Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXIII Legislatura
Correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidente

Diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar
Director del
Diario de los Debates
Luis Alfredo Mora Villagómez
Año II
México, DF, martes 28 de febrero de 2017
Sesión No. 10 Apéndice

SUMARIO


INICIATIVAS Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

De la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que le corresponde a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del martes 28 de febrero de 2017, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados

INICIATIVAS

EXPIDE LA LEY DE FOMENTO A LA INTEGRACIÓN DE INSUMOS NACIONALES PARA OBRAS DE INFRAESTRUCTURA PÚBLICA NO ENERGÉTICA

Del diputado Waldo Fernández González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley de Fomento a la Integración de Insumos Nacionales para Obras de Infraestructura Pública No Energética. Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Del diputado Jorge Álvarez Maynez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se remite a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

PROPOSICIONES

ADQUIRIR CAMIONES DE TRANSPORTE DE AGUA POTABLE DENOMINADOS “PIPAS” Y PROGRAMAS DE CAPTACIÓN DE AGUA DE LLUVIA

De la diputada Ana Leticia Carrera Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sedesol, a incorporar al catálogo de Lineamientos del Fondo de Aportaciones a la Infraestructura Social (FAIS), las opciones de poder adquirir camiones de transporte de agua potable denominados “pipas” y programas de captación de agua de lluvia. Se turna a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen

INFORME A LA SOCIEDAD MICHOACANA SOBRE EL MONTO DE LOS AHORROS GENERADOS Y EL AVANCE EN EL CUMPLIMIENTO DE DICHO DECRETO

Del diputado Omar Noé Bernardino Vargas, a nombre propio y de los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Michoacán, a que en el marco del decreto administrativo de medidas de austeridad, transparencia y eficiencia del gasto público de la administración pública del Estado, informe a la sociedad michoacana sobre el monto de los ahorros generados y el avance en el complimiento de dicho decreto. Se remite a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen

MODIFICAR LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA PENSIÓN A ADULTOS MAYORES

De la diputada Norma Xochitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sedesol, a modificar las reglas de operación del programa Pensión a Adultos Mayores. Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen

CREACIÓN Y FORTALECIMIENTO DE PROGRAMAS ENCAMINADOS A LA PROTECCIÓN DE LA MUJER

De la diputada Marbella Toledo Ibarra, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Segob y del Inmujeres, instalen de manera permanente centros de atención a mujeres y niñas que han sufrido violencia en las principales ciudades país, además de vigilar que éstos hagan efectivo el acceso a servicios de salud física, psicológica, psiquiátrica, asistencia legal, formación para el empleo de las mujeres víctimas de violencia; así como para la creación y fortalecimiento de programas encaminados a la protección de la mujer. Se remite a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen

RESOLVER LA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR LA CNDH, A LOS ARTÍCULOS 72 FRACCIÓN II, INCISO A), 119 FRACCIÓN XI, Y 122, DE LA LEY NACIONAL DEL SISTEMA INTEGRAL DE JUSTICIA PENAL PARA ADOLESCENTES

Del diputado Erik Juárez Blanquet, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCJN, a resolver la acción de inconstitucionalidad promovida por la CNDH, a los artículos 72 fracción II, inciso a), 119 fracción XI, y 122, de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

DENUNCIAS POR CORRUPCIÓN EN CONTRA DEL GOBERNADOR DE DICHO ESTADO, ACELEREN SUS INVESTIGACIONES Y RESUELVAN LAS MISMAS

De los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno de Morelos, a que se dé una explicación sobre los distintos señalamientos y denuncias que se han dado a lo largo de su administración por actos de nepotismo y corrupción, así como a las autoridades que han recibido denuncias por corrupción en contra del gobernador de dicho Estado, aceleren sus investigaciones y resuelvan las mismas. Se remite a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen

APOYE ECONÓMICAMENTE A PERSONAS ADULTAS MAYORES QUE SE HAGAN CARGO DEL CUIDADO DE SUS NIETOS

De la diputada Norma Xochitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sedesol, a crear un programa de desarrollo social por medio del cual se apoye económicamente a personas adultas mayores que se hagan cargo del cuidado de sus nietos. Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen

ATIENDA LAS DEMANDAS DE LOS TRABAJADORES DEL CONTRATO DEL DEPARTAMENTO DE VECTORES DE LA JURISDICCIÓN SANITARIA 07 DE DICHA INSTITUCIÓN

De la diputada Marbella Toledo Ibarra, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud del estado de Guerrero, para que en el ámbito de su competencia atienda las demandas de los trabajadores del contrato del Departamento de Vectores de la Jurisdicción Sanitaria 07 de dicha institución. Se remite a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen

SOSTENIBILIDAD DE LA PESQUERÍA DE CAMARÓN EN MAR ABIERTO

Del diputado Mario Ariel Juárez Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sagarpa y al Inapesca, a llevar a cabo diversas acciones para la sostenibilidad de la pesquería de camarón en mar abierto. Se turna a la Comisión de Pesca, para dictamen

RECUPERACIÓN DEL PARQUE NACIONAL “EL VELADERO”

De la diputada Marbella Toledo Ibarra, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la Semarnat, en coordinación con el gobierno del estado de Guerrero y el ayuntamiento municipal de Acapulco de Juárez, pongan en marcha las acciones necesarias para la recuperación del parque nacional “El Veladero”. Se remite a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

REALIZAR ACCIONES DE AUSTERIDAD EN SU ADMINISTRACIÓN, SIN QUE IMPLIQUE EL DESPIDO DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO

De la diputada Blanca Margarita Cuata Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a realizar acciones de austeridad en su administración, sin que implique el despido de los trabajadores al servicio del Estado. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen

JUICIOS ATENDIDOS EN MATERIA AMBIENTAL ASÍ COMO ACREDITAR LA CAPACITACIÓN RECIBIDA POR JUZGADORES EN DICHA MATERIA

De la diputada Mirza Flores Gómez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al TFJA, a elaborar y publicar los datos estadísticos respecto de los juicios atendidos en materia ambiental así como acreditar la capacitación recibida por juzgadores en dicha materia. Se remite a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

CONDENA LOS ACTOS DE ESPIONAJE EN CONTRA DE SIMÓN BARQUERA, ALEJANDRO CALVILLO Y LUIS MANUEL ENCARNACIÓN

De la diputada Araceli Damián González, del Grupo Parlamentario de Morena, proposición con punto de acuerdo, por el que se condena los actos de espionaje en contra de Simón Barquera, Alejandro Calvillo y Luis Manuel Encarnación, así como a la PGR a investigar y procesar judicialmente a los responsables de la violación de la privacidad de dichos ciudadanos. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

DIFUNDIR LA INFORMACIÓN QUE SE HAYA GENERADO DEL SISTEMA ESTATAL DE ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS Y DE LA COMISIÓN ESTATAL DE ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS

Del diputado Gustavo Adolfo Cárdenas Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno del estado de Tamaulipas, a dar máxima publicidad a los recursos que han sido destinados al Fondo de Atención a Víctimas del estado de Tamaulipas del 2010 al 2017, y a difundir la información que se haya generado del Sistema Estatal de Atención a las Victimas y de la Comisión Estatal de Atención a las Víctimas. Se remite a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen

EMITIR LINEAMIENTOS QUE COADYUVEN A LA ERRADICACIÓN DE LA COMPRA DE VOTOS RELACIONADA CON LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS SOCIALES

De la diputada Norma Xochitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos de las entidades federativas con procesos electorales a celebrarse en 2017, a emitir lineamientos que coadyuven a la erradicación de la compra de votos relacionada con la operación de programas sociales. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen

INTERPOSICIÓN DE CONTROVERSIAS CONSTITUCIONALES QUE VAYAN EN AGRAVIO DE LA JUSTICIA SOCIAL Y DISTRIBUTIVA

De la diputada Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que se abstenga de seguir afectando las finanzas del estado de Zacatecas mediante la interposición de controversias constitucionales que vayan en agravio de la justicia social y distributiva. Se remite a la Comisión de Gobernación, para dictamen

USO DE LOS RECURSOS PÚBLICOS DESTINADOS A PEMEX Y A LA CFE, POR PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL

De las diputadas Araceli Damián González, Norma Rocío Nahle García y Guadalupe Hernández Correa, del Grupo Parlamentario de Morena, proposición con punto de acuerdo, relativo al uso de los recursos públicos destinados a Pemex y a la CFE, por parte de la administración federal. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen

GESTIÓN DE RECURSOS Y EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE LOS RIESGOS DERIVADOS DE LAS CONDICIONES DE LA PRESA PARRAL Y DEL RÍO PARRAL, EN CHIHUAHUA

De la diputada María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, proposición con punto de acuerdo, relativo a las implementación de acciones por parte de diversas autoridades, federales y locales, para la gestión de recursos y ejecución de las obras de prevención y mitigación de los riesgos derivados de las condiciones de la presa Parral y del río Parral, en Chihuahua. Se remite a la Comisión de Protección Civil, para dictamen

FAVOREZCAN LA COORDINACIÓN CON LOS MUNICIPIOS DEL PAÍS, A FIN DE QUE LA INFRAESTRUCTURA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES SE MANTENGA EN OPERACIÓN

Del diputado Gustavo Adolfo Cárdenas Gutiérrez y de la diputada Angie Denisse Hauffen Torres, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Conagua, a implementar acciones con las entidades federativas que favorezcan la coordinación con los municipios del país, a fin de que la infraestructura de tratamiento de aguas residuales se mantenga en operación. Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, para dictamen

CREA UN GRUPO DE TRABAJO DE DIPUTADOS QUE DEN SEGUIMIENTO A LOS ACUERDOS QUE ADOPTEN EL GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIAPAS, LA SEP Y LOS ACADÉMICOS DE LA UNIVERSIDAD INTERCULTURAL DE CHIAPAS

De la diputada María Candelaria Ochoa Avalos, a nombre propio y de diversos diputados integrantes de los grupos parlamentarios de los partidos de Movimiento Ciudadano, de la Revolución Democrática y de Morena, proposición con punto de acuerdo, por el que se crea un grupo de trabajo de diputados que den seguimiento a los acuerdos que adopten el gobierno del estado de Chiapas, la SEP y los académicos de la Universidad Intercultural de Chiapas, a fin de permitir el correcto funcionamiento de la Universidad. Se remite a la Junta de Coordinación Política, para su atención





INICIATIVAS Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

«Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que le corresponde a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del martes 28 de febrero de 2017, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados.

Con fundamento en los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se informa a la honorable asamblea los turnos dictados a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo, registradas en el orden del día del 28 de febrero de 2017 y que no fueron abordadas.(*)

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2017.— Diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar (rúbrica), Presidente.»

«Iniciativas con proyecto de decreto

1. Que expide la Ley de Fomento a la Integración de Insumos Nacionales para Obras de Infraestructura Pública No Energética, a cargo del diputado Waldo Fernández González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno:Comisión de Economía, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.

2. Que adiciona el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jorge Álvarez Máynez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno:Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

Proposiciones con punto de acuerdo

1. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sedesol, a incorporar al catálogo de Lineamientos del Fondo de Aportaciones a la Infraestructura Social (FAIS), las opciones de poder adquirir camiones de transporte de agua potable denominados “pipas” y programas de captación de agua de lluvia, a cargo de la diputada Ana Leticia Carrera Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno:Comisión de Desarrollo Social, para dictamen.

2. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Michoacán, a que en el marco del decreto administrativo de medidas de austeridad, transparencia y eficiencia del gasto público de la administración pública del estado, informe a la sociedad michoacana sobre el monto de los ahorros generados y el avance en el complimiento de dicho decreto, suscrito por eldiputado Omar Noé Bernardino Vargas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno:Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.

3. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sedesol, a modificar las reglas de operación del programa Pensión a Adultos Mayores, a cargo de la diputada Norma Xochitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno:Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen.

4. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Segob y del Inmujeres, instalen de manera permanente centros de atención a mujeres y niñas que han sufrido violencia en las principales ciudades país, además de vigilar que éstos hagan efectivo el acceso a servicios de salud física, psicológica, psiquiátrica, asistencia legal, formación para el empleo de las mujeres víctimas de violencia; así como para la creación y fortalecimiento de programas encaminados a la protección de la mujer, a cargo de la diputada Marbella Toledo Ibarra, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno:Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.

5. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCJN, a resolver la acción de inconstitucionalidad promovida por la CNDH, a los artículos 72 fracción II, inciso a), 119 fracción XI, y 122, de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, a cargo del diputado Erik Juárez Blanquet, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno:Comisión de Justicia, para dictamen.

6. Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno de Morelos, a que se dé una explicación sobre los distintos señalamientos y denuncias que se han dado a lo largo de su administración por actos de nepotismo y corrupción, así como a las autoridades que han recibido denuncias por corrupción en contra del gobernador de dicho estado, aceleren sus investigaciones y resuelvan las mismas, suscrito por diputados del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno:Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.

7. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sedesol, a crear un programa de desarrollo social por medio del cual se apoye económicamente a personas adultas mayores que se hagan cargo del cuidado de sus nietos, a cargo de la diputada Norma Xochitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno:Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen.

8. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud del estado de Guerrero, para que en el ámbito de su competencia atienda las demandas de los trabajadores del contrato del Departamento de Vectores de la Jurisdicción Sanitaria 07 de dicha institución, a cargo de la diputada Marbella Toledo Ibarra, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno:Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.

9. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sagarpa y al Inapesca, a llevar a cabo diversas acciones para la sostenibilidad de la pesquería de camarón en mar abierto, a cargo del diputado Mario Ariel Juárez Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno:Comisión de Pesca, para dictamen

10. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la Semarnat, en coordinación con el Gobierno del estado de Guerrero y el ayuntamiento municipal de Acapulco de Juárez, pongan en marcha las acciones necesarias para la recuperación del parque nacional El Veladero, a cargo de la diputada Marbella Toledo Ibarra, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno:Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

11. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a realizar acciones de austeridad en su administración, sin que implique el despido de los trabajadores al servicio del Estado, a cargo de la diputada Blanca Margarita Cuata Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno:Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.

12. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al TFJA, a elaborar y publicar los datos estadísticos respecto de los juicios atendidos en materia ambiental así como acreditar la capacitación recibida por juzgadores en dicha materia, a cargo de la diputada Mirza Flores Gómez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno:Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

13. Con punto de acuerdo, por el que se condena los actos de espionaje en contra de Simón Barquera, Alejandro Calvillo y Luis Manuel Encarnación, así como a la PGR a investigar y procesar judicialmente a los responsables de la violación de la privacidad de dichos ciudadanos, a cargo de la diputada Araceli Damián González, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno:Comisión de Justicia, para dictamen.

14. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno del estado de Tamaulipas, a dar máxima publicidad a los recursos que han sido destinados al Fondo de Atención a Víctimas del estado de Tamaulipas del 2010 al 2017, y a difundir la información que se haya generado del Sistema Estatal de Atención a las Victimas y de la Comisión Estatal de Atención a las Víctimas, a cargo del diputado Gustavo Adolfo Cárdenas Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno:Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.

15. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos de las entidades federativas con procesos electorales a celebrarse en 2017, a emitir lineamientos que coadyuven a la erradicación de la compra de votos relacionada con la operación de programas sociales, a cargo de la diputada Norma Xochitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno:Comisión de Gobernación, para dictamen.

16. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que se abstenga de seguir afectando las finanzas del estado de Zacatecas mediante la interposición de controversias constitucionales que vayan en agravio de la justicia social y distributiva, a cargo de la diputada Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno:Comisión de Gobernación, para dictamen.

17. Con punto de acuerdo, relativo al uso de los recursos públicos destinados a Pemex y a la CFE, por parte de la administración federal, suscrito por los diputados Araceli Damián González, Norma Rocío Nahle García y Guadalupe Hernández Correa, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno:Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.

18. Con punto de acuerdo, relativo a las implementación de acciones por parte de diversas autoridades, federales y locales, para la gestión de recursos y ejecución de las obras de prevención y mitigación de los riesgos derivados de las condiciones de la presa Parral y del río Parral, en Chihuahua, a cargo de la diputada María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno:Comisión de Protección Civil, para dictamen.

19. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Conagua, a implementar acciones con las entidades federativas que favorezcan la coordinación con los municipios del país a fin de que la infraestructura de tratamiento de aguas residuales se mantenga en operación, suscrito por los diputados Gustavo Adolfo Cárdenas Gutiérrez y Angie Denisse Hauffen Torres, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno:Comisión de Recursos Hidráulicos, para dictamen.

20. Con punto de acuerdo, por el que se crea un grupo de trabajo de diputados que den seguimiento a los acuerdos que adopten el gobierno del estado de Chiapas, la SEP y los académicos de la Universidad Intercultural de Chiapas, a fin de permitir el correcto funcionamiento de la Universidad, suscrito por la diputada María Candelaria Ochoa Ávalos y diversos diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios de los partidos de Movimiento Ciudadano, de la Revolución Democrática y de Morena.

Turno:Junta de Coordinación Política, para su atención.»

INICIATIVAS



EXPIDE LA LEY DE FOMENTO A LA INTEGRACIÓN DE INSUMOS NACIONALES PARA OBRAS DE INFRAESTRUCTURA PÚBLICA NO ENERGÉTICA

«Iniciativa que expide la Ley de Fomento a la Integración de Insumos Nacionales para Obras de Infraestructura Pública no Energética, a cargo del diputado Waldo Fernández González, del Grupo Parlamentario del PRD

Planteamiento del problema

Si bien en los últimos años hemos visto mayor certeza en el clima económico, también somos testigos de las inquietudes acerca de los resultados concretos para enfrentar los grandes rezagos de sectores y regiones de nuestro país.

En la búsqueda del desarrollo integral de país en el que la sociedad en su conjunto y todos y cada uno de los mexicanos y las mexicanas en lo individual puedan alcanzar mejores condiciones de bienestar a través de la productividad, se ha reconocido ya como uno de los principales asuntos a considerar, el de la inversión en infraestructura.

Sabemos igualmente, que la inversión nacional y extranjera es un elemento detonante del crecimiento. Su gran demanda de recursos y sus efectos a mediano y largo plazo en el desarrollo, la competitividad y el nivel de crecimiento del país tienen una relación directa con los temas de desarrollo de infraestructura.

Reconocemos una gran oportunidad para el desarrollo de México con el Programa Nacional de Infraestructura 2014-2018, que señala como una de sus líneas de acción “evaluar las necesidades de infraestructura a largo plazo para el desarrollo de la economía, considerando el desarrollo regional, las tendencias demográficas, las vocaciones económicas y la conectividad internacional, entre otros”, e identifica como enfoque la atención de las necesidades de todas las regiones y sectores del país “contribuyendo a democratizar la productividad”.

Sin embargo, la ausencia de un marco normativo, con la necesaria jerarquía jurídica y un sólido andamiaje institucional, puede conducir como ha venido ocurriendo, a que el grado de integración y contenido nacional en el desarrollo de infraestructura y obra pública, no se refleje en los niveles que el potencial de las empresas mexicanas pueden desplegar, lo que ha mermado su competitividad e impedido la planeación a mediano y largo plazo de dicho sector privado nacional, lo que representa una barrera interna al desarrollo.

Consideramos que para alcanzar con un mayor aserto los objetivos del programa mencionado, es necesario fomentar y garantizar que en el desarrollo de infraestructura a través de la obra pública, la participación de la industria nacional sea prioritaria y aporte el mayor valor agregado posible a lo largo de la cadena productiva y de servicios, alcanzando con ello mejores niveles de crecimiento y bienestar económico interno.

Por ello, la iniciativa de Ley de Fomento a la Integración de Insumos Nacionales para Obras de Infraestructura Pública no Energética, que hoy se somete a la consideración del Honorable Congreso de la Unión por conducto de la Honorable Cámara de Diputados, expone los fundamentos y argumentos socioeconómicos a fin de sentar las bases jurídico formales para dotar de certidumbre y fortalecer la integración de insumos nacionales en las obras de infraestructura pública que fomenten una mayor participación de empresas nacionales en los proyectos de desarrollo de infraestructura pública en México.

A partir de los elementos económicos y jurídicos que se presentarán, la iniciativa que se propone a este legislativo, representa la herramienta más adecuada para el fomento al sector de infraestructura nacional, con importantes beneficios para el desarrollo económico del país.

Argumentos

Cabe anticipar que el artículo 25 en su párrafo octavo de la Carta Magna, permite al Estado encabezar la rectoría del desarrollo económico, por ello, es viable proponer una política industrial que aliente y proteja a la industria nacional sin incumplir tratados internacionales ni normas dictadas por organismos internacionales. El Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) permite proteger e incentivar a la industria nacional en el supuesto de que dicha protección y subsidios sean para artículos que no estén en el comercio como lo es la realización de la infraestructura nacional (vista como necesidad del poder público).

La infraestructura en términos empresariales se refiere a la capacidad que tienen las entidades de responder a compromisos que se hacen con los clientes, que debe ser cumplida, pero no de cualquier forma, hay que hacerlo superando las expectativas de los clientes, así como la competencia.

En términos de inversión pública, entre los objetivos de la infraestructura están el fomento al empleo a través de obras públicas, el incremento de inversiones para el país, elevar la productividad, fortalecer el ambiente de negocios así como la realización de políticas específicas en las diversas áreas del quehacer público.

En este contexto y siguiendo la clasificación asignada mediante el Sistema de Clasificación de América del Norte (Scian) se corresponde con el subsector 237 Construcción de obras de ingeniería civil u obra pesada, a su vez subdividida en:

• 2371 Construcción de obras para el tratamiento, distribución y suministro de agua, drenaje y riego.

• 2372 División de terrenos y construcción de obras de urbanización.

• 2373 Construcción de vías de comunicación.

• 2379 Otras construcciones de ingeniería civil u obra pesada.

Se tiene que el sector equivale a 3.7 por ciento respecto al producto interno bruto (PIB) de la economía nacional (promedio de los últimos tres años). Se trata entonces de un sector cuya aportación es superior al aportado por la agricultura (3.0 por ciento en promedio).

Fuente: Con datos del INEGI. Sistema de Cuentas Nacionales.

En la construcción de obras de ingeniería civil, las actividades relacionadas con las vías de comunicación son las de mayor participación en términos de Producto Interno Bruto (40.7%), seguidas de las relacionadas con las obras para suministrar agua, petróleo, gas, energía eléctrica y telecomunicaciones.

Fuente: Con datos del INEGI. Sistema de Cuentas Nacionales.

El sector de la construcción ha tenido, en los últimos años, un comportamiento en cierto sentido similar al del resto de la economía, esto es, tasas de crecimiento positivas entre 2004 y 2008; tasas de crecimiento negativas en 2009, la industria de la construcción presentó en ese año una reducción de -7.5 por ciento debido a la crisis económica mundial con lo cual tuvo una caída significativa en su comportamiento, luego de tener un buen desempeño en los últimos 4 años.

Cabe destacar que la crisis financiera internacional de 2008 tuvo un impacto negativo muy importante en el desempeño del sector de la construcción en México (la aversión al riesgo frenó las inversiones privadas), ya que desde agosto de ese año registró su primera caída, del cual no se ha podido recuperar y ha mostrado una tendencia decreciente.

El último dato disponible muestra que en 2013 la caída fue de -4.7 por ciento. La falta de liquidez y la lenta marcha en el desarrollo de las obras de infraestructura fueron las principales causas.

El índice de actividad industrial de la construcción, que mide la evolución de la actividad productiva ha mostrado una clara tendencia a la baja a partir del tercer trimestre del año 2012 como resultado de una desaceleración económica mundial.

Es un hecho relevante que el ciclo económico de este sector es más pronunciado que el de la economía en general. Se ha realizado un análisis comparativo entre el Índice General de la Actividad Económica (IGAE) y el valor de la producción de la infraestructura. Para ello, se construyó un índice simple y se desestacionalizaron las series mediante una media móvil de 6 meses.

Fuente: Con datos del INEGI

Nota. Datos desestacionalizados mediante medida móvil de 6 meses.

La infraestructura nacional, en su mayor parte se realiza con gasto público, siguiendo un comportamiento procíclico, esto es, cuando hay la posibilidad de realizar el gasto se hace y se contrae en momentos de crisis. En este sentido, este es uno de los elementos que una planeación correcta y una política de gasto de largo plazo y anticíclica podría modificar, dando como resultado un crecimiento más estable y sostenido a la economía nacional.

Actualmente la construcción en general aporta poco más de 22 por ciento del valor total generado en las actividades secundarias, esto es, de los cuatro subsectores, el tercero que más aporta, pero en los últimos años se ha observado una tendencia a la alza por parte de la construcción.

Por su parte, en los últimos 10 años la infraestructura ha aportado en promedio 20.6% a la construcción total y 1.6 por ciento en promedio al PIB total. Esta aportación es substancial, de ahí la importancia de una política pública en materia de gasto y desarrollo de la infraestructura, no sólo por su impacto directo sino por la aportación a toda la economía y el impulso que representa para todas las ramas de la economía, tal como se muestra más adelante.

Fuente: Con datos del INEGI.

Lo mencionado en los últimos párrafos acerca de la tendencia negativa que este sector ha tenido demuestra la vulnerabilidad de éste con la economía internacional. México es un país que necesita de mayor infraestructura, es por ello que a partir de este año se esperan grandes modificaciones en el sector de la infraestructura, por dos motivos, el primero debido a que la economía internacional comienza a reactivarse, y el segundo, por el paquete de obras públicas que el gobierno tiene proyectadas para los próximos años.

Es evidente que la construcción siempre ha estado vinculada con el desarrollo del país y ha sido una pieza fundamental para lograrlo. La infraestructura carretera, las obras pesadas de irrigación, la construcción de obras de equipamiento urbano y muchas más son parte de los activos del país. Mientras más obras se construyen, más riqueza se crea, y no solamente eso, también se genera mayor empleo.

Por lo anterior, la infraestructura es una industria que tiene una importante función social. Es el sector de la economía que absorbe la mayor cantidad de mano de obra no calificada del país. A mayor cantidad de obras que se construyen, mayor cantidad de personal empleado. Aunado a la mayor permanencia de los obreros en las empresas, aumentan los índices de calificación del personal.

Y estas obras de infraestructura han sido generadas por dos fuentes: públicas y privadas. La obra pública fue el sostén de la industria de la construcción durante muchos sexenios; el desarrollo económico y social del país implicó la generación de obras de infraestructura para el transporte carretero, aéreo, marítimo y fluvial, cuya calidad había sido un indicador crítico del nivel de progreso del país y de su viabilidad económica; de construcciones de plantas hidroeléctricas para la generación de energía y de instalaciones para su transmisión; así como de presas, obras de riego y de tratamiento de aguas; la industria petrolera demandó la construcción de obras industriales para la explotación, refinación, almacenamiento y distribución de productos petroleros y de gas; también las telecomunicaciones requirieron las obras respectivas; las ciudades precisaron de obras de urbanización y la construcción de redes de infraestructura para dotarlas de agua, servicios sanitarios, electricidad, telefonía, telecomunicaciones; la creciente urbanización y el aumento poblacional trajeron aparejado un importante crecimiento en el mercado de vivienda en todos sus niveles y los correspondientes servicios educativos, de salud, de infraestructura urbana y otros. Estas obras implicaron la construcción de muchos servicios complementarios, la preparación de terrenos para la construcción, obras de instalaciones hidráulicas, sanitarias, eléctricas y de otros tipos para las edificaciones, así como de empresas de alquiler de maquinaria y trabajos de supervisión y administración de las obras.

En cuanto a la fuente privada de la infraestructura, la dinámica sistemáticamente se ha sustentado en la construcción habitacional, tanto residencial como de otros niveles, especialmente de interés social; también de plantas industriales, proyectos inmobiliarios, desarrollos turísticos y recreativos, edificación de tiendas departamentales y centros comerciales, además de edificios de otros tipos para servicios educativos, para la salud, etcétera.

La comparación entre ambas fuentes resulta en que la infraestructura en el sector público, cuenta con mayor producción respecto de la del sector privado, debido a que, sistemáticamente tanto el gobierno federal como los estatales incentivan la economía por medio de obras públicas, como herramienta para la activación de la misma, para el desarrollo regional mediante la inyección de recursos en polos de desarrollo turísticos, industriales y urbanos y para la generación de fuentes de empleo.

El efecto multiplicador del sector ha sido importante, de cada 100 pesos que se destinan a la construcción, 56 pesos se utilizan en la compra de servicios y materiales que ofrecen 37 de las 72 ramas económicas del país; esto implica que cuando la construcción crece contribuye al dinamismo de la mitad de las demás actividades productivas y de esta manera aumenta las inversiones en el país y eleva la productividad del mismo.

Según datos de la Encuesta Mensual de la Construcción de Instituto Nacional de Estadística y Geogragía (Inegi), el sector en los últimos años, ha dado empleo a entre 230 mil y 270 mil personas, observándose un aumento en el nivel de empleo a partir de 2012.

En lo referente a la inversión extrajera directa en el sector de la construcción, es posible observar que ésta ha registrado fluctuaciones en la participación sobre los recursos totales captados por el país en los últimos años. En el grafico observamos como de un año a otro ha ido en aumento un 4.1 por ciento.

Fuente: Consultores Internacionales, S.C. ® con datos de SE

Debido a que el gobierno ha lanzado varios proyectos de infraestructura, siendo uno de los más importantes el nuevo aeropuerto de la ciudad de México, en el último semestre de este año la inversión extranjera se ha visto reflejada.

Los datos ilustran nuevamente, el importante peso que tiene el sector infraestructura para México.

En cuanto a las interacciones de la cadena de valor de este sector, así como la coyuntura particular que éste está experimentando a partir de los nuevos anuncios y programas de inversión en el sector, es claro que México se está volviendo atractivo para los inversionistas, por todos los proyectos a desarrollar, lo que resulta conveniente, ya que al tener mayor inversión, habrá más dinero en circulación, lo que logra la reactivación de la economía, elevando los índices de empleo, al tener empleo se tiene ingreso disponible, el cual nos lleva al consumo haciendo este último, la reactivación de la economía.

En efecto, la cadena de valor nos muestra el proceso por el cual la infraestructura se puede llevar acabo comenzando desde la extracción de los materiales, hasta la elaboración de su obra. Esta cadena consta de los siguientes aspectos:

Diseño. Toda infraestructura es planeada básicamente para satisfacer el público al que ésta estará dirigida, su ubicación deberá ser estratégica, así como los aspectos arquitectónicos, además del espacio físico disponible.

Aprovisionamiento de insumos. La materia prima utilizada es fabricada a partir de materia prima extraída directamente de la naturaleza así como de fuentes no renovables. Esta materia prima prosigue a ser industrializada, para convertirse en:

- Barras de acero

- Tubos estructurales

- Chapas y perfiles

- Aluminio y aleaciones

- Cemento

- Cal

- Corte y pulido de piedras de aplicación

- Ladrillos, tejas, cerámicas y otros

Para pasar a un segundo nivel, produciéndose con lo anterior:

- Hormigón elaborado y pre-moldeados

- Carpintería

- Vidrios

- Plásticos (tubos, cañerías, otros)

- Materiales para pavimentación y techado a base de asfalto

- Barnices y lacas

- Cerámicos, sanitarios, revestimientos, pisos

- Herrería

Distribución. Debe generar una ventaja competitiva, pues es una clave estratégica para ganar clientes, debido que, están evaluando, el cumplimiento, la exactitud en la entrega, o sea recibir lo que pidieron, saber con qué mercancía cuentan y en qué tiempo; en la actualidad se cuenta con buenos sistemas de distribución que se pueden aprovechar para superar las expectativas de los clientes, además que se pueden convertir en una barrera de entrada de nuevos competidores.

Ejecución. La construcción de infraestructura pública genera crecimiento, dado que aumenta la cantidad productiva. Genera 5.6 millones de puestos de trabajo y 2.8 millones lo hace indirectamente, es la cuarta actividad económica con mayor capacidad de generación de empleo.

En otras palabras, si la cadena de valor de la infraestructura, comprende un conjunto de procesos y productos que abastece a muchos sectores de la economía, es clara su importancia dadas sus aportaciones, directas desde el aprovisionamiento de insumos, hasta lo que genera como demanda intermedia, debido al efecto derrama que un eslabón tiene sobre el otro, principalmente como resultado de los nuevos anuncios de inversión en el sector contenidos en el Programa Nacional de Infraestructura 2014-2018.

Mencionamos ya que todos los proyectos que están por desarrollarse, son las razones por las cuales México se torna atractivo para los inversionistas. En este orden tenemos que el citado Programa Nacional de Infraestructura 2014-2018, se divide en seis sectores estratégicos y para cada uno de ellos se establecen objetivos concretos, estrategias y líneas de acción específicas, dichos sectores son:

En dicho instrumento de planeación se contempla una inversión programada de 7.750 billones de pesos, distribuidos en 743 proyectos. El sector de energía es el sector en el que se busca una mayor inversión durante la presente administración, 3.9 billones de pesos en 138 proyectos de CFE y 124 de Pemex.

Fuente: PNI 2014-2018

La inversión esperada está dividida en 67.0 por ciento de origen pública y 33.0 por ciento recursos privados.

Del total de la inversión pública, 56.3 por ciento estará destinada a proyectos de Pemex, 13.7 por ciento a desarrollo urbano y vivienda, 10.8 por ciento a comunicaciones y transportes y el resto en los demás sectores.

En la matriz de insumo producto (MIP) elaborada por el Inegi para 2012, se pueden observar las interrelaciones sectoriales de toda la economía nacional. Así, para los principales sectores económicos de la cadena de producción, se tiene por un lado a los proveedores (consumo intermedio) y por otro a los clientes, como sigue:

Por el lado de los proveedores, se destaca la rama otros trabajos especializados para la construcción, que según la clasificación SCIAN se refiere a “Unidades económicas dedicadas principalmente a la preparación de terrenos para la construcción, y a otros trabajos especializados para la construcción no clasificados en otra parte”.

Si bien es cierto, el comercio al por mayor no provee propiamente insumos necesarios para el desarrollo de la actividad, se observa que hay un fuerte nivel de gasto en esta rama económica por parte de las unidades económicas que desarrollan infraestructura.

El resto de insumos consumidos por la infraestructura en México, son principalmente productos de concreto, de hierro y acero, petróleo y carbón, plástico, entre varios otros más.

Fuente: Datos de INEGI-SCNM-MIP 2012

Según datos de la MIP, del total del consumo intermedio 22 por ciento es de origen importado, el resto es nacional.

Se ha identificado que los insumos importados consumidos por la infraestructura nacional provienen de 68 ramas económicas diferentes, sin embargo, más de la mitad de ellos están concentrados en 6 de ellas. Se observa que principalmente se importan equipos de generación y distribución de energía eléctrica; productos de la industria básica del hierro y el acero; otros equipos y accesorios eléctricos; productos metálicos, maquinaria y equipo y productos de plástico.

Por su parte, las ramas económicas de mayor aportación de insumos nacionales a la infraestructura, pueden apreciarse en la gráfica siguiente:

La demanda intermedia, puede interpretarse de manera general como los sectores que compran al sector de infraestructura, en este caso.

Por ser un sector altamente especializado, son pocas las ramas económicas que demandan bienes y servicios del mismo. De hecho, se observa que los trabajos especializados para la construcción, son el principal cliente del sector con 70 por ciento.

Se destaca, que según esta misma fuente, el total de los insumos demandados de este sector son de origen nacional.

Si acudimos al modelo de Leontief, la matriz del mismo da cuenta de los efectos directos e indirectos de los componentes demanda, sobre el proceso de producción. Este modelo, mediante el uso de la MIP, permite distinguir los efectos de variaciones en el consumo final, la inversión o las exportaciones netas de importaciones.

Para ello se han construido dos escenarios y se han calculado los efectos descontando el efecto de los insumos importados, de manera que no se sobrestimen los efectos de la producción interna y puedan evaluarse los cambios en la cantidad de insumos importados.

El primero, escenario inercial, está planificado en la idea de que el cumplimiento del Programa Nacional de Infraestructura se realizará bajo las condiciones actuales.

Esta inversión estará realizada entre 2014 y 2018, principalmente en los sectores de salud, turismo y vivienda y en la cual se ha descartado la edificación residencial y no residencial. Así, la inversión requerida anual será en promedio de 1.4 billones de pesos por año. Esto significa que en el primer año la inversión total debería crecer alrededor de 120 por ciento y luego mantenerse por 3 años más en ese nivel.

En este caso, se han calculado los efectos de una variación de 120 por ciento anual sobre la formación bruta de capital fijo (inversión), que es a su vez el único elemento que constituye a la demanda final de este sector en la MIP, en cada uno de las ramas económicas que lo componen, tal como se muestra a continuación.

Como puede observarse, este ejercicio supone una inversión de más de 1.3 billones de pesos en el sector, esto es 732.2 millones de pesos más que el registro en la MIP en 2012.

El impacto de un incremento en la Demanda Final del sector de infraestructura (inversión) del orden de 1.4 billones de pesos, tendría un impacto directo en la producción bruta total de la economía del orden de 1.3 miles de millones de pesos, principalmente en insumos procedentes de los sectores de la construcción, el comercio, los productos derivados el petróleo entre otros.

Además, se observa, según las estimaciones elaboradas a partir de la MIP, que se generaría un incremento de 739.9 miles de millones de pesos en la economía total, esto es, un crecimiento económico del orden 4.9%, sin considerar que pudieran existir otros costos o elementos externos que motiven un decremento.

Como puede observarse a continuación, los principales efectos se distinguen en aquellos sectores donde se realizará la inversión, pero también se distinguen otros como el comercio y la extracción de petróleo y gas.

En el tema de empleos, según datos de la MIP, al año 2012, el sector de infraestructura generó 1 millón 221 mil 347 puestos de trabajo, la variación sugerida en la demanda final en el sector, generaría 2.3 millones de empleos, de los cuales 1.4 millones serían directos y el resto serían indirectos. Esto es, por cada empleo generado en la infraestructura, se generan 0.6 empleos más en el resto de la economía, en sectores tales como trabajos especializados para la construcción, comercio, servicios de empleo, minería, fabricación de estructuras metálicas, entre otros.

Para el consumo intermedio de insumos importados, en este primer escenario, se estima el total de la economía requerirá 250,021 millones de pesos de insumos importados adicionales, para soportar la inversión que se requiere. Este movimiento se realizará en 208 ramas económicas, pero la mayor parte se realizará en los sectores de infraestructura y en manufacturas como la siderúrgica, la electrónica y el plástico.

El segundo escenario, alternativo, de acuerdo al cual, según datos de la MIP en 2012 el sector de infraestructura tuvo un consumo intermedio de acero y productos de acero del orden de 35 mil 354 millones de pesos, de los cuales 10 mil 660 millones (30.2 por ciento) fueron de origen importado. Sin embargo, si evaluamos rama por rama, observamos lo siguiente:

En el escenario anterior, el inercial, se estimó que el consumo de acero para cubrir las necesidades del primer año del PNI sería del orden de 74 mil 971 millones de pesos, de los cuales 22 mil 605 millones de pesos serían de origen importado.

Para este escenario alternativo, supondremos que como mínimo se requiere que los insumos nacionales de acero para la industria de la infraestructura sean de 50 por ciento.

