, A FIN INSTRUMENTAR ACCIONES QUE FORTALEZCAN LA PRESERVACION DE LA SELVA LACANDONA

«Proposición con punto de acuerdo, por el cual se exhorta al gobierno de Chiapas a difundir el porcentaje de avance del inventario estatal forestal y de suelos para instaurar acciones que fortalezcan la preservación de la Selva Lacandona, a cargo del diputado Juan Ignacio Samperio Montaño, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Con el debido respeto ocupo esta tribuna para presentar proposición con punto de acuerdo, con el carácter de urgente resolución, por lo que con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, y 77, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones III y VI, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea las siguientes

Consideraciones

Las selvas altas, bajas y tropicales constituyen, como los bosques, uno de los principales reguladores de la temperatura del planeta tierra, por excelencia son la fuente de captación y generación de agua vertida en el subsuelo y constituyen el hábitat más denso de mamíferos, aves, reptiles e insectos. Todo ello en suma nos da cuenta de la importancia pero sobre todo de la trascendencia que implica su preservación o alteración.

La Selva Lacandona se encuentra en el sureste mexicano, específicamente en Chiapas, y es considerada por su extensión territorial y biodiversidad albergada la segunda mayor del mundo.

Uno de sus principales elementos compositivos es la vegetación y la flora; destacan la coba, el cedro rojo, el bari, el pino y el encino, especies que se han convertido en elementos sumamente atractivos para su explotación. Ello ha originado que en las últimas tres décadas hayan sido devastados de manera clandestina más de 77 mil kilómetros de la Selva Lacandona.

Destacados científicos e investigadores en materia ambiental, como Charles David Keeling, Chico Mendes y Daniel H. Janzen, han encontrado coincidencias al concluir que las consecuencias del cambio climático global se deben en gran medida a las “alteraciones de los principales ecosistemas terrestres”, y recomiendan la adopción inmediata de políticas públicas que permitan por un lado un desarrollo sustentable y por otro que eviten grandes catástrofes como las que han provocado las inundaciones registradas en diversos países, incluido México.

Ante este referente científico, es imperioso adoptar medidas de alto impacto a favor de la humanidad desde el punto de vista de la bioconservación, en el caso de México, se debe partir del estado de conservación de la Selva Lacandona, por ello resulta necesario y urgente exhortar al titular del Poder Ejecutivo de Chiapas a informar con la mayor brevedad a esta legislatura cuál es el porcentaje de avance del inventario estatal forestal y de suelos, a fin de que en el mediano plazo esta Cámara, en su ámbito de competencia, instaure disposiciones para fortalecer la preservación de la Selva Lacandona.

Por las consideraciones vertidas y en congruencia con el compromiso adquirido con los mexicanos, pongo a su consideración, con el carácter de urgente resolución, la presente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al titular del Poder Ejecutivo de Chiapas a hacer público con la mayor brevedad cuál es el porcentaje de avance del inventario estatal forestal y de suelos, a fin de que en el mediano plazo esta Cámara, en su ámbito de competencia, instaure disposiciones para fortalecer la preservación de la Selva Lacandona.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de marzo de 2015.— Diputado Juan Ignacio Samperio Montaño (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.



LLEVEN A EFECTO UNA EVALUACION DE LOS AGENTES DEL MINISTERIO PUBLICO

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la PGR y a los procuradores de justicia locales y del DF a evaluar a los agentes del Ministerio Público, a cargo de la diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal, del Grupo Parlamentario del PT

La suscrita, Magdalena Núñez Monreal, secretaria de la Mesa Directiva e integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo que tiene como objetivo exhortar a la Procuraduría General de la República y a las de las entidades federativas y del Distrito Federal a evaluar a los agentes del Ministerio Público, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Recientemente, el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo tuvo conocimiento del despojo de un inmueble en Tultitlán, México, a un matrimonio integrado por adultos mayores, quienes por razones de salud tuvieron que dejar de habitar una corta temporada su vivienda. Al regresar a ella, cuál sería su sorpresa: ésta era habitada por desconocidos.

Los hechos fueron denunciados de inmediato ante el Ministerio Público, y después de varios meses la indagatoria no se integra, los afectados no tienen posesión de su propiedad y los invasores gozan y disfrutan de una casa que no les pertenece. El Ministerio Público no actúa.

Este suceso es sólo un ejemplo de lo que los ciudadanos vivimos a diario el desinterés de los agentes del Ministerio Público por atendernos y cumplir sus responsabilidades en los ámbitos federal y local.

Lamentablemente, el sistema de procuración de justicia sigue sustentado en la actuación del Ministerio Público. Los ciudadanos no podemos, como en otras materias del derecho, acudir de modo directo ante un juez para iniciar una demanda: dependemos del Ministerio Público para que los hechos delictivos sean perseguidos de manera oficiosa o por querella de la parte ofendida.

El nuevo sistema de justicia penal, de la misma manera, descansa en la acción del Ministerio Público, figura en la cual la sociedad no tiene confianza porque ha dejado de ser el representante social de los agraviados. El Ministerio Público es hoy un funcionario identificado con la corrupción, y su actuación deja mucho que desear.

Lamentablemente, no hay interés del Estado en modificar el artículo 21 constitucional para que la investigación de los delitos deje de corresponder al Ministerio Público, cuyas pesquisas se han prestado incluso a la farsa y a la simulación, lo cual impide abatir de manera efectiva la delincuencia, y el segundo párrafo del imperativo constitucional referido consigna que el ejercicio de la acción penal ante los tribunales corresponde al Ministerio Público.

Si el Ministerio Público en verdad hiciera su trabajo de manera oportuna y profesional, la delincuencia que padecemos los mexicanos habría disminuido, ya que la realidad desmiente el discurso oficial.

Por ello, esta legisladora considera que los titulares del Ministerio Público, al frente de la Procuraduría General de la República y de las procuradurías en las entidades federativas y del Distrito Federal deben llevar a cabo una profunda evaluación de los agentes del Ministerio Público en cuanto a conocimientos y de desempeño, procurando conservar a quienes acrediten no sólo ser aptos para el puesto sino también por la atención que den a las denuncias de los ciudadanos, hartos de su nefasto desempeño.

Por lo expuesto, esta legisladora solicita el aval del pleno para aprobar el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Procuraduría General de la República y a las de las entidades federativas y del Distrito Federal a llevar a efecto una evaluación de los agentes del Ministerio Público.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de marzo de 2015.— Diputada Magdalena Núñez Monreal (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



PRESERVEN Y GARANTICE EN ESA ENTIDAD EL ACCESO Y GOCE IRRESTRICTO DEL DERECHO HUMANO A LA EDUCACION, Y A LOS DOCENTES DE LA SECCION 59 DEL SNTE LA PROTECCION DE SUS DERECHOS LABORALES Y SOCIALES

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador de Oaxaca y a las autoridades federales competentes a garantizar en la entidad el acceso y goce irrestricto del derecho humano a la educación; y a los docentes de la sección 59 del SNTE, la protección de sus derechos laborales y sociales, a cargo de la diputada Dora María Guadalupe Talamante Lemas, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

La suscrita, Dora María Guadalupe Talamante Lemas, diputada federal del Grupo Parlamentario Nueva Alianza en la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3, fracción XVIII; 6o., fracción I; 62, numerales 2 y 3, y artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo con base en las siguientes

Consideraciones

El artículo 1o. de nuestra Constitución federal establece que en territorio nacional, todas las personas gozan de los derechos humanos reconocidos por la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte.

Asimismo, al firmar y ratificar la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, nuestro país se comprometió no sólo a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella, sino también a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción(artículo 1).

Entre los derechos reconocidos por la citada Convención se encuentra el de la libertad de Asociación; conforme a la cual, toda persona tiene derecho a asociarse libremente con fines laborales o de cualquier otra índole (artículo16).

México también es Estado Parte en el Protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales Protocolo de San Salvador, que reconoce:

• El derecho al trabajo, a partir del cual toda persona tiene derecho al trabajo, incluyendo la oportunidad de obtener los medios para llevar una vida digna y decorosa a través del desempeño de una actividad lícita libremente escogida o aceptada (artículo 6).

• El derecho de los trabajadores a organizar sindicatos y a afiliarse al de su elección para la protección y promoción de sus intereses. Al adherirse a este instrumento internacional, México se obligó a permitir que los sindicatos funciones libremente y a garantizar que nadie sea obligado a pertenecer a un sindicato en específico (artículo 8).

• El derecho a la educación y establece que todos los niños deberán recibir educación gratuita y obligatoria, al menos en su fase elemental y a continuar su formación en niveles más elevados del sistema educativo (artículos 13 y 16).

El protocolo indica que si el ejercicio de tales derechos no estuviera ya garantizado, los Estados Partes están obligados a adoptar, con arreglo a sus procedimientos constitucionales, las medidas legislativas o de otro carácter que fueren necesarias para hacer efectivos tales derechos (artículo 2 de la Convención y artículo 2 del Protocolo).

