Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXIII Legislatura
Correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidenta

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez
Directora del
Diario de los Debates
Eugenia García Gómez
Año II
México, DF, jueves 27 de abril de 2017
Sesión No. 29-I

SUMARIO


INICIATIVAS Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que corresponde a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del jueves 27 de abril de 2017, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados

INICIATIVAS

LEY DE AGUAS NACIONALES

De la diputada Nancy Guadalupe Sánchez Arredondo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 33 de la Ley de Aguas Nacionales. Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

De los diputados Cristina Ismene Gaytán Hernández y José de Jesús Zambrano Grijalva, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, la iniciativa con proyecto de decreto que deroga el párrafo octavo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, LEY PARA REGULAR LAS SOCIEDADES DE INFORMACIÓN CREDITICIA Y CÓDIGO CIVIL FEDERAL

De las diputadas Sylvana Beltrones Sánchez, Gloria Himelda Félix Niebla y Azul Etcheverry Aranda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia y del Código Civil Federal. Se turna a las Comisiones Unidas de Derechos de la Niñez, y de Justicia, para dictamen, y a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para opinión

PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

SE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL A EXENTAR DE TODO PAGO A LAS MUJERES EMBARAZADAS QUE RECIBAN O HAYAN RECIBIDO SERVICIOS DE ATENCIÓN DE EMERGENCIAS OBSTÉTRICAS EN LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS DE SALUD

De la diputada Delia Guerrero Coronado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a exentar de todo pago a las mujeres embarazadas que reciban o hayan recibido servicios de atención de emergencias obstétricas en las instituciones públicas de salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

SE EXHORTA A LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA PARA QUE AUTORICE Y OTORGUE EL USO DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN DEL MEZCAL AL ESTADO DE AGUASCALIENTES

Del diputado Jorge López Martín, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SE, a efecto de que se autorice y otorgue el uso de la denominación de origen del mezcal al estado de Aguascalientes. Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen

SE EXHORTA A LA SECRETARÍA DE SALUD A INTENSIFICAR LAS CAMPAÑAS DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN AL CÁNCER DE PRÓSTATA

Del diputado Carlos Lomelí Bolaños, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a intensificar las campañas de prevención y atención al cáncer de próstata. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

SE EXHORTA A LA COMISIÓN DE CULTURA DEL SENADO PARA QUE, DENTRO DEL DICTAMEN PARA LA CREACIÓN DE LA LEY DE CULTURA, CONSIDERE LA ENUNCIACIÓN DE DERECHOS CULTURALES COMO SE PROPONE EN EL PROYECTO DE DECRETO CORRESPONDIENTE A LA CÁMARA DE DIPUTADOS

Del diputado Luis Ernesto Munguía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión de Cultura del Senado de la República para que, dentro del dictamen para la creación de la Ley de Cultura, considere la enunciación de derechos culturales como se propone en el proyecto de decreto correspondiente a la Cámara de Diputados. Se turna a la Comisión de Cultura y Cinematografía, para dictamen

IMPLEMENTACIÓN DE MEDIDAS QUE GARANTICEN MEJORES CONDICIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN BÁSICA, MEDIA SUPERIOR Y SUPERIOR

Del diputado Jesús Rafael Méndez Salas, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, la proposición con punto de acuerdo relativo a la implementación de medidas que garanticen mejores condiciones en materia de seguridad para los estudiantes de educación básica, media superior y superior. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen

SE EXHORTA AL COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN A MODIFICAR LOS LINEAMIENTOS PARA LAS ASIGNACIONES DE VIÁTICOS Y PASAJES AÉREOS EN COMISIONES INTERNACIONALES

De la diputada Georgina Trujillo Zentella, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Comité de Administración de esta soberanía, a fin de modificar los lineamientos para las asignaciones de viáticos y pasajes aéreos en comisiones internacionales. Se turna a la Junta de Coordinación Política, para su atención

SE EXHORTA A LA SECRETARÍA DE SALUD A PUBLICAR EL PROY-NOM-048-SSA2-2016, EN MATERIA DE DETECCIÓN, DIAGNÓSTICO, TRATAMIENTO Y VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA DEL CRECIMIENTO PROSTÁTICO BENIGNO Y EL CÁNCER DE PRÓSTATA

De la diputada Kathia María Bolio Pinelo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a publicar el PROY-NOM-048-SSA2-2016, en materia de detección, diagnóstico, tratamiento y vigilancia epidemiológica del crecimiento prostático benigno y el cáncer de próstata. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

SE EXHORTA A LA FISCALÍA ESPECIAL PARA LA ATENCIÓN DE DELITOS COMETIDOS CONTRA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN, PARA ATRAER EL CASO DE LOS PERIODISTAS NEHEMÍAS JIMÉNEZ Y JOSÉ DAVID MORALES GÓMEZ, VÍCTIMAS DE LOS ACTOS DELICTIVOS QUE TUVIERON LUGAR EN TUXTLA GUTIÉRREZ, CHIAPAS

De los diputados Ángel Antonio Hernández de la Piedra y Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión, para atraer el caso de los periodistas Nehemías Jiménez y José David Morales Gómez, víctimas de los actos delictivos que tuvieron lugar en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

SE EXHORTA AL GOBIERNO DE TAMAULIPAS PARA QUE HAGA PÚBLICO EL EJERCICIO PRESUPUESTAL DE LOS PRINCIPALES PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA DE LOS EJERCICIOS 2013 AL 2016, A CARGO DEL INSTITUTO TAMAULIPECO DEL DEPORTE

Del diputado Gustavo Adolfo Cárdenas Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno de Tamaulipas para que haga público el ejercicio presupuestal de los principales programas y proyectos de inversión pública de los ejercicios 2013 al 2016 a cargo del Instituto Tamaulipeco del Deporte, y dé máxima publicidad a la información estadística e indicadores de gestión correspondientes. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen

SE EXHORTA A LA SHCP PARA QUE HAGA PÚBLICAS LAS BASES Y LINEAMIENTOS DE LA LICITACIÓN DEL PROYECTO REHABILITACIÓN, AMPLIACIÓN, MODERNIZACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA DE EDUCACIÓN BÁSICA EN MÉXICO

Del diputado Luis Alfredo Valles Mendoza, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP, para que haga públicas las bases y lineamientos de la licitación del proyecto Rehabilitación, Ampliación, Modernización y Mantenimiento de la Infraestructura Física de Educación Básica en México. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen

RELATIVO A LA IMPLEMENTACIÓN DE UN PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN DEFINITIVA DE VEHÍCULOS USADOS DE PROCEDENCIA EXTRANJERA, INTERNADOS EN BAJA CALIFORNIA

De la diputada María Eloísa Talavera Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo relativo a la implementación de un programa de regularización definitiva de vehículos usados de procedencia extranjera, internados en el estado de Baja California. Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen

RELATIVO A ESTABLECER, MEJORAR Y FLEXIBILIZAR LOS MECANISMOS E INSTRUMENTOS FINANCIEROS PARA LOS PEQUEÑOS PRODUCTORES DEL CAMPO

De la diputada Carmen Victoria Campa Almaral, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, la proposición con punto de acuerdo relativo a establecer, mejorar y flexibilizar los mecanismos e instrumentos financieros para los pequeños productores del campo. Se turna a la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego, para dictamen

RELATIVO A LA IMPLEMENTACIÓN DE ESTRATEGIAS EFICACES PARA FORTALECER LAS POLÍTICAS DE SEGURIDAD PÚBLICA Y LAS ACCIONES EN MATERIA DE PREVENCIÓN DEL DELITO

De la diputada María Eloísa Talavera Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo relativo a la implementación de estrategias eficaces para fortalecer las políticas de seguridad pública y las acciones en materia de prevención del delito. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen

RELATIVO A LA IMPLEMENTACIÓN DE PANELES SOLARES EN LAS ESCUELAS PÚBLICAS QUE SE ENCUENTREN EN REGIONES DONDE NO EXISTA COBERTURA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

De la diputada María Eugenia Ocampo Bedolla, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, la proposición con punto de acuerdo relativo a la implementación de paneles solares en las escuelas públicas que se encuentren en regiones donde no exista cobertura de energía eléctrica. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen

SE EXHORTA A LA SECRETARÍA DE SALUD A IMPLEMENTAR CAMPAÑAS DE PREVENCIÓN Y DE DIAGNÓSTICO OPORTUNO DEL TRASTORNO DE ANSIEDAD

De la diputada Karina Sánchez Ruiz, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a implementar campañas de prevención y de diagnóstico oportuno del trastorno de ansiedad. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen





INICIATIVAS Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

«Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que corresponde a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del jueves 27 de abril de 2017, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados.

Con fundamento en los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se informa a la honorable Asamblea los turnos dictados a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo, registradas en el orden del día del 27 de abril de 2017 y que no fueron abordadas.(*)

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de abril de 2017.— Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez (rúbrica), Presidenta.»

«Iniciativas con proyecto de decreto

1. Que reforma el artículo 33 de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo de la diputada Nancy Guadalupe Sánchez Arredondo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Recursos Hidráulicos, para dictamen.

2. Que deroga el párrafo octavo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Cristina Ismene Gaytán Hernández y José de Jesús Zambrano Grijalva, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno: Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

3. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia y del Código Civil Federal, suscrita por las diputadas Sylvana Beltrones Sánchez, Gloria Himelda Félix Niebla y Azul Etcheverry Aranda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional

Turno: Comisiones Unidas de Derechos de la Niñez, y de Justicia, para dictamen, y a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para opinión.

Proposiciones con punto de acuerdo

1. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a exentar de todo pago a las mujeres embarazadas que reciban o hayan recibido servicios de atención de emergencias obstétricas en las instituciones públicas de salud, a cargo de la diputada Delia Guerrero Coronado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Salud, para dictamen.

2. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SE, a efecto de que se autorice y otorgue el uso de la denominación de origen del mezcal al estado de Aguascalientes, a cargo del diputado Jorge López Martín, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Economía, para dictamen.

3. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a intensificar las campañas de prevención y atención al cáncer de próstata, a cargo del diputado Carlos Lomelí Bolaños, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Salud, para dictamen.

4. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Cultura del Senado de la República para que dentro del dictamen para la creación de la Ley de Cultura, considere la enunciación de derechos culturales como se propone en el proyecto de decreto correspondiente de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado Luis Ernesto Munguía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Cultura y Cinematografía, para dictamen.

5. Con punto de acuerdo, relativo a la implementación de medidas que garanticen mejores condiciones en materia de seguridad para los estudiantes de educación básica, media superior y superior, a cargo del diputado Jesús Rafael Méndez Salas, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Turno: Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.

6. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Comité de Administración de esta soberanía, a fin de modificar los lineamientos para las asignaciones de viáticos y pasajes aéreos en comisiones internacionales, a cargo de la diputada Georgina Trujillo Zentella, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Junta de Coordinación Política, para su atención

7. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a publicar el PROY-NOM-048-SSA2-2016, en materia de detección, diagnóstico, tratamiento y vigilancia epidemiológica del crecimiento prostático benigno y el cáncer de próstata, a cargo de la diputada Kathia María Bolio Pinelo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Salud, para dictamen.

8. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la libertad de expresión, a atraer el caso de los periodistas Nehemías Jiménez y José David Morales Gómez, víctimas de los actos delictivos que tuvieron lugar en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, suscrito por los diputados Ángel Antonio Hernández de la Piedra y Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.

9. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno de Tamaulipas, para que haga público el ejercicio presupuestal de los principales programas y proyectos de inversión pública de los ejercicios 2013 al 2016 a cargo del Instituto Tamaulipeco del Deporte y dé máxima publicidad a la información estadística e indicadores de gestión correspondientes, a cargo del diputado Gustavo Adolfo Cárdenas Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.

10. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP, para que haga públicas las bases y lineamientos de la licitación del proyecto Rehabilitación, Ampliación, Modernización y Mantenimiento de la Infraestructura Física de Educación Básica en México, a cargo del diputado Luis Alfredo Valles Mendoza, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Turno: Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.

11. Con punto de acuerdo, relativo a la implementación de un programa de regularización definitiva de vehículos usados de procedencia extranjera, internados en el estado de Baja California, a cargo de la diputada María Eloísa Talavera Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Economía, para dictamen.

12. Con Punto de acuerdo relativo a establecer, mejorar y flexibilizar los mecanismos e instrumentos financieros para los pequeños productores del campo, a cargo de la diputada Carmen Victoria Campa Almaral, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Turno: Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego, para dictamen.

13. Con punto de acuerdo, relativo a la implementación de estrategias eficaces para fortalecer las políticas de seguridad pública y las acciones en materia de prevención del delito, a cargo de la diputada María Eloísa Talavera Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.

14. Con punto de acuerdo, relativo a la implementación de paneles solares en las escuelas públicas que se encuentren en regiones donde no exista cobertura de energía eléctrica, a cargo de la diputada María Eugenia Ocampo Bedolla, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Turno: Comisión de Energía, para dictamen.

15. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaria de Salud, a implementar campañas de prevención y de diagnóstico oportuno del trastorno de ansiedad, a cargo de la diputada Karina Sánchez Ruiz, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Turno: Comisión de Salud, para dictamen.»

INICIATIVAS



LEY DE AGUAS NACIONALES

«Iniciativa que reforma el artículo 33 de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo de la diputada Nancy Guadalupe Sánchez Arredondo, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, Nancy Guadalupe Sánchez Arredondo, diputada federal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 6, numeral 1, fracción I; 77; 78 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la presente: iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 33 de laLey de Aguas Nacionales,al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El agua es un recurso indispensable para la vida y un factor determinante para el bienestar social y la productividad económica, especialmente tratándose de las actividades del sector primario.

En virtud de su importancia para la preservación de la vida y la economía en todas sus dimensiones, el acceso al agua es uno de los derechos reconocidos por la Constitución, las leyes mexicanas, así como por diversos tratados internacionales que constituyen la Ley Suprema de toda la Unión. Desde febrero 2012, México forma parte de los países que incluyen dentro de su Constitución este derecho, al instituir en su Artículo 4o. que:

Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.

A nivel internacional, diversos instrumentos consignan el compromiso de las naciones para garantizar este derecho fundamental.

El 28 de julio de 2010, a través de la Resolución 64/292, la Asamblea General de las Naciones Unidas reconoció explícitamente el derecho humano al agua y al saneamiento, reafirmando que un agua potable limpia y el saneamiento son esenciales para la realización de todos los derechos humanos. Esta resolución exhorta a los Estados y organizaciones internacionales a proporcionar recursos financieros, a propiciar la capacitación y la transferencia de tecnología para ayudar a los países, en particular a los países en vías de desarrollo, a proporcionar un suministro de agua potable y saneamiento saludable, limpio, accesible y asequible para todos.

Adicionalmente, México ha ratificado diversos tratados internacionales que tienen por objeto asegurar el derecho humano al agua, entre los que se encuentran:

• La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, aprobada en 1979 (art. 14 2).

• El Convenio Número 161 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre los servicios de salud en el trabajo, aprobado en 1985.

• La Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada en 1989 (arts. 24 y 27 3)

• La Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, aprobada en 2006.

En resumen, nuestro marco constitucional y el derecho internacional obligan al Estado mexicano a garantizar el acceso al agua en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible.

El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 consigna el compromiso del Gobierno de la República con el cuidado de los recursos hídricos del país, al establecer como uno de sus objetivos “el implementar un manejo sustentable del agua, haciendo posible que todos los mexicanos tengan acceso a ese recurso”. En ese sentido, dos de las líneas de acción para lograr dicho objetivo consisten en:

1) Asegurar agua suficiente y de calidad adecuada para garantizar el consumo humano y la seguridad alimentaria.

2) Ordenar el uso y aprovechamiento del agua en cuencas y acuíferos afectados por déficit y sobreexplotación, propiciando la sustentabilidad sin limitar el desarrollo.

3) Fortalecer el marco jurídico para el sector de agua potable, alcantarillado y saneamiento.

4) Rehabilitar y ampliar la infraestructura hidroagrícola.

De manera consistente con estos propósitos, el Gobierno del Presidente Enrique Peña Nieto ha puesto en marcha acciones relevantes para asegurar un aprovechamiento sustentable del agua en beneficio de los mexicanos. De 2013 a 2016 el Gobierno de la República ha incrementado sustancialmente los recursos destinados a la infraestructura hídrica para un manejo integral y sustentable del agua, con la participación de los sectores público y privado. Asimismo, amplió la protección de cuerpos de agua con el fin de poder disponer de agua en cantidad y calidad suficientes.

Lo anterior ha dado como resultado que el porcentaje de cobertura nacional de agua potable se ubique en el 92.5 por ciento, beneficiando 110.4 millones de habitantes, es decir, más de cuatro millones de usuarios más desde el inicio de este sexenio.

Desde el punto de vista de la agricultura, el agua es un elemento esencial para el aprovechamiento de la tierra y la producción de alimentos. Consciente de ello, el Gobierno de la República se ha concentrado en rehabilitar e incrementar la infraestructura hidroagrícola, a través de la incorporación de 58,151 hectáreas a los sistemas de riego, la rehabilitación y/o modernización 176,380 hectáreas en distritos y unidades de riego, así como la incorporación de 23,059 hectáreas a los esquemas de temporal tecnificado.

Estas acciones han sido claves para aumentar la productividad agropecuaria de nuestro país, en la medida en que se les dota de mayores herramientas a los hombres y mujeres del campo, para seguir contribuyendo a la economía nacional.

A pesar de ser un derecho constitucional y los avances alcanzados por el Gobierno de la República en materia de acceso al agua, la insuficiencia de este recurso sigue siendo un reto que, si no asumimos responsablemente con una visión de largo plazo, puede comprometer el ejercicio de otros derechos, el bienestar social y el desarrollo sustentable de nuestro país.

Al tratarse de un recurso vital y escaso, el agua es frecuentemente motivo de disputas entre los distintos actores sociales y económicos, los cuales buscan explotar a este recurso para la realización de sus actividades. Por esta razón, los recursos hídricos forman parte de la propiedad originaria de la Nación, en términos de lo dispuesto en el Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y, en consecuencia, objeto de una regulación especial por parte del Estado.

En México, el mayor número de los títulos para la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales corresponden al sector agrícola, con aproximadamente el 80 por ciento del agua concesionada a ese sector, el 16 por ciento corresponde a las ciudades y el restante para la industria, según datos del Registro Público de Derechos de Agua.

La preponderancia del uso agrícola sobre cualquier otro uso no es fortuita, pues no solo se trata de la actividad de la que depende la producción de alimentos, sino que también es la que menos contamina y la que más favorece al ciclo natural del agua.

Planteamiento del problema

En los últimos años, nuestro país se ha hecho un destino atractivo para las inversiones de diversas industrias, lo cual sin duda resulta benéfico para la economía nacional. No obstante, debe ponerse especial atención en que estas industrias no comprometan los recursos hídricos de nuestro país, especialmente en entidades como las del norte que, por sus propias condiciones geográficas y fenómenos como el cambio climático, han sido mayormente afectados por problemas como la sequía y la desertificación.

Este tipo de fenómenos afectan severamente a la agricultura, especialmente a los cultivos de frijol y maíz, en los que se emplean miles de personas en el norte del país. El rendimiento de estos dos productos agropecuarios guarda una estrecha relación con las precipitaciones. En otras palabras, mientras más llueve, se produce una mayor cantidad de frijol y de maíz.

En 2012, la falta de lluvias en 19 entidades del país provocó un daño económico de 15,000 millones de pesos por las hectáreas perdidas de maíz y frijol. No existe un cálculo exacto de las pérdidas que la actual temporada de sequía ha traído; lo que es cierto, es que los gobiernos deberán tener la capacidad de garantizar el interés público en el aprovechamiento del agua y conciliar los legítimos intereses de la sociedad, los campesinos y, por supuesto, de las empresas que necesitan del agua para su funcionamiento.

Los retos en ese sentido son plenamente vigentes. Por ejemplo, en enero de 2016, la firma estadounidense Constellation Brands, una de las principales empresas cerveceras en el mundo, anunció su intención de construir una planta con capacidad de 10 millones de hectolitros (mil millones de litros), en el municipio de Mexicali, Baja California, para lo cual destinaría una inversión por 1,500 millones de dólares.

Sin duda alguna, el que una empresa se fije en México para invertir y crear empleos representa una buena noticia, siempre y cuando se cumplan con las condiciones para generar un beneficio social, entre ellas, cuestiones como el cuidado del medio ambiente, el respeto a los derechos humanos y la protección laboral.

El problema es que industrias como la cervecera reclaman para sí una gran cantidad de agua para poder desarrollarse. Se estima que producir un litro de cerveza requiere de tres litros de agua, lo que significa que, en el caso de Mexicali Baja California, tendrían que ceder tres mil millones de litros de agua, tan solo para satisfacer las necesidades de la nueva planta cervecera en su primera fase de producción.

Baja California es hoy en día uno de los estados de la República mayormente afectados por la sequía, el agotamiento y la sobreexplotación de sus mantos acuíferos. De acuerdo con el último reporte del Monitor de Sequía en México, dado a conocer por Servicio Meteorológico Nacional el 31 de enero de 2017, cuatro de los cinco municipios de Baja California se ubican en la categoría de sequía severa (D2), entre ellos el de Mexicali.

Ante esta situación, diversas organizaciones sociales y campesinas se han manifestado en contra de la construcción de la planta cervecera y han exigido dar marcha atrás con el proyecto.

El gobierno federal, por su parte, a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Comisión Nacional del Agua (Conagua), ha entablado un diálogo con los actores inconformes para tratar de encontrar soluciones al conflicto. Lo que vale la pena resaltar es que, en estos encuentros, los funcionarios del Gobierno Federal han precisado que la empresa cervecera no cuenta con ningún título de concesión para la explotación de agua en la entidad y, ante la escasez del líquido en el estado, tampoco existe la posibilidad de que la autoridad federal expida nuevos títulos.

De esta manera, la única opción que se vislumbra para asegurar el abasto de agua de la planta, consiste en que los actuales poseedores de los títulos de concesión para la explotación, uso o aprovechamiento de agua en el estado, le transfieran sus derechos a la empresa cervecera, lo cual inevitablemente conllevaría a una modificación del tipo de uso autorizado originalmente en el título de concesión, que según la legislación vigente puede ser agrícola, ambiental, consuntivo, doméstico, en acuacultura, industrial, pecuario o público urbano.

Algunos campesinos ya han denunciado que han sido víctimas de hostigamiento y presión para ceder sus derechos. Otro riesgo latente es que el gobierno del estado o del ayuntamiento, transfiera la titularidad de los derechos que posee, con lo cual comprometería el suministro de agua en la región.

Estas irregularidades nos llaman a dar seguimiento a los acontecimientos que están en curso en Baja California, pero más aún, son un llamado a fortalecer el marco jurídico para proteger a nuestras campesinas y campesinos, así como a establecer candados para garantizar el aprovechamiento sustentable del agua, en beneficio de la Nación.

Este problema se ha visto en otras entidades del país como Sonora, Chihuahua y Coahuila, convirtiéndose en una amenaza para la seguridad hídrica de todo el país.

