Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXIII Legislatura
Correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Primer Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidente

Diputado José de Jesús Zambrano Grijalva
Director del
Diario de los Debates
Luis Alfredo Mora Villagómez
Año I
México, DF, martes 6 de octubre de 2015
Sesión No. 12

SUMARIO


ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

Desde la curul, participa:

La diputada Refugio Trinidad Garzón Canchola, de MC, para solicitar apoyo por las lluvias atípicas en los municipios de Cajeme, Guaymas y Empalme, en el estado de Sonora

El diputado Alberto Martínez Urincho, del PRD, para solidarizarse con el pueblo de Guatemala por los lamentables hechos ocurridos en el municipio de Santa Catarina

COMUNICACIONES

De la Junta de Coordinación Política, por el que informa la designación de legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, como consejeros propietario y suplente del Poder Legislativo ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral. De enterado, comuníquese

De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con el que remite información relativa a la evolución de las finanzas públicas, requerimientos financieros del sector público y su saldo histórico, los montos de endeudamiento interno neto, el canje o refinanciamiento de obligaciones del Erario Federal, el costo total de las emisiones de deuda interna y externa, correspondientes al mes de agosto de 2015, la recaudación federal participable que sirvió de base para el cálculo del pago de las participaciones a las entidades federativas, así como el pago de las mismas, desagregada por tipo de fondo, y por entidad federativa, efectuando en ambos casos la comparación correspondiente con el mes de agosto de 2014, la evolución de la recaudación para el mes de agosto de 2015. Se remite a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento

De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con el que envía las obligaciones y empréstitos de entidades federativas y municipios en el periodo comprendido entre 1o. de abril de 2015 y 30 de junio de 2015. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento

De la Auditoría Superior de la Federación, con el que remite la cuenta comprobada correspondiente al mes de agosto de 2015, que contiene la Aplicación del Presupuesto Ejercido por esta Entidad de Fiscalización. Se remite a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, para su conocimiento

De la Auditoría Superior de la Federación, con el que remite el informe del cumplimiento de los objetivos del Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado 2015 (Profis). Se turna a las comisiones de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento

De la Secretaría de Gobierno del Distrito Federal, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, para diseñar esquemas de atención profesional inmediata a todos los niños a quienes se les diagnostique algún tipo de cáncer. Se remite a la Comisión de Derechos de la Niñez, para su conocimiento

De la Secretaría de Salud del estado de Hidalgo, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, para erradicar la presencia del clembuterol y otros agentes anabólicos en la alimentación del ganado para consumo humano en México. Se turna a las comisiones de Salud y de Ganadería, para su conocimiento

Se recibieron de la Cámara de Senadores 26 proposiciones con puntos de acuerdo, por las que solicita a la Cámara de Diputados para que, en el proceso de análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2016, considere:

Del senador Félix González Canto, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, se considere un incremento presupuestal suficiente para que la Universidad Intercultural Maya de Quintana Roo pueda atender sus necesidades básicas y aumentar su infraestructura. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención

De las senadoras Hilda Flores Escalera, Diva Gastélum Bajo, Leticia Herrera Ale, Cristina Díaz Salazar, Itzel Ríos de la Mora, Lilia Merodio Reza, Anabel Acosta Islas y María Elena Barrera Tapia, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional y del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, para solicitar recursos para la prevención y combate de incendios forestales. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención

De la senadora Maki Esther Ortiz Domínguez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, se asignen mayores recursos al sector salud. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención

De la senadora Angélica de la Peña Gómez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, se etiqueten los recursos para la operación de los organismos de las entidades federativas de protección de los derechos humanos. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención

De la senadora Angélica de la Peña Gómez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, se generen las partidas presupuestales para integrar un programa de protección integral de los niños que viven con sus madres en reclusión. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención

Del senador Zoé Robledo Aburto, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, a considerar la importancia y las necesidades del programa Proyecta 100,000, y establezca una partida específica, suficiente y bastante, para el cumplimiento óptimo de sus funciones en apoyo a los jóvenes profesionistas. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención

Del senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Huejuquilla el Alto, Jalisco. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención

Del senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Amatitlán, Jalisco. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención

Del senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Atemajac de Brizuela, Jalisco. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención

Del senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Cuautitlán de García Barragán, Jalisco. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención

Del senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Degollado, Jalisco. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención

Del senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, a destinar recursos suficientes en materia de infraestructura deportiva para el municipio de El Degollado. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención

Del senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Encarnación de Díaz, Jalisco. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención

Del senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de San Cristóbal de la Barranca, Jalisco. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención

Del senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de San Martín de Bolaños, Jalisco. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención

Del senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de San Miguel el Alto, Jalisco. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención

Del senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Tecolotlán, Jalisco. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención

Del senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Teocaltiche, Jalisco. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención

Del senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Teocuitlan de Corona, Jalisco. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención

Del senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Teuchitlan, Jalisco. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención

Del senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Tonaya, Jalisco. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención

Del senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Unión de San Antonio, Jalisco. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención

Del senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Valle de Juárez, Jalisco. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención

Del senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Villa Guerrero, Jalisco. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención

Del senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Zapoltitic, Jalisco. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención

Del senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Jalostotitlan, Jalisco Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención

De la Cámara de Senadores, por el que comunica la aprobación del acuerdo de la Junta de Coordinación Política que designa al senador Ismael Hernández Deras, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, como presidente de la Comisión Bicameral de Seguridad Nacional. De enterado, comuníquese

De la Cámara de Senadores, por el que comunica la modificación en la integración de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Senadores para el primer año de ejercicio de la LXIII Legislatura. De enterado, comuníquese

TOMA DE PROTESTA

Las ciudadanas Carmen Victoria Campa Almaral y María Concepción Valdés Ramírez, rinden su protesta de ley

INICIATIVAS DE SENADORES

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

De la Cámara de Senadores, se recibió del senador Benjamín Robles Montoya, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un sexto párrafo, recorriéndose los subsecuentes al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

De la Cámara de Senadores, se recibió de la senadora Dolores Padierna Luna y de los senadores Rabindranath Salazar Solorio y Mario Delgado Carrillo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Se remite a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

INICIATIVAS

LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y REGLAMENTO DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

La diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Cámara de Diputados. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen

Desde la curul, la diputada Rosa Alba Ramírez Nachis, de MC, para referirse al cáncer de mama

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El diputado Marko Antonio Cortés Mendoza, a nombre propio y de diversos legisladores del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 35, 41, 73 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

LEY GENERAL DE ACCESO A LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA

La diputada Erika Irazema Briones Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 6o. de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Se remite a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen

LEY DE MIGRACIÓN

El diputado Enrique Zamora Morlet, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 52 de la Ley de Migración. Se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen

LEY DE HIDROCARBUROS

La diputada Norma Rocío Nahle García, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 46 y décimo octavo transitorio de la Ley de Hidrocarburos. Se remite a la Comisión de Energía, para dictamen

LEY DE EXPROPIACIÓN

El diputado Moisés Guerra Mota, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 9o. de la Ley de Expropiación. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen

LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA

El diputado Jesús Rafael Méndez Salas, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Se remite a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen

CÓDIGO PENAL FEDERAL Y LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS

El diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 162 del Código Penal Federal y 31 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. Se remite a las Comisiones Unidas de Justicia y de Defensa Nacional, para dictamen

LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA

La diputada María Luisa Sánchez Meza, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 19 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen

EXPIDE LA LEY GENERAL DE REMUNERACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS, REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 127 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El diputado José de Jesús Zambrano Grijalva, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General de Remuneraciones de los Servidores Públicos, Reglamentaria del Artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se remite a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El diputado Rogerio Castro Vázquez, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La diputada Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se remite a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

EXPIDE LA LEY GENERAL DE GESTIÓN ESCOLAR PARA LA EDUCACIÓN PÚBLICA BÁSICA

El diputado Manuel Alexander Zetina Aguiluz, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General de Gestión Escolar para la Educación Pública Básica. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, LEY AGRARIA, LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE Y LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE

La diputada Noemí Zoila Guzmán Lagunes, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Agraria, de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable y de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable. Se remite a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen y a la Comisión de Desarrollo Rural, para opinión

EXPIDE LA LEY GENERAL DE CONSULTA PREVIA A LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS

El diputado Sergio López Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General de Consulta Previa a los Pueblos y Comunidades Indígenas. Se turna a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Asuntos Indígenas, para dictamen y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

La diputada Norma Xochitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 108 del Código Fiscal de la Federación. Se remite a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El diputado Luis Gilberto Marrón Agustín, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

De la Junta de Coordinación Política, por el que se exhortar a los gobiernos de las entidades federativas, a través de las Secretarías de Salud locales, a fortalecer los programas de tamizaje para la detección temprana del cáncer de mama

Para referirse al acuerdo, interviene:

La diputada Rosa Alba Ramírez Nachis, de MC

La diputada Araceli Madrigal Sánchez, del PRD

La diputada Karina Padilla Avila, del PAN

La diputada Mariana Trejo Flores, de Morena

La diputada Carmen Victoria Campa Almaral, de NA

La diputada Sharon María Teresa Cuenca Ayala, del PVEM

La diputada Flor Estela Rentería Medina, del PRI

Aprobado, comuníquese

PROPOSICIONES CALIFICADAS POR EL PLENO DE URGENTE U OBVIA RESOLUCIÓN

TRANSVERSALIZAR LA PERSPECTIVA DE GÉNERO EN SUS PROGRAMAS OPERATIVOS ANUALES PARA EL 2016

La diputada Erika Araceli Rodríguez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las 32 entidades federativas, a transversalizar la perspectiva de género en sus programas operativos anuales para el 2016

Se considera de urgente resolución

Para referirse a la proposición, hace uso de la palabra:

La diputada Norma Edith Martínez Guzmán, del PES

La diputada Angélica Reyes Ávila, de NA

La diputada María Candelaria Ochoa Avalos, de MC

La diputada Concepción Villa González, de Morena

La diputada Sasil Dora Luz de León Villard, del PVEM

La diputada Maricela Contreras Julián, del PRD

La diputada Genoveva Huerta Villegas, del PAN

La diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco, del PRI

Aprobado, comuníquese

DECLARATORIA DE EMERGENCIA EN ZONAS CAFETALERAS Y SE ESTABLEZCA UN PROGRAMA DE APOYO A LOS CAFETALEROS AFECTADOS POR LA PLAGA DE LA ROYA DEL CAFÉ

La diputada Natalia Karina Barón Ortiz, a nombre propio y del diputado Juan Fernando Rubio Quiroz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presenta la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a fin de hacer la declaratoria de emergencia en zonas cafetaleras y se establezca un programa de apoyo a los cafetaleros afectados por la plaga de la roya del café

Se considera de urgente resolución

Para hablar sobre la proposición, hace uso de la voz:

El diputado Ángel García Yáñez, de NA

El diputado Salvador Zamora Zamora, de MC

El diputado Miguel Alva y Alva, de Morena

El diputado Leonardo Rafael Guirao Aguilar, del PVEM

El diputado Juan Fernando Rubio Quiroz, del PRD

El diputado Francisco José Gutiérrez de Velasco Urtaza, del PAN

El diputado Carlos Barragán Amador, del PRI

Desde la curul, el diputado Julián Nazar Morales, del PRI, para referirse al acuerdo

Aprobado, comuníquese

ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

De la Junta de Coordinación Política, para exhortar a la PGR a abrir una línea de investigación en contra de quien resulte responsable por delito de desaparición forzada del ciudadano Manuel Serrano Vallejo. Aprobado, comuníquese

INICIATIVAS Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

El presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva informa que, en términos de lo dispuesto por los artículos 100 y 102 del Reglamento de la Cámara de Diputados, las proposiciones y las iniciativas que no se presentaron en tribuna serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria

APENDICE

Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que le corresponde a la iniciativa con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del martes 6 de octubre de 2015, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados



Presidencia del diputado José de Jesús Zambrano Grijalva

ASISTENCIA

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Pido a la Secretaría que haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de diputadas y diputados.

La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 431 diputadas y diputados. Por lo tanto, hay quórum, señor presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva(a las 11:35 horas): Se abre la sesión.



ORDEN DEL DÍA

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura al orden del día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura al orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Primer periodo de sesiones ordinarias del primer año de ejercicio de la LXIII Legislatura.

Orden del día

Martes 6 de octubre de 2015.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones oficiales

De la Junta de Coordinación Política

Por el que informa la designación de legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, como Consejeros Propietario y Suplente del Poder Legislativo ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral.

De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Con el que remite información relativa a la evolución de las finanzas públicas, requerimientos financieros del sector público y su saldo histórico, los montos de endeudamiento interno neto, el canje o refinanciamiento de obligaciones del Erario Federal, el costo total de las emisiones de deuda interna y externa, correspondientes al mes de agosto de 2015, la recaudación federal participable que sirvió de base para el cálculo del pago de las participaciones a las entidades federativas, así como el pago de las mismas, desagregada por tipo de fondo, y por entidad federativa, efectuando en ambos casos la comparación correspondiente con el mes de agosto de 2014, la evolución de la recaudación para el mes de agosto de 2015.

Con el que envía las Obligaciones y Empréstitos de Entidades Federativas y Municipios en el periodo comprendido entre 1 de abril de 2015 y 30 de junio de 2015.

De la Auditoría Superior de la Federación

Con el que remite la cuenta comprobada correspondiente al mes de Agosto de 2015, que contiene la Aplicación del Presupuesto Ejercido por esta Entidad de Fiscalización.

Con el que remite el informe del cumplimiento de los objetivos del Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado 2015 (Profis).

De la Secretaría de Gobierno del Distrito Federal

Con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, para diseñar esquemas de atención profesional inmediata a todos los niños a quienes se les diagnostique algún tipo de cáncer.

De la Secretaría de Salud del estado de Hidalgo

Con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, para erradicar la presencia del clembuterol y otros agentes anabólicos en la alimentación del ganado para consumo humano en México.

De la Cámara de Senadores

Con los que remite veintiséis proposiciones con puntos de acuerdo por las que solicita a la Cámara de Diputados para que, en el proceso de análisis, discusión, y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2016, considere y destine recursos para varios rubros, suscritas por senadores de diversos grupos parlamentarios.

Por el que comunica la aprobación del acuerdo de la Junta de Coordinación Política que designa al Sen. Ismael Hernández Deras, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, como Presidente de la Comisión Bicameral de Seguridad Nacional.

Por el que comunica la modificación en la integración de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Senadores para el Primer Año de Ejercicio de la Sexagésima Tercera Legislatura.

Toma de protesta

De las ciudadanas diputadas Carmen Victoria Campa Almaral y María Concepción Valdés Ramírez.

Iniciativas de senadores

Con proyecto de decreto que adiciona un sexto párrafo, recorriéndose los subsecuentes al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, presentada por el Sen. Benjamín Robles Montoya, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, presentada por los Senadores Dolores Padierna Luna, Rabindranath Salazar Solorio y Mario Delgado Carrillo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Acuerdos de los órganos de gobierno

De la Junta de Coordinación Política

Iniciativas

Que reforma los artículos 7o., 38 y 47 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Alicia Guadalupe Gamboa Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 186 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo de la diputada Verónica Delgadillo García, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo del diputado Juan Manuel Cavazos Balderas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 28 y 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo de la diputada Minerva Hernández Ramos, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 139 de la Ley de la Industria Eléctrica, a cargo de la diputada Martha Cristina Jiménez Márquez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a cargo de la diputada Alma Carolina Viggiano Austria, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, suscrita por los diputados Ximena Tamariz García y Alfredo Javier Rodríguez Dávila, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Cámara de Diputados, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona la fracción IX al artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, suscrita por los diputados Cesar Augusto Rendón García y Jorge López Martín, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 162 del Código Penal Federal y 31 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, a cargo del diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 458 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo del diputado Ricardo Ramírez Nieto, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 189 y 190 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Santiago Taboada Cortina, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que expide la Ley para la Prevención, Tratamiento y Control de la diabetes, a cargo del diputado Salomón Fernando Rosales Reyes, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 34 y 186 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y 132 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Claudia Edith Anaya Mota, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 23 de la Ley Federal de Derechos, a cargo de la diputada Erika Lorena Arroyo Bello, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 33 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Jericó Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, a cargo del diputado Francisco Saracho Navarro, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones y de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo de la diputada Nora Liliana Oropeza Olguin, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Ruth Noemí Tiscareño Agoitia, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 6° de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Erika Irazema Briones Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 7o. de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, a cargo del diputado Cuitláhuac García Jiménez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado Miriam Dennis Ibarra Rangel, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 2-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo del diputado Jorge López Martín, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 46 y Décimo Octavo Transitorio de la Ley de Hidrocarburos, a cargo de la diputada Norma Rocío Nahle Garcia, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 61 de la Ley Aduanera, a cargo de la diputada Miriam Dennis Ibarra Rangel, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 268 Bis-1 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 3o. y 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Rafael Yerena Zambrano, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 41 y 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Federico Döring Casar, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional

Que expide la Ley General de Remuneraciones de los Servidores Públicos, Reglamentaria del Artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José de Jesús Zambrano Grijalva, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Braulio Mario Guerra Urbiola, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Omar Ortega Álvarez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma los artículos 171 y 172 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Juan Manuel Cavazos Balderas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 2-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo del diputado Federico Döring Casar, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional

Que reforma el artículo 149 Ter del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Claudia Edith Anaya Mota, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo de la diputada Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Jisela Paes Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 9o. de la Ley de Expropiación, a cargo del diputado Moisés Guerra Mota, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Agraria, de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable y de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, a cargo de la diputada Noemí Zoila Guzmán Lagunes, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 35, 41, 73 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por legisladores del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona el artículo 41 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Sergio López Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que reforma el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Rogerio Castro Vázquez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Jesús Rafael Méndez Salas, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo de la diputada Ariadna Montiel Reyes.

Que reforma el artículo 83 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Daniel Torres Cantú, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 19 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo de la diputada María Luisa Sánchez Meza, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 65 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 4° de la Ley Orgánica del Congreso General de Los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Julio Saldaña Morán, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 52 de la Ley de Migración, a cargo del diputado Enrique Zamora Morlet, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que reforma el artículo 108 del Código Fiscal de la Federación, a cargo de la diputada Norma Xóchitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma los artículos 45 del Código Nacional de Procedimientos Penales y 10 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, a cargo de la diputada María Gloria Hernández Madrid, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Luis Gilberto Marrón Agustín, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Santiago López, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Araceli Damián González y suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.

Que expide la Ley General de Gestión Escolar para la Educación Pública Básica, a cargo del diputado Manuel Alexander Zetina Aguiluz, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza.

Que reforma el artículo 73 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Martha Sofía Tamayo Morales, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Carlos Hernández Mirón, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Beatriz Vélez Núñez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Adrián González Navarro, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley General de Partidos Políticos, suscrita por diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 115 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Pablo Elizondo García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, a cargo del diputado Luis Gilberto Marrón Agustín, del Grupo Parlamentario del Partidos Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Evelyn Parra Álvarez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 33 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Miriam Dennis Ibarra Rangel, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 156 del Código Civil Federal, a cargo del diputado Marco Antonio Gama Basarte, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que expide la Ley General de Consulta Previa a los Pueblos y Comunidades Indígenas, a cargo del diputado Sergio López Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma los artículos 52, 53 y 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Francisco José Gutiérrez De Velasco Urtaza, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 186 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado José Máximo García López, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 7o. de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Marco Antonio Gama Basarte, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación, a cargo del diputado Carlos Alberto De la Fuente Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Proposiciones calificadas por el pleno de urgente u obvia resolución

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a las 32 Entidades Federativas, a transversalizar la perspectiva de género en sus programas operativos anuales para el 2016, a cargo de la diputada Erika Araceli Rodríguez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, a fin de hacer la declaratoria de emergencia en zonas cafetaleras y se establezca un programa de apoyo a los cafetaleros afectados por la plaga de la roya del café, suscrito por los diputados Natalia Karina Barón Ortiz y Juan Fernando Rubio Quiroz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Proposiciones

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sedesol y al Coneval a revisar y ampliar las reglas de operación del Fondo de Infraestructura Social Municipal, para lograr sus regionalización, a cargo del diputado Samuel Alexis Chacón Morales, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sagarpa, para que a través de la Agencia de Servicios a la Comercialización y Desarrollo de Mercados Agropecuarios, se dé cumplimiento con lo establecido en los contratos de Compraventa de productos agrícolas registrados en Agricultura por Contrato para los productores del Estado de Sinaloa, a cargo del diputado Jesús Antonio López Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se solicita la creación de la Comisión Especial de Seguimiento a las Evaluaciones que Integran el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, a cargo de la diputada Natalia Karina Barón Ortiz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con punto de acuerdo por el que se solicita la creación de la Comisión Especial de Seguimiento a las Evaluaciones de los Programas que conforman el Programa Especial Concurrente para el Campo, a cargo del diputado Jorge Álvarez López, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Presidente de la República para que acepte en sus términos las peticiones planteadas por los padres de los normalistas, en su reunión del día 24 de septiembre de 2015, suscrito por los diputados Araceli Damián González y Roberto Guzmán Jacobo, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de la Semarnat y de la Profepa, a fin de que lleven a cabo las acciones necesarias para disminuir y erradicar los focos de contaminación en los Ríos San Pedro y San Felipe, del estado de Tamaulipas, a cargo del diputado Gustavo Adolfo Cárdenas Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Con punto de acuerdo por el que se solicita la creación de la Comisión Especial de Empoderamiento de la Familia, a cargo de la diputada Norma Edith Martínez Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del INM, para que en las franjas fronterizas del país, se implementen centros de atención y puntos de apoyo humanitarios que otorguen ayuda a los inmigrantes ilegales, a cargo de la diputada Adriana Terrazas Porras, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo relativo a la instalación de bebederos en las escuelas públicas y privadas de las entidades federativas, a cargo del diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se solicita la creación de la Comisión Especial de Seguimiento a las Empresas Productivas del Estado, a cargo del diputado Carlos Hernández Mirón, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con punto de acuerdo relativo al Día Mundial del Hábitat, a cargo del diputado Arturo Álvarez Angli, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades del estado de Veracruz a garantizar la fuente de trabajo y el respeto a los derechos laborales adquiridos de los trabajadores del sistema de agua y saneamiento, suscrito por los diputados Norma Rocío Nahle García, Cuitláhuac García Jiménez y Jesús Serrano Lora, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobernador del estado de México, a implementar un programa de vigilancia y verificación en el transporte público de la entidad, suscrito por las diputadas Claudia Sofía Corichi García y Angie Dennisse Hauffen Torres, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que a través de la SEGOB inicie un proceso de consulta pública entre las organizaciones de la sociedad civil, a fin de conformar una terna de candidatos para ocupar la presidencia del Conapred, a cargo del diputado Abdies Pineda Morín, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de las entidades federativas y del D.F, implementen programas para disminuir el número de accidentes automovilísticos causados por el consumo de alcohol, a cargo del diputado Marco Antonio García Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a las legislaturas de los estados y a la ALDF, a promover la creación de comisiones ordinarias de cambio climático y la expedición de legislación en esta materia, a cargo de la diputada Elva Lidia Valles Olvera, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo para redoblar esfuerzos en materia de políticas públicas y programas sociales encaminados a atender a los adultos mayores, a cargo del diputado José Santiago López, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Sedesol, a fin de investigar y difundir las causas del retraso que presentan los pagos del programa “Pensión para adultos mayores”, y a realizar las acciones para resolver la problemática, a cargo de la diputada Araceli Damián González, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP, para que emita lineamientos con el objeto de regularizar los automóviles introducidos al país hasta el 2015, a cargo de la diputada Cynthia Gissel García Soberanes, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP, a mantener el fondo fronterizo en apoyo a las fronteras norte, sur-sureste del país, a cargo de diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Semarnat, a reforzar las actividades de inspección y vigilancia en el Golfo de Ulloa, Municipio de Comondú, estado de Baja California Sur, a fin de evitar la mortandad de la tortuga caguama, a cargo del diputado Wenceslao Martínez Santos, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobernador del estado de Guerrero a fin de investigar la muerte de niños en el Hospital del Niño y la Madre Indígena, en la Ciudad de Tlapa, de esa entidad, suscrito por los diputados Victoriano Wences Real y Lluvia Flores Sonduck, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al DIF a formalizar la creación de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo del Dip Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a las legislaturas de las entidades federativas, a fin de incluir en su legislación civil y familiar, altos estándares en materia de derechos humanos, señalados en los precedentes de la SCJN, a cargo del diputado Armando Luna Canales, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a las legislaturas de los estados y a la ALDF, a revisar sus marcos normativos a fin de armonizarlos con la Ley General de Cultura Física y Deporte, a cargo de la diputada Jacqueline Nava Mouett, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal y al Gobierno del estado de Guerrero, a fin de investigar la aplicación de los recursos destinados a la reparación de los daños ocasionados por las tormentas “Ingrid” y “Manuel” en dicha entidad, asimismo, se solicita la creación de una Comisión Especial que dé seguimiento a la aplicación de los recursos destinados a dicho acontecimiento, suscrito por los diputados Lluvia Flores Sonduck y Victoriano Wences Real, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con punto de acuerdo por la que se exhorta a la Cofece para que difunda un estudio sobre mercado agroalimentario, así como sus recomendaciones, a cargo de la Dip, Blandina Ramos Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sagarpa y de las secretarías encargas del área agropecuaria de los gobiernos de los estados, para que destinen mayores recursos humanos, técnicos, científicos y tecnológicos para la detención, prevención y erradicación del pulgón amarillo del sorgo, a cargo de diversas diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo relativo a la atención médica del licenciado Sebastián Lerdo de Tejada, en el Hospital Regional “Adolfo López Mateos”, a cargo del diputado Alberto Martínez Urincho, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con punto de acuerdo relativo a la realización de estudios de factibilidad que permitan la definición del plan hidráulico del Noroeste, a cargo de la diputada Martha Sofía Tamayo Morales, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP y a la Sagarpa, a reconsiderar la decisión de reservar los recursos de 2015 de los programas Procafe Y Pimaf, suscrito por los diputados Natalia Karina Barón Ortiz y Juan Fernando Rubio Quiroz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con punto de acuerdo relativo al pago de adeudos pendientes con productores del País, por parte de la Agencia de Servicios a la Comercialización y Desarrollo de Mercados Agropecuarios, a cargo de la diputada Martha Sofía Tamayo Morales, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobernador del estado de Oaxaca y al titular de la SCT, a fin de rehabilitar el camino Tuxtepec-Usila, dañado por las recientes lluvias en la Cuenca del Papaloapan, a cargo de la diputada Natalia Karina Barón Ortiz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con punto de acuerdo por el que se solicita la creación de la Comisión Especial para Fortalecer el Desarrollo Industrial, Aprovechamiento Integral e Intercambio Comercial de la Palma de Coco, a cargo del diputado Ricardo Taja Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo a fin de reconstruir y modernizar la carretera Monterrey-Nuevo Laredo, en su tramo 146 al 193, en sus cuerpos oriente y poniente, a cargo de la diputada Yahleel Abdala Carmons, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se solicita la creación de la Comisión Especial para la Protección de la zona de la Mariposa Monarca en México, a cargo del diputado Juan Antonio Ixtlahuac Orihuela, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo a fin de realizar una campaña en materia de uso del celular al manejar, a cargo del diputado Juan Manuel Cavazos Balderas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Conade, para que en coordinación con el gobierno del estado de Yucatán, y los municipios, refuerce las acciones de promoción del deporte a través del mejoramiento de la infraestructura y estímulos deportivos, a cargo del diputado Pablo Gamboa Miner, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Segob y a la SHCP, a fin de llevar a cabo la publicación de la declaratoria de emergencia para los municipios de Loreto, Comundú, La Paz y Los Cabos y liberen los recursos para atender los desastres ocasionados por las lluvias registradas en los meses de septiembre y octubre en el estado de Baja California Sur, a cargo de la diputada Esthela de Jesús Ponce Beltrán, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la PGR, para que se abra investigue el delito de desaparición forzada de persona en perjuicio de Manuel Serrano Vallejo, suscrito por diversos diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Efeméride

Con motivo del 2 octubre, Aniversario de la Heroica Defensa de Mulegé, Baja California Sur, a cargo de la diputada Jisela Paes Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con motivo del 2 de octubre de 1968. Aniversario de los caídos en la lucha por la democracia de la Plaza de las Tres Culturas en Tlatelolco, a cargo del diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con motivo del 47 Aniversario del trágico acontecimiento en la Plaza de las Tres Culturas en Tlatelolco, a cargo de la diputada Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Con motivo del 5 de octubre, Día Mundial de los Docentes, a cargo del diputado Luis Alfredo Valles Mendoza, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza.

Con motivo del 26o. aniversario luctuoso del empresario y político mexicano Manuel Jesús Clouthier del Rincón, “Maquio”, a cargo del diputado Manuel Jesús Clouthier Carrillo.»



ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior. Pido a la Secretaría que consulte a la asamblea si se dispensa su lectura, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura del acta tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa su lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el jueves primero de octubre de dos mil quince, correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Primer Año de Ejercicio de la Sexagésima Tercera Legislatura.

Presidencia del diputado José de Jesús Zambrano Grijalva

En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con una asistencia de trescientos cuarenta y ocho diputadas y diputados, a las diez horas con veintiocho minutos del jueves primero de octubre de dos mil quince, el Presidente declara abierta la sesión.

En votación económica se dispensa la lectura al Orden del Día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria; del mismo modo se dispensa la lectura del acta de la sesión anterior, y no habiendo oradores registrados, en votación económica se aprueba.

En su oportunidad y desde su curul la diputada María Candelaria Ochoa Avalos del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano, solicita a la Presidencia guardar un minuto de silencio en honor a los estudiantes del dos de octubre de mil novecientos sesenta y ocho. El Presidente obsequia dicha solicitud e invita a la Asamblea a ponerse de pie.

Se da cuenta con acuerdo de la Mesa Directiva, por el que se reconoce que se actualiza el supuesto previsto por el primer párrafo del artículo sesenta y tres de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en lo referente a las asistencias de las diputadas y los diputados a las sesiones del Pleno. En votación económica se aprueba. Comuníquese.

El Presidente informa a la Asamblea que se encuentra a las puertas del Recinto los ciudadanos Alejandro Juraidini Villaseñor, y Francisco Javier Pinto Torres, diputados electos en el Vigésimo Cuarto Distrito Electoral, del Estado de México; y Quinta Circunscripción Plurinominal respectivamente. El Presidente designa una comisión que los acompañen a su ingreso al salón de sesiones, acto seguido rinden protesta de Ley y entran en funciones.

Se da cuenta solicitudes de licencia para separarse de sus actividades legislativas a las diputadas:

• María Luisa Gutiérrez Santoyo, de Nueva Alianza, como diputada federal electa en la Primera Circunscripción Plurinominal, a partir de esta fecha. Llámese al suplente

• Miriam Tinoco Soto, del Partido de la Revolución Democrática, como diputada federal electa en la Quinta Circunscripción Plurinominal, a partir de esta fecha. Llámense al suplente.

En votación económica se aprueban. Comuníquense.

El Presidente informa a la Asamblea que se llevará a cabo la comparecencia del doctor Luis Videgaray Caso, Secretario de Hacienda y Crédito Público, con la finalidad de profundizar en el análisis del Tercer Informe de Gobierno en materia económica, y a fin de que dé cuenta de las iniciativas que comprenden el paquete económico para el Ejercicio Fiscal del año dos mil dieciséis, quien se encuentra en el Salón Protocolo de esta Cámara de Diputados por lo que designa una comisión para recibirlo y acompañarlo al recinto.

Por instrucciones de la Presidencia, la Secretaría da lectura a los resolutivos de los acuerdos parlamentarios aprobados por el Pleno en la sesión del día veintinueve de septiembre de dos mil quince, que norman los procedimientos para esta comparecencia. Acto seguido, el Presidente toma la protesta de decir verdad al doctor Luis Videgaray Caso, y le otorga el uso de la tribuna para exponer el estado que guarda el ramo respectivo y dar cuenta de las iniciativas que integran el paquete económico para el ejercicio fiscal de dos mil dieciséis.

Para fijar postura de sus respectivos grupos parlamentarios intervienen las diputadas y los diputados: Manuel Jesús Clouthier Carrillo, diputado independiente; Alejandro González Murillo, del Partido de Encuentro Social; Luis Alfredo Valles Mendoza, de Nueva Alianza; José Clemente Castañeda Hoeflich, de Movimiento Ciudadano; Norma Rocío Nahle García, de Morena; José Antonio Arévalo González, del Partido Verde Ecologista de México;

A las doce horas con cinco minutos, por instrucciones de la Presidencia se cierra el sistema electrónico de asistencia con un registro cuatrocientos cuarenta y ocho diputadas y diputados.

Carlos Hernández Mirón, del Partido de la Revolución Democrática; Gustavo Enrique Madero Muñoz, del Partido Acción Nacional; y Charbel Jorge Estefan Chidiac, del Partido Revolucionario Institucional.

En la primera ronda de preguntas, respuestas y comentarios, relativa al Análisis del Tercer Informe de Gobierno en materia de Política Económica, intervienen las diputadas y los diputados: para formular preguntas y realizar comentarios Melissa Torres Sandoval, del Partido Encuentro Social; Jesús Rafael Méndez Salas, de Nueva Alianza; María Elena Orantes López, de Movimiento Ciudadano; y Vidal Llerenas Morales, de Morena; para formular preguntas Adriana Sarur Torre, y para realizar comentarios Remberto Estrada Barba, ambos del Partido Verde Ecologista de México; para formular preguntas y realizar comentarios Tomás Octaviano Félix, del Partido de la Revolución Democrática; para formular preguntas Armando Alejandro Rivera Castillejos; y para realizar comentarios Juan Alberto Blanco Zaldívar, ambos del Partido Acción Nacional; y para formular preguntas y realizar comentarios Baltazar Manuel Hinojosa Ochoa, del Partido Revolucionario Institucional. En su oportunidad el doctor Luis Videgaray Caso, Secretario de Hacienda y Crédito Público, formula las respuestas correspondientes.

En la segunda ronda intervienen para formular preguntas y realizar comentarios, las diputadas y los diputados: Hugo Eric Flores Cervantes, del Partido Encuentro Social;

Presidencia del diputadoJerónimo Alejandro Ojeda Anguiano

Presidencia del diputadoJosé de Jesús Zambrano Grijalva

Angélica Reyes Ávila, de Nueva Alianza; Germán Ernesto Ralis Cumplido, de Movimiento Ciudadano; Juan Romero Tenorio, de Morena; para formular preguntas Quirino Ordaz Coppel y realizar comentarios Javier Octavio Herrera Borunda, ambos del Partido Verde Ecologista de México; para formular preguntas y realizar comentarios los diputados: Cecilia Guadalupe Soto González, del Partido de la Revolución Democrática; para formular preguntas Santiago Taboada Cortina, y para realizar comentarios Herminio Corral Estrada, ambos del Partido Acción Nacional; y para formular preguntas y realizar comentarios Claudia Edith Anaya Mota, del Partido Revolucionario Institucional. En su oportunidad el doctor Luis Videgaray Caso, Secretario de Hacienda y Crédito Público, formula las respuestas correspondientes.

Para la tercera ronda de preguntas y respuestas, la Presidencia informa que por acuerdo de los coordinadores de los Grupos Parlamentarios, ésta se realizará sólo con las intervenciones relativas a preguntas y respuestas, ya que la intervención referente a comentarios, se recibirá por escrito para su inserción en el Diario de los Debates y su entrega al Secretario de Hacienda y Crédito Público; de esta forma para el desahogo de esta ronda, intervienen las diputadas y los diputados: José Alfredo Ferreiro Velazco, del Partido Encuentro Social; Soralla Bañuelos de la Torre, de Nueva Alianza; Salvador Zamora Zamora, de Movimiento Ciudadano;

Presidencia del diputadoEdmundo Javier Bolaños Aguilar

Presidencia del diputadoJosé de Jesús Zambrano Grijalva

Delfina Gómez Álvarez, de Morena; Emilio Enrique Salazar Farías, del Partido Verde Ecologista de México; Sergio López Sánchez, del Partido de la Revolución Democrática; Carlos Alberto de la Fuente Flores, del Partido Acción Nacional; y María Esther de Jesús Scherman Leaño, del Partido Revolucionario Institucional. En su oportunidad el doctor Luis Videgaray Caso, Secretario de Hacienda y Crédito Público, formula las respuestas correspondientes.

El Presidente declara que cumplida la obligación establecida en los artículos sesenta y nueve, setenta y cuatro, y noventa y tres de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Agradece la presencia de Luis Videgaray Caso, titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, e informa a la Asamblea que de conformidad con lo que establece el artículo séptimo, numeral cinco, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la versión estenográfica de esta sesión será remitida al Presidente de la República, para su conocimiento.

La Presidencia solicita a la comisión designada acompañar al doctor Luis Videgaray Caso, Secretario de Hacienda y Crédito Público, cuando desee retirarse del salón de sesiones.

De conformidad con el artículo ciento dos del Reglamento de la Cámara de Diputados, las iniciativas registradas en el Orden del Día de esta sesión, serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria, las de los siguientes diputados:

• José Hernán Cortés Berumen, del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

• José Hernán Cortés Berumen, del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo cuarenta y ocho de Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.

La Presidencia invita a los proponentes de efemérides a entregar a la Secretaría los textos respectivos para su incorporación al Diario de los Debates.

Agotados los asuntos del orden del día, el Presidente cita para la próxima Sesión Ordinaria que tendrá lugar el día martes seis de octubre de dos mil quince, a las once horas, y levanta la sesión a las dieciocho horas con dos minutos.»

El diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido (desde la curul): Presidente, ¿Me permite?

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Permítame terminar con lo que tiene que ver con el acta, diputado.

Proceda la Secretaría a poner a discusión el acta.

La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Aprobada el acta.

A ver, sonido en la curul del diputado Germán Ralis.

El diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido(desde la curul): Sí, diputado presidente, con la intención de comentarles que el tríptico que tienen en sus curules en complemento de la iniciativa que presenté el 22 de septiembre, en la que propongo prohibir fumar en los espacios cerrados, reformando los artículos 6, 26 y 27 de la Ley General para el Control del Tabaco. Es cuanto. Agradecido, presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias. Ahí está en conocimiento de las diputadas y de los diputados lo que ha expuesto el diputado Ralis. Gracias. Continúe la Secretaría con... Perdón, sonido en la curul de la diputada Refugio Trinidad Garzón, por favor.

La diputada Refugio Trinidad Garzón Canchola(desde la curul): Gracias, señor presidente. Es para hacer un comentario respecto al orden del día.

Diputadas y diputados, pido la solidaridad de esta Secretaría de Gobernación y de Protección Civil para solidarizarme con los municipios de Cajeme, Guaymas y Empalme, en el estado de Sonora, al cual represento, por las afectaciones que tuvieron por las lluvias de la semana pasada. Vengo de Sonora y sé lo grave que está. Apoyemos a Sonora, por favor. Gracias.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada paisana. En todo caso es un asunto que sería pertinente, aconsejable, diputada, que se turnara directamente a la Junta de Coordinación Política a efecto de que pudiera hacerse eco y emitir al mismo tiempo también, de así considerarlo esta soberanía, un pronunciamiento en el sentido que usted lo plantea y que yo suscribiría.

El diputado Alberto Martínez Urincho(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Diputado, sonido en la curul del diputado Martínez Urincho, por favor.

El diputado Alberto Martínez Urincho (desde la curul): Diputado presidente, solicitarle respetuosamente a esa Mesa Directiva, a la Presidencia, si puede conceder un minuto de silencio por todas las víctimas allá en esa tragedia en el pueblo hermano de Guatemala, en esta localidad de Cambray, el municipio de Santa Catarina, y que obviamente pedimos desde aquí, diputado presidente, que nuestro pueblo hermano se levante de esa tragedia que le ha costado mucho a ese país. Por favor. Es cuanto, diputado presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Diputado Martínez Urincho, nos solidarizamos en verdad con sus expresiones y expresamos desde luego nuestro pesar por las muertes acaecidas y la solidaridad con los familiares de las víctimas. Pido que las expresiones del diputado Martínez Urincho queden registradas en el Diario de los Debates. Gracias.

Continúe la Secretaría.



COMUNICACIONES

La Secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.

Diputado José de Jesús Zambrano Grijalva, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.— Presente.

Por instrucciones del diputado César Camacho, presidente de la Junta de Coordinación Política, y de conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como en el artículo 33 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito informarle de la designación de legisladores del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, como consejeros del Poder Legislativo ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral:

• Que la senadora Dolores Padierna Luna cause alta como consejera propietaria ante el Instituto Nacional Electoral.

• Que el senador Fidel Demédecis Hidalgo cause alta como consejero suplente ante el Instituto Nacional Electoral.

Reciba un cordial saludo.

Atentamente

Palacio Legislativo, México, DF, a 5 de octubre de 2015.— Luis Molina Robles (rúbrica) Secretario Ejecutivo.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: De enterado. Comuníquese.

———————— o ————————

La Secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Diputado José de Jesús Zambrano Grijalva, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 107, fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, me permito enviar la información relativa a la evolución de las finanzas públicas, incluyendo los requerimientos financieros del sector público y su saldo histórico, los montos de endeudamiento interno neto, el canje o refinanciamiento de obligaciones del erario federal, en los términos de la Ley General de Deuda Pública, y el costo total de las emisiones de deuda interna y externa correspondientes al mes de agosto de 2015.(1)

Asimismo, se informa la recaudación federal participable que sirvió de base para el cálculo del pago de las participaciones a las entidades federativas, así mismo como el pago de las mismas, desagregada por tipo de fondo, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal, y por entidad federativa, efectuando en ambos casos la comparación correspondiente con el mes de agosto de 2014.

De igual forma, en términos del artículo 22, fracción I, de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, se proporciona la información sobre la evolución de la recaudación para el mes de agosto de 2015.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

México, DF, a 30 de septiembre de 2015.— Fernando Aportela Rodríguez (rúbrica), subsecretario de Hacienda y Crédito Público.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Remítase a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.

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La Secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Diputado Jesús Zambrano Grijalva, Presidente de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Hago referencia al decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de disciplina financiera de las entidades federativas y los municipios, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de mayo del presente, en particular, a la obligación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de informar a las comisiones legislativas competentes del Congreso de la Unión cada cierre trimestral los empréstitos y obligaciones registrados en cada periodo, especificando en su caso si fue utilizado para refinanciar o reestructurar créditos existentes, de conformidad con el artículo séptimo transitorio del mencionado decreto, que a la letra dice:

Séptimo. [...]

En tanto se implementa el referido registro, se pondrá a disposición de las comisiones legislativas competentes del Congreso de la Unión un reporte de las obligaciones y empréstitos a que se refiere el artículo 9 de la Ley de Coordinación Fiscal con la que actualmente cuenta el registro, a más tardar en un plazo de 30 días naturales, así como la información adicional que las comisiones legislativas competentes soliciten a las autoridades relacionadas con la misma. Igualmente, se deberá informar cada cierre trimestral (marzo, junio, septiembre y diciembre) los empréstitos y obligaciones registrados en cada periodo, especificando en su caso si fue utilizado para refinanciar o reestructurar créditos existentes. Lo anterior, con objeto de que en tanto entra en vigor la ley reglamentaria y se implementa el registro, el Congreso de la Unión pueda dar puntual seguimiento al endeudamiento de los estados y municipios.

En cumplimiento de esta disposición me permito enviarle anexos a este oficio los empréstitos y las obligaciones inscritos en el Registro de Obligaciones y Empréstitos de Entidades Federativas y Municipios en el periodo comprendido entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2015, especificando el destino para el que fue utilizado e incluyendo el saldo al cierre del periodo mencionado, que fue publicado el 14 de agosto del año en curso por esta secretaría.

Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

México, DF, a 30 de septiembre de 2015.— Contadora Pública Marcela Andrade Martínez (rúbrica), titular de la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Remítase a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento.

Conforme a lo dispuesto por el último párrafo del artículo séptimo transitorio de la reforma constitucional, en materia de disciplina financiera, publicado el 26 de mayo pasado, se solicita a la comisión defina el método para la consulta de esta información. Por lo tanto, el anexo correspondiente no se publica, hasta en tanto se resuelva qué hacer con él.

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La Secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla:«Auditoría Superior de la Federación.

Diputado José de Jesús Zambrano Grijalva, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.— Presente.

Debido a que no está constituida la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 85, fracción XVIII, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, envío para su conocimiento y efectos conducentes, la cuenta comprobada correspondiente al mes de agosto de 2015, que contiene la aplicación del Presupuesto Ejercido por esta Entidad de Fiscalización.

Una vez constituida la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, se le remitirá copia de la citada Cuenta Comprobada para su conocimiento.

Aprovecho la oportunidad para reiterarle la seguridad de mi más alta y distinguida consideración.

Atentamente

México, DF, a 30 de septiembre de 2015.— Contador Público Certificado Juan Manuel Portal M. (rúbrica), Auditor Superior de la Federación.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Remítase a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, para su conocimiento.

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La Secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla:«Auditoría Superior de la Federación.

Diputado José de Jesús Zambrano Grijalva, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.— Presente.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 38, fracción IV, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, la Auditoría Superior de la Federación deberá de informar en el mes de septiembre a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de la honorable Cámara de Diputados, el cumplimiento de los objetivos del Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado; asimismo, esta Comisión deberá remitir a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, a más tardar el primer día hábil de octubre, información relevante respecto al cumplimiento de los objetivos del Programa.

Para atender esa disposición, toda vez que dichas Comisiones aún no están integradas, por este conducto le envío el Informe sobre el cumplimiento de los objetivos del Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado 2015, en versión amplia y ejecutiva, así como en medio magnético (disco compacto). De cualquier forma, en su oportunidad le remitiremos a la Comisión de Vigilancia, el informe en comento.

Atentamente

México, DF, a 29 de septiembre de 2015.— Contador Público Certificado Juan Manuel Portal Martínez (rúbrica), Auditor Superior de la Federación.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Remítase a las comisiones de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.

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La Secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla:«Escudo.— Ciudad de México.— Decidiendo Juntos.

Diputado José de Jesús Zambrano Grijalva, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura.— Presente.

En ejercicio de la facultad conferida a la licenciada Patricia Mercado Castro, secretaria de Gobierno del Distrito Federal, en la fracción III, artículo 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública, relativa a la conducción de las relaciones del jefe de Gobierno del Distrito Federal con órganos de gobierno local, Poderes de la Unión, con los gobiernos de los estados y con las autoridades. municipales; y a lo dispuesto en los artículos 1o.,7 y 18, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, y al manual administrativo correspondiente, por este medio adjunto al presente el oficio número SSDF/ 50l/ 2015, de fecha 26 de agosto del presente año, signado por el doctor José Armando Ahued Ortega, secretario de Salud del Distrito Federal, mediante el cual remite la respuesta correspondiente al oficio D.G.P.L.62-II-4-2252, expediente 6072, de fecha 24 de marzo del año en curso, suscrito por el vicepresidente la Mesa Directiva de esa honorable Cámara de Diputados, por el cual hizo del conocimiento el acuerdo aprobado en esa fecha.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

México, DF, a 24 de septiembre de 2015.— Licenciado Iván Pedroza Reyes (rúbrica), subdirector de Atención y Seguimiento del Proceso Legislativo de la Coordinación General de Enlace Legislativo.»

«Escudo.— Ciudad de México.— Decidiendo Juntos.

Licenciada Patricia Mercado Castro, secretaria de Gobierno del Distrito Federal.— Presente.

En atención al oficio número D. G. P. L. 62-II-4-2252, signado por el diputado Tomás Torres Mercado, mediante el cual informa que en sesión celebrada el 24 de marzo del año en curso, la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el siguiente

Punto de Acuerdo

“Único. La Cámara de Diputados exhorta a los titulares de los sistemas de salud federal y de las entidades federativas, a diseñar esquemas de atención profesional inmediata de todos los niños y niñas a quienes se diagnostique algún tipo cáncer, independientemente de que estén o no adscritos a algún sistema de salud público.”

Se hace de su conocimiento que la Secretaría de Salud del Distrito Federal, en coordinación con Servicios de Salud Pública del Distrito Federal realizan acciones de atención profesional, tomando como base los indicadores y lineamientos que evalúa el Centro Nacional para la Salud de la Infancia y Adolescencia, dependiente de la Secretaría de Salud Federal, la cual ha contemplado el esquema de atención al paciente menor de 18 años con sospecha y diagnóstico de cáncer, promover la capacitación y difusión en materia de cáncer en la infancia y adolescencia y coadyuvar al fortalecimiento de los sistemas de información en salud relacionados al cáncer en la adolescencia. Dentro de estas acciones se encuentran las siguientes:

• En la Ciudad de México se realizó la conmemoración del Día Internacional de Cáncer Infantil teniendo como sedes la glorieta del Ángel de la Independencia, las instalaciones del Hospital Pediátrico Moctezuma, el Hemiciclo a los Niños Héroes y el jardín Hidalgo, ubicado en la explanada principal de la delegación política de Coyoacán. Cabe resaltar que en todos los eventos participaron organismos gubernamentales como el IMSS, ISSSTE, Semar, Sedena, STC (Metro) y de asistencia privada. Se han realizado actividades artísticas, lúdicas e informativas, resultado de las reuniones de planeación y coordinación que se han tenido con personal de la Asociación Mexicana de Ayuda a Niños con Cáncer, para realizar la elaboración, diseño y difusión de los signos y síntomas a la población relacionados con el cáncer en menores de 18 años de edad.

• Desde el año 2011 se implementó el esquema de atención inmediata dentro del cual se realiza la actualización y capacitación en signos y síntomas de sospecha de cáncer en menores de 18 años a personal médico (pasantes, generales, familiares y pediatras) de primer y segundo nivel de atención pertenecientes a la Secretaria de Salud y Servicios de Salud pública ambos del Distrito Federal.

• Se supervisa a las unidades de salud de primer nivel de atención para comprobar que se llevan a cabo actividades de difusión e información de signos de sospecha de cáncer en menores de 18 años de edad y de consulta a la población que asiste a estas unidades; de esta supervisión destaca la unidad médica para el tratamiento de cáncer en menores de 18 años, que se localiza en el Hospital Pediátrico Moctezuma dependiente de la Red de Hospitales de la Secretaria de Salud, la cual está acreditada para el tratamiento de cáncer en estos pacientes.

• Se logró la impresión y colocación de espectaculares en los andenes y espacios públicos del STC-Metro, en la Red de Trasporte de Pasajeros del Distrito Federal y en los parabuses.

• Dentro del material de difusión se encuentra la transmisión de spots de radio.

• Cabe señalar que se han realizado actividades informativas escolares con alumnos de las escuelas pertenecientes al Instituto de Educación Media Superior del Gobierno del Distrito Federal.

• Se cuenta con un link en internet para la capacitación médica continua, en la cual se encuentran dos ligas de cursos realizados en el año 2012, y pueden ingresar, tanto personal médico, paramédico y la población en general, ya que está abierta en forma permanente para su consulta la dirección es la siguiente: www.conferenciaenlinea.com.ntx/pediatria

En virtud de lo anteriormente expuesto, se solicita tener por atendido el exhorto contenido en el referido punto de acuerdo, reiterando el compromiso de esta secretaría como eje rector en materia de salud, de continuar realizando acciones en beneficio de las personas a las que se les diagnostique algún tipo de cáncer, especialmente a los niños y niñas y a la población en general del Distrito Federal.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

México, DF, a 26 de agosto de 2015.— Doctor José Armando Ahued Ortega (rúbrica), secretario de Salud del Distrito Federal.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se remite a la Comisión de Derechos de la Niñez, para su conocimiento.

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La Secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla:«Escudo.— Secretaría de Salud del Estado de Hidalgo.

Diputado José de Jesús Sambrano Grijalva, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

En contestación al oficio número DGPL 62-II~5-1671 de fecha 22 de abril de 2014, expediente número 3966, se hace de su conocimiento que en estricto sujeción a lo establecido en los numerales 205, 207, 393, 396, 400, 401 Bis 1 y 421 Bis de la Ley General de Salud; y 6.10.5. de la norma oficial mexicana NOM-194-SSAl-2004. Productos y servicios. Especificaciones sanitarias en los establecimientos dedicados al sacrificio y faenado de animales para abasto, almacenamiento, transporte y expendio, especificaciones sanitarias de productos. Esta Autoridad sanitaria lleva a cabo vigilancia permanente en rastros y puntos de venta de productos cárnicos con el objeto tomar muestras de dichos productos para la detección de la sustancia denominada clenbuterol. De Igual forma se han iniciado procedimientos para la aplicación de sanciones a los propietarios de, productos cárnicos contaminados con clenbuterol, con lo cual se cumple con el objeto de esta Comisión, que es el ejercicio de las atribuciones que en materia de protección contra riesgos sanitarios, regulación, control y fomento sanitarios.

Agradeciendo de antemano la atención brindada a la presente, le envío mi más cordial y sincera consideración.

Atentamente

Pachuca de Soto, Hidalgo, a 30 de septiembre de 2015.— Bióloga Rosa Gabriela Ceballos Orozco (rúbrica) comisionada estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y Directora de la Coordinación de Regulación Sanitaria.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se turna a las Comisiones de Salud y de Ganadería, para su conocimiento.

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La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, el senador Félix González Canto, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó proposición con punto de acuerdo que exhorta a la Cámara de Diputados a considerar en el análisis, la discusión y la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2016 un incremento presupuestal suficiente para que la Universidad Intercultural Maya de Quintana Roo pueda atender sus necesidades básicas y aumentar su infraestructura.

La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a), y 67, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 276, párrafo 2, del Reglamento del Senado, dispuso que dicho punto de acuerdo, que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 29 de septiembre de 2015.— Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»

«El que suscribe, senador Félix González Canto, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que me confieren los artículos 8, fracción II y 276 del Reglamento del Senado de la República, someto a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en los siguientes

Considerandos

México tiene una gran riqueza cultural gracias a la herencia de sus pueblos originarios. Nuestro patrimonio cultural es rico en lenguas, arte y tradiciones. Nos identificamos ante el mundo como una nación pluricultural sustentada originalmente en nuestros pueblos indígenas.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que la federación, los estados y los municipios promoverán la igualdad de oportunidades de los indígenas y eliminarán cualquier práctica discriminatoria, estableciendo las instituciones y las políticas necesarias para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas y el desarrollo integral de sus pueblos y comunidades.

Así, en los últimos años se ha venido trabajado intensamente en los tres niveles de gobierno para atender la deuda histórica que tenemos con los indígenas, uno de los primeros pasos ha sido trabajar para mejorar los niveles de desarrollo humano y bienestar de esta población que aún se encuentra en desventaja.

La necesidad de generar sociedades más justas e igualitarias en donde la condición étnica no venga acompañada de pobreza y discriminación, requiere concentrar los esfuerzos gubernamentales en salud, educación, alimentación, un nivel de vida digna y libertad.

La educación es uno de los factores que tiene un efecto directo sobre otros aspectos del desarrollo. En la Cumbre del Milenio se destaco que la educación ocupa un lugar preponderante, por ser uno de los instrumentos más eficaces para reducir la transmisión de la pobreza y la desigualdad. A nivel individual tiene efectos comprobados en mejorar la salud y la nutrición, la productividad y los ingresos. A nivel social, la educación trae consigo una mayor competitividad económica, además de que contribuye a la democratización y promueve la paz y la preocupación por el medio ambiente.

La probabilidad de caer en pobreza disminuye radicalmente conforme incrementan los años de educación, ésta es -para los sectores más vulnerables- muchas veces la única oportunidad de prepararse para un mejor futuro y romper así con el vínculo que liga la pobreza con la marginación y la ignorancia.

Es de destacar que no basta con acercar los servicios de educación a las comunidades indígenas, sino que es necesario adecuar los programas educativos para que el beneficio sea real y se combata eficazmente la brecha que separa a la población indígena y la no indígena.

Una importante acción para combatir el rezago educativo de los pueblos indígenas es la creación y operación de las Universidades Interculturales, proyectos impulsados por la Secretaría de Educación Pública (SEP), cuyo propósito es brindar educación superior a jóvenes -tanto de población indígena como de otros sectores sociales- interesados en impulsar fundamentalmente el desarrollo económico y cultural de las distintas regiones indígenas del país, revalorar los procesos de generación del conocimiento de los pueblos indígenas, la difusión de los valores propios de las comunidades a las que pertenecen, así como abrir espacios para promover procesos de comunicación, revitalización, desarrollo y consolidación de lenguas y culturas originarias para estimular una comunicación pertinente de las tareas universitarias con las comunidades del entorno.

De acuerdo con por la Coordinación General de Educación Intercultural y Bilingüe de la SEP, entre los rasgos que distinguen a las Universidades Interculturales se encuentra la función sustantiva de Vinculación con la Comunidad, con la que se propone fortalecer la formación profesional integral, así como cultural y lingüísticamente pertinente. Por ello está orientada por un conjunto de principios y prácticas que se dirigen a abordar los problemas y plantear alternativas de solución a las necesidades del contexto en el que se encuentran.

En el estado de Quintana Roo mediante decreto de creación –publicado el 30 de octubre de 2006– se creó la Universidad Intercultural Maya, la cual brinda educación superior a alrededor de 600 estudiantes, provenientes de más de 130 comunidades indígenas y rurales.

En 2012, esta Universidad Intercultural Maya había logrado un posicionamiento nacional de alta calidad, era una de las pocas universidades del país de la cual 100 por ciento de sus egresados se habían titulado, sus estudiantes recibieron reconocimientos nacionales e internacionales y tiene un récord excelente en rendición de cuentas y transparencia.

A fin de cumplir con el desarrollo de la zona maya, la Universidad implementa proyectos en materia económica, de desarrollo rural, agropecuario y turismo, ha logrado el financiamiento de fundación Kellogs, Microsoft y el gobierno de Estados Unidos para poner en marcha algunos proyectos que han activado una dinámica cultural y económica de mayor bienestar para los habitantes de la región.

Sin duda, la labor de la Universidad Intercultural Maya es prioritaria para vincular a las comunidades indígenas y rurales con el desarrollo científico y cultural, para revalorar los conocimientos ancestrales de los pueblos indígenas, para promover la revitalización, desarrollo y consolidación de la lengua y cultura maya, por eso es necesario dotarla de los recursos económicos suficientes para que pueda cumplir con el fin que le dio origen.

El gobierno del estado de Quintana Roo ha reconocido y apoyado la importante labor que desempeña la Universidad Intercultural Maya, tanto, a través del presupuesto que le asigna año con año para su operación, como mediante la publicación –en 2009– del decreto por el que se modifica sustancialmente el decreto por el que se creó la Universidad Intercultural de la Zona Maya del estado de Quintana Roo, como organismo descentralizado de la administración pública paraestatal, mismo que permitió que la universidad contara con la estructura orgánica y atribuciones suficientes que la hagan más funcional y eficaz para el logro de sus objetivos.

De igual forma es importante destacar que la administración actual del gobierno de Quintana Roo construyó el Centro de Acceso de Información con una inversión de 41.5 millones de pesos.

La Universidad Intercultural Maya tiene el porcentaje más alto de estudiantes indígenas en Quintana Roo y lamentablemente su matrícula no puede crecer –pese a la alta demanda– por la falta de espacios, por lo que es necesario hacer un llamado a la Federación para que en el Presupuesto de Egresos de 2016 se le doten de los recursos suficientes para que pueda operar adecuadamente.

La Universidad cuenta actualmente con ocho carreras a nivel licenciatura, una maestría, todas pertinentes para el desarrollo de la región maya y requiere de mayor presupuesto para cumplir con sus objetivos.

El crecimiento en infraestructura es urgente para la Universidad Intercultural Maya, no sólo para atender la demanda estudiantil, sino para llevar a cabo investigación, innovación y difusión de conocimiento que tendrá un impacto positivo en la región.

El mundo ha aprendido que la diversidad no debe ser sinónimo de discriminación, trabajemos para reducir la brecha de la desigualdad, focalicemos el gasto público hacía los sectores más necesitados, coadyuvemos para que las Universidades Interculturales cumplan con el nombre fin por el que fueron creadas.

Por lo expuesto someto a consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. El Senado de la República exhorta a la Cámara de Diputados para que considere en el análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016 un incremento presupuestal suficiente para que la Universidad Intercultural Maya de Quintana Roo pueda atender sus necesidades básicas y aumentar su infraestructura.

Dado en el Senado de la República, a 24 días del mes de septiembre de 2015.— Senador Félix González Canto (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.

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La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, las senadoras Hilda Flores Escalera, Diva Gastélum Bajo, Leticia Herrera Ale, Cristina Díaz Salazar, Itzel Ríos de la Mora, Lilia Merodio Reza, Anabel Acosta Islas y María Elena Barrera Tapia presentaron proposición con punto de acuerdo para solicitar recursos para la prevención y combate de incendios forestales, en la conformación del proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2016.

La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a), y 67, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 276, párrafo 2, del Reglamento del Senado, dispuso que dicho punto de acuerdo, que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 29 de septiembre de 2015.— Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»

«Hilda Esthela Flores Escalera, Diva Hadamira Gastélum Bajo, Juana Leticia Herrera Ale, María Cristina Díaz Salazar, Itzel Sarahí Ríos de la Mora, Lilia Guadalupe Merodio Reza, Anabel Acosta Islas, senadoras integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, y María Elena Barrera Tapia, senadora integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 8, numeral 1, fracción II, 276 y demás aplicables del Reglamento del Senado de la República, presentan ante esta soberanía proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El fuego desempeña un rol importante dentro del ciclo vital de los ecosistemas forestales que, al igual que otros fenómenos naturales, frecuentemente se convierte en problema a partir de la intervención humana. Esta realidad ha llevado a establecer estrategias e invertir recursos económicos, materiales y humanos para tratar de reducir al mínimo posible los efectos de los incendios forestales.

En México desde hace décadas se ha venido desarrollando una estrategia general de prevención y control de incendios forestales, sistematizada a través del Programa Nacional de Prevención de Incendios Forestales, y en cuya aplicación participan instituciones de los tres órdenes de gobierno, organismos civiles y voluntarios.

Desde 2002, la instancia responsable de la operación y coordinación general del Programa de Incendios es la Comisión Nacional Forestal. Para esta institución, la difusión y la información son herramientas clave para la prevención de estas conflagraciones, y por ello considera prioritario informar a la sociedad sobre los acontecimientos y acciones derivados de los incendios que se registran en el territorio nacional.

La información, en este sentido, reafirma su eficacia para ampliar y profundizar la visión social existente acerca de los recursos forestales y el uso del fuego. Una perspectiva integral sobre este fenómeno sin duda motivará una acción cívica que impida que la negligencia, la indolencia o la ignorancia continúen siendo el origen de miles de incendios forestales cada año.

De acuerdo a datos de la Conafor al 16 de julio 2015 se han registrado 3 mil 581 incendios forestales, en 31 entidades federativas, 83 mil 593 hectáreas.

Por su parte, los Servicios Ambientales del Bosque son los beneficios que la gente recibe de los diferentes ecosistemas forestales, ya sea de manera natural o por medio de su manejo sustentable, ya sea a nivel local, regional o global.

Los servicios ambientales influyen directamente en el mantenimiento de la vida, generando beneficios y bienestar para las personas y las comunidades.

Son ejemplos de servicios ambientales del bosque

• Captación y filtración de agua;

• Mitigación de los efectos del cambio climático;

• Generación de oxígeno y asimilación de diversos contaminantes;

• Protección de la biodiversidad;

• Retención de suelo;

• Refugio de fauna silvestre; y

• Belleza escénica, entre otros.

Regularmente, los servicios ambientales son gratuitos para la gente que disfruta de ellos, mientas que los dueños y poseedores de terrenos forestales que los proveen no son compensados en forma alguna por ello.

Los servicios ambientales se dice que son beneficios intangibles (aquellos que sabemos existen, pero cuya cuantificación y valoración resultan complicadas) ya que, a diferencia de los bienes o productos ambientales, como es el caso de la madera, los frutos y las plantas medicinales de los cuales nos beneficiamos directamente, los servicios ambientales no se "utilizan" o "aprovechan" de manera directa, sin embargo nos otorgan beneficios, como tener un buen clima, aire limpio, o simplemente un paisaje bello.

Si bien el concepto servicios ambientales es relativamente reciente y permite tener un enfoque más integral para interactuar con el entorno, en realidad las sociedades se han beneficiado de dichos servicios desde sus orígenes, la mayoría de las veces sin tomar conciencia de ello.

En ese orden de ideas, es pertinente que para el Presupuesto de Egreso de la Federación de 2016 contemple recursos vastos y suficientes para la prevención y combate el combate a los incendios forestales, así como para el desarrollo de Servicios ambientales del bosque.

Por lo descrito en el desarrollo del presente y con fundamento en las disposiciones señaladas, sometemos a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único.El pleno del Senado de la República exhorta atentamente a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para que en el proceso de análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016 se considere la asignación de recursos vastos y suficientes para el combate de incendios, así como para el desarrollo de servicios ambientales del bosque.

Salón de sesiones del Senado de la República, a 29 de septiembre de 2015.— Senadoras: Hilda Esthela Flores Escalera (rúbrica), Diva Hadamira Gastélum Bajo (rúbrica), Juana Leticia Herrera Ale (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Itzel Sarahí Ríos de la Mora, Lilia Guadalupe Merodio Reza (rúbrica), Anabel Acosta Islas (rúbrica), María Elena Barrera Tapia (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.

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La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, la senadora Maki Esther Ortiz Domínguez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo que exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a que, en el proyecto de Presupuesto de Egresos para 2016, se asignen mayores recursos al sector salud.

La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 276, párrafo 2 del Reglamento del Senado, dispuso que dicho punto de acuerdo, que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 29 de septiembre de 2015.— Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»

«La senadora Maki Esther Ortiz Domínguez, suscribe ante el pleno de la Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión de la LXIII Legislatura, con fundamento en los artículos 8, numeral 1, fracción II, y 276 del Reglamento del Senado de la República y someten a la consideración de esta asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reconoce los derechos humanos y obliga a las autoridades a promover, respetar, proteger y garantizar los mismos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, conforme lo establece el Artículo Primero de nuestro máximo ordenamiento jurídico.

Que el párrafo cuarto del artículo 4o. constitucional, establece que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, derecho que es fundamental para todo ser humano y cuyo goce, no solo lo beneficia en su calidad de vida como individuo, sino como parte de la población. El acceso a la salud debe incluir de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, una atención sanitaria oportuna, aceptable, asequible y de calidad satisfactoria, por ello, es responsabilidad del Estado Mexicano, crear las condiciones que permitan que todas las personas puedan vivir lo más saludablemente posible.

Que el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que es el Estado quien organizará, un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación, para ello señala también que habrá un plan nacional de desarrollo al que se sujetarán obligatoriamente los programas de la administración pública federal.

Que es facultad exclusiva de la Cámara de Diputados, conforme lo establece el artículo 74, fracción IV, de la Constitución Mexicana, aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación, previo examen, discusión y, en su caso, podrá modificar el proyecto enviado por el Ejecutivo federal.

Que derivado de lo anterior, se reconoce que el Ejecutivo federal, puede enviar en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal correspondiente, lo que se estime suficiente para el desarrollo de los objetivos, estrategias y líneas de acción en materia de salud, no obstante, también es facultad de la Cámara de Diputados Federal, modificar dicho proyecto de Presupuesto, si así lo considera pertinente.

Que la salud es el principal elemento que tiene el ser humano, para desarrollar sus actividades económicas, sociales y culturales diarias y sin el pleno goce de la salud, difícilmente se podrá desarrollar profesional mente, lo anterior no solo resulta en una afectación directa a su persona como individuo, sino que también resulta en una afectación a su economía familiar, su contexto y por ende, la economía de la población. Si dicho ejemplo lo replicamos por millones de personas que no gozan de salud, derivado de un detrimento en los servicios primarios que ayuden a prevenir enfermedades de manera oportuna, no sólo la productividad económica se verá afectada, sino también la erogación que se incrementará en el sector salud para la atención de enfermedades catastróficas, crónico-degenerativas no transmisibles.

Que para lograr los objetivos, estrategias y líneas de acción, previstos en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, por lo que corresponde al Programa Sectorial de Salud, que prevé consolidar las acciones de protección, promoción de la salud y prevención de las enfermedades; asegurar el acceso efectivo a servicios de salud con calidad; reducir los riesgos que afectan la salud de la población en cualquier actividad de su vida; cerrar las brechas existentes en salud entre diferentes grupos sociales y regiones del país; asegurar la generación y el uso efectivo de los recursos en salud; y avanzar en la construcción de un sistema nacional de salud universal bajo la rectoría de la Secretaría de Salud, se necesita que el Presupuesto asignado a dicho rubro, se incremente cada ejercicio fiscal, de manera proporcional no sólo al alcance de los objetivos, sino a la realidad social, que en materia de salud existe en la población mexicana.

Que desde años atrás, el gasto ejercido en México para el sector Salud, como proporción del producto interno bruto, PIB, ha estado por debajo de los montos asignados por los países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, actualmente, México destina el 6.2 por ciento del PIB, para el sector salud, cuando el promedio de dichos países miembros oscilan entre el 9 y el 11 por ciento del PIB.

Que del periodo de 2006 a 2012, el presupuesto para la salud en México se incrementó en promedio 10.83 por ciento anual y en lo que va del periodo de 2013 a 2015, su crecimiento anual en promedio ha sido de 5.7 por ciento anual, 50 por ciento menos que el sexenio anterior.

Que en 2015, el crecimiento de dicho presupuesto fue de únicamente 3.65 por ciento, sin embargo con el recorte que se anunció, de 10 mil millones de pesos, este crecimiento se redujo a sólo 1.8 por ciento con respecto del año anterior (2014). Las proyecciones para 2016, no son mejores, ya que se prevé un presupuesto total para el sector salud de 524.6 millones de pesos, con una importante reducción para los servicios de la Secretaría de Salud, que disminuyen de 212.26 millones en 2015 a 208.03 millones en 2016, es decir una reducción de poco más de 4 mil millones de pesos.

Lo anterior afecta directamente en programas como:

1. Calidad en la Atención Médica

2. Vigilancia Epidemiológica

3. Fortalecimiento de los Servicios Estatales de Salud

4. Capacitación

5. Investigación y Desarrollo Tecnológico

6. Adicciones

7. Vacunación

8. Asistencia Social Integral

9. Protección Contra Riesgos Sanitarios

10. Proyectos de Infraestructura Social en Salud

11. Asistencia Social y Protección al Paciente

12. VIH

13. Prevención y Control de Enfermedades

14. Salud Materna, secual y Reproductiva

15. Fortalecimiento a la Atención Médica

Cabe señalar que aquellos que se encuentran sombreados, refieren a las fusiones que sufrieron diversos programas, cuyas claves se especifican, y a partir de las cuales la suma de los anteriores, resulta superior al presupuesto que se les otorga para 2016, y que dicha reducción se refiere solo a algunos de los programas, no obstante, el total que se pretende reducir es de más de 4 mil millones de pesos al sector salud, lo cual no solo afectará el funcionamiento de los mismos, sino que además pueden originar afectaciones que siempre se reflejan en la población más vulnerable del país.

Es por todo lo anteriormente expuesto, y con fundamento en los artículos 8, numeral 1, fracción II y 276, que con el objetivo de solventar la creciente demanda de la población y para efecto de cumplir con los servicios de salud de calidad de una manera eficaz así como oportuna someto a consideración de esta honorable soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. El Senado de la República exhorta respetuosamente a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a efecto de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2016, se asignen mayores recursos al sector salud.

Senadora Maki Esther Ortiz Domínguez (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.

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La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, la senadora Angélica de la Peña Gómez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó proposición con punto de acuerdo para solicitar a la Cámara de Diputados que, en el Presupuesto de Egresos de la Federación para 2016 se etiqueten los recursos para la operación de los organismos de las entidades federativas de protección de los derechos humanos.

La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 276, párrafo 2 del Reglamento del Senado, dispuso que dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 29 de septiembre de 2015.— Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»

«La que suscribe Angélica de la Peña Gómez, senadora de la República a la LXIII Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en los artículos 8, numeral 1, fracción II, y 276, numerales 1 y 2, y demás disposiciones aplicables del Reglamento del Senado de la República, somete a la consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo para solicitar a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para 2016, se etiqueten los recursos para la operación de los organismos de las entidades federativas de protección de los derechos humanos, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Los organismos de protección de los derechos humanos de las entidades federativas son instituciones públicas de carácter permanente, con autonomía de gestión y presupuestaria, con personalidad jurídica y patrimonio, propios. Tienen su fundamento legal en los términos del artículo 102, Apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y por tanto cada uno de ellos es un organismo constitucionalmente autónomo.

Tienen entre sus acciones, establecer las bases para la protección, observancia, estudio, promoción y divulgación de los derechos humanos que ampara el orden jurídico; asimismo son responsables de proteger los derechos humanos de los habitantes que se encuentran en su territorio, contra actos u omisiones de naturaleza administrativa cometidos por cualquier autoridad o servidor público estatal o municipal.

Adicionalmente, cabe señalar que las acciones encaminadas a la promoción y protección de los derechos humanos reconocidos en el orden jurídico internacional, se desarrollan entre otras, a través de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos, instancias que se han logrado constituir como un elemento fundamental en las políticas públicas de los Estados ya que su presencia genera un contra peso frente al abuso de poder, dando muestra de su utilidad en el perfeccionamiento de las instituciones, adquiriendo prestigio en la sociedad.

Por ello, resulta fundamental fortalecer los principios de autonomía, independencia y autoridad moral de los organismos públicos de protección de los derechos humanos, a fin de impulsar una eficaz y expedita protección y defensa de los derechos fundamentales.

En este orden de ideas, la autonomía presupuestaria permite a los organismos fortalecer el ejercicio de sus facultades constitucionales y reglamentarias, así como robustecer el respeto al trabajo de los organismos por parte de los poderes públicos y de las instituciones del Estado.

Actualmente, los organismos de protección de los derechos humanos de las entidades federativas ejercen su presupuesto con base en lo anualmente aprobado por los congresos locales; lo que supone su dependencia económica, al ser estos quienes aprueban los montos finales; de este modo, resulta fundamental dar un paso para que todos los organismos de protección de los derechos humanos tengan una verdadera autonomía presupuestal. De manera que sea la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la que establezca directamente en el Presupuesto de Egresos de la Federación para 2016, en el Ramo 35, correspondiente a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, los recursos etiquetados para la operación de dichos organismos.

En este sentido, cabe destacar que la importancia de la autonomía presupuestal no necesariamente consiste en los montos económicos de las partidas aprobadas, sino fundamentalmente en que se erige como una condición necesaria para conseguir la independencia de un órgano en relación con los poderes tradicionales. En este sentido, implica una elemental garantía de independencia institucional.

Por ello, la autonomía presupuestaria es garante de que a través de la administración de sus recursos pueda estar en condiciones de ejercer su presupuesto con base en las estrategias y prioridades que él mismo establezca. Lo anterior permitirá una mayor autonomía presupuestaría y el ejercicio del gasto en la medida en que confirma la plena capacidad de una institución para disponer de sus recursos presupuéstales, con base en criterios de productividad vinculados al cumplimiento de su objeto, de sus fines y funciones.

Finalmente, es relevante hacer patente el compromiso que se debe seguir para que los recursos sean encausados por completo al cumplimiento de la misión institucional, mediante su asignación oportuna y bajo estrictos criterios de austeridad, racionalidad, disciplina presupuestaria y transparencia, para apoyar el desarrollo de las actividades asociadas a las tareas de los Organismos de protección de los derechos humanos de las entidades federativas, con cuya ejecución se deberán proteger, observar, promover, estudiar y divulgar los derechos humanos.

Por lo expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea el presente

Punto de Acuerdo

Único. El Senado de la República respetuosamente exhorta a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2016, se etiqueten los recursos para la operación de los organismos de protección de los derechos humanos de las entidades federativas.

Honorable Cámara de Senadores, a 29 de septiembre de 2015.— Senadora Angélica de la Peña Gómez (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.

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La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, la senadora Angélica de la Peña Gómez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó proposición con punto de acuerdo que exhorta a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a que, en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 2016 se generen las partidas presupuestales para integrar un programa de protección integral de los niños que viven con sus madres en reclusión.

La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 276, párrafo 2 del Reglamento del Senado, dispuso que dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 30 de septiembre de 2015.— Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»

«La que suscribe Angélica de la Peña Gómez, senadora de la República a la LXIII Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos vigente por lo que se refiere al funcionamiento de la Comisión Permanente, ponemos a la consideración del Pleno de esta Soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo a cargo de la senadora Angélica de la Peña Gómez, por el que el honorable Senado de la República exhorta a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública, de la Cámara de Diputados a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2016, mediante los ramos de gobernación, educación pública, salud y desarrollo social, se generen las partidas presupuestales para integrar un programa de protección integral de los niños que viven con sus madres en reclusión, considerándolos como un grupo en especial situación de vulnerabilidad; de conformidad con lo dispuesto por la ley general de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Los centros de reclusión para mujeres, sean exclusivos o mixtos, cometen una serie de violaciones a los derechos humanos, DH, de las internas que abarcan desde hacinamiento, castigos de aislamiento, y nulas condiciones para que sus hijas e hijos puedan crecer a su lado.

Así lo documentó la Comisión Nacional de Derechos Humanos, CNDH, en el Informe especial sobre el estado que guardan los derechos humanos de las mujeres internas en centros de reclusión de la República Mexicana 2013, que muestra las condiciones en las que viven las mujeres privadas de su libertad, quienes representan el 4.8 por ciento de la población encarcelada.

La CNDH destaca en su informe que debido a que las mujeres históricamente son minoría en los centros penitenciarios, toda la infraestructura, organización y funcionamiento de estas cárceles fue creada en torno a los hombres, situación que persiste pese a que de 1997 a 2013 se incrementó la población femenil en 175 por ciento.

Actualmente, de los 418 centros de reclusión en el país, sólo 10 son exclusivos de mujeres, en estos sitios específicos se alojan 4 mil 189 internas (35.9 por ciento) y en los centros mixtos hay una población de 7 mil 712 presidiarias (64.8 por ciento).

Pero el dato quizá más relevante, considerando que no existen las condiciones para su desarrollo dentro de los penales, es que hay 377 menores de edad viviendo con sus madres y 48 mujeres embarazadas, hasta diciembre de 2012.

A pesar que durante los últimos años se ha registrado significativos avances en el sistema penitenciario para mejorar las condiciones de las personas en reclusión, es evidente la existencia de graves rezagos en el sistema, los cuales impiden el efectivo respeto de los derechos humanos de la población de los centros federales de readaptación social.

En el caso de las mujeres, la situación se agrava, dado que en su mayoría llevan tras de sí una discriminación histórica que conlleva un doble castigo; esto afecta ineludiblemente a sus hijas e hijos, quienes enfrentan graves situaciones de desamparo y carencias tanto materiales como afectivas al verse apartados forzosamente de sus madres.

La situación de todas aquellas niños y niños cuyas madres ingresaron a prisión, desde la perspectiva de los derechos humanos, resulta preocupante. El niña o el niña tiene derecho a la convivencia familiar, a la lactancia materna, a recibir los cuidados de ambos progenitores, a conocer su identidad, a su integridad física y psíquica, a tener las condiciones necesarias para su desarrollo, a la educación y a la salud y todos aquellos derechos que se contemplan en la Ley General de los Derechos de la Niñas, Niños y Adolescentes. Sin embargo, todos estos derechos se ven en riesgo de vulneración cuando la madre es recluida en una institución incapaz de respetar sus propios derechos, como mujer y como ser humano.

La problemática de las hijas e hijos de las mujeres reclusas incluye tanto su vida cotidiana, cuando la madre ingresa a prisión y se queda con ella, como la que se presenta cuando las familias sustitutitas o las instituciones de asistencia social se hacen cargo de las niñas o niños.

Nuestro país, al ratificar en 1991 la Convención de los Derechos de la Niñez, adquirió el compromiso de velar por que las instituciones públicas o privadas, de bienestar y asistencia social, de salud, educación y justicia, al momento de tomar decisiones que conciernan a niñas, niños, garanticen el reconocimiento y el respeto de sus derechos.

De esta forma, uno de los criterios para hacer valer el derecho de las mujeres a su maternidad, aún en presión, y el derechos de las niñas y niños a convivir con su madre, su familia y su medio, es garantizándole plenamente este ejercicios a través de la modificación de las prácticas violentas de este espacio de encierro, que manera que contemple la existencia de estancias que las alberguen junto a sus hijas e hijos; además de fortalecer las instituciones del medio abierto y familiar para acortar las distancias entre éstas y el ámbito de la prisión.

El Estado está obligado a garantizar condiciones de vida digna para todas las niñas y los niños, esto, independientemente de que se encuentren al interior de un centro de reclusión o vivan con sus padres en libertad, incluso, si las personas menores de edad debieran ser separados de sus padres atendiendo a su interés superior, es el Estado quien debe proporcionar los mecanismos para que las niñas y niños puedan acceder a condiciones de vida digna y de calidad.

En cuanto a las niñas y niños que viven con sus madres al interior de los centros femeniles de readaptación social, el Estado tiene una doble labor en cuanto a garantizarles un espacio y estadía de calidad preservando el pleno ejercicio de sus derechos.

En mérito de lo expuesto, se somete a la consideración del pleno la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. El Senado de la República exhorta a la Comisión de Hacienda y Crédito Público y a la de Presupuesto y Cuenta Pública, de la Cámara de Diputados, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2016, mediante los Ramos de Gobernación, Educación Pública, Salud y Desarrollo Social, se generen las partidas presupuestales para integrar un programa de protección integral de las niñas y niños que viven con sus madres en reclusión, considerándolos como un grupo en especial situación de vulnerabilidad; de conformidad con lo dispuesto por la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

Senadora Angélica de la Peña Gómez (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.

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La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, el senador Zoé Robledo Aburto, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó proposición con punto de acuerdo que exhorta a la Cámara de Diputados a considerar la importancia y las necesidades del programa Proyecta 100,000, y establezca una partida específica, suficiente y bastante en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2016, para el cumplimiento óptimo de sus funciones en apoyo a los jóvenes profesionistas.

La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a), y 67, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 276, párrafo 2, del Reglamento del Senado, dispuso que dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 30 de septiembre de 2015.— Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»

«El suscrito, senador Zoé Robledo Aburto, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8, numeral 1, fracción II y 276, numeral 1, del Reglamento del Senado de la República, así como 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del pleno, la presente proposición con punto de acuerdo para exhortar a la honorable Cámara de los Diputados, en absoluto respeto a sus facultades presupuestarias exclusivas, para que a través de su la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, considere la importancia y las necesidades del programa Proyecta 100,000, y establezca una partida específica, suficiente y bastante en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2016, para el cumplimiento óptimo de sus funciones en apoyo a los jóvenes profesionistas, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Nuestro país ocupa la tercera posición con el porcentaje más elevado de jóvenes que no estudian, ni trabajan. Seguimos manteniendo una tasa de desempleo alta entre egresados universitarios, los recursos destinados durante el año 2014 para el financiamiento de becas escolares fue limitado y tenemos problemas de deserción escolar en casi todos los niveles educativos.

A pesar de este lamentable panorama, los esfuerzos para ampliar la cobertura del servicio educativo, fortalecer financieramente al sector y garantizar la permanencia de los estudiantes, sigue siendo insuficiente, tanto en la educación básica como en la media superior, superior y de posgrado.

En este orden de ideas, el financiamiento público a la educación superior y de posgrado en México es un tema capital. La misma requiere de un gran impulso para continuar mejorando su calidad y ponerla a nivel competitivo en medio de esta nueva realidad global. Sin embargo, es también urgente la necesidad de ampliar los horizontes de los estudiantes y apoyarlos con becas para ser partícipes de esta realidad global, con la finalidad de conseguir los conocimientos de otras culturas, de otras realidades sociales, de técnicas y tecnología que no existe en nuestro país, para que regresen y puedan aplicar sus conocimientos en la solución de los problemas que nos aquejan.

En todo el mundo los gobiernos nacionales, los organismos internacionales, las asociaciones de universidades, las instituciones de educación superior y las organizaciones políticas y sociales coinciden en que la educación superior es estratégica para el desarrollo de un país. El financiamiento a la educación superior, por tanto, no debe ser considerado como un gasto sino como una inversión, posiblemente la mejor inversión de un país.

Definitivamente se trata de una inversión económica y social que debe protegerse de los embates de las crisis recurrentes que sufrimos como país. Es por ello que llama la atención que como parte de los esfuerzos realizados en el marco del Foro Bilateral sobre Educación Superior, Innovación e Investigación (Fobesii), en marzo de 2015, se haya firmado un memorándum de entendimiento para la creación del Programa de Prácticas Profesionales México-Estados Unidos, con el objeto de expandir el intercambio académico y las oportunidades para realizar prácticas profesionales para los estudiantes universitarios y recién egresados de México y Estados Unidos.

En el marco del Fobesii, Proyecta 100,000 es una iniciativa del Estado Mexicano, con participación de los sectores público, privado, académico y social, que busca incrementar sustancialmente la movilidad estudiantil y académica, y establecer redes de conocimiento entre México y Estados Unidos, enviando 100 mil estudiantes mexicanos a Estados Unidos y recibiendo a 50 mil estudiantes estadounidenses en México para el año 2018.

Como seguimiento a la firma del Memorándum, en mayo de 2015 una delegación de 19 agencias patrocinadoras de prácticas profesionales de Estados Unidos realizó una visita a las ciudades de México y Puebla. A partir de la visita, se logró identificar las siguientes necesidades:

1) Contar con una oficina o departamento dentro de la Cancillería, por conducto de la Agencia Mexicana de Cooperación Internacional para el Desarrollo (Amexcid), que se encargue de toda gestión y seguimiento de la movilidad académica, dando prioridad a las prácticas profesionales. Esto incluye obtención de recursos, apoyo para trámites migratorios, asesoría durante su estancia, entre otros.

2) Desarrollar, de manera paralela, programas piloto en la red Consular. El costo para adquirir la visa J1, así como los gastos por trámites administrativos puede oscilar entre los 2 mil y 10 mil dólares, a lo que hay que sumarle el pasaje aéreo y el costo de manutención que, en todo caso, tendría que depender de la ciudad de origen o destino -o ambas- y de la duración de la estancia.

Debido a que la Subsecretaría para América del Norte no cuenta con recursos suficientes para sufragar los altos costos que representa para los jóvenes profesionistas la realización de prácticas profesionales en los Estados Unidos, se propone:

1) Que la empresa patrocinadora otorgue una beca parcial a los jóvenes mexicanos.

2) Que los jóvenes profesionistas tengan un sueldo por realizar su práctica profesional que les permita cubrir los costos de su estadía.

3) Que una dependencia del gobierno mexicano considere apoyar a los jóvenes profesionistas cubriendo algunos de los costos.

4) Se sugiere que las universidades de los participantes puedan otorgar apoyos o recursos adicionales para el desarrollo profesional de los jóvenes candidatos.

Hoy día el tema del financiamiento de la educación superior y de posgrado no solo adquiere relevancia en los debates sobre el futuro no sólo de nuestras universidades, institutos tecnológicos y centros de investigación, sino del país en su conjunto y de cada alumno en lo individual con el potencial de estudiar en el extranjero y regresar a México para aplicar sus conocimientos.

Por las razones expuestas, se somete a consideración del pleno la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la honorable Cámara de los Diputados, en absoluto respeto a sus facultades presupuestarias exclusivas, para que a través de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, considere la importancia y las necesidades del programa Proyecta 100,000, y establezca una partida específica, suficiente y bastante en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2016, para el cumplimiento óptimo de sus funciones en apoyo a los jóvenes profesionistas.

Dado en el salón de sesiones del Honorable Congreso de la República, a 30 de septiembre de 2015.— Senador Zoé Robledo Aburto (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.

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La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, el senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presenta proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Huejuquilla el Alto, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2016.

La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a), y 67, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 276, párrafo 2, del Reglamento del Senado, dispuso que dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 29 de septiembre de 2015.— Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»

«José María Martínez Martínez, senador de la República en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8, numeral 1, fracción II, 276 y demás aplicables del Reglamento del Senado de la República, someto a la consideración del pleno de esta soberanía, la proposición con punto de Acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Huejuquilla el Alto, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Las vías de comunicación no solo permiten ir, de un lugar a otro de forma rápida y segura, si no también sirven para transportar mercancías y potencializar la economía del municipio con una estrategia de inversión a largo plazo, facilitando la integración tanto social como geográfica del territorio.

Para el municipio de Huejuquilla el Alto, es una prioridad la creación de un sistema carretero en óptimas condiciones, ya que, debido al alto índice que transita los vehículos pesados se han deteriorado los carriles de esta zona, ocasionando baches, accidentes viales y teniendo una carga vehicular que perjudica los tiempos de los habitantes en llegar a sus respectivos lugares. Por ello, es necesario apoyar la infraestructura carretera para beneficio de los habitantes, con una actividad que fortalecerá las actividades estratégicas sustentables e innovadoras para generar más empleos o ingresos en el municipio.

Con la modernización de los tramos carreteros, se beneficiará de forma directa a más de 500 mil habitantes quienes tendrán vialidades accesibles y en buenas condiciones que disminuirán los accidentes de tránsito, así como, mayor fluidez vehicular y la facilidad a los camiones transportistas que vienen de los municipios aledaños para llegar a sus destinos, teniendo como objetivo principal la creación de empleos temporales.

Este proyecto, permitirá la reducción de tiempo de traslado debido al descongestionamiento de las vialidades, cuyo objetivo principal será el de realizar trabajos de excavación en caja, también la fabricación de terracerías para la estructura de ampliación de carriles; colocación de carpeta asfáltica que proporcionará al tránsito una superficie estable, impermeable y uniforme; así mismo, se construirá una ciclo vía, áreas de descanso y equipamiento en áreas peatonales.

Por ello, las acciones que se realicen en materia de infraestructura carretera son de vital importancia para la seguridad y el bienestar de sus habitantes.

Por todo lo anterior se exhorta respetuosamente para incrementar la asignación de recursos públicos respectivos para el municipio de Huejuquilla el Alto, Jalisco, para que la autoridad competente cuente con los recursos suficientes para poder atender las necesidades de los ciudadanos. Compañeros legisladores: por lo anteriormente expuesto, el suscrito solicito el respaldo y someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes a para el desarrollo de diversos proyectos en materia de infraestructura del Municipio de Huejuquilla el Alto, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016.

Atentamente

Salón de sesiones del Honorable Senado de la República, a 28 de septiembre de 2015.— Senador José María Martínez Martínez (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.

———————— o ————————

La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, el senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Amatitlán, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2016.

La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a), y 67, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 276, párrafo 2, del Reglamento del Senado, dispuso que dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 29 de septiembre de 2015.— Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»

«José María Martínez Martínez, senador de la República en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8 numeral 1, fracción II, 276 y demás aplicables del Reglamento del Senado de la República, someto a consideración del pleno de esta soberanía, la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Amatitlán, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Las vías de comunicación no solo permiten ir, de un lugar a otro de forma rápida y segura, si no también sirven para transportar mercancías y potencializar la economía del municipio con una estrategia de inversión a largo plazo, facilitando la integración tanto social como geográfica del territorio.

Para el municipio de Amatitlán, es una prioridad la creación de un sistema carretero en óptimas condiciones, ya que, debido al alto índice que transita los vehículos pesados se han deteriorado los carriles de esta zona, ocasionando baches, accidentes viales y teniendo una carga vehicular que perjudica los tiempos de los habitantes en llegar a sus respectivos lugares. Por ello, es necesario apoyar la infraestructura carretera para beneficio de los habitantes, teniendo una ruta segura Y próspera, con una actividad que fortalecerá las actividades estratégicas sustentables e innovadoras para generar más empleos o ingresos en el municipio.

Con la modernización de los tramos carreteros, se beneficiará de forma directa a más de 500 mil habitantes quienes tendrán vialidades accesibles y en buenas condiciones que disminuirán los accidentes de tránsito, así como, mayor fluidez vehicular y la facilidad a los camiones transportistas que vienen de los municipios aledaños para llegar a sus destinos, teniendo como objetivo principal la creación de empleos temporales.

Este proyecto, permitirá la reducción de tiempo de traslado debido al descongestionamiento de las vialidades, cuyo objetivo principal será el de realizar trabajos de excavación en caja, también la fabricación de terracerías para la estructura de ampliación de carriles; colocación de carpeta asfáltica que proporcionará al tránsito una superficie estable, impermeable y uniforme; así mismo, se construirá una ciclo vía, áreas de descanso y equipamiento en áreas peatonales.

Por ello, las acciones que se realicen en materia de infraestructura carretera son de vital importancia para la seguridad y el bienestar de sus habitantes.

Por todo lo anterior se exhorta respetuosamente para incrementar la asignación de recursos públicos respectivos para el municipio de Amatitlán, Jalisco, para que la autoridad competente cuente con los recursos suficientes para poder atender las necesidades de los ciudadanos. Compañeros legisladores: por lo anteriormente expuesto, el suscrito solicito el respaldo y someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes a para el desarrollo de diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Amatitlan, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal, 2016

Atentamente

Salón de sesiones del Honorable Senado de la República, a 28 de septiembre de 2015.— Senador José María Martínez Martínez (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.

———————— o ————————

La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a usted que en sesión celebrada en esta fecha, el senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Atemajac de Brizuela, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2016.

