Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXIV Legislatura
Correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidente

Diputada Dulce María Sauri Riancho
Directora del
Diario de los Debates
Eugenia García Gómez
Año III
Ciudad de México, jueves 5 de noviembre de 2020
Sesión 24 Apéndice

SUMARIO


INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que corresponde a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del jueves 5 de noviembre de 2020, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados

INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO

LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

De la diputada Claudia Tello Espinosa, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 1o., 46, 47 y 83 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen

LEY GENERAL DEL SISTEMA PARA LA CARRERA DE LAS MAESTRAS Y LOS MAESTROS

De la diputada Ma. Sara Rocha Medina, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 13 Bis a la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión

LEY GENERAL DE SALUD

De la diputada Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de prevención, detección oportuna, tratamiento y seguimiento del cáncer de mama, así como rehabilitación y reconstrucción mamaria. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Del diputado Arturo Escobar y Vega y diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México y de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión

CÓDIGO PENAL FEDERAL

Del diputado David Bautista Rivera, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 296 del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA

De la diputada Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 1o., 28, 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión

INSCRIBIR EN LETRAS DE ORO EN EL MURO DE HONOR DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS LA LEYENDA: "A LA LOABLE LABOR DE LOS HÉROES DE LA SALUD POR COVID-19"

De la diputada María Guadalupe Díaz Avilés, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto para inscribir en letras de oro en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados la leyenda: "A la loable labor de los Héroes de la Salud por Covid-19". Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen

CÓDIGO PENAL FEDERAL

Del diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 343 Bis y 343 Ter del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

Del diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen

LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

Del diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 9o. de la Ley General de Educación. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen

LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL

Del diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 49 de la Ley Nacional de Ejecución Penal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

SE INICIEN LOS TRABAJOS DE PUESTA EN SERVICIO, OPERACIÓN Y CONTRATACIÓN DE PERSONAL, Y OFRECER A LA POBLACIÓN LOS SERVICIOS DE SALUD EN EL HOSPITAL INTEGRAL VALLE DEL CARRIZO, AHOME, SINALOA

Del diputado Carlos Iván Ayala Bobadilla, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y al Insabi, a iniciar los trabajos de puesta en servicio, operación y contratación de personal, y ofrecer a la población los servicios de salud en el hospital integral Valle del Carrizo, Ahome, Sinaloa. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

EXHORTO A LA SHCP, A GARANTIZAR Y TRANSPARENTAR EL MECANISMO DE ENTREGA A LOS APOYOS ESTABLECIDOS, DE LOS EXTINTOS FIDEICOMISOS

Del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP, a garantizar y transparentar el mecanismo de entrega a los apoyos establecidos, de los extintos fideicomisos, ya que ahora se harán de forma directa. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

SE GARANTICE LA DISTRIBUCIÓN Y DISPOSICIÓN DE LA VACUNA CONTRA LA INFLUENZA ESTACIONAL EN LAS CLÍNICAS Y HOSPITALES PÚBLICOS

De la diputada Ma. Sara Rocha Medina, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal, a través de la Secretaría de Salud, a garantizar la distribución y disposición de la vacuna contra la influenza estacional en las clínicas y hospitales públicos del país. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

EXHORTO A LOS CONGRESOS LOCALES, A FORTALECER LA CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO A LAS POLICÍAS ESTATALES Y MUNICIPALES

De la diputada Martha Huerta Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los congresos locales, a fortalecer la capacitación y entrenamiento a las policías estatales y municipales. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen

POLÍTICAS EN FAVOR DE LAS FAMILIAS INDÍGENAS Y CAMPAÑAS PARA PREVENIR LA DISCRIMINACIÓN CONTRA LOS NIÑOS INDÍGENAS, EN ZONAS RURALES, Y QUE PERTENEZCAN A GRUPOS DESFAVORECIDOS

De la diputada Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Segob, a implementar políticas en favor de las familias indígenas, así como a la CNDH y la Conapred, a diseñar y ejecutar a la brevedad campañas de información para prevenir la discriminación contra los niños indígenas, niños en zonas rurales y niños que pertenezcan a grupos económicamente desfavorecidos. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen

SE INCLUYA A LOS HABITANTES DE DIVERSOS MUNICIPIOS DE LA SIERRA DE GUERRERO EN EL PROGRAMA SEMBRANDO VIDA

De la diputada Ma. del Carmen Cabrera Lagunas, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Bienestar, a considerar la posibilidad de ampliar el Programa Sembrando Vida e incluir en el padrón de beneficiarios a los habitantes de la Sierra de Guerrero de los municipios de San Miguel Totolapan, Ajuchitlán del Progreso, Tecpan y Atoyac de Álvarez. Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen

SE MODIFIQUE LA NOM-009-CONAGUA-2001 PARA REDUCIR EL VOLUMEN DE DESCARGA DE LOS INODOROS A 4.5 LITROS DE AGUA

Del diputado David Bautista Rivera, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat, a que a través de la Conagua, modifique la NOM-009-Conagua-2001 para reducir el volumen de descarga de los inodoros a 4.5 litros de agua, apartando del mercado los muebles que superen estas medidas. Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen

CAMPAÑAS DE INTEGRACIÓN A LA RED NACIONAL DE BRIGADISTAS COMUNITARIOS, PARA GENERAR UN MAYOR COMPROMISO DE LA POBLACIÓN PARA EL COMBATE CONTRA LA PANDEMIA DEL COVID-19

Del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos de los 31 estados y de la Ciudad de México, a intensificar las campañas de integración a la Red Nacional de Brigadistas Comunitarios, para generar una mayor incidencia y compromiso de la población para el combate contra la pandemia del covid-19 y otras posibles emergencias. Se turna a la Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres, para dictamen

FORTALECIMIENTO DE LA VIGILANCIA DE LA CORRECTA RETENCIÓN DE LOS IMPUESTOS GENERADOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE PLATAFORMAS DIGITALES EN SERVICIOS DE HOSPEDAJE

Del diputado Jorge Alcibíades García Lara, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP y al SAT, a fortalecer la vigilancia de la correcta retención de los impuestos generados por la prestación de servicios mediante plataformas digitales que ofrecen servicios de hospedaje, con el fin de cesar la evasión a la autoridad fiscal y en beneficio de una competencia equitativa para el sector turismo. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

IMPLEMENTAR CAMPAÑAS DE COMUNICACIÓN SOBRE MEDIDAS SANITARIAS DE CONTENCIÓN EN TORNO A LA PANDEMIA DEL COVID-19 PRODUCTO DEL VIRUS SARS-COV-2

Del diputado Fernando Luis Manzanilla Prieto, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las dependencias de la administración pública federal y a los tres niveles de gobierno, a diseñar e implementar campañas de comunicación sobre medidas sanitarias de contención en torno a la pandemia del covid-19 producto del virus SARS-CoV-2. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

PLAN NACIONAL PARA EL CAFÉ

Del diputado Daniel Gutiérrez Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a formular un Plan Nacional para el Café. Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen

SE VUELVA PERMANENTE LA TRANSMISIÓN DE CLASES A DISTANCIA POR TELEVISIÓN

Del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, a la SCT y al IFT, a volver permanente la transmisión de clases a distancia por televisión y asignar un canal o canales propios a la impartición de estos contenidos dentro del espectro radioeléctrico en favor de ampliar las herramientas educativas que permitan la formación de personas de todas las edades y en cualquier nivel. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen

SE GARANTICE EL ACCESO A LA VACUNA CONTRA LA INFLUENZA A TRAVÉS DE UNA CAMPAÑA DE VACUNACIÓN PARA EVITAR UNA SINDEMIA DE COVID-19 E INFLUENZA ESTACIONAL

Del diputado Ariel Rodríguez Vázquez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, al Insabi, al IMSS y al ISSSTE, a garantizar el acceso a la vacuna contra la influenza a través de una campaña de vacunación con la finalidad de lograr evitar una sindemia de covid-19 e influenza estacional. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

SE ANALICE LA VIABILIDAD DE ACTUALIZAR LA LEY DE COMERCIO EXTERIOR

Del diputado Ricardo de la Peña Marshall, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SE, a la SHCP y a las demás autoridades competentes en la materia, a analizar la viabilidad de actualizar la Ley de Comercio Exterior. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen

PLAN NACIONAL DE CACAO

Del diputado Daniel Gutiérrez Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a formular un Plan Nacional de Cacao. Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen

SE EVITE LA PROHIBICIÓN DE LAS PELEAS DE GALLOS

Del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos de los 31 estados y de la Ciudad de México, a evitar la prohibición de las peleas de gallos en todo el país ante los efectos adversos que derivarían de ella para la propia población y subsistencia de las especies implicadas. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen

SE IMPLEMENTEN ACCIONES QUE GARANTICEN LA SEGURIDAD PÚBLICA Y SOLUCIONEN LOS CONFLICTOS Y ENFRENTAMIENTOS ENTRE LAS COOPERATIVAS PESQUERAS EN BAJA CALIFORNIA

De la diputada María del Carmen Cabrera Lagunas, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno de Baja California y a la SSPC, a la Semar y a la Sader, a través de la Conapesca, a implementar acciones que garanticen la seguridad pública y solucionen los diferentes conflictos y enfrentamientos acontecidos en las últimas semanas y meses entre las cooperativas pesqueras que han recibido amenazas por parte de grupos de la delincuencia organizada, causantes de la muerte de Diego Jiménez. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen

SE FACILITE EL ACCESO DE MEDIOS DIGITALES, PARA GARANTIZAR UNA EDUCACIÓN LIBRE Y GRATUITA EN TIEMPOS DE PANDEMIA COVID 19

De la diputada Guadalupe Ramos Sotelo, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos de las alcaldías de la Ciudad de México, a fortalecer las acciones favorables a fin de facilitar el acceso de medios digitales, para garantizar una educación libre y gratuita en tiempos de pandemia covid 19. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

REFORZAR LA PREVENCIÓN, VIGILANCIA, INVESTIGACIÓN Y SANCIÓN DE ACTIVIDADES VINCULADAS AL TRÁFICO ILEGAL DE ESPECIES ANIMALES

Del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat, a la FGR, y a la SSPC, a reforzar las labores relacionadas a la prevención, vigilancia, investigación y sanción de actividades relacionadas al tráfico ilegal de especies animales derivado de la continuación y expansión del crimen organizado en dichas actividades delictivas. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen

CREACIÓN DEL OBSERVATORIO NACIONAL DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LA FAMILIA

De la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la CNDH y a la Segob, a crear el Observatorio Nacional de la Violencia Contra la Mujer y la Familia. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen

SE DÉ SEGUIMIENTO A LA SALUD FÍSICA, MENTAL Y EMOCIONAL DE LAS PERSONAS QUE SE HAN CONTAGIADO DE COVID-19

De la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a dar seguimiento puntual a la salud física, mental y emocional de las personas que se han contagiado de covid-19. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen





INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

«Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

Con fundamento en los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se informa a la honorable asamblea los turnos dictados a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo, registradas en el orden del día del 5 de noviembre de 2020 y que no fueron abordadas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2020.– Diputada Dulce María Sauri Riancho (rúbrica), presidenta.»

«Iniciativas con proyecto de decreto

1. Que reforma los artículos 1o., 46, 47 y 83 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Claudia Tello Espinosa, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen.

2. Que adiciona un artículo 13 Bis a la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, a cargo de la diputada Ma. Sara Rocha Medina, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Educación, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión.

3. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de prevención, detección oportuna, tratamiento y seguimiento del cáncer de mama, así como rehabilitación y reconstrucción mamaria, a cargo de la diputada Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Salud, para dictamen.

4. Que reforma el artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega y diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México y de Morena.

Turno: Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión.

5. Que adiciona el artículo 296 del Código Penal Federal, a cargo del diputado David Bautista Rivera, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.

6. Que reforma los artículos 1o., 28, 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo de la diputada Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión.

7. De decreto, para inscribir en letras de oro en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados la leyenda: "A la loable labor de los Héroes de la Salud por covid-19", a cargo de la diputada María Guadalupe Díaz Avilés, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.

8. Que reforma los artículos 343 Bis y 343 Ter del Código Penal Federal, a cargo del diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.

9. Que reforma el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.

10. Que reforma el artículo 9o. de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Educación, para dictamen.

11. Que reforma el artículo 49 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, a cargo del diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.

Proposiciones con punto de acuerdo

1. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y al Insabi, a iniciar los trabajos de puesta en servicio, operación y contratación de personal, y ofrecer a la población los servicios de salud en el hospital integral Valle del Carrizo, Ahome, Sinaloa, a cargo del diputado Carlos Iván Ayala Bobadilla, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Salud, para dictamen.

2. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP, a garantizar y transparentar el mecanismo de entrega a los apoyos establecidos, de los extintos fideicomisos, ya que ahora se harán de forma directa, a cargo del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

3. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal, a través de la Secretaría de Salud, a garantizar la distribución y disposición de la vacuna contra la influenza estacional en las clínicas y hospitales públicos del país, a cargo de la diputada Ma. Sara Rocha Medina, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Salud, para dictamen.

4. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los congresos locales, a fortalecer la capacitación y entrenamiento a las policías estatales y municipales, a cargo de la diputada Martha Huerta Hernández, del grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno: Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.

5. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob, a implementar políticas en favor de las familias indígenas, así como a la CNDH y la Conapred, a diseñar y ejecutar a la brevedad campañas de información para prevenir la discriminación contra los niños indígenas, niños en zonas rurales y niños que pertenezcan a grupos económicamente desfavorecidos, a cargo de la diputada Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.

6. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Bienestar, a considerar la posibilidad de ampliar el Programa Sembrando Vida e incluir en el padrón de beneficiarios a los habitantes de la Sierra de Guerrero de los municipios de San Miguel Totolapan, Ajuchitlán del Progreso, Tecpan y Atoyac de Álvarez, a cargo de la diputada Ma. del Carmen Cabrera Lagunas, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.

Turno: Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.

7. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat, a que a través de la Conagua, modifique la NOM-009-Conagua-2001 para reducir el volumen de descarga de los inodoros a 4.5 litros de agua, apartando del mercado los muebles que superen estas medidas, a cargo del diputado David Bautista Rivera, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.

8. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos de los 31 estados y de la Ciudad de México, a intensificar las campañas de integración a la Red Nacional de Brigadistas Comunitarios, para generar una mayor incidencia y compromiso de la población para el combate contra la pandemia del covid-19 y otras posibles emergencias, a cargo del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres, para dictamen.

9. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP y al SAT, a fortalecer la vigilancia de la correcta retención de los impuestos generados por la prestación de servicios mediante plataformas digitales que ofrecen servicios de hospedaje, con el fin de cesar la evasión a la autoridad fiscal y en beneficio de una competencia equitativa para el sector turismo, a cargo del diputado Jorge Alcibíades García Lara, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

10. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las dependencias de la administración pública federal y a los tres niveles de gobierno, a diseñar e implementar campañas de comunicación sobre medidas sanitarias de contención en torno a la pandemia del covid-19 producto del virus SARS-CoV-2, a cargo del diputado Fernando Luis Manzanilla Prieto, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.

Turno: Comisión de Salud, para dictamen.

11. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a formular un Plan Nacional para el Café, a cargo del diputado Daniel Gutiérrez Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.

12. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP, a la SCT y al IFT, a volver permanente la transmisión de clases a distancia por televisión y asignar un canal o canales propios a la impartición de éstos contenidos dentro del espectro radioeléctrico en favor de ampliar las herramientas educativas que permitan la formación de personas de todas las edades y en cualquier nivel, a cargo del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Educación, para dictamen.

13. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, al Insabi, al IMSS y al ISSSTE, a garantizar el acceso a la vacuna contra la influenza a través de una campaña de vacunación con la finalidad de lograr evitar una sindemia de covid-19 e influenza estacional, a cargo del diputado Ariel Rodríguez Vázquez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Salud, para dictamen.

14. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SE, a la SHCP y a las demás autoridades competentes en la materia, a analizar la viabilidad de actualizar la Ley de Comercio Exterior, a cargo del diputadoRicardo de la Peña Marshall, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.

Turno: Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.

15. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a formular un Plan Nacional de Cacao, a cargo del diputado Daniel Gutiérrez Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.

16. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos de los 31 estados y de la Ciudad de México, a evitar la prohibición de las peleas de gallos en todo el país ante los efectos adversos que derivarían de ella para la propia población y subsistencia de las especies implicadas, a cargo del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen.

17. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Baja California y a la SSPC, a la Semar y a la Sader, a través de la Conapesca, a implementar acciones que garanticen la seguridad pública y solucionen los diferentes conflictos y enfrentamientos acontecidos en las últimas semanas y meses entre las cooperativas pesqueras que han recibido amenazas por parte de grupos de la delincuencia organizada, causantes de la muerte de Diego Jiménez, a cargo de la diputada Ma. del Carmen Cabrera Lagunas, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.