Actualmente, el Artículo 33 de la Ley de Aguas Nacionales regula la transmisión de títulos de concesión para la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales, legalmente vigentes y asentados en el Registro Público de Derechos de Agua, así como los Permisos de Descarga. En ese sentido, establece que estos títulos pueden transmitirse en forma definitiva total o parcial, sujetándose a lo siguiente:

I. En el caso de cambio de titular, cuando no se modifiquen las características del título de concesión, procederá la transmisión mediante una solicitud por escrito presentada ante “la Autoridad del Agua”, quien emitirá el acuerdo correspondiente de aceptación o no, así como la inscripción en el Registro Público de Derechos de Agua;

II. En el caso de que, conforme a los reglamentos de esta Ley, se puedan afectar los derechos de terceros o se puedan alterar o modificar las condiciones hidrológicas o ambientales de las respectivas cuencas o acuíferos, se requerirá autorización previa de “la Autoridad del Agua”, quien podrá, en su caso, otorgarla, negarla o instruir los términos y condiciones bajo las cuales se otorga la autorización solicitada, y

III. La presentación ante el Registro Regional o Nacional, al tratarse de aquellos títulos que hubiese autorizado “la Autoridad del Agua”, a través de acuerdos de carácter general que se expidan por región hidrológica, cuenca hidrológica, estado o Distrito Federal, zona o localidad, autorización que se otorgará solamente para que se efectúen las transmisiones de los títulos respectivos, dentro de una misma cuenca o acuífero. Los acuerdos referidos deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación.

Si bien como se puede apreciar, en la fracción II, actualmente se prevé que la Conagua puede negar la transmisión de títulos cuando advierta que se pueda “afectar los derechos de terceros o se puedan alterar o modificar las condiciones hidrológicas o ambientales de las respectivas cuencas o acuíferos”, lo cierto es que no existe un marco de protección suficiente para los titulares de derechos de uso agrícola, ni tampoco candados precisos para asegurar que este tipo de cambios no afecten a las regiones donde existe escasez de agua.

Contenido de la iniciativa

La presente iniciativa propone establecer un conjunto de precisiones en materia de transmisión de derechos del agua, con el objeto de proteger a las personas que tienen títulos para usos agrícolas, establecer candados para evitar que los gobiernos locales cedan sus reservas de agua a las industrias y, en general, asegurar un aprovechamiento sustentable de este vital recurso.

Además, se prohíbe expresamente a los organismos de agua de las entidades federativas y los municipios que otorguen permisos para usos industriales o comerciales, en caso de que se detecte que existe falta de disponibilidad de agua o sobreexplotación de los mantos acuíferos. Porque ante la escasez de agua que padecen muchos hogares del país, sería incongruente expedir autorizaciones de este tipo.

Con esta reforma, estaríamos equilibrando el uso de los recursos hídricos del campo y de nuestras poblaciones en los municipios y estados en donde la escasez es mayor.

Se trata, pues, de una serie de modificaciones que no dejarán espacio a ninguna interpretación respecto a las prioridades que deben existir para el aprovechamiento sustentable del agua. Como señala el investigador Carlos Rodríguez: “Para los campesinos el agua es vida, alimento, salud, disfrute, insumo para la producción, identidad, en fin, es un bien esencial para las posibilidades de existencia de las comunidades”. Para las ciudades y los grupos de población, el agua es un servicio básico del que dependen prácticamente todas las actividades que ahí se desarrollan.

Por ello, no podemos permitir el despojo de este vital líquido, mucho menos en donde es insuficiente para atender las necesidades más elementales.

La disyuntiva entre la preservación del agua y el desarrollo no existe. Sin agua no podemos aspirar al desarrollo. Comprometer este recurso significa negar los derechos más elementales de los seres humanos y un atentado contra la economía en el largo plazo.

En virtud de lo anteriormente expuesto y motivado, me permito someter a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de

Decreto

Único. Se adicionan las fracciones II, III, IV, V, VI, VII y VIII, XIX, X, recorriendo la actual fracción IV a una fracción XI, del Artículo 33 de la Ley de Aguas Nacionales, para quedar como sigue:

Ley de Aguas Nacionales

Capítulo VTransmisión de Títulos

Artículo 33. Los títulos de concesión para la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales, legalmente vigentes y asentados en el Registro Público de Derechos de Agua, así como los Permisos de Descarga, podrán transmitirse en forma definitiva total o parcial, con base en las disposiciones del presente Capítulo y aquellas adicionales que prevea la Ley y sus reglamentos.

Los títulos de concesión para la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales, para su transmisión se sujetarán a lo siguiente:

I. En el caso de cambio de titular, cuando no se modifiquen las características del título de concesión, procederá la transmisión mediante una solicitud por escrito presentada ante “la Autoridad del Agua”, quien emitirá el acuerdo correspondiente de aceptación o no, así como la inscripción en el Registro Público de Derechos de Agua;

II. En el caso de que, conforme a los reglamentos de esta Ley, se puedan afectar los derechos de terceros o se puedan alterar o modificar las condiciones hidrológicas o ambientales de las respectivas cuencas o acuíferos, se requerirá autorización previa de “la Autoridad del Agua”, quien podrá, en su caso, otorgarla, negarla o instruir los términos y condiciones bajo las cuales se otorga la autorización solicitada,

Asimismo, la autoridad deberá publicar los estudios que fueron necesarios, para determinar la viabilidad de la transmisión de los derechos de agua y/o su tipo de uso.

III. La transmisión de derechos de uso agrícola a uso industrial deberá contar con la aprobación de los Distritos de Riego o en su caso de las Unidades de Riego,

IV. La “Autoridad del Agua” se asegurará que los titulares originarios no hayan sido sometidos a ningún tipo de coacción para la transmisión de sus derechos,

V. Quedará estrictamente prohibida la trasferencia de derechos para uso industrial en las regiones del país donde la “Autoridad del Agua” determine la falta de disponibilidad, sobreexplotación de mantos acuíferos y/o contaminación severa de los mismos, con base en los estudios técnicos relativos a la disponibilidad y usos del agua. Dichos estudios, deberán publicarse por medios impresos y electrónicos para que, en un plazo de 30 días, los actores interesados puedan hacer observaciones,

VI. Se deberán respetar los derechos de prelación de los usos del agua previstos en el artículo décimo quinto transitorio de la presente ley,

VII. Para efectos de fijar el valor de las operaciones de cesiones o transmisiones de los derechos de agua, será el valor de la misma más la utilidad de la actividad agrícola hasta por diez años, de acuerdo al volumen cedido.

VIII. En caso de existir un sobreprecio, el valor de este se transferirá a los distritos de riesgo para la realización de infraestructura que optimice el recurso del agua,

IX. Quedará estrictamente prohibido que los organismos de agua en las entidades federativas y los municipios el suministrar agua para usos industriales o comerciales en caso de que exista falta de disponibilidad de agua, sobreexplotación de mantos acuíferos y/o contaminación severa de los mismos yo ponga en riesgo el suministro para uso humano.

Asimismo, la autoridad deberá publicar los estudios que fueron necesarios, para determinar la viabilidad del otorgamiento del suministro de agua,

X. Bajo ninguna circunstancia, los gobiernos de las entidades federativas, los municipios y alcaldías podrán ceder sus reservas de agua para usos industriales o comerciales, y

XI. La presentación ante el Registro Regional o Nacional, al tratarse de aquellos títulos que hubiese autorizado “la Autoridad del Agua”, a través de acuerdos de carácter general que se expidan por región hidrológica, cuenca hidrológica, estado o Distrito Federal, zona o localidad, autorización que se otorgará solamente para que se efectúen las transmisiones de los títulos respectivos, dentro de una misma cuenca o acuífero. Los acuerdos referidos deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Ejecutivo federal contará con 30 días naturales para llevar a cabo las adecuaciones correspondientes al Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales, de acuerdo con los términos del presente decreto.

Notas

i Gobierno de la República. IV Informe de Gobierno, p. 493.

ii http://expansion.mx/nacional/2012/02/09/la-sequia-en-mexico-causa-perdidas-mill onarias-en-el-campo-mexicano

iii http://expansion.mx/negocios/2016/01/07/constellation-brands-construira-una-cer vecera-en-mexicali

iv Servicio Meteorológico Nacional “Monitor de Sequía de México, 31 de diciembre de 2017, disponible en

http://smn.cna.gob.mx/tools/DATA/Climatolog%C3%ADa/Sequ%C3%ADa/ Monitor%20de%20sequ%C3%ADa%20en%20M%C3%A9xico/Seguimiento%20de%20Sequ%C3%ADa/MS M20170131.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el 9 de marzo de 2017.— Diputada Nancy Guadalupe Sánchez Arredondo (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, para dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

«Iniciativa que deroga el párrafo octavo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Cristina Ismene Gaytán Hernández y José de Jesús Zambrano Grijalva, del Grupo Parlamentario del PRD

I. Planteamiento del problema

El arraigo ha sido señalado, por diversas organizaciones defensoras de derechos humanos, nacionales e internacionales, como una medida violatoria de las garantías fundamentales y que, en la vía de los hechos, establece condiciones diversas para quienes se encuentran bajo investigación por delitos relacionados con la delincuencia organizada, violando con ello el principio de igualdad ante la ley. Es por lo anterior que consideramos indispensable la derogación de esta medida cautelar, para que las investigaciones que deban llevarse a cabo se realicen respetando a cabalidad, los derechos humanos.

II. Argumentos que la sustentan

En junio de 2008 fue publicado el decreto por el que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cambiando el sistema de justicia penal, de inquisitivo a un sistema acusatorio y oral. Dentro de la exposición de motivos de la iniciativa que le dio origen, se indicó:

De esta cita se puede advertir que la delincuencia organizada fue vista desde la óptica del derecho penal del enemigo, por lo que a quienes se acuse de ser partícipes, se convierten en automático en enemigos del Estado, olvidando el principio de igualdad ante la ley, prejuzgando y reaccionado sin contemplar que el respeto a los derechos humanos debe ser garantizado para todas y todos.

Para estos se efectos, se tuvo a bien elevar a rango constitucional la figura del arraigo, para quedar bajo los siguientes términos:

Artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Configurando con lo anterior, un régimen de excepción aplicado a la delincuencia organizada, que quedó plasmado en nuestra Constitución debido al marco de guerra que imperó durante ese sexenio presidencial, en el que nuestro país fue destrozado, dejando miles de muertos y de víctimas justificándolas como “daño colateral”.

El 10 de junio de 2011 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se modificaron diversas disposiciones de nuestra Carta Magna en materia de derechos humanos, estableciendo desde entonces, que:

Artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Sin embargo, pese a este nuevo paradigma de protección de los derechos humanos, se ha mantenido la figura de arraigo, la cual va totalmente en contra de esta importante reforma, atentando contra el deber de proteger y garantizar los derechos humanos y contra las obligaciones que el Estado mexicano ha contraído de forma internacional, de hacer valer estos derechos.

La figura del arraigo es violatoria de derechos humanos, y su particularidad de estar contemplada en la Constitución no le quita este carácter, tanto así, que en la misma exposición de motivos de la iniciativa que le dio origen se señaló “...con excepción del arraigo que implica una altísima afectación a la libertad personal...”

A raíz de esta figura, numerosos organismos y organizaciones internacionales han señalado que es violatoria de derechos humanos y le han indicado al Estado, la importancia de eliminarla; entre ellas se encuentra la Organización de Naciones Unidas, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos A.C., Amnistía Internacional, entre otras.

México no puede ni debe mantener un doble discurso respecto de los derechos humanos, como sociedad hemos decidido regirnos bajo ellos, por lo que resulta imperativo que la figura del arraigo desaparezca de nuestro marco jurídico; la fortaleza de las instituciones de procuración de justicia no debe recaer en la vulneración de derechos humanos sino en sus verdaderas capacidades de investigar y sancionar, de otra forma solo estaremos solapando el mal desempeño y contribuyendo con un clima de inseguridad y corrupción.

La presunción de inocencia es uno de los principios que rigen al debido proceso legal, su uso ha quedado plasmado en instrumentos jurídicos, como:

Artículo 8.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos

Artículo 14.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Adicionalmente, debemos señalar que la libertad de tránsito y la defensa adecuada son derechos que, por su propia naturaleza, resultan vulnerados con la figura del arraigo, que violenta el nuevo paradigma de los derechos humanos.

Para mayor claridad de la propuesta de reforma al artículo 16 que planteamos, y a modo de ilustración, plasmamos el siguiente cuadro comparativo entre el texto vigente de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la propuesta contenida en la presente iniciativa.

III. Fundamento legal

Cristina Ismene Gaytán Hernández y José de Jesús Zambrano Grijalva, diputados federales a la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, e integrantes del Grupo Parlamentario del PRD, con fundamento en los artículos 71, fracción II, 73, fracción XIV, y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración del Congreso de la Unión, Iniciativa con proyecto de:

Decreto por el que se deroga el párrafo octavo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Único. Se deroga el párrafo octavo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 16. ...

...

...

...

...

...

...

Se deroga.

...

...

...

...

...

...

...

...

...

...

Transitorios

Primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Congreso de la Unión contará con el plazo improrrogable de ciento ochenta días para modificar la legislación penal y procedimental penal que corresponda.

Tercero. Las personas que, al momento de la entrada en vigor del presente decreto, se encuentren bajo arraigo, deberán ser puestas en libertad o presentadas ante la autoridad judicial, según corresponda, de manera inmediata.

Notas

1 Disponible en:

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_ref_180_1 8jun08.pdf

2 Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 9 de marzo de 2007, disponible en:

http://portal.setec.gob.mx/docs/rc_11.pdf

3 Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 9 de marzo de 2007, Op. Cit.

http://portal.setec.gob.mx/docs/rc_11.pdf

4 Véase:

http://amnistia.org.mx/nuevo/2014/05/05/amnistia-internacional- llama-al-gobierno-mexicano-a-implementar-a-la-brevedad-recomendaciones-del-rela tor-especial-sobre-tortura/

https://documents-dds-ny.un.org/doc/ UNDOC/GEN/G13/ 161/72/ PDF/ G1316172.pdf?OpenElement

http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Comunicados/2015/Com_2015_ 086.pdf

http://cmdpdh.org/2013/03/publicacion-cmdpdh-la-figura-del-arra igo-penal-en-mexico/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de abril de 2017.— Diputados: Cristina Ismene Gaytán Hernández, José de Jesús Zambrano Grijalva (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.



LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, LEY PARA REGULAR LAS SOCIEDADES DE INFORMACIÓN CREDITICIA Y CÓDIGO CIVIL FEDERAL

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, de la Ley para regular las Sociedades de Información Crediticia y del Código Civil Federal, suscrita por las diputadas Sylvana Beltrones Sánchez, Gloria Himelda Félix Niebla y Azul Etcheverry Aranda, del Grupo Parlamentario del PRI

Las que suscriben, diputadas Sylvana Beltrones Sánchez, Gloria Himelda Félix Niebla y Azul Etcheverry Aranda, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones jurídicas aplicables, someten a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, por la que se adicionan y reforman diversas disposiciones de la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia y el Código Civil Federal con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Los alimentos son el deber jurídico que tiene una persona llamada deudor alimentario de proporcionar a otro denominado acreedor alimentario lo necesario para su subsistencia en el ámbito de las esferas que integran al ser humano (biológicas, psicológicas y sociales). El concepto alimentos proviene del sustantivo latino alimentum, el que procede a su vez del verbo alere, alimentar. La obligación presupone entonces que una de las personas (el acreedor alimentario), se encuentra necesitado y que la otra (el deudor alimentario) se halla en aptitud de proporcionarle lo que necesita para subsistir.

Es decir, el derecho a los alimentos, es la facultad jurídica que tiene una persona denominada acreedor alimentista para exigir a otra (deudor alimentario), lo necesario para vivir, como consecuencia del parentesco consaguíneo, del matrimonio, del divorcio y en determinados casos, del concubinato. Por esto, los alimentos se hacen consistir en proporcionar la asistencia debida para el adecuado sustento de una o varias personas por disposición de la ley, caracterizándose esta obligatoriedad legal por ser recíproca.

La legislación internacional regula este derecho. Por ejemplo, la Declaración Universal de Derechos Humanosestablece en el artículo 25 que toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure a él y a su familia, la salud y el bienestar y en especial a la alimentación.

“Artículo 25

1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.

2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.”

El Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturalesseñala en el artículo 11 que los estados parte en el pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel adecuado para sí y su familia, incluso a su alimentación.

“Artículo 11

1. Los estados parte en el presente pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia. Los estados parte tomarán medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho, reconociendo a este efecto la importancia esencial de la cooperación internacional fundada en el libre consentimiento.

2. Los estados parte en el presente pacto, reconociendo el derecho fundamental de toda persona a estar protegida contra el hambre, adoptarán, individualmente y mediante la cooperación internacional, las medidas, incluidos programas concretos, que se necesiten para:

a) Mejorar los métodos de producción, conservación y distribución de alimentos mediante la plena utilización de los conocimientos técnicos y científicos, la divulgación de principios sobre nutrición y el perfeccionamiento o la reforma de los regímenes agrarios, de modo que se logre la explotación y la utilización más eficaces de las riquezas naturales;

b) Asegurar una distribución equitativa de los alimentos mundiales en relación con las necesidades, teniendo en cuenta los problemas que se plantean tanto a los países que importan productos alimenticios como a los que los exportan.”

Por su parte, la Convención sobre los Derechos del Niñoregula la obligación de los estados de tomar todas las medidas apropiadas para asegurar el pago de la pensión alimenticia por parte de los padres u otras personas que tengan esa responsabilidad.

“Artículo 27

1. Los estados parte reconocen el derecho de todo niño a un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social.

2. A los padres u otras personas encargadas del niño les incumbe la responsabilidad primordial de proporcionar, dentro de sus posibilidades y medios económicos, las condiciones de vida que sean necesarias para el desarrollo del niño.

3. Los estados parte, de acuerdo con las condiciones nacionales y con arreglo a sus medios, adoptarán medidas apropiadas para ayudar a los padres y a otras personas responsables por el niño a dar efectividad a este derecho y, en caso necesario, proporcionarán asistencia material y programas de apoyo, particularmente con respecto a la nutrición, el vestuario y la vivienda.

4. Los estados parte tomarán todas las medidas apropiadas para asegurar el pago de la pensión alimenticia por parte de los padres u otras personas que tengan la responsabilidad financiera por el niño, tanto si viven en el estado parte como si viven en el extranjero. En particular, cuando la persona que tenga la responsabilidad financiera por el niño resida en un estado diferente de aquel en que resida el niño, los Estados Partes promoverán la adhesión a los convenios internacionales o la concertación de dichos convenios, así como la concertación de cualesquiera otros arreglos apropiados.”

Por lo que hace a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,en su artículo cuartoreconoce como un derecho humano de los niños y niñas, la satisfacción de sus necesidades y sano esparcimiento para su desarrollo integral.

El Código Civil Federal, por su parte, establece que están obligados al pago de alimentos las siguientes personas:

• Los padres respecto de sus hijos; si estos no pudieren, recae en los demás ascendientes por ambas líneas que estén más próximos en grado.

• Los hijos respecto de los padres o si no pudieren, están obligados los descendientes más próximos en grado.

• Los hermanos y demás parientes colaterales respecto a los menores, mientras éstos llegan a la mayoría de edad.

• El adoptante y el adoptado, tal como lo deben hacer los padres y los hijos.

En concreto, en el artículo 308, establece lo que los alimentos comprenden. A la letra dice:

Artículo 308. Los alimentos comprenden la comida, el vestido, la habitación y la asistencia en casos de enfermedad. Respecto de los menores los alimentos comprenden, además, los gastos necesarios para la educación primaria del alimentista, y para proporcionarle algún oficio, arte o profesión honestos y adecuados a su sexo y circunstancias personales.

Señala, además, que los alimentos pueden derivar del matrimonio, del concubinato, de un divorcio o de un testamento, entre otros.

La existencia de esta obligación tiene su raíz en que al velar por el desarrollo del ser humano de forma integral, en el fondo, lo que se está tutelando es la vida misma, que constituye el valor más preciado para toda persona. Por eso, los alimentos cubren todo aquello que se necesita para subsistir y para hacerlo de no cualquier forma, sino de una manera digna.

Por resultar indispensables para el ser humano, los alimentos tienen una serie de características que fortalecen la obligación y su cumplimiento: son intransmisibles, irrenunciables, intransigibles e inembargables.

Son intransmisibles porque tienen su origen en calidades que le son propias a la persona por sus condiciones y que no se pueden trasmitir a otros por ningún acto, ni entre vivos ni mortis causa. Tal es el caso de la calidad de hijo, de padre, de cónyuge, de concubinos o de pariente.

Luego, son irrenunciables porque, como se dijo antes, tienen por finalidad proveer para la subsistencia de la persona. Al tutelar de alguna forma el derecho a la vida, la legislación pone una suerte de candados para que una persona no pueda renunciar a su propia vida. En este mismo sentido, tampoco son materia de transacciones ni de compensaciones porque la vida no es objeto del comercio y no puede ser objeto de un contrato. La ley les otorga asimismo, el carácter de preferentes.

En suma, el crédito alimenticio es imprescriptible pues, mientras subsista la causa que le dio origen y la necesidad de recibirlos, el derecho de exigirlos no se puede extinguir por el simple transcurso del tiempo.

El legislador, consciente de la importancia y necesidad de los alimentos, se ha encargado de estructurar un sistema legal que asegure el cumplimiento de la obligación alimentaria. Esto se refleja, por ejemplo, en la disposición del Código Civil Federal que establece que los alimentos se pueden garantizar a través de fianza, prenda, hipoteca, depósito o cualquier otro medio de garantía a juicio del juez.

Empero, la realidad ha demostrado que la regulación no ha sido suficiente para garantizar el efectivo pago de alimentos. A pesar de las garantías establecidas en ley, los acreedores muchas veces hacen fraudes a la ley, realizan una serie de artimañas para parecer que tienen menos dinero del que realmente poseen o a veces, simplemente se desentienden de su obligación.

La enorme cantidad de juicios del orden familiar en materia de pensiones alimenticias que se llevan a cabo cada año en toda la República, es solo una señal del problema que este tema representa para los ciudadanos. Además, a pesar de las resoluciones judiciales que determinan el pago de una pensión, el incumplimiento de la obligación alimenticia es bastante elevado. Por ejemplo, tan solo en el caso del estado de Sonora, se calcula que anualmente se dejan de pagar alrededor de 2 mil pensiones alimenticias. Esto en una entidad con 2.6 millones de personas.

Esta problemática no es exclusiva de México. Por el contrario, es una situación que se replica en numerosos países a nivel internacional. Ante esto, en otras naciones han incluido en sus sistemas jurídicos diversos medios de protección para los acreedores alimentarios.

En Francia, el Código de Seguridad Social prevé desde 1985 que cuando un padre incumple la obligación alimentaria, el estado, a título de adelanto, la paga para después cobrarla al deudor. Lo sanciona también penalmente por su incumplimiento y le retira la licencia de conducir. En suma, como requisito para la expedición del pasaporte, es necesario presentar una certificación de que no se adeuda pensión alimenticia.