De esta manera, los impactos en la Producción Bruta Total serían los siguientes:

• Escenario Inercial: 1 millón 302 mil 447 millones de pesos

• Escenario alternativo: 1 millón 304 mil 604 millones de pesos

Esto significa una contribución adicional al crecimiento de esta variable del orden de 0.2%, contribución significativa, considerando que se trata únicamente de cambios en el contenido nacional del sector siderúrgico.

Esta variación significaría por ejemplo, que el sector de Construcción de obras para el suministro de agua, petróleo, gas, energía eléctrica y telecomunicaciones tuviera un incremento de 239,771 millones de pesos en su producción bruta total en este escenario, es decir, mil 586 millones de pesos más que en el escenario anterior.

Es evidente que el Programa Nacional de Infraestructura 2014-2018 es una de las más importantes oportunidades de negocio y crecimiento económico que deben ser aprovechadas por empresas de prácticamente toda la economía nacional.

De hecho, se estima que adicional a la dinámica de la economía podrían agregarse hasta 4 puntos de crecimiento, sin contar aquellos elementos que lo merman.

En materia de empleo, podrían generarse hasta 2.3 millones de empleos, lo cual es prácticamente uno de los elementos más importantes a nivel nacional. 2.3 millones de personas empleadas que aportarán a la economía mediante el gasto y el ahorro.

La MIP es una herramienta de análisis muy completa pero que puede resultar limitada para cálculos más precisos. Dado que está redondeada en millones de pesos, los movimientos a nivel de rama pueden no considerar el total de los efectos.

Se estima que el crecimiento económico nacional de esta medida es menor a 0.01% anual, sin embargo, esto no significa que sea trivial. Dado que el ejercicio aquí desarrollado considera únicamente la cuarta parte de la inversión del Programa Nacional de Infraestructura 2014-2018, es evidente que hacia el 2018 este crecimiento puede significar grandes diferencias, sobre todo para industrias como la del acero y otras manufacturas que son las principales proveedoras del sector de infraestructura.

Además se ha considerado aquí que la única inversión se realizaría en el sector de infraestructura, sin embargo, es importante que al análisis se agreguen los efectos de las inversiones que deben realizarse en los sectores económicos participantes. Así, la manipulación de cualquier modelo podría no ser representativo comparado con los efectos reales, que van desde la mejora en la rentabilidad de los proyectos de inversión y por tanto en la preservación y creación de nuevos empleos.

Dado que los supuestos iniciales del modelo de Leontief son que los productos dentro de cada una de las ramas son sustitutos perfectos y no hay variación de precios, esto no considera la posibilidad de productos específicos de alto valor agregado, que podrían en sí mismo ser una diferencia significativa para la industria y la economía, tal es el caso de aceros de alta especificidad que no se manufacturan en México, pero que con las condiciones necesarias y una demanda efectiva por parte de sectores como el de construcción e infraestructura, significarían inversiones millonarias adicionales a las consideradas en este ejercicio.

La MIP tampoco es una herramienta que permita la distinción entre inversión privada y pública, al menos no en este caso en el que el total de la demanda final está compuesta exclusivamente por la Formación Bruta de Capital Fijo.

Sin embargo, dado que la mayor parte de la inversión contemplada en el Programa Nacional de Infraestructura 2014-2018 no es de origen público, se destaca la importancia de ésta en los efectos de económicos del programa.

No se trata únicamente de un plan de obra de mediano plazo, se trata de la posibilidad de un mayor crecimiento económico, que si en principio está liderado por el gobierno federal, está culminado por las empresas, tanto las dedicadas a la infraestructura como aquellas que serán sus proveedoras

Del análisis de diversos instrumentos de planeación nacional, particularmente en el Plan Nacional de Desarrollo, se encontró en su apartado relativo a “Competencia y desregulación” que para “elevar y democratizar la productividad” se “requiere contar con un ambiente de negocios que provea de un marco regulatorio eficaz y bienes públicos de calidad que permitan a las empresas prosperar. Para ello, se debe promover una mayor competencia en los mercados que genere más empleos, eleve los salarios reales y mejore la calidad de vida de los mexicanos”.

De ello es viable inferir que el Estado Mexicano identifica como prioritario impulsar la competencia a fin de generar empleos y mejorar la calidad de vida. En dicha tarea, se identifica la necesidad de apoyar a las empresas mexicanas para que éstas compitan en condiciones justas; ello es una de las premisas necesarias para lograr una verdadera democratización de la productividad.

Por su parte, en el apartado “Infraestructura de transporte y logística” se señala:

Hoy, México requiere una política moderna de fomento económico en sectores estratégicos. No se puede ignorar el papel fundamental que juegan los gobiernos al facilitar y proveer las condiciones propicias para la vida económica de un país. Respetar y entender la delineación entre actividad privada y gobierno, no significa eludir el papel fundamental que el Estado debe desempeñar en crear las condiciones propicias para que florezcan la creatividad y la innovación en la economía, y se fortalezcan las libertades y los derechos de los mexicanos. Una nueva y moderna política de fomento económico debe enfocarse en aquellos sectores estratégicos que tienen una alta capacidad para generar empleo, competir exitosamente en el exterior, democratizar la productividad entre sectores económicos y regiones geográficas, y generar alto valor a través de su integración con cadenas productivas locales. Las actividades productivas de pequeñas y medianas empresas, del campo, la vivienda y el turismo son ejemplos de estos sectores.

Es necesario potenciar la inversión en este sector, lo que se traducirá en mayor crecimiento y productividad, para lo cual se requiere incrementar la participación privada.

Estos pronunciamientos contenidos en el documento rector de la actual administración federal indican que el sector de infraestructura de transporte es considerado como estratégico y que, además, se asume como obligación del Estado Mexicano, el garantizar condiciones propicias para el desarrollo de estos sectores.

Ello es un indicativo de que está en manos del Estado fomentar a estos sectores, con un énfasis particular en la integración de las cadenas locales de proveeduría. Dicha tarea (hacer de la infraestructura un eje para el desarrollo económico) se encuentra igualmente contenida en el Programa Nacional de Infraestructura 2014-2018 (PNI).

El citado PNI señala entre sus objetivos, la necesidad de:

Contar con una infraestructura y una plataforma logística de transportes y comunicaciones modernas que fomenten una mayor competitividad, productividad y desarrollo económico y social.

Dicho objetivo se encuentra en sintonía con lo señalado en el referido Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 (PND), indicando que para la política productiva del Estado mexicano, el sector infraestructura tiene un valor estratégico para el desarrollo nacional, por lo tanto, y como indica el propio PND, el Estado debe convertirse en un ente de fomento al mismo.

Para ello, entonces, es que se debe considerar la generación de mecanismos de apoyo al sector de infraestructura nacional, a fin de contribuir al cumplimiento del PND y alcanzar la meta señalada por el PNI. Estos mecanismos, los cuales se deben traducir en estrategia y líneas de acción, se encuentran señalados en varios de los programas sectoriales.

La estrategia 5.2. en el sector Comunicaciones y Transportes, señala como prioritario el “Instrumentar una gestión financiera orientada”. Para ello, señala las siguientes líneas de acción acordes con lo expuesto anteriormente:

5.2.3. Racionalizar y reorientar el gasto operativo, privilegiando el gasto de inversión de carácter estratégico y/o prioritario.

5.2.6. Promover esquemas innovadores de financiamiento para proyectos del sector.”

5.2.7. Incrementar a nivel sectorial las compras a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.”

5.2.8. Establecer vínculos estratégicos con la Autoridad Presupuestal que faciliten la asignación de recursos para proyectos de infraestructura y servicios estratégicos.”

Estas líneas de acción señalan no sólo la necesidad de aumentar la participación de las Mipyme en el sector infraestructura, sino también la exigencia de brindarles mayores y mejores canales de financiamiento. Por ello, es entonces que se identifica que los planteamientos de fomento contenidos en esta Iniciativa, guardan congruencia con la política productiva del estado mexicano.

Lo anterior también se refleja en la estrategia transversal de este mismo programa, llamada Democratizar la Productividad” y cuyo objetivo número 5 señala:

Fortalecer el proceso de diseño, instrumentación y evaluación de las políticas públicas para orientarlas a elevar y democratizar la productividad.

Para alcanzar dicha meta, la línea de acción que se señala a seguir es:

Incorporar métricas de la orientación hacia la productividad como un elemento del Sistema de Evaluación para el Desempeño.

Al respecto, el ejercicio de matriz de impacto que acompaña a la presente iniciativa se encuentra alineado con lo aquí señalado, toda vez que éste señala la derrama positiva que se obtiene en términos de crecimiento y desarrollo económico, ambos elementos igualmente enunciados por el PND.

Por su parte el Programa de Desarrollo Innovador (PDI) también señala la necesidad del fomento a la industria local. Así, en su objetivo sectorial I señala:

Desarrollar una política de fomento industrial y de innovación que promueva un crecimiento económico equilibrado por sectores, regiones y empresas.

Para dar cumplimiento, el programa delinea las siguientes estrategias y acciones:

Estrategia 1.4.:

Incentivar el desarrollo de proveeduría, para integrar y consolidar cadenas de valor que coadyuven a la creación de clústeres.

Líneas de acción:

1.4.2.: Desarrollar la proveeduría nacional permitiendo el eslabonamiento dentro de la industria para elevar la competitividad de sus procesos productivos.

1.4.3.: Impulsar proyectos de inversión para el desarrollo de proveedores que permitan fortalecer las cadenas nacionales y globales de valor.

1.4.4.: Atraer proveedores y actores internacionales que coadyuven a la consolidación de cadenas nacionales y globales de valor.

1.4.5.: Instrumentar esquemas de desarrollo de proveedores de gobierno que incluyan mecanismos de seguimiento y medición de resultados.

Al respecto, en este programa también se señala explícitamente la política de fomentar la proveeduría local, aunque también integrando a actores internacionales que actúen como empresas de tracción para las cadenas nacionales. Esto igualmente se encuentra en consonancia con el objetivo de la Iniciativa que hoy se somete a la Honorable Cámara de Diputados, así como la necesidad de incluir una métrica de seguimiento y medición de resultados.

Por su parte, la estrategia 1.7 del mismo va un paso adelante del mismo al señalar:

Alinear los programas e instrumentos de la Secretaría y de otras dependencias a los requerimientos de los sectores.

A fin de alcanzar esto, se proponen dos líneas en particular:

1.7.3.: “Promover que en las adjudicaciones se impulse una mayor proveeduría nacional y que atraiga inversión y transferencia tecnológica”.

1.7.4.: “Impulsar que las compras de gobierno fomenten la proveeduría nacional, acorde a lineamientos establecidos en acuerdos internacionales”.

Adicionalmente, en otro apartado, se busca hacer partícipes a las Mipyme en alcanzar estos objetivos, como sigue:

Estrategia 3.5.:

Diseñar e implementar esquemas de apoyo para consolidar a los emprendedores y fortalecer a las Mipyme.

Para ello se propone la siguiente línea de acción:

3.5.1. Alinear los programas de apoyos a Mipyme a la política de fomento industrial, comercial y de servicios.

Lo señalado por el PDI es también una parte integral de la política productiva del estado mexicano, y sus estrategias y acciones se encuentran orientadas hacia los objetivos que se persiguen con los mecanismos de fomento a la infraestructura.

Por último, en el Programa para Democratizar la Productividad se identifican acciones y estrategias encaminadas a que el crecimiento y desarrollo económico sea de tipo incluyente con relación a las Mipyme mexicanas, haciéndolas parte sustantiva de las cadenas de valor. Ello se encuentra en:

Estrategia 2.3.:

Promover el emprendimiento y el escalamiento productivo y tecnológico de las empresas, con especial atención a las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipyme).

Las líneas de acción que se señalan para ello son:

2.3.5. Apoyar la inserción exitosa de las Mipyme en las cadenas de valor de los sectores estratégicos de mayor dinamismo.

2.3.6. Facilitar la participación de las Mipyme en las compras de dependencias y entidades del gobierno federal.”

En adición, se tiene:

Estrategia 5.2.:

Orientar los programas y el gasto público hacia el objetivo de elevar y democratizar la productividad.

Para esto, las líneas de acción son:

5.2.2. Desarrollar métricas de la orientación de los programas presupuestales y de inversión, hacia la democratización de la productividad.

Ambas estrategias, y sus respectivas líneas de acción, concuerdan claramente con los mecanismos de fomento a la industria y con la necesidad de crear un métrica de evaluación para medir los impactos positivos de impulsar el contenido nacional, sobre el resto del aparato económico.

Lo identificado en el Plan Nacional de Desarrollo y los programas revisados, permite identificar que la política productiva del estado mexicano considera al sector infraestructura como estratégico para el crecimiento y desarrollo económico, principalmente a través de una mayor participación de las empresas mexicanas en los proyectos, a fin de generar una derrama económica en todo el aparato económico.

Ante ello y con el fin de lograr dicha derrama, se deben impulsar mecanismos de fomento al contenido nacional y la inserción de las Mipymes mexicanas en las cadenas de valor, aunado a contar con métricas e indicadores clave que permitan medir el impacto positivo de éstos en la vida económica nacional.

Con la creación de estímulos para fomentar el uso de insumos nacionales y de integrar a las Pyme mexicanas en las cadenas de proveeduría, se avanza en la misma línea que las estrategias planteadas para el sector comunicaciones y transportes y para el desarrollo de la productividad (estrategia 2.3)

Por su parte, la incorporación de un mecanismo de evaluación/validación se alinea con el PSCT (objetivo 5 de la estrategia transversal “Democratizar la Productividad”), con el PDP (estrategia 5) y con el PDI (estrategia 1.4).

Todo ello permite identificar que la presente iniciativa, no sólo se encuentra alineada con la política productiva del Estado mexicano, sino que además responde a los objetivos que ésta señala a través del Plan Nacional de Desarrollo y los programas sectoriales analizados.

Lograr las metas planeadas amerita también el análisis del marco jurídico aplicable al objetivo de la Iniciativa. En el mismo, además de las normas nacionales y las alternativas formales para su abordaje, debemos incluir la perspectiva del derecho internacional comparado.

La norma jurídica ha constituido históricamente la herramienta fundamental para regular y delimitar las transformaciones, sociales, políticas y económicas de nuestro país. Podemos afirmar que el sistema jurídico participa activamente en la adecuación de los sistemas económicos para apoyar el funcionamiento correcto del Estado y para que éste, a su vez, logre satisfacer eficazmente las necesidades de sus gobernados, satisfacción que determina el contenido de una ley.

En esta tesitura el Estado está facultado expresamente para regir la totalidad de los procesos económicos, no sólo para aquellos casos en donde se genere utilidad para los agentes económicos, sino también para aquellos que tengan por finalidad impulsar el desarrollo económico de la nación, distribuyan la riqueza, fortalezcan el mercado interno y faciliten la vida de la sociedad a través de la preservación de las condiciones adecuadas para la producción de bienes y la consecuente utilización de los bienes que serán afectos a cumplir los cometidos esenciales del poder público.

Los desafíos y vicisitudes que manifiesta el entorno económico global, nos muestran el estancamiento de la economía nacional, la sostenida reducción de su participación en el producto bruto regional y mundial, la incapacidad estructural de generación de empleos y el aumento desmedido de pobreza y desigualdad. Ante este ímprobo escenario se torna impostergable la toma de decisiones fundamentales del poder público para palear las precarias condiciones del desarrollo económico que México presenta desde hace más de tres décadas.

La complementariedad entre lo jurídico y lo económico, se vislumbra como un tema evidente a la vez de trascendente para la vida de nuestra República, lo que llevado al nivel del ejercicio del poder del Estado, se torna asunto de obligada vigilancia para todos los poderes constituidos, llamado a ser un tópico esencial para la vida de México.

Así, el Estado se asume constitucionalmente como rector económico y ante la gran crisis global no puede continuar ajeno al progreso o a la desdicha de los factores de la producción, en específico los asociados a la producción nacional. La fuerza del derecho es en sí misma un requisito necesario y suficiente, para realizar las determinaciones necesarias e inaplazables para proponer soluciones de fondo que beneficien a la nación en el mediano y largo plazo.

Por ello, la rectoría económica del Estado debe nutrirse hoy de dos concretas motivaciones, por una parte, sustentarse en el reconocimiento de que la planta productiva nacional es en donde descansa el cumplimiento del abultado régimen fiscal –incluidas las contribuciones de mejoras, cuotas de seguridad social, contribuciones para servicios públicos– y segundo, admitir que pese a las adversas condiciones relacionadas a los elevados costos directos e indirectos de producción, continúa esforzándose por ser cada vez más competitiva a la vez de generar los empleos bien remunerados que demandan millones de mexicanos.

Hoy, la rectoría económica estatal se enfrenta a desafíos concretos como lo es el planteamiento de directrices económicas innovadoras, para el que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos facultó al poder precisamente con la finalidad de detonar el desarrollo económico nacional al que concurrirán, con responsabilidad social, los sectores público, social y privado, sin menoscabo de otras formas de actividad económica que contribuyan al desarrollo de la nación.

El artículo 25 constitucional impone al Estado obligaciones de planeación, conducción, coordinación, y orientación de la actividad económica nacional además de prever que llevará a cabo la regulación y fomento de las actividades que demande el interés general en el marco constitucional. Es decir, dota al Estado de las herramientas necesarias para trascender inercias arraigadas y construir un nuevo estadio en que se proyecte una visión propia y acorde a la identidad nacional que aproveche las fortalezas de nuestra nación.

Correspondiendo al Estado la rectoría del desarrollo nacional, el párrafo octavo del mismo artículo 25 constitucional (reformado el 20 de diciembre de 2013) prevé que: la ley alentará y protegerá la actividad económica que realicen los particulares y proveerá las condiciones para que el desenvolvimiento del sector privado contribuya al desarrollo económico nacional, promoviendo la competitividad e implementando una política nacional para el desarrollo industrial sustentable que incluya vertientes sectoriales y regionales, en los términos que establece la propia constitución.

Estamos ciertos que la iniciativa que hoy se somete a la consideración del Congreso de la Unión por conducto de la Honorable Cámara de Diputados, atiende este mandato contenido en el párrafo octavo del artículo 25 de la Constitución Política.

Aunado a lo anterior, se tiene que también está facultado el Estado para participar con el sector privado, de acuerdo con la ley, para impulsar y organizar las áreas prioritarias del desarrollo, lo que debe llevar a cabo según esta previsión del sexto párrafo del artículo 25 Constitucional respecto de las obras involucradas en los proyectos de infraestructura de los programas sectoriales y el PNI 2014-2018 antes comentados.

Una determinante más en este ámbito se contiene en el párrafo séptimo del reiterado artículo 25 Constitucional, por lo que hace a las empresas del sector privado de la economía, en el que se ordena, el apoyo e impulso a las mismas, sujetándolos a las modalidades del interés público y al uso, en beneficio general, de los recursos productivos, además de cuidar su conservación y el medio ambiente.

Por ello, la utilización en dichas obras, de insumos de producción nacional que existan en cantidad suficiente y cumplan con los estándares de calidad requeridos en los proyectos, es un asunto de relevancia estatal cuya finalidad será insertar en las cadenas productivas a las industrias mexicanas como proveedoras de los insumos que demanda la infraestructura y así, detonar su participación competitiva, lo que resulta de vital e impostergable compromiso estatal, toda vez que abonará de manera directa e inmediata al crecimiento del empleo, y en este orden es que se reitera la consideración de que el desarrollo de la infraestructura no se considera un acto mercantil al que puedan aplicar las normas comerciales, aún las contenidas en tratados de libre comercio.

Es síntesis, es trascendental reconocer que la infraestructura será la plataforma sobre la cual México estará en condiciones similares de comerciar internacionalmente con sus competidores y socios comerciales, por ello es necesario construirla en un primer momento para que, con posterioridad, pueda darse sobre ese escenario primigenio, el comercio internacional, como el detonador del desarrollo económico del cual aspiramos nos posicione en niveles de competitividad necesarios para la estabilidad y el logro de nuestras metas comunes.

El Estado, de manera conjunta con los actores económicos, considera al derecho como un instrumento con capacidad de regular y también de auspiciar la productividad y, a la vez, de repartir equitativamente los bienes emanados del aparato productivo. Instrumento eficaz incluso para evitar la autodestrucción del sistema por la acción de actores externos que las normas internacionales incluyen en un escenario exclusivo de comercio internacional, sin que las obras de infraestructura participen de las características de asimilarse como transacciones de comercio sino como la base sobre la cual habrán de desarrollarse tales intercambios comerciales trasnacionales.

El punto de partida es el reconocimiento a las desigualdades existentes entre los diversos competidores comerciales desde que México privilegió insertarse al comercio global, descuidando integrarse de manera previa a la productividad como el eje rector del desarrollo económico. Por lo que se hace necesaria la intervención estatal para superar los desequilibrios heredados, por tanto el ámbito jurídico es el espacio natural en que el Estado podrá modificar esquemas y conductas que prevalecen con la intención específica de detonar que el desarrollo de la infraestructura del Estado se logre a partir de la utilización de la planta productiva nacional y su encadenamiento competitivo y productivo.

Identificamos una obligación constitucional del Estado cuyo contenido es la promoción de la industria nacional como área de desarrollo mediante incentivos a quienes empleen en el desarrollo de proyectos, insumos de origen nacional para ser utilizados en las actividades derivadas de los contratos que se celebren con motivo de la realización de la infraestructura no energética. Dichos incentivos tendrán por objeto alentar la actividad de la industria nacional, sin contrariar los acuerdos contenidos en los tratados de libre comercio y en otros instrumentos internacionales asumidos por México.

El tema que nos ocupa puede también ser abordado desde la perspectiva de la normativa internacional. Así, se tiene que el artículo III numeral 8 inciso a) del Acuerdo General Sobre Aranceles Aduaneros y Comerciales (GATT) señala: “Las disposiciones de este artículo no se aplicarán a las leyes, reglamentos y prescripciones que rijan la adquisición, por organismos gubernamentales, de productos comprados para cubrir las necesidades de los poderes públicos y no para su reventa comercial ni para servir a la producción de mercancías destinadas a la venta comercial”, de donde se colige que la infraestructura no se encuentra en el comercio.

De manera que, derivado de la crisis mundial, las obras de infraestructura pasaron a formar parte de los asuntos relevantes de injerencia del Estado, lo anterior es así, toda vez que como se ha señalado en la normativa internacional contenida en el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comerciales, la materialización de los proyectos de infraestructura para la satisfacción de las necesidades del poder público, no se realiza a través de actos de comercio que persiguen fines mercantilistas y utilitarios, sino de obras públicas sujetas al régimen de contrataciones públicas que cumplen con los principios constitucionales de máxima eficiencia en la aplicación de los recursos económicos destinados a cubrir las necesidades que dicta el interés público, tal como lo ordena el artículo 134 de nuestra Constitución Política.

Debemos reconocer que México tiene una larga tradición de participación en la escena mundial por lo que hace a su integración en organismos internacionales. Ya desde 1821 nuestro país ha venido participando, en menor o mayor grado y de manera continua, en la escena internacional, sin mostrar una preferencia por sector o materia. En otras palabras, México se ha mostrado interesado en todo tipo de temas que han sido abordados –y que continúan siendo abordados– en distintos foros, mismos que van desde los derechos humanos hasta armamento nuclear, pasando por mecanismos de cooperación económica y de intercambio comercial.

Como resultado de lo anterior, México es miembro de diversos organismos internacionales: aquellos de alcance mundial (como lo son la Organización de las Naciones Unidas, la Organización Mundial de Comercio, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, etcétera) y aquellos de alcance regional (como lo son la Organización de Estados Americanos, el Sistema Económico Latinoamericano y del Caribe, el Parlamento Latinoamericano.)

La participación de México en los organismos anteriormente mencionados obedece no solo a la visión de nuestro país de ser protagonista en la escena mundial, sino que es casi obligada como uno de los líderes de América Latina y siendo la decimosegunda economía a nivel mundial. Dicha participación conlleva resultados y consecuencias que buscan, en el espíritu de las relaciones internacionales, que la relación de todos los países se lleva a cabo en un marco equilibrado de legitimidad, transparencia e igualdad.

En este contexto, se tienen más de 500 documentos únicamente relacionados a la cooperación comercial y al intercambio de mercancías.

Ahora bien, como se ha descrito anteriormente, el grado de involucramiento de México en el ámbito internacional es en todos los niveles, desde estado miembro hasta mero observador. En una de tantas coyunturas que el sistema internacional presenta, México ha pugnado por el comercio justo, el trato igualitario, la defensa de fronteras pero también el libre mercado o, al menos, la eliminación de barreras arancelarias para ciertos artículos.

El participar en estos organismos conlleva beneficios, pero también acarrea responsabilidades y obligaciones para los países actores, siendo estas últimas una consecuencia directa del querer beneficiarse de acuerdos internacionales específicos.

En otras palabras, y enfocados en el ámbito comercial entre naciones, cuando nuestro país ha buscado la protección internacional tanto para sus productos, como para evitar ser inundado de productos de otros países que violentan la producción nacional o ponen en riesgo la competencia leal, ha obtenido el apoyo de los multicitados organismos internacionales pero, al mismo tiempo, se ha hecho sujeto de obligaciones que lo limitan en cuanto a fijar sus propias reglas de intercambio y le prohíben fijar ciertos límites o barreras propias, cuando justamente ha buscado la protección internacional para que otras economías no apliquen dichos métodos en su perjuicio.

Así es como México se ha aventurado a ser parte de diversos organismos que, si bien guardan diversos órdenes jerárquicos, le significan beneficios y limitantes por igual en distintos niveles, sin que exista un catálogo de normativa que detalle el nivel y alcance de cada acuerdo del que México es parte y, mucho menos, un listado de derechos y obligaciones.

Se estima conveniente, identificar, los acuerdos vigentes en materia de cooperación económica a nivel organización de comercio y tratados de libre comercio o de trato preferencial, respecto de los que habrá que considerar la existencia de acuerdos específicos sobre los que México podría o no ser parte.

Así, por ejemplo, el acuerdo general sobre la Organización Mundial de Comercio del que México es parte. No obstante, dentro de la OMC hay que considerar que existen otros acuerdos específicos; a saber:

• Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comerciales (GATT)

• Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (Acuerdo SMC)

• Acuerdo sobre Contrataciones Públicas (Acuerdo ACP) del que México todavía no es parte.

Una vez realizada la aproximación general al tema de México en el escenario internacional correspondiente a los entendimientos y acuerdos de comercio que existen en distintos niveles, tenemos que la participación de México en los mercados globales se ha apoyado en la vinculación estratégica con otros países y regiones de alto crecimiento.

Además de su amplia red de acuerdos comerciales, México participa de manera activa en negociaciones comerciales multilaterales en el marco de la Organización Mundial del Comercio (OMC), la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), el Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC) y la Asociación Latinoamericana de Integración (Aladi). Así, de lo general a lo particular:

• Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico

• Organización Mundial de Comercio

• Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico

• Asociación Latinoamericana de Integración

• Tratados y acuerdos internacionales (particularmente aquellos que tienen que ver con el libre comercio que, normalmente, supera el nivel de exigencia de los organismos internacionales antes mencionados)

Es fundamental mencionar que todos los organismos internacionales aquí mencionados tienen, entre otras, la función de ser las instancias de denuncia y solución de controversias cuando un estado demanda el cumplimiento de alguna obligación adquirida en dichos foros. Esto es, cada uno de ellos puede iniciar (a petición de parte o de manera autónoma, pero normalmente a petición de parte) una investigación, sustanciar un proceso, imponer sanciones, suspender beneficios, etcétera.

Sería necesario analizar todos los documentos de la OCDE (a través de sus distintas comisiones, secretarías y grupos de trabajo), de la OMC, de la APEC y de la ALADI, a fin de ubicar y conocer las obligaciones (y también derechos) de carácter regional y a nivel bilateral, que México tiene ante el resto de los estados miembro y que pudiesen influir en una decisión de brindar un grado de preferencia a productos nacionales con el objetivo de evitar incumplir de alguno de los preceptos que por estos medios se establecen, dados los beneficios hasta hoy generados por su participación en dichos organismos.

Particularmente en el caso de la ALADI, siendo México un país clave en la región, su liderazgo puede verse comprometido si adopta algún tipo de medida que sea apreciada como proteccionista por el grupo.

A lo anterior, deben sumarse diversas formas que los países eligen para imponer medidas proteccionistas a sus productos (ya sea para fines de uso y/o de importación/exportación) por lo que deviene necesario comprender cuales son las medidas proteccionistas por excelencia en materia internacional:

• Tarifas (Impuestos y cuotas a la importación)

En forma de impuestos o cuotas compensatorias a la importación, es la medida más recurrente por los gobiernos a fin de proteger el mercado interno. Los tratados de libre comercio eliminan la mayoría de estas tafias, imponen límites a las mismas o señalan las reglas para los tratos desiguales (quid pro quo) donde se puede negociar el proteccionismo de un bien o servicio (Nación A) a cambio de permitir el proteccionismo a otro bien o servicio no relacionado (Nación B).

• Subsidios

Llevados a cabo por los gobiernos de las naciones y tienen dos vertientes. La primera, son aquellos subsidios que tienen que ver con la exención de impuestos para las empresas o los productos que cumplan con ciertas características (ej. que sean producidos en el país, que contraten mano de obra del país para su producción, etc.) o mediante las aportaciones de capital directas (ej. apoyos directos al campo). Lo anterior busca disminuir el precio final de un producto o servicio nacional a fin de que este sea preferido sobre un producto extranjero.

• Cupos (también conocidos como cuotas)

Mecanismos por virtud de los cuales las Naciones no se cierran a la importación de productos a su territorio, pero limitan la cantidad de los mismos en ciertos periodos de tiempo (normalmente, se calculan por año). Con lo anterior, se evita incumplir, de forma parcial, con compromisos internacionales y, al mismo tiempo, asegurar que la producción nacional encontrará mercado dentro de su mismo territorio.

• Devaluación de la moneda local

Sólo se utiliza por países que tienen control sobre su moneda. La devaluación implica que un producto importado en el país aumentará su precio de inmediato ya que el mismo se calcula con base en una moneda extranjera que se vuelve más fuerte. Así las cosas, los consumidores preferirán productos locales pues su costo será menor por un simple método cambiario.

Hay países con fuertes con fuertes compromisos internacionales que brindan protección a los productos locales.

Brasil séptima economía a nivel mundial si se calcula con base en su producto interno bruto y la séptima también en capacidad adquisitiva con base en paridad cambiaria. Su economía gira en torno a una política moderada hacia el libre mercado y orientada a fortalecer su producción interna.

Es la economía más grande de América Latina y la segunda más grande en el hemisferio oriente. Con una tasa de crecimiento de su producto interno bruto de 5 por ciento, es de las economías de mayor crecimiento en el mundo. Se espera que, dentro de los siguientes años, Brasil se convierta en una de las cinco economías más grandes del mundo.

De conformidad con el Foro Mundial Económico, en 2009 Brasil fue catalogado como el país que más evolucionó en competitividad, sobrepasando a Rusia y acercándose a países como China e India. Desde la década de los 90’s, el país ha optado por una estabilidad fiscal y fomentar la competitividad (interna).

Entre otros, Brasil es miembro del Mercosur, Unasur, G8+5, G20 y el Grupo Cairns (grupo de países con intereses de importación en agricultura).

Si bien Brasil es miembro de diversos grupos y tiene una considerable participación en tratados bilaterales y multilaterales de comercio, su política principal ha sido de proteccionismo orientado a la protección de su mercado interno a través de los llamados “contenidos nacionales” (domestic components).

Dicha protección la logró Brasil mediante una combinación de tarifas a la importación y, de manera más importante, a través del otorgamiento de subsidios y estímulos fiscales para aquellos productores que utilicen “contenidos nacionales” en su proceso productivo.

De igual forma, otros productos únicamente pueden ser objeto de los mencionados subsidios o la no imposición de impuestos extra normales, cuando establecen en territorio brasileño sus centros de producción, lo que ha hecho que muchas empresas trasnacionales hayan abierto centros de producción en dicho país (una parte del subsidio) y utilicen “contenidos nacionales” (la otra parte del subsidio) en sus procesos productivos.

Estas medidas han sido, en los últimos tiempos, contempladas en sus acuerdos y tratados internacionales de cooperación económica o, aquellos que son anteriores, son totalmente evitados por el país para no caer en incumplimiento o, abiertamente, Brasil provoca dicho incumplimiento tras un análisis costo-beneficio.

Al día de hoy, Brasil es el país en América Latina que más procedimientos en materia de comercio exterior presenta ante la Organización Mundial de Comercio, derivando esto de su política proteccionista:

Es importante destacar que la Unión Europea y los Estados Unidos de América se encuentran formando un frente común en contra de Brasil a fin de promover, ante la Organización Mundial de Comercio, un proceso a fin de que se revisen las políticas internas de dicho país bajo el alegato principal que las medidas fiscales brasileñas atentan contra el libre comercio y afectan directamente a dichos países al no propiciar una ambiente igualitario de competencia y violar los preceptos de libre comercio.

Según el Global Trade Alert, en 2013, México impuso 77 medidas proteccionistas (sin especificar cuáles), versus 274 de Brasil.

Los países con las políticas más proteccionistas de América Latina:

• Argentina

• Brasil

• Perú

• Venezuela

• Colombia

Otro caso de proteccionismo lo encontramos en la India. Décima economía a nivel mundial si se calcula con base en su producto interno bruto, y la tercera en capacidad adquisitiva con base en paridad cambiaria. Su economía gira en torno a una política moderada-cerrada hacia el libre mercado y orientada a fortalecer su producción interna que se destina, principalmente, a la exportación.

Este país es uno de los principales miembros del G-20, parte de los BRICS (mayores economías emergentes del mundo junto con Brasil, Rusia, India, China, y Sudáfrica) y uno de las principales 20 economías que se destacan por su participación en el intercambio de mercancías en la escena mundial.

La economía de la India ha experimentado una ligera desaceleración al crecer a tasas de 4.7 por ciento, siendo en la primera década de este siglo donde experimentó su mayor crecimiento. A diferencia de Brasil, en la actualidad, la India tiene su mejor campo de oportunidad en el sector de los servicios y no en las materias manufacturadas o productos básicos.

Tras una fuerte crisis fiscal en el año de 1991, este país ha adoptado una política que intenta congeniar con el liberalismo económico y el intercambio internacional de mercaderías. No obstante, las políticas reinantes todavía son el proteccionismo hacia los productos nacionales e incentivar la sustitución de importaciones (consumiendo, de esta forma, más productos nacionales).

El proteccionismo aplicado por la India corresponde al tipo que ocupan las tarifas y los cupos. Sobre las primeras, y a diferencia de los “estímulos” fiscales brasileños, la India aplica impuestos desproporcionados directos a las importaciones (ejemplo: vehículos), obligando así a (i) los consumidores a preferir productos hechos en casa; y (ii) con esto, elevar el volumen productivo de las empresas nacionales.

La otra vertiente del proteccionismo se realiza a través de regulaciones internas excesivas para empresas extranjeras. Por lo anterior, es muy complicado para una transnacional el intentar establecerse en la India, dejando así los beneficios potenciales exclusivamente en empresas nacionales. Por lo que hace a los segundos, la India es el país Asiático que, junto con Australia, Corea del Sur y Tailandia, tiene más proceso de restricción cuantitativa (cupos) de productos ante la Organización Mundial de Comercio.

Finalmente, la India es un país “maquilador” de servicios, por lo que si bien su industria de bienes primarios y de transformación es importante per se, al alojar servicios remotos (ejemplo: call centers, servicios de traducción, procesamiento de datos, etcétera) obliga a la creación de nuevas empresas (nacionales) que, a su vez, están obligadas a consumir no los productos deseados, sino los productos (nacionales) disponibles.

Los analistas han mencionado que, aunado a todo lo anterior, la India ha realizado una labor importante de “piratería” ingenieril y de bienes intangibles, aprendiendo los procesos de producción y secretos industriales de empresas privadas y replicándolos en su territorio, en contravención a diversos señalamientos que se le han hecho a este respecto. Con esto último, el país ha encontrado como cubrir ciertas necesidades de la población a muy bajo precio.

Esta es la comparativa con México sobre procedimientos en materia de comercio exterior de acuerdo con la organización mundial de comercio y que deriva de la política india de proteccionismo a sus productos:

Finalmente, si bien la tasa de procesos iniciados ante la Organización Mundial de Comercio es mayor en el caso de México, los expertos atribuyen esto a que la India tiene un intercambio mayor con países de su región donde no se respetan (de un lado y del otro) a cabalidad las reglas de comercio (ej. China, Rusia y el sureste asiático). No obstante, en procesos finalizados y donde se ha encontrado a la India como responsable de los mismos, éstos son tres veces más que los correspondientes a México.

Según el Global Trade Alert, en 2013, México impuso 77 medidas proteccionistas (sin especificar cuáles), versus 442 de la India.

En conclusión, tanto Brasil como la India son países considerados como BRICS (Brasil, Rusia, India, China y Sudáfrica) economías emergentes tendentes a convertirse en economías de primer mundo que comparten muchas similitudes, la más importante pareciese ser el crecimiento a base de proteccionismo. Con independencia de la óptica con la que se les analice, las más importantes se pueden resumir de la siguiente forma:

• Son países extensos, con gran variedad de productos primarios (materia prima).

• Son países que se ubican, estratégicamente, en la mitad de sus correspondientes hemisferios, lo que los hace el punto intermedio de los países que se encuentran a los extremos y punto obligado para el intercambio (o, al menos, tránsito) de mercancías.

• Han manejado una política agresiva de proteccionismo hacia su producción interna.

• Si bien son actores importantes del mundo internacional y tienen diversos compromisos con otros países y con organizaciones multinacionales, han preferido incumplir con algunos de estos compromisos antes de frenar su crecimiento económico.

• Los analistas consideran que, por ahora, no tienen riesgo de caer en el aislamiento, y que al ser actores importantes en el medio internacional y proveedores de muchos insumos, la mayoría de los países ha decidido “tolerar” sus conductas, siendo exclusivamente Estados Unidos o la Unión Europea, los principales opositores a estas prácticas.

Continuando con lo realizado por otros países en términos de fomento a su industria nacional, es necesario referir lo realizado por Estados Unidos, principal socio comercial de México, en la materia.

Conocer el funcionamiento y las implicaciones internacionales de la ley conocida como Buy American Act (BAA) (USC §§8301-8305) 1933 nos permitiría evaluar la factibilidad y conveniencia de contar con un ordenamiento similar, sin los peligros de afectar relaciones internacionales o transgredir derechos u obligaciones previamente adquiridos en acuerdos comerciales.

En un acercamiento al tema, tenemos otras leyes que componen el sistema alrededor del cual gira el Buy American Act, así como el impacto en el comercio internacional y los contratistas locales que desean brindar servicios al gobierno de los Estados Unidos al amparo de estos ordenamientos, tales como el American Recovery and Investment Act (ARIA), Consolidated Appropriations Act (CAA) y Federal Acquisition Regulations (FAR).