Turno: Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.

18. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos de las alcaldías de la Ciudad de México, a fortalecer las acciones favorables a fin de facilitar el acceso de medios digitales, para garantizar una educación libre y gratuita en tiempos de pandemia covid 19, a cargo de la diputada Guadalupe Ramos Sotelo, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.

19. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat, a la FGR, y a la SSPC, a reforzar las labores relacionadas a la prevención, vigilancia, investigación y sanción de actividades relacionadas al tráfico ilegal de especies animales derivado de la continuación y expansión del crimen organizado en dichas actividades delictivas, a cargo del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen.

20. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la CNDH y a la Segob, a crear el Observatorio Nacional de la Violencia Contra la Mujer y la Familia, a cargo de la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.

21. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a dar seguimiento puntual a la salud física, mental y emocional de las personas que se han contagiado del virus covid-19, a cargo de la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Salud, para dictamen.»

INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO



LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

«Iniciativa que reforma los artículos 1o., 46, 47 y 83 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Claudia Tello Espinosa, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada Claudia Tello Espinosa, en ejercicio de la facultad otorgada por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como lo dispuesto en los artículos 6, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 1, 46, 47 y 83 de la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes para garantizar el derecho a la reparación integral y ser escuchado en la defensa de sus derechos.

Exposición de Motivos

1. Problemática

De acuerdo con el informe de México Evalúa, 1 en 2019, sólo en 0.3 por ciento de los casos de delitos sexuales ocurridos por abuso, acoso, hostigamiento y violación se abrió una carpeta de investigación. Refiere que la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (Envipe) 2019 informa que las razones más comunes para no denunciar son atribuibles a la autoridad: pérdida de tiempo (32 por ciento), desconfianza en las autoridades (17 por ciento), trámites largos y difíciles (9 por ciento), y actitud hostil por parte de la autoridad (4.3 por ciento). Y cuando finalmente se logra presentar una denuncia, sólo se abre una carpeta de investigación en 63.9 por ciento de los casos.

En el marco general de impunidad, la pandemia por covid-19 tiene efectos graves a corto, mediano y largo plazo en las niñas, niños y adolescentes en nuestro país, uno de estos es el aumento de maltrato, violencia, abuso y explotación. El aumento de los niveles de estrés, el desempleo, la inseguridad económica y alimentaria y las restricciones de movimiento vulneran los mecanismos de protección institucionales, familiares y sociales, incrementando la violencia doméstica.

En un ambiente de restricción de las funciones de gobierno y de acceso a la justicia las niñas, niños, adolescentes y mujeres tienen limitadas posibilidades de acceder a mecanismos de ayuda, incluso en los espacios en los que tradicionalmente interactúan como, amigos y familiares, resultado de la situación de distanciamiento social.

El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) en el estudio Protección de la niñez frente a la violencia durante y después de covid-19, 2 reporta que en México se han registrado 115 mil 614 llamadas de emergencia al 911 por incidentes como abuso sexual, acoso sexual, violación, violencia de pareja y violencia familiar; que, el número de reportes recibidos en marzo es 28 por ciento superior al de enero pasado y 22 por ciento mayor al de febrero. Sólo por casos de violencia de pareja, en marzo se recibieron 22 mil 628 llamadas, lo cual representa un incremento de 23 por ciento comparado con el mes de febrero y 33 por ciento más que lo reportado en enero.

También subraya que antes de la epidemia, la evidencia acredita que el hogar es a menudo el lugar más peligroso para una mujer y sus hijos e hijas; que seis de cada 10 personas de entre 1 y 14 años han experimentado alguna medida de disciplina violenta en sus hogares; situación que se agrava por el confinamiento. Concluyen que cuando hay violencia contra las mujeres en el hogar, también hay violencia contra niñas, niños y adolescentes pues, como testigos, son víctimas de violencia emocional y, en muchas ocasiones, también pueden ser víctimas directas de violencia física, psicológica o sexual.