En Suecia, Dinamarca, Alemania, Suiza, Noruega del este y Finlandia: el estado suple el pago de las cuotas alimentarias y contempla mecanismos de sanción contra el deudor alimentario. España, por su parte, cuenta con medios de ejecución como la retención del sueldo y de devoluciones de impuestos; el embargo de cuentas bancarias; la detracción de prestaciones de la seguridad social; el embargo de bienes y la prisión en ciertos pasos.

En el continente americano, Estados Unidos de América (EUA) tiene un Registro Central de Obligados a Aportes Alimentarios. En Argentina, Colombia, Perú y Uruguay también existe un Registro de Deudores Alimentarios Morosos. En Argentina, en concreto, dentro de las consecuencias de estar en este registro está la negación de las instituciones y organismos públicos oficiales de dar curso a operaciones bancarias; la negación de la obtención de créditos, tarjetas de crédito o apertura de cuenta corriente; el no otorgamiento o la no renovación de la licencia de conducir; la prohibición de ser proveedor de la administración pública y de participar en licitaciones.

Finalmente, en el país, la Ciudad de México contempla la existencia de un Registro de Deudores Alimentarios Morosos como un medio de protección ante el incumplimiento de la obligación alimenticia. El 18 de agosto de 2011 se publicó en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal el decreto de modificación al Código Civil en donde se regula la creación de dicho registro.

Los instrumentos legales existentes en el país para hacer exigible el pago de alimentos, no resultan funcionar como el legislador lo prevé, ya sea porque son insuficientes, porque no son aplicados eficientemente o porque no son efectivos.

En cambio, la experiencia internacional y de la Ciudad de México ha demostrado las ventajas de este tipo de mecanismos, dentro de los cuales destaca el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

Es por eso que se juzga necesario conformar un registro de esta naturaleza a nivel federal.

Si bien es cierto que se puede ser deudor moroso respecto de menores y de mayores de edad, por lo general, el mayor número de incumplimientos de la obligación alimentaria, se da de los padres hacia los hijos. En este sentido y puesto que los menores, por sus mismas condiciones son más vulnerables y sufren más el abandono de los padres y la privación de los alimentos, la presente iniciativa busca atender en primer término este problema.

Para esto, se propone reformar la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para añadir dentro del artículo que dispone las obligaciones de quienes ejercen la patria potestad, tutela o guarda y custodia, la existencia de un Registro de Deudores Alimentarios Morosos de Menores de Edad. Para el supuesto de que no se cumpla la obligación de garantizar los derechos alimentarios de los menores, el libre desarrollo de su personalidad y el ejercicio de sus derechos, prevista en la fracción I del artículo 103, se conformará el registro en cuestión.

Las características y funcionamiento del registro establecidas en la ley, son las siguientes:

i. Estará a cargo de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.

Cuando se trata de registros, tanto la ley como el reglamento disponen que dependan del Sistema Nacional DIF y de la Procuraduría Federal. Tal es el caso de i) el Registro de Niñas, Niños y Adolescentes susceptibles de adopción, que según el artículo 29 de la ley y el 38 del reglamento de la misma, lo debe integrar y llevar el Sistema Nacional DIF; y ii) el Registro Nacional de Centros de Asistencia Social que en términos del artículo 41 del reglamento, lo integrará la Procuraduría Federal.

En este sentido, es importante recordar que las procuradurías de protección están dentro de la estructura del Sistema Nacional DIF, por lo que, aunque cada registro sea integrado por diferentes autoridades, al final ambas pertenecen a la misma estructura.

Por esto, para respetar la lógica seguida tanto en la ley como en el reglamento, se dispone que el registro esté a cargo de la Procuraduría Federal.

ii. En él se inscribirá a quienes, según los criterios legales que establezca cada entidad federativa, sea considerado deudor alimentario moroso de menores de edad.

Lo anterior se dispuso de esta forma con el objetivo de respetar la competencia de los estados en materia civil. Como es sabido, la materia civil es de carácter eminentemente local; por lo tanto, establecer criterios relacionados con el derecho familiar en una ley general sería inconstitucional por constituir una violación a la distribución de competencias entre los estados y la federación.

En este mismo espíritu de no invadir la esfera estatal y de la materia civil, se dispone que corresponderá a las entidades federativas establecer las consecuencias de naturaleza civil y penal que deriven del hecho de considerar a una persona como deudor alimentario moroso de menores de edad, especialmente en lo relativo a los derechos y obligaciones inherentes a la patria potestad.

iii. Las entidades deberán dar aviso a la Procuraduría Federal de Protección en términos de las disposiciones administrativas aplicables de cada persona considerada como deudor alimentario moroso de menores de edad.

En virtud de la disposición del párrafo tercero del artículo 121 de la ley en la que se señala que en el ejercicio de sus funciones, las procuradurías de protección podrán solicitar el auxilio de autoridades de los tres órdenes de gobierno, las que estarán obligadas a proporcionarlo de conformidad con las disposiciones aplicables, es que concibe la colaboración que existirá entre las entidades federativas y la procuraduría federal.

Como es notable, en el artículo sencillamente se prevé que los estados den aviso a la procuraduría, mas no se especifica cómo y qué autoridad deberá dar aviso. Es decir, quedará en el poder de cada entidad determinar que procedimiento seguirá para dar este aviso.

iv. La Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes deberá reportar a las sociedades de información crediticia la información relativa a los deudores alimentarios morosos de menores de edad conforme lo establezca la ley de la materia y demás disposiciones que se emitan por las autoridades competentes.

Si la inscripción en el registro no tiene más efecto que el de aparecer en un instrumento y el de ejercer así, cierta presión sobre el deudor alimentario, esto no servirá para garantizar efectivamente el pago de los alimentos.

Por esto, se considera necesario contemplar un consecuencia con mayores implicaciones jurídicas, económicas y prácticas para el hecho de quedar inscrito en el registro.

Algunas de las sociedades de información crediticia son el Buro de Crédito y el Círculo de Crédito. Estas son empresas privadas, que reciben información y la transforman en historiales crediticios con la finalidad de administrar el riesgo de los propios otorgantes de créditos. Las entidades financieras que dan préstamos usan los registros de las personas físicas y morales que se encuentran en el Buró de Crédito para evaluar y determinar, junto con otros factores, si prestan o no el dinero.

En este sentido, el hecho de que un deudor alimentario moroso figure en las bases de datos de una Sociedad de Información Crediticia por incumplir con sus obligaciones alimentarias, le traerá consecuencias económicas y patrimoniales.

v. La Procuraduría Federal de Protección cancelará las inscripciones al Registro Nacional de Deudores Alimentarios Morosos de Menores de Edad por orden judicial o notificación de la autoridad estatal competente.

Como en la característica explicada en el inciso iii), corresponde a las entidades federativas determinar cuándo se dejará de considerar a una persona como deudor alimentario moroso. Lo que sí es obligación para todos los estados, es emitir una orden judicial o una notificación de la autoridad estatal competente para dar aviso a la Procuraduría Federal de Protección y que ésta pueda proceder a la cancelación de la inscripción de dicha persona en el registro.

En virtud de la obligación de la Procuraduría Federal de Protección de reportar a las Sociedades de Información Crediticia la información relativa a los deudores alimentarios morosos de menores de edad, se reforma también la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia.

Se modifica la definición de usuario, para incluir dentro de éstos a las autoridades a las que las leyes les otorguen la facultad de proporcionar información o realizar consultas a la sociedad. De esta forma y sin necesidad de hacer referencia específica a la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, ésta queda incluida como autoridad facultada para proporcionar información a las sociedades de información crediticia.

Luego, evidentemente, la ley regula principalmente las operaciones crediticias. Sin embargo, prevé asimismo la existencia de operaciones de naturaleza análoga a éstas. El incumplimiento de la obligación alimentaria no constituye una operación crediticia; no obstante, sí puede encuadrar dentro del concepto de operación de naturaleza análoga. Por esta razón, se adiciona un último párrafo al artículo 20 para especificar que dentro de estas operaciones de naturaleza análoga, se considerará a la información proveniente del Registro Nacional de Deudores Alimentarios Morosos de Menores de Edad a que se refiere la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

Finalmente, se modifica el Código Civil Federal para incluir en éste la definición de lo que se entenderá por deudor alimentario moroso y el procedimiento que se seguirá para hacer del conocimiento de las procuradurías de protección que una persona cayó en dicho supuesto. Esto podrá servir como modelo para las reformas que los estados hagan de sus propios códigos civiles.

Para la redacción de la modificación al artículo 309 del código en comento, se tomó como referencia lo dispuesto en el Código Civil para el Distrito Federal, pues se considera que la regulación que éste hace del registro, ha tenido buenos resultados.

En el artículo se añaden los datos que deberá proporcionar la autoridad competente a las procuradurías de protección. Para evitar que un homólogo del deudor pueda salir perjudicado por la inscripción de éste en el registro, se dispone que además del nombre, se incluya el RFC, el CURP y los datos del expediente o la causa jurisdiccional de la que deriva su inscripción.

Puesto que el registro busca garantizar el pago de la obligación alimentaria y también ejercer cierta presión social sobre él, se consideró que no sería pertinente incluir el nombre del acreedor alimentario. Además de la protección de la identidad del acreedor, se considera que quien debe aparecer en este tipo de instrumentos públicos y quedar exhibido ante la sociedad, es únicamente el deudor. La aparición del nombre del acreedor podría resultar aún más gravoso para él, considerando la situación penosa en la que ya se encuentra.

Por lo anterior, someto a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Primero.Se adicionan los párrafos cuarto, quinto, sexto, séptimo y octavo al artículo 103 y se adiciona una fracción VI, recorriendo la subsecuente del artículo 120 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para quedar como sigue:

Artículo 103. Son obligaciones de ...

I. a XI. ...

En casos de controversia...

Las leyes federales...

Para el supuesto de que no se garanticen los derechos alimentarios previstos en la fracción I de este artículo, se conformará un Registro Nacional de Deudores Alimentarios Morosos de Menores de Edad. Dicho Registro estará a cargo de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y en éste se inscribirá a quien, según los criterios legales que establezca cada entidad federativa, sea considerado deudor alimentario moroso de menores de edad.

Asimismo, las entidades federativas deberán establecer las consecuencias de naturaleza civil y penal que deriven del hecho de considerar a una persona como deudor alimentario moroso de menores de edad, especialmente en lo relativo a los derechos y obligaciones inherentes a la patria potestad.

Las entidades deberán dar aviso a la Procuraduría Federal de Protección en términos de las disposiciones administrativas aplicables de cada persona considerada como deudor alimentario moroso de menores de edad.

La Procuraduría Federal de Protección deberá reportar a las Sociedades de Información Crediticia la información relativa a los deudores alimentarios morosos de menores de edad conforme lo establezca la ley de la materia y demás disposiciones que se emitan por las autoridades competentes.

La Procuraduría Federal de Protección cancelará las inscripciones al Registro Nacional de Deudores Alimentarios Morosos de Menores de Edad por orden judicial o por notificación de la autoridad estatal competente.

Artículo 120. Sin perjuicio de las atribuciones...

I. a V. ...

VI.Conformar y sistematizar el Registro Nacional de Deudores Alimentarios Morosos de Menores de Edad y reportar por conducto de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes a las Sociedades de Información Crediticia la información relativa a los deudores alimentarios morosos en términos de la presente ley; y

VII.Las demás que establezcan otras disposiciones en relación con la protección de niñas, niños y adolescentes que sean del ámbito de su competencia.

Segundo.Se reforma la fracción XV del artículo 2 y se adiciona un párrafo del artículo 20 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia para quedar como sigue:

Artículo 2o. Para los efectos de esta ley...

I. al XIV. ...

XV. Usuario, las entidades financieras, las empresas comerciales, las Sofomes E.N.R. y demás autoridades a las que las leyes les otorguen la facultad de proporcionar información o realizarconsultas a la sociedad.

Artículo 20.La base de datos...

En caso de...

Las entidades financieras...

Cuando el cliente...

En el supuesto...

Cuando los clientes...

Dentro de las operaciones de naturaleza análoga a las que se refiere el presente artículo se considerará la información proveniente del Registro Nacional de Deudores Alimentarios Morosos de Menores de Edad a que se refiere la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Tercero.Se adicionan un párrafo segundo, las fracciones del I al IV de dicho párrafo y un párrafo tercero del artículo 309 del Código Civil Federal para quedar como sigue:

Artículo 309.El obligado a dar...

Aquella persona que incumpla con lo señalado en el párrafo anterior respecto de niños, niñas o adolescentes por un periodo de noventa días se constituirá en deudor alimentario moroso de menores de edad. El juez de lo Familiar observará en todo momento la protección de los derechos procesales y en su caso, ordenará su inscripción en el Registro Nacional de Deudores Alimentarios Morosos de Menores de Edad a que se refiere la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, proporcionando los siguientes datos de identificación del deudor alimentario:

I.Nombre, apellidos, Registro Federal de Contribuyentes y Clave Única del Registro de Población del deudor alimentario moroso;

II.Número de pagos incumplidos y monto del adeudo alimentario;

III.Órgano jurisdiccional que ordena el registro; y

IV.Datos del expediente o causa jurisdiccional de la que deriva su inscripción.

El deudor alimentario moroso que acredite ante el juez que han sido pagados en su totalidad los adeudos a los que se refiere el segundo párrafo del presente artículo, podrá solicitar al mismo la cancelación de la inscripción.

Artículos Transitorios

Primero. El presente decretó entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. En un plazo que no exceda de ciento ochenta días naturales después de publicado el presente decreto, la federación y las entidades federativas deberán publicar las reformas a sus leyes que resulten necesarias para la implementación del presente decreto. En el mismo plazo establecido, tanto en el ámbito federal como local, se deberá contar con las disposiciones administrativas de carácter general correspondientes así como las disposiciones reglamentarias necesarias, pudiendo preverse la homologación de criterios metodológicos, técnicos y procedimentales, para lo cual podrán coordinarse las autoridades involucradas en términos de la legislación aplicable.

Fuentes

1. María del Carmen Montoya Pérez, El registro de deudores alimentarios morosos, Biblioteca Juri?dica Virtual del Instituto de Investigaciones Juri?dicas de la UNAM, 2012.

https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/8/3833/9.pdf

2. Registro de Deudores Morosos de Colombia,

http://www.imprenta.gov.co/gacetap/gaceta.mostrar_documento?p_t ipo=05&p_numero=98&p_consec=37631

3. Registro de Deudores Morosos de Perú,

https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/CorteSuprema/s_cortes_sup rema_home/as_servicios/as_enlaces_de_interes/as_redam/

4. Registro de Deudores Morosos de Argentina,

http://www.mjus.gba.gov.ar/da_inicio

Notas

1 María del Carmen Montoya Pérez, El registro de deudores alimentarios morosos, Biblioteca Juri?dica Virtual del Instituto de Investigaciones Juri?dicas de la UNAM, 2012.

2 Ejecutoria de contradicción de tesis 49/2007-PS, publicado en el Semanario de la Federación y su gaceta, pp cit. Novena Época, tomo XXVII, Suprema Corte de Justicia.

3 Declaración Universal de los Derechos Humanos

http://www.ohchr.org/Documents/Publications/ABCannexessp.pdf consultado el 18 de abril de 2017.

4 Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales

http://www.ordenjuridico.gob.mx/TratInt/Derechos%20Humanos/D50. pdf consultado el 18 de abril de 2017

5 Convención sobre los Derechos del Niño

http://www.un.org/es/events/childrenday/pdf/derechos.pdf consultado el 18 de abril de 2017

6 Código Civil Federal

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/2_241213.pdf consultado el 18 de abril de 2017.

7 Toda la información relativa a los mecanismos de protección de los acreedores alimentarios se obtuvieron de la siguiente publicación: María del Carmen Montoya Pérez, El registro de deudores alimentarios morosos, Biblioteca Juri?dica Virtual del Instituto de Investigaciones Juri?dicas de la UNAM, 2012.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de abril de 2017.— Diputadas: Sylvana Beltrones Sánchez, Gloria Himelda Félix Niebla, Azul Etcheverry Aranda (rúbricas).»

Se turna a las Comisiones Unidas de Derechos de la Niñez, y de Justicia, para dictamen, y a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para opinión.

PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO



SE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL A EXENTAR DE TODO PAGO A LAS MUJERES EMBARAZADAS QUE RECIBAN O HAYAN RECIBIDO SERVICIOS DE ATENCIÓN DE EMERGENCIAS OBSTÉTRICAS EN LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS DE SALUD

«Proposición con punto de acuerdo, por el cual se exhorta al Ejecutivo federal a exentar de todo pago a las embarazadas que reciban o hayan recibido servicios de atención de urgencias obstétricas en las instituciones públicas de salud, a cargo de la diputada Delia Guerrero Coronado, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, Delia Guerrero Coronado, diputada federal de la LXIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo que, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Probablemente, nuestro marco jurídico no había avanzado tanto en materia de atención obstétrica y reducción de la mortalidad materna, como en los últimos años. Esto quedó de manifiesto desde que, a principios del 2009, se firmara el Convenio General Interinstitucional para la Atención de la Emergencia Obstétrica por parte de los titulares de la Secretaria de Salud, del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), cuyo objeto fue contribuir en la reducción de la mortalidad materna en el marco de los compromisos de los Objetivos del Desarrollo del Milenio (ODM).

Asimismo, el 12 de noviembre del 2015 se publica en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto de modificación a la Ley General de Salud (LGS) en su Artículo 64 Bis 1, estableciendo que:

Los servicios de salud a que hace referencia el artículo 34 (...), prestarán atención expedita a las mujeres embarazadas que presenten una urgencia obstétrica, solicitada de manera directa o a través de la referencia de otra unidad médica, en las unidades con capacidad para la atención de urgencias obstétricas, independientemente de su derechohabiencia o afiliación a cualquier esquema de aseguramiento.

Un año después, a finales de 2016, se adicionaron las disposiciones para la atención de la Urgencia Obstétrica en el reglamento de la LGS en Materia de Prestación de Servicios Médicos, el cual, en su artículo 115 Bis 5, fracción V, se menciona que corresponde a la Secretaria de Salud: “Impulsar la celebración de instrumentos jurídicos, mediante los cuales las Instituciones de salud determinen los montos que éstas deberán pagarse derivado de la prestación de servicios médicos que se hayan causado por la Atención de las Urgencias Obstétricas brindados a las pacientes que son derechohabientes de otra institución de salud, así como los mecanismos de pago correspondientes”.

En ese contexto, además del alarmante problema que representa el elevado índice de mortalidad materna y el número de casos e incidentes relacionados con la negativa de hospitales a cumplir con los preceptos antes mencionados, otro problema que se presenta es el de la falta de recursos que se requieren para hacer frente a estas problemáticas, entre otras cosas, por el actual esquema que, por un lado legaliza la atención a las emergencias obstétricas, independientemente de su filiación y en función del derecho universal a la salud y, por el otro, establece un complejo sistema de cooperación entre la Secretaría de Salud y el IMSS e ISSSTE, porque incrementa los costos de operación en toda la red hospitalaria e incluso en la Secretaría de Salud.

Por lo demás, las y los diputados del Partido Revolucionario Institucional proponemos el presente punto de acuerdo con el que se busca que el Poder Ejecutivo, en el uso de sus atribuciones, exente de pago a las mujeres que se encuentren en situación de riesgo de morir por causas relacionadas con las emergencias obstétricas, arriesgando incluso la vida de los recién nacidos; ello, sustentado en el Derecho fundamental a la Vida y en el derecho a la protección de la salud.

Contexto del problema

En México y el mundo, el tema de la mortalidad materna ha cobrado mayor relevancia a partir de la Declaración de los Objetivos del Desarrollo del Milenio (ODM) en el año 2000, en virtud de un mayor énfasis en las políticas de salud, en general y ante la necesidad de encontrar soluciones al problema de la discriminación hacia la mujer, en particular. Específicamente, en el Objetivo 5 de dicha Declaración se incorporó: Mejorar la salud materna, estableciendo metas para reducir la mortalidad materna en tres cuartas partes y lograr el acceso universal a la salud reproductiva (ambas metas para 2015).

En ese sentido, de acuerdo con los indicadores 2014 del observatorio de mortalidad materna en México, hacia 2013 la razón de mortalidad materna (RMM) se ubicó en 38.9, es decir que representó un avance importante sobre la base establecida por los ODM, de 88.7 decesos por cada cien mil nacidos vivos en 1990. A pesar de que es significativo el avance, el problema es que aún no se alcanza el objetivo de llegar a 22 fallecimientos por cien mil nacidos vivos en México en 2015, como se estableció en la prospectiva de 2000.

Las estadísticas, empero, no son suficientes para dimensionar el verdadero drama que significa el hecho de que cientos de mujeres mueren en México por razones asociadas con el alumbramiento, las más de las veces por consecuencias que se pudieron prevenir. Por ejemplo, se estima que en México fallecen cada año en promedio mil 192 mujeres durante el parto o a consecuencia de él.

Además, a los problemas de cobertura médica hay que agregar los de discriminación e inequidad. De entrada, porque el índice de mortalidad materna muestra que las tasas son más altas en algunos de los estados más pobres del país, varios de los cuales cuentan con población indígena, como Chiapas, Guerrero, Michoacán, Hidalgo, Oaxaca, Veracruz y Tabasco, los estados con mayor rezago en el abatimiento de la mortalidad materna y, por supuesto, con respeto a los ODM.

Sabemos que entre las principales causas de mortalidad se encuentran: las infecciones bacterianas, embolismo del líquido amniótico, toxemia del embarazo, embarazo ectópico, hemorragias obstétricas, sepsis durante el puerperio y complicaciones de un aborto. Evidentemente, a éstas hay que agregar una serie de problemáticas de salud cuya causalidad responde a múltiples factores que se agravan por la marginación o exclusión social, como la malaria, la anemia e infección por VIH o Sida.

El siguiente cuadro proporciona una mejor idea de la multicausalidad de esta problemática que no se reduce al fallecimiento de la madre sino, en muchos casos, al de los bebés

Para los legisladores del PRI es claro que se trata de un auténtico problema de salud pública a nivel nacional y, por ello, no podemos cejar en los esfuerzos por abatir este fenómeno que tiene diferentes rostros: la violación de los derechos humanos de las mujeres y niños, la discriminación, la inequidad, la miseria y la exclusión. Es francamente inadmisible continuar viendo cómo nacen niños y niñas en medio de avenidas o, más deplorable aún, en patios de hospitales, cuyo personal se negó a cumplir con sus obligaciones constitucionales y legales.

Recordemos que en distintos municipios se registraron muertes de mujeres cuyo parto tuvo lugar en la vía pública, entre los que se pueden mencionar el de Chilón, en Chiapas, en donde se contaron seis decesos maternos ocurridos en las calles; los de Metlatónoc y Acapulco, en Guerrero, también se encuentran entre los municipios donde fallecieron mujeres al dar a luz en la vía pública (con cuatro y tres casos, respectivamente); los de Guadalupe y Calvo, así como Bocoyna, ambos ubicados en Chihuahua; y el de Aquila, en Michoacán, se suman a la lista de localidades que presentaron más casos de muerte materna en vía pública. Estos son sólo algunos casos, pero se repiten sin que realmente exista una estrategia institucional para prevenir y sancionar este tipo de conductas por parte del personal de los hospitales; lo que tendría pronta solución si de exenta a las mujeres en estos casos.