La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 276, párrafo 2, del Reglamento del Senado, dispuso que dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 29 de septiembre de 2015.— Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»

«José María Martínez Martínez, senador de la República en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8, numeral 1, fracción II, 276 y demás aplicables del Reglamento del Senado de la República, somete a la consideración del pleno de esta soberanía, la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Atemajac de Brizuela, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Las vías de comunicación no sólo permiten ir de un lugar a otro de forma rápida y segura, sino también sirven para transportar mercancías y potencializar la economía del municipio con una estrategia de inversión a largo plazo, facilitando la integración tanto social como geográfica del territorio.

Para el municipio de Atemajac de Brizuela, es una prioridad la creación de un sistema carretero en óptimas condiciones, ya que, debido al alto índice que transita los vehículos pesados se han deteriorado los carriles de esta zona, ocasionando baches, accidentes viales y teniendo una carga vehicular que perjudica los tiempos de los habitantes en llegar a sus respectivos lugares. Por ello, es necesario apoyar la infraestructura carretera para beneficio de los habitantes, teniendo una ruta segura y próspera, con una actividad que fortalecerá las actividades estratégicas sustentables e innovadoras para generar más empleos o ingresos en el municipio.

Con la modernización de los tramos carreteros se beneficiará de forma directa a más de 500 mil habitantes quienes tendrán vialidades accesibles y en buenas condiciones que disminuirán los accidentes de tránsito, así como, mayor fluidez vehicular y la facilidad a los camiones transportistas que vienen de los municipios aledaños para llegar a sus destinos, teniendo como objetivo principal la creación de empleos temporales.

Este proyecto permitirá la reducción de tiempo de traslado debido al descongestionamiento de las vialidades, cuyo objetivo principal será el de realizar trabajos de excavación en caja, también la fabricación de terracerías para la estructura de ampliación de carriles; colocación de carpeta asfáltica que proporcionará al tránsito una superficie estable, impermeable y uniforme; asimismo, se construirá una ciclo vía, áreas de descanso y equipamiento en áreas peatonales.

Por ello, las acciones que se realicen en materia de infraestructura carretera son de vital importancia para la seguridad y el bienestar de sus habitantes.

Por todo lo anterior se exhorta respetuosamente para incrementar la asignación de recursos públicos respectivos para el municipio de Atemajac de Brizuela, Jalisco, para que la autoridad competente cuente con los recursos suficientes para poder atender las necesidades de los ciudadanos. Compañeros legisladores: por lo anteriormente expuesto, el suscrito solicita el respaldo y somete a consideración de esta honorable asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes a para el desarrollo de diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Atemajac de Brizuela, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016.

Salón de sesiones del Honorable Senado de la República, a los veintiocho días del mes de septiembre de 2015.— Senador José María Martínez Martínez (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.

———————— o ————————

La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a usted que en sesión celebrada en esta fecha, el senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Cuautitlán de García Barragán, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2016.

La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, Párrafo 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 276, párrafo 2 del Reglamento del Senado, dispuso que dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 29 de septiembre de 2015.— Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»

«José María Martínez Martínez, senador de la República en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8, numeral 1, fracción II, 276 y demás aplicables del Reglamento del Senado de la República, somete a la consideración del pleno de esta soberanía, la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Cuautitlán de García Barragán, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Las vías de comunicación no sólo permiten ir de un lugar a otro de forma rápida y segura, sino también sirven para transportar mercancías y potencializar la economía del municipio con una estrategia de inversión a largo plazo, facilitando la integración tanto social como geográfica del territorio.

Para el municipio de Cuautitlán de García Barragán, es una prioridad la creación de un sistema carretero en óptimas condiciones, ya que, debido al alto índice que transita los vehículos pesados se han deteriorado los carriles de esta zona, ocasionando baches, accidentes viales y teniendo una carga vehicular que perjudica los tiempos de los habitantes en llegar a sus respectivos lugares. Por ello, es necesario apoyar la infraestructura carretera para beneficio de los habitantes, teniendo una ruta segura y próspera, con una actividad que fortalecerá las actividades estratégicas sustentables e innovadoras para generar más empleos o ingresos en el municipio.

Con la modernización de los tramos carreteros se beneficiará de forma directa a más de 500 mil habitantes quienes tendrán vialidades accesibles y en buenas condiciones que disminuirán los accidentes de tránsito, así como mayor fluidez vehicular y la facilidad a los camiones transportistas que vienen de los municipios aledaños para llegar a sus destinos, teniendo como objetivo principal la creación de empleos temporales.

Este proyecto, permitirá la reducción de tiempo de traslado debido al descongestionamiento de las vialidades, cuyo objetivo principal será el de realizar trabajos de excavación en caja, también la fabricación de terracerías para la estructura de ampliación de carriles; colocación de carpeta asfáltica que proporcionará al tránsito una superficie estable, impermeable y uniforme; asimismo, se construirá una ciclo vía, áreas de descanso y equipamiento en áreas peatonales. Por ello, las acciones que se realicen en materia de infraestructura carretera son de vital importancia para la seguridad y el bienestar de sus habitantes.

Por todo lo anterior se exhorta respetuosamente para incrementar la asignación de recursos públicos respectivos para el municipio de Cuautitlán de García Barragán, Jalisco, para que la autoridad competente cuente con los recursos suficientes para poder atender las necesidades de los ciudadanos. Compañeros legisladores: por lo anteriormente expuesto, el suscrito solicita el respaldo y somete a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes a para el desarrollo de diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Cuautitlán de García Barragán, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016.

Salón de sesiones del Honorable Senado de la República, a los veintiocho días del mes de septiembre de 2015.— Senador José María Martínez Martínez (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.

———————— o ————————

La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, el senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Degollado, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2016.

La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 276, párrafo 2 del Reglamento del Senado, dispuso que dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 29 de septiembre de 2015.— Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»

«José María Martínez Martínez, senador de la República en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 8, numeral 1, fracción II, 276 y demás aplicables del Reglamento del Senado de la República, somete a la consideración del pleno de esta soberanía, la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Degollado, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Las vías de comunicación no solo permiten ir, de un lugar a otro de forma rápida y segura, si no también sirven para transportar mercancías y potencial izar la economía del municipio con una estrategia de inversión a largo plazo, facilitando la integración tanto social como geográfica del territorio.

Para el municipio de Degollado, es una prioridad la creación de un sistema carretero en óptimas condiciones, ya que, debido al alto índice que transita los vehículos pesados se han deteriorado los carriles de esta zona, ocasionando baches, accidentes viales y teniendo una carga vehicular que perjudica los tiempos de los habitantes en llegar a sus respectivos lugares. Por ello, es necesario apoyar la infraestructura carretera para beneficio de los habitantes, con una actividad que fortalecerá las actividades estratégicas sustentables e innovador.as ‘para generar más empleos o ingresos en el municipio.

Con la modernización de los tramos carreteros, se beneficiará de forma directa a más de 500 mil habitantes quienes tendrán vialidades accesibles y en buenas condiciones que disminuirán los accidentes de tránsito, así como, mayor fluidez vehicular y la facilidad a los camiones transportistas que vienen de los municipios aledaños para llegar a sus destinos, teniendo como objetivo principal la creación de empleos temporales.

Este proyecto, permitirá la reducción de tiempo de traslado debido al descongestionamiento de las vialidades, cuyo objetivo principal será el de realizar trabajos de excavación en caja, también la fabricación de terracerías para la estructura de ampliación de carriles; colocación de carpeta asfáltica que proporcionará al tránsito una superficie estable, impermeable y uniforme; así mismo, se construirá una ciclo vía, áreas de descanso y equipamiento en áreas peatonales. Por ello, las acciones que se realicen en materia de infraestructura carretera son de vital importancia para la seguridad y el bienestar de sus habitantes.

Por lo anterior se exhorta respetuosamente para incrementar la asignación de recursos públicos respectivos para el municipio de Degollado, Jalisco para que la autoridad competente cuente con los recursos suficientes para poder atender las necesidades de los ciudadanos. Compañeros legisladores: por lo anteriormente expuesto, el suscrito solicito el respaldo y someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes a para el desarrollo de diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Degollado, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal, 2016.

Salón de sesiones del Honorable Senado de la República, a 28 de septiembre de 2015.— Senador José María Martínez Martínez (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.

———————— o ————————

La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, el senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes en materia de infraestructura deportiva para el municipio de El Degollado, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2016.

La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 276, párrafo 2 del Reglamento del Senado, dispuso que dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 29 de septiembre de 2015.— Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»

«José María Martínez Martínez, senador de la República en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8, numeral 1, fracción II, 276 y demás aplicables del Reglamento del Senado de la República, somete a consideración del pleno de esta soberanía, la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes en materia de infraestructura deportiva para el municipio de El Degollado, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

El deporte en la actualidad juega un rol significativo para el desarrollo integral de las personas y las sociedades, razón por la cual este tema forma parte de las prioridades gubernamentales a nivel federal, estatal y municipal. Para el estado de Jalisco, el deporte es un elemento esencial que contribuye a mejorar la calidad de vida y el desarrollo de la población. Por ello surge la importancia de fortalecer los resultados alcanzados en este contexto, pues se han impulsado programas dirigidos al fortalecimiento de la infraestructura deportiva y a reforzar una cultura de deporte y activación física para todas las familias jaliscienses.

En materia de infraestructura deportiva es importante exponer las diversas etapas del proceso de obra, es decir, desde la planeación, preparación, programación, ejecución, control, cierre y operación, considerando los aspectos financieros y sociales así como los resultados obtenidos. Lo anterior como parte fundamental para la construcción, rehabilitación, equipamiento y modernización de instalaciones deportivas en los municipios del estado.

Ante la solicitud de este municipio, se realiza esta petición, para el fortalecer las acciones en materia de infraestructura deportiva del municipio, se hace la solicitud a destinar los recursos suficientes para fortalecer las acciones en materia de infraestructura deportiva en el municipio de El Degollado. La inversión en el deporte permitirá rediseñar el futuro y la calidad del municipio, además de cumplir con la función de fomentar una cultura deportiva y reforzando una calidad de vida de los ciudadanos

Por todo lo anterior se exhorta respetuosamente para incrementar la asignación de recursos públicos respectivos para el municipio de El Degollado, Jalisco, para que la autoridad competente cuente con los recursos suficientes para poder atender las necesidades de los ciudadanos. Compañeros legisladores: por lo anteriormente expuesto, el suscrito solicito el respaldo y someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes a para el desarrollo de diversos proyectos en materia de infraestructura deportiva del municipio de El Degollado, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016.

Atentamente

Salón de sesiones del Honorable Senado de la República, a veintiocho de septiembre de 2015.— Senador José María Martínez Martínez (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.

———————— o ————————

La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, el senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Encarnación de Díaz, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2016.

La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a), y 67, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 276, párrafo 2 del Reglamento del Senado, dispuso que dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 29 de septiembre de 2015.— Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»

«José María Martínez Martínez, senador de la República en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8, numeral 1, fracción II, 276 y demás aplicables del Reglamento del Senado de la República, somete a consideración del pleno de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Encarnación de Díaz, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Las vías de comunicación no solo permiten ir, de un lugar a otro de forma rápida y segura, si no también sirven para transportar mercancías y potencializar la economía del_ municipio con una estrategia de inversión a largo plazo, facilitando la integración tanto social como geográfica del territorio.

Para el municipio de Encarnación de Díaz, es una prioridad la creación de un sistema carretero en óptimas condiciones, ya que, debido al alto índice que transita los vehículos pesados se han deteriorado los carriles de esta zona, ocasionando baches, accidentes viales y teniendo una carga vehicular que perjudica los tiempos de los habitantes en llegar a sus respectivos lugares. Por ello, es necesario apoyar la infraestructura carretera para beneficio de los habitantes, con u.na actividad que fortalecerá las actividades estratégicas sustentables e innovadoras para generar más empleos o ingresos en el municipio.

Con la modernización de los tramos carreteros, se beneficiará de forma directa a más de 500 mil habitantes quienes tendrán vialidades accesibles y en buenas condiciones que disminuirán los accidentes de tránsito, así como, mayor fluidez vehicular y la facilidad a los camiones transportistas que vienen de los municipios aledaños para llegar a sus destinos, teniendo como objetivo principal la creación de empleos temporales.

Este proyecto, permitirá la reducción de tiempo de traslado debido al descongestionamiento de las vialidades, cuyo objetivo principal será el de realizar trabajos de excavación en caja, también la fabricación de terracerías para la estructura de ampliación de carriles; colocación de carpeta asfáltica que proporcionará al tránsito una superficie estable, impermeable y uniforme; así mismo, se construirá una ciclo vía, áreas de descanso y equipamiento en áreas peatonales.

Por ello, las acciones que se realicen en materia de infraestructura carretera son de vital importancia para la seguridad y el bienestar de sus habitantes.

Por todo lo anterior se exhorta respetuosamente para incrementar la asignación de recursos públicos respectivos para el municipio de Encarnación de Díaz, Jalisco para que la autoridad competente cuente con los recursos suficientes para poder atender las necesidades de los ciudadanos. Compañeros legisladores: por lo anteriormente expuesto, el suscrito solicito el respaldo y someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes a para el desarrollo de diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Encarnación de Díaz, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal, 2016.

Atentamente

Salón de sesiones del Honorable Senado de la República, a veintiocho de septiembre de 2015.— Senador José María Martínez Martínez (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.

———————— o ————————

La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, el senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de San Cristóbal de la Barranca, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2016.

La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 276, párrafo 2 del Reglamento del Senado, dispuso que dicho punto de acuerdo, que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 29 de septiembre de 2015.— Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»

«José María Martínez Martínez, senador de la República en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 8, numeral 1, fracción II, 276 y demás aplicables del Reglamento del Senado de la República, somete a la consideración del pleno de esta soberanía, la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de San Cristóbal de la Barranca, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Las vías de comunicación no solo permiten ir, de un lugar a otro de forma rápida y segura, si no también sirven para transportar mercancías y potencializar la economía del municipio con una estrategia de inversión a largo plazo, facilitando la integración tanto social como geográfica del territorio.

Para el municipio de San Cristóbal de la Barranca, es una prioridad la creación de un sistema carretero en óptimas condiciones, ya que, debido al alto índice que transita los vehículos pesados se han deteriorado los carriles de esta zona, ocasionando baches, accidentes viales y teniendo una carga vehicular que perjudica los tiempos de los habitantes en llegar a sus respectivos lugares. Por ello, es necesario apoyar la infraestructura carretera para beneficio de los habitantes, con una actividad que fortalecerá las actividad.es estratégicas sustentables e innovadoras para generar más empleos o ingresos en el municipio.

Con la modernización de los tramos carreteros, se beneficiará de forma directa a más de 500 mil habitantes quienes tendrán vialidades accesibles y en buenas condiciones que disminuirán los accidentes de tránsito, así como, mayor fluidez vehicular y la facilidad a los camiones transportistas que vienen de los municipios aledaños para llegar a sus destinos, teniendo como objetivo principal la creación de empleos temporales.

Este proyecto, permitirá la reducción de tiempo de traslado debido al descongestionamiento de las vialidades, cuyo objetivo principal será el de realizar trabajos de excavación en caja, también la fabricación de terracerías para la estructura de ampliación de carriles; colocación de carpeta asfáltica que proporcionará al tránsito una superficie estable, impermeable y uniforme; así mismo, se construirá una ciclo vía, áreas de descanso y equipamiento en áreas peatonales. Por ello, las acciones que se realicen en materia de infraestructura carretera son de vital importancia para la seguridad y el bienestar de sus habitantes.

Por lo anterior se exhorta respetuosamente para incrementar la asignación de recursos públicos respectivos para el municipio de San Cristóbal de la Barranca, Jalisco para que la autoridad competente cuente con los recursos suficientes para poder atender las necesidades de los ciudadanos. Compañeros legisladores: por lo anteriormente expuesto, el suscrito solicito el respaldo y someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes a para el desarrollo de diversos proyectos en materia de infraestructura del Municipio de San Cristóbal de la Barranca Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal, 2016.

Salón de sesiones del Honorable Senado de la República, a 28 de septiembre de 2015.— Senador José María Martínez Martínez (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.

———————— o ————————

La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a usted que en sesión celebrada en esta fecha, el senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de San Martín de Bolaños, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2016.

La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 276, párrafo 2, del Reglamento del Senado, dispuso que dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 29 de septiembre de 2015.— Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»

«José María Martínez Martínez, senador de la República en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8, numeral 1, fracción II, 276 y demás aplicables del Reglamento del Senado de la República, somete a la consideración del pleno de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de San Martín de Bolaños, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Las vías de comunicación no sólo permiten ir de un lugar a otro de forma rápida y segura, sino también sirven para transportar mercancías y potencializar la economía del municipio con una estrategia de inversión a largo plazo, facilitando la integración tanto social como geográfica del territorio.

Para el municipio de San Martín de Bolaños es una prioridad la creación de un sistema carretero en óptimas condiciones, ya que debido, al alto índice que transita los vehículos pesados se han deteriorado los carriles de esta zona, ocasionando baches, accidentes viales y teniendo una carga vehicular que perjudica los tiempos de los habitantes en llegar a sus respectivos lugares. Por ello, es necesario apoyar la infraestructura carretera para beneficio de los habitantes, con una actividad que fortalecerá las actividades estratégicas sustentables e innovadoras para generar más empleos o ingresos en el municipio.

Con la modernización de los tramos carreteros se beneficiará de forma directa a más de 500 mil habitantes, quienes tendrán vialidades accesibles y en buenas condiciones que disminuirán los accidentes de tránsito, así como mayor fluidez vehicular y la facilidad a los camiones transportistas que vienen de los municipios aledaños para llegar a sus destinos, teniendo como objetivo principal la creación de empleos temporales.

Este proyecto permitirá la reducción de tiempo de traslado debido al descongestionamiento de las vialidades, cuyo objetivo principal será el de realizar trabajos de excavación en caja, también la fabricación de terracerías para la estructura de ampliación de carriles; colocación de carpeta asfáltica que proporcionará al tránsito una superficie estable, impermeable y uniforme; asimismo, se construirá una ciclo vía, áreas de descanso y equipamiento en áreas peatonales. Por ello, las acciones que se realicen en materia de infraestructura carretera son de vital importancia para la seguridad y el bienestar de sus habitantes.

Por todo lo anterior se exhorta respetuosamente para incrementar la asignación de recursos públicos respectivos para el municipio de San Martín de Bolaños, Jalisco, para que la autoridad competente cuente con los recursos suficientes para poder atender las necesidades de los ciudadanos. Compañeros legisladores: por lo anteriormente expuesto, el suscrito solicita el respaldo y somete a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes a para el desarrollo de diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de San Martín de Bolaños, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016.

Salón de sesiones del Honorable Senado de la República, a los veintiocho días del mes de septiembre de 2015.— Senador José María Martínez Martínez (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.

———————— o ————————

La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a usted que en sesión celebrada en esta fecha, el senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de San Miguel el Alto, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2016.

La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 276, párrafo 2, del Reglamento del Senado, dispuso que dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 29 de septiembre de 2015.— Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»

«José María Martínez Martínez, senador de la República en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8, numeral 1, fracción II, 276 y demás aplicables del Reglamento del Senado de la República, somete a la consideración del pleno de esta soberanía, la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de San Miguel el Alto, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Las vías de comunicación no sólo permiten ir de un lugar a otro de forma rápida y segura, si no también sirven para transportar mercancías y potencializar la economía del municipio con una estrategia de inversión a largo plazo, facilitando la integración tanto social como geográfica del territorio.

Para el municipio de San Miguel el Alto, Jalisco, es una prioridad la creación de un sistema carretero en óptimas condiciones, ya que debido al alto índice de vehículos pesados que transita por sus carreteras estas se han deteriorado, ocasionando baches, accidentes viales y teniendo una carga vehicular que perjudica los tiempos de traslado de sus habitantes. Por ello es necesario apoyar la infraestructura carretera para beneficio de los habitantes, con una actividad que fortalecerá las actividades estratégicas sustentables e innovadoras para generar más empleos o ingresos en el municipio.

Con la modernización de los tramos carreteros, se beneficiará de forma directa a más de 500 mil habitantes quienes tendrán vialidades accesibles y en buenas condiciones que disminuirán los accidentes de tránsito, así como, mayor fluidez vehicular y la facilidad a los camiones transportistas que vienen de los municipios aledaños para llegar a sus destinos, teniendo como objetivo principal la creación de empleos temporales.

Este proyecto permitirá la reducción de tiempo de traslado debido al descongestionamiento de las vialidades, cuyo objetivo principal será el de realizar trabajos de excavación en caja, también la fabricación de terracerías para la estructura de ampliación de carriles; colocación de carpeta asfáltica que proporcionará al tránsito una superficie estable, impermeable y uniforme; asimismo, se construirá una ciclo vía, áreas de descanso y equipamiento en áreas peatonales. Por ello las acciones que se realicen en materia de infraestructura carretera son de vital importancia para la seguridad y el bienestar de sus habitantes.

Por todo lo anterior se exhorta respetuosamente para incrementar la asignación de recursos públicos respectivos para el municipio de San Miguel el Alto, Jalisco, para que la autoridad competente cuente con los recursos suficientes para poder atender las necesidades de los ciudadanos. Compañeros legisladores: por lo anteriormente expuesto, el suscrito solicita el respaldo y somete a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para el desarrollo de diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de San Miguel el Alto, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016.

Salón de sesiones del Honorable Senado de la República, a los veintiocho días del mes de septiembre de 2015.— Senador José María Martínez Martínez (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.

———————— o ————————

La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, el senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Tecolotlán, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2016.

La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 276, párrafo 2 del Reglamento del Senado, dispuso que dicho punto de acuerdo, que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 29 de septiembre de 2015.— Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»

«José María Martínez Martínez, senador de la República en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 8, numeral 1, fracción II, 276 y demás aplicables del Reglamento del Senado de la República, somete a la consideración del pleno de esta soberanía, la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Tecolotlán, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Las vías de comunicación no solo permiten ir, de un lugar a otro de forma rápida y segura, si no también sirven para transportar mercancías y potencializar la economía del municipio con una estrategia de inversión a largo plazo, facilitando la integración tanto social como geográfica del territorio.

Para el municipio de Tecolotlán, es una prioridad la creación de un sistema carretero en óptimas condiciones, ya que, debido al alto índice que transita los vehículos pesados se han deteriorado los carriles de esta zona, ocasionando baches, accidentes viales y teniendo una carga vehicular que perjudica los tiempos de los habitantes en llegar a sus respectivos lugares. Por ello, es necesario apoyar la infraestructura carretera para beneficio de los habitantes, con una actividad que fortalecerá las actividades estratégicas sustentables e innovadoras para generar más empleos o ingresos en el municipio.

Con la modernización de los tramos carreteros, se beneficiará de forma directa a más de 500 mil habitantes quienes tendrán vialidades accesibles y en buenas condiciones que disminuirán los accidentes de tránsito, así como, mayor fluidez vehicular y la facilidad a los camiones transportistas que vienen de los municipios aledaños para llegar a sus destinos, teniendo como objetivo principal la creación de empleos temporales.

Este proyecto, permitirá la reducción de tiempo de traslado debido al descongestionamiento de las vialidades, cuyo objetivo principal será el de realizar trabajos de excavación en caja, también la fabricación de terracerías para la estructura de ampliación de carriles; colocación de carpeta asfáltica que proporcionará al tránsito una superficie estable, impermeable y uniforme; así mismo, se construirá una ciclo vía, áreas de descanso y equipamiento en áreas peatonales. Por ello, las acciones que se realicen en materia de infraestructura carretera son de vital importancia para la seguridad y el bienestar de sus habitantes.

Por todo lo anterior se exhorta respetuosamente para incrementar la asignación de recursos públicos respectivos para el municipio de Tecolotlán, Jalisco para que la autoridad competente cuente con los recursos suficientes para poder atender las necesidades de los ciudadanos. Compañeros legisladores: por lo anteriormente expuesto, el suscrito solicito el respaldo y someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes a para el desarrollo de diversos proyectos en materia de infraestructura del Municipio de Tecolotlán, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal, 2016.

Salón de sesiones del Honorable Senado de la República, a 28 de septiembre de 2015.— Senador José María Martínez Martínez (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.

———————— o ————————

La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, el senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Teocaltiche, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2016.

La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 276, párrafo 2 del Reglamento del Senado, dispuso que dicho punto de acuerdo, que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 29 de septiembre de 2015.— Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»

«José María Martínez Martínez, senador de la República en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 8, numeral 1, fracción II, 276 y demás aplicables del Reglamento del Senado de la República, someto a la consideración del Pleno de esta Soberanía, la proposición con Punto de Acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del Municipio de Teocaltiche, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Las vías de comunicación no solo permiten ir, de un lugar a otro de forma rápida y segura, si no también sirven para transportar mercancías y potencializar la economía del municipio con una estrategia de inversión a largo plazo, facilitando la integración tanto social como geográfica del territorio.

Para el municipio de Teocaltiche, es una prioridad la creación de un sistema carretero en óptimas condiciones, ya que, debido al alto índice que transita los vehículos pesados se han deteriorado los carriles de esta zona, ocasionando baches, accidentes viales y teniendo una carga vehicular que perjudica los tiempos de los habitantes en llegar a sus respectivos lugares. Por ello, es necesario apoyar la infraestructura carretera para beneficio de los habitantes, con una actividad que fortalecerá las actividades estratégicas sustentables e innovadoras para generar más empleos o ingresos en el municipio.

Con la modernización de los tramos carreteros, se beneficiará de forma directa a más de 500 mil habitantes quienes tendrán vialidades accesibles y en buenas condiciones que disminuirán los accidentes de tránsito, así como, mayor fluidez vehicular y la facilidad a los camiones transportistas que vienen de los municipios aledaños para llegar a sus destinos, teniendo como objetivo principal la creación de empleos temporales.

Este proyecto, permitirá la reducción de tiempo de traslado debido al descongestionamiento de las vialidades, cuyo objetivo principal será el de realizar trabajos de excavación en caja, también la fabricación de terracerías para la estructura de ampliación de carriles; colocación de carpeta asfáltica que proporcionará al tránsito una superficie estable, impermeable y uniforme; así mismo, se construirá una ciclo vía, áreas de descanso y equipamiento en áreas peatonales. Por ello, las acciones que se realicen en materia de infraestructura carretera son de vital importancia para la seguridad y el bienestar de sus habitantes.

Por lo anterior se exhorta respetuosamente para incrementar la asignación de recursos públicos respectivos para el municipio de Teocaltiche, Jalisco para que la autoridad competente cuente con los recursos suficientes para poder atender las necesidades de los ciudadanos. Compañeros legisladores: por lo anteriormente expuesto, el suscrito solicito el respaldo y someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes a para el desarrollo de diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Teocaltiche, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal, 2016.

Salón de sesiones del Honorable Senado de la República, a 28 de septiembre de 2015.— Senador José María Martínez Martínez (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.

———————— o ————————

La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a Usted que en sesión celebrada en esta fecha, el senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Teocuitlan de Corona, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2016.

La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 276, párrafo 2, del Reglamento del Senado, dispuso que dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 29 de septiembre de 2015.— Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»

«José María Martínez Martínez, senador de la República en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8, numeral 1, fracción II, 276 y demás aplicables del Reglamento del Senado de la República, someto a la consideración del pleno de esta soberanía, la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Teocuitlan de Corona, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Las vías de comunicación no solo permiten ir, de un lugar a otro de forma rápida y segura, si no también sirven para transportar mercancías y potencializar la economía del municipio con una estrategia de inversión a largo plazo, facilitando la integración tanto social como geográfica del territorio.

Para el municipio de Teocuitlan de Corona, es una prioridad la creación de un sistema carretero en óptimas condiciones, ya que, debido al alto índice que transita los vehículos pesados se han deteriorado los carriles de esta zona, ocasionando baches, accidentes viales y teniendo una carga vehicular que perjudica los tiempos de los habitantes en llegar a sus respectivos lugares. Por ello, es necesario apoyar la infraestructura carretera para beneficio de los habitantes, con una actividad que fortalecerá las actividades estratégicas sustentables e innovadoras para generar más empleos o ingresos en el municipio.

Con la modernización de los tramos carreteros, se beneficiará de forma directa a más de 500 mil habitantes quienes tendrán vialidades accesibles y en buenas condiciones que disminuirán los accidentes de tránsito, así como, mayor fluidez vehicular y la facilidad a los camiones transportistas que vienen de los municipios aledaños para llegar a sus destinos, teniendo como objetivo principal la creación de empleos temporales.

Este proyecto, permitirá la reducción de tiempo de traslado debido al descongestionamiento de las vialidades, cuyo objetivo principal será el de realizar trabajos de excavación en caja, también la fabricación de terracerías para la estructura de ampliación de carriles; colocación de carpeta asfáltica que proporcionará al tránsito una superficie estable, impermeable y uniforme; así mismo, se construirá una ciclo vía, áreas de descanso y equipamiento en áreas peatonales.

Por ello, las acciones que se realicen en materia de infraestructura carretera son de vital importancia para la seguridad y el bienestar de sus habitantes.

Por todo lo anterior se exhorta respetuosamente para incrementar la asignación de recursos públicos respectivos para el municipio de Teocuitlan de Corona, Jalisco para que la autoridad competente cuente con los recursos suficientes para poder atender las necesidades de los ciudadanos. Compañeros legisladores: por lo anteriormente expuesto, el suscrito solicito el respaldo y someto a consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la H. Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes a para el desarrollo de diversos proyectos en materia de infraestructura del Municipio de Teocuitlan de Corona, Jalisco, en el marco de la aproxbación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal, 2016.

Salón de sesiones del Honorable Senado de la República, a los veintiocho días del mes de septiembre de 2015.— Senador José María Martínez Martínez (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.

———————— o ————————

La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, el senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Teuchitlan, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2016.

La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 276, párrafo 2 del Reglamento del Senado, dispuso que dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 29 de septiembre de 2015.— Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»

«José María Martínez Martínez, senador de la República en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8, numeral 1, fracción II, 276 y demás aplicables del Reglamento del Senado de la República, someto a la consideración del pleno de esta soberanía, la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Teuchitlan, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Las vías de comunicación no solo permiten ir, de un lugar a otro de forma rápida y segura, si no también sirven para transportar mercancías y potencializar la economía del municipio con una estrategia de inversión a largo plazo, facilitando la integración tanto social como geográfica del territorio.

Para el municipio de Teuchitlan, es una prioridad la creación de un sistema carretero en óptimas condiciones, ya que, debido al alto índice que transita los vehículos pesados se han deteriorado los carriles de esta zona, ocasionando baches, accidentes viales y teniendo una carga vehicular que perjudica los tiempos de los habitantes en llegar a sus respectivos lugares. Por ello, es necesario apoyar la infraestructura carretera para beneficio de los habitantes, con una actividad que fortalecerá las actividades estratégicas sustentables e innovadoras para generar más empleos o ingresos en el municipio.

Con la modernización de los tramos carreteros, se beneficiará de forma directa a más de 500 mil habitantes quienes tendrán vialidades accesibles y en buenas condiciones que disminuirán los accidentes de tránsito, así como, mayor fluidez vehicular y la facilidad a los camiones transportistas que vienen de los municipios aledaños para llegar a sus destinos, teniendo como objetivo principal la creación de empleos temporales.

Este proyecto, permitirá la reducción de tiempo de traslado debido al descongestionamiento de las vialidades, cuyo objetivo principal será el de realizar trabajos de excavación en caja, también la fabricación de terracerías para la estructura de ampliación de carriles; colocación de carpeta asfáltica que proporcionará al tránsito una superficie estable, impermeable y uniforme; así mismo, se construirá una ciclo vía, áreas de descanso y equipamiento en áreas peatonales.

Por ello, las acciones que se realicen en materia de infraestructura carretera son de vital importancia para la seguridad y el bienestar de sus habitantes.

Por lo anterior se exhorta respetuosamente para incrementar la asignación de recursos públicos respectivos para el municipio de Teuchitlan, Jalisco para que la autoridad competente cuente con los recursos suficientes para poder atender las necesidades de los ciudadanos. Compañeros legisladores: por lo anteriormente expuesto, el suscrito solicito el respaldo y someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes a para el desarrollo de diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Teuchitlan, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal, 2016.

Salón de sesiones del Honorable Senado de la República, a 28 de septiembre de 2015.— Senador José María Martínez Martínez (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.

———————— o ————————

La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, el senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Tonaya, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2016.

La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 276, párrafo 2 del Reglamento del Senado, dispuso que dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 29 de septiembre de 2015.— Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»

«José María Martínez Martínez, senador de la República en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 8, numeral 1, fracción II, 276 y demás aplicables del Reglamento del Senado de la República, somete a consideración del pleno de esta soberanía, la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Tonaya, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Las vías de comunicación no solo permiten ir, de un lugar a otro de forma rápida y segura, si no también sirven para transportar mercancías y potencializar la economía del municipio con una estrategia de inversión a largo plazo, facilitando la integración tanto social como geográfica del territorio.

Para el municipio de Tonaya, es una prioridad la creación de un sistema carretero en óptimas condiciones, ya que, debido al alto índice que transita los vehículos pesados se han deteriorado los carriles de esta zona, ocasionando baches, accidentes viales y teniendo una carga vehicular que perjudica los tiempos de los habitantes en llegar a sus respectivos lugares. Por ello, es necesario apoyar la infraestructura carretera para beneficio de los habitantes, con una actividad que fortalecerá las actividades estratégicas sustentables e innovadoras para generar más empleos o ingresos en el municipio.

Con la modernización de los tramos carreteros, se beneficiará de forma directa a más de 500 mil habitantes quienes tendrán vialidades accesibles y en buenas condiciones que disminuirán los accidentes de tránsito, así como, mayor fluidez vehicular y la facilidad a los camiones transportistas que vienen de los municipios aledaños para llegar a sus destinos, teniendo como objetivo principal la creación de empleos temporales.

Este proyecto, permitirá la reducción de tiempo de traslado debido al descongestionamiento de las vialidades, cuyo objetivo principal será el de realizar trabajos de excavación en caja, también la fabricación de terracerías para la estructura de ampliación de carriles; colocación de carpeta asfáltica que proporcionará al tránsito una superficie estable, impermeable y uniforme; así mismo, se construirá una ciclo vía, áreas de descanso y equipamiento en áreas peatonales.

Por ello, las acciones que se realicen en materia de infraestructura carretera son de vital importancia para la seguridad y el bienestar de sus habitantes.

Por todo lo anterior se exhorta respetuosamente para incrementar la asignación de recursos públicos respectivos para el municipio de Tonaya, Jalisco, para que la autoridad competente cuente con los recursos suficientes para poder atender las necesidades de los ciudadanos. Compañeros legisladores: por lo anteriormente expuesto, el suscrito solicito el respaldo y someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes a para el desarrollo de diversos proyectos en materia de infraestructura del Municipio de Tonaya, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal, 2016.

Salón de sesiones del Honorable Senado de la República, a veintiocho de septiembre de 2015.— Senador José María Martínez Martínez (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.

———————— o ————————

La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a Usted que en sesión celebrada en esta fecha, el senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Unión de San Antonio, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2016.

La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 276, párrafo 2, del Reglamento del Senado, dispuso que dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 29 de septiembre de 2015.— Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»

«José María Martínez Martínez, senador de la República en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8, numeral 1, fracción II, 276 y demás aplicables del Reglamento del Senado de la República, someto a la consideración del pleno de esta soberanía, la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Unión de San Antonio, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Las vías de comunicación no solo permiten ir, de un lugar a otro de forma rápida y segura, si no también sirven para transportar mercancías y potencializar la economía del municipio con una estrategia de inversión a largo plazo, facilitando la integración tanto social como geográfica del territorio.

Para el municipio de Unión de San Antonio, es una prioridad la creación de un sistema carretero en óptimas condiciones, ya que, debido al alto índice que transita los vehículos pesados se han deteriorado los carriles de esta zona, ocasionando baches, accidentes viales y teniendo una carga vehicular que perjudica los tiempos de los habitantes en llegar a sus respectivos lugares. Por ello, es necesario apoyar la infraestructura carretera para beneficio de los habitantes, con una actividad que fortalecerá las actividades estratégicas sustentables e innovadoras para generar más empleos o ingresos en el municipio.

Con la modernización de los tramos carreteros, se beneficiará de forma directa a más de 500 mil habitantes quienes tendrán vialidades accesibles y en buenas condiciones que disminuirán los accidentes de tránsito, así como, mayor fluidez vehicular y la facilidad a los camiones transportistas que vienen de los municipios aledaños para llegar a sus destinos, teniendo como objetivo principal la creación de empleos temporales.

Este proyecto, permitirá la reducción de tiempo de traslado debido al descongestionamiento de las vialidades, cuyo objetivo principal será el de realizar trabajos de excavación en caja, también la fabricación de terracerías para la estructura de ampliación de carriles; colocación de carpeta asfáltica que proporcionará al tránsito una superficie estable, impermeable y uniforme; así mismo, se construirá una ciclo vía, áreas de descanso y equipamiento en áreas peatonales.

Por ello, las acciones que se realicen en materia de infraestructura carretera son de vital importancia para la seguridad y el bienestar de sus habitantes.

Por todo lo anterior se exhorta respetuosamente para incrementar la asignación de recursos públicos respectivos para el municipio de Unión de San Antonio, Jalisco para que la autoridad competente cuente con los recursos suficientes para poder atender las necesidades de los ciudadanos. Compañeros legisladores: por lo anteriormente expuesto, el suscrito solicito el respaldo y someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la H. Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes a para el desarrollo de diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Unión de San Antonio, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal, 2016.

Salón de sesiones del Honorable Senado de la República, a los veintiocho días del mes de septiembre de 2015.— Senador José María Martínez Martínez (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.

———————— o ————————

La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, el senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Valle de Juárez, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2016.

La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 276, párrafo 2 del Reglamento del Senado, dispuso que dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 29 de septiembre de 2015.— Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»

«José María Martínez Martínez, senador de la República en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8, numeral 1, fracción II, 276 y demás aplicables del Reglamento del Senado de la República, someto a la consideración del pleno de esta soberanía, la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Valle de Juárez, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Las vías de comunicación no solo permiten ir, de un lugar a otro de forma rápida y segura, si no también sirven para transportar mercancías y potencializar la economía del municipio con una estrategia de inversión a largo plazo, facilitando la integración tanto social como geográfica del territorio.

Para el municipio de Valle de Juárez, es una prioridad la creación de un sistema carretero en óptimas condiciones, ya que, debido al alto índice que transita los vehículos pesados se han deteriorado los carriles de esta zona, ocasionando baches, accidentes viales y teniendo una carga vehicular que perjudica los tiempos de los habitantes en llegar a sus respectivos lugares. Por ello, es necesario apoyar la infraestructura carretera para beneficio de los habitantes, con una actividad que fortalecerá las actividades estratégicas sustentables e innovadoras para generar más empleos o ingresos en el municipio.

Con la modernización de los tramos carreteros, se beneficiará de forma directa a más de 500 mil habitantes quienes tendrán vialidades accesibles y en buenas condiciones que disminuirán los accidentes de tránsito, así como, mayor fluidez vehicular y la facilidad a los camiones transportistas que vienen de los municipios aledaños para llegar a sus destinos, teniendo como objetivo principal la creación de empleos temporales.

Este proyecto, permitirá la reducción de tiempo de traslado debido al descongestionamiento de las vialidades, cuyo objetivo principal será el de realizar trabajos de excavación en caja, también la fabricación de terracerías para la estructura de ampliación de carriles; colocación de carpeta asfáltica que proporcionará al tránsito una superficie estable, impermeable y uniforme; así mismo, se construirá una ciclo vía, áreas de descanso y equipamiento en áreas peatonales.

Por ello, las acciones que se realicen en materia de infraestructura carretera son de vital importancia para la seguridad y el bienestar de sus habitantes.

Por todo lo anterior se exhorta respetuosamente para incrementar la asignación de recursos públicos respectivos para el municipio de Valle de Juárez, Jalisco para que la autoridad competente cuente con los recursos suficientes para poder atender las necesidades de los ciudadanos. Compañeros legisladores: por lo anteriormente expuesto, el suscrito solicito el respaldo y someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes a para el desarrollo de diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Valle de Juárez, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal, 2016.

Salón de sesiones del Honorable Senado de la República, a los veintiocho días del mes de septiembre de 2015.— Senador José María Martínez Martínez (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.

———————— o ————————

La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, el senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Villa Guerrero, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2016.

La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 276, párrafo 2, del Reglamento del Senado, dispuso que dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 29 de septiembre de 2015.— Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»

«José María Martínez Martínez, senador de la República en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8, numeral 1, fracción II, 276 y demás aplicables del Reglamento del Senado de la República, someto a la consideración del pleno de esta soberanía, la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Villa Guerrero, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Las vías de comunicación no solo permiten ir, de un lugar a otro de forma rápida y segura, si no también sirven para transportar mercancías y potencializar la economía del municipio con una estrategia de inversión a largo plazo, facilitando la integración tanto social como geográfica del territorio.

Para el municipio de Villa Guerrero, es una prioridad la creación de un sistema carretero en óptimas condiciones, ya que, debido al alto índice que transita los vehículos pesados se han deteriorado los carriles de esta zona, ocasionando baches, accidentes viales y teniendo una carga vehicular que perjudica los tiempos de los habitantes en llegar a sus respectivos lugares. Por ello, es necesario apoyar la infraestructura carretera para beneficio de los habitantes, con una actividad que fortalecerá las actividades estratégicas sustentables e innovadoras para generar más empleos o ingresos en el municipio.

Con la modernización de los tramos carreteros, se beneficiará de forma directa a más de 500 mil habitantes quienes tendrán vialidades accesibles y en buenas condiciones que disminuirán los accidentes de tránsito, así como, mayor fluidez vehicular y la facilidad a los camiones transportistas que vienen de los municipios aledaños para llegar a sus destinos, teniendo como objetivo principal la creación de empleos temporales.

Este proyecto, permitirá la reducción de tiempo de traslado debido al descongestionamiento de las vialidades, cuyo objetivo principal será el de realizar trabajos de excavación en caja, también la fabricación de terracerías para la estructura de ampliación de carriles; colocación de carpeta asfáltica que proporcionará al tránsito una superficie estable, impermeable y uniforme; así mismo, se construirá una ciclo vía, áreas de descanso y equipamiento en áreas peatonales.

Por ello, las acciones que se realicen en materia de infraestructura carretera son de vital importancia para la seguridad y el bienestar de sus habitantes.

Por lo anterior se exhorta respetuosamente para incrementar la asignación de recursos públicos respectivos para el municipio de Villa Guerrero, Jalisco para que la autoridad competente cuente con los recursos suficientes para poder atender las necesidades de los ciudadanos. Compañeros legisladores: por lo anteriormente expuesto, el suscrito solicito el respaldo y someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes a para el desarrollo de diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Villa Guerrero, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal, 2016.

Salón de sesiones del Honorable Senado de la República, a los veintiocho días del mes de septiembre de 2015.— Senador José María Martínez Martínez (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.

———————— o ————————

La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, el senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Zapoltitic, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2016.

La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 276, párrafo 2, del Reglamento del Senado, dispuso que dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 29 de septiembre de 2015.— Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»

«José María Martínez Martínez, senador de la República en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8, numeral 1, fracción II, 276 y demás aplicables del Reglamento del Senado de la República, someto a la consideración del pleno de esta soberanía, la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Zapoltitic, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Las vías de comunicación no solo permiten ir, de un lugar a otro de forma rápida y segura, si no también sirven para transportar mercancías y potencializar la economía del municipio con una estrategia de inversión a largo plazo, facilitando la integración tanto social como geográfica del territorio.

Para el municipio de Zapoltitic, es una prioridad la creación de un sistema carretero en óptimas condiciones, ya que, debido al alto índice que transita los vehículos pesados se han deteriorado los carriles de esta zona, ocasionando baches, accidentes viales y teniendo una carga vehicular que perjudica los tiempos de los habitantes en llegar a sus respectivos lugares. Por ello, es necesario apoyar la infraestructura carretera para beneficio de los habitantes, con una actividad que fortalecerá las actividades estratégicas sustentables e innovadoras para generar más empleos o ingresos en el municipio.

Con la modernización de los tramos carreteros, se beneficiará de forma directa a más de 500 mil habitantes quienes tendrán vialidades accesibles y en buenas condiciones que disminuirán los accidentes de tránsito, así como, mayor fluidez vehicular y la facilidad a los camiones transportistas que vienen de los municipios aledaños para llegar a sus destinos, teniendo como objetivo principal la creación de empleos temporales.

Este proyecto, permitirá la reducción de tiempo de traslado debido al descongestionamiento de las vialidades, cuyo objetivo principal será el de realizar trabajos de excavación en caja, también la fabricación de terracerías para la estructura de ampliación de carriles; colocación de carpeta asfáltica que proporcionará al tránsito una superficie estable, impermeable y uniforme; así mismo, se construirá una ciclo vía, áreas de descanso y equipamiento en áreas peatonales.

Por ello, las acciones que se realicen en materia de infraestructura carretera son de vital importancia para la seguridad y el bienestar de sus habitantes.

Por todo lo anterior se exhorta respetuosamente para incrementar la asignación de recursos públicos respectivos para el municipio de Zapoltitic, Jalisco para que la autoridad competente cuente con los recursos suficientes para poder atender las necesidades de los ciudadanos. Compañeros legisladores: por lo anteriormente expuesto, el suscrito solicito el respaldo y someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes a para el desarrollo de diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Zapoltitic, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal, 2016.

Salón de sesiones del Honorable Senado de la República, a los veintiocho días del mes de septiembre de 2015.— Senador José María Martínez Martínez (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.

———————— o ————————

La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, el senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Jalostotitlan, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2016.

La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 276, párrafo 2, del Reglamento del Senado, dispuso que dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 29 de septiembre de 2015.— Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»

«José María Martínez Martínez, senador de la República en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8, numeral 1, fracción II, 276 y demás aplicables del Reglamento del Senado de la República, someto a la consideración del pleno de esta soberanía, la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes para diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Jalostotitlan, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Las vías de comunicación no solo permiten ir, de un lugar a otro de forma rápida y segura, sino que también sirven para transportar mercancías y potencializar la economía del municipio con una estrategia de inversión a largo plazo, facilitando la integración tanto social como geográfica del territorio.

Para el municipio de Jalostotitlan, es una prioridad la creación de un sistema carretero en óptimas condiciones, ya que, debido al alto índice que transita los vehículos pesados se han deteriorado los carriles de esta zona, ocasionando baches, accidentes viales y teniendo una carga vehicular que perjudica los tiempos de los habitantes en llegar a sus respectivos lugares. Por ello, es necesario apoyar la infraestructura carretera para beneficio de los habitantes, con una actividad que fortalecerá las actividades estratégicas sustentables e innovadoras para generar más empleos o ingresos en el municipio.

Con la modernización de los tramos carreteros, se beneficiará de forma directa a más de 500 mil habitantes quienes tendrán vialidades accesibles y en buenas condiciones que disminuirán los accidentes de tránsito, así como, mayor fluidez vehicular y la facilidad a los camiones transportistas que vienen de los municipios aledaños para llegar a sus destinos, teniendo como objetivo principal la creación de empleos temporales.

Este proyecto, permitirá la reducción de tiempo de traslado debido al descongestionamiento de las vialidades, cuyo objetivo principal será el de realizar trabajos de excavación en caja, también la fabricación de terracerías para la estructura de ampliación de carriles; colocación de carpeta asfáltica que proporcionará al tránsito una superficie estable, impermeable y uniforme; así mismo, se construirá una ciclo vía, áreas de descanso y equipamiento en áreas peatonales.

Por ello, las acciones que se realicen en materia de infraestructura carretera son de vital importancia para la seguridad y el bienestar de sus habitantes.

Por lo anterior se exhorta respetuosamente para incrementar la asignación de recursos públicos respectivos para el municipio de Jalostotitlan, Jalisco para que la autoridad competente cuente con los recursos suficientes para poder atender las necesidades de los ciudadanos. Compañeros legisladores: por lo anteriormente expuesto, el suscrito solicito el respaldo y someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a destinar recursos suficientes a para el desarrollo de diversos proyectos en materia de infraestructura del municipio de Jalostotitlan, Jalisco, en el marco de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal, 2016.

Salón de sesiones del Honorable Senado de la República, a los veintiocho días del mes de septiembre de 2015.— Senador José María Martínez Martínez (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.

———————— o ————————

La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito hacer de su conocimiento que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó un acuerdo de la Junta de Coordinación Política, con el siguiente resolutivo, entre otros:

Tercero. El senador Ismael Hernández Deras, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, pasa a ser presidente de la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional y se da de alta como integrante de la Comisión de Relaciones Exteriores, Europa.

Atentamente

México, DF, a 29.de septiembre de 2015.— Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: De enterado, comuníquese.

———————— o ————————

La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito hacer de su conocimiento que, en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó un acuerdo de la Junta de Coordinación Política, con el siguiente resolutivo:

Único.En los términos del párrafo 5o. del artículo 81 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, son integrantes de la Junta de Coordinación Política de la honorable Cámara de Senadores para el primer año de ejercicio de la Sexagésima Tercera Legislatura los siguientes senadores:

Senador Emilio Gamboa Patrón

Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Senador Fernando Herrera Ávila

Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Senador Luis Miguel Barbosa Huerta

Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Senador Carlos Alberto Puente Salas

Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. .

Senador Manuel Bartlett Díaz

Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Senador Miguel Romo Medina

Del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Senadora Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz

Del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Senadora Sonia Mendoza Díaz

Del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional

Atentamente

México, DF, a 29.de septiembre de 2015.— Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: De enterado. Comuníquense.



TOMA DE PROTESTA

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se encuentran a las puertas de este recinto las ciudadanas Carmen Victoria Campa Almaral y María Concepción Valdés Ramírez, diputadas federales electas en la primera y quinta circunscripciones plurinominales, respectivamente.

Se designa en comisión para que la acompañen en el acto de rendir la protesta de ley, a las siguientes diputadas y diputadas: diputado David Epifanio López Gutiérrez, diputado Víctor Manuel Silva Tejeda, diputado José Antonio Salas Valencia, diputado José Teodoro Barraza López, diputado Felipe Reyes Álvarez, diputada Evelyng Soraya Flores Carranza, diputado Roberto Alejandro Cañedo Jiménez, diputado Víctor Manuel Sánchez Orozco, diputado Manuel Alexander Zetina Aguiluz y diputada Melissa Torres Sandoval.

Se pide a la comisión cumplir con este encargo.

La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:Se invita a los presentes a ponerse de pie.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Ciudadanas Carmen Victoria Campa Almaral y María Concepción Valdés Ramírez, ¿Protestan guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de diputadas que el pueblo les ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión?

Las ciudadanas Carmen Victoria Campa Almaral y María Concepción Valdés Ramírez: Sí, protesto.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Si así no lo hicieran que la nación se los demande. Felicidades. Continúe la Secretaría.



INICIATIVAS DE SENADORES CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, el senador Benjamín Robles Montoya, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.

La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 174, 175 párrafo 1, 176, 177, párrafo 1, y 178 del Reglamento del Senado, dispuso que dicha iniciativa, misma que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 24.de septiembre de 2015.— Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»

«El suscrito, Benjamín Robles Montoya, senador de la República a la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71 fracción II, 72 y 73 fracción XXVIII, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 164, numerales 1, 2 y 3, del Reglamento del Senado de la República; somete a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, de conformidad con la siguiente

Exposición de Motivos

Es una obligación del gobierno federal el impulsar, a toda costa, la justicia social principalmente en las zonas del país que concentran a la mayor población con los más altos índices de marginación y cuyo número, en términos reales, es alarmante.

La Comisión Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social estimó que para el año 2012 existían en territorio nacional, 53.3 millones de personas en situación de pobreza, de los cuales 41.8 millones en pobreza moderada y 11.5 en pobreza extrema.

La Comisión de referencia considera utiliza para su definición de pobreza, las situaciones de vida de la población a partir de tres espacios: el del bienestar económico, el de los derechos sociales y el del contexto territorial.

Por otro lado, los indicadores para medir la dimensión de la pobreza que incorpora la CONEVAL son:

• Ingreso corriente per cápita.

• Rezago promedio educativo en el hogar.

• Acceso a servicios de salud.

• Acceso a seguridad social.

• Calidad y espacios de la vivienda.

• Acceso a servicios básicos en la vivienda.

• Acceso a la alimentación.

• Grado de cohesión social.

A partir de esta definición y utilizando estos indicadores se determinan las Zonas de Atención Prioritaria, que tutela el artículo 29 de la Ley General de Desarrollo Social, que en lo conducente estipula:

Se consideran zonas de atención prioritaria las áreas o regiones, sean de carácter predominantemente rural o urbano, cuya población registra índices de pobreza, marginación indicativos de la existencia de marcadas insuficiencias y rezagos en el ejercicio de los derechos para el desarrollo social establecidos en esta Ley.

Su determinación se orientará por los criterios de resultados que para el efecto defina el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social que esta Ley señala y deberá, en todo tiempo, promover la eficacia cuantitativa y cualitativa de los ejecutores de la Política Social.

A su vez el artículo 30 de la misma Ley señala que el Ejecutivo Federal revisará de manera anual estas Zonas con base en las evaluaciones de resultados que para el efecto realice el Consejo.

Las últimas estimaciones realizadas por el CONEVAL acerca de las zonas con mayor índices de pobreza efectuadas en el año 2005, arrojaron que la entidad en mayor situación de pobreza es Chiapas, le siguen los estados de Guerrero, Oaxaca, Tabasco y Durango.

En el entorno municipal las evaluaciones determinaron que, San Lorenzo Texmelucan, Oaxaca, es el municipio con el mayor porcentaje de población en condición de pobreza, seguido por los municipios chiapanecos de San Juan Cancuc, Chanal y Santiago el Pinar, así como Chichiquila, municipio de Puebla.

De manera tal, tenemos que encontrar más mecanismos para abatir este mal. No sólo a través de programas sociales asistencialistas de gran envergadura solucionaremos esta grave situación, que si bien sabemos será difícil de erradicar en su totalidad, si se pueden lograr avances significativos.

Desde nuestro particular punto de vista creemos que al paso de los años lo que más acota los esfuerzos por reducir estos números es la falta de voluntad política. Lo hemos denunciado en un sinfín de ocasiones, a pesar de la existencia de una gran gama de programas sociales, la focalización orientada por intereses de grupo merma su aplicación y en consecuencia los resultados.

Se tienen que promover, en mayor medida, programas y acciones tendientes a crear oportunidades de índole productiva que sirvan como fuentes generadoras de ingresos y empleos; necesitamos trascender de manera contundente y definitiva de una justicia social asistencialista hacia la implementación de mecanismos dinámicos de producción encaminados a reducir rezagos entre los grupos sociales con mayor marginación.

La presente propuesta tiene como propósito fundamental, fomentar la inversión con el objetivo de generar desarrollo y fuentes de empleo en las zonas con un mayor rezago económico a través de la exención del pago de contribuciones, así como el otorgamiento de subsidios y estímulos fiscales dirigidos a inversionistas dispuestos a desarrollar proyectos productivos en zonas de moderada y alta marginación.

Como todos sabemos, la exención o condonación es la acción gubernamental o por razón de ley de excluir de la obligación de pago a los sujetos pasivos del impuesto.

El artículo 28 de nuestra Constitución en lo conducente señala que:

En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las prácticas monopólicas, los estancos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes. El mismo tratamiento se dará a las prohibiciones a título de protección a la industria.

El debate acerca de esta disposición ha sido amplio pero al final se ha interpretado que el fin del constituyente permanente al incluir al texto: “...en los términos y condiciones que fijan la leyes...”; fue el de instituir las condonaciones impositivas bajo circunstancias debidamente fundadas conforme a derecho, ya que se ha privilegiado la interpretación en el sentido de que se prohíbe la exención de impuestos concedida a título individual.

En los hechos y en consecuencia de que los criterios de interpretación a esta disposición han sido variables, la constitucionalidad de preceptos fiscales ha quedado manifiesta en las fracciones I y III del artículo 39 del Código Fiscal de la Federación que estipula en lo conducente:

El Ejecutivo Federal mediante resoluciones de carácter general podrá:

I. Condonar o eximir, total o parcialmente, el pago de contribuciones y sus accesorios, autorizar su pago a plazo, diferido o en parcialidades, cuando se haya afectado o trate de impedir que se afecte la situación de algún lugar o región del país, una rama de actividad, la producción o venta de productos, o la realización de una actividad, así como en casos de catástrofes sufridas por fenómenos meteorológicos, plagas o epidemias.

II. ...

III. Conceder subsidios o estímulos fiscales.

El tipo de perdón al pago de impuestos que establece el articulado en cita, es considerado necesario y por consecuencia sano para la economía nacional.

Esta iniciativa pretende tener un impacto doble, ya que si bien es cierto el objetivo principal de esta propuesta es el de fortalecer y promover las inversiones en sectores poblaciones con altos índices de pobreza, también buscará que estas exenciones se vuelvan un principio constitucional que satisfaga claramente las necesidades legales para condonar dichos pagos y con esto limitar efectos no deseables en los casos previstos por el artículo 39 del Código Fiscal, a fin, de constituir una estrategia fiscal bajo los supuestos mencionados en el precepto de referencia que sirva en beneficio de la economía del país.

Asimismo, el artículo 39 señala en su fracción tercera sobre la concesión de subsidios o estímulos fiscales que en términos económicos tienen el mismo efecto que las condonaciones, de este modo pensamos que resulta viable que desde el máximo ordenamiento jurídico de nuestro país se dé cabida a estos principios, que en los hechos están tutelados por leyes secundarias y que satisfacen condiciones jurídicas; por lo que consideramos que es pertinente que se eleve a rango constitucional la materia de exenciones.

Por otro lado, buscamos que las exenciones también integren al sector productivo que decida trasladar inversión a las zonas más pobres del territorio nacional a través de una reforma al Código Fiscal de la Federación.

La Carta Magna en su artículo 73, fracciones XXIX-F y XXIX-D; que aluden, respectivamente, a la facultad del Congreso para:

a) Expedir las leyes sobre la planeación nacional del desarrollo económico y social. Esta representa una de las facultades más importantes en la evolución del Estado, ya que con ella puede contar con leyes adecuadas al momento histórico que se esté viviendo, y poder así inyectar un impulso vigoroso para elevar las condiciones de vida del país.

b) Expedir leyes que fomenten la inversión mexicana, regulen la inversión extranjera, la transferencia de tecnología junto con la generación, difusión y aplicación de los conocimientos científicos y tecnológicos necesarios para el desarrollo nacional.

Ejemplos de lo anterior los encontramos en los ordenamientos siguientes: Ley General de Desarrollo Social, Ley de Inversión Extranjera, Ley Para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa

En este orden de ideas, varios estados cuentan con una normatividad que fomenta el desarrollo económico y que contemplan incentivos fiscales, son los casos del Distrito Federal, Jalisco, Veracruz y Quintana Roo.

Observamos que existen en el país los instrumentos normativos para que la inversión se fomente, pero creemos que el tema específico, relativo a la exención del pago de impuestos dirigida al sector productivo que invierta en zonas de moderada y alta marginalidad no se ha tocado de manera profunda por medio de reformas de índole constitucional y federal.

En los últimos años, mediante la Ley de Ingresos de la Federación se han instituido diversos estímulos fiscales, que incluyen elementos comunes para efectos del impuesto sobre la renta.

Asimismo, existe a nivel nacional una inclinación implícita de dar estímulos fiscales a sólo algunos grupos empresariales, con objeto de utilizar este medio para el fomento económico de algunas actividades.

Hay opiniones, a las que nos sumamos, del siguiente tenor:

Los estímulos fiscales otorgados por el Ejecutivo Federal y aprobados por el Congreso de la Unión en el tiempo han carecido de permanencia ya que no brindan a los contribuyentes una certeza jurídica sobre la planeación de inversiones a mediano y largo plazo.

Por el contrario, en los últimos años, considerando el tipo de incentivos otorgados, parecería ser que el objetivo que se persigue con su otorgamiento atiende más a problemas sectoriales, rescates obligados, o bien a muestreos sobre posibles impactos económicos o sociales por su otorgamiento.

En la Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática nos hemos determinado a no seguir permitiendo que se den estas circunstancias. Nuestro propósito es claro: la fuerza de estos grupos empresariales es fuerte pero no podemos quedarnos con los brazos cruzados, si no hay apoyo por parte de otras fuerzas políticas para contrarrestar estos hechos, tenemos que actuar.

De modo que nuestra propuesta, centra su objetivo en llamar a la inversión a grupos empresariales a fin de que lleven capitales a zonas marginales a través del estímulo fiscal vía exenciones y subsidios para que generen desarrollo y empleo.

Por lo expuesto, se pone a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se por el que se adiciona el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación

Artículo único. Se adiciona un sexto párrafo al artículo 32-D recorriéndose los subsecuentes del Código Fiscal de la Federación, para quedar como sigue:

Artículo 32-D. ...

...

...

...

...

Los subsidios o estímulos se otorgarán dando especial atención a las empresas que decidan realizar proyectos de inversión en zonas de atención prioritaria de conformidad con el artículo 29 de la Ley General de Desarrollo Social.

...

...

...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Senador Benjamín Robles Montoya (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para dictamen.



LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, los senadores Dolores Padierna Luna, Rabindranath Salazar Solorio y Mario Delgado Carrillo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentaron iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversos artículos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a), y 67, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 174, 175, párrafo 1, 176, 177, párrafo 1, y 178 del Reglamento del Senado, dispuso que dicha iniciativa, misma que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

México, DF, a 30 de septiembre de 2015.— Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»

«Los suscritos, senadora Dolores Padierna Luna, senador Rabindranath Salazar Solorio, y senador Mario Delgado Carrillo, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática a la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que nos confieren los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 8o., numeral 1, fracción I; 164, numerales 1 y 2, así como 169 del Reglamento del Senado de la República, sometemos a la consideración de esta Soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 110, fracción II, la Sección II, “Régimen de Incorporación Fiscal”, del Capítulo II, “de los Ingresos por Actividades Empresariales y Profesionales”, los artículos 111, 112 y 113 y se adiciona la Sección III, intitulada “Régimen de Pequeños Contribuyentes”, con los artículos 114, 114 Bis, 114 Ter, 114 Quáter y 114 Quintus de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de conformidad con la siguiente

Exposición de Motivos

El pasado 31 de octubre de 2013, el Congreso de la Unión aprobó una serie de reformas a diversas leyes propuestas por el Ejecutivo y conocidas como Reforma Hacendaria. Una de las principales transformaciones propuestas por el Gobierno Federal, promotor inicial de la Reforma, fue la de eliminar el Régimen Intermedio y el de Pequeños Contribuyentes (Repecos), con el fin de reducir la informalidad en la cual millones de personas en nuestro país se encuentran, y sustituirlo por un nuevo régimen llamado Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).Como se verá con detalle más adelante, después de un año y medio de su implementación este objetivo no se ha logrado. Tampoco se ha avanzado en otro de los objetivos centrales que era incrementar la recaudación. Contrariamente, el RIF ha tenido un efecto negativo en las finanzas de las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes)

Un argumento central expuesto por el oficialismo y sus aliados en el Congreso fue que los empresarios no podían emitir facturas en los regímenes fiscales previos a la reforma. Con ello se rompía la cadena de comprobación fiscal y se abría la puerta a una masiva evasión y elusión fiscales. A causa de la falta de mecanismos de graduación, el Repeco no era percibido como un régimen temporal por parte de los contribuyentes, sino que era aprovechado para tributar en él de forma permanente. De acuerdo a los proponentes, esta situación fomentaba una baja productividad y debilitaba los incentivos a desarrollar de manera más eficiente sus actividades económicas.

En este contexto, el mismo Gobierno, a través de su página de internet, enlistó los beneficios y principales cambios necesarios para sustituir el Régimen Intermedio y el Repecos por el RIF:

• El RIF está diseñado para que participen en él las personas físicas con actividad empresarial con capacidad administrativa limitada. Por lo tanto, será para personas físicas con ingresos de hasta 2 millones de pesos por año.

• El RIF preparará a los contribuyentes para una eventual inserción en el régimen general para fines tributarios y de seguridad social.

• Para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales los participantes tendrán acceso a una herramienta electrónica provista por el SAT, que les simplificará el trámite y les auxiliará.

• Para fomentar el crecimiento de los contribuyentes que participan en el RIF, se ofrecerán incentivos económicos y de capacitación.

Se crea el Régimen de Incorporación a las Seguridad Social (RISS), que está diseñado para facilitar la incorporación al IMSS de los trabajadores y dueños de las micro y pequeñas empresas participantes en el RIF.

Estos son los cambios con los cuales el Ejecutivo Federal pretendía disminuir el trabajo informal y aumentar la recaudación entre las personas físicas que entrarían al Régimen de Incorporación Fiscal. En los siguientes apartados detallaremos que ha pasado a un año y medio de la implementación de la Reforma. Como ya se mencionó, ni la recaudación ha aumentado, ni se logró disminuir el empleo en el sector informal.

A) Análisis de la situación actual del Régimen de Incorporación Fiscal

Los resultados de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), realizada por el INEGI, indican que en el primer trimestre de 2015, todas las modalidades de empleo informal sumaron 28.7 millones de personas, lo que significó un aumento de 0.8% respecto al mismo periodo de 2014 y representó 57.6% de la población económicamente activa. De esta forma, la tan anunciada disminución de la informalidad laboral que tanto se pregonó con los cambios del Repecos por el RIF no cumplió con este objetivo. En el siguiente cuadro se puede apreciar la variación señalada así como el desglose de las subclasificaciones del empleo informal.

Cuando analizamos la información en términos de variaciones porcentuales (gráfica 1), también es claro que no existe ningún cambio significativo. Las disminuciones en la tasa de informalidad y en la tasa de ocupación en el sector informal son tan diminutas, que no pueden ser atribuidas a la reforma y demuestra si acaso el poco efecto del RIF. Por si fuera poco, Pedro Carreón, socio de Pricewaterhouse Coopers México, señala que la ínfima variación en los empleos formales no necesariamente se traducen en mejores ingresos: “Ha aumentado el número de empleos pero han sido plazas con bajo nivel de ingreso”.

De acuerdo con datos desestacionalizados, la tasa de informalidad laboral se mantuvo sin variación y la tasa de ocupación en el sector informal fue inferior en (-) 0.3 puntos porcentuales respecto a la del cuarto trimestre de 2014.

Ahora bien, con respecto al otro objetivo de la eliminación de los Repecos, las cifras también señalan que el cambio de Régimen no contribuyó a la recaudación. En el primer semestre de 2015 el fisco recaudó 29 mil 889 millones de pesos por impuestos a contribuyentes del RIF. Esto representó un descenso de 28 por ciento anual en términos nominales, pues en el mismo periodo de 2014 se recaudaron 41 mil 723 millones de pesos por este concepto.

Los expertos confirman que el RIF ha generado la actual disminución de la recaudación, entre otras razones, esto se debe a que las personas que estaban como asalariadas y se incorporaron al régimen: “... gozan de la exención al 100 por ciento de impuestos. Son empleados que se disfrazaron de RIF, antes pagaban y ahora no”Lo anterior se deriva del esquema propio del RIF, puesto que en el primer año se da la oportunidad a la persona física de exentar el 100 por ciento del pago del ISR y el IVA, y va disminuyendo progresivamente de 10 en 10. Esto supondría que en el año 10, la persona que optó por el RIF, pagará el 100 por ciento de sus impuestos. Sin embargo, como se detalla en los siguientes párrafos, debido a que el fisco está recaudando mucho menos de lo esperado, no existe garantía que lo que se recaudará en 10 años pueda compensar lo erogado en los estímulos fiscales.

Los propios datos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público -Informe Trimestral Sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Público del Segundo Trimestre de 2015- demuestran lo perjudicial del RIF para las finanzas nacionales. De enero a julio de 2015, la hacienda federal recaudó 7.8 millones de pesos por concepto del ISR, mil 837 por IVA y 19.2 millones de IEPS en el marco del RIF. Asimismo, en dichos conceptos se otorgaron estímulos fiscales por 12 mil 190 millones de ISR, 3 mil 62 millones de IVA y 148 millones de IEPS.Lo anterior demuestra que la hacienda federal tiene una erogación mucho mayor a lo que se está recaudando, 6 mil 29 millones más, a pesar de que el Gobierno diga que se está en un proceso de recuperación de recaudación de impuestos.

El dato más alarmante es el relacionado con el ISR bajo el RIF. El Servicio de Administración Tributaria no solo dejó de percibir ingresos por concepto del ISR debido al periodo de gracia que el RIF otorgó a los contribuyentes, sino que erogó 12 mil 182.2 millones de pesos para financiar un régimen que no ha logrado cumplir con sus metas y ha generado más pérdidas. Esto se debe a que el estímulo empleado por el SAT representa un mil 562 por ciento más de lo que se pudo recuperar. Con lo anterior se demuestra que, con el RIF, el fisco está recaudando mucho menos de lo esperado y no se asegura que en 10 años, lo recaudado pueda compensar lo erogado en los estímulos fiscales.

B) Impacto del RIF en los micro y pequeños contribuyentes.

Como se ha señalado, el RIF no ha cumplido con sus objetivos de incrementar la recaudación y disminuir el empleo informal. Desafortunadamente, sí ha tenido efectos negativos para los micro y pequeños contribuyentes que anteriormente tributaban sobre la base del Repecos, entre los principales se encuentran:

• La eliminación del Repecos puede constituir un importante aumento en los gastos para las persones físicas que tributaban hasta el 31 de diciembre de 2013 bajo ese régimen. Con la puesta en marcha del RIF, las micro y pequeñas empresas muy probablemente debieron a erogar recursos en apartados antes no contemplados como: la obligatoriedad de emitir facturas fiscales digitales, la expedición de comprobantes de nómina, así como en la contratación de contadores para la elaboración de la contabilidad correspondiente. Todo esto podía estar afectando directamente en las finanzas de estos empresarios que en su gran mayoría cuentan pocos recursos para invertir en la productividad de sus empresas.

Al respecto, la Coordinadora de Organizaciones en Defensa de la Economía Social (Condes), que agrupa a comerciantes, prestadores de servicios, locatarios de mercados públicos, micro, pequeños y medianos empresarios, entre otros, señaló que el 10 por ciento de las pequeñas empresas y negocios formales del país quebraron o bien optaron por trabajar en la informalidad durante el primer bimestre de 2015, por no tener la capacidad económica para cumplir con el nuevo régimen de incorporación fiscal (RIF), monto que equivale a 20 mil empresas.

Cabe señalar que desde la entrada en vigor del RIF; diversas agrupaciones pequeños empresarios y comerciantes minoristas han exigido a las autoridades el regresar al Repeco, argumentando que la mayoría no cuenta ni los recursos económicos ni de contabilidad o administración para presentar estos informes y pagar los impuestos respectivos, por lo cual a principios de este año se inició una serie de movilizaciones pacíficas con el fin de que el Gobierno y el Congreso escuchara sus demandas.

• De acuerdo al Sistema de Información Empresarial Mexicano, en 2013 existían un total de 789 mil 760 empresas; mientras que en 2014, el número bajó a la cifra de 742 mil 855 empresas. Lo anterior refleja que en el 2014, año en que entró en vigor el RIF, desaparecieron 46 mil 905 empresas. Esto podría ser consecuencia de los grandes costos que el RIF trajo para los pequeños y micro empresarios: muchos pudieron optar por refugiarse en el sector informal para paliar los nuevos gastos o, en el peor de los casos, optaron por cerrar sus negocios.

• Un gran número de contribuyentes aún desconocen el RIF y la facturación electrónica. A pesar de que el nuevo método lleva más de un año de implementación, la autoridad tributaria ha faltado en emprender campañas de difusión suficientes. Además, el SAT ha venido acarreando deficiencias en el portal electrónico que maneja para el caso. Esto genera costos en el Mipymes que deben informarse por cuenta propia.

Todo parece indicar que el RIF supuso mayores costos que beneficios a la Mipymes, los datos inclusive señalan que desaparecieron casi 50 mil de ellas en el año pasado. En suma, no ha disminuido la informalidad, no ha aumentado la recaudación pero las Mipymes se han visto afectadas. Por estas razones, la presente iniciativa tiene por objeto eliminar de la Ley del ISR la figura del Régimen de Incorporación Fiscal y regresar al esquema que se tenía con el Repeco.

Es de vital importancia señalar lo establecido en el artículo 31, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que a la letra dice:

El artículo 31, fracción IV, de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece lo siguiente:

Artículo 31. Son obligaciones de los mexicanos:

I. a III. ...

IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.

La anterior norma de la pauta para que las personas físicas contribuyan a los gastos de la Federación, los Estados y el Distrito Federal y los Municipios, pero de una manera equitativa y proporcional sus ingresos: el que gane más pagué más y el que menos tenga pueda aportar con base en sus necesidades. Lo anterior se vulnera con el RIF al imponerles obligaciones a los pequeños contribuyentes que superan sus posibilidades e ingresos.

La iniciativa de Ley del Impuesto sobre la Renta que presentó el Ejecutivo en 2013, señalaba que el régimen de pequeños contribuyentes permitía que se rompiera la cadena de comprobación fiscal. Con este quiebre, se generaban espacios para la evasión y la elusión fiscales, mismos que han sido aprovechados por contribuyentes que tributaban como Repecos, “cuando en realidad la escala de sus operaciones es considerable, o por contribuyentes del régimen general que interactúan con Repecos para aprovechar las menores obligaciones de comprobación fiscal y así reducir su pago de impuestos.” Sin embargo, como se ha señalado hasta aquí, la transformación de los regímenes de pequeños contribuyentes e intermedio en el de incorporación fiscal no logró los objetivos que se esperaba y si daño a las Mipymes. Resulta entonces fundamental restituir ambos regímenes que se fusionaron en el RIF. De no retomar alguno de los dos, se dejarían de lado elementos centrales para esta forma de tributación de las personas físicas.

En este sentido y ante el pésimo comportamiento de la economía, el Congreso de la Unión y el Ejecutivo Federal deben implementar medidas urgentes que permitan reactivar la economía nacional, por lo que se debe enfocar en el fortalecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas, toda vez que, de acuerdo a datos de la Secretaría de Economía, dichas empresas contribuyen con siete de cada diez empleos que se generan en el país.

Al ser las micro, pequeñas y medianas empresas el pilar fundamental de la economía nacional en cuanto a generación de empleos, el Gobierno y el Congreso no deben generar políticas que atenten contra un sector tan importante para el país. Es necesario que se legisle a favor de los empresarios

nacionales, por lo cual el RIF debe ser sustituido por el anterior régimen del Repeco, toda vez que el RIF no ha dado señales de beneficio alguno para las Mipyimes, sino que las ha perjudicado por la gran carga de obligaciones que se impusieron para estas empresas.

C) Propuesta de reforma

En virtud de todo lo expuesto ulteriormente, se destaca que la presente iniciativa versa sobre la eliminación de disposiciones de la Ley del ISR con el objetivo de regresar al Repeco y al Régimen Intermedio de las Personas Físicas con Actividades Empresariales:

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta Soberanía el siguiente proyectode

Decreto por el que se reforman los artículos 110, fracción II, la Sección II “Régimen de Incorporación Fiscal” del Capítulo II “De los Ingresos por Actividades Empresariales y Profesionales”, los artículos 111, 112 y 113 y se adiciona la Sección III, intitulada “Régimen de Pequeños Contribuyentes”, con los artículos 114, 114 Bis, 114 Ter, 114 Quáter y 114 Quintus de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Artículo Único:Se reforman los artículos 110, fracción II, la Sección II “Régimen de Incorporación Fiscal” del Capítulo II “De Los Ingresos Por Actividades Empresariales Y Profesionales”, los artículos 111, 112 y 113 y se adiciona la Sección III, intitulada “Régimen de Pequeños Contribuyentes”, con los artículos 114, 114 Bis, 114 Ter, 114 Quáter y 114 Quintus de la Ley Del Impuesto Sobre La Renta para quedar como sigue:

Artículo 110.Los contribuyentes personas físicas sujetos al régimen establecido en esta Sección, además de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley y en las demás disposiciones fiscales, tendrán las siguientes:

I. ...

II. Llevar contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento; tratándose de personas físicas que únicamente presten servicios profesionales, llevar un solo libro de ingresos, egresos y de registro de inversiones y deducciones, en lugar de la contabilidad a que se refiere el citado Código.

...

III. a XI. ...

Sección II Del Régimen Intermedio de las Personas Físicas con Actividades Empresariales

Artículo 111. Los contribuyentes personas físicas que realicen exclusivamente actividades empresariales, cuyos ingresos obtenidos en el ejercicio inmediato anterior por dichas actividades no hubiesen excedido de $4’000,000.00, aplicarán las disposiciones de la Sección I de este Capítulo y podrán estar a lo siguiente:

I. Llevarán un solo libro de ingresos, egresos y de registro de inversiones y deducciones, en lugar de llevar la contabilidad a que se refiere la fracción II del artículo 110 de esta Ley.

II. En lugar de aplicar lo dispuesto en el tercer párrafo de la fracción III del artículo 110 de esta Ley, podrán anotar el importe de las parcialidades que se paguen en el reverso del comprobante, si la contraprestación se paga en parcialidades.

III. No aplicar las obligaciones establecidas en las fracciones V, VI, segundo párrafo y XI del artículo 110 de esta Ley.

Para los efectos de este artículo, se considera que se obtienen ingresos exclusivamente por la realización de actividades empresariales cuando en el ejercicio inmediato anterior éstos hubieran representado por lo menos el 90 por ciento del total de sus ingresos acumulables disminuidos de aquéllos a que se refiere el Capítulo I del Título IV de esta Ley.

Los contribuyentes a que se refiere esta Sección que en el ejercicio inmediato anterior hubiesen obtenido ingresos superiores a $1’750,000.00 sin que en dicho ejercicio excedan de $4’000,000.00 que opten por aplicar el régimen establecido en esta Sección, estarán obligados a tener máquinas registradoras de comprobación fiscal o equipos o sistemas electrónicos de registro fiscal. Las operaciones que realicen con el público en general deberán registrarse en dichas máquinas, equipos o sistemas, los que deberán mantenerse en todo tiempo en operación.

El Servicio de Administración Tributaria llevará el registro de los contribuyentes a quienes corresponda la utilización de máquinas registradoras de comprobación fiscal así como de los equipos y sistemas electrónicos de registro fiscal y éstos deberán presentar los avisos y conservar la información que señale el Reglamento de esta Ley. En todo caso, los fabricantes e importadores de máquinas registradoras de comprobación fiscal, equipos y sistemas electrónicos de registro fiscal, deberán conservar la información que el Servicio de Administración Tributaria determine mediante reglas de carácter general.

Artículo 112. Los contribuyentes a que se refiere el artículo 111 de esta Ley, que inicien actividades, podrán optar por lo dispuesto en el mismo, cuando estimen que sus ingresos del ejercicio no excederán del límite a que se refiere dicho artículo. Cuando en el ejercicio citado realicen operaciones por un periodo menor de doce meses, para determinar el monto a que se refiere el primer párrafo del citado artículo, dividirán los ingresos manifestados entre el número de días que comprende el periodo y el resultado se multiplicará por 365 días; si la cantidad obtenida excede del importe del monto citado, en el ejercicio siguiente no se podrá ejercer la opción a que se refiere el artículo 111 de esta Ley.

Asimismo, será aplicable la opción a que se refiere el artículo 111 de esta Ley cuando las personas físicas realicen actividades empresariales mediante copropiedad y siempre que la suma de los ingresos de todos los copropietarios por las actividades empresariales que realicen a través de la copropiedad, sin deducción alguna, no excedan en el ejercicio inmediato anterior de la cantidad establecida en el primer párrafo del artículo citado y siempre que el ingreso que en lo individual le corresponda a cada copropietario por dicha copropiedad, sin deducción alguna, adicionado de los intereses obtenidos y de los ingresos derivados de ventas de activos fijos propios de su actividad empresarial del mismo copropietario, en el ejercicio inmediato anterior, no hubieran excedido del límite a que se refiere el mismo artículo.

Artículo 113. Los contribuyentes a que se refiere el artículo 111 de esta Ley, en lugar de aplicar lo dispuesto en el artículo 104 de la misma, deducirán las erogaciones efectivamente realizadas en el ejercicio para la adquisición de activos fijos, gastos o cargos diferidos, excepto tratándose de automóviles, autobuses, camiones de carga, tractocamiones y remolques, los que deberán deducirse en los términos de la Sección II del Capítulo II del Título II de esta Ley.

Asimismo, los contribuyentes que se dediquen exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, podrán aplicar las facilidades que emita el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.

Artículo 113 Bis. Con independencia de lo dispuesto en el artículo 106 de esta Ley, los contribuyentes a que se refiere esta Sección efectuarán pagos mensuales mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas de la entidad federativa en la cual obtengan sus ingresos. El pago mensual a que se refiere este artículo, se determinará aplicando la tasa del 5 por ciento al resultado que se obtenga de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 14, para el mes de que se trate una vez disminuidos los pagos provisionales de los meses anteriores correspondientes al mismo ejercicio.

El pago mensual a que se refiere este artículo se podrá acreditar contra el pago provisional determinado en el mismo mes conforme al artículo 106 de esta Ley. En el caso de que el impuesto determinado conforme al citado precepto sea menor al pago mensual que se determine conforme a este artículo, los contribuyentes únicamente enterarán el impuesto que resulte conforme al citado artículo 106 de esta Ley a la entidad federativa de que se trate.

Para los efectos de este artículo, cuando los contribuyentes tengan establecimientos, sucursales o agencias, en dos o más entidades federativas, efectuarán los pagos mensuales a que se refiere este artículo a cada entidad federativa en la proporción que representen los ingresos de dicha entidad federativa respecto del total de sus ingresos.

Los pagos mensuales a que se refiere este artículo, se deberán enterar en las mismas fechas de pago establecidas en el primer párrafo del artículo 106 de esta ley.

Los pagos mensuales efectuados conforme a este artículo, también serán acreditables contra el impuesto del ejercicio.

Sección III Del Régimen de Pequeños Contribuyentes

Artículo 113 Ter. Las personas físicas que realicen actividades empresariales, que únicamente enajenen bienes o presten servicios, al público en general, podrán optar por pagar el impuesto sobre la renta en los términos establecidos en esta Sección, siempre que los ingresos propios de su actividad empresarial y los intereses obtenidos en el año de calendario anterior, no hubieran excedido de la cantidad de $2’000,000.00.

Los contribuyentes a que se refiere este artículo que inicien actividades podrán optar por pagar el impuesto conforme a lo establecido en esta Sección, cuando estimen que sus ingresos del ejercicio no excederán del límite a que se refiere este artículo. Cuando en el ejercicio citado realicen operaciones por un periodo menor de doce meses, para determinar el monto a que se refiere el párrafo anterior, dividirán los ingresos manifestados entre el número de días que comprende el periodo y el resultado se multiplicará por 365 días; si la cantidad obtenida excede del importe del monto citado, en el ejercicio siguiente no se podrá tributar conforme a esta Sección.

Los copropietarios que realicen las actividades empresariales en los términos del primer párrafo de este artículo podrán tributar conforme a esta Sección, cuando no lleven a cabo otras actividades empresariales y siempre que la suma de los ingresos de todos los copropietarios por las actividades empresariales que realizan en copropiedad, sin deducción alguna, no excedan en el ejercicio inmediato anterior de la cantidad establecida en el primer párrafo de este artículo y siempre que el ingreso que en lo individual le corresponda a cada copropietario por dicha copropiedad, sin deducción alguna, adicionado de los intereses obtenidos por el mismo copropietario, en el ejercicio inmediato anterior, no hubieran excedido del límite a que se refiere este artículo.

Los contribuyentes a que se refiere este artículo, podrán pagar el impuesto sobre la renta en los términos de esta Sección, siempre que, además de cumplir con los requisitos establecidos en la misma, presenten ante el Servicio de Administración Tributaria a más tardar el día 15 de febrero de cada año, una declaración informativa de los ingresos obtenidos en el ejercicio inmediato anterior. Los contribuyentes que utilicen máquinas registradoras de comprobación fiscal quedarán liberados de presentar la información a que se refiere este párrafo.

No podrán pagar el impuesto en los términos de esta Sección quienes obtengan ingresos a que se refiere este Capítulo por concepto de comisión, mediación, agencia, representación, correduría, consignación, distribución o espectáculos públicos, ni quienes obtengan más del treinta por ciento de sus ingresos por la enajenación de mercancías de procedencia extranjera.

Quienes cumplan con los requisitos establecidos para tributar en esta Sección y obtengan más del treinta por ciento de sus ingresos por la enajenación de mercancías de procedencia extranjera, podrán optar por pagar el impuesto en los términos de la misma, siempre que apliquen una tasa del 20 por ciento al monto que resulte de disminuir al ingreso obtenido por la enajenación de dichas mercancías, el valor de adquisición de las mismas, en lugar de la tasa establecida en el artículo 113 Quater de esta Ley. El valor de adquisición a que se refiere este párrafo será el consignado en la documentación comprobatoria. Por los ingresos que se obtengan por la enajenación de mercancías de procedencia nacional, el impuesto se pagará en los términos del artículo 113 Quater de esta Ley.

Los contribuyentes a que se refiere el párrafo anterior, deberán conservar la documentación comprobatoria de la adquisición de la mercancía de procedencia extranjera, misma que deberá reunir los requisitos establecidos en el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación.

Las autoridades fiscales, en el ejercicio de sus facultades de comprobación, podrán estimar que menos del treinta por ciento de los ingresos del contribuyente provienen de la enajenación de mercancías de procedencia extranjera, cuando observen que la mercancía que se encuentra en el inventario de dicho contribuyente valuado al valor de precio de venta, es de procedencia nacional en el setenta por ciento o más.

Cuando el autor de una sucesión haya sido contribuyente de esta Sección y en tanto no se liquide la misma, el representante legal de ésta continuará cumpliendo con lo dispuesto en esta Sección.

Artículo 113 Quáter. Las personas físicas que paguen el impuesto en los términos de esta Sección, calcularán el impuesto que les corresponda en los términos de la misma, aplicando la tasa del 2 por ciento a la diferencia que resulte de disminuir al total de los ingresos que obtengan en el mes en efectivo, en bienes o en servicios, un monto equivalente a cuatro veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al mes.

Cuando los contribuyentes realicen pagos con una periodicidad distinta a la mensual conforme a lo dispuesto en el penúltimo párrafo de la fracción VI del artículo 114 QUINTUS de esta Ley, los ingresos y la disminución que les corresponda en los términos del párrafo anterior, se multiplicarán por el número de meses al que corresponda el pago.

Los ingresos por operaciones en crédito se considerarán para el pago del impuesto hasta que se cobren en efectivo, en bienes o en servicios.

Para los efectos de la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, la renta gravable a que se refiere el inciso e) de la fracción IX del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 120 de la Ley Federal del Trabajo, será la cantidad que resulte de multiplicar por el factor de 7.35 el impuesto sobre la renta que resulte a cargo del contribuyente.

Artículo 113 Quintus. Los contribuyentes sujetos al régimen previsto en esta Sección, tendrán las obligaciones siguientes:

I. Solicitar su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.

II. Presentar ante las autoridades fiscales a más tardar el 31 de marzo del ejercicio en el que comiencen a pagar el impuesto conforme a esta Sección o dentro del primer mes siguiente al de inicio de operaciones el aviso correspondiente. Asimismo, cuando dejen de pagar el impuesto conforme a esta Sección, deberán presentar el aviso correspondiente ante las autoridades fiscales, dentro del mes siguiente a la fecha en que se dé dicho supuesto.

Cuando los ingresos propios de la actividad empresarial adicionados de los intereses, obtenidos por el contribuyente en el periodo transcurrido desde el inicio del ejercicio y hasta el mes de que se trate, excedan de la cantidad señalada en el primer párrafo del artículo 113 Ter de esta Ley o cuando no presente la declaración informativa a que se refiere el cuarto párrafo del citado artículo estando obligado a ello, el contribuyente dejará de tributar en los términos de esta Sección y deberá tributar en los términos de las Secciones I o II de este Capítulo, según corresponda, a partir del mes siguiente a aquél en que se excedió el monto citado o debió presentarse la declaración informativa, según sea el caso.

Cuando los contribuyentes dejen de pagar el impuesto conforme a esta Sección, en ningún caso podrán volver a tributar en los términos de la misma. Tampoco podrán pagar el impuesto conforme a esta Sección, los contribuyentes que hubieran tributado en los términos de las Secciones I o II de este Capítulo, salvo que hubieran tributado en las mencionadas Secciones hasta por los dos ejercicios inmediatos anteriores, siempre que éstos hubieran comprendido el ejercicio de inicio de actividades y el siguiente y que sus ingresos en cada uno de dichos ejercicios no hubiesen excedido de la cantidad señalada en el primero y segundo párrafos del artículo 113 Ter de esta ley.

Los contribuyentes a que se refiere el párrafo anterior, continuarán llevando la contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, su Reglamento y el Reglamento de esta Ley, durante el primer ejercicio en que se ejerza la opción a que se refiere el párrafo anterior. Cuando los ingresos en el primer semestre del ejercicio en el que ejerzan la opción sean superiores a la cantidad señalada en el primer párrafo del artículo 113 Ter de esta Ley dividida entre dos, dejarán de tributar en términos de esta Sección y pagarán el impuesto conforme a las Secciones I o II, según corresponda, de este Capítulo, debiendo efectuar el entero de los pagos provisionales que le hubieran correspondido conforme a las Secciones mencionadas, con la actualización y recargos correspondientes al impuesto determinado en cada uno de los pagos.

Los contribuyentes a que se refiere el segundo párrafo de esta fracción que en el primer semestre no rebasen el límite de ingresos a que se refiere el párrafo anterior y obtengan en el ejercicio ingresos superiores a la cantidad señalada en el primer párrafo del artículo 113 Ter de esta Ley, pagarán el impuesto del ejercicio de acuerdo a lo establecido en las Secciones I o II de este Capítulo, pudiendo acreditar contra el impuesto que resulte a su cargo, los pagos que por el mismo ejercicio, hubieran realizado en los términos de esta Sección. Adicionalmente, deberán pagar la actualización y recargos correspondientes a la diferencia entre los pagos provisionales que les hubieran correspondido en términos de las Secciones I o II de este Capítulo y los pagos que se hayan efectuado conforme a esta Sección III; en este caso no podrán volver a tributar en esta Sección.

III. Conservar comprobantes que reúnan requisitos fiscales, por las compras de bienes nuevos de activo fijo que usen en su negocio cuando el precio sea superior a $2,000.00.

IV. Llevar un registro de sus ingresos diarios.

Se considera que los contribuyentes que paguen el impuesto en los términos de esta Sección, cambian su opción para pagar el impuesto en los términos de las Secciones I o II de este Capítulo, cuando expidan uno o más comprobantes que reúnan los requisitos fiscales que señala el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento, a partir del mes en que se expidió el comprobante de que se trate.

También se considera que cambian de opción en los términos del párrafo anterior, los contribuyentes que reciban el pago de los ingresos derivados de su actividad empresarial, mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, cuando en este caso se cumpla alguno de los requisitos que establece el artículo 29-C del Código Fiscal de la Federación, a partir del mes en que se reciba el traspaso de que se trate.

V. Entregar a sus clientes copias de las notas de venta y conservar originales de las mismas. Estas notas deberán reunir los requisitos a que se refieren las fracciones I, II y III del artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación y el importe total de la operación en número o letra.

En los casos en que los contribuyentes utilicen máquinas registradoras de comprobación fiscal, podrán expedir como comprobantes simplificados, la copia de la parte de los registros de auditoría de dichas máquinas en la que aparezca el importe de la operación de que se trate.

El Servicio de Administración Tributaria, mediante reglas de carácter general, podrá liberar de la obligación de expedir dichos comprobantes tratándose de operaciones menores a $100.00.

VI. Presentar, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel al que corresponda el pago, declaraciones mensuales en las que se determinará y pagará el impuesto conforme a lo dispuesto en los artículos 113 Ter y 113 Quáter de esta ley. Los pagos mensuales a que se refiere esta fracción, tendrán el carácter de definitivos.

Los pagos a que se refiere esta fracción, se enterarán ante las oficinas autorizadas de la entidad federativa en la cual el contribuyente obtenga sus ingresos, siempre que dicha entidad federativa tenga celebrado convenio de coordinación para administrar el impuesto a que se refiere esta Sección. En el caso de que la entidad federativa en donde obtenga sus ingresos el contribuyente no celebre el citado convenio o éste se dé por terminado, los pagos se enterarán ante las oficinas autorizadas por las autoridades fiscales federales.

Para los efectos de esta fracción, cuando los contribuyentes a que se refiere esta Sección tengan establecimientos, sucursales o agencias, en dos o más entidades federativas, enterarán los pagos mensuales en cada Entidad considerando el impuesto que resulte por los ingresos obtenidos en la misma.

El Servicio de Administración Tributaria y, en su caso, las entidades federativas con las que se celebre convenio de coordinación para la administración del impuesto establecido en esta Sección, podrán ampliar los periodos de pago, a bimestral, trimestral o semestral, tomando en consideración la rama de actividad o la circunscripción territorial, de los contribuyentes.

Las entidades federativas con las que se celebre convenio de coordinación para la administración del impuesto establecido en esta Sección, podrán estimar el ingreso gravable del contribuyente y determinar cuotas fijas para cobrar el impuesto respectivo.

VII. Tratándose de las erogaciones por concepto de salarios, los contribuyentes deberán efectuar la retención y el entero por concepto del impuesto sobre la renta de sus trabajadores, conforme a las disposiciones previstas en esta Ley y su Reglamento. Esta obligación podrá no ser aplicada hasta por tres trabajadores cuyo salario no exceda del salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año.