La BAA requiere que el gobierno federal de Estados Unidos de América prefiera productos de dicho país en sus compras, declinando su aplicación cuando los productos locales son más caros que los productos foráneos en cierto porcentaje, cuando el producto en cuestión se encuentra en proporciones escasas o de calidad insuficiente o, por razones de interés generalizado.

El presidente tiene la facultad de no atender a esta ley cuando observa convenios donde se le da un trato recíproco a productos americanos:

• Acuerdo General Sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT)

• Tratado de Libre comercio entre los Estados Unidos e Israel

• Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos y Canadá (1988) (cuyo lugar tomó el TLCAN)

• Agreement on Government Procurement como parte de la Organización Mundial de Comercio (1996) y del cual México no es parte.

El BAA se contiene en únicamente 5 artículos que son parte del Capítulo 83 (Buy American), Subtítulo IV (Misceláneos), Título 41 (Contratos Públicos), pertenecientes al U.S.C. (Código de los Estados Unidos).

Resultado de la crisis económica de 2008, se aprobó el American Recovery and Reinvestment Act (2009 y, posteriormente, 2014). También conocido como El Estímulo, promovía un gasto gubernamental de 784 billones de dólares americanos, destinados a infraestructura, educación, salud, energía, incentivos fiscales y ampliación de los beneficios en el desempleo.

Los objetivos fundamentales del ARRA se resumen en cinco puntos:

1. Preservar y crear trabajos, al tiempo de promover la recuperación económica.

2. Asistir a aquellos más impactados por la rescisión.

3. Proveer inversión necesaria para incrementar la eficiencia económica impulsando avances de salud, científicos y tecnológicos.

4. Invertir en transporte, protección ambiental, e infraestructura diversa con el propósito de crear beneficios económicos en el largo plazo.

5. Estabilizar presupuestos estatales y municipales, a fin de evitar o, en su caso, minimizar la reducción en servicios esenciales y la proliferación de incrementos en impuestos.

En aquella ocasión se hizo énfasis que “todos los materiales utilizados fueran fabricados o de origen americano”. Esto trajo un severo problema internacional, ya que orillaba a Estados Unidos de América a incumplir con acuerdos internacionales de los cuales eran parte. El problema fue resuelto, entre otros, haciendo excepciones expresas sobre ciertos países, productos y circunstancias donde debiese aplicar el ARRA.

En 2013, ante los problemas para aprobar el presupuesto para 2014, el Congreso emite el Consolidated Appropriations Act (HR 3547), para poder aprobar un aproximado de 20 resoluciones relacionadas con gasto, en un solo acto, so pena de que el gobierno cerrara por falta de recursos.

En ella se contiene el gasto en rubros como la defensa, energía, comercio, justicia, servicios consulares y del exterior, etc. En todos ellos aplica, en menor o mayor medida, el concepto de gasto en bienes americanos, derivado de los cuerpos de ley antes comentados.

Al haber fallado al asignar partidas presupuestarias individualizadas, este omnibus bill (instrumento general que engloba distintos cuerpos de ley) permite una asignación más “laxa” de recursos, donde se vieron beneficiados aquellos contratistas con el gobierno de Estados Unidos al haber estado al acecho de nuevas (y no programadas) asignaciones de presupuesto a obras de infraestructura.

Básicamente, el Federal Acquisition Regulations (FAR) detalla la forma y proceso que debe de seguir el gobierno de los Estados Unidos de América para la adquisición de bienes y servicios. En dicho documento que se edita todos los años, se hacen distintas referencias al Buy American Act y al resto de los ordenamientos antes comentados.

Originalmente, cuando se trataba de comprar productos americanos con fondos federales, las operaciones se regían por dos leyes: la “Buy American Act” de 1933 (y los diferentes cambios que ha tenido desde su promulgación) y la ley “Buy America” (sin la “n”) que se refiere, exclusivamente, a temas de transportación.

Previo a 2009, estas dos leyes chocaban con los principios que señalaba el ARRA. Para comprender el alcance de este conflicto, es importante tener en cuenta dos principios:

En primer lugar, el ARRA original limita específicamente a los contratos directos con el gobierno federal. En segundo lugar, la BAA de 1933 requiere que los materiales de construcción sean fabricados en los Estados Unidos utilizando un mínimo de materiales y componentes de producción nacional del 51%. Por el contrario, el ARRA requiere una producción 100% nacional de todo el hierro, acero y productos manufacturados.

Debido a disposiciones internas del nuevo ARRA (febrero de 2009) compite, de una manera más alineada, con el BAA. No obstante, para evitar el conflicto entre ordenamientos y, al mismo tiempo alinear ambos con compromisos internacionales previamente adquiridos, el gobierno de los Estados Unidos incluyó una nueva sección al conocido FAR bajo el número 25.6.

Esta nueva sección se aplica específicamente a los proyectos de construcción financiados por el ARRA e imputa requisitos de compra nacional más estrictas. La mencionada sección utiliza el término “material de construcción” para abarcar materias primas adicionalmente, y también con relación al ARRA, en esta sección es donde se requiere que todo el hierro, acero y productos manufacturados utilizados como material de construcción sea producido o fabricado en los Estados Unidos de América.

De igual forma, la sección 25.6 del FAR es el catalizador de todas aquellas operaciones relacionadas con uso de contenidos nacionales ya que, en adición a lo antes explicado:

Expresa claramente cuándo ha de aplicar una ley u otra dependiendo del tipo de proyecto específico;

Define con claridad conceptos como “licitación pública”, “trabajo público”, “acero”, “materiales extranjeros”, etc. dependiendo del tipo de operación de que se trate;

Fija las reglas de excepción para cuando puede dispensarse de la aplicación de alguna de las leyes de contenido nacional;

Fija las reglas de cumplimiento con las diversas certificaciones para contratistas que presten servicios al gobierno; y

Fija las reglas para minimizar la posibilidad de caer en un conflicto internacional derivado de un incumplimiento de compromisos previamente establecidos por Estados Unidos.

En conclusión, la legislación existente en Estados Unidos sobre contenidos nacionales, se ha ido depurando a través del tiempo en disposiciones específicas para proyectos de diversas índoles, a la vez que ha resuelto la forma de aplicación de las mismas -entre ellas en ámbito local y contra acuerdos internacionales en el ámbito mundial- mediante un catalizador llamado FAR

Ahora bien, ¿cómo afecta el Buy American Act al comercio internacional? Una de las principales controversias que involucran lo establecido en el “Buy American” y demás leyes que regulan contenidos nacionales, son los efectos que puede tener sobre el comercio internacional y los acuerdos comerciales internacionales.

Por ejemplo, en el ARRA, se requiere que toda la infraestructura en los Estados Unidos sea provisionada a través de acero y hierro local, así como por productos manufacturados también locales. La cuestión sigue girando en torno a los efectos que ésta tendrá sobre el intercambio comercial.

Hay un umbral de 7.8 mil millones de dólares (aplicables como subsidios) para que los acuerdos internacionales sean exentos de la aplicación del Buy American y demás leyes de contenido nacional. Cualquier negocio por debajo de ese umbral deja sin efectos los acuerdos internacionales. En todos los casos (por arriba o abajo de dicho umbral), puede haber circunstancias en las que los contratistas pueden utilizar bienes manufacturados procedentes de determinados países extranjeros sin solicitar una exención o dispensa (waiver). Las circunstancias y países involucrados dependerán del beneficiario del producto y/o el acuerdo internacional en cuestión.

Durante el debate del Senado del proyecto de ley, se resolvió “suavizar” algunas restricciones con el fin de mantener las promesas hechas en los acuerdos comerciales internacionales, especialmente los celebrados con la Organización Mundial del Comercio.

Existía el temor de que sin estas disposiciones, otros países buscarían tomar medidas al efecto (retailiation). Esto crearía una política de aislamiento y muchos creyeron que esto llevaría a una guerra comercial.

Incluso los fabricantes estadounidenses como John Deere tuvieron quejas sobre la aplicación del Buy American y demás leyes de contenido nacional, pues temieron que afectara negativamente a su negocio en proyectos de construcción en el extranjero.

Por otro lado, ¿cómo afecta el Buy American Act y demás leyes de contenido nacional a contratistas locales? Por un simple hecho de conveniencia, y en contravención al Buy American Act u otras leyes de contenido nacional, un contratista puede adquirir bienes extranjeros a un menor precio que le permitan brindar un servicio más competitivo en valor.

Derivado de este hecho, el mismo contratista que viola el Buy American Act (esto es, prefiriendo bienes extranjeros a nacionales) puede enfrentar la pena consistente en el ajuste a la baja en el precio del contrato con el gobierno en caso de quedar firme una resolución de incumplimiento. Existe, sin embargo, una mayor preocupación: Un contratista que viole leyes de contenido nacional también puede ser responsable por la violación de la “False Claims Act” (FCA o Ley sobre Falsedad en Declaraciones) y ser sometido a una serie de auditorías en materia fiscal; no mediando que puede ser inhabilitado para contratar con el gobierno.

Como medida de control y en todos los casos, cada contratista con el gobierno deberá presentar un certificado de cumplimiento con los términos de las leyes de contenido nacional.

Luego entonces, a fin de evitar al máximo cualquier incumplimiento con leyes de contenido nacional, cada agencia gubernamental federal (en mayor o menor medida) ha publicado en sus sitios de internet explicaciones dirigidas a los contratistas para evitar que caigan en algún vicio derivado de la conveniencia de usar productos locales versus productos nacionales por la razón que sea (disponibilidad, precio, volumen, etc.).

Finalmente, para cada caso, tanto las explicaciones de cada organismo federal, como las disposiciones del FAR, proporcionan una guía a los contratistas que pueden saber en qué casos ciertos productos, provenientes de ciertos países, bajo circunstancias particulares, pueden ser exentos de la aplicación de las leyes de contenido nacional.

Esto último solo ha sido posible tras el análisis minucioso de cada acuerdo, tratado y entendimiento internacional con cada país, grupo de países (Tratado de Libre Comercio de América del Norte) u organizaciones internacionales (Organización Mundial de Comercio) con las que Estados Unidos tienen trato.

Toda esta información se contiene en el FAR y al ser pública está al alcance de todos los gobernados en dicho país.

Adicionalmente es importante mencionar la llamada “circumvention”, “circunvención” o “elusión” con relación a las reglas de importación, dumping y anti-dumping, definida como sigue por la OMC:

Elusión (o “circumvention”) es el medio o mecanismo empleado conscientemente por los exportadores para el evitar el cumplimiento de obligaciones de comercio (ya sea, evitar caer en “dumping” o eludir una medida “anti-dumping”).

Para acercarnos a la elusión, es menester conocer su origen. Éste se encuentra en las prácticas desleales que han existido desde siempre. Por cada práctica de este tipo, los actores afectados han buscado una forma de evitarla o contrarrestar sus efectos en la medida de lo posible. Para acercarnos a la “elusión” (en inglés “circumvention”) es necesario conocer su origen.

Todo comienza con la práctica desleal conocida como dumping, misma que a través de los años ha sido objeto de múltiples intentos de regulación (y que se combate a través de las llamadas medidas “anti-dumping”). El “dumping” tiene la peculiaridad de que distorsiona la competencia de mercado mediante la inserción de productos a precios excesivamente bajos en mercados foráneos. Obviamente, a medida de que el “dumping” evoluciona, las medidas “anti-dumping” se han multiplicado.

En la década de los 80 se reconoció una nueva forma de “eludir” los esfuerzos de inundar economías con productos por debajo de su precio de producción local y fue nombrada “elusión”.

La “elusión” amenaza la efectividad de las medidas “anti-dumping” a través de distintos mecanismos. La “elusión” se compone, entre otras, de una serie de estrategias practicadas por exportadores y productores foráneos orientada a evadir reglas de “dumping” o, en su caso, “anti-dumping”, impuestas por un país importador o receptor.

La “elusión” ha sido un tema que se ha tratado internacionalmente desde la Ronda Uruguay (1986-1994) del GATT. No obstante, a pesar de múltiples esfuerzos de adoptar reglas generalizadas para evitar la misma, la Organización Mundial de Comercio no ha logrado un consenso al respecto.

La ronda Uruguay del GATT definió tres tipos de “elusión”:

i) La elusión directamente cometida por el país importador;

ii) La elusión orquestada a través de un tercer país (triangulación); y

iii) El conocido como “country-hopping” o salto de mercancías de un país a otro a fin de evitar disfrazar el origen de los productos.

En la misma ronda, se discutieron métodos específicos para contrarrestar cada modalidad de esta práctica sin haber llegado, como ya se ha dicho, a una decisión formal al respecto.

Al día de hoy, la batalla por implementar medidas “anti-elusión” se pelea entre Estados Unidos, la Comunidad Económica Europea y ciertos países que ya cuentan con dichas reglas y que buscan legitimarlas. Por otro lado, se encuentran los países (liderados por Japón) que han buscado que se revisen dichas medidas “anti-elusión” ya que las mismas, sin el debido control, pueden significar restricciones “legalizadas” incluso a operaciones legítimas.

La elusión también funciona como medida para controlar la entrada de productos foráneos a un territorio (caso de Estados Unidos de América). Mientras que los Estados Unidos es uno de los mercados más abiertos del mundo, todavía conserva reminiscencias de unilateralismo y proteccionismo a sus sistemas de intercambio comercial. El “anti-dumping” es, quizá, la fuente más socorrida de proteccionismo oculto en dicho país (y de lo que se quejan otros países participantes del libre mercado) y ahora, en el mismo sentido, se perfilan las medidas “anti-elusión”.

Algunos de estos problemas (anti-dumping) fueron remediados en la ronda Uruguay del GATT mediante la implantación de legislación en la materia. Lo anterior se reflejó en que Estados Unidos incluyo parte de las reglas de la Organización Mundial de Comercio en su legislación interna.

No obstante las mejoras antes descritas, y tras los ocho años de negociaciones en la ronda Uruguay, existen dos preocupaciones fundamentales. La primera es el abuso de normas de “anti-dumping” por parte de los países que las aplican; y la segunda, que las necesidades cambiantes de la vida del comercio internacional obligan a “estirar” las reglas de “anti-dumping” algunas veces a la medida de las necesidades de una nación a fin de salir beneficiada.

Y si los países hacen mal uso de las normas “anti-dumping” que se encuentran medianamente reguladas, más aún de las normas “anti-elusión” sobre las cuales no existe todavía un consenso (no obstante se reconoce abiertamente la existencia de la “elusión”).

Un ejemplo de la tendencia perversa de un sistema “anti-elusión” (como el que profesan Estados Unidos) es que si bien en primer lugar para determinar que existe “elusión” hay que estar alineado con la Organización Mundial de Comercio, en una segunda etapa nadie controla las medidas “anti-elusión”.

Mientras tanto, los países buscan ayuda de la Organización Mundial de Comercio a través de paneles que persiguen dirimir controversias. Por su parte, la misma Organización Mundial de Comercio se vale de las herramientas con las que cuenta a fin de brindar a los países distinta protección o certeza indirecta mientras se encuentra la “cura” para esta situación. Todo lo anterior lo logra, al día de hoy, a través de los siguientes ordenamientos en materia de comercio exterior:

• Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias

• Acuerdo sobre Normas de Origen

• Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio

• Acuerdo sobre Salvaguardias

• Acuerdo sobre Dumping

En este entorno, si el Estado mexicano determinare adoptar medidas como estímulos, tarifas, cupos, subsidios o restricciones, para favorecer en los procedimientos de contratación gubernamentales a la producción interna, es indispensable hacer compatibles esas medidas con los compromisos asumidos internacionalmente, lo cual exige, como se ha mencionado, la identificación y el análisis riguroso de las obligaciones y derechos según los convenios y los acuerdos de los que es parte, de manera tal, que pueda ser reflejado en esa misma forma, puntual y detallada, desde la Constitución hasta los diversos cuerpos normativos que regulan tales actos y con ello evitar cualquier incumplimiento a dichos instrumentos de derecho público.

Se entiende como uno de los primeros pasos en esa dirección, la identificación de las leyes a modificar. Para ello debe considerarse que según el Banco Mundial, la infraestructura determina el éxito de las actividades manufactureras y agrícolas de un país, toda vez que las inversiones en agua, saneamiento, vivienda y transporte tienen un efecto directo en la mejora de la calidad de vida de las poblaciones en el mundo, generando empleo e incrementando la actividad económica y la inversión extranjera.

Por su parte la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción en su estudio sobre “Los retos de la infraestructura en México 2013-2018”, establece cifras en relación con las áreas de oportunidad en esta materia en nuestro país, conforme a los siguiente:

• A nivel nacional existe una cobertura de 91.6 por ciento de servicio de agua potable en los hogares en México; en las zonas urbanas se cubre 96.2 por ciento y en las zonas rurales 77.1 por ciento de las viviendas.

• Existen 742 plantas potabilizadoras con capacidad de suministrar 134 metros cúbicos de agua potable por segundo. Anualmente, se suministran alrededor de 321 metros cúbicos por segundo de agua limpia a la red pública, beneficiando así a 99 millones de personas.

• Se cuenta con 2 mil 719 plantas de tratamiento de aguas residuales con capacidad de más de 140 metros cúbicos de agua residual por segundo.

• Existe una cobertura de 90.2 por ciento a nivel nacional en servicios de alcantarillado, en zonas urbanas la cobertura es de 96.6 por ciento, y 69.2 por ciento para la zona rural.

• Existen más de 28 millones viviendas en todo el país. De este total 55.9 por ciento, según el material en pisos, están construidas de concreto; 37.3 por ciento de madera, mosaico u otro material similar; y 6.2 por ciento de piso de tierra.

• En 2013, se desarrollaron un total de 374 mil 262 kilómetros de la red de carreteras, así como 26 mil 704 kilómetros de vías férreas.

De los datos anteriores, se desprende la importancia para nuestro país de explotar la producción en estos bienes y generar las áreas de participación e inversión necesarias para el desarrollo en estos sectores como una obligación del Estado para fomentar el crecimiento en todos los sectores económicos nacionales.

Con esta responsabilidad en mente, las directrices bajo las cuales el Estado, a través del establecimiento de objetivos claros como parte de las políticas públicas que generen un escenario conveniente para la promoción y creación de estímulos para las inversiones en el sector infraestructura; deberá en todo momento defender la producción nacional, e incluso promoverla, con fines tendientes al desarrollo de las empresas mexicanas, para conseguir un real incremento de la producción nacional, desarrollo económico interno, así como crecimiento de las industrias en nuestro país, sobre todo en aquellos proyectos que cumplan con la obligación del estado de explotar los bienes nacionales como agente administrador de los mismos de acuerdo a las facultades establecidas en el artículo 27 constitucional.

Conforme a lo anterior, la creación de un marco normativo aplicable a la contratación en los proyectos de infraestructura, en los que se involucran recursos públicos, que tenga por objeto el fomento de las industrias nacionales, es fundamental para alcanzar estos objetivos.

Quienes suscribimos la presente iniciativa no pasamos por alto que existe una serie de disposiciones cuya naturaleza y alcance sería necesario analizar y actualizar a la luz de la ley que hoy se somete a la consideración de esta soberanía, lo cual sin duda revestiría el objetivo principal de la misma que radica en el impulso del desarrollo de la industria nacional para el siglo XXI.

Contenido de la iniciativa

En ese contexto, consideramos que con la ley que se propone sea emitida por esta Soberanía, se dará un impulso determinante a la industria nacional, generando las condiciones que la coloquen en aptitud de competir con las empresas y consorcios extranjeros que día a día se han asentado en nuestro país, bajo la falsa premisa del ofrecimiento de mejores calidad y precios.

Es necesario enfatizar que no se pretende el establecimiento de normas proteccionistas, sino de establecer mecanismos que fomenten el empleo de bienes y servicios de calidad en la ejecución de obras de infraestructura pública en sectores no energéticos, incentivando a las empresas, nacionales y extranjeras, que sean contratadas para su realización, para que opten por la utilización de insumos nacionales en el cumplimiento de los contratos de obra pública que les sean asignados.

Estimamos que el desarrollo de la industria nacional es un tema de interés nacional, por el impacto económico que ello trae consigo, en el incremento de la oferta empleo, en la calificación de mano de obra y por tanto en la elevación de los niveles de vida de las zonas y regiones en que habrán de ejecutarse las obras de infraestructura pública, esta noción se recoge en el artículo 1 de la iniciativa que se somete a la consideración de esta Honorable Cámara de Diputados, estableciendo los mecanismos que habrán de servir para la promoción de ese desarrollo.

Entre los mecanismos que se propone, destaca el contenida en la fracción I del artículo mencionado, relativo al fomento de la utilización de insumos producidos por empresas nacionales en la ejecución de obras de infraestructura pública en sectores distintos al energético, complementándose con la promoción de la autorregulación de la empresas productoras de dichos insumos, el establecimiento de un sistema de reconocimientos y beneficios a las mismas y la regulación de la actuación de los órganos del poder público del nivel federal que asignen los contratos de obra pública correspondiente, por cualquiera de los procedimientos regulados para ello.

Entendemos por insumos nacionales a los bienes producidos por empresas mexicanas, en cuyo proceso de producción utilicen un porcentaje de al menos el sesenta y cinco por ciento de bienes y tecnología nacional y la integración de insumos nacionales, objetivo principal de la Iniciativa que se propone, como la utilización en un porcentaje mayor al sesenta y cinco por ciento de insumos nacionales en la elaboración del producto final empleado en la ejecución de obras de infraestructura pública no energética.

Se trata de una acción legislativa de fomento de la industria en dos vías, por una parte, promover que las empresas mexicanas empleen insumos nacionales en un porcentaje determinado en la producción de los mismos, y por otro, fomentar que la administración pública federal considere de manera preferente a aquellas empresas mexicanas que utilicen dichos insumos, también en un porcentaje determinado, en la ejecución de las obras de infraestructura pública no energética que les sean asignadas mediante los procedimientos de contratación ya previstos en la normativa nacional, precisándose los conceptos de “insumos nacionales” y de “integración de insumos nacionales” en las fracciones IV y V del artículo 4 de la iniciativa que en esta ocasión se somete a la consideración del pleno.

El importante instrumento normativo que hoy proponemos tendrá como destinatarios necesarios a las entidades y dependencias de la administración pública federal, considerando, sin embargo, que sea promovida su aplicación por los órganos autónomos federales constitucionalmente previstos, siempre que ello no sea contrario a las normas que les resulten aplicables, en los términos precisados en su artículo 2.

En virtud de que tanto en las entidades federativas como en los municipios, en múltiples ocasiones, se llevan a cabo obras de infraestructura pública aplicando recursos de origen federal, se estima necesario que en tales casos, a las mismas, les sean aplicables las disposiciones de la ley de que se trata, previsión contenida en la fracción VI del artículo 2 de ésta.

Dada la jerarquía normativa prevista en el artículo 133 constitucional, los suscriptores de la presente iniciativa no podemos desdeñar la existencia de instrumentos internacionales que obligan a nuestro país, siendo necesario establecer expresamente que la aplicación de la ley propuesta procederá siempre que sus disposiciones no contravengan a aquellos e igualmente establecer su aplicación obligatoria respecto de los insumos que provengan de países con los cuales no exista acuerdo o convenio internacional celebrado, términos que se contienen en el artículo 3.

Aunado a lo anterior, se estima importante que esta Soberanía enfatice normativamente que al tratarse de una norma de fomento a la actividad industrial no energética, los actos derivados de su aplicación no constituyen barrera ni distorsión alguna al proceso de competencia y libre concurrencia económicas, tal como se propone en el artículo 5.

La formulación y conducción de las políticas generales de industria son competencia atribuida a la Secretaría de Economía por la fracción I del artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, razón que sustenta tanto la disposición contenida en el artículo 6 de esta Iniciativa de ley, alusiva a la interpretación de sus disposiciones para efectos administrativos, como a la participación que a lo largo de la propia iniciativa le es reservada y que se menciona en párrafos posteriores.

Resulta importante destacar que la presente iniciativa de ley tiene un carácter eminentemente sustantivo, siendo preciso prever la aplicación supletoria de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y, por otra parte, si bien se refiere fundamentalmente a la materia de obras públicas, no aborda los diversos temas que la ley de dicha materia regula, por lo que se hace indispensable también establecer la supletoriedad de la misma como se contiene en el artículo 7.

En el capítulo II de la Iniciativa se detallan las atribuciones de las dependencias que tendrán un papel decisivo en la aplicación de la ley de cuya iniciativa se trata, siendo tales las Secretarías de Economía, de Hacienda y Crédito Público, y de la Función Pública.

Para la Secretaría de Economía, dado el carácter determinante que tiene como conductora de la política industrial nacional, se reservan en el artículo 8, las atinentes a la emisión de las disposiciones administrativas que resulten necesarias para la aplicación de la ley; la implantación de un Padrón de Empresas Mexicanas, instrumento que servirá para certificar tal carácter y permitir el acceso a los beneficios que en esta iniciativa se proponen; resolver las consultas que le sean planteadas para la eficaz aplicación de la ley, y la determinación de la metodología para medir la integración de insumos nacionales, instrumento que sin duda es de los esenciales para satisfacer los objetivos que animan a esta iniciativa.

Por su parte, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público corresponderá sustancialmente, como se previene en el artículo 9, brindar la asistencia fiscal para el acceso a uno de los beneficios que se prevén en la Iniciativa, y que se trata líneas adelante e intervenir en su carácter de autoridad fiscal para el caso de que se hayan incumplido las condiciones para acceder a dicho beneficio.

En cuanto hace a la Secretaría de la Función Pública, en el artículo 10 se prevé su actuación para acreditar a los observadores de las organizaciones del sector industrial del país que atestiguarán los procedimientos de licitación pública de las obras de infraestructura no energética, establecer las normas de control interno y de evaluación que deberán observar las entidades y dependencias contratantes, así como instaurar los procedimientos de responsabilidad administrativa en los casos que servidores públicos violenten las disposiciones de la Ley que se propone.

Un aspecto importante de la Iniciativa es la propuesta de creación del Consejo de Integración de Insumos Nacionales, instancia colegiada en la que concurrirán dependencias de la Administración Pública Federal y representantes de los sectores de la construcción y de la industria nacional, con la finalidad de vincular a las empresas mexicanas con el Gobierno Federal y participar en la formulación de las políticas y de las disposiciones que emita la Secretaría de Economía para la aplicación de la Ley que se propone.

En los artículos 11 a 15 de la iniciativa de ley que se plantea, se desarrollan los aspectos nodales del Consejo de Integración de Insumos Nacionales, estimándose necesario destacar la participación de 5 titulares de dependencias federales, siendo los de las Secretaría de Economía, quien tendrá a su cargo la presidencia de esta instancia así como los de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Comunicaciones y Transportes, de la Función Pública y del Trabajo y Previsión Social, dada la intervención de las mismas en la materia nodal de esta iniciativa. Se previene la participación de 4 representantes de organismos de los sectores de la construcción e industrial del país; todos los integrantes del consejo tendrán una participación honorífica.

En virtud del alcance nacional de la ley que se propone, es que se plantea la intervención en el consejo, con el carácter de invitados, a representantes de las entidades y dependencias de la administración pública federal, de los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, así como de organismos públicos y privados, nacionales e internacionales.

Siendo consultivo el carácter que se previene para el Consejo de Integración de Insumos Nacionales, las funciones que se reservan para el mismo son de carácter propositivo, de apoyo y de promoción y de emisión de opiniones y recomendaciones, respecto del objeto de la Ley de que se trata, es decir vinculadas con la integración de insumos nacionales en la ejecución de obras de infraestructura pública no energética y con la elaboración de estudios, diagnósticos, catálogos y padrones relativos a la oferta de insumos, la formación de cadenas de proveeduría de dichos insumos, como se expresa en las diversas fracciones del artículo 13.

Se prescribe que el consejo podrá crear comités permanentes o transitorios, para la atención de temas específicos que le encomiende el propio colegiado, estableciéndose en el artículo 15 que de manera obligada debe integrar, con carácter permanente los comités de enlace con el Consejo Consultivo Empresarial para el Crecimiento Económico de México y el de Cadenas Productivas Nacionales, enfocándose el primero a la formulación de propuestas de medidas y acciones de fomento a la integración de insumos nacionales en obras de infraestructura pública no energética con la colaboración del organismo empresarial citado; y el segundo habrá de identificar productos y servicios útiles para la ejecución de las obras mencionadas, así como auxiliar en la implementación de programas para el desarrollo de proveedores y contratistas nacionales.

Considerando la importancia del colegiado que se propone, se deja al mismo la emisión de los lineamientos que regirán su operación y funcionamiento, previéndose en el artículo tercero transitorio que los mismos deberán expedirse en la sesión de instalación del consejo, la cual habrá de llevarse a cabo dentro de los noventa días siguientes a la entrada en vigor de la ley, y al efecto, el secretario técnico, quien deberá ser designado por el secretario de Economía, previamente a la instalación, formulará el proyecto de lineamientos que se someterá a la consideración del consejo.

En el capítulo III se abordan las acciones de fomento a la integración de insumos nacionales, encaminadas a incrementar la competitividad de las empresas mexicanas en la industria nacional y con ello la generación de empleos, la capacitación para el trabajo y el incremento de los niveles de vida en las zonas y regiones en donde sean ejecutadas obras de infraestructura no energética.

En ese tenor, es importante que las empresas mexicanas tengan la posibilidad de constatar el cumplimiento de la ley que en esta oportunidad se propone, por lo cual se plantea en el artículo 16 que los organismos que las agrupen puedan acreditar observadores en los procedimientos de licitación pública de las obras de que se trata, participación que deberá sujetarse a las normas que en su oportunidad emita la Secretaría de la Función Pública, partiendo del supuesto expresamente establecido en el mismo preceptos, de que no podrán formular manifestación alguna en las diferentes etapas del procedimiento de que se trate y debiendo formularse un informe que será comunicado a dicha Secretaría, ello permitirá a ésta tener mayor certeza acerca del desarrollo de tales procedimientos y de la observancia de las normas que lo rigen, particularmente de las que en esta Iniciativa se proponen.

Atendiendo a la multiplicidad de acuerdos y convenios internacionales suscritos por nuestro país, vinculados con la materia de la presente Iniciativa, y a efecto de impedir su vulneración, se propone en el artículo 17 que las dependencias y entidades licitantes, soliciten a la Secretaría de Economía la existencia o inexistencia de reglas especiales contenidas o derivadas de instrumentos internacionales a que deba sujetarse el procedimiento de contratación específico, consulta que la dependencia mencionada estará obligada a desahogar en un plazo máximo de cinco días hábiles posteriores a su recepción, en cuyo caso contrario se entenderá que no existen reglas especiales aplicables al procedimiento de que se trate y, en consecuencia, se aplicarán en todos sus términos las disposiciones de la Ley que se somete a la consideración de este Pleno.

Se previene en el artículo 18 la regla general de convocar a licitaciones nacionales y como excepción las de carácter internacional, siempre que la obligación de hacerlo resulte de un instrumento internacional, no exista oferta en cantidad o calidad por parte de empresas mexicanas, sea conveniente en términos de precio o se trate de obras financiados con créditos externos.

Como una medida de fomento al empleo de mano de obra nacional, se establece en el artículo 19 que en las licitaciones nacionales para obras de infraestructura pública no energética habrá de requerirse la integración de insumos nacionales en 30 por ciento de los trabajos y al menos 30 por ciento de mano de obra mexicana.

Si bien el artículo 20 establece que las dependencias y entidades contratantes deberán optar por empresas mexicanas, el cumplimiento de tal obligación se condiciona a la existencia de igualdad de condiciones y al cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas y de las Normas Mexicanas, con precios a valor de mercado, medida encaminada a inhibir la competencia desleal.

La ley de la materia contempla como mecanismo de evaluación de las licitantes el de puntos y porcentajes, disponiéndose en el artículo 20 de la ley que se propone, el otorgamiento de puntos adicionales a las empresas mexicanas que se comprometan a la integración de insumos nacionales en un porcentaje superior a 30 por ciento, sin considerar en ello la mano de obra, lo que garantizará el empleo de bienes y productos de origen nacional en mayor medida en la ejecución de obras de infraestructura pública no energética.

Finalmente, destaca en las acciones de fomento a la integración de insumos nacionales, el beneficio de las empresas mexicanas que opten por esta vía, a reducir en un 0.5 por ciento el coeficiente de utilidad para determinar la utilidad fiscal en los pagos provisionales del impuesto sobre la renta, lo que redundará en la ampliación de los márgenes de liquidez de dichas empresas, mientras se ejecuta el contrato de obra pública que le fuera adjudicado.

Con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las condiciones para la obtención de las medidas de fomento, en la presente Iniciativa se prevén los mecanismos sancionatorios para su violación y que en párrafos posteriores se mencionarán.

Como instrumento principal para acceder a las medidas de fomento antes citadas, se prevé el establecimiento del Padrón de Empresas Mexicanas, mismo que se desarrolla en el capítulo IV de la presente Iniciativa.

Conforme a las normas que se proponen, el padrón estará a cargo de la Secretaría de Economía y en el mismo se llevará el registro de insumos nacionales, con lo que se habrá de generar la información necesaria para la evaluación de la procedencia nacional de bienes y servicios en los procedimientos de licitación pública y clasificar a las empresas mexicanas conforme a la actividad económica que desarrollen. Esta información será de consulta necesaria para las dependencias y entidades contratantes, a efecto de que estén en la aptitud de objetivar los beneficios previstos en el capítulo III de la ley que se propone.

Aunado al registro en el padrón, las empresas mexicanas estarán obligadas a acreditar el carácter nacional de los bienes y servicios que produce, la utilización de insumos nacionales en las obras que les sean adjudicadas y que su desempeño empresarial está dentro del marco de la sana competencia.

El registro como empresa mexicana y por ende la cancelación de la posibilidad de acceder a las medidas de fomento que esta ley propone, procederá cuando se incumplan las obligaciones impuestas por la ley, se incumpla con la obligación fiscal de declarar ingresos, a solicitud de la propia empresa o bien, como sanción, a consecuencia de la determinación que emita la Secretaría de Economía, cuando detectare que los insumos utilizados en la obra adjudicada no son nacionales en términos de esta ley.

Las empresas de cuya cancelación del registro se trate, no podrán obtener otro registro por un plazo de dos a cuatro años, lapso durante el cual, no podrá acceder a las medidas de fomento antes descritas, sin que ello signifique que dejen de participar en procedimientos de asignación de contratos de obras de infraestructura pública no energética, sino que dejarán de hacerlo en la calidad de empresa mexicana en los términos definidos en esta Ley que se propone.

El capítulo quinto contiene las reglas para la realización del procedimiento de verificación y las sanciones que podrán ser impuestas a las empresas mexicanas que violenten las disposiciones de la ley.

El procedimiento de verificación habrá de sujetarse a las disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Si fuera detectado el incumplimiento del porcentaje de integración de insumos nacionales, la Secretaría de Economía deberá informar de ello, tanto a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como a la dependencia o entidad contratante para los efectos de la cancelación del beneficio de la disminución del coeficiente de utilidad y el inicio del procedimiento fiscal correspondiente para exigir el pago de las diferencias que resulten con las actualizaciones y recargos que procedan, así como para aplicación de las penalizaciones contractuales que se hubieren establecido.

En virtud de la trascendencia de los beneficios previstos por esta ley para quienes opten por adquirir el carácter de empresa mexicana en los términos de esta ley, las sanciones por violentar las obligaciones que con ello contraen, requieren ser significativas, de modo que inhiban los incumplimientos.

Así, se establecen la cancelación del registro como empresa mexicana y la imposición de sanciones pecuniarias que van desde siete mil quinientas hasta doce mil veces el salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal, a quienes se opongan a la verificación que deba practicar la Secretaria de Economía, proporcionar información falsa o con relación a la integración de insumos nacionales e incumplir con el porcentaje de integración de insumos nacionales en la realización de la Obra que le fuera asignada a la infractora.

Entre las disposiciones transitorias destacan las relativas a la implementación de las medidas necesarias por parte de la Secretaría de Economía, para el inicio de operaciones del Padrón de Empresas Mexicanas, a más tardar dentro de los noventa días posteriores a la entrada en vigor de la Ley, así como la instauración de los procedimientos para la emisión de la normas oficiales mexicanas y de las normas mexicanas, que deberá concluir en el año siguiente a la entrada en vigor del ordenamiento que se propone.

Fundamento legal

Por lo expuesto, el suscrito, Waldo Fernández González integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, LXIII Legislatura, del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 76, numeral 1, fracción II, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de

Decreto por el que se expide la Ley de Fomento a la Integración de Insumos Nacionales para Obras de Infraestructura Pública no Energética

Único: Se expide la Ley de Fomento a la Integración de Insumos Nacionales para Obras de Infraestructura Pública no Energética, para quedar como sigue:

Ley de Fomento a la Integración de Insumos Nacionales para Obras de Infraestructura Pública no Energética

Capítulo IDe las disposiciones generales

Artículo 1. La presente ley es de orden público e interés nacional y de observancia general en los Estados Unidos Mexicanos y tiene por objeto la promoción del desarrollo de la industria no energética nacional, bajo los principios del artículo 25, párrafo octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a través de los siguientes mecanismos:

I. Fomentar la utilización de insumos producidos y servicios prestados por empresas nacionales en la ejecución de obras de infraestructura pública en sectores distintos al energético;

II. Impulsar la competitividad de las empresas nacionales productoras de insumos y prestadoras de servicios, necesarios para la ejecución de obras de infraestructura pública en sectores distintos al energético;

III. Promover la autorregulación de las empresas nacionales productoras de insumos y prestadoras de servicios necesarios para la ejecución de obras de infraestructura pública en sectores distintos al energético;

IV. Establecer un sistema de reconocimientos y beneficios a las empresas nacionales productoras de insumos y prestadoras de servicios necesarios para la ejecución de obras de infraestructura pública en sectores distintos al energético, y

V. Regular la actuación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que tengan el carácter de contratantes de obras de infraestructura pública en sectores distintos al energético.

Artículo 2. Esta ley es de aplicación obligatoria en materia de obras para proyectos de infraestructura en sectores ajenos al energético, que realicen:

I. Las unidades administrativas de la Presidencia de la República;

II. Las Secretarías de Estado y la Consejería Jurídica del Ejecutivo federal;

III. La Procuraduría General de la República;

IV. Los organismos descentralizados;

V. Las empresas de participación estatal mayoritaria y los fideicomisos en los que el fideicomitente sea el gobierno federal o una entidad paraestatal, y

VI. Las entidades federativas, los municipios y los entes públicos de unas y otros, respecto de las obras en cuya ejecución sean aplicados recursos federales;

Se promoverá que las personas de derecho público de carácter federal con autonomía derivada de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, apliquen las normas de la presente ley, siempre que ello no contravenga las disposiciones que las rigen.

Artículo 3. Las disposiciones de la presente Ley se aplicarán a los procedimientos de contratación de obra para proyectos de infraestructura pública en sectores distintos al energético, respecto de los insumos provenientes de países con los que México no tenga celebrado convenio o acuerdo internacional y respecto de los insumos regulados por convenios y acuerdos internacionales de los que México sea parte, en lo que no se oponga a éstos.