Como todos sabemos, nuestra Carta Magna consagra para todas las personas el derecho universal a la salud en el párrafo cuarto del artículo 4o. constitucional. Incluso, ordena al legislador definir las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud, así como disponer la concurrencia entre los distintos niveles de gobierno sobre la materia. A su vez, el artículo 1o. constitucional prohíbe la discriminación motivada por “... origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud (...) o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.

Bajo ese marco, la Ley General de Salud (LGS) establece en el artículo 27, fracción IV, la atención materno-infantil como parte del esquema de servicio básico del derecho de protección a la salud, mientras que el artículo 35 de la LGS impone los criterios de universalidad y gratuidad en el uso de los servicios: “Son servicios públicos a la población en general los que se presten en establecimientos públicos de salud a los residentes del país que así lo requieran, regidos por criterios de universalidad y de gratuidad en el momento de usar los servicios, fundados en las condiciones socioeconómicas de los usuarios”.

Lo cierto es que, a pesar de ello, el reconocimiento de los derechos maternos a la salud, especialmente en los casos de emergencia obstétrica, ha sido resultado de recientes cambios en las leyes impulsados durante la Administración del presidente Enrique Peña Nieto.

Así fue como el 12 de noviembre del 2015 se publicó el DECRETO por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. En los tres casos se instituyó el principio de la atención a las mujeres embarazadas por urgencia obstétrica.

Más recientemente, el 19 de Diciembre del 2016, se adicionaron las disposiciones para la atención de la Urgencia Obstétrica en el reglamento de la LGS en Materia de Prestación de Servicios Médicos, mismo que en su artículo 115 Bis 5, fracción V, se menciona que corresponde a la Secretaria de salud: “Impulsar la celebración de instrumentos jurídicos, mediante los cuales las Instituciones de salud determinen los montos que éstas deberán pagarse derivado de la prestación de servicios médicos que se hayan causado por la Atención de las Urgencias Obstétricas brindados a las pacientes que son derechohabientes de otra institución de salud, así como los mecanismos de pago correspondientes”.

El problema es que en los últimos años se han manifestado una serie de inconvenientes por la falta de coordinación entre instituciones en los tres órdenes de gobierno; por el manejo, administración y disposición de los recursos y, desde luego, porque no son suficientes éstos para atender la gran demanda de los servicios. Tanto el IMSS como el ISSSTE presentan riesgos de déficit financiero, lo que ha repercutido en la reducción de su gasto en áreas como la obstetricia, precisamente y en la atención a mujeres sin filiación o derechohabiencia. Los institutos han intentado justificar esa reducción en sus finanzas aduciendo el elevado costo de las enfermedades crónico degenerativas, el aumento en la esperanza de vida, por los montos que se destinan al pago de pensiones de los trabajadores.

Por su parte, el IMSS reporta que el déficit se debe, entre otros factores, al descenso de la fecundidad y a la disminución en la mortalidad, desde hace tres décadas, esto es, un incremento en la esperanza de vida y, también, un progresivo proceso de envejecimiento de la población, lo que implica una mayor demanda de servicios especializados y costosos. Asimismo, acarrea consecuencias como la disminución de la población en edad de cotizar en relación con los pensionados.

El resultado perverso de todo eso es el estancamiento en la inversión en infraestructura, por un lado, y, más grave aún, la reducción de los fondos destinados a la atención obstétrica, pues, para 2017 se estima un déficit de 16 millones de pesos que implicará el uso de reservas del seguro de enfermedades y maternidad, según advierten las autoridades de salud.

El déficit que se estima para 2018 es de 21 millones 152 mil pesos, lo que buscará ser absorbido haciendo uso del mismo fondo de enfermedades y maternidad, que en ese año se agotaría. Por ejemplo, el IMSS estima que, para el cierre de este año, las reservas serán de 13 millones.

Aunque el Seguro Popular ayuda a muchas personas en situación de vulnerabilidad al cubrir parte de sus gastos en salud, tampoco esto ha sido suficiente.

En 2003, se llevó a cabo la Reforma de Salud que dio paso a la creación del Sistema de Protección Social en Salud (Seguro Popular), logrando afiliar a cerca del 100 por ciento de la población a alguna institución de salud, pero no se tradujo en acceso efectivo para toda la población a atención médica. De modo que, hasta diciembre de 2016 estaban inscritos en el Seguro Popular 54.9 millones de personas (la cifra se mueve en razón del vencimiento, renovación de pólizas o duplicidad de seguros).

Es verdad que el Seguro Popular es un gran avance para mejorar el acceso a la salud, pero no cubre todas las enfermedades comprendidas en el Catálogo Universal de Servicios de Salud. En este sentido, el titular de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud Seguro Popular aclaró que el primer nivel de atención del Seguro cubre “al ciento por ciento las enfermedades más comunes, es decir, 80 por ciento de las enfermedades que afectan a cualquier mexicano”; el segundo nivel cubre a ginecología, pediatría, medicina interna y cirugía general, que corresponde al 90 por ciento; mientras que el tercer nivel de atención, del Fondo de Gastos Catastróficos, cubre 59 intervenciones, dentro de las cuales están desde cáncer de mama, de colon o de próstata, hasta trasplantes de médula o de córnea, abarcando al 72 por ciento.

Para el especialista Gustavo Leal Fernández, sin embargo, el Seguro no cubre “... lo que nos enferma” y nos mata, es decir las 287 intervenciones del Catálogo Universal de Servicios Esenciales (Causes)”.

Ahora bien, actualmente, la Secretaria de Salud adeuda al IMSS $21 millones de pesos, por atenciones a población sin derechohabiencia, que por no contar con póliza de afiliación el Seguro Popular no reconoce, poniendo en riesgo el intercambio de universal de servicios de salud y la universalización de la atención a la salud.

Por lo anterior, considero que la atención de la emergencia obstétrica, no debe de incluirse en el intercambio interinstitucional de servicios que requiera un pago por parte de la Secretaría de Salud al IMSS o ISSSTE y viceversa, ni depender de filiaciones o derechohabiencias. Ello se solucionaría si se exenta del pago a las mujeres que se encuentren en situación de riesgo de morir por causas obstétricas, poniendo también en riesgo la vida de sus hijos.

Se trata de contribuir -desde nuestro carácter de legisladores- en la consolidación de una nueva visión social, humana y de género, la cual se ha plasmado en la presente administración en el Plan Nacional de Desarrollo, el Programa Sectorial de Salud y el Programa de Acción Específico Salud Materna y Perinatal -todos- para el periodo 2013-2018.

No permitamos más muertes de mujeres o niños, madres e hijos por deficiencias en la atención, ni mucho menos por la pobreza.

Contenido de la proposición con punto de acuerdo

El presente punto de acuerdo tiene por objeto exhortar respetuosamente al Gobierno Federal, a través de la Secretaria de Salud, para que en el uso de sus atribuciones y de acuerdo con el artículo 34, fracción segunda, de la Ley General de Salud, que faculta al Poder Ejecutivo Federal a incorporar otro grupo de usuarios dentro de los servicios a derechohabientes de instituciones públicas de seguridad social, permita que las mujeres que se encuentren en situación de riesgo de morir por causas obstétricas y, en consecuencia, también esté en riesgo la vida de los recién nacidos, queden exentas de todo cobro.

El objetivo directo es incidir en la reducción de la mortalidad materna y disminuir el índice de enfermedades relacionadas con las emergencias obstétricas. Por último, pero no menos importante, se busca aminorar la carga administrativa y presupuestaria en todas las instituciones públicas de salud, por lo que también se incluye un exhorto en el sentido de desincorporar la atención de emergencias obstétricas de los esquemas de intercambio interinstitucional de servicios que requieren transferencias de recursos entre las instituciones públicas de salud.

Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, me permito someter a consideración de esta Asamblea los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Gobierno Federal, a exentar de todo pago a las mujeres embarazadas que reciban o hayan recibido servicios de atención de emergencias obstétricas en las instituciones públicas de salud.

Segundo. Se exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal, a excluir la atención de emergencias obstétricas de los esquemas de intercambio interinstitucional de servicios que requieren transferencias de recursos entre las instituciones públicas de salud, a fin de garantizar el intercambio de universal de servicios de salud y la universalización de la atención a la salud previstas en la ley.

Tercero. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud, al Instituto Mexicano de Seguro Social y al Instituto para la Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a diseñar e implementar mecanismos de financiamiento que permitan exentar del cobro interinstitucional derivado de la prestación de servicios de atención de emergencias obstétricas.

Cuarto. Se exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional de Protección Social en Salud y a los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud, a destinar un porcentaje de las aportaciones solidarias federal y estatales, previstas en la Ley General de Salud, para cubrir el pago de los servicios de atención de emergencias obstétricas.

Notas

i Sistema de Información de los Objetivos del Desarrollo del Milenio, ¿Qué son y para qué sirven?Dirección en: Internet:

http://www.objetivosdedesarrollodelmilenio.org.mx/cgi-win/odmsq l.exe/OBJODM0050,E Fecha de consulta 10 de junio de 2015.

ii Los Objetivos del Milenio,

http://www.unicef.org/spanish/statistics/index_24304.html

iii “Observatorio de mortalidad materna en México. Indicadores 2014”, p.16), en

http://www.omm.org.mx/

iv “Sistema de salud: el IMSS y el ISSSTE, en alerta financiera (5 de 6)”, sin embargo.mx, 23 de julio de 2015, en

http://www.sinembargo.mx/23-07-2015/1423731

v “Aumento en esperanza de vida y recorte presupuestal arriesgan pensiones, alertan especialistas”, sin embargo.mx, 23 de julio de 2015, en

http://www.sinembargo.mx/23-07-2015/1423738

vi “Sistema de salud: el IMSS y el ISSSTE, cit., en

http://www.sinembargo.mx/23-07-2015/1423731

vii Ibídem .

viii “Seguro Popular cuenta con 57 millones de afiliados”, El Economista, 19 de enero de 2015, en

http://eleconomista.com.mx/sociedad/2015/01/19/seguro-popular-c uenta-57-millones-afiliados

ix “Sistema de salud: el IMSS y el ISSSTE, en alerta financiera (5 de 6)”, cit.

Notas II

1 Ley General de Salud, en

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgs.htm. Última consulta 20 de febrero de 2017.

2 “En 2017 no renovarán póliza de Seguro Popular cerca de 1.5 millones de usuarios”, La Jornada, 6 de marzo de 2017,

http://www.jornada.unam.mx/2017/03/06/sociedad/035n2soc

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el 27 de abril de 2017.— Diputada Delia Guerrero Coronado (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



SE EXHORTA A LA SECRETARÍA DE ECONOMÍAPARA QUE AUTORICE Y OTORGUE EL USO DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN DEL MEZCAL AL ESTADO DE AGUASCALIENTES

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SE a autorizar y otorgar a Aguascalientes el uso de la denominación de origen del mezcal, a cargo del diputado Jorge López Martín, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, Jorge López Martín, integrante del Grupo Parlamentario Partido Acción Nacional en la Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de los artículos 3, numeral 1, fracción XX; 6, numeral 1, fracción I, y 79, del Reglamento de la Cámara de Diputados, 116 y demás aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos;, someto a consideración de esta asamblea del Honorable Congreso de la Unión, la siguiente proposición con Punto de Acuerdo con base en las siguientes:

Consideraciones

Los antiguos mexicanos, al igual que los egipcios, inventaron sus “bebidas espirituosas”, las cuales eran consideradas bebidas “iniciáticas” que les producían efectos sagrados considerados como poder.

Para el caso de México, el pulque fue una bebida sagrada que sólo podían beber los sacerdotes en ocasiones especiales, pero a la llegada de los españoles, que habían aprendido el proceso de destilación gracias a los árabes que dominaron su país por ocho siglos, hicieron un intercambio de conocimientos para que de esta manera naciera el mezcal. Los antiguos mexicanos y españoles, con la técnica aportada por los árabes, pudieron producir el mezcal.

La palabra mezcal tiene su origen en vocablos de la lengua náhuatl derivado de mexcalli ( metl o mexcalemtl) traduciéndose a “maguey cocido”.

El agave es la planta de cuyos fermentados y destilados se obtiene el mezcal, existiendo en México más de cien especies, veinte subespecies y cerca de treinta variedades.

Principales productores de mezcal en México:

-Zacatecas

-Durango

-Guerrero

-Michoacán

-San Luis Potosí

-Guanajuato

-Tamaulipas

-Oaxaca

En el año 1995 el mezcal obtuvo la Denominación de Origen, registrada ante la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), para que de esta manera quedara consolidada la acreditación del mezcal como bebida espirituosa. Posteriormente se formó el Consejo Mexicano Regulador de la Calidad del Mezcal, AC. En México, fue el 28 de noviembre de 1994 cuando se otorgó por primera vez la Denominación de Origen del Mezcal.

La denominación de origen promueve la formación y la conservación de los recursos locales, ayuda al desarrollo de tecnologías viables para la producción sustentable y genera capital humano capacitado en la elaboración de productos calificados, que a su vez enseñará las técnicas a las nuevas generaciones.

Actualmente, México cuenta con catorce denominaciones de origen protegidas por la Ley de la Propiedad Industrial de nuestro país y, muchas de ellas, también reconocidas en diferentes instrumentos internacionales de los que México es parte.

Debido a la importancia que tiene el mezcal hacia la economía mexicana, no sólo por los altos niveles de producción, sino por la alta demanda que éste tiene, es pertinente que este producto esté protegido por el Estado mexicano y en particular por las entidades federativas, en este caso Aguascalientes.

Aguascalientes es considerado como líder empresarial en cuestión mezcalera pues cuenta con el clima y territorio idóneo para la cultivación de agave, haciendo que el agave en esa región sea elaborado artesanalmente ayudando a más de 20 mil familias en las comunidades de El Llano, Asientos, Tepezalá, Rincón de Romos y Cosío, sin embargo, cuenta con el problema de ser un producto del cual no se tiene la denominación de origen, lo que produce un obstáculo en la comercialización.

Según las investigaciones que dio a conocer la Secretaria de Desarrollo Rural y Agroempresarial, Aguascalientes tiene un gran potencial en la producción de agave, pues su producción local se calcula en alrededor de 20 mil litros al año.

Se pretende obtener la autorización de su uso y nombre, entre otras atribuciones y requerimientos, como en el caso de Puebla, que se le otorgó la denominación origen del mezcal a 116 de sus municipios, siendo así el segundo estado con mayor número de municipios englobados, por debajo de Oaxaca.

Este acto otorgado hacia estos dos estados ha dejado grandes beneficios a la economía de México pero también al de las familias productoras, pues se generan empleos e incrementos económicos, ayudando considerablemente a este sector, así como a la exportación de mezcal a Asia, Europa, EU y Canadá, por lo que se busca hacer lo mismo por parte de Aguascalientes, para que ayude y aporte económicamente aprovechando los beneficios con los que cuenta y no sea un intento fallido.

Para el Instituto Mexicano de Propiedad Industrial (IMPI), esta bebida se ha convertido en parte importante del desarrollo económico, principalmente en zonas marginadas, que con su crecimiento se han obtenido beneficios directos tales como la identificación de este producto con denominación de origen que brinda oportunidades al sector productivo en México, al mismo tiempo que se protege al consumidor, también con esto se fortalece la identidad y tradiciones de los principales productores de diversas regiones del país.

En el Diario Oficial de la Federación se dio a conocer la Norma Oficial Mexica NOM-070-SCFI-2016 referente a la Denominación de Origen del Mezcal, en donde se establecen las características que debe cumplir el mezcal como bebida alcohólica destilada para su producción, envasado y comercialización en el mercado nacional e internacional. Sin embargo, con la NOM 070-SCFI-2016 se le otorga la titularidad de la denominación del origen del mezcal al Estado mexicano bajo los términos establecidos en la Ley de Propiedad Industrial y por lo establecido en el artículo 40 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, pero Aguascalientes sigue sin el registro de la marca por lo que se considera un retraso en la economía, siendo que se cuenta con las condiciones pertinentes para elevar la industria del mezcal pero no con el registro.

Ahora bien, en Aguascalientes, mezcaleros de la Entidad han querido obtener la denominación de origen de su producto para que de esta manera se comience a exportar a Francia, Alemania y España. Dentro de Aguascalientes, los municipios que han iniciado con el tramite son: Aguascalientes, Asientos, Calvillo, Cosío, El Llano, Rincón de Romos y Tepezalá, entre ellos siete ejidos y cuatro empresas productoras.

Debe resaltarse que este registro es muy importante de obtener, pues impulsará y fortalecerá la capacidad de producción del mezcal en los municipios de Aguascalientes, pues el mezcal es un producto de consumo muy importante nacional e internacionalmente y si se le otorga la denominación de origen habrá grandes beneficios.

Punto de acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Economía, para que a través del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, emita la Declaratoria de Protección de Denominación de Origen del Mezcal y autorice su uso al estado de Aguascalientes a efecto de aprovechar un producto que tiene alta demanda en el mercado internacional.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de abril de 2017.— Diputado Jorge López Martín (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen.



SE EXHORTA A LA SECRETARÍA DE SALUD A INTENSIFICAR LAS CAMPAÑAS DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN AL CÁNCER DE PRÓSTATA

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a intensificar las campañas de prevención y atención del cáncer prostático, a cargo del diputado Carlos Lomelí Bolaños, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, diputado Carlos Lomelí Bolaños, integrante de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 6, numeral 1, fracción I, y el artículo 79, numeral 1, fracción II, numeral 2, fracciones I, y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, somete a la consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a fin de generar una estrategia transversal en todos los programas del Sistema Nacional de Salud, en el ámbito de sus competencias para intensificar las campañas de prevención y detección oportuna del cáncer de próstata, así como generar un programa de promoción, detección, diagnóstico, tratamiento y vigilancia epidemiológica del crecimiento prostático benigno y cáncer de próstata.

De acuerdo con la siguiente:

Exposición de Motivos

Antecedentes históricos del cáncer de próstata.

La organización Mundial de la Salud OMS define el cáncer es un proceso de crecimiento y diseminación incontrolados de células. Puede aparecer prácticamente en cualquier lugar del cuerpo.

El tumor suele invadir el tejido circundante y puede provocar metástasis en puntos distantes del organismo.

La historia de cáncer de próstata se extiende por casi 200 años. El reconocimiento de esta enfermedad y la evolución de sus tres tipos principales de tratamiento, es decir, la cirugía, la radioterapia y la manipulación hormonal, proporcionan muchas ideas sobre la progresión de la terapia médica y pensó durante el siglo pasado.

México se encuentra inmerso en un proceso de transición demográfica condicionado por los cambios importantes en las tasas de natalidad y mortalidad que se observaron en el país durante el siglo XX. Actualmente, se marca el inicio de un envejecimiento acelerado de la población, que alcanzará su máximo durante la primera mitad de este siglo.

Según la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2012, para 2050, se estima que los adultos mayores conformarán cerca del 28% de la población. Este envejecimiento acelerado de la población, representa un reto importante para el Sistema Nacional de Salud, ya que aumentará también de forma acelerada la demanda de atención médica, que requerirá de acciones de atención específicas, para contender adecuadamente con las nuevas necesidades de esta población.

Por otro lado, el cáncer de próstata, se considera uno de los problemas médicos más importantes de la población masculina. En el año 2012, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía reportó a los tumores malignos como la tercera causa de mortalidad en la población general del sexo masculino, de éstos, el tumor maligno de próstata es el más común a partir del año 2006, En el grupo de edad mayor de 65 años, este padecimiento siempre se ha reportado como el más frecuente.

La tasa de mortalidad por esta causa, se ha incrementado en los últimos 15 años de 42.3% a 45.9% por cada 100,000 habitantes. Además, es la segunda causa de egreso hospitalario por cáncer, sólo rebasado por el tumor maligno de mama.

La principal preocupación radica en que el cáncer originalmente detectado en una parte especifica del cuerpo, dichas células comienzan a crecer en forma descontrolada en todo el cuerpo. Y de esta manera las células en casi cualquier parte del cuerpo pueden convertirse en células cancerosas.

Según la investigación que realizó el Centro de Investigación en Salud Poblacional, dependiente del Instituto Nacional de Salud Pública, el cual analizó las tazas de mortalidad por marginación en México. Llegó al resultado determinante de que en los últimos 13 años, la mortalidad por cáncer de próstata a nivel nacional mostró un incremento constante (2% anual), principalmente en los estados de muy alta (4.4%) y alta marginación (7.7%), mientras que en los de muy baja hubo una reducción de 5% anual.

Se puede llegar a la conclusión de que la diferencia entre superar el cáncer o no, posiblemente radica, en la oportunidad del diagnóstico y tratamiento oportuno del cáncer de próstata ya que una de las principales causas de muerte en los hombres es el cáncer de próstata siendo una de las enfermedades que si se detectan a tiempo puedes erradicarse totalmente.

Si bien el cáncer de próstata es una enfermedad que aparece comúnmente a partir de los 50 años y su pico máximo es después de los 65 años. De acuerdo con las estimaciones del proyecto Globocan 2012, a nivel mundial es la segunda causa de cáncer y la quinta causa de muerte por cáncer en hombres.

En México a pesar de que la incidencia de cáncer de próstata es tres veces menor que lo observado en Estados Unidos de América, la mortalidad por esta causa es prácticamente igual (11.3 vs. 9.8 muertes por cada 100 mil hombres) y representa la primera causa de cáncer y de mortalidad por cáncer en hombres.

Con base en los certificados de muerte albergados en el Sistema Nacional de Información en Salud de la Secretaría de Salud, la investigación analizó las tasas de muerte a nivel nacional y de los 32 estados, los investigadores consideran como conclusión de su investigación que uno de los retos del sistema de salud en México consiste en determinar las deficiencias en recursos humanos y materiales, así como, los factores individuales que limitan la búsqueda de atención médica. Esta información permitiría diseñar y evaluar las mejores estrategias costo efectivas para reducir las brechas en el acceso al diagnóstico y tratamiento del cáncer de próstata .

Los métodos de diagnóstico conocidos y comúnmente manejados son prueba de antígeno prostático específico, el tacto rectal, la biopsia y el ultrasonido transrectal.

Sin embargo, para la detección oportuna de cáncer de próstata se requiere el diagnóstico mediante la prueba de antígeno prostático en la sangre y el tacto rectal debido a la ubicación física de la próstata delante del recto y debajo de la vejiga.

Existen muchos mitos respecto de las de las formas de diagnóstico del cáncer de próstata por ser incómodo y penoso, pero es la única manera de que se pueda prevenir una enfermedad tan grave como lo es el cáncer de próstata. Por lo que resulta necesario hacer consiente a la población de que existen muchas oportunidades de vida si se realizan chequeos con frecuencia, y de esta manera, si se detecta algún problema pueden garantizar el evitar morir por esta causa.

Sin embargo, muchas de esas muertes se pueden evitar. Entre el 30% y el 50% de los cánceres se pueden prevenir adoptando hábitos saludables, como evitar el consumo de tabaco, o adoptando medidas de salud pública, como la inmunización contra las infecciones que los causan. Otros tipos de cáncer se pueden detectar, tratar y curar tempranamente. Incluso en la fase terminal de la enfermedad, se puede aliviar el sufrimiento del paciente con los cuidados paliativos adecuados.