La mayoría de las y los ciudadanos perciben actividades en la atención de trámites y servicios, en el contexto de la pandemia, es inaccesible la atención y se complica la operación y eficiencia de los sistemas de alerta y ayuda, en parte porque las instancias administrativas han suspendido actividades como medida de prevención y protección en la estrategia de sana distancia. A lo que se suma la restricción en el acceso o atención en hospitales y centros de salud, que en su mayoría han sido reorientados para atender la pandemia, relegando la atención a otro tipo de enfermedades o urgencias. De igual forma se reduce la atención en los servicios de seguridad, así como de administración y procuración de justicia, y de refugio, agravando situaciones en las que la violencia se enfoca en contra de niñas, niños y adolescentes.

El Estado mexicano ha incorporado en el sistema jurídico importantes avances en la defensa de los derechos de las personas menores de edad, así como en su protección frente a la violencia. De acuerdo con el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales, esencialmente en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (publicada el 4 de diciembre de 2014), la cual reconoce a niñas, niños y adolescentes como titulares de derechos y, en su artículo 13, de manera enunciativa y no limitativa. De conformidad con la primera parte del artículo 5 de la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, son niñas y niños los menores de 12 años, y adolescentes las personas de entre 12 años cumplidos y menos de 18 años de edad.

Los poderes públicos tienen la obligación de desarrollar actuaciones de sensibilización, prevención, asistencia y protección frente a cualquier forma de maltrato infantil, así como de establecer aquellos procedimientos necesarios para asegurar la coordinación entre las administraciones públicas de los tres niveles de gobierno con la finalidad de garantizar y proteger a las personas menores de edad contra todas las formas de violencia, incluidas las producidas en su entorno familiar, de género, la trata y el tráfico de seres humanos , entre otras. El desarrollo de las nuevas tecnologías en comunicación y las relaciones sociales que se soportan o generan a partir de su uso extensivo obliga a revisar en profundidad el funcionamiento de las instituciones del sistema de protección a las personas menores de edad y constituir así una protección efectiva ante las situaciones de riesgo y desamparo.

Las graves repercusiones de la violencia y los malos tratos sufridos por los niños, niñas y adolescentes pueden causar lesiones que pueden provocar discapacidad; problemas de salud física, como el retraso en el desarrollo físico y la aparición posterior de enfermedades; dificultades de aprendizaje incluidos problemas de rendimiento en la escuela y en el trabajo; consecuencias psicológicas y emocionales como trastornos afectivos, trauma, ansiedad, inseguridad y destrucción de la autoestima; problemas de salud mental como ansiedad y trastornos depresivos o intentos de suicidio, y comportamientos perjudiciales para la salud como el abuso de sustancias adictivas o la iniciación precoz en la actividad sexual.

2. Ley General de Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. Reforma necesaria

La violencia sobre las niñas, niños y adolescentes es una realidad execrable y extendida a pluralidad de frentes. Puede pasar desapercibida en numerosas ocasiones por la intimidad de los ámbitos en los que tiene lugar, tal es el caso de las esferas familiar y escolar, entornos en los que suceden la mayor parte de los incidentes y que, en todo caso, debieran ser marcos de seguridad y desarrollo personal para niños, niñas y adolescentes. Escenarios de violencia confluyan variables sociológicas, educativas, culturales, sanitarias, económicas, administrativas y jurídicas, lo que obliga a que cualquier aproximación legislativa sobre la cuestión requiera un amplio enfoque multidisciplinar. En particular, es importante destacar que los niños, niñas y adolescentes con discapacidad son sujetos especialmente sensibles y vulnerables a esta tipología de violencia, expuestos de forma agravada a sus efectos y con mayores dificultades para el acceso, en igualdad de oportunidades, al ejercicio de sus derechos.

Si bien es cierto la Ley General de Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes entró en vigor el 15 de diciembre de 2014, sus efectos protectores no han sido suficientes ante falta de reglas que garanticen su observación por los distintos sujetos obligados. Siendo necesario modificar diversas disposiciones para acceder a parámetros que en forma efectiva garanticen los derechos de las niñas, niños y adolescentes, en un ambiente de nueva normalidad, atendiendo a su vulnerabilidad.

Para efectos de la reforma que se propone, se entiende por violencia toda acción, omisión o trato negligente que priva a las personas menores de edad de sus derechos y bienestar, que amenaza o interfiere su ordenado desarrollo físico, psíquico o social, con independencia de su forma y medio de comisión, incluida la realizada a través de las tecnologías de la información y la comunicación, especialmente la violencia digital.