Artículo 4. Para los efectos de esta ley se entenderá por:

I. Consejo, al Consejo de Integración de Insumos Nacionales;

II. Contratantes, a las dependencias, entidades, unidades administrativas y órganos del poder público previstos en el artículo 2 de esta ley;

III. Empresa mexicana, a las personas morales constituidas conforme a las leyes mexicanas que se encuentren registradas en el Padrón de Empresas Mexicanas previsto en esta ley;

IV. Insumos nacionales, a los bienes producidos por empresas mexicanas que se encuentren inscritas en el Padrón de Empresas Mexicanas previsto en esta ley y que en el proceso de producción utilicen un porcentaje de al menos el sesenta y cinco por ciento de bienes y tecnología nacional;

V. Integración de insumos nacionales, a la utilización en un porcentaje mayor al sesenta y cinco por ciento de insumos nacionales en la elaboración del producto final empleado en la ejecución de Obras de infraestructura pública en sectores distintos al energético;

VI. Obras, a las obras de infraestructura pública en sectores distintos al energético, y

VII. Secretaría, a la Secretaría de Economía;

Artículo 5. Los actos derivados del cumplimiento de la presente Ley, no podrán considerarse como barrera o distorsión al proceso de competencia y libre concurrencia económicas.

Artículo 6. La interpretación de esta ley, para efectos administrativos corresponde a la secretaría.

Artículo 7. En lo no previsto por esta ley se aplicará de manera supletoria la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Capítulo IIDe las atribuciones

Artículo 8. Corresponde a la secretaría:

I. Emitir las disposiciones de carácter general tendientes a la eficaz aplicación de la presente Ley;

II. Implementar y mantener actualizado el Padrón de Empresas Mexicanas el cual contendrá un apartado relativo al Padrón de Insumos Nacionales, previsto en la presente ley;

III. Recibir y atender las solicitudes de incorporación a los padrones a que se refiere la fracción anterior y emitir los comprobantes de registro correspondientes;

IV. Responder las consultas que sean formuladas por los contratantes y las empresas mexicanas relativas a la aplicación de la presente ley;

V. Llevar a cabo los procedimientos de verificación a las empresas mexicanas para constatar el cumplimiento de las obligaciones que impone la presente ley;

VI. Establecer la metodología para medir la integración de insumos nacionales en obras, tomando en cuenta factores como bienes y servicios empleados, considerando su origen, empleo de mano de obra y tecnología nacionales, transferencia de tecnología y cumplimiento de las normas oficiales mexicanas y en su caso, de las normas mexicanas;

VII. Imponer las sanciones previstas en esta ley;

VIII. Presidir el consejo, y

IX. Las demás que se deriven de las disposiciones de la presente ley y las que le sean encomendadas por el consejo.

Artículo 9. Corresponde a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público:

I. Participar en el consejo;

II. Brindar a las empresas mexicanas la asistencia fiscal que le sea solicitada para los casos de reducción del coeficiente de utilidad previsto en esta ley;

III. Llevar a cabo los procedimientos para exigir el cumplimiento total de los pagos provisionales a las contratistas que incumplan las obligaciones previstas en la presente ley;

IV. Proponer en el seno del consejo la aplicación de medidas fiscales y arancelarias que fomenten la integración de insumos nacionales en la ejecución de obras, y

V. Las demás que se deriven de las disposiciones de la presente ley y las que le sean encomendadas por el consejo.

Artículo 10. Corresponde a la Secretaría de la Función Pública:

I. Participar en el consejo;

II. Acreditar a los observadores que le soliciten las cámaras y organizaciones gremiales, para participar en los procedimientos de licitación pública cuyo objeto sea la ejecución de obras;

III. Emitir las disposiciones conforme a las cuales realizarán sus actividades los observadores a que se refiere la fracción anterior;

IV. Establecer las medidas de control interno y de evaluación a que se sujetarán las contratantes para la observancia de las disposiciones de la presente ley;

V. Llevar a cabo los procedimientos administrativos disciplinarios procedentes para los casos en que servidores públicos incurran en violaciones a la presente ley;

VI. Proponer en el seno del Consejo, acciones y programas administrativos encaminados a la eficaz observancia de la presente Ley por las contratantes, y

VII. Las demás que se deriven de las disposiciones de la presente ley y las que le sean encomendadas por el consejo.

Artículo 11. Se crea el Consejo de Integración de Insumos Nacionales como un órgano consultivo de la secretaría y de vinculación de las empresas mexicanas con el gobierno federal; tendrá por objeto colaborar en la formulación de políticas y de disposiciones generales que emita la secretaría así como en el ejercicio de las facultades de verificación de ésta, vinculadas con el objeto de la presente ley.

Artículo 12. El Consejo se integrará por los siguientes miembros:

I. El titular de la Secretaría, quien lo presidirá;

II. El titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes;

III. El titular de la Secretaría de la Función Pública;

IV. El titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social;

V. El titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y

VI. Cuatro representantes de organismos de los sectores de la construcción e industrial del país.

Los miembros a que se refiere la fracción VI serán propuestos por las cámaras y organizaciones gremiales que agrupen a la empresas mexicanas y designados por el presidente del consejo, y durarán dos años en sus funciones, pudiendo fungir hasta por un período adicional.

Los miembros del consejo tendrán voz y voto, y podrán designar a sus respectivos suplentes. En el caso de las fracciones I a V, el suplente deberá tener el nivel jerárquico de subsecretario.

La participación de los integrantes del consejo será honorífica.

El consejo, de acuerdo con la naturaleza de los asuntos a tratar, podrá invitar a sus sesiones a representantes de las Contratantes, de los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, así como de organismos públicos y privados, nacionales e internacionales, quienes participarán con voz pero sin voto.

El consejo contará con un secretario ejecutivo que será designado por su presidente.

Artículo 13. Corresponde al consejo:

I. Proponer políticas y acciones para la promoción de la integración de insumos nacionales en obras;

II. Apoyar a la secretaría en la elaboración de análisis, diagnósticos, catálogos y padrones vinculados con la necesidad y la oferta de insumos necesarios para la ejecución de obras;

III. Promover la participación de las empresas mexicanas en las obras;

IV. Apoyar acciones para la formación de cadenas de proveeduría para la ejecución de obras;

V. Proponer mecanismos de coordinación y de colaboración entre las contratantes y con los gobiernos estatales y municipales para la eficaz aplicación de la presente ley;

VI. Recomendar acciones para la eficaz realización de las visitas de verificación;

VII. Emitir opiniones acerca de los resultados de las visitas de verificación y de la implementación y desarrollo del Padrón de Empresas Mexicanas y de Insumos Nacionales;

IX. Proponer la realización de estudios e investigaciones vinculados con el objeto de la presente ley;

X. Atender y resolver las consultas que sean planteadas por la secretaría;

XI. Emitir los lineamientos que regulen su operación y funcionamiento;

XII. Las demás que se determinen en el reglamento de esta ley.

Artículo 14. El consejo podrá crear comités de carácter permanente o transitorio para la atención de asuntos específicos, los cuales se integrarán como lo acuerde el consejo, según la naturaleza de los temas a tratar.

En los comités podrán participar representantes de las dependencias y entidades de la administración pública federal, de los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, así como de organismos públicos y privados, nacionales e internacionales, de conformidad con los acuerdos del consejo.

Artículo 15. El consejo acordará la integración de por lo menos, los siguientes comités con carácter permanente:

I. Comité de Enlace con el Consejo Consultivo Empresarial para el Crecimiento Económico de México, al cual corresponderá formular propuestas de medidas y acciones de fomento a la integración de insumos nacionales en obras; y

II. Comité de Cadenas Productivas Nacionales que tendrá a su cargo, entre otros asuntos:

a) Identificar los productos y servicios útiles para la ejecución de obras, así como a los proveedores que los ofertan, y

b) Implementar programas para el desarrollo de proveedores y contratistas nacionales, a partir de la detección de oportunidades de negocio.

Capítulo IIIDe las acciones de fomento a la integración de insumos nacionales

Artículo 16. Las cámaras y organizaciones gremiales a que pertenezcan las empresas mexicanas podrán participar como observadores en los procedimientos de licitación pública cuyo objeto sea la ejecución de obras, para lo cual acreditarán a sus representantes ante la Secretaría de la Función Pública.

Los observadores no podrán realizar manifestación alguna en ninguna etapa del procedimiento y el informe que al respecto elaboren será comunicado a dicha dependencia.

Artículo 17. Las contratantes deberán solicitar por escrito a la Secretaría, que les indique las reglas especiales derivadas de los convenios o acuerdos internacionales de los que México sea parte, que aplican a los procedimientos de contratación que se llevaran a cabo.

La secretaría responderá a las consultas en un plazo máximo de cinco días hábiles, contados a partir de la fecha de presentación del escrito respectivo, en caso contrario, la contratante solicitante entenderá que el procedimiento de contratación no está sujeto a reglas especiales.

Artículo 18. Las contratantes realizarán licitaciones de carácter nacional, excepto en los siguientes casos:

I. Que resulte obligatorio hacer una licitación internacional conforme a lo dispuesto en algún tratado o convenio internacional;

II. Que previa investigación de mercado que realice la contratante, no exista oferta en cantidad o calidad de empresas mexicanas o éstas no cuenten con la capacidad para la ejecución de la obra de que se trate;

III. Que sea conveniente en términos de precio, o

IV. Que resulte obligatorio por tratarse de obras o proyectos financiados con créditos externos otorgados al gobierno federal o con su aval.

Artículo 19. En las licitaciones públicas para obras, se requerirá la integración de insumos nacionales y de servicios prestados por empresas mexicanas, por el treinta por ciento del valor de los trabajos. Asimismo, deberá incorporarse por lo menos treinta por ciento de mano de obra nacional, sin perjuicio de lo dispuesto en los tratados internacionales.

Artículo 20. En los procedimientos de contratación de obras y de servicios relacionados con las mismas, las contratantes optarán, en igualdad de condiciones incluyendo precios, calidad y entrega oportuna, por quienes garanticen la Integración de Insumos Nacionales y la prestación de servicios por Empresas Mexicanas, siempre que éstos cumplan con las normas oficiales mexicanas y en su caso, las normas mexicanas, con precios en condiciones de mercado.

Artículo 21. La secretaría determinará cuándo se considerará que un bien no es producido en México y las reglas para el cálculo del nivel de integración de insumos nacionales.

Artículo 22. Las empresas mexicanas que participen en los procedimientos de contratación, podrán manifestar ante la contratante, bajo protesta de decir verdad, que para la realización de la obra utilizarán insumos nacionales. Esta manifestación se incluirá en el sobre que contenga la propuesta técnica presentada en el respectivo procedimiento y se acompañará del comprobante de registro como empresa mexicana emitido por la secretaría.

Artículo 23. En los casos de licitación pública en que se determine el mecanismo de puntos y porcentajes para evaluar las proposiciones, se otorgarán puntos a las empresas que hubieren acompañado a su propuesta técnica la manifestación de Integración de Insumos Nacionales en un porcentaje superior al treinta por ciento del valor de los trabajos, sin considerar la mano de obra, siempre que las empresas cuenten con el registro de empresa mexicana emitido por la secretaría.

Artículo 24. Las empresas mexicanas que obtengan el carácter de contratistas de obras, podrán reducir en 0.5 por ciento el coeficiente de utilidad correspondiente para determinar la utilidad fiscal de los pagos provisionales del impuesto sobre la renta durante el período de vigencia del contrato.

Artículo 25. Los comités a que se refiere el artículo 15 de esta ley llevarán a cabo los estudios, investigaciones y diagnósticos que estimen necesarios para la formulación de propuestas de fomento a la integración de insumos nacionales al consejo.

Para la realización de los estudios, investigaciones y diagnósticos podrán auxiliarse de las cámaras y organizaciones gremiales que agrupen a la Empresas Mexicanas.

Capítulo IVDel Padrón de Empresas Mexicanas

Artículo 26. La Secretaría llevará el Padrón de Empresas Mexicanas en el cual se llevará también el registro de Insumos Nacionales. El Padrón tendrá los siguientes fines:

I. Contribuir a la generación de una política general en la administración pública federal que facilite a las contratantes, en los procedimientos de contratación de obras, optar, en igualdad de condiciones, por la utilización de insumos nacionales y los propios de la región;

II. Generar la información necesaria que permita la adecuada evaluación de la procedencia nacional de bienes y servicios, en los procedimientos de contratación de obras, y

III. Clasificar a las empresas registradas, por la actividad económica preponderante que realicen.

Artículo 27. Las personas morales que realicen actividades de producción de Insumos Nacionales podrán obtener su registro como empresa mexicana, según la clasificación del Catálogo de Actividades Económicas que da a conocer el Sistema de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.

Artículo 28. Para obtener el registro como empresa mexicana, los interesados deberán presentar por escrito la solicitud correspondiente, en el formato y con los requisitos que al efecto se establezcan.

La secretaría emitirá la resolución respecto de la solicitud de registro como empresa mexicana dentro de un plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la presentación de la solicitud.

Artículo 29. Las personas morales que cuenten con registro como empresa mexicana, estarán obligadas a lo siguiente:

I. Comprobar ante la Secretaría, el carácter nacional de los bienes y servicios que produce;

II. Comprobar la utilización de productos nacionales en las Obras;

III. Acreditar que su desempeño empresarial es acorde a los precios en condiciones de mercado, y

IV. Proporcionar la información que le requiera la secretaría.

Artículo 30. Son causales de cancelación del registro como empresa mexicana, que el titular del registro:

I. Incumpla con alguna de las obligaciones previstas en esta ley o en las demás disposiciones que para su aplicación se emitan;

II. Presente un aviso de suspensión de actividades o de cancelación del Registro Federal de Contribuyentes;

III. No hubiere presentado la declaración anual de los impuestos federales por los que se encuentre obligado;

IV. A solicitud del titular del registro, en la que manifieste las circunstancias que la originan; y

V. Cuando la Secretaría, en el ejercicio de sus facultades de verificación determine que los insumos utilizados en la Obra, no son nacionales.

Artículo 31. Cuando el titular del registro de empresa mexicana incurra en alguna de las causales a que se refiere el artículo anterior, la Secretaría iniciará el procedimiento de cancelación del registro, para lo cual, notificará al titular del registro las causas que motivaron dicho procedimiento, concediéndole un plazo de 10 días hábiles contados a partir de la fecha en que surta efecto la citada notificación, para ofrecer las pruebas y formular los alegatos que a su derecho convengan.

Cuando el titular del registro como empresa mexicana desvirtúe las causas que motivaron el procedimiento de cancelación, la Secretaría dictará la resolución que deje sin efectos el procedimiento de cancelación, la cual será notificada en un plazo que no excederá de tres meses, contados a partir de la fecha en que concluya el plazo a que se refiere el párrafo anterior.

Si el titular del registro no ofreciere pruebas o no expusiere los alegatos que a derecho convinieren, o si éstos no desvirtúan las causas que motivaron el procedimiento de cancelación, la Secretaría dictará resolución de cancelación de registro como empresa mexicana, la que será notificada dentro del plazo de tres meses a que se refiere el párrafo anterior.

Las personas morales a las que les sea cancelado el registro como empresa mexicana, no podrán obtener otro registro por un plazo mínimo de dos años y hasta por cuatro años, contado a partir de la fecha en que haya quedado firme la cancelación del mismo.

Si durante la vigencia del registro como empresa mexicana y como resultado del ejercicio de facultades de verificación, la Secretaría determina que la documentación presentada para la obtención del registro resultara falsa o alterada, se estará a lo dispuesto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo respeto de la nulidad o anulabilidad de la resolución correspondiente, sin perjuicio de las responsabilidades del orden fiscal, penal y administrativo procedentes.

Capítulo QuintoDel procedimiento de verificación y de las sanciones

Artículo 32. Para verificar el cumplimiento de lo dispuesto en esta Ley, la Secretaría podrá realizar u ordenar visitas de inspección a las Empresas Mexicanas que tuvieren el carácter de contratistas de Obras, sujetándose para ello a las disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Artículo 33. En caso de que la secretaría determine que una empresa mexicana que hubiere obtenido la calidad de contratista de obras, ha incumplido con el porcentaje de integración de insumos nacionales ofertado, informará a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como a la Contratante para que imponga las penalizaciones que correspondan conforme a lo dispuesto en el contrato de obra respectivo y al Órgano Interno de Control de la Contratante para los efectos del artículo 78 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, sin perjuicio de las responsabilidades de orden civil o penal que puedan derivarse por los mismos hechos

Artículo 34. En el caso de que la contratante compruebe que la empresa mexicana que tuviere el carácter de contratista de obras, incumplió con el porcentaje de integración de insumos nacionales, lo notificará a la secretaría para los efectos previstos en el artículo anterior.

Artículo 35. Por la infracción a las disposiciones de esta ley, la secretaría impondrá alguna o varias de las siguientes sanciones:

I. Cancelación del registro en el Padrón de Empresas Mexicanas, en los términos previstos en esta ley;

II. Multa de siete mil quinientas a nueve mil quinientas veces el importe del salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal al momento de cometerse la infracción, por evitar o tratar de impedir el ejercicio de las facultades de verificación de la secretaría;

III. Multa de nueve mil quinientas a doce mil quinientas veces el importe del salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal al momento de cometerse la infracción, por proporcionar a la contratante o a la secretaría información falsa o alterada con relación a la integración de insumos nacionales, y

IV. Multa de doce mil quinientas a quince mil veces el importe del salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal al momento de cometerse la infracción, por incumplir con el porcentaje de integración de insumos nacionales en la realización de la obra.

Para la imposición de las sanciones a que se refiere este artículo, la Secretaría se sujetará a lo previsto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Artículo 36. En caso de que las Empresas Mexicanas que tuvieren el carácter de contratistas de Obra incumplieren con el porcentaje de Integración Nacional comprometido, perderán el beneficio previsto en el artículo 24 de esta ley y estarán obligadas a efectuar el pago de las diferencias que resultaren de haberse aplicado el coeficiente de utilidad sin la reducción prevista, a más tardar dentro del mes siguiente a la fecha en que le sea notificada la imposición de una penalización contractual en el contrato de Obra de que se trate, el inicio del procedimiento de cancelación de registro como empresa mexicana o el inicio de un procedimiento de inhabilitación para participar de manera directa o por interpósita persona en procedimientos de contratación o celebrar contratos regulados por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con ellas.

Transitorios

Artículo Primero. La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. La secretaría implementará las acciones necesarias para que el padrón de empresas mexicanas, su apartado de Insumos Nacionales y los comprobantes de registro correspondientes, se encuentren en operación a más tardar dentro de los noventa días siguientes a la entrada en vigor de esta ley.

Artículo Tercero. El Consejo de Integración de Insumos Nacionales expedirá los lineamientos que regulen su operación y funcionamiento en la sesión de su instalación, la cual deberá celebrarse dentro de los noventa días siguientes a la entrada en vigor de la presente ley.

Al efecto, el titular de la secretaría, en asunción de sus atribuciones de presidente del consejo, designará a quien habrá de fungir como secretario técnico del mismo, el cual deberá elaborar el proyecto de lineamientos para someterlos a la consideración del propio consejo.

Artículo Cuarto. Los comités a que se refiere el artículo 14 de esta ley se instalarán dentro de los quince días hábiles siguientes a primera sesión del Consejo de Integración de Insumos Nacionales.

Artículo Quinto. La secretaría proveerá lo necesario para la emisión y, en su caso, actualización de normas oficiales mexicanas y normas mexicanas para los insumos requeridos en las obras y proyectos a que se refiere esta ley.

El procedimiento de emisión y en su caso actualización deberá concluirse a más tardar el año siguiente a la entrada en vigor de esta ley.

Notas:

1 Poo Rubio, Aurora. El sector de la Construcción en México, marzo 2003. Consulta en: http://administracionytecnologiaparaeldiseno. azc.uam.mx/publicaciones/2003/6_2003.pdf

2 Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción. Consulta: http://www.cmic.org/cmic/economiaestadistica/pef2004/comunicados_G_E_F/overview %20construcci%C3%B3n_12feb10.pdf

3 Schuschny, Andrés Ricardo, Tópicos sobre el Modelo de Insumo-Producto: teoría y aplicaciones, Estudios Estadísticos y prospectivos, Cepal, 2005.

4 Schuschny, Andrés Ricardo, Tópicos sobre el Modelo de Insumo-Producto: teoría y aplicaciones, 2005.

5 La demanda final está compuesta por consumo privado, gasto de gobierno, inversión y exportaciones netas de importaciones.

6 Esto es aproximadamente el mismo monto de inversión descontando los efectos inflacionarios.

7 Se refiere a la generación adicional en la economía, es decir la diferencia entre la Producción Bruta Total registrada en la MIP y la estimada.

8 Infraestructura. Banco Mundial.

Disponible en: http://datos.bancomundial.org/tema/infraestructura Consultada el 23 de noviembre de 2014.

9 Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción. Los retos de la infraestructura en México 2013-2018. Primera edición, 2012. México.

Disponible en: http://www.cmic.org/cmic/economiaestadistica/2013/ Retos.pdf Consultada el 23 de noviembre de 2014.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de febrero de 2017.— Diputado Waldo Fernández González (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

«Iniciativa que adiciona el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jorge Álvarez Maynez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, Jorge Álvarez Maynez, diputado federal, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, y en sujeción a las facultades y atribuciones conferidas por el artículo 71 fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y los artículos 6 numeral 1, fracción I, y artículos 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, someten a la consideración de esta Asamblea, la Iniciativa con proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, bajo la siguiente

Exposición de Motivos

Todo Estado que aspire a tener una democracia robusta, necesita mecanismos de control de la constitucionalidad, que pretende controlar el poder estatal, lograr el equilibrio de poderes y garantizar la supremacía constitucional. Existen básicamente dos tipos del control de constitucionalidad:

Control difuso. Se deja en manos de los jueces integrantes del Poder Judicial la tarea de interpretar y aplicar la ley en el caso concreto, respetando en sus sentencias el principio de la supremacía constitucional. En este sistema, el control lo llevan a cabo todos los jueces. Son, a la vez, jueces de legalidad y de constitucionalidad.

Control concentrado. Se centraliza el ejercicio del control de constitucionalidad en un órgano único, que no forma parte del Poder Judicial, está fuera de su estructura normativa y se denomina Tribunal Constitucional.

El modelo americano o control difuso fue incorporado, diversos países latinoamericanos, desde mediados del siglo XIX. El primer país que lo incorporó dentro de su sistema jurídico fue México en 1841.

En cambio, el modelo europeo de control constitucional o control concentrado, que fue engendrado por el jurista Hans Kelsen, quien ideó el Tribunal Constitucional de Austria, creado en 1920. En América Latina, la incorporación de Tribunales Constitucionales se ha dado recientemente. Algunos ejemplos de ello son:

• Guatemala fue el primer país que introduce en su ordenamiento interno un Tribunal Constitucional.

• Chile creó el Tribunal Constitucional en 1971.

• Perú introdujo el Tribunal de Garantías Constitucionales en la Constitución de 1979.

• Colombia en la actual Constitución de 1991.

• Ecuador introdujo en 1945 la figura del Tribunal de Garantías Constitucionales, pero fue hasta 1996 que por medio de una reforma constitucional se le cambió de nombre a Tribunal Constitucional.

• Bolivia introdujo el Tribunal en 1999.

En México, tenemos un sistema mixto de control de la constitucionalidad, pero la única instancia competente para declarar la invalidez de las normas es la Suprema Corte a través de procedimientos especializados como la acción de inconstitucionalidad. En síntesis, funciona de la siguiente manera:

1. Los jueces del Poder Judicial de la federación al resolver controversias constitucionales, acciones de inconstitucionalidad y amparo, pueden declarar la invalidez de las normas que contravengan la Constitución.

2. Los demás jueces del país, en los asuntos de su competencia, podrán desaplicar las normas que infrinjan la Constitución Federal, pero sólo para efectos del caso concreto y sin declarar la invalidez de las disposiciones.

Por motivo de las reformas constitucionales de 1987 y 1994, la Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha ido convirtiendo en un tribunal que sólo resuelve asuntos constitucionales, acercándola al modelo kelseniano de tribunal constitucional. Sin embargo, aún conserva algunos rasgos que no permiten consolidarlo como tal: por ejemplo, no ha dejado de ser el máximo tribunal judicial de la Federación, y tiene también funciones de carácter administrativo y judicial ordinario.

En síntesis, existen tres tipos de tribunales: los de legalidad, los de constitucionalidad y los mixtos.

Los de legalidad resuelven los litigios cotidianos, como su nombre lo indica, cuestiones de mera legalidad.

Jorge Carpizo define al tribunal constitucional, como “el instrumento de la jurisdicción creado para conocer y decidir en última instancia sobre los conflictos de interpretación de la ley fundamental a través de las garantías constitucional-procesales. El tribunal goza de jerarquía superior respecto a los órganos constituidos secundarios y debe tener asegurada su independencia para que realmente defienda la Constitución.”

Puede decirse que, en síntesis, las tareas más importantes que deben de cumplir los tribunales constitucionales son las siguientes:

1. Interpretación de la Constitución

2. Defensa de la supremacía constitucional.

3. Intervención en la praxis política, en materia contencioso electoral.

4, Precontrol constitucional durante el proceso legislativo.

5. Control de la constitucionalidad en materia de: reforma constitucional, tratados internacionales.

6. Defensa de los derechos humanos. Revisión de resoluciones de otros órganos sobre acciones para la protección de los derechos de los gobernados (derechos colectivos o difusos).

La diferencia teórica entre un tribunal constitucional y uno ordinario estriba en que, el segundo sólo origina actos individuales, mientras que el primero, anula una norma general, realiza un acto contrario a la producción jurídica.

Finalmente, los tribunales mixtos realizan ambas funciones. En este rubro, podemos situar a nuestra Suprema Corte, pues como “heredera de su origen como tribunal de legalidad, de casación, conserva disposiciones de recursos y trámites ajenos a las competencias del tribunal constitucional que se ha pretendido desde finales de los años ochenta, y reforzado con la reforma constitucional de 1994-1995. Medios de defensa que por su naturaleza, el conocimiento debe corresponder a tribunales, y a otras instancias judiciales.”

En ese sentido, la presente iniciativa busca consolidar la transición de la Suprema Corte de Justicia de la Nación hacia un tribunal constitucional, propiamente dicho, quitándole la obligación de resolver los asuntos propios de los tribunales de legalidad y de los cuales, cotidianamente tiene que hacerse cargo.

Para lograrlo, se propone dotarla de la facultad de elegir libremente los asuntos que resolverá, mediante la adaptación de la figura del writ of certiorari del derecho norteamericano, por el cual, la Corte Suprema puede aceptar o rechazar el conocimiento de un asunto, para que la Corte pueda ejercer plenamente sus atribuciones en materia constitucional, prescindiendo del conocimiento de asuntos de escasa importancia general o relevancia social.

Gracias al writ of certiorari, la Suprema Corte estadounidense está facultada para transmitirle a los tribunales inferiores el conocimiento de ciertos asuntos, pues se considera razonable que “el Superior Tribunal de una Nación, ante el cual se discuten los temas más inquietantes para la población, se encuentre dotado de esta válvula de admisión que evite la ineficiencia por saturación.”

Las razones que explican la existencia de los tribunales constitucionales en los Estados democráticos contemporáneos son las siguientes:

El cambio de la supremacía de la ley por la supremacía de la Constitución: Los tribunales constitucionales tienen su porqué dentro del Estado Constitucional que le da un rango más elevado a la Constitución por sobre la ley.

El control constitucional y la jurisdicción ordinaria: El nuevo paradigma constitucional implica crear un órgano especializado, autónomo e independiente que se encargue del control jurisdiccional y de la protección de los derechos fundamentales.

La existencia de tribunales constitucionales no es contraria a la separación de poderes: La garantía de la Constitución reposa en la probabilidad de anular los actos que sean contrarios a ella. El órgano encargado de declarar inconstitucionales las leyes contrarias a la Constitución es el Tribunal Constitucional.

En ese sentido, queda claro que quienes resuelven cuestiones de constitucionalidad, deben tener una formación y sensibilidad distinta a la de los juzgadores tradicionales, dada la relevancia y las implicaciones que tienen para la Nación sus resoluciones. El jurista alemán Otto Bachof sostiene que: “La labor, llena de responsabilidad, de la interpretación normativa de la Constitución y de protección de su sistema de valores, necesita una instancia especializada de estas cuestiones, requiere personas de notoria experiencia en cuestiones de derecho y de práctica constitucionales; una experiencia –en definitiva– que no tiene el juez ordinario, ni puede tenerla.”

En la actualidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación presenta una sobrecarga de trabajo, que no le permite llevar a cabo sus funciones de tribunal constitucional con la plenitud y especialización que se desearía. De acuerdo con el informe de labores de 2016 rendido por el Ministro Luis María Aguilar Morales, la Corte recibió 16 mil 139 expedientes en ese año, de los cuales resolvió 12 mil 600. Esa cifra representa cuatro veces más que los asuntos recibidos en 2009, los cuales, de acuerdo con el Ministro, fueron aproximadamente 4 mil 460. Para poner esa cifra en contexto, hizo un ejercicio comparativo del trabajo de nuestra Corte frente a las Cortes Constitucionales de países como Estados Unidos y Canadá, que conocieron en 2016, 80 y 74 asuntos, respectivamente; España, 274 casos; y Chile, que registra un promedio de 115 asuntos al año.

Aguilar Morales señala que, a diferencia de la Corte mexicana, las Cortes mencionadas tienen la facultad “de no aceptar los asuntos que consideren que no reúnen las características necesarias y no tienen, por ende, el deber irrenunciable de conocer y resolver, ya que a esos tribunales sólo debe corresponder ocuparse de asuntos de trascendencia nacional.”

Por ello, proponemos consolidar la Suprema Corte de Justicia de la Nación como un tribunal constitucional, es decir, un órgano ad hoc, especializado, altamente técnico que se encargue exclusivamente de vigilar el acatamiento de la Carta Magna.

En términos prácticos, una ventaja que ello traería es que se resultaría más fácil para todos los ciudadanos, abogados postulantes y juzgadores de todo el país, tener un seguimiento más cercano de las resoluciones que dicta la Corte, lo cual abonaría a fortalecer la cultura constitucional y de derechos humanos en nuestro país.

Además, esa disminución en el número de expedientes permitiría adelgazar la estructura burocrática y los gastos de la Corte, reduciendo el personal que actualmente se ocupa de la sobrecarga de trabajo. Los asuntos rechazados por la Corte, podrían delegarse a los órganos judiciales ya existentes, tales como los Plenos o Tribunales Colegiados de Circuito.

La mencionada propuesta se hace en el entendido de que los tribunales constitucionales son necesarios y trascendentales para alcanzar los objetivos de una democracia, cuyo armazón institucional implica la existencia de controles, como el control constitucional. Son importantes ya que dentro de sus funciones se encuentran la de asegurar el equilibrio de poderes, proteger los derechos fundamentales y garantizar la supremacía de la Constitución. El órgano que garantiza el cumplimiento de las aspiraciones del Estado de Derecho es el Tribunal Constitucional.

Por lo expuesto, se somete a su consideración, la presente iniciativa con proyecto de

DecretoQue reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo Único. Se adicionan dos últimos párrafos al artículo 105, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 105. ...

I. ...

a) a l) .........

II. ......

a) a i) ............

III. .........

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, a fin de dar prioridad al conocimiento y resolución de asuntos directamente relacionados con la constitucionalidad de una norma general o de un acto de autoridad, o sobre la interpretación directa de un precepto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, o de la protección de los derechos humanos establecidos en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte o de los alcances o límites de nuevos derechos, podrá elegir libremente los asuntos que conocerá y resolverá, sin la necesidad de justificar la causa por la que los atrajo.

Los asuntos que sean rechazados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, serán conocidos y resueltos por los Tribunales Colegiados de Circuito del Poder Judicial de la Federación, en los términos que determine la ley reglamentaria.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Congreso de la Unión deberá, en un plazo de noventa día a partir de que el presente decreto entre en vigor.

Notas:

1 García Belaunde, Domingo. Los tribunales constitucionales en América Latina, CIDH, Disponible en: http://www.corteidh.or.cr/tablas/12843a.pdf

2Ibíd.

3 Ibíd.

4 Ibíd.

5 González de la Vega, Geraldina, Control de Constitucionalidad y de Convencionalidad en la SCJN, Animal Político, Disponible en: http://www.animalpolitico.com/blogueros-treinta-y-siete-grados/2012/01/09/contr ol-de-constitucionalidad-y-de-convencionalidad-en-la-scjn/

6 Ibíd.

7 Tribunal Constitucional estudio teórico conceptual y de derecho comparado, Cámara de Diputados, Disponible en: http://www.diputados.gob.mx/sedia/sia/spi/DPI-ISS-03-05.pdf

8 Carpizo, Jorge, El tribunal constitucional y el control de la reforma constitucional, IIJ, Disponible en: https://archivos.juridicas.unam. mx/www/bjv/libros/6/2894/17.pdf

9 Uribe Arzate, Enrique. El Tribunal Constitucional en México: perspectiva y posibilidad, IIJ, Disponible en: https://archivos.juridicas. unam.mx/www/bjv/libros/1/343/24.pdf

10 Informe anual de labores 2016 del Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal.

Disponible en: https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/informe_labores_transparencia/versi on/2016-12/INFORME%20MINISTRO%20PRESIDENTE%202016.pdf

11 Soto, Carlos, Es hora de consolidar a la Suprema Corte como tribunal constitucional de México,The Huffington Post, Disponible en: http://www.huffingtonpost.com.mx/carlos-soto/carlos-soto/es-hora-de-consolidar- a-la-suprema-corte-como-tribunal-constituc/

12 Oteiza, Eduardo, El certiorari o el uso de la discrecionalidad por la Suprema Corte de Justicia de la Nación sin un rumbo preciso, Revista Jurídica de la Universidad de Palermo, disponible en: http://www.palermo.edu/derecho/publicaciones/pdfs/revista_juridica/n3N1-Abril19 98/031Juridica06.pdf

13 Ibíd.

14 Ibíd.

15 Ibíd.

16 Ibíd.

18 Obra citada, Soto, Carlos.

19 Ibíd.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2017.— Diputado Jorge Álvarez Maynez (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

PROPOSICIONES



ADQUIRIR CAMIONES DE TRANSPORTE DE AGUA POTABLE DENOMINADOS “PIPAS” Y PROGRAMAS DE CAPTACIÓN DE AGUA DE LLUVIA

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sedesol a incorporar en el catálogo de Lineamientos del Fondo de Aportaciones a la Infraestructura Social la opción de adquirir camiones cisterna para transportar agua potable y establecer programas de captación de la pluvial, a cargo de la diputada Ana Leticia Carrera Hernández, del Grupo Parlamentario del PRD

Quien suscribe, Ana Leticia Carrera Hernández, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás aplicables, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo, mediante el cual se exhorta al titular de la Secretaria de Desarrollo Social del gobierno federal, al tenor de los siguientes:

Considerandos

La delegación Iztapalapa, de acuerdo al último censo del Inegi, contaba con una población de 1, 815, 780 habitantes, de los cuales estaban distribuidos en 460, 691 viviendas, donde sólo 445, 620 contaban con red de agua potable. El Sistema de Aguas de la Ciudad de México en su informe sobre la calidad de agua señala que cerca de 38 colonias reciben el vital líquido sin que sea considerado 100 por ciento potable, es decir es agua con algunos parámetros fuera de norma (principalmente fierro y manganeso) cuyo consumo no representa un riesgo para la salud, estas colonias se encuentran principalmente en la zonas más marginadas y por lo mismo las de mayor concentración demográfica. Estos datos son de suma importancia ya que se muestra que una buena parte de la población de la delegación Iztapalapa no cuentan con un servicio de calidad. Cierto es que de acuerdo a los datos de Sistema de Aguas de la Ciudad de México muchas de las colonias de la Delegación reciben suministro vía tandeo, que es enviado a los hogares una máximo dos veces a la semana.

A pesar de ser reconocido en el artículo 4o. constitucional como un derecho humano al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible, el suministro se ve seriamente comprometido en las épocas de estiaje que corren principalmente en los meses de abril a junio, donde colonias completas se quedan sin el vital líquido, y que la manera en cómo se da un paliativo al problema es mediante la distribución vía camiones denominados “ pipas”, que si bien ayuda a contener una crisis que cada año aqueja a la ciudadanía es insuficiente porque no existen los vehículos necesarios para transportar el agua que se requiere en cada uno de los hogares. Siendo una medida que en términos de gasto es muy cara ya que al no contar con los vehículos suficientes la delegación se ve obligada a rentar los camiones de transporte de agua para cubrir la alta demanda de los habitantes, siendo una problemática que pudiera disminuirse en su gasto adquiriendo vehículos o crear otras políticas sociales.

Por otra parte se ha implementado de manera exitosa en algunos planteles educativos de la delegación, la captación de agua de lluvia, donde por medio de filtros y sistemas de purificación transforman el agua de lluvia en agua potable que permite cubrir una parte de la demanda de suministro del vital líquido. Se ha intentado llevar estos sistemas de captación a los hogares para coadyuvar en la problemática existente, pero al ser zonas marginadas no cuentan con los recursos suficientes para implementarlas. Esto no implica que no se siga solicitando a las autoridades correspondientes a cubrir la demanda mediante la red de agua potable y que esta sea de calidad y cantidad suficiente.

Es de todos conocido que no se cuenta con los recursos suficientes para hacer frente a esta histórica problemática que aqueja la delegación Iztapalapa, pero el Fondo de Aportaciones a la Infraestructura Social, ha sido un paliativo para ayudar a combatir los rezagos sociales que padece la Delegación. Dentro del catálogo de obras ya acciones que se pueden realizar se encuentran opciones como depósito o tanque de agua potable, pozo artesiano, pozo profundo de agua potable o colector de captación de agua pluvial.

El Fondo de Aportaciones a la Infraestructura Social (FAIS) conforme a lo señalado en el artículo 33 de la Ley de Coordinación Fiscal, se destina exclusivamente al financiamiento de obras, acciones sociales básicas y a inversiones las cuales deberán beneficiar directamente a población en pobreza extrema, localidades con alto o muy alto nivel de rezago social conforme a lo previsto en la Ley General de Desarrollo Social y en las zonas de atención prioritaria. El FAIS, se divide en dos fondos: el Fondo de Infraestructura Social Estatal y el fondo de Infraestructura Social Municipal.

Además los gobiernos locales deben utilizar los recursos del FAIS para la realización de obras y acciones que atiendan prioritariamente las carencias sociales identificadas en el Informe Anual sobre la Pobreza. Para ello, los gobiernos locales deben incorporar a su plan de desarrollo estatal y municipal o de las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México, la información contenida en el Informe Anual, el cual permite identificar qué indicadores de situación de pobreza y rezago social son prioritarios de atender para mejorar el bienestar de las comunidades. Las obras y acciones que se pondrán realizar se encuentran en el Catálogo publicados en los lineamientos del FAIS, de no ser así se considera un proyecto especial, los cuales serán revisados y aprobados para poder subirse a la Matriz de Inversión para el Desarrollo Social.