El cáncer nos afecta a todos, jóvenes y viejos; ricos y pobres; hombres, mujeres y niños y representa una carga enorme para los pacientes, las familias y la sociedad. Es una de las principales causas de defunción en el mundo.

Las tres enfermedades que se desarrollan más frecuentemente a partir de la próstata son: hiperplasia benigna de próstata, cáncer de próstata, y prostatitis por ello es importante realizar un correcto diagnóstico diferencial para indicar el tratamiento apropiado. Y evitar el desarrollo de un cáncer de próstata mediante el diagnóstico oportuno y adecuado para ofrecer un tratamiento curativo.

Derivado de estas enfermedades relacionadas con la próstata, tenemos un incremento considerable de casos de hiperplasia de próstata, la cual representa uno de los principales acercamientos del paciente al médico por problemas en la próstata, sin embargo a pesar de este acercamiento, aún no se ha logrado contener el crecimiento de cáncer de próstata

Fuente: Elaboración propia con información del Boletín Epidemiológico del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica Sistema Único de Información.

Como se puede apreciar en la gráfica anterior, en los años recientes, se han desarrollado importantes investigaciones de hiperplasia de la próstata y cáncer de próstata, que han generado información muy valiosa sobre la prevención y promoción para la salud, así como para la detección, el diagnóstico y el tratamiento de dicho padecimiento.

Esto generó la urgente necesidad de la creación de la Norma Oficial Mexicana a fin de que el personal de salud, que presta servicios de atención a la hiperplasia de la próstata y cáncer de próstata, en las diferentes instituciones del Sistema Nacional de Salud, siga procedimientos homogéneos al brindar atención de estos padecimientos.

Dicha norma se encuentra publicada en el Diario Oficial de la federación el 3 de agosto de 2016, denominada proyecto de Norma Oficial Mexicana PROYNOM048SSA22016, Para la detección, diagnóstico, tratamiento y vigilancia epidemiológica del crecimiento prostático benigno (hiperplasia de la próstata) y cáncer de próstata (tumor maligno de la próstata).

Esta norma, tiene por objetivo establecer los criterios y lineamientos para la prevención, detección, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del crecimiento prostático benigno y del cáncer de próstata, así como las acciones de promoción de la salud relacionados con dichos padecimientos.

Destacando las acciones de promoción para la salud, donde se instruye al personal de salud del primer nivel de atención, deberá realizar acciones preventivas relacionadas con el crecimiento de próstata y el cáncer de próstata.

Como prevención primaria, debe realizar acciones de promoción para la salud, otorgando información a la población en general sobre ambos padecimientos.

Las acciones de prevención secundaria deben incluir información detallada sobre la detección integral que se debe realizar a los hombres de 45 años y más que acudan a la consulta por cualquier otro motivo, con el propósito de generar la aceptación y demanda del servicio.

En este sentido a pesar de estar considerado por el sistema nacional de salud, estas acciones estar supeditadas a la aceptación del paciente a recibir la atención medica de manera preventiva en la elaboración de los estudios de gabinete, así como en la exploración física, por lo que se requiere reforzar las acciones de promoción y difusión de las acciones para la detección oportuna de algún problema de próstata.

La Secretaría de Salud es la dependencia encargada acorde a sus facultades inherentes conferidas por la ley, es la dependencia del Poder Ejecutivo que se encarga primordialmente de la prevención de enfermedades y promoción de la salud de la población.

Por lo expuesto, someto a consideración el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Secretaría de Salud a fin de generar una estrategia transversal en todos los programas del Sistema Nacional de Salud, en el ámbito de sus competencias para intensificar las campañas de prevención y detección oportuna del cáncer de próstata, así como generar un programa de promoción, detección, diagnóstico, tratamiento y vigilancia epidemiológica del crecimiento prostático benigno y cáncer de próstata.

Notas

1 Cáncer. (2017). Organización Mundial de la Salud. Consultado el 12 abril 2017, de

http://www.who.int/topics/cancer/es/

2 Lytton, B. (2001). Prostate cancer: A brief history and the discovery of hormonal ablation treatment. The Journal Of Urology, 165(6), 1859-1862. doi:10.1016/s0022-5347(05)66228-3

3 Torres-Sánchez, L., Espinoza-Giacinto, R., Rojas-Martínez, R., Escamilla-Núñez, C., Vázquez-Salas, R., Campuzano, J., & Lazcano-Ponce, E. (2016). Prostate cancer mortality according to marginalization status in Mexican states from 1980 to 2013. Salud Pública de México, 58(2), 179-186. Retrieved from

http://saludpublica.mx/index.php/spm/

4 Décadas, M. (2017). Mortalidad por cáncer de próstata en México a lo largo de tres décadas. Insp.mx. Retrieved 12 April 2017, from

https://www.insp.mx/avisos/4189-cancer-prostata-mx.html

5 10 datos sobre el cáncer. (2017). Organización Mundial de la Salud. Retrieved 12 April 2017, from

http://www.who.int/features/factfiles/cancer/

6 DOF - Diario Oficial de la Federación. (2017) dof.gob.mx. Retrieved 12 April 2017, from

http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5446705&fecha =03/08/2016

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de abril de 2017.— Diputado Carlos Lomelí Bolaños (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



SE EXHORTA A LA COMISIÓN DE CULTURA DEL SENADO PARA QUE, DENTRO DEL DICTAMEN PARA LA CREACIÓN DE LA LEY DE CULTURA, CONSIDERE LA ENUNCIACIÓN DE DERECHOS CULTURALES COMO SE PROPONE EN EL PROYECTO DE DECRETO CORRESPONDIENTE A LA CÁMARA DE DIPUTADOS

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Cultura del Senado a considerar en el dictamen para crear la Ley de Cultura la enunciación de derechos culturales como se propone en el proyecto de decreto correspondiente de esta soberanía, a cargo del diputado Luis Ernesto Munguía González, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, diputado Luis Ernesto Munguía González, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados; con fundamento en lo que dispone el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como la fracción II del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito someter a la consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Cultura del Senado de la República para que dentro del dictamen para la creación de la Ley de Cultura considere la enunciación de derechos culturales como se propone en el Capítulo III de la iniciativa con proyecto de decreto que crea la Ley de Derechos Culturales presentada por los diputados integrantes de la Comisión de Cultura y Cinematografía de la Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura, al tenor de las siguientes

Consideraciones

En el año 2009 con la aprobación de la Reforma al Artículo 4o. constitucional en su párrafo 12 se logró dar un paso significativo hacia el reconocimiento de las obligaciones del Estado Mexicano en materia de Derechos Culturales. Estas obligaciones se han hecho explícitas en diferentes instrumentos internacionales como la Declaración de Friburgo sobre Derechos Culturales de 2007 y la Observación General número 21, referente al artículo 15.1a. del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas aprobada el 19 de noviembre, 2009 en Ginebra. En este sentido es importante recordar que en 2011 se aprobó la Reforma al Artículo 1o Constitucional para reconocer que “En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los Derechos Humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte”

Con esos antecedentes es que se abre una oportunidad para seguir avanzando el reconocimiento y ampliación de los Derechos Culturales de las y los mexicanos a partir de la transformación del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes en Secretaría de Cultura en diciembre de 2015 y en el actual proceso promovido de manera conjunta por la Cámara de Diputados y el Senado de la República para la creación de una Ley de Cultura. En este último proceso se han realizado importantes ejercicios de consulta, análisis y propuesta que han resultado en cinco iniciativas de ley que son ahora el principal insumo para la elaboración del dictamen de Ley de Cultura.

Cabe destacar que tanto la Comisión de Cultura del Senado como la Comisión de Cultura y Cinematografía de la Cámara de Diputados han convocado a foros y audiencias para recibir propuestas del sector público, social, empresarial y la academia que enriquezcan el proceso de elaboración de la Ley de Cultura. En el caso del foro convocado por el Senado, la mayor parte de las propuestas presentadas hacen referencia a la necesidad de reconocer Derechos Culturales fundamentales. En el caso de las audiencias públicas convocadas por la Cámara de Diputados, un Consejo Redactor integrado por expertos en la materia revisó las propuestas presentadas y elaboró un documento orientador que sirvió como documento base para una iniciativa de ley que es explícito en el reconocimiento de Derechos Culturales fundamentales.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión de Cultura del Senado de la República para que dentro del dictamen para la creación de la Ley de Cultura considere la enunciación de Derechos Culturales como se propone en el Capítulo III de la iniciativa con proyecto de decreto que crea la Ley de Derechos Culturales presentada por los Diputados integrantes de la Comisión de Cultura y Cinematografía de la Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de abril de 2017.— Diputado Luis Ernesto Munguía González (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Cultura y Cinematografía, para dictamen.



IMPLEMENTACIÓN DE MEDIDAS QUE GARANTICEN MEJORES CONDICIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN BÁSICA, MEDIA SUPERIOR Y SUPERIOR

«Proposición con punto de acuerdo, relativo a la implantación de medidas que garanticen mejores condiciones de seguridad para los estudiantes de educación básica, media superior y superior, a cargo del diputado Jesús Rafael Méndez Salas, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

El que suscribe, diputado Jesús Rafael Méndez Salas, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza de la LXIII Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 2 y 79, numerales 1, fracción II y 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

En la actualidad la educación se encuentra determinada por el contexto social, económico, político, geográfico y cultural de las diferentes regiones que integran a nuestro país, cuyas problemáticas y desafíos se ven reflejados en los centros escolares y afectan, ya sea de manera positiva o negativa, a su población.

Las condiciones del entorno en que niñas, niños y jóvenes se desenvuelven académicamente, intervienen de manera determinante en el proceso de aprendizaje y generan un impacto, a corto y largo plazo, en el desarrollo personal de sus capacidades intelectuales y sociales. Por ello, las características del contexto en el que un individuo aprende deben responder a unos estándares mínimos de seguridad.

En México, si bien existen diversos esfuerzos interinstitucionales y en diferentes órdenes de gobierno, para alcanzar un entorno seguro para el aprendizaje, aún se requiere de muchas acciones a realizar pero, sobre todo, del compromiso de la sociedad y, principalmente, de la comunidad escolar y autoridades, para garantizar condiciones apropiadas y seguras para los educandos, pues como ya se ha expresado un ambiente inseguro no permite el aprovechamiento de la educación, coartando así la evolución académica y personal.

Parece que la violencia y la inseguridad en nuestro país son un tema que no retrocede ante las acciones que el gobierno lleva a cabo para erradicarles. De acuerdo a cifras reveladas en la última Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), el 70 por ciento de la población mexicana considera que su ciudad es insegura.

En la actualidad, con mayor frecuencia nos encontramos con manifestaciones por parte de la sociedad, padres de familia, alumnos y maestros, quienes exigen más y mejores condiciones en materia de seguridad para la comunidad escolar, en general.

Además, son considerables los centros escolares que se han visto en la necesidad de cerrar sus puertas en una, dos o más ocasiones y, en el peor de las situaciones, de modo definitivo, para proteger a la comunidad estudiantil derivado de la problemática en comento.

Otro fenómeno recurrente que se ha acrecentado en los últimos años, derivado de los altos índices de violencia en el país, es la disminución en la matrícula de alumnos tanto en escuelas públicas como privadas en todos los niveles. Al respecto el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia asienta que la violencia en México es un factor determinante de la deserción escolar.

Es en este punto donde se debe poner mayor atención, toda vez que la deserción escolar es el principal problema que enfrenta México en materia educativa porque incrementa el desempleo y la incorporación al crimen organizado, generando un círculo vicioso. Toda vez que la deserción escolar es considerada un factor de riesgo que incrementa las posibilidades de que las personas se involucren en ambientes violentos o delictivos.

No olvidemos que es la escuela, el espacio por excelencia para la socialización, donde todos construyen su identidad y definen un plan de vida socialmente reconocido. Dejar que las niñas, niños y jóvenes abandonen sus estudios aumenta las posibilidades de desempeñar trabajos precarios o informales.

Ejemplos de la problemática que se describe en la presente propuesta existen de sobra, si bien es cierto todavía no se cuenta con una estadística oficial que lo demuestre, no podemos dejar de asentar que la inseguridad afecta directamente el proceso educativo de alumnos y docentes.

Ante esta situación, es necesario que las autoridades educativas y las encargadas de seguridad pública den respuestas efectivas, implementando acciones que garanticen el normal proceso educativo en nuestro país.

Las autoridades, en el ámbito de sus respectivas competencias, están obligadas a tomar las medidas necesarias para prevenir, atender y sancionar los casos en que niñas, niños o adolescentes se vean afectados.

La función primaria del Gobierno es asegurar a la población espacios públicos y privados de desarrollo humano, que estén libres de violencia para el ejercicio pleno de los derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes, quienes tienen derecho a vivir una vida libre de toda forma de violencia y a que se proteja su integridad personal, con el objetivo de lograr las mejores condiciones de bienestar para su desarrollo integral.

En Nueva Alianza estamos conscientes que la violencia y la delincuencia impactan a toda la población de manera heterogénea. Sin embargo, son las niñas, niños y adolescentes quienes registran mayor vulnerabilidad a experimentar estas problemáticas, toda vez que su condición y posición social influye en que se vean afectados por diversas situaciones que combinadas les expone a mayor riesgo de ver afectados sus estudios.

Por ello, el presente Punto de Acuerdo pretende exhortar a las autoridades encargadas de la seguridad pública en los estados para que en coordinación con las autoridades educativas locales generen acciones que garanticen mejores condiciones en materia de seguridad para los estudiantes de educación básica, media superior y superior, que además involucre a la comunidad educativa en la promoción de ambientes sanos, seguros y propicios para el aprendizaje de los alumnos.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto respetuosamente a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta a las autoridades encargadas de la seguridad pública en los estados para que, en coordinación con las autoridades educativas locales, implementen medidas que garanticen mejores condiciones en materia de seguridad para los estudiantes de educación básica, media superior y superior.

Nota

1 Inegi (2016). Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana. Recuperado de

http://www.beta.inegi.org.mx/app/saladeprensa/noticia.html?id=2 732

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 26 días del mes de abril de 2017.— Diputado Jesús Rafael Méndez Salas (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.



SE EXHORTA AL COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN A MODIFICAR LOS LINEAMIENTOS PARA LAS ASIGNACIONES DE VIÁTICOS Y PASAJES AÉREOS EN COMISIONES INTERNACIONALES

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Comité de Administración de esta soberanía a modificar los lineamientos para las asignaciones de viáticos y pasajes aéreos en comisiones internacionales, a cargo de la diputada Georgina Trujillo Zentella, del Grupo Parlamentario del PRI

Georgina Trujillo Zentella, diputada federal de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6 numeral 1, fracción I; y artículo 79, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados; somete a consideración de esta soberanía, el presente punto de acuerdo por el que solicita al Comité de Administración de esta Cámara de Diputados se modifique el artículo 20 de los lineamientos para la asignación de viáticos y pasajes aéreos en comisiones internacionales, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Ante las circunstancias económicas por las que atraviesa el país, los Poderes de la Unión y los organismos constitucionalmente autónomos se han comprometido a ejecutar acciones de control necesarias para un mejor manejo de las finanzas públicas, proveyendo medidas más eficaces de gasto del presupuesto asignado a cada uno de ellos.

Es importante señalar que el gasto público en todos los Poderes de la nación tiene que comprender características transparentes que fomenten la rendición de cuentas, y realizarse con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en su artículo 61 establece que los ejecutores de gasto en el ejercicio de sus respectivos presupuestos, deberán tomar medidas para racionalizar el gasto destinado a las actividades administrativas y de apoyo, sin afectar el cumplimiento de las metas de los programas aprobados y como resultado de la aplicación de dichas medidas, los ahorros deberán destinarse atendiendo a las disposiciones que resulten aplicables a los programas prioritarios del ejecutor del gasto que los genere.

En atención a las condiciones de la economía actual, la Cámara de Diputados ha ejercido medidas de austeridad en años anteriores, para ajustarse a las disposiciones y los recursos otorgados a la Cámara en el Presupuesto de Egreso de la Federación de los años respectivos.

La Junta de Coordinación Política, en su punto 4 de la reunión de trabajo de fecha 16 de enero del año en curso, se discutió la propuesta para implementar medidas de austeridad y racionalidad presupuestaria en la Cámara de Diputados, de las cuales adicionalmente al tema de apoyos extraordinarios no justificados, se acordó que se haría la revisión en los siguientes rubros donde se buscarán ahorros:

1. Viajes internacionales, donde se realizarán aquellos estrictamente indispensables y siempre en clase económica;

2. Telefonía celular;

3. Vales de gasolina; y

4. Partida de gastos de alimentos.

El 28 de febrero del presente año se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo del Comité de Administración por el que se autorizan los lineamientos de racionalidad, contención, austeridad y transparencia presupuestaria para la gestión legislativa de la Cámara de Diputados 2017, en donde se establecen una serie de medidas que garantizan que el ejercicio del gasto se hará con estricto apego a la ley y normas aplicables, así como a la transparencia y rendición de cuentas, y que en su lineamiento quinto, numeral III párrafo cuarto establece que “se cancelan todos los viajes internacionales, salvo aquellos estrictamente indispensables, autorizados previamente por la Junta de Coordinación Política y siempre en clase económica...”. Por lo que este acuerdo contempla medidas de recorte de gastos superfluos y limita los gastos operativos a los mínimos indispensables.

Asimismo, de conformidad con la normatividad administrativa de la Cámara de Diputados, se publicaron los lineamientos para la asignación de boletos de avión y viáticos a las diputadas y diputados para la realización de viajes de trabajo en territorio nacional, acordados por las comisiones y comité, y lineamientos para la asignación de viáticos y pasajes aéreos en comisiones internacionales, en donde los primeros se establecen en su lineamiento 14 que las tarifas y las categorías de los boletos de avión serán las conocidas en el argot aeronáutico como “metro” o “bravo”, es decir, turista-económico, y en caso de que no haya disponibilidad se opte por pasajes con categoría “yanqui” (turista sin restricciones).

14. Las tarifas de los boletos de avión para realizar viajes nacionales por cuenta de las Comisiones y Comités serán las que correspondan a las categorías conocidas como “metro” o “bravo”. En caso de que dichas tarifas no se encuentren disponibles y no existan alternativas que satisfagan los requerimientos de horarios e itinerarios, se podrá optar por la categoría “yanqui”.

Como se puede apreciar, la adquisición o compra de los pasajes aéreos a las Diputadas y Diputados para realizar trabajos en territorio nacional derivado de una comisión oficial, se ajusta a los principios de racionalidad y austeridad conforme a las disposiciones aplicables antes mencionadas.

Ahora bien, en el caso de Lineamientos para la Asignación de Viáticos y Pasajes Aéreos en Comisiones Internacionales, el supuesto para la asignación de pasajes aéreos derivado de una comisión internacional es diferente, ya que como lo establece en su artículo 20 los boletos de avión comprarán en tarifa “turista superior” o su equivalente, en vuelos menores a tres horas, y en vuelos de mayor tiempo la tarifa será en “clase ejecutiva” o su equivalente.

Artículo 20. Los boletos de avión correspondientes a comisión internacional, serán solicitados a la Dirección General de Servicios a Diputados, en tarifa “turista superior” o su equivalente, en vuelos menores a tres horas, y en vuelos de mayor tiempo la tarifa será en “clase ejecutiva” o su equivalente.

La Cámara de Diputados, sensible y atenta a la situación por la que atraviesa la economía de nuestro país y de sus ciudadanos, debe continuar con las medidas tendientes a racionalizar su gasto, eficientar su quehacer, para sumarse al compromiso de hacer más con menos recursos, por lo que en un esfuerzo más para contribuir con esta causa se deben homologar los criterios para la adquisición de pasajes aéreos para la realización de viajes de trabajo derivados de comisiones nacionales e internacionales, ajustándose a que todos los boletos de avión que se adquieran deben ser de la categoría turista (o su similar) como lo estipula el lineamiento 14 de los lineamientos para la asignación de boletos de avión y viáticos a las diputadas y diputados para la realización de viajes de trabajo en territorio nacional, acordados por las comisiones y comité.

Cabe recordar que existen gastos que provocan la indignación de los ciudadanos en tanto que para el imaginario colectivo representan la existencia de privilegios a los cuales la gran mayoría de los mexicanos no tiene acceso, por lo cual en una época de austeridad como la que hoy vive nuestro país deben ser eliminados.

En este orden de ideas y en atención a lo establecido en los artículos, 61 de la ley federal de presupuesto y responsabilidad hacendaria y 16 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2017, los Lineamientos de Racionalidad, Contención, Austeridad y Transparencia Presupuestaria para la Gestión Legislativa de la Cámara de Diputados 2017 y de las disposiciones y medidas administrativas dictadas por los órganos de gobierno, los cuales tienen por objeto racionalizar en la medida de lo posible el gasto destinado a las actividades administrativas y de apoyo de esta Soberanía, sin afectar el cumplimiento de las metas de carácter legislativo, y atendiendo a la homologación de criterios para la adquisición de pasajes aéreos para realizar trabajos derivados de comisiones nacionales e internacionales, se somete a su consideración el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se solicita al Comité de Administración modifique el artículo 20 de los Lineamientos para la asignación de viáticos y pasajes aéreos en comisiones internacionales, de conformidad con los acuerdos de la reunión de trabajo de la Junta de Coordinación Política de esta Cámara de Diputados de fecha 16 de enero 2017 y el Lineamiento Quinto, numeral III párrafo cuarto de los Lineamientos de Racionalidad, Contención, Austeridad y Transparencia Presupuestaria para la Gestión Legislativa de la Cámara de Diputados 2017, sometiendo a su consideración la siguiente propuesta:

Acuerdo del Comité de Administración por el que se modifican los Lineamientos para la asignación de viáticos y pasajes aéreos en comisiones internacionales.

Único. Se modifica el artículo 20 de los Lineamientos para la asignación de viáticos y pasajes aéreos en comisiones internacionales, para quedar como sigue:

Artículo 20. Los boletos de avión correspondientes a comisión internacional, serán solicitados a la Dirección General de Servicios a Diputados, en la categoría conocida como “económica” o su similar. En caso de que dichas tarifas no se encuentren disponibles y no existan alternativas que satisfagan los requerimientos de horarios e itinerarios, se podrá optar por la categoría “turista superior” o su equivalente.

Transitorio

Único. El presente acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en la Gaceta Parlamentaria.

Palacio Legislativo de San Lázaro. Ciudad de México, a 27 de abril de 2017.— Diputada Georgina Trujillo Zentella (rúbrica).»

