Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXIII Legislatura
Correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidenta

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez
Directora del
Diario de los Debates
Eugenia García Gómez
Año II
México, DF, martes 21 de marzo de 2017
Sesión No. 18

SUMARIO


COMUNICACIONES OFICIALES

De la diputada Sara Latife Ruíz Chávez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por medio de la cual solicita el retiro de la iniciativa que adiciona y reforma los artículos 25, 128, 128 Bis y 128 Ter, todos de la Ley Federal de Protección al Consumidor

De la diputada Sara Latife Ruiz Chávez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por medio de la cual solicita el retiro de la iniciativa que adiciona y reforma los artículos 23 y 24 de la de la Ley Federal de Protección al Consumidor

Del diputado Omar Ortega Álvarez, por la cual solicita el retiro de la proposición con punto de acuerdo que exhorta a distintas autoridades gubernamentales a atender y dar seguimiento a los hechos ocurridos el 19 de junio de 2016 en diversas localidades de Oaxaca, así como a garantizar la seguridad de víctimas y defensores del caso.

Del diputado Gustavo Adolfo Cárdenas Gutiérrez, por la que solicita el retiro de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y deroga los artículos 10 y 11 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos

Se tienen por retiradas, actualícense los registros parlamentarios

De la Secretaría de Gobernación, con la que remite once contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados y por la Comisión Permanente:

– Por el que se exhorta a la Secretaría de Desarrollo Social a continuar informando sobre las acciones de prevención y atención de padecimientos respiratorios, e incrementándolas a efecto de disminuir la incidencia de éstos entre la población en general. Se remite al promovente

– Por el que se exhorta a la Secretaría de Educación Pública a utilizar, en la elaboración de los libros de texto gratuitos y demás materiales pedagógicos, un lenguaje incluyente, reforzar las acciones de capacitación del personal docente en materia de derechos humanos de mujeres y niñas e incorporar esta perspectiva en los programas educativos de todos los niveles, a fin de promover el respeto y la igualdad entre mujeres y hombres. Se remite al promovente

– Por el que se exhorta a la Secretaría de Desarrollo Social a cumplir el acta de acuerdos de fecha 7 de enero de 2015, en favor de las personas expulsadas de sus comunidades por intolerancia religiosa. Se remite a la Junta de Coordinación Política, para su conocimiento

– Por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a ampliar y reforzar las acciones para prevenir y disminuir el índice de mortalidad materna entre indígenas durante el embarazo, parto y posparto en Oaxaca, considerando campañas de difusión sobre la importancia del derecho a la salud de las mujeres para recibir en las unidades respectivas atención médica de calidad. Se remite a la Comisión de Salud, para su conocimiento

– Por el que se exhorta a la Secretaría de Educación Pública a revisar y fortalecer las políticas instauradas para combatir la obesidad infantil, así como promover y proteger el derecho a la protección de la salud mediante campañas encaminadas a prevenir y controlar esa epidemia. Se remite a la Comisión de Salud, para su conocimiento

– Por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a prestar sus servicios con calidad y garantizar el suministro de medicamentos a la derechohabiencia, en especial los del cuadro básico de insumos, para el primer nivel de atención médica. Se remite a la Comisión de Salud, para su conocimiento

– Por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a incluir la diabetes tipos I y II para su tratamiento a través de una categoría como gasto catastrófico. Se remite a la Comisión de Salud, para su conocimiento

– Por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a implantar un protocolo urgente de atención de las necesidades de salud, las condiciones sanitarias y la prevención de enfermedades, donde se incluya la incorporación en los programas de vacunación de la población nacional en sus instituciones y en albergues para personas migrantes de Tijuana, Baja California, a fin de evitar el riesgo de crisis humanitaria del que han alertado diversos organismos internacionales. Se remite a la Comisión de Asuntos Migratorios, para su conocimiento

– Por el que se exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo federal a garantizar, a través de los titulares de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de la Secretaría de Desarrollo Social, la asignación de los recursos etiquetados por la Cámara de Diputados al Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas. Se remite a la Comisión de Igualdad de Género, para su conocimiento

– Por el que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a hacer públicos los permisos para construir, administrar, explotar y operar un helipuerto en el predio de la avenida Universidad 2014, colonia Copilco Universidad, y verificar que se ajuste a las normas básicas de seguridad del Convenio sobre Aviación Civil Internacional. Se remite a la Comisión de Ciudad de México, para su conocimiento

– Por el que se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a cumplir el convenio de ejecución de recursos para el desarrollo del campo mediante el Programa Especial Emergente de Apoyo a Productores Veracruzanos. Se remite a la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego, para su conocimiento

De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la que remite la información relativa al pago de las participaciones a las entidades federativas correspondiente a febrero de 2017, desagregada por tipo de fondo, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal y por entidad federativa, efectuando la comparación correspondiente al mes de febrero de 2016. Se remite a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento

De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la que informa que durante el mes de febrero de 2017, el Servicio de Administración Tributaria, a través de las autoridades aduaneras competentes, destinó mercancías perecederas, de fácil descomposición o deterioro, numismáticos y dos animales entre otros. Se remite a la Comisión de Economía para su conocimiento

INICIATIVA DE SENADORES

LEY FEDERAL DE DERECHOS

Se recibió de la Cámara de Senadores la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 18 A de la Ley Federal de Derechos, presentada por el senador Jorge Luis Preciado Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

MINUTO DE SILENCIO

Por el sensible fallecimiento del diputado Carlos Gerardo Hermosillo Arteaga, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional

COMUNICACIONES OFICIALES

Se recibió comunicación de la Comisión de Igualdad de Género, por la que solicita retiro del dictamen de la Comisión de Igualdad de Género con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 46, 49 y 50 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Devuélvase a la Comisión de Igualdad de Género

INICIATIVAS

LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

Se recibió de la diputada Sara Latife Ruíz Chávez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen

LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

Se recibió de la diputada Sara Latife Ruíz Chávez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 23 y 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Se turna la Comisión de Economía, para dictamen

LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

Se recibió de la diputada Sara Latife Ruíz Chávez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Se recibió de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

La diputada Noemí Zoila Guzmán Lagunes, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 3, 11 y 14 de la Ley General de Desarrollo Social. Se turna a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen

LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN

El diputado Ángel Antonio Hernández de la Piedra, en nombre propio y de los diputados Virgilio Dante Caballero Pedraza y Renato Josafat Molina Arias, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que deroga el artículo 305 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Se turna a la Comisión de Radio y Televisión, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La diputada Lorena Corona Valdés, en nombre propio y de los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El diputado Erik Juárez Blanquet, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La diputada Lorena del Carmen Alfaro García, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 28 y 110 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS

La diputada Verónica Delgadillo García, en nombre propio y de los diputados Clemente Castañeda Hoeflich y Carlos Lomelí Bolaños, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presenta la iniciativa con proyecto de decreto reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El diputado Luis Alfredo Valles Mendoza, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

EXPIDE LA LEY GENERAL DE DERECHOS CULTURALES

La diputada Cristina Ismene Gaytán Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en nombre propio y de diputados integrantes de la Comisión de Cultura y Cinematografía, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General de Derechos Culturales. Se turna a la Comisión de Cultura y Cinematografía, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión

LEY GENERAL DE SALUD

El diputado Ricardo Ángel Barrientos Ríos, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 322, 323 y 324 de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El diputado Javier Octavio Herrera Borunda, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

El diputado Javier Octavio Herrera Borunda, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Se turna a la Comisiones Unidas de Gobernación, y de Justicia, para dictamen

LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN

El diputado Vidal Llerenas Morales, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen

LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El diputado Salvador Zamora Zamora, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 7o. y adiciona los artículos 7o. Bis y 7o. Ter de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA

El diputado Ramón Bañales Arámbula, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 65 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El diputado Francisco Javier Pinto Torres, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

DICTÁMENES A DISCUSIÓN DE LEY O DECRETO

LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA

A discusión el dictamen de la Comisión de Igualdad de Género con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

Para fijar la postura de su grupo parlamentario, hace uso de la voz:

– La diputada Cynthia Gissel García Soberanes, del PES

Se refieren al dictamen, desde la curul:

– La diputada Norma Rocío Nahle García, de Morena

– La diputada Hortensia Aragón Castillo, del PRD

– La diputada María Candelaria Ochoa Avalos, de MC

A solicitud de diversos grupos parlamentarios, la Presidencia suspende y difiere la discusión del dictamen

LEY DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

A discusión el dictamen de la Comisión de Ciencia y Tecnología, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 2o. de la Ley de Ciencia y Tecnología

Para fundamentar el dictamen, hace uso de la palabra:

– El diputado Carlos Gutiérrez García, de NA

Para fijar la postura de su grupo parlamentario, participa:

– La diputada Ana Guadalupe Perea Santos, del PES

– La diputada Mirza Flores Gómez, de MC

– La diputada Magdalena Moreno Vega, de Morena

– El diputado Leonardo Rafael Guirao Aguilar, del PVEM

– La diputada Tania Victoria Arguijo Herrera, del PRD

– El diputado Leonel Gerardo Cordero Lerma, del PAN

– El diputado Bernardino Antelo Esper, del PRI

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 2o. de la Ley de Ciencia y Tecnología. Se remite al Senado, para sus efectos constitucionales

LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA

Se continúa con la discusión el dictamen de la Comisión de Igualdad de Género con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

Para fijar la postura de su grupo parlamentario, hace uso de la palabra:

– La diputada María Candelaria Ochoa Avalos, de MC

– La diputada María Eugenia Ocampo Bedolla, de NA

– La diputada Yaret Adriana Guevara Jiménez, del PVEM

– La diputada Karen Hurtado Arana, del PRD

– El diputado Renato Josafat Molina Arias, de Morena

– La diputada Angélica Moya Marín, del PAN

– La diputada Araceli Guerrero Esquivel, del PRI

La Secretaria de la Mesa Directiva da cuenta de la adenda presentada por la comisión. Se aprueba y se incorpora al dictamen

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales

PROPOSICIONES DE URGENTE RESOLUCIÓN

EXHORTO PARA QUE SE REALICE EL DESCUENTO CONDUCENTE AL PEAJE DE AUTOPISTAS, CUANDO ESTÉN EN OBRAS O EN CONDICIONES NO ÓPTIMAS

La diputada Rosa Guadalupe Chávez Acosta, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SCT, así como a Capufe, a realizar las acciones necesarias a efecto de que se realice el descuento conducente al peaje de las autopistas del país, cuando éstas se encuentren en obras o no cuenten con las condiciones óptimas para su circulación. Se considera de urgente resolución

Para referirse a la proposición, interviene:

– El diputado Omar Noé Bernardino Vargas, del PVEM

– La diputada Araceli Saucedo Reyes, del PRD

– El diputado Gonzalo Guízar Valladares, del PES

– El diputado Cuitláhuac García Jiménez, de Morena

– El diputado Jorge López Martín, del PAN

Aprobada, comuníquese

EXHORTO PARA QUE SE INTERVENGA Y RESUELVA LA SITUACIÓN DE POBREZA Y ABANDONO DE LOS HABITANTES DE LA MESETA DE CACAXTLA, SINALOA

La diputada Carmen Victoria Campa Almaral, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, presenta la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas instancias de la administración pública federal, a intervenir y resolver de manera coordinada y conjunta, la situación de pobreza y abandono que presentan los habitantes de la meseta de Cacaxtla, Sinaloa. Se considera de urgente resolución

Para referirse a la proposición, interviene:

– La diputada María Chávez García, de Morena

– El diputado José de Jesús Galindo Rosas, del PVEM

Aprobada, comuníquese

EFEMÉRIDE

CON MOTIVO DEL CCXI ANIVERSARIO DEL NATALICIO DEL BENEMÉRITO DE LAS AMÉRICAS, BENITO JUÁREZ GARCÍA

Para referirse a la efeméride, participa:

– La diputada Refugio Trinidad Garzón Canchola, del PES

– El diputado Ángel García Yáñez, de NA

– La diputada María Candelaria Ochoa Avalos, de MC

– El diputado Elías Ojeda Aquino, de Morena

– La diputada Yaret Adriana Guevara Jiménez, del PVEM

– La diputada Eva Florinda Cruz Molina, del PRD

– El diputado Ricardo del Rivero Martínez, del PAN

– El diputado Antonio Amaro Cancino, del PRI

ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

De la Junta de Coordinación Política por el que se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a que presente un proyecto de reglas de operación del Programa de Apoyo a Pequeños Productores, en el que derogue la fracción II del artículo 75 de dichas reglas y reestablezca el apoyo económico otorgado a los pequeños productores beneficiarios del Programa de Incentivos para el Maíz y Frijol. Aprobado, comuníquese

De la Junta de Coordinación Política, en relación con cambios de integrantes y de juntas directivas en comisiones. Aprobado, comuníquese

INICIATIVAS Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

La presidenta, diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, remite oficio, en términos de lo dispuesto por los artículos 100 y 102 del Reglamento de la Cámara de Diputados, por medio del cual las iniciativas y proposiciones que no se presentaron en tribuna se turnan a las comisiones correspondientes

EFEMÉRIDES

CELEBRACIÓN DE LOS 20 AÑOS DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL EN MATERIA DE DOBLE NACIONALIDAD

De la diputada Cecilia Soto González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, se recibió efeméride con motivo de los 20 años de la reforma constitucional en materia de doble nacionalidad

“DÍA MUNDIAL DEL SÍNDROME DE DOWN”

Del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, se recibió efeméride con motivo del 21 de marzo, “Día Mundial del Síndrome de Down”

“DÍA MUNDIAL DEL SÍNDROME DE DOWN”

De la diputada Rosa Alba Ramírez Nachis, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano se recibió efeméride con motivo del 21 de marzo, “Día Mundial del Síndrome de Down”

“DÍA MUNDIAL DEL AGUA”

Del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, se recibió efeméride con motivo del 22 de marzo, “Día Mundial del Agua”

“DÍA MUNDIAL DE LA ACTIVIDAD FÍSICA”

De la diputada Rosa Alba Ramírez Nachis, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, se recibió efeméride con motivo del 6 de abril, “Día Mundial de la Actividad Física”

“DÍA MUNDIAL DE LOS BOSQUES”

Del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, se recibió efeméride con motivo del 21 de marzo, “Día Mundial de los Bosques”

ANIVERSARIO DEL NATALICIO DE DON BENITO JUÁREZ GARCÍA

Del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, se recibió efeméride con motivo del 21 de marzo, aniversario del natalicio de don Benito Juárez García

VOTACIONES

De conformidad con lo que dispone el Reglamento de la Cámara de Diputados, se publican las votaciones de los dictámenes:

– De la Comisión de Ciencia y Tecnología, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 2o. de la Ley de Ciencia y Tecnología (en lo general y en lo particular)

– De la Comisión de Igualdad de Género, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (en lo general y en lo particular, con la modificación propuesta por la comisión y aceptada por la asamblea)

APÉNDICE

Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que le corresponde a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del martes 21 de marzo de 2017, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados



Presidencia de la diputada Gloria Himelda Félix Niebla

ASISTENCIA

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla:Pido a la Secretaría, haga del conocimiento de esta Presidencia, el resultado del cómputo de asistencia de diputadas y diputados.

La Secretaria diputada Verónica Delgadillo García:Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 302 diputados y diputadas. Por lo tanto, hay quórum.

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla(a las 12:07 horas): Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla:Consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura al orden del día.

La Secretaria diputada Verónica Delgadillo García:Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura al orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Segundo periodo de sesiones ordinarias del segundo año de ejercicio de la LXIII Legislatura.

Orden del día

Martes 21 de marzo de 2017

Lectura del acta de la sesión anterior

Comunicaciones oficiales

De los diputados Sara Latife Ruiz Chávez, Omar Ortega Álvarez y Gustavo Adolfo Cárdenas Gutiérrez

Solicitan el retiro de iniciativas y proposición con punto de acuerdo.

De la Secretaría de Gobernación

Remite once contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados y por la Comisión Permanente.

De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Remite la información relativa al pago de las participaciones a las entidades federativas correspondiente al mes de febrero de 2017, desagregada por tipo de fondo, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal y por entidad federativa, efectuando la comparación correspondiente al mes de febrero de 2016.

Informa que durante el mes de febrero de 2017, el Servicio de Administración Tributaria, a través de las autoridades aduaneras competentes, destinó mercancías perecederas, de fácil descomposición o deterioro, numismáticos y dos animales entre otros.

Iniciativa de senador

Con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 18 A de la Ley Federal de Derechos, presentada por el Sen. Jorge Luis Preciado Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

De la Comisión de Igualdad de Género

Acuerdo de los órganos de gobierno

De la Junta de Coordinación Política.

Iniciativas

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo de la diputada Sara Latife Ruíz Chávez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 23 y 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo de la diputada Sara Latife Ruíz Chávez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo de la diputada Sara Latife Ruíz Chávez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que expide la Ley del Banco Nacional de Becas y Financiamiento a la Educación, a cargo del diputado Alfredo Anaya Orozco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 9o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo de la diputada Claudia S. Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma los artículos 2o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y 3o., 5o. y 8o. de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, a cargo de la diputada Araceli Damián González, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma los artículos 3o. y 10 de la Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo, a cargo de la diputada María Concepción Valdés Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona el artículo 48 de la Ley de Instituciones de Crédito, a cargo del diputado Braulio Mario Guerra Urbiola, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 30 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo de la diputada Isaura Ivanova Pool Pech, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona los artículos 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 15-C y 540 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Isaura Ivanova Pool Pech, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona los artículos 2o., 13 y 68 de la Ley General del Servicio Profesional Docente, a cargo del diputado Francisco Martínez Neri, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona el artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Alberto Martínez Urincho, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona los artículos 9o. de la Ley General de Cultura Física y Deporte y 7o. de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Isaura Ivanova Pool Pech, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación y de la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, Relativo al ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal, a cargo de la diputada Isaura Ivanova Pool Pech, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona los artículos 47 y 103 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Sofía Del Sagrario De León Maza, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que deroga el párrafo octavo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Rodrigo Abdala Dartigues, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 7o. y adiciona los artículos 7o. Bis y 7o.. Ter de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Salvador Zamora Zamora, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, suscrita por el diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana y diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 11 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, suscrita por el diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana y diversos diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 16 del Código Penal Federal y 405 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo del diputado Carlos Alberto de la Fuente Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona los artículos 60 Bis 3 de la Ley General de Vida Silvestre y 420 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Juan Fernando Rubio Quiroz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma los artículos 5o., 31, 34 y 159 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, suscrita por el diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana y diversos diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y del Código Penal Federal, a cargo de la diputada María Victoria Mercado Sánchez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, suscrita por el diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana y diversos diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 32 de la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, a cargo del diputado José Santiago López, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Arlet Mólgora Glover, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 25 y 51 de la Ley General de Partidos Políticos, a cargo del diputado José Santiago López, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 51 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo de la diputada Lucía Virginia Meza Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma los artículos 87 de la Ley Federal del Trabajo y 58 de la Ley del Seguro Social, a cargo de la diputada Delia Guerrero Coronado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Lucía Virginia Meza Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma los artículos 24 de la Ley General de Educación y 53 y 55 de la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, Relativo al Ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal, a cargo de la diputada Ruth Noemí Tiscareño Agoitia, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 4o. de la Ley Agraria, a cargo del diputado Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 4o. de la Ley de Asistencia Social, a cargo del diputado Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Alberto Martínez Urincho y Francisco Xavier Nava Palacios, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, y Manuel Jesús Clouthier Carrillo.

Que deroga el artículo 158 y reforma los artículos 264 y 334 del Código Civil Federal, a cargo de la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Migración, a cargo del diputado Felipe Reyes Álvarez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, a cargo de la diputada Lucía Virginia Meza Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Beatriz Vélez Núñez y diversos diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 40 y 85 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Santiago López, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona los artículos 115 y 212 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 191 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Marbella Toledo Ibarra, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que expide la Ley General de Prevención, Atención y Posvención del Suicidio, a cargo de la diputada Adriana Terrazas Porras, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 3o., 11 y 14 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo de la diputada Noemí Zoila Guzmán Lagunes, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Arlette Ivette Muñoz Cervantes, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales y 2o. de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, a cargo de la diputada Erika Araceli Rodríguez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 420 del Código Penal Federal y 3o. y 56 de la Ley General de Vida Silvestre, a cargo de la diputada Erika Araceli Rodríguez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 6o. del Reglamento de la Cámara de Diputados, suscrita por los diputados Jorge Carlos Ramírez Marín y Pedro Luis Noble Monterrubio, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 9o. de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, a cargo de la diputada Kathia María Bolio Pinelo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 86 de la Ley Federal del Trabajo y 33 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, a cargo del diputado Julio Saldaña Morán, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Miriam Dennis Ibarra Rangel, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 32 y 41 Bis, de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Isaura Ivanova Pool Pech, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona los artículos 15 y 379 del Código Penal Federal, suscrita por los diputados Verónica Delgadillo García y Jorge Álvarez Maynez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma los artículos 380, 394, 443 y 446 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo de la diputada Miriam Dennis Ibarra Rangel, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, a cargo del diputado Erik Juárez Blanquet, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona el artículo 8o. del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado Víctor Manuel Silva Tejeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Rosa Alba Ramírez Nachis, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma los artículos 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 101 de la Ley del Seguro Social y 170 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Armando Luna Canales, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona el artículo 134 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Ma. Victoria Mercado Sánchez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma los artículos 112 de la Ley General de Salud y 7o. de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Lillian Zepahua García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 5o. y 6o. de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Alfredo Anaya Orozco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 25 y 60 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Juan Manuel Cavazos Balderas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 57 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Juan Manuel Cavazos Balderas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 2o., 7o. y 12 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Gretel Culin Jaime, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Elio Bocanegra Ruiz, Felipe Reyes Álvarez y Juan Fernando Rubio Quiroz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 10 de la Ley del Servicio Militar, a cargo del diputado Luis de León Martínez Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Mercado de Valores, para fortalecer la figura de los consejeros independientes, a cargo del diputado Waldo Fernández González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma los artículos 5o. y 6o. de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada Adriana del Pilar Ortiz Lanz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, de la Ley de Hidrocarburos y del Código Penal Federal, a cargo del diputado Juan Antonio Ixtláhuac Orihuela, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Mirna Saldívar Paz, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Que reforma el artículo 78 de la Ley Aduanera, suscrita por diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de integración plural del Congreso de la Unión, suscrita por los diputados del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Consulta Popular, a cargo del diputado Luis de León Martínez Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Hernán Cortés Berumen, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 7o., 13 y 20 de la Ley General de Educación y 5o., 6o. y 13 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, a cargo del diputado Oscar Valencia García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

De Decreto para inscribir con Letras de Oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro, el nombre de Juan Rulfo, a cargo de la diputada Eloísa Chavarrías Barajas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona el artículo 115 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Ariadna Montiel Reyes, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, a cargo del diputado Alejandro González Murillo, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Armando Luna Canales, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 103 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada María Concepción Valdés Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona los artículos 66 y 97 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Alma Carolina Viggiano Austria, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

De Decreto por el que se declara el 28 de abril de cada año, como “El Día Nacional de la Herbolaria y la Medicina Tradicional” a cargo de la diputada Blanca Margarita Cuata Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 13 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, a cargo del diputado Pedro Luis Noble Monterrubio, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que deroga el segundo párrafo del artículo 112 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado Santiago Torreblanca Engell, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 2o. y 2-A de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, a cargo del diputado Santiago Torreblanca Engell, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona el artículo 40 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a cargo del diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona el artículo 36 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Marbella Toledo Ibarra, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma los artículos 29, 73 y 112 de la Ley de Migración, a cargo de la diputada Alicia Guadalupe Gamboa Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional y por diputados integrantes de diversos grupos parlamentarios.

Que adiciona un artículo 1o. Ter a La Ley General de Salud, a cargo de la diputada Marbella Toledo Ibarra, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a cargo de la diputada Alicia Guadalupe Gamboa Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 7o. de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Alfredo Bejos Nicolás, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que deroga el artículo 305 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, suscrita por los diputados Ángel Antonio Hernández de la Piedra, Virgilio Dante Caballero Pedraza y Renato Josafat Molina Arias, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma los artículos 132 y 146 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 135 y 151 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a cargo del diputado Clemente Castañeda Hoeflich, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los artículos 103 y 148 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado Carlos Alberto de la Fuente Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ángel II Alanís Pedraza, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona un artículo 183 Bis al Código Penal Federal y reforma el artículo 362 del Código Nacional de Procedimientos Penales, suscrita por diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona los artículos 7o., 10 y 33 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Beatriz Vélez Núñez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Juan Carlos Ruiz García, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 202 y deroga el artículo 202 Bis del Código Penal Federal, a cargo de la diputada María Concepción Valdés Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona los artículos 260 y 261 del Código Penal Federal y 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo del diputado Pablo Elizondo García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Karla Karina Osuna Carranco, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y suscrita por integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Acción Nacional y del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona el artículo 546 del Código Federal de Procedimientos Civiles, a cargo de la diputada María Luisa Beltrán Reyes, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona el artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, a cargo de la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 201 y 205 de la Ley del Seguro Social, a cargo de la diputada Nelly del Carmen Márquez Zapata, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona el artículo 387 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Victoriano Wences Real, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona los artículos 14 y 30 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, a cargo de la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 8o., 9o. y 91 de la Ley General de Cambio Climático, a cargo del diputado Tomás Roberto Montoya Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 67, 112 y 113 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Tomás Roberto Montoya Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 75 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado José Adrián González Navarro, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona el artículo 89 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, a cargo del diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona los artículos 57 y 58 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, a cargo del diputado Luis Ernesto Munguía González, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona los artículos 76, 89, 105 y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Antonio Estefan Garfias, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma los artículos 1o., 2o. y 7o. de la Ley sobre la Celebración de Tratados, a cargo de la diputada Norma Xóchitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un artículo 11 Bis y reforma el artículo 15 de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario, suscrita por los diputados Daniel Torres Cantú y Waldo Fernández González, de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática, respectivamente.

Que reforma y adiciona los artículos 48, 50, 52 y 81 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, a cargo del diputado José Antonio Estefan Garfias, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona un artículo 45 bis a la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Octavo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía, a cargo de la diputada Norma Xóchitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona el artículo 1o. de la Ley de Ciencia y Tecnología, a cargo de la diputada María Angélica Mondragón Orozco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 3o. y 7o. de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Daniel Ordoñez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jesús Emiliano Álvarez López, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de derecho a la vivienda, a cargo del diputado Francisco Javier Pinto Torres, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Que adiciona el artículo 22 de la Ley de Asistencia Social, a cargo de la diputada María Angélica Mondragón Orozco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona un artículo 190 Bis a la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado Waldo Fernández González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 183 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a cargo del diputado Luis Manuel Hernández Leon, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Que reforma el artículo 33 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Miriam Dennis Ibarra Rangel, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en materia de prohibición de armas nucleares y minas antipersonal, a cargo del diputado Virgilio Dante Caballero Pedraza, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona el artículo 2o. de la Ley de Extradición Internacional, a cargo de la diputada Xitlalic Ceja García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que abroga la Ley sobre la Celebración de Tratados, a cargo del diputado José Antonio Estefan Garfias, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona los artículos 90, 91 y 92 de la Ley General de Protección Civil, a cargo de la diputada Nora Liliana Oropeza Olguín, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Eva Cruz Molina, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona un artículo 335 Bis y reforma los artículos 337 y 338 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Erika Irazema Briones Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona los artículos 17 y 29 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México

Que reforma y adiciona los artículos 12 y 19 de la Ley General de Educación, suscrita por los diputados Adriana del Pilar Ortiz Lanz, César Camacho e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 56 de la Ley General de Partidos Políticos, a cargo de la diputada Nelly del Carmen Márquez Zapata, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma un artículo 367 Bis al Código Penal Federal y reforma el artículo Décimo Transitorio del Artículo Primero del Decreto por el que se expide la Ley Nacional de Ejecución Penal; se adicionan las fracciones XXXV, XXXVI y XXXVII y un quinto párrafo, y se reforma el tercer párrafo del artículo 225 del Código Penal Federal, publicado en el DOF el 16 de junio de 2016, a cargo del diputado Alberto Martínez Urincho, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona los artículos 74 y 146-A del Código Fiscal de la Federación, a cargo de la diputada Alicia Barrientos Pantoja, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona los artículos 4o. de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y 7o. de la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal, a cargo del diputado Alejandro González Murillo, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Que reforma el artículo 83 de la Ley General de Población, a cargo del diputado Ulises Ramírez Núñez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 2o. de la Ley del Banco de México, a cargo del diputado Sergio López Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, a cargo del diputado Vidal Llerenas Morales, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona el artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo del diputado Alejandro González Murillo, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Que reforma el artículo 395 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Roberto Alejandro Cañedo Jiménez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 27 de la Ley de Migración, a cargo de la diputada Ma. Victoria Mercado Sánchez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 39 de la Ley del Banco de México, a cargo de la diputada Melissa Torres Sandoval, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Que reforma el artículo 6o. de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Alfredo Anaya Orozco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 41 y 82 Bis de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Francisco Martínez Neri, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 79 de la Ley General de Salud, suscrita por los diputados Patricia Elena Aceves Pastrana, del Grupo Parlamentario de Morena, Lucely del Perpetuo Socorro Alpizar Carrillo y José Luis Sáenz Soto, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 513 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Ma. Victoria Mercado Sánchez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Alfredo Anaya Orozco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que expide la Ley de Retiro para los ex Presidentes de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Francisco Martínez Neri, Omar Ortega Álvarez y Felipe Reyes Álvarez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma los artículos 9o. de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación y 3o. de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Luis Ernesto Munguía González, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que adiciona el artículo 74 Bis de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Benjamín Medrano Quezada, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona los artículos 132 de la Ley Federal del Trabajo y 46 Bis de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 33 de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo de la diputada Nancy Guadalupe Sánchez Arredondo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 2o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Vitalico Cándido Coheto Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Edith Anabel Alvarado Varela, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 3o., 46 y 52 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, a cargo de la diputada Adriana Elizarraráz Sandoval, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 12 de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales, a cargo del diputado Sergio López Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 1004 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Juan Romero Tenorio, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, en materia de armonización legislativa, a cargo del diputado Alejandro González Murillo, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada María del Carmen Pinete Vargas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 190 Bis de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a cargo del diputado Waldo Fernández González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, a cargo de la diputada Melissa Torres Sandoval, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Que reforma el artículo 21 de la Ley General de Turismo, a cargo de la diputada Azul Etcheverry Aranda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona diversas disposiciones al Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado José Hernán Cortés Berumen, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a cargo del diputado Daniel Ordoñez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 13 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, suscrita por la diputada Evelyng Soraya Flores Carranza e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que reforma el artículo 65 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Ramón Bañales Arámbula, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

De decreto por el que se inscribe con Letras de Oro en el Muro de Honor del Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados el nombre de Gregorio Torres Quintero, maestro ejemplar y creador del método onomatopéyico, formador de generaciones de mexicanos, a cargo de la diputada María Luisa Beltrán Reyes, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona los artículos 18 Bis 9 a la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, y 72 Ter a la Ley de Instituciones de Crédito, suscrita por las diputadas Ana Georgina Zapata Lucero y Susana Corella Platt, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 11 y 12 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona el artículo 73 de la Ley General de Protección Civil, a cargo del diputado David Jiménez Rumbo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 58 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Ariel Enrique Corona Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 22 y 23 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Erika Irazema Briones Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal, a cargo del diputado Pedro Luis Noble Monterrubio, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 25 y 28 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo de la diputada María Verónica Agundis Estrada, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Minera, a cargo del diputado Sergio López Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 89 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a cargo de la diputada María Verónica Agundis Estrada, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Juan Alberto Blanco Zaldívar y Juan Corral Mier, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 34 del Reglamento del Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Omar Ortega Álvarez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Erik Juárez Blanquet, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona el artículo 41 Bis de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada María Luisa Beltrán Reyes, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 58 y adiciona un artículo 21 Ter a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Tomás Octaviano Félix, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma los artículos 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 2o. de la Ley Orgánica de la Armada de México, a cargo del diputado Carlos Federico Quinto Guillén, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Exaltación González Ceceña, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Jesús S. Valencia Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 7o. de la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, a cargo de la diputada María Antonia Cárdenas Mariscal, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 2o. de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, a cargo del diputado Clemente Castañeda Hoeflich, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 12 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Luis Alfredo Valles Mendoza, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Que reforma el artículo 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, a cargo del diputado Alejandro González Murillo, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Que reforma los artículos 3o., 8o. y 11 de la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional, a cargo de la diputada Azul Etcheverry Aranda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Exaltación González Ceceña, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, suscrita por los diputados Clemente Castañeda Hoeflich, Verónica Delgadillo García y Carlos Lomelí Bolaños, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 41 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, a cargo del diputado Luis Alfredo Valles Mendoza, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos, a cargo del diputado Braulio Mario Guerra Urbiola, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Exaltación González Ceceña, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 213 y 244 del Reglamento de la Cámara de Diputados, suscrita por los diputados Rosa Alba Ramírez Nachis, María Victoria Mercado Sánchez y Carlos Lomelí Bolaños, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, a cargo del diputado Luis Alfredo Valles Mendoza, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Que adiciona los artículos 2o. y 18 de la Ley de Migración, a cargo del diputado Braulio Mario Guerra Urbiola, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 28 y 110 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Lorena del Carmen Alfaro García, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 39 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Macedonio Tamez Guajardo, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma los artículos 4o. y 28 de la Ley de Asistencia Social, a cargo de la diputada Angélica Reyes Ávila, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado Braulio Mario Guerra Urbiola, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 69 y 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada María del Rosario Rodríguez Rubio, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en materia de contratación de migrantes repatriados, a cargo de la diputada Ma. Victoria Mercado Sánchez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Productos Orgánicos, a cargo del diputado Ángel García Yáñez, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Que reforma y adiciona el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Mayra Angélica Enríquez Vanderkam, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, a cargo del diputado Luis Manuel Hernández León, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Que adiciona el artículo 24 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Santos Garza Herrera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 115 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Ricardo del Rivero Martínez y Juan Alberto Blanco Zaldívar, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 76 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo del diputado Carlos Gutiérrez García, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Que reforma los artículos 6o., 21, 146 y 149 del Reglamento de la Cámara de Diputados, suscrita por los diputados Edna Ileana Dávalos Elizondo, Santos Garza Herrera, Armando Luna Canales, Juan Pablo Piña Kurczyn, José Refugio Sandoval Rodríguez y Vidal Llerenas Morales, de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Revolucionario Institucional, Acción Nacional, Verde Ecologista de México y Morena, respectivamente.

Que reforma el artículo 243 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Edna Ileana Dávalos Elizondo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 13 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, a cargo de la diputada Edna Ileana Dávalos Elizondo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 211 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Edna Ileana Dávalos Elizondo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 166 Bis del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Edna Ileana Dávalos Elizondo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 227 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Edna Ileana Dávalos Elizondo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 3o. y adiciona un artículo 15 Bis de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo del diputado Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 8o. de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, a cargo del diputado Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 137, 141 y 144 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, a cargo de la diputada Claudia Edith Anaya Mota, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona el artículo 72 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, a cargo del diputado José Erandi Bermúdez Méndez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Defensoría Pública, a cargo del diputado Rafael Hernández Soriano, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada Lorena Corona Valdés y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que expide la Ley para Prevenir el Desperdicio de Alimentos, a cargo de la diputada Norma Rocío Nahle García, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma los artículos 58 y 389 del Código Civil Federal, a cargo del diputado Jorge Álvarez Maynez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que adiciona un artículo 21 Bis a la Ley General de Turismo, a cargo del diputado Alfredo Bejos Nicolás, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que expide la Ley de Almacenamiento Rural y reforma los artículos 98, 99 y 100 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, a cargo del diputado José Erandi Bermúdez Méndez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que expide la Ley General de Inclusión, Participación y Desarrollo Integral de las Juventudes, a cargo del diputado Rafael Hernández Soriano, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de segunda vuelta electoral y gobierno federal de coalición, suscrita por los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Norma Rocío Nahle García, Virgilio Dante Caballero Pedraza, Rodrigo Abdala Dartigues y Magdalena Moreno Vega, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona los artículos 2o. y 26 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo de la diputada Mirza Flores Gómez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma los artículos 22 y 56 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a cargo de la diputada Nora Liliana Oropeza Olguín, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que expide el Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Cámara de Diputados, a cargo de la diputada Marisol Vargas Bárcena, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 322, 323 y 324 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Ricardo Ángel Barrientos Ríos, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en materia de segunda vuelta electoral y gobierno federal de coalición, suscrita por los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que adiciona el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Elías Ojeda Aquino, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona los artículos 15 y 21 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, a cargo del diputado Gustavo Adolfo Cárdenas Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 28 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo del diputado Pedro Luis Noble Monterrubio, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo de la diputada Marisol Vargas Bárcena, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 211 Bis del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Edna Ileana Dávalos Elizondo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que expide la Ley General de Derechos Culturales, a cargo de diputados integrantes de la Comisión de Cultura y Cinematografía.

Que adiciona un artículo 417 Bis y reforma el artículo 444 del Código Civil Federal, a cargo del diputado Matías Nazario Morales, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Declaratoria de publicidad

Dictámenes a discusión de leyes o decretos

De la Comisión de Igualdad de Género, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

De la Comisión de Ciencia y Tecnología, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 2o. de la Ley de Ciencia y Tecnología.

De la Comisión de Desarrollo Social, con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción V al artículo 11 de la Ley General de Desarrollo Social.

De la Comisión de Economía, con proyecto de decreto por el que se reforman los incisos w) y x), se adiciona un inciso y) a la fracción III, y se deroga la fracción II del artículo 7 de la Ley de Inversión Extranjera.

De la Comisión de Economía, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

De la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 381 Bis, y se adicionan los artículos 381 Ter y 381 Quáter al Código Penal Federal.

De la Comisión de Desarrollo Social, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 40 de la Ley General de Desarrollo Social.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XII del artículo 41 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XXVII Bis del artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo y se adiciona un artículo 28 Bis a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del artículo 123 Constitucional.

De la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de diplomacia parlamentaria.

De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 170 de la Ley Federal del Trabajo, y 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del artículo 123 Constitucional.

De la Comisión de Cambio Climático, con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 7o. y 34 de la Ley General de Cambio Climático.

De la Comisión de Seguridad Social, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 12, 14, 54, 55 y 59 de la Ley General de Educación.

De la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones del artículo 107 Bis del Código Penal Federal.

Proposiciones de urgente resolución

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SCT, así como a Capufe, a realizar las acciones necesarias a efecto de que se realice el descuento conducente al peaje de las autopistas del país, cuando éstas se encuentren en obras o no cuenten con las condiciones óptimas para su circulación, a cargo de la diputada Rosa Guadalupe Chávez Acosta, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SCT y a la Profeco, a emprender diversas acciones en defensa de los usuarios de aerolíneas comerciales, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas estancias de la administración pública federal, a intervenir y resolver de manera coordinada y conjunta, la situación de pobreza y abandono que presentan los habitantes de la meseta de Cacaxtla, Sinaloa, a cargo de la diputada Carmen Victoria Campa Almaral, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Efeméride con motivo del CCXI Aniversario del Natalicio del Benemérito de las Américas Benito Juárez García, a cargo de los grupos parlamentarios.

Proposiciones

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los tres órdenes de gobierno, para que atiendan de manera prioritaria los hechos de violencia ocurridos en el Estado de Quintana Roo, a cargo del diputado José Luis Toledo Medina, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los sistemas nacional y estatales del DIF, a implementar campañas de información dirigidas a las comunidades de mexicanos que se encuentran dentro de territorio de los Estados Unidos de América, a efecto de que cuenten con un plan preventivo de custodia para aquellos menores que pudieran ser separados de sus padres, a cargo de la diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal y a la SHCP, a que hagan públicos los motivos del recorte de más de nueve mil millones de pesos del programa presupuestal de administración de agua potable correspondiente a la Conagua del Presupuesto de Egresos de la Federación 2017 y garanticen el no aumento de tarifas por su suministro, suscrito por los diputados Oscar Ferrer Abalos, Francisco Martínez Neri, Omar Ortega Álvarez y Francisco Xavier Nava Palacios, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la CFE, a sujetarse al Plan Nacional de Protección Civil en su enfoque preventivo y suspender los trabajos de construcción de la “Subestación Eléctrica Culhuacan” en la Colonia Cerro de la Estrella, en la Demarcación Iztapalapa de la CDMX, a fin de salvaguardar el derecho a la vida, el medio ambiente sano, la seguridad física y el desarrollo comunitario de los habitantes de dicha zona, a cargo de la diputada Ernestina Godoy Ramos, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la PGR, a desistirse de la acusación de portación de armas exclusivas del ejército contra el Dr. José Manuel Mireles; así como al Juez Federal quinto en materia penal, a dictar su traslado al penal de Morelia, Michoacán, para resolver de manera expedita su situación jurídica, a cargo del diputado Jorge Álvarez Maynez, del Grupo Parlamentario del Movimiento Ciudadano.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al ISSSTE, para que se realice la actualización correspondiente a los conceptos de bono de despensa y previsión social múltiple para los pensionados y jubilados, suscrita por diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhortar al Ejecutivo federal, a que permita la libre circulación en todo el territorio nacional de vehículos traídos al país por mexicanos repatriados de los Estados Unidos de América hasta por dos años previos a su regularización, suscrito por los diputados Juan Carlos Ruiz García y Baltazar Martínez Montemayor, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la ASF, incluya en la revisión a la Cuenta Pública 2016, una auditoría con enfoque vertical a los contratos que la empresa brasileña Odebrecht ha celebrado con las empresas productivas del estado, desde el 2010 a la fecha; asimismo, se solicita al titular de Pemex a colaborar para una efectiva rendición de cuentas y combatir la corrupción e impunidad, a cargo del diputado Julio Saldaña Morán, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Instituto Mexicano del Petróleo, a abstenerse de intervenir en la vida sindical de sus trabajadores y a reconocer diversos derechos del Sindicato Independiente de Trabajadores, Técnicos y Profesionistas de dicha institución, a cargo del diputado Mario Ariel Juárez Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo relativo a la evaluación de resultados y procedimiento operativo del 2017, para la aplicación del estímulo fiscal al diésel agropecuario, a cargo del diputado Alex Le Barón González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sectur, a realizar campañas con carácter permanente de impulso y difusión de los destinos con el sello distintivo denominado: Paraísos Indígenas, a cargo del diputado Luis de León Martínez Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta diversas instituciones federales y de la CDMX, a emprender coordinadamente acciones urgentes para enfrentar y erradicar la violencia contra las mujeres y proteger sus derechos humanos en dicha entidad debido al aumento de feminicidios, a cargo de la diputada Concepción Villa González, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a aumentar la cantidad que se podrá deducir del ISR respecto del estímulo fiscal en relación con los pagos por servicios de enseñanza en educación básica y media superior, a cargo de la diputada Ana Georgina Zapata Lucero, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP, a la publicación de los lineamientos de operación del fondo de apoyo al migrante, así como a dar prioridad en la asignación de recursos a las entidades federativas con mayor recepción de migrantes y repatriados, a cargo de la diputada María Luisa Sánchez Meza, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al DIF, a incrementar el número de centros de asistencia social para atender las necesidades de la población infantil, especialmente la migrante; asimismo, a la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, a supervisar que los centros de asistencia social den cumplimiento a los requerimientos que enmarca la normatividad a nivel nacional e internacional, a cargo del diputado Rafael Hernández Soriano, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del estado de Guerrero, a exentar del pago del impuesto sobre tenencia en 2018, a los automóviles cuyo valor sea menor a 400 mil pesos y a abrogar de su legislación el cobro de ese impuesto a partir de 2019, a cargo del diputado Roberto Guzmán Jacobo, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SE y a la SRE, a desarrollar estrategias integrales relacionadas con la defensa de los derechos humanos de mexicanos en Estados Unidos de América y la renegociación del TLCAN, a cargo del diputado Sergio López Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SCT y al Gobierno del estado de Oaxaca, a ejercer oportunamente los recursos asignados para la conservación, mantenimiento y reconstrucción de infraestructura carretera en la región mixteca oaxaqueña, a cargo del diputado Sergio López Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Efemérides

Con motivo del 21 de marzo, Aniversario del natalicio de Benito Juárez García, a cargo del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con motivo de los 20 años de la reforma constitucional en materia de doble nacionalidad, a cargo de la diputada Cecilia Soto González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con motivo del 21 de marzo, Día Mundial del Síndrome de Down, a cargo del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Con motivo del 21 de marzo, Natalicio de Benito Juárez, a cargo del Grupo Parlamentario de Morena.

Con motivo del 21 de marzo, “Día Mundial del Síndrome de Down”, a cargo de la diputada Rosa Alba Ramírez Nachis, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Con motivo del 22 de marzo, Día Mundial del Agua, a cargo del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Con motivo del 6 de abril, “Día Mundial de la Actividad Física”, a cargo de la diputada Rosa Alba Ramírez Nachis, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Con motivo del 21 de marzo, Día Mundial de los Bosques, a cargo del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Con motivo del 21 de marzo, Natalicio de Don Benito Juárez García, a cargo del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.»

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla:El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior. Solicito a la Secretaría, consulte a la asamblea si se dispensa su lectura.

La Secretaria diputada Verónica Delgadillo García:Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura al acta de la sesión anterior. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa. Se dispensa su lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el jueves dieciséis de marzo de dos mil diecisiete, correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del segundo año de ejercicio de la sexagésima tercera legislatura.

Presidencia de la diputadaMaría Guadalupe Murguía Gutiérrez

En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con una asistencia de trescientos cuarenta y seis diputadas y diputados, a las doce horas con veintidós minutos del jueves dieciséis de marzo de dos mil diecisiete, la Presidenta declara abierta la sesión.

En votación económica se dispensa la lectura al orden del día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

En su oportunidad y desde sus respectivas curules realizan diversos comentarios las diputadas y el diputado: Ernestina Godoy Ramos, de Morena; Natalia Karina Barón Ortiz, del Partido de la Revolución Democrática; y Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, de Morena. La Presidenta hace aclaraciones.

En votación económica se dispensa la lectura del acta de la sesión anterior, enseguida se pone a discusión y no habiendo oradores registrados, se aprueba en votación económica.

La Presidenta informa a la Asamblea que se recibió escrito de las ciudadanas Maribel Martínez Ruiz, Magdalena del Socorro Núñez Monreal y Gabriela Moreno Mayorga, con el que presentan iniciativa ciudadana con proyecto de decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones para fijar el precio de competencia de la gasolina en diez pesos; así como diez cajas cerradas y selladas que dicen contener las firmas que la respaldan, y que de conformidad con el artículo ciento treinta y dos, numeral uno, inciso a) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se remitió al Instituto Nacional Electoral, a efecto de que éste verifique el cumplimiento de los requisitos señalados en la ley. De enterado.

Se da cuenta con comunicaciones oficiales:

a) De la Mesa Directiva, por la que comunica la modificación de turno de la iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, presentada por el diputado Virgilio Dante Caballero Pedraza y suscrita por diputados integrantes de Morena, el dos de marzo de dos mil diecisiete, la cual se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen; y a la Comisión Especial de seguimiento a las agresiones a periodistas y medios de comunicación, para opinión. Actualícense los registros parlamentarios.

b) De las diputadas y los diputados:

• Rafael Hernández Soriano, del Partido de la Revolución Democrática, por la que solicita que se retire de los registros parlamentarios la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General de Inclusión, Participación y Desarrollo Integral de las Juventudes, presentada el veintidós de noviembre de dos mil dieciséis.

• Patricia García García, del Partido Acción Nacional, por la que solicita que se retire de los registros parlamentarios la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo diecinueve de la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, presentada el dieciocho de octubre de dos mil dieciséis.

• Norma Rocío Nahle García, de Morena, por la que solicita que se retiren de los registros parlamentarios dos iniciativa con proyecto de decreto:

– Por el que adiciona una fracción vigésima primera al artículo cuarenta y uno de la Ley de Adquisiciones y Servicios del Sector Público, y una fracción décima quinta al artículo cuarenta y dos de la Ley de Obras y Servicios Relacionados con las Mismas, presentada el dos de septiembre de dos mil dieciséis.

– Por el que se reforma el artículo tercero, fracción sexta, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; y se adiciona un segundo párrafo a la fracción sexta del artículo cuarenta y siete y un segundo párrafo al artículo ochenta y ocho de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, presentada el tres de agosto de dos mil dieciséis.

• Jesús Sesma Suárez, del Partido Verde Ecologista de México, por la que solicita que se retire de los registros parlamentarios la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo ciento cuatro de la Ley General de Salud, para establecer el registro nacional de niñas, niños y adolescentes con cáncer. Suscrita por los diputados integrantes del Partido Verde Ecologista de México, presentada el cuatro de noviembre de dos mil dieciséis.

• Moisés Guerra Mota, de Movimiento Ciudadano, por la que solicita que se retire de los registros parlamentarios la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Auditoría Superior de la Federación, al Servicio de Administración Tributaria, y a la Unidad de Responsabilidades de Petróleos Mexicanos, a iniciar una investigación sobre la contratación efectuada por Pemex Exploración y Producción, al amparo de la licitación pública internacional con TLC 18575004-519-13, a favor de empresas propiedad de Maclovio Yáñez Mondragón, ex subdirector de la región norte de Poza Rica de dicha empresa, presentada el veintitrés de febrero de dos mil diecisiete.

• Omar Ortega Álvarez, del Partido de la Revolución Democrática, por la que solicita que se retire de los registros parlamentarios la proposición con punto de acuerdo que exhorta a distintas autoridades gubernamentales a atender y dar seguimiento a los hechos ocurridos el diecinueve de junio de dos mil dieciséis en diversas localidades del estado de Oaxaca, así como a garantizar la seguridad de víctimas y defensores del caso, presentada el nueve de marzo de dos mil diecisiete.

Se tienen por retirados los asuntos, actualícense los registros parlamentarios.

c) De la Secretaría de Gobernación, con la que remite dos contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados y por la Comisión Permanente:

• Por el que se exhorta a Petróleos Mexicanos a realizar las acciones necesarias a fin de prevenir y restaurar las afectaciones al medio ambiente, ocasionadas por el derrame de combustóleo en la Laguna de Cuyutlán, el día tres de agosto pasado, en el municipio de Manzanillo, en el estado de Colima. Se remite a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su conocimiento.

• Por el que se exhorta a la Secretaría de Turismo a implementar las acciones y medidas necesarias a fin de incrementar el turismo social en México. Se remite al promovente.

d) De la Secretaría de Salud y Servicios de Salud del estado de Veracruz, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, para promover la cultura de la denuncia de los actos violentos en contra de las niñas, niños y adolescentes. Se remite a la Comisión de Derechos de la Niñez, para su conocimiento.

e) Del Consejo de la Judicatura del estado de Hidalgo, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, para incluir en su legislación la alienación parental como forma de violencia familiar. Se remite a la Comisión de Derechos de la Niñez, para su conocimiento.

f) De la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental del estado de San Luis Potosí, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, para que se diseñen políticas estatales en materia de cambio climático. Se remite a la Comisión de Cambio Climático, para su conocimiento.

g) Del Gobierno del Estado de México, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, para diseñar políticas públicas en materia de cambio climático. Se remite a la Comisión de Cambio Climático, para su conocimiento.

h) Del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, para que se difunda el calendario de las convocatorias dirigidas a instituciones de educación superior y personas interesadas en participar en los diferentes programas de fomento y apoyo a los investigadores del país. Se remite a la Comisión de Ciencia y Tecnología, para su conocimiento.

i) De la Secretaría de Desarrollo e Integración del estado de Jalisco, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, para redoblar esfuerzos en materia de políticas y programas sociales encaminados a atender a los adultos mayores. Se remite a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para su conocimiento.

La Presidencia informa a la Asamblea que se encuentra en el Salón de Sesiones el licenciado Pascal Beltrán del Río, director del periódico Excélsior, así como a los distinguidos invitados que lo acompañan. La Presidenta dirige unas palabras con motivo del Centenario de la aparición del primer ejemplar de dicho periódico, y acto seguido hace entrega de un reconocimiento a nombre de la Cámara de Diputados.

La Presidencia informa a la Asamblea que se encuentra a las puertas del Salón de Sesiones la ciudadana Fabiola Rosas Cuautle, diputada federal electa por el Segundo Distrito Electoral del estado de Tlaxcala. Se designa una comisión que la acompañe en su ingreso al Salón, acto seguido rinde protesta de Ley y entra en funciones.

Desde sus respectivas curules realizan diversos comentarios la diputada y los diputados: Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda, del Partido Revolucionario Institucional; Karina Padilla Ávila y Jorge Ramos Hernández, ambos del Partido Acción Nacional.

Se reciben iniciativas con proyecto de decreto de las diputadas y los diputados:

• Lia Limón García e integrantes del Partido Verde Ecologista de México, que adiciona un tercer párrafo al artículo cuatrocientos setenta y nueve del Código Nacional de Procedimientos Penales. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.

• Lorena Corona Valdés e integrantes del Partido Verde Ecologista de México., que reforma los artículos ciento nueve, y ciento cuarenta de la Ley de Migración Se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen.

• Daniela de los Santos Torres e integrantes del Partido Verde Ecologista de México, que adiciona el artículo setenta y tres de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

• Cesáreo Jorge Márquez Alvarado e integrantes del Partido Verde Ecologista de México:

– Que reforma el artículo ciento veintitrés de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

– Que adiciona un Capítulo Octavo al Título Décimo Octavo de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.

– Por el que se declara el día veinte de marzo de cada año como el “Día del Internacionalista Mexicano”. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen.

• Diputados integrantes del Partido Verde Ecologista de México, que reforma el artículo séptimo de la Ley General de Educación. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.

Se concede el uso de la palabra para presentar iniciativas con proyecto de decreto a las diputadas y a los diputados:

• Santos Garza Herrera, y suscrita por las diputadas Flor Estela Rentería Medina y Edna Ileana Dávalos Elizondo, del Partido Revolucionario Institucional, que adiciona el artículo quince de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

Presidencia de la diputadaGloria Himelda Félix Niebla

• Eloísa Chavarrias Barajas, del Partido Acción Nacional, que abroga la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• José Guadalupe Hernández Alcalá, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma el artículo ciento sesenta y cuatro de la Ley General de Salud, y quien acepta una pregunta del diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, del Partido Revolucionario Institucional. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.

• Paloma Canales Suárez e integrantes del Partido Verde Ecologista de México, que reforma el artículo ciento veinticinco de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen.

• Blandina Ramos Ramírez, y suscrita por el diputado Mario Ariel Juárez Rodríguez, de Morena, que reforma el artículo treinta y nueve de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.

• María Candelaria Ochoa Avalos, de Movimiento Ciudadano, que reforma el artículo cuarenta y uno de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen.

A las trece horas con veinticinco minutos, por instrucciones de la Presidencia, se cierra el sistema electrónico de asistencia con un registro de cuatrocientos veintiún diputadas y diputados.

• Karina Sánchez Ruiz, de Nueva Alianza, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley General de Educación. Se turna a las Comisiones Unidas de Salud, y de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen,

• Norma Edith Martínez Guzmán, del Partido Encuentro Social, que reforma y adiciona los artículos diez, y treinta y seis de la Ley Nacional de Ejecución Penal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.

El siguiente punto del Orden del Día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto de la Comisión de Energía, por el que se adiciona una fracción cuarta al Decreto por el que se Establece el Horario Estacional que se Aplicará en los Estados Unidos Mexicanos. No habiendo oradores registrados en votación económica se considera suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

Presidencia de la diputadaMaría Guadalupe Murguía Gutiérrez

En votación nominal por cuatrocientos cuatro votos a favor; y una abstención, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto. Pasa al Ejecutivo, para sus efectos constitucionales.

El siguiente punto del Orden del Día es la Efeméride con motivo del dieciocho de marzo, "Día de la Expropiación Petrolera". Se concede el uso de la palabra a las diputadas y a los diputados: Rosa Alba Ramírez Nachis, de Movimiento Ciudadano; Norma Rocío Nahle García, de Morena; Cándido Ochoa Rojas, del Partido Verde Ecologista de México; Julio Saldaña Moran, del Partido de la Revolución Democrática; Jesús Rafael Méndez Salas, de Nueva Alianza; Gonzalo Guízar Valladares, del Partido Encuentro Social; Nelly del Carmen Márquez Zapata, del Partido Acción Nacional; y Alfredo Anaya Orozco, del Partido Revolucionario Institucional.

La Presidencia lamenta el sensible fallecimiento de los agentes federales Noé Carrasco Cruz, y Jorge Alberto Zavala Martínez, así como de los rescatistas Roberto Carlos Murguía Medina y Roberto Caloca, acaecidos el trece de marzo del presente año, en cumplimiento de su deber durante una operación de rescate en Mexicali, Baja California, e invita a la Asamblea ponerse de pie, para guardar un minuto de silencio.

El siguiente punto del Orden del Día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Educación. Se concede el uso de la palabra a la diputada Hortensia Aragón Castillo, para fundamentar el dictamen en nombre de la Comisión. Para fijar postura de sus respectivos grupos parlamentarios intervienen las diputadas y los diputados: Gonzalo Guízar Valladares, del Partido Encuentro Social; Luis Manuel Hernández León, de Nueva Alianza; Jorge Álvarez Máynez, de Movimiento Ciudadano; Magdalena Moreno Vega, de Morena; Luis Ignacio Avendaño Bermúdez, del Partido Verde Ecologista de México; Francisco Martínez Neri, del Partido de la Revolución Democrática; Joaquín Jesús Díaz Mena, del Partido Acción Nacional; y Martha Hilda González Calderón, del Partido Revolucionario Institucional. Se somete a discusión en lo general e interviene en contra Patricia Aceves Pastrana, de Morena. Sin más oradores registrados, en votación económica se considera suficientemente discutido en lo general el proyecto de decreto. La Presidenta informa a la Asamblea que se han reservado para su discusión en lo particular los artículos: doce, catorce, treinta y tres, cincuenta y seis, sesenta y tres; y quinto transitorio, del proyecto de decreto. En votación nominal por trescientos sesenta y seis votos a favor; cinco en contra; y cinco abstenciones, se aprueba en lo general y en lo particular los artículos no reservados.

La Presidenta informa a la Asamblea que el diputado David Gerson García Calderón, del Partido de la Revolución Democrática, retira su reserva al artículo doce, fracción novena, por lo que dicha disposición se reserva para su votación en conjunto en términos del dictamen.

Se concede el uso de la palabra para presentar propuestas de modificación a las diputadas y a los diputados:

• Tania Victoria Arguijo Herrera, del Partido de la Revolución Democrática, al artículo catorce, fracción tercera, que en votación económica no se admite a discusión, se desecha la disposición y se reserva para su votación en conjunto en términos del dictamen.

• Juan Romero Tenorio, de Morena, a los artículos catorce, fracción tercera; treinta y tres, fracción décima primera bis; y sesenta y tres, cuarto párrafo, que en votación económica no se admiten a discusión, se desechan las disposiciones y se reservan para su votación en conjunto en términos del dictamen.

• Ángel Antonio Hernández de la Piedra, de Morena, a los artículos: catorce, fracción tercera; y sesenta y tres, primer párrafo, que en votación económica no se admiten a discusión, se desechan las disposiciones y se reservan para su votación en conjunto en términos del dictamen.

• Patricia Elena Aceves Pastrana, de Morena, a los artículos catorce, fracción tercera; cincuenta y seis, párrafo primero; sesenta y tres, párrafo cuarto; y quinto transitorio, que en votación económica no se admiten a discusión, se desechan las disposiciones y se reservan para su votación en conjunto en términos del dictamen.

Sin más oradores registrados en votación económica se considera suficientemente discutido en lo particular. En votación nominal por doscientos ochenta y tres votos a favor; cuarenta en contra; y cinco abstenciones, se aprueban en lo particular los artículos: doce, catorce, treinta y tres, cincuenta y seis, sesenta y tres; y quinto transitorio, en términos del dictamen. Se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Educación. Pasa al Ejecutivo, para sus efectos constitucionales.

Se da cuenta con Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, en relación a cambio de integrantes y de Juntas Directivas de comisiones. En votación económica se aprueban. Comuníquense.

Desde su curul realizan diversos comentarios las diputadas María Bárbara Botello Santibáñez, del Partido Revolucionario Institucional; Alejandra Gutiérrez Campos, del Partido Acción Nacional; y Luis Manuel Hernández León, de Nueva Alianza. La Presidenta hace aclaraciones.

Por instrucciones de la Presidencia la Secretaría da lectura los resolutivos del Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se rechaza las declaraciones del Secretario de Seguridad Nacional de los Estados Unidos de América, John Kelly, en las que afirma que los niños que crucen la frontera de México-Estados Unidos de manera indocumentada podrían ser separados de sus padres. En votación económica se aprueba. Comuníquese.

De conformidad con los artículos cien y ciento dos del Reglamento de la Cámara de Diputados, las iniciativas y las proposiciones registradas en el Orden del Día de esta sesión, serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria:

a) Iniciativas con proyecto de decreto:

• Delia Guerrero Coronado, del Partido Revolucionario Institucional.

– Que adiciona el artículo cincuenta y dos de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano. Se turna a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, para dictamen.

– Que reforma los artículos sesenta y cuatro bis uno de la Ley General de Salud, treinta y uno bis de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y ochenta y nueve de la Ley del Seguro Social. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen; y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.

b) Proposiciones con puntos de acuerdo:

• María del Carmen Pinete Vargas, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se solicita a la Secretaría de Energía, y a Petróleos Mexicanos, que definan el estado actual del proyecto Aceite Terciario del Golfo, en lo que respecta a sus avances, el monto total de inversión, los resultados y el impacto social en los municipios que lo componen. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.

• María Eloísa Talavera Hernández, del Partido Acción Nacional, relativo a la resolución de las controversias constitucionales en posesión de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, promovidas por el presidente de la República y por el Senado de manera pronta y expedita, a fin de generar certeza jurídica a las audiencias, los concesionarios y el ente regulador. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.

• Cristina Ismene Gaytán Hernández, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), y el Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, Sociedad Nacional de Crédito, (BANSEFI), a difundir los principales motivos por los que se incrementó en ochenta y uno punto seis por ciento, las reclamaciones al Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, Sociedad Nacional de Crédito (BANSEFI), y el porcentaje de éstas que son relativas a la entrega de apoyos de los programas federales, así como las medidas que están tomando a favor de los usuarios de la banca de desarrollo para reparar las deficiencias de la institución. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Sandra Luz Falcón Venegas, de Morena, por el que se exhorta al Congreso del estado de México, a tomar medidas necesarias para reducir los gastos de campaña de los partidos políticos en el proceso electoral de la entidad. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen.

• Clemente Casteñeda Hoeflich, del Movimiento Ciudadano, por el que se exhorta a los Poderes Ejecutivo, Judicial y Legislativo y a los organismos constitucionales autónomos a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para reducir en un setenta por ciento los montos destinados a comunicación social y publicidad gubernamental para el presente ejercicio fiscal dos mil diecisiete, para que dichos recursos se reasignen a los programas de defensa legal a migrantes mexicanos y a programas de apoyo y reinserción de los mexicanos repatriados. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen.

• Pablo Basáñez García, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta a los gobernadores de los estados, a las legislaturas locales, a los presidentes municipales y entes públicos de las entidades federativas y municipios, realicen las acciones necesarias para cumplir con los criterios establecidos en la Ley de Disciplina Financiera de las entidades federativas y los Municipios. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Cristina Ismene Gaytán Hernández, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores, a definir acciones concretas para determinar el nivel de cumplimiento de tratados internacionales en materia de derechos humanos. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.

• Magdalena Moreno Vega, de Morena, por el que se exhorta al Colegio de Bachilleres, a que respete los derechos constitucionales de sus docentes y a que ninguna manera se vulnere lo establecido en el apartado A, del artículo ciento veintitrés de la Constitución Política y en la Ley Federal del Trabajo. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.

• Rosa Alba Ramírez Nachis, del Movimiento Ciudadano, por el que se exhorta a la demarcación territorial Venustiano Carranza, para que de manera inmediata lleve a cabo el mejoramiento de los servicios públicos e imagen urbana de la zona de la Candelaria de los Patos y La Merced. Se turna a la Comisión de Ciudad de México, para dictamen.

• Erik Juárez Blanquet, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta a los congresos locales de diversas entidades federativas, a homologar sus legislaciones locales con los principios constitucionales de derechos humanos, con la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y con los tratados internacionales suscritos por el gobierno mexicano para eliminar el matrimonio infantil. Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen.

• Modesta Fuentes Alonso, Mariana Trejo Flores, Sandra Luz Falcón Venegas, Magdalena Moreno Vega, Roberto Guzmán Jacobo y Mario Ariel Juárez Rodríguez, de Morena, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la Secretaría de Salud se coordine con las autoridades locales, con el objetivo de realizar campañas regionales para prevenir la propagación del virus de la influenza. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.

• Yarith Tannos Cruz, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y a la Policía Federal, para que evalúen la implementación, instalación y operación de un sistema de semaforización y alerta en las carreteras federales ciento ochenta y cinco, ciento ochenta y cinco-D y ciento noventa, en la zona conocida como "La Ventosa", en el municipio de Juchitán de Zaragoza y municipios aledaños, del istmo de Tehuantepec, Oaxaca. Se turna a la Comisión de Transportes, para dictamen.

• Victoriano Wences Real, del Partido de la Revolución Democrática, relativo a la implementación de políticas públicas que concienticen a la población indígena a respetar la dignidad humana de las mujeres indígenas de la región de La Montaña, Guerrero, la importancia de desterrar cualquier práctica que tienda a utilizarlas en matrimonios forzados, y los delitos que pueden configurase en caso de ser explotadas o utilizadas en acciones en contra de su voluntad. Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen, y a la Comisión Especial de Delitos Cometidos por Razones de Género, para opinión.

• Sandra Luz Falcón Venegas, Magdalena Moreno Vega, Concepción Villa González, Mario Ariel Juárez Rodríguez y Jesús Serrano Lora, de Morena, relativo al incremento de feminicidios en el estado de México. Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen, y a la Comisión Especial de Delitos Cometidos por Razones de Género, para opinión.

• Sara Latife Ruíz Chávez, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la Secretaría de Salud, inicie el procedimiento de actualización de la NOM-043-SSA2-2012, Servicios básicos de salud. Promoción y educación para la salud en materia alimentaria. Criterios para brindar orientación. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.

• Brenda Velázquez Valdez, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta al Ejecutivo Federal a garantizar la libertad de expresión, el ejercicio de la labor periodística y la vida, seguridad e integridad de los profesionales de la comunicación en México. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen, y a la Comisión Especial de Seguimiento a las Agresiones a Periodistas y Medios de Comunicación, para opinión.

La Presidenta cita para la próxima Sesión Ordinaria que tendrá lugar el día de martes veintiuno de marzo de dos mil diecisiete, a las once horas, y levanta la sesión a las dieciséis horas con treinta y ocho minutos.»

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla:Proceda la Secretaría a poner a discusión el acta.

La Secretaria diputada Verónica Delgadillo García:Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Aprobada el acta.

Proceda la Secretaría, por favor, con el capítulo de comunicaciones oficiales.



COMUNICACIONES OFICIALES

La Secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIII Legislatura.

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Al tiempo que hago propicia la ocasión para enviarle un atento y cordial saludo, me permito solicitar respetuosamente con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sea retirada la iniciativa que adiciona y reforma los artículos 25, 128, 128 Bis y 128 Ter, todos de la Ley Federal de Protección al Consumidor, presentada por una servidora con fecha 7 de marzo de 2017, la cual fue turnada a la Comisión de Economía. Lo anterior con el objeto de fortalecer su contenido y presentarla en el siguiente periodo ordinario de sesiones.

Sin otro particular, le reitero la seguridad de mi alta y distinguida consideración.

Palacio Legislativo, a 16 de marzo de 2017.— Diputada Sara Latife Ruíz Chávez (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIII Legislatura.

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Al tiempo que hago propicia la ocasión para enviarle un atento y cordial saludo, me permito solicitar respetuosamente con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sea retirada la iniciativa que reforma los artículos 23 y 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, presentada por una servidora con fecha 9 de marzo de 2017, la cual fue turnada a la Comisión de Economía. Lo anterior con el objeto de fortalecer su contenido y presentarla en el siguiente periodo ordinario de sesiones.

Sin otro particular, le reitero la seguridad de mi alta y distinguida consideración.

Palacio Legislativo, a 16 de marzo de 2017.— Diputada Sara Latife Ruíz Chávez (rúbrica).»

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La Secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIII Legislatura.

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Presidenta de la Mesa Directiva.— Presente.

Quien suscribe, Ornar Ortega Álvarez, diputado del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 2, fracción VII, del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicita atentamente que tenga a bien dictar sus apreciables instrucciones para hacer efectivo mi derecho del retiro de la proposición con punto de acuerdo que exhorta a distintas autoridades gubernamentales a atender y dar seguimiento a los hechos ocurridos el 19 de junio de 2016 en diversas localidades de Oaxaca, así como a garantizar la seguridad de víctimas y defensores del caso, turnado a la Comisión de Derechos Humanos, con opinión de la Comisión Especial que da seguimiento a los acuerdos del informe presentado por la Comisión Permanente respecto a los hechos ocurridos en el municipio de Asunción Nochixtlán, Oaxaca, el 19 de junio de 2016, y que aparece en el número 8 del orden del día 14 del mes y año en curso.

Sin más por el momento y para cualquier aclaración al respecto, quedo de usted.

Atentamente

Palacio Legislativo, a 15 de marzo de 2017.— Diputado Omar Ortega Álvarez (rúbrica).»

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La Secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIII Legislatura.

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Presidenta de la Mesa Directiva.— Presente.

El que suscribe, diputado Gustavo Adolfo Cárdenas Gutiérrez, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicito atentamente tenga a bien girar sus apreciables instrucciones para hacer efectivo mi derecho a retirar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y deroga los artículos 10 y 11 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos.

Le envío un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 14 de marzo de 2017.— Diputado Gustavo Adolfo Cárdenas Gutiérrez (rúbrica).»

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Se tienen por retiradas, actualícense los registros parlamentarios.

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La Secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número DGPL 63-II-2-1499 signado por la diputada Cristina Ismene Gaytán Hernández, entonces vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número DG.510. 11/ 2191/ 2017 suscrito por el licenciado Antonio Musi Veyna, director general adjunto de Normatividad y Convenios de la Secretaría de Desarrollo Social, así como de su anexo, mediante los cuales responde el punto de acuerdo por el que se exhorta a esa dependencia a continuar informando sobre las acciones de prevención y atención de enfermedades respiratorias, así como a seguir incrementando dichas acciones a efecto de disminuir la incidencia de estos padecimientos entre la población en general.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Ciudad de México, a 15 de marzo de 2017.— Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Desarrollo Social.

Maestro Valentín Martínez Garza, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la subsecretaría de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

Me refiero a su oficio número SELAP/ UEL/ 311/ 147/ 17, por el cual remitió el punto de acuerdo en el que exhorta a la Secretaría de Desarrollo Social, entre otras, a que continúen informando sobre las acciones de prevención y atención de enfermedades respiratorias, así como a seguir incrementando dichas acciones a efecto de disminuir, la incidencia de estos padecimientos entre la población en general.

Al respecto, adjunto copia simple de oficio número CNP/ 230/ 2017, signado por la ingeniera Paula Hernández Olmos, coordinadora nacional de Prospera Programa de Inclusión Social, mediante el cual se da contestación al punto de acuerdo de referencia.

Aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo.

Ciudad de México, a 13 de marzo de 2017.— Antonio Musi Veyna (rúbrica), director general adjunto de Normatividad y Convenios.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Desarrollo Social.

Licenciado Antonio Musi Veyna, director general adjunto de Normatividad y Convenios de la Secretaría de Desarrolloo Social.— Presente.

En atención a su similar número DG.510.11/ 1999/ 2017 mediante el cual remite la proposición con punto de acuerdo, mediante el cual se exhorta a la Secretaría de Desarrollo Social a continuar informando sobre las acciones de prevención y atención de enfermedades respiratorias, así carpa a seguir incrementando dichas acciones a efecto de disminuir, la incidencia de estos padecimientos entre la población en general. Anexo al presente el documento en donde se expone la opinión de la Coordinación Nacional de Prospera, Programa de Inclusión Social sobre el tema en referencia.

Lo anterior, con el propósito de que esta opinión se incorpore en la respuesta institucional que, por su conducto, se prevé enviar a la Secretaría de Gobernación.

Sin otro particular, hago propicio la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 9 de marzo de 2017.— Ingeniera Paula Hernández Olmos (rúbrica), coordinadora nacional.»

«Comentarios a punto de acuerdo del Senado de la República, en el que se exhorta a la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), entre otras, a que continúen informando sobre las acciones de prevención y atención de enfermedades respiratorias, así como seguir incrementando dichas acciones a efecto de disminuir la incidencia de estos padecimientos entre la población en general

Componente de Salud de Prospera Programa de Inclusión Social

Prospera Programa de Inclusión Social es un instrumento del Ejecutivo federal, en el marco de una política social integral, cuyo objeto es articular y coordinar la oferta institucional de programas y acciones de política social, incluyendo aquellas relacionadas con el fomento productivo, generación de ingresos, bienestar económico, inclusión financiera y laboral, educación, alimentación y salud, dirigida a la población que se encuentre en situación de pobreza extrema, bajo esquemas de corresponsabilidad.

El componente de salud aplica para las familias asignadas al esquema de apoyos con corresponsabilidad y opera bajo tres estrategias específicas:

a. Proporcionar de manera gratuita el Paquete Básico Garantizado de Salud y la ampliación progresiva a las 27 intervenciones de Salud Pública del CAUSES. El cual constituye un beneficio, con base en las Cartillas Nacionales de Salud, de acuerdo con la edad, sexo y evento de vida de cada persona.

b. Promover la mejor nutrición de la población beneficiaria. en especial para prevenir y atender la mala nutrición (desnutrición y obesidad) de las niñas y niños desde la etapa de gestación, a través de la vigilancia y el seguimiento del estado de nutrición. así como de la entrega de suplementos alimenticios a niñas y niños de entre 6 y 59 meses de edad, mujeres embarazadas y en periodo de lactancia, estas últimas hasta por un año y del control de los casos de desnutrición.

c. Fomentar y mejorar el autocuidado de la salud de las familias beneficiarias y de la comunidad mediante la comunicación educativa en salud, priorizando la educación alimentaria nutricional, la promoción de la salud, la prevención de enfermedades y el sujetarse a los tratamientos de pacientes crónicos.

Estas acciones tienen carácter principalmente preventivo, de promoción de la salud y de detección oportuna de enfermedades de mayor impacto en salud pública, e inclusive del cuidado de los aspectos curativos y de control de los principales padecimientos, así como promover la mejor nutrición de la población beneficiaria. y fomentar y mejorar el autocuidado de la salud de la salud de las familias beneficiarias y de la comunidad.

Corresponsabilidades del Componente de salud de Prospera

En el ámbito del Componente de Salud de Prospera, el cumplimiento de las siguientes corresponsabilidades de las familias beneficiarias, asignadas al esquema de apoyos con corresponsabilidad, es esencial para el logro de los objetivos del Programa en lo concerniente a Salud y es requisito indispensable para que reciban sus apoyos monetarios:

• Registrarse oportunamente en la unidad de salud que les sea asignada al momento de incorporarse o cuando se les reasigne una unidad de salud.

• Todas las personas integrantes de la familia beneficiaria deben asistir a sus citas programadas en los servicios de salud, incluyendo los adultos mayores.

• Participar en los talleres comunitarios para el autocuidado de la salud, de acuerdo al modelo rural o urbano (4 en Modelo Urbano y 6 en el Modelo Rural) del componente de salud que reciba la familia, preferentemente por parte del o la integrante de la familia beneficiaria de 15 hasta 60 años de edad que sea citado (a). Los talleres de estimulación temprana se otorgarán preferentemente a las madres y padres o cuidadores de las niñas y los niños menores de cinco años. Se eximirá del cumplimiento de esta corresponsabilidad a los y las integrantes de la familia beneficiaria que presenten. en la unidad de salud a la que están asignados (as). un certificado médico expedido por el sector salud que haga constar que cuentan con una condición de discapacidad que impida su asistencia a los talleres comunitarios.

La participación de un miembro de la familia en otros cursos y talleres de capacitación a voluntarios organizados por el personal de salud.

La participación del algún miembro de la familia en acciones comunitarias emprendidas por el personal de salud por ejemplo en caso de brotes epidemiológicos en la localidad (influenza, dengue, diarreas. etcétera).

En el caso del modelo rural, en ausencia de acciones obligatorias de salud en el bimestre, la certificación se realizará con la asistencia del o la integrante citada (o) de 15 a 60 años a la sesión del taller comunitario programado para el autocuidado de la salud.

Las acciones de salud de beneficiarios que reciben los apoyos de Educación Superior del Programa, de las Familias asignadas al esquema de Apoyos con Corresponsabilidad, preferentemente deberán programarse en los periodos vacacionales de dicho nivel educativo.

Las acciones de salud de la persona adulta mayor, preferentemente deberán programarse en los meses de mayo-junio y noviembre-diciembre, es decir, en el último bimestre del semestre a certificar.

Cuando una familia beneficiaria esté integrada sólo por personas adultas mayores, el cumplimiento de esta corresponsabilidad sustentará la emisión de los apoyos alimentario, alimentario complementario y el de adultos mayores.

Capacitación para el autocuidado de la salud

Las acciones de promoción de la salud se desarrollan principalmente bajo tres modalidades: capacitación para el autocuidado de la salud; información, orientación y consejería de manera individualizada durante las consultas, y emisión de mensajes colectivos dirigidos a las familias beneficiarias de acuerdo a la edad, sexo y evento de vida, ampliando y reforzando los conocimientos y prácticas para el autocuidado de la salud.

Los temas de los talleres comunitarios para el autocuidado de la salud son definidos por el Sector Salud pudiendo variar de una entidad federativa a otra o de una región a otra en razón de la situación epidemiológica de riesgo o estacional de la región.

Los temas de los talleres se presentan a continuación y se resalta lo relativo a infecciones respiratorias agudas:

Asimismo, en lo relativo al Paquete Básico Garantizado de Salud y en las 27 Intervenciones de Salud Pública del CAUSES que se proporcionan a las familias Prospera el Componente de Salud, se incluye lo relativo a enfermedades respiratorias y acciones de prevención:

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Se remite al promovente.

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La Secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número DGPL 63-II-5-1860, signado por la diputada Cristina Ismene Gaytán Hernández, entonces vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes copia del similar UR 120 JOS/ CECU/ 0447/ 17, suscrito por la doctora Lorena Buzón Pérez, coordinadora de Enlace con el Congreso de la Unión de la Secretaría de Educación Pública, y de sus anexos, mediante los cuales responde el punto de acuerdo por el que se exhorta a esa dependencia a utilizar en la elaboración de los libros de texto gratuitos y demás materiales educativos un lenguaje incluyente; reforzar las acciones de capacitación del personal docente en materia de derechos humanos de mujeres y niñas; e incorporar esta perspectiva en los programas educativos de todos los niveles, a fin de promover el respeto y la igualdad entre mujeres y hombres.(1)

(1) El documento será consultable en la versión electrónica del Diario de los Debates de esta fecha en el Anexo “A”.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Atentamente

Ciudad de México, a 15 de marzo de 2017.— Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Educación Pública.

Maestro Valentín Martínez Garza, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

Me refiero al oficio número SELAP/ UEL/ 311/ 048/ 17, del 11 de enero del presente año, por el que la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación informó al maestro Mauricio Dávila Morlotte, jefe de la oficina del secretario, el punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados referido al exhorto para que en la elaboración de los libros de texto gratuitos y demás materiales educativos se utilice un lenguaje incluyente.

Sobre el particular, remito copia de los oficios números SEB/ UR 300/ 226/ 2017, firmado por el maestro Javier Treviño Cantú, subsecretario de Educación Básica; 605, firmado por el doctor Rodolfo Tuirán Gutiérrez, subsecretario de Educación Media Superior; y 500/ 2017.- 0090, firmado por el doctor Salvador Jara Guerrero, subsecretario de Educación Superior, que dan respuesta al punto de acuerdo.

Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 10 de marzo de 2017.— Doctora Lorena Buzón Pérez (rúbrica), coordinadora de Enlace con el Congreso de la Unión.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Educación Pública.

Maestro Mauricio Dávila Morlotte, titular de la Jefatura de Oficina del Secretario.— Presente.

Me refiero al oficio número UR 120 JOS/ CECU/ 0087 /17, dirigido a esta subsecretaría, por el que se solicitó emitir opinión al punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión que señala:

Único. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública a utilizar en la elaboración de los libros de texto gratuitos y demás materiales educativos un lenguaje incluyente; reforzar las acciones de capacitación del personal docente en materia de derechos humanos de mujeres y niñas; e incorporar esta perspectiva en los programas educativos de todos los niveles, a fin de promover el respeto y la igualdad entre mujeres y hombres, como establecen las fracciones VI y VII del artículo 45 de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Al respecto, una vez revisado y analizado el presente punto de acuerdo, me permito informarle que la SEP, a través del plan y los programas de estudio vigentes para la educación básica y en los libros de texto gratuitos, considera un lenguaje incluyente que enfatiza el respeto de la igualdad de derechos para mujeres y hombres, lo cual se desarrolla con un enfoque pedagógico y didáctico pertinente para la formación de ciudadanos con una perspectiva de género basada en el respeto, la reciprocidad y la igualdad de género, para enriquecer la convivencia sana entre mujeres y hombres. Ello se mantiene y enriquece en el modelo educativo y la propuesta curricular de 2016.

Asimismo, en colaboración con las autoridades educativas estatales, se han implantado acciones para integrar una oferta formativa que propone la transmisión de herramientas necesarias para que el personal educativo desarrolle en el aula ambientes libres de violencia, con perspectiva de género y respeto de los derechos humanos.

Agradeciendo su amable atención, le envío cordiales saludos.

Atentamente

Ciudad de México, a 6 de marzo de 2017.— Maestro Javier Treviño Cantú (rúbrica), subsecretario de Educación Básica.»

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Se remite al promovente.

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La Secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número D.G.P.L.63-II-8-2754, signado por la diputada Sharon María Teresa Cuenca Ayala, entonces vicepresidenta de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número DG.510.11/2198/2017 suscrito por el licenciado Antonio Musi Veyna, director general adjunto de Normatividad y Convenios de la Secretaría de Desarrollo Social, así como de su anexo, mediante los cuales responde el punto de acuerdo por el que se exhorta a esa dependencia para el cumplimiento del acta de acuerdos de fecha 7 de enero de 2015, en favor de las personas expulsadas de sus comunidades por intolerancia religiosa.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Ciudad de México, a 14 de marzo de 2017.— Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Desarrollo Social.

Maestro Valentín Martínez Garza, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la subsecretaría de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

Me refiero a su oficio número SELAP/UEL/31l/2452/16, por el cual remitió el punto de acuerdo en el que exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Desarrollo Social, para el cumplimiento del acta de acuerdos de fecha 7 de enero de 2015, en favor de las personas expulsadas de sus comunidades por intolerancia religiosa.

Al respecto, adjunto copia simple de oficio número 613.UPRI/DGAPL/028/20l7, signado por la licenciada Cel1y Martínez Camacho, directora general adjunta de Planeación de la Subsecretaría de Planeación, Evaluación y Desarrollo Regional, mediante el cual se da contestación al punto de acuerdo de referencia.

Aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 13 de marzo de 2017.— Antonio Musi Veyna (rúbrica), director general adjunto de Normatividad y Convenios.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Desarrollo Social.

Antonio Musi Veyna, director general adjunto de Normatividad y Convenios.— Presente.

Hago referencia a su oficio número DG.51O.1l/2000/2017, en el que se solicita formular comentarios al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión en el que se exhorta al titular de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) para el cumplimiento del acta de acuerdos de fecha 7 de enero de 2015, en favor de las personas expulsadas de sus comunidades por intolerancia religiosa.

Al respecto, me permito comentarle que la Secretaría de Desarrollo Social tiene como misión contribuir a la construcción de una sociedad en la que todas las personas, sin importar su condición social, económica, étnica, física, religiosa o de cualquier índole, tengan garantizado el cumplimiento de sus derechos sociales y puedan gozar de un nivel de vida digno. Para lo anterior, cuenta con diversos programas que buscan contribuir a la reducción de carencias sociales, corno lo son Pensión para Adultos Mayores, Empleo Temporal, Atención a Jornaleros Agrícolas, 3X1 para Migrantes, Seguro de Vida para Jefas de Familia, Coinversión Social, Estancias Infantiles, Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas y Comedores Comunitarios.

Cabe mencionar que la Sedesol otorga los apoyos de dichos programas con estricto apego al respeto por la diversidad étnica o religiosa, sin hacer ningún tipo de distinción, siempre y cuando la persona cumpla con los criterios de elegibilidad de los programas.

Sin más por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Ciudad de México, a 9 de marzo de 2017.— Licenciada Cel1y Martínez Camacho (rúbrica), directora general Adjunta de Planeación.»

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Se remite a la Junta de Coordinación Política, para su conocimiento.

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La Secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número D.G.P.L.63-II-3-1766, signado por el diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano, vicepresidente de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número UCVPS/319/2017, suscrito por el doctor Ernesto Héctor Monroy Yurrieta, titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social de la Secretaría de Salud, así como de su anexo, mediante los cuales responde el punto de acuerdo por el que se exhorta a esa dependencia a que amplíe y refuerce las acciones para prevenir y disminuir el índice de mortalidad materna en mujeres indígenas durante el embarazo, parto y posparto en el estado de Oaxaca, considerando campañas de difusión sobre la importancia del derecho a la salud de las mujeres para recibir una atención médica de calidad en las unidades de salud.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Ciudad de México, a 15 de marzo de 2017.— Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Salud.

Maestro Valentín Martínez Garza, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

Me refiero al oficio SELAP/UEL/311/270/17, de fecha 10 de febrero de 2017, mediante el cual informó que en la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados; celebrada día 9 de febrero del mismo año, se aprobó el punto de acuerdo, que a continuación se transcribe:

“Primero. La Cámara de Diputados exhorta al secretario de Salud para que, en el ámbito de su competencia, amplíe y refuerce las acciones para prevenir y disminuir el índice de mortalidad en mujeres indígenas durante el embarazo, parto y posparto en el estado de Oaxaca, considerando campañas de difusión sobre la importancia del derecho a la salud de las mujeres para recibir una atención médica de calidad en las unidades de salud.

”Segundo. La Cámara de Diputados exhorta al secretario de Salud del estado de Oaxaca para que, en el ámbito de su competencia, amplíe y refuerce las acciones para prevenir y disminuir el índice de mortalidad materna en mujeres indígenas durante el embarazo, parto y pos-parto en el estado.”

Al respecto, me permito enviar el oficio SPPS-CAS-0999-2017, suscrito por la maestra Georgina Rodríguez Elizondo, asesora de la Coordinación de Asesores de la SPPS.

Con base en lo anterior he de agradecer su amable intervención a efecto de remitir esta información al órgano legislativo para su desahogo.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 9 de marzo de 2017.— Doctor Ernesto Héctor Monroy Yurrieta (rúbrica), titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Salud.

Doctor Ernesto Héctor Monroy Yurrieta, titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social.— Presente.

Por instrucciones del doctor Pablo Kuri Morales, subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, me permito enviarle en documento anexo los comentarios al punto de acuerdo con número de oficio UCVPS/985/2017, que refiere:

Primero. La Cámara de Diputados exhorta al Secretario de Salud para que, en el ámbito de su competencia, amplíe y refuerce las acciones para prevenir y disminuir el índice de mortalidad en mujeres indígenas durante el embarazo, parto y posparto en el estado de Oaxaca, considerando campañas de difusión sobre la importancia del derecho a la salud de las mujeres para recibir una atención médica de calidad en las unidades de salud.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta al Secretario de Salud del Estado de Oaxaca para que, en el ámbito de su competencia, amplié y refuerce las acciones para prevenir y disminuir el índice de mortalidad materna en mujeres indígenas durante el embarazo, parto y posparto en el estado.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 3 de marzo de 2017.— Georgina Rodríguez Elizondo (rúbrica), asesora de la Coordinación de Asesores de la SPPS. Firma en ausencia del coordinador de asesores de la SPPS, con fundamento en el artículo 55 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Salud.

Comentario

Primero. La Cámara de Diputados exhorta al Secretario de Salud para que, en el ámbito de su competencia, amplíe y refuerce las acciones para prevenir y disminuir el índice de mortalidad en mujeres indígenas durante el embarazo, parto y posparto en el estado de Oaxaca, considerando campañas de difusión sobre la importancia del derecho a la salud de las mujeres para recibir una atención médica de calidad en las unidades de salud.

En cuanto a grupos vulnerables el país, para mejorar la calidad de la atención obstétrica fortaleciendo entre la población indígena la credibilidad y confianza en los servicios de salud a través del encuentro respetuoso entre las diversas culturas de las usuarias hablantes de lengua indígena y el personal de salud, en 2016 se destinaron recursos presupuestarios para la contratación de traductores hablantes de lengua indígena en Durango, Morelos, Tlaxcala, Veracruz. Chihuahua, Oaxaca, Guerrero, Chiapas, Jalisco, Nayarit y Yucatán, ubicados en unidades hospitalarias que atienden a mujeres embarazadas, cubriendo 16 lenguas indígenas.

Asimismo, se realizaron talleres para la traducción escrita y oral materiales informativos dirigidos a la población sobre temas de salud materna y perinatal y embarazo en adolescentes (señales de alarma durante el embarazo, parto y puerperio, elaboración del plan de seguridad para la toma de decisiones asertivas al momento del parto o ante una emergencia obstétrica, derechos de las mujeres durante la atención del parto, lactancia materna, ácido fólico, etcétera) los materiales fueron traducidos a 22 variantes lingüísticas que se hablan actualmente en 250 municipios de los estados de Chiapas, Yucatán, estado de México, Oaxaca, Guerrero, Puebla, Michoacán, Hidalgo, Chihuahua, Jalisco y Veracruz.

Asimismo, se ha impulsado la instalación de Posadas de Atención a la Mujer Embarazada, que integran espacios físicos ubicados cerca de hospitales resolutivos, donde las mujeres que residen en localidades dispersas o que se ubican a más de dos horas de distancia de los servicios de salud pueden recibir hospedaje, alimentación e incluso apoyo en el cuidado de sus hijas/os mientras se atiende su salud. Del total de posadas operando al cierre de 2016 (120), 97 posadas se encuentran en municipios con población indígena que han albergado a 2,250 embarazadas y puerperas indígenas.

También se promueve la articulación de autoridades municipales de salud, de grupos de la sociedad civil y comunidad en general que se integran en redes sociales de apoyo a las mujeres embarazadas, con el propósito de facilitar el acceso a los servicios de salud, sobre todo ante una emergencia obstétrica, y contribuir al abatimiento de la mortalidad materna y perinatal.

Esta estrategia se ha desarrollado principalmente en municipios con alta incidencia de muerte materna y de alta marginalidad. Las acciones fundamentales para el desarrollo de esta estrategia, parten de la capacitación brindada en talleres específicos que enfatizan y sensibilizan a los diferentes actores sobre la mortalidad materna y perinatal, la importancia de su articulación y del trabajo comunitario, así como sobre la responsabilidad de todos sobre el tema.

Asimismo, se ha impulsado la identificación dentro de la comunidad de personas dispuestas a acompañar a la gestante durante el control prenatal, la atención del parto y la vigilancia del puerperio, con el propósito de orientada y apoyada en el cuidado de su salud. A estos personajes se les denominó “madrinas y padrinos comunitarios” y reciben capacitación por parte del personal de salud para realizar un acompañamiento efectivo. 2,660 son hablantes de lengua indígena. Esta estrategia opera en 140 municipios con población indígena.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Salud.

Doctor Miguel Ángel Lutzow Steiner, coordinador de asesores.

En atención a su oficio SPPS-CAS-0843 2017, fechado el, 21 de febrero de 2017, mediante el cual informa que en la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados se aprobó el punto de acuerdo que a continuación se transcribe:

Primero. La Cámara de Diputados exhorta al secretario de Salud para que, en el ámbito de su competencia, amplíe y refuerce las acciones para prevenir y disminuir el índice de mortalidad en mujeres indígenas durante el embarazo, parto y posparto en el estado de Oaxaca, considerando campañas de difusión sobre la importancia del derecho a la salud de las mujeres para recibir una atención médica de calidad en las unidades de salud.

Adjunto los comentarios en formato libre, correspondiente al Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, de acuerdo al ámbito de competencia.

Sin otro particular le envío un cordial saludo.

Ciudad de México, a 2 de marzo de 2017.— Doctor Eduardo Pesqueira Villegas (rúbrica), director general.»

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Se remite a la Comisión de Salud, para su conocimiento.

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La Secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número D.G.P.L.63-II-3-918, signado por el diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar, entonces vicepresidente de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número UR 120 JOS/CECU/0445/17, suscrito por la doctora Lorena Buzón Pérez, coordinadora de Enlace con el Honorable Congreso de la Unión de la Secretaría de Educación Pública, así como de su anexo, mediante los cuales responde el punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de esa dependencia a revisar y fortalecer las políticas públicas existentes instauradas para el combate de la obesidad infantil, así como promover y proteger el derecho a la protección de la salud mediante campañas encaminadas a prevenir y controlar dicha epidemia.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Ciudad de México, a 15 de marzo de 2017.— Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Educación Pública.

Maestro Valentín Martínez Garza, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

Me refiero al oficio número SELAP/UEL/311/990/16 del 18 de mayo de 2016, por el que la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación informó al maestro Mauricio Dávila Morlotte, jefe de la Oficina del Secretario, el punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, que refiere al exhorto para revisar y fortalecer las políticas públicas existentes instauradas para el combate de la obesidad infantil.

Sobre el particular, remito copia del oficio número SEB/UR300/231/2017, firmado por el maestro Javier Treviño Cantú, subsecretario de Educación Básica, que informa que la SEP contempla en los planes y programas de estudio vigentes la prevención de la salud, con temas como: alimentación correcta, nutrición, activación física, consumo de agua, entre otros. Asimismo, el 16 de mayo de 2014, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los lineamientos generales para el expendio y distribución de alimentos y bebidas preparados y procesados en las escuelas del sistema educativo nacional, que busca favorecer la salud de los estudiantes.

Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Ciudad de México, a 10 de marzo de 2017.— Doctora Lorena Buzón Pérez (rúbrica), coordinadora de enlace.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Educación Pública.

Maestro Mauricio Dávila Morlotte, titular de la Jefatura de la oficina del Secretario.— Presente.

Me refiero al oficio UR 120 JOS/CECU/0387/16, dirigido a esta subsecretaría, por el que se solicitó emitir opinión al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, que señala:

“Primero. La Cámara de Diputados exhorta a los titulares de Secretaría de Salud, de la Secretaría de Educación Pública y de la Secretaría de Desarrollo Social para revisar y fortalecer las políticas públicas existentes instauradas para el combate de la obesidad infantil, así como promover y proteger el derecho a la protección de la salud mediante campañas encaminadas a prevenir y controlar la epidemia de obesidad infantil.”

Al respecto, una vez revisado y analizado el presente punto de acuerdo, me permito informarle que la SEP contempla en los planes y programas de estudio vigentes, la prevención de la salud, con temas como: alimentación correcta, nutrición, activación física, consumo de agua, entre otros. Asimismo, el 16 de mayo de 2014, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los lineamientos generales para el expendio y distribución de alimentos y bebidas preparados y procesados en las escuelas del sistema educativo nacional, mediante lo cual se busca favorecer la salud de los estudiantes.

Agradeciendo su amable atención, le envío cordiales saludos.

Atentamente

Ciudad de México, a 6 de marzo de 2017.— Maestro Javier Treviño Cantú (rúbrica), subsecretario de Educación Básica.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Educación Pública.

Para: Licenciado Héctor Ramírez del Razo, coordinador de asesores.

De: Profesor José Luis Márquez Hernández, Director General Adjunto.

Por instrucciones del profesor Germán Cervantes Ayala, director general de Desarrollo de la Gestión Educativa, en atención a la atenta nota número SEB/UR300/CAS/ 0173/2016, en la que solicita emitir opinión al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con respecto a lo siguiente:

“Primero. La Cámara de Diputados exhorta a los titulares de Secretaría de Salud, de la Secretaría de Educación Pública y de la Secretaría de Desarrollo Social para revisar y fortalecer las políticas públicas existentes instauradas para el combate de la obesidad infantil, así como promover y proteger el derecho a la protección de la salud mediante campañas encaminadas a prevenir y controlar la epidemia de obesidad infantil.”

Sobre el particular, le informo que esta Secretaría de Educación Pública (SEP), en el ámbito de sus atribuciones tendientes a coadyuvar en la información integral de las niñas, niños y adolescentes que cursan estudios en el nivel básico para que desarrollen competencias, actitudes y valores para la vida, considera valioso el exhorto realizado, dada la importancia que reviste la adopción de estilos de vida saludable para prevenir problemas de salud, toda vez que las condiciones óptimas de salud de esa población etaria repercuten favorablemente en su desempeño escolar.

Atendiendo al mandato del artículo 3o. constitucional, la secretaría ha configurado un marco normativo, pedagógico y organizativo bajo el cual se orienta entre otras cuestiones, la educación y promoción de la salud en la población escolar, desde un enfoque preventivo, a partir del cual las autoridades educativas estatales y escolares, implementan mecanismos, acciones y medidas para dar cumplimiento a lo establecido en esa normatividad.

Con base en este marco, la promoción de la salud en ñas comunidades escolares, se aborda desde los planes y programas de estudio, en cuyos contenidos educativos destacan los relacionados con la preservación de la salud alimentación correcta, nutrición, activación física, consumo de agua simple potable, entre otros, con lo que se pretende fortalecer en las y los alumnos, la posibilidad de tomar decisiones informadas sobre las conductas y hábitos saludables que inciden en su bienestar integral, y en la prevención de enfermedades y factores de riesgo como la obesidad, referida en el punto de acuerdo.

Asimismo, le comento que como parte de las estrategias y acciones que esta dependencia instrumenta para coadyuvar al fortalecimiento de políticas públicas existentes en torno a la prevención, contención y disminución del problema de sobrepeso y obesidad, se publicó, el 19 de mayo de 2014, el acuerdo mediante el cual se establecen los lineamientos generales para el expendio y distribución de alimentos y bebidas preparados y procesados en las escuelas del sistema educativo nacional, mediante el cual se busca favorecer la salud de los estudiantes.

En esta normativa se establecen disposiciones relacionadas con la promoción del consumo y disponibilidad de alimentos preparados y procesados que cumplan con criterios nutrimentales que favorezcan la calidad de vida de los educandos y las condiciones dentro de los planteles escolares para coadyuvar en su salud, y por consiguiente, en su rendimiento escolar y mejora de aprendizajes.

Destaca que, a través del trabajo intersectorial SEP-Ssa, con el apoyo de autoridades educativas locales y escolares, se llevan a cabo acciones para informar, sensibilizar y orientar sobre los aspectos técnicos nutricionales prioritarios que aborda el acuerdo.

En estas actividades, se ha tenido especial atención para que las acciones que la Secretaría de Salud desarrolla con la participación de padres y madres de familia no contravengan o reduzcan el tiempo real estimado para la labor educativa de las escuelas, ni distraiga a los docentes de su tarea educativa sustantiva, en cumplimiento a disposiciones normativas vigentes, relativa a lograr la normalidad mínima de funcionamiento de los planteles escolares, a fin de mejorar los aprendizajes de los alumnos de educación básica.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 15 de junio de 2016.— Profesor José Luis Márquez Hernández (rúbrica), director general adjunto.»

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Se remite a la Comisión de Salud, para su conocimiento.

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La Secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta del oficio número DGPL 63-II-6-1697, signado por la diputada Gloria Himelda Félix Niebla, vicepresidenta de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes copia del similar número UCVPS/ 320/ 2017, suscrito por el doctor Ernesto Héctor Monroy Yurrieta, titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social de la Secretaría de Salud, y de su anexo, mediante los cuales responde el punto de acuerdo por el que se exhorta a esa dependencia a llevar a cabo los servicios de salud con calidad y garantizar a la derechohabiencia el suministro de medicamentos, en especial los del cuadro básico de insumos para el primer nivel de atención médica.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Atentamente

Ciudad de México, a 15 de marzo de 2017.— Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Salud.

Maestro Valentín Martínez Garza, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

Me refiero al oficio número SELAP/ UEL/ 311/ 236/ 17, de fecha 10 de febrero de 2017, mediante el cual informó que en la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados celebrada 9 de febrero del mismo año se aprobó el punto de acuerdo que a continuación se transcribe:

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud y a los hospitales civiles de Guadalajara, Jalisco, a llevar a cabo los servicios de salud con calidad y garantizar a la derechohabiencia el suministro de medicamentos, en especial los del cuadro básico de insumos para el primer nivel de atención médica.

Al respecto, me permito enviar copia del oficio número CNPSS- DGAF- DGAN- 489- 2017, suscrito por el licenciado Andrés Jesús Sotelo Velázquez, director general adjunto de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud.

Con base en lo anterior, he de agradecer su amable intervención a efecto de remitir esta información al órgano legislativo para su desahogo.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 9 de marzo de 2017.— Doctor Ernesto Héctor Monroy Yurrieta (rúbrica), titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Salud.

Doctor Ernesto Héctor Monroy Yurrieta, titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social.— Presente.

Me refiero a su oficio número UCVPS/ 973/ 2017, por medio del cual solicita de esta comisión nacional respecto al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en sesión celebrada el 9 de febrero de 2017 y que refiere:

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud y a los hospitales civiles de Guadalajara, Jalisco, a llevar a cabo los servicios de salud con calidad y garantizar a la derechohabiencia el suministro de medicamentos, en especial los del cuadro básico de insumos para el primer nivel de atención médica.

Respecto al ámbito de competencia de este órgano desconcentrado, se informa en primera instancia que el Sistema de Protección Social en Salud (SPSS) no cuenta con un programa presupuestario destinado al otorgamiento de vales de medicina. Con el objetivo de delimitar el ámbito de competencia entre federación y las entidades federativas, por lo que a la operación del sistema se refiere, conviene recordar que éste es un mecanismo de financiamiento por el que el Estado garantiza el acceso efectivo, oportuno y de calidad, sin desembolso al momento de utilización y sin discriminación a los servicios médico-quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios que satisfagan de manera integral las necesidades de salud de sus beneficiarios, como establece la Ley General de Salud (LGS) en el artículo 77 Bis 1:

Artículo 77 Bis 1. Todos los mexicanos tienen derecho a ser incorporados al Sistema de Protección Social en Salud de conformidad con el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sin importar su condición social.

La protección social en salud es un mecanismo por el cual el Estado garantizará el acceso efectivo, oportuno, de calidad, sin desembolso al momento de utilización y sin discriminación a los servicios médico-quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios que satisfagan de manera integral las necesidades de salud, mediante la combinación de intervenciones de promoción de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento y de rehabilitación, seleccionadas en forma prioritaria según criterios de seguridad, eficacia, costo, efectividad, adherencia a normas éticas profesionales y aceptabilidad social. Como mínimo se deberán contemplar los servicios de consulta externa en el primer nivel de atención, así como de consulta externa y hospitalización para las especialidades básicas de medicina interna, cirugía general, ginecoobstetricia, pediatría y geriatría, en el segundo nivel de atención.

Las disposiciones reglamentarias establecerán los criterios necesarios para la secuencia y alcances de cada intervención que se provea en los términos de este título.

En este sentido, es necesario considerar que existen competencias en la obligación de proveer servicios de salud a la población; para el caso concreto del SPSS tanto la provisión de los servicios contemplados en el mismo como la garantía del suministro de medicamentos corresponden a las entidades federativas, como establece la fracción I del Apartado B del artículo 77 Bis 5 de la LGS:

Artículo 77 Bis 5. La competencia entre la federación y las entidades federativas en la ejecución de las acciones de protección social en salud quedará distribuida conforme a lo siguiente:

A) ...

B) Corresponde a los gobiernos de las entidades federativas, dentro de sus respectivas circunscripciones territoriales

I. Proveer los servicios de salud en los términos de este título y demás disposiciones de esta ley, así como de los reglamentos aplicables, disponiendo de la capacidad de insumos y garantizando el suministro de medicamentos necesarios para su oferta oportuna y de calidad.

Para materializar lo anterior, la federación transfiere a las entidades federativas recursos por concepto de cuota social y aportación solidaria federal; esto, con base en el número de personas que se encuentren incorporadas al SPSS en cada una de ellas.

En el financiamiento otorgado a las entidades federativas, y de acuerdo con lo que establece el artículo 38 del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2017, se contempla que hasta 30 por ciento de ese financiamiento, sea destinado a la adquisición de medicamentos, material de curación y otros insumos necesarios para la prestación de servicios a los afiliados al sistema:

Artículo 38. La ejecución y operación del Sistema de Protección Social en Salud deberá sujetarse a lo establecido en la Ley General de Salud, a las disposiciones reglamentarias de dicha ley, así como a las disposiciones de carácter general o lineamientos que emitan la Secretaría de Salud o la Comisión Nacional de Protección Social en Salud.

A. La Secretaría de Salud, a través de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, llevará a cabo lo siguiente:

I. a III. ...

IV. Emitir disposiciones generales o lineamientos sobre

a) El destino de los recursos federales que se transfieran a las entidades federativas por concepto de cuota social y aportación solidaria federal, conforme a las siguientes bases:

i. Hasta 40 por ciento, por concepto de remuneraciones del personal ya contratado directamente involucrado en la prestación de servicios de atención a los afiliados al sistema;

ii. Hasta 30 por ciento, por concepto de adquisición de medicamentos, material de curación y otros insumos necesarios para la prestación de servicios a los afiliados al sistema;

iii. Al menos 20 por cierto, para acciones de promoción, prevención y detección oportuna de enfermedades que están contenidas en el Catálogo Universal de Servicios de Salud (Causes);

iv. Hasta 6 por ciento, para el gasto operativo y el pago de personal administrativo del Régimen Estatal de Protección Social en Salud correspondiente a cada entidad federativa.

Sólo en casos plenamente justificados o excepcionales, la composición de dichos porcentajes se podrá modificar, siempre que las características de afiliación, financieras y de servicios de salud estatales lo ameriten, en el entendido de que dichas modificaciones deberán acreditarse y ser aprobadas por la Secretaría de Salud por conducto de la Comisión Nacional de Protección Social de Salud; y

A partir de 2014 se implantó el mecanismo conocido como “Vales de medicinas”, en cumplimiento del compromiso de gobierno CG-266, inciso 6, “10 compromisos con tu economía familiar: 6) Vales de medicina en el IMSS, ISSSTE y Seguro Popular para asegurar el abasto de medicamentos”.

Actualmente, el Sistema de Protección Social en Salud cuenta con mecanismos para que las entidades federativas puedan garantizar el abasto de los medicamentos asociados al Causes.

Los mecanismos citados se encuentran previstos en las siguientes disposiciones:

• Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017.

• Lineamientos para la adquisición de medicamentos asociados al Causes y al Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, por las entidades federativas con recursos transferidos por concepto de cuota social y aportación solidaria federal del Sistema de Protección Social en Salud, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 7 de julio de 2016, y su modificación el 17 de noviembre de 2016.

• Acuerdos de coordinación para la ejecución del Sistema de Protección Social en Salud.

• Anexos IV, “Conceptos de gasto”, relativos a los citados acuerdos de coordinación.

• Criterios generales para la programación y el ejercicio de las aportaciones federales transferidas por la Comisión Nacional de Protección Social en Salud y cuotas familiares del Sistema de Protección Social en Salud.

En dichas disposiciones se prevé lo siguiente:

En el Presupuesto de Egresos de la Federación y en los lineamientos para la adquisición de medicamentos se establece que de los recursos federales que se transfieran a las entidades federativas por concepto de cuota social y aportación solidaria federal, hasta 30 por ciento se destinará para la adquisición de medicamentos, material de curación y otros insumos necesarios para la prestación de servicios a los beneficiarios del SPSS, y que se podrá aplicar hasta 5 por ciento de esos recursos para la subrogación de medicamentos, con objeto de asegurar el surtimiento total de recetas a través del otorgamiento de vales para medicamentos.

En los acuerdos de coordinación, suscritos por la Secretaria de Salud con los gobiernos de las entidades federativas, se acordó que los Ejecutivos estatales garantizaran, entre otros servicios, los medicamentos asociados al Causes.

En los anexos IV de los citados se estableció el vale de medicamento como un mecanismo complementario de abasto eficiente, distribución y entrega de los medicamentos asociados al Causes, que permita el suministro completo y oportuno de los medicamentos prescritos a los beneficiarios del SPSS, cuyo detalle sobre uso y procedencia se estructura en los criterios generales.

La Comisión Nacional de Protección Social en Salud ha instaurado mecanismos que permiten a las entidades federativas garantizar el suministro oportuno y completo de medicamentos a los afiliados del sistema.

Sin más por el momento, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 2 de marzo de 2017.— Licenciado Andrés Jesús Sotelo Velázquez (rúbrica), director general adjunto.»

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Se remite a la Comisión de Salud, para su conocimiento.

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La Secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número DGPL 63-II-7-1840 signado por la diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, entonces vicepresidenta de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número UCVPS/ 323/ 2017 suscrito por el doctor Ernesto Héctor Monroy Yurrieta, titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social de la Secretaría de Salud, así como de sus anexos, mediante los cuales responde el Punto de Acuerdo por el que se exhorta a incluir la diabetes Tipo 1 y II para su tratamiento, a través de una categoría como Gasto Catastrófico.(2)

(2) El documento será consultable en la versión electrónica del Diario de los Debates de esta fecha en el Anexo “B”.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Ciudad de México, a 15 de marzo de 2017.— Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Salud.

Maestro Valentín Martínez Garza, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

Me refiero al oficio SELAP/ UEL/ 311/ 279/ 17, de fecha 10 de febrero de 2017, mediante el cual informó que en la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, celebrada día 9 de febrero del mismo año, se aprobó el Punto de Acuerdo, que a continuación se transcribe

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Salud y del Consejo de Salubridad General para que, en el ámbito de sus atribuciones, incluya a la diabetes Tipo I y l/para su tratamiento, a través de una categoría como Gasto Catastrófico.

Al respecto, me permito enviar copia del oficio CSG-1415- 2017, suscrito por doctor Jesús Ancer Rodríguez, secretario del Consejo de Salubridad General y oficio CNPSS- OGAF- DGAN- 499- 2017, suscrito por el licenciado Andrés Jesús Sotelo Velázquez, director general adjunto de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud.

Con base en lo anterior he de agradecer su amable intervención a efecto de remitir esta información al órgano legislativo para su desahogo.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Doctor Ernesto Héctor Monroy Yurrieta (rúbrica), titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Salud.

Doctor Ernesto Héctor Monroy Yurrieta, titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social.— Presente.

Me refiero a su oficio número UCVPS/ 988/ 2017, el cual es relativo a la solicitud de opinión por parte de esta Comisión Nacional, respecto del Punto de Acuerdo aprobado por la Honorable Cámara de Diputados, en sesión celebrada el 9 de febrero de 2017 y que refiere:

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Salud y der Consejo de Salubridad General para que, en el ámbito de sus atribuciones, incluya a la diabetes tipo I y 11 para su tratamiento, a través de una categoría como Gasto Catastrófico. “

Al respecto, y dentro del ámbito de competencia de esta Comisión Nacional de Protección Social en Salud, es importante en primera instancia, considerar lo establecido en el artículo 77 Bis 1 de la Ley Generar de Salud:

Artículo 77 Bis 1. Todos los mexicanos tienen derecho a ser incorporados al Sistema de Protección Social en Salud de Conformidad con el artículo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sin importar su condición social.

La protección social en salud es un mecanismo por el cual el Estado garantizará el acceso efectivo, oportuno, de calidad, sin desembolso al momento de utilización y sin discriminación a los servicios médico-quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios que satisfagan de materia integral las necesidades de salud; mediante la combinación de intervenciones de promoción de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento y de rehabilitación, seleccionadas en forma prioritaria según criterios de seguridad, eficacia, costo, efectividad, adherencia a normas éticas profesionales y aceptabilidad social. Como mínimo se deberán contemplar los servicios de consulta externa en el primer nivel de atención, así como de consulta externa y hospitalización para las especialidades básicas de: medicina interna, cirugía general, ginecoobstetricia, pediatría y geriatría, en el segundo nivel de atención.

Ahora bien, en la actualidad la diabetes tipo I y 11, no se encuentra considerado como gasto catastrófico, por lo que conforme a lo dispuesto en los artículos 77 Bis 29 de la Ley General de Salud, y 9 fracción XVI del Reglamento Interior del Consejo General de Salubridad, es esta autoridad quien cuenta con la facultad para definir el tratamiento y medicamentos asociados a la diabetes tipo I y II como gasto catastrófico.

En consecuencia, no se considera necesario incluir la diabetes dentro de la cobertura del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, lo anterior debido a que dicho padecimiento se encuentra contemplado en el Catálogo Universal de Servicios de Salud del Sistema de Protección Social en Salud, mediante las siguientes intervenciones:

84. Diagnóstico y tratamiento de prediabetes y diabetes melljtus tipo 2

124. Diagnóstico y tratamiento de diabetes mellitus tipo I

147. Diagnóstico y tratamiento de la cetoacidosis diabética

En razón de lo anterior, la población afiliada al Sistema de Protección Social en Salud que padece diabetes tipo I o II, cuenta con acceso al tratamiento y surtimiento de los medicamentos asociados.

Sin más por el momento, reciba un cordial saludo.

Ciudad de México, a 9 de marzo de 2017.— Licenciado Andrés Jesús Sotelo Velázquez, director general adjunto. En términos del artículo 55, en relación con el 2, Apartado C, fracción XII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, en firma en suplencia por audencia del director general adjunto de Normatividad el director de Legislación y Consulta, licenciado Vicente Olguín Spriu (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Consejo de Salubridad General.

Ernesto Héctor Monroy Yurrieta, titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social de la Secretaría de Salud.— Presente.

En atención a su oficio UCVPS/ 987/ 2017 recibido por este consejo el lunes 20 de febrero de 2017, relacionado con el oficio SELAP/ UEL/ 311/27/ 17 de fecha 10 de febrero de 2017, donde el maestro Valentín Martínez Garza, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación, comunica el punto de acuerdo aprobado en sesión de la Cámara de Diputados, celebrada el 09 de febrero de 2017, que a la letra indica:

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Salud y del Consejo de Salubridad General para que, en el ámbito de sus atribuciones, incluya a la diabetes Tipo I y II para su tratamiento, a través de una categoría como gasto catastrófico.

Le informo que esta autoridad sanitaria se rige bajo un estricto orden legal y actuando dentro del ámbito de su competencia manifiesta con fundamento en el artículo 73, fracción XVI, base primera, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4, fracción II, y 15 de la Ley General de Salud, y 1 a y 9, fracción XVI, del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General, es un órgano colegiado dependiente del presidente de la República sin intervención de ninguna secretaría de Estado manifiesta lo siguiente:

En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 77 Bis 1 y 77 Bis 20 de la Ley General de Salud; así como en los artículos 7, 8 a y 9, fracción V del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Protección Social en Salud, hago de su conocimiento que la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, a través del Catálogo Universal de Servicios de Salud 2016, destinado a promover la atención integral de la salud acorde a las secuencias y alcances de cada intervención, ya incluye la diabetes tipo I y II como parte de la cartera del Catálogo Universal de Servicios de Salud: Diagnóstico y Tratamiento de Prediabetes y Diabetes Mellitus Tipo 2 y Diagnóstico y Tratamiento de Diabetes Mellitus Tipo l.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Ciudad de México, a 1o. de marzo de 2017.— Doctor Jesús Ancer Rodríguez (rúbrica).»

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Se remite a la Comisión de Salud, para su conocimiento.

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La Secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número DGPL 63-II-4-1521 signado por el diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano, entonces vicepresidente de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número UCVPS/ 321/ 2017 suscrito por el doctor Ernesto Héctor Monroy Yurrieta, titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social de la Secretaría de Salud, así como de sus anexos, mediante los cuales responde el punto de acuerdo por el que se exhorta a esa dependencia a implantar un protocolo urgente de atención a las necesidades de salud, condiciones sanitarias y prevención de enfermedades, incluyendo la incorporación a los programas de vacunación con que se cuenta para la población nacional en las instituciones de salud y albergues, para personas migrantes del municipio de Tijuana, Baja California, a fin de evitar el riesgo de crisis humanitaria del que han alertado diversos organismos internacionales.(3)

(3) El documento será consultable en la versión electrónica del Diario de los Debates de esta fecha en el Anexo “C”.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Ciudad de México, a 15 de marzo de 2017.— Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Salud.

Maestro Valentín Martínez Garza, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

Me refiero al oficio SELAP/ 300/ 3098/ 16, de fecha 20 de diciembre de 2016, suscrito por el licenciado Felipe Solís Acero, subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos, mediante el cual informó que en la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, celebrada miércoles 15 de diciembre de 2016, se aprobó el punto de acuerdo, que a continuación se transcribe:

A la Secretaría de Salud, para que implemente un protocolo urgente de atención a las necesidades de salud, condiciones sanitarias y prevención de enfermedades, incluyendo la incorporación a los programas de vacunación con que se cuenta para la población nacional en las instituciones de salud y albergues, para personas migrantes del municipio de Tijuana, Baja California...

Al respecto, me permito enviar copia del oficio DGAJ.205.000.00/ 081/ 2017, suscrito por el licenciado Francisco Javier Guevara García, director general de Asuntos Jurídicos del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, oficio CNPSS-DGAF-234-2017, suscrito por el licenciado Andrés Jesús Sotelo Velázquez, Director General Adjunto de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud y oficio SPPS-CAS-0997-2017, suscrito por la Mtra. Georgina Rodríguez Elizondo. Asesora de la Coordinación de Asesores de la SPPS.

Con base en lo anterior he de agradecer su amable intervención a efecto de remitir esta información al órgano legislativo para su desahogo.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 9 de marzo de 2017.— Doctor Ernesto Héctor Monroy Yurrieta (rúbrica), titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social.»

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Se remite a la Comisión de Asuntos Migratorios, para su conocimiento.

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La Secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número DGPL 63-II-8-3259 signado por la diputada Gloria Himelda Félix Niebla, entonces vicepresidenta de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número DG.510.11/2267/2017 suscrito por el licenciado Antonio Musi Veyna, director general adjunto de Normatividad y Convenios de la Secretaría de Desarrollo Social, así como de su anexo, mediante los cuales responde el punto de acuerdo por el que se exhorta a esa dependencia a asegurar la asignación de los recursos que etiquetó la Cámara de Diputados respecto al anexo 13 Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, especialmente el referente al Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Atentamente

Ciudad de México, a 16 de marzo de 2017.— Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Desarrollo Social.

Felipe Solís Acero, subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

Me refiero a su atento oficio número SELAP/300/544/17, por el cual hizo del conocimiento el punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, en el que se exhorta al Poder Ejecutivo federal para que, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, entre otra, asegure la asignación de los recursos que etiquetó la Cámara de Diputados respecto al anexo 13 Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, especialmente el referente al Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas y con el fin de que sean entregados de manera íntegra a los estados, a fin de cumplir el propósito para los que fueron designados “El Fortalecimiento y Empoderamiento de las Mujeres”, “La Igualdad entre Mujeres y Hombres” y “la Erradicación de la Violencia en contra de la Mujer”.

Al respecto y por instrucciones del licenciado David Garay Maldonado, abogado general y comisionado para la Transparencia, adjunto copia simple del oficio número DOO100/524/2017, signado por la licenciada María Angélica Luna y Parra, directora general del Instituto Nacional de Desarrollo Social, mediante el cual se da contestación al punto de acuerdo de referencia.

Aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 15 de marzo de 2017.— Antonio Musi Veyna (rúbrica), director general adjunto de Normatividad y Convenios.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Desarrollo Social.

Licenciado David Garay Maldonado, abogado general y comisionado para la transparencia de la Secretaría de Desarrollo Social.— Presente.

Asunto: Comentarios al punto de acuerdo aprobado por la Honorable Cámara de Diputados en el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal para que a través de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), se asegure la asignación de recursos que etiquetó, respecto al anexo 13 que señala; especialmente; el referente al PAIMEF.

Estimado David:

En respuesta al oficio número DG.510.11/2108/2017, de fecha 9 de marzo del presente, recibido en este instituto el día siguiente, al que se anexa el similar con número SELAP/300/544/17, de la Subsecretaría de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos de la Secretaría de Gobernación, en el que hace del conocimiento el punto de acuerdo aprobado el 2 de marzo del presente, por la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, en el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal, para que a través de la Secretaría de Desarrollo Social, entre otra, asegure la asignación de los recursos que se etiquetó, respecto al anexo 13:

“Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres; especialmente; el referente al Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres de las Entidades Federativas, y con el fin de que sean entregados de manera integra a los estados, a fin de cumplir el propósito para los que fueron designados “El Fortalecimiento y Empoderamiento de las Mujeres”, “La Igualdad entre Mujeres y Hombres” y “La Erradicación de la Violencia en contra de la Mujer”.

Al respecto, me permito emitir los siguientes comentarios sobre el punto de acuerdo enviado por la Honorable Cámara de Diputados.

En referencia al punto de acuerdo que lograron las legisladoras de todos los partidos en la Cámara de Diputados, creo que es importante conocer los siguientes antecedentes:

Cabe destacar que un gran número de diputadas han sido titulares de las instancias de mujeres en las entidades federativas o miembros de asociaciones civiles, que defienden los temas de género, por lo que son muy sensibles a los problemas de violencia.

Nos enorgullece mucho que este programa PAIMEF que se opera desde el Indesol, como parte de la Sedesol, esté posicionado, ya que formamos parte del Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y ponemos en su ejecución un gran empeño.

Aprovecho este conducto para enviarte un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 13 de marzo de 2017.— Licenciada María Angélica Luna y Parra (rúbrica).»

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Se remite a la Comisión de Igualdad de Género, para su conocimiento.

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La Secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número DGPL 63-II-4-1492 signado por el diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano, entonces vicepresidente de la Mesa Directiva ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número DGV/FMD/1.3.-116/2017 suscrito por el maestro Fausto Muciño Durán, director general de Vinculación de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, así como de su anexo, mediante los cuales responde el punto de acuerdo por el que se exhorta a esa dependencia a hacer públicos los permisos para construir, administrar, explotar y operar un helipuerto en el predio de la avenida Universidad número 2014, colonia Copilco Universidad, y verificar que el mismo se ajuste a las normas internacionales básicas de seguridad del Convenio sobre Aviación Civil Internacional.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Atentamente

Ciudad de México, a 15 de marzo de 2017.— Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Maestro Valentín Martínez Garza, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

Por medio de la presente le envío un cordial saludo y al mismo tiempo me permito hacer referencia a su oficio SELAP/UEL/311/2522/16, a través del cual remitió para su atención, el punto de acuerdo aprobado por el pleno de la Cámara de Diputados, cuyo resolutivo segundo exhorta a esta secretaría a hacer públicos los permisos para construir, administrar, explotar y, en su caso, operar un helipuerto en el predio de avenida Universidad número 2014, así como verificar que el mismo se ajuste a lo establecido en las normas internacionales básicas de seguridad.