A pesar de ser un fondo noble en su conjunto es limitado en su Catálogo, por tal motivo es conveniente incorporar a sus opciones de obras y acciones, la posibilidad de que poder adquirir los camiones de transporte de agua potable denominados “pipas” y programas de captación de agua de lluvia. Siendo importante su incorporación para hacer frente a la problemática del agua que ya ha rebasado la capacidad de operación y solución que pueda dar la Comisión Nacional del Agua y el Sistema de Aguas de la Ciudad de México.

Por lo antes descrito someto a consideración de esta soberanía el presente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al titular de la Secretaría de Desarrollo Social del gobierno federal para que se incorpore al catálogo de Lineamientos del Fondo de Aportaciones a la Infraestructura Social las opciones de poder adquirir camiones de transporte de agua potable denominados “pipas” y programas de captación de agua de lluvia.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2017.— Diputada Ana Leticia Carrera Hernández (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen.



INFORME A LA SOCIEDAD MICHOACANA SOBRE EL MONTO DE LOS AHORROS GENERADOS Y EL AVANCE EN EL CUMPLIMIENTO DE DICHO DECRETO

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Michoacán a informar a la sociedad local, en el marco del decreto administrativo de medidas de austeridad, transparencia y eficiencia del gasto de la administración pública del estado, sobre el monto de los ahorros generados y el avance en el cumplimiento del decreto, suscrita por el diputado Omar Noé Bernardino Vargas e integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

Quienes suscriben, diputado Omar Noé Bernardino Vargas e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La difícil situación económica por la que atraviesa el país, caracterizada por la disminución de los precios del petróleo y una alta inestabilidad de los mercados financieros internacionales, ha colocado a las finanzas públicas nacionales en una situación delicada que ha hecho necesaria la implementación de diversos ajustes al gasto público que, aunque han afectado sólo aquellos rubros no prioritarios para el cumplimiento de los fines del Estado, han provocado manifestaciones de descontento entre diversos sectores sociales.

Esta situación, de por sí compleja, vino a empeorar con el relevo en la presidencia de los Estados Unidos, pues el nuevo presidente ha adoptado desde el inicio de su mandato una postura claramente antimexicana que, más allá de las implicaciones políticas, tarde o temprano tendrá un impacto negativo en nuestra economía. Lo anterior ha obligado a distintos actores políticos a asumir compromisos de austeridad en busca de amortiguar el impacto de las presiones externas sobre las finanzas del país.

En ese contexto, fue que el titular del Ejecutivo federal convocó a los mexicanos a sumarse a un gran esfuerzo de unidad y a los sectores productivos a la solidaridad para enfrentar los momentos de adversidad por los que atraviesa nuestro país. Los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los gobernadores, los partidos políticos, los órganos autónomos y distintas organizaciones sociales han ratificado su compromiso para enfrentar la actual coyuntura en concordia, sin olvidar sus diferencias, pero anteponiendo la unidad nacional y siguiendo esta lógica es que se han concretado ajustes al gasto de cada una de las instituciones públicas para contribuir con la austeridad que exige la situación actual.

En esta difícil coyuntura resulta inadmisible que en algunas entidades del país se continúe con el derroche de los recursos públicos. Es el caso de Michoacán, donde los medios de comunicación locales, con base en información solicitada vía transparencia, han denunciado un exceso de gastos superfluos por parte de la autoridad estatal.

En efecto, recientemente la opinión pública michoacana ha constatado que el gobierno de Silvano Aureoles Conejo, ha ejercido tan sólo el año pasado alrededor de 673 millones pesos en conceptos como “servicios de publicidad”, “alimentos y utensilios”, “combustible, lubricantes y aditivos”, “vehículos y equipos de transporte” así como “vestuario, blancos, prendas de protección y artículos deportivos”, entre otros. Esto a pesar de que apenas el año pasado se anunció la ejecución de un plan de austeridad estatal.

Fue el 25 de febrero del año pasado cuando el gobernador michoacano, junto con los representantes de los Poderes Legislativo y Judicial, firmaron el Decreto Administrativo de Medidas de Austeridad, Transparencia y Eficiencia del Gasto Público de la Administración Pública del Estado. No obstante, en el apartado de transparencia de la Secretaría de Finanzas y Administración, se revela que la autoridad estatal erogó, en “Gasto Etiquetado y No Etiquetado”, los siguientes montos:

• Por concepto de “servicios de comunicación social y publicidad”, un total de 251 millones 477 mil 863 pesos.

• Por concepto de “alimentos y utensilios”, el monto total gastado en esos mismos rubros, fue de 166 millones 71 mil 126 pesos.

• En el caso de “combustible, lubricante y aditivos”, el total ejercido en los rubros “gasto etiquetado y no etiquetado” fue de 122 millones 209 mil 955 pesos.

• En “vehículos y equipo de transporte”, la cantidad total fue de 52 millones 437 mil 640 pesos.

• En “vestuario, blancos, prendas de protección y artículos deportivos”, el monto total 38 millones 787 mil 890 pesos.

• Finalmente, por concepto de “servicios de traslado y viáticos”, la cantidad final fue de 37 millones 264 mil 171 pesos.

En el caso específico del gasto en publicidad debemos hacer notar que el gobierno de Michoacán mantiene una tendencia a la alza, pues en 2015, de los 19.8 millones de pesos aprobados, su erogación por este concepto se disparó a los 147.6 millones de pesos, un aumento de 647 por ciento. Por si fuera poco, esa partida subió casi al doble en el año 2016.

En el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, consideramos que todos debemos ser parte del esfuerzo de austeridad que la sociedad reclama. De ahí que a principios del mes de febrero de 2017 hayamos presentado ante esta soberanía sendas iniciativas en las que proponemos una adición el artículo 6o. de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, con objeto de lograr hasta una reducción de 85 por ciento al gasto no estratégico en la administración pública federal, en los Poderes Legislativo y Judicial, así como en los órganos autónomos, es decir, ahorrar en conceptos como: el uso de vehículos oficiales, vales de gasolina, giras internacionales y telefonía celular, etcétera. Asimismo, reducir 50 por ciento de los gastos en: viáticos, pasajes, hospedaje, papelería y consumibles de oficina e imprenta, con lo cual se podrían generar ahorros de entre 10 y 17 mil millones de pesos, aproximadamente. En este sentido, esperamos, por el bien del país y atendiendo el interés general, que los gobiernos de los estados se sumen a estos esfuerzos e implementen medidas para reducir los gastos innecesarios.

Por lo anteriormente expuesto sometemos a la consideración de esta honorable asamblea los siguientes:

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobierno del estado de Michoacán a que, en el marco del Decreto Administrativo de Medidas de Austeridad, Transparencia y Eficiencia del Gasto Público de la Administración Pública del Estado, signado el 25 de febrero de 2016, informe a la sociedad michoacana sobre el monto de los ahorros generados y el avance en el cumplimiento de los objetivos de dicho decreto.

Segundo. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobierno del estado de Michoacán a que detenga el derroche de recursos públicos en gastos innecesarios y que éstos se inviertan en programas de auténtico interés social y obras de infraestructura en beneficio de las y los michoacanos.

Nota:

1 https://www.contramuro.com/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2017.— Diputados: Omar Noé Bernardino Vargas, Jesús Sesma Suárez (rúbricas).»

Se remite a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.



MODIFICAR LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA PENSIÓN A ADULTOS MAYORES

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sedesol a modificar las Reglas de Operación del programa Pensión a Adultos Mayores, a cargo de la diputada Norma Xochitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, Norma Xochitl Hernández Colín, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Regeneración Nacional en la XLIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, por medio del presente somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Desarrollo Social a modificar las Reglas de Operación del programa Pensión a Adultos Mayores.

Lo anterior, al tenor de las siguientes

Consideraciones

En el país opera el programa Pensión para Adultos Mayores, por medio del cual se entregan apoyos económicos de mil 160 pesos cada dos meses a personas adultas mayores de 65 años. Sin embargo, su cobertura se encuentra limitada, ya que para ser persona beneficiaria se requiere no recibir ingresos superiores a 1 mil 92 mensuales por concepto de pago de pensión otorgada por el Instituto Mexicano del Seguro Social, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado o alguna entidad de la administración pública.

Se advierte que tal circunscripción de personas beneficiarias es regresiva y por ende negativa, ya que las personas adultas mayores representan uno de los grupos más vulnerables, en México representan cerca de 7 por ciento de la población total y cada año incrementa en cerca de 200 mil personas, de acuerdo a la Encuesta Intercensal de 2015, realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

Según el Consejo Nacional de Población, en el país viven más de 8 millones de personas mayores de 60 años y, para 2050, este sector será una cuarta parte de la población total del país, alcanzando los 32 millones de personas.

En cuanto a su vulnerabilidad, el Observatorio de Política Social y Derechos Humanos indica que la situación de las personas adultas mayores requiere atención prioritaria por parte de la administración pública, ya que derivado del envejecimiento, las personas sufren discriminación motivada por estereotipos relacionados con la vejez, no son sujetos de crédito por parte de instituciones bancarias, sufren abandono familiar, violencia física y psicológica, debilidad de mecanismos que otorguen garantías a su patrimonio y dificultad de conseguir empleo y que, en algunos casos, a pesar de contar con alguna pensión contributiva, ésta no aporta elementos económicos para dignificar su condición.

Desde la creación del Instituto Nacional de la Senectud, actual Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, el gobierno federal ha asumido de manera parcial la responsabilidad de brindar atención especial a las personas adultas mayores, como vanguardia, en el otrora Distrito Federal se creó un programa social de transferencia monetaria que posteriormente fue reconocido como parte del ordenamiento jurídico local, al ser convertido en una ley que atendía de manera universal a las personas adultas mayores de 68 años de edad.

La subsecretaria de Prospección, Planeación y Evaluación de la Secretaría de Desarrollo Social, mencionó que la entrega de apoyo económico forma parte de la visión garantista del Estado, ya que se ha demostrado que contar con recursos económicos suficientes, propicia una mejora en los niveles de atención preventiva de los síntomas de deterioro de la salud física y mental, disminuyendo los costos de la atención de las enfermedades crónicas, aumentando la calidad de vida de las personas adultas mayores.

No obstante lo anterior, se estima que la atención prestada por el gobierno federal es insuficiente y limitada, ya que no atiende, como en la Ciudad de México, a la totalidad de personas adultas mayores, siendo que todas ellas forman parte del mismo grupo social sujeto a vulnerabilidad, esto, bajo la premisa de que hay quienes reciben una pensión como resultado de los años de servicios prestados, sin embargo, se trata de pensiones económicamente bajas que distan de ser dignas.

De acuerdo con la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, las pensiones mexicanas ocupan uno de los niveles más bajos de los países integrantes de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, ya que en el mejor de los casos, las personas reciben al momento de pensionarse por jubilación, en promedio 26 por ciento de su último salario.

En atención de lo anterior, la propia comisión presentó un estudio sobre el sistema de ahorro para el retiro en México, donde recomendó realizar una reforma al sistema de pensiones ya que las personas recibirán montos insuficientes en un contexto en el que la esperanza de vida va en aumento.

Al respecto, la Asociación de Jubilados y Pensionados del Instituto de Seguridad Social al Servicio de los Trabajadores del Estado, menciona que no hay manera de vivir dignamente con el recurso que cada mes reciben las personas pensionadas, que en la mayoría de los casos no supera los tres mil pesos, por lo que es necesario el apoyo por parte del gobierno para las personas adultas mayores, además de realizar las adecuaciones legales a que haya lugar, con la intención de que a futuro el problema no empeore y se logre una vejez digna.

La Escuela Nacional de Trabajo Social de la Universidad Nacional Autónoma de México denuncia que se desperdició la oportunidad de planear la adultez y vejez de millones de personas, ya que con las reformas planteadas, se reduce de forma significativa que una persona adulta se pensione y con ello viva una etapa de adultez “tranquila’’, pues dado el modelo actual se contará con personas cuya pensión sólo les permitirá, si acaso, la satisfacción de alimentos.

Derivado lo anterior, se estima imprudente que la pensión para personas adultas mayores que entrega el gobierno federal excluya a las personas que reciben una pensión que de ninguna manera es suficiente para sufragar todos los gastos relacionados con la dignificación de la vejez, entendiéndose esta no sólo con el poder adquisitivo relacionado a la alimentación, sino a todos y cada uno de los derechos sociales considerados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Como corolario de lo anterior, es menester recordar lo dispuesto en la fracción I del artículo 1o. de la Ley General de Desarrollo Social, la cual menciona que el objeto de la ley es garantizar el pleno ejercicio de los derechos sociales consagrados en la Constitución, asegurando el acceso de toda la población al desarrollo social; por lo que no existe argumento lógico o jurídico que legitime el menoscabo de los derechos de las personas adultas mayores, menos si éste se basa en un argumento subjetivo como la recepción de una pensión que, de todas formas no resuelve los problemas generados por el envejecimiento y por la falta de recursos económicos.

Por las consideraciones vertidas, someto a la consideración del pleno de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único.La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Desarrollo Social a adecuar las Reglas de Operación del programa Pensión a Adultos Mayores, a efecto de que cualquier persona adulta mayor pueda ser beneficiaria de él, sin importar si recibe una pensión contributiva o no.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2017.— Diputada Norma Xochitl Hernández Colín (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen.



CREACIÓN Y FORTALECIMIENTO DE PROGRAMAS ENCAMINADOS A LA PROTECCIÓN DE LA MUJER

«Proposición con punto de acuerdo, por el cual se exhorta al Ejecutivo federal a instalar por la Segob y el Inmujeres centros permanentes de atención de mujeres y niñas víctimas de violencia en las principales ciudades; vigilar que éstos hagan efectivo el acceso de ellas a servicios de salud física, psicológica y psiquiátrica, asistencia legal y formación para el empleo; y crear y fortalecer programas encaminados a proteger a las mujeres, a cargo de la diputada Marbella Toledo Ibarra, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, Marbella Toledo Ibarra, Diputada Federal a la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en los artículos 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta honorable asamblea, proposición con punto de acuerdo, bajo la siguiente

Exposición de Motivos

La violencia es comportamiento deliberado que provocan daños físicos o psíquicos a una persona; “dar interpretación o sentido violento a lo dicho o escrito; entrar en una casa u otra parte contra la voluntad de su dueño; poner a alguien en una situación violenta o hacer que se moleste o enoje”.

Actualmente en el país, la violencia es sin duda uno de los elementos que continua perpetuo en la nación mexicana. Al respecto, ONU-Mujeres, señala que:

“En todo el mundo, una de cada tres mujeres ha sufrido violencia física o sexual, principalmente por parte de un compañero sentimental. Ya sea en el hogar, en la calle o en los conflictos armados, la violencia contra mujeres es una pandemia mundial que ocurre en espacios públicos y privados”.

En el ámbito internacional, La Declaración sobre la eliminación de la Violencia contra la Mujer, señala que violencia contra la mujer, se entiende todo acto de violencia basada en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado de un daño o sufrimiento físico, sexual o sicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada, este mismo ordenamiento, en su artículo 2º, de manera enunciativa, refiere que los actos de violencia contra las mujeres son:

• La violencia física, sexual y sicológica que se produzca en la familia, incluidos los malos tratos, el abuso sexual de las niñas en el hogar, la violencia relacionada con la dote, la violación por el marido, la mutilación genital femenina y otras prácticas tradicionales nocivas para la mujer, los actos de violencia perpetradas por otros miembro de la familiar y la violencia relacionada con la explotación, y

• La violencia física, sexual y sicológica perpetrada dentro de la comunidad en general, inclusive la violación, el abuso sexual, el acoso y la intimidación sexuales en el trabajo, en instituciones educacionales y en otros lugares, la trata de mujeres y la prostitución forzada.

Un estudio reciente elaborado por Amnistía Internacional, denominado: “Sobrevivir a la muerte tortura de mujeres por policías y fuerzas armadas en México”, de este año, en el que señala que:

“En la “guerra contra el narcotráfico” de México la tortura está generalizada, pero se resta importancia o se ignora en gran medida su impacto en las mujeres. Este informe analiza las historias de 100 mujeres que denunciaron tortura y otras formas de violencia durante su arresto a interrogatorio a manos de la policía y las fuerzas armadas. Palizas brutales, amenazas de violación a las mujeres y a sus familias, semiasfixia, descargas eléctricas en los genitales, manoseo de pechos y pellizcos en los pezones; violación con objetos, dedos, armas de fuego y penes; estas no son más que algunas de las formas de violencia infligidas a las mujeres, en muchos casos con la intención de hacerles “confesar” delitos graves.

Todas las mujeres entrevistadas por Amnistía Internacional mencionaron algún tipo de maltrato físico o psicológico; 72 denunciaron violencia sexual, de las que 33 denunciaron violación. Todas ellas permanecen en prisión, acusadas de delitos graves y tras haber recibido poca atención médica o psicológica. Pero sus torturadores están en la calle.

El Estado mexicano tiene la obligación y la oportunidad de actuar sobre esta cuestión. Un mecanismo de seguimiento de casos de tortura sexual contra mujeres es un paso en la dirección correcta, pero necesita ser reforzando con urgencia, pues sigue estando inactivo. Hace falta aprobar urgentemente una Ley General contra la Tortura para garantizar que todas las declaraciones y pruebas obtenidas mediante estas prácticas ilegales quedan excluidas de las actuaciones judiciales.”

Ante esta situación de violencia e inseguridad contra las mujeres y niñas que habitan o transitan en el territorio Nacional, las féminas se encuentran bajo una condición de vulnerabilidad frente a la violencia que es generalizada y que hasta el día de hoy, no ha sido resulta.

Durante de la conmemoración del Día Internacional de la Erradicación de la Violencia Contra la Mujer, Wendy Figueroa, directora general de la Red Nacional de Refugios, señaló que: “En México estamos en una crisis de violencia de género comprobada con datos estadísticos alarmantes, dos de tres mujeres viven violencia-“

Otro lastimoso ejemplo de la violencia de género que sigue imperando en nuestro país fue la agresión de sufrida por la Senadora Ana Gabriela Guevara, lo hasta ahora expuesto permite concluir que en México la violencia de género sigue siendo una tarea pendiente, por lo que es urgente exhortar al Gobierno Federal para que a través de la Secretaria de Gobernación y el Instituto Nacional de la Mujer instalen de manera permanente centros de atención a mujeres y niñas que han sufrido violencia en las principales ciudades del país; además de que estos hagan efectivo el acceso a servicios de salud: física, psicológica, psiquiátrica, asistencia legal, formación para el empleo; así como la creación y fortalecimiento de programas encaminados a la protección de la mujer, con el fin de brindarle a la mujer una asistencia integral; por estas razones, nos permitimos someter a la consideración del pleno, la presente proposición los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero.La LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con pleno respeto a los órdenes de gobierno y esferas de competencia, hace un atento y respetuoso exhorto al Titular del Poder Ejecutivo de los Estados Unidos Mexicanos, Licenciado Enrique Peña Nieto, para que a través de la Secretaría de Gobernación y del Instituto Nacional de las Mujeres, instalen de manera permanente centros de atención a mujeres y niñas que han sufrido violencia en las principales ciudades país.

Segundo.La LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con pleno respeto a los órdenes de gobierno y esferas de competencia, hace un atento y respetuoso exhorto al Titular del Poder Ejecutivo de los Estados Unidos Mexicanos, Licenciado Enrique Peña Nieto, para que a través de la Secretaría de Salud y del Instituto Nacional de las Mujeres, vigilen de manera permanente que las mujeres y niñas que han sufrido violencia tengan acceso pleno a los servicios de salud: física, psicológica, psiquiátrica, asistencia legal, formación para el empleo.

Tercero.La LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con pleno respeto a los órdenes de gobierno y esferas de competencia, hace un atento y respetuoso exhorto al Titular del Poder Ejecutivo de los Estados Unidos Mexicanos, Licenciado Enrique Peña Nieto, para que a través de la Secretaría de Gobernación y del Instituto Nacional de las Mujeres, instrumenten programas encaminados a la protección de la mujer, con el fin de brindarles una asistencia integral.

Notas:

1 Real Academia Española, Diccionario de la lengua española, [en línea], 2016, 23ª. ed. Disponible en:

http://dle.rae.es/?id=brhWhJl|brjKWH1.

2 ONU-Mujeres, Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, Dieciséis Días de Activismo contra la Violencia de Género, Infografía: Violencia contra las mujeres, [en línea], 2016. Disponible en Internet:

http://www.unwomen.org/es/digital-library/multimedia/2015/ 11/infographic-violence-against-women.

3 Gobierno de la Republica, Secretaría de Gobernación, Orden Jurídico Nacional, Declaración sobre la eliminación de la Violencia contra la Mujer, http://www.ordenjuridico.gob.mx/TratInt/Derechos%20Humanos/INST%2018.pdf

4 Ibídem.

5 Amnistía Internacional, Sobrevivir a la muerte tortura de mujeres por policías y fuerzas armadas en México, [en línea], 2016, formato pdf, Disponible en Internet: https://www.amnesty.org/es/documents/ amr41/4237/2016/es/.

6 Agencia EFE. W radio. Internacionales. México enfrenta una crisis de violencia de género: Red Nacional de Refugios. 25 de noviembre de 2016 [en línea] Disponible en http://www.wradio.com.co/noticias/internacional/mexico-enfrenta-una-crisis-de-v iolencia-de-genero-red-nacional-de-refugios/20161125/nota/3314494.aspx

7 Agresión suscitada el domingo 11 de diciembre de 2016.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de febrero de 2016.— Diputada Marbella Toledo Ibarra (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.



RESOLVER LA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR LA CNDH, A LOS ARTÍCULOS 72 FRACCIÓN II, INCISO A), 119 FRACCIÓN XI, Y 122, DE LA LEY NACIONAL DEL SISTEMA INTEGRAL DE JUSTICIA PENAL PARA ADOLESCENTES

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCJN a resolver la acción de inconstitucionalidad promovida por la CNDH sobre los artículos 72, fracción II, inciso a), 119, fracción XI, y 122 de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, a cargo del diputado Érik Juárez Blanquet, del Grupo Parlamentario del PRD

Con fundamento en el artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, el que suscribe, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presenta ante esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo bajo las siguientes

Consideraciones

El pasado 16 de junio de 2016 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes. Dicha ley se expidió por mandato de la reforma constitucional de 2015 en la que se establece la creación de un nuevo sistema de justicia penal para los adolescentes que tengan entre doce y dieciocho años de edad y que se encuentren en conflicto con la ley por haber llevado a cabo conductas que sean consideradas delitos.

Este nuevo sistema delineado en la Constitución, pretende instaurar un andamiaje jurídico e institucional especializado que se diferencie del sistema de justicia penal que existe para las personas adultas, de tal forma que se garantice que haya instituciones, tribunales y autoridades especializadas en la procuración e impartición de justicia para adolescentes y que se enfoquen en la reinserción y reintegración social y familiar de las personas menores de 18 años que hayan cometido algún delito, garantizando en todo momento el respeto a sus derechos especiales, dado que se trata de personas que aún se encuentran en proceso de formación y desarrollo.

No obstante lo dispuesto por la Constitución, la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia para Adolescentes recientemente expedida por el Congreso, contiene varias disposiciones que vulneran principios fundamentales establecidos en la Constitución respecto a los derechos de los menores y a su condición de personas en desarrollo, ya que contempla dentro del proceso penal para adolescentes, una serie de medidas precautorias como la prisión preventiva o el resguardo domiciliario, que son instrumentos que carecen de base constitucional.

Estas medidas excesivas que contiene la nueva ley, fueron observadas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, e incluso fueron motivo de la demanda de acción de inconstitucionalidad que presentó la comisión el 18 de julio de 2016 ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La demanda promovida por la Comisión Nacional de Derechos humanos impugna los artículos 72 fracción II, inciso a), 119 fracción XI, y 122, de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, bajo el argumento de que “la medida precautoria de prisión preventiva, viola los principios del sistema integral de justicia para adolescente, así como el principio de presunción de inocencia previstos en los artículos 18 y 20, apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 40 de la Convención sobre los Derechos del Nin?o.”

En la demanda de acción de inconstitucionalidad, la Comisión de los Derechos Humanos argumenta lo siguiente respecto a las medidas precautorias previstas en la ley:

“...la prisión preventiva, cuyo objeto es privar del derecho de la libertad de tránsito al adolescente, se aparta del fin constitucionalmente legítimo, que el Constituyente Permanente señaló para el sistema integral de justicia para adolescentes, donde se busca ampliar la medida más benigna posible entre todas las medidas que reúnan la característica de idoneidad, es decir, la que menos afecte el derecho fundamental, es por eso, que sólo se reconocen las medidas de orientación, protección y tratamiento.

De ello se infiere, que el prever la prisión preventiva como una medida restrictiva de la libertad de tránsito de adolescentes y adultos jóvenes, atenta contra las finalidades constitucionales de dicho sistema, al tener un perfil más punitivo que orientador para el adolescente.”

Asimismo, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos señala que la prisión preventiva contradice los artículos 16, 18, 19, 20, 21 y 22 de la Constitución, tal como se muestra a continuación:

“La medida prevista en la norma impugnada, contradice los artículos 16 – retención ministerial por cuarenta y ocho horas-; 18 –prisión preventiva–; 19 – setenta y dos horas para resolver la situación jurídica del indiciado o imputado-; 20 –principios de proceso penal–; 21 –compurgación de penas judiciales–; y, 22 –pena inusitada–; todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que regulan los derechos a la libertad personal, de seguridad jurídica y de legalidad, entre otros; partiendo de que tales preceptos sólo autorizan la detención de una persona, por flagrancia, urgencia, auto vinculatorio o de formal prisión, prisión preventiva, compurgación de penas e infracciones administrativas y no contempla la posibilidad de una privación de la libertad personal que pueda ser autorizada por un órgano jurisdiccional, en tales términos. Es decir, que en ningún momento es referida la figura de resguardo en domicilio para personas adultas, tampoco en lo específico, para personas adolescentes”.

Por tal motivo y una vez que se expidió la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos interpuso acción de inconstitucionalidad con el objeto de que la Corte contemple la necesidad de invalidar los artículos que tienen contradicción con la Constitución y con los principios de derechos humanos establecidos en tratados internacionales.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación recibió desde el mes de julio del año pasado, la demanda promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y fue turnada al ministro José Fernando Franco González Salas para la elaboración del proyecto. El asunto ya se encuentra listado desde el 3 de enero de 2017 para su discusión en el pleno, sin embargo durante las sesiones que han transcurrido desde entonces, no ha sido contemplado.

Consideramos apremiante que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se pronuncie sobre los artículos impugnados por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos porque mientras se mantengan vigentes las disposiciones de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, se seguirán efectuando las medidas cautelares que violentan los derechos humanos de los menores de edad.

Por todo lo anteriormente expuesto y fundado someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta a la Suprema Corte de Justicia de la Nación a resolver la acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos a los artículos 72, fracción II, inciso a); 119, fracción XI, y 122 de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2017.— Diputado Érik Juárez Blanquet (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



DENUNCIAS POR CORRUPCIÓN EN CONTRA DEL GOBERNADOR DE DICHO ESTADO, ACELEREN SUS INVESTIGACIONES Y RESUELVAN LAS MISMAS

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Morelos a explicar los señalamientos y las denuncias formulados en la presente administración por actos de nepotismo y corrupción; y a las autoridades que han recibido denuncias por corrupción contra el mandatario local, a acelerar y resolver las investigaciones, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

Quienes suscriben, diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Aspectos generales

Se conoce como influencia al influjo o la preponderancia que ejerce algo o alguien. Puede asociarse este concepto, de esta manera, al poder que una persona tiene sobre otra, lo que le permite actuar sobre sus pensamientos y conductas. El tráfico de influencias se desarrolla cuando un sujeto que tiene un cierto poder o autoridad dentro del gobierno recibe dinero para influir en decisiones que favorezcan a quien paga.

En las últimas décadas muchas son las situaciones que se han dado en todo el mundo en las cuales diversas autoridades han sido acusadas e incluso condenadas, en ciertos casos, por haber desarrollado tráfico de influencias. Entre aquellas podemos destacar las siguientes:

• La imputación en julio de 2014 del que fuera presidente de la república de Francia, Nicolás Sarkozy, por tráfico de influencias, corrupción y violación del secreto de instrucción.

• Sonia Castedo, Alcaldesa de Alicante, fue imputada a finales de 2014 por un caso relacionado con un constructor.

• La ex congresista Nancy Patricia Gutiérrez, de Colombia, era acusada por tráfico de influencias por hacer uso de información en pro de un debate de control político.

En nuestro país el tráfico de influencia se encuentra tipificado en el artículo 221 del Código Penal Federal, en el que se establece, entre otras cuestiones, que comete el delito de tráfico de influencia el servidor público que por sí o por interpósita persona promueva o gestione la tramitación de la resolución ilícita de negocios públicos ajenos a las responsabilidades inherentes a su empleo, cargo o comisión, así como la persona que promueva la citada conducta ilícita del servidor público o se preste a la promoción o gestión, estableciendo que al que cometa el delito de tráfico de influencia, se le impondrán de dos a seis años de prisión y de treinta a cien días multa.

En este contexto, es de señalar que el bien jurídico tutelado que se afecta con el delito de tráfico de influencias es el correcto funcionamiento de la administración pública, y particularmente, el debido procedimiento para el acceso a la administración de justicia. En efecto, el delito de tráfico de influencias tutela el debido acceso a la administración de justicia, empero, basado en la afectación al funcionamiento de la administración pública como componente principal de la identidad de la sociedad; esto es, el delito de tráfico de influencia se configurará no sólo por una determinada manera o forma de acceder a la administración de justicia, sino que afecte a su funcionamiento.

Sin duda, uno de los delitos de corrupción más lastimosos para nuestro país es el tráfico de influencia, ya que este abarca mucho más que la simple objetividad e imparcialidad en el ejercicio de la Función Pública, por cuanto la corrupción política socava los cimientos del Estado de Derecho, dificulta la persecución de estos delitos y, en muchas ocasiones, hace ineficaz la lucha contra los mismos.

Y es que no debemos olvidar que la corrupción es un fenómeno corrosivo para las naciones y México no es ajeno a sus efectos, por el contrario, se ha convertido en una problemática galopante, creciente y extendida, que se encuentra arraigada desde el plano individual hasta el familiar, desde lo comunitario y lo local hasta el ámbito nacional y transnacional.

Las causas que la originan, así como sus consecuencias se explican desde una multiplicidad de factores: una estructura económica oligopólica y su influencia en la toma de decisiones de políticas públicas (licitaciones públicas concertadas, concesiones pactadas); un marco institucional débil en coordinación, supervisión, sanciones, transparencia, presupuesto, y además, la lentitud en la impartición de justicia. Todo esto hace de la corrupción un fenómeno omnipresente -manifiesto mediante tráfico de influencias, contrabando, soborno, peculado, uso privado de bienes públicos, sanciones al contribuyente, altos costos de trámites, castigo al consumidor- que hace de la impunidad parte de nuestra vida pública.

En ese sentido, con base en la reforma constitucional del 2015, en nuestro país el 18 de julio de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, la cual tiene por objeto establecer las bases de coordinación entre la Federación, las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México, para el funcionamiento del Sistema Nacional previsto en el artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que las autoridades competentes prevengan, investiguen y sancionen las faltas administrativas y los hechos de corrupción.

En ese sentido, en el marco de la promulgación de las leyes de anticorrupción el Ejecutivo Federal celebró con el gobierno y sociedad la reforma histórica, no obstante comunicó que dicha reforma se alcanzará con la participación de todos, es decir, con la participación tanto del gobierno, como de los ciudadanos, ello en virtud de que el sistema nació de los ciudadanos y será para servir a los ciudadanos.

Planteamiento del problema

No obstante lo antes planteado, es de señalar que particularmente en el estado de Morelos en los últimos días la opinión pública se ha venido manifestando en contra de diversas acciones del Gobernador Graco Ramírez, ello derivado de que según comerciantes, Rodrigo Gayosso, hijo del actual gobernador y presidente del PRD en Morelos, habría cerrado el Zócalo de la capital morelense alrededor de seis horas para la grabación de promocionales, sin embargo, el Partido de la Revolución Democrática, informó que la grabación de diversos spots se dio de las 08:30 a las 10:00 horas.

Señalando al respecto Rodrigo Gayosso, que la utilización del espacio público fue con autorización del gobierno municipal de Morelos y de Cuernavaca; no obstante, personal del municipio manifestó que nada tiene qué ver con el cierre, pues el 12 de febrero les quitaron las facultades para utilizar la Plaza de Armas Emiliano Zapata.

Además, durante el transcurso de la semana el Gobierno del Estado acogió la responsabilidad, manejo y autorizaciones, y en ese sentido fueron expulsados del espacio público personas que habían trabajado durante muchos años en el lugar.

Bajo este contexto, ante la difícil coyuntura por la que atraviesa nuestro país sobre el tema de corrupción, resulta inadmisible que en algunas entidades del país se continúe sin limitaciones y reservas con el tráfico de influencias, como lo es el caso de Morelos, donde los medios de comunicación locales han evidenciado actos que podrían ser constitutivos del delito en mención por parte del actual gobernador.

Lo anterior, en virtud de que además se ha dicho que el gobernador de Morelos, gastó 84 millones de pesos en la organización de tres conciertos en aquella entidad (los de Plácido Domingo, Emmanuel y Mijares, y Sting) y al mismo tiempo decidió que este año su gobierno no iba a aportar ni un solo peso para cumplir con la Ley para Erradicar la Obligatoriedad de las Cuotas Escolares en las Escuelas Públicas del Estado de Morelos.

Otro señalamiento ha sido el consistente en que tiene laborando en su gobierno a su nuera, sobrino, hermano y hasta a su ex pareja, que existen obras sin licitar y que la obra pública ha sido entregada de forma directa a empresarios cercanos, como su hermano Rafael Bolívar, ex subsecretario de Desarrollo Urbano.

Aunado a lo anterior, se ha dicho que desde que llegó Graco Ramírez al gobierno de Morelos se han destinado de manera discrecional fuertes sumas de recursos federales para la construcción, rehabilitación y compras de bienes inmuebles a empresas de amigos de Rodrigo Gayosso, y prueba de ello son los casi 400 millones de pesos destinados a una empresa con domicilio en la Ciudad de México, de nombre Constructora Veltormart”.

Que en la zona sur de la entidad los abogados han dado a conocer que ministerios públicos y agentes de la Policía solicitan fuertes cantidades de dinero para la integración, investigación y consignación de las carpetas. Y en el oriente de Morelos “está claro el compadrazgo, porque el fiscal encargado de la zona oriente es allegado al Fiscal Javier Pérez y permite todo tipo de corrupción”.

En virtud de lo anteriormente planteado, en el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México estamos convencidos en que el Sistema Nacional Anticorrupción funcionará con la participación tanto del gobierno, como de los ciudadanos, ya que el núcleo duro de la política nacional es el combate a la corrupción, con la finalidad de crear una democracia sólida y disminuir la desigualdad social, por lo que ponemos a consideración de esta Honorable Asamblea la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al Gobernador Constitucional del Estado de Morelos a que ofrezca al pueblo morelense una amplia y detallada explicación sobre los distintos señalamientos y denuncias que se han dado a lo largo de su administración por actos de nepotismo y corrupción.

Segundo. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a las distintas autoridades que han recibido denuncias por corrupción en contra del Gobernador Constitucional del Estado de Morelos a aceleren sus investigaciones para resolver las mismas.

Notas:

1 Ibídem

2 http://enfoquederecho.com/penal/el-delito-de-trafico-de-influencias-la-lesivida d-de-la-influencia-simulada-y-el-titulo-de-imputacion-del-interesado-en-las-inf luencias/

3 http://www.senado.gob.mx/comisiones/anticorrupcion/docs/corrupcion/PAN_LGSNA.pd f

4 Ibídem

5 http://www.radioformula.com.mx/notas.asp?Idn=663949&idFC=2017

6 Ibídem

7 http://www.elfinanciero.com.mx/nacional/graco-84-mdp-en-recitales-nada-en-cuota s-escolares.html

8 http://www.elfinanciero.com.mx/nacional/graco-tiene-en-su-gobierno-a-nuera-sobr ino-hermano-y-hasta-a-su-ex.html

9 http://www.losangelespress.org/hijo-de-graco-ramirez-privilegia-empresas-de-ami gos/

10 http://www.periodismosincensura.com.mx/exigen-la-salida-del-fiscal-javier-perez -duron/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, a los 28 días del mes de febrero de 2017.— Diputado Jesús Sesma Suárez (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.



APOYE ECONÓMICAMENTE A PERSONAS ADULTAS MAYORES QUE SE HAGAN CARGO DEL CUIDADO DE SUS NIETOS

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sedesol a crear un programa de desarrollo social para apoyar económicamente a adultos mayores encargados de cuidar a los nietos, a cargo de la diputada Norma Xochitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada federal Norma Xochitl Hernández Colín, integrante del Grupo Parlamentario de Morena a la XLIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I, y el artículo 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, por medio del presente, someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Desarrollo Social a crear un programa de desarrollo social por medio del cual se apoye económicamente a personas adultas mayores que se hagan cargo del cuidado de sus nietos.

Lo anterior, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Como lo mencionan Sacramento Pizano y Julián Montoro en “Las relaciones entre los abuelos y nietos: factores que predicen la calidad de la relación intergeneracional”, el interés por el estudio de las relaciones entre los abuelos y los nietos se ha desarrollado debido al cambio demográfico operado durante la mitad del siglo XX y, sobre todo, el aumento progresivo del número de personas adultas mayores como consecuencia del proceso de envejecimiento en las sociedades industriales. Es decir, el incremento en el número de personas mayores de 65 años de edad, proporciona la oportunidad para una mayor presencia y participación en las decisiones y responsabilidades del sistema familiar.

Las consecuencias de estos cambios sociales y demográficos se pueden apreciar en diversos aspectos de las relaciones familiares, por ejemplo, en el incremento de la duración de las relaciones intergeneracionales y del número de abuelos que ven a sus nietos alcanzar la adolescencia, la juventud e incluso la edad adulta.

Como lo menciona el demógrafo Juan Antonio Fernández Cordón, la existencia de relaciones de larga duración entre los abuelos y nietos, así como su incorporación activa en tareas como el cuidado de los nietos son cambios que indican la relevancia cada vez mayor de la figura del abuelo en el sistema familiar. Las relaciones intergeneracionales y los vínculos que los abuelos establecen con sus nietos son aspectos importantes que son objeto de estudio por los investigadores sociales. Los estudios reconocen de forma especial los beneficios que la figura del abuelo puede aportar al desarrollo global y al proceso de socialización de los nietos, poniendo de relieve los aspectos que son más propios del carácter especial de las relaciones nietos-abuelos desde la perspectiva de los abuelos y de los nietos.

