Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXII Legislatura
Correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidente

Diputado Julio César Moreno Rivera
Director del
Diario de los Debates
Luis Alfredo Mora Villagómez
Año III
México, DF, jueves 26 de marzo de 2015
Sesión No. 18 Apéndice

SUMARIO


INICIATIVAS Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

De la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que le corresponde a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del jueves 26 de marzo de 2015, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados

LEY GENERAL DE DEUDA PUBLICA

De los diputados Ricardo Anaya Cortés y Marcelo de Jesús Torres Cofiño, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 18 de la Ley General de Deuda Pública. Se remite a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

LEY DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y DE PROTECCION AL MEDIO AMBIENTE DEL SECTOR HIDROCARBUROS

De la diputada María Isabel Ortiz Mantilla, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

Del diputado Mario Alberto Dávila Delgado, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 153-F y 153-K de la Ley Federal del Trabajo. Se remite a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen

CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Del diputado Julio César Lorenzini Rangel, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y suscrita por diputados de diversos Grupos Parlamentarios, iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 52, 53, 54 y 56 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE Y LEY FEDERAL DE DERECHOS

De los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 28 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y 223 de la Ley Federal de Derechos. Se remite a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

REFUGIOS PARA MUJERES VICTIMAS DE VIOLENCIA FAMILIAR, SE INTEGRE LA ATENCION NECESARIA Y ESPECIALIZADA PARA LAS HIJAS Y/O HIJOS DE ESTAS, QUE LES PERMITA SU PLENA RECUPERACION FISICA Y PSICOLOGICA

De la diputada María del Rocío Corona Nakamura, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Inmujeres, para que garantice que en el diseño y evaluación del modelo de atención de los refugios para mujeres víctimas de violencia familiar, se integre la atención necesaria y especializada para las hijas y/o hijos de éstas, que les permita su plena recuperación física y psicológica. Se remite a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen

REGULARIZACION DE LA PROPIEDAD DE CASAS HABITACION Y TERRENOS EN POSESION LEGITIMA DE JUBILADOS, PENSIONADOS Y/O EX TRABAJADORES FERROCARRILEROS

Del diputado Gabriel de Jesús Cárdenas Guízar, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del SAE, gestione la regularización de la propiedad de casas habitación y terrenos en posesión legítima de jubilados, pensionados y/o ex trabajadores ferrocarrileros. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen

PROTECCION, DEFENSA Y PROMOCION DE LOS DERECHOS LABORALES Y SOCIALES DE LAS MUJERES EMPLEADAS DOMESTICAS

De la diputada Karen Quiroga Anguiano, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal, para que a través de la SHCP y la STPS, se realice una campaña publicitaria a favor de la protección, defensa y promoción de los derechos laborales y sociales de las mujeres empleadas domésticas. Se remite a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen

PRONUNCIE RESPECTO A LOS DECRETOS PUBLICADOS EN EL DOF EL 11 DE AGOSTO DE 2014, QUE EXPIDEN, REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES EN MATERIA ENERGETICA

Del diputado Danner González Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCJN, para que se pronuncie respecto a los decretos publicados en el DOF el 11 de agosto de 2014, que expiden, reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia energética. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

IMPLEMENTEN POLITICAS PUBLICAS QUE INCENTIVEN LA PRODUCCION ARTESANAL DE PUEBLOS Y COMUNIDADES INDIGENAS

De la diputada Eufrosina Cruz Mendoza, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP y a la SE, así como a sus homólogas de las entidades federativas, para que implementen políticas públicas que incentiven la producción artesanal de pueblos y comunidades indígenas. Se remite a la Comisión de Economía, para dictamen

ATIENDA EN TIEMPO Y FORMA LAS DENUNCIAS LLEVADAS A CABO POR LA CONDUCTA DISCRIMINATORIA DEL GOBERNADOR DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

De la diputada Karen Quiroga Anguiano, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Conapred, para que atienda en tiempo y forma las denuncias llevadas a cabo por la conducta discriminatoria del gobernador del estado de Baja California. Se remite a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen

INSTITUIR Y CELEBRAR EL 25 DE MARZO COMO EL “DIA DEL NIÑO POR NACER”

De la diputada Raquel Jiménez Cerrillo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que realice lo conducente para instituir y celebrar el 25 de marzo como el “Día del Niño por Nacer”. Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen

INCORPORAR LA PERSPECTIVA DE GENERO EN LAS POLITICAS PUBLICAS ESTATALES Y MUNICIPALES DE LAS POLICIAS

De la diputada Karen Quiroga Anguiano, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SSP, a fin de incorporar la perspectiva de género en las políticas públicas estatales y municipales de las policías. Se remite a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen

SUSTITUYA EL TERMINO DE “DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS” AL DE “DERECHO A LA SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA” EN LOS INSTRUMENTOS DENOMINADOS “ESTRATEGIA NACIONAL DE PREVENCION DEL EMBARAZO EN ADOLESCENTES”, “PROGRAMA DE ACCION ESPECIFICO SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA PARA ADOLESCENTES 2013-2018”

De la diputada Raquel Jiménez Cerrillo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a fin de que sustituya el término de “Derechos Sexuales y Reproductivos” al de “Derecho a la Salud Sexual y Reproductiva” en los instrumentos denominados “Estrategia Nacional de Prevención del Embarazo en Adolescentes”, “Programa de Acción Específico Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 2013-2018”, así como en cualquier otro instrumento jurídico emanado de la Administración Pública Federal. Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen

REALICEN PROGRAMAS Y ACCIONES TENDIENTES A LA PROTECCION Y CONSERVACION DE LA VAQUITA MARINA

De la diputada Karen Quiroga Anguiano, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares del Ejecutivo federal, de la Semarnat, de la Profepa y de los gobiernos de los estados de Sonora, Baja California, Baja California Sur y Sinaloa, para que realicen programas y acciones tendientes a la protección y conservación de la vaquita marina. Se remite a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

PROTEGER Y RESGUARDAR LOS DERECHOS DE LOS PENSIONADOS Y JUBILADOS FERROCARRILEROS

De la diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob, a la SHCP y a los organismos correspondientes, a fin de proteger y resguardar los derechos de los pensionados y jubilados ferrocarrileros. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen

ERRADICAR LAS PRACTICAS DE CRIMINALIZACION DE USUARIOS DEUDORES Y LOS CORTES MASIVOS DEL SERVICIO ELECTRICO POR PARTE DE LA CFE

De la diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sener, a la CFE y a los tribunales correspondientes, a fin de erradicar las prácticas de criminalización de usuarios deudores y los cortes masivos del servicio eléctrico por parte de la CFE. Se remite a la Comisión de Energía, para dictamen

ELIMINAR EL CAMBIO DE HORARIO EN MEXICO

De la diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno Federal y organismos correspondientes a eliminar el cambio de horario en México. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen

IMPLEMENTEN LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA CONCLUIR EL PLAN HIDRICO INTEGRAL DE TABASCO

De la diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno Federal, para que a través de la Conagua, se implementen las medidas necesarias para concluir el Plan Hídrico Integral de Tabasco. Se remite a la Comisión de Recursos Hidráulicos, para dictamen

GARANTIZAR LA CONSULTA DE LOS DOCUMENTOS RELATIVOS A LA GUERRA SUCIA PARA TODAS Y TODOS LOS INVESTIGADORES

Del diputado Trinidad Morales Vargas, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob y al Archivo General de la Nación, a fin de garantizar la consulta de los documentos relativos a la guerra sucia para todas y todos los investigadores. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen

ATIENDAN EL CASO DEL ASESINATO DE OLGA NAYELY SOSA ROMERO

De la diputada Roxana Luna Porquillo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades del estado de Puebla, para que atiendan el caso del asesinato de Olga Nayely Sosa Romero. Se remite a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen





INICIATIVAS Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

«Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que le corresponde a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del jueves 26 de marzo de 2015, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados

Con fundamento en los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se informa a la honorable Asamblea los turnos dictados a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo, registradas en el orden del día del 26 de marzo de 2015 y que no fueron abordadas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de marzo de 2015.— Diputado Julio César Moreno Rivera (rúbrica), Presidente.»

«Iniciativas con proyecto de decreto

1. Que reforma el artículo 18 de la Ley General de Deuda Pública, suscrita por los diputados Ricardo Anaya Cortés y Marcelo de Jesús Torres Cofiño, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno:Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

2. Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, a cargo de la diputada María Isabel Ortiz Mantilla, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno:Comisión de Energía, para dictamen.

3. Que reforma los artículos 153-F y 153-K de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Mario Alberto Dávila Delgado, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno:Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.

4. Que reforma los artículos 52, 53, 54 y 56 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Julio Cesar Lorenzini Rangel, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y suscrita por diputados de diversos Grupos Parlamentarios.

Turno:Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

5. Que reforma los artículos 28 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y 223 de la Ley Federal de Derechos, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno:Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

Proposiciones con punto de acuerdo

1. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Inmujeres, para que garantice que en el diseño y evaluación del modelo de atención de los refugios para mujeres víctimas de violencia familiar, se integre la atención necesaria y especializada para las hijas y/o hijos de éstas, que les permita su plena recuperación física y psicológica, a cargo de la diputada María del Rocío Corona Nakamura, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno:Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.

2. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del SAE, gestione la regularización de la propiedad de casas habitación y terrenos en posesión legítima de jubilados, pensionados y/o ex trabajadores ferrocarrileros, a cargo del diputado Gabriel de Jesús Cárdenas Guízar, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno:Comisión de Gobernación, para dictamen.

3. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal, para que a través de la SHCP y la STPS, se realice una campaña publicitaria a favor de la protección, defensa y promoción de los derechos laborales y sociales de las mujeres empleadas domésticas, a cargo de la diputada Karen Quiroga Anguiano, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno:Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.

4. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCJN, para que se pronuncie respecto a los decretos publicados en el DOF el 11 de agosto de 2014, que expiden, reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia energética, a cargo del diputado Danner González Rodríguez, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.

Turno:Comisión de Justicia, para dictamen.

5. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP y a la SE, así como a sus homólogas de las entidades federativas, para que implementen políticas públicas que incentiven la producción artesanal de pueblos y comunidades indígenas, a cargo de la diputada Eufrosina Cruz Mendoza, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno:Comisión de Economía, para dictamen.

6. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Conapred, para que atienda en tiempo y forma las denuncias llevadas a cabo por la conducta discriminatoria del gobernador del estado de Baja California, a cargo de la diputada Karen Quiroga Anguiano, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno:Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.

7. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que realice lo conducente para instituir y celebrar el 25 de marzo como el Día del Niño por Nacer, a cargo de la diputada Raquel Jiménez Cerrillo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno:Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen.

8. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SSP, a fin de incorporar la perspectiva de género en las políticas públicas estatales y municipales de las policías, a cargo de la diputada Karen Quiroga Anguiano, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno:Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.

9.Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a sustituir la expresión “derechos sexuales y reproductivos” por “derecho a la salud sexual y reproductiva” en la Estrategia Nacional de Prevención del Embarazo en Adolescentes, el programa de acción específico Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 2013-2018 u otro instrumento jurídico emanado de la administración pública federal, a cargo de la diputada Raquel Jiménez Cerrillo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno:Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen.

10. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares del Ejecutivo federal, de la Semarnat, de la Profepa y de los gobiernos de los estados de Sonora, Baja California, Baja California Sur y Sinaloa, para que realicen programas y acciones tendientes a la protección y conservación de la vaquita marina, a cargo de la diputada Karen Quiroga Anguiano, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno:Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

11. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob, a la SHCP y a los organismos correspondientes, a fin de proteger y resguardar los derechos de los pensionados y jubilados ferrocarrileros, a cargo de la diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno:Comisión de Gobernación, para dictamen.

12. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sener, a la CFE y a los tribunales correspondientes, a fin de erradicar las prácticas de criminalización de usuarios deudores y los cortes masivos del servicio eléctrico por parte de la CFE, a cargo de la diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno:Comisión de Energía, para dictamen.

13. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal y organismos correspondientes a eliminar el cambio de horario en México, a cargo de la diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno:Comisión de Energía, para dictamen.

14. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal, para que a través de la Conagua, se implementen las medidas necesarias para concluir el Plan Hídrico Integral de Tabasco, a cargo de la diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno:Comisión de Recursos Hidráulicos, para dictamen.

15. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob y al Archivo General de la Nación, a fin de garantizar la consulta de los documentos relativos a la guerra sucia para todas y todos los investigadores, a cargo del diputado Trinidad Morales Vargas, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno:Comisión de Gobernación, para dictamen.

16. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades del estado de Puebla, para que atiendan el caso del asesinato de Olga Nayely Sosa Romero, a cargo de la diputada Roxana Luna Porquillo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno:Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.»



INICIATIVAS                                                                                                                                                         LEY GENERAL DE DEUDA PUBLICA

«Iniciativa que reforma el artículo 18 de la Ley General de Deuda Pública, suscrita por los diputados Ricardo Anaya Cortés y Marcelo de Jesús Torres Cofiño, del Grupo Parlamentario del PAN

Los suscritos, diputados federales Ricardo Anaya Cortés y Marcelo de Jesús Torres Cofiño, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional representados en esta LXII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por lo dispuesto en los artículos 3, numeral 1, fracción VIII; 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo tercero del artículo 18 de la Ley General de Deuda Pública, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece en su artículo 71 fracción 1, el derecho de iniciar leyes y decretos por parte de los Diputados y Senadores integrantes del Congreso de la Unión.

Este derecho, ha servido para que dentro del trabajo legislativo se pueda sustentar jurídicamente la presentación de diversas iniciativas que en principio, buscan reformar distintas leyes de carácter federal o secundario, con el objeto mejorar o perfeccionar un tema específico que puede tener un corte de tipo económico, político, social, cultural o ambiental.

No obstante la evolución que han tenido las diferentes leyes de nuestro país y el impulso que a través de ellas se les ha dado a los temas antes señalados, a los legisladores en turno les ha pasado por alto la relación entre sí que tienen cada una de las leyes.

Esta omisión consciente o inconsciente de los Legisladores, los ha llevado a comer el error de no reformar de manera homologada las leyes que presentan relación directa unas con otras.

Tal es el caso de la Ley General de Deuda Pública que en su artículo 18 hace referencia a las formas de financiamiento de las Dependencias del Gobierno Federal, específicamente de los financiamientos de proyectos de infraestructura productiva de largo plazo.

Dicho artículo describe la aprobación por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de estos financiamientos, mismos que están regulados “en los términos del artículo 30 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal” (se retoma redacción entrecomillada de manera textual).

La redacción presenta dos errores graves para los efectos de una ley tan importante hoy en día cuando el tema de la Deuda Pública se ha convertido en un problema con necesidad inmediata de resolver, no sólo para la Federación, sino para los Estados y Municipios de nuestro país.

Por un lado, la ley a la que refiere el artículo que en este caso es la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, ya no existe. Ésta se abrogó desde el 30 de marzo de 2006 para dar paso a partir del 1º de abril de ese mismo año la ley que actualmente conocemos como Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

En segundo lugar, el artículo 30 a la que refiere el párrafo, con las diferentes reformas que ha sufrido esta última ley, su articulado se ha recorrido en sus términos, de tal manera que la redacción original del artículo antes citado, ahora está contenida en el artículo 32 de la ley.

Es decir, que la referencia que se hace en uno y otro artículo de las leyes que se relacionan, quedan sin efecto por la vigencia de su contenido.

Actualmente en la gaceta oficial de la Cámara de Diputados, no existe ningún proyecto de iniciativa que se haya presentado con relación al planteamiento que se hace del tema.

Del año 2012 a 2014, se han presentado solamente 6 proyectos de reforma; ninguno de ellos ha sido dictaminado en forma positiva o negativa y como ya se mencionó, ninguno de ellos tiene relación con la homologación planteada.

Por esta razón, el proyecto de iniciativa que se propone es muy sencillo y práctico, no obstante, tiene una importancia de fondo si atendemos al tema de la deuda en nuestro país y el contexto en que se han generado durante los últimos años, los debates respecto al tema.

Por lo tanto, el objetivo es reformar el párrafo 3ro del artículo 18 de la Ley General de Deuda con el objeto de actualizar sus conceptos y homologarlos con la redacción vigente de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en los artículos que les corresponden.

Con esta modificación, daremos certidumbre jurídica a un tema tan importante como es la contratación de financiamiento de las Dependencias del Gobierno Federal y se generará correspondencia con las recientes reformas en materia de deuda que el propio Congreso de la Unión ha aprobado.

Por otro lado, con la aprobación del presente proyecto de reforma eliminaremos una laguna jurídica que presenta la Ley General de Deuda y que durante casi 10 años no ha sido atendida aún a pesar de que en la materia, muchos han sido los proyectos de reforma presentados.

El proyecto de reforma queda expresado de la siguiente manera:

En atención a lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el artículo 18 de la Ley General de Deuda Pública

Artículo Único.Se reforma el párrafo tercero del artículo 18 de la Ley del General de Deuda Pública para quedar como sigue:

Artículo 18.Los proyectos a cargo de las dependencias del Gobierno Federal que requieran financiamientos para su realización, deberán producir  los recursos suficientes para su amortización  y las obligaciones  que se asuman, en razón de que dichos financiamientos, no deberán ser superiores a la capacidad de pago de las entidades del sector público que los promuevan.

...

Tratándose de obligaciones derivadas de financiamientos de proyectos de infraestructura productiva de largo plazo, referidos a actividades prioritarias y mediante los cuales las entidades adquieran bienes o servicios bajo cualquier modalidad, cuya fuente de pago sea el suficiente flujo de recursos que el mismo proyecto genere, y en los que se cuente con la previa aprobación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en los términos del artículo 32 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, sólo se considerará, para efectos de la presente Ley, como pasivo directo, a los montos de financiamiento a pagar durante el ejercicio anual corriente y el ejercicio siguiente y el resto del financiamiento se considerará como pasivo contingente hasta el pago total del mismo.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor una vez publicado en el Diario Oficial de la Federación.

Recinto Legislativo de la Cámara de Diputados, a 26 de marzo de 2015.— Diputados: Ricardo Anaya Cortés, Marcelo Torres Cofiño (rúbricas).»

Se remite a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



LEY DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y DE PROTECCION AL MEDIO AMBIENTE DEL SECTOR HIDROCARBUROS

«Iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, a cargo de la diputada María Isabel Ortiz Mantilla, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada María Isabel Ortiz Mantilla, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en esta Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, en uso de las facultades que me confieren los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y artículo 6, numeral 1, fracción I, y artículo 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito someter a la consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se modifica el párrafo primero del artículo 1o.; se modifican los párrafos primero y segundo del artículo 2o.; se modifican el párrafo primero fracción tercera, la fracción VII y XI inciso f, fracciones XIII y XIV del artículo 3o.; se modifica el artículo 4o.; se modifican las fracciones I, III, IV, V, VI, XIII, XIV, XVIII, XX, XXII del artículo 5o.; se modifica la fracción II inciso a y se agregan los incisos k, l y m del artículo 6o.; se modifica el párrafo primero y su fracción primera del artículo 7o.; se modifica el párrafo segundo del artículo 8o.; se reforma el artículo 9o.; se reforma el artículo 11; se elimina la fracción II y se recorren las subsecuentes del artículo 13; se reforma el artículo 16; se modifican los párrafos primero y ultimo del artículo 17; se modifica el primer párrafo del artículo 19; se agrega la fracción VI y un párrafo al artículo 22; se reforma el último párrafo del artículo 26; se modifica el primer párrafo del artículo 29; se elimina la fracción IV y se recorren las subsecuentes y se modifica la fracción V del artículo 30; se modifica el primer párrafo del artículo 32 de la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Las modificaciones a las leyes secundarias de la reforma energética deben sentar las bases para el desarrollo de la sustentabilidad y la conservación de los recursos no renovables (combustibles de origen fósil) a largo plazo en nuestro país. Sin embargo, si el desarrollo del sector energético excluye los conceptos de sustentabilidad, energías renovables, tecnologías limpias, el combate al cambio climático y las externalidades ambientales y sociales, los frutos de la reforma energética serán cuestionables para nosotros como legisladores por las generaciones futuras.

El Ejecutivo Federal, impulso una serie de reformas estructurales las cuales pretenden generar una certidumbre legal para la inversión, así como un esquema modernizador de la plantilla productiva en el área de energía, trabajo, educación, telecomunicaciones, hacienda y el campo.

Estas leyes que fueron aprobadas por el Congreso de la Unión, tienen en común una base que en principio es fundamental para el desarrollo y la vida de las y los mexicanos: el uso del capital natural para generar desarrollo y bienestar social y económico.

En un mundo que se encuentra en un creciente riesgo por las presiones que está generando el cambio climático y el calentamiento global, aquellas naciones que puedan integrar exitosamente las externalidades ambientales de su desarrollo a los costos de lograr un creciente bienestar de su población, tendrán un éxito irreversible en la arena global, pues contaran cada vez más con posibilidades económicas de ofrecer soporte al creciente déficit de economías basadas completamente en carbono y en una política de devastación y uso irracional de su capital natural.

Las leyes secundarias para la reforma energética, son un conjunto de leyes complementarias que se encargan de proveer del entramado legal e institucional a las modificaciones constitucionales llevadas a cabo en diciembre de 2013, con el objetivo de lograr un mejor aprovechamiento de los energéticos en sus distintas formas, logrando un avance sustancial en torno a la exploración, extracción, y transformación de distintos combustibles fósiles y el sector eléctrico nacional.

Asimismo, estas leyes secundarias se encargan de normar los distintos usos de la tierra en torno a prioridades establecidas completamente direccionadas en dos sentidos claros: por una parte los combustibles fósiles y por otra parte el desarrollo del sector eléctrico. Si bien ambos tipos de aprovechamientos son fundamentales para el desarrollo de cualquier economía, también está claro dentro de la literatura especializada en los temas de economía y medio ambiente, que ambos tipos de aprovechamiento significan en términos de flujos de energía y materiales: una probable liquidación de capital natural.

La Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y Protección al Ambiente del Sector Hidrocarburos (ANSIPA) debe estar más robustecida de coordinación con otras dependencias gubernamentales que le permita ser más especializada.

La ANSIPA debe fungir como un órgano rector y coordinador de la política ambiental en materia de hidrocarburos de nuestro país y no ser una simulación de órgano desconcentrado con tanto poder pero con tan poca coordinación con las instituciones medio ambientales del gobierno, además que tiene que contemplar al cambio climático así como estar consciente de la implicaciones del mismo.

Con la presente iniciativa de modificación se busca:

- Incluir dentro de las funciones de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y Protección al Ambiente del Sector Hidrocarburos (ANSIPA), la disminución de la huella de carbono en las actividades del sector.

- Reforzar la función de protección al medio ambiente así como el de establecer las bases para que la Agencia amplié su trabajo interinstitucional.

- Incluir definiciones acordes con la propuesta de iniciativa de Ley de Transición Energética.

Fuentes de información

- Consideraciones para la Reforma Energética: Sustentabilidad, Derechos Humanos y Energías Renovables. Centro Mexicano de Derecho Ambiental 2014.

- Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y Protección al Ambiente del Sector Hidrocarburos.

- Maestro Daniel Chacón Anaya. Lo que le faltó a la Reforma Energética. Latín América Regional Climate Initiative 2014

Por lo anteriormente expuesto, se pone a consideración la presente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se modifica el párrafo primero del artículo 1o.; se modifican los párrafos primero y segundo del artículo 2o.; se modifican el párrafo primero fracción tercera, la fracción VII y XI inciso f, fracciones XIII y XIV del artículo 3o.; se modifica el artículo 4o.; se modifican las fracciones I, III, IV, V, VI, XIII, XIV, XVIII, XX, XXII del artículo 5o.; se modifica la fracción II inciso a y se agregan los incisos k, l y m del artículo 6o.; se modifica el párrafo primero y su fracción primera del artículo 7o.; se modifica el párrafo segundo del artículo 8o.; se reforma el artículo 9o.; se reforma el artículo 11; se elimina la fracción II y se recorren las subsecuentes del artículo 13; se reforma el artículo 16; se modifican los párrafos primero y ultimo del artículo 17; se modifica el primer párrafo del artículo 19; se agrega la fracción VI y un párrafo al artículo 22; se reforma el último párrafo del artículo 26; se modifica el primer párrafo del artículo 29; se elimina la fracción IV y se recorren las subsecuentes y se modifica la fracción V del artículo 30; se modifica el primer párrafo del artículo 32 de la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos.

Artículo 1. La presente ley es de orden público e interés general y de aplicación en todo el territorio nacional y zonas en las que la Nación ejerce soberanía o jurisdicción y tiene como objeto crear la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con autonomía técnica y de gestión, encargado de regular y supervisar la seguridad industrial, seguridad operativa, protección al ambiente, y disminución de la huella de carbono, respecto de las actividades del sector a que se refiere la presente ley.

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I a III

Artículo 2. La actuación de la Agencia se regirá por los principios de eficacia, eficiencia, honestidad, imparcialidad, objetividad, productividad, sustentabilidad, prevención de la contaminación ambiental, precaución,profesionalización, transparencia, participación social, respeto a los derechos humanos y rendición de cuentas.

La Agencia planeará y conducirá sus actividades con sujeción a lo dispuesto en esta Ley y lo establecido en las leyes en materia de protección al ambiente, desarrollo sustentable, preservación y restauración del equilibrio ecológico así como aprovechamiento de energías renovables y transición energética. Para todo lo no previsto en esta Ley, se aplicaran las disposiciones contenidas en las leyes relacionadas con las materias que regula este ordenamiento. La Agencia aplicaralos instrumentos que se emitan en el marco del sistema nacional de planeación democrática y las políticas que determine el Titular del Ejecutivo Federal para el logro de los objetivos y prioridades del desarrollo nacional, integral y sustentable, así como a los programas que establezcan la Secretaría de Medio Ambiente y Energía .

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Artículo 3o. Además de las definiciones contempladas en la Ley de Hidrocarburos y la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y la Ley General de Cambio Climático, para los efectos de esta Ley se entenderá, en singular o plural, por:

I. a II.

III. Emergencia: Situación derivada de actividades humanas o fenómenos naturales que al ocurrir, afectan la integridad de la población, el medio ambiente o las instalaciones industriales;

IV. Evaluación estratégica: Proceso sistemático de análisis que realiza la Agencia para emitir observaciones y recomendaciones en las materias de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y de protección ambiental en las iniciativas de políticas públicas, planes o programas de gobierno relacionadas con las actividades del Sector Hidrocarburos;

V. Externalidades: Los impactos positivos o negativos que genera la provisión de un bien o servicio y que afectan o que pudieran afectar a una tercera persona o al medio ambiente. Las externalidades ocurren cuando el costo pagado por un bien o servicio es diferente del costo total de los daños y beneficios en términos económicos, sociales, ambientales y a la salud que involucran su producción y consumo;

VI. Huella de carbono: La medida de la cantidad total de emisiones de dióxido de carbono (CO2) y metano (CH4) de una población definida, sistema o actividad, considerando todas las fuentes, sumideros y almacenamientos relevantes dentro de los límites espaciales y temporales de una población, sistema o actividad de interés. Se calcula utilizando como referente el potencial de calentamiento global del dióxido de carbono.