La libertad sindical y la protección del derecho de sindicación están también previstos en el Convenio Número 87 de la OIT, que establece que:

• Los trabajadores y los empleadores sin ninguna distinción y sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a las mismas con la sola condición de observar sus estatutos (artículo 2).

• Por “organización” debe entenderse a toda organización de trabajadores o de empleadores que tenga por objeto fomentar y defender los intereses de los trabajadores o de los empleadores (artículo 10).

• * Al ejercer sus derechos los trabajadores, los empleadores y sus organizaciones respectivas están obligados a respetar la legalidad(artículo 8).

Las autoridades públicas deberán abstenerse de toda intervención que tienda a limitar este derecho o a entorpecer su ejercicio legal (artículo 3.2).

A ese respecto, el Comité de Libertad Sindical de la OIT ha señalado que la libertad sindical sólo puede ejercerse en una situación en que se respeten y garanticen plenamente los derechos humanos fundamentales, en particular los relativos a la vida y a la seguridad de la personas.

Por su parte, la Corte Europea de Derechos Humanos ha señalado que el ejercicio efectivo de la libertad de asociación no puede ser reducido a una mera obligación por parte del Estado de no interferir: un concepto solamente negativo no sería compatible con el objeto y propósito del artículo 11 del Convenio Europeo, el cual, en algunas ocasiones requiere la adopción de medidas positivas, aún en la esfera de relaciones entre particulares, si el caso así lo amerita.

En el caso Huilca Tecse Vs Perú 2005, la Corte Interamericana de Derechos Humanos consideró que el contenido de la libertad sindical, una forma de la libertad de asociación, implica la potestad de elección respecto de cómo ejercerla. En este sentido, afirmó que:

 “un individuo no goza del pleno ejercicio del derecho a la libertad de asociación, si en realidad esta potestad es inexistente o se reduce de tal forma que no pueda ponerla en práctica”,

...

“El Estado debe garantizar que las personas puedan ejercer libremente su libertad sindical sin temor de que serán sujetos a violencia alguna, de lo contrario, se podría disminuir la capacidad de las agrupaciones de organizarse para la protección de sus intereses”.

Lo anterior permite observar que la problemática sindical que se vive actualmente en el estado de Oaxaca, ha generado la reiterada y consuetudinaria violación de diversos derechos humanos ampliamente reconocidos por la Comunidad Internacional y ni la intervención de las autoridades locales y las federales han podido solucionar de manera efectiva los conflictos que existen entre dos agrupaciones gremiales del magisterio, al punto de que diversos delitos se han cometido con motivo de los mismos; aunado a ello, los estudiantes han visto coartado su derecho a la educación.

Una sucinta recopilación de hechos y omisiones dan cuenta de lo anterior:

En el año 2006, Oaxaca vivió una de las crisis políticas más importantes de su historia, cuyo factor catalizador fueron las acciones de desalojo que sufrieron los maestros por parte de diversas fuerzas policiales del estado y la federación 14 de junio de ese año en el centro histórico de la ciudad de Oaxaca.

Este hecho desencadenaría una amplia movilización de amplios sectores de la población oaxaqueña exigiendo la salida del gobernador Ulises Ruiz Ortiz, a quien se consideró el principal responsable de la represión.

En el 2006, la Sección 22, conformada en su mayoría por integrantes de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación, agrupación disidente del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) y hasta entonces, la única agrupación gremial del magisterio en el estado, presentó el 1° de mayo su pliego petitorio anual, esta vez conteniendo 17 puntos generales y otros relativos a cada uno de los niveles y modalidades educativas.

Otras peticiones fueron: plazas, horas para secundaria, préstamos, vivienda para maestros, becas, uniformes, zapatos y materiales para alumnos de escasos recursos.

Desde el principio de las negociaciones, el entonces secretario de Gobierno, Jorge Franco, fue vetado por el magisterio al ser acusado de promover una disidencia dentro de la Sección 22, autodenominada Consejo Central de Lucha, encabezada entonces, por dos ex secretarios generales de la Sección 22: Humberto Alcalá Betanzos y Alejandro Leal Díaz, quienes a fines del 2005 exigieron incluso la salida de Enrique Rueda Pacheco, líder de la Sección 22 en ese año.

Lo anterior provocó la división interna de la Sección 22, cuando ésta discutía su plan de acción que consideraba, entre otras medidas, la realización de un plantón masivo en el centro de la ciudad capital y un paro estatal de labores, el cual duró seis meses, mermando los días de clase lectivos y dejando sin clases a millones de niños y adolescentes que cursaban la educación básica en la entidad.

Esta división generó la renuncia de la Secretaria de Finanzas del Comité Ejecutivo seccional, Rapp Soto, quien después se uniría a la disidencia del Consejo Central de Lucha, base de la actual Sección 59.

Por otra parte, el Consejo Central de Lucha, grupo magisterial representado en la Sección 22, se opuso al paro de labores iniciado el 22 de mayo de 2006, señalando además de acciones de hostigamiento, persecuciones y expulsiones de maestros disidentes o inconformes por las acciones promovidas por la Sección 22.

Rapp Soto, quien a principios de 2006 se desempeñó como Secretaria de Finanzas de la Sección 22, encabezó la primera presidencia de la sección 59, integrando en ese entonces a más de 15 mil maestros en el estado de Oaxaca, con presencia en regiones de la Mixteca, la Costa, Tuxtepec y el Istmo de Tehuantepec.

De este modo, estas dos estructuras magisteriales, la Sección 22 y la Sección 59, comenzaron la disputa por dar “atención” a más de 1.3 millones de alumnos de educación básica y 14 mil escuelas de ese nivel educativo.

Desde el comienzo de su participación gremial, la Sección 59 ha sido objeto de diversos agravios, la mayoría de los cuales, no han sido sancionados por las autoridades educativas y ministeriales del estado.

El pasado 23 de agosto de 2007, la prensa de la capital oaxaqueña reportó el secuestro de las maestras de la Sección 59, Natalia González Quintero, Yoselina Rodríguez Santiago, María del Pilar Cervantes Santiago, Gloria Bravo Soriano y Darney Medina Quiroz, así como de la niña Adriana Osorio Santiago, de 10 años de edad, y del niño Roberto Carlos Herrera González, de nueve años, hijos de dos de ellas.

Las profesoras de la Sección 59 fueron “secuestradas” por la autoridad de San Juan Bautista Coixtlahuaca, municipio de la región Mixteca, ubicada a unos 169 kilómetros de la capital, con apoyo de miembros de la Sección 22, con el fin de “obligarlas a dejar de laborar en el jardín de niños de esa población”, según se puede apreciar notas aparecidas en la prensa local.

Señalan los diarios que las profesoras y los dos menores de edad fueron retenidos el 22 de agosto desde las ocho de la mañana, hasta las cero horas del día 23, “al ser “canjeadas” por dos miembros de la Comisión Ejecutiva de la Sección 59, Jaime Ismael Ramírez Santiago y Tomás Cortes García”, quienes escaparon a las 5 de la mañana del día 23 de agosto.

Ante estos hechos, la dirigencia sindical de la Sección 59 del SNTE dijo que recurriría al Departamento Jurídico del Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO), “porque se están violando los derechos laborales de sus afiliadas, en beneficio de personal de la Sección 22”.

Desde entonces, el clima de hostigamiento, allanamientos, toma de oficinas y planteles, violencia, secuestros y diversas vejaciones caracterizan la vida escolar en ese estado.

Entre los meses de mayo y junio de 2011, los profesores agrupados en la Sección 22 pararon labores en todo el estado durante dos semanas consecutivas, durante las cuales acamparon en el centro histórico de la ciudad de Oaxaca, además de bloquear comercios, bancos, oficinas gubernamentales, calles y carreteras.

En consecuencia, más de 1.3 millones de niñas y niños se quedaron sin clases en esa entidad.

En ese entonces, los docentes paristas de la Sección 22 desistieron de sus protestas, tras acordar con los gobiernos de Oaxaca y federal la entrega de mil 616 millones de pesos en diversos rubros.

Sin embargo, en al menos cuatro municipios de Oaxaca, padres de familia, habitantes y autoridades municipales impidieron el ingreso de los maestros de la Sección 22 a sus escuelas, como castigo por el paro de labores que realizaron durante dos semanas.

Este tipo de apoyos por parte de los padres de familia, deseosos de que sus hijos reciban educación pública, ha generado una más de las vertientes en conflicto, pues ya no sólo se han registrado choques entre maestros, sino también con padres de familia que se oponen a los paros de los maestros, promovidos por la Sección 22 como arma de lucha.

Así lo demuestran las diversas notas nacionales y locales que dan cuenta de los enfrentamientosen diciembre de 2013 entre padres de familia e integrantes de la Sección 22 por la recuperación de planteles educativos en manos de los primeros, quienes exigen la impartición de clases durante el ciclo escolar y que hacen uso de maestros de la Sección 59 para esos fines o contratan a estudiantes de bachillerato o profesional para los mismos propósitos.