Se turna a la Junta de Coordinación Política, para su atención



SE EXHORTA A LA SECRETARÍA DE SALUD A PUBLICAR EL PROY-NOM-048-SSA2-2016, EN MATERIA DE DETECCIÓN, DIAGNÓSTICO, TRATAMIENTO Y VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA DEL CRECIMIENTO PROSTÁTICO BENIGNO Y EL CÁNCER DE PRÓSTATA

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a publicar el PROY-NOM-048-SSA2-2016, en materia de detección, diagnóstico, tratamiento y vigilancia epidemiológica del crecimiento prostático benigno y el cáncer de próstata, a cargo de la diputada Kathia María Bolio Pinelo, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, Kathia María Bolio Pinelo, diputada federal de la LXIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I y IV; 62, numeral 2, y 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El cáncer de próstata es desde 2006, la neoplasia más común entre la población masculina mexicana. Con una incidencia de 16 por ciento, ocupa el segundo lugar en dicha materia, contando todos los cánceres de hombres y mujeres. Además, de acuerdo con el Instituto Nacional de Cancerología (Incan), 1 de cada 7 hombres mexicanos será diagnosticado con cáncer de próstata, neoplasia cuya tasa de mortalidad es de 13 defunciones por cada 100 mil habitantes.

Entre las características típicas de la enfermedad se encuentra la ausencia de síntomas en sus etapas tempranas lo que ocasiona que normalmente, la detección de la neoplasia sea tardía. No obstante, aunado a lo anterior, se observa que la falta de prevención, principalmente el no acudir a consulta médica con regularidad, además de una nula cultura de autoexploración, genera que el diagnóstico se de en etapas muy avanzadas del padecimiento.

Cuando la enfermedad se detecta de forma tardía no solo se vuelve muy complicado su tratamiento, también los pacientes disminuyen dramáticamente su calidad de vida, puesto que las etapas avanzadas de la enfermedad presentan síntomas como dolor y ardor, o ambos al orinar, presencia de sangre en la orina, dolores intensos en la pelvis y espalda, disminución del apetito sexual y dificultad de mantener relaciones sexuales, entre otros.

Por otro lado, aun cuando los factores de riesgo para contraer la neoplasia no se conocen en su totalidad, es bien sabido que los antecedentes familiares, el sedentarismo y los estilos de vida poco saludables (como el consumo excesivo de carne roja y lácteos y/o el abuso de productos alcohólicos y del tabaco), así como la edad (a partir de los 50 años, la probabilidad de desarrollar cáncer de próstata aumenta), se cuentan entre los principales.

De acuerdo con el Consejo Nacional de Población (Conapo), hacia 2050, alrededor de 3 de cada 10 mexicanos será adulto mayor. Además, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, prevé que el número de personas de 60 años y más mostrará un incremento de 81 por ciento entre 2015 y 2030. Tales números, en el contexto del cáncer de próstata resultan alarmantes, puesto que 2 de cada 3 casos se diagnostican en hombres mayores de 60 años.

Tomando en cuenta lo anterior, la elaboración de una norma oficial mexicana (NOM) en materia de cáncer de próstata es prioritario para comenzar a incidir en el marco regulatorio en pos de mejorar la atención que se pone sobre la neoplasia prostática. En ese sentido, el Senado de la República reconoce y celebra el esfuerzo que durante más de dos años han hecho tanto la sociedad civil como las autoridades sanitarias para la elaboración de la “NOM-048-SSA2-2016, para la detección, diagnóstico, tratamiento y vigilancia epidemiológica del crecimiento prostático benigno (hiperplasia de la próstata) y cáncer de próstata (tumor maligno de la próstata)”.

Tal proyecto de NOM fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el pasado 3 de agosto de 2016, transcurriendo el plazo reglamentario de 60 días naturales para la recepción de comentarios, sin recibir ninguno. Posteriormente, el 3 de noviembre de 2016 el proyecto fue presentado ante la Comisión Federal de Mejora Regulatoria y el día 17 del mismo mes se emitió el dictamen final, sin recibir comentarios.

Siendo así y habiendo cumplido con los procesos establecidos de elaboración y aprobación, la NOM-048-SSA2-2016 estaría lista para su publicación desde el mes de diciembre de 2016, no obstante, hasta la fecha, no se ha publicado.

La publicación de la NOM resulta prioritaria puesto que, una vez publicada, permitiría comenzar a trabajar de manera mucho más eficaz y eficiente en materia de detección oportuna de la neoplasia y su tratamiento. Al respecto, y de acuerdo con la American Cancer Society, la realización consuetudinaria de exámenes de detección de cáncer de próstata es, definitivamente, un método eficaz para mejorar la calidad de vida de los hombres que sufren de la enfermedad.

La atención de las enfermedades crónico-degenerativas mediante normas oficiales mexicanas ha resultado en buenos dividendos. De forma específica se tienen los casos de la diabetes y obesidad y del cáncer de mama y cáncer cervicouterino.

En el caso de la diabetes, la publicación de la NOM-015-SSA2-2010, Para la prevención, tratamiento y control de la diabetes mellitus, derivó en la Estrategia Nacional para la Prevención y el Control del Sobrepeso, la Obesidad y la Diabetes publicada en 2013.

Por otro lado, el llamado “cáncer de la mujer” cuenta con políticas públicas específicas para su prevención, detección y tratamiento. Lo anterior con base en dos normas oficiales mexicanas: La NOM-041-SSA2-2011, Para la prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama; y la NOM-014-SSA2-1994, Para la prevención, detección, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer cervicouterino (modificada en 2007). Derivado de dichas normas, se crea un Programa de Acción Específico para la Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 2013-2018.

Como se puede observar, existe una relación virtuosa entre la publicación de Normas Oficiales en materia de salubridad y el diseño e implementación de políticas públicas específicas para enfermedades que amenazan con volverse epidemias en el futuro próximo. Cada instrumento, entonces, cumple con una función específica en el tratamiento específico de padecimientos: mientras la NOM actúa como medio regulatorio para garantizar que todas las instituciones de salud se apeguen a las disposiciones oficiales, el Programa de Acción coadyuva en la homologación de objetivos entre todos los actores involucrados en la atención a enfermedades específicas.

Asimismo, la publicación de una NOM y el diseño e implantación de un programa de acción específico vuelve necesaria la homologación de las Guías de Práctica Clínica y los Protocolos de Atención en materia de cáncer de próstata para que los objetivos planteados se puedan lograr.

Las guías de práctica clínica son un conjunto de recomendaciones desarrolladas sistemáticamente para ayudar al profesional de la salud y al paciente a tomar decisiones frente a una enfermedad determinada y particular. Por su parte, los protocolos de atención son documentos que resumen el conjunto de procedimientos de corte técnico (o médico) para la atención de una situación específica en materia de salubridad; normalmente, los protocolos de atención forman parte de las guías de práctica clínica.

La importancia de las guías de práctica clínica, de acuerdo con el Centro Nacional de Excelencia Tecnológica en Salud (Cenetec), recae en que se debe trascender el paradigma de que las decisiones del personal médico son correctas por antonomasia. Aun cuando una de las principales virtudes de los médicos es su capacidad de decisión discrecional, es importante otorgarles, para dotar de certeza y seguridad a su práctica, instrumentos técnicos consensuados y bien diseñados, como lo son las guías de práctica clínica.

En lo que se refiere al cáncer de próstata, existen cuatro guías de práctica clínica:

Diagnóstico y tratamiento de la prostatitis aguda: Publicada en 2013, y elaborada por el Cenetec la guía se refiere al tratamiento de la inflamación de la próstata por diversas causas, sin embargo, no atiende directamente al cáncer de próstata.

Diagnóstico y tratamiento de la hiperplasia prostática benigna: publicada en 2009 y elaborada por el IMSS, la guía de práctica clínica atiende la inflamación de la próstata derivada de cuestiones que no tienen que ver con cáncer. Sin embargo, se trata de un instrumento importante, ya que uno de los síntomas principales de la neoplasia prostática es, precisamente, la inflamación del órgano. Así, la guía también recomienda la búsqueda de antígeno prostático específico, si ésta presenta niveles anormales, el paciente se refiere al segundo nivel.

Prevención y detección temprana del cáncer de próstata en el primer nivel de atención: Elaborada y publicada en 2008 por el Cenetec, fue actualizada en 2012. Se encarga del tratamiento del cáncer de próstata en materia de prevención y detección temprana. La guía propone el tacto rectal y la búsqueda de antígeno prostático específico como los métodos de rutina para la detección de la neoplasia prostática. Asimismo, recomienda que, si el tacto y el antígeno prostático no presentan situaciones normales, el paciente sea referido al segundo nivel de atención.

Diagnóstico y tratamiento del cáncer de próstata en el segundo y tercer nivel de atención: Diseñada por el Cenetec y publicada en 2008, la guía de práctica clínica atiende el diagnóstico y tratamiento de cáncer de próstata en el segundo nivel de atención y su tratamiento en el tercer nivel. El documento toma en cuenta a pacientes con sospecha de neoplasia prostática y a pacientes con diagnóstico confirmado. Las herramientas de diagnóstico continúan siendo el antígeno prostático y el tacto rectal, sin embargo, se incluye la biopsia transrectal para confirmar la presencia de cáncer de próstata y atender al paciente en el segundo nivel o referirlo al tercer nivel.

Como se puede observar, existe multiplicidad de formas para la detección, diagnóstico y tratamiento del cáncer de próstata.

En ese sentido, la homologación de las Guías de Práctica Clínica que contienen los protocolos de atención para la neoplasia prostática se vuelve primordial; lo anterior con miras en contar con profesionales de la salud capaces de detectar, diagnosticar y tratar de forma eficiente, segura y eficaz al cáncer de próstata.

Con base en las anteriores consideraciones, tengo a bien presentar ante esta soberanía la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud a publicar tan pronto como sea posible, el PROY-NOM-048-SSA2-2016, en materia de detección, diagnóstico, tratamiento y vigilancia epidemiológica del crecimiento prostático benigno y el cáncer de próstata.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud, Instituto Mexicano del Seguro Social, Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, Instituto Nacional de Cancerología y a las autoridades competentes, para que, en el ámbito de sus atribuciones, tomen las medidas necesarias que deriven en el diseño e implementación de un Programa de Acción Específico para la Prevención y Control del cáncer de próstata en México.

Tercero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud, Instituto Mexicano del Seguro Social, Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y al Centro Nacional de Excelencia Tecnológica en Salud a que realicen las acciones pertinentes para homologar las guías de práctica clínica y los protocolos de atención en concordancia con la NOM-048-SSA2-2016.

Notas

1 http://gco.iarc.fr/today/fact-sheets-populations?population=484& sex=0#collapse1

2 http://www.imss.gob.mx/salud-en-linea/cancer-prostata

3 https://www.insp.mx/infografias/cancer-prostata.html

4 http://www.eluniversal.com.mx/articulo/cartera/economia/2016/ 05/31/menos-jovenes-apoyaran-los-adultos-en-su-vejez-dice-consar

5 https://www.insp.mx/infografias/cancer-prostata.html

6 http://www.cenetec.salud.gob.mx/descargas/gpc/CatalogoMaestro/SS-683-PROSTATITIS_AGUDA/GER_SS_683_13_Diagnostico_y_tratamiento_de_la_prostatitis_aguda.pdf

7 http://www.cenetec-difusion.com/CMGPC/IMSS-176-09/RR.pdf

8 http://www.cenetec.salud.gob.mx/descargas/gpc/CatalogoMaestro/021_GPC_CaProstata/SSA_021_08_GRR.pdf

9 http://www.cenetec.salud.gob.mx/descargas/gpc/CatalogoMaestro/140_GPC_CA_PROSTATA/Grr_ca_prostata.pdf

Fuentes

http://www.senado.gob.mx/comisiones/igualdad_genero/reu/docs/presentacion1_250614.pdf

http://old.cancer.org/acs/groups/cid/documents/webcontent/002319-pdf.pdf

http://www.anmm.org.mx/GMM/2013/n5/GMM_149_2013_5_576-585.pdf

http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5446705&fecha=03/08/2016

https://www.insp.mx/avisos/4189-cancer-prostata-mx.html

http://sipse.com/mexico/medicos-desdenan-residencias-especialidades-necesarias-mexico-111428.html

http://www.cenetec.salud.gob.mx/descargas/gpc/CatalogoMaestro/SS-683-PROSTATITIS_AGUDA/GER_SS_683_13_Diagnostico_y_tratamiento_de_la_prostatitis_aguda.pdf

http://www.cenetec.salud.gob.mx/descargas/PAES/gpc.pdf

http://www.cenetec-difusion.com/CMGPC/IMSS-176-09/RR.pdf

http://www.cenetec.salud.gob.mx/descargas/gpc/CatalogoMaestro/021_GPC_CaProstata/SSA_021_08_GRR.pdf

http://www.cenetec.salud.gob.mx/descargas/gpc/CatalogoMaestro/140_GPC_CA_PROSTATA/Grr_ca_prostata.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de abril de 2017.— Diputada Kathia María Bolio Pinelo (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



SE EXHORTA A LA FISCALÍA ESPECIAL PARA LA ATENCIÓN DE DELITOS COMETIDOS CONTRA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN, PARA ATRAER EL CASO DE LOS PERIODISTAS NEHEMÍAS JIMÉNEZ Y JOSÉ DAVID MORALES GÓMEZ, VÍCTIMAS DE LOS ACTOS DELICTIVOS QUE TUVIERON LUGAR EN TUXTLA GUTIÉRREZ, CHIAPAS

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos contra la Libertad de Expresión a atraer el caso de los periodistas Nehemías Jiménez y José David Morales Gómez, víctimas de los actos delictivos ocurridos en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, suscrita por los diputados Ángel Antonio Hernández de la Piedra y Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena

Los que suscriben, Ángel Antonio Hernández de la Piedra y Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, integrantes de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Movimiento Regeneración Nacional (Morena), con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2 fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentamos a esta soberanía proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

El pasado domingo 23 de abril, en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, tuvieron lugar actos lamentablemente inadmisibles relacionados con acontecimientos que ya hemos denunciado anteriormente, toda vez que dos reporteros fueron agredidos al realizar su trabajo en las instalaciones, donde se encontraban cubriendo un informe del senador priista Roberto Albores Gleason y documentaban el acarreo de personas al acto realizado en el estadio “Víctor Manuel Reyna”. Los comunicólogos Nehemías Jiménez y José David Morales Gómez denunciaron que cuando entrevistaban a mujeres asistentes al acto y transmitían en vivo mediante redes sociales, se aproximaron a ellos tres hombres que describieron de físico corpulento con camisas blancas para quitarles el micrófono y su equipo en medio de un cúmulo de amenazas como a continuación se citan: “No sabes con quien te metes, así que ve borrando el video”, los cuales a empujones los encerraron en un baño, por órdenes de una mujer de nombre Liliana Cabrera Urbina, la cual lanzó una consigna alentando a los hombres citados para que procedieran a golpear a los comunicólogos.

Lo anterior se derivó a raíz de que los comunicadores habían entrevistado a algunas mujeres beneficiarias del programa social Prospera de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), una de las cuales dijo: “Fuimos obligadas a venir aquí, y es inhumano que nos tengan desde las 8 de la mañana bajo el sol”, “si no acudíamos amenazaron con darnos de baja automáticamente del programa y teníamos que quedarnos hasta el final para firmar un papel para demostrar que si venimos”, expresó una de las ciudadanas.

Nehemías Jiménez y José David Morales Gómez, quienes laboran para el portal Chiapas sin Censura, aseguraron que después de ser detenidos por los hombres de seguridad antes mencionados, fueron amenazados, les quitaron sus cámaras fotográficas, memorias USB, anotaron sus datos personales y de sus familiares.

De manera siguiente fueron llevados en una patrulla municipal, lo que desató que compañeros del gremio comenzaran a denunciar la agresión, por lo que se consiguió que fueran liberados. Posteriormente, los comunicólogos se dirigieron a interponer una denuncia contra los agentes de seguridad privada del senador Roberto Albores Gleason y de quienes resulten responsables por las agresiones de las que fueron víctimas así como del equipo que les fue despojado.

Periodistas de diversos medios de comunicación exigieron se realice una investigación exhaustiva de los hechos, así también hicieron un llamado a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos cometidos contra la libertad de expresión. Exhortaron a que los organismos defensores de los derechos humanos atiendan denuncias y emitan acciones para salvaguardar la integridad del gremio periodístico.

El Centro de Derechos Humanos Ku’untik demandó que la Comisión Estatal de Derechos Humanos inicie una queja de oficio y formule las medidas necesarias para salvaguardar la integridad de la comunidad conformada por todos los periodistas del país, asimismo se pide se dé un contexto de seguridad para el pleno ejercicio de esta profesión.

El marco jurídico nacional protege la libertad de expresión en el artículo 6o. constitucional, que a la letra dice : “La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado.

“Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión”.

Asimismo, la Declaración Universal de Derechos Humanos en su artículo 19 establece lo siguiente: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.

Por otro lado, el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en sus numerales 1 y 2, manifiesta lo que se cita a continuación:

“Nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones”.

“Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección”.

En el mismo tenor y de acuerdo a lo señalado por las ciudadanas presentes en el mencionado evento el marco jurídico nacional, en el artículo 134 constitucional se manifiesta lo siguiente: “Los recursos económicos de que dispongan la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados”.

Considerando el marco jurídico nacional e internacional que contempla la protección a la ejecución plena de la libertad de expresión es notorio que a partir de los hechos señalados anteriormente en el cuerpo del presente, se deduce que este derecho humano fue violado a grandes rasgos. Para todos es sabido que México ocupa el 5° lugar a nivel internacional como uno de los países más peligrosos para ejercer el periodismo, tal como se desprende del Informe publicado por la Unesco.

En Morena reprobamos estos actos violentos que causan un detrimento en la integridad física y profesional del gremio periodístico y con antelación hemos puesto especial énfasis en el análisis y esclarecimiento de actos de índole delictivo en contra de los periodistas.

En el mismo tenor, manifestamos que el Poder Legislativo no debe estancarse en el único pronunciamiento de estos actos y hacer lo que en la medida de nuestras facultades sea posible para el esclarecimiento de estos actos y dar con los responsables de los delios cometidos, asimismo, garantizar la seguridad necesaria para el ejercicio de esta profesión.

Por lo expuesto y con fundamento en las disposiciones invocadas en el proemio, sometemos a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente proposición con:

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Fiscalía Especializada para la Atencion de Delitos Contra Periodistas (FEADLE) para que atraiga el caso de las agresiones que sufrieron los periodistas Nehemías Jiménez y José David Morales Gómez víctimas de los actos delictivos que tuvieron lugar en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas durante la realización del informe legislativo del senador Roberto Albores Gleason.

Segundo. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta de forma respetuosa a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) para que investigue el presunto condicionamiento con fines clientelares del programa social Prospera en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, por parte del senador Roberto Albores Gleason.

Notas

1 http://www.jornada.unam.mx/2017/04/23/estados/023n1est

2 http://www.eluniversal.com.mx/articulo/estados/2017/04/22/repudian-agresion-con tra-reporteros-en-chiapas

3 http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2016/11/02/mexico-quinto-pais-mas-peligroso- para-periodistas-unesco

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 27 días de abril de 2017.— Diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



SE EXHORTA AL GOBIERNO DE TAMAULIPAS PARA QUE HAGA PÚBLICO EL EJERCICIO PRESUPUESTAL DE LOS PRINCIPALES PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA DE LOS EJERCICIOS 2013 AL 2016, A CARGO DEL INSTITUTO TAMAULIPECO DEL DEPORTE

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Tamaulipas a hacer público el ejercicio presupuestal de los principales programas y proyectos de inversión pública de 2013 a 2016 a cargo del Instituto Tamaulipeco del Deporte; y dar máxima publicidad a la información estadística e indicadores de gestión correspondientes, a cargo del diputado Gustavo Adolfo Cárdenas Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El que suscribe, Gustavo Adolfo Cárdenas Gutiérrez, diputado federal de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 3, numeral 1, fracción XX, 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta asamblea, el siguiente punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:

Exposición de motivos

“Los efectos físicos del ejercicio se trasladan a tu trabajo, a tu vida familiar, tu fe en ti mismo”.

Para comprender la importancia del deporte en nuestras vidas me gustaría compartir con ustedes que se debe considerar como deporte.

Según las Naciones Unidas en su publicación “El deporte como instrumento de prevención del uso indebido de drogas” define al deporte como una actividad física con una estructura, o conjunto de normas acordadas, que permite competir con uno mismo o con un adversario.

Es de dominio público que los seres humanos han practicado deportes desde la antigüedad. Al día, existen variedades de ellos, los individuales, de tipo colectivo, extremos entre otros.

Lo que por igual es de todos conocidos son los efectos positivos en los seres humanos al practicar deporte y en la colectividad (sociedad); esto es, permite desarrollar diversas aptitudes y prácticas sociales positivas como lo son la mejora de la autoestima o el establecimiento de objetivos y la consecución de los mismos.

En México, según Encuesta Nacional sobre Uso del Tiempo 2014 (ENUT), las actividades de recreación más comunes entre los jóvenes son las siguientes:

-El ver televisión, actividad que realizan 67.1% de los jóvenes de 15 a 29 años, destinando para ello en promedio 9.7 horas a la semana;

-El 56.6% de los jóvenes ofrecen tiempo especial a los integrantes de su hogar, dedicándoles 5.5 horas en promedio a la semana;

-El 54.8% de jóvenes de 15 a 29 años revisan su correo, consultan redes sociales o chatean, dedicándole en promedio a la semana 8.9 horas.

-Los que escucharon la radio u otros medios de audio (21.6%) le dedicaron 5.3 horas en promedio a la semana a dicha actividad;

-Los que participaron en juegos, aficiones o pasatiempos (17.4%) le dedicaron en promedio 4.3 horas a la semana;

-Aquellos jóvenes de 15 a 29 años que realizaron actividades artísticas o culturales (8.3%) le dedicaron 4.6 horas en promedio a la semana.

Como se aprecia, los jóvenes no invierten tiempo en la práctica de los deportes o al menos eso lo indica la encuesta antes citada.

Lo que es una realidad es que la ENUT 2014 reveló que Tamaulipas no es un estado de jóvenes, donde sólo el 24.4% de su población se compone por ciudadanos de 15 a 29 años, sólo por encima de la Ciudad de México con el 23.7%, que es la entidad con el menor porcentaje de población joven en México.

Como referencia en el Plan Estatal de Desarrollo 2011–2016 del estado de Tamaulipas se refirió a la práctica del deporte básicamente para la “formación de una sociedad con hábitos saludables que realice sus actividades en plenitud de sus capacidades físicas e intelectuales, en un entorno comunitario de infraestructura deportiva y de recreación, que estimule la activación física, iniciación y alto rendimiento deportivo. Los deportistas tamaulipecos tienen acceso a instalaciones deportivas de alto rendimiento con cobertura regional”. En otras palabras, la práctica del deporte buscaría ser un elemento esencial en la prevención y combate de conductas antisociales.

En la ley de Cultura Física y Deporte para el estado de Tamaulipas, en su artículo 4, se señala que la cultura física y el deporte en el estado tendrán como entre otras finalidades:

I. Fomentar su óptimo, equitativo y ordenado desarrollo en todas sus manifestaciones y expresiones;

II. Elevar el nivel de vida social y cultural de sus habitantes;

III. La creación, conservación, mejoramiento, protección, difusión, promoción, investigación y aprovechamiento de los recursos humanos, materiales y financieros destinados a la activación física;

IV. La preservación de la salud y prevención de enfermedades;

V. Ser un medio importante en la prevención del delito;

Asimismo, en el artículo 9 de la citada ley estatal, se indica que será el Instituto Tamaulipeco del Deporte, el organismo rector de la política de cultura física y el deporte, así como su fomento en el estado.