VII. Instalación: El conjunto de estructuras, plantas industriales, equipos, circuitos de tuberías de proceso y servicios auxiliares, así como sistemas instrumentados, dispuestos para un proceso productivo específico, incluyendo, entre otros, pozos para la exploración y extracción de hidrocarburos, plataformas, plantas de almacenamiento, refinación y procesamiento de hidrocarburos en tierra y en mar, refinerías, plantas de compresión y descompresión de hidrocarburos y ductos;

VIII. a X.

XI. Sector Hidrocarburos o Sector: Las actividades que comprende la industria de los hidrocarburos, en términos de lo siguiente:

a. a e.

f. El transporte por ducto y el almacenamiento, que se encuentre vinculado a ductos de Petroquímicos.

XXI. ...

XXII. Seguridad Industrial: Área multidisciplinaria que se encarga de identificar, reducir, evaluar, prevenir, mitigar, y controlar los riesgos en la industria de los hidrocarburos, mediante un conjunto de normas que incluyen directrices técnicas sobre las instalaciones y de las actividades relacionadas con aquellasque se realicen dentro y fuera de dichas instalaciones yque tengan riesgos asociados, cuyo principal objetivo es preservar la integridad física de las personas, de las instalaciones, así como la protección al medio ambiente;

XXIII. Seguridad Operativa: Área multidisciplinaria que incluyedisposiciones y normas técnicas, administrativas y operativas , con respecto al análisis, evaluación, prevención, mitigación, y control de riesgo de proceso desde la fase de diseño, construcción, arranque y puesta en operación, operación rutinaria, paros normales y de emergencia, mantenimiento preventivo y correctivo. La Seguridad Operativa también incluye los procedimientos de operación y prácticas seguras, entrenamiento y desempeño, investigación y análisis de incidentes y accidentes, planes de respuesta a emergencias, auditorías, aseguramiento de calidad, integridad mecánica y administración de cambios, así como todos aquellos conceptos que tienen que ver con la adaptación de las instalaciones ante las alteraciones climatológicas causadas por el cambio climático y que buscan mejorar la resiliencia de las instalaciones ante dichas eventualidades, entre otros, y

XXIV. ...

XXV. ...

Artículo 4. En lo no previsto por la presente Ley, se aplicarán de manera supletoria las disposiciones contenidas en la Ley de Hidrocarburos, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, la Ley General de Vida Silvestre, la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, la Ley General de Cambio Climático,y la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Artículo 5. La Agencia tendrá las siguientes atribuciones:

I. Aportar los elementos técnicos sobre Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente y la disminución de la huella de carbono, a las autoridades competentes, para las políticas energética y ambiental del país, así como para la formulación de los programas sectoriales en esas materias. Para ello, participará con la Secretaría, la Secretaría de Energía y con la Secretaría de Salud, a través del Instituto Nacional de Salud Pública, en el desarrollo de la Evaluación estratégica del Sector;

II. ...

III. Regular, supervisar y sancionar en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa, y protección al medio ambiente y la disminución de la huella de carbono, en relación con las actividades del Sector, incluyendo las etapas de desmantelamiento y abandono de las instalaciones, así como de control integral de los residuos y las emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero;

IV. Regular a través de lineamientos, directrices, criterios u otras disposiciones administrativas de carácter general necesarias en las materias de su competencia y, en su caso, normas oficiales mexicanas, previa opinión de la Secretaría, en materia de protección al medio ambiente y de la Secretaría de Energía y la Comisión Nacional de Hidrocarburos, en materia de Seguridad Industrial y Operativa, y de la Secretaría de Salud, la Comisión Federal para la Prevención de Riesgos Sanitarios y el Instituto Nacional de Salud Pública, en todas las materias aquí previstas, a fin de garantizar la salud pública.

V. Dictar las medidas técnicas en el ámbito de su competencia para hacer frente a emergencias o situaciones de Riesgo Crítico o que puedan ocasionar un daño grave a las personas o a los bienes y al medio ambiente, cuando la magnitud del evento lo requiera y, en su caso, coordinarse y solicitar el apoyo de las autoridades competentes para su aplicación;

VI. Emitir las bases y criterios para que los Regulados adopten las mejores prácticas de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa, y protección al medio ambiente y la disminución de la huella de carbono, que resulten aplicables a las actividades del Sector.

Lo anterior incluirá el control y seguimiento geofísicoen la operación cuando ésta lo requiera, las etapas de desmantelamiento y abandono de las instalaciones, la restauración de los sitios impactados por las actividades del sector, así como el control integral de sus residuos y la disminución de la huella de carbono en todo el proceso;

VII. Establecer los lineamientos para la conformación y operación de los Sistemas de Administración con que deberán contar los Regulados;

VIII. a XII.

XIII. Establecer los mecanismos a través de los cuales los Regulados deberán informar sobre los siniestros, accidentes, incidentes, emergencias, fugas y derrames vinculados con las actividades del Sector.

Dichos mecanismos considerarán, de conformidad con la tecnología disponible, un sistema de monitoreo en tiempo real de la trayectoria potencial de un derrame;

VIII. a XII.

XIII. Llevar a cabo investigaciones de causa raíz en caso de incidentes y accidentes operativos, industriales y medioambientales, conforme a los lineamientos que al efecto emita o establecer las bases para que los Regulados mediante grupos o comités de ayuda mutualleven a cabo dichas investigaciones, así como la comunicación de riesgos y lecciones aprendidas;

XIV. a XVII

XVIII. Expedir , negar la expedición, supervisar, suspender y revocar,las licencias, autorizaciones, permisos y registros en materia ambiental, a que se refiere el artículo 7 de esta Ley;

XIX. ...

XX. Regular y supervisar la producción, transporte, almacenamiento y distribución industrial de biocombustibles, cuando éstos sean empleados como sustitutos o mezclas dentro del Sector Hidrocarburos, en relación con las materias de su competencia; atendiendo las disposiciones previstas en el marco legal aplicable y con la participación de la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, cuando se utilicen partes o derivados de organismos genéticamente modificados, así como en coordinación con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para el caso de la producción de biocombustibles, atendiendo siempre criterios de seguridad alimentaria y protección de la biodiversidad;

XXI. ...

XXII. Realizar estudios de valoración económica de las externalidades ambientales y riesgos asociados a las instalaciones, actividades y operación del Sector, para lo cual se deberá establecer una metodología basada en la mejor información científica y practica internacional disponibles, en la cual participen la Secretaría, a través del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático y la Secretaría de Salud a través del Instituto Nacional de Salud Pública;

XXIII. a XXX.

Artículo 6. ...

I...

II. En materia de protección al medio ambiente y disminución de la huella de carbono:

a) Las condiciones de protección ambiental de los suelos, agua, atmósferaflora y fauna silvestres a que se sujetarán las actividades de exploración, extracción, transporte, almacenamiento y distribución de hidrocarburos para evitar o minimizar las alteraciones ambientales que generen esas actividades;

b) ...

c) Las actividades de manejo integral de los residuos peligrosos y de manejo especial generados o provenientes de las actividades del Sector previa opinión de la Secretaría, a través del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático y la Comisión Nacional del Agua a través del Instituto Mexicano de la Tecnología del Agua;

d) a j)

k) Los parámetros a los que deberán sujetarse las actividades de monitoreo, reporte y verificación que hagan las instalaciones del sector relativas a sus emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero,

l) El seguimiento a los programas de mitigación de gases y compuestos de efecto invernadero a los que se comprometa el sector de manera voluntario u obligatoria, de acuerdo a la legislación vigente en la materia, así como a lo estipulado en la Ley General de Cambio Climático, el Programa Especial de Cambio Climático y otros instrumentos de planeación.

m) Las mejores prácticas con referencias nacionales e internacionales que es necesario que se adopten para disminuir la huella de carbono del sector.

Artículo 7. La Agencia podrá realizar los actos administrativos a que se refiere la fracción XVII del Artículo 5o. de la presente Ley, en tanto se encuentren acotados a parámetros limitativos en virtud de la magnitud, importancia, intensidad del manejo y el riesgo ambiental que tengan o que potencialmente puedan causar las instalaciones y actividades reguladas. Los parámetros limitativos serán establecidos de común acuerdo con la Secretaría y otras dependencias reguladoras en las materias establecidas en la presente Ley. En aquellos casos en que los actos administrativos se refieran a instalaciones o actividades cuyo impacto potencial o riesgo rebasen los parámetros mencionados, dichos actos administrativos deberán ser realizados por la Secretaría y las dependencias reguladoras en la materia. Los actos administrativos serán los siguientes:

I. Autorizaciones en materia de impacto y riesgo ambiental de oleoductos, gasoductos, carbonoductos y poliductos; de la industria de los hidrocarburos y petroquímica; instalaciones de tratamiento, confinamiento o eliminación de residuos peligrosos; en términos del artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y el Reglamento de la materia;

II. a VIII.

Artículo 8. La Agencia se coordinará con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para el ejercicio de sus respectivas atribuciones relacionadas con el Sector.

La Agencia recopilará la información que los Regulados le proporcionen en materia de su competencia con el fin de contar con información objetiva y confiable para las secretarías de Gobernación, de Marina, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Energía, de Comunicaciones y Transportes, de Salud, de Agricultura Ganadería Desarrollo Rural Pesca y Alimentación, de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, del Trabajo y Previsión Social; así como a los órganos reguladores coordinados en materia energética , Comisión Intersecretarial de Cambio Climático, Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados, la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, Comisión de Bioenergéticos, Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, Procuraduría General de la República y demás dependencias y entidades que lo soliciten.

Artículo 9. Para la mejor eficiencia y eficacia en el ejercicio de sus atribuciones en materia de protección al medio ambiente, la Agencia establecerá los mecanismos de coordinación que sean necesarios con las unidades administrativas y demás órganos y entidades sectorizadas en la Secretaría.

Artículo 11....

...

La Agencia está obligada a denunciar ante la Procuraduría General de la República, cualquier actividad que se presuma como delito ambiental, para que sea iniciada la investigación correspondiente y en su caso, se inicien los procedimientos legales a que haya lugar para evitar el daño y deterioro ambiental.

Artículo 13. Los Sistemas de Administración deben considerar todo el ciclo de vida de las instalaciones, incluyendo su abandono y desmantelamiento, de conformidad con lo que prevean las reglas de carácter general correspondientes, y considerar como mínimo lo siguiente:

I. La política de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente;

II. La identificación de peligros, análisis, evaluación, medidas de prevención, monitoreo, mitigación y valuación de incidentes, accidentes, pérdidas esperadas en los distintos escenarios de riesgos, así como afectaciones a la población, medio ambiente, a las instalaciones y edificaciones comprendidas dentro del perímetro de las instalaciones industriales;

III. La identificación e incorporación de las mejores prácticas y estándares a nivel nacional e internacional en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente;

IV. El establecimiento de objetivos, metas e indicadores para evaluar el desempeño en Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente, así como de la implementación del Sistema de Administración;

V. La asignación de funciones y responsabilidades para implementar, administrar y mejorar el propio Sistema de Administración;

VI. El plan general de capacitación y entrenamiento en Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente;

VII. El control de actividades y procesos;

VIII. Los mecanismos de comunicación, difusión y consulta, tanto interna como externa;

IX. Los mecanismos de control de documentos;

X. Las disposiciones para los contratistas en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente;

XI. Los lineamientos y procedimientos para la preparación y atención de emergencias;

XII. Los procedimientos para el registro, investigación y análisis de incidentes y accidentes;

XIII. Los mecanismos para el monitoreo, verificación y evaluación de la implementación y desempeño del propio Sistema de Administración;

XIV. Los procedimientos para la ejecución de auditorías internas y externas, así como para el seguimiento de atención a incumplimientos detectados;

XV. Los aspectos legales y normativos internos y externos de las actividades de los Regulados en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y de protección al medio ambiente;

XVI. La revisión de los resultados de la verificación, y

XVII. El informe periódico del desempeño en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente.

Artículo 16. Los Regulados deberán contar con un órgano de control interno en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y de protección al medio ambiente, cuyo titular será responsable de la implementación, evaluación y mejora del Sistema de Administración.

Artículo 17. El órgano de control interno en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y de protección al medio ambiente, será responsable de:

I. a VI.

Las funciones de los órganos de control interno se ejercerán sin perjuicio de las que correspondan a los auditores externos que, en su caso, contrate el Regulado.

Artículo 19. ..

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Además, los citados auditores externos, la persona moral de la cual sean socios y los socios o personas que formen parte del equipo de auditoría, no deberán ubicarse en ninguno de los supuestos de falta de independencia que se establezcan en las reglas de carácter general, las que considerarán entre otros aspectos, vínculos financieros o de dependencia económica, prestación de servicios adicionales al de auditoría y plazos máximos durante los cuales los auditores externos puedan prestar los servicios de auditoría externa a los Regulados.

...

Artículo 22. ...

I. a V.

VI. Revocar autorizaciones, licencias, permisos o registros en materia ambiental.

...

En caso de que el Riesgo Crítico en materia de Seguridad Industrial, Operativa o de protección al medio ambiente, suponga una violación al Código Penal Federal, la Agencia deberá notificar a la Procuraduría General de la República, a fin de que inicie las investigaciones y deslinde las responsabilidades penales a que hay lugar.

Artículo 26....

I. a V.

En caso de que el infractor realice las medidas correctivas o de urgente aplicación o subsane las irregularidades en que hubiere incurrido, previamente a que la Agencia imponga una sanción, dicha autoridad podrá considerar tal situación como atenuante de la infracción cometida. . En ningún caso la autoridad podrá imponer una sanción menor al monto mínimo de la multa prevista en los supuestos del artículo 25 del presente ordenamiento.

Artículo 29. Los servidores públicos de la Agencia que se especifiquen en el Reglamento Interior, podrán tratar asuntos de su competencia con personas que representen los intereses de los Regulados únicamente mediante audiencia pública.

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...

...

Artículo 30. El Director Ejecutivo deberá reunir los siguientes requisitos:

I. a III.

IV. No haber sido accionista, consejero, directivo, comisario o apoderado de empresas del Sector Hidrocarburos, asociadas o comercialmente relacionadas con Regulados, dentro del año inmediato anterior a su designación;

V. No tener parentesco consanguíneo con directivos, accionistas, consejeros, comisarios o apoderados de empresas del sector petrolero, asociadas o comercialmente relacionadas con PEMEX o sus organismos subsidiarios, y

VI. ...

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Artículo 32. ...

El Consejo Técnico estará integrado por los titulares de las secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales, quien lo presidirá, de Gobernación, de Marina, de Hacienda y Crédito Público, de Energía, de Comunicaciones y Transportes, del Trabajo y Previsión Social, de Salud a través del Instituto Nacional de Salud Pública y la Comisión Federal para la Prevención contra Riesgos Sanitarios, de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, la Comisión Reguladora de Energía y la Comisión Nacional del Agua, la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad a través de su Coordinador General, la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, a través del Comisionado Nacional, la Comisión de Bioenergéticos, a través de su titular y, el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático a través de su Dirección General.Los miembros titulares podrán nombrar un suplente con nivel mínimo de Director General o su equivalente.

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Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro. México, Distrito Federal, a 26 de marzo de 2015.— Diputada María Isabel Ortiz Mantilla (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.



LEY FEDERAL DEL TRABAJO

«Iniciativa que reforma los artículos 153-F y 153-K de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Mario Alberto Dávila Delgado, del Grupo Parlamentario del PAN

El proponente, Mario Alberto Dávila Delgado, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXII Legislatura, con fundamento en las fracciones II del artículo 71 y III del artículo 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforman los artículos 153-F y 153-K de la Ley Federal del Trabajo, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

La presencia tanto de tecnología dura como de la suave en los procesos de producción es inminente (refiérase a la tecnología dura como maquinaria y equipo y a la tecnología suave como organización del trabajo). Los costos por adquisición disminuyen constantemente y su demanda se ha incrementado (Castro y Huesca, 2007). Castells (1999) señala que las empresas que más utilicen la tecnología en su producción tendrán mayor accesibilidad al mercado, comprendiendo que bajo las nuevas dinámicas globales, la implementación de tecnología es sinónimo de competitividad, que a su vez se refleje en la productividad del factor trabajo.

Para el caso de México, este proceso de cambio tecnológico se ve reforzado por la apertura comercial, las empresas tienen mayores incentivos para adquirir tecnología a menores costos y buscar mercados globales, además de tener acceso a nuevas formas de organización del trabajo (Carrillo, 1995; Álvarez, 2012).

Debido a los nuevos procesos de flexibilización en el sistema productivo, los empresarios ven la necesidad de valorar el capital intelectual, esto debido a que el mayor conocimiento y capacidad de los trabajadores genera valor a la producción, en ese sentido, se incentiva al obrero a aportar su conocimiento dentro de la organización en términos de innovación y solución de problemas.

La nueva tecnología organizacional es intensiva en trabajo calificado y requiere poca inversión, puede funcionar con escalas reducidas, disminuye costos y es funcional con el mercado doméstico, todo ello facilita su adopción (Carrillo, 1995:207).

Ante los cambios organizacionales y las dinámicas del mercado, las empresas demandan a trabajadores con mayor conocimiento y habilidad cognitiva, que sea competitivo y esté actualizado con las herramientas tecnológicas, a fin de estar a la par con los nuevos cambios que exige la dinámica productiva.

Los procesos globales dominados por los cambios tecnológicos, exigen un trabajador debidamente capacitado para enfrentar dicho fenómeno, sometiéndolo a un proceso de constante capacitación. En términos de contratación de personal, está ocasionando en el mercado laboral una mayor demanda de profesionales y técnicos polivalentes y excluyendo a los que no poseen dicha cualidad (Castells, 1999; Añez, 2005; Giribets; 2009).

Este proceso de retroalimentación y complementariedad conlleva a la necesidad de encontrar una fuerza laboral multifuncional, polivalente y versátil, de modo que aporte gran valor tecnológico a la producción, esto al menos en las ramas en donde se tenga una intensificación del uso de la tecnología (Carrillo, 1995; Castells, 1999; Antunes, 2003; Añez, 2005).

Pozas (1994) plantea que estos cambios en la modernización de la base tecnológica son importantes, puesto que tienen consecuencias sobre el empleo, la estructura de calificaciones, la capacitación y la demanda de nuevas habilidades. Por un lado, los avances tecnológicos, como la invención de nuevas máquinas-herramientas han impactado en la contratación de un determinado tipo de trabajador o ha implicado la sustitución de un cierto tipo de oficio.

El cambio tecnológico es la fuerza fundamental que provoca el crecimiento de la producción y dependerá del uso e intensidad de la tecnología. Freeman (1989) explica que muchas innovaciones radicales que promueven el incremento de la productividad, requieren nuevas combinaciones de insumos, tales como materiales, instrumentos y maquinaria, así como de nuevas calificaciones. El cambio tecnológico es explicado a través de un proceso de adaptación, difusión y mejoramiento de la tecnología, implicando además el desarrollo organizacional y mejora de las calificaciones basadas en la experiencia y acumulación de conocimiento tácito.

Goldin y Katz (1998) señalan que el avance tecnológico y la habilidad humana son complementos relativos, es decir, la integración de tecnología en la producción demanda mayor habilidad para su manejo. Este complemento surgió a principios del siglo XX en distintas áreas específicas.

La cuestión es encontrar la tecnología adecuada para su uso en la producción. Pursell (1993) especifica cuatro características básicas que debe tener la tecnología para ser integrada:

i. La tecnología debe ser suficientemente barata a fin de resultar asequible para todo el mundo.

ii. Suficientemente simple para ser mantenida y reparada con facilidad.

iii. Conveniente para la aplicación en pequeñas escalas.

iv. Compatible con las necesidades del hombre para desarrollar la creatividad.

De acuerdo con Acemoglu (2002), la demanda de habilidades aumentó rápidamente durante los últimos 30 años, esto debido a la revolución tecnológica, con base en la invención del microprocesador, la computadora personal e internet. Las computadoras, las técnicas de producción asistidas por ordenador y la robótica parecen complementar a los trabajadores calificados.

Las nuevas tecnologías están incidiendo sobre los puestos de trabajo, la distribución de los salarios, los requisitos y la gestión organizativa. Peiró, y otros (1996), señala que la introducción de nuevas tecnologías en las empresas contribuye generalmente a la aparición de nuevos puestos de trabajo, eliminando tareas aburridas y rutinarias, así bien, permitiendo que los trabajadores desempeñen tareas más complejas.

Cada vez más la tecnología está presente en nuestros lugares de trabajo y en los hogares (Castells, 1999; Acemoglu, 2002), y a su vez representa una oportunidad tanto para las empresas en relación con la maximización de las ganancias, como para los individuos en relación con el incremento de su capital humano.

En todas las economías del mundo, los mercados laborales están constituidos por trabajadores con capital humano variable, distintos unos de otros, es decir, la formación académica y la habilidad cambia de un trabajador a otro.

Si la tecnología representa mayor oportunidad para el incremento de la productividad de las empresas, el mercado laboral verá reflejado este impacto que tiene el efecto del uso de la tecnología (Card y DiNardo, 2002).

La tecnología siempre ha evolucionado a lo largo del tiempo, a fin de adaptarse a las necesidades sociales y productivas, en ese sentido, se requiere generar continuamente un proceso de formación, capacitación y reconversión laboral acorde al progreso tecnológico, con la finalidad de suministrar a los trabajadores los conocimientos técnicos requeridos por la tecnología.

Estudios empíricos para el caso de México

Huesca, y otros (2010), menciona aquella separación en empleos rutinarios y no rutinarios en donde está implícito el uso de la tecnología en los puestos de trabajo y los salarios recibidos por el uso de estas herramientas. Definen al empleo rutinario como aquel en el cual el uso de la tecnología es poco probable, además de que como es monótono, repetitivo y no requiere de un gran uso de habilidad cognitiva, es fácilmente sustituible por los complejos diseños tecnológicos que mejoran e incrementan la productividad, en ese sentido, la tendencia de los salarios de las personas que tienen bajos niveles de calificación están disminuyendo (Huesca, y otros, 2010:753). Dos consecuencias pueden surgir de este problema:

i. Que los salarios de los trabajadores no calificados se reduzcan hasta el punto en el cual el precio por adquirir tecnología sea igual a los salarios de los no calificados.

ii. Que el incentivo al salario por mayor uso de tecnología, modifique la estructura de la oferta laboral en términos del incremento del capital humano y por ende mayores niveles de credencialización escolar.

La definición de los empleos no rutinarios es vista como aquellos trabajos en el cual, a diferencia de los rutinarios, el uso de la tecnología representa una ventaja relativa, ya que se complementa con las actividades que se realizan, por tanto este tipo de trabajos no pueden ser sustituidos por las herramientas tecnológicas, al contrario, la complementariedad implica mejoramiento en los niveles de productividad y calidad de los productos y a su vez estos mejoramientos se reflejan en un incentivo a los salarios.

Un estudio hecho por Castro, y otros (2013), con datos de la ENEU y ENOE para el periodo 2000-2009, demuestra que en los últimos años hay un incremento en la demanda de trabajo calificado, aunque este incremento no va acompañado por un incremento al salario debido al premio a las habilidades. Las modificaciones en la oferta laboral impactan de manera significativa en la polarización de los salarios y el empleo. Posiblemente esta disminución en las brechas salariales esté asociada a condiciones relacionadas con la creciente credencialización de la educación en el país, en ese sentido, la demanda por trabajo calificado no sea lo suficiente para cubrir la creciente oferta laboral (Castro, y otros, 2013:108).

Ghiara y Zepeda (2004) dan una explicación de la desigualdad salarial y su relación con la creciente credencialización escolar, argumentando que la calidad de la educación superior pudiera ser un factor clave para explicar las diferencias salariales. Por otro lado, hacen referencia básicamente a que las disparidades salariales deben ser observadas en el área de la manufactura, sobre todo porque esta rama es clave para definir una pauta entre un modelo de economía cerrada y un modelo con tendencias a la exportación, si bien, el análisis debe realizarse específicamente a las áreas manufactureras con orientación al exterior, ya que si se sigue la misma tendencia, aquellas áreas manufactureras exportadoras son las que requieren mayor trabajo especializado. Argumentan que las explicaciones de la dispersión salarial están generalmente asociadas a las presiones que implica la estabilización macroeconómica y las políticas asociadas a los salarios mínimos, hacen consideraciones acerca de la regulación de los salarios de los trabajadores no calificados como parte de un ajuste de las instituciones para combatir los procesos inflacionarios de esos años. Argumentan que por las necesidades de realizar ajustes macroeconómicos, los salarios absolutos de los trabajadores no calificados aumentaran poco e inclusive disminuirán. Con esto se puede destacar que diferentes factores explican la desigualdad salarial entre trabajadores calificados y no calificados, por ejemplo, podría esperarse un comportamiento de la demanda de trabajo en donde la adquisición de tecnología implica incremento en la disparidad, por efecto del sesgo tecnológico, sin embargo, tal y como explican los autores otros fenómenos también están presentes y pueden volver difícil el hecho de establecer un parámetro exacto para medir la desigualdad.

Rodríguez, y otros (2011), hace una revisión de la desigualdad salarial entre los trabajadores calificados y no calificados en áreas tecnológicas y no tecnológicas explicadas por el cambio tecnológico como resultado de un aumento en la demanda de trabajo calificado a partir de la liberalización económica y que premia a la oferta con mayores calificaciones. El estudio es realizado con datos de la ENEU-ENOE para el periodo 2000-2008 con el método de descomposición de Gini, donde encontraron que el cambio tecnológico tiene impactos diferenciados en los salarios de los calificados en áreas tecnológicas y no tecnológicas, en ese sentido, observan que gran parte de la explicación de la desigualdad salarial es dentro del grupo de los trabajadores calificados, lo que posiblemente concuerde con la explicación dada por Ghiara y Zepeda (2004) sobre la desigualdad intragrupo vista desde la calidad de la educación.

Valdivia y Nieto (2011) utilizan los datos de la ENEU para evaluar el progreso de la desigualdad salarial en 1993-2003. Evalúan de qué manera los retornos a la educación se ven afectados a lo largo de los diversos grupos ocupacionales que estructuran el mercado dual de trabajo. Muchas investigaciones actuales basan sus estudios acerca de la desigualdad salarial por medio del análisis de los ingresos y esto a su vez están en función del nivel de capital humano, en este documento se comprueba empíricamente que la desigualdad no solo puede ser totalmente explicada por las dotaciones capital humano, al igual que Ghiara y Zepeda (2004) existen factores difíciles de capturar que inciden positivamente sobre este efecto, por ejemplo, la calidad de la educación, la experiencia, las habilidades y la productividad sectorial.

Castro y Rodríguez (2012) observan el comportamiento de la hipótesis del cambio tecnológico sesgado en las regiones de México con datos de la ENEU-ENOE en el periodo 2000-2009 realizando una separación del mercado laboral, la cual consiste en dividir aquellas áreas de trabajo rutinarias y no rutinarias en dos campos específicos, analíticos y manuales, mediante la utilización de un modelo logarítmico salarial. Demuestran que los empleos no rutinarios tienen mayor presencia, sobre todo aquellos que son manuales. Por otro lado, señalan que hay un mayor incentivo salarial de los puestos no rutinarios en los campos analíticos y esto refleja un crecimiento de la oferta laboral incentivada por el alza de los salarios, aunque posiblemente no existe suficiente evidencia de su complementariedad con la tecnología. Existe también un incremento relativo de los trabajadores manuales no rutinarios, lo que lleva a pensar que por efecto del cambio tecnológico, este tipo de empleos es bastante difícil de ser sustituido por la tecnología. Aseguran que el exceso de oferta laboral de los trabajadores calificados es provocado por el incremento en los salarios, al igual que Castro, y otros (2013), este incremento no es cubierto por la demanda laboral. Otro argumento por el cual la HCTS no se ha cumplido es porque algunas empresas no estén incorporando tecnología en sus procesos de producción.