En tal enfrentamiento, realizado el 18 de diciembre de 2013, resultaron 10 padres de familia lesionados, situación que incluso derivó en el inicio de investigaciones por parte de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

Por otro lado, en noviembre de 2013, se realizó uno más de los allanamientos a las instalaciones de la Sección 59 por parte de integrantes de la Sección 22, hechos que incluso fueron reconocidos y avalados por la dirigencia sindical de esa sección, ante las denuncias de la dirigencia de la Sección 59 y de su solicitud de intervención por parte de las autoridades educativas federales.

En respuesta a este reclamo, en diciembre de 2013, el Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO), controlado por la Sección 22, emitió un acuerdo en el que notifica la realización de sanciones a maestros que sustituyen a los miembros de la Sección 22 en escuelas de educación básica en la entidad.

El documento, publicado en el Periódico Oficial del Estado, estaba dirigido a los profesores que laboran en escuelas diferentes a su adscripción y a los profesionistas o bachilleres contratados por los padres de familia que no tienen nombramiento oficial.

En dicho acuerdo se notifica de un lapso de 30 días hábiles a los involucrados para que dejen de prestar el servicio educativo y se señala que “en caso de incumplimiento u omisión a lo señalado con anterioridad, se iniciarán ante las instancias competentes, los procedimientos administrativos y/o penales a que haya lugar, de conformidad con la normatividad aplicable”, expone.

Para el caso de los profesionistas o bachilleres, el Gobierno oaxaqueño los amagó con sanciones penales si continúan laborando de la siguiente manera: “Con la presunción fundada de la existencia en los centros de trabajo o módulos irregulares, de personas que no tienen relación laboral con el Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca y que realizan tareas educativas enmarcadas en las funciones conferidas al propio Instituto, serán acreedores de las sanciones civiles, administrativas, penales y demás que correspondan”.

Luego de que les fuera cancelado el pago de la primera quincena de febrero, sin justificación alguna, los integrantes de la Sección 59 fueron notificados que no recibirán el recurso.

Lo anterior ha provocado que incluso el acceso al derecho humano a la salud de las y los docentes de la Sección 59 en ese estado sea violentado, pues la protección social de la que gozaban al ejercer con responsabilidad su profesión a miles de infantes de la entidad se ha conculcado. Al no recibir su pago correspondiente, las y los docentes de la Sección 59 dejaron de recibir atención médica, muchos de ellos con enfermedades crónico degenerativas que con han tenido que suspender su tratamiento, lo que deteriora su estado de salud.

La decisión política del Ejecutivo local de suspender el pago correspondiente a los docentes de la Sección 59, en aras de favorecer a los intereses de la Sección 22 no sólo es una muestra de debilidad institucional sino de evidente irresponsabilidad y falta de compromiso con quienes han optado por trabajar en favor de la niñez oaxaqueña. Esta decisión no debe ni puede quedar como un hecho aislado y responsabilizamos al gobernador Gabino Cué de cualquier acontecimiento lamentable derivado de la falta de atención médica a las maestras y maestros de la Sección 59.

En función de lo anterior, como Grupo Parlamentario, Nueva Alianza exige el ejercicio legítimo del derecho a la libertad de asociación en materia sindical en el estado de Oaxaca, pues no se puede permitir ningún tipo de represalias por parte de la autoridad o de otros grupos, ya que con ello se disminuye la libertad de un grupo determinado de ejercer ese derecho.

Al permitirlo, el gobierno mexicano incumple con la obligación de respetar y hacer respetar y garantizar los derechos reconocidos por la Convención Interamericana de Derechos Humanos a favor de sus habitantes prevista en los artículos 1.1 y 2 de la Convención, que en concreto, indica que el Estado debe garantizar que las personas puedan ejercer libremente su libertad sindical sin temor de que serán sujetos a violencia alguna.

En el preámbulo de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) se considera al principio de la libertad de asociación sindical como uno de los medios susceptibles de mejorar las condiciones de trabajo y de garantizar la paz.

Sin embargo, el ideal del ser humano libre, exento del temor y de la miseria,sólo puede llevarse a cabo si se crean condiciones que permitan a cada persona gozar de sus derechos económicos, sociales y culturales, dentro de los cuales se encuentran el derecho al trabajo y  a la libre sindicalización, tanto como de sus derechos civiles y políticos.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto respetuosamente a la consideración de esta honorable Asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único.La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al titular del Ejecutivo del estado de Oaxaca, licenciado Gabino Cué Monteagudo y las autoridades federales competentes para que preserven y garanticen a la infancia y adolescencia en la entidad el acceso y goce irrestricto del derecho humano a la educación, así como garantice a las y los docentes de la sección 59 del SNTE la protección de sus derechos laborales, entre los que se encuentran el pago oportuno de sus salarios y la protección social que deriva del ejercicio responsable de su profesión.

Notas:

1 Publicada en el DOF del 7 de mayo de 1981.

2 Publicada en el DOF del 1° de septiembre de 1998.

3 Adoptado el 9 de julio de 1948 y ratificado por el Estado Mexicano el 01/04/1950.

4 OIT. Resoluciones del Comité de Libertad Sindical: 233.er Informe, Caso número 1233 (El Salvador), párr. 682; 238.o Informe, Caso Núm.1262 (Guatemala), párr. 280; 239.o informe, casos números 1176, 1195 y 1215 (Guatemala), párr. 225, c); 294.o Informe, Caso Núm. 1761 (Colombia), párr. 726; 259.o Informe, Casos Núm. 1429, 1434, 1436, 1457 y 1465 (Colombia), párr. 660; véase también Comité de Derechos Humanos O.N.U., Caso López Burgo. Comunicación 52/1979: Uruguay. 29/07/81. CCPR/C/13/D/52/1979. (Jurisprudence); y CIDH. Caso 4425 (Guatemala), Resolución No. 38/81 de 25 de junio de 1981, puntos resolutivos 1 y 2.

5 El artículo 11 del Convenio Europeo de Derechos Humanos establece que: “Toda persona tiene derecho a....la libertad de asociación, incluido el derecho a fundar, con otras, sindicatos y de afiliarse a los mismos para la defensa de sus intereses.”  “El ejercicio de estos derechos no podrá ser objeto de otras restricciones, que aquellas que, previstas por la ley, constituyan medidas necesarias, en una sociedad democrática, para la seguridad nacional, la seguridad pública, la defensa del orden y la prevención del delito, la protección de la salud o de la mora, o la protección de los derechos y libertades ajenos. El presente artículo no prohíbe que se impongan restricciones legítimas al ejercicio de estos derechos por los miembros de las fuerzas armadas, de la policía o de la administración del estado.”

6 Eur. Court H.R. Plattform “Ärzte für das Leben” v Austria, Judgment of 21 June 1988, Series A no. 139, par. 32; y cfr. Eur. Court H.R. Gustafssonv Sweden, Judgment of 25 April 1996, Reports 1996-II, par. 45.

7 http://www.bjdh.org.mx/interamericano/doc?doc=casos_sentencias/ CasoHuilcaTecseVsPeru_FondoReparacionesCostas.htm

8 Ibídem

9 Lo anterior conforme a la Declaración Universal de los Derechos Humanos y a la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de marzo de 2015.— Diputada Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.



GARANTIZAR LOS DERECHOS LABORALES, EN LOS CASOS DE TERMINO DE CONTRATOS Y/O FIRMA DE RENUNCIA ANTICIPADA

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Profedet a implantar acciones para garantizar los derechos laborales en los casos de término de contrato o firma de renuncia anticipada, a cargo del diputado Víctor Hugo Velasco Orozco, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, diputado federal Víctor Hugo Velasco Orozco, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 1, fracción II, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo, al tenor de lo siguiente

Exposición de Motivos

Derivado de las conclusiones de las reuniones de los ministros de trabajo de los países que integran el G20, entre ellos nuestro país, en el que se refiere a la urgente necesidad de ofrecer a la población empleos de calidad, lo cual implica impulsar reformas estructurales en total apego a los principios y derechos laborales fundamentales, la legislación mexicana en la materia fue reformada.

A propuesta del Ejecutivo federal y con el trabajo de esta soberanía, el 30 de noviembre de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación una reforma integral al marco jurídico laboral, cuyo objetivo fue incorporar una serie de premisas y elementos que debe imperar en cualquier relación laboral como son el respeto a la dignidad humana del trabajador; la no discriminación por razón de género, preferencia sexual, discapacidad, raza o religión; el acceso a la seguridad social; el salario remunerador, etcétera.

Asimismo, se incluyó en nuestra legislación nuevas modalidades de contratación, períodos de prueba, los contratos de capacitación inicial y para el trabajo de temporada, con el propósito de atender las circunstancias que privan en el mercado de trabajo.