De acuerdo con el estudio 2072 del Centro de Investigaciones Sociológicas de España, entre las personas adultas mayores de 65 años con hijos, el 35 por ciento presta algún tipo de ayuda a éstos en tareas domésticas o en el cuidado de los nietos. La mitad desempeña un rol asistencial activo si se encuentran en circunstancias personales (capacidad) o situacionales (cercanía o convivencia) apropiadas para ello. Por ejemplo, entre los que declaran valerse por sí mismos, tener hijos y salud buena o regular, ayudan a sus hijos o nietos entre el 35 por ciento y 40 por ciento. Obviamente, la tasa de colaboradores en las tareas domésticas de sus hijos o en el cuidado de los nietos es más alta cuando la persona adulta mayor convive con ellos bajo el mismo techo (44 por ciento) que en otras circunstancias.

Incluso cuando la persona adulta mayor vive sola, es frecuente que ayude a sus hijos o nietos (26 por ciento). La ayuda intergeneracional focalizada en el cuidado de los nietos y en tareas domésticas se da en mayor proporción entre mujeres (40 por ciento) que entre hombres (29 por ciento). Con respecto al tipo de ayuda suministrada a los nietos, ocupan el primer puesto las tareas de cuidado. Poco más de uno de cada diez realiza cuidados habituales diarios como dar de comer a los nietos o acompañarlos al ir o volver de la escuela.

En México, históricamente ha sido común contar con el apoyo de los abuelos para el cuidado de sus nietos, pero en la actualidad es cada vez más frecuente que sean ellos los cuidadores principales de los niños de sus hijos y por lo general con una nula remuneración económica.

Graciela Saldaña Hernández, profesora del departamento de Estudios Empresariales de la Universidad Iberoamericana, aseguró que hoy en día son cada vez más los adultos mayores que se desempeñan como los cuidadores principales de sus nietos. De acuerdo con datos provistos por la Encuesta Nacional de Empleo y Seguridad Social, se sabe que tres millones de niños se quedan en casa, el 61 por ciento de ellos están a cargo de la abuela.

Actualmente, la relación entre personas adultas mayores y sus familias se entiende como “Intimidad a Distancia”, término que reconoce la naturaleza personalísima y única de la relación a través del término intimidad, pero se afirma también que entre ambas partes se respeta la independencia y por ello debe existir cierta autonomía o distancia que desaparece cuando la persona mayor tiene una necesidad concreta (salud, compañía, Etc.) y/o asume el cuidado directo de los jóvenes cuando los padres están ausentes (cuidador de los nietos, Etc.).

Ingrid Arnet Connidis, del Departamento de Sociología de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Western, ha argumentado que la adultez puede proporcionar una oportunidad para mejorar y estrechar los lazos entre abuelos y nietos. En este sentido, los jóvenes adultos ven las relaciones con sus mayores como muy importantes e influyentes en sus vidas.

Para algunos autores, la relación nietos-abuelos no cambia nunca. Para otros, hay una serie de cambios asociados a la edad de los nietos que comienzan en la adolescencia, posiblemente porque hacia el final de esta etapa los nietos tienden a focalizar su energía en el desarrollo personal y en las relaciones de la familia. Así, y de modo natural, conforme los nietos van creciendo, las relaciones con los abuelos cambian: de compañeros de juegos, los abuelos pasan a ser confidentes y amigos.

En la actualidad, cada vez existe mayor evidencia que demuestra cómo el contacto entre los abuelos y los nietos conforme éstos se van haciendo adultos es no ritualístico u obligatorio, sino voluntario. Por tanto, se puede concluir que la relación entre abuelos y nietos se debilita conforme aumenta la edad por la disminución del contacto con los nietos, que declina sobre los catorce años de edad. No obstante, no se aprecia un declive paralelo en el nivel de satisfacción, lo que sugiere que el aumento de autonomía en la relación entre abuelos y nietos debe ser un cambio normativo y aceptado dentro de esta relación.

Como lo menciona Frank F. Furstenberg en “El Nuevo Abuelo Americano”, las relaciones entre abuelos y nietos pueden seguir un patrón cíclico durante el curso de la vida. De manera consistente con las posiciones teóricas en tomo a la familia nuclear, y al final de la adolescencia no se daría una ruptura importante en las relaciones entre abuelos y nietos. La mayor parte de los nietos indican que existía amor y respeto mutuo en sus relaciones con los abuelos, así como niveles muy bajos de conflicto. Las nietas indicaban, con más frecuencia que los nietos, relaciones más estrechas (sobre todo en apoyo instrumental, admiración y afecto).

Muchas investigaciones sugieren que las relaciones entre abuelos y nietos a lo largo del ciclo vital se caracterizan más por la continuidad que por el cambio. Informes retrospectivos realizados por nietos adultos sobre el grado en el que su niñez estuvo influida por sus abuelos, predicen la cercanía emocional en sus relaciones intergeneracionales contemporáneas. Datos demuestran que aunque los abuelos ejercen una influencia decreciente como fuente de apoyo, las relaciones interpersonales con sus nietos siguen siendo cuantitativamente fuertes, y rara vez los nietos valoran su relación con los abuelos como no óptima, con independencia de su edad.

Con respecto a la variable del género, los nietos y las nietas tienen un contacto mayor con las abuelas que con los abuelos, lo que sugiere que el género del abuelo puede ser más importante que la proximidad a la hora de determinar la relación. En el caso de los cuidados de los nietos y otras tareas de apoyo, las madres jóvenes aprecian totalmente este apoyo de las mujeres mayores. Entre otras cosas, son las abuelas concretamente la principal estrategia para que las mujeres puedan compatibilizar el trabajo y la familia.

Existen también importantes diferencias con respecto a la percepción del afecto y la admiración, ya que en general las nietas refieren una mayor percepción de afecto que los nietos y ven a las abuelas más afectuosas que a los abuelos. Aunque nietos y nietas respetan mucho a sus abuelos, los datos revelan que admiran más a las abuelas. También en la literatura científica encontramos diferencias de género al preguntar a los abuelos y abuelas. Thomas (1986) halló que las abuelas se encuentran más satisfechas con su rol que los abuelos, esto se debe quizás a su mayor experiencia con las relaciones familiares íntimas, ya que las mujeres suelen ser las principales responsables de la crianza de sus hijos.

Lo anterior, quizá debido a que la principal estrategia que utilizan las madres solas para compatibilizar familia y empleo, es la sustitución de la madre en su ausencia por otra mujer que asume el rol de ama de casa, ya que la relación con la familia del padre de sus hijos suele ser mucho más distante, aunque, en ocasiones, recuperan indirectamente su función de abuelos cuidadores en los periodos de fin de semana o vacaciones, durante los que los niños están con su padre. El papel de la abuela ayudando a su hija y sus nietos es tan importante que llega a ser una condición para la viabilidad de las familias monoparentales en las que la madre trabaja. Se observa una construcción social del rol de cuidadora (rol fuertemente internalizado a través de la socialización), basado en las creencias tradicionales en tomo a una “naturalización” y suposición social de la mujer como mejor cuidadora.

Los abuelos sirven como fuerza estabilizadora y actúan como un recurso para sus hijos y nietos, pudiendo proveer una variedad de servicios concretos a sus nietos, sobre todo, cuando son jóvenes. La mitad de los nietos jóvenes adultos entrevistados refieren retrospectivamente que sus abuelos les proveyeron de apoyo emocional, apoyo instrumental y apoyo financiero durante su infancia.

En un estudio realizado en Polonia en 1991, se encontró que las actividades realizadas más frecuentemente entre abuelos y nietos (adolescentes y jóvenes) de manera conjunta eran: conversaciones (52 por ciento), paseos (24 por ciento) y juegos (17 por ciento). Las conversaciones mantenidas por los nietos con sus abuelos parecen ser de particular significación para los nietos, porque los padres trabajadores no tienen el tiempo o la paciencia suficiente para conversar con sus hijos, y porque la existencia al mismo tiempo de un vínculo mutuo y de una cierta distancia respecto de sus abuelos y abuelas les permite hablar de asuntos que no abordarían con sus padres.

Otras actividades llevadas a cabo conjuntamente con los abuelos hacen referencia al ocio, al aprendizaje de habilidades prácticas y a la iniciación en las tradiciones familiares. La investigación sobre las relaciones intergeneracionales muestran cómo, de entre las actividades que realizan abuelos y nietos hasta los 13 años, las vinculadas al cuidado son las que descienden en la adolescencia, y, por el contrario, se mantienen la conversación, la ayuda económica, la comunicación telefónica o el paseo. Un papel fundamental de la familia es la transmisión de valores de una generación a otra. Los abuelos pueden jugar un rol crucial en este proceso, sirviendo de árbitros entre padres e hijos con respecto a los valores centrales para la continuidad familiar y el desarrollo individual.

No obstante lo anterior, en muchas ocasiones se asume que las personas adultas mayores no tienen cosas por hacer y por lo tanto pueden o deben dedicarse a cuidar a los nietos o a realizar los quehaceres domésticos sin tener descanso, o como si fuera una tarea implícita.

Este importante papel contribuye a la generación de preguntas sobre si ellos deciden genuinamente si quieren o no quieren dedicar parte o todo su tiempo al cuidado de sus nietos, o bien si se sienten comprometidos a hacerlo debido a la presión o necesidades familiares.

En nuestro país, el crecimiento de hogares se cuadruplicó en medio siglo, pasó de 5.8 millones en 1950 a 22.3 millones en 2000. Además, la estructura de las unidades domésticas se diversificó: entre 1990 y 2000 hubo un descenso considerable en unidades nucleares (del 74.9 al 68.8 por ciento) y un incremento en unidades extensas (del 19.6 al 24.5 por ciento); esto significa que existe un desplazamiento paulatino de la familia extensa por la nuclear, es decir, la coexistencia de diferentes generaciones da por resultado un aumento en las familias multigeneracionales.

Por otro lado, debido a las dificultades económicas, cohabitan en una misma casa hasta cuatro generaciones. En un estudio realizado en la ciudad de León, Guanajuato, con población en pobreza extrema, se encontró que en el 44 por ciento de los hogares cohabitan tres y cuatro generaciones, el 27 por ciento es bigeneracional y el 29 por ciento es unigeneracional. Las consecuencias más significativas de esto son los cambios de roles de sus miembros; por ejemplo, los abuelos toman responsabilidades que no les corresponden con sus nietos pequeños cuando los padres trabajan.

En México, como en la mayoría de los países, las abuelas han sido por tradición las responsables de la transmisión de valores sociales y emocionales. Sin embargo, en las últimas décadas este papel se ha modificado al asumir ellas la crianza y la educación de los nietos. La dedicación de las abuelas hacia los nietos ha pasado de ser voluntaria a convertirse en una obligación que les implica un esfuerzo físico, emocional y económico significativo.

Las abuelas se han convertido en cuidadoras de sus nietos y tienen al menos tres responsabilidades con ellos:

a) Cuidados en casa mientras los padres están trabajando (crianza);

b) Apoyo en la educación escolar, ya sea llevándolos a la escuela y/o ayudando con tareas; y

c) Disciplina, sobre todo cuando les faltan el respeto a sus padres.

Es importante mencionar que los roles del abuelo están determinados por diversas variables, como la edad, el género, la clase social, la cultura y la proximidad residencial, entre otras. De manera general, se puede decir que el rol del abuelo está compuesto por factores actitudinales, conductuales, emocionales y simbólicos.

Un último factor importante que tomar en cuenta es la situación económica que actualmente viven la mayoría de las familias mexicanas. Los datos del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, muestran que, en 2012, la población total de mexicanos fue de 117.3 millones de habitantes, y de ese total, el 45.5 por ciento vive en pobreza moderada y el 9.8 por ciento en pobreza extrema, lo cual indica que más de la mitad de mexicanos viven bajo la línea de pobreza. Con relación a las personas adultas mayores, se encontró que el 36.1 por ciento de las personas mayores de 65 años viven en pobreza moderada y el 9.7 por ciento en pobreza extrema, lo cual repercute de manera directa en la economía de las familias, ya que ahora los padres no sólo mantienen a sus hijos, sino también tienen que apoyar económicamente a sus padres en muchos casos.

Por tanto, el grupo de personas adultas mayores a cargo del cuidado de sus nietos se convierte en un grupo con doble vulnerabilidad, debido a que no sólo padecen las consecuencias de la discriminación motivada por estereotipos relacionados con la vejez, además llevan a cabo tareas que en estricto sentido no les corresponden y sin recibir retribución alguna al respecto.

En ese sentido, se considera necesario que el Estado implemente una política de desarrollo social con la intención de favorecer la importante labor que los abuelos llevan a cabo. En esta materia, el caso paradigmático es el sueco, donde recientemente fue aprobada la operación de un programa piloto que entregará apoyo económico a las abuelas, propiciando que las mujeres puedan trabajar el día completo y generar más ingresos para su familia.

El programa piloto será implementado en una primera fase en las ciudades de Estocolmo y Dalarna, con la que se atenderán cerca de mil familias a través de la entrega de aproximadamente 700 euros mensuales. Posteriormente, después de seis meses de transcurrida la primera etapa del plan, podrían incorporarse más familias a la iniciativa.

El programa cumple con el doble objetivo de ser corresponsables con la importante labor de los abuelos, y también fomentar que más mujeres en edad activa de trabajo se incorporen al mercado laboral.

Por las consideraciones anteriormente vertidas, someto a la consideración del pleno de esta soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, exhorta a la Secretaría de Desarrollo Social a crear un programa de desarrollo social por medio del cual se apoye económicamente a personas adultas mayores que se hagan cargo del cuidado de sus nietos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2017.— Diputada Norma Xochitl Hernández Colín (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen.



ATIENDA LAS DEMANDAS DE LOS TRABAJADORES DEL CONTRATO DEL DEPARTAMENTO DE VECTORES DE LA JURISDICCIÓN SANITARIA 07 DE DICHA INSTITUCIÓN

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud de Guerrero a atender en el ámbito de su competencia las demandas de los trabajadores del contrato del Departamento de Vectores de la Jurisdicción Sanitaria 07 de la institución, a cargo de la diputada Marbella Toledo Ibarra, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, Marbella Toledo Ibarra, diputada a la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en los artículos 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo bajo la siguiente

Exposición de Motivos

El pasado 3 de diciembre de 2015, los diputados de Movimiento Ciudadano presentamos ante esta soberanía una proposición con punto de acuerdo en la que reconocíamos que:

“Si bien es cierto que los casos de chikungunya van a la baja en Guerrero, conforme a declaraciones del secretario de Salud estatal, Carlos de la Peña Pintos, es necesario que las estrategias de reforzamiento contra el mosquito de dengue y chikungunya no sean suspendidas y que incluso se fortalezcan en la última etapa del combate a este vector.”

En dicha manifestación insistíamos en la necesidad de fortalecer las acciones en el control de vectores, principalmente en el mosco Aedes aegypti,que de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), es el principal vector de los virus que causan dengue, zika y chikungunya.

Sobre este mismo tema, es importante resaltar que, de acuerdo con la OMS, la estrategia para el manejo del Aedes aegypti, se centra en la promoción del manejo ambiental para el control de vectores, dado que el manejo ambiental fue el pilar del control de las enfermedades transmitidas por vectores antes de la época del DDT.

Es por ello, que resulta preocupante que de acuerdo con lo reportado por los periódicos La Jornada Guerrero y Quadratín Guerrero la Secretaría de Salud del estado haya descuidado la relación obrero patronal con los trabajadores de contrato del departamento de Vectores de la Jurisdicción Sanitaria 07 de la Secretaría de Salud estatal, puesto que este recurso humano representa la base toral en que descansa la estrategia de control de vectores, como el Aedes aegypti.

Bajo esta lógica podemos concluir que esta desatención implica también una inobservancia de la administración estatal de crear las condiciones que permitan a todas las personas vivir lo más saludablemente posible, tal como lo mandata el artículo 4o., de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 1o. Bis, de la Ley General de Salud.

Se sostiene lo anterior en razón de que el derecho a los servicio de salud, a que refieren ambos ordenamientos, implica una política social encaminada a fomentar y proteger la salud de las personas de un estado, región, localidad o comunidad mediante acciones que el estado como protector de la salud debe realizar para prevenir la presencia de enfermedades o de diferentes situaciones en las que la salud pueda estar en peligro y evitar con ello una epidemia o pandemia.

En consecuencia, la suspensión de actividades de la Jurisdicción Sanitaria 07 de la Secretaría de Salud Estatal, puede poner en riesgo la estregaría de control de vectores como el Aedes aegypti, en un núcleo poblacional tan sensible de contraer enfermedades como dengue, zika y chikungunya, como lo es Acapulco.

Máxime que de acuerdo con el Programa de Prevención y Control de Dengue (Vectores), corresponde a la Secretaría de Salud, controlar las densidades vectoriales en las localidades de riesgo, así como mantener bajo control los índices larvarios en las localidades de alto riesgo, a través de actividades encaminadas a la eliminación de los criaderos y larvas del vector, incluyendo control larvario y nebulización, partiendo de la notificación oportuna de casos probables y confirmados al área de vectores por parte del área de epidemiología en cada jurisdicción, por tal motivo, los diputados de Movimiento Ciudadano proponemos ante esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, exhorta al secretario de Salud Guerrero, Carlos de la Peña Pintos, para que en el ámbito de su competencia atienda las demandas de los trabajadores de contrato del departamento de Vectores de la Jurisdicción Sanitaria 07, de la Secretaría de Salud, a efecto de evitar paros en las actividades de la citada jurisdicción, que puedan repercutir en el funcionamiento de su área epidemiológica, en específico, en lo relativo a la emisión de la notificación oportuna de casos probables y confirmados de los criaderos y larvas del Aedes aegyptyal área de Vectores.

Notas:

1 Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno y la Secretaría de Salud de Guerrero a intensificar las medidas de combate del vector transmisor de la chikungunya en la entidad, a cargo de la diputada Marbella Toledo Ibarra, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano Consultable en http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/63/2015/dic/20151203-XI.html#Proposicion6

2 Organización Mundial de la Salud. Centro de prensa. Enfermedad por el Virus Zika. 2016.

3 http://www.who.int/water_sanitation_health/resources/envmanagement/es/

4 La Jornada Guerrero. Denuncian trabajadores de Vectores de la Ssa que les adeudan dos meses de salario. 25 de noviembre de 2016. Consultable en http://www.lajornadaguerrero.com.mx/2016/11/25/index. php?section=sociedad&article=008n1soc

5 Uriel Sánchez. Quadratín Guerrero. Protestan trabajadores de Vectores para exigir pago de salarios. Consultable e https://guerrero.quadratin.com.mx/protestan-trabajadores-vectores-exigir-pago-s alarios/

6 Jurisdicción Sanitaria 07 de la Secretaría de Salud Estatal , ubicada en Calle alta Santa Cruz, Colonia Renacimiento, Acapulco de Juárez, Guerrero. Consultable en http://i.administracion2014-2015.guerrero. gob.mx/uploads/2014/06/Logros-de-la-Jurisdicci%C3%B3n-Sanitaria-07-Acapulco.-20 13.pdf

7 Secretaria de Salud. Programa de Prevención y Control de Dengue (Vectores). Véase más en http://guerrero.gob.mx/tramites/control-vectorial/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2017.— Diputada Marbella Toledo Ibarra (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.



SOSTENIBILIDAD DE LA PESQUERÍA DE CAMARÓN EN MAR ABIERTO

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sagarpa y al Inapesca a llevar a cabo acciones orientadas a la sostenibilidad de la pesquería de camarón en mar abierto, a cargo del diputado Mario Ariel Juárez Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, Mario Ariel Juárez Rodríguez, diputado federal a la LXIII Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en la fracción I del numeral 1 del artículo 6o. y el artículo 79, numeral 1, fracción II, todos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes

Consideraciones

De la producción pesquera del país por varias razones destaca por su importancia la del camarón, es la que desde hace décadas aporta el mayor valor económico, generadora de divisas, motor de desarrollo nacional, con fuerte carga social, ya que de esta depende el sustento de miles de familias y en varias zonas costeras es la actividad que sostiene la economía regional.

En esta producción participan tanto el sector social como el privado, cuyos sistemas de captura van desde los artesanales utilizados en esteros y bahías, hasta las embarcaciones de mediana altura cuyas capturas se realizan en mar abierto. Sin olvidar la acuacultura, cuya aportación al volumen es superior al obtenido por la pesca.

En cuanto al estado que guardan las pesquerías, según la Actualización de la Carta Nacional Pesquera, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del día 24 de agosto de 2012, tanto en el litoral del Pacífico, como en del Golfo se considera que el status es el de máximo rendimiento sostenible (MRS), incluso en determinadas zonas para algunas especies del Golfo se considera que se tienen poblaciones en deterioro, es decir, sobreexplotadas.

Lo anterior viene a colación por que en fechas recientes un nutrido grupo de pescadores de camarón de alta mar, que representan a más 80 sociedades cooperativas se han acercado al que esto suscribe, manifestando su preocupación por el estado que guardan las poblaciones de los crustáceos que constituyen su objetivo de captura, el que de acuerdo a sus conocimientos empíricos, producto de décadas de experiencia, se encuentra al borde de la sobreexplotación. Atribuyendo esta situación en buena parte a las características técnicas de los equipos pesqueros que actualmente y de forma legal se están utilizando. En opinión de estos pescadores debería de incrementarse el tamaño de la malla en el cuerpo de la red, a la vez, la red, los portones y el espantador deberían de ser de menores dimensiones en comparación a los que actualmente se emplean, con la finalidad de incrementar la selectividad intraespecífica.

Además, tienen la impresión de que la flota camaronera está sobredimensionada en cuanto al número de embarcaciones que participan en la pesquería de mar abierto, El que el recurso camarón esté al MRS podría deberse a que el esfuerzo pesquero está también al nivel más alto que es posible aplicar sin deteriorar la pesquería, pero, si bien, teóricamente es posible manejar las pesquerías a niveles de MRS sin llegar a la sobreexplotación, esto debe de darse con cuidado, el determinar el límite máximo de capturas debe de ser el resultado de un proceso permanente de investigación con levantamiento de datos en campo y modelos matemáticos que permitan llegar a la cantidad máxima que se puede extraer de una especie sin deteriorar la población y tener siempre presente “... la imperfección en el conocimiento sobre el estado o los procesos de la naturaleza... Hay varias fuentes de incertidumbre en el cálculo de los puntos de referencia y en la evaluación del estado de las poblaciones.”

También es de considerarse que el Código de Conducta para la Pesca Responsable no postula que el aprovechar los recursos pesqueros al RMS sea lo ideal, simplemente pide que no se exploten por encima de este punto, de hecho, varios autores cuestiona la conveniencia de llevar las capturas hasta este punto sin dejar un margen para posibles eventualidades, como podrían ser los cambios ambientales no previstos o la duda propia de todo proceso de investigación científica. Este punto de vista ha sido tomado en cuenta en otros instrumentos internacionales relativos al manejo sustentable de los recursos pesqueros, como lo es el Acuerdo de las Naciones Unidas sobre las Poblaciones de Peces de 1995, a decir de la FAO; “En el Acuerdo de las Naciones Unidas sobre las poblaciones de peces se ha establecido que, con fines precautorios, es preciso considerar que el rendimiento máximo sostenible es un «limite» que debe evitarse y no una meta que se aspira alcanzar.”

En otro orden de ideas, si bien el conocimiento de estos pescadores que han planteado sus inquietudes con respecto a la sustentabilidad de la pesquería en comento no es el resultado del “método científico”, no por esto carece de mérito y deben de ser desechado sin darles la oportunidad de la comprobación, ya que este conocimiento es producto de un proceso acumulativo y dinámico de experiencias prácticas y adaptación al cambio

El que los interesados que año con año practican la actividad pesquera nos adviertan de afectaciones en los recursos pesqueros que ponen en riesgo de deterioro a las poblaciones que capturan debe de ponernos en alerta y tomarlo como hipótesis de trabajo, de tal forma que el Instituto Nacional de la Pesca debería realizar las investigaciones pertinentes sobre los equipos de pesca de arrastre y sobre el esfuerzo pesquero medido en número de embarcaciones que operan en mar abierto, de tal forma que de ser necesario se modifiquen dichas artes y se reduzca el tamaño de dicha flota, a manera que se mejore el aprovechamiento sustentable de las especies que contribuyen con la producción de camarón de alta mar.

A la vez, sería deseable que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a través del Comité Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria del cual depende el Subcomité de Pesca Responsable convoque al Grupo de Trabajo Técnico No. 1 Pesquería de Camarón, para que con base a las nuevas evidencias científicas, en su caso se hagan las modificaciones pertinentes a la “Norma Oficial Mexicana NOM-002-SAG/PESC-2013, Para ordenar el aprovechamiento de las especies de camarón en aguas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos”, publicada en el DOF del día 11 de julio de 2013, que dicho sea de paso se deberá de revisar en el año 2018, esto por efectos del cuarto párrafo del artículo 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización que a la letra señala:

“Las normas oficiales mexicanas deberán ser revisadas cada 5 años a partir de la fecha de su entrada en vigor, debiendo notificarse al secretariado técnico de la Comisión Nacional de Normalización los resultados de la revisión, dentro de los 60 días naturales posteriores a la terminación del período quinquenal correspondiente. De no hacerse la notificación, las normas perderán su vigencia y las dependencias que las hubieren expedido deberán publicar su cancelación en el Diario Oficial de la Federación. La Comisión podrá solicitar a la dependencia dicha cancelación.”

Entonces, siendo la pesquería de camarón de alta mar de tal importancia amerita ser administrada con todo cuidado y tomando en cuenta el principio de incertidumbre que acompaña a los estudios que evalúan los status de los recursos pesqueros, aunado a los conocimientos de los pescadores, no está por demás comenzar los trabajos para la revisión de la mencionada Norma Oficial Mexicana.

Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en las disposiciones invocadas en el proemio, sometemos a consideración del pleno la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, exhorta de manera respetuosa al Instituto Nacional de Pesca, a que lleve a cabo las investigaciones necesarias para mejorar la selectividad intraespecífica y en su caso determinar las modificaciones en las características técnicas de las redes de arrastre que utiliza la flota camaronera que opera en mar abierto. Además, realice los estudios necesarios para determinar si la cantidad de embarcaciones camaroneras de alta mar es la adecuada, de tal manera que se favorezca la sostenibilidad de las capturas de camarón.

Segundo. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que en el supuesto de las investigaciones realizadas por el Instituto Nacional de Pesca den como conclusión que el número de embarcaciones que participan en la pesquería de camarón en alta mar es superior al conveniente para garantizar la sostenibilidad de esta pesquería implemente un programa de retiro voluntario de dicha flota.

Tercero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que a través del Comité Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria y a su vez del Subcomité de Pesca Responsable, se convoque al Grupo de Trabajo Técnico Número 1, Pesquería de Camarón, para que con base a las nuevas evidencias científicas de ser pertinente se hagan las modificaciones a la Norma Oficial Mexicana NOM-002-SAG/PESC-2013, Para ordenar el aprovechamiento de las especies de camarón en aguas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos.

Not a:

1 Caddy, J. F.; Mahon, R. (1996). “Puntos de referencia para la ordenación pesquera”, FAO. Documento técnico de pesca 347. Roma.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2017.— Diputado Mario Ariel Juárez Rodríguez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Pesca, para dictamen



RECUPERACIÓN DEL PARQUE NACIONAL EL VELADERO

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a poner en marcha por la Semarnat, en coordinación con el gobierno de Guerrero y el ayuntamiento de Acapulco de Juárez, acciones para recuperar el parque nacional El Veladero, a cargo de la diputada Marbella Toledo Ibarra, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, Marbella Toledo Ibarra, diputada federal a la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en los artículos 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta honorable asamblea, proposición con punto de acuerdo, bajo la siguiente

Exposición de Motivos

El parque nacional “El Veladero” fue creado por decreto en el año 1980 con el objetivo de mejorar el entorno ecológico del puerto de Acapulco y el cerro Veladero, que tiene una importancia histórica, en donde se han localizado al menos “18 rocas con petrograbados creados por los yopes, considerados los primeros pobladores de la zona, al parecer entre el 200 a.C. el 600 d.C., un lugar que fue habitado desde hace miles de años, por lo que contiene decenas de grabados en las rocas que ocupan la cima de este parque” .

De acuerdo con el decreto presidencial publicado el 29 de noviembre de 2000, por el que se reforma el artículo primero, se deroga el artículo séptimo y se adicionan los artículos noveno al décimo noveno del decreto publicado los días 17 y 22 de julio de 1980, por el que se declaró parque nacional con el nombre de El Veladero, el área natural protegida, que le corresponde es de tres mil seiscientas diecisiete hectáreas, cuarenta y un áreas, treinta punto trescientos dos centiáreas; integrada por dos polígonos identificados como polígono poniente con una superficie de dos mil setecientas treinta y siete hectáreas, noventa y tres áreas, quince punto novecientas noventa centiáreas y el polígono oriente con una superficie de ochocientas setenta y nueve hectáreas, cuarenta y ocho áreas, catorce punto trescientos doce centiáreas.

Lamentablemente, la Coordinación General Protección Civil y los Bomberos del municipio de Acapulco, mediante un comunicado informaron que a las 16:46 horas del día sábado 11 de febrero de 2017, recibió el reporte de fuego activo en el parque nacional del Veladero.

El incendio se extendió por alrededor de 20 horas, dejando a su paso la afectación de al menos 50 hectáreas , destruyendo por completo 3 de ellas , devastando la vegetación de selva mediana y poblaciones aisladas de encinos, prevalecientes en el parque.

La destrucción de la vegetación provocada por el fuego pone en riesgo el hábitat natural de las aves canoras, el águila pescadora, la iguana y la boa entre los reptiles que residen en el parque, por ello, resulta imperativo restaurar el equilibrio ecológico del cerro del Veladero, pues con la destrucción de la flora, que cumplen un rol único e importante dentro del nicho ecológico, las consecuencias suelen ser catastróficas para el entorno, como lo podemos constatar hoy en día en diversos casos, como por ejemplo el calentamiento global y el cambio climático a nivel mundial.

Por consiguiente, al haberse afectado una superficie importante del área natural protegida, se pone en riesgo a las especies, tanto animal como vegetal, que armonizan el ecosistema del parque, los Diputados Ciudadanos proponemos a esta Soberanía realizar un exhorto al Titular del Poder Ejecutivo de la Federación; para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en coordinación con el Gobierno del Estado de Guerrero y el Ayuntamiento Municipal de Acapulco de Juárez; pongan en marcha las acciones necesarias para la recuperación y conservación del parque nacional “El Veladero”.

Lo anterior en atención a lo previsto por el decreto presidencial publicado el 29 de Noviembre de 2000, por el que se reforma el artículo primero, se deroga el artículo séptimo y se adicionan los artículos noveno al décimo noveno del decreto publicado los días 17 y 22 de julio de 1980, por el que se declaró parque nacional con el nombre de El Veladero, en el que se señala en su artículo décimo primero lo siguiente:

“La Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, con la participación que corresponda a otras dependencias del Ejecutivo Federal, propondrá la celebración de acuerdos de coordinación con el Gobierno del Estado de Guerrero, en los que se involucre la participación del municipio de Acapulco de Juárez; así como la concertación de acciones con los sectores social y privado, entre otras, en las siguientes materias:

I. La forma en que el Gobierno del Estado y el municipio involucrado participarán en la administración, conservación, protección y manejo del parque nacional;

II. La coordinación de las políticas federales aplicables en el parque nacional, con las del Estado y el municipio participantes;

III. La determinación de acciones para llevar a cabo el ordenamiento ecológico territorial aplicable al parque nacional;

IV. La elaboración del programa de manejo del parque nacional, con la formulación de compromisos para su ejecución;

V. El origen y el destino de los recursos financieros para la administración del parque nacional;

VI. Las formas como se llevarán a cabo la investigación, la experimentación y la evaluación en el parque nacional;

VII. La realización de acciones de inspección y vigilancia;

VIII. Las acciones necesarias para contribuir al desarrollo socioeconómico regional, compatibles con los propósitos del parque nacional;

IX. Los esquemas de participación de la comunidad, de los grupos sociales, científicos y académicos, y

X. El desarrollo de programas de capacitación y asesoría a los interesados para la realización de actividades turísticas, recreativas y de educación ambiental.”

En razón de lo hasta ahora expuesto, sometemos a consideración de esta Soberanía Popular, la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con pleno respeto a los órdenes de gobierno y esferas de competencia, hace un atento y respetuoso exhorto al titular del Poder Ejecutivo de la federación, Enrique Peña Nieto; para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en coordinación con el gobierno del estado de Guerrero y el ayuntamiento de Acapulco de Juárez; pongan en marcha las acciones necesarias para la recuperación y conservación del parque nacional “El Veladero”.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2017.— Diputada Marbella Toledo Ibarra (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.



REALIZAR ACCIONES DE AUSTERIDAD EN SU ADMINISTRACIÓN, SIN QUE IMPLIQUE EL DESPIDO DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO

«Proposición con punto de acuerdo, por el cual se exhorta al Ejecutivo federal a realizar acciones de austeridad en su administración, sin despido de trabajadores al servicio del Estado, a cargo de la diputada Blanca Margarita Cuata Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena

Diputada Blanca Margarita Cuata Domínguez, integrante de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno el siguiente punto de acuerdo al tenor de los siguientes:

Antecedentes y consideraciones

“El gasolinazo es doloroso pero necesario”, esas fueron las palabras del presidente de la República Enrique Peña Nieto, luego de prácticamente ocho decenios de controlar los precios de las gasolinas en el país.

De igual manera señaló: “entiendo la molestia. El impacto en los bolsillos familiares puede ser grande. Sin embargo considero que el aumento es apropiado. Por más doloroso que sea, la alternativa de utilizar recursos públicos para subsidiar la gasolina puede ser peor.”...

Declaraciones que más allá de lo lastimoso que pueden resultar, dado el contexto actual de la vida interna del país, deja entrever que el Gobierno de la actual administración, no pretende apretarse el cinturón, aunado a que la molestia generalizada de la población crece día a día con el aumento de los combustóleos y la creciente corrupción no solo en el Gobierno Federal, sino en los Gobiernos Estales y Municipales.

No olvidemos, que el informe del auditor superior de la Federación, Juan Manuel Portal, estableció que en la cuenta pública 2013 de Enrique Peña Nieto se promovieron mil trescientos expedientes de Responsabilidad Administrativa.

Por otro lado, la Auditoría Superior de la Federación, el informe de la fiscalización a la Cuenta Pública de 2015 reveló un gasto irregular en 2 mil 201 millones de pesos en programas de salud, educación, infraestructura social en los municipios y en los recursos que ese año recibió la Universidad Autónoma de Sinaloa.

Por otro lado, a nivel federal, por ejemplo, de las 18 secretarías de Estado, diez pudieron haber causado daño al erario. La que encabeza esta lista es la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación con 2 mil 209.1 millones de pesos; seguida por la Secretaría de Desarrollo Social con mil 855.1 millones de pesos y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes con mil 774.2 millones de pesos.

La Secretaría de Educación Pública se encuentra en cuarto lugar con mil 259 millones; le sigue la Secretaría de Salud con 386.5 millones, así como la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con 266.8 millones de pesos.

Las dependencias que terminan esta lista son: la de Medio Ambiente con 71.4 millones, Economía con 30 millones, Cultura con 27.1 millones y la de Relaciones Exteriores (SRE) con 18.4 millones.

En este contexto, vemos con gran desazón, que los niveles de carestía en la población crecen, acosta del aumento no solo de la corrupción, sino de los gasolinazos, sin que se haga nada al respecto ya que podemos ver como Dependencias del estado como la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) gasto en solo quince días más del presupuesto anual destinado a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas para el 2017, es decir 409 millones 247 mil 451 pesos.

Lo anterior, en razón de que en días pasados se dio a conocer una investigación del diario reforma, el gobierno mexicano por conducto de Semarnat gastó un total de 462 millones 536 mil pesos durante 15 días que duró el evento de la COP 13, celebrada del 2 al 17 de diciembre de 2016, misma que se llevó a cabo en el hotel Moon Palace, de Cancún, complejo en donde una habitación cuesta alrededor de 13 mil pesos la noche, dice la investigación firmada por Isabella González.

Según el desglose proporcionado por la secretaría federal, el concepto de servicios de organización, equipamiento, seguridad, telecomunicaciones y logística tuvo un costo de 355 millones 126 mil 352 pesos.

Además, el valor de la renta de salones, las salas de trabajo, el hospedaje, la alimentación y los servicios básicos ascendió a 94 millones 817 mil 730 pesos. Mientras que el transporte de ministros de todo el mundo, ponentes y participantes costó 12 millones 592 mil 347 pesos.

La Auditoría Superior de la Federación, respecto de la fiscalización a la Cuenta Pública de 2015, emitió 2,735 recomendaciones, 2,400 promociones de responsabilidad administrativa, 2,662 pliegos e observaciones, 1, 207 recomendaciones al desempeño, entre otras, situación que deja a todas luces entrever, la mala dirección que guarda la administración del Gobierno de Enrique Peña Nieto, en materia de rendición de cuentas y aplicación de los recursos públicos.

Como ya lo mencioné, México está pasando por una difícil situación económica, luego entonces, el Gobierno Federal opto por realizar recortes presupuestales no solo en el Presupuesto de Egresos de la Federación aprobado para 2017, sino también a costa del trabajo de los Mexicanos y de su educación, no olvidemos el recorte presupuestal en este rubro, lo despidos masivos de los trabajadores al servicio del estado, con el pretexto de evitar pasivos laborales, tampoco pasa por desapercibido que supuestamente se realizarían programas gubernamentales para ahorrar dinero, pero para el gobierno federal no existe, de ahí que veamos dispendios como el de la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), de 462 millones 536 mil pesos gastados durante 15 días.

En ese sentido es de exhortarse al presidente de la República Ciudadano Enrique Peña Nieto, a que realice acciones inmediatas de austeridad en su administración, de manera responsable, que se reflejen en el bienestar de la ciudadanía, sin que impliquen el despido de los trabajadores al servicio del estado y de igual manera es de exhortarse a la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que haga públicas las matrices de indicadores para resultados de cumplimiento de los objetivos derivados del gasto de 462 millones 536 mil pesos erogados para llevar a cabo la organización de la Treceava Conferencia de las Partes de las Naciones Unidas sobre el Convenio de Diversidad Biológica (COP 13), celebrada del 2 al 17 de diciembre de 2016, en Cancún, Quintana Roo.

Por lo anteriormente motivado y fundado, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al presidente de la República, ciudadano Enrique Peña Nieto, a que realice acciones inmediatas de austeridad en su administración, de manera responsable, mismas que deberán reflejarse en el bienestar de la ciudadanía, sin que impliquen el despido de los trabajadores al servicio del Estado.

Segundo. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Rafael Pacchiano Alamán, a que haga públicas las matrices de indicadores para resultados de cumplimiento de los objetivos derivados del gasto de 462 millones 536 mil pesos erogados para llevar a cabo la organización de la decimotercera Conferencia de las Partes de las Naciones Unidas sobre el Convenio de Diversidad Biológica (COP 13), celebrada del 2 al 17 de diciembre de 2016, en Cancún, Quintana Roo.