Al respecto, la Dirección General de Aeronáutica Civil ha informado mediante oficio 4.1.675, mismo que se adjunta, que a la fecha no se ha emitido permiso para la administración, operación o explotación del helipuerto en comento, en virtud de que la empresa interesada en obtenerlo aún no subsana las observaciones que esa dirección general emitió dentro del procedimiento administrativo correspondiente, al amparo de la Ley de Aeropuertos y demás disposiciones normativas vigentes.

Sin más por el momento, me reitero a sus apreciables órdenes.

Atentamente

Ciudad de México, a 13 de marzo de 2017.— Maestro Fausto Muciño Durán (rúbrica), Director General de Vinculación.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Maestro Fausto Muciño Durán, director general de Vinculación de la oficina del Secretario.

Hago referencia a su oficio número DGV/FMD/1.3.-018/2017, dirigido a la maestra Yuriria Mascott Pérez, subsecretaria de Transporte, en referencia al punto de acuerdo aprobado por el pleno de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, en sesión celebrada el 15 de diciembre de 2013, mediante el cual en su resolutivo segundo manifiesta lo siguiente:

“Segundo. La Cámara de Diputados solicita al titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, haga públicos los permisos para construir, administrar, explorar y, en su caso, operar un helipuerto en el predio de avenida Universidad número 2014, colonia Copilco Universidad, así como verificar que el mismo se ajuste a lo establecido en las normas internacionales básicas de seguridad, en particular el anexo 14, volumen II Helipuertos, del Convenio sobre Aviación Civil Internacional.”

Al respecto comento a usted que a la echa del presente, esta Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), no ha emitido permiso para la administración, operación y explotación del helipuerto, ubicado en avenida Universidad número 2014, colonia Copilco Universidad, toda vez que el promovente se encuentra en el proceso de dar cabal cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 17, 18 y 22 de la Ley de Aeropuertos; 1 y 17, en relación con el 8 y 9, del Reglamento de la Ley de Aeropuertos; cabe señalar que mediante oficio 4.1.2.3.857/2752/VUS del 31 de mayo de 2016 (se adjunta copia para pronta referencia), girado por la Dirección de Aeropuertos dependiente de esta DGAC, se emitió opinión favorable para el proyecto de emplazamiento del citado helipuerto, analizándose desde la perspectiva aeronáutica, tomando en cuenta elementos como posibles trayectorias de llegada y salida e infraestructura para el mismo.

Es importante mencionar, que en todo momento se verificará que el promovente dé cabal cumplimiento a las disposiciones normativas antes señaladas, así como a los lineamentos internacionales (anexo 14, volumen II) y nacionales (CODA 05/07R1), con objeto de garantizar que, en el caso autorizar las operaciones en el helipuerto, se apeguen a los estándares de calidad, eficiencia y sobre todo seguridad.

Sin más por el momento, aprovecho para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 6 de marzo de 2017.— Miguel Peláez Lira (rúbrica), director general.»

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Se remite a la Comisión de Ciudad de México, para su conocimiento.

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La Secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número DGPL 63-II-1-1876 signado por el diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano, vicepresidente de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 112.02.-327/2017 suscrito por el ingeniero César Rafael Ocaña Romo, director general adjunto de Enlace con el Congreso de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, así como de su anexo, mediante los cuales responde el punto de acuerdo por el que se exhorta a esa dependencia a cumplir con el convenio de ejecución de recursos para el desarrollo del campo mediante el Programa Especial Emergente de Apoyo a productores veracruzanos.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Ciudad de México, a 16 de marzo de 2017.— Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

Maestro Valentín Martínez Garza, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

Por instrucciones del licenciado Julio César Córdova Martínez, coordinador general de la oficina del secretario, referente a su atento oficio número SELAP/UEL/311/264/17 de fecha 10 de febrero del año en curso, mediante el cual el diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano, vicepresidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, comunica a esta secretaría el acuerdo aprobado en sesión celebrada el 9 de febrero de 2017, anexo al presente me permito enviarle la respuesta que nos hizo llegar la Dirección General Adjunta de Control Operativo de la Coordinación General de Delegaciones, mediante oficio número 113.01.-0208/2017 de fecha 9 de marzo de 2017.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 13 de marzo de 2017.— Ingeniero César Rafael Ocaña Romo (rúbrica), director general.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

Ingeniero César Rafael Ocaña Romo, director general adjunto.— Presente.

En atención al oficio 112.02.-190/2017, de fecha 15 de febrero de 2017, en referencia al oficio, SELAP/UEL/311/ 264/17, de fecha 10 de febrero del año en curso, signado por el maestro Valentín Martínez Garza, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación, envía punto de acuerdo signado por el diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano, vicepresidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, aprobado en sesión el 9 de febrero de 2017.

“Único.La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), a cumplir de manera inmediata con el convenio de ejecución de recursos para el desarrollo del campo mediante el Programa Especial Emergente de Apoyos a Productores Veracruzanos”.

Me permito comentar que el delegado de la Sagarpa en el estado de Veracruz, ingeniero Octavio Legarreta Guerrero, remitió información correspondiente al avance de pagos a productores veracruzanos (Se anexa informe). Llevando un avance de pago de $48, 941,738.00 de pesos de un total de $198, 000,000.00 de pesos correspondientes a 24.72 por ciento a la fecha.

Sin otro particular, sirva la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 9 de marzo 2017.— Licenciado José Francisco de la Peña de la Peña (rúbrica), director general adjunto de Control Operativo.»

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Se remite a la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego, para su conocimiento.

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La Secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Con el propósito de dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 107, tercer párrafo de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, me permito anexar la información relativa al pago de las participaciones, a las entidades federativas correspondiente a febrero de 20l7, desagregada por tipo de fondo de acuerdo con lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal y por entidad federativa, efectuando la comparación correspondiente a febrero de 2016.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 15 de marzo de 2017.— Vanessa Rubio Márquez (rúbrica), subsecretaria.»

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Remítase a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.

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La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Por medio del presente y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 145, penúltimo párrafo de la Ley Aduanera vigente, me permito informarle que el Servicio de Administración Tributaria a través de las autoridades aduaneras, como las unidades competentes para dar destino a las mercancías de comercio exterior que no resultan transferibles al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, durante febrero de 2017.

Por lo anterior, se destinaron por conducto de las autoridades aduaneras bienes aptos para su uso y consumo siendo mercancías perecederas, de fácil descomposición o deterioro, numismáticos y dos animales entre otros.

El total de bienes destinados en el mes de febrero de 2017 fue de 6,342 los cuales se encuentran contabilizados en la unidad de medida kilogramos, litros, piezas y cabeza, anexo al presente el detalle respectivo.

Sin otro asunto por el momento, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 14 de marzo de 2017.— Licenciada Verónica Díaz Oliveros Vallarino (rúbrica), administradora central de Destino de Bienes.»

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Remítase a la Comisión de Economía para su conocimiento.

INICIATIVA DE SENADORES



LEY FEDERAL DE DERECHOS

La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Comunico a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, el senador Jorge Luis Preciado Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 18-A de la Ley Federal de Derechos.

Con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a), y 67, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 174, 175, párrafo 1, 176, 177, párrafo 1, y 178 del Reglamento del Senado, se dispuso que dicha Iniciativa, misma que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Ciudad de México, a 14 de marzo de 2017.— Senadora Blanca Alcalá Ruiz (rúbrica), vicepresidenta.»

«Jorge Luis Preciado Rodríguez, senador de la República de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad conferida la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8, numeral 1, fracción I, 164 y 169 del Reglamento del Senado de la República, someto a la consideración de esta honorable soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 18-A de la Ley Federal de Derechos.

Exposición de Motivos

El Instituto Nacional de Migración es el encargado de llevar a cabo acciones y programas para nuestros paisanos que por alguna razón o circunstancia han dejado nuestro país y que estén en posibilidad de regresar, es por eso que este Instituto debe tener recurso suficiente para llevar a cabo todas y cada una de las medidas necesarias para recibirlos y poder orientarlos en su nueva estancia dentro de nuestro México.

El Instituto Nacional de Migración ha creado diversos programas como lo es “Estrategia Somos Mexicanos”, que tiene como objetivo brindar a los mexicanos que han retornado voluntaria e involuntariamente una atención integral, a través de un modelo interinstitucional y coordinado que contribuyan en el corto plazo a su integración social. La misión de la Estrategia Somos Mexicanos es facilitar la reinserción social y económica de las personas repatriadas mexicanas con el fin de que su retorno al país sea digno, productivo y apegado a los principios fundamentales en materia de derechos humanos. Lo anterior, conjuntando los esfuerzos de los tres órdenes de gobierno, así como de la sociedad civil, organismos internacionales y fundaciones, para lograr su reinserción a la vida nacional. Consolidarse como un sistema completo y eficaz que integre los esfuerzos de las dependencias y organismos a nivel nacional que lleven a cabo acciones que beneficien la integración y el bienestar familiar de las y los migrantes mexicanos repatriados. Lo anterior, para el desarrollo regional y nacional.

Sus principales objetivos son, integrar y coordinara los distintos actores que cuenten con acciones en beneficio de los mexicanos en retorno, brindar información y canalización a los programas y apoyos gubernamentales, organismos de la sociedad civil o iniciativa privada, das atención personalizada a mexicanos repatriados y personas que regresan de manera involuntaria y voluntaria, ser un canal de comunicación entre la población repatriada y sus familias en México y la difusión.

“Somos Mexicanos” surge el 26 de marzo de 2014 por instrucciones de la Secretaría de Gobernación, tiene su fundamento jurídico en los siguientes instrumentos:

1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: El artículo 1 expresa que todas las personas en los Estados Unidos Mexicanos que ingresan, transitan, salen y retornan a territorio nacional gozan de los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano es parte.

2. Ley General de Población: En su artículo 83 señala que la Secretaría de Gobernación está facultada para coordinar de manera institucional las acciones de atención y reintegración de mexicanos repatriados.

3. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal: El artículo 27, fracción XLI indica que se debe impulsar políticas públicas y dar seguimiento a los programas que refuercen la inclusión social y la igualdad, mediante estrategias y acciones que contribuyan a prevenir y eliminar la discriminación.

4. Ley de Migración: El artículo 2 establece como principio fundamental de la Política Migratoria del Estado mexicano facilitar el retorno al territorio nacional y la reinserción social de los emigrantes mexicanos y sus familias, a través de programas interinstitucionales y de reforzar los vínculos entre las comunidades de origen y destino de la emigración mexicana, en provecho del bienestar familiar y del desarrollo regional y nacional.

5. Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018: Constituye como parte de la Meta Nacional V. México con Responsabilidad Global, el Objetivo la 5.4.2., referente a la creación de mecanismos para la reinserción de las personas migrantes de retorno y fortalecimiento de los programas de repatriación.

6. Plan Sectorial de Gobernación 2013-2018: Dentro del objetivo “Desarrollar políticas integrales de población y migración, que contribuyan a la inclusión, la prosperidad y el ejercicio de derechos”, señala como estrategias fortalecer el otorgamiento de apoyos a los connacionales repatriados, e impulsar iniciativas para crear fuentes de empleo e incorporar mano de obra calificada dirigidas a connacionales repatriados.

7. Plan Especial de Migración 2014-2018: Objetivo 1. Fomentar una cultura de legalidad, de derechos humanos y de valoración de la migración:

Estrategia 1.2 Promover la coordinación y participación corresponsable, nacional e internacional, de los distintos actores en la atención del fenómeno migratorio.

Línea de Acción 1.2.4 Promover mecanismos de cooperación y coordinación interinstitucionales que articulen las acciones federales y locales en materia migratoria.

Línea de Acción 1.2.5 Generar mecanismos para el fortalecimiento institucional y participación corresponsable de organizaciones de sectores privado, académico, social, migrantes y sociedad civil.

Objetivo 4. Favorecer los procesos de integración y reintegración de las personas migrantes y sus familias:

4.1.4 Fortalecer las redes sociales y asociativas promotoras de la integración social y cultural

Estrategia 4.1 Diseñar e impulsar acciones para la integración social, cultural y política de las personas migrantes y sus familiares. (INM, 2017)

Asimismo existe el programa Paisano del INM, que garantiza que el ingreso, tránsito y salida de nuestros connacionales por territorio mexicano, sea con absoluta garantía de sus derechos, la seguridad de sus bienes y el pleno conocimiento de sus obligaciones.

Derivado de la necesidad de crear mecanismos que controlaran y gradualmente eliminaran los índices de maltrato, extorsión, robo, corrupción y prepotencia en que incurrían servidores públicos en contra de connacionales en su ingreso al país, se unieron organizaciones sociales, empresariales, políticas y religiosas de la comunidad mexicana y mexicano-americana residentes en los Estados Unidos para presentar una propuesta al Gobierno de México.

El 6 de abril de 1989 el Ejecutivo Federal expidió el Acuerdo por el que se instrumentan acciones de mejoramiento de los servidores públicos federales en las fronteras, puertos marítimos y aeropuertos internacionales del país. El acuerdo fue conocido como “Programa Paisano”, en donde estaban involucradas ocho dependencias gubernamentales.

La primera operación del Programa Paisano se realizó en diciembre de 1989.

Actualmente opera bajo la figura de la Comisión Intersecretarial, en donde se coordinan los esfuerzos de 21 dependencias, cuenta con dos Comités Técnicos, una Dirección Nacional, tres representaciones en Estados Unidos y 32 Comités estatales a nivel nacional, dirigidos a brindar información y atención a connacionales que visitan México, así como a brindar facilidades para su ingreso al país.

Los principales objetivos son; asegurar un trato digno y apegado a la ley para quienes ingresan, transitan o salen de nuestro país, a través de las siguientes acciones/informar y difundir el cumplimiento de obligaciones y derechos, proteger su integridad física y patrimonial, sensibilizar y capacitar a servidores públicos y sociedad civil y atender y dar seguimiento a quejas y denuncias.

Se conforma por la Dirección Nacional del Programa Paisano, Un Enlace del Programa Paisano por Estado, Tres representaciones en EU (Chicago, Los Ángeles y Houston), 21 Dependencias y Sociedad Civil.

El programa es permanente, sin embargo se hacen muchos esfuerzos con la realización de tres operativos especiales en los periodos de mayor afluencia de connacionales al país: Semana Santa, Verano e Invierno. Durante estos periodos, las dependencias intensifican las labores de atención, supervisión, observación, orientación y asistencia.

En dichos operativos se extiende una amplia convocatoria a la sociedad civil, con el objetivo de integrar a la ciudadanía como parte de esta iniciativa del Gobierno y coadyuvar a salvaguardar los derechos de las y los mexicanos que viven en el exterior y visitan México. Se ubican a lo largo de diferentes puntos en todo el territorio nacional, logrando fortalecer la presencia del Programa durante los operativos especiales.

Estos son los programas que el Instituto Nacional de Migración que actualmente emplea para el apoyo a nuestros connacionales, por lo que se considera se debe poner atención y brindar más recursos financieros, para el mejor desarrollo de los mismos y la implementación de nuevas estrategias que beneficien a los ciudadanos que regresan a nuestro país, veamos las siguientes notas informativas que denotan la afectación que están sufriendo debido a que el día 20 de enero de 2017, asume la presidencia de Estados Unidos de América, el mandatario Donald J. Trump, quien ha enfatizado en la repatriación de los migrantes mexicanos, por lo que debemos tomar las medidas y estrategias para denunciar y contrarrestar las acciones violatorias de derechos humanos, así como programas que permitan a los ciudadanos que regresan a México, poder tener acceso a educación, salud, vivienda, trabajo, que les permita continuar con una vida digna y respetando los derechos que les confiere nuestra Constitución General de la República.

Ahora Ley Federal de Derechos, fue reformada el 7 de diciembre de 2016, en su artículo 8, con la finalidad de incrementar el impuesto de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas, donde antes de la reforma se establecía un impuesto de $390. 00 (trescientos noventa pesos moneda nacional) y actualmente se paga $500.00 (quinientos pesos moneda nacional). Es decir aproximadamente un 28 por ciento adicional. De acuerdo al artículo 18-A de la Ley Federal de Derechos, el 80 por ciento de la recaudación del impuesto mencionado anteriormente se canaliza al Consejo de Promoción Turística de México y sólo el 20 por ciento se dirige al Instituto Nacional de Migración, lo cual es preocupante, ya que en la actualidad se requieren más recursos para impulsar los programas para nuestros connacionales migrantes repatriados, si bien es cierto la promoción turística es importante y ayuda en gran medida al ingreso de turistas internacionales y nacionales, así como al ingreso de divisas, también es importante apoyar el tema de hoy en día que es la situación de los migrantes mexicanos en Estados Unidos de América, con la reforma antes señalada, hay un ingreso extra, que sirve para poder dirigir un porcentaje mayor al Instituto Nacional de Migración, lo que representaría mejores condiciones para nuestros paisanos.

Un dato que es importante señalar y que genera más ingreso para el Consejo de Promoción Turística de México y con base en el Cuarto Informe de Gobierno, el turismo se ve reflejado en las siguientes cifras:

“Turismo En 2015, México se ubicó como el noveno país con mayor llegada de turistas internacionales, de acuerdo con la Organización Mundial del Turismo (OMT). Ese año, nuestro país recibió a 32 millones 100 mil personas, esto es 37 por ciento más que en 2012. El crecimiento del turismo en México representa más del doble que el incremento del turismo a nivel mundial durante este periodo, y es el mayor entre los 10 países más visitados del mundo en 2015.

En 2016, la tendencia del número de visitas se mantiene: en el primer semestre llegaron a México 17 millones de turistas internacionales, lo que representa un crecimiento de 8.6 por ciento, respecto al mismo periodo de 2015. En 2015, México logró un nuevo máximo histórico en ingresos de divisas por visitantes internacionales: 17 mil 700 mdd. Con ello, escaló cinco posiciones en la clasificación de la OMT, pasando del lugar 22 al 17. En los primeros 3 años de esta administración, se han recibido por este concepto 9 mil 300 mdd más, con respecto al mismo periodo de la administración anterior como se ve en la siguiente tabla:

Conforme a lo antes mencionado se concluye que el Consejo de Promoción Turística de México es importante y se le deben seguir aportando recursos, sin embargo hoy en día debemos atender la problemática migratoria que existe en nuestro país con Estados Unidos de América, además, como se explicó anteriormente, el aumento al impuesto de Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas de $390.00 a $500.00, representa aproximadamente un 28 por ciento adicional, por tal motivo propongo que se canalice el 40 por ciento al Instituto Nacional de Migración para que cumpla con las políticas públicas y programas que ayuden el regreso de los migrantes nacionales.

Por tal motivo considero de suma importancia la presente reforma, ya que es un tema sensible y que se tiene que atender de una manera firme y oportuna, para mejor referencia, el siguiente comparativo:

Por lo expuesto en párrafos anteriores, someto a consideración de este honorable soberanía la siguiente iniciativa que se reforma el artículo 18-A, de la Ley Federal de Derechos y, con ello el Instituto Nacional de Migración cuente con mayor recursos para mejorar los programas y estrategias, que ayuden a contrarrestar las políticas y la violencia que se ha generado a raíz de la nueva presidencia de Estados Unidos de América.

Proyecto de Decreto

Único:Se reforma el artículo 18A de la Ley Federal de Derechos, para quedar de la manera siguiente:

Artículo 18-A. Los ingresos que se obtengan por la recaudación del derecho establecido en la fracción I del artículo 8o. de la presente Ley, por lo que se refiere a los Visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas que ingresen al país con fines turísticos, se destinarán en un 40% al Instituto Nacional de Migración para mejorar los servicios que en materia migratoria proporciona, y en un 60% al Consejo de Promoción Turística de México para la promoción turística del país, el cual transferirá el 10% de la recaudación total del derecho al Fondo Nacional de Fomento al Turismo para los estudios, proyectos y la inversión en infraestructura que éste determine con el objeto de iniciar o mejorar los destinos turísticos del país.

Los demás ingresos que se obtengan por la recaudación de los derechos establecidos en esta Sección, serán destinados a programas de modernización, equipamiento e infraestructura para mejorar el control fronterizo en la línea divisoria internacional del sur del país y a mejorar las instalaciones, equipos, mobiliario, sistemas y la calidad integral de los servicios en materia migratoria que presta el Instituto Nacional de Migración. Los ingresos que se destinen al Fondo Nacional de Fomento al Turismo de conformidad con el primer párrafo de este artículo podrán ser utilizados para pago de adeudos generados con motivo de los financiamientos contratados para las inversiones en infraestructura a que se refiere dicho párrafo.

Artículo Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 “Artículo 8o. de la Ley Federal de Derechos

Por la recepción, estudio de la solicitud y, en su caso, la expedición del documento migratorio que acredita la condición de estancia se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

I. Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas $500.00

2 “Artículo 18-A. de la Ley Federal de Derechos

Los ingresos que se obtengan por la recaudación del derecho establecido en la fracción I del artículo 8o. de la presente Ley, por lo que se refiere a los Visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas que ingresen al país con fines turísticos, se destinarán en un 20 por ciento al Instituto Nacional de Migración para mejorar los servicios que en materia migratoria proporciona, y en un 80 por ciento al Consejo de Promoción Turística de México para la promoción turística del país, el cual transferirá el 10 por ciento de la recaudación total del derecho al Fondo Nacional de Fomento al Turismo para los estudios, proyectos y la inversión en infraestructura que éste determine con el objeto de iniciar o mejorar los destinos turísticos del país.

Salón de sesiones del Senado de la República, a 7 de marzo de 2017. — Senadores: Jorge Luis Preciado Rodríguez (rúbrica), Daniel Ávila Ruiz (rúbrica), Francisco Búrquez Valenzuela, Luisa María Calderón Hinojosa, Ernesto Cordero Arroyó, Gabriela Cuevas Barron, Adriana Dávila Fernández, Rosa Adriana Díaz Lizama, Héctor David Flores Ávalos (rúbrica), Juan Fernández Sánchez Navarro, Martha Elena García Gómez, Andrea García García, Sandra Luz García Guajardo, Silvia Guadalupe Garza Galván, Roberto Gil Zuarth, Mariana Gómez del Campo Gurza, Raúl Gracia Guzmán, Víctor Hermosillo y Celada, . Fernando Herrera Ávila, Laura Guadalupe Herrera Guajardo, Héctor Larios Córdova (rúbrica), Jorge Luis Lavalle Maury, Irma Patricia Leal Islas, Francisco Salvador López Brito, Sylvia Leticia Martínez Elizondo, José María Martínez Martínez, Sonia Mendoza Díaz (rúbrica), María del Pilar Ortega Martínez, Octavio Pedroza Gaitán, Ernesto Ruffo Appel, José de Jesús Santana García, Fernando Torres Torres Graciano (rúbrica), María Marcela Torres Peimbert, Salvador Vega Casillas, María del Rosario Guzmán Avilés, Juan Carlos Romero Hicks, Laura Angélica Rojas Hernández, Sonia Rocha Acosta (rúbrica), Blanca Alcalá Ruiz (rúbrica), Jesús Casillas Romero (rúbrica).»

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para dictamen.



MINUTO DE SILENCIO

El diputado Fernando Uriarte Zazueta (gdesde la curul): Presidenta.

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Sonido en la curul del diputado Fernando Uriarte, por favor. ¿Con qué objeto, diputado?

El diputado Fernando Uriarte Zazueta(desde la curul): Muchas gracias, presidenta. Para decir que estos son momentos de una enrome tristeza para toda la legislatura, pero de manera muy marcada para la bancada de Chihuahua, por el terrible accidente que sufrió nuestro compañero Carlos Hermosillo, y que le costó la vida. Una noticia absurda, un sin sentido de la vida que conduce a la muerte.

Carlos, un compañero, un legislador joven, de 39 años. Quienes lo conocimos y convivimos con él lo vamos a recordar como un hombre de familia, como un padre amoroso, como un hombre trabajador, de espíritu alegre y generoso.

Deja a una familia que está en estos momentos destrozada. A su madre Carmen, a su esposa Mayra y a sus cuatro hijos: a Karla, a Dariana, a Carlos Saúl y a Johan, de 14, de 12, de 8 y de 6 años. Queremos mandarles desde aquí, desde su lugar de trabajo, desde su curul, un mensaje a la familia. Un abrazo, el abrazo más fuerte y solidario, repito: a Dariana, a Karla, a Carlos Saúl y a Johan.

Y a nuestro amigo Carlos, a ti, Charly, como te decíamos, como te decía Tony, como te decía Brenda, como te decía Alex Le Baron, Alejandro Domínguez. Como te decía María Ávila también; como te decíamos todos. El saludo más afectuoso y el abrazo más cariñoso.

Es una pérdida irreparable, estamos muy tristes. Decía que no tenía claridad porque convivimos mucho con él. Eran prácticamente de tres a cuatro días a la semana. Era un hombre cargado de proyectos, cargado de sueños. Sueños de vida con su familia. Solo pido un minuto de silencio para nuestro gran compañero y amigo.

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Gracias, diputado Fernando Uriarte. En atención a lo manifestado por usted y la bancada de Chihuahua, esta Cámara de Diputados, representada en su LXIII Legislatura, por conducto de esta Mesa Directiva hacemos patente nuestro apoyo y solidaridad a la familia de nuestro compañero diputado Carlos Gerardo Hermosillo Arteaga, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, acaecido el día de ayer en su natal Chihuahua.

Para esta Cámara de Diputados es motivo de gran pesar el fallecimiento de nuestro compañero diputado, quien fue un hombre estudioso y preparado, profesional de la administración y que puso su profesión y sus conocimientos al servicio de sus semejantes.

Reconocemos plenamente su entrega, su vocación de servicio y compromiso con su estado, de quien fue servidor público por más de una década. Y con la nación, nos unimos a la pena que embarga a sus familiares y amigos por esta pérdida irreparable.

A su esposa Mayra y sus hijos, nuestro más sentido pésame, solidaridad y afecto en estos momentos difíciles. Esa legislatura tuvo el privilegio de contar con Carlos, de conocer sus puntos de vista, sus razonamientos como legislador, de debatir sus propuestas en el pleno y en comisiones, de conocer sus iniciativas y de compartir una cotidianeidad que nos hizo compañeros y nos hizo amigos. Descanse en paz nuestro amigo y compañero, Carlos Gerardo Hermosillo Arteaga.

Esta Mesa Directiva, invita respetuosamente a la asamblea, a ponernos de pie y a guardar un minuto de silencio en su memoria.

(Minuto de silencio)

Muchas gracias.

Se recibió comunicación de la Comisión de Igualdad de Género. Proceda la Secretaría a dar cuenta de la misma.



COMUNICACIONES OFICIALES

La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIII Legislatura.— Comisión de Igualdad de Género.

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Presidenta de la Mesa Directiva.— Presente.

Las que suscriben, integrantes de la Junta Directiva de la Comisión de Igualdad de Género de esta Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 80 numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, le solicitamos sea retirado el siguiente dictamen:

1. Dictamen de la Comisión de Igualdad de Género, con proyecto de decreto que reforma los artículos 46, 49 y 50 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Lo anterior con objeto de someter el tema a un estudio y análisis más profundo en beneficio de las y los mexicanos.

Sin otro particular y agradeciendo la atención que se sirva brindar a la presente, nos es grato, quedar de usted.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 15 de marzo de 2017.— Por la Comisión de Igualdad de Género, diputadas: Laura Nereida Plascencia Pacheco (rúbrica), presidenta; Sofía del Sagrario de León Maza, Delia Guerrero Coronado (rúbrica), Carolina Monroy del Mazo (rúbrica), Erika Araceli Rodríguez Hernández (rúbrica), Carmen Salinas Lozano (rúbrica), Guadalupe González Suástegui (rúbrica), Janette Ovando Reazola (rúbrica), Karina Padilla Ávila (rúbrica), Karen Orney Ramírez Peralta, Sasil Dora Luz de León Villard (rúbrica), María Candelaria Ochoa Ávalos, Angélica Reyes Ávila (rúbrica).»

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Sonido en la curul de la diputada Candelaria Ochoa. ¿Con qué objeto, diputada?

La diputada María Candelaria Ochoa Avalos(desde la curul): Presidenta, buenos días, gracias. Compañeras, compañeros diputados. Solo quiero que quede claro que se discutió este dictamen sin el consenso de la mesa directiva. A mí no fue consultado. Muchas gracias.

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Se registra su participación, diputada.

En consecuencia, devuélvase a la Comisión de Igualdad de Género el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 46, 49 y 50 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Sonido en la curul de la diputada Cecilia Soto. Adelante, diputada, ¿con qué objeto?

La diputada Cecilia Guadalupe Soto González(desde la curul): Con el objeto, diputada presidenta, de proponer a la Comisión de Igualdad de Género y asimismo a la Comisión de Salud, que se invite al actual secretario de Salud a comparecer, compartir diagnósticos sobre el tema que trata el dictamen que la junta directiva propuso regresar.

Es claro que se trata de un tema delicado, es claro que se trata de un tema profundo y es un tema que no se arregla con medidas punitivas, por ejemplo, en el caso de que no se cumpla, como ha venido sucediendo, la Norma 046.

Yo creo que sería muy benéfico que las integrantes de la Comisión de Salud, los y las integrantes de la Comisión de Género entablaran un diálogo fértil y productivo con el secretario de Salud para establecer el mejor camino para aumentar el cumplimiento de esta norma.

Es importante recordarle al pleno que desde 1931 el Código Penal Federal incluye como causal no penal el tema del aborto en caso de embarazo por violación. Es obvio que encontramos un problema y es importante resolverlo de manera constructiva. Esa es mi propuesta.

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Gracias, diputada Cecilia Soto. Se recoge su participación y será canalizada de manera íntegra a las comisiones a las cuales ha hecho referencia.

La diputada Cristina Ismene Gaytán Hernández(desde la curul): Presidenta.

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Sonido en la curul de la diputada Cristina Ismene Gaytán, por favor. ¿Con qué objeto?

La diputada Cristina Ismene Gaytán Hernández (desde la curul): Con respecto de este dictamen, presidenta, es una pena que esta Cámara de Diputados habiendo ya un acuerdo mayoritario de la Comisión de Igualdad, de presentar el dictamen, habiéndose presentado ya este dictamen, tengamos solamente tácticas dilatorias para no hacer valer los derechos de las mujeres.

Esto es triste porque se nos convocó a diversas reuniones para construir este acuerdo; llegamos a una serie de acuerdos y sin más se dejan de lado, no se respetan, y además se presentan, como ya se ha dicho, sin autorización siquiera de la Comisión de Igualdad, el retiro de este dictamen.

Ojalá y las flores blancas y las felicitaciones y la conmemoración y el reconocimiento de los derechos de la mujer, se pueda hacer realidad en esta Cámara de Diputados cuando en esta primera legislatura tenemos 42 por ciento de mujeres.

Y pido también que se respete el derecho a decidir de las diputadas, y no a que estos acuerdos cupulares nos lleven a esta penosa posición de eliminar de la discusión un dictamen que garantiza los derechos de las mujeres y evita también esta terrible violencia hacia las mujeres, se siga ejerciendo.

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Se registra su participación, diputada Cristina Ismene Gaytán.

El diputado Jorge Carlos Ramírez Marín(desde la curul): Presidenta.

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Nos ha solicitado, desde su curul, la palabra el diputado Ramírez Marín. Adelante, diputado. ¿Con qué objeto?

El diputado Jorge Carlos Ramírez Marín (desde la curul): Gracias, diputada. Solamente para que quede registrado que para la fracción del PRI es importante apoyar la propuesta como fue presentada por la diputada Cecilia Soto.

Nos parece que debe haber explicaciones, estudios, comparecencias, reuniones, reuniones de trabajo; por supuesto destacamos la importancia al tema; nos solidarizamos con su petición. Y sí quisiera decir que es imperdonable que no se haya tomado en cuenta a la diputada Candelaria Ochoa, quien fue una de las más activas participantes en este tema; que reciba una disculpa, que quede constancia de ella en el libro de actas, y por supuesto esperemos que pueda participar, y mucho, en lo que sigue de este tema. Muchas gracias.

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Se registra su participación en el Diario de los debates, diputado Ramírez Marín.

INICIATIVAS



LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: «Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo de la diputada Sara Latife Ruíz Chávez, del Grupo Parlamentario del PRI

Sara Latife Ruíz Chávez, diputada a la LXIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción IV al artículo 25, recorriéndose la subsecuente, y un tercer párrafo al artículo 128 Bis; y se reforma la fracción V del artículo 128 Ter, todos de la Ley Federal de Protección al Consumidor, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La protección al consumidor en nuestro país es un asunto relativamente nuevo pero ha ido tomando mayor relevancia con el paso de los años, en particular durante la presente administración. Los organismos de protección como la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) se encargan de regular y mantener los ámbitos de protección a los consumidores dentro de los límites establecidos por la ley. Sin embargo, también es cierto que los abusos son una constante y que es necesario dotar de mayores facultades a la procuraduría para que el régimen de defensa se extienda e imperen las transacciones justas. En este sentido, queda claro que los consumidores son una parte desprotegida que se encuentra en la disyuntiva entre sufrir el abuso u obtener el bien o servicio deseado.

Por ello, es imprescindible que los agentes que obtienen un lucro por la venta de sus productos se encuentren ante panoramas en los que haya nulos incentivos para aprovecharse de la necesidad de los usuarios. En el mundo se ha convertido en una cuestión popular la lucha contra grandes empresas que monopolizan los mercados de forma silenciosa como los productores de alimentos procesados, las gasolineras, los proveedores de electricidad, las empresas de telecomunicaciones, los bancos, las casas de empeño y, en general, los regímenes de adhesión en los que la voluntad del consumidor queda desplazada. Con base en ello, a continuación se argumentará por qué es imprescindible expandir tales facultades con miras a un intercambio más justo para los compradores finales en materia de combustibles y casas de empeño.

Régimen de casas de empeño

La Asociación Mexicana de Empresas de Servicios Prendarios informó que, durante 2014, sus afiliadas otorgaron 58.4 millones de préstamos, equivalentes a 34 mil millones de pesos. La cartera promedio de estos lugares se compone en un 15 por ciento por vehículos, 29 por ciento en joyería y 56 por ciento en un conjunto de electrónicos, herramientas, juegos, muebles, electrodomésticos y demás. El préstamo promedio brindado es por la cantidad de 1,013 pesos. Los plazos suelen variar, pero, la mayoría es por un mes (68 por ciento), el 28 por ciento semanal y el 11 por ciento a plazo quincenal, bimestral o trimestral. En cuanto al cumplimiento de los clientes en el pago requerido para recuperar la cosa dejada en prenda, 80 por ciento de los usuarios cumple.

De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), entre 2011 y 2012, 33.7 por ciento de las personas entre 18 y 70 años solicitaron un crédito informal (préstamos entre particulares o con instituciones no financieras), de ellos, 6.7 por ciento acudió a una casa de empeño para financiarse, número equivalente a más de cuatro millones y medio de personas. La mayoría de los casos las personas recurrieron a estos servicios para cubrir necesidades básicas como pago de alimentos, servicios, salud y educación. Aunque los mexicanos suelen recurrir a ellos por falta de asequibilidad a créditos formales, 40 por ciento de ellos contó con uno al momento del empeño.

El documento regulador de las casas de empeño es la Norma Oficial Mexicana NOM-179-SCFI-2007 para servicios de mutuo con interés y garantía prendaria.Su objetivo es establecer los requisitos necesarios de información comercial que deben proporcionarse en los servicios de mutuo con interés y garantía prendaria, aunado a los elementos de información del contrato que medie la formalización de tales servicios. Su aplicación es obligatoria en México para todas las personas físicas o morales que no sean reguladas por las leyes financieras y que se dediquen de manera habitual o profesional a operaciones de este tipo. Las disposiciones generales decretan que la información proporcionada por el proveedor debe ser veraz, comprobable, sin textos, diálogos o sonidos e imágenes que induzcan al error o confusión de consumidor por ser engañosas o abusivas. Esta debe ser en español y con letra clara y legible. El proveedor tiene prohibido utilizar las prendas con fines distintos a los que se hayan pactado en el contrato.

Igualmente, deberán hacer transparentes sus operaciones mediante publicidad permanente y visible en una pizarra de anuncios o medio electrónico informativo en los establecimientos abiertos al público. Esta publicidad al menos debe contener el porcentaje del préstamo conforme el avalúo de la prenda; las prendas aceptadas; los días y horario de servicio y atención de reclamaciones; la tasa de interés sobre los saldos insolutos, el costo anual total y los gastos por almacenaje; el plazo de pago y requisitos para el desempeño de la prenda; la cantidad de referendos a los que tiene derecho el consumidor, sus requisitos y condiciones; el procedimiento de comercialización de la prenda, sus requisitos y condiciones; el gasto de almacenaje en caso de no recoger la prenda desempeñada y sus condiciones; y las condiciones de venta de la prenda.

En cuanto a los contratos, éstos tienen requisitos específicos para no ser afectados con nulidad. Para su validez deben establecerse por escrito, en español y sus caracteres deben ser legibles a simple vista. El contrato se debe establecer en moneda nacional, aunque es posible hacerlo en moneda extranjera; el pago deberá solventarse entregando el equivalente en moneda nacional con el tipo de cambio en la fecha que se haga el pago. Todos los contratos deberán registrarse ante la procuraduría y estar a la vista en el establecimiento.

La Ley Federal de Protección al Consumidor entiende como casas de empeño a los proveedores en su calidad de personas físicas o como sociedades mercantiles no reguladas por normas o autoridades financieras que, de manera habitual o profesional, realicen y oferten públicamente operaciones de mutuo con interés y garantía prendaria que tienen prohibido llevar a cabo actividades reguladas para el sistema financiero. Éstas deben inscribirse en un Registro de Casas de Empeño, así como los contratos de adhesión que celebren con sus clientes a cargo de la Profeco. La falta del registro anterior se considera infracción grave y se sancionará con la clausura total o parcial hasta por noventa días y con multa de entre 147,000 a los 4’105,000 pesos (artículo 128 Bis). También deben informar a la procuraduría cualquier cambio en los requisitos esenciales mediante un aviso dentro de los treinta días naturales a la fecha del cambio. Igualmente deben establecer procedimientos que garanticen al pignorante la restitución de la prenda, en caso de robo o extravío deberán reintegrar el valor, siendo metales preciosos éste no podrá ser menor al del valor en el mercado al momento de la reposición. En caso contrario, la multa será igual a la anterior.

No obstante la especificidad normativa de ambos preceptos, la realidad es otra. Las casas de empeño, a pesar de dichas regulaciones, suelen incumplir con sus obligaciones. Esto implica que las sanciones no son suficientemente efectivas para evitar los abusos al consumidor final. Una encuesta realizada en 2013 a 115 establecimientos de empeño develó que no se cumplen con las exigencias establecidas.

Tabla 1: Proporción de instituciones que mostraron la información obligatoria

En este sentido se puede apreciar que la ley establece sanciones que podrían favorecer a los establecimientos de empeño en cuanto a que el cálculo de la sanción establecida sea menor al de la infracción cometida por la operación irregular. Al tratarse de lugares que lucran con la necesidad de las personas, las infracciones correspondientes deben ser lo suficientemente severas para desincentivar la usura en detrimento de los consumidores. Lo primordial sería que existiera un registro total de las personas físicas o morales dedicadas al préstamo con intereses y garantía prendaria para poder perseguir las irregularidades que perjudican tanto al conjunto social, además de conocer y regular los contratos adhesivos que los usuarios se ven obligados a firmar, aun cuando el interés sea mayor al valor equivalente de los bienes dejados como garantía prendaria.

Régimen de combustibles

Las sanciones establecidas para productos básicos de consumo generalizado como alimentos, gas natural o licuado de petróleo, gasolina o productos sujetos a precios máximos o mínimos son consideradas especialmente graves por la Ley de Protección al Consumidor. La norma oficial para despacho de gasolina y otros combustibles líquidos tiene como objetivo establecer las especificaciones, métodos de prueba y de verificación que se aplicarán, de manera preventiva, a los sistemas de despacho y medición de gasolina y otros combustibles líquidos comercializados en el territorio mexicano.

Los sistemas de clasificación aceptados por la norma son de computadoras que registran el volumen de combustible líquido, el importe de la venta y el precio por litro, y de contadoras que sólo registran el volumen de combustible líquido; ambos abastecidos por bombas remotas que abastecen a presión constante. El error máximo tolerado entre la lectura dada por el medidor y el volumen se obtiene con una ecuación en la que la repetibilidad no puede ser mayor a 20 mililitros (ml) más 2 ml por litro servido.

Todos los sistemas de medición y despacho deben contar con un dispositivo totalizador en el que el computador o contador indique el volumen de combustible líquido acumulado entregado que sea verificable visualmente. El ajuste volumétrico del sistema de medición y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos se debe realizar únicamente mediante los dispositivos previstos para tal efecto, debiendo hacerse el ajuste de forma directamente en el sistema de medición y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos y nunca en forma remota a través de algún otro dispositivo. La verificación de correspondencia de lo establecido por la norma respecto de los combustibles líquidos le corresponde a la Profeco.

En 2010 la Profeco visitó a 83 por ciento de las gasolineras y a 61 por ciento de las plantas almacenadoras de gas licuado de petróleo (gas LP) en el país. Casi 30 y 70 por ciento, respectivamente, fueron evaluadas con anomalías. Como consecuencia se aplicó la medida precautoria de inmovilización a los instrumentos de medición para despacho de gasolina, cilindros de gas LP, vehículos repartidores y básculas de llenado; esto por no contener el volumen que aparecía o por implicar riesgos de accidentes. Así, se obtuvieron multas por 54.2 millones de pesos.

Al igual que en el caso de las instituciones de empeño, las empresas encargadas de proveer gasolina y otros combustibles a la población se caracterizan por operar en la irregularidad, a pesar de las reglas establecidas en las normas oficiales. En este sentido, los consumidores son víctimas directas de la falta de sanciones efectivas que erradiquen los abusos con los que operan. La exigencia de encontrar soluciones contra los atropellos debe ser inmediata y bastante para que las personas dedicadas a estos ramos no tengan opción distinta a la de ofrecer servicios transparentes en los que el intercambio corresponda con el equilibrio debido entre el bien obtenido y el precio pagado.

Clausuras temporales

Ahora bien, de los dos casos expuestos anteriormente se desprende que es imperativa la inclusión de supuestos adicionales entre las faltas que deben ser considerados “casos particularmente graves”.

Sin embargo, es necesario también que, como un paso o medida previa, la ley contemple entre las medidas de apremio–tendentes a hacer cumplimentar las determinaciones de la Profeco– la posibilidad de la clausura temporal hasta por 15 días.

Actualmente, la Ley Federal de Protección al Consumidor contempla la posibilidad de una clausura total o parcial, que se puede extender hasta por noventa días, ante casos definidos por la ley como particularmente graves.

Esta disposición podría resultar (i) sumamente gravosa para el proveedor porque el margen de discrecionalidad para la autoridad es muy amplio o, (ii) insuficiente para el consumidor porque los tribunales otorgan con relativa facilidad una suspensión en un juicio de amparo cuando se puede vulnerar la economía de un proveedor por una clausura desmedida.

En efecto, el artículo 128 Bis de la ley en comento, establece a la letra:

Artículo 128 Bis. En casos particularmente graves, la procuraduría podrá sancionar con clausura total o parcial, la cual podrá ser hasta de noventa días y con multa de $146,620.98 a $4’105,387.31.

En ese contexto, es necesario dotar a la autoridad de facultades más precisas y establecer la posibilidad de clausuras limitadas a la temporalidad de 15 días, plazo en el que la autoridad puede lograr instar a los proveedores a cumplimentar mandatos extra judiciales que emite la Profeco y garantizar que, aun cuando no se trate de casos particularmente graves, pero que sea necesaria la protección de las colectividades de consumidores, se prevenga una afectación mayor.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de

Decreto

Único.Se reforma el artículo 25, fracciones I, II, III y IV; las fracciones IV y VI, así como los párrafos último y penúltimo del artículo 25 Bis; el artículo 128; el primer párrafo del artículo 128 Bis; la fracción VIII del artículo 128 Ter; un tercer, cuarto y quinto párrafos al artículo 128 Bis; se adicionan las fracciones IX y X del artículo 128 Ter; todos de la Ley Federal de Protección al Consumidor, para quedar como sigue:

Artículo 25.La Procuraduría, para el desempeño de las funciones que le atribuye la ley, podrá aplicar cualquiera delas siguientes medidas de apremio:

I. El auxilio de la fuerza pública;

II. Ordenar arresto administrativo hasta por 36 horas;

III. Clausura temporal hasta por 15 días;

IV. Ordenar la suspensión de información o publicidad a que se refiere el artículo 35 de esta Ley;

V. Multa de $231.42 a $23,142.38;

VI. En caso de que persista la infracción podrán imponerse nuevas multas por cada día que transcurra sin que se obedezca el mandato respectivo, hasta por $9,256.95 , por un periodo no mayor a 180 días; y

VII. Apercibimiento.

Artículo 25 Bis.La Procuraduría podrá aplicar las siguientes medidas precautorias cuando se afecte o pueda afectar la vida, la salud, la seguridad o la economía de una colectividad de consumidores:

I. a III. ...

IV.Ordenar el retiro de bienes o productos del mercado, cuando se haya determinado fehacientemente que ponen en riesgo la vida o la salud de los consumidores;

V.Colocación de sellos e información de advertencia ;

VI.Ordenar la suspensión de información o publicidad a que se refiere el artículo 35 de esta Ley ;

VII. Clausura temporal por el tiempo que duren las circunstancias que afecten o puedan afectar la vida, la salud y la seguridad de las personas;

VIII. Emitir alertas dirigidas a los consumidores y dar a conocer las de otras autoridades sobre productos o prácticas en el abastecimiento de bienes y de servicios, defectuosos, dañinos o que pongan en riesgo la vida, la salud, la seguridad o la economía del consumidor;

IX. Ordenar el retiro de bienes o productos del mercado, cuando puedan poner en riesgo la vida, la seguridad o la salud de los consumidores;

X. Ordenar el llamado a revisión de bienes o productos cuando presenten defecto o daños que ameriten ser corregidos, reparados, o reemplazados.

Las medidas precautorias se dictarán conforme a los criterios que al efecto expida la Procuraduría y dentro del procedimiento correspondiente en términos de lo dispuesto en los artículos 14,57 y demás relativos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; así como cuando se advierta que se afecta o se puede afectar la vida, la salud, la seguridad ola economía de una colectividad de consumidores en los casos a que se refiere el artículo 128 Ter de la presente ley o cuando se violen otrasdisposiciones de la misma.

Las medidas precautoriasse levantarán una vez que el proveedoracredite el cese de las causas que hubieren originado su aplicación. En su caso, la Procuraduría hará del conocimiento de otras autoridades competentes la aplicación de la o las medidas a que se refiere este precepto.

En el caso de las medidas precautorias a que se refieren las fracciones VIII, IX y X de este precepto, la Procuraduría podrá requerir al proveedor que informe sobre el número de consumidores notificados, cantidad de productos o servicios involucrados y su distribución geográfica, las acciones, plazos, calendarios, programas de mantenimiento o de pago, cartas compromiso, presupuestos o cualquiera otra medida dirigida a cumplirlas, y podrá supervisar la disposición de los productos o servicios involucrados y los avances en la atención a los consumidores.

Artículo 128.Las infracciones a lo dispuesto por los artículos 7, 8, 10, 12, 25 Bis, 25 Ter,44, 63, 63 Bis, 63 Ter, 63 Quintus, 64, 64 Bis, 64 Ter, 64 Quáter,65, 65 Bis, 65 Bis 1, 65 Bis 2, 65 Bis 3, 65 Bis 4, 65 Bis 5, 65 Bis 6, 65 Bis 7, 73, 73 Bis, 73 Ter, 73 Quáter, 73 Quintus, 74, 76 Bis 11, 76 Bis 14,80, 86 Bis, 87, 87 Ter, 92, 92 Ter, 98 Bis, y 121 serán sancionadas con multa de $664.88 a $2 ?600,449.22.

Artículo 128 Bis.En casos particularmente graves, la Procuraduría podrá sancionar con clausura total o parcial, la cual podrá ser hasta de ciento veintedías y con multa de $138,854.28 a $3 ?887,919.91.

... La Procuraduría sancionará con clausura definitiva, en los siguientes casos:

a) El operar sin la inscripción en el Registro de Casas de Empeño,

b) El operar sin la inscripción en el Registro de Tiempos Compartidos,

c) Las violaciones reiteradas de esta ley y de las Normas Oficiales Mexicanas en materia de combustibles relativas a gasolina, diésel y gas licuado de petróleo.

La clausura será total cuando se impida la actividad comercial de todo el establecimiento del infractor y parcial, cuando se limite a determinadas áreas, lugares o instalaciones del establecimiento respectivo.

Asimismo, se considera que la violación a los derechos de los consumidores contemplados en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, así como a las disposiciones de carácter general que emite la Procuraduría en cumplimiento a la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, son casos particularmente graves y se sancionarán en términos del primer párrafo de este artículo.

Artículo 128 Ter.Se considerarán casos particularmente graves:

I. a VII. ...

VIII.Aquellas conductasque vulneren los derechos contemplados en el título segundo de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes;

IX. Aquellas conductas que vulneren los derechos contemplados en el título noveno de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; y

X. Aquellas conductas que vulneren las disposiciones de carácter general en materia de despachos de cobranza emitidas por la Procuraduría en términos del artículo 17 Bis 4 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Édgar Amigón, Revista Proteja su dinero de la Profeco, enero del 2016. Disponible en: http://www.condusef.gob.mx/Revista/PDF-s/2016/190/casa.pdf.

2 Jesús Balcázar Conde, Sí, nos empeñamos en informarte: préstamos con garantía prendaria, Brújula de compra, Profeco, 10 de febrero del 2015. Disponible en: http://www.profeco.gob.mx/encuesta/brujula/ bruj_2015/bol298_Pr%C3%A9stamos_con_garant%C3%ADa_prendaria.asp.

3 Francisco Ramos Gómez Director General de Normas, NOM-179-SCFI-2007, Servicios de mutuo con interés y garantía prendaria, México, 5 de octubre de 2007. Disponible en: http://www.dof.gob.mx/normasOficiales/2846/SEECO3/SEECO3.htm.

Aunado a ello debe contener:

6.1 Nombre, denominación o razón social, domicilio, y Registro Federal de Contribuyentes del proveedor del servicio.

6.2 Nombre, domicilio, número del documento oficial con que se identifica el consumidor, beneficiarios y, en su caso, el nombre del cotitular.

6.3 Descripción de la prenda.

6.4 Nombre o clave interna del valuador y monto del avalúo.

6.5 Fecha en que se realiza la operación, y número de referencia.

6.6 El monto del préstamo expresado en números y letra y porcentaje que representa del avalúo.

6.7 Tasa de interés en términos anuales sobre saldos insolutos del préstamo por los días efectivamente devengados, en su caso, gasto de almacenaje, Impuesto al Valor Agregado, y demás gastos necesarios y útiles que hiciere el proveedor para conservar la prenda, que el consumidor debe cubrir al desempeño.

6.8 Plazo máximo para desempeño, forma de pago y opciones de refrendo. En caso de que el vencimiento corresponda a un día inhábil, se considerará el día hábil siguiente.

6.9 Información completa sobre la fecha de inicio de comercialización de la prenda no desempeñada, y fecha límite para el finiquito. Así como, procedimiento y términos para finiquito, y en su caso, remanente.

6.10 Firma del consumidor al empeñar y al desempeñar y firma del proveedor o representante legal, o por el encargado o responsable del establecimiento abierto al público. En este caso, dichas firmas podrán estar contenidas en el reverso del contrato.

6.11 El reverso del contrato debe apegarse a lo siguiente:

6.11.1 Fecha y número de registro de contrato otorgado por la Procuraduría. En este caso, dichos datos podrán estar contenidos en el anverso del contrato.

6.11.2 Manifiesto del consumidor donde reconoce expresamente que es el legal, legítimo e indiscutible propietario de la prenda y de todo cuanto de hecho y por derecho le corresponde.

6.11.3 Forma de responder por la pérdida o deterioro de los bienes dados en prenda y el procedimiento para resarcir los daños.

6.11.4 Garantías que se ofrezcan, en su caso, y cobertura y los mecanismos mediante los cuales el consumidor puede hacerlas efectivas.

6.11.5 Causas de terminación del contrato.

6.11.6 Las penas convencionales a las que, en su caso, se hace acreedor el proveedor por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales.

6.11.7 El consumidor podrá exigir a proveedores y a empresas que utilicen información con fines mercadotécnicos o publicitarios que la información relativa a él mismo, no sea cedida o transmitida a terceros, ni que se le envíe publicidad sobre bienes o servicios; su manifestación deberá estar firmada o rubricada en cláusula visible a simple vista en el anverso del contrato de adhesión.

6.11.8 Relación de los derechos y obligaciones de las partes, señalando los términos y condiciones estipuladas para la prestación del servicio.

6.11.9 Instancias, procedimientos y mecanismos de información para la atención de reclamaciones, reposición del contrato por pérdida o destrucción, señalando los lugares, días y horarios de servicios.

6.11.10 El plazo que tiene el consumidor para recoger la prenda y, en su caso, los gastos para recoger la misma una vez transcurrido este plazo.

4 Ley Federal de Protección al Consumidor, Diario Oficial de la Federación, 24 de diciembre de 1992. Disponible en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/113_281216.pdf.

5 Jesús Balcázar Conde, Sí, nos empeñamos en informarte: préstamos con garantía prendaria.

6 Christian Turégano Roldán Director General de Normas, NORMA Oficial Mexicana NOM-005-SCFI-2011, Instrumentos de medición-Sistema para medición y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos-Especificaciones, métodos de prueba y de verificación, 30 de marzo del 2012. Disponible en: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php? codigo=5241707&fecha=30/03/2012.

7 Dirección General de Comunicación Social, Comunicado 2, PROFECO da a conocer los resultados de sus acciones de verificación y vigilancia de combustibles en 2010, PORFECO, 7 de enero del 2011. Disponible en: http://www.profeco.gob.mx/prensa/prensa11/enero11/ bol2.asp

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de marzo de 2017.— Diputada Sara Latife Ruíz Chávez(rúbrica).»

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen.



LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Iniciativa que reforma los artículos 23 y 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo de la diputada Sara Latife Ruíz Chávez, del Grupo Parlamentario del PRI

Sara Latife Ruíz Chávez, diputada federal a la LXIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 23 y 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La Procuraduría Federal del Consumidor protege y promueve los derechos de las y los consumidores, garantizando relaciones comerciales equitativas que fortalezcan la cultura de consumo responsable y el acceso en mejores condiciones de mercado a productos y servicios, asegurando certeza, legalidad y seguridad jurídica dentro del marco normativo de los derechos humanos reconocidos para la población consumidora.

Lo anterior en concordancia al Plan Nacional de Desarrollo 2013 – 2018 que proyecta, en síntesis, hacer de México una sociedad de derechos, en donde todos tengan acceso efectivo a los derechos que otorga la Constitución y menciona en su apartado IV. Un México Prósperobuscar la creación de una cultura de consumo responsable, la modernización de las instituciones encargadas de la protección del consumidor, la incorporación de nuevos métodos de atención y servicio a los ciudadanos, y el fortalecimiento de la presencia de las instituciones y la certidumbre en los procesos constituyen desafíos para un Estado que busca incentivar la competencia y a la vez fortalecer la equidad respecto a las relaciones entre los consumidores.

Entre las distintas actividades desarrolladas en PROFECO acordes al Programa Nacional de Protección a los Derechos del Consumidor 2013-2018, encontramos:

Actividades de protección de los derechos del consumidor en materia de prevención y corrección de prácticas que afectan al consumidor.

Teléfono del Consumidor

• Teléfono del Consumidor en línea

• Buró comercial

• Módulos de asesoría e información

• Comportamiento comercial de proveedores

• Asesorías (correo electrónico, fax y escritos)

• Programa de Citas por Teléfono

• Quejas y conciliación

• Concilianet

• Registro Público para Evitar Publicidad

• Registro Público de Contratos de Adhesión

• Procedimientos por Infracciones a la Ley en materia de Servicios

• Arbitraje

• Dictamen

• Monitoreo de Publicidad

• Acciones Colectivas

Actividades de verificación y vigilancia

• Análisis de información comercial

• Asesoría en información comercial

• Capacitación en Información Comercial

• Comportamiento Comercial

• Normas Oficiales Mexicanas

• Servicio de verificación para ajuste por calibración de instrumentos de medición

• Red de Alerta Rápida

• Verificación de Estaciones de Servicio y Plantas de Gas L.P.

• Política preventiva de calibración

• Estudios de Calidad

• Pruebas de laboratorio

Promoción de una cultura de consumo responsable e inteligente

Quién es Quién en los Precios

Quién es Quién en los Créditos a Pagos Fijos

Quién es Quién en el Envío de Dinero

Monitoreo de tiendas en línea

Resultados de encuestas y sondeos

Revista del consumidor

Programa de TV

Programa de radio

Redes sociales

Atención a grupos de Consumidores de forma presencial

Con la finalidad colaborar con la meta de desarrollar las normas que fortalezcan la calidad de los productos nacionales, y promover la confianza de los consumidores en los mismos, se pretende fortalecer a la Procuraduría Federal del Consumidor para garantizar el derecho a la realización de operaciones comerciales claras y seguras, dotándola de mayores recursos y capacidad de coacción para cumplir su objetivo a través de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Actualmente el artículo 20 de la Ley Federal de Protección al Consumidor menciona que la Procuraduría Federal del Consumidor es un organismo descentralizado de servicio social con personalidad jurídica y patrimonio propio. Tiene funciones de autoridad administrativa y está encargada de promover y proteger los derechos e intereses del consumidor y procurar la equidad y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores. Su funcionamiento se regirá por lo dispuesto en esta ley, los reglamentos de ésta y su estatuto.

La problemática radica en que la Procuraduría Federal de Protección al Consumidor (PROFECO) no tiene facultades para el cobro de las multas que impone, por lo que las mismas son remitidas para su cobro al Servicio de Administración Tributaria y las Secretarias de Finanzas en cada estado acorde al Código Fiscal de la Federación.

Sin embargo, el Artículo 146-A del Código Fiscal de la Federación, establece que la Secretaria de Hacienda y Crédito Público podrá cancelar créditos fiscales en las cuentas públicas por inconsteabilidad en el cobro o por insolvencia del deudor o de los responsables solidarios. Con base en el fundamento legal anterior el Servicio Administración Tributaria y la Secretarias de finanzas de los gobiernos de los estados, regularmente cancelan las multas que emiten el conjunto de Instituciones que inciden desde sus ámbitos de competencia en la protección y promoción de los derechos del consumidor como lo es la Procuraduría Federal de Protección al Consumidor. Situación que impide cualquier tipo de fuerza coercitiva por parte de la Procuraduría, para evitar abusos o prácticas comerciales desleales en el abastecimiento de productos o servicios.

Es importante recordar que la función de las sanciones son el medio coercitivo con el que cuenta la norma jurídica para forzar su cumplimiento en caso de que el gobernado incumpla sus obligaciones y que el derecho no es eficaz sin la existencia de disposiciones coercibles y como una forma de asegurar el cumplimiento que tienen los mismos ciudadanos con respecto a la sociedad. La sanción en forma de multa se aplica para obtener la observancia de la norma infringida y con la finalidad de obtener del sancionado una prestación económicamente equivalente al debe jurídico incumplido.

La procuraduría Federal del consumidor está facultada para imponer multas en las siguientes áreas:

• Quejas y Conciliación: como medidas de apremio derivado del procedimiento conciliatorio.

• Verificación y Vigilancia: a establecimientos comerciales (empresas de bienes y servicios), derivadas de infracciones por comportamiento comercial, metrología y normalización.

• Verificación de Combustibles: derivadas de las visitas de verificación realizadas a Gasolineras y/o Empresas Gaseras.

• Procedimientos: como resultado de un Procedimiento por Infracción a la Ley.

Por citar un ejemplo:

Durante el 2016, la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) verificó 6356 estaciones de servicio (gasolineras) y emitió 1012 multas por un total de 316,000,000 millones de pesos, sin embargo no se tiene certeza del cobro de las mismas de las amonestaciones que impone.

La finalidad de la propuesta que hoy se pone a su consideración consiste en adicionar una fracción V al artículo 23 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, para establecer que el patrimonio de la Procuraduría Federal del Consumidor también estará integrado por los ingresos provenientes de las multas que imponga y cobre en ejercicio de sus atribuciones, y modificar la fracción XII del artículo 24, para establecer que la Procuraduría Federal del Consumidor tenga como atribuciones la de celebrar convenios y acuerdos de colaboración con autoridades federales, estatales, municipales, del gobierno del Distrito Federal, entidades paraestatales y empresas productivas del Estado y todos los que resulten necesarios para el cumplimiento de la Ley Federal de Protección al Consumidor y beneficio de los consumidores, tales como convenir el cobro y asignación de los recursos obtenidos por dichas sanciones.

Es importante mencionar que la Procuraduría Federal del consumidor, ya cuenta con capacidad instalada para realizar esta gestión a través del personal en sus 56 delegaciones y subdelegaciones en el territorio nacional así como el sistema en línea “PROFECO-MULTIP@GOS” donde recibe los pagos por concepto de calibraciones y las suscripciones a la Revista del consumidor, este sistema ofrece seguridad, legalidad y apego a la Ley. Por lo que

Estoy convencida de que la presente propuesta coadyuvará a aminorar las percepciones que la población tiene sobre los servicios públicos e instituciones del país, como abandono, insatisfacción, vulnerabilidad, desinformación, falsas expectativas, desconfianza, incredulidad y procesos truncos y fortalecerá la cultura de la legalidad tanto al interior de las instituciones, como en los distintos sectores que protegen, a fin de garantizar que, sin excepción, todos los actos que emitan a se apeguen a Derecho, para que la población tenga certeza jurídica y confianza en la actuación de las distintas autoridades.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de

Decreto

Único. Se reforman los artículos 23 y 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, para quedar como sigue:

Artículo 23. El patrimonio de la Procuraduría estará integrado por:

I. Los bienes con que cuenta;

II. Los recursos que directamente le asigne el Presupuesto de Egresos de la Federación;

III. Los recursos que le aporten las dependencias y entidades de la administración pública federal, estatal, municipal y del gobierno del Distrito Federal;

IV. Los ingresos que perciba por los servicios que proporcione en los términos que señale la ley de la materia; y

V. Los ingresos provenientes de las multas que imponga y cobre en el ejercicio de sus atribuciones;

VI. Los demás bienes que adquiera por cualquier otro título legal.

Artículo 24. La procuraduría tiene las siguientes atribuciones:

I a XI...

XII. Celebrar convenios y acuerdos de colaboración con autoridades federales, estatales, municipales, del gobierno de la Ciudad de Méxicoy entidades paraestatales y empresas productivas del Estado, necesarios para el cumplimiento de la Ley Federal de Protección al Consumidor y todos los que resulten necesarios para elbeneficio de los consumidores; así como acuerdos interinstitucionales con otros países, de conformidad con las leyes respectivas;

XIII. a XVIII. ...

XIX. Aplicar y ejecutar las sanciones y demás medidas establecidas en esta ley, en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y demás ordenamientos aplicables;

XX. ...

XX Bis.En el caso de que en ejercicio de sus atribuciones identifique aumentos de precios, restricciones en la cantidad ofrecida o divisiones de mercados de bienes o servicios derivados de posibles prácticas monopólicas en términos de lo dispuesto por la Ley Federal de Competencia Económica, la Procuraduría, en representación de los consumidores, podrá presentar ante la Comisión Federal de Competencia Económicala denuncia que corresponda;

XXI. a XXII. ...

XXIII.Publicar, a través de cualquier medio, los productos y servicios que con motivo de sus verificaciones y los demás procedimientos previstos por la Ley sean detectados como riesgosos o en incumplimiento a las disposiciones jurídicas aplicables ;

XXIV. Emitir alertas dirigidas a los consumidores y dar a conocer las de otras autoridades o agencias sobre productos o prácticas en el abastecimiento de bienes, productos o servicios, defectuosos, dañinos o que pongan en riesgo la vida, la salud o la seguridad del consumidor;

XXV. Ordenar y difundir llamados a revisión dirigidos a proveedores y dar a conocer los de otras autoridades sobre productos o prácticas en el abastecimiento de bienes, productos o servicios, defectuosos, dañinos o que pongan en riesgo la vida, la salud, la seguridad o la economía del consumidor;

XXVI. Prohibir la comercialización y retirar del mercado productos defectuosos, dañinos o que pongan en riesgo la vida, la salud o la seguridad del consumidor;

XXVII. Ordenar la reparación o sustitución de los bienes, productos o servicios que no reúnan las especificaciones correspondientes o representen un riesgo para la vida, la salud, la seguridad o la economía del consumidor, y en su caso, ordenar la inutilización de los mismos, a fin de evitar que sean comercializados;

XXVIII. Ordenar a los proveedores la difusión por sus propios medios de información relacionada con sus bienes, productos o servicios que afecten o puedan afectar la vida, la salud, la seguridad o la economía del consumidor, así como la forma en que se bonificará o compensará al consumidor;

XXIX. Informar a las autoridades aduaneras, fiscales, judiciales, así como a las cámaras, asociaciones, u otros organismos internacionales sobre bienes, productos o servicios que afecten o puedan afectar la vida, la salud, la seguridad o la economía del consumidor;

XXX. Podrá emitir lineamientos sobre la publicidad dirigida a los consumidores, en especial, aquella dirigida a niñas, niños y adolescentes;

XXXI. Declarar la invalidez de las cláusulas inequitativas o abusivas o aquellas que contravengan las disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, contenidas en los contratos de adhesión celebrados entre proveedores y consumidores;

XXXII. Aplicar el procedimiento administrativo de ejecución para el cobro de las multas que no hubiesen sido cubiertas oportunamente, con sujeción a las normas de esta ley, del Código Fiscal de la Federación y demás disposiciones aplicables, y

XXXIV.Las demás que le confieran esta ley y otros ordenamientos.

Transitorios

Primero. Este decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se deroga toda norma que se oponga al presente decreto.

Tercero. Las sanciones pecuniarias que se hayan impuesto antes de la entrada en vigor del presente decreto, se regirán por las disposiciones vigentes en el momento de su determinación.

Cuarto. Los montos obtenidos por el cobro coactivo de las sanciones pecuniarias, durante el primer año, se dividirá entre Procuraduría Federal del Consumidor y el Sistema de Administración Tributaria al 50 por ciento.

Quinto. La Procuraduría celebrará convenios con el Sistema de Administración Tributaría, para que sea este organismo el que realice los procedimientos de ejecución coactiva de las sanciones pecuniarias que imponga, los cuales se harán conforme a los establecido en el Código Fiscal de la Federación; y con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que se realicen las ampliaciones líquidas a su presupuesto, durante el primer año.

Sexto. El titular de la Procuraduría Federal del Consumidor deberá adecuar el Estatuto Orgánico del descentralizado dentro de los 60 días siguientes a la publicación a la reforma del Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor.

Séptimo. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, realizará las acciones necesarias para dotar a la procuraduría Federal del Consumidor de los recursos suficientes para la creación y funcionamiento de las áreas que ejecutarán coactivamente las sanciones que imponga dicha cantidad.

Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 16 de marzo de 2017.— Diputada Sara Latife Ruíz Chávez

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen.



LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo de la diputada Sara Latife Ruíz Chávez, del Grupo Parlamentario del PRI

Sara Latife Ruíz Chávez, diputada federal a la LXIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 64 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Los viajes a destinos turísticos generalmente se realizan mediante el hospedaje en un hotel. Sin embargo, tanto en México como en otros países, existe como alternativa el servicio de tiempo compartido. Éste de acuerdo con la Asociación Mexicana de Desarrolladores Turísticos (Amdetur), es el derecho a usar semanas o intervalos de un Desarrollo Turístico durante un periodo específico, es la compra anticipada de una vacación por determinado número de años.

La propiedad de un tiempo compartido debería ser similar a la propiedad de un condominio excepto que los derechos de uso están limitados a cierta semana o intervalos durante el año. El concepto básico consiste en dividir la unidad de hospedaje en 52 intervalos de uso para ser vendidos individualmente.

Acorde al artículo 64 da Ley Federal de Protección al Consumidor la prestación del servicio de tiempo compartido, independientemente del nombre o de la forma que se dé al acto jurídico correspondiente, consiste en poner a disposición de una persona o grupo de personas, el uso, goce y demás derechos que se convengan sobre un bien o parte del mismo, en una unidad variable dentro de una clase determinada, por períodos previamente convenidos, mediante el pago de alguna cantidad, sin que, en el caso de inmuebles, se transmita el dominio de éstos.

En los últimos años, organizaciones tradicionalmente hoteleras se incorporaron al mercado del tiempo compartido, por ejemplo, Marriott, Omni, Posadas de México, Melía, Sheraton, Hilton y la Gran Corporación Disney entre otras.

De 1974, año en que se inició la operación del primer proyecto de Tiempo Compartido en México hasta el año de 1996, han operado bajo esta modalidad 359 programas turísticos, para el año del 2000 existían 311 desarrollos turísticos activos y para el año del 2015 se contaba con 549 desarrollos turísticos con la modalidad de Tiempo Compartido.

Este gran crecimiento, fue la causa que impulsó a las Autoridades a conformar una reglamentación para establecer los requisitos de información comercial y elementos normativos a que deben sujetarse los proveedores del servicio de tiempo compartido, derivado de los trabajos emprendidos se elaboró norma oficial mexicana NOM-029-SCFI-2010, Prácticas comerciales-Requisitos informativos para la prestación del servicio de tiempo compartido.

Acorde a esta norma, el prestador y/o el prestadores intermediario de servicios de tiempo compartido, son los únicos responsables aun cuando éstos, el comercializador u operador contraten con terceros la prestación de los servicios de tiempo compartido que se proporcionen a los usuarios o al establecimiento y deben adoptar las medidas necesarias para evitar la sobreventa, de tal manera que su volumen de contrataciones nunca debe rebasar su capacidad de servicio.

Asimismo constituyen prácticas comerciales que contravienen la NOM, todos aquellos actos o estrategias que tengan por objeto:

- Utilizar información o publicidad cuyo contenido sea falso, confuso o contrario a las condiciones estipuladas en el contrato y reglamento registrados ante la Profeco.

- Emplear mecanismos promocionales como son rifas, regalos, premios, certificados de hospedaje, ya sea por medios escritos o mediante llamadas telefónicas, con el intento de ofrecer o presentar sus servicios, sin especificar de manera clara e inequívoca el propósito de hacer dicha oferta.

- Emplear por cualquier medio, sin autorización, el nombre o logotipo de la Secretaría, de la Profeco o de cualquier dependencia de la administración pública federal, estatal o municipal, para la comercialización de servicios de tiempo compartido.

Contrario a lo anterior, una de las principales técnicas utilizadas en los módulos de venta de los tiempos compartidos principalmente en aeropuertos, son: ofrecer transportación gratuita u ostentarse como la trasportación contratada de origen (sin serlo), se hacen pasar como representantes de hoteles que NO representan, tours gratuitos, cenas, etc.

Los vendedores suelen evadir lo que realmente representan y hacen parecer que es una invitación a una presentación de ventas de tiempo compartido, en la que a cambio ofrecen múltiples regalos, los cuales agregan valores a los que se encuentran en el mercado.

El mercado mexicano

En México el promedio anual de Desarrollos Afiliados desde 2009 es del 4%. Históricamente 2015 ha sido el año con el mayor número de Semanas/Intervalos vendidos (209,010), 6% más que en 2008, año en que se alcanzaron cifras récord previo a la crisis inmobiliaria en Estados Unidos.

México es el segundo país en ventas a nivel mundial de semanas o membresías de Tiempo Compartido así como en número de desarrollos, solo detrás de los Estados Unidos de Norteamérica. Le sigue Canadá en tercer lugar.

Los principales desarrollos se encuentran en centros turísticos como:

1. Cancún, Riviera Maya y Playa del Carmen

2. Puerto Vallarta/Nuevo Vallarta

3. Los Cabos

4. Mazatlán

5. Acapulco

6. Ixtapa

Problemática

Este crecimiento no ha sido acorde a la calidad de los servicios ofrecidos, según los datos abiertos de la Procuraduría Federal del Consumidor el número de quejas contra empresas de Tiempo Compartido tan solo en enero del presente año fue de 310 y durante el 2016 se registraron 2004 quejas, lo anterior sin considerar las cancelaciones de contratos que se realizan todos los días dentro de los 5 días siguientes a la contratación y que no llegan al trámite de queja, y que diversas empresas se registran bajo el nombre de agencias de viajes y no como empresas de tiempos compartidos.

Siendo los principales motivos de reclamación:

• Negativa a la rescisión del contrato

• Negativa a la entrega del producto o servicio

• Negativa a la devolución de depósito

• Descripción del producto o servicio no clara

• Negativa a cambio o devolución

• Negativa a corregir errores de cobro

• Modificación o rescisión sin aviso ni autorización

• Descripción del producto o servicio errónea

• Incumplimiento de plazos para la entrega del servicio

En la mayoría de los casos, el verdadero problema no lo representan los comercializadores y desarrolladores de tiempo compartido legalmente establecidos y afiliados a asociaciones tales como Acluvaq Asociación de Clubes Vacacionales de Quintana Roo o Amdetur Asociación Mexicana de Desarrolladores Turísticos.

Los fraudes provienen de falsas compañías que rentan salones, atrayendo a la gente con prácticas abusivas, bajo promesa de cenas de regalo sin compromiso de compra, ofrecen tiempos compartidos a precios muy atractivos. Cuando logran la transacción y llega la hora de que el comprador solicita hacer uso de la propiedad vacacional, se dan cuenta que la venta fue un fraude.

Esto representa un problema para los compradores ya que no cuentan con algún sustento que demuestre la legalidad de tal empresa por lo que resulta imposible interponer una queja ante Profeco o denuncia por fraude ante el Ministerio Público, significando también una competencia para los negocios bien establecidos, repercutiendo directamente en el sector turístico.

En este sentido, la única institución que monitorea a través de verificaciones que lo que los proveedores lo que establecen en sus contratos de adhesión sea acorde a la realidad, es la Procuraduría Federal del Consumidor.

Sin embargo la Sub Procuraduría de Verificación de la Profeco tiene a su cargo la verificación de establecimientos comerciales de todos los sectores y programas especiales de verificación en fechas clave para los consumidores tales como, fiestas decembrinas, fiestas patrias, regreso a clases y días espéciales como el día de las madres, día de muertos, 14 de febrero, etcétera.

Siendo los programas de verificación vacacionales turísticos sólo un pendiente más en su programa anual de trabajo, adicionalmente, el giro de los tiempos compartidos es a la vez, sólo uno más de la gama de servicios turísticos que se deben verificar tales como lo son el transporte, las agencias de viajes, los hoteles, tour operadores, restaurantes etcétera.

Y la norma oficial mexicana NOM-029-SCFI-2010, Prácticas comerciales-Requisitos informativos para la prestación del servicio de tiempo compartido es también una norma adicional a la lista de Normas Oficiales Mexicanas que otorgan competencia a Profeco creadas por diferentes Dependencias del Gobierno Federal como:

• Secretaría de Economía

• Secretaría de Turismo

• Secretaría de Energía

• Secretaría del Trabajo y Previsión Social

• Secretaría Salud

Propuesta

Se propone la creación del Registro Público de Tiempos Compartidos en el que se deberán de inscribir los proveedores de servicios de tiempos compartidos y los formatos de los contratos de adhesión que celebren con los consumidores. Y será La Procuraduría Federal del Consumidor la que estará a cargo de dicho registro.

Lo anterior va acorde al Plan Nacional de desarrollo en su estrategia 4.7.5 Proteger los derechos del consumidor, mejorar la información de mercados y garantizar el derecho a la realización de operaciones comerciales claras y seguras.

A través de:

• Modernizar los sistemas de atención y procuración de justicia respecto a los derechos del consumidor.

• Desarrollar el Sistema Nacional de Protección al Consumidor, que integre y coordine las acciones de los gobiernos, poderes y sociedad civil, para que el ciudadano cuente con los elementos necesarios y haga valer sus derechos en cualquier circunstancia.

• Fortalecer la Red inteligente de Atención al Consumidor como un medio para que el Estado responda eficientemente a las demandas de la población.

• Establecer el acuerdo nacional para la protección de los derechos de los consumidores, buscando una mayor participación y compromiso de los actores económicos en torno a las relaciones comerciales.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de está honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de

Decreto

Único. Se adicionan los párrafos segundo, tercero y cuarto al artículo 64; los artículos 64 Bis, 64 Ter y 64 Quáter, de la Ley Federal de Protección al Consumidor para quedar como sigue:

Artículo 64.La prestación del servicio de tiempo compartido, independientemente del nombre o de la forma que se dé al acto jurídico correspondiente, consiste en poner a disposición de una persona o grupo de personas, el uso, goce y demás derechos que se convengan sobre un bien o parte del mismo, en una unidad variable dentro de una clase determinada, por períodos previamente convenidos, mediante el pago de alguna cantidad, sin que, en el caso de inmuebles, se transmita el dominio de éstos.

La Procuraduría establecerá un registro público en el que se deberán inscribir los proveedores del servicio de tiempos compartidos y los contratos de adhesión que celebren con los consumidores.

Los proveedores del servicio, para poder operar, requieren de su inscripción en el Registro de Tiempos Compartidos ante la Procuraduría.

La operación de los proveedores del servicio de tiempo compartido sin la inscripción en el Registro de Tiempos Compartidos se considerará como infracción particularmente grave y se sancionará conforme a lo dispuesto en el artículo 128 Bis.

Artículo 64 Bis.- Para obtener el registro para operar como proveedor del servicio de tiempo compartido, se requiere:

I. Presentar solicitud por escrito dirigida a la Procuraduría, con los siguientes datos:

a) Nombre, denominación o razón social del proveedor, y, en su caso, de su representante legal;

b) Registro Federal de Contribuyentes;

c) Domicilio del establecimiento matriz o de las oficinas en las que se asiente la administración del proveedor o contratar el servicio;

d) Domicilio para oír y recibir notificaciones;

e) Fecha y lugar de la solicitud;

II. Presentar documento con el que se acredite la personalidad jurídica del solicitante. Tratándose de personas morales, se deberán presentar los documentos con los que se acredite su constitución y la personalidad jurídica de su representante; y

III. Acompañar copia del formato de contrato de adhesión registrado ante la Procuraduría, que se utilizará para las operaciones de servicio de tiempo compartido, el cual deberá cumplir, además de los requisitos que establece la presente ley, los que en su caso se establezcan por alguna norma oficial mexicana.

No podrán ser socios, accionistas, administradores, directivos o representantes de los servicios de tiempo compartido quienes hayan sido condenados por delitos patrimoniales, financieros o de delincuencia organizada. La violación a esta disposición se considerará como infracción particularmente grave y se sancionará conforme a lo dispuesto en el artículo 128 Bis y con la cancelación definitiva del registro.

La Procuraduría, en su caso podrá emitir el resto de las disposiciones de carácter general que sean necesarias para la operación del registro, y considerará también las causales de suspensión y cancelación del mismo.

Artículo 64 Ter. Cuando se cumplan los requisitos establecidos en el artículo anterior, la Procuraduría inscribirá al solicitante en el registro público y emitirá la constancia que ampare dicho registro indicando un número único de identificación.

La Procuraduría, dentro del plazo de noventa días naturales contados a partir de la recepción de la solicitud, deberá resolver sobre la inscripción en el registro y emitir la constancia correspondiente.

Transcurrido dicho plazo, sin que se haya emitido la resolución, se entenderá que la misma es en sentido negativo al solicitante.

Artículo 64 Quáter. Los proveedores del servicio de tiempo compartido deberán informar por escrito a la Procuraduría de cualquier cambio o modificación en la información a que se refiere el artículo 64 BIS de la presente ley, dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha en que se realizó el cambio.

Transitorio

Primero. Este decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 21 de marzo de 2017.— Diputada Sara Latife Ruíz Chávez (rúbrica).»

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Iniciativa que reforma y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRD

Planteamiento del problema

En México existe un grave problema de corrupción política en todas las esferas del poder público, que tiene que ver con el ejercicio del poder mismo, amparado en la cultura de la discrecionalidad, del favor político, de la prebenda, del privilegio, de la opacidad, de la falta de controles reales de la función pública, de la falta de la rendición de cuentas eficaz; y esta práctica se nutre y recrea en los espacios del sector privado, sobre todo entre los particulares proveedores de bienes y servicios para los aparatos públicos de los tres niveles de gobierno de los tres poderes de la Unión.

Nos acabamos de dar, a través de la aprobación de reformas constitucionales, legales e incluso de la expedición de nuevas leyes, -las cuales tardaron en elaborarse y consensarse varios años, a lo largo de dos legislaturas-, un interesante y muy intrincado Sistema Nacional Anticorrupción.

Sin embargo, el gran defecto de este Sistema, o el más visible y evidente, es que al final de todo el proceso de señalamiento, demostración y persecución de alguna práctica corrupta que configure un hecho delictivo cometido por un servidor público, de primer nivel, la acción justiciera se diluye al momento en que se topa con la inmunidad constitucional de la que goza. Mientras exista este gran obstáculo, es decir, la inmunidad constitucional, seguirá siendo cotidiana la impunidad en el ejercicio del poder de los servidores públicos, y la fuerza del Sistema Nacional Anticorrupción estará bajo sospecha, y sin duda querrá legitimarse propinando castigos a mandos burocráticos medianos, dejando inmunes e impunes a quienes normalmente tienen la mayor parte de la responsabilidad en estos casos.

Argumentos

Los servidores públicos de alto nivel, los representantes populares, los titulares de los órganos autónomos, así como los ministros y magistrados, gozan del privilegio exclusivo de la inmunidad constitucional que les permite evitar el ejercicio de la acción penal cuando exista un proceso abierto en su contra. Pese a que la Constitución Política establece un mecanismo para retirar la inmunidad y con ello permitir que el servidor público inculpado pueda ser juzgado, este mecanismo es tan largo y tortuoso que en los hechos funciona como un obstáculo para la acción de la justicia.

Además, la definición en torno a la pertinencia de juzgar o no a un funcionario inculpado, depende, paradójicamente, no del delito que se le impute al inculpado, sino de quién sea el personaje en cuestión. Es decir, si es un amigo del régimen, pues invariablemente tendrá la protección de la mayoría política en el Congreso, y con ello, asegurará su inmunidad y eventualmente su impunidad. Si se trata de un servidor público incómodo, ya sea un opositor, o una voz incómoda, un disidente del partido oficial o un crítico del gobierno, pues entonces es más probable que sí le sea retirada la inmunidad constitucional y se proceda penalmente contra esta persona, como ha sucedido en contadas ocasiones en México. El mecanismo de desafuero ha probado ser estrictamente un instrumento de linchamiento o de vendetta en contra de los servidores públicos incómodos para el régimen, y de connotados opositores al mismo.

La Cámara de Diputados en su función de Jurado de Procedencia, lleva a cabo un juicio sumario y emite una sentencia condenatoria en contra del funcionario en cuestión aún antes de que la autoridad competente haya resuelto si el inculpado es responsable o inocente de los actos que se le imputan, y siempre ha sido un mecanismo que castiga políticamente, reiteramos, a personajes críticos al gobierno.

No olvidemos que la inmunidad constitucional fue originalmente concebida para salvaguardar los actos de los servidores públicos y para protegerlos de acusaciones sin fundamento, la inmunidad estaba concebida como un instrumento protector que les garantizara asumir su responsabilidad sin temor a las represalias que pudieran derivar de las decisiones vinculadas con actos que afectan intereses privados.

Lamentablemente, desde hace ya muchos años, la inmunidad de los servidores públicos se ha pervertido al grado que se ostenta como un permiso para delinquir y un derecho exclusivo para no ser juzgado.

La acción de la Justicia no debe estar determinada por una decisión política, ninguna persona debe gozar de una prerrogativa especial para cometer actos ilícitos y no ser juzgado. Por eso proponemos que los servidores públicos que sean acusados por cometer delitos del orden penal, enfrenten su proceso en libertad y sin necesidad de abandonar sus cargos y que sea hasta el momento en el que la autoridad judicial emita sentencia condenatoria, cuando el servidor público esté obligado a retirarse del cargo y ponerse a disposición de las autoridades competentes que lo requieran sin tener que transitar por ningún acuerdo político de por medio que le permita evadir la justicia.

En la LXI Legislatura, la Cámara de Senadores fungió como cámara de origen en la aprobación del dictamen con proyecto de decreto que contiene la reforma constitucional en materia de inmunidad constitucional.

En el decreto se estableció que los servidores públicos a los que hace referencia el artículo 111 de la Constitución, no pueden ser privados de su libertad y que cuando se fundamente la presunta responsabilidad penal por parte de los servidores públicos y el juez decretara el auto de vinculación a proceso penal, éste presentaría una solicitud a la Cámara de Diputados para el retiro de la inmunidad del servidor público.

En esa propuesta, se suprimió el requisito de la declaratoria de procedencia y se dispuso que bastaba con la aprobación del pleno de la Cámara de Diputados para poder retirar la inmunidad al servidor público en cuestión. En caso de que el pleno de la Cámara votara en contra de la solicitud del juez, el servidor público podía mantener su inmunidad y enfrentaría su proceso una vez concluido su encargo.

El dictamen aprobado por los senadores también incluyó un recurso para que los servidores públicos tuvieran la opción de acudir a la Suprema Corte de Justicia para que ésta resolviera sobre su vinculación a proceso. Así mismo, aprobaron el procedimiento para que las dos cámaras del Congreso participaran en un procedimiento para el retiro de la inmunidad constitucional del presidente de la República.

Finalmente, el dictamen aprobado por los senadores incluyó un procedimiento en el que se prevé la participación de la Cámara de Diputados y de los Congresos Locales en la resolución del retiro de la inmunidad de los servidores públicos de las entidades federativas. En estos casos, la Cámara de Diputados es responsable de resolver sobre la solicitud del juez y posteriormente la envía a los congresos locales para que éstos definan en última instancia.

Este dictamen fue recibido en la Cámara de Diputados en diciembre de 2011 y se mantuvo rezagado durante más de dos años. Fue hasta febrero de 2013, cuando el pleno de la Cámara finalmente lo desahogó, sin embargo modificó partes esenciales del decreto que vulneraron el acuerdo político que lo respaldaba y la reforma naufragó.

Dentro de las modificaciones que los diputados hicieron a la Minuta, destacan la supresión del procedimiento para retirarle la inmunidad constitucional al presidente de la República, también eliminaron la posibilidad de que los servidores públicos recurrieran ante la Suprema Corte de Justicia; suprimieron la participación de la Cámara de Diputados en la definición sobre la procedencia de vinculación a proceso; y finalmente llama la atención la propuesta que prevé que la separación del cargo de los servidores públicos procede cuando se dicte sentencia condenatoria y que la sanción impuesta haga incompatible el ejercicio del cargo en términos de las fracciones III y IV del artículo 38 de la Constitución que a la letra dice:

Los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden:

y II. ...

Durante la extinción de una pena corporal;

Por vagancia o ebriedad consuetudinaria, declarada en los términos que prevengan las leyes...”

El dictamen a la minuta en materia de inmunidad constitucional, si bien tiene el defecto de haber eliminado aspectos progresistas, también incorporó nuevos conceptos que sin duda enriquecen la reforma y que por lo tanto no deben desdeñarse.

Esta Legislatura tiene la oportunidad de recuperar las disposiciones progresistas que los diputados de la legislatura pasada suprimieron del texto original de la Minuta que habían aprobado los senadores y de retomar este importante tema que está congelado en la Cámara de Senadores desde hace casi cuatro años.

En un ánimo de retomar este importante tema y darle un nuevo impulso, el conjunto de las diputadas y diputados del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, ponemos a su consideración la presente iniciativa la cual propone conservar la inmunidad constitucional para los legisladores, entendida ésta como el fuero que protege y garantiza el derecho y la libertad de expresar sus opiniones y realizar adecuadamente su trabajo que invariablemente puede afectar intereses poderosos tanto de particulares como de servidores públicos, pero también establece el mecanismo mediante el cual les es retirada la inmunidad constitucional a legisladores y servidores públicos con la sola declaratoria del presidente de la Cámara, una vez que éste haya sido notificado sobre la expedición de una sentencia condenatoria por parte de la autoridad judicial en contra de cualquier integrante de la misma cámara legislativa, o de cualquiera de los servidores públicos aludidos en el artículo 108 de la Constitución.

Con las reformas propuestas al artículo 109, en esta iniciativa se precisa que los servidores públicos en funciones no sean objeto de privación de la libertad, ni de medidas cautelares, sin embargo, deberán responder ante las acusaciones de índole penal que se les imputen y podrán defenderse en libertad, pero si como consecuencia del proceso penal, el juez de la causa dicta sentencia condenatoria en primera instancia, el servidor público deberá separarse inmediatamente de su cargo, mediante el procedimiento aludido en el párrafo anterior y deberán ponerse a disposición de las autoridades, a fin de no obstruir la acción de la justicia.

También se establece que las leyes determinarán los casos y las circunstancias en los que se deba sancionar penalmente por causa de enriquecimiento ilícito a los servidores públicos que durante el tiempo de su encargo, o por motivos del mismo, por sí o por interpósita persona, aumenten su patrimonio, adquieran bienes o se conduzcan como dueños sobre ellos, y cuya procedencia lícita no pudiesen justificar.

En el mismo artículo 109 fracción tercera, se actualiza el término de Distrito Federal y se sustituye por el de Ciudad de México, acorde con el texto de nuestro máximo ordenamiento.

También proponemos en esta iniciativa, que en el artículo 112 quede establecido que para que el servidor público condenado pueda continuar con su defensa, es requisito indispensable haberse separado del cargo, el cual sólo podrá volver a asumir con sentencia firme y definitiva que declare su inocencia.

Esta reforma constitucional que ponemos a su consideración le confiere facultades exclusivas a la Cámara de Senadores para conocer y resolver sobre las acusaciones que se le hagan al Presidente de la República, ya que el Titular del Ejecutivo se incluye como servidor público y sujeto de responsabilidad en los artículos 109, 110 y 111 del Título Cuarto de la Constitución Política.

Por último, proponemos, en el artículo 114 de la Constitución Política que, en cuanto a la responsabilidad por delitos cometidos durante el tiempo del encargo por cualquier servidor público, ésta será exigible de acuerdo con los plazos de prescripción consignados en la Ley penal, los cuáles no serán inferiores a cinco años, además de que los plazos de prescripción no se interrumpirán en tanto el servidor público desempeñe algún cargo público.

En el cuadro comparativo plasmamos con toda claridad las reformas, adiciones y derogaciones que estamos proponiendo en el texto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Proyecto de Decreto que reforma la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Inmunidad Constitucional

Fundamento legal

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 6 Fracción 1, Numeral I., 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, las diputadas y los diputados que integran el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática sometemos a la consideración de este pleno, la siguiente iniciativa con proyecto de:

DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LOS ARTÍCULOS 61, 74, 76, 109, 110, 111, 112 Y 114 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

ÚNICO. Se reforman el segundo párrafo del artículo 61; el segundo párrafo del artículo 108; el párrafo sexto de la fracción III del artículo 109; el primer párrafo del artículo 110; los párrafos primero, cuarto, quinto, sexto y octavo del artículo 111; los párrafos primero y segundo del artículo 112; el párrafo segundo del artículo 114, se derogan la fracción V del artículo 74, los párrafos segundo, tercero y séptimo del artículo 111, se adiciona un tercer párrafo al artículo 61; un segundo párrafo a la fracción VII del artículo 76; un segundo párrafo a la fracción II del artículo 109, recorriéndose el segundo párrafo del texto vigente al tercero, para quedar como sigue:

Artículo 61. ...

El Presidente de cada Cámara velará por el respeto a la inmunidad constitucional de quienes integran la misma y por la inviolabilidad del recinto donde se reúnan a sesionar.

El presidente de cada Cámara declarará que habiendo una sentencia condenatoria en contra de cualquier integrante de la misma, o de cualquiera de los servidores públicos aludidos en el artículo 108 de esta Constitución, procederá inmediatamente el retiro de la inmunidad constitucional del servidor público de que se trate.

Artículo 74. ...

I a IV. ...

V. Derogado

...

VI. a IX. ...

Artículo 76. ...

I a VI. ...

VII. ...

Conocer y resolver sobre las acusaciones que se le hagan al Presidente de la República, en términos de lo dispuesto por los artículos 109, 110 y 111 de esta Constitución y la legislación penal aplicable.

Artículo 108. ...

El presidente de la República, durante el tiempo de su encargo, podrá ser acusado, por traición a la patria, por violaciones graves a esta Constitución y a las leyes federales, así como por el manejo y aplicación indebida de fondos y recursos federales, delitos de corrupción y delitos graves del orden común.

...

...

...

Artículo 109. ...

I. ...

...

II. ...

Los servidores públicos al cometer un delito durante su encargo podrán ser procesados y seguir en funciones hasta que el juez dicte sentencia condenatoria de primera instancia, momento en el que deberán separarse de su encargo.

Las leyes determinarán los casos y las circunstancias en los que se deba sancionar penalmente por causa de enriquecimiento ilícito a los servidores públicos que durante el tiempo de su encargo, o por motivos del mismo, por sí o por interpósita persona, aumenten su patrimonio, adquieran bienes o se conduzcan como dueños sobre ellos, cuya procedencia lícita no pudiesen justificar. Las leyes penales sancionarán con el decomiso y con la privación de la propiedad de dichos bienes, además de las otras penas que correspondan;

III. ...

...

...

...

...

Los entes públicos estatales y municipales, así como de la Ciudad de México y sus demarcaciones territoriales, contarán con órganos internos de control, que tendrán, en su ámbito de competencia local, las atribuciones a que se refiere el párrafo anterior, y

IV. ...

...

...

...

...

...

Artículo 110. Podrán ser sujetos de juicio político el Presidente de la República, los senadores y diputados al Congreso de la Unión, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los consejeros de la Judicatura Federal, los secretarios de Despacho, el Fiscal General de la República, los magistrados de Circuito y jueces de Distrito, el consejero Presidente, los consejeros electorales y el secretario ejecutivo del Instituto Nacional Electoral, los magistrados del Tribunal Electoral, los integrantes de los órganos constitucionales autónomos, los directores generales y sus equivalentes de los organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, sociedades y asociaciones asimiladas a éstas y fideicomisos públicos.

...

...

...

...

...

Artículo 111. El presidente de la República, los diputados y senadores al Congreso de la Unión, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral, los consejeros de la Judicatura Federal, los secretarios de Despacho, el Fiscal General de la República, así como el consejero Presidente y los consejeros electorales del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, durante su encargo gozan de inmunidad constitucional con el objeto de salvaguardar únicamente los actos derivados de sus responsabilidades. Para proceder penalmente en su contra, por la comisión de delitos durante el tiempo de su encargo, bastará con denunciarlos por la vía ordinaria penal, sin embargo, no podrán ser privados de su libertad ni serán objeto de medidas cautelares y será hasta que el juez dicte sentencia condenatoria de primera instancia, cuando los servidores públicos deberán separarse de su encargo quedando a disposición de las autoridades competentes conforme a lo dispone la Ley.

Por lo que toca al Presidente de la República, habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos de los artículos 109, 110 y 111. En este supuesto, la Cámara de Senadores resolverá con base en la legislación penal aplicable.

Para poder proceder penalmente por delitos federales contra los ejecutivos de las entidades federativas, diputados locales, magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia de las entidades federativas, en su caso los miembros de los Consejos de las Judicaturas Locales, y los miembros de los organismos a los que las Constituciones Locales les otorgue autonomía se seguirán los principios establecidos en este artículo, pero en este supuesto, la declaración de la Cámara de Senadores se hará para el efecto de que se comunique a las Legislaturas Locales, para que en ejercicio de sus atribuciones procedan como corresponda.

Las declaraciones de las Cámaras de Diputados y Senadores son inatacables.

(Séptimo párrafo) Se deroga

En demandas del orden civil que se entablen contra cualquier servidor público no se requerirá declaración alguna.

...

...

Artículo 112. Los servidores públicos federales a los que hace referencia el primer párrafo del artículo 111 que sean procesados por delitos penales durante el tiempo de su encargo, enfrentarán su proceso sin que haya necesidad de separarse de su cargo. Sin embargo, si derivado de dicho proceso el juez dicta sentencia condenatoria de primera instancia, deberán separarse de su cargo de manera inmediata.

Para que el servidor público condenado pueda continuar su defensa, es requisito indispensable haberse separado del cargo, al que solo podrá volver con sentencia firme y definitiva que declare su inocencia.

Artículo 114. ...

La responsabilidad por delitos cometidos durante el tiempo del encargo por cualquier servidor público, será exigible de acuerdo con los plazos de prescripción consignados en la Ley penal, l os cuáles no serán inferiores a cinco años. Los plazos de prescripción no se interrumpen en tanto el servidor público desempeña algún cargo público.

...

Transitorio

PRIMERO. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO. El Congreso de la Unión contará con 180 días naturales a partir de la publicación del presente decreto para aprobar las modificaciones correspondientes a la legislación secundaria a efecto de reglamentar su contenido.

TERCERO. Las solicitudes y procedimientos de declaración de procedencia, presentados en la Cámara de Diputados, antes de la fecha de entrada en vigor del presente decreto, seguirán su desahogo conforme a las disposiciones anteriores.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de febrero de 2017.— Diputados y diputadas: Agustín Basave Benítez, Alberto Martínez Urincho, Ana Leticia Carrera Hernández, Ángel Alanís Pedraza, Araceli Madrigal Sánchez, Araceli Saucedo Reyes, Armando Soto Espino, Arturo Santana Alfaro, Carlos Hernández Mirón, Cecilia Soto González, Cristina Ismene Gaytán Hernández, Daniel Hernández Ordoñez, David Gerson García Calderón, David Jiménez Rumbo, Diego Valente Valera Fuentes, Elio Bocanegra Ruiz, Erika Irazema Briones Pérez, Eva Florinda Cruz Molina, Evelyn Parra Álvarez, Felipe Reyes Álvarez, Fernando Rubio Quiroz, Fidel Calderón Torreblanca, Francisco Martínez Neri, Francisco Xavier Nava Palacios, Guadalupe Acosta Naranjo, Guadalupe Hernández Alcalá, Héctor Javier García Chávez , Hortensia Aragón Castillo, Ivanova Pool Pech, Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano, Jesús Valencia Guzmán, Jesús Zambrano Grijalva, José Antonio Estefan Garfias, José Santiago López, Julio Saldaña Morán, Karen Hurtado Arana, Karen Orney Ramírez Peralta, Lluvia Flores Sonduk, Lucía Virginia Meza Guzmán, Luis Maldonado Venegas, María Concepción Valdés Ramírez, María Cristina Teresa García Bravo, María Elida Castelán Mondragón, María Luis Beltrán Reyes, Maricela Contreras Julián, Natalia Karina Barón Ortiz, Nicanor Martínez Olguín, Norberto Antonio Martínez Soto, Olga Catalán Padilla, Omar Ortega Álvarez, Óscar Ferrer Ábalos, Rafael Hernández Soriano, Ricardo Ángel Barrientos Ríos, Sergio López Sánchez, Tania Victoria Arguijo Herrera, Tomás Octaviano Félix, Victoriano Wences Real, Waldo Fernández González, (rúbricas).»

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

El diputado Alejandro Armenta Mier(desde la curul): Presidenta.

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Sonido en la curul del diputado Alejandro Armenta. ¿Con qué objeto, diputado?

El diputado Alejandro Armenta Mier (desde la curul): Muchas gracias presidenta. En el marco de la celebración del Día Mundial del Agua es preciso denunciar lo que ocurre en Puebla respecto a este vital líquido.

En 2013, el gobierno del estado inició un proceso de privatización en 25 municipios a través de una maquinación política y económica que beneficia a la empresa concesiones integrales por un contrato de 60 años, a partir de este hecho, el costo del servicio de agua en Puebla se ha incrementado en un 300 y 400 por ciento afectando la economía familiar.

El día de ayer un medio de comunicación dio a conocer lo que ha estado sucediendo en este desfalco que es igual grave, porque es un robo para los ciudadanos. La potestad de esta empresa no solamente que hoy tiene el servicio concesionado, sino que el exgobernador Rafael Moreno Valle aprobó junto con el Congreso facultades para poder embargar a los morosos usuarios, esto significa que además de que se privatiza el agua, hoy se pueden iniciar procedimientos administrativos de ejecución, y obviamente afectar la economía de las personas.

Presenté un exhorto a esta soberanía, a efecto de que el gobierno del estado de Puebla transparente las bases y modalidades mediante las cuales se entregó la concesión del servicio de agua en 25 municipios por 60 años, y de igual forma se transparente lo que hoy se está obligando al resto de los municipios del estado, a que se centralice el servicio de agua para que posteriormente se privatice en perjuicio de lo establecido en el artículo 4o., fracción C, donde se establece que el agua potable es un derecho humano y que el Estado mexicano tiene la obligación de otorgarlo. Muchas gracias, presidenta.

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Se registra su participación, diputado Alejandro Armenta.



LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Tiene la palabra por cinco minutos la diputada Noemí Zoila Guzmán Lagunes, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 3o., artículo 11 y 14 de la Ley General de Desarrollo Social.

La diputada Noemí Zoila Guzmán Lagunes: Con su permiso, señora presidenta. Compañeras y compañeros diputados, el día de hoy presento una iniciativa de reformas y adiciones a la Ley General de Desarrollo Social, para vincular de manera estrecha sus fines a los de la Ley de Protección Civil, de tal modo que la política social se constituya también en una de las vías para la reducción del riesgo de desastres en México.

Así se hizo ya con la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; y con la de Cambio Climático. Se trata ahora de avanzar en esa misma dirección, con la de Desarrollo Social, por las razones que me permito exponerles.

Ambas leyes, la de Desarrollo Social y de Protección Civil, comparten propósitos comunes. En la Ley General de Desarrollo Social el propósito es la reducción de la pobreza, en materia de protección civil la pobreza es un factor de vulnerabilidad y por lo mismo una de las causas subyacentes del riesgo.

Por eso, como lo expreso en la exposición de motivos de la iniciativa de reforma, las condiciones de vulnerabilidad y la exposición a peligros naturales y antrópicos que enfrenta la población, particularmente aquella ubicada en los municipios más pobres, obliga a establecer un vínculo estrecho de la política del desarrollo con las políticas de reducción de riesgo y de atención eficaz a las emergencias, ello hace necesario incorporar también el concepto de resiliencia entendida como la capacidad de resistir, asimilar, adaptarse y recuperarse de sus efectos en un corto plazo y de manera eficiente, a través de la preservación y restauración de sus estructuras básicas y funcionales, logrando una mejor protección futura y mejorando las medidas de reducción de riesgos.

El objetivo es hacer que la política social explícitamente contribuya a reducir la vulnerabilidad que es el factor esencial del riesgo. Esos cambios están en armonía con el marco de acción de Sendai 2015-2030, adoptado por la comunidad internacional y por México para reducir las pérdidas de vidas, patrimoniales y el gasto catastrófico por los desastres.

Con ese fin, todos los países miembros asumieron el compromiso de adoptar una estrategia nacional para la reducción del riesgo, y de impulsar una estrategia a escala local. Este es uno de los puntos fundamentales que se plantearon durante los trabajos de la Quinta Plataforma Regional para la Reducción del Riesgo, celebrada la semana pasada en Montreal, Canadá, en la que tuve la oportunidad de participar.

La prioridad es asegurar una aplicación trasversal para que todo el aparato público y los sectores social y privado se obliguen a reducir la vulnerabilidad de la región de las Américas, y aumentar la resiliencia.

La presente iniciativa, compañeros y compañeras diputadas, sería parte sustantiva de la agenda de cambios previos a la Plataforma Global para la Reducción del Riesgo de Desastres, que sesionará en México en mayo próximo. Ahí, el Congreso de la Unión tiene un papel fundamental al legislar y dar un carácter vinculatorio e ineludible a la reducción del riesgo de desastres.

Por ello les pido que apoyen esta iniciativa que salva vidas, patrimonio, entorno de los mexicanos. Construyamos desde la ley entornos más seguros parar todos los mexicanos. Por su atención y apoyo, muchas gracias, compañeras y compañeros diputados.

«Iniciativa que reforma los artículos 3o., 11 y 14 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo de la diputada Noemí Zoila Guzmán Lagunes, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, Noemí Zoila Guzmán Lagunes, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en la LXIII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan las fracciones XI del artículo 3 y V del artículo 11, y se reforma la fracción I del artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social al tenor de lo siguiente:

Exposición de Motivos

Entre los objetivos de la Ley General de Desarrollo Social se encuentra la definición de los principios y lineamientos generales a los que debe sujetarse la política Nacional de Desarrollo Social, señalando que debe incluir entre otras vertientes la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, de la alimentación nutritiva y de calidad, seguridad social y programas asistenciales; el desarrollo regional, la infraestructura social básica y el fomento del sector social de la economía.

Asimismo, se señala en el Plan Nacional de Desarrollo del Gobierno de la República que los niveles de pobreza, desigualdad social y exclusión que enfrenta México constituyen un desafío político y moral, así como una contradicción con los indicadores de desarrollo económico que nuestro país ha alcanzado en los últimos tiempos.

De acuerdo con el Consejo Nacional de Evaluación en Política Social, - CONEVAL por sus siglas-, para el año 2010 se encontraban en situación de pobreza el 46.2% de la población nacional, lo que significa que cerca de la mitad de la población mexicana no cuenta con el ingreso necesario para satisfacer sus necesidades básicas y garantizar su pleno acceso a los derechos a la salud, educación, alimentación, vivienda y seguridad social.

Por otro lado, dentro del Capítulo sobre los Derechos Humanos de nuestra Carta Magna, han sido reconocidos los derechos a la educación, a la salud, a la vivienda, al medio ambiente, a la alimentación, así como al trabajo y a la seguridad social.

Sin embargo, las condiciones de vulnerabilidad y la exposición a peligros naturales y antrópicos que enfrenta la población, particularmente aquella ubicada en los municipios más pobres del país, obligan, además a establecer un vínculo estrecho e indivisible de la política del Desarrollo con las políticas de reducción de riesgos y de atención eficaz de las emergencias.

Al respecto, instrumentos jurídicos federales como la Ley General de Protección Civil, la Ley General de Cambio Climático y la recientemente aprobada en la cámara de Diputados de Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, comparten el concepto de Gestión Integral de Riesgos, que se cita a continuación:

Gestión integral de riesgos: el conjunto de acciones encaminadas a la identificación, análisis, evaluación, control y reducción de los riesgos, considerándolos por su origen multifactorial y en un proceso permanente de construcción que involucra a los tres órdenes de gobierno, así como a los sectores de la sociedad, lo que facilita la implementación de políticas públicas, estrategias y procedimientos que combatan las causas estructurales de los desastres y fortalezcan las capacidades de Resiliencia o resistencia de la sociedad. Comprende la identificación de los riesgos y, en su caso, su proceso de formación, previsión, prevención, mitigación, preparación, auxilio, recuperación y reconstrucción;

Destacando que en materia de Gestión Integral del Riesgo, se concibe, estudia y aborda el riesgo como una construcción social y multifactorial, es que resulta indispensable actualizar la Ley General de Desarrollo Social para integrar dentro de los objetivos de la Política Social del Gobierno Federal, la reducción de la vulnerabilidad de la población enfocada a reducir su riesgo de desastres, fomentando la Resiliencia de las comunidades, entendida ésta como el fortalecimiento de capacidades para resistir, asimilar, adaptarse y recuperarse de

Con esta reforma, al vincular la Ley General de Desarrollo Social con la Gestión Integral del Riesgo se dotará a las políticas del Desarrollo Social, de competencia para abordar la construcción social del riesgo y para atacar desde un frente más integral las condiciones de vulnerabilidad de las personas más pobres de nuestra República que contribuirá a propiciar las condiciones que aseguren el disfrute de los derechos sociales, individuales o colectivos, promover un desarrollo económico con sentido social y un desarrollo regional equilibrado y disminuir los efectos y limitaciones que traen consigo los desastres.

Adicionalmente, el Gobierno Federal retomará los principios del Marco de Acción de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015 – 2030 de la Organización de las Naciones Unidas, a escasos meses de ser sede nuestro país de la Plataforma Internacional para la Reducción del Riesgo de Desastres a celebrarse en Cancún, Quintana Roo y contribuirá al proceso de transversalización de la Gestión integral del Riesgo de Desastres establecido en la Ley General de Protección Civil y armonizando los conceptos en otras Leyes Federales que se encuentran vinculadas..

Para comprender mejor la importancia y trascendencia de vincular la gestión integral del riesgo de desastres, a continuación, se aportan elementos de lo que a nivel mundial se establece:

El informe de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Social en 1995 reconoció desde entonces que la pobreza puede manifestarse como una pérdida de los medios de vida a consecuencia repentina de eventos como los desastres. Por ello, agrega el informe, “los sistemas de protección social deben tener, una base legislativa y deben fortalecerse y ampliarse a fin de proteger de la pobreza a las personas que han perdido sus medios de vida a causa de desastres “naturales”, particularmente de los más vulnerables como niños y adultos mayores.

En ese mismo sentido, el Informe apunta que deben tomarse medidas necesarias para reducir las consecuencias y efectos que tienen los desastres, así como estrategias de preparación de las personas para una respuesta rápida y eficaz para dar paso rápidamente a la rehabilitación y regenerar la economía local, y apoyar las actividades de protección de los recursos y de desarrollo; Es decir, formar capacidades de la población para afrontar, adaptarse y recuperarse ante el impacto de los desastres o en otras palabras ser resilientes.

Por otro lado, los Objetivos del Desarrollo Sostenible adoptados en fechas recientes, son un llamado a la adopción de medidas para poner fin a la pobreza, proteger el planeta y garantizar que todas las personas gocen de paz y prosperidad, promoviendo las mejores opciones con el fin de mejorar la vida, de manera sostenible, para las generaciones futuras.

Esta iniciativa proporciona 17 objetivos y 169 metas claras para su adopción por todos los países en conformidad con sus propias prioridades y los desafíos ambientales del mundo en general. Dentro de estos objetivos, se encuentran numerosas referencias a la importancia de considerar el riesgo de desastres y el cambio climático, como elementos que contribuyan a su cumplimiento.

Como ejemplo se citan a continuación algunas de las metras establecidas: el Objetivo 1 Poner fin a la pobreza señala “Para 2030, fomentar la resiliencia de los pobres y las personas que se encuentran en situaciones vulnerables y reducir su exposición y vulnerabilidad a los fenómenos extremos relacionados con el clima y otras crisis y desastres económicos, sociales y ambientales”.

El Objetivo 11 Lograr que las ciudades y los asentamiento humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles, establece entre sus metas “Para 2030, reducir de forma significativa el número de muertes y de personas afectadas por los desastres, incluidos los relacionados con el agua, y reducir sustancialmente las pérdidas económicas directas vinculadas al producto interno bruto mundial causadas por los desastres, haciendo especial hincapié en la protección de los pobres y las personas en situaciones vulnerables”.

Este mismo objetivo en otra de sus metas establece que: “Para 2020, aumentar sustancialmente el número de ciudades y asentamientos humanos que adoptan y ponen en marcha políticas y planes integrados para promover la inclusión, el uso eficiente de los recursos, la mitigación del cambio climático y la adaptación a él y la resiliencia ante los desastres, y desarrollar y poner en práctica, en consonancia con el Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030, la gestión integral de los riesgos de desastre a todos los niveles:

A nivel Nacional, el Programa Nacional de Desarrollo Social 2014-2018 señala que “los tres órdenes de gobierno, en el ámbito de sus competencias, concurren en la realización de acciones encaminadas a mejorar las capacidades de las personas para su desarrollo, en la construcción de mecanismos de justicia distributiva, en el fomento de la participación social, la colaboración corresponsable entre personas, grupos y gobiernos, así como en la promoción de acciones con perspectiva de género, discapacidad y juventud.

“De esta forma, el gobierno federal, a través de los instrumentos de planeación disponibles, plasma su visión de un México incluyente y próspero que de manera progresiva eleve las condiciones de bienestar de su población, especialmente de aquella que hoy presenta los mayores rezagos sociales. Atender y beneficiar a la población en pobreza es un imperativo de justicia social que el país necesita para situarse en la vía de un desarrollo en el que México alcance su máximo potencial”.

Al respecto, existen indicadores que los desastres tienen afectaciones en la salud, seguridad alimentaria, afectaciones en los medios de vida de la población y representa retrasos en el desarrollo. Así, en la literatura dominante sobre el tema “es común encontrar afirmaciones en el sentido de que el desarrollo puede conducir tanto al aumento como o la disminución de la vulnerabilidad a desastres. Todo depende de la medida en que el diseño de los proyectos de desarrollo considere o no la dimensión de la vulnerabilidad y la resiliencia de la población en su formulación e implementación” y señala entre sus estrategias “Mejorar el diseño de mecanismos de protección contra riesgos que puedan generar inseguridad alimentaria: desastres, emergencias, sequías, conflictos y fluctuaciones económicas”

Los modelos de crecimiento han sido basados en parte importante en la sobreexplotación del ambiente natural, en la destrucción o degradación de las cuencas hidrográficas, en el agotamiento de los recursos del suelo y en la modificación masiva de ecosistemas naturales y la falta de preparación para afrontar y recuperarse de los desastres.

Es importante comprender que las causas fundamentales de los desastres están firmemente ancladas en las pautas de crecimiento y desarrollo económico y sus impactos en la pobreza y la exclusión social. Mientras el riesgo no se contemple como un producto inherente a los modelos de desarrollo y en las políticas del desarrollo social, seguirán creciendo los impactos socioeconómicos de los desastres, como lo muestras las estadísticas.

Por ello, es necesario armonizar las leyes en materia de gestión de riesgos con los estándares internacionales, impulsar planes de desarrollo que incorporen esta visión que contribuya al bienestar social, y dar herramientas a las autoridades para que pueda participar las acciones para prever, reducir y controlar el riesgo de desastres.

El énfasis puesto en la iniciativa de reforma que aquí se propone, es que no se pierda de vista considerar en tales acciones, como el tomar en cuenta la resiliencia y reducción de riesgos que minimicen las pérdidas en futuros desastres y contribuyan al bienestar de la población.

Por las razones expuestas, someto a consideración de esta honorable soberanía la presente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social

Ley General de Desarrollo Social

Único. Se agrega la fracción XI al artículo 3 y la fracción V al artículo 11; y se reforma la fracción I del artículo 14 para quedar como sigue:

Artículo 3. La Política de Desarrollo Social se sujetará a los siguientes principios:

I. a X. ...

XI. Resiliencia: capacidad de un sistema, comunidad o sociedad potencialmente expuesta a un peligro para resistir, asimilar, adaptarse y recuperarse de sus efectos en un corto plazo y de manera eficiente, a través de la preservación y restauración de sus estructuras básicas y funcionales, logrando una mejor protección futura y mejorando las medidas de reducción de riesgos.

Artículo 11. La Política Nacional de Desarrollo Social tiene los siguientes objetivos:

I. a IV ...

V. Reducir la vulnerabilidad de la sociedad ante el riesgo de desastres

Artículo 14. La Política Nacional de Desarrollo Social debe incluir, cuando menos, las siguientes vertientes:

I.Superación de la pobreza a través de la educación, la salud, de la alimentación nutritiva y de calidad, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; y, en general la reducción del riesgo de desastres;

Transitorio

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Informe de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Social (1995) http://www.cinu.org.mx/temas/desarrollo/dessocial/cumbre/cumbredessocial1995.pd f

2 Objetivos del Desarrollo Sostenible

http://www.un.org/sustainabledevelopment/es/ objetivos-de-desarrollo-sostenible/

3 Desastres y Desarrollo: Hacia un Entendimiento de las Formas de Construcción Social de un Desastre http://www.desenredando.org/public/articulos/2000/dyd/DyD2000_mar-1-2002.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 14 días del mes de febrero del año 2017.— Diputadas y diputados: Noemí Zoila Guzmán Lagunes,Alberto Silva Ramos, Alfredo Anaya Orozco, Beatriz Vélez Núñez, Carmen Salinas Lozano, Edna Ileana Dávalos Elizondo, Efraín Arellano Núñez, Erick Alejandro Lagos Hernández, Evelio Plata Inzunza, Flor Estela Rentería Medina, Heidi Salazar Espinosa, José Hugo Cabrera Ruiz, José Luis Orozco Sánchez Aldana, José Luis Sáenz Soto, Manuel Vallejo Barragán, María Verónica Muñoz Parra, Rafael Yerena Zambrano, Ramón Bañales Arambula, Ricardo Ramírez Nieto, Santos Garza Herrera, Sofía del Sagrario De León Maza, Timoteo Villa Ramírez, Yahleel Abdala Carmona (rúbricas).»

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Gracias, diputada Zoila Guzmán Lagunes. Túrnese a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen.



LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Tiene la palabra, por cinco minutos, el diputado Ángel Antonio Hernández de la Piedra, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que deroga el artículo 305 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radio Difusión, suscrita por el diputado Ángel Antonio Hernández de la Piedra, Virgilio Dante Caballero y el diputado Renato Josafat Molina Arias, todos del Grupo Parlamentario de Morena.

El diputado Ángel Antonio Hernández de la Piedra:Con su venia, diputada presidenta. El ejercicio periodístico puede efectuarse libremente solo cuando las personas que lo realizan no son víctimas de amenazas ni de agresiones físicas, psíquicas o morales u otros actos de hostigamiento.

Los actos de violencia que se cometen contra los periodistas violan su derecho a expresar sus ideas, emitir opiniones y divulgar información. Pero, además, atentan contra los derechos de los ciudadanos y la sociedad en general, a ser informados con ideas plurales.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha reiterado que la existencia de medios de comunicación libres, independientes, pluralistas y diversos, es esencial para el adecuado funcionamiento de una sociedad democrática, pues juegan un papel fundamental en la formación de la opinión pública y la conciencia social de la ciudadanía.

Las radios comunitarias en sus comunidades han cumplido con esta labor, pues son capaces de formar redes de participación ciudadana en los lugares más alejados de los centros de población, integrando a la vida social a grupos vulnerables, como indígenas y mujeres en actividades que reditúan en beneficio individual y colectivo.

Lamentablemente, aun cuando la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión reconoce a estos medios de comunicación, en la realidad no se ha podido radicar su criminalización y saqueo.

Desde hace años, los medios de comunicación comunitarios e indígenas han sido perseguidos, estigmatizados y criminalizados, por no contar con concesión, siendo que la intención de estas estaciones no es aprovecharse del espectro radioeléctrico ni seguir lucrando con él, sino simplemente generar un canal de comunicación en su comunidad, en beneficio de la población.

La Ley Federal de Telecomunicaciones establece como sanción la pérdida de los bienes en favor del Estado de estos medios cuando operan sin concesión.

En Morena pensamos que esta disposición es contraria a lo establecido en el artículo 7o. constitucional, por el cual en ningún caso podrán secuestrarse los bienes utilizados para la difusión de información, opiniones e ideas como instrumento de delito.

Consideramos que el artículo 305 de la Ley de Telecomunicaciones contraviene a la garantía constitucional, pues al hacer una interpretación más amplia del artículo 7o. ningún instrumento utilizado para la difusión de información debería ser secuestrado.

Todos aquí hemos sido testigos de la difícil situación que viven los periodistas en México, por ello el Estado no debe despojar a las radios comunitarias de sus bienes, con ello lo único que hace es ocultar la realidad política, económica y social que viven las comunidades que se benefician de estos medios.

Se encasilla en la ilegalidad a radios que responden a necesidades de información locales, que los medios masivos de comunicación no satisfacen. La actuación del gobierno respecto a los medios comunitarios e indígenas no debe recudirse a la persecución de los comunicadores, sino a fomentar, promover e incentivar su labor.

Las personas que se benefician del trabajo de las radios comunitarias regularmente son grupos sociales tradicionalmente marginados y discriminados, que se encuentran en estado de indefensión y por ello son sistemáticamente excluidos del debate público, situación que ha privado también a la sociedad de conocer sus intereses, necesidades y propuestas, lo cual ha producido el silencio de estas comunidades un efecto similar al de la censura que sufren los periodistas.

Es por todo lo anterior, que debemos cobijar a estos medios de comunicación con todas las garantías de protección posibles, sólo así podemos garantizar el derecho de la libertad de expresión de los comunicadores y el acceso a la información de toda la sociedad. Es cuanto, diputada presidenta.

«Iniciativa que deroga el artículo 305 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, suscrita por los diputados Ángel Antonio Hernández de la Piedra, Virgilio Dante Caballero Pedraza y Renato Josafat Molina Arias, del Grupo Parlamentario de Morena

Los suscritos, diputados Ángel Antonio Hernández de la Piedra , Virgilio Dante Caballero Pedraza y Renato Josafat Molina Arias, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se deroga el artículo 305 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La reforma Constitucional en materia de Telecomunicaciones, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2013 trajo como consecuencia la expedición de nuevas disposiciones como la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, así como la creación del Instituto Federal de Telecomunicaciones como un órgano Constitucional Autónomo.

La reforma respondió a los avances tecnológicos que han cambiado la forma en que la sociedad se comunica. Por ello fue necesario modificar la normatividad para regular la administración del espectro radioeléctrico.

A partir de las nuevas leyes, cambió el régimen para el otorgamiento de autorizaciones para operar en la materia, de tal manera que desaparecieron los permisos y en su lugar se establecieron cuatro tipos de concesiones, a saber: de uso comercial, privado, social y público.

La expedición de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (en adelante LFTR) se basó en las modificaciones realizadas a los artículos 6, 7, 27, 28, 73, 78, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Dichos artículos establecen principios tales como el dominio directo de la nación sobre los recursos naturales y su rectoría en materia económica, los derechos de libertad de expresión y acceso a la información, así como los derechos relativos a los pueblos y comunidades indígenas de nuestro país.

Estos principios son básicos para la configuración de la LFTR. De su contenido se desprende que sus objetivos primordiales son garantizar los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión bajo condiciones de libre competencia y concurrencia, los derechos de acceso a la información, libertad de expresión, y el de los pueblos y comunidades indígenas para adquirir, operar y administrar medios de comunicación.

Con el propósito de hacer efectivos esos principios, presentamos esta iniciativa cuyo fin es derogar el artículo 305 de la LFTR, por ser notoriamente inconstitucional. En efecto, su texto a la letra establece:

Artículo 305. Las personas que presten servicios de telecomunicaciones o de radiodifusión, sin contar con concesión o autorización, o que por cualquier otro medio invadan u obstruyan las vías generales de comunicación, perderán en beneficio de la nación los bienes, instalaciones y equipos empleados en la comisión de dichas infracciones.

Esta norma se encuentra en abierta contradicción con lo establecido en el párrafo segundo del artículo 7o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que dispone:

Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni coartar la libertad de difusión, que no tiene más límites que los previstos en el primer párrafo del artículo 6o. de esta Constitución. En ningún caso podrán secuestrarse los bienes utilizados para la difusión de información, opiniones e ideas, como instrumento del delito.

En refuerzo de lo anterior, es conveniente mencionar que la Convención Americana sobre Derechos Humanos, establece en su artículo 13 que:

Artículo 13. Libertad de Pensamiento y de Expresión

...

...

3. No se puede restringir el derecho de expresión por vías a medios indirectos tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones.

Por su parte, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sostiene que:

“...los Estados están obligados a “adoptar medidas positivas (legislativas, administrativas o de cualquier otra naturaleza) para revertir o cambiar situaciones discriminatorias existentes que comprometan el goce y ejercicio efectivo del derecho a la libertad de expresión de ciertos grupos, en condiciones de igualdad y no discriminación.”