Desde luego, para evitar posibles abusos con el uso de estas nuevas figuras, se ha previsto que los contratos se celebren por escrito; que los periodos de prueba y los contratos de capacitación inicial sean improrrogables y, que no puedan aplicarse dentro de una misma empresa o establecimiento al mismo trabajador, simultánea o sucesivamente, ni en más de una ocasión. De esta manera los trabajadores que presten sus servicios bajo estas modalidades, tendrán los mismos derechos y obligaciones como cualquier trabajador, en proporción al tiempo trabajado.

Por otro lado, se incluyó una nueva causal de rescisión de la relación de trabajo sin responsabilidad para el trabajador, consistente en que el patrón le exija la realización de actos, conductas o comportamientos que menoscaben o atenten contra su dignidad.

Es este preámbulo el que permite identificar la voluntad del Ejecutivo federal y el Poder Legislativo para actualizar la legislación y proveer a los trabajadores de mejores reglas en sus relaciones laborales

Sin embargo, este documento busca retomar las quejas sobre una práctica común en las realidades laborales donde la oferta del trabajo es mucho menor que la demanda de éste, lo que obliga a los trabajadores a aceptar condiciones laborales totalmente alejadas del derecho y del proyecto nacional; condicionando su empleo a firmar su renuncia anticipada, para poder ser utilizadas como defensa patronal ante los tribunales en la materia en caso de despido.

Estas conductas no son nuevas y por el contrario se han ido incrementado derivado de la falta de precisión en la legislación vigente; así como la dilación de acciones de las instituciones encargadas de proteger los derechos de los trabajadores frente a diversos empleadores o patrones que aprovechan la necesidad de los postulantes.

Instituciones como las Juntas de Conciliación y Arbitraje, así como las Procuradurías en Defensa del Trabajo no logran mitigar e impedir esta práctica lacerante, pues la vigilancia y sanción a través de la legislación vigente, queda rebasada, en virtud de no estar contenida en el marco normativo.

Pese a no existir un documento oficial que muestre la curva ascendente de estas prácticas, el hecho no es artificial, puesto que el Quinto Tribunal Colegiado en materia de Trabajo de Primer Distrito, emitió una Tesis Aislada, en la materia, haciendo referencia a la práctica en 2001. Sin embargo, dicha tesis carga la prueba al trabajador. Estableciendo:

Renuncia. Tiene eficacia probatoria plena si el trabajador afirma que estampó su firma en una hoja de papel en blanco al inicio de la relación laboral, y no lo prueba.

Lo que significa que “si el trabajador aduce que el patrón, al inicio de la relación de trabajo, lo obligó a estampar su firma en una hoja en blanco, con la finalidad de llevar a cabo diversos trámites ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, y dicho patrón, haciendo uso indebido de ese documento, le confeccionó la renuncia voluntaria a su empleo, razón por la que reclamó la nulidad de cualquier elemento que implicara la pérdida o disminución de sus derechos, ese extremo le corresponde demostrarlo, por lo que si no lo hace es indudable que aquella renuncia tiene plena eficacia probatoria”.

Lo anterior, muestra un razonamiento formalista, soslayando los fines del Estado y su gobierno para proteger a sus ciudadanos (trabajadores), frente ciertos actores que además de burlar el estado de derecho, vulneran los derechos de los trabajadores adquiridos a lo largo de nuestra consolidación democrática.

Si lo anterior no fuera suficiente, otra tesis del Segundo Tribunal Colegiado del Octavo Circuito en 1995, emitió la siguiente Tesis Aislada:

Renuncia del trabajador bajo coacción. No se acredita por el solo hecho de haber sido redactada en forma de machote.

Dicha tesis establece que “...si el quejoso trabajador no objetó el contenido del escrito de renuncia y reconoce la firma que lo suscribe, como suya, argumentando que la estampó bajo coacción, le corresponde probar esto último porque su contraparte lo negó, lo que no acredita con el simple hecho de que la renuncia haya sido elaborada en forma de machote, pues fundadamente debe considerarse que el otorgante al suscribir la renuncia estaba debidamente enterado de su contenido y conforme con ello, porque la firma estampada en un escrito constituye una manifestación de voluntad que entraña conformidad con lo que ahí se asienta y además la autentifica; consecuentemente, quien reconoce como suya la que aparece en un documento, implícitamente acepta el texto del mismo, pues sería ilógico que se expresara que la firma es propia pero el contenido es ajeno”.

Esto representa un grave daño a los derechos de los trabajadores, dejándolos en un estado de indefensión, eliminando el principio pro hominedel cual nuestro país ha adoptado desde el año 2011.

En este sentido, el que suscribe considera que pese a las prácticas mencionadas y las interpretaciones de otros poderes sobre las situaciones señaladas; el fin de los representantes populares es privilegiar los derechos de los trabajadores sobre los intereses de los particulares.

Asimismo, la intención es proveer de acciones inmediatas que permita contrarrestar las prácticas vejatorias que laceran a los ciudadanos y su trabajo;  entendido éste,  como una entidad socialmente útil.

Para ello, evocamos una de las atribuciones conferidas a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, contenidas en su Reglamento, particularmente en su artículo 23, para prevenir o resolver conflictos laborales que a la postre significan a las autoridades o instituciones gastos onerosos y abuso en contra del trabajador.

En este mismo orden de ideas y citando el mismo marco normativo de la Profedet, en su artículo 7, fracción VI, es que se le solicita aplicar estrategias de comunicación institucional para, por un lado, inhibir dichas prácticas ilegitimas de los patrones y, por otro, fomentar la denuncia de las mismas, a través de los trabajadores.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente:

Puntos de Acuerdo

Primero.Se exhorta a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo implemente las acciones pertinentes para promover entre los patrones y trabajadores que todo convenio o liquidación, producto de la terminación de la relación laboral se valide y ratifique ante la autoridad competente.

Segundo.Se exhorta a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo diseñe estrategias de comunicación y sensibilización y promoción, para que los postulantes de empleo denuncien prácticas violatorias de sus derechos, como la firma de renuncia anticipada.

Notas:

1 http://www.ordenjuridico.gob.mx/Publicaciones/CDs2007/CDLaboral/pdf/3965.pdf. 04/03/2015

2 http://www.ordenjuridico.gob.mx/Publicaciones/CDs2007/CDLaboral/pdf/3937.pdf 04/03/2015

3 http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5366175&fecha=29/10/ 2014 10-02-2015

4 http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5366175&fecha=29/10/ 2014. 10-02-2015

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de marzo de 2015.— Diputado Víctor Hugo Velasco Orozco (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.



CELEBRAR UN PROGRAMA DE COORDINACION PERMANENTE DE VISITAS GUIADAS QUE INVOLUCRE A LA COMUNIDAD ESTUDIANTIL Y AL TURISMO NACIONAL E INTERNACIONAL

«Proposición con punto de acuerdo, por el cual esta soberanía invita a las autoridades educativas y de turismo a celebrar un programa de coordinación permanente de visitas guiadas que involucre a la comunidad estudiantil y el turismo nacional e internacional, a cargo de la diputada Patricia Lugo Barriga, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada Patricia Lugo Barriga, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad otorgada por los artículos 3o., fracción XVIII, 6o., numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que esta honorable Cámara de Diputados invita a las autoridades educativas y de turismo a celebrar un programa de coordinación permanente de visitas guiadas que involucre a la comunidad estudiantil y al turismo nacional e internacional a fin de conocer las labores que realiza este órgano legislativo, con base en los siguientes

Antecedentes

1. La cultura cívica cuenta con diversas definiciones, sin embargo todas coinciden en que para englobarla dentro de un concepto es indispensable conocer primero el significado de la palabra “cívica”, que de acuerdo con la Real Academia Española de la Lengua se refiere a lo “perteneciente a la ciudad o a los ciudadanos”, y ciudadano lo define como “habitante de las ciudades antiguas o de Estados modernos como sujeto de derechos políticos y que interviene, ejercitándolos, en el gobierno del país”.

En ese sentido, un concepto más completo del significado de “ciudadano”, se refiere como aquel miembro de la sociedad que ha llegado al grado de madurez social suficiente como para actuar de acuerdo a las normas vigentes, consiente y responsablemente dentro de la sociedad. “De este modo, se convierte en un adjetivo que caracteriza a las personas que cumplen con una serie de pautas, orientadas hacia una buena convivencia social en el seno de una comunidad”. Entonces la cultura cívica se puede definir como un conjunto de valores, actitudes y habilidades que favorecen la convivencia entre ciudadanos y los lleva a involucrarse de manera activa y responsable en la construcción y mantenimiento del bienestar colectivo.

Por lo anterior, la cultura cívica tiene como objetivo formar sujetos participativos en la democratización de los espacios públicos y privados; que construyan con otros un orden social justo y respetuoso de los derechos humanos; que den vida y mejoran las instituciones y procedimientos democráticos; y principalmente que contribuyan a lograr el buen funcionamiento de la sociedad y una vida digna para todos.