Notas:

1 http://www.milenio.com/firmas/julio_serrano/gasolinazo-doloroso-necesario-alza- precio_gasolina-milenio_18_878492161.html

2 http://www.proceso.com.mx/396322/detecta-asf-quebranto-de-50-mil-mdp-en-cuenta- publica-de-pena

3 http://riodoce.mx/gob-politica/estatal-gob-politica/la-asf-detecta-otros-2-mil- 201-mdp-irregulares-en-el-gobierno-de-lo

4 http://www.excelsior.com.mx/nacional/2017/02/17/1146895

5 Ídem 4

6 Ídem 5

7 http://regeneracion.mx/en-cumbre-de-15-dias-semarnat-gasto-presupuesto-anual/

8 Ídem 7

9 Ídem 8

10 http://www.asf.gob.mx/Trans/Informes/IR2015i/Documentos/InformeGeneral/ig2015.p df

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2016.— Diputada Blanca Margarita Cuata Domínguez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.



JUICIOS ATENDIDOS EN MATERIA AMBIENTAL ASÍ COMO ACREDITAR LA CAPACITACIÓN RECIBIDA POR JUZGADORES EN DICHA MATERIA

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al TFJA a elaborar y publicar los datos estadísticos relativos a los juicios atendidos en materia ambiental y acreditar la capacitación de juzgadores en la materia, a cargo de la diputada Mirza Flores Gómez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, Mirza Flores Gómez, diputada federal de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 3, numeral 1, fracción XIX, 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea, el presente punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El cambio climático es una realidad. Esta afirmación se basa en resultados obtenidos a través del estudio minucioso de la comunidad científica a nivel internacional. El deterioro al medio ambiente causado por el hombre ha propiciado la aparición de fenómenos meteorológicos que se ven alterados en su ciclo natural ocasionando la muerte de millones de personas y cuantiosas pérdidas económicas. Las Naciones Unidas y los Gobiernos locales han manifestado su preocupación adoptando medidas de carácter legislativo, administrativo y judicial para la preservación, conservación y restauración del medio ambiente.

“La naturaleza del derecho ambiental parte de un carácter horizontal, esto significa que cualquier persona —como sujeto activo— tiene el derecho e interés tutelado frente a la comunidad o a cualquier otro individuo —sujeto pasivo— y este la obligación de no dañar el medio ambiente, debiendo, cada cual, hacer uso de sus bienes, potestades o privilegios pero de una manera responsable y sin que deteriore irreversiblemente el entorno, esto es, de un modo sustentable o adecuado.

La excepción o problemática surge cuando el daño o deterioro ambiental se da en bienes públicos o de la colectividad, en razón que los criterios tradicionales del derecho subjetivo, relacionado con derechos patrimoniales individuales, es insuficiente e ineficiente, con la dificultad de garantías y tutelas efectivas. Es importante que jurisdiccionalmente acuñemos un concepto de derecho subjetivo e interés jurídico, relacionado con derechos fundamentales erga omnes que al ser generales y colectivos en lo sustantivo, paralelamente las acciones judiciales deben compartir esos atributos.

Ante esta relación y responsabilidad, es que, de manera correlativa, el Estado debe –a través de sus funciones legislativa, administrativa y jurisdiccional– velar y hacer efectivo el derecho fundamental al medio ambiente adecuado, lo que le da al derecho ambiental un carácter vertical.”

Para Jean Claude Tron Petit, el punto de partida para enfrentar y posibilitar una respuesta a los dilemas judiciales que la materia ambiental plantea es que el juez ha de entender al medio ambiente, primero, como ser humano antes que como juzgador, tomando en consideración lo siguiente -fundamentación y motivación- para la argumentación de las resoluciones:

• Valores y principios ético-políticos del derecho en general, especialmente la igualdad, solidaridad, seguridad y tutela de los derechos de propiedad;

• Eficiencia y desarrollo, propios del derecho económico, limitados por la sustentabilidad, y

• Leyes y principios, científicos y técnicos, de la biosfera, como estándares que son reconocidos y deben legislarse, además de orientar la interpretación, aplicación y solución de los conflictos ambientales.

Es así que la legitimidad o mérito de cualquier decisión ambiental, dependerá de la evaluación que surja de aplicar y corroborar los resultados que produzca, a partir de datos científicos y técnicos referidos a los casos particulares.

No obstante, en México, a pesar de la aprobación de diferentes normas -que en su mayoría sólo contienen principios y no reglas de acción solución normativa- existen grandes lagunas legislativas respecto de los mecanismos para acceder al derecho efectivo de un medio ambiente sano consagrado en el artículo 4to Constitucional, siendo el principal problema, la rigidez normativa que impera en el sistema jurídico mexicano derivado de la corriente positivista adoptada por los juzgadores, quienes al momento de tomar decisiones para el caso concreto sobreponen cuestiones de legalidad -debido proceso- a la interpretación de los principios para garantizar el verdadero acceso al derecho a un medio ambiente sano.

En esta tesitura, y como demanda de la sociedad civil organizada en defensa de la preservación y conservación del medio ambiente, con la aprobación y publicación en el DOF el 07 de junio de 2013 del “Decreto por el que se expide la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, de la Ley General de Vida Silvestre, de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, de la Ley de Aguas Nacionales, del Código Penal Federal, de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos y de la Ley General de Bienes Nacionales” se estableció por mandato del poder legislativo, la creación de los Juzgados de Distrito especializados en materia ambiental en un plano no mayor a dos años. Y de forma imperativa se estableció en el Tercero Transitorio que los Jueces de Distrito Especializados deberán de recibir una capacitación especializada en materia de normatividad ambiental.

Desafortunadamente el Consejo de la Judicatura mediante el Acuerdo General 27/2015 determinó que hasta en tanto se ordene la instalación de juzgados especializados en materia ambiental en cada uno de los Circuitos Judiciales, los juzgados de Distrito mixtos, especializados y semiespecializados de la República Mexicana que, en razón de su competencia originalmente asignada, conocen de juicios administrativos, continuarán atendiendo los asuntos ambientales a los que se refiere la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.

Sin embargo, el 22 de mayo de 2013 el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (actualmente Tribunal Federal de Justicia Fiscal) publicó el decreto por el que se realizan modificaciones al reglamento interno de este órgano de justicia, para la creación de la Sala Especializada en Materia Ambiental, lo anterior después de haber realizado los estudios necesarios para determinar las sedes y los números de salas auxiliares viables para la atención de los juicios en esta materia, publicando el acuerdo por el que se reforman los artículos 22, fracción XIII, 23, fracción III, 23 Bis, fracción I, y se adicionan las fracciones V y VI del citado artículo 23 Bis, del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, bajo los siguientes argumentos:

“Esta Sala Superior estima conveniente adicionar materias a la competencia de la Sala Especializada en resoluciones de órganos reguladores de la actividad del Estado, a fin de que pueda conocer de las resoluciones en materia de sanidad, inocuidad y calidad agroalimentaria, de los juicios que se promuevan contra resoluciones definitivas, actos administrativos y procedimientos en materia de protección al medio ambiente, así como de aquéllos en los que se controviertan normas oficiales mexicanas publicadas en el Diario Oficial de la Federación, como disposiciones de carácter general cuando sean auto aplicativas o cuando se controviertan en unión o con motivo del primer acto de aplicación, de conformidad con lo previsto por el artículo 2o. de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, siendo pertinente para ello modificar la denominación de dicha Sala Especializada, a fin de agrupar las materias de su nueva competencia.”

Si bien es cierto que el derecho a un medio ambiente sano se le considera como uno de los tantos denominados de tercera generación o de la solidaridad -derechos colectivos- que para cumplir con su fin último necesitan de la cooperación entre las naciones y grupos que las integran, también depende de los mecanismos de acceso a la justicia que el propio sistema jurídico que un Estado contemple, y más aún, que las decisiones judiciales establezcan, reconozcan y coactivamente ordenen su ejecución.

Para poder realizar una evaluación integral de la política ambiental en nuestro país, es necesario que los mexicanos y las mexicanas -incluyendo a los tomadores de decisiones- conozcan con exactitud los avances para garantizar la eficacia del derecho a un medio ambiente sano contemplado en el artículo 4to. Constitucional e identificar las áreas de oportunidad en las tres funciones del Estado: legislativa, administrativa y jurisdiccional, pongo a consideración de ésta asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente al Tribunal de Justicia Administrativa a elaborar y publicar un estudio cuantitativo y cualitativo de los juicios resueltos en materia de medio ambiente y acreditar la capacitación recibida para la especialización en esta misma materia por parte de los juzgadores de las salas especializadas en medio ambiente.

Notas:

1 Jean Claude Tron Petit, El rol de los jueces en la aplicación del derecho ambiental.

2 Op. Cit. 1

3 Diario Oficial de la Federación. Acuerdo general 27/2015 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que precisa la competencia de los Juzgados de Distrito mixtos, especializados y semiespecializados de la República Mexicana, que actualmente tienen competencia en juicios administrativos, para atender los asuntos ambientales señalados en la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.

Disponible en: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5399391& fecha=03/07/2015

4 Diario Oficial de la Federación. Acuerdo por el que se reforman los artículos 22, fracción XIII, 23, Fracción III, 23 Bis, fracción I, y se adicionan las fracciones V y VI del citado artículo 23 Bis, del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5301074 &fecha=03/06/2013

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2017.— Diputada Mirza Flores Gómez (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.



CONDENA LOS ACTOS DE ESPIONAJE EN CONTRA DE SIMÓN BARQUERA, ALEJANDRO CALVILLO Y LUIS MANUEL ENCARNACIÓN

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se condenan los actos de espionaje contra Simón Barquera, Alejandro Calvillo y Luis Manuel Encarnación, y se exhorta a la PGR a investigar y procesar judicialmente a los responsables, a cargo de la diputada Araceli Damián González, del Grupo Parlamentario de Morena

Araceli Damián González,en mi calidad de diputada federal de la LXIII Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en la fracción I del numeral 1 del artículo 6 y numeral 1, fracción II, del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes

Consideraciones

Primera. El 11 de febrero de 2017 el Laboratorio Ciudadano ( The Citizen Lab) de la Escuela Munk de Asuntos Globales de la Universidad de Toronto denunció públicamente los reiterados intentos de espionaje contra el doctor Simón Barquera, investigador del Instituto Nacional de Salud Pública; Alejandro Calvillo, director de la organización El Poder del Consumidor; Luis Manuel Encarnación, director de la coalición Contrapeso. La institución canadiense concluye en su informe que estas tres personas —ampliamente reconocidas por su activismo a favor del impuesto a productos de alto contenido calórico— fueron los objetivos claros y premeditados de diversos intentos de violación de su privacidad mediante ataques electrónicos a sus dispositivos móviles a través del uso del programa de espionaje Pegasus, elaborado por la empresa de seguridad de origen israelí NSO Group.

Segunda. En ese reporte se ofrecen amplios detalles de la manera como operó el programa de espionaje: entre julio y agosto de 2016 estas tres personas recibieron mensajes de texto apócrifos con enlaces maliciosos en los que, mediante suplantación de identidad e “ingeniería social”, se buscó hacer que los activistas visitaran una página en internet falsa. En el acto de seguir el enlace electrónico se instala un programa de espionaje en el dispositivo móvil capaz de manipular el micrófono y la cámara fotográfica, así como obtener toda la información de contactos y uso del teléfono.

El reporte de The Citizen Lab confirma 13 intentos de infiltración de los dispositivos móviles de los activistas mencionados en la primera consideración. Los enlaces anexados a cada uno de los mensajes los direccionaba directamente a dominios de internet falsos cuyo operador fue el proveedor del servicio de espionaje, NSO Group. En el análisis de los mismos se puede confirmar el grado ascendente del tono de los mensajes, que pasan de mensajes apócrifos sobre noticias a mensajes personales con insultos e intentos de engaño.

Ya con anterioridad se había divulgado que este mismo programa de espionaje se usó contra el periodista Rafael Cabrera, durante agosto de 2015. La forma del ataque contra el colaborador del reportaje sobre la Casa Blanca de Enrique Peña Nieto es prácticamente idéntica a la empleada contra los activistas ya referidos: se enviaron mensajes de texto con enlaces apócrifos. El tema de los mensajes transitó de notas de prensa falsas hacia mensajes personalizados con contenido altamente vulgar por la connotación sexual de los mismos.

Tercera. El 29 de junio de 2016 la Alianza por la Salud Alimentaria inició una campaña con el objetivo de modificar las normas sobre etiquetado de alimentos procesados y para orientar, al público en general, en el consumo de alimentos mediante una aplicación para móviles que indique si los niveles de azúcares, grasas y sodio son saludables para el consumo humano. Los intentos de ataques contra los activistas iniciaron una semana después, el 8 de julio de 2016, y siguieron hasta mediados del mes de agosto de 2016. En este tiempo, los activistas planearon el lanzamiento de una campaña para promover ante el Congreso de la Unión el aumento de la contribución del IEPS para bebidas azucaradas a dos pesos por litro. Estos intentos de ataques cibernéticos fueron divulgados por el periódico The New York Times, y retomado por la prensa mexicana, con posterioridad.

Cuarta.Para esta Cámara es relevante la situación detallada debido que el software que se usó para violar el derecho a la privacidad de estos tres mexicanos fue el sistema Pegasus, que comercializa la empresa de origen israelí de tecnología de inteligencia NSO Group, que sólo ofrece sus servicios a gobiernos nacionales y subnacionales bajo el argumento de combatir al crimen organizado y prevenir posibles ataques terroristas. El gobierno mexicano es cliente confirmado de la empresa, como se ha demostrado en diversas publicaciones en prensa y mediante revelaciones en el portal Wikileaks.

La confirmación del uso del software Pegasus en los diversos ataques de espionaje hacia los tres promotores del impuesto especial a la comida chatarra, el incidente previo de ataque cibernético al periodista Rafael Cabrera, el momento y las circunstancias en que ocurrieron los ataques, es decir, entre el lanzamiento de una campaña de la Alianza por la Salud Alimentaria y el inicio de acciones para promover el aumento en la tasa impositiva a las bebidas, y lo poco creíble que resulta suponer que gobiernos extranjeros tengan intereses de tal encono que los lleven a invertir una importante cantidad de recursos en espiar a tres activistas mexicanos hacen suponer que hubo uso ilegal e indebido del programa de espionaje que adquirió y opera el gobierno federal.

Es motivo de preocupación suponer que el mismo gobierno espía a funcionarios como el doctor Simón Barquera y a los activistas Luis Manuel Encarnación y Alejandro Calvillo, todos promotores de impuestos que tan sólo en 2016 reportó ingresos por más de 40 mil millones de pesos. Lo es todavía más suponer que recursos de espionaje bajo uso discrecional de las instituciones de seguridad del gobierno federal estén a disposición de particulares o grupos que buscan la derogación de los impuestos a bebidas y alimentos dañinos para la salud.

Quinta. El intento de violación de las comunicaciones y la privacidad de las personas es completamente inaceptable. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos delimita claramente quiénes y bajo cuáles circunstancias podrán intervenirse las comunicaciones y medios electrónicos de las personas. Esto se fija claramente en el párrafo 13 del Artículo 16 Constitucional.

Exclusivamente la autoridad judicial federal, a petición de la autoridad federal que faculte la ley o del titular del Ministerio Público de la entidad federativa correspondiente, podrá autorizar la intervención de cualquier comunicación privada. Para ello, la autoridad competente deberá fundar y motivar las causas legales de la solicitud, expresando, además, el tipo de intervención, los sujetos de la misma y su duración (...).

El derecho a la privacidad de las personas se refuerza por diferentes tratados internacionales que México ha ratificado. Tanto el artículo 12 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el artículo 17 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos estipulan que “nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques”.

La forma, tiempo y medios de investigación mediante programas electrónicos de espionaje están claramente normados en el artículo 292 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Esta norma fija que:

La solicitud de intervención deberá estar fundada y motivada, precisar la persona o personas que serán sujetas a la medida; la identificación del lugar o lugares donde se realizará, si fuere posible; el tipo de comunicación a ser intervenida; su duración; el proceso que se llevará a cabo y las líneas, números o aparatos que serán intervenidos y, en su caso, la denominación de la empresa concesionada del servicio de telecomunicaciones a través del cual se realiza la comunicación objeto de la intervención. El plazo de la intervención, incluyendo sus prórrogas, no podrá exceder de seis meses. Después de dicho plazo, sólo podrán autorizarse nuevas intervenciones cuando el Ministerio Público acredite nuevos elementos que así lo justifiquen.

La Ley Federal contra la Delincuencia organizada fija exactamente los mismos límites a las instituciones de procuración de justicia del gobierno en el artículo 17. También las agencias de inteligencia del Estado mexicano están sujetas a controles similares: en los artículos 34, 38, 40 y 43 de la Ley de Seguridad Nacional se regula, bajo condiciones similares a las ya señaladas, la forma como el Centro de Investigación y Seguridad Nacional debe actuar cuando pretenda intervenir comunicaciones.

Adicionalmente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido con claridad que el carácter inviolable de la privacidad de las personas se extiende al ámbito de las comunicaciones personales por cualquier medio. La Segunda Sala expone mediante tesis aislada que:

Derecho a la privacidad o intimidad. Está protegido por el artículo 16, primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Dicho numeral establece, en general, la garantía de seguridad jurídica de todo gobernado a no ser molestado en su persona, familia, papeles o posesiones, sino cuando medie mandato de autoridad competente debidamente fundado y motivado, de lo que deriva la inviolabilidad del domicilio, cuya finalidad primordial es el respeto a un ámbito de la vida privada personal y familiar que debe quedar excluido del conocimiento ajeno y de las intromisiones de los demás, con la limitante que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece para las autoridades. En un sentido amplio, la referida garantía puede extenderse a una protección que va más allá del aseguramiento del domicilio como espacio físico en que se desenvuelve normalmente la privacidad o la intimidad, de lo cual deriva el reconocimiento en el artículo 16, primer párrafo, constitucional, de un derecho a la intimidad o vida privada de los gobernados que abarca las intromisiones o molestias que por cualquier medio puedan realizarse en ese ámbito reservado de la vida.

Además, argumenta la Primera Sala que:

Derecho a la vida privada. Su contenido general y la importancia de no descontextualizar las referencias a la misma. [...] las personas tienen derecho a gozar de un ámbito de proyección de su existencia que quede reservado de la invasión y la mirada de los demás, que les concierna sólo a ellos y les provea de condiciones adecuadas para el despliegue de su individualidad –para el desarrollo de su autonomía y su libertad–. A un nivel más concreto, la misma idea puede describirse apelando al derecho de las personas a mantener fuera del conocimiento de los demás (o, a veces, dentro del círculo de sus personas más próximas) ciertas manifestaciones o dimensiones de su existencia (conducta, datos, información, objetos) y al correspondiente derecho a que los demás no las invadan sin su consentimiento. En un sentido amplio, entonces, la protección constitucional de la vida privada implica poder conducir parte de la vida de uno protegido de la mirada y las injerencias de los demás, y guarda conexiones de variado tipo con pretensiones más concretas que los textos constitucionales actuales reconocen a veces como derechos conexos: el derecho de poder tomar libremente ciertas decisiones atinentes al propio plan de vida, el derecho a ver protegidas ciertas manifestaciones de integridad física y moral, el derecho al honor o reputación, el derecho a no ser presentado bajo una falsa apariencia, el derecho a impedir la divulgación de ciertos hechos o la publicación no autorizada de cierto tipo de fotografías, la protección contra el espionaje, la protección contra el uso abusivo de las comunicaciones privadas, o la protección contra la divulgación de informaciones comunicadas o recibidas confidencialmente por un particular.

Es inaceptable que estos tres ciudadanos promotores del impuesto a los productos de alto valor calórico hayan sido molestados en su persona y comunicaciones con equipo al que sólo puede acceder el gobierno federal. Lo único que ha motivado tan inaceptable conducta fue su preocupación por que se reduzcan los altos índices de obesidad y diabetes que hay en México debido al consumo elevado de azúcares y comida chatarra.

Tan es inaceptable que el gobierno busque espiar a defensores de la salud en México, mediante políticas fiscales para el combate a la epidemia de obesidad cuanto es intolerable que se presten recursos de inteligencia para servir a intereses particulares. Corresponde a la Procuraduría General de la República investigar a los responsables de este crimen, para que respondan ante la justicia por sus actos.

Por lo anteriormente expuesto, pongo a consideración del pleno la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero.La Cámara de Diputados condena los actos de espionaje en contra de Simón Barquera, Alejandro Calvillo y Luis Manuel Encarnación.

Segundo.La Cámara de Diputados exhorta al titular de la Procuraduría General de la República, Raúl Cervantes Andrade, a que se investigue y procese judicialmente a los responsables de la violación de la privacidad en contra de Simón Barquera, Alejandro Calvillo y Luis Manuel Encarnación.

Notas:

1 John Scott-Railton et al. “Bitter Sweet: Supporters of Mexico’s Soda Tax Targeted with NSO Exploit Links”, The Citizen Lab, 11 de febrero de 2017. https://citizenlab.org/2017/02/bittersweet-nso-mexico-spyware/

2 Nicole Perlroth, “Invasive Spyware’s Odd Targets: Mexican Advocates of Soda Tax”, The New York Times, 12 de febrero de 2017, página A1.

3 El mismo día 11 de febrero retomaron la nota El Financiero, Reforma, La Jornada, Proceso, Sin Embargo, Semanario Zeta, Animal Político, Aristegui Noticias. El día 12 hicieron lo propio El Economista y Huffington Post México. El 13 de febrero siguieron Milenio y La Crónica.

4 El periódico Reforma detalló que la adquisición de este programa informático se hizo mediante la empresa Balam Seguridad Privada, SA de CV, en 2014 y 2015 para uso de la Procuraduría General de la República. Véase “Adquiere la PGR equipo para espiar”, Reforma, 12 de septiembre de 2016, página 1.

5 A través de la divulgación de correos electrónicos de la empresa italiana Hacking Team, que se dedica también a proveer servicios de espionaje a diferentes gobiernos, fue que se pudo conocer que Tomás Zerón de Lucio, entonces director en jefe de la Agencia de Investigación Criminal, fue quien prefirió adquirir programas de espionaje a NSO Group sobre Hacking Team. Véase https://wikileaks.org/hackingteam/emails/emailid/5455

6 23 mil 348 millones de pesos por concepto de bebidas saborizadas y 16 mil 929 millones de pesos por alimentos no básicos con alta densidad calórica. Véase SHCP, “II. Informes de Recaudación” en los Informes sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública del cuarto trimestre de 2016.

7 Amparo en revisión 134/2008. Marco Antonio Pérez Escalera. 30 de abril de 2008. Cinco votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Rolando Javier García Martínez. Novena Época. Registro: 169700. Instancia: Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Tesis aislada. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. XXVII, mayo de 2008. Materia(s): constitucional. Tesis: 2a. LXIII/2008. Página: 229.

8 Amparo directo en revisión 2044/2008. 17 de junio de 2009. Cinco votos. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretarios: Francisca María Pou Giménez y Roberto Lara Chagoyán. Novena Época. Registro: 165823. 1a. CCXIV/2009. Instancia: Primera Sala. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XXX, diciembre de 2009, Página 277.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2017.— Diputada Araceli Damián González (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



DIFUNDIR LA INFORMACIÓN QUE SE HAYA GENERADO DEL SISTEMA ESTATAL DE ATENCIÓN A LAS VICTIMAS Y DE LA COMISIÓN ESTATAL DE ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Tamaulipas a dar máxima publicidad a los recursos destinados al Fondo de Atención a Víctimas del estado de 2010 a 2017, y difundir la información generada mediante el Sistema Estatal y la Comisión Estatal de Atención a las Víctimas, a cargo del diputado Gustavo Adolfo Cárdenas Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El que suscribe, Gustavo Adolfo Cárdenas Gutiérrez, diputado federal de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 3, numeral 1, fracción XX, 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta asamblea, el presente punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Hoy, los altos índices delincuenciales y violencia tan preocupantes en el estado de Tamaulipas hacen que la población anhele mejora en las condiciones de seguridad que se traduzcan en tranquilidad y paz en sus comunidades.

Si bien la violencia e inseguridad tienen impactos transversales que deben atacarse de manera frontal, también es cierto que a casi seis meses del inicio del gobierno estatal que encabeza Francisco García Cabeza de Vaca los resultados son escasos en cuanto a la disminución de las cifras delictivas y más preocupante es la inexistencia de información pública sobre la atención de las víctimas y la procuración de éstas según lo descrito en la Ley de Protección a las Víctimas para el Estado de Tamaulipas.

Para contextualizar la problemática en el estado, cito cifras de los “Informes de incidencia delictiva del fuero común” emitidos por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) del 2016, que señalan que en ese año se presentaron 41 mil 175 denuncias ante el Ministerio Público cifra muy similar a los 41 mil 380 casos denunciados en el 2015.

En esas cifras del SESNSP, se señala que en el estado de Tamaulipas, los homicidios pasaron de mil 279 en 2015 a mil 384 en 2016, los cuales deben considerarse reducidos debido a que la ausencia de denuncias de los actos de violencia contra los ciudadanos tamaulipecos y de aquellos que sólo transitan en el estado los hacen superiores debido a que muchos de ellos no se cuantifican en las cifras oficiales.

En mi estado Tamaulipas, se emitió el 5 de mayo del 2009, la Ley de Protección a las Víctimas de los Delitos para el Estado de Tamaulipas, la cual fue abrogada el 30 de junio de 2014 por la nueva Ley de Protección a las Victimas para el estado de Tamaulipas1, identificando en ella que el denominado Sistema Estatal de Atención a las Victimas así como la Comisión Estatal de Atención a las Víctimas son instancias que no se han echado andar e impiden la protección que todo ciudadano tenemos al amparo del artículo 20 de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En consecuencia, las víctimas en Tamaulipas, es decir aquellas personas físicas que han sufrido un daño o menoscabo que puede ser de tipo económico, físico, mental, emocional, o en general, de cualquier puesta en peligro o lesión a sus bienes jurídicos o derechos, como consecuencia de la comisión de un delito o de una violación a sus derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que México, se encuentran en estado de indefensión.

Por igual, deseo enfatizar que a las víctimas no se les garantiza el apoyo económico que plantea el artículo 55 de la Ley de Protección a las Victimas para el estado de Tamaulipas, que se centra en la utilización del Fondo de Atención a Víctimas, recursos que se destinarían para ayuda, asistencia y reparación integral del delito y de las violaciones a los derechos humanos.

Lo anterior, lo afirmó como resultado de la revisión del Portal de Obligaciones Transparencia del gobierno de Tamaulipas en la que no fue posible identificar información sobre el Fondo en comento, por lo que fue necesario hacer uso del derecho a la información pública vía la utilización de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) a fin de allegarme de información sobre el tema.

Sin embargo, el resultado del uso de la PNT no fue satisfactorio debido a que la conectividad con los sistemas del estado impidieron ejercer el derecho ciudadano a la información tal y como lo muestro en la imagen siguiente.

Como tamaulipeco me preocupa que no sea posible conocer información sobre el Fondo de Atención a Víctimas del Estado de Tamaulipas, dejando dudas al aire de la transparencia de su uso y por supuesto, limitando el derecho a la información a los interesados sobre el tema.

Derivado de lo que he expresado en párrafos anteriores, me surgen las dudas siguientes:

• ¿Quiénes han sido los titulares del Sistema Estatal de Atención a las Victimas, de la Comisión Estatal de Atención a las Victimas y del Fondo de Atención a Víctimas de estado de Tamaulipas desde el 2010 a la fecha?

• ¿Cuál ha sido el presupuesto anual del Fondo de Atención a Víctimas del estado de Tamaulipas de los años 2010 al 2017?

• ¿De qué forma se han integrado los recursos del Fondo de Atención a Víctimas del estado de Tamaulipas por los ejercicios 2010 al 2017 de conformidad con los incisos I al XI del numeral 1 del artículo 57 de la Ley de Protección a las Victimas para el Estado de Tamaulipas?

• ¿Cuánto se ha ejercido y de qué forma por cada uno de los ejercicios del 2010 al 2016 e inclusive del 2017?

• ¿Se desconoce si existen remanentes de los recursos anuales dispuestos en el Fondo de Atención a Víctimas del estado de Tamaulipas?

• ¿Cuántos beneficiarios se han atendido con los recursos del Fondo de Atención a Víctimas del estado de Tamaulipas?

• ¿Cuántos Tamaulipecos aún no se les concede el beneficio del Fondo de Atención a Víctimas del estado de Tamaulipas?

• ¿Cuáles han sido las medidas establecidas para maximizar los recursos del Fondo de Atención de Víctimas del Estado de Tamaulipas?

La respuesta a cada uno de los cuestionamientos anteriores es de limitada a nula y sin lugar a duda deja en entredicho la actuación del gobierno de Tamaulipas en el cumplimiento del multicitado artículo 20 constitucional.

Por lo expuesto, es necesario exhortar al gobierno de Tamaulipas a que de máxima publicidad a los recursos del Fondo de Atención a Víctimas del estado de Tamaulipas, y haga pública toda la información que se haya generado del Sistema Estatal de Atención a las Víctimas y de la Comisión Estatal de Atención a las Víctimas según le obligue la normativa de transparencia aplicable, a nivel estatal y federal.

Con lo anterior, podremos tener elementos de juicio que nos permitan conocer los alcances y pendientes del gobierno de Tamaulipas en temas tan delicados como lo son la protección de los ciudadanos ante la inseguridad y la violencia.

Lo dijo claro y fuerte, la violencia en Tamaulipas preocupa y lo seguirá siendo hasta que no haya un compromiso serio de parte de las autoridades estatales y municipales para construir instituciones de seguridad y justicia que necesitamos los Tamaulipecos, es decir, hasta que no se incentive el respeto a la norma y se logre debilitar los recursos de los delincuentes, empezando por los recursos económicos.

En virtud de lo aquí expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente al gobierno del estado de Tamaulipas a que dé máxima publicidad a los recursos que han sido destinados al Fondo de Atención a Víctimas del estado de Tamaulipas del 2010 al 2017, y de acuerdo con sus atribuciones haga pública toda la información que se haya generado del Sistema Estatal de Atención a las Víctimas y de la Comisión Estatal de Atención a las Víctimas según los dispuesto en la normativa aplicable.

Notas:

1 Ley de Protección a las Víctimas para el Estado de Tamaulipas, disponible en http://www.congresotamaulipas.gob.mx/Legislacion/ListadoLegislacionVigente.asp? IdTipoArchivo=1, consultada el 22 de febrero de 2017.

2 Informes de incidencia delictiva del fuero común, Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), disponibles en http://secretariadoejecutivo.gob.mx/incidencia-delictiva/incidencia-delictiva-f uero-comun.php, consultados el 22 de febrero de 2017.

3 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, disponible en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/index.htm, consultada el 22 de febrero de 2017.

4 Portal de obligaciones de transparencia del gobierno de Tamaulipas, disponible en http://transparencia.tamaulipas.gob.mx/, consultado el 22 de febrero de 2017.

5 Plataforma Nacional de Transparencia, disponible en

http://www.plataformadetransparencia.org.mx/, consultada el 22 de febrero de 2017.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2017.— Diputado Gustavo Adolfo Cárdenas Gutiérrez (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.



EMITIR LINEAMIENTOS QUE COADYUVEN A LA ERRADICACIÓN DE LA COMPRA DE VOTOS RELACIONADA CON LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS SOCIALES

«Proposición con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a los gobiernos de los estados con elecciones por celebrarse en 2017 a emitir lineamientos para erradicar la compra de votos relacionada con la operación de programas sociales, a cargo de la diputada Norma Xochitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada federal Norma Xochitl Hernández Colín, integrante del Grupo Parlamentario de Morena a la XLIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I, y el artículo 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, por medio del presente someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de las entidades federativas con procesos electorales a celebrarse en 2017, a emitir lineamientos que coadyuven a la erradicación de la compra de votos relacionada con la operación de programas sociales.

Lo anterior, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primera. De manera laxa, los programas sociales pueden identificarse como una acción, normalmente gubernamental, destinada a mejorar las condiciones de vida de un determinado sector de la población, particularmente de aquéllos con necesidades insatisfechas.

Es así como el Estado pone en marcha planes que buscan garantizar el acceso a los derechos para el desarrollo social consagrados en la Constitución y recogidos por el artículo 6 de la Ley General de Desarrollo Social, es decir, la educación, la salud, la alimentación nutritiva y de calidad, la vivienda, el disfrute de un medio ambiente sano, el trabajo y la seguridad social y los relativos a la no discriminación.

Para conseguirlo, el artículo 11 de la ley busca propiciar las condiciones que aseguren el disfrute de los derechos, garantizando el acceso a los programas de desarrollo social y la igualdad de oportunidades, la superación de la discriminación y la exclusión social; promover un desarrollo económico con sentido social que propicie y conserve el empleo, eleve el nivel de ingreso y mejore su distribución; fortalezca el desarrollo regional equilibrado; así como garantice formas de participación social en la formulación, ejecución, instrumentación, evaluación y control de los programas de desarrollo social.

Aunado a lo anterior, el artículo 14 del citado ordenamiento dispone que la Política Nacional de Desarrollo Social debe incluir vertientes relacionadas con la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, de la alimentación nutritiva y de calidad, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación, desarrollo regional, infraestructura social básica, fomento del sector social de la economía, así como la seguridad social y la operación de programas sociales asistenciales.

Segunda. A pesar de su naturaleza social, su carácter público y de la prohibición expresa por parte del artículo 28 de la Ley General de Desarrollo Social y de diversas disposiciones legales, los programas sociales son empleados con fines proselitistas y propagandísticos a favor del partido político que detenta la administración pública que los opera, quienes lucrando con la pobreza de las personas, condicionan su acceso o permanencia al favorecimiento del sufragio.

Como lo comenta Alejandro Grinspun, Secretario Ejecutivo del Proyecto de Protección de los Programas Sociales Federales, creado por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, México se caracteriza por la larga y perniciosa tradición de utilizar dinero público para obtener provechos partidistas, por lo que es frecuente que los recursos destinados a programas sociales se usen con el objeto de crear o mantener clientelas políticas de los partidos políticos de siempre.

Tratándose de recursos siempre escasos en comparación con la magnitud y profundidad de los rezagos sociales, esta práctica deplorablemente arraigada, tiene el doble efecto de pervertir el significado más profundo de la democracia y perpetuar las condiciones de desigualdad imperantes en nuestra sociedad; es decir, los partidos políticos tradicionales son una fábrica de pobres.

A medida que los programas de combate a la pobreza han crecido debido a la ineptitud del gobierno para crear empleos estables y de promover la inserción social, ha aumentado también la tentación por parte de los partidos políticos alineados al régimen, de manipular programas sociales para seguir viviendo como parásitos del erario.

Resulta paradójico que se habla del asentamiento de bases democráticas en el régimen nacional, sin embargo, las prácticas de coacción y compra del voto se presentan en todos y cada uno de las campañas y procesos electorales, eternizando el ciclo perverso del sostenimiento de la pobreza para el acceso al poder y desde allí, perpetuarse a costa del dinero ajeno.

A pesar de la implementación de políticas de blindaje electoral, reformas legales y monitoreo ciudadano para inhibir la utilización política o proselitista de los recursos destinados a atender las necesidades de la población más desprotegida, se trata de una actividad que mantiene vivos a los partidos que en realidad son repudiados por la gente, como lo demuestran las recientes encuestas sobre percepción política.

Tercera. A la fecha, no son pocos los casos documentados donde se compra el voto o se operan programas sociales de manera tendenciosa y discrecional, por ejemplo, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación que, de acuerdo a la Auditoría Superior de la Federación, malversó 600 millones de pesos a través de prácticas irregulares, como la de entregar apoyos a personas fallecidas, asimismo, entregó a sus delegaciones en Chiapas, Guerrero y Oaxaca subsidios que no fueron solicitados por las delegaciones.

De igual manera destacan las irregularidades en la operación de la política social a cargo de la Secretaría de Desarrollo Social en Veracruz y en Michoacán, donde las irregularidades ascienden a más de 52 millones de pesos. Otro caso paradigmático es el de la entrega de aparatos de televisión por parte de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes sin que se especificara el sustento social de la operación de tal programa.

La Ciudad de México no ha sido omisa en esta deplorable tradición, baste recordar la entrega nocturna de tinacos por parte de la delegación Coyoacán, con motivo de la elección de las diputadas y diputados constituyentes en la Ciudad de México, o la negativa por parte del gobierno de la ciudad en suspender la entrega de apoyos en eventos masivos.

El caso más actual, reportado a penas el 14 de febrero de 2017, se relaciona directamente con el proceso electoral a celebrarse en Coahuila, donde de acuerdo a información de los medios de comunicación locales, el gobierno estatal lanzó dos licitaciones para la compra de millones de despensas, así como miles de paquetes de material y uniformes deportivos, con valor superior a los 40 millones de pesos, los cuales serían distribuidos de manera discrecional durante las campañas electorales para la renovación de su gobierno y del poder legislativo local.

Aunque en el expediente del proceso de compra se da a conocer que un anexo especifica los productos que incluirán los paquetes alimentarios, al revisar el documento, se aprecia la ausencia de información, lo cual desatiende la normatividad aplicable, por lo que se advierte que su entrega no forma parte de la operación de programa social alguno.

Cuarta. En nuestro contexto de grandes y profundas desigualdades sociales, con el 46 por ciento de la población en pobreza, la protección de los programas sociales debe ser una prioridad, sin embargo, son quienes detentan el poder los que subsisten gracias a tales desigualdades y al uso faccioso de la política social, es evidente que les conviene tener población cautiva a pesar de sus nefastos resultados en materia de desarrollo social.

La protección de los derechos fundamentales de las personas es, por mandato constitucional, una obligación irrenunciable del Estado mexicano y, en general, de la sociedad en su conjunto, no obstante, los procesos electorales representan los periodos de mayor vulnerabilidad para estos grupos sociales en situaciones precarias, por la conveniencia de los partidos políticos.

Mientras el gobierno mantenga el estado de cosas con su ineficiente política de desarrollo social y su afán de rapiña, la protección de los programas sociales debe convertirse en nuestra tarea cotidiana, porque a la fecha, no se ha podido erradicar o disminuir el problema, por el contrario, se ha agudizado con auspicio de los institutos electorales y del poder judicial.

Cierto es que existe una mayor conciencia en la sociedad acerca de los riesgos que implica la utilización para fines distintos al del desarrollo social de los programas públicos, sin embargo, quienes operan los programas hacen gala de sus mejores estrategias y artimañas para continuar con su estilo de vida, el de enriquecerse con base en el trabajo ajeno.

No obstante que todos los programas destinados al combate a la pobreza, salud, educación, alimentación y vivienda cuentan con marcos normativos obligatorios y partidas presupuestarias predefinidas, su institucionalización no ha sido obstáculo para que la compra del voto se siga presentando en cada campaña y proceso electoral.

Asimismo, tanto las acciones de contraloría social, como las iniciativas de vigilancia y monitoreo ciudadano llevadas a cabo por organizaciones de la sociedad civil no han logrado erradicar la incertidumbre y opacidad en la operación de los programas sociales, lo cual contribuye a la vulneración de los derechos de las personas y a la imposibilidad de consolidar un Estado verdaderamente democrático.