Como se ha mencionado, el cambio tecnológico estará en función del requerimiento de tecnología a fin de incrementar los niveles de producción. Este efecto provocará cambios en la demanda de empleo, dependiendo del tipo de sector económico y su grado de uso de tecnología en los procesos de producción.

López-Acevedo (2002) realizó un estudio con datos de la Encuesta Nacional de Empleos, Salarios, Tecnología y Capacitación (Enestyc) para el periodo 1992-1999 en donde intenta tener una perspectiva del impacto de la adquisición de las nuevas tecnologías sobre los salarios, la producción y el rendimiento empresarial en las áreas manufactureras. Su resultado muestra que la tecnología se asocia directamente con los salarios, la productividad, y la modificación en el empleo, del mismo modo, demostró que el efecto de las nuevas tecnologías en los salarios es mayor para las empresas ubicadas en el norte y centro del país, al igual que Ghiara y Zepeda (2004) y Castro y Félix (2010) concuerdan en que estas regiones son las que presentan mayores beneficios por la liberalización económica.

En otro estudio, el Banco Mundial (2002) utilizó la misma base de datos y mismo periodo, para analizar el impacto de la adquisición de nuevas tecnologías en la productividad, los salarios, y el empleo. Los resultados encontrados demuestran que la nueva tecnología aumenta el rendimiento de las empresas en forma diferenciada, ya que cada empresa tendrá sus razones para la adopción de las tecnologías. A manera de diferenciación con el documento de López-Acevedo (2002), se integra la inversión en I+D y miden su efecto sobre el rendimiento, encontrando una relación positiva. Además de hacer recomendaciones a los gobiernos para realizar inversiones estratégicas que incentiven el uso de tecnología, inversión en I+D y capacitación de los trabajadores.

Los estudios hechos por el Banco Mundial (2002) indican que México debe incentivar la utilización de tecnologías en la producción, a fin de generar mayor valor agregado a sus productos. Su uso en los procesos productivos y el incremento de la educación conllevaran a una complementariedad tecnológica y esto se verá reflejado en los salarios, mejorando así la calidad de vida de los habitantes. En el Plan Nacional de Desarrollo (PND, 2012) se establecen los fundamentos para dar lugar a un incremento en la inversión en I+D y garantizar el desarrollo y la utilización de tecnología en la producción.

Opinión de los organismos multilaterales

La OCDE (2010), la Cepal (2010) y el Banco Mundial (2012) hacen hincapié en que México tiene mucho que hacer en relación con el crecimiento y mejoramiento de la calidad de la educación, ya que ésta sirve de complementariedad con los nuevos desarrollos técnicos que dominan la producción mundial. El Plan Nacional de Desarrollo (2013-2018), es específico en señalar que existe una necesidad inmediata de incrementar la base educativa más calificada, convergiendo con las políticas de los organismos al indicar que la educación es un factor determinante del crecimiento, la cuestión es proponer un esquema educativo el cual coincida la demanda de calificación, con la oferta educativa, es decir, personal cada vez más calificado que haga uso de las herramientas tecnológicas.

Estos organismos señalan los principales factores que están detrás de la limitada creación de puestos de trabajo y la baja productividad en el país:

i. Reducir el costo de la formalización (reducir la aportación al seguro social y la carga fiscal, así como la simplificación de los requisitos de alta) podrían facilitar a las empresas la fase de arranque y posterior crecimiento.

ii. Niveles inadecuados de calificación de la fuerza de trabajo y su limitada relevancia en el mercado laboral limitan la productividad y el crecimiento económico.

iii. Una fuerza de trabajo poco calificada podría inhibir el crecimiento económico debido a que las empresas estarían menos dispuestas a invertir en tecnologías más productivas que requieren de mucha mayor calificación.

iv. Los empleadores reportan que los niveles y tipos de capacidades cognitivas, técnicas y socio-emocionales en el mercado de trabajo no se corresponden con sus necesidades.

Proponen políticas públicas para ligar el requerimiento de calificación con la oferta de trabajadores:

i. Promover la productividad del mercado de trabajo y creación de puestos de trabajo mediante la reducción de la rigidez del mercado e incrementando los beneficios de la formalización.

ii. Crear una fuerza de trabajo más productiva incrementando el nivel y pertinencia que tiene la fuerza calificada en el mercado de trabajo.

iii. Mejorar la eficiencia de la distribución y por tanto de la productividad de la fuerza de trabajo, facilitando la búsqueda de empleo y para encontrar el empleo adecuado mediante servicios de colocación de empleo integrados, incluyendo seguro de desempleo y fortaleciendo la certificación basada en competencias.

Fundamento jurídico

En la Ley Federal del Trabajo se muestra la importancia de lograr que los trabajadores estén cada vez más educados y preparados para absorber los beneficios del cambio tecnológico, esto con la participación de las autoridades educativas competentes.

De esta manera se observa como obligación prioritaria lo siguiente:

Artículo 132.Son obligaciones de los patrones

...

XIII. Colaborar con las autoridades del trabajo y de educación, de conformidad con las leyes y reglamentos, a fin de lograr la alfabetización de los trabajadores;

...

Artículo 539. De conformidad con lo que dispone el artículo que antecede y para los efectos del 537, a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social corresponden las siguientes actividades:

...

I. En materia de promoción de empleos:

...

c) Formular y actualizar permanentemente el Sistema Nacional de Ocupaciones, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública y demás autoridades competentes;

Además de estar representada en el Consejo Consultivo del Servicio Nacional de Empleo (artículo 539-A), vigilar el cumplimiento de los patrones en la capacitación y adiestramiento de los trabajadores (artículo 526), sugerir, promover y organizar planes y programas sobre capacitación y adiestramiento para el trabajo y, en su caso, para la expedición de certificados [artículo 539, fracción IV, inciso h)] y por último, normalizar las competencias laborales (artículo 539, fracción VI).

Fundamento metodológico

La participación de las autoridades educativas juega un papel importante para fomentar el crecimiento del país. Para el país, hay una encuesta que mide la capacidad tecnológica de las empresas y la relación que guarda con el mercado de trabajo.

Con los datos de la Encuesta Nacional de Empleos, Salarios, Tecnología y Capacitación en la Industria Manufacturera se procedió a ver los efectos del incremento del nivel de escolaridad y su relación con el perfil ocupacional.

Hay una relación directa entre el puesto ocupacional y la escolarización formal. Tan y Batra (1995), Goldin y Katz (1998) y Acemoglu (2002) aseguran que esta relación es positiva, mientras el puesto de trabajo requiera de más responsabilidad, un mayor número de tareas y de más habilidad y conocimiento técnico, ha de requerirse un grado de escolaridad cada vez mayor, puesto que las personas más educadas tienen una mejor capacidad de resolver problemas y con mejor disposición de trabajar en equipo, dejando de lado el trabajo físico y repetitivo.

Para el caso de México, las investigaciones de Ghiara y Zepeda (2004) y Valdivia y Nieto (2011) señalan que dentro de los puestos de trabajo, la escolarización es un factor clave para la adopción del cambio tecnológico que se ha presentado en el país. A su vez, las discusiones hechas por Rodríguez y Castro (2012, a) afirman que para poder absorben los efectos del cambio tecnológico la educación formal debe incrementarse.

En la gráfica 1 se muestran en términos porcentuales la cantidad de trabajadores calificados que hay en cada empresa, por nivel ocupacional y grado de instrucción formal, de tal suerte que se puede comprobar la relación que guardan entre sí estas dos variables:

Gráfica 1. Relación de trabajadores calificados con escolaridad formal

Fuente: Inegi, Enestyc 1992-2005.

Para el caso de la cantidad de trabajadores calificados reportados por cada empresa, la relación es positiva con respecto al grado de instrucción formal, donde se muestra que para 1992 la mayor cantidad de trabajadores calificados están dentro de los que tienen un nivel de preparatoria con un 40.2 por ciento, disminuyendo conforme se avanza a licenciatura con 32 por ciento, sin embargo, no necesariamente el incremento de la educación a un grado más avanzado como posgrado, implica un requerimiento de mano de obra con mayor educación, puesto que este nivel educacional solo representa 1.7 de los trabajadores calificados.

Para 1999, la demanda de educación formal en relación con el trabajo calificado se sigue concentrando en el nivel preparatoria con 36.4 por ciento. Sin embargo, la diferencia entre este nivel educativo y licenciatura disminuye, la relación continua siendo positiva y creciente hacia cada vez mayor demanda por educación. La relación cambia cuando se analiza 2005: pasa a licenciatura como el nivel más demandado por el puesto calificado, con 41.63, y una disminución de la demanda en niveles educacionales inferiores respecto a 1992 y 1999. De estas observaciones se destaca lo siguiente:

i. Se observa una relación positiva entre trabajo calificado y escolaridad formal, cada vez es necesario una mayor dotación de educación para ubicarse en un trabajo considerado como calificado.

ii. Mayor educación no garantiza la obtención de un puesto como trabajador calificado, esto debido a que solo fueron considerados los trabajos relacionados con el área de producción y administración. La investigación científica desarrollada por los más altos niveles educativos aun no es tan compatible con la forma de producción.

El cambio tecnológico no está asociado al nivel más alto de escolaridad, o bien también puede indicar que existió una oferta muy baja de personas con este nivel educativo, ya que también es cierto que se ha aumentado ligeramente la demanda de este tipo de trabajador a través de los años.

Gráfica 2. Relación de trabajadores semicalificados con escolaridad formal.

Fuente: Inegi, Enestyc 1992-2005.

La gráfica 2 muestra una demanda diferente en relación con el nivel ocupacional del trabajador calificado, dado en términos del requerimiento de habilidad para el manejo de equipo avanzado o adaptación a las nuevas formas de organización en el trabajo. Su demanda se mantiene alrededor del nivel secundaria en los tres años.

En 1992, el requerimiento de la industria por trabajadores semicalificados es hasta un nivel de escolaridad de secundaria, con 35.7 por ciento, pero la diferencia entre este nivel y primaria es de 0.3 por ciento, a medida que avanza el nivel educacional, la demanda es menormente requerida, el nivel preparatoria con 6.3 por ciento respecto al total de semicalificados, licenciatura con 0.10 y 0 por ciento en posgrado.

En 1999, el nivel educacional más demandado por el puesto semicalificado sigue siendo secundaria con 51.17 por ciento en primaria disminuye con respecto al año anterior pasando a 21.17 y aumentando en preparatoria con 22.51. A medida que pasan los años, el cambio tecnológico que se presenta en la industria manufacturera requiere de un nivel educacional cada vez más alto aún y cuando no necesariamente el puesto sea el de un trabajador altamente calificado, se observa que para 2005, el nivel secundaria se mantiene como el más demandado con 45.92, inferior a 1999, pero un incremento en relación con el nivel preparatoria con 30.39, los niveles de educación superiores casi no se requieren para este nivel ocupacional. Con estas observaciones se destaca:

i. A través de los años, se ha requerido que los trabajadores semicalificados tengan una mayor dotación de escolaridad. Esto puede indicar que el trabajo que desarrollan es cada vez más complejo, o bien, ha habido un incremento en la oferta educativa lo cual sugiere que el este puesto ocupacional que desarrolla las mismas actividades a través de los años tenga que ser cubierto por personal con más educación.

ii. Los niveles educativos más altos no son compatibles con este tipo de ocupación. Es innecesario tener un personal con mayor capital humano si el mismo puesto no lo requiere.

Gráfica 3. Relación de trabajadores no calificados con escolaridad formal.

Fuente: Inegi, Enestyc 1992-2005.

La demanda de trabajo no calificado y su relación con el perfil ocupacional es explicada por distintos autores como Violante (2004) Acemoglu (2002) Card y DiNardo (2002) y Autor (1999), los cuales consideran a este perfil ocupacional como el menos beneficiado por la revolución tecnológica en la manufactura principalmente. La gráfica 3 indica para 1992, en términos de la demanda de este tipo de trabajo, el requerimiento de escolaridad es menor respecto a los otros perfiles, ya que el cumplimiento de sus funciones en el área de producción no requiere un mayor grado de escolaridad y habilidad técnica, lo cual se define a este perfil actividades meramente manuales, repetitivas y monótonas, siendo la educación primaria el perfil educacional que más se demanda con 54 por ciento seguido del nivel secundaria con 24.10 cayendo considerablemente la demanda para los niveles más altos de escolaridad.

En comparación con 1999 se demanda ahora mayor nivel de escolaridad aun y cuando son no calificados, con 46.47 por ciento en secundaria y el nivel preparatoria crece a 8.18 y se presenta el mismo resultado para el año anterior en relación con niveles más altos de educación.

En 2005, el nivel secundaria se demanda con 50.35 por ciento, aumentando para preparatoria con 9.72 y disminuye en primaria a 32.07. Se nota una clara tendencia en requerir mayor escolaridad para los puestos con menos calificación. Esto puede ser debido al incremento en la oferta de personas con más escolaridad, las empresas disponen de trabajadores acorde al cambio tecnológico que se está presentando, lo cual resulta eficiente al sistema productivo.

No se muestran cambios significativos en el nivel posgrado, quizá por el cambio tecnológico que se presenta en la manufactura no es complementario con niveles educacionales más avanzados. Además, hay poca oferta de trabajadores con este nivel educativo en el país.

Este análisis concuerda con lo planteado por Tan y Batra (1995), Carrillo & Iranzo (2000), Banco Mundial (2001), López-Acevedo (2002), Castro y Huesca (2007), Castro y Rodríguez (2012), Tello y Ramos (2012), Huesca, y otros (2010), Valdivia y Nieto (2011) y Ghiara y Zepeda (2004), autores que reconocen lo imperativo de la educación formal como absorbente del cambio tecnológico en la manufactura.

Conclusiones

Es menester desarrollar las herramientas jurídicas necesarias para poder asociar la demanda y la oferta de trabajo, implicando que ésta oferta de trabajo es desarrollada por las instituciones públicas de educación que empujan al mercado laboral la mano de obra requerida por la demanda de trabajo. Se considera que en el esquema del reordenamiento de los esquemas productivos ocasionado por el cambio tecnológico, una mano de obra más calificada y preparada puede aportar marginalmente una proporción mayor al nivel de producción, traduciéndose en incentivos directos al salario, por efecto de la productividad marginal del trabajo.

Considerar la Secretaría de Educación Pública en el Comité Nacional de Productividad ayudaría a reducir el rezago de productividad del trabajador en México, pues se sugiere que el problema es causado por la disociación de la oferta y la demanda laboral. Toda vez que el cambio tecnológico que se está presentando en el país requiere una mano de obra más calificada. En este sentido queda a consideración, la siguiente modificación a la Ley Federal del Trabajo en materia de capacitación y productividad:

Por lo expuesto considero procedente la propuesta que a continuación se presenta:

Ley Federal del Trabajo

Capítulo III BisDe la Productividad, Formación y Capacitación de los Trabajadores

...

Artículo 153-F Bis.Los patrones deberán conservar a disposición de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, la Secretaría de Economía y la Secretaría de Educación Pública,los planes y programas de capacitación, adiestramiento y productividad que se haya acordado establecer, o en su caso, las modificaciones que se hayan convenido acerca de planes y programas ya implantados.

...

Artículo 153-K. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en conjunto con la Secretaría de Economía y la Secretaría de Educación Pública, convocará a los patrones, sindicatos, trabajadores e instituciones académicas para que constituyan el Comité Nacional de Productividad, que tendrán el carácter de órgano consultivo y auxiliar del Ejecutivo Federal y de la planta productiva.

El Comité Nacional de Productividad tendrá las facultades que enseguida se enumeran:

I. a XI. ...

XII. Asegurar que los requerimientos para elevar la productividad y la competitividad en cada sector y rama de la producción estén disponibles para alimentar el diseño de los programas de capacitación y adiestramiento y para mejorar la vinculación de la formación laboral y profesional a que refiere el artículo 539, fracción V; y

XIII. Las demás que se establezcan en ésta y otras disposiciones normativas.

Decreto

Único. Se reforman los artículos 153-F y 153-K, se modifica la fracción XII, recorriéndose las subsecuentes.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Referencias

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Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de febrero de 2015.— Diputado Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.



CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

«Iniciativa que reforma los artículos 52 a 54 y 56 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Julio César Lorenzini Rangel, del PAN, y suscrita por integrantes de diversos grupos parlamentarios

El que suscribe, Julio César Lorenzini Rangel, diputado de la LXII Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, 65, 77, 78 y 102 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con la finalidad de reducir el número de legisladores federales designados por el principio de representación proporcional; iniciativa a la que se adhieren el diputado José Alfredo Botello Montes y otros.

Planteamiento del problema y argumentos que sustentan la iniciativa

El poder público enfrenta una gran crisis de credibilidad y confiabilidad ante la sociedad. Ha llegado la hora para ver hacia dentro de cada uno de los tres Poderes de la Unión. El ambiente de desencanto y desconfianza que existe hacia las instituciones representativas y de gobierno en el país va en aumento, por lo que es inaplazable el hecho de realizar una reforma estructural en el Poder Legislativo federal, tomando la responsabilidad de modificar aquello que los ciudadanos consideran inaceptable, dando paso a una nueva era en el ejercicio del poder cuyo eje fundamental atienda una de las demandas más sentidas de la población y exista una representación auténtica de la voz y la opinión de los gobernados quienes esperan que sus gobernantes cumplan el mandato que les fue conferido de manera transparente, eficiente, apegados estrictamente a la ley y que el servicio público se rija por principios de austeridad.

El principio de representación proporcional bajo el cual se acogen legisladores tuvo su justificación plena hace muchos años cuando eran los tiempos del parlamento monolítico que gobernó al país durante más de setenta años, y el objetivo bajo el cual fue creado dicho principio se cumplió a cabalidad ya que se fue abriendo la vida pública de México a la participación plural de partidos, voces y representantes distintos del partido único.

La figura de representación proporcional tiene sus antecedentes más remotos en la década de los sesenta, pero con toda formalidad y estableciendo un número determinado de legisladores en la reforma política de 1977 en cuya exposición de motivos se leía: “El objetivo fundamental de esta iniciativa es promover una más amplia y diversificada concurrencia en la Cámara de Diputados de las corrientes de opinión y las tendencias ideológicas existentes en el país”. Los propósitos esenciales de esa modificación eran dar mayor representación política a una oposición que no podía ganar una gran cantidad de elecciones de mayoría y también sirvió para favorecer la participación política legal de grupos y partidos que se movían hasta entonces en la clandestinidad.

Esa medida era perfectamente razonable en una época en que el país vivía inmerso en un sistema político de “partido hegemónico” y en un sistema electoral poco competitivo, por lo que era necesario asegurar mejores condiciones para la representación política de las minorías, puesto que aunque tuvieran representantes en el Poder Legislativo, la mayoría calificada siempre era del partido del titular del Poder Ejecutivo federal, situación que en 1997 llegó a su fin con la irrupción del gobierno dividido, es decir, que el partido del presidente de la República ya no tenía mayoría absoluta en la Cámara. Hoy nadie puede dejar de ver que el país vive en condiciones de competencia electoral equilibrada y que si un partido gana, pierde elecciones o desaparece, es por el veredicto de la voluntad ciudadana.

Mantener la representación de las minorías en un contexto de alta competitividad electoral es injustificado en virtud del alto costo que representa para los contribuyentes mantener esquemas tan ominosos para los Poderes Legislativo, federal y locales, mismos que con menos integrantes podrían desempeñar idéntica función y eventualmente con mejor fidelidad en su representación.

Hay cúspides en el ejercicio del poder que son ofensivas para una sociedad que reclama en la mayoría de los casos su subsistencia en estos tiempos en que las familias mexicanas han llegado al hartazgo de la pobreza generada por la falta de oportunidades de empleo o por trabajos mal pagados; mientras que la clase política dispone lo necesario para mantener el status quo. Se debe escuchar y resolver el reclamo que externa una sociedad agraviada por los excesos, el dispendio y el alto costo de las instituciones y la única forma de hacer eco a ese llamado es aplicando medidas de austeridad, reestructurando esquemas que en un pasado sirvieron pero que ahora ya no corresponden a la realidad.

La sociedad es dinámica y cambiante, todo es perfectible y el derecho positivo debe adaptarse a la vorágine social para realmente responder a los cambios. Como legisladores tenemos la obligación que se equivale a una facultad de ser una fuente constituyente de derecho.

Las circunstancias han cambiado y esta mecánica representativa ha dado paso a nuevas formas de ejercer el poder. La mayoría de la sociedad demanda una modificación de nuestro sistema de representación para eliminar lo que muchos consideran un coto de poder de los partidos políticos que ocupa un espacio que, por derecho legítimo y originario, corresponde a los ciudadanos vía el ejercicio del sufragio libre y directo.

Nadie puede decir que representa a una minoría si ésta no le confiere ese mandato de forma expresa y a través de los canales correspondientes. La partidocracia debe ceder espacios a la sociedad organizada en grupos minoritarios como fue aceptado en la anterior reforma electoral donde entre otras cosas se reconocieron en ley a las candidaturas independientes. Esta reforma abrió la puerta al reconocimiento pleno de la participación directa de los ciudadanos en la vida pública de nuestro país.

En virtud de que la presente iniciativa no fue considerada dentro de la reforma electoral aprobada, he decidido presentarla en este último periodo ordinario que le corresponde a esta Legislatura, para que pueda ser aprobada por la actual Legislatura o bien tomada en cuenta como antecedente por la que habrá de entrar en funciones y sea una realidad para el proceso electoral del año 2018.

Es innegable que existe una conciencia y tendencia a procurar la disminución del Poder Legislativo ponderando de forma preponderante dos argumentos: mejorar o hacer más eficaz la labor legislativa y hacer más eficiente el uso de los recursos públicos que se requieren para sostenerlo. A continuación se mencionan sólo algunos ejemplos que sustentan este dicho:

1. El 15 de diciembre de 2009, el entonces presidente Felipe Calderón Hinojosa presentó una iniciativa ante la Cámara de Senadores, que contenía una propuesta similar en los siguientes términos: reducir el número de integrantes en el Congreso, tanto de la Cámara de Diputados como la de Senadores, con el fin de dar mayor eficiencia al trabajo legislativo y reconocer la exigencia ciudadana de evitar un uso dispendioso de sus recursos. Reducir senadores por entidad, para que en lugar de 128 escaños sean 96, mientras que en la Cámara de Diputados propuso pasar de 500 a 400 legisladores, de tal manera que 240 fueran electos por el principio de mayoría relativa y 160 por representación proporcional.

2. El 23 de febrero de 2010, el otrora senador Manlio Fabio Beltrones Rivera, presentó en nombre del Grupo Parlamentario del PRI una iniciativa de reforma constitucional con la finalidad de disminuir de 500 a 400 el número de diputados federales, proponiendo que los 100 legisladores menos fuesen únicamente los de representación proporcional.

3. El 11 de septiembre de 2012 el Partido Revolucionario Institucional, en la Cámara de Diputados, presentó la iniciativa para reducir el tamaño del Congreso de la Unión eliminando 100 diputados y 32 senadores electos por el principio de representación proporcional, para quedar sólo con 400 diputados y 96 senadores. Idéntica cantidad a la planteada por Enrique Peña Nieto como candidato presidencial, misma que formó parte de sus compromisos de campaña al proponer reducir 100 diputados federales.

4. El 6 de septiembre de 2012, el diputado Homero Niño de Rivera Vela, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional presentó otra propuesta para eliminar la representación proporcional de ambas Cámaras del Congreso de la Unión, instituyendo un sistema de representación mayoritaria directa para la Cámara de Diputados integrada sólo con 300 diputados, y un sistema mixto en el Senado de la República con 64 senadores electos por el principio de mayoría relativa y 32 senadores por el principio de primera minoría.

Reducir el número de legisladores plurinominales abonará a superar la crisis de legitimidad que atraviesa el Poder Legislativo. No resulta necesario eliminar a todos los legisladores federales plurinominales, sino reducir la cantidad ya que los diputados de representación proporcional a quien representan es a las minorías, lo cual es adecuado para tener una toma de decisiones verdaderamente democrática. Los parlamentos para ser democráticos deben estar equilibrados, sin embargo, muchas veces sus legisladores de lista son elegidos por los partidos con base en compromisos partidistas sin tomar en cuenta a los ciudadanos.

Podrían esgrimir las minorías parlamentarias que la medida puede resultarles perjudicial, pero esto no será así en virtud de que la presente iniciativa propone que los legisladores plurinominales serían preferentemente para los partidos que no hubieren alcanzado triunfos en las elecciones de mayoría relativa, siempre que cumplieran con los requisitos que les establece la ley.

Estoy convencido que la reducción de diputados de representación proporcional no sólo va a reducir el gasto público, sino que también facilitará la construcción de acuerdos, mejorará la calidad de debate parlamentario y la toma oportuna de decisiones; además, será la punta de lanza para que los tres Poderes de la Unión y los tres ámbitos de gobierno realicen restructuraciones tendientes a disminuir el gasto en la operación de sus funciones así como transparentar y hacer uso eficiente de los recursos.

La presente iniciativa pretende que el Congreso de la Unión esté integrado por 400 diputados, federales de los cuales 300 sean de mayoría relativa y 100 plurinominales, así como por 96 senadores, de los cuales 64 sean de mayoría relativa y 32 de primera minoría.

Lo anterior representaría para las arcas públicas un ahorro anual bruto de 2 millones 330 mil 721 pesos por concepto de cada diputado, en esta cuantificación se incluye la dieta, asistencia legislativa, aguinaldo, ayuda para despensa, seguro de vida institucional y de gastos médicos mayores, seguro de separación individualizado, apoyo informe, gratificación fin de año u aguinaldo de oficina enlace, apoyo distrito. Si multiplicamos esto por tres años, cada diputado representa un gasto al erario de 6 millones 992 mil 163 pesos. Con la presente reforma sólo por el concepto de 100 diputados menos en una legislatura de tres años se ahorrarían: 699 millones 216 mil 300 pesos.

Ahora bien, cada senador al año cuesta aproximadamente tres millones de pesos brutos; si multiplicamos esta cantidad por tres años, cada uno de los senadores cuesta aproximadamente nueve millones de pesos. Respecto a la reducción de 32 escaños senatoriales, esto representaría para los ciudadanos un ahorro en tres años de 288 millones de pesos aproximadamente.

De concretarse esta reforma por la que se propone disminuir 100 diputados y 32 senadores, significaría para el erario un ahorro bruto en tres años de 994 millones 758 mil 348 pesos.

Con base en los motivos expuestos, se presenta a consideración de este pleno la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma los artículos 52, 53, 54 y 56 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para reducir el número de legisladores federales designados por el principio de representación proporcional

Único.Se reforman los artículos 52, 53, 54 y 56 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

Texto normativo propuesto:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 52.La Cámara de Diputados estará integrada por 300 diputados electos según el principio de votación mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales, y 100 diputados que serán electos según el principio de representación proporcional, mediante el Sistema de Listas Regionales, votadas en circunscripcionales plurinominales.