No obstante, si la palabra cívica se relaciona con aquel miembro de la sociedad que ha llegado al grado de madurez social, es importante señalar que esta madurez en gran parte se alcanza a través de educación cívica, que a grandes rasgos es el “tipo de educación que se centra en el estudio y comprensión de lo que se considera socialmente aceptado; todas esas pautas que contribuyen a la convivencia social y que tienen que ver con el respeto de los diferentes derechos humanos así como también con el cumplimiento de las obligaciones que cada ciudadano tiene”.

2. La educación cívica es la disciplina que estudia las relaciones sociales que los hombres establecen entre ellos y con el Estado, que se manifiesta en sus diversas formas de organización social y política. Sus contenidos están relacionados con los deberes y derechos de las personas. Busca fortalecer los espacios de convivencia social entre las personas, a través de diversos valores como la solidaridad, la cooperación, la veracidad, la sinceridad, la autenticidad, la responsabilidad, el bien común, la justicia, la lealtad, la tolerancia, entre otros. Asimismo, a través de su conocimiento se adquiere la capacidad de interpretar información política y desarrollar un análisis crítico de la democracia y del papel que juegan los ciudadanos.

En la antigüedad, “la educación cívica, debía formar a los futuros gobernantes esclavistas e inculcarles el respeto a la propiedad privada y al derecho esclavista, el amor al Estado, a las instituciones y a sus dioses... Podría decirse que el objeto de la educación cívica es la condición y el comportamiento del individuo en la sociedad con patriotismo y cortesía; condición que está íntimamente relacionada con el Estado, la familia, las relaciones, el derecho, el conjunto de valores mínimos, para el mantenimiento de unos principios básicos de convivencia; siendo el Estado el organismo o ente que organiza legalmente aquellas relaciones y conductas, las impone y sostiene, contribuyendo de esta manera a generar condiciones que viabilicen procesos de democracia. La educación cívica, en la actualidad, se ha relacionado con los derechos humanos, la globalización y la democracia”.

Los temas que incluye primordialmente la educación cívica son:

– Instrucción en valores creados por la humanidad como producto de su historia: respeto y aprecio por la dignidad humana, justicia, tolerancia y honestidad. Este contenido se experimenta en las formas de convivencia y en el cumplimiento de los acuerdos entre individuos libres, de ahí que requiere un tratamiento vivencial.

– Conocimiento y comprensión de los derechos y deberes: normas que regulan la vida social, los derechos y obligaciones de las personas desde el reconocimiento de la dualidad derecho- deber como la base de las relaciones sociales y de la permanencia de la sociedad.

– Conocimiento de las instituciones y de la organización de la sociedad: dirigido a integrantes de la sociedad que promuevan el conocimiento de aspectos teórico-conceptuales sobre la relación gobierno-sociedad civil y fortalezcan las capacidades organizativas y operativas para el desarrollo de las actividades de liderazgo y votación.

– Fortalecimiento de la identidad nacional: reconocimiento de los símbolos patrios y de una comunidad nacional caracterizada por la pluralidad, diversidad cultural y social, pero que al mismo tiempo comparte rasgos y valores comunes que la definen. Contenidos que han sido orientados desde dos funciones:

• Función informativa: transmitir las normas jurídicas, los comportamientos sociales, los derechos fundamentales y los deberes, las virtudes cívicas, la moral, las concepciones sobre el derecho, el Estado, la familia, entre otras;

• Función formativa: enseñanza de la Constitución y la moral, la correspondencia con la formación de los futuros ciudadanos, respetuosos del orden establecido y de las normas que lo sustentan.

3.Lacomprensión de la educación cívica por parte de los estudiantes depende del contexto en el que se encuentren, es decir, de las escuelas, la comunidad y el país, pues invariablemente está ligada a la cultura y al sistema político y social de cada uno de ellos.

En 2009, la Asociación Internacional para la Evaluación del Logro Educativo (IEA) llevó a cabo el Estudio Internacional de Educación Cívica y Ciudadana (ICCS) en 38 países de todo el mundo, para conocer cómo las naciones preparan a los jóvenes para asumir su rol de ciudadanos. Asimismo, investigó el conocimiento y la comprensión de los estudiantes sobre la cívica y la ciudadanía, así como las actitudes, percepciones y actividades relacionadas con ella.

De las 38 naciones, 21 manifestaron tener una asignatura específica en civismo dentro de su plan de estudios para alumnos de entre 13 y 14 años, asignatura que cubre diversos temas, como el conocimiento y la comprensión de las instituciones y los conceptos políticos, hasta aspectos como la cohesión social y de la comunidad, la diversidad, el ambiente, las comunicaciones y la sociedad global.

El estudio brindó hallazgos interesantes, en lo referente a la credibilidad en las instituciones cívicas, quedando como los menos confiables los partidos políticos. Además, los estudiantes demostraron mayor interés en temas políticos y sociales relacionados con cuestiones internas que frente a asuntos y política internacional.

Asimismo, el estudio señaló la importancia que tienen las actividades cívicas fuera de la escuela, ya que estas acciones extracurriculares no sólo motivan la participación actual de los alumnos, sino despiertan y encaminan la participación futura. Entre otras cosas, un porcentaje considerable manifestó que esperaban participar en los comicios nacionales en su vida adulta derivado de los conocimientos cívicos que fueron adquiriendo en el colegio, este interés surge principalmente en aquellos individuos con alto nivel de conocimiento cívico.

En Latinoamérica países como México, Argentina, Chile, Perú, Panamá, Ecuador, Guatemala, Uruguay, entre otros cuentan con asignaturas obligadas encaminadas a la educación cívica.

4. En México a lo largo de la historia se le ha dado un tratamiento diferente a la educación cívica, derivado de que en cada época hay estrategias y necesidades políticas diferentes para la creación y concepción de ciudadanía.

De acuerdo con información del trabajo elaborado por María del Carmen de la Peza y Sarah Corona, “Educación Cívica en Libros de Texto Mexicanos (1923 a la fecha)”, para el Foro de Educación Cívica y Cultura Política Democrática, llevado a cabo por el extinto Instituto Federal Electoral (IFE), se distinguen los siguientes conceptos de ciudadanía:

– De acuerdo con José Vasconcelos, ser un buen ciudadano significaba se una persona culta, conocedora tanto del arte indígena como del arte universal clásico. Se valoran las actividades intelectuales y la vida contemplativa, por encima de la vida activa, es decir por encima de la política.

– Durante el maximato la concepción del ciudadano ideal se transformó del intelectual culto al hombre honrado y trabajador, en ambas perspectivas permaneció como elemento invariante la concepción étnica y cultural del ser mexicano.

– En los tiempos del desarrollo industrial y la modernización el objetivo principal del Estado era el desarrollo económico y la unidad nacional, por lo que era indispensable impulsar una disciplina del trabajo y una ideología nacionalista capaz de convencer a la población de la necesidad del sacrificio en aras del bien común y de la solidaridad de todos los mexicanos reunidos como hijos en torno de la “madre patria”. En esta etapa también se dio prioridad a la construcción de la “identidad nacional” desde una perspectiva étnica y cultural, por encima de la creación de un sujeto político con conciencia ciudadana y apto para la participación democrática.

– Durante los sexenios de Luis Echeverría y de José López Portillo, nuevamente la retórica oficial adquirió un tinte socialista y se enfatizaron los aspectos sociales del desarrollo interno. Para alcanzar los objetivos sociales propuestos, el gobierno incrementó su participación directa en la economía. La ideología nacionalista y antiimperialista se acentuó nuevamente. Todo ello se vio reflejado en los libros de texto.

– Como respuesta a la crisis económica de los años ochenta, en los tres últimos sexenios presidenciales se produjo un giro de la política populista de los gobiernos anteriores, hacia una política económica neoliberal. La Secretaría de Educación Pública llevó a cabo una nueva reforma educativa, sin embargo, tampoco hubo modificaciones significativas en la concepción de ciudadanía. A pesar de los cambios que se han producido en la política económica y en las concepciones ideológicas del Estado mexicano, hasta la fecha los distintos gobiernos han mantenido la misma concepción étnica y cultural en materia de formación de la ciudadanía.

En conclusión, destacan María del Carmen de la Peza y Sarah Corona en su texto que “el análisis de los libros oficiales de historia y civismo revelan la existencia de una concepción no política de la ciudadanía. El concepto de ciudadanía, desde 1923 hasta la fecha, ha sido identificado con el de mexicanidady/o identidad nacional. Nociones que remiten claramente a características étnicas y culturales intrínsecas de los sujetos más que a sus facultades políticas”.

Considerandos

Primero.Que la educación cívica en el mundo ha sido de suma importancia para la formación de ciudadanía, para transmitir a las nuevas generaciones los valores, el conocimiento y la comprensión de sus derechos y obligaciones como ciudadanos, el conocimiento de las instituciones y de la organización de la sociedad y el fortalecimiento de la identidad nacional.