En todo caso se entenderá por violencia el maltrato físico, psicológico o emocional, los castigos físicos, humillantes o denigrantes, el descuido o trato negligente, las amenazas, injurias y calumnias, la explotación, las agresiones y los abusos sexuales, la corrupción, el acoso escolar, el acoso sexual, el ciberacoso, la violencia de género, la mutilación genital, la trata de seres humanos con cualquier fin, el matrimonio infantil, la pornografía no consentida o no solicitada, la extorsión sexual, la difusión pública de datos privados así como la presencia de cualquier comportamiento violento en su ámbito familiar.

I. Derecho a la reparación integral de las víctimas

El reconocimiento y eficacia de los derechos de las niñas, niños y adolescentes pasa por el tamiz de la reparación y restauración de los derechos de la víctima. Mismos que la Primera Sala de la Suprema Corte determina como Derecho Fundamental en la tesis siguiente:

“Derecho fundamental a una reparación integral o justa indemnización. Concepto y alcance. El derecho a una reparación integral o justa indemnización es un derecho sustantivo cuya extensión debe tutelarse en favor de los gobernados, y no debe restringirse en forma innecesaria. Atendiendo a los criterios que ha emitido la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el derecho a la reparación integral permite, en la medida de lo posible, anular todas las consecuencias del acto ilícito y restablecer la situación que debió haber existido con toda probabilidad, si el acto no se hubiera cometido, y de no ser esto posible, es procedente el pago de una indemnización justa como medida resarcitoria por los daños ocasionados, lo cual de ninguna manera debe implicar generar una ganancia a la víctima, sino otorgarle un resarcimiento adecuado. El derecho moderno de daños mira a la naturaleza y extensión del daño, a las víctimas y no a los victimarios. El daño causado es el que determina la indemnización. Su naturaleza y su monto dependen del daño ocasionado, de manera que las reparaciones no pueden implicar ni enriquecimiento ni empobrecimiento para la víctima o sus sucesores. No se pretende que la responsabilidad sea excesiva, ya que debe subordinarse a requisitos cualitativos. Una indemnización será excesiva cuando exceda del monto suficiente para compensar a la víctima. Sin embargo, limitar la responsabilidad fijando un techo cuantitativo implica marginar las circunstancias concretas del caso, el valor real de la reparación o de la salud deteriorada. Una indemnización no es justa cuando se le limita con topes o tarifas, cuando en lugar de ser el juez quien la cuantifique con base en criterios de razonabilidad, es el legislador quien, arbitrariamente, fija montos indemnizatorios, al margen del caso y su realidad. Sólo el juez, que conoce las particularidades del caso, puede cuantificar la indemnización con justicia y equidad.

Amparo directo en revisión 1068/2011. Gastón Ramiro Ortiz Martínez. 19 de octubre de 2011. Cinco votos. Ponente: Jorge Mario Pardo Rebolledo. Secretaria: Rosa María Rojas Vértiz Contreras.”

La propuesta de incluir en la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes el Derecho a la reparación integral del daño, tiene fundamento en el artículo 1o., 4o., 16, 17 y 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y Convención Americana sobre Derechos Humanos:

A. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

“Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibi-lidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por este solo hecho, su libertad y la protección de las leyes.

Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

“Artículo 4o. ... ... ... Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.  ...”

“Artículo 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.  Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho.  En los juicios del orden criminal queda prohibido imponer, por simple analogía, y aún por mayoría de razón, pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trata.

En los juicios del orden civil, la sentencia definitiva deberá ser conforme a la letra o a la interpretación jurídica de la ley, y a falta de ésta se fundará en los principios generales del derecho.”

“Artículo 16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento. (...)”

“Artículo 17. (...)  Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas judiciales. (...)”