Artículo 53.La demarcación territorial de los 300 distritos electorales uninominales será la que resulte de dividir la población total del país entre los distritos señalados. La distribución de los distritos electorales uninominales entre las entidades federativas se hará teniendo en cuenta el último censo general de población, sin que en ningún caso la representación de un estado pueda ser menor de dos diputados de mayoría.

Para la elección de los 100 diputados según el principio de representación proporcional y el Sistema de Listas Regionales, se constituirán cinco circunscripciones electorales plurinominales en el país. La ley determinará la forma de establecer la demarcación territorial de estas circunscripciones.

Artículo 54. La elección de los 100 diputados según el principio de representación proporcional y el sistema de asignación por listas regionales, se sujetará a las siguientes bases y a lo que disponga la ley:

Artículo 56.La Cámara de Senadores se integrará por noventa y seis senadores, de los cuales, en cada estado y en el Distrito Federal, dos serán elegidos según el principio de votación mayoritaria relativa y uno será asignado a la primera minoría. Para estos efectos, los partidos políticos deberán registrar una lista con dos fórmulas de candidatos. La senaduría de primera minoría le será asignada a la fórmula de candidatos que encabece la lista del partido político que, por sí mismo, haya ocupado el segundo lugar en número de votos en la entidad de que se trate.

La Cámara de Senadores se renovará en su totalidad cada seis años.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Congreso de la Unión expedirá las reformas legales correspondientes dentro de los ciento ochenta días posteriores a la entrada en vigor del presente decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de marzo de 2015.— Diputados: Julio César Lorenzini Rangel, José Alfredo Botello Montes, Glafiro Salinas Mendiola, María Isabel Ortiz Mantilla, Blanca Jiménez Castillo, Genaro Carreño Muro, Gabriel Cárdenas Guízar, Sergio Augusto Chan Lugo, Carlos Fernando Angulo Parra, Enrique Doger Guerrero, Raudel López López, Néstor Octavio Gordillo Castillo, Jorge Alfredo Pérez Covarrubias, Carlos Bernardo Guzmán Cervantes, Javier Filiberto Guevara González, Rafael Alejandro Micalco Méndez, Jorge Francisco Sotomayor Chávez (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.



LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE Y LEY FEDERAL DE DERECHOS

«Iniciativa que reforma los artículos 28 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y 223 de la Ley Federal de Derechos, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

Quienes suscriben, los diputados federales de la LXII Legislatura integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta honorable asamblea, la presente iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y la Ley Federal de Derechos, al tenor del siguiente

Planteamiento del problema

Una de las principales demandas en el país, es garantizar la preservación de los ecosistemas forestales, los cuales se reconocen como las principales fábricas naturales de agua dulce del mundo y por consecuencia del país; sin embargo, las estadísticas y estudios sobre el estado que guardan las cuencas hidrológicas en México, nos demuestran que si bien los estados del Sur Sureste mexicano cuentan con una importante cobertura de ecosistemas naturales que captan y producen la mayor cantidad de agua, también esta región es donde tenemos los mayores rezagos en infraestructura para su disponibilidad en la población y también los mayores requerimientos de inversión para inducir en la población la conservación de los ecosistemas que la producen.

Por ello, el Grupo Parlamentario que represento plantea con la presente iniciativa impulsar el establecimiento de un vale por el pago de la fabricación natural del agua a aquellos propietarios o poseedores de predios cuyas características naturales y estado de conservación tengan aportaciones de infiltración y recarga de los mantos freáticos, es decir impulsen la producción natural del agua, ya que con ello fortaleceremos los mecanismos económicos que permitan a los interesados en la conservación y la producción de servicios ambientales dedicar sus predios a la producción natural de agua y recarga de los acuíferos nacionales.

Para lograr los objetivos que se plantean en la presente iniciativa, se pretenden que los recursos económicos necesarios para el pago por la fabricación natural del agua, provengan del establecimiento de un derecho de uso para aquellos sectores productivos que aprovechen el agua dentro de cada región.

Argumentación

El agua es un recurso indispensable para la salud pública, los ecosistemas, la biodiversidad, la producción de alimentos, la industria, la energía y el desarrollo económico. Por ello se le considera un factor estratégico de seguridad nacional así como de estabilidad social y política.

De acuerdo con la reforma impulsada por el Partido Verde al artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada el 8 de febrero de 2012, toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible, existiendo la obligación de los 3 órdenes de gobierno para garantizar este derecho.

Las características geográficas y climáticas del país nos permiten tener una gran cantidad de recursos hídricos tanto superficiales como subterráneos, basta señalar que nuestro país tiene 1.2 millones de hectáreas de lagos y 1.6 millones de hectáreas de estuarios, además de 731 cuencas hidrológicas que se han agrupado en 37 regiones, de las cuales hoy en día 104 presentan problemas de disponibilidad.

Según informes de la Comisión Nacional del Agua, en México se extraen al año 72 Km3 de agua, de la cual el 77% se destina para fines agropecuarios, el 14% para abastecimiento público, y el 9% uso industrial.

No obstante, anualmente México recibe del orden de 1 489 kilómetros cúbicos de agua en forma de precipitación, de la cual alrededor de 1 089 kilómetros cúbicos, el 73.1% se evapotranspira y regresa a la atmósfera, el 25.4% escurre por los ríos o arroyos y solo el 2.1% restante se infiltra al subsuelo y recarga los acuíferos, de tal forma que anualmente el país cuenta con 458 mil millones de metros cúbicos de agua dulce renovable, a lo que se denomina disponibilidad natural media.

En cuanto a la disponibilidad de aguas superficiales por acción del hombre en el país existen 4 462 presas y bordos, las cuales representan una capacidad total de almacenamiento de alrededor de 150 kilómetros cúbicos. De ese número, 667 presas se clasifican como grandes presas debido a que su capacidad de almacenamiento es mayor a un hectómetro cúbico; sin embargo, el volumen almacenado de agua en las presas no sólo depende de su capacidad de construcción, sino también de la precipitación ocurrida en sus cuencas de captación y de los escurrimientos en las distintas regiones del país.

Con respecto al uso de las presas en el país, 41 de las 51 presas más grandes suministran agua para riego (beneficiando a 6.5 millones de hectáreas de agricultura de riego y 2.9 millones de temporal tecnificado), mientras que nueve de ellas se destinan al abastecimiento público. Treinta y tres grandes presas tienen más de un uso, entre los que pueden estar la generación de electricidad, irrigación, control de avenidas y abastecimiento público.

La concentración de la población y la actividad económica han creado zonas de alta escasez, en gran parte del país, al mismo tiempo existe la paradoja en el sentido de que la distribución de la población no corresponde a la mayor disponibilidad del agua. El 68% del agua disponible se encuentra en regiones donde vive solo el 23% de la población, y se genera el 21% del PIB, mientras que el 32% del agua disponible se encuentra en regiones donde se concentra el 77% de la población y se genera el 79% del PIB.

Debe preocupar que en México la disponibilidad del agua se ha reducido de manera importante: en 1950, era de 18 035 metros cúbicos por año, pasando a poco menos de 11 mil en 1960 y a menos de 8 mil en 1970. En 2013, la disponibilidad por habitante fue de 3 982 metros cúbicos anuales, un volumen que de acuerdo al World Resources Institute (WRI) se considera como de disponibilidad baja.

La disponibilidad natural media del agua per cápita en el Sureste es 8 veces superior a la de un habitante del Norte, del centro o del noroeste (de 15,270 m3/hab./año a 1,930 m3/hab./año), sin embargo la disponibilidad de agua directamente para la población es menor en el sureste que en el norte, ello debido a la falta de infraestructura.

El gobierno federal dentro de su Programa Sectorial de Medio Ambiente reconoce que los subsidios otorgados al consumo de electricidad y del agua en el campo es también una tarea imprescindible para no promover el uso irracional del líquido y el deterioro de sus fuentes de abasto. Estos subsidios, además de ser altamente costosos en términos económicos también han inhibido en los agricultores los incentivos para el ahorro de energía eléctrica, la reducción de la extracción de agua y la inversión en la mejora de los sistemas de riego.

En México, el servicio de agua potable, junto con los de drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales se encuentra a cargo de los municipios, generalmente a través de organismos operadores. En el año 2013, la cobertura nacional de agua potable alcanzó 92.3%, valor menor al estimado para países como Estados Unidos, Francia y Canadá, con coberturas que prácticamente alcanzan el 100% de la población, por lo que en México existen alrededor de 9 millones de personas que carecen de servicios de agua potable.

La sobreexplotación de los acuíferos ha generado diversos efectos perjudiciales, entre los cuales se encuentra el grave impacto ecológico irreversible, que se traducen en el agotamiento de manantiales, en la desaparición de lagos y humedales, en la reducción de los caudales base de los ríos, en la eliminación de la vegetación nativa y pérdida de ecosistemas.

Los 106 acuíferos con sobreexplotación representan el 15.6% de los 653 que hay en el país. Los acuíferos sobreexplotados se concentran en las regiones hidrológicas Lerma-Santiago-Pacífico, Cuencas Centrales del Norte, Río Bravo, Noroeste y Península de Baja California.

De estos acuíferos se extrae el 58% del agua subterránea para todos los usos. En 2013, 31 acuíferos tenían presencia de suelos salinos y agua salobre, principalmente en las regiones de la Península de Baja California y Noroeste.

Además, estos acuíferos constituyen la principal fuente de abastecimiento de la población rural y aportan el agua para el riego de aproximadamente dos millones de hectáreas, 35 por ciento de la superficie de riego de nuestro país. La sobreexplotación de los acuíferos en México es cada año más alarmante: 32 en 1975 y 106 en 2013.

En las grandes regiones urbanas, especialmente del Valle de México, la demanda de agua ejercida por la población es cada vez mayor. Actualmente las fuentes abastecedoras de agua del Distrito Federal y de la Zona Metropolitana del Valle de México comienzan a manifestar la falta de líquido, además de que en algunas zonas las condiciones no son óptimas para el consumo humano. A ello se suma la deficiente infraestructura de distribución cuyo nivel de fugas se estima en cerca del 40%.

Las principales fuentes de contaminación y deterioro de la calidad del agua son las descargas industriales y urbanas, pero también las descargas de la agricultura contribuyen en gran medida por el uso de plaguicidas, insecticidas y fertilizantes químicos.

La problemática general que vive el país en cuanto a la gestión de sus recursos hídricos, se señala que al menos el 94% de ríos y lagos están contaminados y existe una baja eficiencia a nivel nacional debido a que del 100% de agua solo se cobra el 38.5% puesto que el 40% se va en fugas y el restante 27.5% se divide entre volumen no facturado, subsidios, clandestinaje y deficiencia en el patrón de usuarios.

Esto da como resultado una deficiente infraestructura, que se refleja en el porcentaje tan elevado de fugas y en la inexistencia de plantas de tratamiento o cuando las hay estas no están en óptimas condiciones y por tanto el reusó del agua sea mínimo, agravando la contaminación y la falta de agua, puesto que el agua potable se destina a uso industrial siendo que se podría usar agua residual y destinar el agua potable a regiones donde hace falta.

Según cifras oficiales de la Comisión Nacional del Agua, del 100% de las aguas superficiales, solamente 6% se considera no contaminada (20%, aceptable; 51% poco contaminada; 16% contaminada; 6% altamente contaminada; y 2%, con presencia de tóxicos)

Por lo que se refiere al cuidado y protección de las cuencas hidrológicas como generadoras de servicios ambientales entre los que está la disponibilidad de agua, el Partido Verde Ecologista de México observa un proceso constante de degradación que incluye la deforestación de las montañas, los bosques y las selvas por cambios de uso del suelo para el avance de la frontera agrícola y urbana, así como la explotación de los bosques para obtención de maderas.

Se estima que 6 regiones hidrológicas se encuentran en una situación crítica de disponibilidad ubicadas en las regiones hidrológico-administrativas de la Península de Baja California, Balsas, Río Bravo, Cuencas centrales, Lerma y Valle de México.

Las principales cuencas contaminadas de atención prioritaria en México son: Lerma-Santiago; Pánuco; San Juan; Balsas; Blanco; Culiacán; Colorado; Fuerte; Nazas; Jamada; La Antigua; Sonora; Guayalejo; Yaqui; Salado; Conchos; Armería; Coahuayana; Tijuana, y Bravo.

Por lo anterior, resulta fundamental seguir impulsando la política hídrica del país, y no solo focalizarla al mejoramiento de la infraestructura sino también a la conservación de las cuencas y la cobertura forestal del territorio nacional, como se ha expuesto, más del 70% del agua por precipitación pluvial se pierde por evaporación lográndose infiltrar al subsuelo o depositar en los cuerpos de agua superficiales, el mínimo. Sabemos que la cobertura forestal juega un roll importante en el aumento de los índices de captación de agua y recarga de los acuíferos, por tal motivo aun y cuando se reconoce el esfuerzo del Gobierno Federal en el impulso de programas como el de pago por servicios ambientales, lo cierto es que los recursos del mismos se han quedado cortos ante la enorme demanda de los propietarios de las tierras para acceder a este beneficio, por tal motivo es necesario fortalecerlo, y del mismo modo garantizar su fuente de financiamiento, buscando también una mayor equidad ya que es justo que quienes son los propietarios o poseedores de los predios que logran aportar a la infiltración o depósito de agua dentro de las cuencas, reciban una retribución económica por conservar sus predios en condiciones naturales que permitan tal acción, y del mismo modo es necesario que todo aquel que aprovecha el agua pague a quienes hacen posible su disponibilidad como servicio ambiental prestado, por ello el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México propone la presente reforma en la cual busca la creación del “Programa de Pago del Agua a los Dueños de los Bosques que la Producen”, al amparo del cual se deberán otorgar vales mensuales al canje a todo aquel propietario de terrenos forestales en buen estado de conservación siempre que garantice su mantenimiento y que las características naturales de sus predios tengan aportaciones de infiltración y recarga dentro de las cuencas a las que pertenecen, ello busca impulsar la conservación de los bosques mexicanos con una alternativa económica más.

Fundamento legal

Por lo anteriormente expuesto y fundado en lo dispuesto por el Artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 6 numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y la Ley Federal de Derechos

Artículo Primero.Se reforma el párrafo primero del artículo 28 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, para quedar como sigue:

Artículo 28. En términos de lo establecido en el primer párrafo del artículo anterior, la Comisión Nacional del Agua y la Comisión Federal de Electricidad también establecerán coordinación con la Secretaría y la Comisión, a fin de desarrollar acciones y presupuestos tendientes al manejo integral de las cuencas, así como para promover la reforestación de zonas geográficas con vocación natural que beneficien la recarga de cuencas y acuíferos, en la valoración de los bienes y servicios ambientales de los bosques y selvas en las cuencas hidrológico-forestales y participar en la atención de desastres o emergencias naturales; además, mediante el establecimiento del “Programa de Pago del Agua a los Dueños de los Bosques que la Producen”, se deberán otorgar vales mensuales al canje a todo aquel propietario de terrenos forestales en buen estado de conservación siempre que garantice ante la Secretaría su mantenimiento y que las características naturales de sus predios tengan aportaciones de infiltración y recarga dentro de las cuencas a las que pertenecen.

...

Artículo Segundo. Se reforma el artículo 223 de la Ley Federal de Derechos, para quedar como sigue:

Artículo 223. Por la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales a que se refiere este Capítulo, se pagará el derecho sobre agua, de conformidad con la zona de disponibilidad de agua y la cuenca o acuífero en que se efectúe su extracción, el 10% de este derecho será destinado al Programa de Pago del Agua a los Dueños de los Bosques que la Producen”,de acuerdo con las siguientes cuotas:

A. ...

B. ...

C. ...

...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El ejercicio fiscal siguiente al de la aprobación del presente decreto el titular del Poder Ejecutivo Federal deberá integrar el Programa de Pago del Agua a los Dueños de los Bosques que la Producen”dentro del proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación del Ejercicio Fiscal que corresponda.

Tercero. La Secretaría deberá desarrollar e implementar el procedimiento interno mediante el cual certificará los predios que cuenten con las características naturales y de conservación que les permitan aportaciones de infiltración y recarga dentro de las cuencas a las que pertenecen y que pudieran ser beneficiados por el “Programa de Pago del Agua a los Dueños de los Bosques que la Producen”.

Cuarto. Se abrogan derogan y dejan sin efectos todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Dada en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 26 días del mes de marzo del año 2015.— Diputados: Arturo Escobar y Vega, Rubén Acosta Montoya, Felipe Arturo Camarena García, Carlos Octavio Castellanos Mijares, Antonio Cuéllar Steffan, Ana Lilia Garza Cadena, Mario Francisco Guillén, Bárbara Gabriela Romo Fonseca, Héctor Narcia Álvarez, Javier Orozco Gómez, Carla Alicia Padilla Ramos, María del Rosario de Fátima Pariente Gavito, Rosa Elba Pérez Hernández, Amílcar Augusto Villafuerte Trujillo, Martha Edith Vital Vera (rúbricas).»

Se remite a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



PROPOSICIONES                                                                                                                                      REFUGIOS PARA MUJERES VICTIMAS DE VIOLENCIA FAMILIAR, SE INTEGRE LA ATENCION NECESARIA Y ESPECIALIZADA PARA LAS HIJAS Y/O HIJOS DE ESTAS, QUE LES PERMITA SU PLENA RECUPERACION FISICA Y PSICOLOGICA

«Proposición con punto de acuerdo, por el cual se exhorta al Inmujeres a garantizar que en el diseño y la evaluación del modelo de atención de los refugios para mujeres víctimas de violencia familiar se incluya apoyo especializado para sus hijos que les permita la plena recuperación física y psicológica, a cargo de la diputada María del Rocío Corona Nakamura, del Grupo Parlamentario del PRI

Los suscritos, diputados María del Rocío Corona Nakamura y Rafael González Reséndiz, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo para exhortar al Instituto Nacional de las Mujeres a que en el marco de sus facultades como depositario de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional para prevenir, atender, sancionar y erradicar la Violencia contra las Mujeres, garantice que en el diseño y evaluación del modelo de atención de los refugios para mujeres víctimas de violencia familiar, se integre la atención necesaria y especializada para las hijas y/o hijos de éstas, que les permita su plena recuperación física y psicológica, al tenor de las siguientes

Consideraciones

En nuestro país, sin duda alguna debemos reconocer que gracias al esfuerzo y la lucha constante de generaciones de mujeres, se ha avanzado en el esmero de lograr una efectiva igualdad, que permita el disfrute tanto de hombres y mujeres de las mismas oportunidades y condiciones de desarrollo pleno.

Sin embargo para las mujeres esto no ha sido fácil y aún falta mucho por hacer para lograr una cultura que nos permita como sociedad otorgar en igualdad de oportunidades y sin discriminación alguna, el libre ejercicio de todos los derechos que corresponden.

No obstante lo anterior, podemos afirmar que paulatinamente hemos aprendido a reconocer el papel que le corresponde a la mujer por su importancia en el desarrollo de este país al igual que de sus habitantes.

Es así que las mujeres a pesar de representar más del 50 por ciento de la población total en México y sobre todo de tener un lugar preponderante en el desarrollo político, económico y educativo –por mencionar algunos- han tenido que luchar para poder disfrutar de lo que les corresponde; pasando históricamente desde el reconocimiento a su derecho a votar y ser votadas, hasta la garantía de sus derechos elementales como el derecho a la vida, a elegir sobre sí mismas, el acceso a la educación, al trabajo digno y remunerado y a disfrutar de una vida libre de violencia; entre otros más.

De tal manera que hoy en día, una de cada cuatro mujeres en nuestro país son jefas de hogar y única fuente de ingresos familiares, esto sin considerar que además el 42 por ciento de las mujeres mexicanas económicamente activas trabajan fuera de su casa.

No obstante, hay todavía factores en nuestra población que impiden el desarrollo pleno de los individuos y particularmente de las mujeres que la componen; la realidad nos hace ver, que no basta con el establecimiento en la ley y el reconocimiento por parte de los gobiernos y sus instituciones, de estos derechos hacia y de las mujeres; si la sociedad en su conjunto no los reconoce, los reproduce sistemáticamente, los enseña de manera permanente, los acepta en su totalidad y por consiguiente los lleva a la práctica diaria y están a su alcance dentro del ámbito en que se desenvuelven.

Por ejemplo, de manera grave en las escuelas desde el nivel básico de enseñanza todavía se motivan y toleran las diferencias por cuestión de género pues aún existen clases y ejercicios definidos o estandarizados para hombres y mujeres.

Todavía se castiga a los estudiantes varones como una manera efectiva de escarmiento y sometimiento a burla y rebaja en su persona mandándolos a formarse a las filas de niñas o a integrarse a los talleres o asignaturas consideradas exclusivas de ellas o para ellas y en la familia todavía existe y se reproduce la marcada diferencia de roles entre las labores propias de las mujeres y los hombres.

Básicamente a pesar de que se ha dicho mucho sobre los derechos de la mujer, integramos una sociedad que discretamente pero de manera reiterada, tolera la simulación y solapa la marginación sistemática hacia ella y no ha sido capaz de erradicar los distintos tipos y manifestaciones de violencia que sufre a lo largo de las distintas etapas de su vida.

Esto es porque quizás nos ocupamos de sembrar en nuestras leyes y gobiernos el término de igualdad de género; pero a la vez olvidamos sembrarlo y reproducirlo  en nuestra sociedad, su pensamiento, su cultura, su comportamiento y los sistemas educativos que la conforman; ya sea desde la casa, la escuela así como el desarrollo del comportamiento diario desde la infancia.

Desafortunadamente y de manera particular, el nivel de violencia familiar que existe en la mayoría de los hogares; es reflejo de lo anterior.

Violencia que sin importar clase social o nivel educativo, sigue afectando principalmente a las mujeres y por consecuencia lesiona irremediablemente a la familia en su conjunto.

Al respecto las cifras son frías y claramente contundentes.

Basta mencionar que en uno de cada tres hogares en nuestro país, hay violencia familiar de manera recurrente, siendo la principal víctima la mujer y las victimas indirectas las hijas y/o los hijos.

Hasta el año pasado, se tenía registrado que uno de cada cinco asesinatos violentos efectuados en contra de mujeres en el territorio nacional, se cometía en casa.

Igualmente alarmante, en nuestra sociedad; de cada 100 mujeres mayores de 15 años casadas o en unión, al menos 47 han sufrido violencia ya sea emocional, física o sexual.

Es decir, casi la mitad de las mujeres en esa condición social, han sufrido al menos una vez algún tipo de violencia de parte de sus parejas.

Frente todo lo anterior, aunque con un número insuficiente, contamos con  refugios especializados en atender a las mujeres víctimas de la violencia familiar.

Instancias que a lo largo del territorio nacional, ya sea bajo el apoyo gubernamental o también administrados por organismos no gubernamentales; se ofrecen como una alternativa para escapar de ese mal que día a día las somete.

Espacios que ofrecen no solo refugio temporal, sino también la oportunidad de recibir la ayuda en todos los ámbitos –psicológicos, de empleo, educativos por ejemplo- que se requieran para lograr su reincorporación a una vida plena.

En la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en su artículo 51 particularmente en la fracción IV se establece que las autoridades desde el ámbito de sus competencias deberán “proporcionar un refugio seguro a las víctimas” de violencia.

De igual manera, en ese mismo ordenamiento en el artículo 52 se establece que:

“En los casos de violencia familiar, las mujeres que tengan hijas y/o hijos podrán acudir a los refugios con éstos”.

Finalmente en el artículo 54, en materia específica de los refugios se establece que éstos deberán:

I. Aplicar el Programa;

II. Velar por la seguridad de las mujeres que se encuentren en ellos;

III. Proporcionar a las mujeres la atención necesaria para su recuperación física y psicológica, que les permita participar plenamente en la vida pública, social y privada;

IV. Dar información a las víctimas sobre las instituciones encargadas de prestar asesoría jurídica gratuita;

V. Brindar a las víctimas la información necesaria que les permita decidir sobre las opciones de atención;

VI. Contar con el personal debidamente capacitado y especializado en la materia, y

VII. Todas aquellas inherentes a la prevención, protección y atención de las personas que se encuentren en ellos.

Como se puede apreciar con lo anterior; los refugios brindan en el caso de violencia familiar lo necesario para que la mujer víctima de este mal reciba la ayuda requerida y si es el caso acudan en compañía de sus hijas o hijos.

Necesariamente tiene que ser así, porque la violencia familiar no solo afecta y victimiza a la mujer sino de igual manera, lesiona a los hijos que en su núcleo familiar la padecen.

Por ello consideramos, que es necesario que en estos refugios las hijas y/o hijos de las mujeres víctimas de violencia familiar reciban la ayuda especializada para superar en lo individual y como integrante de una familia, esa desafortunada situación.

Cifras al respecto establecen que seis de cada diez menores de edad en nuestro país, sufren de violencia familiar.

Es decir; más de 15 millones de menores conviven diariamente bajo la sombra de violencia ejercida directa o indirectamente –victimas presenciales- de quien se supone los debería de proteger; siendo generalmente el padre. (En el 2010 había un total de 32.5 millones de menores en México.)

No podemos ser insensibles ante esta situación; si bien hay instituciones sólidas, fuertes y con una larga trayectoria en defensa de los menores de nuestro país como lo es el DIF.

La realidad nos muestra que desafortunadamente los refugios siguen siendo necesarios, ante la carencia de una cultura de la denuncia de estos actos y de quienes los cometen.

Es por lo anterior, que no está por demás proteger a las hijas y los hijos de las mujeres que a toda costa tratan de escapar de las destructivas garras de la violencia sufrida en los hogares y ejercida por su pareja.

Estos refugios no solo deben de ser una alternativa efectiva para la mujer, sino también para la familia en su conjunto. Y para garantizar esto, el ofrecer en éstos espacios, la protección, orientación y cuidado profesional y especializado a sus hijas y/o hijos para su también recuperación física y psicológica; es indiscutiblemente necesario.

Por lo expuesto anteriormente, se somete a la consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Instituto Nacional de las Mujeres a que en el marco de sus facultades como depositario de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional para prevenir, atender, sancionar y erradicar la Violencia Contra las Mujeres; garantice que en el diseño y evaluación del modelo de atención delos refugios para mujeres víctimas de violencia familiar, se integre la atención necesaria y especializada para las hijas y/o hijos de éstas, que les permita su plena recuperación física y psicológica.

Notas:

1 Inegi. Censo de Población y Vivienda 2010.

2 Inegi. Censo de Población y Vivienda 2010.

3 Inegi. Censo de Población y Vivienda 2010.

4 Inegi. Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2013.

5 Inegi. Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2013.

6 Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Artículo 51.

7 Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Artículo 52, fracción VIII.

8 Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Artículo 54.

9 Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Reporte 2012.

10 Inegi. Censo de Población y Vivienda 2010.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de febrero de 2015.— Diputados: María del Rocío Corona Nakamura (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.