Así entonces, el secuestro de los bienes utilizados para la difusión de información es inconstitucional y anticonvencional, pues de realizarse violaría lo preceptuado por el artículo 7 de la Ley Suprema y el artículo 13 de la mencionada Convención.

El derecho a buscar, recibir y difundir informaciones e ideas es, además, un derecho humano que se encuentra protegido por el artículo 1o. constitucional. Esto es así, en virtud de la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada el día 10 de junio de 2011 en el Diario Oficial de la Federación, que dispone el goce de los derechos humanos reconocidos en la misma y en los Tratados Internacionales de los que el Estado mexicano sea parte.

Asimismo, establece la obligación de las autoridades de interpretar las normas relativas a los derechos humanos de manera que favorezcan la protección de las personas en todo tiempo y de la manera más amplia.

Sin embargo, cuando nos adentramos en el examen de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión vigente, nos encontramos con el artículo 305 ya mencionado que, contrariamente a lo dispuesto por la ley fundamental y por la Convención Americana de Derechos Humanos, establece que los bienes, instalaciones y equipos utilizados por personas que presten el servicio de telecomunicaciones y radiodifusión, pasarán a dominio de la nación en los casos en que no se cuente con la concesión correspondiente.

Esta disposición en su momento tuvo aplicación legal plena, pues fue incorporada, mediante la reforma del 31 de diciembre de 1974, a la Ley Federal de Radio y Televisión que data de 1960.

Derivado de esa reforma, la Ley Federal de Radio y Televisión prevé en su artículo 101 que constituye una infracción el “operar o explotar estaciones de radiodifusión, sin contar con la previa concesión o permiso del Ejecutivo federal”. Y el artículo 103 del mismo ordenamiento fija una sanción pecuniaria que va de los 5 mil a los 50 mil pesos a quienes incurrían en ella.

Además, la reforma de 1974 adicionó el artículo 104 bis que expone, en su primer párrafo, el siguiente texto:

Artículo 104 Bis. El que sin concesión o permiso del Ejecutivo Federal opere o explote estaciones de radiodifusión, sin perjuicio de la multa prevista en el artículo 103, perderá en beneficio de la Nación todos los bienes muebles e inmuebles dedicados a la operación o explotación de la estación de que se trate.

Como se observa, no existen diferencias de fondo entre el artículo 104 bis de la Ley Federal de Radio y Televisión de 1960 (reformada en 1974) y la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión de 2014. La diferencia que si existe, es que en 1974 esa disposición era constitucionalmente incuestionable; en cambio ahora, en 2017, y en virtud de la incorporación al texto constitucional de los preceptos comentados más arriba, esa misma disposición es de plano inconstitucional, y en consecuencia, debe ser derogada.

Y es que las autoridades, responsables de interpretar las normas relativas a los derechos humanos de manera que favorezcan la protección de las personas en todo tiempo y de la manera más amplia, en lugar de hacerlo así, han mantenido un talante persecutor y represivo en contra de las radios comunitarias e indígenas que han comenzado a transmitir en espera de que el Instituto Federal de Telecomunicaciones les otorgue la concesión que han solicitado para operar.

Tal es el caso, que mencionaremos sólo como ejemplo, de “La Tlaxiaqueña” 91.5 FM, que operaba en la región mixteca oaxaqueña, que fue intervenida de manera violenta por agentes de la Procuraduría General de la República (PGR), adscritos a Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra el Ambiente y Previstos en Leyes Especiales, en un operativo que afectó a otras tres estaciones en la misma región.

En ese operativo decomisaron de bienes pertenecientes a La Tlaxiaqueña, tales como una computadora portátil con todo y su mochila, tres computadoras de escritorio, cinco micrófonos, una consola, un transmisor, una grabadora, varios metros de cable, dos compresores de sonido, un equipo de grabación, documentación diversa y hasta efectos personales de quienes ahí trabajaban.

Entre la documentación decomisada se encontraban los oficios dirigidos a la Secretaria de Gobernación y al Instituto Federal de Telecomunicaciones por medio de los que se solicitaba la concesión correspondiente.

Aquí se configura otra violación a los derechos constitucionales de las personas, consagrados en el artículo 14 constitucional, que establece el derecho de las personas a no ser privadas “de su libertad, propiedades, posesiones o derechos sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento...”. En el caso que nos ocupa, no hubo ningún juicio, ninguna formalidad, sólo una denuncia de la Cámara Nacional de la Industria de la Radio y Televisión.

Así entonces, para que las autoridades responsables de proteger los derechos humanos no atropellen el derecho a la libertad de expresión, insistimos en la necesidad de derogar el multicitado artículo 305 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que por lo demás, no establece bajo qué figura jurídica pasarían a dominio de la Nación los bienes, instalaciones y equipos de las estaciones de radio que operan sin concesión, dejando a los afectados en estado de indefensión.

Por otra parte, no debemos olvidar que la represión a los medios comunitarios de comunicación oculta una realidad política, económica y social que viven las comunidades, sobre todo indígenas que, en muchos casos disponen solamente de la información difundida por estos medios, ya que a ellas no llega o llega deformada otro tipo de informaciones que, según sus propias declaraciones, que no satisface sus necesidades culturales, educativas, de comunicación y convivencia.

Es así que, derivado de las consideraciones anteriores, ponemos a consideración de esta Soberanía el siguiente

Decreto por el que se deroga el artículo 305 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión

Artículo Único

Artículo 305. Se deroga

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Nota:

1 Estándares de libertad de expresión para una radiodifusión libre e incluyente relatoría especial para la libertad de expresión OEA/Ser. L/V/II CIDH/RELE/INF. 3/09, 30 de diciembre de 2009. Original: español.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de marzo de 2017.— Diputados y diputadas: Ángel Antonio Hernández de la Piedra, Blanca Margarita Cuata Domínguez, Cuitláhuac García Jiménez, Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, Jesús Emiliano Álvarez López, Magdalena Moreno Vega, Natalia Karina Barón Ortiz, Renato Josafat Molina Arias, Virgilio Dante Caballero Pedraza (rúbricas).»

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Gracias, diputado Hernández de la Piedra. Túrnese a la Comisión de Radio y Televisión, para dictamen.

La diputada Natalia Karina Barón Ortiz (desde la curul): Presidenta.

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Sonido en la curul de la diputada Lorena Barón.

La diputada Natalia Karina Barón Ortiz (desde la curul): Karina.

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Karina Barón, adelante, diputada.

La diputada Natalia Karina Barón Ortiz (desde la curul): Gracias, presidenta. Es para pedirle al diputado que hizo uso de la voz en tribuna, para ver si me permite suscribir su iniciativa, ya que en mi estado, el estado de Oaxaca, pues las radios comunitarias son más más comunes, inclusive, que las radios comerciales.

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Diputado Hernández de la Piedra, ¿tiene algún inconveniente? Está a su disposición, diputada, en la Secretaría de esta Mesa Directiva.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Tiene la palabra, por cinco minutos, la diputada Lorena Corona Valdés, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada Lorena Corona Valdés y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

La diputada Lorena Corona Valdés:Muchas gracias. Con el permiso de la Presidencia. En México la participación de las mujeres en el mercado laboral ha ido en incremento. Del 17 por ciento en 1970, el 41 por ciento en el 2011. A su vez, según cifras arrojadas por el Inegi, en el 2014, dentro del sector privado laboraron 22 millones de personas, de las cuales el 42 fuimos mujeres.

Lo anterior denota el incremento de los índices de participación de la mujer en el mercado laboral en nuestro país, mismas que a su vez somos madres. Es por eso que debemos reconocer el doble error que casi siempre desempeñamos las mujeres como madres y como trabajadoras.

En esta lucha constante por garantizar nuestros derechos, las mujeres gozamos de diferentes prerrogativas, entre ellas, la licencia de maternidad, que es un derecho de las madres trabajadoras durante la última fase del embarazo y después del parto.

La licencia de maternidad prenatal, que está encaminada a proteger el desarrollo del feto y permitir el nacimiento de un bebé sano, y la pos parto, que se relaciona con el periodo de lactancia.

Lo anterior toma relevancia a partir de que el Estado mexicano, de conformidad con el artículo 4o. constitucional tiene la obligación de garantizar condiciones igualitarias entre hombres y mujeres, tomando en cuenta que esta equidad debe ser diferenciada debido al papel de la mujer que durante el proceso reproductivo tiene de dar a luz.

Diferentes organismos internacionales como la Organización Mundial de la Salud y la Organización Internacional del Trabajo aseguran que las embarazadas y las madres en periodo de lactancia requerimos una especial protección para evitar daños a nuestra salud y a la de nuestros hijos.

Necesitamos, por un lado, de un tiempo adecuado para dar a luz y recuperarnos, y por el otro, el de la lactancia. Al mismo tiempo requerimos una protección que nos garantice que no vamos a perder nuestro empleo por el solo hecho de estar embarazadas, o de la incapacidad por maternidad.

La licencia de maternidad es un derecho de las madres trabajadoras durante la última fase del embarazo y después del parto.

Actualmente, la Constitución establece que la mujer goza de 12 semanas de licencia, seis previas y seis posteriores al parto. Sin embargo, dicha regla se encuentra por debajo de los estándares internacionales, pues conforme al Convenio 183, relativo a la protección de maternidad, de la OIT, toda mujer tendrá derecho a una licencia de maternidad de una duración de al menos 14 semanas. Sí, de 14 semanas, dos más que las establecidas en nuestra Constitución.

De un estudio realizado por la OIT a 185 países, solo 53 por ciento cumple con la norma internacional. Compañeros diputados, la presente iniciativa busca estandarizar nuestra Constitución a lo que prevé el Convenio 183 de la OIT; por lo que es necesario reformar el artículo 123, Apartado A, fracción V, y Apartado B, fracción IX, inciso c) constitucional, aumentando la licencia de maternidad de 12 a 14 semanas, tomando en cuenta que el embarazo, el parto y el periodo de posparto son etapas de especial atención para la salud de la madre y el bebé.

Ante la mayor participación de nosotras en el mercado laboral, requerimos de un constante compromiso que nos garantice la protección de nuestros derechos. Es nuestro deber legislar y formular leyes más justas que contemplen otorgarles a las mujeres trabajadoras las facilidades necesarias para desempeñarse integralmente y de forma igualitaria en todos los ámbitos.

Es por eso que también me encuentro trabajando en otra reforma al artículo 123, referente a los descansos extraordinarios durante el periodo de lactancia, extendiéndolos de 30 a 60 minutos.

Los enormes beneficios de la lactancia materna a lo largo de los primeros meses del bebé traen consecuencias inmediatas y futuras en cuanto a la salud de la madre y el hijo.

De forma paralela, tiene efectos positivos en la economía de las empresas ya que asegurar la salud del pequeño se traduce en reducción del 30 al 70 por ciento en faltas; reduce el costo de atención a la salud y el número de permisos para asistir a consulta médica o ausentarse por enfermedad.

Nosotros, como legisladores, tenemos la obligación de representar los intereses y necesidades de los mexicanos. Es por eso que los invito a tomar conciencia. El aumento de 12 a 14 semanas de licencia de maternidad garantiza la salud de las mujeres embarazadas y de las madres en periodo de lactancia, así como de sus pequeños y la protección contra discriminación en el trabajo, lo cual es fundamental para constituir un México más próspero y moderno, que vele por futuras generaciones más sanas y competitivas. Es cuanto, señora presidenta.

«Iniciativa que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada Lorena Corona Valdés y los integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

Quienes suscriben, Lorena Corona Valdés y diputados integrantes de la LXIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, sometemos a consideración del pleno la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman la fracción V del apartado A y el inciso c) de la fracción XI del apartado B, ambos del artículo 123 constitucional, con base en la siguiente

Exposición de motivos

En México, la participación de las mujeres en el mercado laboral pasó de 17.6 por ciento en 1970 a 41.8 por ciento en 2011. En 2015, según la Encuesta Intercensal, el 29 por ciento del total de los hogares son dirigidos por una mujer, esto significa que 9 millones 266 mil 211 hogares tienen jefatura femenina. La jefatura femenina aumentó 4 puntos porcentuales entre 2010 y 2015.

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), en el cuarto trimestre de 2015, la tasa de participación económica de las mujeres de 15 años y más con al menos un hijo nacido vivo es de 44.2 por ciento.

Lo anterior, denota el incremento de los índices de participación femenina en el mercado de trabajo en nuestro país, este crecimiento nos lleva a reconocer un problema que experimentan las mujeres en algún momento de su desarrollo laboral: la desigualdad de trato en el empleo a causa de su función procreadora.

Esta desigualdad ha llevado a que en el ámbito legislativo se adopten medidas para eliminar la discriminación laboral de las mujeres garantizando el derecho a las mismas oportunidades de empleo, a igual remuneración y a igualdad de trato con respecto a un trabajo de igual valor.

Asimismo a nivel internacional se ha promovido la eliminación de la discriminación de género en el empleo, a través de diversas conferencias como la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social (Copenhague, 1995), la cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing, 1995) y la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo (El Cairo, 1994).

El derecho humano a la no discriminación consagrado en el artículo 1o. de la Constitución Federal confiere a la mujer el derecho a la igualdad con el hombre tanto en la familia como en la sociedad y en el artículo 4o. se reconoce la procreación como un derecho tanto para hombres como mujeres.

Es importante reconocer el rol que las mujeres tienen en la sociedad pues no son únicamente fuente de cuidados de los hijos sino también contribuyen al sustento de sus familias mediante su incorporación al mercado de trabajo.

La maternidad se relaciona con la reproducción del ser humano, del cual surgen derechos y obligaciones. A nivel internacional existen diversos instrumentos que fundamentan la protección de la maternidad, entre ellos, los siguientes:

Declaración Universal de Derechos Humanos

En el artículo 25, numeral 2 dispone que: “La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales.”

Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer

En el artículo 11, numeral 2, dispone:

“Artículo 11.

1. ...

2. A fin de impedir la discriminación contra la mujer por razones de matrimonio o maternidad y asegurar la efectividad de su derecho a trabajar, los Estados Partes tomarán medidas adecuadas para:

a. Prohibir, bajo pena de sanciones, el despido por motivo de embarazo o licencia de maternidad y la discriminación en los despidos sobre la base de estado civil;

b. Implantar la licencia de maternidad con sueldo pagado o con prestaciones sociales comparables sin pérdida del empleo previo, la antigüedad o beneficios sociales;

c. Alentar el suministro de los servicios sociales de apoyo necesarios para permitir que los padres combinen las obligaciones para con la familia con las responsabilidades del trabajo y la participación en la vida pública, especialmente mediante el fomento de la creación y desarrollo de una red de servicios destinados al cuidado de los niños;

d. Prestar protección especial a la mujer durante el embarazo en los tipos de trabajos que se hay probado puedan resultar perjudiciales para ella.

3. ...”

Convenio sobre la seguridad social (norma mínima), 1952 (número 102)

“Artículo 49.

1. En lo que respecta al embarazo, al parto y sus consecuencias, las prestaciones médicas de maternidad deberán comprender la asistencia médica mencionada en los párrafos 2 y 3 de este artículo.

2. La asistencia médica deberá comprender, por lo menos:

(a) la asistencia prenatal, la asistencia durante el parto y la asistencia puerperal prestada por un médico o por una comadrona diplomada; y

(b) la hospitalización, cuando fuere necesaria.

3. La asistencia médica mencionada en el párrafo 2 de este artículo tendrá por objeto conservar, restablecer o mejorar la salud de la mujer protegida, así como su aptitud para el trabajo y para hacer frente a sus necesidades personales.

4. Las instituciones o los departamentos gubernamentales que concedan las prestaciones médicas de maternidad deberán estimular a las mujeres protegidas, por cuantos medios puedan ser considerados apropiados, para que utilicen los servicios generales de salud puestos a su disposición por las autoridades públicas o por otros organismos reconocidos por las autoridades públicas.”

Convención sobre los Derechos del Niño

Artículo 24

1. Los Estados Partes reconocen el derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud y a servicios para el tratamiento de las enfermedades y la rehabilitación de la salud. Los Estados Partes se esforzarán por asegurar que ningún niño sea privado de su derecho al disfrute de esos servicios sanitarios.

2. Los Estados Partes asegurarán la plena aplicación de este derecho y, en particular, adoptarán las medidas apropiadas para:

a) ...

b) ...

c) ...

d) Asegurar atención sanitaria prenatal y postnatal apropiada a las madres;

e) ...

f) ...

3. ...

4. ...”

De estos instrumentos internacionales se desprende que los derechos que pueden concretarse de la maternidad son cuidar la condición fisiológica, cuidar el desarrollo del producto de la concepción, contar con atención médica especializada para la madre y para el hijo aún no nacido, disfrutar de descansos para atender el alumbramiento y para cuidar al recién nacido, conservar el empleo con la remuneración y los derechos inherentes al mismo.

Conforme a nuestro marco jurídico, una trabajadora al quedar embarazada adquiere diversos derechos consagrados en el artículo 123, Apartado A, fracción V y Apartado B, fracción XI, inciso c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, entre ellos:

• Durante el embarazo no realizará trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación

• Gozará forzosamente de un descanso de seis semanas anteriores a la fecha fijada aproximadamente para el parto y seis semanas posteriores al mismo, debiendo percibir su salario íntegro y conservar su empleo y los derechos que hubieren adquirido por la relación de trabajo.

• En el período de lactancia tendrá dos descansos extraordinarios por día, de media hora cada uno para alimentar a sus hijos;

De estos derechos, para efectos de la presente iniciativa, destaca el descanso de seis semanas anteriores y seis posteriores al parto en términos del Apartado A del artículo 123 y de un mes anterior y dos meses posteriores al parto conforme al Apartado B del mismo precepto, regla que está por debajo de los estándares internacionales, pues conforme al Convenio 183 relativo a la revisión del Convenio sobre la protección de la maternidad, 2000, de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), toda mujer tendrá derecho a una licencia de maternidad de una duración de al menos catorce semanas.

De acuerdo con el estudio “La maternidad y la paternidad en el trabajo” de la OIT, entre los 185 países y territorios objeto de análisis:

• El 53 por ciento (98 países) cumple con la norma de la OIT de la licencia de 14 semanas como mínimo;

• 42 países cumplen o superan la licencia propuesta de 18 semanas;

• 60 países conceden una licencia de entre 12 y 13 semanas, inferior a la duración prevista en el Convenio núm.183;

• Solo el 15 por ciento (27 países) concede menos de 12 semanas.

Atendiendo al Convenio 183 de la OIT, con la presente iniciativa se propone reformar el artículo 123, Apartado A, fracción V y Apartado B, fracción XI, inciso c) constitucional para aumentar la licencia de maternidad de 12 a 14 semanas, en consideración a que el embarazo, el parto y el período puerperal son tres fases de la vida procreadora de una mujer en las que existen peligros especiales para su salud que requieren una protección especial en el lugar de trabajo.

Para una gestación segura es necesario el cuidado de la salud para detectar factores de riesgo que puedan ser corregidos o manejados y se logre un embarazo saludable, parto y puerperio seguros y un recién nacido sano.

La licencia de maternidad es un derecho de las madres trabajadoras durante la última fase del embarazo y después del parto. La licencia de maternidad pre-natal está encaminada a proteger el desarrollo del feto y permitir el nacimiento de un bebé sano y la licencia de maternidad post-parto está relacionada con el periodo de lactancia.

La importancia de la lactancia para la nutrición infantil y para la prevención de la morbilidad y mortalidad infantil, así como la prevención de enfermedades crónicas, es bien reconocida.

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS) la lactancia materna es una de las formas más eficaces de asegurar la salud y la supervivencia de los niños. Si se empezase a amamantar a cada niño en la primera hora tras su nacimiento, dándole solo leche materna durante los primeros seis meses de vida y siguiendo dándole el pecho hasta los dos años, cada año se salvarían unas 800 mil vidas infantiles.

La lactancia materna es la forma más natural y accesible de contribuir a la salud y supervivencia de las niñas y los niños porque la leche materna tiene anticuerpos que protegen de infecciones y alergias; es de fácil digestión, lo que disminuye los cólicos del bebé; tiene los líquidos y electrolitos suficientes para su hidratación; es rica en vitamina A y factor de crecimiento que reduce la severidad de algunas infecciones como sarampión y diarreas; tiene la mejor biodisponibilidad de hierro, calcio, magnesio y zinc; reduce 1.5 a 5 veces el riesgo de muerte súbita, favorece el desarrollo emocional e intelectual y previene problemas de salud mental a futuro.

La leche materna disminuye el riesgo de enfermedades prevalentes en la infancia como: Otitis media aguda, dermatitis atópica, infecciones gastrointestinales, asma y alergias e infecciones de vías respiratorias.

A su vez tiene beneficios inmediatos y futuros en la salud de la madre y el hijo y en forma paralela tiene efectos positivos en la economía de las empresas ya que mejora sustancialmente la salud de la madre y de su hijo, reduciendo hasta en 35 por ciento la ocurrencia de enfermedades en el primer año; reduce el ausentismo lo que se traduce 30-70 por ciento de menos faltas; reduce el costo de atención a la salud; reduce el número de permisos para asistir a consulta médica para la trabajadora o para su hijo, así como las licencias para cuidarlo por enfermedad.

El aumento a catorce semanas de licencia de maternidad conforme a los estándares internacionales implica importantes beneficios tanto para la madre trabajadora como para su bebé, al igual que para las empresas.

Fundamentación

Artículos 1, 4, 71, fracción II, 73, fracción XXX y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3o., numeral 1, fracción VIII; 6, numeral 1, fracción I; 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

Denominación del proyecto

Decreto por el que se reforman la fracción V del Apartado A y el inciso c) de la fracción XI del Apartado B, del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo Único. Se reforman la fracción V del Apartado A y el inciso c) de la fracción XI del Apartado B, del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 123. ...

...

A. ...

I.a IV. ...

V.Las mujeres durante el embarazo no realizarán trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación; gozarán forzosamente de un descanso de seis semanas anteriores a la fecha fijada aproximadamente para el parto y ocho semanas posteriores al mismo, debiendo percibir su salario íntegro y conservar su empleo y los derechos que hubieren adquirido por la relación de trabajo. En el período de lactancia tendrán dos descansos extraordinarios por día, de media hora cada uno para alimentar a sus hijos.

VI. a XXXI. ...

B....

I. a X. ...

XI....

a)a b)...

c)Las mujeres durante el embarazo no realizarán trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación; gozarán forzosamente de cuatro semanas de descanso antes de la fecha fijada aproximadamente para el parto y de otras diez después del mismo, debiendo percibir su salario íntegro y conservar su empleo y los derechos que hubieren adquirido por la relación de trabajo. En el período de lactancia tendrán dos descansos extraordinarios por día, de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos. Además, disfrutarán de asistencia médica y obstétrica, de medicinas, de ayudas para la lactancia y del servicio de guarderías infantiles.

d)a f)...

...

XII.a XIV....”

Transitorios

Primero.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.Dentro del año siguiente a la entrada en vigor del presente decreto, el Congreso de la Unión deberá realizar las adecuaciones normativas correspondientes de conformidad con lo previsto en este decreto.

Notas:

1 http://cuentame.inegi.org.mx/poblacion/hogares.aspx?tema=P

2 Adoptada el 10 de diciembre de 1948.

3 Adoptada el 18 de diciembre de 1979, suscrita por México el 17 de julio de 1980 y ratifica da el 23 de marzo de 1981.

4 En vigor 27 de abril de 1955, ratificado por México el 12 de octubre de 1961.

5 Adoptada el 20 de noviembre de 1989, en vigor el 2 de septiembre de 1990. Firmada por México el 26 de enero de 1990 y ratificada el 21 de septiembre de 1990.

6 http://www.who.int/features/factfiles/breastfeeding/es/

7 V. Guía Práctica Lactancia materna en el lugar de trabajo para empresas e instituciones medianas y grandes. IMSS-UNICEF, [en línea], disponible en página web

https://www.unicef.org/mexico/spanish/guialactancialess.pdf

8 V. Guía Práctica Lactancia materna en el lugar de trabajo para empresas e instituciones medianas y grandes. IMSS-UNICEF, [en línea], disponible en página web

https://www.unicef.org/mexico/spanish/guialactancialess.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, a 21 de marzo de 2017.— Diputadas y diputados: Lorena Corona Valdés,Alberto Silva Ramos, Beatriz Vélez Núñez, Edna Ileana Dávalos Elizondo, Erick Alejandro Lagos Hernández, Flor Estela Rentería Medina, Francisco Saracho Noveles, Heidi Salazar Espinosa, Jesús Sesma Suárez, María Verónica Muñoz Parra, Miguel Ángel Salim Alle, Santos Garza Herrera (rúbricas).»

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Gracias, diputada Corona Valdés. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

Esta Presidencia desea saludar la presencia en este recinto de alumnos de la Escuela Nacional Preparatoria número 4, perteneciente a la Universidad Nacional Autónoma de México, invitados por el diputado José de Jesús Galindo Rosas. Sean ustedes bienvenidos a este recinto parlamentario.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Tiene la palabra, por cinco minutos, el diputado Erik Juárez Blanquet, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Erik Juárez Blanquet:Con su permiso, señora presidenta. Compañeras y compañeros legisladores, vengo a presentar una iniciativa para reformar el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de establecer la prohibición del matrimonio infantil en todas las entidades federativas.

Quiero decirles que desde hace muchos años, México ha participado muy activamente en las convenciones internacionales por la defensa de los derechos de los menores, de los niños, las niñas y los adolescentes. Incluso, desde el año de 1989, el gobierno de nuestro país suscribió la Convención Internacional sobre los Derechos de los Niños y con ello se comprometió a cumplir una serie de medidas para garantizar en todo el país la protección y el bienestar de las personas menores de 18 años.

Posteriormente, como parte de los compromisos asumidos por el gobierno mexicano a nivel internacional, el Congreso de la Unión aprobó una reforma constitucional a los artículos 4o. y 73 para establecer que el Estado mexicano velaría por el cumplimiento del principio del interés superior de la niñez y garantizaría de esa manera plena el ejercicio de sus derechos.

Esta reforma constitucional salvaguardó los derechos de los menores y también ordenó al Congreso de la Unión a expedir leyes que establezcan la concurrencia entre la federación y las entidades federativas, en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes, velando, insisto, por el interés superior de los mismos y cumpliendo con los tratados internacionales de la materia de los que México forma y es parte.

En cumplimiento de su deber constitucional, el Congreso de la Unión expidió en el año 2014 la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. En ella estableció principios generales y disposiciones muy específicas que mandata a las legislaturas locales de las entidades federativas de nuestro país a reformar sus ordenamientos en un plazo de 180 días naturales, a fin de establecer como requisito para contraer matrimonio el contar con la mayoría de edad.

De manera significativa y simultánea, con este esfuerzo legislativo, la Conago, la Comisión Nacional de Gobernadores, también emprendió acciones para impulsar acuerdos a nivel local, a fin de homologar las legislaciones locales con los principios de los derechos humanos plasmados en la Constitución y con las disposiciones de la Ley General.

Como fruto de estos acuerdos, varios congresos locales ya actualizaron su marco jurídico y aprobaron reformas para proteger el interés superior de la niñez y establecer, dentro de los requisitos para contraer matrimonio, el contar con los 18 años de edad.

Sin embargo, compañeros y compañeras, a pesar de estos acuerdos, aun existen nueve entidades federativas en nuestro país que se resisten a cambiar sus ordenamientos y aun mantienen el matrimonio infantil dentro de sus códigos civiles y familiares.

Tal es el caso de los estados de Sonora, Tabasco, Guanajuato, Baja California, Chihuahua, Durango, Guerrero, Nuevo León y, aunque no lo crean –con todo y su nueva Constitución–, la Ciudad de México, en donde el matrimonio infantil es legal, lo cual es muy lamentable porque representa una violación a los derechos humanos y una transgresión a la dignidad y al desarrollo de los menores.

Además, coloca a nuestro país como el ejemplo de la vergüenza mundial, porque al mantener el matrimonio infantil en por lo menos nueve entidades del país, estamos siendo omisos con principios fundamentales y estamos consintiendo una situación que es considerada por las Naciones Unidas como abuso infantil y explotación en contra de los menores, y lo peor, que esto se lleve a cabo bajo el amparo y al margen de la ley.

Por todo lo antes expuesto, considero que es indispensable establecer a rango constitucional la prohibición del matrimonio infantil, ya que como legisladores federales tenemos la responsabilidad de proteger el bienestar y el desarrollo de los niños y las niñas y los adolescentes de este país.

Así que yo hago voto, compañeros y compañeras, porque las cámaras de este Congreso tengan la sensibilidad suficiente para avalar dicha reforma. Es cuanto, muchísimas gracias.

«Iniciativa que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Erik Juárez Blanquet, del Grupo Parlamentario del PRD

Planteamiento del problema

A pesar de que desde 2014, año en el que fue expedida la Ley General de los derechos de niñas, niños y adolescentes ya se establece en su artículo 45 una disposición muy clara para que las leyes de las entidades federativas establezcan como requisito para contraer matrimonio el contar con mayoría de edad, en la actualidad aún existen varias entidades del país que son completamente omisas de esta disposición de carácter general dentro de sus ordenamientos locales.

Tal es el caso de Sonora, Tabasco, Guanajuato, Baja California, Chihuahua, Durango, Ciudad de México, Guerrero y Nuevo león, que permiten ya sea en sus Códigos Civiles, como en sus Códigos Familiares, la posibilidad de que los menores de edad puedan contraer matrimonio con personas adultas o bien con otros menores y solo basta que obtengan el permiso de sus padres para poder llevar a cabo el vínculo matrimonial, lo cual es violatorio de los derechos humanos, así como del principio constitucional relativo al interés superior de la niñez, además de que esta situación es considerada por Naciones Unidas como la manera más generalizada que existe de abuso sexual y explotación en contra de los menores.

Por tal motivo, es imprescindible establecer en el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la prohibición del matrimonio infantil, que es justamente lo que motiva la presente iniciativa que ponemos a consideración de esta honorable asamblea.

Argumentos

A nivel internacional, nuestro país ha sido muy activo en la defensa de los derechos de los menores. En el año de 1989 por ejemplo, participó en la Convención de los Derechos de la Infancia, en 1990 participó en la Cumbre Mundial en favor de la Infancia, en el 2002 participó también en la Sesión Especial de la Asamblea General de Naciones Unidas sobre la infancia.

En el año de 1989 suscribió la Convención sobre los Derechos de los niños y con ello se comprometió a cumplir una serie de medidas para garantizar en todo el país la protección y el bienestar de las personas menores de 18 años.

Sin embargo, ya han transcurrido veintiocho años desde que nuestro país asumió diversos compromisos en favor de los derechos de los niños y lamentablemente no hay muchos avances notables hasta ahora.

Desde que se expidió la Ley General de los derechos de niñas, niños y adolescentes algunas legislaturas locales se han dado a la tarea de actualizar su marco jurídico y ya han establecido el requisito de contar con mayoría de edad para poder contraer matrimonio.

Sin embargo, como ya se ha mencionado anteriormente, aún existen nueve entidades del país en las que prácticamente es legal el matrimonio forzado con menores y por lo tanto es legal lo que desde la perspectiva de derechos humanos se conoce como abuso sexual en contra de los niños.

Cabe señalar que la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 establece el “derecho a elegir y aceptar libremente el matrimonio” porque se trata de un compromiso que debe ser producto de una decisión personal entre personas adultas sin la interferencia de nadie más, mucho menos cuando se trata de personas que aún están en proceso de desarrollo.

Está claro que en los estados de Sonora, Tabasco, Guanajuato, Baja California, Chihuahua, Durango, Guerrero y Nuevo león, así como en la Ciudad de México se están violando principios de derechos humanos establecidos en nuestra Constitución y también están actuando contrariamente a lo que establece la Ley General de los Derechos de niñas, niños y adolescentes, así como en las convenciones internacionales suscritas por nuestro país.

Consideramos que solamente elevando a rango constitucional la prohibición del matrimonio infantil en todo el país, lograremos garantizar el principio del interés superior de la niñez y evitar con ello que las propias leyes locales consientan que se siga transgrediendo la dignidad y el desarrollo de los menores.

Fundamento legal

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de:

Decreto por el que se adiciona el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para elevar a rango constitucional la prohibición del matrimonio infantil.

Único. Se adiciona un décimo primer párrafo y se recorren los dos subsecuentes párrafos del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

Artículo 4o. (...)

(...)

(...)

(...)

(...)

(...)

(...)

(...)

(...)

(...)

(...)

Queda prohibido en todas las entidades del país el matrimonio infantil.

(...)

(...)

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de marzo de 2017.— Diputado y diputada: Erik Juárez Blanquet,María Concepción Valdes Ramírez (rúbricas).»

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Gracias, diputado Juárez Blanquet. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Tiene la palabra por cinco minutos la diputada Lorena del Carmen Alfaro García, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 28 y 110 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La diputada Lorena del Carmen Alfaro García:Con su venia, presidenta. Compañeros diputados y diputadas, en los últimos años se han consolidado diversas reformas estructurales, entre ellas la reforma energética y la reforma del combate a la corrupción.

La primera pretende fortalecer las instituciones del Estado, encargadas de la dirección de la política energética para optimizar y potencializar la capacidad que tiene México en este rubro, garantizando el control que tiene el Estado en todas las etapas de la producción de hidrocarburos y generación de energía.

Es así que se fortalecieron las atribuciones tanto de la Secretaría de Energía, como rectora de la política pública, como de las comisiones Nacional de Hidrocarburos y Reguladora de Energía.

Para ello también se transformaron a dos de las principales paraestatales del gobierno federal en empresas productivas del Estado, por lo que tanto Pemex como Comisión Federal de Electricidad, tienen ahora mayor independencia en su gestión, sin dejar de rendir cuentas al Ejecutivo federal.

Por su parte y de manera fundamental, para generar desarrollo y sobre todo en los tiempos como los actuales, el manejo de los recursos energéticos debe llevarse a cabo con la mayor eficiencia y con total transparencia y responsabilidad.

Es por ello que el día de hoy propongo ante esta tribuna que tanto los titulares de las empresas productivas del Estado como los comisionados que integran los órganos reguladores, coordinados en materia energética, sean sujetos de juicio político. Los titulares de las empresas productivas del Estado no deben quedar exentos de la vigilancia por parte de esta soberanía, y ello es lógico en atención a lo siguiente:

Primero, las empresas productivas del Estado son del gobierno federal, y sus titulares son nombrados por éste y aunque tienen un régimen especial, el Congreso de la Unión no puede mantenerse ajeno al ejercicio eficiente sus funciones.

Por otro lado, los comisionados de las Comisiones Nacional de Hidrocarburos y Reguladora de Energía, fueron nombrados a propuesta del presidente de la República por el Senado, y ello implica una gran responsabilidad en el ejercicio de sus funciones, pues de hecho son los árbitros en las diversas decisiones que deben tomarse para propiciar mayor y mejor competencia en el mercado de hidrocarburos y electricidad, y que se refleje en beneficio de los consumidores.

En síntesis, la relevancia del trabajo que desempeñan estos servidores públicos y el impacto que tienen en el desarrollo nacional hacen necesario nuevos mecanismos de escrutinio público.

De aprobarse esta propuesta, los comisionados que integran los órganos reguladores coordinados en materia energética, estarían sujetos a juicio político al igual que los comisionados del INAI, los encargados del banco central y los comisionados de la Comisión Federal de Competencia Económica.

Señoras y señores legisladores, en Acción Nacional debemos señalar que la administración y la poca transparencia con la que se ha conducido el actual gobierno en lo relativo a la política energética, deja mucho que desear.

Como ejemplo tenemos el caso del ex titular de Pemex, Emilio Lozoya, quien durante su encargo se dedicó a sangrar la paraestatal a través de gastos excesivos y a todo lujo. Esto está documentado en el informe de la Auditoría Superior de la Federación del 2015, entregado a esta Cámara y al cual estaremos dando puntual seguimiento.

En el PAN creemos que a la luz de las reformas en materia de combate a la corrupción, los entes públicos mencionados en el rubro energético no pueden quedar exentos de responsabilidades y menos de sanciones ejemplares por aquellas acciones u omisiones que llegaren a realizarse en perjuicio de los intereses públicos nacionales.

En este sentido, la iniciativa que hoy presento cobra gran relevancia, porque constituye un acto que abona a la transparencia y a la rendición de cuentas. Es cuanto, presidenta.

«Iniciativa que reforma los artículos 28 y 110 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Lorena del Carmen Alfaro García, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada Lorena del Carmen Alfaro García, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 6, numeral 1, fracción 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Antecedentes

En el Diario Oficial de la Federación de fecha 20 de diciembre de 2013, se publicó la reforma constitucional en materia energética, mediante la que se reformaron los artículos 25, 27 y 28, misma que podría ser sintetizada en los siguientes términos:

El sector público tendrá a su cargo, de manera exclusiva, las áreas estratégicas que se señalan en el artículo 28, párrafo cuarto de la Constitución, manteniendo siempre el gobierno federal la propiedad y el control sobre los organismos y empresas productivas del Estado que en su caso se establezcan. Tratándose de la planeación y el control del sistema eléctrico nacional, y del servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, así como de la exploración y extracción de petróleo y demás hidrocarburos, la Nación llevará a cabo dichas actividades en términos de lo dispuesto por los párrafos sexto y séptimo del artículo 27 de esta Constitución. En las actividades citadas la ley establecerá las normas relativas a la administración, organización, funcionamiento, procedimientos de contratación y demás actos jurídicos que celebren las empresas productivas del Estado, así como el régimen de remuneraciones de su personal, para garantizar su eficacia, eficiencia, honestidad, productividad, transparencia y rendición de cuentas, con base en las mejores prácticas, y determinará las demás actividades que podrán realizar.” Quinto párrafo del artículo 25.

Consideraciones

De lo anterior se deriva que se fortalezcan las instituciones del Estado encargadas de la dirección de la política en materia energética, tanto la Secretaría de Energía, como las Comisiones Nacional de Hidrocarburos, y Reguladora de Energía, a las que se consideran órganos reguladores coordinados en dicha materia, y se les amplían sus atribuciones para la consecución de mejores resultados conforme a las líneas de acción orientadoras de la estrategia en materia energética. Además para garantizar su independencia, se nombrará a los comisionados mediante terna presentada por el Ejecutivo federal al Senado de la República.

Asimismo, se desprende la necesidad de establecer un régimen especial de control y responsabilidades para las empresas productivas del Estado, en la que se transformarán Petróleos Mexicanos (Pemex) y la Comisión Federal de Electricidad (CFE), para hacer más eficiente su funcionamiento.

Aunado a lo anterior, algunos de los temas que se consideran a lo largo de la reforma constitucional en materia energética, en los que no profundizaremos por no ser materia de la propuesta que esta iniciativa contiene, son: apertura a empresas privadas, nacionales o extranjeras, para la exploración y explotación de hidrocarburos, mediante la celebración de contratos con el Estado; regulación de la ocupación de terrenos en lo que se encuentren los recursos energéticos; fracking o fractura hidráulica; y apertura eléctrica a particulares, mediante la entrega de permisos, entre otros.

Posteriormente, en agosto de 2014 se publicaron las leyes reglamentarias en materia energética, con la armonización legal correspondiente, habiéndose expedido 9 nuevas leyes y reformado 12, mediante las que se regula cada una de las partes consideradas por la Reforma Constitucional.

Ahora bien, por decreto publicado el 27 de mayo de 2015 en el Diario Oficial de la Federación, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos fue reformada en diversos artículos en materia de combate a la corrupción, misma que tiene por objeto la articulación del Sistema Nacional Anticorrupción, cuyas atribuciones se encaminan a la prevención, detección y sanción de faltas administrativas y actos de corrupción, estableciendo que, tanto los servidores públicos como los particulares que incurran en actos de corrupción, serán sancionados y obligados a resarcir el daño patrimonial causado.

Con ello, se pretende articular de mejor manera la coordinación interinstitucional para hacer frente a una necesidad imprescindible para el adecuado desarrollo de la gestión gubernamental, previniendo, investigando y sancionando a quienes dañen a la propia administración, en detrimento de los mexicanos.

Abatir los altos costos que representan para el país el problema de la corrupción y posicionar a México como una nación, que además de prevenir, sanciona estas conductas bajando los niveles de impunidad, atentos a diversos organismos nacionales e internacionales que hacen mediciones en estos campos, es la razón por la que se crea el Sistema Nacional Anticorrupción con el objeto de dar una respuesta sólida y real a los gobernados, quienes son los principales afectados por las malas prácticas.

En periodo extraordinario de junio pasado, se aprobó un primer paquete de reformas que reglamentan dicho mandato constitucional, mediante el que comienza a operar el Sistema Nacional Anticorrupción, a favor de mejores prácticas y abatimiento de la impunidad que tanto daña a nuestro país.

Después de un profundo estudio de las últimas reformas en materia de combate a la corrupción, habiendo determinado que el régimen de control interno y de responsabilidades de las empresas productivas del Estado, es de carácter especial conforme a las reformas de 2013, en estricto cumplimiento del mandato constitucional, y dada la naturaleza tanto de los órganos reguladores coordinados en materia energética, como de los titulares de las empresas productivas del Estado, no pueden quedar fuera del esquema de responsabilidades al que están sujetos los funcionarios de alto nivel cuya encomienda tiene impacto directo en el desarrollo de la propia nación.

Además el propio artículo 25, en el párrafo que hemos transcrito en las líneas que anteceden, señala el control sobre los órganos y empresas productivas del Estado por parte del gobierno federal.

Es así, que al igual que los Comisionados del Instituto Nacional de Acceso a la Información (artículo 6 apartado A fracción VIII -CPEUM), los encargados del Banco Central (séptimo párrafo del artículo 28-CPEUM) y los Comisionados de la Comisión Federal de Competencia Económica (artículo 28 fracción VIII-CPEUM), tanto los comisionados de las comisiones Nacional de Hidrocarburos y Reguladora de Energía, como los titulares de las empresas productivas del Estado, deben ser sujetos de juicio político.

Contenido de la iniciativa

En virtud de lo argumentado anteriormente, se propone la reforma de los siguientes artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:

Artículo 28: Se propone la reforma del párrafo octavo a efecto de incluir la previsión legal para que los comisionados que integren los órganos reguladores en materia energética, puedan ser sujetos de juicio político conforme al mecanismo establecido en la Constitución.

Artículo 110: Se plantea reformar el artículo 110 a efecto de establecer los que los directores generales y sus equivalentes de los organismos descentralizados, empresas productivas del Estado podrán ser sujetos de juicio político.

La presente propuesta apela a la congruencia legislativa, a la legalidad y a la certeza jurídica.

Por lo expuesto y fundado, someto a consideración de esta Honorable Asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Único. Se reforman los artículos 28, párrafo octavo y 110, párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 28. ...

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El Poder Ejecutivo contará con los órganos reguladores coordinados en materia energética, denominados Comisión Nacional de Hidrocarburos y Comisión Reguladora de Energía, en los términos que determine la ley. Los comisionados que integren los órganos reguladores en materia energética, podrán ser sujetos de juicio político conforme a lo dispuesto por el artículo 110 de esta Constitución.

...

Artículo 110. Podrán ser sujetos de juicio político los senadores y diputados al Congreso de la Unión, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los consejeros de la Judicatura Federal, los secretarios de Despacho, el Fiscal General de la República, los magistrados de Circuito y jueces de Distrito, el consejero Presidente, los consejeros electorales y el secretario ejecutivo del Instituto Nacional Electoral, los magistrados del Tribunal Electoral, los integrantes de los órganos constitucionales autónomos, los directores generales y sus equivalentes de los organismos descentralizados, empresas productivas del Estado y empresas de participación estatal mayoritaria, sociedades y asociaciones asimiladas a éstas y fideicomisos públicos.

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...

...

...

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Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el siguiente día al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio de San Lázaro, Ciudad de México, a 16 de marzo 2017.— Diputadas y diputados: Lorena Corona Valdés,Adriana Elizarraraz Sandoval, Alejandra Gutiérrez Campos, Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, Angélica Moya Marín, Ariel Enrique Corona Rodríguez, Arlette Ivette Muñoz Cervantes, Brenda Velázquez Valdez, Carlos Alberto Palomeque Archila, Claudia Sánchez Juárez, Eloisa Chavarrias Barajas, Emma Margarita Alemán Olvera, Gerardo Federico Salas Díaz, Gerardo Gabriel Cuanalo Santos, Gina Andrea Cruz Blackledge, Gretel Culin Jaime, Herminio Corral Estrada, J. Apolinar Casillas Gutiérrez, Jesús Antonio López Rodríguez, José Teodoro Barraza López, Juan Alberto Blanco Zaldívar, Karina Padilla Avila, Karla Karina Osuna Caranco, Leonel Gerardo Cordero Lerma, Leticia Amparano Gamez, Lilia Arminda García Escobar, Luz Argelia Paniagua Figueroa, Macedonio Salomón Tamez Guajardo, Marco Antonio Gama Basarte, María de los Ángeles Rodríguez Aguirre, María del Rosario Rodríguez Rubio, María García Pérez, María Guadalupe Cecilia Romero Castillo, María Mercedes Aguilar López, María Verónica Agundis Estrada, Mayra Angélica Enríquez Vanderkam, Miguel Ángel Salim Alle, Nadia Haydee Vega Olivas, Patricia García García, Pedro Garza Treviño, René Mandujano Tinajero, Ricardo Del Rivero Martínez, Román Francisco Cortés Lugo, Rubén Alejandro Garrido Muñoz, Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa, Víctor Ernesto Ibarra Montoya, Wenceslao Martínez Santos (rúbricas).»

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Gracias, diputada Alfaro García. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.



LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Tiene la palabra por cinco minutos la diputada Verónica Delgadillo García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos, suscrita por los diputados Clemente Castañeda, la diputada Verónica Delgadillo García y el diputado Carlos Lomelí Bolaños, todos del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

La diputada Verónica Delgadillo García:Gracias, señora presidenta. Con su permiso. Compañeras y compañeros, señoras y señores, para poder hablar del bienestar de la humanidad resulta muy importante también hablar de los mecanismos para garantizar un medio ambiente sano para todos nosotros, para el planeta y para todos los que habitan en él.

En México, a pesar de que contamos con diferentes leyes, instituciones y organismos para la protección del medio ambiente, resulta claro y evidente que no contamos con una política eficaz para proteger al medio ambiente. Los esfuerzos que se han llevado hasta el día de hoy han sido insuficientes y lamentablemente en muchas ocasiones estos esfuerzos se han politizado y partidizado, todo esto e detrimento de la calidad del medio ambiente de nuestro país.

Es por esta razón que, aunque México ocupa uno de los primeros lugares en el mundo en biodiversidad, nuestra riqueza de biodiversidad se encuentra amenazada por muchísimos factores, pero sin duda uno de ellos y que puede ser controlado se debe a los desechos y residuos de plásticos que se generan todos los días.

Para dimensionar el tamaño del daño que le estamos haciendo a nuestra naturaleza, al medio ambiente, es importante reflexionar cómo cada día en México y en el mundo entero desechamos muchísima muchísima basura. Este daño implica que todos los días utilizamos bolsas de platico como ésta, indiscriminadamente, llegamos al súper, una, dos o cinco bolsas que nos entregan por solo ir a hacer las compras, o también como vasos de este tipo o de este tipo o los popotes. Todos ellos, todos estos materiales van a dejar una huella contaminante que va a permanecer en este planeta mucho más tiempo que todos nosotros. Esa huella contaminante puede tardar incluso hasta mil años en desaparecer en el caso de los vasos de unicel.

En México, para que tomen nota, cada año se generan 6.1 millones de toneladas de residuos plásticos, y de esos, 270 mil toneladas van directamente a nuestros mares dañando la vida de todas las especies que ahí habitan.

Además del evidente daño que nosotros estamos generando al medio ambiente, estos residuos plásticos que son altamente contaminantes, afectan la salud de todos nosotros. Y para que tomen en cuenta, se dice, lo dice el Imco, que 5 mil muertes y 700 millones de pesos al año son generados por cuestiones relacionadas con los contaminantes que generan este tipo de plásticos, con los contaminantes que generan este tipo de productos y desechos.

Es por eso que el día de hoy mis compañeros, Clemente Castañeda, Carlos Lomelí y su servidora, presentamos esta iniciativa que busca fundamentalmente dos cosas. La primera es prohibir el uso de bolsas de plástico, que ya lo han logrado algunos otros países, como Marruecos, Mauritania, Uganda, entre otros. También prohibir el uso de popotes, que son altamente dañinos, algunos de ustedes pueden acceder a videos en internet, en los que estos productos son extraídos de tortugas o de ballenas, y también de prohibir el uso del material de unicel, que como les decía tarda hasta mil años en desaparecer de la tierra.

Esta es la primera parte de la iniciativa, y la segunda busca crear un programa nacional de manejo y sustitución plásticos, que reemplace todos estos productos por otros que hayan sido hechos con materiales biodegradables, que no van a dañar a nuestro medio ambiente.

Esta propuesta se suma a una serie de iniciativas que ya hemos presentado en Movimiento Ciudadano, que sin duda buscan proteger y cuidar el medio ambiente y también la salud de todos nosotros.

Señoras y señores, es realmente increíble cómo objetos como estos, que los usamos solo por fracciones mínimas de tiempo, que además no son indispensables para nuestra vida, vayan a permanecer en este planeta mucho más que civilizaciones enteras.

Es indignante que por nuestro egoísmo como seres humanos y por nuestra irresponsabilidad, la vida de especies animales esté en peligro, debido a todas las toneladas de basura de desecho plástico que lanzamos a nuestros mares y a nuestras tierras. Los seres humanos tenemos la responsabilidad ética de cuidar el medio ambiente.

Compañeros y compañeras, hagamos que nuestro legado, que el legado de nuestra civilización no sean toneladas de basura, y en tanto que se aprueba esta iniciativa, los invito a que conscientes del daño que tiene para el deterioro del medio ambiente, de la naturaleza, de los animales que habitan en ella e incluso el deterioro a nuestra salud, cada que lleguemos a un espacio comercial, a un supermercado, podamos contestar, sin olvidar que todos los esfuerzos que estamos haciendo pueden transformar la realidad de este planeta y que cada que lleguemos a estos espacios, no nos olvidemos de decir: sin bolsa, por favor. La naturaleza nos lo agradecerá, muchas gracias.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, suscrita por los diputados Clemente Castañeda Hoeflich, Verónica Delgadillo García y Carlos Lomelí Bolaños, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Los suscritos, Clemente Castañeda Hoeflich, Verónica Delgadillo García y Carlos Lomelí Bolaños, diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo establecido por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración la siguiente iniciativa con proyecto de decreto mediante el cual se reforman y adicionan distintas disposiciones a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de protección ambiental bajo la siguiente:

Exposición de Motivos

“Los científicos pueden plantear los problemas que afectarán al medio ambiente con base en la evidencia disponible, pero su solución no es responsabilidad de los científicos, es de toda la sociedad”.

Mario Molina, Premio Nobel de Química.

I. La actividad del ser humano en busca de un mayor desarrollo, principalmente en el sector económico, ha llegado a impactar de manera directa en el medio ambiente así como en el futuro de la naturaleza, debido principalmente a los efectos negativos que el cambio climático ha generado tanto en la naturaleza como en la vida del ser humano.

Es por ello que resulta necesario fortalecer la agenda y las acciones institucionales de protección del medio ambiente y de mitigación de las causas que ocasionan el cambio climático.

En este sentido, el uso de plásticos, aunque definitivamente ha permitido revolucionar el consumo de bienes y servicios, también se ha acompañado de una serie de consecuencias que han ocasionado un impacto negativo en el medio ambiente. Lo anterior aunado a una serie de factores que incrementan exponencialmente el daño que puede ocasionar el destino final de un producto plástico, como son la falta de una costumbre de reciclaje y las deficientes políticas públicas para su recolección, separación y reúso.

Actualmente a nivel mundial, la producción anual de plástico se cuenta en cientos de millones de toneladas, de las cuales únicamente diez por ciento se produce con derivados provenientes de recursos renovables, lo que resulta preocupante dadas las repercusiones que la lenta descomposición del plástico tiene en el medio ambiente:

“Se estima que unas 311 millones de toneladas de plástico se producen anualmente en todo el mundo; 90 por ciento de éstos se derivan de recursos no renovables. Una parte considerable de estos plásticos es utilizado para el embalaje (tales como botellas de bebidas), pero sólo 14 por ciento se recoge para su reciclaje. La mayoría de los plásticos se degradan muy lentamente, lo que constituye un peligro ambiental importante, especialmente para los océanos, donde los microplásticos son un asunto de gran preocupación.”

La preocupación en torno a los microplásticos deriva de que el tamaño de estos residuos permite que sean consumidos por una gran cantidad de seres vivos:

“Dadas las preocupaciones sobre los microplásticos, la tentación por acabar con el problema puede ser la de simplemente ‘limpiar’, pero la eliminación sustancial de los desechos microplásticos en el medio ambiente no es factible. La identificación y eliminación de algunas de las principales fuentes de entrada de los residuos plásticos es una ruta más prometedora, ya que se reduce el consumo y se deja de considerar a los residuos plásticos como una fuente de recursos. [...].”

México se encuentra dentro de los países que desechan más plástico al mar en relación al que se produce, y no existe una política pública clara que combata directamente este problema. La Asociación Nacional de Industriales del Plástico (ANIPAC), afirma que “cuenta casi con 4 mil empresas. Del total de éstas, las dedicadas a la producción de bolsas de polietileno en México son alrededor de 700”. La ANIPAC estima una producción anual de más de 600 mil toneladas de plástico en México.

El incremento en productos plásticos y su mal manejo como residuos generan una serie de efectos negativos para el bienestar de la naturaleza, y en consecuencia para la salud del ser humano. Por ejemplo, el simple origen de este tipo de productos ocasiona una “excesiva presión sobre las limitadas fuentes de energía no renovables”, así como una peligrosidad al acumularse en rellenos sanitarios, ríos, lagos y océanos, debido a la liberación de componentes potencialmente tóxicos:

“Los beneficios en el uso de plásticos pueden llegar a tener un alto precio en términos de salud humana y del medio ambiente. El contacto continuo con productos de plástico, pueden ocasionar efectos potencialmente nocivos al formarse concentraciones químicas de estado estacionario en el cuerpo humano.”

Dentro de los efectos perjudiciales que se pueden presentar en la salud del ser humanos se encuentran: la resistencia a la insulina, el aumento en la circunferencia de la cintura y cambios en los sistemas reproductores de la mujer y del hombre.

“Los plásticos biodegradables aparentemente pueden degradarse en el medio ambiente, pero sus componentes todavía pueden representar un riesgo. La incineración libera gases de efecto invernadero que se encuentran asociados con el cambio climático. Y con el vertido de plásticos en grandes volúmenes, además de ser un uso impráctico de la tierra, se corre el peligro de que los componentes químicos de los plásticos se filtren en los mantos acuíferos”

La mayor fuente de daños ambientales y de los efectos negativos relacionados con el uso excesivo de productos de plástico, se encuentran vinculados principalmente con aquellos plásticos cuyo uso es prácticamente momentáneo, es decir, artículos que se consumen sólo por un momento y que terminan siendo desechados después de su breve uso, pero que necesitarán cientos de años para poder desintegrarse.

Es importante destacar que si bien la industria del plástico cuenta con una participación económica en México considerable, también se ha convertido en una generadora de costos dados los efectos de la contaminación ambiental. Por ejemplo, la contaminación del aire afecta la salud de las personas, “lo que genera altos costos en el sistema de salud y reduce la productividad de los trabajadores. Dichos impactos limitan la competitividad de las ciudades, pues afecta la calidad de vida de los ciudadanos, ahuyenta al talento y, por tanto, puede incluso limitar la llegada de nuevas inversiones.”

El Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), únicamente tomando en cuenta elementos sobre la calidad del aire y su contaminación, estimó que ésta anualmente se relaciona con más de 5 mil muertes, cerca de 14 mil hospitalizaciones, casi 819 consultas médicas, con 3 mil 396 millones de pesos al año por pérdidas en productividad y con 728 millones de pesos al año por gastos en salud. En general el costo por la contaminación ambiental en el país se estima en los 540 mil millones de pesos.

II.Actualmente alrededor del mundo existen casos exitosos de regulación, producto de disposiciones legales, políticas públicas e incluso iniciativas ciudadanas de concientización, sobre el uso de plásticos así como de su prohibición, principalmente en la cadena de comercialización de productos, particularmente en las bolsas que son utilizadas para transportar alimentos, y que generalmente son entregadas de manera gratuita en supermercados o negocios similares.

Un ejemplo es el proyecto de ley número 77-15 de Marruecos, en el que se estableció la prohibición para la fabricación, importación, exportación, comercialización y uso de bolsas de plástico, sustituyéndolas con otras opciones como productos hechos de mimbre o de tela. Anteriormente, en 2013, la República de Mauritania llevó a cabo un decreto similar para regular el uso de bolsas de plástico, donde se estableció la prohibición desde su fabricación hasta su uso. Otros países africanos se han unido a este tipo de medidas que buscan revertir el daño que están ocasionando los productos de plástico en el medio ambiente, como Kenia, Uganda, Ruanda entre otros.

Estados Unidos de América, que es uno de los principales países productores y consumidores de plástico, aunque también hay que destacar que es uno de los que tienen menos fugas de desechos al océano, cuenta con diferentes disposiciones legales que regulan y prohíben el uso de plásticos a nivel de sus estados. Por ejemplo, en los estados de Arizona, California, Delaware, Distrito de Columbia, Idaho, Illinois, Maine, Missouri, Nueva York y Carolina del Norte existen diversas disposiciones enfocadas a reducir, prohibir y reciclar el uso de bolsas de plástico.

En México contamos con la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, la cual tiene por objeto garantizar el derecho de las personas a un medio ambiente sano y propiciar el desarrollo sustentable a través de la prevención de la generación, valorización y gestión integral de los residuos. La única regulación respecto a la producción y uso de plásticos se señala en el artículo 7 fracción VI de dicha ley, la cual faculta expedir normas oficiales mexicanas, en las cuales la federación debe establecer las especificaciones y criterios que se deben cumplir para la elaboración de productos de plástico.

“VI. Expedir las normas oficiales mexicanas que establezcan, entre otros, los criterios de eficiencia ambiental y tecnológica que deben cumplir los materiales con los que se elaborarán productos, envases, empaques y embalajes de plásticos y poliestireno expandido que al desecharse se convierten en residuos. Dichas normas deberán considerar los principios de reducción, reciclaje y reutilización en el manejo de los mismos.”

Esta disposición nos parece insuficiente de cara a los retos y a la problemática que representa el manejo de residuos de plástico. Por ello, en Movimiento Ciudadano consideramos que el Estado mexicano debe hacer un amplio esfuerzo para regular de manera eficiente y con visión de largo plazo el manejo de residuos de plástico.

III. El presente proyecto de decreto tiene como fundamento los artículos 1o., 4o., y 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los cuales establecen, respectivamente, los principios generales respecto al goce y protección de los derechos humanos, el derecho a un medio ambiente sano, y que el impulso de la economía deberá acompañarse de una visión de conservación del medio ambiente. El artículo 1o. de la Constitución señala:

“Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

[...]

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley”

Por su parte, el artículo 4o., quinto párrafo de la misma Constitución, establece:

“Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.”

Finalmente, el artículo 25 de la Constitución, en su séptimo párrafo, señala:

“Bajo criterios de equidad social, productividad y sustentabilidad se apoyará e impulsará a las empresas de los sectores social y privado de la economía, sujetándolos a las modalidades que dicte el interés público y al uso, en beneficio general, de los recursos productivos, cuidando su conservación y el medio ambiente.”

De lo anterior se deriva, entre otras cosas, que el goce de los derechos humanos reconocidos por la Constitución requiere de manera clara de la protección y conservación del medio ambiente, dado que su condición está relacionada con el resto de derechos humanos.

La presente iniciativa tiene como finalidad combatir el impacto negativo de los residuos plásticos en nuestro país. Para lograrlo será indispensable modificar ciertos patrones de consumo, y por lo tanto incidir desde el ámbito legislativo con medidas de regulación específicas en el uso de productos de plástico.

Mediante la presente iniciativa se proponen reformas a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, contemplando las siguientes medidas específicas:

• Establecer la política para remplazar los productos y empaques de plástico utilizados para la distribución, comercialización y transporte de otros productos, por instrumentos hechos de bioplásticos, biodegradables y de rápida descomposición, para lo cual deberán delinearse acciones para la prohibición y sustitución de bolsas de plástico.

• Se deberá diseñar un reglamento y un programa nacional de manejo y sustitución de plásticos, que deberá ser adoptado por las instituciones de los tres órdenes de gobierno.

• Se incluye la obligación por parte de la federación, de las entidades federativas y municipios para reemplazar productos de plástico por productos no plásticos, biodegradables y amigables con el medio ambiente.

• Las entidades federativas deberán legislar en esta materia, diseñando políticas para eliminar y sustituir las bolsas de plástico.

• Se propone la prohibición en el uso de bolsas y popotes de plástico, así como de productos de poliestireno expandido (unicel) para el consumo y transporte de alimentos, a menos que por cuestiones de higiene y salubridad no sea posible sustituirlos.

Hoy el Estado mexicano debe estar preocupado por la estabilidad y bienestar de la naturaleza, así como por la conservación de un medio ambiente sano, dado que de éste depende el ejercicio pleno de los derechos de los ciudadanos. Por ello, resulta fundamental armonizar las políticas de desarrollo económico con una visión de protección y cuidado del medio ambiente, así como los hábitos de consumo con prácticas de conservación ambiental.

La presenta iniciativa busca contribuir a delinear políticas públicas adecuadas y avanzadas en el manejo de plásticos en México, con el objetivo de contribuir a la conservación del medio ambiente y la concientización de los ciudadanos en la tarea que todos tenemos en su cuidado.

Por todo lo anteriormente expuesto se somete a la consideración la siguiente iniciativa con proyecto de:

Decreto que reforma y adicionan distintas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos en materia de protección ambiental

Artículo Único. Se reforman la fracción I y VI del artículo 7, las fracciones I y II del artículo 9, la fracción V del artículo 10, el primer párrafo del artículo 18 y del 26, la fracción XIV del artículo 96, el segundo párrafo del artículo 100 y la fracción XXIV del artículo 106; y se adicionan una última fracción al artículo 1o., las fracciones XXV y XXVI al artículo 5, recorriéndose las subsiguientes, y un artículo 25 Bis, todos de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, para quedar de la siguiente manera:

Artículo 1. [...]

[...]

I. a XI. [...]

XII. Fortalecer la investigación y desarrollo científico, así como la innovación tecnológica, para reducir la generación de residuos y diseñar alternativas para su tratamiento, orientadas a procesos productivos más limpios;

XIII. Establecer medidas de control, medidas correctivas y de seguridad para garantizar el cumplimiento y la aplicación de esta ley y las disposiciones que de ella se deriven, así como para la imposición de las sanciones que corresponda, y

XIV. Regular el manejo de residuos de bolsas, empaques, embalaje y todo envase de plástico utilizado para la distribución, comercialización, transporte de productos de consumo básico, así como sustituirlos por productos biodegradables.

Artículo 5. Para los efectos de esta ley se entiende por:

I. a XXIV. ...

XXV. Producto Biodegradable: Bien que generan los procesos productivos a partir de la utilización de materiales primarios o secundarios que pueden descomponerse en elementos químicos naturales por la acción de agentes biológicos;

XXVI. Producto Plástico: Bien que generan los procesos productivos a partir de la utilización de materiales provenientes de combustibles fósiles para producir polímeros;

XXVII.Programas: [...];

XXVIII. a XLVI. [...]

XLVII. Vulnerabilidad: [...]

Artículo 7.Son facultades de la federación:

I. Formular, conducir y evaluar la política nacional en materia de residuos así como elaborar el Programa Nacional para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, el Programa Nacional de Manejo y Sustitución de Plásticos,el Programa Nacional para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos de Manejo Especial y el Programa Nacional de Remediación de Sitios Contaminados y coordinar su instrumentación con las entidades federativas y municipios, en el marco del Sistema Nacional de Planeación Democrática, establecido en el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

II. a V. [...]

VI. Expedir el Reglamento sobre Eficiencia Ambiental y Tecnológica que regule las características que deben cumplir los materiales con los que se elaborarán productos, envases, empaques , bolsas y embalajes de plásticos y poliestireno expandido que al desecharse se convierten en residuos. Dicha normativa deberá considerar los principios de reducción, reciclaje y reutilización en el manejo de los mismos y prever, entre otras consideraciones lo siguiente:

a) La prohibición de suministrar bolsas de plástico en establecimientos para la transportación de los productos que comercializan;

b) La prohibición para utilizar productos de poliestireno expandido para ser destinados para el empaque, embalaje, envase o transporte de alimentos;

c) La política de sustitución de popotes para ingerir líquidos, que estará sujeta a que su material de origen no provenga de algún polímero o derivado de recurso no renovable;

d) La directriz sobre el destino final de los residuos plásticos para contar con las condiciones óptimas para su descomposición, y

e) Las hipótesis de sanción por incumplimiento a la presente ley o la normatividad que de ésta emane.

VII. a XXIX. [...]

Artículo 9.Son facultades de las entidades federativas:

I. Formular, conducir y evaluar la política estatal, así como elaborar de manera coordinada con la federación los programas en materia de residuos de manejo especial, acordes al Programa Nacional para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, el Programa Nacional de Manejo y Sustitución de Plásticos,el Programa Nacional para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos de Manejo Especial y el Programa Nacional de Remediación de Sitios Contaminados, en el marco del Sistema Nacional de Planeación Democrática, establecido en el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

II. Expedir conforme a sus respectivas atribuciones, y de acuerdo con las disposiciones de esta ley, en coordinación con la federación y de conformidad con el Programa Nacional para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, el Programa Nacional de Manejo y Sustitución de Plásticos, el Programa Nacional para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos de Manejo Especial y el Programa Nacional de Remediación de Sitios Contaminados, los ordenamientos jurídicos que permitan darle cumplimiento conforme a sus circunstancias particulares, en materia de manejo de residuos de manejo especial, así como de prevención de la contaminación de sitios con dichos residuos y su remediación;

III. a XXI. [...]

[...]

[...]

Artículo 10. [...]

I. a IV. [...]

V. Otorgar las autorizaciones y concesiones de una o más de las actividades que comprende la prestación de los servicios de manejo integral de los residuos sólidos urbanos , las cuales estarán condicionadas al cumplimiento de separación y manejo especial de residuos plásticos y se sujetarán al Programa Nacional de Manejo y Sustitución de Plásticos;

VI. a XII. [...]

Artículo 18. Los residuos sólidos urbanos podrán subclasificarse en orgánicos, inorgánicos y plásticos con objeto de facilitar su separación primaria y secundaria, de conformidad con los Programas Estatales y Municipales para la Prevención y la Gestión Integral de los Residuos, así como con los ordenamientos legales aplicables.

Artículo 25 Bis. La Secretaría, en coordinación con entidades federativas y municipios, deberá formular e instrumentar el Programa Nacional de Manejo y Sustitución de Plásticos, el cual se basará en remplazar productos, empaques, embalaje y todo envase de plástico o de poliestireno expandido utilizados para la distribución, comercialización y transporte de productos de consumo básico, por productos bioplásticos, biodegradables y de rápida descomposición. Dicho Programa se sustentará en el Reglamento sobre Eficiencia Ambiental y Tecnológica y deberá contener al menos lo siguiente:

I. El diagnóstico básico sobre aquellos productos plásticos que por motivos de sanidad no podrán ser sustituidos;

II. La política de prohibición para proporcionar bolsas de plástico para la comercialización y el transporte de alimentos o artículos de consumo básico. Los productos de poliestireno expandido no podrán ser destinados para el empaque, embalaje, envase o transporte de alimentos;

III. La política de sustitución de popotes para ingerir líquidos, que estará sujeto a que su material de origen no provenga de algún polímero o derivado de recurso no renovable, y

IV. La política de destino final de los residuos plásticos para contar con las condiciones óptimas para su descomposición.

Artículo 26. Las entidades federativas y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias y en coordinación con la federación, deberán elaborar, instrumentar y vigilar el debido cumplimiento de los programas para la prevención y gestión integral de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial, de conformidad con esta ley, sus reglamentos, con el Programa Nacional de Manejo y Sustitución de Plásticos,con el Diagnóstico Básico para la Gestión Integral de Residuos y demás disposiciones aplicables. Dichos programas deberán contener al menos lo siguiente:

I. a VI. [...]

Artículo 96. [...]

I. a XI. [...]

XII.Realizar las acciones necesarias para prevenir y controlar la contaminación por residuos susceptibles de provocar procesos de salinización de suelos e incrementos excesivos de carga orgánica en suelos y cuerpos de agua;

XIII. Identificar los requerimientos y promover la inversión para el desarrollo de infraestructura y equipamiento, a fin de garantizar el manejo integral de los residuos; y

XIV. Diseñar, instrumentar y vigilar el cumplimiento de los programas para eliminar el uso de productos, envases, empaques y embalajes de plástico y poliestireno expandido.

Artículo 100.[...]

I. a III. [...]

Asimismo prohibir la disposición final de neumáticos y bolsas de plástico en predios baldíos, barrancas, cañadas, ductos de drenaje y alcantarillado, en cuerpos de agua y cavidades subterráneas.

[...]

Artículo 106. [...]

I. a XXII. [...]

XXIII. Incumplir con las medidas de protección ambiental, tratándose de transporte de residuos peligrosos ;

XXIV. Incumplir con las medidas establecidas por el Programa Nacional de Manejo y Sustitución de Plásticos, e

XXV. Incurrir en cualquier otra violación a los preceptos de esta ley o las normas que de ella emanen.

Transitorios

Primero.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales contará con un plazo de 180 días a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para formular y expedir el reglamento sobre eficiencia ambiental y tecnológica así como el Programa Nacional de Manejo y Sustitución de Plásticos.

Tercero. Las entidades federativas contarán con un plazo de 180 días a partir de la entrada en vigor del presente decreto para realizar las modificaciones correspondientes a sus ordenamientos legales.

Notas:

1 Uwe T. Bornscheuer, “Feeding on plastic”, Science, 11 Mar 2016. Vol. 351 Issue 6278 pp 1154-1155. Traducción propia.

2 Kara Lavender Law, Richard C. Thompson, “Microplastics in the seas”, Science, 11 jul 2014, Vol. 345, Issue 6193, pp. 144-145.

3 Ibídem. pp. 144-145.

4 “Distribution of Plastics Headquarters, Production and Leakage”, The New Plastics Economy Rethinking the future of plastics, World Economic Forum, January 2016 www.weforum.org

5 González Vergara, David; Massimi Revelo, Santiago; Medina Montes, Areli; Sánchez López, Alinari. “Producción y Consumo Sustentable de Bolsas Plásticas” CAREINTRA e ITESO, julio 2010, www.industriasdelplastico.com

6 Ibídem. P. 17

7 Ortiz Hernández, María Laura, “El impacto de los plásticos en el ambiente”, La Jornada Ecológica, Centro de Investigación en Biotecnología de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, , 27/mayo/2013, www.jornada.unam.mx

8 Haryh, Richard, “Health and the environment: a closer look at plastics” Science writer, Biodesign Institute at Arizona State University www.asunow.asu.edu

9 Ibídem.

10 Ibídem.

11 “¿Cuánto nos cuesta la contaminación del aire en México?” Instituto Mexicano para la Competitividad A.C. IMCO www.imco.org.mx

12 Ibídem.

13 “Contaminación en México cuesta más de 500 mil mdp: CEMDA”, El Financiero, 25/03/2014 www.elfinanciero.com.mx

14 Projet de Loi Noº 77-15 portant interdiction de la fabrication, de l’importation, de l’exportation, de la comercialisation et de l’utilisation de sacs en matières plastiques. Secrètariat Gèneral du Gouvernement www.sacplastic.ma

15 “Mauritania bans plastic bag use”, BBC News, 2 enero 2013, www.bbc.com

16 Distribution of Plastics Headquarters, Production and Leakage, “The New Plastics Economy Rethinking the future of plastics” Worl Economic Forum, January 2016 www.weforum.org

17 “State Plastic And Paper Bag Legislation: Fees, Taxes and Bans | Recycling and Reuse”, National Conference of State Legislatures, 29 jun 2016 www.ncsl.org

18 Ibídem.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de marzo de 2017.— Diputadas y diputados: Verónica Delgadillo García, Ana Leticia Carrera Hernández, Ángel García Yáñez, Erik Juárez Blanquet, Francisco Javier Pinto Torres, Gustavo Adolfo Cárdenas Gutiérrez, J. Jesús Zúñiga Mendoza, Jesús Salvador Valencia Guzmán, Jonadab Martínez García, José Clemente Castañeda Hoeflich, Karen Hurtado Arana, Macedonio Salomón Tamez Guajardo, María Concepción Valdés Ramírez, Mirza Flores Gómez, René Cervera García (rúbricas).»

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Gracias, diputada Delgadillo García. Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

La diputada Mirza Flores Gómez (desde la curul): Presidenta.

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Sonido en la curul de la diputada Mirza Flores, por favor. ¿Con qué objeto?

La diputada Mirza Flores Gómez (desde la curul): Presidenta, muchas gracias. Con la solicitud a mi compañera Verónica Delgadillo, de adherirme a su iniciativa, ya que es un compromiso y, sobre todo, que tan acertadamente el día de hoy le toca presentarla, que es el Día Internacional del Árbol y es el compromiso que debemos tener de cuidar nuestros árboles, nuestros mares y, sobre todo, el planeta.

No tenemos otro planeta los seres humanos a dónde irnos, así que es nuestra responsabilidad cuidar este que tenemos. Gracias.

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: La diputada ha aceptado, por lo tanto está a disposición de la Secretaría de esta Mesa Directiva para la suscripción correspondiente.

El diputado Francisco Javier Pinto Torres(desde la curul): Presidenta.

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Sonido en la curul del diputado Francisco Javier Prieto... Pinto.

El diputado Francisco Javier Pinto Torres (desde la curul): Estoy medio prieto, dicen aquí mis compañeros. Presidenta, nada más con la molestia de solicitarle a nuestra compañera Verónica si nos permite también, de igual manera, adherirnos a su iniciativa. Gracias, presidenta.

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Muy bien, diputado Pinto. Está a disposición de la Secretaría de esta Mesa Directiva para la suscripción correspondiente.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Tiene la palabra, por cinco minutos, el diputado Luis Alfredo Valles Mendoza, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

El diputado Luis Alfredo Valles Mendoza:Con la venia de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados, la democracia es un elemento fundamental para el desarrollo y bienestar de una nación.

Para vivir en democracia es indispensable contar con una verdadera representatividad en los órganos de poder público, que prepondere la inclusión, la pluralidad política y el respeto a los derechos políticos de las minorías.

El signo más claro de una democracia sana lo vemos en la composición de este Congreso, donde diferentes voces de la ciudadanía se encuentran representadas y son escuchadas a través de los partidos políticos y, ahora también, de los legisladores independientes.

La pluralidad significa aceptar opiniones, debatir ideas e ideologías diversas, como consecuencia directa de nuestro sistema político mexicano.

En los últimos meses los partidos políticos de antaño han suscrito diversas propuestas en materia político-electoral, con las que pretenden reconfigurar el régimen político en esta Cámara de Diputados, pretenden callar las voces que difieren, las voces que proponen.

En Nueva Alianza no coincidimos con estas pretensiones que atentan contra la democracia, sabemos que es insoslayable una reforma, México lo requiere, estamos comprometidos a llevarla a cabo, pero pugnamos porque esta no socave la representatividad, sino que aliente la participación de todas las expresiones que conforman el mosaico ideológico mexicano.

La representación proporcional da lugar a la participación de las minorías políticas en el Poder Legislativo, al abrir espacio a la diversidad y garantizar la incidencia electoral de los ciudadanos, la cual es de suma importancia para construir gobernabilidad.

La actual democracia mexicana, esencialmente plural, no se explicaría ni se entendería sin este elemento. Sabemos que el trabajo que desarrollamos las y los legisladores, atraviesa por una crisis de credibilidad derivada de un desprestigio ante la ciudadanía que, en muchos casos, se ha dado debido a la falta de productividad, la falta de consensos y la tardanza en el proceso para aprobar las iniciativas, leyes y decretos que coadyuvarán a la conducción de nuestro país. Todo ello aunado a los altos costos que representa la burocracia legislativa.

En Nueva Alianza nos hemos propuesto recobrar la confianza perdida y dignificar la labor legislativa. Creemos que México está preparado para construir un sistema virtuoso en el que prive la política de altura y los debates no se pierdan en la ambigüedad y la política barata.

Lo que proponemos es atender la legítima demanda ciudadana de hacer más eficiente el Poder Legislativo, transformándolo en un sistema unicameral, con un menor costo económico que atienda con prontitud los cambios que exige nuestra sociedad, erradicando la duplicidad de los asuntos legislativos, generando más y mejores consensos políticos, eliminando intereses sesgados y subsanando la situación económica y social por la que atraviesa el país.

Hablamos de comenzar de cero y crear un cuerpo legislativo único, con 500 integrantes electos por mayoría relativa y representación proporcional, donde todos y cada uno de los ciudadanos se sientan realmente representados.

Buscamos construir un Congreso federal fuerte y fresco, que se abra al debate para convertirse en un real equilibrio del Poder Ejecutivo, donde no tengamos legisladores de primera y de segunda, sino congresistas comprometidos con el pueblo de México, guiados por una agenda 2.0.

Sin duda alguna, la representación proporcional nos ayuda a la consecución de esta meta, al responder estrictamente a la voluntad plural del electorado y eficientar y profesionalizar las labores llevadas a cabo por este nuevo Congreso.

Si hablamos de aspectos económicos, con dicha transformación se tendría un ahorro de casi cinco mil millones de pesos al año, más un adicional que representa cada seis años el proceso de elección. Con dicha propuesta trabajaremos para lograr la construcción de más hospitales, abastecimiento de medicamentos y atención para tu salud.

Fortalezcamos los programas del campo. Crearemos nuevos centros de desarrollo regional para que el ciudadano encuentre trabajo con un salario digno y, asimismo, impulsaremos más educación, la construcción y equipamiento de más escuelas y universidades. Porque solo con educación de calidad, con equidad, podremos abatir la pobreza y la desigualdad social.

Compañeras y compañeros legisladores, como partido comprometido con las causas sociales, nuestra génesis es reformista y entendemos que esta propuesta constituye un avance en el sistema político mexicano.

Nueva Alianza pugnará por una agenda plural que fortalezca la representación de todas las ideas en nuestras instancias decisoras de gobierno. Buscamos que nadie se quede sin ser escuchado, haciendo posible que la voz de las minorías se encuentre presente en las decisiones de las mayorías. Por su atención, muchas gracias. Es cuanto, presidenta.

«Iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

Quienes suscriben, Luis Alfredo Valles Mendoza, Mirna Isabel Saldivar Paz, Ángel García Yáñez, Carmen Victoria Campa Almaral, Jesús Rafael Méndez Salas, Carlos Gutiérrez García, Karina Sánchez Ruíz, Luis Manuel Hernández León, María Eugenia Ocampo Bedolla, Angélica Reyes Ávila, Francisco Javier Pinto Torres, Diputados Federales de la LXIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, e integrantes del Grupo Parlamentario Nueva Alianza, con fundamento en el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración del Pleno de la Honorable Cámara de Diputados, la presente Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor del siguiente:

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

El Poder Legislativo es uno de las tres órganos que surgen dentro del gobierno a partir de la noción de división de poderes esgrimida por varios pensadores a finales del siglo XVIII, el cual tiene entre sus objetivos la elaboración y modificación de leyes de acuerdo a las necesidades emanadas de la sociedad, propias de la constante evolución social, así como la representación de la pluralidad política nacional. El Congreso o Parlamento puede definirse como un sistema de órganos deliberativos en cuya base hay un principio representativo, que determina los criterios de su composición.

La estructura y organización de los sistemas parlamentarios son distintas en cada país, no solamente tomando en cuenta las características propias e históricas de cada uno, sino también de su contexto coyuntural, como lo es la densidad de la población, la extensión territorial y la división política-administrativa del Estado.

En lo que respecta a los sistemas unicameral y bicameral, la doctrina política todavía no encuentra un consenso general sobre cuál de los dos regímenes legislativos es más eficiente, puesto que no es la teoría la que define el buen funcionamiento, sino las particularidades de cada estado-nación.

En la actualidad 117 de 185 naciones con parlamento se rigen bajo el sistema unicameral, lo que significa que a nivel mundial solo un tercio de los países tienen legislaturas bicamerales; algunas naciones como Arabia Saudita, Bulgaria, Camerún, China, Chipre, Croacia, Costa de Marfil, Corea del Norte, Corea del Sur, Dinamarca, Emiratos Árabes Unidos, Estonia, Finlandia, Grecia, Hungría, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Nueva Zelanda, Noruega Portugal, Eslovaquia, Serbia, Singapur, Suecia, Túnez, Turquía, Ucrania, entre otras, han establecido un sistema unicameral, lo que conlleva a redefinir el Poder Legislativo en el federalismo clásico y su funcionamiento.

En América Latina los sistemas políticos compuestos por Congresos bicamerales han sido un modelo de diseño legislativo tradicional. Hoy en día, la mitad de los países de la región cuentan con una cámara alta y una baja en su organización parlamentaria. Entre ellos se encuentran Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Paraguay, Uruguay, la República Dominicana y, por supuesto, nuestro país. Por su parte, el unicameralismo prepondera en los demás países latinoamericanos como Ecuador, Perú y Venezuela, además de los seis estados de Centroamérica.

En este sentido, podemos observar que los sistemas de corte bicameral del continente americano engloban tanto países unitarios como federales, grandes como pequeños, mientras que los sistemas unicamerales predominan en los pequeños estados unitarios de América Central; no obstante, también han sido acogidos en países de mayor extensión territorial y densidad demográfica como Perú.

Como podemos observar, la configuración política del continente americano es variada en su organización, consecuencia de las transformaciones que han soportado, de acuerdo a las necesidades de cada estado a lo largo de su historia. Entre las modificaciones que sufren los sistemas políticos nos encontramos de una manera u otra con diferencias en las agendas de reformas constitucionales en los últimos 20 años respecto al debate acerca del funcionamiento y la existencia del senado, segunda cámara o cámara alta.

Para el caso de Perú, las reformas dictaminaron la eliminación de la cámara alta; en otros, como el de Argentina, Colombia y México, se han modificado aspectos cruciales del sistema de representación, de la organización y la renovación de los regímenes parlamentarios. Situación que en nuestro país es materia de discusión actual.

Al respecto, en nuestro país, en los últimos meses se ha dado un consenso entre la sociedad en aras de disminuir el aparato burocrático en nuestro sistema gubernamental, por lo que se han suscrito diversas propuestas en materia político-electoral con la finalidad de reconfigurar de manera sustancial al régimen político y representativo, a través de una modificación respecto de la composición del Poder Legislativo, formulando la eliminación del principio de representación proporcional.

Coincidimos en que atender una demanda que por años ha expresado la ciudanía sobre el extenso número de legisladores, es de vital importancia para ser congruentes con la situación que atraviesa nuestro país en el ámbito socioeconómico y político. México es uno de los países que más legisladores tiene a nivel internacional, con un total de 628, incluso superando a naciones como Brasil (594) y Estados Unidos (535).

En atención a las anteriores propuestas, Nueva Alianza se proclama por “la diversidad de ideas y de proyectos de las minorías legítimas” y suscribe la presente Iniciativa a fin de evitar una democracia que disuelva la pluralidad, restrictiva y excluyente, aquella que prescinda de la “expresión en el Congreso con el suficiente número de votos que expresan una parte de lo complejo, plural y diverso que es el mosaico mexicano”.

Nosotros nos enfocamos en atender la legítima demanda ciudadana de hacer eficiente al poder legislativo, transformarlo en un órgano dinámico y expedito al convertirlo en un solo cuerpo parlamentario a través de una composición unicameral, con un menor costo económico que atienda con prontitud los cambios que exige nuestra sociedad con oportunidad, que ya no encuentra justificación en una cámara de origen y una cámara revisora, ya que ésta última no siempre cumple con su función, lo que conlleva en algunas ocasiones a detener la promulgación de normas de interés general que demandan amplios sectores de la sociedad; un ejemplo reciente lo encontramos en la Ley General de Trata de Personas.

Otra muestra de la urgencia con la que el poder legislativo debe actuar de manera eficiente recae en la discusión de la Ley de Seguridad Interior, lo anterior, con base en la continua crisis de violencia del país y el llamado de las instituciones que al momento han subsanado las tareas de seguridad pública en nuestro país, primordial para el desarrollo armónico de los mexicanos.

Asimismo, el entorno socioeconómico y político nos obliga cada vez más a tener un aparato legislativo acorde a los retos del siglo XXI y del contexto mundial. Otra muestra que requiere de efectividad y dinamismo parlamentario es la Iniciativa Preferente presentada por el Presidente de la República, donde se propone reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley General de Educación para revalidar los estudios en el extranjero de los connacionales que regresan al país, para incorporarlos al sistema educativo nacional.

La coyuntura internacional nos exige actuar en nuestra calidad de representantes de la nación, y a conducirnos con eficacia respecto a este tema. Si bien nuestra Constitución Política marca la pauta para darle trámite preponderante a las propuestas provenientes del Ejecutivo, resulta difícil transitar de manera efectiva una reforma que requiere una gestión expedita, dada las condiciones ya mencionadas.

Cuando la base de representación es diferente, como ocurre en nuestro Congreso, donde una cámara representa al territorio y la otra a los ciudadanos, los resultados, por lo general, dan lugar a la formación de fuerzas centrífugas en cada una de las cámaras. En estos casos es casi inevitable que los aparatos legislativos asienten opiniones distintas en materia de política pública y discrepen en sus votos.

Arend Lijphart clasifica esta situación como incongruencia; también ha sido denominada Congreso dividido. Dicha situación ha dado paso a la representación de intereses regionales y minoritarios en la cámara alta, la representación poblacional en ambas cámaras, pero con distritos y fórmula electoral distinta, diferente tamaño (número de legisladores) de los cuerpos, entre otras.

La deliberación de los asuntos de interés nacional deben ser discutidos por la cámara que personifica a la población, toda vez que ahí se expresa ese interés; esto se traduce en la representación más directa, por lo que la consideración de una segunda cámara no constituiría más que una sobrerrepresentación.

La creación y modificación de leyes debe tener un origen exclusivamente popular, en el cual no se debe dar cabida a otros criterios de revisión de las disposiciones adoptadas por los legítimos representantes del pueblo.

En México existen antecedentes de bicameralismo en el ámbito local, entre los que se pueden mencionar a los estados de Jalisco, Oaxaca, Yucatán, Veracruz, Chiapas Durango, México y Puebla. En la actualidad los Congresos locales funcionan con órganos colegiados integrados solo por una cámara de diputados.

Ante estos planteamientos, la presente Iniciativa tiene por objeto fortalecer al Poder Legislativo a través de la instauración de un sistema unicameral en el ámbito Federal, a fin de robustecer las políticas públicas dirigidas a atender las demandas ciudadanas, como parte del contrato social que existe entre el gobierno y la población; erradicando la duplicidad en los asuntos legislativos, generando más y mejores consensos políticos, eliminando intereses sesgados y subsanando la situación económica y social que obliga a tomar medidas de austeridad en nuestro país.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Los procesos globalizadores acentúan el tránsito de paradigmas, los cuales dan paso a la recomposición de los sistemas políticos; ejemplo de lo anterior es la democratización que de a poco ha ido modificando la función del Estado, generando una opinión pública más sensible y alerta.

Esta interacción exige la discusión de las posibles modificaciones estructurales a los órganos e instituciones que componen a las naciones. Con ello, se pretende dar eficiencia a las entidades que dan respuesta a las exigencias de la sociedad. Para nuestro país, esta tendencia no ha sido excepción.

Las Constituciones modernas, en su carácter de norma fundamental contienen, entre otras, la forma de régimen político que adquirirá la nación y, por ende, su organización gubernamental; situación que da paso a la concepción divisoria entre estados unitarios y estados federales.

El establecimiento del concepto de Estado Federal ha determinado a lo largo de las historia una dilema entre las distintas posiciones doctrinarias, lo anterior en razón del dinamismo de la organización, así como de la heterogeneidad de sus integrantes.

Los estados federales modernos están constituidos por principios universales aceptados, y supuestos que justifican la existencia o presencia de los mismos; el bicameralismo es uno de ellos. No podemos dejar de lado la tendencia creciente de los estados federales de abordar la posibilidad de adoptar el unicameralismo como una forma representativa del poder legislativo.

Existen corrientes y pensadores que defienden los supuestos del régimen unicameralista. En Francia encontramos a Jean Paul Saint Etienne, quien argumentaba que, siendo la nación una sola, su representación debe serlo también. Por su parte, Chevallier y De Sirelly afirmaban que la existencia de una cámara única evitaría el peligro de restablecer una nueva aristocracia. Incluso hoy día, la cámara alta, aun dentro de su proceso de democratización, viene a constituir una cámara de “notabilidades” y de “ponderación”.

Ahora bien, Jeremy Bentham, filósofo, economista, pensador y escritor inglés, padre del utilitarismo, consideraba a la segunda cámara como innecesaria, ya que si representa el interés general es inútil, y si solo representa un interés particular es mala. Si la primera cámara no ha elaborado la legislación conveniente, el contra-peso adecuado consiste en regular la composición de los sistemas legislativos.

Carl Schmitt plantea un dilema en estos términos: si la diferencia entre las dos asambleas se fundamenta en motivos fútiles, se da valor a lo que realmente no lo tiene, y si, por el contrario, se apoya en graves razones, se implanta un régimen inconciliable con la unidad y homogeneidad característica de todo régimen democrático.

Para Hans Kelsen, el más importante defensor de este sistema en el siglo XX, la representación democrática demanda que el poder del órgano legislativo se ostente en una sola cámara, debido a que la unidad política exige unidad de criterio, toda vez que la duplicidad en esta instancia debilita la representación popular, lo que da paso a que una de las cámaras imponga su voluntad, ya que se necesitan menos votos para rechazar un proyecto.

En la mayoría de los sistemas bicamerales, las cámaras altas han constituido algún interés distinto al de la población, a pesar de que sus integrantes sean elegidos de modo directo, lo que claramente puede estar vinculado a beneficios de clase, de minorías o de tipo territorial.

En la actualidad, los argumentos a favor del unicameralismo se fundamentan en el razonamiento de que, si existen dos cámaras y son elegidas de la misma manera, por la misma duración, por los mismos electores, entonces, siendo una la repetición de la otra, el bicameralismo es inútil. Si las cámaras se diferencian en cualquiera de esos puntos, una de ellas será menos democrática que la otra.

Manifestaciones tales como que el unicamerismo conlleva a decisiones precipitadas y falta de estudio ya nos son vigentes ante los desafíos que exigen soluciones dada la constante transformación de las sociedades, partiendo del conocimiento y la modernidad, lo que las hace más demandantes, incluyentes y críticas.

En nuestro país, la idea de que la instauración de un senado es consustancial al sistema federal ha sido desmentida por el constitucionalismo mexicano, si retomamos los preceptos constitucionales que han antecedido a nuestra Carta Magna, encontraremos un precedente en la Constitución liberal promulgada por Ignacio Comonfort en 1857, en la cual se consagró el modelo de poder legislativo unicameral determinando que: “Se deposita el ejercicio del supremo poder legislativo en una asamblea que se denominará Congreso de la Unión”.

Hoy en día, el argumento que subsiste para conservar un sistema bicameral se sustenta en que los proyectos de ley se estudian con mayor profundidad. No obstante, a continuación se esgrimen argumentos sólidos que justifican la eficiencia del sistema unicameral:

•La soberanía es indivisible y, por lo tanto, no se tiene que dividir en dos o más partes el poder legislativo. Juan Jacobo Rousseau sostenía que: “la soberanía es inalienable, es indivisible”.

•Cuando un sistema político cuenta con un régimen parlamentario bicameral existe, en la mayoría de las ocasiones, la posibilidad de duplicar el trabajo y, por ende, el tiempo para resolver o tratar los asuntos de interés para una nación. Ello complica el accionar gubernamental, creando conflictos que irritan y no cumplen con las expectativas de la opinión pública.

•Con un parlamento bicameral pueden llegar a producirse conflictos derivados de competencias y rivalidades entre ambos órganos, que en definitiva afectan no sólo el buen funcionamiento del poder legislativo, sino también al sistema político y a la población en general.

•El unicameralismo le permite al Ejecutivo acceder a procesos legislativos más ágiles y flexibles, toda vez que el Presidente omite la confrontación con dos cámaras, haciendo más fácil el diálogo y la negociación, vitales en la resolución de problemas coyunturales.

•Cuando existen dos Cámaras y existe el consenso entre los dos órganos, una de ellas resulta inútil. Por otra parte, si ambas se encuentran en desacuerdo, una de las dos no representa los intereses populares. Esto trasgrede la voluntad de los gobernados, quienes son los que eligen su autorregulación y autodeterminación

•El funcionamiento de dos cámaras conlleva un mayor costo económico.

En este sentido, consideramos que la permanencia del sistema bicameral atiende más a una razón política electoral que a una fortaleza del poder legislativo. En el transcurrir de los años, la cámara de senadores se ha transformado de un colegiado representante equitativo de las entidades federativas, a un colegiado que distorsiona la igualdad y el equilibrio del poder legislativo.

La viabilidad y oportunidad de esta Iniciativa se vislumbra desde dos fundamentos, el técnico-jurídico y el económico. En primer término, con la implementación de un sistema legislativo que cuente con una sola cámara se daría paso a que las leyes sean aprobadas con mayor oportunidad y rapidez. En segundo lugar, se lograría reducir el gasto presupuestal. Ambas situaciones se conjugan en épocas en que se exige a los gobiernos soluciones eficaces y eficientes, que den pronta respuesta a problemas urgentes que aquejan a la sociedad.

Por cuanto al aspecto económico, en conjunto, el sistema bicameral cuesta a la Nación 14, 447, 171, 472 de pesos, de acuerdo a lo aprobado como gasto programable para el Presupuesto de Ingresos de la Federación 2017. En este entendido, se designan 7, 629, 432,185 de pesos a Cámara de Diputados y 4, 541, 972, 587 de pesos a la Cámara de Senadores.

De aprobarse esta Iniciativa, el ahorro –que este año se hubiese obtenido- sería de 4, 541, 972, 587 de pesos, con independencia del ahorro que adicionalmente conllevaría cada seis años, en los procesos electorales federales ordinarios; recursos que superan el presupuesto de diversas Secretarías de Estado, tales como la del Trabajo y Previsión Social, Energía, Turismo, o el de proyectos de infraestructura hidráulica y de competitividad, entre otros.

En este entendido, la reducción de nuestro Congreso contribuiría de manera excepcional a fomentar el ahorro económico del gasto público de manera significativa al decrecer la carga burocrática, ya que la dieta de cada legislador tiene un alto costo, pues se constituye principalmente por prestaciones, gastos de representación, personal, entre otras.

Más aún, debemos tener en cuenta que la calidad del proceso legislativo no debe depender de un debate replicado en dos órganos parlamentarios distintos, sino que depende del desarrollo, implementación y, en su caso, el fortalecimiento de mecanismos adecuados de asesoría profesional a la función legislativa, como el servicio profesional de carrera.

La existencia de una segunda cámara no complementa en lo absoluto a la representación de las regiones, siendo que ésta depende de una asignación de espacios parlamentarios directamente proporcional al tamaño de la población de cada demarcación y, para el caso mexicano, distrito electoral.

El territorio nacional se divide en 300 distritos electorales uninominales. La demarcación de los distritos resulta de dividir la población total del país, con base a los resultados del censo anterior inmediato, entre los trescientos distritos mencionados, sin que en ningún caso una entidad federativa pueda tener menos de dos distritos. Este sistema político-electoral fue instaurado en la reforma política de 1977, cuando se amplió la representatividad de la cámara de diputados para incorporar la figura de diputados de representación proporcional, elegidos en circunscripciones plurinominales.

Sin embargo, aquella reforma respondía en ese momento a un escenario político pero, sobre todo, social, diferente al que hoy en día vivimos. Hoy existen diferencias abismales como la democratización de nuestro sistema político y la variabilidad de los componentes tales como la densidad demográfica y la atomización de partidos políticos, entre otros.

Si bien es cierto que los actuales regímenes federales en su mayoría cuentan con un poder legislativo dividido en cámara alta y baja, éste no es el único modelo de organización de la representación, mucho menos constituye la regla. En este tenor, consideramos que con el sistema unicameral el Federalismo se preserva a plenitud, al preservarse en el ámbito federal y estatal, la cosoberanía en el espacio de sus competencias y facultades, ya que las facultades no reservadas a la Federación son competencia de las entidades federativas. Los estados parte de la República son soberanos en cuanto a su régimen interior, en ejercicio de un poder originario y un poder derivado por parte de la Federación, por lo que se resguarda el sistema constitucional basado en la división de poderes, provisto por un aparato legislativo, ejecutivo y judicial, ejerciendo directamente su competencia en su ámbito territorial, Además, persiste la supremacía de la Federación en caso de conflicto con los estados parte.

En la actualidad, el bicameralismo reciente las exigencias que demandan los procesos económicos, políticos y sociales, situación que ha puesto en jaque su funcionalidad.

Ejemplo de lo anterior es Inglaterra, uno de los países referentes a nivel internacional de este régimen legislativo donde la Cámara de los Lores ha ido perdiendo facultades a lo largo del tiempo, lo que ha dado como resultado una relación asimétrica entre la Cámara de los Comunes y esta Cámara de los Lores, ya que la primera instancia es quien ostenta el poder político. Por ende, el sistema en cuestión ha llegado a ser calificado como cuasi-unicameral.

En lo que concierne a Estados Unidos, el sistema bicameral ha recibido fuertes críticas debido a la ineficacia legislativa proveniente del temor a la aprobación de legislación improcedente, lo que ha permitido la adopción de posturas consideradas como políticamente irresponsables por parte de los legisladores. No obstante, el bicameralismo en Estados Unidos no ha sido reformado, a pesar de la existencia de un amplio consenso sobre la incapacidad legislativa, lo que se debe en gran medida a la inflexibilidad en cuanto a la adecuación de su Constitución.

Asimismo, algunos países europeos como Nueva Zelanda y Dinamarca han optado por el unicameralismo y han eliminado la segunda cámara.

En América Latina, Puerto Rico tuvo una experiencia sui generis respecto a su intento por desaparecer la cámara de senadores. Su asamblea legislativa está conformada por una estructura bicameral pero, mediante un referendo realizado el 10 de julio de 2005, el pueblo votó respecto de su preferencia en cuanto a mantener un sistema bicameral o cambiar a un sistema unicameral. La unicameralidad obtuvo un triunfo arrollador con 83.8 por ciento de los votos emitidos. No obstante, se argumentó en su momento que solamente un 22.6 por ciento de los electores inscritos votaron, alegando que debido a la baja participación no se pudo completar la reforma planteada.

En concordancia con nuestra Iniciativa, nos pronunciamos por un poder legislativo unicameral que retome y adopte un sistema mixto con dominante mayoritario en el que se incluye el principio de la representación proporcional, de modo tal que en la cámara de diputados se encuentre presente el mosaico ideológico de la República, como lo propuso en 1977 Don Jesús Reyes Heroles, y en plena concordancia con el artículo 39 de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por el cual, “la soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo”.

Es de destacar que el sistema de representación proporcional hoy en día cuenta con diversas críticas. Al respecto, el politólogo italiano Giovanni Sartori señala que el sistema de representación proporcional procura transformar equitativamente los votos en escaños. Por su parte, Dieter Nohlen asienta que este principio pretende reproducir lo más fielmente posible en el parlamento las fuerzas sociales y los grupos políticos existentes en la población.

Existen características a destacar del sistema de representación proporcional que, en su concepto, lo hacen más idóneo que ningún otro para asegurar la representación política.

En primer lugar, este método garantiza la igualdad entre los ciudadanos respecto de sus derechos políticos; en específico, los que tienen que ver con el voto y la representación. Asimismo, este principio resulta competente para hacer valer todos los votos válidos, a fin de garantizar la igualdad electoral de los ciudadanos, la cual equivale a la igualdad política.

Para simplificar, el sistema de representación proporcional garantiza la participación electoral de los ciudadanos, cuya opción política no trascendió en un triunfo en una elección, lo que subsana de manera eficiente su representación ante el órgano plural de decisión que forma parte del gobierno, con la finalidad de que todos los votos se traduzcan en curules (espacios), generando una maximización del pluralismo político. De este modo se expresa de mejor manera el pluralismo de las opiniones políticas, la heterogeneidad de los intereses y los conflictos en los que se ven inmersos las clases sociales.

Aunado a lo anterior, evita la hegemonía de un partido político dominante en el Congreso, sirviendo como un sistema de pesos y contrapesos, evitando el riesgo de perder el pluralismo democrático en nuestro país, limitando el sesgo de ideas y decisiones de manera considerable

No olvidemos que nuestra democracia se fundamenta en un sistema de partidos políticos. En este entendido, la representación proporcional da cabida a las plataformas políticas de estos institutos para que sean escuchadas y debatidas en el órgano legislativo; de no ser así, su participación en el sistema electoral sería marginal, pues nunca podrían capitalizar sus propuestas. Es aquí donde se encuentran representadas las corrientes políticas o ideológicas de las minorías.

Ante estos argumentos, en Nueva Alianza asentamos que las propuestas presentadas respecto de llevar a cabo una reforma a nuestro sistema político, en específico al poder legislativo, atienden a una demanda social, deben ser escuchadas, analizadas y, de ser necesario, robustecidas para que a la postre sean aprobadas, siempre en favor del fortalecimiento de nuestra democracia. Sin embargo, creemos que la disminución de la representación proporcional en la cámara de diputados pone en riesgo los procesos democráticos de nuestro sistema y, de nuestro país.

Lo cierto es que la realidad supera a la doctrina. Hoy en día resulta evidente que el sistema de representación, cualquiera que sea su método de elección, resulta insuficiente. No es lo mismo representar, hace poco más de 40 años, a alrededor de 50 millones de mexicanos, que en la actualidad a cerca de 123 millones.

Nueva Alianza, pugnará en todo momento por fortalecer la representación de todas las ideas en nuestras instancias decisorias e integrantes del gobierno, buscamos que nadie se quede sin ser escuchado. Por ello, la presente Iniciativa transita hacia la reducción de nuestro poder legislativo desde la supresión de la cámara de senadores, con base a las consideraciones previamente vertidas, para convertirlo en un sistema unicameral donde se discutirán, analizarán y aprobarán los asuntos de interés nacional, donde prevalezca el consenso político y la eficiencia legislativa.

Derivado de nuestra propuesta sostenemos que, sin debilitar el gobierno de las mayorías, fortaleceremos la representación nacional, haciendo posible que el modo de pensar de las minorías se encuentre presente en las decisiones de las mayorías.

No pasa desapercibido que la representación popular electa en las entidades federativas se da a través de los legisladores locales que, en su régimen interno participan en la toma de decisiones políticas y jurídicas trascendentales de la República. Ello, toda vez que establecen normas legales de aplicación estatal, y en lo extraterritorial tienen atribuciones como asamblea, en cuanto a la presentación de iniciativas federales, así como el derecho a veto en reformas constitucionales del ámbito federal.

Es aquí donde reside la garantía de nuestro pacto federal: son los Congresos locales los legítimos representantes de los intereses de las entidades federativas.

Finalmente, es de señalar que en la actualidad nuestro Congreso atraviesa por una profunda crisis de legitimidad, la cual va más allá de la calidad o cantidad de proyectos de ley tramitados y/o aprobados.

Por ello, suscribimos la presente propuesta en la cual se pretende constituir un Poder Legislativo fuerte y sólido, que fortalezca el equilibrio de poderes en nuestro país, a través de la instauración de un nuevo congreso de orden unicameral, donde no exista una segunda instancia revisora que pueda sesgar o dividir la unidad nacional, que atienda de manera eficiente y eficaz las demandas sociales propias de la dinámica nacional e internacional.

Un cuerpo legislativo único, integrado por 500 legisladores electos conforme a una mayoría relativa y una representación proporcional, donde todas las corrientes ideológicas se sientan realmente representadas, lo que sin duda alguna a la postre permitirá generar mejores consensos a favor de los mexicanos.

Además de transformar la denominación de Diputados y/o Senadores por el de Congresistas, en aras de eliminar las históricas distinciones entre estas dos figuras, dando paso así, a la unificación de criterios en cuanto a su la razón de ser de sus menesteres, que es la representación de la Nación, abonando a favor de las labores legislativas.

En ese sentido, en el Grupo Parlamentario Nueva Alianza estamos plenamente convencidos de que las transformaciones institucionales deben ser de fondo, y no medidas electorales o coyunturales, como el tratar de limitar la pluralidad y el acceso de las minorías a la representación popular.

FUNDAMENTO LEGAL

Por las consideraciones anteriormente expuestas, en nuestra calidad de Diputados Federales integrantes del Grupo Parlamentario Nueva Alianza en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 6, numeral 1, fracción I; 76; 77, numeral 1 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración del Pleno de esta Soberanía, la Iniciativa

con Proyecto de DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

ARTÍCULO PRIMERO. Se reforman el tercer párrafo del numeral B del artículo 2o.; el segundo y tercer párrafo de la fracción IX del artículo 3o.; los párrafos octavo, noveno, décimo segundo y décimo tercero de la fracción VIII del numeral A y los párrafos segundo, tercero y cuarto de la fracción V del numeral B del artículo 6o.; el octavo párrafo del artículo 21; el tercer párrafo del numeral B y segundo y cuarto párrafo del numeral C del artículo 26; el segundo párrafo de la fracción XIX del artículo 27; el séptimo, vigésimo noveno y trigésimo párrafo, así como las fracciones II, VIII, XI y XII del vigésimo párrafo y la fracción VII del vigésimo tercer párrafo del artículo 28; el inciso b) del numeral 1 de la fracción VIII del artículo 35; el segundo párrafo de la fracción III del inciso C) del artículo 37; el cuarto párrafo de la fracción I, el inciso b) de la fracción II, el segundo párrafo de la fracción IV, del Apartado A contenido dentro de la fracción V, el quinto párrafo y sus incisos a) al d), así como el octavo y décimo primer párrafo del mismo apartado A y el numeral 5 del inciso b) del Apartado B, todos del artículo 41; el primer párrafo del artículo 46; los artículos 50 al 54; el segundo párrafo de la fracción III del artículo 55; el artículo 59; el primer y segundo párrafo del artículo 60; los artículos 61 al 64; el segundo párrafo del artículo 66; los artículos 67 al 69; el primer y tercer párrafo del artículo 70; la fracción II y el tercer párrafo del artículo 71; el artículo 72; el numeral 5o. de la fracción III, el numeral 3o. y 4o. de la fracción VIII y el sexto y séptimo párrafo de la fracción XXIX-H del artículo 73; el primer y tercer párrafo del artículo 75; las fracciones II y IV del artículo 77; el primer párrafo y las fracciones I, III y IV del artículo 78; el primer párrafo, el quinto párrafo de la fracción I y el primero, tercero, sexto y séptimo párrafo de la fracción II, así como el sexto párrafo del artículo 79; el segundo y tercer párrafo del artículo 84; el segundo párrafo del artículo 85; el segundo y tercer párrafo del artículo 87; el artículo 88; el tercer párrafo de la fracción II, las fracciones III, VII, X y XVI, el segundo párrafo de la fracción XVII, así como las fracciones XVIII y XIX del artículo 89; el segundo, tercer y cuarto párrafo del artículo 93; el noveno párrafo del artículo 94; la fracción VI del artículo 95; el artículo 96; el artículo 98; la fracción I y el quinto párrafo del artículo 99; el segundo párrafo del artículo 100; las fracciones I a V y el tercer y quinto párrafo de la fracción VI, contenidos en el tercer párrafo del numeral A, así como los párrafos segundo, sexto, noveno y décimo primero del numeral B del artículo 102; el inciso c) de la fracción I e incisos a), g) y h) de la fracción II del artículo 105; el tercer párrafo del artículo 109; el primero, cuarto, quinto y sexto párrafo del artículo 110; el primero, segundo, tercero, cuarto y sexto párrafo del artículo 111; el primer párrafo del artículo 112; el cuarto párrafo del numeral B del artículo 122; el artículo 133 y el segundo párrafo del artículo 134, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 2o. La Nación Mexicana es única e indivisible.

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A....

B....

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I. a IX...

Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones señaladas en este apartado, el Congreso de la Unión, las legislaturas de las entidades federativas y los ayuntamientos, en el ámbito de sus respectivas competencias, establecerán las partidas específicas destinadas al cumplimiento de estas obligaciones en los presupuestos de egresos que aprueben, así como las formas y procedimientos para que las comunidades participen en el ejercicio y vigilancia de las mismas.

...

Artículo 3o. ...

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I. a VIII. ...

IX. ...

a) a c) ...

La Junta de Gobierno será el órgano de dirección del Instituto y estará compuesta por cinco integrantes. El Ejecutivo Federal someterá una terna a consideración del Congreso de la Unión, la cual, con previa comparecencia de las personas propuestas, designará al integrante que deba cubrir la vacante. La designación se hará por el voto de las dos terceras partes de los integrantes del Congreso de la Unión presentes o, durante los recesos de esta, de la Comisión Permanente, dentro del improrrogable plazo de treinta días. Si el Congreso de la Unión no resolviere dentro de dicho plazo, ocupará el cargo de integrante de la Junta de Gobierno aquel que, dentro de dicha terna, designe el Ejecutivo Federal.

En caso de que el Congreso de la Unión rechace la totalidad de la terna propuesta, el Ejecutivo Federal someterá una nueva, en los términos del párrafo anterior. Si esta segunda terna fuera rechazada, ocupará el cargo la persona que dentro de dicha terna designe el Ejecutivo Federal.

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Artículo 6o. ...

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A....

I. a VII. ...

VIII. ...

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El organismo garante se integra por siete comisionados. Para su nombramiento, el Congreso de la Unión, previa realización de una amplia consulta a la sociedad, a propuesta de los grupos parlamentarios, con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes, nombrará al comisionado que deba cubrir la vacante, siguiendo el proceso establecido en la ley. El nombramiento podrá ser objetado por el Presidente de la República en un plazo de diez días hábiles. Si el Presidente de la República no objetara el nombramiento dentro de dicho plazo, ocupará el cargo de comisionado la persona nombrada por el Congreso de la Unión.

En caso de que el Presidente de la República objetara el nombramiento, el Congreso de la Unión nombrará una nueva propuesta, en los términos del párrafo anterior, pero con una votación de las tres quintas partes de los miembros presentes. Si este segundo nombramiento fuera objetado, el Congreso de la Unión, en los términos del párrafo anterior, con la votación de las tres quintas partes de los miembros presentes, designará al comisionado que ocupará la vacante.

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El comisionado presidente será designado por los propios comisionados, mediante voto secreto, por un periodo de tres años, con posibilidad de ser reelecto por un periodo igual; estará obligado a rendir un informe anual ante el Congreso de la Unión, en la fecha y en los términos que disponga la ley.

El organismo garante tendrá un Consejo Consultivo, integrado por diez consejeros, que serán elegidos por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes del Congreso de la Unión. La ley determinará los procedimientos a seguir para la presentación de las propuestas por el propio Congreso. Anualmente serán sustituidos los dos consejeros de mayor antigüedad en el cargo, salvo que fuesen propuestos y ratificados para un segundo periodo.

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B. ...

I. a IV. ...

V....

El organismo público contará con un Consejo Ciudadano con el objeto de asegurar su independencia y una política editorial imparcial y objetiva. Será integrado por nueve consejeros honorarios que serán elegidos mediante una amplia consulta pública por el voto de dos terceras partes de los miembros presentes del Congreso de la Unión o, en sus recesos, de la Comisión Permanente. Los consejeros desempeñarán su encargo en forma escalonada, por lo que anualmente serán sustituidos los dos de mayor antigüedad en el cargo, salvo que fuesen ratificados por el Congreso de la Unión para un segundo periodo.

El Presidente del organismo público será designado, a propuesta del Ejecutivo Federal, con el voto de dos terceras partes de los miembros presentes del Congreso de la Unión o, en sus recesos, de la Comisión Permanente; durará en su encargo cinco años, podrá ser designado para un nuevo periodo por una sola vez, y sólo podrá ser removido por el Congreso mediante la misma mayoría.

El Presidente del organismo presentará anualmente a los Poderes Ejecutivo y Legislativo de la Unión un informe de actividades; al efecto comparecerá ante el Congreso de la Unión en los términos que dispongan las leyes.

VI. ...

Artículo 21. ...

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El Ejecutivo Federal podrá, con la aprobación del Congreso de la Unión en cada caso, reconocer la jurisdicción de la Corte Penal Internacional.

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Artículo 26.

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B. ...

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El organismo tendrá una Junta de Gobierno integrada por cinco miembros, uno de los cuales fungirá como Presidente de ésta y del propio organismo; serán designados por el Presidente de la República con la aprobación del Congreso de la Unión o en sus recesos por la Comisión Permanente.

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C. ...

El Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social estará integrado por un Presidente y seis Consejeros que deberán ser ciudadanos mexicanos de reconocido prestigio en los sectores privado y social, así como en los ámbitos académico y profesional; tener experiencia mínima de diez años en materia de desarrollo social, y no pertenecer a algún partido político o haber sido candidato a ocupar un cargo público de elección popular. Serán nombrados, bajo el procedimiento que determine la ley, por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes del Congreso de la Unión. El nombramiento podrá ser objetado por el Presidente de la República en un plazo de diez días hábiles y, si no lo hiciere, ocupará el cargo de consejero la persona nombrada por el Congreso de la Unión. Cada cuatro años serán sustituidos los dos consejeros de mayor antigüedad en el cargo, salvo que fuesen propuestos y ratificados para un segundo período.

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El Presidente del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social presentará anualmente a los Poderes de la Unión un informe de actividades. Comparecerá ante el Congreso de la Unión en los términos que disponga la ley.

Artículo 27. ...

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I. a XVIII. ...

XIX. ...

Son de jurisdicción federal todas las cuestiones que por límites de terrenos ejidales y comunales, cualquiera que sea el origen de éstos, se hallen pendientes o se susciten entre dos o más núcleos de población; así como las relacionadas con la tenencia de la tierra de los ejidos y comunidades. Para estos efectos y, en general, para la administración de justicia agraria, la ley instituirá tribunales dotados de autonomía y plena jurisdicción, integrados por magistrados propuestos por el Ejecutivo Federal y designados por el Congreso de la Unión o, en los recesos de ésta, por la Comisión Permanente.

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XX. ...

Artículo 28. ...

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No constituyen monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva, a través del banco central en las áreas estratégicas de acuñación de moneda y emisión de billetes. El banco central, en los términos que establezcan las leyes y con la intervención que corresponda a las autoridades competentes, regulará los cambios, así como la intermediación y los servicios financieros, contando con las atribuciones de autoridad necesarias para llevar a cabo dicha regulación y proveer a su observancia. La conducción del banco estará a cargo de personas cuya designación será hecha por el Presidente de la República con la aprobación del Congreso de la Unión o de la Comisión Permanente, en su caso; desempeñarán su encargo por períodos cuya duración y escalonamiento provean al ejercicio autónomo de sus funciones; sólo podrán ser removidas por causa grave y no podrán tener ningún otro empleo, cargo o comisión, con excepción de aquéllos que actúen en representación del banco y de los no remunerados en asociaciones docentes, científicas, culturales o de beneficiencia (sic DOF 20-08-1993). Las personas encargadas de la conducción del banco central, podrán ser sujetos de juicio político conforme a lo dispuesto por el artículo 110 de esta Constitución.

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I. ...

II. Ejercerán su presupuesto de forma autónoma. El Congreso de la Unión garantizará la suficiencia presupuestal a fin de permitirles el ejercicio eficaz y oportuno de sus competencias;

III. a VII. ...

VIII. Los titulares de los órganos presentarán anualmente un programa de trabajo y trimestralmente un informe de actividades a los Poderes Ejecutivo y Legislativo de la Unión; comparecerán ante el Congreso de la Unión anualmente y en términos del artículo 93 de esta Constitución. El Ejecutivo Federal podrá solicitar al Congreso la comparecencia de los titulares ante éstas;

IX. a X. ...

XI. Los comisionados de los órganos podrán ser removidos de su cargo por las dos terceras partes de los miembros presentes del Congreso de la Unión, por falta grave en el ejercicio de sus funciones, en los términos que disponga la ley, y

XII. Cada órgano contará con un órgano interno de control, cuyo titular será designado por las dos terceras partes de los miembros presentes del Congreso de la Unión, en los términos que disponga la ley.

Los órganos de gobierno, tanto de la Comisión Federal de Competencia Económica como del Instituto Federal de Telecomunicaciones se integrarán por siete Comisionados, incluyendo el Comisionado Presidente, designados en forma escalonada a propuesta del Ejecutivo Federal con la ratificación del Congreso de la Unión.

El Presidente de cada uno de los órganos será nombrado por el Congreso de la Unión de entre los comisionados, por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes, por un periodo de cuatro años, renovable por una sola ocasión. Cuando la designación recaiga en un comisionado que concluya su encargo antes de dicho periodo, desempeñará la presidencia sólo por el tiempo que falte para concluir su encargo como comisionado.

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I. a VI. ...

VII. No haber sido Secretario de Estado, Fiscal General de la República, Congresista, diputado local, Gobernador de algún Estado o Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, durante el año previo a su nombramiento, y

VIII. ...

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...

...

El Comité de Evaluación, por cada vacante, enviará al Ejecutivo una lista con un mínimo de tres y un máximo de cinco aspirantes, que hubieran obtenido las calificaciones aprobatorias más altas. En el caso de no completarse el número mínimo de aspirantes se emitirá una nueva convocatoria. El Ejecutivo seleccionará de entre esos aspirantes, al candidato que propondrá para su ratificación al Congreso de la Unión.

La ratificación se hará por el voto de las dos terceras partes de los miembros del Congreso de la Unión presentes, dentro del plazo improrrogable de treinta días naturales a partir de la presentación de la propuesta; en los recesos, la Comisión Permanente convocará desde luego al Poder Legislativo. En caso de que el Congreso de la Unión rechace al candidato propuesto por el Ejecutivo, el Presidente de la República someterá una nueva propuesta, en los términos del párrafo anterior. Este procedimiento se repetirá las veces que sea necesario si se producen nuevos rechazos hasta que sólo quede un aspirante aprobado por el Comité de Evaluación, quien será designado comisionado directamente por el Ejecutivo.

...

Artículo 35. ...

I. a VII. ...

VIII. ...

1o. ...

...

b) El equivalente al treinta y tres por ciento de los integrantes del Congreso de la Unión; o

c) ...

Con excepción de la hipótesis prevista en el inciso c) anterior, la petición deberá ser aprobada por la mayoría del Congreso de la Unión,

2o. a 7o. ...

Artículo 37.

A) y B) ...

C) ...

I. a II. ...

III....

El Presidente de la República, los Congresistas y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación podrán libremente aceptar y usar condecoraciones extranjeras;

IV. a VI. ...

Artículo 41. ...

...

I. ...

...

...

Los partidos políticos nacionales tendrán derecho a participar en las elecciones de las entidades federativas y municipales. El partido político nacional que no obtenga, al menos, el tres por ciento del total de la votación válida emitida en cualquiera de las elecciones que se celebren para la renovación del Poder Ejecutivo o del Congreso de la Unión, le será cancelado el registro.

II. ...

...

a) ...

b) El financiamiento público para las actividades tendientes a la obtención del voto durante el año en que se elijan Presidente de la República y Congresistas, equivaldrá al cincuenta por ciento del financiamiento público que le corresponda a cada partido político por actividades ordinarias en ese mismo año; cuando sólo se elijan Congresistas, equivaldrá al treinta por ciento de dicho financiamiento por actividades ordinarias.

c) ...

...

...

III. ...

IV. ...

La duración de las campañas en el año de elecciones para Presidente de la República y Congresistas será de noventa días; en el año en que sólo se elijan Congresistas, las campañas durarán sesenta días. En ningún caso las precampañas excederán las dos terceras partes del tiempo previsto para las campañas electorales.

...

V. ...

Apartado A. ...

...

...

...

El consejero Presidente y los consejeros electorales durarán en su cargo nueve años y no podrán ser reelectos. Serán electos por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes del Congreso de la Unión, mediante el siguiente procedimiento:

a) El Congreso de la Unión emitirá el acuerdo para la elección del consejero Presidente y los consejeros electorales, que contendrá la convocatoria pública, las etapas completas para el procedimiento, sus fechas límites y plazos improrrogables, así como el proceso para la designación de un comité técnico de evaluación, integrado por siete personas de reconocido prestigio, de las cuales tres serán nombradas por el órgano de dirección política del Congreso de la Unión, dos por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y dos por el organismo garante establecido en el artículo 6o. de esta Constitución;

b) El comité recibirá la lista completa de los aspirantes que concurran a la convocatoria pública, evaluará el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales, así como su idoneidad para desempeñar el cargo; seleccionará a los mejor evaluados en una proporción de cinco personas por cada cargo vacante, y remitirá la relación correspondiente al órgano de dirección política del Congreso de la Unión;

c) El órgano de dirección política impulsará la construcción de los acuerdos para la elección del consejero Presidente y los consejeros electorales, a fin de que una vez realizada la votación por este órgano en los términos de la ley, se remita al Pleno del Congreso de la Unión la propuesta con las designaciones correspondientes;

d) Vencido el plazo que para el efecto se establezca en el acuerdo a que se refiere el inciso a), sin que el órgano de dirección política del Congreso de la Unión haya realizado la votación o remisión previstas en el inciso anterior, o habiéndolo hecho, no se alcance la votación requerida en el Pleno, se deberá convocar a éste a una sesión en la que se realizará la elección mediante insaculación de la lista conformada por el comité de evaluación;

e) ...

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El titular del órgano interno de control del Instituto será designado por el Congreso de la Unión con el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes a propuesta de instituciones públicas de educación superior, en la forma y términos que determine la ley. Durará seis años en el cargo y podrá ser reelecto por una sola vez. Estará adscrito administrativamente a la presidencia del Consejo General y mantendrá la coordinación técnica necesaria con la Auditoría Superior de la Federación.

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...

Los consejeros del Poder Legislativo serán propuestos por los grupos parlamentarios con afiliación de partido en el Congreso de la Unión. Sólo habrá un consejero por cada grupo parlamentario.

Apartado B. ...

a) ...

b) ...

1. a 4. ...

5. La declaración de validez y el otorgamiento de constancias en la elección de Congresistas;

6. a 7. ...

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...

Apartado C. a Apartado D....

VI. ...

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...

Artículo 46. Las entidades federativas pueden arreglar entre sí y en cualquier momento, por convenios amistosos, sus respectivos límites; pero no se llevarán a efecto esos arreglos sin la aprobación del Congreso de la Unión.

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Artículo 50. El poder legislativo de los Estados Unidos Mexicanos se deposita en una asamblea unicameral que se denominará Congreso de la Unión.

Artículo 51. El Congreso de la Unión se compondrá de representantes de la Nación, electos en su totalidad cada tres años. Por cada Congresista propietario, se elegirá un suplente.

Artículo 52. El Congreso de la Unión estará integrado por 300 Congresistas electos según el principio de votación mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales, y 200 Congresistas que serán electos según el principio de representación proporcional, mediante el Sistema de Listas Regionales, votadas en circunscripciones plurinominales.

Artículo 53. La demarcación territorial de los 300 distritos electorales uninominales será la que resulte de dividir la población total del país entre los distritos señalados. La distribución de los distritos electorales uninominales entre las entidades federativas se hará teniendo en cuenta el último censo general de población, sin que en ningún caso la representación de una entidad federativa pueda ser menor de tres Congresistasde mayoría.