Para conocer los logros alcanzados con relación a los objetivos antes citados, consultamos la página de información pública del estado de Tamaulipas en el link siguiente http://transparencia.tamaulipas.gob.mx/informacion-publica/entidades/instituto- tamaulipeco-del-deporte-itd/informacion-financiera-itd/, identificando que sólo existe información financiera hasta el 2015; la 2016 y 2017 no es pública.

Además, la información consultada en el link anterior no fue analítica ni permitió identificar algún indicador que permitiera conocer cualitativamente los logros alcanzados, ni alguna lista de beneficiarios de los recursos que anualmente fueron distribuidos como Ayudas Sociales.

Esas Ayudas Sociales, en los últimos años, totalizaron:

-2013: 62,087,431.00 pesos

-2014: 93,395,929.00 pesos

-2015: 67,072,790.00 pesos

-2016 y 2017: la información no es pública en el portal de internet ya señalado.

Debido a la carencia de información pública, se buscó información en los diversos dictámenes de auditoría que emitió la Auditoría Superior del Estado de Tamaulipas sobre las revisiones correspondientes al Instituto Tamaulipeco del Deporte sin que existiera información que nos permitiera conocer sobre los resultados obtenidos con los recursos ejercidos.

Por tal motivo, al no disponer de información pública sobre los resultados obtenidos con los recursos presupuestales de los 2013 al 2016, se impide constatar dichas acciones y no permite contrastar las cifras invertidas, transferidas o donadas a beneficiarios con los objetivos planteados y mucho menos saber si las acciones emprendidas por el gobierno de Tamaulipas en temas de deporte se efectuaron con eficiencia, eficacia y total apego a la normatividad aplicable.

En consecuencia, y a modo de conclusión, es necesario exhortar al gobierno de Tamaulipas para que, de acuerdo con sus atribuciones, haga públicas las acciones conseguidas según los principales programas y proyectos de inversión pública realizados por el Instituto Tamaulipeco del Deporte del 2014 al 2016 y de máxima publicidad a los indicadores de gestión correspondientes, a fin de rendir cuentas.

En virtud de lo aquí expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea la proposición siguiente con:

Punto de acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente al gobierno de Tamaulipas para que, de acuerdo con sus atribuciones, haga públicos el ejercicio presupuestal de manera analítica de los principales programas y proyectos de inversión pública de los ejercicios 2013 al 2016 a cargo del Instituto Tamaulipeco del Deporte y de máxima publicidad a la información estadística e indicadores de gestión correspondientes, a fin de rendir cuentas a los tamaulipecos.

Notas

1 “El Deporte como Instrumento de Prevención del Uso Indebido de Drogas” – Organización de las Naciones Unidas, Oficina contra la Droga y el Delito, disponible en

https://www.unodc.org/pdf/youthnet/handbook_sport_spanish.pdf, consultado el 24 de abril de 2017.

2 Encuesta Nacional sobre Uso del Tiempo 2014 (ENUT) - INEGI, disponible en

http://www.beta.inegi.org.mx/proyectos/enchogares/especiales/en ut/2014/, consultada el 24 de abril de 2017

3 Plan Estatal de Desarrollo 2011–2016 del Estado de Tamaulipas, disponible en

http://transparencia.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2013/ 11/III-PED-TAMAULIPAS-Actualizaci%C3%B3n-2013-2016.pdf, consultado el 24 de abril de 2017.

4 Ley de Cultura Física y Deporte para el Estado de Tamaulipas, disponible en

http://www.congresotamaulipas.gob.mx/LegislacionEstatal/Legisla cionVigente/Vigente.asp?idtipoArchivo=1, consultado el 24 de abril de 2017.

5 Información pública del estado de Tamaulipas–Instituto Tamaulipeco del Deporte, disponible en

http://transparencia.tamaulipas.gob.mx/informacion-publica/enti dades/instituto-tamaulipeco-del-deporte-itd/informacion-financiera-itd/, consultado el 24 de abril de 2017.

6 Informes de Resultados presentados a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior del Estado 2012-2016 – Instituto Tamaulipeco del Deporte, disponible en

http://www.asetamaulipas.gob.mx/inf_publica/index.html, consultado el 24 de abril de 2017.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de abril de 2017.— Diputado Gustavo Adolfo Cárdenas Gutiérrez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.



SE EXHORTA A LA SHCP PARA QUE HAGA PÚBLICAS LAS BASES Y LINEAMIENTOS DE LA LICITACIÓN DEL PROYECTO REHABILITACIÓN, AMPLIACIÓN, MODERNIZACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA DE EDUCACIÓN BÁSICA EN MÉXICO

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP a hacer públicas las bases y los lineamientos de la licitación del proyecto Rehabilitación, Ampliación, Modernización y Mantenimiento de la Infraestructura Física de Educación Básica en México, a cargo del diputado Luis Alfredo Valles Mendoza, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

El que suscribe, Luis Alfredo Valles Mendoza, integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza en la LXIII Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 62, numeral 2, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, por el que se exhortaa la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a hacer públicas las bases y los lineamientos de la licitación del proyecto Rehabilitación, Ampliación, Modernización y Mantenimiento de la Infraestructura Física de Educación Básica en México, en aras de que el procedimiento se rija por los principios de transparencia y rendición de cuentas, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La reforma educativa está comprometida con el principio de calidad en la educación, centrado no sólo en los contenidos de las materias sino, también, en la infraestructura.

Ello, para que tanto niños como docentes cuenten con un espacio confortable y seguro en las escuelas, ya que éstas son consideradas su segunda casa.

Con el propósito de sufragar esa preocupación, el gobierno federal se dio a la tarea de crear el Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa, que desde sus inicios pugnó por mejorar la infraestructura educativa del país.

En el periodo 2013-2015 se puso en marcha el programa Escuela Digna, para que a través de un diagnóstico se ponderaran, programaran y realizaran los proyectos y trabajos de mejora de los planteles educativos que lo requirieran, tanto en el nivel básico como en el medio superior y superior, a fin de rehabilitar los planteles escolares con mayores condiciones de rezago, a través del involucramiento de la comunidad escolar y el gobierno.

Como resultado de este programa se obtuvieron alrededor de 11 mil planteles rehabilitados, en áreas de seguridad estructural y condiciones generales de funcionamiento, servicios sanitarios y accesibilidad, mobiliario y equipo, áreas de servicios administrativos e infraestructura para la conectividad y espacios de usos múltiples. Sin embargo, las cifras demuestran que no se cumplió la meta propuesta por el actual gobierno, que consistía en atender 30 mil escuelas para la mitad del sexenio.

Ante ello, a finales de 2015 el presidente Enrique Peña Nieto anunció un nuevo instrumento de ingeniería financiera para la infraestructura física educativa del año siguiente, denominado “Programa de infraestructura física educativa”,al cual se asignaron 201 millones 870 mil 594 pesos y tuvo una reducción de 12 millones 251 mil 539 pesos en comparación con el presupuesto asignado en 2015, de 214 millones 122 mil 133 pesos. Para el Presupuesto de 2017 programa fue etiquetado con sólo 194 millones 38 mil 391 pesos, lo cual refleja una disminución de 20 millones 83 mil 724 pesos en comparación con el de 2015.

Respecto a los proyectos de las asociaciones público-privadas, de 2003 a 2012 se aprobaron poco más de 20 proyectos, según el Programa para el Impulso de Asociaciones Público-Privadas en Estados Mexicanos. Si dividimos el número de asociaciones entre el de años del periodo, nos arroja como resultado que sólo aproximadamente 2 asociaciones se aprobaron por año.

De ahí que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público manifestara que en 2013 se exhibieron 11 proyectos en este esquema, de los cuales sólo 2 se aprobaron. Por último, entre 2014 y 2015 la Unidad de Inversiones de la SHCP manifestó la presentación de aproximadamente 30 proyectos, de los cuales sólo 5 han sido aprobados y concretados.

Ante ello, el actual titular de la SHCP, José Antonio Meade, anunció una estrategia de impulso de los proyectos de asociación público-privada (APP) del gobierno de la república, con un total de inversión de 36 mil 439 millones de pesos.

Esta propuesta se encamina a realizar 18 nuevos proyectos de APP divididos en áreas de comunicaciones y transportes, hidráulicos, salud, seguridad y educación. Entre ellos resalta el proyecto Rehabilitación, Ampliación, Modernización y Mantenimiento de la Infraestructura Física de Educación Básica en México, dependiente de la Secretaría de Educación Pública.

El objetivo de este proyecto consiste en rehabilitar, modernizar y dar mantenimiento a mil 545 planteles del nivel básico en diferentes entidades de la república, con una inversión estimada de 2 mil 124.2 millones de pesos, en espera de obtener beneficios en las áreas de

a) Seguridad estructural;

b) Servicios sanitarios;

c) Mobiliario y equipo;

d) Sistemas de bebederos;

e) Accesibilidad;

f) Áreas de servicios administrativos;

g) Infraestructura para la conectividad; y

h) Espacios de usos múltiples.

No obstante, para alcanzar esta meta es primordial tener claro que los proyectos de APP son adjudicados por las dependencias y entidades del sector público a las empresas privadas que hayan resultado ganadoras en los procedimientos de licitación correspondientes, tutelando en todo momento la transparencia y la rendición de cuentas.

Además, el origen de estas asociaciones se da en la creación de su proyecto, el cual debe contener los requerimientos señalados en la Ley de Asociaciones Público Privadas. Dichas exigencias, en conjunto, formarán una base sólida que buscará beneficiar a los sectores público, privado y social, mediante condiciones eficientes y eficaces.

Una vez realizado el procedimiento de adjudicación, se lleva a cabo la inversión para el desarrollo de la infraestructura requerida. Posteriormente, se inicia la prestación de los servicios.

Por ende, consideramos urgente que se publique la mayor información posible sobre este proyecto de asociación público-privada, con el propósito de brindar el mayor grado de transparencia.

Al publicitar las bases y los lineamientos del proyecto se estarán otorgando condiciones más equitativas de participación para todos los licitantes, en aras de una sana rendición de cuentas. Con lo anterior evitaremos poner en entredicho la legalidad del procedimiento.

Por lo mencionado, consideramos pertinente exhortar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a hacer públicas las bases y los lineamientos del proyecto de APP denominado “Rehabilitación, ampliación, modernización y mantenimiento de la infraestructura física de educación básica en México”, con el propósito de que los procesos de licitación, adjudicación y contratación, se realicen de forma abierta, competitiva, equitativa y eficiente.

En Nueva Alianza estamos convencidos de que con este tipo de proyectos se fortalecerá la rehabilitación de los plateles educativos; sin embargo, creemos pertinente que sean avalados por los principios de transparencia y rendición de cuentas.

Por lo expuesto y fundado, someto respetuosamente a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a hacer públicas las bases y los lineamientos de la licitación del proyecto Rehabilitación, Ampliación, Modernización y Mantenimiento de la Infraestructura Física de Educación Básica en México, en aras de que el procedimiento se rija por los principios de transparencia y rendición de cuentas.

Notas

1 http://www.gob.mx/inifed

2 http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5405641&fecha=31/ 08/2015

3 http://idbdocs.iadb.org/wsdocs/getDocument.aspx?DOCNUM= 39560904

4 http://canadevi.com.mx/demo2/site_content/download/352/349/20. html?method=view

5 http://www.gob.mx/shcp/prensa/comunicado-no-039-con-inversiones-publico-privada s-mexico-se-mantiene-en-la-ruta-del-desarrollo-meade-kuribrena

6 http://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/195401/PROYECTO_EDUCACION.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de abril de 2017.— Diputado Luis Alfredo Valles Mendoza (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.



RELATIVO A LA IMPLEMENTACIÓN DE UN PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN DEFINITIVA DE VEHÍCULOS USADOS DE PROCEDENCIA EXTRANJERA, INTERNADOS EN BAJA CALIFORNIA

«Proposición con punto de acuerdo, relativo a la implantación de un programa de regularización definitiva de vehículos usados de procedencia extranjera internados en Baja California, a cargo de la diputada María Eloísa Talavera Hernández, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada federal María Eloísa Talavera Hernández, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración el presente punto de acuerdo, con base en las siguientes

Consideraciones

Hoy en día la violencia en el país azota a prácticamente todos los estados del país, al mes de marzo del presente año la mayoría de los delitos de alto impacto se han incrementado considerablemente, situación que afecta la tranquilidad y la armonía de los ciudadanos.

Datos de la Organización Ciudadana Semáforo Delictivo señalan un incremento en relación al 2016 en delitos como el homicidio, con un 29 por ciento, secuestro 18 por ciento, extorsión 30 por ciento y lesiones dolosas 21 por ciento, robo a negocios 47 por ciento, robo a vehículos 13 por ciento.

Por otra parte, el Índice de Paz México (IPM) 2017 elaborado por el Instituto para la Economía y la Paz señalan el impacto económico de la violencia en México en el año 2016 alcanzó 3.07 billones de pesos. Cifra que equivale a 18 por ciento del PIB y representa 25 mil 130 pesos por persona.

Respecto al robo de vehículos, cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública muestran que en el año 2016 se cometieron 161 mil 737 robos de vehículos, cifra mayor en 2.43 por ciento respecto al 2015 en donde se cometieron 157 mil 894.

El estado de Baja California ocupó durante el primer trimestre de 2017, el primer lugar a nivel nacional en cuanto a robo de vehículos sin violencia, esto de acuerdo a cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, señalando que la tasa de robo de vehículo sin violencia para la entidad es de 146.3 por cada 100 mil habitantes.

Asimismo, datos de la organización ciudadana Semáforo Delictivo señalan que durante el primer trimestre del 2017, la tasa de robo de vehículo para el estado de Baja California es de 165 por cada 100 mil habitantes. Señalando además un alza del 46 por ciento respecto al 2016.

En el mes de mayo del 2016 el titular de la Subprocuraduría de Justicia en Baja California, Jorge Alberto Álvarez Mendoza, señaló que aproximadamente al reportaban al 066 cada mes entre 600 y 800 robo de vehículos; refiriendo que de esa cantidad entre el 75 y 80 por ciento son unidades irregulares.

Desgraciadamente la falta de una adecuada estrategia de registro de automóviles en el país está dejando abierta la posibilidad de que los automóviles se vuelvan parte de un arma más para los delincuentes, pues uno de cada cinco automóviles robados es utilizado para cometer otro delito, en su mayoría grave, como el secuestro u homicidio, esto según datos de la OCRA.

Derivado de lo anterior, no resultaría extraño que la premisa anterior se esté replicando de manera diaria en el estado de Baja California; la entidad ocupó durante el primer trimestre del 2017 el primer lugar en el delito de robo a negocio, tercer lugar en robo a casa y cuarto lugar en homicidios a nivel nacional.

Por otro lado, el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), firmado por los países de México, Canadá y Estados Unidos el 17 de diciembre de 1992, mismo que entró en vigor el 1 de enero de 1994, logró eliminar obstáculos al comercio y facilitó la circulación transfronteriza de bienes y de servicios entre los países partes, entre ellos permitió la importación de vehículos usados.

Según datos de la Asociación Mexicana de Distribuidores de Automotores (AMDA) en su reporte de Mercado Interno Automotor del 2016 calcula que hay cerca de 7.5 millones de vehículos usados importados provenientes del extranjero internados en México, donde la mayor parte de dichos vehículos se concentra en estados que conforman de la zona fronteriza del norte del país.

Sin embargo, no se ha podido conjuntar una política adecuada para las prevenir que los vehículos con procedencia del extranjero no sean armas para delinquir y lesionar a la sociedad, derivado de lo anterior resulta indispensable que el titular de Ejecutivo federal a través Secretarías de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y de Economía (SE) para qué, en coordinación con el al titular de Ejecutivo de Baja California y de la Secretaría de Finanzas de la entidad, implementen de manera coordinada un programa de regularización definitiva de vehículos usados de procedencia extranjera, internados en el estado de Baja California.

Por otra parte, con la implementación de un programa de regularización definitiva de vehículos usados de procedencia extranjera en Baja California se protegería a las personas y la seguridad jurídica de sus bienes, además dicha acción permitiría la inscripción de dichos vehículos al padrón vehicular correspondiente mediante el pago de impuestos y derechos que corresponda y respetándose el TLCAN, acciones que protejan la infraestructura carretera y el medio ambiente.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único.La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta al titular del Ejecutivo federal a través de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y de Economía (SE) para que, en coordinación con el titular de Ejecutivo de Baja California y de la Secretaría Finanzas de la entidad, implementen de manera coordinada un programa de regularización definitiva de vehículos usados de procedencia extranjera, internados en el estado de Baja California, con la finalidad de evitar de que dichos vehículos no sean utilizados para realizar actos delictivos.

Nota

1 http://zetatijuana.com/2016/05/23/en-tijuana-hay-5-asaltos-y-19-robos-de-autos- al-dia/.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de abril de 2017.— Diputada María Eloísa Talavera Hernández (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen.



RELATIVO A ESTABLECER, MEJORAR Y FLEXIBILIZAR LOS MECANISMOS E INSTRUMENTOS FINANCIEROS PARA LOS PEQUEÑOS PRODUCTORES DEL CAMPO

«Proposición con punto de acuerdo, relativo a establecer, mejorar y flexibilizar los mecanismos e instrumentos financieros para los pequeños productores del campo, a cargo de la diputada Carmen Victoria Campa Almaral, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

Quien suscribe, Carmen Victoria Campa Almaral, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza en la LXIII Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 62, numeral 2, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Donald Trump, desde que se encontraba en campaña, misma que lo llevó a la presidencia de Estados Unidos de América, se manifestó en contra del Tratado de Libre Comercio con América del Norte (TLCAN), el cual se encuentra firmado entre esa nación, junto con México y Canadá, el 17 de diciembre de 1992 y en vigor desde el 1 de enero de 1994.

En un mitin, efectuado el 28 de junio pasado, aseguró que en su país, en los últimos 15 años, 60 mil fábricas han cerrado y se han perdido casi 5 millones de empleos, asegurando que “la globalización acabó con la clase media” y, posteriormente señaló que “lo renegociaremos o lo anularemos”, en clara referencia al citado tratado, el cual califica como un desastre.

Declaraciones como la también realizada el 22 de noviembre de 2016, en la cual, el ahora presidente Trump anunciaba la intención de renegociar el TLCAN o, incluso, la decisión de retirar a la Unión Americana del TLCAN, así como la amenaza de imponer un “impuesto fronterizo” a las empresas que tuvieran sus fábricas fuera de ese país, generaron efectos negativos en la economía mexicana, provocando que el peso mexicano llegara a niveles históricamente bajos.

La presión sobre las empresas norteamericanas que pretendieran invertir en México, provocaron que compañías como Ford cancelara una inversión de mil 600 millones de dólares para establecer una planta en Hermosillo, Sonora, entidad donde el gobierno local ya había donado los terrenos donde se establecería, de 220 hectáreas, teniendo previsto que la planta generaría 2 mil 800 empleos. También, provocó que General Motors anunciara que regresaría parte de la cadena de producción de autopartes a Estados Unidos de América.

Este marco de incertidumbre, provocado por la posibilidad de que sean renegociados los términos del TLCAN, hace necesario que se realice un balance de los sectores en los cuales nuestro país realiza un intercambio comercial con Norteamérica y que tienen relevancia en la economía mexicana.

De acuerdo con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), en el periodo comprendido entre 2012 y 2015, el sector agropecuario ha tenido un ritmo de crecimiento anual del 4 por ciento, un comportamiento que lo posiciona como un sector estratégico para la economía nacional.

Por lo que respecta a nivel internacional, México aparece en la posición número 11, respecto del valor de su producción agrícola, en donde, los primeros puestos de esta categoría están ocupados por China, India y Estados Unidos de América, de acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) .

La agricultura es un sector estratégico para la economía nacional, el cual crece al ritmo de un 4 por ciento anual y mantiene exportaciones cercanas a los 27 mil millones de dólares, lo cual favorece que México cuente con una economía diversificada, más aún, en un panorama con fluctuaciones internacionales.

En opinión de Benjamín Grayeb, ex presidente del Consejo Nacional Agropecuario (CNA), la producción en el campo es de gran importancia para México, puesto que, en generación de divisas, el sector se encuentra detrás de las industrias automotriz y electrónica, si bien supera “las exportaciones petroleras y las remesas”, agregando que los productos mexicanos son reconocidos en todo el mundo, como lo han expresado representantes de los países árabes que están interesados en estrechar lazos comerciales con nuestro país en materia agroalimentaria, especialmente en productos tales como el jitomate, aguacate, carnes, cerveza y berries.

No obstante, a pesar de las cifras alentadoras que se han mencionado en materia agropecuaria, la población rural de nuestro país se encuentra postrada en la pobreza y no nos referimos a los productores que tienen la capacidad técnica y económica para beneficiarse de los apoyos que brinda la banca de desarrollo, para así ampliar su negocio y llegar incluso a exportar sus productos.

Por el contrario, nos referimos a los pequeños productores que carecen de la capacitación técnica para realizar el mayor aprovechamiento de sus tierras y que no cuentan con los requisitos necesarios para hacerse acreedores de un crédito que les permita inyectar capital a sus terrenos y así obtener mayores ganancias.

De acuerdo con las cifras más recientes del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), en 2014 y a nivel nacional, un 35.4 por ciento de la población urbana se encontraba en situación de pobreza y un 40.5 por ciento de la población rural se encontraba en la misma situación. En esta última categoría, no resulta muy notoria la desigualdad; sin embargo cuando observamos las condiciones de pobreza extrema, se observa que mientras el 6.2 por ciento de la población urbana es quien la padece, en el sector rural la cifra aumenta a un 20.6 por ciento, es decir, la posibilidad de sufrir la condición de pobreza extrema se triplica para aquellas personas que habitan en el sector rural.

Como puede observarse, en el ámbito macroeconómico, las cifras son alentadoras; sin embargo, cuando se observan las repercusiones que pueden propiciar las condiciones de pobreza que rodean al campo mexicano, la situación cambia.

En caso de que el Gobierno Federal no establezca una política integral que permita favorecer por igual a los productores agropecuarios, no sólo a los grandes, sino también a los pequeños, se estará generando un foco de conflicto social, debido a que hasta hace poco, las personas que no encontraban opciones de desarrollo económico en su lugar de origen, optaban por migrar al vecino país del norte; pero, en las condiciones actuales, donde los migrantes mexicanos asentados en aquella nación son violentados de manera inusual a fin de disuadir a quienes pretenden ingresar, es pertinente preguntarnos qué opciones tomarán quienes no encuentran opciones para su desarrollo económico que mínimamente les permitan satisfacer sus necesidades básicas.

Potencialmente, una de las decisiones que probablemente puedan tomar las personas que habitan en el campo mexicano, que se encuentran sumidas en la pobreza y que no cuentan con los apoyos gubernamentales necesarios, será sumarse a las filas de la delincuencia, sea organizada o en pequeña escala, lo cual, podrá repercutir de manera negativa en las inversiones que tanto se pretende atraer, generando un círculo vicioso que nos atañe a todos.