REGULARIZACION DE LA PROPIEDAD DE CASAS HABITACION Y TERRENOS EN POSESION LEGITIMA DE JUBILADOS, PENSIONADOS Y/O EX TRABAJADORES FERROCARRILEROS

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al director general del SAE a gestionar la regularización de la propiedad de casas habitación y terrenos en posesión legítima de jubilados, pensionados o ex trabajadores ferrocarrileros, a cargo del diputado Gabriel de Jesús Cárdenas Guízar, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, Gabriel de Jesús Cárdenas Guízar, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en la LXII Legislatura, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I; artículo 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, para que realice y lleve a cabo las acciones necesarias para gestionar y agilizar la conclusión de los trabajos pendientes del proceso de liquidación, a fin de proceder lo antes posible y, en definitiva, a regularizar la propiedad de casas habitación y terrenos en posesión legítima de jubilados, pensionados y, en el caso, extrabajadores ferrocarrileros o sus sucesores, mediante las donaciones correspondientes, conforme a las siguientes

Consideraciones

Como es de nuestro conocimiento, durante prácticamente sesenta años, el Organismo Público Descentralizado Ferrocarriles Nacionales de México, primero con la participación de otras empresas de participación estatal y al final de su existencia como entidad única, fue el organismo encargado de prestar el servicio público de transporte de mercancías y personas a través de vías férreas, explotando y administrando las vías generales de comunicación ferroviarias.

Sin embargo, en fecha 4 de junio de 2001 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el decreto por el que se extingue el organismo público descentralizado Ferrocarriles Nacionales de México (FNM) y se abroga su ley orgánica; posteriormente mediante oficio 1.-203 de fecha 29 de agosto de 2001, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), designó al Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, SNC (Banobras), como liquidador responsable de FNM; luego mediante oficio 1.488 de fecha 17 de agosto de 2010 esta SCT designó al organismo público descentralizado de la administración pública federal denominado Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE), como liquidador de FNM en sustitución de Banobras. Asimismo, mediante acuerdo 12-III-3, de fecha 24 de mayo de 2012, la Comisión Intersecretarial de Gasto Público, Financiamiento y Desincorporación (CIGFD), tomó conocimiento del proyecto de Bases para la Liquidación de FNM, y con fecha 10 de octubre de 2012 fueron publicadas en el DOF dichas bases, las cuales entre otras cosas contemplan la realización de un plan de liquidación del organismo FNM, el cual mediante acuerdo 12-E-III-1 de fecha 31 de octubre de 2012 fue aprobado por la Comisión Intersecretarial de Gasto Público, Financiamiento y Desincorporación (CIGPFD), mismo que contiene en uno de sus apartados el documento denominado:Dicho plan contempla, entre otros aspectos, la donación de casas habitación y terrenos en posesión legitima de jubilados y pensionados ferrocarrileros o sus sucesores. El 20 de mayo de 2013 se incluyó el plan de liquidación en el Plan Nacional de Desarrollo.

Por lo que el proyecto antes citado se encuentra en etapa de revisión por diversos entes públicos involucrados en dicho proceso de liquidación, para su debida aprobación, por lo que una vez concluida dicha etapa, se estará en condiciones de poder dar el trámite correspondiente a las peticiones de donación respecto de casas y terrenos de FNM en posesión de jubilados, pensionados o sucesores.

Las bases para llevar a cabo la liquidación de Ferrocarriles Nacionales de México, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 10 de octubre de 2012, prevén el establecimiento de reglas para regir las fases del proceso de liquidación.

El 31 de octubre de 2012 mediante acuerdo 12-E-III-1, la Comisión Intersecretarial de Gasto Público, Financiamiento y Desincorporación aprobó el plan de liquidación de FNML, conforme a las bases de liquidación señaladas en el párrafo anterior. Dicho plan contempla, entre otros aspectos, lo siguiente:

“a) La donación de casas habitación y terrenos en posesión legitima de jubilados y pensionados ferrocarrileros o, en su caso, sus sucesores y;

b) La donación –a los gobiernos estatales– de activos remanentes de FNML en caso de estar invadidos o en uso habitacional, con el propósito de que los regularicen a favor de los poseedores.”

No obstante lo anterior, el mecanismo y los requisitos para el análisis de las solicitudes de donación, aún se encuentran pendientes de definición.

Conforme a lo establecido en la fracción IV del artículo 2o. del decreto, el liquidador sí tiene como función, entre otras, la de llevar a cabo la regularización y tramitar la desincorporación de activos remanentes incluyendo las casas habitación que han estado en posesión legítima de jubilados y pensionados de dicho organismo o sus sucesores.

Como es de nuestro conocimiento Ferrocarriles Nacionales de México, en su momento, para que los trabajadores pudieran desempeñar sus labores para la empresa, reubicó a los trabajadores para que se establecieran en lugares apartados en donde desempeñar su trabajo, por lo que la empresa, a través de los contratos colectivos de trabajo, e incluso en la Ley Federal del Trabajo, hizo obligatorio para el patrón proporcionar a sus trabajadores casas habitación o un terreno donde construir su vivienda.

No obstante, a más de 40 años, los extrabajadores del extinto organismo Ferrocarriles Nacionales de México, que actualmente se encuentra en liquidación, los jubilados y pensionados ferrocarrileros o, en su caso, sus sucesores, continúan en posesión legitima de las casas habitación y terrenos que fueron proporcionados por la empresa, y que a la fecha no han sido regularizadas en su beneficio mediante la donación la propiedad de las casas habitación y terrenos, que han estado en posesión legitima por más de cuarenta años por los extrabajadores de esta empresa.

Por lo que Ferrocarriles Nacionales de México en Liquidación (FNML) persiste en su negativa para regularizar, mediante la donación, la propiedad de las casas habitación y terrenos en posesión legítima de jubilados, pensionados y, en el caso, extrabajadores ferrocarrileros, o sus sucesores, con lo que queda evidenciada la falta de cumplimiento de las obligaciones que le imponen los artículos 2 y 4 del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de junio de 2001, que a la letra establece lo siguiente:

“Artículo 2o. La Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en su carácter de dependencia coordinadora del sector, establecerá las bases para llevar a cabo la liquidación de Ferrocarriles Nacionales de México, mediante la debida consolidación de su patrimonio y designará al liquidador responsable de ese proceso, quien realizará las siguientes funciones:

I. Ejercerá las atribuciones de apoderado general para pleitos y cobranzas, actos de administración y actos de dominio, con todas las facultades generales y aun las especiales que de acuerdo con la ley requieran poder o cláusula especial, así como para delegar su representación mediante poderes generales o especiales.

III. Administrará los activos remanentes hasta su enajenación, donación o reversión.

IV. Llevará a cabo la regularización y tramitará la desincorporación de los activos remanentes, inclusive las casas habitación que han estado en posesión legítima de jubilados y pensionados de la empresa o sus sucesores para que, en su caso, se realice la donación correspondiente a entidades federativas, municipios, pensionados y jubilados, instituciones públicas o privadas y asociaciones que no persigan fines de lucro, a fin de que sean utilizados para beneficio social, incluida la de asentamientos humanos con la intervención de las autoridades competentes, o bien, se proceda a su reversión al gobierno federal, o a su enajenación, sujetándose a lo previsto por la Ley General de Bienes Nacionales y la Ley General de Asentamientos Humanos.

En el caso de reversión, los gobiernos de los estados, el Distrito Federal y municipios, tendrán preferencia, en igualdad de condiciones, para adquirir los bienes remanentes.

V. Dará cumplimiento a los asuntos pendientes según lo establecido en los diversos títulos de concesión del servicio público de transporte ferroviario, relacionados entre otros, con la protección del entorno, con base en las auditorías ambientales y los programas de restauración ambiental.

VI. Atenderá lo relativo a los juicios laborales, civiles, mercantiles y de cualquier otra índole que se encuentran en curso, así como a la resolución de los demás asuntos laborales en trámite. El gobierno federal responderá de manera subsidiaria y, en su caso, de manera solidaria a las obligaciones que pudiesen resultar al término de los juicios mencionados.

VII. Concluirá los expedientes relativos a la liberación y ocupación del derecho de vía, así como la atención a las disputas que se presenten, buscando solucionarlas en forma conciliatoria, rápida y oportuna.

VIII. Someterá anualmente al dictamen del auditor designado por la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, los estados financieros del proceso de liquidación.

IX. Informará periódicamente a las Secretarías de Contraloría y Desarrollo Administrativo; de Hacienda y Crédito Público, de Comunicaciones y Transportes y de manera semestral al Congreso de la Unión, sobre el avance y estado que guarde el proceso.

X. Levantará y actualizará el inventario de los activos pertenecientes al organismo, así como respecto de los pasivos a su cargo, y

XI. Las demás inherentes a sus funciones.

Artículo 4o.Los derechos laborales de los trabajadores de Ferrocarriles Nacionales de México, generados conforme al contrato colectivo de trabajo aplicable y a la ley, serán respetados. En toda época, el gobierno federal garantizará complementariamente el pago vitalicio de las pensiones otorgadas a los trabajadores jubilados y pensionados de Ferrocarriles Nacionales de México, en el caso de que el fondo de jubilaciones sea insuficiente.”

Como se mencionó anteriormente elServicio de Administración y Enajenación de Bienes fue designado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes como liquidador de Ferrocarriles Nacionales de México, en sustitución de Banobras.

Dicho liquidador cuenta con las más amplias facultades para actos de administración, de dominio y pleitos y cobranzas, y para suscribir u otorgar títulos de crédito, incluyendo aquéllas que, en cualquier materia, requieran poder o cláusula especial en términos de las disposiciones aplicables, así como delegar su representación mediante poderes generales o especiales.

Además de las funciones establecidas en el decreto por el que se extingue el organismo público descentralizado Ferrocarriles Nacionales de México y se abroga su ley orgánica, así como en el Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, (SAE), deberá:

• Elaborar un plan de liquidación, en el que se identificarán objetivos y acciones;

• Una vez aprobado, se someterá a la consideración de la Comisión Intersecretarial de Gasto Público, Financiamiento y Desincorporación, para los efectos procedentes;

• Promover todo lo necesario para el cumplimiento del plan de liquidación;

• Emitir y aplicar las políticas internas para la operación, control y conducción de los procesos sustantivos de la liquidación;

• Concluir las operaciones del organismo que se encuentren pendientes;

• Cumplir las obligaciones a cargo del organismo, para lo cual podrá disponer de su patrimonio;

• Usar y disponer para los fines propios del proceso de liquidación, los recursos materiales y financieros del organismo, y

• Dar cumplimiento a los asuntos pendientes según lo establecido en los diversos títulos de concesión del servicio público de transporte ferroviario.

Por su parte, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en su carácter de coordinadora de sector, en coordinación con el liquidador, promoverá lo necesario ante la Comisión Intersecretarial de Gasto Público, Financiamiento y Desincorporación, para el efecto de:

• Definir las políticas, criterios, estrategias y modalidades que orientarán el proceso de liquidación, así como supervisar su correcta aplicación, y

• Establecer las reglas que habrán de regir en cada fase del proceso de liquidación, así como supervisarlas, y obtener las recomendaciones necesarias para el financiamiento del proceso de liquidación.

Por último, una vez concluido el proceso de desincorporación, el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes deberá:

• Comunicar la terminación a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, con el objeto de que solicite a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la baja de la clave programática-presupuestaria, y

• Presentar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el aviso de cancelación del registro federal de contribuyentes, conjuntamente con la declaración final de la liquidación total del activo del organismo.”

Por estas razones, es que el gobierno debe cumplir con el compromiso de acabar con la incertidumbre y dar certeza a los extrabajadores ferrocarrileros conforme a lo mandatado en el decreto de orden constitucional.

Del análisis de los informes, expedientes, y puntos de acuerdo, el Congreso de la Unión se ha pronunciado en favor de las demandas de miles de extrabajadores del extinto organismo público descentralizado Ferrocarriles Nacionales de México, y así, el actual organismo Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), tampoco ha cumplido con la regularización mediante la donación de las casas habitación y terrenos conforme a lo establecido en el decreto por el que se extingue el organismo público descentralizado Ferrocarriles Nacionales de México y se abroga su ley orgánica.

No obstante, a pesar de que la Secretaría de Gobernación (Segob) informó al Congreso de la Unión que el proceso de liquidación de Ferrocarriles Nacionales de México (FNML) presenta un avance global de 53 por ciento, en el informe que remitió al Congreso, precisó que para otorgar certeza a las operaciones de FNML, se estableció un programa para la revisión y, en su caso, emisión de políticas para operación, registro y control de los procesos sustantivos. Aunado con el reporte que el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE) envió al Senado de la República, informa que se fijó el mes de octubre del próximo año para concluir todo este proceso de liquidación de Ferrocarriles Nacionales de México, y para ello existen avances importantes en los juicios laborales, en los terrenos que se desincorporan y en la venta de bienes.

Con todo, a la fecha los pensionados, jubilados y extrabajadores ferrocarrileros o, en su caso, sus sucesores, que continúan en posesión legítima de las casas habitación y terrenos que por años han ocupado, no cuentan con la seguridad y certeza jurídica en su derecho a la propiedad.

Por lo que debemos brindar mayor atención a los millones de extrabajadores de esta empresa en liquidación y otorgarles certeza y claridad a las formas constitucionales de su propiedad y la seguridad en la tenencia de su tierra es esencial, la certeza de la propiedad es una condición para el desarrollo equitativo, la tierra de nadie no hace justicia a nadie, esta tarea tiene prioridad y urgencia.

Los tiempos han cambiado y no podemos seguir así, hoy es un problema grave por lo que el fin de un viejo problema nos permitirá concentrar recursos y experiencias para hacer frente a los retos que prevalecen en nuestro tiempo, regularizar la propiedad de casas habitación y terrenos en legítima posesión por más de 40 años por los extrabajadores del extinto organismo público descentralizado Ferrocarriles Nacionales de México, nos proporcionará la satisfacción de haber cumplido una etapa, y nos brinda la confianza para enfrentarnos al futuro, ante tal situación nosotros como legisladores tenemos la gran tarea de impulsar juntos esta nueva etapa para que juntos hagamos de la tierra y de su propiedad el más firme sustento para un desarrollo equitativo que los extrabajadores ferrocarrileros nos demandan.

Por las consideraciones anteriormente expuestas y fundadas, presento ante esta Cámara de Diputados los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente al titular del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, para que realice y lleve a cabo las acciones necesarias para gestionar y agilizar la conclusión de los trabajos pendientes del proceso de liquidación, a fin de proceder lo antes posible y, en definitiva, a regularizar la propiedad de casas habitación y terrenos en posesión legítima de jubilados, pensionados y/o ex trabajadores ferrocarrileros o, en su caso, sus sucesores, mediante las donaciones correspondientes.

Segundo. Se exhorta al titular del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, para que informe periódicamente a la opinión pública, tanto de los avances de las acciones instrumentadas, como del estado que guarda el proceso de liquidación del extinto organismo público descentralizado Ferrocarriles Nacionales de México.

Fuentes consultadas:

1. Decreto por el que se extingue el organismo público descentralizado Ferrocarriles Nacionales de México y se abroga su Ley Orgánica, lunes 4 de junio de 2001 Diario Oficial de la Federación (Primera Sección)

2. Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE), www.fnml.com.mx, y http://www.sae.gob.mx/es/Empresas/Liquidacion/Relacion/FERRONALES/Paginas/defau lt.aspx

3. Tesis de jurisprudencia 46/2005. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del treinta de marzo de dos mil cinco, 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXI, Abril de 2005; Pág. 736.

4. Leticia Robles de la Rosa, Fijan liquidación de Ferronales en 2015, 12/02/2014, 05:49 http://www.excelsior.com.mx/nacional/2014/02/12/ 943385

5. Liquidación de Ferrocarriles Nacionales, con avance de 53%, http://eleconomista.com.mx/industrias/2014/08/14/liquidacion-ferrocarriles-naci onales-avance-53, Miércoles 18 de febrero del 2015.

6. Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de marzo de 2015.— Diputado Gabriel de Jesús Cárdenas Guízar (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen.



PROTECCION, DEFENSA Y PROMOCION DE LOS DERECHOS LABORALES Y SOCIALES DE LAS MUJERES EMPLEADAS DOMESTICAS

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal a realizar por la SHCP y la STPS una campaña publicitaria para proteger, defender y promover los derechos laborales y sociales de las empleadas domésticas, a cargo de la diputada Karen Quiroga Anguiano, del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, Karen Quiroga Anguiano, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 2, y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El mercado laboral de México es competitivo y limitado por las grandes decadencias económicas dadas en los últimos años, provocando la notoria falta de empleo, trabajos mal pagados o carentes de las mínimas prestaciones de ley, lugares insalubres, falta de incentivos económicos y fiscales o, peor aún, rigurosos y tediosos trámites burocráticos para la instalación de empleos formales.

De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en 2014 México alcanzó 49.8 millones de personas empleadas formalmente, es decir, 50.4 por ciento de la población ocupada. Mientras, el empleo informal se formó por 28.9 millones de ciudadanos, equivalente a 57.9 de la población ocupada.

La informalidad ha incrementado considerablemente ante la escasa oferta de empleo, por lo que la sociedad debe buscar de alguna forma la generación de recursos económicos para el sostenimiento de su familia y su hogar. Entre estos empleos informales se destaca la amplia participación de las mujeres, en virtud de que en los últimos años se ha manifestado un crecimiento considerable que pone a discusión los esfuerzos en materia de política de empleo tanto en el ámbito nacional como en la esfera regional.

Un ejemplo de las empleadas en el sector informal son las trabajadoras domésticas, quienes son valiosas y forman parte de nuestra vida cotidiana, pues se caracterizan como personas que prestan su servicio para ejercer la limpieza, cuidado y mantenimiento del hogar de miles de familias a cambio de un pago monetario, vivienda temporal o alguna otra forma de pago de especie. Además, tienen la particularidad de la flexibilidad de tiempos, sus horarios de entrada por salida o de planta y se calcula que en el país, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) de 2013, hecha por el Inegi, hay alrededor de 2.2 millones trabajadoras domésticas, de las cuales 96 de cada 100 trabajadoras domésticas no tienen las formalidades jurídicas esenciales, como un contrato por escrito que avale la relación laboral; tampoco cuenta con prestaciones de ley como seguro social, aguinaldo o vacaciones y 13 por ciento de ellas, cumple una jornada laboral superior a las 48 horas por semana.

Un segundo aspecto, no menos importante, son las “amas de casa”, mujeres madres de familia que trabajan continuamente en el hogar sin tener una remuneración o paga en virtud de que el esposo, concubino, pareja u otra persona es el principal sostén económico de la casa que procura proveer, delegando los quehaceres del hogar y muchas veces el cuidado de los hijos y otros seres queridos.

La ocupación de las trabajadoras del hogar es difícil. En primera instancia se deben someter a jornadas largas y muchas veces sin descanso; por otro lado la necesidad de las empleadas domésticas las obliga a sobrellevar él incumplimiento de los derechos laborales como es el caso de la falta de seguridad social, de un contrato, tener un salario bajo o inexistente para las amas de casa y algunas veces, violencia física, psicológica y acoso o abuso sexual por parte de las y los patrones, esto sin menoscabo de descuentos por la comida que ingieren o del cuarto o estancia que les proporcionan.

Los patrones o contratantes de empleadas domésticas se aprovechan de la ignorancia y desconocimiento de la ley para someterlas y abusar de ellas; el acto inhumano hacia su persona como la discriminación se hacer ver con conductas denigrantes como darles de comer las sobras de un día anterior o con apelativos y tratos de inferioridad.

También el trato discriminatorio se refleja en las leyes laborales del país: sólo la Ley Federal del Trabajo (LFT) definió el concepto de trabajadores domésticos, pero casualmente se olvidó establecer para ellas los mismos derechos que tiene la mayoría de los trabajadores del país y que por mandato constitucional, tiene el Estado y los patrones la obligación de proporcionar y garantizar el cumplimiento de sus prerrogativas.

En 2010 se registraron en la Encuesta Nacional sobre Discriminación en México los principales problemas de las trabajadoras del hogar. El estudio reflejó lo siguiente: 38.8 por ciento indica trabajar con un sueldo bajo, que es la principal dificultad existente; 19.3 indica el maltrato y la desigualdad; y 12.1 considera la falta de derechos laborales. Este último tema argumenta que 97.3 de los empleados domésticos no cuenta con seguro social, 91.5 no recibe aguinaldo y 93 por ciento no tiene vacaciones, tan sólo un mínimo porcentaje goza de esas prestaciones.

Hace poco en México surgió el programa de incorporación voluntaria al régimen obligatorio del Seguro Social, donde el patrón persona física podía realizar la inscripción en el Seguro Social del trabajador que presta servicios de aseo o asistencia relacionados con el hogar. También en el Distrito Federal, recientemente el jefe del gobierno implantó el proceso de afiliación médica por trabajadoras del hogar en la Ciudad de México con el fin de facilitar el acceso a servicios de salud en forma gratuita sin embargo, este tipo de programas y asistencias sociales son desconocidas para las trabajadoras domésticas y en consecuencia, no pueden ejercer libremente sus derechos. Por lo tanto es importante la realización de campañas informativas sobre las leyes laborales en este tema para las mujeres trabajadoras, con el fin de que conozcan, se aserquen a las autoridades competentes y se informen claramente de las diversas normas que existen a su favor.

Por lo anterior, me permito someter a la consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Unico.-La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta al titular del Ejecutivo Federal para  que a través de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social en el ámbito de sus respectivas competencias, realicen una campaña publicitaria a favor de la protección, defensa y proporción de los derechos labores y sociales de las mujeres empleadas domésticas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de marzo de 2015.— Diputada Karen Quiroga Anguiano (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.



PRONUNCIE RESPECTO A LOS DECRETOS PUBLICADOS EN EL DOF EL 11 DE AGOSTO DE 2014, QUE EXPIDEN, REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES EN MATERIA ENERGETICA

«Proposición con punto de acuerdo, por el cua l se exhorta a la SCJN a pronunciarse sobre los decretos publicados en el DOF el 11 de agosto de 2014 que expiden, reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia energética, a cargo del diputado Danner González Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Danner González Rodríguez, diputado integrante de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, y 79, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El 10 de junio de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se modifica la denominación del Capítulo I del Título Primero y se reforman diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Con ello se introdujeron los derechos humanos a nuestro texto jurídico fundamental, marcando un hito en la relación Estado-sociedad porque los parámetros del poder estatal tuvieron un giro considerable con respecto a las personas. Los criterios de interpretación y de aplicación de las normas tienen como prioridad la protección más amplia a la persona, y mandatan estrictamente que la autoridad estatal en conjunto tiene la obligación de desarrollar las condiciones estructurales para la realización, mantenimiento y cumplimiento de los derechos humanos.

Sin embargo, esta importante reforma al sistema jurídico mexicano en su conjunto, enfrenta un reto que pone en entredicho el cumplimiento y mandato constitucional de hacer valer los derechos humanos, paradójicamente por acción de las propias autoridades estatales. Toda vez que el 11 de agosto de 2014, se publicaron diversos Decretos en el Diario Oficial de la Federación en materia energética.

De manera particular, el decreto por el que se expide la Ley de Hidrocarburos y se reforman diversas disposiciones de la Ley de Inversión Extranjera; la Ley Minera y la Ley de Asociaciones Público Privadas, permitirá el uso de la técnica conocida como Fractura o Fracturación Hidráulica (Fracking), que consiste en introducir a alta presión, en  pozos perforados vertical, horizontal y radialmente, millones de litros de un líquido fracturante con base en agua (90 por ciento), agentes apuntalantes (8-9 por ciento) y  productos químicos altamente tóxicos (1-2 por ciento), con el objetivo de  fracturar la roca y liberar los hidrocarburos denominados no convencionales que se encuentran en la roca madre de baja permeabilidad (esquistos, pizarra, lutitas, “shale”), en yacimientos que pueden ir de mil hasta los cinco mil metros de profundidad.

La “técnica de explotación de hidrocarburos no convencionales es devastadora en términos sociales y ambientales”, como se ha comprobado en diversas partes del mundo como Alemania, Argentina, Canadá, Estados Unidos de América, Sudáfrica y Rumania, por mencionar algunos lugares.

Esta práctica violenta derechos humanos de primer orden, toda vez que en términos sociales la devastación se puede apreciar en muchos ámbitos de la vida cotidiana de las personas como: la salud y la vivienda. En el primero porque hay problemas asociados con el estrés por vivir cerca de los lugares donde se emplea esta técnica y por los daños provocados por la exposición a la mezcla de químicos altamente cancerígenos. En el segundo, porque disminuyen las condiciones de habitabilidad de los hogares pues se compromete la seguridad física de las mismas frente a riesgos estructurales y  ambientales, además de que se limita el acceso a servicios como el de agua potable, tanto porque disminuye la disponibilidad del líquido, como por la contaminación del agua disponible, además, se afectan otros espacios en los que las personas de una comunidad hacen su vida cotidiana, tales como centros escolares, de salud, laborales y recreativos, toda vez que están expuestos a la contaminación ambiental, a la falta o limitación de agua potable y a los riesgos antes mencionados.

En cuanto al deterioro ambiental; se contamina el aire, el suelo, el subsuelo, las tierras de cultivo y pastura (y con ello la vegetación y la fauna así como la alimentación adecuada para el ganado), y los mantos acuíferos (pues además de utilizar cantidades exorbitantes de agua se imposibilita el tratamiento del agua residual ya que se usan sustancias químicas altamente tóxicas).

Aunado a lo anterior, el fracking tendrá incidencia directa en el ámbito laboral, puesto que se han constatado violaciones a derechos laborales de los trabajadores de la industria del gas shale en diversas partes donde se ha puesto en marcha esta práctica. Las principales conculcaciones versan entorno a las condiciones irregulares de contratación, los riesgos de trabajo y enfermedades por ausencia de condiciones de higiene y seguridad, la falta de regulación apropiada y de supervisión continua, así como precariedad en términos de salario, estabilidad y seguridad social. Lo cual repercute directamente en las familias de los trabajadores de la industria petrolera.

Además, hay proyectos para explotación de gas shale que se llevarán a cabo en territorios indígenas en nuestro país, con lo cual serán violentados los derechos de los pueblos indígenas como la libre determinación para disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales y a no ser privados de sus propios medios de subsistencia, así como la consulta libre e informada.

Advanced Resources International, ha revelado que más de 100 municipios de Veracruz, Puebla, San Luis Potosí, Hidalgo y Tamaulipas, se verán afectados por la práctica del fracking.

Datos de la propia Secretaría de Energía refieren que 43 por ciento del territorio estatal, 80 por ciento de las tierras ejidales, 38 por ciento del territorio del pueblo Totonaca, 31 por ciento del Popoluca y 20 por ciento del Náhuatl y Huasteco serían las zonas más dañadas irreversiblemente de Veracruz. Asimismo, indicadores de la Agencia de Información de Energía, señalan que el fracking ha sido autorizado en 21 cuencas hidrográficas y 11 acuíferos de Veracruz, violando sustancialmente el derecho humano al agua y a un ambiente sano.

En suma, es evidente que al utilizar cantidades descomunales de agua, al contaminar el medio ambiente (desde el suelo, subsuelo, aire, agua, vegetación y animales), al afectar a las personas en muchos ámbitos de su vida cotidiana (salud, alimentación, vivienda, laboral, etc.) y a grupos sociales (como los indígenas) cuya protección y desarrollo de sus características e identidades étnicas y culturales resultan prioritarios, se violarán derechos humanos tales como: el derecho al medio ambiente sano, a la salud, a la alimentación adecuada, a la educación, a la protección y asistencia a la familia, a la vivienda, a la estabilidad en el empleo, al salario suficiente, a las condiciones satisfactorias de trabajo, a la protección contra riesgos y enfermedades, y a la seguridad social, así como el derecho al descanso y al disfrute del tiempo libre y los derechos culturales de los pueblos indígenas.