Cabe mencionar, que dentro de esta educación destaca la formación política de los individuos, pues promueve el conocimiento de aspectos teóricos sobre la relación del gobierno y sociedad civil, lo que forzosamente pasa por la enseñanza de la conformación de los poderes de cada nación, así como de su funcionamiento e importancia dentro de la sociedad. Lo anterior, con la intención de generar ciudadanos íntegros, responsables y con los conocimientos suficientes de cómo funciona su entorno para que en el futuro tengan una participación activa y sobre todo responsable dentro de las acciones cívicas que llevarán a cabo, como lo es ejercer su derecho a votar y ser votados.

En ese sentido, la educación cívica en el mundo ha intentado complementar sus planes de estudio no solo con conocimientos teóricos dentro de las aulas, sino con actividades fuera del colegio que permitan la interacción de los alumnos con el mundo real, tal como las visitas a los diferentes poderes que conforman una nación.

Segundo.Que países como Estados Unidos, Canadá, Argentina, Chile, República Dominicana, Alemania, entre otros, llevan a cabo visitas guiadas a los congresos o parlamentos según sea el caso, y muchas de ellas están dirigidas a grupos de estudiantes. Asimismo, cuentan en sus portales de Internet con un espacio específico para agendar dichas visitas y en algunos casos con ligas dirigidas a educandos de educación básica hasta nivel medio superior.

Tercero.Que de acuerdo con información de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), Canadá y Estados Unidos se encuentran en la primera y cuarta posición de países con mayor porcentaje de personas que poseen educación superior en relación con el total de habitantes del país. En ese sentido, diversos estudios manifiestan que existe una estrecha relación entre el nivel educativo de los países y el grado de cultura cívica de sus habitantes.

Cabe destacar que tanto el Parlamento de Canadá (Parliament of Canada) y la Cámara de Representantes (United States House of Representatives) de Estados Unidos, que en su portal de internet cuentan con un espacio para visitas y dentro del mismo, un link específico para visitas de grupos de estudiantes, con programas dirigidos exclusivamente a ellos.

Asimismo, el portal de Internet de la Cámara de Representantes tienen una liga llamada Kids in the House, dirigida a estudiantes y maestros de educación básica hasta media superior, cuya misión es “proporcionar información educativa y entretenida sobre la rama legislativa del gobierno de los Estados Unidos a los estudiantes de todas las edades. Los temas incluyen el papel de la Cámara de Representantes, el proceso legislativo, y la historia de la Cámara”. Incluso cuentan con planes para maestros con actividades y lecciones que complementan la visita virtual de Kids in the House.

Cuarto. Que en México, la Cámara de Diputados no cuenta con un espacio específico en su portal de internet para conocer el proceso para llevar a cabo visitas guiadas y mucho menos una liga con información dirigida a estudiantes y maestros. En general, en nuestro país, los congresos están alejados de la interacción con la ciudadanía pues no contemplan las visitas de los educandos, éstas se dan a través de la invitación de un legislador cuando deberían ser espacios abiertos a la ciudadanía y principalmente a estudiantes de todos los niveles educativos. Lo anterior responde a la histórica de la educación cívica en México que se ha caracterizado por tener una concepción no política de la ciudadanía.

Quinto. Que el Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública (CESOP) de la Cámara de Diputados elaboró un documento llamado La Cámara de Diputados en la opinión pública en donde destaca que el Congreso de la Unión en México tienen poca confianza y aprobación pública, derivado de cuatro factores, entre los que destaca que la gente no conoce su estructura y funciones, por lo que se le castiga por no cumplir con responsabilidades que en realidad no le competen.

De acuerdo con información de diversas encuestas el documento arroja la siguiente información:

– 53 por ciento de los encuestados no sabe cuántos diputados federales forman la Cámara de Diputados;

– 60 por ciento no sabe cuál es la función de un diputado federal;

– Solo entre el 10 y 24 por ciento identificó la función de legislar como propia de la Cámara de Diputados, la mayoría refiere que su función es “atender las necesidades de la gente” y “representar al pueblo”;

– El 91 por ciento cree que la Cámara de Diputados federal es muy importante para el país y los ciudadanos;

Asimismo, el documento concluye que en México existe un escaso conocimiento sobre la composición y atribuciones de la Cámara de Diputados; aunque los ciudadanos atribuyen alta importancia a la Cámara de Diputados, tienen poco interés en el trabajo de los legisladores.

Por las consideraciones expuestas, propongo al pleno de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. Esta honorables Cámara de Diputados, a través de sus instancias administrativas, implementará un programa permanente de visitas para estudiantes y público en general determinando en sus contenidos la metodología, procedimientos y espacios que podrán ser visitados por las y los mexicanos que deseen hacerlo; para ello habilitará en su sitio web un vínculo en donde se incorporen contenidos de tipo académico, a fin de que estudiantes, académicos y público en general puedan acceder a ellos y utilizarlos como parte de la difusión de la labor de la Cámara.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión hace una respetuosa invitación a la Secretaría de Educación Pública y a la Secretaría de Turismo a fin de llevar a cabo y suscribir los convenios y acuerdos de colaboración que posibiliten la implementación de un programa de tipo permanente denominado “Visita el Congreso”, con la finalidad de dar a conocer ante la comunidad estudiantil, académica, así como el turismo nacional e internacional, la actividad de las y los legisladores, el recinto legislativo y su historia a fin de coadyuvar en la promoción y difusión de una cultura cívica del conocimiento del Congreso Mexicano.

Notas:

1 http://lema.rae.es/drae/?val=civica

2 http://concepto.de/civica/

3 http://es.scribd.com/doc/36240671/Cultura-Civica

4 http://www.definicionabc.com/social/civica.php#ixzz3KgMiMgUQ

5 http://es.wikipedia.org/wiki/Educaci%C3%B3n_c%C3%ADvica

6 Quiroz P., Ruth E. y Jaramillo, Orlanda. Formación ciudadana y educación cívica... Revista de Teoría y Didáctica de las Ciencias Sociales. Mérida-Venezuela. ISSN 1316-9505. Enero-Junio. Nº 14 (2009):123-138

7 Quiroz P., Ruth E. y Jaramillo, Orlanda. Formación ciudadana y educación cívica... Revista de Teoría y Didáctica de las Ciencias Sociales. Mérida-Venezuela. ISSN 1316-9505. Enero-Junio. Nº 14 (2009):123-138

8 http://kids.clerk.house.gov/

Dado en el Palacio Legislativo, a 12 de marzo de dos mil quince.— Diputada Patricia Lugo Barriga (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.



FINQUEN RESPONSABILIDADES PENALES Y ADMINISTRATIVAS AL GOBERNADOR DEL ESTADO DE SONORA, POR POSIBLES ILICITOS COMETIDOS EN ESA ENTIDAD

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita a los titulares de la PGR y la SFP que investiguen y finquen responsabilidades penales y administrativas al gobernador de Sonora por posibles delitos cometidos en la entidad, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del PT

La que suscribe, Lilia Aguilar Gil, diputada del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I; 79, numeral 2, fracción II; y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, punto de acuerdo de urgente u obvia resolución al tenor de las siguientes:

Consideraciones

El 5 de marzo el periódico estadounidense The Wall Street Journal, dio a conocer que el gobierno mexicano está investigando el gobernador del estado de Sonora y a su hermano por supuestamente recibir millones de dólares de un empresario vinculado a diversas empresas que ganaron contratos con el gobierno del estado.

Según el diario, la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) investiga el presunto pago de al menos 3.3 millones de dólares que habría recibido Miguel Padrés del empresario sonorense Mario Aguirre, vinculado a diversas empresas que han ganado contratos por 20 millones de dólares para proveer uniformes a escuelas públicas de la entidad.

Miguel Padrés, asegura el diario, transfirió 8.9 millones de dólares de cuentas de México a cuentas en bancos en Estados Unidos, que abrió en 2012 a nombre de Tenerife CV, una firma de responsabilidad limitada con sede en Holanda, en la que supuestamente es el único beneficiario.

También consigna otra transacción por parte de Padrés en la que habría depositado diversas cantidades hacia otra cuenta de una compañía llamada Dolphinius, CV, también con registro oficial en Holanda.

Miguel Padrés también depositó 522 mil dólares en otra cuenta en Estados Unidos abierta por su hermano en 2011, a nombre de Dolphinius CV, otra sociedad de responsabilidad limitada con sede en Holanda en la que supuestamente él es el único beneficiario.

El dinero involucrado en las transacciones podría tener una derivación ilegal y las operaciones se llevaron a cabo con el objetivo de ocultar su origen y su destino final. No hay una explicación sobre el origen de los presuntos fondos de Miguel Padrés ya sea de sus actividades empresariales o sus declaraciones de impuestos.

No es la primera vez que el gobernador Padrés se ha visto envuelto en una controversia. El año pasado, las autoridades de agua y medioambiente de México encontraron que el gobernador había construido ilegalmente una represa en su rancho en el estado árido de Sonora, lo multaron con unos 5.5 millones de pesos y le ordenaron que destruyera la represa. Pero una fuerte lluvia deshizo la represa antes de que fuera destruida. En una conferencia de prensa la semana pasada, Padrés dijo que pagaría la multa.