Para la elección de los 200 Congresistas según el principio de representación proporcional y el Sistema de Listas Regionales, se constituirán cinco circunscripciones electorales plurinominales en el país. La Ley determinará la forma de establecer la demarcación territorial de estas circunscripciones, ponderando el equilibrio entre las Entidades Federativas.

Artículo 54. La elección de los 200 Congresistas según el principio de representación proporcional y el sistema de asignación por listas regionales, se sujetará a las siguientes bases y a lo que disponga la ley:

I. Un partido político, para obtener el registro de sus listas regionales, deberá acreditar que participa con candidatos a Congresistas por mayoría relativa en por lo menos doscientos distritos uninominales;

II. Todo partido político que alcance por lo menos el tres por ciento del total de la votación válida emitida para las listas regionales de las circunscripciones plurinominales, tendrá derecho a que le sean atribuidos Congresistas según el principio de representación proporcional;

III. Al partido político que cumpla con las dos bases anteriores, independiente y adicionalmente a las constancias de mayoría relativa que hubiesen obtenido sus candidatos, le serán asignados por el principio de representación proporcional, de acuerdo con su votación nacional emitida, el número de Congresistas de su lista regional que le corresponda en cada circunscripción plurinominal. En la asignación se seguirá el orden que tuviesen los candidatos en las listas correspondientes.

IV. Ningún partido político podrá contar con más de 300 Congresistas por ambos principios.

V. En ningún caso, un partido político podrá contar con un número de Congresistas por ambos principios que representen un porcentaje del total del Congreso de la Unión que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación nacional emitida. Esta base no se aplicará al partido político que, por sus triunfos en distritos uninominales, obtenga un porcentaje de curules del total de la Congreso de la Unión, superior a la suma del porcentaje de su votación nacional emitida más el ocho por ciento; y

VI. En los términos de lo establecido en las fracciones III, IV y V anteriores, los espacios de Congresistas de representación proporcional que resten después de asignar los que correspondan al partido político que se halle en los supuestos de las fracciones IV o V, se adjudicarán a los demás partidos políticos con derecho a ello en cada una de las circunscripciones plurinominales, en proporción directa con las respectivas votaciones nacionales efectivas de estos últimos. La ley desarrollará las reglas y fórmulas para estos efectos.

Artículo 55. Para ser Congresista se requiere:

I. a II. ...

III. ...

Para poder figurar en las listas de las circunscripciones electorales plurinominales como candidato a Congresista, se requiere ser originario de alguna de las entidades federativas que comprenda la circunscripción en la que se realice la elección, o vecino de ella con residencia efectiva de más de seis meses anteriores a la fecha en que la misma se celebre.

...

IV. a VII. ...

Artículo 59. Los Congresistas podrán ser electos hasta por cuatro periodos consecutivos. La postulación sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que los hubieren postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato.

Artículo 60. El organismo público previsto en el artículo 41 de esta Constitución, de acuerdo con lo que disponga la ley, declarará la validez de las elecciones de Congresistas en cada uno de los distritos electorales uninominales; otorgará las constancias respectivas a las fórmulas de candidatos que hubiesen obtenido mayoría de votos y hará la declaración de validez y la asignación de Congresistas según el principio de representación proporcional de conformidad con el artículo 54 de esta Constitución y la ley.

Las determinaciones sobre la declaración de validez, el otorgamiento de las constancias y la asignación de Congresistas podrán ser impugnadas ante las salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en los términos que señale la ley.

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Artículo 61. Los Congresistas son inviolables por las opiniones que manifiesten en el desempeño de su cargo, y jamás podrán ser reconvenidos por ellas.

El Presidente del Congreso de la Unión velará por la inviolabilidad del recinto donde se reúnan a sesionar.

Artículo 62. Los Congresistas propietarios durante el período de su encargo, no podrán desempeñar ninguna otra comisión o empleo de la Federación o de las entidades federativas por los cuales se disfrute sueldo, sin licencia previa del Congreso de la Unión; pero entonces cesarán en sus funciones representativas, mientras dure la nueva ocupación. La misma regla se observará con los Congresistas suplentes, cuando estuviesen en ejercicio. La infracción de esta disposición será castigada con la pérdida del carácter de Congresista.

Artículo 63. El Congreso de la Unión no pueden abrir sus sesiones ni ejercer su cargo sin la concurrencia de más de la mitad del número total de sus miembros; pero los presentes deberán reunirse el día señalado por la ley y compeler a los ausentes a que concurran dentro de los treinta días siguientes, con la advertencia de que si no lo hiciesen se entenderá por ese solo hecho, que no aceptan su encargo, llamándose luego a los suplentes, los que deberán presentarse en un plazo igual, y si tampoco lo hiciesen, se declarará vacante el puesto. Las vacantes de los Congresistas que se presenten al inicio de la legislatura, como las que ocurran durante su ejercicio, se cubrirán: la vacante de Congresistas por el principio de mayoría relativa, el Congreso de la Unión convocará a elecciones extraordinarias de conformidad con lo que dispone la fracción IV del artículo 77 de esta Constitución; la vacante de miembros del Congreso de la Unión electos por el principio de representación proporcional, será cubierta por la fórmula de candidatos del mismo partido que siga en el orden de la lista regional respectiva, después de habérsele asignado los Congresistas que le hubieren correspondido.

Se entiende también que los Congresistas que falten diez días consecutivos, sin causa justificada o sin previa licencia del presidente del Congreso de la Unión, con la cual se dará conocimiento a ésta, renuncian a concurrir hasta el período inmediato, llamándose desde luego a los suplentes.

Si no hubiese quórum para instalar el Congreso de la Unión o para que ejerzan sus funciones una vez instalado, se convocará inmediatamente a los suplentes para que se presenten a la mayor brevedad a desempeñar su cargo, entre tanto transcurren los treinta días de que antes se habla.

Incurrirán en responsabilidad, y se harán acreedores a las sanciones que la ley señale, quienes habiendo sido electos Congresistas, no se presenten, sin causa justificada a juicio del Congreso de la Unión, a desempeñar el cargo dentro del plazo señalado en el primer párrafo de este artículo. También incurrirán en responsabilidad, que la misma ley sancionará, los Partidos Políticos Nacionales que habiendo postulado candidatos en una elección para Congresistas, acuerden que sus miembros que resultaren electos no se presenten a desempeñar sus funciones.

Artículo 64. Los Congresistas que no concurran a una sesión, sin causa justificada o sin permiso del Congreso de la Unión, no tendrán derecho a la dieta correspondiente al día en que falten.

Artículo 66. ...

Si las dos terceras partes del Congreso de la Unión no estuvieren de acuerdo para poner término a las Sesiones antes de las fechas indicadas, resolverá el Presidente de la República.

Artículo 67. El Congreso de la Unión, se reunirán en sesiones extraordinarias cada vez que lo convoque para ese objeto la Comisión Permanente; pero sólo se ocupará del asunto o asuntos que la propia Comisión sometiese a su conocimiento, los cuales se expresarán en la convocatoria respectiva.

Artículo 68. El Congreso de la Unión residirá en un mismo lugar y no podrán trasladarse a otro sin que antes convengan en la traslación y en el tiempo y modo de verificarla.

Artículo 69. En la apertura de Sesiones Ordinarias del Primer Periodo de cada año de ejercicio del Congreso, el Presidente de la República presentará un informe por escrito, en el que manifieste el estado general que guarda la administración pública del país. En la apertura de las sesiones extraordinarias del Congreso de la Unión, el Presidente de la Comisión Permanente informará acerca de los motivos o razones que originaron la convocatoria.

El Congreso de la Unión realizará el análisis del informe y podrá solicitar al Presidente de la República ampliar la información mediante pregunta por escrito y citar a los Secretarios de Estado y a los directores de las entidades paraestatales, quienes comparecerán y rendirán informes bajo protesta de decir verdad. La Ley del Congreso y sus reglamentos regularán el ejercicio de esta facultad.

En el primer año de su mandato, en la apertura del segundo periodo de sesiones ordinarias del Congreso, el Presidente de la República presentará para su aprobación,la Estrategia Nacional de Seguridad Pública e informará anualmente sobre el estado que guarde.

Artículo 70.Toda resolución del Congreso tendrá el carácter de ley o decreto. Las leyes o decretos se comunicarán al Ejecutivo firmados por el Presidente del Congreso y por cuando menos tres secretarios, y se promulgarán en esta forma: “El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos decreta: (texto de la ley o decreto)”.

...

La ley determinará, las formas y procedimientos para la agrupación de los Congresistas, según su afiliación de partido, a efecto de garantizar la libre expresión de las corrientes ideológicas representadas en el Congreso de la Unión.

...

Artículo 71 ...

I. ...

II. A los Congresistas;

III. a IV. ...

...

El día de la apertura de cada periodo ordinario de sesiones el Presidente de la República podrá presentar hasta dos iniciativas para trámite preferente, o señalar con tal carácter hasta dos que hubiere presentado en periodos anteriores, cuando estén pendientes de dictamen. Cada iniciativa deberá ser discutida y votada por el Pleno del Congreso de la Unión en un plazo máximo de treinta días naturales. Si no fuere así, la iniciativa, en sus términos y sin mayor trámite, será el primer asunto que deberá ser discutido y votado en la siguiente sesión del Pleno.

...

Artículo 72. Todo proyecto de ley o decreto se discutirá observándose la Ley del Congreso y su reglamento, sobre la forma, intervalos y modo de proceder en las discusiones y votaciones:

A. Aprobado un proyecto, se remitirá al Ejecutivo, quien, si no tuviere observaciones que hacer, lo publicará inmediatamente.

B. Se reputará aprobado por el Poder Ejecutivo todo proyecto no devuelto con observaciones al Congreso de la Unión dentro de los treinta días naturales siguientes a su recepción; vencido este plazo, el Ejecutivo dispondrá de diez días naturales para promulgar y publicar la ley o decreto. Transcurrido este segundo plazo, la ley o decreto será considerado promulgado y el Presidente del Congreso de la Unión ordenará dentro de los diez días naturales siguientes su publicación en el Diario Oficial de la Federación, sin que se requiera refrendo. Los plazos a que se refiere esta fracción no se interrumpirán si el Congreso de la Unión cierra o suspende sus sesiones, en cuyo caso la devolución deberá hacerse a la Comisión Permanente.

C. El proyecto de ley o decreto desechado en todo o en parte por el Ejecutivo, será devuelto, con sus observaciones, al Congreso de la Unión. Deberá ser discutido de nuevo por éste, y si fuese confirmado por las dos terceras partes del número total de votos, el proyecto será ley o decreto y volverá al Ejecutivo para su promulgación.

Las votaciones de ley o decreto, serán nominales

D. En la interpretación, reforma o derogación de las leyes o decretos, se observarán los mismos trámites establecidos para su formación.

E. Todo proyecto de ley o decreto que fuere desechado en el Congreso de la Unión, no podrá volver a presentarse en las sesiones del año.

F. El Poder Ejecutivo, no puede hacer observaciones a las resoluciones del Congreso de la Unión, cuando ejerza funciones de cuerpo electoral o de jurado, lo mismo que cuando declare que debe acusarse a uno de los altos funcionarios de la Federación por delitos oficiales.

Tampoco podrá hacerlas al Decreto de convocatoria a sesiones extraordinarias que expida la Comisión Permanente.

Artículo 73. ...

I. a III. ...

1o. a 4o...

5o. Que sea votada la erección del nuevo Estado por dos terceras partes de los Congresistas presentes.

6o. a 7o. ...

IV. a VII...

VIII. ...

1o. a 2o. ...

3o. Establecer en las leyes las bases generales, para que los Estados, los Municipios, la Ciudad de México o sus demarcaciones territoriales, puedan incurrir en endeudamiento; los límites y modalidades bajo los cuales dichos órdenes de gobierno podrán afectar sus respectivas participaciones para cubrir los empréstitos y obligaciones de pago que contraigan; la obligación de dichos órdenes de gobierno de inscribir y publicar la totalidad de sus empréstitos y obligaciones de pago en un registro público único, de manera oportuna y transparente; un sistema de alertas sobre el manejo de la deuda; así como las sanciones aplicables a los servidores públicos que no cumplan sus disposiciones.

4o. El Congreso de la Unión, a través de la comisión legislativa competente, analizará la estrategia de ajuste para fortalecer las finanzas públicas de los Estados, planteada en los convenios que pretendan celebrar con el Gobierno Federal para obtener garantías y, en su caso, emitirá las observaciones que estime pertinentes en un plazo máximo de quince días hábiles, inclusive durante los períodos de receso del Congreso de la Unión. Lo anterior aplicará en el caso de los Estados que tengan niveles elevados de deuda en los términos de la ley. Asimismo, de manera inmediata a la suscripción del convenio correspondiente, será informado de la estrategia de ajuste para los Municipios que se encuentren en el mismo supuesto, así como de los convenios que, en su caso, celebren los Estados que no tengan un nivel elevado de deuda;

IX. a XXIX-G...

XXIX-H. ...

...

...

...

...

Los Magistrados de la Sala Superior serán designados por el Presidente de la República y ratificados por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes en el Congreso de la Unión o, en sus recesos, por la Comisión Permanente. Durarán en su encargo quince años improrrogables.

Los Magistrados de Sala Regional serán designados por el Presidente de la República y ratificados por mayoría de los miembros presentes en el Congreso de la Unión o, en sus recesos, por la Comisión Permanente. Durarán en su encargo diez años pudiendo ser considerados para nuevos nombramientos.

...

XXIX-I. a XXX. ...

Artículo 75. El Congreso de la Unión, al aprobar el Presupuesto de Egresos, no podrá dejar de señalar la retribución que corresponda a un empleo que esté establecido por la ley; y en caso de que por cualquiera circunstancia se omita fijar dicha remuneración, se entenderá por señalada la que hubiere tenido fijada en el Presupuesto anterior o en la ley que estableció el empleo.

...

Los poderes federales Legislativo, Ejecutivo y Judicial, así como los organismos con autonomía reconocida en esta Constitución que ejerzan recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación, deberán incluir dentro de sus proyectos de presupuestos, los tabuladores desglosados de las remuneraciones que se propone perciban sus servidores públicos. Estas propuestas deberán observar el procedimiento que para la aprobación del presupuesto de egresos, prevé el artículo 73, fracción XLIX de esta Constitución y demás disposiciones legales aplicables.

Artículo 77. El Congreso de la Unión, deberá:

I. ...

II. Comunicarse con el Ejecutivo de la Unión,por medio de comisiones de su seno.

III. ...

IV. Expedir convocatoria, dentro del término de 30 días a partir de que ocurra la vacante, para elecciones extraordinarias que deberán celebrarse dentro de los 90 días siguientes, con el fin de cubrir las vacantes de sus miembros a que se refiere el artículo 63 de esta Constitución, en el caso de vacantes de Congresistas por el principio de mayoría relativa, salvo que la vacante ocurra dentro del año final del ejercicio del legislador correspondiente.

Artículo 78.Durante los recesos del Congreso de la Unión habrá una Comisión Permanente compuesta de 37 miembros, de entre los cuales deberán integrarla Congresistas de todos los Grupos Parlamentarios representados en el Congreso, nombrados por el Pleno la víspera de la clausura de los períodos ordinarios de sesiones. Para cada titular nombrarán, de entre sus miembros en ejercicio, un sustituto.

...

I. Prestar su consentimiento para el uso de la Guardia Nacional en los casos de que habla el artículo 73fracción XXXIX;

II. ...

III. Resolver los asuntos de su competencia; recibir durante el receso del Congreso de la Unión las iniciativas de ley, las observaciones a los proyectos de ley o decreto que envíe el Ejecutivo y proposiciones dirigidas al Congreso de la Unión y turnarlas para dictamen a las comisiones, a fin de que se despachen en el inmediato periodo de sesiones;

IV. Acordar por sí o a propuesta del Ejecutivo, la convocatoria del Congreso a sesiones extraordinarias, siendo necesario en ambos casos el voto de las dos terceras partes de los Congresistas presentes. La convocatoria señalará el objeto u objetos de las sesiones extraordinarias. Cuando la convocatoria sea al Congreso de la Unión para que se erija en Colegio Electoral y designe Presidente interino o substituto, la aprobación de la convocatoria se hará por mayoría;

V. a VIII. ...

Artículo 79. La Auditoría Superior de la Federación del Congreso de la Unión, tendrá autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones y para decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones, en los términos que disponga la ley.

...

...

...

...

I. ...

...

...

...

Sin perjuicio de lo previsto en el párrafo anterior, en las situaciones que determine la Ley, derivado de denuncias, la Auditoría Superior de la Federación, previa autorización de su Titular, podrá revisar durante el ejercicio fiscal en curso a las entidades fiscalizadas, así como respecto de ejercicios anteriores. Las entidades fiscalizadas proporcionarán la información que se solicite para la revisión, en los plazos y términos señalados por la Ley y, en caso de incumplimiento, serán aplicables las sanciones previstas en la misma. La Auditoría Superior de la Federación rendirá un informe específico al Congreso de la Unión y, en su caso, promoverá las acciones que correspondan ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción o las autoridades competentes;

II. Entregar al Congreso de la Unión, el último día hábil de los meses de junio y octubre, así como el 20 de febrero del año siguiente al de la presentación de la Cuenta Pública, los informes individuales de auditoría que concluya durante el periodo respectivo. Asimismo, en esta última fecha, entregar el Informe General Ejecutivo del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública, el cual se someterá a la consideración del Pleno de dicho Congreso. El Informe General Ejecutivo y los informes individuales serán de carácter público y tendrán el contenido que determine la ley; estos últimos incluirán como mínimo el dictamen de su revisión, un apartado específico con las observaciones de la Auditoría Superior de la Federación, así como las justificaciones y aclaraciones que, en su caso, las entidades fiscalizadas hayan presentado sobre las mismas.

...

El titular de la Auditoría Superior de la Federación enviará a las entidades fiscalizadas los informes individuales de auditoría que les corresponda, a más tardar a los 10 días hábiles posteriores a que haya sido entregado el informe individual de auditoría respectivo al Congreso de la Unión, mismos que contendrán las recomendaciones y acciones que correspondan para que, en un plazo de hasta 30 días hábiles, presenten la información y realicen las consideraciones que estimen pertinentes; en caso de no hacerlo se harán acreedores a las sanciones establecidas en Ley. Lo anterior, no aplicará a las promociones de responsabilidades ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, las cuales se sujetarán a los procedimientos y términos que establezca la Ley.

...

...

La Auditoría Superior de la Federación deberá entregar al Congreso de la Unión, los días 1 de los meses de mayo y noviembre de cada año, un informe sobre la situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas, correspondientes a cada uno de los informes individuales de auditoría que haya presentado en los términos de esta fracción. En dicho informe, el cual tendrá carácter público, la Auditoría incluirá los montos efectivamente resarcidos a la Hacienda Pública Federal o al patrimonio de los entes públicos federales, como consecuencia de sus acciones de fiscalización, las denuncias penales presentadas y los procedimientos iniciados ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

La Auditoría Superior de la Federación deberá guardar reserva de sus actuaciones y observaciones hasta que rinda los informes individuales de auditoría y el Informe General Ejecutivo al Congreso de la Unión a que se refiere esta fracción; la Ley establecerá las sanciones aplicables a quienes infrinjan esta disposición;

III. ...

IV. ...

El Congreso de la Unión designará al titular de la Auditoría Superior de la Federación por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes. La ley determinará el procedimiento para su designación. Dicho titular durará en su encargo ocho años y podrá ser nombrado nuevamente por una sola vez. Podrá ser removido, exclusivamente, por las causas graves que la ley señale, con la misma votación requerida para su nombramiento, o por las causas y conforme a los procedimientos previstos en el Título Cuarto de esta Constitución.

...

...

...

Artículo 84. ...

Quien ocupe provisionalmente la Presidencia no podrá remover o designar a los Secretarios de Estado sin autorización previa del Congreso de la Unión. Asimismo, entregará a éste un informe de labores en un plazo no mayor a diez días, contados a partir del momento en que termine su encargo.

Cuando la falta absoluta del Presidente ocurriese en los dos primeros años del período respectivo, si el Congreso de la Unión se encontrase en sesiones y concurriendo, cuando menos, las dos terceras partes del número total de sus Congresistas, se constituirá inmediatamente en Colegio Electoral y nombrará en escrutinio secreto y por mayoría absoluta de votos, un Presidente interino, en los términos que disponga la Ley del Congreso. El mismo Congreso expedirá, dentro de los diez días siguientes a dicho nombramiento, la convocatoria para la elección del Presidente que deba concluir el período respectivo, debiendo mediar entre la fecha de la convocatoria y la que se señale para la realización de la jornada electoral, un plazo no menor de siete meses ni mayor de nueve. El así electo iniciará su encargo y rendirá protesta ante el Congreso siete días después de concluido el proceso electoral.

...

...

...

Artículo 85. ...

Si al comenzar el periodo constitucional hubiese falta absoluta del Presidente de la República, asumirá provisionalmente el cargo el Presidente del Congreso de la Unión, en tanto el Congreso designa al presidente interino, conforme al artículo anterior.

...

...

Artículo 87. ...

Si por cualquier circunstancia el Presidente no pudiere rendir la protesta en los términos del párrafo anterior, lo hará de inmediato ante la Mesa Directiva del Congreso de la Unión.

En caso de que el Presidente no pudiere rendir la protesta ante el Congreso de la Unión, ante la Comisión Permanente o ante la Mesa Directivadel Congreso de la Unión lo hará de inmediato ante el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Artículo 88. El Presidente de la República podrá ausentarse del territorio nacional hasta por siete días, informando previamente de los motivos de la ausencia al Congreso de la Unión o a la Comisión Permanente en su caso, así como de los resultados de las gestiones realizadas. En ausencias mayores a siete días, se requerirá permiso del Congreso de la Unión o de la Comisión Permanente.

Artículo 89. ...

I. ...

II. ...

...

En los supuestos de la ratificación de los Secretarios de Relaciones y de Hacienda, cuando no se opte por un gobierno de coalición, si el Congreso de la Unión no ratificare en dos ocasiones el nombramiento del mismo Secretario de Estado, ocupará el cargo la persona que designe el Presidente de la República;

III. Nombrar, con aprobación del Congreso de la Unión, a los embajadores, cónsules generales, empleados superiores de Hacienda y a los integrantes de los órganos colegiados encargados de la regulación en materia de telecomunicaciones, energía y competencia económica;

IV. a VI. ...

VII. Disponer de la Guardia Nacional para los mismos objetos, en los términos que previene la fracción XXXIXdel artículo 73.

VIII. a IX. ...

X. Dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales, así como terminar, denunciar, suspender, modificar, enmendar, retirar reservas y formular declaraciones interpretativas sobre los mismos, sometiéndolos a la aprobación del Congreso de la Unión. En la conducción de tal política, el Titular del Poder Ejecutivo observará los siguientes principios normativos: la autodeterminación de los pueblos; la no intervención; la solución pacífica de controversias; la proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales; la igualdad jurídica de los Estados; la cooperación internacional para el desarrollo; el respeto, la protección y promoción de los derechos humanos y la lucha por la paz y la seguridad internacionales;

XI. a XV. ...

XVI. Cuando el Congreso de la Unión no esté en sesiones, el Presidente de la República podrá hacer los nombramientos de que hablan las fracciones III, IV y IX, con aprobación de la Comisión Permanente;

XVII. ...

El gobierno de coalición se regulará por el convenio y el programa respectivos, los cuales deberán ser aprobados por mayoría de los miembros presentes del Congreso de la Unión. El convenio establecerá las causas de la disolución del gobierno de coalición.

XVIII. Presentar a consideración del Congreso de la Unión, la terna para la designación de Ministros de la Suprema Corte de Justicia y someter sus licencias y renuncias a la aprobación del propio Senado;

XIX. Objetar los nombramientos de los comisionados del organismo garante que establece el artículo 6o. de esta Constitución hechos por el Congreso de la Unión, en los términos establecidos en esta Constitución y en la ley;

XX. ...

Artículo 93. ...

El Congreso de la Unión podrá convocar a los Secretarios de Estado, a los directores y administradores de las entidades paraestatales, así como a los titulares de los órganos autónomos, para que informen bajo protesta de decir verdad, cuando se discuta una ley o se estudie un negocio concerniente a sus respectivos ramos o actividades o para que respondan a interpelaciones o preguntas.

El Congreso de la Unión, a pedido de una cuarta parte de sus miembros, tienen la facultad de integrar comisiones para investigar el funcionamiento de dichos organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria. Los resultados de las investigaciones se harán del conocimiento del Ejecutivo Federal.

El Congreso de la Unión podrán requerir información o documentación a los titulares de las dependencias y entidades del gobierno federal, mediante pregunta por escrito, la cual deberá ser respondida en un término no mayor a 15 días naturales a partir de su recepción.

...

Artículo 94. ...

...

...

...

...

...

...

...

Los juicios de amparo, las controversias constitucionales y las acciones de inconstitucionalidad se substanciarán y resolverán de manera prioritaria cuando el Congreso de la Unión, a través de su Presidente, o el Ejecutivo Federal, por conducto del Consejero Jurídico del gobierno, justifique la urgencia atendiendo al interés social o al orden público, en los términos de lo dispuesto por las leyes reglamentarias.

...

...

...

...

Artículo 95. ...

I. a V. ...

VI. No haber sido Secretario de Estado, Fiscal General de la República, Congresista, ni Titular del Poder Ejecutivo de alguna entidad federativa, durante el año previo al día de su nombramiento.

...

Artículo 96.Para nombrar a los Ministros de la Suprema Corte de Justicia, el Presidente de la República someterá una terna a consideración del Congreso de la Unión, el cual, previa comparecencia de las personas propuestas, designará al Ministro que deba cubrir la vacante. La designación se hará por el voto de las dos terceras partes de los miembros del Congreso de la Unión presentes, dentro del improrrogable plazo de treinta días. Si el Congreso de la Unión no resolviere dentro de dicho plazo, ocupará el cargo de Ministro la persona que, dentro de dicha terna, designe el Presidente de la República.

En caso de que el Congreso de la Unión rechace la totalidad de la terna propuesta, el Presidente de la República someterá una nueva, en los términos del párrafo anterior. Si esta segunda terna fuera rechazada, ocupará el cargo la persona que dentro de dicha terna, designe el Presidente de la República.

Artículo 98.Cuando la falta de un Ministro excediere de un mes, el Presidente de la República someterá el nombramiento de un Ministro interino a la aprobación del Congreso de la Unión, observándose lo dispuesto en el artículo 96 de esta Constitución.

Si faltare un Ministro por defunción o por cualquier causa de separación definitiva, el Presidente someterá un nuevo nombramiento a la aprobación del Congreso de la Unión, en los términos del artículo 96 de esta Constitución.

Las renuncias de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia solamente procederán por causas graves; serán sometidas al Ejecutivo y, si éste las acepta, las enviará para su aprobación al Congreso de la Unión.

Las licencias de los Ministros, cuando no excedan de un mes, podrán ser concedidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación; las que excedan de este tiempo, podrán concederse por el Presidente de la República con la aprobación del Congreso de la Unión. Ninguna licencia podrá exceder del término de dos años.

Artículo 99. ...

...

...

...

I. Las impugnaciones en las elecciones federales de Congresistas;

II. a X. ...

...

...

...

...

...

...

Los Magistrados Electorales que integren las salas Superior y regionales serán elegidos por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes del Congreso de la Unión a propuesta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. La elección de quienes las integren será escalonada, conforme a las reglas y al procedimiento que señale la ley.

...

...

...

...

Artículo 100. ...

El Consejo se integrará por siete miembros de los cuales, uno será el Presidente de la Suprema Corte de Justicia, quien también lo será del Consejo; tres Consejeros designados por el Pleno de la Corte, por mayoría de cuando menos ocho votos, de entre los Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito; dos Consejeros designados por el Congreso de la Unión, y uno por el Presidente de la República.

...

...

...

...

...

...

...

...

Artículo 102.

A. ...

...

...

I. A partir de la ausencia definitiva del Fiscal General, el Congreso de la Unión contará con veinte días para integrar una lista de al menos diez candidatos al cargo, aprobada por las dos terceras partes de los miembros presentes, la cual enviará al Ejecutivo Federal.

Si el Ejecutivo no recibe la lista en el plazo antes señalado, enviará libremente al Congreso de la Unión una terna y designará provisionalmente al Fiscal General, quien ejercerá sus funciones hasta en tanto se realice la designación definitiva conforme a lo establecido en este artículo. En este caso, el Fiscal General designado podrá formar parte de la terna.

II. Recibida la lista a que se refiere la fracción anterior, dentro de los diez días siguientes el Ejecutivo formulará una terna y la enviará a la consideración del Congreso de la Unión.

III. El Congreso de la Unión, con base en la terna y previa comparecencia de las personas propuestas, designará al Fiscal General con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes dentro del plazo de diez días.

En caso de que el Ejecutivo no envíe la terna a que se refiere la fracción anterior, el Congreso de la Unión tendrá diez días para designar al Fiscal General de entre los candidatos de la lista que señala la fracción I.

Si el Congreso de la Unión no hace la designación en los plazos que establecen los párrafos anteriores, el Ejecutivo designará al Fiscal General de entre los candidatos que integren la lista o, en su caso, la terna respectiva.

IV. El Fiscal General podrá ser removido por el Ejecutivo Federal por las causas graves que establezca la ley. La remoción podrá ser objetada por el voto de la mayoría de los miembros presentes del Congreso de la Unión dentro de un plazo de diez días hábiles, en cuyo caso el Fiscal General será restituido en el ejercicio de sus funciones. Si el Congreso de la Unión no se pronuncia al respecto, se entenderá que no existe objeción.

V. En los recesos del Congreso de la Unión, la Comisión Permanente lo convocará de inmediato a sesiones extraordinarias para la designación o formulación de objeción a la remoción del Fiscal General.

VI. ...

...

La Fiscalía General contará, al menos, con las fiscalías especializadas en materia de delitos electorales y de combate a la corrupción, cuyos titulares serán nombrados y removidos por el Fiscal General de la República. El nombramiento y remoción de los fiscales especializados antes referidos podrán ser objetados por el Congreso de la Unión por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes, en el plazo que fije la ley; si el Congreso de la Unión no se pronunciare en este plazo, se entenderá que no tiene objeción.

...

El Fiscal General presentará anualmente a los Poderes Legislativo y Ejecutivo de la Unión un informe de actividades. Comparecerá ante el Congreso de la Unión cuando se le cite a rendir cuentas o a informar sobre su gestión.

...

B. ...

Los organismos a que se refiere el párrafo anterior, formularán recomendaciones públicas, no vinculatorias, denuncias y quejas ante las autoridades respectivas. Todo servidor público está obligado a responder las recomendaciones que les presenten estos organismos. Cuando las recomendaciones emitidas no sean aceptadas o cumplidas por las autoridades o servidores públicos, éstos deberán fundar, motivar y hacer pública su negativa; además, el Congreso de la Unión o en sus recesos la Comisión Permanente, o las legislaturas de las entidades federativas, según corresponda, podrán llamar, a solicitud de estos organismos, a las autoridades o servidores públicos responsables para que comparezcan ante dichos órganos legislativos, a efecto de que expliquen el motivo de su negativa.

...

...

...

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos tendrá un Consejo Consultivo integrado por diez consejeros que serán elegidos por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes del Congreso de la Unión o, en sus recesos, por la Comisión Permanente, con la misma votación calificada. La ley determinará los procedimientos a seguir para la presentación de las propuestas por el propio Congreso. Anualmente serán substituidos los dos consejeros de mayor antigüedad en el cargo, salvo que fuesen propuestos y ratificados para un segundo período.

...

...

El Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos presentará anualmente a los Poderes de la Unión un informe de actividades. Al efecto comparecerá ante el Congreso de la Unión en los términos que disponga la ley.

...

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos podrá investigar hechos que constituyan violaciones graves de derechos humanos, cuando así lo juzgue conveniente o lo pidiere el Ejecutivo Federal, el Congreso de la Unión, los titulares de los poderes ejecutivos de las entidades federativas o las Legislaturas de éstas.

Artículo 105. ...

I. ...

a) a b) ...

c) El Poder Ejecutivo y el Congreso de la Unión o, en su caso, la Comisión Permanente;

d) a l) ...

...

...

II. ...

...

a) El equivalente al treinta y tres por ciento de los integrantes del Congreso de la Unión, en contra de leyes federales o de tratados internacionales celebrados por el Estado Mexicano;

b) ...

c) a f) ...

g) La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en contra de leyes de carácter federal o de las entidades federativas, así como de tratados internacionales celebrados por el Ejecutivo Federal y aprobados por el Congreso de la Unión, que vulneren los derechos humanos consagrados en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que México sea parte. Asimismo, los organismos de protección de los derechos humanos equivalentes en las entidades federativas, en contra de leyes expedidas por las Legislaturas;

h) El organismo garante que establece el artículo 6° de esta Constitución en contra de leyes de carácter federal y local, así como de tratados internacionales celebrados por el Ejecutivo Federal y aprobados por el Congreso de la Unión, que vulneren el derecho al acceso a la información pública y la protección de datos personales. Asimismo, los organismos garantes equivalentes en las entidades federativas, en contra de leyes expedidas por las Legislaturas locales; e

i) ...

...

...

...

III. ...

...

...

Artículo 109. ...

I. a IV. ...

...

Cualquier ciudadano, bajo su más estricta responsabilidad y mediante la presentación de elementos de prueba, podrá formular denuncia ante el Congreso de la Unión respecto de las conductas a las que se refiere el presente artículo.

...

...

...

Artículo 110. Podrán ser sujetos de juicio político los Congresistas, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los consejeros de la Judicatura Federal, los secretarios de Despacho, el Fiscal General de la República, los magistrados de Circuito y jueces de Distrito, el consejero Presidente, los consejeros electorales y el secretario ejecutivo del Instituto Nacional Electoral, los magistrados del Tribunal Electoral, los integrantes de los órganos constitucionales autónomos, los directores generales y sus equivalentes de los organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, sociedades y asociaciones asimiladas a éstas y fideicomisos públicos.

...

...

Para la aplicación de las sanciones a que se refiere este precepto, el Congreso de la Unión procederá a la acusación respectiva previa declaración de la mayoría absoluta del número de los miembros presentes en sesión del Congreso.

Conociendo de la acusación el Congreso de la Unión, se erigirá en Jurado de sentencia, aplicará la sanción correspondiente mediante resolución de las dos terceras partes de los miembros presentes en sesión, una vez practicadas las diligencias correspondientes y con audiencia del acusado.

Las declaraciones y resoluciones del Congreso de la Unión son inatacables.

Artículo 111. Para proceder penalmente contra los Congresistas, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral, los consejeros de la Judicatura Federal, los secretarios de Despacho, el Fiscal General de la República, así como el consejero Presidente y los consejeros electorales del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por la comisión de delitos durante el tiempo de su encargo, el Congreso de la Unión declarará por mayoría absoluta de sus miembros presentes en sesión, si ha o no lugar a proceder contra el inculpado.

Si la resolución d el Congreso de la Unión fuese negativa se suspenderá todo procedimiento ulterior, pero ello no será obstáculo para que la imputación por la comisión del delito continúe su curso cuando el inculpado haya concluido el ejercicio de su encargo, pues la misma no prejuzga los fundamentos de la imputación.

Si el Congreso de la Unión declara que ha lugar a proceder, el sujeto quedará a disposición de las autoridades competentes para que actúen con arreglo a la ley.

Por lo que toca al Presidente de la República, sólo habrá lugar a acusarlo ante el Congreso de la Unión en los términos del artículo 110. En este supuesto, el Congreso de la Unión resolverá con base en la legislación penal aplicable.

...

Las declaraciones y resoluciones del Congreso de la Unión son inatacables.

...

...

...

...

Artículo 112.No se requerirá declaración de procedencia del Congreso de la Unión cuando alguno de los servidores públicos a que hace referencia el párrafo primero del artículo 111 cometa un delito durante el tiempo en que se encuentre separado de su encargo.

...

Artículo 122. ...

A. ...

B. ...

...

...

El Congreso de la Unión, al dictaminar el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, analizará y determinará los recursos que se requieran para apoyar a la Ciudad de México en su carácter de Capital de los Estados Unidos Mexicanos y las bases para su ejercicio.

...

...

...

C. a D. ...

Artículo 133.Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Congreso de la Unión, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada entidad federativa se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de las entidades federativas.

Artículo 134....

Los resultados del ejercicio de dichos recursos serán evaluados por las instancias técnicas que establezcan, respectivamente, la Federación y las entidades federativas, con el objeto de propiciar que los recursos económicos se asignen en los respectivos presupuestos en los términos del párrafo precedente. Lo anterior, sin menoscabo de lo dispuesto en los artículos 26, Apartado C, 73, fracción XLIXy 79 de esta Constitución.

...

...

...

...

...

...

...

ARTÍCULO SEGUNDO. Se adicionan las fracciones XXXI a LI al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 73. ...

I. a XXX. ...

XXXI. Expedir el Bando Solemne para dar a conocer en toda la República la declaración de Presidente Electo que hubiere hecho el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación;

XXXII. Coordinar y evaluar, sin perjuicio de su autonomía técnica y de gestión, el desempeño de las funciones de la Auditoría Superior de la Federación, en los términos que disponga la ley;

XXXIII. Ratificar el nombramiento que el Presidente de la República haga del Secretario del ramo en materia de Hacienda, salvo que se opte por un gobierno de coalición, en cuyo caso se estará a lo dispuesto en la fracción XXXVIII de este artículo; así como de los demás empleados superiores de Hacienda;

XXXIV. Declarar si ha o no ha lugar a proceder penalmente contra los servidores públicos que hubieren incurrido en delito en los términos del artículo 111 de esta Constitución.

Conocer de las imputaciones que se hagan a los servidores públicos a que se refiere el artículo 110 de esta Constitución y fungir como órgano de acusación en los juicios políticos que contra éstos se instauren.

XXXV. Aprobar el Plan Nacional de Desarrollo en el plazo que disponga la ley. En caso de que no se pronuncie en dicho plazo, el Plan se entenderá aprobado;

XXXVI. Designar, por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes, a los titulares de los órganos internos de control de los organismos con autonomía reconocida en esta Constitución que ejerzan recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación;

XXXVII. Analizar la política exterior desarrollada por el Ejecutivo Federal con base en los informes anuales que el Presidente de la República y el Secretario del Despacho correspondiente rindan al Congreso.

Además, aprobar los tratados internacionales y convenciones diplomáticas que el Ejecutivo Federal suscriba, así como su decisión de terminar, denunciar, suspender, modificar, enmendar, retirar reservas y formular declaraciones interpretativas sobre los mis mos.

XXXVIII. Ratificar los nombramientos que el Titular del Ejecutivo Federal haga de los Secretarios de Estado, en caso de que éste opte por un gobierno de coalición, con excepción de los titulares de los ramos de Defensa Nacional y Marina; del Secretario responsable del control interno del Ejecutivo Federal; del Secretario de Relaciones; de los embajadores y cónsules generales; de los empleados superiores del ramo de Relaciones; de los integrantes de los órganos colegiados encargados de la regulación en materia de telecomunicaciones, energía, competencia económica, y coroneles y demás jefes superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales, en los términos que la ley disponga;

XXXIX. Dar su consentimiento para que el Presidente de la República pueda disponer de la Guardia Nacional fuera de sus respectivas entidades federativas, fijando la fuerza necesaria;

XL. Autorizar al Presidente de la República para que pueda permitir la salida de tropas nacionales fuera de los límites del País, el paso de tropas extranjeras por el territorio nacional y la estación de escuadras de otra potencia, por más de un mes, en aguas mexicanas;

XLI. Declarar, cuando hayan desaparecido todos los poderes constitucionales de una entidad federativa, que ha llegado el caso de nombrarle un Titular del Poder Ejecutivo provisional, quien convocará a elecciones conforme a las leyes constitucionales de la entidad federativa. El nombramiento del Titular del Poder Ejecutivo local se hará por el Congreso de la Unión a propuesta, en terna, del Presidente de la República con aprobación de las dos terceras partes de los miembros presentes, y en los recesos, por la Comisión Permanente, conforme a las mismas reglas. El funcionario así nombrado, no podrá ser electo Titular del Poder Ejecutivo en las elecciones que se verifiquen, en virtud de la convocatoria que él expidiere. Esta disposición regirá siempre que las constituciones de las entidades federativas no prevean el caso.

XLII. Resolver las cuestiones políticas que surjan entre los poderes de una entidad federativa cuando alguno de ellos ocurra con ese fin al Congreso de la Unión, o cuando con motivo de dichas cuestiones se haya interrumpido el orden constitucional, mediando un conflicto de armas. En este caso, el Congreso de la Unión dictará su resolución, sujetándose a la Constitución General de la República y a la de la entidad federativa.

La ley reglamentará el ejercicio de esta facultad y el de la anterior.

XLIII. Autorizar, mediante decreto aprobado por el voto de las dos terceras partes de los Congresistas presentes, los convenios amistosos que sobre sus respectivos límites celebren las entidades federativas;

XLIV. Erigirse en Jurado de sentencia para conocer, en juicio político, de las faltas u omisiones que cometan los servidores públicos y que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales y de su buen despacho, en los términos del artículo 110 de esta Constitución;

XLV. Designar a los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de entre la terna que someta a su consideración el Presidente de la República, así como otorgar o negar su aprobación a las solicitudes de licencia o renuncia de los mismos, que le someta dicho funcionario;

XLVI. Aprobar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública en el plazo que disponga la ley. En caso de que el Congreso no se pronuncie en dicho plazo, ésta se entenderá aprobada.

XLVII. Nombrar a los comisionados del organismo garante que establece el artículo 6o. de esta Constitución, en los términos establecidos por la misma y las disposiciones previstas en la ley;

XLVIII. Integrar la lista de candidatos a Fiscal General de la República; nombrar a dicho servidor público, y formular objeción a la remoción que del mismo haga el Ejecutivo Federal, de conformidad con el artículo 102, Apartado A, de esta Constitución;

XLIX. Aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación, previo examen, discusión y, en su caso, modificación del Proyecto enviado por el Ejecutivo Federal, una vez aprobadas las contribuciones que, a su juicio, deben decretarse para cubrirlo. Asimismo, podrá autorizar en dicho Presupuesto las erogaciones plurianuales para aquellos proyectos de inversión en infraestructura que se determinen conforme a lo dispuesto en la ley reglamentaria; las erogaciones correspondientes deberán incluirse en los subsecuentes Presupuestos de Egresos.

El Ejecutivo Federal hará llegar al Congreso de la Unión la Iniciativa de Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación a más tardar el día 8 del mes de septiembre, debiendo comparecer el Secretario de Despacho correspondiente a dar cuenta de los mismos. El Congreso de la Unión deberá aprobar el Presupuesto de Egresos de la Federación a más tardar el día 15 del mes de noviembre.

Cuando inicie su encargo en la fecha prevista por el artículo 83, el Ejecutivo Federal hará llegar a la Cámara la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación a más tardar el día 15 del mes de noviembre.

No podrá haber otras partidas secretas, fuera de las que se consideren necesarias, con ese carácter, en el mismo presupuesto; las que emplearán los Secretarios por acuerdo escrito del Presidente de la República.

Sólo se podrá ampliar el plazo de presentación de la iniciativa de Ley de Ingresos y del Proyecto de Presupuesto de Egresos, cuando medie solicitud del Ejecutivo suficientemente justificada a juicio del Congreso de la Unión o de la Comisión Permanente, debiendo comparecer en todo caso el Secretario del Despacho correspondiente a informar de las razones que lo motiven.

L. Revisar la Cuenta Pública del año anterior, con el objeto de evaluar los resultados de la gestión financiera, comprobar si se ha ajustado a los criterios señalados por el Presupuesto y verificar el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas.

La revisión de la Cuenta Pública la realizará el Congreso de la Unión a través de la Auditoría Superior de la Federación. Si del examen que ésta realice aparecieran discrepancias entre las cantidades correspondientes a los ingresos o a los egresos, con relación a los conceptos y las partidas respectivas o no existiera exactitud o justificación en los ingresos obtenidos o en los gastos realizados, se determinarán las responsabilidades de acuerdo con la Ley. En el caso de la revisión sobre el cumplimiento de los objetivos de los programas, dicha autoridad sólo podrá emitir las recomendaciones para la mejora en el desempeño de los mismos, en los términos de la Ley.

La Cuenta Pública del ejercicio fiscal correspondiente deberá ser presentada al Congreso de la Unión a más tardar el 30 de abril del año siguiente. Sólo se podrá ampliar el plazo de presentación en los términos de la fracción IV, último párrafo, de este artículo; la prórroga no deberá exceder de 30 días naturales y, en tal supuesto, la Auditoria Superior de la Federación contará con el mismo tiempo adicional para la presentación del Informe General Ejecutivo del resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública.

El Congreso de la Unión concluirá la revisión de la Cuenta Pública a más tardar el 31 de octubre del año siguiente al de su presentación, con base en el análisis de su contenido y en las conclusiones técnicas del Informe General Ejecutivo del resultado de la Fiscalización Superior, a que se refiere el artículo 79 de esta Constitución, sin menoscabo de que el trámite de las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas por la Auditoría Superior de la Federación, seguirá su curso en términos de lo dispuesto en dicho artículo, y

LI. Las demás que le confiere expresamente esta Constitución.

ARTÍCULO TERCERO. Se derogan los artículos 56; 57; 58; 74 y 76; y el inciso b) de la fracción II del artículo 105, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 56. Se deroga.

Artículo 57. Se deroga.

Artículo 58. Se deroga.

Artículo 74. Se deroga.

Artículo 76. Se deroga.

Artículo 105....

I. ...

II. ...

...

a) ...

b) Se deroga.

c) a i) ...

...

...

...

III. ...

...

...

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

ARTÍCULO PRIMERO.El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

ARTÍCULO SEGUNDO. Las normas relativas a la elección del Poder Legislativo Unicameral, aplicarán a partir del proceso electoral para la elección constitucional del año 2018.

ARTÍCULO TERCERO.El Congreso de la Unión deberá expedir la legislación para hacer cumplir lo dispuesto en el presente Decreto, a más tardar en 180 días contados a partir de la entrada en vigor del mismo.

ARTÍCULO CUARTO.Las normas de esta Constitución y los ordenamientos legales aplicables al Poder Legislativo que se encuentren vigentes a la entrada en vigor del presente Decreto, continuarán aplicándose hasta que inicie la vigencia de la LXIV Legislatura.

ARTÍCULO QUINTO.Los recursos financieros y materiales de la Cámara de Senadores, pasarán a formar parte del Poder Legislativo una vez que quede integrado en términos del Artículo 50 del presente decreto.

ARTÍCULO SEXTO.Todos los inmuebles destinados al servicio que presta la Cámara de Senadores, así como cualquier otro bien afecto a éstos, continuarán bajo la jurisdicción de Poder Legislativo.

ARTÍCULO SÉPTIMO.Los derechos laborales de los trabajadores que presten sus servicios en la Cámara de Senadores, se respetarán en todo momento de conformidad con la ley.

ARTÍCULO OCTAVO.Los asuntos que queden pendientes por dictaminar y aprobar en la Cámara de Senadores se turnarán a las comisiones del Congreso de la Unión para los efectos que marque la Constitución respecto de su trámite.

ARTÍCULO NOVENO.El titular del Poder Ejecutivo Federal dispondrá que el texto íntegro de la exposición de motivos y del cuerpo normativo del presente decreto, se traduzca a las lenguas de los pueblos indígenas del país y ordenará su difusión en sus comunidades.

ARTÍCULO DÉCIMO. Se derogan todas las disposiciones que contravengan el presente Decreto, a partir del Primero de Septiembre del 2018.

Notas:

1 Castro Obregón, L. (2017, enero 30). Entrevista durante un receso de la 4ª Asamblea General del Grupo Parlamentario Nueva Alianza (GPNA).

Recuperado de: https://nueva-alianza.org.mx/boletin-0052017/

2 Iniciativa de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Educación, suscrita por el Lic. Enrique Peña Nieto, Presidente de la República.

Recuperado de: http://www.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/63/2/2017-02-01-1/assets/documentos/Inicia tiva_SEGOB_01022017.pdf

3 Reynoso Diego (2009) La diversidad institucional del bicameralismo en América Latina

Recuperado de: http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_ arttext&pid=S0188-76532010000100005

“[...] La soberanía es una cosa una y simple, puesto que es una colectividad de todos, sin exceptuar a nadie; si el poder legislativo es uno y simple y si el soberano no puede ser dividido, el poder legislativo no puede ser dividido porque no hay dos o tres o cuatro poderes legislativos, como no hay dos o tres o cuatro soberanos [...]”

Del Coro Cillán y García de Iturrospe Da. Ma. Sistema Político y Senado. Reflexiones en Torno al Bicameralismo. Recuperado de: file:///C:/Users/USUARIO/Downloads/Dialnet-SistemaPoliticoYSenadoReflexionesEnT ornoAlBicamera-819691.unlocked.pdf

4 La Bicameralidad como órgano de control democrático. Facultad de Derecho de la Universidad de San Martín de Porres

Recuperado de: http://www.derecho.usmp.edu.pe/postgrado/doctorado/LA%20BICAMERALIDAD%20COMO%20 ORGANISMO%20DE%20CONTROL%20DEMOCRATICO_2008/LA_BICAMERALIDAD_COMO_ORGANISMO_DE_ CONTROL_DEMOCRATICO_2.PDF

5 Aldama Pinedo Javier (2008), Ética y Política en Jean Jacques Rousseau R

Recuperado de file:///C:/Users/USUARIO/Downloads/7945-27680-1-PB.pdf

6 Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión. Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017.

Recuperado de http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5463184 &fecha=30/11/2016

7 Ibídem.

8 Sartori, G. (2003) Ingeniería constitucional comparada, Ed. Fondo de Cultura Económica, México, 3° ed, pg 20

9 Nohlen, D. (1998) Tratado de derecho electoral comparado de América Latina.

Recuperado de http://www.corteidh.or.cr/tablas/12231.pdf

10 En 1970 habitaban 48, 225, 238 millones personas en el país INEGI. Información obtenida de los tabulados predefinidos de Población del I X Censo General de Población 1970.

Recuperado de http://www.beta.inegi.org.mx/proyectos/ccpv/1970/ default.html

11CONAPO. Datos de Proyecciones

Recuperado de http://www.conapo.gob.mx/es/C

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión a los 13 días del mes de marzo de 2017.— Diputados y diputadas: Luis Alfredo Valles Mendoza, Ángel García Yáñez, Angélica Reyes Ávila, Carlos Gutiérrez García, Carmen Victoria Campa Almaral, Francisco Javier Pinto Torres, Jesús Rafael Méndez Salas, Karina Sánchez Ruiz, Luis Manuel Hernández León, María Eugenia Ocampo Bedolla, Mirna Isabel Saldívar Paz (rúbricas).»

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Gracias, diputado Valles Mendoza. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

La diputada Mirna Isabel Saldívar Paz (desde la curul): Presidenta.

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Sonido en la curul de nuestra compañera diputada Saldívar. Adelante, ¿con qué objeto, diputada?

La diputada Mirna Isabel Saldívar Paz (desde la curul): Gracias, presidenta. Solicitarle a nuestro coordinador, el diputado Valles, nos permita adherirnos a esta iniciativa, donde propone un nuevo sistema unicameral.

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: ¿Tiene algún inconveniente?

El diputado Luis Alfredo Valles Mendoza (al pie de la tribuna): No.

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: El diputado Mendoza Valles ha aceptado. Por lo tanto, está a disposición de la Secretaría de esta Mesa Directiva para la suscripción correspondiente.

El diputado Cuitláhuac García Jiménez (desde la curul): Presidenta.

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Sonido en la curul del diputado Cuitláhuac García. ¿Con qué objeto, diputado?

El diputado Cuitláhuac García Jiménez (desde la curul): Solo, diputada presidenta, para cubrir la formalidad de solicitarle aquí en el pleno al diputado Ángel de la Piedra, que hace unos momentos leyó una iniciativa que favorece a las radios comunitarias del país, que nos permita a algunos miembros de la bancada adherirnos. Se leyó hace nos momentos. Solamente que le pudiera preguntar y cubrir esa formalidad.

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Ya el diputado ha aceptado la suscripción y está a disposición de la Secretaría de esta Mesa Directiva, diputado.

Esta Presidencia desea saludar la presencia en este recinto, de alumnos de la Universidad de Tecamachalco, Puebla. Invitados por la diputada Lilia Arminda García Escobar. Sean ustedes bienvenidos a este recinto parlamentario. De igual forma, saludamos la presencia de alumnos de la Preparatoria Número 4, ubicados en la comunidad de Vidal Castañeda y Nájera, de la Universidad Nacional Autónoma de México. Invitados por el diputado José Santiago López. Bienvenidos a este recinto parlamentario.

VOLUMEN II



EXPIDE LA LEY GENERAL DE DERECHOS CULTURALES

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Tiene el uso de la palabra, por cinco minutos, la diputada Cristina Gaytán Hernández, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General de Derechos Culturales, suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Cultura y Cinematografía.

La diputada Cristina Ismene Gaytán Hernández:Con su venia, presidenta. El día de hoy, a nombre de la Comisión de Cultura y Cinematografía, presento la iniciativa con proyecto de decreto que crea la Ley General de Derechos Culturales. Esta iniciativa surge del compromiso establecido entre el Ejecutivo y el Legislativo para construir la reforma cultural más importante de los tiempos recientes para nuestro país.

Dicha ruta inició con la creación de la Secretaría de Cultura y su segundo paso trascendental sería discutir y aprobar una ley general para definir el rumbo que debe seguir la Secretaría de Cultura y nuestra política cultural.

La Comisión de Cultura y Cinematografía de la Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura, con fecha 17 de marzo de 2016, emitió el acuerdo para la discusión y elaboración de la iniciativa de la Ley Reglamentaria del párrafo décimo segundo del artículo 4o. de la fracción XXIX-Ñ del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Dicho acuerdo estableció la celebración de 10 audiencias de carácter público con el objeto de debatir, discutir y tomar decisiones respecto a los temas que integrarán la iniciativa de una ley de cultura. Las y los diputados de la Comisión de Cultura y Cinematografía, a partir de las conclusiones obtenidas en dichas audiencias públicas, convocamos a un consejo redactor que elaboraría de manera honorífica un documento orientador, fungiendo como herramienta fundamental en esta iniciativa.

Así, después de 10 audiencias, más de 200 ponencias, nueve sesiones de trabajo del consejo redactor y habiendo entregado como trabajo final el documento orientador hacia una Ley General de Derechos Culturales, hoy presentamos a este pleno la iniciativa con proyecto de decreto que crea la Ley General de Derechos Culturales.

Quiero aprovechar esta tribuna para agradecer a nombre de la comisión el trabajo y compromiso con esta tarea que sin lugar a dudas será referente de colegiación con especialistas y protagonistas de la cultura de nuestro país.

Agradecemos al consejo redactor y a la representación del consejo que se encuentra hoy aquí. A Lucina Jiménez, a Cecilia Genel, a Eduardo Nivón y también a Enrique Márquez Almazán su presencia, y a todo el consejo redactor.

A Carlos Lara, a Carlos Villaseñor, a Celso José Garza Acuña, a Eduardo Cruz, a Eduardo Nivón, a Enrique Manuel Márquez, a Eduardo Piedras, a Juan Gerardo Cazares, al maestro Flavio Marlino Guzmán, al diputado constituyente José Alfonso Suárez del Real, a Lucina Jiménez –de nuevo– y particularmente también a la representación de la Unesco en la persona de Nuria Sanz Gallego, que acompañó todo el tiempo estos trabajos. También a Raúl Ávila, que sin lugar a dudas formó parte muy importante de este proceso.

Si bien este documento resume largas y dedicadas sesiones de nuestro consejo redactor, resume también la experiencia de años de trabajo y estudios de la vida, instituciones y políticas culturales en este país.

Dentro de los aportes que tiene esta iniciativa queremos resaltar que establece un marco conceptual de principios que dará vida a una visión de los derechos culturales y de la política cultural, acorde a las necesidades del siglo XXI.

En esta iniciativa se reconoce la diversidad cultural y la interculturalidad como elementos centrales de la vida cultural. Reconoce los derechos fundamentales, define los derechos culturales y su indivisibilidad y da cauce a su más amplio ejercicio.

Reconoce y vuelve viable la complementariedad de los aspectos culturales, económicos, ambientales y sociales del desarrollo; la coordinación también de la federación, estados y municipios.

Da prioridad al vínculo educación-cultura, respetando las competencias establecidas con el sistema educativo, reconocer el papel de artistas, promotores culturales, técnicos y profesionales del sector cultural y artístico, además de reconocer la obligatoriedad de la actualización de la infraestructura cultural.

Establece las bases para la definición de políticas fiscales y mecanismos de consolidación de fondos como el Fonca, establece las bases para promover el acceso y la producción de contenidos en audiovisuales y digitales, además de reconocer y dar cauce a la solidaridad y la cooperación internacionales, a la promoción de las expresiones de la diversidad cultural de México y los mexicanos fuera del país.

Los integrantes de la Comisión de Cultura y Cinematografía de esta Cámara de Diputados, estamos convencidos de que la iniciativa para crear la Ley General de Derechos Culturales, permitirá la suma de esfuerzos institucionales, sociales y políticos para hacer de México un ejemplo internacional en materia de cultura y desarrollo sustentable, así como convertirse en la garantía del más pleno ejercicio de los derechos culturales, lo cual redundará en el engrandecimiento de nuestra diversidad cultural y en la mejora de la calidad de vida, la convivencia y la paz de todas las mexicanas y los mexicanos. Es cuanto, presidenta.

«Iniciativa que expide la Ley General de Derechos Culturales, a cargo de integrantes de la Comisión de Cultura y Cinematografía

Exposición de Motivos

Considerando que

México es un país pluricultural cuya diversidad cultural y lingüística es una de sus riquezas más importantes. Nuestro país es reconocido nacional e internacionalmente por la riqueza de su biodiversidad, la obra de sus artistas y creadores, los saberes, el conocimiento y las tradiciones indígenas, de los pueblos, barrios y de múltiples comunidades migrantes, por la creatividad cultural, la infraestructura cultural y la riqueza de su patrimonio cultural.

El reconocimiento de la diversidad cultural como parte de la riqueza de las personas, pueblos y comunidades, requiere de políticas de protección, promoción y sostenimiento como condición para la convivencia, el combate a la pobreza, la seguridad ciudadana, la paz y el diálogo intercultural local, nacional, regional e internacional, con pleno respeto de los derechos humanos.

El disfrute equitativo de las expresiones de la diversidad cultural propias y de las que se producen a nivel internacional, así como el acceso de la cultura, a los medios de expresión, difusión y comunicación y a las plataformas tecnológicas digitales, contribuyen a valorar la riqueza de la diversidad y a fomentar el diálogo intercultural.

Hoy en día, las identidades culturales de las personas y comunidades se relacionan intrínsecamente con los medios de comunicación, los medios audiovisuales y la cinematografía, las plataformas tecnológicas digitales y las redes electrónicas, en donde juegan un papel fundamental las expresiones de la diversidad cultural comprendidas en los bienes, servicios y actividades basadas en contenidos culturales.

La creación artística y cultural tiene un doble valor, simbólico y económico, lo que implica la necesidad de poner atención en la armonización de las políticas culturales con las de carácter económico, darle un tratamiento adecuado a su valor de identidad y expresión basado en los derechos culturales y una perspectiva de viabilidad y futuro, sin comprometer los recursos culturales de las nuevas y futuras generaciones.

Los avances construidos por el modelo de política cultural establecido por la posrevolución y la segunda mitad del siglo XX, son la base para transitar hacia una política cultural para el siglo XXI, capaz de responder a los nuevos desafíos sociales, culturales, económicos, medio ambientales, tecnológicos, de convivencia en paz que enfrenta nuestro país en un entorno internacional por demás cambiante.

El nuevo modelo de política cultural del siglo XXI supone el reconocimiento de la dimensión cultural del desarrollo, para facilitar la posibilidad de conseguir un desarrollo integral, sostenible, el bienestar, la equidad, la cohesión social y, por ende, la paz. El desarrollo cultural, por tanto, es fundamental en el combate a la pobreza, la equidad de género, la inclusión social, la preservación y enriquecimiento de la biodiversidad, para fomentar la creatividad cultural y la libertad creativa.

En este nuevo concepto de política cultural, la cultura es un componente esencial de la planificación del desarrollo, a fin de que garantice los derechos culturales, al tiempo de permitir beneficios económicos, sociales, educativos, medio ambientales, científicos y tecnológicos, en condiciones de equidad.

El sector cultural en México ha crecido considerablemente en las últimas décadas. Integrado por diferentes agentes en el ámbito público, privado y social, tiene un potencial creativo y económico fundamental, por lo que se requieren de políticas e instrumentos acordes con su naturaleza, considerando la diversidad de unidades productivas y de gestión y su relación con la tecnología, la producción audiovisual y cinematográfica, las telecomunicaciones y las redes digitales.

Derivado de la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal para crear la Secretaría de Cultura, esta Comisión de Cultura y Cinematografía consideró viable instalarse en conferencia con la Comisión de Cultura del Senado de la República en un esfuerzo conjunto para llevar a cabo un análisis profundo e incluyente de la Iniciativa, a través de mesas de trabajo en las cuales pudiéramos retroalimentar nuestros puntos de vista y contar con argumentos sólidos para el análisis de una Iniciativa tan relevante. La pretensión de dichas mesas de trabajo fue la de escuchar y hacer valer las diversas manifestaciones provenientes de sindicatos, instituciones, creadores, especialistas, artistas y ciudadanos pertenecientes e interesados en el entonces subsector cultural, con distintos argumentos que fueron analizados en común acuerdo entre Diputados y Senadores integrantes de las Comisiones de Cultura respectivas.

Con fecha 9 de diciembre de 2015 la Comisión de Cultura y Cinematografía aprobó con 26 votos a favor el dictamen de la iniciativa del Ejecutivo que crea la Secretaría de Cultura para su discusión ante el Pleno; posteriormente el día 10 de diciembre, la iniciativa fue aprobada por los diputados y el día 15 de diciembre del mismo año fue avalada por el Senado para su promulgación por parte del Ejecutivo Federal y su entrada en vigor a partir de su publicación el 17 de diciembre de 2015 en el Diario Oficial de la Federación.

Con fecha 15 de diciembre de 2015 la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados LXIII Legislatura, emitió el acuerdo por el que se estipulan las tareas para la elaboración de la legislación en materia de derechos culturales, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4°, párrafo décimo segundo y 73 fracción XXIX-Ñ, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Que acatando lo dispuesto por la Junta de Coordinación Política en el acuerdo antes mencionado, esta Comisión de Cultura y Cinematografía adoptó dicho instrumento como base del presente. Del mismo modo y conforme a lo establecido por el artículo 71 de nuestra carta magna aplicado a este caso en concreto, se consideró necesario establecer que la facultad de iniciar leyes corresponde a los diputados del Congreso de la Unión, por lo que el presente acuerdo otorga al Consejo Técnico creado, facultades únicamente de consulta y opinión.

Derivado de la creación de la Secretaría de Cultura, la Comisión de Cultura y Cinematografía acordó coadyuvar con todas las fuerzas políticas que representan al ahora sector cultural para discutir y aprobar una Ley General que defina el rumbo que debe seguir la Secretaría de Cultura y la política cultural del país, mediante reuniones, foros, mesas de trabajo y comparecencias con funcionarios de instituciones culturales federales y estatales, así como con miembros de organizaciones civiles especializadas en el tema, así como personalidades destacadas en el ámbito cultural y cinematográfico de la sociedad.

La Comisión de Cultura y Cinematografía de la Cámara de Diputados LXIII Legislatura, con fecha 17 de marzo de 2016 emitió el “Acuerdo para la discusión y elaboración de la iniciativa de ley reglamentaria del párrafo décimo segundo del artículo 4o. y la fracción XXIX-Ñ del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, dicho acuerdo estableció la celebración de 10 audiencias de carácter público, con el objeto de debatir, discutir y tomar decisiones respecto a los temas que integrarán la iniciativa de una Ley de Cultura, celebrándose de la siguiente manera:

Primera audiencia pública; principios, conceptualización y técnica legislativa para la conformación de una ley de cultura, celebrada el jueves 30 de junio de 2016, en Puebla, Puebla.

Segunda audiencia pública; derechos culturales, celebrada el martes 5 de julio de 2016, en la Ciudad de México.

Tercera audiencia pública; libro y lectura, celebrada el 5 de julio de 2016, en la Ciudad de México.

Cuarta audiencia pública; artes escénicas, creación, educación e investigación artística, celebrada el martes 12 de julio de 2016, en Morelia, Michoacán.

Quinta audiencia pública; industrias creativas y derechos de autor, celebrada el viernes 15 de julio de 2016, en Guadalajara, Jalisco.

Sexta audiencia pública; patrimonio, celebrada el 19 de julio de 2016, en Monterrey, Nuevo León.

Séptima audiencia pública; nueva perspectiva de la cinematografía, medios de comunicación y tecnologías de la información, celebrada el jueves 21 de julio de 2016, en Zacatecas, Zacatecas

Octava audiencia pública; culturas populares y lenguas indígenas, celebrada el sábado 23 de julio de 2016, en Mérida, Yucatán

Novena audiencia pública; innovación y continuidad en las políticas públicas culturales y política cultural internacional, celebrada el viernes 29 de julio de 2016, en Toluca de Lerdo, estado de México.

Décima audiencia pública; estímulos a la creación, celebrada el martes 2 de agosto de 2016, en Chihuahua, Chihuahua.

Las diputadas y los diputados de la Comisión de Cultura y Cinematografía, a partir de las conclusiones obtenidas en dichas audiencias públicas, acordaron constituir un consejo redactor, que a partir de las conclusiones obtenidas de las actas elaboradas por la Secretaría Técnica de esta comisión en virtud de la celebración de las audiencias públicas para la elaboración de una Ley de Cultura, elaborara de manera honorífica un documento orientador, fungiendo como herramienta fundamental en esta iniciativa.

Por lo tanto, en virtud de la creación de la Secretaría de Cultura, la cual tiene como responsabilidad la elaboración y conducción de la política nacional en materia de cultura con la participación de otras dependencias de la Administración Pública Federal y acorde con la Reforma Constitucional en materia de derechos culturales, la Ley de Planeación en su artículo 2º fracción IV, reconoce como uno de sus principios el respeto irrestricto de las garantías individuales, de las libertades y derechos sociales, políticos y culturales; en la fracción VII, la perspectiva de género para garantizar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, y promover el adelanto de las mujeres mediante el acceso equitativo a los bienes, recursos y beneficios del desarrollo, así como en su fracción VIII, la factibilidad cultural de las políticas públicas nacionales, lo que implica atender a la valoración del impacto cultural que causarían las políticas y acciones de los diferentes sectores del desarrollo.

Es un derecho ciudadano la salvaguarda de las lenguas, conocimientos y de todos los elementos que constituyen la cultura e identidad que dan vida a la pluriculturalidad y diversidad cultural de México y que, en la promoción y defensa de la diversidad, es fundamental la perspectiva de inclusión social, la equidad de género y los derechos culturales de todas las personas con o sin discapacidad, así como de los pueblos, grupos y comunidades.

La política cultural del siglo XXI requiere de una nueva gobernanza que permita la coordinación y armonización con las políticas educativas, económicas, de salud, seguridad ciudadana, medio ambiente, desarrollo urbano, para garantizar los derechos culturales de las personas, grupos y comunidades. Asimismo, requiere de la participación activa de artistas, creadores, promotores culturales, grupos y comunidades, de la iniciativa privada y de la sociedad civil. Por ello, es necesario definir mecanismos de participación de la sociedad civil, de la empresa privada, así como definir las normas instancias y mecanismos de participación social en la elaboración, aplicación y evaluación de políticas públicas en cultura y desarrollo integral.

Que el Estado mexicano reconoce el papel de los artistas, promotores, gestores e investigadores en el desarrollo cultural y su contribución al cumplimiento de los derechos culturales y su contribución cultural, social y económica, por lo que establece la importancia de su participación activa en la elaboración de las políticas culturales nacionales, el fortalecimiento de sus vínculos sociales y comunitarios, así como la mejora de sus condiciones de creación, producción y difusión nacionales e internacionales.

Las reformas constitucionales que México ha vivido en los últimos años, nos permiten contar con una nueva realidad constitucional de corte garantista, lo que faculta al Congreso de la Unión, a formular una Ley General para sentar las bases de coordinación entre la federación, las entidades federativas y los municipios, establecer competencias en materia de cultura y al mismo tiempo dar cause a los derechos humanos como parte fundamental del desarrollo integral. Igualmente para establecer los mecanismos de participación de los sectores social y privado que exige la Carta Magna.

El artículo 73 fracción XXIX-Ñ de la Constitución faculta al Congreso para expedir leyes que establezcan las bases sobre las cuales la Federación, las entidades federativas, los Municipios y, en su caso, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, coordinarán sus acciones en materia de cultura, salvo lo dispuesto en la fracción XXV de este artículo. Asimismo, le faculta para establecer los mecanismos de participación de los sectores social y privado, con el fin de cumplir los fines previsto en el párrafo duodécimo del artículo 4º. Constitucional. En ese sentido, es fundamental definir las bases sobre las cuales la Federación, las entidades federativas, los Municipios y la Ciudad de México, se coordinen en materia de política cultural y derechos culturales.

Que la fracción XXV del mencionado artículo 73, excluye explícitamente de las facultades del Congreso de la Unión legislar en torno a los campos de la educación en bellas artes, la enseñanza técnica de las artes y los oficios, museos, bibliotecas, observatorios y demás institutos concernientes a la cultura general de los habitantes; sobre vestigios o restos fósiles y sobre monumentos arqueológicos, artísticos e históricos, cuya conservación sea de interés nacional; derechos de autor y otras figuras de propiedad intelectual relacionadas con la misma, por lo que dichos campos han quedado fuera de esta propuesta normativa, lo mismo que otros ámbitos en los que existen normas específicas.

México ha firmado tratados internacionales fundamentales en materia de políticas culturales y desarrollo y derechos humanos que obligan al Estado Mexicano a su cumplimiento, entre ellos, la Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural (2001), la Carta Cultural Iberoamericana (2006), la Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales (2005), además de la que nació en nuestro país: Declaración de México sobre Políticas Culturales (1982).

México es signatario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención Interamericana de los Derechos Humanos y del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, cuyo artículo 15 señala que: los Estados Partes reconocen el derecho de toda persona a participar en la vida cultural y a beneficiarse de la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan en razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora. Igualmente, señala que los Estados deberán adoptar las medidas necesarias para asegurar la conservación, el desarrollo y la difusión de la ciencia y de la cultura; se obligan a respetar la indispensable libertad para la investigación científica y para la actividad creadora. Asimismo, ha firmado la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales, el Convenio sobre la Diversidad Biológica, entre otros.

Las históricas reformas constitucionales de junio de 2011 en materia de derechos humanos, cambiaron el paradigma constitucional de México, en grado tal que, el artículo 1o. constitucional establece el cumplimento de los derechos humanos, entre ellos los derechos culturales, de acuerdo a los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad y señala la necesidad de prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a dichos derechos. Igualmente, reconoce que las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia. Lo anterior, en concordancia con el principio pro persona, cuya interpretación recoge la presente propuesta.

En ese mismo artículo el Estado mexicano prohíbe todo tipo de discriminación motivada por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidades, condición social, de salud, religiosa, sexual, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas, por lo que la política cultural del Estado mexicano y aquella que conduzca el sector federal de Cultura, encabezado por la Secretaría de Cultura e integrado por instituciones federales, en diálogo y estrecha coordinación con las entidades estatales y municipales, han de garantizar la no discriminación, la igualdad, la equidad y la inclusión social.

El artículo 2o. de la Constitución reconoce la composición pluricultural de la nación, por tanto, la necesidad de impulsar el respeto y conocimiento de las diversas culturas existentes en la nación y establece el uso y disfrute preferente de los recursos naturales de los lugares que habitan y ocupan las comunidades, salvo aquellos que correspondan a las áreas estratégicas, en términos de la Constitución, y establece que para tales efectos las comunidades podrán asociarse en términos de ley.

La coordinación entre los sectores de educación y cultura es fundamental para la continuidad y el acrecentamiento de nuestra cultura, la mejora de la convivencia humana, a fin de fortalecer el aprecio y respeto de nuestra diversidad cultural, así como para el cumplimiento de los derechos culturales.

El compromiso del Estado mexicano, de acuerdo al artículo 3o. constitucional, es promover una formación ciudadana integral. La colaboración entre los sectores educación y cultura es fundamental para garantizar una formación ciudadana en herramientas interculturales, lectura, en patrimonio, conciencia ambiental, lenguajes artísticos, culturas audiovisuales, cinematográficas y digitales. En ese sentido, la reforma constitución 2012 permite, no sólo garantizar el ejercicio de los derechos culturales, acrecentar y difundir la cultura, sino que establece un marco, el de nuestra diversidad.

El 30 de abril de 2009, se aprobó la reforma constitucional que estableció el ahora párrafo 12 del artículo 4o. constitucional, en el cual el Estado mexicano reconoce que toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia, así como el ejercicio de sus derechos culturales. Igualmente, que el Estado promoverá los medios para la difusión y desarrollo de la cultura atendiendo a la diversidad cultural en todas sus manifestaciones y expresiones con pleno respeto a la libertad creativa. Dicha reforma mandata una ley que establezca, entre otros, los mecanismos para el acceso y participación ciudadana a cualquier manifestación cultural, pero hasta la fecha dicha normativa no ha sido aprobada.

Acorde a lo anterior, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido un par de tesis en materia de derecho a la cultura, sosteniendo que, de la interpretación armónica y sistemática de los artículos 3o., 7o., 25 y 26 de la Constitución, en relación con diversos preceptos sobre derechos humanos de carácter internacional, adoptados por el Estado mexicano, y conforme al artículo 4o. constitucional, deriva “que el derecho a la cultura se incluye dentro del marco de los derechos fundamentales; de ahí que el Estado deba garantizar y promover la libre emisión, recepción y circulación de la cultura, tanto en su aspecto individual, como elemento esencial de la persona, como colectivo en lo social, dentro del cual está la difusión de múltiples valores, entre ellos, los históricos, las tradiciones, los populares, las obras de artistas, escritores y científicos, y muchas otras manifestaciones del quehacer humano con carácter formativo de la identidad individual y social o nacional. Asimismo, que el derecho a la cultura, establecido en el penúltimo párrafo del artículo 4o. de la Constitución: “es inherente a la dignidad de la persona humana, y en virtud de su naturaleza de derecho fundamental, debe interpretarse armónicamente con los principios de universalidad, indivisibilidad, interdependencia y progresividad a que se refiere el párrafo tercero del artículo 1o. de la Constitución General de la República; debiéndose garantizar tanto su acceso, como a su participación sin discriminación alguna y respetándose en su máxima expresión, tanto en lo individual como en lo colectivo. Sin embargo, como cualquier derecho humano, no es absoluto o irrestricto, pues si bien en su formulación o enunciación normativa no contiene limites internos, como todos los derechos encuentra ciertos límites de manera externa, que implica su relación con el ejercicio de otros derechos, pues carecería de legitimidad constitucional que bajo el auspicio de una expresión o manifestación cultural se atentara contra otra serie de derechos también protegidos de manera constitucional, lo cual estará, en su caso, sujeto a valoración o a ponderación en el caso particular de que se trate”.

Por tanto, podemos decir que, el reconocimiento, respeto, protección, promoción del acceso a la cultura y pleno ejercicio de los derechos culturales, atendiendo a la diversidad cultural, es un mandato constitucional que requiere que dichos derechos sean definidos de manera enunciativa y no limitativa, al igual que sus garantías, tomando siempre en cuenta el respeto a los derechos humanos.

En dicho propósito, la cooperación cultural internacional es fundamental para el enriquecimiento de la vida cultural y artística de los mexicanos dentro y fuera del país y para fortalecer la promoción de las expresiones de la diversidad cultural de los mexicanos, para fortalecer el intercambio cultural, el diálogo entre culturas y la promoción de México en el mundo, en el marco de la diplomacia cultural y la promoción de los derechos humanos, la convivencia y la paz.

Del documento orientador:

La formulación del documento orientador aporta al Legislador elementos base de una iniciativa de Ley General de Derechos Culturales de México, que sirve de sustento mayor en la redacción de la presente iniciativa y que hoy suscriben los Diputados integrantes de la Comisión de Cultura y Cinematografía de la Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura. Este Documento Orientador ha sido elaborado por un Consejo Redactor pro bono, integrado a invitación de esta Comisión, mismo que sesionó del 14 de enero al 14 de marzo de 2017, para formular un documento que enriqueciera el punto de vista del legislador, como fruto del diálogo interdisciplinario del sector cultural, en el ejercicio de una nueva práctica democrática.

Este consejo conoció los aportes de otros actores sociales de todo el país que participaron en las Consultas realizadas por la Cámara de Diputados y tomó en consideración también los trabajos presentados en el Foro organizado por la Comisión de Cultura del Senado de la República. La Oficina de la UNESCO en México acompañó a este Consejo Redactor para brindar material de apoyo con las prácticas contemporáneas en materia cultural convenidas por la comunidad internacional, insumos extraídos de un amplio corpus de declaraciones, recomendaciones, resoluciones y convenciones internacionales. En el mismo sentido, compartió los hallazgos más significativos de los Informes Mundiales sobre Cultura de la UNESCO, mismos que provienen de las buenas prácticas que sus Estados Miembros reportan de manera sistemática.

De igual manera, se nutre de la lectura y consideración de las iniciativas presentadas al Senado de la República por distintas fracciones parlamentarias en periodos anteriores y bajo la actual legislatura. Igualmente, toma en cuenta otras iniciativas elaboradas por el Ejecutivo, y por distintas fracciones parlamentarias de esta Cámara de Diputados, conscientes de que comparten el interés de que México disponga de una legislación en materia de cultura.

No han quedado fuera de consideración para la formulación de esta iniciativa, las legislaciones de otros países, las normativas de diversas entidades federativas que ya reconocen los derechos culturales en sus respetivas leyes de cultura, igualmente, aquellos documentos que en curso de su elaboración hicieron llegar investigadores, representantes sindicales, especialistas o ciudadanos interesados en la legislación cultural.

Fruto de todo ello, el consejo redactor puso a consideración de la comisión el documento orientador antes señalado y que sirve plenamente para formular el presente proyecto de decreto que crea la Ley General de Derechos Culturales, se integra por estos elementos para la Exposición de Motivos que actualiza el contexto internacional y nacional de la cultura y establece el marco teórico y jurídico que permite dar a la futura iniciativa un enfoque garantista indispensable para el cumplimiento de las libertades fundamentales reconocidas en los tratados y convenios internacionales y avanzar, de acuerdo al mandato constitucional en la definición de los derechos culturales, estableciendo los mecanismos para garantizar su más pleno cumplimiento, en el marco que nuestra Constitución lo permite.

Asimismo, fundamenta la necesidad de la definición de lineamientos de una política cultural que enfoque en cultura y desarrollo para el cumplimiento de dichos derechos e incida en dichas garantías. Igualmente, cimenta las bases de coordinación de la federación, las entidades federativas y los municipios, en materia de cultura y derechos culturales, así como a dar cauce a la participación social.

La iniciativa que se presenta está integrada por cinco títulos:

1. Título Primero. Se refiere a la naturaleza de la Ley y sus objetivos.

2. Título Segundo. Establece los principios generales de la Ley, los derechos fundamentales y define los derechos culturales de acuerdo al marco constitucional.

3. Título Tercero. Establece los lineamientos y principios de la Política Cultural Nacional y la Política Cultural Federal, para facilitar la elaboración del Programa Nacional de Cultura, al tiempo que, con base en las competencias federales, estatales y municipales, se desarrolle una colaboración entre los diversos niveles de Gobierno y la sociedad civil.

4. Titulo Cuarto. De la Sostenibilidad del Desarrollo Cultural. Sienta las bases para coordinar y armonizar las políticas culturales con el desarrollo, a través de lineamientos generales que permitan fortalecer al sector cultural, entendido como un campo en el que confluyen las entidades públicas, privadas y ciudadanas.

5. Título Quinto. Formula la distribución de competencias y las atribuciones concurrentes entre federación, estado y municipios.

6. Artículos transitorios.

Cabe señalar que, en cada uno de los ámbitos de este documento orientador, se han establecido los mecanismos de participación social de manera transversal, de tal forma que facilite a las entidades garantes de los derechos culturales, la aplicación de la normas, aquí señaladas.

Entre los aportes que hace el documento orientador elaborado por el Consejo Redactor para esta iniciativa de los Diputados de la Comisión de Cultura y Cinematografía, podemos señalar:

1. Establece un marco conceptual y de principios, que dará vida a una visión de los derechos culturales y de la política cultural acorde a las necesidades del siglo XXI, reconociendo al sector cultural en toda su dimensión social, pública y privada.

2. Reconoce la diversidad cultural y la interculturalidad como elementos centrales de la vida cultural y establece las bases para su protección, promoción y defensa.

3. Reconoce los derechos fundamentales, define los derechos culturales, su indivisibilidad y da cauce a su más amplio ejercicio para las personas, los grupos y comunidades culturales, señalando los mecanismos para su garantía y judicialización.

4. Reconoce y vuelve viable la complementariedad de los aspectos culturales, económicos, ambientales y sociales del desarrollo en las políticas públicas, estableciendo las prioridades de la política pública de la cultura en las que habrán de coordinarse federación, estados y municipios, así como las instancias de promoción de la concurrencia.

5. Da prioridad al vínculo educación-cultura, respetando las competencias establecidas con el Sistema Educativo, señala la necesidad de reorientar y fortalecer casas de cultura y centros culturales, dando importancia estratégica a la formación cultural, artística, audiovisual, en patrimonio, lectura, cinematográfica y digital de la ciudadanía dentro y fuera de la escuela.

6. Reconoce el papel de artistas, promotores culturales, técnicos, etcétera. Y establece la prioridad de la profesionalización del sector cultural y artístico, así como los cambios que habrá de realizarse para el desarrollo del servicio civil de carrera apropiado para el sector.

7. Reconoce la obligatoriedad de la actualización de la infraestructura cultural, la necesidad de incorporar su creación en el desarrollo urbano, la necesidad de armonizar la creación de infraestructura cultural con el cuidado del medio ambiente, fortalecer los espacios culturales y artísticos de la sociedad civil, así como la obligatoriedad de la accesibilidad universal.

8. Establece las bases para la definición de políticas fiscales, estímulos, créditos y otros mecanismos de financiamiento para el sector cultural y artístico, una política de aranceles y apoyos al sector económico de la cultura, así como la prioridad de las políticas de fomento a la creatividad y para el fortalecimiento de los emprendimientos culturales y creativos, incluyendo aquellos que implican la gestión de saberes, conocimientos y tecnologías tradicionales. Se proponen mecanismos de consolidación del Fondo Nacional para la Cultura y las Artes (Fonca).

9. Establece las bases para promover el acceso y la producción de contenidos en audiovisuales y digitales, la promoción de la diversidad cultural en estos medios y entornos digitales, el fortalecimiento de los medios públicos y estímulo para la creación en medios digitales.

10. Reconoce y da cauce a la solidaridad y la cooperación internacionales, a la promoción de las expresiones de la diversidad cultural de México y los mexicanos fuera del país, así como al más amplio diálogo internacional que promuevan la cooperación, la diplomacia cultural, el diálogo sur-sur y la paz.

Los integrantes de la Comisión de Cultura y Cinematografía estamos convencidos de que el documento orientador presentado ha servido como sustento en la elaboración de la presente iniciativa, misma que generará debate en torno a la aprobación de la Ley General de Derechos Culturales, misma que permitirá la suma de esfuerzos institucionales, sociales y políticos para hacer de México un ejemplo internacional en materia de cultura y desarrollo sustentable, así como de garantía del más pleno ejercicio de los derechos culturales, lo cual redundará en el engrandecimiento de nuestra diversidad cultural y en la mejora de la calidad de vida, la convivencia y la paz de los mexicanos.

Con base en las consideraciones antes señaladas y en ejercicio de las facultades que a los suscritos diputados nos confieren los artículos 4o., párrafo décimo segundo, 71, fracción II, y 73, fracción XXIX- Ñ, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 6 numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, los diputados integrantes de la Comisión de Cultura y Cinematografía de la Cámara de Diputados, someten a consideración del pleno la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se crea la Ley General de Derechos Culturales

Artículo Único. Se crea la Ley General de Derechos Culturales para quedar como sigue:

Ley General de Derechos Culturales

Título Primero
Disposiciones Preliminares Capítulo I
Naturaleza y objetivos de la ley

Artículo 1. Naturaleza. Esta ley es de orden público, de interés social y de observancia obligatoria en todo el territorio nacional.

Artículo 2. Objetivos. La presente ley tiene como objetivos:

I. Reconocer los derechos fundamentales en materia de acceso y participación en la cultura y establecer los derechos culturales; sentar las bases para su interpretación, garantía, fomento, promoción y defensa por parte del Estado mexicano; así como, facilitar y garantizar a todas las personas, grupos, pueblos y comunidades su ejercicio efectivo conforme con los valores y principios constitucionales, así como con los establecidos en los tratados y convenciones internacionales suscritos y aprobados por México.

II. Establecer las bases y principios de la política cultural nacional y de la política del sector federal de la cultura; y, reconocer las áreas prioritarias en su relación con otras políticas públicas sectoriales, a fin de que el acceso y el ejercicio de los derechos culturales operen como un componente prioritario y estratégico de las políticas de desarrollo nacional

III. Establecer las bases para la sostenibilidad del desarrollo del sector cultural en los ámbitos público, social y privado; considerando también sus fuentes de financiamiento y el fomento al emprendimiento cultural y a la economía de la cultura.

IV. Establecer las bases sobre las cuales la federación, las entidades federativas, los municipios y, en su caso, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, coordinarán sus acciones en materia de cultura; especialmente, en materia de garantía, fomento, promoción y defensa del acceso a la cultura y el ejercicio de los derechos culturales, y para ampliar el disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado.

V. Definir los mecanismos que faciliten la participación de los sectores privado y social, las personas, grupos, pueblos y comunidades en la formulación y puesta en práctica de la política cultural en los tres niveles de gobierno.

VI. Incidir en la formación cultural, educativa y cívica, la promoción de la diversidad cultural, la igualdad entre hombres y mujeres, la cohesión social y los valores de la identidad y la integridad nacional, así como el mejoramiento constante de la calidad de vida en democracia de los habitantes, grupos, pueblos y comunidades del país.

VII. Definir los mecanismos de participación de los artistas, gestores y promotores culturales y de la ciudadana en la definición, planeación y desarrollo de la cultura y las políticas culturales.

Capítulo II
Conceptos y definiciones

Artículo 3. Definiciones. Para los efectos de esta ley se entenderá por:

I. Acceso a la cultura: La posibilidad efectiva para todos de informarse, formarse, conocer, comprender libremente y disfrutar de la diversidad de los valores y expresiones, bienes y servicios culturales que prestan las instituciones y organizaciones, de los sectores público, privado, social y comunitario del Estado Mexicano.

II. Actividades, bienes y servicios culturales: Aquellas que crean, producen, distribuyen o transmiten expresiones culturales, con independencia de que sea individual o colectivo, gubernamental, civil o privado, o de su valor comercial o mercantil.

III. Artistas y o creadores. Toda persona que crea o que participa de manera constante en la creación, recreación o interpretación de obras de arte, y que considera su creación artística como un elemento esencial de su vida y de su actividad productiva, independientemente de sus fines económicos, que contribuye así a desarrollar el arte y la cultura, con independencia de las disciplinas, técnicas, orientaciones estéticas o soportes tecnológicos con los se desarrolle y que es reconocida o pide que se la reconozca como artista, haya entrado o no en una relación de trabajo u otra forma de asociación, que pertenezca o no a una comunidad o pueblo.

IV. Constitución: La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

V. Derechos culturales: El conjunto formado por los derechos fundamentales de acceso y participación a la cultura, los derechos culturales establecidos en la presente Ley y los que figuran en los instrumentos internacionales reconocidos por el Estado Mexicano.

VI. Desarrollo humano sustentable: Enfoque de política pública que pone a las personas como protagonistas del desarrollo, entendido éste no solo como crecimiento económico, sino como ampliación de capacidades sociales, educativas, y culturales, que permitan nuevas oportunidades para el bienestar, la inclusión y la equidad; así como la sustentabilidad que procura el cuidado del medio ambiente y la protección de los recursos, para las presentes y futuras generaciones, todo ello basado en el respeto a las libertades fundamentales y los derechos humanos.

VII. Diversidad cultural: Multiplicidad de formas en que se manifiestan las culturas de los grupos y comunidades, en saberes, artes, técnicas, tradiciones, lenguas y formas de expresión, interpretación y comunicación. Incluye las formas en que expresan, enriquecen y trasmiten su patrimonio e identidad y en los distintos modos de creación, artística, producción, difusión, distribución y disfrute de las expresiones culturales, independientemente de los medios y tecnologías utilizados.

VIII. Diversidad de las expresiones culturales: Son los resultados de la creatividad de las personas, los grupos y comunidades, que se manifiestan en bienes, servicios y actividades que poseen un valor simbólico y económico, fruto del valor agregado o de su posible relación con la tecnología, pero que por constituir vehículos fundamentales de identidad, deben distinguirse de cualquier otro bien, producto o mercancía y contar con tratamiento específico de política cultural coordinada con política económica.

IX. Emprendimientos culturales: Iniciativas individuales o colectivas, que tienen por objeto la creación, producción, difusión, promoción o gestión de bienes, servicios o actividades basados en contenidos simbólicos, artísticos y culturales con independencia de las plataformas o soportes que utilicen, de la forma jurídica que adopten y los resultados económicos que busquen y/o produzcan.

X. Factibilidad cultural: Evaluación del impacto cultural de las actividades humanas planificadas, cuyo objetivo es que lleve a cabo de la misma manera que son realizados los estudios de factibilidad financiera, económica, social, política o ambiental, a efecto de que todo instrumento de política pública que no demuestre una adecuada factibilidad cultural –o que tenga impactos culturales negativos–, en concordancia con la teoría de la evaluación, en cualquier contexto de formulación de planes, programas y proyectos, sea sustituido por una alternativa mejor.

Los estudios de factibilidad cultural aportarán los criterios necesarios a efecto de que los objetivos, metas, estrategias y prioridades; así como, la asignación de recursos, responsabilidades y tiempos de ejecución, la coordinación de acciones y los resultados de la planeación del desarrollo nacional, se lleven a cabo con pleno respeto al acceso y el ejercicio de los derechos culturales de las personas, pueblos, grupos o comunidades beneficiarias y favorezcan el desarrollo cultural sostenible.

XI. Interculturalidad: La presencia e interacción equitativa de las culturas y la posibilidad de generar expresiones culturales compartidas por medio del diálogo horizontal y de una actitud de respeto mutuo que facilitan una convivencia pacífica de la diversidad cultural.

XII. Participación en la vida cultural: La posibilidad efectiva y garantizada para todo individuo, grupo o comunidad tenga la posibilidad efectiva de expresarse, comunicar, actuar, crear y gestionar sus recursos culturales libremente, con objeto de asegurar su propio desarrollo, una convivencia armoniosa y el desarrollo sostenible de la sociedad, hacer uso cultural y sustentable del espacio público, enriquecer sus propias prácticas artísticas y culturales y relacionarse con las de otros grupos sociales, así como acceder a los bienes, servicios y actividades que promueva su grupo o comunidad, así como a las que generan las instituciones públicas, privadas y civiles. La participación en la vida cultural requiere de la asociación de los diferentes sectores sociales y gubernamentales, tanto en la toma de decisiones como en la ejecución y en la evaluación de políticas, programas, actividades y acciones.

XIII. Plan de manejo: El conjunto organizado y sistematizado de diagnósticos, índices de medida, lineamientos, estrategias, proyectos y acciones que tienen como finalidad alcanzar el uso o aprovechamiento sostenible de un recurso cultural y dar congruencia a las actuaciones y la participación de instituciones públicas y privadas, personas, grupos y comunidades culturales, especialmente en situaciones en donde la diversidad cultural, el acceso a la cultura, los derechos culturales y la participación en la vida cultural de las personas, los grupos o las comunidades pueda estar en riesgo.

XIV. Política cultural nacional: Conjunto de principios, orientaciones y estrategias plasmadas en planes, programas e intervenciones de instituciones de gobierno, empresas privadas, organizaciones civiles, colectivos, pueblos y comunidades que tengan por finalidad el objeto de garantizar el acceso a los bienes y servicios culturales y el ejercicio de los derechos culturales en el territorio nacional, así como promover el desarrollo cultural sostenible, orientado hacia el bienestar, la convivencia y la paz.

XV. Políticas del sector federal de cultura: Los principios, orientaciones y estrategias basadas en planes y programas cuya elaboración, conducción y ejecución está bajo la responsabilidad de la Secretaría de Cultura en coordinación con las instituciones públicas integrantes del sector federal de cultura, la participación de otras entidades de la administración pública federal, y tomando en cuenta las bases de concurrencia con estados y municipios; así como, las propuestas instituciones civiles y grupos comunitarios organizados, de creadores, gestores, promotores y otros actores de la vida cultural, a fin de orientar las intervenciones encaminadas a satisfacer las necesidades culturales y el ejercicio de los derechos culturales de los ciudadanos.

XVI. Programa Nacional de Cultura. Programa sectorial, a cargo de la Secretaría de Cultura federal, elaborado tomando en cuenta los principios y orientaciones de esta ley.

XVII. Promotores y gestores culturales: Las personas expertas, técnicas, profesionales o especialistas en la promoción, gestión, administración, producción, difusión y financiamiento de actividades, bienes y servicios culturales; en los sectores público, social, privado o comunitario; en relación –de manera enunciativa, mas no limitativa– con el patrimonio cultural, las expresiones artísticas, la gestión cultural, el fomento a la lectura, la formación artística, cultural, cinematográfica, audiovisual, el uso de los medios de comunicación, las nuevas tecnologías o la cooperación internacional.

XVIII. Secretaría: La Secretaría de Cultura federal.

XIX. Sector federal de cultura: la Secretaría, los organismos responsables, dependencias y entidades del ámbito federal agrupados en el Ramo 48 del Presupuesto de Egresos de la Federación.

XX. Sector Cultural: Las instituciones, iniciativas, emprendimientos y organizaciones públicas, privadas y sociales dedicadas al fomento, creación, producción, distribución y promoción de bienes y servicios culturales, con independencia de su personalidad jurídica o fines económicos.

XXI. Sector económico de la cultura: Conjunto de actividades, iniciativas, emprendimientos, empresas o unidades económicas, desarrolladas por agentes privados, sociales y públicos, vinculados con la formación, creación, producción, difusión, distribución, exhibición, transmisión, consumo y apropiación de contenidos simbólicos relacionados con las expresiones artísticas, del patrimonio cultural, el libro y la lectura, de la producción cinematográfica, audiovisual y digital de contenido cultural.

XXII. Sectores prioritarios de la política cultural transversal: Los correspondientes a la interacción de la Secretaría de Cultura federal con las secretarías de educación, desarrollo social, economía, gobernación, medio ambiente, turismo, ciencia y tecnología, comunicaciones y transportes, telecomunicaciones y desarrollo territorial y urbano.

Capítulo III
Interpretación

Artículo 4. Criterio interpretativo pro-persona. Con base en los principios establecidos en los artículos 1o., 2o., 3o., 4o. y demás aplicables de la Constitución, y de los tratados suscritos y aprobados por el Estado Mexicano; esta Ley deberá interpretarse siempre en el sentido que más y mejor favorezca a los derechos culturales de las personas, grupos, pueblos y comunidades.

Título Segundo
De los Principios Generales, los Derechos Fundamentales de Acceso a la Cultura y de los Derechos Culturales Capítulo I
De los principios generales

Artículo 5. Principios generales. El Estado mexicano establece los siguientes principios generales para el logro del más pleno ejercicio de los derechos culturales:

I. Identidad como causa primera de la soberanía. La identidad cultural de los individuos, pueblos y comunidades es la causa primera de la soberanía nacional y su base del respeto a su dignidad;

II. Cultura como elemento esencial del desarrollo. La cultura, en sus expresiones diversas, sustenta la identidad de los individuos, grupos, pueblos y comunidades; y, como tal, resulta un componente esencial para elevar la calidad de vida y para lograr un desarrollo incluyente, integral y sostenible.

III. Respeto a la dignidad humana, los derechos humanos y las libertades fundamentales: Para lograr el acceso a la cultura y pleno ejercicio de los derechos culturales, se deben garantizan las libertades fundamentales como las de expresión, creación, información, comunicación y acceso al conocimiento científico y técnico; así como la posibilidad de que las personas escojan libremente sus expresiones culturales.

IV. Igual dignidad de las culturas. El Estado mexicano reconoce la igualdad y dignidad de todas las culturas y lenguas, así como el derecho de cada persona, cada pueblo y de cada comunidad cultural a pertenecer, afirmar y preservar su identidad cultural y a exigir su respeto.

V. Complementariedad de los aspectos culturales, económicos, ambientales y sociales del desarrollo: Habida cuenta de que la cultura es uno de los principales motores del desarrollo, los aspectos culturales deben estar en armonía y ser complementarios con los factores económicos, ambientales y sociales del desarrollo.

VI. Solidaridad y cooperación internacionales: La cooperación cultural deberá estar encaminadas a lograr el más pleno ejercicio de las libertades fundamentales y de los derechos culturales, promover la empatía y diálogo con la diversidad cultural y ampliar el acceso a la diversidad de los contenidos culturales.

Capítulo II
De los principios específicos para la aplicación de la Ley

Artículo 6. Principios Específicos. En la aplicación de la ley, además de los principios generales antes enunciados, se observarán los siguientes principios específicos:

I.Igualdad de oportunidades y equidad entre hombres y mujeres, y no discriminación de ninguna especie para todas las personas, pueblos y comunidades;

II.Respeto a todas las manifestaciones e identidades culturales y al diálogo entre culturas;

III.Promoción de la mayor inclusión en la política digital, de telecomunicaciones y radiodifusión pública del Estado;

IV.Profesionalismo, equidad y proporcionalidad en la ejecución de las políticas culturales;

V.Equidad y prioridad a la inclusión y participación en el acceso y ejercicio de los derechos culturales de las personas con alguna discapacidad.

VI.Equidad en la atención a todas las regiones y comunidades del país, en especial a personas, grupos, comunidades, sectores, regiones y localidades en condiciones de vulnerabilidad, en desventaja o riesgo social;

VII.Planeación nacional democrática de las políticas culturales, así como su evaluación periódica, para medir su impacto en el desarrollo nacional;

VIII.Promoción de la participación de los sectores privado y social; así como de artistas, creadores, investigadores, promotores y gestores culturales, en el diseño, planeación, ejecución y evaluación de la política cultural;

IX.Corresponsabilidad del gobierno, creadores, promotores, gestores y trabajadores de la cultura en el desarrollo nacional, la ejecución y la evaluación de las políticas culturales;

X.Eficacia en la coordinación interinstitucional,

XI.Promoción de la transparencia en el uso de los recursos públicos y rendición de cuentas.

Capítulo III
De los derechos culturales

Artículo 7. Derechos culturales fundamentales. Los derechos culturales fundamentales de acceso y participación en la vida cultural, a gozar de los beneficios del progreso científico y de sus aplicaciones, y a beneficiarse de la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan a los individuos en razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora; son inherentes a toda persona humana y pueden ser ejercidos indistintamente dentro de un grupo, pueblo o comunidad.

Artículo 8. Indivisibilidad de los derechos humanos. Los derechos fundamentales a la cultura son universales, indivisibles, progresivos e interdependientes, en relación con los demás derechos humanos. En consecuencia, su ejercicio deberá armonizarse con los otros derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales vigentes, así como con los imperativos de respeto mutuo entre comunidades, grupos e individuos y de desarrollo sostenible.

Artículo 9. Derechos culturales establecidos. Para el más pleno ejercicio de los derechos culturales fundamentales, en el marco de los principios constitucionales en materia de promoción, respeto, protección y garantía de los derechos humanos; se establecen los derechos culturales que -de manera enunciativa y no limitativa- a continuación, se enlistan. Los siguientes siete rubros de derechos culturales establecidos, que pueden ejercerse de manera individual, o como parte de uno o más grupos, pueblos o comunidades, en los ámbitos que se describe en cada uno de ellos:

- Al desarrollo de su identidad, es decir:

- A la elección y respeto de su identidad cultural y a la diversidad de sus modos de creación, expresión y comunicación.

- A conocer y a que se respete la cultura propia, así como también las culturas que, en su diversidad, constituyen el patrimonio común de la humanidad.

- A elegir identificarse, o no, con una o varias comunidades culturales y de modificar esta elección.

- A expresarse, en público o en privado, en él o los idiomas o lenguajes de su elección.

- A ejercer las propias prácticas culturales de manera individual o comunitaria.

- A conocer, desarrollar y decidir sobre sus conocimientos innovaciones y prácticas culturales y a garantizar el beneficiarse moral y materialmente de dichos conocimientos.

- A participar y ser consultados sobre los programas de desarrollo cultural de las comunidades a las que pertenece; en la elaboración, la puesta en práctica y la evaluación de las decisiones que la conciernen y que afectan el ejercicio de sus derechos culturales.

- A aprender, acrecentar, renovar, preservar, proteger, defender y transmitir los valores culturales que constituyen la identidad de cada persona.

- A expresar su cultura e identidad, sin más limitación que la que las leyes impongan.

- Al diálogo y la comunicación multicultural e intercultural.

- A la propia identidad, organización, lenguas, conocimientos y cualquier otro elemento que constituya su cultura, a su preservación y enriquecimiento, así como a adscribirse libre y públicamente, sin limitación o restricción alguna, a una o varias comunidades culturales de manera presencial o virtual, además de acceder a la educación y formación respetuosa de dicha identidad.

- A la formación cultural, artística, en lectura, patrimonio y culturas audiovisuales, cinematográficas y digitales, a fin de enriquecer su identidad y sus modos de creación, expresión y comunicación.

- A la educación y capacitación sobre los derechos culturales.

- Al acceso a los bienes y servicios culturales que presta el estado, es decir:

- Al disfrute de los bienes y servicios culturales que presta el Estado, en igualdad de oportunidades y sin discriminación alguna, por cualquier motivo o condición que atente contra la dignidad humana.

- A que los distintos niveles de gobierno e instituciones elaboren programas de educación, difusión y protección de los derechos culturales de manera democrática y participativa.

- A exigir por la vía administrativa a cualquier autoridad y a cualquier persona que ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito cultural, la promoción, respeto, protección y garantía de los derechos culturales, su prevención, investigación, sanción y reparación, sin perjuicio del derecho de acción judicial que corresponda conforme a las leyes; y

- A cualquier otro derecho cultural contenido en los tratados y convenios internacionales de que México sea parte, o bien que se derive de alguna otra fuente jurídica de carácter administrativo o judicial vinculante u orientadora para las autoridades del país.

3) A la creación artística y al disfrute de los beneficios morales y materiales de su diversidad y creatividad cultural, es decir:

- Al ejercicio de su vocación y expresiones creativas y artísticas en forma libre,

- A que las actividades, manifestaciones y difusión artística y cultural pueda ser objeto de fomento y estímulo por parte del Estado,

- Al reconocimiento y protección de la propiedad individual y o colectiva de los conocimientos, innovaciones y prácticas creativas.

- A participar para recibir estímulos a la creación, protección, gestión, investigación, producción, difusión, distribución y disfrute de las manifestaciones culturales, cualesquiera que sean los medios y tecnologías utilizados, a partir del reconocimiento del Estado a la contribución de las personas, grupos, pueblos y comunidades a los procesos creativos;

- A participar en la creación, producción y gestión de expresiones culturales basadas en contenidos culturales que expresen su identidad y diversidad cultural

4) Al disfrute y desarrollo del patrimonio cultural, es decir:

- A acceder a los patrimonios culturales que constituyen expresiones de las diferentes culturas.

- A aprender, acrecentar, renovar, preservar, proteger, defender y transmitir los valores culturales que constituyen la identidad de cada persona.

- A acceder a los valores testimoniales de los bienes tangibles e intangibles, integrantes del patrimonio cultural, sin más limitación a la que esté sujeto el bien, en razón de su régimen de propiedad o posesión.

- A colaborar con su comunidad en la recuperación, estudio, protección, conservación, aprovechamiento sustentable y no excluyente, difusión, promoción y reformulación del patrimonio cultural que reconozcan como tal.

- A la protección y disfrute del patrimonio cultural en todas sus modalidades, así como al disfrute de una relación armónica con la naturaleza a partir de condiciones propicias para el desarrollo sostenible;

- A que los practicantes y comunidades locales usuarias del patrimonio sean consultados de manera libre, previa e informada sobre el uso y aprovechamiento de los diversos patrimonios culturales, en la elaboración de estudios de factibilidad cultural, para el diseño de sus planes de desarrollo y usos locales nacionales e internacionales.

5) A la educación y formación cultural y al acceso al desarrollo científico, es decir:

- A recibir una educación y una formación que contribuya al libre y pleno desarrollo de su identidad cultural.

- A formarse con planes y programas de educación orientados al estímulo de la creatividad cultural y a la creación, aprecio, expresión y disfrute de los bienes culturales y artísticos, el uso y apropiación del patrimonio, la cultura audiovisual y digital.

- Al fomento y difusión de la investigación científica, especialmente en las áreas de cultura y arte.

- Al fomento en la cultura del respeto al ambiente y al fomento de una visión integral de éste como un bien patrimonial.

6) Al fomento y estímulo a los emprendimientos culturales, es decir:

- Al fomento y estímulo de los emprendimientos culturales y del sector económico de la cultura, con objeto de que contribuyan al más pleno ejercicio de los derechos culturales, alienten la diversidad de las expresiones culturales y promuevan el intercambio cultural.

- Al establecimiento de mecanismos de cooperación internacional que permitan hacer accesibles las creaciones culturales de México al resto mundo y viceversa; y, favorezcan la producción, distribución y exportación de los bienes y servicios culturales.

- Al diseño e instrumentación de una política fiscal que aliente el emprendimiento cultural y el fortalecimiento del sector económico de la cultura

- A contar con información estadística y estudios sobre emprendimientos culturales, el sector económico de la cultura, las industrias creativas y el impacto de la economía de la cultura en el desarrollo nacional.

7) A la información cultural, es decir:

- A recibir una información libre y plural, que contribuya al desarrollo pleno, libre y completo de su identidad cultural, en el respeto de los derechos del otro y de la diversidad cultural.

- A la información y la comunicación para producir, acceder y difundir contenidos culturales en las diversas modalidades tecnológicas y soportes de comunicación disponibles, así como a la programación que se brinde a través de los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión pública con el propósito de difundir las expresiones de la diversidad cultural a toda la población con respeto a la pluralidad y veracidad de la información cultural, a la vez que se fomenten los valores de la identidad y la cohesión nacional, la formación educativa, cultural, artística y cívica, y la igualdad entre hombres y mujeres;

- Al diálogo y la comunicación multicultural e intercultural;

Artículo 10. Responsabilidad de velar por los derechos culturales. Es responsabilidad de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial; de los ámbitos de gobierno Federal, Estatal, de la Ciudad de México y Municipales, el velar en todo momento por el respeto y pleno ejercicio de los derechos culturales de todos los mexicanos.

Artículo 11. Derechos fundamentales conexos. Los derechos culturales están intrínsecamente vinculados a los derechos fundamentales a la alimentación, la salud y la educación, y el derecho de todas las personas al descanso y el ocio.

Artículo 12. Inviolabilidad de derechos humanos. Nadie podrá invocar las disposiciones de la presente Ley para atentar contra los derechos humanos y las libertades fundamentales proclamados en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos vigentes, para limitar su ámbito de aplicación o para incumplir sus obligaciones constitucionales.

Capítulo V
De las garantías

Artículo 13. Defensa institucional y tutela jurídica. Para cumplir de manera efectiva con los objetivos y principios establecidos en esta Ley, la Secretaría de Cultura Federal y sus homólogas en las Entidades Federativas, en coordinación con la Comisión Nacional de Derechos Humanos y sus homólogas en las Entidades Federativas; adoptarán administrativamente, y, en su caso, promoverán ante las instancias competentes la aprobación de legislación y normatividad tendente a establecer mecanismos, instrumentos, acciones y procedimientos de defensa institucional y tutela jurídica de los derechos culturales, tales como alerta temprana, queja y denuncia pública ciudadana.

Los procedimientos referidos en el párrafo anterior, deberán incluir el derecho a un recurso sencillo y efectivo ante las autoridades administrativas correspondientes y permitir la prevención, investigación, sanción y reparación en el marco del debido proceso legal en relación con actos que pongan en riesgo, afecten o limiten el ejercicio de los derechos culturales, sin perjuicio de la acción de amparo disponible en términos de la Constitución y leyes reglamentarias respectivas.

Dichos procedimientos también deberán incluir las medidas para establecer, divulgar y facilitar la activación de medidas cautelares, administrativas y judiciales, conforme con las disposiciones constitucionales, convencionales y legales aplicables en el país.

Artículo 14. Políticas para la máxima inclusión y atención a denuncias. La Secretaría de Cultura, en colaboración con sus homólogas en las entidades federativas, propiciará que, en todos los ámbitos de la administración pública y en los sectores privado y social, se adopten las políticas y protocolos que aseguren la máxima inclusión posible en el ejercicio de los derechos culturales, así como de que dentro de la organización respectiva se habilite una instancia que atienda y de seguimiento a cualquier denuncia por la posible violación de derechos culturales.

Artículo 15. Solución alterna de conflictos.La Secretaría de Cultura federal, en colaboración con sus homólogas en las entidades federativas y de los municipios, propiciarán que en todos los ámbitos legislativos y de la administración pública del país se formule y aplique la normatividad requerida para establecer y operar los mecanismos de solución alterna de conflictos en razón del ejercicio de los derechos culturales o la aplicación de los criterios derivados de los estudios de factibilidad cultural, tales como mesas de diálogo, conciliación, mediación y arbitraje.

Artículo 16. Listas de expertos. La Secretaría de Cultura federal, en colaboración con sus homólogas en las entidades federativas, propiciará que en todos los ámbitos de la administración pública y de los sectores privado y social del país, así como en la función de impartición de justicia, se cuente con listas de especialistas en materia de derechos culturales, a efecto de recurrir a ellos cuando se trate de prever o remediar alguna controversia en el ejercicio de los derechos culturales o la aplicación de los criterios derivados de los estudios de factibilidad cultural.

Artículo 17. Mecanismos de participación social. La Secretaría de Cultura federal, en colaboración con sus homólogas en las entidades federativas deberá propiciar y difundir la constitución de los mecanismos de participación social tales como observatorios ciudadanos, y la participación social en la investigación, transparencia y rendición de cuentas de la administración pública cultural del país en todos sus ámbitos de gobierno.

Artículo 18. Medidas de urgencia. La Secretaría de Cultura Federal, en colaboración con sus homólogas en las Entidades Federativas deberá, cuando sea necesario, acordar las medidas de urgencia que sean procedentes, conforme con la normatividad aplicable, para respaldar el cumplimiento de los objetivos, principios y derechos establecidos en esta Ley, en particular sus observaciones y recomendaciones pertinentes.

Artículo 19. Condiciones mínimas para el ejercicio de derechos fundamentales. El pleno ejercicio de los derechos culturales, se garantizará sobre la base de la igualdad y de la no discriminación, la más amplia disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad, adaptabilidad e idoneidad de los valores, bienes y servicios culturales.

Artículo 20. Prioridad e igualdad a personas y grupos específicos en desventaja. Las políticas y acciones culturales de los poderes públicos en los tres ámbitos de gobierno y de los sectores social y privado procurarán priorizar la inclusión de personas y grupos vulnerables, personas con alguna discapacidad, pueblos y comunidades indígenas, y la igualdad entre hombres y mujeres, la niñez y la juventud.

Título Tercero
De la Política Cultural Nacional Capítulo I
De la política cultural nacional

Artículo 21. Conducción. El Poder Ejecutivo federal, a través de la secretaría, tiene a su cargo elaborar y conducir la política nacional en materia de cultura y las políticas del sector federal de cultura; con la participación que corresponda a otras dependencias y entidades de la administración pública federal, de los estados y de los municipios;

Artículo 22. Objeto. La política cultural nacional tiene por objeto garantizar la promoción, protección y defensa de los derechos culturales, y promover su vinculación con el desarrollo humano sostenible, hacia el mejoramiento de la calidad de vida en todo el territorio de la República Mexicana.

Artículo 23. Los derechos culturales y el desarrollo integral nacional. A efecto de respetar y promover los derechos culturales, los objetivos, metas, estrategias y prioridades, así como la asignación de recursos, responsabilidades y tiempos de ejecución, la coordinación de acciones y la evaluación de resultados de la planeación del desarrollo nacional, se llevarán a cabo con base en los principios generales establecidos en la presente Ley y los criterios específicos derivados de estudios de factibilidad cultural que en cada caso correspondan.

Artículo 24. Poder Ejecutivo como garante de la incorporación de la perspectiva cultural en las políticas públicas. Corresponde al Poder Ejecutivo Federal, a los Poderes Ejecutivos locales, a los presidentes municipales y los alcaldes de la Ciudad de México garantizar que, en el diseño y ejecución de las políticas públicas, se respeten los derechos culturales, se incorpore una perspectiva cultural y se atiendan los criterios de los estudios de factibilidad cultural, en todas las etapas de la planeación, ejecución y evaluación de las políticas de desarrollo.

Artículo 25. Armonización de los derechos culturales en los ámbitos de gobierno. A efecto de respetar y promover los derechos culturales en sus respectivos ámbitos de competencia, las administraciones públicas de las Entidades y de los municipios, armonizarán los marcos jurídicos e institucionales en materia de planeación del desarrollo, a los derechos y principios establecidos en esta Ley.

Artículo 26. Armonización de los derechos culturales en los sectores privado y social. A efecto de respetar y promover el acceso y el ejercicio de los derechos culturales en sus respectivos ámbitos de acción, las organizaciones de los sectores social y privado propiciarán la armonización sus políticas, programas y acciones en materia de fomento y apoyo a la cultura, para que se correspondan con los derechos y principios establecidos en esta ley.

Capítulo II
De las políticas del sector federal de cultura

Artículo 27. Objetivos. Las políticas del sector federal de cultura buscarán alcanzar los siguientes objetivos:

I. Establecer acciones tendientes a fortalecer el pleno ejercicio de los derechos culturales, a través de la libre expresión, la promoción de la diversidad y el diálogo intercultural, en el ámbito federal.

II. Fomentar la convivencia, el intercambio, la cooperación y el diálogo respetuoso al interior y entre las culturas, propiciando la interculturalidad.

III.Coordinarse con la Secretaría de Educación Pública para fortalecer la educación cultural, artística, en patrimonio, audiovisual, cinematográfico y digital en el sistema educativo nacional.

IV. Considerar, en todo momento, la prioridad que tiene para la nación la conservación, preservación, salvaguardia, gestión, promoción y difusión de los patrimonios culturales.

V. Elaborar la normatividad técnica y coordinar su aplicación, que permita a las Entidades y los Municipios adoptar políticas y acciones encaminadas a la salvaguarda y la eliminación de condiciones de riesgo, a la defensa, preservación, gestión, salvaguarda y enriquecimiento de la diversidad de los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas que los pueblos, las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su identidad cultural, así como los bienes, conjuntos, lugares, espacios, instrumentos y objetos culturales que les son inherentes.

VI. Generar un entorno favorable para el desarrollo cultural facilitando el acceso, uso preservación y disfrute de las actividades, bienes y servicios culturales, con igualdad de oportunidades.

VII. Promover el desarrollo, actualización, mantenimiento y consolidación de los sistemas de casas y centros de cultura, centros de las artes, espacios escénicos, archivos históricos, bibliotecas, museos y, en general, de todos aquellos recintos o infraestructuras que se creen para promover el acceso, promoción y difusión de las expresiones culturales.

VIII.Estimular la formación, actualización y profesionalización en las diversas áreas de las expresiones culturales, de los creadores, intérpretes y ejecutantes, de los promotores y gestores, y de los investigadores;

IX. Fomentar la participación social de personas, grupos y comunidades en el acceso y ejercicio de sus derechos culturales; así como, en la gestión sostenible de sus recursos culturales.

X. Alentar la promoción cultural que impulse la creatividad, el acceso, la participación y el disfrute de las expresiones culturales para la población en general.

XI. Propiciar y promover la plena inclusión, integración y participación de las personas con discapacidad y grupos en condiciones de vulnerabilidad.

XII. Promover el adelanto de las mujeres en el acceso equitativo a los recursos, bienes y servicios culturales, y los espacios de decisión en el diseño, implementación, gestión y evaluación de las políticas culturales.

XIII. Fortalecer la atención al desarrollo cultural de los grupos migrantes y de las culturas fronterizas.

XIV. Promover la corresponsabilidad entre el Gobierno, los creadores, intérpretes y ejecutantes, así como de la sociedad en general en el apoyo, promoción, gestión, difusión del desarrollo y la diversidad culturales.

XV. Reconocer e integrar en la planeación nacional el papel fundamental de la cultura en todos los procesos y etapas del desarrollo del ser humano, el combate a la pobreza y el equilibrio medio ambiental, así como el fortalecimiento de la vida democrática y el progreso del país.

XVI. Articular la vinculación permanente, armónica, coordinada y eficaz de las políticas del sector federal de cultura con los otros sectores de la administración pública.

XVII. Promover la participación activa de los sectores social y privado, de los artistas, creadores, promotores, gestores e investigadores culturales en la definición de políticas culturales nacionales y relativas a los campos de su especialidad.

XVIII. Promover la coordinación con las Entidades Federativas, la Ciudad de México y los Municipios, para:

a)Promover que las políticas de los sectores culturales de las Entidades Federativas y los municipales tengan como propósito prioritario garantizar los derechos culturales, la articulación de la política cultural con los programas estatales de desarrollo integral y el acceso al disfrute de los bienes y servicios culturales que presta la Entidad Federativa o el municipio.

b)Fortalecer la infraestructura y la oferta de bienes y servicios culturales en estados y municipios para promover el desarrollo cultural local, con objeto de alcanzar el desarrollo equilibrado de las distintas regiones y comunidades del país, así como conservar, salvaguardar y difundir sus culturas y sus patrimonios culturales.

c)Estimular la formación, actualización y profesionalización de los investigadores, promotores, creadores, intérpretes y ejecutantes, en las diversas áreas de las expresiones culturales y artísticas;

d)Fortalecer los servicios de formación cultural, en lenguajes artísticos, patrimonio, culturas audiovisuales, cinematográficos y digitales.

e) Fomentar y difundir el conocimiento, respeto, preservación, conservación y enriquecimiento de los valores de la diversidad cultural nacional y de sus patrimonios culturales, en los ámbitos cultural, educativo, desarrollo social, turístico, desarrollo económico, desarrollo urbano, protección y conservación de los recursos y del medio ambiente;

f) Promover la participación de los sectores social y privado, de los artistas, creadores, promotores, investigadores y gestores culturales en la definición de políticas culturales locales y en los campos de su especialidad.

XIX. Diseñar estrategias generales para la implementación de acciones que coadyuven al financiamiento o cofinanciamiento, de estímulo fiscal o de fomento económico, de los emprendimientos culturales y del sector económico de la cultura.

XX. Fortalecer el diálogo y la cooperación internacional a través de programas y acciones bilaterales o multilaterales, con especial énfasis en las acciones de cooperación sur-sur.

XXI. Evaluar y revisar permanentemente las políticas y los instrumentos de apoyo al fomento y desarrollo cultural, sus resultados y su impacto en el bienestar de la población.

XXII. Fortalecer el más amplio acceso a las expresiones de la diversidad cultural y a la difusión del patrimonio cultural, especialmente en los medios de comunicación y las redes tecnológicas digitales.

XXIII. Los demás que, con base en los instrumentos de coordinación interinstitucional y participación social, sean definidos para el desarrollo cultural nacional.

Capítulo III
Del Programa Nacional de Cultura

Artículo 28. Competencia de la secretaría. Para la ejecución de la política cultural federal, la secretaría diseñará e instrumentará el Programa de Desarrollo Cultural que será de observancia general para todas las dependencias y entidades del sector federal de cultura.

Artículo 29. Contenidos del programa. Para integrar los contenidos del programa, la secretaría deberá atender lo siguiente:

I.Observar los objetivos, las garantías y los principios, generales y específicos, que establece ésta ley.

II.Coordinar la recopilación y actualización de la información mediante indicadores de gestión cualitativos y cuantitativos, los estudios de factibilidad cultural, las encuestas de consumo y los diferentes datos proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, el Sistema Integral de Información Cultural, los informes de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, su organización y sistematización, destinados a la conformación del programa.

III.Convocar a los diversos agentes del desarrollo cultural a foros de consulta ciudadana, comités o consejos sobre temas específicos, aplicando una metodología de participación incluyente y con mecanismos claramente definidos; para la evaluación y, en su caso, integración de las propuestas a ser incorporadas como parte del Programa. La participación en los foros de consulta, comités y consejos será libre y honorífica y se regirá por las disposiciones legales aplicables.

IV.Establecer y ejecutar mecanismos participativos de evaluación continua de las políticas del sector cultura, las actividades y las acciones del Programa; y,

V.Proponer criterios de coordinación con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, así como de las entidades federativas, y los municipios; a efecto de incorporar al Programa acciones de carácter intersectorial en beneficio del desarrollo sociocultural.

Artículo 30. Programas prioritarios del sector federal de cultura. Son programas y acciones prioritarias para el desarrollo cultural, en el ámbito federal:

I.El fomento, promoción, ejercicio y defensa de los derechos culturales.

II.El aliento al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado.

III.La promoción de los medios para la difusión y desarrollo de la cultura, atendiendo a la diversidad cultural en todas sus manifestaciones y expresiones, con pleno respeto a la libertad creativa.

IV.La implementación de mecanismos que propicien el más amplio acceso y participación a cualquier manifestación cultural.

V.La formación de las personas, grupos y comunidades en promoción de la diversidad cultural, el patrimonio, el conocimiento y el uso de lenguajes artísticos, culturas audiovisuales, la producción cinematográfica y de contenidos digitales.

VI.La investigación, protección, restauración, recuperación, conservación, salvaguarda, preservación, difusión y enriquecimiento sustentable de los monumentos y zonas, arqueológicos, artísticos e históricos; especialmente de aquellos de propiedad o posesión federal;

VII.La formación y profesionalización de investigadores, restauradores, creadores, artistas, promotores y gestores, funcionarios y tomadores de decisiones que actúan en el ámbito de la cultura, las artes, el patrimonio y los medios.

VIII.Los programas que deriven de los convenios de colaboración celebrados entre las dependencias del gobierno federal y de los estados del país.

IX.El mantenimiento, conservación y equipamiento de la infraestructura cultural a nivel nacional.

X.El afianzamiento de un programa digital para la cultura

XI.La consolidación y actualización del Sistema Integral de Información Cultural, el Mapa de Infraestructura Cultural e Indicadores Culturales que brinden información oportuna y actualizada sobre espacios culturales; patrimonio cultural inmaterial; instituciones culturales; convocatorias y marcos institucionales en el ámbito de la cultura; festivales, creadores e intérpretes; fuentes de financiamiento; apoyos otorgados; producción editorial; arte popular; culturas indígenas; culturas populares; educación artística; formación creativa; investigación y centros de documentación.

Artículo 31. Participación de los sectores social y privado. El sector federal de cultura se coordinará con los sectores privado y social para maximizar los alcances del programa nacional de cultura. En particular, para impulsar:

I.El fortalecimiento del acceso a la cultura y al pleno ejercicio de los derechos culturales de las personas, grupos, pueblos y comunidades, y la gestión sostenible de sus recursos culturales;

II.La promoción de los medios para la difusión y desarrollo de la cultura, atendiendo a la diversidad cultural en todas sus manifestaciones y expresiones, con pleno respeto a la libertad creativa.

III.La implementación de mecanismos que propicien el más amplio acceso y participación en las manifestaciones culturales, a los bienes y servicios culturales, y a los mecanismos de fomento al emprendimiento cultural y para el fortalecimiento del sector económico de la cultura.

IV.La formación de las personas, grupos y comunidades en promoción de la diversidad cultural, los oficios y técnicas para la preservación del patrimonio cultural, el conocimiento y el uso de lenguajes artísticos, culturas audiovisuales, cinematográficas y digitales.

V.Medidas para el reconocimiento y estímulo de creadores, gestores, promotores y organizaciones sociales vinculadas a la cultura;

VI.La participación de nuevas expresiones sociales y culturales que propicien, generen y difundan la creación cultural de comunidades asentadas en barrios, colonias, pueblos, municipios y demarcaciones territoriales de las Entidades, de la Ciudad de México y de los municipios, y de los mexicanos que habitan en el extranjero;

VII.La conformación de redes de participación cultural, de colaboración territorial, presencial o a través de plataformas tecnológicas;

VIII.El otorgamiento de estímulos, premios y reconocimientos a personas físicas o morales por su contribución significativa a la cultura, sin menoscabo de los ya establecidos en otros ordenamientos;

IX.La entrega de apoyos materiales para el equipamiento de la infraestructura cultural, así como de recursos humanos para el funcionamiento de espacios culturales en las comunidades a que se refiere la fracción VI de este numeral;

X.La entrega de apoyos a personas y grupos de los sectores privado y social para contribuir al acceso y participación en las manifestaciones de las culturas populares e indígenas;

XI.El fortalecimiento de mecanismos de financiamiento o cofinanciamiento, de estímulo fiscal, de mecenazgo o patrocinio, destinadas a financiar la realización de actividades, o la producción de bienes y servicios culturales.

Capítulo IV
Del Foro Nacional de Cultura

Artículo 32. De la integración. El Foro Nacional de Cultura es un espacio de diálogo, consulta y coordinación entre la Secretaría y las Instituciones que son cabeza del sector cultura, de los gobiernos de las entidades federativas y de la Ciudad de México.

A las reuniones del Foro podrán ser convocados a participar los gobiernos municipales, las instituciones de educación superior y organizaciones no gubernamentales con fines culturales; así como los grupos, comunidades, personas o especialistas que los integrantes del Foro estimen necesarios.

Para su mejor funcionamiento, el Foro Nacional de Cultura podrá organizar las comisiones, los comités temáticos o regionales que considere necesarios a efecto de desahogar los asuntos específicos de la agenda de trabajo que acuerden sus integrantes.

Artículo 33. Objeto. El Foro Nacional de Cultura tendrá por objeto:

I. Promover la realización conjunta de políticas y acciones para la promoción del pleno ejercicio y defensa de los derechos culturales.

II. Participar en la definición y colaborar en la ejecución del Programa Nacional de Cultura; así como, en las políticas, actividades y acciones que de él se deriven;

III. Opinar en la conformación del proyecto anual de presupuesto de egresos de la Secretaría, de manera tal que se cuenten con mayores elementos para la definición de las prioridades nacionales, regionales y locales; y, en consecuencia, se propongan los mecanismos para su financiamiento, ejecución y evaluación.

IV. Colaborar en la integración, revisión y actualización de las Reglas de Operación de los programas de la Secretaría que deban estén sujetos a ellas.

V. Definir programas, mecanismos y herramientas de política pública que promuevan el equilibrio regional en la ejecución de políticas culturales;

VI. Propiciar el intercambio de experiencias en la formulación y aplicación de políticas, programas, acciones y recursos en materia de fortalecimiento y difusión del desarrollo cultural que faciliten el acceso a la cultura y el más pleno ejercicio de los derechos culturales.

Artículo 34. Lineamientos de operación. La Secretaría propondrá a los integrantes del Foro Nacional de Cultura, para su aprobación por consenso, los lineamientos para su funcionamiento y los mecanismos de comunicación, sistematización, seguimiento y evaluación de su operación. La Reunión Nacional de Cultura sesionará por lo menos dos veces al año en la entidad federativa que para cada sesión se acuerde por consenso.

Capítulo VDel Sistema Integral de Información Cultural

Artículo 35. Componentes: El Sistema Integral de Información Cultural del Estado Mexicano es un instrumento de política pública, coordinado por la Secretaría, que tiene por objeto integrar, organizar, sistematizar, analizar y divulgar información, datos y estadística sobre el sector cultural federal y de las distintas manifestaciones artísticas y culturales, de naturaleza pública, privada o social.

Asimismo, tendrá como finalidad diseñar e implementar indicadores para el diagnóstico, planeación, implementación y evaluación de las políticas culturales públicas de alcance nacional, regional o local, especialmente en lo relativo a su impacto en el ejercicio de los derechos culturales y el desempeño de los servicios culturales que brinda el Estado. Para dichos fines, aprovecharán también las herramientas creadas por otras instituciones del sector público, tales como la Cuenta Satélite de la Cultura del Inegi y el Ceneval, entre otros.

De la misma manera, habrá de llevar a cabo monitoreo y estudios prospectivos sobre el estado del arte y las perspectivas las diferentes áreas del desarrollo cultural, incluyendo el impulso a los estudios culturales, de consumo cultural y de factibilidad cultural del desarrollo considerando su aplicación e impacto en las políticas públicas. Para su diseño y desarrollo podrá consultar a especialistas en diversos campos del desarrollo cultural.

Título Cuarto
De la Sostenibilidad del Desarrollo Capítulo I
Elementos de la sostenibilidad del desarrollo cultural

Artículo 36. Equilibrio e integralidad de las políticas culturales. Los programas y acciones de la política cultural y las políticas culturales, se ejecutarán de forma equilibrada e integrada con todas las esferas del desarrollo, de manera tal que el uso presente de los recursos culturales no impida el libre desarrollo cultural de las generaciones futuras, procurando siempre el fortalecimiento de los elementos materiales, de organización, de conocimiento, simbólicos y emotivos de las culturas.

Artículo 37. Promoción universal de la creatividad. La Secretaría diseñará programas y acciones orientados a estimular y fortalecer la creatividad, dirigidas a la población en general. Asimismo, procurará mecanismos y actividades específicos para desarrollar las competencias y habilidades que sean necesarias para la expansión de la creatividad de todos los habitantes de la República.

Artículo 38. Indicadores. A efecto de procurar la sostenibilidad de la política cultural se desarrollarán indicadores de gestión específicos que permitan evaluar el impacto de las políticas culturales, en los ámbitos social, ambiental y económico; y muy especialmente en cuanto a: la empatía con la diversidad cultural, las habilidades para el diálogo intercultural y la resolución pacífica de las controversias, la sostenibilidad ambiental de las actividades de los emprendimientos culturales y el sector económico de la cultura que estén relacionadas con el uso de recursos naturales, la condición del artista y la viabilidad económica de los emprendimientos culturales y del sector económico de la cultura.

Artículo 39. Cuenta satélite de cultura. La Secretaría, en coordinación con las dependencias y entidades competentes, colaborará en la conformación de la cuenta satélite de la cultura; y a la incorporación de indicadores culturales del desarrollo nacional, como parte de la medición de las aportaciones de México a los objetivos y metas del desarrollo sostenible, de la Organización de las Naciones Unidas.

Capítulo II
De la cultura y su contribución en los sectores productivos

Artículo 40. Cultura y sectores productivos. La secretaría desarrollará programas, acciones y mecanismos de política pública tendientes a favorecer el vínculo del sector cultura con todos los sectores productivos del país; especialmente, con aquellos que incorporan componentes intangibles de carácter cultural o artístico en una o varias etapas de su cadena de valor.

Artículo 41. Fondos para los emprendimientos culturales y el sector económico de la cultura. La Secretaría, por si o en colaboración con otras dependencias o entidades, procurará la creación de fondos concursables destinados a fortalecer alguna o varias de las etapas de las cadenas de valor del sector económico de las artes, la cultura y la cinematografía. En la evaluación de los proyectos se considerará su contribución al más amplio ejercicio de los derechos culturales.

Capítulo III
De la transversalidad de la política cultural

Artículo 42. Integración de la perspectiva cultural en las políticas sectoriales de desarrollo. El titular del ejecutivo federal impulsará la integración de la dimensión cultural como parte de la planeación del desarrollo nacional y la ejecución de las acciones que de él se deriven. Se considera prioritaria la coordinación de acciones transversales con las Secretarías de Gobernación, de Hacienda y Crédito Público, de Educación Pública, de Economía, del Trabajo, de Desarrollo Social, de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a de Desarrollo Urbano, Territorial y Medio Ambiente, Comunicaciones y Transportes.

Artículo 43. Armonización de política cultural y económica. Se reconoce que el desarrollo del sector económico de la cultura es una responsabilidad compartida entre los sectores público, social y privado. Con objeto de facilitar el ejercicio coordinado de esa responsabilidad compartida, la Secretaría y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público promoverán la definición de criterios generales de política económica, orientados al fortalecimiento del sector económico de la cultura.

Artículo 44. Rendición de cuentas. La Secretaría garantizará que el ejercicio del presupuesto del sector cultura se sujete –entre otras- a las disposiciones del Título IV y el Artículo 134 de la Constitución, a fin de garantizar su aplicación eficaz, responsable y transparente.

Artículo 45. Oportunidad en el ejercicio presupuestal. La Secretaría de Cultura, en colaboración con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, fomentará la puntual transferencia de los recursos que se programen dentro del presupuesto de egresos de la federación del ejercicio de que se trate, para los estados, municipios y organizaciones de la sociedad civil beneficiadas de fondos federales.

Artículo 46. Turismo cultural. La Secretaría de Cultura mantendrá una estrecha coordinación con la Secretaría de Turismo y el Consejo Nacional de Promoción Turística, para el impulso a un turismo cultural sostenible que preserve los recursos culturales y naturales para las futuras generaciones.

Capítulo IV
Del financiamiento al desarrollo cultural Sección I
Del sector público

Artículo 47. Presupuesto incremental progresivo. A partir de la consideración de que el los recursos asignados al sector cultura son una inversión que debe ir en ascenso, acorde a las disponibilidades presupuestales y las recomendaciones internacionales en la materia, la Secretaría, conjuntamente con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, coordinarán sus acciones para la adecuada conformación del proyecto de presupuesto del sector cultura, a ser integrado como parte de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio anual de que se trate.

Artículo 48. Régimen de aprovechamientos específicos. La secretaría y la Secretaría de Hacienda propondrán, en el marco de la Ley Federal de Derechos, un régimen de aprovechamientos específico, aplicable por el uso, usufructo o aprovechamiento de bienes o servicios culturales, que sea acorde al mandato constitucional de garantizar a todos los habitantes de la República el pleno ejercicio de los derechos culturales y el más amplio acceso a los bienes y servicios culturales. Para esos mismos efectos, se establecerán las provisiones presupuestales que garanticen que el mayor porcentaje de dichos aprovechamientos sean invertidos en la mejora de los servicios, en el mantenimiento y la operación de la infraestructura cultural; y, en su progresiva habilitación a favor de las personas con alguna discapacidad.

Artículo 49. Concurrencia de otros sectores de la actividad económica. El gobierno federal, a través de la Secretaría de Cultura, procurará la concurrencia de los sectores social y privado en el financiamiento del desarrollo cultural.

Artículo 50. Consolidación del Fonca. La secretaría en coordinación con las instancias respectivas, promoverá la consolidación y el aprovechamiento del Fondo Nacional para la Cultura y las Artes, y alentar la creación de sub-fondos especiales que incidan en el desarrollo sostenible del sector cultural.

Sección II
Del sector social y privado

Artículo 51. Acceso al crédito. La Secretaría de Cultura promoverá ante la Secretaría de Economía y el sector bancario de desarrollo, con incubadoras de negocios, fondeadoras y fundaciones privadas, acciones que faciliten el acceso al crédito y la capacitación, a las micro y pequeñas empresas sector económico de la cultura; así como, cualquier otra medida que aliente la creación, desarrollo, consolidación y expansión de los emprendimientos culturales, la producción de bienes, servicios y actividades que expresen la diversidad cultural y lingüística, considerando sus diferentes formas de organización, su escala y características y sus necesidades específicas.

Artículo 52. Inclusión de emprendimientos y gestión de saberes y tecnologías tradicionales. La Secretaría de Economía y la Secretaría de Cultura, junto con el Instituto Nacional de la Economía Social, promoverán las adecuaciones jurídicas y administrativas que resulten necesarias para garantizar la inclusión de los emprendimientos culturales, y la gestión de los saberes y tecnologías tradicionales, como posibles beneficiarios de la economía social.

Artículo 53. Acceso al crédito de grupos indígenas y población en condiciones de vulnerabilidad. La Secretaría de Cultura, promoverá que los grupos y comunidades indígenas, así como los grupos en condiciones de vulnerabilidad, accedan a los distintos instrumentos de política económica y créditos de la banca de desarrollo, en condiciones preferenciales, para el desarrollo de emprendimientos culturales.

Sección III
De los estímulos e incentivos al sector cultural

Artículo 54. Política fiscal. La Secretaría de Cultura promoverá, en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y con el Sistema de Administración Tributaria y con el Congreso de la Unión, el diseño de una política fiscal integral que estimule al sector cultural.

Artículo 55. Promoción y aprovechamiento de expresiones culturales en el exterior. La Secretaría de Cultura, la Secretaría de Relaciones Exteriores y Pro México, impulsarán la difusión, promoción y aprovechamiento en el exterior, de las expresiones culturales producidas en el país.

Artículo 56. Apoyos al sector económico de la cultura. La Secretaría promoverá ante las dependencias y entidades competentes, el diseño, implementación y evaluación de mecanismos de fomento económico, apoyos y estímulos fiscales; facilidades administrativas; promoción de financiamiento; así como cualquier otra medida que beneficie la creación, desarrollo, consolidación y expansión de las micro y pequeñas empresas del sector económico de la cultura.

Para tales efectos, deberá considerarse la diversidad de áreas que abarcan las empresas culturales, sus particularidades y necesidades específicas, la continua evolución de las tecnologías y los compromisos internacionales que México haya suscrito en la materia, promoviendo, en todo momento, la sostenibilidad cultural del desarrollo.

Artículo 57. Facilidad en las importaciones temporales y exención de impuestos. El Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Cultura y las instancias competentes, promoverá la adopción de medidas que faciliten la entrada temporal de bienes culturales que favorezcan el intercambio cultural internacional; así como, la exención de los impuestos de importación respecto de los bienes donados por entidades u organizaciones internacionales, a instituciones gubernamentales u organizaciones de la sociedad civil con fines culturales.

Artículo 58. Aranceles a la importación. La Secretaría de Cultura y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público definirán y revisarán periódicamente los montos de los aranceles aplicables a la importación, temporal o definitiva, de bienes necesarios para la educación, formación y producción artística.

Artículo 59. La Secretaría de Cultura estimulará el acceso de las micro, pequeñas y medianas empresas del sector económico de la cultura, así como de los emprendimientos culturales, a su padrón de proveedores, a licitaciones y adjudicaciones de servicios, de bienes o productos.

Capítulo V
De la infraestructura cultural

Artículo 60. Infraestructura universitaria para la vida cultural. Las universidades públicas y privadas, conforme a su régimen de constitución, alentarán la creación de infraestructura cultural adecuada, a fin de garantizar el acceso y la participación de estudiantes, docentes, trabajadores y usuarios en la vida cultural.

Artículo 61. Infraestructuras culturales y para la convivencia. La secretaría promoverá la inclusión de las necesidades de infraestructuras culturales y para la convivencia, así como para la formación artístico-cultural, en los planes y programas de desarrollo urbano. Así también, alentará a los gobiernos municipales a que destinen un porcentaje de las contribuciones y pago de derechos, al equipamiento cultural urbano.

Artículo 62. Infraestructura para accesibilidad universal. La infraestructura dedicada a la cultura y las artes deberá garantizar accesibilidad, considerando las necesidades de las personas con alguna discapacidad.

Artículo 63. Infraestructura y cuidado del medio ambiente. En toda construcción o remodelación o construcción de infraestructura artístico-cultural se deberán atender las disposiciones relativas al cuidado del medio ambiente.

Artículo 64. En la construcción y ampliación de edificios públicos deberá obligatoriamente destinarse un espacio adecuado para la promoción del arte y la cultura, en beneficio de los usuarios del mismo.

Capítulo VI
Del acceso y la producción de contenidos en medios audiovisuales y digitales

Artículo 65. Promoción de diversidad cultural. La secretaría, la Secretaría de Gobernación y el Ifetel, promoverán la diversidad de las expresiones culturales en los medios de comunicación, los portales de contenidos digitales, la radio, el cine, la televisión y, en general, en todos aquellos medios públicos de distribución de contenidos existentes o que surjan en el futuro del desarrollo tecnológico y fortalecerá sus capacidades institucionales y tecnológicas.

Artículo 66. Acceso universal a las tecnologías de la información. La secretaría, a través de las instancias correspondientes del Ejecutivo federal, promoverá el acceso universal a la red internet, de manera gratuita en espacios públicos, escuelas y centros culturales públicos.

Artículo 67. Promoción de diversidad cultural en entornos digitales. La secretaría impulsará con las instancias competentes, en el marco de la agenda digital de la cultura, la garantía de promoción y protección de la diversidad de las expresiones culturales en los entornos digitales, tomando en consideración el acceso a infraestructura, equipo, plataformas y contenidos la formación ciudadana en lenguajes audiovisuales y producción de contenidos, a partir de la diversidad lingüística de México.

Artículo 68. Estímulos a la creación en medios digitales. La secretaría, en coordinación con las dependencias públicas y privadas que correspondan, establecerá estímulos a la creación en medios digitales, incluyendo premios, formación, difusión, gestión de derechos, promoción internacional, así como la creación de plataformas de difusión.

Artículo 69. Contenidos artísticos y culturales en medios digitales. La Secretaría apoyará a la Secretaría de Educación Pública, con contenidos artísticos y el fomento a la apreciación de manifestaciones culturales, a través de medios digitales, en favor de los alumnos de la educación básica.

Capítulo VII
Del cuidado del medio ambiente y la sustentabilidad

Artículo 70. Políticas culturales con atención al medio ambiente. La planeación, desarrollo y evaluación de las políticas culturales, así como de las iniciativas culturales civiles y privadas, deberán tomar en consideración las normas de cuidado al medio ambiente, y de la salud de las personas y animales; debiéndose armonizar esas políticas e iniciativas, con la sostenibilidad de los ecosistemas y la preservación del medio ambiente.

Artículo 71. Armonización del desarrollo ambiental y cultural. Las Secretarías de Cultura y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, junto con las autoridades estatales, municipales y tradicionales correspondientes, deberán garantizar la armonización entre la gestión de los recursos naturales, las prácticas culturales tradicionales, la gestión de sitios sagrados y la gestión de los conocimientos y saberes tradicionales, a fin de garantizar los derechos culturales de todos y el equilibrio medio ambiental.

Capítulo VII
De la profesionalización del sector cultura

Artículo 72. Del servicio civil de carrera. En el marco de la Ley del Servicio Profesional de Carrera, la Secretaría promoverá las mejoras y adaptaciones necesarias para garantizar el reconocimiento de los puestos propios del sector, así como la especialización, incorporación, la actualización y la movilidad laboral de los gestores, promotores, investigadores, técnicos y otros los servidores de otras áreas del sector cultura.

Artículo 73. Profesionalización. La Secretaría de Cultura se coordinará con las Instituciones de Educación Superior privadas y públicas, para llevar a cabo acciones de profesionalización continuas, en favor del desarrollo sostenible del sector cultura.

Título V
De la Distribución de Competencias

Artículo 74. Atribuciones de la secretaría. Son atribuciones de la secretaría las siguientes:

I.Procurar las acciones necesarias para hacer efectiva la promoción, el reconocimiento, garantía y defensa de los derechos fundamentales a la cultura y los derechos culturales.

II.Diseñar y ejecutar la política cultural nacional, con base en los objetivos y principios establecidos en la presente ley.

III.Regular los mecanismos a través de los cuales los programas del gobierno federal cumplirán con la obligación de atender los criterios derivados de los estudios de factibilidad cultural, como base de la planeación del desarrollo.

IV.Vigilar que los programas y acciones de la política cultural estatal se ejecuten de forma equilibrada e integrada con todas las esferas del desarrollo y con atención a los enfoques de género, etario, intergeneracional, multicultural e intercultural.

a. En coordinación con otras autoridades federales y las autoridades competentes de las entidades federativas y los municipios, diseñar y operar un sistema integral de información cultural.

V.Colaborar con la autoridad educativa federal en la formulación de los contenidos de los planes y programas de educación artística en el nivel de educación básica;

VI.Fomentar la formación en artes, patrimonio, cultura audiovisual, cinematográfica y digital. en la educación media superior y en educación superior;

VII.Establecer y coordinar la aplicación de las normas para el otorgamiento de los premios nacionales de cultura y artes; así como, de los estímulos y apoyos a los creadores eméritos y con trayectoria. Así mismo, establecer la normatividad general para el otorgamiento de apoyos, estímulos y becas a la creación artística, la interpretación, la investigación, la promoción y gestión cultural.

VIII.Establecer las bases generales para el otorgamiento de estímulos y apoyos a la formación, investigación y producción cultural y de artes, en los que participen los estados y municipios.

IX.Fomentar la educación artística formal y no formal y la investigación en las diferentes disciplinas artísticas;

X.Emitir lineamientos generales que regulen el uso de la infraestructura cultural de propiedad o en posesión de la federación;

XI.A través del INAH y el INBA, según corresponda, conservar, proteger, registrar y administrar los monumentos y zonas de monumentos arqueológicos, históricos y artísticos propiedad de la Nación o en posesión de la federación.

XII.A través del INAH y el INBA, según corresponda, y en su caso con el concurso de instituciones académicas y científicas, fomentar la investigación sobre monumentos y zonas de monumentos arqueológicos, artísticos e históricos, de los vestigios y restos fósiles, así como la relacionada con las artes y tradiciones populares, la antropología, la historia, la conservación y restauración de bienes culturales, así como sobre las disciplinas artísticas.

XIII.Fomentar la producción, conocimiento y difusión de las artes y tradiciones populares, así como de las expresiones contemporáneas de la cultura popular;

XIV.Emitir la normatividad técnica general que será aplicada por los gobiernos de las entidades federativas y los municipios, para la salvaguarda de los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural inmaterial.

XV.Coordinar, a través del Instituto Nacional para la Promoción de la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, la elaboración de los registros, inventarios e informes relacionados con la salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial.

XVI.Fomentar el acceso y práctica de la lectura y propiciar la producción editorial;

XVII.Coordinar la Red Nacional de Bibliotecas, así como dotar con suficiencia a cada biblioteca pública de la red con acervos bibliográficos, electrónicos y virtuales, sin discriminación ni censura;

XVIII.Fomentar, en coordinación con las autoridades competentes del Ejecutivo federal, las relaciones de intercambio cultural con otros países, e intervenir en la formulación de programas de cooperación internacional en materia artística y cultural;

XIX.Dar seguimiento a los compromisos derivados de los tratados y acuerdos interinstitucionales en el ámbito internacional en materia cultural suscritos por los Estados Unidos Mexicanos;

XX.Asesorar a las entidades federativas y municipios que lo soliciten, en la elaboración y ejecución de sus programas y acciones relacionadas con el objeto de la presente ley, así como en la capacitación correspondiente;

XXI.Llevar a cabo actividades de fomento que vinculen el desarrollo turístico de nuestro país bajo un enfoque de sostenibilidad cultural y de preservación de bienes culturales.

XXII.Celebrar convenios y promover acuerdos con los demás órdenes de gobierno, con dependencias y entidades públicas, así como con los sectores privado y social, para el impulso, fomento y desarrollo del objeto de la presente ley, y

XXIII.Las demás que le señale esta ley y otras disposiciones normativas.

Artículo 75. Atribuciones de gobiernos locales. Corresponde a los gobiernos de las entidades federativas y al de la Ciudad de México, las siguientes atribuciones:

I.Vigilar y apoyar para que los programas y acciones de la política cultural se ejecuten de forma equilibrada e integrada con todas las esferas del desarrollo, con atención a los enfoques de género, etario, intergeneracional, multicultural e intercultural.

II.Procurar las acciones necesarias para hacer efectiva la promoción, el reconocimiento, garantía y defensa de los derechos fundamentales a la cultura y los derechos culturales, en todo el territorio del Estado;

III.La formulación del programa estatal de cultura;

IV.Colaborar en la ejecución de los programas especiales y acciones que deriven del Plan Nacional de Desarrollo;

V.Diseñar y operar un Sistema Estatal de Información Cultural que se vincule y coordine con el Sistema Integral de Información Cultural;

VI.Formular y realizar actividades que promuevan y difundan las expresiones y manifestaciones de la cultura y las artes;

VII.Con fundamento en las bases generales establecidas por la Secretaría, otorgar apoyos, estímulos y becas a la creación artística, la interpretación, la investigación, la promoción y gestión cultural;

VIII.Con base en las disposiciones aplicables, auxiliar a las autoridades federales en la protección y preservación de los monumentos y zonas de monumentos arqueológicos, artísticos e históricos y, a las autoridades estatales, en la protección y conservación del patrimonio cultural de la entidad federativa de que se trate;

IX.Con base en la normatividad técnica emitida por la Secretaría, diseñar, planear, implementar y evaluar acciones pata la salvaguarda las usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural inmaterial;

X.Emitir lineamientos generales para regular el uso de la infraestructura cultural de la entidad federativa de que se trate;

XI.Inventariar y catalogar los bienes que integran el patrimonio cultural de la entidad federativa conforme a la legislación aplicable;

XII.Conservar y proteger el patrimonio cultural característico de la entidad;

XIII.Fomentar la investigación, conocimiento y disfrute de las manifestaciones culturales en la entidad;

XIV.Participar en la Red Nacional de Bibliotecas y, en su caso, ampliar la suficiencia de cada biblioteca pública de la entidad con acervos bibliográficos, electrónicos y virtuales, sin discriminación ni censura;

XV.Celebrar convenios y promover acuerdos con los demás órdenes de gobierno, así como con los sectores privado y social, para el impulso, fomento y desarrollo del objeto de la presente ley, y

XVI.Las demás que le señale esta ley y otras disposiciones aplicables.

Artículo 76. Atribuciones de las entidades federativas y sus demarcaciones territoriales. Corresponde las entidades federativas y sus demarcaciones territoriales, en el ámbito de sus respectivas competencias y, en su caso, de conformidad con los reglamentos y bandos de gobierno, ejercer las siguientes atribuciones:

I.Vigilar y apoyar para que los programas y acciones de la política cultural de los estados, municipios y de las alcaldías, se ejecuten de forma equilibrada e integrada con todas las esferas del desarrollo, con atención a los enfoques de género, etario, intergeneracional, multicultural e intercultural.

II.Procurar las acciones necesarias y oportunas para hacer efectiva la promoción y el reconocimiento, garantía y defensa de los derechos fundamentales a la cultura y los derechos culturales, en todo el territorio del municipio y de cada demarcación de las alcaldías de la Ciudad de México.

III.Formular y ejecutar el plan de desarrollo cultural municipal y, en el caso de las alcaldías de la Ciudad de México, el plan cultural de su demarcación;

IV.Sostener recintos y espacios culturales para la realización de actividades relacionadas con el objeto de la ley;

V.Celebrar convenios de colaboración con el gobierno Federal y Estatal para el desarrollo de actividades de capacitación, educación artística, investigación, así como de promoción y difusión de las expresiones y manifestaciones de la cultura;

VI.Con base en las disposiciones aplicables, auxiliar a las autoridades federales en la protección y preservación de los monumentos y zonas de monumentos arqueológicos, artísticos e históricos y, a las autoridades estatales, en la protección y conservación del patrimonio cultural inmaterial de la entidad federativa de que se trate;

VII.Con base en la normatividad emitida por la Secretaría, coordinar las acciones para el registro y la salvaguarda de las celebraciones, fiestas, tradiciones, gastronomía, danzas y música populares de los municipios y de las Alcaldías de la Ciudad de México;

VIII.Otorgar licencias de uso del suelo con base en las normas de desarrollo urbano, atendiendo la normatividad aplicable sobre monumentos y zonas disposiciones aplicables sobre protección de patrimonio cultural de la entidad federativa de que se trate;

IX.Con fundamento en las bases generales establecidas por la Secretaría, otorgar apoyos, estímulos y becas a la creación artística, la interpretación, la investigación, la promoción y gestión cultural, hechos por jóvenes, en el territorio municipal o la demarcación de la Alcaldía de la Ciudad de México, que corresponda.

X.Elaborar monografías de contenido cultural que documenten las expresiones y manifestaciones de la cultura de las diferentes localidades, así como las crónicas e historias relevantes, la tradición culinaria y oral, entre otros temas;

XI.Colaborar en la integración del sistema de información cultural de la entidad federativa que le corresponda;

XII. Los demás asuntos que en materia de cultura les confiera esta ley y otros ordenamientos, que no estén asignados expresamente a la federación o a los estados.

Artículo 77. Atribuciones concurrentes. Las autoridades federales, estatales y municipales con competencias directas en el sector público de la cultura ejercerán las siguientes atribuciones:

I. Promover y, en su caso, establecer y poner en operación efectiva las garantías a que se refiere los artículos 13 a 19 de esta ley.

II.Conocer de las quejas y denuncias al incumplimiento de los contenidos de la presente ley e iniciar las acciones y procedimientos que correspondan conforme con la legislación aplicable.

III. Las demás que se desprendan de las disposiciones de esta Ley y que no estén conferidas exclusivamente a alguno de los niveles de gobierno.

Transitorios

Primero. La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Poder Ejecutivo federal, en la esfera de su competencia, expedirá en un plazo de 180 días naturales, contados a partir del día de su entrada en vigor, el Reglamento de esta ley, el cual será aplicable en el ámbito federal.

Tercero. El Poder Legislativo federal, en coordinación con el Poder Ejecutivo, promoverá la armonización de las leyes y reglamentos de las instituciones, organismos y dependencias del sector federal de cultura, a los objetivos, principios y mecanismos establecidos en la presente ley.

Cuarto. Los Poderes Ejecutivo y Legislativo de los estados y de la Ciudad de México contarán con 180 días naturales, contados a partir de la entrada en vigor de esta ley, a efecto de armonizarla con sus respectivas leyes de cultura, en el entendido de que, en su momento, los poderes ejecutivos locales podrán ejercer la facultad reglamentaria en el ámbito de su competencia y emitir la normatividad administrativa adicional que se estime pertinente para cumplir con sus objetivos, principios y garantías.

Quinto. Los poderes públicos de la federación, estados y la Ciudad de México, así como los órganos autónomos de nivel constitucional o legal con competencias directas en materia de cultura y derechos culturales se coordinarán para proveer lo necesario a efecto de que esta ley sea traducida a las lenguas de los pueblos originarios de la nación mexicana.

Notas:

1 Tesis aislada ccvi/2012 (10a). Derecho a la cultura. El Estado mexicano debe garantizar y promover su libre emisión, recepción y circulación en sus aspectos individual y colectivo. La anterior tesis aislada fue aprobada por la Primera Sala de este alto tribunal, en sesión privada de doce de septiembre de dos mil doce, al resolver el amparo directo 11/2011. 2 de mayo de 2012. Mayoría de tres votos. Disidentes: Jorge Mario Pardo Rebolledo y Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretario: Ignacio Valdés Barreiro. México, Distrito Federal, trece de septiembre de dos mil doce.

2 Tesis aislada CCVII/2012 (10a). Derecho fundamental a la cultura. Amparo directo 11/2011. 2 de mayo de 2012. Mayoría de tres votos. Disidentes: Jorge Mario Pardo Rebolledo y Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretario: Ignacio Valdés Barreiro. Primera Sala de este alto tribunal, en sesión privada de doce de septiembre de dos mil doce. México, Distrito Federal, trece de septiembre de dos mil doce.

3 Consejo redactor del documento orientador designado por la Comisión de Cultura y Cinematografía de la Cámara de Diputados LXIII Legislatura: Carlos Lara, maestro en Difusión de la Ciencia y la Cultura por el Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Occidente; licenciado Carlos Javier Villaseñor Anaya, Presidente del Consejo Académico de Interactividad y Cultural y Desarrollo A.C.; Mtra. Cecilia Genel Velasco, Directora del Museo Nacional de las Intervenciones; Mtro. Celso José Garza Acuña, Secretario de Extensión y Cultura de la Universidad Autónoma de Nuevo León; Mtro Eduardo Cruz Vázquez, periodista, investigador, poeta y analista de políticas culturales; Dr Eduardo Vicente Nivón Bolán, Presidente de Cultura C2, Cultura y Ciudadanía, A.C., Mtro. Enrique Manuel Márquez Almazán, Director General del Instituto Veracruzano de la Cultura; Dr. Ernesto Piedras, Director General de The Competitive Intelligence Unit SC; Ing. Juan Gerardo Cázares Patiño, Miembro del Patronato del Conservatorio de Música y Artes de Celaya, Guanajuato; Mtro. Flavio Marcelino Guzmán Sánchez, Vicerrector de Extensión y Difusión de la Cultura de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla; Lic. José Alfonso Suárez del Real, Promotor de la Reforma Constitucional 2009 en materia de Cultura. Dra. Lucina Jiménez López, Directora General del Consorcio Internacional Arte y Escuela A.C. y Experta de la Agenda 21 de la Cultura, CGLU; Sra. Nuria Sanz Gallego; Directora y Representante de la UNESCO en México; Raúl Ávila, autor del libro “El Derecho Cultural en México”. Actuando como Redactores Principales, Carlos J. Villaseñor A., Lucina Jiménez, Raúl Ávila y Carlos Lara.

4 Cuida no invadir las excepciones señaladas en la fracción XXIX-ñ del Artículo 73 Constitucional, por lo que deja fuera específicamente todo lo que se refiere a los vestigios o restos fósiles y sobre monumentos arqueológicos, artísticos e históricos, cuya conservación sea de interés nacional. En los casos en que se habla de facultades de la Secretaría, se precisa que éstas se ejercerán a través de los Institutos Nacionales competentes; o bien, en el caso de estados y municipios, para señalar que deberán observar y apoyar la normatividad federal en la materia.

Dado en el recinto de la Cámara de Diputados, a 21 de marzo de 2017.— Diputadas y diputados: Cristina Gaytán Hernández,Eva Florinda Cruz Molina, Brenda Velázquez Valdez, J. Jesús Zúñiga Mendoza, José Luis Orozco Sánchez Aldana, María del Rosario Rodríguez Rubio, Santiago Taboada Cortina, Yahleel Abdala Carmona (rúbricas).»

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Gracias, diputada Gaytán Hernández. Se turna a la Comisión de Cultura y Cinematografía, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.



LEY GENERAL DE SALUD

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla:Tiene la palabra por cinco minutos el diputado Ricardo Ángel Barrientos Ríos, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 322, 323, y 324, de la Ley General de Salud.

El diputado Ricardo Ángel Barrientos Ríos: Con su venia, presidencia; compañeras, compañeros diputados, el día de hoy hago uso de esta tribuna para presentar ante ustedes una iniciativa que ha quedado pendiente en el debate de esta honorable asamblea. La donación de órganos es un tema en el que confluyen diversas opiniones, y su debate seguramente generará algunas pasiones.

La iniciativa que vengo a proponer hoy, es con el fin de que el marco legal en materia de salud genere las condiciones para hacer un nivel superior de la donación de órganos. Es evidente que entre los mexicanos nos ha faltado solidaridad para temas de tanta delicadeza como lo es la donación de órganos y tejidos, los cuales pudieran salvar cientos o miles de vidas.

Debemos ser contundentes y firmes ante este tipo de problemáticas en la salud del país, y construir leyes que garanticen la donación de órganos a plenitud. Para ilustrar y mejorar la problemática, expreso algunas cifras oficiales.

El informe anual del sistema informático del Centro Nacional de Trasplantes señala que 7 mil 486 personas se encuentran registradas en el Cenatra, en espera de corneas solamente, y desde el año 2005, las donaciones del tejido han venido a pique hasta llegar a un 45 por ciento de posibilidades de ser receptor beneficiado.

El mismo informe anual señaló que existen 12 mil 477 personas en espera de donación y trasplantes de riñón, y no obstante, que las posibilidades de recibir un trasplante es casi el 10 por ciento solamente, 852 donaciones provinieron de persona fallecidas.

El año pasado 376 personas estuvieron en la lista de espera de hígado. Sin embargo, sólo se llevaron a cabo 178 donaciones y trasplantes del mismo, el resto sigue en espera y la cifra de personas ha aumentado a 384 en este año.

Respecto al corazón, un órgano con menos pacientes en espera de trasplantes es el más difícil de poder encontrar donadores. El año pasado el Cenatra registró 49 personas en espera de corazón, y de ellas solamente se atendieron 34 personas que pudieron ser sometidas a cirugía y este año la cifra ya asciende a 52 solicitudes; esto cabe señalar que son únicamente los registrados que Cenatra tiene.

Es notable, entonces, que la demanda supera por mucho las posibilidades de oferta de donación y que año con año, día a día se reportan fallecimientos de potenciales donadores a los que se les aprovecha la oportunidad de salvar vidas y mejorar la calidad de vida de muchos pacientes.

Países como España han modificado ya su marco legal, haciendo de la donación un aspecto obligatorio y hoy por hoy son el país con mayor donación de órganos en todo el mundo. Creo firmemente que como sociedad hemos cambiado, y nuestro pensamiento evolucionado nos permitirá contar en nuestro marco legal con las donaciones obligatorias, sin que por ello se trasgreda la voluntad o garantía del ciudadano.

Los artículos que propongo modificar, son los artículos 322, 323, 324 de la Ley General de Salud y que en ellos se garantice a plenitud la donación de órganos en nuestro país.

Quiero, por último, expresar que estamos perdiendo año tras año, mes tras mes, día tras día recursos muy valiosos, que es el recurso humano por falta de solidaridad. No por ello olvido las libertades de las que gozamos. Y en la reforma que propongo también se garantiza la libertad como derecho universal.

Siendo consecuente con este ideal hemos respetado en la reforma las decisiones de las personas que no deseen donar, pero también creemos que gobierno y sociedad debemos elevar nuestra consciencia y plasmar nuestra solidaridad a esta reforma que propongo. En el pasado hemos cambiado para bien y creo el futuro muy esperanzador no sólo para enfermos en espera de alguna donación, sino para todos los mexicanos. Es cuanto, diputada presidenta. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma los artículos 322 a 324 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Ricardo Ángel Barrientos Ríos, del Grupo Parlamentario del PRD

Planteamiento del Problema

Aún y cuando existe un marco legal que regula el proceso de donación de órganos y tejidos, y ésta se reforma cada periodo legislativo para adecuar mayor claridad hoy en día evidencias certifican que cientos de vidas humanas se pierden en espera de donación y trasplante de algún órgano o tejido.

La única respuesta a esta problemática con serias repercusiones en la Salud Pública es la falta de solidaridad entre mexicanos que teniendo distintas religiones y valores, todos deberíamos entender el valor de mejorar la calidad de vida de otra persona, siempre que se encuentre en nuestras posibilidades.

Hemos logrado cambiar antes, la sociedad mexicana actual ha cambiado y por ello creemos firmemente que podemos promover nuevos mecanismos que hagan obligatoria la donación de órganos. Este tema debe formar parte de una agenda permanente en materia de salud y debe ser prioritario en todo tema humano.

Argumentos.

México es un país con más de 119 millones de habitantes de acuerdo al Instituto Nacional de Estadística y Geografía en el que cada año fallecen alrededor de 600 mil personas, desafortunadamente aún no contamos con una fuerte cultura de la donación que permita utilizar los órganos de estas personas para salvar más vidas.

A pesar del apoyo del personal médico y de intensas campañas a nivel nacional, los mexicanos se rehúsan a apoyar el altruismo atrás de la donación de órganos, cierto es que cada persona tiene derecho a manifestar sus propios valores, siempre que no perjudiquen la ley, pero demasiados otros no lo hacen simplemente por considerarlo tabú.

El asunto principal es que se olvida que la donación de órganos no solamente se refiere al despojo de materia humana, sino de la oportunidad de salvar vidas, se olvida el hecho que tras la donación un niño podrá ver, una madre podrá volver a respirar o un abuelo podrá volver a sentir latir un corazón.

Un informe anual del Sistema Informático del Centro Nacional de Trasplantes señala que 7,486 personas se encuentran registradas en el Cenatra en espera de córnea solamente y desde el 2005 las donaciones del tejido han venido a pique hasta llegar a un 45% de posibilidades de ser receptor beneficiado.

El mismo informe anual señaló que existen 12,477 personas en espera de donación y trasplante de riñón y no obstante que las posibilidades de recibir un trasplante es casi el 10%, solamente 852 donaciones provinieron de personas fallecidas.

El año pasado 376 personas estuvieron en la lista de espera de hígado, sin embargo, sólo se llevaron a cabo 178 donaciones y trasplantes del mismo; el resto sigue en espera y la cifra de personas para este año ha crecido a 384.

Respecto al corazón, un órgano con menos pacientes en espera de trasplante es el más difícil de poder encontrar donadores; el año pasado el Cenatra registró 49 personas en espera de corazón y de ellas solamente 34 personas pudieron ser sometidas a cirugía, este año la cifra asciende a 52.

Es notable entonces que la demanda supera por mucho las posibilidades de oferta de donación y que año con año, día a día se reportan fallecimientos que desaprovechan la oportunidad de salvar más vidas y mejorar la calidad de vida de vecinos.

Afortunadamente un grupo alto de personas comienzan a entender los beneficios de la donación después de la muerte, el reporte mencionado también señala que en el año 2006 hubo 669 donaciones después de la muerte y para el 2016 éstas ascienden a 1986.

Pero aún y cuando las donaciones de personas fallecidas han aumentado proporcionalmente de manera considerable, no ha sido suficiente para atender a las personas que aun requieren trasplante.

Por estas razones es imprescindible y urgente cambiar la política de donación y trasplante de órganos pues existen todavía muchas personas en espera de trasplante de órganos vitales que les permitirían seguir con vida. Diversos estudios han señalado que las personas que han fallecido son potenciales donadores a éstos urgentes receptores.

No nos referimos con esto a la necesidad de donar órganos, sino de salvar vidas, de ocupar tejido humano para que otro mexicano pueda continuar con vida. Es difícil, y lo sabemos, que nuestra cultura cambie radicalmente, que este tipo de reformas no causen problemas, pero consideramos la vida de otra persona adulta o niño importante.

En este sentido, la reforma que se propone pretende modificar la Ley General de Salud para crear una especie de negativa ficta para el procedimiento de donación, esto quiere decir que toda persona adulta debería dejar por escrito, con documentos oficiales emitidos por la Secretaria de Salud, su deseo de no donar sus órganos.

Ello impide que se viole la voluntad de las personas, al mismo tiempo que respeta el derecho individual de los mexicanos, dejando fuera a familiares para tomar la decisión sobre el cuerpo.

La historia de España en materia de donaciones cambió radicalmente en 1989, cuando éstas se tornaron “obligatorias” y han encontrado en la sociedad española la voluntad para explotar la solidaridad de sus ciudadanos.

Según información de la base estadística de la “International registry in organ donation and transplantation”Para el año 2013 España lideró las cifras de donación de órganos por millón de población y que podemos ver en el siguiente cuadro.

País PMP

España 35,1

Croacia 35

Malta 34

Bélgica 29,9

Portugal 28,3

EEUU 25,9

Francia 25,5

Austria 24,6

Estonia 24,4

Para el año 2014 mantuvo su tendencia y la cifra aumentó a 35,7 donantes por millón de habitantes, mientras que para el 2015 el crecimiento fue exponencial, llegando a 39,7 donantes por cada millón de habitantes.

Su liderazgo reside en la puesta en marcha de una política que procura la solidaridad entre ciudadanos, de la misma forma que ahora pretendemos con esta nueva reforma, generando consciencia de la necesidad de los pacientes en espera de algún órgano o tejido, en lugar de centrarnos en el simple despojo de órganos.

Esta política, que vuelve al ciudadano mexicano en un potencial donador sin que por ello se viole su voluntad y libertad en cuanto a tomar la decisión de ser o no ser donador ha generado el liderazgo de España en cuanto a donaciones a nivel mundial.

Cabe resaltar que con esta propuesta no se pretende que todas las personas fallecidas se vuelvan donadores al momento, ya que se deben cubrir requisitos sanitarios y médicos en los componentes y en los cuales los médicos especialistas darán su resolución de ser factible la donación y trasplante de órganos y tejidos que pudiesen ser funcionales, tal cual y como ya sucede en estos días.

Además, las personas que aun no cuenten con mayoría de edad con capacidad jurídica, es decir 18 años, no podrán ser donadores, así como tampoco, personas que por alguna circunstancia no puedan manifestar planamente su voluntad.

Siendo que los únicos posibles donadores sean mayores de edad y personas que estén en pleno uso de sus facultades mentales, el único elemento a considerar para que una persona fallecida sea susceptible de donación es la voluntad previa y expresa en la que se oponga a la donación de sus órganos.

Cabe mencionar que la legislación actual considera que para que una persona pueda ser donadora no solamente debe manifestarlo de forma escrita antes de su fallecimiento, sino que permite que prácticamente cualquier familiar presente proteste y niegue la donación de órganos.

A nuestra consideración, esta manifestación escrita impide que la donación surta efectos y remueve toda voluntad individual a una persona en los últimos momentos de su vida. Si se regula las donaciones pero con el objeto de manifestar su rechazo a donar órganos.

Por lo anterior es que considero que los artículos, 322, 323, 324 de la Ley General de Salud sean sometidos a análisis en aras de actualizar el marco legal de la donación y trasplante de órganos.

Para ilustrar mejor la propuesta se inserta cuadro comparativo.

Ley General de Salud.

Fundamento Legal.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, el que suscribe, Diputado Ricardo Ángel Barrientos Ríos, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática y de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman los artículos 322, 323 y 324 de la Ley General de Salud

Único.Se reforman los artículos 322, 323 y 324 de la Ley General de Salud para quedar como sigue:

Artículo 322. La negativa a donar deberá ser expresa, constandopor escrito y ser amplia cuando se refiera a la disposición total del cuerpo o limitada cuando sólo se otorgue respecto de determinados componentes.

En la donación limitada podrá señalar que ésta se hace a favor de determinadas personas o instituciones. También podrá expresar el donante las circunstancias de modo, lugar y tiempo y cualquier otra que condicione la donación.

La donación cuando corresponda a mayores de edad con capacidad jurídica, no podrá ser revocada por terceros, a menos que se cuente con la negativa expresa correspondiente. Donante podrá revocar su consentimiento en cualquier momento, sin responsabilidad de su parte.

...

Artículo 323. Se requerirá que el consentimiento expreso conste por escrito:

I. Para la donación de órganos y tejidos en vida,

II. Para la donación de sangre, componentes sanguíneos y células troncales en vida, y

III. Para la negativa de donación de órganos y tejidos de persona fallecida.

Artículo 324. Habrá consentimiento tácito del donante cuando no haya manifestado su negativa a que su cuerpo o componentes sean utilizados para trasplantes.

...

...

Transitorio

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de marzo de 2017.— Diputados y diputadas: Ricardo Ángel Barrientos Ríos,Ana Leticia Carrera Hernández, Ángel II Alanís Pedraza, Araceli Madrigal Sánchez, Erika Irazema Briones Pérez, Felipe Reyes Álvarez, J. Jesús Zúñiga Mendoza, Karen Hurtado Arana, Marbella Toledo Ibarra, María Cristina Teresa García Bravo, María de los Ángeles Rodríguez Aguirre, María Verónica Muñoz Parra, Olga Catalán Padilla, Óscar Ferrer Abalos, Salomón Majul González (rúbricas).»

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Gracias, diputado Barrientos Ríos. Túrnese a la Comisión de Salud, para dictamen.

El diputado Javier Octavio Herrera Borunda (desde la curul): Presidenta.

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Sonido en la curul del diputado Javier Herrera. ¿Con qué objeto, diputado? Si me ayudan, por favor, Servicios Parlamentarios, para tener sonido en la curul del diputado.

El diputado Javier Octavio Herrera Borunda (desde la curul): Muchas gracias, presidenta. Básicamente para adherirnos a la iniciativa presentada por el diputado Ricardo Ángel, pero también aprovechar para hacer un exhorto a la Comisión de Salud.

Hay sendas iniciativas, por lo menos que recuerde, una presentada por el Partido Verde, otra por el Revolucionario Institucional, otra por Movimiento Ciudadano, en todas en el mismo sentido, con el mismo matiz, intentar buscar por una donación de órganos que sea más acorde con la realidad del país.

El exhorto es hacia la Comisión de Salud, que apure y recoja estos dictámenes, y la dictamine. Hay consenso como pocas iniciativas en el ámbito político el día de hoy. Muchas gracias.

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Diputado Barrientos Ríos, ¿tiene algún inconveniente en que sus compañeros suscriban la iniciativa?

El diputado Ricardo Ángel Barrientos Ríos (desde la curul): Adelante. No tengo inconveniente, presidenta.

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: El diputado ha aceptado, por lo tanto está a disposición de la Secretaría de esta Mesa Directiva para la suscripción correspondiente.

La diputada María Cristina Teresa García Bravo (desde la curul): Presidenta.

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Sonido en la curul de la diputada María Cristina García. ¿Con qué objeto, diputada?

La diputada María Cristina Teresa García Bravo (desde la curul): Presidenta, con su permiso. Para pedirle, por favor, al diputado que acaba de presentar su iniciativa que si nos permite adherirnos como grupo parlamentario a la misma. Muchas gracias.

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Gracias, diputada García. El diputado ha aceptado la suscripción y está a disposición en la Secretaría de esta Mesa Directiva, para la suscripción correspondiente.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Tiene la palabra para presentar dos iniciativas en una sola intervención, el diputado Javier Herrera Borunda. Dicha iniciativa, la primera, es con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de segunda vuelta electoral y gobierno federal de coalición, suscrita por los diputados integrantes del Partido Ecologista de México.

Una segunda, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en materia de segunda vuelta electoral y gobierno federal de coalición, suscrita por los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. Adelante, diputado.

El diputado Javier Octavio Herrera Borunda:Muchas gracias. Con la venia de la Presidencia. Compañeros, en un régimen democrático la legitimidad es un elemento indispensable para gobernar, y más aún para transformar al país. Lamentablemente, la configuración del sistema político actual, dada la correlación de fuerzas hace que los procesos electorales sean más un factor de división y de desgaste para el Ejecutivo, que un incentivo para la unidad nacional de los mexicanos.

Hoy, sin duda se ha abierto un debate en el escenario nacional sobre cuáles deben de ser los mecanismos que se deben de adoptar para reforzar nuestro sistema político. Hemos visto ya en esta tribuna las propuestas de Acción Nacional y del Revolucionario Institucional, pero también en casi todas las mesas de debate las propuestas y las expresiones de todos los partidos políticos, el común denominador es cómo legitimar los Poderes, cómo transparentar su actuar y sobre todo eficientar su ejercicio.

Por eso reconocemos que es el momento óptimo para adentrarnos en una reforma político de gran calado. No hacerlo representa un obstáculo para que la diversidad de ideas que hoy caracteriza a la sociedad mexicana, esté bien representada ante el Estado. No sentirse bien representado lleva al enojo social, compañeros, lleva al estancamiento nacional, lleva al inmovilismo político y por ende lleva a la ingobernabilidad.

En este contexto procedo a exponer las iniciativas que el Partido Verde presenta, una al texto constitucional y otra más a la ley secundaria, con la esperanza de responder a esos reclamos de la sociedad.

Proponemos, en concreto, establecer una segunda vuelta electoral en comicios electorales presidenciales, así como los gobiernos de coalición en el ámbito federal, pero con unas salvedades que a continuación enuncio.

En la democracia actual del país, el que gana la elección a la Presidencia lo hace en el mejor de los casos con un tercio de la votación; es decir, dos terceras partes de los que acuden a las urnas no votaron por ellos, sobre todo son esas dos terceras partes la mayoría. Por eso, desde un principio, el proyecto de nación que encabeza el ganador nace trunco y va contracorriente y muchas veces naufraga.

En tal virtud, proponemos que para ser electo presidente de México se deberá ganar con más del 50 por ciento de la votación. En el supuesto que de ningún candidato a la Presidencia obtenga el porcentaje de votación señalado, el candidato con el mayor número de votos deberá informar al INE, por escrito, si opta por establecer un gobierno de coalición o ir a una segunda vuelta electoral.

¿Cómo funcionaría el gobierno de coalición? Se deberá integrar con los partidos políticos que representan más del 50 por ciento de la integración de la Cámara que está por iniciar su periodo.

El gobierno de coalición será establecido mediante la suscripción de un convenio, que deberá ser aprobado por la mayoría absoluta de la Cámara de Diputados, que se encuentren presentes en esa sesión.

El convenio correspondiente deberá contener el nombre de los partidos políticos coaligados; el programa de gobierno; el nombre de los ciudadanos propuestos para ocupar las titularidades de las secretarías de Estado y también de las empresas productivas del Estado; la agenda legislativa en común que tendrán los partidos coaligados; el acuerdo y los acuerdos necesarios que deberán tener para desempeñar un buen gobierno.

En caso de que la Cámara de Diputados no apruebe la conformación del gobierno de coalición, el INE llevará a cabo la segunda vuelta electoral.

Ahora bien, si ningún candidato a la Presidencia obtiene el 50 por ciento de la votación y el candidato con el mayor número de votos informa al INE que opta por la segunda vuelta, en esta contenderá también el candidato que haya obtenido el segundo lugar en la primera elección.

En este supuesto no será necesaria la integración de un gobierno federal de coalición, pero sí nuestra iniciativa establece un esquema para la rectificación de los miembros del gabinete del Ejecutivo federal, donde participa el Congreso de la Unión con un espíritu de pesos y contrapesos, excluyendo claramente de esta ratificación a los titulares de Defensa Nacional y de la Marina, por las características tan estratégicas que representan su nombramiento para el Ejecutivo federal.

Asimismo proponemos que la Secretaría de Gobernación transite hacia una que sea organizadora del gabinete, cuyo titular se deberá denominar jefe de gabinete y se desempeñará como coordinador de todas las secretarías de Estado.

La reforma, como pueden ver, compañeros, es robusta, contempla mecanismos, contempla varios detalles, que en el texto de la misma los invito a que la lean, pero no solo que la lean, las comenten y la construyan junto con nosotros.

Es tiempo de cambiar para lograr que la conformación de los proyectos de nación en la que participamos todos esté mejor representada. En esa misma medida construyamos gobiernos más fuertes, con un amplio respaldo social que permitan al Ejecutivo y al Legislativo compartir responsabilidades para gobernar. Hoy gobernar también es legislar. Por su atención, muchas gracias.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de segunda vuelta electoral y Gobierno Federal de coalición, suscrita por los integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

Quienes suscriben, diputados federales integrantes del Partido Verde Ecologista de México de la LXIII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y por los artículos 6, fracción I, 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de segunda vuelta electoral y gobierno federal de coalición, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

Las democracias maduras se distinguen por contar con los mecanismos necesarios para que la voluntad ciudadana se vea materializada en representantes populares electos bajo los más estrictos estándares de legalidad y transparencia, a través de leyes, instituciones y procedimientos que permitan que, a los cargos de legislador, integrantes de ayuntamientos, gobernador y hasta Jefe de Estado, accedan los candidatos que generen mayor afinidad entre los electores.

Sin embargo, la madurez democrática también supone una población cada vez más informada y participativa, que al mismo tiempo que formula críticas al gobierno y a los partidos políticos, se manifiesta y se organiza para influir en la vida pública, ya sea expresándose en las redes sociales, generando nuevas corrientes ideológicas y hasta integrando nuevas organizaciones políticas.

Si bien esto es consecuencia natural de la pluralidad política, es innegable que estas tendencias han contribuido a generar sociedades cuya polarización se ve reflejada en la integración de sus órganos de gobierno, los cuales, a pesar de ser electos por mayoría de votos, no cuentan con el respaldo de la mayoría ciudadana.

En este sentido, cobra más vigencia que nunca el hecho de que la democracia no necesariamente conlleva hacia una gobernabilidad, entendida ésta como “la calidad del desempeño gubernamental a través del tiempo ya sea que se trate de un gobierno o administración, o de varios sucesivos, considerando principalmente las dimensiones de la ‘oportunidad’, la ‘efectividad’, la ‘aceptación social’, la ‘eficiencia’ y la ‘coherencia’ de sus decisiones”.

En su calidad de país con una democracia madura, caracterizada por mecanismos legales e institucionales construidos durante las últimas tres décadas, México no escapa de esta realidad, y prueba de ello lo encontramos en la integración del Congreso de la Unión, cuya Cámara de Diputados no cuenta con la mayoría de ninguna fuerza política desde 1997 (LVII Legislatura), lo cual se ha venido reproduciendo en las legislaturas subsecuentes, tato en la Cámara de Diputados como en el Senado de la República.

En el mismo sentido, en las últimas cuatro elecciones presidenciales se ha observado que ningún candidato electo como Presidente de la República ha logrado superar el 50% de los votos, tal como se refleja en la tabla siguiente:

Los fenómenos descritos han propiciado dos consecuencias que han impactado significativamente sobre la fuerza del Poder Ejecutivo Federal y, en consecuencia, sobre la gobernabilidad en nuestro país:

1. Los tres Presidentes de la República más recientes y el Presidente en funciones, han sido electos a pesar de que la mayoría ciudadana no votó por ellos, con el rechazo social que ello supone, y

2. Los tres Presidentes de la República más recientes y el Presidente en funciones, han gobernado con un Poder Legislativo en el que no sólo el partido que los postuló no cuentan con la mayoría absoluta, sino que ambas Cámaras del Congreso de la Unión se encuentran profundamente divididas, de tal suerte que la construcción de acuerdos resulta sumamente compleja.

Esto cobra especial relevancia si se considera que, de conformidad con el “Índice mundial de gobernabilidad 2015” (WGI 2015) del Banco Mundial, México no acredita cuatro de los seis rubros evaluados (voz y rendición de cuentas, estabilidad política y ausencia de violencia, Estado de Derecho, y control de la corrupción) acreditando apenas los rubros de eficiencia gubernamental y calidad regulatoria.

Lo descrito en los párrafos que anteceden demuestra que la democracia mexicana debe dar un paso más hacia su consolidación, pues “en una democracia consolidada se cuenta con un buen número de recursos institucionales para prevenir y, en su caso, enfrentar los problemas de gobernabilidad”. Por ello, se requiere encontrar la manera de que los procesos electorales y nuestro sistema político propicien:

• Que el presidente de la República sea electo por más de a mitad de los votos emitidos, de tal suerte que, en principio, sus decisiones sean respaldadas por una mayor parte de la población y pueda desempeñar un gobierno eficiente y legitimado por un margen más amplio de ciudadanos, y

• Una relación entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo federales que, sin perjuicio de la división de poderes y el diseño constitucional de pesos y contrapesos, vaya acompañada de una colaboración interinstitucional que reditúe en mejores acuerdos políticos.

Con ello se lograrán materializar dos niveles fundamentales de la política: en primer término, la realización de procesos democráticos para la conformación de gobiernos legítimos y, en segundo término, un gobierno eficiente al servicio de la ciudadanía.

Con la finalidad de generar mayores condiciones de gobernabilidad, logrando que el ejercicio del poder vaya acompañado de eficacia y estabilidad a consecuencia de una mayor legitimidad ciudadana, el Partido Verde plantea la presente iniciativa de reformas constitucionales para transformar la manera en que se elige y ejerce el Poder Ejecutivo Federal, a partir de la adopción de las figuras de la segunda vuelta electoral y el gobierno de coalición, ambos para la titularidad del Poder Ejecutivo Federal.

A. Segunda Vuelta electoral

La segunda vuelta es la posibilidad de realizar un proceso electoral en dos etapas, en caso de que ningún candidato tuviese la cantidad predeterminada de votos en la primera ronda, en las que se pueden establecer las variantes siguientes:

a) La mayoría necesaria para ser electo, pudiendo ser una mayoría calificada (más de la mitad de la votación) o alguna diferencia de porcentaje entre el primero y el segundo lugar;

b) La forma de calcular la mayoría, ya sea sobre la votación válida (generalmente excluyendo votos nulos) o sobre la totalidad de los votos emitidos;

c) El número de candidatos que pueden pasar a la segunda vuelta (generalmente los dos que hayan obtenido la mayoría de votos), y

d) El tipo de cargos electivos a que se aplica el método ya sea a titulares de poderes ejecutivos (presidentes, gobernadores y alcaldes) o a integrantes de órganos colegiados (parlamentos o ayuntamientos).

A partir de un estudio de Derecho comparado, es posible identificar diversos países, con diferentes características políticas, económicas y hasta geográficas, que han adoptado la segunda vuelta electoral en la elección de su Jefe de Estado, a fin de fortalecer su democracia y hacer más eficiente el desempeño de su cargo, a partir de la legitimación derivada de un proceso electoral en el que únicamente contienden los candidatos más populares, tal como se desprende de la siguiente tabla:

En congruencia con esta tendencia mundial, el tema de la segunda vuelta electoral ha sido planteado en nuestro país por diversos legisladores durante la LXII y LXIII legislaturas del Congreso de la Unión, conforme a lo siguiente:

LXII Legislatura

El propósito básico es que en la segunda vuelta electoral forzosamente alguno de los candidatos obtenga más de la mitad de los votos emitidos y, en consecuencia, tenga una mayor legitimidad. Esta legitimidad se da no sólo a nivel social, derivado de la manifestación de la preferencia por parte de una mayoría ciudadana, sino también en el ámbito político, pues generalmente los candidatos que contienden en una segunda vuelta electoral se ven obligados a conformar alianzas con otras fuerzas políticas, a fin de lograr las mayorías que se requieren.

No obstante los beneficios de la segunda vuelta electoral, uno de sus posibles problemas radica en que “...el apoyo electoral que recibe el candidato más votado en la segunda ronda electoral no es genuino, sino que más bien se configura artificialmente a partir de las reglas del sistema electoral y, por tanto, el partido del titular del Ejecutivo queda en franca desventaja o con una raquítica minoría en el Congreso. Dicho de otra manera: la primera vuelta es para que el electorado defina quién quiere que lo gobierne, mientras que en la segunda ronda lo que se define es quién no quiere que lo gobierne; en la primera vuelta se selecciona, en la segunda se elimina”.

A fin de contrarrestar este problema, la propuesta de segunda vuelta electoral contenida en la presente iniciativa es complementada mediante la incorporación del Gobierno Federal de Coalición, con la finalidad de establecer un nuevo esquema de colaboración entre el Presidente de la República y el Poder Legislativo Federal, con el objetivo de generar mejores condiciones de gobernabilidad.

B. Gobiernos de coalición

El presidencialismo es uno de los sistemas de gobierno más comunes en Latinoamérica, con diversos matices. Más allá de la forma de gobierno, es el carácter en que se aplica entre los diversos órganos, donde los poderes de la unión cuenten con pesos y contrapesos que eviten los excesos del poder.

Los sistemas de gobierno presidencialistas, como el perfilado desde la Constitución de 1917 y vigente hasta la actualidad en nuestro país, se distinguen por presentar las siguientes características:

• Las jefaturas del Estado y del gobierno se concentran en una sola persona: el Presidente;

• Los presidentes son electos por sufragio universal de todos los ciudadanos en aptitud de votar y, salvo en contadas excepciones, por un colegio electoral;

• El jefe del Ejecutivo y su gabinete son independientes del Legislativo, en virtud de que constituyen poderes distintos, electos en forma separada;

• El Presidente y los congresistas cumplen un periodo fijo de duración en el cargo, por lo que el Congreso no tiene capacidad para destituir al Presidente, y el Ejecutivo no tiene facultades para disolver al Legislativo;

• El Poder Ejecutivo es unipersonal (a diferencia de los sistemas parlamentarios en los que el primer ministro y el gabinete constituyen un cuerpo ejecutivo de carácter colectivo), y

• El Presidente, en forma libre y directa, nombra o sustituye a sus ministros o secretarios, quienes tan sólo son sus colaboradores.

De acuerdo con la opinión de Karl Loewenstein en el presidencialismo predomina la separación de poderes, mientras que en parlamentarios una de colaboración de los poderes. Cabe recordar que los sistemas de gobierno forman parte medular en la regulación de una estructura de Estado. Lo anterior, se proyecta en la forma y calidad de vida de los gobernados basados en estructuras que influyen en los avances de los países.

El sistema de partidos y el modelo de formación de gobiernos es toral en las en la estructura de un país. Las pautas que se generen en una Constitución para el desarrollo del gobierno en el Poder Ejecutivo, en equilibrio con los demás poderes, genera mayor credibilidad en las instituciones.

Una de las modalidades más intentadas para la coordinación entre el Ejecutivo Federal y el Legislativo, es el gobierno de coalición, donde se trazan y generan las reglas para el seguimiento de un gobierno legitimado por la sociedad.

Parte de las características de los gobiernos de coalición es que se cumpla con el cumplimiento de una meta común o un conjunto de metas. Para ello, un gobierno de coalición requiere de:

• Comunicación entre gobernantes y gobernados;

• Establecer con esquemas jurídicos los protocolos de comunicación de las políticas públicas;

• Tener un diseño o protocolos pactados para el seguimiento de las políticas públicas;

• Establecimiento de órganos plurales de coordinación para las acciones gubernamentales;

• Especificar la acción entre el gobierno y los grupos parlamentarios que lo apoyan, y

• Compatibilidad entre el impulso de la acción gubernamental y la identidad partidista de los miembros de la coalición.

• Comunicación entre gobernantes y gobernados;

• Establecer con esquemas jurídicos los protocolos de comunicación de las políticas públicas;

• Tener un diseño o protocolos pactados para el seguimiento de las políticas públicas;

• Establecimiento de órganos plurales de coordinación para las acciones gubernamentales;

• Especificar la acción entre el gobierno y los grupos parlamentarios que lo apoyan, y

• Compatibilidad entre el impulso de la acción gubernamental y la identidad partidista de los miembros de la coalición.

Es de destacar que la implementación de un gobierno de coalición podría generar los siguientes beneficios:

• Doble legitimidad del Gobierno, al existir una configuración institucional entre Poder Ejecutivo y Poder Legislativo, de tal suerte que la legitimidad ciudadana plasmada en las urnas se traduce en una legitimidad política entre ambos poderes;

• Apoyo de los grupos parlamentarios representados en el Poder Legislativo hacia el Poder Ejecutivo, generando mayores condiciones de gobernabilidad;

• Mayor visibilidad y reconocimiento del gabinete, generando mayores consensos y avances en las políticas públicas, y

• Participación del Legislativo en el nombramiento y cese de los miembros del gabinete, provocando mayor confianza en las instituciones del país. En resumen, un gobierno de coalición genera un canal de interacción entre el Ejecutivo Federal y el Congreso de la Unión, para el bien común y beneficio social, al contar con una mayor gobernabilidad.

Cabe mencionar que el sistema jurídico mexicano vigente contempla la posibilidad de que el Presidente de la República opte por un gobierno de coalición, en los términos siguientes:

“Artículo 89. Las facultades y obligaciones del Presidente, son las siguientes:

XVII. En cualquier momento, optar por un gobierno de coalición con uno o varios de los partidos políticos representados en el Congreso de la Unión.

El gobierno de coalición se regulará por el convenio y el programa respectivos, los cuales deberán ser aprobados por mayoría de los miembros presentes de la Cámara de Senadores. El convenio establecerá las causas de la disolución del gobierno de coalición”.

La esencia el gobierno de coalición ha sido de interés entre los diversos grupos parlamentarios, reflejo de ello se encuentra en las diversas iniciativas presentadas durante la LXII y LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, a saber:

LXII Legislatura

Finalmente, debemos comentar que al inicio de la presente administración federal, el Gobierno del Presidente Enrique Peña Nieto y los partidos políticos nacionales más importantes, llevaron a la práctica un incipiente ejercicio de gobierno de coalición que, fuera de formalidades y sin llegar a una corresponsabilidad en el ejercicio del poder, sí pudo ser calificado como un gran acuerdo político. Éste fue el caso del “Pacto por México”, gracias al cual pudieron materializarse reformas estructurales fundamentales para nuestro país, como la educativa, la energética, la de telecomunicaciones, la electoral, la de transparencia y combate a la corrupción.

En este sentido, el Pacto por México puede ser considerado como un antecedente de que, con un marco jurídico más sólido, los gobiernos de coalición pueden tener cabida en el sistema político mexicano, para beneficio del desarrollo del país y el bienestar de la gente.

Cabe mencionar que la presente iniciativa se complementa con las iniciativas de reformas a la legislación secundaria respectivas, las cuales se presentan en esta misma fecha de manera separada, en cumplimiento del artículo 171 del Reglamento del Senado de la República, el cual establece lo siguiente:

“Artículo 171

1. Una propuesta que involucra disposiciones de la Constitución y de otros ordenamientos secundarios relativos, se presenta mediante una iniciativa para la reforma constitucional y otra u otras para la legislación secundaria. En este caso, se indica en cada iniciativa la correlación entre las mismas.

2. Las iniciativas que se refieren a modificaciones a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos se presentan en forma separada de cualquier otra”.

Descripción de la iniciativa

La presente propuesta de reformas constitucionales tiene por objeto fortalecer la legitimidad del Presidente de la República y generar mayores condiciones de gobernabilidad en las relaciones entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo federales, mediante la incorporación de la segunda vuelta electoral en la elección presidencial y el establecimiento del Gobierno Federal de Coalición dentro del sistema político mexicano.

Para lograr lo anterior, se propone desarrollar el artículo 81 constitucional, cuyo texto vigente se refiere escuetamente a la forma de elección del Presidente de la República de la siguiente forma:

Artículo 81. La elección del Presidente será directa y en los términos que disponga la ley electoral”.

En este sentido, se propone incorporar dos BASES constitucionales a dicho artículo, a saber:

• Una Base Primera, que contemple la posibilidad de que algún candidato a la Presidencia de la República obtenga más del cincuenta por ciento de la votación válida emitida en la elección correspondiente, en cuyo caso será electo Presidente sinquedar sujeto a las reglas del Gobierno Federal de Coalición ni de la segunda vuelta electoral. En este supuesto, se asume que el Presidente de la República ostentará una legitimidad ciudadana indiscutible, de tal suerte que tendrá la libertad suficiente de integrar su gabinete y planear su administración como lo estime apropiado.

• Una Base Segunda, que establezca el procedimiento a seguir en caso de que ningún candidato a la Presidencia de la República obtenga más del cincuenta por ciento de la votación válida emitida en la elección correspondiente, en cuyo caso se propone que quien registre el voto mayoritario elija, mediando una comunicación por escrito al Instituto Nacional Electoral (INE) dentro de los tres días naturales siguientes a la emisión de la declaratoria de validez de la elección por parte del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), alguna de las siguientes opciones:

1. Establecer un Gobierno Federal de Coalición con los partidos políticos que representen más del cincuenta por ciento de la integración de la Cámara de Diputados durante la legislatura que transcurrirá al inicio del periodo constitucional correspondiente.

El Gobierno Federal de Coalición será establecido mediante la suscripción de un Convenio que deberá ser aprobado por la mayoría absoluta de los miembros presentes en la Cámara de Diputados, y comunicado al Instituto Nacional Electoral, a más tardar el 5 de agosto del año en que inicia el periodo presidencial. Cabe destacar que, como se verá más adelante, el TEPJF emitirá la declaración de validez de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos antes del 23 de julio del año de la elección, tratándose de primera vuelta electoral, de tal suerte que el Presidente electo tendrá tiempo suficiente (por lo menos 14 días) para lograr los acuerdos necesarios con las fuerzas políticas representadas en la Cámara de Diputados, y aprobar el Convenio de Gobierno Federal de Coalición.

Se establece como contenido del Convenio de Gobierno Federal de Coalición:

— Los partidos políticos que integrarán el Gobierno Federal de Coalición, a fin de determinar los sujetos corresponsables de dicho Gobierno junto con el Poder Ejecutivo Federal;

— El Programa de Gobierno, incluyendo:

a) Una descripción general de las políticas fiscal, económica y ambiental, toda vez que se trata de las áreas de la administración pública que requieren una mayor planeación;

b) Prioridades en materia educativa, agropecuaria y de salud, en atención a la vulnerabilidad de los sectores a los que van dirigidas dichas políticas públicas;

c) Proyectos de infraestructura, a fin de perfilar las obras y actividades de gran dimensión más importantes;

d) Objetivos de seguridad pública y desarrollo social, toda vez que, por ser aspectos apremiantes para el bienestar de la población, requieren metas específicas, y

e) Medidas de austeridad y disciplina financiera, por requerir acciones concretas;

— Nombre de los titulares de Secretarías de Estado y Empresas Productivas del Estado señaladas en las fracciones I y II del Apartado B de la BASE SEGUNDA del presente artículo, pues si bien los nombramientos no estarán sujetos a ratificación, sí requieren ser avalados por los partidos políticos que suscribirán el Gobierno Federal de Coalición, incluso pudiendo formar parte del gabinete del Presidente de la República;

— Agenda legislativa común, a fin integrar un listado de temas que serán objeto de iniciativas de nuevas leyes o de reformas a la legislación vigente, para analizar y discutir en el Congreso de la Unión, y

— Una formula residual, que dé margen a quienes suscriban el Convenio de Gobierno Federal de Coalición para establecer cualquier acuerdo que estimen necesario.

Cabe señalar que se contempla la posibilidad de que el Convenio de Gobierno de Coalición no sea aprobado y remitido al INE a más tardar el 5 de agosto del año en que inicia el periodo constitucional del Presidente de la República, por la falta de acuerdos del Presidente electo con las fuerzas políticas representadas en la Cámara de Diputados, en cuyo caso se propone que el INE organice una segunda vuelta electoral conforme a las reglas que se expresarán a continuación.

2. Contender en una segunda vuelta electoral contra el candidato que haya obtenido la primera minoría de la votación válida emitida de la elección presidencial correspondiente, en cuyo caso la elección deberá celebrarse el tercer domingo de agosto.

En este supuesto, será electo el candidato que obtenga más del 50% de la votación válida emitida en la elección correspondiente, y operará un esquema de ratificación de los titulares del gabinete presidencial, excluyendo únicamente a los titulares de las Secretarías de la Defensa Nacional y de Marina por su carácter de estratégicos para el titular del Poder Ejecutivo Federal, e incluyendo también a los titulares de las Empresas Productivas del Estado (Petróleos Mexicanos y Comisión Federal de Electricidad). De esta forma se incorporará un sistema de coordinación y contrapesos por parte del Poder Legislativo Federal.

Para instrumentar lo descrito en el párrafo que antecede se propone que, al tomar protesta de su cargo en los términos del artículo 87 de la propia Constitución, el Presidente de la República remita a las Cámaras del Congreso de la Unión las propuestas de designación de titulares de las siguientes Secretarías de Estado y Empresas Productivas del Estado:

• A la Cámara de Diputados:

a) Secretaría del Gabinete, cuyo titular se denominará Jefe de Gabinete;

b) Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

c) Secretaría de Desarrollo Social;

d) Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales;

e) Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación;

f) Secretaría de Educación Pública;

g) Secretaría de Cultura;

h) Secretaría de Salud;

i) Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y

j) Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.

• Al Senado de la República:

a) Secretaría de Relaciones Exteriores;

b) Secretaría de Energía;

c) Secretaría de Economía;

d) Secretaría de Comunicaciones y Transportes;

e) Secretaría de Turismo;

f) Secretaría de la Función Pública;

g) Secretaría de Seguridad Pública;

h) Petróleos Mexicanos, y

i) Comisión Federal de Electricidad.

Dichas propuestas de designación deberán ser ratificadas por la Cámara respectiva por la mayoría absoluta de sus miembros presentes, dentro del plazo de cinco días naturales contados a partir de la recepción de las propuestas correspondientes. Asimismo, se establece un mecanismo para que, en caso de que alguna de las propuestas de designación no sea ratificada, el Presidente de la República remita una nueva propuesta, la cual deberá ser votada en la misma sesión en que se reciba en la Cámara respectiva.

Por otra parte, se establecen dos reglas para la operatividad del esquema de ratificación de los miembros del gabinete:

1. Los funcionarios serán encargados de despacho desde el momento en que sean propuestos por el Presidente de la República, pero entrarán en funciones hasta el momento que sean ratificados. Con ello se busca garantizar la transición entre los funcionarios salientes y entrantes, así como que en todo momento haya encargados de despacho, y

2. El Presidente de la República podrá remover libremente a los titulares de Secretarías de Estado y Empresas Productivas del Estado sujetos a ratificación, pero la designación de los titulares sustitutos quedará sujeta a la ratificación correspondiente, en los mismos términos que los designados que generen la vacante respectiva.

Del esquema de ratificación de los miembros del gabinete presidencial que se propone destacan tres aspectos fundamentales, que repercutirán en la actuación de la Administración Pública Federal:

a) Se propone que la Secretaría de Gobernación transite hacia una “Secretaría del Gabinete”, lo cual implicará su distinción entre el resto de las Secretarías de Estado, sin perjuicio de conservar sus funciones vigentes en materia de política interior. El objetivo que persigue este planteamiento es el de perfilar desde la Carta Magna el papel que desempeñará el “Jefe de Gabinete”, como coordinador de todas las Secretarías de Estado. Cabe señalar que esta modificación deberá ser reflejada en la iniciativa de reformas a la legislación secundaria para el desarrollo de la presente reforma constitucional, particularmente en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;

b) Se plantea la separación de las funciones de seguridad pública de la actual Secretaría de Gobernación, a fin de establecer nuevamente a la Secretaría de Seguridad Pública como la dependencia encargada de manera exclusiva a esta materia. Esto atiende a la configuración de la Secretaría del Gabinete como dependencia coordinadora de la Administración Pública Federal y encargada de la política interior, así como a la especialidad que debe revestir la atención de la política nacional en materia de seguridad pública, y

c) Las ratificaciones enumeradas se distribuyeron entre ambas Cámaras del Congreso de la Unión con la lógica de asignar a cada una las carteras relacionadas con ellas; por ejemplo, la Cámara de Diputados ratificará a los titulares de dependencias en materia política, hacendaria y de desarrollo social, mientras que el Senado de la República tendrá a su cargo la ratificación de funcionarios vinculados con política exterior, sectores productivos, energía y combate a la corrupción.

En congruencia con la incorporación de este esquema de ratificación de gabinete, se propone derogar las disposiciones vigentes en los artículos 74 y 76 constitucionales, relativos a las facultades exclusivas de la Cámara de Diputados y del Senado de la República respectivamente, que contemplan la ratificación de algunos Secretarios de Estado. De la misma forma, se propone reformar algunas fracciones del artículo 89 constitucional, relativo a las facultades y obligaciones del Presidente de la República, a fin de precisar los supuestos para la libre designación de funcionarios, así como eliminar las referencias a la ratificación de otros funcionarios y la posibilidad de optar por un gobierno de coalición.

Por otra parte, se propone reformar el párrafo primero del artículo 84 constitucional, a fin de hacer referencia al Jefe de Gabinete como el funcionario que asumirá provisionalmente la titularidad del Poder Ejecutivo Federal en caso de falta absoluta del Presidente de la República.

Derivado de la exigencia de asegurar las condiciones necesarias para que el INE organice en tiempo y forma una eventual segunda vuelta electoral, se estima necesario complementar el párrafo tercero de la fracción II del artículo 99 constitucional, a fin de establecer las fechas límites para que la Sala Superior del TEPJF emita la declaración de validez de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a saber:

• Tratándose de la primera vuelta electoral, antes del 23 de julio del año de la elección, y

• Tratándose de segunda vuelta electoral, antes del 31 de agosto del año de la elección.

Se estima que con estas fechas habrá tiempo suficiente para las transiciones de gobierno en el Poder Ejecutivo Federal pues, por mandato del artículo 83 constitucional, el encargo de Presidente de la República inicia el 1o de octubre del año que corresponda.

Finalmente, el proyecto de decreto contempla cuatro disposiciones transitorias, relativas a:

a) Su entrada en vigor, prevista para el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación;

b) Mandatar que el Congreso de la Unión expida las reformas a la legislación secundaria necesarias para desarrollar la presente reforma constitucional, a más tardar el 30 de abril de 2017.

Debemos precisar que la intención es que la reforma constitucional que nos ocupa resulte aplicable al proceso electoral 2018, pues consideramos necesario que el próximo Presidente de la República cuente con la legitimidad necesaria para desempeñar una administración federal eficiente, lo cual derivará del esquema que se propone para su elección mediante una primera o, en su caso, una segunda vuelta electoral. Asimismo, se estima oportuno establecer una nueva relación interinstitucional de colaboración con el Poder Legislativo Federal, ya sea mediante el esquema de ratificación de gabinete o la construcción de un Gobierno Federal de Coalición.

Al respecto, cobra especial relevancia la previsión contenida en el párrafo cuarto de la fracción II del artículo 105 constitucional, que mandata que “Las leyes electorales federal y locales deberán promulgarse y publicarse por lo menos noventa días antes de que inicie el proceso electoral en que vayan a aplicarse”. Considerando que el numeral 1 del artículo 225 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que el proceso electoral inicia en septiembre del año previo al de la elección, resulta necesario que esta reforma constitucional entre en vigor a la brevedad posible y las reformas a la legislación secundaria sean publicadas antes de que concluya el presente periodo ordinario de sesiones;

a) Ordenar que el INE armonice sus reglamentos internos con la presente reforma constitucional, antes de que inicie el proceso electoral 2018;

b) Que partir de la entrada en vigor del presente decreto, todas las menciones a la Secretaría de Gobernación previstas en cualquier ordenamiento legal se entenderán referidas a la Secretaría del Gabinete, y

c) Establecer disposiciones especiales para la elección presidencial del año 2018, pues el presente proyecto de decreto se diseñó bajó la lógica del texto vigente de la Constitución, que contempla que el cargo de Presidente de la República inicia a partir del 1o de octubre del año correspondiente; sin embargo, no se debe perder de vista que el artículo DÉCIMO QUINTO del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia política-electoral”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2014, establece que el Presidente de la República electo en el año 2018 entrará en funciones el 1o de diciembre de dicho año, por lo cual dicha elección requerirá plazos diferenciados para la instrumentación de las presentes reformas constitucionales.

En atención a lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta Soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de segunda vuelta electoral y gobierno federal de coalición

Artículo Único.Se reforman los artículos 74, fracción III; 76, fracción II; 81; 84, párrafo primero; 89, fracciones II y XVII; y 99, fracción II, párrafo tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 74. Son facultades exclusivas de la Cámara de Diputados:

I. a II. ...

III. Ratificar el nombramiento que el Presidente de la República haga de los empleados superiores de Hacienda;

IV. a IX. ...

Artículo 76. Son facultades exclusivas del Senado:

I. ...

II. Ratificar los nombramientos que el mismo funcionario haga de los embajadores y cónsules generales; de los empleados superiores del ramo de Relaciones; de los integrantes de los órganos colegiados encargados de la regulación en materia de telecomunicaciones, energía, competencia económica, y coroneles y demás jefes superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales, en los términos que la ley disponga;

III. a XIV. ...

Artículo 81. La elección del Presidente será directa y en los términos que disponga la ley electoral , conforme a las bases siguientes:

Base Primera. Será electo Presidente de la República, sin sujetarse a las reglas del Gobierno Federal de Coalición ni de la segunda vuelta electoral, el candidato que obtenga más del cincuenta por ciento de la votación válida emitida en la elección correspondiente.

Base Segunda. En caso de que ningún candidato a la Presidencia de la República obtenga más del cincuenta por ciento de la votación válida emitida en la elección correspondiente, quien registre el voto mayoritario deberá informar por escrito al Instituto Nacional Electoral, dentro de los tres días naturales siguientes a la emisión de la declaratoria de validez de la elección por parte del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que opta por alguna de las siguientes opciones:

Apartado A. Establecer un Gobierno Federal de Coalición con los partidos políticos que representen más del cincuenta por ciento de la integración de la Cámara de Diputados durante la legislatura que transcurrirá al inicio del periodo constitucional correspondiente.

El Gobierno Federal de Coalición será establecido mediante la suscripción de un Convenio de Gobierno Federal de Coalición, el cual deberá ser aprobado por la mayoría absoluta de los miembros presentes en la Cámara de Diputados, y comunicado al Instituto Nacional Electoral, a más tardar el 5 de agosto del año en que inicia el periodo constitucional del Presidente de la República. Dicho Convenio deberá contener los siguientes requisitos:

I. Partidos políticos que integrarán el Gobierno Federal de Coalición junto con el Presidente de la República;

II. Programa de Gobierno, incluyendo:

a) Descripción general de las políticas fiscal, económica y ambiental;

b) Prioridades en materia educativa, agropecuaria y de salud;

c) Proyectos de infraestructura;

d) Objetivos de seguridad pública y desarrollo social, y

e) Medidas de austeridad y disciplina financiera.

III. Nombre de los titulares de Secretarías de Estado y Empresas Productivas del Estado señaladas en las fracciones I y II del Apartado B de la BASE SEGUNDA del presente artículo;

IV. Agenda legislativa común, y

V. Los demás acuerdos necesarios para el desempeño del Gobierno Federal de Coalición.

En caso de que la Cámara de Diputados no remita al Instituto Nacional Electoral el Convenio de Gobierno Federal de Coalición aprobado a más tardar el 5 de agosto del año en que inicia el periodo constitucional del Presidente de la República, dicho Instituto deberá organizar una segunda vuelta electoral en los términos del Apartado B del presente artículo.

Apartado B. Contender en una segunda vuelta electoral contra el candidato que haya obtenido la primera minoría de la votación válida emitida de la elección presidencial correspondiente. Esta elección deberá celebrarse el tercer domingo de agosto.

En este supuesto, será electo Presidente de la República el candidato que obtenga más del cincuenta por ciento de la votación válida emitida en la elección correspondiente. Al tomar protesta de su cargo en los términos del artículo 87 de esta Constitución, el Presidente de la República deberá remitir a las Cámaras del Congreso de la Unión las propuestas de designación de los titulares de Secretarías de Estado y Empresas Productivas del Estado, conforme a lo siguiente:

I. El Pleno de la Cámara de Diputados recibirá, analizará y, en su caso, ratificará, por la mayoría absoluta de sus miembros presentes dentro del plazo de cinco días naturales contados a partir de la recepción de las propuestas correspondientes, la designación de cada uno los titulares de las Secretarías de Estado siguientes:

a) Secretaría del Gabinete, cuyo titular se denominará Jefe de Gabinete;

b) Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

c) Secretaría de Desarrollo Social;

d) Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales;

e) Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación;

f) Secretaría de Educación Pública;

g) Secretaría de Cultura;

h) Secretaría de Salud;

i) Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y

j) Secretaría de Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano;

II. El Pleno de la Cámara de Senadores recibirá, analizará y, en su caso, ratificará, por la mayoría absoluta de sus miembros presentes dentro del plazo de cinco días naturales contados a partir de la recepción de las propuestas correspondientes, la designación de cada uno de los titulares de las Secretarías de Estado y Empresas Productivas del Estado siguientes:

a) Secretaría de Relaciones Exteriores;

b) Secretaría de Energía;

c) Secretaría de Economía;

d) Secretaría de Comunicaciones y Transportes;

e) Secretaría de Turismo;

f) Secretaría de la Función Pública;

g) Secretaría de Seguridad Pública;

h) Petróleos Mexicanos, y

i) Comisión Federal de Electricidad;

III. En caso de que las propuestas de designación no sean ratificadas en los términos de los incisos anteriores, el Presidente de la República remitirá nuevas propuestas, mismas que deberán ser votadas en la misma sesión en que se reciban en cada Cámara. Si las designaciones no fuesen aprobadas por la mayoría absoluta de los miembros presentes en la Cámara correspondiente, el Presidente de la República hará las designaciones respectivas y entrarán inmediatamente en funciones, sin que puedan recaer en las personas propuestas con anterioridad;

IV. Los funcionarios serán encargados de despacho desde el momento en que son propuestos por el Presidente de la República, pero entrarán en funciones hasta el momento que sean ratificados.

V. El Presidente de la República podrá remover libremente a los titulares de Secretarías de Estado y Empresas Productivas del Estado señalados, pero la designación de los titulares sustitutos quedará sujeta a la ratificación correspondiente, en los términos de los incisos anteriores.

Artículo 84. En caso de falta absoluta del Presidente de la República, en tanto el Congreso nombra al presidente interino o substituto, lo que deberá ocurrir en un término no mayor a sesenta días, el Jefe de Gabinete asumirá provisionalmente la titularidad del Poder Ejecutivo. En este caso no será aplicable lo establecido en las fracciones II, III y VI del artículo 82 de esta Constitución.

...

...

...

...

...

Artículo 89. Las facultades y obligaciones del Presidente, son las siguientes:

I. ...

II. En caso de ser electo en los términos de la Base Primera del artículo 81 de esta Constitución, nombrar y remover libremente a los Secretarios de Estado, remover a los embajadores, cónsules generales y empleados superiores de Hacienda, y nombrar y remover libremente a los demás empleados de la Unión, cuyo nombramiento o remoción no esté determinado de otro modo en la Constitución o en las leyes . En caso de operar las reglas del Gobierno Federal de Coalición o de la segunda vuelta electoral, los únicos Secretarios de Estado que podrá nombrar y remover libremente son los Secretarios de Marina y de la Defensa Nacional;

Los empleados superiores de Hacienda y de Relaciones entrarán en funciones el día de su nombramiento. Cuando no sean ratificados en los términos de esta Constitución, dejarán de ejercer su encargo.

III. a XVI. ...

XVII. Se deroga

XVIII. a XX. ...

Artículo 99. ...

...

...

Al Tribunal Electoral le corresponde resolver en forma definitiva e inatacable, en los términos de esta Constitución y según lo disponga la ley, sobre:

I. ...

II. ...

...

La Sala Superior realizará el cómputo final de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, una vez resueltas las impugnaciones que se hubieren interpuesto sobre la misma, procediendo a formular, en su caso, la declaración de validez de la elección y la de Presidente Electo respecto del candidato que hubiese obtenido el mayor número de votos. La declaración de validez de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos deberá emitirse antes del 23 de julio del año de la elección, tratándose de primera vuelta electoral, y antes del 31 de agosto del año de la elección, tratándose de segunda vuelta electoral.

III. a X. ...

...

...

...

...

...

...

...

...

...

...

...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Congreso de la Unión deberá expedir las reformas necesarias para armonizar la legislación secundaria correspondiente con lo previsto en el presente decreto, antes del 30 de abril de 2017.

Tercero.El Instituto Nacional Electoral deberá armonizar sus reglamentos internos con el presente decreto, antes de que inicie el proceso electoral 2018.

Cuarto. A partir de la entrada en vigor del presente decreto, todas las menciones a la Secretaría de Gobernación previstas en cualquier ordenamiento legal se entenderán referidas a la Secretaría del Gabinete.

Quinto. Para dar cumplimiento al inciso a) de la fracción II del artículo SEGUNDO transitorio del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia política-electoral”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2014, la elección presidencial del año 2018 se llevará a cabo el primer domingo de julio, bajo los términos siguientes:

I. La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación deberá emitir la declaración de validez de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos antes del 31 de agosto de 2018, tratándose de primera vuelta electoral, y antes del 30 de octubre de 2018, tratándose de segunda vuelta electoral;

II. En caso de que el Presidente de la República Electo opte por un Gobierno Federal de Coalición, en los términos del Apartado A de la Base Segunda del artículo 81 constitucional, el Convenio de Gobierno Federal de Coalición, deberá ser aprobado por la mayoría absoluta de los miembros presentes en la Cámara de Diputados, a más tardar el 5 de septiembre de 2018, y

III. En su caso, la segunda vuelta electoral para la elección de Presidente de la República se llevará a cabo el 30 de septiembre de 2018, en los términos del Apartado B de la Base Segunda del artículo 81 constitucional.

Notas:

1 Angel Flisfisch, “Gobernabilidad y consolidación democrática” (1987) en Revista Mexicana de Sociología, No 3, julio-septiembre de 1989, p. 113.

2. http://prep2012.ife.org.mx/prep/NACIONAL/PresidenteNacioanl VPC.htlm

3 Banco Mundial. World Governance Indicators 2015. Disponible en: http://info.worldbank.org/governance/wgi/#reports Página consultada el 3 de marzo de 2017 a las 10:58 horas.

4 Camou, Antonio. Gobernabilidad y democracia. Cuadernos de Divulgación de la Cultura Democrática, Instituto Federal Electoral, México.

5 Cfr. Ídem.

6 Emmerich, Gustavo Ernesto “La Segunda vuelta electoral” https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/7/3182/8.pdf

7 http://sil.gobernacion.gob.mx/Librerias/pp_ContenidoAsuntos.php? SID=34e49497f8c4738790ca92ec907118af&Clave=2994210

8 http://sil.gobernacion.gob.mx/Librerias/pp_ContenidoAsuntos.php? SID=34e49497f8c4738790ca92ec907118af&Clave=3259659

9 http://sil.gobernacion.gob.mx/Librerias/pp_ContenidoAsuntos.php? SID=34e49497f8c4738790ca92ec907118af&Clave=3259659

10 http://sil.gobernacion.gob.mx/Librerias/pp_ContenidoAsuntos. php?SID=34e49497f8c4738790ca92ec907118af&Clave=2932935

11 http://sil.gobernacion.gob.mx/Librerias/pp_ContenidoAsuntos. php?SID=34e49497f8c4738790ca92ec907118af&Clave=2899800

12 http://sil.gobernacion.gob.mx/Librerias/pp_ContenidoAsuntos. php?SID=34e49497f8c4738790ca92ec907118af&Clave=3351273

13 http://sil.gobernacion.gob.mx/Librerias/pp_ContenidoAsuntos. php?SID=34e49497f8c4738790ca92ec907118af&Clave=3006725

14 http://sil.gobernacion.gob.mx/Librerias/pp_ContenidoAsuntos. php?SID=34e49497f8c4738790ca92ec907118af&Clave=2992011

15 http://sil.gobernacion.gob.mx/Librerias/pp_ContenidoAsuntos. php?SID=34e49497f8c4738790ca92ec907118af&Clave=2921239

16 http://sil.gobernacion.gob.mx/Librerias/pp_ContenidoAsuntos. php?SID=34e49497f8c4738790ca92ec907118af&Clave=3419514

17 http://sil.gobernacion.gob.mx/Librerias/pp_ContenidoAsuntos. php?SID=34e49497f8c4738790ca92ec907118af&Clave=3441801

18 http://sil.gobernacion.gob.mx/Librerias/pp_ContenidoAsuntos. php?SID=34e49497f8c4738790ca92ec907118af&Clave=3304934

19 http://sil.gobernacion.gob.mx/Busquedas/Avanzada/ ResultadosBusquedaAvanzada.php? SID=34e49497f8c4738790ca92ec907118af &Serial=47c2a6c45be2ef0a3dc6ffc00f1b6e3d&Reg=4 &Origen=BA&Paginas=15#3

20 Hurtado, Javier. Sistema de Gobierno y democracia, Cuadernos de Divulgación de la Cultura democrática, Instituto Nacional Electoral http://www.ine.mx/documentos/DECEYEC/gobiernos_y_democracia.htm#presidencial

21 Hurtado, Javier. Sistemas de Gobierno y Democracia, Instituto Nacional Electoral. http://www.ine.mx/documentos/DECEYEC/gobiernos_y_democracia.htm Normativas

22 Reniu Vilamala, Jose María, El desafío del poder compartido en escenarios de gobierno divididos, Instituto de Investigaciones jurídicas de la UNAM https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/8/3677/10.pdf

23 http://sil.gobernacion.gob.mx/Librerias/pp_ContenidoAsuntos. php?SID=f04a42dc456d78234cd5932e9a7d9b47&Clave=3136826

24 http://sil.gobernacion.gob.mx/Librerias/pp_ContenidoAsuntos. php?SID=f04a42dc456d78234cd5932e9a7d9b47&Clave=3006725

25 http://sil.gobernacion.gob.mx/Librerias/pp_ContenidoAsuntos. php?SID=f04a42dc456d78234cd5932e9a7d9b47&Clave=3432359

26 http://sil.gobernacion.gob.mx/Librerias/pp_ContenidoAsuntos. php?SID=f04a42dc456d78234cd5932e9a7d9b47&Clave=3433881

27 http://sil.gobernacion.gob.mx/Librerias/pp_ContenidoAsuntos. php?SID=f04a42dc456d78234cd5932e9a7d9b47&Clave=3474534

28 Cfr. Gaceta Parlamentaria del Senado de la República de esta misma fecha.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 días del mes de marzo de 2017.— Diputados y diputadas: Javier Octavio Herrera Borunda,Alberto Silva Ramos, Heidi Salazar Espinosa, Jesús Sesma Suárez, José Luis Sáenz Soto, Yahleel Abdala Carmona (rúbricas).»

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Gracias, diputado Herrera Borunda. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.



LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

El diputado Javier Octavio Herrera Borunda:

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, y del Poder Judicial de la Federación, en materia de segunda vuelta electoral y gobierno federal de coalición, suscrita por los integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

Quienes suscriben, diputados federales integrantes del Partido Verde Ecologista de México de la LXIII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y por los artículos 6, fracción I, 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en materia de segunda vuelta electoral y gobierno federal de coalición, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Las democracias maduras se distinguen por contar con los mecanismos necesarios para que la voluntad ciudadana se vea materializada en representantes populares electos bajo los más estrictos estándares de legalidad y transparencia, a través de leyes, instituciones y procedimientos que permitan que, a los cargos de legislador, integrantes de ayuntamientos, gobernador y hasta Jefe de Estado, accedan los candidatos que generen mayor afinidad entre los electores.

Sin embargo, la madurez democrática también supone una población cada vez más informada y participativa, que al mismo tiempo que formula críticas al gobierno y a los partidos políticos, se manifiesta y se organiza para influir en la vida pública, ya sea expresándose en las redes sociales, generando nuevas corrientes ideológicas y hasta integrando nuevas organizaciones políticas.

Si bien esto es consecuencia natural de la pluralidad política, es innegable que estas tendencias han contribuido a generar sociedades cuya polarización se ve reflejada en la integración de sus órganos de gobierno, los cuales, a pesar de ser electos por mayoría de votos, no cuentan con el respaldo de la mayoría ciudadana.

En este sentido, cobra más vigencia que nunca el hecho de que la democracia no necesariamente conlleva hacia una gobernabilidad, entendida ésta como “la calidad del desempeño gubernamental a través del tiempo ya sea que se trate de un gobierno o administración, o de varios sucesivos, considerando principalmente las dimensiones de la ‘oportunidad’, la ‘efectividad’, la ‘aceptación social’, la ‘eficiencia’ y la ‘coherencia’ de sus decisiones”.

En su calidad de país con una democracia madura, caracterizada por mecanismos legales e institucionales construidos durante las últimas tres décadas, México no escapa de esta realidad, y prueba de ello lo encontramos en la integración del Congreso de la Unión, cuya Cámara de Diputados no cuenta con la mayoría de ninguna fuerza política desde 1997 (LVII Legislatura), lo cual se ha venido reproduciendo en las legislaturas subsecuentes, tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado de la República.

En el mismo sentido, en las últimas cuatro elecciones presidenciales se ha observado que ningún candidato electo como Presidente de la República ha logrado superar el 50% de los votos, tal como se refleja en la tabla siguiente:

Los fenómenos descritos han propiciado dos consecuencias que han impactado significativamente sobre la fuerza del Poder Ejecutivo Federal y, en consecuencia, sobre la gobernabilidad en nuestro país:

1. Los tres Presidentes de la República más recientes y el Presidente en funciones, han sido electos a pesar de que la mayoría ciudadana no votó por ellos, con el rechazo social que ello supone, y

2. Los tres Presidentes de la República más recientes y el Presidente en funciones, han gobernado con un Poder Legislativo en el que no sólo el partido que los postuló no cuentan con la mayoría absoluta, sino que ambas Cámaras del Congreso de la Unión se encuentran en una disparidad política, de tal suerte que la construcción de acuerdos resulta sumamente compleja.

Esto cobra especial relevancia si se considera que, de conformidad con el “Índice mundial de gobernabilidad 2015” (WGI 2015) del Banco Mundial, México no acredita cuatro de los seis rubros evaluados (voz y rendición de cuentas, estabilidad política y ausencia de violencia, Estado de Derecho, y control de la corrupción) acreditando apenas los rubros de eficiencia gubernamental y calidad regulatoria.

Lo descrito en los párrafos que anteceden demuestra que la democracia mexicana debe dar un paso más hacia su consolidación, pues “en una democracia consolidada se cuenta con un buen número de recursos institucionales para prevenir y, en su caso, enfrentar los problemas de gobernabilidad”. Por ello, se requiere encontrar la manera de que los procesos electorales y nuestro sistema político propicien:

• Que el Presidente de la República sea electo por más de a mitad de los votos emitidos, de tal suerte que, en principio, sus decisiones sean respaldadas por una mayor parte de la población y pueda desempeñar un gobierno eficiente y legitimado por un margen más amplio de ciudadanos, y

• Una relación entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo federales que, sin perjuicio de la división de poderes y el diseño constitucional de pesos y contrapesos, vaya acompañada de una colaboración interinstitucional que reditúe en mejores acuerdos políticos.

Con ello se lograrán materializar dos niveles fundamentales de la política: en primer término, la realización de procesos democráticos para la conformación de gobiernos con una mayor legitimidad y, en segundo término, un desempeño más eficiente de las responsabilidades gubernamentales.

Con la finalidad de generar mayores condiciones de gobernabilidad, logrando que el ejercicio del poder vaya acompañado de eficacia y estabilidad a consecuencia de una mayor legitimidad ciudadana, el Partido Verde plantea la presente iniciativa de reformas para transformar la manera en que se elige y ejerce el Poder Ejecutivo Federal, a partir de la adopción de las figuras de la segunda vuelta electoral y el gobierno de coalición, ambos para la titularidad del Poder Ejecutivo Federal, en la legislación secundaria correspondiente.

A. Segunda Vuelta electoral

La segunda vuelta es la posibilidad de realizar un proceso electoral en dos etapas, en caso de que ningún candidato tuviese la cantidad predeterminada de votos en la primera ronda, en las que se pueden establecer las variantes siguientes:

a) La mayoría necesaria para ser electo, pudiendo ser una mayoría calificada (más de la mitad de la votación) o alguna diferencia de porcentaje entre el primero y el segundo lugar;

b) La forma de calcular la mayoría, ya sea sobre la votación válida (generalmente excluyendo votos nulos) o sobre la totalidad de los votos emitidos;

c) El número de candidatos que pueden pasar a la segunda vuelta (generalmente los dos que hayan obtenido la mayoría de votos), y

d) El tipo de cargos electivos a que se aplica el método ya sea a titulares de poderes ejecutivos (presidentes, gobernadores y alcaldes) o a integrantes de órganos colegiados (parlamentos o ayuntamientos).

A partir de un estudio de Derecho comparado, es posible identificar diversos países, con diferentes características políticas, económicas y hasta geográficas, que han adoptado la segunda vuelta electoral en la elección de su Jefe de Estado, a fin de fortalecer su democracia y hacer más eficiente el desempeño de su cargo, a partir de la legitimación derivada de un proceso electoral en el que únicamente contienden los candidatos más populares, tal como se desprende de la siguiente tabla:

En congruencia con esta tendencia mundial, el tema de la segunda vuelta electoral ha sido planteado en nuestro país por diversos legisladores durante la LXII y LXIII legislaturas del Congreso de la Unión, conforme a lo siguiente:

LXII Legislatura

El propósito básico es que en la segunda vuelta electoral forzosamente alguno de los candidatos obtenga más de la mitad de los votos emitidos y, en consecuencia, tenga una mayor legitimidad. Esta legitimidad se da no sólo a nivel social, derivado de la manifestación de la preferencia por parte de una mayoría ciudadana, sino también en el ámbito político, pues generalmente los candidatos que contienden en una segunda vuelta electoral se ven obligados a conformar alianzas con otras fuerzas políticas, a fin de lograr las mayorías que se requieren.

No obstante los beneficios de la segunda vuelta electoral, uno de sus posibles problemas radica en que “...el apoyo electoral que recibe el candidato más votado en la segunda ronda electoral no es genuino, sino que más bien se configura artificialmente a partir de las reglas del sistema electoral y, por tanto, el partido del titular del Ejecutivo queda en franca desventaja o con una raquítica minoría en el Congreso. Dicho de otra manera: la primera vuelta es para que el electorado defina quién quiere que lo gobierne, mientras que en la segunda ronda lo que se define es quién no quiere que lo gobierne; en la primera vuelta se selecciona, en la segunda se elimina”.

A fin de contrarrestar este problema, la propuesta de segunda vuelta electoral contenida en la presente iniciativa es complementada mediante la incorporación del Gobierno Federal de Coalición, con la finalidad de establecer un nuevo esquema de colaboración entre el Presidente de la República y el Poder Legislativo Federal, con el objetivo de generar mejores condiciones de gobernabilidad.

B. Gobiernos de coalición

El presidencialismo es uno de los sistemas de gobierno más comunes en Latinoamérica, con diversos matices. Más allá de la forma de gobierno, es el carácter en que se aplica entre los diversos órganos, donde los poderes de la unión cuenten con pesos y contrapesos que eviten los excesos del poder.

Los sistemas de gobierno presidencialistas, como el perfilado desde la Constitución de 1917 y vigente hasta la actualidad en nuestro país, se distinguen por presentar las siguientes características:

• Las jefaturas del Estado y del gobierno se concentran en una sola persona: el Presidente;

• Los presidentes son electos por sufragio universal de todos los ciudadanos en aptitud de votar y, salvo en contadas excepciones, por un colegio electoral;

• El jefe del Ejecutivo y su gabinete son independientes del Legislativo, en virtud de que constituyen poderes distintos, electos en forma separada;

• El Presidente y los congresistas cumplen un periodo fijo de duración en el cargo, por lo que el Congreso no tiene capacidad para destituir al Presidente, y el Ejecutivo no tiene facultades para disolver al Legislativo;

• El Poder Ejecutivo es unipersonal (a diferencia de los sistemas parlamentarios en los que el primer ministro y el gabinete constituyen un cuerpo ejecutivo de carácter colectivo), y

• El Presidente, en forma libre y directa, nombra o sustituye a sus ministros o secretarios, quienes tan sólo son sus colaboradores.

De acuerdo con la opinión de Karl Loewenstein en el presidencialismo predomina la separación de poderes, mientras que en parlamentarios una de colaboración de los poderes. Cabe recordar que los sistemas de gobierno forman parte medular en la regulación de una estructura de Estado. Lo anterior, se proyecta en la forma y calidad de vida de los gobernados basados en estructuras que influyen en los avances de los países.

El sistema de partidos y el modelo de formación de gobiernos es toral en la estructura de un país. Las pautas que se generen en una Constitución para el desarrollo del gobierno en el Poder Ejecutivo, en equilibrio con los demás poderes, genera mayor credibilidad en las instituciones.

Una de las modalidades más intentadas para la coordinación entre el Ejecutivo Federal y el Legislativo, es el gobierno de coalición, donde se trazan y generan las reglas para el seguimiento de un gobierno legitimado por la sociedad.

Parte de las características de los gobiernos de coalición es que se cumpla con el cumplimiento de una meta común o un conjunto de metas. Para ello, un gobierno de coalición requiere de:

• Comunicación entre gobernantes y gobernados;

• Establecer con esquemas jurídicos los protocolos de comunicación de las políticas públicas;

• Tener un diseño o protocolos pactados para el seguimiento de las políticas públicas;

• Establecimiento de órganos plurales de coordinación para las acciones gubernamentales;

• Especificar la acción entre el gobierno y los grupos parlamentarios que lo apoyan, y

• Compatibilidad entre el impulso de la acción gubernamental y la identidad partidista de los miembros de la coalición.

Es de destacar que la implementación de un gobierno de coalición podría generar los siguientes beneficios:

• Doble legitimidad del Gobierno, al existir una configuración institucional entre Poder Ejecutivo y Poder Legislativo, de tal suerte que la legitimidad ciudadana plasmada en las urnas se traduce en una legitimidad política entre ambos poderes;

• Apoyo de los grupos parlamentarios representados en el Poder Legislativo hacia el Poder Ejecutivo, generando mayores condiciones de gobernabilidad;

• Mayor visibilidad y reconocimiento del gabinete, generando mayores consensos y avances en las políticas públicas, y

• Participación del Legislativo en el nombramiento y cese de los miembros del gabinete, provocando mayor confianza en las instituciones del país.

En resumen, un gobierno de coalición genera un canal de interacción entre el Ejecutivo Federal y el Congreso de la Unión, para el bien común y beneficio social, al contar con una mayor gobernabilidad.

Cabe mencionar que el sistema jurídico mexicano vigente contempla la posibilidad de que el Presidente de la República opte por un gobierno de coalición, en los términos siguientes:

“Artículo 89. Las facultades y obligaciones del Presidente, son las siguientes:

XVII. En cualquier momento, optar por un gobierno de coalición con uno o varios de los partidos políticos representados en el Congreso de la Unión.

El gobierno de coalición se regulará por el convenio y el programa respectivos, los cuales deberán ser aprobados por mayoría de los miembros presentes de la Cámara de Senadores. El convenio establecerá las causas de la disolución del gobierno de coalición”.

La esencia el gobierno de coalición ha sido de interés entre los diversos grupos parlamentarios, reflejo de ello se encuentra en las diversas iniciativas presentadas durante la LXII y LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, a saber:

LXII Legislatura

Finalmente, debemos comentar que al inicio de la presente administración federal, el Gobierno del Presidente Enrique Peña Nieto y los partidos políticos nacionales más importantes, llevaron a la práctica un incipiente ejercicio de gobierno de coalición que, fuera de formalidades y sin llegar a una corresponsabilidad en el ejercicio del poder, sí pudo ser calificado como un gran acuerdo político. Éste fue el caso del “Pacto por México”, gracias al cual pudieron materializarse reformas estructurales fundamentales para nuestro país, como la educativa, la energética, la de telecomunicaciones, la electoral, la de transparencia y combate a la corrupción.

En este sentido, el Pacto por México puede ser considerado como un antecedente de que, con un marco jurídico más sólido, los gobiernos de coalición pueden tener cabida en el sistema político mexicano, para beneficio del desarrollo del país y el bienestar de la gente.

Cabe mencionar que la presente iniciativa se complementa con las iniciativas de reformas a la legislación secundaria respectivas, las cuales se presentan en esta misma fecha de manera separada, en cumplimiento del artículo 171 del Reglamento del Senado de la República, el cual establece lo siguiente:

“Artículo 171

1. Una propuesta que involucra disposiciones de la Constitución y de otros ordenamientos secundarios relativos, se presenta mediante una iniciativa para la reforma constitucional y otra u otras para la legislación secundaria. En este caso, se indica en cada iniciativa la correlación entre las mismas.

2. Las iniciativas que se refieren a modificaciones a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos se presentan en forma separada de cualquier otra”.

Descripción de la iniciativa

La presente propuesta de reformas tiene por objeto fortalecer la legitimidad del Presidente de la República y generar mayores condiciones de gobernabilidad en las relaciones entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo federales, mediante la reglamentación en la legislación secundaria correspondiente de la iniciativa de reforma constitucional por la que se propone incorporar la segunda vuelta electoral en la elección presidencial y el establecimiento del Gobierno Federal de Coalición dentro del sistema político mexicano.

La iniciativa de reformas constitucionales de la que deriva la presente iniciativa de reformas a diversas leyes, propuso desarrollar el artículo 81 constitucional, cuyo texto vigente se refiere escuetamente a la forma de elección del Presidente de la República de la siguiente forma:

“Artículo 81. La elección del Presidente será directa y en los términos que disponga la ley electoral”.

En este sentido, se propuso incorporar dos BASES constitucionales a dicho artículo, a saber:

• Una Base Primera, que contemple la posibilidad de que algún candidato a la Presidencia de la República obtenga más del cincuenta por ciento de la votación válida emitida en la elección correspondiente, en cuyo caso será electo Presidente sin quedar sujeto a las reglas del Gobierno Federal de Coalición ni de la segunda vuelta electoral. En este supuesto, se asume que el Presidente de la República ostentará una legitimidad ciudadana indiscutible, de tal suerte que tendrá la libertad suficiente de integrar su gabinete y planear su administración como lo estime apropiado.

• Una Base Segunda, que establezca el procedimiento a seguir en caso de que ningún candidato a la Presidencia de la República obtenga más del cincuenta por ciento de la votación válida emitida en la elección correspondiente, en cuyo caso se propuso que quien registre el voto mayoritario elija, mediando una comunicación por escrito al Instituto Nacional Electoral (INE) dentro de los tres días naturales siguientes a la emisión de la declaratoria de validez de la elección por parte del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), alguna de las siguientes opciones:

1. Establecer un gobierno federal de coalición con los partidos políticos que representen más del cincuenta por ciento de la integración de la Cámara de Diputados durante la legislatura que transcurrirá al inicio del periodo constitucional correspondiente.

El Gobierno Federal de Coalición será establecido mediante la suscripción de un Convenio que deberá ser aprobado por la mayoría absoluta de los miembros presentes en la Cámara de Diputados, y comunicado al Instituto Nacional Electoral, a más tardar el 5 de agosto del año en que inicia el periodo presidencial. Cabe destacar que, como se verá más adelante, el TEPJF emitirá la declaración de validez de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos antes del 23 de julio del año de la elección, tratándose de primera vuelta electoral, de tal suerte que el Presidente electo tendrá tiempo suficiente (por lo menos 14 días) para lograr los acuerdos necesarios con las fuerzas políticas representadas en la Cámara de Diputados, y aprobar el Convenio de Gobierno Federal de Coalición.

En tal sentido, se estableció como contenido del Convenio de Gobierno Federal de Coalición:

— Los partidos políticos que integrarán el Gobierno Federal de Coalición, a fin de determinar los sujetos corresponsables de dicho Gobierno junto con el Poder Ejecutivo Federal;

— El Programa de Gobierno, incluyendo:

a) Una descripción general de las políticas fiscal, económica y ambiental, toda vez que se trata de las áreas de la administración pública que requieren una mayor planeación;

b) Prioridades en materia educativa, agropecuaria y de salud, en atención a la vulnerabilidad de los sectores a los que van dirigidas dichas políticas públicas;

c) Proyectos de infraestructura, a fin de perfilar las obras y actividades de gran dimensión más importantes;

d) Objetivos de seguridad pública y desarrollo social, toda vez que, por ser aspectos apremiantes para el bienestar de la población, requieren metas específicas, y

e) Medidas de austeridad y disciplina financiera, por requerir acciones concretas;

— Nombre de los titulares de Secretarías de Estado y Empresas Productivas del Estado señaladas en las fracciones I y II del Apartado B de la BASE SEGUNDA del presente artículo, pues si bien los nombramientos no estarán sujetos a ratificación, sí requieren ser avalados por los partidos políticos que suscribirán el Gobierno Federal de Coalición, incluso pudiendo formar parte del gabinete del Presidente de la República;

— Agenda legislativa común, a fin integrar un listado de temas que serán objeto de iniciativas de nuevas leyes o de reformas a la legislación vigente, para analizar y discutir en el Congreso de la Unión, y

— Una formula residual, que dé margen a quienes suscriban el Convenio de Gobierno Federal de Coalición para establecer cualquier acuerdo que estimen necesario.

Cabe señalar que se contempló la posibilidad de que el Convenio de Gobierno de Coalición no sea aprobado y remitido al INE a más tardar el 5 de agosto del año en que inicia el periodo constitucional del Presidente de la República, por la falta de acuerdos del Presidente electo con las fuerzas políticas representadas en la Cámara de Diputados, en cuyo caso se propone que el INE organice una segunda vuelta electoral conforme a las reglas que se expresarán a continuación.

2. Contender en una segunda vuelta electoral contra el candidato que haya obtenido la primera minoría de la votación válida emitida de la elección presidencial correspondiente, en cuyo caso la elección deberá celebrarse el tercer domingo de agosto.

En este supuesto, será electo el candidato que obtenga más del 50% de la votación válida emitida en la elección correspondiente, y operará un esquema de ratificación de los titulares del gabinete presidencial, excluyendo únicamente a los titulares de las Secretarías de la Defensa Nacional y de Marina por su carácter de estratégicos para el titular del Poder Ejecutivo Federal, e incluyendo también a los titulares de las Empresas Productivas del Estado (Petróleos Mexicanos y Comisión Federal de Electricidad). De esta forma se incorporará un sistema de coordinación y contrapesos por parte del Poder Legislativo Federal.

Para instrumentar lo descrito en el párrafo que antecede se propuso que, al tomar protesta de su cargo en los términos del artículo 87 de la propia Constitución, el Presidente de la República remita a las Cámaras del Congreso de la Unión las propuestas de designación de titulares de las siguientes Secretarías de Estado y Empresas Productivas del Estado:

• A la Cámara de Diputados:

a) Secretaría del Gabinete, cuyo titular se denominará Jefe de Gabinete;

b) Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

c) Secretaría de Desarrollo Social;

d) Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales;

e) Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación;

f) Secretaría de Educación Pública;

g) Secretaría de Cultura;

h) Secretaría de Salud;

i) Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y

j) Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.

• Al Senado de la República:

a) Secretaría de Relaciones Exteriores;

b) Secretaría de Energía;

c) Secretaría de Economía;

d) Secretaría de Comunicaciones y Transportes;

e) Secretaría de Turismo;

f) Secretaría de la Función Pública;

g) Secretaría de Seguridad Pública;

h) Petróleos Mexicanos, y

i) Comisión Federal de Electricidad.

Dichas propuestas de designación deberán ser ratificadas por la Cámara respectiva por la mayoría absoluta de sus miembros presentes, dentro del plazo de cinco días naturales contados a partir de la recepción de las propuestas correspondientes. Asimismo, se estableció un mecanismo para que, en caso de que alguna de las propuestas de designación no sea ratificada, el Presidente de la República remita una nueva propuesta, la cual deberá ser votada en la misma sesión en que se reciba en la Cámara respectiva.

Por otra parte, se establecieron dos reglas para la operatividad del esquema de ratificación de los miembros del gabinete:

1. Los funcionarios serán encargados de despacho desde el momento en que sean propuestos por el Presidente de la República, pero entrarán en funciones hasta el momento que sean ratificados. Con ello se busca garantizar la transición entre los funcionarios salientes y entrantes, así como que en todo momento haya encargados de despacho, y

2. El Presidente de la República podrá remover libremente a los titulares de Secretarías de Estado y Empresas Productivas del Estado sujetos a ratificación, pero la designación de los titulares sustitutos quedará sujeta a la ratificación correspondiente, en los mismos términos que los designados que generen la vacante respectiva.

Del esquema de ratificación de los miembros del gabinete presidencial que se propuso destacan tres aspectos fundamentales, que repercutirán en la actuación de la Administración Pública Federal:

a) Se propone que la Secretaría de Gobernación transite hacia una “Secretaría del Gabinete”, lo cual implicará su distinción entre el resto de las Secretarías de Estado, sin perjuicio de conservar sus funciones vigentes en materia de política interior. El objetivo que persigue este planteamiento es el de perfilar desde la Carta Magna el papel que desempeñará el “Jefe de Gabinete”, como coordinador de todas las Secretarías de Estado;

b) Se plantea la separación de las funciones de seguridad pública de la actual Secretaría de Gobernación, a fin de establecer nuevamente a la Secretaría de Seguridad Pública como la dependencia encargada de manera exclusiva a esta materia. Esto atiende a la configuración de la Secretaría del Gabinete como dependencia coordinadora de la Administración Pública Federal y encargada de la política interior, así como a la especialidad que debe revestir la atención de la política nacional en materia de seguridad pública, y

c) Las ratificaciones enumeradas se distribuyeron entre ambas Cámaras del Congreso de la Unión con la lógica de asignar a cada una las carteras relacionadas con ellas; por ejemplo, la Cámara de Diputados ratificará a los titulares de dependencias en materia política, hacendaria y de desarrollo social, mientras que el Senado de la República tendrá a su cargo la ratificación de funcionarios vinculados con política exterior, sectores productivos, energía y combate a la corrupción.

En congruencia con la incorporación de este esquema de ratificación de gabinete, se propuso derogar las disposiciones vigentes en los artículos 74 y 76 constitucionales, relativos a las facultades exclusivas de la Cámara de Diputados y del Senado de la República respectivamente, que contemplan la ratificación de algunos Secretarios de Estado. De la misma forma, se propone reformar algunas fracciones del artículo 89 constitucional, relativo a las facultades y obligaciones del Presidente de la República, a fin de precisar los supuestos para la libre designación de funcionarios, así como eliminar las referencias a la ratificación de otros funcionarios y la posibilidad de optar por un gobierno de coalición.

Por otra parte, se propuso reformar el párrafo primero del artículo 84 constitucional, a fin de hacer referencia al Jefe de Gabinete como el funcionario que asumirá provisionalmente la titularidad del Poder Ejecutivo Federal en caso de falta absoluta del Presidente de la República.

Derivado de la exigencia de asegurar las condiciones necesarias para que el INE organice en tiempo y forma una eventual segunda vuelta electoral, se estimó necesario complementar el párrafo tercero de la fracción II del artículo 99 constitucional, a fin de establecer las fechas límites para que la Sala Superior del TEPJF emita la declaración de validez de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a saber:

• Tratándose de la primera vuelta electoral, antes del 23 de julio del año de la elección, y

• Tratándose de segunda vuelta electoral, antes del 31 de agosto del año de la elección.

Se estima que con estas fechas habrá tiempo suficiente para las transiciones de gobierno en el Poder Ejecutivo Federal pues, por mandato del artículo 83 constitucional, el encargo de Presidente de la República inicia el 1o de octubre del año que corresponda.

Derivado de todo lo anteriormente descrito, mediante la presente iniciativa se propone reformar las siguientes leyes en las que incide la reforma constitucional por la que se propone incorporar la segunda vuelta electoral en la elección presidencial y el establecimiento del Gobierno Federal de Coalición dentro del sistema político mexicano:

1. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para materializar en la ley secundaria especializada en esta materia la transformación de la Secretaría de Gobernación en “Secretaría del Gabinete”, ajustando sus atribuciones y separando las que actualmente ostenta en materia de seguridad pública y crear la nueva Secretaría de Seguridad Pública, y

2. Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, a efecto de ajustar las atribuciones de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación a los tiempos mandatados por la propuesta de reformas constitucionales de la que deriva la presente iniciativa, en lo relativo a la elección de Presidente de la República.

En atención a lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta Soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en materia de segunda vuelta electoral y gobierno federal de coalición

Artículo Primero.Se reforman los artículos 26, 27 y 30 Bis de la Orgánica de la Administración Pública Federal, para quedar como sigue:

Artículo 26. Para el despacho de los asuntos del orden administrativo, el Poder Ejecutivo de la Unión contará con las siguientes dependencias:

Secretaría del Gabinete;

Secretaría de Relaciones Exteriores;

Secretaría de la Defensa Nacional;

Secretaría de Marina;

Secretaría de Seguridad Pública.

Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

Secretaría de Desarrollo Social;

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales;

Secretaría de Energía;

Secretaría de Economía;

Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación;

Secretaría de Comunicaciones y Transportes;

Secretaría de la Función Pública;

Secretaría de Educación Pública;

Secretaría de Salud;

Secretaría del Trabajo y Previsión Social;

Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano;

Secretaría de Cultura;

Secretaría de Turismo, y

Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.

Artículo 27. A la Secretaría del Gabinete le corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

I. a XI. ...

XII. Vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país; coordinar en vinculación con las organizaciones de la sociedad civil, trabajos y tareas de promoción y defensa de los derechos humanos y dar seguimiento a la atención de las recomendaciones que emitan los organismos competentes en dicha materia; así como dictar las medidas administrativas necesarias para tal efecto;

XIII. Establecer y operar un sistema de investigación e información, que contribuya a preservar la integridad, estabilidad y permanencia del Estado mexicano así como contribuir en lo que corresponda al Ejecutivo de la Unión, a dar sustento a la unidad nacional, a preservar la cohesión social y a fortalecer las instituciones de gobierno;

XIV. Conducir y poner en ejecución, en coordinación con las autoridades de los gobiernos de los estados, del Distrito Federal, con los gobiernos municipales, y con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, las políticas y programas de protección civil del Ejecutivo, en el marco del Sistema Nacional de Protección Civil, para la prevención, auxilio, recuperación y apoyo a la población en situaciones de desastre y concertar con instituciones y organismos de los sectores privado y social, las acciones conducentes al mismo objetivo;

XV. Formular y dirigir la política migratoria, así como vigilar las fronteras del país y los puntos de entrada al mismo por tierra, mar o aire, garantizando en términos de ley la libertad de tránsito, en coordinación con las demás autoridades competentes;

XVI. Tramitar lo relativo a la aplicación del artículo 33 de la Constitución;

XVII. Administrar las islas de jurisdicción federal, salvo aquellas cuya administración corresponda, por disposición de la ley, a otra dependencia o entidad de la Administración Pública Federal. En las islas a que se refiere esta fracción, regirán las leyes federales y los tratados; serán competentes para conocer de las controversias que en ellas se susciten los tribunales federales con mayor cercanía geográfica;

XVIII. Formular y conducir la política de población, salvo lo relativo a colonización, asentamientos humanos y turismo, así como manejar el servicio nacional de identificación personal, en términos de las leyes aplicables;

XIX. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia de culto público, iglesias, agrupaciones y asociaciones religiosas;

XX. Regular, autorizar y vigilar el juego, las apuestas, las loterías y rifas, en los términos de las leyes relativas;

XXI. Formular, regular y conducir la política de comunicación social del Gobierno Federal y las relaciones con los medios masivos de información, así como orientar, autorizar, coordinar, supervisar y evaluar los programas de comunicación social de las dependencias del Sector Público Federal;

XXII. Vigilar que las publicaciones impresas y las transmisiones de radio y televisión, así como las películas cinematográficas, se mantengan dentro de los límites del respeto a la vida privada, a la paz y moral pública y a la dignidad personal, y no ataquen los derechos de terceros, ni provoquen la comisión de algún delito o perturben el orden público;

XXIII. Impulsar las políticas públicas y dar seguimiento a los programas que refuercen la inclusión social y la igualdad, mediante estrategias y acciones que contribuyan a prevenir y eliminar la discriminación;

XXIV. Fijar el calendario oficial, y

XXV. Los demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.

Artículo 30 Bis. A la Secretaría de Seguridad Pública corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

I. Formular y ejecutar las políticas, programas y acciones tendientes a garantizar la seguridad pública de la Nación y de sus habitantes; proponer al Ejecutivo Federal la política criminal y las medidas que garanticen la congruencia de ésta entre las dependencias de la Administración Pública Federal; coadyuvar a la prevención del delito; ejercer el mando sobre la fuerza pública para proteger a la población ante todo tipo de amenazas y riesgos, con plena sujeción a los derechos humanos y libertades fundamentales; salvaguardar la integridad y los derechos de las personas; así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos;

II. Presidir el Consejo Nacional de Seguridad Pública en ausencia del Presidente de la República;

III. Proponer acciones tendientes a asegurar la coordinación entre la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios en el ámbito del Sistema Nacional de Seguridad Pública; proponer al Consejo Nacional de Seguridad Pública las políticas y lineamientos en materia de Carrera Policial, el Programa Rector para la Profesionalización Policial, los criterios para establecer academias e institutos para ello, el desarrollo de programas de coordinación académica y los lineamientos para la aplicación de los procedimientos en materia del régimen disciplinario policial; participar, de acuerdo con la ley de la materia, de planes y programas de Profesionalización para las Instituciones Policiales; y coordinar las acciones para la vigilancia y protección de las Instalaciones Estratégicas, en términos de ley;

IV. Presidir la Conferencia Nacional de Secretarios de Seguridad Pública, nombrar y remover a su Secretario Técnico y designar tanto a quien presidirá, como a quien fungirá como Secretario Técnico de la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario, en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública

V. Organizar, dirigir y supervisar bajo su adscripción a la Policía Federal, garantizar el desempeño honesto de su personal y aplicar su régimen disciplinario, con el objeto de salvaguardar la integridad y el patrimonio de las personas y prevenir la comisión de delitos del orden federal;

VI. Proponer al Presidente de la República el nombramiento del Comisionado Nacional de Seguridad y del Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en los términos que establece el párrafo final de este artículo;

VII. Proponer en el seno del Consejo Nacional de Seguridad Pública, políticas, acciones y estrategias de coordinación en materia de prevención del delito y política criminal para todo el territorio nacional; y efectuar, en coordinación con la Procuraduría General de la República, estudios sobre los actos delictivos no denunciados e incorporar esta variable en el diseño de las políticas en materia de prevención del delito;

VIII. Auxiliar a las autoridades federales, estatales, municipales y del Distrito Federal competentes, que soliciten apoyo en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en la protección de la integridad física de las personas y la preservación de sus bienes; reforzar, cuando así lo soliciten, la tarea policial y de seguridad de los municipios y localidades rurales y urbanas que lo requieran, intervenir ante situaciones de peligro cuando se vean amenazados por aquellas que impliquen violencia o riesgo inminente; promover la celebración de convenios entre las autoridades federales, y de éstas, con las estatales, municipales y del Distrito Federal competentes, en aras de lograr la efectiva coordinación y funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el combate a la delincuencia; así como establecer acuerdos de colaboración con instituciones similares, en los términos de los tratados internacionales, conforme a la legislación;

IX. Auxiliar al Poder Judicial de la Federación y a la Procuraduría General de la República, cuando así lo requieran, para el debido ejercicio de sus funciones, así como a otras dependencias, órganos de gobierno, entidades federativas y municipios; y cuando así lo requiera, a la Procuraduría General de la República en la investigación y persecución de los delitos, en cuyo caso los cuerpos de policía que actúen en su auxilio estarán bajo el mando y conducción del Ministerio Público; y disponer de la fuerza pública en términos de las disposiciones legales aplicables;

X. Proponer al Consejo Nacional de Seguridad Pública el desarrollo de políticas orientadas a prevenir el delito y reconstituir el tejido social de las comunidades afectadas por fenómenos de delincuencia recurrente o generalizada, y aplicarlas en coordinación con las autoridades competentes federales, estatales y municipales; fomentar la participación ciudadana en la formulación de planes y programas de prevención en materia de delitos federales y, por conducto del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en los delitos del fuero común; promover y facilitar la participación social para el desarrollo de actividades de vigilancia sobre el ejercicio de sus atribuciones en materia de seguridad pública; y atender de manera expedita las denuncias y quejas ciudadanas con relación al ejercicio de estas atribuciones;

XI. Participar en la atención integral a víctimas y coadyuvar en la celebración de acuerdos de colaboración con otras instituciones del sector público y privado para el mejor cumplimiento de esta atribución;

XII. Diseñar, actualizar y publicar una página electrónica específica en la cual se registren los datos generales de las mujeres y niñas que sean reportadas como desaparecidas en todo el país. La información deberá ser pública y permitir que la población en general pueda aportar información sobre el paradero de las mujeres y niñas desaparecidas. Esta página deberá actualizarse de forma permanente;

XIII. Ejecutar las penas por delitos del orden federal y administrar el sistema penitenciario federal y de justicia para adolescentes, en términos de la política especial correspondiente y con estricto apego a los derechos humanos; así como organizar y dirigir las actividades de apoyo a liberados;

XIV. Participar, conforme a los tratados respectivos, en el traslado de los reos a que se refiere el párrafo séptimo del artículo 18 constitucional;

XV. Impulsar a través de su titular, en calidad de Secretario Ejecutivo del Consejo de Seguridad Nacional, la efectiva coordinación de éste, así como la celebración de convenios y bases de colaboración que dicho Consejo acuerde;

XVI. Coordinar, operar e impulsar la mejora continua del sistema de información, reportes y registro de datos en materia criminal; desarrollar las políticas, normas y sistemas para el debido suministro permanente e intercambio de información en materia de seguridad pública entre las autoridades competentes; y establecer un sistema destinado a obtener, analizar, estudiar y procesar información para la prevención de delitos, mediante métodos que garanticen el estricto respeto a los derechos humanos;

XVII. Establecer mecanismos e instancias para la coordinación integral de las tareas y cuerpos de seguridad pública y policial, así como para el análisis y sistematización integral de la investigación e información de seguridad pública y de seguridad nacional en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública;

XVIII. Coordinar y establecer mecanismos para contar oportunamente con la información de seguridad pública y nacional, así como del ámbito criminal y preventivo que esta Secretaría requiera de dependencias y organismos competentes en dichas materias, para el adecuado cumplimiento de las atribuciones que las leyes le establecen;

XIX. Informar al Poder Legislativo Federal sobre los asuntos de su competencia en materia de seguridad nacional;

XX. Otorgar las autorizaciones a empresas que presten servicios privados de seguridad en dos o más entidades federativas, supervisar su funcionamiento e informar periódicamente al Sistema Nacional de Seguridad Pública sobre el ejercicio de esta atribución, y

XXI. Los demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.

El Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública será nombrado por el Titular del Poder Ejecutivo Federal con la ratificación del Senado de la República.

Artículo Segundo.Se reforman los artículos 186, fracción II; y 189, fracción I, inciso a), de la Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para quedar como sigue:

Artículo 186. En los términos de lo dispuesto por los artículos 41, Base VI; 60, párrafos segundo y tercero y 99, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Tribunal Electoral, de conformidad con lo que señalen la propia Constitución y las leyes aplicables, es competente para:

I. ...

II. Resolver, en una sola instancia y en forma definitiva e inatacable, las impugnaciones sobre la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. Una vez resueltas las que se hubieren interpuesto, la Sala Superior, a más tardar el 23 de juliodel año de la elección, tratándose de primera vuelta electoral, y antes del 31 de agosto del año de la elección, tratándose de segunda vuelta electoral, realizará el cómputo final, procediendo a formular la declaración de validez de la elección y la de Presidente Electo respecto del candidato que hubiese obtenido el mayor número de votos.

La declaración de validez de la elección y la de Presidente Electo formulada por la Sala Superior, se notificará a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados inmediatamente, a efecto de que esta última expida y publique de inmediato el Bando Solemne a que se refiere la fracción I del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Las Salas del Tribunal sólo podrán declarar la nulidad de una elección por las causales que expresamente se establezcan en la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral;

III. a X. ...

Artículo 189. La Sala Superior tendrá competencia para:

I. Conocer y resolver, en forma definitiva e inatacable, las controversias que se susciten por:

a) Los juicios de inconformidad, en única instancia, que se presenten en contra de los cómputos distritales de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos de la ley de la materia. Una vez resueltos los que se hubieren interpuesto, siempre que dichos juicios no tengan como efecto la nulidad de la elección, realizará el cómputo final, procediendo a formular la declaración de validez de la elección y la de Presidente Electo a más tardar el 23 de julio del año de la elección, tratándose de primera vuelta electoral, y antes del 31 de agosto del año de la elección, tratándose de segunda vuelta electoral,respecto del candidato que hubiese obtenido el mayor número de votos. Las decisiones que adopte la Sala Superior serán comunicadas de inmediato a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para los efectos constitucionales correspondientes;

b) a g) ...

II. a XIX. ...

Transitorio

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Angel Flisfisch, “Gobernabilidad y consolidación democrática” (1987) en Revista Mexicana de Sociología, No 3, julio-septiembre de 1989, p. 113.

2. http://prep2012.ife.org.mx/prep/NACIONAL/PresidenteNacioan lVPC.htlm

3 Banco Mundial. World Governance Indicators 2015. Disponible en: http://info.worldbank.org/governance/wgi/#reports Página consultada el 3 de marzo de 2017 a las 10:58 horas.

4 Camou, Antonio. Gobernabilidad y democracia. Cuadernos de Divulgación de la Cultura Democrática, Instituto Federal Electoral, México.

5 Cfr. Ídem.

6 Emmerich, Gustavo Ernesto “La Segunda vuelta electoral” https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/7/3182/8.pdf

7 http://sil.gobernacion.gob.mx/Librerias/pp_ContenidoAsuntos.php? SID=34e49497f8c4738790ca92ec907118af&Clave=2994210

8 http://sil.gobernacion.gob.mx/Librerias/pp_ContenidoAsuntos.php? SID=34e49497f8c4738790ca92ec907118af&Clave=3259659

9 http://sil.gobernacion.gob.mx/Librerias/pp_ContenidoAsuntos.php? SID=34e49497f8c4738790ca92ec907118af&Clave=3259659

10 http://sil.gobernacion.gob.mx/Librerias/pp_ContenidoAsuntos. php?SID=34e49497f8c4738790ca92ec907118af&Clave=2932935

11 http://sil.gobernacion.gob.mx/Librerias/pp_ContenidoAsuntos. php?SID=34e49497f8c4738790ca92ec907118af&Clave=2899800

12 http://sil.gobernacion.gob.mx/Librerias/pp_ContenidoAsuntos. php?SID=34e49497f8c4738790ca92ec907118af&Clave=3351273

13 http://sil.gobernacion.gob.mx/Librerias/pp_ContenidoAsuntos. php?SID=34e49497f8c4738790ca92ec907118af&Clave=3006725

14 http://sil.gobernacion.gob.mx/Librerias/pp_ContenidoAsuntos. php?SID=34e49497f8c4738790ca92ec907118af&Clave=2992011

15 http://sil.gobernacion.gob.mx/Librerias/pp_ContenidoAsuntos. php?SID=34e49497f8c4738790ca92ec907118af&Clave=2921239

16 http://sil.gobernacion.gob.mx/Librerias/pp_ContenidoAsuntos. php?SID=34e49497f8c4738790ca92ec907118af&Clave=3419514

17 http://sil.gobernacion.gob.mx/Librerias/pp_ContenidoAsuntos. php?SID=34e49497f8c4738790ca92ec907118af&Clave=3441801

18 http://sil.gobernacion.gob.mx/Librerias/pp_ContenidoAsuntos. php?SID=34e49497f8c4738790ca92ec907118af&Clave=3304934

19 http://sil.gobernacion.gob.mx/Busquedas/Avanzada/ ResultadosBusquedaAvanzada.php?SID=34e49497f8c4738790ca92ec907118af &Serial=47c2a6c45be2ef0a3dc6ffc00f1b6e3d&Reg=4 &Origen=BA&Paginas=15#3

20 Hurtado, Javier. Sistema de Gobierno y democracia, Cuadernos de Divulgación de la Cultura democrática, Instituto Nacional Electoral http://www.ine.mx/documentos/DECEYEC/gobiernos_y_democracia.htm#presidencial

21 Hurtado, Javier. Sistemas de Gobierno y Democracia, Instituto Nacional Electoral. http://www.ine.mx/documentos/DECEYEC/gobiernos_y_democracia.htm Normativas

22 Reniu Vilamala, Jose María, El desafío del poder compartido en escenarios de gobierno divididos, Instituto de Investigaciones jurídicas de la UNAM https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/8/3677/10.pdf

23 http://sil.gobernacion.gob.mx/Librerias/pp_ContenidoAsuntos. php?SID=f04a42dc456d78234cd5932e9a7d9b47&Clave=3136826

24 http://sil.gobernacion.gob.mx/Librerias/pp_ContenidoAsuntos. php?SID=f04a42dc456d78234cd5932e9a7d9b47&Clave=3006725

25 http://sil.gobernacion.gob.mx/Librerias/pp_ContenidoAsuntos. php?SID=f04a42dc456d78234cd5932e9a7d9b47&Clave=3432359

26 http://sil.gobernacion.gob.mx/Librerias/pp_ContenidoAsuntos. php?SID=f04a42dc456d78234cd5932e9a7d9b47&Clave=3433881

27 http://sil.gobernacion.gob.mx/Librerias/pp_ContenidoAsuntos. php?SID=f04a42dc456d78234cd5932e9a7d9b47&Clave=3474534

28 Cfr. Gaceta Parlamentaria del Senado de la República de esta misma fecha.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 días del mes de marzo de 2017.— Diputado: Jesús Sesma Suárez(rúbrica).»

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Se turna a la Comisiones Unidas de Gobernación y de Justicia, para dictamen.



LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Tiene el uso de la palabra, por cinco minutos, el diputado Vidal Llerenas Morales, del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción.

El diputado Vidal Llerenas Morales:Con el permiso de la diputada presidenta. Hay un tema que sorprendente se ha analizado poco y que me parece fundamental para que podamos tener un uso eficiente de los recursos públicos y realmente avanzar en el combate a la corrupción, y tiene que ver con la profesionalización y la independencia de los órganos de fiscalización superior. Es decir, los órganos técnicos de los poderes legislativos locales en materia de fiscalización del gasto.

La experiencia de la Auditoría Superior de la Federación a nivel federal no es mala, la calidad de la auditoría es aceptable, las reformas que se han aprobado van en el sentido correcto, justo de poder encontrar en dónde sí existen responsabilidades penales y la mayor parte de los desvíos.

Vamos a ver si en los próximos años estas nuevas atribuciones que le dimos a la Auditoría Superior de la Federación realmente se pueden concretar en hallazgos importantes y en poder combatir a la corrupción.

Pero los órganos de fiscalización locales, prácticamente en un cien por ciento son controlados por el Poder Ejecutivo en turno. Ahí hay cero independencia y poca calidad en la auditoría que se realiza.

Es por eso que podemos tener hoy casos como el de los Duarte, casos como el del Chihuahua, como el de Veracruz, como el de Quintana Roo, donde evidentemente los órganos encargados de fiscalizar los recursos no hicieron ni la décima parte de la tarea que les corresponde.

Ahí hubo una falla muy seria de quien estaba encargado de fiscalizar el ejercicio de los recursos y los podemos ver en las irregularidades enormes que se cometieron y que muchas de ellas, por cierto, sí fueron señaladas por la Auditoría Superior de la Federación hace algunos años de anticipos.

Por eso la reforma que estoy proponiendo, utilizando las facultades que hoy tiene esta Cámara en materia de fiscalización y de evaluación de los recursos públicos locales. Por eso hoy la Auditoría Superior de la Federación puede fiscalizar las participaciones, que en teoría son los recursos que las entidades reciben porque renunciaron a potestades tributarias, el famoso pacto de coordinación fiscal, pues también las tendría, en todo caso, de poder normar las atribuciones y las características de los órganos de fiscalización locales.

Esos tendrían que ser órganos que de manera obligatoria tendrían que fiscalizar las mayores áreas de riesgo en la administración pública, y que tendrían que pasar por un proceso de selección que garantice la independencia de las personas que los están encabezando.

Si no somos capaces de que a nivel local se fiscalicen de manera precisa los recursos públicos, todo el andamiaje que estamos construyendo en materia de combate a la corrupción tendrá una falla muy seria.

Habría que decir que la mayoría de las auditorías que la propia Auditoría Superior de la Federación realiza del ejercicio de los recursos federales en los estados y en los municipios, en realidad las realiza en coordinación con las auditorías superiores locales. Lo cual, eso nos genera un problema de falta de capacidad de poder detectar las irregularidades, debido a que estos órganos no tienen la capacidad técnica ni la independencia ni los incentivos para hacerlo.

Así como hemos legislado para que los órganos estatales de transparencia tengan mayores estándares y tengan mayores garantías en cuanto a su independencia, el énfasis debe estar en este momento en que a nivel local los órganos superiores de fiscalización sí sean independientes y sean capaces.

Si esto lo hubiéramos tenido en este país, los enormes e increíbles escándalos que sucedieron en Veracruz, en Chihuahua y en Quintana Roo, prácticamente no hubieran sucedido o cuando menos no hubieran sucedido en esta magnitud.

Vivimos una terrible crisis institucional en la fiscalización del gasto público a nivel local y podemos resolverlo, en parte, con mayores atribuciones a órganos como la Auditoría Superior; pero sobre todo, con independencia y con capacidad técnica de los órganos locales de fiscalización.

Creo que tendremos que iniciar una ruta en este sentido y poder ver en el mediano plazo órganos superiores de fiscalización local que sean independientes y que sean capaces. En ese sentido va mi propuesta de reforma.

Es algo en lo que habíamos insistido en el momento en que dispusimos la Ley de Fiscalización, que es la ley que norma a la Auditoría Superior de la Federación. Pero al no ser una ley general, esa ley no podía normar necesariamente a los órganos locales.

Por lo tanto, el camino que proponemos es que sea la Ley del Sistema Nacional Anticorrupción la que establezca una serie de requisitos en el nombramiento de los auditores superiores locales y en las propias facultades de los mismos. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, a cargo del diputado Vidal Llerenas Morales, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, Vidal Llerenas Morales, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Regeneración Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción l, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La corrupción representa un fenómeno de particular relevancia para la vida política, democrática e institucional de nuestro país. Su existencia y constante práctica es una realidad innegable que genera afectaciones de grandes consideraciones para el desarrollo económico, jurídico y democrático de nuestra sociedad y que, a su vez, erosionan de manera constante la credibilidad de la ciudadanía en las instituciones que deben representarla y administrar los recursos económicos para su constante mejoramiento.

De manera particular, durante los últimos meses, hemos sido testigos de innumerables actos de corrupción que han marcado un escenario de riesgo no sólo en lo que corresponde al manejo de recursos públicos y a los mecanismos de abuso de poder sino también en torno a la necesidad de adoptar alternativas y posibilidades viables y efectivas que permitan hacer frente a esta problemática que demanda una atención urgente y prioritaria. Esta necesidad de generar mecanismos de transparencia y distribución adecuada de recursos económicos se alinea con el cumplimiento no sólo de las obligaciones constitucionales que orientan a nuestro sistema jurídico, sino también de todas aquellas suscritas por México a través de la firma de tratados internacionales como la Convención Interamericana contra la Corrupción y la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción.

La necesidad de combatir las condiciones estructurales de corrupción se relacionan en gran medida con el goce y aseguramiento de los derechos humanos de las personas. De hecho, como ha señalado la Organización de las Naciones Unidas, “la corrupción se ha transformado en un importante motivo de preocupación internacional, que ha asumido distintas formas, que van desde los casos ordinarios de soborno o abuso de poder de poca gravedad hasta la acumulación de riquezas personales espectaculares a través del desfalco o de otros medios fraudulentos”. A juicio de dicha organización internacional, “estos mecanismos perjudican gravemente el disfrute de los derechos humanos, ya sean económicos, sociales y culturales o civiles y políticos”.

Todo este contexto ha derivado en que actualmente nuestro país viva un profundo proceso de transición y rearticulación de su entramado constitucional que intenta armonizarse con las obligaciones emanadas a escala internacional asociadas al cumplimiento de diversos objetivos, entre los que se encuentran la disminución de los niveles y el combate de la corrupción; el aseguramiento efectivo de los derechos humanos y la implantación de instrumentos de justicia penal y administrativa para el beneficio de la sociedad en general, entre otros.

Entre tales cambios se encuentra la adopción de una ley general de transparencia y acceso a la información pública; de una ley general del sistema nacional anticorrupción; de la implementación de un nuevo sistema de justicia penal y de la reestructuración de un renovado sistema de justicia administrativa, entre otros.

De manera particular, la adopción y efectiva implementación de un sistema nacional anticorrupción no es sólo un aspecto esencial para el fortalecimiento de nuestra democracia, sino que también representa el cumplimiento de un conjunto de mandatos constitucionales que promueven la efectiva implementación y articulación de los derechos humanos, el ensanchamiento de las condiciones democráticas del Estado y, por supuesto, el mejoramiento y constante fortalecimiento de la perspectiva ética que la sociedad pueda tener de actores involucrados con el crecimiento y desarrollo económico de nuestro país.

La adopción de un sistema nacional anticorrupción en el escenario mexicano es un aspecto que, sin duda, debe celebrarse, pues su operación abona a la articulación y efectiva implementación de los mecanismos de transparencia y exigencia de las obligaciones estatales, a la vez que promueven la generación de condiciones para la transformación social y cultural que ha caracterizado al país a lo largo de su historia.

Pese a ello, el combate contra la corrupción y la generación de cambios estructurales para el mejoramiento, no sólo de la administración de los recursos públicos, sino también de nuestra organización como sociedad pasa por la participación y coordinación de distintos actores sociales, públicos y privados, comprometidos con el fortalecimiento de las instituciones; el cumplimiento de la normatividad aplicable, y la transformación de paradigmas asociados a la manera de entender las relaciones comerciales y empresariales.

En esta medida, la operación de un sistema nacional anticorrupción no debe verse únicamente como un camino que privilegie la consideración de conocimientos técnicos en la materia, los cuales sin duda resultan no sólo idóneos sino exigibles, o bien, como una obligación que incumbe únicamente a las autoridades del orden federal.

Por el contrario, dicho sistema debe articularse desde una perspectiva integral y holística que responda a las necesidades particulares de nuestro contexto social y jurídico y que refleje el cumplimiento de los mandatos constitucionales que han derivado de importantes reformas constitucionales que han tenido lugar durante los últimos años; así como del constante acercamiento de las instituciones y actores sociales y gubernamentales que, a través de sus acciones y estrategias, promueven el desarrollo económico del país.

El involucramiento y fomento de la participación de autoridades locales constituye un aspecto esencial para la adecuada implementación del sistema nacional anticorrupción, así como para el combate de esta práctica que, evidentemente, ha cobrado dimensiones inxorables en los últimos años.

Casos como los de Veracruz, Coahuila o Nuevo León marcan la pauta para comprender que el combate de la corrupción representa una tarea que debe realizarse de manera articulada, sobre parámetros claros y coordinados que permitan tanto a las autoridades federales como a las locales hacer frente a este fenómeno.

Es cierto que en el marco de las reformas anteriormente señaladas, la Auditoría Superior de la Federación recibió mayores atribuciones que le aseguran la posibilidad de realizar auditorías a instituciones de entidades federativas en aquellos casos en los que se vean involucrados recursos federales.

Ello representa que en el plano federal, los esfuerzos han sido consierables y lo logros comenzarán a verse durante los próximos años. Sin embargo, en el escenario de las entidades federativas la apuesta es aún mayor y se requiere de medidas reforzadas para que dicho sistema logre permear de manera efectiva en la realidad local de los estados que integran a la federación.

La Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción prevé, precisamente, la posibilidad de articular un gran sistema coordinado entre autoridades federales y locales con el objetivo de emprender un combate frontal a la corrupción y, con ello, disminuir su práctica y sancionar a quienes la cometan.

Sin embargo, dicha ley no señala de manera clara la manera en que las auditorías locales deben de funcionar de cara a la implementación y diseño de dicho sistema, como sí lo sucede en el caso de la Auditoría Superior de la Federación.

Podría pensarse que, en un primer momento, la determinación en torno al funcionamiento e integración de órganos de auditoría estatal es una facultad que escapa de las facultades del Congreso de la Unión. Sin embargo, lo cierto es que precisamente la idea de una ley general es la de generar instrumentos de articulación, coordinación y coadyuvancia entre autoridades locales y federales.

Tan es así que la propia Constitución señala en la fracción XXIV del artículo 73 la facultad a cargo del Congreso de la Unión para expedir la ley general que establezca las bases de coordinación del Sistema Nacional Anticorrupción a que se refiere el artículo 113 de esta Constitución.

Esto es, si bien el funcionamiento particular de las auditorías locales debe realizarse sobre la base de criterios de autonomía, lo cierto es que la teleología de una Ley General es la de coordinar y sentar criterios básicos y homogéneos para el adecuado funcionamiento de aspectos esenciales para el escenario jurídico y social del país; en este caso el de la operación del sistema nacional anticorrupción. De lo contrario, de nada serviría contar con un sistema anticorrupcion entre los distintos órdenes de gobierno que funcione de manera descoordinada y sin parámetros claros entre ellos.

De ser así, el combate contra la corrupción se sustentaría en criterios arbitrarios y discrecionales que podrían colocar en riesgo el objetivo perseguido por nuestra constitución.

Una situación similar surge en el marco de la actual redacción de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, la cual consagra de manera muy limitada las condiciones de funcionamiento y coordinación de las auditorías locales. En el título tercer de dicha ley se establece la obligación de formar un sistema nacional de fiscalización en el que participen tanto la Auditoría Superior de la Federación como la Secretaría de la Función Pública y las entidades de fiscalización superiores locales y las instancias o secretarías homólogas encargadas del control interno en las entidades federativas.

Pese a ello, la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción es omisa en señalar la manera en que tales entidades superiores de fiscalización en las entidades federativas deben ser articularse y operar de cara al sistema nacional de fiscalización.

Con ello, queda claro que surge una clase de inversión respecto del eje articulador, pues parece que el sistema nacional de fiscalización que debe ajustarse a la naturaleza y estructura de las entidades de fiscalización locales y no al revés. Por el contrario, desde una perspectiva de coordinación y estructuración nacional, deben de ser dichas entidades las que se ajusten a los parámetros dictados por las disposiciones que forman el sistema nacional de fiscalización.

Con ello no se pretende restar autonomía de gestión de presupuestal a tales organismos, sino únicamente trazar una línea para un funcionamiento mucho más coordinado y uniforme que reduzca los riesgos de que las auditorías locales puedan verse sometidas a riesgos de coerción, coacción o falta de independencia en el marco de las condiciones políticas y económicas que caractericen a los escenarios de las entidades federativas.

Este tipo de determinaciones no es ajeno ni inusual para nuestro sistema jurídico. Por el contrario, un aspecto similar puede encontrarse en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública cuyo título segundo, capítulo segundo, establece una serie de rangos básicos que configuran un esquema coordinado de integración y funcionamiento de los organismos garantes en materia de transparencia y acceso a la información pública.

Por lo expuesto someto a consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de

Decreto por el que se adicionan los artículos 38 Bis a 38 Quáter a la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción

Único. Se adicionan los artículos 38 a 38 Quáter a la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, para quedar como sigue:

...

Artículo 38 Bis. Las entidades de fiscalización superiores tanto de carácter federal como local o las instancias o secretarías homólogas encargadas del control interno en las entidades federativas constituyen organismos públicos auto?nomos, especializados, independientes e imparciales, con personalidad juri?dica y patrimonio propios, con plena autonomi?a te?cnica, de gestio?n, capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto y determinar su organizacio?n interna, responsables de garantizar, en el a?mbito de su competencia, la fiscalización de los recursos públicos de su competencia y de coadyuvar en todo momento con el sistema nacional de fiscalización, y la Auditoría Superior de la Federación, en los casos de su competencia, para la operativización y la implantación de mejoras tanto para la fiscalización de los recursos federales como de los locales.

Artículo 38 Ter. El Congreso de la Unión, los congresos de las entidades federativas y la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México, a fin de garantizar la integración autónoma y especializada de las entidades de fiscalización superiores locales o las instancias o secretarías homólogas encargadas del control interno en las entidades federativas, deberán prever en su conformación que la persona titular de dichos organismos y, en general su estructura orgánica, cuente con los conocimientos técnicos y especializados suficientes relacionados con funciones de control y fiscalización del gasto público, política presupuestaria; evaluación del gasto público, del desempeño y de políticas públicas; administración financiera, o manejo de recursos.

En los procedimientos para la selección de las y los titulares de las entidades de fiscalización superiores federales y locales o las instancias o secretarías homólogas encargadas del control interno en las entidades federativas se deberá garantizar la transparencia, independencia y la participación de la sociedad.

Las propuestas de los candidatos a titular del órgano de fiscalización superior deberán de ser evaluadas y sancionadas por parte de un comité ciudadano. Los titulares de las instancias o secretarías homólogas encargadas del control interno en las entidades federativas deberán de ser aprobados por los congresos locales a propuesta del Ejecutivo.

A fin de garantizar las condiciones de independencia y autonomía las y los titulares de los organismos federales y estatales de fiscalización, no podrán haber ocupado el cargo de secretario de Estado, fiscal o procurador general de la República, de la Ciudad de México o de la entidad federativa de que se trate; senador, diputado federal o local; titular del Ejecutivo de alguna entidad federativa; titular o en su caso comisionado de algún órgano constitucionalmente autónomo; dirigente de algún partido político, no haber sido tesorero, titular de las finanzas o de la administración de algún partido político, ni haber sido postulado para cargo de elección popular durante el año previo al día de su nombramiento.

Artículo 38 Quáter. En términos de lo señalado por el artículo 42 de esta ley, y sin perjuicio de las competencias y facultades otorgadas por la legislación federal y la estatal en la materia, los organismos federales y estatales de fiscalización tendrán como mínimo las siguientes atribuciones:

I. Realizar, conforme al programa anual de auditorías aprobado, las auditorías e investigaciones que resulten pertinentes. Para tal efecto, tales organismos podrán solicitar información y documentación durante el desarrollo de las mismas;

II. Establecer los lineamientos técnicos y criterios para las auditorías y su seguimiento, procedimientos, investigaciones, encuestas, métodos y sistemas necesarios para la fiscalización superior;

III. Verificar que las entidades fiscalizadas que hubieren captado, recaudado, custodiado, manejado, administrado, aplicado o ejercido recursos públicos, lo hayan realizado conforme a los programas aprobados y montos autorizados, así como en el caso de los egresos, con cargo a las partidas correspondientes; además, con apego a las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas aplicables;

IV. Verificar obras, bienes adquiridos y servicios contratados por las entidades fiscalizadas para comprobar si los recursos de las inversiones y los gastos autorizados a las entidades fiscalizadas se ejercieron en los términos de las disposiciones aplicables;

V. Requerir a terceros que hubieran contratado con las entidades fiscalizadas obra pública, bienes o servicios mediante cualquier título legal y a cualquier entidad o persona física o moral, pública o privada, o aquellas que hayan sido subcontratados por terceros, la información relacionada con la documentación justificativa y comprobatoria del ejercicio de recursos públicos a efecto de realizar las compulsas correspondientes;

VI. Solicitar, obtener y tener acceso a toda la información y documentación, que a juicio de de dichos organismos resulte necesaria para llevar a cabo la auditoría correspondiente, sin importar el carácter de confidencial o reservado de la misma;

VII. Promover y dar seguimiento ante las autoridades competentes para la imposición que las sanciones que correspondan a los servidores públicos federales, de las entidades federativas, de los municipios y de las alcaldías de la Ciudad de México; y los particulares, a las que se refiere el título cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y presentará denuncias y querellas penales;

VIII. Las demás que determinen el Comité Rector y los órganos legislativos federales y estatales, en el marco de sus respectivas competencias.

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 OEA, Convención Interamericana contra la Corrupción, aprobada en la Conferencia Especializada sobre el Proyecto de Convención Interamericana contra la Corrupción, celebrada en Caracas, Venezuela, 29 de marzo de 1996. El instrumento fue ratificado por México el 27 de mayo de 1997.

2 ONU, Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción, adoptada por la Asamblea General, en la resolución número AG/RES/58/4, el 31 de octubre de 2003.

3 Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas. Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos. La corrupción y sus repercusiones en el disfrute de los derechos humanos, en particular los derechos económicos, sociales y culturales. Documento de trabajo presentado por la señora Christy Mbonu de conformidad con la decisión número 2002/106 de la subcomisión, 14 de mayo de 2003, E/CN.4/ Sub.2/2003/18.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de marzo de 2017.— Diputado Vidal Llerenas Morales, María Chavez García y Blanca Margarita Cuata Domínguez (rúbricas).»

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Gracias, diputado Llerenas Morales. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.



LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Tiene la palabra por cinco minutos el diputado Salvador Zamora Zamora, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 7o. y adiciona el artículo 7 Bis y 7 Ter de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Salvador Zamora Zamora:Con la venia de la Presidencia. Con motivo del llamado gasolinazo, atendiendo a la demanda de los ciudadanos, presidentes municipales de la zona metropolitana de Guadalajara interpusieron un amparo para dar marcha atrás al aumento diferenciado entre los combustibles en el país.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación respondió a las autoridades municipales que no procedía el instrumento legal promovido por no ser una persona jurídica que haya sido afectada por el alta de los combustibles. Es decir, los municipios solo pueden solicitar la intervención de la Suprema Corte de Justicia de la Nación cuando se les afecte en su patrimonio respecto de las relaciones jurídicas en las que se encuentren en un plano de igualdad con los particulares.

Sin embargo, considero que una parte importante de respetar las instituciones es que éstas puedan ser utilizadas por la ciudadanía para que representen a los votantes que las eligieron y los defiendan ante actos de otra autoridad.

Uno de los grandes avances en materia de amparo fue el interés colectivo precisamente, sin embargo le faltó a la ley prever a los presidentes municipales y que estos o los gobernadores quienes han sido electos por la mayoría de los habitantes que representan del lugar de residencia de estos, deban tener la personalidad para poder interponer a nombre de la ciudadanía, un amparo ante actos de la federación o, en su caso, de los gobernadores aludiendo al interés colectivo.

Es decir, si ya los elegimos para que nos gobiernen al ser responsables de garantizar nuestra seguridad, nuestra salud, nuestra educación, nuestros derechos humanos, deban estar facultados también para defender cualquier tipo de derecho de sus gobernados, es decir, que cualquier presidente municipal o gobernador puedan o deban actuar ante violaciones de nuestros derechos plasmados en la Constitución.

Con esta iniciativa pretendo elevar la discusión y debatir respecto de nuevas facultades para que nuestros gobernantes estén a la altura de las demandas ciudadanas y no se limiten a ser testigos de lo que otras autoridades puedan hacer en detrimento de la calidad de vida de los conciudadanos, ésta sería una herramienta más que le daría fortaleza a los ciudadanos y permitiría que los gobernantes en cada uno de sus niveles dejen de ser espectadores y se conviertan en verdaderos representantes ante la federación de los ciudadanos. Por su atención, muchas gracias, compañeros. Gracias, señora presidenta.

«Iniciativa que reforma el artículo 7o. y adiciona el 7o. Bis y 7o. Ter de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Salvador Zamora Zamora, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El que suscribe, diputado Salvador Zamora Zamora, integrante del grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano, y presidente de la Comisión de Desarrollo Metropolitano, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, somete a consideración del pleno de esta Cámara de Diputados, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 7 Bis y 7 Ter a la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor la siguiente:

Exposición de Motivos

El municipio constituye la base de la división territorial, política y administrativa de las entidades federativas de acuerdo al artículo 115 de nuestra Constitución Federal, los cuales están investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley.

Sin perjuicio de su competencia constitucional, en el desempeño de las funciones o la prestación de los servicios a su cargo, los municipios observarán lo dispuesto por las leyes federales y estatales; su función primaria radica en velar y administrar los intereses sociales de sus habitantes, fungiendo como órgano de gobierno, mismo que es electo por sus habitantes, conforme a las normas Constitucionales.

En torno a los derechos colectivos la doctrina contemporánea ha conceptualizado, de manera general, al interés supraindividual y, específicamente, a los intereses difusos y colectivos. Así, el primero no debe entenderse como la suma de intereses individuales, sino como su combinación, por ser indivisible, en tanto que debe satisfacer las necesidades colectivas. Por su parte, los intereses difusos se relacionan con aquellas situaciones jurídicas no referidas a un individuo, sino que pertenecen a una pluralidad de sujetos más o menos determinada o indeterminable, que están vinculados únicamente por circunstancias de hecho en una situación específica que los hace unificarse para acceder a un derecho que les es común. Mientras que los colectivos corresponden a grupos limitados y circunscritos de personas relacionadas entre sí debido a una relación jurídica, con una conexión de bienes afectados debido a una necesidad común y a la existencia de elementos de identificación que permiten delimitar la identidad de la propia colectividad. Sin embargo, sea que se trate de intereses difusos o colectivos, lo trascendental es que, en ambos, ninguno es titular de un derecho al mismo tiempo, pues todos los miembros del grupo lo tienen. Ahora, debido a la complejidad para tutelarlos mediante el amparo, dado que se advierte como principal contrariedad la legitimación ad causam, porque pudiera considerarse que rompe con el sistema de protección constitucional que se rige, entre otros, por los principios de agravio personal y directo y relatividad de las sentencias, el Constituyente Permanente, mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de julio de 2010, adicionó un párrafo tercero al artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y ordenó la creación de leyes y procedimientos para que los ciudadanos cuenten con nuevos mecanismos de tutela jurisdiccional para la defensa de sus intereses colectivos, sin que se haya expedido el ordenamiento que reglamente las acciones relativas. No obstante, la regulación formal no constituye una condición para determinar la legitimación procesal de los miembros de la colectividad cuando precisan defender al grupo al que pertenecen de un acto autoritario que estiman afecta algún interés supraindividual. Consecuentemente, todos los miembros de un grupo cuentan con interés legítimo para promover el juicio de garantías indirecto, en tanto que se hace valer un interés común y la decisión del conflicto se traducirá en un beneficio o, en su caso, en un perjuicio para todos y no sólo para quienes impugnaron el acto.

Lo colectivo es un término que hace alusión al rol de la sociedad como un todo, en donde cada “individuo” que la compone es igual y dependiente de los otros. El colectivismo se basa en la idea del “bien común”, buscando el progreso de la masa en primer lugar, siendo el bienestar del individuo un elemento secundario y dependiente del primero.

En fecha reciente fue presentada la Demanda de Amparo en el estado de Jalisco en contra del “gasolinazo” emitido por el Poder Ejecutivo en la persona del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, la cual fue desechada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, argumentando que los ayuntamientos no tienen facultades para interponer estos recursos jurídicos, pues no son una persona jurídica que, en este caso, haya sido afectada por el alza en los combustibles.

Esta situación violenta el Artículo Primero Constitucional, toda vez que discrimina y vulnera los derechos humanos de los ciudadanos, así como también el Artículo 1o. de la Ley de Amparo, el cual prevé que: El juicio de amparo tiene por objeto resolver toda controversia que se suscite:

I. Por normas generales, actos u omisiones de autoridad que violen los derechos humanos reconocidos y las garantías otorgadas para su protección por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte;

II. Por normas generales, actos u omisiones de la autoridad federal que vulneren o restrinjan la soberanía de los Estados o la esfera de competencias del Distrito Federal, siempre y cuando se violen los derechos humanos reconocidos y las garantías otorgadas para su protección por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

III. Por normas generales, actos u omisiones de las autoridades de los Estados o de la Ciudad de México, que invadan la esfera de competencia de la autoridad federal, siempre y cuando se violen los derechos humanos reconocidos y las garantías otorgadas por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El amparo protege a las personas frente a normas generales, actos u omisiones por parte de los poderes públicos o de particulares en los casos señalados en la presente Ley.

Por todos estos argumentos, es que consideramos que debe haber una modificación a la Ley de Amparo, con la intención de otorgar a los gobernantes y representantes electos de la sociedad, la posibilidad de interponer el recurso de Amparo, en nombre del interés colectivo de sus ciudadanos, apoyando siempre a la fortaleza de nuestras instituciones y siempre con la intención de hacer cumplir los mismos ordenamientos que de esta soberanía emanan.

Por lo anteriormente expuesto, me permito presentar ante esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el artículo 7o. y se adicionan los artículos 7 Bis y 7 Ter a la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Primero. Se reforma el artículo 7o. de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 7o. La Federación, los Estados, la Ciudad de México, los municipios o cualquier persona moral pública podrán solicitar amparo por conducto de los servidores públicos o representantes que señalen las disposiciones aplicables, cuando la norma general, un acto u omisión los afecten en su patrimonio respecto de relaciones jurídicas en las que se encuentren en un plano de igualdad con los particulares.

...

Artículo Segundo. Se adicionan los artículos 7 Bis y 7 Ter la Ley de amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 7 Bis. Los Estados, la Ciudad de México y los municipios podrán solicitar amparo por conducto de los servidores públicos o representantes que señalen las disposiciones aplicables cuando se trate de un interés colectivo, siempre que alegue que la norma, acto y omisión reclamando la violación de los derechos previstos en el artículo 1o. de la presente Ley y fuese emitido por la Federación.

Artículo 7 Ter. Los titulares de las alcaldías y los municipios, en su carácter de representantes electos podrán solicitar amparo cuando se trate de un interés colectivo, siempre que alegue que la norma, acto u omisión reclamando la violación de los derechos previstos en el artículo 1o. de la presente ley y fuese emitido por la autoridad Estatal y/o de la Ciudad de México.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Amparo en revisión 329/2010. Alma Rosa Coria Padilla. 10 de marzo de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Juan García Orozco. Secretario: Víctor Ruiz Contreras.

Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia XI.1o.A.T. J/10 (10a.), publicada el viernes 23 de septiembre de 2016, a las 10:32 horas en el Semanario Judicial de la Federación y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 34, Tomo III, septiembre de 2016, página 2417, de título y subtítulo: “Intereses difusos o colectivos. Su tutela mediante el juicio de amparo indirecto.”

Dado en el Palacio Legislativo de la Cámara de Diputados, a los siete días del mes de febrero de 2017.— Diputado Salvador Zamora Zamora(rúbrica).»

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Gracias, diputado Zamora Zamora. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Tiene el uso de la palabra, por cinco minutos, el diputado Ramón Bañales Arambula, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 65 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

El diputado Ramón Bañales Arambula:Buenas tardes, compañeras y compañeros diputados. Un saludo a los que nos ven por el Canal del Congreso, el día de hoy vamos a presentar una iniciativa de interés para todos los mexicanos.

Quiero agradecer a mis compañeras diputadas y diputados que suscribieron la presente iniciativa. Con la venia de la Presidencia y de la Mesa Directiva, el día de hoy vengo a presentar esta iniciativa que es producto de una inquietud personal, pero también del reclamo de muchas personas que día con día trabajan en la vida privada del país y que buscan mejores condiciones laborales para ellos.

En fechas recientes se ha señalado que diversos funcionarios públicos y algunos representantes populares derrochan el dinero del erario público sin control ni rendición de cuentas.

Cuando el gasto de los recursos públicos es ilegal, se debe combatir hasta llevar frente a la justicia a quienes han traicionado la confianza de la gente. Sin embargo, en ocasiones el malgasto de los recursos públicos se genera a través de entramados legales que permiten el otorgamiento de bonos, pagos extraordinarios y demás prerrogativas que superan considerablemente que se otorgaría a cualquier trabajador en el servicio privado o, digámoslo más claro, el que se otorga al personal operativo de las propias dependencias públicas.

Por ello, es urgente tomar medidas que pongan fin a estos fenómenos que solo muestran una profunda indolencia ante la situación económica que padece la mayoría de los mexicanos.

Es cierto, ante la compleja situación económica que vive México y el mundo, muchas instancias de gobierno federal, estatal y algunos organismos públicos descentralizados o autónomos, han tomado medidas de austeridad extraordinarias. Estos esfuerzos sin duda son plausibles y de reconocerse, pero son insuficientes.

Por mencionar solo algunos datos, la revista Expansión publicó recientemente que las prestaciones extraordinarias de los trabajadores, sin contar con los sueldos, equivalen a dos por ciento del gasto total del gobierno, que es del orden de 95 mil 260 millones de pesos. Estas percepciones extraordinarias se insertan en rubros que la mayoría de los trabajadores no pueden presumir como ayuda económica para uso de vehículo, ayuda para juguetes, dote matrimonial o incluso compensación por vida cara.

No obstante, nuestra Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y los lineamientos que establecen medidas de austeridad en el gasto de la administración pública federal dispone que el gasto deberá enfocarse para cumplir en tiempo y de modo eficiente los objetivos de los programas.

Estos instrumentos reiteran que el ejercicio del presupuesto debe considerar medidas de racionalización del gasto que se destina a las actividades administrativas de apoyo sin que sea afectado el cumplimiento de los programas aprobados en el Presupuesto de Egresos.

Con los lineamientos se han tenido avances: se limitaron los viáticos nacionales e internacionales, pasajes, gastos de alimentación, telefonía celular, congresos, convenciones y otros eventos de las dependencias y entidades de la administración pública.

No obstante, en un contexto de austeridad la ley también debería de establecer mecanismos de mesura en todos los planos de la operación con recursos del erario. Por eso la iniciativa que presento persigue el objetivo de reformar la fracción V del artículo 65 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para eliminar el otorgamiento de bonos y percepciones extraordinarias a los mandos medios y superiores que laboren dentro de la administración pública federal.

Por supuesto, no se pretende afectar derechos laborales adquiridos ni mucho menos al personal operativo de la administración. En este último caso, serían autorizadas las percepciones consistentes en incentivos y pagos relacionados con el cumplimiento de metas sujetas a evaluación, y por supuesto, pago de horas de trabajo extraordinario.

En otras palabras, le permitiría el otorgamiento de estímulos e incentivos de productividad, justificados por los resultados obtenidos, y por supuesto, limitado a los servidores públicos de carácter operativo.

Insisto, esto lo quiero dejar muy claro, mi propuesta es para disminuir los costos de la burocracia de alto rango en el Poder Ejecutivo de nuestro país; en ningún sentido afecta a los trabajadores.

Por ello la nueva normatividad cree aplicable a las nuevas contrataciones de la administración pública a fin de no afectar en ningún sentido los derechos y la estabilidad laboral de los funcionarios contratados con anterioridad a la eventual aprobación de esta propuesta.

Compañeras y compañeros, debemos continuar con las medidas que equilibren los ingresos de los funcionarios y la alta burocracia; debemos de impulsar medidas incluyentes y progresivas por la equidad y justicia laboral; debemos reducir la brecha entre mandos y operativos para dignificar la función pública.

Por ello agradezco el apoyo que pudieran dar a esta propuesta, y los invito a suscribir esta iniciativa que sin duda vendrá también a dar respuesta a lo que la gente allá afuera cuando caminamos en nuestros distritos, nos demanda. Muchas gracias. Es cuanto, presidenta.

«Iniciativa que reforma el artículo 65 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Ramón Bañales Arámbula, del Grupo Parlamentario del PRI

Ramón Bañales Arámbula, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción V del artículo 65 la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La situación económica nacional es un aspecto de los que más le preocupa a la sociedad mexicana. Generalmente escuchamos críticas sobre la paulatina concentración de la riqueza en muy pocas manos, cuestión que llena de disgusto y enojo a las personas. En este sentido, la injusticia que padecemos como miembros de una sociedad justifica tales sentimientos, puesto que hay millones de personas que se encuentran en situaciones precarias y de pobreza.

A últimas fechas se ha señalado que diversos funcionarios públicos y algunos representantes populares, derrochan el dinero del erario público sin control ni rendiciones de cuentas.

Por ello es urgente tomar medidas que pongan fin a estos fenómenos que sólo muestran una profunda indiferencia e indolencia ante los problemas de la mayoría de los mexicanos.

Por mencionar algunos ejemplos, un artículo publicado por la revista Expansión,en su versión electrónica, señaló algunas de las prestaciones que los empleados públicos reciben, como “empleado del mes” y “cumpleaños del trabajador”, y lo califica como “dispendio” en el sector público, respecto de las percepciones directas e indirectas de todos los trabajadores. En el artículo se advierte que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público percibió ingresos mayores a los esperados pero que éstos no fueron destinados a la inversión física, por ejemplo, en infraestructura (este rubro cayó en 8.3 por ciento anual). En cambio, el gasto corriente que incluye los rubros antes listados continúa en aumento.

Así, enfatiza que solamente las prestaciones, sin contar con los sueldos, equivalen a 2 por ciento del gasto total del gobierno, que es del orden de 95 mil 260 millones de pesos. Para referir algunos ejemplos sobre los que estamos hablando, este tipo de incentivos al trabajador público puede ser por ayuda económica para uso de vehículo (34.17 millones de pesos en 2016), ayuda para juguetes (422 mil pesos en 2016), empleado del mes (40.48 millones de pesos), dote matrimonial (1.94 millones de pesos) o compensación por vida cara (555.53 millones de pesos).

En atención de la crítica que se desprendió por este tipo de gastos y a la necesidad de abatirlos por la situación económica, el 22 de febrero del 2016 se publicaron los Lineamientos que establecen medidas de austeridad en el gasto de operación en las dependencias y entidades de la administración pública federal, en el Diario Oficial de la Federación.

Dicho texto basó su emisión en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, artículos 45, 61 y 63, que disponen que los ejecutores de gasto serán responsables de administrar, siempre con atención en los resultados programados, por lo que deben cumplir en tiempo y de modo eficiente los objetivos de sus programas.

Aunado a ello, los artículos en cita establecen que el ejercicio de los presupuestos debe tomar medidas de racionalización del gasto que se destina a las actividades administrativas de apoyo, sin que sea afectado el cumplimiento de los programas aprobados en el Presupuesto de Egresos.

El objeto de dichos lineamientos fue limitar los viáticos nacionales e internacionales, pasajes, gastos de alimentación, telefonía celular, congresos, convenciones y otros eventos de las dependencias y entidades de la administración pública. Los oficiales mayores son los responsables de la aplicación de los preceptos del documento por lo que se encuentran obligados a establecer mecanismos de control interno que aseguren la administración de los recursos públicos de manera eficiente y transparente. La Unidad Política y de Control Presupuestario se encuentra facultada para modificar los importes máximos de los lineamientos.

En cuanto a los viáticos y pasajes se deben reducir en número, costo y frecuencia privilegiando los que coadyuven al cumplimiento de los programas o funciones de los organismos y negando los que puedan ser llevados a cabo por las oficinas locales, además de limitar a tres representantes del servicio público por encuentro nacional y dos en internacionales. Con base en el rango jerárquico, los viáticos van desde los 980 pesos (personal operativo) hasta 2 mil 850 (jerarquía J hasta K) por día en viajes nacionales y 450 dólares o euros en internacionales; si requiere la pernocta del funcionario, en caso contrario de disminuirá hasta 50 por ciento. En cuanto a los gastos de alimentación mensual, el rango oscila entre mil 700 y 5 mil pesos entre las jerarquías J a G. El presupuesto mensual para telefonía celular va desde 990 pesos para la categoría K hasta 6 mil para la G, pero el oficial mayor puede establecer equipos adicionales.

Como advertimos líneas arriba, el documento rector de los Lineamientos descritos es la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. El objetivo de la ley es reglamentar las materias de programación, presupuestación, aprobación, ejercicio, control y evaluación de los ingresos y egresos públicos federales; estableciendo normas de orden público.

Los sujetos obligados por esta ley deben basarse en la honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género.

En el capítulo cuarto, sobre la austeridad y la disciplina presupuestaria, establece que los encargados de ejecutar el gasto deben tomar medidas para racionalizarlo sin afectar el cumplimiento de las metas aprobadas en el Presupuesto de Egresos. Los ahorros que resulten de la aplicación de dichas medidas deben destinarse a los programas prioritarios, midiendo con base anual el progreso. Destaca lo referido en los primeros párrafos del artículo 61 de la Ley en comento que a la letra se transcriben:

Artículo 61. Los ejecutores de gasto, en el ejercicio de sus respectivos presupuestos, deberán tomar medidas para racionalizar el gasto destinado a las actividades administrativas y de apoyo, sin afectar el cumplimiento de las metas de los programas aprobados en el Presupuesto de Egresos.

Los ahorros generados como resultado de la aplicación de dichas medidas deberán destinarse, en los términos de las disposiciones generales aplicables, a los programas prioritarios del ejecutor de gasto que los genere.

Así, las medidas para distribuir los recursos deben hacer más eficiente la actuación gubernamental, pudiendo llevar a cabo la contratación de prestación de servicios como asesoría, consultoría o investigaciones que sean indispensables para el cumplimiento de los programas autorizados.

Los ejecutores del gasto deben rendir cuentas de las erogaciones por gastos de orden social, congresos, convenciones, seminarios, espectáculos culturales y demás en expedientes que incluyan documentos que acrediten las contrataciones requeridas, la justificación del gasto, sus beneficiarios y los objetivos que se buscan cumplir de los programas.

Los gastos por vehículos requieren que sólo puedan adquirirse unidades nuevas indispensables para uso oficial, para servicios públicos a la población, para la seguridad pública y nacional o actividades productivas. Los gastos de bienes y servicios como telefonía, combustibles, arrendamientos, viáticos, alimentación, mobiliario, remodelación de oficinas, equipo de telecomunicaciones, bienes informáticos y pasajes deben racionalizarse a lo estrictamente indispensable.

El siguiente capítulo en la misma ley se refiere al gasto en servicios personales constituido por las remuneraciones que correspondan a los servidores públicos por (i) percepciones ordinarias y extraordinarias, (ii) las aportaciones de seguridad social, (iii) las primas de los seguros y asignaciones, y (iv) las obligaciones fiscales generadas por los pagos de ellos.

Cuando los encargados de realizar los pagos por servicios personales ejecuten un gasto cualquiera deberán sujetarse a los tabuladores de remuneraciones que tienen que ser adecuadas e irrenunciables por el desempeño de su labor, y proporcional a sus responsabilidades, estando prohibido que algún servidor público perciba remuneraciones mayores que las especificadas en el Presupuesto de Egresos para el Ejecutivo federal.

En principio, es posible legalmente autorizar bonos o percepciones extraordinarias pero la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Poder Legislativo o el Poder Judicial y los organismos autónomos deben autorizarlos con bases en sus propias atribuciones y en respeto irrestricto al principio de división de poderes. Por supuesto, la ley reitera debidamente que las percepciones extraordinarias no constituyen ingreso fijo, regular ni permanente, puesto que se encuentran sujetas a requisitos variables y, por tanto, no pueden formar parte integrante del cálculo para efectos de indemnización o liquidación ni prestaciones de seguridad social.

Por último, la ley autoriza en el artículo 68 a los ejecutores del gasto para establecer percepciones extraordinarias a favor de los servidores públicos a su cargo, por concepto de estímulos al desempeño, reconocimientos o incentivos similares. Los recursos para cubrir dichos estímulos deberán ser cubiertos por sus propios presupuestos y deberán contar con autorización previa de la Secretaría. Aunado a ello, estos se encuentran restringidos para los servidores públicos que cuenten con nombramiento y ocupen una plaza presupuestaria. La ley prevé la existencia de incentivos económicos para los trabajadores del Estado mexicano, pero únicamente cuando se justifican como estímulos al desempeño o conceptos similares, nunca de forma arbitraria o discrecional por parte del ejecutor del gasto.

Por ello, en un contexto de austeridad, la ley también debería establecer mecanismos de mesura en todos los planos de la operación con ingresos del erario. Es relevante saber si tales estímulos forman parte del cálculo del salario integrado de los trabajadores al servicio del Estado, puesto que éste se utiliza para medir las indemnizaciones y pensiones de los trabajadores. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido, en tesis aislada, que las gratificaciones no forman parte de la base del cálculo para determinar las cuotas y aportaciones de seguridad social. No obstante, el criterio judicial supremo también ha decidido, en una tesis jurisprudencial, que los pensionados tendrán derecho a las prestaciones en dinero que le sean aumentadas de manera general a los trabajadores en activo.

Por tanto, a pesar de la diferencia vinculatoria entre ambos criterios, es claro que ni siquiera la Suprema Corte tiene un criterio uniforme respecto de los incentivos extraordinarios percibidos por los servidores públicos.

Esto podría derivar no sólo en el gasto excesivo que en algunas áreas existe por la mala administración de los recursos públicos, sino también en una crisis posterior desencadenada por la falta de certeza sobre la calidad de tales incentivos. Esto es así por la propia falta de precisión en las disposiciones normativas, sumado al exceso de facultades sobre el ejercicio del presupuesto en los tres poderes.

En razón de lo anterior, es necesario incorporar en la codificación nacional un criterio al respecto, tendente a fortalecer las finanzas públicas y lograr la efectiva aplicación racional del presupuesto público aprobado anualmente.

La presente iniciativa busca eliminar cualquier viso de indeterminación o margen de discrecionalidad, y establecer taxativamente que las percepciones extraordinarias de los servidores públicos que laboren dentro de la administración pública federal, no deberán ser otorgadas a mandos medios y superiores. Lo anterior, para disminuir los altos costos de la burocracia de alto rango en el Poder Ejecutivo descrito en la parte inicial de esta exposición.

Por supuesto, la nueva normatividad sería aplicable a las nuevas contrataciones en la administración pública, a fin de no afectar en ningún sentido los derechos y la estabilidad laboral de los funcionarios contratados con anterioridad a la eventual entrada en vigor del presente decreto.

Por la misma razón, la propuesta facultaría expresamente al otorgamiento de estímulos e incentivos de productividad, (i) siempre que se encuentren perfectamente justificados por los resultados obtenidos en el ejercicio de la función pública, o bien estén justificados por el cumplimiento previo de horas de trabajo extraordinarias y, (ii) por supuesto, limitado a los servidores públicos de carácter operativo.

Para salvaguardar la división de poderes, se sugiere conservar la reiteración de que las disposiciones sobre pagos extraordinarios en los Poderes Legislativo y Judicial, así como entre los órganos constitucionales autónomos, deberá regirse por lo dispuesto en sus reglamentos internos y acuerdos correspondientes.

Las propuestas planteadas se resumen en el siguiente comparativo:

Por lo expuesto y fundado, someto a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de

Decreto

Único. Se reforma la fracción V del artículo 65 la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para quedar como sigue:

Artículo 65. Los ejecutores de gasto, al realizar pagos por concepto de servicios personales, deberán observar lo siguiente:

I. a IV. ...

V. No se autorizarán bonos o percepciones extraordinarias a mandos medios y superiores de la administración pública federal.

Para los demás servidores públicos únicamente serán autorizadas las percepciones extraordinarias consistentes en incentivos y pagos equivalentes a los mismos, que se otorguen condicionados al cumplimiento de compromisos de resultados sujetos a evaluación y, en su caso, en pago de horas de trabajo extraordinarias.

En el caso de los Poderes Legislativo y Judicial, y los entes autónomos, las percepciones extraordinarias serán determinadas en las disposiciones que les resulten aplicables.

Las percepciones extraordinarias son aquéllas que no constituyen un ingreso fijo, regular ni permanente, ya que su otorgamiento se encuentra sujeto a requisitos y condiciones variables. Dichos conceptos de pago en ningún caso podrán formar parte integrante de la base de cálculo para efectos de indemnización o liquidación o de prestaciones de seguridad social;

VI. a XII. ...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las determinaciones del presente decreto deberán ser aplicadas en la elaboración del Presupuesto de Egresos para el año fiscal inmediato siguiente al de su entrada en vigor.

Tercero. Lo establecido en el presente decreto será aplicado únicamente al personal que sea contratado a partir de su entrada en vigor.

Notas:

1 “Las prestaciones de lujo de los burócratas se comen el erario”, Carmen Luna, Expansión en alianza con CNN, 8 de febrero de 2017. Disponible en http://expansion.mx/economia/2017/02/08/ingresos-extras-sacian-gasto-corriente- del-gobierno

2 Luis Videgaray Caso como secretario de Hacienda y Crédito Público, Lineamientos por los que se establecen medidas de austeridad en el gasto de operación en las dependencias y entidades de la administración pública federal, Diario Oficial de la Federación, 22 de febrero de 2016. Disponible en http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5426426 &fecha=22/02/2016

3 Vicente Fox Quesada, Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Diario Oficial de la Federación, 30 de marzo de 2006. Disponible en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/ LFPRH_301215.pdf

* Artículo 33: En el proyecto de Presupuesto de Egresos se deberán presentar en una sección específica las erogaciones correspondientes al gasto en servicios personales, el cual comprende

I. Las remuneraciones de los servidores públicos y las erogaciones a cargo de los ejecutores de gasto por concepto de obligaciones de carácter fiscal y de seguridad social inherentes a dichas remuneraciones; y

II. Las previsiones salariales y económicas para cubrir los incrementos salariales, la creación de plazas y otras medidas económicas de índole laboral. Dichas previsiones serán incluidas en un capítulo específico del Presupuesto de Egresos.

Una vez aprobada la asignación global de servicios personales en el Presupuesto de Egresos, ésta no podrá incrementarse.

4 La Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado establece en el artículo 91: Las condiciones generales de trabajo de cada dependencia serán autorizadas previamente por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en los términos de la Ley Orgánica del Presupuesto de Egresos de la Federación, cuando contengan prestaciones económicas que signifiquen erogaciones con cargo al Gobierno Federal y que deban cubrirse a través del Presupuesto de Egresos de la Federación, sin cuyo requisito no podrá exigirse al Estado su cumplimiento. Disponible en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/111.pdf

5 Décimo Quinto Tribunal Colegiado en materia de Trabajo del Primer Circuito, Compensación garantizada de los trabajadores de las dependencias y entidades de la administración pública federal. No forma parte de la base de cálculo para determinar las cuotas y aportaciones de seguridad social, tesis aislada, Semanario Judicial de la Federación, décima época. Disponible en http://sjf.scjn.gob.mx/SJFSist/paginas/DetalleGeneralV2.aspx? Epoca=1e3e10000000000&Apendice=1000000000000 &Expresion=prestaciones%2520que%2520integran%2520el%2520salario %2520de%2520los%2520servidores%2520publicos&Dominio=Rubro,Texto &TA_TJ=2&Orden=1&Clase=DetalleTesisBL&NumTE=3 &Epp=20&Desde=-100&Hasta=-100&Index=0 &InstanciasSeleccionadas=6,1,2,50,7&ID=2007880&Hit=1 &IDs=2007880,163986,168589&tipoTesis=&Semanario=0 &tabla=&Referencia=&Tema=

6 Pleno en materia Administrativa del Primer Circuito, Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Concepto “prestaciones en dinero que les sean aumentadas de manera general a los trabajadores en activo” contenido en el artículo 57, último párrafo, de la ley relativa, vigente hasta el 31 de marzo de, jurisprudencia, Semanario Judicial de la Federación, décima época. Disponible en http://sjf.scjn.gob.mx/SJFSist/paginas/DetalleGeneralV2.aspx? Epoca=1e3e10000000000&Apendice=1000000000000 &Expresion=trabajadores%2520al%2520servicio%2520del%2520estado%2520 prestaciones&Dominio=Rubro,Texto&TA_TJ=2&Orden=1 &Clase=DetalleTesisBL&NumTE=230&Epp=20&Desde=-100 &Hasta=-100&Index=0&InstanciasSeleccionadas=6,1,2,50,7 &ID=2012069&Hit=13&IDs=2013471,2013291,2013293,2012981, 2012989,2012988,2012450,2012609,2012582,2012326,2012063,2012065, 2012069,2012007,2012105,2011953,2011903,2011904,2011854,2011826 &tipoTesis=&Semanario=0&tabla=&Referencia=&Tema=

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de marzo de 2017.— Diputados y diputadas: Ramón Bañales Arámbula, Alberto Silva Ramos, Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, Carlos Federico Quinto Guillén, Carmen Salinas Lozano, Erick Alejandro Lagos Hernández, Evelyng Soraya Flores Carranza, Francisco Javier Santillán Oceguera, Hugo Daniel Gaeta Esparza, J. Jesús Zúñiga Mendoza, Jonadab Martínez García, José Hugo Cabrera Ruiz, José Luis Orozco Sánchez Aldana, José Luis Sáenz Soto, Laura Nereida Plascencia Pacheco, Laura Valeria Guzmán Vázquez, Lillian Zepahua García, Manuel Vallejo Barragán, Martha Lorena Covarrubias Anaya, Noemí Zoila Guzmán Lagunes, Rafael Yerena Zambrano (rúbricas).»

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Gracias, diputado Bañales Arámbula. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen.

Esta Mesa Directiva desea saludar la presencia en este recinto de alumnos procedentes de Uruapan, Michoacán, invitados por el diputado José Antonio Salas Valencia. Sean ustedes bienvenidos este recinto parlamentario.

De igual forma saludamos la presencia de estudiantes de la Universidad Panamericana, de Guanajuato, invitados por la diputada Lorena del Carmen Alfaro García. Les damos también, a su vez, la más cordial de las bienvenidas.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Tiene el uso de la palabra, por cinco minutos, el diputado Francisco Javier Pinto Torres, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de derechos a la Vivienda.

El diputado Francisco Javier Pinto Torres:Con la venia de la Presidencia. Compañeras, compañeros diputados. Ciudadanos que amablemente nos ven en el Canal del Congreso, medios de comunicación, todos ustedes, muchas gracias.

Sin duda, la inversión más importante que como persona podemos hacer a favor de nuestro patrimonio es la adquisición de una vivienda. El acceso a una vivienda digna, adecuada, es un derecho social universal consagrado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, y en México, en el artículo 4o. de nuestra Carta Magna.

Asimismo, nuestra máxima norma establece en su artículo 123, la obligación de los patrones de proporcionar a los trabajadores viviendas cómodas e higiénicas, razón por la cual se crearon el Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, Infonavit y el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, Fovissste, para quienes trabajaban para lo particular, y para quienes trabajábamos para gobierno, respectivamente.

Estos dos organismos han sido la principal fuente de créditos para los trabajadores quienes a través de ellos han podido comprar o adquirir o construir su casa. Tan solo el año pasado Fovissste otorgó más de 110 mil créditos hipotecarios, obviamente, mientras que el Infonavit dio 244 mil 753 sólo al cierre de agosto.

Cuando hablamos del derecho de la vivienda, es necesario establecer que éste no se debe reducir al solo hecho de tener a esa persona, de otorgarle cuatro paredes para resguardarse de las inclemencias del tiempo, no. Lo que estamos proponiendo aquí es este derecho de garantizar además la disponibilidad de los servicios públicos básicos que les permitan gozar de una salud física, de una salud mental, emocional, de tener privacidad, pero también de tener seguridad. Todo ello proporcionaría el pleno y adecuado desarrollo de un ser humano sin menoscabo de algo muy importante, que es su economía.

En mi grupo parlamentario, Nueva Alianza, tenemos el firme compromiso de legislar teniendo como principal propósito mejorar las condiciones de vida de todos los mexicanos. En ese sentido pongo a consideración de esta soberanía la presente iniciativa que reforma disposiciones de los apartados A y B del artículo 123 constitucional, en materia de derecho a la vivienda.

El propósito consiste en proporcionar a los trabajadores viviendas dignas, decorosas, adecuadas y asequibles, con el objeto de garantizar que la adquisición de la misma no represente una carga incosteable que impida la satisfacción de sus necesidades. Para Nueva Alianza es un compromiso impulsar las mejores formas de protección y reconocimiento de los derechos humanos, por ello buscamos establecer las condiciones que propicien la protección afirmativa de todos sus derechos

Compañeras y compañeros, sin lugar a duda nuestros esquemas de financiamiento tienen que ser también restructurados. Si ustedes platican con cualquier ciudadano que ha adquirido su casa, a través del Infonavit o a través del Fovisssste, lo primero que nos dirán es que se paga de dos o hasta tres veces la vivienda que adquieren.

Compañeras y compañeros legisladores, entrémosle a los temas que verdaderamente nos exige la gente cuando andamos en la calle. Entrémosle a dar en esta ocasión a las y los mexicanos una vivienda que no sólo sea digna, sino que también tenga las características que ya mencionamos. Es cuanto, señora presidenta. Por su atención, muchas gracias.

«Iniciativa que reforma y adiciona el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de derecho a la vivienda, a cargo del diputado Francisco Javier Pinto Torres, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

Quien suscribe, Francisco Javier Pinto Torres, diputado federal de la LXIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido de Nueva Alianza, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 6, numeral 1, fracción I; 76, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración del pleno de la Honorable Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman el primer párrafo de la fracción XII y la fracción XXX del Apartado A y el inciso f) de la fracción XI del Apartado B, todos del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de derecho a la vivienda, al tenor del siguiente

Planteamiento del problema

La Carta Magna de nuestro país reconoce desde 1983 el derecho a disfrutar de una vivienda digna y decorosa; este derecho, de acuerdo con lo establecido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), “no se agota con la infraestructura básica adecuada de aquella, sino que debe comprender el acceso a los servicios públicos básicos”.

Al respecto, el acceso a los servicios públicos básicos incluye los medios imprescindibles para gozar de salud física y mental, seguridad, privacidad y una serie de servicios sociales que permitan el pleno y adecuado desarrollo del ser humano. El texto constitucional referido y los criterios de interpretación emitidos por la SCJN establecen un marco de referencia que permite esclarecer el alcance del derecho a la vivienda y su importancia para el efectivo disfrute de otros derechos fundamentales.

Sin embargo, resulta imposible que todos los mexicanos gocemos de una vivienda digna, cuando las habitaciones construidas y adquiridas como resultado de las políticas y acciones de seguridad social de los trabajadores no hacen referencia a tal cualidad.

El año pasado, el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Fovissste) otorgó más de 110 mil créditos hipotecarios, mientras que el Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) dio 244 mil 753 créditos hipotecarios al cierre de agosto de 2016; estas cifras muestran la importancia de ambas instituciones en la política crediticia habitacional de nuestro país.

Al respecto, es evidente que ambos organismos encargados de promover la construcción y adquisición de viviendas para los trabajadores, ya sea al servicio del Estado o para las actividades productivas en general, destinan cuantiosos recursos y acciones para atender las demandas de vivienda; sin embargo, su labor no se agota con la mera implementación de mecanismos para la obtención de créditos habitacionales baratos, sino que ésta se extiende al aseguramiento de que las viviendas adquiridas, mediante sus créditos, se orienten a la satisfacción de las necesidades de sus beneficiarios.

En este orden de ideas, aun cuando no existe una definición legal del término “habitaciones baratas”, la SCJN, al clarificar el término crédito barato empleado en la fracción f) del artículo 123, hace referencia a la obligación de que el “financiamiento otorgado a los trabajadores para adquirir viviendas dignas y decorosas sea concedido en condiciones más benéficas que las fijadas por las instituciones de crédito o las empresas particulares”.

De este criterio se advierte que, a pesar de no encontrarse específicamente establecido, el financiamiento otorgado a través del Infonavit tiene como propósito la entrega de créditos baratos para adquirir viviendas dignas y decorosas y, por su naturaleza, en el mismo sentido, los créditos otorgados por el Fovissste deben destinarse a la adquisición de viviendas adecuadas para satisfacer las necesidades de ubicación, espacio y servicios de sus derechohabientes.

A pesar de los criterios y textos legales mencionados, en el texto vigente de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos existe una contradicción entre el citado derecho humano a la vivienda digna, consagrado en el artículo 4o., y el derecho de los trabajadores de contar con seguridad social, que incluye el acceso, en renta o propiedad, a habitaciones definidas como baratas, cómodas e higiénicas, establecido en los apartados A) y B) del artículo 123.

A fin de eliminar la contradicción anteriormente mencionada, así como asegurar que la materialización del derecho a la vivienda de los trabajadores cumpla con las características que el propio derecho humano consagra, es que resulta necesario sustituir los términos cómodas, higiénicas y baratas, por aquellos que se relacionan directamente con las necesidades inherentes al desarrollo de los seres humanos y a las cualidades que su entorno debe poseer para lograr tal propósito.

Exposición de Motivos

Considerando la importancia que tiene el derecho a la vivienda, es necesario establecer que éste no se materializa solo al considerar que cada persona cuenta con un techo y cuatro paredes para guarecerse de las inclemencias climáticas; en realidad, su alcance va más allá, pues incluye una serie de características mínimas indispensables como la existencia de espacios y dimensiones mínimos habitables, la disponibilidad de servicios, instalaciones e infraestructura, así como la ubicación adecuada, entre otras condiciones que son indispensables para el pleno desarrollo de las capacidades de cada individuo.

En palabras de Miguel Carbonell, “la pretensión de una vivienda adecuada, en realidad, encierra un derecho compuesto, cuya vulneración acarrea la de otros derechos e intereses fundamentales. Su violación hace peligrar el derecho al trabajo, que se torna difícil de buscar, asegurar y mantener. Amenaza el derecho a la integridad física y mental, que se encuentran en permanente jaque cuando se vive bajo la presión de un alquiler que no se puede pagar. Dificulta el derecho a la educación, a la salud y al libre desarrollo de la personalidad, impracticables en cobijos abarrotados, carentes de las condiciones mínimas de habitabilidad. Menoscaba el derecho a elegir residencia, a la privacidad y a la vida familiar, y condiciona incluso los derechos de participación política”.

Tal y como lo establece el citado autor, el derecho a una vivienda adecuada conlleva la posibilidad de satisfacer y realizar un plan de vida personal, que involucra el crecimiento individual, social, cultural y económico.

Sobre el tema, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en su artículo 11, establece el compromiso de los Estados parte de reconocer “el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia”.

En aras de facilitar y promover que los Estados parte apliquen el citado Pacto, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU en el año 2008 adoptó una serie de Observaciones Generales, entre las que se encuentran las obligaciones de respetar, proteger y realizar el derecho a una vivienda adecuada. Derecho que, cuando menos, debe incluir las siguientes características: seguridad jurídica de la tenencia; disponibilidad de servicios materiales, instalaciones e infraestructura; asequibilidad; habitabilidad; accesibilidad; ubicación y adecuación cultural.

Cada una de las características mencionadas resultan esenciales en la medida en que se interrelacionan entre sí, a fin de brindar un amplio marco de protección al derecho humano a la vivienda; en este sentido, es importante destacar que en la Observación General número 4 del referido Pacto, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU estableció que la característica de asequibilidad se refiere a que “la vivienda y los costos relacionados con la vivienda deben ser proporcionales a los niveles de ingresos, y en un nivel que no comprometa otras necesidades básicas”.

Atendiendo a tal observación, es que resulta pertinente incorporar en nuestra legislación el término asequible, con el propósito de garantizar que la adquisición de vivienda por parte de los trabajadores no represente una carga incosteable que impida la satisfacción de sus demás necesidades y permita que, cada uno, disponga de una vivienda adecuada, con arreglo a su propia capacidad económica, dejando de lado el término barata, que además de no encontrarse definido en nuestra legislación, no corresponde con las características inherentes una vivienda digna y adecuada.

Asimismo, es importante que dentro de la redefinición de este derecho sea tomada en cuenta la importancia que tiene la seguridad social para el acceso a la vivienda de millones de mexicanos que ven en este esquema la única posibilidad de hacerse de un patrimonio propio.

A pesar de su importancia, el diseño de la política pública de vivienda para los trabajadores no ha logrado adoptar íntegramente los criterios cualitativos que eliminen la existencia de incongruencias y contradicciones jurídicas, a la vez que permitan prevenir y evitar las prácticas abusivas de los desarrolladores de viviendas de interés social en nuestro país.

En adición a lo anterior, baste mencionar que esta Cámara de Diputados ha reconocido que “en los últimos años los resultados de la política de vivienda se han centrado en evaluar el número de créditos otorgados y los costos de la construcción. Esto ha ido en detrimento de las viviendas de interés social, en donde la calidad de las mismas y espacios habitables ha venido disminuyendo en sentido inverso a los costos que se reportan, lo que a su vez ha provocado problemas de salud, de violencia intrafamiliar, que los jóvenes al no encontrar privacidad ni espacios para realizar sus actividades buscan éstos fuera de casa, lo que afecta la comunicación e interacción con los padres”.

En este sentido, el derecho a la vivienda forma parte de los derechos fundamentales del ser humano y constituye uno de los satisfactores más importantes de las personas, pues de su plena materialización se desprende la posibilidad de disfrutar y acceder a otra serie de derechos económicos, sociales y culturales.

Dada la importancia de combatir las problemáticas mencionadas y abonar a la construcción de viviendas dignas y adecuadas, es que se vuelve necesario armonizar los criterios plasmados en el artículo 4o. constitucional y en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, con el contenido de los apartados A y B del artículo 123. No olvidemos que la adaptación de las leyes al contexto actual y la adhesión de México a diversos Convenios y Tratados Internacionales han vuelto necesario actualizar nuestro marco jurídico, a fin de adoptar las mejores formas de protección y reconocimiento de los derechos humanos.

En el Grupo Parlamentario de Nueva Alianza proponemos cambios legislativos que se traducen en acciones puntuales a favor del desarrollo económico de los mexicanos y sus familias; por ello, propongo realizar una armonización del contenido de los artículos 4o. y 123 constitucionales, a fin de garantizar que las viviendas obtenidas mediante los sistemas de seguridad social de los trabajadores, satisfagan las necesidades de servicios públicos básicos y sean adquiridas sin afectar la solidez de la economía familiar.

Fundamento legal

Por las consideraciones expuestas y fundadas, en mi calidad de diputado federal integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión; con fundamento en los artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 6, numeral 1 fracción I; 76; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman diversas disposiciones del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de derecho a la vivienda

Artículo Único. Se reforman el primer párrafo de la fracción XII y la fracción XXX del Apartado A y el inciso f) de la fracción XI del Apartado B, todos del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley.

El Congreso de la Unión, sin contravenir a las bases siguientes deberá expedir leyes sobre el trabajo, las cuales regirán:

A. Entre los obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y de una manera general, todo contrato de trabajo:

I.a XI....

XII.Toda empresa agrícola, industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo, estará obligada, según lo determinen las leyes reglamentarias a proporcionar a los trabajadores viviendas dignas, decorosas, adecuadas y asequibles. Esta obligación se cumplirá mediante las aportaciones que las empresas hagan a un fondo nacional de la vivienda a fin de constituir depósitos en favor de sus trabajadores y establecer un sistema de financiamiento que permita otorgar a éstos crédito barato y suficiente para que adquieran en propiedad tales habitaciones.

...

...

...

...

XIII.a XXIX....

XXX. Asimismo serán consideradas de utilidad social, las sociedades cooperativas para la construcción de viviendas dignas, decorosas, adecuadas y asequibles, destinadas a ser adquiridas en propiedad, por los trabajadores en plazos determinados.

XIII....

B.Entre los Poderes de la Unión y sus trabajadores:

I.a X....

XI.La seguridad social se organizará conforme a las siguientes bases mínimas:

a)a e) ...

f)Se proporcionarán a los trabajadores viviendas dignas, decorosas, adecuadas y asequibles,en arrendamiento o venta, conforme a los programas previamente aprobados. Además, el Estado mediante las aportaciones que haga, establecerá un fondo nacional de la vivienda a fin de constituir depósitos en favor de dichos trabajadores y establecer un sistema de financiamiento que permita otorgar a éstos crédito barato y suficiente para que adquieran en propiedad viviendas dignas, decorosas y adecuadas, o bien para construirlas, repararlas, mejorarlas o pagar pasivos adquiridos por estos conceptos.

...

XII.a XIV....

Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

i Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Decreto por el que se Reforma al artículo 4o., publicado en el D.O.F. 07/febrero/1983.

ii Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Tesis: 1a. CCV/2015 (10a.), Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Primera Sala, Tomo I, Página 583, Tesis Aislada (Constitucional).

iii Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Comisión Ejecutiva, Sesión Ordinaria No. 888 celebrada el 13 de diciembre de 2016.

iv Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Informe Mensual de Resultados al H. Consejo de Administración, 28 de septiembre de 2016.

v SCJN Tesis: 2ª. XC/2010, Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Novena Época, Segunda Sala, Tomo XXXII, Página 197, Tesis Aislada (Constitucional Administrativa).

vi CARBONELL, Miguel. La Vivienda como Derecho Constitucional.Universidad Juárez Autónoma de Tabasco. México, 2010. Pág. 15

vii Organización de las Naciones Unidas (ONU). Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Publicación D.O.F. 12/mayo/1981.

viii Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU. Observaciones Generales Adoptadas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.Observación N° 4. El derecho a una vivienda adecuada (párrafo 1 del artículo 11 del Pacto).

ix Red-DESC. El Derecho a la Vivienda.Obtenido de: https://www.escr-net.org/es/derechos/vivienda

x Dictamen de la Comisión de Vivienda con Proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 2, 6, 19, 43, 71 y 78 y se adicionan las fracciones IV y V al artículo 4 de la Ley de Vivienda. Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados. 10/03/2015. Anexo III.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, a los 7 días del mes de marzo de 2017.— Diputado Francisco Javier Pinto Torres(rúbrica).»

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Gracias, diputado Javier Pinto Torres. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

DICTÁMENES A DISCUSIÓN DE LEY O DECRETO



LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen de la Comisión de Igualdad de Género, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: «Dictamen de la Comisión de Igualdad de Género, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

Honorable Asamblea:

La Comisión de Igualdad de Género, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f) y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 66, 79 numeral 2, 80, 82, 85, 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV; y 176 del Reglamento de la Cámara de Diputados presenta a la Honorable Asamblea el siguiente

Dictamen

I. Antecedentes

1. Con fecha 12 de octubre de 2016, el diputado Renato Josafat Molina Arias, la diputada Rocío Nahle García del Grupo Parlamentario de MORENA, y otros diputados integrantes de diversos grupos parlamentarios, presentaron iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 25 y adiciona un artículo 25 Bis a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

2. Con fecha 12 de octubre de 2016, la presidencia de la Mesa Directiva dispuso que dicha iniciativa fuera turnada a la Comisión de Igualdad de Género, para su análisis y dictamen correspondiente.

3. Con fecha 14 de diciembre de 2016 mediante oficio número D.G.P.L. 63-II-7-1558, la mesa directiva se autorizó prórroga para emitir dictamen.

II. Metodología

La Comisión de Igualdad de Género, encargada del análisis y dictamen de la iniciativa en comento, desarrollaron los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:

En el apartado denominado “Antecedentes”, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen de la iniciativa.

En el apartado “Contenido de la iniciativa”, se exponen los objetivos y se hace una descripción de la iniciativa en la que se resume su contenido, motivos y alcances.

En las “Consideraciones”, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.

III. Contenido de la iniciativa

La iniciativa propone: el establecimiento de un procedimiento sencillo, claro y ágil, para determinar si se declaran o no las Alertas de Violencia de Género solicitadas, dado que se trata de un mecanismo con el que se pretende enfrentar las violaciones graves y sistemáticas a los derechos humanos de las mujeres que se están presentando en un territorio determinado, por lo que la implementación de este mecanismo no puede esperar a tramites tortuosos y burocráticos.

De igual forma propone adicionar un artículo 25 Bis a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para establecer un procedimiento sencillo y con plazos puntuales para eventualmente declarar la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, en este sentido la iniciativa plantea que en caso de que la solicitud para declarar alerta de violencia de género sea aceptada, el grupo que se conformaría para estudiarla y analizarla tendría hasta 30 días naturales para determinar si es procedente o no declararla, de esta forma la Alerta de Violencia de Género se estaría declarando en un término mucho más breve.

Así mismo propone una nueva integración para el grupo que estudiaría y analizaría la solicitud, así además de especialistas, lo integrarían representantes de las dependencias que participan en el Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, así como de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, también serían invitados a participar representantes de la entidad federativa y del o los municipios sobre los que se solicita declarar la Alerta de Violencia Género contra las Mujeres.

Para una mayor difusión a la declaratoria, se propone que ésta sea publicada en el Diario Oficial de la Federación.

Para reconocer formalmente la participación que los gobiernos municipales deben de tener en este tema, se propone reformar el artículo 25 para hacer mención expresa a los Ayuntamientos que deberán ser notificados también de la declaratoria de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres.

Para un análisis más escrupuloso por parte de la Comisión se elaboró el siguiente cuadro comparativo:

Consideraciones:

Primera.Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra en su artículo primero:

Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

Por lo que esta materia es de derechos humanos, regulada en nuestra Ley Suprema y como tal debe dársele el análisis requerido, en virtud de poder salvaguardar los derechos de las y los mexicanos a la vida, la libertad, integridad y seguridad. Se hace hincapié en la obligatoriedad de los tratados en los cuales México haya sido firmante, dentro de los cuales se encuentra la “Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW)” en vigor desde el 3 de septiembre de 1981.

Segunda. De igual manera el artículo cuarto de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra en su primer párrafo el derecho a la igualdad entre hombres y mujeres:

Artículo 4o. El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.”

Del precepto mencionado deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social que busca regular los mecanismos y acciones para lograr la igualdad entre hombres y mujeres, considerado como un derecho humano interrelacionado, interdependiente e indivisible, que tutela la garantía de igualdad.

Es así que la igualdad como derecho social y universal, es elemento esencial para que el Estado pueda sentar las bases tendientes a eliminar la situación desigual que existe de facto entre hombres y mujeres, como se consagra en los cuerpos normativos con que cuenta el Estado mexicano, los cuales buscan salvaguardar los derechos de la mujer en todos los ámbitos: social, laboral, económico, de salud, etc.

Tercera. Los promoventes hacen las siguientes observaciones:

La Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres “es un mecanismo que permite mejorar la calidad de vida de las mujeres mexicanas, pues a través de éste se implementan en un territorio determinado las acciones necesarias para garantizar el derecho de las mujeres a un vida libre de violencia... es un mecanismo de protección de los derechos humanos de las mujeres único en el mundo...”1

El artículo 22 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia establece que: “Alerta de violencia de género: Es el conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un territorio determinado, ya sea ejercida por individuos o por la propia comunidad.”

Por su parte en el artículo 23 del mismo ordenamiento se dispone que: “La alerta de violencia de género contra las mujeres tendrá como objetivo fundamental garantizar la seguridad de las mismas, el cese de la violencia en su contra y eliminar las desigualdades producidas por una legislación que agravia sus derechos humanos, por lo que se deberá:

I. Establecer un grupo interinstitucional y multidisciplinario con perspectiva de género que dé el seguimiento respectivo;

II. Implementar las acciones preventivas, de seguridad y justicia, para enfrentar y abatir la violencia feminicida;

III. Elaborar reportes especiales sobre la zona y el comportamiento de los indicadores de la violencia contra las mujeres;

IV. Asignar los recursos presupuestales necesarios para hacer frente a la contingencia de alerta de violencia de género contra las mujeres, y

V. Hacer del conocimiento público el motivo de la alerta de violencia de género contra las mujeres, y la zona territorial que abarcan las medidas a implementar.”

En el artículo 24 se menciona que la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres se emitirá cuando:

I. Los delitos del orden común contra la vida, la libertad, la integridad y la seguridad de las mujeres, perturben la paz social en un territorio determinado y la sociedad así lo reclame;

II. Exista un agravio comparado que impida el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres, y

III. Los organismos de derechos humanos a nivel nacional o de las entidades federativas, los organismos de la sociedad civil y/o los organismos internacionales, así lo soliciten.”

Y el artículo 25 dispone que “Corresponderá al gobierno federal a través de la Secretaría de Gobernación declarar la alerta de violencia de género y notificará la declaratoria al Poder Ejecutivo de la entidad federativa de que se trate.”

Todo el procedimiento para que se pueda eventualmente declarar la Alerta de Violencia de Género queda regulado en el Capítulo I del Título III del Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Conforme a dicho procedimiento los plazos para que pueda ser declarada la mencionada Alerta, son muy amplios o imprecisos, por lo que la Alerta puede llegar a declararse hasta incluso después de un año de haber sido presentada la correspondiente solicitud:

a) Desde la presentación de la solicitud y hasta la admisión de la misma pueden transcurrir hasta 8 días hábiles (casi dos semanas);

b) Desde la admisión de la solicitud y hasta la conformación y primera reunión del Grupo de Especialistas que estudiará y analizará la situación que guarda el territorio sobre el que se señala que existe violación a los Derechos Humanos de las Mujeres, a fin de determinar si los hechos narrados en la solicitud dan lugar a la declaratoria, pueden transcurrir hasta otros 5 días hábiles (una semana);

c) Para la realización del estudio y análisis antes mencionados, el Grupo de especialistas contará con 30 días naturales (un mes), emitiendo un informe;

d) En el artículo 38 del Reglamento se dispone que: “La coordinadora del grupo de trabajo remitirá el informe.... a la Secretaría de Gobernación, a través de la Comisión Nacional, para su análisis.” (no se menciona ningún plazo para realizar este análisis);

e) En el cuarto párrafo del artículo 38 se dispone que “En caso de que el Titular del Poder Ejecutivo de la entidad federativa correspondiente considere aceptar las conclusiones contenidas en el informe del grupo de trabajo, tendrá un plazo de quince días hábiles contados a partir del día en que las recibió para informar a la Secretaría de Gobernación, a través de la Comisión Nacional, su aceptación. (tres semanas);

f) Si el titular del Ejecutivo de la Entidad Federativa acepta las conclusiones contenidas en el informe del grupo de trabajo tendrá seis meses para implementar las acciones propuestas en las conclusiones del informe del grupo de trabajo (Seis meses);

g) Al término de los seis meses mencionados en el punto anterior el titular del Ejecutivo de la Entidad Federativa deberá rendir un informe sobre las acciones realizadas el cual deberá remitirse dentro de los cinco días siguientes de haber recibido la solicitud de esa información. (una semana);

h) Una vez recibido el informe de la entidad federativa, el grupo de trabajo emitirá un dictamen sobre dicho informe en lo concerniente al cumplimiento o incumplimiento de las acciones propuestas, el cual se remitirá a la Secretaría de Gobernación para que ésta a través de la Comisión Nacional, determine si la entidad federativa implementó o no dichas propuestas. (No se menciona plazo para la emisión del dictamen de cumplimiento o incumplimiento).

i) En caso de que el grupo de trabajo considere que no se implementaron las propuestas contenidas en las conclusiones del informe, la Secretaría de Gobernación, por conducto de la Comisión Nacional, en términos del artículo 25 de la Ley, emitirá la declaratoria de alerta de violencia de género, en un plazo no mayor a diez días naturales contados a partir de la fecha en que se reciba la notificación del dictamen.

j) Si a juicio del Grupo de Trabajo y de la Secretaría de Gobernación, si fueron atendidas e implementadas las acciones propuestas en las conclusiones del Grupo de Trabajo, no se declarará la Alerta de Violencia de Género.

Como puede observarse se trata de un procedimiento largo, contrario a la celeridad con que debiese de emitirse la declaratoria, ya que se trata de un mecanismo de emergencia, ante violaciones graves a los derechos humanos de las mujeres, así basta señalar que hasta la presente fecha se han emitido sólo tres declaratorias de Alerta de Violencia de género, las cuáles se declararon hasta después de un año de que fueron solicitadas:

a) Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres emitida para el estado de México.- El 28 de abril de 2014 dio inicio la investigación para la declaratoria, la cual se emitió hasta el 31 de julio de 2015.

b) Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres emitida para el estado de Morelos.- la solicitud se presentó el 27 de mayo de 2014 por la Comisión Independiente de Derechos Humanos en Morelos, después de todo el procedimiento ya referido, la Declaratoria finalmente se emitió hasta el 10 de agosto de 2015.

c) Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres emitida para el estado de Michoacán.- La solicitud se presentó el 19 de diciembre de 2014 por la organización Humanas Sin Violencia, después de todo el procedimiento ya referido, la Declaratoria finalmente se emitió hasta el 27 de junio de 2016.

El 2 de febrero de 2006 se presentó en la Cámara de Diputados la Iniciativa de Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la cual fue suscrita por las entonces diputadas Diva Hadamira Gastélum Bajo, Marcela Lagarde y de los Ríos y Angélica de la Peña Gómez, presidentas de las Comisiones de Equidad y Género, Especial de Feminicidios de la República Mexicana y Especial de la Niñez, Adolescencia y Familias, respectivamente. En la exposición de motivos de la citada iniciativa es posible observar que las proponentes destacaron como una de las aportaciones más relevantes de su iniciativa la incorporación e implementación de la alerta de género:

En este sentido una de las aportaciones más relevantes de la Ley, es sin duda la implementación del concepto alerta de género, contemplado en el Capítulo VII de dicho título, cuyo objetivo es ubicar las zonas del territorio nacional con mayor índice de violencia hacia las mujeres, lo que permitirá detectar en que órdenes de gobierno no se cumple la Ley, además de la zona en la que más se violentan los derechos de la mujer; y de esa manera sancionar a quienes la transgredan.

Y sobre todo implementar las acciones que desalienten la violencia, y que permitan suspender la declaratoria de alerta de género, que es vista como una circunstancia temporal, con la intervención de un consejo de integración nacional que asuma la responsabilidad de la violencia de género en una zona determinada.

...

No obstante, el título cuarto está dirigido a un consejo nacional asesor de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, que estaría conformado por representantes de las entidades federativas, para que el presente ordenamiento sea debidamente aplicado al contar dicho consejo con facultades y obligaciones expresas, destacando la operatividad de la declaratoria de alerta de género y lo relacionado con el agravio comparado”2

Es evidente que la intención de las proponentes de esta ley en cuanto a la Alerta de Género, era que ésta fuese un mecanismo que permitiera implementar acciones que desalentaran la violencia, “destacando la operatividad de la declaratoria de alerta de género”. Finalmente en la ley no se recogió esta visión y lo que ahora tenemos es un procedimiento no operativo, largo y tortuoso para que pueda declararse una Alerta de violencia de género, muestra de ello es que, como ya se mencionó, desde la publicación hace ya casi 10 años (en febrero de 2007) de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, sólo se han declarado tres Alertas de Género: la primera el 31 de julio de 2015 para los municipios de Ecatepec, Nezahualcóyotl, Tlalnepantla de Baz, Toluca, Chimalhuacán, Naucalpan de Juárez, Tultitlán, Ixtapaluca, Valle de Chalco Solidaridad, Cuautitlán Izcalli y Chalco del estado de México; la segunda el 10 de agosto de 2015 para los municipios de Cuautla, Cuernavaca, Emiliano Zapata, Jiutepec, Puente de Ixtla, Temixco, Xochitepec y Yautepec del estado de Morelos y la tercera el 27 de junio de 2016 para los municipios de Morelia, Uruapan, Lázaro Cárdenas, Zamora, Apatzingán, Zitácuaro, Los Reyes, Pátzcuaro, Tacámbaro, Hidalgo, Huetamo, La Piedad, Sahuayo y Maravatío del estado de Michoacán.

En el informe 2015 de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, pueden encontrarse las solicitudes de Declaración de Alerta de Género, que aún están en trámite:

Nuevo León . La solicitud fue presentada 13 de enero de 2012 por Arthemisas por la Equidad. Durante 2015 se impulsó un proceso de investigación para determinar la situación que guardan los derechos humanos de las mujeres en la entidad.

Chiapas. La solicitud fue presentada el 25 de noviembre de 2013 por el Centro de Derechos de la Mujer de Chiapas. Durante 2015 se impulsó en proceso de investigación para determinar la situación que guardan los derechos humanos de las mujeres en la entidad.

Colima. La solicitud se presentó el 22 de diciembre de 2014 por el Centro de Apoyo a la Mujer Griselda Álvarez, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Colima y la Fundación Ius Género. El 4 de noviembre de 2015, venció el plazo de seis meses para que el gobierno del estado implementara las propuestas y conclusiones establecidas en el informe del grupo de trabajo. El gobierno estatal presentó el informe sobre la implementación de las propuestas planteadas por el grupo de trabajo; información que está siendo valorada para determinar si procede o no la declaratoria de AVGM.

Baja California . La solicitud se presentó el 27 de enero de 2015 por la Red Iberoamericana Pro Derechos Humanos. El 12 de diciembre de 2015, venció el plazo de los seis meses para que el gobierno del estado implementara las propuestas y conclusiones establecidas en el informe del grupo de trabajo. El gobierno estatal presentó el informe sobre la implementación de las propuestas planteadas por el grupo de trabajo, el cual está siendo valorado para determinar si procede o no la declaratoria de AVGM.

Sonora. La solicitud se presentó el 25 de mayo de 2015 por Manitas por la Equidad y No Violencia, A.C., y Alternativa Cultural por la Equidad de Género, A.C. El 9 de noviembre de 2015, se notificó el informe elaborado por el grupo de trabajo al gobierno estatal y a la organización solicitante. El 1º de diciembre de 2015, el gobierno del estado remitió la aceptación formal a las conclusiones y propuestas del grupo, el cual cuenta un plazo de seis meses para cumplir con las propuestas del grupo de trabajo.

Veracruz. La solicitud se presentó el 9 de septiembre de 2015 por Equifonía Colectivo por la Ciudadanía, Autonomía y Libertad de las Mujeres A.C. El 22 de septiembre se llevó a cabo la primera sesión del grupo de trabajo encargado de la investigación correspondiente y el 21 de octubre de 2015 se entregó a la Segob el informe final.

Querétaro. La solicitud se presentó el 29 de octubre de 2015 por Salud y Género Querétaro, A.C., y Desarrollo Comunitario para la Transformación Social A.C. Del 11 de noviembre al 10 de diciembre, el grupo de trabajo integró el informe respectivo y lo notificó a la Segob.

San Luis Potosí. La solicitud se presentó el 23 de noviembre de 2015 por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí. El 2 de diciembre de ese año, se instaló el grupo de trabajo encargado de elaborar el informe y los días 3 y 4 del mismo mes se llevaron a cabo las visitas in situ. El 31 de diciembre de 2015 se entregó a la Segob el informe final del grupo de trabajo.

Quintana Roo . La solicitud se presentó el 4 de diciembre de 2015 por el Consejo Estatal de las Mujeres en Quintana Roo y la organización Justicia, Derechos Humanos y Género, A.C. El 31 de diciembre de 2015 se admitió la solicitud y los primeros días de 2016 se instalará el grupo de trabajo encargado de estudiar y analizar la situación que guardan los derechos humanos de las mujeres en la entidad.”3

Ante esta situación se requiere de un procedimiento sencillo, claro y ágil, para determinar si se declaran o no las Alertas de Violencia de Género solicitadas, se insiste que se trata de un mecanismo con el que se pretende enfrentar las violaciones graves y sistemáticas a los derechos humanos de las mujeres que se están presentando en un territorio determinado, la implementación de este mecanismo no puede esperar a tramites tortuosos y burocráticos.

De esta forma se propone adicionar un artículo 25 Bis a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para establecer un procedimiento sencillo y con plazos puntuales para eventualmente declarar la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, en este sentido la iniciativa plantea que en caso de que la solicitud para declarar alerta de violencia de género sea aceptada, el grupo que se conformaría para estudiarla y analizarla tendría hasta 30 días naturales para determinar si es procedente o no declararla, de esta forma la Alerta de Violencia de Género se estaría declarando en un término mucho más breve.

Por otra parte se propone una nueva integración para el grupo que estudiaría y analizaría la solicitud, así además de especialistas, lo integrarían representantes de las dependencias que participan en el Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, así como de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, también serían invitados a participar representantes de la entidad federativa y del o los municipios sobre los que se solicita declarar la Alerta de Violencia Género contra las Mujeres.

Para una mayor difusión a la declaratoria, se propone que ésta sea publicada en el Diario Oficial de la Federación.

Para reconocer formalmente la participación que los gobiernos municipales deben de tener en este tema, se propone reformar el artículo 25 para hacer mención expresa a los Ayuntamientos que deberán ser notificados también de la declaratoria de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres”.

Las acciones tendentes a la atención y prevención de la violencia que se ejerce contra las mujeres, y sobre todo la que se ejerce en su expresión más extrema que es el feminicidio, no pueden esperar largos plazos para su implementación, son acciones que con el carácter de urgente deben de ser implementadas, que mucho menos deben de estar sujetas a consideraciones de índole política.

La Alerta de Violencia de Género es una medida de protección colectiva que obliga a actuar a los tres ámbitos de gobierno, para que de manera coordinada se enfrente, erradique y prevenga, de forma pronta y expedita, sin dilaciones, la violencia feminicida en un territorio determinado, siempre con perspectiva de género y enfoque de derechos”. (sic)

Cuarta. Considerando que la iniciativa en estudio tiene dos vertientes, 1) Por un lado el reformar el artículo 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres el cual refiere que: “Corresponderá al gobierno federal a través de la Secretaría de Gobernación declarar la alerta de violencia de género y notificará la declaratoria al Poder Ejecutivo de la entidad federativa” agregándole “ y a los Ayuntamientos de que se trate”.

Al respecto y toda vez que la alerta de violencia de género constituye en términos de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un territorio determinado, ya sea ejercida por individuos o por la propia comunidad, aunado a que obedece a una situación de violencia feminicida entendida como la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos, en los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado y puede culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres. Aunado que como hace referencia la proponente, dicha medida finalmente se ejecuta en un territorio integrado ya sea por uno o varios municipios de una entidad federativa; luego entonces y a efecto de guardar congruencia con lo dispuesto por el artículo 30 del Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que a la letra establece: “La declaratoria de alerta de violencia de género tendrá como finalidad detenerla y erradicarla, a través de acciones gubernamentales de emergencia, conducidas por la Secretaría de Gobernación en el ámbito federal y en coordinación con las entidades federativas y los municipios”. Es viable dictaminar en sentido positivo la propuesta de iniciativa en estudio, estrictamente en lo concerniente al presente considerando, dado que el Ayuntamiento es el órgano colegiado de gobierno integrado por un Presidente, uno o más síndicos y regidores según corresponda en proporción a la población que lo integra; y el Municipio es el ente abstracto conformado por un territorio, población y gobierno (ayuntamiento).

2) Y por otro lado la propuesta versa en adicionar un artículo 25 Bis, en el que en términos generales establece un nuevo procedimiento para la emisión de la declaratoria, tal y como se ha hecho constar en el considerando que antecede; en tal sentido y toda vez que por técnica legislativa los enunciados lingüísticos que propone la iniciativa en estudio, no obedecen a estipular una orden, mandato, imposición, prohibición, permiso o facultad, lo cual en términos de la doctrina en materia de fuentes del derecho, establece para el caso de las leyes, el cual se lleva a cabo a través del proceso legislativo en el que el protagonista es el legislador; sino por el contrario se desprende una regulación meramente procedimental, la cual es facultad del poder ejecutivo a través del Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, tal y como lo señala Gabino Fraga el “reglamento es una norma o conjunto de normas jurídicas de carácter abstracto e impersonal que expide el Poder Ejecutivo en uso de su facultad propia y que tiene por objeto facilitar la exacta observancia de las leyes expedidas por el poder legislativo”. Se trata de un “acto de carácter meramente administrativo que emana generalmente de una autoridad administrativa y es un medio para la ejecución de las leyes.”

Por lo que se torna necesario en primer término definir lo que es la ley y lo que es un reglamento:

“La palabra “ley” proviene de la voz latina lex, que, según la opinión más generalizada, se deriva del vocablo legere, que significa “que se lee”. Algunos autores afirman que lex se deriva de ligare, haciendo resaltar el carácter obligatorio de las leyes”. La ley es una regla general escrita, como consecuencia de una operación del procedimiento (legislativo), que hace intervenir a los representantes de la nación, que declara obligatorias las relaciones sociales que se derivan de la naturaleza de las cosas, interpretándolas desde el punto de vista de la realidad.

Para la Corte Interamericana de Derechos Humanos les es “la norma jurídica de carácter general, ceñida al bien común, emanada de los órganos legislativos constitucionalmente previstos y democráticamente elegidos y elaborada según el procedimiento establecido por las constituciones de los Estados partes para la formación de las leyes”.

La Ley tiene cierta preferencia, que consiste en que sus disposiciones no pueden ser modificadas por un reglamento; sin embargo, el reglamento basa fundamentalmente su existencia en la ley.

En tal orden de ideas, el reglamento según la Real Academia: “es la colección ordenada de reglas o preceptos que por autoridad competente se da para la ejecución de una ley o para el régimen de una corporación o de una Dependencia o un servicio”.

Por su parte el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, analizando sus características lo define como una norma de carácter general, abstracto e impersonal, expedido por el titular del Poder Ejecutivo para proveer la exacta aplicación de una ley previa.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, establece que el Reglamento es un acto formalmente administrativo y materialmente legislativo, participa de los atributos de la ley, aunque solo en cuanto ambos ordenamientos son de naturaleza, impersonal, general, abstracta misma en la que dos características separan de la Ley del Reglamento en sentido estricto este último emana del ejecutivo, a quien incumbe proveer en la esfera administrativa de la exacta observancia de la ley, pero aun en lo que parece común en los ordenamientos, de carácter general y abstracto, se separa por la finalidad que en el área del Reglamento se imprime a dicha característica, ya que el reglamento determina de modo general y abstracto los medios que deberán implementarse para aplicar la ley a los casos concretos, atribuciones asignadas por la ley de la materia a determinados organismos de la administración pública.

Es decir, si bien la propuesta versa sobre el establecimiento de enunciados lingüísticos normativos tendentes a formar parte del contenido dogmático de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, también lo es que material y pragmáticamente hablando en su esencia constituye una serie de enunciados normativos que en su caso regularían el aspecto adjetivo sobre la declaración de la alerta de violencia de género, por lo que a consideración de esta comisión dictaminadora la vía procesal legislativa sería otra, dado que nos encontramos ante una norma cuyo objeto es la exacta observancia respecto de la declaración de la alerta de violencia de género, plasmada en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

A mayor abundamiento a continuación se transcribe la jurisprudencia emitida por el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación:

Época: Novena Época

Registro: 166655

Instancia: Pleno

Tipo de Tesis: Jurisprudencia

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Tomo XXX, agosto de 2009

Materia(s): Constitucional

Tesis: P./J. 79/2009

Página: 1067

FACULTAD REGLAMENTARIA DEL PODER EJECUTIVO FEDERAL. SUS PRINCIPIOS Y LIMITACIONES.

La Suprema Corte ha sostenido reiteradamente que el artículo 89, fracción I, de la Constitución Federal establece la facultad reglamentaria del Poder Ejecutivo Federal, la que se refiere a la posibilidad de que dicho poder provea en la esfera administrativa a la exacta observancia de las leyes; es decir, el Poder Ejecutivo Federal está autorizado para expedir las previsiones reglamentarias necesarias para la ejecución de las leyes emanadas por el órgano legislativo. Estas disposiciones reglamentarias, aunque desde el punto de vista material son similares a los actos legislativos expedidos por el Congreso de la Unión en cuanto que son generales, abstractas e impersonales y de observancia obligatoria, se distinguen de las mismas básicamente por dos razones: la primera, porque provienen de un órgano distinto e independiente del Poder Legislativo, como es el Poder Ejecutivo; la segunda, porque son, por definición constitucional, normas subordinadas a las disposiciones legales que reglamentan y no son leyes, sino actos administrativos generales cuyos alcances se encuentran acotados por la misma Ley. Asimismo, se ha señalado que la facultad reglamentaria del Presidente de la República se encuentra sujeta a un principio fundamental: el principio de legalidad, del cual derivan, según los precedentes, dos principios subordinados: el de reserva de ley y el de subordinación jerárquica a la misma. El primero de ellos evita que el reglamento aborde novedosamente materias reservadas en forma exclusiva a las leyes emanadas del Congreso de la Unión o, dicho de otro modo, prohíbe a la ley la delegación del contenido de la materia que tiene por mandato constitucional regular. El segundo principio consiste en la exigencia de que el reglamento esté precedido de una ley, cuyas disposiciones desarrolle, complemente o detalle y en los que encuentre su justificación y medida. Así, la facultad reglamentaria del Poder Ejecutivo Federal tiene como principal objeto un mejor proveer en la esfera administrativa, pero siempre con base en las leyes reglamentadas. Por ende, en el orden federal el Congreso de la Unión tiene facultades legislativas, abstractas, amplias, impersonales e irrestrictas consignadas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para expedir leyes en las diversas materias que ésta consigna; por tanto, en tales materias es dicho órgano legislativo el que debe materialmente realizar la normatividad correspondiente, y aunque no puede desconocerse la facultad normativa del Presidente de la República, dado que esta atribución del titular del Ejecutivo se encuentra también expresamente reconocida en la Constitución, dicha facultad del Ejecutivo se encuentra limitada a los ordenamientos legales que desarrolla o pormenoriza y que son emitidos por el órgano legislativo en cita.

Controversia constitucional 41/2006. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. 3 de marzo de 2008. Unanimidad de diez votos. Ausente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretarios: Raúl Manuel Mejía Garza y Laura Patricia Rojas Zamudio.

El Tribunal Pleno, el primero de julio en curso, aprobó, con el número 79/2009, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a primero de julio de dos mil nueve.

Cabe destacar de la tesis anterior lo relativo a que la importancia de los reglamentos radica en que posibilitan proveer en la esfera administrativa a la exacta observancia de las leyes, así como el principio de que los reglamentos no pueden contener cuestiones que son exclusivas de la ley; lo cual aplicado a contrario sensu significa que la ley no puede contener cuestiones que son exclusivas de los reglamentos, como es el caso que nos ocupa relativo al establecimiento del procedimiento para el caso de la emisión de la declaratoria de alerta de violencia de género contra las mujeres.

Máxime que es el Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, no la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el que establece dicho procedimiento dentro del contenido de los artículos 30, 31, 32, 33, 35, 36, 36 Bis, 36 Ter, 37, 38 y 38 Bis.

Quinta. Por todo lo anteriormente analizado y argumentado, esta Comisión con fundamento en el numeral 1 del artículo 82 del Reglamento de la Cámara de Diputados, aprueba con modificaciones la propuesta de origen base del presente dictamen, sometiendo a consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente:

Decreto por el que se reforma el artículo 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Artículo Único.Se reforma el artículo 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para quedar como sigue:

ARTICULO 25. Corresponderá al gobierno federal a través de la Secretaría de Gobernación declarar la alerta de violencia de género y notificará la declaratoria al Poder Ejecutivo de la entidad federativa, así como a los Ayuntamientos de que se trate, dando cumplimiento a lo dispuesto por el Título Tercero del Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Transitorio

Único. El presente Decreto entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_100715.pdf

2 Para consulta en https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/7/3260/7.pdf

3 Fraga Gabino “Derecho Administrativo” Editorial Porrúa. México 1993.

4 Para consulta en https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/7/3260/9.pdf

5 GAXIOLA MORAILA, Federico Jorge, “Ley”, Diccionario Jurídico mexicano, México, Porrúa 1996 t. III, p.1963

6 Opinión Consultiva número 6, párrafos 23 y 32. Informe anual de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos, Washington, D.C., 1997, p. 65.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de febrero de 2017.

La Comisión de Igualdad de Género, diputados:Laura Nereida Plascencia Pacheco (rúbrica), presidenta; Sofía del Sagrario de León Maza (rúbrica), Delia Guerrero Coronado, Carolina Monroy del Mazo (rúbrica), Érika Araceli Rodríguez Hernández (rúbrica), Carmen Salinas Lozano, Guadalupe González Suástegui (rúbrica), Janette Ovando Reazola, Karina Padilla Ávila, (rubrica), Karen Orney Ramírez Peralta, Sasil Dora Luz de León Villard, María Candelaria Ochoa Avalos (rúbrica), Angélica Reyes Ávila (rúbrica), Lucely del Perpetuo Socorro Alpízar Carrillo (rúbrica), Hortensia Aragón Castillo, Erika Lorena Arroyo Bello (rúbrica), Ana María Boone Godoy, Gretel Culin Jaime, David Gerson García Calderón (rúbrica en abstención), Patricia García García (rúbrica), Jorgina Gaxiola Lezama (rúbrica), Genoveva Huerta Villegas, Irma Rebeca López López (rúbrica), María Verónica Muñoz Parra, Flor Estela Rentería Medina (rúbrica), María Soledad Sandoval Martínez (rúbrica), Concepción Villa González (rúbrica en abstención).»

La Presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: De conformidad con el artículo 104, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se han registrado para fijar la posición de su grupo parlamentario las siguientes diputadas y diputados, quienes harán uso de la palabra por cinco minutos cada uno.

Por el Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, para fijar la postura tiene el uso de la voz la diputada Cynthia Gissel García Soberanes.

La diputada Cynthia Gissel García Soberanes:Con su venia, señora presidenta. Honorable asamblea, a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social vengo a posicionar el dictamen de la Comisión de Igualdad de Género, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 25 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Para las y los diputados federales de Encuentro Social resulta prioritaria la promoción de y para los hombres y mujeres del respeto, protección y garantía de los derechos humanos bajo los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

En ese orden de ideas tenemos la clara necesidad de crear los mecanismos jurídicos y proveer a las políticas públicas necesarias, tales que contribuyan a alcanzar una verdadera igualdad entre hombres y mujeres, que posibilite toda forma de adelanto de estas; salvaguardar los derechos de las mujeres en esa tarea ardua, pero necesaria si queremos materializar el viejo anhelo de igualdad económica, política y social de todos los mexicanos, con independencia en su género.

Con tal fin, el presente dictamen busca reforzar el andamiaje jurídico que regula la alerta de género, de tal suerte que cuando la Secretaría de Gobernación declare una alerta de violencia de género no solo notifique a los Ejecutivos de las entidades federativas, sino lo haga saber a los municipios interesados.

En ese sentido, con la reforma que habremos de aprobar, la Secretaría de Gobernación, a estar también obligada a dar aviso a las autoridades de los ayuntamientos afectados, esto dará fortalecimiento al pacto federal y haciendo cumplir el mandato de seguir escrupulosamente la normatividad que para tal efecto establece el propio reglamento de la ley.

La importancia de la alerta de violencia de género radica en el hecho que constituye el conjunto de las acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia de género, incluso los feminicidios, que es la forma más extrema de violencia de género, ejercida por individuos o comunidades en un territorio determinado.

La intención primera y última de la alerta es proteger a las mujeres de la violación de los derechos humanos en el ámbito público y privado, mediante el señalamiento, persecución y protección de conductas misóginas, con la clara y única intención de erradicar la impunidad social y estado.

Nuestro grupo parlamentario reconoce como un acierto la idea de incluir dentro de la ley la obligación de la Secretaría de Gobernación para extender la alerta a los ayuntamientos donde las mujeres se encuentren siendo objeto de violencia a causa de su género.

Las y los diputados federales del PES creemos que la reforma habrá de contribuir a una mejor y más pronta atención de las víctimas de violencia de género, así como a una más efectiva persecución y castigo de los que infringen dicha y despreciable violencia.

Por lo antes expuesto, las y los legisladores de Encuentro Social habremos de votar a favor del presente dictamen, pues consideramos necesario robustecer el marco jurídico nacional para dotar a nuestras autoridades de más y mejores medios jurídicos para la protección de los derechos humanos de las mujeres en los tres niveles de gobierno. Hagámoslo nosotros. Es todo, señora presidenta, gracias.

Presidencia de la diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Cynthia Gissel García Soberanes.

La diputada Norma Rocío Nahle García(desde la curul): Presidenta.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Por favor, sonido en la curul de la diputada Rocío Nahle.

La diputada Norma Rocío Nahle García (desde la curul): Presidenta, en esta iniciativa el Grupo Parlamentario de Morena, quien es quien la presenta, habíamos contemplado y habíamos hecho una propuesta con varios grupos parlamentarios para ponerle tiempos a la declaratoria de alerta de género, que son 60 días naturales a partir de la solicitud correspondiente. No aparece así en la adenda y en el dictamen que se está presentando.

Aquí la pregunta es si podemos, exactamente, mientras estamos consensando pasar al siguiente dictamen, a pesar de que ya haya subido la compañera.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Mire, efectivamente, diputada, sé que es una adenda que se está todavía platicando. El acuerdo era continuar con los posicionamientos y en el transcurso nos llegue la adenda ya para hacerla valer y que pueda ser votada con la modificación que se propone.

La diputada Norma Rocío Nahle García(desde la curul): Presidenta.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Sonido nuevamente en la curul de la diputada Nahle.

La diputada Norma Rocío Nahle García (desde la curul): No se presentó el dictamen por la comisión y, efectivamente, ¿cómo posiciono si no tenemos la adenda ya definida? Entonces, no sé si tenemos otro dictamen, darle entrada a otro dictamen, mientras podemos inscribir la adenda con el acuerdo de las diferentes fracciones parlamentarias.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Diputada Nahle, tenemos alrededor de media hora de posicionamientos en lo que se define el término en definitiva de la adenda y desde luego ya se nos informó de esta adenda, que se está incluso revisando, y estaríamos en la espera en el momento en que nos la hagan llegar, para que fuera con esta adenda como finalmente se votara el dictamen, y continuaríamos con los posicionamientos que tenemos, pues prácticamente media hora para poderla concretar la adenda.

La diputada Hortensia Aragón Castillo(desde la curul): Presidenta.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Sonido, por favor, en la curul de la diputada Hortensia Aragón.

La diputada Hortensia Aragón Castillo (desde la curul): Muchas gracias, presidenta. Primero, expresar que no entiendo por qué los temas tan simples que tienen que ver con los dictámenes de género se atoran de esta manera y sobre todo este que ya había avanzado en una serie de acuerdos; primero.

Y segundo, considerando también lo que el Reglamento establece, no estaría yo pidiendo jamás otra cosa, pudiera valorarse la posibilidad de la solicitud que ha hecho la diputada Nahle como proponente de esta iniciativa, dado que es muy difícil para los grupos parlamentarios posicionar, porque nosotros lo haríamos en el sentido en el que viniera el dictamen, y en este momento no sabemos en qué sentido va a venir el dictamen. Y los posicionamientos tienen que ir siempre llamando al grupo parlamentario a votar en el sentido de un dictamen.

Por lo tanto, no habiendo dictamen va a ser muy complicado para nuestro grupo parlamentario fijar una posición.

La diputada María Candelaria Ochoa Avalos(desde la curul): Presidenta.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Sonido, por favor, en la curul de la diputada Candelaria Ochoa.

La diputada María Candelaria Ochoa Avalos (desde la curul): Gracias, presidenta. Solo para decirle que nos están entregando una adenda que ya se había integrado al dictamen. Y que en realidad, los tiempos que deberían ser la adenda formal es lo que no se está votando. Entonces, nos entregan algo que es precisamente hacer del conocimiento de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial en los estados, que eso ya lo habíamos acordado en la Comisión. Esta no es la adenda, la otra discusión, que es la de debate, es los tiempos para declarar la alerta. Así que este no es el dictamen que estamos votando, muchas gracias.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: En atención a la solicitud de varios de los grupos parlamentarios, la Presidencia suspende y difiere la discusión de este asunto y pasamos al siguiente punto a discusión, para retomarlo cuando tengamos el dictamen consensuado.



LEY DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Continuando con el orden del día, en tanto podemos continuar posteriormente con el punto que fue suspendido, el siguiente punto es la discusión del dictamen de la Comisión de Ciencia y Tecnología, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 2o. de la Ley de Ciencia y Tecnología.

La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Dictamen de la Comisión de Ciencia y Tecnología, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 2o. de la Ley de Ciencia y Tecnología

HONORABLE PLENO:

A la Comisión de Ciencia y Tecnología le fue turnada para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 2o. de la Ley de Ciencia y Tecnología.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 80, numeral 2, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, 158, numeral 1, fracción IV, 182, numeral 1, artículo 183, numerales 1 y 2 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, se presenta a consideración de esta soberanía el siguiente dictamen:

METODOLOGÍA

I. En el capítulo de ANTECEDENTES se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para la elaboración del presente dictamen y de la iniciativa anterior en la materia.

II. En el capítulo referido al CONTENIDO DE LA INICIATIVA se expone el objetivo de la propuesta y la exposición de motivos de la misma.

III. En el capítulo de CONSIDERACIONES se expresan los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la resolución de esta comisión.

IV. En el capítulo de RESOLUTIVO se exponen los resolutivos que acordó la Comisión.

I. ANTECEDENTES

Primero. Con fecha 29 de abril de 2016, la diputada Mirza Flores Gómez presentó ante el Pleno de la H. Cámara de Diputados la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 2o. de la Ley de Ciencia y Tecnología.

Segundo. Con esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, dictó el siguiente trámite: “Túrnese a la Comisión de Ciencia y Tecnología para dictamen”. Oficio número D.G.P.L. 63-II-5-1039.

Tercero. Con fecha 23 de mayo de 2016, la Comisión de Ciencia y Tecnología recibió el expediente 2990 que contiene la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 2o. de la Ley de Ciencia y Tecnología.

Cuarta. Con fecha 11 de junio de 2016, la Comisión de Ciencia y Tecnología solicitó prórroga para emitir dictamen a la Presidencia de la Mesa Directiva, misma que fue autorizada el día 26 de julio de 2016 mediante el oficio DGLP 63-II-5-1161.

II. CONTENIDO DE LA INICIATIVA

La iniciativa que presenta la diputada Mirza Flores Gómez destaca que la acción global frente al cambio climático es ineludible e impostergable y México debe hacer frente de diversas maneras, a fin de que permitan reducir las emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero para evitar que los efectos se agraven, dado que México contribuyó en 2011 con el 1.4 por ciento de las emisiones globales derivadas principalmente de la quema de combustibles fósiles, respecto a la emisión de CO2 y, por tanto, de acuerdo con estas cifras, México es el decimosegundo país con mayores emisiones del mundo.

La proponente apunta en la iniciativa que el cambio climático y por tanto los desastres ocasionados en consecuencia conllevan problemas sociales, económicos y ambientales que ya afectan a su población, su infraestructura y a sus sistemas productivos. Por ejemplo, se destaca el caso del fenómeno de “El Niño”, cuya actividad dio como resultado una alta acción ciclónica con consecuencias trágicas para la sociedad.

De esta manera, la iniciativa en análisis destaca que este fenómeno nos impone la necesidad de planear a largo plazo y actuar de inmediato para adaptarnos ante los impactos potencialmente adversos,así como reducir las emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero, pues el equilibrio del ecosistema depende de varios factores, entre los que destacan la radiación solar o los ciclos de la órbita, la composición química de la atmósfera o los ciclos del agua y el carbono.

En la iniciativa se expone que los desastres naturales ocurridos por acción del cambio climático nos enfrentan a un doble desafío, tanto a México como a los países del mundo entero, pues se requiere de nuestra actuación en dos niveles: la mitigación y la adaptación, y exigen una transformación profunda de nuestros actuales modelos energéticos y productivos; y un compromiso desde la escala local y territorial más próxima, hasta la escala global al más alto nivel.

Por ello, la planificación se convierte en una medida de adaptación, y tanto los conceptos, como las herramientas de los sistemas de producción climáticamente inteligentes, a través de los conocimientos generados por la ciencia, tecnología e innovación, deben ser parte integrante de un marco legal que permita hacer una contribución genuina y sostenible para afrontar retos como la seguridad alimentaria, la mitigación del cambio climático o el aumento de capacidades en los países en vías de desarrollo.

La iniciativa propone específicamente que el eje central sea el fomento de la resiliencia en la investigación científica y tecnológica desde las diferentes áreas de conocimiento, como la herramienta que permita contribuir y responder de forma eficaz ante los retos del cambio climático.

II. CONSIDERACIONES

PRIMERA. Esta comisión dictaminadora realizó el estudio de la iniciativa con proyecto de decreto que agrega la fracción IX al artículo 2o. de la Ley de Ciencia y Tecnología, en el proceso se analizaron las diferentes posturas sobre el tema de los organismos y entidades consultadas y fueron consideradas. Así mismo, se realizó una reunión entre la diputada y especialistas en el tema, se aclararon las dudas respecto al alcance de la propuesta y se estableció que era de prioridad alta el fomento de la resiliencia en la investigación científica y tecnológica.

Derivado de lo anterior se proponen cambios en la redacción de la propuesta original y de esta manera, de acuerdo con los argumentos analíticos y jurídicos analizados esta Comisión considera la presente propuesta viable.

SEGUNDA. Un desastre se define como el resultado de la ocurrencia de uno o más agentes perturbadores severos y o extremos, concatenados o no, de origen natural o de la actividad humana, que cuando acontece en un tiempo y en una zona determinada, causan daños y que por su magnitud exceden la capacidad de respuesta de la comunidad. En este sentido, en la Comisión de Ciencia y Tecnología compartimos con la proponente la certeza que han brindado las investigaciones en el tema respecto a que los desastres naturales efectivamente pueden deberse a la acción del cambio climático. Sin embargo, aquellos desastres derivados de la acción humana directa, por ejemplo, una explosión en un complejo petrolero o el derrame accidental de petróleo en las costas constituyen también un desastre.

En este sentido, esta Comisión considera que la propuesta original de la proponente no distingue con claridad este precepto, y la interpretación literal de la propuesta puede limitar la resiliencia a los efectos ocasionados por el cambio climático, por lo que se propone adicionar los conceptos: desastres naturales y antropogénicos.

De esta manera, la propuesta en análisis resultaría complementaria, sin duplicar, el artículo 5o. de la Ley General de Cambio Climático, que a la letra reza: “La federación, las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios ejercerán sus atribuciones para la mitigación y adaptación al cambio climático, de conformidad con la distribución de competencias prevista en esta ley y en los demás ordenamientos legales aplicables.”

TERCERA. Al entender a la resiliencia como “la capacidad de los asentamientos humanos para resistir y recuperarse rápidamente de cualquier peligro plausible” y como “La de la capacidad de volver rápidamente a la situación estable anterior”, es posible dimensionar que para tener dicha capacidad es necesaria la interacción entre los diferentes actores institucionales, entre ellos la academia, la cual puede aportar desde la investigación una contextualización de la realidad y líneas de acción, como el desarrollo tecnológico, la publicación y la divulgación de artículos, la formación de masa crítica en torno al tema, y el fomento de un intercambio de experiencias entra la academia y la sociedad que permitirá el desarrollo de planes de mitigación y de adaptación al cambio climático. Según la CONAP (2015) “Aumentar la resiliencia de los ecosistemas y socioecosistemas, disminuye su vulnerabilidad frente a las perturbaciones”

CUARTA.La propuesta es una pieza que pretender servir como andamiaje jurídico para dar cumplimiento en lo propuesto en el la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de la Organización de las Naciones Unidas, particularmente al objetivo 13 el cual convoca a “fortalecer la resiliencia y la capacidad de adaptación a los riesgos relacionados con el clima y los desastres naturales en todos los países”. Esto con el fin de crear estrategias de prevención que permitan dar respuestas tempranas ante los diversos escenarios de riesgo producto de las interacciones naturales del ambiente y las interacciones de carácter antropogénico.

Aunado a lo anterior, en el Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030, en la Tercera Conferencia Mundial de las Naciones Unidas sobre la Reducción del Riesgo de Desastres, celebrada del 14 al 18 de marzo de 2015 en Sendai, Miyagi (Japón), México se comprometió a realizar una serie de acciones pautados para cumplimentar los retos del desarrollo sostenible, destacando la necesidad de aprobar un marco para la reducción del riesgo de desastres después de 2015 conciso, específico, preparado con visión de futuro y orientado a la acción. Por lo que se debe adoptar medidas específicas en todos los sectores, en los planos local, nacional, regional y mundial, con respecto a las siguientes cuatro esferas prioritarias: comprensión del riesgo, fortalecimiento de la gobernanza, inversión en la reducción del riesgo de desastres para la resiliencia y aumentar la preparación para casos de desastres.

Continuando con el análisis de lo dispuesto por el Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030, la Prioridad 1 establece que “las políticas y prácticas para la gestión del riesgo de desastres deben basarse en una comprensión del riesgo de desastres en todas sus dimensiones de vulnerabilidad, capacidad, grado de exposición de personas y bienes, características de las amenazas y entorno. Esos conocimientos se pueden aprovechar para la evaluación del riesgo previo a los desastres, para la prevención y mitigación y para la elaboración y aplicación de medidas adecuadas de preparación y respuesta eficaz para casos de desastre.

Para lograr lo anterior, a nivel nacional e internacional, de acuerdo al documento citado supra, es necesario que los Estados Partes impulsen el desarrollo de las capacidades vocaciones y capacidades científicas, tecnológicas y de innovación con el objetivo de fortalecer el conocimiento y la investigación de la resiliencia para el caso de desastres naturales y antropogénicos.

De igual forma, dentro de la prioridad 4, para aumentar la preparación para casos de desastre a fin de dar una respuesta eficaz y para “reconstruir mejor” en los ámbitos de la recuperación, la rehabilitación y la reconstrucción, los Estados parte reconocen que tienen la responsabilidad general de reducir el riesgo de desastres, sin embargo, se trata de una responsabilidad compartida entre los gobiernos y los actores pertinentes. En particular, los actores no estatales desempeñan un papel importante como facilitadores del apoyo proporcionado a los Estados, con arreglo a las políticas, leyes y regulaciones nacionales, en la aplicación del presente Marco a nivel local, nacional, regional y mundial. Su compromiso, buena voluntad, conocimiento, experiencia y recursos serán necesarios.

En este sentido, el sector académico y las entidades y redes científicas y de investigación (en su calidad de actores pertinentes) deben centrarse en factores y las situaciones hipotéticas de riesgo de desastres, incluidos los riesgos emergentes de desastres, a mediano y largo plazo, aumentar la investigación para la aplicación regional, nacional y local, apoyar las iniciativas de las comunidades y las autoridades locales, y apoyar la interacción entre las políticas y la ciencia para la toma de decisiones.

QUINTA. De igual forma, la Comisión considera que la presente propuesta de modificación al artículo 2 de la Ley de Ciencia y Tecnología no contraviene ninguna otra disposición jurídica, por el contrario, busca apoyar y abonar a lo dispuesto en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, que acertadamente, el titular del Ejecutivo, Lic. Enrique Peña Nieto, quien con una visión de futuro estableció el objetivo 1.6 “Salvaguardar a la población, a sus bienes y a su entorno ante un desastre de origen natural o humano”, específicamente la línea de acción “Impulsar la Gestión Integral de Riesgos como una política integral en los tres órdenes de gobierno, con la participación de los sectores privado y social”.

SEXTA. Estrategia Nacional de Cambio Climático. Visión 10-20-40 se muestra que los costos de la variabilidad climática natural, asociada a fenómenos hidrometeorológicos extremos, “han pasado de un promedio anual de 730 millones de pesos en el periodo de 1980 a 1999 a 21,950 millones de pesos para el periodo 2000-2012” y que para 2013 de los 2,456 municipios del país, existen 1,385 se encuentran en la categoría de alto riesgo de desastre y en estos municipios concentran alrededor de 27 millones de habitantes. Por lo tanto es prioritario diseñar “una mejor estrategia de comunicación social climática, incluyendo un sistema de información actualizado de cambio climático, que permita a los tomadores de decisiones, investigadores, docentes y público en general, contar con estudios, inventarios, registros y evaluaciones entre otros” que permitan hacer un uso racional de los recursos económicos.

SÉPTIMA. Esta Comisión dictaminadora considera necesario el impulso a las vocaciones y eventualmente, la preparación de recursos humanos con el objetivo de fortalecer el conocimiento y la investigación de la resiliencia y la reducción de riesgos para el caso de desastres, pues actualmente la falta de una masa crítica que permita realizar estas investigaciones ha requerido la necesidad de buscar recursos humanos calificados en el extranjero, lo cual constituye una seria preocupación pues la nación debe contar con sus propios ciudadanos calificados que permitan una soberanía intelectual frente a otras naciones.

Por último, es importante mencionar que, del 22 al 26 de mayo de 2017, en la ciudad de Cancún, Quintana Roo, se llevará a cabo la Plataforma Global para la Reducción del Riesgo de Desastres de la Organización de las Naciones Unidas, considerado el foro mundial más importante en la materia y a través del cual se fomenta la acción coordinada de la comunidad internacional para disminuir los daños ocasionados por las amenazas naturales.

El objetivo es dar continuidad a la aplicación del Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres, el cual representa el mayor acuerdo internacional adoptado por todos los países miembros y que establece metas específicas para la reducción de pérdidas de vidas humanas, económicas y ambientales ocasionadas por fenómenos naturales que derivan en desastres, por lo anterior, ésta Comisión Dictaminadora considera que la presente propuesta de reforma coadyuvará al cumplimiento de los compromisos hechos por el Ejecutivo con la comunidad internacional.

Por las consideraciones que anteceden, esta comisión dictaminadora establece que es de aprobarse con modificaciones el contenido de la iniciativa, y por encontrarlo debidamente fundado y motivado, se presenta a consideración esta soberanía el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UNA FRACCIÓN IX AL ARTÍCULO 2o. DE LA LEY DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Artículo Único.Se adiciona una fracción IX al artículo 2o. de la Ley de Ciencia y Tecnología, para quedar como sigue:

Artículo 2

...

I. a VI. ...

VII. Propiciar el desarrollo regional mediante el establecimiento de redes o alianzas para la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación;

VIII. Promover la inclusión de la perspectiva de género con una visión transversal en la ciencia, la tecnología y la innovación, así como una participación equitativa de mujeres y hombres en todos los ámbitos del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, e

IX. Impulsar el desarrollo de las vocaciones y capacidades científicas, tecnológicas y de innovación con el objetivo de fortalecer el conocimiento y la investigación de la resiliencia y reducción de riesgos para el caso de desastres naturales y antropogénicos.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas. 2015. Estrategia de cambio climático desde las áreas naturales protegidas: Una convocatoria para la resiliencia de México (2015-2020). Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. México

2 ONU_HABITAT. Resiliencia. http://es.unhabitat.org/temas-urbanos/resiliencia/

3 CONANP, 2015. Estrategias de cambio climático desde las áreas naturales protegidas. México. 60 pág.

4 Objetivos de desarrollo sostenible. 17 objetivos para transformar nuestro mundo http://www.un.org/sustainabledevelopment/es/climate-change-2/

5 Reporte Mexicano de Cambio Climático GRUPO II Impactos, vulnerabilidad y adaptación. 2015http://www2.inecc.gob.mx/publicaciones/download/722.pdf

6 Reporte Mexicano de Cambio Climático GRUPO III EMISIONES Y MITIGACIÓN DE GASES DE EFECTO INVERNADERO. 2015 http://www.pincc.unam.mx/libro_reportemex/reporte_mexicano_vol_III.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, noviembre 30 de 2016.

La Comisión de Ciencia y Tecnología, diputados:Carlos Gutiérrez García (rúbrica), presidente; Lucely del Perpetuo Socorro Alpízar Carrillo (rúbrica), Bernardino Antelo Esper (rúbrica), Hersilia Onfalia Adamina Córdova Morán (rúbrica), Federico Eugenio Vargas Rodríguez (rúbrica), Leonel Gerardo Cordero Lerma (rúbrica), José Máximo García López, Gerardo Federico Salas Díaz, Tania Victoria Arguijo Herrera (rúbrica), Leonardo Rafael Guirao Aguilar, Mirza Flores Gómez (rúbrica), secretarios; Patricia Elena Aceves Pastrana (rúbrica), María Esther Guadalupe Camargo Félix (rúbrica), Héctor Javier García Chávez, Laura Valeria Guzmán Vázquez (rúbrica), María Angélica Mondragón Orozco (rúbrica), Luz Argelia Paniagua Figueroa, Laura Beatriz Esquivel Valdés, Alfredo Javier Rodríguez Ávila, Erika Araceli Rodríguez Hernández (rúbrica), Salomón Fernando Rosales Reyes (rúbrica), Juan Fernando Rubio Quiroz, María Eloísa Talavera Hernández (rúbrica).»

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Tiene la palabra por cinco minutos el diputado Carlos Gutiérrez García, para fundar el dictamen, de conformidad con el artículo 104, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados.

El diputado Carlos Gutiérrez García:Muy buenas tardes. Con el permiso de la Presidencia, compañeras y compañeros legisladores. El día de hoy me honra estar aquí con ustedes como portavoz de la Comisión de Ciencia y Tecnología, la cual me honro en presidir, para poder presentar el dictamen a la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 2o. de la Ley de Ciencia y Tecnología.

El dictamen que hoy presentamos ante ustedes, se refiere a la importancia de coordinar y prever acciones frente a los desastres, ya sean por causas naturales o antropogénicas, reto que resulta impostergable y al cual México debe hacer frente de manera decidida. De acuerdo con la Ley Nacional de Áreas Naturales Protegidas, un desastre se define como el resultado de la ocurrencia de uno o más agentes perturbadores, severos y/o extremos, concatenados o no de origen natural o de la actividad humana, que cuando acontece en un tiempo y en una zona determinada causan daños y que por su magnitud excede en la capacidad de respuesta de la comunidad.

Es decir, un desastre puede deberse a la acción del cambio climático o bien a la acción o inacción del ser humano. Por ejemplo: una explosión en un complejo petrolero o el derrame accidental de petróleo, sea cual sea el origen debemos contar con las herramientas que nos permitan hacer frente, y sobre todo estar preparados para otro posible desastre natural.

Así bien, de ello trata este dictamen, de que la planificación se convierte en una medida de adaptación con ayuda de herramientas científicas y tecnológicas desarrolladas para tal fin. Lo que se está proponiendo es que el eje central sea el fomento de la resiliencia y es que al entender a la resiliencia como la capacidad de los asentamientos humanos para resistir y recuperarse rápidamente de cualquier peligro plausible o la capacidad de volver rápidamente a la situación estable anterior.

Es posible dimensionar que para tener dicha capacidad es necesaria la interacción entre los diferentes actores institucionales, entre ellos la academia, la cual puede aportar desde la investigación una contextualización de la realidad y líneas de acción como el desarrollo tecnológico, la publicación y la divulgación de los artículos, la formación de masa crítica en torno al tema y el fomento de un intercambio de experiencias entre la academia y la sociedad, que permitirá el desarrollo de planes de mitigación y de adaptación al cambio climático.

El dictamen que hoy ponemos a consideración incluye en la Ley de Ciencia y Tecnología este concepto, de manera tal que nos impone la necesidad de planear a largo plazo y actuar de inmediato para adaptarnos ante los impactos potencialmente adversos.

Consideramos que esta reforma es una pieza que servirá de andamiaje jurídico para dar cumplimiento a la propuesta de la agenda 2030 para el desarrollo sostenible de la Organización de las Naciones Unidas, particularmente el objetivo 13, el cual convoca a fortalecer la resiliencia y la capacidad de adaptación a los riesgos relacionados con el clima y los desastres naturales en todos los países.

Eso, con el fin de que haya estrategias de prevención que permitan dar respuestas tempranas ante los diversos escenarios de riesgo, producto de las interacciones naturales del ambiente y aquellas de carácter antropogénico.

Consideramos que esta reforma ayudará también a la imperante necesidad de pensar en el bienestar de los mexicanos que viven en sitios calificados como peligrosos, y es que en el Reporte Mexicano de Cambio Climático Grupo 2, Impactos, vulnerabilidad y adaptación 2015, se muestra que tan solo en 2013, de los dos mil 456 municipios del país, mil 385 de ellos se encontraba en la categoría de altos riesgos de desastre. Es decir, más del 56 por ciento de los municipios del país se encuentran en eminente riesgo debido a fenómenos hidrometeorológicos, sumado a que estos municipios concentran alrededor de 30 millones de habitantes.

Por otro lado, los costos asociados a la atención de esos desastres han pasado de un promedio anual de 730 millones de pesos en el periodo de 1980 a 1999, a 21 mil 950 millones de pesos para el periodo 2000-2012. Es decir, el costo ha aumentado tres mil veces.

Por tanto, coincidimos en que se requieren esfuerzos multidisciplinarios para la atención integral y la prevención de riesgos, por lo que esta comisión dictaminadora considera necesario el impulso a las vocaciones y eventualmente a la preparación de recursos humanos con el objetivo de fortalecer el conocimiento y la investigación de la resiliencia y la reducción de riesgos para el caso de desastres, pues actualmente la falta de una masa crítica que permita realizar estas investigaciones ha requerido la necesidad de buscar recursos humanos calificados en el extranjero, lo cual constituye una seria preocupación, pues la nación debe contar con sus propios ciudadanos calificados que permitan una soberanía intelectual frente a otras naciones.

Y para finalizar, por las razones antes expuestas, los invito a todos a apoyar este dictamen por el bien de México y las futuras generaciones. Asimismo felicito a la diputada Mirza Flores Gómez, secretaria de la Comisión de Ciencia y Tecnología, a su equipo de trabajo, por la propuesta, y a toda la Comisión de Ciencia y Tecnología por los aportes que se hicieron para lograr el presente dictamen. Por su atención, muchas gracias. Es cuanto, diputada presidenta.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado Carlos Gutiérrez García.

De conformidad con el artículo 104, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se han registrado para fijar la posición de su grupo parlamentario los diputados y diputadas siguientes, quienes harán uso de la palabra hasta por cinco minutos cada uno. Por el Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, tiene el uso de la voz la diputada Ana Guadalupe Perea Santos.

La diputada Ana Guadalupe Perea Santos:Con el permiso de la presidencia, honorable asamblea, en Encuentro Social tenemos la claridad en el sentido de que los desastres naturales en nuestro país han cobrado muchas vidas. Por ello encontramos en el dictamen que hoy nos ocupa, una atención loable a distintos desafíos, como la falta de expertos en las tecnologías para prevenir desastres naturales, tanto en sentido estricto como antropogénicos.

Ciertamente uno de los grandes problemas que exigen de nuestra atención en el país, es la falta de recursos humanos calificados que realicen investigaciones y desarrollen tecnologías para poder prevenir los fenómenos naturales. Hoy día la mano de obra calificada la debemos traer del extranjero para que resuelvan las lagunas técnicas que debemos enfrentar.

El marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030, es un texto de avanzada, aprobado en la III Conferencia Mundial de las Naciones Unidas sobre la Reducción del Riesgo de Desastres, celebrada del 14 al 18 de marzo del 2015, en Japón.

De acuerdo con él, México ha adoptado una postura proactiva en la que continuará buscando cumplir una serie de acciones oportunas al efecto, como el desarrollo sostenible, el fortalecimiento de la gobernanza, y finalmente la más importante y en la cual se basa el dictamen, la inversión en la comprensión y reducción del riesgo de desastres para proveer a una mayor y mejor fortaleza, así como para aumentar la preparación para casos de su actualización.

Lo anterior es pertinente para mejorar la calidad de vida de la sociedad mexicana brindando certeza de cómo proceder en casos de desastres, utilizando nuestros propios recursos humanos, lo que habrá de ser lo mejor capacitados posibles.

Con el dictamen que hoy discutimos se abre un abanico de oportunidades para que miles de jóvenes interesados en las tecnologías de la información aprovechen sus talentos al servicio de la ciudadanía, implementando ideas novedosas que puedan beneficiar y prevenir desastres naturales.

En el Grupo Parlamentario de Encuentro Social entendemos que la reducción del riesgo de desastres naturales es un tema fundamental para fortalecer la confianza con la ciudadanía. Nos preocupamos y ocupamos por apoyar toda iniciativa que pretenda beneficiar la integridad de las familias mexicanas.

Por ello las y los legisladores de Encuentro Social votaremos en favor del presente dictamen. Por su atención, muchas gracias. Es cuanto, diputada presidenta.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias diputada Ana Guadalupe Perea Santos. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, tiene el uso de la palabra la diputada Mirza Flores Gómez.

La diputada Mirza Flores Gómez:Con su venia, señora presidenta. Muy buenas tardes compañeras diputadas, compañeros diputados, el día de hoy no es ocioso volver a repetir que es el Día Mundial Forestal o el Día Mundial del Árbol.

Y eso nos pone definitivamente en una situación de centrarnos en lo que nos hace falta, tanto como legisladores como ciudadanos mexicanos, de implementar políticas públicas en beneficio de nuestro medio ambiente. Y por eso vengo a posicionar esta iniciativa, que se ha venido trabajando como parte de una agenda sumamente integral, que es en materia de resiliencia.

La iniciativa dice, concretamente en el artículo 2, fracción IX: impulsar el desarrollo de las vocaciones y capacidades científicas, tecnológicas y de innovación, con el objetivo de fortalecer el conocimiento y la investigación de la resiliencia y reducción de riesgos para el caso de desastres naturales y antropogénicos.

¿Qué quiere decir esto? Pues estamos proponiendo que dentro de la gama de las políticas de Estado, en donde se tiene que invertir para la investigación, sea una parte fundamental el cuidado y la prevención respecto del cambio climático que deben tener nuestras ciudades.

Al inicio de esta legislatura, la fracción de los diputados ciudadanos me designó como representante del grupo parlamentario dentro de la comisión de ciencia, tecnología e innovación, y desde ese momento supe que no era una responsabilidad menor.

Me enorgullezco mucho de pertenecer a esta comisión porque todos y cada una las compañeras diputadas y diputados que estamos en las labores de dictaminación lo hacemos con mucha responsabilidad, pero sobre todo en donde nos hemos caracterizado por que la mayor parte de las veces desdibujemos los colores y nos unamos en favor de México para fortalecer los vínculos que debe tener el Estado con el apoyo a la inversión de ciencia, tecnología e innovación, en donde creemos que en este país es la columna vertebral para el desarrollo y la verdadera prosperidad. No la prosperidad de los discursos, la prosperidad de las oportunidades.

Es una responsabilidad doble cuando se nos presenta la votación del Presupuesto de Egresos de 2017, y nos vemos ante la frustración de ver el recorte presupuestal, por lo que las diputadas y los diputados de la Comisión de Ciencia y Tecnología pues no hemos dejado de trabajar para lograr que algún día se tenga la promesa del presidente Peña, de lograr el uno por ciento de inversión a ciencia y tecnología.

Como siempre lo he dicho, un país que no invierte en ciencia y tecnología es un país condenado al fracaso y, peor aún, a ser el patio trasero y sucio de los países desarrollados. No basta con invertir y asignar presupuesto si la comunidad académica y científica se ve limitada en cuanto a sus facultades de investigación.

En México aún tenemos un sistema jurídico que en la mayoría de los casos se queda corto, el legislador no puede prever todas las situaciones de hecho y legislarlas, por lo que en la medida que evoluciona la sociedad se ha venido haciendo necesaria la incorporación de la exigencia de la sociedad actual en las agendas legislativas y políticas.

La resiliencia y la reducción de riesgos para caso de desastre forma parte de la agenda internacional, y no solo eso, forma parte de la agenda del presidente Peña, quien en el Plan Nacional de Desarrollo se compromete a llevar a cabo todas las políticas públicas necesarias para tal efecto. Pues entonces la Cámara de Diputados debemos de actuar en consecuencia y generar una plataforma para que México, como Estado parte, logre cumplir con los acuerdos de Sendai. Estos acuerdos que la comunidad internacional firmó en marzo de 2015, y en donde se comprometen a poner todo de su parte los países, para reducir los riesgos en casos de desastres naturales.

En México se gastan o se pierden más de mil millones de dólares anuales, solamente por desastres de lluvias, de ciclones, huracanes, tormentas tropicales o sequías. Todo lo que tenga que ver con agua genera pérdidas para nuestro país, porque no lo tenemos previsto.

Es necesario que se invierta a la comunidad científica para que se aboquen al tema del cambio climático, sus efectos y los riesgos que corremos, pero sobre todo que estemos en capacidad de recuperarnos con mayor rapidez sin que esto implique que se pierda dinero de los mexicanos. Muchas gracias.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Mirza Flores. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario de Morena, tiene el uso de la palabra la diputada Magdalena Moreno Vega.

La diputada Magdalena Moreno Vega:Con su venia, señora presidenta. Muy buenas tardes, compañeros y compañeras diputadas. Cada 19 de septiembre nuestro país cae en la cuenta de que estamos asentados en un territorio expuesto a desastres naturales, se trata de una amenaza natural, aunque también debemos considerar que las grandes concentraciones poblacionales, la falta de planeación de los desarrollos habitacionales y la corrupción que acompaña la licitación de diversos proyectos que se aprueban sin estudios técnicos previos ni supervisiones especializadas, son aspectos que incrementan los riesgos.

Estos desastres minan la estructura física de un país, afectan la salud, desarticulan comunidades, perpetúan condiciones de subdesarrollo y progreso y, lo más importante, cobran vidas.

Este contexto conduce a la necesidad de tener una visión integral sobre la gestión del riesgo de desastres, cuyo propósito sea fortalecer la capacidad de las sociedades para enfrentar las catástrofes y tener la capacidad de recuperarse. Es decir, se trata de fomentar la resiliencia de las comunidades frente a los desastres naturales, los cambios climáticos y sociales.

Es un esfuerzo que involucra a los gobiernos, a la sociedad civil, al sector privado y a la comunidad científica.

La iniciativa presentada por la diputada Mirza Flores Gómez, tiene la virtud de reconocer que al generar conocimiento especializado sobre el tema, en este caso la resiliencia frente a los desastres naturales y antropogénicos se está en la posibilidad de diseñar mejores políticas públicas y lograr que los gobiernos sean más asertivos en la materia que aprovechen e impulsen en el conocimiento científico y las capacidades de su planta académica y de investigación.

Es por ello que el Grupo Parlamentario de Morena votaremos a favor de la iniciativa y esperamos que la tarea de impulsar el desarrollo de vocaciones y capacidades científicas, tecnológicas y de innovación para la investigación de la resiliencia, vaya acompañado de recursos suficientes que materialicen las voluntades y se extienda e reconocimiento y el impulso a otras redes científicas y de investigación cuyo trabajo contribuya por igual a generar conocimiento sobre la naturaleza y la sociedad. Es cuanto.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Magdalena Moreno. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, tiene el uso de la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Leonardo Rafael Guirao Aguilar.

El diputado Leonardo Rafael Guirao Aguilar:Con su venia, señora presidenta. Es un hecho de que honor a quien honor merece, de que hay cosas que están estrechamente ligadas, de que están concatenadas y tal es el caso, por referencia, como lo hizo mi compañera la diputada Mirza, de que hoy se debe de rendir homenaje, como siempre debe hacerlo la humanidad, como hijos de eso que se llama madre naturaleza, aquello que es prodigioso y que es verde, que el verde es vida y que sin vida no habría legisladores, hablo de aquél invento fantástico que se reproduce por sí solo y que es el árbol.

Lo he manifestado, de que no es necesario rendirle un homenaje póstumo en un ataúd lleno de inconciencia, en donde el depredador número uno que es su hijo, que es la humanidad, vea postrado en su lecho de muerte al último árbol.

Se dice que las arengas destinadas a convencer una colectividad se hace necesario invocar razones, pero antes hay que hacer vibrar los sentimientos. Que sin duda alguna las fábricas de agua, los pulmones de la humanidad que mantienen de pie al mundo entero, son los árboles. Que es necesario la conciencia de la necesidad de devolver a la naturaleza el gran valor que tiene y que nosotros como depredadores les hemos quitado. De que es indiscutible que es necesario prevenir para no vivir las consecuencias lamentables en la que está de por medio la vida de uno. Que el hombre perdona, que Dios hay veces, pero que la naturaleza nunca, eso es cierto.

De que hay múltiples amenazas por la falta de conciencia de la humanidad y la utilización de los recursos, en donde ningún esfuerzo, recurso alguno es suficiente, para que la humanidad persista.

De que hay emisiones que no solo son de gases, sino que también hay emisiones que son SOS, en donde la madre naturaleza nos está pidiendo que nosotros como sus hijos hagamos un frente común para defenderla de nuestra falta de conciencia.

Me toca hoy fortalecer como integrante del Partido Verde Ecologista el posicionamiento en donde se tiende a que más y mayores recursos sean canalizados en el ámbito de la investigación y la innovación para prevenir desastres múltiples que en su momento tienden y amenazan con la desaparición de gran parte de nuestro querido planeta.

El panel intergubernamental de expertos sobre el cambio climático ha manifestado que el calentamiento del planeta es una realidad, y que la intervención humana en el sistema climático es definitivamente incuestionable.

En virtud de lo anterior, a nombre de los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde manifestamos nuestro voto a favor del presente dictamen, cuyo objeto es impulsar el desarrollo de las vocaciones y capacidades científicas, tecnológicas y de innovación, con la finalidad de fortalecer el conocimiento y la investigación de la resiliencia y reducción de riesgos para el caso de desastres naturales y antropogénicos.

Recordemos que más allá de lo anterior que represente un buen ejercicio de armonización jurídica entre nuestras legislaciones existentes, así como el cumplimiento a los diversos compromisos internacionales adoptados por nuestro país en materia de cambio climático, resulta también un camino seguro para seguir estableciendo bases sólidas en la construcción de programas, planes y políticas públicas en beneficio de la conservación de los ecosistemas y los servicios ambientales que prestan cada uno de sus componentes. Y sobre todo, en beneficio de las personas que debido a la degradación de la naturaleza se verán afectados por los impactos negativos del cambio climático.

Por eso, es necesario, piensa verde, piensa en ti. Es cuanto, señora presidenta. Muchas gracias.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado Guirao Aguilar. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario del PRD, tiene el uso de la palabra la diputada Tania Victoria Arguijo Herrera, hasta por cinco minutos.

La diputada Tania Victoria Arguijo Herrera:Con su venia, diputada presidenta. El día de hoy nuestro grupo parlamentario votará a favor de qué. De una importante modificación en el artículo 2 de la Ley de Ciencia y Tecnología, que se propone como eje central el fenómeno de resiliencia en la investigación científica.

Para los que no saben qué es, ya lo han repetido pero lo digo nuevamente, es la capacidad de los asentamientos humanos para resistir y recuperarse de cualquier peligro.

Por su ubicación geográfica, México está sujeto al impacto de gran cantidad de fenómenos naturales y antrópicos que anualmente causan importantes daños, pérdidas económicas y, lamentablemente, vidas humanas.

Todos en nuestros estados hemos sufrido este fenómeno por diversas causas y sabemos cuánto tardamos en recuperarnos. En mi experiencia, cuando nos pegó el huracán Alex, en 2010, casi todo Nuevo León era un caos, y para muestra, un botón. Ahora veamos cómo está diseñado el sistema vial, que ha sido poco eficiente y todo porque no hay una revisión e investigación que no solo nos haya hecho recuperarnos, sino que no estábamos preparados y el huracán se llevó consigo avenidas, puentes y demás construcciones. Aunado a eso, sin energía eléctrica y agua. Literalmente era un caos.

Existe la necesidad de contar con nuevas herramientas y enfoques que los mismos gobiernos y ciudadanos fortalezcan para una mejor protección de los recursos humanos, económicos y naturales de nuestros pueblos y ciudades.

La resiliencia frente a la crisis no solo contempla la reducción de riegos y daños de catástrofes, como pérdidas humanas y bienes materiales, sino la capacidad de volver rápidamente a la situación estable anterior. Por ello, insisto en que la ciencia y la tecnología deben ser prioridad para el país, pues de ahí se derivan ventajas sociales y económicas que necesitamos ya.

Celebro que haya investigadores mexicanos que ya están trabajando en este tema, pero no es suficiente. Démosles las herramientas con esta reforma de ley para que se fortalezca su trabajo y arrojen resultados inmediatos. Y, de ser posible, programas para prevenir en la medida de lo posible los daños causados tanto por eventos catastróficos naturales como por los antropogénicos.

México se encuentra en el decimoprimer lugar en generar emisiones de gases contaminantes que da vergüenza. Así que, compañeros, atendamos el tema, ahorita es la resiliencia, al rato será otro tema ambiental y todo es importante.

En el Grupo Parlamentario del PRD, estamos comprometidos tanto con los temas ambientales como con la ciencia, la tierra, nuestra casa, parece convertirse cada vez más en un inmenso depósito de porquería, muchas veces se toman medidas solo cuando se han producido efectos irreversibles para las personas. Pretender que el cambio climático no es real, no hará que desaparezca. Es cuanto.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Arguijo Herrera. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, tiene el uso de la palabra, el diputado Leonel Gerardo Cordero Lerma, hasta por cinco minutos.

El diputado Leonel Gerardo Cordero Lerma:Con su permiso, diputada presidenta. Compañeras y compañeros diputados. Como ya se dijo aquí, el desarrollo científico y tecnológico es factor fundamental para el desarrollo económico y social de cualquier país. De dicho conocimiento se derivan propuestas de acción que los gobiernos pueden aplicar para resolver los problemas nacionales.

Precisamente uno de los retos más apremiantes que enfrenta nuestro país y el mundo en general, es el cambio climático, este desafío cobra cada día mayor relevancia ante los actos, costos económicos y humanos. En este sentido, es fundamental reconocer que el tema ambiental ya es un tema de urgencia para todos. Debemos recordar que los costos económicos y sociales asociados a la falta de atención frente al cambio climático son enormes y las medidas que se requieren tomar para enfrentar ese cambio climático son imprescindibles e improrrogables.

Año con año los mexicanos tenemos que hacer frente a no pocos desastres naturales en diversas entidades federativas del país, huracanes, lluvias en exceso, heladas, sequias, fríos, desbordamiento de ríos y presas, entre otros que han afectado a miles de familias.

Por otro lado, día a día tenemos noticias de desastres provocados por el factor humano como incendios, explosiones, derrumbes, derrames petroleros, etcétera, que causan pérdidas humanas y económicas invaluables.

En este contexto, se hace necesario establecer un marco jurídico operativo que permita actuar con la mayor oportunidad para prevenir, mitigar y atender los estragos ocasionados por los riesgos de esos desastres naturales que han incrementado su intensidad por acción del cambio climático; también de aquellos desastres ocasionados por la acción del hombre, definidos en esta iniciativa como antropogénicos –que realmente en castellano debería de ser el término correcto antrópicos– y que ahora estamos proponiendo a todos ustedes.

Para Acción Nacional es importante que se apruebe el presente dictamen que reforma el artículo 2 de la Ley de Ciencia y Tecnología, a fin de establecer como política de Estado que sustente la integración del sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación el desarrollo de las vocaciones y capacidades científicas, tecnológicas y de innovación, para incrementar la resiliencia y la reducción de riesgos en los desastre naturales y en los provocados por el ser humano.

Este concepto, que ya se ha insistido aquí, resiliencia, lo entendemos como la capacidad de una comunidad para hacer frente, resistir y recuperarse en el menor tiempo posible de un riesgo, peligro o desastre.

Nuestro país ha asumido en los últimos años un compromiso con el medio ambiente, un liderazgo en la lucha contra el calentamiento global y ha participado y contribuido con propuestas y experiencias en los foros mundiales sobre la reducción de riesgos de desastres.

México se comprometió, en el Marco de Sendai para la Reducción de Riesgos de Desastres 2015-2030, en la Tercera Conferencia Mundial de las Naciones Unidas sobre este tema celebrada en marzo de 2015 en Sendai, Japón.

En ese Marco de Sendai, se comprometió México a realizar las acciones necesarias en la inversión del riesgo de desastres para la resiliencia y aumentar la preparación para casos de desastres.

Por lo anterior, la adición de una fracción IX al artículo 2 de la Ley de Ciencia y Tecnología otorga la condición de prioritarias a las políticas que se relacionen con el cambio climático como puede ser el uso racional, más eficiente y ecológicamente sustentable de los recursos naturales.

Medidas de esta naturaleza, sin lugar a dudas, contribuyen a alcanzar un desarrollo sustentable en nuestro país y a combatir el deterioro ambiental a causa del cambio climático y sus consecuencias nocivas para la humanidad y las futuras generaciones.

Compañeras y compañeros diputados, el Grupo Parlamentario de Acción Nacional votará a favor del presente dictamen. Como país necesitamos reafirmar nuestro compromiso con el medio ambiente; con la resiliencia y reducción de riesgos en los desastres naturales y antropogénicos. Nuestro país y el mundo en general, estamos reaccionando tarde para hacer frente al calentamiento global y así prevenir o mitigar los efectos del cambio climático.

Y hoy precisamente en el Día Mundial del Árbol, la Comisión de Cambio Climático nos hizo llegar esta pluma que tiene semillas para plantar un árbol; celebremos con la aprobación de este dictamen.

México, todos nosotros, tenemos la obligación de hacer las adecuaciones normativas necesarias con la convicción de que México sea un país sustentable, que aporte además, soluciones y alternativas a los problemas ambientales que son de todos nosotros, de toda la humanidad. Muchas gracias por su atención.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado Leonel Cordero Lerma. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario del PRI, tiene el uso de la palabra, por cinco minutos, el diputado Bernardino Antelo Esper.

El diputado Bernardino Antelo Esper:Muy buenas tardes, con su permiso, señora diputada presidenta. Velar por el mañana. Como sociedad, el sistema climático evoluciona y el futuro de la primera dependerá en gran medida de las decisiones y acciones que se tomen en el presente para prevenir los eventuales desastres del segundo.

Compromiso con el México de hoy y mañana; prudente, convencido del valor de la prevención, el presidente de la República, Enrique Peña Nieto, ha establecido en el Programa Especial de Cambio Climático 2013-2018, para incrementar la resiliencia a efectos del cambio climático; ha adoptado los lineamientos de la ONU para la reducción de desastres, conocido como Marco de Sendai; ha creado el Programa de Atención a Problemas Nacionales para que los investigadores se enfoquen al estudio y solución de desafíos como la mitigación del cambio climático y el desarrollo urbano inteligente, entre otros.

Ha impulsado el primer proyecto para la señalización de riesgo de tsunami en ciudades de las costas del Pacífico en coordinación con la UNAM. Modernizó el procedimiento para la evaluación del impacto de sismos a fin de agilizar la atención de las declaratorias de emergencia y ha fortalecido los fondos de prevención de desastres para disminuir el impacto destructivo de los fenómenos naturales.

En nuestra plataforma electoral, los diputados del PRI nos comprometimos por un México preparado con capacidad de respuesta para enfrentar las consecuencias adversas. Por eso, hemos reformado la Ley General de Protección Civil para garantizar que las instituciones públicas y particulares incorporen innovaciones tecnológicas y digitales en la elaboración de sus programas de protección civil, y asegurar que los responsables de crear planes internos de protección los vinculen con los atlas de riesgos nacional, estatal y municipal que correspondan.

Ahora debemos votar para fortalecer el conocimiento y la investigación de la resiliencia en aras de reducir los riesgos por eventuales desastres.

Complicado el pronóstico para el futuro, la resiliencia es la capacidad de los asentamientos humanos para resistir y recuperarse rápidamente de cualquier peligro o afectación. La agenda 20-30 para el desarrollo sostenible de la ONU, convoca a fortalecer la resiliencia y la capacidad de adaptación a los riesgos relacionados con el clima y los desastres naturales en todos los países.

Responsable con el programa, el gobierno de la República ha comenzado a dimensionar los costos económicos derivados del cambio climático en México, pues tan solo entre 2001 y 2013, estos ascendieron a más de 338 mil millones de pesos.

Además, con base en cifras aportadas por el Programa Especial de Cambio Climático 2014-2018, sabemos que 319 municipios, es decir 13 por ciento del total en el país son vulnerables a impactos por el cambio climático, en particular a las sequías, inundaciones y deslaves.

Por otro lado, entre 2015 y 2039 incrementará la temperatura anual hasta en dos grados centígrados en el norte del país, y entre uno y 1.5 grados en el resto del territorio nacional. Asimismo, durante el mismo período disminuirán entre 10 y 20 por ciento las lluvias en el país, lo cual podría traer consecuencias económicas, sociales y ambientales importantes.

Legislar para impulsar la resiliencia. La Ley General de Cambio Climático mandata en su artículo 5 que la Federación, las entidades federativas y los municipios, trabajarán conjuntamente para la mitigación y adaptación del cambio climático. De conformidad con la distribución de competencias prevista en nuestro marco jurídico.

El cambio climático y los desastres que ocasiona se traducen en graves problemas sociales, económicos y ambientales, afectando severamente la población, infraestructura y sistemas productivos en las diferentes localidades.

En la actualidad, la falta de recursos económicos y humanos que permitan realizar investigaciones en materia de resiliencia y reducción de riesgos nos ha obligado a optar por buscarlos en el extranjero, desperdiciando el enorme potencial de los mexicanos.

Votaremos a favor del presente dictamen para impulsar el desarrollo de vocaciones y capacidades científicas, tecnológicas y de innovación, así como para fomentar la investigación en materia de resiliencia y reducción de riesgos para el caso de los desastres naturales y antropogénicos. Votaremos a favor pues, como dijera Emile de Girardin, porque gobernar es prevenir. Muchas gracias. Y es cuanto, diputada presidenta.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado Antelo Esper. Está a discusión en lo general y en lo particular. Agotada la lista de oradores, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se consulta a la asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Presidenta, mayoría por la afirmativa.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

Se solicita a la Secretaría que abra el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular.

La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular.

(Votación)

¿Algún diputado o diputada que falte de emitir su voto? Sigue abierto el sistema. ¿Alguna diputada o diputado que falte de emitir su voto? Ciérrese el sistema electrónico de votación. Presidenta, se emitieron 399 votos a favor, cero votos en contra, cero abstenciones.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Aprobado en lo general y en lo particular, por 399 votos, el proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 2 de la Ley de Ciencia y Tecnología. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales.



LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Continuamos con la discusión del dictamen de la Comisión de Igualdad de Género, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 25 de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Ya había fijado la posición de su grupo parlamentario la diputada Cynthia Gissel García Soberanes, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.

En consecuencia, tiene el uso de la palabra, por cinco minutos, para fijar la postura del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la diputada Candelaria Ochoa Avalos.

La diputada María Candelaria Ochoa Avalos:Buenas tardes, compañeras, compañeros diputados. La reforma al artículo 25 Bis de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, no sólo es importante, sino una necesidad urgente.

Y así como hoy podemos decir que es una reforma que va a beneficiar a todas las mujeres, incluidas a las que estamos aquí, pero también a los hombres, por eso acortar el tiempo a 75 días para declarar una alerta de género, es una necesidad imperante para prevenir los asesinatos de mujeres, pero además para atender de manera muy puntual que las mujeres queremos seguir viviendo, y esta Cámara de Diputados y el Estado mexicano está obligado con el 52 por ciento que somos las mujeres. Por eso me da mucho gusto que finalmente hayamos consensado acortar los tiempos.

Exigir nuestros derechos no es un delito, exigir nuestros derechos es literalmente un derecho y hoy espero que todavía como producto de este 8 de marzo que estamos aquí refrendando el compromiso de las y los diputados con las mujeres.

Yo presenté un punto de acuerdo en marzo del 2016, para que la alerta de género se hiciera del conocimiento del Legislativo, Ejecutivo y Judicial, desafortunadamente no fue votado a favor, pero el que hoy esté en la iniciativa que la alerta de género debe dar conocimiento a los tres Poderes, es precisamente el engranaje legal y jurídico que necesitamos tener para que las vida de las mujeres sea protegida.

Este marco que haya siete mujeres asesinadas al día nos debe escandalizar, por eso la iniciativa de ahorita es para que la violencia en todas sus modalidades y espacios en los que se presente sea atendido, la violencia intrafamiliar, la violencia sexual, la violencia comunitaria, la violencia institucional.

Por eso, esta iniciativa del Grupo de Morena viene a atender de manera oportuna lo que viene a ser, finalmente, un logro para las mujeres.

Si ahorita, actualmente tenemos once solicitudes de alerta de género, y podríamos decirlo, como en la Comisión Permanente lo propuso el senador Zamora, casi todos los estados, los 32, deberían tener alerta de género, porque no se necesita matar a una, a cinco o a quinientas, la vida de una mujer es igual de importante para todos los diputados y las diputadas de Movimiento Ciudadano. Por eso la vamos a votar a favor. Muchas gracias.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Candelaria Ochoa. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza tiene el uso de la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada María Eugenia Ocampo Bedolla.

La diputada María Eugenia Ocampo Bedolla:Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados, me refiero al dictamen con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que busca que la notificación de alerta de violencia de género se haga tanto en los ayuntamientos como en las entidades federativas.

Es un tema sensible y que debe de haber corresponsabilidad en todos los niveles de gobierno.

Mucho hemos hablado de la violencia que se ejerce cotidianamente contra las mujeres y niñas de todo el país.

Precisamente por esa razón tuvo que crearse la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cuyo objeto es establecer la coordinación entre la federación, las entidades federativas y los municipios para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, garantizar que se viva libre de violencia, así como los principios y modalidades para garantizar su acceso a una vida libre de violencia que favorezca el desarrollo y bienestar, conforme a los principios de igualdad y de la no discriminación en contra de las mujeres y niñas.

De este modo, ante estas preocupantes cifras de violencia de género en diversas regiones del país, por medio de la ley se comenta y se crea la figura de alerta de género, misma que define el artículo 22 como el conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un territorio determinado, ya sea ejercida por individuos o por la propia comunidad, por la propia sociedad.

Cabe señalar que la violencia feminicida se entiende como la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos en los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar a la impunidad social y del Estado, y puede culminar en un homicidio u otras formas de muerte violenta en contra de las mujeres.

¿Qué estamos haciendo los legisladores y las legisladoras por darles certeza a una vida libre de violencia a las mujeres? Lo que se pretende con esta reforma es que, dado que el municipio es la primera instancia de gobierno, la más cercana a la ciudadanía, a la comunidad, resulta no solo deseable sino necesario que también a los ayuntamientos se les haga la notificación de alerta de género por violencia.

Compañeras y compañeros, no podemos ser mezquinos en este tema y hoy más que nunca se escuchan las voces de todas las mujeres en el país, y desde luego desde esta Cámara, con la sensibilidad y el compromiso social que tenemos todas y todos. Porque debe ser todas y todos, de realmente darles certeza para que las mujeres y las niñas vivan una vida libre de violencia en todos los aspectos y en todos los sentidos.

Ese es un tema contundente y hoy este punto lo vamos a votar a favor porque es un tema que les debemos a las mujeres mexicanas y hoy es un compromiso que debemos cifrar.

De la violencia contra las mujeres en México no solo son indignantes las cifras, sino son vergonzosas. De 2013 a 2015 cada día fueron asesinadas siete mujeres en el país, siete vidas que se privaron y no hicimos nada en ningún orden de gobierno.

En Nueva Alianza hemos sido reiterativos en este tema, por eso cumpliremos el compromiso de poner un alto definitivo a la vida de violencia que han sufrido muchas mujeres en diferentes puntos y rincones del país.

Compañeras y compañeros, cumplamos lo que hemos establecido como una prioridad, que hablamos de igualdad y hablamos de que no quede nada más plasmado, que sea una práctica diaria el respeto y sobre todo reitero: una vida libre de violencia para las niñas y mujeres de este país. Es cuanto. Por su atención, muchas gracias.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada María Eugenia Ocampo. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, tiene el uso de la palabra la diputada Yaret Adriana Guevara Jiménez.

La diputada Yaret Adriana Guevara Jiménez:Con su permiso, diputada presidenta. Señoras y señores legisladores, a nombre de quienes integramos el Grupo Parlamentario del Partido Verde, manifiesto nuestra aprobación al sentido del presente dictamen, a través del cual se pretende establecer que también se notifique a los ayuntamientos cuando se emita una declaratoria de alerta de violencia de género en su territorio, puesto que hoy solo se da aviso de manera formal al gobierno de la entidad federativa correspondiente.

Recordemos que la alerta de violencia de género contra las mujeres es un mecanismo de protección de los derechos humanos del género femenino, único en el mundo y que consiste en la implementación de un conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia contra las mujeres.

La alerta de violencia de género también procede cuando se da la existencia de un agravio en contra de las mujeres, ejercido de manera individual o colectiva, equiparable con el feminicidio, que impida el ejercicio pleno de sus derechos humanos en un territorio determinado, sea a nivel municipal o estatal.

No debemos pasar por alto que la alerta de violencia de género es una herramienta exclusiva de nuestro país, la cual ha sido reconocida por organismos internacionales, dado su carácter integral, ya que ésta contempla desde protocolos de investigación sobre feminicidios hasta programas de prevención y recomendaciones respecto a la realización de diversas acciones de política pública, así como reformas para eliminar la desigualdad en la legislación.

Cabe destacar que hasta hoy todos los casos de solicitudes de alerta de violencia de género han sido presentados por organizaciones de la sociedad civil, son estos colectivos de mujeres los que han registrado, documentado y visibilizado la violencia contra el género femenino y han alzado la voz para pedir que se active el mecanismo.

Como todos sabemos, los principios de objetivos de las alertas de violencia de género se encuentran plasmados en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, mientras que los requisitos que deben cumplirse, así como lo relativo a la conformación y publicación del decreto están estipulados en el reglamento del ordenamiento referido.

En este contexto resulta sensato, como lo plantea el decreto puesto a nuestra consideración, incluir en la ley la obligación de notificar a los ayuntamientos cuando se emita una alerta de género que abarque su territorio, tal y como ya lo establece el reglamento, lo cual servirá, entre otras cosas, para que las recomendaciones hechas por el grupo de trabajo se ejecuten en menor plazo y de manera más eficaz.

Recordemos que en la lucha en contra de la violencia de género no hay tiempo que perder, y la coordinación entre autoridades de los tres niveles de gobierno resulta fundamental para que este flagelo no siga cobrando víctimas.

Por todo lo anterior, quienes integramos el Grupo Parlamentario del Partido Verde, votaremos a favor del presente dictamen. Por su atención, gracias, compañeras y compañeros. Es cuanto, presidenta.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario del PRD, tiene el uso de la palabra por cinco minutos la diputada Karen Hurtado Arana.

La diputada Karen Hurtado Arana:Con su venia, señora presidenta. Acudo a esta tribuna a presentar la posición del Grupo Parlamentario del PRD al dictamen que propone reformar el artículo 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Esta ley contiene, entre otros dispositivos, la alerta de violencia de género contra las mujeres como un mecanismo que permite el accionar urgente de los diversos niveles de gobierno; a fin de atender una grave situación de violencia de género en un territorio determinado para su operación, se ha expedido el reglamento.

La iniciativa en comento propone adicionar la mención del cumplimiento del reglamento de los contenidos desde esta ley. Al respecto, hay que señalar que esta ley la determinan los contenidos del reglamento, no viceversa, como lo propone el dictamen en comento. En su caso, lo correcto sería incorporar enunciados generales con los contenidos propuestos, los cuales serían desarrollados en el reglamento. Su incorrecta incorporación no aporta absolutamente nada en esta ley.

Por otra parte, hemos señalado insistentemente a lo largo de las intensas reuniones que se han debatido de este dictamen, las prioridades de acortar los tiempos de implementación de la alerta de género a fin de restablecer en el menor tiepo posible la seguridad e integridad de las potenciales víctimas de violencia de género y eliminar un ambiente feminicida en un territorio determinado.

Tres años es el tiempo promedio que le ha tomado a la Secretaría de Gobernación emitir las alertas de género en los seis estados del país, aunque no hay ninguna garantía de que esto ocurra en todos los casos. En el Estado de México tardó cinco años, para Veracruz la espera fue sólo de un año, y tanto en Colima y Sonora, desde donde se solicitó antes de que en Veracruz, el procedimiento sigue en trámite.

La primera solicitud de alerta de violencia de género data del 2008 con motivo de la violencia feminicida y los secuestros de niñas y mujeres en zona triqui de Oaxaca; después vendrían las de Guanajuato en 2009; el emblemático Estado de México en 2010, y fue hasta el 2015 que la Secretaría de Gobernación emitió por primera vez una alerta de género en 11 municipios del Estado de México.

Cinco años después de la presentación de la solicitud de alerta de violencia de género, si esa declaración se hubiera dado con la prontitud que el caso ameritaba, se hubieran evitado cientos de muertes y asesinatos y miles de desapariciones de mujeres en los diferentes estados.

Conforme a esas condiciones, desde nuestro punto de vista el presente dictamen no aporta avances significativo a favor de las potenciales víctimas de violencia de género. Por esa razón el grupo parlamentario del PRD votará en abstención. Es cuanto, señora presidenta.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Hurtado Arana. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario de Morena, tiene el uso de la palabra por cinco minutos el diputado Renato Josafat Molina Arias.

El diputado Renato Josafat Molina Arias:Gracias, señora presidenta. El artículo 22 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, define la alerta de violencia de género como el conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida, en un territorio determinado, ya sea ejercida por individuos o por la propia comunidad.

Sin embargo esta no es la realidad, sobre todo si hablamos de emergencia, ya que a pesar de que el reglamento de la misma ley se reformo en 2013 para establecer un nuevo proceso de emisión de la alerta de violencia de género para hacerla efectiva y rápida. El procedimiento sigue siendo muy largo e ineficiente, pues no responde a la urgencia que debería.

La propuesta que hizo Morena para reformar el artículo 25 y adicionar el 25 Bis establece un procedimiento ágil y claro para emitir la declaratoria, en lugar del trámite tortuoso y burocrático que se ha seguido hasta el día de hoy.

No se debe olvidar que el feminicidio es la expresión más extrema y cruel de esta violencia, y desafortunadamente cada día vemos el aumento de la comisión de estos crímenes de odio contra mujeres en varias regiones del país, lo cual nos indica que la política nacional de prevención, atención y sanción para la erradicación de la violencia contra las mujeres, es una política fallida en gran medida porque los recursos que se destinan a la atención y prevención de la problemática son mínimos, de hecho vimos cómo en el Presupuesto de Egresos de la Federación para este ejercicio fiscal fue eliminado el Anexo 26 correspondiente a principales programas, Ramo 4 Gobernación, el relativo a la promoción de la atención y prevención de la violencia contra las mujeres, además de que se redujo el presupuesto destinado a este rubro.

El gobierno federal se ha caracterizado por su insensibilidad y falta de compromiso para con estos temas. Así es en cuanto a la alerta de género, tal parece que desde la Secretaría de Gobernación se realizan importantes esfuerzos para que estas alertas no se declaren, además de como ya se señaló el procedimiento que actualmente está vigente en el Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres para una Vida Libre de Violencia, está diseñado para alargar, entorpecer y evitar se declare.

Y eso es precisamente lo que Morena proponía, se corrigiera con la iniciativa presentada por la diputada Rocío Nahle y por el de la voz, y que fue apoyada en su momento por legisladores y legisladoras de otros grupos parlamentarios.

El gobierno federal y los de muchas entidades federativas tienen una idea muy equivocada de lo que es la alerta de género. Este mecanismo no es para acusar a nadie, la alerta de género es una medida de protección colectiva que obliga a actuar a los tres ámbitos de gobierno para que de manera coordinada se enfrente, erradique y prevenga, de forma pronta y expedita sin dilaciones. La violencia feminicida en un territorio determinado, siempre con perspectiva de género y enfoque de derechos.

Recodamos cómo lamentablemente el gobernador del Estado de México estuvo durante más de cuatro años litigando en medios de comunicación y tribunales federales, con el objetivo de evitar la implementación del mecanismo de alerta de violencia de género, ya que como también lo entendió en su momento Enrique Peña Nieto consideraron la alerta como una maniobra política para descalificarlos. Ahora, en la Ciudad de México, Miguel Ángel Mancera lo entiende igual y pese a que en esta capital los feminicidios van a la alza se niega a declarar alerta de género.

Las acciones tendientes a la atención y prevención de la violencia que se ejercen contra las mujeres y sobre todo la que se ejerce en su expresión más extrema, que es el feminicidio, no pueden esperar largos plazos para su implementación, son acciones que con carácter de urgente deben ser implementadas, que mucho menos deben estar sujetas a consideraciones de índole política.

Las alertas de género no están funcionando por lagunas jurídicas, como la que se pretende enmendar con la iniciativa que Morena presentó; y tampoco funcionan, debemos decirlo, por falta de voluntad política. Así basta mencionar el caso del Estado de México, en donde a pesar de contar con alerta en 11 de sus municipios los feminicidios no han bajado, así el año pasado en la entidad mexiquense se contabilizaron oficialmente 266 feminicidios.

Con toda esta información nuestra compañera que pidió licencia, Delfina Gómez, el año pasado organizó un foro, que se denominó Estado de México feminicida. Es evidente que no hay voluntad política del gobernador Eruviel Ávila para atender esta problemática.

Es muy preocupante que en el 40 por ciento de los feminicidios, este dato es fundamental y espero me escuchen los que están gritando, es muy preocupante que el 40 por ciento de los feminicidios cometidos en el Estado de México las víctimas habían denunciado sufrir violencia. Es decir, de cada 10 mujeres, cuatro habían dicho que sufrían violencia y ahora están muertas. ¿Qué se hizo ante esto? Pues evidentemente poco o nada. Ahora esas mujeres que denunciaron ya están muertas.

Bien. Les informo, compañeras y compañeros, Morena declina las reservas y nos sumamos a los acuerdos con los diferentes grupos parlamentarios. Muchas gracias.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado Molina Arias. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional tiene el uso de la voz hasta por cinco minutos, la diputada Angélica Moya Marín.

La diputada Angélica Moya Marín:Con su venia, presidenta. Compañeras y compañeros, la violencia feminicida es la forma extrema de violencia de género contra las mujeres. Hablar de violencia feminicida es hablar de impunidad acompañada de sufrimiento y represión continua hacia la mujer, tanto por la sociedad como por el Estado, en el ámbito público y privado.

De acuerdo con la publicación La violencia feminicida en México, aproximaciones y tendencias, 1985-2014, de ONU Mujeres, el Inmujeres y la Secretaría de Gobernación, tan solo en 2014 ocurrieron dos mil 289 casos de defunciones femeninas con presunción de homicidio.

En el año anterior, 2013, las estadísticas señalan la ocurrencia de dos mil 594 mujeres asesinadas en México, pero hoy el caso que más preocupa en todo el país es el caso del Estado de México. En los últimos años, la ola de feminicidios en el Estado de México ha alcanzado dimensiones sumamente alarmantes. Lamentablemente, la tendencia creciente no se ha revertido y el gobernador, Eruviel Ávila, se ha dedicado a minimizar este grave problema social. Quisiéramos ver al gobernador de la entidad mexiquense anunciar qué se ha hecho en contra de la violencia hacia las mujeres y para frenar los feminicidios, y en cambio estamos viendo que anuncian muchísimas cosas más que está haciendo el gobierno, pero de este tema hace silencio total.

De acuerdo con el Observatorio Nacional Ciudadano del Feminicidio, de 2005 a la fecha cerca de mil 500 mujeres fueron asesinadas con exceso de violencia en esta entidad, convirtiéndola en el estado más peligroso para las mujeres, tan solo en el último año la cifra de homicidios de mujeres en la entidad fue de 263. Es un dato verdaderamente inaceptable y no lo decimos por cuestiones estadísticas, sino porque el gobierno no puede hacerse de la vista gorda ante el asesinato de tantas mujeres pretender que no pasa nada o se trata de casos aislados.

Por ello es que a nivel nacional se implementó uno de los mecanismos más importantes para prevenir, atender y sancionar esta violencia extrema contra las mujeres en nuestro país, que es la alerta de violencia género. Este mecanismo está instituido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y regulado por su reglamento y se define como el conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un territorio determinado, ya sea que esta sea ejercida por individuos o por la propia comunidad.

De acuerdo con información oficial, el día de hoy se ha declarado la alerta de violencia de género en 11 municipios del Estado de México, ocho municipios del estado de Morelos, 14 del estado de Michoacán, siete de Chiapas, cinco de Nuevo León y 11 de Veracruz.

No obstante que el mecanismo de la alerta de violencia de género se ha aplicado para instituir acciones de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida a nivel municipal, lo cierto es que la ley vigente señala que la Secretaría de Gobernación hará la notificación de la declaratoria de alerta de violencia de género al Poder Ejecutivo de la entidad federativa de que se trate, dejando de lado a la autoridad municipal correspondiente.

Acción Nacional reconoce la necesidad de impulsar acciones que contribuyan a garantizar en el ámbito municipal el ejercicio pleno de los derechos de las mujeres y su igualdad de acceso a las mismas oportunidades que los hombres.

Por ello, coincidimos con la propuesta de dictamen que se busca instituir que a la Secretaría de Gobernación ya no solo corresponda notificar la declaratoria de alerta de violencia de género al Poder Ejecutivo de la entidad federativa de que se trate, sino también a los ayuntamientos correspondientes.

Estamos ciertos de que lo anterior sin duda evitará que algún orden de gobierno pretenda hacer caso omiso a sus responsabilidades, producto de tal declaratoria y, junto con ello, las acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia contra las mujeres, a garantizar la seguridad de las mismas, al cese de la violencia en su contra y eliminar las desigualdades producidas por normatividades que agravien sus derechos.

Compañeras y compañeros, la experiencia nos ha hecho ver que de poco nos sirve se proclamen nuestras libertades civiles y políticas, nuestro derecho a la educación o a la salud, si no se nos garantiza con anterioridad, nuestro derecho a la vida, a la libertad y a la integridad física y psíquica. Es decir, nuestro derecho a vivir una vida libre de violencia.

Es esencial que nuestro orden jurídico haga partícipe a todos los órdenes de gobierno en los mecanismos para detener la violencia de la que son víctimas muchas mujeres, para sancionar a quien resulte responsable, pero también para prevenir nuevos actos de violencia en su contra y así lograr erradicar este lacerante mal social.

Admitámoslo, no se trata de un asunto moral, hay que crear instituciones, hay que despertar una ética política que disuada y castigue la violencia contra las mujeres.

Por todo lo anterior, votaremos en favor del dictamen, esperando, por supuesto, que los estados, los municipios en donde se ha declarado la alerta de género, como los municipios mexiquenses, sean conscientes de todo lo que está sucediendo en contra de las mujeres, y por eso vayamos a favor de este dictamen. Es cuanto, señora presidenta.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Angélica Moya. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario del PRI, tiene el uso de la palabra, por cinco minutos, la diputada Araceli Guerrero Esquivel.

La diputada Araceli Guerrero Esquivel:Con su permiso, señora presidenta. A nombre del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional presento el posicionamiento del dictamen que reforma el artículo 25, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en tres puntos.

Primero. La violencia contra una nos afecta a todos. La cultura de la no violencia es una condición indispensable para el desarrollo humano pleno y un componente básico de la democracia moderna, por eso mientras una sola mujer se vea violentada, la sociedad entera es herida, la prosperidad se cancela y la paz es vulnerada.

En ese sentido ser solidario con la lucha en contra de la violencia hacia las mujeres, significa ser partidario de una sociedad justa, democrática y en paz, entendiendo este concepto en el más amplio sentido ético.

Es decir, la paz comprendida como categoría que permite en un contexto social concreto una etapa fructífera de realizaciones culturales, de progreso y desarrollo bajo el principio de equidad e igualdad de género.

Número dos. Por un México seguro para las mujeres. Tenemos que pugnar y seguir empeñando el esfuerzo de todos por un México más justo y más libre de violencia en contra de las mujeres.

Hoy es menester reconocer que la más cruel de las violencias de género es la violencia sistémica que se produce y manifiesta en terribles condiciones de pobreza, desigualdad y marginación en contra de miles y millones de mujeres que por obligación moral tenemos que reducir, modificar y revertir si es que queremos una nación más moderna y próspera.

Esa es la responsabilidad que frente a sí tiene la sociedad política, y en específico el Estado mexicano.

Es importante afirmar que, a pesar de los avances registrados en los últimos tres años, todavía falta mucho por hacer. Pero también hay acciones que podemos destacar. El Estado mexicano comprometido con las mujeres y niñas en los últimos años ha logrado construir 23 centros de justicia para las mujeres en el país, donde se brinda asistencia psicológica y legal.

En el ámbito jurídico se ha promovido la tipificación del feminicidio en los códigos penales de las entidades federativas. México se sumó en estos tiempos a la campaña Nosotros por ellas, de la Organización de las Naciones Unidas. Se avanzó en la alerta de género con la participación de las organizaciones de la sociedad civil.

Por otra parte, sumado a ese esfuerzo, las y los diputados de la LXIII Legislatura federal consolidamos la reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, fortaleciendo la coordinación entre niveles de gobierno. Se consolidó la elaboración del protocolo especializado de atención a víctimas de violencia de género.

Ahora nos corresponde a las y los legisladores votar para hacer más eficiente la alerta de género, tercero, por una vida libre de violencia para todos.

Nuestra Carta Magna señala en su artículo 1o. que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en ella y en los tratados internacionales del Estado mexicano de los que es parte, así como de las garantías de su protección.

La Ley General del Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia tiene por objeto coordinar a las autoridades de los tres ámbitos de gobierno en las tareas de prevenir, sancionar y erradicar conductas que atenten con la integridad de la mujer. Define, además, los mecanismos a este corte jurídico institucional para enfrentar y erradicar la violencia en un territorio geográfico determinado mediante la declaratoria de alerta de violencia de género.

Actualmente corresponde al gobierno federal, a través de la Secretaría de Gobernación, declarar la correspondiente alerta, notificando al Poder Ejecutivo de la entidad federativa de que se trate. Pero vigilar el pleno ejercicio de los derechos de las mujeres requiere de una mayor coordinación entre todas las autoridades.

Como fracción, reconocemos la voluntad del presidente Enrique Peña Nieto en la defensa de los derechos de las mujeres y ratificamos nuestro compromiso de votar a favor del presente dictamen, que adiciona el artículo 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para que en caso de declaratoria de alerta de género, se notifique a los ayuntamientos involucrados.

Hoy nos corresponde expresar nuestra posición de manera clara y responsable, y será a través de un voto a favor de las mujeres de México y del respeto absoluto a su dignidad humana. Muchas gracias. Votos sí, flores también.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Araceli Guerrero Esquivel. Previa lectura, consulte la Secretaría a la asamblea si se aceptan las modificaciones propuestas a nombre de la comisión.

La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:Modificaciones propuestas a nombre de la comisión.

Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea si se aprueban las modificaciones planteadas a nombre de la comisión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Presidenta, mayoría por la afirmativa.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, secretaria. Se aprueba y se incorpora al dictamen

La diputada Hortensia Aragón Castillo(desde la curul): Presidenta.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Sonido, por favor, en la curul de la diputada Hortensia Aragón.

La diputada Hortensia Aragón Castillo (desde la curul): Muchas gracias, presidenta. Primero, reconocer el esfuerzo que se realizó en el transcurso del día de hoy para corregir este dictamen. La aceptación de varias de las propuestas que se vinieron haciendo, no solo por el Partido de la Revolución Democrática sino por otros institutos políticos.

En este sentido, el transitorio que establece los 45 días, decir que hemos considerado en el Partido de la Revolución Democrática, votar a favor de este dictamen y al mismo tiempo hacer un exhorto a la Comisión de Igualdad de Género, para que le dé seguimiento al reglamento que tendrá un plazo de 45 días a partir de esto y que tengamos claro que de lo que se trata es de que la alerta de género se pueda declarar en el menor tiempo posible, en razón de ello el PRD votará a favor.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Aragón. Sus expresiones han quedado registradas en el Diario de Debates.

La diputada Karina Padilla Avila(desde la curul): Presidenta.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Sonido, por favor, en la curul de la diputada Karina Padilla.

La diputada Karina Padilla Avila (desde la curul): Gracias, señora presidenta. De igual manera, reconocer el esfuerzo que se ha realizado en este tema de alerta de género tan importante para todos los estados en el país, pero además también solicitar y exhortar desde esta misma curul el trabajo que se tenga que realizar de reeditar de manera integral todo el procedimiento de alerta de género.

En el Grupo Parlamentario del PAN lo hemos solicitado, desde el inicio de la legislatura, se revise el procedimiento y se escuche a las asociaciones civiles que son las verdaderas aliadas también en este tema de la alerta de género y por supuesto, de la erradicación de la violencia hacia las mujeres.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Karina Padilla. Quedan asentadas sus expresiones en el Diario de Debates. Sonido por favor en la curul de la diputada Rosa Alba Ramírez Nachis.

La diputada Rosa Alba Ramírez Nachis(desde la curul): Muchas gracias, presidenta. Muchísimas felicidades al pleno reiterando este gran trabajo en favor del voto para lograr que esta iniciativa prospere por la alerta de género.

Sin embargo, presidenta, aprovecharía este pequeño espacio para comentarles que también se comete otro tipo de abuso en contra de las mujeres. Me refiero a Ana María Cervantes Méndez, una paciente que necesita hemodiálisis tres veces a la semana en una clínica de Veracruz, en Poza Rica y que ni siquiera hemos tenido la atención de que el director general nos acepte las llamadas para ver qué está pasando. Esa también es violencia en contra de las mujeres.

También necesitamos alertar en contra de esos abusos en razón de cuando te encuentras enfermo, indistintamente de tu género, por lo que solicitamos al Seguro Social, al director general Mikel Arriola, que determine de inmediato la atención no solamente para Ana María Cervantes, sino para todos aquellos pacientes que reclaman la atención con excelencia de todas las unidades médicas de este país. Muchas gracias, presidenta.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Ramírez Nachis. Quedó asentada su expresión en el Diario de Debates. Sonido por favor en la curul de la diputada Irma Rebeca López.

La diputada Irma Rebeca López López (desde la curul). Con su venia, señora presidenta. Morena agradece el apoyo y esfuerzo a todas las fracciones para sacar este dictamen propuesto por Morena en beneficio de todas las mexicanas. Gracias.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez:Gracias, diputada Irma Rebeca López. En consecuencia, está a discusión en lo general y en lo particular con las modificaciones propuestas por la comisión y aceptadas por la asamblea.

Se solicita a la Secretaría que abra el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación del artículo 25 con las modificaciones presentadas por la comisión y acepadas por la asamblea.

La Secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular con la modificación propuesta por la comisión y aceptada por la asamblea.

(Votación)

¿Algún diputado o diputada que falte de emitir su voto? Sigue abierto el sistema. ¿Algún diputado o diputada que falte de emitir su voto? Sigue abierto el sistema, diputado. ¿Algún diputado o diputada que falte de emitir su voto? Ciérrese el sistema electrónico de votación. Se emitieron 383 votos a favor, sin votos en contra ni abstenciones, presidenta.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Aprobado el artículo 25 con las modificaciones aceptadas por la asamblea, por 383 votos. Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 25 de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Pase al Senado para sus efectos constitucionales.

PROPOSICIONES DE URGENTE RESOLUCIÓN



EXHORTO PARA QUE SE REALICE EL DESCUENTO CONDUCENTE AL PEAJE DE AUTOPISTAS CUANDO ESTÉN EN OBRAS O EN CONDICIONES NO ÓPTIMAS

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Proposiciones con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución. Tiene la palabra, por cinco minutos, la diputada Rosa Guadalupe Chávez Acosta, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, así como a Caminos y Puente Federales de Ingresos y Servicios Conexos, a realizar las acciones necesarias a efecto de que se realice el descuento conducente al peaje de las autopistas del país cuando éstas se encuentren en obras o no cuenten con las condiciones óptimas para su circulación.

La diputada Rosa Guadalupe Chávez Acosta:Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados, medios de comunicación, público en general, las autopistas y puentes de cuota han sido factor fundamental en el desarrollo económico, político, social y cultural de México.

La infraestructura carretera ha integrado y comunicado a las diversas regiones del país, constituyendo un importante detonador para el desarrollo de los estados y los municipios, además ha traído beneficios inmediatos a los usuarios como menor consumo de combustibles y desgastes de vehículos; seguridad; comodidad, eficiencia y ahorro en los tiempos de recorrido.

En suma, la competitividad, el crecimiento económico y el bienestar social están íntimamente vinculados a la cobertura y calidad de la infraestructura carretera. En nuestro país, el transporte carretero es el principal medio de comunicación para los mexicanos, el 67 por ciento del movimiento doméstico de carga y el 90 por ciento de pasajeros se desplazan por esta red.

Cada año pasan por autopistas y puentes de cuota más de 426 millones de vehículos. En el actual periodo de gobierno se han concluido 26 autopistas, los esfuerzos están a la vista, de ahí que la modernización de la infraestructura carretera ha constituido un parteaguas para el desarrollo que ha traído innumerables beneficios. Sin embargo, a veces los resultados en términos de cobertura no siempre han logrado traducirse en calidad y satisfacción de los usuarios.

Por ello, en el centro de este punto de acuerdo que hoy pongo a consideración están los ciudadanos y sus derechos. Ustedes saben del sin número de quejas en todo el país sobre las condiciones de las autopistas y el costo de éstas, particularmente debido a las permanentes obras de reparación, mantenimiento o modernización, en cuyo caso el precio pagado no corresponde al servicio esperado.

En este sentido hay que precisar que, cualquiera que sea la causa de las obras, éstas forman parte del contrato entre el gobierno y el concesionario; y sus costos están previstos en el esquema de negocio convenido.

Como lo señaló un constructor, las autopistas que están maduras son un negocio de ganar-ganar, tanto para el gobierno como para la iniciativa privada. Y yo agregaría: un negocio en donde los usuarios también tienen que ganar, o cuando menos no tienen por qué perder.

Es claro que cuando las obras estén terminadas con la calidad requerida, resultarán en beneficio de los usuarios, no obstante, mientras se están llevando a cabo existen afectaciones en el tiempo de traslado, las condiciones de seguridad, así como en los costos asociados a estas eventualidades, costos que no solo van en detrimento de la economía de los ciudadanos, sino también de las empresas y de su competitividad.

Bajo este orden de ideas, es necesario entender y asumir que los usuarios tienen una categoría de ciudadano consumidor, la cual debe ser respetada así como todos los derechos que le son inherentes, y es a nosotros, compañeras y compañeros legisladores, que en nuestra calidad de representantes populares nos corresponde velar por sus derechos. Lo anterior implica garantizar que los servicios se otorguen en las condiciones y con el precio pactado.

En este sentido es que se propone exhortar a la SCT y a Capufe para que se realice el descuento conducente al peaje cuando las autopistas estén en obras o no cuenten con las condiciones óptimas para su circulación. Dicho descuento deberá ser proporcional a los kilómetros afectados, así como al tiempo estimado de demora para los usuarios.

Es factor fundamental para seguirle apostando al desarrollo y progreso de este país, así como estipular reglas claras y justas para impulsar y sano y libre crecimiento económico que nos permita ser competitivos ante los retos que nos depara el mundo globalizado, medida que lleva implícito el reconocimiento y respeto a los derechos de los usuarios, así como la exigencia del cumplimiento de las obligaciones a que están sujetos los concesionarios. De ahí que les pido, compañeras y compañeros, su voto a favor. Es cuanto, diputada presidenta. Muchas gracias.

«Proposición con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la SCT y a Capufe a realizar acciones a fin de aplicar el descuento correspondiente al peaje de las autopistas en obras o que no reúnen condiciones óptimas para la circulación, a cargo de la diputada Rosa Guadalupe Chávez Acosta, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, diputada por el estado de Hidalgo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracción I, III, IV y VI del Reglamento de la Cámara de Diputados, y demás relativos, somete a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo con carácter de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Como acertadamente lo señala Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos (Capufe), en su página web, “las autopistas y puentes de cuota han sido factor fundamental en el desarrollo económico, político, social y cultural de México durante los últimos 50 años”.

Más allá de los beneficios inmediatos como el ahorro en los tiempos de recorrido; menor consumo de combustibles y desgastes de vehículos; seguridad; comodidad y eficiencia en los traslados. La infraestructura carretera ha permitido integrar y comunicar a las diversas regiones del país, constituyendo un importante detonador para el desarrollo económico del país y sus regiones, ya que ha beneficiado sustancialmente a los sectores productivos de la economía nacional, así como a los ciudadanos-usuarios en lo individual.

En suma, la red carretera, las autopistas, los puentes y túneles han resultado fundamentales para el desarrollo y fortalecimiento de la agricultura, la ganadería, la pesca, la industria en todas sus modalidades, el turismo, el comercio, los servicios, el transporte en sus diferentes vertientes, la cultura, etcétera. Al tiempo que han permitido mejorar la movilidad, el acceso y la incorporación de muchas comunidades alejadas a diversas actividades económicas y servicios fundamentales, lo cual, ha constituido también un importante avance para el desarrollo humano.

La competitividad, el crecimiento económico y el bienestar social del país, están íntimamente vinculados a la cobertura y calidad de su infraestructura.

Según datos de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), el transporte carretero es el principal medio de comunicación para los mexicanos y el movimiento de mercancías; 67 por ciento del movimiento doméstico de carga y 90 por ciento de pasajeros se desplazan por esta red. Lo anterior, debido a su historia, geografía y economía.

El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), ha reportado que en todo el país circulan 26 millones de automóviles particulares, 357 mil autobuses de pasajeros y 10.9 millones de camiones y vehículos de carga. Además, todos los días pasan por autopistas y puentes de cuota un promedio de 1.14 millones de vehículos; en tanto que Capufe reporta que por sus casetas pasan cada año más de 426 millones de automóviles y camionetas.

De acuerdo al cuarto Informe de Gobierno del Ejecutivo federal, el desarrollo de infraestructura también tiene un importante componente de carreteras y autopistas. Durante el actual periodo de gobierno se han concluido 26 autopistas, con una longitud total de más de mil 600 kilómetros, y se han realizado 57 obras de construcción y modernización en carreteras federales, asociadas a un total de más de 2 mil 300 kilómetros. Entre las obras más recientes destacan la ampliación de la autopista México-Puebla, la nueva autopista México-Toluca tramo La Marquesa-Toluca, Estación Don–Nogales (primera etapa); así como los trabajos realizados en las carreteras federales Matamoros-Nuevo Laredo, Libramiento Oriente de la Piedad y Mérida-Chetumal.

Por lo que respecta a la cobertura, los resultados obtenidos no son sólo aceptables sino incluso destacados. La modernización de la infraestructura carretera en sus diferentes modalidades (autopistas, carreteras, caminos y brechas), ha constituido un verdadero parteaguas para el desarrollo y ha traído consigo innumerables beneficios.

El esfuerzo que ha realizado el Ejecutivo federal, los gobiernos locales y municipales, así como la iniciativa privada es evidente e indiscutible. Ejemplo de ello, la ampliación de la autopista México-Puebla que “beneficiará a 2 millones de habitantes y a más de 250 mil automovilistas diariamente, quienes reducirán sus tiempos de traslado de una hora 15 a 25 minutos”. De igual forma, las ampliaciones de la carretera Chalco-Cuautla, la autopista La Marquesa-Toluca, de la México-Pachuca y la renovación de la México-Querétaro, reportan importantes beneficios.

Sin embargo, los resultados en términos de cobertura, no han logrado traducirse con el mismo éxito al área de calidad. Para darnos una idea general de la calidad de la infraestructura carretera, basta señalar que:

• “De acuerdo con una medición del Foro Económico Mundial, entre 140 naciones México ocupa el lugar 54 en competitividad en infraestructura carretera, a pesar de que la inversión en la conservación de caminos creció 54 por ciento entre 2011 y 2015” [...] “Expertos explicaron que el problema se debe a tres razones: los recursos del gobierno no son suficientes para mantener la calidad en toda la red; el autotransporte rebasa sus pesos y esto daña la carpeta asfáltica; y en tercer sitio argumentaron que las carreteras son construidas con materiales más baratos por un tema de corrupción”.

• Las autopistas México-Puebla; México-Querétaro; México-Acapulco y Durango-Mazatlán, son las que actualmente presentan las mayores inconformidades, ya sea por su estado o por las obras realizadas. Así como la autopista urbana sur México-Cuernavaca de la Ciudad de México, cuya calidad y diseño han sido cuestionados, debido a que presenta problemas de movilidad y seguridad para los automovilistas.

Cobertura y calidad, constituyen un binomio que debe ser indisoluble. Juntos estos elementos impulsan el desarrollo, la falta de uno lo obstaculiza y trae consigo aparejados múltiples problemas.

El caso específico de la calidad de las autopistas, puentes y túneles de cuota en México, merece un análisis profundo y una mención especial. De ahí, el presente punto de acuerdo que aunque de manera general, da cuenta de la realidad, también plantea una solución a la compleja problemática que reviste el asunto en comento.

Las carreteras de cuota, como se denominan comúnmente, han crecido en los últimos 13 años más de 300 por ciento, y como se ha reiterado líneas atrás, los beneficios han sido diversos y de gran importancia, aunque no sólo para los sectores productivos y la población que transita por éstas, sino también para las empresas privadas que tienen en sus manos las concesiones carreteras.

Las concesiones son sin duda negocios legales y legítimos que contribuyen a que los gobiernos cumplan con sus fines, políticas y programas públicos. Negocios de retorno a largo plazo, pero lucrativos.

Como lo señaló un constructor reconocido en el medio: “las autopistas que están maduras son un negocio de ganar-ganar, tanto para el gobierno, como para la iniciativa privada”.Y yo agregaría que también la ganancia debe ser para los usuarios.

Justo este es el eje central de la presente proposición: las y los ciudadanos usuarios de las vías de comunicación sujetas a cuota, ya sea en su calidad de particulares o de transportistas.

Las autopistas que se encuentran en obras, fundamentalmente es por mantenimiento, porque las están reparando, modernizando o ampliando. En el caso de las reparaciones, es vox populi y ha sido tema de diversos estudios e investigaciones periodísticas, que en muchas ocasiones la calidad de la construcción inicial o incluso de reparaciones previas no fueron las óptimas, de ahí que, diversos tramos de la autopista tienen que recibir mantenimiento a corto plazo y de forma periódica.

Cualquiera que sea la causa por la que la autopista, puente o túnel se encuentren en obras, éstas forman parte del contrato entre el gobierno y el concesionario, y de una u otra manera, sus costos están previstos ya en el esquema de negocio convenido, el cual, resulta beneficioso para ambas partes.

Desde luego, las obras ya sea por reparaciones, mantenimiento o modernización, resultarán en beneficio de los usuarios una vez que estén terminadas con la calidad requerida. Sin embargo, mientras se están llevando a cabo, resultan incómodas, ya sea por las condiciones de la carpeta asfáltica, por la maquinaria, por el mayor tiempo en los traslados, e incluso por las condiciones de seguridad.

Bajo este orden de ideas, es necesario ver, entender y asumir que los usuarios, tienen la categoría de ciudadano-consumidor, la cual debe ser respetada y con ella todos los derechos que le son inherentes. Ello implica otorgar los servicios ya sean públicos, privados o mixtos, en las condiciones y en el precio pactado, en caso contrario, se debe hacer el rembolso, o descuento conducente, e incluso en caso de accidentes imputables a descuidos, negligencia, falta de supervisión, violación de normas, etcétera, proceder a la reparación de los daños y perjuicios, respondiendo a la responsabilidad patrimonial.

Queda claro que el descuento que se realice al peaje por los kilómetros que se encuentren en obras, no reintegra las pérdidas que en cada caso estos retrasos pudieran ocasionar, particularmente, cuando el traslado es para transportar mercancías o para atender negocios, lo cual afecta la productividad de las empresas. Pero sí constituye un elemento fundamental de justicia y respeto hacia los derechos de los usuarios.

Es evidente que nadie tiene por qué pagar el costo total de un servicio ya sea público o privado, si éste no cumple con las condiciones ofrecidas, está incompleto, es deficiente o no tiene la calidad correspondiente.

Realizar los descuentos al peaje de manera proporcional a los kilómetros en reparación, así como por tiempo estimado de la demora, es una acción que beneficia no sólo a la economía de los usuarios, sino que además lleva implícito el reconocimiento y respeto a sus derechos, así como la exigencia del cumplimiento de las obligaciones a que están sujetos los concesionarios.

En razón de lo antes expuesto y fundado, someto a esta honorable asamblea, con carácter de urgente u obvia resolución, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, así como al organismo público descentralizado Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, a realizar las acciones necesarias de acuerdo a su ámbito de competencia, a efecto de que se realice el descuento conducente al peaje de las autopistas del país, cuando éstas se encuentren en obras o no cuenten con las condiciones óptimas para su circulación. Dicho descuento deberá ser proporcional a los kilómetros afectados así como al tiempo estimado de demora para los usuarios.

Notas:

1 http://www.capufe.gob.mx/site/wwwCapufe/menuitem.5b242a384a 941ec05a034bd7316d8a0c/index.html

2 http://www.milenio.com/negocios/infraestructura-autopistas-ohl-Mexico-negocios_ 0_815318650.html

3 Ídem

4 https://framework-gb.cdn.gob.mx/cuartoinforme/CuartoInforme 2015-2016.pdf

5 http://www.elfinanciero.com.mx/empresas/se-estanca-calidad-de-carreteras-en-mex ico-pese-a-mayor-inversion.html

6 http://www.elfinanciero.com.mx/empresas/se-triplican-las-carreteras-de-cuota-em presas-controlan-33-de-la-red.html

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de marzo de 2017.— Diputada Rosa Guadalupe Chávez Acosta (rúbrica).»

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Rosa Guadalupe Chávez Acosta.

Para los efectos del artículo 100, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se considera de urgente resolución.

La Secretaria diputada Verónica Delgadillo García: Para los efectos del artículo 100, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se consulta a la asamblea, en votación económica, si se considera de urgente resolución.

Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Se considera de urgente resolución.

De conformidad con el artículo 113, numeral 1, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se han registrado para hablar sobre el tema las siguientes diputadas y diputados, hasta por tres minutos: por el Grupo Parlamentario de Morena, tiene el uso de la palabra el diputado Cuitláhuac García Jiménez, hasta por tres minutos.

Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, tiene el uso de la palabra, por tres minutos, el diputado Omar Noé Bernardino Vargas.

El diputado Omar Noé Bernardino Vargas:Con la venia de la asamblea. Siempre en toda historia de la humanidad los caminos han sido el medio de desarrollo de toda civilización.

Actualmente no podemos imaginarnos una sociedad moderna sin buenas carreteras y autopistas, como tampoco podemos imaginar a una sociedad moderna sin agua, sin electricidad, sin teléfono o internet. Por eso podemos decir que el sistema de carreteras, autopistas y puentes de nuestro país bien pudiese compararse como un sistema nervioso del territorio nacional.

Cabe precisar que gran parte de las autopistas de nuestro país se financian por el pago de peaje de los usuarios que utilizan estas carreteras. En este sentido, es justo reconocer el enorme esfuerzo que hace nuestra gente por pagar las casetas, como se le conoce a este peaje.

La gente por lo regular, la gente por lo regular no reniega el pagar casetas cuando las autopistas están bien hechas. Es decir, no reniegan en pagar una cuota de peaje cuando las autopistas están en buen estado.

Yo creo que es recíproco que también, y justo también, que la SCT y Capufe les otorguen descuentos de pago también a los automovilistas cuando las autopistas están deterioradas o se encuentran en reparación.

Yo creo que es lo más justo, que se les hagan descuentos a todos los automovilistas que pasan por una autopista en deterioro. Por eso es importante este punto de acuerdo, pero que no vaya nada más a la SCT y Capufe, también que vaya a los concesionarios, que hagan descuentos, que se le cobre lo justo al automovilista.

No podemos permitir que le sigan cobrando grandes cantidades cuando la autopista está en deterioro o en reparación, puesto que eso les genera incomodidad y también tardanza para llegar a sus puntos de origen.

Creo que esto debe de ser justicia a los automovilistas y es una demanda generalizada de todos los que usan el automóvil en las autopistas, por qué me cobra el gobierno o por qué me cobra Capufe la misma cantidad cuando la autopista está fregada, cuando la autopista está en reparación. Creo que es injusto.

Por eso, compañeras y compañeros, las y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde estamos de acuerdo con este punto de acuerdo, para que la SCT y Capufe deban implementar un descuento al usuario de las autopistas de cuota, por los kilómetros que se encuentren en obras, por las pérdidas que los retrasos pudieran ocasionar, acción que indudablemente sería de fundamental justicia y respeto.

Tarifas completas sí, en autopistas que se encuentran en excelentes condiciones. Tarifas reducidas en autopistas deterioradas o en reparación. Igual a lo que es igual. Desigual a lo que es desigual. Es cuanto. Gracias, presidenta.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado Omar Noé Bernardino Vargas. Para hablar sobre el tema tiene el uso de la palabra, hasta por tres minutos, la diputada Araceli Saucedo Reyes, del Grupo Parlamentario del PRD.

La diputada Araceli Saucedo Reyes:Gracias, diputada presidenta. Primero quiero felicitar a nuestra compañera, la diputada Rosa Chávez por presentar este punto de acuerdo de urgente u obvia resolución. Una felicitación.

Pues hoy como Grupo Parlamentario del PRD vemos que existen enormes coincidencias en trabajar sobre esta materia, debido a que hace algunos meses se presentó una iniciativa de nuestra compañera, la diputada Cristina García, que iba en ese mismo sentido.

Por eso hoy felicitamos al Grupo Parlamentario del PRI por preocuparse y por estar trabajando en este tema.

Los beneficios económicos que genera una red carretera en buen estado, sin duda son enormes. Nos ayuda a tener un mejor desarrollo económico, un mejor tránsito en materia de turismo, en materia agrícola, en materia comercial. Y esto, sin duda, trae grandes beneficios en materia económica.

Desafortunadamente, hoy vemos en nuestro país que las grandes carreteras y esas grandes autopistas, pues no todas se encuentran en buenas condiciones. Existe un gran sinnúmero de ellas que hoy enfrentan una situación muy difícil debido al desgaste de esa pintura que marca estas vialidades.

Hoy vemos un asfalto en mal estado, una falta de alumbrado también y todo ello afecta, sin duda, la seguridad de quienes transitamos en ellas, generando sin duda los accidentes de tránsito día a día.

La proposición que se somete a la consideración del pleno expresa un balance en los beneficios que el sistema carretero de peaje tiene para el desarrollo regional del país, pero resulta dentro de su diagnóstico una situación que del Grupo Parlamentario del PRD ha expresado y que a la letra dice: “Los expertos explican que el problema sin duda se debe a tres razones fundamentales: la primera, los recursos que destina el gobierno son insuficientes para mantener la calidad de toda la red carretera. La segunda se debe a los pesos, que rebasan sin duda los camiones y el transporte que día a día circulan por ellas. Y una tercera es los materiales baratos que se utilizan en la construcción y en la aplicación de ellas”. Esto tiene que ver con un tema de corrupción en nuestro país.

Este reconocimiento nuevamente sitúa el problema en su debido lugar, construir carreteras con dinero público para concesionarlo después, convirtiéndolo en un negocio de privados termina siempre en un rescate carretero, o bien, en altos costos del peaje para los usuarios.

Es por ello que el Grupo Parlamentario del PRD considera que tanto el diagnóstico que hemos citado, como el punto de acuerdo que contiene, responde a una necesidad urgente de que las cuotas deben reducir sus costos cuando estas se encuentren en mal estado o en deterioro.

Por supuesto que esta medida, por la que hoy estamos exhortando a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el órgano descentralizado de Caminos y Puentes Federales, no son suficientes. Lo correcto sería insistir en los puntos que hoy la diputada nos propone para la reflexión, como la calidad de los materiales y esa corrupción imperante que existe hoy en nuestro país.

Por esto es importante y votaremos a favor este punto de acuerdo. Este será, sin duda, un paso importante. Estaremos todos atentos para que la Secretaría y Caminos y Puentes Federales ofrezcan una respuesta razonable y justa, y no aceptaremos ninguna negativa ante esta exigencia. Es cuanto, diputada presidenta.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Araceli Saucedo. Para hablar del tema, tiene la palabra hasta por tres minutos el diputado Gonzalo Guízar Valladares, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

El diputado Gonzalo Guízar Valladares:Diputada presidenta, muchas gracias. Desde luego que para el Partido Encuentro Social es un punto de acuerdo de elemental justicia, es Veracruz un estado de una gran autopista que conecta a México con el sureste del país; sin embargo, compañeras diputadas y compañeros diputados, la autopista desde Córdoba a Villahermosa, siempre se encuentran en mal estado, pero más allá e incluso violentando el artículo 11 constitucional, de tener libertad de tránsito, de poder viajar al interior de la República sin problemas, sin burocracias.

Se atenta, en el caso específicamente de Nanchital, Veracruz, Coatzacoalcos o al sector industrial, Nanchital, todos los que viven en ese municipio, tienen una caseta, que hemos luchado siempre para erradicarla. Esa caseta violenta la Constitución y por supuesto no cumple con los requisitos porque no tienen ninguna alternativa de carretera libre, es decir, para que exista una autopista de cuota debe de haber una alternativa de carretera libre.

Aquí en Nanchital, Veracruz, no se cumple con ese requisito y se les cobra peaje a esas personas distinguiéndolas, discriminándolas, atentando y diciéndoles que son ciudadanos de segunda. No solamente vamos a favor de este punto de acuerdo importante para que la SCT, para que Caminos y Puentes, tengan una atención especial en los tramos carreteros de autopistas en mal estado, no solamente descuentos.

Si hay concesiones en el tema debe de ser motivo de cancelar la concesión, porque si alguien debe disfrutar el tránsito y el buen estado de las carreteras no son los empresarios ni es el gobierno, invariablemente debe de ser el usuario, el ciudadano. Eso es lo que tenemos que ir más allá de este punto de acuerdo, que por supuesto iremos a favor.

Pero en el caso, por ejemplo, de Nanchital, Veracruz, regreso al tema, es una injusticia. Pedimos aquí, en esta máxima tribuna de la nación, que esas cosas desaparezcan en el sureste del país. No pueden estar pagando peaje o, como sinónimo de no pagar peaje, hay que reunir requisitos burocráticos innecesarios.

Es una vergüenza que un habitante de Nanchital, Veracruz, un residente de ese municipio, tenga que reunir requisitos ante la concesión que dio el estado a la empresa para poder salir y no poder pagar peaje. Es una vergüenza y por eso aprovechamos este punto de acuerdo para ir a favor y para ir más allá. Ya basta de que en Nanchital los habitantes sean tratados como de segunda. Muchas gracias, diputada presidenta.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado Gonzalo Guízar. Sonido por favor en la curul del diputado Antonio Amaro.

El diputado Antonio Amaro Cancino(desde la curul): Muchas gracias, presidenta. Creo que vale la pena hacer algunas precisiones que pueden estar de acuerdo en lo general.

Seguramente la afectación de todo transeúnte en esas pistas debe de ser atendida. Pero no podemos dirigirnos exclusivamente a autopistas o carreteras en mal estado sin decir que el problema que se está suscitando de tránsito es porque se están reparando.

Hoy tenemos caminos a la altura de la Balastrera, del Fortín, del kilómetro 300 en el entronque Tinajas vía libre y por supuesto en el entronque a Cuitláhuac y Veracruz vía libre y vía carretera de la autopista. Vale la pena que se hagan los señalamientos, pero también es importante que se reconozca que es en el marco del esfuerzo.

Me sumo, sí, a la idea de que se genere mejor agilidad a las carreteras y al tránsito, pero que se reconozca también el esfuerzo que el gobierno del presidente Peña está haciendo en esa importante autopista. Es cuanto, presidenta.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Queda asentada su expresión. Sonido por favor en la curul de la diputada Nahle.

La diputada Norma Rocío Nahle García(desde la curul): Sí, presidenta. El punto de acuerdo es muy noble y efectivamente es invitar al gobierno federal, primero, a que revise las concesiones, las casetas; está lleno este país de casetas y entonces para qué pagamos impuestos. Si pagamos impuesto es para tener educación, salud, y tener vías de comunicación, y efectivamente hay casetas por todos lados. Y me sumo a lo que dice el compañero diputado, que Veracruz está lleno de casetas. Esta caseta del puente de Coatzacoalcos Uno, tiene más de 35 años, que ya se pagó tres veces o cinco veces ese puente. Ya no tiene razón de ser esa caseta. Y ojalá que el gobierno del estado, porque es quien tiene la concesión, elimine esa caseta. Ese y muchos casos más.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Queda asentada su expresión, diputada Nahle. Sonido, por favor, en la curul de la diputada Rosa Alba Ramírez Nachis.

La diputada Rosa Alba Ramírez Nachis(desde la curul): Gracias, presidenta, agradezco el tiempo que me otorga. Para hacer del conocimiento de este pleno que por el 9 de diciembre de 2015, pasadito el siniestro de un huracán que azotó las costas de Jalisco, presenté una iniciativa para que en caso de siniestros se abrieran las casetas para favorecer el desalojo de las personas que pudieran estar en riesgo. Sin embargo, desde el año pasado por estas fechas, se encuentra ya aprobada por la Comisión de Protección Civil, y es fecha que al día de hoy no se le ha dado salida para continuar su proceso legislativo y votarse en este pleno para enviarse al Senado, por lo que hago un llamado para que todas esas iniciativas que es trabajo legislativo, que merece tiempo y quehacer de los diputados que merecemos respeto, sean puestas a consideración de este pleno y se desaloje este trabajo, de por sí tenemos números rojos en productividad, y lo poquito que se aprueba ni siquiera tenemos la capacidad de votarlo aquí. Muchas gracias, presidenta, por su atención. Gracias, compañeros diputados.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Ramírez Nachis. Quedan asentadas sus expresiones. Continuamos con la discusión de este tema. Por el Grupo Parlamentario de Morena, tiene el uso de la palabra, por tres minutos, el diputado Cuitláhuac García Jiménez.

El diputado Cuitláhuac García Jiménez:Gracias, diputada presidenta. Aplaudo la iniciativa sobre el punto de acuerdo, y al menos abre un poco el debate sobre el punto peculiar de la red carretera privatizada en este país.

Como hemos visto en varias expresiones que han hecho compañeros diputados y diputadas, no significa el privatizar a mejores condiciones en nuestras carreteras. Después de abandonar y privatizar la red ferroviaria del país, ahora el 80 por ciento de las cargas que se mueven en nuestro territorio y el 98 por ciento del movimiento de pasajeros, se hace por nuestras carreteras.

Pero esta importancia no la tiene cuando se habla de destinar recursos a esa área el desarrollo de infraestructura carretera del país. En el cuarto informe del gobierno del Ejecutivo federal se deja entre ver que entre los ejercicios fiscales de 2013 a 2015, se generaron subejercicios acumulados por más de 25 mil millones de pesos en infraestructura carretera.

Ese es uno de los problemas graves que tenemos en nuestro país, que se ha optado por dar prioridad a la infraestructura carretera hecha por privados, pero peor aún, como bien sabemos, existen varios ejemplos que se han hecho concesiones bajo corrupción.

Por ello, pues al menos incipientemente este punto de acuerdo podrá exhortar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para que intente hacer un descuento en el cobro del peaje, pero nuestra postura sería incluso, que no se cobrara en aquellas a las que hace referencia, o sea, las que están en construcción o no han concluido obra o están en un pésimo estado.

Veracruz, yo creo que no ha de ser la excepción en el país. Nos sobran ejemplos como los que acabamos de oír, bastaría recorrer de norte a sur mi estado y darse cuenta que aún, en las de cobro, existen grandes baches, partes no terminadas, desviaciones que hay que librar, y ese ha sido el camino, no solamente de este gobierno sino de otros gobiernos atrás y nos da clara idea de que la privatización de la realización de la obra pública no es el camino correcto. Gracias, presidenta.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado Cuitláhuac García Jiménez. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario de Acción Nacional tiene el uso de la palabra el diputado Jorge López Martín.

El diputado Jorge López Martín:Saludo a la Mesa Directiva. Con la venia, presidenta. Compañeras diputadas y compañeros diputados, desde el gobierno y desde la oposición en Acción Nacional hemos procurado que la inversión en infraestructura sea un elemento esencial para el desarrollo de nuestro país.

En particular creemos que la infraestructura carretera ha sido factor fundamental para el crecimiento económico, pues ha permitido integrar y comunicar a las distintas regiones del país, todos los días transitan por autopistas y puentes de cuota más de un millón 100 mil vehículos.

El ahorro en los tiempos del recorrido en combustible y la mayor seguridad y eficiencia que ofrecen hacen de estas vías de comunicación un elemento al que debe prestársele especial atención.

En suma, la red carretera, las autopistas, los puentes y túneles han resultado fundamentales para el desarrollo y fortalecimiento de una gran variedad de sectores económicos, al tiempo que han permitido mejorar la movilidad y el acceso de los ciudadanos.

Las concesiones, amigas y amigos, para la construcción de autopistas de cuota son sin duda un medio eficiente para que los gobiernos cumplan con sus objetivos en materia de infraestructura, además permiten dar a las vías de comunicación el mantenimiento necesario; pero, en contraste, no debemos permitir que las concesiones sean un cheque en blanco para los amigos del gobierno.

Hace algunos días el diputado César Camacho, coordinador del Grupo Parlamentario del PRI, se refirió a que cuando nacen los dictámenes y pasan por esta asamblea pues estos dictámenes se convierten en elementos de solución necesarios e indispensables para los ciudadanos que representamos, y este punto de acuerdo no es la excepción.

Con este punto de acuerdo esta asamblea está recuperando el prestigio de los legisladores cuando trabajan por soluciones que le exigen a las autoridades el cumplir con su deber, y por eso es que estamos exhortando a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y estamos exhortando a Capufe, para que no permitan que los retrasos y las demoras provocadas en las autopistas de nuestro país sigan afectando a la población.

En el Grupo Parlamentario de Acción Nacional consideramos que las autopistas que se encuentran en obras por mantenimiento o porque las están reparando, modernizando o ampliando, y que generan inconvenientes para quienes las utilizan, ya sea por el mayor tiempo en los traslados o incluso por las condiciones de seguridad, deben de ser sancionados.

Como legisladores es nuestra responsabilidad velar por los usuarios de estas vías de movilidad, para que puedan beneficiarse de los mejores servicios de infraestructura, con la mejor calidad y a un precio justo. Ya sea por reparaciones, mantenimiento o modernización, las obras carreteras beneficiarán a los usuarios una vez que estén terminadas con la calidad requerida, y no antes.

En este sentido, es viable y conveniente que se apliquen los descuentos al peaje para los usuarios que circulen en autopistas que se encuentran en obras, y que además estos descuentos sean proporcionales a los kilómetros afectados, asimismo como al tiempo estimado de demora para los usuarios. No obstante, debe de mencionarse que en especial para los vehículos de transporte de mercancía, esta medida no reintegra las pérdidas ocasionadas.

Señoras y señores diputados, en Acción Nacional estamos convencidos de que sobre todo en tiempos como los actuales, con un crecimiento mediocre en la economía, los gobiernos tienen la obligación de proteger el bolsillo de los mexicanos.

Para concluir quiero mencionarles que en el Grupo Parlamentario de Acción Nacional nos pronunciamos a favor de este punto de acuerdo para que se realicen las acciones necesarias a efecto de que se aplique el descuento al peaje de las autopistas del país, cuando éstas se encuentren en obras o no cuenten con las condiciones óptimas para su circulación. Es cuanto, señoras presidenta.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado Jorge López Martín. Sonido, por favor, en la curul donde se encuentra el diputado Javier Bolaños.

El diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar(desde la curul): Gracias, diputada presidenta. Únicamente para reconocer la pertinencia de este punto de acuerdo que se ha presentado el día de hoy, que tiene que ver con solicitar descuento en el peaje de aquellas autopistas que estén en reparación o no se encuentren en condiciones óptimas para su circulación. Sobre todo porque nos permite evidenciar la falta de un proyecto efectivo, tanto en SCT como en Capufe.

Si logramos que este punto de acuerdo trascienda, entonces tenemos que revisar, primero, qué va a pasar con la autopista México-Acapulco, que permanentemente está en reparación y no conocemos en este momento a cuánto asciende el monto de las mismas.

Pero también la presentación de este punto de acuerdo me permite hacer una denuncia pública sobre lo que está ocurriendo en el libramiento que se conoce como Paso Exprés en Cuernavaca. Una obra que está mucho muy atrasada, que ya ha costado decenas de vidas en accidentes, que por la falta de señalización y la pésima supervisión han generado consecuencias funestas, a la par de que se han atropellado los derechos de las personas que viven en las inmediaciones de esta obra e incluso se han provocado daños a la infraestructura municipal de Cuernavaca, sin que SCT se haga cargo de las mismas. Muchas gracias, presidente.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado Bolaños. Sus expresiones han quedado registradas en el Diario de los Debates. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se encuentra suficientemente discutida la propuesta de punto de acuerdo.

La Secretaria diputada Verónica Delgadillo García: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Suficientemente discutido. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueba el acuerdo.

La Secretaria diputada Verónica Delgadillo García: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta si se aprueba el acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Aprobado. Comuníquese.



EXHORTO PARA QUE SE INTERVENGA Y RESUELVA LA SITUACIÓN DE POBREZA Y ABANDONO DE LOS HABITANTES DE LA MESETA DE CACAXTLA, SINALOA

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Tiene la palabra, por cinco minutos, la diputada Carmen Victoria Campa Almaral, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas instancias de la administración pública federal, a intervenir y resolver de manera coordinada y conjunta la situación de pobreza y abandono que presentan los habitantes de la Meseta de Cacaxtla, Sinaloa.

La diputada Carmen Victoria Campa Almaral:Comparativamente cada peso que invierte el gobierno federal en áreas naturales protegidas aportan a la economía cuando menos 56 pesos. Juan E. Bezaury Creel.

Con su permiso, diputada presidenta. Compañeras y compañeros diputados, a nivel mundial aproximadamente 190 gobiernos están comprometidos en construir sistemas efectivos en áreas naturales protegidas, pero no basta decretar su creación, pues su sana funcionalidad está en función de su administración, que no es otra cosa que evaluar y mediar los costos económicos, sociales y culturales, así como los beneficios e impactos que implica establecerlas.

Incuestionablemente nos brindan muchos beneficios vinculados a la biodiversidad, generación de empleo, ecoturismo, producción de alimentos orgánicos, además constituyen una reserva segura de agua, de flora, de fauna, plantas medicinales, entre otros. Estos territorios de resguardo fungen como guardianes de valores culturales, arqueológicos y espirituales, que sin ello corren alto riesgo de ser exterminados.

En Nueva Alianza nos preocupamos por seguir promoviendo la ampliación de territorios protegidos y sobre todo una vez decretado, a velar para que sirvan de instrumento económico y ambiental para mejorar la calidad de vida y bienestar de los mexicanos y de sus habitantes.

Es por eso que hoy hago uso de la tribuna, para exponerles la grave situación que enfrentan los habitantes de las comunidades de la región denominada Meseta de Cacaxtla, en Sinaloa, hace casi ya 17 años, que por decreto presidencial se creó el área natural protegida denominada área de protección de flora y fauna, en la Meseta de Cacaxtla, ubicada en los municipios de San Ignacio y Mazatlán, Sinaloa, con más de 50 mil hectáreas y que constituye un área de captación de las principales precipitaciones pluviales de la región, recargando los acuíferos que benefician al puerto de Mazatlán.

Cuenta además, también, con un invaluable ecosistema de especies endémicas y conforma un corredor biológico que vincula ecosistemas simbióticos, uniendo las costas y selvas de Sinaloa con Durango.

Más de tres decenas de especies, entre ellas el jaguar que había en esta área natural, presentan alguna categoría de riesgo, al igual que toda la riqueza ecológica de la zona.

El problema surge porque en Cacaxtla se ha cumplido la ley a medias. En cuanto a la creación de programas de fomento al desarrollo de las unidades de producción y de infraestructura social y económica, lo que ha resultado ser perjudicial para los intereses económicos, sociales y mucho más, en los ambientales, de los pobladores y sus comunidades, quienes además de no ser considerados para los programas, dejándolos sin opciones de desarrollo económico, han sido sancionados a veces, cuando por necesidad debieron de utilizar algunos de los recursos considerados en estatus de protección. Peor aún, son testigos los mismos habitantes de cómo organizaciones ajenas son quienes se benefician de los programas y recursos federales.

Sin duda, proteger el medio ambiente y propiciar un crecimiento sostenible es una obligación, pero también lo es de dotar a la población de los medios necesarios para cubrir sus necesidades de bienestar.

Por ello, respetuosamente se exhorta a los titulares de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, de la Secretaría de Turismo y de la Secretaría de Cultura, así como de los titulares responsables de las Procuradurías Federal de Protección y Ambiente, y General de la República, a intervenir y resolver de manera coordinada y conjunta la situación de la pobreza y abandono que presentan los habitantes de la Meseta de Cacaxtla en el estado de Sinaloa, y que en aras de propiciar un desarrollo integral están en ese abandono. Por su atención, muchísimas gracias. Es cuanto, diputada presidenta.

«Proposición con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a diversas instancias de la administración pública federal a intervenir y resolver de manera coordinada la pobreza y el abandono que presentan los habitantes de la meseta de Cacaxtla, Sinaloa, a cargo de la diputada Carmen Victoria Campa Almaral, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

Quien suscribe, Carmen Victoria Campa Almaral, integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza en la LXIII Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con puntos de acuerdo, de urgente y obvia resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Hace ya casi 17 años, por decreto presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2000, se creó oficialmente el área de protección de flora y fauna Meseta de Cacaxtla, en San Ignacio y Mazatlán, Sinaloa, con una superficie total de 50,862-31-25 hectáreas.

La meseta de Cacaxtla posee innegablemente un valor ecológico incalculable, por ser la principal región de captación de las precipitaciones pluviales de la región, recargando los acuíferos que benefician al puerto de Mazatlán, que por su valor económico, constituye la segunda ciudad más importante para Sinaloa; además, es un invaluable ecosistema de especies endémicas y conforma un corredor biológico que vincula ecosistemas simbióticos entre las costas y las selvas caducifolias y subcadufolias, uniendo las costas y selvas de Sinaloa con las de Durango.

La importancia y riqueza ecológica de la meseta de Cacaxtla se sustentan ampliamente, pues se considera un ecosistema de resguardo de especies que presentan alguna categoría de riesgo o que son protegidas por la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, que protege especies de flora y fauna nativas de México y fue emitida posteriormente a 1992, cuando el gobierno del país firmó el Convenio sobre la Diversidad Biológica, adoptado en Río de Janeiro, Brasil.

El conteo oficial citado por el acuerdo del Programa de Manejo del Área de Protección de Flora y Fauna Meseta de Cacaxtla cita más de tres decenas de especies que presentan alguna categoría de riesgo y protección considerados en la norma oficial mexicana referida.

El área natural protegida Meseta de Cacaxtla es biológicamente valiosa. Por lo mismo resulta indispensable hacer efectiva su consolidación como un espacio ecológicamente protegido, mediante el cumplimiento de todas las acciones de administración y gestión que el decreto del 27 de noviembre de 2000 estableció como prioritarias.

Sin embargo, no basta decretar la protección de las áreas naturales protegidas, como ocurrió en el caso de la Meseta de Cacaxtla, pues, a pesar de que el citado Decreto, publicado en el año 2000, señala como una imperiosa necesidad la creación del Programa de Manejo del Área de Protección de Flora y Fauna Meseta de Cacaxtla, éste no fue emitido sino hasta el 29 de octubre de 2015, fecha en que la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales lo publicó como acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.

Lo más preocupante fue que, en ausencia de un programa de manejo, los habitantes de la región y sus comunidades vieron cómo las autoridades federales los abandonaron, dejándolos fuera de los programas de fomento del desarrollo de sus unidades de producción y de infraestructura social y económica. Así, desde 2000, en la meseta de Cacaxtla no se han construido obras de apoyo a la agricultura, tampoco se edificaron represas de agua, ni se permitió la explotación forestal y pesquera.

Lo anterior resultó en que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación dejó a los pobladores y territorio de esta región fuera de los programas de apoyos agropecuarios y pesqueros; lo mismo hizo la Secretaría de Turismo, así como las dependencias que otorgan apoyos dentro de programas ecológico-ambientales, como los de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Mientras, las dependencias responsables de la vigilancia ambiental, como la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, la Procuraduría General de la República u otras instancias que realizan actividades de vigilancia, aplicaron tajantemente los criterios que señalaba el multicitado decreto contra los habitantes de la región, quienes, debido a sus necesidades socioeconómicas, osaron utilizar alguno de los recursos considerados en estatus de protección.

Otro aspecto por considerar es que, en los últimos 15 años, la ausencia de alguna autoridad que apoyara el desarrollo social, económico y de infraestructura de la población, y el ambiente de exceso de aplicabilidad de los preceptos supuestamente antidelictivos de tipo ambiental contra los pobladores de la región por las autoridades encargadas de la vigilancia, causó que los habitantes de la meseta de Cacaxtla poco a poco se desanimaran de las bondades de la declaratoria oficial de esta área natural protegida, ya que les resultó contraproducente para su desarrollo comunitario.

A lo anterior se debe adicionar que ante el vacío de autoridad, previamente mencionado, algunas organizaciones ajenas a la región comenzaron a instalarse en la meseta, argumentando realizar actividades de investigación; no obstante, los frutos obtenidos, vía el ejercicio de recursos federales asignados en sus proyectos, aún distan mucho del beneficio colectivo del que son merecedoras naturales esas comunidades y sus habitantes.

La sede de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, domiciliada en el mismo puerto de Mazatlán, Sinaloa, a esta fecha no ha nombrado a un titular responsable de la Dirección del Área de Protección de Flora y Fauna Meseta de Cacaxtla, incumpliendo con ello las obligaciones y tareas que la ley le designó; omisión que recalcaré, ha resultado ser perjudicial para los intereses económicos, sociales y hasta ambientales de los pobladores y sus comunidades.

Por lo expuesto, respetuosamente someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición, de urgente y obvia resolución, con

Puntos de Acuerdo

Primero.El pleno de la Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que dicte instrucciones destinadas a hacer cumplir con la mayor brevedad los mandatos señalados en el decreto presidencial por el que se creó el área de protección de flora y fauna Meseta de Cacaxtla, en los municipios de San Ignacio y Mazatlán, Sinaloa, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2000, considerando en tal sentido, la instrucción a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas para que nombre al titular responsable e instale la Dirección del Área de Protección de Flora y Fauna Meseta de Cacaxtla, lo cual coadyuvará a regular administrativamente el acuerdo por el que se creó el Programa de Manejo del Área de Protección de Flora y Fauna Meseta de Cacaxtla, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de octubre de 2015.

Segundo.El pleno de la Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los titulares de las Secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, de Turismo y de Cultura, para que, de manera coordinada, desarrollen proyectos y programas de fomento a la agricultura, ganadería, pesca, turismo alternativo y cultura ambiental en el área de protección de flora y fauna Meseta de Cacaxtla, previas consideraciones de impacto ambiental, destinados al desarrollo integral de los habitantes de esa región, contribuyendo a superar el estado de abandono y pobreza al que han sido expuestos desde que se decretó esa área natural protegida.

Tercero. El pleno de la Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los titulares responsables de las Procuradurías Federal de Protección al Ambiente y General de la República para que, en coordinación con los habitantes y comunidades próximas al área de protección de flora y fauna Meseta de Cacaxtla, ubicada en San Ignacio y Mazatlán, Sinaloa, desarrollen estrategias conjuntas de protección y resguardo de los recursos naturales ahí localizados, así como cesar el acoso y trato delincuencial hasta ahora obsequiado a los mismos.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a 21 de marzo de 2017.— Diputada Carmen Victoria Campa Almaral (rúbrica).»

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez:Gracias, diputada Carmen Victoria Campa Almaral.

El diputado David Epifanio López Gutiérrez(desde la curul): Presidenta.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Sonido, por favor, en la curul del diputado David López Gutiérrez.

El diputado David Epifanio López Gutiérrez (desde la curul): Muchas gracias, presidenta. Únicamente para sumarnos como bancada de sinaloenses todos los diputados a este punto de acuerdo que acaba de presentar la diputada Campa, porque va a generar beneficios para la región de Mazatlán y de San Ignacio, en Sinaloa. Muchas gracias.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado David López Gutiérrez. Para los efectos del artículo 100, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se considera de urgente resolución.

La Secretaria diputada Verónica Delgadillo García: Para los efectos del artículo 100, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se consulta a la asamblea, en votación económica, si se considera de urgente resolución. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Se considera de urgente resolución.

De conformidad con el artículo 113, numeral 1, fracción I del Reglamento de la Cámara de Diputados, se ha registrado para hablar sobre el tema la diputada María Chávez García, por el Grupo Parlamentario de Morena.

La diputada María Chávez García:Con su venia, señora presidenta. Compañeras y compañeros diputados, entre los instrumentos de la política ambiental que la Ley General del Equilibrio Ecológico y la protección al ambiente crea, sobresale por su importancia para la conservación y preservación de los ecosistemas, al igual que para la continuidad de los servicios ambientales que estos nos proporcionan.

La figura de las áreas naturales protegidas para lograr los objetivos para los cuales se forman estas áreas es fundamental que las mismas cuenten con su plan de manejo, pero de las 177 áreas naturales protegidas que tenemos, cuando menos 66 de ellas no tienen o no cuentan con su programa, cuyo resumen debe ser publicado en el Diario Oficial de la Federación.

Lo anterior, de entrada, es una trasgresión por parte de la Semarnat, de la propia LGEEPA, ya que este ordenamiento jurídico obliga a la Secretaría a formular dicho programa dentro del plazo de un año, contado a partir de la publicación de la declaratoria de creación de la propia área.

El punto de acuerdo que en este momento analizamos es un ejemplo claro de importancia que tiene dicho instrumento para el adecuado funcionamiento de un área natural protegida y el bienestar de la población que en ella habita. El programa de manejo es el documento que contiene y da sustento a la normatividad del área, en la práctica posibilita que se puedan realizar determinadas actividades productivas dentro de ella, ya que la declaratoria por sí misma da pocos elementos para posibilitar la gestión sustentable de los recursos naturales, lo cual puede perjudicar seriamente a sus habitantes, como es el caso que hoy nos ocupa.

De hecho, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, por medio de la recomendación general número 26, sobre la falta y/o actualización de programas de manejo de estas áreas naturales protegidas de carácter federal y su relación con el goce y disfrute de diversos derechos humanos, ha dejado en claro que la falta de elaboración o publicación de los programas de manejo de las áreas naturales protegidas de competencia federal trasgreden los derechos humanos a un medio ambiente sano, a la seguridad jurídica y legal, así como a los derechos de los pueblos y comunidades indígenas.

A decir de la Comisión, este programa contribuye a garantizar la observancia del derecho humano a un medio ambiente sano en virtud de las características propias de cada área al sentar las bases de manejo y administración en materia de desarrollo sustentable y conservación y preservación.

Asimismo, la ausencia del respectivo programa conlleva a una incertidumbre respecto a la densidad e intensidad con la cual los particulares pueden realizar obras o actividades dentro del área, al posibilitar un desmedido margen discrecional por parte de las autoridades, quienes arbitrariamente podrían estar en condiciones de negar o autorizar la realización de obras o actividades; entonces que decretado el área de protección de flora y fauna, Meseta de Cacaxtla, corresponda al año 2000 y su programa de manejo se haya emitido hasta octubre de 2015.

En contravención de la ley que fue una clara violación a los derechos humanos de los residentes de este sitio, indudablemente afectó sus actividades productivas y con ello su calidad de vida.

Por otra parte, el que la LGEEPA permita que transcurra un año entre la declaratoria del área natural protegida, la elaboración de su programa de manejo y la publicación del resumen de éste, equivale a permitir que por efectos de dicha ley se permita por un año la transgresión de los derechos humanos.

Por lo mismo, para subsanar esta grave deficiencia de la Ley General del Equilibrio Ecológica y Protección al Ambiente, el 8 de septiembre de 2016 su servidora presentó una iniciativa, misma que buscaba el que la Semarnat, al momento de decretar el área natural protegida, ya tenga hecho, con la participación de los habitantes de la misma, su respectivo programa de manejo. Es por lo anterior que se debe resarcir a los habitantes de esa área. Morena votará a favor del presente punto de acuerdo. Es cuanto, señora presidenta.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada María Chávez García. Por parte del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, tiene el uso de la palabra por tres minutos el diputado José de Jesús Galindo Rosas.

El diputado José de Jesús Galindo Rosas:Buenas tardes. Con la venia de la Presidencia. Para el Partido Verde, entre los instrumentos regulatorios aplicables con una dimensión territorial, es indispensable concentrar la atención en las áreas naturales protegidas. Estas definen el uso de suelo y establecen prohibiciones y limitaciones explícitas al uso de los recursos naturales dentro de un poligonal o territorio claramente delimitado.

Puede decirse que las áreas naturales protegidas son verdaderas instituciones, ya que permiten establecer reglas para crear bienes públicos fundamentales relacionados con la conservación de la biodiversidad y de los bienes y servicios ambientales que ofrecen los ecosistemas.

Tal es el caso del área de protección de flora y fauna Meseta de Cacaxtla, ubicado en el municipio de San Ignacio de Mazatlán, en mi estado de Sinaloa, una zona con riqueza de flora y fauna que aporta recursos pluviales beneficiando la recarga de los acuíferos del puerto de Mazatlán; representa para Sinaloa la posibilidad de reconciliar la integridad de este sistema natural biológicamente valioso, cuya conservación y uso tendrá que ser sustentable, sin olvidarse de sus habitantes quienes requieren programas de fomento económico para propiciar su desarrollo comunitario acorde con la declaratoria oficial de esta área natural protegida.

Las áreas naturales protegidas crean una matriz institucional para iniciativas regionales o territoriales de conservación y desarrollo sustentable; son el inicio de actividades ambientales diversas como por ejemplo el turismo ecológico.

Crear un área natural protegida no es fácil, pues requiere no sólo de visión y compromiso conservacionista, sino de una buena dosis de habilidades técnicas, jurídicas, y sobre todo políticas. Y es de reconocer que el gobierno federal actual ha sido dinámico en la creación de nuevas áreas, destacando en el ámbito mundial con un mayor número de lugares naturales inscritos en la lista de patrimonio mundial de la humanidad.

La fuente primordial de complejidad para crear un área natural protegida, es que siempre hay tensión entre la conservación de bienes públicos y los intereses de los usuarios de los recursos naturales.

Atendiendo a ello coincidimos con la promovente, el exhorto para que sea nombrado a la brevedad el director de esta área natural protegida de Cacaxtla para que lleve a cabo el programa de manejo del área.

También reiteramos que se piensan ejecutar acciones que abonen a la coordinación institucional a beneficio del desarrollo integral de los habitantes de la meseta, lo que contribuirá a mejorar sus condiciones de vida a través del uso respetuoso, autorizado y sustentable de los recursos naturales del área natural protegida.

Es por ello que los verde ecologistas apoyamos el exhorto a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, Secretaría de Turismo, y de Cultura, para que desarrollen proyectos y programas de fomento económico a beneficio de la población de la zona, generar diversas actividades que mejoren la calidad de vida de sus habitantes y se intensifique la vigilancia del área natural protegida por la autoridad correspondiente, y con ello se mitiguen actos delictivos contra los recursos naturales de Cacaxtla.

Por lo anteriormente expuesto a nombre propio y en representación del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, anuncio nuestro voto a favor de la presente proposición con punto de acuerdo, reafirmando nuestra vocación y nuestro compromiso con la protección ambiental de nuestro territorio. Es cuanto, señora presidenta.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias diputado José de Jesús Galindo Rosas. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se encuentra suficientemente discutido.

La Secretaria diputada Verónica Delgadillo García: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Suficientemente discutido. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueba el acuerdo.

La Secretaria diputada Verónica Delgadillo García: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta si se aprueba el acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Aprobado, comuníquese.

EFEMÉRIDE



CON MOTIVO DEL CCXI ANIVERSARIO DEL NATALICIO DEL BENEMÉRITO DE LAS AMÉRICAS, BENITO JUÁREZ GARCÍA

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: El siguiente punto del orden del día es la efeméride con motivo de los 211 años del natalicio del Benemérito de las Américas, Benito Juárez García.

Se han registrado para referirse al tema los siguientes diputados quienes tendrán uso de la palabra, hasta por cinco minutos:

Por el Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, tiene el uso de la palabra la diputada Refugio Trinidad Garzón Canchola.

La diputada Refugio Trinidad Garzón Canchola:Con su venia, diputada presidenta. Compañeras y compañeros, nuestro país y su gente dentro y fuera del territorio vivimos momentos complejos y llenos de fuertes desafíos en lo económico, en lo político y en lo social.

En el aniversario CCXI del Natalicio de Benito Pablo Juárez García, es pertinente abordar una arista de su pensamiento y que tiene que ver con su frase más conocida y con presencia en los más augustos recintos públicos de este país, la que establece que entre los individuos como entre las naciones, el respeto al derecho ajeno es la paz.

Fue el 15 de julio de 1867, hace casi 150 años, con el triunfo de la república y el fin de la intervención francesa, lo que hizo posible que se restableciera el gobierno nacional en la Ciudad de México, que Juárez expidiera su Manifiesto a la Nación, del que se ha extraído la frase en cuestión.

Hoy día el respeto al derecho ajeno entre los individuos está escaso, basta con abrir los periódicos, consultar el internet, asomarte a las redes sociales o encender la televisión para descubrir que la tolerancia por el pensamiento diverso, la observancia de las leyes y la diferencia hacia las instituciones de la República se van perdiendo lenta, pero dolorosamente.

Entre las naciones la situación no es mejor, y tenemos que experimentar en cabeza ajena, al norte del Río Bravo el populismo, la intolerancia, la cerrazón y la cortedad de visión en el quehacer público. No obstante su evidente peligrosidad, llegando al poder se convierte en una experiencia lastimosa de gobierno que se traduce en amenazas a la paz mundial –gracias– y al comercio internacional.

En Encuentro Social queremos ser parte de la solución para México y creemos que es indispensable honrar sin sacar del contexto el espíritu y la letra de la planteado por Juárez en el manifiesto que hemos hecho referencia.

Mexicanos, encaminemos ahora nuestros esfuerzos a obtener y consolidar los beneficios de la paz bajo sus auspicios, será eficaz la protección de las leyes y de las autoridades para los derechos de todos los habitantes de la República, que el pueblo y el gobierno respeten los derechos de todos. Entre los individuos como entre las naciones, el respeto al derecho ajeno es la paz.

Confiemos en que todos los mexicanos aleccionados por la prolongada y dolorosa experiencia de las comunidades de la guerra cooperaremos en el bienestar y prosperidad de la nación, que sólo pueden conseguirse con un inviolable respeto a las leyes y con la obediencia a las autoridades elegidas por el pueblo.

Para Encuentro Social tal ideario juarista hoy día merece ser rescatado y promovido. Cerremos filas para recuperar la confianza, el respeto y la consolidación ciudadana hacia las instituciones de la República, las autoridades legalmente electas y el orden jurídico nacional de un México saludable, fuerte, unido, para todos y en paz, nos una. Hagámoslo nosotros. Es cuanto. Gracias por su atención.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Refugio Garzón Canchola. Por el Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, tiene el uso de la palabra por cinco minutos el diputado Ángel García Yáñez.

El diputado Ángel García Yáñez:Libre, y para mí sagrado, es el derecho de pensar. La educación es fundamental para la felicidad social, es el principio en el que descansan la libertad y el engrandecimiento de los pueblos, Benito Juárez García.

Con la venia de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados, referirnos a Benito Juárez García es hablar de un ícono de nuestra historia patria y un referente mundial del liberalismo del siglo XIX. Su vida es ejemplo de tenacidad, firmeza y perseverancia.

Don Benito Juárez García logró superar las condiciones de exclusión económica, social y educativa que prevalecían en el naciente México independiente, donde su origen étnico zapoteca no le auguraba una vida fácil. Contra corriente logró salir de su natal Guelatao, recibir una instrucción académica que le permitió titularse como licenciado en derecho, alcanzar una curul en el Congreso local, una magistratura en el Tribunal Superior de Justicia y una gubernatura en su natal Oaxaca. Fue el primer presidente indígena de nuestro país.

Juárez vivió una de las épocas más importantes y difíciles de nuestra historia, liderando un periodo de transformación que dio forma al México liberal y democrático que llevó a la consolidación de la nación como república.

Ilustre estadista, con una gran convicción impulsó las Leyes de Reforma, sostuvo el laicismo como principio de gobierno, luchó contra el imperio francés y su archiduque austriaco, y fue innovador en materia de derecho de las mujeres y en educación.

En Nueva Alianza coincidimos con su pensamiento liberal y reformista. Estamos seguros, al igual que él, que la educación es la base de la prosperidad de un pueblo. Sabemos que a través de ella podremos acceder a mejores niveles de bienestar y justicia social, que nos hagan ciudadanos más libres.

A 211 años de su nacimiento, su lucha incansable por un país de libertades fundamentales y dignidad humana aún tienen retos por vencer. Prueba de ello es el respeto a las mujeres, por una igualdad que no se concreta frente a una discriminación permanente por la falta de soluciones eficaces a las demandas de la sociedad.

Compañeras y compañeros, el saber juarista en cuanto al pleno reconocimiento de la diversidad ética y la pluralidad política, la igualdad, la educación, el respeto y la dignidad humana, deben hacerse presente en las discusiones cotidianas, en un permanente esfuerzo por encontrar puntos de coincidencia.

En Nueva Alianza nos sentimos orgullosos de tener hoy la oportunidad de servir a México y de poder honrar a Juárez, al impulsar acciones que propicien la inacabada justicia e igualdad social. Por su atención, muchas gracias. Es cuanto, señora presidenta.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez:Gracias, diputado Ángel García Yáñez. Por el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, tiene el uso de la palabra la diputada María Candelaria Ochoa Avalos, hasta por cinco minutos.

La diputada María Candelaria Ochoa Avalos:Gracias, presidenta. Como hijo del pueblo nunca podré olvidar que mi único fin debe ser siempre su mayor prosperidad, Benito Juárez García.

Hace casi dos centurias, cuando México se encontraba aún a la merced de fuerzas imperialistas europeas y existía en occidente la idea de que nuestro país era botín de ejércitos invasores, Benito Juárez reivindicó la dignidad del pueblo de México, mediante la reconstrucción de sus instituciones y la instauración de una cultura del Estado de derecho.

Hoy se hace necesario luchar contra los invasores de pensamiento y de acción, tanto las Leyes de Reforma como la lucha contra los imperios, así como su paso por la Suprema Corte, demostraron al pueblo de México, y al mundo, que Juárez encarnaba el arquetipo del ser político, que al tiempo que revoluciona a las instituciones, es capaz de mantener el cauce de la propia institucionalidad y de fortalecerla.

En tiempos como los actuales, en que México padece una severa crisis institucional de representatividad y de confianza, en que además existe angustia y tribulación para muchos de nuestros ciudadanos de este y el otro lado de la frontera norte, resulta imperioso que rescatemos aquél espíritu juarista, que reclama el arrojo ante tiempos difíciles, pero que mantiene la cordura institucional como medio óptimo para reencausar la vida política.

En este tiempo, Benito Juárez también es venido a la historia porque comprendió que no podían abatirse ni las amenazas externas ni las internas, sin antes reformular las relaciones entre el Estado y sus gobernados, sin antes reparar, desde el interior, las fracturas que existían en la sociedad mexicana y la desconfianza en las instituciones.

Por ello, Juárez señalaba como de suma importancia una renovación del pacto social y, sobre todo, una renovación de la clase política, que hoy mucha falta nos hace y que medraba al amparo de las instituciones para su enriquecimiento personal, concediéndolas como patrimonio propio y no de la república.

En aquél entonces como hoy, vuelven a cobrar una asombrosa vigencia las palabras del presidente Juárez: “Los funcionarios públicos no pueden disponer de las rentas sin responsabilidad. No pueden gobernar a impulsos de una voluntad caprichosa, sino con sujeción a las leyes. No pueden improvisar fortunas ni entregarse al ocio y a la disposición, sino consagrarse asiduamente al trabajo, resignándose a vivir en la honrosa medianía que proporciona la retribución que la ley haya señalado”. Hoy como ayer, esa es una demanda justa de la sociedad mexicana.

Frente a los grandes retos que enfrenta México, que obligan a una reconstrucción de las instituciones y a poner en alto los valores democráticos, la fracción ciudadana desea retomar ese espíritu juarista como una brújula que debe ser adoptada por una clase política que parece naufragar ante la tentación del poder y la connivencia con la descomposición de la vida pública.

Solo mediante el fortalecimiento de nuestras instituciones y la consecuente expulsión de la idea generalizada de que éstas son botín del poder político en turno podremos estar en condiciones de enfrentar con absoluta dignidad los retos que tiene nuestra nación. Los retos frente al exterior y también los retos para reencauzar nuestras instituciones políticas del lado de las y los ciudadanos.

Como señaló el presidente Juárez a su arribo a la Ciudad de México, el 15 de julio de 1867, que en nuestras libres instituciones el pueblo mexicano es el árbitro de su suerte. Muchas gracias.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Candelaria Ochoa. Por el Grupo Parlamentario de Morena tiene el uso de la palabra, por cinco minutos, el diputado Elías Ojeda Aquino.

El diputado Elías Ojeda Aquino:Con su permiso, diputada presidenta. Un 21 de marzo, pero hace 211 años, San Pablo Guelatao, en el estado de Oaxaca, fue testigo del nacimiento de un niño zapoteco que habría de convertirse en uno de los personajes más ilustres de nuestra historia. Un niño que con una fascinante historia personal de esfuerzo y dedicación que lo habrían de llevar a ser presidente, y el mejor presidente que ha tenido nuestro país. Ese niño se trata de don Benito Juárez García, cuyo pensamiento, obra y acción están vigentes hoy más que nunca y son enarbolados por Morena, como parte fundamental de los principios de nuestro movimiento.

En San Pablo Guelatao solo se hablaba el zapoteco y si en pleno siglo XXI la pobreza sigue lacerando y consumiendo a los pueblos de la sierra oaxaqueña, no resulta difícil imaginar cómo era la situación en el siglo XIX. Se trataba de los pobres entre los pobres, quienes, al igual que hoy, carecían de oportunidades reales que les permitieran romper ese cerco de miseria.

Juárez tuvo la fuerza para hacerlo y a los 12 años de edad se dirigió a la ciudad de Oaxaca con la idea de estudiar y aprender español, así lo refiere en sus Apuntes para mis hijos. De esta forma, en el Instituto de Ciencias y Artes de Oaxaca recibió una sólida formación que le permitió años más adelante convertirse en un connotado jurista cuyas convicciones de justicia, libertad e igualdad rigieron siempre su actuar.

Tuvo una importante y prolífera carrera política. Fue integrante de la Suprema Corte, diputado, gobernador interino y constitucional de su estado natal, Oaxaca, hasta llegar a ocupar la Presidencia de la República.

A Juárez le tocaría vivir una de las etapas más turbulentas de nuestra historia: la lucha entre los liberales y los conservadores, la invasión de potencias extranjeras, el estallido de una guerra civil y la pérdida de más de la mitad del territorio nacional.

Para Justo Sierra, en esa época encrespada, dolorosa, desfalleciente y aniquiladora, la roca inquebrantable que sostuvo el edificio nacional fue don Benito Juárez García. Juárez fue un gran estadista que durante la guerra de reforma dictó y aprobó la más importante legislación de la historia moderna de México, las leyes de reforma con las que se estableció la división definitiva entre la iglesia y el Estado, la nacionalización de los bienes de la iglesia, el registro de los nacimientos, casamientos y defunciones y la instauración de la educación laica, su legado es enorme, valioso e incalculable.

A lo largo de su carrera pronunció importantes discursos como gobernador de Oaxaca, el 2 de julio de 1852, ante el Congreso local señaló que bajo el sistema federativo, los funcionarios públicos no pueden disponer de las rentas sin responsabilidad, no pueden improvisar fortuna ni entregarse al ocio, a la disipación, sino consagrarse asiduamente al trabajo disponiéndose a vivir en la honrada medianía que proporciona la retribución que la ley señala, palabras, hoy en día ignoradas y despreciadas por quienes mal gobiernan este país.

No entienden en absoluto lo que es vivir en la justa medianía y por lo contrario se otorgan sueldos onerosos y ofensivos, se ponen a su servicio flotillas de helicópteros y aviones, se muestran como faraones, como reyes despóticos que han maltratado y humillado al pueblo con sus propuestas económicas, sus contrarreformas, su conducción de la vida pública y su insensibilidad frente a las necesidades más apremiantes y básicas de la población, mientras en México a diario miles de familias piensan si podrán comer. Quien gobierna este país tiene una casa blanca valorada en siete millones de dólares y adquiere un avión con un costo millonario.

En Morena se seguirá pugnando, como seguramente Juárez lo haría, porque se revise el funcionamiento de todo el gobierno para eliminar gastos improductivos, el derroche y los privilegios. Esto es ejercer la política como imperativo ético y llevar a la práctica la austeridad republicana.

Otro mérito del presidente Juárez fue su gran interés por expandir en todo el país la educación pública con carácter gratuito y laico.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Concluya, diputado, por favor.

El diputado Elías Ojeda Aquino: Así lo señaló: libre y para mí sagrado, es el derecho a pensar –ya concluyo–. La educación es fundamental y para la felicidad social es el principio en el que descansa la libertad y el engrandecimiento de los pueblos. Muchas gracias.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado.Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, tiene el uso de la palabra la diputada Yaret Adriana Guevara Jiménez.

La diputada Yaret Adriana Guevara Jiménez:Con su permiso, diputada presidenta. Rendir homenaje al Benemérito de las Américas, es retomar nuestra responsabilidad cívica, es reafirmar en nuestra conciencia los ideales que Juárez encarnó. Es un modo de reformar nuestra vocación por la justicia y el derecho. Significa reconocer que la unidad de los mexicanos es condición

sine cua nonde la soberanía nacional.

Recordar al Juárez universal es luchar para hacer prevalecer los derechos superiores del hombre y de cada nación en un mundo que se torna cada vez más sombrío y agobiante, pero al cual habremos de sobreponernos si marchamos juntos los mexicanos en un ambiente de paz, democrático y de trabajo, usando como vehículo a las instituciones que nos hemos dado.

Nuestra nación se ha forjado ante grandes retos y es ante esos desafíos en los que la historia y los personajes que la hicieron se convierten en el asidero institucional para enfrentar el presente.

Hoy recordamos al Juárez estadista, al indígena oaxaqueño que se convirtió en gobernante visionario, que instauró un proyecto modernizador de la nación, que postuló el orden dentro de la ley, la paz basada en la justicia y la convivencia entre las naciones regulada no por la fuerza sino por el derecho, el que reafirmó, además, la organización del Estado laico, con la formulación de las leyes de reforma, fortaleciendo el ideal republicano del mismo.

En la compleja actualidad nacional, es menester honrar la memoria del gran reformador, reafirmando nuestro compromiso de luchar contra la pobreza y de lograr que en nuestro país se multipliquen los casos como el de Juárez, un oaxaqueño indígena que gracias a la educación y a su esfuerzo, pudo superarse. Llegó a ser presidente y se convirtió en hombre universal.

En nuestra Constitución están contenidos expresamente los principios juaristas que gobiernan nuestras relaciones con el extranjero, y dentro de ellos destaca la no intervención en los asuntos internos de nuestro país, que sintetiza la máxima del benemérito. Así como México cumple fielmente este principio, exige que se respeten nuestras decisiones internas.

Es igualmente importante señalar que entre la rispidez internacional que pone a prueba la unidad de los mexicanos el gobierno de la república no ha hecho más que aplicar la norma constante de conducta juarista, suscribirse a los límites de una prudente moderación, abstenerse de todo acto delictivo y prepararse cuanto no queda de otro remedio a repeler la fuerza con la fuerza.

Los mexicanos no admitimos ni de adentro ni de afuera, nada que trate de colocarse sobre nuestra autoridad soberana, por eso decimos que nuestro sistema democrático tiene por base esencial la observancia estricta de la ley; ni el capricho de un solo hombre ni el interés de ciertos grupos de la sociedad pueden transformar su esencia.

Nuestra carta Magna consagra la herencia juarista, asegura y protege la libertad de creencia, porque cada individuo en su conciencia puede creer en lo que estime ético, individual y socialmente conveniente. Por ello, el texto constitucional no acepta diferencias en el ejercicio del derecho en lo religioso, como tampoco acepta diferencias en las desigualdades o privilegios individuales por razones de tipo étnico, económico, geográfico, social, profesional o político.

El pensamiento de Juárez está vigente en el fortalecimiento de las instituciones, en la consolidación de la democracia y en la preservación de las libertades, la independencia, la soberanía y la paz.

En este aniversario del natalicio de don Benito Juárez, su obra se levanta incólume en la conciencia de las y los mexicanos libres, independientes y soberanos, que trabajan todos los días por salir adelante y hacerse con ello dignos merecedores del legado histórico que heredamos del gran reformador republicano. Es cuanto, presidenta.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario del PRD, tiene el uso de la palabra, por cinco minutos, la diputada Eva Florinda Cruz Molina.

La diputada Eva Florinda Cruz Molina:Con su permiso, diputada presidenta. Los oaxaqueños nos sentimos orgullosos al nombrar al gran Benemérito de las Américas, don Benito Juárez García.

Hoy 21 de marzo celebramos el natalicio del Benemérito de las Américas, don Benito Juárez García. Reconozcamos aquí al estadista que mantuvo la dignidad de la nación frente a la intervención francesa y la persecución conservadora. La historia del México del siglo XIX, no se entiende sin sus esfuerzos para salvaguardar a nuestro país de los conflictos armados, de las revueltas y la intervención extranjera.

Benito Juárez García fue el prócer de la patria que encarnó la defensa de nuestra soberanía y de nuestra independencia.

Benito Juárez fue el principal promotor en la construcción del estado laico que impulsó las llamadas Leyes de Reforma, que es el pilar fundamental de los constitucionalistas liberales de 1857. Cómo olvidar la Ley Juárez que suprimió los privilegios del clero y del Ejército, y declaró a todos los ciudadanos iguales ante la ley.

En nuestro Grupo Parlamentario del PRD consideramos que debemos conservar el espíritu constitucionalista, democrático, laico y republicano de nuestras instituciones. Hoy el legado juarista debiera ser parte de nuestra fortaleza histórica de nuestro país, que el Juárez de ayer nos enseñe cómo enfrentar al presente de nuestro país, que como nunca está en juego hoy con un derrotero incierto y de gran vulnerabilidad frente a las amenazas de un gobierno norteamericano que nos anuncia su pretensión de retroceder en la historia hasta el siglo XIX, volver a imponer la doctrina Monroe y la proclama del Destino Manifiesto con la que se pretendían adueñar de todo el continente.

Frente esta grave amenaza racista y totalitaria del vecino del norte en estos momentos, el gobierno mexicano luce inferior al tamaño de este enorme desafío.

Mientras que Juárez dejó un legado claro, contundente, que debe ser revalorado porque trasciende su época hasta nuestros días, Peña Nieto en la viva, en la viva imagen del pasado oscuro del apátrida, entreguista y conservador.

Por ello el PRD estaremos muy atentos en los próximos meses sobre su desempeño, no permitiremos ninguna clase de cesión de nuestro territorio, de nuestros recursos naturales o de nuestros derechos. Lucharemos por conservar el Estado laico, soberano, republicano e independiente. Es la tarea de todos los verdaderos mexicanos y mexicanas.

Por eso, a Benito Juárez se le recuerda como el hombre que dio batalla cuando estaba en las batallas que defendió en el siglo XIX. Se le recuerda a Benito Juárez García el gran hombre de la época y que con su gran: entre los individuos como entre los mexicanos, y entre las naciones, el respeto al derecho ajeno es la paz. Es Benito Juárez el hombre de Oaxaca, un hombre oaxaqueño que luchó y ganó todas las batallas que se le presentaron en aquel entonces. Gracias, compañeros, y gracias, señora presidenta.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Eva Florinda Cruz Molina. Para hacer uso de la palabra, a nombre del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, tiene derecho de la voz hasta por cinco minutos el diputado Ricardo del Rivero Martínez.

El diputado Ricardo del Rivero Martínez:Con su venia, señora presidenta. Señoras y señores diputados, muchos de los historiadores de la reforma y la historia oficial difundida por los gobiernos postrevolucionarios han colocado al presidente Juárez como una de las figuras más importantes de la historia de México.

Han encontrado en el entorno adverso de aquellos años, las causas y explicaciones de su obra de gobierno. Las sólidas razones para promulgar las Leyes de Reforma y para asegurar la hegemonía del Partido Liberal, la gloria de derrotar la intervención francesa y al segundo imperio, y en el cual estamos de acuerdo.

En el PAN reconocemos el tiempo de la etapa de la reforma junto con la independencia, la revolución, la transición democrática, que esos son los cuatro pilares de la historia de México.

En términos objetivos, es indudable que el balance final sobre la obra juarista, donde debe de incluirse el rescate a la soberanía nacional y a la supervivencia misma de México, la separación de la Iglesia y el Estado, la noción constitucional de organizar a la república conforme a los principios de la igualdad de los ciudadanos ante la ley, del sistema federal, la democracia y la división de Poderes, así como la construcción de instituciones, cuya función para gestionar el bienestar que prevalece hasta hoy en nuestros días, es bastante para que el presidente Juárez ocupe merecidamente el lugar que tiene en nuestra historia.

El logro de la paz y la consolidación de la República en aquellos tiempos unieron al país y pusieron a México en un camino de modernización económica y también de agudización de los contrastes sociales, que darían lugar a la Revolución Mexicana.

Fue desde esta perspectiva histórica un paso decisivo, tal lo fue que la construcción del movimiento revolucionario terminaría por reproducir la esencia de la República y los principios liberales de la organización del Estado, que definieron en los periodos presidenciales de Benito Juárez.

Compañeras y compañeros, como en antaño, los mexicanos hoy estamos llamados a fortalecer y proteger la soberanía nacional y a garantizar por todas las vías los derechos y libertades que hoy se materializan en nuestra Constitución Política y en todo nuestro enramado jurídico nacional.

Es rescatable para afrontar los desafíos que nos imponen en las nuevas realidades, insistir en la inspirada determinación y la congruencia, que no se doblega ante las circunstancias y triunfa ante las adversidades. Ante los riesgos y amenazas que ponen en vilo la estabilidad del Estado mexicano, lo importante es que los políticos de hoy, de la mano con la sociedad, busquemos el fortalecimiento de la República, el equilibrio y el respeto entre los Poderes e instituciones y el combate a la corrupción que garantiza a los derechos humanos, conjugar libertad y justicia en el marco de la democracia. Estas son las causas de los políticos humanistas que asumimos el día a día, que nos mueve y que nos motiva a trabajar en favor de México. Es cuanto, señora presidenta.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado Ricardo del Rivero. Para hablar a nombre del Grupo Parlamentario del PRI, tiene el uso de la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Antonio Amaro Cancino.

El diputado Antonio Amaro Cancino:Con su permiso, presidenta, y transmitiendo un afectuoso saludo del pueblo de Oaxaca a todos quienes nos escuchan en esta importante tribuna. Los hombres no son nada, los principios lo son todo. Hombre de Estado en el sentido cabal de la expresión, pues dedicó toda su vida a la nación. Benito Juárez fue como lo describiera Bernardo Reyes, el niño huérfano y desvalido, que a fuerza de empeño, con voluntad inquebrantable se instruyó, se elevó y ocupó, al ser hombre, los más altos puestos, salvó a las instituciones, decretó la reforma, triunfó contra la invasión, derrocó el imperio y dejó respetada, libre e independiente a la patria mexicana.

Siendo muchos sus atributos y tantos más sus méritos, podemos recordar a Benito Juárez como un militante de la libertad, un hombre de leyes, un patriota probo y un político de principios e ideales, como lo describieron Justo Sierra, Enrique Krauze, Francisco Javier Guerra y Antonio Caso, determinándolo como un político de principios e ideales, que dirigió a aquellos hombres que parecieran gigantes.

Esa generación de mexicanos que les dio a la patria una sólida tradición de libertades cívicas, con las Leyes de Reforma, Juárez y los hombres de la Reforma, acometieron y realizaron piedras angulares en la transformación socioeconómica del país, la nacionalización de los bienes eclesiásticos, la protección de la libertad de culto público, la institución del matrimonio como un contrato civil reconocido por el Estado, la creación del Registro Civil, la laicización de la enseñanza, la supresión del latifundio religioso y la secularización de las instituciones públicas, como hospitales y establecimientos de beneficencia.

Transcurrida así la guerra fratricida que puso fin al segundo imperio y restauró la república, Juárez se impuso en el principio de la legalidad. Se hizo patente de la genuina división y autonomía de poderes. Se dio paso al Estado laico. Se confirmó un proyecto de nación y se planteó un programa de gobierno democrático y federal.

En pocas palabras, se sentaron las bases del México moderno, que aunque tardarían en fraguar se consolidarían posteriormente en la Constitución de 1917.

Esta nueva época transformadora fue posible, en gran medida, gracias al zapoteco, que sería reconocido no solo como apóstol de la reforma sino patriarca de la libertad y segundo libertador de México, gracias al incansable liderazgo y perenne compromiso del mexicano más universal, aquel, como lo llamó Adolfo López Mateos, el Benemérito de las Américas, don Benito Juárez García.

Las lecciones de su obra, de su gran pasión por México, su defensa de la soberanía, su concepción de la ley como lo más sagrado, como la expresión más elevada de las aspiraciones humanas, su convicción democrática fue inquebrantable en la nación y en la República, son legado y son también, más que nunca, camino a seguir.

Así entendió el legado de Benito Juárez, Luis Donaldo Colosio hace 23 años. Y así reconocemos los priistas a quien además de todo fuera el primer gran reformador de este país. Ya lo dijo nuestro presidente de la república, el licenciado Enrique Peña Nieto, el legado de Benito Juárez perdura y alienta nuestros compromisos para seguir construyendo una sociedad en la que todos los derechos que consagran nuestra Constitución alcancen a todos los mexicanos.

Como Juárez, los diputados del PRI estamos convencidos de que contra la patria nunca se tendrá la razón. Por eso, siempre legislaremos privilegiando el interés superior de la nación.

Respetuosamente, aprovecho este espacio en la tribuna para exhortar al señor presidente del Consejo de la Judicatura Federal, a fin de que pueda tomar en consideración documento entregado por importantes abogados en la cuenca del Papaloapan, para poder crear el juzgado de distrito que atenderá a ciudadanos del estado de Veracruz y de Oaxaca.

Y hago alusión a un cartel que pretende dar uso político al nombre de Juárez. Si Juárez viviera, apoyando las reformas y uniendo al pueblo de México estuviera. Es cuanto, presidente. Muchas gracias.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez:Gracias, diputado Antonio Amaro.

Continúe, por favor, la Secretaría.



ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

La Secretaria diputada Verónica Delgadillo García:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIII Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se exhorta, respetuosamente a la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, a que presente un proyecto de reglas de operación del Programa de Apoyo a Pequeños Productores en el que se derogue la fracción II del artículo 75 de dichas reglas que establezca el apoyo económico otorgado a pequeños productores beneficiarios del Programa de Incentivos para Maíz y Frijol a $2,200.00 por hectárea para insumos para la producción (fertilizantes) y que es exactamente lo que se aportaba en el ejercicio 2016.

La Junta de Coordinación política de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 33 y 34, numeral 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con base en el acuerdo alcanzado en el seno de la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego, emite el siguiente:

Acuerdo

Primero.Se exhorta respetuosamente a la Secretaria de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a que presente un proyecto de reglas de operación del Programa de Apoyo a Pequeños Productores en el que se derogue la fracción II del artículo 75 de dichas reglas.

Segundo.Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para que establezca el apoyo económico otorgado a los pequeños productores beneficiarios del programa de Incentivos para Maíz y Frijol a $2,200.00 por hectárea para insumos para la producción (fertilizantes) y que es exactamente lo que se aportaba en el ejercicio 2016.

Dado en el Palacio Legislativo, a 21 de marzo de 2017.— Diputado Francisco Martínez Neri (rúbrica), Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; diputado César Octavio Camacho Quiroz (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; diputado Marko Antonio Cortés Mendoza (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; diputado Jesús Sesma Suárez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; diputada Norma Rocío Nahle García (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario de Movimiento de Regeneración Nacional; diputado José Clemente Castañeda Hoeflich (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano; diputado Luis Alfredo Valles Mendoza (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza; diputado Alejandro González Murillo (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.»

En votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Aprobado. Comuníquese.

———————— o ————————

La Secretaria diputada Verónica Delgadillo García:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIII Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Presidenta de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter a consideración del pleno las modificaciones en la integración de la comisión que se señala, solicitadas por el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional:

• Que la diputada Alma Lucía Arzaluz Alonso cause baja como integrante de la Comisión Especial para el patrimonio cultural de México.

• Que la diputada Alma Lucía Arzaluz Alonso cause alta como secretaria en la Comisión Especial para el patrimonio cultural de México.

• Que la diputada Xitlalic Ceja García cause baja como secretaria de la Comisión Especial para el patrimonio cultural de México.

• Que la diputada Xitlalic Ceja García cause alta como integrante en la Comisión Especial para el patrimonio cultural de México.

Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro. Ciudad de México, a 21 de marzo de 2017.— Diputado Francisco Martínez Neri (rúbrica), Presidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIII Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Presidenta de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter a consideración del pleno, las siguientes modificaciones en la integración de las comisiones que se señalan, solicitadas por el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional:

• Que el diputado Edgar Romo García cause baja como integrante de la Comisión de Justicia.

• Que la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco cause baja como integrante de la Comisión de Puntos Constitucionales.

• Que el diputado Edgar Romo García cause alta como integrante en la Comisión de Puntos Constitucionales.

Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, DF, a 21 de marzo de 2017.— Diputado Francisco Martínez Neri (rúbrica), Presidente.»

En votación económica se pregunta si son de aprobarse. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Aprobados. Comuníquense.



INICIATIVAS Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

La presidenta, diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, remite oficio, en términos de lo dispuesto por los artículos 100 y 102 del Reglamento de la Cámara de Diputados, por medio del cual las iniciativas y proposiciones que no se presentaron en tribuna se turnan a las comisiones correspondientes.(*)

( *) Las iniciativas y proposiciones se encuentran en el Apéndice de esta sesión.

EFEMÉRIDES



CELEBRACIÓN DE LOS 20 AÑOS DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL EN MATERIA DE DOBLE NACIONALIDAD

«Efeméride con motivo de los 20 años de la reforma constitucional en materia de doble nacionalidad, a cargo de la diputada Cecilia Soto González, del Grupo Parlamentario del PRD

El 20 de marzo de 1997 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la modificación al Artículo 32 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de doble nacionalidad.

Con esta medida, el Estado Mexicano tomó la importantísima decisión de que aquellos mexicanos que nacieran en otro país o que fueran hijos de mexicanos nacidos en país extranjero, aun cuando residieran en el extranjero y adquirieran otra ciudadanía o nacionalidad, lo pudieran hacer sin perder la nacionalidad mexicana.

Dicha reforma fue de enorme trascendencia debido a que durante la década de los años noventa del siglo pasado, los mexicanos que habían emigrado comenzaron a enfrentar el endurecimiento de las políticas anti-migratorias de las naciones receptoras, fundamentalmente Estados Unidos, en donde se concentra la mayor parte de las y los connacionales.

El periodo previo a dicha reforma constitucional fue una época de ausencia de administración bilateral de la migración y en el que el flujo neto de migrantes creció de manera muy notoria, despertando en la Unión Americana una ola de rechazo socia1 generalizado a los migrantes en general, y en particular a los indocumentados, especialmente hacia los de origen mexicano.

Para las autoridades mexicanas, ante la unilateralidad de Estados Unidos, solo una vía se planteaba como viable: el fortalecimiento de las medidas unilaterales de protección legal y de asistencia consular.

Nacionalidad y protección diplomática

Para el ejercicio de la protección diplomática, la nacionalidad del Estado reclamante ha sido y es uno de sus requisitos fundamentales. A través de la protección diplomática, el Estado protege sus propios derechos. Pero simultáneamente, los derechos que se consideran vulnerados, de manera inmediata, de una persona física o jurídica. La protección diplomática se convierte así, en un derecho de Estado, por cuyo ejercicio se protegen derechos individuales. Eso sí, solo puede hacerlo respecto a sus propios nacionales.

Si bien la nacionalidad es requisito para que el Estado ejerza la protección diplomática, en las relaciones internacionales es también requisito que en materia de nacionalidad también se cumpla el criterio de efectividad. Si bien todos los Estados son libres de otorgar la nacionalidad, el ejercicio de ese derecho es materia del derecho interno. Para reclamar la nacionalidad de una persona ante otros Estados, especialmente para ejercer la protección diplomática, es necesario que se cumpla con el principio de que la nacionalidad es efectiva, es decir, que exista un vínculo real entre el individuo y el Estado.

Las reformas constitucionales en materia de doble nacionalidad 20 años después

La hostilidad y la animadversión que ha expresado reiteradamente la administración del presidente Donald Trump en contra de nuestros connacionales nos exige elevar la voz de protesta y entablar una estrategia común para hacer frente, de manera inteligente y constructiva, a las amenazas que se ciernen contra las y los migrantes mexicanos.

La conmemoración de esta reforma es también ocasión propicia para avanzar en el ejercicio efectivo de los derechos dejar de exigir a las y los mexicanos de segunda y tercera generación la renuncia de su nacionalidad de origen para adquirir la nacionalidad mexicana por naturalización, ya que implica una transgresión a sus derechos humanos.

Sostenemos que no hay razones válidas para obligar a una persona a que abandone y deje de lado sus raíces culturales y sociales que le dieron una identidad.

De acuerdo con la Constitución mexicana, la nacionalidad mexicana adquirida por naturalización, se pierde por las siguientes causas, según el artículo 37 de nuestra Carta Magna.

“Artículo 37. ....

B) La nacionalidad mexicana por naturalización se perderá en los siguientes casos:

I. Por adquisición voluntaria de una nacionalidad extranjera, por hacerse pasar en cualquier instrumento público como extranjero, por usar un pasaporte extranjero, o por aceptar o usar títulos nobiliarios que impliquen sumisión a un Estado extranjero, y

II. Por residir durante cinco años continuos en el extranjero.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 21 días del mes de marzo de 2017.—Diputada Cecilia Soto González (rúbrica).»



“DÍA MUNDIAL DEL SÍNDROME DE DOWN”

«Efeméride con motivo del 21 de marzo, Día Mundial del Síndrome de Down, a cargo del Grupo Parlamentario del PVEM

“Todo lo que una persona puede imaginar, otras podrán hacerlo realidad.”

Julio Verne

El síndrome de Down es una combinación cromosómica natural que siempre ha formado parte de la condición humana, existe en todas las regiones del mundo y habitualmente tiene efectos variables en los estilos de aprendizaje, las características físicas o la salud.

Sin embargo, en el año 2011 la Asamblea Nacional de Naciones Unidas aprobó una resolución para establecer que a partir del 2012 el día 21 de marzo se conmemore como el “Día Mundial del Síndrome de Down”. La fecha elegida no es casual, ya que el 21-3 (mes 3, día 21) hace referencia a la triplicación del cromosoma 21, llamado comúnmente “síndrome de Down”.

De acuerdo a este organismo internacional, la incidencia estimada del síndrome de Down a nivel mundial se sitúa en 1 de cada 1,000 personas, y se calcula que cada año de 3,000 a 5,000 niños nacen con ese trastorno cromosómico.

En México, lamentablemente no existe un número oficial, pues las estadísticas refieren a personas con discapacidad en su conjunto. Sin embargo, por información de algunas organizaciones de la sociedad civil o de hospitales del Sistema Nacional de Salud se sabe que alrededor de 250 mil personas con esta discapacidad viven en nuestro país y en promedio nacen al año 62 mil niños y niñas Down.

Un tema de gran importancia para las personas con síndrome de Down es el relativo a su salud. Sobre el particular, la Organización Mundial de la Salud ha evidenciado que las personas con síndrome de Down suelen presentar más problemas oculares que quienes no tienen esta alteración genética. Además, que entre el 60 al 80 por ciento tienen un déficit auditivo; y del 40 al 45 por ciento padecen alguna enfermedad cardíaca congénita.

Otro motivo de preocupación con esta enfermedad se relaciona con factores nutricionales, por ejemplo, los infantes con síndrome de Down presentan generalmente anomalías intestinales con mayor frecuencia que el resto. En el caso de la obesidad, la misma se presenta durante la adolescencia y la edad adulta temprana.

Otras afectaciones a la salud que padecen son: factores inmunológicos, leucemia, Alzheimer, trastornos convulsivos y cutáneos, además de apnea del sueño, por citar solo algunos. En ese sentido, el acceso adecuado a la atención de la salud, a los programas de intervención temprana y a la enseñanza inclusiva, así como la investigación adecuada, son vitales para el crecimiento y el desarrollo de la persona.

Sin duda, el hecho de que desde el año 2012 a nivel internacional se dedique un día a tomar conciencia de que las personas con síndrome de Down merecen todo nuestro respeto y que pueden dar valiosas contribuciones a la sociedad, nos obliga a continuar los esfuerzos para adecuar nuestros marcos legales a fin de crear sociedades más incluyentes.

Hoy, quienes integramos el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México queremos retomar el primer compromiso de la Asamblea General de la ONU sobre esta enfermedad que busca aumentar la conciencia pública y recordar la dignidad inherente, la valía y las valiosas contribuciones de las personas con discapacidad intelectual como promotores del bienestar y de la diversidad de sus comunidades.

También queremos resaltar la importancia de su autonomía e independencia individual, en particular la libertad de tomar sus propias decisiones, siendo el lema del año 2016 con motivo de esta conmemoración: “Mis Amigos, Mi Comunidad. Los beneficios de los entornos inclusivos para los niños del presente y de los adultos del mañana”.

Sobre este punto, la sociedad mexicana ha avanzado en la incorporación de las personas con síndrome de Down en la vida social, claro ejemplo de ello es la información aportada por una casa encuestadora, la cual reveló que el 86% de los entrevistados está de acuerdo con que las personas con este padecimiento sean integradas a la sociedad; mientras sólo el 5% está en desacuerdo. Además de que el 91% de quienes respondieron la encuesta dijeron no tener ningún inconveniente en convivir en la casa o en el trabajo con una persona con dicha condición, mientras un 7% dijo no estar de acuerdo en convivir con ellos.

Sin duda, en el mundo y en México aún están presentes grandes rezagos en la atención social e inclusión de las personas con síndrome Down y debemos reconocer que existen sectores sociales en los que aún se carece de sensibilidad al considerar a este grupo vulnerable como motivo de vergüenza familiar o social.

Para el Partido Verde Ecologista de México es importante en estos tiempos de turbulencia política, enfrentamiento social y polarización de los géneros hacer una pausa y darnos cuenta que en nuestro país habitan cerca de 300 mil personas con síndrome de Down, quienes requieren ser incluidos y valorados porque su participación también es importante para crecer como sociedad y superarnos como nación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 21 días del mes de marzo de 2017.— (Rúbrica).»



“DÍA MUNDIAL DEL SÍNDROME DE DOWN”

«Efeméride con motivo del 21 de marzo, Día Mundial del Síndrome de Down, a cargo de la diputada Rosa Alba Ramírez Nachis, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

“No tengo complejos de ninguna clase; la vida sigue y yo también. Lo único que quiero es que me miren con dignidad”

El Día del síndrome de Down es una celebración mundial que fue designada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el día 21 de marzo, en donde se tiene por finalidad concientizar a la sociedad sobre el humanismo que se debe tener para con personas con discapacidad, el respeto y la igualdad, propósitos claros y que fueron la base fundamental con la que se buscó tanto llegar a este día, claramente esto se deduce en informar y hacer partícipe a la sociedad sobre el síndrome de Down o también conocido como Trisomía 21,que es una alteración congénita ligada a la triplicación total o parcial del cromosoma 21, que origina retraso mental y de crecimiento y produce determinadas anomalías físicas.

Este síndrome, tiene antecedentes desde el siglo VII según estudios que se realizaron a cráneos sajón, pero fue hasta 1932 cuando se hace referencia a que las personas con ese síndrome tienen un reparto a normal de cromosomas, es decir tienen 47 en vez de 46.

Esta discapacidad que sufren muchas personas, no tiene cura, puesto que no existe una manera previa de evitarlo pues realmente no se conocen con exactitud las causas que lo provocan, solo se tiene investigado por científicos que la probabilidad de que un bebe pueda obtener esta discapacidad es, cuando las mujeres mayores de 30 años conciben; pues datos revelan que 1 entre cada 1000 sufre síndrome de Down, pero a nivel global se aproxima que es 1 de cada 700.

Un dato muy fuerte que se tiene sobre esta discapacidad es, de que esta discapacidad se engloba en ser la más frecuente pues representa aproximadamente el 25% de todas las discapacidades cognitivas existentes, pero no todo es malo, pues gracias a la ciencia existen tratamientos que mejoran la calidad de vida de estas personas, pues aumenta su esperanza de alcanzar más años de vida. Pero si bien son cierto los únicos tratamientos que han demostrado una influencia realmente significativa son los programas de atención Temprana que se deben realizar dentro de los primeros 6 años.

Es por ello que se pretende que esta fecha llegue a ser del conocimiento de toda la sociedad, para que se le dé la importancia debida y sobre todo el reconocimiento a cada una de estas personas que sufren de esta discapacidad, haciéndonos conscientes de que no son diferentes a nosotros y que buscan las mismas oportunidades, el mismo respeto, que cualquiera, pues todos debemos de estar informados sobre este tema, para poder así ayudar a nuestros semejantes a llevar una vida Normal y también poderlo evitar, y de la misma forma unir fuerzas y poder así lograr la unión de todos sin diferencia.

Nuestra convocatoria a todos los mexicanos de hoy es estar atentos y consientes de la importancia que tienen las personas que sufren de cualquiera discapacidad, siendo constantes en información, investigación y sobre todo tener el propósito de ayudar, para que todas las personas que sufren de esta discapacidad, no decaigan en desesperanza y desamparo total, y menos se sientan discriminados o diferentes a cada uno de nosotros y sobre todo se busque el reconocimiento de sus Derechos Humanos como personas con capacidades diferentes y que sean respetados por el simplemente hecho de ser seres humanos.

Notas:

i Título síndrome de Down, consultado en http://www. downgranada.org/el-sindrome-de-down/historia el día 27 de febrero del 2017

ii Título síndrome de Down, consultado en https://www.google.com.mx/search?q=sindrome+de+down &oq=sindrome+de+down&aqs=chrome..69i57j0l5.2653j0j1 &sourceid=chrome&ie=UTF- el día 28 de febrero del 2017

iii Ibídem

iv Título síndrome de Down, consultado en http://www.downgranada.org/el-sindrome-de-down/historia%20EL%20DIA% 2026%20DE%20FEBRERO%20DEL%202017 el día 1 de marzo del 2017.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 21 días del mes de marzo de 2017.—Diputada Rosa Alba Ramírez Nachis (rúbrica).»



“DÍA MUNDIAL DEL AGUA”

«Efeméride con motivo del 22 de marzo, Día Mundial del Agua, a cargo del Grupo Parlamentario del PVEM

El agua es el elemento más importante para la vida en la Tierra, pues 70 por ciento del planeta está conformado por ésta. Igualmente, tanto el ser humano como la mayor parte de las demás especies están constituidos por un porcentaje similar del vital líquido.

De ahí que en 1992 la Asamblea General de las Naciones Unidas reconociera la importancia de dicho recurso, declarando al 22 de marzo de cada año como el Día Mundial del Agua, conmemoración que se replica en la mayoría de los países a través de la realización de una serie de actividades para crear conciencia sobre el cuidado y uso eficiente de la misma.

Para conmemorar dicho día en este 2017 se eligió el tema Aguas Residuales ¿Por qué desperdiciar agua?, con el objetivo de evitar el desperdicio del vital líquido, además de reducir y reutilizar hasta 80 por ciento del agua que malgastamos en nuestras casas y ciudades, así como en la industria y la agricultura.

En este sentido, resulta urgente que aumentemos la recolección y tratamiento del agua desperdiciada y la reciclemos de una forma segura, en la búsqueda de cumplir con el sexto de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, el cual nos obliga a garantizar la disponibilidad de agua y su gestión sostenible y el saneamiento para todos.

Los recursos hídricos y la gama de servicios que prestan juegan un papel clave en la reducción de la pobreza, el crecimiento económico y la sostenibilidad ambiental. El agua propicia el bienestar de la población y el crecimiento inclusivo y tiene un impacto positivo en la vida de miles de millones de personas, al incidir en cuestiones que afectan a la seguridad alimentaria y energética, la salud humana y al medio ambiente.

A pesar de lo anterior, al día de hoy más de 663 millones de personas en el mundo viven sin suministro de agua potable cerca de casa, esto los compromete a pasar gran parte de su tiempo haciendo fila o a recorrer grandes distancias tratando de conseguir dicho líquido, así como hacer frente a problemas de salud debido al consumo de agua contaminada.

También nos preocupan los siguientes datos aportados por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), según la cual:

• Más de 80 por ciento del malgasto de agua que generamos vuelve a los ecosistemas sin ser tratada ni reciclada.

• Mil 800 millones de personas usan una fuente de agua contaminada por heces fecales, poniéndolos en riesgo de contraer el cólera, la disentería, el tifus o la polio. El agua no potable, una infraestructura sanitaria deficiente, así como la falta de higiene, causan alrededor de 842 mil muertes cada año.

En este sentido, y dada la temática propuesta por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), consideramos relevante que nuestro país empiece a considerar las diversas opciones para aprovechar y explotar el agua que se desperdicia, es imprescindible utilizar el agua tratada como una alternativa segura para allegarnos de este recurso de forma sostenible, así como para obtener nutrientes y otros materiales recuperables.

No podemos soslayar que en nuestro país se sigue desperdiciando el agua, lo anterior, según un informe de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), el cual explica que en 2016 nueve ciudades mexicanas perdieron grandes cantidades de agua a causa de las fugas.

Por ejemplo, la Ciudad de México pierde más de 40 por ciento de su agua disponible gracias a las fugas, la principal razón de estas pérdidas, se debe, según la OCDE y otras organizaciones civiles nacionales, a la arcaica y abandonada red de infraestructura hidráulica.

El Reporte de Gobernabilidad sobre el Agua, elaborado también por la OCDE, representa un valioso instrumento para la elaboración de estrategias nacionales que nos permitan reducir el desperdicio de este valioso recurso.

“Una infraestructura vieja, obsoleta (o la falta de ella) es el factor que más afecta (hasta 92 por ciento) a un adecuado suministro de agua en las 48 ciudades de la encuesta. Varias ciudades mexicanas, Hermosillo, Veracruz, Toluca y Chihuahua, muestran los niveles más bajos de aguas residuales tratadas”, señala el informe.

Otra de las preocupaciones sobre el agua en nuestro país, es el acceso a la misma y a los servicios sanitarios, que a escala nacional es de 89 por ciento, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

Es nuestro deber como legisladores cambiar la situación que impera en nuestro país en lo concerniente al agua, no podemos permitir que una sola persona en México no ejerza su derecho de acceso al vital líquido, pues se trata de un derecho humano fundamental.

De lo aquí expuesto podemos concluir que no sólo se trata de reconocer la importancia de nuestros recursos naturales en fechas específicas, sino de generar un compromiso de trabajo constante para cuidar e impulsar proyectos que se sumen a la lucha contra el deterioro ambiental.

Por lo anterior, las diputadas y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México hacemos un exhorto a los demás legisladores y a la sociedad en general para que, sin distinción partidista, nos sumemos a la concientización del inminente deterioro que ha sufrido nuestro medio ambiente y los recursos naturales, en especial el agua, y generar cambios que nos permitan construir el camino para lograr un verdadero equilibrio ecológico y desarrollo sustentable.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de marzo de 2017.— (Rúbrica).»



“DÍA MUNDIAL DE LA ACTIVIDAD FÍSICA”

«Efeméride con motivo del 6 de abril, Día Mundial de la Actividad Física, a cargo de la diputada Rosa Alba Ramírez Nachis, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El dolor es señal de que el músculo está trabajando

El Día Mundial de la Activación Física se celebra cada 6 de abril, desde 2002, fecha establecida por la Organización Mundial de la Salud, que describe como objetivo unánime difundir los beneficios que se tienen al realizar actividad física, buscando que la sociedad se vea entusiasmada a llevar acabo esta práctica, así como la buena alimentación, creando de esta manera países sanos y mundo con una calidad de vida mejor.

Esta práctica se lleva acabo a fin de que la sociedad no se vea involucrada cada vez más en miles de enfermedades existentes por la falta de ejercicio y la mala alimentación, algunas de ellas que atacan día a día de manera descontrolada a nivel mundial son: enfermedades cardiovasculares, diabetes, osteoporosis, cáncer de colon y complicaciones con el sobrepeso y la obesidad.

Según datos impresionantes de por la Organización Mundial de la Salud, la mayoría de la población mundial vive en países donde el sobrepeso y la obesidad se cobran más vidas de personas que la insuficiencia ponderal. En 2014 se detectó que 41 millones de niños menores de 5 años tenían sobrepeso o eran obesos.

Por ello, todos los países con la ayuda de la Organización Mundial de la Salud se ven alertados ante esta gran catástrofe, y es como se buscaron estrategias para poder combatirla, y para ello la primer forma de hacerlo, es informando a la ciudadanía de lo que la mala alimentación y falta de ejercicio puede provocarles, sin importar edad, sexo o clase social.

Se sabe que actualmente se vive una situación muy desconcertante puesto que México se encuentra en primer lugar con problemas de obesidad, a causa de la falta de cultura física y la pésima alimentación que se tiene, en donde datos rojos delatan que son los menores quienes son más preponderantes en esta situación pues pese a que deberían tener más entusiasmo y fuerza, son los más ociosos y negativos al querer realizar ejercicio.

Nuestra invitación a todos los mexicanos de hoy es a hacer conciencia sobre esta situación, y hacerlos partícipes de realizar esta práctica y hacerla cotidiana en su vida diaria, pues el beneficio es propio. Éste es un pretexto idóneo para crear en el país una cultura rápida y eficaz de realizar deporte, sea cual sea, para así lograr que todos tengamos una calidad de vida buena y saludable.

Notas:

1 Activación física. Consultado en

http://extension.unicen.edu.ar/salud/6-de-abril-dia-internacional- de-la-actividad-fisica/ el 10 de marzo de 2017.

2 Ibídem.

3 Activación física. Consultado en http://www.who.int/mediacentre/ factsheets/fs311/es/ el 13 de marzo de 2017.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de marzo de 2017.— Diputada Rosa Alba Ramírez Nachis (rúbrica).»



“DÍA MUNDIAL DE LOS BOSQUES”

«Efeméride con motivo del 21 de marzo, Día Mundial de los Bosques, a cargo del Grupo Parlamentario del PVEM

Según la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), México cuenta con aproximadamente 64 millones de hectáreas de bosques de clima templado y selvas que abarcan 32 por ciento del territorio nacional. Adicionalmente, el país cuenta con 56 millones de hectáreas de matorrales y cerca de 2 millones de vegetación hidrófila.

Dichos ecosistemas son de enorme riqueza e importancia ya que contienen alrededor de 70 por ciento de la biodiversidad del planeta; proveen de bienes y servicios esenciales, ambientales, sociales y económicos para el ser humano; contribuyen a la seguridad alimentaria; mejoran la calidad del agua; protegen el suelo; absorben el dióxido de carbono, como uno de los elementos indispensables para lograr el equilibrio climático; permiten alcanzar las condiciones óptimas de humedad; favorecen el equilibrio ambiental y purifican el aire.

Los problemas principales del sector forestal a nivel mundial son: la inseguridad en la tenencia de la tierra, la organización insuficiente de los ejidos y comunidades como unidades de producción forestal comercial; la sobreexplotación de los recursos; un comercio exterior de productos forestales con balance negativo; un sector privado con una crisis de competitividad internacional; degradación del medio ambiente; y un inadecuado marco institucional y legal para promover la producción forestal sustentable, lo cual resulta en altos costos de transacción. El sector forestal se caracteriza además por una falta de continuidad administrativa y en la implementación de políticas públicas.

Como parte de las acciones internacionales para proteger mejor los bosques y selvas del mundo, en 2012 la Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó el 21 de marzo como Día Internacional de los Bosques, cuya finalidad es generar conciencia respecto a la importancia y necesidad de establecer mecanismos de acción y participación conjunta, entre autoridades y ciudadanía, en beneficio de la protección eficaz de los recursos forestales.

Nuestro país no es ajeno a la conmemoración de dicha fecha, las autoridades ambientales del actual gobierno de la República han dirigido parte importante de sus labores en la consolidación de políticas públicas encaminadas a fortalecer la protección y preservación de nuestros bosques.

En el Partido Verde Ecologista de México nos hemos comprometido a impulsar propuestas que definan las bases para robustecer la protección de los recursos forestales en todo el territorio nacional, ejemplo de ello es la reciente aprobación en la Cámara de Diputados de la nueva Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, instrumento jurídico que busca reorientar esfuerzos en el uso sustentable de los recursos forestales, pretendiendo la conservación de los bienes y servicios que proporcionan dichos ecosistemas, fortaleciendo la generación de empleos en las zonas forestales, a través de la oferta de productos y la integración de la cadena productiva forestal.

Asimismo, en 2016 logramos integrar en la legislación en materia forestal una restricción para que no se otorgue ninguna autorización de cambio de uso del suelo en terrenos incendiados sin que hayan pasado 20 años y que se acredite fehacientemente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) que el ecosistema se haya regenerado en su totalidad. Lo anterior, con la finalidad de evitar que la voracidad de los intereses económicos, fundamentalmente inmobiliarios, destruya de manera intencional nuestros bosques.

Si bien los ejemplos citados son disposiciones muy valiosas, lo cierto es que aún falta mucho por hacer para garantizar la preservación de los recursos forestales en nuestro país.

Como cada año, la conmemoración de este día elige un tema a resaltar, siendo el de 2017: Los bosques y la energía, cuya finalidad es llamar la atención respecto a la necesidad de lograr un uso sostenible de la madera, siendo los bosques una fuente de energía natural.

Sabemos que nuestros bosques y selvas nos aportan diversos y muy valiosos servicios ambientales, necesarios para mantener la calidad de vida no sólo de los propios ecosistemas, sino también de nuestra vida, a través de sus aportaciones a la salud humana.

Por los motivos señalados, el aprovechamiento sustentable de los bosques es un tema trascendental para la conservación de los ecosistemas y es fundamental garantizar la promoción de una mayor conciencia en aras de modificar los malos hábitos que se tienen actualmente en el manejo de los recursos forestales provenientes de fuentes legales.

Por todo lo anterior, en el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, entendemos la conmemoración de esta fecha como una oportunidad para generar conciencia sobre la importancia que implica trabajar coordinadamente en la atención y protección de los recursos forestales, por ser estos elementos indispensables para el equilibrio ambiental del planeta.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de marzo de 2017.— (Rúbrica).»



ANIVERSARIO DEL NATALICIO DE DON BENITO JUÁREZ GARCÍA

«Efeméride con motivo del 21 de marzo, aniversario del natalicio de don Benito Juárez García, a cargo del Grupo Parlamentario del PVEM

“Todos estamos contigo. Será inútil injuriarte o rebajarte. La diatriba será un remusgo, que hará espuma en torno al arrecife inconmovible y pasará y morirá, celebrando los ritos de nuestra religión cívica. Y cada generación dirá a la generación que se levante y llegue: Perseverad como él, quered como él, creed como él.... y le entregará la antorcha de una inextinguible luz”.

Así se refería don Justo Sierra al Benemérito de las Américas.

Rendir homenaje a Benito Juárez, es retomar nuestra responsabilidad cívica; es reafirmar en nuestra conciencia los ideales que Juárez encarnó; es una manera de entender en esta hora nuestro destino; es un motivo para volver a identificar nuestra esencia; es un modo de reformar nuestra vocación por la justicia y el derecho; es reconocer que la unidad de los mexicanos es condición sine qua non de la soberanía nacional.

Recordar al Juárez universal, es luchar en lo nacional y en lo internacional para hacer prevalecer los derechos superiores del hombre y de cada nación, en un mundo sombrío y agobiante; pero al cual habremos de sobreponernos si marchamos juntos los mexicanos en un ambiente de paz, democrático y de trabajo para acelerar el paso de nuestras instituciones democráticas hacia el encuentro de nuestro destino y de la convivencia fraternal de los mexicanos.

Nuestra nación se ha forjado ante grandes y graves retos. Es ante esos desafíos en los que la historia y los personajes que la hicieron se convierten en el asidero institucional para enfrentar el presente.

Hoy recordamos al Juárez estadista, al indígena oaxaqueño que se convirtió en gobernante visionario, con proyecto de nación, que postuló el orden dentro de la Ley, la paz basada en la justicia y la convivencia entre las naciones reguladas por el derecho. El que reafirmó, además, la organización del Estado con intervención de los ciudadanos, en la formulación de las denominadas Leyes de Reforma, fortaleciendo así a la República.

Ante una actualidad nacional e internacional delicada, debemos honrar su memoria. El proceso transformador que caracteriza este tiempo mexicano ha traído sin duda retos económicos y sociales de gran envergadura. Hoy nuestro país cada vez más inmerso en el mercado internacional es sujeto de la inestabilidad económica mundial. Por eso la lucha contra la pobreza es el enemigo a vencer.

Asimismo, enfrentamos una rispidez internacional que pone a prueba la unidad de los mexicanos. Hoy el Gobierno de la República no ha hecho más que aplicar su norma constante de conducta en las relaciones internacionales: circunscribirse a los límites de una prudente moderación, abstenerse de todo acto agresivo y prepararse a repeler la fuerza con la fuerza.

Benito Juárez está vigente a partir de su pensamiento y de su defensa de la nación, en el fortalecimiento de las instituciones, la consolidación de la democracia y la preservación de las libertades, la independencia, la soberanía y la paz.

En nuestra Constitución están contenidos expresamente los principios juaristas que gobiernan nuestras relaciones con el extranjero; y dentro de ellos destaca la no intervención en los asuntos internos de otros países, que interpreta el apotegma del Benemérito. Así como México cumple fielmente este principio, exige que se respeten nuestras decisiones internas. Los mexicanos, no admitimos, ni de adentro ni de afuera, nada que trate de colocarse sobre nuestra autoridad soberana.

Por eso decimos que nuestro sistema democrático tiene por base esencial la observancia estricta de la ley. Ni el capricho de un hombre solo, ni el interés de ciertos grupos de la sociedad, forman su esencia.

El Estado, que representa la voluntad soberana nacional, no permitirá que ningún otro poder sectario, teocrático o económico se le sobreponga. Nuestra Carta Magna consagra la herencia juarista: asegura y protege la libertad de creencias, porque cada individuo, en su conciencia, puede creer en lo que estime ético, individual y socialmente conveniente.

Nuestro concepto constitucional no acepta diferencias en el ejercicio del derecho en lo religioso, como tampoco acepta las desigualdades o privilegios individuales por razones de tipo étnico, económico, geográfico, social, profesional o político. Explotar los sentimientos del hombre con fines diferentes, es violatorio a la filosofía de nuestra nación.

En este 201 aniversario del natalicio de Don Benito Juárez, su obra se levanta inconmovible en la conciencia de las y los mexicanos libres, independientes y soberanos, que trabajan todos los días por salir adelante y hacerse con ello dignos merecedores del legado histórico que heredamos del gran reformador republicano.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 21 días del mes de marzo de 2017.— (Rúbrica).»



CLAUSURA Y CITA

La Presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez (a las 17:48): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el jueves 23 de marzo de 2017 a las 11 horas.

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RESUMEN DE TRABAJOS

• Tiempo de duración de la sesión: 5 horas 40 minutos

• Quórum a la apertura de la sesión: 302 diputadas y diputados

• Comunicaciones oficiales: 17

• Iniciativa de los senadores: 1

• Minuto de silencio: 1

• Iniciativas de las diputadas y los diputados: 19

• Dictámenes a discusión de ley o decreto: 2

• Proposiciones de urgente resolución: 2

• Acuerdos de los órganos de gobierno: 2

• Efeméride: 1

• Diputadas y diputados que participaron durante la sesión: 47

4 PES 6

NA 4

MC 8

Morena 6

PVEM 8

PRD 5

PAN 6



PRI

DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
(en orden alfabético)

Alfaro García, Lorena del Carmen (PAN)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 28 y 110 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 111
Amaro Cancino, Antonio (PRI)
Para referirse a la efeméride con motivo del CCXI Aniversario del Natalicio del Benemérito de las Américas, Benito Juárez García: 297
Antelo Esper, Bernardino (PRI)
Para fijar la postura de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Ciencia y Tecnología, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 2o. de la Ley de Ciencia y Tecnología: 264
Aragón Castillo, Hortensia (PRD)
Para referirse al dictamen de la Comisión de Igualdad de Género con proyecto de decreto por el que se por el que se reforma el artículo 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia: 254
Arguijo Herrera, Tania Victoria (PRD)
Para fijar la postura de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Ciencia y Tecnología, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 2o. de la Ley de Ciencia y Tecnología: 263
Bañales Arámbula, Ramón (PRI)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 65 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: 232
Barrientos Ríos, Ricardo Ángel (PRD)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 322, 323 y 324 de la Ley General de Salud: 185
Bernardino Vargas, Omar Noé (PVEM)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SCT, así como a Capufe, a realizar las acciones necesarias a efecto de que se realice el descuento conducente al peaje de las autopistas del país, cuando éstas se encuentren en obras o no cuenten con las condiciones óptimas para su circulación: 281
Campa Almaral, Carmen Victoria (NA)
Para presentar la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas instancias de la administración pública federal, a intervenir y resolver de manera coordinada y conjunta, la situación de pobreza y abandono que presentan los habitantes de la meseta de Cacaxtla, Sinaloa: 286
Chávez Acosta, Rosa Guadalupe (PRI)
Para presentar la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SCT, así como a Capufe, a realizar las acciones necesarias a efecto de que se realice el descuento conducente al peaje de las autopistas del país, cuando éstas se encuentren en obras o no cuenten con las condiciones óptimas para su circulación: 277
Chávez García, María (Morena)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas instancias de la administración pública federal, a intervenir y resolver de manera coordinada y conjunta, la situación de pobreza y abandono que presentan los habitantes de la meseta de Cacaxtla, Sinaloa: 289
Cordero Lerma, Leonel Gerardo (PAN)
Para fijar la postura de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Ciencia y Tecnología, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 2o. de la Ley de Ciencia y Tecnología: 263
Corona Valdés, Lorena (PVEM)
Para presentar, en nombre propio y de los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 103
Cruz Molina, Eva Florinda (PRD)
Para referirse a la efeméride con motivo del CCXI Aniversario del Natalicio del Benemérito de las Américas, Benito Juárez García: 295
Del Rivero Martínez, Ricardo (PAN)
Para referirse a la efeméride con motivo del CCXI Aniversario del Natalicio del Benemérito de las Américas, Benito Juárez García: 296
Delgadillo García, Verónica (MC)
Para presentar, en nombre propio y de los diputados Clemente Castañeda Hoeflich y Carlos Lomelí Bolaños, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos: 114
Flores Gómez, Mirza (MC)
Para fijar la postura de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Ciencia y Tecnología, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 2o. de la Ley de Ciencia y Tecnología: 260
Galindo Rosas, José de Jesús (PVEM)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas instancias de la administración pública federal, a intervenir y resolver de manera coordinada y conjunta, la situación de pobreza y abandono que presentan los habitantes de la meseta de Cacaxtla, Sinaloa: 290
García Jiménez, Cuitláhuac (Morena)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SCT, así como a Capufe, a realizar las acciones necesarias a efecto de que se realice el descuento conducente al peaje de las autopistas del país, cuando éstas se encuentren en obras o no cuenten con las condiciones óptimas para su circulación: 284
García Soberanes, Cynthia Gissel (PES)
Para fijar la postura de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Igualdad de Género con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia: 252
García Yáñez, Ángel (NA)
Para referirse a la efeméride con motivo del CCXI Aniversario del Natalicio del Benemérito de las Américas, Benito Juárez García: 292
Garzón Canchola, Refugio Trinidad (PES)
Para referirse a la efeméride con motivo del CCXI Aniversario del Natalicio del Benemérito de las Américas, Benito Juárez García: 291
Gaytán Hernández, Cristina Ismene (PRD)
Para presentar, en nombre propio y de diputados integrantes de la Comisión de Cultura y Cinematografía, la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General de Derechos Culturales: 157
Guerrero Esquivel, Araceli (PRI)
Para fijar la postura de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Igualdad de Género con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia: 271
Guevara Jiménez, Yaret Adriana (PVEM)
Para fijar la postura de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Igualdad de Género con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia: 267
Guevara Jiménez, Yaret Adriana (PVEM)
Para referirse a la efeméride con motivo del CCXI Aniversario del Natalicio del Benemérito de las Américas, Benito Juárez García: 294
Guirao Aguilar, Leonardo Rafael (PVEM)
Para fijar la postura de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de la Comisión de Ciencia y Tecnología, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 2o. de la Ley de Ciencia y Tecnología: 262
Guízar Valladares, Gonzalo (PES)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SCT, así como a Capufe, a realizar las acciones necesarias a efecto de que se realice el descuento conducente al peaje de las autopistas del país, cuando éstas se encuentren en obras o no cuenten con las condiciones óptimas para su circulación: 282
Gutiérrez García, Carlos (NA)
Para fundamentar el dictamen de la Comisión de Ciencia y Tecnología, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 2o. de la Ley de Ciencia y Tecnología: 258
Guzmán Lagunes, Noemí Zoila (PRI)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 3, 11 y 14 de la Ley General de Desarrollo Social: 94
Hernández de la Piedra, Ángel Antonio (Morena)
Para presentar, en nombre propio y de los diputados Virgilio Dante Caballero Pedraza y Renato Josafat Molina Arias, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que deroga el artículo 305 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión: 99
Herrera Borunda, Javier Octavio (PVEM)
Para presentar, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, dos iniciativas con proyecto de decreto: la primera, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y la segunda, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación: 190, 207
Hurtado Arana, Karen (PRD)
Para fijar la postura de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Igualdad de Género con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia: 268
Juárez Blanquet, Erik (PRD)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 108
Llerenas Morales, Vidal (Morena)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción: 223
López Martín, Jorge (PAN)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SCT, así como a Capufe, a realizar las acciones necesarias a efecto de que se realice el descuento conducente al peaje de las autopistas del país, cuando éstas se encuentren en obras o no cuenten con las condiciones óptimas para su circulación: 284
Molina Arias, Renato Josafat (Morena)
Para fijar la postura de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Igualdad de Género con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia: 269
Moreno Vega, Magdalena (Morena)
Para fijar la postura de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Ciencia y Tecnología, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 2o. de la Ley de Ciencia y Tecnología: 261
Moya Marín, Angélica (PAN)
Para fijar la postura de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Igualdad de Género con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia: 270
Nahle García, Norma Rocío (Morena)
Para referirse al dictamen de la Comisión de Igualdad de Género con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia: 253
Ocampo Bedolla, María Eugenia (NA)
Para fijar la postura de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Igualdad de Género con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia: 266
Ochoa Avalos, María Candelaria (MC)
Para referirse al dictamen de la Comisión de Igualdad de Género con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia: 254
Ochoa Avalos, María Candelaria (MC)
Para fijar la postura de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Igualdad de Género con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia: 266
Ochoa Avalos, María Candelaria (MC)
Para referirse a la efeméride con motivo del CCXI Aniversario del Natalicio del Benemérito de las Américas, Benito Juárez García: 293
Ojeda Aquino, Elías (Morena)
Para referirse a la efeméride con motivo del CCXI Aniversario del Natalicio del Benemérito de las Américas, Benito Juárez García: 293
Perea Santos, Ana Guadalupe (PES)
Para fijar la postura de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Ciencia y Tecnología, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 2o. de la Ley de Ciencia y Tecnología: 260
Pinto Torres, Francisco Javier (NA)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 238
Saucedo Reyes, Araceli (PRD)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SCT, así como a Capufe, a realizar las acciones necesarias a efecto de que se realice el descuento conducente al peaje de las autopistas del país, cuando éstas se encuentren en obras o no cuenten con las condiciones óptimas para su circulación: 282
Valles Mendoza, Luis Alfredo (NA)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 123
Zamora Zamora, Salvador (MC)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 7o. y adiciona los artículos 7o. Bis y 7o. Ter de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 229

VOTACIONES

Dictamen de la Comisión de Ciencia y Tecnología, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 2o. de la Ley de Ciencia y Tecnología (en lo general y en lo particular)

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

1 Abdala Carmona, YahleelFavor

2 Abdala Saad, Antonio TarekFavor

3 Abramo Masso, YericoFavor

4 Aguilar Robles, DavidFavor

5 Aguilar Yunes, Marco AntonioFavor

6 Aguirre Chávez, Marco PoloAusente

7 Aguirre Romero, AndrésFavor

8 Alcántara Rojas, María GuadalupeFavor

9 Almanza Monroy, FidelFavor

10 Alpízar Carrillo, Lucely del Perpetuo SocorroFavor

11 Álvarez Ortiz, Héctor JavierFavor

12 Amaro Cancino, AntonioFavor

13 Anaya Mota, Claudia EdithFavor

14 Anaya Orozco, AlfredoFavor

15 Antelo Esper, BernardinoFavor

16 Arcos Velázquez, Montserrat AliciaFavor

17 Arellano Núñez, EfraínFavor

18 Armenta Mier, AlejandroFavor

19 Arroyo Bello, Erika LorenaFavor

20 Barragán Amador, CarlosFavor

21 Barrientos Cano, Laura MitziFavor

22 Basáñez García, PabloFavor

23 Bañales Arámbula, RamónFavor

24 Bedolla López, PabloFavor

25 Bejos Nicolás, AlfredoFavor

26 Beltrones Sánchez, SylvanaFavor

27 Benítez Tiburcio, MarianaFavor

28 Bernal Casique, IvethFavor

29 Borunda Espinoza, BrendaFavor

30 Botello Santibáñez, María BárbaraFavor

31 Bugarín Rodríguez, Jasmine MaríaFavor

32 Cabrera Ruiz, José HugoFavor

33 Camacho Quiroz, César OctavioFavor

34 Camargo Félix, María Esther GuadalupeFavor

35 Canales Najjar, Tristán ManuelFavor

36 Carvallo Delfín, Jorge AlejandroFavor

37 Casillas Zanatta, GabrielFavor

38 Castillo Martínez, EdgarAusente

39 Cavazos Balderas, Juan ManuelFavor

40 Cavazos Cavazos, Juana AuroraFavor

41 Ceja García, XitlalicAusente

42 Cervera Hernández, FelipeAusente

43 Chacón Morales, Samuel AlexisAusente

44 Chávez Acosta, Rosa GuadalupeFavor

45 Cházaro Montalvo, Oswaldo GuillermoFavor

46 Coheto Martínez, Vitalico CándidoAusente

47 Córdova Hernández, José del PilarFavor

48 Córdova Morán, Hersilia Onfalia AdaminaAusente

49 Corella Platt, SusanaFavor

50 Coronado Ayarzagoitia, Pedro LuisFavor

51 Covarrubias Anaya, Martha LorenaFavor

52 Cristopulos Ríos, Héctor UlisesFavor

53 Cruz Campos, VictorinoFavor

54 Dávalos Elizondo, Edna IleanaFavor

55 Dávila Flores, Jorge EnriqueFavor

56 De León Maza, Sofía del SagrarioFavor

57 Díaz Montoya, RocíoFavor

58 Domínguez Domínguez, César AlejandroAusente

59 Domínguez Rex, RaúlFavor

60 Elizondo García, PabloAusente

61 Escobar Manjarrez, GermánFavor

62 Escobedo Villegas, FranciscoFavor

63 Esquivel Hernández, Olga MaríaFavor

64 Estefan Chidiac, Charbel JorgeFavor

65 Etcheverry Aranda, AzulAusente

66 Fernández Márquez, JulietaAusente

67 Félix Niebla, Gloria HimeldaFavor

68 Gaeta Esparza, Hugo DanielFavor

69 Gamboa Martínez, Alicia GuadalupeFavor

70 Gamboa Miner, PabloFavor

71 Gárate Valenzuela, Paola IvethFavor

72 García Ayala, Marco AntonioAusente

73 García Barrón, ÓscarFavor

74 García Carreón, TelésforoAusente

75 García Navarro, OtnielFavor

76 García Portilla, Ricardo DavidFavor

77 Garza Herrera, SantosFavor

78 Giorgana Jiménez, Víctor ManuelFavor

79 González Calderón, Martha HildaFavor

80 González Salas y Petricioli, María MarcelaFavor

81 González Salum, Miguel ÁngelAusente

82 Guerra Urbiola, Braulio MarioFavor

83 Guerrero Aguilar, FabiolaFavor

84 Guerrero Coronado, DeliaFavor

85 Guerrero Esquivel, AraceliFavor

86 Guevara Cobos, Luis AlejandroFavor

87 Guillén Vicente, Mercedes del CarmenFavor

88 Gutiérrez Ramírez, Virginia NallelyAusente

89 Guzmán Lagunes, Noemí ZoilaFavor

90 Guzmán Vázquez, Laura ValeriaFavor

91 Hernández Madrid, María GloriaFavor

92 Hinojosa Ochoa, Baltazar ManuelAusente

93 Ibarra Hinojosa, ÁlvaroFavor

94 Ibarra Otero, Próspero ManuelAusente

95 Ibarra Rangel, Miriam DennisFavor

96 Iriarte Mercado, CarlosFavor

97 Ixtlahuac Orihuela, Juan AntonioFavor

98 Jackson Ramírez, Jesús EnriqueFavor

99 Jiménez Jiménez, Flor ÁngelAusente

100 Juraidini Villaseñor, AlejandroFavor

101 Kuri Grajales, FidelAusente

102 Lagos Hernández, Erick AlejandroFavor

103 Le Baron González, AlexAusente

104 Leyva García, Leydi FabiolaFavor

105 López Gutiérrez, David EpifanioFavor

106 López Velasco, Edith YolandaFavor

107 Luna Canales, ArmandoFavor

108 Luna Munguía, Alma LiliaFavor

109 Madrigal Méndez, Liliana IvetteFavor

110 Majul González, SalomónFavor

111 Maya Pineda, María IsabelAusente

112 Mazari Espín, RosalinaFavor

113 Medrano Quezada, BenjamínFavor

114 Meléndez Ortega, Juan AntonioFavor

115 Melhem Salinas, EdgardoFavor

116 Méndez Bazán, Virgilio DanielAusente

117 Méndez Hernández, SandraAusente

118 Mercado Ruiz, DavidFavor

119 Moctezuma Pereda, Fernando QuetzalcóatlAusente

120 Moguel Manzur, Zacil LeonorAusente

121 Mólgora Glover, ArletAusente

122 Mondragón Orozco, María AngélicaFavor

123 Monroy del Mazo, CarolinaFavor

124 Montoya Díaz, Tomás RobertoFavor

125 Mota Hernández, AdolfoFavor

126 Murrieta Gutiérrez, AbelFavor

127 Muñoz Parra, María VerónicaFavor

128 Muñoz Sánchez, RosalindaFavor

129 Navarrete Pérez, FernandoFavor

130 Nazar Morales, JuliánAusente

131 Nazario Morales, MatíasAusente

132 Noble Monterrubio, Pedro LuisFavor

133 Orantes López, Hernán de JesúsFavor

134 Oropeza Olguín, Nora LilianaFavor

135 Orozco Sánchez Aldana, José LuisFavor

136 Ortiz Lanz, Adriana del PilarFavor

137 Osorno Belmont, SusanaFavor

138 Palomares Ramírez, Elvia GracielaAusente

139 Pichardo Lechuga, José IgnacioAusente

140 Pinete Vargas, María del CarmenAusente

141 Plascencia Pacheco, Laura NereidaAusente

142 Plata Inzunza, EvelioFavor

143 Ponce Beltrán, Esthela de JesúsAusente

144 Quinto Guillén, Carlos FedericoFavor

145 Quiñones Cornejo, María de la PazFavor

146 Rafael Rubio, ÁlvaroFavor

147 Ramírez Marín, Jorge CarlosAusente

148 Ramírez Nieto, RicardoFavor

149 Ramírez Ponce, Miguel AngelFavor

150 Real Salinas, Dora ElenaFavor

151 Rebollo Mendoza, María del RocíoFavor

152 Rentería Medina, Flor EstelaFavor

153 Rivera Carbajal, SilviaFavor

154 Rivera Sosa, José LorenzoFavor

155 Rocha Aguilar, YulmaFavor

156 Rodríguez Hernández, Erika AraceliFavor

157 Rojas Orozco, EnriqueAusente

158 Rojas San Román, Francisco LauroFavor

159 Romero Vega, EsdrasFavor

160 Romo García, EdgarFavor

161 Rosales Reyes, Salomón FernandoFavor

162 Rosas Cuautle, FabiolaFavor

163 Ruíz Chávez, Sara LatifeFavor

164 Sáenz Soto, José LuisFavor

165 Salazar Espinosa, HeidiFavor

166 Salazar Muciño, Pedro AlbertoFavor

167 Salinas Lozano, CarmenFavor

168 Sánchez Arredondo, Nancy GuadalupeFavor

169 Sánchez Coronel, CristinaFavor

170 Sánchez Isidoro, DavidFavor

171 Sánchez Sánchez, Christian JoaquínFavor

172 Sandoval Martínez, María SoledadFavor

173 Santillán Oceguera, Francisco JavierFavor

174 Sarabia Camacho, CarlosFavor

175 Saracho Navarro, FranciscoFavor

176 Scherman Leaño, María Esther de JesúsFavor

177 Serrano Hernández, MaricelaFavor

178 Silva Ramos, AlbertoFavor

179 Silva Tejeda, Víctor ManuelFavor

180 Sobreyra Santos, María MonserrathFavor

181 Sulub Caamal, Miguel ÁngelFavor

182 Taja Ramírez, RicardoAusente

183 Tamayo Morales, Martha SofíaFavor

184 Tannos Cruz, YarithFavor

185 Terrazas Porras, AdrianaFavor

186 Tiscareño Agoitia, Ruth NoemíFavor

187 Toledo Medina, José LuisAusente

188 Torres Cantú, DanielFavor

189 Torres Huitrón, José AlfredoFavor

190 Trujillo Zentella, GeorginaFavor

191 Uriarte Zazueta, FernandoAusente

192 Valencia García, ÓscarFavor

193 Vallejo Barragán, ManuelFavor

194 Vargas Rodríguez, Federico EugenioAusente

195 Vidal Aguilar, LiborioAusente

196 Viggiano Austria, Alma CarolinaFavor

197 Villa Ramírez, TimoteoFavor

198 Villa Trujillo, EdithFavor

199 Villagómez Guerrero, RamónFavor

200 Vázquez Guerrero, Luis FelipeFavor

201 Vélez Núñez, BeatrizFavor

202 Yerena Zambrano, RafaelFavor

203 Zapata Lucero, Ana GeorginaAusente

204 Zepahua García, LillianFavor

205 Zúñiga Mendoza, J. JesúsFavor

Favor: 164

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 41

Total: 205

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

1 Aguilar López, María MercedesFavor

2 Agundis Estrada, María VerónicaFavor

3 Alejo Domínguez, HugoFavor

4 Alemán Olvera, Emma MargaritaFavor

5 Alfaro García, Lorena del CarmenFavor

6 Amparano Gámez, LeticiaFavor

7 Antero Valle, Luis FernandoFavor

8 Arámbula Meléndez, MarianaFavor

9 Barraza López, José TeodoroFavor

10 Barrera Marmolejo, HéctorFavor

11 Bello Otero, CarlosFavor

12 Bermúdez Méndez, José ErandiFavor

13 Blanco Zaldívar, Juan AlbertoFavor

14 Bolaños Aguilar, Edmundo JavierFavor

15 Bolio Pinelo, Kathia MaríaFavor

16 Cambranis Torres, EnriqueFavor

17 Casillas Gutiérrez, J. ApolinarFavor

18 Castañón Herrera, EukidAusente

19 Romero Castillo, María Guadalupe CeciliaFavor

20 Chavarrías Barajas, EloisaFavor

21 Cordero Lerma, Leonel GerardoFavor

22 Corona Rodríguez, Ariel EnriqueFavor

23 Corral Estrada, HerminioFavor

24 Corral Mier, JuanFavor

25 Cortés Berumen, José HernánFavor

26 Cortés Lugo, Román FranciscoFavor

27 Cortés Mendoza, Marko AntonioFavor

28 Cruz Blackledge, Gina AndreaFavor

29 Cuanalo Santos, Gerardo GabrielFavor

30 Culin Jaime, GretelFavor

31 De la Fuente Flores, Carlos AlbertoFavor

32 Del Rivero Martínez, RicardoFavor

33 Díaz Mena, Joaquín JesúsFavor

34 Döring Casar, FedericoFavor

35 Elizarraraz Sandoval, AdrianaFavor

36 Enríquez Vanderkam, Mayra AngélicaFavor

37 Flores Sosa, CésarFavor

38 Gama Basarte, Marco AntonioFavor

39 García Escobar, Lilia ArmindaFavor

40 García García, PatriciaFavor

41 García López, José MáximoFavor

42 García Pérez, MaríaFavor

43 Garrido Muñoz, Rubén AlejandroFavor

44 Garza Treviño, PedroAusente

45 Gómez Olivier, Sergio EmilioFavor

46 González Ceceña, ExaltaciónFavor

47 González Navarro, José AdriánFavor

48 González Suástegui, GuadalupeAusente

49 Gutiérrez Campos, AlejandraFavor

50 Hernández Ramos, MinervaFavor

51 Huepa Pérez, Miguel ÁngelAusente

52 Huerta Villegas, GenovevaAusente

53 Ibarra Montoya, Víctor ErnestoAusente

54 Iñiguez Mejía, Elías OctavioAusente

55 Jiménez Márquez, Martha CristinaFavor

56 Lizárraga Figueroa, Teresa de JesúsFavor

57 López Córdova, José EverardoFavor

58 López Martín, JorgeFavor

59 López Rodríguez, Jesús AntonioFavor

60 Mandujano Tinajero, RenéFavor

61 Márquez Zapata, Nelly del CarmenFavor

62 Marrón Agustín, Luis GilbertoFavor

63 Martínez Montemayor, BaltazarAusente

64 Martínez Santos, WenceslaoFavor

65 Martínez Sánchez, Luis de LeónFavor

66 Matesanz Santamaría, RocíoFavor

67 Mesta Soule, Luis FernandoFavor

68 Moya Marín, AngélicaFavor

69 Muñoz Cervantes, Arlette IvetteFavor

70 Murguía Gutiérrez, María GuadalupeFavor

71 Nava Mouett, JacquelineFavor

72 Neblina Vega, Javier AntonioFavor

73 Osuna Carranco, Karla KarinaFavor

74 Ovando Reazola, JanetteAusente

75 Padilla Avila, KarinaFavor

76 Paes Martínez, JiselaAusente

77 Palomeque Archila, Carlos AlbertoFavor

78 Paniagua Figueroa, Luz ArgeliaFavor

79 Piña Kurczyn, Juan PabloFavor

80 Ramírez Núñez, UlisesFavor

81 Ramírez Ramos, GabrielaFavor

82 Ramos Hernández, JorgeFavor

83 Rendón García, César AugustoAusente

84 Reynoso Sánchez, Alejandra NoemíFavor

85 Rivera Castillejos, Armando AlejandroFavor

86 Rodríguez Aguirre, María de los ÁngelesFavor

87 Rodríguez Dávila, Alfredo JavierFavor

88 Rodríguez Rubio, María del RosarioFavor

89 Rodríguez Torres, Luis AgustínFavor

90 Ruiz García, Juan CarlosAusente

91 Salas Díaz, Gerardo FedericoFavor

92 Salas Valencia, José AntonioFavor

93 Salim Alle, Miguel ÁngelFavor

94 Sánchez Carrillo, PatriciaFavor

95 Sánchez Juárez, ClaudiaFavor

96 Sánchez Meza, María LuisaAusente

97 Schemelensky Castro, Ingrid KrasopaniAusente

98 Sheffield Padilla, Francisco RicardoFavor

99 Taboada Cortina, SantiagoFavor

100 Talavera Hernández, María EloísaFavor

101 Tamariz García, XimenaFavor

102 Torreblanca Engell, SantiagoFavor

103 Triana Tena, JorgeFavor

104 Valenzuela Armas, RafaelFavor

105 Valles Olvera, Elva LidiaFavor

106 Vargas Bárcena, MarisolFavor

107 Haydee Vega Olivas, Nadia HaydeeFavor

108 Velázquez Valdez, BrendaFavor

Favor: 94

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 14

Total: 108

PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA

1 Acosta Naranjo, GuadalupeFavor

2 Alanis Pedraza, Angel IIFavor

3 Aragón Castillo, HortensiaFavor

4 Arguijo Herrera, Tania VictoriaFavor

5 Barón Ortiz, Natalia KarinaFavor

6 Barrientos Ríos, Ricardo ÁngelFavor

7 Basave Benítez, Agustín Francisco de AsísFavor

8 Beltrán Reyes, María LuisaAusente

9 Bocanegra Ruiz, ElioFavor

10 Briones Pérez, Erika IrazemaFavor

11 Calderón Torreblanca, FidelFavor

12 Carrera Hernández, Ana LeticiaFavor

13 Castelán Mondragón, María ElidaFavor

14 Catalán Padilla, OlgaFavor

15 Contreras Julián, MaricelaAusente

16 Cruz Molina, Eva FlorindaFavor

17 Estefan Garfias, José AntonioFavor

18 Fernández González, WaldoFavor

19 Ferrer Abalos, ÓscarFavor

20 Flores Sonduk, LluviaFavor

21 García Bravo, María Cristina TeresaFavor

22 García Calderón, David GersonFavor

23 García Chávez, Héctor JavierFavor

24 Gaytán Hernández, Cristina IsmeneFavor

25 Hernández Alcalá, José GuadalupeFavor

26 Hernández Mirón, CarlosFavor

27 Hernández Soriano, RafaelFavor

28 Hurtado Arana, KarenFavor

29 Jiménez Rumbo, DavidAusente

30 Juárez Blanquet, ErikFavor

31 López Sánchez, SergioAusente

32 Madrigal Sánchez, AraceliFavor

33 Maldonado Venegas, LuisFavor

34 Martínez Neri, FranciscoFavor

35 Martínez Olguin, NicanorFavor

36 Martínez Soto, Norberto AntonioFavor

37 Martínez Urincho, AlbertoAusente

38 Meza Guzmán, Lucia VirginiaFavor

39 Nava Palacios, Francisco XavierFavor

40 Octaviano Félix, TomásFavor

41 Ojeda Anguiano, Jerónimo AlejandroAusente

42 Ordoñez Hernández, DanielFavor

43 Ortega Álvarez, OmarFavor

44 Parra Álvarez, EvelynFavor

45 Peralta Grappin, HéctorFavor

46 Pool Pech, Isaura IvanovaAusente

47 Pérez Alvarado, CandelarioFavor

48 Ramírez Peralta, Karen OrneyFavor

49 Reyes Álvarez, FelipeFavor

50 Rubio Quiroz, Juan FernandoFavor

51 Saldaña Morán, JulioAusente

52 Santana Alfaro, ArturoAusente

53 Santiago López, JoséFavor

54 Saucedo Reyes, AraceliFavor

55 Soto Espino, ArmandoAusente

56 Soto González, Cecilia GuadalupeFavor

57 Valencia Guzmán, Jesús SalvadorFavor

58 Valera Fuentes, Diego ValenteFavor

59 Valdes Ramírez, María ConcepciónFavor

60 Wences Real, VictorianoFavor

61 Zambrano Grijalva, José de JesúsFavor

Favor: 51

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 10

Total: 61

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

1 Álvarez Angli, ArturoAusente

2 Álvarez López, JorgeAusente

3 Álvarez Piñones, Rosa AliciaFavor

4 Arévalo González, José AntonioFavor

5 Arzaluz Alonso, Alma LucíaFavor

6 Avendaño Bermúdez, Luis IgnacioAusente

7 Ávila Serna, MaríaAusente

8 Bernardino Vargas, Omar NoéFavor

9 Canales Suárez, PalomaFavor

10 Canavati Tafich, Jesús RicardoAusente

11 Celis Aguirre, Juan ManuelFavor

12 Corona Valdés, LorenaFavor

13 Couttolenc Buentello, José AlbertoAusente

14 Cuenca Ayala, Sharon María TeresaFavor

15 De León Villard, Sasil Dora LuzAusente

16 De los Santos Torres, DanielaFavor

17 Fernández del Valle Laisequilla, AndrésAusente

18 Flores Carranza, Evelyng SorayaFavor

19 Gálico Félix Díaz, Sara PaolaFavor

20 Galindo Rosas, José de JesúsFavor

21 Gaxiola Lezama, JorginaFavor

22 González Torres, SofíaFavor

23 Guevarra Jiménez, Yaret AdrianaFavor

24 Guirao Aguilar, Leonardo RafaelFavor

25 Herrera Borunda, Javier OctavioFavor

26 Izquierdo Rojas, Jesús GerardoFavor

27 Limón García, LiaFavor

28 Machuca Sánchez, MarioAusente

29 Márquez Alvarado, Cesáreo JorgeFavor

30 Mendoza Amezcua, VirgilioAusente

31 Ochoa Rojas, CándidoFavor

32 Salazar Farías, Emilio EnriqueFavor

33 Sandoval Rodríguez, José RefugioAusente

34 Sarur Torre, AdrianaFavor

35 Sedas Castro, Miguel ÁngelAusente

36 Sesma Suárez, JesúsAusente

37 Spinoso Carrera, EdgarAusente

38 Toledo Aceves, WendolinAusente

39 Torres Rivas, Francisco AlbertoAusente

40 Villanueva Huerta, ClaudiaFavor

41 Zamora Morlet, EnriqueFavor

Favor: 25

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 16

Total: 41

MOVIMIENTO REGENERACIÓN NACIONAL

1 Abdala Dartigues, RodrigoFavor

2 Aceves Pastrana, Patricia ElenaAusente

3 Alva y Alva, MiguelFavor

4 Álvarez López, Jesús EmilianoFavor

5 Barrientos Pantoja, AliciaAusente

6 Basurto Román, AlfredoAusente

7 Caballero Pedraza, Virgilio DanteAusente

8 Cañedo Jiménez, Roberto AlejandroAusente

9 Cárdenas Mariscal, María AntoniaFavor

10 Castro Vázquez, RogerioAusente

11 Chávez García, MaríaFavor

12 Cuata Domínguez, Blanca MargaritaFavor

13 Damián González, AraceliAusente

14 Esquivel Valdés, Laura BeatrizFavor

15 Falcón Venegas, Sandra LuzAusente

16 Fuentes Alonso, ModestaFavor

17 García Jiménez, CuitláhuacFavor

18 Godoy Ramos, ErnestinaFavor

19 Guzmán Jacobo, RobertoFavor

20 Hernández Colín, Norma XochitlFavor

21 Hernández Correa, GuadalupeFavor

22 Hernández de la Piedra, Ángel AntonioFavor

23 Juárez Rodríguez, Mario ArielFavor

24 Llerenas Morales, VidalFavor

25 López López, Irma RebecaFavor

26 Molina Arias, Renato JosafatFavor

27 Montiel Reyes, AriadnaFavor

28 Moreno Vega, MagdalenaFavor

29 Nahle García, Norma RocíoFavor

30 Ojeda Aquino, ElíasFavor

31 Ramos Ramírez, BlandinaFavor

32 Romero Tenorio, JuanAusente

33 Santiago Rodríguez, Guillermo RafaelFavor

34 Serrano Lora, JesúsFavor

35 Trejo Flores, MarianaFavor

36 Villa González, ConcepciónAusente

Favor: 26

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 10

Total: 36

MOVIMIENTO CIUDADANO

1 Álvarez Maynez, JorgeFavor

2 Castañeda Hoeflich, José ClementeFavor

3 Cervera García, RenéFavor

4 Corichi García, Claudia SofíaFavor

5 Cárdenas Gutiérrez, Gustavo AdolfoFavor

6 Delgadillo García, VerónicaFavor

7 Espino Barrientos, Manuel de JesúsFavor

8 Flores Gómez, MirzaFavor

9 Garzón Canchola, Refugio TrinidadFavor

10 Hauffen Torres, Angie DennisseAusente

11 Lomelí Bolaños, CarlosAusente

12 Martínez García, JonadabFavor

13 Mercado Sánchez, María VictoriaFavor

14 Munguía González, Luis ErnestoFavor

15 Ochoa Avalos, María CandelariaFavor

16 Orantes López, María ElenaFavor

17 Pérez Utrera, AdánFavor

18 Ralis Cumplido, Germán ErnestoFavor

19 Ramírez Nachis, Rosa AlbaFavor

20 Sánchez Orozco, Víctor ManuelFavor

21 Tamez Guajardo, Macedonio SalomónFavor

22 Toledo Ibarra, MarbellaFavor

23 Zamora Zamora, SalvadorFavor

Favor: 21

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 2

Total: 23

PARTIDO NUEVA ALIANZA

1 Campa Amaral, Carmen VictoriaFavor

2 García Yáñez, ÁngelFavor

3 Gutiérrez García, CarlosFavor

4 Hernández León, Luis ManuelAusente

5 Méndez Salas, Jesús RafaelFavor

6 Ocampo Bedolla, María EugeniaFavor

7 Pinto Torres, Francisco JavierFavor

8 Reyes Ávila, AngélicaFavor

9 Saldivar Paz, Mirna IsabelFavor

10 Sánchez Ruiz, KarinaFavor

11 Valles Mendoza, Luis AlfredoFavor

Favor: 10

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 1

Total: 11

PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL

1 Escobedo Miramontes, Justo FedericoFavor

2 Ferreiro Velazco, José AlfredoFavor

3 García Soberanes, Cynthia GisselFavor

4 González Murillo, AlejandroAusente

5 Guízar Valladares, GonzaloFavor

6 Martínez Guzmán, Norma EdithFavor

7 Perea Santos, Ana GuadalupeFavor

8 Pineda Morín, AbdiesFavor

9 Torres Sandoval, MelissaAusente

Favor: 7

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 2

Total: 9

DIPUTADOS INDEPENDIENTES

1 Clouthier Carrillo, Manuel JesúsFavor

Favor: 1

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 0

Total: 1

Dictamen de la Comisión de Igualdad de Género, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (en lo general y en lo particular, con las modificación propuesta por la comisión y aceptada por la asamblea)

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

1 Abdala Carmona, YahleelFavor

2 Abdala Saad, Antonio TarekFavor

3 Abramo Masso, YericoFavor

4 Aguilar Robles, DavidFavor

5 Aguilar Yunes, Marco AntonioFavor

6 Aguirre Chávez, Marco PoloAusente

7 Aguirre Romero, AndrésFavor

8 Alcántara Rojas, María GuadalupeFavor

9 Almanza Monroy, FidelFavor

10 Alpízar Carrillo, Lucely del Perpetuo SocorroFavor

11 Álvarez Ortiz, Héctor JavierFavor

12 Amaro Cancino, AntonioFavor

13 Anaya Mota, Claudia EdithFavor

14 Anaya Orozco, AlfredoFavor

15 Antelo Esper, BernardinoFavor

16 Arcos Velázquez, Montserrat AliciaFavor

17 Arellano Núñez, EfraínFavor

18 Armenta Mier, AlejandroFavor

19 Arroyo Bello, Erika LorenaFavor

20 Barragán Amador, CarlosAusente

21 Barrientos Cano, Laura MitziFavor

22 Basáñez García, PabloFavor

23 Bañales Arámbula, RamónFavor

24 Bedolla López, PabloFavor

25 Bejos Nicolás, AlfredoFavor

26 Beltrones Sánchez, SylvanaFavor

27 Benítez Tiburcio, MarianaAusente

28 Bernal Casique, IvethFavor

29 Borunda Espinoza, BrendaFavor

30 Botello Santibáñez, María BárbaraFavor

31 Bugarín Rodríguez, Jasmine MaríaFavor

32 Cabrera Ruiz, José HugoFavor

33 Camacho Quiroz, César OctavioAusente

34 Camargo Félix, María Esther GuadalupeFavor

35 Canales Najjar, Tristán ManuelFavor

36 Carvallo Delfín, Jorge AlejandroFavor

37 Casillas Zanatta, GabrielFavor

38 Castillo Martínez, EdgarAusente

39 Cavazos Balderas, Juan ManuelFavor

40 Cavazos Cavazos, Juana AuroraFavor

41 Ceja García, XitlalicAusente

42 Cervera Hernández, FelipeAusente

43 Chacón Morales, Samuel AlexisAusente

44 Chávez Acosta, Rosa GuadalupeFavor

45 Cházaro Montalvo, Oswaldo GuillermoFavor

46 Coheto Martínez, Vitalico CándidoAusente

47 Córdova Hernández, José del PilarFavor

48 Córdova Morán, Hersilia Onfalia AdaminaAusente

49 Corella Platt, SusanaFavor

50 Coronado Ayarzagoitia, Pedro LuisFavor

51 Covarrubias Anaya, Martha LorenaFavor

52 Cristopulos Ríos, Héctor UlisesFavor

53 Cruz Campos, VictorinoFavor

54 Dávalos Elizondo, Edna IleanaFavor

55 Dávila Flores, Jorge EnriqueFavor

56 De León Maza, Sofía del SagrarioFavor

57 Díaz Montoya, RocíoFavor

58 Domínguez Domínguez, César AlejandroAusente

59 Domínguez Rex, RaúlFavor

60 Elizondo García, PabloAusente

61 Escobar Manjarrez, GermánFavor

62 Escobedo Villegas, FranciscoFavor

63 Esquivel Hernández, Olga MaríaFavor

64 Estefan Chidiac, Charbel JorgeFavor

65 Etcheverry Aranda, AzulAusente

66 Fernández Márquez, JulietaAusente

67 Félix Niebla, Gloria HimeldaFavor

68 Gaeta Esparza, Hugo DanielFavor

69 Gamboa Martínez, Alicia GuadalupeFavor

70 Gamboa Miner, PabloAusente

71 Gárate Valenzuela, Paola IvethFavor

72 García Ayala, Marco AntonioAusente

73 García Barrón, ÓscarFavor

74 García Carreón, TelésforoAusente

75 García Navarro, OtnielFavor

76 García Portilla, Ricardo DavidFavor

77 Garza Herrera, SantosFavor

78 Giorgana Jiménez, Víctor ManuelFavor

79 González Calderón, Martha HildaFavor

80 González Salas y Petricioli, María MarcelaFavor

81 González Salum, Miguel ÁngelAusente

82 Guerra Urbiola, Braulio MarioFavor

83 Guerrero Aguilar, FabiolaAusente

84 Guerrero Coronado, DeliaFavor

85 Guerrero Esquivel, AraceliFavor

86 Guevara Cobos, Luis AlejandroFavor

87 Guillén Vicente, Mercedes del CarmenFavor

88 Gutiérrez Ramírez, Virginia NallelyAusente

89 Guzmán Lagunes, Noemí ZoilaFavor

90 Guzmán Vázquez, Laura ValeriaFavor

91 Hernández Madrid, María GloriaFavor

92 Hinojosa Ochoa, Baltazar ManuelAusente

93 Ibarra Hinojosa, ÁlvaroFavor

94 Ibarra Otero, Próspero ManuelAusente

95 Ibarra Rangel, Miriam DennisFavor

96 Iriarte Mercado, CarlosFavor

97 Ixtlahuac Orihuela, Juan AntonioFavor

98 Jackson Ramírez, Jesús EnriqueFavor

99 Jiménez Jiménez, Flor ÁngelAusente

100 Juraidini Villaseñor, AlejandroFavor

101 Kuri Grajales, FidelAusente

102 Lagos Hernández, Erick AlejandroFavor

103 Le Baron González, AlexAusente

104 Leyva García, Leydi FabiolaFavor

105 López Gutiérrez, David EpifanioFavor

106 López Velasco, Edith YolandaFavor

107 Luna Canales, ArmandoFavor

108 Luna Munguía, Alma LiliaFavor

109 Madrigal Méndez, Liliana IvetteFavor

110 Majul González, SalomónFavor

111 Maya Pineda, María IsabelAusente

112 Mazari Espín, RosalinaFavor

113 Medrano Quezada, BenjamínFavor

114 Meléndez Ortega, Juan AntonioAusente

115 Melhem Salinas, EdgardoFavor

116 Méndez Bazán, Virgilio DanielAusente

117 Méndez Hernández, SandraAusente

118 Mercado Ruiz, DavidFavor

119 Moctezuma Pereda, Fernando QuetzalcóatlAusente

120 Moguel Manzur, Zacil LeonorAusente

121 Mólgora Glover, ArletAusente

122 Mondragón Orozco, María AngélicaFavor

123 Monroy del Mazo, CarolinaFavor

124 Montoya Díaz, Tomás RobertoFavor

125 Mota Hernández, AdolfoFavor

126 Murrieta Gutiérrez, AbelFavor

127 Muñoz Parra, María VerónicaFavor

128 Muñoz Sánchez, RosalindaFavor

129 Navarrete Pérez, FernandoFavor

130 Nazar Morales, JuliánAusente

131 Nazario Morales, MatíasAusente

132 Noble Monterrubio, Pedro LuisFavor

133 Orantes López, Hernán de JesúsFavor

134 Oropeza Olguín, Nora LilianaFavor

135 Orozco Sánchez Aldana, José LuisFavor

136 Ortiz Lanz, Adriana del PilarFavor

137 Osorno Belmont, SusanaAusente

138 Palomares Ramírez, Elvia GracielaAusente

139 Pichardo Lechuga, José IgnacioAusente

140 Pinete Vargas, María del CarmenAusente

141 Plascencia Pacheco, Laura NereidaAusente

142 Plata Inzunza, EvelioFavor

143 Ponce Beltrán, Esthela de JesúsAusente

144 Quinto Guillén, Carlos FedericoFavor

145 Quiñones Cornejo, María de la PazFavor

146 Rafael Rubio, ÁlvaroFavor

147 Ramírez Marín, Jorge CarlosAusente

148 Ramírez Nieto, RicardoFavor

149 Ramírez Ponce, Miguel AngelFavor

150 Real Salinas, Dora ElenaFavor

151 Rebollo Mendoza, María del RocíoFavor

152 Rentería Medina, Flor EstelaFavor

153 Rivera Carbajal, SilviaFavor

154 Rivera Sosa, José LorenzoFavor

155 Rocha Aguilar, YulmaFavor

156 Rodríguez Hernández, Erika AraceliFavor

157 Rojas Orozco, EnriqueAusente

158 Rojas San Román, Francisco LauroFavor

159 Romero Vega, EsdrasFavor

160 Romo García, EdgarFavor

161 Rosales Reyes, Salomón FernandoFavor

162 Rosas Cuautle, FabiolaFavor

163 Ruíz Chávez, Sara LatifeFavor

164 Sáenz Soto, José LuisFavor

165 Salazar Espinosa, HeidiFavor

166 Salazar Muciño, Pedro AlbertoFavor

167 Salinas Lozano, CarmenFavor

168 Sánchez Arredondo, Nancy GuadalupeFavor

169 Sánchez Coronel, CristinaFavor

170 Sánchez Isidoro, DavidFavor

171 Sánchez Sánchez, Christian JoaquínFavor

172 Sandoval Martínez, María SoledadFavor

173 Santillán Oceguera, Francisco JavierFavor

174 Sarabia Camacho, CarlosFavor

175 Saracho Navarro, FranciscoAusente

176 Scherman Leaño, María Esther de JesúsFavor

177 Serrano Hernández, MaricelaFavor

178 Silva Ramos, AlbertoFavor

179 Silva Tejeda, Víctor ManuelFavor

180 Sobreyra Santos, María MonserrathFavor

181 Sulub Caamal, Miguel ÁngelFavor

182 Taja Ramírez, RicardoAusente

183 Tamayo Morales, Martha SofíaFavor

184 Tannos Cruz, YarithFavor

185 Terrazas Porras, AdrianaFavor

186 Tiscareño Agoitia, Ruth NoemíFavor

187 Toledo Medina, José LuisFavor

188 Torres Cantú, DanielFavor

189 Torres Huitrón, José AlfredoFavor

190 Trujillo Zentella, GeorginaFavor

191 Uriarte Zazueta, FernandoAusente

192 Valencia García, ÓscarFavor

193 Vallejo Barragán, ManuelFavor

194 Vargas Rodríguez, Federico EugenioAusente

195 Vidal Aguilar, LiborioAusente

196 Viggiano Austria, Alma CarolinaFavor

197 Villa Ramírez, TimoteoFavor

198 Villa Trujillo, EdithFavor

199 Villagómez Guerrero, RamónFavor

200 Vázquez Guerrero, Luis FelipeFavor

201 Vélez Núñez, BeatrizFavor

202 Yerena Zambrano, RafaelFavor

203 Zapata Lucero, Ana GeorginaAusente

204 Zepahua García, LillianFavor

205 Zúñiga Mendoza, J. JesúsFavor

Favor: 157

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 48

Total: 205

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

1 Aguilar López, María MercedesAusente

2 Agundis Estrada, María VerónicaFavor

3 Alejo Domínguez, HugoFavor

4 Alemán Olvera, Emma MargaritaFavor

5 Alfaro García, Lorena del CarmenFavor

6 Amparano Gámez, LeticiaFavor

7 Antero Valle, Luis FernandoFavor

8 Arámbula Meléndez, MarianaFavor

9 Barraza López, José TeodoroFavor

10 Barrera Marmolejo, HéctorFavor

11 Bello Otero, CarlosAusente

12 Bermúdez Méndez, José ErandiFavor

13 Blanco Zaldívar, Juan AlbertoFavor

14 Bolaños Aguilar, Edmundo JavierFavor

15 Bolio Pinelo, Kathia MaríaFavor

16 Cambranis Torres, EnriqueFavor

17 Casillas Gutiérrez, J. ApolinarFavor

18 Castañón Herrera, EukidAusente

19 Romero Castillo, María Guadalupe CeciliaFavor

20 Chavarrías Barajas, EloisaFavor

21 Cordero Lerma, Leonel GerardoFavor

22 Corona Rodríguez, Ariel EnriqueFavor

23 Corral Estrada, HerminioFavor

24 Corral Mier, JuanFavor

25 Cortés Berumen, José HernánFavor

26 Cortés Lugo, Román FranciscoFavor

27 Cortés Mendoza, Marko AntonioAusente

28 Cruz Blackledge, Gina AndreaFavor

29 Cuanalo Santos, Gerardo GabrielFavor

30 Culin Jaime, GretelFavor

31 De la Fuente Flores, Carlos AlbertoFavor

32 Del Rivero Martínez, RicardoFavor

33 Díaz Mena, Joaquín JesúsFavor

34 Döring Casar, FedericoFavor

35 Elizarraraz Sandoval, AdrianaFavor

36 Enríquez Vanderkam, Mayra AngélicaFavor

37 Flores Sosa, CésarFavor

38 Gama Basarte, Marco AntonioFavor

39 García Escobar, Lilia ArmindaFavor

40 García García, PatriciaFavor

41 García López, José MáximoFavor

42 García Pérez, MaríaFavor

43 Garrido Muñoz, Rubén AlejandroFavor

44 Garza Treviño, PedroFavor

45 Gómez Olivier, Sergio EmilioFavor

46 González Ceceña, ExaltaciónFavor

47 González Navarro, José AdriánFavor

48 González Suástegui, GuadalupeAusente

49 Gutiérrez Campos, AlejandraFavor

50 Hernández Ramos, MinervaAusente

51 Huepa Pérez, Miguel ÁngelAusente

52 Huerta Villegas, GenovevaAusente

53 Ibarra Montoya, Víctor ErnestoFavor

54 Iñiguez Mejía, Elías OctavioAusente

55 Jiménez Márquez, Martha CristinaFavor

56 Lizárraga Figueroa, Teresa de JesúsFavor

57 López Córdova, José EverardoFavor

58 López Martín, JorgeFavor

59 López Rodríguez, Jesús AntonioFavor

60 Mandujano Tinajero, RenéFavor

61 Márquez Zapata, Nelly del CarmenFavor

62 Marrón Agustín, Luis GilbertoFavor

63 Martínez Montemayor, BaltazarAusente

64 Martínez Santos, WenceslaoFavor

65 Martínez Sánchez, Luis de LeónFavor

66 Matesanz Santamaría, RocíoFavor

67 Mesta Soule, Luis FernandoFavor

68 Moya Marín, AngélicaFavor

69 Muñoz Cervantes, Arlette IvetteFavor

70 Murguía Gutiérrez, María GuadalupeFavor

71 Nava Mouett, JacquelineFavor

72 Neblina Vega, Javier AntonioFavor

73 Osuna Carranco, Karla KarinaFavor

74 Ovando Reazola, JanetteAusente

75 Padilla Avila, KarinaFavor

76 Paes Martínez, JiselaAusente

77 Palomeque Archila, Carlos AlbertoFavor

78 Paniagua Figueroa, Luz ArgeliaFavor

79 Piña Kurczyn, Juan PabloFavor

80 Ramírez Núñez, UlisesFavor

81 Ramírez Ramos, GabrielaFavor

82 Ramos Hernández, JorgeFavor

83 Rendón García, César AugustoAusente

84 Reynoso Sánchez, Alejandra NoemíFavor

85 Rivera Castillejos, Armando AlejandroFavor

86 Rodríguez Aguirre, María de los ÁngelesFavor

87 Rodríguez Dávila, Alfredo JavierFavor

88 Rodríguez Rubio, María del RosarioFavor

89 Rodríguez Torres, Luis AgustínFavor

90 Ruiz García, Juan CarlosAusente

91 Salas Díaz, Gerardo FedericoFavor

92 Salas Valencia, José AntonioFavor

93 Salim Alle, Miguel ÁngelFavor

94 Sánchez Carrillo, PatriciaFavor

95 Sánchez Juárez, ClaudiaFavor

96 Sánchez Meza, María LuisaAusente

97 Schemelensky Castro, Ingrid KrasopaniAusente

98 Sheffield Padilla, Francisco RicardoFavor

99 Taboada Cortina, SantiagoFavor

100 Talavera Hernández, María EloísaFavor

101 Tamariz García, XimenaFavor

102 Torreblanca Engell, SantiagoFavor

103 Triana Tena, JorgeFavor

104 Valenzuela Armas, RafaelFavor

105 Valles Olvera, Elva LidiaAusente

106 Vargas Bárcena, MarisolFavor

107 Haydee Vega Olivas, Nadia HaydeeFavor

108 Velázquez Valdez, BrendaFavor

Favor: 91

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 17

Total: 108

PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA

1 Acosta Naranjo, GuadalupeFavor

2 Alanis Pedraza, Angel IIFavor

3 Aragón Castillo, HortensiaFavor

4 Arguijo Herrera, Tania VictoriaFavor

5 Barón Ortiz, Natalia KarinaAusente

6 Barrientos Ríos, Ricardo ÁngelFavor

7 Basave Benítez, Agustín Francisco de AsísFavor

8 Beltrán Reyes, María LuisaAusente

9 Bocanegra Ruiz, ElioFavor

10 Briones Pérez, Erika IrazemaFavor

11 Calderón Torreblanca, FidelFavor

12 Carrera Hernández, Ana LeticiaFavor

13 Castelán Mondragón, María ElidaFavor

14 Catalán Padilla, OlgaFavor

15 Contreras Julián, MaricelaAusente

16 Cruz Molina, Eva FlorindaFavor

17 Estefan Garfias, José AntonioFavor

18 Fernández González, WaldoFavor

19 Ferrer Abalos, ÓscarAusente

20 Flores Sonduk, LluviaFavor

21 García Bravo, María Cristina TeresaFavor

22 García Calderón, David GersonFavor

23 García Chávez, Héctor JavierFavor

24 Gaytán Hernández, Cristina IsmeneFavor

25 Hernández Alcalá, José GuadalupeFavor

26 Hernández Mirón, CarlosFavor

27 Hernández Soriano, RafaelFavor

28 Hurtado Arana, KarenFavor

29 Jiménez Rumbo, DavidAusente

30 Juárez Blanquet, ErikFavor

31 López Sánchez, SergioAusente

32 Madrigal Sánchez, AraceliFavor

33 Maldonado Venegas, LuisFavor

34 Martínez Neri, FranciscoFavor

35 Martínez Olguin, NicanorFavor

36 Martínez Soto, Norberto AntonioFavor

37 Martínez Urincho, AlbertoAusente

38 Meza Guzmán, Lucia VirginiaFavor

39 Nava Palacios, Francisco XavierFavor

40 Octaviano Félix, TomásFavor

41 Ojeda Anguiano, Jerónimo AlejandroAusente

42 Ordoñez Hernández, DanielFavor

43 Ortega Álvarez, OmarFavor

44 Parra Álvarez, EvelynFavor

45 Peralta Grappin, HéctorFavor

46 Pool Pech, Isaura IvanovaAusente

47 Pérez Alvarado, CandelarioAusente

48 Ramírez Peralta, Karen OrneyFavor

49 Reyes Álvarez, FelipeFavor

50 Rubio Quiroz, Juan FernandoFavor

51 Saldaña Morán, JulioAusente

52 Santana Alfaro, ArturoAusente

53 Santiago López, JoséFavor

54 Saucedo Reyes, AraceliFavor

55 Soto Espino, ArmandoAusente

56 Soto González, Cecilia GuadalupeFavor

57 Valencia Guzmán, Jesús SalvadorFavor

58 Valera Fuentes, Diego ValenteFavor

59 Valdes Ramírez, María ConcepciónFavor

60 Wences Real, VictorianoFavor

61 Zambrano Grijalva, José de JesúsFavor

Favor: 48

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 13

Total: 61

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

1 Álvarez Angli, ArturoAusente

2 Álvarez López, JorgeAusente

3 Álvarez Piñones, Rosa AliciaFavor

4 Arévalo González, José AntonioAusente

5 Arzaluz Alonso, Alma LucíaFavor

6 Avendaño Bermúdez, Luis IgnacioAusente

7 Ávila Serna, MaríaAusente

8 Bernardino Vargas, Omar NoéFavor

9 Canales Suárez, PalomaFavor

10 Canavati Tafich, Jesús RicardoAusente

11 Celis Aguirre, Juan ManuelFavor

12 Corona Valdés, LorenaFavor

13 Couttolenc Buentello, José AlbertoAusente

14 Cuenca Ayala, Sharon María TeresaFavor

15 De León Villard, Sasil Dora LuzAusente

16 De los Santos Torres, DanielaFavor

17 Fernández del Valle Laisequilla, AndrésAusente

18 Flores Carranza, Evelyng SorayaFavor

19 Gálico Félix Díaz, Sara PaolaFavor

20 Galindo Rosas, José de JesúsFavor

21 Gaxiola Lezama, JorginaFavor

22 González Torres, SofíaFavor

23 Guevarra Jiménez, Yaret AdrianaFavor

24 Guirao Aguilar, Leonardo RafaelAusente

25 Herrera Borunda, Javier OctavioFavor

26 Izquierdo Rojas, Jesús GerardoFavor

27 Limón García, LiaFavor

28 Machuca Sánchez, MarioAusente

29 Márquez Alvarado, Cesáreo JorgeFavor

30 Mendoza Amezcua, VirgilioAusente

31 Ochoa Rojas, CándidoFavor

32 Salazar Farías, Emilio EnriqueFavor

33 Sandoval Rodríguez, José RefugioAusente

34 Sarur Torre, AdrianaFavor

35 Sedas Castro, Miguel ÁngelAusente

36 Sesma Suárez, JesúsAusente

37 Spinoso Carrera, EdgarAusente

38 Toledo Aceves, WendolinAusente

39 Torres Rivas, Francisco AlbertoAusente

40 Villanueva Huerta, ClaudiaFavor

41 Zamora Morlet, EnriqueFavor

Favor: 23

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 18

Total: 41

MOVIMIENTO REGENERACION NACIONAL

1 Abdala Dartigues, RodrigoFavor

2 Aceves Pastrana, Patricia ElenaAusente

3 Alva y Alva, MiguelFavor

4 Álvarez López, Jesús EmilianoFavor

5 Barrientos Pantoja, AliciaAusente

6 Basurto Román, AlfredoAusente

7 Caballero Pedraza, Virgilio DanteAusente

8 Cañedo Jiménez, Roberto AlejandroAusente

9 Cárdenas Mariscal, María AntoniaFavor

10 Castro Vázquez, RogerioAusente

11 Chávez García, MaríaFavor

12 Cuata Domínguez, Blanca MargaritaFavor

13 Damián González, AraceliAusente

14 Esquivel Valdés, Laura BeatrizFavor

15 Falcón Venegas, Sandra LuzAusente

16 Fuentes Alonso, ModestaFavor

17 García Jiménez, CuitláhuacFavor

18 Godoy Ramos, ErnestinaFavor

19 Guzmán Jacobo, RobertoFavor

20 Hernández Colín, Norma XochitlFavor

21 Hernández Correa, GuadalupeFavor

22 Hernández de la Piedra, Ángel AntonioFavor

23 Juárez Rodríguez, Mario ArielFavor

24 Llerenas Morales, VidalFavor

25 López López, Irma RebecaFavor

26 Molina Arias, Renato JosafatFavor

27 Montiel Reyes, AriadnaFavor

28 Moreno Vega, MagdalenaFavor

29 Nahle García, Norma RocíoFavor

30 Ojeda Aquino, ElíasFavor

31 Ramos Ramírez, BlandinaFavor

32 Romero Tenorio, JuanAusente

33 Santiago Rodríguez, Guillermo RafaelFavor

34 Serrano Lora, JesúsFavor

35 Trejo Flores, MarianaFavor

36 Villa González, ConcepciónAusente

Favor: 26

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 10

Total: 36

MOVIMIENTO CIUDADANO

1 Álvarez Maynez, JorgeFavor

2 Castañeda Hoeflich, José ClementeFavor

3 Cervera García, RenéFavor

4 Corichi García, Claudia SofíaFavor

5 Cárdenas Gutiérrez, Gustavo AdolfoFavor

6 Delgadillo García, VerónicaFavor

7 Espino Barrientos, Manuel de JesúsFavor

8 Flores Gómez, MirzaFavor

9 Garzón Canchola, Refugio TrinidadFavor

10 Hauffen Torres, Angie DennisseAusente

11 Lomelí Bolaños, CarlosAusente

12 Martínez García, JonadabFavor

13 Mercado Sánchez, María VictoriaFavor

14 Munguía González, Luis ErnestoFavor

15 Ochoa Avalos, María CandelariaFavor

16 Orantes López, María ElenaFavor

17 Pérez Utrera, AdánFavor

18 Ralis Cumplido, Germán ErnestoFavor

19 Ramírez Nachis, Rosa AlbaFavor

20 Sánchez Orozco, Víctor ManuelFavor

21 Tamez Guajardo, Macedonio SalomónFavor

22 Toledo Ibarra, MarbellaFavor

23 Zamora Zamora, SalvadorFavor

Favor: 21

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 2

Total: 23

PARTIDO NUEVA ALIANZA

1 Campa Amaral, Carmen VictoriaFavor

2 García Yáñez, ÁngelFavor

3 Gutiérrez García, CarlosFavor

4 Hernández León, Luis ManuelAusente

5 Méndez Salas, Jesús RafaelFavor

6 Ocampo Bedolla, María EugeniaFavor

7 Pinto Torres, Francisco JavierFavor

8 Reyes Ávila, AngélicaFavor

9 Saldivar Paz, Mirna IsabelFavor

10 Sánchez Ruiz, KarinaFavor

11 Valles Mendoza, Luis AlfredoFavor

Favor: 10

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 1

Total: 11

PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL

1 Escobedo Miramontes, Justo FedericoAusente

2 Ferreiro Velazco, José AlfredoFavor

3 García Soberanes, Cynthia GisselAusente

4 González Murillo, AlejandroFavor

5 Guízar Valladares, GonzaloFavor

6 Martínez Guzmán, Norma EdithFavor

7 Perea Santos, Ana GuadalupeFavor

8 Pineda Morín, AbdiesFavor

9 Torres Sandoval, MelissaAusente

Favor: 6

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 3

Total: 9

DIPUTADOS INDEPENDIENTES

1 Clouthier Carrillo, Manuel JesúsFavor

Favor: 1

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 0

Total: 1