Quinta. Para el Grupo Parlamentario de Morena, es indispensable erradicar la posibilidad de que los programas sociales sean objeto de manipulación proselitista, particularmente de los partidos políticos que en 2017 están por contender en un proceso electoral.

Por lo anterior, como necesario complemento a las disposiciones legales que versan sobre la materia, las entidades federativas con procesos electorales en 2017 deben emitir lineamientos vinculantes y exigibles que clarifiquen el alcance de la ley, a efecto de evitar que los procesos electorales venideros, se influya de manera ilegal en la decisión volitiva ciudadana.

Se propone que tales lineamientos, cuando menos deben mencionar que de conformidad con la normativa vigente, la ejecución de los programas sociales continuarán sin interrupción durante las campañas electorales, que queda prohibida la utilización de estos con la finalidad de inducir o coaccionar a la ciudadanía para votar a favor o en contra de cualquier partido político o candidato; que los servidores públicos no podrán utilizar, ni crear y/o aplicar programas emergentes; que está prohibido que en los trámites o procedimientos de ingreso o aplicación se promocione o difunda la imagen de candidato o partido político; que se condicione su ingreso al apoyo hacia candidato o partido alguno; o se incurra en alguna de las prohibiciones señaladas en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Asimismo, proponemos que dispongan que los servidores públicos no podrán adjudicarse o utilizar en beneficio propio la realización de obras públicas o programas de gobierno; que estará prohibido, durante las precampañas y campañas electorales realizar proselitismo, llamar al empadronamiento a favor de cualquier partido, inducir o coaccionar al voto, formular opinión positiva o negativa a favor o en contra de precandidato, candidato o partido político, durante la inscripción o alta a los programas sociales, su operación, entrega de beneficios, eventos de difusión en precampaña y ejecución en campaña o baja de los mismos.

Con respecto a la difusión, ésta deberá suspenderse en el periodo de campaña y jornada comicial y no podrá ser utilizada la imagen de autoridad alguna. Asimismo, la difusión bajo cualquier modalidad de comunicación social, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social; en ningún caso esta difusión incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público.

Durante las campañas electorales, las páginas de internet, cuentas de redes sociales institucionales, así como las cuentas individuales de redes sociales de los servidores públicos, en las que se ostenten como tales; únicamente podrán informar respecto de las acciones y programas; y de ninguna manera podrán difundir expresiones que se encuentren vinculadas con las distintas etapas del proceso electoral, ni mensajes destinados a influir en las preferencias electorales de la ciudadanía, a favor o en contra de aspirantes, precandidatos, candidatos, partidos políticos o candidatos independientes. Así como tampoco plataformas de campaña, idearios políticos y demás acciones que tenga como fin llamar al empadronamiento a favor de partido alguno.

Se deberá mencionar que los servidores públicos tienen prohibido el uso de los recursos públicos, en sus aspectos humanos, materiales y financieros para la difusión y utilización de los programas sociales, tampoco podrán asistir a la celebración de informes, eventos públicos, manifestaciones o cualquier acto que implique la promoción de persona alguna con motivo de las precampañas y campañas electorales.

De igual manera, durante el periodo de las campañas electorales quedará prohibido que las instituciones, por sí o por cualquier servidor público o particular, entreguen despensas, pintura, aparatos electrodomésticos u otros bienes o servicios en actos de gobierno que no formen parte de los programas sociales previamente establecidos.

En caso de que haya programas sociales en operación, deberán informar a la Contraloría de la entidad federativa, cuando menos, lo siguiente:

a) La ubicación de las bodegas, almacenes o sitios en donde se encuentran depositadas los bienes que se otorgan como ayuda a la población;

b) El nombre de la persona servidora pública responsable de la custodia de dichos bienes;

c) El número y denominación de los programas sociales y actividades institucionales, cuya aplicación deberá continuar sin interrupción por mandato de ley;

d) La fecha de publicación de las reglas de operación de los programas sociales y actividades institucionales que llevan a cabo, así como los padrones de beneficiarios correspondientes;

e) En su caso, el esquema y las fechas precisas en que se hará entrega de los referidos apoyos;

f) Detallar de manera específica los bienes o servicios materia de los programas sociales y actividades institucionales;

g) Señalar los montos totales destinados para la ejecución de los programas sociales y actividades institucionales; y

h) Especificar la población objetivo de los programas sociales y actividades institucionales.

Para los efectos de los incisos anteriores, el gobierno de entidad federativa de que se trate, podrá promover la firma con el Instituto Electoral y con el Tribunal Electoral, y demás instancias que correspondan, de los convenios que sean necesarios para lograr los objetivos del instrumento.

Se deberá especificar, por último, que el incumplimiento a los lineamientos será motivo de responsabilidad administrativa de los servidores públicos en términos de la legislación aplicable; con independencia de que los hechos sean constitutivos de delito, siendo la Procuraduría General de la República a través de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales, la encargada de recibir las denuncias y querellas; asimismo, de investigarlas y determinar respecto a conductas posiblemente constitutivas de delito en materia electoral.

Por las consideraciones anteriormente vertidas, someto a la consideración del pleno de esta soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta a los titulares de las entidades federativas con procesos electorales a celebrarse en 2017, a emitir lineamientos que coadyuven a la erradicación de la compra de votos relacionada con la operación de programas sociales.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2017.— Diputada Norma Xochitl Hernández Colín (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen.



INTERPOSICIÓN DE CONTROVERSIAS CONSTITUCIONALES QUE VAYAN EN AGRAVIO DE LA JUSTICIA SOCIAL Y DISTRIBUTIVA

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a abstenerse de seguir afectando las finanzas de Zacatecas mediante la interposición de controversias constitucionales agraviantes de la justicia social y distributiva, a cargo de la diputada Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La suscrita, Claudia Sofía Corichi García, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, en la LXIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados somete a consideración del pleno de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que la Honorable Cámara de Diputados exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal para que se abstenga de seguir afectando las finanzas del estado de Zacatecas mediante la interposición de controversias constitucionales que vayan en agravio de la justicia social y distributiva, al tenor de las siguientes

Consideraciones

I. El 31 de diciembre de 2016 se publicó en el periódico oficial del estado de Zacatecas, reforma a la Ley de Hacienda del Estado por medio de la cual, en ejercicio de sus facultades, el Poder Legislativo del Estado de Zacatecas estableció diversos impuestos ecológicos, que tienen por objeto resarcir en alguna medida los daños que las mineras causan al medio ambiente y a la salud de los habitantes de los municipios en dónde se ubican.

II. Estos impuestos fueron:

1. El Impuesto de Remediación Ambiental en la Extracción de Materiales, tiene por objeto la extracción del suelo y subsuelo de materiales que constituyan depósitos de igual naturaleza a los componentes de los terrenos, aún y cuando constituyan vetas, mantos o yacimientos tales como: agregados pétreos, andesita, arcillas, arena, caliza, cantera, caolín, grava, riolita, rocas, piedras y sustrato o capa fértil. Para efectos de este artículo la extracción deberá realizarse por medio de trabajos a cielo abierto en el territorio del estado. Sin que en ningún momento se consideraran objeto de este impuesto los minerales o sustancias a que hace referencia el artículo 4 de la Ley Minera.

2. El Impuesto por la Emisión de Gases a la Atmósfera,tiene por objeto tasar las emisiones a la atmósfera de determinadas sustancias generadas en los procesos productivos que se desarrollen en el estado y que afecten el territorio del mismo. Para los efectos de este impuesto se considera emisión a la atmósfera, la expulsión directa o indirecta de bióxido de carbono, metano, óxido nitroso, hidrofluoro-carbonos, perfluoro-carbonos y hexafluoruro de azufre, ya sea unitariamente o de cualquier combinación de ellos que afecten la calidad del aire, los componentes de la atmósfera y que constituyen gases de efecto invernadero que impactan en deterioro ambiental por provocar calentamiento global.

3. El Impuesto al Depósito o Almacenamiento de Residuos, tiene por objeto el depósito o almacenamiento de residuos en vertederos públicos o privados, situados en el estado. Para efectos de esta sección se considera residuo cualquier material generado en los procesos de extracción, beneficio, transformación, producción, consumo, utilización, control o tratamiento cuya calidad no permita usarlo nuevamente en el proceso que lo generó.

4. El impuesto por la Emisión de Contaminantes al Suelo, Subsuelo y Agua; tiene por objeto la emisión de sustancias contaminantes, que se depositen, desechen o descarguen al suelo, subsuelo o agua en el territorio del estado.

III.Según lo dispone el artículo 36 de la Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas, los ingresos que se obtengan de la recaudación de los impuestos mencionados se destinarán prioritariamente, a las áreas de mayor afectación ambiental y de rezago económico, tales como obras, infraestructura y operación de los servicios de salud, obras, infraestructura, mejoramiento, restauración o remediación del equilibrio ecológico, acciones estatales de inspección y vigilancia de fuentes fijas de contaminantes y de cumplimiento de las disposiciones ambientales aplicables, desastres naturales, contingencias ambientales, sequías, ciclones, sismos, entre otros, generación de proyectos para desarrollo sustentable y sostenible, viviendas para reubicación de los habitantes de zonas de riesgo, así como a las materias a que hace referencia la fracción II del artículo 8 de la Ley General de Cambio Climático.

IV. El gobierno federal alega que el gobierno del estado de Zacatecas invadió atribuciones exclusivas de la federación por crear impuestos que gravan bienes nacionales y que parecen estar ligados a la industria minera, sin embargo, estos impuestos tenían fines distintos que gravar la riqueza obtenida por el uso y explotación de bienes de la nación, su finalidad es totalmente distinta.

V. Se trata de un impuesto ambiental que busca resarcir los efectos nocivos del medio ambiente en las comunidades donde se asientan dichas mineras y que, en la gran mayoría de los casos no reciben los beneficios, sino sólo los perjuicios de dicha actividad, pues como sabemos, los verdaderos beneficiarios de la actividad minera son los grandes corporativos nacionales y sobre todo extranjeros.

VI. El 14 de febrero de 2017 el Ejecutivo federal, a través de Alfonso Humberto Castillejos Cervantes, consejero jurídico, presentó controversia constitucional en contra de los Poderes Ejecutivo y Legislativo del estado de Zacatecas en el que impugna la Ley de Hacienda del Estado, publicada en el periódico oficial de dicha entidad el 31 de diciembre de 2016, en sus artículos 6 a 36, así como los efectos y consecuencias jurídicas que deriven de su aplicación, la Ley de Ingresos del Estado de Zacatecas para el Ejercicio Fiscal de 2017 publicada en el periódico oficial del estado de Zacatecas con fecha 31 de diciembre de 2016 en su artículo 1 concepto 1.5, así como los efectos y consecuencias jurídicas que deriven de su aplicación, así como el decreto gubernativo mediante el cual se otorgan estímulos fiscales y facilidades administrativas para el ejercicio fiscal de 2017 en su apartado I, inciso D, artículo 5, dicha controversia se radicó bajo el expediente 56/2017.

VII. El presidente Enrique Peña Nieto sigue privilegiando los intereses de los grupos empresariales por encima de los intereses del pueblo, tal como lo dejó ver en la reforma energética. En esta ocasión, sale nuevamente en defensa de los grupos de poder, en este caso, las empresas mineras bajo la pantalla de un supuesto interés por salvaguardar la constitucionalidad del orden jurídico.

VIII.Resulta extraño tal interés, puesto que las empresas mineras cuentan con los recursos suficientes para que en caso de que estimaran que la constitucionalidad ha sido afectada en su perjuicio pudieran acudir al juicio de amparo por ellas mismas, sin la necesidad de que el Ejecutivo federal se constituya en el gran defensor del poder económico y el capital, sobre todo extranjero, en detrimento del pueblo de Zacatecas. Recordando que en otros casos no ha salido en defensa de la constitucionalidad del marco normativo, cuando los afectados no han sido los grandes corporativos sino la población en general.

IX. Actualmente, el estado de Zacatecas atraviesa por una grave crisis en sus finanzas, derivado del saqueo producido por la anterior administración a cargo de Miguel Alonso Reyes, actualmente director general del Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) y quien ha sido acusado de encabezar una red de corrupción.

X. El estado de Zacatecas lo que requiere es buscar medios para sanear sus finanzas, y qué mejor manera de hacerlo que buscando medidas que no castiguen aún más a la clase media y trabajadora ya afectada, haciendo sujetos a las mineras nacionales y extranjeras que se benefician de la riqueza del subsuelo zacatecano, dejando graves consecuencias ambientales a las comunidades donde se asientan y graves riesgos a la salud de su población. De tal manera que estos impuestos, al día de hoy controvertidos, podrían disminuir el impacto ambiental, y tendría fines resarcitorios.

XI. Lamentablemente la controversia constitucional interpuesta por el presidente Enrique Peña Nieto es irreversible en términos de los dispuesto por el artículo 20, fracción I, de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ya que la controversia en comento versó sobre normas generales. Por lo que el daño está hecho.

XII. Sin embargo, en lo futuro el instrumento de la controversia constitucional debería utilizarse sólo con fines más nobles y en beneficio del pueblo, pues el fin teleológico del estado y del gobierno debe ser el bien común, estableciendo criterios más justos y equitativos al momento de emitir una controversia constitucional.

Por todo lo anteriormente expuesto, es que someto a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Honorable Cámara de Diputados exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal para que se abstenga de seguir afectando las finanzas del estado de Zacatecas mediante la interposición de controversias constitucionales que vayan en agravio de la justicia social y distributiva.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2017.— Diputada Claudia Sofía Corichi García (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Gobernación, para dictamen.



USO DE LOS RECURSOS PÚBLICOS DESTINADOS A PEMEX Y A LA CFE, POR PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL

«Proposición con punto de acuerdo, relativo al uso de los recursos públicos destinados a Pemex y a la CFE por la administración federal, suscrita por las diputadas Araceli Damián González, Norma Rocío Nahle García y Guadalupe Hernández Correa, del Grupo Parlamentario de Morena

Araceli Damián González, Norma Rocío Nahle García y Guadalupe Hernández Correa, en su calidad de diputadas federales de la LXIII Legislatura, integrantes del Grupo Parlamentario Morena, con fundamento en la fracción I del numeral 1 del artículo 6 y numeral 1, fracción II, del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración del pleno la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes

Consideraciones

Primera. El portal de noticias “Huffington Post México” publicó, en septiembre de 2016, que en la administración de Enrique Peña Nieto se retiraron, de manera discrecional, 240 mil 518 millones de pesos de las arcas de Petróleos Mexicanos (Pemex) y de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), favoreciendo la descapitalización de ambas empresas productivas del Estado. Lo anterior, supone profundizar en las políticas de desinversión y desmantelamiento de Pemex y la CFE; estrategia que se orienta a la privatización parcial del sector energético nacional.

De acuerdo con el mismo portal, los retiros se llevaron a cabo de 2013 a 2015, a través de solicitudes efectuadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), signadas por el subsecretario de Ingresos, doctor Miguel Messmacher Linartas. En dichas peticiones se solicitó a los directores de Pemex y la CFE realizar los pagos por concepto de “Aprovechamientos”, por medio de los cuales el gobierno federal adquirió ingresos extraordinarios que no fueron visibles en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación que el Ejecutivo entrega cada año a la Cámara de Diputados, ya que fueron etiquetados en el rubro “otros”.

Segunda. Esto se constata en la información de la auditoría financiera y de cumplimiento de 2013, realizada a la SHCP por parte de la Auditoría Superior de la Federación (ASF), en cuanto a Ingresos Públicos Presupuestarios, con clasificación 13-0-06100-02-0110, número GB-044. En la integración del concepto “otros” del rubro “aprovechamientos”, se establece que 65 mil millones de pesos recibidos por Hacienda provienen de Pemex.

Asimismo, la auditoría financiera y de cumplimiento de 2014 realizada a la SHCP, relativa a Ingresos Públicos Presupuestarios, Gastos Fiscales y Precios y Tarifas del Sector Energético, clasificación 14-0-06100-02-0085, número GB-042, señala que la integración del concepto “otros” del rubro “aprovechamientos” adquirió 70 mil millones de pesos de Pemex. Considerando ambas cantidades, la empresa productiva transfirió 135 mil millones de pesos a Hacienda en el periodo 2013-2014.

Tercera. En lo que respecta a la CFE, las auditorías citadas de 2013 y 2014, referentes al concepto de “otros” en el rubro de “aprovechamientos”, evidencian que la Comisión otorgó 30 mil 600 millones de pesos y 31 mil 518 millones de pesos, respectivamente. De este modo, la SHCP obtuvo 62 mil 118 millones de pesos de la empresa productiva en cuestión durante 2013-2014.

También, en la auditoría financiera y de cumplimiento de 2015 realizada a la SHCP, en cuanto a Ingresos Públicos Presupuestarios, Gastos Fiscales y Medios para su Estabilización y Protección, clasificación 15-0-06100-02-005, número 58-GB, se señala que en la integración del concepto “otros” de los “aprovechamientos” de tipo corriente y de capital, se establece a la CFE como otorgante de 43 mil 400 millones; mientras que Pemex ya no aparece en dichos aprovechamientos. De este manera, Hacienda obtuvo un total de 105 mil 518 millones de pesos de la CFE en el periodo 2013-2015.

Cuarta. En la auditoría financiera y de cumplimiento realizada a la SHCP, relativa a Ingresos Públicos Presupuestarios, Gastos Fiscales y Precios y Tarifas del Sector Energético, clasificación 14-0-06100-02-0085, número GB-042, la ASF menciona que para pedir los recursos a Pemex y a la CFE, Hacienda realizó un “[...] retiro del patrimonio de la nación invertido en esas entidades paraestatales con cargo a sus disponibilidades financieras [...]”. Con base en ello, la ASF recomendó que dicha situación debería de realizarse con una adecuada transparencia y rendición de cuentas.

Como resultado de la sugerencia realizada por la ASF, la SHCP transparenta el rubro de “Aprovechamientos, Otros, Otros” en sus informes trimestrales al Congreso de la Unión a partir de 2016, referentes a los anexos de finanzas públicas, en el apartado de indicadores de recaudación. Sin embargo, en ninguno de ellos se hace referencia a Pemex y a la CFE, aunado a que sigue existiendo un rubro de “otros” que permanece sin identificarse.

Quinta. Posterior a la publicación del “Huffington Post México” de septiembre de 2016, Hacienda emitió una respuesta a la redacción del portal de noticias en cuestión y el 14 de enero de 2017, en medio de la crisis del “gasolinazo”, la SHCP envió otra tarjeta informativa al portal. La diferencia de la segunda con respecto a la primera estriba en que Hacienda no negó que los aprovechamientos se realizaran discrecionalmente, pero señaló que se llevaron a cabo con legalidad y transparencia.

Sexta. En el marco de la ceremonia sobre “Prestaciones Sociales para el Blindaje Familiar”, el 12 de enero de 2017, el Ejecutivo Federal manifestó que los altos costos de la gasolina se debían a que “la gallina de los huevos de oro [petróleo] se secó. Cantarell se nos fue secando. Mantener un precio artificial en 2017 habría significado un gasto adicional de más de 200 mil millones de pesos”.

Séptima. Sin embargo, ese monto es muy similar al reportado por el “Huffington Post México” y que la misma ASF documentó. Hacienda nunca aclaró el origen y destino de los más de 240 mil millones de pesos que fueron obtenidos de Pemex y de la CFE de 2013 a 2015. Más importante aún, sigue sin transparentar por completo los recursos pertenecientes al rubro “otros aprovechamientos” como la misma ASF se lo recomendó.

Entre las preguntas que fueron formuladas en el cuestionario que el “Huffington Post México” envió a la SHCP, y que no fueron respondidas por esa Secretaría, se encuentran aquéllas que nos permitirían conocer el origen y destino de los recursos, las cuales fueron formuladas de la siguiente manera:

“¿Qué parte del patrimonio de Pemex y la CFE fue vendido para que ambas empresas pudieran cumplir con los retiros patrimoniales solicitados por la SHCP de 2013 a 2015? ¿Lo que se vendió fueron activos financieros o infraestructura? ¿En qué se gastó el dinero del patrimonio retirado a Pemex y la CFE? ¿Los retiros realizados al patrimonio de ambas empresas fueron usados para resolver los problemas de liquidez que enfrenta el gobierno mexicano?”.

Octava. Ante la negativa de dar respuesta a estos cuestionamientos, se considera que continúa la opacidad con la que el gobierno federal se conduce con respecto a las finanzas del Estado mexicano. Lo preocupante es que, con base en las informaciones referidas, la SHCP estaría asfixiando financieramente a las principales empresas del estado, perjudicando la capacidad productiva de la economía nacional. Además, la administración opaca de los recursos multimillonarios transferidos desde Pemex y la CFE a Hacienda involucra fundados riesgos de que, al amparo de este esquema, se estén desarrollando prácticas de malversación y corrupción.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta Cámara de Diputados la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. Solicitar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que transparente el origen y destino de los recursos utilizados del patrimonio de Petróleos Mexicanos y de la Comisión Federal de Electricidad, de 2013 a 2015.

Segundo. Exhortar a los titulares de Petróleos Mexicanos y Comisión Federal de Electricidad, José Antonio González Anaya y Jaime Hernández Martínez, a esclarecer y transparentar el origen de los recursos transferidos a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Tercero. Exhortar a la Secretaría de la Función Pública a que, en el ámbito de sus atribuciones, investigue el origen y el destino de los recursos utilizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público del patrimonio de Petróleos Mexicanos y de la Comisión Federal de Electricidad y, en su caso, se esclarezcan las responsabilidades administrativas o penales derivadas.

Notas:

1 Garrido, E. “El gobierno tomó en secreto 240 mil mdp del patrimonio de Pemex y la CFE” (Huffington Post México, 14 de septiembre de 2016). Disponible para consulta en: http://www.huffingtonpost. com.mx/2016/09/14/el-gobierno-tomo-en-secreto-240-mil-mdp-del-patrimonio-de-pem ex/

2 Hernández, M. “Hacienda sigue sin responder (otra vez) por aprovechamientos de 240 mil mdp Pemex y la CFE” (Huffington Post México, 14 de enero de 2017). Disponible para consulta en: http://www.huffingtonpost.com.mx/2017/01/14/hacienda-sigue-sin-responder-otra-v ez-por-aprovechamientos-de/

3 “La Gallina de los huevos de oro se secó, dice Peña sobre el Petróleo, como justificación al gasolinazo” (Vanguardia, 12 de enero de 2017). Disponible para consulta en:

http://www.vanguardia.com.mx/articulo/la-gallina-de-los- huevos-de-oro-se-seco-dice-pena-nieto-sobre-el-petroleo-justifica-el-1

4 Hernández, M. “Hacienda sigue sin responder (otra vez) por aprovechamientos de 240 mil mdp Pemex y la CFE” (Huffington Post México, 14 de enero de 2017). Disponible para consulta en: http://www.huffingtonpost.com.mx/2017/01/14/hacienda-sigue-sin-responder-otra-v ez-por-aprovechamientos-de/

Salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 28 de febrero de 2017.— Diputadas: Araceli Damián González y Norma Rocío Nahle García (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.



GESTIÓN DE RECURSOS Y EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE LOS RIESGOS DERIVADOS DE LAS CONDICIONES DE LA PRESA PARRAL Y DEL RÍO PARRAL, EN CHIHUAHUA

«Proposición con punto de acuerdo, relativo a la implantación de acciones por diversas autoridades federales y locales para gestionar recursos y ejecutar las obras de prevención y mitigación de los riesgos derivados de las condiciones de la presa y el río Parral, en Chihuahua, a cargo de la diputada María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, María Elena Orantes López, integrante de la LXIII Legislatura en la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, vicecoordinadora del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, fracción I, y 79, párrafos primero, fracción II, y segundo del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Nacional del Agua (Conagua) a que en coordinación con el gobierno del estado de Chihuahua y el ayuntamiento de Hidalgo del Parral, Chihuahua, se lleven a cabo los acuerdos y acciones necesarios para la gestión de recursos y ejecución de las obras de prevención y mitigación de los riesgos derivados de las condiciones de la presa Parral y del río Parral. Asimismo, exhorta al gobierno del estado de Chihuahua y del ayuntamiento de Hidalgo del Parral, a que a través de sus sistemas estatal y municipal de protección civil, establezcan los planes de prevención, preparación, alerta y respuesta ante los escenarios de riesgo que representan las condiciones de la presa Parral, río Parral y sus afluentes. También se exhorta a la Coordinación Nacional de Protección Civil, a que considere los proyectos preventivos propuestos por la Conagua, el gobierno del estado de Chihuahua y el ayuntamiento de Hidalgo del Parral, Chihuahua, vinculados a las obras de prevención y mitigación, necesarias en las inmediaciones de la presa Parral, con base en las siguientes

Consideraciones

La presa Parral está ubicada en el municipio de Hidalgo de Parral, Chihuahua, y fue construida de 1949 a 1951, como acción de prevención después de las inundaciones en dicho municipio durante 1944, mismas que generaron pérdidas humanas y materiales provocadas por las avenidas sobre el río Parral.

Después de la construcción de la presa, los gastos vertidos en el río Parral no superaron el orden de los 248 metros cúbicos por segundo (m3/s), sin embargo la suma del gasto de los arroyos y las lluvias puntuales en la cuenca han provocado inundaciones.

Las funciones de la presa son: protección contra inundaciones (control de avenidas) y suministro de agua a la ciudad de Parral, sin embargo, durante estos años de operación, la capacidad de captación de la presa se redujo por azolve, dejando de cubrir los requerimientos de ésta para el consumo humano en la ciudad.

Por ello, en 2014 fue sobre elevada la cortina de la presa en 1.48 metros para compensar la deficiencia que provocaba la carencia de agua en la ciudad.

En mayo de 2016, ingenieros de la Subdirección General Técnica de la Conagua, realizaron una inspección, análisis de riesgo y clasificación de dicha presa determinando entre otras cosas:

• Que la Gerencia de Aguas Superficiales e Ingeniería de Ríos de la misma Conagua, no presentaba en su nuevo informe el hidrograma de cálculo del nuevo gasto.

• Que todo indicaba que con este nuevo hidrograma la presa desborda y propiciaba su rotura.

• Que fue simulada la rotura de la presa y se obtuvo una mancha de inundación que pone en riesgo a cerca de 7 mil 545 habitantes.

Dichos ingenieros concluyen en su informe:

• La presa Parral no se encuentra en condiciones seguras por un cálculo de un gasto de ingreso a la presa de 598 m3/s, por arriba de los 250 m3/s por lo que ya han ocurrido inundaciones en la ciudad de Parral.

• El río Parral tiene poca capacidad de conducción por la gran cantidad de puentes y vialidades marginales en su cauce.

Los ingenieros recomiendan la modificación y adaptación del cauce que incluye algunas de las siguientes opciones:

• Excavación del cauce del río y sus arroyos.

• Levantamiento de bordos y muros en las márgenes del río y arroyos,

• Adicionar la eliminación de algunos puentes y modificación de otros para evitar la obstrucción del cauce.

• Una combinación entre todas las opciones con una modelación de escenarios en un periodo de retorno de 500 años, considerando también la ampliación de todos los arroyos que descargan en el río Parral.

Derivado de toda esta información se hace evidente que dicha presa representa un riesgo potencial a la población del municipio de Hidalgo del Parral ante condiciones de precipitación o avenidas intensas que pudieran provocar su rotura o que incrementen el gasto que este vierte al río Parral.

Asimismo, se pueden vislumbrar escenarios de riesgo incrementados por la falta de capacidad hidrológica del río Parral y por la construcción social del riesgo representada por la construcción de infraestructura vial sobre o en las inmediaciones del cauce, que requieren de la implementación de proyectos, obras, acciones y programas específicos implementados por instancias de los tres órdenes de gobierno para proteger la vida de la población, su patrimonio y la infraestructura pública y privada que se encuentra en riesgo.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión la siguiente proposición con:

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Nacional del Agua a que en coordinación con el gobierno del estado de Chihuahua y el ayuntamiento de Hidalgo del Parral, Chihuahua, se lleven a cabo los acuerdos y acciones necesarios para la gestión de recursos y ejecución de las obras de prevención y mitigación de los riesgos derivados de las condiciones de la presa Parral y del río Parral.

Segundo.La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta al gobierno del estado de Chihuahua y del ayuntamiento de Hidalgo del Parral, a que a través de sus sistemas estatal y municipal de protección civil, establezcan los planes de prevención, preparación, alerta y respuesta ante los escenarios de riesgo que representan las condiciones de la presa Parral, río Parral y sus afluentes.

Tercero.La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta a la Coordinación Nacional de Protección Civil a que considere los proyectos preventivos propuestos por la Comisión Nacional del Agua, el gobierno del estado de Chihuahua y el ayuntamiento de Hidalgo del Parral, Chihuahua, vinculados con las obras de prevención y mitigación, necesarias en las inmediaciones de la presa Parral.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2017.— Diputada María Elena Orantes López (rúbrica).»

Se remite a la Comisión de Protección Civil, para dictamen.



FAVOREZCAN LA COORDINACIÓN CON LOS MUNICIPIOS DEL PAÍS A FIN DE QUE LA INFRAESTRUCTURA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES SE MANTENGA EN OPERACIÓN

«Proposición con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la Conagua a implantar con los estados acciones que favorezcan la coordinación con los municipios para mantener en operación la infraestructura de tratamiento de aguas residuales, suscrita por los diputados Gustavo Adolfo Cárdenas Gutiérrez y Angie Denisse Hauffen Torres, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Los que suscriben, Gustavo Adolfo Cárdenas Gutiérrez y Angie Denisse Hauffen Torres, diputados federales de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión e integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 3, numeral 1, fracción XX, 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta asamblea, el siguiente punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Según la Conagua en su inventario nacional de plantas potabilizadoras y de tratamiento de aguas residuales 2014, indicó que al cierre del 2013 se registraron un total de 2,287 plantas municipales de tratamiento de operación con una capacidad instalada de 161.7 metros cúbicos por segundo que dan tratamiento a 105.9 metros cúbicos por segundo, lo que resulta una diferencia entre lo instalado y el caudal tratado de 55.8 metros cúbicos por segundo, que representa una subutilización del 34.5%, poniendo en riesgo los ecosistemas municipales.

Además, señaló que 548 instalaciones con una capacidad de 9.6 metros cúbicos por segundo estaban fuera de operación, cifra que se incrementó en 100% desde el 2008 y, que de un año a otro, evolucionó en un 21.2%.

Esas cifras no son positivas y se agravan por el incremento en la generación de una mayor cantidad de aguas residuales en los municipios de México. En el 2012, se tenía un registro de generación de 6.7 miles de millones de metros cúbicos de aguas residuales al año, y a esa fecha, se esperaba que ese volumen aumentará a 9.2 miles de millones de metros cúbicos en 2030.

Estas problemáticas históricamente poco pueden ser atacadas por los organismos operadores de agua potable y saneamiento municipales al carecer de atribuciones para fijar las tarifas de los servicios públicos de agua potable, alcantarillado, drenaje, tratamiento y disposición de aguas residuales que ofrecen a la población.

Expertos del tema han opinado que han sido los Congresos Estatales quienes autorizan casi siempre los derechos municipales por los servicios citados, los cuales la mayor cantidad de las veces no cubren los costos directos de operación, por lo que los ayuntamientos están imposibilitados a asumir la prestación de estos servicios de manera suficiente, salubre, aceptable y asequible.

Por lo anterior, concluimos que en México los operadores municipales de plantas de aguas residuales no tienen la capacidad suficiente para el desempeño de sus actividades por lo que operan la infraestructura de forma deficiente disminuyendo la vida útil de los equipos y produciendo agua en condiciones diferentes a las consideradas en el proyecto inicial de la planta.

En virtud de lo aquí expuesto, ponemos a consideración de esta Honorable Asamblea la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente a que la Comisión Nacional del Agua (Conagua) formalice acciones de coordinación con las entidades federativas para que se establezcan tarifas y sistemas de cobro adecuados de los servicios que ofrecen los operadores municipales a fin de sostener la infraestructura de tratamiento de aguas residuales en operación en los ayuntamientos de México, que les permita ofrecer servicios de saneamiento suficiente, salubre, aceptable y asequible.

Segundo. Se exhorta respetuosamente a que las entidades federativas coordinadamente con los municipios establezcan programas de acciones fijando prioridades y metas, y que sea la Conagua quién certifique su cumplimiento y en su caso, sugiera acciones correctivas para su consecución.

Notas:

1 Inventario nacional de plantas potabilizadoras y de tratamiento de aguas residuales 2014, disponible en http://www.conagua.gob.mx/Conagua07/Publicaciones/Publicaciones/Inventario_Naci onal_Plantas1.pdf, consultado el 21 de febrero de 2016.

2 Tratamiento de aguas residuales en México, disponible en https://publications.iadb.org/bitstream/handle/11319/5931/Tratamiento%20de%20ag uas%20residuales%20en%20M%C3%A9xico.pdf?sequence=4, consultado el 21 de febrero de 2016.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2017.— Diputados: Gustavo Adolfo Cárdenas Gutiérrez, Angie Denisse Hauffen Torres (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, para dictamen.



CREA UN GRUPO DE TRABAJO DE DIPUTADOS QUE DEN SEGUIMIENTO A LOS ACUERDOS QUE ADOPTEN EL GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIAPAS, LA SEP Y LOS ACADÉMICOS DE LA UNIVERSIDAD INTERCULTURAL DE CHIAPAS

«Proposición con punto de acuerdo, por el cual se crea un grupo de trabajo para dar seguimiento a los acuerdos entre el gobierno de Chiapas, la SEP y los académicos de la Universidad Intercultural de Chiapas a fin de permitir el correcto funcionamiento de ésta, suscrita por la diputada María Candelaria Ochoa Avalos e integrantes de los Grupos Parlamentarios de Movimiento Ciudadano, del PRD y de Morena

La que suscribe, María Candelaria Ochoa Avalos, diputada federal del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento Ciudadano, integrante de la LXIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto el artículo 6, numeral 1, fracción I, y el artículo 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, ambos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

La creación de la Universidad Intercultural de Chiapas (UNICH), además de ser producto de uno de los acuerdos de San Andrés Larráinzar, fue producto de la necesidad de promover la educación entre las y los jóvenes de los diferentes pueblos originarios de Chiapas: una oportunidad de alcanzar una educación universitaria concordante con su cosmovisión. El encargado de esta noble tarea fue el doctor Andrés Fábregas, reconocido antropólogo chiapaneco, quien se propuso “recopilar personalmente algunas opiniones que (le) parecían importantes, entre otras, de las propias comunidades indígenas de los Altos de Chiapas y de los grupos de investigadores en ciencias sociales e intelectuales que viven en Chiapas. En particular, (le) interesaba la opinión de las comunidades indígenas en términos de qué licenciaturas pensaban eran más útiles para ellas, y de los académicos su parecer acerca de establecer una universidad más en Chiapas, cuando las que existían tenían aún carencias significativas. (Le) interesó, también, preguntar qué se entendía por interculturalidad y qué significaba el concepto aplicado a una universidad. Acordado lo anterior, [se dio] a la tarea que [se] había propuesto, acompañado de un grupo de intelectuales indígenas y de algún funcionario de la Secretaría de Pueblos Indios del estado.

El doctor Andrés Fábregas Puig fue nombrado primer rector, y fue así como nació la Universidad Intercultural de Chiapas el 1 de diciembre de 2004. Se crearon cuatro programas iniciales, que se inauguraron en el mes de agosto de 2005 y fueron diseñados para cursarse en un período de cuatro años.

El primer ingreso fue de 962 estudiantes, 16 docentes-investigadores de tiempo completo y 30 de asignatura. El porcentaje de estudiantes de lengua castellana en el inicio fue de 20 por ciento, mientras que los idiomas vernáculos representaban 80 por ciento. Del total de estudiantes 49 por ciento eran hombres y 51 por ciento mujeres. Cuatro fueron las lenguas vernáculas de Chiapas (que en aquel momento contaba con 13) en las que se impartían clases: el tzotzil, el tzeltal y el ch´ol –idiomas pertenecientes al tronco lingüístico maya, al que se agregó el zoque, único idioma vernáculo de Chiapas que no es mayanse, sino que está relacionado con el mixe de Oaxaca y el Popoluca de Veracruz.

Hasta 2011, cuando el gobierno del estado pidió la renuncia del doctor Fábregas, la UNICH vivió un desarrollo constante. Sin embargo, a partir de esa fecha se desataron un conjunto de cambios que han generado una gran desestabilización, tanto administrativa como académica.

El nombramiento de rectores sin perfiles académicos, funcionarios sin experiencia educativa con perspectiva intercultural, así como la contratación de profesoras y profesores sin el filtro académico necesario, han traído una serie de irregularidades en el funcionamiento de la Universidad, que incluso han provocado cierres de escuelas y sedes.

La institución no ha tenido la atención necesaria, por lo que la educación de las y los indígenas chiapanecos se ha visto comprometida. En este sentido, no se han podido mantener los objetivos que el Dr. Fábregas tenía en mente cuando creó esta universidad.

La Secretaría de Educación Pública observa el correcto funcionamiento de todas las instituciones de educación, por lo que es necesario que dé seguimiento al caso de la Universidad Intercultural de Chiapas. La comunidad universitaria está cada vez más polarizada y su interlocución con las instancias gubernamentales es casi inexistente o poco eficaz, por lo que se ha generado una grave crisis al interior de la universidad.

Hay una decadencia generalizada de la institución que se manifiesta en el resquebrajamiento de la comunidad académica y el debilitamiento de su vínculo con la sociedad chiapaneca, especialmente con los pueblos originarios, en claro perjuicio de los jóvenes que deberían encontrar en ella un espacio de formación superior. Se han reducido las inscripciones, el año pasado se interrumpieron con frecuencia las actividades universitarias debido a tomas de instalaciones por parte de sectores inconformes, han sido despedidos injustificadamente trabajadores y, en el marco de las evaluaciones que realiza la propia Secretaría de Educación Pública, la UNICH ha perdido los niveles de calidad alcanzados con anterioridad.

El conflicto actual impide que la UNICH cumpla con su cometido social: ofrecer a la juventud chiapaneca un espacio de formación profesional de calidad que se adapte a su cosmovisión, con una perspectiva intercultural; indispensable para la paz y la convivencia social: educar para la paz en el pleno respeto a las diferencias.

Si reconocemos que la educación es indispensable para la construcción democrática de este país y que la de los pueblos indígenas debe ser prioridad, es urgente restablecer las condiciones óptimas de operación de la Universidad Intercultural de Chiapas para que esta cumpla con la función social fundamental para la que fue creada.

Por ello, presentamos el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Por el que se crea un grupo de trabajo de diputados que medie entre el gobierno de Chiapas, la Secretaría de Educación Pública y las académicas y los académicos de la Universidad Intercultural de Chiapas, sea testigo de dichas pláticas y dé seguimiento a los acuerdos, a fin de permitir el correcto funcionamiento de la universidad.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2017.— Diputados: María Candelaria Ochoa Avalos, Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, Diego Valente Valera Fuentes, Hortensia Aragón Castillo (rúbricas).»

Se remite a la Junta de Coordinación Política, para su atención.