Por lo expuesto, se someten a consideración los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Procuraduría General de la República y a la Secretaría de la Función Pública, para que realicen las investigaciones de conformidad con sus atribuciones y finquen las responsabilidades penales y administrativas al gobernador de Sonora, Guillermo Padrés Elías, por beneficiarse de un presunto pago de al menos 3.3 millones de dólares por el empresario Mario Aguirre; asicomo por las operaciones realizadas en el Sistema Financiero Nacional y extranjero con recursos posiblemente ilícitos y lavado de dinero, igualmente por las cuentas bancarias en Estados Unidos a  nombre de Dolphinius CV, con cede en Holanda en la que el  gobernador de Sonora es el único beneficiario.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Congreso del estado de Sonora, a que investigue la presunta existencia de corrupción y, en su caso, el posible incremento ilícito del patrimonio del gobernador de Sonora, Guillermo Padrés Elías.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de marzo de 2015.— Diputada Lilia Aguilar Gil (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.



REFORZAR LA SEGURIDAD EN EL COMERCIO ELECTRONICO, A FIN DE EVITAR EL TRAFICO LIBRE DE ARMAS Y MERCANCIAS ILEGALES EN NUESTRO PAIS

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob a tomar medidas para reforzar la seguridad en el comercio electrónico y evitar el tráfico libre de armas y mercancías ilegales en el país, a cargo del diputado Carlos Humberto Castaños Valenzuela, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado federal Carlos Humberto Castaños Valenzuela, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

• La era de la información, a través de la red de Internet, se manifiesta en escuelas, cafés y cada vez en más hogares. Los usuarios son de distintos rangos de edad, pero es considerable la afluencia de niños y jóvenes, mismos que pueden ser objeto de delitos.

• Ante tal riesgo, el gobierno federal en México desarrollo la primera Unidad de Policía Cibernética, ejerciendo sus atribuciones legales y para garantizar la presencia de la autoridad en la supercarretera de la información. También se incluyen acciones preventivas en materia de delitos cometidos en Internet y usando medios informáticos, ya que cuentan con un área específica en materia de prevención y atención de denuncias de delitos contra menores, como existen en los países desarrollados.

• La red ha sido utilizada por organizaciones criminales de pedófilos que promueven y transmiten pornografía infantil; también, se sabe de las operaciones de bandas internacionales de prostitución, que utilizan sistemas informáticos como medio de promoción y sobre todo de reclutamiento así como la venta ilegal de armas de fuego, explosivos y mercancías ilegales.

• Recientemente  las autoridades de Estados Unidos indicaron que Silk Road, el sitio de internet clandestino que el FBI cerró a inicios de octubre del año pasado, era el mayor destino de drogas y otras mercancías ilegales en línea. Tenía casi un millón de usuarios registrados, y se usó para efectuar transacciones por casi 1,300 millones de dólares (16,900 millones de pesos) durante aproximadamente los últimos dos años, señala el FBI, de ese tamaño es el tráfico de mercancías ilegales por el internet.

• El llamado “internet profundo” consiste en sitios a los que solo se puede acceder por medio de herramientas como Tor, que cuenta con un buscador diseñado para ocultar la identidad del usuario en una serie de conexiones remotas. Muchos sitios usan intencionalmente direcciones web secretas –la de Silk Road era “silkroadfb5piz3r.onion”– que se difunden sigilosamente de boca en boca.

• En internet por medio de las redes sociales se puede adquirir desde boletos para partidos de futbol, hasta animales exóticos, medicamentos controlados y armas de fuego se pueden comprar por medio de grupos y páginas especializadas de comercio eléctronico, que usan esas plataformas para realizar esta modalidad de tráfico ilegal. En estos foros los usuarios comercian objetos tan variados que van desde celulares o dispositivos móviles que prometen empaques originales, pasando por muebles para el hogar (como salas o colchones “en buen estado”), hasta autos y motocicletas y lamentablemente armas y explosivos.

• Por ejemplo, en la red social Facebook, se pueden  encontrar anunciadas pistolas calibre 45 mm, la cual es de uso exclusivo del Ejército en precios que van desde los mil pesos con oportunidad de trato y negociación del precio. Otras armas que se pueden encontrar en el grupo de esta red social son de calibres bajos como 22 mm y 35 mm, que usualmente se utilizan en la práctica de algunos deportes. Los usuarios que las ofertan aceptan dinero, pero especifican que están abiertos a cambios por algún otro artículo que los interesados ofrezcan, sin mayores controles ni investigaciones.

• La Asociación Internacional de Criminología, en conjunto con la empresa Symantec, realizó una encuesta a 5 mil niños de entre ocho y trece años3 . El estudio, titulado Encuesta de la percepción de riesgos en Internet que tienen los niños “, arrojó los siguientes resultados:

• La mayoría de los niños y jóvenes utilizan frecuentemente salas de chat, grupos de noticias y otros servicios interactivos para comunicarse en línea con extraños.

• La actual situación de Internet permite que un niño pueda acceder a páginas con cualquier tipo de temática. Como dato a destacar, 9 de cada 10 niños de edades comprendidas entre los 8 y los 16 años, han visto pornografía en Internet. En la mayoría de los casos, el acceso a este tipo de contenidos se ha producido a través de búsquedas en Internet sobre temas que no tuvieron relación con la búsqueda principal que se estaba realizando.

• Las y los niños mexicanos utilizan medios digitales al menos durante 14 horas a la semana, según la encuesta del portal MeQuedoUno.com. de mayo de 2012. De acuerdo con un sondeo de TNS Research International, efectuado para MeQuedoUno.com, los infantes usan la mensajería instantánea durante tres horas por semana, mientras que el tiempo que dedican a las redes sociales sería de dos horas, además de una hora para consultar su correo electrónico.

• Toda vez que la venta de armas vía internet está prohibida y es considerada un delito federal, más si estamos hablando de armamento de uso exclusivo del Ejército con mayor razón está prohibido; si detienen a alguien con un arma exclusiva del Ejército no alcanza ni fianza. Según el artículo 83 de la Ley de Armas de Fuego y Explosivos, la portación de armas de uso exclusivo del Ejército, Armada o Fuerza Aérea, es delito federal; el cual tiene como sanción hasta 10 años de prisión y 200 días de salario mínimo de multa.

• Es un delito que aplica tanto para la persona que vende el arma como para quien la compra, ya que no se incluyen en la lista de armas que están permitidas para la ciudadanía. Quien esté interesado en comprar sólo debe comentar la publicación de la oferta o enviar un mensaje privado al usuario que haya publicado la venta.

• La única instancia facultada para vender armas de fuego, de cualquier calibre, es la Secretaría de la Defensa Nacional.

• La DCAM es la Dirección General de Comercialización de Armamentos y Municiones y a través de ella también se puede llevar a cabo la compra de armas, ya que trabaja en conjunto con la Sedena.

• En México técnicamente, la Secretaría de Defensa Nacional (Sedena) ofrece, por Internet, venta de armamento y municiones de forma legal y, para tener una hay que cumplir rigurosos requisitos; de no ser así se estaría incurriendo en una ilegalidad.

• La Ley Federal de Armas de fuego y Explosivos, que se encuentra vigente, establece en su artículo 15 que se permite la posesión de armas de fuego en un domicilio para la “seguridad y legítima defensa de sus moradores”, no obstante, se deber manifestar la existencia del arma ante la Secretaría de la Defensa Nacional para su debido registro. La ley indica que estas armas deben ser de bajos calibres y que su registro avala únicamente el derecho de posesión dentro del domicilio, ya que la portación y tránsito de armas está restringida a casos especiales, mismos que deberán ser valorados por la propia Sedena.

• Toda persona que adquiera un arma debe manifestar de forma escrita en un plazo de 30 días: un único domicilio de residencia de su familia, original y copia de una identificación vigente, la marca, calibre y modelo del artefacto. En caso de ser ejidatario, comunero o jornalero, un documento que ampare esta condición.

• Las armas que puede tener de forma legal una persona son pistolas de funcionamiento semi-automático de calibre no superior al .380 (9mm.), excepto pistolas calibres .38 Súper y .38 Comando. Revólveres con calibres no superiores al .38 Especial, a excepción del calibre .357 Magnum. Los ejidatarios, comuneros y jornaleros del campo, fuera de las zonas urbanas, podrán poseer y portar con la sola manifestación, un arma de las ya mencionadas, o un rifle de calibre .22, o una escopeta de cualquier calibre, excepto de las de cañón de longitud inferior a 635 mm. (25), y las de calibre superior al 12 (.729 ó 18. 5 mm.).