Todos estos derechos, cabe puntualizar, están reconocidos en nuestra Constitución Política en los artículos 1, 2, 3, 4, 6 y 123, así como en los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos suscritos por el Estado mexicano como la Declaración Universal de los Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, la Convención Americana sobre Derechos Humanos,  por mencionar algunos.

El nuevo régimen constitucional en materia de derechos humanos obliga, expresamente, a todas las autoridades del país, sin distinción de competencia, nivel jerárquico o jurisdicción, a proteger los derechos humanos contenidos en la Constitución Federal y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte, buscando en todo momento la protección más amplia de la persona bajo los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

Al respecto son aplicables las siguientes tesis de tribunales federales:

Época: Décima Época

Registro: 2003350

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Tipo de tesis: Aislada

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Libro XIX, Abril de 2013, Tomo 3

Materia(s): Constitucional

Tesis: I.4o.A.9 K (10a.)

Página: 2254

Principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad de los derechos humanos. En qué consisten.

El tercer párrafo del artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone, entre otras cuestiones, que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, los que consisten en lo siguiente: i) universalidad: que son inherentes a todos y conciernen a la comunidad internacional en su totalidad; en esta medida, son inviolables, lo que no quiere decir que sean absolutos, sino que son protegidos porque no puede infringirse la dignidad humana, pues lo razonable es pensar que se adecuan a las circunstancias; por ello, en razón de esta flexibilidad es que son universales, ya que su naturaleza permite que, al amoldarse a las contingencias, siempre estén con la persona. En relación con lo anterior, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Caso de la “Masacre de Mapiripán vs Colombia) ha señalado que los tratados de derechos humanos son instrumentos vivos, cuya interpretación tiene que acompañar la evolución de los tiempos y las condiciones de vida actuales, interpretación evolutiva que es consecuente con las reglas generales de interpretación consagradas en el artículo 29 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, así como las establecidas por la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados. De ahí que dichos derechos, dentro de sus límites, son inalterables, es decir, que su núcleo esencial es intangible; por ello, la Norma Fundamental señala que ni aun en los estados de excepción se “suspenden”, pues en todo caso, siempre se estará de conformidad con los principios del derecho internacional humanitario; ii) interdependencia e indivisibilidad: que están relacionados entre sí, esto es, no puede hacerse ninguna separación ni pensar que unos son más importantes que otros, deben interpretarse y tomarse en su conjunto y no como elementos aislados. Todos los derechos humanos y las libertades fundamentales son indivisibles e interdependientes; debe darse igual atención y urgente consideración a la aplicación, promoción y protección de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales; esto es, complementarse, potenciarse o reforzarse recíprocamente; y iii) progresividad: constituye el compromiso de los Estados para adoptar providencias, tanto a nivel interno como mediante la cooperación internacional, especialmente económica y técnica, para lograr progresivamente la plena efectividad de los derechos que se derivan de las normas económicas, sociales y sobre educación, ciencia y cultura, principio que no puede entenderse en el sentido de que los gobiernos no tengan la obligación inmediata de empeñarse por lograr la realización íntegra de tales derechos, sino en la posibilidad de ir avanzando gradual y constantemente hacia su más completa realización, en función de sus recursos materiales; así, este principio exige que a medida que mejora el nivel de desarrollo de un Estado, mejore el nivel de compromiso de garantizar los derechos económicos, sociales y culturales.

Época: Décima Época

Registro: 2003881

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Tipo de tesis: Aislada

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Libro XXI, Junio de 2013, Tomo 2

Materia(s): Constitucional

Tesis: IV.2o.A.15 K (10a.)

Página: 1289

Principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad establecidos en la Constitución federal. Representan criterios de optimización interpretativa de los derechos fundamentales.

El 10 de junio de 2011 se promulgaron reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de derechos humanos, de las que sobresale la modificación de su artículo 1o. que establece la obligación de toda autoridad de promover, respetar y garantizar los derechos humanos, favoreciendo la protección más amplia posible a favor de la persona, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En virtud de éstos, la valoración de los derechos fundamentales queda vinculada a la premisa de que deben respetarse en beneficio de todo ser humano, sin distinción de edad, género, raza, religión, ideas, condición económica, de vida, salud, nacionalidad o preferencias (universalidad); además, tales derechos han de apreciarse como relacionados de forma que no sería posible distinguirlos en orden de importancia o como prerrogativas independientes, prescindibles o excluyentes unas ante otras, sino que todos deben cumplirse en la mayor medida posible, así sea en diferente grado por la presencia de otro derecho fundamental que también deba respetarse y que resulte eventualmente preferible, por asegurar un beneficio mayor al individuo, sin que el derecho fundamental que ceda se entienda excluido definitivamente (indivisibilidad e interdependencia); asimismo, con el entendimiento de que cada uno de esos derechos, o todos en su conjunto, obedecen a un contexto de necesidades pasadas y actuales, mas no niegan la posibilidad de verse expandidos, por adecuación a nuevas condiciones sociales que determinen la necesidad y vigencia de otras prerrogativas que deban reconocerse a favor del individuo (progresividad). De esta guisa, los referidos principios representan criterios de optimización interpretativa de los derechos fundamentales, porque conducen a su realización y observancia plena e inmejorable a favor del individuo, al orientar el proceder de toda autoridad en el cumplimiento del mandato de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos reconocidos en la Constitución y los tratados internacionales de la materia, lo cual se refleja al ejercer el control constitucional, en el sentido de que el respeto y restauración de los indicados derechos son una tarea no sólo de la jurisdicción federal, sino también de la ordinaria en el conocimiento de los asuntos de su competencia.

Por tal motivo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en su calidad de máximo Tribunal Constitucional del país, tiene la responsabilidad fundamental de ser garante del orden establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que en este tema está llamada a jugar un papel trascendente y obligada a aportar luz.

Derivado de lo anterior someto a la consideración de esta honorable asamblea, el presente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta, respetuosamente, a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para quese pronuncie respecto a los Decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014, que expiden, reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia energética, si son violatorios de los derechos humanos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los instrumentos internacionales de derechos humanos suscritos por el Estado mexicano.

Notas:

1 Sandoval Terán, Areli. “El fracking  en la explotación de hidrocarburos no convencionales: amenaza para los derechos humanos, amenaza para la vida”, en Impacto Social y Ambiental del Fracking,Senado de la República, Instituto Belisario Domínguez, LXII Legislatura, México, mayo de 2014, p. 65. Disponible en: http://www.lavida. org.mx/sites/g/files/g369226/f/archivos-contenidos/Impactos%20 Fracking.pdf [Última consulta: 2 de enero de 2015]

2 “Grupo México pretende realizar Fracking en Veracruz”, REGENERACIÓN, 31 de agosto de 2014. Disponible en: http://regeneracion. mx/causas-justas/grupo-mexico-pretende-realizar-fracking-en-veracruz/ [Última consulta: 5 de marzo de 2015]

3 “Afectará fracking 43 por ciento del territorio de Veracruz; zonas indígenas sufrirían daños irreversibles”, El Clarín, 14 de febrero de 2015. Disponible en: http://elclarin.com.mx/afectara-fracking-43-del-territorio-de-veracruz-zonas-in digenas-sufririan-danos-irreversibles/ [Última consulta: 5 de marzo de 2014]

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 26 días del mes de marzo de 2015.— Diputado Danner González Rodríguez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



IMPLEMENTEN POLITICAS PUBLICAS QUE INCENTIVEN LA PRODUCCION ARTESANAL DE PUEBLOS Y COMUNIDADES INDIGENAS

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP, la SE y sus homólogas locales a implantar políticas públicas que estimulen la producción artesanal de pueblos y de comunidades indígenas, a cargo de la diputada Eufrosina Cruz Mendoza, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada Eufrosina Cruz Mendoza, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3, numeral 1, fracción XIX; 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II del Reglamento de la Cámara de Diputados, tengo a bien someter a consideración de esta honorable soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo que exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a sus homólogas de las entidades federativas, para que emitan estímulos fiscales a favor de la producción artesanal indígena, así como a los titulares del ejecutivo de los tres niveles de gobierno, para que implementen políticas públicas que incentiven la producción artesanal de pueblos y comunidades indígenas, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La pluriculturalidad de pueblos y comunidades indígenas de nuestra nación dan origen a una vasta riqueza cultural y étnica, que las sociedades indígenas transmiten de generación en generación, reflejando su propia identidad.

Esta diversidad cultural, hoy en día es una de las más grandes riquezas que tenemos los mexicanos, que a través de ella podemos apreciar la vida social y religiosa, la fascinante cosmogonía y hasta reconocer nuestras raíces indígenas.

Estos valores culturales los vemos plasmados en la artesanía mexicana, con sus formas, texturas y colores; en la cerámica, la cestería y los textiles que forman parte de la producción artística del México prehispánico.

En la actualidad, las manos artesanas preservan sus habilidades en los distintos pueblos del país y nos proporcionan una travesía al interior de las culturas antiguas y el rico presente, en forma de hermosos tapetes, cerámica o vestidos tradicionales.

Ejemplos de la amplia variedad de artesanías que México ofrece al mundo, tenemos los tapetes de Teotitlán, Oaxaca, piezas únicas de cerámica de Quiroga, Michoacán, y la mundialmente conocida talavera de Puebla.

En imágenes coloridas y dramáticas, los indios huicholes de las montañas de la Sierra Madre reflejan su realidad espiritual. El método de teñido de telas, como el de arte con cuentas, se ha convertido en sinónimo del movimiento para proteger los derechos de las etnias y simultáneamente les brinda oportunidades comerciales y educativas.

Los coras, reconocidos por su arte en cerámica, viven principalmente en el municipio de Nayar, al oeste del estado.

Los tepehuanos viven en pequeñas áreas en el municipio de Huajicori, y entre las artesanías que elaboran encontramos mochilas de lana, sombreros, equipales (sillas con asiento de piel) y ollas de barro.

La tradición del barro tiene una historia muy larga en México. En casi todas las regiones del país se ha desarrollado la disciplina de la alfarería.

En algunas se han descubierto vasijas de más de tres mil años de antigüedad; hoy se siguen produciendo para fines decorativos o utilitarios.

Pero entre todas las regiones del país, Oaxaca puede presumir de una alfarería con gran prestigio. En San Bartolo Coyotepec, existe una variedad de barro de color totalmente negro y con una textura tersa, estas artesanías han alcanzado renombre a nivel mundial.

Otra famosa artesanía oaxaqueña son los alebrijes, piezas irrepetibles, hechas a mano por habitantes del pueblo de San Martín Tilcajete, Oaxaca, y al adquirirlas se está contribuyendo a la manutención de las familias artesanas.

El barro, la obsidiana y el ixtle son utilizados por los artesanos hidalguenses para crear obras de decoración para las casas o como un bello recuerdo; además, utilizan el hilo derivado del maguey para realizar morrales, ayates, tapetes, bolsas y enjalmas que venden como artesanías para los turistas que visitan el Valle del Mezquital en Hidalgo, siendo así, también una forma de preservar la cultura que identifica a la región. También en Hidalgo, en los municipios de Huejutla, Huichapan, Ixmiquilpan, Jacala y Acatlán, se encuentran creaciones hermosas hechas a mano con varas de sauce o palma, los cestos y canastas, sombreros, petates, juguetería, petacas y de textiles de algodón y en lana, suéteres, cobijas y sarapes.

También en Metztitlan y Tasquillo, Hidalgo, puedes admirar las creaciones talladas en cantera como cruces, fuentes, esculturas y monumentos con bola de río y piedra negra.

Como se menciona anteriormente, la oferta de artesanías en nuestro país es tan sorprendente y tan vasta que reflejan la cultura e identidad indígena, además coadyuvan con la economía tanto familiar como del país.

En este sentido, estamos obligados a incentivar la producción y venta de las artesanías de nuestro colorido México, más aún que en nuestra Carta Magna dispone en su artículo 2o., apartado A, fracción IV, que el estado debe preservar y enriquecer las lenguas, conocimientos y todos los elementos que constituyan la cultura e identidad de las comunidades y pueblos indígenas.

Del mismo modo, en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes establece en sus artículos 2, inciso b), y 4, que los gobiernos obligados al cumplimiento de dicho convenio, como es el caso de México, deben desarrollar acciones y tomar medidas para proteger, por una parte, los derechos culturales de los indígenas y por la otra, para preservar las culturas indígenas.

Asimismo, hay que considerar que casi la totalidad de las empresas artesanales (98 por ciento) son catalogadas como pequeñas y medianas, que usan una variedad de materiales de origen natural.

Que algunas se dedican a la exportación y tienen como destino final, principalmente, los Estados Unidos de América (91 por ciento). En el caso de la Unión Europea, México es el principal vendedor de toda América Latina, pero las artesanías representan 2.7 por ciento del monto total de exportación. Por lo que es un sector a considerar importante.

Sin embargo, hoy en día estamos ante una situación en la que fuera de que se impulse la producción y la venta de los productos artesanales indígenas, como un medio de preservar la cultura indígena y como una forma de sustento de las familias indígenas, los estamos inhibiendo, ya que las leyes en la materia y, sobre todo las fiscales, establecen lineamientos que son difíciles de cumplir por los artesanos.

En primera instancia, porque estamos ante grupos de familias que solamente hablan su lengua materna, o bien por su localización geográfica viven en condiciones precarias, limitados de toda tecnología y no tienen posibilidad de registrarse como empresa. Y en segunda, porque de acuerdo con la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal, todas aquellas personas cuyas habilidades naturales o dominio técnico de un oficio, con capacidades innatas o conocimientos prácticos o teóricos que elaboren bienes u objetos de artesanía se acogerán a este ordenamiento jurídico a fin de que accedan al otorgamiento de apoyos fiscales, financieros, de mercado y de asistencia técnica, cumpliendo con numerosos requisitos y trámites que en muchas ocasiones se vuelven tortuosos, con la finalidad de que sean comerciantes formales.

En este sentido, esto implica que tengan cargas fiscales, que tengan que deducir impuestos o pagar éstos, expedir facturas electrónicas, comprobar sus ingresos, comprobar la compra de materiales con los que elaborar sus productos, aunado a que muchos de los artesanos, principalmente de origen indígena, viven en condiciones precarias o laboran en sus casas o en espacios rentados, están limitados de toda tecnología y no tienen posibilidad de registrarse como empresa, por lo que esto se vuelve un grave problema, a tal grado que muchos deciden abandonar su actividad y emigrar de sus lugares de origen en busca de mejores oportunidades.

Un ejemplo que tengo presente y que a nivel nacional se replica, es el caso de Oaxaca, donde en más de 300 de 570 municipios, están identificados como de alta marginación, cuenta con más de 80 por ciento del padrón de artesanos en el estado –que supera los 45 mil empadronados–, están en esta situación de no cumplir con los requisitos que marca la ley y con la necesidad de seguir con su oficio porque familias enteras de esto viven, sin embargo, no existen lineamientos claros que faciliten el desarrollo de la actividad artesanal, sin que se les impongan cobros excesivos de contribuciones que no pueden pagar.

En este sentido, es urgente que se le haga un llamado al Estado mexicano, al Ejecutivo federal, para que considere este asunto de interés público, en virtud de que se trata de contribuyentes en estado vulnerable y que realizan actividades económicas de relevancia; es momento de que se apoye a los artesanos indígenas mediante estímulos fiscales, subsidios, disminución o simplificación de impuestos sobre la producción de artesanías; es necesario que se impulse la actividad artesanal ya que muestra la diversidad cultural de nuestro país para que exista una real producción y venta artesanal proveniente de pueblos y comunidades indígenas.

Por otra parte, según la Encuesta Nacional de Educación y Empleo (ENOE) de 2011, más de 85 mil trabajadores de la población económicamente activa (PEA) que laboran en el sector artesanal no reciben ingresos o bien, son menores a un salario mínimo, además, en el mismo año, el Fondo Nacional para el Fomento de las Artesanías (Fonart) apoyó a 7 mil 300 artesanos, con una inversión de 17.2 millones de pesos, sin desconocer que en los últimos cinco años el Fonart apoyó a casi 121 mil artesanos, con un presupuesto ejercido cercano a 238 millones de pesos. Pese a esto, el número de artesanos apoyados en 2010 fue menor que en 2009 o 2007.

Es así que la procedencia de esta proposición se basa en el apoyo de cerca de un millón ochocientos mil trabajadores artesanales. Los cuales se concentran principalmente en Oaxaca (58 mil 398); Guerrero (39 mil 107); estado de México (34 mil 687); Jalisco (32 mil 504) y Yucatán (29 mil 310), entre otros estados más.

Considerando estos datos relevantes, también es imperante que se promuevan políticas públicas que en realidad impulsen la economía artesanal, donde este sector se beneficie de apoyos financieros y fiscales para que sigan con su actividad que por generaciones ha prevalecido, debido a que se transmite de familia en familia y de generación en generación.

Para fundamentar el presente punto de acuerdo, encontramos que en los artículos 25 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece subsidios y estímulos fiscales para que se fomente el crecimiento económico y el empleo del sector artesanal, en los términos siguientes:

Artículo 25. Corresponde al estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la soberanía de la nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución. La competitividad se entenderá como el conjunto de condiciones necesarias para generar un mayor crecimiento económico, promoviendo la inversión y la generación de empleo.

Artículo 28. En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las (sic DOF 03-02-1983) prácticas monopólicas, los estancos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes. El mismo tratamiento se dará a las (sic DOF 03-02-1983) prohibiciones a título de protección a la industria.

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Se podrán otorgar subsidios a actividades prioritarias, cuando sean generales, de carácter temporal y no afecten sustancialmente las finanzas de la nación. El estado vigilará su aplicación y evaluará los resultados de ésta.

Asimismo, el artículo 39 del Código Fiscal de la Federación, faculta al presidente de la República a conceder subsidios y estímulos fiscales mediante resoluciones de carácter general, señalando el monto o proporción de los beneficios, plazos que se concedan y los requisitos que deban cumplirse por los beneficiarios:

Artículo 39.- El Ejecutivo federal, mediante resoluciones de carácter general, podrá: I. Condonar o eximir, total o parcialmente, el pago de contribuciones y sus accesorios, autorizar su pago a plazo, diferido o en parcialidades, cuando se haya afectado o trate de impedir que se afecte la situación de algún lugar o región del país, una rama de actividad, la producción o venta de productos, o la realización de una actividad, así como en casos de catástrofes sufridas por fenómenos meteorológicos, plagas o epidemias. Sin que las facultades otorgadas en esta fracción puedan entenderse referidas a los casos en que la afectación o posible afectación a una determinada rama de la industria obedezca a lo dispuesto en una ley tributaria federal o tratado internacional. II. Dictar las medidas relacionadas con la administración, control, forma de pago y procedimientos señalados en las leyes fiscales, sin variar las disposiciones relacionadas con el sujeto, el objeto, la base, la cuota, la tasa o la tarifa de los gravámenes, las infracciones o las sanciones de las mismas, a fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes. III. Conceder subsidios o estímulos fiscales. Las resoluciones que conforme a este artículo dicte el Ejecutivo federal, deberán señalar las contribuciones a que se refieren, salvo que se trate de estímulos fiscales, así como el monto o proporción de los beneficios, plazos que se concedan y los requisitos que deban cumplirse por los beneficiados.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como a las autoridades hacendarias de las entidades federativas, para que en el ámbito de sus competencias, condonen, total o parcialmente, el pago de contribuciones y concedan subsidios o estímulos fiscales relacionados con la producción de artesanías que elaboran los indígenas.

Segundo. Se exhorta respetuosamente a los titulares del Ejecutivo en los tres órdenes de gobierno, federal, estatal y municipal, para que en el ámbito de su competencia, implementen políticas públicas que incentiven la producción de artesanías de pueblos y comunidades indígenas, esto como una forma de proteger, conservar y usar el arte indígena en todas las manifestaciones primigenias, desde sus propias lenguas, sus usos, costumbres y tradiciones en un entorno de composición pluricultural de nuestro país.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de marzo de 2015.— Diputada Eufrosina Cruz Mendoza (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Economía, para dictamen.



ATIENDA EN TIEMPO Y FORMA LAS DENUNCIAS LLEVADAS A CABO POR LA CONDUCTA DISCRIMINATORIA DEL GOBERNADOR DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Conapred a atender en tiempo y forma las denuncias formuladas por la conducta discriminatoria del gobernador de Baja California, a cargo de la diputada Karen Quiroga Anguiano, del Grupo Parlamentario del PRD

La que suscribe, Karen Quiroga Anguiano, diputada del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática ante la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, de conformidad con lo establecido en el artículo 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea el presente punto de acuerdo al tenor de lo siguiente

El pasado 11 de marzo, Francisco “Kiko” Vega de Lamadrid, gobernador de Baja California, durante un acto para conmemorar el Día Internacional de la Mujer, emitió el siguiente mensaje:

“Ustedes son lo mejor que nos ha pasado. Están rebuenas todas para cuidar niños, para atender la casa, para cuando llega uno, y a ver mijito, las pantunflitas. No, no, ustedes de veras que son el pilar de la familia y perfectamente lo saben. Muchas felicidades”.

Por otro lado Elvira Luna, la vicepresidenta de la Comisión de Género de la confederación de abogados, interpuso una queja en su contra ante el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), por considerar que el mandatario se expresó de manera despectiva, humillante y ofensiva hacia los derechos, la integridad y la dignidad de las mujeres. Cabe mencionar que Francisco Vega, no ha legislado hasta hoy políticas públicas en pro de las mujeres y no existen acciones para contrarrestar las inequidades que afectan a las mujeres.

Por razones históricas, a la mujer se le ha asignado un papel subordinado tanto en la sociedad como en la familia, frecuentemente ella se encarga de las labores del hogar y él de proveer los alimentos, esto, no ha cambiado mucho en miles de años, y cuando se da el caso de que ambos trabajan fuera del hogar para poder subsistir de una manera más digna, y el hombre ayuda en las tareas del hogar es llamado peyorativamente “mandilón”.

Susan Sontag, militante de la igualdad entre hombres y mujeres, decía que cuando el hombre esperaba que la mujer le pusiera las pantuflas junto al sillón para estar más cómodo, él era un machista, y si la mujer lo hacía ella era una subordinada que aceptaba su papel sin chistar. El feminismo, decía la profesora Sontag, comenzaba por no hacerlo, y no por rebeldía sin sentido o irracional sino porque él podía cambiar sus zapatos por pantuflas sin ningún esfuerzo adicional, igual que servirse una copa o lavar los trastos de la cena incluso suponiendo que no supiera cocinar y que su esposa, por mutuo acuerdo, lo hiciera en una suerte de división del trabajo.

Además de que la pareja debe ser complementaria y basada en el respeto mutuo, el rol de la mujer no es de ninguna manera denigrante, como lo hace ver este mandatario con sus comentarios, la famosa película Kramer vs. Kramer, que todas las parejas deberían ver, demuestra con una dramática historia que Ted (Dustin Hoffman) induce a Joanna (Meryl Streep) a abandonarlos a él y a su hijo, porque le impedía realizarse como persona. Al quedarse solo con su hijo aprendió a ser padre, tan bien que cuando el juez le dio la custodia a ella, Joanna convino en que el niño se quedara con su padre pues estaba muy contento con él. Es decir, se pueden invertir los papeles y la mujer no tiene que ser la variable dependiente en una relación ni mucho menos llevarle las pantuflas al “macho”.

El feminismo, no consiste en desplazar al hombre sino en la afirmación de la mujer como ser humano inteligente y capaz de hacer lo mismo que él. Si somos objetivos, la mujer es superior al hombre en muchos sentidos pues nosotros no tenemos hijos ni tenemos que soportar las enormes molestias de un embarazo ni los dolores de un parto. Y, aunque con frecuencia ellas no tangan la fuerza de un hombre, ellas pueden ser incluso más resistentes que estos y, en promedio, viven más años. Hasta donde sé son muy pocas tareas que las mujeres no pueden realizar como el hombre, y más ahora con las tecnologías existentes. En cambio el sexo masculino no puede sustituir a las mujeres en todo lo que nosotros podemos hacer.

Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación, establece que la discriminación es toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades, cuando se base en uno o más de los siguientes motivos: el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo.

Por lo expuesto, someto a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único.Se exhorta al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, a Atender en tiempo y forma las denuncias llevadas a cabo por la conducta discriminatoria del gobernador de Baja California.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 26 días del mes de marzo de 2015.— Diputada Karen Quiroga Anguiano (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.



INSTITUIR Y CELEBRAR EL 25 DE MARZO COMO EL “DIA DEL NIÑO POR NACER”

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a realizar lo conducente para instituir y celebrar el 25 de marzo como Día del Niño por Nacer, a cargo de la diputada Raquel Jiménez Cerrillo, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada Raquel Jiménez Cerrillo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, de la LXII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 6, numeral i, fracción I y artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I, II y III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía los presentes puntos de acuerdo con base a las siguientes

Consideraciones

Primera. La vida es el eje de todos los derechos. El derecho a la vida es una condición del ser humano que se encuentra inherente a su naturaleza, siendo este el inicio de todo orden social principio mismo de su existencia.

El respeto a la vida como derecho humano fundamental debe ser principio imprescindible de nuestras leyes, sin él es imposible exigir el respeto a todos los demás derechos. Es por ello que asumiendo el compromiso como representantes de los niños y niñas que aun no pueden hablar, ni defenderse, por la etapa misma en la que se encuentran, proponemos a modo de respeto y justicia celebrar de manera oficial el “Día del Niño por Nacer”.

Para el Partido Acción Nacional, de acuerdo a nuestros principios de doctrina, “la vida y la dignidad de ser humano deben protegerse y respetarse desde el momento de su concepción hasta la muerte natural”, rector de nuestras acciones.

Segunda.Esta celebración fue constituida por primera ocasión en El Salvador, siguiéndole Argentina, declarándose el 25 de marzo de 1999, por el reconocimiento de los no nacidos, ante ello el presidente en ese entonces Carlos Saúl Menem expresó en una carta a los presidentes de los países de América Latina, España, Portugal y Filipinas, la invitación de unirse al decreto número 1406/98 del 7 de diciembre de 1998, donde se pide declarar oficialmente Día del Niño por Nacer.

En diversos países de América Latina y Europa aprobaron el proyecto declarando el 25 de marzo de cada año Día del Niño por Nacer, acogiéndolo con diferente nombre en cada país por su ideología, con el propósito de promover una cultura y defensa de la vida desde el momento de su concepción.

El Congreso de Guatemala el 20 de mayo de 1999 declaró el día 25 de marzo como Día nacional del Niño no nacido. La declaración oficial señala que de esta manera se espera “promover una cultura de vida y de defensa de la vida desde el momento de su concepción”.

En Chile, a partir de una campaña que contaba con el apoyo de miles de firmas y varios alcaldes, el 18 de mayo de 1999 la Cámara de Senadores aprobó por unanimidad un proyecto de acuerdo por el que se solicita al Presidente de la República se sirva declarar el día 25 de marzo de cada año, como el día del niño concebido.