Por lo antes expuesto, y con el objeto de llevar energía eléctrica a través de paneles solares a escuelas en zonas rurales que carezcan de este servicio, respetuosamente someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero.La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) a establecer e implementar una estrategia que permita a los pequeños productores del campo, generar cadenas productivas, compartir técnicas asociativas y acceder a productos financieros adecuados a sus necesidades, condiciones y características.

Segundo.La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los directores generales del Banco Nacional de Comercio Exterior, SNC (Bancomext), del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos (Banobras), de Nacional Financiera (nafin) y de la Sociedad Hipotecaria Nacional (shf), instituciones responsables de la banca de desarrollo del país, a mejorar y flexibilizar los instrumentos financieros disponibles, a fin de que sus condiciones faciliten el acceso de los pequeños productores a un crédito productivo, particularmente, considerando las necesidades, condiciones y características del sector agrícola nacional.

Notas

1 Disponible en:

https://www.forbes.com.mx/mensaje-para-trump-mexico-le-seguira- dando-de-comer-a-estados-unidos/

2 Disponible en:

https://www.mundoejecutivo.com.mx/cna/2016/04/07/campo-mexicano -siembra-crecimiento

3 Disponible en:

https://www.forbes.com.mx/mensaje-para-trump-mexico-le-seguira- dando-de-comer-a-estados-unidos/

4 Disponible en:

http://www.coneval.org.mx/Medicion/Documents/Pobreza por ciento202014_CONEVAL_web.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de abril de 2017.— Diputada Carmen Victoria Campa Almaral (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego, para dictamen.



RELATIVO A LA IMPLEMENTACIÓN DE ESTRATEGIAS EFICACES PARA FORTALECER LAS POLÍTICAS DE SEGURIDAD PÚBLICA Y LAS ACCIONES EN MATERIA DE PREVENCIÓN DEL DELITO

«Proposición con punto de acuerdo, relativo a la implantación de estrategias eficaces para fortalecer las políticas de seguridad pública y las acciones en materia de prevención del delito, a cargo de la diputada María Eloísa Talavera Hernández, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada María Eloísa Talavera Hernández, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración el presente punto de acuerdo con base en las siguientes

Consideraciones

Una de las funciones primordiales de un estado, es la de garantizar el derecho a la seguridad humana y a vivir en un entorno seguro, garantizando a sus habitantes una paz justa, sostenible y duradera.

Al respecto, el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos mandata como una función a cargo de la federación, la Ciudad de México, los estados y los municipios, el de la seguridad pública, la cual comprende la prevención de los delitos, la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas en los términos de la ley. Además de establecer la actuación de las instituciones de seguridad pública bajo los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos.

No obstante en los últimos meses se vuelve más frecuente escuchar noticias sobre casos de actos delictivos como asesinatos, robos a casa habitación y de vehículos, secuestros, lesiones y extorsiones. Problemáticas que sin duda alguna afectan en el desarrollo de México.

La inseguridad que flagela a prácticamente todos los estados del país, resulta alarmante la falta de resultados de las estrategias implementadas en materia de seguridad pública por parte del gobiernos federal y de las entidades federativas, dichas estrategias parecen ya rebasadas.

De acuerdo con datos de la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (ENSU), elaborada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) en marzo de 2017, señala que 72.9 por ciento de mexicanos mayores de 18 años consideró que vivir en su ciudad es inseguro, 3 por ciento más respecto a marzo de 2016, cuando esta percepción fue de 69.9 por ciento.

Por otra parte, cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, muestran que en el año 2016 se cometieron 20 mil 824 homicidios dolosos, 18.2 por ciento más respecto a 2015, mientras que respecto al delito de secuestro en 2016 se registraron mil 128 secuestros, 5.4 más respecto a 2015, ello sin considerar que en nuestro país sólo se denuncian seis de cada 100 delitos que se cometen, por lo que la cifra negra en México alcanzó un porcentaje de 93.7 por ciento, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE) 2016.

De igual forma, cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, del mes de enero a marzo de 2017 se han cometido un total de 433 mil 385 delitos, destacando a los estados de México, Ciudad de México, Guanajuato, Jalisco y Baja California respectivamente, donde se cometen mayores delitos.

Asimismo, datos de la organización ciudadana Semáforo Delictivo, en su reporte del grado de violencia en el país del mes de marzo de 2017, señalan una alza respecto al año anterior en delitos como homicidio, con 29 por ciento; secuestro, 18 por ciento; robo a negocios, 47 por ciento; robo a vehículos, 13 por ciento; extorsión, 30 por ciento; y lesiones dolosas, 21 por ciento.

El fracaso del Estado se ha definido como su incapacidad para proveer los bienes políticos fundamentales asociados con la estatalidad: seguridad física, instituciones políticas legítimas, administración de la economía y bienestar social. La mayoría de las definiciones hacen referencia al funcionamiento del Estado e intentan medir su capacidad de desempeño. Así se entiende que un estado fracasa si es deficiente en áreas como seguridad, el sistema político, el estado de derecho, la administración los servicios públicos y el bienestar social. La deficiencia en estas tareas hace que el estado sea incapaz de “establecer un monopolio legítimo del uso de la fuerza física y de proteger”.

Lo anterior resulta preocupante si hacemos un análisis claro del contexto nacional de inseguridad, falta de paz y justicia social. De acuerdo al Índice de Paz Global 2016 realizado por el Instituto para la Economía y la Paz, establece que México ocupa el lugar 140 de 165, entre los países más violentos, señalado además como el más violento de Centroamérica y el Caribe.

Países como el nuestro prevalecen en el subdesarrollo porque la inseguridad como problema social causa un impacto económico en las sociedades. En nuestro país, el impacto económico de la violencia en México en 2016 alcanzó 3.07 billones de pesos (180 mil millones de dólares estadounidenses). Lo cual equivale a 18 por ciento del producto interno bruto (PIB) y representa 25 mil 130 pesos por persona; lo que equivale a más de un mes de salario promedio.

En el contexto que se encuentra el país, el Congreso de la Unión debe hacer uso de todas sus facultades para complementar la exigencia más sentidas de los mexicanos que es garantizarles seguridad, por lo que la Cámara de Diputados debe contribuir y ejercer de manera puntual su responsabilidad para que prevalezca la justicia y seguridad en las 32 entidades del país. Por lo anterior consideramos que es necesaria la exigencia de implementar una estrategia verdaderamente eficaz que atienda problemática de inseguridad que afectan a los mexicanos.

Derivado de lo anterior resulta indispensable que la Secretaría de Gobernación, a través del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas en el ámbito de sus atribuciones, fortalezcan las políticas de seguridad pública y las acciones en materia de prevención del delito, a fin de garantizar la seguridad y el patrimonio de los ciudadanos ante el incremento de la incidencia delictiva en el país.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación, para que, a través del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas en el ámbito de sus atribuciones, implementen estrategias eficaces para fortalecer las políticas de seguridad pública y las acciones en materia de prevención del delito, con el objetivo hacerle frente a la alarmante y urgente situación de inseguridad en el país.

Notas

1 Encuesta Nacional de Victimización y Percepción de la Seguridad Pública (ENVIPE) 2016; disponible en la página web.

http://www.inegi.org.mx/saladeprensa/boletines/2016/especiales/ especiales2016_09_04.pdf. consultada el 25-04-17.

2 Reporte primer trimestre 2017, Semáforo Delictivo, disponible en la página web.

http://www.semaforo.com.mx/; consultada el 25-04-17.

3 Debiel, T. What can be done with fragile states? Options for development policy and beyond”, Federal Foreign Office, Policy Planning Staff, Berlin. (2005) Octubre. Citado en TEDESCO, Laura. El Estado en América Latina: ¿Fallido o en proceso..., Op cit

4 Índice de Paz México (IPM) 2017

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de abril de 2017.— Diputada María Eloísa Talavera Hernández (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.



RELATIVO A LA IMPLEMENTACIÓN DE PANELES SOLARES EN LAS ESCUELAS PÚBLICAS QUE SE ENCUENTREN EN REGIONES DONDE NO EXISTA COBERTURA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

«Proposición con punto de acuerdo, relativo a la implantación de paneles solares en las escuelas públicas de regiones sin cobertura de energía eléctrica, a cargo de la diputada María Eugenia Ocampo Bedolla, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

Quien suscribe, María Eugenia Ocampo Bedolla, diputada integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza en la LXIII Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 62, numeral 2, y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración del pleno de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a los titulares de las Secretarías de Energía y de Educación Pública, para que, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, y de manera coordinada con las autoridades locales, establezcan acciones conjuntas que estén dirigidas a la implementación de paneles solares en las escuelas públicas que se encuentren en regiones donde no exista cobertura de energía eléctrica, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Nuestro país cuenta con un gran potencial para generar energía eléctrica a través de paneles solares, debido a sus condiciones climatológicas y geográficas, una situación que debe aprovecharse en diversos ámbitos de la vida nacional en función de los beneficios que acarrea en materia de sustentabilidad ambiental, en donde la educación no es ajena a las ventajas que esta tecnología pudiera generar; por ello, creemos que es importante dotar de la infraestructura necesaria a las escuelas públicas, a fin de que éstas cuenten con energía eléctrica, por medio de la energía solar.

Observamos como una oportunidad que aún no ha sido aprovechada en las escuelas públicas el uso de energías renovables, en especial la energía solar a través de la instalación de paneles solares, especialmente en aquellas zonas de alta y muy alta marginación; para ello, es factible establecer, entre las instancias responsables, un objetivo transversal consistente en utilizar y equiparlas con tecnologías limpias, pues, en una gran mayoría de los casos de las escuelas públicas establecidas en esas zonas, se ha observado que no se tiene la cobertura del servicio de suministro de energía eléctrica al ser puntos de difícil acceso y, precisamente por esa característica, atendiendo el mandato constitucional de la obligación del Estado mexicano de brindar una educación de calidad, consideramos que es una tarea improrrogable el que deban ser electrificadas por medio de sistemas de energía sustentable.

Es importante mencionar que en una nota emitida por el periódico La Jornada del día 11 de enero del 2015, se señala que en México, más de 42 mil aulas de planteles públicos, donde se imparte educación especial, preescolar, primaria y secundaria, alrededor de 13 mil, 749 salones (48.9 por ciento) carecen de energía eléctrica.

Al respecto, es preciso reconocer que existen entidades federativas con escuelas en zonas rurales que, por sus carencias socioeconómicas o la falta de infraestructura se vean impedidas para satisfacer sus requerimientos básicos de educación, como es la electricidad, por lo que la implementación de este tipo de tecnologías constituye un avance significativo en la labor del Estado de dar cumplimiento y hacer valer el derecho a recibir una educación de calidad, así como el ofrecer oportunidades sustentables para el desarrollo educativo y social, de manera integral, en zonas marginadas.

Así, ante las condiciones de marginación que prevalecen en varias zonas rurales del país donde no llega la energía eléctrica, los profesores de esas escuelas públicas ejercen su magisterio y labor educativa con carencias que afectan el aprendizaje de sus alumnos, así como a su propio desempeño. Lo anterior se ha convertido en una constante educativa que produce limitados resultados pedagógicos; es por ello la importancia de hacer llegar los beneficios de la electrificación sustentable, a través de la energía solar pues una escuela que cuenta con acceso a energía eléctrica, tiene la posibilidad de ampliar el número de recursos educativos en los procesos de enseñanza y aprendizaje.

En función de ello es que insistimos en que se debe explotar adecuadamente el potencial que tiene nuestro país en materia de aprovechamiento de recursos renovables, así como aprovechar sus ventajas en beneficio de las escuelas públicas localizadas en zonas rurales en donde actualmente no se cuenta con energía eléctrica o no está disponible para las actividades educativas, lo que, además, contribuiría al desarrollo social de esa zona al fortalecer la cultura de los estudiantes y habitantes de la región sobre el uso racional de la energía, reducir el nulo acercamiento de la población a las opciones de energía sustentables y subsanar el desconocimiento sobre las ventajas y limitaciones de acceso sobre este tipo de tecnologías.

Aunado a lo antes descrito, observamos que los beneficios de implementar tecnologías de paneles solares para el suministro eléctrico en las escuelas públicas donde haya carencia de este servicio serían:

-Acercar la tecnología renovable a los alumnos;

-Concientizar sobre el uso racional y eficiente de la energía;

-Reducir costos inherentes a la mala infraestructura; y

-Dotar de servicio eléctrico a las zonas que no cuentan con ella.

La Ley de Transición Energética, en sus artículos 1, 2, fracciones V y VI, así como el 14, fracción XII, inciso d), auxilian a orientar el propósito de este exhorto al señalar lo siguiente:

Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto regular el aprovechamiento sustentable de la energía así como las obligaciones en materia de Energías Limpias y de reducción de emisiones contaminantes de la Industria Eléctrica, manteniendo la competitividad de los sectores productivos.

...

Artículo 2. Para los efectos del artículo anterior, el objeto de la Ley comprende, entre otros:

...

V. Establecer mecanismos de promoción de energías limpias y reducción de emisiones contaminantes;

VI. Reducir, bajo condiciones de viabilidad económica, la generación de emisiones contaminantes en la generación de energía eléctrica;

...

Artículo 14. Para efectos de esta Ley, corresponde a la Secretaría:

...

XII. Suscribir convenios y acuerdos de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y, en su caso, de los municipios, con el objeto de, en el ámbito de sus respectivas competencias:

....

d) Identificar y promover las mejores prácticas en políticas y programas para eficiencia energética;

...”.

Asimismo, con el propósito de potenciar el financiamiento disponible para la transición energética, el ahorro de energía, las tecnologías limpias y el aprovechamiento de las energías renovables, podrá acordarse que, con cargo al Fondo, se utilicen recursos no recuperables para el otorgamiento de garantías de crédito u otro tipo de apoyos financieros (artículo 50).

Es así que, en el Grupo Parlamentario Nueva Alianza, estando comprometidos con la niñez y en beneficio de la educación pública en México, pugnamos por el uso sustentable de energía solar en aquellas escuelas ubicadas en zonas marginales, a fin de que se genere la energía eléctrica en las escuelas de zonas rurales que carezcan de tal servicio, básico para la educación e indispensable para la labor educativa de los docentes; para lo cual, exhortamos a las autoridades competentes, como son la Secretaría de Energía y la Secretaría de Educación Pública, contando con la concurrencia de las autoridades locales, para que tomen las medidas que rectifiquen estas deficiencias.

Por lo antes expuesto, y con el objeto de llevar energía eléctrica a través de paneles solares a escuelas en zonas rurales que carezcan de este servicio, respetuosamente someto a consideración de esta honorable soberanía la siguiente proposición con

Punto de acuerdo

Único.La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los titulares de las Secretarías de Energía y de Educación Pública, para que, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, y de manera coordinada con las autoridades locales, establezcan acciones conjuntas que estén dirigidas a la implementación de paneles solares en las escuelas públicas que se encuentren en regiones donde no exista cobertura de energía eléctrica.

Notas

i “Sin luz, más de 42 mil aulas de escuelas públicas de nivel básico y medio”.

http://www.jornada.unam.mx/2015/01/11/sociedad/029n1soc

ii http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LTE.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, a los 27 días del mes de abril de 2017.— Diputada María Eugenia Ocampo Bedolla (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.



SE EXHORTA A LA SECRETARÍA DE SALUD A IMPLEMENTAR CAMPAÑAS DE PREVENCIÓN Y DE DIAGNÓSTICO OPORTUNO DEL TRASTORNO DE ANSIEDAD

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a implantar campañas de prevención y diagnóstico oportuno del trastorno de ansiedad, a cargo de la diputada Karina Sánchez Ruiz, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

Quien suscribe, Karina Sánchez Ruiz, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza en la LXIII Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 62, numeral 2 y 79, numerales 1, fracción II y 2, fracción I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Salud para que, con base en sus atribuciones, implante campañas de prevención y de diagnóstico oportuno del trastorno de ansiedad, a fin de proveer de un tratamiento integral para las personas que lo padecen, en aras de mejorar su calidad de vida, al tenor de las siguientes

Consideraciones

“Es una persona muy preocupona, muy insegura, ha de ser timidez, se inquieta y se asusta de todo, es alguien muy nervioso, como débil de carácter, pero así ya es su forma de ser...”

Entre adjetivos calificativos y despectivos ha ido y venido tanta y tanta gente sobreviviendo y soportando su propia vida, aceptando como inevitable el temeroso destino que les tocó vivir, llenando sus decisiones de incertidumbre y creyendo que esto es común al resto y que por lo menos no son los únicos que sufren de ello.

La American Psychological Association puntualiza que las personas que sienten temor y preocupación están lidiando con trastornos de ansiedad, a pesar de que muchas personas siguen pensando que la ansiedad es producto de una debilidad de carácter y no de una enfermedad neurobiológica.

En algún instante de la vida, toda persona ha sentido ansiedad, ya sea al momento de cumplir con alguna obligación o un compromiso social importante, solo por mencionar algunas, pero existen muchas otras situaciones en las que este sentimiento o sensación se puede mostrar.

Esta realidad podemos traducirla como algo que una persona expresa tener y se refleja en un síntoma que en realidad no tiene; empero, para entender mejor la ansiedad, la Secretaria de Salud se ha encargado de definirla como: “...Un estado emocional en el que se presentan cambios somáticos y psíquicos...”.

Estos cambios se presentan de forma somática y psíquica. La primera se demuestra con mareos, taquicardia, sudoración, palpitaciones, temblor, molestias digestivas, aumento de la frecuencia y urgencia urinaria; y la segunda, con comportamientos como nerviosismo, deseo de huir, sensación de muerte inminente, inquietud, miedos irracionales, temor a perder la razón o el control.

Esta enfermedad se convierte en patológica cuando se presenta de manera excesiva y su duración es prolongada, lo que genera disfuncionalidad en la persona que lo padece, así como distorsiones en la percepción de la realidad, del entorno y de la persona misma, lo que afecta la funcionalidad del individuo.

Cierto es que los médicos especialistas en psiquiatría son los encargados de diagnosticar y dar tratamiento a las personas que padecen este trastorno por medio de un tratamiento consistente en medicamentos y psicoterapia.

Por su parte, la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha sido clara en señalar que la salud mental abarca una amplia gama de actividades, directa o indirectamente relacionadas con el componente de bienestar mental.

En su Plan de Acción sobre Salud Mental 2013-2020, se ha indicado que la buena salud mental hace posible que las personas materialicen su potencial, superen el estrés normal de vida, trabajen de forma productiva y hagan aportaciones a su comunidad.

Empero, las cifras emitidas por la OMS muestran claramente que 12 por ciento de la población mundial adulta padece el trastorno de ansiedad y 3.8 por ciento afecta a la población adulta mayor.

En el caso de México, el doctor Edilberto Peña de León, director de Investigación del Instituto de Neurociencias, Investigación y Desarrollo Emocional (Incide) señaló que, al menos, 14.3 por ciento de los mexicanos padece trastornos de ansiedad generalizada (TAG) y que debe tomarse en cuenta que, del total de trastornos de ansiedad, 50 por ciento se presentan antes de los 25 años de edad.

Al respecto, la paidopsiquiatra de los Servicios de Salud Mental de la Secretaría de Salud, Clarissa Villaseñor, ha expresado que el trastorno de ansiedad se encuentra entre los problemas mentales, emocionales y de comportamiento que presenta la niñez y la adolescencia mexicana.

En este orden de ideas, según datos de la Revista Digital de la Universidad Nacional Autónoma de México, en nuestro país existen estudios que muestran una mayor prevalencia de la presencia de este trastorno entre los 15 y los 45 años de edad, con una proporción mayor para las mujeres que para los hombres, siendo de 2 a 1 respectivamente. En función de esta estadística, es trascendental hacer hincapié en que este padecimiento, viene a ser la enfermedad de salud mental más común en el país.

En ese sentido, el doctor Alejandro Nenclares expuso en la mesa redonda Trastornos, retos y perspectivas de la ansiedad en México, que en nuestro país, sólo uno de cada 10 pacientes con trastorno de ansiedad cuenta con un tratamiento adecuado. Ello, a pesar de que en los últimos 25 años, las terapias contra esta enfermedad, han mostrado sus beneficios en la calidad de vida de los pacientes y sus familias.

Las personas con trastornos de salud mental son víctimas de violaciones de sus derechos humanos, ya que socialmente son marginadas desde el momento en que no se les concede la atención, ni los servicios, ni el apoyo que necesitan para desarrollar una vida plena. Además, es de mencionar que las personas con trastornos de salud mental sufren discriminación cotidiana, particularmente en los ámbitos de la educación, el empleo y la vivienda.

En Nueva Alianza estamos convencidos que con un tratamiento integral y una atención adecuada de la persona afectada, se podrá controlar el trastorno de ansiedad. Por eso estamos convencidos de que debemos contribuir con los esfuerzos que hasta la fecha han desarrollado médicos, pacientes, e incluso los familiares, ya que como bien se dijo en líneas anteriores, una detección oportuna contribuirá a mejorar la calidad de vida y hacer valer el derecho humano a la salud de aquellos que la padecen, más aún, cuando este trastorno no ha sido identificado.

Es cierto que en el país aún quedan muchos aspectos por resolver, como por ejemplo el descuido de los servicios y la atención a la salud mental o las violaciones de los derechos humanos y la discriminación de las personas con trastornos mentales; sin embargo, con acciones como estas podemos contribuir a mejorar los servicios de salud mental.

Por ello, en el Grupo Parlamentario de Nueva Alianza creemos con firmeza, que detectar y tratar a tiempo el trastorno de ansiedad es uno de los fines principales en materia de salud pública, pues lo contrario podría causar menoscabo en la salud de los mexicanos. Ahora bien, con la implementación de campañas de prevención y detección oportuna atenderemos de manera pertinente dicho trastorno, logrando así disminuir, o en su caso, eliminar el bajo rendimiento, la reducción de la autoestima, el abuso de alcohol o drogas, la depresión, así como diversos problemas mentales en la edad adulta, entre otros potenciales beneficios.

Por lo expuesto y fundado, respetuosamente someto a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Salud para que, con base en sus atribuciones, implemente campañas de prevención y de diagnóstico oportuno del trastorno de ansiedad, a fin de proveer de un tratamiento integral a las personas que lo padecen, en aras de mejorar su calidad de vida.

Notas

1 http://www.revista.unam.mx/vol.6/num11/art109/int109-1.htm

2 http://www.gob.mx/salud/articulos/que-es-la-ansiedad

3 http://apps.who.int/iris/bitstream/10665/97488/1/9789243506029_ spa.pdf?ua=1

4 http://www.who.int/mediacentre/factsheets/fs381/es/

5 http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2016/10/10/ansiedad-enfermedad-mental-mas-co mun-en-mexico

6 http://www.revista.unam.mx/vol.6/num11/art109/nov_art109.pdf

7 http://www.spps.gob.mx/salud-hoy/882-trastorno-ansiedad-afecta-mas-14-millones- mexicanos.html

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, a los 27 días de abril de 2017.— Diputada Karina Sánchez Ruiz (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.