• Otro ejemplo de lo que está pasando actualmente en el comercio ilegal del internet es la venta ilegal de medicamentos. La comercialización de cualquier medicamento fuera de un establecimiento autorizado es un acto ilícito que representa peligro para cualquier persona que lo adquiera. El riesgo para la salud es que se venda cualquier tipo de medicamento fuera de los establecimientos que cumplen con los requisitos para ello, y que además el individuo cometa ese tipo de actos ilícitos para adquirir cualquier tipo de medicamentos. La instancia que regularía este delito sería Protección contra Riesgos Sanitarios, aunque mientras no se presente una denuncia formal no se podrá iniciar la búsqueda de esta persona.

• Ante esta realidad que se vive en todo el país, por medio de este trabajo parlamentarios solicitamos que el Gobierno Federal mediante la Policía Cibernética tome las acciones necesarias para evitar la venta ilegal de armas de fuego, medicamentos, mercancías ilegales y explosivos en internet y las redes sociales.

• La Policía Cibernética que fue creada en el 2000 con el fin de combatir a las organizaciones que transmiten pornografía infantil y los ataques contra portales de internet perpetrados por “hackers” (personas diestras en programación de computadoras que utilizan sus habilidades para causar daño, robar información o cometer fraude contra sitios web). Otras tareas de la unidad son evitar el crecimiento de los fraudes electrónicos, el tráfico ilícito de animales, la trata de personas y el robo de piezas arqueológicas y artísticas. Los agentes tienen la facultad de actuar de manera encubierta “como un usuario más” en la red, y realizar “patrullajes electrónicos” para perseguir los diversos delitos y los ataques de “hackers” a los sistemas confidenciales de Gobierno y financieros, direcciones de internet sospechosas, venta ilegal de software y en el caso que hoy nos ocupa, la detección de la venta ilegal de armas y explosivos.

• Actualmente, los delitos que se cometen por los medios informáticos alcanzan dimensiones sin precedentes. La delincuencia cibernética es una nueva modalidad de delinquir, y se puede señalar que la informática es una herramienta más con la que cuenta el crimen organizado.

• De acuerdo con diversos estudios, en el mundo existen 2 mil millones de usuarios de la Internet. En México, hay 30 millones de computadoras conectadas a Internet, los negocios de café internet han contribuido a conectar más personas y 4 de cada 10 hogares en México tienen acceso a la red, de acuerdo con la Agencia Mexicana de Internet (AMIPSI).

• Cada vez son más las empresas privadas y públicas que instalan candados para evitar que los empleados utilicen la red para abrir páginas con contenidos prohibidos por la ley o que la utilicen para otros fines.

• Por ello en esta oportunidad solicitamos que se ubique a aquellos vendedores que están incurriendo en un acto ilegal de naturaleza cibérnetica, moviendo, comercializando este tipo de artefactos y mercancías que su uso es ilegal y que provocan desgraciadamente tragedias como las que ya sucedieron recientemente en los Mochis, en donde un joven que adquirió un arma por internet la uso para matar a un compañero de clase en medio de una discusión.

• Considero que también es necesario que en las escuelas se retome el operativo de revisión de mochilas y de ser posible se coloquen arcos detectores de metal para evitar tragedias como la que refiero en el CETIS 68 de Los Mochis, Sinaloa.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta al titular del Ejecutivo federal para que instruya a la Secretaría de Gobernación para que tome las medidas necesarias para reforzar la seguridad en el comercio electrónico con la finalidad de evitar el tráfico libre de armas y mercancías ilegales en nuestro país.

Segundo. Se exhorta al Titular de la Secretaría de Gobernación para que gire las debidas instrucciones al Comisionado de Seguridad Nacional para que se extremen medidas de seguridad en el internet para proteger a la sociedad civil del comercio ilegal de armas de fuego, explosivos y mercancías ilegales en nuestro país.

Tercero. Se exhorta de forma respetuosa de la soberanía y materias exclusivas de los congresos locales de las entidades federativas y de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a legislar en materia de seguridad en los espacios digitales, con el objeto de salvaguardar la integridad de la población civil.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de marzo de 2015.— Diputado Carlos Humberto Castaños Valenzuela (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Gobernación, para dictamen.



FIN DE TOMAR LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA IMPEDIR EL TURISMO ELECTORAL EN DICHA ENTIDAD

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al INE y el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán a tomar medidas para impedir el turismo comicial en la entidad, a cargo del diputado Raúl Paz Alonzo, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, Raúl Paz Alonzo, diputado del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, ante la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, fracción I, y el artículo 79, numeral I, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea el presente punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, al tenor de los siguientes

Consideraciones

Dar certeza y confianza en las instituciones encargadas de velar por el buen funcionamiento de nuestro sistema electoral, fue sin duda el eje principal que dio sentido a las reformas constitucionales y secundarias en materia de política electoral que este Congreso de la Unión discutió y aprobó en la presente LXII Legislatura.

Dichas reformas, permitieron como un primer elemento, la creación del Instituto Nacional Electoral (INE). Un instituto que no solamente tiene facultades en el ámbito federal sino también en el ámbito local. Lo anterior, debido a los abusos que aun suelen cometer gobiernos estatales cooptando a los organismos electorales estatales para incidir en las elecciones a favor de determinado partido político.

La reforma político electoral que aprobamos permite a los órganos electorales locales contar con consejeros con mayor independencia, lo cual, estamos seguros, permitirá procesos locales más transparentes y confiables.

Sin embargo, a pesar de todos los avances que la reforma política y las leyes secundarias en materia electoral nos ofrecen en temas como medios de impugnación en materia electoral; adquisición y contratación de propaganda electoral; delitos electorales; candidaturas independientes y paridad de género, es necesario que las autoridades a nivel nacional y local pongan especial atención para evitar la comisión de delitos electorales que pueden poner en duda, todos los avances en comento.

Como es de todos sabido, el próximo domingo 7 de junio se llevarán a cabo en todo México elecciones federales para renovar la Cámara de Diputados, asimismo en 16 entidades se realizarán elecciones para elegir autoridades locales. Tal es el caso del estado de Yucatán, en donde los ciudadanos tendrán la facultad de votar por 15 diputados de mayoría relativa; 10 de representación proporcional y 106 ayuntamientos.

Por ello, resulta necesario redoblar esfuerzos para garantizar elecciones limpias, pues se corre el riesgo de que se repitan lamentables delitos con la complacencia o indiferencia de las autoridades electorales locales. Tal fue el caso del llamado turismo electoral que se han presentado en las elecciones locales del estado de Quintana Roo tanto en 2010 como en 2013.

Al no haber coincidencia de elecciones locales en los estados de Yucatán y Quintana Roo, se ha podido comprobar que militantes o personas relacionadas al PRI en estos estados, realizan el cambio de residencia de acuerdo al calendario político, a fin de apuntalar a determinados candidatos en municipios o distritos electorales donde la diferencia entre el primer y segundo lugar resulta mínima. Estos actos, en su momento, han sido denunciados por el propio Partido Acción Nacional ante la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade).

Si bien, el Instituto Nacional Electoral y el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán han comenzado la depuración del Registro Federal de Electores para la entidad, lo cual ha permitido quitar del Padrón a 900 personas fallecidas y que aún se encontraban registradas. Se tiene conocimiento de la existencia de más de 3 mil 350 credenciales de elector que no fueron recogidas por sus titulares y que pudieran ser utilizadas para apuntalar a determinado partido político en las próximas elecciones.

Asimismo, hace unos días el Partido Acción Nacional presentó ante el propio INE una denuncia formal por presuntas violaciones a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales en los estados de Quintana Roo y Yucatán, pues se ha hecho público el caso de al menos 5 mil habitantes del estado de Quintana Roo y Campeche que estarían involucrados en una operación de turismo electoral hacia el estado de Yucatán. Particularmente se tiene conocimiento del cambio de residencia de cientos de personas hacia el municipio de Valladolid, las cuales habrían dado como domicilio la misma dirección.

El propio director del Registro Federal de Electores en Yucatán, Eliézer Serrano Rodríguez ha afirmado la existencia de posibles casos de turismo electoral en el estado. Nos preocupa que lo anterior pueda quedarse sin consecuencias jurídicas y que se reproduzca en otras entidades.

Asimismo es necesario que las autoridades electorales pongan especial atención en la intromisión de actores ajenos al estado de Yucatán en las próximas elecciones, pues no sólo vulneraría la confiabilidad de la ciudadanía en sus procesos de electorales, sino en las propias instituciones que las organizan.

Por ello es que hacemos un llamado al Instituto Nacional Electoral y al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán para garantizar la depuración del Registro Federal de Electores y al debido resguardo de credenciales de elector que no fueron recogidas a tiempo a fin de poder estar en condiciones para una jornada electoral limpia que renueve la confianza de todas y todos los ciudadanos del estado de Yucatán para poder elegir en libertad y democracia plena a las autoridades y representantes que habrán de trabajar por el bien de nuestra nación y de nuestro estado.

Por todo lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único . Se exhorta respetuosamente al Instituto Nacional Electoral y al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán a tomar medidas necesarias y urgentes para impedir el turismo electoral en dicha entidad.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de marzo de 2015.— Diputado Raúl Paz Alonzo (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen.