Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXIV Legislatura
Correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidenta

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández
Directora del
Diario de los Debates
Eugenia García Gómez
Año II
Ciudad de México, miércoles 5 de febrero de 2020
Sesión No. 2

SUMARIO


INTERVENCIÓN EN EL MARCO DE LA CELEBRACIÓN DEL 2019 COMO EL AÑO INTERNACIONAL DE LAS LENGUAS INDÍGENAS

Intervención del ciudadano Romeyno Gutiérrez Luna, desde la tribuna

COMUNICACIONES OFICIALES

De la Comisión Permanente, por la que comunica que se concedieron licencias a los diputados Xóchitl Nashielly Zagal Ramírez y Alfonso Ramírez Cuellar, para separarse de sus funciones como diputados federales electos. De enterado, llámese a los suplentes

De la Comisión Permanente, mediante la cual hace del conocimiento los siguientes acuerdos aprobados por este órgano:

-Por el que la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Cámara de Diputados para que durante el proceso de elección de las y los consejeros generales del Instituto Nacional Electoral se tome en cuenta el principio de paridad de género en los términos constitucionales establecidos. Se turna a Junta de Coordinación Política, para su atención

-Por el que la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, federales y de las entidades federativas, así como a los órganos con autonomía reconocida en la Constitución, implementen las acciones necesarias para proporcionar un lugar adecuado e higiénico para el amamantamiento de las y los bebés en los términos del artículo 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Se turna a la Junta de Coordinación Política, para su atención

De la Mesa Directiva, por el que comunica que, durante el primer receso del segundo año de ejercicio, se recibieron solicitudes de ciudadanos diputados para retirar iniciativas y proposiciones. Se tienen por retiradas, actualícense los registros parlamentarios

De la Junta de Coordinación Política, por la que comunica que, durante el primer receso del segundo año de ejercicio, se realizaron cambios de integrantes y de juntas directivas de diversas comisiones ordinarias. De enterado, se actualizan los registros parlamentarios

De la Cámara de Senadores, con la que remite el acuerdo por el que se exhorta a los integrantes del Congreso de la Unión a realizar y hacer pública la declaración de situación patrimonial, de intereses y fiscal, en términos de la normativa aplicable. Se remite a la Junta de Coordinación Política, para su atención

De la Cámara de Senadores, por las que devuelve, para los efectos de la fracción D del artículo 72 constitucional, los siguientes expedientes que contienen:

-Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Se turna a la Comisión de Infraestructura, para dictamen

-Proyecto de decreto por el que se reforma la fracción VIII del artículo 2 de la Ley General de Asentamientos Humanos. Se turna a la Comisión de Desarrollo Metropolitano, Urbano, Ordenamiento Territorial y Movilidad, para dictamen

-Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos. Se turna a la Comisión de Desarrollo Metropolitano, Urbano, Ordenamiento Territorial y Movilidad, para dictamen

-Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 3 y 13 de la Ley General de Asentamientos Humanos, para mejorar y proteger el nivel y la calidad de vida de la población urbana rural. Se turna a la Comisión de Desarrollo Metropolitano, Urbano, Ordenamiento Territorial y Movilidad, para dictamen

-Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 3o. de la Ley Federal del Trabajo. Se turna a la Comisión Trabajo y Previsión Social, para dictamen

-Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 3o. de la Ley Federal del Trabajo, en materia de no discriminación laboral por edad. Se turna a la Comisión Trabajo y Previsión Social, para dictamen

-Proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 27 y 29, y la denominación del capítulo V del título segundo, y se deroga la fracción V del artículo 12 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen

De la Cámara de Senadores, mediante las cuales da a conocer que aprobó diversos dictámenes por los que expresa su conformidad con acuerdos de esta soberanía que desechan las siguientes minutas con proyecto de decreto:

-Por el que se reforma el artículo 8o. de la Ley General de Cambio Climático

-Por el que se declara el 8 de noviembre como Día del Urbanista Mexicano

-Por el que se reforman y adicionan los artículos 20, 25, 69 y 107 de la Ley de Migración

-Por el que se reforma el primer párrafo y se adiciona un cuarto al artículo 159 de la Ley de Migración

-Por el que se declara el 22 de marzo como Día Nacional de las Personas Migrantes y Refugiadas

-Por el que se reforman el primer párrafo y las fracciones I a III del artículo 112 de la Ley de Migración

De enterado, quedan concluidos sus procesos legislativos. Comuníquense a las comisiones correspondientes

De la Secretaría de Gobernación, con las cuales remite:

-En formato electrónico, el Informe final de la evaluación de diseño del programa presupuestario P006, “Planeación, elaboración y seguimiento de las políticas y programas de la Secretaría de Economía”. Se turna a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Desarrollo Social, para su conocimiento

-El Cuarto informe trimestral para el ejercicio fiscal de 2019 de los programas sujetos a reglas de operación S y otros subsidios U, a cargo de la SE y su sector coordinado. Se turna a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, de Economía, Comercio y Competitividad, y de Economía Social y Fomento del Cooperativismo, para su conocimiento

De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la que remite los informes trimestrales sobre los ingresos obtenidos, la ejecución del presupuesto, la situación económica, las finanzas públicas y la deuda pública correspondientes al cuarto trimestre de 2019; información relativa a los montos de endeudamiento interno neto, el canje o refinanciamiento de obligaciones del erario federal; el costo total de las emisiones de deuda interna y externa correspondiente a diciembre de 2019; información sobre la recaudación federal participable que sirvió de base para calcular el pago de las participaciones a las entidades federativas, así como el pago de éstas, desagregada por tipo de fondo; y la información mediante la cual se dan a conocer los conceptos que integran la intermediación financiera, y la relativa a las instituciones de banca de desarrollo y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero. Se turnan a la Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento

De la Secretaría de Cultura, con la cual remite el Cuarto informe trimestral de 2019 sobre la contratación por honorarios y los resultados de los beneficios económicos y sociales llevados a cabo a través del programa S268, “Apoyos a la cultura”, y las vertientes que lo forman, sujetos a reglas de operación. Se turna a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Cultura y Cinematografía, para su conocimiento

Del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, con la cual remite el Informe de labores de 2019 sobre el estado que guarda el ejercicio del derecho de acceso a la información y de protección de datos personales en México, así como las acciones implantadas por ese órgano para fortalecer ambos derechos. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para su conocimiento

De la Comisión Federal de Competencia Económica, con la que remite el Programa anual de trabajo de 2020 y el cuarto informe trimestral de 2019 sobre los resultados alcanzados y las acciones desarrolladas en el periodo 1 de octubre-31 de diciembre de 2019. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para su conocimiento

De la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México, mediante la cual remite el Cuarto informe trimestral octubre-diciembre de 2019 sobre la situación de la deuda pública del gobierno local. Se turna a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento

De la Secretaría de Educación Pública, con las que remite:

-La Agenda Educativa Digital. Se turna a las Comisiones de Educación, y de Ciencia, Tecnología e Innovación, para su conocimiento

-La información trimestral de los recursos federales que reciben las universidades e instituciones públicas de educación media superior y superior, incluyendo subsidios, correspondiente al cuarto trimestre de 2019. Se turna a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Educación, para su conocimiento

Del Banco de México, por la que remite:

-El Informe sobre el ejercicio de su presupuesto correspondiente a 2020, estructurado en gasto corriente e inversión física, relacionados y no relacionados con el mandato constitucional de proveer billetes y monedas a la economía. Se turna a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento

-La exposición sobre la política monetaria que se ha propuesto seguir en el ejercicio de 2020. Se turna a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento

Del Instituto Nacional de las Mujeres, con la cual remite el Informe de resultados correspondiente al periodo octubre-diciembre de 2019, así como los avances de los programas presupuestarios con erogaciones para la igualdad entre mujeres y hombres relativos al cuarto trimestre de ese año. Se turna a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Igualdad de Género, para su conocimiento

De la Secretaría de Salud, con la cual remite la información relativa a las contrataciones por honorarios que realizan los ejecutores de gasto, el reporte del monto ejercido de los subsidios otorgados y el resultado de las evaluaciones de los programas sujetos a reglas de operación correspondientes al periodo enero-diciembre de 2019. Se turna a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Salud, para su conocimiento

Del Instituto Tecnológico Superior de Xalapa, con la que remite el Informe de resultados de la auditoría externa de su matrícula correspondiente al segundo semestre de 2019. Se turna a las Comisiones de Educación, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento

TOMA DE PROTESTA

La ciudadana Laura Mónica Guerra Navarro, rinde la protesta de ley y entra en funciones como diputada federal

ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

CALENDARIO LEGISLATIVO PARA EL SEGUNDO PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO

A discusión el acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos por el que se establece el Calendario Legislativo correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio de la LXIV Legislatura. Aprobado, comuníquese

EFEMÉRIDES

5 DE FEBRERO, ANIVERSARIO DE LA PROMULGACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Para referirse a la efeméride, hacen uso de la palabra:

-El diputado Carlos Alberto Morales Vázquez

-La diputada Mónica Bautista Rodríguez, del PRD

-La diputada Lilia Villafuerte Zavala, del PVEM

-La diputada Laura Erika de Jesús Garza Gutiérrez, del PES

-El diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, de MC

-El diputado Ángel Benjamín Robles Montoya, del PT

-El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, del PT

-El diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del PRI

-La diputada Ana Paola López Birlain, del PAN

-La diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas, del PAN

-La diputada María de los Dolores Padierna Luna, de Morena

-La diputada Melba Nelia Farías Zambrano, de Morena

INICIATIVAS CON PROYECTO DE LEY O DECRETO

LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES Y LEY FEDERAL PARA LA ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES DEL SECTOR PÚBLICO

El diputado Raúl Eduardo Bonifaz Moedano, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Bienes Nacionales y de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y LEY DE MIGRACIÓN

La diputada Martha Estela Romo Cuéllar, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y de la Ley de Migración. Se turna a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Asuntos Migratorios, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La diputada Dulce María Sauri Riancho, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 4o. y 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

La diputada Hildelisa González Morales, del Grupo Parlamentario del PT, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen

LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS

La diputada Martha Angélica Tagle Martínez, del Grupo Parlamentario de MC, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 57 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES

La diputada María del Carmen Cabrera Lagunas, del Grupo Parlamentario del PES, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, en materia de sustitución de titulares de permisos de pesca. Se turna a la Comisión de Pesca, para dictamen

LEY DE AGUAS NACIONALES

El diputado Oscar Bautista Villegas, en nombre propio, del diputado Arturo Escobar y Vega y de diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM, y de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales. Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen

LEY DEL SEGURO SOCIAL

El diputado Raymundo García Gutiérrez, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRD, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo vigésimo quinto transitorio de la Ley del Seguro Social. Se turna a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen

LEY DE COORDINACIÓN FISCAL

El diputado Luis Javier Alegre Salazar, del Grupo Parlamentario de Morena, en nombre propio y de diputados integrantes de diversos grupos parlamentarios, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, para crear el Fondo de Aportaciones para la Promoción e Infraestructura en Destinos Turísticos en Desarrollo y Pueblos Mágicos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen, y a la Comisión de Turismo, para opinión

LEY PARA REGULAR LAS SOCIEDADES DE INFORMACIÓN CREDITICIA

El diputado Evaristo Lenin Pérez Rivera, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA

El diputado Fernando Galindo Favela, del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 27, 28 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen

CÓDIGO CIVIL FEDERAL

La diputada Rocío del Pilar Villarauz Martínez, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal, en materia de identidad de género. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

La diputada Martha Elena García Gómez, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen

SE EXPIDE LA LEY DE PLANEACIÓN ENERGÉTICA PARA LA CONTINUIDAD HOMOGÉNEA

El diputado Manuel Rodríguez González, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Planeación Energética para la Continuidad Homogénea. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen, y a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para opinión

CÓDIGO PENAL FEDERAL

La diputada María del Carmen Bautista Peláez, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 200 y 202 del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

SE DECLARA EL DÍA 24 DE OCTUBRE DE CADA AÑO COMO DÍA NACIONAL DE LA TRIBU YAQUI

El diputado Marco Antonio Carbajal Miranda, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el día 24 de octubre de cada año como Día Nacional de la Tribu Yaqui. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

La diputada Lucía Flores Olivo, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 27 de la Ley General de Desarrollo Social. Se turna a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen

LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El diputado Ernesto Guillermo Ruffo Appel, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 57 Ter de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen

SE INSCRIBA EN LETRAS DE ORO EL NOMBRE DE MARIANO OTERO

El diputado Brasil Alberto Acosta Peña, del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto para que se inscriba en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados el nombre de Mariano Otero. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen

LEY MONETARIA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, del Grupo Parlamentario del PT, en nombre propio y del diputado Ulises García Soto, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 2o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

LEY DEL INSTITUTO NACIONAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

La diputada Julieta Macías Rábago, del Grupo Parlamentario de MC, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas. Se turna a la Comisión de Pueblos Indígenas, para dictamen

LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS

El diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, del Grupo Parlamentario del PES, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 108 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas. Se turna a la Comisión de Defensa Nacional, para dictamen

LEY DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA

La diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz, en nombre propio, del diputado Arturo Escobar y Vega, y diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM, y de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 36, fracción II Bis, de la Ley de Transición Energética. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen

LEY FEDERAL PARA EL FOMENTO DE LA MICROINDUSTRIA Y LA ACTIVIDAD ARTESANAL

La diputada Mónica Almeida López, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRD, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 37 de la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

El diputado Marco Antonio González Reyes, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 176 de la Ley Federal del Trabajo. Se turna a la Comisión Trabajo y Previsión Social, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El diputado Jorge Arturo Espadas Galván, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de violaciones al procedimiento legislativo. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES

La diputada María Ester Alonzo Morales, del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 51 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables. Se turna a la Comisión de Pesca

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La diputada María Guadalupe Román Ávila, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El diputado José Ramón Cambero Pérez, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

SE DECLARA EL 11 DE MAYO DE CADA AÑO COMO EL DÍA NACIONAL DE LA CIENCIA POLÍTICA

El diputado Alejandro Viedma Velázquez, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 11 de mayo de cada año como el Día Nacional de la Ciencia Política. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

CÓDIGO PENAL FEDERAL

El diputado Alejandro Viedma Velázquez, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artículos 419 Ter y 419 Quáter al Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

SE EMITA UNA MONEDA CONMEMORATIVA POR LOS 200 AÑOS DE LOS TRATADOS DE CÓRDOBA

El diputado Juan Martínez Flores, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se emite una moneda conmemorativa por los 200 Años de los Tratados de Córdoba. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 4o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

INTERVENCIONES DE LAS DIPUTADAS Y LOS DIPUTADOS

SE ATIENDAN LAS AFECTACIONES A LOS CAMPESINOS NAYARITAS

-La diputada Margarita Flores Sánchez, del PRI, desde la curul

SE CUMPLA CON EL PAGO DE 4 MIL 150 PESOS POR TONELADA DE MAÍZ A LOS AGRICULTORES DE SINALOA

-La diputada Lourdes Erika Sánchez Martínez, del PRI, desde la curul

RESPECTO A LA PROPUESTA PRESIDENCIAL PARA ELIMINAR LOS FINES DE SEMANA LARGOS

-El diputado Arturo Roberto Hernández Tapia, de Morena, desde la curul

PUNTO DE ACUERDO RELATIVO A UNA DISCULPA A LA COMUNIDAD CHINA-MEXICANA

-El diputado Carlos Iván Ayala Bobadilla, de Morena, desde la curul

LLAMADO A SUMAR ESFUERZOS POR LA PAZ Y LA SEGURIDAD DE LOS MICHOACANOS

-El diputado Agustín García Rubio, de Morena, desde la curul

EN RECUERDO DEL MAESTRO IGNACIO CHÁVEZ SÁNCHEZ, MÉDICO Y HUMANISTA, PADRE DE LA CARDIOLOGÍA MEXICANA

-El diputado Víctor Adolfo Mojica Wences, de Morena, desde la curul

DENUNCIA QUE ENERO FUE EL MES MÁS VIOLENTO EN LA HISTORIA DE NUESTRO PAÍS

-El diputado Felipe Fernando Macías Olvera, del PAN, desde la curul

SE EXPRESA EN CONTRA DE SACAR 600 MILLONES DE METROS CÚBICOS DE AGUA A LA PRESA LA BOQUILLA

-El diputado Miguel Alonso Riggs Baeza, del PAN, desde la curul

REFORZAR CAMPAÑAS INFORMATIVAS RESPECTO AL CORONAVIRUS

-El diputado José Ambrocio Gachuz, de Morena, desde la curul

EXHORTO PARA QUE SE INVESTIGUE Y CASTIGUE EL ATAQUE A UNA FAMILIA EN LA COMUNIDAD DE SANTIAGO IXTAYUTLA, OAXACA

-La diputada María del Carmen Bautista Peláez, de Morena, desde la curul

LAMENTA EL SENSIBLE FALLECIMIENTO DE JAVIER RIOJAS RODRÍGUEZ, PADRE DE LA DIPUTADA LUCÍA RIOJAS MARTÍNEZ

-La diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega, de Morena, desde la curul, quien solicita un minuto de silencio, mismo que se obsequia

DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES

LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN SOCIAL DE LA VIOLENCIA Y LA DELINCUENCIA

Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Seguridad Pública, con proyecto de decreto por el cual se adicionan los artículos 6 y 10 Bis y se reforma el artículo 6 de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia

LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XXX Bis al artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

LEY DE EDUCACIÓN MILITAR DEL EJÉRCITO Y FUERZA AÉREA MEXICANA

Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Defensa Nacional, con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicana

LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE

Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

CÓDIGO CIVIL FEDERAL Y LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 58 del Código Civil Federal y 19 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

LEY DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, con proyecto de decreto por el que se adiciona un tercer párrafo al artículo 40 de la Ley de Ciencia y Tecnología

LEY GENERAL DE EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE

Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XI al artículo 23 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

CÓDIGO PENAL FEDERAL

Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 205 Bis y se adiciona un artículo 209 Bis-1 al Código Penal Federal

EFEMÉRIDES RECIBIDAS

5 DE FEBRERO, ANIVERSARIO DE LA PROMULGACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

-A cargo de los diputados Benjamín Robles Montoya y Maribel Martínez Ruiz, del Grupo Parlamentario del PT

-A cargo de la diputada María de los Dolores Padierna Luna, del Grupo Parlamentario de Morena

-A cargo de la diputada Melba Nelia Farías Zambrano, del Grupo Parlamentario de Morena

-A cargo de la diputada Beatriz Robles Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Morena

APÉNDICE

De la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que corresponde a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del miércoles 5 de febrero de 2020, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados



Presidencia de la diputada María de los Dolores Padierna Luna

ASISTENCIA

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Solicito a los medios de comunicación ocupar el sitio asignado. A todas las diputadas y diputados, de igual manera, ocupar su lugar en su curul. Les damos la más cordial bienvenida.

Pido a la Secretaría que haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de diputadas y de diputados.

La secretaria diputada Maribel Martínez Ruiz: Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 298 diputadas y diputados. Por lo tanto, hay quórum.

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna (a las 11: 07 horas): Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura del orden del día.

La secretaria diputada Maribel Martínez Ruiz: En votación económica, se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura del orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Presidenta, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Segundo periodo de sesiones ordinarias del segundo año de ejercicio de la LXIV Legislatura.

Orden del día

Miércoles 5 de febrero de 2020.

Declaratoria de apertura

Intervención desde la tribuna del ciudadano Romeyno Gutiérrez Luna, en el marco de la celebración del Año Internacional de las Lenguas Indigenas.

Comunicaciones oficiales

De la Comisión Permanente

De la Mesa Directiva

De la Junta de Coordinación Política

De la Cámara de Senadores

Remite para conocimiento de la Cámara de Diputados, acuerdo por el que se exhorta a los integrantes del honorable Congreso de la Unión, a realizar y hacer pública, la declaración de situación patrimonial, de intereses y fiscal en términos de la normatividad aplicable.

Devuelve para los efectos de la fracción D del artículo 72 constitucional, el expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Devuelve para los efectos de la fracción D del artículo 72 constitucional, el expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforma la fracción VIII del artículo 2 de la Ley General de Asentamientos Humanos.

Devuelve para los efectos de la fracción D del artículo 72 constitucional, el expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos.

Devuelve para los efectos de la fracción D del artículo 72 constitucional, el expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 3 y 13 de la Ley General de Asentamientos Humanos, para mejorar y proteger el nivel y calidad de vida de la población urbana rural.

Devuelve para los efectos de la fracción D del artículo 72 constitucional, el expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman el artículo 3o. de la Ley Federal del Trabajo.

Devuelve para los efectos de la fracción D del artículo 72 constitucional, el expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman el artículo 3o. de la Ley Federal del Trabajo, en materia de no discriminación laboral por edad.

Devuelve para los efectos de la fracción D del artículo 72 constitucional, el expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 27 y 29, y la denominación del capítulo V del Título Segundo; y deroga la fracción V del artículo 12 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Por el que comunica que aprobó dictamen por el que expresa su conformidad con el acuerdo de la Cámara de Diputados que desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 8o.de la Ley General de Cambio Climático.

Por el que comunica que aprobó dictamen por el que expresa su conformidad con el acuerdo de la Cámara de Diputados que desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se declara el 8 de noviembre de cada año, como el “Día del Urbanista Mexicano”.

Por el que comunica que aprobó dictamen por el que expresa su conformidad con el acuerdo de la Cámara de Diputados que desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 20, 25, 69 y 107 de la Ley de Migración.

Por el que comunica que aprobó dictamen por el que expresa su conformidad con el acuerdo de la Cámara de Diputados que desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el primer párrafo y adiciona un cuarto párrafo al artículo 159 de la Ley de Migración.

Por el que comunica que aprobó dictamen por el que expresa su conformidad con el acuerdo de la Cámara de Diputados que desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se declara el 22 de marzo de cada año como el “Día Nacional de las Personas Migrantes y Refugiadas”.

Por el que comunica que aprobó dictamen por el que expresa su conformidad con el acuerdo de la Cámara de Diputados que desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el primer párrafo y las fracciones I, II y III del artículo 112 de la Ley de Migración.

De la Secretaría de Gobernación

Remite en formato electrónico el Informe Final de la Evaluación de Diseño del Programa Presupuestario P006 “Planeación, Elaboración y Seguimiento de las Políticas y Programas de la Secretaría de Economía”.

Remite el Cuarto Informe Trimestral para el ejercicio fiscal 2019 de los programas sujetos a reglas de operación “S” y otros subsidios “U”, a cargo de la Secretaría de Economía y su sector coordinado.

De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Remite los informes trimestrales sobre los ingresos obtenidos, la ejecución del presupuesto, la situación económica, las finanzas públicas y la deuda pública correspondientes al cuarto trimestre de 2019; información relativa a los montos de endeudamiento interno neto, el canje o refinanciamiento de obligaciones del erario federal; el costo total de las emisiones de deuda interna y externa, correspondiente al mes de diciembre de 2019; e información sobre la recaudación federal participable que sirvió de base para el cálculo del pago de las participaciones a las entidades federativas, así como el pago de las mismas, desagregada por tipo de fondo, efectuando la comparación correspondiente al mes de diciembre de 2018. Asimismo, adjunta la información mediante la cual se dan a conocer los conceptos que integran la intermediación financiera, así como la relativa a las instituciones de banca de desarrollo y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero.

De la Secretaría de Cultura

Remite el Cuarto Informe Trimestral 2019, sobre la contratación por honorarios y los resultados de los beneficios económicos y sociales que se llevaron a cabo a través del Programa S268 de Apoyos a la Cultura y las vertientes que lo conforman, que se encuentran sujetos a las reglas de operación.

Del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

Remite el Informe de Labores 2019, que da cuenta del estado que guarda el ejercicio del derecho de acceso a la información y de protección de datos personales en México, así como las acciones implementadas por el instituto para el fortalecimiento de ambos derechos.

De la Comisión Federal de Competencia Económica

Remite su Programa Anual de Trabajo 2020, así como el Cuarto Informe Trimestral 2019 de los resultados alcanzados y acciones desarrolladas durante el periodo que comprende del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2019.

De la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México

Remite el Cuarto Informe Trimestral de la Situación de la Deuda Pública del Gobierno de la Ciudad de México Octubre-Diciembre 2019.

De la Secretaría de Educación Pública

Remite la Agenda Educativa Digital.

Remite la información trimestral de los recursos federales que reciben las Universidades e Instituciones Públicas de Educación Media Superior y Superior, incluyendo subsidios, correspondiente al cuarto trimestre de 2019.

Del Banco de México

Remite el Informe sobre el Ejercicio de su Presupuesto, correspondiente al ejercicio 2020, estructurado en Gasto Corriente e Inversión Física, relacionados y no relacionados con el mandato constitucional de proveer billetes y monedas a la economía.

Remite la exposición sobre la política monetaria que el Instituto se ha propuesto seguir en el ejercicio 2020.

Del Instituto Nacional de las Mujeres

Remite el Informe de resultados, correspondiente al periodo octubre-diciembre de 2019, así como los avances de los programas presupuestarios con erogaciones para la igualdad entre mujeres y hombres, correspondientes al cuarto trimestre de 2019.

De la Secretaría de Salud

Remite la Información relativa a las Contrataciones por Honorarios que realizan los Ejecutores de Gasto, el Reporte del Monto Ejercido de los Subsidios Otorgados y el resultado de las evaluaciones de los programas sujetos a reglas de operación, correspondientes al período enero-diciembre de 2019.

Del Instituto Tecnológico Superior de Xalapa

Remite el Informe de resultados de la auditoría externa a su matrícula, correspondiente al Segundo Semestre del año 2019.

Protesta de diputada

Propuestas de acuerdo de los órganos de gobierno

De la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos

Por el que se establece el Calendario Legislativo correspondiente al segundo periodo de sesiones ordinarias del segundo año de ejercicio de la LXIV Legislatura.

Efeméride

Con motivo del 5 de febrero, aniversario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de los Grupos Parlamentarios.

Iniciativas

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Bienes Nacionales y de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, suscrita por el diputado Evaristo Lenin Pérez Rivera y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona los artículos 4o. y 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada Dulce María Sauri Riancho y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Hildelisa González Morales, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, a cargo de la diputada Julieta Macías Rábago, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 113 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo de la diputada María del Carmen Cabrera Lagunas, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.

Que adiciona el artículo 36 de la Ley de Transición Energética, suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega y diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México y de Morena.

Que expide la Ley que crea la Comisión de la Verdad en materia de Delitos de Desaparición Forzada y Ejecuciones Extrajudiciales, Arbitrarias o Sumarias en el Periodo 2006-2019, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, para crear el Fondo de Aportaciones para la Promoción e Infraestructura en Destinos Turísticos en Desarrollo y Pueblos Mágicos, suscrita por el diputado Luis Javier Alegre Salazar y diputados integrantes de diversos Grupos Parlamentarios.

Que reforma diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, de la Ley del Impuesto sobre la Renta y de la Ley de Migración, suscrita por la diputada Martha Estela Romo Cuéllar y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

De Decreto para que se inscriba en el Muro de Honor del Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados el nombre de Mariano Otero, a cargo del diputado Brasil Alberto Acosta Peña, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 2o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Gerardo Fernández Noroña, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo y Ulises García Soto, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 217 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a cargo del diputado Jorge Alcibíades García Lara, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, en materia de sustitución de titulares de permisos de pesca, a cargo de la diputada Ma. del Carmen Cabrera Lagunas, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.

Que reforma y adiciona los artículos 33 y 47 Bis de la Ley de Aviación Civil, suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega y diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México y de Morena.

Que reforma el artículo 37 de la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal, suscrita por la diputada Mónica Almeida López y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal, en materia de identidad de género, a cargo de la diputada Rocío del Pilar Villarauz Martínez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de violaciones al procedimiento legislativo, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 51 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, a cargo de la diputada María Ester Alonzo Morales, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona el artículo 9o. de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada María Teresa Marú Mejía, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que adiciona el artículo 57 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, a cargo de la diputada Martha Tagle Martínez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona los artículos 420 del Código Penal Federal y 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo de la diputada María del Carmen Cabrera Lagunas, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega y diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México y de Morena.

Que adiciona el artículo Vigésimo Quinto Transitorio de la Ley del Seguro Social, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma los artículos 96 y 113 de la Ley de Instituciones de Crédito, a cargo del diputado Manuel Rodríguez González, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 57 Ter de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Ernesto Guillermo Ruffo Appel y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 15 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Irma María Terán Villalobos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 225 del Código Penal Federal y 14 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, a cargo de la diputada María Teresa Marú Mejía, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma los artículos 7o.y 49 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, a cargo de la diputada Martha Tagle Martínez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma los artículos 15 y 36 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, a cargo de la diputada Nayeli Salvatori Bojalil, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, suscrita por la diputada Ma. Guadalupe Almaguer Pardo y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que expide la Ley de Planeación Energética para la Continuidad Homogénea, a cargo del diputado Manuel Rodríguez González, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Carlos Alberto Valenzuela González y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 27, 28 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Fernando Galindo Favela, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Maricruz Roblero Gordillo, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma los artículos 4o.y 87 de la Ley General de Protección Civil, a cargo de la diputada Nayeli Salvatori Bojalil, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.

Que adiciona el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada Ma. Guadalupe Almaguer Pardo y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, en materia de sistemas de captación de agua de lluvias, a cargo de la diputada María Eugenia Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, suscrita por la diputada Martha Elena García Gómez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona el artículo 6o. de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Ximena Puente de la Mora, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona diversas disposiciones a la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que adiciona el artículo 25 de la Ley General de Partidos Políticos, a cargo de la diputada Nayeli Salvatori Bojalil, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.

Que reforma los artículos 200 y 202 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada María del Carmen Bautista Peláez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 3o. de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, a cargo de la diputada Ximena Puente de la Mora, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 3o. de la Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma el artículo 247 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo de la diputada Nayeli Salvatori Bojalil, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.

Que deroga el párrafo tercero del artículo 78 de la Ley General de Vida Silvestre, a cargo de la diputada María Eugenia Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona diversas disposiciones al Código Penal Federal, en materia de delitos en contra de la identidad de las personas, a cargo de la diputada Ximena Puente de la Mora, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 128 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Benjamín Robles Montoya y Maribel Martínez Ruíz, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo de la diputada Nayeli Salvatori Bojalil, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.

De Decreto por el que se declara el día 24 de octubre de cada año como Día Nacional de la Tribu Yaqui, a cargo del diputado Marco Antonio Carbajal Miranda, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona el artículo 8o. de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a cargo de la diputada Ximena Puente de la Mora, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 43 de la Ley General de Partidos Políticos, a cargo de la diputada Nayeli Salvatori Bojalil, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.

Que adiciona el artículo 27 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo de la diputada Lucía Flores Olivo, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 77 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.

Que reforma el artículo 176 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Marco Antonio González Reyes, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 108 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, a cargo del diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.

Que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada María Guadalupe Román Ávila, del Grupo Parlamentario de Morena.

De Decreto por el que se declara el 11 de mayo de cada año como el Día Nacional de la Ciencia Política, a cargo del diputado Alejandro Viedma Velázquez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona los artículos 419 Ter y 419 Quáter al Código Penal Federal, a cargo del diputado Alejandro Viedma Velázquez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 58 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Alejandro Viedma Velázquez, del Grupo Parlamentario de Morena.

De Decreto por el que se emite una moneda conmemorativa por los 200 Años de los Tratados de Córdoba, a cargo del diputado Juan Martínez Flores, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona los artículos 4o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma los artículos 10 y 11 de Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Reyna Celesta Ascencio Ortega, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 444 del Código Civil Federal, a cargo de la diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 28 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado Carlos Iván Ayala Bobadilla, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y de la Ley Federal del Derecho de Autor, a cargo de la diputada María Guadalupe Edith Castañeda Ortiz, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Energía para el Campo, para impulsar la actividad acuícola nacional, suscrita por los diputados Eulalio Juan Ríos Fararoni y Manuel Rodríguez González, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona el artículo 15 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a cargo del diputado Manuel Gómez Ventura, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 6o.de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y adiciona un artículo 51 Bis a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a cargo del diputado Fernando Galindo Favela, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Proposiciones

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la ASF, a realizar una auditoría al programa social “A toda Máquina” instaurado en Jalisco, a cargo de la diputada Laura Imelda Pérez Segura, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Salud, a presentar a la opinión pública una estrategia de contención sanitaria contra el Coronavirus 2019-nCov, a cargo del diputado José Martín López Cisneros, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a instruir a los centros de salud, hospitales públicos y privados de su jurisdicción, a establecer un protocolo integral de atención para toda mujer que llegue con lesiones físicas que encuadren en el supuesto de violencia de género, a cargo de la diputada Ximena Puente de la Mora, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al municipio de Monterrey, Nuevo León, a establecer un descuento del 50% a adultos mayores en la adquisición de calcomanías de los parquímetros establecidos en las diferentes colonias de dicho territorio, a cargo del diputado Santiago González Soto, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Conagua y a la Profepa, a atender y ejecutar acciones correctivas y preventivas para el saneamiento integral de los arroyos El Rosario, Agua Azul y el Tempisque, ubicados en el municipio de Tonalá, Jalisco, a cargo del diputado Juan Carlos Villareal Salazar, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat y a la Semar, a llevar a cabo la supervisión del almacenaje de salmuera residual a cielo abierto en el complejo de la Laguna Ojo de Liebre en Guerrero Negro, Baja California Sur, a cargo de la diputada María del Carmen Cabrera Lagunas, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta exhorta a la CNDH, al Sipinna y a la SEGOB, a implementar las medidas necesarias para prevenir, erradicar y sancionar, administrativa y penalmente, los casos de abuso sexual cometidos por la congregación Legionarios de Cristo, a cargo de la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SSPC, a incorporar dentro de las actividades prioritarias de la Guardia Nacional, el salvaguardo de los ecosistemas naturales en territorio nacional, a cargo de la diputada Laura Imelda Pérez Segura, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a sus homólogas en las entidades federativas, a fortalecer los programas destinados a la detección y tratamiento temprano de cáncer, a cargo de la diputada Margarita Flores Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SSPC, a encabezar y coordinar los trabajados en seguridad preventiva para dar mejores resultados y disminuir la comisión de delitos, a cargo de la diputada Ana Laura Bernal Camarena, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Bienestar, a fortalecer las políticas públicas y los programas sociales encaminados a mejorar las condiciones de vida de los adultos mayores de México, a cargo del diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades de Tabasco, a garantizar los derechos que, como personas en desarrollo, tienen las niñas, niños y adolescentes, víctimas de violencia doméstica, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a 71 ayuntamientos de Sonora, a atender urgentemente lo dispuesto en artículo transitorio segundo de la Ley de Protección a los Animales para el Estado de Sonora y emitir los reglamentos correspondientes en la materia, a cargo de la diputada María Wendy Briceño Zuloaga, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a través de STPS, a autorizar en la suscripción de su convenio de coordinación para la operación del Programa de Apoyo al Empleo, que se incluyan los programas de capacitación, autoempleo y fomento al autoempleo ejecutados con recursos estatales y se permita emplear las reglas de operación aplicadas en 2019, a cargo de la diputada Ma. Sara Rocha Medina, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Comité Ejecutivo Nacional del SNTE, a modificar su estatuto y reglamento en materia de elección de cargos de dirigentes, suscrito por los diputados Jesús Fernando García Hernández, Emilio Manzanilla Téllez y José Luis Montalvo Luna, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sedena y la Guardia Nacional, a reforzar las medidas de seguridad y erradicar la inseguridad en el municipio de Chilapa de Álvarez, Guerrero, a cargo de la diputada María del Carmen Cabrera Lagunas, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal y la CRE, a determinar un cálculo y ajuste de tarifa especial ponderada en relación a la ubicación geográfica, la entidad a la que pertenecen, el clima, y las carencias sociales de la población, en hogares cuyos propietarios tengan ingresos menores a 5 UMAs que habiten en las zonas costeras del país que rebasen la temperatura media anual, suscrito por la diputada Mónica Almeida López y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades del Gobierno Federal, a recibir y atender a la comisión de representantes populares de la zona oriente del Estado de México, para tratar diversos temas relativos al impacto por la cancelación del aeropuerto en Texcoco, a cargo del diputado César Agustín Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno de la Ciudad de México, a través del Sistema de Transporte Colectivo Metro y de la SSC, a implementar acciones para brindar seguridad a todos los usuarios del metro, puesto que en las últimas semanas se han visto violentados por grupos delincuenciales dentro de las instalaciones, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a través de diversas secretarías de estado, a crear un registro de víctimas de ataques con ácido y se realice un protocolo de atención que garantice la inmediata atención médica, legal y psicológica de manera gratuita, a cargo de la diputada Dionicia Vázquez García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la CRE, a realizar la modificación a la NOM-016-CRE-2016 para permitir el uso de etanol desde un 10% en las áreas metropolitanas de Valle de México, Guadalajara y Monterrey, suscrito por la diputada Mónica Almeida López y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Consejo de la Judicatura y al Tribunal Superior de Justicia, ambos de la Ciudad de México, a investigar el posible conflicto de intereses del Magistrado Francisco José Huber Olea Contró, así como de los demás jueces y magistrados implicados en el caso instaurado por el C. Humberto Moreira Valdés, en contra del columnista y periodista Sergio Aguayo Quezada, a cargo de la diputada Tatiana Clouthier Carrillo, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a dejar sin efectos el Decreto por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados, suscrito por la diputada Mónica Almeida López y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, a brindar las medidas de protección necesarias a las menores denunciantes en la carpeta de investigación número CI-FDS/FDS-6/UI-FDS-6-02/19270/09-2019 y atender la denuncia interpuesta por presunta agresión sexual ejercida contra actual magistrado integrante del Tribunal Superior de Justicia de la ciudad, suscrito por diputadas integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a que a través de la Sader y la SE, emprenda acciones tendientes a certificar el producto apícola mexicano con el fin de generar un valor agregado que permita constatar su autenticidad y calidad, suscrito por la diputada Mónica Almeida López y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno Federal, a ofrecer una disculpa a la comunidad china mexicana por la campaña desatada en su contra por los gobiernos de Sonora y Sinaloa a principios del siglo XX, que derivó en persecución, vejaciones, homicidios y desapariciones forzadas, a cargo del diputado Carlos Iván Ayala Bobadilla, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sader y al Senasica, a modificar la NOM-064-ZOO-2000, a cargo de la diputada Mirna Zabeida Maldonado Tapia, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SADER y al Senasica, a modificar la NOM-001-SAG/GAN-2015, a cargo de la diputada Mirna Zabeida Maldonado Tapia, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno de Zacatecas y al ISSSTEZAC, a realizar el pago correspondiente a pensiones y a la segunda parte de aguinaldo que se le adeuda a trabajadores y pensionados de esa entidad, a cargo del diputado Oscar Rafael Novella Macías, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SCT y a la Agencia Federal de Aviación Civil, a difundir el resultado de las verificaciones técnico administrativas practicadas a los explotadores Aeronáuticos Nacionales - AOC, del servicio público regular de pasaje, en el período comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre 2019, a cargo del diputado Raúl Eduardo Bonifaz Moedano, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la CNDH, a investigar los hechos de violencia en los municipios de Chilapa y José Joaquín Herrera en Guerrero y garantizar el derecho de los niños a la seguridad y la cultura de paz, a cargo de la diputada Claudia Tello Espinoza, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semar, a que, a través de la Unicapam, realice una revisión detallada a las cuotas de los certificados de seguridad marítima, a fin de reducir la cuota impuesta, a cargo del diputado Miguel Prado de los Santos, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de distintas autoridades del Gobierno Federal, a abstenerse de emitir declaraciones públicas respecto a las investigaciones sobre presuntos actos de corrupción mientras no se determine la responsabilidad del acusado, a cargo del diputado Juan Martínez Flores, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo para analizar, estudiar y, en su caso, promover dentro del proceso de análisis, discusión y aprobación del PEF 2021, la creación de un anexo con un enfoque de transversalidad para el Programa para el Desarrollo del Istmo de Tehuantepec, a cargo de la diputada Rosalinda Domínguez Flores, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a través de la Sader, a evaluar el impacto de los daños ocasionados como consecuencia de las lluvias atípicas registradas en Nayarit en los últimos días y de ser necesario se destinen los recursos para la atención de pequeños y grandes productores afectados, a cargo de la diputada Margarita Flores Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Efemérides

Con motivo del 5 de febrero, 103 Aniversario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del Grupo Parlamentario de Morena.

Con motivo del 5 de febrero, Aniversario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de los diputados Benjamín Robles Montoya y Maribel Martínez Ruíz, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Con motivo del 5 de febrero, 103 Aniversario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Dolores Padierna Luna, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con motivo del 5 de febrero, 103 Aniversario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Melba Nelia Farías Zambrano, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con motivo del 5 de febrero, 103 Aniversario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Beatriz Robles Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Morena.»



DECLARATORIA DE APERTURA

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Se invita a los presentes a ponerse de pie.

La Cámara de Diputados, de conformidad con lo que establece el artículo 65 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, hoy 5 de febrero de 2020 declara formalmente iniciado el segundo periodo de sesiones ordinarias del segundo año de ejercicio de la LXIV Legislatura. Comuníquese. Pueden tomar asiento. Gracias.



INTERVENCIÓN EN EL MARCO DE LA CELEBRACIÓN DEL 2019 COMO EL AÑO INTERNACIONAL DE LAS LENGUAS INDÍGENAS

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Pasamos al siguiente punto en el orden del día. En el marco de la celebración del Año Internacional de las Lenguas Indígenas, se concede el uso de la palabra hasta por cinco minutos al ciudadano Romeyno Gutiérrez Luna, originario de Retosache, municipio de Batopilas, Chihuahua, hablante de la lengua rarámuri, músico profesional, hijo de padres músicos tradicionales, discípulo de Romayne Wheeler, concertista de piano norteamericano, establecido desde 1992 en la sierra tarahumara.

Su talento artístico le ha permitido presentarse ante diversos públicos. Tiene como visión seguir replicando su experiencia artística entre el talento de la comunidad rarámuri. Tiene la palabra el ciudadano Romeyno Gutiérrez Luna.

El ciudadano Romeyno Gutiérrez Luna: Muy buenos días, diputadas y diputados. Agradezco profundamente por la oportunidad que me dan de esta frente a ustedes y dirigir algunas palabras de la cultura rarámuri.

Mi nombre es Romeyno Gutiérrez Luna, vengo en representación de la etnia rarámuri de Chihuahua y hoy, en esta hermosa mañana, les vengo a hablar un poco de nosotros, enfocándome un poco en la música.

Los rarámuri representamos la mayor parte de los cuatro grupos étnicos que existen en el estado de Chihuahua. Hoy en día, la lengua aún se habla, al menos en la mayor parte de la sierra, pero eso no significa que se pueda conservar para siempre, también existe la posibilidad de perder este idioma debido a la falta de enseñanza, sobre todo en las escuelas comunitarias, ya que todas las enseñanzas se hacen en castellano, lo que nos hace sentir tristeza, porque sabemos la riqueza que es tener un grupo étnico en este país, México.

La forma en que pensamos tiene una esencia muy pura, todo lo que vive en esta tierra merece respeto. Por ello, por cada cosa que se vaya a usar hay que pedirle permiso a nuestro Creador, y eso hace que nuestra cultura sea más valiosa.

La música en la cultura rarámuri es una parte fundamental, todo lo que se realiza en los festejos va acompañado con ella, ya sea para hacer curación u otras actividades que se realizan en la comunidad. La música para nosotros es sinónimo de alegría, ya que toda la música es alegre y cada fiesta va acompañada de ella, tanto para danzar para nuestro creador como para convivir con la comunidad. Esta música es sumamente importante, debe conservarse, darle oportunidad y espacio para que sea reconocida en el mundo exterior.

La música en sí es fundamental, porque de alguna manera nos hace sensibilizarnos con el mundo que nos rodea. En lo personal, y como músico, es una manera de alimentar nuestra alma. Es un puente de aquí con el Creador, para que podamos vivir de alguna manera en paz y tranquilidad y así, cada día ser una mejor persona.

Mientras más jóvenes practiquen este bello arte, evitaremos también muchos problemas que tienen que ver con la drogadicción. Por lo cual los invito, como autoridades, a darle un papel importante a la música que muchos jóvenes de la comunidad rarámuri tengan acceso a tocar algún instrumento, y lo ideal sería que fuera desde las escuelas, para nuestros jóvenes estudiantes.

Con este proyecto, llevar el arte a cada rincón de México, podemos hacer grandes cambios para nuestro país, ya que en cualquier grupo étnico tenemos la capacidad de transformar un país para el bienestar de todos.

Agradezco nuevamente por permitirme estar aquí con ustedes, que mis palabras sean escuchadas, y que algo se pueda hacer para conservar la música de mi cultura y que muchos jóvenes de mi comunidad lleven grandes motivaciones para nuevas generaciones. Muchas gracias.

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Agradecemos la presencia del ciudadano Romeyno Gutiérrez Luna, por habernos visitado en esta Cámara.

Continúe la Secretaría con las comunicaciones. El diputado Riggs solicita la palabra. ¿Con qué objetivo pide usted la palabra, diputado?

El diputado Miguel Alonso Riggs Baeza(desde la curul): Gracias, presidenta. Nada más para hacer un comentario a la Mesa Directiva y pedirles aquí a nuestros compañeros diputados su solidaridad con lo que está aconteciendo allá en la presa Boquilla...

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Le pregunté el motivo nada más.

El diputado Miguel Alonso Riggs Baeza (desde la curul): Ese es el motivo.

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Ahorita no es el momento, pero se abrirá al final un minuto para todos los que quieran incluir en el orden del día motivos diversos.



COMUNICACIONES OFICIALES

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Continúe la Secretaría.

La secretaria diputada Julieta Macías Rábago: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Comisión Permanente.— Mesa Directiva.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

En sesión celebrada en esta fecha por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión se dio cuenta con la solicitud de licencia de la diputada Xóchitl Nashielly Zagal Ramírez, presentada a la Mesa Directiva el 27 de enero de 2020, aprobándose el punto de acuerdo que a continuación se transcribe:

Único. Se concede licencia por tiempo indefinido a Xóchitl Nashielly Zagal Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena, para separarse de sus funciones como diputada electa en el 7 distrito electoral federal del estado de México, a partir del 24 de enero de 2020.

La Presidencia de la Mesa Directiva dictó el siguiente trámite:

Aprobado. Comuníquese a la Cámara de Diputados.

Atentamente

Ciudad de México, a 28 de enero de 2020.— Senador Gustavo Enrique Madero Muñoz (rúbrica), secretario.»

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«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Comisión Permanente.— Mesa Directiva.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

En sesión celebrada en esta fecha por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión se dio cuenta con la solicitud de licencia del diputado Alfonso Ramírez Cuellar, presentada a la Mesa Directiva el 27 de enero de 2020, aprobándose el punto de acuerdo que a continuación se transcribe:

Único. Se concede licencia por tiempo indefinido a Alfonso Ramírez Cuellar, del Grupo. Parlamentario de Morena, para separarse de sus funciones como diputado electo en el 14 distrito electoral federal de la Ciudad de México, a partir del 26 de enero de 2020.

La Presidencia de la Mesa Directiva dictó el siguiente trámite:

Aprobado. Comuníquese a la Cámara de Diputados.

Atentamente

Ciudad de México, a 28 de enero de 2020.— Senador Gustavo Enrique Madero Muñoz (rúbrica), secretario.»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: De enterada. Llámese a los suplentes.

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La secretaria diputada Julieta Macías Rábago: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Comisión Permanente.— Mesa Directiva.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

En sesión celebrada en esta fecha, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión aprobó el acuerdo que a continuación se transcribe:

Primero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados para que, al presentar la convocatoria para ocupar el puesto de consejeras y consejeros generales del Instituto Nacional Electoral, se tome en cuenta el principio de paridad de género, en los términos de lo que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Segundo. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las y los diputados de la LXIV Legislatura para que en la elección de las y los consejeros del Instituto Nacional Electoral se tomen en cuenta el principio de paridad de género, el perfil profesional y los requisitos de elegibilidad que exige la legislación aplicable.

Lo comunicamos a usted para los efectos a que haya lugar.

Atentamente

Ciudad de México, a 28 de enero de 2020.— Senador Gustavo Enrique Madero Muñoz (rúbrica), secretario.»

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La secretaria diputada Julieta Macías Rábago: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Comisión Permanente.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

En sesión celebrada en esta fecha, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión aprobó el acuerdo que a continuación se transcribe:

Primero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con pleno respeto de la división de poderes y de la autonomía de los estados, exhorta a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial federales y de las entidades federativas, así como a los órganos con autonomía reconocida en la Constitución, para que de conformidad con la legislación aplicable, continúen impulsando o, en su caso, implanten acciones para proporcionar un lugar adecuado e higiénico para la realización del amamantamiento de las y los bebés en términos del artículo 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

Segundo. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Salud para que informe a esta soberanía sobre los avances del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM- 050-SSA2-2018, para el fomento, la protección y el apoyo a la lactancia materna, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de mayo de 2018.

Lo comunicamos a ustedes para los efectos a que haya lugar.

Atentamente

Ciudad de México, a 8 de enero de 2020.— Diputada Laura Angélica Rojas Hernández (rúbrica), presidenta.»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Túrnese a la Junta de Coordinación Política para su atención.

La secretaria diputada Julieta Macías Rábago: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIV Legislatura.— Mesa Directiva.

Honorable Asamblea:

La Presidencia de la Mesa Directiva comunica que, durante el primer receso del segundo año de ejercicio, se recibieron solicitudes de diputadas y diputados para retirar sus iniciativas y/o proposiciones, de conformidad con los artículos 77 y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, mismas que fueron concedidas y publicadas en la Gaceta Parlamentaria:

1. Del diputado Marco Antonio González Reyes, del Grupo Parlamentario de Morena, por el que solicita que su proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las Secretarías de Educación Pública y de Salud, a realizar las acciones necesarias a fin de que sea publicada la Estrategia Nacional de Atención a la Primera Infancia en el Diario Oficial de la Federación, presentada el 12 de diciembre de 2019, sea retirada de la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia.

2. De la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, presentada el 9 de octubre de 2019, sea retirada de la Comisión de Gobernación y Población.

3. De la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, presentada el 9 de octubre de 2019, sea retirada de la Comisión de Gobernación y Población.

4. De la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por la que adiciona un artículo 149 Quáter al Código Penal Federal, presentada el 14 de agosto de 2019, sea retirada de la Comisión de Justicia.

5. De la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Salud, y el Código Penal Federal, presentada el 8 de octubre de 2019, sea retirada de las Comisiones de Justicia, de Salud y de Igualdad de Género.

6. De la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por el que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Salud, y del Código Penal Federal, presentada el 12 de junio de 2019, sea retirada de la Comisión, de Salud.

7. De la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por el que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Defensoría Pública, presentada el 3 de julio de 2019, sea retirada de la Comisión, de Justicia.

8. De la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación (en materia de paridad de género), presentada el 3 de julio de 2019, sea retirada de las Comisiones de Justicia y de Igualdad de Género.

9. De la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, en materia de paridad de género, presentada el 17 de julio de 2019, sea retirada de las Comisiones de Justicia y de Igualdad de Género.

10. Del diputado Ricardo de la Peña Marshall, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por la que adiciona el Título Sexto, “De la Seguridad Social”, que comprende los artículos 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51 y 52 de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, presentada el 12 de junio de 2019, sea retirada de la Comisión de Cultura y Cinematografía.

11. Del diputado Carlos Alberto Valenzuela González, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforman diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del artículo 123 Constitucional (en materia de reducción de la jornada y semana de trabajo e incremento de los días vacacionales), presentada el 30 de abril de 2019, sea retirada de las Comisiones de Puntos Constitucionales y de Trabajo y Previsión Social.

12. Del diputado Carlos Alberto Valenzuela González, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por la que reforma y adiciona los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 18, 41, 42, 106 y 107 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, presentada el 12 de junio de 2019, sea retirada de las Comisiones de Puntos Constitucionales y de Presupuesto y Cuenta Pública.

13. Del diputado Emmanuel Reyes Carmona, del Grupo Parlamentario de Morena, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de Sector Público, en materia de rendición de cuentas, presentada el 21 de agosto de 2019, sea retirada de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción.

14. De la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por la que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, presentada el 21 de agosto de 2019, sea retirada de las Comisiones de Justicia y de Gobernación y Población.

15. Del diputado Porfirio Muñoz Ledo, del Grupo Parlamentario de Morena, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el 31 de octubre de 2019, sea retirada de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

16. De la diputada Ana Laura Bernal Camarena, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por el que adiciona los artículos 4 y 20 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, presentada el 26 de noviembre de 2019, sea retirada de la Comisión de Igualdad de Género.

17. De la diputada Maricruz Roblero Gordillo, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por la se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil, presentada el 26 de noviembre de 2019, sea retirada de la Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres.

18. De la diputada María Rosete, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Mar, presentada el 15 de enero de 2020, sea retirada de la Comisión de Marina.

19. Del diputado José Ángel Pérez Hernández, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforman diversas disposiciones de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geografía, presentada el 30 de abril de 2019, sea retirada de la Comisión de Gobernación y Población.

20. Del diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por el que reforma el artículo 115 y adiciona el artículo 212 de la Ley General de Salud, en materia de alérgenos alimentarios, presentada el 3 de julio de 2019, sea retirada de la Comisión de Salud.

21. De la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, presentada el 30 de abril de 2018, sea retirada de las Comisiones de Gobernación y Población, de Relaciones Exteriores, y de Derechos de la Niñez y Adolescencia.

22. De la diputada Adriana Paulina Teissier Zavala, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por el que reforma y adiciona, diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, presentada el 8 de abril de 2019, sea retira de la Comisión de Gobernación y Población.

23. Del Diputada Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario de Morena, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por el que adiciona el artículo 18 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, presentada el 18 de septiembre de 2019, sea retirada de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

24. De la diputada Anita Sánchez Castro, del Grupo Parlamentario de Morena, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan una fracción XVI Ter al artículo 3o. y una fracción X Ter al artículo 7o. de la Ley General de Salud, presentada el 17 de julio de 2019, sea retirada de la Comisión de Salud.

25. De los diputados Raymundo García Gutiérrez y Verónica Beatriz Juárez Piña, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 15-A, 15-C y 15-D de la Ley Federal del Trabajo, presentada el 10 de julio de 2019, sea retirada de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

26. De la diputada Carolina García Aguilar, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del párrafo octavo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía, presentada el 29 de octubre de 2019, sea retirada de la Comisión de Economía Social y Fomento del Cooperativismo.

27. De la diputada Carmen Patricia Palma Olvera, del Grupo Parlamentario de Morena, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 30 de junio Día Nacional del Politólogo, presentada, el 29 de octubre de 2019, sea retirada de la Comisión de Gobernación y Población.

28. De la diputada Claudia Reyes Montiel, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 66 y 77 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, presentada, el 3 de diciembre de 2019, sea retirada de la Comisión de Gobernación y Población.

29. Del diputado César Agustín Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 41 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el 30 de abril de 2019, sea retirada de la Comisión de Puntos Constitucionales.

30. Del diputado Marco Antonio González Reyes, del Grupo Parlamentario de Morena, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el numeral 8, de la fracción II, del artículo 176 de la Ley Federal del Trabajo, presentada el 29 de octubre de 2019, sea retirada de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

31. Del diputado Héctor Joel Villegas González, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, por el que solicita que su iniciativa con proyecto de decreto por el que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural, Sustentable, en materia de agricultura familiar y seguridad alimentaria, presentada el 29 de octubre de 2019, sea retirada de la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria.

Ciudad de México, a 5 de febrero de 2020.— Diputada Laura Angélica Rojas Hernández (rúbrica), presidenta.»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Se tienen por retiradas. Actualícense los registros parlamentarios.

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La secretaria diputada Julieta Macías Rábago: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIV Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presidenta de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 46, numeral 5, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter a consideración del pleno, la modificación en la integración de los grupos de amistad que se señalan, solicitadas por el Grupo Parlamentario de Morena:

• Que el diputado Benjamín Saúl Huerta Corona cause alta como vicepresidente en el Grupo de Amistad México-Suecia.

• Que la diputada Beatriz Silvia Robles Gutiérrez cause baja como integrante del Grupo de Amistad México-Canadá.

• Que la diputada Beatriz Silvia Robles Gutiérrez cause baja como integrante del Grupo de Amistad México-Estados Unidos.

Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.

Respetuosamente

Palacio Legislativo, Ciudad de México, a 24 de diciembre de 2019.— Diputado Mario Delgado Carrillo (rúbrica), presidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIV Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presidenta de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 46, numeral 5, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter a consideración del pleno, la modificación en la integración de los grupos de amistad que se señalan, solicitadas por el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano:

• Que la diputada Martha Angélica cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Irán.

• Que el diputado Ariel Rodríguez Vázquez cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Chile.

Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.

Respetuosamente

Palacio Legislativo, Ciudad de México, a 11 de diciembre de 2019.— Diputado Mario Delgado Carrillo (rúbrica), presidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIV Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presidenta de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con el acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se establece el procedimiento para informar al pleno de la Cámara de Diputados los cambios en la integración de comisiones durante el primer receso del primer año de ejercicio de la LXIV Legislatura, le informo la modificación en la integración de la comisión que se señala, solicitada por el Grupo Parlamentario del Partido Morena:

• Que la diputada María Guadalupe Díaz Avilez cause alta como secretaria en la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad.

Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.

Respetuosamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 6 de enero de 2020.— Diputado Mario Delgado Carrillo (rúbrica), presidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIV Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presidenta de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con el acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se establece el procedimiento para informar al pleno de la Cámara de Diputados las sustituciones en la integración de comisiones y grupos de amistad, durante el primer receso del segundo año de ejercicio de la LXIV Legislatura, le informo la modificación en la integración de las comisiones que se señalan, solicitadas por el Grupo Parlamentario de Morena.

• Que la diputada Simey Olvera Bautista cause baja como secretaria de la Comisión de Cultura y Cinematografía.

• Que la diputada Simey Olvera Bautista cause alta como integrante en la Comisión de Cultura y Cinematografía.

• Que la diputada Simey Olvera Bautista cause baja como integrante de la Comisión de Radio y Televisión.

• Que la diputada Simey Olvera Bautista cause alta como secretaria en la Comisión de Radio y Televisión.

Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.

Respetuosamente

Ciudad de México, a 10 de enero de 2019.— Diputado Mario Delgado Carrillo (rúbrica), presidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIV Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presidenta de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados.— Presente.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIV Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presidenta de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con el acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se establece el procedimiento para informar al pleno de la Cámara de Diputados las sustituciones en la integración de comisiones y grupos de amistad, durante el primer receso del segundo año de ejercicio de la LXIV Legislatura, le informo la modificación en la integración de las comisiones que se señalan, solicitadas por el Grupo Parlamentario de Morena.

• Que el diputado José Mario Osuna Medina cause alta como integrante en la Comisión de Marina.

Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.

Respetuosamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 8 de enero de 2020.— Diputado Mario Delgado Carrillo (rúbrica), presidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIV Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presidenta de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con el acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se establece el procedimiento para informar al pleno de la Cámara de Diputados las sustituciones en la integración de comisiones y grupos de amistad, durante el primer receso del segundo año de ejercicio de la LXIV Legislatura, le informo la modificación en la integración de las comisiones que se señalan, solicitadas por el Grupo Parlamentario de Morena.

• Que la diputada Simey Olvera Bautista cause baja como integrante del Grupo de Amistad México-España.

• Que la diputada Simey Olvera Bautista cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Francia.

• Que la diputada Lucinda Sandoval Soberanes cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Argentina.

• Que la diputada Lucinda Sandoval Soberanes cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Perú.

• Que la diputada Lucinda Sandoval Soberanes cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Rusia.

• Que la diputada Lucinda Sandoval Soberanes cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Ecuador.

• Que la diputada Socorro Irma Andazola Gómez cause alta como vicepresidenta en el Grupo de Amistad México-Belice.

• Que la diputada Socorro Irma Andazola Gómez cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Chipre.

• Que la diputada Socorro Irma Andazola Gómez cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Etiopía.

• Que la diputada Hilda Patricia Ortega Nájera cause alta como vicepresidenta en el Grupo de Amistad México-Hungría.

• Que la diputada Carmina Yadira Regalado Mardueña cause alta como vicepresidenta en el Grupo de Amistad México-Hungría.

• Que el diputado Marco Antonio Carbajal Miranda cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Hungría.

• Que la diputada Olegaria Carrazco Macías cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México- Hungría.

• Que la diputada Nancy Yadira Santiago Marcos cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Hungría.

• Que la diputada Mirna Zabeida Maldonado Tapia cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Hungría.

• Que la diputada María Luisa Veloz Silva cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Hungría.

• Que el diputado Efraín Rocha Vega cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Hungría.

• Que la diputada María Esther Mejía Cruz cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Hungría.

• Que el diputado Francisco Javier Guzmán de la Torre cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Hungría.

Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.

Respetuosamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 9 de enero de 2020.— Diputado Mario Delgado Carrillo (rúbrica), presidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIV Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presidenta de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con el acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se establece el procedimiento para informar al pleno de la Cámara de Diputados las sustituciones en la integración de comisiones y grupos de amistad, durante el primer receso del segundo año de ejercicio de la LXIV Legislatura, le informo la modificación en la integración de las comisiones que se señalan, solicitadas por el Grupo Parlamentario de Morena.

• Que el diputado Irán Santiago Manuel cause alta como vicepresidente en el Grupo de Amistad México-Rusia.

• Que el diputado Irán Santiago Manuel cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Estados Unidos de América.

• Que la diputada María Esther Mejía Cruz cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Canadá.

Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.

Respetuosamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 20 de enero de 2020.— Diputado Mario Delgado Carrillo (rúbrica), presidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIV Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presidenta de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con el acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se establece el procedimiento para informar al pleno de la Cámara de Diputados las sustituciones en la integración de comisiones y grupos de amistad, durante el primer receso del segundo año de ejercicio de la LXIV Legislatura, le informo la modificación en la integración de la comisión que se señala, solicitadas por el Grupo Parlamentario del PES.

• Que el diputado Ernesto Vargas Contreras cause baja como integrante de la Comisión de Juventud y Diversidad Sexual.

• Que la diputada Nayel Salvatori Bojalil cause baja como integrante de la Comisión de Juventud y Diversidad Sexual.

Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.

Ciudad de México, a 20 de enero de 2020.— Diputado Mario Delgado Carrillo (rúbrica), presidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIV Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presidenta de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter a consideración del pleno las modificaciones en la integración de grupos de amistad que se señalan, solicitadas por el Grupo Parlamentario de Morena.

• Que la diputada Verónica Ramos Cruz cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-China.

• Que el diputado Alberto Villa Villegas cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Qatar.

Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.

Respetuosamente

Ciudad de México, a 11 de enero de 2020.— Diputado Mario Delgado Carrillo (rúbrica), presidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIV Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presidenta de la Mesa Directiva honorable Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con el acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se establece el procedimiento para informar al pleno de la Cámara de Diputados las sustituciones en la integración de comisiones y grupos de amistad, durante el primer receso del segundo año de ejercicio de la LXIV Legislatura, le informo la modificación en la integración de las comisiones que se señalan, solicitadas por el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

• Que la diputada Ana Paola López Birlain cause alta como integrante del Grupo de Amistad México-Palestina.

Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.

Respetuosamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 23 de enero de 2020.— Diputado Mario Delgado Carrillo (rúbrica), presidente.»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: De enterado. Actualícense los registros parlamentarios.

La secretaria diputada Julieta Macías Rábago: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.

Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito hacer de su conocimiento que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de la Comisión de Anticorrupción, Transparencia y Participación Ciudadana con el siguiente punto de acuerdo:

Único.- El Senado de la República exhorta respetuosamente a todos los integrantes del honorable Congreso de la Unión a realizar y hacer públicas la declaración de situación patrimonial, de intereses y fiscal, en términos de la normatividad aplicable, con la finalidad de erradicar actos de corrupción y posibles conflictos de interés, a través de la transparencia y la rendición de cuentas.”

Atentamente

Ciudad de México, a 11 de diciembre de 2019.— Senador Salomón Jara Cruz (rúbrica), vicepresidente.»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Túrnese a la Junta de Coordinación Política, para su atención.

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La secretaria diputada Julieta Macías Rábago: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.

Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de las Comisiones Unidas de Desarrollo Urbano, Ordenamiento Territorial y Vivienda; y de Estudios Legislativos, por el que se desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, remitida el 10 de diciembre de 2014.

En consecuencia, para los efectos de lo dispuesto por la fracción d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito devolver a ustedes el expediente respectivo.

Atentamente

Ciudad de México, a 11 de diciembre de 2019.— Senador Salomón Jara Cruz (rúbrica), vicepresidente.»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Túrnese a la Comisión de Infraestructura, para dictamen.

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La secretaria diputada Julieta Macías Rábago: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.

Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de las Comisiones Unidas de Desarrollo Urbano, Ordenamiento Territorial y Vivienda; y de Estudios Legislativos, por el que se desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción VIII del artículo 2 de la Ley General de Asentamientos Humanos, remitida el 7 de abril de 2016.

En consecuencia, para los efectos de lo dispuesto por la fracción d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito devolver a ustedes el expediente respectivo.

Atentamente

Ciudad de México, a 11 de diciembre de 2019.— Senador Salomón Jara Cruz (rúbrica), vicepresidente.»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Túrnese a la Comisión de Desarrollo Metropolitano, Urbano, Ordenamiento Territorial y Movilidad, para dictamen.

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La secretaria diputada Julieta Macías Rábago: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.

Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de las Comisiones Unidas de Desarrollo Urbano, Ordenamiento Territorial y Vivienda; y de Estudios Legislativos, por el que se desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, remitida el 3 de abril de 2014.

En consecuencia, para los efectos de lo dispuesto por la fracción d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito devolver a ustedes el expediente respectivo.

Atentamente

Ciudad de México, a 11 de diciembre de 2019.— Senador Salomón Jara Cruz (rúbrica), vicepresidente.»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Túrnese a la Comisión de Desarrollo Metropolitano, Urbano y Ordenamiento Territorial y Movilidad, para dictamen.

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La secretaria diputada Julieta Macías Rábago: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.

Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de las Comisiones Unidas de Desarrollo Urbano, Ordenamiento Territorial y Vivienda; y de Estudios Legislativos, Segunda, por el que se desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se reformaban y adicionaban los artículos 3 y 13 de la Ley General de Asentamientos Humanos, para mejorar y proteger el nivel y calidad de vida de la población urbana rural, presentada el 23 de octubre de 2014.

En consecuencia, para los efectos de lo dispuesto por la fracción d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito devolver a ustedes el expediente respectivo.

Atentamente

Ciudad de México, a 11 de diciembre de 2019.— Senador Salomón Jara Cruz (rúbrica), vicepresidente.»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Túrnese a la Comisión de Desarrollo Metropolitano, Urbano, Ordenamiento Territorial y Movilidad, para dictamen.

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La secretaria diputada Julieta Macías Rábago: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.

Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social; y de Estudios Legislativos, Primera, por el que se desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se reformaba el artículo 3o. de la Ley Federal del Trabajo, remitida el 18 de abril de 2017.

En consecuencia, para los efectos de lo dispuesto por la fracción d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito devolver a ustedes el expediente respectivo.

Atentamente

Ciudad de México, a 11 de diciembre de 2019.— Senador Salomón Jara Cruz (rúbrica), vicepresidente.»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.

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La secretaria diputada Julieta Macías Rábago: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.

Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social; y de Estudios Legislativos, Primera, por el que se desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se reformaba el artículo 3o. de la Ley Federal del Trabajo, en materia de no discriminación laboral por edad, remitida el 28 de abril de 2016.

En consecuencia, para los efectos de lo dispuesto por la fracción d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito devolver a ustedes el expediente respectivo.

Atentamente

Ciudad de México, a 11 de diciembre de 2019.— Senador Salomón Jara Cruz (rúbrica), vicepresidente.»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.

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La secretaria diputada Julieta Macías Rábago: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.

Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, y de Estudios Legislativos, Segunda, por el que se desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se reformaban los artículos 27 y 29, y la denominación del capítulo V del título segundo; y deroga la fracción V del artículo 12 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, remitida el 18 de abril de 2017.

En consecuencia, para los efectos de lo dispuesto por la fracción d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito devolver a ustedes el expediente respectivo.

Atentamente

Ciudad de México, a 11 de diciembre de 2019.— Senador Salomón Jara Cruz (rúbrica), vicepresidente.»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Túrnese a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.

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El secretario diputado Jesús Carlos Vidal Peniche: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.

Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de las Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático; y de Estudios Legislativos, Segunda, por el que se desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se reformaba el artículo 8o. de la Ley General de Cambio Climático, presentada el 2 de febrero de 2017, con lo que su proceso queda concluido.

Lo anterior, para los efectos de lo dispuesto por la fracción d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Atentamente

Ciudad de México, a 28 de noviembre de 2019.— Senador Primo Dothé Mata (rúbrica), secretario.»

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El secretario diputado Jesús Carlos Vidal Peniche: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.

Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de las Comisiones Unidas de Desarrollo Urbano, Ordenamiento Territorial y Vivienda; y de Estudios Legislativos, por el que se desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se declara el 8 de noviembre de cada año, como el “Día del Urbanista Mexicano”, remitida el 9 de abril de 2019, con lo que su proceso queda concluido.

Lo anterior, para los efectos de lo dispuesto por la fracción d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Atentamente

Ciudad de México, a 10 de diciembre de 2019.— Senador Salomón Jara Cruz (rúbrica), vicepresidente.»

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El secretario diputado Jesús Carlos Vidal Peniche: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.

Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de las Comisiones Unidas de Asuntos Fronterizos y Migratorios; y de Estudios Legislativos, por el que se desecha la minuta proyecto de decreto por el que se reformaban y adicionaban los artículos 20, 25, 69 y 107 de la Ley de Migración, remitida el 10 de abril de 2019, con lo que su proceso queda concluido.

Lo anterior, para los efectos de lo dispuesto por la fracción d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Atentamente

Ciudad de México, a 10 de diciembre de 2019.— Senador Salomón Jara Cruz (rúbrica), vicepresidente.»

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El secretario diputado Jesús Carlos Vidal Peniche: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.

Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de las Comisiones Unidas de Asuntos Fronterizos y Migratorios; y de Estudios Legislativos, por el que se desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se reformaba el primer párrafo y adicionaba un cuarto párrafo al artículo 159 de la Ley de Migración, remitida el 9 de abril de 2019, con lo que su proceso queda concluido.

Lo anterior, para los efectos de lo dispuesto por la fracción d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Atentamente

Ciudad de México, a 10 de diciembre de 2019.— Senador Salomón Jara Cruz (rúbrica), vicepresidente.»

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El secretario diputado Jesús Carlos Vidal Peniche: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.

Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de las Comisiones Unidas de Asuntos Fronterizos y Migratorios; y de Estudios Legislativos, por el que se desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se declaraba el 22 de marzo de cada año como el “Día Nacional de las Personas Migrantes y Refugiadas”, remitida el 9 de abril de 2019, con lo que su proceso queda concluido.

Lo anterior, para los efectos de lo dispuesto por la fracción d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Atentamente

Ciudad de México, a 10 de diciembre de 2019.— Senador Salomón Jara Cruz (rúbrica), vicepresidente.»

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El secretario diputado Jesús Carlos Vidal Peniche: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.

Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de las Comisiones Unidas de Asuntos Fronterizos y Migratorios; y de Estudios Legislativos, por el que se desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se reformaba el primer párrafo y las fracciones I, II y III del artículo 112 de la Ley de Migración, remitida el 3 de septiembre de 2019, con lo que su procesó queda concluido.

Lo anterior, para los efectos de lo dispuesto por la fracción d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Atentamente

Ciudad de México, a 10 de diciembre de 2019.— Senador Salomón Jara Cruz (rúbrica), vicepresidente.»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: De enterado. Queda concluido su proceso legislativo. Comuníquese a las comisiones correspondientes.

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El secretario diputado Jesús Carlos Vidal Peniche: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Por este medio me permito comunicar que mediante oficio número 113.2020.OEL.014, el maestro Edwin Enrique Ramírez Lemus, encargado de la Oficina de Enlace Legislativo de la Secretaría de Economía, adjunta de manera electrónica el Informe Final de la Evaluación de Diseño del Programa Presupuestario P006 “Planeación, Elaboración y Seguimiento de las Políticas y Programas de esa dependencia”.

Por lo anterior, y con fundamento en lo dispuesto por la fracción III del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, le acompaño para los fines procedentes, copia del oficio al que me he referido, así como 3 discos compactos, a efecto de que, por su amable conducto, sean enviados a la Mesa Directiva y a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Desarrollo Social de ese órgano legislativo.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarle la seguridad de mi consideración distinguida.

Ciudad de México, a 22 de enero de 2020.— Emilio de Jesús Saldaña Hernández (rúbrica), titular de la Unidad.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Economía.

Maestro Emilio de Jesús Saldaña Hernández, titular de la Unidad de Enlace de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

De conformidad con las obligaciones señaladas en el numeral 32, Anexo la, del Programa Evaluación de los Programas Federales y de los Fondos de Aportaciones Federales para el 2019; así como al oficio número 419-A-19-00732 emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y con fundamento en los artículos 27 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, las fracciones IV y V del artículo 63 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, el Acuerdo por el que se emiten los lineamientos para la conducción y coordinación de las relaciones del Poder Ejecutivo federal con el Poder Legislativo de la Unión, publicado el l de octubre de 2003 en el Diario Oficial de la Federación, me permito enviar a usted tres ejemplares electrónicos del Informe Final de la Evaluación de Diseño del Programa Presupuestario P006 “Planeación, Elaboración y Seguimiento de las Políticas y Programas de la dependencia”.

Lo anterior, con la finalidad de que por su conducto dicha información sea remitida a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Desarrollo Social, así como a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un saludo cordial.

Atentamente

Ciudad de México, a 20 de enero de 2020.— Maestro Edwin Enrique Ramírez Lemus (rúbrica), encargado de oficina de Enlace Legislativo.»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Túrnese a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Desarrollo Social, para su conocimiento.

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El secretario diputado Jesús Carlos Vidal Peniche: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Integrantes de la Mesa Directiva, de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

Por este medio me permito hacer de su conocimiento que por oficio número 113.2020.OEL.017, el maestro Edwin Enrique Ramírez Lemus, encargado de la Oficina de Enlace Legislativo de la Secretaría de Economía, envía el Cuarto Informe Trimestral para el ejercicio fiscal 2019 de los programas sujetos a reglas de operación “S” y otros subsidios “U”, a cargo de esa dependencia y su sector coordinado.

Por lo anterior y con fundamento en lo dispuesto por la fracción III del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y el artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, les acompaño para los fines procedentes, copia del oficio al que me he referido, así como de su anexo y disco compacto.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarle la seguridad de mi consideración distinguida.

Ciudad de México, a 23 de enero de 2020.— Emilio de Jesús Saldaña Hernández (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Economía.

Maestro Emilio de Jesús Saldaña Hernández, titular de la Unidad de Enlace de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

En cumplimiento a las obligaciones señaladas en el artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 177, fracciones III, IV y VII; l8l de su Reglamento, 3, fracción XXI y 21 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 20l9, por este conducto me me permito remitir a usted de manera impresa y electrónica, el cuarto Informe Trimestral 20l9 de los programas sujetos a reglas de operación “S” y otros subsidios “U”, operados por esta secretaría y el sector coordinado,“” los cuáles se enuncian a continuación:

Con fundamento en el artículo 27, fracción III, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, me permito solicitarle que por su amable conducto se remita la documentación en comento a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un saludo cordial.

Atentamente

Ciudad de México, a 22 de enero de 2020.— Maestro Edwin Enrique Ramírez Lemus (rúbrica), encargado de la oficina de Enlace Legislativo.»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Túrnese a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, de Economía, Comercio y Competitividad, de Economía Social y Fomento del Cooperativismo, para su conocimiento.

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El secretario diputado Jesús Carlos Vidal Peniche: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presidenta de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Para dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 107, fracción I, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), 22, fracción II, 23 y 24 de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, me permito anexar los informes trimestrales sobre los ingresos obtenidos, la ejecución del presupuesto, la situación económica, las finanzas públicas y la deuda pública, correspondientes al cuarto trimestre de 2019. Adicionalmente atendiendo a lo dispuesto en el artículo 107, fracción II, de la LFPRH, se incluye la información relativa a los montos de endeudamiento interno neto, el canje o refinanciamiento de obligaciones del Erario Federal, en los términos de la Ley Federal de Deuda Pública, y el costo total de las emisiones de deuda interna y externa, correspondientes al mes de diciembre de 2019.

http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/64/2020/feb/SHCP_2019-202 00205.pdf

http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/64/2020/feb/SHCP_4toT-202 00205.pdf

http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/64/2020/feb/SHCP_Anexo-20 200205.pdf

Asimismo, de conformidad con el artículo 107, párrafos segundo y tercero, de la LFPRH, se informa sobre la recaudación federal participable que sirvió de base para el cálculo del pago de las participaciones a las entidades federativas, así como el pago de las mismas, desagregada por tipo de fondo, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal, y por entidad federativa, efectuando en ambos casos la comparación correspondiente al mes de diciembre de 2018.

Para dar cumplimiento a los artículos 31 y 55 Bis 1 de la Ley de Instituciones de Crédito, y 48 de la Ley Orgánica de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, se adjunta la información mediante la cual se dan a conocer los conceptos que ­integran la intermediación financiera, así como la relativa a las instituciones de banca de desarrollo y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero.

Sin otro particular, hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 30 de enero de 2020.— Gabriel Yorio González (rúbrica), subsecretario.»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Túrnese a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.

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El secretario diputado Jesús Carlos Vidal Peniche: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Cultura.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con el propósito de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 69 y 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como el 181 de su Reglamento, me permito remitir a usted la documentación referente a la contratación por honorarios realizados por esta Secretaría de Cultura, en el formato establecido por la Secretaría de la Función Pública, además de los resultados sobre los beneficios económicos y sociales alcanzados al Cuarto Trimestre de 2019, a través del Programa S268 de Apoyos a la Cultura y vertientes que lo conforman, el cual está sujeto a las Reglas de Operación y que apoya esta Secretaría de Cultura.

http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/64/2020/feb/Cultura-20200 205.pdf

Sin más por el momento, agradezco la atención que sirva prestar a la presente y le envío un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 20 de enero de 2020.— Alberto Federico Lynn (rúbrica), director general de Administración.»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Túrnese a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Cultura y Cinematografía, para su conocimiento.

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El secretario diputado Jesús Carlos Vidal Peniche: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.—   Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

En correspondencia con el esquema del escrutinio y la rendición de cuentas, con estricto arreglo a lo establecido en el artículo 6o., Apartado A, fracción octava, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como lo establecido en los artículos 41, fracción X, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 24 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 39, fracción VIII, de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, en los que se instruye al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales a rendir un informe anual al Senado de la República, me dirijo a usted en nombre de mis compañeros comisionados que integramos el pleno del INAI para remitirle un ejemplar de dicho informe, el cual comprende el periodo octubre de 2018-septiembre de 2019 (en los términos de la normativa vigente).

http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/64/2020/feb/Inai-20200205 .pdf

Dicho informe da cuenta del estado que guarda el ejercicio del derecho de acceso a la información y de protección de datos personales en el país, así como las acciones implantadas por el instituto para fortalecer ambos derechos.

Atendiendo a que el mandato constitucional impone a este organismo el deber de rendir informe ante el Senado de la República, se han hecho las gestiones correspondientes para que la institución que me honro en presidir esté en posibilidad de dar puntual acatamiento a la obligación señalada en la Carta Magna.

Sin otro particular, le agradezco la consideración a la presente.

Atentamente

Ciudad de México, a 29 de enero de 2020.— Francisco Javier Acuña Llamas (rúbrica), comisionado presidente.»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Túrnese a la Comisión de Transparencia y Corrupción, para su conocimiento.

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El secretario diputado Jesús Carlos Vidal Peniche: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.—   Comisión Federal de Competencia Económica.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

De conformidad con lo establecido en el artículo 28, párrafo vigésimo, fracción VIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con los artículos 12, fracción XXV, y 49 de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE), publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de mayo de 2014, el titular de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) deberá presentar el programa anual de trabajo y un informe trimestral de actividades a los Poderes Ejecutivo y Legislativo de la Unión dentro de los 30 días naturales después de terminado el trimestre correspondiente.

En cumplimiento de ese mandato, hago llegar los siguientes documentos en disco compacto y en versión impresa:

1. Programa anual de trabajo correspondiente a 2020, en el cual se especifican las acciones que la Cofece seguirá durante 2020.

2. Cuarto informe trimestral de 2019, el cual da cuenta de los resultados alcanzados y las acciones desarrolladas durante el periodo 1 de octubre-31 de diciembre de 2019.

“”

Por último, le informo que con arreglo al artículo 20, fracción IX, de la LFCE, el programa anual de trabajo para 2020 y el cuarto informe trimestral de 2019 fueron aprobados de manera unánime por el pleno de la Cofece en la cuarta sesión ordinaria, del 23 de enero de 2020.

Sin otro particular, le envío un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 27 de enero de 2020.— Alejandra Palacios Prieto (rúbrica), comisionada presidenta.»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Túrnese a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para su conocimiento.

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El secretario diputado Jesús Carlos Vidal Peniche: «Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Por medio del presente me permito hacer de su conocimiento que se recibió en la Secretaría de Gobierno el oficio de número SAF/ 009/ 2020, de fecha 14 de enero de 2020, signado por la secretaria de Finanzas de la Ciudad de México, por medio del cual solicita la intermediación y el apoyo de esta dependencia a efecto de hacer llegar a las Cámaras de Senadores y de Diputados en esta ciudad, el cuarto Informe trimestral de la situación de la deuda pública del gobierno de la Ciudad de México octubre-diciembre 2019.“”

Sobre el particular, en atención y seguimiento a la solicitud de apoyo que nos ocupa, por este conducto atentamente me permito hacerle llegar el informe en referencia para los efectos legales y administrativos a que haya lugar. Lo anterior, en apego a la facultad conferida a la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México, en la fracción II, del artículo 26 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, relativa a la conducción de las relaciones de la jefa de gobierno con los organismos y poderes públicos locales y federales; y a lo dispuesto en los artículos 7, fracción I, inciso B) y 55, fracciones XVI y XVII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Ciudad de México, a 20 de enero de 2020.— Licenciado Luis Gustavo Vela Sánchez (rúbrica), director general Jurídico.»

«Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México.

Licenciada Rosa Icela Rodríguez Velázquez, secretaria de gobierno de la Ciudad de México.— Presente.

De conformidad con lo establecido en los artículos 73, fracción VIII, numerales 2o. y 3o., y 122 Apartado A, fracción III, y Apartado B, párrafos segundo y tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 32, Apartado C, numeral 1, inciso f), de la Constitución Política de la Ciudad de México; artículo 3o. de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2019; artículos 9o. y 23 de la Ley Federal de Deuda Pública; artículo 2o., fracciones V y VIII de la Ley de Ingresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal de 2019; artículos 313 y 320, fracción IV, del Código Fiscal de la Ciudad de México; artículo 33, fracciones V y VIII del capítulo III, del Título Tercero De la Deuda Pública y las Obligaciones, de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; y artículos 10, fracción VIII, y 26, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; le envío como documento adjunto al presente el cuarto Informe trimestral de la situación de la deuda pública del gobierno de la Ciudad de México octubre-diciembre de 2019, para que por su amable intervención se haga llegar a las instancias federales competentes.

Sin otro particular, le reitero mis consideraciones.

Atentamente

Ciudad de México, a 14 de enero de 2020.— Luz Elena González Escobar (rúbrica), Secretaría de Administración y Finanzas.»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Túrnese a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.

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La secretaria diputada Maribel Martínez Ruiz: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Educación Pública.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el Transitorio Décimo Tercero de la Ley General de Educación, me permito comunicarle lo siguiente:

Por instrucciones del secretario de Educación Pública, Esteban Moctezuma Barragán, adjunto encontrará la Agenda Educativa Digital dando cumplimiento a los plazos legales establecidos por el honorable Congreso de la Unión.“”

La Agenda Educativa Digital será la base para el aprovechamiento de las tecnologías de la información, comunicación, conocimiento y aprendizaje digital en la impartición de la educación en nuestro país.

Para la secretaría el papel del órgano legislativo al que dignamente representa, como parte de uno de los Poderes de la Unión, es fundamental para el desarrollo de cada una las acciones de la agenda, por lo que le reitero nuestra voluntad de trabajar de manera conjunta para hacerla realidad.

Convencido de su decidido compromiso con la educación de nuestro país, le expreso la seguridad de mi más distinguida y alta consideración.

Atentamente

Ciudad de México, a 28 de enero de 2020.— Rafael Flores Mendoza (rúbrica), jefe de la oficina del Secretario.»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Túrnese a las comisiones de Educación y de Ciencia y Tecnología, para su conocimiento.

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La secretaria diputada Maribel Martínez Ruiz: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Educación Pública.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Se hace referencia a lo establecido en el artículo 38 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2019, el cual señala que se entregará a la Cámara de Diputados y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público información trimestral de los recursos federales que reciban las universidades e instituciones públicas de educación media superior y superior, incluyendo subsidios.

Al respecto, se remite disco compacto con la información correspondiente al cuarto trimestre de 2019 de las siguientes unidades responsables:

Lo anterior se comunica con fundamento en los artículos 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 20 y tercero transitorio del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 30 de noviembre de 2018; 7 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 7 de su Reglamento; y 7, fracción XXXIV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública.

Sin otro particular, hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 22 de enero de 2020.— Héctor Martín Garza González (rúbrica), titular de la Unidad de Administración y Finanzas.»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Túrnese a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Educación, para su conocimiento.

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La secretaria diputada Maribel Martínez Ruiz: «Banco de México.

Secretarios de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 51, fracción I, de la Ley del Banco de México, informo a ustedes sobre el Presupuesto de este instituto central, correspondiente al ejercicio 2020.

El Presupuesto del Banco está estructurado en los siguientes dos apartados:

III. Gasto corriente e inversión física no relacionados con el mandato constitucional de proveer de billetes y monedas a la economía

Gasto corriente. Comprende el pago de remuneraciones, impuestos y aportaciones de seguridad social, y servicios al personal, así como los gastos de carácter administrativo en que incurre el Banco, para el cumplimiento de sus funciones.

Inversión Física. Comprende la adquisición, construcción, ampliación, adaptación y mejoras de bienes inmuebles, así como la adquisición de maquinaria, mobiliario, equipo y vehículos.

IV. Gasto corriente e inversión física relacionados con el mandato constitucional de proveer de billetes y monedas a la economía

Integrado por los mismos conceptos del apartado I (gasto corriente e inversión física), que de manera exclusiva están relacionados con la producción, distribución y recolección de billetes y monedas, así como la adquisición de insumos para dicha actividad.

La elaboración y aprobación del Presupuesto del Banco de México, se realizó con base en los indicadores macroeconómicos establecidos en la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación, y supuestos definidos por la propia Junta de Gobierno de este Banco Central (Inflación anual (INPC) de 3.0 por ciento y deflactor del producto interno bruto de 3.6 por ciento para el ejercicio fiscal de 2020, y un tipo de cambio de 19.38 pesos por dólar americano).

Hechas las consideraciones anteriores, informo a ustedes que la Junta de Gobierno del Banco de México, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 46, fracción XI, de su ley, aprobó en sesión del 11 de diciembre de 2019, el Presupuesto del Banco para el ejercicio financiero 2020.

El Presupuesto del Banco de México asciende a 9 mil 436.3 millones de pesos, con un crecimiento de 327.9 millones de pesos respecto al Presupuesto autorizado de 2019, equivalente a 0.0 por ciento en términos reales, porcentaje menor al previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación para 2020 (con un crecimiento real de 1.0 por ciento), el cual se integra conforme a los siguientes apartados:

I. Gasto corriente e inversión física no relacionados con el mandato constitucional de proveer de billetes y monedas a la economía, que asciende a 4 mil386.5 millones de pesos, de los cuales 3 mil 436.0 millones de pesos corresponden al gasto corriente y 950.5 millones de pesos a la inversión física.

Con relación al ejercicio de 2019, presenta un incremento de 905.9 millones de pesos. Ello se debe principalmente a la realización de diversos proyectos entre los que destacan: el centro de cómputo primario, el reforzamiento del programa de seguridad informática, la agilización del proceso de sanciones, la ampliación de la infraestructura tecnológica y las necesidades de espacios inmobiliarios en el Centro Histórico de la Ciudad de México.

II. Gasto corriente e inversión física relacionados con el mandato constitucional de proveer de billetes y monedas a la economía, el cual asciende a 5 mil 049.8 millones de pesos, integrado por 1 mil 752.7 millones de pesos al gasto corriente y 3 mil 297.1 millones de pesos a la inversión física.

Con relación al ejercicio de 2019, la disminución de este apartado es de 578.0 millones de pesos.

En los anexos que acompañan a la presente, se desglosa la información concerniente al Presupuesto para 2020 del Banco Central. (“”

Atentamente

Ciudad de México, a 30 de enero de 2020.— Licenciado Alejandro Díaz de León Carillo (rúbrica), gobernador.»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Túrnese a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.

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La secretaria diputada Maribel Martínez Ruiz: «Banco de México.

Secretarios de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

Con fundamento en los artículos 46, fracción IX, y 51, fracción I, de la Ley del Banco de México, me permito enviar a esa honorable Comisión Permanente la exposición sobre la política monetaria que el Instituto Central se ha propuesto seguir en el ejercicio 2020.“”

Ruego a ustedes dar el trámite que corresponda en los términos establecidos por los ordenamientos aplicables.

Atentamente

Ciudad de México, a 30 de enero de 2020.— Licenciado Alejandro Díaz de León Carrillo (rúbrica).»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Túrnese a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.

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La secretaria diputada Maribel Martínez Ruiz: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Instituto Nacional de las Mujeres.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Por este medio y en cumplimiento del artículo 21 del secreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2019, me permito hacerle llegar tanto en versión impresa como en electrónica el informe de resultados correspondiente al periodo octubre-diciembre de 2019 del Instituto Nacional de las Mujeres, así como en electrónico los avances de los programas presupuestarios con erogaciones para la igualdad entre mujeres y hombres, con los respectivos anexos, al cuarto trimestre de 2019. (“”

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 30 de enero de 2020.— Doctora Patricia Estela Uribe Zúñiga (rúbrica), secretaria Ejecutiva.»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Túrnese a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Igualdad de Género, para su conocimiento.

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La secretaria diputada Maribel Martínez Ruiz: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Salud.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Me refiero al oficio 315-A-0067, mediante el cual la Secretaría de Hacienda y Crédito Público solicita se remita en forma directa al honorable Congreso de la Unión, por conducto de las Comisiones correspondientes, la información establecida en los artículos 69, 75, fracción X, y 78, último párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Al respecto, por instrucciones del doctor Jorge Carlos Alcocer Varela, Secretario de Salud y en términos de lo dispuesto por el artículo 13, fracción II, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, que establece que corresponde a esta Unidad Coordinadora “... coordinar los mecanismos de vinculación con el Poder Legislativo...”, me permito enviar copia del oficio UAF/ST/025/2020, suscrito por la maestra Rosa Elda Martínez, secretaria técnica de la Unidad de Administración y Finanzas, así como el anexo que lo acompaña, mediante el cual se proporciona la información descrita.

Sin otro particular aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 24 de enero de 2020.— Licenciada Mónica Alicia Mieres Hermosillo (rúbrica), titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Salud.

Licenciada Mónica Alicia Mieres Hermosillo, titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social.— Presente.

En atención al oficio número 315-A-0067 mediante el cual la Secretaría de Hacienda y Crédito Público solicita se remita en forma directa al Congreso de la Unión, por conducto de las Comisiones correspondientes, la información establecida en los artículos 69, 75, fracción X y 78 último párrafo de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH).

Al respecto envío a usted de forma impresa y en CD, mediante atenta nota DGPyP-4-2019 (sic) de fecha 17 de enero del presente año, suscrita por el Mtro. Francisco Martínez Martínez, director general de Programación y Presupuesto, la información relativa a las “contrataciones por honorarios” y “reporte del monto ejercido de los subsidios otorgados” correspondientes al periodo enero-diciembre del ejercicio fiscal 2019. Lo anterior, para solicitar que por su conducto sea remitido al Congreso.

Cabe señalar que la fecha límite para la entrega de dicha información es el 30 de enero del presente año.

Sin más por el momento, le envío un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, 23 de enero de 2020.— Maestra Rosa Elda Martínez Rodríguez (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Salud.

Para: Doctor Pedro Flores Jiménez, titular de la Unidad de Administración y Finanzas.

De: Maestro Francisco Martínez Martínez, director General de Programación

Se hace referencia al oficio 315-A-0067 de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante el cual solicita se remita en forma directa al Congreso de la Unión, por conducto de las comisiones correspondientes, la información establecida en los artículos 6 último párrafo, 75 fracción X y 78 último párrafo de la Ley Federal de Presupuesto Responsabilidad Hacendaria.

Al respecto, con fundamento en los artículos 285 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 27 de Reglamento Interior de 11 Secretaría de Salud, anexo en impreso y CD, la información relativa a las “Contrataciones por Honorarios” y “Reporte del monto ejercido de los Subsidios Otorgados”, correspondientes a periodo enero-diciembre del ejercicio fiscal 2019, con la finalidad de obtener su visto bueno para dicho envío.

Así también, le informo que el resultado de las evaluaciones de los Programas Sujetos a Reglas de Operación, a que se refiere el artículo 78 de la LFPRH, se encuentra publicado conforme al Programa Anual de Evaluación en la página web de esta Secretaría en el siguiente vínculo electrónico:

http://www.dged.salud.gob.mx/contenidos/deppes/evaluaciones_fil tro.html

Por lo que se refiere a las reglas de operación de los programas a través de los cuales se otorguen subsidios para fortalecer a los intermediarios que participen en el sector de ahorro y crédito popular, otros intermediarios financieros, y de los programas en los que, por conducto de dichas instituciones, se otorguen subsidios a la población de menores ingresos le informo que no le aplica a la Secretaría de Salud.

Es importante mencionar que la fecha límite para entregar dicha información a la Cámara de Diputados es el 30 de enero de 2020, y conforme al artículo 13 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Salud, el conducto para su entrega ante esa instancia legislativa, es la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social. No omito señal que la mencionada Unidad Coordinadora debe enviar una copia del oficio de remisión a la Secretaría Hacienda y Crédito Público Director General de Programación y Presupuesto “A” de la SHCP, y a la Dirección General de Programación y Presupuesto.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 17 de enero de 2020.— Maestro Francisco Martínez Martínez (rúbrica), director general.»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Túrnese a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Salud, para su conocimiento.

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La secretaria diputada Maribel Martínez Ruiz: «Instituto Tecnológico Superior de Xalapa.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con referencia a la fracción III del artículo 37 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020, publicado el 11 de diciembre de 2019 en el Diario Oficial de la Federación, que establece que:

Artículo 37. Los programas destinados a Educación Media Superior y Superior deberán contener las siguientes disposiciones:

III. Las instituciones públicas de educación superior estarán obligados a la práctica de auditoría externa de su matrícula, debiendo enviar los resultados de ésta, así como un informe semestral específico sobre la ampliación de la misma, tanto a la Cámara de Diputados como a la Secretaría de Educación Pública.

Muy atentamente adjunto la siguiente documentación, con la finalidad de que por su conducto se dé cumplimiento a la obligación de presentación de dicha información a la Secretaría de Educación Pública:

Informe de resultados de la auditoría externa a la matrícula, impresa y en archivo electrónico.“”

Sin otro particular, agradezco sus finas atenciones y me reitero a sus apreciables órdenes.

Atentamente

Xalapa Veracruz, a 28 de enero de 2020.— Maestro Walter Luis Sáiz González (rúbrica), director general.»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Túrnese a las comisiones de Educación y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.



TOMA DE PROTESTA

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Honorable asamblea, se encuentra a las puertas de este salón de sesiones la ciudadana Laura Mónica Guerra Navarro, diputada federal electa en el séptimo distrito electoral del Estado de México.

Se designa en comisión para que la acompañen en el acto de rendir la protesta de ley, a las siguientes diputadas y diputados: Diputado David Orihuela Nava, diputado Sergio Pérez Hernández, diputada Dionicia Vázquez García, diputada Claudia Báez Ruiz, diputada Érika Mariana Rosas. Cumplan su cometido.

La secretaria diputada Maribel Martínez Ruiz: Se pide a la comisión cumplir con este encargo.

(La comisión cumple su encargo)

Se invita a los presentes a ponerse de pie.

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Ciudadana Laura Mónica Guerra Navarro, ¿protesta guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de diputada que el pueblo le ha conferido, mirando en todo por el bien y la prosperidad de la Unión?

La ciudadana Laura Mónica Guerra Navarro: Sí, protesto.

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Si así no lo hiciera, que la nación se lo demande.Sea bienvenida. Muchas felicidades.

ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO



CALENDARIO LEGISLATIVO PARA EL SEGUNDO PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Pasamos al tema de los órganos de gobierno. Pido a la Secretaría dar lectura al acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos por el que se establece el calendario legislativo correspondiente al segundo período de sesiones ordinarias del segundo año de ejercicio de la LXIV Legislatura.

La secretaria diputada Maribel Martínez Ruiz: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIV Legislatura.— Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos.

Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, por el que se establece el calendario legislativo correspondiente al segundo periodo de sesiones ordinarias del segundo año de ejercicio de la LXIV Legislatura.

La Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, con fundamento en lo dispuesto en el inciso a), del numeral 1, del artículo 38 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 36, numeral 1 del Reglamento de la Cámara de Diputados, al tenor de los siguientes

Considerandos

I. Que de conformidad con el artículo 38, numeral 1, inciso a), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, corresponde a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos. Legislativos establecer el programa legislativo de los periodos de sesiones y el calendario para su desahogo.

II. Que el artículo 65, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que el Congreso se reunirá a partir del 1 de febrero de cada año para celebrar su segundo periodo de sesiones ordinarias.

III. El artículo 36, numeral 1 del Reglamento de la Cámara de Diputados señala que por regla general, se realizarán las sesiones los martes y jueves de cada semana y podrán realizarse sesiones en días diferentes a los señalados, cuando así lo determine la Conferencia.

IV. Que, de acuerdo con el artículo 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cada periodo de sesiones ordinarias durará el tiempo necesario para tratar todos los asuntos que le corresponden, y que el segundo periodo no podrá prolongarse más allá del 30 de abril del mismo año.

Con base en lo antes expuesto, este órgano de gobierno acuerda someter a la consideración del Pleno el siguiente:

Acuerdo

Primero. Se establece el siguiente calendario legislativo para el segundo periodo de sesiones ordinarias del segundo año de ejercicio de la LXIV Legislatura.

Segundo. Comuníquese y publíquese en Gaceta Parlamentaria.

Palacio Legislativo der San Lázaro, a 1 de febrero de 2020.— Diputada Laura Angélica Rojas Hernández (rúbrica), presidenta; diputado Mario Delgado Carrillo (rúbrica), coordinador del Grupo Parlamentario de Morena; diputado Juan Carlos Romero Hicks (rúbrica), coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; diputado René Juárez Cisneros (rúbrica), coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; diputado Renaldo Sandoval Flores (rúbrica), coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; diputado Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla (rúbrica), coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano; diputado Jorge Arturo Argüelles Victorero (rúbrica), coordinador del Grupo Parlamentario de Encuentro Social; diputado Arturo Escobar y Vega (rúbrica), coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; diputada Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbrica), coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Gracias.

La secretaria diputada Maribel Martínez Ruiz: En votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, diputada presidenta.

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Aprobado. Comuníquese.

Presidencia de la diputada Dulce María Sauri Riancho

EFEMÉRIDES



5 DE FEBRERO, ANIVERSARIO DE LA PROMULGACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: El siguiente punto del orden del día es la efeméride con motivo del aniversario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

De conformidad con el acuerdo de la Junta de Coordinación Política, se otorgará a los grupos parlamentarios, el uso de la palabra hasta por diez minutos en orden ascendente.

En consecuencia, tiene la palabra el diputado Carlos Alberto Morales Vázquez, hasta por diez minutos.

El diputado Carlos Alberto Morales Vázquez: Con su venia, presidenta diputada. Quiero empezar hablando en esta tribuna para desearle el mayor de los éxitos a esta legislatura, y que le vaya bien a México y a todos los mexicanos en este año.

Hoy es un día especial para todos los mexicanos, pues celebramos un año más de la promulgación de nuestra Constitución Política. Por ello, es importante decir que esta Ley Suprema que ordena la vida pública del país desde 1917, ha sido una de las normas que ha trascendido a su propio tiempo y a sus creadores.

Celebrar nuestra Constitución no solo debe ser parte de nuestra cultura cívica, sino también un reconocimiento permanente a las grandes luchas de nuestro pueblo mexicano. Luchas por la libertad, la soberanía, por nuestra democracia y por el progreso y desarrollo de nuestra sociedad.

Nuestro pueblo es único en el mundo y eso se refleja en nuestra Ley Suprema. Un pueblo que se preocupa por la seguridad social, un pueblo que privilegia el desarrollo social y el bienestar de su sociedad a través del consenso, el diálogo, así como de la pluralidad de ideas y culturas.

Celebrar este día en este recinto tiene, por otro lado, una doble importancia, toda vez que además de ser mexicanos, nosotros somos quienes representamos la voluntad de nuestros electores, sus anhelos, sus intereses, sus visiones, sus metas y sus aspiraciones.

Por ello, este día debemos reconocer el papel que tenemos como creadores normativos, la responsabilidad en la mejora constante de nuestro marco jurídico y la evolución de nuestro Estado de derecho.

Es cierto que el país ha cambiado desde aquel año de 1917. Hoy nos enfrentamos a nuevos retos como país. El avance tecnológico, la globalización y el constante dinamismo nos obligan a repensar el pacto social y jurídico en el cual nos desarrollamos.

En consecuencia, hoy propongo que, como legisladores y representantes del pueblo mexicano, hagamos a un lado esas diferencias, esas diferencias partidistas que pudieron surgir y que generemos más espacios para el acuerdo a través del debate objetivo y técnico, pero también que reconozcamos en el otro parte de la verdad.

Hoy, en esta celebración, debemos mirar hacia adelante. El pasado sirve como una plataforma para aprender de lo que se ha hecho mal, pero también para saber qué podemos mejorar.

Si nos aferramos al pasado podemos perder el futuro. Una de nuestras virtudes como pueblo mexicano es y será la capacidad para renovarnos, para buscar nuevos horizontes en aras de fortalecer nuestras instituciones.

Este año será de especial trascendencia para esta honorable Cámara. Tendremos la oportunidad de mejorar el Estado de derecho, de fortalecerlo y heredar mejores instituciones para todos los mexicanos y todas las mexicanas. No desmantelar nuestras instituciones.

Por ello, hago este llamado a que este día sea un voto hacia los mexicanos, un voto para que nos apartemos del encono y la división, que el debate se imponga ante la descalificación.

Tenemos temas pendientes, como lo son el apoyo a la infraestructura nacional, reformas para la no militarización del país, una vigilancia perpetua hacia el Poder Ejecutivo, para que nunca más haya elecciones de Estado.

Este año debemos poner atención especial para cuidar nuestras instituciones electorales, nuestros órganos autónomos constitucionales, pero sobre todo para exigir que cada institución que emane del poder público se apegue a la ley.

La corrupción, por supuesto, debe ser un tema central de nuestra agenda común, teniendo como objetivo dar la lucha sin simulaciones. La mejor forma de resolver los problemas de este país es entrando al fondo de la discusión con apertura de ideas y argumentos.

Celebremos este día otorgando un mejor marco de actuación para todos los ciudadanos mexicanos, pero sobre todo que impulsemos esta Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y sea el medio para que cada ciudadano pueda construir un futuro digno, en libertad y con prosperidad salvaguardando sus legítimos derechos humanos. Es cuanto, señora presidenta.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Muchas gracias, diputado Morales Vázquez. Tiene la palabra, hasta por diez minutos, la diputada Mónica Bautista Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

La diputada Mónica Bautista Rodríguez:Con su venia, diputada presidenta. Hoy conmemoramos el 103 aniversario de la promulgación de nuestra Constitución. A más de 100 años, nuestro texto fundamental se encuentra en medio de varias grandes crisis que nos asolan: la económica, la de seguridad, la de una emergencia signada por constantes violaciones a los derechos humanos.

La Constitución nos ha dado forma como nación y estructura para gobernar. Sin embargo hemos de replantearnos y reinventarnos como país aprendiendo de lo que no ha funcionado, y garantizando a todas y todos los mexicanos, una vida digna. La crisis en el sistema de salud desatada por una errática implementación de las reformas que dan vida al Instituto Nacional de Salud para el Bienestar, nos obliga a todas y todos quienes conformamos el Poder Legislativo, a escuchar la diversidad.

Si bien es cierto que el Seguro Popular se encontraba plagado de irregularidades, también es cierto que muchas personas han sufrido por la falta de planeación para la creación del Insabi; sus vidas se han arriesgado y se ha puesto en peligro su integridad de manera irresponsable.

En su momento advertimos que no existía claridad en los tiempos, el modo de aplicación de esta ley y su financiamiento. Y ahora vemos cómo las personas sufren en su desesperación por la improvisación de una reforma tan importante.

Es imprescindible que el gobierno federal atienda los reclamos que desde las entidades federativas se están haciendo para garantizar la continuidad de los servicios.

Y es menester que en este y otros temas el grupo mayoritario abandone la soberbia que le dan las mayorías artificiales en el Congreso de la Unión, todo en beneficio de las y los mexicanos. Un tema...

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Permítame un momento, diputada. ¿Con qué objeto, diputado?

El diputado Rubén Cayetano García (desde la curul): Para solicitarle que la oradora se circunscriba al tema. Estamos en la promulgación del 103 aniversario de la Constitución Política. No es el asunto del Insabi el que se discute.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Compañero diputado, quiero reiterar lo que esta Mesa Directiva ha señalado en ocasiones anteriores. El uso de la tribuna y la libertad de expresión de las y los diputados prevalecen en esta asamblea. Así que adelante, diputada Mónica.

La diputada Mónica Bautista Rodríguez: Muchísimas gracias, presidenta. Un tema que debe ocuparnos de manera prioritaria sin duda es la seguridad, los estragos que causa que hayamos vivido el año más violento, con más de 36 mil 685 homicidios, más de 61 mil desaparecidos, innumerables desplazados por la violencia y un gobierno federal que, prometiendo la paz en nuestro país, ha replicado la fórmula que la incrementa sin freno alguno.

Los habitantes de Guanajuato, el Estado de México, Chihuahua, Jalisco y Baja California deben...

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Diputada Bautista, disculpe una nueva interrupción. Con qué objeto, diputado Fernández Noroña.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña (desde la curul): Diputada presidenta, usted tiene razón en la libertad de expresión, pero también es facultad de la Mesa Directiva que el orador se circunscriba al tema. Y lleva tres minutos y medio y no ha hablado nada del 103 aniversario de la Constitución. O sea, algún día ojalá nos hable del tema la diputada que está en el uso de la palabra.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Compañero diputado Fernández Noroña, como usted en ocasiones anteriores ha dado a conocer a esta asamblea, la libertad de expresión es el bien superior que esta asamblea ha buscado preservar. La diputada Bautista tendrá la consideración de hacer el homenaje a la Constitución de la manera como considere más adecuada. Adelante, diputada Bautista.

La diputada Mónica Bautista Rodríguez: Nuevamente muchas gracias, diputada presidenta. Los habitantes de Guanajuato, el Estado de México, Chihuahua, Jalisco y Baja California deben aceptar que viven en el riesgo permanente de poblar los estados más violentos de la República.

Las mujeres y niñas sufren día a día el estigma de haber nacido mujeres, mientras son violentadas, asesinadas, marcadas cada vez con mayor frecuencia y en una absoluta impunidad. La niñez es también víctima de la violencia que, multiplicándose, afecta la convivencia diaria en las escuelas, como fuimos testigos hace pocos días.

La militarización no es y nunca ha sido la respuesta, y desgraciadamente esta no ha sido la única que nos ha dado a través de una Guardia Nacional que, violentando la Constitución y las leyes, no ha respondido a los desafíos que la realidad le impone a lo largo del territorio nacional, siendo eficiente únicamente en la construcción de un muro al servicio del presidente de los Estados Unidos en contra de los derechos de quienes, en busca de nuevos horizontes, arriesgan su vida dejando atrás historia y familia.

No hemos visto el prometido fortalecimiento de las policías estatales y municipales ni su profesionalización, No hemos visto una estrategia de seguridad o un plan de persecución penal que haga frente a la impunidad que vivimos. Es por ello que las víctimas deben ser nuestra prioridad.

Las demandas de las organizaciones sociales en materia de justicia transicional nos obligan a revisar de manera integral nuestro marco jurídico, con el único objetivo de garantizarles sus derechos y una atención integral que responda a los más altos estándares internacionales.

Debemos mencionar que no avalaremos ninguna reforma que contravenga los derechos humanos de víctimas e indicados. Insistiremos en la eliminación constitucional del arraigo y en el fortalecimiento de nuestro sistema de justicia. Abogaremos por los derechos de las y los adolescentes en conflicto con la ley y pugnaremos por la vigencia de los derechos de las mujeres privadas de su libertad.

Como Estado mexicano no podemos avalar ninguna medida que contravenga el marco convencional del que formamos parte, por lo que la tortura y los tratos inhumanos y degradantes deben ser erradicados de nuestro sistema penal.

En el mismo sentido, estamos convencidas y convencidos de que resulta indispensable crear las condiciones para la reactivación de nuestra economía de manera sostenible y sustentable como lo ofrecieron.

Debemos contribuir desde el Poder Legislativo en la creación de empleos, restablecer la inversión pública y generar la confianza para el incremento de la inversión privada nacional y extranjera.

Para ello debemos olvidar los megaproyectos de infraestructura que, sin planeación ni prospectiva, nos llevan a contracorriente del mundo entero, violentan los derechos de los pueblos y comunidades originarias y ponen en peligro al medio ambiente.

El gobierno debe volver a invertir, y seamos claros: los ahorros no son ahorros, son subejercicios sancionados por la ley y que ponen en riesgo la viabilidad misma de la administración pública.

No debemos repetir nunca más el caso de las estancias infantiles. Los recursos del Estado deben ser aplicados de manera eficaz y eficiente para garantizar los derechos de las y los mexicanos y no para la compra de votos de quien trafica con la pobreza.

Las posibles reformas electorales deberán garantizar la equidad en la contienda más allá de las promesas electorales de quien hoy es presidente de la República. Deberán fortalecer al Instituto Nacional Electoral y no vulnerar la viabilidad financiera de los partidos políticos.

Estamos convencidas y convencidos de que una reforma electoral parcial no le sirve a nadie y pone en riesgo 40 años de lucha y construcción de las instituciones de nuestro sistema democrático.

A 103 años de la promulgación de nuestra Constitución esperamos que prive la construcción de acuerdos y no el avasallamiento, el concierto y no el disenso, el conceso y no la imposición.

El parlamento es un espacio para el diálogo y es por ello que hacemos este llamado empeñando nuestros esfuerzos en la construcción de un México más igualitario, más humano y en paz.

La Constitución de 1917 consignó el sistema federal, la separación de poderes, la no reelección, el sistema de elecciones directas y secretas, la división del Poder Legislativo. Más adelante incorporamos el derecho de las mujeres a votar y ser votadas, prohibimos la pena de muerte y ampliamos los derechos humanos hasta hacerlos parte de nuestro texto fundamental. Más de 700 reformas han conformado lo que hoy tenemos.

Señaló Venustiano Carranza, al momento de presentar el proyecto de Constitución el 10 de diciembre de 1916, que el proyecto contiene todas las reformas políticas que la experiencia de varios años y una observación atenta y detenida me han sugerido como indispensables para cimentar sobre las bases sólidas, las de instituciones, el amparo de las que deba y pueda la nación laboral, últimamente por su prosperidad, encauzando su marcha hacia el progreso por la senda de la libertad y del derecho, porque si el derecho es el que regulariza la función de todos los elementos sociales, fijando a cada uno su esfera de acción, esta no puede ser en manera alguna provechosa si en el campo, que debe ejercitarse y desarrollarse, no tiene la espontaneidad y la seguridad sin las que carecerían del elemento que, coordinando las aspiraciones y las esperanzas de todos los miembros de la sociedad, los lleva a buscar en el bien de todos la prosperidad de cada uno, estableciendo y realizando el gran principio de la solidaridad sobre el que deben descansar todas las instituciones que tienden a buscar y realizar el perfeccionamiento humano.

Ese, compañeras diputadas y compañeros diputados, es el reto que tenemos enfrente a 103 años de haber sido promulgada. Respetar el espíritu fundamental de quienes trabajaron incansablemente para construir nuestra democracia. Es cuanto, diputada presidenta.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Muchas gracias, diputada Bautista Rodríguez. Tiene el uso de la palabra, hasta por diez minutos, la diputada Lilia Villafuerte Zavala, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

La diputada Lilia Villafuerte Zavala:Gracias, presidenta. Hoy celebramos el 103 aniversario de la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Y en el Poder Legislativo tenemos mucho que decir al respecto.

Este mensaje no es para nosotros exclusivamente, los legisladores, es una misiva que queremos sea comunicada y conocida por la ciudadanía en el marco de una cultura de cercanía y relación real con la sociedad.

Una constitución puede ser definida de muchas maneras, entendida desde las más diversas apreciaciones académicas e intelectuales. Puede ser una aspiración, un deseo de identidad, lo que creemos que somos o podemos ser como mexicanos.

Es también un conjunto de normas, reglas, principios y marcas personales que nos individualizan como país y que nos permiten explicar, frente a otros, qué o quién es México.

Las dos conferencias pronunciadas ante agrupaciones ciudadanas en abril y noviembre de 1862, por Ferdinand Lassalle, fueron recopiladas en la obra ¿Qué es una Constitución?, en la que el autor enuncia conceptos generalmente aceptados, como que la Constitución fuese un pacto jurado entre el rey y el pueblo, que establece los principios básicos de la legislación y del gobierno dentro de un país. O que la Constitución es la ley fundamental proclamada en el país, en la que se echan los cimientos para la organización del derecho público de esa nación.

La constitución, para Lassalle, es la suma de los factores reales de poder que rigen en ese país. Si se toman estos factores reales de poder se extienden una hoja de papel, se les da expresión escrita y, a partir de este momento, incorporados a un documento, ya no son simples factores reales de poder sino que se han erigido en derecho en instituciones jurídicas y quien atente contra ellos atenta contra la ley y es castigado.

Si una constitución omite dar expresión a esos factores reales de poder que imperan ante la realidad social no tienen entonces ningún valor.

Quiero compartir qué es lo que pienso cuando leo el primer artículo de nuestra Constitución, que establece que está prohibida la esclavitud, que las personas extranjeras que entran al territorio nacional alcanzarán, por esto solo hecho su libertad y las protecciones de nuestras leyes.

Me hace pensar que somos un país donde nos reconocemos derechos humanos, entendidos como las potestades o prerrogativas inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen, nacional o étnico, color, religión, lengua o cualquier otra condición.

El solo hecho de reconocer la validez de los derechos humanos previstos en la Constitución y en los tratados internacionales que celebramos, muestra en la teoría y en la intención un mensaje poderoso, que somos un país que prioriza las libertades, donde queremos que las personas crean que todo es posible, que pueden vivir la vida que anhelan, que sueñan y desean, y que las invasiones, obstáculos o limitaciones que podamos encontrar del gobierno o de los ciudadanos que violan la ley, serán procesadas y castigadas con justicia, para así lograr el equilibrio social que nos permita vivir con plenitud, buscando libremente el propósito de nuestra existencia.

Que este sea el mensaje que nos queremos decir a nosotros mismos y a los demás, que provoque grandes emociones y sentimientos. Sin embargo, somos críticos y es cierto que no siempre se cumple con el conjunto de estas normas o reglas dadas en la realidad.

Desde la promulgación de la Constitución hasta el inicio de este periodo ordinario, la Constitución ha tenido 741 reformas constitucionales. Los artículos que más se han reformado son el 73, con 82 reformas; el 123, con 27 modificaciones, y el 27, con 20 cambios, como lo establece el estudio “Constitución, ley y justicia, perspectiva sobre la cultura de la legalidad en México, de Visor Ciudadano, del Instituto Belisario Domínguez del Senado de la República, coordinado por Zamora Sáenz.

En este estudio encontramos el resultado de tres levantamientos de la encuesta nacional de cultura constitucional, realizada por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, de 2013 a 2016, que entre sus conclusiones hay una que muestra una paradoja profunda, la mayoría de la población encuestada opina que en nuestro país se respeta poco o nada la ley, aunque asume que ella misma sí la respeta.

Citando el referido estudio, la ciudadanía considera que quienes no cumplen la ley son otras personas, pero ellas mismas sí lo hacen. Si esto fuera cierto, que la mayoría de las personas cumple y respetan la ley, entonces no habría bases para tener una percepción tan negativa en términos estructurales.

Esto lo podemos ver en el sentir diario de la gente, de la frustración con la corrupción, con la inseguridad, con el abuso de autoridad y de poder, y con las exigencias y expectativas de los gobiernos en turno.

Vale la pena sondear aún más qué es para la mayoría de la población la Constitución o qué representa.

Históricamente fue el sello o el acta de nacimiento de México independizado de España. En nuestra primera Constitución, que entró en vigor el 4 de octubre de 1824, creamos nuestra convicción como forma de Estado, la república federal. La percepción de esta Constitución y de las posteriores es que han sido producto, consecuencia de movimientos políticos y sociales necesarios para reinventarnos, modificarnos y transitar hacia nuevas etapas.

Desde pequeños nos cuentan que el valor de la Constitución del 57 radicó en la separación de Estado e Iglesia y reconocernos como un estado liberal.

Que las siete leyes constitucionales o de régimen centralista del 36 fueron la derrota parcial de los liberales y el triunfo temporal de los conservadores y que hemos ignorado por razones complejas.

Casi todos relacionamos desde nuestra educación escolar que el valor de la Constitución del 17 giró en torno al reconocimiento de los derechos sociales, de la libertad de trabajo, a la búsqueda de un régimen de equidad e igualdad, en contraposición al abuso por parte de grupos de poder, principalmente económicos, dominantes y abusivos de la población trabajadora en general.

Hoy, a 103 años nos tenemos que seguir preguntando qué representa la Constitución para el ciudadano en general. ¿Significa un documento máximo mediante el cual ponemos freno y defensa a la autoridad, o le exigimos a esta el cumplimiento de diversas obligaciones, garantías y derechos fundamentales?

Parafraseando al doctor Soberanes, la Constitución en nuestro país tiene su fundamento en que fue la voluntad del pueblo soberano darse este texto para limitar el poder de la doble faceta que señala el artículo 16 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, en los derechos de las personas oponibles o gobernantes y en la división tripartita del poder.

El Estado, en la teoría clásica, está compuesto por territorio, población y gobierno. Este gobierno entendido como una creación jurídica a través de las leyes consiste en que los servidores públicos representantes de los Poderes de la Unión y de los organismos constitucionales autónomos, este aparato gigante y complejo está compuesto por personas, humanos, sujetos al principio de legalidad en donde solo puede hacer aquello que la ley les permite y les está prohibido todo aquello que no está expresamente permitido.

Hoy es cotidiano escuchar cómo un primer acercamiento natural a la Constitución, los artículos 14 y 16 que reconocemos que el gobierno no nos puede privar de la libertad o de nuestras propiedades, sino que en virtud de mandamiento escrito y de autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.

Hoy entendemos estos derechos fundamentales de seguridad jurídica como el mínimo que podemos oponer frente a los gobernantes para disfrutar de nuestra libertad.

Hoy nos seguimos haciendo cuestionamientos sobre nuestra Constitución. ¿Sí funciona o no? ¿Sí responde a las necesidades colectivas de las mayorías y sí está a la altura de los requerimientos de las minorías que hay que proteger y privilegiar? ¿Sí es este el mejor conjunto de reglas posibles para crecer y desarrollarnos, aprovechar nuestras riquezas, respetar los derechos ajenos y sí podemos seguir haciendo pequeñas modificaciones que atiendan a ciertas modificaciones de figuras o elementos de nuestro mundo jurídico o si es el momento de volver a empezar a tener una nueva Constitución?

Sin duda, somos los mexicanos los que somos por y gracias a la Constitución lo que hoy tenemos. Como legisladores, estamos prestos para lo necesario y no para producir y modificar sin cambiar sin racionalidad, sino para ser proactivos y representativos de quienes nos eligieron.

Reitero, y me uno a lo dicho hace un año por mi compañero de bancada, el diputado Óscar Bautista Villegas, en que es momento de consolidar a la democracia como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo que, aunque contamos con un sólido cuerpo legal e institucional para generar progreso...

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Compañera diputada, su tiempo se ha agotado.

La diputada Lilia Villafuerte Zavala: Termino Y desarrollo en un marco de libertad, gobernabilidad y estabilidad política, siempre hay un mucho que mejorar, aprovechar, redistribuir en derechos, mandatos y justicia y en equidad. Es cuanto, presidenta.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Muchas gracias, diputada Villafuerte Zavala. Tiene el uso de la palabra, hasta por diez minutos, la diputada Laura Garza Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.

La diputada Laura Érika de Jesús Garza Gutiérrez:Con su venia, presidenta. Diputadas y diputados, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es el documento central para la vida de las y los mexicanos, en ella está escrita nuestra historia, las grandes victorias de la sociedad y la que nos representa a nuestro país, y es el principio de un libro de conquista de los grandes acontecimientos de nuestro país por nuestra identidad y libertad, hechos que plasman un papel y tinta.

Murales se despintarán y documentos se podrán caer, pero lo escrito siempre se mantendrá y naturalmente desde su génesis se ha transformado conforme a las necesidades de nuestra sociedad.

La Constitución es la base firme del Estado mexicano. Por ello, todas y todos los mexicanos tenemos el deber de conocerla, de entenderla, de sentirla, pero sobre todo de aplicarla en nuestra vida cotidiana. Una sociedad que invierte más en la lectura probablemente dejará de invertir en seguridad.

En el del Grupo Parlamentario del PES abogamos por la verificación de un Estado de derecho, con una óptica social ciudadana, es decir, por un estado constitucional que respalda la civilidad de todo momento.

En Encuentro Social compartimos un anhelo: que nuestra Constitución se materialice en el bienestar social de todos los mexicanos. Que la Constitución deje de ser un documento sobre lo político y sea políticamente correcto, y que se convierta en la base de lo socialmente correcto.

Gobiernos han pasado y muchos seguirán, pero nadie tendrá el derecho de ponerle auditoría. Los escritores de nuestra Constitución son y serán siempre el pueblo de México.

Convencidos de que la Constitución es la petición de todo poder que vive lo escrito en ella, donde los derechos humanos son reales y los poderes del Estado no se envejecerán con el proceso.

Han pasado 103 años de su primera redacción. Han pasado 240 reformas en ella y, curiosamente, el artículo 73 ha sido el más reformado. Dicho artículo habla de las facultades del Congreso, es decir, a lo largo del tiempo que nos ha facultado para nombrar y emitir leyes en más materias. He ahí el ejemplo más claro que nuestra Constitución está más viva que nunca.

De la misma forma, el artículo 4o. es donde se han alojado las victorias de la sociedad. Por ejemplo, la igualdad entre mujeres y hombres, la protección a la familia, el derecho a la salud, a la alimentación, al medio ambiente, al agua, a la vivienda e incluso a la cultura, entre otros.

Creemos firmemente que la cultura es la legalidad que debe tener todo país y plenamente en los proyectos educativos de nuestro México. Buscaremos la manera óptima para que nuestra Constitución sea sensible para todos, porque en ella estamos todos los mexicanos. Eso, compañeros, es lo correcto.

En este 103 aniversario de la promulgación de nuestra Constitución hay que recordar que los constituyentes fueron quienes la hicieron y quienes dieron su vida por ella. Con este enfoque, a todos corresponde incluir hablar de la importancia que tiene ese piso firme en nuestra propia identidad como nación, decía Venustiano Carranza al firmarla.

Ahora solo queda la obligación de ir a la práctica de la ley suprema, llevándola en nuestras manos como la enseñanza que nos hará grandes, justos y respetados entre los demás pueblos de la tierra, que nos trae la paz y la prosperidad, y acabando con todas nuestras rencillas nos llevará a vivir la vida de tranquilidad de los pueblos libres, por el respeto a la liberad y el derecho de cada uno, que los logros de esos grandes hombres que vivieron e hicieron posible la Constitución, sea la templanza del espíritu con el que emana la transformación más importante de nuestra sociedad.

Nada ni nadie fuera de la ley, se ha dicho, que esa totalidad sea producto de nuestros derechos y nuestros actos, sea a la vez impulsada por la ley, esa es la base de la vida digna. La dignidad nos la ofrece la ley, y la honestidad ante la ley.

Nuestra Constitución nos da el sentido histórico, político, aun en las contingencias y tropiezos de nuestra propia historia. Por lo tanto, afirmamos que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es la pieza clave y la estrategia maestra para mantener unida a nuestra nación y nuestro país. Muchísimas gracias por su atención y excelente inicio de sesión.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Muchas gracias, diputada Garza Gutiérrez. Tiene el uso de la palabra, hasta por diez minutos, el diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

El diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas:Con su permiso, diputada presidenta. Buenas tardes, compañeras y compañeros diputados. La Constitución es la piedra angular de todas nuestras libertades. Guárdala y cuídala. Mantén el honor y el orden en tu propia casa y la República perdurará.

Hoy conmemoramos una fecha importante dentro del a vida política, jurídica y social de nuestro país, el 103 aniversario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, que sigue siendo nuestra ley suprema a pesar de que han transcurrido más de 100 años de cuando fue decretada, por el entonces presidente de la República Venustiano Carranza, originario de Cuatro Ciénegas, Coahuila. Y como dato histórico, este año se conmemora su centenario luctuoso.

Hermila Galindo Acosta, conocida como Hermila Galindo de Topete, fue maestra revolucionaria, feminista y política de la época postrevolucionaria. La participación en la política de Hermila Galindo comenzó cuando todavía era estudiante. Recorrió el camino político de muchos revolucionarios, teniendo el mejor acercamiento con Venustiano Carranza.

Hermila Galindo, a sus 15 años, llegó a esta Ciudad de México, y a sus tan solo 20 años de edad se convirtió en la presencia femenina más visible en el Congreso Constituyente en Querétaro, para colaborar en lo que se convertiría nuestra próxima Constitución.

En 1917 se presentó como candidata a diputada para presentar la causa del sufragio de las mujeres ante la nación. De manera sorpresiva resultó elegida, aunque se le negó el resultado por ser mujer. Pero siguió luchando, como Elvia Carrillo Puerto, Adelina Zendejas, Adela Formoso de Obregón, María Lavalle Urbina y Amalia Castillo Ledón, entre otras más, para poder alcanzar su sueño y el de miles de mujeres de ser reconocidas como iguales en nuestra Carta Magna y poder votar y ser votada en elecciones populares.

Hoy esta legislatura de la paridad de género debe sentirse orgullosa de la lucha de estas valerosas mujeres, sobre todo de Hermila Galindo, a quien honro desde esta tribuna y le digo que su esfuerzo valió verdaderamente la pena, ya que años después, a cuatro décadas, fue permitido el voto femenino. Y hoy día, en cada diputada aquí presente de esta legislatura, se releja el objetivo de su incansable intervención. Por eso, felicidades a todas las diputadas de esta legislatura de la paridad, que gracias al esfuerzo de estas luchadoras se ha reflejado hoy en día.

Desde niño, como un amante de la historia, siempre me impresionó la visión de nuestros antepasados y el gran amor que demostraron a nuestra patria, el cual los llevó a luchar incansablemente por sus ideales y dejar plasmada su lucha brindándonos a todos los mexicanos protección y garantías en este invaluable documento.

Nuestra Constitución ha pasado por diversas reformas que buscan que este ordenamiento jurídico esté acorde con la realidad social, pero siempre cuidando y respetando su esencia revolucionaria e institucional, convirtiéndose en la primera Constitución en el mundo en incluir los derechos sociales e incorporar los mecanismos de garantía para su protección y defensa.

Nuestra Constitución fue inspiración para la Constitución de otros países, como la alemana de Weimar de 1919, y la soviética como consecuencia de la revolución rusa de 1917.

¿En qué consiste la verdadera esencia de una Constitución? Y razonando llego a la conclusión, que la diferencia es que, en el espíritu de los pueblos, una Constitución debe de ser algo mucho más sagrado todavía, más firme y más inconmovible que una ley ordinaria. Es una ley que establece los derechos fundamentales.

De esta idea asevero el significado de los 103 años de su vigencia, es la voz de las generaciones mexicanas que deriva la evolución social y política expresada en normas que le dan identidad, rumbo y conciencia al destino de nuestro país. Es la guía de donde las acciones tanto del gobierno y los ciudadanos se deben basar para la consecución del bien común de la nación.

La última gran reforma constitucional dio el reconocimiento de los derechos humanos que se consagra en su artículo 1o., que son ideales mínimos susceptibles de ampliación por distintas vías normativas, como su protección por los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte.

Compañeras y compañeros diputados, ¿qué harían si en estos momentos se presentara una revolución? Y no me refiero a un levantamiento de armas, sino a una revolución de mentes, que son las que verdaderamente perduran.

Les pongo un ejemplo. Como el derecho ambiental. Hace 100 años nunca hubiéramos imaginado que el planeta estuviera en gran riesgo y que sus consecuencias fueron irreversibles. Fue apenas a finales del siglo pasado en que se empezó a discutir el grave problema ambiental que sucedería en el futuro y que hasta el momento se ha hecho una realidad.

Debemos cuestionarnos sobre el tipo de Constitución que queremos, si consideramos que el contenido de nuestra ley suprema sigue siendo funcional, y si no, reformar lo necesario siempre y cuando recoja el sentir de todas y todos los mexicanos, permitiendo garantizar que sus modificaciones sean las verdaderamente necesarias para caminar con los nuevos tiempos de cambio.

Las consecuencias que padecen miles de familias mexicanas todos los días, como la pobreza, la violencia, inseguridad, pérdida de derechos laborales y descontento social.

En este aniversario, las y los legisladores, tenemos la responsabilidad de recuperar el espíritu inicial de la Constitución por el bien de nuestro país. Como legisladores electos por las y los ciudadanos, no debemos vivir en una burbuja, todo lo que suceda a nuestro alrededor nos afecta directa o indirectamente, seamos afectuosos con el prójimo, con nuestros adultos mayores, con los infantes, con nuestros trabajadores del campo, los migrantes, con nuestros hermanos indígenas.

Pasamos de ser un país con actividades esencialmente primarias a un país por muy diversos escenarios de desarrollo e industrialización, que en muchos casos lejos de traer bienestar han agravado problemas y han hecho otros insostenibles.

Hoy, más que nunca, debemos evitar cualquier enfrentamiento, confrontación o división que ponga en riesgo la soberanía nacional que reside esencialmente en el pueblo mexicano para que no nos conduzca a una fractura nacional.

Debemos ser revolucionarios, pero de conciencia y de mente, emprender acciones que beneficien a nuestro país, sirvamos de corazón a quienes necesitan de nosotros como representantes del pueblo. Velemos siempre por sus derechos y jamás fallarles.

Desde Movimiento Ciudadano queremos dejar en claro que mientras sigamos representando a las y los ciudadanos, este Congreso de la Unión defenderemos a cabalidad los ideales de justicia social, igualdad, libertad y seguridad, plasmados en nuestra norma suprema.

Compañeras y compañeros, en 2018 las ciudadanas y los ciudadanos votaron por un verdadero cambio, esta legislatura ya ha realizado alrededor de 15 reformas constitucionales, me pregunto: ¿serán todas para bien de todas y de todos los mexicanos? ¿Estamos garantizando la educación laica gratuita? ¿El derecho a la salud? ¿A la igualdad de derechos? ¿El apoyo al campo? ¿La protección, cuidado y restauración del medio ambiente? Eso es tarea de todas y de todos nosotros.

Hagamos valer en esta legislatura la voz de quienes verdaderamente nos brindaron su confianza y fuera de partidos políticos, clases sociales y religiones. Luchemos a ejemplo de esos valerosos constituyentes y demostremos que verdaderamente estamos contribuyendo para construir un país soberano, más libre, más limpio, sustentable, igualitario, fraterno y en paz.

A 103 años hoy seamos esos constituyentes entregados al servicio auténtico y verdadero de nuestro querido México, los que anhelamos un país mejor debemos demostrarlo. Hoy es nuestra oportunidad, no la desperdiciemos. Compañeras y compañeros, que el día de mañana estemos contentos con la contribución a nuestro querido México y no lamentemos habernos equivocado. Es cuanto, diputada presidenta. Muchas gracias.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Muchas gracias, diputado Espinoza Cárdenas. El Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo decidió dividir su tiempo en dos intervenciones. En consecuencia, tiene el uso de la palabra el diputado Benjamín Robles Montoya, por cinco minutos.

El diputado Ángel Benjamín Robles Montoya:Con su venia, compañeras y compañeros. En México hay un nuevo orden democrático. Sí, después de una etapa oscura en la que el poder sirvió, solo prácticamente para satisfacer los intereses de unos cuantos, el pueblo logró recuperar el mando del país.

Y aunque no les guste a los que nos mal gobernaron, fue a través de la organización pacífica como sucedió esta transformación profunda de nuestra vida política.

Por eso, el primero de julio del 2018 será recordado como un día histórico, que logró articular a millones de personas gracias a un proyecto de justicia.

Se inauguró, entonces, una nueva etapa para nuestro país a la que hemos llamado la cuarta transformación, y que tiene como principales objetivos devolver el bienestar a quienes fueron excluidos por el viejo régimen, garantizando un sistema democrático y justo, así como reconocer el derecho del pueblo a la toma de decisiones.

Por lo tanto, nos toca ahora articular un nuevo significado a nuestra Constitución, que asegure su plena eficacia como el instrumento más relevante para limitar el poder y proteger la autonomía, la libertad y la igualdad en cada individuo. De eso se trata cuando defendemos la cuarta transformación, que ciertamente asume que nada ni nadie puede estar por encima de la ley.

Compañeras y compañeros, la Constitución del 17 fue novedosa por reconocer, como nunca, derechos sociales que dejaron atrás la visión liberal del Estado. En México entendimos muy pronto que el sistema jurídico también era elemento fundamental de la transformación social.

Federalismo y republicanismo fueron acompañados, poco a poco, por reformas que nacieron desde distintas demandas populares: el reconocimiento al voto de las mujeres, la garantía de los derechos de los pueblos indígenas, la apertura del sistema electoral, entre otras.

Y en estos nuevos tiempos hemos emprendido una serie de modificaciones a la Constitución para que refleje un verdadero sentido popular, como en su momento lo hizo el presidente Venustiano Carranza, cuando explicaba a los Constituyentes que el nuevo proyecto establecía una serie de reformas para asegurar las libertades públicas por medio del imperio de la ley.

Hoy ya son una realidad la consulta popular efectiva y la revocación de mandato, la paridad de género en todo, una reforma verdaderamente educativa, así como modificaciones para garantizar la paz en nuestro país.

Y sí, falta mucho, pero estamos generando las condiciones para que nuestra Constitución refleje los principios y valores que el pueblo ha definido en la cuarta transformación. Por ejemplo, en el transcurso de las próximas semanas incorporaremos a nuestra Ley Suprema el apoyo a los adultos mayores y a personas con discapacidad, entre otros temas, ya que consideramos que se debe garantizar en el marco de nuestra Carta Magna este tipo de beneficios sociales.

Y también haremos realidad lo que hasta ahora ha sido letra muerta en la Ley Suprema. Sí, le pese a quien le pese, no volveremos a permitir que las ansias de negocio mal habido prevalezcan sobre el derecho a la salud.

Por eso, qué bueno que hoy se exhiben algunos pseudopolíticos, algunos gobernadores, que en lugar de sumarse al esfuerzo nacional prefieren ver cómo siguen sacando raja del Presupuesto público. La historia también los pondrá en su lugar.

Y aunque no nos tocará ahora, me refiero a esta legislatura, expreso mi bien sustentada esperanza en que las barbaridades de la nefasta reforma energética serán corregidas en los próximos años de la 4T. Sí, también recuperaremos la soberanía perdida.

Por eso hoy puedo decir que el Partido del Trabajo protegerá en cada momento este proyecto popular. Nos asumimos como un partido 100 por ciento obradorista y eso significa que defenderemos el contenido de nuestra Constitución en todo momento.

Hemos terminado con la corrupción y la impunidad, y ahora la legalidad y la justicia llegaron para quedarse. Es cuanto, diputada presidenta.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Muchas gracias, diputado Robles Montoya. Tiene el uso de la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Gerardo Fernández Noroña, del propio Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña:Muchas gracias, diputada presidenta. A esta hora, en el Teatro de la República, el compañero presidente López Obrador encabeza la ceremonia del 103 Aniversario de la Constitución.

En un edificio histórico que era de un particular, no sé si se pasó ya a dominio nacional, porque sabiendo su importancia del edificio, ahí se hizo la gran reforma a la Constitución de 1857, hace 103 años, que hoy celebramos. Pero también ahí se juzgó a Maximiliano, a Miramón y Mejía, se les condenó a muerte en el Cerro de las Campanas.

Qué afortunada es la reacción mexicana que vivamos en el siglo XXI y que solo tengan que ir a la cárcel por sus crímenes contra el pueblo de México, como la compra de un avión presidencial de 4 mil 500 millones de pesos que no autorizó la Cámara de Diputados, y que solo por la compra Peña Nieto y el Tomandante Borolas, alias Felipe del Sagrado Corazón de Jesús Calderón Hinojosa, que ocupaba la presidencia, se embolsaron mil millones de pesos. El paredón tendrían en el siglo XIX, pero hoy solamente irán a la cárcel, que es una pena también fuerte para quien ha violentado el marco constitucional.

Hace 103 años, inspirados en la parte más radical del programa revolucionario del Partido Liberal de los hermanos Flores Magón, establecieron los cuatro pilares de nuestra Constitución: el artículo 3o. de educación pública, laica y gratuita. El 27 de recuperar la riqueza del subsuelo para nuestro pueblo, petróleo, agua, minerales. El 123 de los derechos de los trabajadores y el 130 del Estado laico.

Los gobiernos neoliberales del PRI, el PAN, hicieron pedazos estos cuatro pilares del marco constitucional.

El artículo 136 de la inviolabilidad de la Constitución es un artículo bellísimo que dice que si llegase un gobierno contrario al marco constitucional todo lo que haga, no vale. Y dice de manera muy hermosa, que una vez que el pueblo recupere su libertad, la Constitución volverá a valer y serán juzgados quienes gobernaron en contra del marco constitucional y quienes colaboraron con ellos.

Es la hora de que ese artículo 136 se aplique, y a los traidores a la patria que encabezaron los gobiernos del PRI, el PAN y con quienes con ellos colaboraron, sean juzgados y sentenciados por los crímenes en contra del pueblo de México y del patrimonio nacional.

No hay homenaje más grande ni honra más fuerte a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que la conducción que el compañero presidente López Obrador hace de un gobierno popular, sirviendo a la gente con honestidad, con patriotismo, con pasión, con entereza e inspirado en esas grandes luchas, en esas grandes gestas que dieron como resultado el marco constitucional.

Aquí restableceremos el artículo 123, porque determinaremos la ilegalidad del outsourcing o la subcontratación y les devolveremos los derechos plenos a los trabajadores y trabajadoras del país.

Aquí volveremos a sustentar con solidez la recuperación de la riqueza de nuestro pueblo, como lo comentó mi compañero Benjamín Robles, recuperando el petróleo, que 20 por ciento de este fue entregado a las empresas extranjeras por el gobierno de Enrique Peña Nieto.

Aquí recuperamos y recuperaremos la educación pública, laica y gratuita. Lo mejor para nuestro pueblo. Y también, como lo dijo mi compañero diputado, por más que se opongan, por más que difamen, por más que mientan, por más campañas que hagan en contra, por fin se hará realidad un mandato constitucional: que el pueblo tenga atención médica, universal, pública y gratuita. Lo mejor para nuestro pueblo.

Y esa es la honra y es el timbre de orgullo que los hombres y mujeres de la cuarta transformación, de esta revolución sin violencia, portamos con dignidad y con mucho orgullo.

Nosotros luchamos por el respeto pleno al marco constitucional, por la consolidación de nuestra independencia y de nuestra soberanía. Y con nuestros hechos, no solo con nuestras palabras. Con nuestros hechos honramos al Constituyente de 1917 y honramos a los Constituyentes de 1857, que le dieron a nuestro país una patria libre para todos nosotros. Larga vida al Constituyente de 1917, compañeros y compañeras.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Muchas gracias, diputado Fernández Noroña. Tiene el uso de la palabra, hasta por diez minutos, el diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

El diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez:Gracias, presidenta. Diputados y diputadas, un día como hoy, 103 años atrás, el presidente Carranza promulgó la nueva Constitución. Apenas el 31 de enero anterior, en Querétaro, los diputados habían votado el nuevo texto y cerrado los trabajos del Congreso.

Por varias razones, nos encontramos ante un aniversario que debe motivar una especial reflexión para esta Cámara y para las fuerzas políticas que la componen. Apunto la primera: el próximo 21 de mayo se cumplen 10 años del magnicidio de Carranza. En la sierra poblana, en una humilde choza, se acribilló al estadista que hizo la Revolución. Al hombre de las instituciones, al que ajustó cada decisión del movimiento revolucionario a un dispositivo legal.

Le quitaron la vida al hombre que en 1913 levantó el estandarte de la legalidad para enfrentar al usurpador. Al hombre que desde las lejanas tierras de Coahuila condujo la Revolución constitucionalista y derrotó al Ejército federal, a quien con magistral pericia diplomática sorteó las presiones norteamericanas y las ambiciones de los países europeos y mantuvo la Independencia.

El recuerdo de los hechos en Tlaxcalaltongo obliga a meditar sobre Carranza, su vida, sus decisiones y el tiempo en el que actuó, aquel de finales del siglo XIX y principios del XX. El tiempo de la tensión porfiriana entre los avances cientificistas y la lacerante pobreza de millones de mexicanos encasillados a las haciendas.

En Querétaro se reunieron 190 mexicanos decididos a construir una nación, maestros, abogados, campesinos, obreros, militares, que desde las más lejanas poblaciones de la patria llegaban con el mandato de diseñar desde la ley un nuevo país. Porque esa es la grandeza de Carranza, la Revolución la hizo ley.

El Congreso de Querétaro fue investido de la más grande de las legitimidades: la proveniente de una Revolución, la que permite cambiar todo el orden jurídico, la que permite un nuevo proyecto de nación, la que autoriza a derrumbar y construir un sistema. Es la Revolución el hecho cierto e indudable que convierte a la Constitución en piedra angular para soportar un nuevo orden jurídico.

En Querétaro no eran lejanos los días del Plan de Guadalupe, aquel pequeño texto fundacional firmado en el desierto. Tampoco los del discurso de Hermosillo, receptáculo de la visión social del primer jefe del Ejército Constitucionalista.

En la esperanza de los mexicanos se tenía la referencia de Veracruz y las leyes expedidas desde allá por Carranza, del primer reparto agrario realizado por Lucio Blanco o de las legislaciones progresistas como aquella denominada Ley sobre Sueldos de Peones, expedida en San Luis Potosí por Eulalio Gutiérrez, en donde se pone un alto a tiendas de raya, a las deudas eternas y a los salarios miserables.

El momento constitucional había llegado, el origen de la guerra, la natural ruptura de grupos armados, el choque ideológico e incluso la tensión entre el neoliberalismo del siglo XIX y la emergencia social del XX tenían que ser resueltos.

En la guerra el pueblo ya ha dado una lección y en el texto constitucional tenía que quedar plasmado el aprendizaje. El mensaje de los obreros de Río Blanco, de los mineros de Cananea, de los campesinos de Morelos o de la incipiente clase media que reflexionaba sobre las libertades, tenía que traducirse en una respuesta constitucional. Ya no bastaban buenas intenciones o legislaciones secundarias o locales.

Carranza no deja nada al azar, incluso el valor histórico y emblemático de Querétaro se trae a cuentas. Los constituyentes saben la enorme responsabilidad que tienen en el mandato. En sus hombros la memoria de miles de mexicanos muertos en los campos de batalla. Ante sus ojos la ciudad en donde se derrotó al imperio, y el recinto en el cual se juzgó a Maximiliano.

En la Constitución también se requería un espacio para los aciertos del siglo XIX. Los conflictos que otras naciones vivieron hasta muy entrado el siglo XX, México los sorteó mucho antes.

Resolvimos la separación Estado-Iglesia y además nos quedamos con una sólida identidad nacional. La reforma y la derrota del imperio, lograron estos dos objetivos.

Por otro lado, los constituyentes habían sido testigos o actores de la inconformidad. La tierra debería ser para quien la trabajara; la educación para todos y los derechos laborales, una justa garantía de mejor distribución de la riqueza. México logró la primera Constitución social del siglo XX. Ese es el tamaño de la epopeya revolucionaria.

Apuntemos un segundo planeamiento: ante la legitimación de nuestra centenaria Constitución, ¿es deseable un nuevo texto? Estoy convencido de que lo más importante es conservar y, en todo caso, fortalecer el mandato de los padres fundadores del México moderno. No hay actor político ni movimiento que tenga una mayor legitimidad que aquel surgido del pueblo en armas.

En nuestra Constitución no se puede dar marcha atrás en los temas torales: Estado laico, derechos humanos, derechos sociales, federalismo y democracia. Solo tenemos la libertad de mejorar los derechos de las personas, y donde se han suscitado desviaciones, corregirlas.

La reforma de 2011 en materia de derechos humanos se montó sobre las garantías individuales discutidas en el 17. Felizmente se ampliaron los derechos. El árbol dio frutos en los principios de universalidad, progresividad, indivisibilidad y pro persona. No toquemos lo que nos ha hecho grandes.

Los constituyentes rescatan y consolidan la aspiración de un Estado laico, la división que reclamó Andrés S. Viesca cuando dijo: un dios en el cielo y una patria en la tierra. El Estado laico es más que la separación de los poderes terrenales y espirituales, significa entre otras cosas que la autoridad en sus decisiones se apoye en los principios aceptados por la humanidad y la ciencia, y se olvide de usar argumentos ajenos a ellos, por más populares que sean estos últimos o más fuertes que resulten las convicciones personales.

La Constitución del 17 nos dijo que el país es de todos y, por tanto, la riqueza del mismo debe ser para el aprovechamiento colectivo. No limitemos derechos; por el contrario, regresemos al espíritu original de la Carta Magna. Y en materia laboral eliminemos de tajo los dispositivos que engañan al trabajador y lo mantienen en la pobreza. Me refiero a la práctica de los seudopatrones, esta de la que se usa una palabra extranjera para nombrarla.

El siglo XIX dejó claro que la mejor forma de organizarnos es el federalismo. Es la única manera de mantener unida la diversidad que somos. Carranza lo sabía y tenía además la certeza de que el municipio fuerte era la respuesta para resolver los problemas más cercanos a la gente.

Como coahuilense, Carranza era hijo de un estado cercenado por el centralismo. Sabía que una artificial uniformidad de las entidades lo que provoca es inconformidad, el abandono de lo local y el trasvase a la metrópoli de la riqueza que producen las entidades.

El 2020 es un buen año para reflexionar y actuar. La figura de Carranza representa la legalidad, la posibilidad de construir una nación desde la solidez de nuestro pasado, la defensa inquebrantable de las instituciones, el Estado de derecho y el bien más preciado que tiene nuestro orden jurídico: la democracia.

Que el pensamiento de Carranza ilumine los trabajos legislativos y que de nuestra inteligencia colectiva surjan las disposiciones jurídicas que sirvan a México y a los mexicanos. Muchas gracias.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Muchas gracias, diputado Moreira Valdez. El Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional decidió dividir su tiempo en dos intervenciones. En consecuencia, tiene el uso de la palabra la diputada Ana Paola López Birlain, hasta por cinco minutos.

La diputada Ana Paola López Birlain:Con su venia, presidenta. Diputadas y diputados, me siento orgullosa de ser queretana, estado en donde se promulgó la Constitución de 1917, en la que se ven representados los más grandes anhelos de una sociedad que quería libertad, justicia y sobre todo igualdad ante la ley.

Sin embargo, nuestra Constitución ha cambiado como ha cambiado también la sociedad, y el cambio no ha sido fácil. Este proceso de transformación de la ley y la construcción de instituciones democráticas debe partir del estudio serio de la realidad que impera en el país y de los diagnósticos que parten del consenso de la sociedad.

El reto que tenemos hoy como legisladores, como representantes de todos los mexicanos, es que las reformas constitucionales se apeguen a la realidad y no se construyan sobre las bases del rencor o de viejos modelos. Tampoco en ocurrencias efímeras ni en falsas expresiones mayoritarias.

Cumplir la ley en nuestros días y enseñar a cumplirlas es una tarea que considero sumamente importante, no solo como diputada sino también como madre. El tesoro más grande que tenemos como país es nuestra niñez y debemos enseñarles que a través de la Constitución garantizaremos sus derechos y respetándola garantizaremos su futuro.

Hoy reitero mi compromiso como diputada, como madre de familia y como ciudadana, a poner el ejemplo para que el respeto a la ley sea una virtud de todos los ciudadanos y gobernantes, para con ello alcanzar la paz y la tranquilidad que México merece.

Nosotros mismos, desde este Poder Legislativo, desde los gobiernos, debemos ser el ejemplo que guíe el comportamiento de la sociedad con diálogo, tolerancia y respeto a las diversas opiniones, porque la paz se construye a partir del respeto y del reconocimiento de los otros. Cuando en nuestro actuar no tomamos en cuenta las repercusiones de la vida de los otros no podemos aspirar a la paz.

No basta con venir a esta tribuna a hablar de unidad nacional, si desde la tribuna del Ejecutivo se convoca a la división y al encono social, si lo primero que se desconoce es la historia y el legado de quienes estructuraron los cimientos constitucionales y transformaron las instituciones en pro de la democracia.

Estamos llamados a defender las instituciones democráticas que han permitido la alternancia política en nuestro país en los tres órdenes de gobierno. No podemos aspirar a la paz social mientras no nos respetemos los unos a los otros, mientras no encontremos los puntos de encuentro y empatía con los demás ciudadanos, mientras sigamos acudiendo al insulto y a la división como premisas.

Hoy, desde esta tribuna, en esta conmemoración del centésimo tercer aniversario de la Constitución, los invito a ver y enseñar el respeto a la ley como pilar de la reconciliación nacional y principio de convivencia social que debe reinar en cada individuo, en cada hogar, en cada municipio, en cada estado y en todo nuestro país.

Hoy sigo creyendo que si algo nos une, si algo nos iguala a todos los mexicanos es la Constitución, que nos abre las puertas y garantiza las libertades y los derechos a todas y a todos, sin importar condición alguna más que la de ser mexicanas y mexicanos.

Decía don Manuel Gómez Morín que la Constitución debe ser respetada, no por fetichismo político, no por su fuerza propia inmanente, distinta a la que tienen las demás instituciones humanas, sino por salvaguardar la estabilidad de las instituciones y evitar los excesos del poder, para darnos a nosotros mismos la garantía de la sana convivencia.

Las leyes, compañeras y compañeros diputados, pueden ser favorables o no para los distintos ciudadanos, pero siempre deben ser favorables para el orden público y para el bien común.

Hago un llamado a todas nuestras autoridades, a nuestro gobierno federal, a todas y a todos los legisladores, a los ciudadanos en general, a respetar y hacer respetar nuestra Ley Suprema, la que hace 103 años se promulgó en el estado de Querétaro, uno de los grandes orgullos de nuestro país. Es cuanto.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Muchas gracias, diputada López Birlain. Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas, del Grupo Parlamentario de Acción Nacional.

La diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas:Con su permiso, presidenta. Compañeros diputadas y diputados, como cada 5 de febrero, nuestro país se une en la conmemoración del aniversario de la Constitución, aquella que dio forma al andamiaje que edificó al Estado moderno.

En esta fecha celebramos los 103 años de vida de ese documento que ha regido los destinos de nuestro país y, en gran medida, el trabajo que realizamos todos los días como integrantes de este Poder Legislativo.

Son 103 años de lucha, de trabajo y sacrificio de mujeres y hombres que de manera incansable y heroica lograron hacer posibles los ideales de justicia social, democracia, libertad e igualdad ante la ley que están contenidos en el documento fundacional más importante que tenemos los mexicanos. Documento que además fue precursor, en todo el mundo, al ser esta la Constitución, la primera Constitución en reconocer derechos que garantizaban la justicia social.

Hoy recordamos con respeto a los Constituyentes del 17, legisladores que a pesar de sus profundas diferencias en ideología, lograron estar a la altura de su tiempo y de su responsabilidad para dejar atrás todos los factores que los podían dividir y legislar con el único propósito de servir a México.

Con una enorme sensibilidad y visión, los constituyentes establecieron en la ley suprema ejes rectores que 103 años después siguen siendo igual de vigentes y necesarios: las garantías individuales, los principios de igualdad y libertad, el federalismo y la división der poderes fueron el eje rector de esa asamblea constituyente y necesitan, hoy en día, más que nunca, continuar guiando nuestra labor como legisladores.

Es muy positivo que en esta legislatura exista una gran voluntad por seguir impulsando reformas que beneficien a todos los mexicanos y continúen explotando el potencial de nuestra Constitución.

Sin embargo, este impulso reformador no puede ni debe desperdiciarse tratándose de legislar contrarreloj o intentando complacer a dirigentes partidistas. La historia de nuestro país ha sido muy clara en comprobar que todos los grandes cambios estructurales y de fondo han concluido con cambios en las leyes y reformas de gran alcance.

No obstante, cuando el impulso de reformar no goza de acuerdos políticos y sociales amplios, el resultado siempre acaba siendo negativo para la mayoría de los mexicanos.

En 103 años y después de más de 550 reformas hechas a su contenido, resulta necesario reflexionar sobre el espíritu que mantiene vivo nuestro pacto social y percatarnos que tenemos que ser lo suficientemente responsables para preservar su esencia hacia un futuro compartido.

En esta tarea, el Grupo Parlamentario de Acción Nacional reafirma su compromiso por ser un incansable defensor de los valores más importantes de nuestra Constitución y de dar seguimiento a la correcta aplicación de las reformas constitucionales.

En el PAN tenemos claro que la Constitución representa la unidad nacional, la unidad que debemos construir todos los días y por lo cual estaremos siempre dispuestos a luchar. Quiero decirles que tengo aquí una lista de diversas formas, como las malas decisiones de actual gobierno ha estado vulnerando a nuestra Constitución. Un ejemplo puede ser cómo se afecta al artículo 4o., en donde se establece el derecho a la salud. Lo estamos viviendo actualmente. Pero no soy hipócrita, sé que este gobierno no es el único que ha vulnerado nuestra Constitución, lo han hecho también los anteriores.

Es por eso que hoy, hoy más que nunca, estoy convencida de que el potencial de cada uno de los representantes que estamos aquí debe ser usado para darle una respuesta a las y los mexicanos. Porque más allá de las diferencias que podamos tener cada uno de nosotros, más allá del compromiso que puedan tener algunos con un mandatario o con un líder partidista, allá afuera están las familias, nuestras familias y las familias mexicanas esperando no solo que vengamos aquí a levantar la mano, a presionar un botón o hacer propuestas que nunca van a transitar, están esperando que además de sus representantes y además de la Constitución, también seamos garantes de sus libertades, de su libertad de expresión, de su libertad y su derecho de asilo, de su derecho a la salud, a la educación de calidad, a la seguridad, a la vida, a la preservación de las familias.

Los invito entonces, a todas y a todos los legisladores, a que asumamos ese compromiso, porque de otra manera entonces, el que hayamos llegado...

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Compañera, diputada, su tiempo se ha agotado.

La diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Concluyo. El que hayamos llegado a esta legislatura, 103 años después de la creación de esta Carta Magna, va a ser en vano. Es cuanto.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Muchas gracias, diputada Gómez Cárdenas. El Grupo Parlamentario de Morena decidió dividir su tiempo en dos participaciones. En consecuencia, tiene el uso de la palabra la diputada Dolores Padierna Luna, hasta por cinco minutos.

La diputada María de los Dolores Padierna Luna:Decir Constitución de 1917, es decir lucha contra la dictadura y por la democracia. Decir Constitución de 1917, es decir justicia social, reparto agrario, trabajo digno y soberanía nacional.

Conviene recordarlo, este 5 de febrero, aniversario 103 de la promulgación de una Carta Magna democrática, republicana, federal, municipalista, nacionalista, agrarista y obrerista. Conviene recordarlo porque son al menos dos los sentidos de una efeméride: recordar y conmemorar. Recordar querría decir si atendiéramos a los orígenes, volver a pasar por el corazón. Conmemorar, hacer memoria colectivamente.

La mejor forma para ambos actos es ir a la historia. Si están incluidas las efemérides, es para que regresemos al principio de las cosas, a su origen, a sus valores. Es imprescindible saber de dónde venimos para fijar la mira del porvenir, el momento de México lo requiere.

La Constitución de 1917 fue el resultado de una revolución social y política que dio origen a un amplio pacto alrededor de un proyecto de nación, el cual surgió incorporando las inercias progresistas y federales de la Constitución de 1857, pero con un carácter social mucho más avanzado que convirtió al documento en la primera Constitución social del siglo XX.

Su primera lección es esa, del pasado se hereda lo positivo, se corrigen las perversiones y se avanza en beneficio de todas y todos. Han pasado ya sobre la Carta Magna 103 años y cientos de reformas con modificaciones a su texto original. De estas, unas fueron de carácter progresista y otras definitivamente desvirtuaron el potente carácter social del esfuerzo de los Constituyentes del 17.

La cuarta transformación ha comenzado, el Legislativo tenemos la tarea de revertir las reformas que claudicaron en materia de soberanía o derechos sociales o laborales, y de aquellas marcadas con un sello privatizador.

Nuestra Constitución no es ya la del 17, aunque algunos de sus aspectos positivos permanezcan. La Constitución ha sido un espacio de disputa y en múltiples artículos, lamentablemente, testimonio de la derrota de los ideales de los Constituyentes originales y por ello testimonio de la derrota del pueblo de México.

Quizá ahora más que nunca son ciertas y claras las palabras de Mújica y sus compañeros del partido constitucionalista: “Sí, la democracia es un Estado donde los hombres libres y los pobres, siendo la mayoría, están investidos de poder”.

Entre otras cosas, las reformas de la cuarta transformación de la vida pública de México y, en particular, la reforma al artículo 4o. que el presidente ha planteado y que aspira a constitucionalizar el bienestar para las y los mexicanos. Bienestar, esa es la palabra del nuevo proceso de transformación.

Conmemoramos la Constitución de 1917 en su aniversario 103 y veamos hacia su revitalización. Recordémosla y reconozcámosla sin que eso quiera decir volver al texto del 17, sin más.

Retomemos, sí, su espíritu fundacional de justicia social, incorporando los avances, los retos de este siglo y repudiando las contrarreformas que ha sufrido, las herencias que no son nunca para permanecer como quedaron, sino para mejorar la vida de las generaciones venideras, conservando y mejorando lo valioso.

Vivimos ahora la construcción de un nuevo Constituyente de la vida pública de México. Un nuevo Constituyente que recupera el espíritu de 1917, que procura la justicia social, el desarrollo agrario, el trabajo digno y la soberanía nacional, de acuerdo a las necesidades presentes.

Un nuevo Constituyente, que dispone lo mejor del pasado y del presente para hacer realidad la democracia. Un nuevo Constituyente, que requiere dar pie a la efectividad de la obligación de las autoridades de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos. Esa, y aprobando las reformas sociales de gran calado, como la que se formula en el artículo 4o., es la mejor manera de honrar a los precursores, realizadores y consumadores de las gestas que representó la Constitución de 1917.

Que la Constitución sea un espejo de la patria precisa que demostremos que podemos inaugurar un nuevo andar, construir una realidad distinta que abra paso a la dignidad, a la igualdad, la libertad y el desarrollo es posible. Y es el camino que andamos en la cuarta transformación. Muchas gracias.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Muchas gracias, diputada Padierna Luna.

Les damos la más cordial bienvenida a las y los alumnos de la Preparatoria número 4, de la Universidad Nacional Autónoma de México, “Vidal Castañeada Nájera”, invitados por el diputado Javier Ariel Hidalgo Ponce. Bienvenidas y bienvenidos.

Tiene el uso de la palabra hasta por cinco minutos la diputada Melba Nelia Farías Zambrano, del Grupo Parlamentario de Morena.

La diputada Melba Nelia Farías Zambrano:Con su venia, señora diputada. Compañeras y compañeros diputados, el día de hoy se conmemora el aniversario 103 de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en el marco de la celebración de un año más de vida de nuestra Carta Magna, destaco brevemente algunos datos del documento jurídico-político más importante de la nación.

En primer lugar, cierto es que fueron mexicanos excepcionales quienes como diputados constituyentes en Querétaro materializaron las demandas de la mayoría de los convulsivos inicios del siglo XX. Sin embargo, es justo reconocer que en el texto constitucional iniciaban los legítimos ideales del pueblo revolucionario.

Por supuesto los legisladores no fueron sencillos de conseguir consensos entre los distintos grupos ideológicos. Para muestra, los apasionantes debates registrados en los archivos históricos. A pesar de esto afortunadamente los congresistas coincidieron en lo fundamental que es: la patria es primero.

Como resultados los derechos sociales fueron el espíritu del texto nacional de 1917. La primera Constitución social, la Constitución mexicana, se convirtió en una ley de avanzada para la época. Ese sería el gran paso social que consolidaría a la Revolución Mexicana.

Bajo este amplio acuerdo popular como elemento simbólico y material de nuevos tiempos, se consolida la tercera transformación nacional dando paso a un periodo de estabilidad social y política. Por iniciativa del presidente Venustiano Carranza, el Varón de Cuatro Ciénegas, Coahuila, se afianzaba la vida institucional de la República.

Definitivamente reflexionar sobre la esencia organizaría de nuestra ley de leyes, nos permitimos identificar cómo fue modificándose al paso de los tiempos hasta sumar más de 700 reformas, pasando de 22 mil palabras a superar las 60 mil.

Cabe mencionar que los cambios más destacados fueron ideológicos, y una de las peores estafas fue el neoliberalismo, no solo por no dejar justicia a la mayoría, sino por generar 50 millones de personas en pobreza. Pero a pesar de la amplitud de modificaciones, nuestra Constitución permanece vigente hasta el día de hoy.

En suma, compañeras y compañeros diputados, a quienes hemos llegado por la coalición Juntos Haremos Historia nos toca, además de revertir las reformas para retomar el espíritu social originario como lo hemos venido haciendo desde el primer día de esta legislatura, consensuar distintas corrientes de pensamientos para que se edifique, impulse y consolide la pieza jurídica, social, política y simbólica, representativa de la cuarta transformación de México, es decir, una nueva Constitución dotada de las legítimas aspiraciones de paz, justicia, democracia, derechos, libertades, desarrollo y bienestar para la sociedad de nuestro tiempo.

Cristalizar es un proyecto constitucional, social, transformador. Es una responsabilidad enorme. No es fácil, pero hoy, como hace 103 años, se debaten diferentes y trascendentales políticas, pensando siempre que la patria siempre va a ser primero. Es cuanto.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Muchas gracias, diputada Farías Zambrano.

Presidencia del diputado Marco Antonio Adame Castillo

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Vamos a iniciar el apartado de iniciativas de diputadas y diputados.

INICIATIVAS CON PROYECTO DE LEY O DECRETO



LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES, Y LEY FEDERAL PARA LA ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES DEL SECTOR PÚBLICO

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Tiene a palabra hasta por cinco minutos el diputado Raúl Eduardo Bonifaz Moedano, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Bienes Nacionales y de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.

El diputado Raúl Eduardo Bonifaz Moedano:Con su permiso, señor presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Adelante.

El diputado Raúl Eduardo Bonifaz Moedano: Buenas tardes, compañeras legisladoras, compañeros legisladores, auditorio del Canal del Congreso, jóvenes invitados a esta casa del pueblo, amigos todos. Tomamos hoy el tema de la pobreza y la riqueza de los líderes que han gobernado este país, de la ética que ha determinado sus decisiones.

En esta tribuna presento la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la Ley General de Bienes Nacionales, en sus artículos 31 y 8, y la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público. Se trata de una iniciativa con proyecto de decreto, se trata de una iniciativa que añade el sorteo como un mecanismo para enajenar los bienes que, por sus características o por las condiciones de mercado, no han podido ser vendidos.

Comprar un avión para los viajes presidenciales y sus colaboradores fue un exceso. No podemos hoy continuar avalando la opulencia ante una realidad con pobres al extremo y en grandes cantidades.

Nos heredaron hospitales abandonados y familias con jóvenes que se convierten en delincuentes. No permitiremos que mientras el pueblo se degrada y se sume en hoyos de vida sin expectativas, se tenga un avión con comodidades excesivas, fastuosas.

Por eso hay que devolver al pueblo esos dineros públicos que se gastaron en el avión. Qué visión del México irreal se tenía, el dinero público es de la sociedad. No podemos vivir en simulaciones. ¿Cómo fue posible que se usaran recursos públicos para comprar un avión tan lujoso?

Por eso la iniciativa que ahora proponemos es más justificable, porque rechazamos públicamente el comportamiento de gobernantes que actuaron a espaldas de la voluntad popular y del interés general.

Ahora el dinero que se obtenga de ese avión servirá para rehabilitar hospitales y clínicas, invertir en salud. El dinero que se obtenga servirá para que los pobres tengan acceso oportuno a medicamentos, a la medicina humanista, a maestros mejor preparados, a escuelas mejor equipadas.

Debe servir, en suma, para el bienestar de una sociedad que hoy, con este gobierno, con el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador, avivan la esperanza de un futuro con expectativas reales de mejorar junto a sus familias.

Aquí no hay simulaciones, aquí no hay enriquecimientos de unos pocos; aquí y ahora se busca el bienestar de todos, en especial de los más pobres sin engaños ni demagogia. Hay congruencia entre lo que se promete y se hace. Hay congruencia en el comportamiento de gobernantes y la austeridad en la función de gobierno.

Por eso exhorto a esta soberanía, de manera respetuosa, para que se apoye esta propuesta que incluye la figura de sorteo en la enajenación de bienes. Por eso, pido su apoyo para que reencaucemos con ética la función pública que tanto se degradó en el pasado.

Ese es el punto fundamental de esta iniciativa, el de devolver los recursos públicos a sus dueños: el pueblo de México. Es cuanto, gracias, compañeros.

«Iniciativa que reforma diversas disposiciones de las Leyes General de Bienes Nacionales, y Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario de Morena

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los suscritos, diputadas y diputados a la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, integrantes del Grupo Parlamentario del Morena, se permiten presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman el artículo 132 de la Ley General de Bienes Nacionales y los artículos 31 y 38 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En la actualidad existe una gran dificultad para que la federación enajene los bienes que han ingresado a su patrimonio y que por sus características especiales o condiciones generales no son susceptibles de ser aprovechados o utilizados por las dependencias y entidades de la administración pública federal. Además, los bienes que se transfieren al Instituto para Devolver al pueblo lo Robado para su enajenación caracterizan por tener una diferente problemática jurídica y por su diversa naturaleza, situación que obliga a la utilización de diversas formas y procedimientos jurídicos para trasmitir la propiedad de éstos.

Por otra parte, los procedimientos de venta que existen en la legislación vigente tardan demasiado tiempo en ser desahogados y poseen algunas formalidades que retrasan el aprovechamiento de los recursos derivados por los procedimientos de venta.

En el proyecto de decreto se propone añadir el sorteo como un mecanismo para la enajenación de bienes que, por sus características, o por las condiciones de mercado no han podido ser enajenados a través de las formas de enajenación onerosa previstas en la legislación vigente.

Para ilustrar los cambios que aquí se proponen se añade el siguiente cuadro comparativo de las dos leyes materia de la presente iniciativa.

Por las razones expuestas, en ejercicio de la facultad que nos confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esa soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman el artículo 132 de la Ley General de Bienes Nacionales y los artículos 31 y 38 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público

Artículo Primero. Se reforma el artículo 132 de la Ley General de Bienes Nacionales para quedar como sigue:

Artículo 132. Salvo los casos comprendidos en los párrafos tercero y cuarto de este artículo, la venta se hará mediante licitación pública. De no lograrse la venta de los bienes a través del procedimiento de licitación pública, se procederá a su subasta en el mismo evento, en los términos que señalen las normas generales que emita la Secretaría. También se podrá enajenar bienes por sorteo.

...

...

...

...

...

Lo dispuesto en los dos párrafos anteriores respecto al valor mínimo de venta no será aplicable a los casos de sorteo y de subasta a que se refieren los párrafos primero y segundo de este artículo.

Artículo Segundo. Se reforman el artículo 31; se reforman las fracciones III y IV, y se adiciona una fracción V al párrafo primero del artículo 38, de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, para quedar como sigue:

Artículo 31. ...

Los procedimientos de enajenación serán los siguientes:

I. Donación,

II. Compraventa, que incluye la permuta y cualesquiera otras formas jurídicas de transmisión de la propiedad, a través de licitación pública, subasta, remate, sorteo o adjudicación directa.

...

...

...

Artículo 38. ...

I. y II. ...

III. Remate;

IV. Adjudicación directa, o

V. Sorteo.

...

...

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 febrero de 2020.—Diputados y diputadas: Raúl Eduardo Bonifaz Moedano, Lizeth Amayrani Guerra Méndez, Mario Delgado Carrillo, Sandra Simey Olvera Bautista (rúbricas).»

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Muchas gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.



CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y LEY DE MIGRACIÓN

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Tiene la palabra, por cinco minutos, la diputada Martha Romo Cuéllar, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y de la Ley de Migración, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

La diputada Martha Estela Romo Cuéllar:Con su venia, diputado presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Adelante.

La diputada Martha Estela Romo Cuéllar: Sabemos que los retos que tenemos como país son innumerables y que el reto en materia recaudatoria es y seguirá siendo injusto para los mexicanos.

Pagar impuestos a todos nos enoja y más cuando no se ven reflejados en tu entorno, en tú día a día con mejoras de servicios, mejoras en carreteras, mejoras en seguridad o verdaderos servicios de salud.

No estoy ni estaré a favor del paquete económico aprobado en una sesión ilegal y que además de todo le sigue pidiendo a nuestros ciudadanos, cada vez más, un esfuerzo extra a sus familias con el pago de más impuestos.

Al no estar de acuerdo con esto, vengo no solamente a quejarme, sino a proponer. Por qué no en vez de seguir exigiéndoles más elevados impuestos a los mexicanos, hacemos más eficiente el cobro de estos mismos, por ejemplo, a aquellos extranjeros que viven en nuestro país y trabajan aquí, con la denominación del modelo residente, según el modelo de convenio tributario de la OCDE.

Les platico más a detalle. Este modelo residente de Estado contratante, que lo llamamos, tiene algunas lagunas legales que impiden que como tú y yo los extranjeros paguen impuestos en nuestro país.

Este término es otorgado a toda persona que está sujeta a imposición, en razón de su domicilio residencial, o sea, la dirección.

Esta expresión no incluye algunas figuras que por convenios internacionales están previamente determinados que así sea. Pero existen muchos otros países que, debido a las siguientes lagunas en el Código Fiscal de la Federación, la Ley de Impuesto Sobre la Renta y la Ley de Migración, no pueden cumplir con dicho pago de impuestos.

La presente iniciativa tiene como objetivo tres reformas importantes:

La primera, que la disposición fiscal a quienes se consideran residentes en el territorio nacional, ya sea por habitación en México o cuando en el país tengan el centro principal de sus actividades profesionales, que estos ya sean personas físicas o morales, paguen impuesto sobre la renta.

El segundo es que la tarjeta de residente temporal exprese las condiciones bajo las cuales fue otorgada la visa y, posteriormente, condición de estancia. Por ejemplo: oferta de empleo, permiso para trabajar.

Esto implica que el SAT pueda determinar si el solicitante del trámite para su firma electrónica obtuvo su visa y condición de estancia con la autorización para desempeñar actividades técnicas o profesionales en México. Que no son remuneradas en esta entidad basada en México.

Ya que el mismo documento temporal se pudo haber obtenido por cualquiera otra hipótesis. Por ejemplo: la autorización de visas por unidad familiar, que sobra decir que no autoriza a un extranjero para desarrollar actividades profesionales en México.

Y la tercera, es agregar una leyenda a este tipo de visado para que las autoridades tributarias puedan distinguir si tienen autorización para desempeñar actividades técnicas o tributarias en México, las cuales reciben su remuneración por parte de las compañías en el extranjero y, por lo tanto, reforma a la Ley de Migración, el reglamento y los lineamientos para la expedición de visas.

Y el cuarto punto y el último, con este concluyo, es también objetivo de esta iniciativa reformar el Código Fiscal de la Federación y la Ley del Impuesto Sobre la Renta, donde deben mencionar este tipo de residencia y así los extranjeros puedan llevar a cabo el pago de impuestos correspondiente.

En concreto, ¿qué es lo que necesitamos? Agregar al artículo 9 del Código Fiscal de la Federación la especificación sobre los extranjeros que cuentan con permiso para trabajar, pues debido a las actuales lagunas evita que paguen impuestos como todos nosotros.

Agregar a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en su artículo 1o., la especificación de que también los extranjeros que tengan condición legal de estancia en México, con permiso para trabajar, estarán obligados como todos los mexicanos a pagar impuestos.

Y se reforma la Ley de Migración en su artículo 52, fracción VII, segundo párrafo, la especificación que cualquier residente temporal que cuente con una oferta de empleo, se otorgará el permiso a cambio de una remuneración en este país.

En el PAN queremos construir un México sólido, aportar ideas con dicho objetivo, que permitan meditar, seguir aumentando cada día más los impuestos a los mexicanos, sin dejar de percibir esa remuneración o esa recaudación, que sin duda es básica para los mexicanos.

Reiteramos la mejor intención de construir por y para México, no solo con quejas, sino con propuestas, en esta y en todos los demás ámbitos. Los invito a que se sumen a esta iniciativa y hagamos que los extranjeros que viven y trabajan bajo esta denominación en nuestro país paguen impuestos como tú y como yo. Es cuanto.

«Iniciativa que reforma diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación; y de las Leyes del Impuesto Sobre la Renta, y de Migración, suscrita por la diputada Martha Estela Romo Cuéllar e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, la diputada federal Martha Estela Romo Cuéllar, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 y el inciso h del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, se permite presentar para su análisis y dictamen la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el Código Fiscal de la Federación, Ley del Impuesto sobre la Renta y la Ley de Migración. Para tal efecto, procedo a dar cumplimiento a los elementos indicados en el numeral 78 del citado ordenamiento reglamentario.

I. Encabezado o título de la propuesta

Ha quedado precisado en el primer párrafo de este documento.

II. Argumentos que la sustenten (Exposición de Motivos).

Antecedentes nacionales e internacionales

El Modelo Convenio Tributario OCDE el cual nos define que es un residente menciona lo siguiente:

1. A los efectos de este convenio, la expresión “residente de un Estado contratante” significa toda persona que, en virtud de la legislación de ese Estado, esté sujeta a imposición en el mismo en razón de su domicilio, residencia, sede de dirección o cualquier otro criterio de naturaleza análoga, incluyendo también a ese Estado y a sus subdivisiones políticas o entidades locales. Esta expresión no incluye, sin embargo, a las personas que estén sujetas a imposición en ese Estado exclusivamente por la renta que obtengan de fuentes situadas en el citado Estado o por el patrimonio situado en el mismo.

2. Cuando, en virtud de las disposiciones del apartado 1, una persona física sea residente de ambos Estados contratantes, su situación se resolverá de la siguiente manera:

a. Dicha persona será considerada residente solamente del Estado donde tenga una vivienda permanente a su disposición; si tuviera una vivienda permanente a su disposición en ambos Estados, se considerará residente solamente del Estado con el que mantenga relaciones personales y económicas más estrechas (centro de intereses vitales);

b. Si no pudiera determinarse el Estado en el que dicha persona tiene el centro de sus intereses vitales o si no tuviera una vivienda permanente a su disposición en ninguno de los Estados, se considerará residente solamente del Estado donde more;

c. Si morara en ambos Estados, o no lo hiciera en ninguno de ellos, se considerará residente solamente del Estado del que sea nacional;

d. Si fuera nacional de ambos Estados, o no lo fuera de ninguno de ellos, las autoridades competentes de los Estados contratantes resolverán el caso de común acuerdo.

3. Cuando, en virtud de las disposiciones del apartado 1, una persona que no sea una persona física sea residente de ambos Estados contratantes, se considerará residente solamente del Estado donde se encuentre su sede de dirección efectiva.

Objetivos de la propuesta

1. Al ser las disposiciones fiscales de aplicación estricta y al mencionar que se consideran residentes en el territorio nacional los que hayan establecido su casa habitación en México y cuando en el país tengan el centro principal de sus actividades profesionales y que las personas físicas y las morales están obligadas al pago del impuesto sobre la renta en el siguiente caso: “Los residentes de México, respecto de todos sus ingresos, cualquiera que sea la ubicación de su riqueza de donde procedan”

2. La tarjeta de residente temporal no contiene ninguna leyenda que exprese las condiciones bajo las cuales fue otorgada la visa y posterior condición de estancia, con la excepción de la hipótesis por oferta de empleo, la cual contiene la leyenda de “Permiso para Trabajar”, esto implica que la autoridad del SAT no pueda determinar si el solicitante del trámite para la obtención de la firma electrónica obtuvo su visa y condición de estancia con la autorización para desempeñar actividades técnicas o profesionales en México, que no son remuneradas directamente por parte de una entidad basada en México, pues el mismo tipo de documento como residente temporal se pudo haber obtenido bajo cualquier otra de la hipótesis contenidas en los Lineamientos, como podría ser la autorización de visa por Unidad Familiar, que no autoriza a un extranjero para desarrollar actividades profesionales en México.

3. Se propone agregar una leyenda a este tipo de visado para que así las Autoridades Tributarias puedan distinguir este tipo de condición de estancia bajo el supuesto de la autorización para desempeñar actividades técnicas o profesionales en México, los cuales reciben su remuneración por parte de la Compañía extrajera, esto incluye que se reforma la Ley de Migración, Reglamento y Lineamientos para la Expedición de Visas

4. También reformar el Código Fiscal de la Federación y la Ley sobre el Impuesto sobre la renta donde pueda mencionar este tipo de Residencias y así los extranjeros puedan llevar a cabo el pago de impuestos correspondientes.

III. Fundamento legal

Lo constituyen los artículos 71 fracción II y 72 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), así como los artículos 6 numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, mismos que quedaron precisados desde el inicio de este documento.

IV. Denominación del proyecto de ley o decreto

También fue precisado al inicio de este documento y lo es Iniciativa con Proyecto de Reforma el Código Fiscal de la Federación, Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley de Migración y el Reglamento de la Ley de Migración.

V. Ordenamientos a modificar

Como lo indica el título referido, es Código Fiscal de la Federación, Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley de Migración y el Reglamento de la Ley de Migración, de acuerdo al siguiente:

Cuadro comparativo

VI. Texto normativo propuesto

En mérito de lo anterior, someto a consideración de ese Honorable Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente:

Decreto que adiciona el Código Fiscal de la Federación, la Ley del Impuesto sobre la Renta y la Ley de Migración

Artículo Único

a) Se reforma, el artículo 9 el inciso a) del Código Fiscal de la Federación, el artículo 1o., fracción I, de la Ley del Impuesto sobre la Renta y el artículo 52 de la Ley de Migración fracción VII inciso d) primer párrafo.

Código Fiscal de la Federación

Artículo 9o. Se consideran residentes en territorio nacional:

I. A las siguientes personas físicas:

(Reformado, DOF. 5 de enero de 2004)

a) Las que hayan establecido su casa habitación en México. Cuando las personas físicas de que se trate también tengan casa habitación en otro país, se considerarán residentes en México, si en territorio nacional se encuentra su centro de intereses vitales, en este supuesto entran los extranjeros que cuentan con permiso para trabajar, que han sido invitados por alguna institución pública o privada, así como también los jubilados y pensionistas. Para estos efectos, se considerará que el centro de intereses vitales está en territorio nacional cuando, entre otros casos, se ubiquen en cualquiera de los siguientes supuestos:

1. Cuando más de 50 por ciento de los ingresos totales que obtenga la persona física en el año de calendario tengan fuente de riqueza en México.

2. Cuando en el país tengan el centro principal de sus actividades profesionales.

Ley del Impuesto sobre la Renta

Artículo 1. Las personas físicas y las morales están obligadas al pago del impuesto sobre la renta en los siguientes casos:

I. Las residentes en México, respecto de todos sus ingresos, cualquiera que sea la ubicación de la fuente de riqueza de donde procedan, así como los extranjeros que tengan legal condición de estancia en México, bajo las premisas de un permiso para trabajar, carta invitación por parte de una organización pública o privada, jubilados, pensionistas e inversionistas.

...

Ley de Migración

Artículo 52. Los extranjeros podrán permanecer en el territorio nacional en las condiciones de estancia de visitante, residente temporal y residente permanente, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en esta Ley, su Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables, de conformidad con lo siguiente:

...

VII. Residente temporal. Autoriza al extranjero para permanecer en el país por un tiempo no mayor a cuatro años, con la posibilidad de obtener un permiso para trabajar a cambio de una remuneración en el país, sujeto a una oferta de empleo con derecho a entrar y salir del territorio nacional cuantas veces lo desee y con derecho a la preservación de la unidad familiar por lo que podrá ingresar con o solicitar posteriormente la internación de las personas que se señalan a continuación, quienes podrán residir regularmente en territorio nacional por el tiempo que dure el permiso del residente temporal:

a) Hijos del residente temporal y los hijos del cónyuge, concubinario o concubina, siempre y cuando sean niñas, niños y adolescentes y no hayan contraído matrimonio, o se encuentren bajo su tutela o custodia;

b) Cónyuge;

c) Concubinario, concubina o figura equivalente, acreditando dicha situación jurídica conforme a los supuestos que señala la legislación mexicana, y

d) Padre o madre del residente temporal.

Las personas a que se refieren los incisos anteriores serán autorizados para residir regularmente en territorio nacional bajo la condición de estancia de residente temporal, con la posibilidad de obtener un permiso para trabajar a cambio de una remuneración en el país sujeto a una oferta de empleo, así como también bajo la premisa de una Invitación por parte de una organización pública o privada, a efecto de desarrollar una actividad no remunerada en el país. Para tal efecto, la organización en México que extiende la invitación deberá proveer Información sobre la actividad que realizará o el proyecto en el que participará la persona extranjera; así como también se pueden otorgar bajo la condición de pensionista, jubilado e inversionista y con derecho a entrar y salir del territorio nacional cuantas veces lo deseen.

En el caso de que el residente temporal cuente con una oferta de empleo, se le otorgará permiso para trabajar a cambio de una remuneración en el país, en la actividad relacionada con dicha oferta de empleo.

Los extranjeros a quienes se les otorgue la condición de estancia de residentes temporales podrán introducir sus bienes muebles, en la forma y términos que determine la legislación aplicable.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de enero de 2020.— Diputadas y diputados: Martha Estela Romo Cuéllar, Adolfo Torres Ramírez, Adriana Dávila Fernández, Ana Paola López Birlain, Annia Sarahí Gómez Cárdenas, Antonia Natividad Díaz Jiménez, Carlos Carreón Mejía, Carlos Humberto Castaños Valenzuela, Cecilia Anunciación Patrón Laviada, Dulce Alejandra García Morlan, Éctor Jaime Ramírez Barba, Ernesto Ruffo Appel, Evaristo Lenin Pérez Rivera, Felipe Fernando Macías Olvera, Gloria Romero León, Guadalupe Romo Romo, Hernán Salinas Wolberg, Isabel Margarita Guerra Villarreal, Jacquelina Martínez Juárez, Jorge Arturo Espadas Galván, Jorge Romero Herrera, José del Carmen Gómez Quej, José Elías Lixa Abimerhi, José Martín López Cisneros, José Ramón Cambero Pérez, José Rigoberto Mares Aguilar, José Salvador Rosas Quintanilla, Justino Eugenio Arriaga Rojas, Karen Michel González Márquez, Lizbeth Mata Lozano, Madeleine Bonnafoux Alcaraz, Marcelino Rivera Hernández, Marco Antonio Adame Castillo, María de los Ángeles Gutiérrez Valdez, María Eugenia Leticia Espinosa Rivas, María Marcela Torres Peimbert, Mariana Dunyaska García Rojas, Martha Elena García Gómez, Miguel Alonso Riggs Baeza, Patricia Terrazas Baca, Ricardo Flores Suárez, Sarai Núñez Cerón, Sergio Fernando Ascencio Barba, Sonia Rocha Acosta, Sylvia Violeta Garfias Cedillo, Vicente Javier Verastegui Ostos, Víctor Manuel Pérez Díaz, Xavier Azuara Zúñiga (rúbricas).»

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Muchas gracias, diputada.

Honorable asamblea, queremos agradecer y saludar la presencia en este salón de sesiones del excelentísimo señor Sang-il KIM, embajador de la República de Corea del Sur en México y de funcionarios de dicha misión diplomática, quienes asistieron a la instalación del Grupo de Amistad México-Corea del Sur, presidido por el diputado David Bautista Rivera.

Esta Cámara de Diputados les da la más cordial bienvenida, señor embajador y a su comitiva, y hace votos por el fortalecimiento de las relaciones de amistad, diálogo y cooperación entre nuestras naciones. Les deseamos mucho éxito en los trabajos de este grupo de amistad. Sean siempre bienvenidos.

La anterior iniciativa de la diputada Romo Cuéllar, se turna a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Asuntos Migratorios, para dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Dulce María Sauri Riancho, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 4o. y 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRI.

La diputada Dulce María Sauri Riancho:Muchas gracias, presidente. Hoy se conmemoran 103 años de la Constitución Mexicana. El Grupo Parlamentario del PRI ha decidido celebrar esta significativa fecha con la presentación de la iniciativa para reformar su artículo 4o. y establecer el derecho al bienestar.

Cuando nació en 1917, fue bautizada como la primera Constitución social del mundo. No solo recogió las garantías individuales de las personas, sino emprendió un camino inédito hasta entonces al reconocer los derechos de los grupos sociales como campesinos y trabajadores de México.

Pensemos a la Constitución como un gran pacto social, producto de una revolución armada. Había grandes expectativas entre los grupos para que se cumplieran sus demandas. No había recetas ni antecedentes, se dio una respuesta inédita anclada en la experiencia y el compromiso de los constituyentes.

Todavía limitada la letra, las nuevas reglas rigieron la construcción de las grandes instituciones del Siglo XX y establecieron una ruta para el efectivo ejercicio de los derechos que fueron plasmados en sus 136 artículos.

Hacia principios de la década de 1980, se estableció el Sistema Nacional de Planeación Democrática como un medio para garantizar el cumplimiento de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo. A lo largo de los años se han afinado sus atributos: equitativo, incluyente, integral, sustentable y sostenible con perspectiva de interculturalidad y de género.

La creación de este sistema articulador de políticas ha sido, sin embargo, insuficiente. La realidad de más de la mitad de la población que vive en situación de pobreza y marginación claramente lo demuestra.

Para enfrentarla han surgido propuestas de fondo para incluir en la Constitución el compromiso de otorgar una subsistencia mínima para los grupos más vulnerables, el denominado mínimo vital. Este concepto novedoso fue fuertemente debatido en la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México que, por cierto, hoy cumple sus tres años de vigencia. El consenso se logró en torno a la noción de bienestar que ha sido pionera en el país como lo fueron los primeros derechos sociales en la Constitución de 1917.

El Grupo Parlamentario del PRI considera pertinente y necesario, que el Congreso de la Unión recoja la experiencia histórica en torno a los derechos sociales. Se trata de establecer el bienestar como un derecho humano fundamental comprometiendo a las políticas públicas y a los programas gubernamentales en su ejercicio.

El presidente de la República ha enviado una iniciativa de reforma al artículo 4o. para elevar a rango constitucional los programas de adultos mayores, becas a los estudiantes y personas con discapacidad.

Sin lugar a dudas, estos programas forman parte del ejercicio efectivo de los derechos a la educación, a la salud y a la seguridad social, pero no son todos ni ahora ni en el futuro.

La situación de pobreza en que vive la mitad de la población mexicana, la incertidumbre de millones de mujeres y hombres de la tercera edad que carecen en su mayoría de pensión digna, las difíciles condiciones de las familias que se hacinan en sus viviendas y la falta de acceso a una alimentación saludable, la violencia contra las mujeres y las niñas, la precariedad de los sistemas de salud son solo algunos de los problemas cotidianos a los que se enfrenta a millones de personas.

Introducir solo tres programas en los términos planteados por el Ejecutivo parecería ignorar la situación de vulnerabilidad de más de 50 millones de mexicanos y mexicanas, y limitaría las funciones de la Cámara de Diputados, responsable de aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación. Además de comprometer al federalismo, al ignorar las condiciones económicas y sociales de los distintos estados.

Aquí se trata de acudir a la imaginación y a la audacia de los Constituyentes de 1917, cuando lograron crear esos nuevos derechos para impulsar el constante mejoramiento de la vida, tal como la Carta Suprema define a la democracia: “Toda persona tiene derecho al bienestar, entendido como la satisfacción de sus necesidades materiales y espirituales en todo su ciclo de vida”.

El derecho al bienestar sería una especie de articulador del conjunto de derechos individuales y colectivos establecidos en la misma Constitución, con el agregado de incorporar la obligación del gobierno de desarrollar las políticas públicas, los programas y acciones institucionales necesarias para alcanzar el bienestar de la población.

Tiempo de audacia en el avance de los nuevos derechos en la Constitución, como entonces sería el primer paso de un largo y tortuoso camino para transitar de la letra a la realidad y caminar hacia la igualdad plena que reclama un futuro de justicia. Muchas gracias.

«Intervención entregada a la Mesa Directiva, por la diputada Dulce María Sauri Riancho.

“Hoy se conmemoran 103 años de la Constitución mexicana. El Grupo Parlamentario del PRI ha decidido celebrar esta significativa fecha con la presentación de la iniciativa para reformar su artículo 40 y establecer el derecho al bienestar. Cuando nació, en 1917, fue bautizada como la primera constitución social del mundo. No sólo recogió las garantías individuales de las personas sino emprendió un camino inédito hasta entonces al reconocer los derechos de grupos sociales, como los campesinos y trabajadores de México.

Pensemos a la Constitución como un gran pacto social producto de una revolución armada. Había grandes expectativas entre los grupos para que se cumplieran sus demandas. No había recetas ni antecedentes: se dio una respuesta inédita, anclada en la experiencia y el compromiso de los constituyentes. Todavía limitada a la letra, las nuevas reglas rigieron la construcción de las grandes instituciones del siglo XX y establecieron una ruta para el efectivo ejercicio de los derechos que fueron plasmados en sus 136 artículos.

Hacia principios de la década de 1980 se estableció el Sistema Nacional de Planeación Democrática, como un medio para garantizar el cumplimiento de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo. A lo largo de los años se han afinado sus atributos: equitativo, incluyente, integral, sustentable y sostenible, con perspectiva de interculturalidad y de género.

La creación de este sistema articulador de políticas ha sido, sin embargo, insuficiente. La realidad de más de la mitad de la población que vive en situación de pobreza y marginación claramente lo demuestra. Para enfrentarla, han surgido propuestas de fondo para incluir en la Constitución el compromiso de otorgar una subsistencia mínima para los grupos más vulnerables, el denominado mínimo vital.

Este concepto novedoso fue fuertemente debatido en la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México. El consenso se logró en torno a la noción de bienestar, que ha sido pionera en el país como lo fueron los primeros derechos sociales en la Constitución de 1917.

El Grupo Parlamentario del PRI considera pertinente y necesario que el Congreso de la Unión recoja la experiencia histórica en torno a los derechos sociales. Se trata de establecer el Bienestar como un derecho humano fundamental, comprometiendo a las políticas públicas y a los programas gubernamentales en su ejercicio.

El presidente de la República ha enviado una iniciativa de reforma al artículo 4 para elevar a rango constitucional los programas de adultos mayores, becas a los estudiantes y a personas con discapacidad.

Sin lugar a dudas, estos programas forman parte del ejercicio efectivo de los derechos a la educación, a la salud y a la seguridad social. Pero no son todos, ni ahora, ni en el futuro. La situación de pobreza en que vive la mitad de la población mexicana; la incertidumbre de más de 8 millones de adulto/as mayores que carecen, la mayoría, de pensión digna; el insuficiente acceso a la vivienda y las difíciles condiciones de las familias que se hacinan en ellas; la falta de acceso a una alimentación saludable; la violencia contra las mujeres y las niñas; la precariedad del sistema de salud, son sólo algunos de los problemas cotidianos a que se enfrentan millones de personas. Introducir sólo tres programas en los términos planteados por el Ejecutivo parecería ignorar la situación de vulnerabilidad de más de 50 millones de mexicano/as y limitaría funciones de la Cámara de Diputados; responsable de aprobar anualmente el presupuesto de egresos de la Federación, además de comprometer el federalismo al ignorar las condiciones económicas y sociales de los distintos estados.

Reconozco el compromiso del presidente López Obrador con la justicia social que reclama la atención a jubilados y estudiantes, pero no es suficiente en la sociedad del siglo XXI. Aquí se trata de acudir a la imaginación y a la audacia de los constituyentes de 1917, cuando lograron crear esos nuevos derechos para impulsar el “constante mejoramiento de la vida...”, tal como la Carta Suprema define a la democracia.

Toda persona tiene derecho al bienestar, entendido como la satisfacción de sus necesidades materiales y espirituales en todo su ciclo de vida.

El derecho al bienestar sería una especie de articulador del conjunto de derechos individuales y colectivos establecidos en la misma Constitución, con el agregado de incorporar la obligación del gobierno de desarrollar las políticas públicas, los programas y las acciones institucionales necesarias para alcanzar el bienestar de la población.

Los programas –en este caso, pensiones y becas– estarían garantizados anualmente en las iniciativas que mande el presidente, las cuales serían analizadas y aprobadas por la Cámara de Diputados bajo ese principio. Pero también el gobierno de López Obrador tendría que considerar otros programas a partir del derecho al bienestar, como los relativos a la inclusión de las personas con discapacidad; la atención a las niñas y niños en su primera infancia; la vivienda digna, y numerosas acciones institucionales que hagan posible esa vida plena para toda la población mexicana.

Como en todos los casos, la realidad no se modifica automáticamente junto con las nuevas leyes, sino que median años de lucha para poder hacer efectivos esos cambios. Sin embargo, si no se hubieran materializado en la Constitución, nunca hubieran tenido una oportunidad.

Tiempo de audacia en el avance de nuevos derechos en la Constitución. Como entonces, sería el primer paso de un largo y tortuoso camino para transitar de la letra a la realidad y caminar hacia la igualdad plena que reclama un futuro de justicia.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de febrero de 2020.— Diputada Dulce María Sauri Riancho (rúbrica).»

«Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 4o. y 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada Dulce María Sauri Riancho e integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

La diputada Dulce María Sauri Riancho y las diputadas  y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 73, fracción XXIX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 4o. y 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para incluir el concepto de bienestar, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El sistema político mexicano contemporáneo nació en los albores del siglo XX, a partir de un intenso y prolongado movimiento revolucionario iniciado en 1910.

La promulgación de una nueva Constitución Política en 1917 marcó el fin de la etapa armada, recogiendo los ideales del movimiento revolucionario, proponiendo cambios radicales en las instituciones políticas del país, enmarcándolos en una extraordinaria riqueza doctrinal que dio nacimiento a una nueva visión del Estado, fundamentada en un nuevo y gran pacto social.

La institucionalización política bajo el régimen emanado de la Revolución, creó las condiciones esenciales de estabilidad y certidumbre política que han permitido el desarrollo y el crecimiento económico de México a lo largo del siglo XX y de principios del XXI.

Ante el nuevo siglo constitucional, el pacto de 1917 continúa dando sentido y rumbo a la nación.

En los 100 años de vida constitucional, la ley fundamental ha demostrado ser un instrumento dinámico, que ha demostrado capacidad para responder a los desafíos de nuestro país: 741 reformas a través de 240 decretos publicados desde el 8 de julio de 1921 y hasta –el más reciente– el 12 de diciembre de 2019.

Nuevas instituciones, nuevas prácticas y nuevos derechos, están reconfigurando el espacio institucional del país y modificarán en los próximos años nuestra manera de ver y entender la política y la democracia en México.

La Constitución de 1917, como realidad histórica y política, sigue siendo el vaso comunicante entre nuestra historia y el estado de derecho.

Sigue siendo soporte y fundamento de nuestra democracia y de la república.

Sigue y seguirá siendo inspiración que, evocando nuestro pasado histórico, invocará siempre, un futuro mejor para nuestra Nación y para nuestro pueblo.

En este contexto de certeza jurídica y continuidad constitucional, es necesario, sin embargo, ampliar la reflexión histórica.

En el caso de México, los antecedentes políticos e ideológicos de la Constitución de 1917, se encuentran plasmados en las luchas políticas y sociales del siglo XIX y la primera década del XX, los cuales son recogidos, principalmente, en los planteamientos de la generación liberal de la Reforma y en el programa del Partido Liberal de los hermanos Flores Magón, los que serían recuperados en los artículos constitucionales 1o., 3o., 27 y 123, así como en el apartado correspondiente a las garantías individuales, lo que dio forma a un programa ideológico fundamentado en la idea de defender e impulsar los derechos sociales.

A poco más de 100 años de distancia de la promulgación de la Constitución, vivimos en un mundo que cada día es más complejo. Las personas, las naciones y las economías, están más conectadas que nunca, al igual que los problemas relacionados con el desarrollo mundial a los que nos enfrentamos.

Estos problemas traspasan las fronteras, afectan a los ámbitos social, económico y ambiental, cultural, y suelen ser persistentes y recurrentes. Desde la urbanización hasta la creación de empleos para millones de personas, los desafíos del mundo solo pueden resolverse si se utilizan enfoques que tengan en cuenta la complejidad y el contexto local.

Parecería que por ciertos avances tecnológicos, económicos y científicos, por primera vez en la historia, contamos con algunos medios para librar a la especie humana de todas las catástrofes que la aquejan y que podríamos llevarla a una era de libertad, de progreso, de solidaridad y de riqueza compartida. S in embargo, aún estamos atrapados en problemas de pobreza extrema y una desigualdad social sin parangón.

Sin duda, la desigualdad se ha convertido en asunto crucial de nuestro tiempo, y en muchos lugares es causa de descomposición social, incertidumbre y vulnerabilidad arraigadas.

La desigualdad reduce y afecta extensas regiones del Planeta y golpea más duramente a los países de las categorías de desarrollo bajo y medio. La desigualdad de género sigue siendo una de las mayores barreras para el desarrollo humano.

Según datos de la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo, el índice de desarrollo humano, que mide el bienestar, el promedio de desarrollo de las mujeres es 6.0 por ciento más bajo que el de los hombres, y en los países de desarrollo bajo o de economías emergentes, sufren las brechas más amplias a este respecto. Según las tasas actuales de progreso, a este ritmo, podría llevar más de 200 años cerrar la brecha económica entre los géneros en todo el planeta.

Los conflictos en numerosas partes del mundo y en nuestro país siguen siendo la norma y no la excepción. La violencia no sólo amenaza la seguridad humana, sino que también erosiona el progreso, el auténtico desarrollo y el bienestar de las personas.

En ese contexto, pueden pasar años –si no decenios– para que los países inmersos en conflictos o que padecen una violencia endémica, recuperen los niveles de desarrollo anteriores a la presentación de este fenómeno.

Asimismo, tal como muestran los indicadores ambientales, el progreso de hoy se logra a costa del futuro de nuestros hijos. El cambio climático, la disminución masiva de la biodiversidad y el agotamiento de los recursos de la tierra y el agua dulce plantean graves amenazas para la humanidad. Se necesita un cambio inmediato y ambicioso en los patrones de producción y consumo.

Los profundos desequilibrios en las oportunidades y elecciones de las personas se derivan de las desigualdades en los ingresos, pero también en la falta de oportunidades de acceso a la educación, la salud, la capacidad de hacerse oír, el acceso a la tecnología y de la exposición a la violencia en todos sus ámbitos de vida.

Las brechas que se arraigan en el bienestar social reflejan la desigualdad de oportunidades en el acceso a la educación, la salud, el empleo, el crédito y los recursos naturales debido al género, a la identidad grupal, las disparidades de ingresos y hasta la situación geográfica de las comunidades humanas.

La desigualdad no sólo es normativamente mala, también es peligrosa. Puede alimentar el extremismo y socavar el apoyo al desarrollo inclusivo y sostenible. Una desigualdad alta puede generar consecuencias adversas para la cohesión social y la calidad de las instituciones y las políticas, lo que a su vez puede ralentizar el progreso en materia de desarrollo humano.

El bienestar y la pobreza en el país

El bienestar que es importante a los seres humanos es mucho más rico y complejo que el que cada una de las distintas disciplinas atribuye a sus agentes de estudio; por ejemplo, las personas ejercen como consumidores, pero son mucho más que eso. Por ello no debe equipararse el bienestar humano con el que los economistas atribuyen al consumidor ni puede entenderse el primero con base en las teorías del segundo. De igual forma, las personas ejercen como votantes, pero son mucho más que sólo eso, por lo cual no debe equiparase el bienestar humano a el que los politólogos atribuyen al ciudadano, ni puede entenderse sólo con base en teorías de ciudadanía.

Como muchas otras cuestiones en un mundo complejo, el bienestar de los seres humanos depende de numerosos factores, algunos de índole personal y otros correspondientes a las condiciones de su entorno físico y social.

Los estudios han mostrado que el bienestar depende de cuestiones tan diversas como las condiciones de crianza, la relación con amigos y parientes, la naturaleza de las actividades laborales, los rasgos de personalidad, la disponibilidad y uso del tiempo libre, el lugar donde se habita, la disponibilidad de parques y áreas de convivencia social, la seguridad, la existencia de hijos y sus edades y la relación de pareja.

Sin embargo, no podemos negar la ineludible presencia de factores que afectan el bienestar, tales como los ingresos del hogar y personal, el entorno macroeconómico, la distribución nacional del ingreso, las situaciones ocupacionales y de desempleo, la salud, la educación, el acceso a la cultura y los procesos de convivencia social y sus desequilibrios, los valores, principios y creencias compartidas, la posibilidad de participación en las decisiones políticas, entre los más destacables. El bienestar como una categoría sociológica contiene variables subjetivas.

De acuerdo con cifras y estudios del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), en México 52.4 millones de personas viven en situación de pobreza, cifra que equivale a 41.9 por ciento de la población y que representa una disminución de apenas 2.5 en comparación con el porcentaje registrado en 2008, cuando era de 44.4, según cifras del mismo organismo.

Los resultados del estudio 10 años de medición de pobreza en México, realizado por el Coneval, revelan que se registró una mejora en los indicadores de carencias sociales y 24 estados redujeron sus niveles de pobreza. Sin embargo, el sureste del país sigue siendo la región con el mayor porcentaje de habitantes pobres: en Chiapas, 76.4 de la población vive en situación de pobreza, seguida de Guerrero, con 66.5; Oaxaca, con 66.4; y Veracruz, con 61.8.

En el estudio citado, el Coneval también registró a las personas en situación de pobreza extrema, quienes ascienden a 9.3 millones, equivalentes a 7.4 por ciento de la población. La población vulnerable por ingresos está formada por 8.6 millones de personas; y la que sufre algún tipo de carencia social, por 36.7 millones. La población no pobre y no vulnerable en todo el país es de sólo 24.7 millones.

Los indicadores que el Coneval utilizó para obtener estas cifras son rezago educativo, acceso a los servicios de salud, acceso a la seguridad social, acceso a la alimentación, calidad y espacios de la vivienda, y acceso a los servicios básicos de la vivienda.

En la última década, el número de personas en pobreza extrema ha disminuido gradualmente. En 2008, la cantidad de habitantes en esta situación era de 12.3 millones; de 2012 a 2014, el promedio bajó a 11 millones y para 2018 se registraron 9.3 millones de personas. Dicha cifra equivale a 7.4 por ciento de la población total.

Los estados con mayor número de población en pobreza extrema son Chiapas, con 1 millón 623 mil habitantes; Veracruz, con 1 millón 427 mil habitantes; y Guerrero, con 971 mil habitantes.

Respecto a las carencias sociales, 16.9 por ciento de la población reportó rezago educativo, 16.2 carencia por acceso a los servicios de salud, 57.3 no tiene acceso a la seguridad social, 11.1 contabilizó carencias por calidad y espacios de la vivienda, 19.8 observa carencias en los servicios básicos de sus hogares, y 20.4 reportó carencias por acceso a la alimentación.

El estudio del Coneval también midió a la población con ingreso inferior a la línea de pobreza y pobreza extrema por ingresos. El número de personas con un ingreso inferior a la línea de pobreza extrema es de 21 millones de personas y las de un ingreso inferior a la línea de pobreza ascienden a 61.1 millones.

El estudio del Coneval reveló que la población indígena es la más afectada. Según las cifras, en México 74.9 de las personas indígenas vive en situación de pobreza; de ellas, 35.5 se encuentra en pobreza extrema.

Aún más grave es la situación de las mujeres indígenas de zonas rurales. De ellas, 84 por ciento vive en pobreza; de éstas, 45.7 está en pobreza extrema. En tercer lugar se ubica la población rural. El 38.9 de las personas se encuentra en situación de pobreza y 16.4 en pobreza extrema.

En el caso de la población en situación de pobreza en zonas urbanas, el porcentaje disminuyó ligeramente de 38.9 a 37.6 entre 2008 y 2018. Otros grupos con un número alto de habitantes en situación de pobreza son los menores de 18 años (49.6), las personas con discapacidad (41.4) y los adultos mayores (41.1).

En cuanto a género, el Coneval encontró que en México 42.4 por ciento de las mujeres se encuentra en situación de pobreza, 7 por ciento de ellas en pobreza extrema; mientras, los hombres presentan porcentajes levemente mejores: 41.4, del cual 7.5 está en pobreza extrema.

El bienestar como articulador de derechos sociales

Por ello creemos que es importante que el bienestar social de la población sea el centro de las políticas de desarrollo y que el enfoque de los programas de desarrollo y de la planeación democrática a que está obligado el Estado mexicano, y que considera a las y los ciudadanos como personas sujetas de derecho y no como meros receptores de un regalo por parte de las autoridades.

Para el derecho moderno, las responsabilidades del Estado no se limitan a tutelar la vigencia de las libertades individuales, sino se amplían a garantizar el acceso a los bienes sociales. El derecho al trabajo, la salud, la educación, la vivienda, la alimentación, el medio ambiente sustentable, la cultura y el deporte, la asistencia social, entre otros muchos derechos de clara asignación social, maduraron a lo largo del Siglo XX hasta nuestra actualidad, en torno a los principios de igualdad, primero jurídica y posteriormente material, hasta adquirir una nueva dimensión colectiva.

Los datos económicos que arroja la realidad, como la renta per cápita, el producto interno bruto, la distribución de la renta, la tasa de desempleo y los índices de pobreza, entre otros, nos permiten medir apenas uno de los aspectos objetivos del bienestar social: el bienestar económico del país, su capacidad para producir bienes y servicios y el acceso de sus ciudadanas y ciudadanos a ellos.

No obstante, en la formación de una situación de bienestar también influyen factores de índole social, como el acceso al sistema de salud, el nivel de la educación, la sensación de seguridad, la libertad ciudadana, la igualdad, la justicia social, un medio ambiente saludable y la posibilidad de realización personal de sus integrantes. En este sentido, el bienestar social va de la mano con el desarrollo humano.

Sin un sentido de comunidad y una solidaridad renovados que pongan en el centro de sus esfuerzos el bienestar de la población, los Estados democráticos no tendrán un desarrollo sustentable. Sustraerse de esta responsabilidad, como lo hemos visto en años recientes, propicia el avance de la desigualdad, la fragmentación social y una conflictividad crecientes, mismas que a la vez, deterioran las expectativas de crecimiento económico.

Las democracias modernas requieren replantearse la necesidad del bienestar social, pues los estados de bienestar, incluso ahora, están comprometidos en asegurar los derechos sociales por encima del rendimiento del mercado. Su existencia en pleno siglo XXI es una demostración tangible de que las democracias, con todas sus imperfecciones, pueden seguir trabajando por sus ciudadanas y ciudadanos.

Los logros en materia de desarrollo humano deben expresarse no sólo desde el punto de vista de la cantidad, como, por ejemplo, la esperanza de vida o los años de escolaridad, sino también desde la perspectiva de la calidad. Los años vividos, ¿fueron realmente placenteros o estuvieron plagados de enfermedades? Los niños y las niñas: ¿han asistido simplemente a la escuela o han adquirido las aptitudes y los conocimientos que los prepararán para llevar una vida plena? ¿El trabajo permite a la gente prosperar o la mayoría de las personas desempeñan trabajos inseguros y peligrosos? ¿Están dando las personas forma a elementos que influyen en su vida o se las excluye de la participación?

Antecedentes en México

El carácter liberal de la Constitución deviene no sólo del momento histórico cumbre en el que fue discutida y promulgada, sino de una tradición libertaria y republicana nacida de la guerra de Independencia y consolidada en el transcurso de la primera mitad del siglo XIX, formada por hombres que a decir de Daniel Cosío Villegas, parecían gigantes y que definirían el carácter y el rostro de la Nación como ninguna otra generación en la historia de México independiente: los liberales juaristas.

De esa herencia abrevarían Venustiano Carranza y los constitucionalistas a cuyo genio político debe atribuirse el gran proyecto que representó el Congreso Constituyente de 1917.

La cuestión social fue entendida por los constituyentes como el problema a resolver y al mismo tiempo, como un conjunto de compromisos de Estado, lo que la convirtió en una parte medular de los propósitos y principios rectores del proyecto nacional que quedaron plasmados en los debates de Querétaro.

Entre muchos otros oradores, por ejemplo, destaca el diputado Cateyato Andrade, quien le recordaba a la asamblea que el movimiento constitucionalista no era solamente una revolución política, sino una revolución eminentemente social, que traía como consecuencia una transformación en todos los órdenes:

... La Constitución actual debe responder, por consiguiente, a los principios generales de la revolución constitucionalista, que no fue una revolución como la maderista o la de Ayutla, un movimiento meramente instintivo para echar abajo la tiranía; la revolución constitucionalista tiene la gran trascendencia de ser una revolución eminentemente social y por lo mismo, trae como corolario una transformación de todos los órdenes... Los elementos principales para la lucha constitucional que traen como corolario las libertades públicas, fueron las clases obreras, los trabajadores del campo, ese fue el elemento que produjo este gran triunfo y por lo mismo nosotros debemos interpretar esas necesidades y darles un justo coronamiento.

Para nuestra tradición constitucional y política, así como para otros estudios de derecho internacional y comparado, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, recogió esos derechos sociales, en al menos tres artículos fundamentales:

• El 3o., referido al carácter de la educación pública, gratuita y laica;

• El 27, que hace suyas una de las más sentidas demandas del proceso revolucionario: la cuestión agraria; y

• El 123, que se hacía cargo de las relaciones fundamentales entre el trabajo y el capital, así como de la seguridad social.

Durante el siglo XX, el Estado mexicano pugnó por hacer de los derechos sociales y el bienestar de la población, el eje rector del desarrollo a través de un conjunto de políticas enmarcadas en el llamado desarrollo estabilizador (1952 a 1970) y posteriormente en el modelo desarrollo compartido (1970 a 1982).

En ese amplio periodo, el Estado mexicano impulsó una serie de políticas que dieron forma a lo que algunos denominaron como el Estado social posrevolucionario:

• La creación del Seguro Social;

• La creación del ISSSTE;

• La creación del libro de texto gratuito;

• La creación del sistema para la protección de la niñez, denominado INPI, luego IMPI y posteriormente DIF;

• La entrega de desayunos escolares a todas las escuelas públicas;

• La creación del Infonavit;

• La creación de la red de las tiendas de la Conasupo y las lecherías de Liconsa; y

• La ampliación de la infraestructura universitaria pública y de la infraestructura educativa básica.

Todo ello son sólo algunos ejemplos, los más visibles y destacados de una política orientada a impulsar el bienestar general, cuyas nociones esenciales descansaban en los elementos básicos de planeación y programación enmarcados en la Constitución: los planes nacionales de desarrollo y los presupuestos públicos.

Sin embargo, parte importante de los problemas surgidos durante esa época que afectaron notablemente la capacidad institucional de proteger y proveer esos derechos surgieron del desbalance económico del Estado, que, abrumado financieramente por solventarlos, perdió progresivamente su capacidad de preservarlos y reproducirlos.

La enorme crisis financiera que estalló a principios de 1982 como resultado de los excesos del llamado desarrollo compartido, obligó a la implantación de severos mecanismos correctivos de orden económico para asegurar la viabilidad financiera del gobierno.

La severidad de esos mecanismos erosionó ciertamente la capacidad del Estado de proveer los recursos necesarios para los programas sociales, pero -por otro lado- permitió generar políticas sólidas de largo plazo, mejor definidas y articuladas dentro de las capacidades institucionales, administrativas y presupuestales reales del Estado mexicano.

Hacia principios de la década de 1980 se estableció el Sistema Nacional de Planeación Democrática, como un medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo. A lo largo de los años, el desarrollo amplió sus cualidades, al conceptualizarse como: equitativo, incluyente, integral, sustentable y sostenible, con perspectiva de interculturalidad y de género, y que debe tender a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales, ambientales y económicos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La creación de este sistema articulador de políticas ha sido, sin embargo, considerado insuficiente: más allá de la estructura de planificación que les ha dado factibilidad, han surgido propuestas de fondo para incluir en la Constitución los programas que otorgan una subsistencia mínima para los grupos más vulnerables.

Se ha tratado de hecho de definir una nueva visión de los derechos sociales para incorporar el llamado “mínimo vital” a la Constitución.

Esta visión recoge los precedentes que, en la forma de debates jurídicos y legislativos, han dado forma reciente a las discusiones sobre los derechos sociales, el bienestar general y su inclusión en los textos constitucionales.

El 28 de marzo de 2016, la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió la tesis aislada

Mínimo vital. Conforme al derecho constitucional mexicano y al internacional de los derechos humanos, se encuentra dirigido a salvaguardar los derechos fundamentales de las personas físicas y no de las jurídicas.

En esta tesis se destaca lo siguiente:

El derecho al mínimo vital se fundamenta en la dignidad humana, la solidaridad, la libertad, la igualdad material y el Estado social, al considerar que las personas, para gozar plenamente de su libertad, necesitan un mínimo de seguridad económica y de la satisfacción de sus necesidades básicas. Por ende, constituye el derecho a gozar de unas prestaciones e ingresos mínimos que aseguren a toda persona su subsistencia y un nivel de vida digno, así como la satisfacción de las necesidades básicas. Ahora bien, en el ámbito internacional podemos encontrar algunas normas que incluyen el derecho al mínimo vital, aunque no con esa denominación. Así, la Declaración Universal de los Derechos Humanos reconoce el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado que le asegure, a ella y a su familia, la salud y el bienestar, en especial, la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; de igual manera, prevé el derecho de los trabajadores a una remuneración equitativa y satisfactoria, que asegure a la persona y a su familia una existencia conforme a la dignidad humana, y que dicha remuneración debe completarse con cualquier otro medio de protección social. En el mismo contexto, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales contiene normas que en cierta medida recogen elementos de la prerrogativa indicada pues, por una parte, desarrolla el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, y a una mejora continua de las condiciones de existencia; además, establece que la remuneración de los trabajadores como mínimo debe garantizar condiciones de existencia dignas para ellos y para sus familias.

Igualmente, en la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México, en la sesión del 7 de enero de 2017 se debatió intensamente este tema, el cual no logró el consenso sino hasta la casi finalización de sus trabajos definiendo sin embargo un enfoque conceptual hacia la noción de bienestar, que ha sido pionera en el país, tanto como fue en el mundo de 1917 la Constitución mexicana en lo relativo a los derechos sociales.

Por ello nos parece pertinente y necesario que el Congreso de la Unión recoja esta experiencias y avance en la reforma del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer el bienestar como un derecho humano entendido como la satisfacción de sus necesidades básicas, y a tener acceso a niveles dignos de educación, salud, alimentación, seguridad social, vivienda, y medio ambiente sustentable.

La propuesta del presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, representa una visión de política social que desde 1917 nuestro sistema constitucional reconoce, y del cual es pionero, y que el PRI como organización política ha enarbolado como una de sus causas más sentidas: la justicia social.

Coincidimos con el presidente de la República en que es indispensable crear las definiciones que articulen el conjunto de derechos que ya están establecidos por la Carta Suprema y por los Convenios Internacionales de los que nuestro país es parte y que aseguran su pleno goce a las y los habitantes de México. Sin embargo, la propuesta presidencial es parcial e insuficiente, pues al ser formulada en términos de programas, deja a un lado a un número importante de derechos que integran en su conjunto el derecho al bienestar.

La presente iniciativa se propone dotar de sostenibilidad de largo plazo a las políticas del bienestar, a partir de fundamentarlas en los elementos centrales de la planeación del Estado mexicano para garantizar no sólo su efectividad, sino también su eficacia al largo plazo.

Esta propuesta busca también la participación activa de las y los ciudadanos, con preferencia hacia los grupos en situación de vulnerabilidad, beneficiarios de los programas sociales que el Estado en su conjunto debe articular en la política de desarrollo social y de bienestar.

A finales de 2003, el Congreso de la Unión aprobó la Ley General de Desarrollo Social, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de enero de 2004.

Dicha ley estableció de manera categórica los derechos para el desarrollo social: la educación, la salud, la alimentación nutritiva y de calidad, la vivienda digna y decorosa, el disfrute de un medio ambiente sano, el trabajo y la seguridad social y los relativos a la no discriminación, así como que, todas las personas tienen el derecho a participar y a beneficiarse de los programas de desarrollo social, de acuerdo con los principios rectores de la política en la materia.

Y por otro lado estableció que es obligación de Estado garantizar el pleno ejercicio de los derechos sociales consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, asegurando el acceso de toda la población al desarrollo social .

Efecto internacional de la Constitución mexicana

A escala internacional, desde el inicio de su vigencia en 1917, la Constitución fue un referente para la forma de abordar la construcción de visiones sobre el proceso de desarrollo humano.

Más de 30 años después de expedida nuestra Constitución, en los diversos instrumentos internacionales se fue perfilando el Estado Social de Derecho como aquel que garantiza a todos los ciudadanos el acceso a igualdad de oportunidades para el desarrollo de su personalidad.

Así quedó establecido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos en la resolución 217 A de la Asamblea General de Naciones Unidas, de 10 de diciembre de 1948:

Artículo 25

Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad

La Declaración sobre el Derecho al Desarrollo, adoptada por la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas en la resolución número 41/128, del 4 de diciembre de 1986, establece, entre otras cosas:

Artículo 1.

El derecho al desarrollo es un derecho humano inalienable en virtud del cual todo ser humano y todos los pueblos están facultados para participar en un desarrollo económico, social, cultural y político en el que puedan realizarse plenamente todos los derechos humanos y libertades fundamentales, a contribuir a ese desarrollo y a disfrutar de él.

El derecho humano al desarrollo implica también la plena realización del derecho de los pueblos a la libre determinación, que incluye, con sujeción a las disposiciones pertinentes de ambos Pactos internacionales de derechos humanos, el ejercicio de su derecho inalienable a la plena soberanía sobre todas sus riquezas y recursos naturales.

Artículo 2.

La persona humana es el sujeto central del desarrollo y debe ser el participante activo y el beneficiario del derecho al desarrollo.

Artículo 8.

Los Estados deben adoptar, en el plano nacional, todas las medidas necesarias para la realización del derecho al desarrollo y garantizarán, entre otras cosas, la igualdad de oportunidades para todos en cuanto al acceso a los recursos básicos, la educación, los servicios de salud, los alimentos, la vivienda, el empleo, y la justa distribución de los ingresos. Deben adoptarse medidas eficaces para lograr que la mujer participe activamente en el proceso de desarrollo. Deben hacerse reformas económicas y sociales adecuadas con objeto de erradicar todas las injusticias sociales.

El precedente de la Constitución Política de la Ciudad de México

Como señalamos, uno de los ejemplos relevantes en la materia lo ofrece la Constitución de la Ciudad de México, las más vanguardista del país en materia de derechos sociales, la cual cumple este 5 de febrero tres años de haber sido promulgada.

El título segundo, “ Carta de derechos, se enumeran no solamente los derechos humanos tradicionales, sino el conjunto de los derechos sociales como a una ciudad solidaria, sustentable, productiva, incluyente, habitable y segura, que ponen en centro de éstos, el bienestar social de la población.

Asimismo, en dicho documento, en el título tercero, “Desarrollo sustentable de la ciudad”, y en el capítulo único, “Desarrollo y planeación democrática”, se establece:

La planeación será democrática, abierta, participativa, descentralizada, transparente, transversal y con deliberación pública para impulsar la transformación económica, asegurar el desarrollo sustentable, satisfacer las necesidades individuales y los intereses de la comunidad, la funcionalidad y el uso, disfrute y aprovechamiento equitativo de la ciudad, así como propiciar la redistribución del ingreso y la riqueza.

En los artículos de esa norma se establece el concepto de bienestar desde una perspectiva amplia, que abarca varias materias que se abordan en distintos artículos.

La estructura del texto de esta Constitución abreva de la experiencia centenaria de la Constitución General de la República, cuya dinámica reformadora a lo largo de más de 100 años ha impreso a su texto una estructura más diversa en lo relativo a la inclusión de diversos derechos. La Constitución de la Ciudad de México en una primera parte enuncia los derechos de la ciudadanía, destacando entre ellos el concepto de bienestar, para después –en un artículo en particular, el 17– establecer las definiciones del propio concepto y la construcción del sistema de planeación democrática y participativa que debe estructurarse en torno a él para su eficaz ejercicio.

La misma Constitución establece el Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva de la Ciudad de México como eje articulador institucional de las políticas del desarrollo y el bienestar, en un marco de racionalidad presupuestaria y financiera.

El concepto de bienestar aparece referido inicialmente en los artículos 3, 4, 6, 8, 10, 13 y 16, vinculado a una diversidad de materias tales como el medio ambiente, la ciencia y la cultura, la vivienda y el trabajo.

Posteriormente, el artículo 17 formula una definición integradora y establece los principios de la planeación democrática en torno al logro del bienestar.

Así, en el artículo 3, relativo a los principios rectores, en el numeral 2, inciso c), se establece:

c) La función social de la ciudad, a fin de garantizar el bienestar de sus habitantes en armonía con la naturaleza

Posteriormente, en el artículo 4, relativo a los principios de interpretación y aplicación de los derechos humanos, establece en el numeral 4:

Las autoridades adoptarán medidas para la disponibilidad, accesibilidad, diseño universal, aceptabilidad, adaptabilidad y calidad de los bienes, servicios e infraestructura públicos necesarios para que las personas que habitan en la Ciudad puedan ejercer sus derechos y elevar los niveles de bienestar, mediante la distribución más justa del ingreso y la erradicación de la desigualdad.

Más adelante, en el artículo 6, relativo a la ciudad de libertades y derechos, en el inciso D, numeral 1:

1. Se reconoce a las familias la más amplia protección, en su ámbito individual y colectivo, así como su aporte en la construcción y bienestar de la sociedad por su contribución al cuidado, formación, desarrollo y transmisión de saberes para la vida, valores culturales, éticos y sociales.

En el artículo 8, de la ciudad educadora y del conocimiento, se establece en el inciso c), numerales 1 y 4:

1. En la Ciudad de México, el acceso al desarrollo científico y tecnológico es un derecho universal y elemento fundamental para el bienestar individual y social. El gobierno de la ciudad garantizará el libre acceso, uso y desarrollo de la ciencia, la tecnología y la innovación, la plena libertad de investigación científica y tecnológica, así como a disfrutar de sus beneficios.

4. Las autoridades, en el ámbito de sus competencias, fortalecerán y apoyarán la generación, ejecución y difusión de proyectos de investigación científica y tecnológica, así como la vinculación de éstos con los sectores productivos, sociales y de servicios, a fin de resolver problemas y necesidades de la Ciudad, contribuir a su desarrollo económico y social, elevar el bienestar de la población y reducir la desigualdad; la formación de técnicos y profesionales que para el mismo se requieran; la enseñanza de la ciencia y la tecnología desde la enseñanza básica; y el apoyo a creadores e inventores.

En el artículo 10, ciudad productiva, se establece en el inciso b), relativo al derecho al trabajo, en el numeral 1, inciso e):

e) La protección eficaz de las personas trabajadoras frente a los riesgos de trabajo, incluyendo los riesgos psicosociales y ergonómicos, y el desarrollo de las labores productivas en un ambiente que garantice la seguridad, salud, higiene y bienestar.

En el mismo artículo, en los incisos d) y e), se señala lo siguiente:

D. Inversión social productiva

2. Las autoridades contribuirán a la generación de un entorno favorable a la innovación productiva, a la creación de nuevas empresas, al desarrollo y crecimiento de las empresas de reciente creación y a las ya existentes que propicien de manera dinámica, integral y permanente el bienestar económico y social de la ciudad.

E. De las y los campesinos y pequeños propietarios rurales

2. Las autoridades de la ciudad adoptarán las medidas necesarias para salvaguardar el ejercicio de sus libertades en la determinación de las formas y modalidades de producción, comercialización y distribución, con el objetivo de lograr el bienestar de la población campesina.

En el artículo 13, ciudad habitable, se establece en el inciso a), relativo al derecho a un ambiente sano, en el numeral 1:

1. Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. Las autoridades adoptarán las medidas necesarias, en el ámbito de sus competencias, para la protección del ambiente y la preservación y restauración del equilibrio ecológico, con el objetivo de satisfacer las necesidades ambientales para el desarrollo de las generaciones presentes y futuras.

En el mismo artículo, en el inciso F), relativo al derecho al tiempo libre, se señala lo siguiente:

En la Ciudad de México, toda persona tiene derecho a tener tiempo para la convivencia, el esparcimiento, el cuidado personal, el descanso, el disfrute del ocio y a una duración razonable de sus jornadas de trabajo. En atención al principio de igualdad sustantiva, las autoridades impulsarán políticas sociales, económicas y territoriales que liberen tiempo y permitan a las personas alcanzar el bienestar.

En el artículo 16, relativo al ordenamiento territorial, se establece en el inciso E), numeral 1, en materia de vivienda:

1. La vivienda es un componente esencial del espacio urbano, del ordenamiento territorial, de la vida comunitaria y del bienestar de las personas y las familias.

Finalmente, en el artículo 17, relativo al bienestar social y economía distributiva, plantea definiciones esenciales del concepto:

1. La Ciudad de México asume como fines del proceso de desarrollo el mejoramiento de la vida en los órdenes económico, social, ambiental y cultural para afirmar la dignidad de sus habitantes (...)

2. Corresponde al gobierno, planear, conducir, coordinar y orientar el desarrollo de la ciudad, junto con las alcaldías, con la concurrencia participativa y responsabilidad social de los sectores público, privado y social que establezcan un sistema de bienestar social y desarrollo económico distributivo (...)

3. Las políticas sociales y económicas se concebirán de forma integrada y tendrán como propósito el respeto, protección, promoción y realización de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales para el bienestar de la población y la prosperidad de la ciudad, de acuerdo a los principios de interdependencia e indivisibilidad.

A. De la política social

1. Se establecerá y operará un sistema general de bienestar social, articulado, incluyente, participativo y transparente vinculado a la estrategia de desarrollo redistributivo, al que concurrirán las instancias encargadas de las materias correspondientes. El sistema considerará al menos los siguientes elementos:

a) Las políticas y programas del sistema se diseñarán, ejecutarán y evaluarán de acuerdo a los indicadores, metodologías y metas de progresividad que definan el Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva y el Consejo de Evaluación de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias;

b) La ampliación del acceso, la mejoría en la calidad y la actualización de los servicios públicos que incidan en la calidad de vida de los habitantes de la ciudad;

c) La ampliación, actualización, recuperación y mantenimiento de la infraestructura y los equipamientos correspondientes, en igualdad de condiciones de calidad y proporcionalidad en todo el territorio de la Ciudad de México, en tanto son la base material para la prestación de los servicios;

d) El desarrollo y la operación eficiente y transparente de los sistemas de educación, salud, asistencia social, cuidados, cultura y deporte en forma articulada en todo el territorio de la ciudad;

e) La inclusión de la perspectiva de los grupos de atención prioritaria en la planeación y ejecución de todas las políticas y programas del gobierno y las alcaldías de la Ciudad de México, y el desarrollo de los sistemas especializados para su atención;

f) La promoción de sistemas de aseguramiento social de los habitantes de la ciudad; y

g) Los mecanismos para hacer efectivo el derecho al mínimo vital para una vida digna, dando prioridad a las personas en situación de pobreza, que se establecerán de conformidad con los criterios de progresividad, con los indicadores que determine el organismo constitucional federal competente y las metas evaluables que fije el organismo local correspondiente.

La legislación en la materia contendrá los criterios y procedimientos para los programas sociales públicos, las transferencias monetarias y los demás instrumentos que se apliquen, asegurando el uso eficaz y transparente de los mecanismos financieros que para el efecto se dispongan.

2. Las políticas y programas sociales de la Ciudad de México y de las demarcaciones se realizarán con la participación de sus habitantes en el nivel territorial que corresponda, de acuerdo con lo que en la materia establezca esta Constitución.

3. Los programas de atención especializada y de transferencias monetarias y en especie que realicen el gobierno de la ciudad y las alcaldías, serán auditables y contarán con un padrón único, con transparencia y rendición de cuentas.

4. La ley establecerá las características, prioridades, criterios de progresividad y plazos para los programas de atención especializada y transferencias, a fin de garantizar a largo plazo el acceso efectivo a esos programas.

5. Queda prohibido a las autoridades de la ciudad, partidos políticos y organizaciones sociales utilizar con fines lucrativos o partidistas, las políticas y programas sociales. Las leyes correspondientes establecerán las sanciones a que haya lugar.

Lo anterior se estructura a través del Instituto de Planeación Democrática, previsto en el artículo 5, que establece la progresividad de los derechos, en su inciso A, numerales 1 y 2 de la propia Constitución, estableciendo la obligación constitucionalidad de cumplir dichos objetivos en un marco de certeza y racionalidad presupuestaria y financiera de la siguiente forma:

Progresividad de los derechos

1. Las autoridades adoptarán medidas legislativas, administrativas, judiciales, económicas y las que sean necesarias hasta el máximo de recursos públicos de que dispongan, a fin de lograr progresivamente la plena efectividad de los derechos reconocidos en esta Constitución. El logro progresivo requiere de una utilización eficaz de los recursos de que dispongan y tomando en cuenta el grado de desarrollo de la ciudad.

2. El Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva de la Ciudad de México establecerá un sistema de indicadores de estos derechos que permitan fijar metas en el presupuesto anual y evaluar la garantía de su cumplimiento progresivo, tomando como base los niveles esenciales y alcanzados de satisfacción conforme a lo previsto en la ley.

3. El ejercicio de la hacienda pública se orientará al cumplimiento efectivo de los derechos.

Honorable asamblea:

Por todo lo expuesto y recordado creemos necesario elevar a rango constitucional el derecho al bienestar, como derecho humano y articulador de los otros derechos sociales, y el derecho a participar y gozar de los programas sociales que en el marco de la planeación democrática y de las leyes en la materia las autoridades deban establecer.

Por ello es indispensable hacer del bienestar un derecho, que permita articular a todos los demás derechos sociales, consagrados en la Constitución y otras leyes, porque toda persona tiene derecho al bienestar, entendido como la satisfacción de sus necesidades materiales y espirituales en todo su ciclo de vida, y a ejercer a plenitud su derecho a la educación, salud, alimentación, seguridad social, vivienda y ambiente sustentable.

Lo anterior, en el entendido de que los programas que propicien y garanticen estos derechos, tienen que derivar del Sistema Nacional de Planeación Democrática; es decir, provenir de la elaboración y aprobación del Plan Nacional de Desarrollo, que llevan a cabo conjuntamente el Ejecutivo federal y la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión y de los programas sectoriales, especiales, regionales, institucionales, que llevan a cabo las dependencias de la administración pública federal y los correspondientes de las entidades federativas, los órganos autónomos y las autoridades municipales.

Ello implica

1. Que debe darse una amplia participación y consulta de los diversos grupos sociales, con el propósito de que la población exprese sus opiniones para la elaboración, actualización y ejecución del plan y los programas que de él se deriven, y en donde las organizaciones representativas de los obreros, campesinos, pueblos y grupos populares; de las instituciones académicas, profesionales y de investigación de los organismos empresariales; y de otras agrupaciones sociales, participen como órganos de consulta permanente en los aspectos de la planeación democrática relacionados con su actividad a través de foros de consulta popular y en donde participarán los diputados y los senadores del Congreso de la Unión;

2. Que los mecanismos de consulta y participación faciliten la toma de decisiones, desde un modelo no sustitutivo de su voluntad. Es decir, no deben ser interpretados o dispuestos unilateralmente por las autoridades y no deben ofrecer solamente apoyos de orden económico en detrimento de otros derechos que impidan o conculquen un pleno bienestar de la población; y

3. Deben contener las previsiones sobre los recursos que serán asignados a tales fines; determinando con claridad y transparencia los instrumentos y responsables de su ejecución, estableciendo los lineamientos de política de carácter global, sectorial y regional; dichas previsiones, se referirán al conjunto de la actividad económica, social, ambiental y cultural, y regirá el contenido de los programas que se generen en el sistema nacional de planeación democrática.

Por todo ello se propone lo siguiente:

Por lo expuesto me permito poner a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 4o. y 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para incluir el concepto de bienestar

Único. Se adicionan un tercero, cuarto, quinto, sexto y séptimo párrafos al artículo 4o., recorriéndose los subsecuentes, y se reforma el primer párrafo y se adiciona un segundo párrafo, recorriéndose los subsecuentes, al inciso A del artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 4o....

...

Toda persona tiene derecho al bienestar, entendido como la satisfacción de sus necesidades materiales y espirituales en todo su ciclo de vida, y a ejercer a plenitud sus derechos a la educación, salud, alimentación, seguridad social, vivienda y medio ambiente sustentable.

Toda persona tiene derecho a participar y obtener beneficios de los programas de bienestar, de acuerdo con los principios rectores del Plan Nacional de Desarrollo aprobado por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión y de la política de bienestar, en los términos que establezca la ley y la normatividad de cada programa.

Las autoridades establecerán un conjunto integrado y coordinado de políticas, programas, acciones y metas necesarias para garantizar a todos los habitantes del país, el disfrute eficaz y pleno de los derechos que la presente Constitución otorga, en el marco del Sistema Nacional de Planeación Democrática y de la prestación de servicios públicos universales, accesibles, pertinentes, suficientes y de calidad.

Dicho conjunto de políticas atenderá, de manera prioritaria, a las personas en situación de dependencia por enfermedad, discapacidad, ciclo vital, especialmente la infancia y la vejez y a quienes, de manera no remunerada, están a cargo de su cuidado.

Estas personas tienen derecho a ser consultadas en la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo y de los planes de las entidades federativas, de los Municipios y, cuando proceda, de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, a través de mecanismos de consulta y participación que faciliten la toma de decisiones, desde un modelo no sustitutivo de su voluntad.

...

...

...

...

...

...

...

...

...

...

...

Artículo 26.

A. El Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que asegure el bienestar de la población, imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.

El Estado asume como fines del proceso de desarrollo, el bienestar de la vida de los ciudadanos en los órdenes económico, social, ambiental y cultural, en términos de lo señalado en el artículo 4o.

...

...

...

B....

...

...

...

...

...

...

C....

...

...

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Cámara de Diputados del Congreso de la Unión: consultado el 3 de febrero de 2020,

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cpeum_crono.htm

2 https://sjf.scjn.gob.mx/SJFSist/Paginas/DetalleGeneralV2.aspx?ID= 2011316&Clase=DetalleTesisBL&Semanario=0#

Fuentes consultadas

1 http://hdr.undp.org/sites/default/files/2018_human_development_ statistical_update_es.pdf

2 https://www.coneval.org.mx/InformesPublicaciones/InformesPublicaciones/Paginas/ Publicaciones-sobre-Medicion-de-la-pobreza.aspx

3 https://www.coneval.org.mx/SalaPrensa/Comunicadosprensa/Documents/2019/COMUNICA DO_10_MEDICION_POBREZA_2008_2018.pdf

4 Ibídem.

5 https://www.coneval.org.mx/Medicion/Paginas/PobrezaInicio.aspx

6 Ibídem.

7 Ibídem.

8 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cpeum/DD_Constituyente.pdf

9 A cien años de la primera Constitución social, en https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/9/4320/9.pdf

10 https://www.un.org/es/universal-declaration-human-rights/

11 https://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/RightToDevelopment.aspx

Dado en salón de sesiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a 5 de febrero de 2020.— Diputadas y diputados: Dulce María Sauri Riancho, Ana Lilia Herrera Anzaldo, Anilú Ingram Vallines, Benito Medina Herrera, Brasil Alberto Acosta Peña, Carlos Pavón Campos, Claudia Pastor Badilla, Cruz Juvenal Roa Sánchez, Eduardo Zarzosa Sánchez, Enrique Ochoa Reza, Ernesto Javier Nemer Álvarez, Fernando Donato de las Fuentes Hernández, Fernando Galindo Favela, Frinné Azuara Yarzabal, Héctor Yunes Landa, Higinio del Toro Pérez, Irma María Terán Villalobos, Isaías González Cuevas, Ismael Alfredo Hernández Deras, Juan Francisco Espinoza Eguia,Juan José Canul Pérez, Juan Ortiz Guarneros, Lenin Nelson Campos Córdova, Lourdes Erika Sánchez Martínez, Luis Eleusis Leónidas Córdova Morán, Manuel Limón Hernández, Marcela Guillermina Velasco González, Margarita Flores Sánchez, María del Carmen Cabrera Lagunas, María Ester Alonzo Morales, María Lucero Saldaña Pérez, María Sara Rocha Medina, Martha Hortencia Garay Cadena, Norma Adela Guel Saldívar, Pablo Guillermo Angulo Briseño, Pedro Pablo Treviño Villarreal, Ricardo Aguilar Castillo, Rubén Ignacio Moreira Valdez, Ximena Puente de la Mora (rúbricas).»

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Muchas gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.



LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Hildelisa González Morales, del Grupo Parlamentario del PT, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

La diputada Hildelisa González Morales:Con el permiso de la Presidencia.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Adelante.

La diputada Hildelisa González Morales: La presente iniciativa pretende apoyar, ayudar y fomentar una sana alimentación en los menores, además de que se genere el vínculo entre madre, niñas y niños, tan importante en los primeros años de vida.

Está plenamente comprobado que el amamantar al menor reduce la mortalidad infantil. Los niños y las niñas que reciben leche materna durante sus primeros meses de vida tienen más posibilidades de sobrevivir, ya que obtienen nutrientes y anticuerpos especiales que refuerzan su sistema inmunológico, mismos que solo la leche materna proporciona de manera natural.

La leche materna protege el menor de infecciones respiratorias, gripe, asma, así como de enfermedades gastrointestinales y alergias. Evita el estreñimiento, ya que es de fácil digestión. Alimentar a un niño recién nacido ayuda a prevenir la obesidad infantil, problema tan delicado en nuestro país.

La lactancia materna ayuda a los padres en la economía de la familia, ya que no se genera gasto para la alimentación del menor en sus primeros seis meses de vida, así como a prevenir enfermedades del menor.

En la madre está científicamente comprobado que ayuda a reducir el riesgo de cáncer de mama y ovarios, y reduce el riesgo de depresión posparto, así como el riesgo de anemia. La lactancia materna ayudará a que se prevengan múltiples enfermedades en la etapa adulta de todos los menores alimentados de esta manera y se reduce el riesgo en el menor de muerte súbita.

Las salas de lactancia materna deben estar adecuadas y equipadas para que sean prácticas, cómodas, con la higiene requerida para evitar poner en riesgo la salud de los niños y las niñas, y que las madres amamanten de forma tranquila y sin tener necesidad de irse a lugares con nula higiene o tener que esconderse para amamantar a sus hijos.

En las últimas fechas se han documentado casos donde se ha generado violencia hacia madres por estar amamantando en lugares públicos como museos, entre otros, cuando debería ser algo natural y elemental para madre e hijo, ya que se le está brindando alimentación, salud y bienestar al menor. Por tal motivo, propongo la adición a la fracción III Bis al artículo 50 de la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue:

En cada edificio público de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como en los órganos constitucionales autónomos de carácter federal, los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como los órganos autónomos de carácter estatal, ayuntamientos y demarcaciones territoriales, museos públicos y todas las instituciones públicas para que al menos haya una sala acondicionada para la lactancia materna, para que las madres puedan amamantar de manera adecuada y tranquila a los menores y así aprovechar las ventajas de la lactancia materna.

No más madres escondiéndose o cubriéndose para amamantar a sus hijos. Es cuanto.

«Iniciativa que adiciona el artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Hildelisa González Morales, del Grupo Parlamentario del PT

La suscrita, Hildelisa González Morales, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en relación con los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adiciona la fracción III Bis al artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La presente Iniciativa pretende apoyar y ayudar a una sana alimentación del menor y que se genere el vínculo madre, niñas y niños tan importante en sus primeros años de vida, está plenamente comprobado que al amamantar al menor se reduce la mortalidad infantil, los niños y las niñas que reciben leche materna durante sus seis primeros meses de vida tiene más posibilidades de sobrevivir, ya que obtiene nutrientes y anticuerpos especiales que refuerzan el sistema inmunológico mismos que sólo la leche materna proporciona de forma natural.

La leche materna protege al menor de infecciones respiratorias, gripe, asma y de enfermedades gastrointestinales y alergias, evita el estreñimiento ya que es de fácil digestión alimentar a un recién nacido ayuda a prevenir la obesidad infantil problema de salud delicado en el país.

La lactancia materna ayuda a los padres en la economía de la familia, ya que no se genera gasto para la alimentación del menor en sus primeros 6 meses de vida, así como ayuda a prevenir enfermedades en el menor.

En la madre está científicamente comprobado que ayuda a reducir el riesgo de cáncer de mama y ovario, reduce el riesgo de depresión posparto, así como el riesgo de anemia.

La lactancia materna ayudará a que se prevengan múltiples enfermedades en la etapa adulta de todos los menores alimentados de esta manera, y reduce el riesgo de muerte súbita en el menor.

Las salas de lactancia materna deben estar adecuadas y equipadas para que sean prácticas, cómodas y con la higiene requerida para evitar poner en riesgo la salud de las niñas y niños y que las madres amamanten de forma tranquila y sin tener la necesidad de meterse a lugares con nula higiene o tenerse que esconder para alimentar a los hijos.

En últimas fechas se han documentado casos de violencia hacia madres por estar amamantando a los hijos en museos, de muchas otras que no se han documentado, cuando deberían de ser algo natural y elemental para la madre e hijo, ya que le está brindando alimentación, salud y bienestar al hijo.

Por las consideraciones expuestas y con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a su consideración la presente iniciativa con proyecto de

Decreto que adiciona la fracción III Bis al artículo 50 de la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes

Único. Se adiciona la fracción III Bis al artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue:

Artículo 50. ...

I. a III. ...

III Bis. En cada edificio público de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como en los órganos constitucionales autónomos de carácter federal los poderes ejecutivos, legislativos, judicial y órganos autónomos de carácter estatal, ayuntamiento y demarcación territoriales, museos, e instituciones públicas habrá al menos una sala de lactancia materna para que las madres puedan amamantar de manera adecuada y tranquila a sus menores y así aprovechar las ventajas de la lactancia materna.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de febrero de 2020.— Diputadas y diputados: Hildelisa González Morales, Alejandro Barroso Chávez, José Mario Osuna Medina, Lizeth Amayrani Guerra Méndez, Martha Estela Romo Cuéllar, Martha Robles Ortiz, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Simey Olvera Bautista (rúbricas).»

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Muchas gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen.



LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Martha Tagle Martínez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 57 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

La diputada Martha Angélica Tagle Martínez:Gracias, presidente.

31 de mayo del 2019: “Hay que pensar antes de abrir las piernas y dejarse embarazar”. Diputado local de Puebla Héctor Alonso Granados.

16 de agosto de 2019: “A veces les digo a las muchachas para qué quieren al marrano si solo quieren un pedazo de chorizo o de longaniza, porque hay mujeres tan cobardes y tan sucias que están solas”. Carlos Peredo, alcalde de Teziutlán.

4 de septiembre de 2019: “Yo le digo de otra manera porque soy terracalenteño. Hay que atender a la primera piruja, a la segunda piruja, a la tercera, a la cuarta y hasta a la quinta”. José Manuel Mireles, subdelegado del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales del ISSSTE.

10 de octubre del 2019: “Es lo malo de sacar a las personas de la cocina y darles una curul”. En una participación desde la tribuna, refiriéndose a las diputadas presentes, del diputado José Casas González, diputado local del Congreso del Estado de Morelos.

28 de enero de este año: “Ay, señora, a mí me vale madres que su hija fuera víctima de trata. Dele gracias a Dios que este señor se tomó la molestia de avisarle dónde estaba el cuerpo”. Declaraciones de un agente de la Fiscalía de Justicia de la Ciudad de México a la mamá de Érika, una joven de 23 años que fue hallada muerta después de haber sido vendida 10 veces en la Ciudad de México.

Estas son solo algunas de las expresiones misóginas cometidas por servidores públicos. Además, servidores públicos de todos los niveles de gobierno. Y lo mismo hay servidores públicos que han sido electos que designados y que, de acuerdo con el artículo 108 constitucional, todos ellos son funcionarios públicos.

Como acción, la violencia debe ser interrogada por los efectos específicos que produce en cada circunstancia determinada. Doblega, explota, destruye, coacciona, degrada, hasta llegar a constituirse en una manera en que la vida misma puede ser anulada o constituida.

En el ejercicio de violencia puede llegar a aprovechar y reforzar la naturalización de las condiciones degradantes que marcan y se inscriben en los cuerpos: la diferencia racial, el género, la edad, las condiciones históricas, etcétera. La gravedad de las distintas manifestaciones de la violencia de género contra las mujeres, de acuerdo con su magnitud, alcance y consecuencias individuales y sociales exige acciones urgentes, para atender y proteger a las víctimas y garantizar que el Estado cuente con los instrumentos para sancionar a los agresores, en este caso a quienes funjan como servidores públicos.

En ese sentido, esta iniciativa tiene como objetivo considerar como falta grave la violencia contra las mujeres, como una forma de abuso de las funciones establecido en el artículo 57 de la Ley General de Responsabilidades de los Servidores Públicos, el agregar: La violencia de género como conducta grave que constituya una falta administrativa permitirá que, a juicio de la Sala del Tribunal Federal de Justicia Administrativa y los procedimientos que marca la Ley General de Responsabilidades Administrativas, se puedan imponer a un servidor público en funciones una o más de las siguientes sanciones: ser suspendido del empleo, destituirlo, una sanción económica o la inhabilitación temporal.

Es importante mencionar que, si bien se establece como falta grave la violencia hacia las mujeres, la ley contempla varios filtros para que se tenga certeza jurídica de la conducta que comete el servidor público, que están contenidas en el Libro Segundo, Título Primero y los demás artículos que van en esta Ley de Responsabilidades Administrativas.

Así pues, compañeras y compañeros diputados, debemos atender con medidas legislativas que nos ayuden a que este tipo de funcionarios públicos no sigan en los hechos y con sus dichos reproduciendo la violencia contra las mujeres.

Si esos funcionarios no son sancionados de manera realmente que se pueda ver y comprobar, incluso con la inhabilitación, van a seguirse reproduciendo la violencia de género. Por eso les invito a que se sumen a esta iniciativa de reforma a la Ley de Responsabilidades Administrativas de los servidores públicos. Es cuanto, presidente. Muchas gracias.

«Iniciativa que adiciona el artículo 57 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, a cargo de la diputada Martha Angélica Tagle Martínez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La suscrita diputada Martha Tagle Martínez, integrante de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un segundo párrafo al artículo 57 de la Ley de Responsabilidades Administrativas, de conformidad con las siguientes:

Planteamiento del Problema

- 31 mayo 2019. “Hay que pensar antes de abrir las piernas y dejarse embarazar”; diputado local de Puebla Héctor Alonso Granados”.

- 16 agosto 2019. “A veces le digo a las muchachas, ¿para qué quieren al marrano si solo quieren un pedazo de chorizo o de longaniza?, porque hay mujeres tan cobardes y tan sucias que están solas: Carlos Peredo Grau, alcalde de Teziutlán, Puebla”.

- 3 septiembre 2019. “Todo bien en casita, hijas de su puta madre”: Joel Zamora Montes, funcionario del enlace del Instituto Oaxaqueño de Atención al Migrante, en el municipio de Huajuapan de León. Fueron las declaraciones respecto a una protesta de mujeres.

- 4 septiembre 2019. “(...), yo le digo de otra manera porque soy terracalenteño, hay que atender a la primera piruja, a la segunda piruja, a la tercera, a la cuarta y hasta la quinta”: José Manuel Mireles Valverde, subdelegado del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste) en Michoacán.

- 10 septiembre 2019. “(...) amenazó con llevarme 15 mil personas a tomar la delegación si no le daba una base, porque había conocido una nalguita nueva. Son palabras de él, no mías. Yo las llamo de otra cosa, a lo mejor más feo, pero esas no son palabras mías”, se escucha decir a José Manuel Mireles Valverde en una grabación.

- 4 octubre 2019. “(...) es más bocona que la chingada, -pidió que le hicieran llegar elementos para- “ponerle una chinga la próxima vez que abra la boca”, esto dijo el diputado federal Gerardo Fernández Noroña.

- 10 octubre 2019. “(...) es lo malo de sacar a las personas de la cocina y darles una curul – en una participación desde tribuna refiriéndose a las diputadas presentes-”, José Casas González, diputado local del Congreso del estado de Morelos,  en uso de la tribuna.

-27 noviembre 2019. “(...) en este caso recordemos que bueno, primero es el sexo débil y bueno, hay que defenderlo como tiene que ser yo creo que la mayoría de los hombres de alguna manera podemos valernos por sí solos y la mujer siempre ha necesitado ese apoyo por parte del hombre”. Así respondió el diputado local de Tamaulipas, Rigoberto Ramos Ordóñez, en una entrevista en el marco del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres.

Estas son solo algunas de las declaraciones que los medios de comunicación han captado y difundido, todas ellas tienen un común denominador, proceden de servidores públicos de diferentes ámbitos y niveles de gobierno, una evidente diatriba dirigida hacia sus congéneres que denota la severa fragmentación de la deontología en el servicio público utilizando lenguaje soez y conducta ajena a sus principios; a pesar de contar con un Sistema de responsabilidades en la Constitución (Título IV) que tiene su origen en el juicio de residencia español que hereda de la Constitución de Apatzingán, hasta las más recientes reformas constitucionales que fueron impulsadas por la sociedad civil; aprobadas en el 2015 y que son génesis del Sistema Nacional Anticorrupción, mediante decreto publicado el 18 de julio de 2016 en el Diario Oficial de la Federación, por el que se expide la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Recordemos que dichos principios están implícitos en la fracción III del artículo 109 constitucional; en los artículos 7 y 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; en el artículo 5 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; aunado al código de ética en términos del artículo 37, fracción XXVIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en caso de los servidores públicos del gobierno federal.

Por lo anterior, es menester poner en la picota pública que aquellas personas que están consideradas en términos del artículo 108 de la Constitución, ya sea que hayan sido elegidos por la ciudadanía, nombradas o designadas para ocupar cargos en algunos de los órganos del Estado, son los agentes que hacen posible preservar el interés público y de cumplir con los objetivos y funcionamiento de un Estado democrático, de ahí que en todo momento deben observar una conducta apegada a la ética pública. Fraga señala que, en el acto de nombramiento de un servidor público, convergen la voluntad del Estado que nombra y la del particular que acepta, en donde este último acepta someterse a un sistema normativo bajo ciertos principios que guíen su comportamiento y actuar en prevalencia del bienestar e interés público, siendo estos un antídoto para impedir que una determinada moral privada se imponga en el ejercicio del poder y las funciones que desempeñe.

Por ello, las declaraciones recalcitrantes de los servidores públicos mencionadas al comienzo tienen grandes implicaciones al ser un indicio de un múltiple y profundo deterioro al interior del servicio público empero sobre todo de la nula aplicación de los principios del mismo que rigen a los representantes de elección popular, los miembros del Poder Judicial de la Federación, los funcionarios y empleados y, en general, del personal que desempeñen un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en el Congreso de la Unión, incluyendo a los servidores públicos de los organismos públicos autónomos; que atentan contra el Estado democrático en detrimento de la dignidad humana, ya que si bien contamos con un marco legal como es la Ley General de Responsabilidades Administrativas, “el sistema de responsabilidades debe ser entendido no solamente como un catálogo de deberes burocráticos y de buenas intenciones, sino como la expresión deontológica del ejercicio del poder público y de la administración como su más importante manifestación interna,”  que debe concretar resultados, cuidando los procesos, el trato igualitario a las personas y a sus derechos que (más allá de su riqueza o género, por ejemplo) y acatando el marco normativo establecido.

Si bien estamos a favor de la implementación de un marco que regule la selección, ingreso, formación permanente, desempeño, estímulos y promoción que permitan desarrollar un conjunto de capacidades técnicas de aquellas personas que ingresan al servicio público, es ineludible mencionar que nos encontramos en un sistema en el que dicho por el doctor Mauricio Merino, el acceso a los puestos públicos está basado en las credenciales políticas de los aspirantes, en la lealtad a su equipo o amigo, y no en sus capacidades, habilidades o méritos profesionales; y en palabras del doctor David Arellano: la administración pública ha sido un instrumento de poder en manos del gobernante en turno, se trata de un sistema de botín donde los cargos públicos son prebendas a repartir a los leales al grupo en el poder.

De lo anterior la importancia de activar los principios y obligaciones de las personas servidoras públicas contenidas en el artículo 7 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, con el fin de que prevalezca el interés público de manera ostensible y permanente.

Es debido al creciente y encrudecido número de casos de violencia contra las mujeres y, en el contexto de las expresiones denigrantes provenientes de servidores públicos que violentan a las mujeres mediante el discurso, proferido no únicamente en el insulto que arremete y lastima como un arma; hay más bien violencia en la irresponsabilidad del discurso cuando este dice todo y nada, sobrenombra, generaliza y no permite pensar. Como acción, la violencia debe ser interrogada por los efectos específicos que produce en cada circunstancia determinada: doblega, explota, destruye, coacciona, degrada; hasta llegar a constituirse en una manera en la que la vida misma puede ser anulada o constituida. El ejercicio de la violencia puede llegar a aprovechar y reforzar la naturalización de condiciones degradantes que marcan y se inscriben en los cuerpos –la diferencia racial, el género, la edad, condiciones históricas, etcétera–; en este sentido, se apropia de la alteridad y la instrumentaliza (coarta los vínculos solidarios).

Así, el objetivo de la presente iniciativa es considerar falta grave la violencia contra las mujeres como una forma de abuso de funciones establecido (artículo 57) en la Ley General de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

La gravedad de las distintas manifestaciones de la violencia de género contra las mujeres, de acuerdo a su magnitud, alcance y consecuencias individuales y sociales, exige acciones urgentes para atender y proteger a las víctimas y garantizar que el Estado cuente con los instrumentos para sancionar a los agresores, en este caso quienes funjan como servidores públicos. De igual modo, es necesario diseñar e implementar estrategias preventivas en las instancias políticas, legislativas, judiciales y educacionales, cuyos efectos positivos se podrán visualizar a mediano y largo plazo.

Desde 1986, la violencia contra las mujeres dejó de ser un asunto privado (o doméstico), para convertirse –y ser ubicado– como un problema social y de prioridad en la agenda política de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Así, el organismo precisa que la violencia de género es “todo acto que resulta o puede resultar en daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, incluyendo las amenazas de tales actos, la coerción o las privaciones arbitrarias de la libertad, que ocurren tanto en la vida pública como en la privada” (ONU 2003).

Ante ello, Kofi Annan, secretario general del organismo, ha señalado que “la violencia en contra de las mujeres quizá es la violación de derechos humanos más vergonzosa, y tal vez la más dominante. No tiene límites geográficos, culturales o de riqueza. Mientras continúe, no podemos decir que hayamos tenido un progreso real hacia la equidad, el desarrollo y la paz”.

La violencia de género, es decir aquella que se ejerce hacia las mujeres por el hecho de ser mujeres, ha sido históricamente tolerada –y en ocasiones justificada– porque se ejerce sobre personas del sexo femenino (niñas, adolescentes, jóvenes, adultas y adultas mayores). En ocasiones, esta violencia es ejercida de manera consciente con el fin de perpetuar el poder y el control masculino, otras veces es inconsciente (socialmente aprendida), pero también refuerza la subordinación femenina (Ceameg, 2007).

Esta violencia se presenta en todos los ámbitos y es ejercida por diversos actores: la pareja, familiares, desconocidos, entre otros. Con matices propios, esto constituye un fenómeno extendido en América Latina, y se particulariza dependiendo las características de las mujeres con características y matices diferentes: estado civil, edad, etnia, orientación sexual, etcétera.

Es imprescindible analizar el tema de los derechos humanos y, sobre todo, el de la violencia de género contra las mujeres desde una perspectiva que ofrezca posibilidades de cambios culturales. Por ello, hay que tomar en consideración que estas temáticas se vinculan directamente con la distribución desigual del poder en las sociedades, por lo que se requieren profundas modificaciones en las relaciones entre hombres y mujeres. Asimismo, el cambio social que exige el respeto de los derechos de las mujeres debe situarlas en el centro de las transformaciones con sus diversas formas de pensar, sentir y actuar. Sus experiencias históricas y cotidianas se deben tomar en cuenta en la reformulación del contenido y significado de los derechos humanos, puesto que su definición y su práctica no deben separarse de la vida concreta de las personas.

Ante la ley, las mujeres gozan de igualdad de derechos, así como al respeto de su autonomía. Por ejemplo, lo dispuesto en la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, y la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. Por su parte, en nuestro país, leyes como la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres o la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Recordemos que luego de la reforma constitucional de 2011, las y los servidores públicos están obligados a guiar su actuar en el marco de respeto a los derechos humanos y a lo que mandaten los instrumentos internacionales en la materia, en ese sentido cobra relevancia el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, contemplado en la Convención Belem do Pará y en la Ley de Acceso de las mujeres a una vida libre de violencia.

En consecuencia, toda persona que funja como servidora pública debiera garantizar el cumplimiento del andamiaje jurídico existente para garantizar a las mujeres el ejercicio pleno de este derecho.

Si bien, la reformulación de las relaciones –desiguales– de género es un proceso radical donde cada vez hay un mayor consenso de los gobiernos, es urgente la revisión y evaluación de las acciones diseñadas para erradicar la asociación/identificación de las mujeres con posiciones de inferioridad o de subordinación, y en consecuencia aquellas encaminadas a atender las expresiones de violencia contra las mujeres.

Pese a la gravedad del fenómeno y al compromiso de los gobiernos, no se ha logrado garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. Una de las principales razones es el propio sistema de justicia –enmarcado en un contexto de impunidad– que impera en países como México. La impunidad, entendida como “la inexistencia, de hecho o de derecho, de responsabilidad penal por parte de los autores de violaciones, así como de responsabilidad civil, administrativa o disciplinaria, porque escapan a toda investigación con miras a su inculpación, detención, procesamiento y, en caso de ser reconocidos culpables, condena a penas apropiadas, incluso a la indemnización del daño causado a sus víctimas, es una realidad tan omnipresente como la corrupción” (IMCO, 2015).

En este sentido, es necesario señalar los casos de servidores públicos, quienes –en el amparo de su cargo– cometen violencia de género principalmente contra sus parejas y posteriormente en ejercicio de sus funciones exacerban su conducta hacia las mujeres

Dentro de las obligaciones de quienes son considerados como servidores públicos (artículo 108 constitucional) está el observar una conducta ejemplar debido a las responsabilidades que recaen en su persona. De ahí que el cometer violencia de género constituya una razón de peso, por ello se propone considerar como falta grave; con ello el servidor público deberá responder ante su actuación y los hechos que denoten la omisión de los principios deontológicos del servicio público y sobre todo por la evidente violación a los derechos humanos de las mujeres.

En tal virtud, a razón de los motivos expuestos se propone la siguiente modificación:

Fundamento Legal

Por lo anteriormente expuesto, la suscrita diputada federal integrante de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que adiciona un segundo párrafo al artículo 57 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas

Artículo Único. Se adiciona un segundo párrafo al artículo 57 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Artículo 57. Incurrirá en abuso de funciones el servidor público que ejerza atribuciones que no tenga conferidas o se valga de las que tenga, para realizar o inducir actos u omisiones arbitrarios, para generar un beneficio para sí o para las personas a las que se refiere el artículo 52 de esta Ley o para causar perjuicio a alguna persona o al servicio público.

Será responsable de abuso de funciones el servidor público que en ejercicio de sus funciones ejerza violencia contra las mujeres.

Notas

1 Karen. “Hay que pensar antes de abrir las piernas y dejarse embarazar”, diputado de Morena. Plumas atómicas [en línea] 31 de mayo de 2019. Disponible en:

https://plumasatomicas.com/noticias/extraordinario/hay-que-pens ar-antes-de-abrir-las-piernas-y-dejarse-embarazar-diputado-de-morena/

2 López, Esteban de Jesús. Exhiben a alcalde de Teziutlán en Puebla por misógino; llama a mujeres cobardes y sucias. Central [en línea] 14 de agosto de 2019. Disponible en:

https://www.periodicocentral.mx/2019/politica/item/18612-exhibe n-a-alcalde-de-teziutlan-en-puebla-por-misogino-llama-a-mujeres-cobardes-y-suci as#ixzz61o3eqxYW

3 Indigo Staff. Funcionario en Oaxaca es cesado por misoginia. Indigo [en línea] 3 de septiembre de 2019. Disponible en línea:

https://www.reporteindigo.com/reporte/funcionario-en-oaxaca-es- cesado-por-misoginia/

4 García Tinoco, Manuel. Mireles llama ‘pirujas’ a concubinas. Excelsior [en línea] 4 de septiembre de 2019. Disponible en:

https://www.excelsior.com.mx/nacional/mireles-llama-pirujas-a-c oncubinas/1334476

5 Redacción. Mireles lo vuelve a hacer: llama ?nalguita’ a una mujer. El Heraldo de México [en línea]. Disponible en:

https://heraldodemexico.com.mx/estados/mireles-lo-vuelve-a-hace r-llama-nalguita-a-una-mujer/

6 Juárez, Diana. Las frases machistas de la 4T. La Silla Rota [en línea] 10 octubre de 2019. Disponible:

https://lasillarota.com/lacaderadeeva/las-frases-machistas-de-l a-4t-adriana-davila-4t-vivian-romeu-gendes/325368

7 Ruido en la red. En pleno siglo XXI el diputado local de Morelos @pepecasas_ les dice a las diputadas de Morelos que “es lo malo de sacar a las personas de la cocina y darles una curul” @RuidoEnLaRed

https://twitter.com/ruidoenlared/status/1182687304302727168?s=1 2

8 Fierro, Ana Elena. “Responsabilidad de los Servidores públicos: del castigo a la confianza”. Fondo de Cultura Económica, 2017 Página 35.

9 Delgadillo, Gutiérrez, L.H., Sistema de Responsabilidades de los Servidores Públicos, México, Porrúa, 2005. p XIII.

10 Arellano Gault, David. Servicio Público en democracia: gestión de desconfianza institucionalizada. Administración Pública CIDE [en línea] 2015. Disponible en:

http://administracionpublica.cide.edu/servicio-publico-en-democ racia-gestion-de-desconfianza-institucionalizada/

11 Ibíd. Fierro, Ana Elena.

12 Martínez de la Escalera, Ana María. Alteridad y exclusiones. Vocabulario para el debate social y político. Erika Lindig Cisneros, Coordinadoras. UNAM, disponible en línea:

http://www.aef.unam.mx

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de febrero de 2020.— Diputadas y diputados: Martha Angélica Tagle Martínez, Abelina López Rodríguez, Adriana Lozano Rodríguez, Ana Karina Rojo Pimentel, Ana Laura Bernal Camarena, Ana María Rodríguez Ruiz, Ana Priscila González García, Ariel Rodríguez Vázquez, Armando Javier Zertuche Zuani, Azael Santiago Chepi, Beatriz Dominga Pérez López, Bonifacio Aguilar Linda, Carlos Iván Ayala Bobadilla, Carmen Julia Prudencio González, Claudia Angélica Domínguez Vázquez, Claudia Tello Espinosa, Clementina Martha Dekker Gómez, Dulce María Corina Villegas Garneros, Dulce María Méndez de la Luz Dauzón, Eleuterio Arrieta Sánchez, Erika Mariana Rosas Uribe, Esmeralda de los Angeles Moreno Medina, Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, Flora Tania Cruz Santos, Frinné Azuara Yárzabal, Graciela Zavaleta Sánchez, Higinio del Toro Pérez, Hildelisa González Morales, Irma María Terán Villalobos, Isaías González Cuevas, Jannet Téllez Infante, Javier Ariel Hidalgo Ponce, Jorge Eugenio Russo Salido, Juan Carlos Villarreal Salazar, Juan Francisco Ramírez Salcido, Juan José Canul Pérez, Juan Martín Espinoza Cárdenas, Juan Martínez Flores, Julieta Kristal Vences Valencia, Julieta Macías Rábago, Julio Carranza Aréas, Leticia Díaz Aguilar, Lidia García Anaya, Lizeth Amayrani Guerra Méndez, Lorena del Socorro Jiménez Andrade, Lourdes Celenia Contreras González, Lourdes Erika Sánchez Martínez, Lucinda Sandoval Soberanes, Margarita Flores Sánchez, Margarita García García, María del Carmen Cabrera Lagunas, María Libier González Anaya, María Lucero Saldaña Pérez, María Rosete, Mariana Rodríguez Mier y Terán, Maribel Martínez Ruiz, Mario Alberto Rodríguez Carrillo, Mario Ismael Moreno Gil, Martha Angélica Zamudio Macías, Martha Estela Romo Cuéllar, Martha Robles Ortiz, Nancy Yadira Santiago Marcos, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Olegaria Carrazco Macías, Pilar Lozano Mac Donald, Raquel Bonilla Herrera, Rocío Barrera Badillo, Rocío del Pilar Villarauz Martínez, Ruth Salinas Reyes, Silvia Lorena Villavicencio Ayala, Simey Olvera Bautista, Verónica Beatriz Juárez Piña, Ximena Puente de la Mora (rúbricas).»

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Muchas gracias. Túrnese a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.

Sí, diputado. ¿Con qué objeto? Sonido a la curul del diputado Fernández Noroña.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña (desde la curul): Quiero sumarme a la iniciativa de la diputada Tagle.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Sí, diputado. Si la proponente no tiene objeción, pone a disposición la lista para quien quiera adherirse.



LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada María del Carmen Cabrera Lagunas, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, en materia de sustitución de titulares de permisos de pesca.

La diputada María del Carmen Cabrera Lagunas:Con su venia, diputado presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Adelante.

La diputada María del Carmen Cabrera Lagunas: Diputadas y diputados, entre las riquezas naturales y las bondades que existen en nuestro país en el rubro pesquero, México es uno de los países con más kilómetros de costa en el mundo.

Nuestros mares mexicanos representan 1.3 veces el territorio continental en el que se destaca la importante actividad pesquera en términos de generación de empleos y desarrollo de comunidades costeras que abonan al desarrollo económico. De acuerdo a cifras oficiales, más de 300 mil familias dependen directamente de esta actividad, y más de 2 millones de mexicanos dependen de manera indirecta.

Nuestro país es uno de los principales productores de pescados y mariscos a nivel mundial, pues cuenta con una producción anual de aproximadamente un millón 753 mil toneladas que lo coloca en el lugar número 17 a nivel global.

Sin embargo, a pesar de la importancia que representa la actividad pesquera, como hemos señalado en distintos foros, los pescadores ribereños se enfrentan a diversas problemáticas, particularmente por las condiciones de desigualdad en las que se desarrolla su actividad, cuya desigualdad de oportunidades deriva en un nulo desarrollo económico.

Por otra parte, a pesar de que existimos en un nuevo gobierno de la cuarta transformación, cuya prioridad es atender las demandas de los sectores olvidados por las administraciones anteriores, a la fecha aún los pequeños pescadores continúan enfrentándose a trámites burocráticos que dificultan la entrega de permisos o renovación de los mismos, esto a pesar de que las temporadas de pesca no se detienen ante ningún trámite administrativo, situación que pareciera no alcanzan a comprender los funcionarios responsables del sector, sobre todo, Inapesca y la directora de Vida Silvestre, en Semarnat.

Para el Grupo Parlamentario de Encuentro Social, la obligación de agilizar la tramitación y resolución de las peticiones en las que se solicita un permiso o la renovación del mismo por parte de los pescadores ribereños, debe integrarse en la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentable de la Secretaría de la Seder, a través de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca.

El propósito de esta iniciativa es claro, que los pescadores cuenten con la posibilidad de desempeñar sus labores dentro del marco de la ley y, en su caso, complementar los documentos faltantes, sin que esto signifique detener su actividad productiva, siendo que esta representa el sustento de sus familias.

En el PES estamos comprometidos con el sector pesquero, por eso sostenemos que es necesario integrar en la ley la obligación de la Secretaría, de eficientar los tiempos de respuesta y de resolución de solicitudes, a efecto de que los pescadores estén en condiciones de realizar su actividad dentro de la legalidad y en los plazos habilitados para llevarla a cabo.

En la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentable se establece, en sus artículos 50 y 51, que en todos los casos de concesiones y permisos y, en su caso, en el de fallecimiento el titular de la concesión del permiso, la Secretaría dará preferencia para la sustitución a los designados por el derecho sucesorio aplicable al caso de conformidad con las disposiciones legales aplicables.

El compromiso de Encuentro Social es hacer lo socialmente correcto, por ello, impulsamos las medidas y modificaciones a la legislación, en materia de pesca, que conciben una perspectiva enfocada a garantizar los derechos sociales, así como promover el desarrollo socioeconómico de las comunidades pesqueras, en especial de la pesca ribereña.

Nuestro respaldo al sector debe ser acorde a la cuarta transformación y tendiente a generar las condiciones necesarias para su desarrollo, y este debe de ser desde el reconocimiento del rezago y la desatención institucional.

Es inconcebible que, a pesar de los postulados que inspiraron un cambio de régimen, de los postulados que inspiraron este cambio de régimen, haya quienes desde una visión reeleccionista pretendan criminalizar la actividad pesquera, sin reparar en que los principales afectados serán los pescadores ribereños.

Pretender criminalizar esta actividad contribuye a la deuda histórica del Estado para con el sector, mientras no se reconozca que las políticas públicas con las que se ha venido impulsando este sector, los únicos que han sido beneficiados son los acaparadores y las mafias enquistadas tanto en el sector público como en el sector privado.

Por lo tanto, no podemos reformar el Código Penal Federal o la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada para castigar la pesca furtiva, cuando la realidad en el sector pesquero es la falta de un programa integral que beneficie al pescador ribereño y lo coloque en situación de competitividad frente a las condiciones adversas en las que actualmente se encuentra. Es cuanto, diputado presidente.

«Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, en materia de sustitución de titulares de permisos de pesca, a cargo de la diputada María del Carmen Cabrera Lagunas, del Grupo Parlamentario del PES

Quien suscribe, María del Carmen Cabrera Lagunas, integrante de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión por el Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, en mérito de lo expuesto y fundado, en el marco humano, social, presenta esta iniciativa, al tenor del siguiente

I. Planteamiento del problema

México es uno de los países con más kilómetros de costa en el mundo, los mares mexicanos representan 1.3 veces el territorio continental, con una importante actividad pesquera. La pesca en México es una de las actividades más importantes en términos de generación de empleos y desarrollo de comunidades costeras, pues más de 300 mil familias dependen directamente de la actividad pesquera, mientras que más de 2 millones de mexicanos lo hacen indirectamente. Asimismo, México es uno de los principales productores de pescados y mariscos en el mundo, con una producción anual de aproximadamente 1 millón 753 mil de toneladas, posicionándolo en el lugar número 17 global.

Si bien México es un país privilegiado por su ubicación geográfica y por la cantidad de kilómetros de costa con las que cuenta, así como por el gran número de ríos, lagos y lagunas, también es cierto que el organizar la explotación en materia pesquera de una forma responsable y sustentable, y al mismo tiempo, garantizarles los derechos sociales a las comunidades pesqueras ha sido un problema.

Se deben impulsar medidas y modificaciones a la legislación en materia de pesca, que incentiven una perspectiva enfocada en garantizar los derechos sociales, a efecto de generar igualdad de oportunidades y garantizar el derecho a tener una alimentación adecuada, así como promover el desarrollo socioeconómico de las comunidades pesqueras.

El estudio Impacto social de la pesca ribereña en México señala que la gran mayoría de los pescadores y sus familias no pueden acceder a un piso mínimo de derechos humanos derivados de su condición laboral y lugar de residencia. Por ende, numerosas comunidades costeras enfrentan carencias importantes en servicios básicos como educación, salud, agua potable, drenaje y electricidad, las cuales se intensifican en condiciones de aislamiento geográfico de algunas comunidades remotas.

Una de las problemáticas que enfrentan las comunidades de pescadores ribereños que abona a la falta y desigualdad de oportunidades, y por ende a la falta de desarrollo económico, es el burocratismo con el que se enfrentan los pequeños pescadores al momento de iniciar un trámite para tramitar un permiso o bien para renovarlo.

La Ley General de Pesca establece en el artículo 45 el plazo para dar respuesta a una solicitud de concesión y para un permiso para pesca, el cual a la letra señala:

Artículo 45. La secretaría resolverá las solicitudes de concesión o permiso dentro de un plazo que no excederá de sesenta días hábiles desde su fecha de presentación y estando debidamente integrado el expediente. Excepcionalmente, en el caso de concesiones, dicho plazo podrá ampliarse por otros sesenta días hábiles, cuando así se requiera por las características del proyecto, en los supuestos y términos que establezca el reglamento.

En caso de que se hubiere presentado la información o documentación incompleta, la Secretaría requerirá por escrito fundado y motivado, y por única vez, a los solicitantes, para que la integren en un plazo no mayor de 15 días hábiles, suspendiéndose el término que restare para concluir el procedimiento.

No obstante, las realidades de estos plazos en su mayoría se extienden más allá de la temporalidad que establece la ley, y quienes esperan tener un permiso a más tardar, en el plazo, más la prórroga, en algunos casos no obtiene nada.

Tal problemática tiene más efecto cuando concluye el periodo de veda, y los pescadores de las comunidades ribereñas no cuentan con los permisos para poder realizar la actividad pesquera, lo que en muchas veces afecta a su economía o en su caso los orillan a realizarla sin el permiso necesario.

Por lo anterior se requiere integrar en la ley la obligación de que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, a través de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, agilice la tramitación y resolución de las peticiones de un permiso o la renovación de éste, a efecto de que los pescadores estén en posibilidades de desempeñar sus labores en el marco de la Ley, o en su caso, complementar los documentos faltantes.

Con relación a lo mencionado, aproximadamente 300 mil familias dependen directamente de la actividad pesquera y en la mayoría de los casos, la pesca y la venta del pescado son los medios por los cuales se mantienen y cubren los gastos de alimentación, vestido y educación de los hijos. En estas circunstancias, cuando es época de veda, quienes encabezan a éstas familias, tienen que buscar otras opciones para hacer llegar recursos a sus familias y poder atender las necesidades básicas.

Es necesario integrar en la ley la obligación de la secretaria de mejorar los tiempos de respuesta y de resolución de solicitudes a afecto que los pescadores estén en condiciones de realizar su actividad dentro de la legalidad y en los plazos habilitados para llevarla a cabo.

Ahora bien, en la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, en sus artículos 50 y 51 se establece, en los casos de concesiones y permisos, que, para el caso del fallecimiento del titular de la concesión o del permiso, la Secretaría dará preferencia para la sustitución, a los designados por el derecho sucesorio aplicable al caso, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.

No obstante, el derecho sucesorio se regula de manera local, bajo principios de carácter normativo de cada uno de los estados, por lo que se generan una serie de aristas que obstaculizan acceder a la sustitución de un permiso a través de la vía sucesoria. Entre esos problemas encontramos

a) Juicios sucesorios tardados (años). Existe la posibilidad de que se venza la concesión o el permiso.

b) La incorporación de concesiones y permisos a la masa hereditaria no está regulada de manera general, por lo que podría generar controversias.

c) Se tendría que hacer una distinción entre sucesión vía testamento o bien sucesión legitima (intestado).

d) En algunos casos, existiría multiplicidad de herederos y un albacea o administrador, y para la designación de la persona que sustituirá al titular se generaría una coyuntura.

Se propone que al momento de ingresar la solicitud de concesión o permiso, el propio solicitante pueda designar a la persona que lo sustituiría en caso de fallecimiento, facilitando así el trámite y haciendo a un lado el engorroso juicio de sucesión y garantizando la voluntad del titular de los derechos, para sustituirlo.

Aunado a lo anterior, se considera pertinente eliminar de los artículos 50 y 51 la parte conducente sobre el caso del fallecimiento del titular de la concesión o del permiso, y en donde la Secretaría dará preferencia para la sustitución, a los designados por el derecho sucesorio. Se propone adicionar una fracción a los artículos 48 y 52, para efectos de que se integre como requisito que el solicitante de una concesión o permiso tenga que designar a quien lo deberá sustituir en caso de fallecimiento por el lapso de tiempo que quede de los derechos por concesión o permiso, al momento de la presentación de su petición.

En lo particular, y respecto a los permisos para derechos de pesca, es necesario establecer el supuesto mediante el cual los titulares de los permisos puedan ser sustituidos, siempre que se cumplan las disposiciones de ley.

Por otra parte, se observa que las disposiciones correspondientes en la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables en materia de expedición de concesiones y permisos de pesca comercial tiene la obligación de acatar lo establecido en la Carta Nacional Pesquera y sus modificaciones, toda vez que conforme al artículo 32 de dicha Ley, establece que la presentación cartográfica y escrita que contiene el resumen de la información necesaria del diagnóstico y evaluación integral de la actividad pesquera y acuícola, así como de los indicadores sobre la disponibilidad y conservación de los recursos pesqueros y acuícolas, en aguas de jurisdicción federal, tendrá carácter informativo para los sectores productivos y será vinculante en la toma de decisiones de la autoridad pesquera en la adopción e implementación de instrumentos y medidas para el control del esfuerzo pesquero, en la resolución de solicitudes de concesiones y permisos para la realización de actividades pesqueras y acuícolas, y en la implementación y ejecución de acciones y medidas relacionadas con dichos actos administrativos.

Paralelamente, y para efectos de apoyar a las autoridades administrativas en materia de sustentabilidad y protección de los recursos pesqueros, el sector pesquero de altura, es decir, el que utiliza embarcaciones mayores a los 10.6 metros de eslora, ha aceptado y entrado al programa de monitoreo vía satelital coordinado y controlado por la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, para el control y seguimiento de las embarcaciones en sus actividades pesqueras, mismo que también sirve para brindarles seguridad y apoyo en caso de ser necesario, por parte de la misma autoridad; así mismo, han ido modificando sus artes de pesca con la finalidad de reducir la pesca incidental y en otros casos proteger la especies como las tortugas marinas que se capturan por accidente en las artes de pesca de embarcaciones mayores, instalando los dispositivos de excluidores de tortugas y peces (en el caso de embarcaciones que se dedican a la captura de camarón) incluso, han ido modernizando con tecnología técnico-científica, dichas artes de pesca en beneficio del hábitat donde realizan sus actividades pesqueras.

En la actualidad se ha visto permeada y afectada directamente la actividad pesquera, ya que el sector dedicado a dicha actividad no ha podido modernizar sus embarcaciones o bien adquirir nuevas embarcaciones en pro de la sustentabilidad de las especies, en primer término, porque el esfuerzo pesquero de cada pesquería se encuentra agotado al máximo de conformidad con la Carta Nacional Pesquera, por lo que el productor no puede acceder a un permiso de pesca comercial nuevo; así que la alternativa para adquirir un permiso de pesca comercial, es a través de la asignación de un permiso que se encuentre dentro del esfuerzo pesquero contemplado en la Carta Nacional Pesquera y eso solo es posible a través de la figura jurídica de “Sustitución de Titular de Permisos de pesca comercial”, misma que no se encuentra contemplada en la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, pues, dicha figura sólo se dejó considerada para la concesiones de pesca comercial en el artículo 50. Asimismo, en el tercer párrafo del artículo 51, se prohibió la posibilidad de que los permisos de pesca comercial puedan ser trasferidos a terceros.

Es urgente apoyar en las gestiones y el acompañamiento a los productores de este país, cuando por algunas circunstancias de índole económica o comercial, deciden no continuar con la actividad pesquera y se encuentran en posibilidades de ceder su permiso de pesca comercial a los productores que sí cuentan con los recursos financieros, humanos y materiales para explotar los derechos de ese permiso que le cede su titular.

Lo anterior está sustentado en el artículo 8 de la Ley de Pesca anterior, la cual establecía que los titulares de concesiones o permisos podrían ser sustituidos previa autorización de la otrora Secretaria de Pesca, siempre y cuando cumplieran con los requisitos que establecía su reglamento, salvo los casos expresamente prohibidos en esta Ley, razón por la cual, desconocemos porque en el artículo 50 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables haya desaparecido dicha figura y además en el artículo 51 se encuentre prohibida.

Conforme a lo anterior, el Reglamento de la Ley de Pesca dispone en el artículo 29 que la secretaria podrá autorizar la sustitución del titular de los derechos de la concesión o permiso siempre y cuando

a) Haya transcurrido por lo menos un año del ejercicio de los derechos derivados del título correspondiente, salvo en el caso de muerte de su titular.

b) El sustituto cumpla los requisitos que señalan la Ley de Pesca y el reglamento. (Ser de nacionalidad mexicana o sociedad constituida conforme a las leyes mexicanas fundamentalmente.)

c) Se transmitan al sustituto por cualquier título, los bienes destinados al cumplimiento del objeto de la concesión o permiso, o este cuente con los bienes necesarios para dicho fin.

En esas circunstancias, los legisladores que forman parte de la Comisión de Pesca de la Cámara de Diputados tienen como compromiso brindar el apoyo necesario con la debida responsabilidad que esta conlleva para solucionar este problema en materia pesquera y contribuir con ello al impulso, planteamiento y aprobación de medidas legislativas, que sumadas a las acciones y políticas públicas del Poder Ejecutivo en colaboración con la Cámara Nacional de las Industrias Pesquera y Acuícola y acompañadas de la participación y el respaldo de la diversas organizaciones que tienen el mismo problema se ejecuten las acciones necesarias a favor del sector pesquero y acuícola del país.

Por ello, el objetivo de la presente iniciativa es contribuir con las acciones que actualmente realiza el Poder Ejecutivo a fin de contribuir al inicio del ordenamiento pesquero, dado que esto no se ha realizado durante varias décadas.

II. Argumentos que sustentan la presente iniciativa

Como quedó manifiesto, la tardanza en la gestión de concesiones y permisos, la sustitución por fallecimiento y la prohibición de la sustitución de derechos de los permisos de pesca comercial en la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, son problemas graves que se presenta en todo el país, y que afectan de manera directa a la actividad pesquera.

En Sinaloa, Sonora, Nayarit, Baja California, Colima, Michoacán, Oaxaca, Chiapas, Yucatán, Campeche, Tabasco, Veracruz y Tamaulipas, por ejemplo, se observan embarcaciones mayores sin actividad por diferentes circunstancias, la tardanza en la gestión de concesiones y permisos, la sustitución por fallecimiento de los titulares y la sustitución de los permisionarios de pesca comercial de diversos tipos de embarcaciones.

La finalidad de la modificación y adición de la normativa en materia pesquera de esta iniciativa es apoyar el ordenamiento pesquero del país, y facilitar sus gestiones a los productores pesqueros ante la autoridad competente para que la tramitación de concesiones y la sustitución de los derechos de concesiones y permisos por fallecimiento, así como para la sustitución del titular en los permisos de pesca comercial, no generen parálisis pesquera, como está hoy en día, en algunas regiones de México, por la falta de una regulación legal en estos aspectos.

Lo anterior permitirá que el sector pesquero sea productivo y aproveche de una forma sustentable nuestros recursos marinos y por ende, nutrir a los millones de mexicanas y mexicanos que viven en esta nación y principalmente a la niñez y adultos mayores, razón por lo cual el presidente de la República, licenciado Andrés Manuel López Obrador, ha instruido y dado prioridad a los subalternos a mejorar la atención y calidad hacia los sectores productores primarios para mejorar los productos en calidad nutricional, así como de sanidad.

En los últimos años han ido de la mano, o en conjunto, el sector productivo primario y la gastronomía de México, la cual, ha tenido un gran éxito por sus contribuciones en los pescados y mariscos que se producen en los litorales de México, creando más opciones al turismo en esta materia, que es una parte importante de divisas que llegan de otros países al nuestro, razón por la cual, consideramos que es imperante que exista normatividad que permita la transición de los derechos de los permisos de pesca comercial, el cual, sería un cambio de impacto a nivel nacional que a su vez podrá ser parte de la transformación de la cuarta generación con nuevas oportunidades y no copados como está actualmente establecida en la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.

Por lo anterior se proponen las siguientes modificaciones de la Ley General de Pesca:

La modificación y adición que se proponen en esta iniciativa no generan impacto económico en el presupuesto de la nación, por no necesitar recursos para su aprobación, publicación y ejecución.

III. Fundamento legal

Por lo expuesto, fundado y motivado, y con base en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, quien suscribe somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, en materia de sustitución de titulares de permisos de pesca comercial

Único. Se reforman los artículos 45, 48 y 50 a 52 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, para quedar como sigue:

Artículo 45. La secretaría resolverá las solicitudes de concesión o permiso dentro de un plazo que no excederá de sesenta días hábiles desde su fecha de presentación y estando debidamente integrado el expediente.

...

...

...

...

La secretaría buscará en todo momento, mejorar los tiempos para la gestión de los trámites y para la emisión de las resoluciones. Asimismo, garantizará y facilitará a los peticionarios, el acceso al seguimiento y estatus de sus solicitudes.

Artículo 48. Los solicitantes de concesiones deberán acreditar la legal disposición de los bienes y equipos necesarios para cumplir con el objeto de la solicitud. La solicitud de concesión deberá contener la información siguiente:

I. a VI. ...

VII. El nombre de la persona que lo sustituirá en caso de fallecimiento, por el tiempo restante de la vigencia de la concesión; y

VIII. ...

Artículo 50. Los titulares de las concesiones podrán ser sustituidos previa autorización expresa que otorgue la secretaría, siempre que se cumplan los requisitos y condiciones que establezca el reglamento de la presente ley.

Artículo 51. Los permisos de pesca comercial tendrán una duración de dos hasta cinco años, de acuerdo a la pesquería de que se trate y lo que determine el reglamento de la presente ley.

...

Podrán ser prorrogados si la evaluación realizada por el Inapesca resulta positiva en cuanto al manejo de la pesquería, acorde con las condiciones que se establezcan en el reglamento de la presente ley.

Los titulares de los permisos de pesca comercial podrán ser sustituidos, siempre y cuando se cumplan con los requisitos establecidos en la presente ley y en su reglamento.

Artículo 52. Los solicitantes de permisos deberán acreditar la legal disposición de los bienes y equipos necesarios para cumplir con el objeto de la solicitud. La solicitud de permiso deberá contener la información siguiente:

I. a V. ...

VI. El nombre de la persona que lo sustituirá en caso de fallecimiento, por el tiempo restante de la vigencia del permiso; y

VII. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 https://mexico.edf.org/sites/mexico.edf.org/files/pesca_y_economia_del_oceano_2 015_0_0.pdf

2 https://mexico.edf.org/sites/mexico.edf.org/files/ImpactoSocialdelaPescaenMexic o.pdf

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro,a 5 de febrero de 2020.— Diputadas y diputados: María del Carmen Cabrera Lagunas, Erika Vanessa del Castillo Ibarra, Marco Antonio Carbajal Miranda, Marco Antonio González Reyes, Margarita García García, Martha Estela Romo Cuéllar, Martha Robles Ortiz, Olegaria Carrazco Macías, Rocío del Pilar Villarauz Martínez, Tatiana Clouthier Carrillo (rúbricas).»

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Gracias. Túrnese a la Comisión de Pesca, para dictamen.



LEY DE AGUAS NACIONALES

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Óscar Bautista Villegas, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega, y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México y de Morena.

El diputado Óscar Bautista Villegas:Muchas gracias. Con la venia de la Presidencia.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Adelante.

El diputado Óscar Bautista Villegas: Buenas tardes, compañeras y compañeros diputados. El día de hoy, a nombre del Partido Verde Ecologista de México quiero desearles éxito a todos mis compañeros y compañeras diputadas en este segundo periodo del segundo año legislativo de esta LXIV legislatura. Ojalá y que todo lo que aquí realicemos traiga un beneficio para las y los mexicanos.

El día de hoy, efectivamente, nos permitimos presentar a consideración de todos nuestros compañeros diputados y diputadas, una reforma y adición a diversas disposiciones de la Ley General de Aguas Nacionales.

De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas, la mitad de la población vive en grandes ciudades y para el año 2030 casi el 60 por ciento de la población mundial vivirá en zonas urbanas.

En este sentido, el Instituto Nacional para el Federalismo y Desarrollo Municipal refiere que la rápida urbanización sin planificación está determinando que las ciudades de los países en desarrollo sean foco de problemas sociales, ambientales y económicos.

Precisamente... en consideración al factor ambiental, la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales refiere que el aumento de la temperatura en los últimos 30 años ha generado un incremento en las frecuencias de los propios huracanes. Según datos del Centro Nacional de Prevención de Desastres refiere que el 40 por ciento de las muertes provocadas por desastres naturales son desbordamientos del agua.

Indudablemente el crecimiento urbano de las áreas metropolitanas genera cambios considerados en la hidrografía, provocando inundaciones más frecuentes. Esto se debe a que una superficie urbanizada, la filtración del agua es de apenas el 10 por ciento, y el 90 por ciento se escurre sin tener ningún aprovechamiento, únicamente dañando el medio ambiente, las habitaciones y patrimonio de las y los mexicanos.

De lo anterior podemos concluir que los problemas del diseño y la falta de infraestructura hídrica provocan un aumento en los volúmenes de escurrimiento, así como el tiempo de concentración del agua, poniendo en riesgo a las personas y a sus propios bienes.

Para atender este problema, en medida de lo posible, a nivel internacional se han adoptado compromisos que buscan ordenar la urbanización desde un enfoque sostenible, en revisión del objetivo 11, sobre Ciudades y comunidades, sostenida en el foro político de alto nivel en Nueva York, se buscó alentar a las autoridades a organizar actividades que resuelvan la implementación de los compromisos de la nueva agenda urbana y hacer que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles.

Con esta orientación la ONU Hábitat manifestó que, si no hacemos una inversión significativa para hacer las ciudades más resilientes para el 2030, los desastres naturales pueden costar a las ciudades tres veces más esa cantidad.

México no es omiso, la Secretaría de Gobernación, a través del Instituto Nacional para el Federalismo y Desarrollo Municipal señaló que el cúmulo de problemas que presenta las ciudades actualmente puede mitigarse con una planeación y organización que generen mejores condiciones de vida para sus propios habitantes.

Atendiendo a lo anterior, nosotros, como diputados del Partido Verde Ecologista buscamos hacer una propuesta que fije desde la Ley General de Aguas Nacionales, la obligación de la Comisión Nacional del Agua para establecer criterios de balance hídrico que deban cumplir los sistemas y obras para el control de avenidas en el desarrollo de nuevas construcciones urbanas o, en su caso, en la remodelación y mantenimiento de las ya existentes, con la finalidad de prevenir inundaciones, mejorar el aprovechamiento de las tierras y la protección a los centros de población, pero principalmente la vida de las personas.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de esta soberanía, el proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Aguas Nacionales.

Lo mencionado, consistente que la presente iniciativa representa la posibilidad de contar con herramientas y enfoques innovadores que fortalezcan a las administraciones locales y a la vez que desarrollen su capacidad para enfrentar nuevos desafíos, protegiendo los recursos humanos, económicos y naturales.

Es una propuesta que hacemos en el Verde, con la única finalidad de tratar que en el tiempo de lluvia esta agua sea aprovechada para mejorar las condiciones de vida de las y los mexicanos. Es cuanto, presidente.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega e integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y Morena

Quienes suscriben, diputadod Óscar Bautista Villegas, Arturo Escobar y Vega en representación de las diputadas y diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, y los diputados federales de la LXIV Legislatura, Francisco Elizondo Garrido; Nayeli Arlen Fernández Cruz; Alfredo Antonio Gordillo Moreno; Ana Patricia Peralta de la Peña, y Érika Mariana Rosas Uribe, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, fracción I, 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman las fracciones V y VI del artículo 84 Bis; el párrafo segundo del artículo 88; así como las fracciones VI y VII del artículo 96 Bis 2; se adiciona un artículo 83 Bis; la fracción VII del artículo 84 Bis, y la fracción VIII al artículo 96 Bis 2, todos de la Ley de Aguas Nacionales, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas (ONU) la mitad de la humanidad vive en ciudades; en este sentido, para el año 2030 casi el 60 por ciento de la población mundial vivirán en zonas urbanas.

Por lo que hace a nuestro país, en los últimos 35 años se registró un importante aumento demográfico en las zonas metropolitanas del 13 por ciento en promedio; siendo el 2017 el año con más población urbana con un 79.86 por ciento.

Las mayores concentraciones se encuentran en las principales ciudades de nuestro país; la Ciudad de México como la más extensa con 229,088 hectáreas, en un rango mucho menor se ubican Monterrey, Puebla y Guadalajara, que van de 50,000 hasta 100,000 hectáreas. Consecuentemente, los resultados de densidad urbana en el año 2010, indicaron que en promedio se asciende a 47.6 habitantes por hectárea.

Al respecto, el instituto Nacional para el Federalismo y Desarrollo Municipal refiere que la rápida urbanización, sin planificación e insostenible, está determinando que las ciudades de los países en desarrollo sean el foco de problemas sociales, ambientales y económicos.

Dicho crecimiento desmedido va de la mano con la creación de barrios pobres, con personas en condiciones de vida insalubres, en zonas de riesgo, hacinadas, sin seguridad de tenencia de sus viviendas y de la tierra, así como con mayores disparidades, desigualdades y discriminación.

A ello se le suma la creciente tasa de eventos naturales que encuentran su origen en el cambio climático; en este sentido, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), refiere que el aumento del 0.7°C en los últimos 30 años, generó el incremento del 43 por ciento de frecuencia de huracanes con categoría 4 y 5, y por supuesto, con ello, el aumento de inundaciones.

Las inundaciones en México provocan graves consecuencias, datos del Centro Nacional de Prevención de Desastres refieren que el 40 por ciento de las muertes provocadas por desastres naturales son por inundaciones; 22 millones de personas se encuentran expuestas a inundaciones con un impacto de alrededor de 230 millones de dólares en pérdidas.

Indudablemente, el crecimiento urbano en las áreas metropolitanas genera cambios considerables en la hidrografía, provocando inundaciones más frecuentes, en donde las principales ciudades afectadas son: la Zona Metropolitana del Valle de México con 2,750 puntos; más de 300 en Guadalajara y Monterrey; 256 en Guanajuato y 75 en Puebla.

Pero, ¿qué es lo que pasa durante las precipitaciones pluviales? De manera gráfica se muestra a continuación cómo, cuando llueve, en una superficie natural del suelo, más del 50 por ciento del agua se infiltra, con un escurrimiento de casi un 10 por ciento, evaporándose el resto, lo que abona a que parte de los mantos acuíferos se mantengan nutridos; caso contrario es la infiltración del agua en la superficie urbanizada, en donde sólo el 10 por ciento del agua pluvial logra infiltrarse y más del 70 por ciento se escurre, lo que se traduce en inundaciones:

Cuando llueve en condiciones naturales, más del 50% del agual se infiltra, escurre casi un 10% y el resto se evapora. Esto ayuda en parte a que los mantos acuíferos se mantengan nutridos y se pierda poca precipitación pluvial*.

Mientras que en las áreas urbanizadas sólo el 10% se infiltra, más del 70% escurre y el resto se evapora; estos escurrimientos pueden ocasionar que aumenten los puntos de riesgo de inundación en la ciudad generando grandes pérdidas materiales en desarrollos habitacionales*.

* Porcentaje determinado con base al estudio de Coeficientes de Escorrentía en áreas forestales en comparación a las urbanizadas. Ontario, Canadá.

De lo anterior se concluye que, problemas de diseño, la falta de infraestructura o que ésta sea insuficiente, provocan un aumento en los volúmenes de escurrimiento; así como el tiempo de concentración del agua, poniendo en riesgo a las personas y sus bienes.

Para atenderlo y en medida de lo posible, erradicarlo, a nivel internacional se han adoptado compromisos que buscan ordenar la urbanización desde un enfoque sostenible.

En revisión del Objetivo 11 sobre Ciudades y Comunidades Sostenibles en el Foro Político de Alto Nivel en Nueva York, se buscó alentar a las autoridades y socios locales, regionales y nacionales a organizar actividades que destaquen cómo implementar los compromisos de la Nueva Agenda Urbana y hacer que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles.

En este sentido, la ONU Habitat manifestó que: si no hacemos una inversión significativa para hacer las ciudades más resilientes, para 2030, los desastres naturales pueden costar a las ciudades tres veces esa cantidad, y empujar a millones de residentes urbanos a la pobreza.

Señaló además que, con la prevención adecuada, las ciudades pueden absorber el impacto de los peligros, proteger y preservar la vida humana, limitar el daño a los activos públicos y privados y mantener la infraestructura y los servicios después de una crisis.

Concluyendo que existe una necesidad apremiante de contar con herramientas y enfoques innovadores que fortalezcan a las administraciones locales y empoderen a los ciudadanos, a la vez que desarrollen su capacidad para enfrentar nuevos desafíos y protejan mejor los recursos humanos, económicos y naturales.

Nuestro país no es omiso, la Secretaría de Gobernación a través del Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal señaló que el cúmulo de problemas que presentan las ciudades actualmente puede mitigarse con una planeación y organización que genere mejores condiciones vida para sus habitantes.

Para lograr que las ciudades y sus asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sustentable, es necesario que los gobiernos de sus municipios se comprometan y adopten modelos de urbanización sostenible.

Recomendando a los gobiernos municipales la ejecución de alguna de las siguientes acciones:

• Ordenar el desarrollo de sus territorios a partir de una correcta planeación urbana, basada en la correcta gestión del uso del suelo y la gestión integral del riesgo, a partir de la prestación estratégica de los servicios públicos básicos y la utilización del impuesto predial como instrumento de planeación territorial.

• Gestionar, ante los gobiernos estatal y federal, estrategias que permitan el acceso a viviendas adecuadas, con servicios básicos seguros, asequibles y de calidad a un número cada vez mayor de sus habitantes,

• Formar parte de intermunicipalidades que permitan gestionar de manera coordinada con otros municipios los vínculos económicos, sociales y ambientales positivos entre las zonas urbanas, periurbanas y rurales mediante el fortalecimiento de la planificación del desarrollo nacional y regional.

• Abrir cauces a la participación ciudadana.

• Proteger y mejorar las condiciones de vida de los sectores más vulnerables de su población.

• Garantizar la igualdad y la equidad, combatiendo la discriminación en todas sus formas, así como empoderar a los individuos y las comunidades, bajo un enfoque de derechos humanos.

• Es suma, los gobiernos de los municipios deben coordinarse con todos los actores públicos, sociales y privados, para lograr un futuro sostenible, en el que se garantice que todas las personas gocen de igualdad de derechos, de acceso a los servicios públicos básicos, de seguridad y bienestar.

• Ante los grandes retos que enfrentan los gobiernos municipales del país, es necesario fortalecer sus capacidades institucionales. Sólo si tenemos municipios fuertes podremos tener una nación sólida, fuerte, con un futuro mejor.

Atendiendo a lo anterior, el Partido Verde busca hacer una propuesta que fije desde la Ley de Agua Nacionales, la obligación de la Comisión del Agua para establecer  criterios de balance hídrico que deban cumplir los sistemas y obras para el control de avenidas en el desarrollo de nuevas construcciones urbanas, o en su caso, en la remodelación y mantenimiento de las existentes, con la finalidad de prevenir inundaciones, mejorar el aprovechamiento de las tierras y la protección a los centros de población, centros industriales y, principalmente, la vida de las personas y sus bienes.

Asimismo, el fomento a la ejecución de procedimientos y la implementación tecnologías orientadas a la captación, recuperación y uso eficiente de las aguas pluviales como medida de mitigación de la creciente demanda de agua para uso doméstico en las zonas urbanas; y cuyo objetivo es maximizar el desarrollo de áreas, regular la escorrentía y caudales pico; pero, sobre todo, evitar inundaciones y con ello, pérdida de vidas humanas y afectaciones a los bienes e infraestructura existentes.

Cabe señalar que dicha propuesta cuenta con antecedentes internacionales que muestran la efectividad de la aplicación de alternativas como la que se propone en la presente iniciativa; algunos ejemplos se muestran en la siguiente imagen de elaboración propia:

Por lo que hace a nuestro país, Jalisco logró incluir dentro de su Ley del Agua para el Estado y sus Municipios, la necesidad de que toda ocupación que genere superficies impermeables, deba poseer un dispositivo de control de escurrimiento del agua de origen pluvial; entendiéndose por éste, las estructuras utilizadas para mitigar los efectos del incremento en los gastos máximos pluviales causados por el desarrollo urbano; al respecto, el plan común de diseño y operación de un estanque de detención implica que el gasto máximo posterior al desarrollador urbano se reduzca al mínimo, logrando que las condiciones naturales y el crecimiento urbano tengan un impacto cero al medio ambiente en cuanto a la lluvia.

De ello se evidencia que existen avances importantes que marcan la brecha para que la legislación nacional establezca directrices claras en materia de prevención de desastres y con ello, un ordenamiento sustentable de la infraestructura urbana en nuestro país.

Por lo anteriormente expuesto, las diputadas y los diputados que suscriben, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales

Único. Se reforman las fracciones V y VI del artículo 84 BIS; el párrafo segundo del artículo 88; así como las fracciones VI y VII del artículo 96 BIS 2; se adiciona un artículo 83 BIS; la fracción VII del artículo 84 BIS, y la fracción VIII al artículo 96 BIS 2, todos de la Ley de Aguas Nacionales, para quedar como sigue:

Artículo 83 Bis.La Comisión, en coordinación con los Organismos de Cuenca y los gobiernos municipales, deberá establecer criterios de balance hídrico que deban cumplir los sistemas y obras para el control de avenidas en el desarrollo de nuevas construcciones urbanas, o en su caso, en la remodelación y mantenimiento de las existentes, con la finalidad de prevenir inundaciones, mejorar el aprovechamiento de las tierras y la protección a los centros de población, centros industriales y, principalmente, la vida de las personas y sus bienes.

Las ampliaciones o renovaciones de los sistemas municipales de drenaje y alcantarillado incluirán dispositivos o medios para:

I. La regulación, detención y retención de los caudales; así como la prevención de sobrepaso de los caudales máximos permitidos aguas abajo en la red; permitiendo la conservación de los sistemas municipales y la prevención de encharcamientos, inundaciones o corrientes superficiales peligrosas en las zonas urbanas, y

II. La preservación de la calidad del agua, evitando la contaminación de aquella que sea captada por sedimentos arrastrados, ya que ésta podría llegar a mayores cuerpos de agua.

Artículo 84 Bis.  [...]

I. a IV. [...]

V. Fomentar el uso racional y conservación del agua como tema de seguridad nacional, y alentar el empleo de procedimientos y tecnologías orientadas al uso eficiente y conservación del agua ;

VI. Fomentar el interés de la sociedad en sus distintas organizaciones ciudadanas o no gubernamentales, colegios de profesionales, órganos académicos y organizaciones de usuarios, para participar en la toma de decisiones, asunción de compromisos y responsabilidades en la ejecución, financiamiento, seguimiento y evaluación de actividades diversas en la gestión de los recursos hídricos , y

VII. Fomentar la ejecución de procedimientos y la implementación tecnologías orientadas a la captación, recuperación y uso eficiente de las aguas pluviales como medida de mitigación de la creciente demanda de agua para uso doméstico en las zonas urbanas.

Artículo 88.[...]

El control de las descargas de aguas pluviales a los sistemas de drenaje o alcantarillado de los centros de población corresponde a los municipios, con el concurso de los estados cuando así fuere necesario , así como establecer los criterios y ordenamientos municipales que garanticen la vida y la integridad física de las personas y los bienes públicos, de conformidad con el artículo 83 Bis de la presente Ley y demás leyes aplicables.

Artículo 96 Bis 2.[...]

I. a V. [...]

VI. Sean necesarias para la ejecución de planes o programas nacionales distintos de los hídricos, pero que guarden relación con éstos, cuando la responsabilidad de las obras corresponda al Ejecutivo Federal, conforme a solicitud del estado o del Distrito Federal en cuyo territorio se ubique ;

VII. Sean necesarias para el cumplimiento de esta Ley y sus reglamentos , y

VIII. Sean necesarias para evitar inundaciones en zonas urbanas propensas a inundaciones por escurrimientos de aguas pluviales correspondientes a lluvias torrenciales que provoquen, sin esta infraestructura, la saturación de los sistemas de drenaje y alcantarillado.

Transitorios

Primero. - El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. - La Comisión Nacional del Agua tendrá un periodo de dieciocho meses a partir de la entrada en vigor del presente Decreto para modificar o, en su caso, emitir los reglamentos y Normas Oficiales Mexicanas, que den cumplimiento al artículo 83 BIS, de conformidad con el artículo 100 de la Ley de Aguas Nacionales.

En este sentido, dicha Comisión Nacional, en el ámbito de su competencia, expedirá los requisitos y criterios que deberán cumplir los sistemas de drenaje pluvial de los centros de población mediante las Normas Oficiales Mexicanas correspondientes para proporcionar a las autoridades locales el marco normativo técnico que puedan usar como referencia para la preservación de la calidad de agua pluvial que se colecta y conduce en los sistemas de drenaje pluvial.

Notas

1 Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal. Crecimiento urbano y sostenibilidad: retos y desafíos para los #MunicipiosdeMéxico. Disponible en:

https://www.gob.mx/inafed/articulos/crecimiento-urbano-y-sosten ibilidad-retos-y-desafios-para-los-municipiosdemexico

2 Grupo Banco Mundial. Población Urbana (% del total) (2019). Disponible en:

https://datos.bancomundial.org/

3 ONU Habitat. Superficie de la Ciudad de México crece a ritmo tres veces superior al de su población (2018). Disponible en:

https://onuhabitat.org.mx

4 Semarnat. Atmósfera. Disponible en:

https://apps1.semarnat.gob.mx

5 Cenapred. Atlas Nacional de Riesgos. Monitoreo y avisos de fenómenos naturales. Disponible en:

http://www.atlasnacionalderiesgos.gob.mx/

6 ONU Habitat. Mensaje celebración Octubre Urbano 2018. Disponible en:

https://onuhabitat.org.mx/index.php/mensaje-celebracion-octubre -urbano-2018

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de febrero de 2020.— Diputados y diputadas: Óscar Bautista Villegas, Arturo Escobar y Vega, Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta de la Peña, Érika Mariana Rosas Uribe (rúbricas).»

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Gracias. Túrnese a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.



LEY DEL SEGURO SOCIAL

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Raymundo García Gutiérrez, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo vigésimo quinto transitorio de la Ley del Seguro Social, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRD.

El diputado Raymundo García Gutiérrez:Con su venia, diputado presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Adelante.

El diputado Raymundo García Gutiérrez: Mediante tres resoluciones la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió reducir de 25 a 10 el salario mínimo general vigente, el tope de las pensiones del seguro de invalidez, vejez, cesantía y muerte que se otorguen conforme a la Ley del Seguro Social de 1973.

Sin embargo, la tesis afecta derechos adquiridos de los trabajadores y es inequitativa que los asegurados, al momento de solicitar su pensión, la Ley del Seguro Social vigente desde el primero de julio de 1997 estableció como tope para todos los seguros, 25 veces salario mínimo. Esto significa que el tope de 10 salarios mínimos para el seguro la Ley del 73 no es vigente, los trabajadores que han cotizado para sus pensiones por arriba de ese tope desde 1997.

De aplicarse de manera generalizada este criterio, los trabajadores que hayan cotizado las últimas 250 semanas por arriba de 10 minisalarios, verían reducido el monto de su pensión hasta en un 60 por ciento.

La última de estas resoluciones, la tesis 164/2019, publicada el viernes 24 de enero de 2020, dice claramente que el límite superior que se debe aplicar, el salario promedio de las 250 semanas de cotización que sirve de base para cuantificar las pensiones de los asegurados del régimen transitorio que optaron por el esquema pensionario de la Ley 73.

La tesis no es nueva, pues fue precedida por otras similares en 2010 y 2016. Sin embargo, en esta última fecha la Dirección General del IMSS manifestó que no aplicarían el tope de 10 salarios mínimos, manteniendo el pago de pensiones al amparo de la Ley 73, con el tope de 25 mínimos.

Queda claro que la posición de la decisión del IMSS ha cambiado, pues desde el año pasado decidió litigar contra los pensionados que solicitaron la aplicación del tope máximo de pensión de hasta 25 salarios mínimos. Si no es así ¿por qué tomó la Corte este asunto y resolvió en contra de los asegurados?

La decisión del IMSS al litigar este asunto fue ahorrar al gobierno la liquidación de pensiones en curso de pago pues, de acuerdo a la ley, quien paga estos beneficios es el gobierno federal y no el Instituto.

Más allá de que el director del Seguro Social haya declarado que la jurisprudencia no obliga al IMSS, que se va a respetar el esquema de transición de los trabajadores que cotizaron 25 salarios mínimos y que se seguirá calculando tomando como base 25 salarios mínimos, lo cierto es que como en 2016 la decisión depende de la dirección en turno, por esa razón se requiere precisar esto en ley.

Hoy se hace imperante que el Congreso llene esta laguna legal, reestablezca la equidad entre aportaciones y beneficios para los asegurados al momento de pensionarse y no sacrifique los derechos adquiridos de los trabajadores que cotizan al Seguro Social.

La reforma que proponemos a su consideración es pertinente, pues la reducción que impuso la Corte de que perdieron el litigio es inequitativa, pues los asegurados tienen como límite para cotizar el criterio de la ley vigente de 1997, pero para recibir beneficios se les impone el criterio de la Ley 73. Aportaron hasta 25 salarios mínimos, pero solo pueden recibir beneficios por un máximo de 10 salarios mínimos.

Lo correcto debiera ser que el Poder Legislativo elimine la incertidumbre o el capricho del gobierno y determine con claridad el método para la determinación de las cuantías de las pensiones que se otorgan al amparo de la Ley 73.

La propuesta que ahora sometemos a consideración de esta honorable asamblea consiste en establecer con claridad en el artículo vigésimo quinto transitorio de la Ley del Seguro Social vigente, en el caso de los pensionados, por el seguro de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte la Ley 73.

El salario diario que se tome para determinar la cuantía de la pensión sea el salario que dé cotización promedio de las últimas 250 semanas. Con una reforma legal en el sentido anterior este Poder Legislativo contribuiría a evitar la incertidumbre que podría crear una decisión del director del IMSS en turno, de asumir el criterio de la Suprema Corte.

No es castigando a los pensionados como va a resolver el gobierno su incapacidad recaudatoria. No es sacrificando derechos adquiridos como el gobierno va a extraer los recursos que necesita para cumplir las promesas de una campaña que parece no tener fin.

Los trabajadores no tienen por qué empeñar su futuro y seguir condenados a una vejez de abandono y miseria. Aspirar a pensiones remunerativas no es un lujo, es la garantía de un futuro más justo y digno. Es cuanto.

«Iniciativa que adiciona el artículo vigésimo quinto transitorio de la Ley del Seguro Social, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRD

Planteamiento del problema

El 9 de junio de 2010, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó la Tesis 2a./J.85/2010 que redujo el tope de las pensiones del seguro de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte (IVCM) otorgadas al amparo de la Ley del Seguro Social de 1973 (LSS 73) de 25 a 10 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal (SMGVDF).

Esta tesis resuelve una contradicción presentada en los Tribunales Colegiados Décimo Tercero y Duodécimo, ambos en materia de Trabajo del Primer Circuito.

Su contenido es el siguiente:

Seguro social. El salario promedio de las últimas 250 semanas de cotización, base para cuantificar las pensiones por invalidez, vejez y cesantía en edad avanzada, tiene como límite superior el equivalente a 10 veces el salario mínimo general vigente en el distrito federal, acorde con el segundo párrafo del artículo 33 de la ley relativa, vigente hasta el 30 de junio de 1997. De los artículos 136, 142, 147 y 167 de la referida Ley, deriva que el salario diario que sirve de base para determinar la cuantía básica de las pensiones por invalidez, vejez y cesantía en edad avanzada, es el que corresponde al promedio de las últimas 250 semanas de cotización. Por otra parte, el numeral 33 de la misma legislación establece como límite superior al salario base de cotización el equivalente a 25 veces el salario mínimo general vigente que rija en el Distrito Federal, excepto para los seguros de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte, que tendrán como límite superior el correspondiente a 10 veces el referido salario; en el entendido de que aquel límite rige para los seguros de enfermedad general y maternidad. Así, cada rama de aseguramiento tiene autonomía financiera y los recursos no pueden sufragar ramas distintas, de manera que los generados para los seguros de enfermedad general y maternidad serán encauzados para ampliar su cobertura, aumentar la eficacia de los servicios médicos y continuar con la reposición y modernización del equipo, mientras que los de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte serán canalizados para financiar el otorgamiento de las pensiones respectivas, de ahí que el límite previsto a este último debe aplicarse al salario promedio de las 250 semanas de cotización, que sirve de base para cuantificar las pensiones correspondientes.

Contradicción de tesis 143/2010.- Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Décimo Tercer y Décimo Segundo, ambos en Materia de Trabajo del Primer Circuito.- 26 de mayo de 2010.- Cinco votos.- Ponente: Sergio A. Valls Hernández.- Secretario: Luis Javier Guzmán Ramos.

Tesis de Jurisprudencia 2a./J.85/2010, aprobada por la Segunda Sala de la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión privada del nueve de junio del dos mil diez.

Una resolución similar se generó en febrero de 2016, la Tesis: 2a./J. 8/2016. Diversos trabajadores continuaron demandando al Seguro Social pensiones mayores que el tope; como las juntas de conciliación y arbitraje se allanaban a la tesis de 2010, y los Tribunales Colegiados que recibían las demandas de amparo obraban en el mismo sentido, la Corte decidió reiterar la tesis anterior.

Pensión por cesantía en edad avanzada. Al resolver la Junta sobre el ajuste en la cuantificación de su pago, debe atender el límite superior previsto en el párrafo segundo del artículo 33 de la Ley del Seguro Social, vigente hasta el 30 de junio de 1997, sin que represente obstáculo alguno que el demandado no se hubiere excepcionado en ese sentido.

El precepto referido establece que los asegurados se inscribirán con el salario base de cotización que perciban en el momento de su afiliación, y en su párrafo segundo, en relación con el seguro de cesantía en edad avanzada, entre otros, el legislador facilitó un esquema tasado en salarios mínimos y fijó el límite superior equivalente a 10 veces el general vigente en el Distrito Federal. Ahora bien, la circunstancia de que el Instituto Mexicano del Seguro Social no se excepcionara en esos términos, no releva a la autoridad laboral de respetar dicho límite superior, pues basta con que al oponer sus excepciones y defensas, aquél se ajuste a lo dispuesto en el artículo 878, fracción IV, de la Ley Federal del Trabajo, de manera que si al contestar la demanda controvierte precisamente las fechas o cantidades materia del ajuste pretendido por el actor, respalda sus argumentos con ciertas operaciones aritméticas y acompaña las pruebas que a su juicio son aptas para desvirtuar el reclamo, tal proceder es aceptable y justifica la postura defensiva que le asiste en la relación jurídico procesal y, por ende, con esos elementos, en armonía con el restante caudal probatorio, la autoridad laboral está en condiciones de resolver el contradictorio, con apego al artículo 842 de la citada ley. Además, el tema de fondo está vinculado a un derecho de seguridad social, por lo que no puede variarse la manera en que han de cubrirse las prestaciones descritas en la Ley del Seguro Social, pues su artículo 33 es expreso en cuanto al límite superior, lo que indica que se trata de una disposición de orden público y de observancia obligatoria.

Contradicción de tesis 285/2015. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Décimo Tercero del Primer Circuito y Tercero del Cuarto Circuito, ambos en Materia de Trabajo. 6 de enero de 2016. Cinco votos de los Ministros Eduardo Medina Mora I., Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y Alberto Pérez Dayán; votaron contra las consideraciones relacionadas con el aspecto financiero del Instituto Mexicano del Seguro Social Margarita Beatriz Luna Ramos y José Fernando Franco González Salas. Ponente: Alberto Pérez Dayán. Secretario: Jorge Antonio Medina Gaona.

Tesis y criterio contendientes:

Tesis I.13o.T.56 L (10a.), de título y subtítulo: “Pensión por cesantía en edad avanzada. si el actor demanda su correcta cuantificación y el Instituto Mexicano del Seguro Social considera que aquélla, aun cuando ya fue otorgada y pagada, rebasa el límite superior equivalente a 10 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, debe excepcionarse conforme al segundo párrafo del artículo 33 de la derogada ley.”, aprobada por el Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito y publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro XX, Tomo 3, mayo de 2013, página 2022, y

El sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, al resolver los amparos directos 12/2015 y 237/2015.

Tesis de jurisprudencia 8/2016 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veinte de enero de dos mil dieciséis.

En 2016, la Dirección General del Seguro Social se pronunció por no aplicar el criterio de la Corte y siguió pagando las pensiones de la Ley 73 sobre la base de un tope de cotizaciones de 25 veces el SMGVDF (Comunicado 063/2016).

Con la resolución del viernes 24 de enero de 2020, quedó claro que la posición de la Dirección del IMSS ha cambiado, pues decidió volver a litigar contra los pensionados que solicitaron la aplicación del tope máximo de pensión de hasta 25 salarios mínimos.

Régimen transitorio del sistema de pensiones entre las Leyes del Seguro Social derogada de 1973 y vigente. El límite superior que se debe aplicar al salario promedio de las 250 semanas de cotización que sirve de base para cuantificar las pensiones de los asegurados del régimen transitorio, que optaron por el esquema pensionario de la derogada ley de 1973.

Para cuantificar el monto de la pensión de vejez tratándose de asegurados que se ubican en el régimen transitorio y que se acogieron al esquema de pensiones de la derogada Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997, resultan aplicables el tope máximo de diez veces el salario mínimo previsto en el artículo 33, segundo párrafo, del citado cuerpo normativo, así como la jurisprudencia de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación 2a./J. 85/2010, de rubro: “Seguro social. El salario promedio de las últimas 250 semanas de cotización, base para cuantificar las pensiones por invalidez, vejez y cesantía en edad avanzada, tiene como límite superior el equivalente a 10 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, acorde con el segundo párrafo del artículo 33 de la ley relativa, vigente hasta el 30 de junio de 1997.”, pues al acogerse a los beneficios para la concesión de la pensión de vejez previstos en la ley derogada, deben regirse por las disposiciones de esa normativa.

Segunda sala

Precedentes:

Contradicción de tesis 327/2019. Entre las sustentadas por el Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Octavo Circuito y los Tribunales Colegiados Segundo del Tercer Circuito y Décimo Sexto del Primer Circuito, ambos en Materia de Trabajo. 23 de octubre de 2019. Cuatro votos de los Ministros A.P.D., J.F.F.G.S., Y.E.M. y J.L.P.. Ponente: A.P.D.. Secretaria: N.M.T.C..

Criterios contendientes:

El sustentado por el Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Octavo Circuito, al resolver el amparo directo 671/2017, el sustentado por el Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, al resolver el amparo directo 46/2019, y el diverso sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, al resolver el amparo directo 803/2018.

Tesis de jurisprudencia 164/2019 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del trece de noviembre de dos mil diecinueve.

Queda claro que la decisión del IMSS al litigar este asunto fue ahorrar al gobierno la liquidación de pensiones en curso de pago. La reducción es inequitativa para las pensiones pues éstos tenían como límite para cotizar el criterio de la Ley 97 pero para recibir beneficios, el criterio de la Ley 73, lo que es claramente inequitativo: aportaron hasta 25 salarios mínimo, pero sólo pueden recibir beneficios por un máximo de 10 minisalarios.

Aunque la Dirección General del Instituto Mexicano del Seguro Social mantuvo el tope de las pensiones en 25 veces el salario mínimo, el riesgo que se preveía en 2010 se vuelve a presentar en los tribunales.

Para el martes 3 de febrero de 2020, la posición del gobierno federal y de la Dirección General de Instituto volvió a girar: se anunció en la conferencia mañanera que el Instituto seguiría pagando las pensiones del régimen de transición conforme al tope máximo de los 25 salarios mínimos (aunque en realidad, desde 2016, también sin un cambio legal paga en unidades de medida y actualización, UMAs).

Siendo esta definición acertada, pareciera que los asegurados que pueden acogerse al régimen anterior, deben estar a lo que decida la administración del IMSS y el gobierno federal. Lo correcto debiera ser que el Poder Legislativo elimine la incertidumbre o el capricho del gobierno y determine con claridad el método para la determinación de las cuantías de las pensiones que se otorguen al amparo de la Ley 73.

Argumentación

La LSS 73 establecía en su artículo 33 que el tope para la cotización de los trabajadores era de 25 veces el SMGVDF para el seguro de enfermedades y maternidad y para el seguro de IVCM, de 10 veces dicha remuneración. La misma ley en el artículo 167 determinaba que para calcular la cuantía de las pensiones de este último seguro se tomaba como parámetro el salario promedio de las últimas 250 semanas.

La decisión de la Corte radica en determinar que, si el límite aplicable para la cotización del seguro de IVCM es de 10 veces el SMGVDF, dicho tope salarial también debe ser el aplicable para el cálculo de las pensiones otorgadas bajo el régimen de 1973.

Sin embargo, la tesis es incorrecta, afecta derechos adquiridos de los trabajadores y es inequitativa con los asegurados al momento de solicitar su pensión. La Ley del Seguro Social vigente desde el 1 de julio de 1997 (LSS 97), estableció en el artículo 28 como tope para todoslos seguros 25 veces el SMGVDF. La propia exposición de motivos de la iniciativa que creo la nueva Ley del Seguro Social, en su momento, no deja dudas. Dice:

Con el fin de simplificar el cálculo de las aportaciones a la seguridad social se establece en la iniciativa la homologación del tope máximo de todos los seguros (subrayado propio) a 25 veces el salario mínimo del salario base de cotización en el Distrito Federal. Tal medida afecta solamente al seguro de Invalidez y Vida y a los ramos de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, lo cual no significa una carga adicional relevante en virtud de la disminución de las aportaciones que se proponen en la iniciativa, además de que hace posible la configuración de montos mayores a depositar en las cuentas individuales.

De acuerdo a su artículo Vigésimo Quinto Transitorio, el artículo 28 está vigente desde 2007 puesto que a la entrada en vigor de la LSS 97 el tope de cotización se estableció en 15 veces el SMGVDF, tope que aumento un salario mínimo cada año.

Esto significa que el tope de 10 salarios mínimos para el seguro de IVCM de la Ley 73 no es vigente; los trabajadores que han cotizado para sus pensiones por arriba de ese tope desde 1997.

Si el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) decidiera seguir este criterio, los trabajadores que hayan cotizado las últimas 250 semanas por arriba de 10 minisalarios verían reducido el monto de su pensión hasta en un 60 por ciento. Se estima que 9.1 millón de cotizantes serían los afectados por esta decisión.

No obstante, quien obtendría “beneficios” por esta medida sería la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), porque el gobierno federal es quien paga las pensiones en curso de pago derivadas de la Ley 73.

En caso de que los trabajadores y/o los patrones afectados decidieran demandar que se les devuelvan las cotizaciones devengadas por arriba de 10 salarios mínimos, quien tendría una merma en sus finanzas sería el IMSS. Se inhibiría la formalización del trabajo con mayores remuneraciones, quebrando las facultades recaudatorias del Instituto. No existe seguridad social que persista mientras su fuente de ingresos es incierta.

Con las jurisprudencias, la Corte afecta a pensionados con ingresos medios y altos, a costa de sembrar un riesgo de desfinanciamiento del IMSS y con el único beneficio de ahorrarle dinero a la SHCP.

Por esa razón, los diputados Francisco Hernández Juárez y Avelino Méndez, del GPPRD, presentaron el 4 de agosto de 2010, ante la Comisión Permanente, iniciativa que adiciona el artículo Vigésimo Quinto Transitorio de la Ley del Seguro Social para hacer explícito que para el cálculo de las pensiones del seguro de IVCM de la Ley 73 debe tomarse como tope el que está vigente al momento de acceder a la pensión (25 veces el SMGDF, desde 2007).

Esta iniciativa fue aprobada en la Cámara de Diputados, devuelta por el Senado y a su vez devuelta por la Cámara de Diputados. Quedó pendiente de dictamen desde el 6 de septiembre de 2011.

Mediante acuerdo de la Mesa Directiva del Senado, dicha minuta fue desechada en bloque con otras el 14 de diciembre de 2015.

Con la resolución de la Corte, se hace imperante que el Congreso llene esta laguna legal, restablezca la equidad entre aportaciones y beneficios para los asegurados al momento de pensionarse y no sacrifique los derechos adquiridos de los trabajadores que cotizan al Seguro Social.

La propuesta que ahora sometemos a consideración de esta Honorable Asamblea consiste en establecer con claridad en el artículo Vigésimo Quinto Transitorio de la Ley del Seguro Social vigente que en el caso de los pensionados por el seguro de IVCM de la Ley 73, el salario diario que se tome para determinar la cuantía de la pensión sea el salario de cotización promedio de las últimas 250 semanas.

Con una reforma legal en el sentido anterior, este Poder Legislativo contribuiría a evitar la incertidumbre que se podría crear con una decisión del Consejo Técnico del IMSS de asumir el criterio de la SCJN; los riesgos que tendría que sumar al Instituto que, al cierre de 2018 enfrentaba 210 mil 200 asuntos litigiosos, así como la merma en los ingresos de los pensionados.

No es castigando a los pensionados como se va a resolver el gobierno su incapacidad recaudatoria; no es sacrificando derechos adquiridos como el gobierno va a extraer los recursos que necesita para cumplir promesas de una campaña que parece no tener fin; los trabajadores no tienen por qué empeñar su futuro y seguir condenados a una vejez de abandono y miseria. Aspirar a pensiones remunerativas no es un lujo, es la garantía de un futuro más justo y digno.

Fundamento jurídico

Quienes suscriben, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de este honorable pleno la siguiente

Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un párrafo al artículo vigésimo quinto transitorio de la Ley del Seguro Social publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1995

Único. Se adiciona un párrafo al artículo Vigésimo Quinto Transitorio de la Ley del Seguro Social publicada en el Diario Oficial de la Federación del 21 de diciembre de 1995, para quedar como sigue:

Vigésimo Quinto Transitorio. ...

...

Los límites señalados en el párrafo anterior serán aplicables igualmente en la determinación del salario diario, calculado conforme a la ley que se deroga, para calcular las cuantías de las pensiones de los seguros y ramos arriba referidos, de aquellos asegurados inscritos con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de esta ley, así como sus beneficiarios, que, al cumplirse los supuestos legales o el siniestro respectivo para el disfrute de cualquiera de las pensiones, opten por acogerse a los beneficios de la ley que se deroga.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Nota

1 Disponible en

http://www.imss.gob.mx/prensa/archivo/201604/063. Consultado el 3 de febrero de 2020.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 5 días del mes de febrero de 2020.— Diputados y diputadas: Raymundo García Gutiérrez, José Guadalupe Aguilera Rojas, Frida Alejandra Esparza Márquez, Verónica Beatriz Juárez Piña, Norma Azucena Rodríguez Zamora (rúbricas).»

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Seguridad, para dictamen.



LEY DE COORDINACIÓN FISCAL

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Luis Javier Alegre Salazar, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, para crear el Fondo de Aportaciones para la Promoción e Infraestructura de Destinos Turísticos en Desarrollo y Pueblos Mágicos, suscrita por diputados integrantes de diversos grupos parlamentarios. A la una... No se encuentra en el salón.

Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Evaristo Lenin Pérez Rivera. Ah, perdón, perdón. Discúlpeme, diputado. Es que... Arriba en este momento el diputado Luis Javier Alegre Salazar, hará uso de su turno hasta por cinco minutos. Tome aire, diputado.

El diputado Luis Javier Alegre Salazar:Es que como estoy acostumbrado al nivel del mar, la Ciudad de México a veces me afecta.

Con su venia, señor presidente. Compañeras y compañeros diputados, Canal del Congreso, medios de comunicación, invitados especiales, a nombre de mis compañeras y compañeros diputados que integramos la Comisión de Turismo, presentamos ante este pleno de la Cámara de Diputados esta iniciativa que reforma la Ley de Coordinación Fiscal que he denominado “Las y los 33 del 33”.

Por medio de dicha iniciativa que proponemos se crea el Fondo de Aportaciones para la Promoción e Infraestructura en Destinos Turísticos en Desarrollo y Pueblos Mágicos, en el Ramo 33. Este nuevo fondo, que puede ser un instrumento de política económica y social a través del gasto público en favor del desarrollo turístico del país.

El turismo, diputadas y diputados, es una actividad fundamental para el desarrollo económico y social de nuestra nación, capta divisas, genera empleos y detona el desarrollo regional. Este último, con todo el potencial que tenemos, necesita seguirse impulsando y aprovechando.

Consistentemente el PIB del sector turístico crece a un paso mayor que el PIB del país. Solo en 2018 creció a un 0.5 por ciento arriba del PIB nacional. Es decir, es un impulsor de la economía, es un sector intensivo en generación de empleos, y sobre todo en dos grupos vulnerables que son las mujeres y los jóvenes.

Al cierre del 2019 los empleos directos del turismo fueron casi de 4 millones 380 mil empleos, sumando los indirectos, alrededor, somos más de 10 millones de familias que dependemos de esta noble actividad que es el turismo.

Actualmente se estima una infraestructura de hospedaje en todo el país de 23 mil 232 hoteles con más de 830 mil cuartos hoteleros. Contamos con 121 pueblos mágicos y lugares de sol y playa, que son reconocidos en el mundo entero como lo es Cancún, la Riviera Maya, Los Cabos, Mazatlán, Puerto Vallarta, entre muchos otros.

Ocupamos el sexto lugar mundial en sitios de patrimonio de la humanidad, y el primero en el continente americano. Contamos con 35 sitios de esta categoría, solo superados por Italia con 51, China con 48, España con 44, Francia con 41 y Alemania con 40. En generación de divisas es un sector que ocupa el primer lugar como industria en el país y el tercero, después de la inversión extranjera y envío de divisas, que por sí no son industria.

En Estados Unidos hemos generado más de 24 mil millones de dólares en 2019. Cabe resaltar que tuvimos un incremento de un 10 por ciento sobre el año anterior. En tan solo 2019 generamos en el sector turístico un superávit de más de más de 14 mil millones de dólares, que mucho coadyuva al a estabilización macroeconómica y financiera, sobre todo en el déficit de la cuenta corriente y de la balanza de pagos. Esto sin duda es importantísimo para la estabilidad de nuestra moneda, de nuestra economía y de nuestro país en general.

Esta iniciativa que proponemos tiene como finalidad fortalecer el sector de la economía nacional, sobre todo en regiones, estados, municipios y localidades donde el potencial turístico está presente y se pueden desarrollar nuevas opciones y promocionarlas.

Es importante destacar que esta propuesta no significa ningún impacto presupuestal para el erario federal, toda vez que este fondo, que es denominado Aportaciones para la Promoción e Infraestructura en Destinos Turísticos en Desarrollo y en Pueblos Mágicos, se compone de 10 por ciento del incremento al Ramo 33 en cada entidad federativa.

Con esta propuesta, las diputadas y diputados que integramos la Comisión de Turismo, de todos los partidos, de toda la República, estamos haciendo este esfuerzo para generar este nuevo fondo, que solo en el 2020, si estuviera constituido, representaría 2 mil 700 millones de pesos.

El turismo participa en promedio con el 10.4 por ciento del PIB mundial. En México solo participamos con el 8.7 del PIB. Tenemos mucho que superar. Esta propuesta quiere contribuir a ese propósito. Las y los diputados que integramos la Comisión de Turismo hemos suscrito como coautores, los 33 diputados de esta comisión, de todos los partidos.

Compañeras y compañeros diputados, les pido a ustedes también que se sumen a nuestra propuesta y, en su oportunidad, sea aprobada por la comisión dictaminadora y en el pleno de esta honorable asamblea. Por su atención, muchas gracias.

«Iniciativa que adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, a fin de crear el Fondo de Aportaciones para la Promoción e Infraestructura en Destinos Turísticos en Desarrollo y Pueblos Mágicos, suscrita por el diputado Luis Javier Alegre Salazar e integrantes de diversos grupos parlamentarios

Suscrita por los diputados Luis Javier Alegre Salazar, Lizeth Amayrani Guerra Méndez, Carmen Patricia Palma Olvera, Abelina López Rodríguez, Guadalupe Ramos Sotelo, Esteban Barajas Barajas, María del Carmen Bautista Peláez, Rosa María Bayardo Cabrera, Raquel Bonilla Herrera, Marco Antonio Carbajal Miranda, Julieta García Zepeda, Mirna Zabeida Maldonado Tapia, Sergio Pérez Hernández, Carmina Yadira Regalado Mardueño, Martha Robles Ortiz, María Marivel Solís Barrera, Dulce María Corina Villegas Guarneros del Grupo Parlamentario de Morena; Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado, Martha Angélica Zamudio Macías del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano; Clementina Martha Dekker Gómez, Francisco Favela Peñuñuri del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Claudia Reyes Montiel, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Olga Patricia Sosa Ruiz, Adriana Paulina Teissier Zavala, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social; Sergio Fernando Ascencio Barba, Dulce Alejandra García Morlan, Jacquelina Martínez Juárez, José Ramón Cambero Pérez, Adolfo Torres Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Margarita Flores Sánchez, Laura Barrera Fortoul, Isaías González Cuevas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional y Lilia Villafuerte Zavala, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la Cámara de Diputados de la LXIV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración de esta Soberanía la presente Iniciativa bajo la siguiente: Turnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

Exposición de Motivos

El turismo es una actividad fundamental para el desarrollo, ya que capta divisas, genera empleos y estimula el desarrollo regional. Este último, con todo y el potencial que tenemos no solo se ha descuidado sino también abandonado. El turismo de nuestras regiones debe ser justo, equilibrado y garante de oportunidades y mejores condiciones de vida para todos, sobre todo, los que menos tienen y más lo necesitan, que son la mayoría.

El turismo, con 22 mil 270 hoteles, que suman poco más 835 mil cuartos es un sector, lagunas, represas y ríos, vastas regiones de bellezas naturales exuberantes, estratégico de nuestra nación, como lo es en la mayoría de los países en el mundo. México con sus más de 1 millón 973 mil kilómetros cuadrados de extensión territorial, una zona económica exclusiva de casi 3 millones 140 mil kilómetros cuadrados, con 11 mil 592 kilómetros de litorales, 12 mil 500 kilómetros cuadrados de superficie de lagunas costeras y esteros, 6 mil 500 kilómetros de aguas interiores como lagos selvas tropicales, desiertos, montañas, arquitectura prehispánica, colonial, moderna, su historia y cultura como un todo que permite entender lo que somos, lo que no podemos ser y lo que sí debemos ser.

Todo esto es el turismo mexicano, su alta transversalidad hace ver y concebir una actividad noble, con una enorme potencialidad, todavía por explorarse y aprovecharse y una oportunidad de inclusión a los marginados de siempre.

Esto de ninguna manera quiere decir que concibamos un turismo doméstico, cerrado, incluso chovinista, que no nos permita ver la potencialidad y competitividad que vive actualmente el mercado turístico internacional.

Precisamente este reconocimiento de la potencialidad y transversalidad de nuestro turismo, es una oportunidad para atraer más turismo internacional y nacional, que gaste más y que lo diversifiquemos.

Para ser competitivos –dijo el secretario de Turismo, Miguel Torruco– tenemos que renovarnos constantemente como destino, y ajustarnos a lo que el mercado necesita, sólo así, México será un destino especial, diferente, que lo posicione por arriba de sus competidores en las preferencias de los más de mil 400 millones de turistas que viajan por el mundo. En la férrea lucha por el mercado turístico, se hace indispensable una mejora continua en los productos y servicios que ofrecemos para lograr experiencias memorables y satisfactorias en el viajero, y el rigor, análisis, disciplina y sistematización de la investigación científica, se presenta también como un gran aliado, que nos ayudará a crecer”

Estar a tono con lo que hoy demanda el turismo en el mundo no es tarea sencilla. Competir requiere no solo de recursos, requiere también de imaginación, de cambios de actitud, de romper atavismos e inercias para convertirnos en un sector dinámico, proactivo y propositivo.

Esta iniciativa se inscribe en esa dirección. El turismo es un asunto de Estado y el legislativo no puede ni debe estar al margen de la gran cruzada turística de la Cuarta Trasformación que encabeza el presidente de México Andrés Manuel López Obrador.

México ha transitado por diferentes etapas en el desarrollo turístico. El Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur), sin duda ha sido una institución impulsora de este sector a través de los Centros Integralmente Planeados (CIP), como Cancún en Quintana Roo; Ixtapa Zihuatanejo en Guerrero; Los Cabos y Loreto en Baja California Sur; Huatulco en Oaxaca, Espíritu Santo en Sinaloa, entre otros.

En los últimos años, el turismo ha crecido y se ha desarrollado con nuevos espacios y conceptos que se han sumado a lo sistémico de este sector. Por ejemplo turismo cultural, arqueológico, religioso y turismo de naturaleza que en opinión de la Organización Mundial de Turismo (OMT), se considera como una de las modalidades turísticas más importantes dentro de la industria, entendido como una actividad económica que promueve el aprovechamiento sustentable de los recursos, una alternativa sólida para la generación de empleos, una estrategia para el desarrollo comunitario, una herramienta para luchar contra la pobreza y un medio para conservar y difundir el patrimonio natural y cultural, ya que incluye conceptos como ecoturismo, turismo rural y turismo de aventura.

Sobre esta perspectiva, es que el turismo ha mostrado una participación relevante en nuestro país. En 2018 ha contribuido en el producto interno bruto (PIB) nacional con 8.9 por ciento, 1.5 por ciento por debajo del promedio internacional, generando más de 4.3 millones de empleos directos, y casi 10 millones de indirectos.

Destaca también el crecimiento del turismo internacional. En 2018 sumaron 41.3 millones de turistas internacionales, los cuales aportaron 22 mil 526.3 millones de dólares (MMD) al país, siendo el sector que más generó divisas como industria, solo superada por las  remesas con 33 mil  677.2 MDD y la inversión extranjera directa con 33 mil 544.2 MMD.

Lo anterior nos colocó en el séptimo lugar mundial en visitas de turistas extranjeros, el decimosexto en generación de divisas y un lamentable 40 en gasto promedio per cápita.

Esto significa que el turismo internacional aporta aproximadamente 20 por ciento del total del PIB turístico y se focaliza principalmente en Cancún y la Riviera Maya en Quintana Roo; Acapulco e Ixtapa Zihuatanejo en Guerrero; la Ciudad de México y por último en Los Cabos, Baja California Sur, lo que se estima representa 12 por ciento del PIB del sector.

Con esta iniciativa se pretende que se destinen recursos en cada una de las entidades, para que puedan desarrollar nuevas opciones, promocionarlas y fortalecer las ya existentes, que sean atractivas tanto para los visitantes internacionales como para el doméstico, pues este último representa aproximadamente 80 por ciento del PIB turístico. De igual manera, fomentar infraestructura turística en polos turísticos en desarrollo y pueblos mágicos.

Cabe mencionar que de los 2 mil 457 municipios del país, 646 no tienen ningún acceso a los servicios financieros, ni sucursales, ni cajeros automáticos, ni corresponsales bancarios. Esto representa casi 65 millones de personas adultas, poco más de 50 por ciento de toda nuestra población.

Entre las entidades en donde vive el mayor número de adultos en municipios sin puntos de accesos se encuentran: estado de México con 12 millones 500 mil personas; Veracruz con cinco millones 986 mil; Jalisco con cinco millones 813 mil adultos. Medido por número de municipios sin cobertura, en Oaxaca 382 municipios no tienen presencia, seguido de Puebla con 66, Veracruz con 33 y Yucatán con 32 localidades.

Actualmente, contamos con 121 pueblos mágicos distribuidos por entidad federativa de la siguiente manera: Aguascalientes 3; Baja California 1; Baja Sur 2; Campeche 1; Chiapas 4; Chihuahua 3; Coahuila 7; Colima 1; Durango 2; Guanajuato 6; Guerrero 1; Hidalgo 6; Jalisco 8; Estado de México 9; Michoacán 8; Morelos 2; Nayarit 3; Nuevo León 3; Oaxaca 5; Puebla 9; Querétaro 6; Quintana Roo 3; San Luis Potosí 3; Sinaloa 4; Sonora 2; Tabasco 1; Tamaulipas 2; Tlaxcala 2; Veracruz 6; Yucatán 2 y Zacatecas 6.

En mayo de 2017, la Secretaría de Turismo inició un programa en los Pueblos Mágicos para que los comercios pudieran recibir tarjetas de crédito o débito. Se estima que los pequeños comerciantes, artesanos y otros negocios vinculados al turismo, pueden incrementar sus ventas hasta en 30% al aceptar tarjetas de débito o crédito.

Sin embargo, no se sabe a la fecha que pasó con ese programa. Lo cierto es que en muchos de los Pueblos Mágicos, no se cuenta ni siquiera con un cajero automático.

Más aun, en algunas entidades, donde se encuentran Pueblos Mágicos, la pobreza sigue siendo una constante, como se observa en el siguiente cuadro:

En un análisis somero del cuadro anterior, se puede observar que en 15 entidades se supera el promedio nacional de pobreza de 41.9 por ciento (2018). De acuerdo a la última medición del Coneval, estas son: Campeche, Chiapas, Tabasco, Puebla, Guerrero, Morelos, Oaxaca, San Luis Potosí, Veracruz, Hidalgo, Michoacán, Tlaxcala, Zacatecas, Guanajuato y estado de México; éstas entidades suman 69 pueblos mágicos de los 121.

De los 121 pueblos mágicos en 29 su nivel de pobreza está por debajo del promedio nacional que es de 43.6 por ciento. Destacan por ejemplo Candela en Coahuila con 14.1 por ciento; en 6 pueblos mágicos (Guadalupe en Zacatecas; Magdalena de Kino en Sonora; Sayulita en Nayarit; Muzquiz en Coahuila; Todos Santos en BCS; y Tecate en Baja California) su nivel es menor a 30 por ciento.

Por el contrario, hay 20 pueblos mágicos que registran un porcentaje de pobreza superior al 70 por ciento; incluso pueblos mágicos como Batopilas en Chihuahua registra 93 por ciento de pobres, San Pedro y San Pablo en Oaxaca 87.3 por ciento; Zozocolco en Veracruz 86.7 por ciento; y Xilitla en San Luis Potosí con 84.6 por ciento. En los 72 pueblos mágicos restantes el nivel de pobreza se ubica en el rango de 44-70 por ciento.

Otro indicador que es importante considerar es el índice de desarrollo humano (IDH), el cual mide tres índices básicos: el índice de ingreso, el índice de salud y el índice de educación. El rango de medición es el siguiente: 5- 5.9 bajo; 6- 6.9 medio; 7- 7.9 alto; 8 en adelante muy alto.

En el siguiente cuadro que corresponde solo a los Pueblos Mágicos o los municipios donde se asientan, se observa mucho de lo que se tiene que hacer en materia de desarrollo humano en los Pueblos Mágicos, sobretodo en el índice de educación.

En el cuadro anterior, se puede observar que los pueblos mágicos han mejorado su IDH. De los 121 que hay en el país 50 observan un índice por debajo de 0.7, es decir medio; por componente el de ingresos también se observa que solo 30 tienen un IDH medio (salvo Batopilas donde su índice es menor a 0.6 en sus tres índices y el general). El índice de salud destaca favorablemente, salvo Aculco en el estado de México y Batopilas en Chihuahua.

Donde sí el IDH muestra un serio problema es el de educación. De los 121 pueblos sólo 7 muestran un índice alto (mayor a 0.8), estos son: Loreto y Todos Santos en Baja California Sur; Cómala, en Colima; Metepec en el estado de México; Calpulalpan, en Oaxaca; Orizaba en Veracruz, y Guadalupe, en Zacatecas.

Por el contrario, los que muestran un IDH bajo en educación, es decir menor a 0.6 son 74 y 40 medio, menor a 0.7.

Estos indicadores también nos hacen ver el enorme reto que se tiene por delante para garantizar crecimiento económico, inclusión social y desarrollo sostenible para todos los pueblos mágicos. Esta propuesta quiere contribuir a ese propósito.

Origen de los recursos del Fondo de Aportaciones para Promoción e Infraestructura para Destinos Turísticos en Desarrollo y Pueblos Mágicos

Como lo establece el artículo 18 de la Ley General de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria que a la letra dice:

A toda propuesta de aumento o creación de gasto del proyecto de Presupuesto de Egresos, deberá agregarse la correspondiente iniciativa de ingreso distinta al financiamiento o compensarse con reducciones en otras previsiones de gasto.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 54, no procederá pago alguno que no esté comprendido en el Presupuesto de Egresos...

En este sentido, la propuesta que estamos haciendo, es que del incremento de recursos que se registre en el Ramo 33 en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2020, 10 por ciento de este incremento se destine al Fondo de Aportaciones para Promoción e Infraestructura para Destinos Turísticos en Desarrollo y Pueblos Mágicos, para ser ejercidos por los propios estados.

En los últimos 6 años el monto de los recursos aprobados por la Cámara de Diputados del Ramo 33 fue en el siguiente orden:

El incremento del Ramo 33 estimado para 2020 sería de 23 mil 625.3 millones de pesos, a precios de ese año. El 10 por ciento de este incremento formaría parte del Fondo de Aportaciones para Promoción e Infraestructura para Destinos Turísticos en Desarrollo y Pueblos Mágicos para 2020, equivaldrá a 2 mil 362.5 millones de pesos. Esto quiere decir que en 2020,  en los ocho Fondos restantes del Ramo 33 se repartiría el resto del incremento de 21 mil 262.8 millones de pesos (90 por ciento del incremento). Si el Estado no registra incremento no habrá aportación por ese estado al Fondo de Aportaciones para Promoción e Infraestructura para Destinos Turísticos en Desarrollo y Pueblos Mágicos.

La fórmula que se aplicará para la distribución de los recursos del Fondo de Aportaciones para Promoción e Infraestructura para Destinos Turísticos en Desarrollo y Pueblos Mágicos, será la siguiente:

(E1- E0) >0

(E1 - E0 )= D  E1

D E1 (F)=FTE1

Donde:

E1=Fondo de Aportaciones de la Entidad Federativa del año investigado.

E0=Fondo de Aportaciones de la Entidad Federativa del año base.

D E1=Incremento del Fondo de Aportaciones de la Entidad Federativa del año investigado.

F=Factor o Ponderador de Incremento (0.10).

FTE1= Fondo de Aportaciones para Promoción e Infraestructura para Destinos Turísticos en Desarrollo y Pueblos Mágicos, del año investigado.

Como se puede apreciar en este ejemplo la distribución del fondo por cada entidad federativa, registra un rango entre 20 millones de pesos el menor (Colima) y 224 millones de pesos el mayor (estado de México). El tamaño de la entidad y su densidad demográfica influyen en estos extremos.

Por lo anterior, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de:

Decreto por el que se adiciona la fracción IX del artículo 25, y se adiciona el artículo 47 Bis, de la Ley de Coordinación Fiscal, por el que se crea el Fondo de Aportaciones para la Promoción e Infraestructura en Destinos Turísticos en Desarrollo y Pueblos Mágicos (APRIM)

Artículo Único. Se adiciona la fracción IX del artículo 25, y se adiciona el artículo 47 Bis, de la Ley de Coordinación Fiscal, para quedar como sigue:

Artículo 25. Con independencia de lo establecido en los capítulos I a IV de esta ley, respecto de la participación de los Estados, Municipios y el Distrito Federal en la recaudación federal participable, se establecen las aportaciones federales, como recursos que la Federación transfiere a las haciendas públicas de los Estados, Distrito Federal...

I. a VIII. ...

IX. Fondo de Aportaciones para Promoción e Infraestructura para Destinos Turísticos en Desarrollo y Pueblos Mágicos (APRIM).

Artículo 47 Bis. Los recursos del Fondo de Aportaciones para Promoción e Infraestructura para Destinos Turísticos en Desarrollo y Pueblos Mágicos (APRIM),, se sujetarán a lo siguiente:

I. Se integrará con el diez por ciento del incremento de los recursos que, en su caso, se aplique en el Presupuesto de Egresos de la Federación, al Ramo 33, Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas y municipios.

II. Se destinarán para la Promoción e Infraestructura en Destinos Turísticos en Desarrollo y Pueblos Mágicos, en coordinación con la Secretaria de Turismo del Gobierno Federal, incluyendo obras y/o acciones relacionadas con la promoción nacional e internacional turística de cada entidad federativa.

III. También se podrán ejecutar obras de infraestructura básica en destinos turísticos tales como sistemas de drenaje, pavimentación, alumbrado público, sistemas de vigilancia, sistemas de tratamientos de agua, entre otras, que promuevan y mejoren el cuidado del medio ambiente y que coadyuve a  mejorar la oferta turística en las en las entidades federativas y municipios.

IV. Los recursos se calcularán conforme a la siguiente fórmula de distribución:

(E1- E0) >0

(E1 - E0 )= D E1

D E1 (F)=FTE1

Donde:

E1=Fondo de Aportaciones de la Entidad Federativa del año investigado

E0=Fondo de Aportaciones de la Entidad Federativa del año base

D E1=Incremento del Fondo de Aportaciones de la entidad federativa del año investigado

F=Factor o Ponderador de Incremento (0.10)

FTE1=Fondo de Aportaciones para Promoción e Infraestructura para Destinos Turísticos en Desarrollo y Pueblos Mágicos.

V. Los recursos del fondo no podrán aplicarse para el pago de adeudos que con anterioridad hayan contraído las entidades federativas o los municipios, ni comprometerlos para la contratación de empréstitos.

Las entidades federativas, deberán coordinarse con la Secretaría de Turismo para determinar los proyectos, obras y acciones de infraestructura y promoción que serán ejecutados a través del fondo, durante el ejercicio fiscal que corresponda.

Las entidades federativas deberán presentar, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Secretaría de Turismo, un informe trimestral detallado sobre la aplicación de los recursos recibidos de este fondo, a más tardar 20 días naturales después de terminado el trimestre.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Discurso del Secretario de Turismo Miguel Torruco Marques en la inauguración del Centro Nacional de Investigación Turística y Centro Nacional de Investigación Gastronómica. Instituto Politécnico Nacional. 11 de diciembre 2018.

2 http://www.datatur.sectur.gob.mx/SitePages/ResultadosITET.aspx

3 Diario Reforma: 23 de mayo de 2017.

4 https://www.coneval.org.mx/coordinacion/entidades/Paginas/inicioent.aspx

5 Coneval. Medición de Pobreza  2018

6 http://www.mx.undp.org/content/mexico/es/home/publicaciones.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de febrero 2020.— Diputados y diputadas: Luis Javier Alegre Salazar, Martha Robles Ortiz, Marco Antonio Carbajal Miranda, Sergio Fernando Ascencio Barba, Abelina López Rodríguez, Julieta García Zapata, Carmen Patricia Palma Olvera, Francisco Favela Peñuñuri, Carmina Yadira Regalado Mardueño, Adriana Paulina Teissier Zavala, Dulce Alejandra García Morlan, Carmen Bautista Peláez, Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado, Lilia Villafuerte Zavala, Guadalupe Ramos Sotelo, María Marivel Solís Barrera, Mirna Zabeida Maldonado Tapia, Sergio Pérez Hernández, Laura Barrera Fortoul, Clementina Martha Dekker Gómez, Esteban Barajas Barajas, Rosa María Bayardo Cabrera, Claudia Reyes Montiel, Lizeth Amayrani Guerra Méndez, Julieta García Zepeda, Olga Patricia Sosa Ruiz, Margarita Flores Sánchez, Isaías González Cuevas, Martha Angélica Zamudio Macías, Dulce María Corina Villegas Guarneros, Jacquelina Martínez Juárez, Raquel Bonilla Herrera, Adolfo Torres Ramírez y José Ramón Cambero Pérez, Azael Santiago Chepi, Carmen Patricia Palma Olvera, Claudia Tello Espinosa, Erika Mariana Rosas Uribe, Erika Vanessa del Castillo Ibarra, Isaías González Cuevas, Lidia García Anaya, Lorena del Socorro Jiménez Andrade, Marco Antonio Carbajal Miranda, Marco Antonio González Reyes, Mariana Rodríguez Mier y Terán, Martha Robles Ortiz, Mirtha Iliana Villalvazo Amaya, Raúl Eduardo Bonifaz Moedano, Tatiana Clouthier Carrillo (rúbricas).»

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen, y a la Comisión de Turismo, para opinión.



LEY PARA REGULAR LAS SOCIEDADES DE INFORMACIÓN CREDITICIA

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Evaristo Lenin Pérez Rivera, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para regular las Sociedades de Información Crediticia, suscrita por diputados del Grupo Parlamentario del PAN.

El diputado Evaristo Lenin Pérez Rivera:Con su permiso, diputado presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Adelante, diputado.

El diputado Evaristo Lenin Pérez Rivera: Compañeras y compañeros diputados, el día de hoy vengo a presentar proyecto de decreto por el cual se reforman diversas disposiciones relativas a la sociedad de información crediticia en nuestro país.

Su servidor es diputado de mayoría y tres temas brincaron en el reclamo ciudadano en el recorrido en la campaña que seguramente ustedes recurrieron también a esta petición ciudadana: el tema de las pensiones en el país, el tema de los altos créditos y los problemas de los créditos con Infonavit, y el tema del buró de crédito, donde el día de hoy consiste esta iniciativa y que tiene que ver con la situación que guardan millones de mexicanos que hoy no tienen la posibilidad de acceder al crédito por la información que está incorporada de carácter negativo.

Cuando hablamos del buró de crédito, el pensamiento inmediato de la mayoría de los mexicanos es que es una lista negra. La realidad que el buró de crédito consiste en una posibilidad de un centro de información del carácter crediticio que tiene cada ciudadano en sentido positivo o en sentido negativo. Sin embargo, nosotros consideramos que es necesario que esta Cámara de Diputados voltee los ojos hacia las condiciones en las que estas sociedades de información crediticia vienen operando y que necesitamos en este país democratizar el crédito.

Uno de los problemas que tiene México y que lo vivimos el año pasado, es la falta de crecimiento económico y en toda sociedad económica moderna el crédito es fundamental para poder generar el desarrollo, el cual hoy en nuestro país se encuentra limitado por una serie de regulaciones o de abusos que se tienen a través de estas instituciones financieras, que de manera unilateral generan la información para que se incorporen estas sociedades de información crediticia sin haber estado enterado el acreditado, o en muchas ocasiones con violaciones graves que provocan el daño para que los mexicanos puedan acceder a un crédito.

Los mexicanos necesitan un crédito para acceder a un crédito a la vivienda, para atender un problema de carácter personal, de una enfermedad. Es lamentable además las condiciones en las que a veces tienen que enfrentar estos créditos.

Todos conocemos de estas sociedades financieras voraces que otorgan créditos fáciles e inmediatos con intereses impagables, y que provocan que millones de mexicanos vayan a terminar sin la posibilidad de adquirirlos. O los créditos que vamos al cajero automático y que, solamente picando un botón, sin firmar un contrato podemos acceder al crédito. Pero entonces existe una gran perversidad en facilitar por una vía la posibilidad de acceder a estos créditos con altos costos, y después castigar al ciudadano con incorporación de información negativa.

Hay un estudio elaborado por The Statment Indexque dice, entre 400 mil personas, que el 16 por ciento de estos no cuentan con una calificación crediticia, no tienen posibilidad de acceso al crédito, pero el 57 por ciento tiene una información negativa.

Por eso la importancia de que, compañeros diputados, podamos voltear los ojos y que una vez que sea turnada a la comisión, le podamos establecer la regulación necesaria para acabar con este abuso.

Son muchas las razones por las cuales tenemos que atenderlo, el robo de identidad que vive el país y en el cual también muchos ciudadanos terminan colocados con información negativa en el buró.

México tiene, según datos de la Condusef, el octavo lugar a nivel mundial en robo de identidad y para que cuando un ciudadano se entera de que está en el buró de crédito y le ha sido robada su identidad es todo un proceso burocrático y complicado que le impide poder acceder a crédito.

Siendo así, compañeros diputados, nosotros estamos estableciendo una regulación que nos permita disminuir los tiempos en los cuales esta información negativa prevalece y que afecta a millones de mexicanos y lo hacemos a través de seis puntos, principalmente en el siguiente sentido, y esto con la finalidad de mejorar la economía del país y de poder reincorporar a millones de mexicanos nuevamente a la posibilidad de acceder al crédito.

Primero. Reducir el tiempo en el que se conserva la calidad de moroso, en un tiempo menor que se pueda acceder a otro préstamo, tal vez que nos pueda ayudar a salir de un momento difícil e iniciar un negocio o simplemente estar al corriente. Esto es, en lugar de tenerlo a seis años reducirlo a cuatro años.

Porque hoy un crédito de menos de siete mil pesos por un recibo telefónico, aun cuando no estuviste enterado, aun cuando fuiste y pagaste ese crédito permanecerás con información negativa por un periodo de seis años. Que se prohíba el uso de información crediticia para que los patrones determinen que un trabajador es candidato a ocupar un puesto.

Cuarto. Que se elimine de manera inmediata y sin condición la información negativa relativa a créditos menores de seis mil pesos una vez que se cumpla con el pago del mismo. Es decir, estos créditos menores, si se ha ido a pagar la deuda se debe eliminar la información negativa.

Establecer un borrón y cuenta nueva. A partir de que esta ley, estas reformas entren en vigor dar un plazo de 180 días y con un límite que acordaremos en la comisión. Quien vaya y pague su deuda por una sola ocasión podrá borrar su crédito.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Concluya, diputado.

El diputado Evaristo Lenin Pérez Rivera: Concluyo, diputado presidente. Y con esto vamos a favorecer el rezago de la cartera vencida, para que quienes vayan y paguen su deuda puedan reestablecer su posibilidad de acceso al crédito y reactivar nuestra economía.

Y, por último, a efecto de que se acabe con estos abusos, las organizaciones financieras deberán incorporar la notificación al acreditado de que está en el buró de crédito para que se puedan, al respecto, tomar las medidas correspondientes. Es cuanto, diputado presidente.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para regular las Sociedades de Información Crediticia, suscrita por el diputado Evaristo Lenin Pérez Rivera e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos, 6o., fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, el diputado Evaristo Lenin Pérez Rivera, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de esta LXIV Legislatura, pone a consideración de esta honorable soberanía iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforman diversas disposiciones de la Ley para regular las Sociedades de Información Crediticia, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Como parte de la globalización y el avance económico en las sociedades, se ha dado también un progreso en el ámbito de las telecomunicaciones e informática generando ello cambios, transformaciones, que muchas veces escapan a la regulación normativa.

Es indiscutible que en nuestro país y en el mundo en general, se han conquistado grandes espacios en el ámbito de la información y de la expresión. En tiempos pasados no habría podido pensarse en la irrupción decisiva de los llamadas “redes sociales” que, hoy por hoy, constituyen observatorios generales del Estado, la política, economía, etcétera. Asimismo, el poder contar con múltiples fuentes de información, nacionales e internacionales, en forma actualizada y en tan sólo un “clic” es, sin lugar a dudas, toda una revolución.

Sin embargo, la revolución tecnológica no sólo ha venido acompañada de aspectos positivos, también ha traído riesgos y preocupaciones sobre los que poco nos detenemos a reflexionar, uno de ellos es el manejo que de nuestra información se realiza por entidades públicas y privadas a través de la “red”.

Hoy día, una gran cantidad de nuestras actividades cotidianas las realizamos vía electrónica y, al usar estas plataformas colocamos datos nuestros, muchos de ellos sensibles (nombre, dirección, edad, teléfono, correo, números de cuenta, claves personales, etcétera). Esta información, sin embargo, no la controlamos directamente porque muchas veces los proveedores de servicios disponen de la misma en el modo y en la forma que más les resulta conveniente (muchas veces somos nosotros quienes autorizamos ceder esa información en las letras pequeñas que jamás nos detenemos a leer). O bien, en el peor de los casos, esa información es vendida a desconocidos o directamente robada (hackeada).

Pero el problema no se limita al uso consciente de los medios de comunicación y de la información personal que de nosotros disponen los proveedores sino que ésta situación alcanza incluso a las personas que no utilizan esos medios. En efecto, tanto entidades públicas como privadas colocan en sus bases de datos información relativa a los usuarios, puede pensarse en los beneficiarios de servicios de salud, en el pago de impuestos y servicios, demandas y procedimientos jurisdiccionales pendientes, créditos, adeudos o moras, etcétera. Toda esta información –y mucha más–, se encuentra en internet y desconocemos completamente quien puede acceder y disponer de la misma.

El escenario aquí planteado nos coloca en una difícil colisión entre dos derechos de orden fundamental, por un lado, el derecho a la información y, por el otro, a la intimidad personal. En efecto, pueden verse como los horizontes de la privacidad cada vez más se colocan en riesgo ya que en una gran cantidad de casos, sin que las personas si quiera lo sepan y, mucho menos otorguen su consentimiento a terceros, éstos recaban y transmiten información sobre sus datos personales.

A nivel de legislación interna, México dispone de una avanzada ley que es la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la cual regula precisamente el derecho a la información y, en contrapartida, disponemos de una Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y una Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.

En materia de información y control de la misma, se distinguen los llamados “derechos ARCO”, es decir, los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición al tratamiento de datos personales y que configuran el denominado “Habeas data”.

Al Habeas Data lo podemos definir como “una garantía de tercera generación, por medio de la cual se puede solicitar la exhibición de los registros –públicos y privados– en los cuales están incluidos los datos personales de un individuo o de su grupo familiar, a fin de tomar conocimiento de su exactitud y finalidad. En caso de que estos sean falsos, discriminatorios, obsoletos o sensibles (datos de vida íntima, ideas políticas, gremiales), podrá requerirse la rectificación, supresión, actualización o confidencialidad de los mismos”.

El derecho a la información y el control de la misma, como se ve, se sujeta a una serie de principios recogidos en el ámbito internacional y, en nuestra legislación interna. Un principio es el acceso, de acuerdo con el cual, el titular de la información podrá acceder en cualquier momento a sus datos personales que obren en posesión de cualquier entidad (evidentemente existen excepciones, tales como que sea una cuestión de seguridad nacional, artículo 6, inciso A, fracción I, Const). La rectificación o corrección se refiere a la posibilidad de solicitar al responsable la rectificación o corrección de datos personales, cuando éstos sean inexactos, incompletos o no se encuentren actualizados. La cancelación evidentemente se refiere a la eliminación de los datos personales en todo archivo, registro, expediente y sistema a fin de que los mismos ya no estén en su posesión. El conjunto de todos estos principios hace parte de lo que se conoce como “derecho a la autodeterminación informática”, reconocido en nuestra Constitución nacional en el segundo párrafo del artículo 16:

“Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros.”

Problemática

Una vez que hemos realizado un esbozo general sobe el derecho a la información y el control de la misma, me referiré a una problemática real, sentida por una gran cantidad de personas día a día y que les impide acceder a mayores alternativas económicas para mejorar sus condiciones de vida, me refiero, al conocido como “buro de crédito” así como a otros sistemas informáticos en los que se coloca información sobre las deudas, créditos y moras en las que incurren las personas físicas y morales.

Nos ubicamos, dentro del amplio espectro de la información, en el sector financiero. Éste, como sabemos, constituye un ámbito fundamental para la vida cotidiana sea en el sector público como en el privado, de él depende el funcionamiento del Estado y del comercio, del día a día de todos los ciudadanos y por ello revista esa vital importancia.

Sin embargo, ello no obsta a que en el sector financiero no se observen las reglas fundamentales en materia de derechos humanos y, particularmente, en materia de control de la información. Hoy por hoy, existe una ingente cantidad de información personal en bancos de datos del sector financiero, comercial y crediticio y, al igual que como ocurre con otros sectores, no tenemos certeza respecto del uso que de tal información realizan las entidades financieras.

¿Quién de nosotros no ha recibido alguna llamada telefónica en donde se nos ofrecen créditos para saldar alguna deuda?; ¿Llamadas de un “buffet” de abogados en donde se nos “sugiere” pagar un crédito existente o quizá, uno que habíamos ya pagado con anterioridad?; ¿instituciones bancarias que conocen nuestros historial crediticio y nos ofrecen nuevas tarjetas de crédito?; ¿instituciones inmobiliarias que apenas se nos autoriza un crédito de vivienda nos llaman para fungir de intermediarios?; ¿aseguradoras que conocen nuestro estado de salud o la realización de un viaje al extranjero e inmediatamente se prestan a vendernos un seguro?, o bien, ¿tarjetas de crédito o incluso créditos que se nos han autorizado sin ni si quiera solicitarlos?

Creo que alguno –o todos– de estos escenarios se nos han presentado a lo largo de nuestra vida y quizá, los aceptamos como una cosa “normal”, sin embargo, ello no es en lo absoluto normal sino más bien refleja una preocupante situación que es la disposición de nuestra información personal por desconocidos y la falta de un control sobre los mismos. Nuestra alternativa a esta preocupante situación claramente no es abandonar el sector financiero pues éste, como hemos visto, se constituye en un eje central para el desarrollo económico personal y nacional.

Las necesidades propias del mundo contemporáneo requieren que todos podamos tener acceso al sector financiero, sin aspectos como el crédito, los bancos, cajas de ahorros, fondos, tarjetas, etcétera, las posibilidades de desarrollo se limitarían en gran medida. Se piense, por ejemplo, en políticas públicas del Estado que sólo pueden tener lugar mediante el acceso al sector financiero: créditos de vivienda o de educación; transferencias bancarias a beneficiarios de diversos programas sociales; tarjetas de descuentos, etcétera.

Lo que se trata, en última instancia, es de lograr una mayor “democratización del crédito” a fin de que todos puedan acceder al mismo, bajo condiciones equitativas y justas, que permitan hacer uso del mismo de forma responsable para mejorar las condiciones de vida y, al mismo tiempo, evitar que la información sensible de los individuos pueda ser usada en modo inadecuado.

Una de las contrapartes del crédito es precisamente la información personal que de nosotros existe por parte de las sociedades de información crediticia. Éstas conocen todo nuestro pasado crediticio y, con base en ello, nos otorgan una mayor o menor “confianza” al momento de acceder a los créditos y otros beneficios financieros. Para ello disponen de bases de información en la que nuestras actividades económicas quedan registradas.

Hemos dicho que el acceso al crédito, hoy por hoy, se constituye en un factor determinante al momento de poder acceder a mejores oportunidades económicas para nuestra vida. Sin embargo, ¿qué sucede cuando tenemos vetado el acceso al mismo por una deuda en pasado que, no obstante, habíamos ya pagado? O bien, ¿Cuándo se nos veta el acceso al crédito por una deuda que puede considerarse mínima? ¿Quién no ha olvidado pagar el teléfono, la televisión por paga o una mensualidad derivada de alguna pequeña adquisición y, pasados unos meses, encontrarse registrado en el “Buró de crédito” como deudor?

En estos casos, el sector financiero protege sus intereses y la medida que adopta es, claramente, cerrar el crédito a tales usuarios. Esta medida, sin embargo, resulta completamente desproporcionada y se traduce en el plano fáctico, en una especie de sanción la cual impide al individuo acceder nuevamente a los beneficios del sector financiero.

Igualmente, otro de los grandes problemas que se presenta es el referente a la inequidad existente al interior del sistema de datos crediticio pues, en él se encuentran con información negativa tanto las personas que tienen deudas de miles de pesos (incluso millones) como aquellas cuyos adeudos son mínimos. Las personas que deben cantidades exiguas merecerían una segunda oportunidad a fin de saldar esas deudas y, nuevamente tener acceso al crédito.

En el mundo contemporáneo, vetar el acceso al sector financiero, se traduce en una medida sumamente drástica y, como hemos visto, desproporcionada pues impide a la persona poder acceder a múltiples oportunidades para mejorar sus condiciones de vida. En correspondencia, estamos firmemente convencidos que en éstos casos, se vulnera la “democratización del crédito” condenando a miles de personas a vivir al margen del sector financiero nacional, a no poder acceder a beneficios económicos o, incluso, a programas sociales del Estado (se piense, por ejemplo, en el banco que puede negarse a abrir una cuenta al derechohabiente de un programa social porque se encuentra en el buró de crédito) y, esta situación se traduce en una clara discriminación que vulnerar los derechos fundamentales del ser humano.

Regulación normativa

Actualmente, la información crediticia de las personas se encuentra regulada, en términos generales por la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (en caso de entidades públicas) y, particularmente, por la Ley para regular las Sociedades de Información Crediticia.

En esta última ley se prevé la existencia de una “Base de datos” en la que, precisamente, se encuentra la información crediticia de las personas. El artículo 20 de la citada ley dispone:

Artículo 20. La base de datos de las sociedades se integrará con la información sobre operaciones crediticias y otras de naturaleza análoga que le sea proporcionada por los usuarios. Los usuarios que entreguen dicha información a las sociedades deberán hacerlo de manera completa y veraz; asimismo, estarán obligados a señalar expresamente la fecha de origen de los créditos que inscriban y la fecha del primer incumplimiento. Las sociedades no deberán inscribir por ningún motivo, créditos cuya fecha de origen no sea especificado por los usuarios, o cuando éste tenga una antigüedad en cartera vencida mayor a 72 meses. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en los artículos 23 y 24 de esta ley.

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Como puede apreciarse, la base de datos se integra por toda la información crediticia y financiera de las personas. Estas proporcionan sus datos sensibles a las entidades financieras y empresas comerciales quienes, a su vez, remitan esa información a la base de datos. La ley dispone un término de inscripción para los créditos vencidos y es el de 72 meses (seis años). Es decir, se prevé que en la base de datos sólo se deberán inscribir créditos que no hayan vencido más de seis años atrás.

Igualmente, se puede constatar que la ley no realiza ninguna distinción en cuanto a los montos del crédito por lo que lo mismo da si un crédito de millones de pesos no viene pagado que, por ejemplo, un micro crédito (muy comunes actualmente) de, quizá, 20 pesos, o bien, los intereses de una vieja tarjeta que no utilizamos y que pueden ser, incluso, de unos cuantos pesos o centavos. En cualquiera de estos casos, la deuda generada viene reportada y colocada en la base de datos. No desconocemos que, actualmente, el artículo 23 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia prevé precisamente la eliminación de esa base de datos de aquellos créditos menores al equivalente a mil UDIS, sin embargo, ello no opera de manera inmediata sino que, la misma ley dispone que eso debe darse “en los términos que establezca el Banco de México mediante disposiciones de carácter general” lo que, en la práctica, hace nugatoria la previsión.

Esta situación, es fácil ver, es absolutamente desproporcionada y viola el principio general de igualdad reconocido desde nuestra Carta fundamental (artículo 1, párrafos 1 y 5). Además, no sólo se traduce en una clara violación al principio de igualdad sino también, como hemos visto, en el principio de proporcionalidad en tanto que la consecuencia (estar en la base de datos) se impone ¡hasta por un plazo de 6 años!

Propuesta de modificación normativa

En concreto, nuestra propuesta se fundamenta en la mayor democratización del crédito, es decir, buscamos que más personas puedan acceder a este servicio que, como hemos visto, en el mundo contemporáneo, constituye un factor para el acceso a mejores condiciones de vida. Sin embargo, muchas personas se encuentran vetadas de acceder al crédito por situaciones como: mínimas deudas existentes, muchas de las cuales ni siquiera sabían que tenían; casos de robo de identidad por los que se solicitan créditos o servicios financieros a cargo de la persona, la cual evidentemente jamás solicitó los mismos; la desproporcionalidad en cuanto al tiempo por el que la información crediticia permanece en la banca de datos (¡6 años!); así como situaciones complementarias, tales como el inadecuado manejo de esa información y que puede advertirse en aspectos de índole laboral y de discriminación.

En razón de todo lo dicho, proponemos diversas adecuaciones a la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, en concreto: 1) proponemos reducir el tiempo en el que la información negativa permanece en la base de datos. Consideramos que el actual termino de 72 meses resulta sumamente desproporcionado por lo que, en aras de garantizar tanto los intereses financieros como los derechos de las personas, proponemos un términos de 48 meses; 2) consideramos necesario incluir una disposición referente al robo de identidad disponiendo un procedimiento a fin de que la persona pueda denunciar el hecho y no ser incluida en la base de datos; 3) proponemos incluir una disposición igualitaria que prohíba todo uso de información crediticia para valorar a una persona en el ámbito laboral; 4) consideramos necesario eliminar directamente de la base de datos las deudas inferiores a los mil udis (aproximadamente 6 mil pesos), se trata de una disposición ya existente en la ley pero que se sujeta a las disposiciones que para tal efecto emita el Banco de México. Dado el valor de las deudas consideramos necesario eliminarlas de la base de datos sin condicionarlo a una determinación de nuestro Banco central; 5) finalmente, creemos oportuno dar una segunda oportunidad a las personas que se encuentran en la base de datos y cuyas deudas no rebasan un determinado limite. De acuerdo con diversas fuentes de información, el promedio de las deudas existentes es en torno a los 50 mil pesos. Muchas de estas personas ni si quiera saben que se encuentran en la base de datos y aquellas que lo sabes no tuvieron la oportunidad de ser informadas previamente y evitar estar en la base de datos. En correspondencia, proponemos que aquellas personas que dentro los primeros seis meses del inicio de la vigencia del decreto salden sus deudas, sean inmediatamente eliminadas de la base de datos y, para ello, que sean informadas previamente de su adeudo y, de este modo, puedan gozar nuevamente del acceso al crédito.

Ante ello, proponemos ante esta honorable asamblea, el siguiente proyecto de

Decreto

Único. Se reforman los párrafos primero, segundo, tercero y octavo del artículo 23 y; se adicionan un artículo 20 Ter Bis y; un párrafo tercero al artículo 22; todos de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, para quedar como sigue:

Artículo 20 Ter. En el caso que el Cliente sea víctima de robo de identidad, y le sea exigido el pago de obligaciones como resultado de la conducta punible de la que es víctima, deberá presentar denuncia ante autoridad competente y elevar petición de corrección ante el Usuario adjuntando los soportes correspondientes. El Usuario deberá cotejar los documentos utilizados para adquirir las obligaciones, con los documentos allegados por el Cliente que ha realizado la petición, los cuales se tendrán como prueba sumaria para probar la falsedad. Con la solicitud debidamente sustentada por el Cliente, el dato negativo y cualquier otro dato que refleje su comportamiento, deberán ser modificados por el Usuario reflejando que la víctima de robo de identidad no es quien adquirió las obligaciones.

Artículo 22. ...

...

En ningún caso se podrá consultar esta información para fines de toma de decisiones laborales.

Artículo 23. Las Sociedades están obligadas a conservar los historiales crediticios que les sea proporcionados por los Usuarios, correspondientes a cualquier persona física o moral en los siguientes términos:

Las Sociedades conservarán de manera indefinida en el historial crediticio del Cliente aquella información que refleje el cumplimiento de cualquier obligación salvo oposición expresa del mismo.

En caso de información que refleje el incumplimiento ininterrumpido de cualquier obligación exigible, así como las claves de prevención que les correspondan, las Sociedades deberán eliminarlas del historial crediticio del Cliente correspondiente, después de cuarenta y ocho meses de haber incorporado el incumplimiento por primera vez en dicho historial. A efectos de facilitar el conocimiento y pago efectivo de las obligaciones crediticias, las Sociedades deberán informar al Cliente de su inscripción negativa en la base de datos en un plazo de hasta tres días hábiles contados a partir de su inscripción.

Las Sociedades deberán eliminar de inmediato la información relativa a créditos menores equivalentes a mil UDIS una vez que sea extinguida la obligación.

Transitorios

Primero. Los clientes que a la entrada en vigencia de esta ley hubieran extinguido sus obligaciones objeto de reporte, y aquellos que durante los primeros 180 días contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto extingan sus obligaciones, serán beneficiarios por una única ocasión de la cancelación inmediata de su información negativa, siempre que su deuda no sea mayor a 50 mil pesos.

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores será la encargada de hacer del conocimiento de los clientes que tengan una deuda menor a la cantidad señalada, que podrán acceder a este beneficio una vez hecha la publicación del presente decreto en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Cfr. Sagües, El habeas data: su desarrollo constitucional, en AA.VV. V Congreso Iberoamericano de Derecho Constitucional, México 1998, pp. 859-860.

2 Fappianno, A., Habeas Data: una aproximación a su protección, en Fix Zamudio, Liber amirocum., v. I, pp. 647 ss.; Puccinelli, O., Protección de datos de carácter personal, Buenos Aires 2004, p. 20 ss.

3 Basterra, M., Protección de datos personales: Ley 25.326 y Dto.1558/01 comentados Derecho Constitucional Provincial, Iberoamérica y México, Buenos Aires 2008, p. 59

4 Se vea: Arroyo Kalis, Habeas data: elementos conceptuales para su implementación en México, en Mac Gregor (coord.), La Constitución y sus garantías. A 100 años de la Constitución de Querétaro de 1917, México, p. 53 ss.

5 Murillo de la Cueva, El derecho a la autodeterminación informática. La protección de los datos personales frente al uso de la informática. Madrid 1990, p. 122.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de febrero de 2020.— Diputados y diputadas: Evaristo Lenin Pérez Rivera, Adolfo Torres Ramírez, Adriana Dávila Fernández, Ana Paola López Birlain, Annia Sarahí Gómez Cárdenas, Antonia Natividad Díaz Jiménez, Carlos Carreón Mejía, Carlos Humberto Castaños Valenzuela, Cecilia Anunciación Patrón Laviada, Dulce Alejandra García Morlan, Éctor Jaime Ramírez Barba, Erika Mariana Rosas Uribe, Ernesto Ruffo Appel, Felipe Fernando Macías Olvera, Gloria Romero León, Guadalupe Romo Romo, Hernán Salinas Wolberg, Isabel Margarita Guerra Villarreal, Jacquelina Martínez Juárez, Jorge Arturo Espadas Galván, Jorge Romero Herrera, José del Carmen Gómez Quej, José Elías Lixa Abimerhi, José Martín López Cisneros, José Ramón Cambero Pérez, José Rigoberto Mares Aguilar, José Salvador Rosas Quintanilla, Julieta Macías Rábago, Justino Eugenio Arriaga Rojas, Karen Michel González Márquez, Lizbeth Mata Lozano, Madeleine Bonnafoux Alcaraz, Marcelino Rivera Hernández, Marco Antonio Adame Castillo, María de los Ángeles Gutiérrez Valdez, María Eugenia Leticia Espinosa Rivas, María Marcela Torres Peimbert, Mariana Dunyaska García Rojas, Martha Elena García Gómez, Martha Estela Romo Cuéllar, Miguel Alonso Riggs Baeza, Patricia Terrazas Baca, Ricardo Flores Suárez, Sarai Núñez Cerón, Sergio Fernando Ascencio Barba, Sonia Rocha Acosta, Sylvia Violeta Garfias Cedillo, Vicente Javier Verastegui Ostos, Víctor Manuel Pérez Díaz, Xavier Azuara Zúñiga (rúbricas).»

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Muchas gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Fernando Galindo Favela, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 27, 28 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

El diputado Fernando Galindo Favela:Con el permiso de la Presidencia.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Adelante.

El diputado Fernando Galindo Favela: Compañeras y compañeros diputados, en el Grupo Parlamentario del PRI estamos a favor de fortalecer los mecanismos existentes en la normatividad vigente, para alcanzar la igualdad de género en nuestro país. A pesar de los esfuerzos hechos, sigue existiendo en nuestro país un acceso desigual a bienes públicos y oportunidades para las mujeres.

Para la construcción de sociedades justas es necesaria la perspectiva de género en las políticas públicas para erradicar la desigualdad. Es necesario que en el ámbito social e institucional se diseñen, elaboren, ejecuten y evalúen políticas públicas que compensen las inequidades o desequilibrios sociales por cuestiones de género.

Una posible vía es fortalecer la perspectiva de género en el Presupuesto de Egresos, ya que el ejercicio de los recursos es el mecanismo por el cual el Estado implementa acciones encaminadas a mejorar la calidad de vida de los mexicanos.

Se identifican áreas de oportunidad en las reglas de operación de algunos programas estratégicos, sobre todo en la perspectiva de género. Y la falta de capacitación y generación de liderazgos femeninos dentro de las dependencias y organismos de los diferentes Poderes de la Unión.

Es fundamental evaluar no solo los recursos de los programas que directamente benefician a mujeres, y que sean encaminados a fortalecer la paridad de género. También es importante analizar y conocer la cantidad de recursos invertidos en capacitación de género para servidores públicos o en la realización de investigaciones y evaluaciones sectoriales, sensibles al género.

El Informe general sobre género y presupuesto, presentado en el marco de la reunión de ONU Mujeres, señaló que los presupuestos sensibles al género serían limitados si los funcionarios gubernamentales responsables de implementarlos operan bajo esquemas tradicionales que ignoran la posición socialmente determinada de los hombres y las mujeres. Por lo que es necesario capacitar a estos funcionarios en la evaluación de los problemas existentes, en el diseño de políticas y programas, en la asignación de recursos, desarrollo de indicadores, recolección de datos y manejo de programas.

Por lo tanto, es fundamental la asignación de presupuesto con perspectiva de género hacia lo siguiente:

1. Beneficio de manera igualitaria de las mujeres de los bienes o servicios que se otorgan en los programas federales;

2. Capacitación de los hombres y mujeres que trabajan en los tres Poderes de la Unión, en materia de sensibilización de género.

En la Ley para la Igualdad entre Hombres y Mujeres se establece que corresponde al gobierno federal garantizar la igualdad de oportunidades mediante la adopción de políticas, programas, proyectos e instrumentos compensatorios como acciones afirmativas, e incorporar en el Presupuesto de Egresos de la Federación la asignación de los recursos para el cumplimiento de la política nacional en materia de igualdad entre hombres y mujeres.

Sin embargo, se observa que no existe obligación en la ley para que en las reglas de operación incluyan la perspectiva de género, por lo que consideramos que es necesario que esta obligación sea elevada a ley.

La presente iniciativa pretende establecer en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria la obligación de los tres Poderes de la Unión de destinar el tres por ciento de sus recursos que les sean erogados por concepto de servicios personales de cada ejercicio fiscal para la capacitación y generación de liderazgos femeninos.

Cabe señalar que la iniciativa implica una reorientación del presupuesto del Ejecutivo, Legislativo y Judicial que reciben cada año, por lo que no va a generar un impacto presupuestario. Lo anterior nos ayudará a empoderar a las mujeres a través de la capacitación con perspectiva de género y en la construcción de liderazgos para lograr un México incluyente.

Con ello, se logrará capacitar a los funcionarios en evaluación de los problemas existentes, diseño de políticas y programas, asignación de recursos, desarrollo de indicadores, recolección de datos y manejo de programas.

Adicionalmente se propone reformar el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para establecer la obligación de las dependencias, las entidades, a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector o, en su caso, las entidades no coordinadas en la elaboración de las reglas de operación de los programas sujetos a las mismas, para que incorporen el enfoque de género con el propósito de contribuir a que las mujeres se beneficien de manera igualitaria de los bienes o servicios que se le otorgan en los programas federales. Es cuanto, presidente.

«Iniciativa que reforma los artículos 27, 28 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Fernando Galindo Favela, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, Fernando Galindo Favela, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 27, 28 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en materia de equidad de género, al tenor de lo siguiente

Exposición de Motivos

Hoy en día, a pesar de los esfuerzos hechos, sigue existiendo en nuestro país un acceso desigual a bienes públicos y oportunidades para las mujeres; para la construcción de sociedades justas es necesario la perspectiva de género en las políticas públicas para erradicar esa desigualdad.

Es necesario que en el ámbito social e institucional se diseñen, elaboren, ejecuten y evalúen políticas públicas que compensen las inequidades o desequilibrios sociales por cuestiones de género.

Una vía es fortalecer la perspectiva de género en el Presupuesto de Egresos, ya que el ejercicio de los recursos, es el mecanismo por el cual, el Estado implementa acciones que, encaminadas a mejorar la calidad de vida de los mexicanos, y el estado de bienestar universal.

En los últimos presupuestos de egresos de la federación se incluye un anexo con las erogaciones destinadas a la igualdad entre mujeres y hombres, y toda una metodología para el seguimiento y evaluación de dichos recursos con la generación de indicadores que permiten medir el impacto de los avances en la disminución de la brecha de desigualdad.

Pesé que se han hecho esfuerzos, aún quedan grandes retos, pues no se han fortalecido en su totalidad, los objetivos y metas del presupuesto con enfoque de género, ya que las áreas de oportunidad siguen existiendo por dos aristas que se identifican a simple vista:

1. En las reglas de operación de algunos programas estratégicos en la perspectiva de género; y

2. La falta de capacitación y generación de liderazgos femeninos dentro de las dependencias y organismos de los diferentes Poderes de la Unión.

Es fundamental evaluar no sólo los recursos de programas que directamente benefician a mujeres, y que sean encaminados a fortalecer la paridad de género, también, por ejemplo, la cantidad de dinero invertida en capacitación de género para servidores públicos o en la realización de investigaciones y evaluaciones sectoriales sensibles al género.

En el Informe anual de la ONU Mujeres “Las mujeres y el presupuesto público en México” se proporciona información acerca del trabajo de la organización para fomentar el empoderamiento de las mujeres y la igualdad de género alrededor del mundo en algunos países de todo el mundo, la adopción de los presupuestos con perspectiva de género ha impulsado un aumento constante en las asignaciones para la igualdad de género. En México, los montos se han incrementado 37 por ciento desde 2012.

En ese informe se señaló que casi 7 mil líderes, candidatas electorales y funcionarias públicas electas recibieron capacitación en 32 países. La capacitación para casi 800 servidoras y servidores públicos nacionales, provinciales y locales les ha mostrado cómo elaborar presupuestos efectivos con perspectiva de género que puedan hacer una contribución sustancial a la igualdad.

El Informe General sobre Género y Presupuesto, presentado en el marco de la reunión de ONU-Mujeres en 2013 señaló que los presupuestos sensibles al género serían limitados si los/as funcionarios/as gubernamentales responsables de implementarlos operan bajo esquemas tradicionales que ignoran la posición socialmente determinada de hombres y mujeres; por lo que es necesario capacitar a esos/as funcionarios/as en evaluación de los problemas existentes, diseño de políticas y programas, asignación de recursos, desarrollo de indicadores, recolección de datos y manejo de los programas.

Por lo tanto, es necesario la asignación de presupuesto con perspectiva de género hacía lo siguiente:

• Beneficio de manera igualitaria a las mujeres de los bienes o servicios que se otorgan en los programas federales.

• Capacitación de los hombres y mujeres que trabajan en los tres Poderes de la Unión en materia de sensibilización de género.

I. Diagnóstico

A través del tiempo México ha realizado reformas jurídicas en torno a la perspectiva de género y los derechos humanos de las mujeres en el ámbito del presupuesto público en México.

El artículo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

En la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en las fracciones V y VII en su artículo 12, establece que corresponde al gobierno federal garantizar la igualdad de oportunidades, mediante la adopción de políticas, programas, proyectos e instrumentos compensatorios como acciones afirmativas, e incorporar en el Presupuesto de Egresos de la Federación la asignación de recursos para el cumplimiento de la política nacional en materia de igualdad entre mujeres y hombres.

La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, establece que el Ejecutivo federal propondrá en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación asignar una partida presupuestaria para garantizar el cumplimiento de los objetivos del sistema y del programa previstos en la presente ley.

En la Ley de Planeación se señala que la planeación deberá llevarse a cabo como un medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo integral y sustentable del país. Para ello, estará basada en los siguientes principios: La igualdad de derechos entre mujeres y hombres, la atención de las necesidades básicas de la población y la mejoría, en todos los aspectos de la calidad de la vida, para lograr una sociedad más igualitaria, garantizando un ambiente adecuado para el desarrollo de la población; además de la perspectiva de género, para garantizar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, y promover el adelanto de las mujeres mediante el acceso equitativo a los bienes, recursos y beneficios del desarrollo. Asimismo, establece que las dependencias de la administración pública centralizada deberán planear y conducir sus actividades con perspectiva de género y con sujeción a los objetivos y prioridades de la planeación nacional de desarrollo, a fin de cumplir con la obligación del Estado de garantizar que éste sea equitativo, integral y sustentable.

La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, establece la obligación de la inclusión de acciones que promuevan la igualdad entre mujeres y hombres, la erradicación de la violencia de género y cualquier forma de discriminación de género, con lo que se logra la ejecución de presupuestos con perspectiva y sensibles de género.

En el ámbito Internacional, México ha suscrito y ratificado diversos instrumentos internacionales de derechos humanos que establecen un conjunto de obligaciones para los tres Poderes de la Unión y los tres órdenes de gobierno, entre ellos la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer (CEDAW).

En la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019 no se señala la palabra equidad de género, lo cual resulta ser un retroceso en este tema, ya que en los Ejercicios Fiscales de 2012 y 2013 sí se consideraba como instituciones de beneficencia para efectos del artículo 95 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta aquellas que promocionaran la equidad de género. El 29 de junio de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para incorporar la perspectiva de género en las Reglas de Operación de los programas presupuestarios federales”. + El Instituto Nacional de las Mujeres expidió dichos lineamientos con el objeto de establecer los criterios para incorporar la perspectiva de género en las reglas de operación de los programas federales, a fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos de la Política Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, en los términos de las disposiciones aplicables, para alcanzar el respeto y protección de los derechos humanos de la mujeres, el logro de la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, y a la eliminación de todas las formas de discriminación contra las mujeres.

Dicho documento, precisa que la perspectiva de género deberá incorporarse en las reglas de operación de los programas federales, con el propósito de contribuir a que las mujeres se beneficien de manera igualitaria de los bienes o servicios que se otorgan en los programas federales sujetos a reglas de operación, privilegiando, en su caso, la inclusión de medidas especiales de carácter temporal (acciones afirmativas) que aceleren el logro de la igualdad en el ejercicio pleno de todos los derechos de las mujeres y su participación igualitaria en la vida política, cultural, económica social.

La importancia de los lineamientos consiste en:

• Hacer visibles a las mujeres.

• Las mujeres son agentes de cambio con capacidades y potencialidades, no son sólo beneficiarias que requieren apoyos o asistencia, son personas sujetas de derechos.

• Procurar no sólo atender una “condición” que afecta la vida de las mujeres, sino modificar su posición (autonomía, toma de decisión, independencia).

• Considerar efectos no intencionales de los programas al omitir condiciones como la distribución del trabajo doméstico y de cuidados no remunerado.

Como ha quedado demostrado, México ha hecho reformas para lograr un avance sustancial y fundamental para el logro de los objetivos de los procesos de un presupuesto con enfoque de género, pero todavía se observa que no existe la obligación en ley para que las reglas de operación incluyan la perspectiva de género, por lo que consideramos necesario que quede elevada a rango de ley y dar mayor fuerza normativa a dichos lineamientos para que de manera efectiva puedan ser aplicados por las dependencias de la administración pública federal; así como destinar 3 por ciento de la erogaciones en Servicios Personales de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial para la capacitación y generación de liderazgos femeninos.

II. Contenido de la reforma

II.I Reforma a los artículos 27 y 28 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

La presente iniciativa pretende establecer en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria la obligación de los tres Poderes de la Unión de destinar el 3 por ciento de sus recursos que les sean erogados por concepto de servicios personales de cada ejercicio fiscal, para la capacitación y generación de liderazgos femeninos; lo anterior sería una reorientación del presupuesto que el Ejecutivo, Legislativo y Judicial reciben año con año, por lo que no implicaría un impacto al alza a sus respectivos presupuestos.

Lo anterior nos ayudará a empoderar a las mujeres, a través de la capacitación de mujeres y hombres con perspectiva de género y la construcción de liderazgos para lograr un México incluyente.

Con ello se logrará capacitar a esos/as funcionarios/as en evaluación de los problemas existentes, diseño de políticas y programas, asignación de recursos, desarrollo de indicadores, recolección de datos y manejo de los programas.

II.II Reforma al artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Si bien existen diversas disposiciones que obligan a incorporar la perspectiva de género en el proceso de presupuestación, en la parte relativa a la reglas de operación se omite mención alguna, ya que en el artículo 77 se establece que se señalarán en el Presupuesto de Egresos los programas a través de los cuales se otorguen subsidios que deberán sujetarse a reglas de operación y los criterios generales a los cuales estas se sujetarán; además se dispone que las dependencias, las entidades a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector o, en su caso, las entidades no coordinadas serán responsables de emitir las reglas de operación de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria.

Se propone reformar el artículo 77 de la ley para establecer la obligación de las dependencias, las entidades a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector o, en su caso, las entidades no coordinadas, en la elaboración de las reglas de operación de los programas federales sujetos a las mismas, incorporen el enfoque de género con el propósito de contribuir a que las mujeres se beneficien de manera igualitaria de los bienes o servicios que se otorgan en los programas federales.

Para el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional es de suma importancia lograr una política presupuestaria con perspectiva de género. Por las consideraciones expuestas y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento ante esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman los artículos 27, 28 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en materia de equidad

Artículo Primero. Se adicionan un párrafo a la fracción III del artículo 27 y un párrafo a la fracción V del artículo 28 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para quedar como sigue:

Artículo 27. Los anteproyectos deberán sujetarse a la estructura programática aprobada por la secretaría, la cual contendrá como mínimo

I. y II. ...

III. Las acciones que promuevan la igualdad entre mujeres y hombres, la erradicación de la violencia de género y cualquier forma de discriminación de género.

Los entes públicos de la federación deberán destinar al menos el 3 por ciento del presupuesto en servicios personales que se les asigne, para capacitación con perspectiva de género, así como la generación y fortalecimiento de liderazgos femeninos.

Artículo 28. El proyecto de Presupuesto de Egresos se presentará y aprobará, cuando menos, conforme a las siguientes clasificaciones:

I. a IV. ...

V. La de género, la cual agrupa las previsiones de gasto con base en su destino por género, diferenciando entre mujeres y hombres.

Los entes públicos de la federación deberán destinar al menos 3 por ciento del presupuesto en servicios personales que se les asigne, para capacitación con perspectiva de género, así como la generación y fortalecimiento de liderazgos femeninos.

Artículo Segundo. Se reforma el último párrafo del artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para quedar como sigue:

Artículo 77. ...

...

...

...

Las reglas de operación deberán ser simples y precisas con el objeto de facilitar la eficiencia y la eficacia en la aplicación de los recursos y en la operación de los programas e incorporar el enfoque de género con el propósito de contribuir a que las mujeres se beneficien de manera igualitaria de los bienes o servicios que se otorgan en los programas federales.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las acciones que realicen las dependencias y entidades de la administración pública federal para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 27 y 28 del presente decreto se sujetarán a los programas presupuestarios en la materia y se cubrirán con los recursos que apruebe la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal de que se trate, por lo que no se autorizarán recursos adicionales para el presente ejercicio fiscal y los subsecuentes.

Tercero. El Instituto Nacional de las Mujeres, emitirá los lineamientos respectivos para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 77 del presente decreto.

Cuarto. Las secretarías deberán de hacer las adecuaciones pertinentes respecto de sus erogaciones aprobadas en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el cumplimiento de las disposiciones del presente decreto en un plazo no mayor a 60 días.

Notas

1 http://www.cinu.mx/minisitio/presupuesto_publico/Las_mujeres_y_el_presupuesto_p ublico_en_Mexico.pdf

2 http://dof.gob.mx/nota_to_doc.php?codnota=5442919

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de febrero de 2020.— Diputados y diputadas: Fernando Galindo Favela, Brasil Alberto Acosta Peña, Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, Higinio del Toro Pérez, Irma María Terán Villalobos, Julieta Macías Rábago, Margarita Flores Sánchez, María Libier González Anaya, María Lucero Saldaña Pérez, María Sara Rocha Medina, Mariana Rodríguez Mier y Terán, Martha Angélica Tagle Martínez, Nayeli Arlen Fernández Cruz (rúbricas).»

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen.

La diputada Martha Angélica Tagle Martínez (desde la curul): Presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Sí, diputada Tagle.

La diputada Martha Angélica Tagle Martínez (desde la curul): Solamente preguntarle al proponente si nos permite, a la diputada Loya, y a una servidora, sumarnos a esta iniciativa.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: ¿Diputado, está de acuerdo?

El diputado Fernando Galindo Favela: Sí.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Generosamente sí. Está a disposición la lista.

La diputada Martha Angélica Tagle Martínez (desde la curul): Gracias.



CÓDIGO CIVIL FEDERAL

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Rocío del Pilar Villarauz Martínez, del Grupo Parlamentario de Morena para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal en materia de identidad de género.

La diputada Rocío del Pilar Villarauz Martínez:Gracias, con su venia, señor presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Adelante.

La diputada Rocío del Pilar Villarauz Martínez: Buenas tardes compañeras y compañeros legisladores.

Durante el sexenio pasado en nuestro país, cada año 79 personas de la comunidad LGBTI fueron asesinadas por motivos relacionados con su orientación sexual, con su identidad o expresión de género, según el informe de violencia extrema elaborado por la organización civil Letra S.

El resultado fue que 473 personas de la comunidad LGBTI perdieron la vida durante estos seis años a causa de la discriminación y violencia de la que son objeto por el simple hecho de ser diferentes y no corresponder a los estereotipos de género y las representaciones binarias de hombre o mujer.

Los llamados crímenes de odio se destacan por el ensañamiento por ser especialmente brutales, por torturar y humillar a las víctimas. Esto debe cambiar, estamos frente a un gran reto que es dotar de herramientas a las personas para que libremente, frente a un caso de cambio de identidad, no se han violentados, encerrados en clínicas, sometidos a terapia o violaciones de conversión que lo único que fomentan es el odio y el rechazo.

Hace un tiempo platiqué con excompañero de la escuela, quien me comentaba sobre el caso de su pequeño hijo que no se identificaba con su género biológico, con lo que sufría bullying y acoso constante. La familia entera estaba desesperada.

Como padres, madres, hermanas, tíos, etcétera, nunca estamos listos para enfrentar el dolor de nuestros seres amados ante la confusión y el dolor que genera la violencia en estos casos, aunados a la crisis que para ellos representa.

Como legisladores y legisladoras, es nuestro deber formular desde este recinto leyes que protejan a los seres humanos que no han elegido nacer con un sexo que no corresponde a su identidad sexual. Es nuestro deber proteger a las personas en todas sus diferencias posibles. No podemos permitir que nuestra sociedad estigmatice y discrimine, violente a las personas que por no entrar en los esquemas establecidos e inflexibles frente lo amplia que puede ser la identidad.

Esta nueva etapa de la vida en nuestro país es una etapa en la que se pondera a la persona, a su diversidad y a su pluralidad en todas y cada una de las expresiones humanas.

En esta cuarta transformación lo primero son los derechos. Por ello tenemos que comprender que las expresiones de la sexualidad son múltiples y cambiantes, por lo que es nuestro deber respetar el fuero íntimo del ser humano y sus sentimientos en esa vinculación que se estable con relación a su propia identidad de género.

Por ello, compañeras y compañeros, presento esta iniciativa para que en el Registro Civil se puedan extender actas de nacimiento para el reconocimiento de la identidad de género con estas modificaciones a diversos artículos del Código Civil Federal, que la rectificación o modificación de un acta de estado civil pueda hacerse ante el juez del Registro Civil, para pedir la rectificación de algún dato, incluido el sexo y la identidad de la persona.

Con esta iniciativa damos un paso adelante al reconocimiento de los derechos de las personas de la comunidad LGBTI, para que las personas que enfrenten una convicción personal e interna distinta al sexo asignado, en la primera acta de nacimiento puedan realizar las modificaciones en su documentación acorde a su identidad.

Con esta propuesta también conseguiremos dar un paso más en la armonización legislativa, en el reconocimiento de los derechos a la identidad de género, además del llamado a los estados de la República para sumarse a esta ardua lucha en la defensa de este derecho, a fin de que se lleven a cabo las reformas necesarias para que este derecho sea reconocido en todo el país.

El reconocimiento legal de la identidad de género implica proporcionar todos los medios legales y administrativos, así como recursos para obtener su libre y expedito ejercicio, al permitir la rectificación del nombre y sexo cuando así se decida en la documentación oficial que corresponda, lo que evitará confusiones, dilaciones y cuestionamientos.

Con este reconocimiento legal estamos brindando la oportunidad de una vida distinta a las personas que se enfrentan a la difícil circunstancia de no sentirse identificados con el sexo con el que nacieron. Estaremos evitando que se discrimine y se estigmatice a las personas por esta causa.

Cuando los estados y los poderes del gobierno reconozcan las diferencias, podremos decir que estamos en un país de avanzada, un país que ha logrado consolidar una cultura de protección de los derechos humanos para sus ciudadanas y ciudadanos.

Garantizar los derechos de las minorías procura la armonía y el respeto social. Es precisamente la dignidad humana, la igualdad, la no discriminación, el respeto y la justicia los bienes por los que como legisladores y como personas debemos velar. Es cuanto, señor presidente.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal, en materia de identidad de género, a cargo de la diputada Rocío del Pilar Villarauz Martínez, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, Rocío del Pilar Villarauz Martínez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 76, numeral 1, fracción II, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados; somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversos artículos del Código Civil Federal, en materia de identidad de género, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La identidad de género es el concepto que se tiene de uno mismo como ser sexual y de los sentimientos que esto conlleva, se relaciona con cómo vivimos y sentimos nuestro cuerpo desde la experiencia personal y cómo lo llevamos al ámbito público; es decir, con el resto de las personas. Se trata de la forma individual e interna de vivir el género, la cual podría o no corresponder con el sexo con el que nacimos. El Código Civil para el Distrito Federal, establece en su artículo 135 Bis, que la identidad de género “es la convicción personal de pertenecer al género masculino o femenino, es inmodificable, involuntaria y puede ser distinta al sexo original”.

Por otro lado, tenemos el concepto de la concordancia sexo-genérica, mejor conocida como la vinculación entre la creencia de una persona para pertenecer al género deseado y el estado físico buscado. El legislador dice que se trata de un proceso de intervención profesional, que permite a la persona obtener concordancia entre sus aspectos corporales y su identidad de género.

Una persona transexual y una persona transgénero son aquellas que por necesidad optan por modificar de manera permanente sus caracteres sexuales, en el primer caso es aquella persona que al padecer disforia de género mantuvo un tratamiento hasta su término, el cual le permitió cambiar su aspecto físico al género deseado, de tal manera que existe una certeza del cambio físico.

En el segundo, a través del reemplazo hormonal, intervenciones quirúrgicas u otras, a fin de adaptar su anatomía a su identidad sexo-genérica; busca inevitablemente la concordancia sexo-genérica. Por otro lado, el travestismo o travesti es una expresión humana caracterizada por el uso, ya sea esporádico, frecuente o permanente de vestimenta, lenguaje, manierismos, etcétera, que en una determinada sociedad se consideran propios del otro género. No padecen ningún trastorno de disforia de género, sólo buscan la apariencia del sexo contrario.

Identidad de género y el derecho a la reasignación sexo-genérica

La identidad de género consiste en la autopercepción que cada persona siente en su fuero interno, mediante la cual asume el género como experiencia individual, sea esta equivalente o no con el sexo asignado al momento de su nacimiento. Incluye también la vivencia personal del cuerpo y otras expresiones de la personalidad que van desde la vestimenta, el modo de hablar o los modales, hasta la modificación de la apariencia o la función corporal a través de técnicas médicas, quirúrgicas o de otra índole, siempre que la misma sea libremente escogida. No debe confundirse la identidad de género con la orientación sexual. Esta se refiere a la capacidad de todo individuo para sentirse atraído emocional, afectiva y sexualmente hacia personas de su mismo género, de diferente género o de más de un género, así como la capacidad de mantener relaciones íntimas y sexuales con tales personas.

Se reconocen tres tipologías de orientación sexual: la heterosexualidad, la homosexualidad y la bisexualidad, los cuales no son fijos, cambian de acuerdo con el tiempo y espacio. Por su parte, la identidad de género corresponde a la concepción que toda persona tiene de sí misma, con independencia de su sexo biológico y de la identidad de género que la ha sido socialmente atribuida. Se puede manifestar de diversas formas, una de ellas es el transgenerismo (personas trans), el cual, a su vez, puede incluir a las personas transexuales (transexualismo), a las personas travestis, además de la intersexualidad.

Ambos conceptos se relacionan porque son manifestaciones del libre desarrollo de la personalidad del individuo, de tal forma que la identidad de género de toda persona puede coexistir con la orientación sexual de su preferencia.

Si bien la protección de ambas categorías, identidad de género y orientación sexual, no se encuentra explícitamente recogida en los instrumentos internacionales de derechos humanos de carácter general, como son la Carta de Naciones Unidas y la Declaración Universal de Derechos Humanos de Naciones Unidas; la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, y la Convención Americana sobre Derechos Humanos; además del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, la misma se encuentra implícita en tales instrumentos.

Por lo que hace al Sistema Interamericano de Derechos Humanos, al que México pertenece, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha interpretado el artículo 1.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), relativo a la prohibición de la discriminación por diversos motivos, como el fundamento de protección también de la identidad sexual y de género, categorías que se encuentran implícitas en la referencia que el artículo hace a “otra condición social”:

Artículo 1. Obligación de respetar los derechos

1. Los Estados parte en esta convención se comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.

La anterior consideración pone de manifiesto que los criterios específicos por los que está prohibido discriminar, según el artículo 1.1 de la CADH, no constituyen una lista limitativa sino meramente enunciativa. Por consiguiente, al abrir el campo semántico del precepto mediante la inclusión de cualquier “otra condición social”, aunado a una interpretación pro persona, esto es, más favorable a la persona, la CADH prevé también que la identidad género y la orientación sexual son características inherentes a todo ser humano y, por tanto, protegidas contra toda conducta, omisión, norma o prácticas discriminatorias de las autoridades estatales y de particulares.

Como se trata de una condición innata a la persona humana, la identidad de género y la orientación sexual ya aparecen reconocidas en el artículo 5 de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, en vigor desde el 11 de enero de 2017, que señala:

Artículo 5

Igualdad y no discriminación por razones de edad

Queda prohibida por la presente convención la discriminación por edad en la vejez.

Los Estados parte desarrollarán enfoques específicos en sus políticas, planes y legislaciones sobre envejecimiento y vejez, en relación con la persona mayor en condición de vulnerabilidad y aquellas que son víctimas de discriminación múltiple, incluidas las mujeres, las personas con discapacidad, las personas de diversas orientaciones sexuales e identidades de género, las personas migrantes, las personas en situación de pobreza o marginación social, los afrodescendientes y las personas pertenecientes a pueblos indígenas, las personas sin hogar, las personas privadas de libertad, las personas pertenecientes a pueblos tradicionales, las personas pertenecientes a grupos étnicos, raciales, nacionales, lingüísticos, religiosos y rurales, entre otros.

También los considera condiciones de discriminación el artículo 1 de la Convención Interamericana contra Toda Forma de Discriminación e Intolerancia, adoptada el 5 de junio de 2013:

Artículo 1

Para los efectos de esta convención

1. Discriminación es cualquier distinción, exclusión, restricción o preferencia, en cualquier ámbito público o privado, que tenga el objetivo o el efecto de anular o limitar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de uno o más derechos humanos o libertades fundamentales consagrados en los instrumentos internacionales aplicables a los Estados parte.

La discriminación puede estar basada en motivos de nacionalidad, edad, sexo, orientación sexual, identidad y expresión de género, idioma, religión, identidad cultural, opiniones políticas o de cualquier otra naturaleza, origen social, posición socioeconómica, nivel de educación, condición migratoria, de refugiado, repatriado, apátrida o desplazado interno, discapacidad, característica genética, condición de salud mental o física, incluyendo infectocontagiosa, psíquica incapacitante o cualquier otra.

En el párrafo 104 de la opinión consultiva número OC-24/17, relativa a la identidad de género, igualdad y no discriminación a parejas del mismo sexo, la CoIDH precisó:

... las personas en su diversidad de orientaciones sexuales, identidades y expresiones de género deben poder disfrutar de su capacidad jurídica en todos los aspectos de la vida. Ello por cuanto la orientación sexual o identidad de género que cada persona defina para sí, es esencial para su personalidad y constituye uno de los aspectos fundamentales de su autodeterminación, su dignidad y su libertad.

Aunado a ello, la CIDH afirma que el derecho de las personas para auto-determinar su propia identidad sexual y de género deriva del derecho a la identidad, mismo que, a su vez, se desprende del libre desarrollo de la personalidad y del derecho a la vida privada. El derecho a la identidad se vincula además con la dignidad humana, con el derecho a la vida y con el principio de autonomía de la persona (artículos 7 y 11 de la CADH). El reconocimiento de la identidad sexual y de género como manifestación de la autonomía personal es un elemento constitutivo de la identidad de las personas, ligada también al concepto de libertad y autodeterminación de todo ser humano para decidir libremente las condiciones y circunstancias que le dan sentido a su existencia.

La identidad de género y sexual como elemento esencial de la personalidad se construye no mediante sus predisposiciones biológicas y físicas, sino en virtud de la autopercepción de cada individuo, en ejercicio de su libre desarrollo de la personalidad, autodeterminación sexual y del derecho a la vida privada. Con el reconocimiento, respeto, protección y garantía de dichos derechos los Estados aseguran que los individuos de todas las orientaciones sexuales e identidades de género puedan vivir con la misma dignidad y el mismo respeto al que tienen derecho todas las personas.

En consecuencia, el derecho de toda persona a consagrar y desarrollar su identidad de género auto-percibida, implica también su derecho de elegir libremente y cambiar su nombre como mejor le parezca, con la única limitación de que ello no tenga por finalidad evadir la acción de la justicia y sin que se afecte la titularidad de derecho y obligaciones que correspondan a la persona con anterioridad al cambio de nombre, sino que solamente pretenda adaptar su nombre a la identidad género que cada cual defina para sí.

Por tanto, es obligación de los Estados establecer procedimientos expeditos, confidenciales, de carácter administrativo, tendientes a la gratuidad, para que toda persona pueda hacer valer el reconocimiento de su identidad de género auto-percibida, mediante la adecuación sus documentos oficiales, así como la posibilidad de cambiar de nombre de pila y la imagen fotográfica, sin que para ello se exijan requisitos irrazonables, patologizantes o discriminatorios como certificados médicos y/o psicológicos, psiquiátricos, los cuales son invasivos y contradicen la autopercepción a que se adscribe cada persona, estigmatizándola. Ello perpetúa los prejuicios atinentes a la construcción binaria de géneros (masculino-femenino).

Lo anterior implica que la identidad de género, al consistir en una construcción del fuero interno de la persona, no está necesariamente asociado a las transformaciones médicas o quirúrgicas del cuerpo, aunque en ocasiones estén presentes. Significa que el procedimiento de adecuación o cambio de nombre, imagen y referencia al sexo o género en los registros y documentos de identidad, no puede exigir al solicitante el que previamente se haya practicado intervenciones quirúrgicas de cualquier tipo ni tratamientos hormonales, esterilizaciones o modificaciones corporales para comprobar la identidad. Ello sería contrario al derecho a la integridad personal (artículos 5.1 y 5.2 de la CADH), al derecho a la vida privada (artículo 11.2), a la libertad personal (artículo 7), y al principio de igualdad y no discriminación (artículo 24 y 1.1).

Se sigue de lo expuesto que la identidad de una persona trans no depende de ninguna transformación quirúrgica o química, sino de su auto-identificación sexo-genérica. El someterse a tales cambios no es una obligación, sino un derecho que deriva de los mismos principios que regulan y protegen la identidad de género y la orientación sexual.

El mismo criterio ha sido adoptado por el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el criterio aislado siguiente:

Reasignación sexual. Preeminencia del sexo psicosocial frente al morfológico para respetar a plenitud los derechos de identidad sexual y de género de una persona transexual.

Ante los factores objetivos y subjetivos que definen a una persona, se advierte que tratándose de su identidad sexual y de género, se presenta en la realidad una prelación o preeminencia del factor subjetivo (sentimientos, proyecciones, ideales), sobre sus caracteres físicos o morfológicos (factor objetivo), de manera que derivado de la compleja naturaleza humana, que lleva a cada individuo a desarrollar su propia personalidad con base en la visión particular que respecto de sí mismo tenga, debe darse un carácter preeminente al sexo psicosocial frente al morfológico, a fin de respetar plenamente los derechos de identidad sexual y de género de una persona transexual, al ser aspectos que, en mayor medida, definen tanto la visión que la persona tiene frente a sí misma como su proyección ante la sociedad.

Amparo directo 6/2008. 6 de enero de 2009. Once votos. Ponente: Sergio A. Valls Hernández. Secretaria: Laura García Velasco.

El tribunal pleno, el 19 de octubre en curso, aprobó con el número LXXI/2009 la tesis aislada que antecede.- México, Distrito Federal, a 19 de octubre de 2009.

Finalmente, los Principios de Yogyakarta sobre la Aplicación de la Legislación Internacional de Derechos Humanos en Relación con la Orientación Sexual y la Identidad de Género son un instrumento de carácter orientador adoptado en 2006 por una coalición de organizaciones de la sociedad civil en materia de derechos humanos, y en sus numerales 2 y 3 prevén el derecho a la igualdad y no discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género. Asimismo contemplan el derecho de todo ser humano al reconocimiento de su personalidad jurídica, en toda su diversidad de orientaciones sexuales o identidades de género que éste elija para sí, sin que dicho reconocimiento dependa del sometimiento a procedimientos médicos, incluyendo cirugía de reasignación de sexo, esterilización o terapia hormonal, y sin que ninguna condición, como el matrimonio, la maternidad o la paternidad pueda ser invocada para impedir el reconocimiento de la identidad de género de una persona.

Pese a que los Principios Yogyakarta no tienen carácter vinculante desde el punto de vista jurídico, han sido tomados en consideración por órganos de derechos humanos como la CoIDH, al emitir su opinión consultiva número OC-24/17 citada.

Sin duda, la Ciudad de México ha sido un ejemplo en legislar para proteger los derechos de la comunidad LGBTTTI, modernizando trámites, actualizándolos y simplificándolos para que se lleven a cabo de manera pronta y expedita, como es el caso del trámite ante el registro civil para hacer el cambio de acta de nacimiento por motivos de identidad de género, el cual se modificó, considerando que es necesario comprender que las expresiones de la sexualidad son múltiples y cambiantes, por lo que fue una prioridad para el gobierno de la capital, respetar el fuero íntimo de las personas, sus sentimientos y personalismos en relación a su propia identidad de género y la necesidad de adecuar su aspecto físico para ajustarse a los roles de género femenino y masculino que la cultura actual impone.

Para tener el contexto histórico de esta reforma, debemos mencionar que en 2008 la entonces Asamblea Legislativa del Distrito Federal modificó la normativa y los procedimientos civiles, creó el juicio especial de levantamiento de acta para la concordancia por reasignación sexo-genérica, cuya resolución ordenaba la emisión de una nueva acta de nacimiento.

Este juicio posibilitó a un número considerable de personas transexuales y transgénero obtener el reconocimiento jurídico de su personalidad, a través de la presentación de una demanda ante una jueza o un juez de lo familiar del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, que se debía acompañar de dos dictámenes periciales emitidos por especialistas en procesos de reasignación para la concordancia sexo-genérica y mediante una comparecencia judicial. Los citados especialistas debían explicar a la autoridad la necesidad e importancia del cambio de la identidad legal en razón de la identidad de género de las personas trans, al margen de su biología de nacimiento.

Una vez que se obtenía una sentencia favorable, el director general del Registro Civil del Distrito Federal, en su función de juez (oficial) del Registro Civil, llevaba a cabo el levantamiento de una nueva acta de nacimiento con el nombre y género que ordenaba la resolución judicial, sin revelar la condición de la persona, verificando que se hubiera hecho la anotación marginal correspondiente en el acta primigenia y la reserva de ésta. El acta reservada debía mantenerse así, salvo que por mandamiento judicial y/o petición ministerial se solicitara la expedición de una constancia. Hasta febrero de 2014, sólo 164 personas habían logrado ejercer ese derecho.

El 13 de noviembre de 2014 se aprobó una nueva reforma del Código Civil y al Código de Procedimientos Civiles del entonces Distrito Federal, que fueron publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 5 de febrero de 2015, para simplificar el trámite y para desjudicializar el procedimiento de reasignación sexo-genérica para quienes piden el reconocimiento de una identidad de género, se tomó como ejemplo el modelo argentino.

El reconocimiento de la identidad de género y el cambio de nombre en actas de nacimiento de personas transexuales es más sencillo y económico en la Ciudad de México, pues ahora es un trámite administrativo en el Registro Civil y no requiere peritajes. En ningún caso es requisito acreditar intervención quirúrgica alguna, terapias u otro diagnóstico y/o procedimiento para el reconocimiento de la identidad.

Es de celebrar este avance en la garantía de los derechos fundamentales y en su labor en la construcción de la cultura del trato igualitario y sin discriminación. Debe señalarse la importancia de contar con un acta de nacimiento acorde a la identidad de género que asume cada persona, ya que permite la posibilidad de realizar otro tipo de trámites y solicitar servicios con dicho documento, abriendo la posibilidad de sumar en la construcción de la igualdad y no discriminación para las personas trans, un grupo poblacional que confronta gran discriminación.

Legislar en favor de los derechos de esta comunidad transexual, representa la consolidación del marco jurídico mexicano, ajustado a los tratados internacionales de derechos humanos, que resguardan la integridad del ser humano a partir del reconocimiento y respeto de su identidad.

La Convención Interamericana de Derechos Humanos plantea la necesidad de que los Estados adopten medidas administrativas y legislativas que garanticen el respeto y reconocimiento legal, así como el derecho de cada persona a la identidad de género que ella defina para sí, asegurándose de que todos los documentos de identidad emitidos por el Estado, en los cuales se mencione la identidad de género, reflejen su autodeterminación, como se menciona en el texto citado.

El reconocimiento legal de la identidad de género de las personas transgenéricas y transexuales se ha logrado en diferentes países, entre los cuales se encuentran Estados Unidos (Illinois, 1961; Arizona, 1967; Luisiana, 1968; California, 1977), Suecia (1972), Alemania (1980), Holanda (1985), Australia (en la parte sur: 1988), Austria (1993), Finlandia (2002), Sudáfrica (2003), Reino Unido (2004) y España (2007) y en los que se permite la rectificación de nombre y sexo en la documentación oficial. Algunos exigen la cirugía previa para el reconocimiento legal de la identidad de género del solicitante.

De acuerdo con datos del Registro Civil de la Ciudad de México, de enero de 2013 a marzo de 2019 se han entregado 3 mil 866 actas de cambio de identidad de género y reasignación sexo-genérica; 2015 y 2017 fueron los años con la mayor cantidad de trámites, con mil 159 y mil 60, respectivamente.

Con esta iniciativa buscamos reconocer en el Código Civil Federal el derecho de las personas trans al desarrollo libre del género con el cual se identifican, a efecto de facilitar y simplificar el trámite para que obtengan su nuevo documento de identidad (acta de nacimiento). Asimismo, con esta reforma se armoniza la legislación federal y la de la Ciudad de México para este tema, única entidad hasta el momento en reconocer el derecho a la identidad de género; y al mismo tiempo, exhortamos al resto de las entidades federativas en la República Mexicana a fin de que reformen sus códigos civiles locales para que sean acordes con el contenido del presente decreto y se reconozca este derecho en todo el país.

Dado el ámbito espacial de validez del Código Civil Federal, con esta reforma las y los ciudadanos mexicanos en el extranjero podrán hacer valer este derecho ante los consulados y las embajadas del país en que se encuentren, beneficiando así a una mayor cantidad de población.

Para mayor entendimiento se anexa el cuadro comparativo de la propuesta planteada:

Por lo expuesto y fundado se propone la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman y adicionan diversos artículos del Código Civil Federal, en materia de identidad de género

Único. Se reforman el artículo 35, 134, la fracción II del artículo 135, 137,138 y 138 Bis; y se adiciona una fracción III al artículo 135, 135 Bis, 135 Ter, 135 Quáter, para quedar como sigue:

Artículo 35. En la Ciudad de México estará a cargo de los jueces del Registro Civil autorizar los actos del estado civil y extender las actas relativas a nacimiento, reconocimiento de hijos, adopción, matrimonio, divorcio administrativo y muerte de los mexicanos y extranjeros residentes en los perímetros de las alcaldías de la Ciudad de México, levantamiento de una nueva acta de nacimiento para el reconocimiento de la identidad de género, previa anotación correspondiente al acta de nacimiento primigenia, así como inscribir las ejecutorias que declaren la ausencia, la presunción de muerte, el divorcio judicial, la tutela o que se ha perdido o limitado la capacidad legal para administrar bienes.

Artículo 134. La rectificación o modificación de un acta de estado civil, puede hacerse ante el juez del Registro Civil, el cual se sujetará a las prescripciones de este código.

Artículo 135. Ha lugar a pedir la rectificación

I. Por falsedad, cuando se alegue que el suceso registrado no pasó;

II. Por enmienda, cuando se solicite variar algún nombre u otro dato esencial que afecte el estado civil, la filiación, la nacionalidad, el sexo y la identidad de la persona.

III. Por existencia de errores mecanográficos yortográficos.

Artículo 135 Bis. Pueden pedir el levantamiento de una nueva acta de nacimiento para el reconocimiento de la identidad de género, previa la anotación correspondiente en su acta de nacimiento primigenia, las personas que requieran el reconocimiento de su identidad de género.

El reconocimiento respectivo se llevará a cabo ante las instancias y las autoridades correspondientes del Registro Civil de la Ciudad de México, cumpliendo todas las formalidades que exige el Reglamento del Registro Civil de la Ciudad de México.

Se entenderá por identidad de género la convicción personal e interna, tal como cada persona se percibe así misma, la cual puede corresponder o no, al sexo asignado en el acta primigenia. En ningún caso será requisito acreditar intervención quirúrgica alguna, terapias u otro diagnóstico y/o procedimiento para el reconocimiento de la identidad de género.

Los efectos de la nueva acta de nacimiento para identidad de género realizados serán oponibles a terceros desde su levantamiento.

Los derechos y obligaciones contraídas con anterioridad al proceso administrativo para el reconocimiento de identidad de género y a la expedición de la nueva acta, no se modifican ni se extinguen con la nueva identidad jurídica de la persona; incluidos los provenientes de las relaciones propias del derecho de familia en todos sus órdenes y grados, los que se mantendrán inmodificables.

Artículo 135 Ter. Para realizar el levantamiento de una nueva acta de nacimiento para el reconocimiento de identidad de género, las personas interesadas deberán presentar:

I. Solicitud debidamente requisitada;

II. Copia certificada del acta de nacimiento primigenia para efecto de que se haga la reserva correspondiente;

III. Original y copia fotostática de su identificación oficial; y

IV. Comprobante de domicilio.

El levantamiento se realizará en el juzgado central, se procederá de inmediato a hacer la anotación y la reserva correspondiente; si se hiciere en un juzgado distinto, se dará aviso mediante escrito al juzgado en que se encuentre el acta de nacimiento primigenia para los mismos efectos anteriormente señalados.

El acta primigenia quedará reservada y no se publicará ni expedirá constancia alguna, salvo mandamiento judicial o petición ministerial.

Una vez cumplido el trámite se enviarán los oficios con la información, en calidad de reservada, a la Secretaría de Gobernación, Secretaría de Finanzas, Secretaría de Educación Pública, Secretaría de Salud, Secretaría de Relaciones Exteriores, Instituto Nacional Electoral, Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, Fiscalía General de la República, Consejo de la Judicatura Federal y adonde se considere pertinente para efectos legales procedentes.

Artículo 135 Quáter. Además de lo señalado en el artículo anterior, para el levantamiento del acta correspondiente, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:

I. Ser de nacionalidad mexicana;

II. Tener al menos 18 años de edad cumplidos;

III. Desahogar en el Juzgado Central del Registro Civil, la comparecencia que se detalla en el reglamento y manual de Procedimientos del Registro Civil; y

IV. Manifestar: el nombre completo y los datos registrales asentados en el acta primigenia y el nombre solicitado sin apellidos y en su caso, el género solicitado.

Artículo 137. El trámite de rectificación de acta se seguirá en la forma que establezca este código.

Artículo 138. La sentencia que cause ejecutoria por divorcio y adopción se comunicará al juez del Registro Civil y éste hará una referencia de ella al margen del acta impugnada, sea que el fallo conceda o niegue la rectificación.

Artículo 138 Bis. La aclaración, o rectificación de las actas del estado civil, procede cuando en el levantamiento del acta correspondiente, existan errores de cualquier índole y deberán tramitarse ante la oficina del Registro Civil.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Tercero. Se exhorta a los congresos locales a armonizar sus legislaciones civiles con el contenido del presente decreto.

Notas

1 Güitrón Fuentevilla, Julián. ¿Reasignación para la concordancia sexo-genérica? Organización Editorial Mexicana, 1 de marzo de 2009.

2 Barrios Martínez, David; y García Ramos, María Antonieta. Transexualidad: la paradoja del cambio, México, Alfil, 2008, página 129.

3 Corte IDH. Caso Atala Riffo y niñas vs. Chile. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 24 de febrero de 2012. Serie C, número 239.

4 Aún no firmado por el Estado mexicano.

5 Suscrita por México el 13 de noviembre de 2018. Pendiente de ratificación.

6 Las opiniones consultivas de la CoIDH tienen carácter únicamente orientador, no obligatorio, para los jueces nacionales. Cónfer la tesis aislada de rubro “Opiniones consultivas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Implicaciones de su carácter orientador para los jueces mexicanos”.

7 Dichos requisitos fueron los adoptados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la tesis de rubro “Identidad de género autopercibida (reasignación sexo-genérica). Requisitos que debe cumplir el procedimiento para la adecuación del acta de nacimiento y demás documentos de identidad”.

8 Tesis P LXXI/2009, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, novena época, tomo XXX, diciembre de 2009, página 20.

9 Porras Elizondo, Olga Denisse. “Efectos jurídicos del levantamiento de una nueva acta por la reasignación para la concordancia sexo-genérica. Estudio comparativo y propuestas de reforma”, Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM. Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, www.juridicas.unam.mx Consultada el 15 de agosto de 2019.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de febrero de 2020.— Diputadas y diputados: Rocío del Pilar Villarauz Martínez, Ana María Rodríguez Ruiz, Erika Vanessa del Castillo Ibarra, Javier Ariel Hidalgo Ponce, Lidia García Anaya, Lizeth Amayrani Guerra Méndez, Marco Antonio González Reyes, Marco Antonio Medina Pérez, Martha Robles Ortiz, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Sergio Mayer Bretón, Víctor Gabriel Varela López (rúbricas).»

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Muchas gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.



LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Tiene la palabra hasta por cinco minutos la diputada Martha Elena García Gómez, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, suscrita por diputados del Grupo Parlamentario del PAN.

La diputada Martha Elena García Gómez:Con su venia, presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Adelante, diputada.

La diputada Martha Elena García Gómez: Compañeras diputadas y compañeros diputados, vengo a esta tribuna a presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de preservación de la salud mental.

Gracias a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la cual representa un paradigma garantista, abonó en su capítulo noveno, con respecto a la prestación de los servicios de atención médica, la cual deberá ser gratuita para este grupo poblacional, conforme a lo establecido en la Ley General de Salud.

También se contempla que se llevarán a cabo acciones para asegurar la prestación de la asistencia médica y sanitaria para que sean necesarias para todos los niños, niñas y adolescentes, haciendo hincapié en la atención primaria.

En ese sentido y atendiendo los últimos hechos en los cuales se han presentado suicidios y escenas violentas en donde participan niños, nos lleva a reflexionar sobre la prevención y la atención inmediata de este tipo de casos, sobre todo la importancia del cuidado de la salud mental de niñas, niños y adolescentes.

De conformidad con la Organización Mundial de la Salud, la buena salud mental está relacionada con el bienestar mental y psicológico. La OMS trabaja para mejorar la salud mental de las personas y de la sociedad en su conjunto, y ello incluye fomentar el bienestar social, prevenir los trastornos mentales, proteger los derechos humanos y atender a las personas con trastornos mentales. Asimismo, se refiere a que la salud mental es un fenómeno complejo determinado por múltiples factores de índole social, ambiental, biológico y psicológico.

Con respecto al suicidio, la OMS señala que son todos aquellos actos individuales y deliberados que causan, a sí mismo una lesión o daño que indudablemente finaliza en la muerte. Así también menciona que cerca de un millón de personas en todo el mundo se quitan la vida anualmente, casi tres mil al día. Indica que por cada 20 intentos alguien lo consuma y que los jóvenes de entre 15 y 24 años son el sector más vulnerable.

De lo anterior se desprende que la adolescencia es la más susceptible a cometer el suicidio. Los factores que lo originan se refieren a trastornos psicológicos y biológicos. En México también las principales causas que dan origen a la muerte por suicidio en esta población son el acoso escolar, la depresión, la desarticulación familiar, la deserción escolar, drogadicción, entre otras.

Ahora bien, los hechos ocurridos en Torreón, Coahuila, en donde un alumno de 11 años disparó contra su profesora y compañeros para después suicidarse, da muestra de la falta de acciones para identificar alertas tempranas sobre posibles trastornos de conducta y en consecuencia su falta de atención médica. En conjunto, se debe de lograr una crianza positiva que conlleve a una mejor calidad de vida de la niñez y adolescencia.

Los contextos de violencia han rebasado a nuestro país afectando a ese grupo poblacional. Es así que, observando el principio del interés superior de la niñez y su derecho de prioridad, es que se propone esta iniciativa con el objeto de que en caso de que se detecten alteraciones de conducta que indiquen la existencia de trastornos mentales y del comportamiento, se prestará atención médica inmediata con la finalidad de preservar la salud mental.

Agradezco su atención y solicito a la Presidencia de la Mesa que el texto íntegro de esta iniciativa se inserte en el Diario de los Debates. Es todo. Es cuanto.

«Iniciativa que reforma el artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, suscrita por la diputada Martha Elena García Gómez e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, Martha Elena García Gómez, y los diputados del Grupo Parlamentario Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116 y demás aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que reforma la fracción XVI del artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 44/25 aprobó la Convención sobre los Derechos del Niño. La convención se abrió a la firma en Nueva York el 26 de enero de 1990 y entró en vigor el 2 de septiembre de ese año. Dicha convención constituye el referente para el reconocimiento y la representación de las niñas, los niños y adolescentes como sujetos de derechos, además de ser un instrumento mediante el cual se promueven y protegen los derechos de la niñez en todos los aspectos de la vida.

Tanto la Declaración Americana como la Convención sobre los Derechos del Niño, forman parte de un muy comprensivo corpus juris internacional de protección de la niñez que debe servir para fijar la interpretación de distintas disposiciones de la declaración y la convención, y diversos instrumentos de derecho internacional y nacional.

En la Declaración Universal de los Derechos Humanos para niñas, niños y adolescentes se reconocen diez derechos que a continuación se enuncian: 1) derecho al disfrute de todos los derechos sin discriminación; 2) derecho a la protección y consideración del interés superior del niño ; 3) derecho a un nombre y una nacionalidad; 4) derecho a la salud, alimentación, vivienda recreo y servicios médicos; 5) derecho del niño física o mentalmente impedido a recibir atención especial; 6) derecho a la vinculación afectiva y a no separarse de sus padres; 7) derecho a la educación, al juego y recreaciones; 8) derecho a la prioridad en protección y socorro; 9) protección contra abandono, crueldad y explotación; 10) protección en contra de la discriminación.

La Convención sobre los Derechos del Niño refiere que los estados parte reconocen el derecho de las niñas y los niños al disfrute del más alto nivel posible de salud y a servicios para el tratamiento de las enfermedades y la rehabilitación de la salud. Los estados parte se esforzarán por asegurar que ninguna niña o niño sea privado de su derecho al disfrute de esos servicios sanitarios.

Por otro lado, nuestro andamiaje jurídico contempla en el artículo 4o. constitucional que a la letra dice “en todos las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez”, no obstante, resulta importante puntualizar que lo establecido en el artículo 1o. constitucional, en un sentido amplio respecto a la reforma de derechos humanos, es complementario del artículo 4o. y, por tanto, ofrece en efecto una concepción integral de los derechos humanos de la niñez y la adolescencia, y su reconocimiento a partir de la Convención sobre Derechos del Niño.

Por lo anterior, el principio del interés superior de la niñez mandata a las autoridades de todos los ámbitos a observarlo como un rol prioritario en las políticas públicas para la infancia, con la principal finalidad de obtener la satisfacción integral de sus derechos.

Por ello que, en el diseño de las políticas públicas de la infancia, este principio opera como un criterio de ponderación, mediante el cual se obliga a dar prioridad a los derechos de niñas, niños y adolescentes frente a los derechos de las personas adultas.

Ahora bien, con la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes que representa un paradigma garantista, abonó en su capítulo noveno “Del Derecho a la Protección de la Salud y a la Seguridad Social” la prestación de los servicios de atención médica la cual deberá ser gratuita conforme a lo establecido en la Ley General de Salud.

También se contempla que se llevarán a cabo acciones para asegurar la prestación de la asistencia médica y sanitaria que sean necesarias a todas las niñas, niños y adolescentes, haciendo hincapié en la atención primaria.

En ese sentido, y atendiendo los últimos hechos en los cuales se han presentado suicidios y escenas violentas en donde participan niños, nos lleva a reflexionar sobre la prevención y la atención inmediata de este tipo de casos y sobre todo la importancia del cuidado de la salud mental de niñas, niños y adolescentes.

De conformidad con la Organización Mundial de la Salud (OMS) “la buena salud mental está relacionada con el bienestar mental y psicológico. La OMS trabaja para mejorar la salud mental de las personas y de la sociedad en conjunto y ello incluye fomentar el bienestar mental, prevenir los trastornos mentales, proteger los derechos humanos y atender a las personas con trastornos mentales”.

Asimismo, se refiere que “la salud mental es un fenómeno complejo determinado por múltiples factores de índole social, ambiental, biológico y psicológico”.

En el marco vigente respecto a la salud mental, la Ley General de Salud establece en su título tercero, capítulo VII de la Salud Mental, que la prevención y atención de los trastornos mentales y del comportamiento es de carácter prioritario y que se basará en el conocimiento de los factores que afectan la salud mental, las causas de las alteraciones de la conducta, los métodos de prevención y control multidisciplinario de dichos trastornos, así como otros aspectos relacionados con el diagnóstico, conservación y mejoramiento de la salud mental.

Con respecto al suicidio, la OMS señala que son todos aquellos actos individuales y deliberados que causan a sí mismo una lesión o daño que indudablemente finaliza en la muerte.

Así también, menciona que cerca de un millón de personas en todo el mundo se quitan la vida anualmente; casi 3 mil al día. Mencionan que, por cada 20 intentos, alguien lo consuma, y que los jóvenes de entre 15 y 24 años son el sector más vulnerable.

De lo anterior se desprende que la niñez y la adolescencia son más susceptibles a cometer el suicidio, los factores que lo originan, se refieren a trastornos psicológicos y biológicos. En México, las principales causas que dan origen a la muerte por suicidio en esta población son el acoso escolar, la depresión, la desarticulación familiar, la deserción escolar, drogadicción, entre otras.

De conformidad con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) en 2016 ocurrieron al menos mil 291 suicidios en territorio nacional debido a una atención adecuada, lo que representa 5.1 casos por cada 100 mil personas.

Asimismo, el Inegi reporta que, en sólo siete años, de 2010 a 2017, sucedieron 48 mil muertes por suicidio en México.

La población más vulnerable son los jóvenes de 20 a 24 años, los cuales tiene la tasa más alta de suicido con 9.3 por cada 100 mil personas de estas edades.

Si se considera la variable del sexo, los hombres son los más proclives a suicidarse y si son jóvenes aumenta a una tasa de 15.1 por cada 100 mil.

En el caso de las mujeres, el grupo de 15 a 19 años presenta la tasa de suicidio más alta con 4.0 suicidios por cada 100 mil mujeres.

Ahora bien, los hechos ocurridos en Torreón, Coahuila, en donde un alumno de 11 años disparó contra su profesora y compañeros, para después suicidarse, dan muestra de la falta de acciones para identificar alertas tempranas sobre posibles trastornos de conducta y en consecuencia su falta de atención inmediata.

Es de suma importancia que se implementen medidas de prevención que alerten de estos casos para evitar tragedias como las ocurridas; a medida de que se trabaje en la procuración de la salud mental de niñas, niños y adolescentes, se podrá garantizar que eventos como éste no vuelvan a ocurrir.

En conjunto se debe lograr una crianza positiva que conlleve a una mejor calidad de vida de la niñez y adolescencia. Los contextos de violencia han rebasado a nuestro país afectando a este grupo poblacional, es así, que observando el principio del interés superior de la niñez y su derecho de prioridad es que se propone esta iniciativa con el objeto de que en caso de que se detecten alteraciones de conducta que indiquen la existencia de trastornos mentales y del comportamiento, se prestará atención médica inmediata con la finalidad de preservar la salud mental.

En tal virtud, tengo a bien someter a consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforma la fracción XVI del artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

Artículo Único. Se reforma la fracción XVI del artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue:

Artículo 50. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a disfrutar del más alto nivel posible de salud, así como a recibir la prestación de servicios de atención médica gratuita y de calidad de conformidad con la legislación aplicable, con el fin de prevenir, proteger y restaurar su salud. Las autoridades federales de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, en relación con los derechos de niñas, niños y adolescentes, se coordinarán a fin de:

I. a la XV. (...)

XVI. Establecer medidas tendentes a que en los servicios de salud se detecten y atiendan de manera especial los casos de niñas, niños y adolescentes con problemas de salud mental; en caso de que se detecten alteraciones de conducta o indicios que indiquen la existencia de trastornos mentales y del comportamiento se prestará atención inmediata de conformidad con lo establecido en la legislación aplicable.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de febrero de 2020.— Diputadas y diputados: Martha Elena García Gómez, Adolfo Torres Ramírez, Adriana Dávila Fernández, Ana Paola López Birlain, Annia Sarahí Gómez Cárdenas, Antonia Natividad Díaz Jiménez, Carlos Carreón Mejía, Carlos Humberto Castaños Valenzuela, Cecilia Anunciación Patrón Laviada, Dulce Alejandra García Morlan, Éctor Jaime Ramírez Barba, Erika Mariana Rosas Uribe, Ernesto Ruffo Appel, Evaristo Lenin Pérez Rivera, Felipe Fernando Macías Olvera, Gloria Romero León, Guadalupe Romo Romo, Hernán Salinas Wolberg, Isabel Margarita Guerra Villarreal, Jacquelina Martínez Juárez, Jorge Arturo Espadas Galván, Jorge Romero Herrera, José del Carmen Gómez Quej, José Martín López Cisneros, José Ramón Cambero Pérez, José Rigoberto Mares Aguilar, José Salvador Rosas Quintanilla, Justino Eugenio Arriaga Rojas, Karen Michel González Márquez, Lizbeth Mata Lozano, Madeleine Bonnafoux Alcaraz, Marcelino Rivera Hernández, Marco Antonio Adame Castillo, María de los Ángeles Gutiérrez Valdez, María Eugenia Leticia Espinosa Rivas, María Marcela Torres Peimbert, María Sara Rocha Medina, Mariana Dunyaska García Rojas, Martha Estela Romo Cuéllar, Miguel Alonso Riggs Baeza, Patricia Terrazas Baca, Ricardo Flores Suárez, Sarai Núñez Cerón, Sergio Fernando Ascencio Barba, Sonia Rocha Acosta, Sylvia Violeta Garfias Cedillo, Vicente Javier Verastegui Ostos, Víctor Manuel Pérez Díaz, Xavier Azuara Zúñiga (rúbricas).»

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Así se hará, diputada García Gómez. Túrnese a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia para dictamen, e insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates.

VOLUMEN II



SE EXPIDE LA LEY DE PLANEACIÓN ENERGÉTICA PARA LA CONTINUIDAD HOMOGÉNEA

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Tiene la palabra hasta por diez minutos el diputado Manuel Rodríguez González, del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley de Planeación Energética para la Continuidad Homogénea.

El diputado Manuel Rodríguez González:Con su permiso, diputado presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Adelante, diputado.

El diputado Manuel Rodríguez González: Compañeras y compañeros diputados, el México actual demanda tener seguridad y soberanía energética, acompañadas de un crecimiento económico que se refleje en la calidad de vida de las familias mexicanas.

En ese contexto, se requiere del desarrollo de los subsectores prioritarios para la nación en materia de hidrocarburos, energía eléctrica, así como energías renovables y alternativas, con el propósito de incrementar y garantizar la demanda energética del país, al tiempo de fortalecer las empresas productivas del Estado.

Sin embargo, en México acotamos nuestra planeación energética y políticas públicas en la materia a periodos anuales o sexenales, de acuerdo con lo que cada administración federal considera adecuado, dando pie a que en el futuro inmediato se puedan modificar sustancialmente.

El sector energético se ha visto envuelto en planes sexenales que ligan a Pemex y a la Comisión Federal de Electricidad a políticas públicas con poca estabilidad, ante un mercado mundial dinámico y sumamente demandante. Efectuando cambios de una administración a otra que generan incertidumbre, tanto en lo jurídico como en los mercados. De ahí la necesidad de crear una Ley de Planeación Energética para darle continuidad homogénea que permita dotar de certidumbre a la política en materia de manera transexenal.

Actualmente no existe una coordinación clara entre lo que requiere el mercado y lo que cada administración pasada, actual y futura, necesita para tener garantizada una cobertura energética del país a través de una planeación de largo aliento.

El plan de negocios de Pemex y de la Comisión Federal de Electricidad depende del dinero disponible que el Estado mexicano pueda otorgar a programas y proyectos de inversión para poder mantener una base operativa y de crecimiento del negocio de cada empresa productiva del Estado. Sin embargo, no se tiene continuidad en las inversiones y proyectos de manera transexenal.

La energía no es de México, es para ser usada y aprovechada por y para los mexicanos con el objetivo de generar desarrollo económico y hacernos competitivos a nivel mundial. En tal sentido, un plan energético de nación de largo plazo ayudará a establecer las bases para la autosuficiencia y dará certidumbre a las inversiones, lo cual se reflejará en mayores ingresos para la nación, así como más y mejores empleos.

Derivado de lo anterior, la presente iniciativa establece que el Ejecutivo federal elaborará el plan energético para la continuidad homogénea, y lo remitirá a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para su aprobación.

El objetivo de dicha ley será establecer la planeación y el control energético como área estratégica de los tres órdenes de gobierno, de los Poderes de la Unión, así como de los órganos reguladores coordinados en materia energética.

El Estado mexicano deberá propiciar y acatar el plan realizado en conjunto en el ámbito de sus atribuciones y propiciando el desarrollo y operación eficiente de la industria eléctrica.

Por lo que respecta a la estrategia del plan energético, la iniciativa propone contar con un portafolio de largo plazo que contenga alternativas que incluyan la eficiencia energética en la industria de hidrocarburos, eléctrica, infraestructura y una proporción creciente de generación con energías limpias, en condiciones de viabilidad económica.

La estrategia deberá contener también un componente para un periodo de 30 años, que defina los escenarios propuestos para cumplir las metas del plan energético de continuidad homogénea.

En el caso de las metas del plan energético, estas constituyen valores absolutos y no limitativos con relación al total de demanda requerida por México. La matriz energética que resulte de las metas planteadas debe ser la base de cumplimiento para los bienes consumidos en territorio nacional y de carácter transexenal.

Para poder hacer efectiva la Ley de Planeación Energética se creará un comité integrado por 15 miembros, entre ellos los titulares de las secretarías de Energía, Hacienda, Recursos Naturales y Economía. De igual forma, estará integrado por los presidentes de las comisiones de Energía, de la Cámara de Diputados y del Senado de la República, así como de los presidentes de los órganos reguladores, los directores generales de las empresas productivas del Estado y finalmente, cinco consejeros independientes.

La función del comité será la de monitorear, dar seguimiento y realizar mejoras a través del acuerdo que se obtenga por la mayoría de sus integrantes, para alcanzar los objetivos plasmados en la ley propuesta, sin alterar la esencia final contemplada en el plan energético y sin violentar disposiciones jurídicas aplicables.

Para la correcta aplicación de la presente iniciativa de ley, se propone entre en vigor al día siguiente de la toma de posesión constitucional del Ejecutivo federal en el año 2024. México tiene una oportunidad que no puede desaprovechar, urge un plan de largo plazo que involucre a los Poderes Ejecutivo y Legislativo, así como a las empresas productivas del Estado y a la sociedad en su conjunto. Por su atención, gracias. Es cuanto.

«Iniciativa que expide la Ley de Planeación Energética para la Continuidad Homogénea, a cargo del diputado Manuel Rodríguez González, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, diputado Manuel Rodríguez González, del Grupo Parlamentario de Morena de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, fracción I, 78, numeral 1, 73, 77, fracción, III 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Planeación Energética para la Continuidad Homogénea.

Planteamiento del Problema

El México actual demanda tener seguridad y soberanía energéticas, que permitan un crecimiento económico en el poder adquisitivo de la sociedad. Actualmente, para generar energía dependemos de materias primas que generan combustión como los hidrocarburos y carbón.

México continúa realizando planes sexenales en la parte energética, ligados a las empresas productivas del Estado ante un mercado en crecimiento y demandante. Realizando cambios de administración a administración que generan incertidumbre jurídica y en los mercados; y el desarrollo del sector dependerá de la cantidad de dinero que puede tener para el crecimiento de un país en función de la inversión interna o externa que circula dentro la sociedad.

México, desde 1970, no ha tenido la certeza de realizar un plan de nación, ligado a una ley, donde los poderes Legislativo y Ejecutivo cumplan; la parte que corresponde de cada periodo a donde el plan ha establecido para llegar a metas específicas que aseguren poder tener intercambio energético y no depender de otras regiones como actualmente estamos realizando.

No obstante lo anterior, la nación enfrenta un dilema hoy día de exportar más crudo o mandar a refinerías para transformar en combustible ante la falta de producción incremental. Actualmente no hay crudo suficiente para incrementar a un 75 por ciento la utilización del sistema nacional de refinación, en caso de poder lograrlo tendríamos que tener una producción de 2 millones 350 mil barriles, 400 mil barriles por arriba de lo propuesto por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para el 2020. Pero cabe aclarar que el promedio de producción de gasolina y diésel por cada barril que entra actualmente está en 57.2 por ciento y pudiendo incrementar a 70 por ciento en 2021 una vez terminado la reconfiguración o mantenimiento del sistema nacional de refinación.

En tal sentido, quien controla la base del mercado actualmente en México es la SHCP, mientras la Secretaría de Energía (Sener) propone la política energética del país que depende directamente de que el mercado tenga los suficientes recursos para poder llevar a cabo dichas políticas.

El Poder Ejecutivo puede influir pero no determina la tendencia que debe haber en el mercado; al tener que equilibrar en cubrir la necesidad de la sociedad y mantener un flujo de efectivo circulante en crecimiento.

Todo lo anterior es parte fundamental para poder llegar a una meta especifica dentro de un negocio energético de largo plazo por parte de cada una de las partes involucradas. Actualmente no existe una coordinación clara entre lo que requiere el mercado y lo que cada administración pasada, actual y futura necesita para tener una base energética del país por medio de la administración pública.

El plan de negocios de Petróleos Mexicanos (Pemex) y de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) depende del dinero disponible que la administración pueda otorgar a programas y proyectos de inversión para poder mantener una base operativa y de crecimiento del negocio de cada empresa productiva del Estado.

El negocio queda claro para la nación de conformidad con el flujo de efectivo adicional, es necesario vender más crudo para exportar y que el consumo de combustible aumente para tener un mayor ingreso de recaudación vía Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) para poder ayudar a pagar a Pemex sus adeudos históricos. La oportunidad radica ahora que la producción se ha mantenido estable los últimos meses y requiere de forma rápida y urgente que se incremente para mantener el envío a refinería y exportación ampliando la participación de empresas privadas.

El mundo ha entrado en una guerra financiero-energética, dando a lugar a una contracción económica internacional con riesgos de corto plazo. Hoy existe un entendimiento real hacia donde debe ir el mundo para mantener armonía en las finanzas con el objeto de satisfacer la demanda de un mercado con necesidades de corto plazo, creado por la humanidad que cada día exige tener acceso a la tecnología y energía.

Hoy tenemos países con un plan de largo plazo con el objetivo de tener un crecimiento económico y estabilidad; en México al parecer no estamos entendiendo que se requieren planes transexenales en el sector energético que permitan detonar los ingresos derivados de los recursos naturales, así como dotar de estabilidad financiera a los proyectos de largo plazo.

Por tercer año consecutivo, la generación de electricidad superó el suministro de petróleo y gas como el mayor sector de inversión. Aunque en parte se debe a los costos versátiles en ambos sectores, la tendencia también refleja la creciente importancia de la electricidad, cuyo crecimiento de la demanda en 2018 fue casi el doble de rápido que la demanda total de energía.

Por otro lado, un aumento del 4 por ciento en el gasto ascendente de petróleo y gas estuvo respaldado por un mayor precio del petróleo y un cambio a proyectos de esquisto de ciclo más corto. Los planes de gastos para 2020 apuntan a una nueva ola potencial de proyectos convencionales; por el momento, las aprobaciones de proyectos están por debajo del nivel necesario para satisfacer una demanda sólida.

En México continuamos realizando planes anuales y sexenales que no detonan una continuidad de aseguramiento energético del país. Falta ser capaces de conceptualizar un plan ligado al crecimiento económico de acuerdo a las necesidades internas, ante un mercado demandante en crecimiento. Además de tener la oportunidad de poder realizar un cambio energético en un plazo no mayor a 20 años pero realizado con un plan conceptual no modificable por cualquier administración actual o futura.

En México acotamos nuestra política pública en forma anual y sexenal de acuerdo a lo que cada administración vigente considera, dando pie a que en el futuro se pueda modificar y esto genere un decremento en el desarrollo y cumplimiento de metas, donde estas últimas carecen de valor tangible alcanzable. De ahí la necesidad de crear una Ley de Planeación Energética para la continuidad homogénea que permita dotar de certidumbre a la política energética del país.

Argumentación

Históricamente se ha plasmado y dejado el mismo objetivo en la política energética del país sin establecer el ¿cómo?, ¿cuánto?, ni el ¿quién?, el cual no es medible y con una continuidad de crecimiento limitando a un periodo de tiempo no mayor a un plan de nación administrativo finito.

Actualmente, para poder cumplir con los objetivos sectoriales y estrategias, la Sener debe llevar la  conducción y coordinación del desarrollo estratégico y de la política en materia energética en las entidades del sector; dicha secretaría participará en la regulación de la oferta y demanda del mercado nacional e internacional de energías naturales renovables y no renovables para diversos fines, participará en la verificación de la seguridad de instalaciones de hidrocarburos e instalaciones eléctricas; supervisará un margen de reserva eficiente en el sistema interconectado nacional; impulsará la participación privada en la generación de energía; coordinará, desarrollará y supervisará los nuevos modelos de inversión en hidrocarburos; fungirá como titular del Consejo de Coordinación del sector energético entre los órganos reguladores coordinados en materia energética y demás dependencias y entidades participantes del Ejecutivo federal, y promoverá la calidad, la eficiencia administrativa y la innovación gubernamental, atendiendo a los principios de austeridad, honestidad y combate a la corrupción.

Adicionalmente, y en congruencia con el marco normativo vigente, la Sener tendrá una coordinación estrecha con la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH), a efecto de que la regulación en materia energética sea acorde con la política energética nacional, y se consiga la generación de empleos y que el sector energía sea palanca para el desarrollo nacional.

La Sener, en conjunto con la CRE, asegurará y garantizará el suministro confiable, de calidad y a precios competitivos de los insumos energéticos que demandan los consumidores, dando mayor certidumbre al mercado, así como mejores condiciones en el abasto y promoción de la competencia, incentivando la inversión productiva en la generación eléctrica y la distribución del gas natural.

La Sener y CNH trabajarán conjuntamente en la adjudicación de contratos para la exploración y extracción de hidrocarburos, teniendo definidas las actividades de la Sener y de la CNH, quien participa en la licitación, suscripción, administración, gestión y supervisión de contratos; así como el regular y supervisar la exploración y extracción de carburos de hidrógeno, que se encuentren en mantos o yacimientos, cualquiera que fuere su estado físico, y para realizar el acopio, resguardo, uso, administración y actualización, incluyendo la publicación de la información geológica, geofísica, petrofísica, petroquímica.

Bajo dicha línea argumentativa se manifiesta que la entidad facultada para determinar metas alcanzables en la política energética del país es la Sener y la cual dependerá de lo que cada administración le dictamine cuándo crea conveniente en el tiempo que tiene para administrar el país. Lo anterior, debe cambiar y deberá haber una política pública energética de largo plazo que determine el rumbo del país y no del sexenio.

En México requerimos un plan energético de nación que tenga el nivel de ley reglamentaria para  dotar de certeza jurídica a la inversión, sin que ello implique ser una camisa de fuerza para modificar o no el marco jurídico aplicable de conformidad con la dinámica del sector, sino que se quiere de dotar de una estrategia de largo plazo que permita a los proyectos de inversión llegar a buen fin, en el mismo sentido dotará de lineamientos del cómo debería el país poder desarrollar tecnología, tener acceso a la misma y disminuir el riesgo de inversión para la nación, cuyo objetivo es garantizar la inversión pública y permitir que privados asuman dicho valor monetario bajo un marco de certeza jurídica.

La soberanía nacional no implica que todo lo tiene que realizar la nación para poder tener acceso a energía, sino que implica también facilitar que el mercado interno crezca en función de las variantes geopolíticas, aprovechando los recursos naturales en forma ordenada bajo contratos, normas, órganos reguladores y políticas públicas de acorde a un Plan Energético de Nación.

El objetivo del plan deberá estar ligado a cuanto y como deberíamos de tener en energía. El Plan Energético de Nación debe estar ligado a que cada administración con el objetivo principal de cumplir con el lineamiento establecido en el periodo acordado, es decir obligar a cada administración futura que llegue a la meta establecida dentro del plan para poder ser autosuficientes y poder influir en el mercado global, no tener metas sexenales.

Producir materia prima no significa soberanía energética, es el cómo utilizar, transformar y aprovechar la coyuntura geopolítica mundial. Actualmente no hay una norma que indique el crudo que debemos de almacenar para cubrir la demanda, cuanto gas debemos de almacenar para poder cubrir para la generación de electricidad, tipo de infraestructura para mover materia prima o derivados de la misma; entre otras cosas.

El plan de nación no deberá alinearse a lo que cada administración decida en función de lo que cada consejo de cada empresa productiva decida, sino que cada parte deberá alinearse en cumplir las metas dentro de la ley del plan y donde no podrá ser removido o forzado a una ideología o forma de administrar el país, deberá ser ajeno a toda influencia de pensamiento contario a lo que el país le conviene de largo plazo, esto como consecuencia dará certeza jurídica, económica, legal y de percepción de que el país tiene un rumbo energético y no depender de cada corriente ideológica.

La energía no es de México, es para ser usada por México para el crecimiento económico y para la sociedad ante los cambios rápidos y adaptación de los países ante la electrificación del mundo. Una apertura del mercado energético controlada y una política energética adecuada no basada en suposiciones de producción petrolera, si no en un todo que incluya nueva infraestructura, plantas de generación de electricidad, energías alternativas y todo plasmado en un Plan Energético de Nación de largo plazo que ayudará a establecer las bases de autosuficiencia; dando pie a una certidumbre a quien quiera invertir en México.

El objetivo principal es que la energía en México sea para satisfacer un consumo de mercado interno para posteriormente ser el puente para poder interconectar a Centroamérica u otros países. En tal sentido, el dinero para la inversión de cualquier proyecto debe provenir de un presupuesto público (deuda o impuestos) o privados (asumen el riesgo) para la realización. Hoy en día, a nivel mundial, cada país se está preparando en dos aspectos fundamentales para el 2040:

1. Transición de un uso mejor de la energía (eficiencia energética y seguridad energética)

2. Utilización de mejores materias primas menos contaminantes y de bajo costo (seguridad del clima, aire y medio ambiente)

Pero lo anterior dependerá que de los proyectos energéticos dispongan de la colocación de deuda en bancos o en instituciones financieras en forma de bonos, préstamos o créditos entre otras, pero antes de poder tener acceso al capital para el apalancamiento respectivo; deberá pasar cada proyecto una inspección financiera/técnica que integre el retorno de la inversión y las ganancias posibles a tener en función del volumen de ventas. Esperando visualizar cuál es su capacidad financiera y credibilidad del cómo ha pagado los anteriores proyectos.

Esto aplica también a naciones donde el dinero no reconoce ideología, solo aporta crecimiento donde exista una congruencia alineada al mundo, puedes ser diferente pero no puedes ser ajeno a las condiciones geopolíticas de un mercado cada día más reducido en el mundo. El dinero invertido en un país es y debe ser utilizado para crear fuentes de crecimiento de la sociedad por medio de la adaptación del conocimiento e influir en las innovaciones tecnológicas.

México tiene un dilema hoy día de exportar más crudo o mandar a refinerías para transformar en combustible ante la falta de producción incremental.  Actualmente no hay crudo suficiente para incrementar a un 75 por ciento la utilización del sistema nacional de refinación, no obstante el gobierno en turno está implementando los mecanismo necesarios para incrementar la producción en tiempo record, en caso de poder lograrlo tendríamos que tener una producción de 2 millones 350 mil barriles, 400 mil barriles por arriba de lo propuesto por la SHCP para el 2020. Pero cabe aclarar que el promedio de producción de gasolina y diésel por cada barril que entra actualmente está en 57.2 por ciento y pudiendo incrementar a 70 por ciento en 2021 una vez terminado la reconfiguración o mantenimiento del sistema nacional de refinación.

Actualmente no existe una coordinación clara entre lo que requiere el mercado y lo que cada administración pasada, actual y futura necesita para tener una base energética del país por medio de la administración pública. México tiene una oportunidad que no puede desaprovechar, adonde urge un plan de largo plazo involucrando al poder ejecutivo, legislativo, empresarial, empresas productivas del estado y sociedad;  debido que no tenemos donde almacenar crudo, gas u otra materia prima para transformar en energía.

Fundamento Legal

Por las consideraciones expuestas, en mi calidad de diputado federal del Grupo Parlamentario de Morena de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de esta soberanía, la iniciativa con proyecto de:

Decreto por el que se expide la Ley de Planeación Energética para la Continuidad Homogénea

Único. Se expide la Ley de Planeación Energética para la Continuidad Homogénea, para quedar de la siguiente manera:

Ley de Planeación Energética para la Continuidad Homogénea

Capítulo PrimeroDisposiciones Generales

Artículo 1o. La presente Ley es reglamentaria de los artículos 25, párrafo cuarto; 27 párrafo sexto y 28, párrafo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Las disposiciones de esta Ley son de orden público e interés social y tienen por objeto establecer:

I. Las normas y principios básicos conforme  a los cuales se llevará a cabo la Planeación Energética Nacional;

II. El plan y control de los objetivos energéticos establecidos en periodos determinados por parte de la nación;

III. Promover el desarrollo sustentable de la industria eléctrica, hidrocarburos, infraestructura  y garantizar una operación continua, eficiente y segura en beneficio de los usuarios, así como el cumplimiento de las obligaciones de servicio público y universal, de energías para poder cubrir la demanda interna y poder interactuar a nivel geopolítico;

IV. Los órganos responsables del plan para la continuidad homogénea;

V. Las bases de participación de las autoridades, los integrantes de la industria energética en su conjunto e instituciones académicas.

Artículo 2o. La planeación y el control energético son áreas estratégicas de los tres niveles de gobierno, de los Poderes de la Unión, así como Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética.

El Estado mexicano deberá propiciar y acatar el plan realizado en conjunto, en el ámbito de sus atribuciones, y propiciando el Desarrollo y Operación Eficiente de la Industria Energética.

Artículo 3o. Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

I. Agencia: Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos;

II. Almacenamiento: Depósito y resguardo de Hidrocarburos, Petrolíferos y Petroquímicos en depósitos e instalaciones confinados que pueden ubicarse en la superficie, el mar o el subsuelo;

III. Asignación: El acto jurídico administrativo mediante el cual el Ejecutivo Federal otorga exclusivamente a un Asignatario el derecho para realizar actividades de Exploración y Extracción de Hidrocarburos en el Área de Asignación, por una duración específica;

IV. Asignatario: Petróleos Mexicanos o cualquier otra empresa productiva del Estado que sea titular de una Asignación y operador de un Área de Asignación;

V. Cadenas de valor: El conjunto de actividades, tales como investigación y desarrollo, diseño, fabricación, ensamble, producción de partes, mercadeo, instalación, puesta en marcha, servicio y reciclaje, que un sector industrial realiza para entregar un bien;

VI. Cadena Productiva: Conjunto de agentes económicos que participan directamente en la proveeduría, suministro, construcción y prestación de bienes y servicios para la industria de Hidrocarburos;

VII. Central Eléctrica: Instalaciones y equipos conforme a lo dispuesto en la Ley de la Industria Eléctrica;

VIII. Cenace: Centro Nacional de Control de Energía;

IX. Certificado de Energías Limpias: Título otorgado por la CRE conforme a lo dispuesto en la Ley de la Industria Eléctrica;

X. CFE: Comisión nacional de Electricidad;

XI. Cogeneración: Generación de energía eléctrica producida conjuntamente con vapor u otro tipo de energía térmica secundaria o ambos; producción directa o indirecta de energía eléctrica mediante la energía térmica no aprovechada en los procesos, o generación directa o indirecta de energía eléctrica cuando se utilicen combustibles producidos en los procesos;

XII. Consejeros: Los que integran el Comité consultivo para el cumplimiento de la meta del Plan Energético para la Continuidad Homogénea;

XIII. Comité: Comité consultivo para el cumplimiento de la meta del Plan Energético para la Continuidad Homogénea;

XIV. Contrato para la Exploración y Extracción: Acto jurídico que suscribe el Estado Mexicano, a través de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, por el que se conviene la Exploración y Extracción de Hidrocarburos en un Área Contractual y por una duración específica;

XV. Contratista: Petróleos Mexicanos, cualquier otra empresa productiva del Estado o Persona Moral, que suscriba con la Comisión Nacional de Hidrocarburos un Contrato para la Exploración y Extracción, ya sea de manera individual o en consorcio o asociación en participación, en términos de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos;

XVI. Distribución: Actividad logística relacionada con la repartición, incluyendo el traslado, de un determinado volumen de Gas Natural o Petrolíferos desde una ubicación determinada hacia uno o varios destinos previamente asignados, para su Expendio al Público o consumo final;

XVII. Ductos de Internación: Aquella infraestructura cuya capacidad esté destinada principalmente a conectar al país con infraestructura de Transporte o Almacenamiento de acceso abierto que se utilice para importar Gas Natural;

XVIII. Empresa Generadora: Persona física o persona moral que representa una Central Eléctrica en el Mercado Eléctrico Mayorista o es titular de un permiso para operar una Central Eléctrica sin participar en dicho mercado, conforme a lo dispuesto en la Ley de la Industria Eléctrica;

XIX. Energías Limpias: Son aquellas fuentes de energía y procesos de generación de electricidad definidos como tales en la Ley de la Industria Eléctrica;

XX. Energías Renovables: Aquellas cuya fuente reside en fenómenos de la naturaleza, procesos o materiales susceptibles de ser transformados en energía aprovechable por el ser humano, que se regeneran naturalmente, por lo que se encuentran disponibles de forma continua o periódica, y que al ser generadas no liberan emisiones contaminantes. Se consideran fuentes de Energías Renovables las que se enumeran a continuación:

a) El viento;

b) La radiación solar, en todas sus formas;

c) El movimiento del agua en cauces naturales o en aquellos artificiales con embalses ya existentes, con sistemas de generación de capacidad menor o igual a 30 MW o una densidad de potencia, definida como la relación entre capacidad de generación y superficie del embalse, superior a 10 watts/m ²;

d) La energía oceánica en sus distintas formas, a saber: de las mareas, del gradiente térmico marino, de las corrientes marinas y del gradiente de concentración de sal;

e) El calor de los yacimientos geotérmicos, y

f) Los bioenergéticos que determine la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos.

XXI. Energías fósiles: Aquellas que provienen de la combustión de materiales y sustancias en estado sólido, líquido o gaseoso que contienen carbono y cuya formación ocurrió a través de procesos geológicos;

XXII. Estrategia: Estrategia de Transición para Promover el Uso de Tecnologías y Combustibles más Limpios;

XXIII. Expendio al Público: La venta al menudeo directa al consumidor de Gas Natural o Petrolíferos, entre otros combustibles, en instalaciones con fin específico o multimodal, incluyendo estaciones de servicio, de compresión y de carburación, entre otras;

XXIV. Exploración: Actividad o conjunto de actividades que se valen de métodos directos, incluyendo la perforación de pozos, encaminadas a la identificación, descubrimiento y evaluación de Hidrocarburos en el Subsuelo, en un área definida;

XXV. Externalidades: Impactos positivos o negativos que generan la provisión de un bien o servicio y que afectan o que pudieran afectar a una tercera persona. Las externalidades ocurren cuando el costo pagado por un bien o servicio es diferente del costo total de los daños y beneficios en términos económicos, sociales, ambientales y a la salud, que involucran su producción y consumo.

XXVI. Extracción: Actividad o conjunto de actividades destinadas a la producción de Hidrocarburos, incluyendo la perforación de pozos de producción, la inyección y la estimulación de yacimientos, la recuperación mejorada, la Recolección, el acondicionamiento y separación de Hidrocarburos, la eliminación de agua y sedimentos, dentro del Área Contractual o de Asignación, así como la construcción, localización, operación, uso, abandono y desmantelamiento de instalaciones para la producción;

XXVII. Gas Licuado de Petróleo: Aquél que es obtenido de los procesos de refinación del Petróleo y de las plantas procesadoras de Gas Natural, y está compuesto principalmente de gas butano y propano;

XXVIII. Gas Natural: La mezcla de gases que se obtiene de la Extracción o del procesamiento industrial y que es constituida principalmente por metano. Usualmente esta mezcla contiene etano, propano, butanos y pentanos. Asimismo, puede contener dióxido de carbono, nitrógeno y ácido sulfhídrico, entre otros. Puede ser Gas Natural Asociado, Gas Natural No Asociado o gas asociado al carbón mineral;

XXIX. Gas Natural Asociado: Gas Natural disuelto en el Petróleo de un yacimiento, bajo las condiciones de presión y de temperatura originales;

XXX. Gas Natural No Asociado: Gas Natural que se encuentra en yacimientos que no contienen Petróleo a las condiciones de presión y temperatura originales;

XXXI. Hidrocarburos: Petróleo, Gas Natural, condensados, líquidos del Gas Natural, hidratos de metano, gasolina, diésel, turbosina;

XXXII. Hoja de Ruta: Guía que establece la secuencia de pasos para alcanzar un objetivo, en la que se especifican participantes, tiempo y recursos necesarios;

XXXIII. Industria Eléctrica: Las actividades de generación, transmisión, distribución y comercialización de la energía eléctrica, la planeación y el control del Sistema Eléctrico Nacional, así como la operación del Mercado;

XXXIV. Instrumentos de planeación: La Estrategia, el Programa y el Plan Energético para la Continuidad Homogénea;

XXXV.  Ley: Ley de Planeación Energética para la Continuidad Homogénea;

XXXVI. Metas: Objetivos expresados en términos numéricos absolutos o relativos, mediante la aplicación de proyectos de desarrollo con el fin de obtener resultados progresivos en la industria energética y los sectores que la conforman.

XXXVII. Particular: Persona física o Persona Moral;

XXXVIII. Permisionario: Petróleos Mexicanos, cualquier otra empresa productiva del Estado o entidad paraestatal, o cualquier Particular que sea titular de un permiso para la realización de las actividades previstas en esta Ley;

XXXIX. Persona Moral: Sociedad mercantil constituida de conformidad con la legislación mexicana;

XL. Petróleo: Mezcla de carburos de hidrógeno que existe en fase líquida en los yacimientos y permanece así en condiciones originales de presión y temperatura. Puede incluir pequeñas cantidades de substancias que no son carburos de hidrógeno;

XLI. Petróleos Mexicanos: Petróleos Mexicanos y sus empresas productivas subsidiarias;

XLII. Petrolíferos: Productos que se obtienen de la refinación del Petróleo o del procesamiento del Gas Natural y que derivan directamente de Hidrocarburos, tales como gasolinas, diésel, querosenos, combustóleo y Gas Licuado de Petróleo, entre otros, distintos de los Petroquímicos;

XLIII. Petroquímicos: Aquellos líquidos o gases que se obtienen del procesamiento del Gas Natural o de la refinación del Petróleo y su transformación, que se utilizan habitualmente como materia prima para la industria;

XLIV. Plan Energético: Plan Energético para la Continuidad Homogénea;

XLV. Planeación: Planeación Energética para la Continuidad Homogénea;

XLVI. Procesamiento de Gas Natural: Separación del Gas Natural de otros gases o líquidos para su transformación o comercialización;

XLVII. Programa: Programa Especial del Plan Energético para la Continuidad Homogénea;

XLVIII. Red Nacional de Transmisión y Redes Generales de Distribución: Las referidas en la Ley de la Industria Eléctrica;

XLIX. Reservas: Cantidades de petróleo que se anticipan a ser comercialmente recuperables a través de la aplicación de proyectos de desarrollo a las acumulaciones conocidas, a partir de una fecha dada, bajo condiciones fiscales definidas. Las reservas deben estar descubiertas, ser recuperables, ser comerciables y ser remanentes a la fecha de la evaluación.

L. Sistema Integrado: Sistemas de Transporte por ducto y de Almacenamiento interconectados, agrupados para efectos tarifarios y que cuentan con condiciones generales para la prestación de los servicios que permiten la coordinación operativa entre las diferentes instalaciones;

LI. Secretaría: Secretaría de Energía;

LII. Semarnat: Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales;

LIII. Sistema Eléctrico Nacional: El definido por la Ley de la Industria Eléctrica;

LIV. Transporte: La actividad de recibir, entregar y, en su caso, conducir Hidrocarburos, Petrolíferos y Petroquímicos, de un lugar a otro por medio de ductos u otros medios, que no conlleva la enajenación o comercialización de dichos productos por parte de quien la realiza a través de ductos. Se excluye de esta definición la Recolección y el desplazamiento de Hidrocarburos dentro del perímetro de un Área Contractual o de un Área de Asignación;

LV. Tratamiento: Acondicionamiento del Petróleo que comprende todos los procesos industriales realizados fuera de un Área Contractual o de un Área de Asignación y anteriores a la refinación, y

LVI. Zona de Salvaguarda: Área de reserva en la que el Estado prohíbe las actividades de Exploración y Extracción de Hidrocarburos.

Capítulo SegundoDe las Metas y Obligaciones

Artículo 4o. Es responsabilidad del Ejecutivo Federal conducir la Planeación Energética para la Continuidad Homogénea de manera concurrente de acuerdo a lo establecido en el artículo 2o. de la presente Ley.  

Artículo 5o. El Ejecutivo federal elaborará el Plan Energético para la Continuidad Homogénea  y lo remitirá a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para su aprobación, en los plazos previstos en esta Ley.

En el ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales previstas por esta Ley, la Cámara de Diputados formulará, asimismo, las observaciones que estime pertinentes durante la ejecución y revisión del propio Plan Energético.

Artículo 6o. La estrategia del Plan Energético deberá contar con un portafolio de largo plazo que contenga alternativas que incluyan a la Eficiencia Energética en la industria de hidrocarburos, eléctrica, infraestructura y una proporción creciente de generación con Energías Limpias, en condiciones de viabilidad económica.

Para el monitoreo y seguimiento del Plan Energético se creará un Comité, mismos que será integrado de conformidad a lo establecido por el artículo 18 de la presente ley.

Artículo 7o. La función del Comité será la de monitorear, dar seguimiento y realizar mejoras de acuerdo al consenso que se obtenga por la mayoría de sus integrantes para poder llegar al objetivo plasmado en la presente ley, sin alterar la esencia final contemplada del Plan Energético, sin violentar disposiciones jurídicas aplicables.

Artículo 8. Las Metas del Plan Energético constituyen valores absolutos y no limitativos en relación con el total del requerido por México. La matriz energética que resulte de las Metas planteadas, deberá ser la base de cumplimiento para los bienes consumidos en territorio nacional y de carácter transexenal.

Artículo 9o. Las metas específicas que deberá contener el Plan Energético son:

I. De producción de hidrocarburos, las cuales deberán contener la estimación de cada contrato, permiso y asignaciones otorgadas por la legislación vigente de la ley de órganos reguladores coordinados en materia energética y la Secretaría en coordinación con el Comité.

a) El crudo: Iniciando con una producción 2 millones 600 mil barriles diarios al final del 2024; el crecimiento de producción  del crudo a nivel nacional al final de cada año tendrá que ser de alrededor del ocho por ciento, considerando un balance entre crudo pesado del cuarenta y cinco por ciento y cincuenta y cinco por ciento de crudo ligero.

Así como, realizar un balance entre el sesenta por ciento de campos terrestres y cuarenta por ciento de Agua Somera-Profunda.

b) El Gas: Iniciando con una producción 3 mil 500 millones de pies cúbicos diarios al final del 2024; el crecimiento de producción  del gas a nivel nacional al final de cada año tendrá que ser de alrededor del doce por ciento.

c) Relación reserva-producción en años para el crudo: Iniciando con una 1P 10, 2P 20 y 3P 30 años; el crecimiento tendrá que ser del alrededor de:

1. 1P  seis por ciento

2. 2P tres por ciento

3. 3P  uno por ciento

d) Relación reserva-producción en años para el crudo: Iniciando con una 1P 7, 2P 13 y 3P 20 años; el crecimiento tendrá que ser del alrededor de:

1. 1P diez por ciento

2. 2P  cinco por ciento

3. 3P  tres por ciento

II. De acondicionamiento, transformación e infraestructura de hidrocarburos que se implementaran mediante proyectos de inversión en coordinación con el Comité, donde dichas actividades estarán sujetas a las disposiciones legales en la Materia, estableciendo un crecimiento de:

a) Refinación incremento en volumen de entrada en materia prima al final de cada año, iniciando con 1 millón 844 mil barriles diario (valor total dieta de alimentación de placa); tendrá que ser de alrededor del  tres por ciento.

b) Procesamiento de Gas Natural – Criogénico; una proyección en el incremento en volumen de entrada de gas para tratamiento al final de cada año e iniciando con 6,500 de millones de pies cúbicos; tendrá que ser de alrededor seis por ciento.

c) Fraccionamiento  de Líquidos – Criogénico; una proyección en el incremento en volumen de entrada en materia prima para tratamiento al final de cada año e iniciando con 650 de millones de pies cúbicos tendrá que ser de alrededor dos por ciento.

d) Procesamiento en Petroquímica una proyección en el incremento en volumen de entrada en materia prima para el tratamiento al final de cada año e iniciando con 6,000 Toneladas Métrica anual acumulada y/o 15 Tonelada Métrica por día; tendrá que ser de alrededor cuatro por ciento.

e) Deberá establecer en función de la producción de gas nacional y condiciones del mercado internacional contemplar adicionar 2 plantas en el golfo de México y 6 en el Pacífico de la actual que contamos hoy día.

El acondicionamiento, transformación e infraestructura de hidrocarburos incluirá a las plantas de refinación, al procesamiento de gas natural, fraccionamiento de líquidos, plantas de gas natural y plantas de petroquímica;

III. De exportación y refinación de hidrocarburos por medio de permisos, normatividades y de los órganos reguladores y secretarias afines en coordinación con el Comité.

a) Exportación: Incremento en volumen en función de la producción nacional y mejora del contenido de azufre, grado API; deberá alcanzar  al final de cada año, Iniciando con 1 millón 125 mil barriles diarios, tendrá que ser de alrededor del trece por ciento.

b) Refinación: Incremento en volumen de entrada en materia prima al final de cada año, Iniciando con 1 millón 844 mil barriles diario (tomando en cuenta el ochenta por ciento de utilización del total instalado); tendrá que ser de alrededor del tres por ciento. Considerando alcanzar en el total del sistema valores de cuarenta a cuarenta y cinco por ciento de Gasolina. Así como valores de treinta a treinta y cinco por ciento de diésel de bajo azufre y de cinco a diez por ciento jet fuel porcentaje de producto por cada barril de entrada.

IV. De Almacenamiento de hidrocarburos y derivados, cuyos volúmenes se realizarán mediante permisos y normatividades vigentes, coordinados por el Comité y los órganos reguladores en materia energética.

a) La proyección de crecimiento al final de cada año en el almacenamiento de crudo iniciado con 5,000 barriles; será de alrededor de cuarenta y un por ciento;

b) La proyección de crecimiento al final de cada año en el almacenamiento de gas iniciado con 30,000 millones de pies cúbicos; será de alrededor de trece por ciento anual;

c) La proyección de crecimiento al final de cada año en el almacenamiento de petrolíferos para:

1. Gasolina iniciando de 7 millones 600 mil barriles (5 día) para incrementar a final de cada año en treinta y uno por ciento (25 días).

2. Diésel iniciando de 3 millones 500 mil barriles (5 día) para incrementar a final de cada año en cuarenta y dos por ciento (25 días).

3. Turbo iniciando de 165 mil barriles (1.5 día) para incrementar a final de cada año en treinta y uno por ciento (7 días).

V. De logística e infraestructura de hidrocarburos y derivados los cuales se realizarán mediante permisos y normatividades vigentes, coordinados por el Comité y los órganos reguladores en materia energética;

a) La proyección de crecimiento al final de cada año en kilómetro de tubería para transportar el gas natural (gaseoducto) iniciando con 17,750 kilómetros; será de alrededor de  por ciento.

b) La proyección de crecimiento al final de cada año en kilómetro de tubería para transportar el crudo (oleoducto) iniciando con 9,500 kilómetros;  será de alrededor de uno por ciento.

c) La proyección de crecimiento al final de cada año en kilómetro de tubería para transportar el petrolíferos (poliducto) iniciando con 8,400 kilómetros; será de alrededor de dos por ciento.

VI. De aumento en la capacidad instalada y la generación de energías limpias y convencional mediante proyectos en la materia mismos que serán coordinados por los órganos reguladores y el Comité;

a) La proyección de crecimiento al final de cada año en capacidad efectiva instalada MW para energía:

1. Limpia: iniciando con 26,800 MW; será de alrededor de cinco por ciento.

2. Convencional: iniciando con 47,200 MW; será de alrededor de uno por ciento.

3. Total: iniciando con 74,000 MW; será de alrededor de dos por ciento.

b) La proyección de crecimiento al final de cada año en generación por MW hora para energía:

1. Limpia: iniciando con 14,600 MWh; será de alrededor de siete por ciento.

2. Convencional: iniciando con 27,200 MW;  será de alrededor de dos por ciento.

3. Total: iniciando con 41,600 MW;  será de alrededor de cuatro por ciento.

VII. De expansión y modernización de la infraestructura así como el incremento en la generación distribuida y almacenamiento; mediante proyectos en la materia mismos que serán coordinados por los órganos reguladores y el Comité.

a) La proyección de crecimiento al final de cada año en la Red Nacional de Transmisión; iniciando con 133,800 KM;  será de alrededor de uno por ciento.

b) La proyección de crecimiento al final de cada año en la Red Nacional de Transmisión; iniciando con 840,800 KM;  será de alrededor de seis por ciento.

c) La proyección de crecimiento al final de cada año en Capacidad de Transformación de Redes Generales de Distribución MVA; iniciando con 75,000 MVA;  será de alrededor de cuatro por ciento.

Artículo 10. Las modalidades específicas con las que deben contribuir los integrantes de la industria energética en su conjunto y en cumplimiento de las metas del Plan Energético, serán detalladas en forma transparente y coordinada por el Comité en conjunto con  la Secretaría y los órganos reguladores en materia energética.

La Secretaría será responsable de establecer las condiciones de viabilidad técnica y económica de acuerdo a la legislación en la materia para llegar a cada objetivo del Plan Energético.

Los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética verificarán el cumplimiento de las metas y establecerá la regulación correspondiente de acuerdo a la ley en la materia.

Las empresas productivas del Estado y privadas que participen en el mercado energético de México, estarán obligados a ser parte del Plan Energético para alcanzar las metas establecidas en cada estrategia del Plan Energético a largo plazo.

Artículo 11. Las Metas del Plan Energético constituyen porcentajes, valores absolutos y  mínimos en relación con el total en cada parte de la industria energética en México.

La matriz energética que resulte de las Metas planteadas, deberá ser la base de cumplimiento para los bienes consumidos en territorio nacional y de exportación.

Artículo 12. El Estado mexicano promoverá que existan las condiciones legales, regulatorias y fiscales para facilitar el cumplimiento de las metas y sus disposiciones reglamentarias para todos los integrantes de la industria energética dentro del Plan Energético siempre en beneficio del Estado mexicano.

Artículo 13. El Plan Energético con la opinión del Comité y de acuerdo con sus respectivas competencias del Poder Ejecutivo Federal en coordinación con la Secretaría y Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética establecerán las disposiciones correspondientes, para el desarrollo eficiente en términos de la viabilidad económica que deberá:

I. Establecer y ajustar la normatividad relacionada con las características, prestaciones y desempeño mínimo de los componentes físicos, tecnológicos y económicos de las instalaciones y los métodos de instalación de sistemas dentro del mercado energético de acuerdo al Plan Energético;

II. Fomentar la capacitación y certificación de empresas, universidades, centros educativos técnicos y profesionales para llegar a las metas del Plan Energético de largo plazo;

III. Proponer a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la Secretaría, mecanismos de apoyo, estímulos fiscales o financieros, que permitan promover las inversiones viables en materia energética, que generen:

a) Crecimiento económico para el Estado;

b) Ahorros en el tipo de energía o materia prima utilizar;

c) Reducciones de la huella de carbono en el sector de energía.

Los mecanismos de apoyo referidos en este artículo serán adicionales a los que se encuentren vigentes en otras disposiciones jurídicas aplicables.

Artículo 14. El Ejecutivo federal enviará el Plan Energético para la Continuidad Homogénea a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para su aprobación, a más tardar el último día hábil de febrero del año siguiente a su toma de posesión, en términos de lo dispuesto por el artículo 5o. de la presente ley y demás disposiciones aplicables.

La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión aprobará el Plan Energético para la Continuidad Homogénea dentro del plazo de treinta días naturales contado a partir de su recepción a efecto de que el Plan Nacional de Desarrollo guarde congruencia con el referido Plan Energético. En caso de que no se pronuncie en dicho plazo, el Plan Energético se entenderá aprobado en los términos presentados por el Presidente de la República.

La aprobación del Plan Energético por parte de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, consistirá en verificar que dicho instrumento incluye los fines de los artículos 25, 27 y 28 en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás aplicables que garanticen que la propiedad de la Nación de los recursos naturales es inalienable e imprescriptible.

En caso de que el Plan Energético no los incluya, la Cámara de Diputados devolverá el mismo al Presidente de la República, a efecto de que dicho instrumento sea adecuado y remitido nuevamente a aquélla para su aprobación en un plazo máximo de treinta días naturales.

La vigencia del Plan Energético será transexenal y se le permitirán hacer adecuaciones para actualizarlo delegando dicha facultad al Comité.

El Plan Energético se publicará en el Diario Oficial de la Federación, en un plazo no mayor a 20 días naturales contado a partir de la fecha de su aprobación.

La categoría de Plan Energético queda reservada al Plan Energético para la Continuidad Homogénea.

Capítulo TerceroDe las Autoridades y los Instrumentos de Planeación

Artículo 15. Para los efectos de esta Ley, corresponde a la Secretaría:

I. Elaborar el Programa de metas de cada administración del mercado energético alineado al Plan Energético, así como aprobar y publicar la estrategia para dar cumplimiento a las disposiciones establecidas en esta Ley, y coordinar la ejecución de dichos instrumentos;

II. Considerar las opiniones y recomendaciones acordadas por el Comité para la elaboración, aprobación y publicación de la estrategia y programas referidos en la fracción anterior;

III. Coordinar la organización de las sesiones y trabajos del Comité;

IV. Promover el cumplimiento de los compromisos internacionales en materia económica como tratados internacionales, acuerdos que México haya adquirido, cuyo cumplimiento esté relacionado directamente con esta Ley, en condiciones de viabilidad económica sin menoscabo de la competitividad;

V. Promover el cumplimiento de todas las metas del Plan Energético mediante la formulación y aplicación de los instrumentos de política pública correspondientes, la coordinación con las instancias relevantes, la evaluación anual del cumplimiento de las metas del Plan Energético y la adopción de medidas correctivas en el caso de que el logro de las metas Plan Energético se encuentren por debajo de los niveles establecidos, considerando en todo momento que dichas medidas deben establecerse tomando en cuenta los costos asociados a cada inversión requerida;

VI. Realizar la consulta anual en coordinación con el Comité, entre integrantes del sector energético, usuarios, el sector académico y la sociedad civil sobre los obstáculos para el cumplimiento de las metas mediante una consulta pública y adaptar cada recomendación que al efecto emita el Comité sobre el  Plan Energético;

VII. Elaborar anualmente el reporte de avance en el cumplimiento de las metas del Plan Energético establecido en los instrumentos de planeación y publicarlo por medios electrónicos;

VIII. Elaborar al final de cada administración el reporte del avance en el cumplimiento de las metas de Plan Energético establecido en los instrumentos de planeación y publicarlo por medios electrónicos;

IX. Elaborar al final de cada administración el reporte del avance en el cumplimiento de las metas de Plan Energético establecido en los instrumentos de planeación y publicarlo por medios electrónicos;

X.  Elaborar y publicar anualmente como anexo del Plan Energético un Atlas Nacional de zonas con alto potencial de desarrollo energético sobre hidrocarburos y energía eléctrica con el siguiente contenido actualizado y verificable:

a. Las zonas del país que tengan alto potencial de desarrollo energético;

b. Información detallada, gráfica y tabular de las zonas de alto potencial de desarrollo energético, considerando los criterios de infraestructura necesaria para el desarrollo de proyectos en el Plan Energético, esta información deberá utilizarse para la planeación de expansión de la industria energética.

c. Suscribir convenios y acuerdos de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y en su caso, de los municipios en el ámbito de sus respectivas competencias, con el objeto de:

1. Establecer bases de participación para instrumentar las disposiciones que emita el Ejecutivo federal de conformidad con la legislación en la materia;

2. Promover acciones de apoyo al desarrollo de cadenas de valor en la industria energética en condiciones de sustentabilidad económica;

3. Promover condiciones para facilitar el acceso a aquellas zonas con alto potencial de fuentes energéticas para su aprovechamiento y la compatibilidad de los usos de suelo para tales fines;

4. Identificar y promover prácticas en políticas y programas para la eficiencia energética de acuerdo al Plan Energético;

5. Simplificar los procedimientos administrativos para la obtención de permisos y licencias para los proyectos de aprovechamiento de la industria energética de acuerdo al Plan Energético.

XI. Elaborar, en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de Salud, la Semarnat y los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética la metodología para valorar las externalidades que pudieran presentarse.

Las características de las externalidades y la dimensión de sus efectos se deberán determinar con base en las mejores prácticas internacionales.

XII. Promover la participación social a través del Comité durante la planeación, implementación y evaluación del Programa;

XIII. Determinar, de conformidad con los criterios emitidos por el Comité, la identificación de las zonas con potencial energético;

XIV. Promover, en condiciones de sustentabilidad económica, la construcción de las obras de infraestructura energética de acuerdo al Plan Energético;

XV. Asegurar la congruencia entre el Plan Energético y la estrategia de cada administración dirigida a cumplir con las metas establecidas con los instrumentos de planeación del sector en materia energética;

XVI. Participar en actividades de coordinación, en materia de simplificación administrativa con dependencias federales;

XVII. Identificar y promover la mejora de prácticas internacionales en cuanto a programas y proyectos de transición energética, cuando así se considere, y

XVIII.  Brindar asesoría y apoyo técnico a las entidades federativas y municipios que lo soliciten para el diseño e implementación de proyectos, programas o reglamentaciones técnicas locales relacionadas con la industria energética y conforme a los requisitos y especificaciones que al respecto se señalen en los reglamentos de la presente Ley.

Artículo 16. Para efectos de esta Ley, corresponde a los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética:

I. Coadyuvar a la identificación de las zonas con alto potencial de la industria energética y las necesidades de infraestructura para la competitividad del mercado;

II. Colaborar con la Secretaría y el Comité en la elaboración y actualización del inventario del sector energético,

Artículo 17. Corresponde al Comité ayudar a cumplir las políticas, lineamientos y visión estratégica del Plan Energético, para tal efecto tendrá las funciones siguientes:

I. Garantizar el acceso abierto y no discriminatorio a la información del Plan Energético;

II. La conducción central y la dirección estratégica de las actividades empresariales, económicas e industriales dentro del Plan Energético;

III. Establecer las directrices, prioridades y políticas generales relativas a la producción, productividad, comercialización, desarrollo tecnológico, investigación, administración general, seguridad, salud y protección ambiental, finanzas, presupuesto y otras que se relacionen con las actividades de la industria energética;

IV. Evaluar, revisar y en su caso, actualizar anualmente el Plan Energético, con base en la proyección de cada administración actual o futura de acuerdo a cada meta establecida en la ley;

V. Evaluar las directrices, prioridades y políticas generales relacionadas con las inversiones en el sector energético para poder llegar a cada meta establecida para cada administración en forma anual y al final de la misma;

VI. El Comité difundirá en su portal de internet el Plan Energético, misma que no deberá contener información que pudiera comprometer o poner en riesgo las estrategias comerciales en materia energética;

VII. Elaborar y publicar anualmente por medios electrónicos el reporte de avance en el cumplimiento de las metas del Plan Energético establecido en los instrumentos de planeación;

VIII. Elaborar y publicar al final de cada administración por medios electrónicos el reporte de avance en el cumplimiento de las metas del Plan Energético establecido en los instrumentos de planeación;

Capítulo CuartoDe la Integración y Funcionamiento del Comité

Artículo 18. El Comité estará integrado por quince miembros conforme a lo siguiente:

I. El Titular de la Secretaría de Energía;

II. El Titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

III. El Titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales;

IV. El Titular de la Secretaría de Economía;

V. El Presidente de la Comisión de Energía de la Cámara de Diputados;

VI. El Presidente de la Comisión de Energía del Senado de la República;

VII. Los Presidentes de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética;

VIII. Los Directores Generales de las Empresas Productivas del Estado;

IX. Cinco consejeros independientes, seleccionados por el Comité, una vez integrado el mismo;

Los miembros del Comité contarán con los recursos humanos y materiales necesarios para el cumplimiento de sus funciones, conforme a las reglas que emita el propio Comité.

El periodo durante el cual formaran parte del Comité los consejeros a que se refiere la fracción IX del presente artículo,  será de tres años, escalonados y de sucesión anual y podrán ser nombrados nuevamente para un periodo adicional.

Los consejeros que cubran las vacantes que se produzcan por causas de fuerza mayor, antes de la terminación del periodo respectivo durarán, sólo el tiempo que le faltare al sustituido, pudiendo ser nombrados nuevamente para un periodo adicional.

Artículo 19. Los servidores públicos que sean miembros del Comité actuarán con imparcialidad, en beneficio e interés del Plan Energético, separando en todo momento los intereses de la Secretaría de Estado, dependencia o entidad a la que pertenezcan, por lo que no se entenderá que realizan sus funciones o votan en su representación.

Artículo 20. Los consejeros, a que se refiere la fracción IX del artículo 18 de la presente ley,  deberán ser designados en razón de su experiencia, capacidad y prestigio profesional y reunir los requisitos siguientes:

I. Contar con título profesional en las áreas de derecho, administración, economía, ingeniería, contaduría o materias afines al sector energético, con una antigüedad no menor a cinco años al día de la designación;

II. Haberse desempeñado durante al menos diez años en actividades que proporcionen la experiencia necesaria para cumplir con las funciones de consejero del Comité, ya sea en los ámbitos profesional, docente, o de investigación;

III. No haber sido condenado mediante sentencia firme por delito doloso que le imponga pena de prisión; tratándose de delitos patrimoniales dolosos, cualquiera que haya sido la pena;

IV. No encontrarse al momento de la designación inhabilitado o suspendido administrativamente;

V. No tener litigio pendiente con Petróleos Mexicanos o la Comisión Federal de Electricidad y  sus empresas productivas subsidiarias o alguna de sus empresas filiales;

VI. No haber sido sancionado con motivo de una investigación de carácter administrativo, por infracciones graves, o penal, por violaciones a las leyes nacionales o extranjeras, que hayan tenido como conclusión cualquier tipo de resolución o acuerdo que implique expresamente la aceptación de la culpa o responsabilidad, o bien, sentencia condenatoria firme;

VII. Los consejeros no tendrán relación laboral alguna dentro del Comité; y

VIII. Los consejeros únicamente podrán ser removidos por causas de fuerza mayor y por  las causas que sean  previstas en la presente ley.

Artículo 21. Las sesiones del Comité se desarrollaran de la siguiente manera:

I. El Comité será presidido por el Titular de la Secretaría, quien tendrá voto de calidad en caso de empate de las decisiones.

II. El Comité, con el voto favorable de ocho de sus miembros, emitirá y actualizará las reglas para su operación y funcionamiento, debiendo prever, en todo caso, que:

a) Sesionará de manera ordinaria en forma trimestral, conforme al calendario que se acuerde, previa convocatoria que formule el Secretario Técnico del Comité, a indicación de su Presidente;

b) Las sesiones se celebrarán en el domicilio que el Comité designe, sin perjuicio de que, a juicio del Presidente del Comité, puedan celebrarse en otro domicilio;

c) Los plazos y términos para las convocatorias a sesión ordinaria y extraordinaria;

d) Las sesiones serán válidas con la presencia de al menos ocho miembros, siempre que asistan a los menos tres consejeros independientes una vez que hayan sido designados;

e) El quórum de asistencia para las sesiones del Comité, se determinará al inicio de las mismas y será necesario que se mantenga para el desarrollo de la sesión;

f) Deliberará en forma colegiada y sus decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes, a menos que la ley o las reglas a que se refiere este artículo exijan una mayoría calificada;

g) En caso de que la mayoría de votos no se alcance con el voto favorable de al menos dos miembros, en un plazo no mayor a treinta días hábiles, los consejeros que se opongan podrán emitir su voto razonado. El asunto será decidido por mayoría simple de votos de los miembros presentes en la siguiente sesión que se celebre al término del plazo señalado;

h) Todos los miembros deberán votar en sentido positivo o negativo, sin que haya posibilidad de abstenerse de votar, salvo lo dispuesto en el párrafo siguiente. En caso de que el voto sea en sentido negativo, el consejero deberá expresar las razones de su emisión en la misma sesión, que serán asentadas en el acta respectiva;

i) En caso de que algún miembro se encuentre en una situación que genere o pueda generar conflicto de interés, tendrá la obligación de comunicarlo al Presidente del Comité y a los demás consejeros asistentes a la sesión y deberá abandonar temporalmente la sesión correspondiente para abstenerse de conocer del asunto de que se trate y de participar en la deliberación y resolución del mismo;

j) Sin perjuicio del calendario acordado para las sesiones ordinarias, el Presidente o al menos cuatro miembros del Comité, podrán instruir al Secretario Técnico del Comité para que se convoque a sesión extraordinaria;

k) La regulación sobre la participación de invitados en las sesiones, que tendrán voz pero no voto;

l) El uso de tecnologías de la información para la convocatoria a sesiones y de medios remotos de comunicación audiovisual para su celebración en caso necesario;

m) El comité al final de cada administración deberá realizar un reporte que contendrá  resoluciones, evaluación, adecuación y establecer de cada meta del Plan Energético así como justificar los avances e incumplimientos al mismo;

n) Al término de cada administración deberá emitir un reporte cuyo objetivo deberá ser evaluar, emitir recomendaciones y estrategias para la siguiente administración, el cual será remitido junto con el último informe de gobierno al Congreso de la Unión;

o) Los miembros del Comité, el Secretario Técnico y los invitados a sesiones del Comité están obligados a guardar la confidencialidad, así como no revelar, custodiar y cuidar la documentación e información que sea considerada reservada, por razón de su participación en el Comité, tengan conocimiento o que esté bajo su responsabilidad, así como impedir y evitar su uso, sustracción, destrucción, ocultamiento o utilización indebidos.

p) La obligación de confidencialidad referida permanecerá en vigor diez años después de que los obligados a ella dejen de estar en el Comité y de acuerdo a la Ley Federal de Austeridad Republicana.

Artículo 22. Los miembros del Comité deberán cumplir en el desempeño de sus cargos con las siguientes obligaciones:

I. Abstenerse de realizar, por sí o por interpósita persona, transacciones profesionales o comerciales con Petróleos Mexicanos y la Comisión Federal Electricidad, así como con sus empresas productivas subsidiarias o empresas filiales, o de utilizar sus activos, recursos o personal para actividades privadas que guarden relación con sus funciones en el Comité;

II. Formular al Comité a través de opiniones, recomendaciones y orientaciones respecto del desempeño del Plan Energético, y

III. Las demás obligaciones previstas en la presente Ley así como en los lineamientos que al respecto emita el Comité.

Artículo 23. Los Consejeros independientes del Comité incumplirán su deber y serán removidos de su cargo por cualquiera de los siguientes supuestos:

I. Faltar o abandonar, sin causa justificada a juicio del Comité a las sesiones de éste;

II. No revelar, hacerlo de manera parcial o falsear, al Comité de manera dolosa, información relevante que conozcan y que sea necesaria para la adecuada toma de decisiones, salvo que se encuentren obligados legal o contractualmente a guardar confidencialidad o reserva de la misma y que dicha reserva no constituya un conflicto de interés con el Comité;

III. Cuando, sin causa legítima, por virtud de sus funciones como miembros del Comité obtengan beneficios económicos para sí o los procuren en favor de terceros;

IV. Asistan a las sesiones del Comité o tomen determinaciones relacionadas con el Plan Energético, cuando exista conflicto de interés;

V. Aprovechen para sí o en favor de terceros, la información del Comité o del Plan Energético que no tenga carácter público o la divulguen en contravención a las disposiciones aplicables;

VI. Destruyan o modifiquen, por sí o a través de terceros, total o parcialmente, los sistemas o registros o la documentación del Comité o del Plan Energético, con anterioridad al vencimiento de los plazos legales de conservación y con el propósito de ocultar su registro o evidencia;

VII. Incumplir con las obligaciones impuestas por la presente Ley o las demás disposiciones aplicables.

Artículo 24. Los Consejeros Independientes serán removidos de sus cargos en los siguientes casos:

I. Por incapacidad mental o física que impida el correcto ejercicio de sus funciones durante más de seis meses continuos;

II. Por causas de fuerza mayor que impida el ejercicio de sus funciones; y

III. Por algún incumplimiento a que se refiere el artículo 23 de la presente Ley.

Capítulo QuintoDe los Instrumentos del Plan Energético

Artículo 25. Son instrumentos de Plan Energético los siguientes:

I. La Estrategia

II. El Programa

III. Las Metas

Artículo 26. Los instrumentos de planeación listados en el artículo que antecede deberán constituirse en políticas obligadas para el desarrollo de otros instrumentos de planeación del sector energético y otros sectores que contengan elementos en materia de Plan Energético que influyan en políticas públicas, considerando las previsiones de la Ley.

Artículo 27. Los instrumentos de planeación a que se refiere el artículo 25 de esta Ley deberán ser evaluados obligatoriamente en forma periódica por la Secretaría y el Comité, en los plazos establecidos por esta Ley, y estarán sujetos a un proceso de mejora continua que incluya la evaluación de sus resultados parciales, la identificación de barreras para el logro de sus objetivos, la identificación de otras oportunidades de mejora y la adopción de medidas correctivas en el caso de que algunos indicadores de cumplimiento no alcancen los resultados comprometidos.

Artículo 28. Sin perjuicio del régimen especial aplicable a las Empresas Productivas del Estado, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público consolidará en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, las provisiones de recursos del sector público necesarios para cumplir con los objetivos prioritarios establecidos en las herramientas del Plan Energético.

Artículo 29. Los programas sectoriales correspondientes deberán reflejar las políticas, programas, acciones y proyectos determinados en la Estrategia y en los otros instrumentos del Plan Energético previstos en esta Ley.

Artículo 30. La Estrategia, el Programa y las Metas del Plan Energético deberán ser revisados con una periodicidad anual, con la participación que corresponda al Comité. El resultado de la revisión, y en su caso las adecuaciones, se publicará en el Diario Oficial de la Federación.

Capítulo SextoDe la Estrategia

Artículo 31. La Estrategia constituye el instrumento rector del Plan Energético  en el mediano y largo plazo para la nación cuyos objetivos principales son:

I. Establecer las Metas y la Hoja de Ruta para la implementación de dichas metas;

II. Reducir, bajo criterios de viabilidad económica, la dependencia del país de los combustibles fósiles como fuente primaria de energía y la codependencia con mercados internacionales;

III. La Estrategia establecerá las políticas y las acciones que deberán ser ejecutadas mediante el Programa Energético y los programas anuales que de él deriven para cumplir los objetivos de la misma.

Artículo 32. La Estrategia deberá contener un componente de largo plazo para un periodo de 30 años que defina los escenarios propuestos para cumplir las Metas Plan Energético de Continuidad Homogénea.

Este componente deberá ser una prospectiva que contenga un conjunto de análisis y estudios sobre las condiciones técnicas, científicas, tecnológicas, económicas, financieras, fiscales, ambientales y sociales futuras de la infraestructura de explotación, producción, transformación, transmisión, distribución y uso final de la energía.

La parte prospectiva de la Estrategia del Plan Energético; deberá actualizarse dentro de los seis primeros meses de ejercicio de cada Administración Federal cumpliendo con los requisitos de calidad establecidos en las mejores prácticas de este tipo de instrumentos.

Artículo 33. La Estrategia también incluirá un componente de planeación de mediano plazo para un período de quince años que deberá actualizarse cada tres años.

Artículo 34. El componente de mediano plazo de la Estrategia deberá contener lo siguiente:

I. Señalar las Metas del Plan Energético, así como su grado de cumplimiento;

a) Establecer un diagnóstico exhaustivo del estado en el que se encuentre la Industria Energética;

b) El estado en el que se encuentre el consumo final de la energía;

c) Los obstáculos a los que se enfrenta el desarrollo de la Industria Energética;

d) La evolución tecnológica en materia la Industria Energética y reducción de costos, así como otros elementos de tecnología que puedan aportar un valor añadido al Plan Energético de Continuidad Homogénea.

II. Establecer propuestas para:

a) Resolver los problemas identificados que obstaculicen el cumplimiento de las Metas al Plan Energético;

b) Reducir la dependencia del país de los combustibles fósiles como fuente primaria de energía en el mediano plazo y en largo plazo la dependencia del mercado mundial energético;

c) Promover el cumplimiento de las Metas al Plan Energético, y

d) Promover el desarrollo futuro de la industria energética como un elemento que contribuye al desarrollo y bienestar socioeconómico del país;

III. Expresar mediante indicadores los compromisos establecidos en la Estrategia de acuerdo a las metas del Plan Energético de Continuidad Homogénea, los cuales reflejarán fidedignamente la situación de la industria energética.

Capítulo SéptimoDel Programa

Artículo 35. El Programa establecerá las actividades y proyectos derivados de las acciones establecidas en la Estrategia para alcanzar las metas contempladas en el Plan Energético durante el período de encargo del Ejecutivo Federal en cada administración.

Artículo 36. El objetivo del Programa es instrumentar las acciones establecidas en la propia Estrategia para alcanzar las metas contempladas dentro del Plan Energético, asegurando su viabilidad económica. El orden de importancia de las acciones estará en función de su rentabilidad social.

El Programa deberá contar con los siguientes elementos:

I. Las Metas del Plan Energético, y las demás señaladas en la Estrategia, que correspondan al período de encargo del Ejecutivo federal;

II. Las acciones identificadas en la Estrategia para alcanzar las metas contempladas dentro de la presente Ley, así como las condiciones de viabilidad económica, y el detalle de su instrumentación;

III. Los instrumentos de promoción requeridos para impulsar la industria energética y medidas de eficiencia que sean eficientes y económicamente viables entre la población del país, y

IV. Las acciones en materia de estímulos financieros y regulatorios recomendadas para asegurar el cumplimiento de las metas contempladas en el Plan Energético.

Artículo 37. El Programa deberá prestar especial atención en lo que se refiere a la oportuna extensión y cumplimiento de cada meta dentro del Plan Energético y contemplar la  modernización de la industria energética para permitir la penetración de proporciones crecientes, todo ello bajo condiciones de sustentabilidad económica.

Artículo 38. El Programa se instrumentará cada año y deberá tener un resultado en función las metas del Plan Energético, sirviendo de base para la integración de los anteproyectos de presupuesto anuales que las propias dependencias y entidades deberán elaborar conforme a la legislación aplicable.

Capítulo OctavoDel Plan Energético para Continuidad Homogénea

Artículo 39. El Plan Energético de Continuidad Homogénea, es el instrumento mediante el cual el Ejecutivo Federal, establecerá las acciones, proyectos y actividades derivadas de la Estrategia que permitan alcanzar las Metas conforme al programa y estrategia establecidas.

Será un programa especial en los términos de acorde con el crecimiento de la industria energética para alcanzar la autosuficiencia. El orden de importancia de las acciones a desarrollar estará en función de la rentabilidad social de las mismas.

Artículo 40. El Plan Energético de Continuidad Homogénea incluirá al menos, aquellas acciones, proyectos y actividades derivadas de la Estrategia en las metas que permitan:

I. Analizar, integrar e implementar acciones para el cumplimiento de las metas del Plan Energético con la participación, en el ámbito de sus respectivas competencias, de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en condiciones de viabilidad económica y atendiendo a las condiciones presupuestales aprobadas por el Legislativo;

II. Elaborar y ejecutar programas permanentes dentro de las dependencias y entidades  de la Administración Pública Federal para el cumplimiento de las metas del Plan Energético y aplicar criterios para incrementar la industria energética en las adquisiciones, arrendamientos, obras y servicios que contraten, en condiciones de sustentabilidad económica;

III. Identificar áreas prioritarias para la investigación científica y tecnológica para el cumplimiento de las metas del Plan Energético;

IV. Promover el desarrollo de materiales para incluir en los programas de estudios a nivel de educación básica, media y media superior, para el cumplimiento de las metas del Plan Energético;

V. Promover, a nivel de educación superior, la formación de especialistas en materia para el cumplimiento de las metas del Plan Energético;

VI. Promover la aplicación de tecnologías y el uso de equipos, aparatos y vehículos energéticamente eficientes para el cumplimiento de las metas del Plan Energético;

VII. Desarrollar la normalización para el cumplimiento de las metas del Plan Energético apoyando la elaboración de Normas Oficiales Mexicanas en dicha materia y la evaluación de la conformidad con las mismas;

VIII. Promover el uso de tecnologías y combustibles que mitiguen las emisiones contaminantes, y

IX. Establecer incentivos y reconocimientos de aquellos sujetos regulados que mantengan altos estándares de eficiencia energética, conforme a la normatividad existente o las mejores prácticas existentes para el cumplimiento de las metas del Plan Energético.

Capítulo Noveno De la Inversión

Artículo 41. Las metas del Plan Energético, tomarán en cuenta la situación de las finanzas públicas, las condiciones presupuestarias vigente y condiciones de sustentabilidad económica de las políticas públicas que se implementen.

Se dará prioridad a la diversificación de la matriz energética en términos del potencial de la industria energética en cada administración de acuerdo al tipo de tecnología y la dispersión geográfica, a fin de mitigar los riesgos internos y externos por la geopolítica energética para cumplir cada meta establecida en el Plan Energético.

Artículo 42. Con el fin de incentivar la inversión para alcanzar el cumplimiento de las Metas del Plan Energético de Continuidad Homogénea del país, la regulación deberá:

I. Garantizar el acceso abierto y no indebidamente discriminatorio a industria energética bajo de conformidad con la legislación vigente;

II. Ofrecer certeza jurídica de largo plazo a nuevas inversiones;

III. Promover en condiciones de sustentabilidad económica, el uso de nuevas tecnologías para cumplir con cada Meta del Plan Energético de acuerdo con las mejores prácticas internacionales; y

IV. Asegurar una industria energética ambientalmente sustentable, confiable y segura.

Artículo 43. El poder ejecutivo, legislativo y cada secretaría a fin de cada administración en coordinación con los órganos reguladores, recomendará, en el ámbito de sus atribuciones, los mecanismos y los programas más convenientes para promover la inversión para cada meta del Plan Energético que convenga a la nación, sin limitar, suspender o diferir cualquier forma, método o requerimiento que haya sido suscrito previamente de conformidad con el Plan Energético.     

Artículo 44. El Plan Energético no podrá modificar o incrementar cada meta establecida en un porcentaje no mayor de cada valor porcentual y/o absoluto mayor o menor al cinco por ciento de acuerdo al cálculo realizado por cada sector de la industria energética.

Con el objetivo de dar certeza a cada inversión cuya fluctuación de rentabilidad vira entre dos a treinta años.

Capítulo DécimoDe la Investigación Científica, la Innovación y el Desarrollo Tecnológico

Artículo 45. El Comité, con la participación que corresponda al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología y la iniciativa privada, promoverá la investigación aplicada y el desarrollo de tecnologías para el cumplimiento de las Metas del Plan Energético utilizando, entre otros, los siguientes criterios:

I. El fomento al desarrollo de nuevos conocimientos, materiales, técnicas, procesos, servicios y tecnologías en materia Energética de desarrollo con contenido nacional de acuerdo a la legislación vigente;

II. La viabilidad técnica, ambiental, financiera, administrativa, social y de ejecución de los proyectos del cada uno de los sectores de la industria energética para el cumplimiento efectivo de las Metas, y

III. La vinculación de los resultados de la investigación científica, la innovación y el desarrollo tecnológico con el desarrollo económico y social tanto nacional como regional, poniendo especial atención en la generación de empleos.

Artículo 46. La Secretaría, en coordinación con el Instituto y con la opinión del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología y del Consejo, elaborará una Hoja de Ruta para la formación de capacidades técnicas, de administración de la energía, elaboración e implementación de políticas públicas en energía, y otras disciplinas necesarias para suplir las necesidades de capital humano de la Industria Energética para el cumplimiento de las metas del Plan Energético de Continuidad Homogénea.

Capítulo Décimo PrimeroDe la Transparencia y Acceso a la Información

Artículo 47. El Comité deberá elaborar y desarrollar una página de Internet que incluya los reportes y documentos requeridos en la presente Ley.

Artículo 48. Los recursos federales que se transfieran a las entidades federativas, municipios y particulares a través de los convenios de coordinación o de proyectos aprobados por los fondos, se sujetarán a las disposiciones federales en materia de transparencia y evaluación de los recursos públicos.

Artículo 49. Las autoridades a que se refiere el artículo anterior denegarán la entrega de información cuando:

I. Se trate de información relativa a asuntos que son materia de procedimientos judiciales o de inspección y vigilancia, pendientes de resolución, o

II. Se trate de información aportada por terceros cuando los mismos no estén obligados por disposición legal a proporcionarla.

Capítulo Décimo SegundoDe las Sanciones

Artículo 50. Cuando por negligencia o causa inexcusable no se lleven a cabo las acciones necesarias para el establecimiento de las Metas o no se reporte anualmente y al final de cada administración su avance, de acuerdo con que señalen las autoridades responsables en la materia, los servidores públicos que incurran en dicho incumplimiento serán sancionados en términos de lo dispuesto en los artículos 8 y 13 y demás disposiciones aplicables de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Artículo 51. Para la sustanciación del procedimiento por infracciones a la Ley a que se refiere el presente artículo, aplicará lo dispuesto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Artículo 52. Los servidores públicos encargados de la aplicación y vigilancia del cumplimiento de esta Ley, serán acreedores a las sanciones administrativas aplicables en caso de incumplimiento de sus disposiciones de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y demás legislación que resulte aplicable, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal a que haya lugar.

Artículo 53. La ley suscrita es responsabilidad directa del poder ejecutivo y no podrá traspasar, deslindar o responsabilizar a servidores públicos que intervengan en el proceso del cumplimiento de las metas de Plan Energético de durante el periodo de su administración que corresponda, a lo cual deberá utilizar las leyes que competen para aplicación en la industria energética, estructura administrativa del gobierno y todo lo referente dentro de la leyes con que cuenta para alcanzar cada meta establecida en el periodo de tiempo que tendrá a carga la nación.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de la toma de posesión constitucional del Ejecutivo Federal en el proceso 2024.

Segundo. La instalación del Comité será dentro de los 30 días naturales a la toma de posesión constitucional del Ejecutivo federal en el proceso 2024.

Tercero. El Comité deberá nombrar los Consejeros Independientes de conformidad con lo aplicado en la ley en un plazo 60 días hábiles contados a partir de la instalación del Comité.

Cuarto. Con la publicación de la presente Ley en el Diario Oficial de la Federación y al momento de la instalación del Comité quedará disuelto el Consejo de Coordinación del Sector Energético.

Quinto. El Comité una vez establecido deberá establecer una Hoja de Ruta  a cada meta establecida para cada periodo establecido en un plazo de 180 días hábiles contados.

Sexto. Las metas específicas a que se refiere el artículo 9o. de la presente Ley,  deberá considerar el Plan Nacional de Desarrollo vigente como base para desarrollar el Plan Energético en un periodo de tiempo a partir del 2024 al 2042.

Séptimo. Se deberán prever las partidas presupuestales para que la Administración Pública Federal cumpla con las atribuciones que le establece esta Ley, los cuales deberán provenir del Presupuesto de Egresos de la Federación con acuerdo a las metas que se puedan realizar durante cada ejercicio fiscal.

De igual forma se establecerán mecanismos para disponer de recursos de los instrumentos financieros disponibles para obras y servicios públicos y demás instrumentos que se establezcan para tales fines. Adicionalmente, dichos recursos podrán provenir de inversión privada.

Octavo. Los fondos que se destinen para el cumplimiento de los objetivos de esta Ley apoyarán acciones que son indispensables para impulsar el crecimiento de la industria energética y contarán, en su caso, con la estructura necesaria para su operación.

Noveno. Los recursos públicos o privados asignados con base en esta Ley, deberán ser ejercidos con base en los principios de honestidad, legalidad, productividad, eficiencia, eficacia, transparencia gubernamental y máxima publicidad, y estarán sujetos al monitoreo, reporte y evaluación de su desempeño.

Décimo. La primera Estrategia deberá actualizarse en un período no mayor a 365 días naturales, a partir de la entrada en vigor de la presente Ley.

Décimo Primero. El Comité, en un plazo menor a 365 días a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, deberá realizar un primer análisis sobre: a) las posibles economías para el Estado, b) Inversión requerida a mediano y largo plazo, y c) estructura faltante d) modelo de atracción de inversión para el cumplimiento de cada meta e) responsabilidades y roles para cada miembro del comité f) actualización de la ruta crítica de cada meta.

Décimo Segundo. El Poder Ejecutivo, entrada en vigor la Ley, deberá incluir en cada informe de gobierno de la administración; un apartado que indique el cumplimiento de cada meta establecida bajo la ley y no deberá presentar una variación menor del diez por ciento en cada meta establecida.

Décimo Tercero. Dos años después de la entrada en vigor de la presente ley el Comité realizará una evaluación de la competitividad del mercado Energético y emitirá recomendaciones con el fin de mejorar su desempeño.

Dado en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el 5 de febrero del 2020.— Diputados y diputadas: Manuel Rodríguez González, Alejandro Barroso Chávez, Armando Javier Zertuche Zuani, Beatriz Dominga Pérez López, Benjamín Saúl Huerta Corona, Bonifacio Aguilar Linda, Brasil Alberto Acosta Peña, Carlos Ivan Ayala Bobadilla, Carmen Mora García, Clementina Marta Dekker Gómez, Dulce María Corina Villegas Guarneros, Ediltrudis Rodríguez Arellano, Eleuterio Arrieta Sánchez, Enrique Ochoa Reza, Erika Vanessa del Castillo Ibarra, Estela Núñez Álvarez, Eulalio Juan Ríos Fararoni, Feliciano Flores Anguiano, Flora Tania Cruz Santos, Fortunato Rivera Castillo, Gerardo Fernández Noroña, Gustavo Callejas Romero, Hilda Patricia Ortega Nájera, Ignacio Benjamín Campos Equihua, Jaime Humberto Pérez Bernabe, Jannet Téllez Infante, Jesús de los Ángeles Pool Moo, José María Osuna Medina, Juan Martínez Flores, Juanita Guerra Mena, Lidia García Anaya, Lizeth Amayrani Guerra Méndez, Lucinda Sandoval Soberanes, Marco Antonio Carbajal Miranda, Marco Antonio González Reyes, Marco Antonio Medina Pérez, María Bertha Espinoza Segura, María de los Ángeles Huerta del Río, María Guadalupe Román Ávila, Mario Ismael Moreno Gil, Miguel Prado de los Santos, Mirtha Ileana Villlalvazo Amaya, Nancy Yadira  Santiago Marcos, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Nelly Minerva Carrasco Godínez, Olegaria Carrasco Macías, Raquel Bonilla Herrera, Rocío del Pilar Villarauz Martínez, Roque Luis Rabelo Velasco, Rosalinda Domínguez Flores, Susana Beatriz Cuaxiloa Serrano (rúbricas).»

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Túrnese a la Comisión de Energía, para dictamen, y a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para opinión.

El diputado Benjamín Saúl Huerta Corona (desde la curul): Presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Sí, diputado.

El diputado Benjamín Saúl Huerta Corona (desde la curul): Si me permite suscribir la iniciativa.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: ¿Diputado, tiene inconveniente en que se sumen a su iniciativa? Ninguno. Está a disposición la lista.

El diputado Benjamín Saúl Huerta Corona (desde la curul): Gracias, diputado.

La diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz (desde la curul): Presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Diputada Fernández.

La diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz (desde la curul): Gracias, diputado presidente. Solo felicitar al diputado Manuel Rodríguez, porque sin duda alguna el tema de política energética nos exige tener una visión de largo plazo y preguntarle si me permite suscribir junto con él la iniciativa.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Afirmativo. Está a disposición la lista.

El diputado Carlos Iván Ayala Bobadilla (desde la curul): Presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Sí, sí diputado, ¿con qué objeto?

El diputado Carlos Iván Ayala Bobadilla (desde la curul): Solicitarle al compañero Manuel, amable y comedidamente, si me permite también suscribir su iniciativa.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: El diputado ha expresado la afirmativa, así que adelante, está a disposición la lista. Igual para quienes deseen hacerlo, así será.



CÓDIGO PENAL FEDERAL

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada María del Carmen Bautista Peláez, del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 200 y 202 del Código Penal Federal.

La diputada María del Carmen Bautista Peláez:Con su venia, diputado presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Adelante.

La diputada María del Carmen Bautista Peláez: Buen día, compañeras y compañeros diputados, y a todos aquellos que nos ven por medio del Canal del Congreso. Me encuentro ante ustedes para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 200 y 202 del Código Penal Federal, en materia del delito de pornografía infantil.

El Unicef afirmó que, anualmente, aproximadamente dos millones de niñas y niños son utilizados en la industria del sexo. Y existen más de un millón de imágenes de entre 10 mil y 200 mil niños víctimas de abuso sexual que circulan por internet.

A nivel mundial, existen más de 16 mil 700 cuentas de internet que distribuyen pornografía infantil, de las cuales, según datos de la Procuraduría General de la República, más de 12 mil 300 cuentas de internet que distribuyen fotos y videos en donde se exhiben a niñas y niños explotados sexualmente se han detectado en México.

Según la clasificación realizada por la Organización de las Naciones Unidas y el Departamento de Seguridad de Estados Unidos, México es el segundo productor de pornografía infantil a nivel internacional y el primero a nivel mundial.

Es vergonzoso que México tenga cifras tan alarmantes. La pornografía infantil constituye un problema de gran dimensión en nuestro país, en cada fotografía, en cada video, hay una agresión sexual, una violencia ejercida y una violación brutal de los derechos de las niñas y de los niños.

En el marco del foro "Combate a la pornografía de niñas, niños y adolescentes", el presidente de la Comisión de Justicia puntualizó que la explotación sexual infantil y la pornografía sexual infantil generan ganancias por más de 30 mil millones de dólares anuales.

Sin embargo, en México, las averiguaciones previas y sentencias condenatorias por este delito son inexistentes, muchas veces ese delito no es denunciado y mucho menos castigado como debería ser.

Por lo cual, es importante que tanto la producción y comercialización de la pornografía infantil sean consideradas como un delito grave, por lo cual, como legisladores, debemos trabajar en sanciones más severas ante este delito, que atenta contra la integridad física, psicológica de las víctimas a las que llega a generarles terribles secuelas de por vida.

En este caso se observa la necesidad de reformar los artículos 200 y 202 del Código Penal Federal con el objeto de aumentar la pena de cinco a diez años de prisión y de 500 a mil días de multa a quien comercie, distribuya, exponga, haga circular u oferte a menores de edad cualquier tipo de contenido pornográfico, ya sea de manera física o digital.

Considerar como delito grave la producción de pornografía infantil, con el objetivo de que este delito sea castigado de una manera más severa, con hasta 20 años de cárcel y sin derecho a fianza. Esto debido a que como la producción y comercialización de la pornografía infantil produce millones de pesos al año.

Las personas que llegan a ser acusadas por este delito fácilmente salen con fianza y no son castigadas como debería ser. Aumentar de 10 a 15 años de prisión y de dos mil a cinco mil días multa a quien reproduzca, venda o compre cualquier tipo de este material, pues el delito no solo lo comete quien produce y comercializa la pornografía infantil, sino también las personas que difunden y consumen este tipo de material en donde se violenta tanto de manera física, psicológica y sexual a las niñas y a los niños.

Como mencioné anteriormente, nuestro país tiene el primer lugar a nivel mundial en difusión de pornografía infantil, por lo cual combatir esta problemática resulta verdaderamente urgente e importante. Es necesario tomar decisiones y medidas drásticas.

Por ello, compañeras y compañeros diputados, los invito a unirse a esta iniciativa de ley. Es cuanto, diputado presidente. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma los artículos 200 y 202 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada María del Carmen Bautista Peláez, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, María del Carmen Bautista Peláez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y los artículos 200 y 202 del Código Penal Federal en materia del delito de pornografía infantil, conforme a la siguiente:

Exposición de Motivos

El mundo de la pornografía infantil deja cifras tan alarmantes, Internet Watch Foundation (IWF) señala que cada siete minutos se muestra en Internet a un menor siendo objeto de abusos sexuales. En 2017 (IWF) eliminó 78 mil 589 páginas web de todo el mundo que ofrecían este tipo de imágenes. Del contenido analizado y eliminado, se desprende que el 43 por ciento de las víctimas tiene entre 11 y 15 años y que el 55 por ciento tiene 10 años o menos. También deja ver que en el 33 por ciento de los casos hubo violación o tortura. Como también denuncia la ONG End Child Prostitution and Trafficking (ECPAT), “cada vez más los niños y niñas tienen menos edad y las imágenes son más gráficas y violentas”.

El jefe del Grupo de Delitos Tecnológicos de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Jefatura Superior de Policía de Andalucía Occidental, José Félix Romero, menciona lo siguiente: “Hemos encontrado videos en los que las víctimas eran bebés de un año, imágenes que hasta para nosotros eran duras de ver”.

El Unicef afirmó que aproximadamente dos millones de niños son utilizados en la “industria del sexo” anualmente, y existen más de un millón de imágenes de entre 10 mil y 20 mil niños víctimas de abuso sexual circulan por internet.

A nivel mundial existen más 16 mil 700 cuentas de internet que distribuyen pornografía infantil. De las cuales según datos la Procuraduría General de la República (PGR) y la Fiscalía Especial de la Procuraduría General de la República para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas en México (Fevimtra), más de 12 mil 300 cuentas de internet que distribuyen fotos y videos que exhiben a niños explotados sexualmente se han detectado en México.

Estas cifras posicionan a nuestro país en el primer lugar a nivel mundial en difusión de pornografía infantil, según la clasificación realizada por la Unidas Organización de Naciones Unidas (ONU), así como el Departamento de Seguridad de Estados Unidos. Por otra parte, la National Center for Missign and Exploited Children reveló que  México se ubica en el primer lugar mundial como emisor de pornografía infantil,  mientras que la Asociación End Child Prostitution, Child Pornography and Trafficking of Children por Sexual Purposes(ECPAT) coloca a nuestro país como el segundo productor y distribuidor internacional de este tipo de material y el primero en América Latina.

Es vergonzoso que México tenga cifras tan alarmantes, la pornografía infantil constituye un problema de gran dimensión en nuestro país. En cada fotografía y en cada video hay una agresión sexual, una violencia ejercida y una violación brutal de los derechos de los niños y las niñas.

El grave problema es que en 25 de las 32 entidades del país no se considera delito grave. Laura Martínez, directora de la Asociación para el Desarrollo Integral de Personas Violadas, AC, sobre la violencia sexual contra menores, menciona que en el 80 por ciento de los casos, este delito deja secuelas para toda la vida. Adicionalmente, las leyes de las entidades la castigan de manera laxa o nula y se utiliza un enfoque de usos y costumbres para enfrentarlos.

El oficial de la Policía Cibernética Federal, Ricardo Alexis García López, afirmó que Cancún, así como Tijuana y Acapulco, son los puntos donde el crimen organizado realiza el turismo sexual, es decir, distribuyen a los niños con el tratante y en algunos casos los venden como “mercancías”, para ser llevados a otros países y producir la pornografía infantil.

En el marco del Foro: “Combate a la Pornografía de niñas, niños y adolescentes”, el presidente de la Comisión de Justicia puntualizó que la explotación sexual y pornografía sexual infantil generan ganancias por más de 30 mil millones de dólares anuales, aunado a que en el país las averiguaciones previas y sentencias condenatorias por este delito son inexistentes.

Los niños son nuestra motivación, nuestra esperanza de un futuro mejor; sin embargo existen personas sin escrúpulos que destruyen sus vidas y truncan sus sueños de estos pequeños, por lo cual, resulta importante que como legisladores trabajemos en sanciones más severas ante este grave delito que atenta contra la integridad física y psicológica de las víctimas, además de que les genera terribles secuelas de por vida.

En este caso se observa la necesidad de reformar el artículo 200 y 202 del Código Penal Federal, con el objeto de:

I. Aumentar la pena de cinco a diez años de prisión y de quinientos a mil días de multa a quien comercie, distribuya, exponga, haga circular u oferte, a menores de edad, cualquier tipo de contenido pornográfico, ya sea de manera física o digital.

II. Considerar como delito grave la producción de pornografía infantil, con el objetivo de que este delito sea castigado de una manera más severa, con hasta veinte años de cárcel y sin derecho a fianza, esto debido a que como la producción y comercialización de la pornografía infantil produce millones de pesos al año, muchas de las personas que cometen este delito fácilmente salen con fianza y no son castigados como debería de ser.

III. Aumentar de diez a quince años de prisión y de dos mil a cinco mil días multa a quien colabore en la producción de pornografía infantil, así como quien reproduzca, venda o compre cualquier tipo este de este material.

Decreto por el que se reforma el párrafo primero del artículo 200 y se reforma el artículo 202 del Código Penal Federal, en materia del delito de pornografía infantil

Único. Se reforma el párrafo primero del artículo 200 y se reforma el artículo 202 del Código Penal Federal en materia del delito de pornografía infantil, para quedar como sigue:

Artículo 200. Al que comercie, distribuya, exponga, haga circular u oferte, a menores de dieciocho años de edad, libros, escritos, grabaciones, filmes, fotografías, anuncios impresos, imágenes u objetos, de carácter pornográfico, reales o simulados, sea de manera física, o a través de cualquier medio, se le impondrá de cinco a diez años de prisión y de quinientos a mil días de multa.  

No se entenderá como material pornográfico o nocivo, aquel que signifique o tenga como fin la divulgación científica, artística o técnica, o en su caso, la educación sexual, educación sobre la función reproductiva, la prevención de enfermedades de transmisión sexual y el embarazo de adolescentes, siempre que estén aprobados por la autoridad competente.

Artículo 202. Comete el delito de pornografía de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, quien procure, obligue, facilite, induzca, manipule o engañe, por cualquier medio, a una o varias de estas personas a realizar actos sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos o sexuales, reales o simulados, con el objeto de video grabarlos, fotografiarlos, filmarlos, exhibirlos o describirlos a través de anuncios impresos, transmisión de archivos de datos en red pública o privada de telecomunicaciones, sistemas de cómputo, electrónicos o sucedáneos.

Al autor de este delito se le impondrá pena de quince a veinte años de prisión, sin derecho a fianza.

A quien colabore, fije, imprima, video grabe, fotografíe, filme o describa actos de exhibicionismo corporal o lascivos o sexuales, reales o simulados, en que participen una o varias personas menores de dieciocho años de edad o una o varias personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o una o varias personas que no tienen capacidad para resistirlo, se le impondrá la pena de diez a quince años de prisión y de dos mil  a cinco mil días multa, así como el decomiso de los objetos, instrumentos y productos del delito.

La misma pena se impondrá a quien reproduzca, almacene, distribuya, venda, compre, arriende, exponga, publicite, transmita, importe o exporte el material a que se refieren los párrafos anteriores.

Asimismo en todos los casos mencionados anteriormente se someterá al responsable a tratamiento psiquiátrico especializado.

Transitorio

Único. El presente decreto entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 https://elpais.com/elpais/2018/11/15/planeta_futuro/1542292342_ 375507.html

2 https://laverdadnoticias.com/crimen/Mexico-1er-lugar-en-consumo-de-pornografia- infantil-ONU-20180823-0006.html

3 https://www.excelsior.com.mx/nacional/2016/05/23/1094349

4 http://comunicacion.senado.gob.mx/index.php/periodo-ordinario/boletines/8821-bo letin-223-pornografia-infantil-genera-ganancias-por-mas-de-30-mil-millones-de-d olares-anuales-gil-zuarth.html

Palacio Legislativo, a 5 de febrero de 2020.— Diputada María del Carmen Bautista Peláez (rúbrica).»

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.



SE DECLARA EL DÍA 24 DE OCTUBRE DE CADA AÑO COMO DÍA NACIONAL DE LA TRIBU YAQUI

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Marco Antonio Carbajal Miranda, del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el día 24 de octubre de cada año, como Día Nacional de la Tribu Yaqui.

El diputado Marco Antonio Carbajal Miranda:Buenas tardes, diputadas y diputados, con su venia, señor presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Adelante.

El diputado Marco Antonio Carbajal Miranda: Soy sonorense por orgullo y con espíritu de lucha, el mismo espíritu que desde tiempos ancestrales vive la gente de nuestra región, rasgos fundamentalmente arraigados que tienen como cimiento el juramento de la nación yaqui, el cual marca el abandono de la identidad individual y el surgimiento de la conciencia de ser, como parte de su estructura social y espiritual, donde con una entrega total prometen luchar sin descanso por su pueblo y lo que ello significa.

Sin duda, la nación yaqui ha sido el ejemplo de lucha y compromiso en la defensa de lo suyo, siendo un pueblo originario asentado en el estado de Sonora.

La razón de su nombre, yaqui, deriva del idioma cahíta, que significa: los del río que hablan en voz alta.

Un pueblo con profundo sentimiento de autodeterminación y soberanía territorial que ha demostrado históricamente, con grandes y prolongados conflictos armados contra los colonizadores.

Un siglo después de decretar la independencia de México, ocurrió la época más violenta para ellos como nación, la llamada Guerra del Yaqui, dada contra los soldados mexicanos antes y durante el Porfiriato, lo que duró décadas.

En ella participaron grandes liderazgos militares como José María Leyva Pérez, conocido como Cajeme, y posteriormente en el mismo conflicto tomó su lugar Juan Maldonado Waswechia, conocido como Tetabiate, que después de haber firmado la paz en Estación Ortiz, el 15 de mayo de 1897, tomó nuevamente las armas en julio de 1899, al incumplirse los acuerdos emanados en la firma de la paz. Fue asesinado por las fuerzas de Loreto Villa, el 9 de julio de 1901.

En el mismo combate las mujeres y los niños que acompañaban siempre y de forma activa la lucha a sus guerreros, subieron al cerro del Bacatete y se lanzaron al vacío para no ser capturados.

Esta guerra, que comenzó buscando el despojo de su territorio, continuó y se convirtió en un etnocidio que se extendió hasta empezada la Revolución. Es así que durante el Porfiriato miles de yaquis fueron deportados a Valle Nacional, Oaxaca, y a las haciendas henequeneras de Yucatán, donde eran vendidos y explotados como esclavos.

En 1911 los líderes de los ocho pueblos yaquis se reunieron con el recién elegido presidente Francisco I. Madero y consiguieron la liberación de todos los yaquis de las haciendas henequeneras.

Poco a poco grupos de yaquis fueron regresando al territorio en busca de sus familias. Después de siglos de sangrientas luchas, se le reconoció su derecho a una extensión territorial y a su autodeterminación en la década de los años treinta, con el gobierno del general Lázaro Cárdenas del Río.

Como es de esperarse, la resistencia y lucha por su autonomía no se detuvo ahí. De una manera tal vez más silenciosa, la tribu ha tenido que enfrentar las acciones de los males gobiernos estatales y federales que poco a poco diezman la calidad de su territorio y ponen en peligro su autodeterminación.

Debido a la construcción de varias presas como la del Novillo y el Oviachic, el río Yaqui, un recurso indispensable para su producción, se perdió. Redujeron drásticamente la capacidad productiva de las tierras a casi una cuarta parte de lo que se sembraba en siglos pasados.

Por otra parte, la falta de empleos y la migración a Estados Unidos, así como la presencia de grupos de narcotráfico y del crimen organizado, son una amenaza constante para la tribu. Como etnia, han librado múltiples batallas, siempre en lucha por su pueblo. Por su carácter indómito y entrega, son ejemplo. Y para lo que somos hoy, como mexicanos, tenemos de esta forma una deuda con ellos. Han sido parte de la historia y nos han dejado un legado.

Aún cuentan con una firme determinación por tener su autonomía y de igual forma, que se reconozcan las tradiciones y costumbres llevadas hasta hoy en día en práctica, respetando siempre sus orígenes, una muestra de tenacidad y orgullo que debe ser contemplada para su reconocimiento de manera nacional.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Concluya, diputado.

El diputado Marco Antonio Carbajal Miranda: Por lo anterior expuesto, y fundado en la base histórica de nuestros pueblos originarios, se somete a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa proyecto de decreto por el que se declara el día 24 de octubre de cada año como Día Nacional de la Nación Yaqui. Muchas gracias. Es cuanto.

«Iniciativa de decreto, por el que se declara el 24 de octubre como Día Nacional de la Tribu Yaqui, a cargo del diputado Marco Antonio Carbajal Miranda, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, diputado Marco Antonio Carbajal Miranda, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, de la Cámara de Diputados de la LXIV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente, iniciativa proyecto de decreto, por el que se declara el día 24 de octubre de cada año como Día Nacional de la tribu yaqui, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura en México firmó un convenio con el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas para impulsar el reconocimiento y respeto a los derechos de estas comunidades.

En México se lleva a cabo un debate respecto a la propiedad intelectual colectiva de los pueblos indígenas y su vínculo con el patrimonio cultural, tanto material como inmaterial, por lo que consideró que la formalización de esta cooperación será trascendental para restablecer el papel de los pueblos originarios y sus lenguas.

En México existe diversidad de pueblos indígenas, los yaquis son un pueblo indígena del estado de Sonora, asentados originariamente a lo largo del río Yaqui, desde el año 1533 como primer contacto entre españoles y miembros de la etnia desde la época colonial.

La Tribu Yaqui esconde una historia de lucha y resistencia que se ha desarrollado de manera paralela a la historia de México. A pesar de haber estado presentes desde el momento en que llegaron los españoles, haber sido de los territorios evangelizados por los jesuitas, y haber presenciado el Porfiriato y la revolución, su historia difiere enormemente de la que se asume como la unificadora de este país, y conocerla permite comprender la importancia de la lucha que libran hoy día, ya no frente a un ejército, sino frente al despojo de recursos que golpea indistintamente .

Un pueblo con profundo sentimiento de autodeterminación y soberanía territorial, que ha demostrado históricamente con grandes y prolongados conflictos armados contra los colonizadores mestizos y europeos. La situación de los yaquis antiguamente era su consideración como independientes de cualquier otro gobierno que no fuera el suyo, dictando leyes que son obedecidas y respetadas.

Después de siglos de sangrientas luchas se les reconoció su derecho a poseer tierras y autodeterminación en la década de los 30 con el gobierno de Lázaro Cárdenas .

Es importante iniciar por conocer de la cosmovisión de la Tribu Yaqui, en su origen que hace miles de años, los surem ,humanos pequeñitos que habitaban el territorio yaqui, estaban en busca de agua, evidentemente no existían los grandes ríos y un fuerte periodo de sequía golpeaba el territorio. Al pasar el tiempo y ante la desesperación, pidieron ayuda a través de distintas aves y que acudieran al cielo a pedir agua al señor de la lluvia y no se logró, pero el sapito consiguió que lloviera tanto que se formó el gran rio Yaqui, los yaquis bautizaron el río.

Entendiendo el principio del origen mítico de cuidado el yoreme (pueblo) es la mezcla entre las personas y el territorio, sin distinción o superposición jerárquica, por este principio tan sólido al interior de la tribu que la lucha por su identidad se ha mantenido a lo largo de los siglos, que defienden sus usos, costumbres y tierras, es muy protector este principio que se ha transmitido de generación en generación y con orgullo de ser yoreme por generar una identidad

Su situación histórica, un siglo después de decretada la independencia de México, ocurrió la época más violenta para la tribu, la Guerra del Yaqui, contra los soldados mexicanos antes y durante el Porfiriato duró décadas, esta guerra, que comenzó buscando el despojo del territorio de la tribu, se convirtió en un etnocidio que se extendió hasta empezada la revolución. Durante el Porfiriato, miles de yaquis fueron deportados a Valle Nacional, Oaxaca y a las haciendas henequeneras de Yucatán, donde eran vendidos como esclavos, la resistencia yaqui ocurrió de diferentes formas, por una parte, los que habían sido deportados permanecieron fieles a sus costumbres y tradiciones; quienes se escondieron en la sierra, los yaquis broncos, siguieron luchando contra el ejército; y otros más migraron a Estados Unidos y desde allá enviaban armamento y alimentos para sostener la subversión de la tribu en contra del gobierno mexicano.

En 1911, los líderes de los ocho pueblos yaquis se reunieron con el recién elegido presidente Francisco I. Madero y consiguieron la liberación de todos los yaquis de las haciendas henequeneras. La tribu organizó una comisión especial para que fuera a Mérida en busca de los miembros de la tribu que habían sido esclavizados. Sin embargo, la inestabilidad del país impidió que su regreso fuera inmediato, poco a poco, grupos de yaquis fueron regresando al territorio en busca de sus familias.

En 1913, con el asesinato de Madero, los yaquis se involucraron en las revueltas y negociaron su participación en el conflicto armado a cambio de que se les respetaran sus tierras. Sin embargo, hasta 1940 Lázaro Cárdenas, el entonces presidente, les reconoce por decreto presidencial 485 mil hectáreas como su territorio y basándose en la capacidad productiva de este, es decir en las 75 mil hectáreas que se sembraban para abastecer a las misiones jesuitas, les reconocen también como acreedores del 50% de la capacidad de la presa La Angostura.

Como es de esperarse, la resistencia y lucha por su autonomía no se detuvo ahí, de una manera tal vez más silenciosa, la tribu ha tenido que enfrentar las acciones de los gobiernos estatales y federales que poco a poco diezman la calidad de su territorio y ponen en peligro su autodeterminación, dos presas más, la del Novillo y Oviachic, cada una con capacidades de casi el cuádruple que la de la Angostura, redujeron drásticamente la capacidad productiva de las tierras a casi una cuarta parte de lo que se sembraba en siglos pasados. Por otra parte, la falta de empleo y la migración a Estados Unidos como consecuencia, así como la presencia de grupos de narcotráfico y crimen organizado son una amenaza constante para la tribu.

La razón de su nombre de los yaquis, un pueblo indígena del sureste de Sonora, México, pertenecen a un grupo étnico más grande conocido como el “Cahita” La gran mayoría de los yaquis en la actualidad viven en la misma región, pero otros grupos yaquis se han establecido en Arizona debido a la gran migración yaqui a principios del siglo XX. La literatura etnográfica se ha referido a todas estas personas como “yaqui” desde 1645, cuando Andrés Pérez de Rivas escribió que la gente decía: ¿No ves que soy yaqui?, continúa explicando que esto es lo que solían decir porque el término significaba «el que habla en voz alta.

La población de los yaquis, en la década de 1530 se registró una población de 30,000 indios, una cifra que disminuyó a 12,000 en 1830. Después de menos de sesenta años 1830 a 1887, que corresponde al período de las guerras yaquis, no quedaron más de 4.000 yaquis en el valle. En 1905 había 18,000 habitantes. Sin embargo, debido a la deportación masiva y las guerras revolucionarias, solo quedaron 8.500 en 1930. Según el censo mexicano de 1990, el número de habitantes yaquis del estado de Sonora se ha estabilizado en alrededor de 10.000.

Hacia 1610, los yaquis aceptaron dos misioneros jesuitas: los frailes Andrés Pérez de Rivas y Tomás Basilio. Los yaquis se rebelaron contra el régimen misionero, sin embargo, y en 1741 se firmó un tratado por el cual adquirieron los derechos para mantener sus propias costumbres. El gobierno solo sería administrado por miembros de su propio grupo, y tendrían la posesión total de sus tierras, así como el derecho a retener sus armas.

En 1767, la expulsión de los jesuitas trajo el final de la paz relativa que el yaqui había disfrutado hasta el momento y colocó a las comunidades bajo el gobierno franciscano. Como resultado, los yaquis perdieron más territorio para los colonos.

En 1825, la rebelión yaqui había comenzado. Más tarde marcaría el curso de la relación entre el Yaqui y los regímenes posteriores de la República Mexicana. Este período a menudo se conoce como las «guerras de los yaquis». Resultó en una drástica pérdida de población y desequilibrio político, condiciones que permitieron a la oligarquía continuar colonizando todo el valle.

En 1940 el distrito de riego no. 18 fue creado, y surgieron nuevos planes para el desarrollo agrícola. Debido a la construcción de varias presas, el río, un recurso indispensable para la producción, se perdió.

Cuando llegaron los jesuitas, los yaquis residían en asentamientos distribuidos irregularmente a lo largo del río Yaqui. Tales cuartos consistían en chozas de madera y barro en forma de cúpulas. Este patrón fue cambiado por los misioneros cuando trasladaron nativos a ocho ciudades. Aunque dos de estos pueblos tuvieron que ser abandonados debido a las luchas fronterizas y las inundaciones, su identidad tradicional se mantuvo en los nuevos asentamientos que los reemplazaron.

En la actualidad hay alrededor de cien aldeas y aldeas dentro del territorio yaqui, asignadas con fines políticos, religiosos y rituales a una de las ocho ciudades tradicionales. La vivienda tradicional consiste de solo una o dos habitaciones usadas para diferentes propósitos según la temporada. Tanto las paredes como los techos son de juncos y mezquite mezclados con barro.

Fuentes confiables indican que los pre-contacto con los yaquis eran agricultores que frecuentemente tenían que emigrar debido a las inundaciones. Creció maíz, frijoles, calabazas, semillas de amaranto y algodón. Complementaron esa actividad con la caza, la pesca y la recolección, así como con las incursiones en sus vecinos más cercanos. Durante el período colonial, el trabajo fue regulado por las misiones.

Se introdujeron nuevos cultivos y la producción aumentó a tal punto que fue posible satisfacer las necesidades locales. Durante los conflictos armados, los indios pacificados quedaban a cargo de la agricultura, mientras que los «Broncos» alternaban sus actividades de combate con el trabajo como jornaleros en las haciendas. Hoy en día, la actividad económica principal de los yaquis sigue siendo la agricultura.

Desde 1940, la explotación colectiva de la tierra ha llevado al final de la agricultura de subsistencia y a una nueva necesidad de vender productos agrícolas para comprar alimentos que antes se producían localmente. Otras actividades económicas importantes son la pesca y la ganadería (que se llevan a cabo a través de cooperativas), la tala de árboles, la minería del carbón, la minería, la migración temporal y la explotación de depósitos de sal que han estado en uso desde los tiempos de los jesuitas.

En sus aportaciones culturales, el trabajo agrícola es realizado principalmente por hombres, pero las mujeres ayudan con ciertas actividades durante los períodos que requieren una fuerza laboral más grande. La pesca, la ganadería y el trabajo en las minas de sal son realizados casi exclusivamente por trabajadores masculinos. Las mujeres jóvenes toman trabajos de enseñanza y están empleadas como trabajadoras sociales y ocasionalmente como ayudantes de hogar.

La organización política interna de cada una de las ocho ciudades es idéntica, y consta de cinco grupos gobernantes o yau’uras: las autoridades civiles, las autoridades militares, las autoridades de las fiestas (fiesteros), las autoridades eclesiásticas y las autoridades aduaneras de Semana Santa ( kohtumbre yau’uras).

Teniendo toda una lucha por el territorio mexicano, con una entrega por tener su autonomía de igual forma reconocer las tradiciones y costumbres llevadas hasta hoy en día en práctica, si bien es cierto las realzaban de manera empírica las han ido fortaleciendo con el tiempo y mejorando, respetando siempre sus orígenes, un ejemplo de tenacidad y orgullo, que debe ser contemplado para su reconocimiento de manera Nacional.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, se somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa proyecto de

Decreto, por el que se declara el día 24 de octubre de cada año como Día Nacional de la Tribu Yaqui

Artículo Único. Por el que se declara el día 24 de octubre de cada año como Día Nacional de la Tribu Yaqui

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1. https://inperfecto.com.mx/2019/09/13/mexico-y-unesco-promueven-reconocimiento-a -derechos-de-pueblos-indigenas/.

2. https://subversiones.org/archivos/115349

3. http://www.mty.itesm.mx/dhcs/deptos/co/co95832/Proy_2000_S2/ CulturasDesierto/Culdes/yaquis.html

Dado en la Ciudad de México dentro del Palacio Legislativo de San Lázaro a los 04 días del mes de febrero de 2020.— Diputados y diputadas: Marco Antonio Carbajal Miranda, Erika Vanessa del Castillo Ibarra, Marco Antonio González Reyes, Rocío del Pilar Villarauz Martínez, Tatiana Clouthier Carrillo (rúbricas).»

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Túrnese a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.



LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Damos inicio a la segunda ronda de iniciativas. Tiene la palabra, por cinco minutos, la diputada Lucía Flores Olivo, del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 27 de la Ley General de Desarrollo Social.

La diputada Lucía Flores Olivo:Con el permiso de la Presidencia.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Adelante, diputada.

La diputada Lucía Flores Olivo: La Ley General de Desarrollo, desde su origen, ha ordenado al gobierno federal integrar por conducto de la dependencia en el ramo de desarrollo social un padrón o relación oficial de los beneficiarios atendidos por los programas federales de la materia.

No obstante, la aplicación de este mandamiento ha sido bastante deficiente en sus primeras fases, de tal manera que era imposible enfrentar el mal uso de los recursos destinados a estos instrumentos, para evitar los casos de duplicidad en los apoyos y la entrega de estos a personas que realmente no cumplían con los requisitos establecidos en las reglas de operación.

En junio del 2018, Transparencia Mexicana y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo en México elaboraron un reporte en torno a 515 programas y 28 acciones para el desarrollo social a nivel federal, estatal y municipal. De este ejercicio concluyeron que no había controles institucionales suficientes para asegurar el adecuado ejercicio de los recursos públicos destinados a la superación de carencias.

Con la reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicada en el Diario Oficial el 30 de noviembre del 2018, se atribuyó expresamente a la Secretaría de Bienestar, la integración, mantenimiento y actualización de un sistema de información con los padrones de beneficiarios de los programas sociales de la administración pública federal, así como la depuración de sus duplicidades.

De tal sistema el Padrón Único de Beneficiarios, el cual se encuentra en la etapa de perfeccionamiento, para este propósito, sería un error soslayar la participación de los niveles locales del gobierno. En términos del artículo 17 de la ley, se determina que los municipios son, por regla general, los principales ejecutores de los programas, recursos y acciones federales de desarrollo social.

Las dependencias y organismos de las entidades federativas también asumen este papel cuando se les confiere expresamente en las reglas de operación, por ende, dichas instancias son en muchas ocasiones los primeros receptores de los datos proporcionados por las personas que solicitan su incorporación a un programa federal o que son seleccionadas mediante el levantamiento de información.

El Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social contempla la celebración de convenios de coordinación y cooperación técnica entre el Ejecutivo federal y los gobiernos de entidades federativas, con la participación, en su caso, de los municipios y de las demarcaciones territoriales a efecto de que coadyuven en el ámbito de sus respectivas competencias, a la consecución de los objetivos de la política nacional de desarrollo social.

Uno de los compromisos que pueden contraer en esos convenios es colaborar en la integración y actualización de los padrones de beneficiarios, tanto del gobierno federal como de las entidades federativas, mediante la elaboración de un procedimiento conjunto y conforme a calendario. Sin embargo, la suscripción de dichos convenios no es obligatoria. De manera que puede haber entidades federativas que no participen, o por lo menos no constantemente, en la actualización del padrón federal.

Compañeras y compañeros, por esta razón se propone a esta honorable soberanía adicionar un párrafo al artículo 27 de la Ley General de Desarrollo Social, con el propósito de que los gobiernos de los estados, de la Ciudad de México y de los municipios estén obligados a proporcionar a la Secretaría de Bienestar la información que les requiera y que hayan recabado pero no trasmitido, acerca de los beneficiarios de los programas federales de desarrollo social que estén operando, así como de los inscritos en sus padrones internos, para hace del padrón único un mecanismo eficaz. Es cuanto. Muchas gracias.

«Iniciativa que adiciona el artículo 27 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo de la diputada Lucía Flores Olivo, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, diputada federal Lucía Flores Olivo, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en lo establecido en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, la presente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un párrafo segundo al artículo 27 de la Ley General de Desarrollo Social, conforme a lo siguiente:

Exposición de Motivos

I. Planteamiento del problema

A partir del esquema formulado en 1979 por Karel Vasak, profesor y miembro del Instituto de Derechos Humanos de Estrasburgo, varios juristas han clasificado a los derechos humanos -o fundamentales, como también se les denomina por su inclusión en las normas constitucionales- en tres generaciones:

• Los derechos civiles y políticos o de primera generación son aquellos que obtuvieron primero el reconocimiento positivo, esto es, en las leyes. Su origen se encuentra ligado al paradigma del Estado Liberal inaugurado a finales del siglo XVIII. Se caracterizan por su carácter absoluto, en cuanto son titulares de ellos todas las personas, independientemente de su situación socioeconómica; también, por defender la libertad individual frente al poder público y el modelo de Estado mínimamente intervencionista. Por ejemplo, el derecho a la vida y la integridad física, a la intimidad, al sufragio activo y pasivo, el derecho de propiedad, el de libertad de conciencia y religión, el de participación política, el de información, la libertad de expresión, de prensa, y los derechos procesales (debido proceso, presunción de inocencia, habeas corpus o derecho de defensa, e irretroactividad de las sanciones).

• Los derechos económicos, sociales y culturales, o derechos de segunda generación, que son aquellos encaminados a garantizar las condiciones materiales indispensables para el ejercicio de los derechos civiles y políticos y el mantenimiento de la convivencia social. A diferencia de las prerrogativas emanadas del Estado Liberal, que orbitan alrededor de las nociones de libertad, individualismo e igualdad ante la ley, los derechos de segunda generación persiguen el equilibrio material entre los miembros de la sociedad. Exigen, por lo tanto, la intervención del Estado -sujeta a la disponibilidad de recursos del erario- con el objetivo de paliar ciertas desigualdades y situaciones de necesidad. En este rubro se clasifican el derecho a la salud (o a la protección de la salud), a un sistema de seguridad social y a una vivienda digna. También el derecho a la educación y al trabajo, los cuales habían sido esbozados en la primera generación, pero alcanzaron plenitud hasta adquirir en esta etapa los atributos de gratuidad y dignidad, respectivamente.

• Los derechos de solidaridad o de tercera generación, como el derecho a la libre determinación de los pueblos, a la paz, a la preservación del medio ambiente, a un consumo responsable y solidario, y los derechos de las minorías discriminadas. Se distinguen estos derechos de los encuadrados en las primeras dos generaciones por la naturaleza colectiva de sus titulares, que son grupos o comunidades y no individuos. Así mismo, por la ampliación del sujeto obligado: no lo son solo los Estados, sino también la comunidad internacional. Sin embargo, comparten con la segunda generación el requerimiento de inversión pública para su efectividad y el fin de eliminar desequilibrios sociales.

A la luz de la clasificación expuesta, es innegable que los mexicanos contamos con una Constitución de corte garantista. Como herencia de la ley fundamental de 1857, recoge los derechos que protegen a los individuos de los abusos que el poder político estuviera tentado a perpetrar contra su integridad física, su libertad de tránsito, su capacidad de expresarse, de asociarse, de desenvolverse en la actividad lícita que más acomode a sus intereses y de decidir quienes los gobiernan. Resultado que fue de la Revolución social iniciada en 1910, es pionera a nivel mundial de los derechos laborales, reconoce la necesidad de brindar educación gratuita para dar a todos oportunidades de desarrollo, y legitima al Estado a actuar en el ámbito económico con el propósito de moderar a los agentes del mercado y evitar así la concentración de la riqueza en unas pocas manos. Igualmente, es reflejo del proceso democratizador que comenzó hace dos décadas, el cual les ha dado voz a las minorías tradicionalmente marginadas que dentro de ese periodo han conseguido la elevación de sus derechos a rango constitucional.

La Constitución sería, sin embargo, letra muerta si las leyes no precisaran las acciones que el gobierno debe emprender, o abstenerse de hacer, para que los mexicanos gocen de los derechos consagrados en ella. Es de capital importancia una regulación completa y en continuo perfeccionamiento, especialmente por lo que se refiere a los derechos sociales y a los de solidaridad o tercera generación que, como se ha asentado previamente, exigen la actividad justa del Estado para realizarse. La legislación se ocupa de algunos de esos derechos en textos diferenciados, v. gr., la Ley General de Salud, la Ley General de Educación y la Ley Federal para Prevenir la Discriminación. Pero los aborda también de manera conjunta en una norma de talante subsidiario, en la cual se contempla la planeación y ejecución de medidas particulares de apoyo destinadas a personas o colectivos cuya situación desfavorable los mantiene al margen de su disfrute.

Dicha norma es la Ley General de Desarrollo Social (en lo sucesivo, LGDS), en cuyo artículo 6 se establece que son derechos atinentes a su objeto la educación, la salud, la alimentación nutritiva y de calidad, la vivienda digna y decorosa, el disfrute de un medio ambiente sano, el trabajo y la seguridad social, y los relativos a la no discriminación en los términos previstos en la Constitución. Los preceptos subsiguientes (7 y 8) disponen que toda persona tiene derecho a participar y a beneficiarse de los programas de desarrollo social, de acuerdo con los principios rectores de la Política de Desarrollo Social y en los términos que establezca la normatividad de cada programa; especialmente, las personas y grupos en situación de vulnerabilidad, es decir, los individuos y núcleos de población que por diferentes factores o la combinación de ellos enfrentan situaciones de riesgo o discriminación que les impiden alcanzar mejores niveles de vida, para los cuales se prevé el diseño y otorgamiento de acciones y apoyos tendientes a disminuir su desventaja.

Los tres niveles de gobierno están implicados en esta tarea. Conforme al artículo 9 de la LGDS, los municipios, los gobiernos de las entidades federativas y el Poder Ejecutivo Federal, en sus respectivos ámbitos, están obligados a formular y aplicar políticas compensatorias y asistenciales, así como oportunidades de desarrollo productivo e ingreso en beneficio de las personas, familias y grupos sociales en situación de vulnerabilidad, destinando los recursos presupuestales necesarios y fijando metas cuantificables. A fin de establecer mecanismos de colaboración entre dichas instancias para cumplir esta encomienda y de que exista vinculación y congruencia entre los programas, acciones e inversiones de los gobiernos locales y municipales con los objetivos, estrategias y prioridades de la Política Nacional de Desarrollo Social, el artículo 38 del mismo ordenamiento los constriñe a concurrir, con los sectores social y privado, en el Sistema Nacional de Desarrollo Social. Este Sistema es coordinado por la Secretaría de Bienestar del Gobierno Federal.

Precisando conceptos, las políticas sociales son un conjunto de directrices, orientaciones, criterios y lineamientos conducentes a la preservación y elevación del bienestar social, que procuran volver accesibles los beneficios del desarrollo a todas las capas de la sociedad con la mayor equidad. Su finalidad consiste en mejorar las condiciones de vida de la población, en razón de lo cual constituyen mecanismos de redistribución de recursos que buscan compensar las desigualdades sociales. Su construcción es una decisión orientada por las capacidades institucionales del Estado y las demandas y aspiraciones de la sociedad que busca el bienestar general.

La parte instrumental y operacional de las estrategias, normas y leyes en que se expresa la política social del Estado, son los programas sociales. Éstos se utilizan para instrumentar y evaluar las estrategias generales de intervención de las políticas sociales (el balance entre opciones universales, selectivas y focalizadas, y otros aspectos) y se crean para disminuir la brecha de desigualdad que existe entre los diferentes sectores sociales (justicia distributiva). Las acciones concretas que los constituyen se relacionan con la distribución de recursos, con la provisión de servicios sociales y con la satisfacción de las necesidades individuales y colectivas. El Consejo Nacional para la Evaluación de la Política de Desarrollo Social ha definido a los programas y acciones para el desarrollo social como “aquellas intervenciones gubernamentales que son responsabilidad de una dependencia o entidad, que cuentan con una clave presupuestal y se encuentran contenidos en el Decreto de Presupuesto de Egresos correspondiente”.

Según el Informe de Resultados 2013 de la Iniciativa para el Fortalecimiento de la Institucionalidad de los Programas Sociales, la institucionalidad de un programa social puede evaluarse a partir de la presencia o ausencia de ciertos atributos mínimos que deben incluir todos los instrumentos de la especie, a saber:

• Reglas de operación y otros lineamientos: Son atributos que describen y acotan cómo funcionan los programas sociales, la forma de seleccionar a la población objetivo a la que están dirigidos y cómo participan los ciudadanos. Permiten estandarizar y homologar procedimientos, así como generar mecanismos de coordinación interinstitucional entre los diferentes niveles y dependencias gubernamentales para el correcto uso de los recursos públicos.

• Mecanismos de transparencia y rendición de cuentas: Se refieren al proceso mediante el cual los servidores públicos informan a los ciudadanos sobre sus planes de acción, su conducta y sus resultados, los justifican y reciben las sanciones correspondientes si abusaron de sus facultades. Buscan erradicar la corrupción y las conductas clientelares.

• Mecanismos de control y fiscalización: Son los que permiten monitorear el ejercicio del gasto público e identificar posibles desviaciones respecto a la normatividad aplicable. También comprenden los medios que posibilitan medir el grado de avance o desempeño de un programa social, y los procedimientos de quejas o denuncias para el caso de anomalías en su operación o de su uso político-electoral.

• Mecanismos de participación social: La participación ciudadana es un factor determinante para que los programas sociales se diseñen y sean ejecutados de acuerdo a las necesidades reales de la población objetivo. Por eso, es ineludible la inclusión de estas medidas para encontrar áreas de mejora o cambios sustanciales. El control, la vigilancia y la evaluación de los programas sociales por parte de los ciudadanos, organizados o no, es indispensable para que la política social llegue de forma transparente y se protejan los derechos de los beneficiarios.

Por lo que toca a los mecanismos de transparencia, rendición de cuentas y control, la LGDS ha ordenado desde su origen al Gobierno Federal integrar, por conducto de la dependencia en el ramo de desarrollo social, un padrón o relación oficial de los beneficiarios atendidos por los programas federales de la materia, con el propósito de asegurar la equidad y eficacia de esos programas (artículo 27).

No obstante, la aplicación de este mandamiento fue bastante deficiente en sus primeras fases. Todavía en el año 2013 (o sea, casi diez años después de la entrada en vigor de la ley de que se trata) la entonces Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) se encontraba rezagada a este respecto. En el Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública concerniente a aquel ejercicio, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) reportó que SEDESOL no había resuelto en su totalidad el problema público de carecer de información estratégica que le permitiera asegurar la eficacia, equidad y focalización del otorgamiento de servicios y subsidios a las personas incorporadas a los programas sociales del Gobierno Federal, pues no había integrado al padrón a su cargo 129 de los 144 padrones que había en total, de tal manera que era imposible enfrentar el mal uso de los recursos destinados a esos instrumentos, los casos de duplicidad en los apoyos y la entrega de éstos a personas que realmente no cumplían con los requisitos establecidos en las reglas de operación.

Un lustro de después, el panorama acusaba poca variación. En junio de 2018 Transparencia Mexicana (TM) y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) en México, en el marco de IPRO, elaboraron un reporte en torno a 515 programas y 28 acciones para el desarrollo social a nivel federal, estatal y municipal. De este ejercicio concluyeron que no había controles institucionales suficientes para asegurar el adecuado ejercicio de los recursos públicos destinados a la superación de carencias.

En concreto, uno de los principales pendientes detectados fue la graduación de la población beneficiaria. En el ámbito federal, 62 por ciento de las intervenciones (programas y acciones para el desarrollo social) no preveían estrategias de salida de las personas beneficiarias de los bienes o servicios ofrecidos, para los casos en los que sus condiciones de vida mejoraran sustancialmente gracias a la propia intervención, es decir, para los que lograran un estado de baja vulnerabilidad. En el ámbito subnacional, dicha cifra ascendió a 86 por ciento. Lo anterior significa que, en promedio, sólo dos de cada diez intervenciones contemplaban procesos que aseguraran el cumplimiento de los objetivos planteados en el diseño de la acción o programa social, relativos al abatimiento de carencias, y el rompimiento de dependencias que se pueden generar alrededor de los apoyos y que se traducen en potenciales clientelas políticas.

De la investigación de IPRO resultó también que 60 por ciento y 50 por ciento de las intervenciones de desarrollo social federales y estatales, respectivamente, carecían de mecanismos para detectar concurrencias o duplicidades en el tipo de apoyos ofrecidos o en la población objetivo que atendían, deficiencia que de suyo deriva en ineficiencias en el gasto social y en la multiplicación de acciones y programas coyunturales y poco efectivos.

II. Argumentación de la propuesta

En el contexto de la construcción de un auténtico Estado de Bienestar y del combate frontal a la corrupción que ha emprendido la administración del presidente Andrés Manuel López Obrador, es preciso fortalecer los mecanismos dirigidos a garantizar que los programas y acciones gubernamentales instrumentados en favor de la población en situación de desventaja social sean aplicados con apego a derecho, para que redunden efectivamente en el mejoramiento de las condiciones de los destinatarios y no sean utilizados con fines políticos, o cooptados por un grupo reducido.

De acuerdo a la encuesta Percepciones sobre corrupción e impunidad 2019 realizada por mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI) y el equipo de Datología del Periódico Reforma, el 81 por ciento de las personas están de acuerdo con que la imposición de penas más severas a quienes incurran en prácticas de corrupción ayudaría a reducirla. Sin perjuicio de que el razonamiento anterior sea correcto, lo ideal es evitar la oportunidad de dichas prácticas, cuya ejecución puede causar daños no reparables con el castigo del infractor.

Por lo que hace a concentrar la información básica de los beneficiarios de los programas sociales del Gobierno de la República, se dio un paso muy importante con la reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (APF) publicada en el Diario Oficial el 30 de noviembre de 2018. En esta enmienda se atribuyó expresamente a la Secretaría de Bienestar la integración, mantenimiento y actualización de un sistema de información con los padrones de beneficiarios de los programas sociales de la APF, así como la depuración de sus duplicidades, a fin de robustecer la disposición correlativa de la LGDS que hasta entonces no había tenido la efectividad esperada. Tal sistema es el Padrón Único de Beneficiarios (PUB), el cual se encuentra ahora en línea accesible a la consulta de los ciudadanos y en vías de alcanzar un estándar óptimo.

A propósito del perfeccionamiento del PUB, sería un error soslayar la participación de los niveles locales de gobierno. En términos del artículo 17 de la LGDS, los municipios son, por regla general, los principales ejecutores de los programas, recursos y acciones federales de desarrollo social. Las dependencias y organismos de las entidades federativas también asumen ese papel cuando se les confiere expresamente en las reglas de operación. Por ende, dichas instancias son en muchas ocasiones los primeros receptores de los datos proporcionados por las personas que solicitan su incorporación a un programa federal, o que son seleccionadas mediante levantamientos de información. Por otra parte, entidades federativas y municipios cuentan con sus propios padrones de beneficiarios.

El Reglamento de la LGDS contempla la celebración de convenios de coordinación y cooperación técnica entre el Ejecutivo Federal y los gobiernos de las Entidades Federativas con la participación, en su caso, de los municipios y de las demarcaciones territoriales, a efecto de que coadyuven, en el ámbito de sus respectivas competencias, a la consecución de los objetivos de la Política Nacional de Desarrollo Social. Uno de los compromisos que se pueden contraer en esos convenios es colaborar en la integración y actualización de los padrones de beneficiarios tanto del Gobierno Federal como de las Entidades Federativas, mediante la elaboración de un procedimiento conjunto y calendario. Sin embargo, la suscripción de dichos convenios no es obligatoria, de manera que puede haber entidades federativas que no participen o no constantemente, por lo menos, en la actualización del padrón federal.

Es menester, pues, que los gobiernos de los Estados, de la Ciudad de México y de los municipios estén obligados por la LGDS a proporcionar a la Secretaría de Bienestar, dentro de cierto plazo, la información que les requiera y que hayan recabado y no transmitido acerca de los beneficiarios de los programas federales de desarrollo social que estén operando y, en su caso, de los inscritos en sus padrones internos en la medida que estos últimos datos sean necesarios para hacer del PUB un mecanismo idóneo de evaluación de cumplimiento de objetivos, depuración de duplicidades, combate a la corrupción y destierro de las prácticas clientelares.

III. Ordenamientos a modificar.

Con base en lo expuesto y fundamentado en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en lo establecido en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de

Decreto que adiciona un párrafo segundo al artículo 27 de la Ley General de Desarrollo Social

Artículo Único: Se adiciona un párrafo segundo al artículo 27 de la Ley General de Desarrollo Social, en los términos siguientes:

Artículo 27. ...

Al efecto, la Secretaría podrá requerir a los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios la información pendiente de transmitir acerca de los beneficiarios de los programas federales de Desarrollo Social que estén ejecutando y que hayan obtenido en cumplimiento de las reglas de operación aplicables. También podrá requerirles que le proporcionen datos de sus padrones de beneficiarios, siempre que justifique la necesidad de esta información para la integración y actualización del Padrón. Los gobiernos de las entidades federativas o municipios requeridos deberán entregar la información que se les solicite debidamente dentro del plazo que señale la Secretaría, el cual no podrá ser menor a tres meses. 

Artículo Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Fraguas Madurga, Lourdes, “El concepto de derechos fundamentales y las generaciones de derechos”, en Anuario del Centro de la Universidad Nacional de Educación a Distancia en Calatayud, núm. 21, 2015, pp. 124-134.

2 Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública (CESOP), Integración y concatenación de padrones de beneficiarios como factores de transparencia y rendición de cuentas, 2014, p. 2. Consultado en

file:///C:/Users/Principal/Downloads/CESOP%20Padrones_programas %20sociales.pdf (10-11-19).

3 Transparencia Mexicana y Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo en México, Iniciativa para el Fortalecimiento de la Institucionalidad de los Programas Sociales (IPRO). Informe de Resultados 2013, p. 12. Consultado en

https://www.programassociales.org.mx/descargas/informes/Informe -de-resultados-IPRO-2013.pdf (10-11-19).

4 Auditoría Superior de la Federación (ASF), Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2013. Consultado en

https://www.asf.gob.mx/Trans/Informes/IR2013i/Documentos/Audito rias/2013_0271_a.pdf (10-11-19).

5 Transparencia Mexicana y PNUD: En riesgo reducción de la pobreza y de la desigualdad si no se revisa la eficacia y los resultados de los programas sociales vigentes. Consultado en

https://www.tm.org.mx/en-riesgo-reduccion-de-la-pobreza-y-de-la -desigualdad-si-no-se-revisa-la-eficacia-y-los-resultados-de-los-programas-soci ales-vigentes-transparencia-mexicana-y-pnud/ (11-11-19).

6 Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI) (06-06-19). ¿Por qué hay tanta corrupción en México? Nexos. Consultado en

https://anticorrupcion.nexos.com.mx/?p=1076 (11-11-19).

Salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 5 de febrero de 2020.— Diputada Lucía Flores Olivo (rúbrica).»

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Gracias. Túrnese a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen.



LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Ernesto Ruffo Appel, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 57 Ter de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

El diputado Ernesto Ruffo Appel:Diputado presidente Adame, con su venia. Señoras y señores diputados, este 16 de diciembre pasado la Corte Interamericana de Derechos Humanos recibió denuncia por procedimientos con discriminación y mañas actuados por esta Cámara de Diputados, concretamente la Junta de Coordinación Política, la nunca bien ponderada Jucopo.

El caso específico: el nombramiento para el titular del Órgano Interno de Control del Inegi. Esto sucedió el 30 de abril pasado, que provocó el reclamo airado del presidente de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, diputado Óscar González Yáñez en la última sesión precisamente de ese abril.

Actuaron en comisiones unidas, junto con la de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, y ambas comisiones enviaron terna a la Junta de Coordinación Política, donde incluso de manera unánime uno de los integrantes de la terna llegó por unanimidad.

Propusieron al ciudadano Ricardo Garza Espíritu, quien registró esta denuncia ante la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos, por el proceder de esta Cámara, en razón de que la Jucopo propuso a este plano a quien le correspondió el número 14 en la lista, no a ninguno de los integrantes de la terna.

Fíjense bien. Hay dos palabras, terna y lista. Es un asunto que produce confusión en estos asuntos de la selección de los individuos, hombres y mujeres que vayan a integrar órganos internos de control o personales y funcionarios de los órganos autónomos en nuestro país.

Esto tiene que ver con una elección que deviene de la Constitución. Los órganos internos de control, los órganos autónomos requieren de dos terceras partes de la votación presente y en esa ocasión el presidente de la Mesa Directiva, Muñoz Ledo, no prestó atención a los reclamos del diputado González Yáñez, donde exclamó que no había respeto a la palabra. Más tarde, en entrevista al diputado Alfredo Porras, describió los hechos como un madruguete a esta asamblea que representa a la nación.

Por esta descripción de hechos es que presento iniciativa de reforma al artículo 57 Ter de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. El propósito es que ya no haya manipulación, que los procedimientos sean claros, que se respete el trabajo en comisiones, que ya no se den la discriminación y mañas, como dicen los comentarios acerca de los cuates y las cuotas.

Para que haya certeza, compañeros diputados y diputadas, que es la base de la democracia, para evitar la intromisión de intereses políticos que buscan el control de los órganos autónomos, señoras y señores diputados, necesitamos medidas preventivas, contrapesos, que se respete la vida institucional, necesitamos los mejores perfiles, hombres y mujeres, provenientes de la cultura del esfuerzo. Necesitamos parlamento abierto, que puedan también postular las universidades, que las comisiones aprueban ternas y no listas, que el sistema nacional de anticorrupción opine de forma no vinculante.

Compañeros, ya basta de estas formas autoritarias, cobijadas por una lealtad al poder y no a la nación. Ya corresponden los nombramientos del INE y del INAI. Prevengamos, ¿qué vamos a hacer? Absolutismo o institucionalidad, compañeros. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 57 Ter de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Ernesto Guillermo Ruffo Appel e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

El diputado Ernesto Guillermo Ruffo Appel, del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72, inciso h), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, 77 numerales 1 y 2, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a consideración de esta soberanía la iniciativa que contiene proyecto de decreto por el que se reforma el inciso b), la fracción III, del inciso g), y el inciso h), todos del numeral 1 del artículo 57 Ter de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La seguridad jurídica es el elemento básico de una verdadera democracia. En el momento en que no se tiene certeza de los procedimientos a través de los cuales se llevarán a cabo las elecciones de servidores públicos clave para el desarrollo de un estado, se pone en peligro la propia definición de democracia.

El artículo que se pretende adicionar corresponde a una de las facultades más importantes que tiene la Cámara de Diputados; el nombramiento de los titulares de los Órganos Internos de Control de los organismos con autonomía reconocida en la Constitución que ejerzan recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación.

Los Órganos Internos de Control tienen objeto diseñar, preparar y procesar la información que permita vigilar, evaluar y confirmar el cumplimiento de las funciones sustantivas y adjetivas de las instituciones que representan. Son una parte sustancial para el combate a la corrupción.

Con base en lo anterior, se considera que los servidores públicos antes mencionados son indispensables en el correcto funcionamiento de las instituciones en las que fungirán como titulares del Órgano Interno de Control. Su papel es de la mayor importancia que se puede tener dentro del Estado, son los garantes de la funcionalidad y la aplicación del principio de legalidad.

Por lo anterior, es necesario que los procesos de selección que se lleven a cabo en la Cámara de Diputados tengan la mayor claridad y certeza posible; porque en el desafortunado supuesto en el que un candidato no idóneo fuera elegido en alguno de los dos supuestos de votación, comprometería gravemente la funcionalidad de la institución en la que sea nombrado.

Al día de hoy se han llevado a cabo diversos actos realizados por la Junta de Coordinación de Política en la que los procedimientos establecidos por ésta, no son claros o son modificados sin seguir el procedimiento por el que fueron expedidos, lo que genera falta de certeza e inseguridad jurídica. Aún se siente reciente, el polémico desahogo del procedimiento de nombramiento del titular del órgano interno del control del Instituto Nacional de Estadística y Geografía previsto en la convocatoria publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 15 de marzo de 2019, y del que se ha denunciado que la Junta de Coordinación Política de apartó de su cumplimiento.

Ante ello, esta iniciativa pretende reformar el artículo 57 Ter de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer mecanismos que contribuyan al parlamento abierto en la elección de contralores internos de los organismos con autonomía reconocida en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En principio, se modifica el inciso b), para incorporar dentro del procedimiento de nombramiento de los titulares de los Órganos Internos de Control, que se considere la especialización de conocimientos que debe tener la persona que sea designada, incluyendo que los candidatos puedan ser postulados por instituciones públicas de educación superior.

Asimismo, se propone reformar, la fracción III del inciso g), para dar mayor transparencia al proceso de designación, estableciendo que las comparecencias ante las Comisiones Unidas de Transparencia y Anticorrupción, y de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, sean transmitidas por la señal del Congreso y abiertas al público que desee acudir a las mismas.

Por último, se busca realizar una enmienda al inciso h), para precisar que las comisiones dictaminadoras incorporen en el dictamen una terna integrada por los candidatos electos, en lugar de una lista, misma y que se haría llegar a la Junta de Coordinación Política. Además, a efecto de dotar de mayor transparencia y más valoración de la sociedad, se propone que el presidente del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, intervenga con su participación y opinión de manera no vinculante sobre la selección de la terna respectiva.

En suma, al incorporarse mayores mecanismos de parlamento abierto en el procedimiento de nombramiento de los titulares de los órganos internos de control, lograremos garantizar más transparencia, rendición de cuentas, cercanía con la sociedad y legitimidad en el trabajo de selección de los mejores perfiles.

Con lo anterior, lograremos prevenir cualquier riesgo de caer en la tentación de apartarse ilegalmente de los procedimientos previstos en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y nos permitirá ser respetuosos en lo sucesivo, de las mejores prácticas parlamentarias en los procedimientos de nombramientos de altos mandos en instituciones como el Instituto Nacional Electoral, entre otros organismos con autonomía constitucional que requieren salvaguardar su buen funcionamiento e independencia.

En tal virtud, tengo bien someter a consideración de esta honorable representación el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforma el inciso b), la fracción III del inciso g), y el inciso h), todos del numeral 1 del artículo 57 Ter de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Único. Se reforma el inciso b), la fracción III del inciso g), y el inciso h), todos del numeral 1 del artículo 57 Ter de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 57 Ter.

1. La designación de los titulares de los Órganos Internos de Control se llevará a cabo de conformidad con el procedimiento siguiente:

a)...

b) Esta convocatoria será abierta para las instituciones públicas de educación superior que deseen postular candidatos, contendrá las etapas completas para el procedimiento, las fechas límite y los plazos improrrogables, así como los requisitos legales que deben satisfacer los aspirantes y los documentos que deben presentar para acreditarlos;

c) a g)...

I. y  II...

III. El día y hora en donde tendrán verificativo las comparecencias ante las Comisiones Unidas de Transparencia y Anticorrupción; y de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, de los aspirantes que hayan cumplido con los requisitos exigidos, a efecto de garantizar su garantía de audiencia y conocer su interés y razones respecto a su posible designación en el cargo. Las comparecencias serán abiertas al público en general y se transmitirán en vivo por el Canal del Congreso;

h) Una vez que se hayan desahogado las comparecencias, las Comisiones Unidas de Transparencia y Anticorrupción; y de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, sesionarán de manera conjunta con la finalidad de integrar y revisar los expedientes y entrevistas para la formulación del dictamen que contenga la terna de candidatos aptos para ser votados por la Cámara, y que se hará llegar a la Junta de Coordinación Política. En la discusión del dictamen, en el marco de parlamento abierto, se escuchará de manera no vinculante al presidente del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción;

i) a k)...

Artículo Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de febrero de 2020.— Diputados y diputadas: Ernesto Guillermo Ruffo Appel, Adolfo Torres Ramírez, Adriana Dávila Fernández, Ana Paola López Birlain, Annia Sarahí Gómez Cárdenas, Antonia Natividad Díaz Jiménez, Carlos Carreón Mejía, Carlos Humberto Castaños Valenzuela, Cecilia Anunciación Patrón Laviada, Dulce Alejandra García Morlan, Éctor Jaime Ramírez Barba, Evaristo Lenin Pérez Rivera, Felipe Fernando Macías Olvera, Gloria Romero León, Guadalupe Romo Romo, Hernán Salinas Wolberg, Isabel Margarita Guerra Villarreal,  Jacquelina Martínez Juárez, Jorge Arturo Espadas Galván, Jorge Romero Herrera, José del Carmen Gómez Quej, José Elías Lixa Abimerhi, José Martín López Cisneros, José Ramón Cambero Pérez, José Rigoberto Mares Aguilar, José Salvador Rosas Quintanilla, Justino Eugenio Arriaga Rojas, Karen Michel González Márquez, Lizbeth Mata Lozano, Madeleine Bonnafoux Alcaraz, Marcelino Rivera Hernández, Marco Antonio Adame Castillo, María de los Angeles Gutiérrez Valdez, María Eugenia Leticia Espinosa Rivas, María Marcela Torres Peimbert, Martha Elena García Gómez, Martha Estela Romo Cuéllar, Miguel Alonso Riggs Baeza, Patricia Terrazas Baca, Ricardo Flores Suárez, Sarai Núñez Cerón, Sergio Fernando Ascencio Barba, Sonia Rocha Acosta, Sylvia Violeta Garfias Cedillo, Vicente Javier Verastegui Ostos, Víctor Manuel Pérez Díaz, Xavier Azuara Zúñiga (rúbricas).»

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Túrnese a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.



SE INSCRIBA EN LETRAS DE ORO EL NOMBRE DE MARIANO OTERO

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Brasil Alberto Acosta Peña, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto para que se inscriba en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados, el nombre de Mariano Otero.

El diputado Brasil Alberto Acosta Peña:Con su permiso, presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Adelante.

El diputado Brasil Alberto Acosta Peña: "La Constitución, para que sea respetable y duradera, es decir, para que tenga existencia sólida, necesita no contener sino muy pocos principios, todos fundamentales y si es posible ninguno disputable". Mariano Otero.

Un gran político mexicano de nuestro tiempo caracterizó a Mariano Otero como el abogado, filósofo y pensador jalisciense. Don Mariano Otero fue casi con seguridad la mente más lúcida y penetrante de la primera mitad del siglo XIX mexicano.

Vivió apenas 33 años, que le bastaron para heredarnos un legado teórico profundo, que conserva todo su valor y transcendencia para nuestra vida política actual. Y, en efecto, Mariano Otero fue de esos grandes hombres adelantados a su tiempo, no solo a sus contemporáneos mexicanos sino incluso a las cumbres del pensamiento universal, Hegel y los materialistas dialécticos que le siguieron. Su visión científica del mundo le permitió influir y dar luz en un momento donde el rumbo de la nación estaba en riesgo.

A diferencia de otros juristas, Mariano Otero no atribuye el poder de la ley a una mística e intangible justicia eterna, que toma cuerpo en ella sino una razón bien concreta y material, al hecho de que la ley cuando está bien pensada y mejor construida refleja de modo exacto, correcto y equitativo la pluralidad de intereses que existe en toda sociedad humana, intereses que no son solo divergentes sino a veces, abiertamente opuestos entre sí.

Para Otero, la buena ley realiza el milagro de contener a todos y reducir a la pluralidad a una unidad, la inclusión de todos los intereses y puntos de vista, compatibilizándolos entre sí hasta donde es posible.

Logra la armonía de los opuestos, dando como resultado una sociedad avenida, funcional y que permita el desarrollo progresivo y pacífico de los elementos dispares que la constituyen. El ilustre jalisciense nació hace ya más de 200 años y es, sin duda, uno de los pensadores más fecundos y juristas pródigos más destacados de nuestra historia.

En 1842, después de haber sido nombrado diputado al Congreso Constituyente, escribió su famoso ensayo sobre el verdadero estado de la República, sobre el verdadero estado de la cuestión y política que se agita en la República, en el que muestra su gran capacidad de análisis de la realidad mexicana. Poco después fue cofundador del Ateneo Mexicano de la Juventud, en 1844.

Proponer al Congreso que eleve a grande altura el Poder Judicial de la Federación, dándole el derecho de proteger a todos los habitantes de la República, en el goce de los derechos que le aseguren la Constitución y las leyes constitucionales, contra todos los atentados del Ejecutivo o del Legislativo, ya de los estados o de la Unión, fue la gran aportación de Mariano Otero junto a otras.

Mariano Otero fue un hombre liberal, defensor de los derechos humanos, de la división de poderes, la libertad de expresión y del federalismo. Acérrimo defensor de la soberanía. Ante la inminente guerra con Estados Unidos votó en contra del tratado Guadalupe-Hidalgo.

Con base en lo establecido por los criterios de la Cámara de Diputados para la inscripción en el Muro de Honor, en el artículo segundo, las inscripciones tienen por objeto rendir homenaje a personas de gran trascendencia para el país. Mariano Otero es, sin duda, un agente fundamental para la visión política y jurídica de México, que con su legado generó un cambio de paradigma en la manera de entender y ejercer el derecho de la nación, junto con Crescencio Rejón fue el padre del juicio de amparo.

En esta legislatura, el Consejo Editorial se ha encargado de trabajar en el rescate de alguna de las obras más importantes de Mariano Otero. Recientemente se publicó un libro de esta obra.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con decreto para que se inscriba con Letras de Oro en el Muro de Honor del Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados, el nombre de Mariano Otero, para que entre los ya escritos destaque también la estrella luminosa y guía del jalisciense ilustre.

Solicito, presidente, se inscriba íntegro el texto que voy a entregar a la Secretaría, para que quede en el Diario de los Debates. Muchas gracias.

«Iniciativa de decreto, para que se inscriba en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados el nombre de Mariano Otero, a cargo del diputado Brasil Alberto Acosta Peña, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, diputado federal Brasil Alberto Acosta Peña, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77, 78 y 82, numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la presente iniciativa con proyecto de decreto para que se inscriba en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados el nombre de “Mariano Otero”, con la petición de que se consulte al pleno la dispensa del trámite de dictaminación y se proceda a su discusión inmediata, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

“La Constitución, para que sea respetable y duradera, es decir, para que tenga existencia sólida, necesita no contener sino muy pocos principios, todos fundamentales, y si es posible ninguno disputable”. Mariano Otero

Son muchos los nombres ilustres que han escrito en las páginas históricas de nuestra nación. Mariano Otero Mestas es uno de ellos.

El ilustre jalisciense, que nació hace ya más de 200 años, es sin duda uno de los pensadores fecundos y juristas pródigos más destacados de nuestra historia. A corta edad, aportó vastamente a la construcción de aquél México, ocupando cargos relevantes desde 1841 como delegado de Jalisco en la Junta de Representantes de los Departamentos, diputado de su estado, diputado constituyente, senador y ministro de Relaciones Exteriores. Durante el encargo de estos importantes puestos, Otero se distinguió como un hombre de Estado y estudioso de la realidad mexicana, esta esencia la capturó en muchos de sus escritos, y desde todas las sedes en las que le fue posible intervenir.

En 1842, después de haber sido nombrado diputado del Congreso Constituyente, escribió su famoso Ensayo sobre el verdadero estado de la cuestión social y política que se agita en la República Mexicana, mostrando su gran capacidad de análisis de la realidad social de México. Poco después, en 1844, fue cofundador del Ateneo Mexicano de la Juventud.

Mariano ocupó el cargo de diputado constituyente por segunda vez en 1847. En este periodo, presentó su voto particular para construir lo que hoy en México conocemos como juicio de amparo. Él y Manuel Crescencio Rejón son considerados precursores en la materia; sus aportaciones constitucionales se presentaron de la siguiente manera:

“...Proponer al Congreso que eleve a grande altura al Poder Judicial de la Federación, dándole el derecho de proteger a todos los habitantes de la República en el goce de los derechos que le aseguren la Constitución y las leyes constitucionales, contra todos los atentados de Ejecutivo o del Legislativo, ya de los Estados o de la Unión.”

Además de dar luz de las primeras disposiciones del amparo para la protección de los gobernados, éste solo párrafo da muestra del pensamiento y de la ideología federalista y liberal de Otero. Igualmente, de este párrafo se puede advertir la clara influencia de pensadores como Montesquieu, Rousseau y Locke, al proponer la división de poderes y la contención del poder con la teoría de los pesos y contra pesos.

Durante su vida, siempre estuvo al lado de las mentes más brillantes y revolucionarias del momento. Compartió curul como constituyente con personajes como Benito Juárez y Manuel Crescencio Rejón; igualmente, fue compañero de ideas de Guillermo Prieto, Mariano Riva Palacio y José María Lafragua, con quienes consolidó el pensamiento liberal mexicano.

Mariano Otero fue un hombre liberal, defensor de los derechos humanos, de la división de poderes, la libertad de expresión y del federalismo. Acérrimo defensor de la soberanía nacional ante la inminente guerra con los Estados Unidos, votó en contra del Tratado Guadalupe-Hidalgo.

Sus obras abarcaron desde lo jurídico y político hasta lo meramente literario. Mariano Otero murió víctima de cólera en 1850, a los 33 años, con una prometedora carrera por delante.

Con base en lo establecido en los criterios para las inscripciones de Honor en la Cámara de Diputados, en su artículo segundo, las inscripciones tienen como objetivo el rendir homenaje a personajes de gran trascendencia para el país. Mariano Otero es sin duda un agente fundamental para la visión política y jurídica de México, que, con su gran legado, generó un cambio de paradigma en la manera de entender y ejercer el derecho en esta nación y acaso en el mundo.

Con anterioridad, la petición de esta inscripción ha sido rechazada, dictaminada en sentido negativo o simplemente desechada, eso sí, bajo pocos argumentos; nos sumamos a la siguiente lista de promoventes, a quienes de igual forma hay que hacer un reconocimiento:

1. El 28 de abril del 2005, en la LIX Legislatura fue presentada la iniciativa para inscribir el nombre de “Mariano Otero”, por el diputado David Hernández Pérez, del GPPRI, que quedó desechada en sesión del 23 de noviembre de 2011, por acuerdo de la Mesa directiva.

2. En 2012, El diputado Rafael Yerena Zambrano, del GPPRI, integrante de la LXI Legislatura, presentó iniciativa con proyecto de decreto para que se inscriba el nombre de Mariano Otero en el Palacio Legislativo del salón de sesiones.

3. En un segundo intento, en el 2012 el diputado David Hernández Pérez, perteneciente a la LXI Legislatura, presentó iniciativa para inscribir con Letras de Oro en el Muro de Honor el nombre de Mariano Otero y en esa ocasión agregó el nombre de Ignacio L. Vallarta, quedando nuevamente en un intento frustrado.

4. En 2017, los diputados César Camacho Quiroz, Rafael Yerena Zambrano y Pablo Gamboa Miner, del GPPRI, en el marco del bicentenario del natalicio de Mariano Otero, propusieron la inscripción del nombre de Mariano Otero, así como de Manuel Crescencio García Rejón.

Todas ellas, desestimadas.

En el Muro de Honor del salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro se albergan inscritos los nombres de los personajes, instituciones y acontecimientos que han dado forma a la historia de México. En estas letras, se pueden leer áureas de la independencia, la reforma, la revolución, la libertad, la igualdad y la democracia. Consideramos que, en la mente y el ideario mexicano, es necesario reconocer otro nombre que peleó férreamente por los ideales de la nación.

En esta Legislatura, el Consejo Editorial se ha encargado de trabajar en el rescate de algunas de las obras más importantes de don Mariano Otero. Recientemente, se publicó material de esa casa que reúne sus principales escritos, homenaje y reconocimiento al pensamiento y al hombre, que encarnó, hemos dicho, el sentir de un México libre y soberano.

La presente iniciativa es una oportunidad para la LXIV Legislatura de no cometer el mismo error de otras que antecedieron, y aprobar esta iniciativa con certeza de así honrar el nombre y legado de un hombre que, sobre todas las cosas, fue un patriota, representación noble del ciudadano mexicano.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa con proyecto de:

Decreto por el que se inscribe con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados el nombre de “Mariano Otero”

Artículo único. Inscríbase con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados el nombre de “Mariano Otero”.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Facúltese a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la Cámara de Diputados para la realización y organización de la ceremonia respectiva.

Fuentes

Covarrubias Dueñas, José, Aportaciones al pueblo de México de Josef Mariano Fausto Andrés Otero Mestas, Instituto de investigaciones Jurídicas, Biblioteca Virtual:

https://biblio.juridicas.unam.mx/bjv/resultados?ti=mariano+oter o&radio-libro-coleccion=on&radio-titulo-autor=on#cargando

Iniciativas en el mismo sentido:

http://sil.gobernacion.gob.mx/Busquedas/Basica/ResultadosBusque daBasica.php?SID=ced724cdb609b97077ad987978824139&Origen=BB&Serial=0a22 53ce3e16730042de7fbaa88968d5&Reg=4&Paginas=15&pagina=1#2

Mariano Otero, Estudio de la SCJN:

https://otero.scjn.gob.mx/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el 5 de febrero de 2020.— Diputados y diputadas: Brasil Alberto Acosta Peña, Dulce María Sauri Riancho, Enrique Ochoa Reza, Higinio del Toro Pérez, Jannet Tellez Infante, José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, Juan Martín Espinoza Cárdenas, Lidia García Anaya, María Ester Alonzo Morales, María Eugenia Hernández Pérez, María Marivel Solís Barrera, Mónica Almeida López (rúbricas).

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Insértese de manera íntegra en el Diario de los Debates, y túrnese a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.

El diputado Higinio del Toro Pérez (desde la curul): Presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: ¿Sí, diputado? Sí, diputado Del Toro.

El diputado Higinio del Toro Pérez (desde la curul): Gracias, presidente. Solo si me permite el diputado Brasil adherirme a su iniciativa, si no tiene inconveniente.

Más allá de que es un jalisciense y por obvias razones, al ser diputado de ese estado, el juicio de amparo tiene particular relevancia hoy, que se pretende una nueva reforma al Poder Judicial, la figura del amparo deberá ser una figura que deberá prevalecer y pensar que Mariano Otero es precursor de esto es de suma importancia adherirnos a esta iniciativa.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Adelante, diputado.



LEY MONETARIA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Gerardo Fernández Noroña, del Grupo Parlamentario del PT, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 2o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Ulises García Soto, del Grupo Parlamentario de Morena.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña:Muchas gracias, diputado presidente. De hecho, el diputado Ulises García Soto, de Morena, y un servidor, somos promoventes en igualdad de condiciones, y le agradezco que me haya dado oportunidad de presentar esta iniciativa.

México es el principal productor de plata del mundo, lo fue desde antes de ser nación independiente en la época de la Colonia, y nuestra plata sale al extranjero, a muy diversas finalidades.

Esta iniciativa pretende que la plata se quede en México y se quede fortaleciendo el ahorro de las mexicanas y de los mexicanos. Si tú metes tu dinero al banco, dos de la vela y de la vela dos, te cobran el manejo y patatín patatán y se te hace polvo. No hay prácticamente, para el pueblo llano, ningún medio de ahorro que le garantice que no se deprecie su ahorro, que tenga un rendimiento, que tenga mejoría de condiciones.

Esta iniciativa plantea que el pueblo ahorre en plata, en monedas de plata, y que de esa manera esté documentado cómo esas monedas de plata empezaron en una cantidad y han quintuplicado su valor a lo largo de estos años, a pesar de la especulación que puede haber y de la discusión sobre la inestabilidad del precio de la plata, pues la plata siempre será plata, siempre será un metal precioso, que tiene un valor importante y que garantizaría que el pueblo pueda ahorrar y que además pueda, en cualquier momento, hacer su ahorro dinero, contante y sonante, porque si tú ahorras en monedas de plata y luego en un momento de emergencia las quieres vender, pues está sujeto a lo que te quieran pagar dado que se den cuenta de que tienes premura de obtener recursos económicos.

Pero si la moneda tiene un valor fijo en el mercado, que eso es lo que estamos proponiendo, que la onza de plata tenga un valor fijo en el mercado, un valor comercial, sea moneda de curso, para decirlo de manera llana. De esa forma, por un lado, estimulas el ahorro, por otro lado, generas que la plata que hay en el país... Por otra parte, el pueblo no tiene pérdidas en los ahorros que realiza y en cualquier momento puede usarlo como moneda de curso.

El Fondo Monetario Internacional se opone a estas cosas, porque la especulación es constante y permanente. Entonces, el dinero virtual y el dinero de papel y el dinero que no vale, tú sacas un dólar y antes ese dólar tenía que tener respaldo en plata. Luego lo cambiaron al patrón oro y ahora es el patrón especulación, porque tú puedes traer tambaches de dinero que no tienen ningún respaldo en ningún lugar.

Nosotros, nuestra moneda, tenemos que respaldarla en dólares, que no está respaldada en nada y, sin embargo, con la plata estaría ese dinero. Ese peso mexicano, abriría una mejoría de la economía, no solo del pueblo ahorrador, sino del pueblo en general.

Tendríamos una moneda fuerte, una moneda que está respaldada en un valor material verdadero, un metal precioso, además de que somos, como ya lo dije, el principal productor de plata del mundo.

Yo quiero decir con mucha franqueza que esta iniciativa lleva mucho tiempo queriéndose aprobar y que siempre ha sido frenada por autoridades en el ámbito monetario. A veces es el Banco de México, a veces es alguien en la Comisión de Hacienda, que dicen del gobierno que siempre no, porque esta iniciativa la ha batallado y sería injusto no decirlo, Salinas Price. Y lo acusan de que tiene minas de plata y que por eso tiene interés en que esto se lleve a la realidad.

Yo creo que el hombre tiene razón, yo creo que haría un gran servicio a la patria si esta soberanía determina que la moneda de plata sea moneda de curso, tenga un valor determinado, sirva para el ahorro de los mexicanos y fortalezca la economía nacional. Sería un mensaje de independencia y soberanía económica poderoso de nuestra patria.

Por eso el diputado Ulises García y un servidor les pedimos que por fin esta iniciativa se apruebe y se haga realidad, y nuestro pueblo pueda ahorrar en monedas de plata. Muchas gracias por su atención, compañeros y compañeras.

«Iniciativa que adiciona el artículo 2o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Gerardo Fernández Noroña y Ulises García Soto, de los Grupos Parlamentarios del PT y Morena, respectivamente

Los suscritos Ulises García Soto y José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, diputados integrantes de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad conferida en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 76, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un inciso d) al artículo 2o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor del siguiente

Planteamiento del Problema

Los mexicanos hemos experimentado diferentes crisis económicas en diversas décadas, que han conllevado pérdida del poder adquisitivo de nuestra moneda y del ahorro, trayendo como consecuencias una grave injusticia e inestabilidad social y frustraciones personales. La presente iniciativa pretende ofrecer al país una nueva alternativa de ahorro que le permita a la población encontrar un refugio contra estas circunstancias que se presentan cíclicamente en la economía a nivel nacional y mundial.

México es el primer productor mundial de plata; en 2016 produjo 189.5 millones de onzas. Y anualmente se acuñan, en promedio, 850 mil onzas Libertad. Es decir, que solamente el 0.4 por ciento de la plata que producimos se destina para la acuñación de onzas de plata nacionales. Según la Cámara Minera, cerca del 90 por ciento de la plata sale del país en forma de exportación como materia prima.

Sin embargo, históricamente la plata ha demostrado ser un buen medio para conservar valor a través del tiempo. Desde que se fundó el Banco de México, en 1925, ha sido constante el esfuerzo del Congreso y los gobiernos por utilizar plata en las monedas circulantes, como un recurso para conservar el poder adquisitivo de la moneda y del ahorro nacional.

Por ello, la plata siempre ha estado presente en casi todas las reformas monetarias y en todos los programas de acuñación, desde el famoso peso 0.720 que aún se recuerda, y del cual se acuñaron 458 millones (emitido desde 1920 a 1945), hasta las Monedas Conmemorativas de los Estados (emitidas en 2004).

En 1946 se tuvo que suspender la acuñación del peso de plata 0.720, pues la plata contenida en un peso valía más, de manera que al Banco de México le resultó incosteable; había alcanzado “su punto de fusión”, es decir, el momento en que el valor intrínseco de la plata superó el valor nominal grabado.

Como solución, durante todo el siglo XX el Banco de México incluyó cada vez menos plata en las aleaciones. En 1947 el contenido de plata se redujo a 7 gramos (peso ley 0.500); en 1950 se redujo a 4 gramos (peso ley 0.300); y de 1957 a 1967 se redujo aún más, a 1.6 gramos (peso Ley 0.100).

Posteriormente, en 1979 el presidente López Portillo acuñó el famoso Morelos de plata de 100 pesos; en 1993 se incorporó plata en las monedas de 10, 20 y 50 pesos, y en 2004 el Banco de México emitió una moneda de 100 pesos, con media onza de plata.

Sin embargo, debido a inflación o devaluación, el resultado fue siempre el mismo: la plata siempre volvió a valer más que el valor nominal grabado y su destino fue la fundición o las colecciones numismáticas.

Como es posible observar, utilizar plata en nuestra moneda, con el objetivo de darle al ahorro nacional un valor más estable, ha permanecido presente. Sin embargo, todos esos intentos han resultados vanos porque, tarde o temprano, esas monedas alcanzaron su “punto de fusión”.

El intento más ambicioso de utilizar la plata como un medio masivo de ahorro nacional data de 1979, con la legislación que dio paso a la creación de la moneda onza de plata Libertad, la cual carece de valor nominativo grabado; misma que se acuña hasta la fecha. Sin embargo, este esfuerzo no tuvo el gran alcance que se propuso originalmente, debido a omisiones en dicha Ley, que ahora son fácilmente observables a partir de esa experiencia.

En esta ley, en el actual artículo 2o. Bis de la Ley Monetaria, se estipuló que, en vez de tener un valor fijo, las monedas de plata tendrían un valor flotante, determinado diariamente por el Banco de México en base al precio del metal, y también que éstas gozarían de curso legal por el equivalente a su cotización en pesos; disposición que aún hoy es vigente.

Gracias a que la onza Libertad no tiene un valor nominal fijo, esta moneda nunca ha llegado al punto de fusión a pesar de las devaluaciones; el Banco de México la ha acuñado ininterrumpidamente desde entonces, no se ha fundido y permanece como ahorro en manos de la población, en grandes cantidades.

Sin embargo, debido a que la cotización de esta moneda es flotante incluso a la baja, su valor puede quedar por debajo de su precio de adquisición; cuando se presentó esta situación, el público se inclinó a rechazar las monedas y devolverlas al Banco de México para evitar pérdidas, razón por la cual dejó de funcionar como medio masivo de ahorro, como era la intención original.

A partir de entonces, el artículo 2o. Bis de la Ley Monetaria se volvió letra muerta pues dejó de observarse, y ahora esta moneda se maneja como una simple mercancía, lo cual implica obstáculos para que la población aproveche plenamente el potencial de este instrumento de ahorro.

Los obstáculos que actualmente enfrentan los ahorradores en onzas de plata Libertad, derivados de las omisiones del artículo 2o. Bis de la Ley Monetaria, son:

a) En los hechos, la población no puede adquirir la onza de plata Libertad al precio determinado por el Banco de México, tal como lo marca la Ley. Cada distribuidor comercial coloca la moneda a un precio distinto y arbitrario.

b) Los distribuidores cobran un descuento en las operaciones de compra y venta de la moneda, lo cual merma su efectividad como instrumento de ahorro al ocasionar una pérdida a su tenedor.

c) Actualmente, el valor de la onza de plata Libertad sube y baja conforme al movimiento del precio de la plata en los mercados internacionales, lo cual puede provocar pérdidas a su tenedor en el corto plazo, aun cuando la tendencia de la plata a largo plazo sea indiscutiblemente a conservar o incrementar su valor respecto al peso.

Cabe señalar, que la función primordial del ahorro es contar con reservas para enfrentar situaciones urgentes o para emprender proyectos en el futuro; por lo que un instrumento de ahorro que paulatinamente pierde valor, no cumple satisfactoriamente su función. Actualmente ninguno de los dos instrumentos de ahorro a los que más recurre la población, que son:

a) La acumulación de efectivo, así como los instrumentos informales de ahorro y crédito basados en efectivo, como las tandas, que son los más difundidos entre el grueso de la población. El ahorro en efectivo, debido a la inflación persistente, continuamente pierde valor. En esta situación está el 56 por ciento de la población que no está bancarizada.

b) Las cuentas de ahorro y los depósitos a plazo, utilizados por un reducido sector de la población, cuyo beneficio principal lo obtiene el sector bancario, más que el público ahorrador. Esas cuentas constituyen más un instrumento de transacción (por ejemplo, depósitos de nómina) que un vehículo de ahorro. Esas cuentas no ofrecen rendimiento y son un mero sustituto del efectivo como medio de pago. Debido a la inflación, los retornos negativos implican destrucción sobre el ahorro. El retorno de las cuentas de ahorro, depósitos a plazo y Cetes a tres meses ha sido negativo en los últimos 10 años.

Por el contrario, la plata es un activo que funciona como verdadero acervo de valor, con breves periodos de rendimientos reales negativos, pero con un promedio de retorno real general positivo a mediano y largo plazo, que ha sido del 14.2 por ciento de tasa anual en la década de 2007 a 2017. Además, el mercado ha demostrado que la plata es un instrumento de cobertura y acervo de valor ante un entorno económico volátil.

Un análisis elaborado por el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados (CEFP), titulado “La plata como moneda de curso legal” resalta los beneficios concretos que se otorgarían a la población al impulsar la plata como ahorro familiar, sobre todo para los estratos en situación de pobreza y para las familias de medianos ingresos.

Dicho estudio concluye: “La moneda de plata se puede posicionar como un instrumento efectivo de ahorro a largo plazo, toda vez que sería una moneda que virtualmente no se devalúa, además de que en los últimos 17 años ha mostrado un comportamiento ascendente. En ese periodo, el nivel de ganancias de un ahorrador en plata superó ampliamente al que invirtió en dólares, en una relación de 3 a 1”.

El resultado invariable de todas las emisiones de moneda de plata con valor nominal grabado ha sido que el señoreaje comienza a resultar negativo tan pronto como el precio del metal excede el valor nominal de la moneda, sea por la constante inflación interna, o cuando el peso sufre un deslizamiento frente al dólar, lo cual ocasiona el mismo efecto. Por ello, el Banco de México necesariamente ha tenido que suspender su acuñación, a pesar de los deseos de la población, que naturalmente prefiere las monedas con plata.

En principio, para que la onza de plata cumpla su función de ahorro popular seguro, es indispensable conferirle un valor oficial de circulación que pueda recorrerse al alza cuando suba el precio de la plata, tal como ahora lo contempla la ley, pero mantener el último valor oficial en caso de que el precio de la plata baje. Esta es la innovación más importante con respecto a la reforma de 1979 y la manera en que actualmente se debe manejar la onza Libertad.

De aprobarse la presente iniciativa, la onza Libertad se comportaría de igual forma que los billetes y las monedas que usamos diariamente, los cuales llevan un valor nominal impreso o grabado, y ese valor nunca puede reducirse, a pesar de que baje el precio internacional del material con que están hechos.

Por eso, una disposición legal decretando que su valor nominal no debe disminuir, sería redundante en el caso de esas monedas. Sin embargo, en el caso de una moneda de plata sin valor nominal grabado que tiene curso legal —gracias a la  reforma de 1979—, hace falta, y debe de quedar expresa para que esa condición implícita en todos los billetes y monedas actuales, se vuelva explícita en el caso de la onza de plata Libertad.

Sin ese valor oficial irreductible, la onza de plata Libertad no puede cumplir con su función, y se le seguirá considerando indefinidamente como una mercancía, en perjuicio de los ahorradores y del mismo Banco de México, que tiene la obligación legal de recibir esas monedas, incluso cuando su valor baja.

Así, el presente proyecto perfecciona la reforma de 1979 y la opción de ahorro en plata, otorgando a la onza Libertad un valor oficial mínimo fijo, en caso de que el precio de la plata baje, sin que esto cause perjuicio económico alguno al tenedor o al propio Banco de México.

Además, el valor oficial de la onza de plata Libertad será denominado en pesos, y será determinado privativamente por el Banco de México. Este valor oficial en pesos, se modificará al alza las veces que sea necesario, tomando en consideración el incremento del precio internacional de la plata y el costo de acuñación, más un señoreaje básico no mayor a 20 por ciento; y la suma de esta cantidad, redondeada al múltiplo superior de veinte pesos. El último valor oficial no podrá reducirse, por las razones expuestas anteriormente.

Asimismo, se establece que el valor oficial se publique diariamente en el Diario Oficial de la Federación, a fin de que sea ampliamente conocido.

Se propone que el valor oficial sea un monto ajustable a múltiplos de veinte pesos, a fin de contar con una cifra que sea fácil de recordar para la población. Adicionalmente, este redondeo al alza servirá como un margen que permita mantener este valor sin cambio, cuando el precio de la plata se eleve sólo marginalmente.

Con respecto a la situación actual, estas disposiciones tendrán el efecto de facilitar ampliamente el ahorro en onzas Libertad, ya que esta moneda tendrá un valor conocido por todos, incrementará este valor sólo ocasionalmente y, gracias al ajuste en múltiplos de veinte pesos, será fácilmente recordable.

Mediante estas disposiciones, se pretende reafirmar que el único valor legal de la onza Libertad es el que oficialmente le asigne el Banco de México y así eliminar el inconveniente de diversos precios de mercado, además de eliminar el margen que actualmente se aplica al retomar la moneda en perjuicio del ahorrador.

En virtud de que esta alternativa de ahorro se concibe para beneficiar al ahorrador mexicano, la iniciativa prohíbe expresamente a los bancos, las casas de cambio y al propio Banco de México colocar o retomar esta moneda a cambio de monedas extranjeras.

Gracias a que la onza Libertad no tiene un valor oficial grabado, éste puede recorrerse al alza cuando se incrementa el precio de la plata, la acuñación de esta moneda siempre reportará al erario un señoreaje positivo, y será una continua fuente de ingresos para el Banco de México.

Actualmente la Ley no contempla ningún señoreaje en la acuñación de la onza, y hoy el Banco de México coloca esta moneda casi al valor de costo permitiendo que las ganancias por su manejo se la lleven los bancos y distribuidores privados, al vender las onzas Libertad al precio que éstos estipulan, además de cobrar una comisión por la recompra.

En el caso del papel moneda, el Banco de México obtiene un amplísimo señoreaje (cercano al 99 por ciento) sobre los billetes que emite, y en el caso de la onza Libertad el señoreaje será de sólo 20 por ciento. Sin embargo, en virtud de que esta iniciativa no implica detener la emisión de billetes y monedas regulares, el señoreaje que hoy se percibe por este rubro, continuará intacto, además de recibir ahora, señoreaje por la onza Libertad.

Adicionalmente, gracias a la disposición de mantener el último valor oficial de la onza Libertad aun cuando la plata baje de valor, en esta situación el Banco de México percibirá un señoreaje más amplio, ya que se reducen los costos de acuñación, mientras esta institución coloca la moneda, al último precio establecido.

El presente proyecto no implica costo fiscal alguno, ya que el ahorrador es el que pagaría, al momento de comprar la moneda los costos de la plata, de la acuñación y del señoreaje, tal como ahora lo hace al adquirir onzas Libertad.

La moneda de plata, al igual que cualquier bien, está sujeta a la posibilidad de ser falsificada. Aunque la falsificación exacta (con el mismo contenido de plata) ciertamente puede brindar el atractivo de apropiarse ilegalmente del señoreaje, esto es altamente improbable, ya que siempre resultará más lucrativo falsificar billetes, debido a su ínfimo costo de falsificación.

La falsificación de monedas es un delito tipificado y de competencia de la Fiscalía General de la República (FGR; específicamente la Unidad Especializada en Delitos Fiscales y Financieros (UEIDFF)). En los boletines de la última década de la antes Procuraduría no aparece la detención de bandas falsificadoras de monedas, sino siempre de billetes, por la mayor facilidad de imitarlos mediante imprentas o fotocopiadoras. Sin embargo, para falsificar monedas se requieren grandes talleres de fundición y máquinas troqueladoras, lo cual hace más fácil su detección por parte de la autoridad persecutoria. Por todo ello, la posibilidad de falsificación se considera muy remota.

Esta nueva alternativa será especialmente útil para el sector mayoritario de la población que no tiene acceso al sistema bancario comercial, en parte porque a los bancos privados no les resulta redituable atender a esos sectores de escasos recursos. Y también representará una alternativa importante para el mediano inversionista, que actualmente opta por retirar sus ahorros del país cuando existen condiciones de inestabilidad cambiaria.

Con el tiempo, conforme el ahorro nacional en onzas de plata se incremente, es de esperar que se establezcan instituciones que ofrezcan custodia de plata en bóvedas bancarias. Y además, a futuro esta acumulación de ahorro en plata podrá ser utilizada como colateral para la obtención instantánea de créditos a interés preferencial (cercanos a los instrumentos gubernamentales), estimulando la inversión productiva de pequeños inversionistas.

Un efecto directo de la presente iniciativa es otorgarle a la plata un valor agregado y crear una mayor demanda de este metal. Por ello, es previsible que un impulso decidido al ahorro nacional en plata impacte favorablemente la industria minera y redunde en la creación de empleos.

De los 32 estados de la república, 24 son estados mineros. La Cámara Minera de México estima que, de aprobarse este proyecto, en el mediano plazo se activarían nuevas minas de plata, las cuales podrían generar anualmente alrededor de 2 mil 500 nuevos empleos.

En síntesis, no estamos aprovechando nuestra plata adecuadamente, ya que vendemos prácticamente la totalidad, al extranjero. E incluso, si sube el precio de este recurso nacional, no podemos decir que esto es un beneficio generalizado, ya que esto sólo beneficia a un sector reducido.

Actualmente un alza del precio de la plata beneficia sólo a las empresas mineras, siendo que también podría beneficiar al resto de los mexicanos si contaran con ahorros en plata.

Cabe señalar que la presente iniciativa retoma un tema que ha sido planteado por diversos actores políticos, en distintas ocasiones, y de muchos signos partidarios; quienes también han tenido como propósito que México tenga una moneda que respalde la economía de los mexicanos. Sin embargo aún no se ha tenido éxito.

El objetivo de la cuarta transformación es cambiar a México desde la raíz a fin de cambiar las relaciones entre los ciudadanos y sus gobernantes, generar una sociedad más justa y equitativa; y la presente iniciativa cuenta con los elementos necesarios para impulsar el país, el crecimiento económico y el fortalecimiento de la microeconomía ciudadana.

El propósito de la presente iniciativa es ofrecer el marco jurídico para superar los obstáculos mencionados en la actual Ley Monetaria, mismos que por ahora impiden a la población utilizar la onza de plata Libertad como medio accesible de ahorro.

Por las consideraciones expuestas y fundadas, sometemos a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona un inciso d) al artículo 2o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Único. Se adiciona un inciso d) al artículo 2o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 2o. Las únicas monedas circulantes serán:

a) ...

b) ...

c) ...

d) La onza de plata Libertad y sus fracciones, gozarán de curso legal por el monto correspondiente a su valor oficial en pesos, mismos que serán publicados diariamente en el Diario Oficial de la Federación, según lo que establece el presente inciso.

Corresponde privativamente al Banco de México determinar y modificar el valor oficial de la onza de plata Libertad y sus fracciones, a través de disposiciones generales de carácter administrativo, mediante la suma de los siguientes factores:  

I. El precio internacional vigente de una onza de plata, expresado en pesos;

II. El costo de acuñación; y

III. El monto correspondiente a un señoreaje básico de 20 por ciento, calculado sobre el resultado de la suma de los factores precisados en las fracciones I y II anteriores.

IV. El resultado de esta suma deberá ajustarse al múltiplo inmediato superior de veinte pesos.

Una vez determinado el valor de la onza de plata Libertad, mediante el procedimiento anterior, el valor de sus fracciones se determinará proporcionalmente. Ninguno podrá reducirse.

El Banco de México actualizará el valor oficial de la onza de plata Libertad y sus fracciones, mediante el procedimiento mencionado en el presente artículo, cada vez que la suma total de los factores resulte mayor al valor oficial vigente.

Queda expresamente prohibido a todas las entidades y organismos que integran el sistema financiero mexicano colocar la onza de plata Libertad y sus fracciones a un valor en pesos mayor al valor oficial establecido por el Banco de México, así como retomarlas a un valor en pesos menor al valor oficial establecido por el Banco de México, considerando dentro de esta prohibición, cualquier tipo de tasa, descuento comisión o cargo en las transferencias referidas.

El Banco de México acuñará anualmente la cantidad de onzas necesarias para satisfacer la demanda del público ahorrador a través del sistema bancario mexicano.

Artículo Transitorio

Único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Nota

1 “La Plata como Moneda de Curso Legal”, Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados, CEFP/092/2007, p. 12.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 5 de febrero de 2020.— Diputados y diputadas: José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, Abelina López Rodríguez, Adela Piña Bernal, Alejandro Viedma Velázquez, Alfonso Pérez Arroyo, Armando Javier Zertuche Zuani, Carlos Iván Ayala Bobadilla, Erika Vanessa del Castillo Ibarra, Graciela Sánchez Ortiz, Gustavo Callejas Romero, Irán Santiago Manuel, Jaime Humberto Pérez Bernabe, Jannet Tellez Infante, José Mario Osuna Medina, Juan Martín Espinoza Cárdenas, Lidia García Anaya, Lorena del Socorro Jiménez Andrade, María de Jesús García Guardado, María Esther Mejía Cruz, María Eugenia Hernández Pérez, María Guadalupe Román Ávila, María Marivel Solís Barrera, Martha Robles Ortiz, Nelly Minerva Carrasco Godínez, Oscar Rafael Novella Macías, Rubén Cayetano García, Samuel Calderón Medina, Simey Olvera Bautista, Susana Beatriz Cuaxiola Serrano, Susana Cano González, Ulises García Soto (rúbricas).»

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

El diputado Rubén Cayetano García (desde la curul): Presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Sí, diputado Cayetano.

El diputado Rubén Cayetano García (desde la curul): Muchas gracias, presidente. Felicitar al diputado Gerardo Fernández Noroña y al coiniciante de Morena, Ulises García, por ser Guerrero y Taxco, principalmente, de los principales productores de plata en México. Le pido que les pregunte a los compañeros si no tienen inconveniente para adherirme a su acertada iniciativa.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Ha mostrado su aceptación. Adelante, está abierta la lista para quien desee adherirse.

Presidencia de la diputada Dulce María Sauri Riancho



LEY DEL INSTITUTO NACIONAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Julieta Macías Rábago, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas.

La diputada Julieta Macías Rábago:Gracias, presidenta. El pasado mes de diciembre la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos hizo público un comunicado oficial en relación al proceso de consulta indígena sobre el tren Maya, tras haber participado como observador en el mismo, en el que señala las numerosas deficiencias en el proceso de consulta por las cuales no se puede considerar que cumpla con las condiciones de previa, libre, informada y culturalmente adecuada a las que el Estado mexicano se ha comprometido, y que constituyen elementos indispensables para preservar los derechos humanos de los pueblos indígenas.

En el comunicado se señala especial preocupación respecto a la baja participación y representación de las mujeres indígenas en el proceso, lo que por sí solo sería motivo suficiente para deslegitimar la consulta.

La respuesta de la Presidencia de la República, lejos de demostrar interés y voluntad en subsanar las deficiencias, acusa a la Oficina del Alto Comisionado de incurrir en descalificaciones, críticas simples sin sustento, ligeras y parcializadas, y faltar al respeto a la supuesta legítima voluntad de las comunidades indígenas.

Resulta en extremo lamentable que la postura oficial del gobierno mexicano ante las recomendaciones de un organismo dedicado a la protección de los derechos humanos sean acusaciones de parcialidad y falta de sustento, en especial cuando lo que está en riesgo son los derechos de los pueblos y comunidades indígenas.

El desprecio de los derechos y al legítimo interés jurídico de los pueblos indígenas forma parte de la desigualdad estructural que la administración actual sistematiza, al pretender imponer decisiones ya tomadas mediante una burda simulación de consulta y diálogo.

Existen numerosos ejemplos de megaproyectos en los que se ha mostrado el mismo desprecio a los derechos de las comunidades por parte de las autoridades federales, entre los que podemos mencionar el Acueducto Independencia, en el valle Yaqui de Sonora; las concesiones mineras en territorio del pueblo wixrárika en San Luis Potosí; los permisos de liberación al ambiente de soya genéticamente modificada en agravio de habitantes de comunidades indígenas en siete entidades; la comunidad de San Francisco Cherán, en Michoacán, que ha combatido exitosamente la imposición de procedimientos electorales ajenos a sus usos y costumbres, así como las reformas a la Constitución local en materia indígena respecto de la cual no se les consultó; y, por supuesto, el parque eólico en Juchitán, Oaxaca, que fue inaugurado con bombo y platillo por la Secretaría de Energía en mayo del año pasado, pero no ha traído ningún beneficio a los juchitecos.

Estas circunstancias ya fueron abordadas desde 2016 por una Comisión Nacional de los Derechos Humanos, entonces autónoma, al emitir su recomendación en la que se recomienda al Ejecutivo federal a presentar una iniciativa sobre el derecho a la consulta previa, libre e informada de los pueblos y comunidades indígenas y a los Congresos federal y estatales a estudiar las iniciativas presentadas desde el Ejecutivo, así como a contemplar la legislación específica en la materia.

Por lo anterior, la iniciativa que hoy presento a nombre propio y agradeciendo el respaldo de diversas compañeras y compañeros de varios grupos parlamentarios, propone hacer explícito en la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, que en el sistema de consulta y participación indígena operado por dicho instituto, se garantice el respeto cabal de los principios que el derecho internacional considera elementos esenciales, es decir, que la consulta sea previa, libre, informada, de buena fe, mediante procedimientos culturalmente adecuados y con pertinencia cultural.

Ello, como un primer paso para contar con un marco jurídico que efectivamente garantice el respeto al derecho de los pueblos indígenas al consentimiento libre, previo e informado, consentimiento que implica la participación de los sujetos de la consulta en un proceso de retroalimentación sobre diseño, implementación, mitigación de consecuencias, precauciones a tomar, compensaciones, beneficios y otros aspectos del proyecto con el objetivo de asegurar el respeto de los derechos sustantivos de los pueblos indígenas afectados, y de lograr un consenso sobre su viabilidad.

No se trata de un mero trámite ni una formalidad que se pueda subsanar con simulaciones, sino de un reconocimiento auténtico al derecho y a la capacidad de autodeterminación de los pueblos indígenas, así como del respeto a su cultura, territorio, lengua, usos y costumbres. Es cuanto, presidenta.

«Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, a cargo de la diputada Julieta Macías Rábago, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien suscribe, diputada Julieta Macías Rábago, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como de los artículos 6, numeral 1; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta Soberanía, iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman la fracción XXIII del artículo 4; el artículo 5; y la fracción VII del artículo 6; y se adiciona un párrafo segundo al artículo 5 recorriendo el subsecuente, de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, de acuerdo con la siguiente

Exposición de Motivos

El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, de 27 de junio de1989, ratificado por México el 5 de noviembre de 1990 y con entrada en vigor el 5 de setiembre de 1991, es uno de los principales instrumentos de Derecho Internacional en materia de derechos de los Pueblos Indígenas.

Este persigue no únicamente la vigencia (lo formal), sino la vivencia de los principios de identificación de los pueblos indígenas, no discriminación, combate a la situación de vulnerabilidad, así como los derechos al reconocimiento de su cultura, a decidir las prioridades para su desarrollo y a la consulta previa, libre e informada, sujetando al Estado a las siguientes obligaciones:

• Realizar la consulta a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas, susceptibles de afectarles directamente;

• Establecer o mantener procedimientos con miras a consultar a los pueblos interesados, a fin de determinar si los intereses de los pueblos serían perjudicados y en qué medida, antes de emprender o autorizar cualquier programa de prospección o explotación de los recursos existentes en sus tierras;

• Efectuar consultas respeto de los principios de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas y,

• Adoptar medidas acordes a las tradiciones y culturas de los pueblos interesados, a fin de darles a conocer sus derechos y obligaciones, especialmente en lo que atañe al trabajo, a las posibilidades económicas, a las cuestiones de educación y salud, a los servicios sociales y a los derechos dimanantes del presente Convenio.

A su vez, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas del 13 de septiembre de 2007, dispone en su artículo 19 que los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos indígenas interesados por medio de sus instituciones representativas antes de adoptar y aplicar medidas legislativas o administrativas que los afecten, a fin de obtener su consentimiento libre, previo e informado y en el 32 reitera que los estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos indígenas interesados por conducto de sus propias instituciones representativas a fin de obtener su consentimiento libre e informado antes de aprobar cualquier proyecto que afecte a sus tierras o territorios y otros recursos, particularmente en relación con el desarrollo, la utilización o la explotación de recursos minerales, hídricos o de otro tipo (el subrayado es nuestro).

Así, se reconoce la existencia de un derecho a la consulta previa, entendido como el derecho de participación de los pueblos indígenas en situaciones que impliquen una afectación a ellos y a sus derechos. Es un método de reconocimiento de los pueblos como autónomos y con libre determinación para darles la posibilidad de definir sus prioridades para desarrollarse. Es el derecho de los pueblos indígenas de elaborar las normas, buscando un acuerdo con ellos en los aspectos que los involucren. La consulta previa, libre, informada, de buena fe y culturalmente adecuada es un derecho humano colectivo de los indígenas que les ayuda a prevenir el que puedan ser vulnerados sus derechos y se sustenta en principios internacionales como la libre determinación, la igualdad, la identidad cultural, el pluralismo, el respeto a la tierra, territorio, recursos naturales, entre otros.

De este modo, la consulta deberá ser:

Libre. No debe haber interferencias ni presiones;

Previa. Debe ser anterior a la adopción y aplicación de la medida legal o la administración nacional y a la ejecución del proyecto o actividad;

Informada. Se debe dar a conocer el objeto de la ley, decreto o proyecto a los posibles afectados;

Mediante procedimientos culturalmente adecuados. Tomando en cuenta los mecanismos e instituciones utilizados por los pueblos sujetos a consulta para tomar sus decisiones, reconociendo sus formas de gobierno, usos y costumbres.

Culturalmente pertinente. Observando el principio de igualdad y no discriminación, reconociendo las especificidades de los sujetos de consulta, respetando su cultura, lengua, identidad y tradición oral, así como sus formas de decidir, y;

De buena fe. Debe haber buena disposición, un diálogo equitativo, imparcial, con igualdad de oportunidades de poder influir en la decisión final, y con reconocimiento del otro como interlocutor válido, legítimo y en igualdad de condiciones.

El Consejo de Derechos Humanos de la ONU, en su 39 período de sesiones efectuado del 10 al 28 de septiembre de 2018, publicó el documento Consentimiento libre, previo e informado: un enfoque basado en los derechos humanos Estudio del Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.

El nudo del documento se basa en el derecho al consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas, lo que exige la observancia de sus derechos a ser consultados, a participar y a sus tierras, territorios y recursos.

Tal derecho se orienta a regresar a los pueblos indígenas el control sobre sus tierras y territorios, en función de salvaguarda de sus derechos colectivos. Del mismo modo, se trata que puedan incidir en el resultado de los procesos de toma de decisiones que les afecten y no simplemente el derecho de hacer oír sus opiniones.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió, en noviembre de 2018, un amparo en revisión relacionado con la impugnación al procedimiento de consulta a la comunidad indígena de Juchitán, Oaxaca, sobre un proyecto eólico, coinversión de Mitsubishi con el gobierno mexicano.

Con independencia del fondo del asunto, es rescatable el hecho que se abordó sobre los principios que debe tener la consulta, de ser previa, libre, informada, culturalmente adecuada y de buena fe.

Así las cosas, es deseable que, todos los megaproyectos (por hacerse –y que tuvieren algún resultado tangible– o por cancelarse –que representen un quebranto para los contribuyentes que, en un extremo, tuvieren que pagar por la nada–) en que tenga intención de invertir o comprometer recursos públicos el gobierno de México e interesen a los pueblos indígenas, deben pasar por consultas previas, libres, informadas, culturalmente pertinentes, mediante procedimientos culturalmente adecuados y de buena fe.

Proyectos como el Tren Maya implican un serio riesgo de desaparecer hábitats críticos completos, ocasionando severas afectaciones, por el daño a tierras de cultivo, en comunidades aledañas a la obra y provocando la desaparición de especies en peligro de extinción, como diversas clases de aves; el tapir, el jaguar o el venado de cola blanca, debido a la existencia de una barrera física que habrá de alterar sus flujos de paso y apareamiento. La pérdida de dichos ecosistemas y de agua ponen en grave riesgo la sustentabilidad ecológica de México.

Muestra de la urgencia de cumplir con la normatividad vigente, es el hecho que, para diciembre de 2018, la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) informó a la opinión pública nacional que el desmonte de 230 hectáreas de manglar para la nueva refinería de Dos Bocas, Tabasco, arrancó en septiembre sin autorización de impacto ambiental ni cambio de uso de suelo.

Un año después de iniciado el presente gobierno, entre noviembre y diciembre de 2019, se desarrolló el proceso de consulta indígena y jornada de ejercicio participativo ciudadano sobre el Proyecto de Desarrollo Tren Maya. Incluso, el 15 de noviembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación la convocatoria respectiva para participar.

Dicha comunicación iba dirigida a las autoridades e instituciones representativas de los municipios y las comunidades indígenas pertenecientes a los pueblos indígenas Maya, Ch’ol, Tseltal, Tsotsil, y otros, de los estados de Chiapas, Tabasco, Campeche, Yucatán y Quintana Roo, ubicados en el área de influencia del “Proyecto de Desarrollo Tren Maya”, así como a la ciudadanía en general de dichos estados (sic).

Dicho proceso de consulta se anunció para efectuarse del 15 de noviembre al 15 de diciembre de 2019, a través de Asambleas Regionales Consultivas (los días 14 y 15 de diciembre) en un esquema como el que se reproduce a continuación:

Por su parte, la jornada de ejercicio participativo se proyectó para llevarse a cabo el día 15 de diciembre de 2019. Dentro de dicha convocatoria se disponía que se introducirían 15 Asambleas Regionales Informativas los días 29 y 30 de noviembre (sic).

Firmaron la convocatoria, por el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur), su director general, Milardy Douglas Rogelio Jiménez Pons Gómez; por la Secretaría de Gobernación, la subsecretaria de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos, Diana Álvarez Maury y, por el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, su director general, Adelfo Regino Montes. A pesar de lo abigarrado e ininteligible de su fondo y forma, nada parecía que podría salir mal.

El 19 de diciembre, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México, publicó en el apartado de su área de sala de prensa, un excelente boletín que cabeceaba ONU-DH: el proceso de consulta indígena sobre el Tren Maya no ha cumplido con todos los estándares internacionales de derechos humanos en la materia y que, por su pertinencia, se reproduce a continuación con énfasis añadido:

La ONU-DH agradece la invitación del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, del Fondo Nacional del Fomento al Turismo y de la Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación para participar como observadora en este proceso.

La Oficina asistió a cuatro de las 15 asambleas regionales informativas en Tenabo (Campeche) y Dzitás (Yucatán) el 29 de noviembre, y en Xpujil (Campeche) y Reforma (Quintana Roo) el 30 de noviembre.

Asimismo, estuvo presente en ocho de las 15 asambleas regionales consultivas en Palenque (Chiapas), Tenabo (Campeche), Dzitás y Tunkás (Yucatán) el 14 de diciembre; y en Xpujil, Tenosique (Tabasco), Reforma y Xul-há (Quintana Roo) el 15.

Los estándares internacionales de derechos humanos establecen que la consulta y el consentimiento de los pueblos y comunidades indígenas debe ser previo, libre, informado y culturalmente adecuado.

La Oficina reconoce la decisión del gobierno de México de realizar esfuerzos para respetar, proteger y garantizar los derechos de los pueblos indígenas, incluyendo su derecho a la consulta y el consentimiento para el proyecto mencionado y saluda la participación de múltiples entidades gubernamentales en el proceso, incluso a nivel de quienes encabezan algunas de las dependencias.

Respecto al carácter previo de la consulta y el consentimiento, la ONU-DH celebra que los diálogos con las comunidades indígenas de la región en relación con el proyecto hayan iniciado antes de su definición y ejecución, lo cual contribuye al cumplimiento de dicho principio. Este aspecto, positivo en sí mismo, difiere de la convocatoria y el protocolo de la consulta que señalan como uno de sus objetos establecer acuerdos con las comunidades respecto a su participación en la implementación y la distribución de beneficios, lo cual podría dar a entender que el proyecto se hará independientemente del resultado de la consulta.

En cuanto al carácter informado, la Oficina observó que la convocatoria, el protocolo y la información presentada sólo hacían referencia a los posibles beneficios del proyecto y no a los impactos negativos que pudiera ocasionar. Durante las sesiones observadas, en diversas ocasiones las personas participantes preguntaron sobre dichos impactos sin obtener una respuesta clara y completa. La ausencia de estudios sobre los impactos o la falta de difusión de los mismos, dificulta que las personas puedan definir su posición frente al proyecto de manera plenamente informada. No obstante esta circunstancia, desde las autoridades se avanzó a la etapa consultiva del proceso.

Durante las sesiones informativas y en la etapa consultiva, algunas autoridades manifestaron que la garantía de diversos derechos económicos, sociales y culturales no estaba condicionada a la aceptación del proyecto.

Sin embargo, la ONU-DH observó que como consecuencia de la forma en que se presentó el proyecto y se desarrollaron las sesiones, las personas de las comunidades expresaban su conformidad con el proyecto como un medio para recibir atención a necesidades básicas como agua, salud, educación, trabajo, vivienda, medio ambiente sano y cultura, lógica que afecta el carácter libre de la consulta.

En cuanto a la adecuación cultural del proceso, es motivo de preocupación que la metodología del mismo no haya sido construida y acordada con las comunidades involucradas.

Esto implicó que la definición de a quién consultar, dónde hacerlo y en qué momento fuera establecida unilateralmente por las autoridades. En este sentido, la Oficina escuchó participaciones que indicaban que los tiempos de consulta fueron muy cortos, que las traducciones, cuando las había, no eran adecuadas, que muchas personas no pudieron desplazarse por falta de recursos económicos y que la mayoría de quienes participaron eran autoridades municipales y ejidales dejando fuera a otros grupos y personas que forman parte de las comunidades.

Preocupa de manera particular a la Oficina la baja participación y representación de las mujeres indígenas en el proceso, a pesar de los esfuerzos realizados en algunos lugares para asegurar su inclusión.

La ONU-DH considera que éstos deben ser reforzados y ser culturalmente adecuados para lograr que la voz de las mujeres esté legítimamente representada.

Al cierre de las sesiones consultivas se expresó la necesidad de establecer comités de seguimiento, sin embargo, en algunas de las sesiones observadas no hubo claridad sobre los acuerdos alcanzados, quiénes participarían en los mencionados comités, ni cómo operarían.

Se destaca el compromiso asumido de realizar consultas adicionales respecto a las afectaciones que el proyecto generaría cuando se cuenten con los estudios de impacto correspondientes.

La Oficina hace un llamado a las autoridades para que dichos estudios incorporen la participación e información de las comunidades involucradas, así como un enfoque de derechos humanos.

Igualmente se alienta a que también se contemplen los posibles impactos en las áreas con derecho de vía o líneas de electricidad.

Las consultas adicionales representan una oportunidad para asegurar una participación más amplia y culturalmente adecuada de todas las comunidades que puedan verse afectadas, cuidando en todo momento su carácter libre y garantizando condiciones de seguridad para quienes manifiesten dudas o preocupaciones respecto del proyecto.

La ONU-DH destaca la oportunidad que tienen las diversas entidades gubernamentales que participaron en el diálogo para atender las necesidades básicas manifestadas por las comunidades independientemente del proceso de consulta, consentimiento, aprobación e implementación del proyecto Tren Maya.

Finalmente, la ONU-DH celebra la presencia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, de comisiones estatales y de misiones civiles de observación en las sesiones y refrenda su compromiso para mantener el diálogo con todas las partes involucradas y brindar asistencia técnica con el objetivo de lograr una plena realización de los derechos de los pueblos indígenas en línea con los estándares internacionales en la materia y los compromisos que el Estado mexicano ha adquirido al respecto.

Al final del documento, la oficina del ACNUDH aporta, para más información sobre los derechos de los pueblos indígenas, los hipervínculos al Convenio 169 de la OIT, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, así como tres documentos que, en otro contexto, serían de gran utilidad preventiva.

Mediante comunicado de prensa de 23 de diciembre de 2019, a través de la Secretaría de Gobernación, el gobierno federal expresa lo que a continuación se reproduce con énfasis añadido -en una selección de dos párrafos muy ilustrativos- para mejor proveer:

Con este histórico (sic) proceso donde las comunidades indígenas aprobaron el proyecto de desarrollo Tren Maya –y se acordó la forma en que participarán en su implementación y en la distribución justa y equitativa de los beneficios–, el gobierno de México demuestra con hechos su voluntad y compromiso de transformar la vida pública nacional con la participación democrática de la ciudadanía y, en especial, de los pueblos indígenas, en un marco de respeto, buena fe y sin ningún tipo de simulación o manipulación (sic).

Por esta razón (sic), expresamos nuestra preocupación (sic) ante las descalificaciones (sic) que han vertido diversos actores, en especial la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH México), pues prejuzgando (sic) sobre hechos futuros relacionados con el proyecto de desarrollo, abonan a un clima de incertidumbre (sic) y de falta de respeto a la legítima (sic) voluntad que han expresado las comunidades indígenas.

Más adelante, señala que se han previsto consultas específicas ulteriores que habrán de ser identificadas cuando se tengan los estudios correspondientes, que se ilustra que la consulta tuvo carácter vinculante derivado del hecho que así lo anunció el titular del Poder Ejecutivo el 15 de noviembre de 2019, al hacer pública la convocatoria y reprocha que La ONU-DH México pierde objetividad y asume la posición de una militancia social opositora (...) y se le reconviene porque esta actitud se aparta de su misión de construir las condiciones para el pleno ejercicio de los derechos humanos (sic).

Para concluir se afirma que el ejercicio de los derechos fundamentales de los pueblos indígenas, entre ellos, el derecho a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado, requiere de un marco normativo adecuado, así como de una crítica constructiva (...). A ello está abierto y comprometido el gobierno de México. Pero es preciso señalar que no contribuye a este propósito la descalificación ni la crítica simple, sin sustento, ligera y parcializada.

Por lo anterior, resulta indispensable complementar y fortalecer la normatividad vigente de forma que se garantice adecuadamente el respeto a los derechos humanos de los pueblos indígenas, así como el cumplimiento cabal de los compromisos internacionales de nuestro país en la materia.

Para ilustrar mejor la propuesta, se incluye a continuación un comparativo:

Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas

Por lo expuesto, en nombre del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, me permito someter a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas

Único. Se reforman la fracción XXIII del artículo 4; el artículo 5; y la fracción VII del artículo 6; y se adiciona un párrafo segundo al artículo 5 recorriendo el subsecuente, de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas para quedar como sigue:

Artículo 4. ...

I. a XXII. ...

XXIII. Será el órgano técnico en los procesos de consulta previa, libre, informada, de buena fe, culturalmente pertinente, mediante procedimientos culturalmente adecuados y de conformidad con los estándares internacionales de derechos humanos en la materia, cada vez que se prevean proyectos de desarrollo e infraestructura, así como medidas legislativas y administrativas en el ámbito federal, susceptibles de afectar los derechos de los pueblos;

XXIV. a XLVIII. ...

Artículo 5. Para dar cumplimiento a la fracción XXIII del artículo 4 de esta Ley, el Instituto diseñará y operará un sistema de consulta y participación indígenas, en el que se establecerán las bases y los procedimientos metodológicos para promover los derechos y la participación de las autoridades, representantes e instituciones de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas en la formulación, ejecución y evaluación del Plan Nacional de Desarrollo y demás planes y programas de desarrollo, así como para el reconocimiento e implementación de sus derechos cada vez que se prevean proyectos de desarrollo e infraestructura, así como medidas legislativas y administrativas en el ámbito federal, susceptibles de afectar los derechos de los pueblos.

Dicho sistema deberá garantizar que las consultas se realicen de conformidad con los siguientes principios rectores:

a) Previa.

b) Libre.

c) Informada.

d) De buena fe.

e) Procedimientos culturalmente adecuados.

f) Pertinencia cultural.

De igual forma, podrá llevar a cabo los estudios técnicos necesarios para la efectiva realización de los procesos de consulta

Artículo 6. ...

I. a VI. ...

VII. Garantizar el derecho al consentimiento y la consulta previa, libre, informada, de buena fe, culturalmente pertinente, mediante procedimientos culturalmente adecuados y de conformidad con los estándares internacionales de derechos humanos en la materia a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, cada vez que el ejecutivo federal promueva proyectos de desarrollo e infraestructura, así como reformas jurídicas y actos administrativos, susceptibles de afectarles, y

VIII. ...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Ejecutivo federal, en un plazo de ciento ochenta días a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, realizará las adecuaciones presupuestales y normativas necesarias para dar la más alta prioridad a la capacitación y formación respecto al derecho a la consulta previa, libre, informada, de buena fe, culturalmente pertinente, mediante procedimientos culturalmente adecuados y de acuerdo con los estándares internacionales de derechos humanos en la materia.

Notas

1 Organización Internacional del Trabajo (OIT). Convenio No. 169. Sitio web:

http://www.ilo.org/indigenous/Conventions/no169/lang—es/index.h tm. Consultado el 6 de enero de 2020.

2 http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/cartillas/2015-2016/13-declaracion-pueblos -indigenas.pdf. Consultado el 5 de enero de 2020.

3 Ministerio Federal de Cooperación Económica y Desarrollo de Alemania, El derecho a la consulta previa: normas jurídicas, prácticas y conflictos en América Latina. En La consulta previa, libre, informada, de buena fe y culturalmente adecuada: pueblos indígenas, derechos humanos y el papel de las empresas. Comisión Nacional de los Derechos Humanos, México, 2016. En

http://informe.cndh.org.mx/uploads/menu/10064/Laconsultaprevia. pdf. Consultado el 6 de enero de 2020.

4 Comisión Nacional de los Derechos Humanos (2016), Recomendación 027/2016.

http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5447796&fecha =12/08/2016

5 Comisión Nacional de los Derechos Humanos (2016), Op. Cit. Haciendo referencia a Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, El derecho a la consulta de los pueblos indígenas: la importancia de su implementación en el contexto de los proyectos de desarrollo a gran escala. México, 2011. En

http://www.hchr.org.mx/images/doc_pub/DerechoConsulta_PI.pdf (se hace una cita especialmente peculiar (el subrayado es nuestro): Regino Montes, Adelfo y Torres Cisneros, Gustavo. “The United Nations Declaration on the Right of Indigenous Peoples: The Foundation of a New Relationship Between Indigenous Peoples, States and Societies” en Making the Declaration Work, Ed. Claire Charters y Rodolfo Stavenhagen, Copenhagen, IWGIA, 2009, páginas 138-170)y a su propia Recomendación General No. 27/2016 sobre el derecho a la consulta previa de los pueblos y comunidades indígenas de la República Mexicana. México, 2016, en

https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/doc/Recomendaciones /generales/RecGral_027.pdf. Consultado el 5 de enero de 2020.

6 https://documents-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G18/245/97/ PDF/G1824597.pdf?OpenElementConsultado el 6 de enero de 2020.

7 https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5579050&fecha=15/ 11/2019. Consultado el 5 de enero de 2020.

8 https://www.hchr.org.mx/index.php?option=com_k2&view=item& id=1359: onu-dh-el-proceso-de-consulta-indigena-sobre-el-tren-maya-no-ha-cumplido-con-to dos-los-estandares-internacionales-de-derechos-humanos-en-la-materia&Itemid =265. Consultado el 6 de enero de 2020.

9 https://www.gob.mx/segob/prensa/participacion-democratica-y-dialogo-permanente- vias-necesarias-para-la-construccion-del-proyecto-de-desarrollo-tren-maya-23063 6?idiom=es. Consultado el 5 de enero de 2020.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de febrero de 2020.—Diputadas y diputados: Julieta Macías Rábago, Alan Jesús Falomir Saenz, Ana Paola López Birlain, Ana Priscila González García, Ariel Rodríguez Vázquez, Carlos Humberto Castaños Valenzuela, Carmen Julia Prudencio González, Cecilia Anunciación Patrón Laviada, Dulce María Méndez de la Luz Dauzón, Dulce María Sauri Riancho, Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, Frida Alejandra Esparza Márquez, Higinio del Toro Pérez, Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla, Jacobo David Cheja Alfaro, Jorge Arturo Espadas Galván, Jorge Eugenio Russo Salido, Jorge Romero Herrera, Juan Francisco Ramírez Salcido, Juan José Canul Pérez, Juan Martín Espinoza Cárdenas, Justino Eugenio Arriaga Rojas, Lizbeth Mata Lozano, Lourdes Celenia Contreras González, Madeleine Bonnafoux Alcaraz, Margarita Flores Sánchez, María Libier González Anaya, María Sara Rocha Medina, Mario Alberto Ramos Tamez, Mario Alberto Rodríguez Carrillo, Martha Angélica Zamudio Macías, Martha Angélica Tagle Martínez, Norma Adela Guel Saldívar, Pilar Lozano Mac Donald, Ruth Salinas Reyes, Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbricas).»

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Muchas gracias, diputada Macías Rábago. Túrnese a la Comisión de Pueblos Indígenas, para dictamen.



LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 108 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.

El diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo:Con su venia, presidenta. La vivienda social es un tema de suma importancia en la agenda ciudadana para el progreso de México, toda vez que es el principal eje de desarrollo para las familias y otorga certeza patrimonial, que coadyuva a fortalecer las relaciones sociales.

Por tal motivo, a través del tiempo se ha buscado un crecimiento planeado con sustentabilidad y con servicios adecuados para una vivienda digna y decorosa. Por esta razón se crearon organismos gubernamentales como son el Infonavit, que se encarga de operar un sistema de financiamiento para los trabajadores, con la finalidad de adquirir, construir, reparar, ampliar o mejorar sus viviendas. Y por otro lado el Fovissste, que administra las aportaciones de las dependencias y entidades públicas afiliadas al ISSSTE, destinadas al otorgamiento de créditos accesibles y suficientes para la adquisición, reparación, ampliación o mejoramiento de las viviendas de los trabajadores al servicio del Estado.

En este sentido, la demanda y los pocos recursos de la población para satisfacer sus condiciones básicas ocasionan que se necesite apoyo por parte del gobierno para emprender la construcción o el mejoramiento de viviendas. De tal manera que por mandato constitucional se establecen los elementos, instrumentos y apoyos necesarios, a fin de alcanzar y garantizar a la población en general el goce de una vivienda digna, donde sea posible el desarrollo familiar.

A través del gobierno de México se creó la Comisión Nacional de Vivienda (Conavi), como un organismo descentralizado de utilidad pública e interés social, con personalidad jurídica y patrimonio propio. La misión de la Conavi es asegurar que las personas ejerzan su derecho humano a una vivienda adecuada a través del diseño, coordinación y ejecución de los programas del gobierno de México, con el acompañamiento de especialistas calificados, priorizando a la población en situación de pobreza, marginación, riesgo y vulnerabilidad, bajo principios de transparencia, eficacia y eficiencia.

Además se rige por tres estrategias principales: atender a la población con mayor rezago, contribuir a los grandes desafíos nacionales en materia urbana y de bienestar social y, sobre todo, fortalecer e incrementar intervenciones que favorezcan la producción social de vivienda asistida.

Por ello, la Conavi es quien se encarga de la coordinación de políticas enfocadas a la vivienda, otorgando subsidios para construir, adquirir o mejorar la vivienda, priorizando el sector de la población no derechohabiente, sin capacidad de pago.

Es así como la Conavi, a través de las participaciones en los programas sociales ha buscado constantemente el bienestar y una mejor calidad de vida para la población, plasmando el derecho humano a una vivienda digna, decorosa y de calidad apropiada para las personas en situación de bajos recursos y con mayor grado de vulnerabilidad.

A diferencia de lo que sucede en los casos como el Infonavit, Fovissste o alguna otra entidad ejecutora, quienes están encargados de otorgar créditos para vivienda, comprometiendo al deudor a devolver la cantidad solicitada, además de los intereses devengados en un determinado plazo definido de acuerdo a las condiciones establecidas, la Conavi otorga un recurso público que se convierte en subsidio, el cual no es recuperable y no cuenta con un plazo fijo para devolver la cantidad que se le otorga a la persona.

Cabe señalar que la Conavi indica la diferencia entre crédito y subsidio. Es decir, aunque ambos facilitan el acceso a una vivienda, son totalmente distintos ya que el crédito es dinero prestado y debe pagarlo en el futuro, y un subsidio es un apoyo para pagar un crédito y no tiene que devolverlo.

Para nuestro grupo parlamentario hacer lo socialmente correcto es dar certeza legal a la población que desea adquirir una vivienda digna y decorosa. Encuentro Social ve la necesidad de ajustar el marco jurídico para dar claridad en su lectura y aplicación, por lo que es necesario suprimir a la Comisión Nacional de la Vivienda, Conavi, del artículo 108, fracción IV, párrafo segundo, de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, toda vez que ya se mencionó anteriormente, esta institución no se encarga de otorgar créditos, sino de proporcionar un subsidio a personas de bajos recursos para poder desarrollar una vivienda social, digna y decorosa.

Hacer lo socialmente correcto es y será nuestra forma de legislar. Por esta razón nuestro grupo parlamentario velará por los intereses de la clase trabajadora y de las instituciones que garantizan los derechos sociales de los trabajadores. Que así sea. Gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 108 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, a cargo del diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, del Grupo Parlamentario del PES

El que suscribe, diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, integrante del Grupo Parlamentario de Encuentro Social en la LXIV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 77, 78 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman el artículo 108, fracción IV, párrafo segundo de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

La vivienda social es un tema de suma importancia en la agenda ciudadana para el progreso de México, toda vez que es el principal eje del desarrollo de las familias y otorga certeza patrimonial, que coadyuva a fortalecer las relaciones sociales. Por tal motivo, a través del tiempo se ha buscado un crecimiento planificado con sustentabilidad y con servicios adecuados para una calidad de vida digna y decorosa.

En México, el problema de la vivienda social es causado por varios factores, además del desmedido crecimiento demográfico, como son la migración descontrolada, el ineficaz sistema financiero, la inadecuada legislación y el deficiente sistema administrativo.

Para tratar de contrarrestar esta situación se crearon organismos gubernamentales como lo es el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), encargado de operar un sistema de financiamiento para los trabajadores, con la finalidad de adquirir, construir, reparar, ampliar o mejorar sus viviendas. Además, se encarga de coordinar y financiar programas de construcción de habitaciones destinadas a ser adquiridas en propiedad por los trabajadores.

De igual manera, se creó el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al servicio del Estado (Fovissste), quien es la encarga de administrar las aportaciones de las dependencias y entidades públicas afiliadas al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al servicio del Estado (ISSSTE), destinadas al otorgamiento de créditos accesibles y suficientes para la adquisición, reparación, ampliación o mejoramiento de las viviendas de los trabajadores al servicio del Estado.

La gran demanda y los pocos recursos de la población para satisfacer sus condiciones básicas ocasionan que se necesite apoyo por parte del gobierno para emprender la construcción o el mejoramiento de viviendas. De tal manera, que por mandato constitucional se establecen los elementos, instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar y garantizar a la población en general el goce de una vivienda digna donde sea posible el desarrollo familiar.

En este sentido, a través del gobierno de México se creó la Comisión Nacional de Vivienda (Conavi), como un organismo descentralizado de utilidad pública e interés social, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Así lo señala el capítulo III, artículo 18 y 19 de la Ley de Vivienda, este último señala:

...Corresponde a la comisión:

I. Formular y ejecutar su programa institucional, así como las disposiciones y reglas de operación necesarias para llevar a cabo las acciones de vivienda del gobierno federal orientadas a proteger y garantizar el derecho de las personas a disfrutar de una vivienda digna y decorosa, principalmente de la población de menores ingresos o en situación de pobreza;

II. Observar en su programa institucional, y en sus reglas de operación, las disposiciones aplicables en materia de desarrollo urbano, ordenamiento territorial y desarrollo sustentable;

III. Se deroga.

IV. Se deroga.

V. Se deroga.

VII. Desarrollar, ejecutar y promover esquemas, mecanismos y programas de financiamiento, subsidio y ahorro previo para la vivienda, en sus diferentes tipos y modalidades, priorizando la atención a la población en situación de pobreza, coordinando su ejecución con las instancias correspondientes;

VIII. Promover y fomentar las acciones que faciliten el acceso a los recursos y al financiamiento público y privado para la construcción y mejoramiento de vivienda de los pueblos y comunidades rurales e indígenas, así como coordinar, concertar y ejecutar los programas que permitan mejorar sus espacios de convivencia;

Por otro lado, la misión de la Conavi es: “Asegurar que las personas ejerzan su derecho humano a una vivienda adecuada, a través del diseño, coordinación y ejecución de los programas del gobierno de México, con el acompañamiento de especialistas calificados, priorizando a la población en situación de pobreza marginación, riesgo y vulnerabilidad, bajo principios de transparencia, eficacia y eficiencia”.

Además, se rige por tres estrategias principales:

1. Atender a la población con mayor rezago.

2. Contribuir a los grandes desafíos nacionales en materia urbana y de bienestar social.

3. Fortalecer e incrementar intervenciones que favorezcan la producción social de vivienda asistida.

En este sentido, la Conavi, es quien se encarga de la coordinación de políticas enfocadas a la vivienda, otorgando subsidios para de esta manera construir, adquirir o mejorar la vivienda, priorizando el sector de la población no derechohabiente sin capacidad de pago.

Es así, como la Conavi, a través de la participación en los programas sociales ha buscado constantemente el bienestar y una mejor calidad de vida para la población, plasmando el Derecho Humano a una vivienda digna, decorosa y de calidad apropiada para las personas en situación de bajos recursos y con mayor grado de vulnerabilidad.

A diferencia de lo que sucede en los casos como el Infonavit, Fovissste, o alguna otra entidad ejecutora, quienes están encargados de otorgar créditos para vivienda, comprometiendo al deudor a devolver la cantidad solicitada, además de los intereses devengados en un determinado plazo definido de acuerdo a las condiciones establecidas, la Conavi otorga un recurso público que se convierte en subsidio, el cual no es recuperable y no cuenta con un plazo fijo para devolver la cantidad que se le otorgó a la persona.

Esto implica una gran responsabilidad para los legisladores, por lo que es necesario otorgar certeza jurídica en la tenencia de vivienda, adoptando medidas destinadas a conferir seguridad legal en el texto de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.

Por ello, es necesario adecuar lo que señala el artículo 108, fracción IV, párrafo segundo de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.

Es decir, suprimiendo a la Comisión Nacional de Vivienda del párrafo segundo del mencionado artículo y fracción, toda vez que, esta institución no se encarga de otorgar créditos, sino de proporcionar un subsidio a personas de bajos recursos para poder desarrollar una vivienda digna. En este sentido, adecuar el lenguaje jurídico es un elemento esencial en la seguridad y certeza jurídica que el legislador debe otorgar en la redacción y creación de la normatividad.

Cabe señalar, que la Conavi indica la diferencia entre crédito y subsidio, es decir, aunque ambos facilitan el acceso a una vivienda son totalmente distintos, ya que el crédito es dinero prestado y debes pagarlo en el futuro, y un subsidio es un apoyo para pagar un crédito y no tienes que devolverlo.

Encuentro Social, se pronuncia por la certeza legal en la construcción de los instrumentos jurídicos. Esto consolida el estado de derecho y el principio de certeza jurídica, buscando que la autoridad y el gobernado tengan plena garantía de los actos legales, las reglas y sus consecuencias.

Nuestro grupo parlamentario velará por los intereses de la clase trabajadora y de las instituciones que garantizan derechos sociales, por lo que esta modificación es socialmente útil para diferenciar el alcance jurídico del crédito y subsidio en los procedimientos de vivienda social.

Por lo expuesto, fundado y motivado someto a la consideración de este honorable pleno la presente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el artículo 108, fracción IV, párrafo segundo de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas

Único. Se reforma el artículo 108, fracción IV, párrafo segundo de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas para quedar como sigue:

Artículo 108. ...

...

...

...

IV. En el caso de cónyuges militares que sean beneficiarios de esta ley, se podrán otorgar individual o mancomunadamente;

También podrán mancomunarse los créditos de cónyuges que no pertenezcan a las Fuerzas Armadas y que por su actividad laboral sean beneficiarios de créditos del Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores o de cualquier otra institución de seguridad social que otorgue esta prestación a cónyuges o concubinos de militares para adquirir vivienda; así como para la adquisición, construcción, reparación, ampliación o mejoramiento de sus habitaciones o al pago de los pasivos que tengan por los conceptos anteriores;

...

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Nota

1 https://www.gob.mx/conavi

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el 5 de febrero de 2020.— Diputados y diputadas: Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, Carolina García Aguilar, Francisco Javier Saldivar Camacho, Jannet Tellez Infante, Lidia García Anaya, Madeleine Bonnafoux Alcaraz, María Eugenia Hernández Pérez, María Marivel Solís Barrera (rúbricas).»

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Muchas gracias, diputado Baldenebro. Túrnese a la Comisión de Defensa Nacional, para dictamen.



LEY DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 33 y 47 Bis de la Ley de Aviación Civil, suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México y de Morena.

La diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz:Con la venia de la Presidencia. Si bien México es un país productor y exportador de petróleo y su modelo energético ha estado basado por décadas en este y otros recursos de origen fósil, lo cierto es que el territorio nacional también posee un amplio y variado potencial para generar energía a partir de otras fuentes.

Por ejemplo, la fuerza del viento, la del agua, la radiación del sol o el aprovechamiento de calor natural que se almacena en el interior de la tierra. A pesar de lo anterior, México no figura entre los países líderes en el impulso de energías limpias, pues el porcentaje de generación de electricidad a partir de hidrocarburos en nuestro país es muy superior al porcentaje de energía eléctrica producida a través de fuentes renovables.

El problema es que el modelo energético, basado en la quema de combustibles fósiles, dejará de ser viable muy pronto, esta afirmación se basa principalmente en dos razones:

La primera. Que los expertos han advertido la producción mundial de estos combustibles fósiles, no solo no aumentará el ritmo requerido para satisfacer la creciente demanda, sino que decaerá paulatinamente, generando así una crisis de graves consecuencias para la economía internacional.

La segunda. El uso irracional de combustibles fósiles ha tenido como consecuencia un incremento sin precedentes en las concentraciones en la atmósfera de los gases, producto de su combustión, principalmente dióxido de carbono, lo cual ha provocado una alteración en el equilibrio climático del planeta, reflejando en el aumento de la temperatura de la Tierra, así como en la presencia de constantes lluvias torrenciales y severas sequías en lugares donde estos fenómenos eran poco comunes.

A pesar de ello, gracias a su fácil obtención y versatilidad, los combustibles fósiles siguen siendo hoy la fuente energética básica de todo el mundo, pues aportan el 80 por ciento de la energía que se consume en el orbe.

Teniendo en cuenta las implicaciones negativas que tiene lo anterior, en materia ambiental la comunidad internacional ha emprendido diversos esfuerzos por reducir la dependencia energética hacia los combustibles de origen fósil, un ejemplo de ello es la inversión que varios países han llevado a cabo en el desarrollo tecnológico para el aprovechamiento de las fuentes renovables de energía.

El uso masivo de energías renovables y limpias permitirá afrontar el problema del agotamiento de las reservas de petróleo, gas y carbón, sin afectar la conservación del medio ambiente.

Dicho de otro modo, la utilización de este tipo de energías garantizará en el futuro el desarrollo sustentable que hoy no es posible asegurar con la explotación de combustibles de origen fósil.

En este sentido, la actuación en el ámbito del sector energético resulta fundamental para mitigar el cambio climático, pues a nivel internacional más del 60 por ciento de las emisiones de gases de efecto invernadero provienen de la generación y uso de la energía. De ahí que las principales medidas para avanzar en la transición hacia una economía baja en carbono se concentran en este rubro.

En este contexto, México ha asumido formalmente diversos compromisos relacionados con la reducción de sus emisiones de gases de efecto invernadero, y se ha propuesto limitar la generación de energía a partir de combustibles fósiles.

No podemos ignorar que apenas ayer se dio a conocer, según datos del Atlas global del carbono, nuestro país ocupa el primer lugar en América latina en la emisión de CO2, incluso por encima de economías de mayor tamaño, como Brasil.

Lo anterior nos deja ver que es indispensable intensificar las acciones encaminadas a cumplir con la meta de reducir nuestras emisiones en un 50 por ciento al 2050, con relación a las registradas en el año 2000, y de alcanzar una participación mínima de energías limpias en la generación de energía eléctrica del 35 por ciento para el 2024, tal como lo hemos establecido en nuestro marco jurídico.

No obstante que la tecnología fotovoltaica ha sido una de las de mayor crecimiento en nuestro país en tiempos recientes, su participación en el porcentaje total de electricidad generada en México sigue siendo residual.

Esta situación hace evidente que se debe seguir trabajando en leyes y políticas públicas que permitan facilitar el desarrollo de proyectos para generar energías a través del aprovechamiento de recursos renovables, concretamente a partir de la radiación solar.

Por su parte, el sector público no debe quedarse al margen de los esfuerzos por extender el uso de tecnologías limpias en generación de energía. No se puede soslayar el hecho de que el gobierno es el consumidor más grande en cualquier economía, ya que utiliza múltiples fines y servicios para el desempeño de sus funciones.

Tomando en cuenta lo anterior, a través de una reforma al artículo 36 de la Ley de Transición Energética, proponemos impulsar el establecimiento de sistemas fotovoltaicos en edificios e instalaciones públicas, con la finalidad contribuir al cumplimiento de los compromisos internacionales en materia de cambio climático y como alternativa para que la energía consumida en el sector gubernamental provenga de fuentes limpias y renovables. Es cuanto, muchas gracias.

«Iniciativa que adiciona el artículo 36 de la Ley de Transición Energética, suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega e integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y Morena

Quienes suscriben, diputados Arturo Escobar y Vega, Nayeli Arlen Fernández Cruz y Manuel Rodríguez González, así como diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, y los diputados Ana Patricia Peralta de la Peña, Érika Mariana Rosas Uribe, Francisco Elizondo Garrido y Alfredo Antonio Gordillo Moreno, de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, fracción I, 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción II Bis al artículo 36 de la Ley de Transición Energética, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

En los últimos años, el modelo energético nacional ha ocupado un lugar importante en las discusiones políticas y sociales de nuestro país, sin embargo, el tema generalmente ha sido abordado desde la perspectiva de los hidrocarburos.

Si bien México es un país productor y exportador de petrolero y su modelo energético ha estado basado por décadas en éste y otros recursos de origen fósil, lo cierto es que el territorio nacional también posee un amplio y variado potencial para generar energía a partir de otras fuentes, por ejemplo, la fuerza del viento y del agua, la radiación del sol o el aprovechamiento del calor natural que se almacena en el interior de la Tierra.

A pesar de lo anterior, México no figura entre los países líderes en el impulso de las energías limpias, pues el porcentaje de generación de electricidad a partir de hidrocarburos en nuestro país es significativamente superior al porcentaje de energía eléctrica producida a través de fuentes renovables.

El problema es que el modelo energético impuesto por la Revolución Industrial, basado en la incineración de combustibles fósiles, esencialmente petróleo, dejará de ser viable muy pronto; dicha afirmación se funda en dos razones principales:

1. Que los expertos han advertido que, en virtud de que los combustibles fósiles (petróleo, carbón y gas natural) son finitos y no renovables, la producción mundial de éstos no sólo no aumentará al ritmo requerido para satisfacer la creciente demanda energética, sino que ésta decaerá paulatinamente, generando así una crisis de graves consecuencias para la economía internacional.

2. Que el uso irracional de combustibles fósiles ha tenido como consecuencia un incremento sin precedentes en las concentraciones en la atmósfera de los gases producto de su combustión, principalmente dióxido de carbono (CO2), lo cual ha provocado una alteración impredecible en el equilibrio climático del planeta, reflejado en el aumento de la temperatura de la Tierra, así como en la presencia constante de lluvias torrenciales, por un lado, y severas sequías, por el otro, en lugares donde estos fenómenos eran poco comunes.

A pesar de ello, gracias a su fácil obtención, versatilidad y la gran cantidad de energía que proporcionan por unidad de volumen, los combustibles fósiles siguen siendo la fuente energética básica de todo el mundo, pues aportan el 80 por ciento de la energía que se consume en el orbe.

Ante esta situación, la comunidad internacional ha emprendido esfuerzos por reducir la extrema dependencia energética que se tiene con respecto a los combustibles de origen fósil; un ejemplo de ello es la inversión que varios países han llevado a cabo en el desarrollo tecnológico para el aprovechamiento de las fuentes renovables de energía. En cuanto a la generación eléctrica con energías renovables, destacan China, Estados Unidos, Alemania, España, Italia e India).

El uso masivo de energías renovables y limpias permitirá afrontar el problema del agotamiento de las reservas de petróleo, gas y carbón sin afectar la conservación del medio ambiente. Dicho de otro modo, la utilización de este tipo de energías garantizará en el futuro el desarrollo sustentable que hoy no se asegura con la explotación de combustibles de origen fósil.

La actuación en el ámbito del sector energético resulta fundamental para mitigar el cambio climático, pues a nivel internacional, más del 60 por ciento de las emisiones de gases de efecto invernadero provienen de la generación y uso de la energía, de allí que las principales medidas para avanzar en la transición hacia una economía baja en carbono se concentren en este rubro, particularmente en el sector eléctrico, teniendo como uno de sus ejes primordiales la promoción de las energías renovables.

En este contexto, México ha asumido formalmente diversos compromisos relacionados con la reducción de sus emisiones de gases de efecto invernadero y se ha propuesto limitar la generación de energía con combustibles fósiles.

La Ley General de Cambio Climático reitera, en su régimen transitorio, el compromiso de nuestro país de reducir sus emisiones en 30 por ciento al 2020 y en 50 por ciento al 2050 con relación a las registradas en el año 2000. Asimismo, la Ley de Transición Energética establece, en su artículo tercero transitorio, que la Secretaría de Energía fijará como meta una participación mínima de energías limpias en la generación de energía eléctrica del 25 por ciento para el año 2018, del 30 por ciento para 2021 y del 35 por ciento para 2024.

De acuerdo al Reporte de Avance de Energías Limpias, elaborado por la Secretaría de Energía, al cierre del primer semestre de 2018, México contaba con una capacidad instalada total de 75 mil 918.42 megavatios (MW), de los cuales 23 mil 874.92 MW provienen de tecnologías limpias y representaron el 31.45 por ciento. La capacidad instalada para tecnologías limpias creció 11.84 por ciento con respecto a la capacidad instalada al cierre del primer semestre del 2017. Durante este periodo, la tecnología fotovoltaica presentó el mayor crecimiento al incrementarse la capacidad casi 3 veces más (1 mil 200 MW) que en el primer semestre de 2017, pasando a ser la tercera tecnología renovable más importante en México.

En cuanto respecta a la generación de energía, durante el primer semestre de 2018 se generaron en el país 167 mil 893.15 gigavatios-hora (GWh), de los cuales 24.12 por ciento provinieron de fuentes limpias (40 mil 499.01 GWh).

No obstante el hecho de que la tecnología fotovoltaica ha sido una de las de mayor crecimiento en nuestro país en tiempos recientes, lo cierto es que su participación en el porcentaje total de la electricidad generada en México sigue siendo residual, pues apenas contribuyó con 1 mil 204.54 GWh de los 167 mil 893.15 GWh producidos entre junio de 2017 y junio de 2018 (es decir, el 0.72 por ciento del total).

Lo anterior hace evidente que se debe seguir trabajando en un marco jurídico que permita facilitar el desarrollo de proyectos para generar energía a través del aprovechamiento de recursos renovables, concretamente a partir de la radiación solar.

La instalación masiva de paneles solares en las empresas y hogares del país es una gran alternativa para producir energía a un precio accesible y al mismo tiempo reducir la huella de carbono de nuestra economía. De acuerdo con Juan Pablo Robert, vocero de la empresa Enlight, más de 160 mil ya utilizan esta tecnología y se espera que para 2020 esa cifra crezca en 900 por ciento.

Por su parte, el sector público no debe quedarse al margen de los esfuerzos por extender el uso de tecnologías limpias de generación de energía. No se puede soslayar el hecho de que el gobierno es el consumidor más grande en cualquier economía, ya que utiliza múltiples bienes y servicios para el desempeño de sus funciones, incluyendo energía eléctrica para el uso de computadoras e iluminación.

Tomando en cuenta lo anterior, existen, tanto a nivel mundial como nacional, ejemplos diversos de políticas públicas y de reformas legales encaminadas a fomentar el establecimiento de sistemas fotovoltaicos en edificios e instalaciones públicas como una alternativa para reducir los consumos energéticos del sector gubernamental.

Destaca, en el ámbito internacional, la Ley 2/2007, del 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía, la cual señala en su artículo 14 que: “Los edificios e instalaciones de uso y servicio público propiedad de la Junta de Andalucía y sus organismos autónomos deberán incorporar instalaciones solares, pudiendo ser complementadas o sustituidas con cualquier otra instalación de aprovechamiento de energía renovable de cogeneración o de aprovechamiento de calores residuales”.

En cuanto al ámbito nacional, una iniciativa de reforma a la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética, presentada en el Senado de la República en 2010, dio lugar a la adición de una fracción VIII al artículo 24 del ordenamiento en comento. Dicha disposición, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de junio de 2013, establecía que la Estrategia Nacional para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía consolidaría en el Presupuesto de Egresos de la Federación las provisiones de recursos del sector público tendientes a: Promover que en los inmuebles de las dependencias y organismos de la administración pública federal se utilice energía renovable, de acuerdo con las características geográficas, posibilidades técnicas y viabilidad económica en cada uno de ellos.

Sin embargo, la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética fue abrogada el 24 de diciembre del año 2015 y se expidió en su lugar la Ley de Transición Energética, en la cual ya no aparece la disposición señalada en la fracción VIII del artículo 24 de la norma abrogada.

A pesar de que la Ley de Transición Energética representó, en muchos sentidos, una modernización respecto a lo establecido en la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética, la desaparición de la fracción VIII del artículo 24 es, sin duda alguna, un retroceso que se debe corregir.

Por lo anterior, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de:

Decreto por el que se adiciona una fracción II Bis al artículo 36 de la Ley de Transición Energética

Único. Se adiciona una fracción II Bis al artículo 36 de la Ley de Transición Energética, para quedar como a continuación se presenta:

Artículo 36. El Pronase incluirá al menos, aquellas acciones, proyectos y actividades derivadas de la estrategia en materia de eficiencia energética que permitan:

I. (...)

II. Elaborar y ejecutar programas permanentes dentro de las dependencias y entidades de la administración pública federal para el aprovechamiento sustentable de la energía en sus bienes muebles e inmuebles y aplicar criterios de aprovechamiento sustentable de la energía en las adquisiciones, arrendamientos, obras y servicios que contraten, en condiciones de sustentabilidad económica;

II Bis. La incorporación de sistemas fotovoltaicos para la generación de energía eléctrica en los inmuebles de las dependencias y organismos de la administración pública federal, de acuerdo con las características geográficas, posibilidades técnicas y viabilidad económica en cada uno de ellos.

III. Elaborar y ejecutar programas a través de las dependencias y entidades de la administración pública federal para fomentar el aprovechamiento sustentable de la energía en usuarios con un patrón de alto consumo de energía conforme lo determine el Reglamento de la presente Ley;

IV. a XII. (...)

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Un estudio publicado en 2010 por la Agencia Internacional de Energía señaló que el pico histórico de la producción mundial de petróleo crudo convencional se alcanzó en el año 2006, lo cual significa que a partir de entonces esta disminuirá de manera constante.

2 Véase, “World Energy Outlook 2008”, Agencia Internacional de Energía.

3 Véase, Melgar Palacios, María de Lourdes, “La revolución energética que México requiere”, Revista Digital Universitaria, UNAM, volumen 13, número 10, octubre de 2012. Disponible en: http://www.revista.unam.mx/vol.13/num10/art100/#up

4 Ibídem.

5 Véase, “Reporte de Avance de Energías Limpias. Primer semestre 2018”, Secretaría de Energía, México 2018. Página 7. Disponible en:

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/418391/RAEL_Prim er_Semestre_2018.pdf

6 Ibídem. Página 8.

7 Ibídem. Página 10.

8 Véase, “Usuarios de paneles solares crecerán 900 por ciento en México al 2020”, periódico El Economista, 1 de abril de 2018. Disponible en:

https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Usuarios-de-paneles-so lares-creceran-900-en-Mexico-al-2020-20180401-0012.html

9 Véase, “Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía”, Boletín Oficial del Estado. Página 11. Disponible en:

https://www.boe.es/buscar/pdf/2007/BOE-A-2007-9264-consolidado. pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de febrero de 2020.— Diputadas y diputados: Nayeli Arlen Fernández Cruz, Arturo Escobar y Vega, Ana Patricia Peralta de la Peña, Érika Mariana Rosas Uribe, Francisco Elizondo Garrido, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Enrique Ochoa Reza, Hernan Salinas Wolberg, Mónica Almeida López, María Marivel Solís Barrera, María Eugenia Hernández Pérez (rúbricas).»

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Muchas gracias, diputada Fernández Cruz. Esta Presidencia hace una rectificación sobre la iniciativa presentada. La diputada Fernández Cruz lo hizo en relación al artículo 36, fracción II Bis, de la Ley de Transición Energética. Y, por lo tanto, esta iniciativa se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.



LEY FEDERAL PARA EL FOMENTO DE LA MICROINDUSTRIA Y LA ACTIVIDAD ARTESANAL

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Mónica Almeida López, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 37 de la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

La diputada Mónica Almeida López:Con su venia, diputada presidente. La cultura forma parte de nuestro ser y configura nuestra identidad, también contribuye a la erradicación de la pobreza y allana el camino a un desarrollo inclusivo, equitativo y centrado en el ser humano, pues sin cultura no hay desarrollo sostenible.

Hacer que la cultura desempeñe un papel importante en las políticas de desarrollo no solo constituye una inversión esencial en el futuro de nuestro mundo, sino que además es una condición previa para llevar a cabo con éxito procesos de mundialización bajo el respeto del principio de la diversidad cultural.

En este sentido, las artesanías conservan las raíces de nuestra historia y la identidad de una cultura, y son un gran promotor del turismo en nuestro país, ya que se identifica como una expresión artística, cuyos cimientos descansan en las tradiciones de una comunidad. Su base es la transmisión del conocimiento a través de generaciones, muchas veces en forma oral, por lo que conecta con una parte con el patrimonio inmaterial.

La artesanía contemporánea colinda también con las industrias creativas. Dada la apertura de la sociedad a adquirir objetos de valor simbólico, la artesanía ha logrado adaptarse a nuevas formas, creando innovadores productos que reflejan a cabalidad la creatividad del patrimonio cultural de sus creadores.

Para comprender en qué medida la artesanía puede ser vista como un factor de desarrollo humano, debemos, en primera instancia, referirnos al alcance del concepto, entendiendo por artesanía no solo el objeto de manera aislada, sino un tipo de actividad en la que se involucran elementos económicos, técnicos, productivos, comerciales, sociales, estéticos y culturales de gran complejidad, y que se de-sarrolla por lo general integrada o en espacios limítrofes con otras expresiones del arte, la cultura, y con la propia producción industrial, de manera que en su estudio en ocasiones es preciso establecer las diferencias, mientras que en otros resulta necesario señalar lo que hay en común en las mutuas influencias y superposiciones entre estos procesos.

Hoy nuestro país y nuestros artesanos se enfrentan a una gran problemática, la producción en masa elaborada con materiales y manos de obra barata que termina por afectar a las pequeñas industrias, en el caso más específico a los artesanos, tratando de imitar su creatividad y talento, demeritando su trabajo y confundiendo a los clientes con productos piratas, generando una competencia desleal.

Además, existen muchísimos casos de objeto de, de casos de plagio, de creaciones de artesanías, de las cuales las empresas obtienen ganancias millonarias, y de las cuales los creadores no tienen dividendos por carecer de los derechos de autor.

En razón de lo anterior presento la siguiente iniciativa para reformar la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal, con el objeto de generar condiciones para que el sector artesano pueda proteger sus derechos de autor, y a su vez, esta actividad se fortalezca y se constituya como una fuente de empleo viable y de crecimiento económico de las regiones, otorgando asesoría en los trámites y registro a los artesanos que cumplan con los requisitos requeridos para lograr la propiedad industrial y derechos de autoría, otorgando becas y apoyos para artesanos de la tercera edad y proporcionando capacitación permanente respecto de los procesos de comercialización y producción.

Lograr establecer en la ley el apoyo al sector artesanal para lograr la protección a los derechos de autor y ofrecer a los artesanos un esquema de protección de sus derechos intangibles, logrará impulsar e involucrar la garantía de los derechos de autor y propiedad industrial con lo que se reconozcan los derechos a los autores por la creación de todas las obras y mecanismos de producción que puedan reproducirse o divulgarse por cualquier forma o medio conocido o por conocer, a partir del momento en que se crea la obra, con lo que jurídicamente se constituye la protección y el amparo ante cualquier intento de plagio o aprovechamiento indebido de las manifestaciones artísticas, otorgándole al artesano el beneficio de poder adquirir riqueza por la explotación legítima de su trabajo.

Impulsemos nuestra cultura, apoyemos a nuestros artesanos. Es cuanto, muchas gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 37 de la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal, suscrita por la diputada Mónica Almeida López e integrantes del Grupo Parlamentario del PRD

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; numeral 1, fracción 1, del artículo 6; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la que suscribe, diputada Mónica Almeida López, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, pone a consideración de esta asamblea legislativa, la presente iniciativa que reforma el artículo 37 de la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal, de acuerdo con la siguiente

Exposición de Motivos

Contexto internacional

El Simposio Internacional sobre “La artesanía y el mercado internacional, comercio y codificación aduanera, organizado conjuntamente por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y el Centro de Comercio Internacional UNCTAD/OMC (CCI), se celebró en el Centro Internacional de Convenciones de Filipinas (PICC), Manila, en octubre de 1997 al cual asistieron 132 representantes de organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, organizaciones regionales e internacionales activas en el sector de la artesanía en 44 países, donde se destaca la preocupación de generar políticas públicas que eficienten y promuevan un mejor escenario para resolver las problemáticas aparejadas en la no protección de los artesanos y la cultura de los países en las agendas internacionales, fue una de las primeras acciones tendientes a proteger y valorizar las artesanías.

Por su parte la UNESCO reconoce a las artesanías como una de las formas que asume la cultura tradicional y popular para representar el conjunto de creación de una comunidad cultural además de reconocer que se fundan en la tradición y son expresión de su identidad cultural y social.

Asimismo por parte de la comunidad internacional existe la coincidencia de proyectar acciones concretas la necesidad apremiante de proteger los productos artesanales, además de la importancia de codificar los productos para distinguirlos de los productos manufacturados, y generar los mecanismos legales eficientes para su protección, así como la aplicación de las tecnologías para su potencialización.

Por otro lado desde hace años ya se generaba la preocupación de implementar políticas públicas que proyecten a la artesanía como fuente de economía de las naciones, comercio y corrientes exportadoras, teniendo plena identificación de los organismos gubernamentales encargados de proteger la cultura y la artesanía, con la probidad especifica de los productos con miras a asignar una codificación propia, observando así el amparo y protección de los derechos en su mayor ámbito espacial y material, traducido como la capacidad de generar empleo y de contribuir a la mitigación de la pobreza y la conservación del patrimonio nacional.

Asimismo se propuso un plan de acción con los objetivos y modelos a seguir para lograr las metas planteadas de proyectar a la artesanía como una manera de potenciar la economía y no como una carga para buscar que prevalezca su existencia y el desgaste cultural que se generaría en caso de deteriorarse, objetivo por cierto bastante amplio y complejo, pero no imposible de lograr ni de adecuar a las legislaciones, en lo particular a la nuestra, en ese sentido se realizaron distintas recomendaciones en cuanto a la protección de derechos.

En el plano regional se deberán generar los mecanismos para celebrar seminarios/talleres sobre los puntos fuertes y débiles de los regímenes de protección existentes, la utilización y la adaptación de la experiencia de los países que han combinado medidas de protección con acciones de promoción, la pertinencia y las ventajas del etiquetado de los productos artesanales y la utilización de marcas comerciales distintivas de una determinada comunidad de productores.

Mientras que en plano internacional estudiar los problemas de la protección y facilitar información, asesoramiento y formación a organizaciones nacionales de fomento de la artesanía (para las organizaciones internacionales pertinentes).

En ese sentido a medio plazo, en los planos nacional y regional resulta necesario vincular la protección a la codificación y celebrar seminarios regionales para intercambiar opiniones y conclusiones y planear actividades en estos terrenos (para los estados miembros).

Tener en cuenta estas cuestiones tanto al hacer aplicar la ley, como en las estrategias de promoción del comercio y de las exportaciones (para los estados miembros). Promover el valor cultural de los productos artesanales originales (para las instituciones ofíciales y las organizaciones no gubernamentales).

En el plano internacional es necesario prestar asistencia técnica al sector artesanal sobre la utilización eficaz del instrumental jurídico de protección de la artesanía y las medidas necesarias para la codificación (para las organizaciones internacionales pertinentes). Aumentar el recurso a las tecnologías modernas para atender las necesidades de información de los artesanos en materia de producción, comercialización y protección de los derechos de propiedad intelectual e industrial (por conducto del Centro Internacional de Fomento de la Artesanía (CIPA), como punto central a nivel internacional).

En ese sentido la comisión reconoció que la comercialización de los productos artesanales es esencial para que el sector de la artesanía sea económicamente viable. Ahora bien, se hizo una distinción entre las artes y la artesanía tradicionales y la artesanía contemporánea. La artesanía tradicional se debe conservar como parte del patrimonio nacional y su fomento deberá efectuarse conforme a un planteamiento distinto al aplicado a los productos artesanales producto de la industria artesanal, teniendo recomendaciones acerca del desarrollo de los mercados internacionales y emitiendo las siguientes recomendaciones:

Se deben elaborar productos que atraigan a los grupos destinatarios específicos y que sean competitivos con las importaciones en estética, funcionalismo y precios. Despertar, mediante campañas de sensibilización pública, la estima por la artesanía y la destreza locales, al tiempo que se infunde un sentimiento de orgullo por comprar una pieza tradicional. Obtener el apoyo de los medios de comunicación para dar a conocer las obras de los artesanos y suscitar el interés del público, incorporar la noción y la política del turismo artesanal en el plan de acción de comercialización interna de la artesanía y conseguir la participación de quienes marcan las pautas del comportamiento social y de la moda, así como de las autoridades.

La cultura forma parte de nuestro ser y configura nuestra identidad. También contribuye a la erradicación de la pobreza y allana el camino a un desarrollo inclusivo, equitativo y centrado en el ser humano, sin cultura no hay desarrollo sostenible. Hacer que la cultura desempeñe un papel importante en las políticas de desarrollo no sólo constituye una inversión esencial en el futuro de nuestro mundo, sino que además es una condición previa para llevar a cabo con éxito procesos de mundialización que tengan en cuenta el principio de la diversidad cultural.

En ese sentido las artesanías conservan las raíces de nuestra historia y la identidad de una cultura y son un gran promotor del turismo en nuestro país ya que se identifica como es una expresión artística cuyos cimientos descansan en las tradiciones de una comunidad, su base es la transmisión del conocimiento a través de generaciones, muchas veces en forma oral, por lo que lo conecta por una parte, con el patrimonio inmaterial. La artesanía contemporánea colinda también con las industrias creativas, dada la apertura de la sociedad a adquirir objetos de valor simbólico, la artesanía ha logrado adaptarse a nuevas formas, creando innovadores productos que reflejan a cabalidad la creatividad y el patrimonio cultural de sus creadores.

Para comprender en qué medida la artesanía puede ser vista como un factor de desarrollo humano debemos en primera instancia referirnos al alcance del concepto, entendiendo por artesanía no sólo el objeto de manera aislada, sino un tipo de actividad en la que se involucran elementos económicos, técnicos, productivos, comerciales, sociales, estéticos y culturales de gran complejidad y que se desarrolla por lo general integrada o en espacios limítrofes con otras expresiones del arte y la cultura y con la propia producción industrial, de manera que en su estudio en ocasiones es preciso establecer las diferencias mientras que en otras resulta necesario señalar lo que hay de común, las mutuas influencias y superposiciones entre estos procesos. La artesanía analizada desde esta dimensión posee una dinámica que abarca los ciclos de creación-producción, circulación y consumo y se vincula con otros fenómenos críticos del contexto social actual como por ejemplo los problemas relativos al agotamiento de los recursos naturales y la crisis medioambiental; con la suplantación del trabajo manual por el industria, los asociados con las migraciones del campo a la ciudad, los que atañen a las oscilaciones del mercado, particularmente en su vínculo con la industria turística, entre otros.

El impacto de la globalización del comercio y la internacionalización de los mercados sobre las artesanías señala efectos favorables y desfavorables, entre los primeros se señala la difusión y extensión de las ventas de los productos artesanales a nuevos mercados y el desarrollo de una mayor conectividad y redes en el sector artesano, entre las desventajas, particularmente para los pueblos que poseen una sólida tradición artesanal, pero que no cuentan con instrumentos adecuados que los proteja, se señala el riesgo del plagio y la incapacidad de control sobre éste.

Lógicamente, las estrategias de desarrollo de este sector deben atender no sólo la renovación y la creatividad ajustada a la demanda del mercado y los nuevos requerimientos del público consumidor, sino también la autenticidad y la preservación de la creatividad popular, que son un verdadero valladar ante el riesgo de una homogenización y banalización plegada a las exigencias del mercado globalizado.

La naturaleza especial de los productos artesanales se basa en sus características distintivas, que pueden ser utilitarias, estéticas, artísticas, creativas, vinculadas a la cultura, decorativas, funcionales, tradicionales, simbólicas y significativas religiosa y socialmente. Es por ello que se deben tomar todas las medidas necesarias, políticas públicas y acciones concretas para preservar y potencializar las artesanías no sólo en Jalisco si no en todo el país, ya que un factor importante para el turismo internacional es precisamente el interés por adquirir las artesanías de nuestro país.

Contexto nacional

En México la industria artesanal representa 20.3 por ciento del producto interno bruto (PIB) cultural, las artesanías y juguetes tradicionales es la actividad de mayor tamaño en el sector de la cultura, que comprende actividades como la cerámica, cestería, madera, metalistería, lapidaria, cantera, cerería, cartón y papel, talabartera, papelería, así como dulces tradicionales y que generó 91 mil 612 millones de pesos así lo menciona la cuenta satélite de la cultura de México 2014, cuyo principal propósito es medir los flujos económicos de un sector.

La Cuenta Satélite de la Cultura de México reportó que se generaron 339 mil 349 puestos de trabajo, esto es, 3 de cada 10 personas en puestos ocupados en el sector cultural, corresponden a artesanías. En el sector turismo la importancia de las artesanías no se quedan atrás, los ingresos que esta actividad genera son 62 mil millones de pesos equivalente al 14 por ciento del PIB del sector.

Hablar de los artesanos en México significa hablar de un tema en verdad amplio, pues debemos reconocer las diferencias que se presentan de acuerdo con la geografía, la cultura y los tipos de sociedad en los que tiene presencia. Es necesario señalar lo loable que resulta el oficio artesanal, que a saber es uno de los más antiguos de la humanidad. En él se destaca la elaboración de productos con elementos culturales y materiales propios de la región donde se habita, lo cual crea la identidad de la comunidad. La intervención del artesano destaca sobre el proceso de producción porque se da de manera eminentemente manual, si bien a menudo apoyada en diversas herramientas.

En México, la diversidad de las culturas prehispánicas propició la elaboración de artesanías distintivas de cada región, hecho enriquecido a través del tiempo. La conquista española y el posterior mestizaje fortalecieron la actividad artesanal al introducirse nuevas técnicas que diversificaron la producción de objetos.

Durante el tercer trimestre de 2011, más de un millón 800 mil personas mayores de 15 años se emplearon en alguna actividad artesanal o relacionada con este rubro. De éstas, 507 mil 368 laboraron como parte de la población ocupada que se dedica de tiempo completo a la actividad, divididos en: 6 mil 573 jefes, supervisores o trabajadores de control en actividades artesanales, de transformación y de reparación y mantenimiento; 377 mil 772 artesanos, trabajadores fabriles y trabajadores en actividades de reparación y mantenimiento; y 116 mil 409 ayudantes y similares en este proceso, entre otros. En la población subocupada (personas que pueden trabajar más tiempo o sólo dedicarse parcialmente a la actividad) las cantidades fueron las siguientes: 34 mil 696 jefes o supervisores de control; 808 mil 869 artesanos, trabajadores fabriles y trabajadores en actividades de reparación y mantenimiento; y 378 mil 395 ayudantes y similares. Es decir, un millón 290 mil 547 empleados del sector artesanal que además buscan otro empleo para satisfacer sus necesidades.

La población ocupada dedicada a las labores artesanales durante el tercer trimestre de 2011, clasificada por sexo, corresponde a 41 mil 949 mujeres (28.35 por ciento) y 358 mil 805 hombres (71.65 por ciento). Las entidades federativas con más trabajadores industriales, artesanos y ayudantes son: Oaxaca con 58 mil 398 personas; Guerrero con 39 mil 107; estado de México con 34 mil 687; Jalisco con 32 mil 504, y Yucatán con 29 mil 310.

Los grupos de edad de los trabajadores del ámbito artesanal en el sector de la población ocupada durante el tercer trimestre de 2011 se distribuyeron de la siguiente manera: de 14 a 19 años (3.83 por ciento); entre 20 y 29 (15.49 por ciento); de 30 a 39 (28.28 por ciento); entre 40 y 49 (27.17 por ciento); de 50 a 59 (19.21 por ciento), y mayores de 60 (6.01 por ciento). La mayor parte de la población ocupada en la actividad artesanal en el primer trimestre de 2011 tuvo ingresos menores a un salario mínimo.

El número de varones (80.57 por ciento) quintuplica el de las mujeres (19.43 por ciento) que trabajan de forma subocupada en las actividades artesanales. Las entidades federativas que concentran mayor cantidad de trabajadores artesanos y similares en subocupación son: estado de México (120 mil 348); Tamaulipas (106 mil 722); Jalisco (106 mil 163); Guanajuato (103 mil 760) y Nuevo León (79 mil 020). Las edades de este sector de empleados son: de 14 a 19 años (6.64 por ciento); entre 20 y 29 (21.63 por ciento); de 30 a 39 (26.44 por ciento); entre 40 y 49 (23.47 por ciento); de 50 a 59 (14.22 por ciento), y mayores de 60 (7.57 por ciento).

Se tienen algunos desafíos identificados en los cuales la actividad artesanal tiene que enfrentar entre los cuales destaca los siguientes:

• Dificultad para conservar elementos culturales ancestrales.

• Penetración de los denominados souvenirs y productos manufacturados con alta tecnología y de forma masiva, que se ofrecen bajo el título de artesanías.

• Altos costos de la materia prima y falta de capital por parte de artesanos para proveerse.

• Presencia de intermediarios.

• Exigencias del mercado por imponer diseños ajenos a las tradiciones y al contexto artesanal nacional.

Es de todos conocido que el oficio de artesano además de las implicaciones comerciales a las que se enfrenta, individualmente representa una serie de complicaciones para poder subsistir económicamente con los ingresos derivados de esta importante actividad económica que va en declive y se necesita rescatar, ya que los salarios e ingresos generados son menos respecto de los recursos necesarios para poder lograr un nivel de vida básico, tal como se muestra en la siguiente gráfica:

A nivel federal los artesanos tienen respaldo para subsistir con el Fondo Nacional para el Fomento de las Artesanías, el cual contribuye a la producción, promoción y comercialización de las artesanías para promover el desarrollo integral de las y los artesanos, a través de proyectos artesanales estratégicos buscando que se mejore el proceso productivo de las actividades artesanales y que a través de ello, se promueva y potencialice el desarrollo regional, en el cual principalmente se busca, contar con apoyos económicos enfocados en la producción, que si bien es cierto se constituye como un mecanismo de fomento a la producción artesanal, los recursos no son suficientes ni se especifican o adecuan a las particularidades de nuestro Estado, en lo específico con la búsqueda de contar con un correcto registro de derechos de autor, propiedad industrial y de marcas colectivas, por lo que nuestro Estado no debe ser ajeno a esta problemática y generar una correcta coordinación con las acciones existentes a nivel federal y la identificación de problemas sustanciales que se perciben en nuestro Estado y acatarlas con los mecanismos e instituciones con que cuenta.

Para cumplir sus objetivos generales y particulares, el programa de Fondo Nacional para el Fomento de las Artesanías (Fonart) cuenta con distintas vertientes. La primera de ellas es la capacitación integral y asistencia técnica. Esta actividad se destina fundamentalmente a los grupos de artesanos que requieren información acerca de cómo organizarse, cómo distribuir los trabajos según sus habilidades y cómo conformar jurídica y administrativamente el grupo hasta llegar a la comercialización. Es decir, la asistencia intenta ser integral. Cuando existe la posibilidad de insertarlos en un mercado para darle más oportunidades a sus productos, se proporciona la asistencia técnica. En este punto, el diseño es fundamental.

Si bien es cierto el Fonart y la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal abonan a fomentar el desarrollo de la microindustria y de la actividad artesanal, el sector artesanal no cuenta con un marco jurídico que asegure sus procesos productivos, comercialización y difusión; que brinde asesoría técnica al artesano en la administración de sus actividades y en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales; que preserve el medio ambiente, su salud y la de sus consumidores; que dé acceso al artesano a un régimen de seguridad social derivado del reconocimiento de su actividad; que fomente la actividad artesanal y la haga competitiva.

Planteamiento del problema

Las comunidades indígenas por medio de su trabajo artesanal plasman su forma de ver el mundo, con técnicas que han subsistido a lo largo de los siglos y que se han preservado hasta tiempos presentes, además de las complicaciones globales que merman la sobrevivencia de este sector, pero con la valía que representan los importantes esfuerzos por seguir reproduciendo sus tradiciones, las cuales pasan de generación en generación y resguardan la invaluable riqueza cultural debido a la complejidad de las técnicas, materiales, lugares  que reflejan una sabiduría milenaria como un patrimonio que se debe admirar, procurar, preservar y defender.

Si bien en el marco de la globalización las empresas diversas industrias se han visto envueltas en una competencia entre ellas, llevando a estas a una mejora continua y así ofrecer los mejores productos y servicios y de esa manera ganarse al consumidor final. Por otro lado en algunos casos la producción en masa elaborada con materiales y mano de obra barata termina por afectar a las pequeños industrias en un caso más específico a los artesanos, tratando de imitar su creatividad y talento demeritando su trabajo y confundiendo a los clientes con productos piratas, a esta práctica se le conoce como competencia desleal.

El permanente dinamismo de la tecnología y de la cultura, el crecimiento del conocimiento científico y la innovación tecnológica han obligado al sistema jurídico de los derechos de autor a evolucionar y a ajustarse, para lograr la adecuada protección a las nuevas creaciones intelectuales que son susceptibles de amparo través de su ámbito legal.

Lo que representa en México la piratería o competencia desleal en cifras representa es alarmante más de 11 millones de artesanos son afectados por la piratería de sus productos, en 2014 esta práctica alcanzo 69 millones de dólares lo que representa 60 por ciento de las ventas totales, según números de la Cámara de Comercio, Servicios y Turismo de la Ciudad de México.

Una pieza artesanal no se compara en absoluto con una manufactura industrial, debido a la riqueza patrimonial que radica en las técnicas empleadas para los textiles típicos, que se realizan a mano, que pueden tardar semanas o meses para su elaboración y porque plasman su cultura y cosmogonía. Por lo tanto, las marcas extranjeras que se han atrevido a apropiarse sin autorización de los textiles, descontextualizan y muestran una gran ignorancia sobre las etnicidades, y el mosaico cultural y la diversidad de comunidades que existen en México.

La preocupación de organismos como la UNESCO que tiene una visión global del papel sociocultural y económico de la artesanía en la sociedad y, desde hace numerosos años, se ocupa de desarrollar una acción armoniosa, coherente y concertada en favor de este sector. México anteriormente ha tenido estrechos lazos con estos organismo y se siguen buscando colaboraciones importantes para que el desarrollo del sector artesanal, por lo que la necesidad de implementar políticas públicas como la que busca lograr la presente iniciativa concuerda con los objetivos y directrices internacionales de los que nuestro país es parte.

En la declaración de los derechos humanos del 10 de diciembre de 1948 se dio importancia a los derechos de autor enfocado a los artesanos, citando su artículo 27.2 en donde se señala que “Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.” Por lo que ya se contaba como un elemento importante para la preservación cultural y proyección artística, buscar la protección jurídica y normativa para fomentar el crecimiento y garantías del sector artesano.

La protección por los derechos de autor y los derechos conexos es esencial para favorecer la creatividad individual, el desarrollo de las industrias culturales y la promoción de la diversidad cultural así lo refieren las reseñas de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) Actualmente se tienen tres elementos identificados que la artesanía posee y se pueden proteger.

Reputación: derivada de su estilo, origen o calidad;

Apariencia externa: su forma y diseño; y

Saber hacer: la pericia y los conocimientos utilizados para crear y fabricar los productos de artesanía.

A menudo los artesanos producen obras creativas que pueden protegerse mediante la legislación de derecho de autor. El derecho de autor, que surge automáticamente tras la creación de la obra, protege los productos de la creatividad. Los titulares del derecho de autor gozan de derechos exclusivos que les permiten beneficiarse financieramente durante un periodo de tiempo prolongado pero fijo. Estos derechos, también denominados derechos patrimoniales, protegen a los titulares del derecho de autor contra la reproducción y adaptación no autorizados de sus obras. Asimismo, la protección por derecho de autor comprende los derechos morales, como el derecho a reivindicar paternidad de la obra y a oponerse a cualquier deformación, mutilación u otra modificación de la misma o a cualquier atentado a la misma que cause perjuicio a su honor o a su reputación. Las obras de artesanía pueden estar protegidas por derecho de autor si son originales y poseen cualidades artísticas.

Propuesta

La actividad artesanal representa un sector de desarrollo económico de muchos estados y municipios, que sin duda genera una gran riqueza cultural y turística, ya que los artesanos, es la magia de saber acariciar los materiales, plasmando un sentimiento, un oficio, una tradición, al crear una pieza única la cual representa nuestra historia y de ahí la importancia de conservar ese legado para las futuras generaciones.

En la esfera administrativa corresponde a la Secretaría de Economía fomentar este rubro, a través de la Comisión Intersecretarial para el Fomento de la Microindustria, que tendrá por objeto impulsar el desarrollo de las empresas micro industriales a través de las acciones previstas en la presente ley, especialmente las que consistan en la simplificación de trámites administrativos para obtener registros y autorizaciones y para cumplir obligaciones. La Comisión se encargará de estudiar y analizar las necesidades y la problemática que enfrenta la planta micro industrial del país, para proponer medidas que alienten su crecimiento y consoliden sus niveles productivos, la cual está integrada por representantes propietarios de la Secretarías de Gobernación, Hacienda y Crédito Público, de la Función Pública, de Energía, de Economía, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Educación Pública, de Salud, del Trabajo y Previsión Social, así como del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores.

Dentro de los objetivos y finalidades de dicha comisión resalta la simplificación e tramites y facilidades de operación, proposición de otorgamiento y aplicación de apoyos y estímulos, coordinar las acciones tendientes a este rubro con las dependencias y entidades para la obtención de apoyos, propiciar la celebración de exposiciones, otorgamientos de certificados de origen (exportación), formular recomendaciones entre otras, las cuales sin duda son elementales.

Por otro lado las condiciones sociales son cambiantes y por ende el derecho, el cual debe ser adaptativo a las nuevas problemáticas que van surgiendo en la sociedad para que la realidad no rebase al marco jurídico, en ese sentido una gran preocupación de este sector económico, recae en el plagio artesanal, en ese sentido es elemental buscar mecanismos de protección y promoción del desarrollo del artesano, mediante la planeación y clasificación de acciones, que permitan dotar de seguridad jurídica a los artesanos tomando en cuenta los siguientes elementos como rasgos distintivos:

• El artesano: como creador y constructor de cultura, buscando su protección jurídica laboral e individual.

• La actividad artesanal: como proceso en el que se aplican técnicas y prácticas artesanales tradicionales y contemporáneas y como proceso productivo que provee medios de vida al artesano y complementa la cultura de la región.

• El producto artesanía: expresión de identidad y de la cultura autóctona nacional, regional y local y su debida tutela legal.

La artesanía se está reinventando de la mano de jóvenes creadores y diseñadores, así como de maestros artesanos, que, con su frescura y osadía, la están convirtiendo en un laboratorio de experiencias sensoriales, emocionales y simbólicas. La actividad económica artesanal no es importante sólo por sí misma, sino por la conexión que tiene con otras actividades y sectores económicos. Incluir el sector artesano dentro de las industrias culturales, denota la importancia económica que tiene su desarrollo para una región.

Las artesanías, como emblema cultural, merecen gozar de protección no sólo por el hecho de participar en el libre mercado, como manifestación del interés económico privado, sino también por representar la identidad cultural de un país, lo que constituye el interés público de la nación. Con el avance de las tecnologías y a globalización mundial las artesanías se han visto fuertemente afectados los artesanos ya que compiten fuertemente con productos de imitación que son elaborados de manera industrial, con materiales y mano de obra de bajo costo, que por lo general son maquilado en otros países, por lo que es necesaria la implementación de políticas públicas concretas que puedan hacer frente a la protección de los artesanos, las artesanías y ser respetuosos con los tratados internacionales de los que nuestro país es parte, buscando ser competitivos y lograr el repunte de esta actividad económica y cultural tan importante.

El escenario que hoy en día tienen los productores artesanales es complicado en relación con la situación económica que guarda nuestro país y nuestro estado en lo especifico, por lo que la protección de los derechos de autor se vislumbra como una, si no es que al única opción con la que se cuenta para darle valor y protección a las artesanías, por lo que de esta manera se podrá potencializar su competitividad, valiéndose de las características que individualicen los productos, como lo es la elaboración a mano o bajo algún esquema característico y distintivo.

Económicamente es elemental implementar recursos que promuevan la protección de la propiedad industrial y derechos de autor en lo específico de las artesanías, y generar un pensamiento paradigmático objetivo en el cual se genere como una inversión y no como un gasto encajonado como un simple programa presupuestal de apoyo a los artesanos. Invertir en la protección de la cultura a través de las artesanías representa una importante perspectiva socioeconómica de generación de empleo, en lo especifico de zonas de nuestro Estado que no son precisamente metropolitanas ya que por lo general son áreas rezagadas económicamente y con fuertes problemas para encontrar opciones de empleo, observándose como una oportunidad de crecimiento cultural y de inversión económica productiva.

La protección a los derechos de autor ofrece a los artesanos un esquema de protección de sus derechos intangibles por lo que en ese sentido al lograr establecer e involucrar la garantía de los derechos de autor, propiedad industrial y marca colectiva se reconocer sus derechos a los autores por la creación de todas las obras, mecanismos de producción entre otra más, que puedan reproducirse o divulgarse por cualquier forma o medio conocido o por conocer a partir del momento en que se crea loa obra y jurídicamente se constituye su protección, brindando así amparo ante cualquier intento de plagio o aprovechamiento indebido de las manifestaciones artísticas, otorgándole al artesano el beneficio de poder adquirir riqueza por la explotación de su trabajo.

Es elemental justificar que las artesanías contienen un valor per se no sólo para sus productores si no para nuestro país, por lo que requieren un amparo legal en aras de participar activamente no sólo en el mercado local si no que pude potenciar y detonar la productividad para integrarse en los mercados internacionales y generar fama para sus productos, logrando un posicionamiento comercial y el detonamiento de las economías regionales, la atracción de inversión privada e incluso extranjera, con la salvedad de que no se debilitará nuestra cultura y mucho menos los artesanos perderán los gananciales de sus creaciones artísticas.

En ese sentido se busca lograr incluir dentro de las finalidades del desarrollo regional, del artesano, y como objetivos y funciones de la comisión y la propia Secretaría de Economía, incluir dentro del fomento a la producción de artesanías, el otorgamiento de asesoría y seguimiento de trámites y registro a los artesanos que cumplan con los requisitos requeridos por la ley, para lograr la propiedad industrial y los derechos de autor a los artesanos, otorgar becas para artesanos y apoyos para artesanos de la tercera edad, con el fin de preservar el valor cultural de las artesanías y propiciar la capacitación permanente respecto de los procesos de comercialización y producción.

En razón de lo anterior se propone modificar la ley en comento de la siguiente manera:

Por lo anteriormente fundado y motivado y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforma y adiciona la fracción IX, incisos C), D), E), F) y G) del artículo 37 de la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal

Artículo Único. Se reforma y adiciona la fracción IX, incisos c), d), e), f) y g) del artículo 37 de la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal.

Artículo 37. (...)

IX. (...)

A) a B) (...)

C) Promover la celebración de acuerdos y convenios de coordinación con las entidades federativas, para fomentar la producción de artesanías, involucrando la participación de organismos especializados en la materia, y

D) Propiciar la concentración regional de la producción artesanal con el fin de facilitar su promoción, a través de la celebración de ferias, campañas y exposiciones artesanales, a nivel nacional e internacional, promoviendo la expansión y diversificación del mercado interno y la exportación, conforme a las disposiciones aplicables.

E) Otorgar asesoría en el seguimiento de trámites y registro a los artesanos que cumplan con los requisitos requeridos, para lograr la propiedad industrial y derechos de autor para los artesanos;

F) Otorgar becas para artesanos y apoyos para artesanos de la tercera edad.

G) Proporcionar capacitación permanente respecto de los procesos de comercialización y producción.

X. (...)

Artículo Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 http://unesdoc.unesco.org/images/0011/001114/111488s.pdf

2 Recomendación sobre la salvaguardia de la cultura tradicional y popular. Paris, 15 de noviembre de 1989. 25° Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura

3 http://www.lacult.unesco.org/docc/CyD_6.pdf

4 http://www.inegi.org.mx/saladeprensa/boletines/2016/especiales/especiales2016_0 6_06.pdf. Página 6 grafico.

5 http://www.datatur.sectur.gob.mx/Documentos%20Publicaciones/ CSTM_2015.pdf. Página 4

6 http://biblioteca.diputados.gob.mx/janium/bv/cesop/lxii/art_mex_sitact_re.pdf

7 Olga Correa Miranda, Actividad artesanal, Instituto de Geografía, UNAM. Disponible en: www.igeograf.unam.mx/web/iggweb/seccionesinicio/atlas/

8 Organización Mundial de la Propiedad Intelectual 34, chemin des Colombettes P.O. Box 18 CH-1211 Ginebra 20 Suiza, http://www.wipo.int/edocs/pubdocs/es/wipo_pub_tk_5.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de febrero de 2020.— Diputadas: Mónica Almeida López, Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbricas).»

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Muchas gracias, diputada Almeida López. Túrnese a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.



LEY FEDERAL DEL TRABAJO

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Marco Antonio González Reyes, del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 176 de la Ley Federal del Trabajo.

El diputado Marco Antonio González Reyes:Con su venia, diputada presidenta. La Organización Internacional del Trabajo define trabajo infantil como todo aquel trabajo que priva a las niñas y niños de su niñez, su potencial y su dignidad, y que es perjudicial para su desarrollo físico, psicológico y social.

El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, Unicef, menciona que en México existen alrededor de 3.6 millones de niñas, niños y adolescentes de entre 5 y 17 años que trabajan, cantidad que representa el l2 por ciento de la población total de niños del país.

Asimismo, 2.1 millones de niñas, niños y adolescentes realizan ocupaciones no permitidas, cifra equivalente al 7.1 por ciento de la población de 5 a 17 años, por grupos de edad. El 38.7 por ciento lo realizó la población infantil de tan solo 5 a 14 años de edad y el 61.3 por ciento de 15 a 17 años.

La lucha por erradicar el trabajo infantil es extensa y muy compleja, sin embargo, es necesario empezar a poner cimientos para cumplir cabalmente con lo establecido en la Convención de los Derechos del Niño, en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Ley General de Niñas, Niños y Adolescentes.

En la presente iniciativa se plantea la necesidad de la correcta conceptualización del trabajo infantil, para no incurrir en prácticas de exclusión de quienes, habiendo cumplido con la edad mínima de acceso a un empleo, siguen siendo menores de edad y tienen necesidad de incorporarse a la actividad laboral.

Pese a que el artículo 176, fracción II, numeral 8, señala como labores peligrosas o insalubres las actividades agrícolas, la ley no establece que debe entenderse por actividades laborales agrícolas, lo cual implica que la fracción del mencionado artículo pueda interpretarse como la prohibición del trabajo de adolescentes de 16 a 18 años en todas las actividades y en toda la cadena de valor de la agricultura.

No obstante que la Ley Federal del Trabajo menciona en el artículo 279 Ter las actividades no consideradas para definir al trabajador estacional del campo, en el mencionado artículo no se establece que puedan ser realizadas por adolescentes, pues se infiere que los trabajadores a los que hace referencia todo el Capítulo Octavo, Trabajadores del Campo, de dicha ley, son mayores de edad.

En ese sentido, a fin de abrir la posibilidad del acceso de las y los adolescentes actividades que no presenten peligro en la cadena del sector agrícola, se propone modificar el numeral 8 de la fracción II del artículo 176 de la Ley Federal del Trabajo, a fin de explicitar la excepción de actividades dentro del sector agrícola que se especifican en el segundo párrafo del artículo 279 Ter de dicha ley.

Esta iniciativa tiene como objetivo erradicar el trabajo infantil, a través del desarrollo económico para las familias en mayor pobreza y proveer acciones de reinserción escolar a jóvenes y adolescentes que se han visto en la necesidad de incorporarse al mundo laboral.

Finalmente, les invito a hacer conciencia de que el trabajo infantil es un tema que nos ocupa a todos y para combatirlo se deben sumar esfuerzos de autoridades, sociedad civil y ciudadanos, ya que México se coloca como el segundo país de la región con más casos, solo por debajo de Brasil y arriba de Perú. Eliminemos por completo el trabajo infantil. Muchas gracias. Es cuanto.

«Iniciativa que reforma el artículo 176 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Marco Antonio González Reyes, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, Marco Antonio González Reyes, diputado federal, integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el numeral 8 de la fracción II del artículo 176 de la Ley Federal del Trabajo.

Planteamiento del problema

El fenómeno del trabajo infantil; desde la comprensión y ubicación de su dimensión hasta su erradicación, constituye una de las asignaturas insoslayables de cualquier país democrático.

La correcta conceptualización del trabajo infantil es también tarea insoslayable, para no incurrir en prácticas de exclusión de quienes, habiendo cumplido con la edad mínima de acceso a un empleo, siguen siendo menores de edad y tienen necesidad de incorporarse a la actividad laboral.

A pesar de que el artículo 176, fracción II, numeral 8, señala como labores peligrosas o insalubres, la actividad agrícola; la ley no se establece lo que debe entenderse como “labores agrícolas” ,lo que implica que la fracción del mencionado artículo pueda interpretarse como la prohibición del trabajo de adolescentes de 16 a 18 años en todas las actividades y toda la cadena de valor de la agricultura.

No obstante que la Ley Federal del Trabajo menciona en el artículo 279 Ter, las actividades no consideradas para definir al trabajador estacional del campo, no establece que puedan ser realizadas por adolescentes, pues se infiere que los trabajadores a los que hace referencia todo el capítulo VIII “Trabajadores del campo” de dicha ley, son mayores de edad.

Argumentos

La Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y adolescentes, establece en su artículo 5 que: “Son niñas y niños los menores de doce años, y adolescentes las personas de entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad. Para efectos de los tratados internacionales y la mayoría de edad, son niños los menores de dieciocho años de edad.”

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) define el “trabajo infantil” como todo aquel trabajo que priva a los niños de su niñez, su potencial y su dignidad, y que es perjudicial para su desarrollo físico, psicológico y social, aludiendo al trabajo que es peligroso y prejudicial para el bienestar físico, mental o moral del niño e interfiere con su escolarización toda vez que les priva de la posibilidad de asistir a clases; les obliga a abandonar la escuela de forma prematura y les exige combinar el estudio con un trabajo pesado y que insume mucho tiempo.

Por otra parte, la Ley Federal del Trabajo define en su artículo 2 el término trabajo digno o decente como: “Aquél en el que se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador; no existe discriminación por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales o estado civil; se tiene acceso a la seguridad social y se percibe un salario remunerador; se recibe capacitación continua para el incremento de la productividad con beneficios compartidos, y se cuenta con condiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo”. Este último término abarca las actividades laborales para personas menores de 18 y mayores de 15 años de edad que están permitidas y reguladas por la Ley consideradas como “trabajo adolescente permitido”.

El “trabajo adolescente permitido” se encuentra definido en el Protocolo de Inspección en Materia de trabajo infantil vigente, como: “La participación de personas mayores de 15 y menores de 18 años de edad, en actividades productivas de acuerdo al Sistema de Cuentas Nacionales de las Naciones Unidas, en un marco de protección laboral de acuerdo a lo que estipula la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los demás ordenamientos legales nacionales e internacionales. Dichas actividades no afectan e interfieren en su formación profesional, ni personal; no conllevan algún riesgo o peligro y no violentan sus derechos humanos y laborales. Se encuentran bajo vigilancia de las autoridades del trabajo locales y federales de acuerdo a su jurisdicción y competencia”.

En nuestro país, de acuerdo con los resultados del “Modulo de trabajo infantil”, anexo a la Encuesta Nacional de Empleo del cuarto trimestre de 2017, se estima que de los 29,344,545 niños, niñas y adolescentes mexicanos de entre 5 y 17 años de edad, el 7.9 por ciento (2,312,414) desempeñan alguna actividad laboral, asimismo, se estima que 1, 267,543 adolescentes trabajan en actividades peligrosas y por tanto prohibidas, de los cuales 714,326 (el 34.5 por ciento), trabajan en el sector agropecuario de la economía, con lo que el sector agropecuario concentra el mayor porcentaje de ocupación no permitida.

Respecto al trabajo infantil, la Ley Federal del Trabajo establece en su artículo 175 que:

“Queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de dieciocho años:

I. En establecimientos no industriales después de las diez de la noche;

II. En expendios de bebidas embriagantes de consumo inmediato, cantinas o tabernas y centros de vicio;

III. En trabajos susceptibles de afectar su moralidad o buenas costumbres; y

IV. En labores peligrosas o insalubres que, por la naturaleza del trabajo, por las condiciones físicas, químicas o biológicas del medio en que se presta, o por la composición de la materia prima que se utiliza, son capaces de actuar sobre la vida, el desarrollo y la salud física y mental de los menores, en términos de lo previsto en el artículo 176 de esta Ley.”.

Asimismo, en el artículo 176 establece que:

“...se considerarán, como labores peligrosas o insalubres, las que impliquen:

...

II. Labores:

...

8. Agrícolas, forestales, de aserrado, silvícolas, de caza y pesca.

Sin embargo, en la Ley no se establece que debe entenderse como lo que implica que la fracción 8 del artículo 176 pueda interpretarse como la prohibición del trabajo de adolescentes de 16 a 18 años en todas las actividades y toda la cadena de valor de la agricultura, lo que excluye a dichas personas de trabajar en actividades que en los demás sectores de la economía no son consideradas peligrosas, como pueden ser las actividades administrativas que se realizan en el proceso de comercialización de los productos agrícolas u otras actividades secundarias dentro de la cadena de valor de la actividad agrícola.

La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en su Documento “Normatividad para la generación de estadística básica agropecuaria y pesquera” define la agricultura como sigue:

“La agricultura (del latín agricult?ra de ager, agri, campo, y cult?ra, cultivo: labranza o cultivo de la tierra) es el conjunto de técnicas y conocimientos para cultivar la tierra; dentro de los sectores económicos se clasifica en el sector primario, junto a actividades como la ganadería, silvicultura, caza y pesca. Los dos objetivos fundamentales para practicar la agricultura son: a) obtener los mayores rendimientos y b) devolver las sustancias alimenticias a las plantas, sin lo cual no hay mejora de terrenos, desciende la productividad y no se logra la sustentabilidad. Estos objetivos deben ir acompañados de conocimientos teóricos y prácticos sobre el uso y manejo de las tierras, el influjo de la meteorología, la naturaleza de los abonos y sus aplicaciones sobre las diferentes especies de árboles, arbustos y hortalizas, el cultivo de los prados, la producción de semillas y cereales, entre otros más.

En la agricultura se incluyen los diferentes trabajos de tratamiento del suelo y cultivo de vegetales, considerando el conjunto de acciones humanas que transforman el medio ambiente natural, con el fin de hacerlo más apto para el crecimiento de las siembras. Las actividades económicas que abarca el subsector tienen su fundamento en la explotación de los recursos que la tierra origina, favorecida por la acción del hombre, entre los que sobresalen alimentos vegetales como cereales, frutas, hortalizas y forrajes; fibras utilizadas por la industria textil; cultivos energéticos, etcétera...”

El concepto nos permite establecer que las labores agrícolas son múltiples y diversas, por lo que es necesario definir cuáles de estas labores que se llevan a cabo en la agricultura se pueden tipificar como peligrosas o insalubres.

Asimismo, el artículo 3, párrafo 3 del Convenio 138 de la OIT, establece que la legislación nacional o la autoridad competente, previa consulta con las organizaciones de empleadores y de trabajadores interesadas, podrán autorizar el empleo o el trabajo a partir de la edad de dieciséis años, en labores consideradas como labores peligrosas o insalubres, siempre que queden plenamente garantizadas la salud, la seguridad y la moralidad de los adolescentes, y que éstos hayan recibido instrucción o formación profesional adecuada y específica en la rama de actividad correspondiente.

Por otra parte, el Convenio 182 de la OIT, sobre la Prohibición de las Peores Formas de trabajo infantil y la Acción Inmediata para su Eliminación define en su artículo 4, establece que los tipos de trabajo considerados como peligrosos, se incluyen en las perores formas de trabajo infantil y deberán ser determinados por la legislación previa consulta con las organizaciones de empleadores y trabajadores y deberá examinar de manera periódica y revisar la lista de los tipos de actividades tipificadas como perores formas de trabajo infantil.

Por otra parte, la Ley Federal del Trabajo, en su capítulo VIII, “Trabajadores del campo” define las modalidades que puede adoptar el trabajo de los jornaleros, siendo estas: “... permanentes, eventuales o estacionales”, para en seguida, establecer las actividades en las que no se consideraran trabajadores estacionales del campo a quienes las ejecuten al establecer que: “No se considerarán trabajadores estacionales del campo, los que laboren en empresas agrícolas, ganaderas, forestales, acuícolas o mixtas que adquieran productos del campo, para realizar actividades de empaque, re empaque, exposición, venta o para su transformación a través de algún proceso que modifique su estado natural.

Aun cuando la Ley establece aquí las actividades no consideradas para definir al trabajador estacional del campo, no establece que puedan ser realizadas por adolescentes, pues se infiere que los trabajadores a los que hace referencia todo el capítulo son mayores de edad, por lo que es importante especificar estas excepciones en el capítulo V Bis, dedicado al trabajo de los menores.

Por lo anteriormente expuesto y a fin de abrir la posibilidad del acceso de las y los adolescentes a actividades que no representan peligro dentro del sector agrícola, se propone modificar el numeral 8 de la fracción segunda del artículo 176 de la Ley Federal del Trabajo a fin de explicitar la excepción a actividades dentro del sector agrícola que se especifican en el artículo 279 Ter. de dicha ley.

Esta modificación, no representa erogación de recursos más allá de los programados para el sector agrícola y puede impactar positivamente en la inclusión laboral en condiciones de protección para las y los menores de 18 años.

Para tener una mayor claridad de la propuesta que se presenta ante esta soberanía, a continuación se presenta un cuadro comparativo entre la norma vigente y la propuesta:

Fundamento legal

Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, y de los artículos 6º, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta Soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el numeral 8 de la fracción II del artículo 176 de la Ley Federal del Trabajo

A cargo del diputado Marco Antonio González Reyes

Artículo único: Se reforma el numeral 8, de la fracción II, del artículo 176 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

Artículo 176. ...

I. Exposición a:

1 al 4...

II. Labores...

1 al 7...

8. Agrícolas, forestales, de aserrado, silvícolas, de caza y pesca. Con excepción del conjunto de actividades especificadas en el segundo párrafo del artículo 279 TER.

9 al 20...

III al VII...

...

Transitorio

Artículo Primero: El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Fuentes de consulta

1 Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. En:

<http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Programas /Ninez_familia/Material/ley-guarderias-ninos.pdf> [Consulta: 1 de junio de 2019].

2 OIT, ¿Qué se entiende por trabajo infantil? En:

< http://www.ilo.org/ipec/facts/lang—es/index.htm > [Consulta: 1 de junio de 2019].

3 Ley Federal del Trabajo, En:

 < http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/index.htm > [Consulta: 1 de junio de 2019].

4 STPS, Protocolo de Inspección en Materia de trabajo infantil. En:

<https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/25144/Protoc olo_de_Inspeccion_en_Materia_de_Trabajo_Infantil_STPS.pdf > [Consulta: 13 de julio de 2019].

5 INEGI-STPS, Módulo de Trabajo infantil - Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo 2017, En:

 < https://www.inegi.org.mx/programas/mti/2017/default.html#Tabulados > [Consulta: 1 de junio de 2019]

6 Ley Federal del Trabajo, Titulo Quinto Bis, Trabajo de Menores. En:

< http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/index.htm > [Consulta: 1 de junio de 2019].

7 SAGARPA, “Normatividad para la generación de estadística básica agropecuaria y pesquera”. En:

http://infosiap.siap.gob.mx/opt/agricultura/normatividad_agrope cuaria/Normatividad_TGEBAP.pdf > [Consulta: 1 de agosto de 2019].

8 OIT, Convenio 138 sobre la Edad Mínima. En:

<https://www.ilo.org/legacy/spanish/buenos-aires/trabajo-inf antil/resource/docs/sabermas/normativa/c138.pdf> [Consulta: 12 de julio de 2019].

9 OIT, Convenio 182 sobre la Prohibición de las Perores Formas de trabajo infantil y la Acción Inmediata para su Eliminación. En:

<https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/44023/Conven io_182_sobre_la_Prohibici_n_de_las_Peores_Formas_de_Trabajo_Infantil.pdf> [Consulta: 12 de julio de 2019].

10 Ley Federal Del Trabajo, Capítulo VIII, Trabajadores del campo, Articulo 279. En:

<http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/index.htm > [Consulta: 1 de junio de 2019].

11 Ley Federal Del Trabajo, Capítulo VIII, Trabajadores del campo, Artículo 279 ter, párrafo segundo. En:

<http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/index.htm > [Consulta: 1 de junio de 2019].

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de febrero de 2020.— Diputados y diputadas: Marco Antonio González Reyes, César Agustín Hernández Pérez, Emeteria Claudia Martínez Aguilar, Erika Vanessa del Castillo Ibarra, Graciela Sánchez Ortiz, Jaime Humberto Pérez Bernabé, Jannet Téllez Infante, Lidia García Anaya, Lorena del Socorro Jiménez Andrade, María Eugenia Hernández Pérez, María Guadalupe Román Ávila, María Marivel Solís Barrera, María Teresa Rebeca Rosa Mora Ríos, Martha Robles Ortiz, Nelly Minerva Carrasco Godínez, Sandra Simey Olvera Bautista, Socorro Bahena Jiménez, Susana Beatriz Cuaxiloa Serrano, Susana Cano González (rúbricas).»

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Muchas gracias, diputado González Reyes. Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Jorge Arturo Espadas Galván, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de violaciones al procedimiento legislativo, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

El diputado Jorge Arturo Espadas Galván:Muchas gracias, presidenta, con su permiso. Muy buenas tardes, compañeras y compañeros diputados. Somos poquitos, pero aquí estamos. Vengo el día de hoy a presentar una iniciativa que tiene que ver con la división de poderes y los pesos y contrapesos que deben existir entre los mismos, sin que exista la posibilidad obviamente de que un poder prevalezca sobre otro.

En nuestro sistema democrático estos equilibrios se logran a través de diversos tramos de control. El Poder Ejecutivo tiene tramos de control en el Legislativo, o debiera tenerlos. Lo mismo en el Judicial. A su vez, el Poder Legislativo, el Congreso de la Unión, diputados y senadores, tenemos tramos de control donde el Ejecutivo puede ejercer algunas atribuciones para limitar acciones de este poder, así como el Judicial. Y lo mismo sucede con el Judicial.

Reitero, esto de ninguna manera, sin que implique una subordinación de un poder a otro, sino un esquema de pesos y contrapesos para evitar el abuso del poder, que el poder se concentre en una sola persona o en uno solo de los tres poderes públicos del Estado.

Por ello las diputadas y los diputados del Grupo Parlamentario del PAN proponemos mediante la presente iniciativa, que dentro de nuestro texto constitucional se incorpore de manera explícita la posibilidad de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Poder Judicial pueda revisar los actos de este Poder Legislativo y, en su caso, pueda determinar si son apegados a derecho o no son apegados a derecho, esto en cuanto a las violaciones al proceso parlamentario.

De nada sirve la creación de organismos constitucionalmente autónomos, protectores de los derechos humanos o creación de normas que tienden a proteger los derechos humanos de las personas si el ente encargado de legislar, el Poder Legislativo, el Congreso de la Unión, ustedes, nosotros, somos los primeros que no respetamos la ley. Es muy mal mensaje el que se manda si las legisladoras y los legisladores, diputados y senadores, son los primeros violadores de la norma. Por ello, es importante reconocer que el esquema procesal es fundamental que sea respetado para poder tomar las determinaciones que este Congreso de la Unión tome.

Hemos tenido lamentables muestras de violaciones al proceso parlamentario en cuanto a la creación normativa y en nombramientos de personas que no pueden sino darnos vergüenza como legisladores.

Esto ha sido ya explorado por la Corte, no es un tema nuevo, la Corte ha sostenido que en todo Estado democrático no solo reviste de especial importancia el contenido de las leyes, sino además la forma en que son creadas o reformadas, en virtud de que las formalidades esenciales del procedimiento legislativo resguardan y aseguran el cumplimiento de los principios democráticos.

Estamos hablando del respeto al Estado de derecho, piedra angular de todo sistema que se llame democrático. El respeto que debe darse a pluralismo político que caracteriza a nuestra democracia representativa en la cual, si bien las decisiones son tomadas por las mayorías, aquello que se somete a votación debe ser objeto de discusión pleno por las mayorías y las minorías políticas representadas.

Al respecto cito como un ejemplo lo expresado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, en un voto concurrente, señalando que la jurisprudencia del pleno afirma que las violaciones al procedimiento legislativo deben ser controladas por referencia a los principios de la democracia deliberativa. Como es el caso con otros tribunales en el mundo, esa Suprema Corte debe entenderse guardián de las precondiciones democráticas.

La propuesta prevista en la presente iniciativa busca salvaguardar el procedimiento de creación de leyes, de nombramientos, en los cuales deben seguirse estrictamente los procedimientos parlamentarios previstos en la Constitución, en nuestra Ley Orgánica y en los reglamentos tanto de Diputados como de Senadores. Para ello se faculta al Poder Judicial para conocer de las controversias constitucionales, de las acciones de inconstitucionalidad que se susciten por vicios en el procedimiento.

Se propone también facilitar el acceso a estos medios de controversias constitucionales a través de la disminución del porcentaje para su promoción, del 33 por ciento al 20 por ciento. Esto es hacer más accesible la justicia.

Para que no se pueda abusar del poder es preciso que el poder detenga al poder. Esto se trata de respetar el Estado de derecho. Y espero que la iniciativa sea debidamente analizada, discutida y dictaminada en la comisión a la que sea turnada, que seguramente será la de Puntos Constitucionales. Es cuanto. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de violaciones del procedimiento legislativo, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

Las diputadas y los diputados federales de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración de esta soberanía, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de violaciones al procedimiento legislativo, conforme a la siguiente:

Exposición de Motivos

Durante los últimos años, nuestro país ha transitado a través de una serie de cambios que se han visto reflejados principalmente en el diseño de sus instituciones y en la adecuación y actualización de su ordenamiento jurídico de acuerdo con los fenómenos sociales que requieren ser regulados, así como respecto de la normativa internacional que regula la vigilancia de los derechos humanos.

La creación de organismos constitucionalmente autónomos garantes de los derechos humanos, y las reformas constitucionales que en dicha materia fueron aprobadas en junio de 2011, representan, sin duda alguna, un nuevo paradigma en cuanto a la realización de conductas por parte de las autoridades tendientes a garantizar y proteger a todas las personas, todos y cada uno de sus derechos humanos.

Sin embargo, dicha protección no puede verse totalmente realizada si pese a su existencia, así como de los procedimientos para hacerlos efectivos, el orden jurídico que nos rige no se realiza de manera correcta, cometiéndose violaciones a los procedimientos que marca nuestra norma fundamental, las leyes y demás ordenamientos a los que se sujeta la actividad legislativa.

De esta manera, es necesario crear mecanismos que nos permitan contar con mejores herramientas para cumplir a cabalidad con el proceso de creación y modificación de leyes al interior de cada una de las Cámaras que integran el Congreso de la Unión, de manera que con ello se puedan legitimar las normas jurídicas y resoluciones que inciden en el ejercicio de los derechos humanos y en el cumplimiento de las obligaciones del Estado, así como en el mandato que tenemos a nuestro cargo los diputados y senadores que integramos el Poder Legislativo.

A este respecto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha señalado en diversas ocasiones que en un Estado democrático, la Constitución Federal impone ciertos requisitos de publicidad y participación para la creación, reforma, modificación o supresión de las normas, sin los cuales no pueden éstas considerarse válidas, de modo que, para lograr el respeto de los principios de democracia y representatividad que consagra la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, no sólo reviste importancia el contenido de las leyes, sino además, la forma en que son creadas o reformadas, en virtud de que las formalidades esenciales del procedimiento legislativo resguardan o aseguran el cumplimiento de los principios democráticos.

Además, ha hecho énfasis en el respeto que debe darse al pluralismo político que caracteriza a nuestra democracia representativa, en el cual, si bien las decisiones deben ser tomadas por la mayoría, aquello que se somete a votación debe haber sido objeto de deliberación tanto por las mayorías, como por las minorías políticas, lo cual le otorga todo sentido a la reglamentación del procedimiento legislativo y a la necesidad de imponer su respeto.

Cabe señalar que dicho principio de democracia deliberativa ha sido apoyado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena en el voto concurrente que formuló a la acción de inconstitucionalidad 105/2018 y su acumulada 108/2018, fallada por el Tribunal Pleno el 20 de mayo de 2019, señalando que “...Este Tribunal Constitucional ha consolidado una tradición de interpretación constitucional que pone en segundo lugar la lectura letrista para privilegiar la eficacia de sus principios. De ahí que la actual jurisprudencia de este Pleno afirme que las violaciones al procedimiento legislativo se controlen por referencia a los principio de la democracia deliberativa. Como es el caso con otros tribunales constitucionales en el mundo, esta Suprema Corte debe entenderse guardián de las precondiciones democráticas....”

Argumento similar ha emitido la Corte al señalar que para determinar si las violaciones al procedimiento legislativo aducidas en una acción de inconstitucionalidad infringen las garantías de debido proceso y legalidad contenidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y provocan la invalidez de la norma emitida, debe atenderse a la existencia de los siguientes estándares: 1) El procedimiento legislativo debe respetar el derecho a la participación de todas las fuerzas políticas con representación parlamentaria en condiciones de libertad e igualdad, es decir, resulta necesario que se respeten los cauces que permiten tanto a las mayorías como a las minorías parlamentarias expresar y defender su opinión en un contexto de deliberación pública, lo cual otorga relevancia a las reglas de integración y quórum en el seno de las Cámaras y a las que regulan el objeto y el desarrollo de los debates; 2) El procedimiento deliberativo debe culminar con la correcta aplicación de las reglas de votación establecidas; y, 3) Tanto la deliberación parlamentaria como las votaciones deben ser públicas.

Complementa lo anterior, el criterio establecido en la tesis de jurisprudencia en la que se señala que cualquier norma que se haya emitido violando el procedimiento, carecen de todo valor.

Los anteriores criterios sustentan la propuesta prevista en la presente iniciativa, consistente en facultar al Poder Judicial de la Federación para conocer de aquellas controversias que se susciten ante la existencia de vicios procedimentales como legales en la aprobación de reformas por el Congreso de la Unión o en la toma de resoluciones de cada una de las Cámaras, ya sea de Diputados o de Senadores derivado de sus facultades exclusivas.

Con ello, se trata de salvaguardar el procedimiento de creación de leyes en el cual debe seguirse estrictamente los procedimientos previstos, tanto en nuestra norma fundamental, como en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y los Reglamentos tanto de la Cámara de Diputados como la de Senadores, lo cual implica, además, que se observen estrictamente los lineamientos y requisitos que en el tema de nombramientos se establecen en las normatividades correspondientes.

Además, se dará legitimidad a las resoluciones que lleguen a tomarse en el Poder Legislativo, evitando que por querencias de las mayorías se tomen decisiones permeadas de duda e ilegitimidad por cuanto hace al procedimiento de aprobación de leyes, decretos o en la realización de nombramientos. Es momento que al Poder Judicial se le otorguen atribuciones claras para conocer y resolver respecto de las leyes, decretos o resoluciones de una o ambas Cámaras de Congreso de la Unión.

Es importante señalar que la presente iniciativa en ningún momento vulnera el principio de división de poderes, sino que se pretende establecer medios jurídicos de impugnación que permitan ampliar el ámbito de vigilancia entre Poderes con la finalidad única de dar certeza y legalidad a la sociedad. Así mismo, va en concordancia con la transparencia y rendición de cuentas con la que debe contar todo acto de gobierno independientemente de la instancia.

Hoy los mexicanos necesitan seguridad en que la toma de decisiones está apegada a la ley, más aún cuando ello repercute en el ejercicio y respeto de sus derechos humanos, a lo cual, en ésta Cámara también estamos obligados a respetar conforme a lo previsto en el artículo 1o. constitucional.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de:

Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Único. Se adiciona una fracción IV al artículo 103; los incisos j) y k) a la fracción II del artículo 105 y un segundo párrafo, recorriéndose los subsecuentes, a la fracción II del artículo 107; y se reforman las fracciones II y III del artículo 103, y los incisos a), b), y d) de la fracción segunda del artículo 105, así como los párrafos primero y segundo de dicha fracción, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 103. ...

I. ...

II. Por normas generales o actos de la autoridad federal que vulneren o restrinjan la soberanía de los Estados o la autonomía de la Ciudad de México,

III. Por normas generales o actos de las autoridades de las entidades federativas que invadan la esfera de competencia de la autoridad federal, y

IV. Por leyes, decretos y resoluciones que sean aprobadas por el Congreso de la Unión o por alguna de sus Cámaras, cuando existan violaciones a su Ley Orgánica o a los Reglamentos respectivos en lo relativo a su proceso de discusión y aprobación, así como por el incumplimiento de los requisitos para nombramientos que correspondan a dichas Cámaras.

Artículo 105. De las acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto plantear la posible contradicción entre una norma de carácter general o resolución de cámara legislativa o Congreso y esta Constitución.

Las acciones de inconstitucionalidad podrán ejercitarse, dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de publicación de la norma o la resolución, por:

I. ...

II. ...

...

a) El equivalente al veinte por ciento de los integrantes de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en contra de leyes federales;

b) El equivalente al veinte por ciento de los integrantes del Senado, en contra de las leyes federales o de tratados internacionales celebrados por el Estado Mexicano;

c) ...

d) El equivalente al veinte por ciento de los integrantes de alguna de las Legislaturas de las entidades federativas en contra de las leyes expedidas por el propio órgano;

e) a i) ...

j) El equivalente al veinte por ciento de los integrantes de la Cámara de Diputados o de la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión, en contra de resoluciones, leyes y decretos expedidos por el Congreso de la Unión o por alguna de ellas, cuando en el proceso de su discusión y aprobación  existan violaciones a su Ley Orgánica o a los Reglamentos respectivos, así como por el incumplimiento de los requisitos para nombramientos que correspondan a dichas Cámaras.

Las violaciones señaladas tendrán como consecuencia la invalidez de las leyes, decretos o resoluciones aprobadas.

k) El equivalente al veinte por ciento de los integrantes del Congreso de una entidad federativa, en contra de resoluciones, leyes y decretos expedidos por dicho Congreso, cuando en el proceso de su discusión y aprobación  existan violaciones a su Ley Orgánica o a los Reglamentos respectivos, así como por el incumplimiento de los requisitos para nombramientos que correspondan a dichos poderes.

Las violaciones señaladas tendrán como consecuencia la invalidez de las leyes, decretos o resoluciones aprobadas.

...

...

...

III. ...

...

...

Artículo 107. ...

I. ...

II. ...

Las sentencias que se emitan tratándose de las controversias previstas en la fracción IV del artículo 103 de esta Constitución tendrán como efecto la invalidez de las leyes, decretos o resoluciones aprobadas.

Cuando en los juicios de amparo indirecto en revisión se resuelva la inconstitucionalidad de una norma general por segunda ocasión consecutiva, la Suprema Corte de Justicia de la Nación lo informará a la autoridad emisora correspondiente.

Cuando los órganos del Poder Judicial de la Federación establezcan jurisprudencia por reiteración en la cual se determine la inconstitucionalidad de una norma general, la Suprema Corte de Justicia de la Nación lo notificará a la autoridad emisora. Transcurrido el plazo de 90 días naturales sin que se supere el problema de inconstitucionalidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitirá, siempre que fuere aprobada por una mayoría de cuando menos ocho votos, la declaratoria general de inconstitucionalidad, en la cual se fijarán sus alcances y condiciones en los términos de la ley reglamentaria.

Lo dispuesto en los dos párrafos anteriores no será aplicable a normas generales en materia tributaria.

En el juicio de amparo deberá suplirse la deficiencia de los conceptos de violación o agravios de acuerdo con lo que disponga la ley reglamentaria.

Cuando se reclamen actos que tengan o puedan tener como consecuencia privar de la propiedad o de la posesión y disfrute de sus tierras, aguas, pastos y montes a los ejidos o a los núcleos de población que de hecho o por derecho guarden el estado comunal, o a los ejidatarios o comuneros, deberán recabarse de oficio todas aquellas pruebas que puedan beneficiar a las entidades o individuos mencionados y acordarse las diligencias que se estimen necesarias para precisar sus derechos agrarios, así como la naturaleza y efectos de los actos reclamados.

En los juicios a que se refiere el párrafo anterior no procederán, en perjuicio de los núcleos ejidales o comunales, o de los ejidatarios o comuneros, el sobreseimiento por inactividad procesal ni la caducidad de la instancia, pero uno y otra sí podrán decretarse en su beneficio. Cuando se reclamen actos que afecten los derechos colectivos del núcleo tampoco procederán desistimiento ni el consentimiento expreso de los propios actos, salvo que el primero sea acordado por la Asamblea General o el segundo emane de ésta;

III. a XVIII. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Sentencia dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de Inconstitucionalidad 108/2015, así como el Voto de Minoría formulado por los Ministros José Fernando Franco González Salas y Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Particular formulado por el Ministro José Ramón Cossío Díaz y Concurrente formulado por el Ministro Presidente Luis María Aguilar Morales. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 04/12/2018.

2 Procedimiento legislativo. Principios cuyo cumplimiento se debe verificar en cada caso concreto para la determinación de la invalidación de aquél. Tesis: P. L/2008, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVII, Junio de 2008, Pag. 717.

3 Controversias constitucionales. Cuando se aducen conceptos de invalidez por violaciones formales y de fondo respecto de normas generales de los estados o de los municipios impugnadas por la federación, de municipios reclamadas por los estados o en los casos a que se refieren los incisos c), h) y k) de la fracción I del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, debe privilegiarse el estudio de los primeros (interrupción de la jurisprudencia P./J. 47/2006). Tesis: P./J. 42/2007, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXV, Mayo de 2007, Pag. 1639.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 5 días de febrero de 2020.— Diputados y diputadas: Jorge Arturo Espadas Galván, Adolfo Torres Ramírez, Adriana Dávila Fernández, Ana Paola López Birlain, Annia Sarahí Gómez Cárdenas, Antonia Natividad Díaz Jiménez, Carlos Carreón Mejía, Carlos Humberto Castaños Valenzuela, Cecilia Anunciación Patrón Laviada, Dulce Alejandra García Morlan, Éctor Jaime Ramírez Barba, Ernesto Ruffo Appel, Evaristo Lenin Pérez Rivera, Felipe Fernando Macías Olvera, Gloria Romero León, Guadalupe Romo Romo, Hernán Salinas Wolberg, Isabel Margarita Guerra Villarreal, Jacquelina Martínez Juárez, Jorge Romero Herrera, José del Carmen Gómez Quej, José Elías Liza Abimerhi, José Martín López Cisneros, José Ramón Cambero Pérez, José Rigoberto Mares Aguilar, José Salvador Rosas Quintanilla, Justino Eugenio Arriaga Rojas, Karen Michel González Márquez, Lizbeth Mata Lozano, Madeleine Bonnafoux Alcaraz, Marcelino Rivera Hernández, Marco Antonio Adame Castillo, María de los Ángeles Gutiérrez Valdez, María Eugenia Leticia Espinosa Rivas, María Marcela Torres Peimbert, Martha Elena García Gómez, Martha Estela Romo Cuéllar, Miguel Alonso Riggs Baeza, Patricia Terrazas Baca, Ricardo Flores Suárez, Sarai Núñez Cerón, Sergio Fernando Ascencio Barba, Sonia Rocha Acosta, Sylvia Violeta Garfias Cedillo, Vicente Javier Verastegui Ostos, Víctor Manuel Pérez Díaz, Xavier Azuara Zúñiga (rúbricas).»

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Muchas gracias, diputado Espadas Galván. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.



LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada María Ester Alonzo Morales, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 51 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.

La diputada María Ester Alonzo Morales:Con el permiso de la presidenta. Compañeras y compañeros legisladores, la pesca es una de las actividades que genera desarrollo y crecimiento económico en México. Asimismo, contribuye a la seguridad alimentaria en tres formas principalmente: incrementa directamente el suministro de alimentos de la población, proporciona proteínas nutritivas y ofrece empleo e ingresos para las familias dedicadas a la pesca.

En este sentido, es importante precisar que para ejercer la pesca como actividad productiva se requiere un permiso de pesca comercial otorgado por la Conapesca. Con dicho documento los pescadores pueden realizar la actividad de extracción de especies marinas

Otra alternativa para adquirir dicho permiso es a través de la figura jurídica de sustitución de titular de permisos de pesca comercial. Es decir, cuando el titular de un permiso decide no continuar con la actividad pesquera y se encuentra en posibilidad de ceder su permiso a otra persona. Sin embargo, la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables prohíbe que los permisos de pesca comercial puedan ser transferidos a terceros.

Por otro lado, el reglamento de dicha ley contradice lo establecido en ella, ya que en su artículo 37 dispone que la secretaría podrá autorizar la sustitución del titular del permiso de pesca. Como pueden escuchar, la ley establece que los permisos de pesca comercial no pueden ser transferidos a terceros, y el reglamento faculta a la secretaría para autorizar dicha transferencia.

Por muchos años esta grave deficiencia en la ley ha generado confusión y falta de certeza jurídica, haciendo que la transferencia de los permisos se haga a criterio de la autoridad, poniendo en riesgo el ordenamiento productivo y seguridad del sector pequero.

Diputadas y diputados, hoy nuestra responsabilidad como legisladores nos hace un llamado para mirar hacia el mar. Estamos ante la invaluable oportunidad de brindar el apoyo necesario a las y los pescadores de nuestro país con el fin de contribuir al impulso y aprobación de medidas legislativas que ayuden a mejorar sus condiciones de vida.

Los permisos de pesca comercial son fundamentales para que las y los pescadores puedan ejercer su trabajo con total certidumbre y sigan generando bienestar para ellos y su familia. Por ello, esta propuesta tiene como objetivo armonizar la ley para que se permita la sustitución de los permisos de pesca comercial a fin de dar certeza jurídica y administrativa a las y los pescadores de nuestro país. Por su atención, muchas gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 51 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, a cargo de la diputada María Ester Alonzo Morales, del Grupo Parlamentario del PRI

La diputada María Ester Alonzo Morales, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 77 y 78 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 51 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentable, en materia de sustitución de titulares de permisos de pesca comercial, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

México es uno de los países que cuenta con mayor regulación para las actividades de pesca comercial, la cual, está enfocada a la administración, ordenamiento y control de la sustentabilidad de dichos recursos. Al respecto, el Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala que la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual, ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada. Así mismo, advierte que el dominio de la Nación es inalienable e imprescriptible y, la explotación, el uso o el aprovechamiento de los recursos naturales por parte de particulares o por sociedades constituidas conforme a las leyes mexicanas, no podrá realizarse sino mediante concesiones, otorgadas por el Ejecutivo Federal, de acuerdo con las reglas y condiciones que establezcan las leyes.

Aunado a lo anterior, y como Ley complementaria del Artículo 27 Constitucional, tenemos a la Ley General de Bienes Nacionales que establece en sus artículos 13 y 16, lo siguiente: “Artículo 13. Los bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación son inalienables, imprescriptibles e inembargables y no estarán sujetos a acción reivindicatoria o de posesión definitiva o provisional, o alguna otra por parte de terceros.” “Artículo 16.- Las concesiones, permisos y autorizaciones sobre bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación no crean derechos reales; otorgan simplemente frente a la administración y sin perjuicio de terceros, el derecho a realizar los usos, aprovechamientos o explotaciones, de acuerdo con las reglas y condiciones que establezcan las leyes y el título de la concesión, el permiso o la autorización correspondiente.”

De lo anterior, se concluye que los bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación son inalienables, imprescriptibles e inembargables y no estarán sujetos a acción reivindicatoria o de posesión definitiva o provisional, o alguna otra por parte de terceros. Así mismo, las concesiones, permisos y autorizaciones sobre bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación no crean derechos reales; otorgan simplemente frente a la administración y sin perjuicio de terceros, el derecho a realizar los usos, aprovechamientos o explotaciones, de acuerdo con las reglas y condiciones que establezcan las leyes y el título de la concesión, el permiso o la autorización correspondiente.

Sobre esta materia, la Nación, por conducto del Ejecutivo Federal, cuenta con la Secretaria de Agricultura y Desarrollo Rural quien, a través de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, tiene entre sus facultades las de otorgar concesiones y permisos para la pesca comercial de los recursos pesqueros, conforme a los artículos 4, fracciones XV, XXVI, XXVII, XVIII, XLIII, 36, fracción III, y el Capítulo IV del Título Sexto de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables. Dicha autoridad, además de observar las disposiciones correspondientes en la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, en materia de expedición de concesiones y permisos de pesca comercial, también, tiene la obligación de acatar lo establecido en la Carta Nacional Pesquera y sus modificaciones, toda vez que conforme al artículo 32 de dicha Ley, este Instrumento es la presentación cartográfica y escrita que contiene el resumen de la información necesaria del diagnóstico y evaluación integral de la actividad pesquera y acuícola, así como de los indicadores sobre la disponibilidad y conservación de los recursos pesqueros y acuícolas, en aguas de jurisdicción federal. Su contenido tendrá carácter informativo para los sectores productivos y será vinculante en la toma de decisiones de la autoridad pesquera en la adopción e implementación de instrumentos y medidas para el control del esfuerzo pesquero, en la resolución de solicitudes de concesiones y permisos para la realización de actividades pesqueras y acuícolas, y en la implementación y ejecución de acciones y medidas relacionadas con dichos actos administrativos.

Paralelamente, y para efectos de apoyar a las Autoridades Administrativas en materia de sustentabilidad y protección de los recursos pesqueros, al sector pesquero de altura, es decir, el que utiliza embarcaciones mayores a los 10.6 metros de eslora, ha aceptado y entrado al programa de monitoreo vía satelital coordinado y controlado por la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, para el control y seguimiento de las embarcaciones en sus actividades pesqueras, mismo que también sirve para brindarles seguridad y apoyo en caso de ser necesario, por parte de la misma autoridad; así mismo, han ido modificando sus artes de pesca con la finalidad de reducir la pesca incidental y en otros casos proteger la especies como las tortugas marinas que se capturan por accidente en las artes de pesca de embarcaciones mayores, instalando los dispositivos de excluidores de tortugas y peces; incluso, han ido modernizando con tecnología técnico-científica, dichas artes de pesca en beneficio del hábitat donde realizan sus actividades pesqueras.

Sin embargo, la actividad pesquera se ha visto permeada y afectada directamente, ya que, no todos en el sector dedicado a dicha actividad han podido modernizar, o bien, adquirir nuevas embarcaciones en pro de la sustentabilidad de las especies y, los productores que desean iniciar en las actividades de pesca comercial, no pueden acceder a un permiso nuevo; en primer término, porque el esfuerzo pesquero de cada pesquería se encuentra agotado al máximo de conformidad con la Carta Nacional Pesquera, por lo que, el productor que tiene la posibilidad de dedicarse a la actividad pesquera comercial aun cumpliendo con lo establecido en la ley, no puede hacerlo por falta de dicho permiso.

Una alternativa para adquirir un permiso de pesca comercial, es a través de la figura jurídica de “Sustitución de Titular de Permisos de Pesca Comercial”, es decir, cuando por alguna circunstancia de índole económica, comercial o personal el titular decide no continuar con la actividad pesquera y se encuentran en posibilidades de ceder su permiso de pesca comercial a los productores que si cuentan con los recursos financieros, humanos y materiales para explotar los derechos de ese permiso; sin embargo, dicha figura solo contempla las Concesiones de Pesca Comercial en su artículo 50, así mismo, en el tercer párrafo del artículo 51, seprohibió la posibilidad de que los permisos de pesca comercial puedan ser trasferidos a terceros, a excepción de los que tengan derechos por ser herederos del titular del permiso que haya fallecido. Sin embargo, el Reglamento de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentable, contradice lo establecido en la ley, ya que en su artículo 29 dispone, que “la Secretaria podría autorizar lasustitución del titular de los derechos de la concesión o permiso cuando: a) Haya transcurrido por lo menos un año del ejercicio de los derechos derivados del título correspondiente, salvo en el caso de muerte de su titular. b) El sustituto cumpla con los requisitos que señalan la Ley de Pesca y el Reglamento. c) Se transmitan al sustituto por cualquier título, los bienes destinados al cumplimiento del objeto de la concesión o permiso, o este cuente con los bienes necesarios para dicho fin”.

Como se observa, por un lado la ley establece que no podrán ser transferidos a terceros y el reglamento faculta a la Secretaria para autorizar dicha transferencia, en ese sentido, considero necesaria la homologación de estos criterios; toda vez que, de continuar así, el sector pesquero no podrá ni querrá realizar inversiones para adquirir y modernizar embarcaciones o construir nuevas, en virtud de que no tendrá certeza de obtener un permiso de pesca comercial, ni posibilidad de sustituir al titular del mismo, ocasionando bajas de fuentes de trabajo, además de afectar la seguridad alimentaria de esta nación y sus ingresos por la exportación de estos productos; toda vez que a nadie interesa adjudicarse un barco o adquirirlo mediante un procedimiento judicial si corre el riesgo de no obtener el permiso de pesca comercial.

Bajo esas circunstancias, las o los legisladores de esta Cámara de Diputados, tenemos la responsabilidad de brindar el apoyo necesario a los productores pesqueros de nuestro país, con el fin de buscar contribuir al impulso, planteamiento y aprobación de medidas legislativas, que sumadas a las acciones y políticas públicas del Poder Ejecutivo en colaboración con la Cámara Nacional de las Industrias Pesquera y Acuícola, se ejecuten las acciones necesarias a favor del sector pesquero y acuícola del país.

Como quedó manifiesta la prohibición de la sustitución de derechos de los permisos de pesca comercial establecida en la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, es un problema grave que se presenta en todo el país. Por ello, presentó la siguiente iniciativa, la cual, tiene como objetivo facilitar las gestiones de los productores pesqueros ante la autoridad competente, para que se permita la sustitución de los derechos de permisos de pesca comercial y no generar una parálisis pesquera por la falta de regulación legal adecuada.

Por último, es importante manifestar que la reforma que plantea esta iniciativa no genera impacto económico en el presupuesto de la nación, ya que, no se necesitan recursos para su aprobación, publicación y ejecución.

Para reforzar lo todo anteriormente expuesto, se presenta el siguiente cuadro comparativo con las modificaciones y adiciones propuestas:

Cuadro comparativo

Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentable

Por lo anteriormente expuesto y fundado, se somete a la consideración de esta Soberanía la presente iniciativa, de conformidad con el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforma el artículo 51 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentable

Único. Se reforma el artículo 51 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentable.

Artículo 51. Los permisos de pesca comercial tendrán una duración de dos hasta cinco años, de acuerdo a la pesquería de que se trate y lo que determine el reglamento de la presente Ley.

Los titulares de los permisos de pesca comercial podrán ser sustituidos previa autorización expresa que otorgue la Secretaría, siempre que se cumplan con los requisitos que establece el reglamento de la presente Ley.

Los permisos a que se refieren las fracciones V a la XV del artículo 41 de esta Ley, tendrán la duración que determine su reglamento, de acuerdo a las características y naturaleza de la actividad, y en su caso, se sujetarán a los planes de manejo; estos permisos no podrán ser transferidos a terceros.

Podrán ser prorrogados si la evaluación realizada por el INAPESCA resulta positiva en cuanto al manejo de la pesquería, acorde con las condiciones que se establezcan en el reglamento de la presente Ley y no podrán ser transferidos a terceros

En caso de fallecimiento del permisionario, la Secretaría dará preferencia para la sustitución, a los designados por el derecho sucesorio aplicable al caso, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 5 de febrero de 2020.—Diputadas y diputados : María Esther Alonzo Morales, Jaime Humberto Pérez Bernabe, Jannet Téllez Infante, Juan Martín Espinoza Cárdenas, Lidia García Anaya, Madeleine Bonnafoux Alcaraz, María Eugenia Leticia Espinosa Rivas, María Sara Rocha Medina, Martha Hortencia Garay Cadena, Martha Robles Ortiz (rúbricas).»

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Muchas gracias, diputada Alonso Morales. Túrnese a la Comisión de Pesca, para dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada María Guadalupe Román Ávila, del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La diputada María Guadalupe Román Ávila:Con su venia, diputada presidenta. Compañeras y compañeros legisladores, la cuarta transformación es fundamentalmente un mandato del pueblo de México, en el que de manera democrática y participativa acudió a las urnas en 2018, expresando su voluntad de cambio profundo en las instituciones de nuestro país.

El proyecto de nación encabezado por el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, ha estado avanzando hacia la construcción de un nuevo modelo de gobierno que nos permita superar al neoliberalismo, luchando contra la corrupción y recuperando una ética política basada en la austeridad y en la soberanía popular.

Nuestra principal tarea, como legisladoras y legisladores, es facilitar esta tarea de transformación, cambiando leyes que antes favorecían a unos pocos, pero también proponiendo avances en favor de los derechos humanos de todas las personas.

En este sentido, mediante la iniciativa que hoy presento, se propone integrar al texto constitucional el derecho fundamental a la buena administración pública, se trata de reconocer el derecho legítimo de la ciudadanía y exigir el funcionamiento adecuado a las instituciones de gobierno, de modo que el servidor público que esté orientado al interés general y donde la equidad de trato, la igualdad, la austeridad y la transparencia sean principios exigibles para cualquier servidor público.

El derecho a la buena administración se refiere, en primera instancia, a que los ciudadanos tengan el derecho de exigir determinados patrones o estándares de funcionamiento de las instituciones de gobierno.

El derecho a la buena administración pública ha comenzado a reconocerse como nuevo paradigma en el derecho administrativo, en el que la ciudadanía ocupa un lugar central, obligando a todos los entes públicos a que en el ejercicio de sus funciones actúen efectivamente, bajo los principios de gobierno abierto, honesto, transparente, eficaz y eficiente.

Esta iniciativa va en sintonía con los principios del Plan Nacional de Desarrollo, con los avances recientes que ha venido desarrollando en el derecho administrativo, pero, sobre todo, con un reclamo justo de nuestras sociedades, el de poner a la ciudadanía en el centro de la actividad administrativa del Estado, teniendo como último fin el bien común.

El derecho de una buena administración fue reconocido por primera vez en la Carta de los Derechos Fundamentales, en la Unión Europea, del año 2000. Posteriormente, en nuestro continente este derecho fue incorporado en la Carta Iberoamericana de los Derechos y Deberes del Ciudadano. Aprobado por la Cumbre de jefes de Estado en el 2013.

En nuestro país, la Constitución de la Ciudad de México ha sido vanguardista al reconocer este derecho en su artículo 60, que establece la garantía al debido ejercicio y la honradez en la función pública.

Sin embargo, a nivel nacional sigue pendiente el reconocimiento expreso del derecho a toda persona a la buena administración y al buen gobierno. Así como la obligación específica del Estado para su cumplimiento.

Por ello, proponemos la adición del siguiente párrafo al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Toda persona tiene derecho a la buena administración pública a través de un gobierno abierto, honesto, transparente, profesional, eficaz, eficiente, austero, incluyente y el Estado garantizará el derecho y la ley definirá las bases y mecanismos para su cumplimiento.

Compañeros y compañeras, de aprobarse esta iniciativa, estaríamos comenzando con la construcción de un nuevo paradigma en la administración pública, acorde a la cuarta transformación que requiere México, en el que la ciudadanía tenga un papel central, reconociendo el derecho que todas y todos tenemos al buen gobierno.

Esto se traducirá en la obligación de todas las administraciones públicas, incluyendo las estatales y municipales, de respetar y promover la dignidad y los derechos humanos en el ejercicio de la función pública. Y de actuar efectivamente al servicio de las personas.

En conclusión, incorporar al texto constitucional el derecho al buen gobierno implicará una mejora sustancial en la que se relaciona el gobierno y las personas en general para el beneficio para el desarrollo de México. Por su atención, muchas gracias. Es cuanto.

«Iniciativa que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada María Guadalupe Román Ávila, del Grupo Parlamentario de Morena

María Guadalupe Román Ávila, diputada federal de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario de Morena con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de buen gobierno, al tenor de los siguientes elementos

Planteamiento del problema

El derecho a la buena administración pública ha comenzado a reconocerse como un nuevo paradigma en el derecho administrativo en el que la ciudadanía ocupa un lugar central, obligando a todos los entes públicos a que en el ejercicio de sus funciones actúen efectivamente bajo los principios de gobierno abierto, honesto, transparente, eficaz y eficiente.

Mediante la presente iniciativa se plantea integrar al texto constitucional el derecho fundamental a la buena administración pública, lo cual implica poner a la persona en el centro de la actividad administrativa del Estado. De aprobarse esta reforma se traduciría en la obligación de las administraciones públicas de respetar y promover la dignidad y los derechos humanos en el ejercicio de la función pública, y de actuar efectivamente al servicio de las personas.

Argumentación

De acuerdo con Jaime Rodríguez, el derecho a la buena administración se refiere a la recuperación de la perspectiva ética, de servicio objetivo a la ciudadanía, que siempre ha caracterizado a las administraciones públicas. Dicho en otras palabras, se trata de que los ciudadanos tengan el derecho a exigir determinados patrones o estándares en el funcionamiento de las instituciones de gobierno, de modo que el servicio público esté orientado al interés general, y donde la equidad de trato, la igualdad, eficiencia y honestidad, así como el acceso a la información y la transparencia y la motivación de las decisiones de gobierno sean principios exigibles de actuación administrativa (Rodríguez-Arana, 2011).

El Derecho a una Buena Administración fue incorporado en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea en el año 2000 (Unión Europea, 2000). En el artículo 41 establece que:

“1. Toda persona tiene derecho a que las instituciones, órganos y organismos de la Unión traten sus asuntos imparcial y equitativamente y dentro de un plazo razonable.

2. Este derecho incluye en particular:

a) El derecho de toda persona a ser oída antes de que se tome en contra suya una medida individual que la afecte desfavorablemente;

b) El derecho de toda persona a acceder al expediente que le concierna, dentro del respeto de los intereses legítimos de la confidencialidad y del secreto profesional y comercial;

c) La obligación que incumbe a la administración de motivar sus decisiones.

3. Toda persona tiene derecho a la reparación por la Unión de los daños causados por sus instituciones o sus agentes en el ejercicio de sus funciones, de conformidad con los principios generales comunes a los derechos de los estados miembros.

4. Toda persona podrá dirigirse a las instituciones de la Unión en una de las lenguas de los tratados y deberá recibir una contestación en esa misma lengua.”

De la misma forma, el artículo 42 de la misma Carta determina que: “Todo ciudadano de la Unión y toda persona física o jurídica que resida o tenga su domicilio social en un Estado miembro tiene derecho a acceder a los documentos de las instituciones, órganos y organismos de la Unión, cualquiera que sea su soporte”.

Por lo que corresponde a nuestro continente, la Carta Iberoamericana de los Derechos y Deberes del Ciudadano en Relación con la Administración Pública, adoptada por la vigésima tercera Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno en Panamá el año 2013, ha sido pionera en recuperar este importante derecho. Para lo cual, identifica el derecho fundamental a la buena administración pública y sus derechos derivados. En su capítulo tercero, establece que:

“Los ciudadanos son titulares del derecho fundamental a la buena Administración Pública, que consiste en que los asuntos de naturaleza pública sean tratados con equidad, justicia, objetividad, imparcialidad, siendo resueltos en plazo razonable al servicio de la dignidad humana” (CLAD, 2013).

En la mencionada Carta Iberoamericana se establecen también determinados derechos que integran el derecho fundamental a la buena administración pública, entre los que se señalan los siguientes: derecho a la motivación de las actuaciones administrativas; derecho a la tutela administrativa efectiva; derecho a una resolución administrativa amparada en el ordenamiento jurídico, equitativo y justo; derecho a presentar por escrito o de palabra, peticiones de acuerdo con lo que se establezca en las legislaciones administrativas; derecho a no presentar documentos que ya obren en poder de la administración pública; derecho a ser oído siempre antes de que se adopten medidas que puedan afectar; derecho de participación en las actuaciones administrativas en que tengan interés; derecho a servicios públicos y de interés general de calidad; derecho a conocer y opinar sobre el funcionamiento y la calidad de los servicios públicos y de responsabilidad administrativa; entre otros.

Como vemos, nuestra Constitución política y leyes secundarias como la Ley de Amparo, la Ley General de Responsabilidades Administrativas, entre otros ordenamientos, ya reconocen estos derechos y establecen sujetos obligados para su garantía y cumplimiento.

Sin embargo, desde nuestro punto de vista sigue pendiente el reconocimiento expreso del derecho de toda persona a la buena administración y al buen gobierno, así como la obligación específica del Estado para su cumplimiento, a partir de un ordenamiento específico que además de definir con claridad y de manera integral los conceptos de buena administración y buen gobierno, establezca principios y entidades responsables, así como mecanismos de protección procesal.

De manera vanguardista, la Constitución Política de la Ciudad de México incorporó el derecho al buen gobierno y a la buena administración pública en su artículo 60, que en su primer párrafo establece “la garantía al debido ejercicio y la probidad en la función pública”, reconociéndola como:

“Se garantiza el derecho a la buena administración a través de un gobierno abierto, integral, honesto, transparente, profesional, eficaz, eficiente, austero incluyente, y resiliente que procure el interés público y combata la corrupción.

El gobierno abierto es un sistema que obliga a los entes públicos a informar a través de una plataforma de accesibilidad universal, de datos abiertos y apoyada en nuevas tecnologías que garanticen de forma completa y actualizada la transparencia, la rendición de cuentas y el acceso a la información. Asimismo, se deberán generar acciones y políticas públicas orientadas a la apertura gubernamental a fin de contribuir a la solución de los problemas públicos a través de instrumentos ciudadanos participativos, efectivos y transversales. La ley establecerá los mecanismos para su cumplimiento”.

Implicaciones del derecho a la buena administración pública

Al incorporar el derecho a la buena administración pública en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se estaría inaugurando un nuevo paradigma en la administración pública en la que la ciudadanía tenga un papel central a partir de reconocer que todas y todos tenemos derecho a un buen gobierno. Con esto se podría establecer desde el orden constitucional una garantía para que todas las personas cuenten con el derecho de tener una administración pública eficiente y eficaz, que deba realizar su trabajo de manera austera, con base en principios de igualdad y equidad, y justificando sus actuaciones con una orientación clara hacia el interés público.

Incluir el derecho fundamental al buen gobierno en nuestra Carta Magna, implicaría que toda la administración pública en su conjunto se ajuste, diseñe y funcione a partir de garantizar este importante derecho. Implicaría no sólo incluir principios y definiciones de lo que significa un buen gobierno en los demás ordenamientos aplicables, sino que sentaría también las bases para que todo el procedimiento administrativo de planear, programar, ejecutar, controlar y fiscalizar los recursos públicos tendrían que orientarse a partir del principio constitucional de que son las personas, y no los servidores públicos, los titulares del derecho a exigir una mejor gestión en los asuntos públicos de nuestro país.

Al reconocerse como un derecho fundamental, al igual que en la Ciudad de México, en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el principio de buen gobierno obligaría a todos los entes públicos a que en el ejercicio de sus funcionen actúen efectivamente bajo los principios de gobierno abierto, honesto, transparente, eficaz, eficiente e incluyente, procurando el interés público.

Recuperando el análisis del especialista Jaime Rodríguez-Arana en relación con el derecho a la buena administración en la Ciudad de México, este derecho implica que el gobierno deba ser un facilitador y no un obstáculo ni una carga para las personas. De manera clara menciona:

“Para ejemplificar los beneficios que puede traer para las personas su ejercicio (el de la buena administración) baste mencionar que en la Unión Europea la buena administración pública contiene implícitos más de 30 derechos, entre otros: ser tratado con cortesía y cordialidad; obtener una resolución administrativa en un plazo razonable, con una respuesta oportuna y eficaz; no presentar documentos que ya obren en la administración pública; participar en asociaciones de usuarios de servicios y opinar sobre el funcionamiento de los servicios públicos, además de todos los relacionados con el debido proceso” (Muñiz Toledo, 2019).

Por su parte, el doctor Rodríguez-Arana, en su ponencia sobre el derecho a la buena administración y la centralidad del ciudadano, establece que “los ciudadanos ya no son sujetos inertes que reciben, única y exclusivamente bienes y servicios del poder. Ahora se convierten en actores principales de la definición y evaluación de las diferentes políticas públicas”. De la misma forma, “el interés general ya no es un concepto que define unilateralmente la administración, sino que ahora, en un Estado que se define como social y democrático de derecho, debe determinarse a través de una acción articulada entre los poderes públicos y los agentes sociales” (Rodríguez-Arana, 2011).

El reconocimiento de este derecho también implicaría que toda persona tendría derecho en acudir a las autoridades jurisdiccionales competentes para exigir un gobierno eficaz y eficiente, y en exigir su garantía o reparación del daño si fuere el caso. En este tenor, tanto tribunales como comisiones de derechos humanos han comenzado a determinar recomendaciones con base en estos preceptos, a pesar de que aún no está reconocido dicho derecho en nuestra Carta Magna.

Como ejemplo de lo anterior, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México emitió la recomendación 8/2018 en la que concluyó que se violaron derechos humanos cuando a partir de la queja de un ciudadano por el mal estado de las calles de Toluca. A partir de una investigación fundamentada sobre todo con base en el derecho a la buena administración y el buen gobierno, el organismo autónomo recomendó que se desarrollaran acciones específicas como un diagnóstico, planeación con base en dicho diagnóstico en la que se definan las dependencias responsables, la ejecución de un programa integral de conservación de la carpeta asfáltica, así como un plan de trabajo destinado para asegurar los recursos.

En conclusión, incorporar en el texto constitucional el derecho al buen gobierno, implicaría una mejora sustancial en la que se relaciona el gobierno y las personas en general, para beneficio del desarrollo de México.

En virtud de lo anteriormente expuesto, se pone a consideración de esta asamblea el siguiente proyecto de

Decreto por el que se adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Único. Se adiciona un párrafo sexto al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, recorriéndose los subsecuentes, para quedar como sigue:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 4o. ...

...

...

...

...

Toda persona tiene derecho a la buena administración pública a través de un gobierno abierto, honesto, transparente, profesional, eficaz, eficiente, austero, incluyente y resiliente. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases y mecanismos para su cumplimiento.

...

...

...

...

...

...

...

...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Congreso de la Unión deberá adecuar la legislación secundaria conforme al presente decreto en un plazo no mayor a un año.

Bibliografía

- CLAD. (2013). Carta Iberoamericana de los Derechos y Deberes del Ciudadano en Relación con la Administración Pública. Panamá: CLAD. Recuperado el 1 de diciembre de 2019, de 1. Toda persona tiene derecho a que las instituciones, órganos y organismos de la Unión traten sus asuntos imparcial y equitativamente y dentro de un plazo razonable.

- Muñiz Toledo, R. (2019). Aristegui Noticias. Obtenido de El derecho fundamental a la buena administración y centralidad del ciudadano en el derecho administrativo. :

https://aristeguinoticias.com/0202/mexico/el-vanguardista-derec ho-a-la-buena-administracion-publica-en-la-ciudad-de-mexico/

- Rodríguez-Arana, J. (2011). IV Congreso Internacional de Derecho Administrativo. En UNAM (Ed.), El derecho fundamental a la buena administración y centralidad del ciudadano en el derecho administrativo. (pág. 27). México: Posgrado de Derecho. Recuperado el 1 de diciembre de 2019, de

http://derecho.posgrado.unam.mx/congresos/ivci_vmda/ponencias/J aimeRodriguezArana.pdf

- Unión Europea. (2000). Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Recuperado el 1 de diciembre de 2019, de

https://www.europarl.europa.eu/charter/pdf/text_es.pdf

Nota

1 Emitida al Presidente Municipal de Toluca, Estado de México, el 28 de septiembre de 2018, por la vulneración a los derechos de movilidad, a las buenas prácticas de la administración pública y a obtener servicios públicos de calidad en perjuicio de la población de Toluca. El texto íntegro del documento de Recomendación se encuentra en expediente respectivo y consta de 41 fojas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de febrero de 2020.— Diputadas y diputados: María Guadalupe Román Ávila, Graciela Sánchez Ortiz, Jannet Téllez Infante, Julieta García Zepeda, Lidia García Anaya, Marco Antonio González Reyes, María Teresa Rebeca Rosa Mora Ríos, Martha Robles Ortiz, Nelly Minerva Carrasco Godínez, Socorro Bahena Jiménez, Susana Beatriz Cuaxiloa Serrano, Susana Cano González (rúbricas).»

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Muchas gracias, diputada Román Ávila. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado José Ramón Cambero Pérez, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

El diputado José Ramón Cambero Pérez:Con su venia, diputada presidenta. Compañeros y compañeras legisladoras, en este inicio de las actividades ordinarias para este nuevo periodo, es para mí un deber presentar ante este pleno, iniciativa en materia laboral, con un enfoque multidimensional, que buscará contribuir a la reconstrucción del tejido social y a la adaptabilidad de las nuevas formas de trabajo a la realidad actual de las necesidades sociales y personales de los trabajadores y de los patrones.

Para Acción Nacional es el primer paso para que, desde la Constitución, se implementen nuevas condiciones del modelo de trabajo que lleva más de 100 años y que debe adaptarse a los tiempos modernos.

Creo que un país se hace cada vez más competitivo, productivo y con empleos de calidad, en la medida en que incorpora en la formalidad su base laboral y económica, además que debe procurar el respeto al Estado de derecho y exista un equilibrio entre los intereses de su sector laboral con el empresarial, mediante el diseño de políticas públicas que detonen la economía y atraiga la inversión a largo plazo.

En materia de competitividad, el Foro Económico Mundial ubicó a México en la posición número 51 de 138 países. Si bien nos coloca en una posición media, estamos por debajo de países Latinoamericanos, como Panamá, número 42, y Chile, número 33. Datos preocupantes, si nos consideramos el mercado número 11 del mundo.

México muestra una posición de rezago con fortalezas, sin fortaleza institucional, eficiencia del mercado laboral. Los empleos de calidad son otro elemento importante que debemos considerar para que México sea competitivo. Pero también implica la calidad del empleo, que estos sean formales, que las empresas procuren a sus trabajadores con sueldos dignos, condiciones de trabajo que permitan el desarrollo personal y profesional, en lo que sea... se dé importancia a la persona, al ser humano.

Que los trabajadores pasen más tiempo y mejor tiempo con sus seres queridos. Sin embargo, podemos ver que el índice de productividad laboral, con base en a las horas trabajadas no ha crecido desde 2008 a la fecha, es decir, trabajamos mucho y producimos poco.

De lo anterior, podemos inferir que no necesariamente a mayor número de horas trabajadas se es más productivo, por el contrario, en estos tiempos la permanencia por en los entornos laborales, por tiempos prolongados, repercuten negativamente en diversos aspectos a las personas trabajadoras, como son problemas de salud -física y mental-, de convivencia social, baja productividad y ocio. En estas y otras situaciones van en detrimento de su trabajo de calidad y que no necesariamente están vinculados a salario digno y suficiente.

Otro aspecto a considerar en las nuevas relaciones de trabajo, es la edad de jubilación y los tiempos de traslado, las proyecciones señalan que para el año 2050 la población mayor de 65 años en México, se estima sea del 25 por ciento.

Sin embargo, tanto el crecimiento de las ciudades en el futuro, como la enorme necesidad de trabajar de las personas que superen los 65 años, derivado de la situación financiera y proyectada para el sistema de pensiones del país, obligará a que existan más fuentes de empleo, pero físicamente las personas difícilmente podrán tolerar ocho o más horas de trabajo, e incluso, más de seis días de trabajo.

Actualmente, se estima que en las grandes ciudades las personas requieren demasiado tiempo de traslado desde su vivienda a su centro de trabajo y viceversa, en el retorno.

Es por ello que la reforma al artículo 123 constitucional que propongo radica en reducir la jornada laboral de 8 a 7 horas, y la semana de trabajo de seis a cinco días, e incrementar los días de vacaciones.

Alrededor de mundo, estas iniciativas ya están tomando fuerza, e incluso el Ejecutivo federal ha puesto el tema en la posible agenda nacional.

Pido a la comisión en turno realice un trabajo de parlamento abierto y haya un proceso de dictaminación democrático -concluyo, presidenta- integral, y a este pleno exhorto que en su momento se vote a favor por los trabajadores no de esta época, sino del futuro. Es cuanto, diputada presidenta.

«Iniciativa que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Carlos Alberto Valenzuela González e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe Carlos Alberto Valenzuela González, diputado federal, y los demás diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta Soberanía la presente Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforman el artículo 123 Apartado A, fracciones I, II y IV; Apartado B, fracciones I, II y III, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reducción de la jornada y semana de trabajo, con base a lo siguiente:

I. Planteamiento del problema

La importancia económica de México a nivel internacional, la capacidad productiva, la tasa de desempleo existente y la alta tasa de empleo informal que se presenta; así como la creciente demanda año con año de puestos de trabajo de calidad para los Población Económicamente Activa (PEA) del país, y cuyas estimaciones de requerimiento mínimo oscilan entre el millón de nuevos empleos al año; requieren una reforma profunda desde la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de las leyes laborales; las cuales en materia de duración de jornada, semana y días de vacaciones que llevan más de 100 años aplicándose y que en un entorno de Globalización económica, laboral y migración, además de las nuevas formas de trabajo, hacen que los requerimientos laborales actuales que ya no se ajustan a la realidad laboral nacional e internacional.

Adicionalmente, los problemas existentes en el Derecho Laboral Mexicano deben verse no solo con el enfoque unidimensional y aislados, sino que los mismos repercuten en otros ámbitos del Derecho, de la convivencia social de los mexicanos, en construcción o reconstrucción del tejido social, en el diseño y desarrollo urbano, acceso al trabajo de mujeres y hombres en igualdad de condiciones, a educación, a la salud; entre otros.

II. Argumentos que sustentan la presente iniciativa

a) Mercado laboral

En México, acuerdo al Instituto Nacional de Estadística Geografía e Informática (Inegi), reporta en su Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) con cifras a diciembre de 2018, se conocen los siguientes resultados en materia de empleo:

• La Tasa de Desocupación (TD), que se refiere al porcentaje de la Población Económicamente Activa (PEA) que no trabajó siquiera una hora durante la semana de referencia de la encuesta, pero manifestó su disposición para hacerlo e hizo alguna actividad por obtener empleo, fue de 3.6% de la PEA a nivel nacional, proporción superior a la del mes previo. En su comparación anual, la TD creció en diciembre de 2018 frente a la de igual mes de 2017 (3.6% vs 3.3%), con datos ajustados por estacionalidad.

• La Tasa de Subocupación (referida al porcentaje de la población ocupada que tiene la necesidad y disponibilidad de ofertar más tiempo de trabajo de lo que su ocupación actual le demanda) representó el 7.2 por ciento. En su comparación anual, esta tasa fue mayor a la del mismo mes de 2017 que cerró en 7.0 por ciento.

• La Tasa de Informalidad Laboral 1 (proporción de la población ocupada que es laboralmente vulnerable por la naturaleza de la unidad económica para la que trabaja, con aquellos cuyo vínculo o dependencia laboral no es reconocido por su fuente de trabajo) fue de 56.8% en diciembre de 2018, cifra inferior a la reportada en noviembre del mismo año, y mayor en 0.1 puntos respecto a la de igual mes de 2017.

• Asimismo, la Tasa de Ocupación en el Sector Informal 1 (que se refiere a la proporción de la población ocupada en unidades económicas no agropecuarias operadas sin registros contables y que funcionan a partir de los recursos del hogar o de la persona que encabeza la actividad sin que se constituya como empresa), representó 27.5% en el último mes del año pasado y significó un aumento respecto a la del mes previo de 27.4%, y un aumento de 0.8 puntos frente a la del mismo mes de 2017.

• En diciembre de 2018, el 59.7% de la población de 15 años y más en el país se ubicó como económicamente activa (Tasa de Participación). Misma tasa que la de un mes antes, también con cifras desestacionalizadas.

En América Latina y el Caribe, de acuerdo a la Organización Internacional del Trabajo reportó que la tasa de desempleo debería disminuir de 8,2% en 2017 a 7,7% de la actualidad a 2019, pero expone que la región sigue lejos de recuperarse de la pérdida de puestos de trabajo en los últimos años; informó que la tasa regional de desocupación en 2014 era de 6,1%.

Como podemos ver, el mercado laboral en México requiere de políticas que permitan reducir la informalidad, pero esta debe estar acompañada de reformas laborales que se orienten al trabajador y su incorporación a un mercado formal para el acceso a seguridad social en los esquemas estatales existentes. Cuyo efecto radicaría en abatir indicadores de desarrollo humano.

La informalidad en México representa un 22.7% del Producto Interno según datos publicados por el Inegi.

Participación de la economía informal en el PIB

Notas y llamadas:

r Cifras rebizadas

Cifras preliminares

Fuene: INEGI Sistemas de Cuentas Nacionales de México

b) Competitividad, productividad y empleos de calidad

Un país se hace cada vez más competitivo, productivo y con empleos de calidad en la medida en que incorpora en la formalidad a su base laboral y económica.

Además, que debe procurar el respeto al Estado de Derecho, pero sobre todo equilibra los intereses de su sector laboral con empresarial, mediante el diseño de políticas públicas que detonen la economía y atraiga inversiones de largo plazo.

Recientemente en materia de competitividad, el Foro Económico Mundial -WEF, por sus siglas en inglés- publicó el Índice de Competitividad Global (ICG), en su última edición (2016-2017) en el cual comparó la competitividad de 138 economías, en términos de instituciones, políticas, y factores que determinan el nivel de productividad de una economía, lo que a su vez establece el nivel de prosperidad que el país puede lograr.

En dicho índice, México se ubicó en la posición 51 de 138 que, si bien nos ubica en una posición media; estamos por debajo de países latinoamericanos como Panamá (42) y Chile (33) datos preocupantes si nos consideramos el mercado número 11 del mundo.

Es de resaltar que en los pilares del índice en los que México muestra una posición de rezago son:

• Fortaleza Institucional: 111/138

• Eficiencia del Mercado Laboral: 105/138

Si desglosamos el pilar de eficiencia del mercado laboral, podemos notar que en cinco de sub-indicadores estamos por debajo de la posición 80. Entre los que destacan la participación de la mujer en la fuerza de trabajo, contratación y despidos, redundancia de costos o semanas de salarios, efectos de los impuestos sobre incentivos al trabajo, y el pago y productividad.

Si bien, México está en los criterios superior a la media de los países de América Latina, es de preocuparse que países como Panamá y Chile sean más competitivos para el mundo; lo cual obliga al país tomar nuevas medidas en materia de trabajo y fortalecimiento de las instituciones. A continuación, se presenta para fines informativos un recuadro sustraído del reporte Índice Global de Competitividad 2016-2017.

La productividad podemos entenderla de acuerdo con el Inegi como un concepto de eficiencia en el uso de los recursos, es decir, lo que se busca es hacer más y mejor con los mismos recursos, para lo cual es necesario impartir capacitación a los trabajadores (obreros y empleados) e implementar nuevas tecnologías, esto es, se requiere una mayor inversión tanto física como en capital humano.

Para el Inegi el indicador de Productividad Total de los Factores es el enmarcado en la contabilidad del crecimiento que permite conocer los factores productivos que contribuyen al crecimiento económico y a la producción; y su desempeño en el proceso productivo.

En la información disponible al 12 de febrero de 2019, el Inegi reporta en su gráfico “ Productividad total de los factores y contribución al crecimiento económico de México, a partir del valor de producción, por sector de actividad económica (1991-2017*)” que las áreas que han crecido en su productividad durante veintiséis años tres sectores de manera marginal: Medios masivos de comunicación; Agricultura, cría y explotación de animales, aprovechamiento forestal, pesca y caza; y Servicios Financieros y de seguros.

Y con mayor preocupación vemos que la productividad en los otros sectores económicos, el índice es negativo; y el decrecimiento en sectores como: Servicios de esparcimiento culturales y deportivos, y otros servicios recreativos; y Servicios profesionales, científicos y técnicos supera el - 3%.

A continuación, se muestra el gráfico extraído de la página del Inegi, en el cual podemos apreciar el promedio de las tasas anuales de crecimiento de la productividad de los factores.

Con estos datos se reafirma lo señalado en los rubros de competitividad del WEF en los que México muestra rezago. Es decir, no somos competitivos ni productivos por una correlación entre eficiencia del mercado laboral en la mayoría de los rubros de los sectores económicos.

Los empleos de calidad, son otro elemento importante que debemos considerar para que México sea competitivo, pero también implica la calidad del empleo que estos sean formales, que las empresas procuren a sus trabajadores con sueldos dignos, condiciones de trabajo que permitan el desarrollo personal y profesional; en el que se dé importancia a las personas y su reconocimiento.

Sin embargo, podemos ver que el en Índice de productividad laboral con base a las horas trabajadas no ha crecido lo suficiente desde 2008 a la fecha en los diversos sectores.

Empresas constructoras:

Industria manufacturera:

Comercio al por mayor:

Comercio al por menor:

Empresas de servicios:

De lo anterior, podemos inferir que no necesariamente a mayor número de horas trabajadas se es más productivo, por el contrario, en estos tiempos la permanencia por en los entornos laborales por tiempos prolongados, repercuten negativamente en diversos aspectos de las personas trabajadoras, como son problemas de salud –física y mental-, de convivencia social, baja productividad y ocio. Estas y otras situaciones van en detrimento de un trabajo de calidad y que no necesariamente están vinculadas salario digno y suficiente.

c) Reconstrucción del tejido social

El tejido social podemos entenderlo como el conjunto de interrelaciones existentes entre las personas que integran una comunidad, región o Nación; es la convivencia entre las mismas y su entorno social, cultural, económico y político desde un punto de vista del respeto al Estado de Derecho y su fortalecimiento institucional.

Algo similar lo entienden algunos académicos de la Universidad Iberoamericana, tal como lo dijo el 02 de junio de 2016 José Teódulo Guzmán A, en la presentación del libro Reconstrucción del tejido social: Una apuesta por la paz.

“El tejido social se entiende como la configuración de vínculos sociales e institucionales que favorecen la cohesión y la reproducción de la vida social. Los factores determinantes que configuran el tejido social son de tres tipos:

a) Comunitarios: que comprenden las relaciones de confianza y cuidado; la construcción de referentes de sentido y pertenencia y los acuerdos, por medio de los cuales se participa en las decisiones colectivas.

b) Institucionales, que son las formas de organización social establecidas en un territorio y que se conectan con otros territorios.

c) Estructurales: que comprenden los sistemas sociales que determinan las instituciones y las relaciones sociales.”

A lo largo de las tres últimas décadas, México ha venido sufriendo una paulatina descomposición del tejido social, en los tres factores descritos; descomposición que se ha agravado mediante a manifestación de una violencia escalonada en diversas regiones del país.

¿Pero esta descomposición de dónde surge? Probablemente tiene su origen en la necesidad de superar los efectos causados en los hogares por la pérdida del poder adquisitivo derivado de las crisis económicas de finales de los 80´s, la de 1994 y recientemente del 2008.

Estas crisis motivaron diversos fenómenos sociodemográficos y económicos como: la incorporación de las mujeres al mercado laboral para poder generar mayores ingresos en los hogares; la apertura comercial de México requería mano de obra para la industria manufacturera, una oferta de trabajo que no permitía estar en la línea del pleno empleo lo cual abarataba los salarios en las industrias y estas recurrirán a pedir más horas de trabajo por salarios ínfimos. En pocas palabras,

La situación descrita para México, no es exclusiva. Como podemos notar el mismo fenómeno ha sido estudiado en países como España por Kattya Cascante y Erika Rodríguez:

“El mercado laboral español, regido por instituciones que no están preparadas para un estancamiento del crecimiento económico y donde la flexibilidad es solo asumida por el trabajador, ha llegado a colapsar las rentas de los más pobres. No se trata únicamente de si todo esto podría haberse evitado (política del ladrillazo, burbujas especulativas, etc.), sino, más bien, de la forma en que se han cargado los costes de esta crisis. En España esto se ha traducido en la destrucción de empleos en los sectores menos cualificados especialmente, en el aumento de la precariedad y en la constatación de un sistema de protección social inadecuado; circunstancias que significan menores ingresos para las rentas bajas, pero también un aumento de la pobreza real. Una pobreza severa, que, según la encuesta de población activa (EPA), ha pasado de 7 a 9 millones de personas entre 2010 y 2013, y cuyo crecimiento todavía no se ha estancado”.

Es decir, desde la óptica económica del trabajo; se pude entender que un factor de la descomposición del tejido social está en la salida de las personas de sus hogares para dedicar más tiempo al trabajo y obtener un mayor ingreso para hacer frente a los requerimientos de subsistencia alimentaria, vivienda, educación, salud entre otros; aunque estos sigan siendo insuficientes.

Para ello podemos revisar estudios de la Universidad Nacional Autónoma de México que fundamentan lo anterior:

La tabla anterior, se resume en que el poder adquisitivo de los salarios se depreció en un 80% con respecto a 1987.

Otro indicador que valida el argumento que las personas han salido de su hogar para trabajar y poder proveer lo mínimo para cubrir las necesidades básicas lo podemos ver en la siguiente tabla:

En la actualidad, se requiere más de un día de trabajo para poder comprar una canasta básica de alimentos y servicios.

En palabras de José Antonio Farías Hernández yGeorgina García Crispín en presentación del Dossier Didácticas para el servicio social:

“Restaurar el tejido social es una labor compleja, ardua y multidimensional que debe proyectarse a corto, mediano y largo plazos. Depende de cada uno de nosotros, y no sólo de las grandes acciones, sino más bien del día a día al promover la justicia social, la equidad de género, la sustentabilidad, los derechos humanos, la integración social, el libre desarrollo y el empoderamiento de las personas, sin importar su origen, género, edad, clase social, preferencia sexual, religión, situación económica o de salud”.

Parte de esta multidmensionalidad es que el trabajo debe adecuarse a las necesidades de no solo salariales sino de convivencia social, salud y tiempo de las personas. Centros de trabajos y patrones con un enfoque económico, pero también hacia las personas y sus familias. Esto no significa ser socialmente responsable.

Para la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), la calidad del empleo es un concepto intrínsecamente multidimensional relacionado con aquellas características del empleo que contribuyen al bienestar de los trabajadores. Esta institución en su informe Perspectivas económicas deAmérica Latina 2017 Juventud, competencias y emprendimiento, dice:

“El Marco de la OCDE para la Calidad del Empleo (Job Quality Framework) está estructurado en torno a tres dimensiones estrechamente relacionadas con la situación laboral de las personas: la calidad de las remuneraciones (una combinación de los ingresos medios y la desigualdad); la seguridad en el mercado laboral (que capta el riesgo de desempleo y de salarios extremadamente bajos); y la calidad del entorno de trabajo (medido en términos de la incidencia de la presión laboral o jornadas laborales muy largas).

Los países de América Latina analizados en OCDE (2015b) –Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica y México– presentan niveles de calidad del empleo (en la totalidad de las tres dimensiones analizadas) muy inferiores al promedio de la OCDE...”

Si comparamos al país más competitivo en América Latina de acuerdo al WFE y las horas trabajadas promedio reportada por la OCDE, podemos determinar una correlación Horas trabajadas al año/Productividad de las personas:

Elaboración propia con los datos de:

https://www.bbc.com/mundo/institucional-43872427

http://www3.weforum.org/docs/gcr2016-2017/05fullreport/thegloba lcompetitivenessreport2016-2017_final.pdf

Para reconstruir el tejido social se debe transitar en que las personas vuelvan a las calles y al hogar; porque la productividad no radica en permanecer muchas horas en el Centro del Trabajo; y las dinámicas actuales se orientan en permitir el “teletrabajo” o flexibilidad laboral.

d)Acceso al trabajo y movilidad urbana.

El Inegi en el conteo de Población del 2015, obtuvo la siguiente piramidal poblacional

Edad                                                       2015

                                                                  (%)

0-4                                                              4.5

5-09                                                            4.7

10-14                                                          4.8

15-19                                                          4.5

20-24                                                          4.4

25-29                                                          3.7

30-34                                                          3.5

35-39                                                          3.4

40-44                                                          3.3

45-49                                                          2.7

50-54                                                          2.4

55-59                                                          1.9

60-64                                                          1.5

65-69                                                          1.2

70-74                                                          0.9

75-79                                                          0.6

80-84                                                          0.4

85 y más                                                     0.3

Fuente: Inegi Encuesta Intercensal 2015

Como podemos ver la pirámide poblacional la edad en las personas económicamente activas o en edad de trabajar (a partir de los 15 años en adelante) en se está invirtiendo, cada vez son más las personas que envejecen a las que entran en la edad productiva; además de que la esperanza de vida se determina hasta los 75 años de edad. Asimismo, es de considerar que la edad mínima para la jubilación vigente es a los 65 años o para cesantía 60 a 64 años.

Las proyecciones señalan que para el 2050, la población mayor de 65 años en México se estima sea del 25%. Sin embargo, tanto el crecimiento de las ciudades en el futuro como la enorme necesidad de trabajar de las personas que superen los 65 años derivado de la situación financiera y proyectada para el Sistema de Pensiones del país obligará a que existan más fuentes de empleos, pero físicamente las personas difícilmente podrán tolerar 8 o más horas de trabajo e incluso más de seis días de trabajo.

Actualmente, se estima que en las grandes ciudades las personas requieren demasiado tiempo de traslado desde su vivienda a su centro de trabajo y viceversa. Tal como se muestra en el estudio del Inegi denominado “ Encuesta de origen destino en hogares de la ZMVM (EOD)” realizado en 2017:

• De los viajes que se realizan para ir al trabajo, el 36.6% duran hasta media hora; el 58.1% tardan de 31 minutos hasta 2 horas y, en el 5.3% de los casos, emplean más de 2 horas. En el caso de la Ciudad de México, 6 de cada 10 viajes tardan de 31 minutos a 2 horas, en tanto que, en los municipios conurbados, el 7.2 % de los viajes emplean más de 2 horas. Para regresar al hogar, el 55 % de los viajes duran menos de 30 minutos; el 40.7% tardan de 31 minutos hasta 2 horas, y el 3.8% se prolongan por más de 2 horas.

• En el caso de la Ciudad de México, 6 de cada 10 viajes tardan de 31 minutos a 2 horas, en tanto que, en los municipios conurbados, el 7.2 % de los viajes emplean más de 2 horas.

• Para regresar al hogar, el 55 % de los viajes duran menos de 30 minutos; el 40.7% tardan de 31 minutos hasta 2 horas, y el 3.8% se prolongan por más de 2 horas.

• Del total de viajes de los municipios conurbados, cerca de 2.25 millones (12.6%) se realizan hacia la Ciudad de México. En tanto que, del total de viajes de la Ciudad de México, 2.16 millones (13.3%) se realizan hacia los municipios conurbados.

Por lo que, si acumulamos los tiempos de entre 31 minutos a más de dos horas de viaje tanto de ida como de vuelta, las personas que perderían de una o más horas al día para acudir a su trabajo oscila entre el 45 al 63%.

Desde el punto de vista empresarial, se comienzan a escuchar propuestas en este sentido incluso más ambiciosas; tal como la del empresario Carlos Slim en entrevista para Bloomberg en la que insiste en reducir la jornada laboral a tres días y 33 horas semanales.

Es de señalar que, en esta Cámara de Diputados, se han presentado algunas propuestas en materia laboral para que se legisle en materia de teletrabajo, y similares a la presente; por ejemplo:

• Que reforma y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y de las Leyes Federal del Trabajo, y Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, para establecer la semana de 40 horas de trabajo, con pago de 56 horas. Presentada por el diputado Isaías González Cuevas.

Por lo que la iniciativa presentada busca ir más allá y con esto atender la problemática presente como futura en el Derecho del Trabajo, así como de la situación económica y poblacional de largo plazo. Se tiene en la propuesta un enfoque transversal, y de vanguardia.

e) Experiencias internacionales

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) ya está realizando estudios al respecto y sobre la flexibilización del trabajo, como lo señala François Eyraud, director del Programa sobre Condiciones de Trabajo y Empleo de la OIT:

“Encontrar el equilibrio entre los requisitos empresariales y las necesidades de los trabajadores exigirá la formulación de políticas de tiempo de trabajo en las que se tengan en cuenta cinco elementos: la promoción de la salud y la seguridad, el apoyo a los trabajadores en el cumplimiento de sus responsabilidades familiares, el fomento de la igualdad de género, el impulso de la productividad y la facilitación de la elección y la influencia del trabajador en su jornada laboral”.

III. Fundamento legal de la iniciativa

A esta iniciativa les son aplicables diversas disposiciones contenidas en los marcos jurídicos siguientes:

a) Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,

IV. Denominación del proyecto de ley o decreto

Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforman el artículo 123 Apartado A, Fracciones I, II y IV; Apartado B, Fracciones I, II y III todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reducción de reducción de la jornada, semana de trabajo e incremento de los días vacacionales.

V. Ordenamientos a modificar

a) Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,

VI. Texto normativo propuesto

Por lo expuesto, se presenta a esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto para quedar como sigue:

Único. Se reforma el artículo 123 Apartado A, Fracciones I, II y IV; Apartado B, Fracciones I, II y III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley.

El Congreso de la Unión, sin contravenir a las bases siguientes deberá expedir leyes sobre el trabajo, las cuales regirán:

A. Entre los obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y de una manera general, todo contrato de trabajo:

I. La duración de la jornada máxima será de siete horas.

II. La jornada máxima de trabajo nocturno será de seis horas. Quedan prohibidas: las labores insalubres o peligrosas, el trabajo nocturno industrial y todo otro trabajo después de las diez de la noche, de los menores de dieciséis años;

III. (...)

IV. Por cada cinco días de trabajo deberá disfrutar el operario de dos días de descanso, cuando menos.

V. al XXXI. (...)

B. Entre los Poderes de la Unión y sus trabajadores:

I. La jornada diaria máxima de trabajo diurna y nocturna será de siete y seis horas respectivamente. Las que excedan serán extraordinarias y se pagarán con un ciento por ciento más de la remuneración fijada para el servicio ordinario. En ningún caso el trabajo extraordinario podrá exceder de tres horas diarias ni de tres veces consecutivas;

II. Por cada cinco días de trabajo, disfrutará el trabajador de dos días de descanso, cuando menos, con goce de salario íntegro;

III. Los trabajadores gozarán de vacaciones que nunca serán menores de veinticinco días al año;

IV al XIV. (...)

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Congreso de la Unión dispondrá de hasta un año calendario a partir de la entrada en vigor del presente decreto para realizar las reformas correspondientes a las leyes aplicables en materia laboral.

Tercero. Los patrones, sean personas físicas o morales, no podrán por ningún motivo o circunstancia reducir el salario de sus actuales trabajadores; y en las nuevas contrataciones a partir de la vigencia del presente decreto no podrán ser menores a las que perciba los puestos similares existentes en las empresas o centros de trabajo.

Cuarto La Secretaría del Trabajo y Previsión Social y en coordinación con el Instituto Mexicano del Seguro Social vigilarán el cumplimiento de las disposiciones a partir de su entrada en vigor y los patrones dispondrán de un periodo de hasta seis años calendario posteriores a la entrada en vigor del presente decreto para implementar en su totalidad las reformas.

Anexo I Constitución Política de los Esdtados Unidos Mexicanos

Notas

1 Instituto Nacional de Estadística Geografía e Informática (Inegi). Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE). Ciudad de México. Enero 2019. Consultado el 12 de febrero de 2019 en:

https://www.inegi.org.mx/app/saladeprensa/noticia.html?id=4714

2 Organización Internacional del Trabajo. Perspectivas Sociales y del Empleo en el Mundo: Tendencias 2018. Ginebra. 2018. Consultado el 22 de febrero de 2019 en:

https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/—-dgreports/—-dcomm/—- publ/documents/publication/wcms_631466.pdf

3 Tabla extraída de

https://www.inegi.org.mx/temas/pibmed/

4 Foro Económico Mundial. Índice Global de Competitividad 2016-2017. Suiza. 2016. Consultado el 12 de febrero de 2019 en:

http://www3.weforum.org/docs/GCR2016-2017/05FullReport/TheGloba lCompetitivenessReport2016-2017_FINAL.pdf

5 Instituto Nacional de Estadística Geografía e Informática (Inegi). El ABC de la productividad). Primera Reimpresión. Ciudad de México. 1996. Consultado el 14 de febrero de 2019 en:

http://internet.contenidos.inegi.org.mx/contenidos/productos/pr od_serv/contenidos/espanol/bvinegi/productos/historicos/1334/702825128630/70282 5128630.pdf

6 Cifras preliminares del 2017.

7 El Inegi, presenta las siguientes notas metodológicas:

El 2 de octubre de 2017 fueron revisados los Indicadores de Productividad Laboral, Costo Unitario de la Mano de Obra, Remuneraciones Medias Reales y sus respectivos componentes, referentes al Comercio al por mayor y Comercio al por menor, a nivel de sector, subsector y rama de actividad, correspondientes al segundo trimestre de 2017, los cuales fueron divulgados el 8 de septiembre del mismo año.

Dicha revisión se realizó con el propósito de incorporar adecuadamente en los cálculos de los indicadores señalados, los insumos generados por la Encuesta Mensual sobre Empresas Comerciales (índices de ingresos totales, personal ocupado, remuneraciones totales y remuneraciones medias).

Fuente: Inegi. Series calculadas por métodos econométricos a partir de la Encuesta Mensual Sobre Empresas Comerciales.

8 Véase.

https://www2.iberopuebla.mx/micrositios/cu2016/docs/reconstrucc ion.pdf

9 Cascante, Katia y Rodríguez, Érika. El impacto de la crisis sobre el tejido social solidario de España: efectos y reacción de las ONGD frente a la crisis. Fundación Alternativas. España, 2014. Consultado el 14 de febrero de 2019 en:

http://www.fundacionalternativas.org/public/storage/laboratorio _documentos_archivos/df72561fe9888d37fef700ee63aae6b5.pdf

10 Universidad Nacional Autónoma de México. Introducción: La guerra contra las clases trabajadoras y sus condiciones de vida. Con el nuevo salario mínimo ¿avanzar o degenerar en barbarie? Centro de Análisis Multidisciplinario. México, 2018. Consultado el 14 de febrero de 2018 en:

https://cam.economia.unam.mx/1018-2/

11 Farías Hernández, José Antonio; García Crispín, Georgina. Didácticas para el servicio social. Universidad Iberoamericana. Consultado el 14 de febrero de 2019 en:

http://revistas.ibero.mx/didac/uploads/volumenes/21/pdf/DIDAC-6 7_FINAL_10dic_(1).pdf

12 OCDE/CEPAL/CAF (2016), Perspectivas económicas de América Latina 2017: Juventud, competencias y emprendimiento, OECD Publishing, Paris. http://dx.doi.org/10.1787/leo-2017-es

13 Tabla extraída y consultada el 14 de febrero de 2018 en:

https://www.bbc.com/mundo/institucional-43872427

14 Instituto Mexicano del seguro Social.

http://www.imss.gob.mx/tramites/imss01002

15 Inegi. “Encuesta de origen destino en hogares de la ZMVM (EOD)”, 2017. Consultado en:

http://www.beta.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/ 2018/EstSociodemo/OrgenDest2018_02.pdf

16 Organización Internacional del Trabajo. Consultado en:

https://www.ilo.org/global/about-the-ilo/newsroom/news/WCMS_075 267/lang—es/index.htm

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de febrero de 2020.— Diputados y diputadas: José Ramón Cambero Pérez, Adolfo Torres Ramírez, Adriana Dávila Fernández, Ana Paola López Birlain, Annia Sarahí Gómez Cárdenas, Antonia Natividad Díaz Jiménez, Carlos Carreón Mejía, Carlos Humberto Castaños Valenzuela, Cecilia Anunciación Patrón Laviada, Dulce Alejandra García Morlan, Éctor Jaime Ramírez Barba, Ernesto Ruffo Appel, Evaristo Lenin Pérez Rivera, Felipe Fernando Macías Olvera, Gloria Romero León, Guadalupe Romo Romo, Hernán Salinas Wolberg, Isabel Margarita Guerra Villarreal, Jacquelina Martínez Juárez, Jorge Arturo Espadas Galván, Jorge Romero Herrera, José del Carmen Gómez Quej, José Martín López Cisneros, José Rigoberto Mares Aguilar, José Salvador Rosas Quintanilla, Justino Eugenio Arriaga Rojas, Karen Michel González Márquez, Lizbeth Mata Lozano, Madeleine Bonnafoux Alcaraz, Marcelino Rivera Hernández, Marco Antonio Adame Castillo, María de los Ángeles Gutiérrez Valdez, María Eugenia Leticia Espinosa Rivas, María Marcela Torres Peimbert, Martha Elena García Gómez, Martha Estela Romo Cuéllar, Miguel Alonso Riggs Baeza, Patricia Terrazas Baca, Ricardo Flores Suárez, Sarai Núñez Cerón, Sergio Fernando Ascencio Barba, Sonia Rocha Acosta, Sylvia Violeta Garfias Cedillo, Vicente Javier Verastegui Ostos, Víctor Manuel Pérez Díaz, Xavier Azuara Zúñiga (rúbricas).»

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Muchas gracias, diputado Cambero Pérez. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.



SE DECLARA EL 11 DE MAYO DE CADA AÑO COMO EL DÍA NACIONAL DE LA CIENCIA POLÍTICA

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: El diputado Alejandro Viedma Velázquez, del Grupo Parlamentario de Morena, presentará dos iniciativas en una sola exposición, estas son: iniciativa con proyecto de decreto por el que se declare el 11 de mayo de cada año, como el Día Nacional de la Ciencia Política. Y la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artículos 419 Ter y 419 Quáter al Código Penal Federal.

El diputado Alejandro Viedma Velázquez:Con su venia, diputada presidenta. Compañeras y compañeros, como lo mencionó la presidenta el día de hoy presentaré dos iniciativas.

La primera propone reconocer el 11 de mayo como el Día Nacional de la Ciencia Política. La fecha propuesta corresponde al primer examen de titulación del politólogo Moisés Ochoa Campos, quien fue egresado de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de México en 1955, con mención honorífica.

Como orgulloso politólogo de la Universidad Autónoma Metropolitana, conozco la pasión por esta disciplina, la cual nos permite sostener debates serios y científicos sobre el poder, la democracia y nuestra sociedad.

Reconocer el papel de los politólogos es fundamental, su desconocimiento ha empañado los valiosos triunfos y éxitos de esta disciplina en nuestro país, tanto en la vida pública, como en la privada.

La alternancia política no hubiera tenido cabida sin el diseño de instituciones y la generación de propuestas de reforma al Estado, ejercicios que son en mucha medida responsabilidad de destacados politólogos y politólogas.

Así se fueron generando las condiciones necesarias para fortalecer el estudio y el desarrollo de la ciencia política, tanto para visualizar un complejo conjunto de conocimientos relativos a la realidad social y la aplicación de ellos en situaciones concretas, así como en ser la principal protagonista de la formación de profesionales especializados en el estudio de los fenómenos políticos.

Esta iniciativa tiene por objeto reconocer al gremio en general, aplaudir todo esfuerzo que ha sido aportado a la ciencia política desde cualquier individuo. Se trata de reconocer una ciencia única, diferente al derecho, a la economía, a la administración pública o a cualquier otra que en el pasado se le haya relacionado pero que, de igual forma, continúa enriqueciendo a estas y a otras disciplinas de estudio.

Es ciencia política porque cuenta con un conjunto definido de conocimientos propios, que están presentes en todas las clasificaciones si se estudia minuciosamente el contexto, pero que sin duda alguna contiene su esencia propia en las ciencias sociales.

Compañeras y compañeros, sé que con su apoyo podremos dar el reconocimiento merecido a cada politólogo y politóloga de nuestro país, que trabajan y se esfuerzan día con día para difundir y defender esta disciplina.

La segunda iniciativa que presento busca atender un tema relevante de la modernidad, el bienestar animal, a través de una adición a los artículos 419 Ter y 419 Quáter del Código Penal Federal. Propongo sancionar el maltrato y la crueldad animal. Lo hago porque estoy convencido de que no hay futuro sin planeta y no hay planeta sin especies. Esto debe llevarnos a debatir nuestros hábitos y nuestro entendimiento del mundo.

Con esta adición busco contribuir al reconocimiento de los animales como agentes protagónicos de nuestro sistema jurídico que, en consecuencia, deben contar con mecanismos de protección que garanticen tratos dignos.

Asumo que la democracia es algo más que un sistema político. Como bien dice nuestra Constitución, se trata de un estilo de vida y este estilo de vida promueve valores que aspiraran a la decencia pública.

La capacidad de raciocinio y comunicación no nos faculta para realizar actos violentos en contra de los animales. La vieja concepción de la inmunidad basada en una falta superioridad de especie debe ser combatida frontalmente con leyes justas.

Por eso, propongo que el maltrato animal sea un delito que sancione todo hecho u omisión que pueda ocasionar dolor, deterioro físico, sufrimiento, así como la exposición a condiciones de sobreexplotación de los animales. De igual forma, planteo tipificar la crueldad animal como todo acto de brutalidad sádico o zoofílico contra cualquier animal; ya sea por acción directa, omisión o negligencia. Aún nos falta mucho camino por recorrer para que el bienestar animal sea plenamente garantizado en nuestro país.

En principio, existe una reforma constitucional pendiente para expedir la Ley General de Bienestar Animal, que genere criterios homologados y vincule a las entidades federativas a legislar en la materia.

Sé que hay y habrá resistencias en estos temas, pero confío en que esta causa seguirá avanzando para lograr un cambio de paradigmas sobre el respeto y el cuidado que le damos a nuestro entorno y a nuestro planeta. Espero contar con su apoyo. Muchas gracias, presidenta. Es cuanto.

«Iniciativa de decreto, por el que se declara el 11 de mayo como Día Nacional de la Ciencia Política, a cargo del diputado Alejandro Viedma Velázquez, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, Alejandro Viedma Velázquez, diputado federal de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, e integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la fracción I del numeral 1, del artículo 6 y los artículos 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados, eleva a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que el Congreso de la Unión declara el 11 de mayo de cada año, como “El Día Nacional de la Ciencia Política”, al tenor de lo siguiente

Exposición de Motivos

La ciencia política en singular, como ciencia autónoma, surgió en la segunda posguerra del siglo XX, y con mayor precisión, en Estados Unidos de América (EUA), sin por ello ser necesariamente una ciencia estadounidense, pues fueron en gran medida científicos sociales europeos quienes, habiendo migrado a dicho país, aprovecharon las capacidades institucionales y las inercias científicas de aquellos años para sentar las bases de la disciplina. En América Latina, la ciencia política apareció débilmente en la misma época y sólo en algunos países; pasados unos años, inició un proceso de afirmación que en las décadas de los sesenta y setenta del siglo XX fue truncado en varias naciones por la aparición de los nuevos autoritarismos y totalitarismos que llevaron al cierre de universidades y centros de investigación. Sólo con el retorno de la democracia reinició un profundo proceso de consolidación al interior de las universidades y de reconocimiento, fortalecimiento y diferenciación frente a otras disciplinas que la ha llevado a ser, ya en el Siglo XXI, una de las ciencias sociales con mayor desarrollo.

En nuestro país, la Ciencia Política es una disciplina científica en pleno crecimiento. Su presencia es cada vez más amplia en el estudio de la política. En los últimos diez años se ha distanciado de otras disciplinas, aunque cuidando su origen interdisciplinario, recuperó lo necesario de ellas para realizar estudios especializados. Y si bien es cierto que, la práctica de la politología se encontraba ligada a otras corrientes y pensamientos, como el de la sociología, el derecho y la economía; al paso de los años ha ido obteniendo una mayor autonomía, gracias a todas aquellas contribuciones que han ido alejando la idea de pensar a la ciencia política como una breve extensión de las ciencias sociales.

La ciencia política es para la formación de politólogos, es decir, profesionales especializados específicamente en la disciplina de la ciencia política; por lo que permite visualizar un completo acervo de conocimientos tocantes a la realidad social y la aplicación de ellos en situaciones concretas. La teoría y las prácticas políticas van juntas, formando una sola unidad, aunque mantienen entre sí la misma relación que los principios generales de cualquier ciencia, con el arte que los aplica a casos concretos.

En México, la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales (FCPS), surgió inicialmente como Escuela Nacional de Ciencias Políticas y Sociales (ENCPS), el 13 de mayo de 1951; impartiendo las carreras de ciencias de la diplomacia, periodismo, ciencias políticas y ciencias sociales. En 1968 empezó a impartir maestrías y doctorados, con lo que pasó a ser reconocida como facultad, tomando el nombre con el que en este momento se le conoce.

En la actualidad, son múltiples las universidades mexicanas que imparten la licenciatura en Ciencias Políticas, entre las que destacan:

• El Centro de Investigación y Docencia Económicas;

• El Colegio de México;

• El Instituto Tecnológico Autónomo de México;

• Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey;

• Universidad Anáhuac;

• Universidad Autónoma Metropolitana;

• Universidad Iberoamericana;

• Universidad La Salle;

• Universidad Mexicana;

• Universidad Nacional Autónoma De México; y

• Universidad Westhill.

Bajo un estudio realizado por la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES), titulado Anuario Estadístico Poblacional Escolar de Educación Superior, Técnico Superior y Licenciatura del ciclo escolar 2018-2019, se presentó un total de 4 mil 946 jóvenes egresados de la licenciatura en ciencia política o ciencias políticas y administración pública, a nivel República mexicana; en donde, 2 mil 920 son mujeres y 2 mil 26 son hombres. Este dato permite entender la importancia de reconocer a cada una y uno de éstos profesionistas, por su contribución e impulso para hacer de este país, un lugar mejor de análisis y estudio en temas tanto políticos, sociales como culturales.

Las complicadas condiciones del campo de trabajo no impiden que el politólogo siga teniendo opciones diversas en su desempeño profesional. Como siempre, tiene la posibilidad de actuar en la política, como parte del gobierno, de los partidos o de las instituciones políticas en general.

¿Quiénes son los politólogos?

Son los o las especialistas de la ciencia política que reciben la denominación en ingles de Political Scientist, que traducido al español significa científicos políticos, pero (con la conformación de esta) aparece un término más adecuado para denominarnos bajo el título de politólogos, que en palabras más palabras menos, son los protagonistas profesionales con conciencia social y pensamiento crítico, especialistas en la reflexión, el análisis y la práctica política.

¿Por qué el Día Nacional de la Ciencia Política el 11 de mayo de cada año?

Pensar en los politólogos más reconocidos para México, no es una tarea sencilla, pues existen grandes personalidades y académicos que son dignos de mencionar; sin embargo, la propuesta de esta iniciativa no tiene por objetivo conmemorar a un solo doctor en la materia, o alguna personalidad relevante para la política, ni tampoco hacer a título personal la celebración de esta ciencia. Más bien, se trata de ovacionar al gremio en general, aplaudir todo esfuerzo que ha sido aportado a la ciencia política desde cualquier individuo. Y sí, pensando en la ciencia política, desde su terminología en singular; porque, ésta no es una licenciatura en ciencias políticas que implica un conjunto indefinido de disciplinas o ámbitos de estudio sin especificar, ni es ambivalente en su denominación con otras disciplinas sociales como relaciones internacionales, administración pública, economía, sociología, historia o derecho; ni polivalente al nombrarse combinada con “ciencias sociales”, que es otro conjunto indeterminado, como se ofrece en algunos planes de estudio. Más bien, es una disciplina que a diferencia de las demás ciencias, se distingue por su particularidad en sus paradigmas; por ende, tal es el fundamento por el que esta iniciativa lleva el título de: “El Día Nacional de la Ciencia Política”.

En efecto, este día tendrá por finalidad, conmemorar un hecho de la ciencia política que enmarcó el camino hacia la luz de la cientificidad, la institucionalización y por supuesto, su autonomía propia: toda vez que el 11 de mayo de 1955, se comprende como el día en que por primera vez en la historia, el Estado mexicano le extiende a un estudiante universitario, Moisés Ochoa Campos, la oportunidad de presentar su defensa de tesis para nombrársele con el título prístino de grado como licenciado en ciencia política, lo que significó, el primer individuo capaz de llamarse a sí mismo y frente a otros “especialista de la política” (Politólogo).

Según consta en los registros escolares de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), se realizó la defensa de la tesis de licenciatura La reforma municipal en México (Historia municipal de México), cuya autoría era del estudiante de la carrera de ciencias políticas, Moisés Ochoa Campos. Aprobada la presentación escrita mediante voto presentado ante el Consejo Técnico de la propia facultad, y con la firma del profesor Ángel Guerrero (quien se refiere al escrito como “digno de ser presentado para obtener el grado de doctor en ciencias políticas, siendo así que se presenta para optar solo por el de licenciado”), se procedió a integrar el jurado para la defensa oral de la tesis, mismo que quedó integrado por el entonces director de la facultad, el doctor Raúl Carrancá y Trujillo como su presidente; el profesor Francisco Ortega Ruiz, quien sería el vocal, y en calidad de secretario el eminente historiador don Luis González y González. La calificación de la réplica oral permitió al sustentante obtener la calificación de aprobado con mención honorifica.

No podía ser un acontecimiento menor, en virtud de que no sólo significó el primer examen presentado por un estudiante de la carrera de Ciencias Políticas, incluso lo fue para la Escuela Nacional de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM, apenas fundada cuatro años antes.

En síntesis, la celebración evocaría al hecho como la profesión y disciplina; no encaminada a una figura pública que pudiera ser cuestionada entre las distintas líneas ideológicas de los politólogos. Por lo que, sin restarle importancia, esta iniciativa; asimismo extiende un respetable reconocimiento a Emma Granados Tirado, por el importante papel que representó como la segunda egresada de la carrera. Quien, asimismo, simbolizó una figura de inspiración para muchas mujeres inmersas en las Ciencias Sociales, y en especial, para todas aquellas politólogas que el día de hoy siguen sus pasos.

Consideraciones

I. La ciencia política, es una de las ciencias sociales, o sea de las disciplinas científicas que se ocupan de estudiar y analizar las distintas relaciones de poder, así como los efectos que éste presenta ante la sociedad, la cultura y el hombre en su función social.

II. La política es una ciencia, por el hecho de ser una disciplina autónoma e independiente, con una estructura sistemática y teórica propia. La autonomía de la ciencia política se refiere a una reflexión particular sobre la política. Tiene el status científico porque ha alcanzado un nivel especializado sobre lo político, con un objeto de conocimiento autónomo respecto a otras disciplinas sociales. La ciencia política no es una ciencia especulativa, sino una ciencia fáctica que pretende validarse a partir de la contratación de sus enunciados con la realidad.

III. Un estudio realizado por la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES), titulado “Anuario Estadístico Poblacional Escolar de Educación Superior, Técnico Superior y Licenciatura del ciclo escolar 2018-2019”, presentó 4 mil 946 jóvenes egresados de la Licenciatura en Ciencia política o Ciencias Políticas y Administración Pública; donde, 2 mil 920 son mujeres y 2 mil 26 son hombres.

IV. Asimismo, los politólogos juegan un papel importante en la construcción de estudios científicos sobre democracia, partidos políticos, elecciones, formas de gobierno y de Estado, entre otros. Es por ello que se considera relevante e importante que cuenten con un día en el que se les reconozca.

V. Otro dato importante es que, actualmente son pocos los países que celebran o conmemoran el día del politólogo a nivel nacional, siendo estos los siguientes:

Del cual, a la fecha del Estado mexicano no es participe, pues no existe aún un día oficial para su conmemoración.

La Universidad Autónoma del Estado de México, celebra el 22 de junio el día del politólogo. Siendo la única institución pública que cuenta con un día institucionalizado para reconocer la labor de los licenciados en ciencia política.

En ese contexto, se considera relevante proponer que el 11 de mayo de cada año, como el Día Nacional de la Ciencia Política, para que se celebré en México a los politólogos, como una muestra de estima por las labores que realizan en la investigación, impartición y difusión de la cultura política en nuestro país.

Por las consideraciones expuestas, se somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de:

Decreto por el que Congreso de la Unión declara el 11 de mayo de cada año, como el “Día Nacional de la Ciencia Política”

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, declara el 11 de mayo de cada año, como el “Día Nacional de la Ciencia Política”.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Barrientos del Monte, Fernando (Editor) Historia y balance de la ciencia política en México, Tirant Lo Blanch, (Universidad de Guanajuato, México), 11.

2 Reveles, Francisco, La ciencia política en México hoy: ¿qué sabemos?, (Editorial UNAM y Plaza y Valdés, Segunda edición, México, 2015), 6.

3 Enciclopedia de la Política, “Ciencia Política”, 2018: Enciclopedia de la Ciencia Política de Rodrigo Borja,

http://www.enciclopediadelapolitica.org/ciencia_politica/

4 Mendieta y Núñez, Lucio, “Origen, organización, finalidades y perspectiva de la ENCPS”, en Revista Ciencias Políticas y Sociales, año I oct-dic. 1955, número 2, página 35.

https://www2.politicas.unam.mx/ces/?page_id=95

5 Universia.Net, “Las mejores universidades de México para estudiar Ciencias Políticas”, 21 de abril de 2016 en:

https://noticias.universia.net.mx/educacion/noticia/2016/04/21/ 1138511/mejores-universidades-mexico-estudiar-ciencias-politicas.html

6 Obra citada, página 5.

7 Documento de información recopilada sobre la propuesta de modificación al plan y programas de estudios de la licenciatura en ciencia política, (Universidad Autónoma Metropolitana, Unidad Iztapalapa), 14.

8 Obra citada, 12.

9 Wolin, S. Sheldon, (Ed.) Democracy. Vol. 1, núm. 3, (Julio 1981), pág. 6.

10 El dato de la fecha, así como de la integración del jurado y el resultado del examen se consigna en el libro de Francisco José Díaz Casillas (1991: 171). Recuperado de Alarcón, V. (enero-abril de 2016). Moisés Ochoa Campos (1917-1985) El primer politólogo mexicano. Nueva Época, Año LXI, número 226.

11 Bolívar Meza, Rosendo, “La política como Ciencia”, Revista UNAM, Estudios Políticos, núm. 28, Sexta época, septiembre-diciembre, (2001) www.revistas.unam.mx-index.php › rep article download

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de febrero de 2020.— Diputados y diputadas: Alejandro Viedma Velázquez, Alma Delia Navarrete Rivera, Carmen Medel Palma, Cuauhtli Fernando Badillo Moreno, Flora Tania Cruz Santos, Graciela Sánchez Ortiz, Jaime Humberto Pérez Bernabe, Jannet Téllez Infante, Lidia García Anaya, Marco Antonio Carbajal Miranda, María Guadalupe Román Ávila, María Teresa Rebeca Rosa Mora Ríos, Martha Robles Ortiz, Nancy Yadira  Santiago Marcos, Nelly Minerva Carrasco Godínez, Oscar Rafael Novella Macías, Socorro Bahena Jiménez, Susana Beatriz Cuaxiloa Serrano, Susana Cano González, Zaira Ochoa Valdivia (rúbricas).»

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Muchas gracias, diputado Viedma Velázquez. Túrnese a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.



CÓDIGO PENAL FEDERAL

El diputado Alejandro Viedma Velázquez:

«Iniciativa que adiciona los artículos 419 Ter y 419 Quáter al Código Penal Federal, a cargo del diputado Alejandro Viedma Velázquez, del Grupo Parlamentario de Morena

Alejandro Viedma Velázquez, diputado federal de la LXIV Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77, 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, así como las demás disposiciones aplicables, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 419 Ter y 419 Quáter al Código Penal Federal, en materia de maltrato y crueldad animal, conforme a las siguientes:

Consideraciones

Durante la última década nuestro país se ha visto perjudicado por los altos índices de violencia, mismos que no solo han afectado a los seres humanos, sino que también han afectado a los animales, a través de actos de maltrato y de crueldad animal, dañando el bienestar de los animal, si bien es cierto que nuestro país a tratado de regular estos actos, es insuficiente, por lo que la presente iniciativa tiene como objetivo incorporar los conceptos de maltrato y crueldad anima al Código Penal Federal para que puedan ser castigados como delitos.

La incorporación de los conceptos maltrato y crueldad animal se armoniza con la Ley General de Vida Silvestre, misma que regula la materia.

Exposición de Motivos

“Robert Ressler: ¿Cómo describirías tu fascinación por, bueno, por la desmembración (Dahmer se ríe) de animales? ¿me entiendes?

Jefrey Dahmer: Pues.... Uno fue un perro grande que encontré en la carretera. Iba a separar la carne, blanquear los huesos, reconstruirlos y venderlos. Pero no llegué a hacerlo. No sé cómo empecé a meterme en esto; es una afición un poco rara.

Robert Ressler: Me parece recordar que pusiste la cabeza en un palo y lo dejaste detrás de tu casa.

Jefrey Dahmer: Fue una broma. Encontré al perro y lo rajé para ver cómo era por dentro.

Después se me ocurrió que era divertido clavar la cabeza en una estaca y dejarla en el bosque. Llevé a uno de mis amigos y le dije que me lo había encontrado entre los árboles. Solo para darle un susto.

Robert Ressler: ¿Qué edad tenías entonces?

Jefrey Dahmer: Creo que dieciséis”

De los diálogos anteriores entre el “criminólogo” y perfilador de “asesinos”, Robert Ressler y Jefry Dahmer (el carnicero de Milwaukee), conmueve la forma en que relata un evento con el perro, pero más aún el saber que esta persona cobró la vida de veinte seres humanos. Estos hechos muestran la importancia respecto de la importancia del maltrato y crueldad contra los animales.

El derecho a la protección jurídica de los animales es un tema que se ha tornado controvertido, ya que, desde el punto de vista del derecho natural, los animales no pueden ser sujetos de derechos; más bien, la preocupación por crear un marco normativo que garantice el bienestar, atención y buen trato de los animales obedece a una corriente ius positivista.

El Reino Unido se caracteriza por ser pionero en legislar en el ámbito jurídico dotando de protección a los animales. En 1822 el Parlamento Británico aprobó la primera ley de protección animal, la Ley Richard Martin, tenía como objetivo principal, el prevenir el trato cruel e inapropiado del ganado; dos años después en Inglaterra, en 1824, se creó la primera sociedad protectora de animales del mundo, en 1849, 1854 y 1876 se castigaba con fuertes multas a todo aquel que dejara de dar de comer y beber a los animales encerrados y al que haga padecer inútilmente a los animales salvajes enjaulados. Además, exigía una licencia especial para la vivisección, exigiendo siempre que la muerte del animal por el hombre solo cuando esta sea inevitable, se produzca sin sufrimiento.

Otros países que adoptaron estas posturas y crearon otras sociedades protectoras de animales fueron: Irlanda, Alemania, Austria, Bélgica y Holanda, en1911, Inglaterra promulgó la ley de protección de los animales, misma que como su nombre lo indica tenía como objetivo proteger a los animales, pero el objetivo principal radicaba en la omisión o el incumplimiento de esta medida solo se podía sancionar si se determinaba que el animal había sufrido innecesariamente.

Para finales del siglo XX, las sociedades protectoras y las leyes que prohíben la crueldad existen en casi todos los países del mundo. En 2006, el Reino Unido promulgó la Ley de Bienestar Animal, la que, por primera vez, impone a los dueños de animales de compañía el deber de cuidado de los mismos. Esta ley obliga a satisfacer las necesidades básicas de sus animales de compañía como el agua o el alimento, impone la obligación de atención veterinaria y la de procurarles vivir en un entorno adecuado a sus necesidades.

“En el aspecto legal, la Unión Europea debe al Reino Unido algo tan importante como la creación del término científico “Bienestar Animal” la forma de aplicación del mismo a través de las llamadas cinco libertades y, en las últimas décadas, la inclusión del término “seres sentientes” como estándar de tratamiento de los animales, a los que se les reconoce su capacidad no sólo de experimentar dolor físico, sino sufrimiento, sino también placer y diversión. Es decir, la legislación de los últimos 40 años de la UE respecto de los animales (granja, experimentación, transporte, espectáculos), no se entendería sin la decisiva intervención y creatividad del Reino Unido.

El Gobierno Británico creó en 1965 el Farm Animal Welfare Advisory Committee, transformado en 1979 en Farm Animal Welfare Commitee, como órgano responsable del cumplimiento y desarrollo de las políticas de Bienestar Animal, sustanciadas en cinco principios que constituyen los estándares de Bienestar Animal y que se conocen con el nombre de las Cinco:

1. La ausencia de hambre y sed: mediante el acceso a agua potable y una dieta para mantener la salud y vigor.

2. La ausencia de la incomodidad: mediante la provisión de un entorno adecuado que incluya cobijo y una zona de descanso cómoda.

3. La ausencia de dolor, lesiones o enfermedades: mediante la prevención o el diagnóstico rápido y el tratamiento.

4. La libertad de expresar un comportamiento normal: mediante la provisión de un espacio suficiente, instalaciones adecuadas y la compañía de la propia especie del animal.

5. La ausencia de miedo y angustia: asegurando las condiciones y el trato que eviten el sufrimiento mental”

Adicionalmente, en 1978 se proclamó en París, sede principal de la UNESCO, la “Declaración Universal de los Derechos de los Animales”, que establece lo siguiente en su preámbulo:

“Todo animal posee derechos;

El desconocimiento y desprecio de dichos derechos han conducido y siguen conduciendo al hombre a cometer crímenes contra la naturaleza y contra los animales;

El reconocimiento por la especie humana de los derechos a la existencia de las otras especies de animales constituye el fundamento de la coexistencia de las especies en el mundo;

Considerando que el hombre comete genocidio y existe la amenaza de que siga cometiéndolo;

Considerando que el respeto hacia los animales por el hombre está ligado al respeto de los hombres entre ellos mismos;

La educación debe enseñar, desde la infancia, a observar, comprender, respetar y amar a los animales”

La presente iniciativa recoge el contenido de los artículos de la Declaración citada, que establecen lo siguiente:

Artículo 1. Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia.

Artículo 2.

a) Todo animal tiene derecho al respeto.

b) El hombre, en tanto que especie animal, no puede atribuirse el derecho de exterminar a los otros animales o de explotarlos violando ese derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio de los animales.

c) Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del hombre.

Artículo 3.

a) Ningún animal será sometido a malos tratos ni actos crueles.

b) Si es necesaria la muerte de un animal, ésta debe ser instantánea, indolora y no generadora de angustia.

Artículo 6.

a) Todo animal que el hombre ha escogido como compañero tiene derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural.

b) El abandono de un animal es un acto cruel y degradante.

Artículo 9.

Cuando un animal es criado para la alimentación debe ser nutrido, instalado y transportado, así como sacrificado, sin que de ello resulte para él motivo de ansiedad o dolor”

Una persona relevante en el movimiento de protección de animales en los Estados Unidos fue Henry Berg, quien promovió la defensa de los animales en temas como las corridas de toros, hasta la vivisección. Gracias a los esfuerzos de Berg, se fundó la primera sociedad protectora de animales en los Estados Unidos bajo el nombre de “Sociedad Americana para la Prevención de la Crueldad hacia los Animales” en el estado de Nueva York en 1866.

En 2010 Estados Unidos, se aprobó una ley que prohibía la lucha contra los animales y solo criminalizaba la crueldad hacia los animales si los delincuentes creaban y vendían videos representando el acto. Aunque en este momento, los 50 estados tienen leyes en sus libros contra la crueldad animal a nivel estatal, el 6 de noviembre de 2019, el Senado de los Estados Unidos de Norteamérica aprobó por unanimidad la Ley PACT (por sus siglas en ingles), misma que fue firmada por el presidente Donald Trump el día 26 del mismo mes, dicha ley establece que una persona puede ser procesada por aplastar, quemar, ahogar, sofocar o empalar animales o explotarlos sexualmente. Los condenados enfrentarían cargos federales por delitos graves, multas y hasta siete años de prisión. Con esta aprobación, las autoridades federales pueden perseguir a los infractores porque tendrán jurisdicción federal y no estarán sujetos a las leyes estatales. También pueden enjuiciar a criminales si la crueldad ocurre en propiedad federal. La legislación, que contiene excepciones para la caza, cuenta con el respaldo del Fondo Legislativo de la Sociedad Protectora de Animales, la Asociación Nacional de Sheriffs y la Orden Fraternal de la Policía.

En México, la protección jurídica de los animales es un tópico que ha adquirido mayor importancia en la última década. En la actualidad veintiocho estados de la República mexicana son los que sancionan el maltrato animal. La Ciudad de México regula en el artículo 350 Bis y 350 Ter del Código Penal para el Distrito Federal. Esto permitió que durante el 15 de noviembre de 2019la Fiscalía Desconcentrada de Investigación en Delitos Ambientales y en Materia de Protección Urbana de la Ciudad de México lograra el primer auto de vinculación a proceso en la materia, decretando prisión preventiva.

En este sentido, el objetivo de la presente iniciativa consiste en adicionarlos artículos 419 TER Y 419 QUÁTER al Código Penal Federal, con el objetivo de sancionar el maltrato y crueldad animal, así como regular aquellas conductas que resultan particularmente graves.

Cuadro comparativo

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta H. Asamblea el siguiente:

Proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 419 ter y 419 Quáter al Código Penal Federal, en materia de maltrato y crueldad animal.

Único. Se adicionan los artículos 419 Ter y 419 Quáter al Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo. 419 Ter. Se entenderá por maltrato animal todo hecho u omisión del ser humano, que pueda ocasionar dolor, deterioro físico, sufrimiento que afecte el bienestar, ponga en peligro la vida del animal, afecte gravemente su estado de salud o integridad física, así como la exposición a condiciones de sobreexplotación de su capacidad física con cualquier fin, se le impondrá pena de nueve meses a tres años de prisión y de cien a mil días multa.

La pena se incrementará hasta una mitad cuando las conductas sean cometidas por quienes tengan por encargo el manejo y cuidado de animales.

Se incrementará con prisión de dos a seis años y de mil a dos mil días multa cuando sean utilizados con fines de exportación de drogas o sustancias ilícitas.

Artículo. 419 Qúater. Se entenderá por crueldad animal todo acto de brutalidad, sádico o zoofílico contra cualquier animal, ya sea por acción directa, omisión o negligencia, se le impondrá pena de uno a cuatro años de prisión y de trescientos a tres mil días multa.

La pena se incrementará hasta seis años cuando se trate de animales exóticos y/o en peligro de extinción.

Se incrementará con prisión hasta cuatro años cuando los actos sean fotografiados o videograbados y difundidos por el autor.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Ressler, Robert K, Dentro del monstruo un intento de comprender a los asesinos en serie, (España: Alba, 2010), pp. 142 - 143.

2 Giménez Teresa. ‘” Brexit’ y los animales. El legado del Reino Unido al Derecho Animal”, Universidad Autónoma de Barcelona, 2016,

https://revistes.uab.cat/da/article/view/v7-n3-gimenez-candela- 2 (FECHA DE CONSULTA 6 de diciembre 2019).

3 Comisión Nacional de Áreas Naturales. Proclamación de la Declaración Universal de los Derechos de los Animales, Protegidas

https://www.gob.mx/conanp/articulos/proclamacion-de-la-declarac ion-universal-de-los-derechos-de-los-animales-223028 (fecha de consulta 29 de noviembre de 2019).

4 INFOBAE. “Trump firmó la Ley PACT, que convierte la crueldad animal en un delito federal”, 26 de noviembre 2019.

Palacio Legislativo de San Lázaro a 5 de febrero de 2020.— Diputado Alejandro Viedma Velázquez (rúbrica).»

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.



SE EMITA UNA MONEDA CONMEMORATIVA POR LOS 200 AÑOS DE LOS TRATADOS DE CÓRDOBA

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Juan Martínez Flores, del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se emite una moneda conmemorativa por los 200 años de los Tratados de Córdoba.

El diputado Juan Martínez Flores:Buenas tardes, compañeros. Con su permiso, diputada presidenta. Estimadas y estimados compañeros, la ciudad de Córdoba, Veracruz, fue fundada por los españoles en el año de 1618 con el objetivo de proteger los intereses de la Corona y de los súbditos leales de los ataques que los negros cimarrones realizaban en la vía de Veracruz, Córdoba y México.

El establecimiento de la población se realizó en las Lomas de Huilango por 30 jefes de familia. De ahí la denominación histórica de La Ciudad de los 30 Caballeros. Durante la Guerra de Independencia en 1821, los cordobeses hicieron resistencia a las fuerzas de la Corona en defensa del Plan de Iguala y del Ejército Trigarante.

El 30 de julio desembarcó en Veracruz don Juan O'Donojú, último virrey de la Nueva España, quien pudo percatarse de la situación por la que atravesaba el virreinato luego de 11 años de intensa lucha independentista, por lo que decidió pactar con el Ejército Trigarante el fin de dicha guerra por la vía pacífica.

Después de intensas pláticas, el representante del rey español llegó a la conclusión de que era irreversible la independencia mexicana. Por lo tanto, decidió evitar una ruptura total entre España y México mediante la firma de estos convenios en la Villa de Córdoba. El 24 de agosto se reunieron en la población cordobesa Agustín de Iturbide, jefe del Ejército Trigarante, y Juan O´Donojú, último virrey de la Nueva España, para firmar los Tratados de Córdoba, mediante los cuales se reconocía la independencia del país y daba fin a la Guerra de Independencia.

Por este acontecimiento histórico, de gran relevancia para la nación mexicana, el 24 de agosto de cada año se festeja la firma de los Tratados de Córdoba, suceso ocurrido en el año de 1821. La firma de dicho documento contribuyó a dar legalidad a la independencia nacional.

Este documento consta de 17 artículos, entre los que se reconoce por parte del representante del rey de España, Fernando VII, la independencia de México, con un gobierno monárquico moderado. Asimismo, manifiesta que dos representantes del último virrey viajarán a España a entregar una copia de los acuerdos al monarca.

Se acuerda la creación de una junta provisional gobernativa, en la que participaría Juan O´Donojú, misma que estaba compuesta por tres personas. Convocaría a Cortes para poder crear el Poder Legislativo y finalmente facultaría al jefe del Ejército Trigarante a imponer dichos acuerdos.

La importancia de estos tratados radica en que son el reconocimiento del representante del rey de España a la independencia de la Nueva España y contribuyen a dar legalidad al nuevo Estado mexicano. Con la firma de este histórico documento se dio el primer paso para la creación de la nación mexicana.

La guerra independentista se dio por finalizada en 1821, con la firma de los Tratados de Córdoba, el 24 de agosto. Y el acta de independencia del Imperio Mexicano se realizó el 28 de septiembre del mismo año. Aun cuando la mayor parte de los ejércitos realistas dentro del territorio mexicano ya habían depuesto las armas, reconociendo los Tratados de Córdoba, las incursiones militares de España por tratar de reincorporar a México a su imperio continuaron durante más de un decenio, terminando el 28 de diciembre de 1836 cuando se firma el tratado definitivo de paz y amistad entre la República Mexicana y la reina de España.

Estimadas y estimados compañeros, el 24 de agosto de 2021 se conmemorarán los 200 años de la firma de los Tratados de Córdoba, acontecimiento de trascendencia histórica, social y política para el Estado mexicano, ya que representa una oportunidad para resaltar los hechos históricos que nos dieron patria y fomentar nuestros valores y sentido de pertenencia como mexicanos.

En este sentido, el día de hoy es que propongo ante esta soberanía un proyecto de decreto para que se acuerde a través de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, que el Banco de México emita una moneda conmemorativa exclusivamente de colección, y cuyo diseño sea acorde a la celebración.

Por este motivo, y desde la más alta tribuna de la nación, pido el apoyo de todos mis colegas legisladores para que este decreto por el que se emite una moneda conmemorativa de colección por los 200 años de los Tratados de Córdoba, se convierta en una realidad. Es cuanto. Muchas gracias.

«Iniciativa de decreto, por el que se emite una moneda conmemorativa por los 200 años de los Tratados de Córdoba, a cargo del diputado Juan Martínez Flores, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, Juan Martínez Flores, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la  Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y los artículos 6, numeral 1, fracción 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se emite una moneda conmemorativa por los 200 años de los tratados de Córdoba, de conformidad con la siguiente:

Exposición de Motivos

La ciudad de Córdoba fue fundada por los españoles en 1618, con el objetivo de proteger a los intereses de la corona y a los súbditos leales de los ataques que realizaban en la ruta Veracruz-Orizaba-Córdoba los negros cimarrones.

El establecimiento de la población se realizó en las Lomas de Huilango por 30 jefes de familia, de ahí la histórica denominación de “La Ciudad de los 30 Caballeros”.

Durante la guerra de Independencia en 1821, los cordobeses hicieron resistencia a las fuerzas de la corona, en defensa del Plan de Iguala y del Ejército Trigarante; el 30 de julio desembarcó en Veracruz don Juan O’Donojú, virrey de la Nueva España, quien pudo percatarse de la situación por la que atravesaba el virreinato luego de 11 años de intensa lucha independentista, por lo que decidió pactar con el Ejercito Trigarante el fin de dicha guerra por la vía pacífica.

Después de intensas pláticas, el representante del rey español llegó a la conclusión, de que era irreversible la independencia mexicana. Por lo tanto, decidió evitar una ruptura total entre España y México, mediante la firma de estos convenios, en la Villa de Córdoba, Ver.

El 24 de agosto de 1821, se reunieron en la población cordobesa: Agustín de Iturbide, jefe del Ejército Trigarante y Juan O’Donojú, último virrey de la Nueva España, para firmar los Tratados de Córdoba, mediante los cuales se reconocía la independencia del país y se daba fin a la guerra.

Por este acontecimiento histórico de gran relevancia para la nación mexicana, El 24 de agosto de cada año, se festeja la firma de los “Tratados de Córdoba”, suceso ocurrido en 1821. La firma de este documento, contribuyó a dar legalidad a la independencia nacional.

Este documento consta de 17 artículos, entre los que se reconoce, por parte del representante del rey de España, Fernando VII, la independencia de México, con un gobierno monárquico moderado. Asimismo, manifiesta que dos representantes del último virrey, viajarán a España, a entregar una copia de los acuerdos al monarca; se acuerda la creación de una junta provisional gubernativa, en la que participaría O’Donojú, misma que elegiría un presidente, nombraría una regencia compuesta por tres personas, convocaría a cortes para poder crear el poder Legislativo, y finalmente, facultaría al jefe del Ejército Trigarante, a imponer dichos acuerdos.

De acuerdo con estos tratados se nombró una junta provisional gubernativa conforme al espíritu del plan de Iguala, encargada de gobernar interinamente mientras las cortes formaban la constitución del estado; nombró una regencia y convocó una corte conformada por 38 integrantes entre militares, religiosos y políticos para instituir un poder legislativo; la importancia de estos tratados, radica en que son el reconocimiento del representante del rey de España, a la independencia de la Nueva España, y contribuyen a dar legalidad al nuevo Estado Mexicano.

Con la firma de este histórico documento, se dio el primer paso para la creación de la nación mexicana iniciando así, la autodeterminación del pueblo mexicano.

El próximo 24 de agosto de 2021 se conmemorarán los 200 años de la firma de los “Tratados de Córdoba”, acontecimiento de trascendencia histórica, social y política para el estado mexicano; ya que representa una oportunidad para resaltar los hechos históricos que nos dieron patria y fomentar nuestros valores y sentido de pertenencia como mexicanos.

En este sentido es que propongo ante esta soberanía el presente proyecto de decreto para que, de acuerdo a la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, el Banco de México emita una moneda conmemorativa exclusivamente de colección y cuyo diseño sea acorde a la celebración.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se emite una moneda conmemorativa de colección por los 200 años de los Tratados de Córdoba.

Único. Se emite una moneda conmemorativa de colección por los 200 años de los Tratados de Córdoba.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, a más tardar el 24 de agosto de 2021, fecha en que se celebrará los 200 años de Los Tratados de Córdoba.

Segundo. Dentro de los 30 días naturales posteriores a la publicación del presente decreto en el Diario Oficial de la Federación, el Banco de México emitirá las bases y la convocatoria que se refiere a las características de la moneda conmemorativa para su reverso.

Tercero. La moneda conmemorativa a que se refiere el presente decreto se acuñará a los 90 días naturales posteriores a la fecha límite de entrega del diseño del reverso de dicha moneda.

Cuarto. Corresponderá a la Casa de Moneda de México diseñar el reverso de la moneda y deberá ser acorde con la celebración de dicha conmemoración.

Quinto. Corresponderá al Banco de México todo derecho de propiedad intelectual o industrial derivado de la acuñación de la moneda conmemorativa

Nota:

1 http://www.archivohistorico2010.sedena.gob.mx/fichashistoricas/tratados-de-cord oba

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de febrero de 2020.— Diputados y diputadas: Juan Martínez Flores, Flora Tania Cruz Santos, Jaime Humberto Pérez Bernabe, Jannet Tellez Infante, Juan Martín Espinoza Cárdenas, Julieta García Zepeda, Lidia García Anaya, Marco Antonio Carbajal Miranda, Susana Beatriz Cuaxiola Serrano, Susana Cano González, Zaira Ochoa Valdivia (rúbricas).»

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Muchas gracias, diputado Martínez Flores. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega, del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 4o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega:Con el permiso de la presidenta. Hoy, en el 103 aniversario de la promulgación de la Constitución Política, la cámara de diputadas y diputados tiene un compromiso con las juventudes. Debemos darles esperanza y anhelos, que se sientan orgullosos de sus raíces y que tengan a su alcance las herramientas y oportunidades para transformar este país.

Con motivo de lo anterior, presento ante ustedes como asamblea, una iniciativa que reforma los artículos 4o. y 73 de la Constitución, bajo la finalidad de que exista fundamento constitucional para que el Estado mexicano promueva el desarrollo integral de las y los jóvenes, y para tales efectos se faculte expresamente al Congreso de la Unión a expedir una ley de carácter general en esta materia.

De igual manera, se propone que las entidades federativas armonicen su legislación conforme a las bases y principios que establece la ley general de dicha materia.

En esta LXIV Legislatura, por primera ocasión en la historia de México nos encontramos representando a uno de los sectores más vulnerados del país y es triste señalarlo, pero la juventud en México se encuentra en condiciones precarias, señalo algunos datos.

En México hay 37.5 millones de jóvenes entre los 12 y 29 años, los cuales representan el 31.4 por ciento de la población. Según el Conapred, el problema principal de los jóvenes en México es la pobreza. Alrededor de 17.5 millones de personas jóvenes están en situación de pobreza, de las cuales 13.9 millones viven en pobreza moderada y 3.6 millones en pobreza extrema; 19.7 millones de jóvenes tienen ingresos menores a la línea de bienestar económico, es decir, 2 mil 542 pesos mensuales en las ciudades y mil 614 pesos en las zonas rurales. Del total de los jóvenes del país, apenas un tercio tienen acceso al ISSSTE, al IMSS o a otros servicios de salud.

Las juventudes son discriminadas por diversas situaciones, entre ellas, su condición social, su apariencia física, la escuela donde estudiaron, el lugar donde viven o, incluso, ahora sus publicaciones en redes sociales.

En el caso de las mujeres el problema se agrava, la discriminación se da en la casa, en la calle, la escuela o el empleo. Por ejemplo, entre las juventudes de 18 y 29 años, que son económicamente activas, 8 de cada 10 hombres jóvenes percibe ingresos y poco menos de la mitad de las mujeres percibe estos ingresos.

Es impostergable que sentemos las bases constitucionales y legales para promover el desarrollo integral de las juventudes, ya que al establecerse en forma explícita que los jóvenes, que la palabra juventud y jóvenes esté escrito en la Constitución, este resultará ineludible para las autoridades mexicanas.

El desarrollo integral de las y los jóvenes debe entenderse como un deber progresivo, donde el Estado mexicano tiene la responsabilidad de constituir un proceso integral y continuo para la creación de un orden económico y social justo. La igualdad de oportunidades, la eliminación de la pobreza, la distribución equitativa de la riqueza y del ingreso. Así como la plena participación en las decisiones públicas. Es por esos motivos que la Comisión de Juventud y Diversidad Sexual, desde la sesión de instalación, se planteó la meta de realizar reformas que verdaderamente nos representen.

Actualmente, el Congreso de la Unión carece de atribuciones expresas para emitir una ley concurrente que articule y homologue una política pública de atención a los jóvenes, por lo que existen esfuerzos aislados y no así una política pública que unifique y articule las acciones institucionales en los tres órdenes de gobierno para apoyar a las juventudes.

Es oportuno resaltar que desde hace al menos dos décadas se han iniciado procesos de la reforma constitucional en materia de juventud, pero hasta el momento no han sido transitados por el proceso legislativo. Y aquí destaco que el actual gobierno está decidido a impulsar la reforma constitucional en materia de jóvenes, con lo que se cumpliría un compromiso histórico en esta materia.

Pese a los diversos obstáculos -y ya con esto termino, presidenta- enfrentados a lo largo de un año, hoy 5 de febrero del año 2020 seguimos de pie, impulsando y luchando por, con y para las juventudes mexicanas. Porque es ahora, somos nosotras y nosotros quienes podemos transformar la realidad de México. Iaxisti. Iaxi jucheska. Gracias.

«Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 4o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada federal Reyna Celeste Ascencio Ortega, en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a la consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un último párrafo al artículo 4o. y se reforma la fracción XXIX-P del artículo 73, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente exposición de motivos:

Exposición de Motivos

El objeto de esta propuesta legislativa es que exista fundamento constitucional de que el Estado Mexicano tiene el mandato de promover el desarrollo integral de los jóvenes y para tales efectos se faculta expresamente al Congreso de la Unión a expedir una ley de carácter general en esa materia, asimismo se establece el mandato para los Entidades Federativas para que armonicen su legislación conforme a las bases y principios que establezca la ley general en dicha materia.

A continuación se presenta un cuadro comparativo entre el texto vigente de la Constitución Política y la propuesta de reformas correspondiente a esta iniciativa:

Entre las razones que sostienen y justifican este proyecto se encuentran:

Es necesario que exista fundamento constitucional expreso para promover el desarrollo integral de los jóvenes, ya que al establecerse en forma explícita el citado deber constitucional, éste resultará ineludible para las autoridades mexicanas, por lo que tendrán que realizar las acciones encaminadas a cumplir con la finalidad constitucional impuesta.

El desarrollo integral de los jóvenes debe entenderse como un deber progresivo, donde el Estado Mexicano tiene la responsabilidad de constituir un proceso integral y continuo para la creación de un orden económico y social justo, y que la igualdad de oportunidades, la eliminación de la pobreza crítica y la distribución equitativa de la riqueza y del ingreso, así como la plena participación de sus pueblos en las decisiones relativas a su propio desarrollo son, entre otros, objetivos básicos del desarrollo integral, y que para lograr dichos objetivos deben dedicar sus máximos esfuerzos a la consecución de diversas metas básicas.

Se trata de adecuaciones que buscan dar sencillez y concreción al texto constitucional, de ahí la expresión propuesta: “El Estado promoverá el desarrollo integral de los jóvenes”, misma que no persigue establecer una norma constitucional extensa compleja y/o abigarrada, ya que si se establecen una serie de previsiones específicas, las mismas pueden resultar rebasadas por la realidad, en consecuencia esta iniciativa busca una redacción sencilla y entendible para la población en general, sin el exceso de definiciones o conceptos técnicos que alejan del entendimiento común, el sentido que deben tener las normas constitucionales.

Bajo tal tesitura, se busca que la norma constitucional contenga una concepción amplia -de “textura abierta”- para la protección de los jóvenes, y que sea en el ámbito de la legislación secundaria, así como en disposiciones administrativas y programáticas que se establezcan los detalles y pormenores que permitan hacer efectivo el cumplimiento del mandato constitucional.

De nada sirve un texto constitucional sobrecargado de conceptos o programas específicos, ya que al incurrir en ello se pierde la generalidad de la norma constitucional, de ahí que la propuesta de adición de un último párrafo al artículo Cuarto Constitucional resulte tan concisa y sucinta.

En seguimiento, con la redacción propuesta queda muy claro el mandato del Estado Mexicano para promover el desarrollo integral de los jóvenes, asimismo la modificación guarda congruencia y sistematicidad con otras disposiciones del texto constitucional que utilizan el concepto “ jóvenes”, de ahí que la adecuación es acorde con otras normas constitucionales previamente vigentes, lo que da coherencia terminológica y unidad al texto fundamental.

A efecto de acreditar lo anterior, podemos advertir que en el texto vigente constitucional, tanto en el artículo 2, apartado B, Fracción VIII y en el artículo 3 en su cuarto párrafo, se utiliza el concepto “jóvenes”, veamos

Artículo 3. ...

El Estado priorizará el interés superior de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en el acceso, permanencia y participación en los servicios educativos.

...

Artículo 2. ...

VIII. Establecer políticas sociales para proteger a los migrantes de los pueblos indígenas, tanto en el territorio nacional como en el extranjero, mediante acciones para garantizar los derechos laborales de los jornaleros agrícolas; mejorar las condiciones de salud de las mujeres; apoyar con programas especiales de educación y nutrición a niños y jóvenes de familias migrantes;

Énfasis añadido

Se insiste que la redacción constitucional debiese aspirar a sencillez y claridad, dejando fuera reiteraciones, evitando una sobreabundancia de términos y conceptos en la Constitución, por lo que si bien se reconoce que existen cierta tendencia discursiva para referirse a categorías tales como personas jóvenes o juventudes se estima que deben unificarse para evitar equívocos, de tal modo, que en opinión de esta promovente se deben dejar atrás “discusiones terminológicas” sobre si es “juventud” o “juventudes”, además de que resulta reiterativo hablar de “personas jóvenes”, ya que todo joven es persona; expresando que una discusión terminológica no debe constituir un obstáculo que impida avance una reforma constitucional que fundamente la emisión de una Ley general de carácter concurrente para los jóvenes.

Asimismo, no sólo se requiere la atribución expresa del Estado de apoyar el desarrollo integral de los jóvenes, sino que la reforma constitucional debe además dar las bases que fundamenten la emisión de una ley concurrente en esta materia, de ahí que se proponga facultar expresamente al Congreso para legislar en este rubro en el Artículo 73 constitucional.

Actualmente, el Congreso de la Unión no tiene atribuciones expresas para emitir una ley concurrente que articule y homologue una política pública de atención a los jóvenes, por lo que la causa de pedir es que exista la atribución explicita para legislar en la materia.

De tal modo, buscamos que haya absoluta claridad en el texto constitucional que reconozca expresamente la facultad legislativa para poder expedir una ley de carácter general, que tenga por objeto uniformar y articular los esfuerzos institucionales en los tres órdenes de gobierno como un mandato directo de la Constitución, sirva de apoyo a lo anterior la tesis aislada P. VII/2007 del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación correspondiente a la Novena Época del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, visible en la página 5 del Tomo XXV de abril de 2007, cuyo rubro y texto se transcribe:

Leyes generales. Interpretación del artículo 133 constitucional.

La lectura del precepto citado permite advertir la intención del Constituyente de establecer un conjunto de disposiciones de observancia general que, en la medida en que se encuentren apegadas a lo dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, constituyan la “Ley Suprema de la Unión”. En este sentido, debe entenderse que las leyes del Congreso de la Unión a las que se refiere el artículo constitucional no corresponden a las leyes federales, esto es, a aquellas que regulan las atribuciones conferidas a determinados órganos con el objeto de trascender únicamente al ámbito federal, sino que se trata de leyes generales que son aquellas que pueden incidir válidamente en todos los órdenes jurídicos parciales que integran al Estado Mexicano. Es decir, las leyes generales corresponden a aquellas respecto a las cuales el Constituyente o el Poder Revisor de la Constitución ha renunciado expresamente a su potestad distribuidora de atribuciones entre las entidades políticas que integran el Estado Mexicano, lo cual se traduce en una excepción al principio establecido por el artículo 124 constitucional. Además, estas leyes no son emitidas motu proprio por el Congreso de la Unión, sino que tienen su origen en cláusulas constitucionales que obligan a éste a dictarlas, de tal manera que una vez promulgadas y publicadas, deberán ser aplicadas por las autoridades federales, locales, del Distrito Federal y municipales.

Es importante señalar que al no existir un ordenamiento general –concurrente de facultades- que otorgue armonización y uniformidad en la materia, deja de existir unidad y coherencia en la atención pública a los jóvenes de México, cuando precisamente se requiere una política clara en este ámbito.

Precisamente ese es el objeto de una ley general concurrente, que es dar unidad y congruencia a la atención de una materia tanto por el ámbito federal como en el ámbito local, ya que las denominadas “leyes generales”, se dan con la finalidad de unificar las normas jurídicas en una materia en particular, las medidas de protección, atención y asistencia, así como la distribución de competencias y formas de coordinación entre los órdenes de gobierno.

Cabe mencionar que la actual Ley del Instituto Mexicano de la Juventud es de carácter orgánico y solo en el ámbito federal, en consecuencia su alcance se limita a una dependencia federal, cuando la política pública en materia de jóvenes debe ser integral y concurrente de ahí la necesidad de una ley general, de tal manera que bajo el régimen jurídico actual existen diversos tratamientos para los jóvenes según se trate de la legislación de cada Entidad Federativa.

Por otra parte, la referida Ley del Instituto Mexicano de la Juventud tampoco enuncia los derechos y prerrogativas de los jóvenes, por lo que también resulta pertinente que exista un ordenamiento que contenga una parte dogmática de reconocimiento de derechos, y que a la vez constituya un ordenamiento que articule los esfuerzos en los tres órdenes de gobierno, que de igual modo serviría de oportunidad para relanzar al Instituto Mexicano de la Juventud en cuanto a una revisión de su estructura y poder satisfacer sus necesidades institucionales.

Asimismo, es oportuno resaltar que desde hace al menos dos décadas se han iniciado procesos de reforma constitucional en materia de jóvenes, pero hasta el momento no han transitado en el proceso legislativo, de ahí que destaco que el actual Gobierno está decidido a impulsar la reforma constitucional en materia de jóvenes, por lo que se cumpliría un compromiso histórico en esta materia.

En otro sentido, se señala que es entendible que la definición constitucional para la atención de un sector de la población –como serían los jóvenes–, implica recursos presupuestales para su cometido, pero se aclara que la intención es plasmar una atención progresiva o gradual conforme a lo que se apruebe en los presupuestos de egresos de cada anualidad, además de que se deben utilizar los recursos y capacidades institucionales actuales, ya que un principio de este régimen de gobierno es la austeridad republicana, por lo que el eventual proyecto de Ley General se ajustará a tales principios.

Ahora bien, como se aprecia esta propuesta legislativa propondría en el artículo 4 constitucional se asentaría un mandato dogmático o sustancial, mientras que en el artículo 73 de la Constitución se establecería la atribución expresa para el Congreso de la Unión para legislar en la materia.

En cuanto a las disposiciones transitorias se propone que la reforma constitucional entre en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, y se propone que el Congreso de la Unión deberá expedir la Ley General a que se refiere la fracción XXIX-P del artículo 73 n en materia de jóvenes, en el plazo de un año, a partir de la publicación del decreto, la cual deberá incluir disposiciones que determinen los alcances del presente decreto, y que permitan dar cumplimiento gradual conforme a lo que se apruebe en los presupuestos de egresos que correspondan. De igual modo, en el apartado de transitorios se dispone que las Legislaturas de las entidades federativas realizarán las adecuaciones normativas en su ámbito de competencia.

Por otra parte, para entender los alcances de esta reforma, se manifiestan algunos datos en relación a la situación que guardan los jóvenes en México, nos permitimos citar el siguiente análisis que resume el estado que guarda este rubro:

La realidad de la juventud en México: pobreza, discriminación e incumplimiento de sus derechos

La mitad de los jóvenes en México viven en condiciones de pobreza y otra gran parte ha sido víctima de discriminación y no goza de los derechos básicos en educación y salud.

De los casi 40 millones de jóvenes que habitan en México casi la mitad de ellos vive en condiciones de pobreza, ha sido víctima de algún acto de discriminación o se le ha impedido el reconocimiento de sus derechos.

En el marco del Día de la Juventud que se conmemora este domingo, el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) dio a conocer las cifras que revelan el panorama que atraviesa la juventud mexicana en materia de acceso a derechos y falta de oportunidades.

De acuerdo con cifras del Instituto Mexicano de la Juventud (IMJUVE), en México hay 37.5 millones de jóvenes entre los 12 y 29 años, los cuales representan el 31.4 por ciento de la población. Entre estos, 6.8 millones tienen entre 12 y 14 años; 10.8 millones entre 15 y 19 años; 10.7 millones entre 20 y 24, y 9.3 millones entre 25 y 29 años.

Según el Conapred el problema principal de los jóvenes en México es que casi la mitad de la población total vive en situación de pobreza. Y es que para 2014 17.5 millones de personas jóvenes (47.1 por ciento del total) estaban en situación de pobreza, de las cuales 13.9 millones (36.6 por ciento) viven en pobreza moderada y 3.6 millones (9.7 por ciento) en pobreza extrema. Para 2016 el Coneval informó que el porcentaje de jóvenes en situación de pobreza disminuyó a 44.3 por ciento, de los cuales el 36.9 por ciento se encontraba en pobreza moderada y el 7.3 por ciento en pobreza extrema.

Resalta el Conapred que 19.7 millones de jóvenes tienen ingresos menores a la línea de bienestar económico (es decir 2 mil 542 pesos mensuales en las ciudades y mil 614 pesos al mes en el campo).

Aunado a la pobreza, la discriminación es un tema prioritario para atender pues cada vez más jóvenes en México son discriminados por diversas situaciones, entre ellas, su condición social, su apariencia física (ligada a su condición económica), la escuela donde estudiaron, el lugar donde viven, o incluso sus publicaciones en redes sociales.

Esta condición convierte a las y los jóvenes en un sector altamente vulnerable pues “se les percibe como amenaza para la cohesión social”, excluyéndolos de espacios y oportunidades laborales o educativas, e impidiéndoles el reconocimiento pleno de sus derechos, especialmente los sexuales y reproductivos.

Por ello es que un alto número de jóvenes en el país se mantienen en la pobreza o no pueden ascender socialmente. Con base en estas cifras, el Conapred plantea una serie de temas prioritarios a atender para revertir la situación.

Explican que el Estado debe centrarse en combatir la pobreza y marginación mediante “el acceso a un empleo formal, bien remunerado y con prestaciones; acceso a servicios de salud y educación de calidad en todos los niveles de atención, y el combate a la violencia en hogares, escuelas y comunidades (principalmente el crimen organizado, la delincuencia común y la trata de personas)”.

A lo anterior deben emprenderse otras acciones como la prevención del embarazo adolescente y la atención del mismo, que puede derivar en la interrupción legal del embarazo, deserción escolar, exclusión social, laboral y médica.

Con relación a las condiciones de vida de los jóvenes, el Conapred detalla que el 64 por ciento de quienes no son jefes o jefas de hogar vive con ambos padres; el 23 por ciento solo con su madre; 3 por ciento solo con su padre, y 10 por ciento vive con uno o más parientes adultos (abuelos o abuelas, tíos o tías, padrastro, madrastra, hermanos o hermanas, primos o primas).

Respecto a la violencia intrafamiliar, cifras de 2014 del Inegi revelan que en la mitad de los hogares donde viven personas jóvenes, se identificaron conflictos o peleas.

Mientras que en el tema educativo, el mismo Inegi destaca que casi la totalidad de personas jóvenes en el país (98.4 por ciento) saben leer y escribir, pero el Conapred señala que poco menos de la mitad de quienes tienen entre 15 y 24 años (46.1 por ciento) asisten a la escuela. Es decir aunque existe una amplia cobertura de la educación básica, al buscar un crecimiento educativo los jóvenes se estancan.

La situación no es tan distinta en temas de salud. Del total de los jóvenes del país, apenas un tercio (32.3 por ciento) tiene acceso al ISSSTE, al IMSS, a los servicios de salud de PEMEX u otros similares.

Esta situación, entre otras muchas cosas, se ve reflejada en la corta edad en que las y los jóvenes inician su vida sexual. Según el Inegi, la mitad de las mujeres del país en edad fértil inició su vida sexual a los 18 años de edad. De éstas el 54.5 por ciento de entre 15 a 19 años dijo haber utilizado, ella o su pareja, algún método anticonceptivo en la primera relación sexual. Tan solo entre 2008 y 2011, el 18.9 por ciento de los embarazos registrados se dio entre adolescentes de 15 a 19 años.

Carencias sociales y falta de oportunidades

El mismo documento resalta que del total de la juventud, 24.9 millones (67.3 por ciento) no tienen acceso a la seguridad social; 9.1 millones (24.6 por ciento) a alimentación; 8.2 millones (22.2 por ciento) a servicios básicos en la vivienda, y 8.3 millones (22.5 por ciento) a los servicios de salud.

En tanto que alrededor de 5.4 millones de jóvenes no tienen la oportunidad de estudiar ni de trabajar. De esta cifra, la mayor parte (91.2 por ciento) son mujeres e incluso se encuentran en esta situación principalmente por tener que cuidar a alguien o dedicarse a los quehaceres del hogar.

Entre los jóvenes de 18 a 29 años que son económicamente activos existe una brecha de género pronunciada: mientras que ocho de cada diez hombres jóvenes percibe ingresos (78 por ciento), poco menos de la mitad de las mujeres jóvenes (45.9 por ciento) lo hace.

Estigmatizados y discriminados pero inclusivos

En México tres de cada diez jóvenes refieren haber sido discriminadas por su edad al menos una vez durante los últimos cinco años, y reportan como principales ámbitos de exclusión la calle o el transporte público, así como el trabajo o la escuela. El 17.5 por ciento afirma haber sido discriminado en las redes sociales.

A pesar de ser víctimas de esta situación las y los jóvenes son quienes tienen mayor conciencia sobre la manera en que se discrimina en México, y muestran mayor apoyo hacia políticas por la inclusión. Por ejemplo, el 75 por ciento de las personas entre 18 a 29 años está a favor del matrimonio igualitario, y 57.6 por ciento a favor de la adopción homoparental.

Entre 2012 y junio de 2018, el Conapred calificó 192 expedientes como presuntos actos de discriminación relacionados con personas jóvenes. La mayor parte de estos casos se registraron en el ámbito educativo o en el laboral, y respondieron sobre todo a motivos como la apariencia física y la discapacidad. Entre los derechos vulnerados, el más frecuente fue el trato digno (68 por ciento), seguido por la educación (60 por ciento) y la igualdad de oportunidades (30 por ciento).

Aún queda mucho por hacer

Aunque el Conapred resalta algunos de los esfuerzos del Estado enfocados en mejorar la calidad de vida de los jóvenes, como la creación del IMJUVE y el Plan Nacional de Juventud (PNJ) 2014-2018, considera que el desafío más importante para el gobierno mexicano será “combatir las causas de la pobreza entre las personas jóvenes mediante estrategias integrales”.

Esto, plantean, deberá hacerse específicamente en tres ámbitos: acceso a empleo formal y bien remunerado; combate a la deserción escolar (especialmente en bachillerato), y calidad de servicios médicos y educativos.

En el tema laboral señalan que actualmente no hay una estrategia integral de inclusión laboral dado que solo hay programas con alcances limitados, que reproducen la precariedad generalizada del empleo en México.

Para combatir la deserción escolar se necesitan acciones integrales enfocadas en los problemas económicos de hogares donde viven las y los jóvenes; cambiar la percepción de que es más útil dedicarse a otras actividades no educativas; atender los entornos de violencia en hogares y escuelas y, en el caso de las jóvenes, atender la problemática de los embarazos adolescentes.

Finalmente, es necesario mejorar los servicios de salud y educación “para que la política social cumpla con romper la reproducción intergeneracional de la pobreza”. No basta con que las niñas, niños y adolescentes tengan acceso a la educación y a los servicios médicos si esa educación no aumenta lo suficiente su capital humano y los servicios de salud no cubren padecimientos que pueden comprometer su desarrollo.

Desde 2013, la “Evaluación transversal de políticas y programas para el desarrollo de la juventud en México” reveló la necesidad de crear una política integral para los jóvenes que reconozca y proteja los derechos de las personas jóvenes, especialmente, los sexuales y reproductivos.”

Énfasis añadido

Como se aprecia el reto es enorme, se trata de rescatar a toda una generación de jóvenes, darles sobre todo trabajo y esperanza, que se sientan incluidos en el proyecto de Nación, en el que su participación es de la mayor relevancia para sacar adelante al país, de ahí la necesidad de que exista el reconocimiento constitucional expreso para los jóvenes y se sienten las bases legales para su desarrollo.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración del honorable Congreso de la Unión el siguiente proyecto de:

Decreto por el que se adiciona un último párrafo al artículo 4o. y se reforma la fracción XXIX-P del artículo 73, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

ÚNICO. Se adiciona un último párrafo al artículo 4o. y se reforma la fracción XXIX-P del artículo 73, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 4o. ...

...

...

...

...

...

...

...

...

...

...

...

...

El Estado promoverá el desarrollo integral de los jóvenes.

Artículo 73. ...

I. a XXIX-O. ...

XXIX-P. Expedir leyes que establezcan la concurrencia de la Federación, las entidades federativas, los Municipios y, en su caso, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes, velando en todo momento por el interés superior de los mismos, así como en materia de jóvenes, cumpliendo con los tratados internacionales de la materia de los que México sea parte;

XXIX-Q a XXXI. ...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Congreso de la Unión deberá expedir la Ley General a que se refiere la fracción XXIX-P del artículo 73 de esta Constitución en materia de jóvenes, en el plazo de un año, a partir de la publicación del presente decreto, la cual deberá incluir disposiciones que determinen los alcances del presente decreto, y que permitan dar cumplimiento gradual conforme a lo que se apruebe en los presupuestos de egresos correspondientes.

Tercero. Las Legislaturas de las entidades federativas, realizarán las adecuaciones normativas necesarias para cumplir con los fines establecidos en el presente decreto, dentro de los seis meses siguientes a la expedición de la Ley General a que se refiere el artículo segundo transitorio de este decreto.

Notas

1 Así se interpretó por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el concepto de desarrollo integral de acuerdo a la Tesis de Jurisprudencia 1a./J. 108/2017 correspondiente a la décima época del Semanario Judicial de la Federación cuyo rubro y texto se transcribe a continuación:

Renta. Los artículos 44 y 45, párrafo segundo, fracción VII, de la Ley del Impuesto Relativo, no Transgreden el Derecho a un Desarrollo Integral.

Los preceptos citados, al establecer, respectivamente, que las personas morales determinarán, al cierre de cada ejercicio, el ajuste anual por inflación, y que no se considerará como crédito al “efectivo en caja”, para efectos de dicho ajuste, no transgreden el derecho a un desarrollo integral reconocido por los artículos 33, 34 y 45 de la Carta de la Organización de los Estados Americanos, en relación con el diverso 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, pues conforme a la Carta aludida, el desarrollo es responsabilidad de cada país y debe constituir un proceso integral y continuo para la creación de un orden económico y social justo, y que la igualdad de oportunidades, la eliminación de la pobreza crítica y la distribución equitativa de la riqueza y del ingreso, así como la plena participación de sus pueblos en las decisiones relativas a su propio desarrollo son, entre otros, objetivos básicos del desarrollo integral, y que para lograr dichos objetivos deben dedicar sus máximos esfuerzos a la consecución de diversas metas básicas, entre ellas, la creación de sistemas impositivos adecuados y equitativos; entendiendo al sistema impositivo, como el orden jurídico tributario en su integridad, es decir, como un conjunto organizado de normas percibido como un resultado total. Así, el derecho al desarrollo integral se refiere a un aspecto distinto al hecho de reconocer al “efectivo en caja” un efecto inflacionario y, para ese fin, si debe o no integrarse en el ajuste anual por inflación; más bien lo que pretenden tutelar las citadas disposiciones internacionales es la creación de órdenes jurídicos que comprendan el cúmulo de derechos, obligaciones y procedimientos que conforman el sistema fiscal de un Estado.

2 La realidad de la juventud en México: pobreza, discriminación e incumplimiento de sus derechos

https://www.animalpolitico.com/2018/08/dia-de-la-juventud-pobre za-discriminacion/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los cinco días del mes de febrero del año dos mil veinte.— Diputadas y diputados: Reyna Celeste Ascencio Ortega, Adela Piña Bernal, Alejandro Viedma Velázquez, Cuauhtli Fernando Badillo Moreno, Flora Tania Cruz Santos, Jaime Humberto Pérez Bernabe, Jannet Tellez Infante, José Mario Osuna Medina, Juan Martín Espinoza Cárdenas, Julieta García Zepeda, Lidia García Anaya, Lorena del Socorro Jiménez Andrade, Marco Antonio Carbajal Miranda, Nancy Yadira Santiago Marcos, Oscar Rafael Novella Macías, Simey Olvera Bautista, Susana Beatriz Cuaxiola Serrano, Susana Cano González, Zaira Ochoa Veldivia (rúbricas).»

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Muchas gracias, diputada Ascencio Ortega. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

La diputada Tatiana Clouthier Carrillo (desde la curul): Presidenta.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: ¿Con qué objeto, compañera diputada Tatiana Clouthier?

La diputada Tatiana Clouthier Carrillo (desde la curul): Para adherirme a la iniciativa de la diputada proponente.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Si la diputada proponente no tiene ninguna objeción. Adelante, está abierta a firma.

INTERVENCIONES DE LAS DIPUTADAS Y LOS DIPUTADOS



SE ATIENDAN LAS AFECTACIONES A LOS CAMPESINOS NAYARITAS

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Varias compañeras y compañeros diputados han solicitado hacer uso de la palabra desde su curul, para plantear diversos asuntos a esta asamblea. Se les concederá el uso de la palabra, hasta por un minuto. Tiene la palabra la diputada Margarita Flores Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

La diputada Margarita Flores Sánchez(desde la curul): Gracias, presidenta. El día de hoy hago un exhorto al gobierno federal y a la Sader, para externar mi preocupación. El campo en mi estado, Nayarit, se encuentra atravesando por una difícil situación, como consecuencias de las lluvias atípicas, registradas en estos últimos días, afectando a los campesinos y productores de frijol, de tabaco, de sorgo, de café, mango, hortaliza, maíz, en todo el estado.

Por mencionar alguno, el frijol ha sido uno de los cultivos con mayor afectación debido a las lluvias, ya que se encontraban en época de cosecha y maduración y el cual se verá afectado en su producción, disminuyendo su precio comercial.

Otro de los cultivos de gran importancia en el estado, afectado por las lluvias y rachas y vientos fuertes, ha sido el cultivo del tabaco, pues este igual se encontraba en su época de cosecha, alterando su proceso de secado y curado, sector que hoy está ante la situación de perder su primer corte de cultivo en la entidad.

Organizaciones de agricultores en el estado estiman que el sector del frijol se ha visto afectado en un 70 por ciento de su producción total, sectores como...

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Compañera diputada, se ha excedido del minuto.

La diputada Margarita Flores Sánchez (desde la curul): ... el de mango. Por eso le pido apoyo al gobierno federal y a la Sader, que volteen a apoyar a los campesinos nayaritas. Es cuanto, presidenta.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Muchas gracias, diputada Flores Sánchez.



SE CUMPLA CON EL PAGO DE 4 MIL 150 PESOS POR TONELADA DE MAÍZ A LOS AGRICULTORES DE SINALOA

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Tiene el uso de la palabra la diputada Lourdes Sánchez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

La diputada Lourdes Érika Sánchez Martínez(desde la curul): Con su permiso, diputada presidenta. A propósito de que hoy inicia la ExpoAgro en Sinaloa, lo que la convertirá en un centro nacional de Agronegocios, no podemos dejar de mencionar el contraste entre lo que están haciendo las asociaciones de agricultores por el mejoramiento y el aprovechamiento de sus cultivos y el abandono en el que tiene este gobierno federal al campo mexicano.

Hace 10 meses el secretario Víctor Villalobos acordó con los agricultores un nuevo ingreso objetivo de 4 mil 150 pesos por tonelada de maíz. Al día de hoy ni se publica y mucho menos se paga.

Hoy los agricultores en Sinaloa están a dos meses de iniciar las trillas de seis millones de toneladas de maíz y aún no se sabe a quién le van a vender esas cosechas ni a cuánto se les van a pagar.

No existe presupuesto para la comercialización. Por lo tanto, ni hay agricultura por contrato y, como les acabo de decir, al día de hoy tampoco hay ingresos objetivos.

Para lo cual quiero aprovechar para hacer un exhorto al gobierno federal y a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, a través de esta soberanía, para que cumplan con su palabra, para que le den certidumbre a los millones de mexicanos y mexicanas que trabajan y viven del campo.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Compañera diputada, se ha agotado el minuto.

La diputada Lourdes Érika Sánchez Martínez (desde la curul): Termino, presidenta. Para que cumplan con su palabra y que les paguen a los agricultores el ingreso objetivo de 4 mil 150 pesos por tonelada. Es cuanto, presidenta.



RESPECTO A LA PROPUESTA PRESIDENCIAL PARA ELIMINAR LOS FINES DE SEMANA LARGOS

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Muchas gracias, diputada Sánchez Martínez. Tiene el uso de la palabra el diputado Arturo Hernández Tapia, del Grupo Parlamentario de Morena.

El diputado Arturo Roberto Hernández Tapia(desde la curul): Gracias, presidenta. Hoy el presidente de México hizo un anuncio relevante y acorde a los postulados de la cuarta transformación, relacionado con los denominados puentes vacacionales.

Al respecto cabe señalar que los días conmemorativos recuerdan a alguien o algo, son para hacer un homenaje, elogio, aniversario, festejo o recuerdo de una persona o personas por sus méritos y esfuerzos en favor de la nación.

También buscan sensibilizar y concientizar a los ciudadanos sobre la importancia que representan estas fechas fundamentales de nuestra historia y forman parte del civismo, de la cultura y los valores que las sociedades deben tener para respetarse entre ellas mismas.

Informó que en ejercicio de sus atribuciones se revisará la viabilidad de los fines de semana largos, proponiendo que el descanso oficial sea el día exacto en que se conmemore una efeméride relevante. Con el objetivo de retomar y fortalecer el civismo, fomentar el orgullo nacional y celebrar los principales acontecimientos que han marcado la vida de México.

Ante la inminente polémica, respetuosamente invito a esta asamblea a valorar en su justa dimensión tan importante propuesta por su relevancia social y su ineludible contribución a la anhelada unidad nacional. Para saber a dónde vamos es preciso...

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Compañero, diputado, se ha excedido del minuto.

El diputado Arturo Roberto Hernández Tapia (desde la curul): ... es preciso conocer de dónde venimos. Gracias, presidenta.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Muchas gracias, diputado Hernández Tapia.



PUNTO DE ACUERDO RELATIVO A UNA DISCULPA A LA COMUNIDAD CHINA MEXICANA

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Tiene el uso de la palabra, el diputado Carlos Iván Ayala Bobadilla, del Grupo Parlamentario de Morena.

El diputado Carlos Iván Ayala Bobadilla(desde la curul): Con su permiso, señora presidente. Me quiero referir al punto de acuerdo presentado hoy por un servidor, y publicado en la Gaceta Parlamentaria con referencia a una disculpa a la comunidad china mexicana.

Las disculpas públicas de un pueblo a otro dignifican más a quien las ofrece que a quien las recibe, y no son ni raras ni excepcionales, lo ha hecho el gobierno francés al pueblo argelino; lo ha hecho el gobierno norteamericano al pueblo japonés, así también como lo hizo el gobierno alemán al pueblo polaco.

La persecución que sufrieron los chinos en nuestro país a principios del siglo XX se dio principalmente en los estados de Sonora y Sinaloa, debido al racismo y a las campañas de xenofobia que se desataron en su contra.

De estos lamentables acontecimientos se tienen registros del asesinato de 303 chinos en Torreón el 15 de mayo de 1911, de los 600 habitantes que componían la colonia china. Ante todo lo ocurrido nos honra extender...

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Compañero diputado, lamento decirle, porque el tema es de gran relevancia, que su minuto se ha agotado sírvase concluir.

El diputado Carlos Iván Ayala Bobadilla (desde la curul): Concluyo. Por la obviedad de tiempo solicito se inserte íntegro el texto del presente punto de acuerdo en el Diario de los Debates. Es cuanto, señora presidenta.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Así se hará, diputado Ayala Bobadilla.



EXIGE JUSTICIA A LA FISCALÍA GENERAL DE GUERRERO, EN RELACIÓN CON LA MASACRE DE 10 MÚSICOS DE ALCOZACÁN, MUNICIPIO DE CHILAPA

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Tiene el uso de la palabra, el diputado Rubén Cayetano García, del Grupo Parlamentario de Morena.

El diputado Rubén Cayetano García(desde la curul): La masacre de 10 músicos de Alcozacán, municipio de Chilapa, en la montaña baja de Guerrero, el 17 de enero pasado, provocó la reacción de la CRACPF, Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias, Pueblos Fundadores.

La exhibición de niños armados, si bien es un grito desesperado ante el vacío de autoridad en la zona y el estado de indefensión en que vive la comunidad, coincidimos en que no es correcto exponer así a los menores. El error de la organización comunitaria fue capitalizado por los tres órdenes de gobierno y quienes centraron la atención en los derechos de los niños.

El asunto, además de polémico, generó el dislate presidencial, el gabinete de seguridad lo confundió al grado de decir que la autodefensa es legal en Guerrero, cuando lo que existe legalmente es un sistema de justicia indígena que el gobierno estatal quiere abolir.

Se puso en la agenda mediática de Guerrero la indignación que se causó con los niños, sin embargo, no debe olvidarse el multihomicidio, la solidaridad con familias pobres y la exigencia de justicia a la Fiscalía General de Guerrero. Basta de impunidad. Muchas gracias, diputada Sauri Riancho.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Muchas gracias, diputado Cayetano García.



LLAMADO A SUMAR ESFUERZOS POR LA PAZ Y LA SEGURIDAD DE LOS MICHOACANOS

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Tiene el uso de la palabra el diputado Agustín García Rubio, del Grupo Parlamentario de Morena.

El diputado Agustín García Rubio(desde la curul): Con la venia de la Presidencia. Son lamentables los hechos que están ocurriendo en mi estado natal, Michoacán, estamos atravesando por una crisis de inseguridad que se ha acentuado en los últimos días, es necesario hacer algo más al respecto.

No vamos a quedarnos con los brazos cruzados ante el atentado en el municipio de Uruapan que ocurrió el domingo pasado. Se registraron un saldo de nueve muertes acribillados a mansalva, entre ellos tres niños.

Desde mi curul hago un llamado urgente al secretario de Seguridad Pública federal, al gobernador y a la Fiscalía General del estado de Michoacán, para que se llegue hasta las últimas consecuencias ante estos hechos lamentables que están ocurriendo.

No podemos permitir que los niños sigan cayendo abatidos en las calles y que estos, más bien que estos deben estar en las escuelas recibiendo clases. Debemos recordar que la seguridad de Michoacán es tarea de todos.

Por ello hago un llamado a todas las fuerzas políticas, sociales, civiles y a los ciudadanos, a sumar esfuerzos por la paz y la seguridad de los michoacanos. Lo mismo vale para todos los mexicanos, ya que el problema de Michoacán es de urgencia nacional. Requiere de la solidaridad y el respeto de todos en el país. Pido su solidaridad, compañeros, con el estado de Michoacán. Es su casa. Gracias.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Muchas gracias, diputado García Rubio.



CREACIÓN DE UN ANEXO TRANSVERSAL QUE FACILITE LA ARTICULACIÓN DE LA POLÍTICA PÚBLICA DEL ESTADO MEXICANO

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Tiene el uso de la palabra la diputada Rosalinda Domínguez Flores, del Grupo Parlamentario de Morena.

La diputada Rosalinda Domínguez Flores(desde la curul): Con el permiso de la Mesa. El Corredor Interoceánico del istmo de Tehuantepec es uno de los programas prioritarios para el gobierno de México. Se encuentra instaurado en el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024. Beneficiará a 79 municipios de Oaxaca y Veracruz, vendrán productos de Asia que irán a la costa este de Estados Unidos y Europa, por lo que México se convertirá nuevamente en un eje del comercio mundial.

Los trabajos en los más de 300 kilómetros de vía ya iniciaron. La planeación de los polos de desarrollo está en marcha. Los proyectos alternos que se suman al corredor empiezan a llegar. Hay que empezar a concretar las inversiones de las empresas. Quiero mostrar el interés en invertir en esta región.

Desde la Cámara de Diputados hemos trabajado conjuntamente con el equipo del Corredor Interoceánico y en este año presupuestamos 3 mil 900 millones de pesos.

Necesitamos agilizar los trabajos, por eso propongo la creación de un anexo transversal que facilite la articulación de la política pública del Estado mexicano. Será un elemento que permita focalizar los recursos de los programas.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Compañera diputada, el minuto se ha agotado.

La diputada Rosalinda Domínguez Flores (desde la curul): Es cuanto, presidenta. Gracias.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Muchas gracias, diputada Domínguez Flores.



EN RECUERDO DEL MAESTRO IGNACIO CHÁVEZ SÁNCHEZ, MÉDICO Y HUMANISTA, PADRE DE LA CARDIOLOGÍA MEXICANA

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Tiene el uso de la palabra, el diputado Víctor Adolfo Mojica Wences, del Grupo Parlamentario de Morena.

El diputado Víctor Adolfo Mojica Wences(desde la curul): Gracias, presidenta. En recuerdo del maestro Ignacio Chávez Sánchez, médico y humanista, padre de la cardiología mexicana y fundador del Instituto Mexicano de Cardiología. Nació el 31 de enero de 1897 en el pueblo de Zirándaro, en aquel entonces del estado de Michoacán y hoy del estado de Guerrero.

Tan humanista como médico, decía que el médico es un hombre que se asoma sobre otro hombre en un afán de ayuda, ofreciendo lo que tiene: un poco de ciencia y un mucho de comprensión y simpatía. La máquina no triunfará nunca sobre el hombre.

Denunció desde ese entonces que los laboratorios se habían vuelto empresas, mitad comerciales y mitad científicas, y que sus productos eran, sobre todo, para beneficiar a la industria.

La medicina no es un comercio, llegó a sentenciar Ignacio Chávez Sánchez, médico generosamente universal, por ser provechosamente nacional, recibió 20 doctorados honoris causa en diferentes países y otras condecoraciones en 30 más. Hoy su legado humanista es más vigente que nunca. La medicina no es un comercio.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Muchas gracias, diputado Mojica Wences.



SE DESTINEN ESFUERZOS PARA QUE QUIENES NO USAN AUTOMÓVIL, PUEDAN LLEGAR A ESTE RECINTO DE MANERA EFICIENTE Y SEGURA

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Tiene la palabra el diputado Javier Ariel Hidalgo Ponce, del Grupo Parlamentario de Morena.

El diputado Javier Ariel Hidalgo Ponce(desde la curul): Hago un exhorto a la Junta de Coordinación Política, a todas las diputadas y diputados, a la diputada presidenta, para que puedan destinarse esfuerzos a fin de garantizar que quienes llegamos a este recinto caminando, en bicicleta o en transporte público podamos hacerlo de manera eficiente, cómoda y segura, que se reduzca la promoción de llegar en automóvil y se puedan dedicar recursos para abrir puertas peatonales, accesos directos al transporte público y construir ciclovías, para que podamos ser más amables con quien no tiene coche, que son la mayoría de quienes aquí laboran y visitan. Gracias.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Muchas gracias, diputado Hidalgo Ponce. Solicito atentamente a la Secretaría de Servicios Parlamentarios haga llegar esta solicitud del diputado Hidalgo Ponce, a la Junta de Coordinación Política, para su desahogo y resolución.



DENUNCIA QUE ENERO FUE EL MES MÁS VIOLENTO EN LA HISTORIA DE NUESTRO PAÍS

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Tiene el uso de la palabra, el diputado Felipe Fernando Macías Olvera, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

El diputado Felipe Fernando Macías Olvera(desde la curul): Muchas gracias, presidenta. Para comentar que enero, una vez más, ha sido el mes más violento en la historia de nuestro país, tres por ciento más de homicidios dolosos respecto al año anterior, más de 2 mil 400 asesinatos en nuestro país; 55 policías perdieron la vida y apenas el lunes pasado vimos la tragedia en Uruapan donde adolescentes y niños fueron víctimas de un tiroteo.

Y el gobierno federal y el presidente de la República no dicen absolutamente nada; piensa en chistes, piensa en distractores como la rifa del avión presidencial y ahora con la nueva ocurrencia de eliminar los puentes vacacionales que afectaría enormemente a millones de familias que viven del turismo, donde por cierto cinco mil millones de pesos se generan por cada puente vacacional. En esto está la mente del presidente en lugar de luchar por los temas que hoy le duelen a México como es el de la inseguridad.

En Acción Nacional no lo vamos a dejar pasar y le vamos a dar seguimiento a este tema, a este país que está bañado en sangre y muerte. Es cuanto, presidenta.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Gracias, diputado Macías Olvera.



SE EXPRESA EN CONTRA DE SACAR 600 MILLONES DE METROS CÚBICOS DE AGUA A LA PRESA LA BOQUILLA

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Tiene el uso de la palabra, el diputado Miguel Alonso Riggs Baeza, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

El diputado Miguel Alonso Riggs Baeza(desde la curul): Gracias, presidenta. Este comentario que hago no lo hago con la finalidad de jalar agua para mi molino. Lo hago para expresar la frivolidad del presidente de la República haciendo este comentario en torno a sacarle 600 millones de metros cúbicos de agua a la presa La Boquilla.

Esto significa dejar sin agua a un estado que vive en una zona desértica, que batallamos para conseguir el agua del cielo. Y que sin más ni menos mandan la Guardia Nacional para evitar que los vecinos de los municipios de San Francisco de Conchos, Camargo y municipios circunvecinos tengan acceso a detener esta fuga de agua.

Es una barbaridad que no tenga en cuenta el presidente, después de haber visitado Camargo el 16 de junio y estando a casi 40 grados y haber constatado la zona desértica en donde se vive, mandar pagar esta cantidad de agua solamente para quedar bien con el presidente Trump. Esto es una lástima. Y desde aquí no permito que eso suceda... Es cuanto.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Compañero diputado, su minuto se acabó. Gracias, diputado, diputado Rigss Baeza.



REFORZAR CAMPAÑAS INFORMATIVAS RESPECTO AL CORONAVIRUS

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Tiene el uso de la palabra, el diputado José Ambrocio Gachuz, del Grupo Parlamentario de Morena.

El diputado José Guadalupe Ambrocio Gachuz(desde la curul): Gracias. Con su permiso, diputada presidenta. Los coronavirus son una familia de virus que causan enfermedades que van desde el resfriado común hasta enfermedades respiratorias más graves. Estos circulan entre humanos y animales.

Lo preocupante es que en ocasiones los coronavirus que infectan a los animales pueden evolucionar, trasmitirse a las personas y convertirse en una nueva cepa de coronavirus capaz de provocar enfermedades en los seres humanos, como sucedió en el síndrome respiratorio agudo severo en Asia, en febrero de 2003, y el síndrome respiratorio de Oriente Medio, que fue detectado por primera vez en Arabia Saudita en 2012.

A efectos de evitar una problemática severa de salud pública, exhorto a las autoridades federales, estatales y municipales a reforzar campañas informativas para poder disminuir estos riesgos. Muchas gracias.

«Intervención entregada a la Mesa Directiva, por el diputado José Guadalupe Ambrocio Gachuz.

Estimadas diputadas y estimados diputados:

Los coronavirus son una familia de virus que causan enfermedades que van desde el resfriado común hasta enfermedades respiratorias más graves, estos circulan entre humanos y animales.

Lo preocupante es que en ocasiones los coronavirus que infectan a los animales pueden evolucionar, transmitirse a las personas y convertirse en una nueva cepa de coronavirus capaz de provocar enfermedades en los seres humanos, como sucedió con el síndrome respiratorio agudo severo en Asia, en febrero de 2003 y el síndrome respiratorio de oriente medio que fue detectado por primera vez en Arabia Saudita en 2012.

Sin embargo, los' nuevos dos coronavirus humanos mencionados han causado enfermedad grave con mayor frecuencia y de mayor trasmisión y con la facilidad contacto directo entre animales y humanos (zoonosis), o simplemente por el aire y peor aún se ha confirmado que el nuevo coronavirus que se puede transmitir de persona a persona.

A efecto de evitar una problemática severa de salud pública, exhorto a las autoridades a reforzar campañas informativas para disminuir los riesgos.

Es cuanto presidenta...

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de febrero de 2020.— Diputado José Guadalupe Ambrocio Gachuz (rúbrica).»

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Muchas gracias, diputado Ambrocio Gachuz.



EXHORTO PARA QUE SE INVESTIGUE Y CASTIGUE EL ATAQUE A UNA FAMILIA EN LA COMUNIDAD DE SANTIAGO IXTAYUTLA, OAXACA

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Tiene a palabra la diputada María del Carmen Bautista, del Grupo Parlamentario de Morena.

La diputada María del Carmen Bautista Peláez(desde la curul): Gracias, diputada presidenta. He pedido la palabra para manifestarme por los lamentables hechos ocurridos el pasado 26 de enero en la comunidad de Santiago Ixtayutla, región de la costa del estado de Oaxaca, a la que pertenezco, en donde sujetos armados atacaron a una familia de escasos recursos.

En el lugar quedaron muertos una mujer de 32 años de edad y sus hijas de dos años y siete años de edad, las cuales fueron asesinadas a balazos. Por lo que exhorto al titular de la Fiscalía General del estado de Oaxaca a investigar y esclarecer los hechos, para que este delito no quede impune y aplicar todo el peso de la ley para quien o quienes resulten responsables. Gracias.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Muchas gracias, diputada Bautista.



LAMENTA EL SENSIBLE FALLECIMIENTO DE JAVIER RIOJAS RODRÍGUEZ, PADRE DE LA DIPUTADA LUCÍA RIOJAS MARTÍNEZ

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Tiene la palabra la diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega, del Grupo Parlamentario de Morena.

La diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega(desde la curul): Buenas tardes y gracias, diputada presidenta. Hago uso de la palabra nuevamente, para solicitar en nombre de la Comisión de Juventud y Diversidad Sexual, se otorgue un minuto de silencio por el lamentable fallecimiento de Javier Riojas Rodríguez, padre de nuestra compañera diputada Lucía Riojas, y manifestar el acompañamiento a ella y a toda su familia.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Se obsequia la petición realizada por la diputada, y solicito a la asamblea guardar un minuto de silencio en su memoria.

(Minuto de silencio)

Muchas gracias.

DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES



LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN SOCIAL DE LA VIOLENCIA Y LA DELINCUENCIA

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Pido a la Secretaría dar cuenta con la declaratoria de publicidad de dictámenes.

La secretaria diputada Maribel Martínez Ruiz: Dictamne de la Comisión de Seguridad Pública, con proyecto de decreto por el cual se adicionan los artículos 6 y 10 Bis y se reforma el artículo 6 de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.



LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

La secretaria diputada Maribel Martínez Ruiz: Dictamne de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XXX Bis al artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.



LEY DE EDUCACIÓN MILITAR DEL EJÉRCITO Y FUERZA AÉREA MEXICANA

La secretaria diputada Maribel Martínez Ruiz: Dictamne de la Comisión de Defensa Nacional, con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicana.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.



LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE

La secretaria diputada Maribel Martínez Ruiz: Dictamne de la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.



 CÓDIGO CIVIL FEDERAL Y LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

La secretaria diputada Maribel Martínez Ruiz: Dictamne de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 58 del Código Civil Federal y 19 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.



LEY DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

La secretaria diputada Maribel Martínez Ruiz: Dictamne de la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, con proyecto de decreto por el que se adiciona un tercer párrafo al artículo 40 de la Ley de Ciencia y Tecnología.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.



LEY GENERAL DE EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE

La secretaria diputada Maribel Martínez Ruiz: Dictamne de la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XI al artículo 23 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.



CÓDIGO PENAL FEDERAL

La secretaria diputada Maribel Martínez Ruiz: Dictamne de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 205 Bis y se adiciona un artículo 209 Bis-1 al Código Penal Federal.

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.



CLAUSURA Y CITA

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho (a las 16: 43 horas): Se levanta la sesión y cito para la que tendrá lugar mañana jueves 6 de febrero de 2020, a las 11 horas. El registro de asistencia estará disponible desde las 9 horas.

EFEMÉRIDES RECIBIDAS



5 DE FEBRERO, ANIVERSARIO DE LA PROMULGACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

«Efeméride con motivo del 5 de febrero, aniversario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de los diputados Benjamín Robles Montoya y Maribel Martínez Ruiz, del Grupo Parlamentario del PT

Los suscritos, diputados Benjamín Robles Montoya y Maribel Martínez Ruiz, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo a la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, fracción XI, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentamos ante esta honorable asamblea la presente

Efeméride con motivo del 5 de febrero, aniversario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

En México hay un nuevo orden democrático. Después de una etapa obscura en la que el poder sirvió para satisfacer los intereses de unos cuantos, el pueblo logró recuperar el mando del país.

A través de la organización pacífica, sucedió una transformación profunda de nuestra vida pública.  El primero de julio de dos mil dieciocho será recordado como un día histórico, que logró articular a millones de personas gracias a un proyecto de justicia.

En el Zócalo de esta Ciudad de México, se reunieron ciudadanas y ciudadanos para festejar una victoria sin igual. Lágrimas de esperanza recorrieron los rostros de quienes acompañaron al presidente Andrés Manuel López Obrador. El cambio verdadero había ocurrido.

Desde la tribuna popular se convocó a la reconciliación nacional para establecer una auténtica democracia... la felicidad era evidente. No cabía duda de que sucedía algo más que una elección. El pueblo había ganado, por lo que se ponía en marcha un nuevo proyecto de nación.

Se inauguró una nueva etapa para nuestro país a la que hemos llamado “la cuarta transformación”, que tiene como principales objetivos devolver el bienestar a quienes fueron excluidos por el viejo régimen, garantizar un sistema democrático y justo, así como reconocer el derecho del pueblo a tomar decisiones.

Se terminó el viejo régimen y se instituyó un gobierno democrático, por lo que estoy convencido de que la celebración del 103 aniversario de nuestra Constitución, debe estar en sintonía con este hecho histórico.

Hemos recuperado la vigencia de nuestro pacto social, que sin duda debe reflejarse en nuestra norma suprema. La Constitución debe establecer las bases para un pacto de reciprocidad entre el poder institucional y el pueblo, que se instituya a partir del reconocimiento y la garantía de los derechos humanos, de la articulación de un sistema político plural e incluyente, de reglas de equilibrio del poder y del efectivo control de la constitucionalidad.

Sin lugar a duda, se trata de un reto mayúsculo. La herencia del viejo régimen también apareja una cultura de la legalidad que se fundamentaba en la negociación como estilo de gobierno.

Nos toca articular un nuevo significado de nuestra Constitución, que asegure su plena eficacia como el instrumento más relevante para limitar al poder y proteger la autonomía, la libertad y la igualdad de cada individuo.

De eso se trata defender la cuarta transformación, que asume que nadie, ni nada puede estar por encima de la ley. Somos creyentes devotos del estado de derecho.

La Constitución de 1917 fue novedosa por reconocer, como nunca, derechos sociales que dejaron atrás la visión liberal del Estado. En México entendimos muy pronto que el sistema jurídico también era un elemento fundamental de la transformación social. Federalismo y republicanismo fueron acompañados, poco a poco, por reformas que nacieron desde distintas demandas populares: el reconocimiento del voto de las mujeres, la garantía de derechos de los pueblos indígenas, la apertura del sistema electoral, entre otras.

En estos nuevos tiempos, hemos emprendido una serie de modificaciones a la Constitución para que refleje un verdadero sentido popular, como en su momento lo hizo el presidente Venustiano Carranza, que explicó a los diputados constituyentes que el nuevo proyecto establecía una serie de reformas para “asegurar las libertades públicas por medio del imperio de la ley, garantizar los derechos de todos los mexicanos... y llamar al pueblo a participar”.

Hoy ya son una realidad la consulta popular efectiva y la revocación del mandato; la paridad de género en todo; una reforma verdaderamente educativa, así como modificaciones para garantizar la paz en nuestro país.

Falta mucho, pero estamos generando las condiciones para que nuestra Constitución refleje los principios y valores que el pueblo ha definido en la cuarta transformación.

El Partido del Trabajo protegerá en cada momento este proyecto popular. Nos asumimos como un partido cien por ciento obradorista y eso significa que defenderemos el contenido de nuestra Constitución en todo momento.

Hemos terminado con la corrupción y la impunidad. La legalidad y la justicia llegaron para quedarse.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de febrero de 2020.— Diputado y diputada Benjamín Robles Montoya, Maribel Martínez Ruiz (rúbricas).»

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«Efeméride con motivo del 5 de febrero, 103 aniversario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Dolores Padierna Luna, del Grupo Parlamentario de Morena

Decir Constitución de 1917, todavía hoy, es decir lucha contra la dictadura y por la democracia. Decir Constitución de 1917 también es decir justicia social, reparto agrario, trabajo digno y soberanía nacional. Conviene recordarlo este 5 de febrero, aniversario número 103 de la promulgación de una Carta Magna democrática, republicana, federal, municipalista, nacionalista, agrarista y obrerista.

Conviene recordarlo porque son por lo menos dos los sentidos de una efeméride: recordar y con-memorar. Recordar querría decir, si atendiéramos a los orígenes, volver a pasar por el corazón. Conmemorar, hacer memoria colectivamente. La mejor forma para ambos actos –la memoria colectiva y para pasar un hecho por el corazón nuevamente– es ir a la historia. Si están instituidas las efemérides, es para que regresemos al principio de las cosas, a su origen y sus valores: es nuestro imprescindible saber de dónde venimos para fijar la mira del porvenir. El momento de México lo requiere definitivamente.

La Constitución de 1917 fue el resultado de una revolución social y política que dio origen a un amplio pacto alrededor de un proyecto de nación, el cual surgió incorporando las inercias progresistas y federales de la Constitución de 1857, pero con un carácter social mucho más avanzado que convirtió el nuevo documento, de hecho, en la primera de las constituciones sociales del siglo XX. Su primera lección es ésa: del pasado se hereda lo positivo, se corrigen las perversiones y se avanza en beneficio de todos.

Su carácter avanzado fue la expresión de vidas empeñadas en más de seis años de lucha armada, y en éste confluyeron la visión del Ejército Constitucionalista triunfante y, de manera esencial, los ideales libertarios expresados por precursores de la Revolución –como el movimiento magonista–, las convicciones demócratas de sus iniciadores –como Francisco I. Madero– y las reivindicaciones de los revolucionarios agraristas como Villa y Zapata, aunque éstas no comenzaran a verse realizadas hasta el sexenio cardenista. Por eso, la Constitución, como producto revolucionario, implicó la transformación del poder, el gobierno, la riqueza y la propiedad.

Han pasado ya sobre la Carta Magna 103 años y cientos de reformas con modificaciones de su texto original. De éstas, unas fueron de carácter progresista y otras definitivamente desvirtuaron el potente carácter social del esfuerzo de los constituyentes de 1917. En ese sentido, debe hablarse hoy de la reversión de las reformas que claudicaron en materia de soberanía o derechos laborales, y de las que hay que hacer para corregir las del salinismo y todas las reformas privatizadoras desde entonces y hasta hoy.

Recordemos: ya desde el inicio de la década de 1950, el general Francisco José Múgica y sus compañeros –cardenistas y miembros de la Asociación de Diputados Constituyentes que fundaron un Partido Constitucionalista– clamaban por el regreso a los ideales de la Constitución de 1917 que juzgaban traicionados. Las conquistas concretas de la Revolución se habían desvirtuado y diluido en un régimen que, para ellos, empezaba a ser oligárquico. Por eso “volver al orden constitucional” se convirtió en un estribillo de demócratas sinceros que veían todavía muy cerca 1917 –pues estaba vivo en su memoria y la de su generación.

Nuestra Constitución no es ya la de 1917, aunque algunos de sus aspectos positivos permanezcan. Como siempre sucede con las leyes (aun las fundamentales), la Constitución es espacio de disputa y, en múltiples artículos, testimonio de la derrota de los ideales de los constituyentes originales. Es, en los mismos espacios, también un testimonio de derrota del pueblo de México.

Quizá no podía ser de otra manera en un país que reúne todas las condiciones para el advenimiento de una crisis política que debe terminar por cambiar el estado de las cosas. La crisis política de que venimos no es menor. Corrupción, lucro desmedido, crimen, violencia y falta de trabajo decente y bien remunerado son signos de los tiempos oscuros que comenzamos a superar.

Quizás ahora más que nunca son ciertas y claras las palabras de Múgica y sus compañeros del Partido Constitucionalista: si la democracia es “un estado donde los hombres libres y los pobres, siendo la mayoría, están investidos con el poder”. Es lo que muestran, entre otras cosas, las reformas de la cuarta transformación de la vida pública de México, y en particular la reforma del artículo 4o. que el presidente ha planteado y que aspira a constitucionalizar el bienestar de los mexicanos. Bienestar; ésa es la palabra del nuevo proceso de transformación.

Conmemoremos la Constitución de 1917 en su aniversario 103 y veamos hacia su revitalización. Recordémosla y reconozcámosla, sin que eso quiera decir querer volver al texto de 1917 sin más. Retomemos, sí, su espíritu fundacional de justicia social, incorporando los avances y retos de este siglo y repudiando las contrarreformas que ha tenido. Las herencias no son nunca para permanecer como quedaron, sino para mejorar la vida de las generaciones venideras, conservando y mejorando lo valioso.

Poner en marcha nuestra herencia como mexicanos implicaría dar un paso hacia la refundación de la república. Es posible y urgente. Nunca como hoy hubo un consenso nacional tan amplio en impulsar una trasformación para revertir el neoliberalismo, esa doctrina que rompió de hecho el pacto social y redujo los avances de la Constitución a formulaciones declarativas sin correlato en mandatos sustantivos. El del salario remunerador es uno de los ejemplos más radicales de este distanciamiento, y también uno de los cambios más palpables de la economía popular con el nuevo gobierno.

Conmemorar quiere decir caminar juntos en el diálogo, pero poniendo un freno a la indecencia y el cinismo. El destino de esta conmemoración, en el sentido más amplio que puede tener la palabra, debe ser la formulación de una Constitución que sea de nuevo un documento social, coherente, donde manden los intereses nacionales populares y las realidades de nuestro tiempo. Recordar el espíritu de 1917 equivaldrá a poner en alto sus ideales originales y los avances conseguidos en su búsqueda a lo largo del siglo XX y lo que va del que corre, como se hizo incorporando al texto constitucional el concepto de democracia del artículo 3o. en 1946 o con los avances recientes en materia de derechos humanos, ambos aportes que deben considerarse para replantear la convivencia social.

Vivimos ahora en los hechos la construcción de un nuevo constituyente de la vida pública de México, uno para un futuro digno, con equidad y patria para todos. Un nuevo constituyente que recupera el espíritu de 1917 y procura justicia social, reparto agrario, trabajo digno y soberanía nacional de acuerdo con las necesidades presentes. Un nuevo constituyente que dispone lo mejor del pasado y del presente para hacer realidad “la democracia, no solamente como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo”. Un nuevo constituyente que quiere dar pie a la efectividad de la obligación de las autoridades de “promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos”. Ésa, y aprobando reformas sociales de gran calado como la que se formula para el artículo 4o., es la mejor manera de honrar a precursores, realizadores y consumadores de las gestas que representó la Constitución de 1917, así como a los mexicanos que –durante la Revolución y después de ella– dieron la vida para que sus anhelos se hicieran realidad.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de febrero de 2020.— Diputada Dolores Padierna Luna (rúbrica).»

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«Efeméride con motivo del 5 de febrero, 103 aniversario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Melba Nelia Farías Zambrano, del Grupo Parlamentario de Morena

El día de hoy se conmemora el aniversario 103 de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Y en el marco de la celebración de un año más de vida de nuestra Carta Magna, destaco brevemente algunos datos del documento jurídico-político más importante de la nación:

En primer lugar, cierto es que fueron mexicanos excepcionales quienes como diputados constituyentes en Querétaro materializaron las demandas de la mayoría en los convulsos inicios del siglo XX, sin embargo, es justo reconocer que el texto constitucional iniciaba en los legítimos ideales del pueblo revolucionario.

Por supuesto para los legisladores no fue tarea sencilla construir consensos entre los distintos grupos ideológicos. Para muestra, los apasionantes debates registrados en los archivos históricos. A pesar de esto, afortunadamente los congresistas coincidieron en lo fundamental: La patria es primero.

Como resultado, los derechos sociales fueron el espíritu del texto. Nació en 1917 la primera Constitución social del mundo. La Constitución Mexicana se convirtió en una ley de avanzada para la época. Ese sería el gran pacto social que consolidaría la Revolución.

Bajo este amplio acuerdo popular como elemento simbólico y material de nuevos tiempos, se consolidó la tercera transformación nacional dando paso a un periodo de estabilidad social y política. Por iniciativa del presidente Venustiano Carranza se afianzaba la vida institucional de la República.

Definitivamente, reflexionar sobre la esencia originaria de nuestra ley de leyes nos permite identificar como fue modificándose al paso del tiempo hasta sumar más de 700 reformas. Pasando de 22 mil palabras a superar las 60 mil. Cabe mencionar que los cambios más destacados fueron ideológicos y una de las peores etapas fue la neoliberal, no solo por no dar justicia a la mayoría, sino por generar 50 millones de personas pobres. Pero a pesar de la amplitud de modificaciones, nuestra Constitución permanece vigente.

En suma, compañeras y compañeros diputados, a quienes que hemos llegado por la coalición Juntos Haremos Historia, nos toca además de revertir las reformas para retornar al espíritu social originario (como lo hemos venido haciendo desde el primer día de esta legislatura) consensuar distintas corrientes de pensamiento para que se edifique, impulse y consolide la pieza jurídica, social, política y simbólica representativa de la cuarta transformación de México, es decir, una nueva Constitución dotada de las legítimas aspiraciones de paz, justicia, democracia, derechos, libertades, desarrollo y bienestar para la sociedad de nuestro tiempo.

Cristalizar un proyecto constitucional social transformador es una responsabilidad enorme, no es fácil, pero hoy como hace 103 años, se debe trascender diferencias políticas pensando que la patria es primero.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de febrero de 2020.— Diputada Melba Nelia Farías Zambrano (rúbrica).»

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«Efeméride con motivo del 5 de febrero, 103 aniversario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Beatriz Robles Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Morena

El 5 de febrero es una fecha sumamente significativa en la historia de México, se conmemora el aniversario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la que se establece el sistema federal, la separación de Poderes, la no reelección, la división del Poder Legislativo en dos Cámaras y una Comisión Legislativa Permanente.

Esta Constitución se conformó por los títulos de las garantías individuales, de la soberanía nacional y de la forma de gobierno; de la división de Poderes; de las responsabilidades de los funcionarios públicos; de los estados de la federación; del trabajo y previsión social; prevenciones generales; de las reformas de la Constitución; y de la inviolabilidad de la Constitución.

Fue una Constitución con fundamentos sociales, actualizada en las demandas del pueblo, con aportaciones para normar las relaciones obrero-patronales, las conquistas agrarias, los alcances sociales y la recuperación del dominio de la nación sobre sus riquezas naturales, y fue el paso fundamental en la consolidación del régimen jurídico-administrativo del país.

Lo anterior se logró gracias al triunfo del gobierno constitucionalista que obligó al presidente Venustiano Carranza a proponer cambios políticos que trascendieran en la nueva conformación social, política y económica en ese momento. La simple restauración de la Constitución de 1857, no dejaba satisfechos a los ideólogos constitucionalistas, la intención era transformar la Constitución de 1857 y dictar una nueva que velará por los intereses de todos los mexicanos, sobre todo de los más vulnerables.

Para ello, el 14 de septiembre de 1916, el presidente Venustiano Carranza promulgó en Monclova, Coahuila, el decreto de reformas al Plan de Guadalupe, con la finalidad de llevar a cabo un Congreso Constituyente.

La convocatoria para el Congreso Constituyente fue firmada el 19 de septiembre de 1916 y la elección de los diputados, tuvo lugar el domingo 22 de octubre de ese mismo año, conformado con gente que provenía de distintos sectores sociales. Carranza expide el decreto por el que se convoca a los constituyentes a reunirse en Querétaro el 20 de noviembre de 1916, para redactar una nueva constitución para México, estando en funciones del 1 de diciembre de 1916 al 31 de enero de 1917, y que tuvo como sede el teatro Iturbide (hoy De la República), de la ciudad de Santiago de Querétaro, Querétaro.

Asistieron a Querétaro 219 diputados constituyentes; las sesiones previas del Congreso Constituyente debieron iniciarse el 20 de noviembre de 1916, pero por falta de quórum tuvieron lugar hasta el día siguiente. Las reuniones de trabajo se realizaron del 21 al 26 en la Academia de Bellas Artes y del 27 al 30 en el antiguo teatro Iturbide, hoy teatro de la República, en Querétaro.

Como consecuencia de las largas jornadas de trabajo, el 31 de enero de 1917, el Constituyente cerró sesiones. El 5 de febrero se promulgó la nueva Constitución, con el nombre Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que reforma la de 5 de febrero de 1857, la cual entraría en vigor el 1 de mayo y publicada en el Diario Oficial de la Federación, en esa misma fecha.

Los constituyentes lograron redacción de una Constitución de vanguardia e innovadora en todo el mundo, siendo la primera en establecer los derechos sociales expresados en los artículos 3, 27 y 123, en materias relativas a la educación, el sector agrario y al laboral.

La Constitución de 1917 es considerada como la aportación mexicana al constitucionalismo universal, es sin duda, una de las primeras constituciones que establece ese principio importantísimo de la laicidad, que es un principio que caracteriza a cualquier estado constitucional contemporáneo.

Además, recoge la tradición del pensamiento liberal del siglo XX, fue la primera que plasmó las principales demandas sociales, económicas y políticas de la Revolución Mexicana; además, estableció un nuevo orden que asumió como su principal función cumplir con el programa de la Revolución y ser el eje articulador del desarrollo de la nación mexicana en el siglo XX.

Nuestra Constitución ha sido muchas veces reformada para adecuar su texto a los desafíos que los procesos históricos, a lo largo del siglo XX y los primeros años del XXI, han demandado. Sin embargo, es innegable que gracias a la Constitución nuestro país cuenta hoy con un sólido cuerpo legal e institucional para generar progreso y desarrollo en un marco de libertad, gobernabilidad y estabilidad política.

Aunque en el gobierno actual se ha iniciado la construcción del andamiaje jurídico indispensable para el bienestar y el desarrollo de los mexicanos, aún sigue quedando pendiente legislar, algunos temas de relevancia nacional.

Notas

1 http://www.archivohistorico2010.sedena.gob.mx/constitucion-de-1917

2 Ibídem.

3 García Diego (2017) ¿Cuándo, cómo, por qué y quiénes hicieron la Constitución de 1917? Historia Mexicana. El Colegio de México.

4 Ibídem.

5 Memoria Política de México. “Sesión solemne de clausura del Congreso Constituyente efectuada en el teatro Iturbide la tarde del miércoles 31 de enero de 1917.” Consultado el 11 de septiembre de 2011.

6 Memoria Política de México. “Venustiano Carranza promulga la nueva Constitución Política de México”. Consultado el 11 de septiembre de 2011.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de febrero de 2020.— Diputada Beatriz Robles Gutiérrez (rúbrica).»

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RESUMEN DE LOS TRABAJOS

• Tiempo de duración de la sesión: 5 horas 36 minutos

• Quórum a la apertura de la sesión: 298 diputados y diputadas

• Comunicaciones oficiales: 33

• Toma de protesta: 1

• Acuerdos de los órganos de gobierno: 1

• Efemérides: 1

• Iniciativas con proyecto de decreto: 33

• Dictámenes para declaratoria de publicidad: 8

• Diputadas y diputados que participaron durante la sesión: 55

23 Morena

10 PAN

7 PRI

3 PES

3 PT

3 MC

3 PRD

2 PVEM

1 SP

DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
(en orden alfabético)

Acosta Peña, Brasil Alberto (PRI)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto para que se inscriba en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados el nombre de Mariano Otero:  192
Alegre Salazar, Luis Javier (Morena)
Para presentar, en nombre propio y de diputados integrantes de diversos Grupos Parlamentarios, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, para crear el Fondo de Aportaciones para la Promoción e Infraestructura en Destinos Turísticos en Desarrollo y Pueblos Mágicos:  117
Almeida López, Mónica (PRD)
Para presentar, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRD, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 37 de la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal:  219
Alonzo Morales, María Ester (PRI)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 51 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables:  238
Ambrocio Gachuz, José Guadalupe (Morena)
Desde la curul, para pedir que se refuercen las campañas informativas respecto al coronavirus:  282
Ascencio Ortega, Reyna Celeste (Morena)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 4o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:  269
Ascencio Ortega, Reyna Celeste (Morena)
Desde la curul, para lamentar el sensible fallecimiento de Javier Riojas Rodríguez, padre de la diputada Lucía Riojas Martínez, y solicitar un minuto de silencio en su memoria:  283
Ayala Bobadilla, Carlos Iván (Morena)
Desde la curul, para referirse a un punto de acuerdo relativo a una disculpa a la comunidad china-mexicana:  279
Baldenebro Arredondo, Manuel de Jesús (PES)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 108 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas:  210
Bautista Peláez, María del Carmen (Morena)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 200 y 202 del Código Penal Federal:  175
Bautista Peláez, María del Carmen (Morena)
Desde la curul, con objeto de hacer un exhorto para que se investigue y castigue el ataque a una familia en la comunidad de Santiago Ixtayutla, Oaxaca:  283
Bautista Rodríguez, Mónica (PRD)
Para referirse a la efeméride relativa al 5 de febrero, aniversario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:  52
Bautista Villegas, Oscar (PVEM)
Para presentar, en nombre propio, del diputado Arturo Escobar y Vega y de diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM, y de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales:  106
Bonifaz Moedano, Raúl Eduardo (Morena)
Para presentar, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Bienes Nacionales y de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público:  67
Cabrera Lagunas, María del Carmen (PES)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, en materia de sustitución de titulares de permisos de pesca:  99
Cambero Pérez, José Ramón (PAN)
Para presentar, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:  247
Carbajal Miranda, Marco Antonio (Morena)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el día 24 de octubre de cada año como Día Nacional de la Tribu Yaqui:  179
Cayetano García, Rubén (Morena)
Desde la curul, para exigir de justicia a la Fiscalía General de Guerrero con motivo de la masacre de 10 músicos de Alcozacán, municipio de Chilapa:  279
Domínguez Flores, Rosalinda (Morena)
Desde la curul, para proponer la creación de un anexo transversal que facilite la articulación de la política pública del estado mexicano:  280
Espadas Galván, Jorge Arturo (PAN)
Para presentar, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de violaciones al procedimiento legislativo:  243
Espinoza Cárdenas, Juan Martín (MC)
Para referirse a la efeméride relativa al 5 de febrero, aniversario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:  58
Farías Zambrano, Melba Nelia (Morena)
Para referirse a la efeméride relativa al 5 de febrero, aniversario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:  66
Fernández Cruz, Nayeli Arlen (Morena)
Para presentar, en nombre propio, del diputado Arturo Escobar y Vega, y diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM, y de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 36, fracción II Bis, de la Ley de Transición Energética:  214
Fernández Noroña, José Gerardo Rodolfo (PT)
Para referirse a la efeméride relativa al 5 de febrero, aniversario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:  60
Fernández Noroña, José Gerardo Rodolfo (PT)
Para presentar, en nombre propio y del diputado Ulises García Soto, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 2o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos:  196
Flores Olivo, Lucía (Morena)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 27 de la Ley General de Desarrollo Social:  183
Flores Sánchez, Margarita (PRI)
Desde la curul, para solicitar que se atiendan las afectaciones a los campesinos nayaritas:  277
Galindo Favela, Fernando (PRI)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 27, 28 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria:  133
García Gómez, Martha Elena (PAN)
Para presentar, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes:  148
García Gutiérrez, Raymundo (PRD)
Para presentar, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRD, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo vigésimo quinto transitorio de la Ley del Seguro Social:  111
García Rubio, Agustín (Morena)
Desde la curul, para hacer un llamado a sumar esfuerzos por la paz y la seguridad de los michoacanos:  280
Garza Gutiérrez, Laura Erika de Jesús (PES)
Para referirse a la efeméride relativa al 5 de febrero, aniversario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:  57
Gómez Cárdenas, Annia Sarahí (PAN)
Para referirse a la efeméride relativa al 5 de febrero, aniversario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:  64
González Morales, Hildelisa (PT)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes:  91
González Reyes, Marco Antonio (Morena)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 176 de la Ley Federal del Trabajo:  228
Hernández Tapia, Arturo Roberto (Morena)
Desde la curul, para expresarse respecto a la propuesta presidencial para eliminar los fines de semana largos:  278
Hidalgo Ponce, Javier Ariel (Morena)
Desde la curul, para pedir que se destinen esfuerzos para que quienes no usan automóvil, puedan llegar a este recinto de manera eficiente y segura:  281
López Birlain, Ana Paola (PAN)
Para referirse a la efeméride relativa al 5 de febrero, aniversario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:  63
Macías Olvera, Felipe Fernando (PAN)
Desde la curul, para denunciar que enero fue el mes más violento en la historia de nuestro país:  281
Macías Rábago, Julieta (MC)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas:  202
Martínez Flores, Juan (Morena)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se emite una moneda conmemorativa por los 200 Años de los Tratados de Córdoba:  267
Mojica Wences, Víctor Adolfo (Morena)
Desde la curul, para recordar al maestro Ignacio Chávez Sánchez, médico y humanista, padre de la cardiología mexicana:  280
Morales Vázquez, Carlos Alberto (S/P
Para referirse a la efeméride relativa al 5 de febrero, aniversario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:  51
Moreira Valdez, Rubén Ignacio (PRI)
Para referirse a la efeméride relativa al 5 de febrero, aniversario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:  61
Padierna Luna, María de los Dolores (Morena)
Para referirse a la efeméride relativa al 5 de febrero, aniversario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:  65
Pérez Rivera, Evaristo Lenin (PAN)
Para presentar, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia:  127
Riggs Baeza, Miguel Alonso (PAN)
Desde la curul, para expresarse en contra de sacar 600 millones de metros cúbicos de agua a la presa La Boquilla:  281
Robles Montoya, Ángel Benjamín (PT)
Para referirse a la efeméride relativa al 5 de febrero, aniversario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:  60
Rodríguez González, Manuel (Morena)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Planeación Energética para la Continuidad Homogénea:  153
Román Ávila, María Guadalupe (Morena)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:  242
Romo Cuéllar, Martha Estela (PAN)
Para presentar, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y de la Ley de Migración: 70
Ruffo Appel, Ernesto Guillermo (PAN)
Para presentar, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 57 Ter de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos:  189
Sánchez Martínez, Lourdes Erika (PRI)
Desde la curul, para pedir que se cumpla con la promesa de pago de 4 mil 150 pesos por tonelada a maíz a los agricultores de Sinaloa:  278
Sauri Riancho, Dulce María (PRI)
Para presentar, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRI, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 4o. y 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:  76
Tagle Martínez, Martha Angélica (MC)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 57 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas:  93
Viedma Velázquez, Alejandro (Morena)
Para presentar dos iniciativas con proyecto de decreto: la primera, por el que se declara el 11 de mayo de cada año como el Día Nacional de la Ciencia Política; y la segunda, que adiciona los artículos 419 Ter y 419 Quáter al Código Penal Federal:  258, 263
Villafuerte Zavala, Lilia (PVEM)
Para referirse a la efeméride relativa al 5 de febrero, aniversario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:  54
Villarauz Martínez, Rocío del Pilar (Morena)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal, en materia de identidad de género:139