VIII. No realizar actividades a través de fideicomisos.

Los contribuyentes que habiendo pagado el impuesto conforme a lo previsto en esta Sección, cambien de Sección, deberán, a partir de la fecha del cambio, cumplir con las obligaciones previstas en los artículos 110 o 111, en su caso, de esta Ley.

Artículo 113 Sextus. Los contribuyentes que ya no reúnan los requisitos para tributar en los términos de esta Sección u opten por hacerlo en los términos de otra, pagarán el impuesto conforme a las Secciones I o II, según corresponda, de este Capítulo, y considerarán como fecha de inicio del ejercicio para efectos del pago del impuesto conforme a dichas Secciones, aquélla en que se dé dicho supuesto.

Los pagos provisionales que les corresponda efectuar en el primer ejercicio conforme a las Secciones I o II de este Capítulo, según corresponda, cuando hubieran optado por pagar el impuesto en los términos de las mismas, los podrán efectuar aplicando al total de sus ingresos del periodo sin deducción alguna el 1% o bien, considerando como coeficiente de utilidad el que corresponda a su actividad preponderante en los términos del artículo 90 de esta Ley.

Los contribuyentes a que se refiere el primer párrafo de este artículo, a partir de la fecha en que comiencen a tributar en las Secciones I o II, según corresponda, podrán deducir las inversiones realizadas durante el tiempo que estuvieron tributando en la presente Sección, siempre y cuando no se hubieran deducido con anterioridad y se cuente con la documentación comprobatoria de dichas inversiones que reúna los requisitos fiscales.

Tratándose de bienes de activo fijo a que se refiere el párrafo anterior, la inversión pendiente de deducir se determinará restando al monto original de la inversión, la cantidad que resulte de multiplicar dicho monto por la suma de los por cientos máximos autorizados por esta Ley para deducir la inversión de que se trate, que correspondan a los ejercicios en los que el contribuyente haya tenido dichos activos.

En el primer ejercicio que paguen el impuesto conforme a las Secciones I o II de este Capítulo, al monto original de la inversión de los bienes, se le aplicará el por ciento que señale esta Ley para el bien de que se trate, en la proporción que representen, respecto de todo el ejercicio, los meses transcurridos a partir de que se pague el impuesto conforme a las Secciones I o II de este capítulo.

Los contribuyentes que hubieran obtenido ingresos por operaciones en crédito por los que no se hubiese pagado el impuesto en los términos del penúltimo párrafo del artículo 113 Quater de esta ley, y que dejen de tributar conforme a esta Sección para hacerlo en los términos de las Secciones I o II de este Capítulo, acumularán dichos ingresos en el mes en que se cobren en efectivo, en bienes o en servicios.

Transitorios

Primero.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial.

Segundo.El Servicio de Administración Tributaria emprenderá las acciones conducentes para implementar las disposiciones contenidas en el presente Decreto, con el fin de que el Régimen Intermedio de las Personas Físicas con Actividades Empresariales y el Régimen de Pequeños Contribuyentes entren en vigor a partir del 1 de enero del año 2016.

Notas:

1 ¿Qué es? Reforma hacendaria, “Explicación ampliada de la reforma hacendaria”, Gobierno de la República, p. 5, consultado el 5 de agosto de 2015, disponible en: http://reformas.gob.mx/reforma-hacendaria/ que-es

2 Ibídem.

3 De manera detallada, 13.5 millones conformaron específicamente la ocupación en el sector informal, cifra que significó una caída de (-)1% anual y constituyó 27.1% de la población ocupada; 2.3 millones corresponden al servicio doméstico remunerado; 5.8 millones al ámbito agropecuario, y otros 7.1 millones al de empresas, gobierno e instituciones. Ver Boletín de Prensa Núm. 198/5, Resultados de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo, cifras durante el primer trimestre de 2015, Instituto Nacional de Estadística y Geografía, 15 de mayo de 2015, disponible en: http://www.inegi.org.mx/saladeprensa/boletines/2015/enoe_ie/enoe_ie2015_05.pdf

4 Empresa dedicada a auditorías, consultorías, impuestos y servicios legales.

5 Patiño, Daizú, “RIF restringió recaudación a junio”, El Financiero, 03 de agosto del 2015, consultado el 13 de agosto de 2015, disponible en: http://www.elfinanciero.com.mx/economia/rif-restringio-recaudacion-a-junio.html

6 Tasa calculadas contra la población ocupada.

7 Tasa calculadas contra la población ocupada.

8 Patiño, Daizú, RIF... Op. Cit.

9 Ídem

10 Ídem

11 Informe trimestral sobre la situación económica, las finanzas públicas y la deuda pública del segundo trimestre de 2015, Anexo de finanzas públicas, XIII indicadores de recaudación, consultado el 17 de agosto de 2015, disponible en: http://www.apartados.hacienda.gob. mx/inf_trim/2015/2do_trim/docs/04afp/afp13.pdf

12 Este dato se obtuvo al restar lo recaudado del monto que la SHCP erogó por concepto de estímulos para el RIF.

13 El dato se obtuvo al dividir el monto del estímulo erogado por la SHCP entre lo recaudado.

14 González G., Susana, Con nuevo régimen fiscal, quiebran o se vuelven informales el 10% de pymes: Condes, La Jornada, disponible en: http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2015/03/01/el-10-de-pequenas-empresas-y-nego cios-formales-quebraron-o-trabajan-en-la-informalidad-602.html

15 Miranda, Juan Carlos, Anuncian pequeños contribuyentes 3 días de protestas contra el RIF, disponible en: http://www.jornada.unam.mx/ 2015/01/19/economia/025n2eco

16 González G., Susana, Cayó en 110 mil 490 el número de empresas registradas en Economía, La Jornada, disponible en: http://www.jornada.unam.mx/2014/06/06/economia/027n1eco

17 Iniciativa de decreto por el que se expide la Ley del Impuesto sobre la Renta, p. LXVI

18 Inclusive, la Secretaría de Hacienda señala que para 2016, “el grueso de los efectos positivos de la Reforma Hacendaria ya estará incorporado y no se plantearán cambios adicionales a la legislación tributaria.” Lo cual implicó únicamente un aumento de los ingresos tributarios en 1.8 puntos del PIB respecto a lo registrado en 2013. En otras palabras, aún si la consideramos de manera global la Reforma Hacendaria no ha tenido los efectos esperados. Ibídem ,p. 34

19 Comunicado de prensa, Las Pymes generan siete de cada 10 empleos formales en el país,Secretaría de Economía, disponible en: http://www.economia.gob.mx/eventos-noticias/sala-de-prensa/comunicados/6616-las -pymes-generan-siete-de-cada-10-empleos-formales-en-el-pais

Pleno del Senado de la República, a los 30 días del mes de septiembre del año 2015.— Senadores: Dolores Padierna Luna (rúbrica), Rabindranath Salazar Solorio, Mario Delgado Carrillo, Raúl Morón Orozco (rúbrica), Pedroza Gaitán César Octavio (rúbrica), Luis Humberto Fernández Fuentes (rúbrica), Rosa Adriana Díaz Lizama (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para dictamen.

INICIATIVAS



LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y REGLAMENTO DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFOR- MACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: El siguiente punto del orden del día es el correspondiente a la presentación de iniciativas por parte de las y los diputados. Y en consecuencia, tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Cámara de Diputados.

La diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco: Con el permiso de la Mesa Directiva, compañeras y compañeros legisladores. En México, somos alrededor de 120 millones de personas, pero solo 500 podemos llegar hasta aquí. Quisiera entonces pedirles que luchemos con todas nuestras fuerzas y todo nuestro corazón, para que cuando la gente pregunte a qué llegamos, le respondamos con nuestros resultados. La Legislatura que integramos hereda la importante tarea de concluir el marco normativo de la reforma en materia de transparencia y combate a la corrupción, en este sentido hagamos una revisión y reflexión interna para esta tarea.

Tenemos que hacer un mayor compromiso, para que a través de la transparencia y la rendición de cuentas como legisladores demos mayor certeza a la sociedad, esto nos lleva no solo a adecuar y a armonizar la legislación federal sino a predicar con el ejemplo y que nos aseguremos que la Cámara de Diputados sea totalmente transparente ante la sociedad que nos ha dado su confianza.

Nosotros, nuestro trabajo y los recursos deben estar en todo momento en una vitrina pública, así lo ordenan las leyes y sobre todo así lo exige la sociedad. El proceso que se ha emprendido desde la Cámara para transparentar nuestras acciones, debe fortalecerse para comunicar con precisión las funciones, trabajos y logros obtenidos. Debemos ser sensibles y escuchar con atención las exigencias de la sociedad, recuperar su confianza debe ser una de nuestras principales premisas de trabajo.

Los mecanismos, instrumentos y herramientas con las que damos a conocer nuestra información resultan inadecuados, no solo para la ciudadanía sino inclusive para nosotros mismos. El modelo puede ser mejorado. Existen muchas acciones importantes y complejas en el trabajo legislativo que pocas veces nos informamos bien, y por tanto son ajenas a la sociedad.

Hagamos que las voces de los ciudadanos que representamos sean más conocidas. Sólo de esta manera, transparentando esas acciones, podremos hacer que nuestra representatividad sea más efectiva, pero sobre todo más legítima socialmente.

Es por lo tanto necesario transitar hacia un modelo de evaluación que mida nuestro desempeño como legisladores, con elementos cuantitativos y con elementos cualitativos para que reflejen la productividad y complejidad de nuestro trabajo. Estos mecanismos deberán ser establecidos desde la ley y operados con metodología y herramientas específicas.

Por tales motivos esta iniciativa pretende adecuar la estructura del aparato de transparencia de la Cámara de Diputados para darle independencia de los órganos de gobierno y sentar las bases para la creación de un sistema informativo y de evaluación atendiendo los principios de transparencia y máxima publicidad.

La iniciativa propone que el órgano rector se convierta en comité de transparencia y evaluación del trabajo legislativo con una nueva estructura que incluya a la Academia y a la sociedad civil.

Fortalece la independencia de la unidad y enlace de acceso a la información al modificar el procedimiento para el nombramiento, la duración del cargo y los requisitos para ocupar su titularidad; y, desde luego, armoniza el modelo estructural de acuerdo a los criterios de Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Estoy convencida que los mejores asesores que podemos tener los políticos son los ciudadanos, porque cuando alguien se acerca a comentarte algún problema también se acerca a comentarte la posible solución. Hay voces de la sociedad que han sido claras y debemos responderles a la altura y con resultados contundentes, transparentando ante la sociedad a la Cámara de Diputados.

Por todas estas razones y, en un acto de congruencia, el buen juez por su casa empieza. Les agradezco por su atención, compañeras y compañeros.

Quisiera aprovechar el tiempo que me queda para comentar un tema de suma importancia. Como todos sabemos, octubre es el mes de la sensibilización contra el cáncer de mama. En México cada dos horas una mujer pierde la batalla por esta razón.

Dejé en sus curules un listón rosa y los invito a usarlo para conmemorar esta causa. Generemos conciencia en la sociedad sobre la cultura de al autoexploración para la detección oportuna. Un diagnóstico a tiempo puede representar una oportunidad de vida. Siéntete bien, hazlo a tiempo. Es cuanto, señor presidente.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Cámara de Diputados, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, diputada Ivonne Ortega Pacheco, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la Sexagésima Tercera Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6o., numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 49, numeral 3, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y diversas disposiciones del Reglamento de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Cámara de Diputados, para constituir un sistema de información y evaluación de la Cámara de Diputados, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

Lo que no se define no se puede medir.Lo que no se mide no se puede mejorar.Lo que no se mejora se degrada siempre.

Lord Kelvin, físico británico del siglo XVIII

Si bien es cierto que en años recientes las demandas para que la gestión gubernamental se abra plenamente al escrutinio han tenido gran exposición en el debate público, “la transparencia en los asuntos del Estado no es una moda, ni una ocurrencia académica de última hora, todo lo contrario: la transparencia es un concepto que tiene una larga historia intelectual” vinculada estrechamente al desarrollo de las democracias modernas, como bien señala Jesús Zepeda.

En nuestro país, aunque, desde hace una década, se han formulado iniciativas y concretado avances en este sentido, persisten importantes lagunas, que son patentes cuando atendemos los resultados de las investigaciones sobre eficiencia legislativa y la percepción de confianza y aprobación ciudadanas.

I. Evolución del Poder Legislativo

El Poder Legislativo federal y sistema político mexicano, en su conjunto, se transformaron profundamente en los últimos 15 años.

Las elecciones de 1997 marcaron un cambio trascendental en la historia del Congreso Mexicano, haciendo entrar a nuestro país en un contexto de gobierno sin mayoría.

En las elecciones de ese año, el Partido Revolucionario Institucional perdió por primera vez 50 por ciento + 1 de los asientos de la Cámara de Diputados. Esta tendencia se confirmó en las elecciones federales de 2000, 2003, 2006, 2009, 2012, y en las más recientes de junio de 2015, en las que ningún partido ha logrado la mayoría absoluta en la Cámara de Diputados.

Este antecedente es relevante en términos del razonamiento que nos conduce a entender el nuevo papel que el Congreso tiene en la vida política de nuestro país.

En la praxis y en la percepción pública, el Congreso se consolidó como actor autónomo y relevante, sujeto directo de escrutinio y vigilancia. La pluralidad y el carácter dinámico que le confiere su nueva configuración le otorgan personalidad propia, independiente del Poder Ejecutivo, que en el contexto del avance democrático, lo vuelven por sí mismo objeto de atención, investigación y cuestionamiento.

II. El “proceso transparentador” del poder legislativo

En nuestro país, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (en adelante LFTAIPG) se promulgó en el año 2002. Cinco años después, en 2007, se reformó del artículo sexto constitucional para señalar la responsabilidad del Estado de garantizar el derecho a la información.

Aunque, en términos generales puede decirse que el “proceso transparentador” en nuestro país tiene su auge en los inicios del siglo XXI, el momento, la intensidad y profundidad del proceso, llegó de manera distinta a las instituciones gubernamentales, primero en la rama ejecutiva, después en la legislativa y finalmente en la judicial.

Posiblemente por la identificación, que se hace del Poder Ejecutivo con “el gobierno” (aun cuando es erróneo el razonamiento que le subyace), fue que los reflectores se dirigieron primero y con mayor intensidad a la información que genera y obra en poder del aparato de la administración pública federal.

Al tiempo, el interés y los requerimientos dirigidos al Poder Legislativo, se han ido incrementando y haciendo más sofisticados.

El 12 de mayo de 2003, con la publicación en el Diario Oficial de la Federación, del primer Reglamento para la Transparencia y el Acceso a la Información Pública de la Cámara de Diputados, se concretó un primer esfuerzo de este cuerpo legislativo para dar operatividad a su compromiso con la transparencia.

Dicho reglamento derivó del dictamen de la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública de la Cámara de Diputados de la iniciativa presentada ante la Comisión Permanente de la LVIII Legislatura, el 26 de junio de 2002, por los diputados del PAN, Alejandro Zapata Perogordo, José Francisco Blake Mora, Felipe Calderón Hinojosa y Abel Cuevas, mismo que fue aprobado por unanimidad el 29 de abril de 2003, dando con ello cumplimiento al mandato establecido en la LFTAIPG, de emitir a más tardar en un año posterior a su entrada en vigor, el Reglamento correspondiente a la información interna de los demás sujetos obligados, entre ellos la Cámara de Diputados.

Con a este marco normativo, se creó la Unidad de Enlace de Acceso a la Información de la Cámara de Diputados, en adelante, Unidad de Enlace, y el Comité de Información.

El 31 de marzo de 2009, la Cámara de Diputados aprobó un nuevo reglamento por el cual se abrogó el Reglamento de 2003 y el “Acuerdo de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados por el que se establecen los criterios de clasificación, desclasificación y custodia de la información reservada y confidencial”, del 29 de agosto del mismo año.

La expedición de un nuevo Reglamento, de acuerdo con la exposición de motivos de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, obedeció al proceso de adecuación normativa derivado de las reformas constitucionales de 2007, que implicaron que tanto la ley como los respectivos reglamentos en los tres Poderes de la Unión fueran puestos nuevamente a revisión.

Asimismo, se procuró atender las inquietudes expresadas en diversas iniciativas de diferentes grupos parlamentarios, presentadas durante 2007 y 2008, en las que se señalaron necesidades regulatorias para hacer más transparente el ejercicio del Poder Legislativo.

De esta manera, el actual marco normativo en materia de transparencia para la Cámara de Diputados, se concreta de manera específica en este instrumento vigente desde 2009 y que a la fecha ha tenido una modificación, que tuvo como antecedentes tres iniciativas: una del diputado Julio Castellanos Ramírez, del 3 de septiembre de 2009; otra del diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del 18 de noviembre de 2009 y una tercera, del diputado Guillermo Cueva Sada, del 28 de septiembre de 2010.

En esta reforma se abordaron aspectos relacionados con la asunción, por parte de la Junta de Coordinación Política de la Cámara, de las funciones de Órgano Rector; el recurso de reconsideración; la retribución al ejercicio del cargo de consejero, a través de una compensación, de acuerdo a los casos atendidos y la duración en el cargo, de cinco años, sin posibilidad de reelección, entre otros.

III. La reforma constitucional y legal en materia de transparencia de 2014-2015

Tenemos en cuenta, como elemento central de nuestra propuesta, la reforma constitucional y legal aprobada por la pasada legislatura, orientada a renovar y fortalecer los mecanismos de acceso a la información pública y la protección de datos personales que existen en nuestro país, sin duda la más ambiciosa de los últimos años.

En una breve recapitulación, recordamos que el 7 de febrero de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de transparencia, misma que dio paso a la expedición de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP), publicada el 4 de mayo de 2015.

Con ello se alcanzaron importantes avances en el fortalecimiento del derecho de acceso a la información pública, entre los que se destacan

• La ampliación del catálogo de sujetos obligados a transparentar su información, incorporando a los partidos políticos y sindicatos, así como los órganos autónomos fideicomisos y fondos públicos, además de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de los tres órdenes de gobierno, y las personas físicas y morales que reciban y ejerzan recursos públicos o que realicen actos de autoridad.

• El establecimiento de las bases del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

• El fortalecimiento del organismo garante a nivel federal, que hoy goza de autonomía constitucional.

Con esta reforma se reafirmó la importancia del acceso a la información como un derecho fundamental para el ejercicio pleno de la ciudadanía democrática.

Respecto al efecto que esta reforma tuvo en la Cámara de Diputados, debe señalarse que el compromiso de armonización legislativa se fijó en el artículo quinto del régimen de la LGTAIP:

Quinto. El Congreso de la Unión, las legislaturas de los Estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, tendrán un plazo de hasta un año, contado a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para armonizar las leyes relativas, conforme a lo establecido en esta ley. Transcurrido dicho plazo, el Instituto será competente para conocer de los medios de impugnación que se presenten de conformidad con la presente ley.

Tomando en cuenta este mandato, es necesario asumir con sentido de urgencia, la tarea que tenemos por delante en esta materia.

La presente iniciativa aborda problemas específicos del diseño estructural del Órgano Rector y la Unidad de Transparencia, así como la creación de un Sistema de Información y Evaluación de la Cámara de Diputados.

De esta manera, se contribuye a cumplimentar el proceso de armonización en el aspecto específico que se aborda en el artículo 43 de la nueva LGTAIP, referente al imperativo, a cargo de los sujetos obligados, de contar con un Comité de Transparencia colegiado.

En un ejercicio de racionalización legislativa, que deberá atenderse en reformas posteriores, quedan pendientes, para ulteriores trabajos, aspectos tales como, la revisión de la estructura y funciones del organismo garante, su consejo consultivo, recursos de garantía, entre otros.

IV. Evaluaciones de la academia y de la sociedad civil sobre el trabajo del Poder Legislativo

A mediados de la década pasada, organizaciones de la sociedad civil, grupos académicos y de profesionales (periodistas y consultores, principalmente), han realizado esfuerzos por formular evaluaciones del trabajo legislativo.

Tal vez el primero de ellos, emprendido en enero de 2004, fue el proyecto de la División de Estudios Políticos del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), encabezado por el doctor Benito Nacif Hernández: Monitor legislativo.

En la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, de la Universidad Nacional Autónoma de México, bajo la coordinación de la doctora Luisa Béjar Algazi, se desarrolló un trabajo a cargo de varios investigadores que se dieron a la tarea de explorar respuestas a la pregunta de ¿Qué hacen los legisladores en México?, publicado en 2009.

Organizaciones de la sociedad civil, también han hecho importantes trabajos de revisión y propuestas metodológicas para la evaluación congresual: Jimena Otero del Centro de Investigación para el Desarrollo, con el Proyecto En contacto con tu diputado, de 2002; David Dávila, Lilia Caballero, Genaro Lozano, Juan Antonio Cepeda y Melissa Ortiz, quienes en el marco del Proyecto de Seguimiento Ciudadano al Poder Legislativo en México, desarrollado por Fundar, Centro de Análisis e Investigación AC, publicaron en 2005 el Cuaderno de Seguimiento.

Colectivo por la Transparencia, integrado por seis organizaciones de la sociedad civil con agendas enfocadas hacia los temas de transparencia y acceso a la información, también ha realizado esfuerzos en este sentido.

La organización civil Impacto Legislativo, que se conforma a partir del proyecto del CIDE, actualmente se dedica a dar seguimiento, monitoreo, análisis y formular recomendaciones en la materia.

Integralia Consultores, empresa de análisis y consultoría en asuntos públicos, dirigida por el doctor Luis Carlos Ugalde, emprendió desde 2011 el proyecto Reporte Legislativo, a fin de promover la transparencia y la rendición de cuentas del Congreso; el pasado 31 de agosto publicó su reporte número seis, LXII Legislatura (2012-2015).

A manera de ejemplos de los esfuerzos a nivel local, se menciona el Proyecto Observatorio Legislativo, a cargo del Programa de Investigación y Análisis en Políticas del Departamento de Estudios Sociopolíticos y Jurídicos del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente, cuyo objetivo es constituir un instrumento para medir el desempeño del Congreso de Jalisco.

En Tabasco, desde el medio periodístico se emprendió un trabajo de seguimiento en marzo de 2010, el periódico Tabasco Hoy, lanzó el proyecto Observatorio Legislativo, con el fin de mantener informados a los lectores a través de Internet sobre todas las actividades de los 35 diputados locales en esa entidad.

Sin pretender agotar en este documento la revisión de los proyectos que buscan visibilizar y evaluar el desempeño de los legisladores, es evidente, dada la cantidad de esfuerzos en ese sentido, que existe una gran inquietud por tratar de construir metodologías e indicadores de desempeño del trabajo de los legisladores.

V. Límites del enfoque cuantitativo de las evaluaciones sobre el trabajo del Poder Legislativo

En su ponencia “Necesidad de una métrica legislativa”, presentada en el decimocuarto congreso nacional de la Asociación de Institutos y Organismos de Estudios e Investigaciones Legislativas, realizada en marzo de este año, la maestra Bárbara Cabrera Pantoja observó atinadamente que se carece de instrumentos estandarizados para medir la labor legislativa, no existe una metodología aceptada por la generalidad, y persiste un marcado sesgo cuantitativo en las evaluaciones emprendidas hasta ahora.

Ciertamente, aun cuando las evaluaciones han aportado elementos de reflexión muy valiosos, podemos afirmar que ninguna de éstas ha logrado generar calificaciones con visión integral, suficientemente precisas, completas y sencillas.

La mayor parte de los ejercicios de evaluación presentan un mismo problema fundamental: la antinomia que surge frente a la complejidad del trabajo legislativo y la simpleza de los instrumentos de evaluación.

Por una parte, se reconoce que, por ejemplo:

El criterio más relevante para evaluar el desempeño del congreso mexicano debe ser la calidad e impacto de las leyes que aprueba, el daño evitado por rechazar malas propuestas, así como el contrapeso y vigilancia que ejerce sobre el Poder Ejecutivo. Calificar la relevancia e impacto de las leyes aprobadas requiere un análisis multidimensional a lo largo de varios años –desde la aprobación de una ley, su ejecución y el impacto causado en la sociedad.

Al mismo tiempo, se presenta una evaluación basada en elementos puramente numéricos: con variaciones de una metodología a otra, basan sus análisis y resultados en la correlación de datos derivados del conteo de iniciativas, minutas, dictámenes aprobados, ocasiones de voto, asistencia a sesiones, intervenciones en tribuna; hora de inicio de las sesiones, número de sesiones realizadas y suspendidas; informes y reuniones de Comisiones (número y fecha), cantidad de asuntos turnados, etcétera.

Además del sesgo cuantitativo, los cortes temporales y la equiparación de Cámaras son otros aspectos que limitan el enfoque tradicional del análisis de desempeño legislativo.

Los informes, usualmente, se acotan, diseñan u organizan con base en la misma periodicidad que establece el calendario legislativo, y se enfocan principalmente en los periodos ordinarios de sesiones, quedando fuera el trabajo desplegado en los recesos.

En algunas ocasiones se hacen comparaciones entre Cámaras, sin tomar en cuenta que, aunque forman parte de una misma rama de gobierno, son diferentes en su estructura, naturaleza, tamaño, tiempo de renovación y configuración política, que hay un amplio número de temas sobre el que ambas pueden legislar, pero que hay otros que son de competencia exclusiva de cada una y que por lo tanto, son conceptualmente incomparables.

Por otra parte, bajo el enfoque cuantitativo, los indicadores, no logran captar el conjunto de procesos que implica la construcción de acuerdos y de consensos, que ciertamente implica mucho trabajo y forma parte central de la labor parlamentaria.

Reconocemos ampliamente la labor de las organizaciones no gubernamentales, de investigadores, estudiantes, académicos y profesionales del tema, que han desarrollado metodologías para evaluar el desempeño del Poder Legislativo, esfuerzos que sin duda abonan a la construcción de un sistema político y de administración pública más democrático y transparente; sin embargo, consideramos que es preciso llevar el análisis y la evaluación a un siguiente nivel.

VI. El descrédito del Poder Legislativo frente a la opinión ciudadana

Encuestas y estudios de opinión sobre la percepción del Poder Legislativo muestran un resultado ambivalente: por un lado, la población aprecia positivamente los valores y mecanismos esenciales del trabajo legislativo: pluralismo, equilibrio de Poderes y vida democrática. En contraste, se percibe poco interés y desconocimiento del trabajo en las Cámaras, insatisfacción con los mecanismos de representación política –sensación de “no ser representado”, desconfianza y desaprobación hacia los legisladores. Desde ámbitos institucionales, con frecuencia se acusa al Congreso de mantenerse en “parálisis”

De acuerdo con los resultados de la Encuesta Nacional sobre Cultura Política y Prácticas Ciudadanas 2012, 60 por ciento de los encuestados no sabe cuánto tiempo duran en su encargo los diputados federales.

A la pregunta ¿qué tanto confía en los diputados?, la mayor parte de los encuestados, 26 por ciento, respondió de “0 a 3”; 57 por ciento respondió de “4 a 7”, y 15 por ciento respondió de “8 a 10”, donde 0 es nada y 10 es mucho.

En relación con la pregunta ¿quién viola más las leyes?, de conformidad con la perspectiva de los encuestados, 37 por ciento son los políticos; 15 por ciento los policías; 14 por ciento los funcionarios, y 8 por ciento los ciudadanos.

De acuerdo con el sondeo de confianza en las instituciones (2014), que realiza periódicamente Consulta Mitofsky entre 17 instituciones evaluadas, los diputados ocupan, junto con otras 4 instituciones, el rango más bajo de confianza ciudadana, con una calificación de 5.4 por ciento; policía 5.8 por ciento; senadores 5.7 por ciento; sindicatos 5.6 por ciento, y partidos políticos 5.1 por ciento.

De acuerdo con los datos que Instituto Mexicano para la Competitividad, AC, y el CIDE presentan en una investigación realizada por María Amparo Casar: México: anatomía de la corrupción, en 2014, 83 por ciento de la ciudadanía no confía en los legisladores.

Asimismo, los datos de la más reciente Encuesta Nacional de Parametría, acusan tendencias similares: tanto los diputados federales como los senadores son desaprobados por los ciudadanos.

Aunque esta percepción de desconfianza, apatía hacia la política y la actividad de funcionarios públicos y representantes populares, no es un fenómeno exclusivo de nuestro país -en el mundo, los partidos y los Congresos ocupan los últimos lugares en el nivel de aceptación y credibilidad entre la población; no deja de ser alarmante la magnitud del descrédito institucional que merece ante la población la Cámara de Diputados.

VII. Panorama actual de los esfuerzos del Congreso para rendir cuentas frente a las calificaciones negativas que resulta de las evaluaciones

Tenemos sobre la mesa tres factores:

Por una parte, la transformación del Congreso, que por razones políticas y en consonancia con los requerimientos de la modernidad democrática, ha realizado acciones tendentes a transparentar la información que obra en su poder; por otra parte, los esfuerzos de la sociedad civil para evaluar la labor de los legisladores, evaluaciones que por lo general arrojan resultados negativos pero que, al ser sometidas a examen metodológico, no soportan una prueba de complejidad y profundidad, al tener un sesgo marcadamente cuantitativo; y, finalmente, una percepción ciudadana que valora negativamente el trabajo de los legisladores.

Todo ello nos mueve a preguntarnos ¿dónde están las lagunas de información? ¿Qué falta por hacer? ¿Qué podemos hacer para comunicar mejor nuestro trabajo y para detectar las áreas de oportunidad a desarrollar?

Sin duda, el trabajo que hacen las Cámaras del Congreso de la Unión es un trabajo intenso y trascendental para la vida de los mexicanos, ¿qué se necesita para que este trabajo sea verdaderamente público en el pleno sentido de la palabra? En el mejor de los casos, la información de las Cámaras sigue siendo, objeto de la atención y estudio de personas y organizaciones especializadas, cuya condición de especialistas es justamente, la que les permite acceder a ella.

Prevalece una desintegración conceptual de las funciones y requisitos que implican la transparencia y acceso a la información, por una parte, y la publicidad y el control evaluatorio, por otra.

Se confunde la disponibilidad de datos con la publicidad de la información y se carece de pautas para la implementación de un sistema de evaluación legislativa.

Es preciso poner en el centro de la mesa de discusión, la premisa de que la existencia de la información no es un fin por sí mismo y que sólo es útil si facilita la evaluación de desempeño y que tal es el sentido democrático de la transparencia.

Publicidad es un proceso de socialización y comunicación de cosas, ideas y proyectos que pretende que el público receptor se apropie de ellos.

(...) publicidad es un proceso de comunicación esencial en las sociedades modernas. Un proceso incluyente cuya naturaleza es trascender lo individual o lo particular para incursionar en lo social.

Aunque la información que generan las Cámaras del Congreso de la Unión está disponible y al alcance de cualquier persona, difícilmente podría decirse dicha información es suficiente, clara, accesible y útil, en una palabra: pública –en el sentido amplio del término.

VIII. Importancia de la transparencia en los sistemas políticos democráticos modernos y, particularmente, para el Congreso

Recordemos que en el modelo de Estado liberal, en cuya filosofía política hunde su raíz el Estado democrático moderno, el poder político sólo se justifica por su condición de mandatario y representante de la voluntad de los ciudadanos. Sobre este postulado descansa la base de legitimidad del ejercicio del poder público.

Entre los tres poderes en que se divide el gobierno para su ejercicio: Ejecutivo, Legislativo y Judicial, en ninguno como en el Legislativo tiene tanto peso, como fundamento de legitimidad, la función de representación. Por esa razón resulta muy preocupante la percepción ciudadana de no sentirse representados.

Por razones que no tienen que ver con la imagen y el prestigio institucional, político o personal de diputados y senadores, es alarmante que población manifieste desconocer elementos básicos del trabajo de los legisladores. El ayuno informativo empobrece la calidad de la democracia. La opacidad impide reunir elementos de juicio para ejercer control sobre la acción de los gobernantes.

Más grave aún, carecer de instrumentos precisos para el seguimiento y evaluación limita la capacidad de las instituciones de perfeccionar sus procesos y planificar su labor.

La meta de contar con información en línea, confiable, coherente, veraz, validada por las áreas responsables, e integrada en medios de captura, almacenamiento y consulta que generen reportes claros y significativos acerca del quehacer de los legisladores, cumple diversos propósitos:

1. Ayudar al propio legislador en su labor cotidiana.

2. Facilitar la racionalidad del trabajo legislativo (planificación y organización del trabajo en grupos parlamentarios, comisiones y áreas de apoyo).

3. Presentar elementos de calidad para el seguimiento y calificación ante cualquier observador, especializado o no: ciudadanos, evaluadores y usuarios de información (estudiantes, consultores, periodistas, enlaces legislativos de la administración pública federal y del sector privado, etcétera); de esta manera se contribuye a

a. formar ciudadanía,

b. facilitar la investigación,

c. favorecer la comunicación interinstitucional e intersectorial sobre asuntos legislativos.

4. Generar un gravamen crítico del actuar público de los legisladores: incentivos al buen desempeño y frenos contra la negligencia y el descuido, al volver sujetos de escrutinio los resultados efectivos de su gestión.

Al contribuir en la construcción de ciudadanía y favorecer el fortalecimiento institucional, se cumple con el fin de remontar la calidad de la vida democrática de nuestro país y abonar a realización de un buen gobierno.

Resulta claro que el Congreso acusa rezagos importantes y demanda mayores esfuerzos para modernizarse y responder con mayor capacidad a las diversas problemáticas nacionales.

Nos corresponde contribuir a hacer más transparente la práctica parlamentaria y ubicar centralmente el objetivo de la rendición de cuentas.

Perfeccionar el trabajo legislativo, profesionalizar sus cuadros técnicos y que los sistemas de información faciliten la búsqueda de información y una evaluación pertinente, requieren un diseño más adecuado a su naturaleza específica y complejidad; trascender el enfoque numérico para construir verdaderos indicadores que reflejen los logros y deficiencias del quehacer legislativo.

El sentido que anima la presente Iniciativa es justamente abonar a esos propósitos cerrando la brecha entre transparencia y acceso a la información y rendición de cuentas y control evaluatorio de la Cámara de Diputados.

Planteamiento del problema

I. Problemas del marco normativo y estructura de transparencia y acceso a la información de la Cámara de Diputados

En primer lugar, el aparato de transparencia de la Cámara de Diputados, integrado por el Órgano Rector, el Consejo y la Unidad de Enlace, carece de reconocimiento a nivel legal, la Ley Orgánica del Congreso no contiene referencias a este respecto.

Sólo en el Reglamento de la Cámara de Diputados, artículo 133, numeral 3, se señala a la Unidad de Enlace como receptora de las solicitudes de información que se formulen a la Cámara de Diputados.

Por otra parte, el diseño estructural del aparato de transparencia, previsto en el Reglamento de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Cámara de Diputados, subordina sus componentes en una relación de dependencia directa respecto de los órganos de gobierno de la Cámara.

La Junta de Coordinación Política, en funciones de Órgano Rector, establece las políticas institucionales en la materia; quien preside la Junta, preside el Órgano Rector, fungen como Vocales los integrantes de la Junta que representan a los grupos parlamentarios, y se incorporan como consultores: el Secretario General, el Contralor Interno, el Director General de Asuntos Jurídicos y el Titular de la Unidad.

Asimismo, el Presidente de la Mesa Directiva tiene la facultad designar al titular de la Unidad de Enlace, quien dura en el cargo el mismo tiempo que aquél.

Se entiende que esta disposición surge por analogía con la pauta del modelo de la LFTAIPG, que establece que los titulares de las dependencias y entidades de la administración pública federal (APF) designarán al titular de su Unidad.

En la práctica, esta extrapolación desconsidera la profunda diferencia entre las estructuras en que recae la función de autoridad en los sujetos obligados de la APF y en la Cámara de Diputados.

Esta situación contraviene las necesidades de independencia y continuidad que serían precisas para el adecuado desempeño de un órgano de su naturaleza, lo cual ha motivado fuertes y fundadas críticas hacia la Cámara de Diputados; se señala, por ejemplo, que en la legislatura que termina, entre 2012 y 2015 la Unidad de Enlace tuvo seis titulares, cinco de ellos con vínculos a los partidos políticos de la adscripción a la que pertenecen quienes los nombraron.

Por otra parte, los requisitos que actualmente se contemplan para poder ser Titular de la Unidad son los mínimos indispensables: “licenciatura afín”, no haber sido condenado por la comisión de un delito grave; tener treinta años y por lo menos tres años de experiencia comprobada en la materia.

II. La desvinculación del modelo de transparencia y acceso a la información respecto de la evaluación

El problema de fondo, a cuya solución nos proponemos abonar con esta reforma, es que desde la concepción del modelo de transparencia y acceso a la información, no se considera la evaluación, ni siquiera la calidad de la información, como un objetivo esencial del ejercicio “transparentador”.

Desde su creación y hasta el presente, la Unidad de Enlace presenta anualmente un informe que, más que un informe del estado que guarda la transparencia en la Cámara de Diputados, es un informe de labores de una unidad administrativa.

El modelo no está concebido en términos de la función evaluatoria porque, aunque se dispone la obligación de publicar información: versiones estenográficas, actas de reuniones de comisión, relaciones de asistencia a pleno, cantidad de iniciativas presentadas, etc., tales datos no se traducen en información y mucho menos en evaluación.

Lo que se genera son bancos de datos, que además muchas veces acusan inconsistencias internas, que informan poco y no facilitan las búsquedas.

El modelo reproduce el esquema plano que hasta el momento se ha venido desarrollando:

Iniciativas presentadas - Iniciativas aprobadas = Nivel de productividad

Como se ha dicho, estos indicadores están muy lejos de reflejar la profundidad y complejidad del trabajo legislativo y nos alejan de la posibilidad de mejorarlo.

Por otra parte, los bancos de datos son verdaderos laberintos para las personas no familiarizadas con la labor de la Cámara de Diputados. Por ejemplo, si una persona se pregunta de qué se trata la “Ley Televisa” o la “Reforma política”, del modo que están diseñados los sistemas de información, difícilmente podrá encontrar información útil o relevante. Ni el sitio web de la Gaceta Parlamentaria, ni las opciones de búsqueda que presenta el Servicio de Información para la Estadística Parlamentaria de la Cámara de Diputados, ni el Sistema de Información Legislativa de la Secretaría de Gobernación, que –valga señalarlo, es muy estructurado– facilitan el acceso a la información de las personas no especializadas.

De este modo, el eje central de la propuesta, es la creación del Sistema de Información y Evaluación de la Cámara de Diputados. A este respecto valga precisar que el concepto “eficiencia”, que con uno u otro nombre es el objeto común en las mediciones del trabajo legislativo, es un concepto que se confunde a menudo con eficacia, efectividad, productividad, éxito, competitividad, excelencia, etcétera.

El descuido en la clarificación conceptual, que ha sido objeto de interesantes discusiones en el ámbito académico, conduce en la práctica a una confusión en la que dichos conceptos vienen a significar más o menos lo mismo, lo cual equivale a todo y nada.

Como bien advierten especialistas en desarrollo organizacional, disciplina que ha hecho importantes aportaciones al método evaluatorio, previo a emprender cualquier intento de calificación de resultados debe considerarse que

La medición ha de ser tan compleja como el fenómeno que dice estar midiendo. Son necesarios múltiples indicadores de efectividad. (...)

Para la selección de dichos indicadores se ha de tener en cuenta el contexto organizacional en que van a ser aplicados ya que no en todos los marcos organizativos se pueden utilizar los mismos criterios. Quienes evalúan la efectividad, a menudo, seleccionan modelos y criterios guiados más por la conveniencia, la oportunidad e incluso el azar que por razones teóricas o metodológicas o de necesidad de conocimiento. (...) un problema en la investigación sobre la efectividad es que los autores equiparan el constructo efectividad organizacional con una cantidad de atributos que tienen que ver poco con la organización o con su rendimiento.

III. El desafío para la implementación de un Sistema de Información y Evaluación de la Cámara de Diputados

El gran reto que deberán asumir, a partir del fortalecimiento institucional que proponemos, las instancias encargadas de transparencia, acceso a la información y evaluación en la Cámara de Diputados es el de responder, con sencillez, claridad, fundamento y un absoluto rigor conceptual y metodológico, si la Institución está siendo o no eficaz en su desempeño.

Por la magnitud del reto se justifica plenamente la pertinencia de incorporar a quienes ya han emprendido esfuerzos en este sentido.

Como se ha visto, diversas instituciones académicas y sociales han hecho aportaciones importantes a la labor de evaluación de la Cámara de Diputados. Consideramos que el valor del punto de vista de quienes, por su condición externa, tienen la perspectiva que otorga la distancia institucional y la autoridad profesional que brinda el expertis en la materia, pueden converger en un espacio animado por el objetivo de hacer plenamente transparente la labor de la Cámara y generar de mecanismos evaluatorios más certeros y cercanos a la sociedad.

Propuesta

Para abordar los problemas expuestos proponemos adecuar el marco normativo en la materia, para establecer adecuar las estructuras que conforman el aparato de transparencia conforme criterios que le brinden mayor independencia y estabilidad y sentar las bases para el desarrollo una la función evaluatoria que provea a los ciudadanos información verdadera, oportuna, relevante y pertinente.

Para tal fin, proponemos

• Transformar el Órgano Rector en Comité de Transparencia y Evaluación, y la Unidad de Enlace, en Unidad de Transparencia y Evaluación. Al primero corresponderá la atribución de definir los criterios para la implementación del Sistema de Información y Evaluación y a la Unidad, la facultad de operarlo.

• Elevar el reconocimiento normativo de la Unidad, de reglamento a ley.

• Modificar el estatuto orgánico de la Unidad, actualmente dependiente de la Mesa Directiva, para quedar adscrita, con nivel de Dirección General, a la Secretaría de Servicios Parlamentarios.

• Fortalecer la independencia de la Unidad, modificando el procedimiento para el nombramiento y duración en el cargo

• Ampliar los requisitos para ocupar la titularidad de la Unidad, a fin de reunir los que resulten idóneos para un perfil profesional y de amplia experiencia y capacidad.

• Que el nombramiento del titular de la Unidad recaiga en la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos a propuesta del Comité de Transparencia y que la duración en el cargo sea por cuatro años, con posibilidad de reelección hasta por un periodo. Con ello, se busca atender la pluralidad política expresada en la Cámara de Diputados y procurar que el carácter rotativo de sus órganos de gobierno no obre en detrimento de la continuidad de las funciones de la Unidad.

• Respecto del Órgano Rector, que se pretende convertirlo en Comité de Transparencia y Evaluación y modificar su integración y funciones, figura que es más apropiada en términos del modelo que se configura en la nueva LGTAIP.

La estructura propuesta para el Comité es: un representante designado específicamente para tal función por cada grupo parlamentario, conservando los cuatro funcionarios de la Cámara de Diputados previstos actualmente como consultores internos y se incorporan dos consultores externos, que deberán pertenecer a instituciones académicas y de la sociedad civil dedicadas a temas de transparencia legislativa.

De esta manera, el Comité sería un cuerpo colegiado independiente de las instancias de gobierno de la Cámara de Diputados con participación de entidades académicas y sociales.

• Establecer el principio de igualdad dentro del propuesto Comité, otorgando voz y voto a todos sus integrantes.

La presidencia del Comité se determinará conforme a los mismos criterios a que se sujetan los nombramientos de los demás Comités de la Cámara de Diputados.

Por lo expuesto y fundado someto a consideración de esta soberanía el siguiente

Proyecto de decreto que reforma el artículo 49, numeral 3, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y diversas disposiciones del Reglamento de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Cámara de Diputados.

Primero. Se reforma el artículo 49, numeral 3, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 49.

1. ...

2. ...

3. La Cámara contará también, en el ámbito de la Secretaría General y adscritos a la Secretaría de Servicios Parlamentarios, con los centros de estudios de las finanzas públicas; de estudios de derecho e investigaciones parlamentarias; de estudios sociales y de opinión pública; de estudios para el desarrollo rural sustentable y la soberanía alimentaria, y de estudios para el adelanto de las mujeres y la equidad de género y con la Unidad de Enlace y Evaluación.

Segundo. Se reforma la fracción XII del numeral 1, del artículo 2; se adiciona una fracción IX al numeral 1, artículo 5; se reforman los numerales 1, 2 y 3 del artículo 7; se reforman las fracciones I, II, III y IV del numeral 1 y se adiciona un numeral 2 al artículo 8; se reforman los numerales 1 a 5 del artículo 10; se reforman los numerales 1 y 4 del artículo 11, 1 del artículo 12; se reforma el numeral 1, fracción I, se suprimen II y III, recorriéndose las subsiguientes y adiciona XXVI y reforma el numeral 2, del artículo 15; se reforma el numeral 1 y sus fracciones II a IV del artículo 16; se reforma el numeral 1 y sus fracciones II y V del artículo 17; se reforma el numeral 1, deroga el numeral II y se recorre en el orden subsiguiente el sucesivo, adiciona el numeral 2 con fracción I al artículo 18; se reforman los numerales 1 y 2 y sus fracciones I a III, XIII, XV a XVIII del artículo 19; se reforma el numeral 1 del artículo 20; se reforman los numerales 1 y 2 del artículo 21; se reforma el numeral 1 del artículo 22; se reforma el numeral 2 del artículo 23; se reforman las fracciones X, XII, XIII, se deroga la fracción XIV del numeral 1, del artículo 24; se reforman las fracciones XII y XIII del numeral 1 del artículo 47; se reforma el numeral 1 del artículo 54; se reforma la fracción III del numeral 1, del artículo 58; se reforman los numerales 1 y 2 de los artículos 78 y 79; se reforman los numerales 1 de los artículos 80, 81 y 95; se reforman los numerales 1, 3 y 4 del artículo 98; se reforman los numerales 4 y 6 del artículo 101; se reforman los numerales 1, 2, 5, 7 y 8 del artículo 106; se reforman los numerales 1, 2, y 4 del artículo 107; se reforman los numerales 1 de los artículos 108 y 109; se reforma el numeral 1 y su fracciones III a V del artículo 111; se reforman los numerales 1 a 3 del artículo 112; se reforman los numerales 1 de los artículos 113, 128 y 130; se reforma la fracción I del numeral 1 del artículo 134 y III del numeral 2 del artículo 137, todos ellos del Reglamento de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Cámara de Diputados.

Artículo 2.

1. Para los efectos de este Reglamento se entiende por:

I. a XI. ...;

XII. Comité: El Comité de Transparencia y Evaluación de la Cámara de Diputados

XIII. a XVIII. ...;

Artículo 5.

1. La Unidad es el órgano operativo de la Cámara que:

I. a VIII. ...

IX. Opera el Sistema de Información y Evaluación de la Cámara de Diputados.

Artículo 7.

1. La Unidad tiene el nivel de Dirección General y depende de la Secretaría de Servicios Parlamentarios.

2. A cargo de la Unidad está el Titular de la Unidad quien será nombrado por la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos con el voto de las dos terceras partes de sus integrantes y con base en la lista de los candidatos propuesta por el Comité de Transparencia, previa acreditación de los requisitos establecidos en el artículo 8 del presente Reglamento.

3. El Titular de la Unidad durará en su cargo cuatro años, salvo que incurran en causa de remoción señalada por el presente Reglamento, pudiendo ser reelecto hasta por un periodo adicional.

Artículo 8.

1. Para ser el Titular de la Unidad se requiere:

I. Contar con grado mínimo delicenciatura .

II. Acreditar amplio conocimiento de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública así como de la estructura y funciones de los órganos que conforman la estructura de transparencia de la Cámara de Diputados.

III. Acreditarcuando menos treinta años de edad al día de su designación, y

IV. Comprobar almenos cinco años de experiencia en la materia.

2. Preferentemente, el Titular de la Unidad, deberá reunir además las siguientes características:

I. Alto compromiso con las funciones encomendadas a la Cámara de Diputados y.

II. Experiencia en actividades relacionadas con la transparencia, el acceso a la información y la evaluación legislativa.

III. Conocimientos de informática (manejo de redes), así como en el manejo de información y uso de formatos impresos y en línea.

IV. Experiencia y vocación en actividades de servicio y atención al público.

V. Experiencia en el manejo de personal.

Capítulo IIDel Comité de Transparencia y Evaluación

Artículo 10.

1. El Comité de Transparencia y Evaluación es la instancia encargada de establecer las políticas institucionales en materia de transparencia, acceso a la información pública, protección de datos personales y evaluaciónen la Cámara.

2. El Comitése integra con un representante propietario y uno suplente por cada grupo parlamentario, cuatro consultores internos y dos consultores externos.

3. La presidencia del Comitése determinará conforme a los mismos procedimientos a que se sujetan los nombramientos de los demás Comités de la Cámara de Diputados.

4. Los consultores internos son el Secretario General, el Contralor Interno, el Director General de Asuntos Jurídicos y el Titular de la Unidad.

5. Los consultores externos son dos representantes de las instituciones de educación superior, electos bajo la libre determinación de dichas instituciones coordinadas a través del organismo no gubernamental en el ámbito de la educación superior más grande y más antiguo del país y dos representantes de organizaciones sociales estudiosas del tema de transparencia, acceso a la información pública, protección de datos personales y evaluación legislativa.

Artículo 11.

1. El Comitésesiona en pleno con la concurrencia de sus integrantes que representan la mayoría ponderada, toma sus decisiones por mayoría de voto ponderado.

2. ...

3. ...

4. Los representantes suplentes del Comité asumirán, en las ausencias de los representantes propietarios, las mismas prerrogativas y responsabilidades.

5. ...

Artículo 12.

1. Cualquier integrante del Comité puede solicitar al Presidente la realización de sesiones extraordinarias en cualquier momento, mediante escrito fundado y motivado.

2. ...

Artículo 14.

1. Los acuerdos del Comitédeben ser notificados a la Mesa Directiva y difundidos en internet y en la Gaceta Parlamentaria.

2. Los acuerdos del Comitétienen carácter público, salvo en los asuntos clasificados como reservados o confidenciales.

3. Los acuerdos del Comitérespecto a su organización interna son válidos y obligatorios para todos sus integrantes.

Artículo 15.

1. Son facultades del Comité

I. Establecer los lineamientos y programas en materia de transparencia institucional, garantía de acceso a la información pública, protección de datos personales y evaluación de la Cámara y dar seguimiento a su cumplimiento;

(Se suprimen las fracciones II y III, recorriéndose las subsiguientes).

II. Establecer lineamientos y programas en materia de los sistemas electrónicos;

III. Establecer los lineamientos en materia de manejo de información, datos, archivos y sistemas, de manera que su captación, procesamiento, mantenimiento, administración, acceso, consulta, control, depuración y preservación resulte eficiente, expedita, de calidad y cumpla con los fines y principios establecidos en la Constitución, la Ley y el Reglamento. Asimismo, da seguimiento a su cumplimiento;

IV. Establecer lineamientos y programas en materia de preservación de documentos en archivos administrativos organizados y actualizados y da seguimiento a su cumplimiento;

V. Establecer lineamientos y programas en materia de control y consulta que permiten la correcta y adecuada organización, descripción, localización y conservación de los documentos y da seguimiento y cumplimiento a los mismos;

VI. Establecer lineamientos y programas en materia de clasificación y desclasificación de la información y da seguimiento a su cumplimiento;

VII. Establecer el programa de capacitación en transparencia para la Cámara;

VIII. Coordinar y supervisar las acciones de la Cámara en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales;

IX. Recibir de los órganos obligados de la Cámara el índice de los expedientes clasificados como reservados para su aprobación o señalamiento de su corrección;

X. Presentar al Pleno los informes semestrales;

XI. Confirmar, modificaro revocar la clasificación de la información hecha por los titulares de los órganos obligados;

XII. Declarar la inexistencia de la información solicitada, cuando es el caso;

XIII. Elaborar su programa anual de actividades donde se establece el calendario de sesiones ordinarias y los proyectos y programas de acciones a seguir en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales;

XIV. Dar vista a la autoridad en caso de encontrar irregularidades u omisiones a la normatividad en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales;

XV.Tiene acceso en cualquier momento a todos los documentos e información de la Cámara, a fin de resolver la revisión;

XVI. Proponer a la Presidencia de la Mesa Directiva la celebración o renovación de los convenios que en materia de transparencia, acceso a la información y datos personales deba celebrar la Cámara, y

XVII. Establecer los lineamientos, acuerdos y normas internos necesarios para su funcionamiento interior y las que requiera para el cumplimiento de sus funciones.

XVIII. Conocer, sustanciar y resolver el recurso de revisión, en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales en la Cámara. La Junta de Coordinación Política de la Cámara deberá excusarse de conocer de los asuntos relacionados con solicitudes de información en las que haya actuado o tuviere que actuar como órgano obligado, en cuyo caso, excepcionalmente, corresponderá al Comité de Administración asumir las funciones que a este corresponden en la sustanciación y resolución del procedimiento relativo.

XIX. Interpretar el Reglamento para su exacta observancia;

XX. Aplicar las medidas correctivas o de apremio conducentes;

XXI. Diseñar y aplicar indicadores para evaluar el desempeño de la Cámara en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales;

XXII. Establecer los indicadores de gestión de órganos y sujetos obligados;

XXIII. Emitir semestralmente un análisis y evaluación de las políticas institucionales de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales y concluye con recomendaciones generales y específicas;

XXIV. Hacer del conocimiento de la Contraloría Interna de la Cámara las presuntas infracciones a la Ley, al presente ordenamiento, así como a otras disposiciones legales e informa a la Mesa Directiva, de las resoluciones que al respecto expida, y

XXV. Tener acceso, en cualquier momento, a la toda la información para determinar su debida clasificación, desclasificación o la procedencia de su acceso.

XXVI. Definir los criterios para la implementación del Sistema de Información y Evaluación de la Cámara de Diputados.

2. Toda normatividad y documentos generados por el Comitédeben divulgarse en la Gaceta Parlamentaria y en el portal de Internet de la Cámara, dentro de los diez días hábiles siguientes a su expedición.

Artículo 16.

1. El Presidente del Comité:

I. ...;

II. Presenta a la consideración del pleno del Comitéel orden del día y las propuestas de resolución de los asuntos de su competencia;

III. Presenta a la consideración del pleno el Programa Anual de Trabajo del Comité;

IV. Presenta a la consideración del pleno los informes semestrales del Comité, y

V. ...

Artículo 17.

1. Los integrantes del Comité:

I. ...;

II. Participan en las sesiones ordinarias y extraordinarias del Comitécon voz y voto;

III. ...;

IV. ...

V. Realizan las demás funciones y actividades que acuerda el pleno del Comité.

Artículo 18.

1. Los consultores internos

I. ...;

(Se deroga el numeral II y se recorre en el orden subsiguiente el sucesivo)

II. Elaboran, conjuntamente con el Secretario Técnico los Informes semestrales de labores.

2. Los consultores internos y externos:

I. Analizan y hacen propuestas de los asuntos y problemas que compete resolver al Comité.

Artículo 19.

1. El Comitétendrá un Secretario Técnico designado por el Presidente, que durará en su cargo mientras permanezca en el suyo el Presidente que lo nombre. Los requisitos para ser Secretario Técnico serán los mismos que establece el artículo 8 del presente Reglamento.

2. El Secretario Técnico del Comité

I. Asiste a los integrantes del Comitédurante las sesiones sin voz ni voto;

II. Elabora, en conjunto con los consultores, la propuesta de Programa Anual de Trabajo del Comité;

III. Elabora, en conjunto con los consultores, la propuesta de Informe Semestral del Comité;

IV. a XII. ...

XIII. Remite los proyectos del acta a los integrantes del Comité;

XIV. ...;

XV. Divulga las convocatorias para la sesión, las actas y los acuerdos del Comité;

XVI. Cumple las tareas que le sean encomendadas por los vocales, el Pleno o el Presidente del Comité;

XVII. Asiste al Comitéen la sustanciación del recurso de revisión, y

XVIII. Realiza las demás tareas que sean necesarias para el cumplimiento de los objetivos del Comitéo inherentes a las responsabilidades de su cargo.

Artículo 20.

1. En los acuerdos del Comité se deben enunciar los órganos obligados, los funcionarios responsables de su cumplimiento y las fechas programadas para ello.

Artículo 21.

1. La propuesta del acta de la sesión debe remitirse a los integrantes del Comitépara sus observaciones, dentro de los cinco días hábiles posteriores a la sesión.

2. Los miembros del Comitédeben enviar al Secretario Técnico las observaciones a la propuesta del acta de la sesión anterior en un plazo no mayor de tres días hábiles, contados a partir de que reciban el documento para efecto de que elabore la versión final que será firmada, en la sesión siguiente.

Artículo 22.

1. El Comitédebe enviar al Consejo y al Pleno de la Cámara, dentro de los primeros diez días hábiles del mes de enero y julio de cada año, un informe semestral que debe contener

I. a IV. ...

Capítulo IIIDel Consejo

Artículo 23.

1. ...

2. Se integra con tres consejeros, especialistas en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales.

Artículo 24.

1. ...

I. a IX. ...

X. Establece los lineamientos que regulan los informes que deben presentarle el Comitéy la Unidad;

XI. ...;

XII. Establece los lineamientos de las evaluaciones a que se sujetan las acciones, planes, programas y lineamientos del Comitéy la Unidad;

XIII. Evalúa los indicadores de desempeño de la Cámara en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales;

XIV. Derogado;

XV. ...; y

XVI. ...

2. ...

Artículo 47.

1. Los órganos obligados a generar información en la Cámara son

I. a XI. ...;

XII. El Consejo;

XIII. El Comité; y

XIV. ...

Artículo 54.

1. Los grupos parlamentarios, a través de su coordinador, y los diputados sin partido, en lo individual, deben presentar al Comitéinformes semestrales sobre

I. a IV. ...

2. a 4. ...

Artículo 58.

1. La información clasificada como reservada puede ser desclasificada

I. ...;

II. ...;

III. Cuando así lo determine el Comité, en los términos de la normatividad, o

IV. ...

Artículo 78.

1. En caso de que el órgano obligado que podría tener la información, no la localice en sus archivos, la solicitud y el reporte de búsqueda se deben remitir al Comitédentro del plazo que tiene el órgano obligado para resolver.

2. El Comité, una vez que reciba la solicitud y el resultado de búsqueda, debe ordenar una nueva búsqueda por una única vez, en algún otro órgano en el que pudiera estar la información solicitada, notificando al solicitante la copia del reporte de búsqueda y la nueva búsqueda ordenada. Esta notificación renueva los términos de la Cámara para resolver.

Artículo 79.

1. El órgano obligado, en caso de no encontrar la información de esta nueva búsqueda, debe hacer un reporte de búsqueda al Comitédentro del plazo que tiene para resolver.

2. Dentro del plazo que tiene para resolver, el Comitédebe expedir una resolución que confirme la inexistencia de la información solicitada motivado en el reporte de búsqueda y lo debe notificar al solicitante a través de la Unidad.

Artículo 80.

1. Cuando la información solicitada haya sido clasificada como confidencial, los titulares de los órganos obligados que hayan clasificado la información, dentro del plazo de cinco días hábiles, deben remitir la solicitud, la información y la prueba de riesgo al Comité, quien debe resolver en un plazo de dos días hábiles si confirma la clasificación y niega el acceso a la información; si revoca la clasificación y concede el acceso a la información o si ordena la elaboración de una versión pública.

Artículo 81.

1. La resolución que emite el Comitédebe notificarse al interesado, dentro del plazo que tiene la Unidad para atender la solicitud; en caso de ser negativa, la Unidad está obligada a indicar al solicitante que puede interponer un recurso de reconsideración contra la resolución ante el Consejo.

Artículo 95.

1. Ningún archivo, documento base de datos puede ser suprimido o destruido sin cumplir los requisitos que establezca el Comitéen sus lineamientos.

Artículo 98.

1. La revisión se interpone ante el Comité, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha en que se presente la resolución o a la fecha en que la Unidad debía resolver y esta no emitió la resolución.

2. ...

3. Puede presentarse personalmente o por un representante jurídico en las oficinas del Comité.

4. Puede ser interpuesta por escrito de estilo libre, en formatos que para tal efecto proporcione el Comité, o mediante el sistema electrónico que para tal efecto implemente.

Artículo 101.

1. a 3. ...

4. Presentado el recurso, el Comité tiene tres días para admitirlo, prevenirlo o desecharlo.

5. ...

6. Se debe prevenir por una sola vez, cuando incumpla con los requisitos establecidos y el Comité no cuente con elementos para subsanarlo.

Artículo 106.

1. Admitido el recurso, se envía al pleno del Comité para que tome conocimiento, lo turne al integrante ponente, y le dé vista del mismo a la Unidad para que manifieste lo que a su derecho convenga en un plazo de tres días hábiles.

2. El integrante ponente del v debe integrar el expediente y presentar un proyecto de resolución al pleno del Comité, dentro de los diez días hábiles posteriores a su turno.

3. ...

4. ...

5. El pleno del Comité debe resolver en definitiva, dentro de los diez días hábiles siguientes en que se presentó el proyecto de resolución.

6. ...

7. Las resoluciones del pleno del Comité son públicas y debe generarse una versión pública del expediente.

8. Cuando haya causa justificada el pleno del Comité puede ampliar, por una vez y hasta por un periodo igual, los plazos establecidos en este artículo.

Artículo 107.

1. Cuando el recurso de revisión reclame la falta de respuesta, el Comité debe requerir a la Unidad para que en el plazo de cinco días hábiles compruebe la respuesta al particular en tiempo y forma.

2. Si el hecho es comprobado a juicio del Comité, éste debe proceder a informarlo al particular a través de una resolución que se debe emitir dentro de los quince días hábiles siguientes a la admisión de la solicitud.

3. ...

4. En el supuesto de que la Unidad no pueda comprobar que respondió en tiempo y forma al particular, y considere que se trata de información reservada o confidencial, debe remitir al Comité un informe en el que funde y motive la clasificación correspondiente en el plazo señalado en el párrafo anterior.

Artículo 108.

1. En caso de que el informe sea insuficiente para determinar la clasificación correspondiente, el Comité puede citar a la Unidad para que en un plazo de dos días hábiles aporte los elementos que permitan resolver lo conducente, incluida la información reservada o confidencial.

Artículo 109.

1. El Comité debe valorar la clasificación hecha y, en su caso, emitir dentro de los quince días hábiles siguientes a la admisión del recurso, una resolución donde conste la instrucción a la Unidad para que le entregue la información solicitada, o bien en la que determine que los documentos en cuestión son reservados o confidenciales, en cuyo caso la resolución debe instruir a la Unidad para que resuelva de manera fundada y motivada la negativa correspondiente.

2. ...

Artículo 111.

1. Las resoluciones del Comité pueden

I. y II. ...;

III. Confirmar la resolución;

IV. Revocar la resolución del Comité o de la Unidad; o

V. Modificar parcialmente la resolución del Comité o de la Unidad.

Artículo 112.

1. Todas las resoluciones son por escrito, establecen plazos para su cumplimiento y procedimientos para asegurar su ejecución.

2. La resolución del Comité debe ser notificada dentro del plazo que tiene la Unidad para resolver.

3. En caso de ser negativa, el Comité está obligado a indicar al recurrente que puede interponer el recurso de reconsideración ante el Consejo.

Artículo 113.

1. Si el Comité no resuelve en el plazo establecido en este Reglamento, se tiene por confirmada la resolución recurrida.

Artículo 128.

1. Las resoluciones del Consejo son implementadas por la Cámara en un plazo no mayor a cinco días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a aquél en que se haya notificado la resolución al Comité.

Artículo 130.

1. Las resoluciones de la Unidad, el Comité y del Consejo son obligatorias para los órganos de la Cámara y recurribles por los particulares.

Artículo 134.

1. Las notificaciones se pueden hacer

I. Personalmente o a través de un representante, en el domicilio de la Unidad;

II. ...;

III. ...;

IV. ...

Artículo 137. ...

1. ...

2. ...

I. y II. ...

III. Sistema electrónico de control interno de gestión, que permite a los órganos obligados, a la Unidad, al Comitéy al Consejo, dar seguimiento a las solicitudes y respuestas a las mismas, así como consultar la clasificación o desclasificación de información para corroborarla o rectificarla.

Artículos transitorios de decretos de reforma

Primero. Los órganos de gobierno de la Cámara de Diputados tendrán un plazo de 180 días naturales para generar los acuerdos e implementar la reforma estructural del sistema que actualmente componen la Unidad de Enlace, su órgano rector y el Consejo de Transparencia, y que pasarán a ser Unidad de Enlace y Evaluación, Comité de Transparencia y Evaluación y Consejo de Transparencia y Evaluación.

Segundo. El Comité y la Unidad tendrán un plazo de 180 días naturales, contados a partir de la fecha de su instalación con la nueva estructura, para integrar el Sistema de Información y Evaluación de la Cámara de Diputados a que se refieren los artículos 5 y 15 del presente decreto, agotando exhaustivamente las propuestas evaluatorias del trabajo legislativo disponibles hasta el momento, generadas por el sector académico, social e institucional, y propiciando que los sistemas de captura y almacenamiento generados por la Cámara guarden coherencia interna, sean completos y accesibles para cualquier persona; y que los criterios de evaluación trasciendan el enfoque numérico, se adecuen a la complejidad del funcionamiento de la Cámara de Diputados y presenten resultados fidedignos, en lenguaje sencillo y fácilmente contrastables para cualquier persona.

Notas:

1 Rodríguez Zepeda, Jesús. Estado y transparencia: un paseo por la filosofía política, México, Instituto Federal de Acceso a la Transparencia y la Información Pública Gubernamental, Cuadernos de la Transparencia número 4, 2008.

2 Integralia, Reporte Legislativo, número dos, septiembre-diciembre de 2011.

3 Efrén Arellano Trejo, Tendencias de opinión y percepciones sobre la Cámara de Diputados, Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública de la Cámara de Diputados, documento de trabajo número 76, septiembre de 2009.

4 Rodríguez Zepeda, Jesús. Obra citada.

5 Fernández-Ríos, Manuel y Sánchez, José C., Eficacia organizacional: concepto, desarrollo y evaluación,página XXVIII, disponible en https://books.google.com.mx/books?id=d3z_i6znsFUC &pg=PR28&lpg=PR28 &dq=%22La+medici%C3%B3n+ha+de+ser+tan+compleja+como+el +fen%C3%B3meno+que+dice+estar+midiendo.%22 &source=bl&ots=AaZEkjHAKN &sig=7dDv0CK8U2N38RqGUoZCHPYYA-s &hl=es-419&sa=X &ved=0CB8Q6AEwAWoVChMIn9yNp8PXxwIVxkGSCh3zYQpz#v=onepage &q=%22La%20medici%C3%B3n%20ha%20de%20ser%20tan%20compleja%20como %20el%20fen%C3%B3meno%20que%20dice%20estar%20midiendo.%22&f=false [Consulta 1 de septiembre de 2015]

Salón de sesiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. México, DF, a 22 de septiembre de 2015.— Diputados: Ivonne Aracelly Ortega Pacheco,Alicia Guadalupe Gamboa Martínez, Beatriz Vélez Núñez, Delia Guerrero Coronado, Edgardo Melhem Salinas, Edith Anabel Alvarado Varela, Elvia Graciela Palomares Ramírez, Fabiola Guerrero Aguilar, Flor Ángel Jiménez Jiménez, Jorgina Gaxiola Lezama, Julieta Fernández Márquez, Lia Limón García, María de los Ángeles Rodríguez Aguirre, María Esther Guadalupe Camargo Félix, María Soledad Sandoval Martínez, María Verónica Muñoz Parra, Miguel Ángel González Salum, Montserrat Alicia Arcos Velázquez, Salomón Majul González, Sharon María Teresa Cuenca Ayala, Silvia Rivera Carbajal, Xitlalic Ceja García, Yarith Tannos Cruz, Yolanda de la Torre Valdez (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Ortega. Túrnese a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.

La diputada Rosa Alba Ramírez Nachis(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Sonido en la curul de la diputada Rosa Alba Ramírez, por favor.

La diputada Rosa Alba Ramírez Nachis (desde la curul): Gracias, señor presidente. Soy la diputada Rosa Alba Ramírez Nachis, de Jalisco, de Movimiento Ciudadano Me sumo en esta lucha en contra del cáncer de mama. Es momento de que como diputados conscientes logremos que se resten recursos a gastos suntuosos y que se impulse la prevención.

Y hago una demanda pública porque el secretario de Salud exige que se esté nominando a cáncer de mama, se esté coartando el registro de casos de cáncer de mama, cuando están fuera del rango permitido. Debe de tenerse conciencia.

El cáncer de mama nos está arrebatando mujeres jóvenes, mujeres viejas y mujeres en edad media, y es un problema grave. Debemos de trabajarlo en conjunto y debemos de registrar tal cual está la incidencia en las notificaciones de casos; no maquillar los resultados de casos de cáncer de mama. Es todo. Gracias, presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada. Debo ilustrar a la asamblea con la información de que hay un punto que se presentará y se someterá a la consideración de esta soberanía por parte de la Junta de Coordinación Política y que tiene que ver precisamente con el tema de la prevención del cáncer de mama, para que en su debido momento podamos incluso, quienes así lo estimen pertinente, participar en sus consideraciones, para que quede registrado el asunto; además de que las expresiones suyas, diputada Ramírez, están ya de suyo consignadas en el Diario de los Debates.

La diputada Rosa Alba Ramírez Nachis (desde la curul): Muchas gracias, presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene ahora la palabra el diputado Marko Antonio Cortés Mendoza, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 35, 41, 73 y 116, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por legisladores del Grupo Parlamentario del PAN.

El diputado Marko Antonio Cortés Mendoza:Con el permiso de la Presidencia, diputadas y diputados, para Acción Nacional la democracia ha sido una causa durante nuestros 76 años de existencia, nosotros nacimos demócratas y ciudadanos. Nosotros somos y seguiremos siendo así.

Con trabajo constante, persistente, hemos conquistado derechos y libertades, haciendo de México un país más democrático y con menos diferencias. Desde el reconocimiento al voto, pasando por las libertades de asociación y de expresión y llegando a la transparencia y al empoderamiento del ciudadano como centro de la vida pública.

En Acción Nacional hemos sido congruentes y hemos dado voz y causa a los mexicanos que reconocen que la libertad y la responsabilidad son el camino para México. En el marco de su aniversario luctuoso recordaré a Maquío, padre de nuestro compañero diputado independiente y lo cito: “Nuestra propuesta de cambio parte de la convicción de que los ciudadanos deben tomar en sus manos la responsabilidad de construir su futuro sin caudillismos ni paternalismos. Los candidatos y las organizaciones –decía– son apenas canal de expresión, no un fin en sí mismos”.

En este mismo sentido nuestro presidente nacional del PAN hace unos días decía: las candidaturas independientes corrigen la acumulación de poder en los grupos cupulares al interior de los partidos que olvidan que la misión de la política es servir a los ciudadanos y dar resultados.

La voz del PAN de ayer es la voz del PAN de hoy, ambas trazan el mismo objetivo de igualdad que hemos demostrado en los hechos en conjunto desde el primer día de sesión de esta nueva Cámara, abriendo los espacios pertinentes para nuestro primer compañero electo de manera independiente.

La reforma publicada el 10 de febrero de 2014, fue un importante paso para poder fortalecer los derechos básicos del ciudadano reconociendo las candidaturas independientes, su acceso a espacios en radio y televisión.

Dicha reforma marcó un antes y un después en la democratización de México. Se advirtieron los cambios para que cualquier ciudadano tuviera la oportunidad de contender por un cargo público con o sin partido. Sin embargo, mis amigos, surgieron dos problemas:

El primero, la falta de homologación de criterios en lo local hizo que se transgrediera el espíritu de la reforma alejándonos de la posibilidad real de participación ciudadana en los procesos electorales.

Segundo, el riesgo de que las candidaturas independientes se convirtieran en plato de segunda mesa para los militantes partidistas que, al no lograr su consenso en sus partidos, se deslinden previo a la elección desvirtuando con ello la figura auténtica de las candidaturas ciudadanas e independientes.

Las candidaturas independientes necesitan ser reales, no solo buenas intenciones. La reforma aprobada abrió la puerta y ahora es nuestra responsabilidad dar el siguiente pasó. Homologar los criterios para que, tanto a nivel federal como local, las candidaturas ciudadanas sean una realidad.

La iniciativa que hoy presentamos contempla varios cambios encaminados a facilitar la participación de las auténticas candidaturas independientes para simplificar su registro sin restricciones ni regulaciones excesivas.

En primer lugar se facultará a este Congreso de la Unión para legislar en la materia en lo local y en lo federal. En segundo lugar se reduce el porcentaje de firmas para registrarse un candidato independiente. Para presidente de la República del 1 bajaría al 0.5 por ciento, para diputado y senador del 2 por ciento bajaría al 0.5 por ciento.

En tercer lugar, para los cargos de elección popular estamos proponiendo un parámetro nacional, que el porcentaje máximo sea del 0.5 por ciento. En cuarto lugar se establece un tiempo de 20 a 60 días para que los ciudadanos puedan juntar sus firmas de apoyo.

En quinto lugar se contempla –y muy importante– la posibilidad de que las candidaturas independientes tengan acceso a radio, televisión, financiamiento público y privado. Y, por último, la posibilidad de que los candidatos independientes puedan concurrir en una candidatura común con partidos políticos, incluso ya iniciada la campaña electoral.

Amigas y amigos, se trata pues de abrir las puertas, determinar el tiempo donde solo unos cuantos tenían acceso a las oportunidades. Se trata de que todos los mexicanos tengamos los mismos derechos. Se trata de que en México inicie el tiempo de todos, el tiempo donde la normatividad no anule las aspiraciones legítimas de nadie. Se trata también, hay que decirlo con claridad, de que nadie trasgreda el espíritu de las candidaturas auténticamente independientes.

Lo hemos dicho antes, los monopolios en cualquiera de sus rubros trasgreden la libertad y fomentan la desigualdad. Tenemos que asegurarnos que en México nunca más sea monopolio de los partidos políticos el arribo a un cargo de elección popular. Esta Cámara de Diputados ha dado muestra clara de que estamos dispuestos a construir y a democratizar a México.

Amigas y amigos, compañeras y compañeros, no le tengamos miedo a la competencia, no le tengamos miedo a la democratización del país. Nuestra mejor carta de presentación electoral son los resultados de nuestros gobiernos. Con la apertura democrática elevaremos el nivel de toda la política y de todo lo político en nuestro país.

Hoy convocamos al Congreso de la Unión a que impulsemos que haya tantos ciudadanos en la política como sea posible y sólo tantos partidos como sea necesario, porque, mis amigos, México merece mucho más de lo que le hemos dado. Muchas gracias y es cuanto, presidente.

«Iniciativa que reforma los artículos 35, 41, 73 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por legisladores del Grupo Parlamentario del PAN

Las y los senadores y diputados federales, integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Acción Nacional del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; conforme a lo dispuesto en los artículos 8, numeral 1, fracción I, 163, fracción I, y 164 del Reglamento del Senado de la República, y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan a consideración del pleno iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 35, fracción II; 41, fracciones II a IV; 73, fracción XXIX-U; y 116, fracción IV, inciso k), y se deroga el inciso p).

Exposición de Motivos

I. Introducción

No obstante el avance logrado en las reformas políticas constitucionales publicadas en agosto de 2012 y febrero de 2014, al permitir la participación ciudadana al acceso de cargos públicos mediante las candidaturas independientes, éstas no contemplan un marco constitucional que establezca los lineamientos básicos y mínimos que deben normar las candidaturas independientes o no partidistas, lo que ha producido una serie de irregularidades y contradicciones que generan violaciones de los derechos humanos de los ciudadanos.

El Partido Acción Nacional reconoce que el eje de la vida pública es el ciudadano.

Desde sus orígenes ha promovido la ciudadanización de la vida institucional de México. Desde esta lógica, se presenta la actual iniciativa para lograr que las candidaturas independientes, reconocidas en tratados internacionales que México es parte, puedan ser ejercidas a plenitud constitucional en un marco jurídico que las garantice y las haga efectivas.

El Partido Acción Nacional propone establecer los principios que deben regir en todo el país, para poder ser candidata o candidato independiente tanto a nivel nacional como estatal e impedir que la legislación secundaria federal o locales, establezcan restricciones que en los hechos anulan y debilitan este derecho humano propio de un auténtico sistema democrático.

II. Antecedentes

A lo largo de la historia política del país se han dado diversas reformas a favor del ejercicio político de los ciudadanos y su representación entre las que destacan la ciudadanización del Instituto Federal Electoral, hoy Instituto Nacional Electoral, así como las modificaciones de 2012 impulsadas por el presidente Felipe Calderón, que fortaleció la participación de los ciudadanos en los asuntos públicos del país, y eliminó disposiciones que dotaban a los partidos políticos del derecho exclusivo a postular candidatos a cargos de elección popular y dio vida a las figuras de iniciativa ciudadana y consulta popular.

La reforma política publicada el 10 de febrero de 2014, se suma a la lista de reformas que fortalecen los derechos básicos del ciudadano a través de las candidaturas independientes a las cuales se les reconoce el derecho al público y el acceso a los espacios en radio y televisión.

Sin embargo, aun cuando los artículos 35 y 116 de la Constitución prevén la figura de candidatos independientes para las elecciones federales y locales, la legislación secundaria establece ciertas disposiciones que en la mayoría de las ocasiones provoca restricciones que no favorecen la inclusión ciudadana y restringen las candidaturas no partidistas, como lo ha reconocido la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación.

En efecto, así lo ha reconocido la propia Suprema Corte y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dado que han declarado inconstitucionales diversas disposiciones locales que restringen el acceso de ciudadanos por la vía independiente al ejercicio de cargos públicos de elección.

Muestra de ello es el pronunciamiento de la Sala Superior, en la que declara inconstitucional en Querétaro, la exigencia de asentar el domicilio de los ciudadanos que apoyan las candidaturas independientes.

También declaró inconstitucional en Zacatecas, que el respaldo de ciudadanos se acredite a través de instrumentos notariales, o que se exija un escrito de intención previo al plazo de registro de candidaturas.

Otro ejemplo es la disparidad de regulaciones sobre el acceso al financiamiento, razón por la cual el Tribunal Electoral sostuvo que las reglas sobre el financiamiento de candidatos independientes deben privilegiar una campaña con oportunidades reales y efectivas de éxito.

Al momento de ser presentada la actual iniciativa se encuentran controvertidas en la Suprema Corte de Justicia de la Nación diversas legislaciones en las que se exige una cantidad de firmas desproporcionadas, otras en las que otorgan muy poco tiempo para reunir las firmas, y otras en las que se exige una separación de un partido político con una anticipación excesiva.

Aunado a los conflictos que provoca la legislación estatal, se encuentran normas con disparidades que no permiten el acceso objetivo e igualitario de los ciudadanos en la competencia por cargos públicos locales.

Atendiendo a lo anterior, es necesario modificar la Constitución a efecto de garantizar que tanto la legislación federal secundaria como las estatales, cumplan cabalmente con un nuevo marco constitucional que salvaguarde los principios bajo los cuales debe legislarse para garantizar de una manera efectiva la plena vigencia de las candidaturas no independientes no partidistas.

III. Marco común y eficacia para candidaturas independientes

La fracción II, del artículo 35 constitucional, reformado el 9 de agosto de 2012, permite la participación de los candidatos independientes en los siguientes términos:

II.Poder ser votado para todos los cargos de elección popular, teniendo las calidades que establezca la ley. El derecho de solicitar el registro de candidatos ante la autoridad electoral corresponde a los partidos políticos así como a los ciudadanos que soliciten su registro de manera independiente y cumplan los requisitos, condiciones y términos que determine la legislación;

Asimismo, el artículo 41 constitucional en la fracción III garantiza a las candidaturas independientes el acceso a las prerrogativas para las campañas electorales; en su Apartado A, inciso d), establece los tiempos en radio y televisión a que tienen derecho dichas candidaturas.

Por su parte, el artículo 116, incisos k) y p), faculta a las legislaciones locales para regular la postulación, registro, derechos y obligaciones de los candidatos independientes.

En ese sentido, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales no establece las bases y los requisitos para las entidades federativas, sino únicamente se limita, en el artículo 357, numeral 2, a señalar lo siguiente:

2. Las legislaturas de las entidades federativas emitirán la normatividad correspondiente en los términos de lo señalado por el inciso p) de la fracción IV del artículo 116 de la Constitución.

Como se aprecia, nuestra Constitución y las leyes generales aplicables, no establecen con claridad las bases y requisitos que deben de contener la legislación para hacer garantizar la eficacia de candidaturas independientes.

Por ello, en aras de dotar de un marco común, se proponen las siguientes modificaciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para homologar los derechos y obligaciones de los candidatos independientes en elecciones locales, requisitos para el registro incluyendo el porcentaje de firmas, plazos, financiamiento, tiempo de separación de cargos partidistas, acceso a las prerrogativas, acceso a radio y televisión, acceso al financiamiento privado, así como la posibilidad de contender mediante candidatura común.

Para ello se propone modificar los artículos 35, 41, 73 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a efecto de que las bases y los requisitos para los candidatos independientes en elecciones locales sean fijados en la legislación general emitida por el Congreso de la Unión, y no las legislaciones locales, y señalar en los artículos transitorios, algunos parámetros sobre los que deberá versar la reforma legal secundaria.

Asimismo, se plantean algunas modificaciones en el texto constitucional, siendo estas las principales:

- Se fijan las bases y los requisitos para las candidaturas independientes en elecciones federales y locales, para facilitar su acceso y competencia.

- Se establece que los aspirantes a candidatos independientes, tanto para elecciones federales como locales, deberán reunir como máximo .5 por ciento de apoyo ciudadano, en vez de porcentajes en diversas legislaciones que oscilaban entre 1 y 3 por ciento.

- Se dispone un marco común como parámetro temporal, para que los ciudadanos puedan reunir las firmas, el cual oscila entre veinte y sesenta días, dependiendo de la cantidad de ciudadanos que figuren en la lista nominal de electores correspondientes a la demarcación electoral correspondiente. Los parámetros estarán establecidos en la ley general.

- Al establecer un marco con bases y requisitos uniformes, se impide a los congresos locales que establezcan disposiciones que se materializan en restricciones para el registro de candidatos independientes, como periodos de tiempo corto para la búsqueda de apoyo ciudadano, o la obligación que los ciudadanos acudan ante notario u órganos locales para manifestar su apoyo.

- Se establece la posibilidad para que los candidatos independientes puedan concurrir en candidatura común con partidos políticos.

- Se garantiza el acceso por parte de los candidatos independientes al financiamiento público y privado en procesos electorales así como a las prerrogativas en radio y televisión.

En consecuencia, las legislaciones locales se encontrarán facultadas para emitir su marco normativo, con base en los parámetros, derechos y obligaciones que regule la ley general sobre las elecciones locales en materia de candidatos independientes.

IV. Reforma constitucional

Por tanto, se propone adecuar la Constitución de la siguiente manera:

Artículo 35. Son derechos del ciudadano

(...)

II. Poder ser votado para todos los cargos de elección popular,teniendo las calidades que establezca la ley. El derecho de solicitar el registro de candidatos ante la autoridad electoral corresponde a los partidos políticos así como a los ciudadanos que soliciten su registro de manera independiente y cumplan con los requisitos, condiciones y términos que determinen las leyes generales;

Artículo 41.

(...)

I. y II. (...)

III. Los partidos políticos nacionales tendrán derecho al uso de manera permanente de los medios de comunicación social. Los candidatos independientes tendrán derecho de acceso a prerrogativas para las campañas electorales en los términos que establezca la ley general;

(...)

Apartado A. El Instituto Nacional Electoral será autoridad única para la administración del tiempo que corresponda al Estado en radio y televisión destinado a sus propios fines y al ejercicio del derecho de los partidos políticos nacionales y candidatos independientes locales y federales, de acuerdo con lo siguiente y lo que establezcan las leyes:

(...)

a) La ley establecerá los requisitos y las formas de realización de los procesos de selección y postulación de candidatos de partidos políticos a cargos de elección popular, así como las reglas para las precampañas y las campañas electorales. Tratándose de candidatos independientes, el porcentaje de apoyo ciudadano con que deberán contar para su registro será de máximo .5 por ciento de ciudadanos que figuren en la listado nominal de electores correspondientes a la demarcación electoral por la cual se aspira a ser candidato;

Artículo 73. El Congreso tiene facultad

...

XXIX-U.Para expedir las leyes generales que distribuyan competencias entre la Federación y las entidades federativas en materias de partidos políticos; organismos electorales, y procesos electorales; y fijar las bases y requisitos para las candidaturas independientes en elecciones federales y locales; conforme alas bases previstas lo previstoen esta Constitución.

Artículo 116. El poder público de los estados se dividirá, para su ejercicio, en Ejecutivo, Legislativo y Judicial, y no podrán reunirse dos o más de estos poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el Legislativo en un solo individuo.

Los poderes de los estados se organizarán conforme a la Constitución de cada uno de ellos, con sujeción a las siguientes normas:

(...)

IV.De conformidad con las bases establecidas en esta Constitución y las leyes generales en la materia, las Constituciones y leyes de los Estados en materia electoral, garantizarán que

(...)

k)Se regule el régimen aplicable a la postulación, registro, derechos y obligaciones de los candidatos independientes, garantizando su derecho al financiamiento público y privado, y al acceso a la radio y la televisión. Todo lo anterior en los términos establecidos en esta Constitución , la ley general en la materia y en las leyes correspondientes;

(...)

p) (se deroga)Se fijen las bases y requisitos para que en las elecciones los ciudadanos soliciten su registro como candidatos para poder ser votados en forma independiente a todos los cargos de elección popular, en los términos del artículo 35 de esta Constitución.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.El Congreso de la Unión deberá reformar las normas previstas en la fracción XXIX-U del artículo 73 de esta Constitución a más tardar en ciento ochenta días, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto. Dichas normas establecerán al menos lo siguiente:

a) Fijar las bases, condiciones, requisitos y plazos para el registro, así como los derechos y obligaciones de los candidatos independientes, de conformidad con los artículos 41 y 116 constitucionales;

b) Garantizar que los plazos para que los aspirantes a candidatos independientes recaben el apoyo ciudadano, sean fijados en función de parámetros objetivos en relación al número de electores que figuren en el listado nominal de la demarcación correspondiente, los cuales no podrán ser menores de 20 días ni mayores de 60 días;

c) Garantizar que el porcentaje de apoyo máximo exigido para el registro de las candidaturas independientes sea de .5 por ciento de ciudadanos que figuren en la lista nominal de electores correspondientes a la demarcación electoral por la cual se aspira a ser candidato;

d) La forma, mecanismos y requisitos para recabar y acreditar el apoyo ciudadano necesario para la candidatura independiente;

e) Garantizar que los plazos de registro para las candidaturas independientes se lleven a cabo con la mayor anticipación posible en cada proceso electoral;

f) El acceso por parte de los candidatos independientes al financiamiento público y privado en procesos electorales así como a las prerrogativas en radio y televisión.

g) Las candidaturas comunes entre partidos políticos que no sean de nuevo registro y los candidatos independientes, prohibiendo en dicho caso la transferencia de votos. Establecerá como obligación que en las candidaturas comunes entre partidos y candidatos independientes aparezcan sus emblemas por separado en las boletas electorales.

Tercero.Queda derogada cualquier disposición que contravenga lo establecido con los principios, bases, procedimientos y derechos reconocidos en el presente decreto.

Cuarto.Las legislaturas de los estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal tendrán hasta ciento ochenta días después de reformadas las leyes generales para adecuar su legislación secundaria, en la inteligencia de que deberán cumplir los principios establecidos en los artículos 41 y 116 de la Constitución, incluyendo el artículo segundo anterior.

Notas:

1 Tesis LXVII/2015.

2 Tesis VII/2015 y Tesis VIII/2013.

3 Tesis XXI/2015.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de octubre de 2015.— Diputados: Marko Antonio Cortés Mendoza,Adriana Elizarraraz Sandoval, Agustín Francisco de Asís Basave Benítez, Alejandra Gutiérrez Campos, Alejandra Nohemí Reynoso Sánchez, Alfredo Miguel Herrera Deras, Ana Leticia Carrera Hernández, Angélica Moya Marín, Araceli Madrigal Sánchez, Arlette Ivette Muñoz Cervantes, Brenda Velázquez Valdez, Candelario Pérez Alvarado, Carlos Alberto de la Fuente Flores, Cecilia Guadalupe Soto González, César Augusto Rendón García, César Flores Sosa, Claudia Sánchez Juárez, Daniel Ordóñez Hernández, Elías Octavio Íñiguez Mejía, Eloisa Chavarrías Barajas, Emma Margarita Alemán Olvera, Enrique Cambranis Torres, Evelyn Parra Álvarez, Exaltación González Ceceña, Fernando Herrera Ávila, Francisco José Gutiérrez de Velasco Urtaza, Gerardo Gabriel Cuanalo Santos, Gina Andrea Cruz Blackledge, Gretel Culin Jaime, Guadalupe Acosta Naranjo, Guadalupe González Suástegui, Héctor Barrera Marmolejo, Héctor Peralta Grappin, Herminio Corral Estrada, Ingrid Krasopani Schemelensky Castro, Isaura Ivanova Poll Pech, J. Apolinar Casillas Gutiérrez, J. Guadalupe Hernández Alcalá, Jacqueline Nava Mouett, Janette Ovando Reazola, Javier Antonio Neblina Vega, Jesús Antonio López Rodríguez, Jesús Salvador Valencia Guzmán, Jisela Paes Martínez, José Antonio Estefan Garfias, José Antonio Salas Valencia, José Erandi Bermúdez Méndez, José Everardo López Córdova, José Hernán Cortés Berumen, José Máximo García López, José Santiago López, José Teodoro Barraza López, Juan Alberto Blanco Zaldívar, Juan Corral Mier, Julio Saldaña Morán, Karina Padilla Ávila, Kathia María Bolio Pinelo, Leonel Gerardo Cordero Lerma, Leticia Amparano Gámez, Lorena del Carmen Alfaro García, Luis Agustín Rodríguez Torres, Luis de León Martínez Sánchez, Luis Fernando Antero Valle, Luis Gilberto Marrón Agustín, Luz Argelia Paniagua Figueroa, Macedonio Salomón Tamez Guajardo, Manuel Jesús Clouthier Carrillo, María de los Ángeles Rodríguez Aguirre, María del Rosario Rodríguez Rubio, María Elida Castelán Mondragón, María Eloisa Talavera Hernández, María Guadalupe Cecilia Romero Castillo, María Guadalupe Murguía Gutiérrez, María Luisa Beltrán Reyes, María Luisa Sánchez Meza, María Verónica Agundis Estrada, Mariana Arámbula Meléndez, Martha Cristina Jiménez Márquez, Mayra Angélica Enríquez Vanderkam, Miguel Ángel Salim Alle, Miguel Ángel Yunes Linares, Nadia Haydee Vega Olivas, Olga Catalán Padilla, Oscar Ferrer Ábalos, Patricia García García, Pedro Garza Treviño, Rafael Valenzuela Armas, René Cervera García, René Mandujano Tinajero, Rocío Matesanz Santamaría, Román Francisco Cortés Lugo, Santiago Taboada Cortina, Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa, Tomas Octaviano Félix, Víctor Ernesto Ibarra Montoya, Wenceslao Martínez Santos, Ximena Tamariz García (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Cortés. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales para dictamen.

Sonido en la curul en la que está el diputado Acosta Naranjo.

El diputado Guadalupe Acosta Naranjo (desde la curul): Señor presidente, solamente para pedirle al diputado Marko Cortés pueda dar su benevolencia para que podamos firmar esta iniciativa, que garantiza a los ciudadanos el derecho a participar de manera independiente y sin restricciones, como debe de ser. La democracia no se ve afectada por los candidatos independientes, al contrario, el sistema de partidos se fortalece con ellos.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: El diputado proponente manifiesta no tener inconveniente en la suscripción, y como lo hemos hecho en ocasiones anteriores, quedaría a disposición la iniciativa presentada para quienes quieran suscribirla aquí en la Secretaría de la Mesa Directiva. Sonido en la curul del diputado Manuel Clouthier, por favor.

El diputado Manuel Jesús Clouthier Carrillo (desde la curul): Gracias, presidente. En el mismo sentido que lo manifiesta el diputado Acosta Naranjo, solidarizarme y sumarme a la iniciativa que presenta el diputado Marko Cortés, si así él lo acepta.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Sonido en la curul del diputado René Cervera, por favor.

El diputado René Cervera García (desde la curul): Gracias, señor presidente. En el mismo sentido y para solicitarle la posibilidad de que la bancada de Movimiento Ciudadano se adhiera a este planteamiento, que nos parece central.

Movimiento Ciudadano se caracteriza por ser un partido que en sus estatutos ubica como un mínimo el 50 por ciento de las candidaturas para ciudadanas y ciudadanos. De manera tal, que nos parece absolutamente congruente sumarnos en ese sentido.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Bien. En los mismos términos.

La diputada Eloisa Chavarrías Barajas (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Sonido en la curul allá de la diputada, acá, por favor, auxílienos ahí. Ahí está ya, diputada.

La diputada Eloisa Chavarrías Barajas (desde la curul): Únicamente, presidente, para felicitar al diputado Marko Cortés por esta iniciativa, por esta oportunidad que se está dando a los ciudadanos, porque es una manera de abrir el abanico y darles una mejor oportunidad para elegir.

Muchas felicidades y por supuesto que me sumo a esta iniciativa de ley y a trabajar en ella, porque como parte del Grupo Parlamentario de Acción Nacional hemos dado esta muestra de democracia. Muchas gracias.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias.



LEY GENERAL DE ACCESO A LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene ahora la palabra, por cinco minutos, la diputada Érika Irazema Briones Pérez, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 6o. de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

La diputada Érika Irazema Briones Pérez:Con su venia, señor presidente. Buenas tardes, compañeros y compañeras diputadas, en México cada día 6 mil 800 mexicanas embarazadas están expuestas a sufrir algún tipo de violencia, ya sea de tipo física o verbal, relacionada con los procesos del embarazo, parto o puerperio por parte de los cuerpos de salud correspondientes a su atención, tanto administrativa como médicos.

El Estado mexicano ha sido parte de diversos tratados y convenciones, donde se compromete al respeto y a la promoción de los derechos humanos de las mujeres, por ello debemos de adoptar todas las medidas necesarias para que podamos vivir y, asimismo, garanticemos a las mujeres del país un entorno libre de violencia, en todos los aspectos y en todas las circunstancias.

A pesar de que existe un mecanismo para prevenir, sancionar y erradicar violencia contra las mujeres, no es suficiente. Se han omitido varios factores, que lamentablemente se traducen en más mujeres violentadas día a día.

En Chipas, Mildred no podía salir del hospital si no se ponía un dispositivo intrauterino, el único anticonceptivo disponible, en cuanto tenía pocas horas de haber parido y su cuerpo no se había recuperado. Y a Rosa, después de haber perdido el embarazo de 15 semanas, le dijeron que ya estaba muy vieja para tener hijos, pero cuando pidió orientación para usar un método anticonceptivo, le respondieron que lo mejor era no al palito.

En el estado de México, a Verónica por exigir sus derechos durante el parto, los médicos y enfermeras le retrasaron la atención y se burlaron de ella a tal grado que perdió a su bebé.

Estas acciones antes mencionadas, registradas por el Grupo de Información de Reproducción Elegida, son ejemplo de miles de mexicanas que han sido víctimas de una violencia existente, pero invisible para la ley, la violencia obstétrica.

La entidad a la que represento, en el estado de San Luis Potosí, ha registrado diversos casos de este tipo de violencia, en los cuales, además de los tratados deshumanizados, comentarios misóginos, entre ellos, llegan a terminar con la vida del bebé o de la madre.

La violencia obstétrica se ha visto desde una perspectiva natural, entre personas, médicos y obstétricos, así como en la sociedad, ya que la mayoría de las mujeres, en la mayoría de los casos, prefieren olvidar las molestias y maltrato para concentrarse en no cumplir su estado emocional.

Actualmente sólo Chiapas, Veracruz, Durango, Guanajuato, San Luis Potosí tienen tipificados sus respectivos marcos legales, el delito de violencia obstétrica y por ello es necesario establecerlo en la legislación federal. Asimismo, sirve como una campaña de prevención y atención de este tipo de delito.

La intención, entonces, es reconocer este desagradable fenómeno, como lo que es la violencia contra las mujeres. Cabe destacar que esta iniciativa no pretende criminalizar al personal de salud, ya que es, a su vez, un enérgico llamado a garantizar condiciones e infraestructura en el ámbito de la competencia de todos los servidores públicos. De todas las dependencias y de los representantes populares para un buen desempeño laboral y correcto a favor de las mujeres que se encuentran en labor de parto, en puerperio o embarazadas.

Es por ello que espero contar con el apoyo de ustedes como legisladores que estamos comprometidos con la ciudadanía, con las mujeres que nos representan para poder modificar el artículo 6 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para incorporarlo como un tipo de violencia, la violencia obstétrica, para que se sancione a todos los casos presentados y que no se queden impunes.

Y asimismo, iniciar una campaña para el buen actuar por parte del personal médico y administrativo de las instituciones de Salud. Porque debemos garantizar a todas las mujeres y a todas las niñas sus derechos. Muchísimas gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 6o. de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Érika Irazema Briones Pérez, del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, diputada Érika Irazema Briones Pérez, perteneciente al Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y fracción I, de los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, somete a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente iniciativa de ley con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 6 de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Planteamiento del problema

En México, cada día 6 mil 800 mexicanas embarazadas están expuestas a sufrir algún tipo de violencia ya sea física o verbal, relacionada con los procesos del parto o puerperio por parte de los cuerpos de salud correspondientes a su atención.

Entre las principales faltas cometidas por los prestadores de servicios de salud se encuentran los comentarios de jerarquización o que manifiesten algún juicio, apropiación indebida del cuerpo y sin consentimiento, el uso de métodos anticonceptivos de manera condicional u obligatoria, el abuso de medicación y de control de los procesos naturales que son propios del embarazo, puerperio y parto.

Dicho tipo de violencia no se encuentra tipificada en la Ley General de Acceso a las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia haciendo que estas prácticas sigan siendo frecuentes y queden en total impunidad causando un perjuicio de los derechos humanos de las mujeres en esta situación.

Argumentos

El Estado mexicano ha sido parte de diversos tratados y convenciones donde se compromete al respeto y la promoción de los derechos humanos de las mujeres, esencialmente aquellos que hacen referencia a que las mujeres vivan un entorno libre de violencia. Algunos de ellos son:

1. Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Convención Belem De Pará): Adoptada en: Belem do Pará, Brasil el 9 de junio de 1994 y ratificada por México el 19 de junio de 1998

2. Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW): adoptada el 18 de diciembre de 1979 por la Asamblea General de las Naciones Unidas y ratificada por México el 23 de marzo de 1981.

En estas dos convenciones se crea el compromiso del Estado mexicano a garantizar un ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres, con una mirada de igualdad sustantiva y por ello que se establezcan mecanismos que erradiquen la violencia contra las mujeres.

La violencia en contra de las mujeres es una violación sistemática por parte de las sociedades patriarcales en donde existe una violación de los derechos humanos, sin embargo la actual LGAMVLV solo considera 5 los tipos de violencia contra las mujeres.

Los derechos humanos son los establecidos en el Apartado B del artículo 102 constitucional y señala que “los derechos humanos son los que ampara el orden jurídico mexicano”

El derecho a la protección a la salud señala en párrafo 4 del artículo 4o.de la Constitución, que dispone:

“Toda persona tiene derecho a la protección de la salud, la ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general...”

La violencia obstétrica es una de violación a los derechos humanos y reproductivos de las mujeres, que incluye los derechos a la igualdad, a la no discriminación, a la información, a la integridad, a la salud y a la autonomía reproductiva y se genera en el ámbito de la atención del embarazo, parto y después del parto en los servicios de salud —públicos y privados—, y es producto de un problema en donde confluyen la violencia institucional y la violencia de género.

Cuando se realiza a la mujer prácticas invasivas y suministros de medicación que no estén justificados por el estado de salud de la persona que va a parir, o cuando no se respeten los tiempos ni las posibilidades del parto biológico y “trato deshumanizado, grosero, discriminación, humillación, cuando la mujer va a pedir asesoramiento, no le dan información, cuando la mujer va a pedir asesoramiento o requiere atención, o en el transcurso de una práctica obstétrica. Comprende de igual modo la omisión de información sobre la evolución de su parto”.

Asimismo el obtener la autorización para esterilización o colocar en el momento en que la mujer se encuentra en labor de parto y no tiene las mejores condiciones para dar su consentimiento.

Todos estos son actos de violencia denominada obstétrica y no podemos permitir que se sigan ejerciendo de manera impune, cabe destacar que esta iniciativa no pretende criminalizar al personal de salud y es también un llamado a garantizar condiciones e infraestructura para un buen desempeño laboral y correcto para las mujeres que se encuentran en labores de parto, en puerperio o embarazadas.

La violencia obstétrica se ha visto desde una perspectiva natural entre el personal médico y obstétrico, así como en la sociedad, ya que la mayoría de las mujeres en la mayoría de los casos prefieren olvidar las molestias y maltratos del parto para concentrarse en no complicar su estado emocional.

Actualmente sólo Chiapas, Veracruz, Durango y Guanajuato tienen tipificado en sus respectivos marcos legales el delito de violencia obstétrica por ello es necesario establecerlo en la legislación federal; así mismo sirve como una campaña de prevención y atención a este tipo de delito.

Se pone a consideración la siguiente definición, misma que busca ser incluyente y amplia, sin dar cabida a interpretaciones que generen un perjuicio para las mujeres.

Violencia obstétrica: Es la acción u omisión por parte del personal médico o administrativo, que dañe, lastime o denigre a las mujeres durante el embarazo, parto o puerperio, así como la negligencia en su atención médica; se expresa en la negación de la apropiación del cuerpo y procesos reproductivos a las mujeres, trato deshumanizado, abuso de medicación y patologización de los procesos naturales, pérdida de autonomía y capacidad para decidir libremente sobre sus cuerpos y sexualidad.

Con ello buscamos establecer un mecanismo que se traduzca en beneficios, en un trato adecuado y humano a las mujeres de nuestro país, en uno de los procesos más importantes y simbólicos de nuestra especie.

Por lo expuesto, pongo a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa de ley con proyecto de

Decreto por el que se reforma el artículo 6 de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia a cargo de la diputada Érika Irazema Briones Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática

Artículo Único. Se reforma el artículo 6 de la Ley General de Acceso a Las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia para quedar en los siguientes términos:

Artículo 6. Los tipos de violencia contra las mujeres son:

I. al V. ...

VI. Violencia obstétrica. Es la acción u omisión por parte del personal médico o administrativo, que dañe, lastime o denigre a las mujeres durante el embarazo, parto o puerperio, así como la negligencia en su atención médica; se expresa en la negación de la apropiación del cuerpo y procesos reproductivos a las mujeres, trato deshumanizado, abuso de medicación y patologización de los procesos naturales, pérdida de autonomía y capacidad para decidir libremente sobre sus cuerpos y sexualidad.

VI. Cualesquiera otras formas análogas que lesionen o sean susceptibles de dañar la dignidad, integridad o libertad de las mujeres.

Notas:

1 GIRE

2 Medina, Graciela – Violencia Obstétrica

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de septiembre de 2015.— Diputados: Érika Irazema Briones Pérez,Ana Leticia Carrera Hernández, Araceli Madrigal Sánchez, Beatriz Vélez Núñez, Brenda Velázquez Valdez, Candelario Pérez Alvarado, Cecilia Guadalupe Soto González, Delia Guerrero Coronado, Edgardo Melhem Salinas, Edith Anabel Alvarado Varela, Eloisa Chavarrias Barajas, Elvia Graciela Palomares Ramírez, Evelyn Parra Álvarez, Fabiola Guerrero Aguilar, Flor Ángel Jiménez Jiménez, Isaura Ivanova Pool Pech, J. Guadalupe Hernández Alcalá, Janette Ovando Reazola, José Antonio Estefan Garfias, José Santiago López, Julieta Fernández Márquez, Julio Saldaña Moran, Lluvia Flores Sonduk, María de los Ángeles Rodríguez Aguirre, María Elida Castelán Mondragón, María Esther Guadalupe Camargo Félix, María Luisa Beltrán Reyes, María Soledad Sandoval Martínez, María Verónica Agundis Estrada, María Verónica Muñoz Parra, Martha Cristina Jiménez Márquez, Miguel Ángel González Salum, Montserrat Alicia Arcos Velázquez, Nadia Haydee Vega Olivas, Olga Catalán Padilla, Óscar Ferrer Ábalos, Patricia García García, Román Francisco Cortés Lugo, Silvia Rivera Carbajal, Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa, Tomas Octaviano Félix, Xitlalic Ceja García, Yarith Tannos Cruz (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Briones. Túrnese a la Comisión de Igualdad de Género para dictamen.

Damos la bienvenida a regidores y directores del ayuntamiento del municipio de Metepec, estado de México, invitados por la diputada Carolina Monroy del Mazo. Sean bienvenidas amigas y amigos.

La diputada Hortensia Aragón Castillo (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Sonido en la curul de la diputada Hortensia Aragón.

La diputada Hortensia Aragón Castillo (desde la curul): Gracias, presidente. Solo para solicitar, si lo permite la diputada ponente, sumarnos a su iniciativa por el carácter trascendental que tiene. Y por supuesto, hacer la expresión personal en el sentido de apoyar la misma.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: La diputada proponente manifiesta no tener inconveniente en la adhesión. Y como lo hemos estilado, estará a disposición aquí de la Secretaría de la Mesa Directiva la iniciativa presentada para quienes quieran suscribirla.



LEY DE MIGRACIÓN

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene ahora la palabra, por cinco minutos, el diputado Enrique Zamora Morlet, del Grupo Parlamentario del Verde Ecologista, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 52 de la Ley de Migración.

El diputado Enrique Zamora Morlet:Con la venia de la Presidencia, compañeras y compañeros diputados. La tarjeta de visitante regional, conocida como TVR es el instrumento migratorio de visitante local normado por la Ley de Migración y su reglamento dicho fue diseñado para facilitar la entrada a México, de nuestros hermanos guatemaltecos y beliceños para transitar legalmente por los estados de Campeche, Chiapas, Tabasco y Quintana Roo, cuantas veces lo deseen, por hasta tres días naturales en cada visita.

Actualmente esta tarjeta se puede tramitar en Chiapas y próximamente está por tramitarse en la frontera corozal, Comitán y Palenque, la cual tiene una vigencia de cinco años a partir de su expedición y de un año para los menores de tres años de edad y es emitida de forma gratuita. Para su tramitación existen módulos itinerantes ubicados en la capital de Guatemala y aún faltan otros por instalarse.

Resulta trascendental señalar que derivado de la instalación de los módulos itinerantes y las restrictivas embajadas de México en Guatemala y Belice donde se emiten las tarjetas de visitante regional y con base en los datos de flujo migratorio que existen en el Instituto Nacional de Migración, sabemos que las cifras de los extranjeros nacional o residente de los países vecinos de Guatemala y Belice que utilizaron la tarjeta de visitante regional fue un total de un millón 310 mil 30 personas durante el año 2014, mientras que en el periodo de enero a julio de 2015 el Instituto Nacional de Migración tiene contabilizado un flujo migratorio regular de 792 mil 960 personas.

Es sustancial indicar el claro aumento en el flujo migratorio por el extranjero nacional o residente de los países vecinos de Guatemala y Belice que utilizan esta tarjeta de visitante regional, la cual trae consigo un enorme beneficio mutuo en varias áreas. Este instrumento busca contribuir a la consolidación de una frontera sur más segura y más atractiva para el turismo tanto nacional como extranjero.

Como parte de las acciones encaminadas a lograr este objetivo, el Instituto Nacional de Migración creó una base de datos que permite tener un mejor control de las entradas y salidas de las personas a territorio mexicano.

Asimismo se ha observado que el extranjero nacional o residente de los países vecinos de Guatemala y Belice que utilizan la tarjeta de visitante regional, dejan una derrama económica enorme que impulsa el crecimiento de los estados en los que están autorizados para transitar libremente. Específicamente los sectores en los que se observa el beneficio de ese instrumento son el turístico, hotelero, restaurantero, los establecimientos mercantiles, centros recreativos, ferias, entre otros muchos más.

En virtud de todo lo manifestado, el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México considera de suma importancia la presente iniciativa que tiene el ánimo de velar por el desarrollo de la región sur-sureste de nuestro país, por lo que solicito a los integrantes de la presente Legislatura su apoyo para lograr la aprobación de esta propuesta modificando la fracción III del artículo 52 de la Ley de Migración, ampliando la temporalidad de estancia a un plazo de 10 días naturales del extranjero, nacional o residente de nuestros países vecinos de Guatemala y Belice que utilizan la tarjeta de visitante regional para ingresar legalmente a nuestro país.

Toda vez que al permitir que nuestros vecinos guatemaltecos y beliceños permanezcan por 10 días en nuestro país no solo les proporcionaremos una mayor comodidad, seguridad y tiempo de estadía, sino que esteremos incrementando el consumo que ellos hacen a los diversos productos y servicios que nuestra rica zona fronteriza sur-sureste ofrece.

Además de que esta iniciativa incentivará el turismo local, también resulta un beneficio no solo para la zona fronteriza sino para todo el país, porque de esta forma se da a conocer la cultura mexicana, sus costumbres, sus raíces, su basta comida y sus tradiciones. Es cuánto. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 52 de la Ley de Migración, a cargo del diputado Enrique Zamora Morlet, del Grupo Parlamentario del PVEM

El que suscribe, diputado Enrique Zamora Morlet, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXIII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforma la fracción III del artículo 52 de la Ley de Migración, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La tarjeta de visitante regional, o TVR, es el instrumento migratorio de visitante local, normado en la Ley de Migración y su Reglamento. Este documento migratorio fue diseñado para facilitar la internación de ciudadanos guatemaltecos, beliceños y personas extranjeras que residan de manera permanente en dichos países a México, y transitar legalmente y de forma gratuita por Campeche, Chiapas, Tabasco y Quintana Roo, cuantas veces lo deseen con permanencia de hasta 3 días naturales (72 horas) por ocasión.

Esta tarjeta se tramita en Chiapas en los puntos de internación que son Carmen Xhan, Ciudad Cuauhtémoc, Ciudad Hidalgo, Talismán y Unión Juárez, y además se iniciará la expedición de tarjetas en Frontera Corozal, Comitán y Palenque. Tiene una vigencia de cinco años a partir de su expedición, y de un año para los menores de tres años de edad y es gratuita.

También hay cinco módulos itinerantes en la capital de Guatemala y las poblaciones de Quetzaltenango, Retalhuleu, Suchitepéquez y Chimaltenango.

Al respecto, es necesario señalar que faltan por ser instalados los módulos itinerantes en las poblaciones de Retalhuleu, Suchitepéquez y Chimaltenango.

En este contexto, resulta importante señalar que derivado de la instalación de los módulos itinerantes y las respectivas embajadas de México en Guatemala y Belice donde se emiten las tarjetas de visitantes regionales, y con base en los datos del flujo migratorio que emite el Instituto Nacional de Migración, sabemos que las cifras de extranjeros nacionales o residentes de los países vecinos de Guatemala y Belice que utilizan la tarjeta de visitante regional ascendió a 1 millón 10 mil 330 personas durante 2014.

Ahora bien, en el periodo enero-julio de 2015, el Instituto Nacional de Migración tiene contabilizado un flujo migratorio regular de 792 mil 970 personas.

Debemos destacar que el flujo migratorio por parte del extranjero nacional o residente de los países vecinos de Guatemala y Belice que utilizan la tarjeta de visitante regional ha ido en aumento, generando inmensos beneficios en diversas áreas.

De igual manera es relevante señalar que este instrumento contribuye ampliamente a crear una frontera sur más segura. Con este sistema de TVR, el Instituto Nacional de Migración ha logrado generar una base de datos que permite tener un mejor control de las entradas y salidas de las personas a territorio mexicano.

Además, el visitante extranjero nacional o residente de los países vecinos de Guatemala y Belice que utilizan la Tarjeta de Visitante Regional, dejan una derrama económica que impulsa el crecimiento de los Estados en los que están autorizados para transitar libremente. Los sectores en los que se observa el beneficio de este instrumento son; el turístico, el hotelero, el restaurantero, los establecimientos mercantiles, los centros recreativos, las ferias, etcétera.

Por lo anterior consideramos de suma importancia que esta soberanía en el ánimo de velar por el desarrollo de la Región Sur-Sureste de nuestro país, apruebe la reforma que propongo a la fracción III, del artículo 52 de la Ley de Migración, ampliando la temporalidad a un plazo de 10 días naturales de estancia del extranjero nacional o residente de los países vecinos de Guatemala y Belice que utilizan la Tarjeta de Visitante Regional para ingresar legalmente a nuestro país.

Toda vez que al permitir que nuestros vecinos guatemaltecos y beliceños permanezcan por 10 días en nuestro país, por un lado proporcionaremos una mayor comodidad, seguridad y tiempo de estadía para los mismos, y por el otro estaremos incrementando directamente el consumo que ellos realizan a los diversos productos y servicios que nuestra rica zona fronteriza sur-sureste ofrece.

En mérito de lo fundado y motivado someto a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma la fracción III del artículo 52 de la Ley de Migración

Único. Se reforma la fracción III del artículo 52 de la Ley de Migración, para quedar como sigue:

Artículo 52. ...

I. y II. ...

III. Visitante regional. Autoriza al extranjero nacional o residente de los países vecinos para ingresar a las regiones fronterizas con derecho a entrar y salir de las mismas cuantas veces lo deseen, sin que su permanencia exceda de diez días y sin permiso para recibir remuneración en el país.

Mediante disposiciones de carácter administrativo, la Secretaría establecerá la vigencia de las autorizaciones y los municipios y entidades federativas que conforman las regiones fronterizas, para efectos del otorgamiento de la condición de estancia de visitante regional.

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de octubre de 2015.— Diputado Enrique Zamora Morlet (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Zamora. Túrnese a la Comisión de Asuntos Migratorios para dictamen.



LEY DE HIDROCARBUROS

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene ahora la palabra por cinco minutos la diputada Norma Rocío Nahle García, del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 46 y décimo octavo transitorio de la Ley de Hidrocarburos.

La diputada Norma Rocío Nahle García:Con su permiso, señor presidente. Esta es una iniciativa de la reciente reforma energética que aprobó el PRI, el PAN, el Partido Verde, principalmente.

¿Por qué estoy haciendo esta propuesta, esta iniciativa de modificar el artículo 46 de la Ley de Hidrocarburos? Pese a las campañas publicitarias para difundir los beneficios, esto que nos vino a decir el secretario Videgaray, que va a bajar la gasolina, que está bajando la luz y todo lo demás, pues ya los estados del sur: Veracruz, Tabasco, Oaxaca, Chiapas, Campeche –principalmente– están resintiendo los efectos de esta reforma energética.

Nos dijeron que se iban a generar más empleos con el capital privado extranjero y nacional, nos dijeron que esta reforma representa una de las más grandes oportunidades para México de los últimos años, y si aprovechamos esta oportunidad, se van a crear cientos de miles de nuevos y mejores salarios.

Hoy el sureste se llena de colombianos, de venezolanos, de brasileños; así como en Nuevo León está lleno de coreanos que vienen a trabajar, mientras que el personal obrero, operario y profesionista, no tiene empleo. De hecho Pemex está jubilando y liquidando al personal que se tardó 20 o 30 años en capacitar, y que pese a que nos dicen que no somos capaces, que no podemos ¿Cómo fue que logramos hacer una empresa de clase mundial, una petrolera del tamaño de Petróleos Mexicanos? Nosotros no lo aceptamos.

Por eso estamos proponiendo que se reforme el artículo 46 y se suba el contenido nacional. Se especificó que iba a haber hasta un 35 por ciento de contenido nacional, es decir, de 100 trabajadores, se pueden contratar 35 nacionales y el resto extranjeros. Al igual que bienes y servicios, porque nos dijeron que éramos inútiles para ir a aguas profundas y ultraprofundas.

Estamos proponiendo que se modifique y sea un mínimo de contenido nacional del 90 por ciento. Vamos a obligar a que aquí –en el país– se hagan los elementos de manufactura que se necesiten para extraer y perforar, no que ahora los traen de afuera. Es una muy mala política y una muy mala reforma la que se aprobó.

En la cláusula 18 del modelo de contrato, de producción compartida de los contratos petroleros, nos dicen que será el 17 por ciento durante el período de evaluación de contenido nacional y el 25 por ciento al iniciar el período de desarrollo para llegar a un 35 por ciento hasta el 2025. Imagínense nada más, mientras nuestra gente no tiene empleo y le estamos ofertando a los extranjeros mano de obra.

Para aquellos que nos dicen que el Tratado de Libre Comercio en materia de contenido nacional nos limita, pues hay que recordarles que el principio de reciprocidad y no discriminación de la Organización Mundial de Comercio, porque están al servicio de empresas petroleras que no tienen patria, ellas van a todos lados y sin ninguna clase de principios; pregúntenle a Nigeria, pregúntenle a Ecuador, pregúntenle a Francia, pregúntenle a donde van y ya los estamos viviendo y los vamos a ver aquí.

Es por ello, que a nombre del Grupo Parlamentario de Morena hacemos esta iniciativa, represento a mi distrito de Coatzacoalcos, un distrito netamente petrolero. Hoy, los profesionistas están en la calle y están llegando brasileños, y están llegando colombianos y están llegando venezolanos y nosotros no tenemos empleo, es lo mínimo que podemos hacer compañeros. Es cuanto.

«Iniciativa que reforma los artículos 46 y décimo octavo transitorio de la Ley de Hidrocarburos, a cargo de la diputada Norma Rocío Nahle García, del Grupo Parlamentario de Morena

Las y los que suscriben, diputadas y diputados a la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión e integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Regeneración Nacional (Morena), con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Ley Fundamental y 6, numeral 1, fracción I, y 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto para incrementar el contenido nacional en los contratos petroleros y de mano de obra nacional y de trabajo calificada, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El interés de Morena es de lealtad y compromiso con el pueblo mexicano. La apertura de las labores de exploración y explotación de hidrocarburos al capital privado nacional e internacional, ha empezado a desplazar mano de obra, bienes y servicios nacionales por extranjeros.

En el futuro cercano esta tendencia se profundizará por el bajo porcentaje de contenido nacional de al menos treinta y cinco por ciento exigido en el artículo 46 de la Ley de Hidrocarburos.

Dicha meta excluirá la exploración y extracción de hidrocarburos en aguas profundas y ultraprofundas. La Secretaría de Economía, con la opinión de la Secretaría de Energía, deberá establecer una meta de contenido nacional acorde con las características de dichas actividades.

Los asignatarios y contratistas deberán cumplir individualmente y de forma progresiva con un porcentaje mínimo de contenido nacional que la Secretaría de Energía, con la opinión de la Secretaría de Economía, establezca en las asignaciones y contratos para la exploración y extracción.

Peor aún, en la cláusula 18 del modelo de contrato de producción compartida y 17 por ciento durante el periodo de evaluación y 25 por ciento al iniciar el periodo de desarrollo, hasta llegar a 35 por ciento en 2025.

Con esos porcentajes de contenido nacional se deberán cubrir los rubros definidos por la Secretaria de Economía:

1. Bienes

2. Mano de obra

3. Servicios

4. Capacitación

5. Transferencia tecnológica

6. Infraestructura

Ni la Secretaría de Economía ni la Secretaría de Energía definen la cuota de contenido nacional que las empresas deberán cubrir para cada rubro. Solicitarán a las empresas los programas que ejecutarán y que serán aprobados o no a total discrecionalidad de ambas secretarías del despacho.

Un sector muy golpeado apenas iniciada la Ronda 1 es la mano de obra calificada y no calificada, ya ha dejado a muchos técnicos y profesionales en la materia sin empleo. Las empresas petroleras y de servicios que se han adjudicado contratos han privilegiado la contratación de mano de obra extranjera. No sólo eso, Óscar Orta, representante de Manpower para la región norte del país, señaló que las empresas dedicadas al sector petrolero ofrecen sueldos más altos y mejores prestaciones a ingenieros y obreros extranjeros que a nacionales.

En Tabasco y en Veracruz, las zonas petroleras más importantes del país, es en donde hay un mayor desplazamiento de la mano de obra nacional por extranjeros.

Las empresas argumentan que sus trabajadores están mejor capacitados, además de que necesitan demostrar curricularmente, ante la CNH, que los técnicos e ingenieros propuestos tiene la capacitación necesaria.

En efecto, en los criterios de precalificación solicitados de las bases de licitación de CNH se anota lo siguiente: deberá demostrar que el personal propuesto para las posiciones gerenciales claves que se encargará de las operaciones tiene, cada uno, cuando menos 10 años de experiencia gerencial y fichas curriculares que acredite la experiencia mínima de 10 años en posiciones gerenciales y de operaciones en proyectos de exploración y extracción costa afuera, y que en conjunto haya realizado entre otras: la dirección en actividades de exploración y producción en aguas someras o profundas; el diseño y ejecución de planes de exploración y desarrollo, y la aprobación de presupuestos relativos a la inversión y gastos de proyectos de exploración y operacional... Se considerarán puestos tales como: administrador de proyectos; directos de operación; directos de perforación; directos de producción; directos de exploración; o puestos análogos...

No obstante que la ley no condiciona la contratación de ingenieros ni de obreros de una nacionalidad específica, las empresas dan preferencia a los extranjeros.

Históricamente, el país no ha contado con las herramientas legales y procedimentales debidas para proteger a su propio mercado y trabajadores. Basta recordar el penoso caso relacionado con la reconfiguración de las refinerías durante la administración zedillista ubicadas en Cadereyta y Madero, donde la empresa coreana Sunkyong, ganadora del proyecto además de las cantidades otorgadas en el contrato, solicitó en gastos y trabajos adicionales una cantidad cercana a los mil millones de dólares para Cadereyta; mientras que en Madero la cantidad ascendía a los 300 millones de dólares, sin que dicha empresa coreana fuera obligada a comprar equipos y materiales nacionales, ya que desde Corea fueron importados (i) equipos y materiales usados que no sólo no cumplían con lo solicitado por Pemex-Refinación en cuanto a proporcionar equipo nuevo, sino tampoco representaban la solución a la modernización requerida; y (ii) trabajadores asiáticos que, en forma mayoritaria, representaban el personal a cargo de la obra y al que se tuvo en condiciones de vida infrahumanas en Tamaulipas.

Es una práctica muy común que los proveedores internacionales apliquen indebidamente el poder de mercado para competir con las industrias locales, utilizando, entre otros, su mayor poder de compra para dejar en desventaja a las empresas nacionales. Por ello, las medidas de contenido nacional sirven para que la industria nacional no se encuentre en desventaja.

Esta práctica no es exclusiva de las empresas de servicios, las empresas petroleras vulneran los principios más básicos de la economía de mercado, que teóricamente deberían ser sancionados y no lo son.

Las empresas petroleras integran un mercado oligopólico que opera con barreras para impedir la entrada de nuevos competidores, utilizan prácticas para coludirse y manejar el precio de producción y mantener contenidos nacionales muy bajos, entre otros, como un mecanismo de fuerza para eliminar mercados nacionales: laborales, de proveedores o a las empresas petroleras nacionales.

Así han mantenido el control de la industria petrolera en el mercado internacional. Su capital no tiene nacionalidad ni filiación política, pero si se acogen bajo la bandera del país que las “ampare” legalmente para depredar los hidrocarburos y los mercados.

Esto es lo que en realidad protege el principio de reciprocidad y no discriminación de la OMC. Esto es lo que “defiende” el TLC, la entrega de un recurso estratégico y la destrucción del mercado laboral y de proveedores a cambio de brindar todas las garantías a empresas mercenarias.

Por lo expuesto, los integrantes del Grupo Parlamentario de Morena proponemos incrementar el contenido nacional en los contratos petroleros y la mano de obra nacional, por lo que sometemos a consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforman los artículos 46 y décimo octavo transitorio de la Ley de Hidrocarburos

Artículo Primero.Se reforma el artículo 46, párrafos primero a quinto, de la Ley de Hidrocarburos, para quedar como sigue:

Artículo 46.El conjunto de actividades de exploración y extracción de hidrocarburos que se realicen en territorio nacional a través de asignaciones y contratos de exploración y extracción deberá alcanzar, en promedio, al menos ochenta y cinco por ciento de contenido nacional y al menos el noventa por ciento de mano de obra nacional y de trabajo calificada.

Dicha meta noexcluirá la exploración y extracción de hidrocarburos en aguas profundas y ultra profundas. La Secretaría de Economía, con la opinión de la Secretaría de Energía, deberáestablecer una meta de contenido nacional acorde con las características de dichas actividades y de mano de obra nacional y de trabajo calificada.

Los asignatarios y contratistas deberán cumplir individualmente con el porcentaje de contenido nacional que la Secretaría de Energía, con la opinión de la Secretaría de Economía, deberá establecer en las asignaciones y contratos para la exploración y extracción, el porcentaje señalado en el primer párrafo del presente artículo.

Las asignaciones y contratos de exploración y extracción deberán incluir un programa de cumplimiento del porcentaje de contenido nacional y de mano de obra nacional y de trabajo calificada a que se refiere el párrafo anterior, incluyendo los plazos y etapas aplicables. Para el caso de los contratos para la exploración y extracción, la meta de contenido nacional deberá ser incluida en las bases del procedimiento de licitación y adjudicación de los mismos.

La Secretaría de Economía establecerá la metodología para medir el contenido nacional en asignaciones y contratos para la exploración y extracción y verificará el cumplimiento del porcentaje de contenido nacional y de mano de obra nacional y de trabajo calificada tratándose de las asignaciones y contratos para la exploración y extracción, conforme al programa que se establezca, para lo cual podrá contar con el apoyo de un tercero independiente.

...

I. a V. ...

...

La aplicación de este artículo será sin perjuicio de lo dispuesto en los tratados internacionales y acuerdos comerciales suscritos por México.

Artículo Segundo.Se reforma el artículo décimo octavo transitorio, último párrafo, de la Ley de Hidrocarburos, para quedar como sigue:

Décimo Octavo. ...

I. a III. ...

...

Se realizarán las acciones necesarias para que la Secretaría de Economía emita la metodología para medir el contenido nacional y de mano de obra nacional y de trabajo calificada a más tardar dentro de los noventa días naturales siguientes a la publicación en el Diario Oficial de la Federación.

...

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Artículo 46.El conjunto de actividades de exploración y extracción de hidrocarburos que se realicen en territorio nacional a través de asignaciones y contratos de exploración y extracción deberá alcanzar, en promedio, al menos treinta y cinco por ciento de contenido nacional.

2 Comisión Nacional de Hidrocarburos, “Ronda 1/Aguas Someras- Segunda Convocatoria. Bases de Licitación CNH-R01-L02/2015”, pp. 36.

3 López Velarde, Alejandro, Eduardo Barrón y José Alberto Ortúzar. “Aspectos económicos y legales de las nuevas reglas de contenido nacional en hidrocarburos”, en Energía a Debate, marzo de 2015, pp. S/N

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de septiembre de 2015.— Diputados: Norma Rocío Nahle García, Guadalupe Hernández Correa, Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, Cuitláhuac García Jiménez, Blanca Margarita Cuata Domínguez (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Nahle. Túrnese a la Comisión de Energía, para dictamen.



LEY DE EXPROPIACIÓN

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene ahora la palabra, por cinco minutos, el diputado Moisés Guerra Mota, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 9o de la Ley de Expropiación.

El diputado Moisés Guerra Mota:Con su venia, señor presidente. Diputadas y diputados, vengo del estado de Nayarit, de Bahía de Banderas, con mucha ilusión para que los diputados y diputadas que están aquí no vayan a desechar, no la vayan a olvidar.

Vengo ante estas columnas de granito y terracota, y protegido por la frase de Benito Juárez a recordarles que Miguel Acosta Romero define la expropiación como un acto de derecho público, por medio del cual el Estado impone al particular la transferencia de la propiedad de determinados bienes cuando los mismos sean necesarios para la realización de la actividad del Estado y exista causa de utilidad pública que así lo requiera, siempre que se cubra al particular una indemnización por esta transferencia.

Actualmente la Ley de Expropiación señala los criterios que habrán de considerarse como causa de utilidad pública, así como el procedimiento que integra el expediente de la declaratoria de expropiación. En este sentido, el artículo 9 señala los términos que para una vez realizada la declaratoria de expropiación, ocupación temporal o limitación de dominio que no fueran destinados total o parcialmente al fin que se causa dentro del término de cinco años el propietario afectado podrá solicitar la revisión total o parcial del bien que se trate.

Norberto Bobbio señala que para que un precepto legal se considere eficaz éste debe garantizar el cumplimiento del mismo y señale que el poder efectivo es el poder que consigue obtener los resultados propuestos. La norma eficaz es la norma observada o cumplida. La eficacia de la norma depende de la eficacia del poder, así como la efectividad del poder depende del hecho que dependen las normas que sean eficaces.

Atendiendo lo anterior, el suscrito considera que la falta de notificaciones a los titulares afectados vulneran los derechos de los titulares afectados y, si la legislación en materia dispone que sean notificados de la declaratoria de expropiación, estos también deben ser notificados de que ha fenecido el término concedido para ejecutar causa de utilidad pública y a su vez inicie el procedimiento de revisión.

El objeto de la presente iniciativa es reformar el artículo 9 de la Ley de Expropiación, es perseguir el aprovechamiento íntegro del bien afectado, así como el debido cumplimiento al procedimiento de revisión en el supuesto que no fuere destinado al fin que se dio causa a la declaratoria respectiva. Muchas gracias. Es cuanto, señor presidente.

«Iniciativa que reforma el artículo 9o. de la Ley de Expropiación, a cargo del diputado Moisés Guerra Mota, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, diputado Moisés Guerra Mota, integrante de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta honorable asamblea la iniciativa de ley con proyecto de decreto que reforma el artículo 9 de la Ley de Expropiación en atención a la siguiente

Exposición de Motivos

La expropiación por causa de utilidad pública, definida por Miguel Acosta Romero como un acto de Derecho Público, por medio del cual el Estado impone al particular la transferencia de propiedad de determinados bienes, cuando los mismos sean necesarios para la realización de la actividad del Estado y existe una causa de utilidad pública que así lo requiera, siempre que se cubra al particular una indemnización por esa transferencia.

Actualmente para regir el procedimiento, la Ley de Expropiación en su artículo 1º, señala los criterios que habrá de considerar la Secretaria de Estado competente para considerarse como causas de utilidad pública; así mismo los artículos 2o y 3º indican el procedimiento para integrar el expediente respectivo, el artículo 4º dispone que la declaratoria de expropiación, de ocupación temporal o de limitación de dominio, se hará mediante decreto del Ejecutivo Federal que se publicará en el Diario Oficial de la Federación.

En este orden de ideas el artículo 9o señala los términos para que una vez realizada la declaratoria de expropiación, ocupación temporal o limitación de dominio no fueren destinados total o parcialmente al fin que dio causa a la declaratoria respectiva, dentro del término de cinco años, el propietario afectado podrá solicitar a la autoridad que haya tramitado el expediente, la reversión total o parcial del bien de que se trate, o la insubsistencia de la ocupación temporal o limitación de dominio, o el pago de los daños causados.

El objeto de la presente iniciativa de reforma al artículo 9º de la Ley es perseguir el aprovechamiento íntegro del bien afectado, así como el debido cumplimiento al procedimiento de reversión en el supuesto no fueren destinado total o parcialmente al fin que dio causa a la declaratoria respectiva, tal y como lo establece la ley.

En este sentido es importante señalar que legislación en la materia actual, solo establece a que sean notificados los titulares que fueron afectados por alguna declaratoria de causa de utilidad pública, así como del procedimiento, pero en ningún artículo señala que los afectados sean notificados que ha fenecido el termino concedido a la autoridad para ejecutar la causa de utilidad pública; atendiendo a lo anterior el suscrito considera que la falta de notificación a los titulares afectados vulnera los derechos de los titulares afectados y si la legislación en la materia dispone que sean notificados de la declaratoria y del procedimiento; estos también deben de ser notificados de que ha fenecido el termino concedido a para ejecutar la causa de utilidad pública y a su vez inicien el procedimiento reversión.

Norberto Bobbio señala para que precepto legal se considere eficaz, este debe de garantizar el estricto cumplimiento de la misma, indica que:” El Poder efectivo es el poder que consigue obtener el resultado propuesto; norma eficaz es la norma observada o cumplida. La eficacia de la norma depende de la efectividad del poder, así como la efectividad del poder depende del hecho de que las normas sean eficaces.

Razones por las cuales el suscrito considera, que la Ley de Expropiación actual vulnera los derechos de los titulares afectados sujetos a un procedimiento de Expropiación, y deben ser notificados que la autoridad competente no consumo el objeto en el término concedido por la ley, por lo que, con la modificación a este artículo se pretende que tanto la autoridad responsable le dé un puntual cumplimiento a la ejecución de la utilidad pública, y en caso contrario los titulares afectados inicien el procedimiento de reversión.

En atención a lo anterior el suscrito pone a la consideración de esta Honorable asamblea:

Decreto por el que se reforma el artículo 9º de la Ley de Expropiación

Único. Se reforma el artículo 9º de la Ley de Expropiación para quedar como sigue:

Ordenamiento a modificar

Artículo 9º.- Si los bienes que han originado una declaratoria de expropiación, ocupación temporal o limitación de dominio no fueren destinados total o parcialmente al fin que dio causa a la declaratoria respectiva, dentro del término de cinco años; fenecido el término de cinco años se notificará personalmente por la autoridad que haya iniciado el trámite del expediente, a los titulares de los bienes y derechos que dieron causa a la declaratoria de expropiación, ocupación temporal o limitación de dominio.

El propietario afectado podrá solicitar a la autoridad que haya tramitado el expediente, la reversión total o parcial del bien de que se trate, o la insubsistencia de la ocupación temporal o limitación de dominio, o el pago de los daños causados.

Dicha autoridad dictará resolución dentro de los cuarenta y cinco días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud. En caso de que se resuelva la reversión total o parcial del bien, el propietario deberá devolver únicamente la totalidad o la parte correspondiente de la indemnización que le hubiere sido cubierta.

El derecho que se confiere al propietario en este Artículo, deberá ejercerlo dentro del plazo de dos años, contado a partir de la fecha en que sea exigible .

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

i Acosta Romero, Miguel. Derecho administrativo.

ii Bobbio, Norberto. Sobre el principio de legitimidad.

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de septiembre de 2015.— Diputado Moisés Guerra Mota (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Guerra. Túrnese a la Comisión de Gobernación, para dictamen.



LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene ahora la palabra por cinco minutos el diputado Jesús Rafael Méndez Salas, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

El diputado Jesús Rafael Méndez Salas:Con la venia de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados, la descentralización de funciones a los estados y municipios se concibe como un factor que contribuye a mejorar la eficiencia de la gestión pública. El esquema representa la transferencia de cuantiosas sumas de recursos del gobierno federal a las entidades federativas, municipios, Distrito Federal y sus demarcaciones territoriales.

En términos generales la descentralización presupuestal implica que los estados y municipios no sólo ejerzan los fondos públicos, sino las decisiones de asignación de dichos recursos. La idea es que se tomen las mejores decisiones en la asignación de recursos, se atiendan las necesidades de la población y se emprendan acciones que propicien el combate a la pobreza y al desarrollo regional.

Sin embargo, la descentralización tiene sus costos. Si se transfieren los recursos a los estados y municipios y no se establecen preceptos legales que obliguen a las autoridades a rendir cuenta de estos recursos, los efectos positivos se verán significativamente mermados.

Estamos en medio de una crisis de credibilidad social generada por la falta de transparencia y rendición de cuentas. La ciudadanía está cansada de la opacidad con la que operan muchos gobernadores. Es un hecho que lastima y ofende a millones de familias, que nunca se enteran a dónde va a parar el dinero de sus impuestos, por ello requieren saber cómo se gasta y en qué se gastan las aportaciones federales.

Los recursos que la Federación ha orientado a los estados y municipios se han incrementado en los últimos años, sin embargo, una parte significativa de este gasto se ejerce de manera discrecional y con total opacidad.

El diagnóstico sobre la opacidad en el gasto federalizado para el año 2013 revela que la asignación de recursos no implica que estos hayan sido ejercidos eficientemente por los gobiernos locales, pues existen subejercicios significativos y recurrentes en algunos fondos y programas, así como reasignaciones.

Para el año 2014, de acuerdo con un estudio realizado por el Foro Económico Mundial, México perdió 18 lugares en el corporativo internacional sobre la eficiencia del ejercicio del gasto público, cifras que muestran un problema estructural de corrupción en los diferentes niveles de gobierno, ya sea por falta de transparencia o por no aplicar los recursos en tiempo y forma, propiciando subejercicios.

La transparencia y rendición de cuentas es fundamental en una democracia consolidada, ya que es una forma de vincular permanentemente a gobernadores y gobernados, implica informar, explicar y justificar sobre las acciones de los servidores públicos en el cumplimiento de sus obligaciones y administración de recursos, así como determinar las acciones que se deriven de su mal manejo y aplicación.

El subejercicio quiere decir que los recursos no se aplicaron en el plazo que contempla el Presupuesto de Egresos de la Federación. Ambas circunstancias son preocupantes y se debe poner especial énfasis en revertirlas.

Para Nueva Alianza este es un reto y un compromiso con la sociedad, por eso ponemos a su consideración la presente iniciativa, que busca corregir una importante omisión en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

El Presupuesto de Egresos de la Federación se rige, entre otros, por el principio de anualidad, que determina el tiempo de ejecución y vigencia del mismo, no obstante la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria no establece de manera clara y precisa el significado y alcance de este principio.

En ese sentido, proponemos adicionar una fracción XXXVII Bis al artículo 2o., que establece el principio de anualidad y limita la aplicación de los recursos públicos a la vigencia del Presupuesto de Egresos, que comprende del 1 de enero al 31 de diciembre del ejercicio fiscal correspondiente.

Los recursos no erogados en dicho ejercicio fiscal serán reintegrados a la Tesorería Federal dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio. Asimismo consideramos pertinente establecer la obligación de los estados, municipios, territorio federal y sus demarcaciones territoriales de manejar el gasto federalizado en cuentas públicas específicas, que permitan su identificación, seguimiento y evaluación, a fin de facilitar una adecuada fiscalización.

Compañeras y compañeros legisladores, en Nueva Alianza pretendemos que se acabe la opacidad en cuanto al manejo del dinero de las aportaciones federales. No pedimos mucho, solo que pongan el dinero que les da la federación en una cuenta bancaria específica para que todos sepamos su destino.

Queremos que cada año haya cuentas claras y transparentes, somos la bancada de la igualdad y entendemos que todos por igual debemos rendir cuentas, sean gobernadores, presidentes municipales o diputados, porque el dinero de todos los mexicanos, y cuidar que se aplique de manera correcta y con transparencia, es una obligación y un compromiso para Nueva Alianza. Por su atención, muchas gracias. Es cuanto, señor presidente.

«Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Jesús Rafael Méndez Salas, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

El que suscribe, Jesús Rafael Méndez Salas, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza en la LXIII legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo establecido en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, al tenor del siguiente

Planteamiento del problema

A fin de prestar una mejor atención a la ciudadanía, el Estado Mexicano inició desde hace varios años un proceso de descentralización de funciones prioritarias para el desarrollo nacional; trasladando a los gobiernos locales la responsabilidad y facultad de atender algunas de las necesidades sociales básicas, principalmente en servicios públicos y combate de la pobreza.

El proceso de descentralización se fundamenta en la necesidad de transferir atribuciones del gobierno federal a otros órdenes de gobierno locales, quienes por su cercanía con la gente pueden tomar decisiones más enfocadas en la población involucrada a fin de distribuir equitativamente los recursos públicos, acelerar la prestación de servicios y fomentar el desarrollo equilibrado de todas las regiones del país.

Esta descentralización ha conllevado no sólo la redistribución de facultades, también ha implicado la transferencia de cuantiosas sumas de recursos del gobierno Federal a las Entidades Federativas, municipios, el Distrito Federal y sus demarcaciones territoriales, quienes tienen a su cargo funciones como seguridad pública, servicios de salud y construcción de infraestructura, entre otras.

Si bien la descentralización tiene grandes ventajas sobre la oportunidad y eficacia en la prestación de servicios y atención ciudadana, también lo es que la transferencia de funciones y recursos debe estar debidamente acompañada de mecanismos de transparencia y rendición de cuentas que permitan asegurar el uso eficiente, oportuno y eficaz del gasto público. Desafortunadamente, los resultados de las auditorías realizadas por la Auditoría Superior de la Federación (ASF) a la Cuenta Pública de nuestro país, año con año, han dejado al descubierto la existencia de diversas áreas de opacidad relacionadas con el gasto federalizado, que de acuerdo con cifras de la propia ASF ascendieron a 13,269.9 miles de millones de pesos durante el periodo 2000-2012.

En este sentido, resulta relevante destacar que el “Diagnóstico sobre la Opacidad en el Gasto Federalizado” para el año 2013 incluye un apartado que aborda la problemática en la aplicación de estos recursos; en el cual la Auditoría Superior de la Federación indica:

Una vez ministrados los recursos a las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales, en estos últimos casos, por conducto de las primeras, para la federación dichos recursos se consideran devengados, ejercidos y pagados. Lo anterior no significa que los recursos estén ejercidos efectivamente por los gobiernos locales, ya que existen subejercicios significativos y recurrentes en algunos fondos y programas; por ejemplo, en 2011, en el FISE, al 31 de diciembre de ese año, no se ejerció 43.3 por ciento respecto de su importe asignado, en el FASP 40.3, en el FAM 38.5 y en el Seguro Popular 30.4.

Aunque la norma establece que las entidades federativas y municipios informen sobre los subejercicios, no se atiende plenamente esta disposición; el desconocimiento del ejercicio efectivo del gasto federalizado constituye un significativo espacio de opacidad en la gestión de éstos.

Es decir, un claro ejemplo del ineficiente uso de los recursos públicos son los denominados “subejercicios” que, de acuerdo con el artículo 2o., fracción LII, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria son “las disponibilidades presupuestarias que resultan, con base en el calendario de presupuesto, del incumplimiento de las metas contenidas en los programas o de la falta del compromiso formal de la ejecución”. Dichas prácticas derivan de un presupuesto ejercido de manera distinta de la que se calendarizó originalmente, imposibilitando el arrojo de resultados, objetivos y metas cumplidas, trayendo a su vez un desequilibrio que ahondará en el ejercicio deficiente e ineficaz del gasto, limitando la transparencia y la rendición de cuentas, trayendo como consecuencia mayor desigualdad entre los diferentes estratos de la sociedad.

La aplicación inoportuna de los recursos públicos implica no sólo una afectación a la sociedad que no recibe los beneficios que conlleva el gasto social, sino que también conlleva problemas de registro, control y reintegro de los recursos públicos no aplicados, que afectan la transparencia del gasto en nuestro país.

Asimismo, el citado estudio revela que otra área de opacidad se encuentra en la transferencia y recepción de los recursos de los fondos y programas pues “para el manejo de los recursos federales que son transferidos a las entidades federativas y por medio de éstas a los municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, se debe abrir una cuenta bancaria única y específica para cada fondo o programa y sus rendimientos financieros; no obstante, la ASF ha detectado en sus auditorías el incumplimiento de esta disposición con una elevada frecuencia y recurrencia lo que afecta la transparencia en la gestión de los recursos, así como su fiscalización, ya que propicia la mezcla de recursos de diferentes fuentes de financiamiento, que limitan la identificación de los recursos federales correspondientes al fondo o programa respectivo”.

Tal es el caso que en la revisión de la Cuenta Pública de 2013, la Auditoría Superior de la Federación informó: “En el contexto del gasto federalizado, la aplicación posterior de los recursos no ejercidos pone en riesgo la garantía de su aplicación efectiva para los fines previstos por su normativa. Un elemento que limitaría la posibilidad de incurrir en subejercicios es la observancia del principio de anualidad en la utilización de estos recursos”.

Además, detectó que “una práctica recurrente en los gobiernos de las entidades federativas es hacer uso de una cuenta concentradora en la que se mezclan los recursos de índole federal y local. Esto ha traído como consecuencias: 1. Pérdida de control del vínculo entre el origen y el destino de los recursos; 2. Generación de incentivos para utilizar recursos federales con fines específicos en atención de requerimientos financieros de los gobiernos locales; 3. Espacios de discrecionalidad para ejecutores del gasto en detrimento del cumplimiento de los objetivos; 4. Desafíos para la fiscalización superior en cuanto al seguimiento del uso final de los recursos federales...”

Tales diagnósticos y resultados de auditoría dan cuenta del sesgo existente en las medidas de transparencia del gasto federalizado, lo que ha motivado que en los últimos años, las medidas y estrategias tomadas para aplicación oportuna, eficaz y de calidad del gasto público aumentaran, derivado de la necesidad de lograr un mejor aprovechamiento de los recursos públicos para obtener resultados que traigan consigo beneficios y desarrollo a todas y todos los mexicanos.

Sin embargo, a pesar de los esfuerzos realizados mediante las creación de nuevos ordenamientos jurídicos y administrativos de transparencia, eficiencia, eficacia y rendición de cuentas; en el año 2014 según un estudio realizado por “El Foro Económico Mundial”, México perdió 18 lugares en el comparativo internacional sobre la Eficiencia del ejercicio del Gasto Publico, llevándolo del lugar 81 al 99 de la clasificación en la categoría denominada “Despilfarro en el gasto público”, tal dato da muestra clara de los insuficientes resultados que se han arrojado después de la implementación de estos nuevos mecanismos.

Siendo tan amplias las repercusiones derivadas de los casos de ineficaz aplicación de recursos públicos antes mencionadas, resulta indispensable que las leyes competentes establezcan con claridad la obligación de los ejecutores del gasto de ejercer en tiempo y forma los recursos a su cargo y fomentar que los recursos provenientes del gasto federalizado sean claramente identificados, aplicados y comprobados en el ejercicio en que fueron presupuestados.

Argumentación

Los recursos que requiere el gobierno para el cumplimiento de sus funciones son denominados “gasto público”. Su destino y orientación se detallan en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) del año correspondiente, que es considerado uno de los instrumentos claves a disposición del Estado para influir de forma directa en la economía nacional.

Asimismo, es una herramienta que le permite cumplir con la producción de bienes y servicios para la satisfacción de las necesidades de la sociedad en general con el fin de impulsar el bien común, eliminar las brechas de desigualdad y alcanzar el desarrollo integral a nivel nacional. Propiamente, el Presupuesto de Egresos de la Federación es un acto de carácter financiero y legislativo que permite a la Administración Pública cumplir sus funciones, así como orientar, destinar y usar los recursos monetarios del Estado para obtener los resultados esperados respecto a las demandas y necesidades de los diversos sectores de la sociedad.

Por tanto, existe una interrelación entre el presupuesto, la acción del estado y la organización social.

Además de ser un acto legislativo de competencia exclusiva de la Cámara de Diputados, para su programación, aplicación y evaluación el PEF se rige por principios como unidad; especialidad; planificación; previsión; periodicidad; claridad; publicidad; exactitud; exclusividad y anualidad; este último es sumamente importante, ya que determina el tiempo de ejecución y vigencia del mismo; característica que limita su aplicación en el tiempo a un año fiscal, es decir del 1 de enero al 31 de diciembre.

En nuestro país, el artículo 74, fracción IV, de la Constitución Política establece que es facultad exclusiva de la Cámara de Diputados aprobar “anualmente” el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Sin embargo, a pesar de ser un principio fundamental del Presupuesto de Egresos, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria no establece de manera clara y precisa el significado y alcance de este principio inherente al Presupuesto, se da por entendido en el artículo 39 de la misma y en algunas otras partes en las que se cita: “ejercicio fiscal”, “metas anuales”, “objetivos anuales” “programación y presupuestación anual”, sin embargo, aunque diversos ordenamientos en materia presupuestal contemplan la obligación de los ejecutores del gasto de apegarse al principio de anualidad para la correcta aplicación de los recursos públicos a su cargo; el alcance de dicho principio se encuentra limitado al no encontrarse dentro de los propios ordenamientos legales una definición precisa que establezca su significado e implicación.

Asimismo, la normativa en materia presupuestal contempla la obligación y necesidad de que los recursos públicos sean administrados en cuentas bancarias específicas que permitan conocer el origen de los recursos y por lo tanto asegurar que su aplicación se realice en los fines previstos por la propia norma, facilitando no sólo la consecución de los objetivos y metas previstos para cada fondo, sino también su fiscalización y la entrega de los informes trimestrales que los órganos locales deben presentar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Como quedó asentado en líneas anteriores, los propios resultados de las auditorías y revisiones realizadas por la ASF cada año, dan cuenta de la permanencia de dichas áreas de opacidad en torno al gasto federalizado y de la existencia de un gran número de irregularidades en el ejercicio del gasto público, derivadas de la falta de claridad y de la omisión en las leyes correspondientes del tiempo y fecha límite para ejercer y administrar los recursos, con eficacia, eficiencia y transparencia.

Por eso, en el Grupo Parlamentario de Nueva Alianza consideramos que si bien los procesos de transferencia de funciones y recursos de la federación a las entidades estatales y municipales resultan necesarios para prestar la atención debida y focalizada a la sociedad, resulta indispensable que tales transferencias se aparejen de las medidas que fortalezcan el marco institucional y tornen más eficiente el proceso de gestión de las transferencias federales.

Resulta más que necesario establecer claramente los alcances e implicaciones de ceñir la aplicación de los recursos públicos al principio de anualidad; y establecer la obligación de los ejecutores locales del gasto de manejar el gasto federalizado en cuentas bancarias específicas que permitan su identificación, seguimiento y evaluación. Tales medidas coadyuvarán a disminuir los actos irregulares, como los denominados subejercicios o reasignaciones, la aplicación de recursos en fines distintos a los establecidos para cada fondo, la falta de presentación de información precisa y oportuna en los informes trimestrales y en general el acrecentamiento de la desigualdad, pobreza, y estancamiento en el desarrollo social y económico de las regiones de nuestro país.

Por las consideraciones expuestas y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento ante esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en materia de transparencia y oportunidad en la aplicación de recursos públicos

Único. Se adiciona la fracción XXXVII Bis al artículo 2o., se reforma el artículo 23, se reforma el párrafo quinto del artículo 51, se reforma el párrafo primero y se adicionan las fracciones XI y XII del artículo 75, se reforma el párrafo segundo y se adiciona el párrafo tercer del artículo 79, se reforman las fracciones II, III y IX del artículo 82, y se reforma el primer párrafo del artículo 83 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para quedar como sigue:

Artículo 2. Para efectos de esta ley se entenderá por

I. a XXXVII. ...

XXXVII Bis. Principio de anualidad: limita la aplicación de los recursos públicos a la vigencia del Presupuesto de Egresos que comprende del 1o. de enero al 31 de diciembre del ejercicio fiscal correspondiente, los recursos que no se hubieren ejercido durante dicho plazo sólo podrán erogarse en términos de lo dispuesto en el artículo 54 de esta ley.

Artículo 23. En el ejercicio de sus presupuestos, las dependencias y entidades se sujetarán estrictamente al principio de anualidad ya los calendarios de presupuesto autorizados a cada dependencia y entidad en los términos de las disposiciones aplicables, atendiendo los requerimientos de las mismas.

...

...

...

...

...

...

...

...

Artículo 51. La Tesorería de la Federación, por sí y a través de sus diversas oficinas, efectuará los cobros y los pagos correspondientes a las dependencias.

...

...

...

La ministración de los recursos atenderá primordialmente los principios de anualidad, oportunidad y respeto a los calendarios de gasto que se elaborarán con base en las prioridades y requerimientos de las dependencias y entidades, con el objeto de lograr una mayor eficacia en el uso de los recursos públicos.

...

Artículo 75.Los subsidios deberán sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, anualidad,selectividad y temporalidad, para lo cual las dependencias y entidades que los otorguen deberán

I. a X. ...

XI. Establecer mecanismos de participación social que fomenten la intervención, responsabilidad e iniciativa de los beneficiarios en la gestión de los recursos y apoyos, a fin de lograr la aplicación oportuna y focalizada de los mismos.

XII. Asegurar que para la recepción, administración, control, pago y registro de los recursos, se emplee una cuenta bancaría específica que permita su plena identificación.

...

Artículo 77.Con objeto de cumplir lo previsto en el segundo párrafo del artículo 1 de esta Ley, se señalarán en el Presupuesto de Egresos los programas a través de los cuales se otorguen subsidios y aquellos programas que deberán sujetarse a reglas de operación. La Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos, podrá señalar los programas, a través de los cuales se otorguen subsidios, que deberán sujetarse a reglas de operación con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice en el ejercicio fiscal en que fueron transferidos y en apego al principio de anualidad, con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia. Asimismo, se señalarán en el Presupuesto de Egresos los criterios generales a los cuales se sujetarán las reglas de operación de los programas.

...

I. y II. ...

...

...

...

Artículo 79. El Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría, con base en el Presupuesto de Egresos y sujetándose en lo conducente en los artículos 74 a 78 de esta ley, determinará la forma y términos en que deberán invertirse los subsidios que otorgue a las entidades federativas, a los municipios y, en su caso, a los sectores social y privado.

Los beneficiarios a que se refiere el presente artículo deberán aplicar y comprobar los recursos en el ejercicio fiscal correspondiente yproporcionar a la Secretaría la información que se les solicite sobre la aplicación que hagan de los subsidios.

Los recursos no erogados en el ejercicio fiscal correspondiente serán reintegrados a la Tesorería Federal dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio.

Artículo 82.Las dependencias y entidades con cargo a sus presupuestos y por medio de convenios de coordinación que serán públicos, podrán transferir recursos presupuestarios a las entidades federativas con el propósito de descentralizar o reasignar la ejecución de funciones, programas o proyectos federales y, en su caso, recursos humanos y materiales.

...

I....

II.Incluir mecanismos de transparencia ycriterios que aseguren quela distribución, aplicación y comprobación de recursos se realice en el ejercicio fiscal en que fueron transferidos;

III. Sujetarse al principio de anualidad y establecer los plazos y calendarios de entrega de los recursos que garanticen la aplicación oportuna de los mismos, de acuerdo con el Presupuesto de Egresos aprobado y atendiendo los requerimientos de las entidades federativas. La ministración de los recursos deberá ser oportuna y respetar dichos calendarios;

IV.a VIII. ...

IX.En el caso que involucren recursos públicos federales que no pierden su naturaleza por ser transferidos, éstos deberán depositarse en cuentas bancarias productivas específicas que permitan generar rendimientos financieros para atender sus fines y la plena identificación de los recursospara efectos de comprobación de su ejercicio y fiscalización, en los términos de las disposiciones generales aplicables;

X. a XII. ...

Artículo 83.Los recursos que transfieren las dependencias o entidades a través de los convenios de reasignación para el cumplimiento de objetivos de programas federales, no pierden el carácter federal, y deberán depositarse en cuentas bancarias productivas específicas que permitan generar rendimientos financieros para atender sus fines y la plena identificación de los recursos; las dependencias o entidades comprobarán los gastos en los términos de las disposiciones aplicables; para ello se sujetarán en lo conducente a lo dispuesto en el artículo anterior, así como deberán verificar que en los convenios se establezca el compromiso de las entidades federativas de entregar los documentos comprobatorios del gasto. La Secretaría y la Función Pública emitirán los lineamientos que permitan un ejercicio transparente, ágil y eficiente de los recursos, en el ámbito de sus competencias. La Auditoría proporcionará a las áreas de fiscalización de las legislaturas de las entidades federativas las guías para la fiscalización y las auditorías de los recursos federales.

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Auditoría Superior de la Federación; Diagnóstico sobre la opacidad en el gasto federalizado, página 31.

2 Obra citada, página 32.

3 Auditoría Superior de la Federación. Informe General de la Cuenta Pública de 2013,página 81.

4 Ibídem.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de octubre de 2015.— Diputado Jesús Rafael Méndez Salas (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Méndez. Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen.

Damos la bienvenida, aunque ya se estén retirando del salón –allá arriba–, a representantes de la Federación de Organizaciones Obreras Juveniles de la República Mexicana, de Reynosa, Tamaulipas, invitados por la diputada María Esther Camargo Félix. Bienvenidas.



VOLUMEN II



CÓDIGO PENAL FEDERAL Y LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene ahora la palabra por cinco minutos, el diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 162 del Código Penal Federal, y 31 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

El diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana:Con su venia, diputado presidente. Compañeras y compañeros diputados, no podemos dejar de señalar que la violencia es uno de los males que hoy padece el país, por esa razón una de nuestras prioridades es la búsqueda de reformas y mecanismos para la pacificación y armonía de nuestra sociedad.

Uno de los factores que desencadenó la violencia fue la pistolización de nuestra sociedad, que no distinguió condición social ni género ni edad. Basta mencionar que tan sólo entre los años 2006 y 2008 creció en un 30 por ciento la venta de armas ligeras en el país, y para el 2011 pasamos del lugar 21 al 5 lugar mundial en el tráfico de armas. Lo anterior, nos ha derivado en situaciones de peligro que comprometen la seguridad pública y la también la integridad física y la vida de quienes conformamos esta sociedad.

En los últimos 12 años se incrementó la inseguridad y a la par creció la necesidad en la gente de contar con un medio para protegerse. Sumado a lo anterior, está la añeja costumbre en algunos hogares de tener armas de fuego, en la mayoría de los casos, sin atender las disposiciones legales que existen.

Ello ha derivado en una serie de peligros no solo para quienes, con o sin licencia correspondiente, y sobre todo con el entrenamiento en su uso las poseen, sino también, y en mayor grado, para la sociedad en general.

Una muestra de lo anterior son las situaciones lamentables en donde se han registrado lesiones menores o heridas graves que comprometen la integridad física o la vida de inocentes, derivadas de quienes de manera irresponsable realizan disparos al aire.

Esta práctica ya no es propia del medio rural, se ha extendido a las grandes ciudades, omitiendo que al hacer uso de un arma de fuego, en primer lugar, se debe estar indiscutiblemente inequívoco del blanco objetivo, así como también de las óptimas condiciones de protección y seguridad del entorno.

Es por ello que los disparos al aire, en cualquier zona o lugar donde se realicen son un peligro para todos. Un peligro por las incontables trayectorias y la velocidad que toma ese proyectil al descender, incluso a pesar de que el disparo se realice desde el interior de un domicilio particular.

Basta mencionar que al menos en la Ciudad de México y su zona metropolitana, de acuerdo a fuentes oficiales, se registraron 139 casos de víctimas directas de balas perdidas entre los años 2006 y principios del presente.

Actualmente, nuestras leyes, con algunas recientes excepciones, el disparo de un arma de fuego al aire no se castiga, dado que no se le considera como un delito.

Esta omisión legal permite que el disparo de arma de fuego al aire sea únicamente visible una vez consumado el delito de lesión a un tercero o bien, el homicidio de éste, dejando con lo anterior en la indefensión a las personas que son testigos y también víctimas potenciales de alguien que acciona un arma. Insisto, aun dentro de un domicilio particular.

No podemos quedarnos sin hacer nada. Debemos actuar para que el disparar un arma de fuego al aíre sea considerado un delito, incluso, si se realiza desde el interior de un domicilio, ya que por la trayectoria incierta que el proyectil toma y la velocidad que puede alcanzar el riesgo se exterioriza.

Los estudios lo indican contundentemente, las balas disparadas al aíre pueden alcanzar velocidades en su caída de 91 metros por segundo, basta una velocidad de 61 metros por segundo para que el proyectil pueda penetrar el cráneo.

Por ello, tristemente se han registrado casos en donde menores de edad, en lugares ajenos a situaciones ligadas a armas de fuego han perdido la vida al caerles balas que fueron disparadas a una distancia tan amplia para que el sonido del disparo no haya sido percibido.

El problema es grave y debemos comprender corresponsablemente que disparar un arma de fuego contra alguien, y disparar un arma de fuego contra alguien y disparar un arma de fuego al aire tienen en coincidencia que en ambos casos se crea una situación de peligro para otra persona. No en vano este gobierno encabezado por el presidente Peña Nieto, decididamente no solo ha invertido importantes recursos en campañas de despistolización y en programas de recuperación de espacios públicos, por ejemplo, como medida integral para la prevención del delito.

Compañeras y compañeros diputados, no olvidemos que todo delito que se convierte en un escándalo tendemos a olvidarlo. Esta soberanía debe de asumir la responsabilidad de proteger a la sociedad que representa y legislar para ello, asumamos que en México el disparar al aire debe de constituir un delito. Muchas gracias. Es cuanto, señor presidente.

«Iniciativa que reforma los artículos 162 del Código Penal Federal y 31 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, a cargo del diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, diputado federal José Luis Orozco Sánchez Aldana integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 162 del Código Penal Federal y el artículo 31 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Hoy en día, de manera desafortunada nuestra sociedad está padeciendo las consecuencias de un factor heredado que se desarrolló particularmente en el periodo comprendido entre 2000 y 2012, en otras palabras un proceso excedido y fuera de control de pistolización de la sociedad que no distinguió condición social, ni sexo, ni muchos menos –temiblemente– edad.

Escenario que hoy en día ha derivado en diversas situaciones de peligro que comprometen no solo la seguridad pública de la población en su conjunto, sino también de igual manera sin distinción alguna, la integridad física y la vida de quienes la conformamos.

Esta situación fue resultado –entre algunas cosas más– de políticas equivocadas, o en el mejor de los casos deficientes e insuficientes en materia de combate al crimen organizado y de tráfico de armas, que incrementaron al extremo la inseguridad pública.

Así como a la par, la percepción en la gente de la necesidad de contar con un medio directo para protegerse a sí mismo, a sus seres queridos, al igual que a sus pertenencias, como respuesta a la incapacidad de las autoridades correspondientes durante ese lapso de tiempo, de proveer y mantener un entorno tranquilo y seguro para todos.

Sumado a lo anterior, tenemos también la añeja costumbre en algunos hogares de tener armas de fuego, que se da, de manera irresponsable y en la mayoría de los casos sin atender las disposiciones oficiales y legales que al efecto existen y que están para garantizar el adecuado uso de éstas.

Lo anterior ha derivado en una serie de peligros no solo para quienes con o sin tener el permiso o licencia correspondiente y sobre todo el conocimiento y entrenamiento adecuado en el uso de las armas de fuego, las poseen, sino en la misma medida o en mayor grado para la sociedad en general.

Una muestra de lo anterior, son las situaciones lamentables y desafortunadas en donde se han registrado además de lesiones menores, heridas graves que comprometen la integridad física e incluso pérdidas de vidas inocentes, derivadas de quienes de manera irresponsable realizan disparos al aire.

Esta práctica, anteriormente ligada a celebraciones en el medio rural, se ha extendido de manera peligrosa a las grandes ciudades y sus zonas metropolitanas, sin atender o tomar conciencia que, el riesgo que esta práctica representa, se incrementa notablemente por la cada vez mayor densidad poblacional de éstas zonas.

Omitiendo además deliberadamente, un principio fundamental que todo aquel que maneje un arma de fuego debe de atender ineludiblemente y sin excepción alguna: al hacer uso de un arma de fuego en primer lugar se debe de estar indiscutiblemente inequívoco del blanco-objetivo así como también de las óptimas condiciones en materia de protección y seguridad del entorno para realizarlo.

Es por ello que los disparos al aire, en cualquier zona o lugar en donde se realicen –incluso en los espacios adecuados para llevar a cabo prácticas de tiro– no sólo son una posible amenaza, sino una verdadera situación de riesgo y un peligro concreto para todos.

Un peligro que además no es individual –es decir que incide únicamente en el sujeto que realiza el disparo– sino dadas las incontables posibles trayectorias y la velocidad que toma el proyectil al descender, es generalizado, sin importar que el disparo no haya sido apuntado de manera directa hacia una persona.

Lo anterior es muy importante, porque es precisamente el factor de carecer de una intención en el disparo sobre una persona, lo que le impide ser tipificado como un delito, argumento que se remoza si el disparo se realiza desde el interior de un domicilio particular.

Sin embargo y alarmantemente, no obstante lo anterior en la actualidad la situación es peor de lo que podemos sospechar.

Basta mencionar que al menos en la Ciudad de México y su zona metropolitana de acuerdo a fuentes oficiales, se registraron 139 casos de víctimas directas de balas perdidas entre 2006 y principios de 2015.

Destacándose que para 2014, la estadística de personas víctimas de una bala perdida paso de alrededor de 15 personas anualmente a 25 personas en promedio, tan sólo en un año 2014.

Cabe señalar que estas cifras, serian todavía más alarmantes si se incluyeran los casos que se presentan y que no se registran, y por lo tanto no se les da el seguimiento correspondiente por parte de la autoridad competente en cualquiera de los estados de la república.

Esto debido a que actualmente en nuestras leyes tanto locales –con algunas recientes excepciones como es en el caso del estado de México– como federales, el disparo de un arma de fuego al aire no se castiga, dado que no se le considera como un delito.

Esta laguna legal, permite que el disparo de arma de fuego al aire sea únicamente visible una vez consumado un delito “mayor” como puede ser la lesión a un tercero o bien el homicidio de éste por el impacto del proyectil.

Es decir, únicamente en el desafortunado caso de que se haya presentado un daño producido a un tercero.

Dejando con lo anterior, en indefensión absoluta a las personas que son testigos y también víctimas potenciales de alguien que acciona un arma –aun dentro de un domicilio particular–, estando cerca o no y a pesar de que éste carezca de dolo o la intención directa de hacerle daño a un tercero.

Debido como se mencionó anteriormente, a que la ausencia de la tipificación de esta acción, impide a la autoridad correspondiente actuar en consecuencia incluso después de una denuncia directa.

Hoy con preocupación vemos que no podemos quedarnos en la cómoda posición que da la inacción, y que debemos de actuar para que el disparar un arma de fuego al aire sea considerado como un delito, incluso si se realiza desde el interior de un domicilio particular dado que por la trayectoria incierta que el proyectil toma y la velocidad que puede alcanzar, el riesgo se exterioriza.

Los fundamentos para aseverar lo anterior son contundentes, al respecto expertos internacionales en la materia, afirman que las “balas suben a gran altura cuando se les dispara y se ignora a donde van a ir a parar, por lo que siempre hay una posibilidad de que causen grave perjuicio o muerte”.

Incluso, estudios que datan desde los años sesenta –sin considerar que las armas actuales gracias a los adelantos tecnológicos son más potentes- indicaban que las balas disparadas al aire podían alcanzar velocidades en su caída de 91 metros por segundo.

Y estas mismas investigaciones nos indican que basta una velocidad de caída de una bala de 61 metros por segundo para que el proyectil tenga la capacidad de penetrar el cráneo humano.

Será sencillo comprender, la gravedad de la situación y darnos cuenta que nadie está exento de exponerse a ella.

Es por ello que incluso se han registrado casos en donde menores de edad en lugares y actividades completamente ajenas a escenarios o situaciones ligadas a armas de fuego, han perdido la vida al caerles balas que fueron disparadas a una distancia considerable, tan amplia para que incluso el sonido del disparo no se haya percibido.

Por esta situación y para el caso específico del disparo de un arma de fuego al aire, nuestra reflexión debería ser más profunda y comprender que esta acción es un delito que se debe castigar por el simple motivo de accionar irresponsablemente el mecanismo de funcionamiento del arma, exponiendo a un tercero al peligro que representa el proyectil disparado, sin que ello se vea desplazado por la posible consecuencia.

Debemos tener la capacidad de comprender corresponsablemente no solo como autoridad sino como sociedad e individuos que, disparar un arma de fuego contra alguien y disparar un arma de fuego al aire, tienen en coincidencia que en ambos casos se crea una situación de peligro para otra persona, tanto en su vida como en su integridad corporal.

Finalmente, esta soberanía debe de asumir la responsabilidad de proteger a la sociedad que representa y legislar en la materia asumiendo que en México el disparar al aire en sí mismo debe de constituir un delito en nuestras leyes, muy independientemente de que éste llegue a dañar a algún tercero e incluso sin que se dirija directamente hacia alguien.

Por todo ello, se somete a la consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el artículo 162 del Código Penal Federal y el artículo 31 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos

Artículo Primero. Se adiciona una fracción VI al artículo 162 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 162. Se aplicará de seis meses a tres años de prisión o de 180 a 360 días multa y decomiso:

I. Al que importe, fabrique o venda las armas enumeradas en el artículo 160, o las regale o trafique con ellas;

II. Al que ponga a la venta pistolas o revólveres, careciendo del permiso necesario;

III. Al que porte un arma de las prohibidas en el artículo 160;

IV. Al que, sin un fin lícito o sin el permiso correspondiente, hiciere acopio de armas.

V. Al que, sin licencia, porte alguna arma de las señaladas en el artículo 161, y

VI. Al que, sin justificación licita dispare un arma de fuego en la vía pública o en domicilio particular.

En todos los casos incluidos en este artículo, además de las sanciones señaladas, se decomisarán las armas.

Los funcionarios y agentes de la autoridad pueden llevar las armas necesarias para el ejercicio de su cargo.

Artículo Segundo. Se adiciona una fracción X al artículo 31 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, para quedar como sigue:

Artículo 31. Las licencias de portación de armas podrán cancelarse, sin perjuicio de aplicar las sanciones que procedan, en los siguientes casos:

I. Cuando sus poseedores hagan mal uso de las armas o de las licencias;

II. Cuando sus poseedores alteren las licencias;

III. Cuando se usen las armas fuera de los lugares autorizados;

IV. Cuando se porte un arma distinta a la que ampara la licencia;

V. Cuando el arma amparada por la licencia se modifique en sus características originales;

VI. Cuando la expedición de la licencia se haya basado en engaño, o cuando a juicio de la Secretaría de la Defensa Nacional hayan desaparecido los motivos que se tuvieron en cuenta para otorgarla o que por causa superveniente se dejare de satisfacer algún otro requisito necesario para su expedición.

VII. Por resolución de autoridad competente;

VIII. Cuando sus poseedores cambien de domicilio sin manifestarlo a la Secretaría de la Defensa Nacional;

IX. Por no cumplir el interesado las disposiciones de esta Ley, de sus Reglamentos o las de la Secretaría de la Defensa Nacional dictadas con base en esos Ordenamientos;

X. Cuando sus poseedores sin justificación licita disparen el arma amparada por la licencia, en la vía pública o en domicilio particular.

La suspensión de las licencias de portación de armas, sólo procederá cuando a juicio de la Secretaría de Gobernación sea necesaria para mantener o restituir la tranquilidad de poblaciones o regiones.

Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor 30 días posteriores al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Fuente: Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal. 2015.

2 Fuente: Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal. 2015.

3 Fuente: David Dyson. BBC Mundo-Noticias. 2011.

4 Fuente: BBC Mundo-Noticias. 2011.

5 Fuente: BBC Mundo-Noticias. 2011.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de septiembre de 2015.— Diputados: José Luis Orozco Sánchez Aldana,Hugo Daniel Gaeta Esparza, Laura Valeria Guzmán Vázquez, Jesús Zúñiga Mendoza, Laura Plascencia Pacheco, Rafael Yerena Zambrano, Ramón Bañales Arambula, Javier Santillan Oceguera, Martha Lorena Covarrubias Anaya, Montserrat Alicia Arcos Velázquez, Edith Anabel Alvarado Varela (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Orozco. Túrnese a las Comisiones Unidas de Justicia y de Defensa Nacional, para dictamen.

La diputada Edith Anabel Alvarado Varela (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Sonido allá en la curul de la diputada Alvarado, por favor.

La diputada Edith Anabel Alvarado Varela (desde la curul): Muchas gracias, señor presidente. Para preguntarle a mi compañero, el diputado Orozco, si me permite sumarme a su propuesta.

El diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana (desde la curul): Claro, adelante.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: El diputado proponente no tiene ningún inconveniente, lo manifiesta desde allá. Está a disposición la iniciativa presentada para quienes gusten suscribirla aquí en la Secretaría de la Mesa Directiva.



LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene la palabra, por cinco minutos, la diputada María Luisa Sánchez Meza, del Grupo Parlamentario del PAN, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 19 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

La diputada María Luisa Sánchez Meza: Con su venia, señor presidente. Señoras y señores diputados, la migración debe ocupar un lugar privilegiado en la agenda pública mexicana. Históricamente la migración de mexicanos hacia Estados Unidos, se ha entendido como resultado de la incapacidad del gobierno mexicano de proveer empleo a sus nacionales y por la atracción ejercida por mejores oportunidades laborales en el país vecino.

Las remesas de los migrantes por sí mismas son síntomas de la disparidad de oportunidades que existen entre México y otros países, no obstante asociadas a un marco de incentivos adecuados puede volverse importante recurso para el desarrollo del país.

El Banco de México con cifras al cierre del año 2014, reporta que los envíos de dinero que hacen los mexicanos que viven en Estados Unidos a sus familiares en México, suman más de 23 mil millones de dólares, esta cifra refleja la importancia económica de los flujos migratorios.

Diversas políticas se han implementado para intentar aprovechar las remesas, entre éstas el programa de mayor relevancia a nivel nacional y que han logrado aprovechar mayor éxito las remesas colectivas es el programa Tres por Uno para Migrantes. Este programa ha mejorado las condiciones de vida de las comunidades de origen de los migrantes donde han promovido obras de infraestructura básica y algunos proyectos productivos.

Así podemos ver que el fenómeno migratorio puede aprovecharse como insumo para el desarrollo económico del país, pero también debemos considerar algunos problemas relacionados a la migración. Un problema que debe de atenderse urgentemente es la situación de la inseguridad a la que están expuestos nuestros migrantes sobre todo en la región fronteriza. Los migrantes se arriesgan a verse afectados por los grupos de delincuentes que explotan, secuestran y asesinan a este grupo social. Por su condición vulnerable los migrantes se convierten en las principales víctimas del delito de trata de personas en distintas modalidades.

La migración es un fenómeno inevitable, por ello es indispensable que tomemos medidas para salvaguardar la dignidad de cada uno de los migrantes que regresan a nuestro país. Esta tarea requiere de mayores recursos.

La presente iniciativa busca reformar el artículo 19 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a efecto de crear el fondo nacional del migrante mexicano y que coadyuve a la dignificación, orientación, manutención temporal y traslado a entidades de origen de los connacionales mexicanos sujetos a un proceso de repatriación humana involuntaria hacia territorio nacional.

Este fondo se subsidiaría con los recursos establecidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación a través del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas creado en el año 2009 y que tiene como finalidad compensar en términos de ley la disminución en las participaciones vinculadas con la recaudación a consecuencia de una reducción de éstas con respecto a lo estimado en la Ley de Ingresos.

Solo un dos por ciento sería para el fondo nacional del migrante mexicano. Dichos recursos se destinarán a las entidades federativas receptoras de migrantes a través de la aplicación de los procesos de repatriación establecidos en la autoridad migratoria, según lo dispuesto en las reglas de operación de dicho fondo, de tal suerte que se pueda dar un mayor seguimiento a los casos de ciudadanos repatriados.

Los criterios de la política económica para el ejercicio fiscal 2016, estima un límite de reserva de 34 mil millones de pesos para los fondos de estabilización a las entidades federativas, con lo cual se estima un recurso del orden de 680 millones de pesos para el fondo nacional del migrante mexicano para el ejercicio fiscal 2016.

Compañeras y compañeros diputados, tenemos que destinar mayores recursos para minimizar los atropellos contra la población migrante; sólo así podremos reconfigurar la imagen del migrante para que se transite en su condición de anonimato y marginado hacia la de un integrante esencial del panorama económico y social de México. Es cuanto.

«Iniciativa que reforma el artículo 19 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo de la diputada María Luisa Sánchez Meza, del Grupo Parlamentario del PAN

María Luisa Sánchez Meza, de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la presente iniciativa por el que se reforma el artículo 19 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para posteriormente crear las reglas de operación mediante un comité técnico con el objeto de establecer la creación del Fondo Nacional del Migrante Mexicano, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Para nuestro país, uno de los retos fundamentales en aras de garantizar el establecimiento de una patria ordenada y generosa al amparo del bien común, consiste en fortalecer las capacidades de sus instituciones involucradas directamente en la atención de la población migrante.

México tiene una larga tradición migratoria explicada básicamente por la expulsión de nuestra mano de obra que buscan oportunidades de empleo. Diversos grupos poblacionales de todas las entidades federativas han incrementado los flujos migratorios temporales (circulares) y permanentes hacia los Estados Unidos de América (EU), con el objeto de mejorar sus estándares de vida. En términos solidarios, la migración representa un derecho humano, ya que se traduce en la manifestación de la voluntad del ser humano, por tener una vida mejor y de superar la adversidad.

Es necesario reconocer que la migración representa un derecho humano, ya que se traduce en la manifestación de la voluntad del ser humano, por tener una vida mejor y de superar la adversidad.

En este sentido, la migración internacional México-EU se explica por la existencia de marcadas asimetrías salariales. De acuerdo con estadísticas divulgadas en 2013 por la Oficina del Censo estadounidense, casi 70 por ciento de los mexicanos mayores de 16 años pertenecen a la mano de obra activa de Estados Unidos, siete puntos porcentuales más alto que el promedio para la población en general en aquel país. Entre las ocupaciones laborales, un 16.4 por ciento de las personas de origen mexicano trabaja en administración, negocios, ciencia o las artes; 26.7 por ciento en trabajos de servicios y 21.1 por ciento en ventas o puestos de oficina, 17.8 por ciento labora en la construcción y 18 por ciento en el sector de transportes.

El ingreso anual promedio de los hogares donde al menos uno de los miembros es de origen mexicano fue de 38 mil 884 dólares, en comparación con 50 mil 502 dólares para la población en general. La tasa promedio de la pobreza para los personas de origen mexicano fue de 27.5 por ciento, más de 10 puntos porcentuales más alto que el promedio del resto de la población estadunidense.

Por otro lado, según estudios llevados a cabo por este Poder Legislativo a través de la Dirección General de Servicios de Documentación, Información y Análisis, la migración internacional México-EU genera múltiples externalidades positivas y negativas en los rubros demográficos y socioeconómicos en ambas naciones, una de las más importantes para nuestra economía está asociada con la captación de grandes flujos de remesas que ingresan a nuestro país, y que permite fortalecer los ingresos de los familiares ascendentes y descendentes de los inmigrantes que laboran temporal o permanentemente en EU, con efectos positivos en la microeconomía familiar y en la macroeconomía del país.

De acuerdo a cifras señaladas por la Organización Internacional para las Migraciones, el corredor de migración entre México y los Estados Unidos es el más importante del mundo con cerca de 9.3 millones de migrantes.

El Banco de México, con cifras al cierre del año 2014, reporta que los envíos de dinero que hacen los mexicanos que viven en el exterior a sus familiares en México, sumaron 23 mil 606.8 millones dólares. Medida en tasa anual, esta cifra resulta superior en un 7.8 por ciento a la registrada 2013.

Ingresos por remesas 2003-2014(Millones de dólares)

Fuente Banco de México. Balanza de pagos.

Según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) y el Consejo Nacional de Población (Conapo), a través de la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica (Enadid)), se dieron a conocer las últimas cifras migratorias del país.

El reporte oficial muestra los números que dan cuenta de la migración internacional, los mexicanos que se fueron del país entre 2009 y septiembre de 2014 fueron 719 mil personas, es decir, un promedio de 149 mil por año, El 86.3 por ciento del total se dirigió a Estados Unidos, 2.2 por ciento fue a Canadá, 2.1 por ciento a España y el restante 9.2 por ciento hacia otras naciones. El principal motivo para migrar al extranjero fue la búsqueda de empleo.

Ingresos por remesas por entidad federativa 2014(Millones de dólares)

Fuente Banco de México. Balanza de pagos.

A hora bien, esta dinámica poblacional de ida y vuelta genera complejas dinámicas sociales en nuestro país:

Por un lado la persistencia de la obligatoriedad migratoria social y por otro, la carencia de políticas públicas no sólo para prevenir la migración, sino para atenderla una vez que se produce.

Cabe mencionar que en términos institucionales, nuestro País cuenta con el Programa de Repatriación Humanitaria del Instituto Nacional de Migración, el cual, tiene como objetivo: “Procurar mejores condiciones a los mexicanos repatriados y/o deportados por las autoridades estadounidenses, brindando atención en su retorno a territorio nacional a través de la coordinación de esfuerzos interinstitucionales con los tres órdenes de gobierno, organizaciones de la sociedad civil, organismos internacionales e iniciativa privada”.

En el mismo tenor, de acuerdo con el artículo 83 de la Ley Nacional de Población, “la Secretaría de Gobernación estará facultada para coordinar de manera institucional las acciones de atención y reintegración de mexicanos repatriados, poniendo especial énfasis en que sean orientados acerca de las opciones de empleo y vivienda que haya en el lugar del territorio nacional en el que manifiesten su intención de residir”

Asimismo, en nuestro marco jurídico se contempla la existencia de políticas públicas mediante algunos programas operativos. Un ejemplo de ello lo representan programas consolidados como el “Programa Migrante 3x1” que ponen de manifiesto la participación activa de la comunidad migrante en el desarrollo de sus comunidades de origen.

Por lo anteriormente expuesto, se pone de manifiesto que un aumento del 2 por ciento en términos de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, fomentaría un mayor alcance en torno a este tipo de políticas a favor de la consolidación del bien común.

Sin embargo, como lo expresó en su momento Eduardo González Velázquez “Seguimos siendo testigos de cómo el fenómeno migratorio no se toma en cuenta al momento de diseñar y poner en marcha las políticas públicas. Así las cosas, mientras el gobierno no cumpla con su responsabilidad de generar condiciones para una vida digna, cientos de miles de mexicanos seguirán experimentando la violencia que produce la obligación de migrar”.

Una problemática que demanda de una solución integral, radica en la situación de inseguridad afecta de manera particular a la comunidad migrante en prácticamente toda la región fronteriza por la presencia de grupos delincuenciales que explotan, secuestran y asesinan a este grupo social debido a que su condición de vulnerabilidad los convierte en las principales víctimas del delito de trata y tráfico humano en sus distintas modalidades, en donde las mujeres, niñas y niños, representan sus principales objetivos; por tanto, se requiere de la presencia de recursos que permitan minimizar tales atropellos en perjuicio de su dignidad.

Por lo anteriormente expuesto, se pone de manifiesto que existen en la actualidad retos en materia de política pública a fin de que el gobierno mexicano cumpla con el objetivo institucional: el proteger y defender los derechos e integridad física de todos los migrantes en el territorio nacional, ya que son ellos, en gran medida, los que aportan al desarrollo y crecimiento económico nacional.

Esta congruencia entre los objetivos generales de política pública y la obligatoriedad del Estado en proporcionar mejores condiciones a los mexicanos en términos de Ley ofrecen la posibilidad de establecer a través del presupuesto ordinario, el dar la certeza de una continuidad y poder dar un mayor seguimiento a los casos de personas repatriadas a nuestro País.

Lo anterior, se logra a través de la adecuación del marco normativo para que, a través del comité técnico establecido en la ley, con sus respectivas reglas de operación, los cuales son recursos administrados por el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, SNC, en calidad de fiduciario del fideicomiso público, garantizaría el deber legal de las autoridades por brindar a los migrantes mexicanos un retorno seguro a su lugar de origen, después de un esfuerzo heroico por contribuir con su esfuerzo a dar mejores condiciones de vida a sus familias. Lo anterior, es solo posible mediante la visión de los representantes populares de todas las entidades de la república por atender y revertir esta necesidad social.

Los Criterios de Política Económica para el ejercicio fiscal 2016 estiman un límite de reserva de 34,040 millones de pesos para los fondos de estabilización a las entidades federativas, con lo cual se estimaría recursos por el orden de 680 mdp (seiscientos ochenta millones de pesos) para el Fondo Nacional para el Migrante Mexicano para el ejercicio fiscal 2016.

Derivado de lo anterior, y en virtud de la importancia que reviste la presente en términos de derechos humanos y seguridad nacional, se presenta la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma el artículo 19 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria a efectos de crear el Fondo Nacional del Migrante Mexicano, que coadyuve a la dignificación, orientación, manutención temporal y traslado a entidades de origen de los connacionales mexicanos sujetos a un proceso de repatriación humana involuntaria hacia territorio nacional, representa una respuesta a la corresponsabilidad que exige la dinámica social de los connacionales.

Dicho fondo nacional se subsidiaria con los recursos establecidos en el presupuesto de egresos de la federación a través del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas,así como lo dispuesto por la Reglas de Operación de dicho Fondo, el cual fue creado mediante decreto del ejecutivo federal, publicado el pasado 26 de marzo de 2009, el cual establece que dicho fondo tiene por finalidad compensar, en términos de la Ley, la disminución en las Participaciones vinculadas con la Recaudación, a consecuencia de una reducción de ésta con respecto a lo estimado en la Ley de Ingresos, lo anterior en los siguientes términos:

Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Artículo 19. El Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría, podrá autorizar erogaciones adicionales a las aprobadas en el Presupuesto de Egresos, con cargo a los excedentes que, en su caso, resulten de los ingresos autorizados en la Ley de Ingresos o de excedentes de ingresos propios de las entidades, conforme a lo siguiente:

Dice:

IV. Los ingresos excedentes a que se refiere el último párrafo de la fracción I de este artículo una vez realizadas, en su caso, las compensaciones entre rubros de ingresos a que se refiere el artículo 21 fracción I de esta Ley, se destinarán a lo siguiente:

a) En un 25 por ciento al Fondo de Estabilización de los Ingresos de las entidades federativas;

b) En un 25 por ciento al Fondo de Estabilización para la Inversión en Infraestructura de Petróleos Mexicanos;

c) En un 40 por ciento al Fondo de Estabilización de los Ingresos Petroleros.

d) En un 10 por ciento a programas y proyectos de inversión en infraestructura y equipamiento de las entidades federativas.

Iniciativa:

IV. Los ingresos excedentes a que se refiere el último párrafo de la fracción I de este artículo una vez realizadas, en su caso, las compensaciones entre rubros de ingresos a que se refiere el artículo 21 fracción I de esta Ley, se destinarán a lo siguiente:

a) En un 23 por ciento al Fondo de Estabilización de los Ingresos de las entidades federativas;

b) En un 25 por ciento al Fondo de Estabilización para la Inversión en Infraestructura de Petróleos Mexicanos;

c) En un 40 por ciento al Fondo de Estabilización de los Ingresos Petroleros.

d) En un 10 por ciento a programas y proyectos de inversión en infraestructura y equipamiento de las entidades federativas.

e) En un 2 por ciento al Fondo Nacional para el Migrante Mexicano. Dichos recursos se destinaran a las entidades federativas receptoras de migrantes, a través de la aplicación en los procesos de repatriación establecidos por la autoridad migratoria, según lo dispuesto por las reglas de operación de dicho fondo, de tal suerte que se pueda dar un mayor seguimiento a los casos de ciudadanos repatriados.

Artículos Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se instruye a la Secretaría de Hacienda para que en un término no mayor a 180 días naturales a partir de la publicación de la presente, realice las adecuaciones al marco normativo, incluyendo las Reglas de Operación del Fondo de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas según lo dispone el Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Tercero. Se derogan todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en el presente decreto.

Notas:

1 “El flujo migratorio internacional de México hacia los Estados Unidos y la captación interna de las remesas familiares, 2000-2015” Elaborado por: M. en E. Reyes Tépach M. Investigador Parlamentario.

2 http://oim.org.mx/. Última consulta 30/9/2015.

3 Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica (Enadid) (Inegi, 2014).

4 Programa 3x1. En: http://www.3x1.sedesol.gob.mx/conoce.php? secc=0 última consulta 24/09/2015

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de octubre de 2015.— Diputados: María Luisa Sánchez Meza,Exaltación González Ceceña, Gina Andrea Cruz Blackledge, Ingrid Krasopani Schemelensky Castro, Jacqueline Nava Mouett, Jorge Ramos Hernández, José Erandi Bermúdez Méndez, José Everardo López Córdova, José Máximo García López, José Teodoro Barraza López, Juan Alberto Blanco Zaldívar, Leticia Amparano Gamez, Luz Argelia Paniagua Figueroa, María del Rosario Rodríguez Rubio, María Eloisa Talavera Hernández, Mariana Arámbula Meléndez, Martha Cristina Jiménez Márquez, Mayra Angélica Enríquez Vanderkam, Nadia Haydee Vega Olivas, Patricia Sánchez Carrillo, Rene Mandujano Tinajero, Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa, Ximena Tamariz García (rúbricas).»

Presidencia de la diputada María Bárbara Botello Santibáñez

La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública para su dictamen.



EXPIDE LA LEY GENERAL DE REMUNERACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS, REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 127 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Ahora tiene la palabra, por diez minutos, el diputado José de Jesús Zambrano Grijalva, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General de Remuneraciones de los Servidores Públicos, reglamentaria del artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado José de Jesús Zambrano Grijalva:Gracias, diputada presidenta. Compañeras y compañeros diputados aquí presentes. Con la presente iniciativa lo que estamos proponiendo las y los diputados del Grupo Parlamentario del PRD, es un escenario distinto para la reglamentación de las disposiciones constitucionales que establecen los principios fundamentales para limitar las remuneraciones de los servidores públicos de los tres órdenes de gobierno, como así se determinó en el constituyente permanente en el año 2009, cuando se reformaron los artículos 75, 115, 116, 122 y 127 de la propia Constitución.

Sin embargo hay que decir con toda puntualidad que el artículo principal de esta reforma es el 127, que es parte del capítulo correspondiente a las disposiciones generales que contienen dispositivos comunes para los tres órdenes de gobierno. Por ello es importante que en un corto plazo podamos contar con las bases legales que desarrollen sus principios.

El primero de estos principios se refiere a que ningún servidor público puede recibir una remuneración o retribución por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, mayor a la establecida para el presidente de la República.

Y el segundo de estos principios es que ningún servidor público puede tener una remuneración igual o mayor que su superior jerárquico, con las excepciones que esta misma ley que se propone prevé.

Es importante que el ejercicio y control presupuestal se haga con criterios que aseguren un aprovechamiento óptimo de los recursos públicos, y parte de ello tiene que ver con el tema de las remuneraciones de los servidores públicos, las que garanticen, por un lado sus derechos laborales, y por el otro que también garanticen un decoroso nivel de vida en un marco de austeridad.

Por ello es necesario que nuestro sistema jurídico cuente con un instrumento normativo que asegure la congruencia entre las acciones de racionalidad, austeridad, disciplina presupuestaria y transparencia.

Esta iniciativa retoma –hay que reconocerlo– algunos pasajes del texto de la minuta enviada por el Senado de la República en el 2011, y actualiza otra parte en lo que se refiere al sistema nacional anticorrupción. El papel central que en él juega la Auditoría Superior de la Federación y en lo que se refiere al nuevo marco jurídico en materia de transparencia y rendición de cuentas.

Ahora que estamos en la víspera de la discusión del paquete económico de 2016, cobra mayor relevancia el tema de las remuneraciones de los funcionarios de alto rango en la administración pública en un contexto de crisis económica, escases de recursos fiscales, caída del precio del petróleo y la enorme carga del endeudamiento interno y externo que obligan necesariamente a hacer un uso eficiente de los recursos disponibles destinados al gasto público.

Entendemos, en el contexto de la discusión presupuestal, que el esquema de presupuesto base cero es una oportunidad para reducir al máximo la preventas, los privilegios y los altos sueldos que se tienen en importantes segmentos de la alta burocracia gubernamental.

Es pues, una oportunidad para sentar las bases de una verdadera austeridad republicana al tiempo de sostener el financiamiento público en políticas sociales que garanticen el acceso a la salud, a la educación, a la alimentación, al consumo de agua potable y que garanticen también los apoyos para todas las personas en situación de vulnerabilidad, como las y los adultos mayores, madres solteras, niños, niñas y adolescentes migrantes a las personas con discapacidad a las pensionadas y a los pensionados.

Nosotros vamos a insistir en que no haya privilegios para los funcionarios y gobernantes, y también en impedir que se reduzca la inversión en políticas y programas sociales, en salud, en educación y en infraestructura para el desarrollo.

No debiéramos pues, es nuestra convicción, permitir que haya un mayor dispendio de recursos para mantener privilegios que por el bien de todos debieran destinarse a cubrir las demandas y las enormes carencias de las personas en situación de pobreza. No puede ser, no debiera ser de otra manera.

Por ello, en aras de lograr un amplio consenso en esta materia, en congruencia con nuestra agenda legislativa y tomando en cuenta las necesidades básicas de los mexicanos y de las mexicanas es que proponemos abrir este debate responsablemente y ponemos a consideración de esta soberanía la presente iniciativa. Por su atención, muchas gracias.

«Iniciativa que expide la Ley General de Remuneraciones de los Servidores Públicos, Reglamentaria del Artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José de Jesús Zambrano Grijalva, del Grupo Parlamentario del PRD

Planteamiento del problema

El 24 de agosto de 2009 fue publicado el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 75, 115, 116, 122, 123 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece las bases de una normatividad jurídica que imponga límites máximos a las remuneraciones de los servidores públicos de los tres órdenes de gobierno, y que mandata a su vez que se emita la legislación reglamentaria correspondiente.

Es de destacar que las reformas a los artículos 75, 115, 116, 122 y 123 tuvieron el propósito como se desprende de sus textos, de establecer la obligación para la federación, municipios, estados y el Distrito Federal –en ese orden– de incluir en sus presupuestos de egresos los tabuladores desglosados de las remuneraciones que perciban sus servidores públicos, sujetándose a lo dispuesto en el artículo 127 constitucional.

Por ello consideramos que el texto del dictamen aprobado en la Cámara de Senadores dejó una laguna importante al contemplar sólo lo referente a los servidores públicos federales, misma que debe ser cubierta con base en lo dispuesto concretamente en ese artículo y, por tanto, debe expedirse una ley general, y no federal, en materia de remuneraciones para todos los servidores públicos.

Cabe destacar que dentro de la fracción VI del artículo 127 de aquel decreto se estableció la obligación del Congreso de la Unión, de las legislaturas de los estados y de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal de hacer efectivo su contenido, así como para emitir las leyes que sancionen penal y administrativamente, las conductas de los servidores públicos, que impliquen el incumplimiento o la evasión de las responsabilidades en esta materia.

Argumentos

La Cámara de Senadores tuvo a bien aprobar una Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, que fue turnada en calidad de minuta a la Cámara de Diputados el 10 de noviembre de 2011, mas hasta el momento no ha sido dictaminada debido en parte a la falta de consensos entre las distintas bancadas para hacerlo y presentarla en su oportunidad al pleno para su discusión y, en su caso, aprobación, es imprescindible retomar esta tarea inconclusa.

Por ello, nuestro grupo parlamentario ha insistido en distintos momentos en la necesidad de discutir y aprobar lo más pronto posible una legislación de gran calado que cumpla con el propósito de regular de manera íntegra el mandato constitucional, pero no solamente para el ámbito federal, sino también como un instrumento legal que contemple los tres órdenes de gobierno, ya que de no hacerlo así, no sólo se estaría en falta, sino también tendría el efecto indirecto de preservar todos los privilegios en los otros órdenes de gobierno, cuando el texto de la Constitución determina con claridad los alcances legales que debe cubrir su reglamentación.

Esto es inaceptable, cuando todos los días se dan a conocer noticias que denuncian los excesivos ingresos de los servidores públicos, en particular, de los privilegiados de la alta burocracia tanto del gobierno federal como de los gobiernos locales, que se asignan grandes porciones de los recursos públicos que debieran aprovecharse para fines verdaderamente legítimos, y no para sostener los privilegios de los servidores públicos que se han convertido indebidamente en una elite.

Es importante que el ejercicio y control presupuestal se haga con criterios que aseguren un aprovechamiento óptimo de los recursos públicos, y parte de ello tiene que ver con el tema de las remuneraciones de los servidores públicos, que garanticen por un lado, sus derechos laborales como también un decoroso nivel de vida en un marco de austeridad.

Por ello es necesario que nuestro sistema jurídico cuente con un instrumento normativo que asegure la congruencia entre las acciones de racionalidad, austeridad, disciplina presupuestaria y transparencia.

Cabe aclarar que esta iniciativa retoma determinados pasajes del texto de la minuta, ya que consideramos que contienen avances importantes en la articulación de conceptos fundamentales para poder aplicar e interpretar esta materia y, por otro lado, actualizamos otra parte de sus contenidos con respecto al texto de vigente de la Constitución, como por ejemplo, en lo que se refiere al Sistema Nacional Anticorrupción y de Transparencia, en particular al papel central que tiene la Auditoría Superior de la Federación, dentro de este sistema, para ejercer sus facultades de fiscalización, realizando acciones concretas de auditoría, control, vigilancia y en su caso, para iniciar procedimientos sancionatorios y de denuncia, conceptos que por cierto están contemplados en el texto de la minuta.

Para desarrollar el texto constitucional en la presente ley, ésta se estructura de la siguiente forma:

Con un capítulo I que contiene las disposiciones generales aplicables a las remuneraciones que perciben los servidores públicos que en él se contemplan, clarificando especialmente las definiciones de transparencia y rendición de cuentas; en el capítulo II se establecen las bases para la determinación de las remuneraciones desarrollando legalmente dos principios fundamentales, el primero, que ningún servidor público puede recibir una remuneración o retribución por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión mayor a la establecida para el presidente de la República, y el segundo que ningún servidor público puede tener una remuneración igual o mayor que su superior jerárquico, con las excepciones que esta misma ley prevé; en el capítulo III el cálculo presupuestario de las mismas, con la obligación de establecer los tabuladores y montos en los presupuestos correspondientes; en el capítulo IV se estipula lo que tiene que ver con las percepciones por concepto de retiro, jubilaciones y haberes de retiro, figuras que contempla el texto constitucional.

Sin embargo, en lo que se refiere a estos haberes, es de señalarse claramente que no puede omitirse su regulación en el presente decreto, ya que contravendría el mandato constitucional expreso, pese a la posición fundada del PRD para suprimirlos, debido a los excesos que representan para el erario público, frente a lo cual estamos proponiendo que estén sujetos a las disposiciones generales que se contemplan en esta ley con transparencia; y por último, en el Capítulo V se contemplan las disposiciones sobre el control y las responsabilidades, destacando el papel central que tiene la Auditoria Superior de la Federación y los órganos fiscalizadores de las entidades federativas, como parte del Sistema Nacional Anticorrupción y las sanciones aplicables a las conductas irregulares o ilícitas que cometan los servidores públicos.

Ahora que estamos en la víspera de la discusión del Paquete Económico 2016, cobra mayor relevancia el tema de las cuantiosas remuneraciones de la alta burocracia, en un contexto de crisis económica, escasez de recursos fiscales, caída del precio del petróleo y la enorme carga del endeudamiento interno y externo que obligan a hacer un uso eficiente de los recursos disponibles destinados al gasto público.

No podemos tolerar que haya dispendio de recursos públicos que por el bien de todos, deberían destinarse a cubrir las enormes carencias de la gente. No puede ser de otra manera; por ello consideramos que el tema debe discutirse con la urgencia que la situación del país lo exige.

Fundamento legal

Con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, los que abajo suscriben, integrantes del Grupo Parlamentario del PRD, someten a consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de

Decreto

Único. Se expide la Ley General de Remuneraciones de los Servidores Públicos, Reglamentaria del Artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Capítulo I
Disposiciones Generales

Artículo 1. La presente ley es reglamentaria del artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de las disposiciones que en la materia se contemplan en ella y tiene por objeto regular las remuneraciones que perciben los servidores públicos de la federación, de los estados, del Distrito Federal y de los Municipios, así como también de las instituciones y organismos autónomos.

Artículo 2. Para los efectos del presente ordenamiento, el servidor público es toda aquella persona que de manera temporal o permanente desempeña una función, empleo, cargo o comisión en los órganos, unidades y demás áreas en que se organizan las instituciones que a continuación se enumeran:

I. Los Poderes de la Unión;

II. Los demás entes públicos federales;

III. Los organismos públicos a los que la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o las particulares de los estados reconocen su autonomía;

IV. Los tribunales administrativos;

V. Los organismos, empresas y fideicomisos del sector paraestatal federal y aquellos entes no sujetos al régimen paraestatal cuando la remuneración respectiva afecte directa o indirectamente al presupuesto federal;

VI. Los poderes de los estados;

VII. Los organismos públicos de las entidades federativas; y

VIII. Las autoridades municipales y organismos paramunicipales.

Artículo 3. Todo servidor público debe recibir una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que será proporcional a sus responsabilidades.

Sólo podrán cubrirse las remuneraciones que estrictamente estén contempladas en la ley y contenidas en las partidas del presupuesto correspondiente.

En todo caso la remuneración se sujeta a los principios rectores siguientes:

I. Anualidad: La remuneración es determinada para cada ejercicio fiscal en el presupuesto correspondiente sin que durante éste se puedan disminuir los sueldos y salarios;

II. Equidad: La remuneración es proporcional a la responsabilidad del puesto;

III. Fiscalización: La remuneración es objeto de vigilancia, control y revisión por las autoridades competentes;

IV. Igualdad: La remuneración compensa en igualdad de condiciones a puestos iguales en funciones, responsabilidad, jornada laboral y condición de eficiencia, sin perjuicio de los derechos adquiridos;

V. Legalidad: La remuneración se ajusta estrictamente a las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en particular a los artículos 75, 115, 116, 122, 123 y 127, a las Constituciones de los estados y las leyes que de ellas emanan, a lo dispuesto por esta ley, a los presupuestos de Egresos correspondientes, a los tabuladores y en su caso, a los manuales de remuneraciones correspondientes,

VI. Transparencia: La remuneración deberá ser pública y toda autoridad estará obligada a permitir el pleno acceso de la ciudadanía a esta información, que deberá ser veraz y oportuna, privilegiando el principio de máxima publicidad.

VII. Rendición de cuentas: la obligación de los servidores públicos de informar sobre sus acciones y decisiones ante una autoridad superior o entidad distinta sobre la materia de la presente ley.

Artículo 4. Se considera remuneración o retribución toda percepción en efectivo o en especie, incluyendo dietas, aguinaldos, gratificaciones, premios, recompensas, bonos, estímulos, comisiones, compensaciones y cualquier otra, con excepción de los apoyos y gastos sujetos a comprobación que sean propios del desarrollo del trabajo y los gastos de viaje en actividades oficiales.

No se concederán ni cubrirán jubilaciones, pensiones o haberes de retiro, ni liquidaciones por servicios prestados, como tampoco préstamos o créditos, sin que éstas se encuentren asignadas por la ley, decreto legislativo, contrato colectivo o condiciones generales de trabajo, de manera proporcional y justificada; estos conceptos no formarán parte de la remuneración.

Artículo 5. Los servidores públicos están obligados a reportar a su superior jerárquico, dentro de los siguientes 30 días naturales, cualquier pago en demasía respecto de lo que le corresponda según las disposiciones vigentes. Los titulares de los entes públicos deberán presentar el reporte a la unidad administrativa responsable de la demasía y a la Unidad de transparencia de la dependencia a que estén adscritos.

Capítulo II
De la Determinación de las Remuneraciones

Artículo 6. Para la determinación de la remuneración de los servidores públicos se considerarán las bases siguientes:

I. Ningún servidor público de los sujetos obligados por la presente ley puede recibir una remuneración o retribución por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión mayor a la establecida para el Presidente de la República en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

II. Ningún servidor público puede tener una remuneración igual o mayor que su superior jerárquico, salvo que el excedente sea consecuencia de

a) El desempeño de puestos de menor jerarquía, siempre que el servidor público cuente con el dictamen de compatibilidad correspondiente con antelación al desempeño del segundo o subsecuentes puestos, ya sean federales o locales;

b) El contrato colectivo o las condiciones generales de trabajo;

c) Un trabajo técnico calificado o de alta especialización, considerado así cuando su desempeño exige una preparación, formación y conocimiento resultado de los avances de la ciencia o la tecnología.

Bajo las anteriores excepciones, la suma de las retribuciones no exceda la mitad de la remuneración establecida para el presidente de la República en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

III. En ningún caso se cubrirá una remuneración con efectos retroactivos a la fecha de su autorización, salvo resolución jurisdiccional.

Las contribuciones causadas por concepto de las remuneraciones a cargo de los servidores públicos se retienen y enteran a las autoridades fiscales respectivas de conformidad con la legislación aplicable y no son pagadas por los órganos públicos en calidad de prestación, percepción extraordinaria u otro concepto.

IV. Las unidades de administración de los órganos públicos a que se refiere el artículo 2 de esta ley, dictaminan la compatibilidad entre funciones, empleos, cargos o comisiones conforme a lo siguiente:

a) Toda persona, previo a su contratación en un ente público, manifiesta por escrito y bajo protesta de decir verdad que no recibe remuneración alguna por parte de otro ente público, con cargo a recursos federales, sea nivel federal, estatal, del Distrito Federal o municipal. Si la recibe, formula solicitud de compatibilidad al propio ente en la que señala la función, empleo, cargo o comisión que pretende le sea conferido, así como la que desempeña en otros entes públicos; las remuneraciones que percibe y las jornadas laborales.

La compatibilidad se determina incluso cuando involucra la formalización de un contrato por honorarios para la realización de actividades y funciones equivalentes a las que desempeñe el personal contratado en plazas presupuestarias, o cuando la persona por contratar lo ha formalizado previamente en diverso ente público;

b) Dictaminada la incompatibilidad, el servidor público opta por el puesto que convenga a sus intereses; y

c) El dictamen de compatibilidad de puestos es dado a conocer al área de administración del ente público en que el interesado presta servicios, para los efectos a que haya lugar.

Cuando se acredita que un servidor público declaró con falsedad respecto de la información a que se refiere este artículo para obtener un dictamen de compatibilidad favorable a sus intereses, queda sin efectos el nombramiento o vínculo laboral conforme a las disposiciones aplicables. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales correspondientes.

La falta de dictamen se subsana mediante el mismo procedimiento descrito, incluyendo la necesidad de optar por uno u otro cargo cuando se determina la incompatibilidad.

Capítulo III
Del Cálculo Presupuestario de las Remuneraciones

Artículo 7. La remuneración de los servidores públicos se determina anualmente en el presupuesto que corresponda conforme a la ley aplicable, mismos que contendrán

I. Los tabuladores de remuneraciones mensuales, conforme a lo siguiente:

a) Los límites mínimos y máximos de percepciones ordinarias netas mensuales para los servidores públicos, las cuales incluyen la suma de la totalidad de pagos fijos, en efectivo y en especie, comprendiendo los conceptos que a continuación se señalan con sus respectivos montos, una vez realizada la retención de contribuciones correspondiente:

1. Los montos correspondientes a sueldos y salarios,

2. Los montos correspondientes a las prestaciones.

Los montos así presentados no consideran los incrementos salariales que, en su caso, se autoricen para el personal operativo, de base y confianza, y categorías, para el ejercicio fiscal respectivo ni las repercusiones que se deriven de la aplicación de las disposiciones de carácter fiscal; y

b) Los límites mínimos y máximos de percepciones extraordinarias netas mensuales que perciban los servidores públicos que, conforme a las disposiciones aplicables, tengan derecho a percibirlas.

II. La remuneración total anual del presidente de la República para el ejercicio fiscal correspondiente, desglosada por cada concepto que la comprenda.

III. La remuneración total anual de los titulares de los poderes públicos estatales y municipales y los tabuladores correspondientes a sus percepciones ordinarias y extraordinarias de los servidores públicos conforme a lo dispuesto en la fracción I de este artículo.

IV. La remuneración total anual de los titulares de otras instituciones públicas de los estados y municipios referidas en el Presupuesto de Egresos respectivo, y los tabuladores correspondientes a las percepciones ordinarias y extraordinarias de los servidores públicos de tales ejecutores de gasto, conforme a lo dispuesto en la fracción I de este artículo.

Artículo 8. Durante el procedimiento de programación y presupuestario establecido en el capítulo I del título segundo de las leyes respectivas, todo órgano u organismo público deberá incluir dentro de sus proyectos de presupuesto los tabuladores de las remuneraciones que se propone perciban los servidores públicos que prestan sus servicios en cada ejecutor de gasto, de conformidad con el manual de percepciones de los servidores públicos que emitan las autoridades hacendarias y de la función pública, en el ámbito de sus respectivas competencias, por conducto de sus respectivas unidades de administración u órganos de gobierno.

Las reglas establecidas en los manuales a que se refiere el artículo anterior, así como los tabuladores contenidos en los proyectos de presupuesto de cada ente, se apegan estrictamente a las disposiciones de esta ley.

Las remuneraciones siempre deben estar desglosadas en las percepciones ordinarias y, en su caso, las extraordinarias por cada concepto en que éstas sean otorgadas, considerando que

a) Las percepciones ordinarias incluyen la totalidad de los elementos fijos de la remuneración;

b) Las percepciones extraordinarias consideran los elementos variables de dicha remuneración, la cual sólo podrá cubrirse conforme a los requisitos y con la periodicidad que se establecen en las disposiciones correspondientes; y

c) Las contribuciones a cargo de los servidores públicos que se causan por las percepciones señaladas en los dos incisos anteriores, forman parte de su remuneración.

Artículo 9. Las remuneraciones y sus tabuladores son públicos, deberá aplicar el principio de máxima publicidad en su difusión, por lo que no pueden clasificarse como información reservada o confidencial, y especifican la totalidad de los elementos fijos y variables, tanto en efectivo como en especie.

Para los efectos del párrafo anterior, los ejecutores de gasto público y demás entes públicos publicarán en sus respectivas páginas de Internet, de manera permanente, las remuneraciones y sus tabuladores.

Las contribuciones que generan las remuneraciones se desglosan en los tabuladores a efecto de permitir el cálculo de la cantidad neta que conforma la percepción.

Capítulo IV
De las Percepciones por Retiro y Otras Prestaciones

Artículo 10. No se concederán ni cubrirán jubilaciones, pensiones o haberes de retiro sin que éstas se encuentren asignadas por la ley, decreto legislativo, contrato colectivo o condiciones generales de trabajo conforme a los principios de proporcionalidad y austeridad.

Los presupuestos respectivos deberán establecer, bajo las mismas bases señaladas en el artículo 8 de esta ley respecto a las remuneraciones y sus tabuladores, en lo que resulte aplicable, las jubilaciones, pensiones, compensaciones, haberes y demás prestaciones por retiro otorgadas a quienes han desempeñado cargos en el servicio público o a quienes en términos de las disposiciones aplicables sean beneficiarios, así como a todo ente público no sujeto a control presupuestal directo, aplicándose el principio de máxima publicidad en la transparencia y rendición de cuentas.

Artículo 11. Únicamente podrán asignarse y cubrirse pagos por servicios prestados en el desempeño de la función pública, tales como pensiones, jubilaciones, compensaciones o cualquiera otra de semejante naturaleza, cuando tales prestaciones se encuentren expresamente asignadas por una ley o decreto legislativo o cuando estén señaladas en contrato colectivo o condiciones generales de trabajo.

Las liquidaciones al término de la relación de trabajo en el servicio público sólo serán las que establezca la ley o decreto legislativo, el contrato colectivo de trabajo o las condiciones generales de trabajo y no podrán concederse por el solo acuerdo de los titulares de los entes públicos ni de sus órganos de gobierno.

Los servidores públicos de elección popular no tendrán derecho a liquidación o compensación alguna por el término de su mandato, que no esté prevista en ley o decreto legislativo y en el Presupuesto de Egresos respectivo.

Los recursos efectivamente erogados por los conceptos definidos en los dos párrafos anteriores se darán a conocer bajo el principio de máxima publicidad, señalando las disposiciones legales, contractuales o laborales que les dan fundamento.

Artículo 12. Los créditos, préstamos y anticipos de remuneraciones sólo podrán concederse cuando una ley o decreto, contrato colectivo o condiciones generales de trabajo así lo permitan. Los recursos erogados por estos conceptos se harán constar en la cuenta pública, precisando las disposiciones legales, contractuales o laborales que les dan fundamento.

Los conceptos descritos en el párrafo anterior no se harán extensivos a favor de los servidores públicos que ocupen puestos de los niveles de enlace, mando medio o superior o sus equivalentes a los de la administración pública federal.

Las remuneraciones, incluyendo prestaciones o beneficios económicos, establecidas en contratos colectivos de trabajo, contratos ley o condiciones generales de trabajo, que por mandato de la ley que regula la relación jurídico laboral se otorgarán a los servidores públicos que ocupen puestos de los niveles descritos en el párrafo anterior, se fijarán en un capítulo específico de dichos instrumentos y se incluirán en los tabuladores respectivos. Tales remuneraciones sólo se mantendrán en la medida en que la remuneración total del servidor público no exceda los límites máximos previstos en la Constitución y el Presupuesto de Egresos.

Capítulo V
Del Control, las Responsabilidades y las Sanciones

Artículo 13. Cualquier persona con intereses jurídico o legítimo podrá formular denuncia ante la instancia interna de control o disciplina de los entes definidos por el artículo 2 de esta ley respecto de las conductas de los servidores públicos que sean consideradas contrarias a las disposiciones contenidas en la misma, para el efecto de que se inicie el procedimiento de responsabilidad correspondiente.

Artículo 14. La Auditoría Superior de la Federación, o los órganos fiscalizadores de las entidades federativas, en el marco del Sistema Nacional Anticorrupción, en ejercicio de sus propias atribuciones, en lo que se refiere a actos u omisiones que implican alguna irregularidad o posible conducta ilícita en cuanto al cumplimiento de esta ley:

I. Realizarán observaciones a los entes revisados o fiscalizados para los efectos correspondientes;

II. Iniciarán procedimientos para fincar responsabilidades administrativas y la imposición de las sanciones respectivas;

III. Determinarán los daños y perjuicios que afectan la hacienda pública o, en su caso, al patrimonio de los entes públicos, y fincará directamente las responsabilidades resarcitorias;

IV. Promoverán denuncias de hechos ante el Ministerio Público, cuando proceden; y

V. Ejercerán las demás atribuciones que le confieren las leyes en materia de fiscalización y rendición de cuentas, para procurar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en esta ley y sancionar su infracción.

Las entidades de fiscalización y los tribunales de justicia administrativa de las entidades federativas ejercerán sus funciones conforme a lo dispuesto por esta ley y las correspondientes a su régimen interior en el marco del Sistema Nacional Anticorrupción.

Artículo 16. La investigación, tramitación, sustanciación y resolución de los procedimientos no penales que se siguen de oficio o derivan de denuncias, así como la aplicación de las sanciones que corresponden, se desarrollarán de conformidad con las leyes en materia de responsabilidades de los servidores públicos, las leyes relativas al servicio profesional de carrera y la normatividad administrativa que para efectos de control emitan las dependencias competentes, así como en los ordenamientos que regulan la responsabilidad y su disciplina.

Artículo 17. Si el beneficio obtenido u otorgado en contradicción con las disposiciones de esta ley no excede del equivalente de mil veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal, se impondrá destitución e inhabilitación de un año a cuatro años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos; y si excede del equivalente a la cantidad antes señalada se impondrá destitución e inhabilitación de cinco a veinte años.

Siempre procederá el resarcimiento del daño o perjuicio causado a las haciendas públicas, aplicado de conformidad con las disposiciones conducentes en cada caso.

Las sanciones administrativas se impondrán independientemente de la sanción penal a que haya lugar.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que contravengan lo dispuesto en el presente decreto.

Tercero. Los congresos locales y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal tendrán un plazo de 180 días para realizar las adecuaciones necesarias a su régimen interior de acuerdo con lo dispuesto en el presente decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de septiembre de 2015.— Diputado Jesús Zambrano Grijalva,Juan Alberto Blanco Zaldívar, Julio Saldaña Moran(rúbricas).»

La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Gracias. Túrnese a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Ahora tiene la palabra hasta por cinco minutos el diputado Rogelio Castro Vázquez, del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Rogerio Castro Vázquez:Reformar es apostarle a la transformación del país. Contra reformar es obedecer los intereses particulares de quienes le apuestan a traicionar al pueblo. Quienes le apuestan a la conveniencia ya sabrán de qué lado posicionarse. Los que obedecemos principios e ideales siempre estaremos con el pueblo y con la ciudadanía.

La Constitución como ley fundamental sin duda debe ser mejorada con sentido positivo. No se nos olvide que la de 1917 era calificada como una de las mejores del mundo, por su alto sentido social y esa era principalmente su esencia. Hoy ya no es la misma, se han impuestos reformas durante los últimos 30 años con el argumento transformador y de apertura al mundo, cerrándoles las puertas a los ciudadanos y al interés común.

¿Qué justicia puede haber cuando por un lado le damos la cara al mundo y la espalda al pueblo? Es por eso que nuestra propuesta tiene como objetivo no quitarle la oportunidad al pueblo de tener representatividad. Cuando se lleva a cabo algo tan importante como reformar la Constitución, es claro que el artículo 135 contempla las dos terceras partes de los presentes y no la totalidad, y evita caer en vicios o consignas, siendo la característica principal del régimen republicano se debe de defender la representatividad ante todo.

La ley fundamental es un elemento vivo de la sociedad mexicana que se ha transformado sustancialmente desde 1824 hasta nuestros días, su creación ha sido obra de los Congresos constituyentes y su adecuación producto del Constituyente Permanente o del poder revisor de la Constitución a través de las reformas y adiciones a las leyes.

Los argumentos para reformar o adicionar la Constitución se concentraron en cuanto al tiempo, los constituyentes de 24 consideraban que era necesario que nuestras instituciones maduraran. En 1836 era otra la idea, tendrían que transcurrir seis años. Los conservadores del supremo poder conservador también establecían un plazo de seis años. Al mismo tiempo, en las bases orgánicas y así en varias Constituciones que ha tenido el país.

El actual 135 se conserva en los mismos términos que la de 1857, sólo con la diferencia de que el Congreso de la Unión o la Comisión Permanente en su caso, harán el cómputo de los votos de las legislaturas y la declaración de haber sido aprobadas o reformadas. En este sentido, liberales y conservadores han intentado de una manera u otra, por sentido común o conveniencia, hacer o buscar la rigidez de este artículo fundamental.

Nosotros por la actual coyuntura del país buscamos darle mayor representatividad al pueblo y buscar la transparencia del procedimiento legislativo, pues si apoyamos esta iniciativa tendríamos un mecanismo para darle seguimiento a través del Diario Oficial de los estados para la aprobación de las reformas constitucionales, además de que se aprobarían todas las reformas con la totalidad de los diputados.

Hablando de reformas, quiero manifestar mi inconformidad por la falta de transparencia y el uso inadecuado del término calidad educativa y el derecho a la educación, varios estados, incluyendo Yucatán, están a punto de aprobar, si no es que ya lo aprobaron, participar en el programa de Infraestructura Educativa. Esto es muy riesgoso e irresponsable, endeudar al país y sobre todo a los estados, con el pretexto de la calidad –y lo digo y lo sostengo– es como hipotecar las escuelas durante 25 años. Por último, ¿a ese grado ha llegado su ambición? Es cuanto, presidenta.

«Iniciativa que reforma el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Rogerio Castro Vázquez, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe Rogerio Castro Vázquez, diputado federal a la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la ley fundamental y 6, numeral 1, fracción I y 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía, lo siguiente

Exposición de Motivos

Que la inestabilidad constitucional es enemiga de la propia Ley Fundamental y no puede quedar al capricho de mayorías electorales transitorias, porque su fuerza normativa se debilitaría, amén de que en cuanto a su supremacía, goza de cierta rigidez y para su reforma es indispensable agotar un procedimiento más complicado que aquel que se sigue para la norma ordinaria.

La reforma constitucional es el mecanismo formal que el Código Político de 1917 establece para su modificación o alteración. Este procedimiento debe ser más rígido que el establecido para el Legislador ordinario, debido a la supremacía de la Norma Suprema y a la necesidad de que la Ley de Leyes guarde alguna estabilidad.

Que tal “complicación” como lo cita James Bryce, se identifica con la rigidez que debe proteger la Constitución de la República.

El procedimiento de reforma constitucional es diferente al ordinario.

Mientras el primero, requiere del voto aprobatorio de los dos terceras partes de los miembros presentes del Congreso de la Unión y la aprobación de la mayoría de las Legislaturas Locales, el segundo, sólo requiere el voto aprobatorio de una mayoría simple de ambas cámara.

El artículo 135 del Código Político de 1917, consagra lo que la Teoría de la Constitución denomina como “principio de rigidez constitucional”, que no es otro que las disposiciones que integran el texto de la Ley Suprema, para ser reformadas o adicionadas, requieren de un procedimiento más complicado que el establecido para la legislación secundaria.

La rigidez de tal procedimiento se justifica por la relevancia y fundamentalidad que en el sistema jurídico desempeña la Norma Suprema.

La Ley Fundamental es un elemento vivo de la sociedad mexicana que se ha transformado sustancialmente desde 1824 hasta nuestro días; su creación ha sido obra de los Congresos Constituyentes y su adecuación, producto del Constituyente Permanente o del Poder Revisor de la Constitución a través de las reformas y adiciones a la Ley de Leyes.

En la sesión del 30 de diciembre de 1823 el diputado por Coahuila Miguel Ramos Arizpe ya manifestaba que el Acta sólo se dirigía a sentar ciertas bases generales y a organizar lo que no implicara demora, dejando así pues, el modo de modificar la Ley Suprema a la Constitución de 1824.

En la sesión del 9 de enero de 1824, Crescencio Rejón opinaba que el Acta Constitutiva que al parecer, no se podía reformar y que era necesario, que las modificaciones tuvieran que ser aprobadas por las Legislaturas de los estados.

José María Cabrera, por su parte, decía que no se coartaba la facultad constituyente de modificar la Constitución.

En tanto que, Juan de Dios Cañedo propuso la redacción del procedimiento de reforma constitucional que se establecería en la Constitución de 1824, establecido en el artículo 35 del Acta Constitutiva de ese año.

La Constitución de 1824 estableció que el Congreso General podría resolver las dudas que ocurran sobre la inteligencia de los artículos de esa constitución y del Acta Constitutiva, a su vez, las legislaturas de los estados podrían hacer observaciones, sobre determinados artículos de los documentos constitucionales, pero el Congreso General no las tomaría en cuenta sino hasta 1830.

El Congreso en 1830 se limitaría a calificar las observaciones que merecieran en su opinión sujetarse a la discusión del Congreso siguiente, lo que se comunicaría al Ejecutivo para su publicación, el cual no podría hacer observaciones.

Hecho lo anterior, la legislatura siguiente en el primer año de sus sesiones ordinarias se ocuparía de las observaciones sujetas a su deliberación para hacer las reformas que considerase pertinentes y de manera tajante se establecía que un mismo Congreso no podría hacer las reformas o adiciones constitucionales respectivas.

Las reformas o adiciones posteriores a 1830, se tomaran en consideración en los mismos términos sólo que en el segundo año de cada bienio, además de todos los requisitos prevenidos para la formación de las leyes, a excepción del derecho de hacer observaciones concedido al presidente en el artículo 106.

Finalmente, se establecía la prohibición expresa de que jamás se podrían reformar los artículos de los documentos constitucionales de 1824 que establecían la libertad e independencia de la nación mexicana, su religión, forma de gobierno, libertad de imprenta, y división de los poderes supremos de la federación, y de los estados.

Los argumentos para reformar o adicionar la Constitución se concentraron en cuanto al tiempo; los constituyentes de esta época consideraban que era necesario que nuestras instituciones maduraran, por lo que establecieron varios candados para llevar a cabo tal empresa: reformar la Constitución.

Las Bases Constitucionales expedidas por el Congreso Constituyente el 15 de diciembre de 1835 no establecieron numeral alguno relativo al procedimiento de reforma constitucional; éste se plasma en la Séptima de las Siete Leyes Constitucionales de 1836.

En la Séptima Ley de 1836, en su artículo 1o. se establecía que tendrían que transcurrir seis años, contados a partir de su publicación para poder hacer alguna modificación a esta Constitución.

El Supremo Poder Conservador tenía como atribuciones la de dar o negar la sanción a las reformas de Constitución que acordara el Congreso, previas las iniciativas, y en el modo y forma que establece la Segunda Ley Constitucional.

En esta Constitución encontramos nuevamente un plazo de seis años para reformar o adicionar la Norma Suprema.

Las Bases Orgánicas de la República Mexicana de 14 de junio de 1843; establecieron a diferencia de las anteriores, que en cualquier tiempo podrían hacerse alteraciones o reformas a la Constitución con los dos tercios de votos de ambas Cámaras.

El artículo 202 de las Bases Orgánicas de 1843 no se menciona si para modificar la Constitución, se requerían las dos terceras partes de los miembros presentes o de la totalidad de ambas cámaras.

Que no obstante lo anterior, la Comisión nombrada para proponer un proyecto de Bases Orgánicas de la República, en una parte de lo que sería su exposición de motivos planteo que la Constitución podría reformarse en cualquier tiempo, siempre y cuando fueran aprobadas por los dos tercios de los presentes de ambas Cámaras y así lo acordara el Gobierno.

En el Acta Constitutiva y de Reformas de 1847 se estableció que encualquier tiempo podrían reformarse los artículos de la Acta Constitutiva, de la Constitución Federal y de la Acta de 1847, siempre que las reformas se acordaran por los dos tercios de ambas cámaras, asimismo, fueran aprobadas por la mayoría de la Legislaturas de los Estados y por la mayoría de dos congresos distintos e inmediatos.

A su vez, las reformas que se plantearan, limitando en algún punto la extensión de los poderes de los Estados, necesitarían la aprobación de la mayoría de las legislaturas.

Los principios que establecían la independencia de la nación, su forma de gobierno republicano representativo popular federal, y la división, tanto de los poderes generales, como de los Estados, no podrían sufrir alteración alguna.

La redacción actual del artículo 135 del Código Político de 1917 tiene su antecedente en el numeral 127 de la Constitución de 1857.

La Constitución podía ser adicionada o reformada y para que éstas reformas o adiciones llegaran a ser parte de la Norma Suprema, se requería que el Congreso de la Unión, con el voto de las dos terceras partes de sus individuos presentes, acordara las reformas o adiciones, y que las mismas fuesen aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los Estados, dejando al Congreso de la Unión el cómputo de los votos de las legislaturas y la declaración de haber si aprobadas las adiciones o reformas.

El actual artículo 135 se conserva en los mismos términos que el 127 de la Constitución de 1857, sólo con la diferencia de que el Congreso de la Unión o la Comisión Permanente en su caso, harán el cómputo de los votos de las Legislaturas y la declaración de haber sido aprobadas las adiciones o reformas.

En cuanto al procedimiento para reformar o adicionar a nuestra Ley Suprema hay distinguidos juristas que están de acuerdo en seguir con reformas y adiciones constitucionales, siempre y cuando se hagan en los términos del artículo 135 constitucional.

Otros, no están muy de acuerdo con las modificaciones y sin embargo, consideran que son necesarias ya que se tienen que ir adecuando a las nuevas realidades de México.

La reforma constitucional, implica un cambio en el texto, en el sentido de agregar, modificar o eliminar algo.

Existen dos tesis al respecto; una que limita la reformabilidad de la Constitución y se atribuye a la llamada corriente decisionista, que consiste en que el pueblo como titular único de la soberanía, es el único facultado para modificar las decisiones políticas fundamentales; sólo así, pueden ser reformadas por el Poder Constituyente.

La corriente positivista, es la otra, que sostiene que lo único que se requiere para la validez de la reforma es que ésta se lleve a cabo conforme a las normas establecidas, por el Constituyente Permanente.

Es decir, que se sujete a lo dispuesto por el numeral 135 constitucional.

La pregunta que nos hacemos es ¿Debemos continuar con el procedimiento que establece el artículo 135 constitucional?

Si a lo anterior agregamos, que nuestra Constitución con sus 99 años es la más antigua de América Latina, es la decana entre ellas y sólo quizás excede en el mundo la de Estados Unidos.

Cabe destacar que la Constitución de 1824 se reformo en 17 ocasiones entre 1824 y 1835, y luego de 1847 a 1853, sufrió otras 17 reformas más; estas últimas, en su gran mayoría fueron promovidas por las legislaturas de los estados y por su parte, la Constitución de 1857, sufrió 32 modificaciones de 1861 a 1911.

El Código Político de 1917 a la fecha ha tenido más de quinientas modificaciones y aun pretendemos seguir reformando la Ley Fundamental, es por ello que proponemos un procedimiento aún más rígido para reformar o adicionar la Norma Suprema, que en el caso concreto por parte de las legislaturas de los estados sería con el voto aprobatorio de las dos terceras partes.

El numeral 135 de la Ley Fundamental establece un órgano integrado por la asociación del Congreso de la Unión y de las Legislaturas de los Estados, que a través de reformas y adiciones a la misma, tiene competencia para alterar el Código Político de 1917.

Éste, participa en alguna forma de la función soberana, desde el momento en que puede afectar la obra que es expresión de la soberanía. Su función es, pues, función constituyente.

Y por otra parte, se trata de un órgano que sobrevive al autor de la Constitución, cuya vida se extinguió con su tarea, se considera que merece por todo ello el nombre de Poder Constituyente Permanente.

El procedimiento para reformarla es rígido, toda vez que se requiere de un órgano especial y de una votación específica, distinta a la requerida para la aprobación de las leyes federales que es competencia del legislativo ordinario, esto es, la Cámara de Diputados y de Senadores.

Mientras que para reformar o adicionar a la Constitución se requiere que sea aprobada por las 2/3 partes de los miembros presentes del Congreso de la Unión y por la mayoría de las legislaturas locales, no así, en tratándose del legislativo ordinario, ya que en este caso, para reformar o adicionar las leyes federales se requiere de una mayoría simple.

Tratándose de las legislaturas locales ¿Qué porcentaje se requiere en lo anterior y que requisitos deben cubrir las mismas para aprobar una reforma o adición a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos?

Que para que las legislaturas estatales puedan aprobar las reformas o adiciones a la Constitución Federal, deben atender a su procedimiento legislativo estatal, es decir, el que se establece tanto en sus constituciones estatales como en sus respectivas leyes orgánicas de los poderes legislativos locales.

Las constituciones estatales de las 31 entidades federativas, en su gran mayoría, establecen que para que se puedan reformar o adicionar sus constituciones locales, en su gran mayoría, se requieren las dos terceras partes de los diputados presentes, salvo algunas excepciones.

Es decir, una gran mayoría establecen, en sus respectivas constituciones, un procedimiento de reforma constitucional similar al federal en cuanto al porcentaje para aprobar una reforma constitucional estatal y una minoría no contemplan porcentaje similar al de la Constitución de la República.

Aunado a lo anterior, tendrá que efectuarse el cómputo de votos estatales por la Comisión Permanente o por el Congreso de la Unión, en donde se estudie no sólo el decreto aprobatorio, esto es, si se da cumplimiento a las formalidades contenidas en cada una de las constituciones y leyes estatales para la aprobación y expedición del decreto respectivo; requisitos que no contempla el artículo 135 de la Ley Fundamental, por lo que se hace necesario, acompañar el expediente completo de las discusiones y votaciones de los congresos locales.

Por lo expuesto, los integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, proponemos hacer más rígido el procedimiento de reforma constitucional por lo que sometemos a la consideración de esta Soberanía el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforma artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo único.Se reformael artículo 135, en sus dos párrafos,de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 135.La presente Constitución puede ser adicionada o reformada. Para que las adiciones o reformas lleguen a ser parte de la misma, se requiere que el Congreso de la Unión, por el voto de las dos terceras partes de l total de los individuos presentes acuerden las reformas o adiciones, y que éstas sean aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los Estados.

El Congreso de la Unión o la Comisión Permanente en su caso, con los expedientes completos de las discusiones y votaciones, harán el cómputo de los votos de las Legislaturas y la declaración de haber sido aprobadas las adiciones o reformas.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Congreso de la Unión deberá expedir la legislación en las materias que se reforman en virtud del presente decreto al artículo 135 dentro de los 180 días siguientes a la entrada en vigor del mismo.

La legislación a que se refiere el presente transitorio deberá regular la reforma constitucional.

Tercero.Las legislaturas de los estados tendrán un plazo de 180 días naturales, contado a partir de su entrada en vigor, para armonizar su normatividad conforme a lo establecido en el presente decreto.

Notas:

1 Cfr. Bryce, James, Constituciones flexibles y rígidas, Madrid, Instituto de Estudios Políticos, 1952, la cual hoy se encuentra superada y reviste poca trascendencia. Véase otro matiz de la reforma constitucional en Estrada Michel, Rafael y Núñez Torres, Michael, “La reforma constitucional en México. ¿De qué Constitución estamos hablando?”, en id. (coords.), La reforma constitucional, sus implicaciones jurídicas y políticas en la Administración Pública y Política Publica, 2010, p. 391.

2 Así lo señalaba Jorge Carpizo McGregor.

3 Cfr. El Águiladel 31 de diciembre de 1823 y 1º de enero de 1824.

4 Los periódicos El Águila del 11 de enero y El Sol del 10, ambos de 1824, dieron cuenta de lo anterior.

5 Diputado por Michoacán.

6 Diputado por Jalisco.

7 Artículo 35, Esta acta solo podrá variarse en el tiempo y términos que prescriba la Constitución general. Véase. Acta Constitutiva de la Federación Mexicana, México, Imprenta del Supremo Gobierno en Palacio, 1824, 26 p.

8 La interpretación auténtica o legislativa fue señalada por Miguel Ramos expuso, en el sentido de que en caso de que una ley esté tan mal formada, que ofrezca tales contradicciones que no se pueda poner en ejecución sin que se aclare, es muy remoto, y en los casos que puedan ocurrir de que se dude de la inteligencia de una ley y el Congreso no convenga en darle interpretación, se llevará a efecto según su inteligencia más natural, aseverando que el que hace la ley, es, el que debe interpretarla. Cfr. Sesión de 9 de junio de 1824.

9 Cfr. Artículo 170. Para reformar o adicionar esta Constitución o la Acta Constitutiva, se observaran además de las reglas prescritas en los artículos anteriores, todos los requisitos prevenidos para la formación de las leyes, a excepción del derecho de hacer observaciones concedidos al presidente en el artículo 106 y Artículo 171. Jamás se podrán reformar los artículos de esta constitución y de la Acta Constitutiva que establecen la libertad e independencia de la nación mexicana, su religión, forma de gobierno, libertad de imprenta, y división de los poderes supremos de la federación y de los Estados.

10 Cfr. Artículo 170 de la Constitución de 1824.

11 Cfr. Artículo 106. El presidente puede por una sola vez, dentro de diez días útiles, hacer observaciones sobre las leyes y decretos que le pase el congreso general, suspendiendo su publicación hasta la resolución del mismo congreso, menos en los casos exceptuados en esta Constitución.

12 Cfr. Artículo 171 de la Constitución de 1824.

13 Cfr. Artículo 1. En seis años, contados desde la publicación de esta Constitución, no se podrá hacer alteración en ninguno de sus artículos. , Este numeral fue aprobado por 58 votos a favor y 9 en contra en la sesión de 6 de diciembre de 1836.

14 Cfr. Artículo 12. Fracción X. Dar o negar la sanción a las reformas de constitución que acordare el congreso, previas las iniciativas, y en el modo y forma que establece la ley constitucional respectiva.

15 La segunda de las constituciones centralistas en México.

16 En el artículo 202 no se estableció si eran los dos tercios de votos de los presentes o de la totalidad de los integrantes de ambas cámaras.

17 Cfr. Artículo 202. En cualquier tiempo podrán hacerse alteraciones o reformas a estas bases. En las leyes que se dieren sobre esta materia, se observará todo lo prevenido respecto de las leyes comunes, sin más diferencia que para toda votación, sea la que fuere, no se han de requerir ni más ni menos de dos tercios de votos en las dos cámaras. El ejecutivo tendrá en estos casos la facultad 20 del art. 87. Fue aprobado por 31 votos a favor y 15 en contra, el día 22 de mayo de 1843.

18 Cfr. Sala de comisiones de la Honorable Junta Nacional Legislativa. —Sesión de la Comisión nombrada por la Honorable Junta Nacional Legislativa, y que celebró sesión el día 11 de enero de 1843.

19 Cfr. Artículo 86, fracción XX, el cual al texto dice: Hacer, dentro de treinta días, observaciones con audiencia del Consejo a los proyectos aprobados por las Cámaras, suspendiendo su publicación: este término comenzará a contarse desde el mismo día en que los reciba. Si el proyecto aprobado fuere reproducido, el gobierno podrá suspenderlo, con audiencia del Consejo, hasta el inmediato período de sesiones, en que corresponda que las Cámaras puedan ocuparse del asunto, dándoles aviso de esta resolución dentro de igual término. Si fuera reproducido por los mismos dos tercios de ambas Cámaras, el gobierno lo publicará. Cuando los treinta días de que habla este artículo, concluyan estando ya cerradas las sesiones del congreso, dirigirá el gobierno a la diputación permanente las observaciones que hiciere, o el aviso que debe dar. Pasado el referido término, sin practicar nada de lo prevenido, se tendrá por acordada la sanción, y la ley o decreto se publicará sin demora.

20 Cfr. Artículo 28 del Acta Constitutiva y de Reformas de 1847.

21 Ibídem. Artículo 28 del Acta Constitutiva y de Reformas de 1847.

22 El artículo 127 del Constitución de 1857 fue discutido y aprobado en las sesiones de noviembre 18, 25 y 26 de1856. Lo anterior se puede consultar en Zarco, Francisco, Historia del Congreso Extraordinario Constituyente de 1856 – 1857, Extracto de todas las sesiones y documentos parlamentarios de la época, Imprenta de Ignacio Cumplido, México 1857, T. II p 560, 590 – 595, 608 - 613. Artículo 125 del proyecto. Aprobado por 67 votos a favor y 14 en contra.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de octubre del año dos mil quince. — Diputado Rogerio Castro Vázquez(rúbrica).»

La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Ahora tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La diputada Claudia Sofía Corichi García:Gracias, diputada presidenta. Compañeras y compañeros legisladores y a quienes nos ven a través de la señal del Canal del Congreso. La presente iniciativa tiene por objeto incentivar al empleador a que regrese a la práctica común de otorgar diversas prestaciones de previsión social a sus trabajadores, sin que esto represente una pérdida para su empresa.

Con la reforma fiscal del año pasado se aprobó limitar prestaciones de seguridad social otorgadas por los patrones en favor de sus trabajadoras y trabajadores y las aportaciones a fondos de pensiones. Antes de la reforma, los gastos de previsión social eran 100 por ciento deducibles. Después de esta reforma del año pasado, como todos recordaremos, los pagos de estos que constituyen ingresos exentos para el trabajador y las aportaciones a fondos de pensiones, son gravables para efectos del ISR hasta en un 53 por ciento.

Como medida para evitar que se eliminaran o disminuyeran las prestaciones por parte de los patrones, se estableció que cuando el contribuyente disminuyera de un ejercicio a otro las prestaciones exentas otorgadas a sus trabajadores, la deducción sería únicamente del 47 por ciento, como lo establece el artículo 28, fracción XXX.

Un tema tan noble como la previsión social, se ha convertido en una carga extraordinaria para los empleadores, lo cual va en detrimento de las prestaciones de previsión social de los empleados. Además, un efecto paralelo de la medida adoptada para 2014, es la inhibición de la creación de empleos, que todos hemos visto.

Mario de la Cueva definió a la previsión social como el apoyo económico otorgado a los trabajadores, así como a sus familias en caso de sobrevenir la falta de medios para subsistir por motivos naturales o involuntarios, derivados de accidentes, enfermedades, paros forzosos, invalidez, vejez o fallecimiento.

En el derecho mexicano la previsión social emanó como un capítulo del derecho laboral y complementario del derecho individual del trabajo, como se corrobora en el artículo 123 de nuestra Carta Magna.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público estimó en todo momento un impacto positivo de las llamadas reformas estructurales, que se aprobaron en esta Cámara el año pasado, en beneficio del producto interno bruto nacional, pero como lo hemos visto, este no ha sucedido, estas reformas no han traído, hasta el día de hoy, estas grandes reformas estructurales que ya tiene el presidente Peña Nieto, beneficios reales en el bolsillo de las y los trabajadores y de los mexicanos en general.

Considero que los potenciales impactos que ha tenido, incluso han sido negativos. Las cifras totales de empleo 2014 no mienten, se redujeron 123 mil plazas, no sólo no se crearon empleos, y claro, eso explica por qué no pudimos también crecer, como se esperaba, y este año al primer trimestre tuvimos pérdidas de 17 mil empleos a marzo, evidentemente algo se está haciendo mal.

La política fiscal es muy importante, es crítica, es fundamental para estimular la inversión, pero desgraciadamente con esta reforma fiscal del año pasado se castiga a la inversión y además, evidentemente, también prestaciones tan importantes para los trabajadores, como de las que estamos hablando.

En este orden de ideas cabe destacar que la función que cumple la previsión social, en un contexto donde los salarios han perdido su capacidad de compra y así lo ha demostrado la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo del INEGI y además muchos otros estudios como los del Centro de Análisis Multidisciplinario, de la Facultad de Economía, que señalan que en los últimos 25 años el salario mínimo ha perdido más del 76 por ciento de su poder adquisitivo.

Esta situación, aunada con la pérdida de prestaciones que encuadran el contexto de la previsión social, merma la capacidad de los trabajadores de acceder a bienes y servicios que les son no solo útiles sino necesarios.

Por eso, es menester plantear el límite de deducción de dichas prestaciones, por lo cual se propone otorgar un crédito al impuesto a cargo de las empresas por el equivalente al impuesto resultante de la no deducción de estos conceptos y hasta por el impuesto retenido de las empresas por sueldos y salarios, con lo cual fomentaremos el empleo bien remunerado.

Por lo anteriormente expuesto someto a su consideración el decreto por el que se reforma el título séptimo de la Ley de Impuesto sobre la Renta, adicionando un capítulo VIII y recorriendo los artículos subsecuentes para quedar como sigue:

Capítulo VIII de la previsión social. Artículo 196. El patrón que otorgue previsión social a sus trabajadores, de acuerdo a lo establecido en el artículo 7, párrafo quinto, podrá acceder a un crédito en razón del 53 por ciento del impuesto sobre la renta a los recursos destinados a previsión social en el ejercicio fiscal del que se trate.

Decía hace una semana el secretario de Hacienda que esta Cámara, qué barbaridad, que esta Cámara no aprobara más impuestos. Yo diría, sabemos quiénes los mandaron. A la gente no se le engaña. Quienes están allá afuera saben quién los aprobó y qué bancadas los aprobaron.

Hoy tenemos la misión histórica de revertir algunos de esos daños que se han hecho a la economía de los trabajadores y a la previsión social. Es cuanto, señora presidenta. Amigas y amigos diputados.

«Iniciativa que reforma el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La suscrita Claudia Sofía Corichi García, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en esta LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados somete a consideración del pleno de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforma el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de lo siguiente

Exposición de Motivos

El 1 de septiembre dejó de ser, hace algunos años ya, “el día del presidente”. Este representaba un rito donde el presidente era el centro de atención nacional, donde la clase política, empresarial, religiosa y social más cercana al poder, hacían su pase de lista y una gran pleitesía para, técnicamente, venerar al Ejecutivo en turno, al presidente.

Hoy las cosas son diferentes, pero en los hechos sólo para el orden legal y para el Poder Legislativo, ya que, a pesar de los cambios constitucionales que le permiten al Ejecutivo sólo “entregar informe por escrito...” el presidente sigue teniendo su “día”.

Lo cuestionable no es que el presidente tenga “su día”, sino que en cumplimiento al artículo 69, donde se establece la obligatoriedad de entregar un informe anual del estado que guarda la administración pública, ya no se da en presencia de los legisladores, de los representantes del pueblo, por tanto ante los ciudadanos que son los interesados en saber dicho estado y conocer las medidas y acciones que se llevan a cabo.

Tras estos años en que el presidente sólo envía a alguno de sus secretarios de estado a entregar por escrito su informe, resulta prioritario tener un diálogo entre los dos poderes, el Ejecutivo a través del presidente de la República y el Legislativo, a través de los distintos partidos políticos representados en el Congreso de la Unión.

La realidad actual nos demanda hacer partícipes de todas las acciones tomadas por parte del gobierno a la sociedad, ya que en ella residen los principios de nuestra democracia. El Informe presidencial debe ser el mejor ejemplo de la transparencia y rendición de cuentas.

Antecedentes

El primer presidente en rendir un informe fue Guadalupe Victoria, quien se presentó el 1 de enero de 1825 ante el Congreso para dar cuenta sobre su gobierno, en este informe, el entonces presidente dio cuenta de logros para el Ejército, datos sobre el pago de sueldos atrasados a los empleados del estado y lo referente a la administración de justicia. A partir de este momento, se creó la tradición que los siguientes presidentes continuaron.

El presidente Guadalupe Victoria, retomó la idea de la rendición del informe presidencial ante el órgano legislativo tanto de los Estados Unidos de América como de Gran Bretaña, los cuales aún teniendo regímenes de gobierno distintos, buscaban que el jefe de estado fuese responsable ante el parlamento de su actuación al frente de la administración pública. Es decir, el informe era visto como un acto de responsabilidad del presidente de la nación.

Desde la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en 1917, el artículo 69 ha sido objeto de tres enmiendas.

La primera fue en 1923 para suprimir del texto constitucional la obligación del presidente de la República de asistir al Congreso al inicio de las sesiones extraordinarias con el objeto de explicar las razones de dicha convocatoria.

El texto original de la Constitución de 1917 del artículo 69 establecía lo siguiente:

“A la apertura de sesiones del Congreso, sean ordinarias o extraordinarias, asistirá el presidente de la República y presentará un informe por escrito; en el primer caso, sobre el estado general que guarde la administración pública del país; y en el segundo, para exponer al Congreso o a la Cámara que se trate, las razones que hicieron necesaria su convocación, y el asunto o asuntos que ameriten una resolución perentoria.”

Esta primera reforma, aprobada en 1923 introdujo las siguientes modificaciones:

Artículo 69.A la apertura de sesiones ordinarias del Congreso,asistirá el presidente de la República y presentará un informe por escrito; en el que manifiestesobre el estado general que guarde la administración pública del país.

En la apertura de las sesiones extraordinarias del Congreso de la Unión o de una sola de las Cámaras, el presidente de la Comisión Permanente informará acerca de los motivos o razones que originaron la convocatoria

La segunda reforma fue en 1986para suprimir del texto constitucional la obligación del presidente de acudir al Congreso al inicio de cada periodo ordinario, de tal forma que quedó establecido que la obligación del presidente de rendir su informe sería anualmente, para quedar como sigue:

Artículo 69.A la apertura de sesiones ordinarias del primer periododel Congreso, asistirá el presidente de la República y presentará un informe por escrito; en el que manifieste sobre el estado general que guarde la administración pública del país.

En la apertura de las sesiones extraordinarias del Congreso de la Unión o de una sola de las Cámaras, el presidente de la Comisión Permanente informará acerca de los motivos o razones que originaron la convocatoria.

Para 1936, Lázaro Cárdenas, quien era presidente entonces, dio un giro al convertirlo en un acto masivo, ya que por primera vez fue transmitido por la radio, medio de comunicación más utilizado de la época.

Con el paso del tiempo se modificó el sentido del informe, dejó de verse como un acto meramente informativo a la nación y a los legisladores y se convirtió en una oportunidad para enarbolar la figura presidencial a tal punto que el día del informe se conoció como el “día del presidente”.

El enfriamiento del “día del presidente” comenzó en 1988 con el último informe de gobierno de Miguel de la Madrid Hurtado, en dicha presentación se dieron, por primera vez, interpelaciones por parte de los legisladores. Apenas dos meses atrás había tenido lugar una de las elecciones presidenciales más cuestionadas de la historia de nuestro país, donde el priista Carlos Salinas de Gortari fue declarado como presidente electo por parte de las autoridades electorales, después de un claro fraude, según la oposición.

Mientras el presidente Miguel de la Madrid daba su informe ante el Congreso, varios diputados desde tribuna le gritaron e incluso varios llevaron muchas de las boletas electorales como prueba del fraude cometido y en repudio a los resultados.

“Las campañas electorales resultaron competitivas y polémicas; con ellas se enriqueció en la práctica el pluralismo político y se produjo una recomposición de las fuerzas y de los partidos que las representan. Esta importante renovación electoral marca el inicio de una nueva y mejor etapa de nuestro desarrollo político”, dijo De la Madrid.

En su primer informe presidencial, Carlos Salinas de Gortari, enfrentó a más legisladores que gritaban y una y otra vez “repudio total al fraude electoral”, desde entonces, también afuera del recinto de San Lázaro comenzaron a verse manifestaciones para mostrar la inconformidad ante tales hechos, incluso, es durante este informe que Vicente Fox Quesada, diputado federal en ese entonces, hizo, con boletas electorales unas orejas de burro y se las puso en la cabeza.

Ernesto Zedillo, presidente de México durante el sexenio 1994-2000, también enfrentó duras críticas y reclamos.

En el sexenio de Vicente Fox Quesada, 2000-2006 los informes se volvieron cada vez más breves y se podría decir que el “día del presidente” llegó a su fin en el sexto Informe de gobierno de Vicente Fox, en el año 2006. Ese día se terminaron los discursos desde la tribuna de San Lázaro, pues el desorden dentro del pleno impidió que el presidente rindiera su informe, optando por dar un mensaje en cadena nacional.

Este informe ocurrió a unos meses de la elección en que Felipe Calderón Hinojosa fue nombrado presidente, en un proceso electoral cuestionado e impugnado por el perredista Andrés Manuel López Obrador. El presidente asistió puntual, pero algunos legisladores de la oposición le impidieron llegar al pleno, mientras que los demás tomaban, al mismo tiempo la tribuna principal. Ante tal clima, el presidente de la Cámara de Diputados, el panista Jorge Zermeño, instruyó para que una comisión de legisladores recibiera el Informe presidencial fuera del salón de sesiones.

Ya con el presidente Felipe Calderón Hinojosa en funciones, la historia se repitió. Durante su primer Informe de gobierno sólo emitió un breve mensaje y la entonces presidenta de la Cámara Baja, la diputada Ruth Zavaleta, no recibió el documento, alegando que se trataba de un presidente cuestionado. “Les comunico que procederé a retirarme de esta tribuna. No puedo aceptar recibir un documento de quien proviene de un proceso electoral legalmente concluido, pero cuestionado en su legitimidad por millones de mexicanos”, expuso Zavaleta.

El 15 de agosto de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma al artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mediante la cual deja sin efectos la obligatoriedad de que el presidente de la República asista al Congreso de la Unión a pronunciar un informe anual del estado que guarda la administración pública, en presencia de los legisladores.

En décadas pasadas el protocolo de este evento era la representación del presidencialismo mexicano, donde el Ejecutivo en turno mostraba su poder y alcance. La dinámica hacía evidente la sobrerrepresentación de una sola fuerza política en el Poder Legislativo, en la que no existían contrapesos. Desde el año 2008 esto, por ley no sucede más.

Consideraciones

I. “El concepto de transparencia tiene que ver con una concepción del gobierno responsable en general, con un gobierno que no sólo abre su información, sino que también rinde cuentas. Según el investigador austríaco Andreas Schedler, la rendición de cuentas debe abarcar tres dimensiones: información oportuna al público, justificación de las decisiones tomadas por los servidores públicos y sanciones a los funcionarios –electivos no– que no cumplan satisfactoriamente”.

II. Los parlamentos, para ejercer su poder de control, cuentan con diversas figuras o mecanismos y una de ellas es la figura de la comparecencia, a través de la cual, éste le exige al gobierno manifieste el estado actual que guarda la administración pública o rinda informes sobre un asunto o rubro en particular, incluyendo en esta dinámica democrática al propio presidente de la República.

III. “La transparencia de la función pública es profundamente democrática. Es un acto de notable consecuencia con la noción de una democracia al servicio de las personas, y en la que quienes ejercen funciones públicas son primero servidores que autoridades, y los ciudadanos son antes mandantes y titulares de derechos, que súbditos pasivos e indolentes [...] La democracia del futuro, probablemente, será aquella que sea capaz de poner a disposición de las personas el conocimiento e información que permita el ejercicio pleno de la ciudadanía. Donde esté la información estará el poder. La democracia del mañana será tan sólo si las personas fundamentan, ejercen y potencian sus derechos ciudadanos a partir del acceso oportuno a la información relevante del quehacer estatal. Si, por el contrario, la información –y en especial la relativa a la cosa pública– se hace impenetrable a los ojos de la sociedad, y se mantiene concentrada en unos pocos, no sólo la ética pública, sino la propia democracia, enfrentarán grave amenaza”.

IV. Como ya vimos, a partir de la reforma de 2008 se estableció una mayor distancia en cuanto a una rendición de cuentas eficaz, ya que ahora no hay quien debata o cuestione lo dicho, las voces de los partidos políticos no se escuchan. La rendición de cuentas sigue siendo una tarea pendiente.

V. La información, en este caso del estado que guarda el país, es crucial para activar la facultad de control que tiene el Poder Legislativo sobre la administración pública. “Ningún mecanismo de rendición de cuentas puede operar sin información, la cual es el ingrediente que crea las condiciones para la formación democrática de opinión pública, y el motor que permite a la sociedad ejercer presión sobre la forma en que el gobierno gestiona recursos y realiza sus funciones” 3.

VI. Diversos casos en América nos señalan:

Los términos empleados para esta figura varían en cada país, así tenemos que el término “informe” lo utilizan las constituciones de: México, Colombia, Ecuador, Nicaragua y Estados Unidos, mientras que el de “mensaje” en, Bolivia, Costa Rica, Panamá, Perú y la República Dominicana; mientras que Argentina y Chile utilizan las palabras: “dar cuenta”, Paraguay: “dar cuenta e informar”, Uruguay: sólo “informar” y por último Venezuela:” informes o mensajes especiales”.

En México, Argentina, Bolivia, Chile, Costa Rica, Ecuador, Nicaragua, Paraguay, Perú y República Dominicana, el informe o mensaje que presenta o dirige el presidente de la República es anual.

La forma de presentar el informe o mensaje en: Bolivia y Costa Rica y México se señala expresamente que se presentará por escrito, en Perú lo hará personalmente, en los casos de República Dominicana y Estados Unidos sus constituciones señalan que éstos depositarán ante sus respectivos Congresos el informe, en los casos de Argentina, Chile, Colombia, Ecuador, Panamá, Paraguay y Uruguay no se señala cómo será la presentación.

En Nicaragua, Estados Unidos y en Venezuela, se establece expresamente que el presidente de la República puede presentar, enviar o dirigir en más de una ocasión informes o mensajes. En Panamá se señala que se hará al principio de cada Legislatura por lo que el presidente informará dos veces al año. En Perú su Constitución dispone que aunque el presidente de la República tiene la facultad de dirigir varios mensajes, queda entendido que el primer mensaje será aprobado por el Congreso mientras que los demás serán aprobados por el consejo de ministros.

El momento en que se hará la presentación, envío o lectura de los informes o mensajes, en todos los países analizados, se hace ante el parlamento o congreso y en la mayoría de los casos a la apertura del primer periodo ordinario de sesiones de cada año.

En Perú la Constitución resulta bastante clara al establecer dos supuestos: “cualquier época” y, “obligatoriamente al instalarse la primera legislatura ordinaria anual”; así como en Estados Unidos en donde los informes se harán periódicamente sin precisarse fechas o lapsos de tiempo como también sucede con Venezuela. En la mayoría de los casos la presentación de un informe de gobierno se encuentra regulada como una obligación o atribución del Ejecutivo. En Nicaragua y Venezuela el presidente de la República podrá presentar el informe por medio de una tercera persona que será el vicepresidente.

De acuerdo con el Reglamento de la Asamblea Legislativa de Costa Rica, éste señala en el artículo 11 que el día primero de mayo de cada año la asamblea celebrará dos sesiones. En la segunda sesión se presentará el mensaje, al que se refiere el artículo 139, inciso 4) de la Constitución Política, y en ella ningún diputado podrá hacer uso de la palabra, salvo el presidente de la Asamblea.

La Ley Orgánica del Congreso Nacional de Ecuador (artículo 15) es muy escueta en su regulación, ya que establece que el 10 de agosto de cada año el presidente constitucional de la República, presentará su informe de labores y del estado general del país, de conformidad con lo que dispone la Constitución Política de la República.

En cuanto a Nicaragua el Reglamento Interno de la Asamblea Nacional es todavía mucho más general, pues dispone en el artículo 5 cuando da la definición de sesión inaugural que: “También es sesión inaugural la que se verifica el 10 de enero de cada año, en la cual rinde su informe el presidente de la República”.

Respecto de Paraguay, el Reglamento de la Cámara de Diputados no señala nada, sin embargo, existe una ley sobre administración financiera del estado (Ley 1535) que dispone la presentación ante la Contraloría General, de un informe anual del presidente de la República, referente a la liquidación del presupuesto del año anterior.

El Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Legislativa de Panamá, sólo hace mención en cuanto a que el presidente o presidenta de la República dará su mensaje en el acto de instalación de la Asamblea Legislativa, señalando algunas reglas protocolarias.

El ordenamiento de Chile al igual que el de Panamá se limita únicamente a meras cuestiones protocolarias, que se seguirán en el caso de las reuniones solemnes, sin especificar nada sobre la presentación del informe del presidente de la República.

En Perú el Reglamento del Congreso de la República, dispone que el Congreso escucha el mensaje del presidente de la República, el día que se celebra la sesión de la junta preparatoria e instalación del Congreso.

VII. Por medio del informe presidencial se entabla una comunicación entre dichos órganos con la finalidad de que el primero haga saber al segundo de manera pormenorizada la situación en que se encuentra la administración, los éxitos y los fracasos.

Con la presente reforma constitucional, se pretende dar una oportunidad real al Poder Legislativo para ejercer esa facultad de control que no ha sido explotada aún.

El hecho de que el presidente ya no tenga que acudir al Congreso de la Unión a presentar de manera oral su informe, ha traído más perjuicios que beneficios. Ha marcado distancia entre ambos poderes, ha limitado el diálogo abierto e incluyente y ha evitado que se asuman responsabilidades de frente a la nación mexicana.

Para ser una democracia del futuro debemos ser capaces de ejercer y potenciar nuestros derechos como ciudadanos, como dice Alejandro Ferreiro, “a partir del acceso oportuno a la información relevante del quehacer estatal”.

Por lo anteriormente expuesto someto a la consideración de esta Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Único. Se reforma el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando el primer párrafo y se adiciona un segundo párrafo para quedar como sigue:

Artículo 69. En la apertura de sesiones ordinarias del primer periodo de cada año de ejercicio del Congreso, el presidente de la República, atendiendo a su responsabilidad republicana y a uno de los principios de transparencia, asistirá y presentará ante el pleno del Congreso de la Uniónun informe sobre el estado general que guarda la administración pública del país, así como el balance de las políticas públicas implementadas durante el periodo correspondiente.

Posterior a la exposición del informe sobre el estado general que guarda la administración pública del país, escuchará los posicionamientos de los diferentes partidos políticos y responderá a los cuestionamientos que los legisladores le formulen, de acuerdo al procedimiento establecido en la Ley del Congreso.

Cada una de las Cámaras realizará el análisis del informe y podrá solicitar al presidente de la República ampliar la información mediante pregunta por escrito y citar a los secretarios de estado y a los directores de las entidades paraestatales, quienes comparecerán y rendirán informes bajo protesta de decir verdad. La Ley del Congreso y sus reglamentos regularán el ejercicio de esta facultad.

En el primer año de su mandato, en la apertura del segundo periodo de sesiones ordinarias del Congreso, el presidente de la República presentará ante la Cámara de Senadores, para su aprobación, la Estrategia Nacional de Seguridad Pública e informará anualmente sobre el estado que guarde.

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1. Ernesto Emmerich, Gustavo, “Democracia, ciudadanía y transparencia” en “Democracia y Transparencia”, Instituto Electoral del Distrito Federal, Colección SINERGIA; México, nov. 2005, p.25.

2. Alejandro Ferreiro Yazigi, “Dinero, política y transparencia: el imperativo democrático de combatir la corrupción”, ponencia presentada en la Novena Conferencia Anticorrupción, durban (Sudáfrica), 1999.

3. Nuria Cunill Grau, “Responsabilización por el control social”; en Consejo Científico del CLAD (coord.), La responsabilización en la nueva gestión pública latinoamericana, Buenos Aires, CLAD, BID, Euneba, 2000.

4. “Formato del informe presidencial”. Marco Teórico Conceptual, análisis de las propuestas de modificación al artículo 69 de la Constitución, derecho comparado, y opiniones especializadas en el tema. (Actualización). Maestra Claudia Gamboa Montejano, investigadora parlamentaria / Licenciado Arturo Ayala Cordero, asistente de investigador. Agosto, 2007

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de septiembre de 2015.— Diputada Claudia Sofía Corichi García (rúbrica).»

La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez: Gracias. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales para su dictamen.



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EXPIDE LA LEY GENERAL DE GESTIÓN ESCOLAR PARA LA EDUCACIÓN PÚBLICA BÁSICA

La Presidenta diputada María Bárbara Botello Santibáñez:Ahora tiene la palabra, hasta por diez minutos, el diputado Manuel Alexander Zetina Aguiluz, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General de Gestión Escolar para la Educación Pública Básica.

El diputado Manuel Alexander Zetina Aguiluz:Buenas tardes. Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados, han pasado más de dos años de la aprobación de la reforma más trascendente que el país ha experimentado en materia educativa.

Es evidente que la transformación será paulatina, pero ya pueden percibirse algunos cambios que hace algunos meses parecían improbables. A pesar de lo anterior en diferentes entornos socioeconómicos implica retos que dificultan la puesta en marcha de tan ambiciosas reformas.

En este tenor la fracción III del artículo quinto transitorio del decreto de la reforma constitucional en materia educativa establece la obligación de adecuar el marco jurídico con la finalidad de fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas ante los órdenes de gobierno, que corresponda con el objetivo de mejorar su infraestructura, comprar materiales educativos, resolver problemas de operación básicos y propiciar condiciones de participación para que alumnos, maestros, padres de familia bajo el liderazgo del director se involucren en la resolución de los retos que cada escuela enfrenta.

Esta autonomía implica la desconcentración de responsabilidades que corresponden a la administración de los servicios educativos, hasta ahora atendidos por las autoridades educativas en sus respectivos ámbitos de competencia dentro del plantel escolar. Sin embargo, esta desconcentración de funciones significa que en cada centro escolar se asuman funciones y responsabilidades que en un principio correspondían a determinadas instancias de la administración pública y que ahora se atenderán directamente en la institución bajo la supervisión de las autoridades educativas.

En este sentido es indispensable no confundir la decisión de acercar la toma de decisiones a la escuela con una descentralización de atribuciones para la cual no están preparadas. Se deben asumir en cambio las posibilidades de que los centros escolares desde la perspectiva de directores y docentes, considerando que la responsabilidades que hoy se les confiere en el espacio de decisiones deberán estar acompasadas por la propia autoridad para la respectiva toma de decisiones y la actualización de los docentes y desde luego del acompañamiento permanente que deben tener.

Es decir, se hace necesario establecer las bases normativas a partir de las cuales se habrán de relacionar directivos, docentes y padres de familia dentro del centro escolar y la manera en que se vinculara este con su entorno, desde las autoridades educativas, inmediatas como lo son los supervisores escolares y los jefes de sector hasta las autoridades federales y locales que se vinculan con las escuelas a través de programas y un gran número de acuerdos, lineamientos y normas que inciden en el funcionamiento de las mismas.

En cumplimiento del precepto referido, en Nueva Alianza queremos poner a consideración de esta honorable asamblea la creación de una norma específica para la gestión escolar. El objetivo fundamental que se persigue con la expedición de esta ley es el integrar en un solo cuerpo normativo las funciones y competencias que deben asumir los actores internos y externos de los centros educativos, así como sus órganos colegiados en materia de gestión escolar.

Buscamos, pues, fortalecer, jerarquizar y profesionalizar la gestión escolar en las instituciones de educación básica del sistema educativo nacional. Queremos escuelas que puedan decidir y tomar medias en beneficio de los alumnos. Todo esto con la colaboración efectiva de maestros, directivos y padres de familia, ya que la educación es una tarea que nos involucra a todos.

La decisión de dotar a las escuelas de autonomía de gestión, cuyo mandato emana de la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia educativa promulgada el 26 de febrero de 2013, no puede significar dejarlas a la deriva; por el contrario, implica repensar, mejorar y fortalecer las formas de interacción y comunicación dentro de los centros escolares y de éstos hacia el exterior.

Esperar que la autonomía de gestión mejores por sí misma las condiciones en que se desarrolla el hecho educativo, es dejar de lado que no todas las personas que integran una comunidad escolar tienen la misma información ni los mismos conocimientos ni los recursos necesarios para mejorar o avanzar a la misma velocidad.

Por ello la descentralización de este tipo de acciones lejos de contribuir a superar el rezago educativo, favorece la profundización de la brecha entre quienes pueden ejercer la facultad de tomar las decisiones y quienes no tienen los recursos para hacer uso de esta facultad.

Desde esta perspectiva, resolver las deficiencias de aprendizaje requiere contar con estrategias de recuperación, de regularización y métodos de enseñanza adecuados cuya atención no puede restringirse a los recursos individuales de las escuelas y de sus docentes; se requiere crear una estrategia institucional que brinde a cada escuela los conocimientos, herramientas y ministraciones necesarias para la solución de los problemas de rezago.

Fortalecer la autonomía de gestión requiere necesariamente que las autoridades de educación provean a las escuelas de educación básica de un conjunto de recursos, instrumentos, programas y soluciones que se pueden utilizar de manera flexible, de acuerdo con las necesidades de cada una de ellas. Este debe de ser el sentido de la gestión escolar.

Las autoridades educativas federal y locales, están obligadas a incluir en el Proyecto de Presupuesto que sometan a la aprobación de la Cámara de Diputados y de las legislaturas locales, los recursos económicos suficientes para dotar a las escuelas de materiales, recurso humano, así como de instrumentos, programas y soluciones que puedan utilizar de manera flexible, de acuerdo a las necesidades de cada una de ellas, para el cumplimiento de sus responsabilidades en materia de gestión escolar y en general con la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en esta ley, así como las autoridades locales deberán suministrar los recursos correspondientes a las escuelas antes de que inicie el ciclo escolar correspondiente.

La determinación y el compromiso de Nueva Alianza son claros e inmutables. Queremos contribuir a consolidar la reforma educativa. Con una eficaz gestión escolar se garantiza que lleguen los recursos necesarios para equipamiento, mantenimiento y materiales que eviten cobrar aportaciones voluntarias a los padres de familia.

En Nueva Alianza tenemos la convicción de que la movilidad social pasa forzosamente por la educación, porque sabemos que esta es la herramienta más poderosa del desarrollo humano. Es cuanto, gracias.

«Iniciativa que expide la Ley General de Gestión Escolar para la Educación Pública Básica, a cargo del diputado Manuel Alexander Zetina Aguiluz, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

El que suscribe, Manuel Alexander Zetina Aguiluz, diputado federal de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 6, numeral 1, fracción I; 76, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General de Gestión Escolar, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Planteamiento del problema

La reforma constitucional en materia educativa estableció el mandato de “fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas ante los órdenes de gobierno que corresponda con el objetivo de mejorar su infraestructura, comprar materiales educativos, resolver problemas de operación básicos y propiciar condiciones de participación para que alumnos, maestros y padres de familia, bajo el liderazgo del director, se involucren en la resolución de los retos que cada escuela enfrenta”. Esta autonomía implica la desconcentración de responsabilidades que corresponden a la administración de los servicios educativos, hasta ahora atendidos por las autoridades educativas en sus respectivos ámbitos de competencia dentro del plantel escolar.

Sin embargo, esta desconcentración de funciones significa que en cada centro escolar se asuman funciones y responsabilidades que en un principio correspondían a determinadas instancias de la administración pública y que ahora se atenderán directamente en la institución bajo la supervisión de las autoridades educativas.

En este sentido, es indispensable no confundir la decisión de acercar la toma de decisiones a la escuela con una descentralización de atribuciones para la cual no están preparadas. Se deben asumir, en cambio, las posibilidades de cambio en los centros escolares desde la perspectiva de directores y docentes, considerando que las responsabilidades que hoy se les confiere en el espacio de decisiones, deberán estar acompasadas con la asignación de recursos, los elementos de formación y actualización para hacerles frente y el acompañamiento permanente para darles viabilidad.

Es decir, se hace necesario establecer las bases normativas a partir de las cuales se habrán de relacionar directivos, docentes y padres de familia dentro del centro escolar y la manera en que se vinculará éste con su entorno; desde las autoridades educativas inmediatas como lo son los supervisores escolares y los jefes de sector, hasta las autoridades federales y locales que se vinculan con las escuelas a través de programas y un gran número de acuerdos, lineamientos y normas que inciden en el funcionamiento de las mismas.

Argumentación

A lo largo de los años 80 y 90 y con motivo de la influencia de los procesos de globalización y la apertura e internacionalización de los mercados en América Latina, se registran importantes cambios políticos, económicos y administrativos, que traen consigo transformaciones tanto a nivel del estado, como de las organizaciones públicas, privadas y, desde luego, en el sector educativo.

Dichos cambios significaron redefinir el papel que juegan los directivos de las instituciones de educación y su capacidad para responder a los retos y cambios de la educación y sus políticas; al papel de los distintos actores en el seno de las mismas; a la redefinición de las relaciones de poder; a la valoración del trabajo en equipo, de las metas y visiones compartidas, elementos éstos que configuran y dan sentido a la gestión educativa.

Desde esta perspectiva, se plantea para las instituciones de educación básica una transformación organizacional en sus áreas directiva, académica-pedagógica, administrativa-financiera comunitaria y de convivencia; al igual que en sus procesos de trabajo y en sus actividades.

En palabas de Lya Sañudo (2009), la gestión educativa se define entonces como un “proceso mediante el cual se organizan las interacciones afectivas, sociales y académicas de los individuos que son actores de los complejos procesos educativos y que construyen la institución educativa para lograr la formación de los individuos y de los colectivos.”

En este contexto, la decisión de dotar a las escuelas de autonomía de gestión, cuyo mandato emana de la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia educativa, promulgada el 26 de febrero de 2013, no puede significar dejarlas a la deriva, por el contrario implica repensar, mejorar y fortalecer las formas de interacción y comunicación dentro de los centros escolares y de éstos hacia el exterior.

Por ello, el reconocer las fortalezas y debilidades de los ámbitos de decisión interno y externo de la escuela es indispensable para el fortalecimiento del sistema educativo a través de la autonomía de gestión.

Diversas medidas de políticas adoptadas en el mundo consideran la descentralización del sistema educativo a través de la autonomía de gestión escolar con base en criterios de mercado, es decir, utilizando criterios como la competencia y la eficiencia para orientar la gestión educativa.

En estos casos, el riesgo radica en que la adopción de esquemas de gestión en ambientes de profunda desigualdad económica y social pueda tener efectos más negativos que positivos, debido a que no logran promover equidad. Es decir, no se logra proporcionar a cada quien lo que necesita para no quedar en desventaja.

Esperar que la autonomía de gestión mejore por sí misma las condiciones en que se desarrolla el hecho educativo, es dejar de lado que no todas las personas que integran una comunidad escolar tienen la misma información, ni los mismos conocimientos, ni los recursos necesarios para mejorar o avanzar a la misma velocidad.

Por ello, la descentralización de este tipo de acciones, lejos de contribuir a superar el rezago educativo, favorece la profundización de la brecha entre quienes pueden ejercer la facultad de tomar las decisiones y quienes no tienen los recursos para hacer uso de esta facultad.

La descentralización y la desconcentración son formas jurídico-políticas en que se organiza el estado, y en las dos, el poder central transfiere parte de sus funciones a determinados organismos. La descentralización comprenderá, por tanto, “el proceso de delegación de los poderes políticos, fiscales y administrativos a unidades subnacionales de gobierno”. La diferencia esencial radica en que sus organismos están fuera de la relación jerárquica del poder central, mientras que para el caso de la desconcentración este tipo de órganos están jerárquicamente subordinados a un órgano central, esto es, se sitúan en el cuadro de la centralización Los organismos descentralizados tienen personalidad jurídica y patrimonio propios, y fueron creados mediante ley o decreto del Congreso de la Unión o del Presidente de la República , mientras que los órganos desconcentrados carecen de todo ello.

En el caso que nos ocupa, el mandato de lograr la autonomía de gestión en las escuelas de educación básica, significa la puesta en marcha de un esquema de desconcentración en la toma de decisiones, hacia la escuela y centrado en los alumnos.

La Secretaría de Educación Pública concibe entonces las siguientes diferencias para lograr la transformación del modelo de gestión:

Cada niño es diferente en sus condiciones sociales, económicas y políticas, y por ende también en su manera y ritmo de asimilar conocimientos y el aprendizaje en general; en esto radica el interés que motiva a los padres de familia a acercarse a la escuela.

Desde esta perspectiva, resolver las deficiencias de aprendizaje requiere contar con estrategias de recuperación, de regularización y métodos de enseñanza adecuados, cuya atención no puede restringirse a los recursos individuales de las escuelas y de sus docentes; se requiere crear una estrategia institucional que brinde a cada escuela los conocimientos, herramientas y ministraciones necesarias para la solución de problemas de rezago.

Es innegable que en las estrategias de solución es necesario contar con la intervención de los maestros frente a grupo, pero ellos deben estar acompañados de otros profesionales que les asistan, las herramientas para enfrentarlo y el respaldo institucional a su experiencia y desempeño; conocimientos y recursos que las autoridades educativas deber proveer y coordinar.

Dicho de otro modo, es preciso reconocer que la falta de calidad en los aprendizajes es un síntoma de diversos problemas que abruman a las escuelas públicas, las cuales requieren de programas que sean coherentes entre sí pero que no representen pesadas cargas administrativas.

Fortalecer la autonomía de gestión requiere necesariamente que las autoridades de educación provean a las escuelas de educación básica de un conjunto de recursos, instrumentos, programas y soluciones que se puedan utilizar de manera flexible de acuerdo con las necesidades de cada una de ellas. Este debe ser el sentido de la gestión escolar.

Para hacer realidad una gestión escolar autónoma, es imprescindible que la desconcentración de funciones y atribuciones se lleve a cabo con el acompañamiento cercano y cotidiano a las escuelas, que cierre el paso a un proceso de descentralización orientado a dejar que los centros escolares resuelvan sus problemas de manera individual.

Teniendo como base un modelo educativo centrado en los alumnos, se requiere modificar el actuar y las percepciones de los actores en las comunidades escolares y de las autoridades educativas, así como el rol que a cada uno le toca jugar en la escuela y hacia la escuela.

Los cambios señalados sólo pueden propiciarse a través de la norma que articule la creación de espacios donde los actores tomen decisiones pero también para que directores y docentes tengan los instrumentos, la asesoría y la información especializada para reflexionar sobre la perspectiva con el cual enfocan el papel que desempeña la educación pública.

Hasta hoy, más allá del mandato establecido en la Carta Magna y las responsabilidades que la Ley General de Educación otorga a la Secretaría de Educación Pública de emitir los lineamientos de carácter general, así como la obligación de las autoridades educativas de ejecutar programas y acciones tendientes a fortalecer la autonomía de gestión, las disposiciones que atañen a la gestión escolar se encuentran dispersas en acuerdos, lineamientos y reglas que dificultan la cabal identificación de las funciones, atribuciones y responsabilidades que deben asumir los integrantes de la comunidad escolar.

Entre ellos se encuentran:

• Acuerdo número 10/10/14 por el que se reforma y adiciona el diverso número 716 por el que se establecen los lineamientos para la constitución, organización y funcionamiento de los consejos de participación social en la educación. (DOF 7 de marzo de 2014 y 10 de octubre de 2014).

• Acuerdo número 717 por el que se emiten los lineamientos para formular los programas de gestión escolar. (DOF 7 de marzo de 2014).

• Acuerdo mediante el cual se establecen los lineamientos generales para el expendio y distribución de alimentos y bebidas preparados y procesados en las escuelas del Sistema Educativo Nacional. (DOF 16 de mayo de 2014).

• Acuerdo número 06/06/14 por el que se establece el calendario escolar para el ciclo 2014-2015, aplicable en toda la república para la educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros de educación básica. (19 de junio de 2014).

• Programa Nacional de Convivencia Escolar. SEP, mayo de 2014.

• Lineamientos para la organización y el funcionamiento de los consejos técnicos escolares. Educación Básica. SEP.

• Reglamento de Asociaciones de Padres de Familia. (DOF 4 de febrero de1980).

• Reglas de Operación que regulan la ministración de apoyos en función de las especificidades de la escuela:

- Acuerdo número 05/06/14 por el que se emiten los lineamientos de operación del Programa Escuelas de Excelencia para Abatir el Rezago Educativo. (DOF 18 de junio de 2014).

- Lineamientos Generales para la operación, aplicación de recursos, rendición de cuentas y transparencia del Programa Escuelas Dignas 2014. (DOF 19 de mayo de 2014).

- Acuerdo número 703 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Escuelas de Calidad. (DOF 28 de diciembre de 2013).

- Acuerdo número 704 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Escuelas de Tiempo Completo. (DOF 28 de diciembre de 2014).

- Acuerdo número 705 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Escuela Segura. (DOF 28 de diciembre de 2014).

- Acuerdo número 706 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Fortalecimiento de la Calidad en Educación Básica. (DOF 28 de diciembre de 2014).

- Acuerdo número 711 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa. (DOF 28 de diciembre de 2013).

- Acuerdo número 698 por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa de Fortalecimiento de Comunidades Escolares de Aprendizaje. (DOF 16 de diciembre de 2013).

En la preparación de esta iniciativa, se analizaron las disposiciones enunciadas anteriormente con la finalidad de integrar en un solo cuerpo normativo las funciones y competencias que deben asumir, en el marco de la gestión escolar, los actores internos y externos de los centros escolares y sus órganos colegiados; los principios educativos hacia los que deben enfocar sus esfuerzos; los fundamentos básicos para la organización, la operación y convivencia escolar; la práctica de la planeación y la evaluación como elementos indispensables para el cumplimiento de los fines de la educación y mejorar la calidad de los aprendizajes; así como los mecanismos que deben observarse para la administración, transparencia y rendición de cuentas.

Asimismo, se tomaron en cuenta las experiencias desarrolladas por distintos países en materia de gestión escolar como son: Finlandia, Países Bajos, Inglaterra, Estados Unidos, Chile, Argentina, Colombia y Perú, con la finalidad de identificar sus prácticas y dar coherencia a la integración del marco normativo que se propone.

En esta tesitura, la iniciativa que se presenta, procura atender las siguientes condiciones para alcanzar la autonomía de gestión:

a. Las escuelas de educación pública básica necesitan disponer de facultades y recursos para tomar decisiones que se adecuen a las necesidades de los alumnos, los maestros y los directivos.

b. El personal docente, directivo y de supervisión de cada centro educativo de educación pública básica debe asumir su papel como profesionales de la educación, en la función que desempeñan en la escuela, con la finalidad de revalorarse a sí mismos y recibir un trato de esa naturaleza.

c. Los padres de familia deben ser conscientes de que la educación en casa provee valores y el desarrollo de estrategias que influyen en los métodos prácticos de los que dispone la escuela para la solución de problemas académicos y no académicos que presentan sus hijos. Por ello, deben asumir que el apoyo mutuo entre el hogar y los centros educativos tiene un propósito muy distinto al de sólo revisar tareas.

d. La organización y funcionamiento de la escuela y sus cuerpos colegiados debe privilegiar la responsabilidad profesional, el liderazgo compartido, el trabajo colaborativo, la toma de decisiones consensuadas y la transparencia y rendición de cuentas como elementos fundamentales para superar los rezagos, mejorar la convivencia escolar y elevar la calidad de los aprendizajes.

e. Las autoridades educativas deben establecer el equilibrio entre la libertad de decisión, el acompañamiento y la asesoría que deben otorgar a las comunidades escolares y la disponibilidad de los recursos con que cuenta cada escuela.

f. Las autoridades educativas federal y locales, tanto como las que atienden las escuelas, debe regir su actuar con base en la planeación y los resultados de la evaluación, así como desarrollar mecanismos institucionales que prevengan el mal uso de los recursos o su desperdicio y desarrollar la toma de decisiones de manera colaborativa y corresponsable.

En virtud de lo anterior, se recuperan las facultades, atribuciones y responsabilidades que la Ley General de Educación y la Ley General del Servicio Profesional Docente establecen para los actores que intervienen en el proceso de enseñanza–aprendizaje, lo que no significa la sobrerregulación de los mismos, por el contrario, refuerza la acción que cada uno de ellos debe desempeñar en la escuela y como parte de la gestión escolar, más allá de la función sustantiva que les confiere la primera y las disposiciones que para su ingreso, promoción y permanencia en el servicio deben atender en el marco de la última.

En el Grupo Parlamentario de Nueva Alianza se tiene la convicción de que sólo a partir del reconocimiento y atención de las condiciones anteriores, se estará en posibilidades de dar forma al nuevo modelo de gestión del sistema educativo y se definirá con éxito en los espacios de decisión que tiene cada escuela.

Fundamento legal

Por lo cual, con las consideraciones expuestas y fundadas, como integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y artículo 6, fracción I, artículo 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento ante esta soberanía iniciativa con proyecto de:

Decreto por el que se expide la Ley General de Gestión Escolar para la Educación Pública Básica

Artículo Primero.Se expide la Ley General de Gestión Escolar para la Educación Pública Básica, para quedar como sigue:

Capítulo I
Objeto, definiciones y principios

Artículo 1.La presente ley es reglamentaria de la fracción III, inciso a) del Transitorio Quinto del decreto por el que se reforman los artículos 3o. en sus fracciones III, VII y VIII; y 73, fracción XXV, y se adiciona un párrafo tercero, un inciso d) al párrafo segundo de la fracción II y una fracción IX al artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de febrero de 2013; es de observancia general en toda la república y sus disposiciones son de orden público e interés social. Tiene por objeto regular, promover, fortalecer, jerarquizar, apoyar y profesionalizar la gestión escolar en las instituciones públicas de educación básica del sistema educativo nacional.

Artículo 2.La observancia y aplicación de la presente ley se regirán conforme a los principios de independencia, transparencia, objetividad, pertinencia, diversidad e inclusión.

Para los efectos del párrafo anterior y la interpretación de esta ley, la federación y las autoridades locales, deberán promover, respetar y garantizar la autonomía de gestión de las escuelas.

Artículo 3.La aplicación y la vigilancia del cumplimiento de esta ley corresponden a las autoridades educativas locales y de la federación, en los términos que la propia ley establece.

Para efectos de la presente ley, se entenderá por:

I. Asociación de Padres de Familia.A la instancia integrada por quienes ejercen la patria potestad de los menores educandos constituida en términos de lo dispuesto por el artículo 65 de la Ley General de Educación.

II. Autoevaluación/Diagnóstico.Proceso en el cual la escuela se evalúa así misma, considerando factores internos y externos de su realidad, apoyándose en fuentes de información y parámetros de gestión escolar que le permitan analizar, reflexionar, identificar y priorizar sus necesidades educativas para la toma informada de decisiones que fortalezcan su autonomía de gestión escolar.

III. Autonomía de Gestión.Capacidad de la escuela de educación básica para tomar decisiones orientadas a mejorar la calidad del servicio educativo que ofrece. Esto es, que la escuela centra su actividad en el logro de aprendizajes de todos y cada uno de los estudiantes que atiende.

a. Genera condiciones para que todos los alumnos hagan efectivo el derecho a la educación garantizado por el artículo 3° Constitucional y la Ley General de Educación, con la finalidad de que alcancen los beneficios educativos que les permitan incorporarse a la sociedad como ciudadanos plenos.

b. Se orienta a mejorar la calidad y equidad de la enseñanza a través de un mayor compromiso de los profesores y de la comunidad educativa, por lo que debe evitar las situaciones que incrementen las desigualdades y la exclusión.

c. A través de la dotación de los recursos necesarios y el manejo transparente y eficiente de los mismos, permitirá el mejoramiento de la infraestructura de las escuelas, la compra de materiales educativos, la resolución de problemas de operación básico y el favorecimiento de condiciones de participación para que los alumnos, maestros y padres de familia, bajo el liderazgo del director, se involucren en la resolución de los retos que cada centro escolar enfrenta.

IV. Autoridades Educativas.A la Secretaría de Educación Pública de la administración pública federal, a las correspondientes de los estados y el Distrito Federal y de los municipios.

Se considera autoridades educativas locales a las correspondientes a los ámbitos estatal y del Distrito Federal.

V. Autoridades Escolares.Al personal que lleva a cabo funciones de dirección o supervisión en los sectores, zonas o centros escolares.

VI. Centro Escolar. Cualquier centro de enseñanza, centro educativo, colegio, escuela o institución educativa que imparta educación pública básica.

VII. Comité de Establecimientos de Consumo Escolar.Al grupo de personas que se compromete y responsabiliza de la organización y el desarrollo de acciones en torno al expendio y distribución de alimentos y bebidas preparados y procesados en el plantel escolar.

VIII. Comité Técnico Local.Órgano colegiado que la propia autoridad educativa local formaliza como instancia de coordinación ejecutiva para apoyar la toma de decisiones y dar seguimiento a la gestión local de la política para la educación básica.

IX. Comunidad Educativa.A las madres y los padres de familia o tutores, los representantes de sus asociaciones, las y los directivos de la escuela y maestros y en la medida de lo posible, los ex alumnos y otros miembros de la comunidad interesados en el desarrollo de la propia escuela.

X. Consejo Técnico Escolar.Al órgano colegiado encargado de tomar y ejecutar decisiones comunes enfocadas a que el centro escolar cumpla de manera uniforme y satisfactoria su misión, al ser la instancia que de manera inmediata y a partir de sus necesidades y contextos específicos identifica, analiza, atiende, da seguimiento y evalúa situaciones de mejora educativa en beneficio de los estudiantes de su centro escolar a partir de los principios de equidad, pertinencia, relevancia, eficiencia y eficacia.

Es el medio por el cual se fortalecerá la autonomía de gestión del centro escolar con el propósito de generar los ambientes de aprendizaje más propicios para los estudiantes con el apoyo corresponsable en las tareas educativas de los padres de familia, del Consejo Escolar de Participación Social, del Comité de Padres de Familia y de la comunidad en general.

XI. Consejo de Participación Social.A la instancia de participación social en la educación, de consulta, orientación, colaboración, apoyo e información, según corresponda, que participa en actividades tendientes a fortalecer, ampliar la cobertura y elevar la calidad y la equidad en la educación básica, que se constituye en cada escuela pública de educación básica, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de la Educación.

XII. Convivencia Escolar.Al clima del centro escolar que se determina por la calidad de las relaciones entre estudiantes y adultos, la calidad de los vínculos entre los adultos (trabajo en equipo, calidad del liderazgo, buena convivencia), el sentimiento de pertenencia a la escuela y también por la claridad y la justicia en la aplicación de las reglas escolares.

XIII. Educación Básica.A la que comprende los niveles de preescolar, primaria y secundaria en todas sus modalidades, incluyendo la educación indígena, la especial y la que se imparte en los centros de educación básica para adultos.

XIV. Escuela.Al plantel en cuyas instalaciones se imparte educación y se establece una comunidad de aprendizaje entre alumnos y docentes, que cuenta con una estructura ocupacional autorizada por la autoridad educativa u organismo descentralizado; es la base orgánica del sistema educativo nacional para la prestación del servicio público de educación básica o media superior.

XV. Establecimiento de consumo escolar. A los espacios asignados en las escuelas, públicas y particulares del Sistema Educativo Nacional, para ofrecer a los estudiantes alimentos y bebidas preparados y procesados dentro de sus instalaciones. Incluye todo expendio de alimentos y bebidas que operen al interior de las escuelas, cualquiera que sea la denominación o naturaleza jurídica que adopte.

XVI. Evaluación Interna.Actividad permanente, de carácter formativo y tendiente al mejoramiento de la práctica profesional de los docentes y al avance continuo de la escuela y de la zona escolar.

XVII. Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, al organismo constitucional autónomo al que le corresponde:

a. Coordinar el Sistema Nacional de Evaluación Educativa;

b. Evaluar la calidad, el desempeño y resultados del sistema educativo nacional en la educación básica y media superior; y

c. Las demás atribuciones que establezcan la Constitución, su propia ley, la Ley General del Servicio Profesional Docente y demás disposiciones aplicables.

XVIII. Normalidad Mínima Escolar. Son las condiciones básicas con las que deben contar todas las escuelas y que se mencionan en el artículo 24 de esta ley.

XIX. Padres de Familia.Quienes ejercen la patria potestad o tutela de los menores educandos.

XX. Personal con Funciones de Dirección.Aquel que realiza la planeación, programación, coordinación, ejecución y evaluación de las tareas para el funcionamiento de las escuelas de conformidad con el marco jurídico y administrativo aplicable, y tiene la responsabilidad de generar un ambiente escolar conducente al aprendizaje; organizar, apoyar y motivar a los docentes; realizar las actividades administrativas de manera efectiva; dirigir los procesos de mejora continua del plantel; propiciar la comunicación fluida de la Escuela con los padres de familia, tutores u otros agentes de participación comunitaria y desarrollar las demás tareas que sean necesarias para que se logren los aprendizajes esperados.

Este personal comprende a coordinadores de actividades, subdirectores y directores en la educación básica y a jefes de departamento, subdirectores y directores en la educación media superior y para ambos tipos educativos a quienes con distintas denominaciones ejercen funciones equivalentes conforme a la estructura ocupacional autorizada.

XXI. Personal con Funciones de Supervisión.A la autoridad que, en el ámbito de las escuelas bajo su responsabilidad, vigila el cumplimiento de las disposiciones normativas y técnicas aplicables; apoya y asesora a las escuelas para facilitar y promover la calidad de la educación; favorece la comunicación entre escuelas, padres de familia y comunidades, y realiza las demás funciones que sean necesarias para la debida operación de las escuelas, el buen desempeño y el cumplimiento de los fines de la educación.

Este personal comprende, en la Educación Básica a supervisores, inspectores, jefes de zona o de sector de inspección, jefes de enseñanza o cualquier otro cargo análogo en el que ejercen funciones equivalentes conforme a la estructura ocupacional autorizada en la educación media superior.

XXII. Personal Docente.Al profesional en la educación básica y media superior que asume ante el Estado y la sociedad la responsabilidad del aprendizaje de los alumnos en la Escuela y, en consecuencia, es responsable del proceso de enseñanza aprendizaje, promotor, coordinador, facilitador, investigador y agente directo del proceso educativo.

XXIII. Personal Docente con Funciones de Asesoría Técnica Pedagógica.Al docente que en la educación básica y media superior cumple con los requisitos establecidos en la presente Ley y tiene la responsabilidad de brindar a otros docentes la asesoría señalada y constituirse en un agente de mejora de la calidad de la educación para las escuelas a partir de las funciones de naturaleza técnico pedagógica que la Autoridad Educativa o el Organismo Descentralizado le asigna. Este personal comprende, en la educación media superior, a quienes con distintas denominaciones ejercen funciones equivalentes.

XXIV. Personal Técnico Docente.A aquél con formación técnica especializada formal o informal que cumple un perfil, cuya función en la educación básica y media superior lo hace responsable de enseñar, facilitar, asesorar, investigar o coadyuvar directamente con los alumnos en el proceso educativo en talleres prácticos y laboratorios, ya sea de áreas técnicas, artísticas o de deporte especializado.

XXV. Planeación Anual Escolar.Proceso profesional, participativo, corresponsable y colaborativo, que permite a los Consejos Técnicos Escolares, contar con un diagnóstico de su realidad educativa, sustentado en evidencias objetivas que le permitan identificar necesidades, prioridades, trazar objetivos, metas verificables y estrategias para la mejora del servicio educativo.

XXVI. Ruta de mejora.Es el documento en el que se concreta la planeación escolar. Su elaboración no deberá sujetarse a una metodología o formato específico, por lo que se constituye como un documento abierto a partir del cual la escuela deberá, de manera periódica, revisar avances, evaluar el cumplimiento de acuerdos y metas, así como realizar ajustes en función de los retos que enfrenta y retroalimentar la toma de decisiones.

XXVII. Secretaría.La Secretaría de Educación Pública de la Administración Pública Federal.

XXVIII. Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela.Conjunto de apoyos, asesoría y acompañamiento especializados al Personal Docente y Personal con Funciones de Dirección para mejorar la práctica profesional docente y el funcionamiento de la Escuela.

XXIX. Servicio Profesional Docente o Servicio: Al conjunto de actividades y mecanismos para el Ingreso, la Promoción, el Reconocimiento y la Permanencia en el servicio público educativo y el impulso a la formación continua, con la finalidad de garantizar la idoneidad de los conocimientos y capacidades del Personal Docente y del Personal con Funciones de Dirección y de Supervisión en la educación básica y media superior que imparta el Estado y sus Organismos Descentralizados.

XXX. Sistema Educativo Nacional.Al constituido en términos de lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley General de Educación.

Capítulo II
De la distribución de competencias

Artículo 4.Corresponden de manera exclusiva a la autoridad educativa federal las atribuciones siguientes:

I. Emitir lineamientos generales que deberán seguir las autoridades educativas locales para formular y ejecutar, según sus competencias, los programas de gestión escolar para las escuelas de educación básica, mismos que tendrán como objetivos:

a. Usar los resultados de la evaluación como retroalimentación para la mejora continua en cada ciclo escolar;

b. Desarrollar una planeación anual de actividades, con metas verificables y puestas en conocimiento de la autoridad y la comunidad escolar y

c. Administrar en forma transparente y eficiente los recursos que reciba para mejorar su infraestructura, comprar materiales educativos, resolver problemas de operación básicos y propiciar condiciones de participación para que alumnos, maestros y padres de familia, bajo el liderazgo del director, se involucren en la resolución de los retos que cada escuela enfrenta.

II. Crear, regular, coordinar, operar y mantener actualizado el Sistema de Información y Gestión Educativa, el cual estará integrado, entre otros, por el registro nacional de emisión, validación e inscripción de documentos académicos; las estructuras ocupacionales; las plantillas de personal de la escuela; los módulos correspondientes a los datos sobre la formación, trayectoria y desempeño profesional del personal, así como la información, elementos y mecanismos necesarios para la operación del sistema educativo nacional.

III. Fijar los lineamientos generales de carácter nacional a los que deban ajustarse la constitución y el funcionamiento de los consejos de participación social a que se refiere el capítulo VII de la Ley General de Educación.

IV. Ejecutar, en el ámbito de sus atribuciones, programas y acciones tendientes a fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas.

Artículo 5.Corresponden de manera exclusiva a las autoridades educativas locales, en sus respectivas competencias, las atribuciones siguientes:

I. Proporcionar a la escuela los servicios de formación, actualización, capacitación y superación profesional para los maestros de educación básica y media superior, de conformidad con las disposiciones generales que la Secretaría determine, conforme a lo dispuesto por la Ley General del Servicio Profesional Docente.

II. Coordinar y operar un padrón estatal de alumnos, docentes, instituciones y centros escolares; un registro estatal de emisión, validación e inscripción de documentos académicos y establecer un sistema estatal de información educativa. Para estos efectos las autoridades educativas locales deberán coordinarse con la escuela en el marco del Sistema de Información y Gestión Educativa, de conformidad con los lineamientos que al efecto expida la Secretaría y demás disposiciones aplicables.

Las autoridades educativas locales apoyarán a la escuela en la actualización e integración permanente del Sistema de Información y Gestión Educativa, mismo que también deberá proporcionar información para satisfacer las necesidades de operación del plantel.

III. Participar con la autoridad educativa federal en la operación de los mecanismos de administración escolar, brindando a las autoridades escolares el acompañamiento y asesoría necesarios para la gestión de la escuela.

IV. Favorecer y apoyar las condiciones en la escuela para la comunicación e información a la comunidad, particularmente a los padres de familia, sobre las actividades, los recursos, los resultados de la gestión escolar y del avance educativo, procurando reducir la carga administrativa y fortalecer las capacidades de decisión de las escuelas.

V. Establecer los mecanismos de control que permitan supervisar el correcto ejercicio de los recursos destinados a la gestión escolar, sin que esto implique carga administrativa para el director académico y docentes.

VI. Establecer los mecanismos eficientes y accesibles a los miembros de la comunidad educativa para presentar quejas, denuncias y sugerencias respecto de la gestión escolar.

VII. Garantizar que, tratándose de recursos públicos destinados a la gestión escolar, la información del monto recibido por la escuela y las responsabilidades que se asuman para su ejercicio estén a disposición de la comunidad educativa.

VIII. Realizar acciones de seguimiento muestral que no implique carga administrativa adicional para las escuelas.

IX. Contar con información transparente y clara respecto al manejo de los recursos destinados a la gestión escolar recibidos por la escuela, así como de su ejercicio y comprobación, conjuntamente con la comunidad educativa.

X. Adecuar sus intervenciones a los ajustes que las escuelas realicen en sus Rutas de Mejora a lo largo del ciclo escolar.

XI. Proponer programas o acciones tendientes a fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas. Para la puesta en operación de los mismos deberán:

a. Presentarlos al Comité Técnico Local para su análisis y valoración, antes de proponerse a las escuelas.

b. Darlos a conocer a cada una de las escuelas con oportunidad, considerando que deberán comenzar con el inicio del ciclo escolar y considerarse en la Ruta de Mejora de la escuela, de manera tal que no afecten el oportuno desarrollo de las actividades educativas.

c. Evitar que la escuela sea el sitio de descarga de iniciativas públicas, sociales y privadas que la distraigan y desvíen del cumplimiento de los objetivos y metas educativas.

XII. Generar los programas y acciones pertinentes para apoyar al Consejo Técnico Escolar y lograr que éste involucre activamente la participación de todos los docentes.

XIII. Promover la vinculación del Consejo Técnico Escolar con las familias de los estudiantes, particularmente con sus padres, de acuerdo a sus condiciones, tiempos y contextos específicos, reconociendo y estimulando su papel de apoyo al aprendizaje de sus hijos, tanto en la escuela como en el hogar y desarrollando sus capacidades para el fortalecimiento de la autonomía de gestión escolar.

XIV. Las demás que con tal carácter establezcan esta Ley y otras disposiciones aplicables.

Artículo 6.Corresponde de manera concurrente a las autoridades educativas, en sus respectivos ámbitos de competencia:

I. Incluir en el proyecto de presupuesto que sometan a la aprobación de la Cámara de Diputados, de las legislaturas locales y de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, los recursos suficientes para fortalecer la autonomía de la gestión escolar en la educación pública básica.

II. Dotar a los planteles escolares de educación básica de los recursos personales, materiales y financieros necesarios para garantizar que cuenten con infraestructura digna, equipamiento y personal necesarios para cumplir con las atribuciones que esta ley les confiere y administrar en forma transparente y eficiente los recursos que reciban para mejorar su infraestructura, comprar materiales educativos, resolver problemas de operación básicos y propiciar condiciones de participación para que alumnos, maestros y padres de familia, bajo el liderazgo del director, se involucren en la resolución de los retos que cada escuela enfrenta, todo ello de conformidad con los objetivos de la política educativa.

III. Garantizar que en cada escuela cuente con una estructura ocupacional debidamente autorizada, de conformidad con las reglas que al efecto expida la Secretaría de Educación Pública en consulta con las Autoridades Educativas Locales para las particularidades regionales.

En dicha estructura ocupacional deberá garantizarse que el número y tipos de puestos de trabajo autorizados, correspondan a las necesidades de atención en función del número de aulas y espacios disponibles, al alumnado inscrito y al plan de estudio de que se trate. También deberá garantizarse que en dicha estructura se autorice el número y tipos de puestos de trabajo que se requieran para el cumplimiento de las tareas relacionadas con la gestión escolar y la administración transparente y eficiente de los recursos que reciba para tales efectos, según el tamaño de cada escuela, medido por el número de aulas y el alumnado inscrito.

Las estructuras ocupacionales deberán ser revisadas y, en su caso, ajustadas por lo menos una vez al año de conformidad con las reglas que determine la Secretaría.

IV. Ejecutar programas y acciones tendientes a fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas.

V. Ejecutar en la escuela los programas para la inducción, actualización, capacitación y superación de maestros de educación básica y media superior, los que deberán sujetarse, en lo conducente, a lo dispuesto por la Ley General del Servicio Profesional Docente.

VI. Con la finalidad de impulsar la evaluación interna en las escuelas y zonas escolares deberán:

a. Ofrecer al Personal Docente y al Personal con Funciones de Dirección y de Supervisión programas de desarrollo de capacidades para la evaluación, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 16 de la Ley General de Educación.

b. Organizar en cada Escuela los espacios físicos y de tiempo para intercambiar experiencias, compartir proyectos, problemas y soluciones, con la comunidad de docentes y el trabajo en conjunto entre las escuelas de cada zona escolar, que permita la disponibilidad presupuestal; así como aportar los apoyos que sean necesarios para su debido cumplimiento.

VII. Promover permanentemente la investigación que sirva como base a la innovación educativa.

VIII. Promover la investigación y el desarrollo de la ciencia y la tecnología, y fomentar su enseñanza y divulgación.

IX. Fomentar y difundir las actividades artísticas, culturales y físico-deportivas en todas sus manifestaciones.

X. Promover e impulsar en el ámbito de su competencia las actividades y programas relacionados con el fomento de la lectura y el libro, de acuerdo a lo establecido en la ley de la materia.

XI. Participar con la escuela en la realización, en forma periódica y sistemática, de evaluaciones a los educandos, así como corroborar que el trato de los educadores hacia aquéllos y viceversa corresponda al respeto de los derechos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Tratados Internacionales ratificados por el Estado Mexicano y demás legislación aplicable a los niños y jóvenes y defensores de los derechos humanos.

XII. Promover prácticas cooperativas de ahorro, producción y consumo, de acuerdo a lo establecido en la ley de la materia y el Reglamento de Cooperativas Escolares.

XIII. Coordinar y operar un sistema de asesoría y acompañamiento en la escuela como apoyo a la mejora de la práctica profesional, bajo la responsabilidad de los supervisores escolares o equivalente.

XIV. Promover la transparencia en la escuela, en las que se imparta educación básica, vigilando que se rinda ante toda la comunidad, después de cada ciclo escolar, un informe de sus actividades y rendición de cuentas, a cargo del director administrativo del plantel.

XV. Ubicar a la escuela en el centro de atención de los servicios educativos para contribuir en el logro de una educación de calidad con equidad.

XVI. Garantizar que en todas las escuelas existan las condiciones para que cumplan con la Normalidad Mínima de Operación Escolar, definida en la fracción VI del Artículo 3º de la presente Ley.

XVII. Proveer a las escuelas de programas de cómputo y sistemas de administración escolar eficaces que aligeren la carga administrativa de las escuelas.

XVIII. Garantizar que cada centro escolar disponga de infraestructura, mobiliario, equipamiento y los recursos económicos necesarios para su sostenimiento y operación cotidiana en condiciones de seguridad, salud e idoneidad de acuerdo con el tipo, nivel y modalidad educativa.

XIX. Garantizar que cada centro escolar disponga del equipamiento y demás elementos necesarios para poder registrar, administrar e informar todos los movimientos e incidencias que se presenten de su personal, alumnos y del plantel, durante el desarrollo del ciclo escolar, en el Sistema de Información y Gestión Educativa.

XX. Garantizar que las sesiones de los Consejos Técnicos Escolares, establecidas en el calendario escolar, cumplan con la misión y propósitos establecidos en la normatividad correspondiente.

XXI. Fortalecer el cuerpo de supervisión escolar en escuelas de educación básica, a fin de que su función se concentre en vigilar el cumplimiento de las disposiciones normativas y técnicas aplicables;

XXII. Apoyar y asesorar a las escuelas para facilitar y promover la calidad de la educación, favorecer la comunicación entre las escuelas, padres de familia y comunidades, y realizar las demás funciones que sean necesarias para la debida operación de las escuelas y el cumplimiento de los fines de la educación.

XXIII. Establecer equipos de apoyo a la supervisión escolar en el desarrollo y mejora continua de las escuelas.

XXIV. Establecer normas y dispositivos que promuevan una mejor convivencia escolar y la participación informada y eficaz de los Consejos Escolares de Participación Social en el logro de un servicio educativo de calidad.

XXV. Evaluar permanentemente el desarrollo de las escuelas e impulsar la utilización de los resultados de la evaluación como retroalimentación para la toma de decisiones de los distintos actores educativos a fin de impulsar procesos de mejora continua en cada ciclo escolar.

XXVI. Proveer recursos pertinentes y oportunos para la gestión escolar con base en los diversos contextos y en las necesidades identificadas en los centros escolares que imparten educación púbica básica.

XXVII. Revisar las disposiciones normativas y establecer los sistemas de información pertinentes para que las escuelas tengan facilidad administrativa en el uso de los recursos que reciban para la gestión escolar, con el fin de lograr su correcta aplicación y aprovechamiento.

XXVIII. Asegurar las condiciones de equidad en la participación de las escuelas y evitar las situaciones que incrementen las desigualdades y la exclusión.

XXIX. Impulsar acciones de compensación focalizadas en aquellas escuelas, localidades y regiones donde se concentra el rezago educativo para garantizar que éstas cuenten con las condiciones para que todos sus educandos permanezcan, progresen y reciban un servicio educativo de calidad.

XXX. Las demás que con tal carácter establezcan esta ley y otras disposiciones aplicables.

El Ejecutivo federal y el gobierno de cada entidad federativa podrán celebrar convenios para coordinar el ejercicio de las atribuciones a que se refiere esta Ley, con excepción de aquéllas que, con carácter exclusivo, les confieren los artículos 4 y 5 de esta Ley.

Artículo 7.Corresponde de manera exclusiva al personal de supervisión y a quienes desempeñan funciones análogas:

I. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones normativas y técnicas aplicables en los planteles educativos bajo su jurisdicción.

II. Apoyar y asesorar a las escuelas para facilitar y promover la calidad de la educación.

III. Favorecer la comunicación entre escuelas, padres de familia y comunidades.

IV. Vigilar y asegurar la calidad del servicio educativo que se presta en los planteles y mantener permanentemente informadas a las autoridades educativas de los avances en el logro de aprendizajes de los educandos.

V. Apoyar el trabajo colaborativo y corresponsable en la comunidad educativa, promoviendo la participación de docentes, alumnos y padres de familia en la gestión escolar.

VI. Ofrecer orientación y asesoría pedagógicas a directivos y docentes en la mejora de los procesos de enseñanza y de aprendizaje.

VII. Las demás que con tal carácter establezcan esta ley y otras disposiciones aplicables.

Artículo 8. Corresponde de manera exclusiva al personal directivo:

I. Planear, programar, coordinar, ejecutar y evaluar las tareas para el funcionamiento de las escuelas de conformidad con el marco jurídico y administrativo aplicable.

II. Generar un ambiente escolar conducente al aprendizaje; organizar, apoyar y motivar a los docentes.

III. Realizar las actividades administrativas de manera efectiva.

IV. Dirigir los procesos de mejora continua del plantel para lo cual deberá propiciar la comunicación fluida de la Escuela con los padres de familia, tutores u otros agentes de participación comunitaria y desarrollar las demás tareas que sean necesarias para que se logren los aprendizajes.

V. Dedicar la mayor parte de su tiempo a realizar observaciones en sus salones de clase.

VI. Apoyar a los docentes en la mejora de los procesos de enseñanza y de aprendizaje.

VII. Coordinar el desarrollo de la evaluación interna del plantel.

VIII. Integrar, ingresar y mantener permanente actualizada la información de la escuela en el Sistema de Información y Gestión Educativa.

IX. Asumir la Presidencia del Consejo Técnico Escolar, sin que ello signifique la imposición de criterios, medidas o directrices.

X. Promover la participación abierta y colaborativa de todos los integrantes del Consejo Técnico Escolar.

XI. Dar a conocer al Consejo Escolar de Participación Social la planeación anual de su centro escolar para el ciclo escolar, el calendario escolar y, en su caso, las recomendaciones que el Consejo Técnico Escolar haya emitido para el cumplimiento del programa.

XII. Promover la participación de docentes, alumnos y padres de familia en el marco de un trabajo colaborativo y corresponsable, con el apoyo de la supervisión y las autoridades educativas locales.

XIII. Integrar la opinión de los padres y la comunidad educativa en la definición de los aspectos en que serán invertidos los recursos de que la escuela disponga: contará con la participación del Consejo Técnico Escolar, el Consejo Escolar de Participación Social y la Asociación de Padres de Familia.

XIV. Ejercer, con apoyo de la comunidad educativa, los recursos económicos destinados a la gestión del plantel, bajo los principios de honestidad, eficacia, eficiencia, transparencia y rendición de cuentas, y en apego a la normatividad aplicable.

XV. Transparentar y rendir cuentas a su comunidad y autoridades educativas sobre los procesos y recursos, así como de los aspectos educativos y administrativos como parte del fortalecimiento de la autonomía y de la gestión escolar con el apoyo del Consejo Técnico Escolar y del Consejo Escolar de Participación Social.

XVI. Las demás que con tal carácter establezcan esta Ley y otras disposiciones aplicables.

Artículo 9.Corresponde al personal directivo y de supervisión de manera concurrente:

I. Apoyar a los docentes en la práctica de la evaluación interna, así como en la interpretación y uso de las evaluaciones externas. Este servicio se brindará a solicitud de los docentes o cuando la Autoridad Educativa determine que la Escuela requiere de algún apoyo específico.

II. Las demás que con tal carácter establezcan esta Ley y otras disposiciones aplicables.

Artículo 10.Corresponde a los docentes de educación básica:

I. Atender la enseñanza de los alumnos en la escuela, para lo cual asume las funciones de promotor, coordinador, facilitador, investigador y agente directo del proceso educativo.

II. Integrarse como parte del colegiado docente.

III. Formar parte del Consejo Técnico Escolar.

IV. Participar en la elección y, en su caso, formar parte del Consejo Escolar de Participación Social.

V. Las demás que con tal carácter establezcan esta Ley y otras disposiciones aplicables.

Artículo 11.Corresponde a los padres de familia:

I. Participar de manera corresponsable en la mejora de los aprendizajes de todos los educandos como son: garantizar la asistencia de sus hijos a la escuela; disminuir o erradicar los índices de reprobación y deserción escolar, entre otros retos que se identifiquen en la Ruta de Mejora de la escuela.

II. Formar parte de las agrupaciones de padres de familia y de los consejos de participación social a que se refiere el Capítulo VII de la Ley General de Educación.

III. Informar a las autoridades educativas los cambios que se presenten en la conducta y actitud de los educandos, para que las citadas autoridades apliquen los estudios correspondientes, con el fin de determinar las posibles causas que hayan dado origen a tales cambios.

IV. Las demás que con tal carácter establezcan esta ley y otras disposiciones aplicables.

Capítulo III
De los órganos colegiados que participan en la gestión escolar

Artículo 12.En cada escuela se constituirá y operará un Consejo Técnico Escolar encargado de atender:

I. La gestión de los procesos de enseñanza y aprendizaje en el aula.

II. La gestión escolar.

III. La participación social en favor de los aprendizajes.

En dicho consejo participan los directores, subdirectores, docentes frente a grupo, maestros de educación especial, de educación física y de otras especialidades que laboran en el plantel, zona o región, así como aquellos actores educativos directamente relacionados con los procesos de enseñanza y aprendizaje de los estudiantes según sea el caso y de acuerdo con las disposiciones que emita la autoridad educativa estatal.

En los casos de escuelas indígenas, unitarias y multigrado, los Consejos Técnicos Escolares estarán formados por profesores de diversas escuelas y presididos por el supervisor escolar, o bien, se integrarán a partir de mecanismos que respondan a los contextos específicos del estado o región, de acuerdo con las disposiciones que emita la autoridad educativa estatal.

La constitución, organización y funcionamiento de los Consejos Técnicos Escolares se sujetará a los lineamientos que para el efecto emite la Secretaría.

Artículo 13.Las atribuciones del Consejo Técnico Escolar son:

I. Socializar las normas de Política Educativa y las indicaciones de las autoridades educativas locales respecto de ellas.

II. Autoevaluar permanentemente al centro escolar e identificar las áreas de mejora educativa para su atención.

III. Establecer metas para los logros académicos del alumnado, así como los planes y acciones para alcanzarlas y verificar de forma continua su cumplimiento.

IV. Revisar los avances en el desarrollo de los acuerdos establecidos por el CTE para determinar los cambios o ajustes que se requieran para cumplirlos de manera eficaz.

V. Asegurar que se cree y mantenga un ambiente organizado, adecuado para la inclusión y el logro de aprendizajes de los alumnos.

VI. Establecer modalidades de trabajo que favorezcan el desarrollo profesional de los maestros, los directores y los supervisores dentro de las escuelas. Estas modalidades deben ser comprobables y estar relacionadas de forma directa con la mejora continua del trabajo escolar.

VII. Desarrollar soluciones colaborativas para los retos que se presenten en el aula, en la escuela, la zona o la región.

VIII. Gestionar apoyos técnicos profesionales externos para atender las necesidades de la escuela. Estos apoyos deben contribuir de manera oportuna y eficaz a resolver situaciones difíciles y barreras que impidan alcanzar las metas establecidas.

IX. Vigilar el uso adecuado y eficiente del tiempo escolar y de aula, con el fin de destinar el mayor lapso al desarrollo de los aprendizajes de los alumnos.

X. Promover la relación con otras escuelas de la zona, instituciones, organismos, dependencias y otras instancias que puedan prestar la asistencia y asesoría específica que se requiera en el centro escolar.

XI. Promover el uso sistemático y pertinente de los materiales e implementos educativos disponibles.

XII. Asegurar que se establezcan relaciones de colaboración y corresponsabilidad entre la escuela y familias, a fin de involucrarlos en los procesos de aprendizaje de sus hijos.

XIII. Asumir, desarrollar, dar seguimiento y evaluar los acuerdos emanados de cada una de las sesiones de trabajo realizadas.

XIV. Las demás que con tal carácter establezcan esta ley y otras disposiciones aplicables.

Artículo 14.En cada escuela se constituirá y operará, a más tardar en la segunda semana del ciclo escolar, un consejo escolar de participación social, que integrado con padres de familia y representantes de sus asociaciones, maestros y representantes de su organización sindical quienes acudirán como representantes de los intereses laborales de los trabajadores, directivos de la escuela, exalumnos, así como con los demás miembros de la comunidad interesados en el desarrollo de la propia escuela, sujetará su constitución, organización y funcionamiento a los lineamientos que para el efecto emite la Secretaría.

Artículo 15.Corresponde al Consejo Escolar de Participación Social, en materia de gestión escolar:

I. Conocer el calendario escolar, las metas educativas y el avance de las actividades escolares, con el objeto de coadyuvar con el maestro a su mejor realización;

II. Conocer y dar seguimiento de las acciones que realicen las y los educadores y autoridades educativas señaladas en el segundo párrafo del artículo 42 de la Ley General de Educación.

III. Conocer de las acciones educativas y de prevención que realicen las autoridades para que los educandos conozcan y detecten la posible comisión de hechos delictivos que puedan perjudicarlos.

IV. Sensibilizar a la comunidad, mediante la divulgación de material que prevenga la comisión de delitos en agravio de las y los educandos. Así como también, de elementos que procuren la defensa de los derechos de las víctimas de tales delitos.

V. Tomar nota de los resultados de las evaluaciones que realicen las autoridades educativas.

VI. Propiciar la colaboración de maestros y padres de familia en los programas relativos a salvaguardar la integridad y educación plena de las y los educandos.

VII. Estimular, promover y apoyar actividades extraescolares que complementen y respalden la formación de los educandos.

VIII. Llevar a cabo las acciones de participación, coordinación y difusión necesarias para la protección civil y la emergencia escolar;

IX. Alentar el interés familiar y comunitario por el desempeño del educando.

X. Opinar en asuntos pedagógicos y en temas que permitan la salvaguarda del libre desarrollo de la personalidad, integridad y derechos humanos de las y los educandos y los docentes.

XI. Contribuir a reducir las condiciones sociales adversas que influyan en la educación; estará facultado para realizar convocatorias para lograr la participación voluntaria en trabajos específicos de mejoramiento de las instalaciones escolares;

XII. Respaldar las labores cotidianas de la escuela;

XIII. Apoyar el funcionamiento del Consejo Técnico Escolar;

XIV. Vigilar el cumplimiento de la normalidad mínima en el funcionamiento del centro escolar;

XV. Vigilar el cumplimiento de la normatividad que en materia de alimentos expida la autoridad competente.

XVI. Elaborar y presentar a la comunidad educativa un informe anual de sus actividades, destacando los ingresos que por cualquier medio hubiera obtenido y su aplicación en materia de gestión escolar, incluyendo el reporte que le rinda la cooperativa escolar o equivalente.

XVII. Registrar y apoyar el funcionamiento de los Comités que se establezcan para la promoción de programas específicos en materia de gestión escolar;

XVIII. Fomentará el respeto entre los miembros de la comunidad educativa con especial énfasis en evitar conductas y agresión entre los alumnos y desalentará entre ellos prácticas que generen violencia.

XIX. En general, podrá realizar actividades en beneficio de la propia escuela que fomenten la autonomía en la gestión escolar.

XX. Las demás que con tal carácter establezcan esta ley y otras disposiciones aplicables.

Artículo 16.En cada escuela podrá integrarse una agrupación de padres de familia que conforme a lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley General de Educación sujetarán su organización y funcionamiento, en lo concerniente a sus relaciones con las autoridades del plantel, a las disposiciones que para el efecto establezca la secretaría.

Artículo 17.Corresponde a las asociaciones de padres de familia, de manera coordinada con el director de la escuela, autoridades escolares y educativas y previo acuerdo expreso según su ámbito de competencia:

I. Colaborar con las autoridades e instituciones educativas en las actividades que éstas realicen.

II. Proponer y promover, en coordinación con los directores de las escuelas y, en su caso, con las autoridades escolares y educativas, las acciones y obras necesarias para el mejoramiento de los establecimientos escolares y de su funcionamiento.

III. Reunir fondos con aportaciones voluntarias de sus miembros para los fines propios de las asociaciones.

IV. Fomentar la relación entre los maestros, los alumnos y los propios padres de familia, para un mejor aprovechamiento de los educandos y del cumplimiento de los Planes y Programas educativos.

V. Propiciar el establecimiento de centros y servicios de promoción y asesoría de educación para adultos.

VI. Participar en el fomento de ahorro, producción y consumo de acuerdo a lo establecido en la ley de la materia y el Reglamento de Cooperativas Escolares, de las parcelas escolares y de otros sistemas auxiliares de la educación cuando esto proceda, según los ordenamientos aplicables;

VII. Cooperar en los programas de promoción para la salud y participar coordinadamente con las autoridades competentes en las acciones que éstas realicen para mejorar la salud física y mental de los educandos, la detección y previsión de los problemas de aprendizaje y el mejoramiento del medio ambiente.

Las atribuciones que anteceden se ejercerán en forma coordinada con los directores de las escuelas o con las autoridades escolares y educativas competentes y requerirán de su acuerdo expreso para toda actividad que se comprenda entre las funciones y responsabilidades exclusivas que las citadas autoridades tienen a su cargo.

Artículo 18.En las escuelas públicas de educación básica, se constituirá un comité de establecimientos de consumo escolar encargado de desarrollar las acciones relacionadas con la preparación, expendio y distribución de alimentos y bebidas en la escuela, de acuerdo con los criterios de una alimentación correcta y atendiendo los lineamientos que para el efecto emita la secretaría.

Dicho comité se integrará por padres y madres de familia y en él no participarán los directivos, docentes, personal administrativo y de apoyo a los servicios educativos.

Artículo 19.El Comité de Establecimientos de Consumo Escolar, con la finalidad de generar entornos saludables en la escuela, promoverá la realización de las siguientes acciones:

I. Convocar a madres y padres de familia de la comunidad educativa a participar en las acciones relacionadas con el expendio y distribución de alimentos y bebidas de acuerdo a los criterios nutrimentales establecidos los Lineamientos que para el efecto emita la Secretaría.

II. Establecer alianzas entre la escuela y la familia para adoptar una alimentación correcta.

III. Gestionar la capacitación y orientación alimentaria dirigida a las personas directamente involucradas en la preparación, el expendio y la distribución de los alimentos y bebidas.

IV. Difundir entre la comunidad educativa el tipo de alimentos y bebidas que se expenden y distribuyen en la escuela, basados en las recomendaciones y prohibiciones contenidas en los Lineamientos que para el efecto emita la Secretaría.

V. Supervisar y vigilar de manera permanente la calidad y el tipo de productos que pueden expenderse y distribuirse, verificando que los alimentos y bebidas señalen la fecha de caducidad o consumo preferente, la información nutrimental del producto y que cumplan con las disposiciones establecidas en los Lineamientos que para el efecto emita la Secretaría.

VI. Verificar el cumplimiento de las medidas de seguridad e higiene para la preparación, expendio y distribución de alimentos y bebidas en la escuela.

VII. Dar cuenta al Consejo Escolar de Participación Social de las acciones desarrolladas y, en su caso, de las irregularidades detectadas en la preparación, expendio y distribución de alimentos y bebidas en la escuela.

VIII. Las demás que con tal carácter establezcan esta Ley y otras disposiciones aplicables.

Capítulo IV
De las prioridades educativas

Artículo 20.Los programas y actividades que se pongan en marcha en cada escuela deberán estar destinados a alcanzar el máximo logro de aprendizaje de los educandos. En virtud de ello, se pondrán en marcha los programas y acciones que en el ámbito de sus competencias generen las autoridades educativas locales siempre y cuando la escuela no se convierta en el sitio de descarga de iniciativas públicas, sociales y privadas que la distraigan y desvíen del cumplimiento de los objetivos y metas educativas.

Artículo 21.En la escuela se deberán poner en marcha los programas y acciones que, en el ámbito de su competencia generen las autoridades educativas locales, siempre y cuando se den a conocer con oportunidad, comiencen con el inicio del ciclo escolar y se consideren en la ruta de mejora del plantel, de manera tal que no afecten el oportuno desarrollo de las actividades educativas.

Artículo 22.Los programas y acciones, que generados por las autoridades educativas locales, se pongan en marcha en la escuela deberán contribuir al desarrollo de las siguientes prioridades educativas:

I. Garantizar que el proceso educativo se base en los principios de libertad y responsabilidad que aseguren la armonía de relaciones entre educandos y educadores y promoverá el trabajo en grupo para asegurar la comunicación y el diálogo entre educandos, educadores, padres de familia e instituciones públicas y privadas.

II. Mejorar de las competencias de lectura, escritura y matemáticas. Asegurar que todos los niños adquieran oportunamente las herramientas básicas que les permitan aprender a aprender.

III. Cumplir con la normalidad mínima escolar en términos de lo dispuesto en el artículo 24 de esta ley.

IV. Disminuir el rezago y abandono escolar. Dar seguimiento puntual a los educandos que presenten bajos logros educativos para brindarles una atención focalizada, así como atender a aquellos en los que se observen situaciones que puedan originar el abandono escolar.

V. Fortalecer el acceso, permanencia y egreso en la educación básica y media superior. Garantizar el acceso a todos los niños y jóvenes en edad escolar y lograr que los educandos en sus diferentes niveles educativos permanezcan y culminen su educación básica y media superior, con especial atención en aquellos que se encuentran en riesgo o situación de rezago o abandono escolar.

VI. Fortalecimiento de la Evaluación. Garantizar que los miembros de la comunidad escolar tengan acceso a los resultados de las evaluaciones externas que se desarrollen, y deberán desplegar acciones de asistencia técnica y brindar herramientas al Consejo Técnico Escolar para apoyar la comprensión y sistematización de los resultados de las evaluaciones

Asimismo, el director de la escuela y el personal docente deberán participar en los procesos de evaluación del aprendizaje de acuerdo con las normas y lineamientos que establezca el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, asegurando la confiabilidad de los resultados.

Capítulo V
De las condiciones para la organización y operación de la escuela

Artículo 23.En cada escuela se deberán atender los siguientes rasgos básicos de normalidad mínima:

I. Todas las escuelas deben brindar el servicio educativo todos los días establecidos en el calendario escolar, para ello las autoridades educativas locales, deberán asegurar que las escuelas cuenten con el personal completo de la estructura ocupacional correspondiente, desde el inicio hasta la conclusión del ciclo escolar y evitar que se tenga personal por arriba de la estructura autorizada.

II. Todos los grupos deben disponer de maestros la totalidad de los días del ciclo escolar, por lo que las autoridades educativas locales, deberán garantizar que la sustitución de personal que se requiera en la escuela, dentro del ciclo escolar, se realice en tiempo y forma.

III. Todos los maestros deben iniciar puntualmente sus actividades.

IV. Todos los alumnos deben asistir puntualmente a todas las clases.

V. Todos los materiales para el estudio deben estar a disposición de cada uno de los estudiantes y se usarán sistemáticamente.

VI. Todo el tiempo escolar debe ocuparse fundamentalmente en actividades de aprendizaje.

VII. Las actividades que propone el docente deben lograr que todos los alumnos estén involucrados en el trabajo de clase.

VIII. Todos los alumnos deben consolidar, conforme a su ritmo de aprendizaje, su dominio de la lectura, la escritura y las matemáticas, de acuerdo con su grado educativo.

IX. Las demás que defina la autoridad educativa en función de la mejora de la calidad y equidad educativa.

Artículo 24.Cada escuela deberá contar con una estructura ocupacional debidamente autorizada, de conformidad con las reglas que al efecto expida la Secretaría de Educación Pública en consulta con las autoridades educativas locales para las particularidades regionales.

En la estructura ocupacional de cada escuela deberá precisarse el número y tipos de puestos de trabajo requeridos, atendiendo al número de aulas y espacios disponibles, al alumnado inscrito, al tipo y modalidad educativa, así como al plan de estudio de que se trate.

En función de lo anterior, las autoridades educativas federales y locales deberán garantizar que la escuela cuente con la plantilla de personal necesario para atender las funciones docentes, administrativas y de gestión escolar, de acuerdo con el tipo y modalidad que atiende.

Artículo 25.En cada escuela se deberá operar permanentemente el Sistema de Información y Gestión Educativa en el que deberá integrarse y mantenerse permanentemente actualizada la información que corresponde al platel como son: registro nacional de emisión, validación e inscripción de documentos académicos, estructuras ocupacionales autorizadas, las plantillas de personal de la escuela, los datos sobre la formación y trayectoria del personal adscrito a la misma, filiación general, necesidades particulares y contexto que enfrentan los alumnos, la condiciones de infraestructura, equipamiento, recepción de materiales, así como la información, elementos y mecanismos necesarios para la comunicación con las autoridades educativas y la coordinación del sistema educativo nacional, de conformidad con los lineamientos que al efecto expida la secretaría y demás disposiciones aplicables.

La información que se genere por la aplicación del Sistema de Información y Gestión Educativa, quedará sujeta a las disposiciones federales en materia de información pública, transparencia y protección de datos personales.

Artículo 26.Cada escuela deberá contar con la información y recursos necesarios para garantizar el desarrollo de una buena convivencia escolar. Asegurar que en cada plantel se logre un ambiente favorable para el aprendizaje seguro y ordenado, que propicie el aprendizaje efectivo, la convivencia pacífica de la comunidad escolar y la formación de ciudadanos íntegros, basado en el respeto mutuo entre educandos, madres y padres de familia o tutores, docentes, directivos y personal escolar.

Artículo 27.En cada escuela se deberá fortalecer la participación social, impulsando la formación y la corresponsabilidad de los padres de familia en el desarrollo educativo de sus hijos, así como la participación activa de los Consejos Escolares de Participación Social, de la Asociación de Padres de Familia y de la comunidad en general, en acciones de apoyo a la gestión escolar que contribuyan a la mejora de la calidad y equidad educativa.

Artículo 28.En cada escuela se fortalecerá la integración y funcionamiento de los Consejos Técnicos Escolares y de Zona, con la finalidad de que éstos se consoliden como espacios donde de manera colegiada se autoevalúa, analiza, identifica, prioriza, planea, desarrolla, da seguimiento y evalúa las acciones que garanticen el mayor aprendizaje de todos los estudiantes de su centro escolar.

Artículo 29.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley General de Educación, en cada escuela se deberán establecer los mecanismos necesarios para revisar permanentemente las disposiciones normativas, los trámites y procedimientos a los que está obligada a dar cumplimiento con el objeto de simplificarlos y lograr una efectiva descarga administrativa.

Artículo 30.En cada escuela deberán atenderse, sin perjuicio del cumplimiento de otras disposiciones que resulten aplicables, los lineamientos a que deberán sujetarse el expendio y distribución de los alimentos y bebidas preparados y procesados, que pare el efecto emita la Secretaría.

Artículo 31.Cada escuela, con el apoyo y acompañamiento de las autoridades educativas locales, pondrá en marcha los mecanismos y estrategias para atender sus procesos de evaluación internos, atendiendo, entre otros, los siguientes aspectos:

I. Del Aprendizaje. El Consejo Técnico Escolar debe identificar los problemas asociados al aprendizaje de todos los alumnos y emplearlos para retroalimentar la mejora continua en cada ciclo escolar. Los resultados de la evaluación deben ser aprovechados para tomar decisiones en cuanto a las estrategias para asegurar que todos los estudiantes, alcancen el máximo logro de los aprendizajes, disminuir el rezago y la deserción.

II. De la Evaluación con Equidad. La evaluación tomará en cuenta las características de diversidad social, lingüística, cultural, física e intelectual de los alumnos. Toda evaluación debe conducir a detectar y atender sistemáticamente las fortalezas y debilidades en el proceso educativo de cada alumno. De acuerdo a los contextos locales habrá que desarrollar proyectos de innovación en materia de evaluación, acreditación, promoción y certificación, en tanto ello no afecte la normatividad en la materia, ni implique carga administrativa a las escuelas.

III. De la Gestión Escolar. La comunidad escolar establecerá las estrategias de seguimiento y evaluación de los elementos de la gestión escolar atendiendo los parámetros e indicadores de gestión escolar.

Los resultados y recomendaciones individuales que deriven de los procesos de evaluación, serán considerados datos personales y están sujetos a las disposiciones federales en materia de información pública, transparencia y protección de datos personales.

Capítulo VI
De la planeación escolar

Artículo 32.La planeación anual de la escuela se concibe como el proceso profesional, participativo, corresponsable y colaborativo, que debe conducir a los Consejos Técnicos Escolares, a tener un diagnóstico de su realidad educativa, sustentado en evidencias objetivas que le permita identificar necesidades, prioridades, trazar objetivos, metas verificables, y estrategias para la mejora del servicio educativo. Este proceso se concreta en la elaboración, desarrollo, seguimiento y evaluación de la Ruta de Mejora.

Artículo 33.La integración de la Ruta de Mejora estará a cargo del Consejo Técnico Escolar, mismo que deberá incluir los siguientes elementos básicos:

I. Autoevaluación/Diagnóstico.Proceso en el cual la escuela se mira a sí misma, considerando factores internos y externos de su realidad, apoyándose en fuentes de información y parámetros de gestión escolar que le se permitan analizar, reflexionar, identificar y priorizar sus necesidades educativas para la toma informada de decisiones que fortalezcan su autonomía de gestión escolar.

II. Prioridades Educativas.Enfocarse en las necesidades educativas detectadas en la autoevaluación/diagnóstico teniendo en cuenta aspectos como el aprendizaje de todos los estudiantes, la prevención del rezago y la deserción, la normalidad mínima, la convivencia escolar y la participación social responsable.

III. Objetivos.A partir de las necesidades detectadas y de las prioridades educativas del centro escolar, los objetivos especifican qué se pretende alcanzar y los medios para lograrlo, elementos que guiarán las acciones a realizar por la comunidad educativa durante un ciclo escolar.

IV. Metas.Establecen los logros concretos y verificables que permitan concretar los objetivos, con sus respectivos indicadores para dar seguimiento y evaluar sus resultados. Deberán considerarse entre otras que defina la escuela, metas en materia de logro de los estudiantes y reducción del rezago y la deserción. Las metas deben definirse en función de la situación de la propia escuela y deben hacerse del conocimiento de la comunidad escolar y la supervisión.

V. Programación de actividades y establecimiento de compromisos.Definición de las acciones, compromisos, tiempos, responsables y recursos que permitirán alcanzar los objetivos y metas acordados. En caso de generar o recibir recursos financieros de alguna instancia, especificar las acciones en que se ejercerán éstos, con el propósito de transparentar su aplicación y rendir cuentas de sus resultados.

VI. Estrategias de seguimiento y evaluación.Considerar los medios a través de los cuales los diferentes actores educativos y las instancias de apoyo al centro escolar podrán ir evaluando, de manera continua, los avances y logros alcanzados en el aula y en la escuela a partir de lo programado en la planeación anual.

En el ejercicio de los programas y acciones, las autoridades educativas adecuarán sus intervenciones a los ajustes que las escuelas realicen en sus rutas de mejora a lo largo del ciclo escolar.

Capítulo VII
De la convivencia escolar

Artículo 34.En materia de convivencia escolar, las autoridades educativas en sus respectivos ámbitos de competencia deberán garantizar que las escuelas de educación básica sean espacios incluyentes donde se viva un clima de respeto mutuo entre todos los actores de la comunidad escolar, con la finalidad de que cada uno de los alumnos aprenda a aprender y aprendan a convivir.

Artículo 35.Para el cumplimiento de las atribuciones que corresponden a las autoridades educativas de acuerdo con su ámbito de competencia, deberán, sin menoscabo de las reglas que emita la secretaría para el efecto, generar las condiciones para apoyar y acompañar a la escuela en:

I. La construcción de un ambiente escolar inclusivo, democrático y pacífico entre los actores de la comunidad escolar, que favorezca el aprendizaje y el clima escolar.

II. Fortalecer las capacidades de prevención en la escuela.

III. Definir e implementar protocolos de atención.

IV. Brindar capacitación, asesoría y acompañamiento a la escuela, con la finalidad de que los integrantes de la comunidad educativa identifique, se apropie y cuente con los elementos para conocer la aplicación del marco normativo en materia de convivencia inclusiva, democrática y pacífica, respetuosa de los derechos humanos y con perspectiva de género.

V. Construir una red de apoyos a las escuelas.

VI. Garantizar la seguridad de la comunidad escolar.

Artículo 36.El Consejo Técnico Escolar, en su calidad de órgano colegiado, deberá definir y poner en práctica las acciones que permitan que los integrantes de la comunidad escolar puedan vivir juntos a través del diálogo, la inclusión, el respeto mutuo, la reciprocidad y el ejercicio pleno de sus derechos, práctica de valores democráticos y de una cultura de paz; y evaluarán con oportunidad, honestidad y alto sentido de responsabilidad cualquier incidente que signifique la vulneración de los siguientes principios:

I. Inclusión. Respeto al derecho a la dignidad de las personas. Valorar y respetar la diversidad de los actores educativos, eliminando las prácticas discriminatorias y de exclusión social, de los docentes y particularmente de las niñas, los niños y adolescentes que son el centro del quehacer educativo.

II. Democracia. Implica la participación, corresponsabilidad en la construcción y seguimiento de los acuerdos que regulan la vida colectiva. Es imprescindible el reconocimiento de todos los actores de la comunidad escolar como sujetos de derechos y responsabilidades, capaces de participar en las decisiones y de convivir en apego a los principios democráticos.

III. Paz. Capacidad de respuesta, de toda persona integrante de la comunidad escolar, a los conflictos que se suscitan dentro del aula y la escuela a través de una vía pacífica, utilizando el diálogo como herramienta fundamental para abordar las situaciones de desencuentro entre pares o grupos, así como el respeto y cumplimiento de las normas.

Artículo 37.Las reglas de convivencia escolar que, en el marco de los protocolos y disposiciones que emitan las autoridades educativas en sus respectivos ámbitos de competencia, incorpora a su ruta de mejora el Consejo Técnico Escolar, deberán atender las siguientes condiciones:

I. Las reglas de convivencia permiten la convivencia armónica entre los actores de la comunidad escolar, donde todos conocen sus derechos y responsabilidades.

II. Las normas en la escuela se apegan a un enfoque de pleno respeto a los derechos humanos de docentes y alumnos, con énfasis en los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

III. Las normas escolares promueven la construcción democrática e incluyente de todos los integrantes de la comunidad escolar.

IV. El marco común para el manejo de la disciplina en la escuela y en las aulas se establece de manera colegiada, colaborativa y corresponsable.

V. Las normas establecidas para la convivencia escolar cumplen con la función educativa, se orientan al aprendizaje y las pautas de comportamiento propician el bienestar común.

VI. Las reglas de convivencia establecen procedimientos claros, justos y equitativos que otorgan certeza a la escuela y la comunidad escolar.

Capítulo VIII
De los resultados de la evaluación para la mejora escolar

Artículo 38.En materia de evaluación y uso de sus resultados, los programas y acciones para el fortalecimiento de la autonomía de gestión escolar deberán atender lo siguiente:

I. Contribuir al desarrollo de las capacidades de directivos y docentes para utilizar los resultados de las evaluaciones internas y externas.

II. Asegurar que las evaluaciones se realicen con los niveles de confiabilidad que se establezcan en los procesos correspondientes.

III. Tener como referente para generar procesos de intervención en las escuelas los resultados de la evaluación de las mismas.

IV. Impulsar que los resultados de evaluación de la escuela se constituyen como el insumo básico para el desarrollo de su proceso de Planeación Anual y para la construcción, desarrollo, ajuste y valoración de su Ruta de Mejora.

V. Las demás que en cumplimiento de las disposiciones que, en su caso, emita el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, tengan como fin elevar la calidad del servicio educativo, sin menoscabo de los derechos y prerrogativas de los trabajadores de la educación.

Capítulo IX
De la administración, transparencia y rendición de cuentas

Artículo 39.En cumplimiento de la gratuidad de la educación básica y media superior, las autoridades educativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, ministrarán a cada escuela los recursos económicos necesarios para su sostenimiento y operación cotidiana en condiciones de seguridad, salud e idoneidad de acuerdo con el tipo, nivel y modalidad educativa.

Artículo 40.El presupuesto de cada escuela se constituye con los recursos siguientes:

I. Las ministraciones ordinarias que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley General de Educación debe realizar el Estado en sus distintos ámbitos de competencia. Las autoridades educativas federales y locales, están obligadas a incluir en el proyecto de presupuesto que sometan a la aprobación de la Cámara de Diputados, de las legislaturas locales y de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, los recursos suficientes para fortalecer la autonomía de gestión escolar en las escuelas públicas que imparten educación básica, de acuerdo con lo dispuesto en esta ley y las demás que resulten aplicables.

II. Las aportaciones que en su caso, gestione la escuela, a partir de su participación en los programas y proyectos que desarrolla el Estado, en sus distintos ámbitos de competencia, destinados a abatir el rezago educativo y el impulso a la autonomía de gestión.

III. Las cooperaciones voluntarias que en numerario, bienes y servicios, según sea el caso, realizan de manera voluntaria los padres de familia al establecimiento escolar.

IV. Las donaciones o cuotas voluntarias que, en su caso, gestionen los consejos de participación social para beneficio del establecimiento escolar.

V. Los demás ingresos, que con el fin de fortalecer la capacidad de gestión y mejorar las condiciones en que se desarrollan los servicios educativos en la escuela.

Artículo 41.Con independencia del origen del ingreso al presupuesto de la escuela, los recursos deberán ser administrados en forma transparente y eficiente así como destinar su aplicación a mejorar su infraestructura, compra materiales educativos y resolver problemas de operación básicos considerados en su ruta de mejora.

Artículo 42.Para garantizar el ejercicio transparente de los recursos que constituyen el presupuesto de la escuela, las autoridades educativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, deberán observar las siguientes condiciones:

I. El director, con la participación del Consejo Técnico Escolar, el Consejo Escolar de Participación Social y, en su caso, la agrupación de padres de familia, integrará la opinión de los padres y la comunidad escolar en la definición de los aspectos en que serán invertidos los recursos que la escuela disponga.

II. La comunidad escolar ejercerá los recursos bajo los principios de honestidad, eficacia, eficiencia, transparencia y rendición de cuentas, y en apego a la normatividad aplicable.

III. Las autoridades educativas locales, establecerán los mecanismos de control que permitan supervisar el correcto ejercicio de los recursos, sin que éstos impliquen carga administrativa para el director y docentes.

IV. Las autoridades educativas locales, establecerán los mecanismos eficientes y accesibles a los miembros de la comunidad escolar para presentar quejas, denuncias y sugerencias respecto del servicio público educativo.

Artículo 43.En cumplimiento del mandato de fomentar la cultura de la transparencia y la rendición de cuentas, así como el conocimiento en los educandos de su derecho al acceso a la información pública gubernamental y de las mejores prácticas para ejercerlo, las autoridades educativos, en cumplimiento de sus respectivas atribuciones deberán:

I. Las autoridades educativas locales, en el marco de sus respectivas atribuciones, deberán favorecer y apoyar las condiciones en las escuelas para la comunicación e información a la comunidad, particularmente a los padres de familia, sobre las actividades, los recursos, los resultados de la gestión escolar y del avance educativo. Estos mecanismos procurarán reducir la carga administrativa y fortalecer las capacidades de decisión de las escuelas.

II. Las autoridades educativas locales, garantizarán que, tratándose de recursos públicos, la información del monto recibido por la escuela y las responsabilidades que se asuman para su ejercicio estén a disposición de la comunidad escolar. La autoridad educativa local realizará acciones de seguimiento muestral que no implique carga administrativa adicional para las escuelas.

III. El director del plantel, con el apoyo del Consejo Técnico Escolar, de la Asociación de Padres de Familia y del Consejo Escolar de Participación Social, deberá transparentar y rendir cuentas a su comunidad y autoridades educativas sobre los procesos y recursos, así como de los aspectos educativos y administrativos como parte del fortalecimiento de la autonomía y de la gestión escolar con el objetivo de generar mayores condiciones de confianza y colaboración de los padres de familia y de la comunidad.

IV. Es corresponsabilidad de la comunidad escolar y de las autoridades educativas contar con la información transparente y clara respecto a los recursos recibidos por la escuela, así como de su ejercicio y comprobación.

Capítulo X
De las infracciones, sanciones y recurso administrativo

Artículo 44.Son infracciones de quienes prestan servicios educativos, además de las establecidas en el artículo 75 de la Ley General de Educación:

I. Imponer criterios, medidas y directrices en el seno del Consejo Técnico Escolar que impidan el ejercicio libre, profesional, participativo, corresponsable y colaborativo de los miembros de la comunidad educativa en la definición de las necesidades, prioridades, objetivos, metas y estrategias para la mejora del servicio educativo en la escuela

II. Establecer cuotas de acreditación, reprobación, eficiencia terminal o cualquier otra que no corresponda con el aprendizaje efectivo del alumno.

III. Realizar, promover, propiciar, tolerar o no denunciar actos de acoso o violencia escolar que atañen a los alumnos y docentes del plantel, conforme a lo dispuesto en esta Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, La Ley General de los Derechos de las Niñas, los Niños y los Adolescentes y demás disposiciones aplicables para salvaguardar sus derechos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el derecho internacional en materia de los derechos humanos.

Artículo 45. Las infracciones enumeradas en el artículo anterior se sancionarán conforme a lo dispuesto en el artículo 76, fracciones I y II de la Ley General de Educación, sin perjuicio de la responsabilidad penal o de otra índole que resulten.

Artículo 46.En contra de las resoluciones de las autoridades educativas dictadas con fundamento en las disposiciones de esta Ley y demás derivadas de ésta, podrá interponerse recurso de revisión en términos de lo dispuesto en el Capítulo VIII, Sección 2 de la Ley General de Educación.

Transitorios

Primero.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.Se derogan todas las disposiciones en materia de gestión escolar previstas en otras leyes que contravengan al presente decreto.

Tercero.A partir de la entrada en vigor del presente decreto, las entidades federativas tendrán un plazo de seis meses para adecuar su legislación respectiva, a lo previsto por el presente ordenamiento.

Cuarto. Las autoridades educativas federal y locales están obligadas a incluir en el proyecto de presupuesto que sometan a la aprobación de la Cámara de Diputados, de las legislaturas locales y de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, y éstas aprobarán anualmente y destinarán, los recursos económicos suficientes para dotar a las escuelas de recursos económicos, materiales y personales así como de instrumentos, programas y soluciones que puedan utilizar de manera flexible, de acuerdo a las necesidades de cada escuela, para el cumplimiento de sus responsabilidades en materia de gestión escolar, y en general con la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en esta ley. Las autoridades locales deberán suministrar los recursos correspondientes a las escuelas antes de que inicie el ciclo escolar correspondiente.

Quinto.Las autoridades educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, establecerán de forma paulatina y progresiva, conforme a la disponibilidad presupuestaria, los mecanismos necesarios para sustituir el programa de subsidios escolares compensatorios para reducir condiciones de inequidad social en el sistema educativo, por la dotación anual de recursos que permitan a cada escuela contar con los recursos necesarios y suficientes para su sostenimiento y operación cotidiana en condiciones de seguridad, salud e idoneidad de acuerdo con el tipo, nivel y modalidad educativa.

Notas:

1. Sañudo. L. La Transformación de la gestión educativa. Entre el conflicto y el poder. http://educacion.jalisco.gob.mx/consulta/educar/16/16Lya.html

2 Burki, Javed, Guillermo Perry y William Dillinger (1999). Más allá del centro: La descentralización del Estado. Estudios del Banco Mundial sobre América Latina y el Caribe. Banco Mundial, p. 3.

3 Asegurar el desarrollo de la Autonomía de Gestión Escolar. Ordenamiento constitucional clave para cristalizar la reforma educativa. SEP-SEB-Dirección General de Desarrollo de la Gestión e Innovación Educativa. Documento de Trabajo. México, 2013.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de octubre de 2015.— Diputado Manuel Alexander Zetina Aguiluz(rúbrica).»

Presidencia del diputado José de Jesús Zambrano Grijalva

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Zetina. Túrnese a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.

Damos la bienvenida a amigos integrantes de la CNOP y a su dirigente el licenciado Roberto Vallejo, del estado de Guanajuato, invitados por la diputada Bárbara Botello.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, LEY AGRARIA, LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE Y LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene ahora la palabra, por cinco minutos, la diputada Noemí Zoila Guzmán Lagunes, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de la Ley Agraria, de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable y de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

La diputada Noemí Zoila Guzmán Lagunes:Con su permiso, señor presidente. Compañeras y compañeros legisladores, vengo a presentar una iniciativa de reforma de diversos ordenamientos en materia agroforestal con el propósito de que sus sistemas de producción, en particular el del café de sombra, sean reconocidos, protegidos y apoyados en su desarrollo como agroecosistemas forestales de alto valor ecológico.

El café de sombra genera empleo familiar y capital vinculado a redes de comercio nacional e internacional. Además de actuar como eje rector para la estructuración de complejos, esquemas de agroecosistemas forestales.

En los últimos años la cafeticultura mexicana ha vivido tiempos difíciles, alta volatilidad en los precios internacionales, epidemias como la roya y la pérdida de casi el 50 por ciento de la producción nacional al pasar de 6 millones de sacos en 1999 a 3.5 millones de sacos en el 2014.

Esto ha provocado el abandono de cultivos, cambios de uso de suelo, pérdida de la superficie cultivada, y lo más grave, procesos de degradación del tejido social y productivo provocando la migración de miles de familias a zonas urbanas y al extranjero. Este es, entre muchos, el caso de Coatepec, municipio de Veracruz, lugar emblemático como pueblo mágico y uno de los lugares productores de café en México de mayor prestigio.

En el período 2000-2010, Coatepec perdió el 17.3 por ciento de su superficie cafetalera transformada caña, limón, potreros y fraccionamiento, y este es el caso de muchas entidades del país. A pesar de ello, el café sigue representando la principal fuente de ingresos para más de 3 millones de mexicanos, especialmente productores minifundistas en zonas indígenas con predios no mayores a 1.7 hectáreas.

Inclusive es considerado como producto insignia para la nueva política de fomento a la gastronomía nacional por su valor cultural y de alta calidad, como lo anunció el presidente de la República en meses pasados.

Más aún, gracias a nuevas estrategias de desarrollo para las zonas cafetaleras bajo una visión más integradora, México obtuvo en el concurso internacional de la Taza de Excelencia en 2012 la cotización más alta por libra de café verde, su alto potencial turístico está acreditado en zonas cafetaleras tan importantes como la Ruta del Café en Chiapas, el eje turístico sustentable dentro del Corredor Ecológico de la Sierra Madre Oriental o, bien, en las Agendas de Competitividad de la Secretaría de Turismo, donde el café de sombra es un elemento estratégico .

Los denominados bosques de café o cultivos bajo sobra son además importantes en términos ambientales, gracias a su estructura compleja y ubicación en la parte media alta de las cuencas del país.

A diferencia de otros países productores en México el 95 por ciento se cultiva bajo sombra, lo que ayuda a conservar una gran parte de la biodiversidad y los servicios ambientales de bosques adyacentes como productores de oxígeno para disminuir el calentamiento del planeta, entre muchos otros.

Por todo ello sería un grave error no reconocer todo el potencial de desarrollo que ofrece una estrategia basada en el cultivo del café de sombra tipo agroforestal de alto valor ecológico, principalmente en estados que requieren de inversión y nuevos proyectos como Chiapas, Oaxaca y Veracruz, donde se concentra el 94 por ciento de la producción, el 85 por ciento de la superficie de este cultivo y 83 por ciento del total de productores.

Con ese fin resulta necesario equiparar a los agroecosistemas forestales, como el café de sombra, a las características y marco protector que la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable establece.

Por lo anteriormente expuesto, presento a la consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa, con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones en materia agroforestal.

Les pido, compañeras y compañeros legisladores, su apoyo para que el café de sombra sea reconocido como cultivo agroforestal. Por su atención, gracias. Señor presidente, por favor insertar completa mi intervención en el Diario de los Debates. Muchísimas gracias.

«La presente propuesta contempla incluir una definición legal a todos los agroecosistemas del café forestales y equipararlos, por encontrarse debidamente justificado, a las características de terrenos forestales que la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable establece, dotándola del mismo marco protector y de regulación que se ofrece a éste tipo de terrenos, por lo cual se modifican diversas disposiciones en materia de agroforestación, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Agraria, de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, y de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

1. De la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,reforma el segundo párrafo de la fracción IV, así como el primer párrafo de la fracción XX del artículo 27; que contempla el óptimo uso de la tierra para incluir la agroforestación, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación en el desarrollo nacional.

2. De la Ley Agraria,adiciona una fracción IV al artículo 116, que señala el uso de sistemas agroforestales específicamente del café.

3. De la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, adiciona una fracción VIII al segundo párrafo en su artículo 22, recorriéndose la actual VIII para ser la IX; y se adiciona una fracción X, al tercer párrafo en su artículo 32, recorriéndose la actual X para ser la XI, que incrusta el término Sistema Nacional Agroforestal, busca impulsar la investigación y desarrollo tecnológico agropecuario la transferencia de tecnología a los productores, la inducción de prácticas sustentables, mejoramiento de la infraestructura así como el fomento a la organización económica y social de los agentes de la sociedad agroforestal.

De la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, se reforman las fracciones I, II, III, IV, V y se adiciona una fracción VI del artículo 2; se reforman las fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVII, XVIII, XIX, XX, XXIII, XXIV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, y XXXII del artículo 3; se reformala fracción I del artículo 4, se adiciona la fracción LIII del artículo 7, se reforma el tercer párrafo del artículo 138 y se reforma las fracciones I y XII del artículo 139, se armoniza el termino agroforestal, que fomenta el establecimiento y conservación de los agrocultivos forestales cafetaleros.

Lo anterior converge en la importancia que detenta el reconocimiento del valor ambiental y la necesidad de conservación de ecosistemas que se ven severamente amenazados y cuyos servicios ambientales y de interés público, justifican la implementación de mecanismos que propicien su conservación y que induzcan a su aprovechamiento de manera sustentable.

La estructura y diversidad de los árboles del café de sombra en México crea hábitats muy parecidos a aquellos en los bosques, lo cual significa que tienen un gran potencial de albergar especies de plantas y animales de estos ecosistemas, donde se ha documentado que los cafetales de sombra son capaces de conservar hasta el 84 por ciento del número de especies presentes en fragmentos de bosque nativo aledaños.

Los servicios ambientales que los sistemas agroforestales como el café de sombra son capaces de proporcionar, junto con otros ecosistemas boscosos son: servicios hidrológicos para captación de agua, mantener la calidad de la misma y evitar inundaciones; secuestro de carbono, evitar la erosión y mantener fertilidad de suelos; regulación del clima regional, control de plagas y belleza escénica.

En México los costos del deterioro ambiental son muy altos, alcanzando una pérdida económica promedio de 7.36 por ciento del PIB durante los últimos años, los costos del deterioro ­y degradación ambiental sumaron a 6.3 por ciento del PIB lo equivalente a $985 mil millones de pesos.

Esto ha provocado el abandono de los cultivos, la desarticulación de miles de familias por proceso de migración a zonas urbanas y al extranjero; y ha inducido fuertes procesos de degradación del tejido social y productivo, además del cambio de uso de suelo y pérdida de la superficie de cultivos.

Tal es el caso del emblemático de Coatepec, Veracruz, Pueblo Mágico y unos de los lugares más famosos para la producción de café en México.»

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y de las Leyes Agraria, de Desarrollo Rural Sustentable, y General de Desarrollo Forestal Sustentable, a cargo de la diputada Noemí Zoila Guzmán Lagunes, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, Noemí Zoila Guzmán Lagunes, diputada integrante de la LXIII Legislatura, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma diversas disposiciones en materia de agroforestación, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la ley Agraria, de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable y de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, al tenor de lo siguiente

Exposición de Motivos

Los sistemas agroforestales, son sumamente importantes en términos socioeconómicos y ambientales en muchos estados de la República Mexicana.

Tan solo las fincas cafetaleras, que se ubican dentro de este ecosistema, generan ingresos para más de tres millones de mexicanos y proporcionan múltiples servicios ambientales importantes para comunidades aledañas.

Es importante proteger estos beneficios, ya que cada año el deterioro ambiental en México cuesta entre 5 y 8% del PIB, mientras que se invierte el 1% en la conservación de medio ambiente. Sin embargo, las zonas con producción agroforestal sufren de altos niveles de marginalización, mercados muy fluctuantes y transformaciones de otros usos de suelo más intensificados y menos sustentables.

Los sistemas agroforestales tienen cantidades variables de árboles, que se mantienen constantemente y se van renovando conforme se necesite. Los volúmenes de biomasa representan decenas de m3/ha y en conjunto suman varios millones de m3 de recurso forestal que se mantiene de manera permanente, son, o deberían ser, susceptibles de apoyo y de regulación por parte de la Conafor con el fin de mejorar la cantidad y calidad de la madera generada y proporcionar a los campesinos otra fuente de ingreso cuando los precios de otros cultivos bajan en los mercados internacionales.

En términos de servicios ambientales significan un aporte considerable que actualmente no está cuantificado dentro de los esquemas nacionales de reservorios de carbono, lo cual es a todas luces incorrecto. Además, hay cada vez más evidencia de la importancia de estos sistemas agroforestales en mantener hábitat y corredores biológicos para la biodiversidad, así como proporcionar servicios hidrológicos importantes. Sin embargo, sólo está reconocido parcialmente el valor de dichos servicios en los Programas de Servicios Ambientales (PSA). Por su parte, la SAGARPA típicamente apoya a los cultivos sembrados debajo la cobertura arbolada en sistemas agroforestales pero ignora el potencial económico y de conservación es de estos árboles en sus programas. Finalmente, se debe mencionar la falta de protecciones legales adecuadas para la masa forestal de los sistemas agroforestales en México y su transformación acelerada a otros sistemas de producción más intensificados (caña, potreros, etc.) bajo la lógica del cambio de un cultivo a otro.

México tiene una larga y rica historia de producción agroforestal desde tiempos prehispánicos (Barrera et al. 1977; Gutiérrez 2006). Aunque existen un gran número de cultivos producidos bajo la sombra de árboles, hoy en día los principales sistemas agroforestales en México son el café (737 mil ha), cacao (61.5 mil ha) y vainilla (1,053 ha). Dado su dominancia en términos de superficie aquí se enfoque principalmente en el café, sin embargo muchos de los beneficios de los agroecosistemas cafetales mencionados a continuación también estén brindados por estas y otras estrategias de producción agroforestal (Schroth et al. 2004; Montagnini 2006). Actualmente más de 500 mil productores en México cultivan el café en 4,500 comunidades de 391 municipios y 12 estados (Amecafé 2011; Sagarpa 2012). Sin embargo, en los estados de Chiapas, Veracruz, Oaxaca y Puebla se concentran 94% de la producción, 85% de la superficie y 83% de los productores de café. Este sector involucra exportaciones de alrededor de $US 900 mill / año y contribuye a la economía nacional con $20 mil millones de pesos por año. El sector cafetalero representa la principal fuente de ingreso para tres millones de mexicanos, en particular pequeños productores (promedio de 1.7 ha) que producen principalmente café arábiga, con comunidades indígenas importantes (66% de municipios) y con altos índices de marginación.

Los cafetales de sombra también son importantes en términos ambientales gracias a su estructura compleja y ubicación en la parte media alta de las cuencas del país. A diferencia de muchos otros países en América Latina que producen el café arábica bajo sombra monoespecífica o a pleno sol, el 95% del café en México se cultiva bajo sombra, principalmente en policultivos diversos (90%; Moguel y Toledo 1999; 2004), lo cual ayuda a conservar una gran parte de la biodiversidad y los servicios ambientales de bosques adyacentes (Pohlan et al. 2006; Manson et al. 2008; José 2009; De Clerk et al. 2012). La estructura y diversidad de los árboles de sombra en cafetales de México crea hábitats muy parecidos a aquellos en los bosques, lo cual significa que tienen un gran potencial de albergar especies de plantas y animales de estos ecosistemas (Perfecto et al. 1996; Moguel y Toledo 1999; Manson et al. 2008; Philpott et al. 2008). Manson et al. (2008) documentaron que los cafetales de sombra son capaces de conservar hasta el 84% del número de especies presentes en fragmentos de bosque nativo aledaños y que cada cafetal conserva un complemento distinto de esta biodiversidad. La capacidad de cafetales de fungir como hábitat para especies de bosque es particularmente importante en México donde sobresalen zonas cafetaleras con remanentes de bosque mesófilo de montaña (BMM). El BMM cubre menos que el 1% de la superficie total de México pero contiene entre 10 y 12% de todas las especies de plantas y animales que existen en México, muchos de ellos endémicos, haciéndolo uno de los ecosistemas más biodiversos por unidad de espacio en el país (Ramamoorthy et al. 1993; Challenger 1998). Con una distribución naturalmente fragmentada, una alta susceptibilidad al cambio climático, y altas tasas de transformación, el BMM es uno de los tipos de bosque tropicales más amenazados en México a nivel mundial (Toledo-Aceves et al. 2011; Hamilton et al. 2012). Se estima que en México más que la mitad de este frágil ecosistema ya ha sido reconvertido a otros usos de suelo en las últimas décadas (Challenger y Soberón 2008).

Aparte de su papel en proporcionar hábitat para especies del bosque, los cafetales de sombra en México tienen otras características que les ayuden conservar de la biodiversidad del bosque mesófilo de montaña y otros ecosistemas boscosos. Conforme avanza la deforestación, los remanentes de bosque típicamente se vuelven más pequeñas y aisladas, particularmente en paisajes dominados por usos de suelo muy intensificados y con estructures simplificados (e.g. pastizales, cultivos anuales, zonas urbanas, etc.; Forman 1995; Laurance y Bierregaard 1997; Challenger y Soberón 2008). A lo largo de los bordes de fragmentos de bosque que se encuentran en esta situación se notan cambios en la microclima incluyendo aumentos en los vientos y la temperatura y reducción en la humedad que puedan extender hasta cientos de metros a dentro de los fragmentos (Murcia 1995) que puedan reducir aún más el hábitat disponible para especies de bosque y hasta provocar el deterioro general y el colapso de la estructura y redes ecológicas adentro estos remanentes de bosque (Laurance et al. 20011; Magrach et al. 2014). Por el otro lado, contar con la vegetación compleja de sistemas agroforestales en paisajes fragmentadas pueda facilitar el movimiento de animales, ayudar mantener corredores biológicos entre remanentes de bosque y minimizar la extinción de poblaciones locales de muchas especies de plantas y animales (Ricketts 2001; Chetkiewicz et al. 2006; Gilbert-Norton et al. 2010). Dado estos beneficios, cada vez más expertos a nivel regional y mundial están interesados en el fomento de los sistemas agroforestales como elemento clave para la conservación de la biodiversidad (Bhagwat et al. 2008; Chazdon et al. 2009; Chappell et al. 2013). En México, el fomento de manejos sustentables en sistemas agropecuarios, incluyendo la producción agroforestal, está volviendo ser un elemento clave en las políticas entorno al Corredor Biológico Mesoamericano y las Áreas Naturales Protegidas del país (Toledo 2005; CONABIO 2007; Koleff et al. 2007).

Otro beneficio importante de los sistemas agroforestales es su capacidad de brindar múltiples servicios ambientales a comunidades aledañas y, de esta manera, asegurar su bienestar socioeconómico (Beer et al. 2003; José 2009; DeClerk et al. 2012). Los servicios ambientales están definidos como las condiciones y los procesos a través de los cuales los ecosistemas, y las especies que los comprenden, apoyan y sustentan a los seres humanos (Daily 1997). En años recientes, revisiones nacionales e internacionales han documentado el impacto de actividades humanas sobre estos servicios y los enormes costos asociados con su reemplazo (MEA 2005; Sarukhán et. al. 2009). En México los costos del deterioro ambiental son muy altos, alcanzando una pérdida económica promedia de 7.36% del PIB durante el periodo 2003-2012 mientras que se invirtió sólo un promedio de 0.8% del PIB en la protección del medio ambiente durante el mismo periodo (Inegi 2014). Tomando el año 2012 como ejemplo, los costos del deterioro y degradación ambiental en México sumaron a 6.3% del PIB o $985 mil millones de pesos. A continuación se describen varios servicios ambientales que los sistemas agroforestales como el café de sombra son capaces de proporcionar junto con otros ecosistemas boscosos:

Servicios hidrológicos: Los ecosistemas boscosas, sobre todo aquellos en zonas montañosas, pueden puedan ayudar regular la cantidad y calidad del agua proporcionada a comunidades aledañas (Manson 2004; Brauman et al. 2007; Bruijnzeel 2010). En zonas con mucha deforestación, el reemplazo de la masa forestal por otros usos de suelo resulta en un aumento del escurrimiento pluvial, más flujos pico en los ríos después de eventos de lluvia y menos infiltración en el subsuelo y recarga de los mantos acuíferos. Como resultado en zonas con mucha deforestación aumentan los ciclos de inundaciones y sequias (Robinson et al. 2003; Brown et al. 2005). Por el otro lado, ecosistemas boscosas tienen la capacidad de modificar el microclima en los cuerpos de agua y filtrar contaminantes, así mejorando la calidad del agua y minimizando problemas de erosión de suelos y azolvamiento (Dindaro?lu et al. 2015; González et al. 2015).

Secuestro de carbono:Existe cada vez más evidencia de que las actividades humanas, en particular la quema de hidrocarburos, están contribuyendo al cambio climático global y que estos cambios tendrán un impacto importante en el bienestar socioeconómico de países como México (Pachauri et al. 2014). Ya que la deforestación está jugando un papel importante en estos cambios (Bonan 2008), México y otros países del mundo están diseñando estrategias de mitigación para conservar y aumentar la cantidad de carbono almacenado en estos ecosistemas (SEMARNAT 2013; Nepstad et al. 2013). Los cafetales de sombra y otros sistemas agroforestales pueden jugar un papel importante en estos planes. Manson et al. (2008) encontraron que los cafetales tradicionales mostraron los niveles más elevados de almacenamiento de carbono, seguido por los bosques y finalmente por las fincas con manejos más intensificados. El promedio de carbono almacenado por árboles en los sitio incluidos en este estudio en el centro del estado de Veracruz (68.9 Mg C/ha) concuerda también con los niveles observados en otros estudios de carbono realizados en fincas de café de la misma región (Pineda-López et al. 2005), así como otros estados de México (Masera et al. 1995, De Jong et al. 1997, Peña del Valle et al. 2006). Esto apoya y sugiere estudios de cambios de manejo para aumentar su capacidad como sumideros de carbono generando fuentes alternativas de ingreso para cafetaleros y los dueños de otros sistemas agroforestales (Klooster y Masera 2000, Albrecht y Kandji 2003, Montagnini y Nair 2004, Polzot 2004, Peña del Valle 2006). En Chiapas, donde el mercado para este servicio ambiental es lo más avanzado del país, se logró vender un promedio de 31,649 Mg C/año durante el periodo 1997-2005, un 30% de lo cual viene de cafetales de sombra (Soto Pinto et al. 2006).

Regulación del clima regional: Aparte del cambio climático global, la reconversión de ecosistemas boscosas puede afectar también el albedo y tasas de evapotranspiración, provocando así cambios climáticos regionales y locales como los regímenes de temperatura y precipitación y a su vez impactando de manera negativa la producción agrícola (Bonan 2008; Lawrence y Vandecar 2015). Faltan más estudios pero existe evidencia de que las fincas de café de sombra tiene intercambios de energía y agua con el atmósfera similares a lo observado para doseles de bosque natural (Holwerda et al. 2013), lo cual sugiere que deben ser considerados como parte de la cobertura boscosa que ayude regular el clima regional.

Control de plagas:Aunque el control de enfermedades y plagas en cafetales es un tema complicado debido a la diversidad estructural y biológico de este agroecosistéma (Waller et al. 2007; Avelino et al. 2012; Perfecto et al. 2014), existe una tendencia en México y otros países de América Latina de buscar soluciones sencillas como el uso de fungicidas o el uso de variedades tolerantes como el mecanismo principal control. El manejo integrado de plagas a cambio reconoce, y busca aprovechar, la complejidad de los agroecosistemas y sus las interacciones ecológicos en el desarrollo de estrategias holísticas de control (Flint et al. 2012). Estudios en fincas de café en México apoyan este enfoque mostrando que la diversidad de árboles en fincas de café, y una sombra intermedia, ayuden mantener poblaciones de enemigos naturales y microclimas idóneos para el control de plagas y enfermedades (Soto-Pinto et al. 2002; Barrera et al. 2008; Vandermeer et al. 2014).

Belleza escénica: Con más que 250 años de producción en México, los cafetales de sombra son una parte importante de la historia y cultura de las zonas montañosas del país. El turismo representa un derrame económico importante en estas y otras zonas de México (8.4% del PIB; SECTUR 2015). Sin embargo, en muchas comunidades cafetaleros la superficie de café de sombra está siendo transformada a otros usos de suelo más intensificados. Como ejemplo de este patrón se puede citar Coatepec, Veracruz, Pueblo Mágico y unos de los lugares más famosos para la producción de café en México. Datos de Cabrerar-Garcia (2015) indican que durante el periodo 2000-2010 este municipio perdió el 17.3% de sus superficie cafetalero, mismo que fue transformado a caña, potreros y fraccionamientos de casas. Mientras que el impacto económico de esta transformación (debido a reducciones en el valor de los predios y una disminución en ingresos turísticos) aún no ha sido cuantificado, estudios previos realizados en otros sistemas indiquen que las pérdidas económicas para economías locales y regionales asociadas con la perdida de cobertura boscosa pueden ser considerables (Kim y Johnson 2002; Tyrväinen et al. 2005; Mansfield et al. 2005; Mustika et al. 2015). Por eso, muchos países en América Latina están implementando programas diseñados a conservar estos espacio verdes (Porro et al. 2012; Lyon 2013; Estrada-Carmona et al. 2014).

Lo anterior, concluye en la importancia que detenta el reconocimiento del valor ambiental y la necesidad de conservación de éstos ecosistemas que se ven severamente amenazados y cuyos servicios ambientales y de interés públicos, justifican la implementación de mecanismos que propicien su conservación y que induzcan a su aprovechamiento de manera sustentable.

Los sistemas agroforestales brindan muchos bienes y servicios a la sociedad

1. Evitan la erosión al promover la infiltración del agua de lluvia, previenen la destrucción de pueblos y carreteras, por inundaciones y deslaves.

2. Los bosques de café de sombra son importantes productores del oxígeno que respiramos, ya que esta planta produce mayor cantidad de oxígeno que el que obtiene un área forestal normal.

3. Promueven la infiltración del agua de lluvia, fomentan la recarga de los mantos acuíferos y mantienen con vida los manantiales.

4. Evitan el azolve de las presas, de las lagunas, y de los esteros de las costas.

5. En los bosques de café se obtienen plantas medicinales y son benéficos, y resistentes a plagas y enfermedades que atacan a los cultivos agrícolas y al ganado.

6. Al capturar el bióxido de carbono del aire, contribuyen a disminuir el calentamiento del planeta.

7. Contribuyen en el hábitat de animales y plantas silvestres, ayudan a mantener la biodiversidad y a preservar el germoplasma.

Por lo antes expuesto, someto a la consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma diversas disposiciones en materia de Agroforestación, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Agraria, de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, y de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, para quedar como sigue:

Primero.Se reforma el segundo párrafo de la fracción IV, así como el primer párrafo de la fracción XX del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 27... .

...

...

...

...

...

...

...

...

...

I. a III. ...

IV. ...

En ningún caso las sociedades de esta clase podrán tener en propiedad tierras dedicadas a actividades agrícolas, ganaderas, agroforestales o forestales en mayor extensión que la respectiva equivalente a veinticinco veces los límites señalados en la fracción XV de este artículo. La ley reglamentaria regulará la estructura de capital y el número mínimo de socios de estas sociedades, a efecto de que las tierras propiedad de la sociedad no excedan en relación con cada socio los límites de la pequeña propiedad. En este caso, toda propiedad accionaria individual, correspondiente a terrenos rústicos, será acumulable para efectos de cómputo. Asimismo, la ley señalará las condiciones para la participación extranjera en dichas sociedades.

...

XX. El Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación en el desarrollo nacional, y fomentará la actividad agropecuaria , agroforestal y forestal para el óptimo uso de la tierra, con obras de infraestructura, insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica. Asimismo expedirá la legislación reglamentaria para planear y organizar la producción agropecuaria, su industrialización y comercialización, considerándolas de interés público.

Segundo.- Se adiciona una fracción IV al artículo 116 de la Ley Agraria, para quedar como sigue:

Artículo 116.- Para los efectos de esta ley, se entiende por:

I. a III. ...

IV.- Tierras agroforestales: los suelos utilizados para uso de sistemas agroforestales de café.

Tercero.-Se adiciona una fracción VIII al segundo párrafo en su artículo 22, recorriéndose la actual VIII para ser la IX; y se adiciona una fracción X al tercer párrafo en su artículo 32, recorriéndose la actual X para ser la XI, ambas de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, para quedar como sigue:

Artículo 22.- ...

...

I.- a VII.- ...

VIII.- Sistema Nacional Agroforestal.

...

Artículo 32.- ...

...

...

I.- a IX.- ...

X.- El impulso a la investigación y desarrollo tecnológico agropecuario y forestal, la apropiación tecnológica y su validación, así como la transferencia de tecnología a los productores, la inducción de prácticas sustentables, mejoramiento de la infraestructura así como el fomento a la organización económica y social de los agentes de la sociedad agroforestal.

...

Cuarto.-Se reforman las fracciones I, II, III, IV, V y se adiciona una fracción VI del artículo 2; se reforman las fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVII, XVIII, XIX, XX, XXIII, XXIV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, y XXXII del artículo 3; se reforma la fracción I del artículo 4, se adiciona la fracción LIII del artículo 7, se reforma el tercer párrafo del artículo 138 y se reforma las fracciones I yXII del artículo 139 de la de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, para quedar como sigue:

Artículo 2. Son objetivos generales de esta Ley:

I. Contribuir al desarrollo social, económico, ecológico y ambiental del país, mediante el manejo integral sustentable de los recursos forestales y agroforestales, así como de las cuencas y ecosistemas hidrológico forestales, sin perjuicio de lo previsto en otros ordenamientos;

II. Impulsar la silvicultura y el aprovechamiento de los recursos forestales y agroforestales, para que contribuyan con bienes y servicios que aseguren el mejoramiento del nivel de vida de los mexicanos, especialmente el de los propietarios y pobladores forestales y agroforestales;

III. Desarrollar los bienes y servicios ambientales y proteger, mantener y aumentar la biodiversidad que brindan los recursos forestales y agroforestales;

IV. Promover la organización, capacidad operativa, integralidad y profesionalización de las instituciones públicas de la Federación, Estados, Distrito Federal y Municipios, para el desarrollo forestal sustentable y agroforestal, y

V. Respetar el derecho al uso y disfrute preferente de los recursos forestales y agroforestales de los lugares que ocupan y habitan las comunidades indígenas, en los términos del artículo 2 fracción VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás normatividad aplicable.

VI. Fomentar el establecimiento y conservación de agrocultivos forestales.

Artículo 3. Son objetivos específicos de esta Ley:

I. Definir los criterios de la política forestal y agroforestal, describiendo sus instrumentos de aplicación y evaluación;

II. Regular la protección, conservación y restauración de los ecosistemas, recursos forestales , agroforestalesy sus servicios ambientales; así como la ordenación y el manejo forestal y agroforestal;

III. Desarrollar criterios e indicadores para el manejo forestal sustentable y agroforestal;

IV. Fortalecer la contribución de la actividad forestal y agroforestala la conservación del medio ambiente y la preservación del equilibrio ecológico;

V. Fortalecer y ampliar la participación de la producción forestal y agroforestal en el crecimiento económico nacional;

VI. Promover una efectiva incorporación de la actividad forestal y agroforestal en el desarrollo rural;

VII. Coadyuvar en la ordenación y rehabilitación de las cuencas hidrológicas forestales y agroforestales;

VIII. Recuperar y desarrollar bosques en terrenos preferentemente forestales y agroforestales, para que cumplan con la función de conservar suelos y aguas, además de dinamizar el desarrollo rural;

IX. Fortalecer y mejorar los servicios técnico forestales y agroforestales;

X. Regular el aprovechamiento y uso de los recursos agroforestales, forestales maderables y no maderables;

XI. Promover y consolidar las áreas forestales y agroforestales permanentes, impulsando su delimitación y manejo sostenible, evitando que el cambio de uso de suelo con fines agropecuarios o de cualquier otra índole afecte su permanencia y potencialidad;

XII.Compatibilizar las actividades de pastoreo y agrícolas en terrenos agroforestales y preferentemente forestales así como implementar mecanismos que fomenten la conservación de los agroecosistemas forestales.

XIII. Regular las auditorías técnicas preventivas agroforestales yforestales;

XIV. Estimular las certificaciones agroforestales,forestales y de bienes y servicios ambientales, tomando en consideración los lineamientos internacionales correspondientes;

XV. Regular la prevención, combate y control de incendios forestales y agroforestales, así como de las plagas y enfermedades en estos sistemas;

XVII. Regular el transporte, almacenamiento y transformación de las materias primas forestales y agroforestales, así como la vigilancia de estas actividades;

XVIII. Promover que los productos agroforestales yforestales procedan de bosques manejados sustentablemente a través de sus certificaciones respectivas;

XIX. Propiciar la productividad en toda la cadena agroforestal yforestal;

XX. Apoyar la organización y desarrollo de los propietarios forestales , agroforestales y a mejorar sus prácticas silvícolas;

XXIII. Contribuir al desarrollo socioeconómico de los pueblos y comunidades indígenas, así como de ejidatarios, comuneros, cooperativas, pequeños propietarios y demás poseedores de recursos forestales y agroforestales;

XXIV. Promover la capacitación para el manejo sustentable de los recursos forestales y agroforestales;

XXVI. Promover la ventanilla única de atención institucional eficiente para los usuarios del sector agroforestal y forestal;

XXVII. Dotar de mecanismos de coordinación, concertación y cooperación a las instituciones del sector agroforestal y forestal, así como con otras instancias afines;

XXVIII. Mejorar la efectividad del sistema integral agroforestal yforestal en los ámbitos nacional, regional, estatal y municipal;

XIX. Garantizar la participación de la sociedad, incluyendo a los pueblos y comunidades indígenas, en la aplicación, evaluación y seguimiento de la política agroforestal y forestal;

XXX. Promover instrumentos económicos para fomentar el desarrollo agroforestal y forestal;

XXXI. Impulsar el desarrollo de la empresa socia agroforestal,forestal y comunal en los pueblos y comunidades indígenas, y

XXXII. Fomentar la cultura, educación, capacitación, investigación y desarrollo tecnológico agroforestal y forestal.

Artículo 4... .

I. La conservación, protección y restauración de los ecosistemas agroforestales,forestales y sus elementos, así como de las cuencas hidrológico-forestales y agroforestales, y

Artículo 7....

I. al LII. ...

LIII. Agroecosistemas Forestal: Son los terrenos forestales, dotados de árboles de uso múltiple con especies naturales o inducidas de una altura superior a 5 metros y que no integren un monocultivo, que cuentan con una cubierta arbolada de más del cincuenta por ciento del área y en los cuales se realizan actividades agropecuarias que se benefician de los efectos de la sombra y del clima de dicho ecosistema forestal.

Artículo 138....

...

La Federación garantizará mecanismos de apoyo para impulsar el desarrollo forestal sustentable, el establecimiento y conservación de agroecosistemas forestales, así como como los destinados al Programa de Desarrollo Forestal, al Programa de Plantaciones Forestales Comerciales y la Reforestación y Conservación de Suelos, y demás que se establezcan. Asimismo buscará la ampliación los montos asignados y el mejoramiento constante de sus respectivos esquemas de asignación y evaluación, preferentemente con base en las necesidades y prioridades de las Unidades de Manejo Forestal y de los propietarios forestales.

...

...

Artículo 139....

I.Aumentar la productividad silvícola y agrícola en agroecosistemas forestales de las regiones y zonas con bosques y selvas predominantemente comerciales o para uso doméstico;

II. al XI. ...

XII.Promover los intercambios campesinos forestales y agroforestales, además de la investigación y desarrollo tecnológico en estas áreas, la apropiación tecnológica y su validación, así como la transferencia de tecnología a los productores, la inducción de prácticas sustentables, mejoramiento de la infraestructura así como el fomento a la organización económica y social de los agentes de la sociedad agroforestal.

XIII. al XX. ...

Transitorios

Primero.- El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.- Se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan al presente decreto.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los seis días del mes de octubre de 2015. — Diputada Noemí Zoila Guzmán Lagunes,Carlos Federico Quinto Guillén, Enrique Zamora Morlet, Eva Florinda Cruz Molina, Javier Octavio Herrera Borunda, José Antonio Estefan Garfias, Julio Saldaña Moran, Lluvia Flores Sonduk, Luis Ignacio Avendaño Bermúdez, Marco Antonio Aguilar Yunes, Miguel Ángel Yunes Linares, Natalia Karina Barón Ortiz, Oswaldo Guillermo Cházaro Montalvo, Sergio López Sánchez, Sofía del Sagrario de León Maza (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Guzmán. Atiéndase la petición de la diputada proponente para que se integre plenamente en el Diario de los Debates su iniciativa, y túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales para dictamen, y a la Comisión de Desarrollo Rural para opinión.

Tiene ahora la palabra por 10 minutos... Perdón, sonido en la curul del diputado Miguel Ángel Yunes.

El diputado Miguel Ángel Yunes Linares (desde la curul): Muchas gracias. Siendo efectivamente un asunto de gran relevancia para Veracruz y para otras entidades productoras de café, solicito muy atentamente a la diputada Noemí Guzmán me permita suscribir la iniciativa que ha presentado.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: La diputada proponente no tiene objeción y entonces está a disposición aquí en la Secretaría de la Mesa Directiva, para su suscripción.



EXPIDE LA LEY GENERAL DE CONSULTA PREVIA A LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene ahora la palabra por 10 minutos, el diputado Sergio López Sánchez, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General de Consulta Previa a los Pueblos y Comunidades Indígenas.

El diputado Sergio López Sánchez:Con el permiso de la Mesa Directiva. Compañeras y compañeros diputados, a lo largo de la historia los indígenas han tenido que enfrentar la hegemonía política y económica de quienes detentan el poder del Estado, quien sin control alguno invade sus territorios para despojarlos de sus tierras y de sus recursos naturales, algunas veces con engaños y otras a través de la fuerza, hechos con los cuales se violenta su derecho constitucional a la autodeterminación, toda vez que se les impide mantener la integridad de sus territorios, acceder de manera preferente al uso y disfrute de los recursos naturales existentes en ellos.

Sin duda existen muchos ejemplos de esta situación, la construcción de presas hidroeléctricas, minas y parques eólicos, el cambio de régimen social a propiedad privada, a efecto de que se construyan más y más unidades habitacionales y proyectos turísticos, entre otros.

Frente a estas arbitrariedades, los pueblos y comunidades indígenas han buscado la manera de defenderse y resistir estos embates, al grado de que en 1994, en el estado de Chiapas se levantaron en armas, exigiendo el reconocimiento y respeto de su cosmovisión, de su territorio, de sus bienes y de sus instituciones.

Así pues y a pesar de que no se ha legislado en México el derecho a la consulta previa, libre e informada a los pueblos y comunidades indígenas, en la normatividad internacional existen diversos instrumentos donde se manifiesta la necesidad de reconocer, respetar y adoptar mecanismos que permitan mejores formas de protección a los derechos de los pueblos indígenas, así como el reconocimiento de sus derechos en las legislaciones nacionales, precisamente exigiendo el cumplimiento a dichos instrumentos internacionales suscritos y ratificados por el Estado mexicano, la comunidad Rarámuri, de Huetosacachi en el estado de Chihuahua; el pueblo Cucapa, en Baja California, el pueblo Wixárica, en el estado de Jalisco y los Zapotecas en los valles centrales de Oaxaca han tenido que acudir a los tribunales para defenderse por la violación a su derecho al territorio y el acceso preferente a los recursos naturales en ellos existentes, así como a mantener su identidad cultural.

A pesar de que algunos de estos recursos han sido resueltos favorablemente, los pueblos y comunidades indígenas deben tener al igual que el resto de la ciudadanía el respeto irrestricto a sus derechos y ejercerlos plenamente, sin la necesidad de recurrir a los tribunales para hacerlos valer.

En razón de lo anterior, someto a la consideración de esta soberanía esta iniciativa con proyecto de decreto por el que se crea la Ley General de Consulta Previa a los Pueblos y Comunidades Indígenas, con el objetivo de que este derecho de los pueblos indígenas sea por fin instrumentado obligando al Estado a que medie entre los diferentes derechos e intereses enfrentados, pugnando por alcanzar consensos que beneficien a todos, siguiendo los criterios de necesidad, proporcionalidad y la consecución de objetivos legítimos dentro de una sociedad democrática y pluricultural. Es cuanto, señor presidente.

«Iniciativa que expide la Ley General de Consulta Previa a los Pueblos y Comunidades Indígenas, a cargo del diputado Sergio López Sánchez, del Grupo Parlamentario del PRD

Planteamiento del problema

Con la Conquista de México se instauró el interminable proceso que hasta nuestros días ha despojado, casi por completo, a los integrantes de los pueblos indígenas de sus bienes, raíces, lenguas, sistemas normativos y formas de ver el mundo. El despojo que han enfrentado de sus territorios y recursos naturales que en ellos existen.

Sin duda alguna, la conquista impuso la organización económica de los conquistadores por encima de las formas internas de convivencia y organización social, política y cultural indígena.

Desde entonces, los pueblos y comunidades indígenas han tenido que enfrentar la hegemonía política y económica de quienes detentan el poder del Estado, quien sin control alguno invade sus territorios para apoderarse de ellas y recursos naturales, violentando de manera grave su derecho constitucional a la autodeterminación, a mantener la integridad de sus territorios, a acceder de manera preferente al uso y disfrute de los recursos naturales existentes en ellos y a preservar su identidad cultural.

De manera alarmante en los últimos 3 años hemos visto un sinnúmero de ejemplos de despojo de sus territorios y extracción de recursos naturales, la construcción de presas hidroeléctricas, la extracción minera, la instalación de parques eólicos y el cambio de régimen social a propiedad privada a efecto de que se construyan más y más unidades habitacionales o proyectos turísticos, sin dejar de mencionar que esto se agravará aún más con la puesta en marcha de la técnica conocida como “fractura hidráulica” para la extracción de gas natural.

Frente a estas arbitrariedades, los pueblos y comunidades indígenas en México han buscado la manera de defenderse y resistir estos embates, al grado de que en 1994, en el estado de Chiapas, se levantaron en armas, exigiendo el reconocimiento y respeto a su cosmovisión, territorio, bienes e instituciones.

Argumentos

En la normatividad internacional existen diversos instrumentos donde se manifiesta la necesidad de reconocer, respetar y adoptar mecanismos que permitan mejores formas de protección a los derechos de los pueblos indígenas, así como el reconocimiento de sus derechos en las legislaciones nacionales.

Los instrumentos existentes en la materia, de manera meramente enunciativa, son: el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, la Declaración Universal de la UNESCO sobre Diversidad Cultural, la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, la Declaración sobre la Raza y los Prejuicios Raciales, la Declaración sobre los Derechos de las Personas Pertenecientes a Minorías Nacionales o Étnicas, Religiosas y Lingüísticas, el Pacto de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.

Un derecho de los pueblos indígenas, contenido en estos instrumentos es el Derecho a la Consulta Indígena; el Convenio 169 de la OIT, señala que esta consulta debe realizarse mediante los procedimientos apropiados a través de sus instituciones representativas, y efectuarse de buena fe y de manera apropiada a las circunstancias.

En particular, este Convenio determina que se deberá consultar a las comunidades indígenas en materia de recursos naturales cuando el Estado sea propietario de los recursos que existan en las tierras utilizadas por las comunidades indígenas o en el subsuelo, en materia de transmisión de los derechos de su tierra, en programas de formación profesional, y en educación.

En el caso de México, y a raíz de la creciente movilización indígena surgida después del levantamiento zapatista, se generaron condiciones para la incorporación de algunos derechos en el artículo 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Estos derechos constituyen el piso mínimo para el reconocimiento de los derechos indígenas, sin embargo el mero reconocimiento de derechos no es suficiente si no se cuenta con mecanismos que garanticen el acceso irrestricto y su goce pleno.

Ante la grave situación que en todos los aspectos enfrentan los pueblos y comunidades indígenas, es imperante hacer efectivos los derechos individuales y colectivos consagrados en el artículo 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Por ello, a manera de abonar en tan apremiante tarea, esta iniciativa va encaminada a garantizar a través de la consulta a los pueblos y comunidades indígenas el reconocimiento y protección de su patrimonio y riqueza cultural, con el objetivo de asegurar el ejercicio de sus derechos.

El deber de los Estados de consultar a los pueblos indígenas encuentra su sustento en el ejercicio de una serie de derechos humanos y colectivos fundamentales, incluyendo el derecho a la libre determinación y el derecho a la integridad cultural. El deber de consultar y el derecho a ser consultado representan una importante limitante al ejercicio abusivo del poder estatal.

Así pues y a pesar de que no se ha legislado el derecho a la consulta a los pueblos y comunidades indígenas establecido nuestra Carta Magna y los diversos tratados internacionales suscritos por el Estado Mexicano, la comunidad rarámuri de Huetosachi, en el estado de Chihuahua, reclamó que autoridades federales, estatales y municipales habían violentado sus derechos al planear y ejecutar el proyecto turístico “Barrancas del Cobre” sin consultarlos; el pueblo cucapá, en Baja California, señaló que no se les permitía pescar en los lugares que acostumbran hacerlo, porque el sitio quedó ubicado dentro del área núcleo de la Reserva de la Biosfera de la Región del Alto Golfo de California y Delta de Río Colorado, decretada sin consultarlos; el pueblo wirrárika, en el estado de Jalisco, asevera que la Secretaría de Economía otorgó concesiones mineras dentro de su territorio, afectando su derecho a realizar sus peregrinaciones y otros actos espirituales y culturales; y los zapotecas de los Valles Centrales de Oaxaca alegan la emisión de un Decreto de Veda del Acuífero de Valles Centrales sin que se les haya consultado, quienes incluso ganaron un juicio de amparo en el que se ordena, a la Comisión Nacional del Agua, iniciar un procedimiento de consulta a los pueblos indígenas afectados a efecto de abrogar o modificar el decreto de veda.

En los cuatro casos, los demandantes alegan que se viola su derecho al territorio y el acceso preferente a los recursos naturales en ellos existentes, así como a mantener su identidad cultural, derechos reconocidos en la legislación positiva nacional e internacional.

A mayor abundamiento, los instrumentos a que se ha hecho referencia establecen lo siguiente:

Convenio Número 169 OIT

Este es un instrumento jurídico internacional vinculante y que trata específicamente los derechos de los pueblos indígenas y tribales.

Este instrumento surge como respuesta a la situación vulnerable de los pueblos indígenas y tribales, por lo que en él se establece la necesidad de adoptar medidas especiales para salvaguardar a los indígenas, sus instituciones, bienes, trabajo, cultura y su medioambiente. Asimismo, impone que tales medidas especiales no deberán ser contrarias a los deseos expresados libremente por los pueblos indígenas, es decir, se deberá consultar a los pueblos y comunidades indígenas y las autoridades deberán acatar los resultados de dicha consulta.

Para la Organización Internacional del Trabajo, el espíritu de la consulta y la participación constituyen la piedra angular del Convenio núm. 169. El Convenio exige que los pueblos indígenas y tribales sean consultados en relación con los temas que los afectan. También exige que estos pueblos puedan participar de manera informada, previa y libre en los procesos de desarrollo y de formulación de políticas que los afectan.

Es de destacar que la consulta y participación en el Convenio núm. 169 no se relacionan únicamente con proyectos de desarrollo u obra pública en específico, sino también con temas de gobernanza, y la participación de los pueblos indígenas en la vida y administración pública.

Así pues, el propio Convenio establece los lineamientos generales sobre los que deberá basarse la consulta a los pueblos y comunidades indígenas:

• La consulta a los pueblos indígenas debe realizarse a través de procedimientosapropiados, de buena fe, y a través de sus instituciones representativas, de acuerdo a sus sistemas normativos internos;

• Los pueblos involucrados deben tener la oportunidad de participar libremente en la formulación, implementación y evaluación de medidas y programas que les conciernen directamente;

• El principio sine quanón de la consulta a los pueblos y comunidades indígenas radica precisamente en que este proceso debe desarrollarse de manera apropiada, es decir, de acuerdo a las particularidades de las instituciones u organizaciones indígenas que son verdaderamente representativas de esos pueblos y comunidades.

Por otro lado, la consulta debe hacerse de buena fe, con el objetivo de llegar a un acuerdo entre las partes involucradas, las cuales deben buscar establecer un dialogo que les permita encontrar soluciones adecuadas en un ambiente de respeto, inclusión y participación, a efecto de que los pueblos y comunidades indígenas influyan en la decisión que pretende adoptarse y sobre todo que decidan sus prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo, en la medida en que éste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar su propio desarrollo económico, social y cultural.

Declaración de las Naciones Unidas Sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas

La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas fue adoptada en Nueva York el 13 de septiembre de 2007 durante la sesión 61 de la Asamblea General de las Naciones Unidas. Esta declaración tiene como predecesoras a la Convención 169 de la OIT.

La Declaración postula que los pueblos indígenas son iguales a todos los demás pueblos y que por ende, se debe reconocer su derecho a ser diferentes, a considerarse a sí mismos diferentes y a ser respetados como tales.

En este sentido establece que los pueblos contribuyen a la diversidad y riqueza de las civilizaciones y culturas y que por tanto, constituyen el patrimonio común de la humanidad, no obstante que gozan del derecho a la libre determinación, por lo que los Estados deberán respetar y cumplir de manera íntegra con todas sus obligaciones para con los pueblos Indígenas dimanantes de los instrumentos internacionales, en particular las relativas a los derechos humanos, en consulta y cooperación con los pueblos interesados.

Acuerdos de San Andrés Larráinzar:

Los Acuerdos de San Andrés Larráinzar, Chiapas, que firmaron el gobierno federal y el Ejercito Zapatista de Liberación Nacional el 16 de febrero de 1996, son los primeros acuerdos sobre derechos indígenas en México. Sin embargo, aún y cuando estos no han sido cumplidos, dieron pie a la reforma del artículo 2 Constitucional y a una serie de luchas por la dignidad de los pueblos indígenas en el sentido de lograr su inclusión en el proyecto de desarrollo nacional de manera equitativa, pero sin lesionar su identidad.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:

El artículo 1o. establece que “En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.”, es decir, los tratados internacionales suscritos y ratificados por México forman parte de la ley suprema.

Asimismo, el artículo 2, apartado B, fracción IX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que el gobierno debe “consultar a los pueblos indígenas en la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo y de los planes estatales y municipales y, en su caso, incorporar las recomendaciones y propuestas que realicen”. Como en dichos planes se incorporan las acciones de gobierno, se entiende que la Constitución Federal, al expresar que se les consulte durante su elaboración, determina que deben consultarse con ellos las acciones que puedan afectarlos de manera positiva o negativa. La expresión “y, en su caso, incorporar las recomendaciones y propuestas que realicen” no debe entenderse como una facultad discrecional que la Constitución otorga a las autoridades federales para que unilateralmente decidan si incorporan o no las propuestas de los pueblos indígenas, sino el deber de incorporar todas aquellas que sean acordes con los derechos reconocidos a los pueblos, pues de otra manera la consulta resultaría una actividad sin efecto alguno.

En este contexto, a pesar de que la consulta libre, previa e informada es un derecho reconocido nacional e internacionalmente, y a pesar de que México se comprometió a reconocerlo y garantizarlo cuando suscribió y ratificó el Convenio 169 de la OIT, no existe un marco normativo que regule temas de gran impacto y repercusión directa sobre los intereses de los pueblos y comunidades indígenas, lo que resulta grave.

Así pues, la presente iniciativa contiene los requisitos para la consulta indígena de acuerdo a los estándares internacionales, promueve el diálogo intercultural y el consenso en cuanto a la toma de decisiones gubernamentales que puedan afectar directamente a los pueblos indígenas.

El deber de consultar con los pueblos indígenas en relación con asuntos que les afectan directamente tiene como objetivo lograr el consentimiento libre, previo e informado, lo que implica procesos de buena fe en donde se toman las decisiones por medio del consenso entre las partes gubernamentales e indígenas, tomando en consideración que la consulta es una precondición exigible para la ejecución de la medida propuesta.

En virtud de expuesto, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 76, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta Soberanía, el siguiente proyecto de

Decreto por el que se crea la Ley General de Consulta Previa a los Pueblos y Comunidades Indígenas

Ley General de Consulta Previa a los Pueblos y Comunidades Indígenas

Capítulo I
Disposiciones Generales

Artículo 1. Es derecho de los pueblos y comunidades indígenas a ser consultados de forma previa e informada sobre las medidas legislativas o administrativas que los afecten directamente.

Artículo 2. La presente ley es de orden público, interés social y de observancia general en todo el territorio nacional, y tiene por objeto garantizar el ejercicio del derecho de consulta previa, libre e informada de los pueblos y comunidades indígenas, de conformidad con las obligaciones establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los instrumentos internacionales que sobre la materia México ha suscrito.

Artículo 3. Ninguna medida legislativa o administrativa que represente una afectación directa o indirecta a las tierras, bienes y territorios o recursos naturales existentes en ellos, pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas podrá desarrollarse sin que medie el consentimiento de los sujetos de la consulta.

Las medidas legislativas o administrativas que se ejecuten sin que previamente se haya consultado a los pueblos y comunidades indígenas, deberán de ser suspendidas de inmediato y los responsables de las mismas deberán ser sujetos a los procedimientos y sanciones establecidos en la presente ley o de manera supletoria, en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Artículo 4. Son objetivos de esta Ley:

I. Determinar el procedimiento de todas las etapas de la consulta;

II Señalar las obligaciones de los gobiernos federal, de las entidades federativas, del Distrito Federal y de los municipios y delegaciones políticas en la materia;

III. Establecer instituciones responsables de garantizar el derecho a la consulta previa, estrecha e informada;

IV. Generar condiciones objetivas que doten de certidumbre y garanticen igualdad de condiciones para la participación de los pueblos y comunidades indígenas en el proceso de consulta, así como transparentar cada una de sus etapas y resoluciones.

V. Fijar las consecuencias jurídicas y sanciones de no respetar el derecho a la consulta, de no desarrollarlo como esta ley lo prevé o de no acatar los resultados de la consulta.

Artículo 5. El ejercicio del derecho de consulta a que se refiere esta ley se sujetará a las siguientes definiciones y principios:

I. Acuerdos. Decisiones concertadas entre el Estado y los sujetos de consulta.

II. Ausencia de coacción o condicionamiento.La participación de los pueblos y comunidades indígenas en el proceso de consulta debe ser realizada sin coacción o condicionamiento alguno.

III. Autonomía.Atender el derecho de los pueblos y comunidades indígenas a la libre determinación, para establecer su condición política y los mecanismos para lograr su desarrollo económico, social y cultural;

IV. Buena fe.Disposición de quienes participan de la consulta de arribar a acuerdos provechosos y cumplirlos;

V. Diversidad cultural.Reconocer que los pueblos y comunidades indígenas son portadores de culturas diferentes, con diversas cosmovisiones que coexisten en la sociedad nacional;

VI. Igualdad.Condición para que la consulta incluya, bajo las mismas condiciones, a los sujetos de consulta de acuerdo con la materia de la consulta;

VII. Información oportuna.Los pueblos y comunidades indígenas tienen derecho a recibir por parte de las entidades federales, estatales y municipales toda la información que sea necesaria para que puedan manifestar su punto de vista, debidamente informados, sobre la medida legislativa o administrativa a ser consultada. Las entidades obligadas a realizarlas, tienen la obligación de brindar esta información desde el inicio del proceso de consulta y con la debida anticipación.

VIII. Interculturalidad.Reconocimiento y respeto a las diferencias culturales, en un ambiente de inclusión;

IX. Participación.Derecho de los pueblos y de las comunidades indígenas de intervenir en la formulación, ejecución y evaluación de las políticas, programas y acciones del desarrollo social;

X. Plazo razonable.Periodos de tiempo que permitan a las instituciones u organizaciones representativas de los pueblos indígenas y comunidades indígenas conocer, reflexionar y realizar propuestas concretas sobre la medida legislativa o administrativa objeto de consulta.

XI. Transparencia.Las autoridades garantizarán que la información respecto a la materia de la consulta, los actos preparatorios, el desarrollo y los resultados de la consulta sea objetiva, oportuna, sistemática y veraz.

Artículo 6. La consulta deberá atender las circunstancias particulares de las comunidades y pueblos indígenas, respetando sus instituciones, sus sistemas normativos y su lengua, sin dejar de observar el marco normativo vigente.

Artículo 7. Para los efectos de la presente ley se entenderá por:

I. Afectación directa.Posibles cambios, positivos o negativos, que una medida administrativa o legislativa puede producir directamente sobre la vida y cultura de los pueblos y comunidades indígenas, afectando su existencia física, así como su identidad cultural, su territorio, su patrimonio y su futuro;

II. Comunidades indígenas.Las comunidades integrantes de un pueblo indígena que formen una unidad social, económica y cultural, asentada en un territorio determinado y que cuentan y reconocen autoridades propias de acuerdo a sus sistemas normativos internos;

III. Consejo consultivo.El que establece Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas;

IV. Consentimiento previo, libre e informado.La aceptación o rechazo, previo el conocimiento pleno de los beneficios y contras, de las medidas administrativas o legislativas desarrollados por la administración pública federal, estatal o municipal;

V. Derecho de consulta.Proceso de diálogo entre las instituciones representativas de los pueblos y las comunidades indígenas y las instituciones gubernamentales, con objeto de llegar a un acuerdo u obtener el consentimiento de los primeros sobre medidas administrativas o legislativas que los segundos pretenden realizar y pueden causar afectaciones directas a su identidad cultural, su territorio, su patrimonio y su futuro ;

VI. Instituciones representativas de los pueblos y las comunidades indígenas.Las que tradicionalmente las representan y ellos eligen de acuerdo con sus sistemas normativos internos;

VII. Institución responsable.Los organismos de cada una de las dependencias de la administración pública federal, de los gobiernos estatales o municipales, así como de los congresos federal y estatales, que pretenden emitir o llevar a cabo un acto administrativo o legislativo que pueda afectar directamente a los pueblos o comunidades indígenas;

VIII. Organismo técnico. La Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas; y

IX. Pueblos indígenas.Los descendientes de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas.

Capítulo II
Titulares del Derecho de Consulta

Artículo 8. Los titulares del derecho a la consulta son los pueblos y comunidades indígenas cuyos derechos colectivos pueden verse afectados de forma directa por una medida legislativa o administrativa.

Artículo 9. Tienen derecho a solicitar la consulta y a ser consultados:

I. Los pueblos indígenas, a través de sus autoridades o instituciones representativas;

II. Las comunidades indígenas, directamente o a través de autoridades o instituciones representativas acreditadas según la legislación de la entidad respectiva o, si se careciera de procedimiento para obtener la acreditación, a través de acta de asamblea o documento similar expedido por el pleno de la asamblea u órgano de gobierno tradicional; y

III. Las comunidades de migrantes, a través de sus instituciones representativas acreditadas según la legislación de la entidad respectiva.

Artículo 10. Las autoridades o integrantes de instituciones representativas de los pueblos o comunidades indígenas que soliciten la consulta o participen en ella, deberán acreditar su personalidad y mandato, según lo establezca la legislación de la entidad respectiva o, si se careciera de procedimiento legal para obtener el reconocimiento, a través de acta o documento similar expedido por el pleno de la asamblea u órgano de gobierno tradicional, ante la institución responsable o el organismo técnico, según el caso, con cualquier acto fehaciente realizado de acuerdo con sus propios sistemas normativos.

Artículo 11.Las instituciones u organizaciones representativas de los pueblos y comunidades indígenas pueden solicitar la aplicación del proceso de consulta respecto de determinada medida que consideren que les afecta directamente. En dicho caso, deben realizar la solicitud correspondiente a la institución responsable de la medida legislativa o administrativa correspondiente.

Las autoridades indígenas o sus instituciones representativas deberán solicitar la consulta o participar en ella de manera directa, pudiendo acompañarse de traductores, asesores o personas de su confianza cuando así lo consideren pertinente.

Capítulo III
Organismos Responsables de la Consulta

Artículo 12.Los sujetos obligados a consultar a los pueblos y comunidades indígenas son:

Cámara de Diputados y Senadores, ya sea de forma separada o conjunta.

Dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

Congresos estatales y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

Dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal o Municipal.

Artículo 13.Son responsables de la realización de la consulta a los pueblos y comunidades indígenas todas las instituciones de los Poderes Ejecutivo y Legislativo, de cualquier nivel de gobierno, que prevean realizar algún acto susceptible de afectar a los pueblos y comunidades directamente.

Artículo 14.Para tal efecto, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión y los congresos de las entidades federativas, así como la Asamblea Legislativa del Distrito Federal deberán incluir en los presupuestos que aprueben a los respectivos poderes ejecutivos, incluido el municipal, las partidas necesarias para llevar a cabo las consultas.

Artículo 15.Cada dependencia o entidad de los Poderes Ejecutivo y Legislativo federal, de las entidades federativas, del Distrito Federal y de los municipios y delegaciones políticas del Distrito Federal deberá crear en su estructura un área que se encargue del seguimiento de la aplicación de la consulta indígena.

Artículo 16.Las consultas se realizarán a través del organismo técnico, que será creado en las estructuras señaladas en el artículo anterior y tendrá al menos el nivel de unidad, con la participación de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas; quienes tendrán bajo su responsabilidad:

I. Elaborar los lineamientos generales en que se basará la consulta;

II. Incluir en su presupuesto de egresos, los montos necesarios para la realización de las consultas;

III. Recibir de la institución responsable o de los pueblos o comunidades indígenas, según el caso, la solicitud para que se realice la consulta;

IV. Comunicar a las partes involucradas la solicitud que se le formule;

V. Calificar la procedencia de la consulta solicitada;

VI. Brindar la asistencia que requiera la institución responsable y los pueblos y comunidades indígenas, con respecto a la consulta;

VII. Sistematizar los resultados y entregarlos a la institución responsable, así como a los pueblos y comunidades indígenas interesados;

VIII. Vigilar el acatamiento del resultado de la consulta; y

IX. Resolver los recursos administrativos que las partes les presenten durante la consulta.

En el caso de que alguna entidad federativa no cuente con una institución especializada en materia indígena, el órgano responsable de la consulta en la entidad federativa o el ayuntamiento podrán solicitar a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas su colaboración como órgano técnico para efectos de la consulta.

Capítulo IV
De la Materia de la Consulta

Artículo 17.Se considerará que existe afectación directa a los pueblos y comunidades indígenas:

I. Cuando el acto o actos que se pretenden emitir violen o menoscaben de alguna forma los derechos de los pueblos y comunidades indígenas consagrados en la legislación nacional y estatal, así como en los instrumentos internacionales de los que México es parte;

II. Cuando la medidas legislativas o administrativas afecten su libre desarrollo; y

III. Cuando las acciones de los poderes públicos afecten directa o indirectamente sus tierras, bienes y territorios o los recursos naturales existentes en ellos, aún y cuando se trate de actividades preponderantes para el Estado Mexicano.

Artículo 18.Las consultas a los pueblos y comunidades indígenas tendrán como finalidad alcanzar acuerdos o lograr el consentimiento previo, libre e informado de los consultados respecto de:

I. Iniciativas de ley o reformas de éstas que puedan afectar los derechos de los pueblos y comunidades indígenas;

II. Reformas de las instituciones encargadas de la atención a los pueblos y comunidades indígenas;

III. Planeación y ejecución de actividades de exploración y extracción, en cualquiera de sus modalidades, de petróleo o demás hidrocarburos sólidos, líquidos o gaseosos, así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica.

IV. Planeación, ejecución, seguimiento y evaluación de los programas y proyectos de desarrollo dirigidos a pueblos y comunidades indígenas; y

V. La ejecución de obra pública que afecte sus tierras y territorios, o los recursos naturales existentes en ellos.

Artículo 19.Tratándose de reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o a la legislación secundaria que así lo ameriten, participarán en la consulta todos los pueblos indígenas del país. En este caso, la consulta se realizará previa convocatoria que emita el Congreso de la Unión.

Artículo 20.Cuando se consulte sobre otros tipos de actos legislativos deberán participar los pueblos y comunidades indígenas que habiten en el lugar donde, de aprobarse, dicha legislación tendría validez.

Artículo 21.Previo a la elaboración de los planes nacional, estatal o municipal de desarrollo, así como de los propiamente dirigiros al desarrollo indígena, las instituciones responsables deberán consultar a los pueblos indígenas para incorporar sus propuestas y recomendaciones.

Artículo 22.El titular del ejecutivo, los titulares de las dependencias y entidades de la administración pública federal, de los órganos autónomos y sus homólogos de las entidades federativas, así como en los Ayuntamientos deberán presentar sus propuestas a los sujetos de consulta, al menos 60 días previos a esta, para que los pueblos y comunidades indígenas puedan conocerlas.

Artículo 23.La consulta a los pueblos y comunidades indígenas será requisito previo, para los tres ámbitos de gobierno, para el otorgamiento a particulares de concesiones, permisos u otros actos que se pretendan sobre los recursos naturales que se encuentren en los territorios indígenas; con objeto de determinar las posibles afectaciones que pudieran sufrir por la realización de los actos previstos y las formas de evitarlos o atenuarlos y en su caso, los beneficios que ellos tendrán por dicha explotación.

Artículo 24.El cumplimiento de los requisitos para llevar a cabo expropiaciones es uno de los elementos que se debe aplicar siempre que el la autoridad correspondiente decida evaluar la realización de planes o proyectos de desarrollo o inversión o el otorgamiento de concesiones para la exploración o explotación de recursos naturales en territorios indígenas.

Artículo 25.No podrán ser materia de consulta los siguientes asuntos:

I. El respeto a los principios generales de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el respeto a los derechos humanos y particularmente a la dignidad, integridad y derechos político electorales de las mujeres.

II. Los programas de combate a epidemias;

II. Los programas de auxilio en desastres;

III. El nombramiento de mandos medios y superiores de los organismos especializados en la atención de pueblos indígenas. Sin embargo, para el nombramiento de las o los delegados de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, se tomarán en cuenta las propuestas y opiniones de las autoridades representativas de los pueblos indígenas correspondientes, así como la del Consejo Consultivo de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas;

IV. La Ley de Ingresos, el Presupuesto de Egresos de la Federación y la miscelánea fiscal del ejercicio de cada año, ya sea federal, estatal o municipal;

V. Las facultades exclusivas de los Poderes de la Unión, Ejecutivo, Legislativo y Judicial; y

VI. Las demás que se deriven de la presente ley.

Capítulo V
De los actos previos de la Consulta

Artículo 26.Deberá solicitar la realización de una consulta la institución responsable que pretenda realizar actos susceptibles de afectar directamente a los pueblos y comunidades indígenas, o en su defecto, éstos cuando exista presunción de la realización de tales actos.

Artículo 27.En cualquier caso, la solicitud se presentará ante el organismo técnico, con los documentos que acrediten la personalidad de quien promueve, lo mismo que la inminencia del acto a consultar, detallando la forma en que afectaría los derechos de los pueblos y comunidades indígenas.

Artículo 28.Si el acto que se considera afecta los derechos indígenas ya se estuviera realizando al momento de la solicitud, el organismo técnico ordenará a la institución responsable se suspenda, hasta en tanto se realiza la consulta y se conozcan los resultados.

Artículo 29.Recibida la solicitud, el organismo técnico valorará la personalidad de los solicitantes para determinar si tienen derecho a solicitar la consulta. De la misma manera valorará la naturaleza del acto para determinar si es consultable. Si alguno de estos requisitos resultara negativo lo comunicará a los solicitantes, si ambos resultan positivos abrirá el proceso de consulta y lo comunicará a las partes interesadas.

Capítulo VI
Del Proceso de Consulta

Artículo 30.Abierto el proceso de consulta, el organismo técnico elaborará, en un plazo no mayor a treinta días hábiles, el programa de consulta, que deberá contener, al menos, las siguientes etapas:

I. Integración de información y definición de acuerdos básicos;

II. Planeación de la consulta;

III. Jornadas de información a los pueblos y comunidades indígenas, en las cuales se tendrán que exponer opiniones en pro y en contra de los actos materia de la consulta.

IV. Realización de la consulta;

V. Sistematización de los resultados;

VI. Entrega de los resultados a las partes; y

VII. Seguimiento y evaluación de los resultados.

El contenido del programa de consulta deberá consensuarse con las partes involucradas.

Artículo 31.La integración de información, definición y acuerdos incluirá, al menos:

I. Institución, pueblo o comunidad indígena que solicita la consulta o que se verá afectada;

II. Acto susceptible de afectar directamente a los pueblos o a las comunidades indígenas; y

III. Objetivos de la consulta.

Artículo 32.La planeación de la consulta deberá incluir, al menos;

I. Las bases de participación, tanto de la institución responsable como de los pueblos y las comunidades indígenas interesados;

II. Los instrumentos técnicos de consulta;

III. Calendario para desarrollar las jornadas de información a los pueblos y comunidades indígenas, en las cuales se tendrán que exponer opiniones en pro y en contra de los actos materia de la consulta.

III. Sedes y fechas de celebración de la consulta;

IV. Formas de comunicación, incluidos los intérpretes y traductores; y

V. Los demás elementos que se consideren necesarios.

Artículo 33.Las técnicas y metodologías de las consultas se ajustarán al objeto de ellas, al acto que genera la consulta, a las necesidades de coberturas territoriales y a los actores que deban ser consultados; tendrán que ser culturalmente adecuadas, en relación con el acto consultable y sus impactos en los derechos y la vida de los pueblos y comunidades indígenas.

Artículo 34.Los pueblos y comunidades indígenas, o sus instituciones representativas en su caso, deben contar con al menos 60 días previos a la consulta, para su análisis, la información que el organismo técnico les proporcione y la que ellos puedan allegarse, a efecto de dar una respuesta adecuada a la institución responsable. Además de la información que el organismo técnico les proporcione al abrir la consulta, deberá realizar los estudios técnicos necesarios si así se acuerda durante la consulta.

Artículo 35.El organismo técnico convendrá con las partes el tiempo de duración de cada una de las etapas, según la naturaleza de ellas, lo mismo que el de la consulta en general, el cual de manera conjunta no deberá exceder de 6 meses a partir de la recepción de la solicitud de consulta.

Todos los actos de la consulta deberán costar en actas y deberán ser publicados y difundidos en español y todas las lenguas que hablen los pueblos y comunidades indígenas sujetos de consulta.

Artículo 36.La consulta podrá suspenderse:

I. Porque la institución responsable y los pueblos o comunidades indígenas interesados lleguen a algún acuerdo; y

II. Porque la institución responsable suspenda el acto susceptible de afectar directamente a los pueblos y a las comunidades indígenas o sus derechos.

Capítulo VIIDe los Resultados de la Consulta

Artículo 37.Los resultados de la consulta son vinculantes, por lo que la institución responsable deberá implementar medidas atinentes a efecto de acatar el mandato de los pueblos y comunidades indígenas.

Artículo 38.El acto consultado podrá realizarse tal como se propone si los pueblos indígenas y sus comunidades dan su consentimiento pleno.

Se entiende que hay consentimiento pleno cuando los consultados por mayoría absoluta y dentro del alcance de sus facultades lo aceptan.

Artículo 39.Cuando los pueblos o comunidades indígenas consultados aceptan la realización del acto, a condición de que previamente se realicen otros que mitiguen sus efectos nocivos, la institución responsable deberá, en el marco de sus facultades y los derechos de los pueblos indígenas reconocidos, tomar las medidas para que estos se realicen.

Artículo 40.Cuando los pueblos o comunidades indígenas acepten la realización del acto, a condición de que previamente se establezcan los beneficios que obtendrán por ello, la institución responsable deberá acordar la manera en que esto se llevará a cabo.

Artículo 41.En todos los casos, la institución responsable antes de realizar el acto deberá agotar todos los mecanismos de conciliación a su alcance para llegar a un acuerdo con los pueblos o comunidades indígenas.

Artículo 42.El organismo técnico vigilará que cuando la realización del acto quede condicionada o sujeta a alguna modalidad, éstas se realicen respetando los derechos reconocidos a los pueblos y comunidades indígenas.

Capítulo VIII
De los Efectos de los Resultados

Artículo 43.Los resultados de la consulta tendrán el carácter de cosa juzgada.

Artículo 44.Cuando un pueblo o una comunidad indígena consideren que la consulta no se realizó como lo prevé esta ley o los resultados de la misma no sean acatados por la institución responsable, podrán recurrir en vía de amparo a los tribunales federales para que resuelvan en definitiva.

Capítulo IX
De las sanciones

Artículo 45.Se considerara como violación a la presente Ley, todo acto que impida, dificulte, violente o retrase sin causa justificada la Consulta por parte de instituciones públicas, servidores públicos o terceras personas, así como todo aquello que se contraponga a generar certidumbre, transparencia, igualdad y legalidad en todas las etapas de la consulta.

Artículo 46.Sera motivo de cesación de actividades administrativas, cuando se ejecuten sin previa consulta a los pueblos o comunidades indígenas actos que causen una afectación directa a los derechos, intereses y bienes tangibles o intangibles de los sujetos de derecho a la consulta previa, libre e informada establecidos en la presente Ley.

De acuerdo con el párrafo anterior los afectados podrán solicitar la inmediata suspensión de los actos, hasta que se realice la Consulta. Para la procedencia de lo anteriormente mencionado bastara con la presentación de solicitud por escrito ante la autoridad o institución responsable de la presunta afectación.

Artículo 47.Todo acto de omisión a lo establecido por la presente ley se regirá por lo establecido en el Código Penal Federal vigente y las sanciones acreditadas en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado respectivamente.

Artículo 48.Se establecerán por parte del Estado y autoridades correspondientes, los mecanismos necesarios a efectuar la reparación de todo daño a que fuese sujeto los quejosos cuando la implementación o ejecución de una medida legislativa o administrativa, derive una afectación directa a los derechos colectivos de los pueblos y comunidades indígenas, procediendo a la reaparición a través de la restitución, indemnización, rehabilitación o recuperación de las condiciones y espacios para la reproducción de los procesos culturales y productivos de las regiones, según corresponda.

Transitorios

Primero.El presente decreto entrara en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las Legislaturas de los Estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal adecuarán, en un plazo de ciento veinte días hábiles posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto, las leyes correspondientes, de conformidad con lo establecido en la presente ley.

Tercero. El titular del poder ejecutivo federal dispondrá que el texto íntegro del presente decreto se traduzca a las lenguas de los pueblos indígenas del país y ordenará su difusión en sus comunidades.

Cuarto. Se derogan todas las disposiciones que contravengan al presente decreto.

Notas:

1 http://oit.org.pe/WDMS/bib/publ/libros/convenio_169_07.pdf

2 http://www.un.org/esa/socdev/unpfii/documents/DRIPS_es.pdf

3“Los Acuerdos de San Andrés Larráinzar en el contexto de la Declaración de los Derechos de los Pueblos Americanos”. Sámano R. Miguel Ángel y otros.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los seis días del mes de octubre de dos mil quince.— Diputados: Sergio López Sánchez, Lluvia Flores Sonduk, Eva Florinda Cruz Molina, Natalia Karina Barón Ortiz (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado López. Túrnese a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Asuntos Indígenas para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública para opinión.



CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene ahora la palabra hasta por cinco minutos, la diputada Norma Xochitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 108 del Código Fiscal de la Federación.

La diputada Norma Xochitl Hernández Colín:Con su venia, señor presidente. Diputadas y diputados, desde hace 18 años se lleva a cabo en México un evento, a través del cual medios de comunicación convocan a la ciudadanía en general a donar dinero por diferentes vías, para la construcción de centros de rehabilitación infantil.

Académicos, sociedad civil e incluso organismos internacionales de derechos humanos, han advertido elementos perniciosos de este tipo de recaudación de recursos públicos, y se destaca lo siguiente.

Que se deducen impuestos con recursos provenientes de terceros a los que ni siquiera se informa de ello, e incluso se devuelve al donador, que es el recaudador, el remanente de su obligación fiscal. Que una parte significativa proviene de recursos ya fiscales, pues los gobiernos municipales, estatales y federales entregan cuantiosos donativos.

Se sustituye por particulares la obligación que tiene el Estado mexicano de atender a un sector vulnerable de la población, y que se ha dado un trato indigno a las personas con discapacidad al exhibirlas como sujetos de caridad, para promover la recaudación.

Lo que se presenta en los medios de comunicación como un acto filántropo altamente humanitario, esconde diferentes intereses perniciosos y despropósitos, en los que el lucro y el beneficio mercantil se imponen sobre otro tipo de consideraciones.

Las empresas que apoyan al fondo Teletón tienen la posibilidad de deducir de sus impuestos lo que están obligados a pagar por ley, finalmente es el fisco el que lo está subsidiando.

En algunos casos, las empresas que aparecen como donadoras obligan a sus altos mandos y medios a aportar dinero para el Teletón. Sin embargo, al poderlo deducir las empresas altruistas se apropian de un recurso económico que es de sus trabajadores, haciendo así un doble negocio.

Una vez terminada la fiesta mediática de diciembre, las empresas participantes que ya han materializado el beneficio económico y logrado su intencionalidad comercial, se desatienden y abandonan a su suerte a los CRIT, cuyos directivos tienen que acudir a los apoyos gubernamentales para poder subsistir y así ofrecer servicios de rehabilitación para los miles de niños solicitantes.

En algunos casos, la carga presupuestal para las finanzas públicas es considerable. Por ejemplo, en 2003 la aportación del gobierno del Estado de México fue de 30 millones de pesos. En el estado de Coahuila 20, en Guanajuato 20, Oaxaca 8 y en Aguascalientes 6. A esto hay que agregar donaciones de los gobiernos municipales y del gobierno federal.

Lo que aparece en los medios como un evento altruista, propiamente empresarial, disfraza una triste realidad. La sociedad es la que financia el Teletón, pero el beneficio principal lo reciben las empresas, como es el caso de Televisa.

En este sentido, no es descabellado pensar y deducir que lo que en realidad está pasando es lo que estas compañías multimillonarias se benefician con los impuestos de los mexicanos haciendo su agosto en diciembre, convirtiendo a Teletón en un verdadero negocio, en un negocio redondo.

En octubre de 2014 el Comité de la ONU para personas con discapacidad emitió un informe en el que critica la entrega de recursos públicos al Teletón. El reporte indica que México debe distinguir entre el apoyo a la iniciativa privada y lo que destina a la rehabilitación de las personas con discapacidad en instituciones públicas.

Del análisis del artículo 27 y 82 de la Ley del Impuesto sobre la Renta se pueden advertir los siguientes vacíos: deducción de impuestos con recursos provenientes de terceros, a los que ni siquiera se informa de ello.

La aplicación de recursos fiscales sin transparencia, pues una parte importante de estos donativos proviene de gobiernos municipales o federales o estatales. La devolución de recursos deducidos cuando la recaudación de donativos del público supera la obligación fiscal.

La suspensión del cumplimiento de obligaciones sociales de los gobiernos donantes hacia los niños con discapacidad, que puede estar sucediendo cuando consideran que se cumple con esta donación. Y la manipulación por parte de los medios de comunicación, respecto de la compasión y solidaridad.

En esta presente iniciativa se busca evitar que las personas físicas o morales puedan deducir impuestos, fundamentalmente el impuesto sobre la renta, que es la principal fuente de ingresos de la hacienda pública mexicana, con recursos provenientes de la recaudación directa de la ciudadanía en general.

Se pretende preservar la naturaleza de las contribuciones que integran el conjunto de la hacienda pública, pues el impuesto sobre la renta busca gravar la riqueza de los mexicanos y al pagarse con dinero ajeno al propio, las empresas dejan de cumplir equitativa y proporcionalmente como obliga el artículo 31, fracción IV, de nuestra Carta Magna.

Cabe aclarar que no se persigue de ninguna manera acabar con las prácticas altruistas o filantrópicas de las empresas mexicanas, sino por el contrario, promover dichas prácticas de manera real, es decir, con un compromiso social no simulado, que sucede cuando las empresas o los ciudadanos mismos donan dinero propio para causas humanitarias.

Por lo que se propone adicionar un inciso i) al delito de defraudación fiscal establecido en el artículo 108 del Código Fiscal de la Federación. Es cuanto.

«Iniciativa que reforma el artículo 108 del Código Fiscal de la Federación, a cargo de la diputada Norma Xóchitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, diputada Norma Xóchitl Hernández Colín, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el inciso h) a la fracción III del artículo 108 del Código Fiscal de la Federación para establecer como delito de defraudación fiscal la deducción de recursos provenientes de aportaciones filantrópicas de terceros.

Planteamiento del problema que la iniciativa pretende resolver

Se propone que cualquier cooperación ciudadana recaudada por empresas para efectos altruistas, filantrópicos, no se pueda acreditar por ninguna persona física o moral para deducir impuestos. Se plantea convertir dicha conducta en delito fiscal.

Argumentos que sustentan la presente iniciativa

I. Antecedentes

Desde hace 18 años se lleva a cabo en México el Teletón, evento a través del cual medios de comunicación convocan a la ciudadanía en general a donar dinero por diferentes vías para la construcción de Centros de Rehabilitación Infantil.

A lo largo de estos años, distintos académicos han advertido elementos perniciosos de este tipo de recaudación de recursos del público. Dos destacadamente: 1) que se deducen impuestos con recursos provenientes de terceros a los que ni siquiera se informa de ello, y 2) su aplicación es oscura aun tratándose de recursos fiscales, pues una parte importante de los donativos proviene de gobiernos municipales, estatales e incluso federal, y la totalidad, al convertirse en deducción de impuestos se transforman en recursos fiscales de cualquier forma, de los cuales no existen reglas para rendir cuentas transparentemente.

Andrés Valdez Zepeda y Delia A. Huerta Franco, académicos de la Universidad de Guadalajara, advertían, por ejemplo, desde 2006, de “la farsa del Teletón”:

El Teletón-México llega a su décima edición este mes, como parte de las actividades “altruistas” en la que participan, entre otras, distintas empresas de la comunicación, personajes del espectáculo y connotados políticos. Creado formalmente con el propósito central de recolectar fondos económicos para construir y financiar los Centros de Rehabilitación Infantil (CRIT) y asistir a los niños con “capacidades diferentes”, ayudándolos a su rehabilitación,1 el Teletón ha sido utilizado para hacer negocio. Lucra con el dolor y las desdichas de los menores discapacitados y con la buena fe y los sentimientos de los mexicanos.

Lo que se presenta en los medios como acto filantrópico altamente humanitario, esconde diferentes intereses perniciosos y despropósitos, en los que el lucro y el beneficio mercantil se imponen sobre otro tipo de consideraciones.

Las empresas que aportan al “fondo Teletón” tienen la posibilidad de deducir de sus impuestos lo que están obligados a pagar por ley; finalmente es el fisco el que lo está subsidiando. En algunos casos, las empresas que aparecen como donadoras obligan a sus altos y mandos medios a aportar dinero para el Teletón. Sin embargo, al poderlo deducir, las empresas “altruistas” se apropian de un recurso económico que es de sus trabajadores, haciendo así un doble negocio. Esto es, quien aporta una parte importante de la donación son los gerentes y directores de las empresas, pero al ser deducido fiscalmente por parte de la empresa, éstas obtienen un beneficio económico a partir de la cuota que aportaron sus trabajadores.

Al aparecer, de cara a la nación a través de los medios, como donantes para una causa humanitaria, las empresas obtienen, además, beneficios intangibles como lo es la mejora de su imagen, visibilidad social, un alto posicionamiento, credibilidad y, sobre todo, más rating, lo que se traduce en mayores ventas. Los medios, además, cobran la publicidad asociada al Teletón: nada es gratuito.

Una vez terminada la fiesta mediática de diciembre, las empresas participantes que ya han materializado el beneficio económico y logrado su intencionalidad comercial, se desatienden y abandonan a su suerte a los CRIT, cuyos directivos tienen que acudir a los apoyos gubernamentales para poder subsistir y así ofrecer los servicios de rehabilitación para los miles de niños solicitantes. De hecho, una institución de origen privado como la Fundación Teletón, que está detrás de este proyecto altruista, y los propios directivos de los CRIT, realizan diferentes presiones, perdón gestiones, para que los gobiernos en turno, sean federal, estatal o municipal, colaboren en el sostenimiento presupuestal de dichos centros.

En algunos casos, la carga presupuestal para las finanzas públicas es considerable. Por ejemplo, en 2003 la aportación del gobierno del Estado de México fue de 30 millones de pesos, el de Coahuila de 20 millones, el de Guanajuato de 20 millones, el de Oaxaca ocho y el de Aguascalientes seis millones de pesos.3 A decir del titular de Consejo Local Benefactor del CRIT Occidente, Ignacio González López, para 2006 los gobiernos estatales de Coahuila, Hidalgo y Chihuahua aportaron cada uno 28 millones y medio de pesos.4 A esto hay que agregar donaciones de los gobiernos municipales y del gobierno federal.

En el caso del CRIT de Occidente, en Jalisco, el gobierno del estado apoyó en 2006 con un monto de 3.12 millones de pesos, el ayuntamiento de Guadalajara con diez millones, el municipio de Zapopan con tres millones, el gobierno de Tlajomulco con 700 mil pesos y el ayuntamiento de Tlaquepaque con 500 mil pesos.5 A esto hay que sumar los apoyos de los gobiernos de los estados que están ubicados en la región occidente, pues este CRIT atiende no sólo a los niños de Jalisco, sino de los estados circunvecinos.

Somos los ciudadanos, con nuestros impuestos, quienes estamos aportando una parte importante del financiamiento de los CRIT, ya sea mediante la deducción de impuestos de las empresas o por subsidios directos vía donación por parte de los gobiernos, amén de las verdaderas donaciones que hacen particulares y que no las deducen de los impuestos.

Lo que aparece en los medios como un evento altruista propiamente empresarial disfraza una triste realidad: la sociedad es la que financia el Teletón, pero el beneficio principal lo reciben las empresas, como es el caso de Televisa. En este sentido, no es descabellado pensar, y deducir que lo que en realidad está pasando es que estas compañías multimillonarias se benefician con los impuestos de los mexicanos, “haciendo su agosto” en diciembre, convirtiendo al Teletón en un verdadero Negoción: un negocio redondo

1 Ésta es una responsabilidad social que le corresponde al Estado resolver pero que históricamente ha sido desatendida. Los niños discapacitados requieren el apoyo incondicional y el Estado tiene que proporcionárselos. Ellos no son responsables de tal negligencia, ni mucho menos del uso mercantil que se hace del Teletón.

2 Al tratar de explicar el porqué de la decisión del gobernador de Jalisco, Francisco Ramírez Acuña, de reducir de cinco a 3.12 millones de pesos la aportación que se hacía desde las arcas estatales entre los años 2005 y 2006, el titular del Consejo Local Benefactor del CRIT Occidente señaló: “Yo creo que (la reducción de apoyos) puede ser por alguna diferencia con algunos de los medios de comunicación que apoyan al Teletón o porque se ha dicho y se ha evidenciado que es el gobierno que menos apoya al CRIT. Además él a mí me prometió que nos iba a apoyar”, citado en Héctor Padilla, “Disminuye Paco el apoyo al CRIT”, Mural,Guadalajara, 16/XI/06.

3 Mural, Guadalajara, 12/XI/03.

4 Véase Héctor Padilla, op. cit.

5 Idem.

De manera más coloquial, aunque menos precisos, sitios de Internet han advertido también de estos elementos perniciosos del Teletón, denominándolo incluso “fraude”:

Desde hace algunos años, (diez para ser exactos) el monstruo de la desinformación: Televisa, a través de su Fundación, se ha encargado de realizar distintas acciones de supuesta “asistencia social”, como el programa de donación de computadoras, de trasplantes de córneas y su proyecto más fuerte y redituable económicamente y que ha encabezado su “altruismo” empresarial, nos referimos al Teletón.

Pero, para ponernos en ambiente, y si entre los lectores de estas líneas hay alguno que ignora el tema que se está tocando, intentaremos recrear las características más sobresalientes del Teletón: sin hacer mucho esfuerzo, imaginen un bombardeo de anuncios viscerales que explotan las discapacidades físicas de cientos de niños como si éstos fuesen objeto de exhibición (claro, esto sin la finalidad de crear conciencia alguna acerca de una cultura de inclusión, no discriminación, etcétera), haciéndote sentir mal porque tú que eres “afortunado” al poder tener un trabajo donde te pagan un salario mínimo para medio comer, porque siendo afortunado con un seguro social y una casa (rentada, prestada, de cartón o de las que le compras con un crédito que pagarás durante toda tu vida), o tienes el ¡privilegio! de ir a la escuela, o no teniendo nada de esto “no donas dinero a esos niños”. No obstante eso, dos días enteros de transmisión ininterrumpida por donde circulan “comunicadores”, actores y actrices, cantantes, políticos, empresarios, etc. que lloran a moco tendido “conmovidos” con los temas que al mero estilo de Mujer casos de la vida real (especialidad de la empresa), vuelven a mostrar y exhibir a manera lastimera a personas con alguna enfermedad o que en algún momento de su vida sufrieron un evento inesperado. Todo eso para vender la idea de que con el dinero que se junte, se construirán hospitales y centros de rehabilitación donde se atenderá a toda esa gente (que de hecho deben ser construidos por el gobierno con el dinero que pagamos miles y miles de personas de impuestos).

Pero... si son taaaan buenos los señores televisos que idearon este mesiánico acto ¿por qué no hacen éstas obras (de las “benéficas”, no de teatro), sin pedirle un peso a la gente? Obvio, pues porque ¡no sería negocio para ellos!

Sucede que, de acuerdo al segundo párrafo de artículo 31 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta dice que “Asimismo, se considerarán deducibles los donativos que se otorguen a asociaciones, instituciones u organizaciones que destinen la totalidad de los donativos recibidos y, en su caso, sus rendimientos, para obras o servicios públicos que efectúen o deban efectuar la Federación, Estados, Distrito Federal o Municipios.” Esto significa que, cuando se hace una donación a una institución que otorgue, sin fines de lucro, un servicio que debe otorgar el Estado, la persona que realizó la donación puede decirle a hacienda que no le cobre los impuestos equivalentes a la cantidad que dio, pues ya hizo una “buena obra”.

El truco que utiliza Televisa es el siguiente:

Televisa, como cualquier empresa debe pagar impuestos, por ejemplo $1,000.00

Pero, como su negocio es obtener más ganancias y menos pérdidas, el pagar esos $1,000.00 no le conviene, así que crea una institución “aparte”:

Fundación Teletón, la cual se dedica a hacer hospitales y dar atención médica (obligación del Estado).

Cada año y antes de ser la fecha en que se pague a Hacienda, ésta fundación, transmite (con patrocinio de su mamá Televisa) dos días enteros llamando a la gente para que done dinero a su “causa”, y fija una cantidad como meta que se debe alcanzar, por ejemplo $1,500.00

La gente como tú, tus amigos, vecinos y familiares, por actuar de buena fe, caen en la trampa de Televisa, hacen coperacha y donan $10.00 y así mucha gente. No les dan recibo para que Hacienda les descuente esos $10.00 de lo que pagan de impuestos, o dándoselos, no lo hacen valer pues es un proceso largo y engorroso para ser sólo $10.00; o bien, donas un peso en los botes (en los que se depositan cantidades inciertas por las cuales no te dan un comprobante, o sea, de ahí nadie te asegura que todo el dinero recolectado se vaya a la “institución de asistencia” y no porque se quede con la gente que está en el metro boteando, sino que al sumar lo de todos los botes no se dice en la tele la cantidad real que se recolectó).

Al final del segundo día, resulta que el dinero que donaron cientos de personas como tú, tu familia, vecinos, etc. supera la meta de $1,500.00 que se había fijado al principio, y resulta que se juntan $1,900.00

Entonces es cuando lo que no se ve en Televisión se traduce en ganancias efectivas para Televisa:

Los $1,900.00 que se juntaron (con las aportaciones de mucha gente), Televisa las acumula y en lugar de entregar miles de donativos por cada persona a Fundación Teletón, hace una sola aportación a su nombre (Televisa), por ella la Fundación le expide un recibo deducible de impuestos (algo así como un cupón de descuento).

De ésta forma, Televisa al momento en que Hacienda le cobra, ella muestra el Recibo del Teletón, por lo que la SHCP ya no le cobra (pues supuestamente lo pagó al hacer la donación); pero no sólo eso, como el recibo era por $1,900.00 y Televisa sólo debía $1000.00, Hacienda deberá ¡regresarle! a Televisa $900.00 en efectivo, mismos que Televisa no regresará a las personas que realmente donaron ese dinero ¿Ven el negocio?, esa es la verdadera finalidad del Teletón, ser un medio para que Televisa evada impuestos, y los pague la gente a la que enajena diariamente con basura televisiva

En realidad, el verdadero problema radica en que miles de personas colaboran con 20, 50 o 100 pesos, los cuales también son deducibles de impuestos, aunque a la gente que dona estas cantidades, o entrega en las alcancías de la calle, no se le da recibo para que los deduzca de sus impuestos personales. Pero no es sólo eso. Por los montos que aportan las grandes empresas “a nombre de sus empleados”, que colectan entre los mismos para una causa “altruista”, ellas obtienen un recibo deducible de impuestos, pero a nombre de la empresa, no de cada empleado, con lo que ésta también puede deducir esa cantidad de los impuestos que debe pagar.

De esta forma, todo lo que se dona al Teletón es dinero que el gobierno deja de recibir por concepto de impuestos, y que se debían destinar a obras y servicios al pueblo, enriqueciendo más a los ya de por sí millonarios dueños de Televisa y a los empresarios que le hacen coro y obtienen publicidad gratuita y reconocimientos por su “altruismo”, que pagan sus empleados.

Éste es un motivo por el que no alcanza el presupuesto para Educación o Salud, por mencionar algunos, misma razón por la que hay pocos mexicanos que ganan más de un millón de pesos por día y mexicanos que apenas sobreviven con menos de un dólar al día o si bien nos va con un salario mínimo, que no alcanza para nada, y además pagando impuestos (que nos descuentan en automático o indirectamente).

Si bien existe una página del Teletón supuestamente dedicada a su transparencia, mantiene intactos los cuestionamientos anteriores.

Por otro lado, cabe advertir que las cantidades que recauda el Teletón son bastante significativas como para poner la atención debida respecto de su impacto en el fisco.

Por ejemplo, en 2012 se informó que el Teletón logró alcanzar superar su meta al recaudar 472 millones 556 mil 170 pesos. Justo en ese año se informó de las enormes cantidades con que se han endeudado los estados y municipios del país, volvieron éstos a destacarse en sus donativos: el estado de Michoacán donó 27 millones de pesos, misma cantidad que entregó el de Coahuila.

De acuerdo con la revista Emeequis, los estados han donado más de 1,800 millones de pesos al Teletón:

Mientras que en 2013, obtuvieron un monto por 473 millones 794,379 pesos, y en 2014 la recaudación ascendió a 474 millones 143,221 pesos.

En octubre de 2014, el Comité de la ONU para personas con discapacidad emitió un informe en el que se critica la entrega de recursos públicos al Teletón. El reporte indica que México debe distinguir entre el apoyo a la iniciativa privada y lo que destina a la rehabilitación de las personas con discapacidad.

El grupo de expertos del organismo internacional recordó al Estado Mexicano la obligación que tiene con la rehabilitación de las personas con discapacidad, por lo que le recomendó distinguir entre el dinero que aporta a los esfuerzos de la iniciativa privada y lo que destina a cumplir con dicho compromiso en instituciones públicas.

La emisión del Teletón incluye testimonios de los beneficiarios de la fundación, los cuales han sido criticados por el Comité de expertos de la ONU porque —según este organismo—atentan contra la dignidad de este sector y promueve estereotipos de estas personas como sujetos de caridad y no titulares de derechos.

Finalmente, en la legislación vigente es el artículo 31 de la Ley del Impuesto sobre la Renta el que determina los requisitos para la deducción de dicha contribución federal mediante donativos:

Artículo 27. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:

1. Ser estrictamente indispensables para los fines de la actividad del contribuyente, salvo que se trate de donativos no onerosos ni remunerativos, que satisfagan los requisitos previstos en esta Ley y en las reglas generales que para el efecto establezca el Servicio de Administración Tributaria y que se otorguen en los siguientes casos:

a) ...

b) A las entidades a las que se refiere el artículo 82 de esta Ley.

El artículo 82 mencionado señala:

Artículo 82. Las personas morales con fines no lucrativos a que se refieren las fracciones VI, X, XI, XII, XIX, XX y XXV del artículo 79 de esta Ley, deberán cumplir con lo siguiente para ser consideradas como instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de esta Ley.

I. Que se constituyan y funcionen exclusivamente como entidades que se dediquen a cualquiera de los fines a que se refieren las fracciones VI, X, XI, XII, XIX, XX Y XXV del artículo 79 de esta Ley y que, de conformidad con las reglas de carácter general que al efecto expida el Servicio de Administración Tributaria, una parte sustancial de sus ingresos la reciban de fondos proporcionados por la Federación, entidades federativas o municipios, de donativos o de aquellos ingresos derivados de la realización de su objeto social. Tratándose de aquellas entidades a cuyo favor se emita una autorización para recibir donativos deducibles en el extranjero conforme a los tratados internacionales, además de cumplir con lo anterior, no podrán recibir ingresos en cantidades excesivas por concepto de arrendamiento, intereses, dividendos o, regalías o por actividades no relacionadas con su objeto social.

IV. Que destinen sus activos exclusivamente a los fines propios de su objeto social, no pudiendo otorgar beneficios sobre el remanente distribuible a persona física alguna o a sus integrantes personas físicas o morales, salvo que se trate, en este último caso, de alguna de las personas morales o fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles de impuestos o se trate de la remuneración de servicios efectivamente recibidos.

(... )

Las fundaciones, patronatos y demás entidades cuyo propósito sea apoyar económicamente las actividades de personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de esta Ley, podrán obtener donativos deducibles, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:

a) Destinen la totalidad de sus ingresos a los fines para los que fueron creadas.

b) Los establecidos en este artículo, salvo lo dispuesto en su fracción I.

El requisito a que se refiere el inciso a) del párrafo anterior deberá constar en la escritura constitutiva de la persona moral de que se trate con el carácter de irrevocable.

II. La presente iniciativa

En los análisis citados en el apartado anterior se pueden advertir, con 1os elementos perniciosos en la presente iniciativa mencionados en un inicio, los siguientes vicios:

1. La deducción de impuestos con recursos proveniente~ de terceros a los que ni siquiera se informa de ello;

2. La aplicación de recursos fiscales sin transparencia, pues una parte importante de los donativos proviene de gobiernos municipales, estatales e incluso federal, y la totalidad, al convertirse en deducción de impuesto, se transforman en recursos fiscales de cualquier forma;

3. La devolución de recursos deducidos, cuando la recaudación de donativos del público supera la obligación fiscal de la o las empresas que cubren créditos fiscales, lo que se traduce en un apoderamiento de recursos del fisco indebidos, sumados a los que la empresa donante se ha ahorrado ya en crédito fiscal deducido.

4. La suspensión del cumplimiento de obligaciones sociales de los gobiernos donantes hacia los niños con discapacidad que puede estar sucediendo cuando consideran que se cumple con la donación al Teletón.

5. La manipulación por parte de los medios de comunicación respecto de la compasión y solidaridad que se puede sentir hacia los niños con capacidades diferentes, en sustitución de la promoción permanente de una cultura de respeto y no discriminación hacia éste o cualquier otro sector social entre los que culturalmente no se ha erradicado.

Por estos vicios del Teletón o cualquier otro tipo de recaudación de recursos similar, en la presente iniciativa se busca evitar que las personas físicas o morales puedan deducir impuestos, fundamentalmente el impuesto sobre la renta, que es la principal fuente de ingresos de la hacienda pública mexicana, con recursos provenientes de la recaudación directa de la ciudadanía en general.

Se pretende con ello preservar la naturaleza de las contribuciones que integran el conjunto de la hacienda pública, pues el impuesto sobre la renta busca gravar la riqueza de los mexicanos, y al pagarse con dinero ajeno al propio, las empresas dejan de cumplir equitativa y proporcionalmente, como obliga el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con la obligación fiscal mencionada.

Cabe aclarar que no se persigue de ninguna manera acabar con las prácticas altruistas o filantrópicas de las empresas mexicanas, sino, por el contrario, promover dicha práctica de manera real, es decir, con un compromiso social no simulado, que sucede cuando las empresas o los ciudadanos mismos donan dinero propio para causas humanitarias.

Concretamente, se propone añadir un octavo supuesto al delito de defraudación fiscal establecido en el artículo 108 del Código Fiscal de la Federación, que actualmente se sanciona con las penas siguientes:

I. Con prisión de tres meses a dos años, cuando el monto de lo defraudado no exceda de $1,369,930.00.

II. Con prisión de dos años a cinco años cuando el monto de lo defraudado exceda de $1,369,930.00 pero no de $2,054,890.00.

III. Con prisión de tres años a nueve años cuando el monto de lo defraudado fuere mayor de $2,054,890.00.

Con base en los anteriores antecedentes y consideraciones, someto ante esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se que adiciona el inciso i) a la fracción III del artículo 108 del Código Fiscal de la Federación para establecer como delito de defraudación fiscal la deducción de recursos provenientes de aportaciones filantrópicas de terceros

Artículo Único. Se adiciona el inciso i en la fracción III del artículo 108 del Código Fiscal de la Federación para quedar como sigue:

Artículo 108. Comete el delito de defraudación fiscal quien con uso de engaños o aprovechamiento de errores, omita total o parcialmente el pago de alguna contribución u obtenga un beneficio indebido con perjuicio del fisco federal.

...

...

...

I. a III. ...

a) a h)...

i) Informar como recursos donados a instituciones establecidas en el artículo 31 de la Ley del Impuesto sobre la Renta montos recaudados por medio de invitación pública para fines filantrópicos o altruistas, con la finalidad de que le sean deducidos a la persona física o moral obligada.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Valdez Zepeda, Andrés, y Huerta Franco, Delia A., “La farsa del Teletón”, revista Etcétera, 1 de diciembre de 2006. Disponible en Intenet: http://www.etcetera.com.mx/articulo.php?articulo=354.

2 “El fraude detrás del Teletón”, disponible en Internet: Cyberzine de Arte y Cultura http://clon.uam.mx/spip.php?article852.

3 http://teleton.org/sites/default/files/transparencia_teleton.pdf

4 “Vallejo saca los ahorros del gobierno y regala 27 MDP al Teletón”, revista Proceso, 8 de diciembre de 2012, México. Disponible en Internet: http://www.proceso.com.mx/?p=327366.

5 “Megadeuda no detiene al gobernador de Coahuila: dona 27 MDP al Teletón”, revista Proceso, 8 de diciembre de 2012, México. Disponible en Internet: http://www.proceso.com.mx/?p=327386.

6 Cabrera, Rafael, “Los 10 gobiernos estatales que más han donado recursos públicos al Teletón”, revista Emeequis, 8 de diciembre de 2012, México. Disponible en Internet: http://www.m-x.com.mx/2012-12-08/los-10-gobiernos-estatales-que-mas-han-donado- recursos-publicos-al-teleton.

México, DF, Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de octubre de 2015.— Diputados: Norma Xóchitl Hernández Colín,Alfredo Basurto Román, Ángel Antonio Hernández de la Piedra, Blanca Margarita Cuata Domínguez, Blandina Ramos Ramírez, Concepción Villa González, Cuitláhuac García Jiménez, Delfina Gómez Álvarez, Ernestina Godoy Ramos, Guadalupe Hernández Correa, Irma Rebeca López López, Jesús Emiliano Álvarez López, Jesús Serrano Lora, Jorge Tello López, José Santiago López, María Chávez García, María Luisa Beltrán Reyes, Mariana Trejo Flores, Miguel Alva y Alva, Modesta Fuentes Alonso, Norma Rocío Nalhe García, Olga Catalán Padilla, Patricia Elena Aceves Pastrana, Roberto Alejandro Cañedo Jiménez, Sandra Luz Falcón Venegas, Virgilio Dante Caballero Pedraza (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Hernández. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

La diputada Blanca Margarita Cuata Domínguez (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Sonido ahí en la curul de la diputada Cuata, por favor.

La diputada Blanca Margarita Cuata Domínguez (desde la curul): En nombre de toda la bancada queremos suscribir esta iniciativa. En nombre de toda la bancada de Morena. Gracias.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada. Está a disposición de la asamblea, para quienes quieran suscribirla aquí en la Secretaría de la Mesa Directiva, la iniciativa presentada.

Saludamos la presencia de Carlos Herrera Tello, presidente municipal de Zitácuaro. Invitado por el diputado Antonio Martínez Soto. Igualmente a invitados del municipio de Teoloyucan, estado de México, también invitados del diputado Raúl Domínguez Rex. Así mismo de alumnos de la Facultad de Derecho de la Barra Nacional de Abogados del tercer cuatrimestre. Invitados por la diputada Sharon Cuenca Ayala. Bienvenidas, bienvenidos todos, amigas, amigos.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Tiene la palabra, por cinco minutos, el diputado Luis Gilberto Marrón Agustín, del Grupo Parlamentario del PAN, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Luis Gilberto Marrón Agustín:Con su venia, señor presidente. Señoras y señores diputados. Una de las principales exigencias de nuestra sociedad ha sido la transparencia y rendición de cuentas del ejercicio del gasto público.

A partir de este momento y de este elemento, base de cualquier democracia, en México se han demandado constantemente modificaciones a la Norma vigente que garanticen dos principios básicos: Primero, el ejercicio eficiente y transparente de los recursos públicos; y, segundo, la rendición de cuentas.

Derivado de las exigencias y principios antes señalados, es importante señalar que durante la administración panista se dio una apertura total a la información sobre el ejercicio del recurso federal, estatal y municipal.

Actualmente las dependencias de los diferentes órdenes de gobierno son obligadas por las diferentes leyes a publicar información sobre la forma en que gastan los recursos, garantizando con ello el acceso de cualquier ciudadano a la información presupuestal.

No obstante lo anterior, las leyes vigentes contienen candados que no permiten tener acceso total a cierto tipo de información por considerarse exclusiva de la federación o en su caso de los gobiernos locales.

Aun cuando contamos con instancias como la Auditoría Superior de la Federación, cuyo objetivo se centra en fiscalizar el ejercicio de los recursos a los tres Poderes de la Unión, los órganos autónomos, entidades federativas y municipios, así como a todos aquellos que ejercen recursos provenientes del erario público, todavía no le es posible fiscalizar las participaciones federales porque la ley así lo establece, dejando la atribución a los órganos locales de fiscalización que en la mayoría de los casos terminan siendo oficialía de parte de los gobernantes, pues resulta común que los auditores se sometan a criterios y demandas malsanas para la transparencia y la rendición de cuentas.

Es decir, a pesar de que las participaciones federales provienen de los impuestos que pagamos los ciudadanos de este país, estas siguen a cargo exclusivamente de instancias fiscalizadoras locales que no garantizan el buen desempeño al momento de llevar a cabo los trabajos de auditoría.

Si revisamos el artículo 79 constitucional, y los diferentes artículos de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, que versan sobre el tema de fiscalización de las partidas federales, es posible encontrar una contradicción en su redacción.

El primer artículo citado señala que la Auditoría Superior de la Federación tiene la facultad de fiscalizar en coordinación con las entidades locales de fiscalización, las participaciones federales.

Sin embargo cuando revisamos la ley secundaria notamos que la misma establece candados en diferentes artículos para que la auditoría federal revise los ingresos, los egresos, los subsidios, transferencias y donativos, fondo, los gastos fiscales y la deuda pública; pero hace una excepción de las participaciones federales; es decir, la ley secundaria contradice el mandato constitucional.

Aunque el máximo ordenamiento legal es la Constitución, las entidades federativas se han aprovechado de esta laguna para cometer diversas irregularidades en el ejercicio de los recursos públicos, principalmente de las participaciones federales.

De acuerdo con datos de las Estadísticas Oportunas de Finanzas elaboradas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, durante los tres últimos años la federación ha destinado a través de participaciones y aportaciones federales, un total de 3.3 billones de pesos que comparados con el presupuesto total del país para el 2015, representan prácticamente 67 por ciento de dicho total.

Por su parte el Informe sobre la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2013, entregado a la Cámara de Diputados por parte de la Auditoría Superior, señala que la revisión solamente de las aportaciones federales arrojó un total de 6 mil 15 observaciones que representan el 67 por ciento del total de observaciones emitidas por dicha instancia, mismas que ascienden a 8 mil 915.

Las observaciones emitidas a estados y municipios derivaron en un impacto económico de más de 36 mil 900 millones de pesos, que en comparación con el impacto total representan el 65 por ciento, prácticamente el total de irregularidades y desvío de recursos se dio en los gobiernos locales única y exclusivamente por la revisión de la mitad de los recursos que reciben anualmente.

Entre los estados con mayores irregularidades se puede mencionar a Chiapas, Michoacán y Veracruz, que en conjunto sumaron un total de daño al erario por 17 mil 537 millones, que representa el 47 por ciento del total del impacto del gasto federalizado, resultado de 712 observaciones.

A pesar de que en el transcurso de las auditorías se solventaron parte de las irregularidades, el desvío de recursos y la impunidad con que muchos servidores públicos locales trabajan, fue un hecho.

Pocos funcionarios han sido declarados formalmente culpables de daño público al erario federal y de los actos ilícitos que cometieron, pero que repararon porque fueron auditados. Tan solo en 2013 las acciones de responsabilidad administrativa sancionatoria fueron 635.

Por esta razón, la presente iniciativa pretende corregir la laguna que existe en la Constitución referente a fiscalizar al igual que las aportaciones federales, las participaciones.

Con la modificación que se pretende hacer a través del presente proyecto de iniciativa, cumplo así con uno de los objetivos de la agenda legislativa del Partido Acción Nacional, pero además buscamos frenar los constantes actos de corrupción que se suscitan principalmente en los órdenes locales y que han tenido como resultado un daño al presupuesto de nuestra nación.

Es fundamental que obliguemos a los órdenes locales a través de la ley a ejercer los recursos públicos de manera eficiente en el entendido de que la totalidad de dichos recursos podrán ser fiscalizados.

Tenemos que darle herramientas legales necesarias para que la información que entreguen a la Cámara de Diputados y al público en general, sea suficientemente completa y obliguen a los funcionarios públicos a pensar un poco más en incurrir en el ejercicio deficiente e irregular del presupuesto local. Es cuanto, señor presidente. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Luis Gilberto Marrón Agustín, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito diputado federal Luis Marrón Agustín del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional correspondiente a la LXIII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto, en materia de estímulos fiscales, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Una de las principales exigencias de nuestra sociedad ha sido la transparencia y rendición de cuentas del ejercicio del gasto público.

A partir de este elemento base de cualquier democracia, en México se han demandado constantemente modificaciones a la norma vigente que garanticen dos principios básicos: 1) El ejercicio eficiente y transparente de los recursos públicos y; 2) La Rendición de Cuentas.

Derivado de las exigencias y principios antes señalados, es importante señalar que durante la administración panista se dio una apertura total a la información sobre el ejercicio del recurso Federal, Estatal y Municipal.

Actualmente, las dependencias de los diferentes órdenes de gobierno son obligados por las diferentes leyes a publicar información sobre la forma en que gastan sus recursos, garantizando con ello, el acceso de cualquier ciudadano a la información presupuestal.

No obstante lo anterior, las leyes vigentes contienen candados que no permiten tener acceso totala cierto tipo de información por considerarse exclusiva de la Federación o en su caso, de los gobiernos locales.

Aun cuando contamos con instancias como la Auditoría Superior de la Federación, ASF, cuyo objetivo se centra en fiscalizar el ejercicio de los recursos a los tres Poderes de la Unión, los órganos autónomos, entidades federativas y municipios, así como a todos aquellos que ejercen recursos provenientes del erario público, todavía no le es posible fiscalizar las participaciones federales porque la ley así lo establece, dejando la atribución a los órganos locales de fiscalización que en la mayoría de los casos terminan siendo oficialía de partes de los gobernadores pues resulta común que los auditores se sometan a sus criterios y demandas malsanas para la transparencia y rendición de cuentas.

Es decir, a pesar de que las participaciones federales provienen de los impuestos que pagamos los ciudadanos de este país, éstas siguen a cargo exclusivamente de instancias fiscalizadoras locales que no garantizan el buen desempeño al momento de llevar a cabo los trabajos de auditorías.

Si revisamos el artículo 79 constitucional y los diferentes artículos de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación (LFRCF) que versan sobre el tema de la fiscalización de las participaciones federales, es posible encontrar una contradicción en su redacción.

El primer artículo citado señala que la ASF tiene la facultad de fiscalizar “en coordinación con las entidades locales de fiscalización, las participaciones federales.

Sin embargo, cuando revisamos la ley secundaria (LFRCF) notamos que la misma, establece candados en diferentes artículos para que la auditoría federal revise los ingresos, los egresos, subsidios, transferencias y donativos, fondos, los gastos fiscales y la deuda pública pero hace una excepción de las participaciones federales. Es decir, la ley secundaria contradice el mandato constitucional. Aunque el máximo ordenamiento legal es la Constitución, las entidades federativas se han aprovechado de esta laguna para cometer diversas irregularidades en el ejercicio de los recursos públicos, principalmente de las participaciones federales.

No es cosa menor si tomamos en cuenta que del total del presupuesto de egresos de la Federación que se ejerce en un año, una tercera parte corresponde a los recursos que se destinan a los estados y municipios por concepto de gasto federalizado.

De acuerdo con datos de las estadísticas oportunas de finanzas elaborada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, durante los últimos tres años la Federación ha destinado a través de participaciones y aportaciones federales un total de 3.3 billones de pesos, que comparados con el presupuesto total del país para el 2015, representan prácticamente el 67 por ciento de dicho total. A pesar de esto, el impresionante presupuesto dirigido a entidades federativas y municipios no se corresponde con el ejercicio eficiente y transparente de dichos órdenes.

El Informe sobre la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2013 entregado a la Cámara de Diputados por parte de la ASF señala que la revisión solamente de las aportaciones federales, arrojó un total de 6 mil 015 observaciones que representaron el 67 por ciento del total de observaciones emitidas por dicha instancia, mismas que ascendieron a 8 mil 915.

Las observaciones emitidas a estados y municipios derivaron en un impacto económico de más de 36 mil 900 millones de pesos que en comparación con el impacto total, representaron el 65%. Prácticamente el total de irregularidades y desvío de recursos se dio en los gobiernos locales única y exclusivamente por la revisión de la mitad de los recursos que reciben anualmente.

Entre los estados con mayores irregularidades se pueden mencionar a Chiapas, Michoacán y Veracruz, que en conjunto sumaron un daño al erario público por 17 mil 537 millones que representó el 47 por ciento del total del impacto económico del gasto federalizado resultado de 712 observaciones.

A pesar de que en el transcurso de las auditorías se solventaron parte de las irregularidades, el desvío de recursos y la impunidad con que muchos servidores públicos locales trabajan, fue un hecho. Pocos funcionarios han sido declarados formalmente culpables del daño público al erario federal y de los actos ilícitos que cometieron pero que “repararon” porque fueron auditados. Tan sólo en 2013, las acciones de responsabilidad administrativa sancionatoria fueron 635.

Es cierto, la ASF entrega información sobre la fiscalización que se hace a las aportaciones federales, empero aún no es posible contar con resultados que correspondan a las participaciones federales, que como bien señalamos, se debe a que la ley vigente lo impide.

Por esta razón, la presente iniciativa pretende corregir la laguna legal que existe en la Constitución referente a fiscalizar al igual que las aportaciones federales, las participaciones.

Con la modificación que pretendo hacer a través del presente proyecto de iniciativa, cumplo así con uno de los objetivos de nuestra Agenda Legislativa para el presente periodo, pero además, busco frenar los constantes actos de corrupción que se suscitan principalmente en los órdenes locales y que han tenido como resultados, un daño al presupuesto de nuestra nación.

Nuestro país atraviesa por condiciones económicas adversas que han orillado a la Federación al recorte presupuestal. Por esta razón, es fundamental que obliguemos a los órdenes locales a través de la ley, a ejercer los recursos públicos de manera eficiente, en el entendido de que la totalidad de dichos recursos podrán ser fiscalizados.

Queremos dejar constancia también que reconocemos que la ASF ha demostrado su alto sentido de responsabilidad e imparcialidad en los trabajos de auditoría pero esto no ha sido suficiente.

Tenemos que darle las herramientas legales necesarias para que la información que entreguen a la Cámara de Diputados y al público en general, sea suficientemente completa y obliguen a los funcionarios públicos a pensar un poco más, en incurrir en el ejercicio deficiente e irregular del presupuesto local.

Por lo expuesto y con el fundamento legal referido en el proemio del presente documento, presento ante esta soberanía el siguiente proyecto de

Decreto

Artículo Único. Se reforma el segundo párrafo, fracción I, del artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

Artículo 79. ...

...

...

...

I. ...

También fiscalizará directamente los recursos federales que administren o ejerzan los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales. En los términos que establezca la ley fiscalizará, de manera directa, las participaciones federales. En el caso de los Estados y los Municipios cuyos empréstitos cuenten con la garantía de la Federación, fiscalizará el destino y ejercicio de los recursos correspondientes que hayan realizado los gobiernos locales. Asimismo, fiscalizará los recursos federales que se destinen y se ejerzan por cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada, y los transferidos a fideicomisos, fondos y mandatos, públicos y privados, o cualquier otra figura jurídica, de conformidad con los procedimientos establecidos en las leyes y sin perjuicio de la competencia de otras autoridades y de los derechos de los usuarios del sistema financiero.

...

...

...

II. a VI. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de octubre de 2015.— Diputado Luis Gilberto Marrón Agustín (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Marrón. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

Proceda la Secretaría a dar lectura al acuerdo de la Junta de Coordinación Política.



ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se exhorta a los gobiernos de las entidades federativas para que, a través de sus respectivas secretarías de Salud, incrementen y fortalezcan los programas de tamizaje para la detección oportuna del cáncer de mama.

La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 33, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta a consideración del Pleno el siguiente:

Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta a los gobiernos de las entidades federativas para que, a través de sus respectivas secretarías de Salud, incrementen y fortalezcan los programas de tamizaje para la detección oportuna del cáncer de mama.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de octubre de 2015.— Diputado César Octavio Camacho Quiroz (rúbrica), Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; diputado Marko Antonio Cortés Mendoza (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; diputado Francisco Martínez Neri (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; diputado Jesús Sesma Suárez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; diputada Norma Rocío Nahle García (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario de Movimiento de Regeneración Nacional; diputado José Clemente Castañeda Hoeflich (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano; diputado Luis Alfredo Valles Mendoza (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza; diputado Alejandro González Murillo (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias. Para este punto se han inscrito compañeras diputadas, en consecuencia tiene la palabra la diputada Rosa Alaba Ramírez Nachis, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

La diputada Rosa Alba Ramírez Nachis:Movimiento Ciudadano, consciente del aumento de incidencia en el cáncer de mama en las mujeres mexicanas, ya que por hoy se tiene conocimiento de que a nivel mundial el cáncer de mama ha venido retomando un índice alarmante en aumento de casos año con año, fortalecemos este punto de acuerdo y exhortamos a los gobiernos de los estados para que con consciencia cívica, compromiso social y participación activa reordenen su gasto gubernamental e impulsen la detección oportuna del cáncer de mama.

Es inadmisible que por hoy en el Seguro Popular solamente del gasto total se asigne un 4 por ciento para la bolsa de gastos catastróficos donde se contempla la detección y tratamiento del cáncer de mama.

Se hace necesario que los gobernadores y sus gabinetes actúen y se dediquen con entusiasmo a buscar proporcionar el recurso suficiente necesario, que permita dar la lucha que como mexicanos estamos obligados, a esta garrafal enfermedad que viene mermando los cuadros de las familias mexicanas.

Aunque no lo creamos, el cáncer de mama también tiene incidencia en los hombres y debemos estar al pendiente de fortalecer esa autoexploración, esa detección oportuna también en el género masculino.

Señores, el cáncer de mama es real y nos está arrebatando la vida de madres de familia jóvenes, que pueden ir desde los 22 años de edad y que a veces queremos pretender que nada sucede.

Les comento con mucha tristeza que en el estado de Jalisco existe la instrucción de maquillar la codificación de las enfermedades detectadas como problema de cáncer de mama, porque no están dentro del rango que se permite para la atención o que se contempla dentro del programa que se tiene. Por eso es necesario hacer conciencia y en Movimiento Ciudadano invitamos que oportunamente los gobiernos se fortalezcan y que se comprometan en la reordenación de los recursos, y sobre todo que se instruya al personal a que se codifique de acuerdo a los registros precisos, sin maquillar y sin enmascarar el número de padecimientos que se detectan.

Asimismo, que se precise un gasto económico razonado que permita impulsar la detección del cáncer de mama, restringiendo las partidas de otros gastos administrativos. Muchísimas gracias por su atención.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Ramírez. Tiene ahora el uso de la palabra la diputada Araceli Madrigal Sánchez, del Grupo Parlamentario del PRD.

La diputada Araceli Madrigal Sánchez:Con su venia, diputado presidente. Diputadas, diputados, público que nos visita, medios de comunicación, aunque el cáncer de mama ocupa el segundo lugar de los cánceres de la mujer, solamente superado por el cáncer cervicouterino, la frecuencia se está presentando en mujeres más jóvenes.

El único riesgo para padecer cáncer de mama es ser mujer y en México somos más las mujeres que los hombres. Así, compañeras, que todas estamos expuestas a padecerlo. Se está presentando en mujeres más jóvenes, pero la frecuencia aumenta en las mujeres entre 35 y 55 años de edad. En esa edad uno de los métodos de tamizaje más importantes es realizarse la mastografía, porque la mastografía detecta tumores que aún no son palpables con la autoexploración de la mujer.

Pero es el caso de que no todas las mujeres mexicanas tienen acceso a este método, debido a que no hay el recurso económico suficiente para que las instituciones tengan una cobertura total en todos los municipios de la República Mexicana, para comprar mastógrafos y pagar recurso humano especializado para su manejo.

Desde esta tribuna le hago una solicitud respetuosa a mis compañeras diputadas, sin importar del partido que sean y a mis compañeros diputados, para que en el momento que se discuta el Presupuesto, en materia de política social en salud le inyectemos más recursos económicos a este rubro, para prevenir el cáncer de mama en nuestras mujeres mexicanas. Muchas gracias.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Madrigal. Tiene ahora la palabra la diputada Karina Padilla Ávila, del Grupo Parlamentario del PAN.

La diputada Karina Padilla Ávila:Con su permiso, señor presidente. Compañeras diputadas y diputados, el Partido Acción Nacional estamos a favor de este punto de acuerdo firmado por la Junta de Coordinación, y que la letra dice que se le exhorta a los gobiernos y a las entidades federativas, para que a través de sus respectivas secretarías de salud incrementen y fortalezcan los programas de tamizaje para la detección oportuna del cáncer de mama.

Estamos a favor de este acuerdo y además a nombre de las diputadas del Partido Acción Nacional estaremos presentando una solicitud a la Junta, para que también se realice una campaña permanente en este Congreso, de la prevención y detección oportuna, así como que también estaremos solicitando que se ilumine este edificio, como se han iluminado también otros más en el país, como símbolo precisamente de esta campaña permanente de prevención y de atención oportuna del cáncer de mama. Muchísimas gracias.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Padilla. Tiene ahora la palabra la diputada Mariana Trejo Flores, del Grupo Parlamentario de Morena.

La diputada Mariana Trejo Flores:Compañeras diputadas y diputados, especialmente diputadas, el Grupo Parlamentario de Morena hace un registro a favor de que se incrementen y se fortalezcan los programas de tamizaje para la detección oportuna de cáncer de mama, ya que el cáncer de mama es el cáncer más frecuente en las mujeres de los países desarrollados, en este caso México.

Tal como lo menciona la Organización Mundial de la Salud, promueve el control de cáncer de mama en el marco de programas nacionales en contra de la lucha del cáncer, digamos bien, que esta reflexión sigamos viviéndola.

La detección se puede hacer oportuna y se hace oportuna dentro del mismo vigor de la mujer. Por eso, que viva la salud, que viva la detección, pero más, viva la prevención.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Trejo. Tiene ahora la palabra la diputada Carmen Victoria Campa Almaral, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

La diputada Carmen Victoria Campa Almaral:Con la venia de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados, el cáncer de mama es un grave problema que amenaza a la salud pública de la mujer. Esto es a nivel mundial. Es el más común y representa el 16 por ciento de todos los cánceres femeninos.

En México, desde 2006 ocupa el primer lugar de mortalidad por tumor maligno en las mujeres mayores de 25 años y ha registrado un crecimiento sostenido en las últimas décadas.