En el marco del III Encuentro de Políticos y Legisladores de América, que se realizó del 3 al 5 de agosto de 1999 en Buenos Aires, Argentina, la primera dama de Costa Rica, Lorena Clara de Rodríguez, anunció la celebración de un día por la vida del no nacido en Costa Rica. El entonces presidente costarricense Miguel Angel Rodríguez, proclamó el 27 de julio como Día Nacional de la Vida antes de Nacer.

En Nicaragua, el presidente de la República, Arnoldo Alemán, dictó el 25 de enero de 2000 un decreto por el que declara el 25 de marzo de cada año como el “Día del Niño por Nacer”. El primer magistrado nicaragüense fundamenta su resolución en que la Constitución Política de la República, en su artículo 23 declara que “el derecho a la vida es inviolable e inherente a la persona humana”. Luego añade que como “la vida humana necesita de cuidado y protección especiales, tanto antes como después del nacimiento”, el Estado nicaragüense reconoce “como una de sus prioridades velar por el desarrollo integral de las personas por nacer”. Finalmente el decreto reconoce que “el derecho a la vida, inherente a cada uno de los habitantes de la Nación y del mundo, constituye el eje principal de los derechos humanos y por tanto, merece de la decidida atención del Estado, sus instituciones y de toda la sociedad nicaragüense”.

En República Dominicana fue aprobada, a comienzos del 2001, la ley que instituye la celebración, considerando como “apropiado y necesario consignar un día al niño por nacer, con la finalidad de propiciar la reflexión sobre el importante papel que representa la mujer embarazada en el destino de la humanidad, y el valor de la vida humana que porta en su seno”.

En Brasil el proyecto de ley que instituirá el día del niño por nacer, espera su aprobación en la Cámara de Diputados. Se trata de una iniciativa del diputado Severino Cavalcanti (PPB/PE), que reclama la fiesta para cada 25 de marzo.

De lo anterior, claramente se advierte que con el paso del  tiempo la importancia del día del niño por nacer se ha vuelto aún más  relevante, con el objetivo de  promover una cultura de defensa de la vida desde el momento de su concepción. Dicho día se celebra con el fin de propiciar la reflexión sobre el importante papel que representa la mujer embarazada en el destino de la humanidad y el valor de la vida humana que porta en su seno.

Tercera. En ese tenor, como legisladores tenemos la obligación de velar, principalmente en base a nuestra Constitución Política y en cumplimiento de los tratados internacionales, el derecho a la vida desde la concepción, con la finalidad de no dejarlo a interpretaciones, con ello se lograría respetar la dignidad humana y más aun por los seres indefensos que están por nacer.

Ante esta necesidad de que nuestra ley sea muy clara, presentamos una reforma al artículo 4o. constitucional que a la letra dice:

Artículo 4o. Toda persona tiene derecho a la vida desde la concepción y hasta la muerte natural. El estado garantizara la protección integral de los derechos del niño no nacido desde la concepción.

“Párrafos segundo al décimo...”

Podemos ver que, a través de diversos estudios realizados por científicos, antropólogos, abogados, sociólogos, entro otros, se tiene presente el privilegio del derecho a la vida y a la situación natural de su presencia, para contar con leyes más congruentes a los principios del ser humano, sin embargo existe una gama de mecanismos para la interrupción de la vida. La ausencia de un documento escrito, clarificando en nuestra ley suprema del derecho a la vida desde la concepción, apegándose al respeto de la dignidad humana ha provocado que legislaturas locales expidan ordenamientos jurídicos en la materia a favor del aborto, dejando desprotegidos tanto a la futura madre, como al no nacido.

De acuerdo a estudios psicológicos, la sola acción del aborto daña física y emocionalmente a la mujer y a la familia. La propaganda a favor del aborto mal informa que éste es médicamente seguro, con lo que han argumentado su legalización, esto según debido a la cantidad de muertes maternas causadas por el aborto ilegal, llamando engañosamente a éste maternidad sin riesgos; sin embargo, existen múltiples complicaciones como lo son hemorragias, embolias pulmonares, incluso la muerte.

No pasa desapercibido que tanto las mujeres como los hombres, quienes son también parte importante en este doloroso proceso, sufren física y emocionalmente de lo que ya se ha identificado como el síndrome postaborto, registrando en muchas ocasiones sentimientos de culpa, angustia, ansiedad, depresión, baja autoestima, tendencia al suicidio, pesadillas del evento, entre otros, cuestiones que las leyes no previenen ni apoyan en ningún sentido, como apoyo en tal decisión que pueden arrastrar como secuela para el resto de sus vidas.

Por lo anterior, resaltamos la importancia de concientizar a las mujeres y a los hombres de la importancia y respeto del niño por nacer, solicitando que se instrumenten acciones para instituir este importante día.

Señoras y señores, reconozcamos el derecho a la vida desde la concepción, cualquier valor humano necesita de la vida para hacerse realidad. Si no hay vida todo valor carece de sentido.

Por lo expuesto, someto a consideración de la honorable asamblea los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta al Ejecutivo federal a efecto de que se realice lo conducente para instituir y celebrar el 25 de marzo como el “Día del Niño por Nacer”.

Segundo.Una vez instituido el 25 de marzo como el “Día del Niño por Nacer”, se exhorta al Ejecutivo federal a fin de que realice las acciones pertinentes para la difusión y promoción del mismo, así como del derecho a la vida.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de marzo de 2015.— Diputada Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen.



INCORPORAR LA PERSPECTIVA DE GENERO EN LAS POLITICAS PUBLICAS ESTATALES Y MUNICIPALES DE LAS POLICIAS

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SSP a incorporar la perspectiva de género en las políticas públicas estatales y municipales de las policías, a cargo de la diputada Karen Quiroga Anguiano, del Grupo Parlamentario del PRD

La que suscribe, diputada federal de la LXII Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo bajo las siguientes consideraciones:

Considerando que la secretaría tiene como principales funciones proponer al Secretario las políticas, programas y acciones tendientes a garantizar la seguridad pública de la Nación y de sus habitantes, así como coordinar y supervisar su ejecución e informar sobre sus resultados, proponemos el siguiente punto de acuerdo.

Asimismo considerando que en México como en muchos otros países el estereotipo de la mujer se ha reducido a su espacio en los ámbitos; doméstico, reproductor y vulnerable. A consecuencia del sistema patriarcal que se basa en la coerción y en el consentimiento de la violencia hacia la mujer por parte de la sociedad. Asimismo se ha generado violencia hacia las mujeres y en varias ocasiones este acto ha quedado impune.

Algunos datos del Instituto Belisario Domínguez de la Cámara de Senadores estimó que el panorama de la violencia hacia las mujeres es devastador en tanto que el 41 por ciento de las mujeres mexicanas de 15 años y más ha sufrido algún tipo de violencia por parte de su pareja. Asimismo en 2013 se estableció en el mismo documento que más de 500 mil mujeres han sido forzadas a tener relaciones sexuales. Las investigaciones que se realizan por este delito suman cerca de 15 mil averiguaciones y se estiman casi 5 mil juicios en los tribunales Superiores de Justicia, de los cuales solamente 3 de cada 10 casos denunciados son sometidos a proceso y únicamente en 2 de cada diez llegan a ser sentencia condenatoria.

Por otro lado las cifras de defunciones femeninas son catastróficas tan sólo entre 1990 y 2011 ocurrieron 32 mil 474 defunciones femeninas con presunción de homicidio, donde el 31 por ciento de las defunciones por homicidios en mujeres ocurrió en su vivienda y 41% en la vía pública. Con lo antes dicho hago hincapié en la necesidad de encontrar una solución política, económica y social para frenar la violencia que viven las mujeres.

Hasta ahora pareciera que el Estado no ha asumido como parte de su agenda política para generar políticas que tengan como finalidad erradicar actos de impunidad para la violencia hacia las mujeres que se vive en nuestro país. Evidentemente existe un notable abandono, además pareciera que este tema se ha convertido en un tema común debido a que últimamente existe poca o nula información en los principales medios de comunicación para dar a conocer este fenómeno.

El feminicidio es el homicidio de mujeres por el hecho de ser mujeres, según Diana Russell y Jill Radford el feminicidio consiste en el conjunto de hechos violentos contra las mujeres que, en ocasiones, culmina con el homicidio de algunas niñas y mujeres.

La perspectiva de género en las instituciones es importante en la medida que dicha perspectiva consiste en la visión de respetar y tolerar las diferencias y las semejanzas entre mujeres y hombres, así como también hacer análisis basándose en la búsqueda de la mejor manera de cumplir con lo social, económico, político , cultural y jurídico.  Con la finalidad de no tener un mundo homogéneo y creer que todos los seres humanos son idénticos y ahí donde hay algo diferente someterlo a muestras creencias.

La perspectiva de género comienzan desde el Estado a partir de respetar las clases sociales, edad, etnias, religiones. La violencia y el maltrato hacia las mujeres sólo revelan la intolerancia. Por lo tanto lo que se debe de comenzar a crear son nuevas políticas públicas con la finalidad de tener estándares que establezcan o ubiquen en qué momento una mujer se encuentre en situación de vulnerabilidad en su entorno familiar, laboral o de pareja.

El ámbito policial es necesario incorporar mecanismos que les permitan tener estándares de acción en el momento de encontrarse con una situación de violencia hacia las mujeres, consideramos que esta institución debe de contar con la suficiente coordinación para la asesoría y la gestión para incorporar la perspectiva de género en las políticas públicas estatales y municipales de las policías con el fin de que sean capacitadas y establecer mecanismos administrativos necesarios para asegurar que la mujer víctima de violencia tenga acceso efectivo a resarcimiento y reparación del daño, con el fin de influir en la manera en que la sociedad donde los niveles de educación son muy bajos, el grueso de la población tiene el problema de desempleo exclusión social y política, así como los problemas de violencia.

El Estado de derecho del que nos hemos apropiado en discurso, parece no estar funcionando en ninguno de sus atributos; el poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial hasta ahora han cometido demasiadas faltas, las mismas que han quedado desapercibidas hasta el día de hoy, lo que está ocasionando mayor temor en la vida cotidiana de las mujeres, hay que tener en cuenta que las mujeres se ven agredidas también por las autoridades y las instituciones.

Por lo expuesto y fundado, me permito someter a la consideración de esta Soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único.Se exhorta a la secretaría de seguridad pública a garantizar y homologar la coordinación para la asesoría y la gestión para incorporar la perspectiva de género en las políticas públicas estatales y municipales de las policías con el fin de que sean capacitadas y establecer mecanismos administrativos necesarios para asegurar que la mujer víctima de violencia tenga acceso efectivo a resarcimiento y reparación del daño.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 26 días del mes de marzo de 2015.— Diputada Karen Quiroga Anguiano (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.



SUSTITUYA EL TERMINO DE “DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS” AL DE “DERECHO A LA SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA” EN LOS INSTRUMENTOS DENOMINADOS “ESTRATEGIA NACIONAL DE PREVENCION DEL EMBARAZO EN ADOLESCENTES”, “PROGRAMA DE ACCION ESPECIFICO SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA PARA ADOLESCENTES 2013-2018”,

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a sustituir la expresión “derechos sexuales y reproductivos” por “derecho a la salud sexual y reproductiva” en la Estrategia Nacional de Prevención del Embarazo en Adolescentes, el programa de acción específico Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 2013-2018 u otro instrumento jurídico emanado de la administración pública federal, a cargo de la diputada Raquel Jiménez Cerrillo, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada Raquel Jiménez Cerrillo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, de la LXII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I, y artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I, II y III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía el presente punto de acuerdo con base a las siguientes

Consideraciones

Primera. Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos tutela el derecho a la salud en su  párrafo tercero del artículo 4°:

Artículo 4o. El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.

Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos.

...

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.

...

...

...

En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.

Los ascendientes, tutores y custodios tienen la obligación de preservar y exigir el cumplimiento de estos derechos y principios.

Del precepto antes transcrito deriva que el derecho a la protección de la salud, es un derecho social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios. Es decir el Estado tiene la obligación de instrumentar las medidas necesarias y suficientes a fin de proteger la salud de la población, hipótesis que en la especie no se está actualizando.

Asimismo, el precepto jurídico en comento dispone el deber que tiene el Estado de implementar las medidas necesarias para garantizar el derecho de todos los niños a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral, rigiéndose siempre por el principio del interés superior de la niñez; disponiendo que serán los ascendiente Los ascendientes, tutores y custodios tienen la obligación de preservar y exigir el cumplimiento de estos derechos y principios.

En ese tenor, seguida que fue en su trámite de discusión y aprobación en ambas cámaras de este H. Honorable Congreso de la Unión, así como promulgación por el Ejecutivo Federal, el pasado 4 de diciembre de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Segunda.En ese orden de ideas, es menester precisar lo siguiente:

El Ejecutivo Federal presentó el pasado 1 de septiembre de 2014, la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; ante el Senado de la República.

El pasado 30 de septiembre del 2014, la Cámara de Senadores  aprobó en lo general y en lo particular el proyecto de decreto en comento. Aprobaron en lo general dicha iniciativa con 100 votos a favor y cero abstenciones, en tanto que en lo particular se aprobó por 80 votos a favor, cuatro en contra y cinco abstenciones.

De este modo, se aprobaron modificaciones a 104 de los 140 artículos que contiene la referida ley, además de que se agregaron 15 artículos, lo cual representó que dicha iniciativa fuera enriquecida y modificada en el 90 por ciento de su contenido; remitiéndola a la Cámara de Diputados para continuar el trámite de discusión y aprobación en este órgano legislativo; es de precisar que la minuta remitida por la Colegisladora mal implementaba el término de “Derechos Sexuales y Reproductivos”, en vez de “Derecho a la Salud Sexual y Reproductiva”.

En ese tenor, el 23 de octubre de 2014, esta Cámara de Diputados  aprobó con modificaciones, en lo general y en lo particular, el dictamen de la minuta del Senado, regresándolo a la cámara alta para su análisis y ratificación.

Al final de la discusión en lo particular, el Pleno de la Cámara de Diputados decidió realizar dos votaciones, una para avalar las modificaciones a los artículos 26, 50, 57, 58 y 83 propuestos por el Partido Acción Nacional  y el Partido Revolucionario Institucional y la segunda para mantener en sus términos los artículos reservados no aceptados.

Al respecto es de señalar, que las reservas aprobadas fueron presentadas por diputada Carmen Lucía Pérez Camarena del Partido de Acción Nacional, mismas que fueron aceptadas en votación económica por el Pleno e incorporadas al dictamen, tras un debate en el que el PRD manifestó su total rechazo; dichas reservas versaban sobre lo siguiente:

La reserva a la fracción V del artículo 26 dice que las niñas, niños y adolescentes que hayan sido separados de su familia de origen por resolución judicial, sean colocados en acogimiento residencial brindado por centros de asistencia social el menor tiempo posible, eliminando que ésta sea en casos “excepcionales”, como señalaba el proyecto.

La modificación a la fracción XI artículo 50 señala que las autoridades de los tres órdenes de gobierno se coordinarán para proporcionar asesoría y orientación sobre salud sexual y reproductiva en lugar de proporcionar asesoría y orientación sobre el ejercicio responsable de sus derechos sexuales y reproductivos.

La reserva al artículo 57 incorpora el derecho de los tutores o quienes ejerzan la patria potestad de intervenir en la educación que habrá de darse a niñas, niños y adolescentes.

La fracción VIII del artículo 58 también fue modificada para precisar que la educación de los menores tendrá también como fin el desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez de las niñas, niños y adolescentes, que les permita ejercer de manera informada y responsable sus derechos; la redacción original destacaba que la educación debía promover la educación sexual integral, que contribuya al desarrollo de competencias que les permitan a los menores ejercer de manera informada y responsable sus derechos sexuales y reproductivos.

La reserva al artículo 83 resalta que las autoridades deben destinar espacios lúdicos de descanso y aseo para niñas, niños y adolescentes en los recintos en que se llevan a cabo procedimientos en que deban intervenir.

En noviembre del año pasado, dichas modificaciones fueron avaladas por el Senado de la República, remitiendo la iniciativa al Ejecutivo Federal para su promulgación; es decir, tanto en Cámara de Senadores, como en este órgano legislativo existió consenso en eliminar el término  “Derechos Sexuales y Reproductivos”, tal y como se explica en la consideración inmediata siguiente.

Tercera.Tal y como puede advertirse en la consideración inmediata anterior, la principal modificación realizada a la iniciativa en comento en esta H. Cámara, verso sobre la mala implementación del término “Derechos Sexuales y Reproductivos”, en lugar de “Derecho a la Salud Sexual y Reproductiva”.

Lo anterior es así ya que el principal problema con el concepto de derechos sexuales es que no existen, no se encuentran definidos ni el Derecho Internacional, ni el derecho nacional, por lo que no existe un instrumento normativo que disponga sus alcances y/o implicaciones.

La promoción de la inclusión de los mal llamados derechos sexuales y reproductivos, pretende separarlos de la salud sexual y de la salud reproductiva, que a su vez se encuentran contempladas dentro del derecho a la Salud.

Es de precisar que la principal diferencia entre salud sexual y salud reproductiva y los derechos sexuales y reproductivos, es que los primeros se encuentran consensuados y los segundos no.

Generalmente, la salud sexual se entiende como un estado de bienestar físico, emocional, mental y social relacionado con la sexualidad; y la salud reproductiva es la que abarca los procesos, funciones y sistema reproductivo en todas las etapas de la vida.

Por otra parte, se reitera que los derechos sexuales y reproductivos, no se encuentran definidos en ningún tratado internacional vinculante de derechos humanos, suscrito por el Ejecutivo Federal y ratificado por el Senado por la República.

Cabe precisar que en 1994, durante la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo en el Cairo, de Naciones Unidas, se explicaron los derechos reproductivos (no así de derechos sexuales y reproductivos) de la siguiente manera:

“Los derechos reproductivos abarcan ciertos derechos humanos que ya están reconocidos en las leyes nacionales, en los documentos internacionales sobre derechos humanos y en otros documentos pertinentes de las Naciones Unidas aprobados por consenso, Esos derechos se basan en el reconocimiento del derecho básico de todas la parejas e individuos a decidir libre y responsablemente el número de hijos, el esparcimiento de los nacimientos y el intervalo entre éstos y a disponer de la información y de los medios para ello y el derecho a alcanzar el nivel más elevado de salud sexual y reproductiva. También incluye su derecho a adoptar decisiones relativas a la reproducción sin sufrir discriminación, coacciones ni violencia, de conformidad con lo establecido en los documentos de derechos humanos.”

En suma, los derechos sexuales y reproductivos, no se encuentran definidos y se prestan a la ambigüedad, por lo que NO debe implementarse el término en la normatividad sin antes delimitar sus alcances e implicaciones.

Cuarta.Para atender los retos y desafíos que se enfrentan en el campo de la salud sexual y reproductiva para adolescentes, el Ejecutivo Federal elaboró el Programa de Acción Específico Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 2013-2018, en cual señala  que se reconoce los avances alcanzados hasta la fecha, plantea lograr hacia el término de la administración  objetivos específicos para atender los principales rezagos en este campo de la salud pública, entre los que destacan favorecer el acceso universal a información, educación y orientación en salud sexual y reproductiva para adolescente, así como reducir embarazos no planeados e infecciones de transmisión sexual (ITS) en adolescente, mediante el acceso efectivo a servicios de calidad específicos para esta población.

Asimismo, el pasado  23 de enero, el Titular del Ejecutivo Federal presentó la “Estrategia Nacional de Prevención de Embarazo en Adolescentes”, definiéndola como un trabajo interdisciplinario en el que participaron académicos, especialistas, autoridades y representantes de la sociedad civil, y que incorpora experiencias internacionales y las mejores prácticas que se han implementado en nuestro país; asimismo señaló que uno de los objetivos de la Estrategia es “reducir en 50 por ciento la tasa de fecundidad de las adolescentes entre 15 a 19 años, para el año 2030”. Añadió que alcanzar esta meta “significará un esfuerzo redoblado para asegurar que en 2030, no tan lejano, realmente podamos reducir al 50 por ciento esta tasa de fecundidad en mujeres adolescentes entre 15 y 19 años, y que no haya embarazos en niñas de 14 años o menos”.

En ella se contemplan objetivos específicos que se plantean, entre otras cosas: promover el desarrollo humano y las oportunidades de las y los adolescentes; crear un entorno que favorezca decisiones libres y acertadas sobre su proyecto de vida y el ejercicio de su sexualidad; incrementar la oferta y la calidad de la información y los servicios de salud sexual y reproductiva, así como una educación integral en sexualidad en todos los niveles educativos, de gestión pública o privada. Un componente de primera importancia para el éxito de la Estrategia es focalizar acciones intensivas en los municipios que presentan las mayores tasas de embarazo adolescente.

Quinta.De lo antes expuesto, se advierte la loable intención del Ejecutivo Federal para la instrumentación de políticas públicas  en materia de Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes.

No obstante, resulta sumamente preocupante, que en el cuerpo de los dos documentos en comento, se implemente de manera errónea el término “DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS” en lugar de “DERECHO A LA SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA” ; pues de la simple lectura de ambos instrumentos se advierte que al referirse a “derechos sexuales y reproductivos” se hace alusión al derecho a la salud sexual y reproductiva; asimismo es de destacar al definir lo que deberá entenderse por éstos, los documentos señalan lo siguiente:

Estrategia Nacional de prevención del Embarazo en Adolescentes.

3.3 Derecho a la salud sexual y reproductiva de adolescentes

Los derechos reproductivos están reconocidos en el artículo 4 de la Constitución, el cual establece que “Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos.” Estos derechos han sido definidos como “aquellos derechos que se basan en el reconocimiento del derecho básico de todas las parejas e individuos a decidir libre y responsablemente el número de hijos, el espaciamiento de los nacimientos y el intervalo entre éstos y a disponer de la información y de los medios para ello y el derecho a alcanzar el nivel más elevado de salud sexual y reproductiva. También incluye su derecho a adoptar decisiones relativas a la reproducción sin sufrir discriminación, coacciones ni violencia, de conformidad con lo establecido en los documentos de derechos humanos.”

Programa de Acción Específico Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 2013-2018

Glosario

Derechos sexuales. Los derechos humanos de la mujer incluyen su derecho a tener control sobre las cuestiones relativas a su sexualidad, incluida su salud sexual y reproductiva, y decidir libremente respecto de esas cuestiones, sin verse sujeta a la coerción, la discriminación y la violencia. Las relaciones igualitarias entre la mujer y el hombre respecto a las relaciones sexualesy la reproducción, incluido el pleno respeto de la integridad de la persona, exigen el respeto y el consentimiento recíproco y la voluntad de asumir conjuntamente la responsabilidad de las consecuencias del comportamiento sexual.

De la transcripción anterior, claramente se advierte la falta de congruencia y unificación al definir a lo que se pretende referir con el término “Derechos sexuales y reproductivos”. Pues en la Estrategia Nacional en comento se alude totalmente al “Derecho a la Salud Sexual y Reproductiva” que consagra nuestra Carta Magna;  mientras que en el programa de acción de mérito, se intenta innovar incluyendo otros elementos, sin delimitar alcances ni implicaciones, prestándose a la grave problemática de ambigüedad que referí en el consideración tercera del presente documento.

Es por ello, y tomando en consideración el antecedente señalado en la consideración SEGUNDA del presente ocurso, relativo a la discusión y aprobación de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; que estimo imperante y procedente exhortar al Titular del Ejecutivo Federal a fin de que reemplace el término de “Derechos Sexuales y Reproductivos” por el de “Derecho a la Salud Sexual y Reproductiva” en los instrumentos denominados  “Estrategia Nacional de prevención del Embarazo en Adolescentes”, “Programa de Acción Específico Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 2013-2018”, así como en cualquier otro instrumento jurídico emanado de la Administración Pública Federal; a fin de armonizarlos con la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Por las consideraciones antes expuestas, me permito someter a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único.La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al titular de Ejecutivo federal,  a fin de que sustituya el término de “derechos sexuales y reproductivos” al de “derecho a la salud sexual y reproductiva” en los instrumentos denominados  “Estrategia Nacional de prevención del Embarazo en Adolescentes”, “Programa de Acción Específico Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 2013-2018”, así como en cualquier otro instrumento jurídico emanado de la administración pública federal; a fin de armonizarlos con la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, el 26 de marzo de 2015.— Diputada Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen.



REALICEN PROGRAMAS Y ACCIONES TENDIENTES A LA PROTECCION Y CONSERVACION DE LA VAQUITA MARINA

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares del Ejecutivo federal, la Semarnat, la Profepa y los gobiernos de Sonora, Baja California, Baja California Sur y Sinaloa a realizar programas y acciones tendentes a proteger y conservar la vaquita marina, a cargo de la diputada Karen Quiroga Anguiano, del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, diputada federal de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Uno de los santuarios marinos más majestuosos de nuestro país es el golfo de California, también llamado Mar de Cortés o Mar Bermejo, cuya extensión ubicada en el océano Pacífico, comprende a Sonora, Baja California, Baja California Sur y Sinaloa. Su actividad económica radica principalmente en la pesca y el turismo, esto gracias a sus recursos naturales y la posición estratégica en la que se ubican, características que brindan a los visitantes extranjeros y nacionales un lugar de descanso y exploración sin igual.

Además, el golfo de California representa no sólo un ente económico en crecimiento, recientemente en 2005 las Islas del Mar de Cortés fueron declaradas patrimonio mundial de la humanidad en la categoría de bienes naturales, particularidad considerada como un honor a todos los mexicanos y reconocimiento a la extensa flora y fauna que existe en nuestro país. Esto le permite contar con una pluralidad de especies entre las que destacan alrededor de 890 tipos de peces diferentes; aves como pelícanos, gavilanes y garzas y es también el único hábitat natural de la especie llamada “vaquita marina”, un pequeño, tímido y bello cetáceo con manchas negras alrededor de su piel, quien puede llegar a pesar alrededor de 36 kilogramos, se alimenta de calamares y peces y se reproduce de uno a dos años en estas regiones.

La vaquita marina vive en aguas cálidas y poco profundas de entre 11 a 50 metros, con una visibilidad de 0.9 a 12 metros y a una distancia de la costa de 11 a 25 kilómetros. Prefiere fondos marinos compuestos de arcilla y limo, a los arenosos; viaja solitaria o en grupos de dos a tres y al igual que otros cetáceos, la vaquita marina utiliza la ecolocación para reconocer su entorno, buscar alimento e identificar depredadores.

Este ejemplar marino está al borde de la extinción total y según reportes, solo quedan lamentable 97 marsopas y en descenso. La principal causa de su disminución responde principalmente al ataque directo a dichos seres vivos como es a través de la pesca industrial, ya sea por pesca ilegal o tráfico de animales exóticos o en pocos casos por accidente. Este último caso por ejemplo, se refiere a que los trabajadores pesqueros utilizan herramientas como las redes de arrastre, que al ser casi imperceptibles al ojo humano y animal, se colocan todo el tiempo en el agua como cortinas y no necesariamente vigiladas para la pesca de camarón. Las vaquitas marinas son incapaces de ver las redes y por consiguiente se enredan muriendo al quedar atrapadas. Dichos seres sobreviven en aguas poco profundas y al tener la necesidad de salir a la superficie a respirar, son presa fácil para atraparlas. Incluso a pesar de que la pesca ilegal va dirigida al pez llamado “totoaba”, el cual es demandado por China y pagado en nueve mil dólares aproximadamente por kilogramo de buche, la pesca ilegal, clandestina y sobreexplotada de otras especies provoca la disminución aún peor de la vaquita marina.