Las cifras están expuestas, los casos van en ascenso, los métodos de detección son insuficientes y los costos que generan su atención no son parte de los gastos catastróficos de la salud.

Para Nueva Alianza es inaplazable que el cáncer de mama sea tomado en cuenta como un problema de salud pública en las agendas de trabajo de las instituciones del sector salud de cada entidad del país.

Somos la bancada de la igualdad y como tal queremos que todas las mujeres, de todos los estratos sociales y de todos los estados tengan la posibilidad de practicarse un examen de diagnóstico, pues cada muerte por cáncer de mama en México es un llamado urgente a aplicar políticas de prevención más eficaces.

En este sentido está demostrado que el tamizaje regular mediante mastografía reduce la mortalidad por cáncer de mama en un 16 por ciento.

Compañeras y compañeros, esto puede hacer la diferencia entre un tratamiento o la muerte de una mujer. Por ello, la importancia de este punto de acuerdo que propusimos en Nueva Alianza y que la Junta de Coordinación Política hace suyo para exhortar a los gobiernos estatales a fortalecer los programas de tamizaje para la detección temprana de cáncer de mama.

Por nuestras mujeres y por la salud de México es urgente implementar los mecanismos que permitan prevenir y reducir la mortalidad por este tipo de cáncer. Por su atención y apoyo, muchas gracias. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Campa. Tiene ahora la palabra la diputada Sharon Cuenca Ayala, del Grupo Parlamentario del Verde Ecologista.

La diputada Sharon María Teresa Cuenca Ayala:Con su venia, señor presidente. Resulta difícil establecer un concepto de cáncer de mama, habitualmente se entiende como un tumor maligno que invade los tejidos de la mama, por lo general a los conductos y lobulillos.

Dentro de los principales tipos de cáncer de mama se encuentra el inicial, mismo que puede ser curable en más de un 95 por ciento. El invasivo, definido como aquél que se ha diseminado más allá de los conductos y ha llegado al tejido circundante y ganglios linfáticos contiguos. Y por último, el cáncer de mama metastásico, aquel que se ha diseminado a otras regiones del organismo, como los ganglios linfáticos distantes, huesos, pulmones, hígado o cerebro.

Al respecto la Organización Mundial de la Salud estima que alrededor de 84 millones de personas a nivel mundial morirán a causa del cáncer de mama, entre el periodo comprendido de 2005 a 2015.

Por lo que hace a nuestro país, datos del Inegi arrojan que 16 mil mujeres de 25 años y más, el 15.81 por ciento padecen cáncer mamario, lo que se traduce en una frecuencia muy alta y alarmante, por lo que dicho padecimiento sin duda se posiciona como uno de los más severos problemas de salud pública.

Desafortunadamente no se conoce a ciencia cierta lo que produce esta enfermedad, pero sí se conocen los factores predisponentes, tales como la edad avanzada, la primera menstruación a temprana edad, la edad avanzada en el momento del primer parto y antecedentes familiares de la enfermedad.

El aumento constante de la mortalidad por este cáncer durante las últimas décadas ha llevado a estudiar a fondo a diversos médicos para combatirla y para detectarlo de manera oportuna. Así pues, la detección temprana a través de la autoexploración mamaria y autopalpación, junto con el examen clínico, sigue siendo la principal fuente de control del cáncer de mama, ya que por medio del diagnóstico adecuado y un tratamiento oportuno las posibilidades de curación son elevadas.

Si bien las estrategias de prevención reducen en cierta medida el riesgo, no podemos dejar de lado aquella de la mayoría de los casos en que el cáncer de mama se diagnostica en fases muy avanzadas.

Al respecto, la Organización Mundial de la Salud señala, que la mayoría de las muertes se produce en países de bajos ingresos, donde la mayoría de las mujeres con esta enfermedad son diagnosticadas en una etapa muy avanzada y tienen dificultad para acceder a los servicios de salud.

Son muchas las estrategias vislumbradas y algunas ya implementadas para la detección temprana. La finalidad primaria sin duda es la detección de los signos y síntomas iniciales que permitan disminuir y erradicar el cáncer en casos avanzados. Sin embargo habrá mucho más que hacer para aplicar programas que integren diversos factores torales.

Es por ello que las diputadas y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Verde no solos nos sensibilizamos con este tema, sino que estamos sumándonos a la lucha contra la erradicación del cáncer de mama.

Sabemos que prevenir es una tarea que podrá lograrse a través de la difusión sencilla y abierta de información útil y adecuada y sin embargo será necesario que dicha información no sea restrictiva para aquellos que tengan acceso a un servicio médico, sino que sea para todos sin ninguna distinción y sobre todo que haya una práctica de estudios clínicos que permita la detección del cáncer mamario a tiempo en nuestro país. Muchas gracias. Es cuanto.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Cuenca. Tiene ahora por último la palabra la diputada Flor Estela Rentería Medina, del Grupo Parlamentario del PRI.

La diputada Flor Estela Rentería Medina:Cuando la patria es pequeña uno grande la sueña; pero cuando despierta, uno grande la hace, Rubén Darío.

Con su venia, presidente. Subo a esta tribuna para hablar a nombre de mi Grupo Parlamentario, el Partido Revolucionario Institucional. Nos congratulamos por este acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se exhorta a los gobiernos de las entidades federativas para que a través de sus respectivas Secretarías de Salud incrementen y fortalezcan los programas de tamizaje para la detección oportuna del cáncer de mama.

En México la incidencia del cáncer de mama desde 2012 ha presentado las incidencias más altas en las que por cada 100 mil mujeres de 20 años en adelante, 26 son diagnosticadas con esta terrible enfermedad.

A nombre de mi grupo parlamentario –el Revolucionario Institucional– felicito a todas las diputadas, y sobre todo a todos los diputados; sin duda alguna este tema es de todas y de todos, no es un tema sólo de las mujeres, es un tema que compete también a sumar voluntades y a conjuntar esfuerzos de nuestros compañeros diputados.

Por su disposición, por su sensibilidad, por ser parte de la solución de este mal que aqueja a miles de mujeres, mi más humilde reconocimiento a todas y a todos. No queremos ni una mujer más que muera por este mal. Gracias. Es todo, presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Rentería. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueba.

La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: En votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Aprobado, comuníquese.

PROPOSICIONES CALIFICADAS POR EL PLENO DE URGENTE U OBVIA RESOLUCIÓN



TRANSVERSALIZAR LA PERSPECTIVA DE GÉNERO EN SUS PROGRAMAS OPERATIVOS ANUALES PARA EL 2016

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: De conformidad con el artículo 76, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, tiene la palabra, por cinco minutos, la diputada Érika Araceli Rodríguez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las 32 entidades federativas a transversalizar la perspectiva de género en sus programas operativos anuales para el 2016.

La diputada Érika Araceli Rodríguez Hernández:Con el permiso de las y los integrantes de Mesa Directiva, compañeras y compañeros legisladores, la extensión de los derechos de las mujeres es el principio básico de todo progreso social.

El Presupuesto es la herramienta política más importante de las que usa el gobierno por su incidencia en el éxito de la ejecución de todas las demás políticas. Los presupuestos con enfoque de género no son independientes entre mujeres y hombres; con él se asegura que las necesidades e intereses de los individuos de los diferentes grupos y sectores de la sociedad, se tomen en cuenta en la formulación e implementación de las políticas y programas públicos que benefician a todas y a todos los mexicanos.

Hoy, los presupuestos con enfoque de género nos permiten identificar si el gasto público asignado a los problemas resuelve de manera eficiente las necesidades más apremiantes que tienen las mujeres de nuestro país.

Nos permite identificar si los gobiernos asignan el presupuesto para promover la igualdad, reducir los índices de mortalidad materna, combatir la desigualdad que existe en nuestro país.

Por ello, en el grupo parlamentario de PRI vemos como una acción afirmativa para el adelanto de las mujeres la propuesta que envía el titular del Ejecutivo federal del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio 2016 en el cual se contempla un presupuesto transversal en cumplimiento a la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y las Estrategias Transversales del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018,

Con esta propuesta se impulsará la igualdad real entre mujeres y hombres a través de la incorporación de perspectiva de género en el diseño, elaboración, aplicación, seguimiento y evaluación de resultados de los programas de la administración pública federal enmarcados en el anexo 13, Erogaciones para la igualdad de género, PEF.

Los presupuestos con enfoque de género aseguran la rendición de cuentas y exigen reorientar los recursos para resolver las desigualdades y asumir con responsabilidad el compromiso de mejorar la calidad de vida de todas las mexicanas, además de contribuir a fortalecer la transparencia en el ejercicio del gasto público.

México tiene compromisos internacionales vinculatorios que le exigen al Estado mexicano garantizar y velar en todo momento por los derechos humanos. Compromisos enmarcados dentro de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer, CEDAW; la Convención Interamericana para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres Belém Do Pará, y la Plataforma de Acción de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, Beijing.

En este sentido la Agenda de Desarrollo Sostenible post 2015 de la Organización de las Naciones Unidas, apremia a los gobiernos a instrumentar medidas estratégicas con carácter urgente para abatir las desigualdades de género, destacando tres metas a abatir en estos próximos años.

La protección de la violencia contra las mujeres y las niñas, la igualdad de género en capacidades y recursos, y la igualdad de género en el poder de decisión en instituciones públicas y privadas.

Compañeras diputadas y compañeros diputados, podemos hablar de un marco normativo que garantice la igualdad entre mujeres y hombres; sin embargo, urge, urge que toda la administración pública –no sólo la federal, sino también la local– implemente en sus políticas programas y presupuestos el enfoque de género.

Por lo anterior someto a considerar, a esta asamblea, la aprobación del siguiente punto de acuerdo de urgente y obvia resolución.

Primero. Se exhorta respetuosamente a las y los titulares de las 32 entidades federativas, que en sus Programas Operativos Anuales para 2016 garanticen la incorporación de la perspectiva de género, a través de:

1. Su progresividad presupuestal en los programas y políticas para la igualdad de género.

2. Instrumentar la metodología del enfoque de la igualdad de género en la matriz de indicadores por resultados, así como el diseño de sus indicadores de proceso y de resultados.

3. Difundir y divulgar en sus áreas de gobierno el catálogo de las líneas de acción para la igualdad de género que favorece la asignación del gasto público.

Segundo. Se exhorta a las y los titulares de las 32 entidades federativas, para que informe trimestralmente a la Comisión para la Igualdad de Género de la Cámara de Diputados, al Instituto Nacional de las Mujeres y a sus respectivos Sistemas Estatales para la Igualdad entre Mujeres y Hombres el avance del ejercicio del gasto público correspondiente al Anexo 13, Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.

Presidente, le solicito muy atentamente que quede inscrita esta intervención en el Diario de los Debates y Gaceta Parlamentaria. Es cuanto, señor presidente.

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las 32 entidades federativas a transversalizar la perspectiva de género en sus programas operativos anuales para 2016, a cargo de la diputada Érika Araceli Rodríguez Hernández, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, diputada Érika Araceli Rodríguez Hernández, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en la LXIII legislatura del Congreso de la Unión, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 8o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete consideración de esta honorable asamblea el presente punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El compromiso del gobierno mexicano para avanzar en la igualdad real entre mujeres y hombres se concreta en su presupuesto de género, y suscribir instrumentos internacionales para avanzar en la igualdad entre mujeres y hombres mandata a integrar la perspectiva de género en los presupuestos públicos.

El avance en materia de derechos humanos de las mujeres en México, se fundamenta en diversos instrumentos y convenciones internacionales de protección y tutela de los mismos, entre los que destacan: la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, 1979), la Convención Interamericana para Prevenir, Atender, Sancionar y erradicar la Violencia contra las Mujeres (Belém Do Pará, 1994), y la Plataforma de Acción de la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing, 1995).

A nivel nacional sobresale la propia norma constitucional (artículos 1o. y 4o.); la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; Ley General para prevenir, sancionar y erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las víctimas de estos delitos; Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación (artículos 4o., 5o., 9o., 15, 83). Ley de Presupuesto Público.

En este marco, la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres tiene por objeto regular y garantizar la igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres.

La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y su Reglamento, contiene un marco conceptual y teórico, desde la perspectiva de género, que establece una definición y clasificación de la violencia contra las mujeres, los fundamentos de las políticas públicas articuladas, para garantizar el derecho a una vida libre de violencia, así como el mecanismo de coordinación interinstitucional para la conjunción de esfuerzos, instrumentos, políticas, servicios y acciones para la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres.

Así como, la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación la cual hace referencia a las medidas de nivelación, inclusión y acciones afirmativas para corregir las situaciones de desigualdad y señala las medidas para prevenir y eliminar la discriminación.

Desde el marco programático, el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, que incorpora la perspectiva de género como un principio transversal de la política pública y establece como Línea de Acción simplificar los procesos y mejorar la coordinación en los planos federal, estatal y municipal, para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer.

El Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y no Discriminación contra las Mujeres (Proigualdad) 2013-2018, dedica uno de sus seis objetivos transversales a prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra mujeres y niñas, y garantizarles acceso a una justicia efectiva; y por supuesto, alineado al Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018.

Asimismo, la Ley de Planeación que en 2012 incorpora en su artículo 1 el principio de la Igualdad y la perspectiva de género, que garantiza la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y promueve el adelanto de las mujeres mediante el acceso equitativo a los bienes, recursos y beneficios del desarrollo.

Por su parte, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria 2012; integra los anexos transversales: Igualdad entre Mujeres y Hombres, y decreta como anexo regulares, los llamados anexos transversales, entre ellos el anexo “Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres”.

Podemos hablar de un sin fin de marco normativo que garantiza la igualdad entre mujeres y hombres, sin embargo, urge que toda la administración pública tanto federal como local, implante en todas sus políticas, programas y presupuesto el enfoque de género.

Recordemos, que México tiene compromisos internacionales vinculatorios, que le exigen al Estado Mexicano garantizar y velar en todo momento por los Derechos Humanos, y la Igualdad de género es un derecho humano.

En este sentido, la Agenda de Desarrollo Sostenible Post-2015 de la Organización de las Naciones Unidas, apremia a los gobiernos a instrumentar medidas estratégicas con carácter urgente para abatir la desigualdad de género, destacando tres metas a lograr en estos próximos años: 1. Protección contra la violencia contra mujeres y niñas; 2. La Igualdad de género en capacidades y recursos; 3. La Igualdad de género en el poder de decisión en instituciones públicas y privadas.

Por ello, la propuesta de Presupuesto de Egresos de la Federación para 2016, si bien fortalece el Anexo 13 “Erogaciones para la Igualdad de género”, especialmente en su metodología de seguimiento y la progresividad presupuestal, aún es necesario que los gobiernos estatales instrumenten los mecanismos para garantizar un seguimiento transparente y efectivo, orientado a hacer más eficiente el gasto público en la transversalización de la perspectiva de género, con la finalidad de erradicar la desigualdad entre mujeres y hombres.

Compañeras y compañeros, los gobiernos sensibles al género son aquellos en el que sus políticas y acciones, responden día a día a las necesidades e intereses de las mujeres y hombres, garantizando su acceso a los bienes, servicios y recursos públicos, y así mejorar su calidad de vida.

Por lo anterior, someto a consideración de esta honorable asamblea, la aprobación de los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente a los titulares de las 32 entidades federativas que en sus Programas Operativos Anuales para 2016 garanticen la incorporación de la perspectiva de género, a traves de:

1. Su progresividad presupuestal en los programas y políticas para la igualdad de género.

2. Instrumentar la metodología del enfoque de la igualdad de género en la matriz de indicadores por resultados (MIR), asi como el diseño de sus indicadores de proceso y de resultados.

3. Difundir y divulgar en sus áreas de gobierno el catálogo de las líneas de acción para la igualdad de género que favorece la asignación del gasto público.

Segundo. Se exhorta respetuosamente a los titulares de las 32 entidades federativas, que informen trimestralmente a la Comisión para la Igualdad de Género de la Cámara de Diputados, del Instituto Nacional de las Mujeres y a sus respectivos Sistemas Estatales para la Igualdad entre Mujeres y Hombres el avance del ejercicio del gasto público.

Dado en el salón del pleno del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de octubre de 2015.— Diputada Érika Araceli Rodríguez Hernández(rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Rodríguez. Así se hará, atendiendo su petición. En virtud de que no hay oradores inscritos...

El diputado Federico Döring Casar (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Sí, diputado Döring. Vamos a consultar primero si el tema se considera de urgente resolución. Entonces, le pido a la Secretaría que, para los efectos del artículo 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, consulte a la asamblea en votación económica si se considera de urgente resolución.

La Secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: Para los efectos del artículo 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados se pregunta a la asamblea si se considera de urgente resolución. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo, gracias. Las diputadas y diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se considera de urgente resolución. Diputado Döring había solicitado la palabra desde su curul Sonido en la curul, por favor.

El diputado Federico Döring Casar(desde la curul): Gracias, señor presidente. Nosotros habíamos tenido la previsión en tiempo y forma de inscribir un orador en este tema en caso de que la asamblea, como lo acaba de obsequiar, considerase de urgente y obvia resolución el punto de acuerdo de referencia.

Le solicito que se le dé el uso de la palabra a la diputada Genoveva Huerta, que es a quien en tiempo y forma el Grupo Parlamentario de Acción Nacional inscribió para ese efecto.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Döring. Me están informando y me está llegando aquí ya la lista de comunicación de diversas diputadas y diputados que se han inscrito para este tema.

En consecuencia, tiene la palabra la diputada Norma Edith Martínez Guzmán, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.

La diputada Norma Edith Martínez Guzmán:Buenas tardes. Saludo con gusto a mis compañeros diputados y comparto estas reflexiones dirigidas a rescatar particularmente un importante tema, se refiere a las cuestiones relacionadas con la mujer y el pleno ejercicio de sus derechos humanos en México.

Consciente de la multiplicidad de situaciones en las que cada una de ellas vive, circunstancias adversas, heroicas, complejas e incluso apasionantes, entornos que por ser difíciles y algunos hasta dolorosos no nos impiden reconocer todo lo que la mujer aporta al mundo con su capacidad de humanizarlo.

Solicité participar en esta ocasión en este punto de acuerdo presentado por la diputada Erika Araceli Rodríguez, en la que se hace un llamado de atención para pedir que los titulares de las 32 entidades, en sus programas operativos anuales garanticen la incorporación y atención al tema de mujeres.

Este llamado se realiza en momentos en los que el presupuesto se decide y en los que hay muchos temas en la mesa, como por ejemplo acabamos de tocar las cuestiones relacionadas con la trata de personas, el voto femenino en México próximamente también será un tema que conmemoraremos y que son fechas significativas para las mujeres de nuestro país.

¿Cómo se conectan estas fechas? Steve Jobs, fundador de la compañía Apple, en uno de sus discursos en la universidad de Stanford declaró: no puedes conectar los puntos hacia adelante, solo puedes hacerlo cuando miras hacia atrás. En clara alusión a los acontecimientos de la vida del ser humano, que van cobrando sentido en la medida en la que los vas recuperando.

Miles de años que han transcurrido son un material para entender la importancia de conectar estos puntos. Sobra decir que no hacerlo no solamente complica el bienestar social, sino incluso pone en riesgo el futuro de la humanidad, cosa que puede sonar un tanto dramática.

Sin embargo, de la calidad de nuestras familias depende la calidad de nuestra sociedad. Los niños que encuentran un lugar para crecer y madurar seguros desde el vientre materno; los ancianos, un espacio para ser acompañados; los jóvenes, un entorno para expresar su inquietud y sana rebeldía, ansiosos por lo justo; los hombres, para transformar el mundo con el don precioso de su paternidad y de entender y conquistarlo.

Las mujeres, un ambiente propicio para realizar dos tareas fundamentales, esas que le son connaturales, que tanto se necesitan en el mundo; por un lado, humanizar al mundo desde la acogida de cada vida humana y, por otro, regalarle su genialidad. Eso en automático nos permite ir hacia la importancia de hablar de dejar al hombre ser hombre y a la mujer ser mujer.

Victoria Camps dijo en alguna ocasión: adherirse al discurso de la diferencia no debería significar dejar de proclamar la igualdad de derechos, y adherirse al discurso de la igualdad no debería implicar una propuesta de simple imitación y repetición de lo masculino.

Esta tarea del feminismo ha dado frutos, no cabe duda, pero también ha generado algunas cuestiones perniciosas, como por ejemplo incorporar al mundo laboral organizado a la mujer con criterios masculinos, que no le permiten conciliar lo que más ama, su familia y su trabajo.

Esta realidad implica trabajar arduamente para conseguir que las mujeres puedan ejercer su derecho humano a la familia, laborando en empresas que lo reconozcan, lo privilegien y que sean capaces de flexibilizar.

Hay otras cosas que también la mujer hoy mismo no tiene y que necesitamos retomarla, hablamos de violencia. A mí me ha tocado escuchar muchos relatos de mujeres que son víctimas de la violencia obstétrica, que les aterra enfrentar el dar a luz a un hijo, porque van a ser forzadas a elegir métodos de control natal, aún métodos definitivos bajo burlas y amenazas de no ser atendidas de nuevo si se embarazan. Carencias de apoyos, especialmente durante el embarazo. Inexistencia de centros profesionales accesibles y suficientes para atender todos los temas de salud, no sólo la reproductiva, como lo es, por ejemplo, el tema de salud mental.

Por tanto, quisiera que en este exhorto de punto de acuerdo que se realiza, y que muy probablemente sea aprobado, busquemos los mecanismos para asegurar que los verdaderos intereses de las mujeres, sus problemáticas reales, sus necesidades sean atendidas en cada entidad, con todo y su complejidad, que no reflejen intereses ideológicos de organismos nacionales, pero también extranjeros que toman la causa de las mujeres para acrecentar sus arcas personales e incluso sus proyectos raciales.

Celebremos la coincidencia en el interés del tema de mujer, pero vigilemos que verdaderamente sean escuchados sus intereses. Cuando por mi trabajo tengo el privilegio de platicar con cientos de ellas, reafirmo una y otra vez, que velar por los derechos de las mujeres tiene que ver con atender de manera contundente el bienestar de lo que más le preocupa, su familia. Es cuanto, señora presidenta.

Presidencia de la diputadaDaniela de los Santos Torres

La Presidenta diputada Daniela de los Santos Torres: Gracias, diputada Martínez. Tiene el uso de la voz la diputada Angélica Reyes Ávila, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, hasta por tres minutos.

La diputada Angélica Reyes Ávila:Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros legisladores, les saludo con respeto. En el Grupo Parlamentario Nueva Alianza nos sumamos a esta proposición, no sólo por el impulso que requiere una verdadera y transversal política de igualdad de género en todo el país, sino por un acto de congruencia con nuestros principios.

La igualdad sustantiva no es sólo un discurso, por el contrario, constituye una visión y una transformación de actitudes y conductas del rol que desempeñamos las mujeres y hombres en la sociedad.

Aún son enormes las brechas de desigualdad de género en nuestro país, esto ocurre a pesar de los grandes esfuerzos que se han realizado, tanto a nivel internacional como en la legislación local.

Los acuerdos internacionales que nuestro país tiene signados en materia de igualdad de género nos comprometen a fortalecer las acciones sustantivas que nos conduzcan a cumplir las metas establecidas en la plataforma de acción de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, conocida como Conferencia de Beijing.

A 20 años de la firma de dicho compromiso han existido avances, pero son insuficientes. Las diferencias en materia de igualdad, a lo largo y ancho del país son aún muy graves. Ejemplo de ello son los indicadores de desarrollo en el país que nos siguen ubicando a las mujeres y a las niñas, principalmente si son indígenas, como un grupo vulnerable.

Existen todavía factores culturales que parecieran inmutables, como el hecho de que según el INEGI, durante 2013, el trabajo no remunerado del hogar continuaba a cargo, principalmente, de nosotras realizando el 77 por ciento de estas actividades.

Los indicadores de desarrollo humano y género son dispares en todo el país. No es lo mismo que una niña nazca en Baja California o el Distrito Federal que si lo hace en Oaxaca o Guerrero.

Es evidente que para algunas entidades federativas el discurso de la equidad se queda solo en palabras. Para Nueva Alianza, como la bancada de la igualdad, es inadmisible.

En este sentido resulta importante subrayar el hecho de que existe en la propuesta de Presupuesto de Egresos de la Federación para el 2016, un anexo, el número 13, que se enfoca a las erogaciones para la igualdad de género y el cual ha sido fortalecido en un entorno económico adverso.

Por ello, es de especial trascendencia que se dé un seguimiento puntual a esta progresividad presupuestal, siendo imperativo que los gobiernos estatales instrumenten, efectivamente, los mecanismos para garantizar un rastreo transparente y eficaz de estos recursos y que los mismos se vean reflejados en acciones afirmativas a favor de la igualdad.

Para Nueva Alianza es primordial que el ejercicio del gasto público se dirija hacia una verdadera transversalización de la perspectiva de género con la finalidad de erradicar la desigualdad entre mujeres y hombres.

Es por este motivo que votaremos a favor de la presente proposición y estaremos vigilantes de su efectivo cumplimiento. Es cuanto, muchas gracias.

La Presidenta diputada Daniela de los Santos Torres:Gracias, diputada Reyes. Tiene el uso de la palabra la diputada María Candelaria Ochoa Avalos, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, hasta por tres minutos.

La diputada María Candelaria Ochoa Avalos:Presidenta. Compañeras, compañeros, la política de la transversalidad de género en los programas operativos es un logro de la lucha de muchas mujeres.

Desde hace más de 30 años, las mujeres que han sido diputadas, senadoras y otras que desde otros espacios lo estuvimos proponiendo. Ese no es ningún logro de Peña Nieto, sino es un logro de las mujeres y como tal hay que valorarlo.

Entiendo que de acuerdo a la ONU, la transversalidad se define como la obligación del Estado para impulsar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres a través de la incorporación de la perspectiva de género en la planeación, diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas, programas, proyectos y cualquier intervención gubernamental por las unidades ejecutoras del gasto soportadas por sus presupuestos correspondientes.

No es sencillo venir a hablar de transversalidad de género cuando es uno de los presupuestos muy menores en comparación con otros, pero los programas operativos anuales deben desafiar el proceso inercial que asume que los recursos públicos se asignan de forma neutral a la población, pero deben diseñarse considerando las necesidades e intereses con un enfoque que considere la desigual distribución del poder.

La división sexual del trabajo y las asimetrías en el acceso a los recursos entre mujeres y hombres, no solo se debe transversalizar la perspectiva de género en los presupuestos públicos sino que es indispensable desarrollar herramientas técnicas que permitan a las autoridades locales y municipales gestionar mejores prácticas en la elaboración de esos planes, de esos programas y de esos presupuestos con sensibilidad al género, pero para que el gasto del dinero público se gaste bajo el principio de la igualdad sustantiva.

La transversalidad de género en la aplicación de los presupuestos públicos debe incluir que los programas partan de diagnósticos que visibilicen las brechas de desigualdad, la inclusión de la perspectiva de la igualdad sustantiva, la inclusión de la perspectiva de género como un criterio de planeación y los principios de irreductibilidad e intransferibilidad de los recursos para la igualdad sustantiva. En este sentido también, es muy importante entender que la diversidad de mujeres existe y a esas también tiene que atender.

Quiero terminar diciendo que no solo es el diseño e incorporación de la perspectiva de género en los programas operativos, requerimos la fiscalización de esos presupuestos para garantizar que esos recursos se han aplicado correctamente. El avance de las mujeres es el avance de la mitad de la humanidad. Muchas gracias.

La Presidenta diputada Daniela de los Santos Torres:Gracias, diputada Ochoa. Tiene el uso de la palabra la diputada Concepción Villa González, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por tres minutos.

La diputada Concepción Villa González:Con su venia, señora presidenta. Señoras y señores diputados. Uno de los mejores indicadores para poder medir el compromiso de los gobiernos con la igualdad de género y los derechos de las mujeres es precisamente el Presupuesto público con perspectiva de género.

Tenemos que conocer los recursos públicos destinados a grupos específicos de mujeres y niñas, identificar el gasto que promueve la igualdad de oportunidades laborales y evaluar estas asignaciones que no tienen la etiqueta de igualdad de género, pero que tienen un efecto distinto entre hombres y mujeres. La sistematización de la información es indispensable.

El Presupuesto de Egresos de la Federación de 2016 incluye el Capítulo 4 de Igualdad entre Mujeres y Hombres. El artículo 22 detalla acciones para la incorporación de perspectiva de género, el seguimiento de los recursos destinados a esas actividades, la obligación de presentar informes trimestrales a esta Cámara, y lo más importante es garantizar el cumplimiento de los objetivos de la política nacional para la igualdad entre mujeres y hombres.

Para cumplir con los objetivos de equidad e igualdad, se considera que el Presupuesto de la administración pública federal, estatal y municipal debe visualizar el monto de recursos que cada sector destina al empoderamiento de las mujeres, con el objeto de valorar la eficacia de sus acciones y determinar la medida en que contribuyen efectivamente a mejorar la equidad entre hombres y mujeres.

¿De qué nos sirve que se elabore el Anexo 13 con la operación de los programas detallados en actividades para promover la igualdad entre mujeres y hombres, cuando el Presupuesto de 2016 contempla la desaparición de acciones a favor de la igualdad de género y en la mayoría de los casos reduce los recursos para los programas de las Mujeres?

Podemos ver las partidas del Presupuesto de 2016 en el Anexo 13, Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, que plantea 25 mil 648 millones 625 mil pesos, sólo un 5 por ciento más que el año pasado.

En salud de las mujeres, había dos programas: de Salud Reproductiva, y Reducción de Mortalidad Materna, con 2 mil 192 millones de pesos, y ahora aparece sólo un nombre: de Salud Materna, Sexual y Reproductiva, con 183 millones menos.

Se ha avanzado en la equidad de género tanto en la Cámara de Senadores como en la de Diputados. Sin embargo en otros niveles de gobierno y en otros poderes, la equidad es mayor. En los 32 congresos estatales la presencia femenina oscila entre el 8 por ciento y el 33 por ciento. Actualmente ninguna de las 32 entidades del país es gobernada por una mujer.

En el gabinete federal sólo 3 de 21 dependencias tienen una cabeza femenina; a nivel municipal sólo 5 por ciento de las alcaldías están presididas por mujeres; en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las mujeres sólo ocupan 2 de los 11 asientos.

Tenemos que aumentar el Presupuesto en las políticas para la igualdad de género; necesitamos que los fondos públicos recaudados sean gastados de forma más efectiva. Necesitamos promover una mayor obligación de revisión de cuentas sobre el uso de recursos públicos, ante la ciudadanía en particular, ante las mujeres quienes somos más marginadas en los procesos de toma de decisión sobre los fondos públicos.

Terminar con la corrupción, con el desvío de fondos, falta de transparencia y la desigualdad entre mujeres y hombres, ha sido uno de nuestros compromisos y lo seguirá siendo en esta Legislatura. Es cuanto, señora presidenta.

La Presidenta diputada Daniela de los Santos Torres:Gracias, diputada Villa. Tiene el uso de la palabra la diputada Sasil Dora Luz de León Villard, del Grupo Parlamentario del Verde Ecologista, hasta por tres minutos.

La diputada Sasil Dora Luz de León Villard:Con su venia, diputada presidenta. A nombre de las diputadas y los diputados del Partido Verde Ecologista de México, manifestamos nuestro apoyo a este punto de acuerdo por el Partido Revolucionario Institucional.

Diputadas y diputados, en septiembre pasado se cumplieron 20 años de la firma de la Convención de Beijín Más 20, que establece las políticas públicas que deberán adoptar los Estados parte para reducir la desigualdad existente entre los géneros, así como para erradicar la violencia en contra de las mujeres. Igualmente, en este mes se cumplen 62 años de la reforma constitucional que otorgó el derecho a la mujer a participar en los procesos electorales de nuestro país.

Señoras y señores legisladores, a unos días de aprobarse el paquete fiscal para el año 2016 por esta Cámara de Diputados, es fundamental que esta soberanía cuente con la información no sólo de lo que han hecho con los recursos económicos que la sociedad entrega, sino con lo que se va a hacer para el próximo año para eliminar las brechas de desigualdad en los estados, como bien relata en el punto de acuerdo de urgente resolución.

Resulta significativo que el presidente de la República haya marcado el año 2015 como el año de la igualdad de género en alusión al incremento que registró la participación política de las mujeres como consecuencia de los cambios constitucionales en materia de paridad que aprobó la pasada legislatura.

Lo anterior, hizo posible garantizar que las mujeres ocuparan la mitad de las candidaturas a puestos de elección popular en el recién concluido proceso electoral. La actual composición de la Cámara de Diputados cuenta la importancia de la reforma política para la participación de la mujer en el ejercicio del poder.

Hoy, el 42.4 por ciento de los integrantes de esta soberanía somos mujeres, que estoy segura vamos a incidir de manera decisiva para poder hacer visible la gran capacidad que tenemos para transformar la realidad social, política y económica de las 57 millones de mujeres que vivimos en México.

Afortunadamente, durante este sexenio hemos contado con el compromiso decidido del presidente Enrique Peña Nieto de reconocer nuestros derechos como mujeres, ejemplo de ello, es que en el Plan Nacional de Desarrollo el tema de igualdad tiene impacto en cinco ejes temáticos que están dando rumbo al país.

No obstante, reconocemos que hace falta mucho por hacer, y es nuestro compromiso como legisladoras para todas las mujeres y para todas las familias de México. Estoy convencida de que sólo a través del trabajo coordinador entre el gobierno federal, estatal y municipal, será posible garantizar que la acción del Estado sea percibida por millones de mujeres que reclaman el ejercicio pleno de sus derechos para que éstos transformen su vida cotidiana.

No sólo se trata de reformar las leyes y crear mejores políticas públicas, sino que es fundamental integrar presupuestos que incluyan la perspectiva de género.

La lucha de muchas mujeres, que han dado vida por alcanzar la igualdad entre géneros, ha sido la semilla que hoy nos permite recoger los primeros frutos en materia de igualdad y de erradicación de la violencia en contra nuestra, mismos que representan pasos firmes para garantizar que todas las mujeres mexicanas puedan escribir su propia historia de éxito. Es cuanto, diputado presidente.

Presidencia del diputado José de Jesús Zambrano Grijalva

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada De León. Tiene ahora la palabra la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del PRD, hasta por tres minutos.

La diputada Maricela Contreras Julián:Con su permiso, diputado presidente. Es para mí un honor estar por primer vez en esta tribuna y participar en un tema que ha sido preocupación de nuestro grupo parlamentario desde hace muchos años, y que tuve la oportunidad de presidir esta comisión en la LX Legislatura. Y, la unidad de las diputadas de los diferentes partidos en cada legislatura ha dado y ha posibilitado que podamos avanzar en temas muy importantes para las mujeres.

En esta legislatura deseo que la comisión tenga un papel primordial para impulsar las acciones a favor de las mujeres. Y en este punto de acuerdo, por el que por supuesto hemos de votar, decir que se concentra el trabajo que hemos venido haciendo por décadas y que tiene que concretarse en las políticas públicas que se implementan en nuestro país.

Que estemos muy atentas para que no se disminuya el presupuesto en rubros muy importantes para la salud de las mujeres en las diferentes etapas de la edad, desde antes del nacimiento para que las niñas y los niños nazcan sanos y las mujeres tengan buena salud; para que las mujeres logren tener autonomía económica y puedan ser independientes; que tengamos recursos para erradicar la violencia en todas sus dimensiones.

Este punto de acuerdo es transcendente porque en este caminar en nuestro país las leyes y las políticas han sido muy importantes, pero pocas veces logran concretarse; incluso tenemos una serie de subejercicios, que es muy importante que podamos revisar para que esto no se siga repitiendo.

La igualdad de género tiene que ver con los presupuestos y con las políticas públicas y una de las más importantes es buscar cambiar la mentalidad de los hombres y de las mujeres, para que podamos caminar en igualdad. Ya tendremos la oportunidad de dar una muestra sabiendo cómo quedamos las mujeres en este Congreso al frente de las comisiones.

Se han tenido logros muy importantes y un papel fundamental lo tendrá el Instituto Nacional de las Mujeres en el seguimiento de estos presupuestos, por lo cual su opinión sobre cómo se han venido desarrollando los presupuestos para la elaboración del proyecto de Presupuesto 2016 y la transversalidad de los presupuestos a favor de la igualdad de las mujeres en todas las secretarías, será un tema sumamente importante y del cual tendremos que estar muy atentas.

Dada la importancia de los puntos de acuerdo en comento, el cual exhorta también a los titulares de todas las demarcaciones de nuestro país, porque no es suficiente con que en el gobierno federal se asignen presupuestos, necesitamos presupuestos estatales y presupuestos municipales que atiendan todas las problemáticas y necesidades que tenemos las mujeres en nuestro país.

En 12016 hay que incorporar esta perspectiva de género e incrementar y mejorar las metodologías que con el esfuerzo de las diputadas de las diferentes legislaturas se han tenido. Tener una matriz de indicadores es fundamental porque hay que mejorar la parte cualitativa de estos recursos.

No solamente es importante que se asignen, sino que el seguimiento que tiene que darle cada una de las instancias y las unidades de género que hemos venido creando y que exhortamos a los gobiernos estatales y municipales para que estas unidades de género nos ayuden a vigilar en cada dependencia, en cada municipio, en cada secretaría, en cada dirección general que esta visión de género esté presente de manera transversal en todos los presupuestos.

La bancada del PRD sigue firme con este tema porque queremos evitar muertes de las mujeres por situaciones prevenibles, porque no queremos que una sola mujer más siga siendo asesinada. Queremos que haya recursos para que las alertas de género de protección a las mujeres, donde son asesinadas de manera brutal, puedan regenerar nuestras condiciones y nuestros entornos y podamos tener una ciudad segura, un país seguro, un municipio seguro.

El PRD votará a favor de los presupuestos transversales de género y agradezco a mi bancada la posibilidad de estar aquí y poder dar nuestro posicionamiento en apoyo a este punto de acuerdo de nuestra compañera. Muchísimas gracias, diputadas y diputados.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Contreras. Tiene ahora la palabra la diputada Genoveva Huerta Villegas, del Grupo Parlamentario del PAN, hasta por tres minutos.

La diputada Genoveva Huerta Villegas:Con la venia de la Presidencia. Señoras diputadas, señores diputados, en el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional consideramos que los hombres y las mujeres debemos reconocernos mutuamente nuestro valor en tanto seres humanos que nos complementamos y responsabilizarnos en reciprocidad y por igual, sin distinciones, para compartir y cumplir los deberes que nos corresponden dentro del trabajo, dentro de la economía, la sociedad y en la defensa de nuestros derechos.

Por ello nos pronunciamos a favor de que en el ejercicio y gestión del gobierno se promueva una visión de perspectiva de género, tal y como lo establece la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, que defina la transversalidad como el proceso que permite garantizar la incorporación a la perspectiva de género, con el objetivo de valorar las implicaciones que tiene para las mujeres y los hombres cualquier acción que se programe tratándose de legislación, políticas públicas, actividades administrativas, económicas y culturales en las instituciones públicas o privadas.

La transversalidad implica una estrecha coordinación de las políticas públicas que concurren en el logro de los objetivos de equidad.

Es pertinente, entonces, hacer un exhorto respetuoso a los titulares del Poder Ejecutivo y de las 32 entidades federativas en el país, para que en sus programas presupuestales y gestión de gobierno pugnen por una visión de género y opten por la transversalidad con el objeto de abonar a la igualdad entre mujeres y hombres.

Creemos que su impulso debe sin duda apegarse al Estado de derecho y debe partir de las normas jurídicas que regulan el tema. Es por ello que en Acción Nacional, aunque coincidimos con el espíritu del punto de acuerdo que se discute, señalamos que los términos finales del exhorto deben apegarse a las atribuciones propias de las entidades federativas y la federación en materia de transversalidad.

Y ello debe verse reflejado en los exhortos que se realizan a las autoridades, nos referimos a la ambigüedad en los términos propuestos, como la metodología del enfoque de la igualdad de género, la progresividad presupuestal en los programas y políticas para la igualdad de género, y al señalamiento de la existencia de una matriz de indicadores de resultados en las 32 entidades federativas.

Sugerimos, por tanto, que los resolutivos del exhorto se modifiquen, siguiendo los términos y atribuciones que la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres mandata, a fin de que el impulso de la transversalización de la perspectiva de género, en el actual de los gobiernos, no se convierta en letra muerta y encuentre la certeza jurídica necesaria que motive su impulso. Es cuanto.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Huerta. Tiene ahora la palabra la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco, del Grupo Parlamentario del PRI, hasta por tres minutos.

La diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco:Con su venia, presidente. Compañeras y compañeros diputados, la perspectiva de género alude a una necesidad de acabar con las desigualdades de trato entre mujeres y hombres, por ello, el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 incorpora como principio transversalidad de género.

Esto ha sido un avance importante, porque es una línea de acción que permite no solamente la prevención, el atender y sancionar y erradicar cualquier tipo de violencia contra la mujer. El gobierno mexicano ha dado un paso importante en el reconocimiento de la igualdad de hombres y mujeres. Ha implementado diversos instrumentos, y participado activamente en diferentes convenciones internacionales.

Por ello, hoy contamos con un marco jurídico que nos permite el poder garantizar a las mujeres una vida libre de violencia, contamos también con la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, y la Ley de Presupuesto Público. Sin embargo, estamos de acuerdo en que esto no resuelve la problemática de la desigualdad de las mujeres en todo nuestro país.

Hoy más que nunca requerimos un presupuesto con perspectiva de género, que nos permita garantizar realmente que se realizan acciones afirmativas en beneficio de nuestras mujeres. Un presupuesto para la igualdad de género que reconozca realmente las necesidades y diferencias entre mujeres y hombres.

Hoy, como lo hemos señalado, el Grupo Parlamentario del PRI reconoce que el desarrollo sostenible en el mundo y en nuestro país solamente es posible en una sociedad de igualdad. En una sociedad donde mujeres y hombres cuenten con las mismas oportunidades y con los mismos derechos. En una sociedad donde puedan contar realmente, de manera efectiva, con el acceso a la salud, al trabajo, a la educación y también a participar en la toma de decisiones.

Como todas ustedes saben, en el marco del setenta periodo ordinario de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, nuestro presidente de la República, el licenciado Enrique Peña Nieto vio un compromiso importante, un compromiso que ratifica lo comprometido que es este gobierno con las mujeres y con el tema de igualdad de género, anunciando tres medidas que se habrán de instrumentar en nuestro país en los próximos meses.

Por todo lo anterior, el Grupo Parlamentario del PRI nos sumamos al punto de acuerdo presentado por nuestra compañera y amiga Erika Rodríguez. Erika, todo el grupo reconoce en ti una mujer activista, una mujer de avanzada, una mujer que siempre vela por el derecho de las mujeres. Mi cariño siempre, amiga.

Consideramos importante que los titulares de las 32 entidades federativas planteen en su programa de presupuestos operativos anuales 2016 y que garanticen realmente la incorporación de la perspectiva de género en cada uno de estos presupuestos.

Un presupuesto responsable que incorpore realmente la perspectiva de género nos permite dar pasos importantes hacia la igualdad sustantiva de las y los mexicanos. Gracias por su atención, es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Plascencia. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueba el acuerdo.

La Secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta si se aprueba el acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Aprobado. Comuníquese.



DECLARATORIA DE EMERGENCIA EN ZONAS CAFETALERAS Y SE ESTABLEZCA UN PROGRAMA DE APOYO A LOS CAFETALEROS AFECTADOS POR LA PLAGA DE LA ROYA DEL CAFÉ

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: De conformidad con el artículo 76, fracción IV del Reglamento de la Cámara de Diputados, tiene la palabra por cinco minutos la diputada Natalia Karina Barón Ortiz, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a fin de hacer la Declaratoria de emergencia en zonas cafetaleras y se establezca un programa de apoyo a los cafetaleros afectados por la plaga de la roya del café. Iniciativa suscrita también por el diputado Juan Fernando Rubio Quiroz.

La diputada Natalia Karina Barón Ortiz:Con su permiso, diputado presidente. Estimadas compañeras diputadas, estimados compañeros diputados, en octubre de 2012 cafetaleros de Veracruz, de Chiapas y de Oaxaca denunciaron la presencia en sus cafetos de un fuerte brote de roya muy agresiva y con un comportamiento diferente al tradicional.

En consecuencia con ello demandaron la atención del gobierno federal y propusieron la declaratoria de emergencia para la cafeticultura, esto con la finalidad de atender de inmediato la epidemia con recursos extraordinarios. Sin embargo, de las diversas dependencias del gobierno responsables de atender estas emergencias en la agricultura nacional, nadie les hizo caso.

Hoy, la plaga se extendió a los 12 estados cafetaleros y está arrasando con los cafetales de Chiapas, de Guerrero, de Oaxaca y de Veracruz, incluyendo Puebla y también el estado de Hidalgo, donde por cierto se produce en estos estados el 85 por ciento del total del café mexicano.

En las entidades mencionadas, actualmente se presenta una afectación con roya naranja del 50 por ciento de la superficie sembrada, como consecuencia de ello el volumen de producción en estos estados ha descendido hasta en un 30 por ciento en los últimos ciclos de producción, por lo que se dejó de producir cerca de un millón de sacos por ciclo, provocando pérdidas millonarias a los cafeticultores.

Como todos sabemos, en México la cafeticultura es de mayor importancia, tanto desde el punto de vista social, como económico y ecológico, sobre todo también para la población que habita regiones de alta y muy alta marginación, y por cierto la mayoría está en zonas indígenas.

Dedicados al cultivo de este grano tenemos un padrón con cerca de 550 mil productores y una superficie sembrada para el año 2015 de 737 mil hectáreas. México ocupa el sexto lugar en el mundo con el tres por ciento de la producción mundial.

En términos de exportación el país se encuentra en el noveno lugar con 2.8 millones de sacos, lo que representa 900 millones de dólares en ingresos de divisas. Esta es la dimensión de lo que está en juego de no atender de manera urgente, con responsabilidad y con visión social, la amenaza que significa para nuestros cafeticultores la epidemia de la roya que devasta los cultivos principalmente en la zona sur-sureste del país.

El 24 de junio de 2015 los gobiernos de Chiapas, Guerrero, Hidalgo, Oaxaca y Veracruz, emitieron un comunicado dirigido al secretario de Gobernación demandando un programa integral de atención a los productores cafetaleros de esos estados, y junto con otras medidas relevantes solicitaron al gobierno federal emitir la declaratoria de emergencia por la roya del café.

Incluso en noviembre de 2014, en el marco de la creación de las tres zonas económicas especiales para el sur-sureste del país, el presidente Peña prometió apoyos especiales para los cafetaleros al hablar de poner en marcha un programa para renovar y repoblar cafetales en los estados de Chiapas, Guerrero y Oaxaca, así como otros apoyos y créditos flexibles.

Pues nada de esto –otra vez insisto– se ha llevado a cabo. Las dependencias federales responsables de la atención a los cafetaleros hacen oídos sordos al clamor general de los productores y sus organizaciones. Incluso el mandato del presidente de poner en marcha un programa emergente se ha desatendido.

Por ello proponemos un punto de acuerdo para que se emita la declaratoria de emergencia por la roya de café y se acuda en apoyo de los productores con un programa de mediano y corto plazo.

Pongámonos en el lugar de las campesinas y de los campesinos de México y comprendamos de fondo sus necesidades y reclamos. Por su apoyo y atención, muchas gracias. Es cuanto, diputado presidente.

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a hacer la declaratoria de emergencia en zonas cafetaleras y establecer un programa de apoyo a los cafetaleros afectados por la plaga de la roya del café, suscrita por los diputados Natalia Karina Barón Ortiz y Juan Fernando Rubio Quiroz, del Grupo Parlamentario del PRD

Los suscritos, diputada Natalia Karina Barón Ortiz y diputado Juan Fernando Rubio Quiroz, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolución Democrática de la LXIII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 1, fracción II; numeral 2, fracciones I y III, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, sometemos a consideración del pleno de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, por el que se exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal a hacer la declaratoria de emergencia en zonas cafetaleras y a establecer un programa de apoyo a los cafetaleros afectados por la plaga de la roya del café.

Exposición de Motivos

En octubre de 2012, cafetaleros de Veracruz, de Chiapas y de Oaxaca denunciaron la presencia en sus cafetos de un fuerte brote de roya muy agresiva y con un comportamiento diferente al tradicional; en consecuencia con ello, demandaron la atención del gobierno federal y propusieron la declaratoria de emergencia para la cafeticultura a fin de atender de inmediato la epidemia con recursos extraordinarios.

Sin embargo, de las diversas dependencias del gobierno responsables de atender estas emergencias en la agricultura nacional, nadie les hizo caso.

Hoy, la plaga se extendió a los 12 estados cafetaleros del país y está arrasando con los cafetales de Chiapas, Guerrero, Oaxaca, Veracruz, Puebla e Hidalgo, donde se produce el 85 por ciento del total del café mexicano.

En las entidades mencionadas, actualmente se presenta una afectación con roya naranja del 50% de la superficie sembrada. Como consecuencia de ello, el volumen de producción en estos estados ha descendido hasta en un 30 por ciento en los dos últimos ciclos, por lo que se dejó de producir cerca de un millón de sacos por ciclo, provocando pérdidas millonarias a los cafeticultores.

Como todos sabemos, en México, la cafeticultura es de la mayor importancia tanto desde el punto de vista social, como económico y ecológico; sobre todo para la población que habita regiones de alta y muy alta marginación.

La Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en su artículo 179, considera al café como uno de los 11 productos básicos y estratégicos y en los estados y regiones de mayor pobreza del país, alrededor de tres millones de mexicanos dependen de la cadena del café, incluyendo a productores y sus familias, a jornaleros, operadores de beneficios, obreros de industrias, empleados de cafeterías y participantes en la comercialización.

Dedicados al cultivo del también llamado “oro verde” tenemos un padrón con cerca de 550 mil productores y una superficie sembrada para el año 2015, de 737 mil hectáreas. México ocupa el 6º lugar en el mundo en producción, con el 3% de la producción mundial. En términos de exportación, el país se encuentra en el noveno lugar con 2.8 millones de sacos, lo que representa 900 millones de dólares en ingreso de divisas.

Esta es la dimensión de lo que está en juego de no atender de manera urgente, con responsabilidad y visión social la amenaza que significa para nuestros cafeticultores la epidemia de la roya que devasta los cultivos del sur del país.

En 2013 varios municipios veracruzanos y chiapanecos solicitaron la declaratoria de emergencia para la cafeticultura nacional; a lo largo de 2013 y 2014 diversas organizaciones cafetaleras insistieron en apoyos emergentes para atender los cafetales y para el combate a la plaga de la roya.

El 24 de junio de 2015, los gobiernos de Chiapas, Guerrero, Hidalgo, Oaxaca y Veracruz emitieron un comunicado dirigido al Secretario de Gobernación, demandando un Programa Integral de Atención a los Productores Cafetaleros de esos estados y, junto con otras medidas relevantes, solicitaron al gobierno federal emitir la declaratoria de emergencia por la roya del café.

Incluso, en noviembre de 2014, en el marco del anuncio de la creación de tres zonas económicas especiales para el sur-sureste del país, el Presidente Peña Prometió apoyos especiales para los cafetaleros al hablar de poner en marcha un programa para renovar y repoblar cafetales en los estados de Chiapas, Guerrero y Oaxaca así como apoyos con créditos flexibles.

Nada de esto se ha llevado a cabo. Las dependencias federales responsables de la atención a los cafetaleros, hacen oídos sordos al clamor general de los productores y sus organizaciones; incluso el mandato del Presidente de poner en marcha un programa emergente se ha desatendido.

Y para 2016 el panorama para los productores y las familias cafetaleras es todavía más grave amigas y amigos diputados. El Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2016, presentado por el Ejecutivo a esta Soberanía, elimina del presupuesto, entre otros importantes programas sociales, al Procafe, dejando en la indefensión en plena crisis a decenas de miles de cafeticultores y sus familias.

Por lo antes expuesto y fundado, sometemos a la consideración de esta representación nacional el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, exhorta al Ejecutivo Federal para que, a través de la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), se establezca un Programa de Atención Integral de corto y mediano plazo, que entre otras medidas incluya acciones de empleo temporal en las regiones cafetaleras, renovación de los cafetales con plantas nativas de la región, apoyos para insumos y apoyo técnico y capacitación para los productores.

Segundo.La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, exhorta al Ejecutivo Federal para que atienda la solicitud de los cafetaleros y de los gobernadores de los estados del sur-sureste para emitir la Declaratoria de Emergencia por la Roya del Café.

Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF, a 6 de octubre de 2015.— Diputados: Natalia Karina Barón Ortiz,Juan Fernando Rubio Quiroz, Sofía del Sagrario de León Maza, Noemí Zoila Guzmán Lagunes, Jorge Alejandro Carvallo Delfín, Marco Antonio Aguilar Yunes, Erick Alejandro Lagos Hernández (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Barón. Para los efectos del artículo 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, consulte la Secretaría a la asamblea –en votación económica– si se considera de urgente resolución.

La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech: Para los efectos del artículo 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se pregunta a la asamblea si se considera de urgente resolución.

Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. Diputado presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se considera entonces de urgente resolución. Para participar en este punto, se han anotado oradores por los distintos grupos parlamentarios; en consecuencia tiene la palabra el diputado Ángel García Yáñez, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, hasta por tres minutos.

El diputado Ángel García Yáñez:Con el permiso de la Presidencia, compañeras y compañeros diputados, en 1981, cuando apareció por primera vez en México la roya del café en la zona fronteriza con Guatemala, los cafeticultores nacionales estaban preparados para enfrentar el problema, de tal suerte que este hongo no tuvo los efectos negativos esperados.

Sin embargo en el 2012 se presentó un nuevo brote de características más agresivas, el cual ha generado los conocidos y muy graves daños de producción de un cultivo de gran consumo interno y altamente representativo a nivel internacional. Tan sólo los niveles de exportación antaño competitivas, en este año 2015 han caído un 43 por ciento.

Desde hace tres años se han perdido más de 437 mil empleos, ante la negativa de las autoridades federales de atender el brote de roya de café en estado como: Chiapas, Veracruz, Puebla, Guerrero y parte de los Altos del estado de Morelos. Asimismo las pérdidas económicas de los productores de café podrían ser mayores a los 7 mil millones de pesos tan sólo al cierre del actual ciclo, en el cual la cosecha difícilmente alcanzará los 3 millones de sacos.

Sin lugar a dudas, estamos ante un grave problema que ha afectado de manera muy severa varios campos de acción. Resulta inconcebible que lleguemos a estos niveles de desastre agroeconómico, con el vacuo argumento de que este hongo está presente en México desde hace tres décadas. Por lo que la nula acción de las autoridades fitosanitarias del país traerá consecuencias mucho más graves vistas hasta ahora.

A pesar del sistema de alerta que significa contar con el programa de vigilancia epidemiológico fitosanitario del cafeto, baste recordar los efectos de hace menos de dos años en la producción y comercialización del limón por la plaga conocida como dragón amarillo, cuyas mermas de la producción generó alzas generalizadas en los precios de diversos productos de consumo básico, no sólo en dicho cítrico.

Los exhortos que respetuosamente hace esta soberanía no deben ser tomados a la ligera, pues encarnan los reclamos de nuestros representados. Por ello, el grupo parlamentario Nueva Alianza apoyará de manera respetuosa, pero muy enérgica, este llamado, para que las autoridades de Sagarpa declaren de emergencia en zonas cafetaleras y se implemente una estrategia nacional de información y capacitación en los estados afectados.

Ya se ha perdido mucho en estos tres años. Los productores y nosotros, los consumidores, no debemos perder más. Es cuanto, diputado presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado García. Tiene ahora la palabra, hasta por tres minutos, el diputado Salvador Zamora Zamora, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

El diputado Salvador Zamora Zamora:Gracias, señor presidente. La roya es una enfermedad más destructiva del cafeto y una de las que mayor impacto tiene a nivel mundial, debido a que esta enfermedad provoca la caída prematura de las hojas, propiciando la reducción de la capacidad fotosintética, así como el debilitamiento de los árboles enfermos pudiendo ocasionar la muerte regresiva e incluso la muerte de todos los árboles.

Uno de los casos más severos del ataque de esta enfermedad se reportó en Ceilán, entre los años de 1871 y 1978, el área establecida para este cultivo se redujo de 68 mil 787 hectáreas a 14 mil 170 hectáreas, y finalmente para 1890 se abandonaron las plantaciones. En Brasil la no aplicación de medidas del majeo del patógeno condujo a una reducción del 30 por ciento del rendimiento.

Desde el año 2012, como se menciona en el punto de acuerdo, teníamos un brote de la roya anaranjada, la cual ha provocado en Veracruz un desplome en la producción del 80 por ciento. Esto significa que la producción se redujo en 293 mil 600 toneladas y la pérdida de más de 20 mil hectáreas de cafetales en Guerrero, esto de acuerdo a los datos de la coordinadora de organizaciones cafetaleras.

Hoy esto se ha convertido en una epidemia que ha afectado a las zonas de los cafetales de Chiapas, Guerrero, Oaxaca, Veracruz, Puebla e Hidalgo, región que según datos de la revista Forbes en agosto del año pasado en conjunto producía la quinta parte del café de la categoría arábiga en el mundo.

En enero de 2013, a menos de un año de la denuncia, el gobierno federal encargó que el Sistema Nacional de Vigilancia Fitosanitaria realizara un estudio de lo que estaba sucediendo, de cómo identificarlo y de cómo cambiarlo, y a la fecha no se han visto las acciones a consecuencia de lo que se ha realizado.

Para combatir este fenómeno hay dos periodos cruciales: el de junio a julio y el de noviembre a enero. No podemos dejar pasar otro momento sin que nos demos cuenta del problema que tenemos. Y es indispensable que la Sagarpa deje de buscar excusas y tome cartas en el asunto e inicie de manera inmediata acciones concretas, de lo contrario cualquier recurso que no sea otorgado dentro de los periodos que acabo de mencionar será inútil, perdiendo una mayor cantidad de producción y colocando a México fuera del mercado del café, no obstante que ya a los productores el gobierno aún así no los ha estado apoyando.

México no puede seguir desaprovechando el potencial de nuestro campo y del sector agrícola, la realidad y la complejidad del campo mexicano exige de manera urgente un compromiso de dignificar, para dignificar su trabajo y convertir al campo en el motor del desarrollo.

Compañeras y compañeros diputados, debemos tomar cartas en este asunto antes de que lleguemos a la desaparición de nuestra producción de café. Apoyemos a los productores y pidamos al Ejecutivo que a través de sus dependencias realice las acciones necesarias porque no podemos caminar hacia ningún rumbo si no apoyamos a los productores del campo. Muchas gracias por su atención. Gracias, señor presidente. Es cuanto.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Zamora. Tiene ahora la palabra hasta por tres minutos, el diputado Miguel Alva y Alva, del Grupo Parlamentario de Morena.

El diputado Miguel Alva y Alva:Con su venia, señor presidente. Compañeros y compañeras legisladores, por su importancia social, económica y ambiental, el cultivo de café es relevante para nuestro país. Si incluimos a los productores, jornaleros, operadores de beneficios, obreros de industria, empleados de cafeterías, participantes en la comercialización y sus familias, alrededor de 3 millones de mexicanos en algún grado dependen de esta industria.

Es una actividad de gran relevancia para la población indígena y campesina que habita en las áreas montañosas del centro y sureste de México, debido a que históricamente la producción y venta de este grano ha permitido obtener ingresos económicos para la subsistencia de este importante segmento de la sociedad.

Figura como un importante producto de exportación y en las regiones productoras es un elemento fundamental en las economías locales. Sin embargo, en las zonas cafetaleras de Chiapas y Veracruz, como Los Tuxtlas, Atzalan, Chicontepec, Coatepec, Córdoba, Huatusco, Misantla, Papantla, Tezonapa, Zongolica, entre otros, la situación de los productores es crítica, pero la importancia de este cultivo va más allá de los beneficios o afectaciones netamente económicas y debe ser prioritario para el gobierno el fomentar y proteger esta actividad.

El 60 por ciento de los cafetales del país se manejan bajo el sistema rústico o policultivo tradicional, que se caracteriza por el uso de varias especies nativas e introducidas del árbol de sombra. El que la mayoría de las plantaciones sean de sombra es muy importante, ya que los cafetales de México se localizan en sitios estratégicos para la captación de agua en zonas aledañas a regiones prioritarias para la conservación de la biodiversidad del país y representan importantes corredores biológicos a nivel altitudinal, ya que la mayor parte de los cafetales se encuentran entre las zonas tropicales y las templadas, en las franjas donde aún existen o anteriormente se encontraban los bosques mesófilos de montaña.

Además, si a ello agregamos la alta proporción de cafetales de montaña y sistema tradicional, los beneficios de los cafetales en cuanto a captura de carbono, conservación de suelo y protección de diversos grupos biológicos, como son plantas, aves, insectos y anfibios, principalmente, son muy significativos.

Pero el sector cafetero se encuentra en serios problemas, la volatilidad de los precios en el mercado internacional del café y la dependencia de intermediarios ha dejado vulnerables y en condiciones de pobreza a muchos productores y es importante eliminar también el intermediarismo para borrar la especulación del precio del café y se lograría dando preferencia a las organizaciones comunitarias para que los productores puedan vender sus productos directamente al consumidor.

La falta de tecnología y capacitación han impedido lograr una industria que genere productos de mayor valor agregado y que aproveche los subproductos de café.

En cuanto a las plagas, la roya del café es la enfermedad más destructiva y de mayor importancia económica en los últimos años, debido a que esta enfermedad provoca la caída prematura de las hojas, propiciando la reducción de la capacidad fotosintética y así como el debilitamiento, incluso la muerte de los árboles.

Entonces, la caída de los precios aunada a la plaga tienen al sector en una crisis que genera una mayor emigración de las zonas cafetaleras a los centros urbanos. También desde la entrada del Tratado de Libre Comercio en 1994, la producción agrícola se ha visto agredida por intereses extranjeros y ha provocado el abandono del cultivo del café y cambios de uso de suelo, por la sustitución de cafetales por milpas y potreros principalmente, perdiéndose con ello importantes áreas con cubierta forestal en las zonas del centro y sureste del país.

Esto además de agudizar las condiciones de pobreza a un importante sector de la población rural mexicana se ha convertido en un importante factor de deterioro ambiental, al provocar la pérdida de áreas con cubierta forestal y de diversas especies de fauna, que sirven de hábitat para muchas especies animales, principalmente aves, mariposas, anfibios, insectos, entre otros.

Por su importancia social, económica y ambiental, en Morena vemos como prioritario que el gobierno federal apoya a los cafeticultores, en especial a los que se encuentran en condiciones socioeconómicas menos favorables. Por lo anterior, apoyamos el presente punto de acuerdo. Gracias.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Alva. Tiene ahora la palabra hasta por tres minutos, el diputado Leonardo Rafael Guirao Aguilar, del Grupo Parlamentario del Verde Ecologista.

El diputado Leonardo Rafael Guirao Aguilar:Con su venia, señor presidente. Con el debido respeto a todos mis compañeros legisladores. No sólo es la roya el problema latente y lacerante que impide la producción del café.

En fechas pasadas, para ser preciso el 15 de septiembre, sometimos a consideración, como punto de acuerdo, la creación de la Comisión Especial del Café, porque desde la producción, la comercialización y diversos factores el café está en picada.

Sé que en las arengas destinadas a convencer una colectividad se hace necesario invocar razones, pero antes hay que hacer vibrar los sentimientos, y yo soy un hijo del café, no soy un hijo ingrato.

Sé de manera positiva que son 6 millones de bultos o quintales de café que se producen al año, pero desgraciadamente ha habido una caída sensible y estrepitosa y lacerante para aquellos que viven, sobreviven y tienen fijadas sus esperanzas de vida o muerte en la producción o en la falta de ello.

Que hay datos que son certeros, prueba de análisis, y no sólo a conciencia ni verificaciones someras, de que hay un desplome y que estamos produciendo, después de que en el siglo XX, a finales, eran 6 millones de quintales de café, 3 millones 100 mil sacos de café.

Que es bien cierto que México es el primer productor de café orgánico a nivel mundial. Que también es cierto que a finales del siglo XX el segundo generador de divisas, después del petróleo, era el aromático, era el café.

Que lamentablemente hay personas que están sufriendo, que ustedes no lo ven, pero yo, como presidente municipal anterior, veía que con desesperación, a pesar de que en cuestiones de escribir o hacer los escritos pertinentes ante las instancias competentes, como es la presidencia, mis hermanos campesinos del municipio de Chilón, sin albur, en su momento me manifestaban, soportados con recetas, que estaban enfermos, pero la verdad era que se estaban muriendo de hambre.

Que Chiapas es el primer productor a nivel nacional de café orgánico, pero que estamos acompañados de la misma desgracia y concatenados en la misma desesperación con Chiapas, con Puebla, con Veracruz, con Tabasco, con Oaxaca, con Querétaro, con Jalisco, con San Luis Potosí, con Colima y con Nayarit.

La tierra y los campesinos nos están mandando un SOS. Seguro estoy que los seis foros que implementamos en Chiapas, con la ayuda de mis compañeros dirigentes, en donde la gente haciendo uso de valor y de esfuerzo, pero con la necesidad apremiante y la muerte que significa la baja producción hacían uso del micrófono en los templetes, manifestando que era necesaria la tecnificación en los viveros para cafetos más resistentes a la roya.

Es cierto que la mayoría de los productores, y hablando de manera específica en Chiapas son minifundistas. Que en su momento la tierra no se estira pero las necesidades sí.

Pero que son también actividades ancestrales. Que aunque las dependencias rectoras y en su momento exactas para la canalización de las diferentes deficiencias del café les manifiestan que hay que cambiar de cultivos, les digo que la tierra tiene un PH, que la tierra tiene las condiciones de agroinsumos necesarios para la producción de café. Y más allá que es una herencia ancestral, que es una cuestión cultural que de plano lo manejan de manera certera.

Hay un desplome significativo hasta de un 80 por ciento. Son 88 municipios de los 122 municipios en Chiapas que se dedican al café. Son 4 mil 323 comunidades.

Hay un desplome también del producto interno bruto y Chiapas lo maneja en uno de sus últimos lugares.

Pido pues, que después de esto, cuando tengamos oportunidad, que haya un punto de acuerdo para que el Ejecutivo dentro del Plan Nacional de Desarrollo otorgue un recurso no extraordinario sino etiquetado para no solo palear sino en su momento apoyar. Que es parte de la diversidad, que es parte del equilibrio ecológico, que el verde es vida y sin vida no hay presidente ni legisladores.

Que el 66 por ciento de los mexicanos de esos dos estados de la República se dedican a la producción del café y que el 66 por ciento son indígenas. Buenas tardes. (Habla en lengua regional)... con licenciado Leonardo Rafael Guirao Aguilar, diputado federal ante el Partido Verde Ecologista.

(Habla en lengua regional)... Y hago un pronunciamiento, de que la mitad de mi sueldo lo doy de todo corazón para lo que pueda servir para apoyar en asesoría o en lo que sirva para rescatar al café. Muchas gracias.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Guirao. Tiene ahora la palabra, hasta por tres minutos, el diputado Juan Fernando Rubio Quiroz, del Grupo Parlamentario del PRD.

El diputado Juan Fernando Rubio Quiroz:Con su venia, presidente. Muchas gracias. Compañeros y compañeras diputadas, el día de hoy se presenta un punto de acuerdo con gran relevancia, ya que afecta a nuestros hermanos y hermanas campesinas.

Exhortamos al Ejecutivo federal a hacer la Declaratoria de emergencia en las zonas cafetaleras y establecer un programa de apoyo a los productores y productoras afectados por la plaga de la roya. Tiene mayor relevancia para el Grupo Parlamentario del PRD, el que salgamos a defender a nuestros hermanos cafetaleros con todo el peso y el respaldo de las instituciones públicas, porque es la obligación de las instituciones públicas atender las demandas sociales, en un momento de desgracia en el cual se encuentran nuestros hermanos campesinos.

Es sabido que la roya del cafeto ha estado presente en nuestro país desde 1983, no obstante en los últimos años se ha manifestado una mayor incidencia en la zona sur, su agresividad destaca por encima de la media nacional y análisis posteriores han demostrado que es una enfermedad atípica que viene subiendo desde Colombia hasta nuestro país.

Si bien es cierto el reflejo desde la región de Centroamérica, los técnicos coinciden en algo. Una de las principales causas de la resistencia de esta enfermedad es el cambio climático. El cambio climático está siendo cada vez más evidente y se ha reflejado no solo en los ecosistemas sino también en nuestro campo.

La agresividad de esta plaga ha causado que la producción nacional haya reducido casi el 40 por ciento. Es decir pasamos de 5.8 toneladas de quintales a 3.8 millones, derivado de la epidemia. Los estados afectados son el estado de Chiapas, el estado de Veracruz y Guerrero, por mencionar algunos.

Por ello desde que se detectó este brote de roya, los cafeticultores del sur del país demandan acciones que incluyan la declaratoria de estado de emergencia y un cinturón sanitario, así como un programa intensivo de renovación de cafetales y acciones continuas de seguimiento y evaluación.

Es decir que hoy no basta vigilar, monitorear o realizar buenas prácticas para el combate a la roya, sino que es fundamental implementar una política estratégica de largo alcance que incorpore a los productores, las autoridades locales y federales, así como las diferentes entidades financieras, tanto para la protección de las plantas nativas como las plantas mejoradas.

Es por ello que desde el PRD votaremos a favor de este punto de acuerdo e invitamos a todos a que propongamos políticas para mejorar nuestro campo, y sobre todo vayamos por un campo sustentable. Muchas gracias.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Rubio. Tiene ahora la palabra hasta por tres minutos el diputado Francisco Gutiérrez de Velasco Urtaza, del Grupo Parlamentario del PAN.

El diputado Francisco José Gutiérrez de Velasco Urtaza:Con su permiso, señor presidente. Señoras y señores diputados. La producción del café es una actividad estratégica para la economía de México; y no solo eso, el café también es símbolo de identidad regional y factor clave de desarrollo de cientos de comunidades y de familias mexicanas.

Y no sólo eso, de los 12 estados productores de café, cuatro concentran la mayor cantidad: Chiapas, Veracruz, Puebla y Oaxaca, siendo Chiapas el principal productor de café de México, y Veracruz, con su Café de la Parroquia, uno de los que más consumen.

Lamentablemente existe hoy una plaga que ha devastado miles de hectáreas en este producto, el hongo de la roya. Este hongo se conoce desde hace siglo y medio y actualmente se encuentra prácticamente en todos los países productores de café del mundo.

A México llegó en 1981, detectado en Tapachula, Chiapas. Hoy en día el hongo de la roya naranja nos sitúa ante un problema grave que requiere la atención inmediata del Ejecutivo federal.

La caída de la producción del café, como consecuencia de la roya, está provocando una merma sin precedentes en el ingreso de los productores cafetaleros mexicanos, y afectará el nivel de la vida de sus familias.

De acuerdo con los datos del Colegio de Frontera Sur, Ecosur, uno de los primeros reportes del brote atípico de la roya en México, llegó en septiembre del 2012, procedente de la finca Hamburgo, en Soconusco.

A finales de este año surgió un brote en Motozintla, al otro lado de la Sierra Madre de Chiapas, y a principios de 2014, en Veracruz se reportaron más de 10 mil hectáreas afectadas.

En cuanto a los gobiernos de los estados de Chiapas, Oaxaca, Veracruz y Guerrero, solicitaron a Sagarpa que se declarara una situación de emergencia y tomara medidas extraordinarias para enfrentar el problema de la roya del café. La dependencia federal decidió no hacerlo, argumentando que este hongo está presente desde hace décadas. Esto –señoras y señores– es inadmisible.

¿Cuántas hectáreas deben de verse afectadas por el hongo de la roya para que el gobierno tome cartas en el asunto? ¿Cuántos recursos provenientes de las exportaciones del café deben perderse para que el gobierno se preocupe? Y más aún ¿cuántas familias deben de quedarse sin una fuente de sustento para que la situación sea de emergencia?

Si el gobierno federal es incapaz de atender debidamente este grave problema que afecta a la producción del café, generadora de empleo y de recursos para los mexicanos, qué puede esperarse de otras áreas del campo menos productivas.

Hay otra cuestión a considerar del total de productores del café, alrededor del 70 por ciento son indígenas con superficies de cultivo no mayores a cinco hectáreas. Esta población ha hecho del café una forma de vida y a su medio de sustentabilidad.

Si tomamos en cuenta que la mayoría de la población indígena se encuentra a un nivel de pobreza extrema, la presencia de la roya puede tener consecuencias fatales. En Acción Nacional lamentamos la diferencia de las autoridades federales ante este problema.

Por ello manifestamos nuestro voto a favor del presente punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal y hacer la declaratoria de emergencia en zonas cafetaleras y establecer un programa de apoyo a los cafetaleros afectados por la plaga de la roya. Muchas gracias.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Gutiérrez de Velasco. Tiene por último la palabra, hasta por tres minutos, el diputado Carlos Barragán Amador, del Grupo Parlamentario del PRI.

El diputado Carlos Barragán Amador:Con su venia, señor presidente, e integrantes de la Mesa Directiva. Amigas diputadas y amigos diputados, el tema del café no es un asunto menor, simplemente es el segundo producto más comercializado en el mundo después del petróleo, representa para el país apoyar a más de medio millón de productores, de los cuales casi el 60 por ciento son hablantes de lengua indígena.

Cada pueblo a donde se produce el café, existe la pobreza, y siete de cada 10 productores de café son de muy alta marginación.

México es el sexto lugar productor de café, se produce el café en 398 municipios de dos estados, y su extensión es de más de 770 mil hectáreas. Es claro que esta cadena productiva es sumamente importante para el desarrollo económico y social del país. Solicito la atención de esta declaratoria emergente y se establezcan las acciones donde coincido, se haga un repoblamiento de planta de café con variedades resistentes, que ya existen, como las variedades de catimores; insumos para controlar el PH del suelo; apoyo técnico; capacitación; y sin duda también de recursos de Sedesol, de Sagarpa y de otras dependencias para el empleo temporal.

Y pido se mantenga y se apruebe un poco más de recurso del programa de coberturas para el precio del café y que continúe esta estrategia inteligente que el presidente Peña Nieto ha impulsado.

Con estas acciones, creo, iremos combatiendo esta terrible plaga de la roya del café. Y, desde esta tribuna, solicito también a los gobernadores de los dos estados productores de este grano aromático en la misma medida desde sus Secretarías correspondientes tomen acciones en beneficio de mis compañeros productores del café. Juntos les daremos a estos más de 500 mil productores la posibilidad de seguir sembrando el campo en esta gran actividad cultural, familiar, que es el café.

Hoy, desde esta gran tribuna, tengo la oportunidad de decirles que no solamente represento a la fracción parlamentaria de mi partido en este tema, represento también como un productor más de café a esa gran extensión de familias que le da esta gran actividad.

Espero que dejemos de ver a los pobres, siendo los más pobres los productores, los campesinos del país, y que juntos podamos ir construyendo un bienestar; que junto a esos niños, a esas familias, que viven de este producto, ojalá les demos una vida digna.

A nombre de la fracción parlamentaria de mi partido, el PRI, nos sumamos y hoy y siempre estaremos a favor de los caficultores. Muchas gracias.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Barragán. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueba el acuerdo propuesto.

La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech: Por instrucciones de la Presidencia, en votación...

El diputado Julián Nazar Morales(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: A ver, permítame. Un momentito, secretaria, perdón. Allá, sonido en la curul del diputado Julián Nazar. ¿Con qué objeto, señor diputado?

El diputado Julián Nazar Morales (desde la curul): Sí, presidente, es para hacer un exhorto. Mire, nosotros somos del primer estado productor de café a nivel nacional y hablar del problema del café estamos hablando de uno de los generadores de divisa más importante de la vida nacional, pero también uno de los generadores de vida social donde está precisamente lo más sensible de nuestra gente.

En Chiapas, de más de 180 mil productores 80 mil son mujeres, son amas de casa, que velan precisamente por los intereses de sus hijos.

Yo quiero exhortar a todos los compañeros diputados, más que sacar un punto de urgente u obvia resolución para exhortar al Ejecutivo, que nos pongamos de acuerdo aquí en la Cámara y seamos nosotros con usted y con todos los coordinadores quienes asignemos el mayor presupuesto para que podamos renovar las plantaciones.

Hoy por hoy aplicar paliativos para tratar de regenerar lo que ya está perdido es perder más años de producción. Por ello es importante que desde la Cámara etiquetemos suficiente dinero para que todas las áreas que tienen que ver con el repoblamiento, con los créditos, con el apoyo de insumos, con el apoyo de plantaciones que lleguen en forma gratuita a manos de los que más lo necesitan, lo etiquetemos nosotros y no estemos buscando culpables afuera.

Seamos capaces de hacer un proyecto de unidad en la Cámara porque el 15 de noviembre van a tener la oportunidad los compañeros diputados de defender lo que en discurso están haciendo allá.

Yo le pido que por favor nos ayuden todos los coordinadores y todos los que tienen que ver con las comisiones, porque si no metemos recursos suficientes de la Cámara de vicio es que andemos gritándole a los Ejecutivos o a las dependencias, tanto federales como estatales, si no va a haber de dónde agarrar dinero.

Es cuanto, señor presidente y agradecerle por darnos la palabra, porque pedimos participar pero con ese esquema que traemos de que uno de cada una de las fracciones, nosotros representamos 210 diputados y nos va a tocar cuando le toque 100 veces pasar a los otros partidos más pequeños. Muchas gracias, presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Ya le tocó. Quedan recogidas sus expresiones y desde luego para que en su momento puedan considerarse. Ahora sí adelante secretaria, por favor.

La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica...

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: A ver, permítame un momentito. Acá sonido en la curul del diputado.

El diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez(desde la curul): Señor presidente, con el motivo de exhortar a todos los compañeros legisladores y legisladoras, como chiapaneco, a que se traduzca en hechos y no solamente palabras.

Al igual en apoyar a los gobiernos estatales a que el recurso realmente llegue a la gente. En Chiapas, es cierto, ha recibido mucho apoyo para el café pero desgraciadamente el apoyo no llega a la gente, realmente a las manos de las personas. Entonces les pido por favor que hagamos el exhorto a los gobiernos estatales, a que realmente el recurso llegue y que la gente que realmente lo necesita pueda ser beneficiada. Gracias, señor presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado. Adelante.

La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta si se aprueba el acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa...

El diputado Marco Antonio Aguilar Yunes(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: A ver, antes. Allá sonido en la curul del diputado Marco Antonio Aguilar, por favor.

El diputado Marco Antonio Aguilar Yunes (desde la curul): Buenas tardes, señor presidente, muchas gracias por permitirme hacer uso de la palabra a nombre de muchos diputados veracruzanos, que estamos preocupados también por el problema de la roya.

Nuestro estado es el segundo productor de café y allá las cosas en el campo son muy diferentes a como las podemos percibir. Los campesinos necesitan justicia y nuestra bancada está totalmente de acuerdo con otorgársela.

Córdoba es un productor de café natural, mi distrito; Coatepec, Zongolica, Huatusco, Coscomatepec incluso y muchas otras zonas más que requieren de la atención y que comparto la visión del diputado Nazar en lo que se ha referido. Necesitamos recursos, necesitamos atender a nuestros campesinos, tienen hambre, necesitan tener atención.

La roya no es nada más de un día, son tres años para que la planta vuelva a dar fruto y aquí en la Cámara debemos procurar por los miles de empleos y miles de ciudadanos que viven del café, en particular en mi estado y en mi distrito de donde provengo.

Quiero exhortarlos por ello, compañeros, a que nos sumemos a esto y sobre todo a que los recursos lleguen a quien lo necesita, al productor y con ello saquemos de este problema a muchas familias que lo requieren.

Por eso mi partido está de acuerdo y nuestra bancada también lo está en Veracruz. Gracias, señor presidente, muy buenas tardes.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Aguilar.

El diputado Manuel Jesús Clouthier Carrillo(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Allá sonido en la curul del diputado Clouthier, por favor.

El diputado Manuel Jesús Clouthier Carrillo (desde la curul): Gracias, presidente. Básicamente es en solidaridad con lo que se ha planteado, pero insistir en un concepto de carácter preventivo, la necesidad de asignarle también recursos a todas las tareas de sanidad vegetal, para no tener que estarlo haciendo de manera correctiva, como hoy se está ya ante una situación de un problema de sanidad vegetal, que pudo haberse atendido mucho tiempo antes. Gracias, presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias.

El diputado Vitalico Cándido Coheto Martínez(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: A ver, sonido en la curul del diputado Cándido Coheto. Ahí va, ahí va. Ahí está ya.

El diputado Vitalico Cándido Coheto Martínez (desde la curul): Gracias, señor presidente. Para invitar a todos los compañeros diputados para que en la revisión del Presupuesto asignemos recursos para ir en auxilio de los cafeticultores, que hoy por hoy están atravesando por una seria crisis.

La roya ha acabado con las plantaciones de cafetos y en muchos de los pueblos no tendrán cosecha para el próximo corte que debía ser en diciembre y enero.

Debemos, de igual manera, tener programas de prevención, pero sobre todo, ahorita para resarcir esas pérdidas reponer plantaciones y realizar un brigadeo permanente para evitar que esta plaga siga avanzando.

Compañeros diputados, los cafeticultores son de los campesinos más abandonados, cuando saboreamos una rica taza de café atrás de ese aromático hay trabajo, pero ahora hay angustia, los cafetos se están muriendo. Vamos todos en auxilio de esos campesinos. Muchas gracias.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Coheto.

El diputado Julio Saldaña Morán(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Sonido en la curul del diputado Julio Saldaña.

El diputado Julio Saldaña Morán (desde la curul): Gracias, diputado presidente. Veo la coincidencia que todos tenemos en apoyar a los productores del café. De igual manera, soy de Veracruz y no podría dejar pasar por alto, que si les dejamos a las áreas administrativas que lo resuelvan y no lo resolvemos aquí de manea consciente, fuerte un buen presupuesto para resolver y apoyar e impulsar, no lo van a hacer, como ya estamos viendo el resultado.

Hagamos lo posible, todos los que coincidimos y somos de los estados productores del café, que desde el presupuesto mandatemos para que le demos atención al gran problema que hoy vivimos. Gracias.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Saldaña. Después de concluida de facto esta segunda ronda de intervenciones, ahora sí concluya el procedimiento, diputada secretaria, por favor.

La Secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech:Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Diputado presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Aprobado. Comuníquese.

Proceda la Secretaría a dar lectura al acuerdo de la Junta de Coordinación Política.



ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se exhorta a la Procuraduría General de la República para que abra otra línea de investigación por el delito de desaparición forzada de personas, en perjuicio del ciudadano Manuel Serrano Vallejo.

La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 33, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta a consideración del Pleno el siguiente:

Acuerdo

Primero. Se exhorta al Procuraduría General de la República para que abra otra línea de investigación por el delito de desaparición forzada de personas, en perjuicio del ciudadano Manuel Serrano Vallejo, realizando las investigaciones correspondientes contra quienes han sido señalados como responsables, sin importar el cargo que desempeñen o hayan desempeñado.

Segundo.Se exhorta a las autoridades competentes, Procuraduría General de la República, Poder Judicial del Estado de México y Poder Judicial de la Federación, para que el proceso penal del ciudadano Manuel Serrano Vallejo se separe, se conozca y se desahoguen pruebas de manera individual.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de octubre de 2015.— Diputado César Octavio Camacho Quiroz (rúbrica p.a.), Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; diputado Marko Antonio Cortés Mendoza (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; diputado Francisco Martínez Neri (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; diputado Jesús Sesma Suárez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; diputada Norma Rocío Nahle García (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario de Movimiento de Regeneración Nacional; diputado José Clemente Castañeda Hoeflich (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano; diputado Luis Alfredo Valles Mendoza (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza; diputado Alejandro González Murillo (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.»

En votación económica se pregunta si se aprueban. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Aprobado. Comuníquese.

Sí, sonido ahí en la curul de la diputada Serrano.

La diputada Maricela Serrano Hernández(desde la curul): Gracias, señor presidente. Solo para agradecer esta solidaridad que muestran hoy los diputados. Hoy se cumplen dos años del secuestro de mi señor padre y es la fecha en que no tenemos ninguna investigación.

Este exhorto que hoy hace la Cámara de Diputados espero tenga el éxito necesario para que la autoridad correspondiente realmente investigue y castigue a los culpables de este secuestro político que ocurrió en el Estado de México. Muchas gracias a todos por esta solidaridad.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Serrano. Quedan consignadas sus expresiones.



INICIATIVAS Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: En términos de los artículos 100 y 102 del Reglamento, las iniciativas y proposiciones contenidas en el orden del día serán turnadas a las comisiones que correspondan(*), publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria.

Además, se les informa a las y los diputados, que se pide a los proponentes de iniciativas que expresen a la Secretaría su autorización para recibir desde hoy y hasta la siguiente sesión ordinaria las solicitudes de adhesión que se pudieran presentar, que son elementos de procedimiento nuevo que se expresa aquí.

Asimismo, se invita a los proponentes de efemérides para que entreguen a la Secretaría los textos respectivos para su incorporación al Diario de los Debates.



CLAUSURA Y CITA

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: (a las 15:53): Se levanta la sesión y se cita para que tendrá lugar el próximo jueves 8 de octubre de 2015 a las 11 horas, informándoseles que el registro de asistencia se hará en los lectores biométricos que estarán disponibles desde las 9:30 horas en el vestíbulo del salón de sesiones.

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RESUMEN DE TRABAJOS

• Tiempo de duración de la sesión: 4 horas con 18 minutos

• Quórum a la apertura de la sesión: 431 diputadas y diputados

• Comunicaciones oficiales: 35

• Toma de protesta: 2

• Iniciativas de senadores: 2

• Iniciativas de diputadas y diputados: 17

• Acuerdos de los órganos de gobierno: 2 de la Junta de Coordinación Política

• Proposiciones de urgente u obvia resolución: 2

• Diputadas y diputados que participaron durante la sesión: 44

1 PES

5 NA

5 MC

6 Morena

4 PVEM

9 PRD

6 PAN

8 PRI

DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
(en orden alfabético)

Alva y Alva, Miguel (Morena)
Para la discusión de la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a fin de hacer la declaratoria de emergencia en zonas cafetaleras y se establezca un programa de apoyo a los cafetaleros afectados por la plaga de la roya del café: 232
Barón Ortiz, Natalia Karina (PRD)
Para presentar la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a fin de hacer la declaratoria de emergencia en zonas cafetaleras y se establezca un programa de apoyo a los cafetaleros afectados por la plaga de la roya del café: 228
Barragán Amador, Carlos (PRI)
Para la discusión de la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a fin de hacer la declaratoria de emergencia en zonas cafetaleras y se establezca un programa de apoyo a los cafetaleros afectados por la plaga de la roya del café: 235
Briones Pérez, Erika Irazema (PRD)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 6o. de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia: 111
Campa Almaral, Carmen Victoria (NA)
Para referirse al acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta a los gobiernos de las entidades federativas, a través de las Secretarías de Salud locales, a fortalecer los programas de tamizaje para la detección temprana del cáncer de mama: 216
Castro Vázquez, Rogerio (Morena)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 146
Contreras Julián, Maricela (PRD)
Para la discusión de la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las 32 entidades federativas, a transversalizar la perspectiva de género en sus programas operativos anuales para el 2016: 225
Corichi García, Claudia Sofía (MC)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 152
Cortés Mendoza, Marko Antonio (PAN)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 35, 41, 73 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 104
Cuenca Ayala, Sharon María Teresa (PVEM)
Para referirse al acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta a los gobiernos de las entidades federativas, a través de las Secretarías de Salud locales, a fortalecer los programas de tamizaje para la detección temprana del cáncer de mama: 216
De León Villard, Sasil Dora Luz (PVEM)
Para la discusión de la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las 32 entidades federativas, a transversalizar la perspectiva de género en sus programas operativos anuales para el 2016: 225
García Yáñez, Ángel (NA)
Para la discusión de la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a fin de hacer la declaratoria de emergencia en zonas cafetaleras y se establezca un programa de apoyo a los cafetaleros afectados por la plaga de la roya del café: 231
Garzón Canchola, Refugio Trinidad (PRD)
Para solicitar apoyo por las lluvias atípicas en los municipios de Cajeme, Guaymas y Empalme, en el estado de Sonora, desde la curul: 24
Guerra Mota, Moisés (MC)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 9o. de la Ley de Expropiación: 120
Guirao Aguilar, Leonardo Rafael (PVEM)
Para la discusión de la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a fin de hacer la declaratoria de emergencia en zonas cafetaleras y se establezca un programa de apoyo a los cafetaleros afectados por la plaga de la roya del café: 233
Gutiérrez de Velasco Urtaza, Francisco José (PAN)
Para la discusión de la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a fin de hacer la declaratoria de emergencia en zonas cafetaleras y se establezca un programa de apoyo a los cafetaleros afectados por la plaga de la roya del café: 234
Guzmán Lagunes, Noemí Zoila (PRI)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Agraria, de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable y de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable: 182
Hernández Colín, Norma Xochitl (Morena)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 108 del Código Fiscal de la Federación: 202
Huerta Villegas, Genoveva (PAN)
Para la discusión de la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las 32 entidades federativas, a transversalizar la perspectiva de género en sus programas operativos anuales para el 2016: 226
López Sánchez, Sergio (PRD)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General de Consulta Previa a los Pueblos y Comunidades Indígenas: 191
Madrigal Sánchez, Araceli (PRD)
Para referirse al acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta a los gobiernos de las entidades federativas, a través de las Secretarías de Salud locales, a fortalecer los programas de tamizaje para la detección temprana del cáncer de mama: 215
Marrón Agustín, Luis Gilberto (PAN)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 210
Martínez Guzmán, Norma Edith (PES)
Para la discusión de la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las 32 entidades federativas, a transversalizar la perspectiva de género en sus programas operativos anuales para el 2016: 221
Martínez Urincho, Alberto (PRD)
Para solidarizarse con el pueblo de Guatemala, por los lamentables hechos ocurridos en el municipio de Santa Catarina, desde la curul: 24
Méndez Salas, Jesús Rafael (NA)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: 122
Nahle García, Norma Rocío (Morena)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 46 y décimo octavo transitorio de la Ley de Hidrocarburos: 116
Nazar Morales, Julián (PRI)
Para referirse al acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a fin de hacer la declaratoria de emergencia en zonas cafetaleras y se establezca un programa de apoyo a los cafetaleros afectados por la plaga de la roya del café: 236
Ochoa Avalos, María Candelaria (MC)
Para la discusión de la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las 32 entidades federativas, a transversalizar la perspectiva de género en sus programas operativos anuales para el 2016: 223
Orozco Sánchez Aldana, José Luis (PRI)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 162 del Código Penal Federal y 31 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos: 129
Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly (PRI)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Cámara de Diputados: 85
Padilla Avila, Karina (PAN)
Para referirse al acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta a los gobiernos de las entidades federativas, a través de las Secretarías de Salud locales, a fortalecer los programas de tamizaje para la detección temprana del cáncer de mama: 216
Plascencia Pacheco, Laura Nereida (PRI)
Para la discusión de la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las 32 entidades federativas, a transversalizar la perspectiva de género en sus programas operativos anuales para el 2016: 227
Ramírez Nachis, Rosa Alba (MC)
Para referirse al cáncer de mama, desde la curul: 104
Ramírez Nachis, Rosa Alba (MC)
Para referirse al acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta a los gobiernos de las entidades federativas, a través de las Secretarías de Salud locales, a fortalecer los programas de tamizaje para la detección temprana del cáncer de mama: 215
Rentería Medina, Flor Estela (PRI)
Para referirse al acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta a los gobiernos de las entidades federativas, a través de las Secretarías de Salud locales, a fortalecer los programas de tamizaje para la detección temprana del cáncer de mama: 217
Reyes Ávila, Angélica (NA)
Para la discusión de la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las 32 entidades federativas, a transversalizar la perspectiva de género en sus programas operativos anuales para el 2016: 222
Rodríguez Hernández, Erika Araceli (PRI)
Para presentar la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las 32 entidades federativas, a transversalizar la perspectiva de género en sus programas operativos anuales para el 2016: 218
Rubio Quiroz, Juan Fernando (PRD)
Para la discusión de la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a fin de hacer la declaratoria de emergencia en zonas cafetaleras y se establezca un programa de apoyo a los cafetaleros afectados por la plaga de la roya del café: 234
Sánchez Meza, María Luisa (PAN)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 19 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: 133
Trejo Flores, Mariana (Morena)
Para referirse al acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta a los gobiernos de las entidades federativas, a través de las Secretarías de Salud locales, a fortalecer los programas de tamizaje para la detección temprana del cáncer de mama: 216
Villa González, Concepción (Morena)
Para la discusión de la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las 32 entidades federativas, a transversalizar la perspectiva de género en sus programas operativos anuales para el 2016: 224
Zambrano Grijalva, José de Jesús (PRD)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General de Remuneraciones de los Servidores Públicos, Reglamentaria del Artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 138
Zamora Morlet, Enrique (PVEM)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 52 de la Ley de Migración: 114
Zamora Zamora, Salvador (MC)
Para la discusión de la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a fin de hacer la declaratoria de emergencia en zonas cafetaleras y se establezca un programa de apoyo a los cafetaleros afectados por la plaga de la roya del café: 231
Zetina Aguiluz, Manuel Alexander (NA)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General de Gestión Escolar para la Educación Pública Básica: 158