Es por ello que el gobierno federal a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Semarnat, así como de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, de la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, Profepa, y de otras organizaciones sin fin de lucro como Greenpeace México, Ecoosfera, entre otras, han promovido campañas para combatir el problema de la extinción de esta especie. Asimismo, está en espera de confirmarse la firma del pacto “Acuerdo por el que se suspende la pesca mediante el uso de redes de enmalle, cimbras y o palangres en el norte del golfo de California” entre los pescadores de alto golfo de California con Semarnat, Profepa, cooperativas de pescadores en la zona y la Secretaría de Desarrollo Social, el cual tiene como características el paro total en la pesca durante dos años, hecho que costará poco más de mil 36 millones de pesos, ya que a cada trabajador se le entregara parte del dinero para subsistir ese tiempo como indemnización y podrá generarse paulatinamente un equilibrio ecológico satisfactorio.

Por lo anterior, es menester contar con medios más efectivos para la lucha y protección de esta especie en peligro de extinción y salvaguardar su hábitat natural como fortalecer y poner en práctica más enérgica las acciones de vigilancia por parte de Profepa, implementando por ejemplo mayor cantidad de drones (aviones no tripulados) y vigilantes para que durante las 24 horas se inspeccionen las actividades que sucedan en las áreas del golfo de California.

También generar un cambio y conciencia ecológica a la sociedad sobre la existencia de dichos animales que fomenten su protección y conservación; evitar que los ciudadanos realicen pesca ilegal y modificar las políticas comerciales, de tal manera que controlen y protejan las exportaciones e importaciones de productos pesqueros. Finalmente, exhortar al gobierno federal y los gobiernos estatales colindantes con el Mar de Cortés, a incrementar el presupuesto destinado al refugio y seguridad de los cetáceos.

Por lo expuesto, someto a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados, los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al titular del Ejecutivo federal y a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que a través de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, se realicen las políticas públicas, programas y acciones de conciencia social, de protección y conservación necesarios, a favor del hábitat de la vaquita marina en Sonora, Baja California, Baja California Sur y Sinaloa.

Segundo. Se exhorta al gobierno federal, a los gobiernos de Sonora, Baja California, Baja California Sur y Sinaloa y a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente para que adoptan medidas más eficaces y urgentes que permitan salvaguardar a la vaquita marina de la pesca clandestina de los pescadores de la región, así como para que destinen una partida presupuestal especial para la protección y seguridad de dicha especie.

Notas:

1 UNESCO (1994). Día del Patrimonio Mundial, Reserva de la Biosfera Islas del Golfo de California, localizado en: www.ecured.cu/index.php/Reserva_de_la_Biosfera_Islas_del_Golfo_de_California

2 Conabio. Arreola Roberto, (2011). Fichas de especies prioritarias. Vaquita (Phocoena sinus) Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas y Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, México D.F.

3 Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), (2014). Informe sobre la protección de la Vaquita Marina. Localizado en:

http://www.profepa.gob.mx/ innovaportal/v/1670/1/mx.wap/vaquita_marina.html

4 Cota Karen, (2015). Prohíben la pesca en el Alto Golfo de California. Milenio, localizado en: http://www.milenio.com/estados/Prohiben_pesca_en_Alto_Golfo_de_California-prote gen_a_vaquita_marina-marsopa_0_469753033.html

5 Ibídem.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de marzo de 2015.— Diputada Karen Quiroga Anguiano (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.



PROTEGER Y RESGUARDAR LOS DERECHOS DE LOS PENSIONADOS Y JUBILADOS FERROCARRILEROS

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob, la SHCP y los organismos correspondientes a resguardar los derechos de los pensionados y jubilados ferrocarrileros, a cargo de la diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, diputada federal Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones I, III, IV y VI, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

El derecho a la seguridad social se ha constituido a lo largo de más de 70 años, éste debe de ser un eje fundamental de la vertiente social del Estado mexicano. Este derecho fue el resultado de grandes y largas luchas de nuestros hermanos trabajadores con la finalidad de buscar el bienestar de sus familias, así como mejorar sus condiciones laborales y de vida. Fue tal la magnitud de la misión y visión progresista de los trabajadores, que los beneficios referentes a seguridad social llegaron hasta las familias de los mismos.

Una de estas luchas sin tregua fue la de los trabajadores ferrocarrileros, la cual fue bastión fundamental en la búsqueda por el derecho a la seguridad social, integral y solidaria; formando parte fundamental del movimiento obrero democrático e independiente.

Hoy, la situación para los pensionados y jubilados, así como de las viudas de los trabajadores, no es alentadora. Sufren del olvido y desesperanza, aun cuando el país tiene una deuda con los ferrocarrileros, que como ya expuse, contribuyeron con sudor, sacrificio y sangre a construir las bases al derecho a la seguridad social que el día de hoy la clase trabajadora disfruta.

La lucha de los jubilados, pensionados y viudas del Sindicato Nacional de Trabajadores Ferrocarrileros ha sido larga, a través de varias décadas. Dicha batalla llega hasta fechas recientes, ya que el 16 de marzo del presente año manifestaron las viudas que desde el mes de febrero del 2012 no reciben el pago de su póliza de seguro de vida equivalente aproximadamente a unos 50 mil pesos. Además los sindicalizados exigen que se aclare el uso de los recursos del fideicomiso creado para el pago de cuotas sindicales, el cual por mes asciende a 2 millones 893 mil 440 pesos.

Es apremiante que se respeten los derechos de los trabajadores que lucharon por los beneficios que hoy gozamos, apoyarlos económicamente y de ser necesario de manera legal, su día a día es lidiar con falta de pagos, abusos y extorsiones.

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta a la Segob, SHCP y organismos correspondientes para que apoyen y protejan los derechos laborales de los pensionados y jubilados Ferrocarrileros.

Segundo.Se exhorta a la Segob y SHCP para que den el apoyo necesario a las viudas de los Ferrocarrileros, ya sea legal o en su caso económico, con la finalidad de que obtengan el apoyo monetario al que son acreedoras.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de marzo de 2015.— Diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen.



ERRADICAR LAS PRACTICAS DE CRIMINALIZACION DE USUARIOS DEUDORES Y LOS CORTES MASIVOS DEL SERVICIO ELECTRICO POR PARTE DE LA CFE

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sener, la CFE y los tribunales correspondientes a erradicar las prácticas de criminalización de usuarios deudores y los cortes masivos del servicio eléctrico por la empresa, a cargo de la diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, diputada federal Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones I, III, IV y VI, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

En el país existe una problemática que casi es seguro que todos los mexicanos hemos vivido alguna vez, ya sea por descuido o falta de dinero. El pago de la luz se puede volver un calvario para los usuarios de CFE, ya que al volverse deudores pasan a ser satanizados como si fueran delincuentes.

CFE se lava las manos al argumentar que las empresas que les cortan la luz son agentes contratados por la empresa y no pertenecen a la estructura, por lo que esto se convierte meramente un reporte del usuario. Existen consumidores que han recibido amenazas, burlas y abusos al momento de que se les retira el servicio de luz. Se presentan al hogar del usuario personas sin identificarse, sin orden de corte e incluso con vehículos sin logos para su identificación.

Pero el abuso no termina ahí, cuando los usuarios cuestionan el corte del servicio, los empleados se limitan a exponer con prepotencia argumentos sin validez y sin documentos que comprueben su acción, he incluso hay reportes en los que los afectados exponen que los trabajadores se presentan con nombres falsos al momento que se les piden para el posterior reporte con la finalidad de identificarlos, Juan López y Juan Pérez son respuestas comunes entre los agresores.

Todo esto sin contar los cobros excesivos de CFE o los llamados reajustes, en los cuales hay reportes de un incremento de hasta un 1000% de la tarifa que el usuario venía pagando.

En todo momento se tiene que recordar que el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa ya aclaró que CFE no es autoridad responsable para la procedencia de los recursos y juicios administrativos relacionados con el aviso por suministro de energía y el ajuste en el monto del consumo derivado de órdenes de verificación, cobro o corte de éste y su ejecución.

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al Gobierno Federal a través de la Secretaría de Energía, la Comisión Federal de Electricidad y los tribunales correspondientes a eliminar las prácticas de criminalización hacia los usuarios deudores del servicio eléctrico, así como garantizar el abasto de electricidad que se ve agredido con los cortes masivos del servicio.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de marzo de 2015.— Diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Energía, para dictamen.



ELIMINAR EL CAMBIO DE HORARIO EN MEXICO

«Proposición conn punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal y organismos correspondientes a eliminar el cambio de horario en México, a cargo de la diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, diputada federal Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones I, III, IV y VI, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

Cuando, en abril de 1996, se introduce el horario de verano en México, se dice que busca un ahorro energético. También es claro que, con la reciente introducción del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, y el creciente intercambio comercial con Estados Unidos, es necesario alinearse a algunas de sus reglas, entre ellas el cambio de horario. Sin duda, esto genera un beneficio social para aquellos que tienen lazos comerciales con el vecino del norte y también para quienes trabajan de forma transfronteriza. Como bien apuntaba Hudson en 1895, existen beneficios para quienes gustan de las actividades vespertinas. Es posible salir a correr o hacer deporte por las tardes sin temor a sofocarse con el Sol.

De acuerdo a la Secretaría de Energía, con datos de la Comisión Nacional para el Ahorro de Energía aunque en general el país ha tenido un continuo declive en su consumo de energía, en el área residencial en los últimos 15 años, hemos tenido un aumento significativo en su consumo. En el año 2008, el consumo de energía eléctrica anual per cápita fue de 1.49 GJ. Es decir, que en 2008 nuestro consumo de electricidad residencial fue de 45,526,800,000 KW/h en todo el país.

El ahorro real del horario de verano fue de aproximadamente 3.5% del consumo total de energía eléctrica de uso residencial en el país. Se cree que el resultado es consistente si es comparado con otros países, pero existen otros factores que pueden afectar este descenso, no solo el cambio de horario.

Uno de los efectos más obvios es la falta de sueño y descanso, ya que las personas se duermen tarde, pero deben levantarse antes de lo que su cuerpo está acostumbrado. Esto, trae consecuencias importantes, como una notoria baja de productividad de la persona y cierta propensión a los accidentes, al menos durante los primeros días.

De igual manera, el horario de verano afecta cognitivamente a los estudiantes quienes suelen tener resultados promedio más bajos en los exámenes, de acuerdo a estudios científicos.

Asimismo, se ha mencionado el incremento de los suicidios a partir del horario de verano. La menor producción de melatonina es propia de esta etapa del año y el cambio de horario puede producir desajustes, sobre todo en personas con tendencias bipolares o depresión.

Sería pues adecuado observar si en nuestro país el tener esa hora extra de sol beneficia alguna otra actividad económica o algún beneficio social, ya que los beneficios del programa pueden traer daños a la salud e incluso no existe diferenciación entre el ahorro por el cambio de horario o la cultura de ahorro o las nuevas tecnologías de ahorro, lo que lleva a poner en duda la eficiencia del tan alardeado cambio de horario.

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al gobierno federal y a los organismos correspondientes para que se replantee la aplicación del horario de verano, dados sus ambiguos resultados económicos y diferentes daños a la salud de los mexicanos.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de marzo de 2015.— Diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.



IMPLEMENTEN LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA CONCLUIR EL PLAN HIDRICO INTEGRAL DE TABASCO

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal a implantar por la Conagua medidas para concluir el Plan Hídrico Integral de Tabasco, a cargo de la diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, diputada federal Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones I, III, IV y VI, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

Pareciera que del problema de la corrupción no hay forma de escaparse, y el caso del Plan Hídrico Integral de Tabasco (PHIT) no es la excepción, tal como ocurrió con el caso de los 213 millones de pesos etiquetados para obras públicas hidráulicas en Tabasco y que no estaban consignados dentro del paquete contemplado para el 2011 en materia de infraestructura contra inundaciones, en este proyecto existen retrasos y demandas por daños a terceros contra la Comisión Nacional del Agua (Conagua).

Las acciones y alcances del PHIT han sido insuficientes, continúan cada año inundaciones en ríos de la zona, tal como es el Carrizal y Grijalva. Provocando daños a las comunidades cercanas y como consecuencia que se ponga en peligro la vida de niños, niñas, adultos mayores, mujeres y hombres.

Lamentablemente el PHIT continuará sin finalizarse o a medias, como o expuso el coordinador del proyecto Marco Antonio Parra Cota, llegando a un 80% de la obra y dejando a las siguientes administraciones el resto.

Las prioridades del Estado deben de ser dirigidas a proteger a la población, debido a la falta de seriedad de los encargados, las inundaciones en Tabasco han empeorado, aun cuando no llueva de manera extraordinaria, ya que cualquier chubasco puede generar damnificados, recordemos en años anteriores los cerca de 200 mil damnificados, la integridad de esas familias no es preocupación del gobierno para trabajar a marchas forzadas en el PHIT.

Al menos 6 mil millones de pesos se invertirían en Tabasco en los próximos cuatros años en obras del PHIT y el Prohtab para garantizar la protección a centros de población y de áreas productivas en el Estado. Pero Tabasco requiere que en realidad se apliquen los fondos destinados a sus verdaderos fines.

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta al gobierno federal a través de la Conagua a implementar las medidas necesarias para concluir el Plan Hídrico Integral de Tabasco de manera segura y pronta para garantizar la seguridad de las familias que se ven afectadas por las inundaciones en la zona.

Segundo. Se exhorta al gobierno federal y a la Conagua a impedir el desvío de fondos destinados al Plan Hídrico Integral de Tabasco, castigando de manera ejemplar a la persona o empresa que caiga en estas prácticas.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de marzo de 2015.— Diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Recursos Hidráulicos, para dictamen.



GARANTIZAR LA CONSULTA DE LOS DOCUMENTOS RELATIVOS A LA GUERRA SUCIA PARA TODAS Y TODOS LOS INVESTIGADORES

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob y el Archivo General de la Nación a garantizar para todo investigador la consulta de los documentos relativos a la guerra sucia, a cargo del diputado Trinidad Morales Vargas, del Grupo Parlamentario del PRD

Trinidad Secundino Morales Vargas, diputado federal a la LXII Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario de la Revolución Democrática, con fundamento en el artículo 79, numeral 1, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación y al Archivo General de la Nación para garantizar la consulta de los documentos relativos a la Guerra Suciapara todas y todos los investigadores, bajo las siguientes

Consideraciones

El 11 de marzo pasado, notas periodísticas consignaron la decisión de la Dirección General del Archivo General de la Nación para restringir la consulta de toda la documentación relativa a la Guerra Sucia,bajo el falaz argumento de que contiene información confidencial y que, conforme al artículo 27 de la Ley de Archivos, puede ser reservada de treinta a setenta años. Esta situación ha sido denunciada por múltiples investigadores que han señalado que la única manera de acceder a estos documentos, a partir de esta determinación del Archivo General de la Nación, es solicitarla por medio de solicitudes de información que, a más de suprimir algunos datos, no resulta de ninguna manera adecuada para el trabajo de investigación histórica.

La historia se construye paso a paso. En el quehacer histórico es fundamental la consulta de los documentos que han sido testigos de los acontecimientos. Un episodio como el de la Guerra Suciadebe ser estudiado científicamente para que, en todos los ámbitos, las víctimas directas e indirectas alcancen justicia y México logre la reconciliación que, a más de cuarenta años, no hemos obtenido.

La apertura de los Archivos de la Guerra Sucia,hace 14 años, fue un primer gran paso para que este oscuro evento de la política mexicana que cobró miles de víctimas, entre desaparecidos, encarcelados y asesinados, sea por fin estudiado, desde una perspectiva científica. El cerrar la consulta de los documentos únicamente abonará en el detrimento del quehacer histórico y, sin duda alguna, en la falta de justicia para las personas.

Resulta imprescindible que, en el marco de la construcción de un Estado Democrático y de Derecho, la historia nos muestre los acontecimientos y que el propio Estado reconozca su responsabilidad de frente a sus víctimas.

México vive una crisis política, social, humanitaria e institucional que afecta todos los niveles de gobierno y a todos los Poderes de la Unión. Resulta por ello de vital importancia que se inicie un proceso de estudio, análisis e investigación imparcial de sus causas y generar un continuo proceso de conciliación y reconciliación entre la ciudadanía y sus autoridades que coadyuve al restablecimiento de la paz social.

La garantía de no repetición pasa por el estudio científico de los hechos y, en concordancia con nuestro texto constitucional, el Estado Mexicano está obligado a permitir que estos documentos sean objeto de estudio por parte de la comunidad científica. Adicionalmente, debido al carácter que, como violaciones graves a los derechos humanos entrañan los acontecimientos de la Guerra Sucia,no pueden ser aplicadas las disposiciones legales que permiten reservar la información.

Muy al contrario, estos documentos constituyen la memoria viva de miles de personas que fueron perseguidas, asesinadas o desaparecidas y el Estado Mexicano tiene la obligación de resarcir los daños y no ocultarse detrás de un tecnicismo legaloide, para evitar su consulta.

Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en el artículo 42 numeral 1 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en los artículos 79 numeral 1, 205 numeral 1 y 207 numerales 1 y 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable Cámara de Diputados, la siguiente proposición con punto de

Acuerdo

Único.La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Gobernación y al Archivo General de la Nación para garantizar la consulta de los documentos relativos a la Guerra Suciapara todas y todos los investigadores.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 26 días del mes de marzo de 2015.— Diputado Trinidad Secundino Morales Vargas (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen.



ATIENDAN EL CASO DEL ASESINATO DE OLGA NAYELY SOSA ROMERO

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades de Puebla a atender el caso del asesinato de Olga Nayely Sosa Romero, a cargo de la diputada Roxana Luna Porquillo, del Grupo Parlamentario del PRD

Quienes suscriben, los diputados Martha Lucía Micher Camarena, Roxana Luna Porquillo, Margarita Elena Tapia Fonllem, Ángeles Sánchez Lira, Roberto Cabrera Solís, José Higuera Fuentes y Víctor Nájera Medina, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, integrantes de esta LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62 numeral 3; 79, numerales 1, fracción II y 2; 100; 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con puntos de acuerdo, de urgente u obvia resolución, con base en las siguientes

Consideraciones

Una vida libre de violencia sigue siendo para muchas mujeres un sueño inalcanzable, un objetivo por el que perdemos la vida y es que aunque han existido importantes avances legislativos, jurídicos, políticos y sociales, gracias al movimiento feminista y amplio de mujeres, la realidad sigue siendo devastadora.

En los últimos 25 años han existido más de 34 mil feminicidios. Actualmente siete feminicidios ocurren a diario, tres mujeres son desaparecidas al día y una mujer es violada cada cuatro minutos en México. Todo esto ocurre en el marco de la complicidad, negligencia y complacencia del sistema de procuración e impartición de justicia, del sistema de educación; es decir, de todo el sistema patriarcal que ha marcado a nuestra estructura institucional.

Este sistema que estereotipa y asigna roles de género lacerantes para las sociedades y profundiza la desigualdad y violencia que enfrentamos las mujeres, recrudece su opresión al añadir al componente de género elementos de clase, edad y etnia, porque es indiscutible que quienes son más vulnerabilizadas son las mujeres indígenas, jóvenes y pobres.

En este sentido, la ignorancia y desprecio por la vida de las mujeres pareciera una constante del sistema político mexicano, especialmente, el de Puebla. A continuación presentamos un caso que ejemplifica lo descrito.

El pasado 9 de junio de 2014, Olga Nayely Sosa Romero fue reportada como desaparecida en la ciudad de Puebla, capital de Puebla de Zaragoza. El 18 de junio del mismo año sus restos fueron encontrados enterrados en la comunidad de Soto y Gama, en el municipio de Huaquechula, Puebla. Moisés Torres López, su esposo, confesó el asesinato después de haber caído en contradicciones en sus declaraciones ante agentes de la policía ministerial.

Moisés hizo una primera declaración en la que aseveró haber asesinado a Olga ese mismo 9 de junio, día en el que ella le contó que había reprobado el curso de idioma francés que estudiaba y que además le era infiel. Moisés señaló que la golpeó con un marro en repetidas ocasiones hasta causarle la muerte y que después descuartizó su cuerpo para ir a enterrar las partes en un paraje de Huaquechula.

Sin embargo, Moisés Torres López se reservó su derecho a declarar ante el juez y sólo ha declarado ante el Ministerio Público, cambiando su primera versión para decir que Olga murió de manera accidental cuando él la empujó durante la discusión, lo que ocasionó que ella se golpeara la cabeza. Declaró que al ver que Olga ya no presentaba signos vitales, tuvo miedo de que sospecharan de él y por ese motivo decidió deshacerse del cadáver cortándolo en pedazos y trasladando los restos hasta la comunidad de Soto y Gama.

En esta declaración Moisés Torres López refiere que su padre Moisés Torres Monroy le ayudó a limpiar la escena del crimen por lo que existe también una averiguación previa (AP 410/2014) iniciada en la agencia especializada en la investigación de personas desaparecidas para determinar la participación de otras personas en el feminicidio de Olga y en posteriores actos de encubrimiento.

En el tenor de lo expuesto, también es importante señalar que Moisés Torres López promovió un amparo 1525/20014 en el 7o. Juzgado de Distrito para que le fuera devuelto el inmueble donde asesinó a Olga, argumentando que se estaban violando sus garantías. Ante esto, el juez de distrito ordenó que se levantaran los sellos declarando que Moisés Torres López podía disfrutar del bien pero no disponer del mismo, por lo cual ordenó que se le hiciera la entrega del inmueble a Moisés Torres Monroy (padre del feminicida) quien fue la persona autorizada por Moisés Torres López.

Al tener conocimiento de lo anterior, inmediatamente la familia de Olga, su hermana, Alejandra Sosa Romero y su madre, Argelia Romero Cinto, interpusieron un recurso de queja, pero el juez octavo de lo penal no hizo caso del mismo y sin resolver el trámite de dicho recurso hizo entrega material del inmueble a Moisés Torres Monroy. Aunado a esto, también solicitaron que la Procuraduría General de Justicia de Puebla reclamara el inmueble para continuar con las investigaciones sobre la posible participación de otras personas en el asesinato. Sin embargo, personal de la Procuraduría señaló que no reclamarían ese bien.

Al cabo de un tiempo, el juzgado 7o. de distrito emitió una sentencia con la que negaba el amparo a Moisés Torres López, determinando que ninguna de sus garantías estaba siendo violada. Desafortunadamente, a la hora de esta sentencia, Moisés Torres Monroy ya había tenido tiempo suficiente para alterar la escena del crimen.

Olga Nayely Sosa Romero era odontóloga y madre de una niña de tres años de edad. Su hermana, Alejandra Sosa Romero y su madre, Argelia Romero Cinto, además de hacer frente a la pérdida de Olga, emprendieron una lucha para obtener la guarda y custodia de la niña.

Después de un largo peregrinar en un proceso envuelto en irregularidades que parecieron agudizarse por el lazo familiar existente entre el feminicida Moisés Torres López y el magistrado Manuel Nicolás Ríos Torres (tío del culpable), obtuvieron la custodia compartida con la madre de Moisés, Elsa López Huerta.

Al principio del juicio de la custodia, Moisés Torres Monroy, el padre del asesino de Olga, estuvo acompañando a Elsa López. Sin embargo, este proceso iniciado por Elsa López, no fue tramitado en asociación con su esposo dado que este último, como lo hemos señalado, es sospechoso en el feminicidio de Olga, lo cual está asentado en el Triplicado que se quedó abierto en la agencia especializada en la investigación de personas desaparecidas con número 410/2014/DMZS.

Aunado a esta situación, Alejandra y Argelia han denunciado que el feminicida Moisés Torres les dijo lo siguiente: “Mi tío, el magistrado [Manuel Nicolás Ríos], cuenta con relaciones en los juzgados, por cualquier problema que se me presente”.

Pese a las amenazas, ambas presentaron una nueva demanda a nombre de Argelia Romero Cinto para solicitar el derecho de la guarda y custodia de su nieta. Luego de mucha presión, hoy han obtenido la custodia compartida de la niña.

Pese a las dificultades que enfrentan tanto Alejandra como Argelia ellas continúan su lucha para exigir que al asesino de Olga se le dicte una sentencia que lo condene por el crimen que cometió hace casi un año ya, así como para buscar que la hija de Olga se quede con ellas lejos de personas cómplices de feminicidios, que además corrompen el sistema de impartición de justicia.

De acuerdo al reportaje “Puebla supera al Estado de México en desaparición de mujeres” de la agencia de noticias Lado B, en Puebla, desde enero de 2013 y hasta el 28 de febrero de 2015, el Observatorio Ciudadano de Derechos Sexuales y Reproductivos (Odesyr) reportó 68 feminicidios. Solamente en 2015 han contabilizado ya ocho de estos crímenes.

Aunado a lo anterior, el reportaje destaca que en Puebla existen 3,599 mujeres desaparecidas por cada cien mil habitantes, superando, de esta manera, al Estado de México en desaparición de mujeres. Durante 2014, 530 desapariciones fueron reportadas de acuerdo a cifras oficiales de la Procuraduría General de Justicia (PGJ). Hasta enero de 2015, 208 seguían sin ser localizadas.

En 2012 el feminicidio fue tipificado como delito en el estado; no obstante, en 2014, sólo se emitió una sentencia por feminicidio demostrando el intento del sistema de procuración de justicia poblano, de ocultar estos crímenes.

Hoy la entidad de Puebla es un lugar peligroso para las mujeres. El estado poblano está enfrascado en un aparato institucional machista, autoritario, patriarcal y represivo que no respeta la vida ni la dignidad de las mujeres, que viola sistemáticamente sus derechos humanos siendo omiso y negligente.

Debido a la urgencia que enfrentan niñas y mujeres poblanas, sometemos a consideración de esta soberanía los siguientes

Puntos de Acuerdo

La Cámara de Diputados:

Primero. Exhorta al Tribunal Superior de Justicia de Puebla a través del juzgado 8o. de lo penal de la misma entidad a que emita una sentencia acorde con los derechos humanos de las mujeres reconocidos por el orden jurídico nacional y los tratados internacionales, en el caso del asesinato de Olga Nayely Sosa Romero.

Segundo. Exhorta al titular de la Secretaría de Gobernación a tomar en consideración todos los indicadores disponibles sobre la violencia hacia las mujeres a fin de, en su caso, declarar la alerta de violencia de género en el estado de Puebla.

Tercero. Exhorta a los titulares de la Secretaría de Seguridad Pública y de la Procuraduría General de Justicia de Puebla, a elaborar un diagnóstico en la materia de desapariciones de mujeres para identificar las zonas de riesgo y las mujeres de mayor vulnerabilidad, para llevar a cabo estrategias de prevención, investigación y sanción.

Cuarto. Exhorta a la Procuraduría General de Justicia de Puebla a continuar con las investigaciones sobre la participación de Moisés Torres Monroy, en el asesinato de Olga Nayely Sosa Romero y en cualquier conducta ilegal posterior a dicho acontecimiento.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de marzo de 2015.— Diputados: Roxana Luna Porquillo, Roberto Cabrera Solís, Martha Lucía Micher Camarena, José Higuera Fuentes (rúbricas).»

Se remite a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.