“Artículo 20. El proceso penal será acusatorio y oral. Se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación.  (...)  C. De los derechos de la víctima o del ofendido:

I. Recibir asesoría jurídica; ser informado de los derechos que en su favor establece la Constitución y, cuando lo solicite, ser informado del desarrollo del procedimiento penal;

II. Coadyuvar con el Ministerio Público; a que se le reciban todos los datos o elementos de prueba con los que cuente, tanto en la investigación como en el proceso, a que se desahoguen las diligencias correspondientes, y a intervenir en el juicio e interponer los recursos en los términos que prevea la ley. Cuando el Ministerio Público considere que no es necesario el desahogo de la diligencia, deberá fundar y motivar su negativa;

III. Recibir, desde la comisión del delito, atención médica y psicológica de urgencia;

IV. Que se le repare el daño. En los casos en que sea procedente, el Ministerio Público estará obligado a solicitar la reparación del daño, sin menoscabo de que la víctima u ofendido lo pueda solicitar directamente, y el juzgador no podrá absolver al sentenciado de dicha reparación si ha emitido una sentencia condenatoria. La ley fijará procedimientos ágiles para ejecutar las sentencias en materia de reparación del daño;

V. Al resguardo de su identidad y otros datos personales en los siguientes casos: cuando sean menores de edad; cuando se trate de delitos de violación, trata de personas, secuestro o delincuencia organizada; y cuando a juicio del juzgador sea necesario para su protección, salvaguardando en todo caso los derechos de la defensa. El Ministerio Público deberá garantizar la protección de víctimas, ofendidos, testigos y en general todos los sujetos que intervengan en el proceso. Los jueces deberán vigilar el buen cumplimiento de esta obligación;

VI. Solicitar las medidas cautelares y providencias necesarias para la protección y restitución de sus derechos, y

VII. Impugnar ante autoridad judicial las omisiones del Ministerio Público en la investigación de los delitos, así como las resoluciones de reserva, no ejercicio, desistimiento de la acción penal o suspensión del procedimiento cuando no esté satisfecha la reparación del daño.”

B. Convencional

Convención Americana sobre Derechos Humanos:

“Artículo 1. Obligación de Respetar los Derechos

1. Los estados parte en esta Convención se comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social. (...)”

“Artículo 8. Garantías Judiciales

1. Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella, o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter.  (...)”

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos:

“Artículo 26. Todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho sin discriminación a igual protección de la ley. A este respecto, la ley prohibirá toda discriminación y garantizará a todas las personas protección igual y efectiva contra cualquier discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.”

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

“Artículo 12 1. Los estados parte en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental. (...)”

Atendiendo a este fundamento constitucional y convencional, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha determinado que la reparación integral de daño debe darse a todas las víctimas de algún delito o violación a derechos humanos y no solamente a quienes hayan sufrido graves violaciones de esos derechos. Al analizar la Acción de inconstitucionalidad 130/2017, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en referencia a Ley de Víctimas de Coahuila.

Protección que se confirma por la Primera Sala de la misma Suprema Corte de Justicia de la Nación con la jurisprudencia siguiente:

“Menores de edad o incapaces. Procede la suplencia de la queja, en toda su amplitud, sin que obste la naturaleza de los derechos cuestionados ni el carácter del promovente. La suplencia de la queja es una institución cuya observancia deben respetar los Jueces y Magistrados Federales; suplencia que debe ser total, es decir, no se limita a una sola instancia, ni a conceptos de violación y agravios, pues el alcance de la misma comprende desde el escrito inicial de demanda de garantías, hasta el periodo de ejecución de la sentencia en caso de concederse el amparo. Dicha suplencia opera invariablemente cuando esté de por medio, directa o indirectamente, la afectación de la esfera jurídica de un menor de edad o de un incapaz, sin que para ello sea determinante la naturaleza de los derechos familiares que estén en controversia o el carácter de quién o quiénes promuevan el juicio de amparo o, en su caso, el recurso de revisión, ello atendiendo a la circunstancia de que el interés jurídico en las controversias susceptibles de afectar a la familia y en especial a menores e incapaces, no corresponde exclusivamente a los padres, sino a la sociedad, quien tiene interés en que la situación de los hijos quede definida para asegurar la protección del interés superior del menor de edad o del incapaz. Se afirma lo anterior, considerando la teleología de las normas referidas a la suplencia de la queja, a los criterios emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como a los compromisos internacionales suscritos por el Estado mexicano, que buscan proteger en toda su amplitud los intereses de menores de edad e incapaces, aplicando siempre en su beneficio la suplencia de la deficiencia de la queja, la que debe operar desde la demanda (el escrito) hasta la ejecución de sentencia, incluyendo omisiones en la demanda, insuficiencia de conceptos de violación y de agravios, recabación oficiosa de pruebas, esto es, en todos los actos que integran el desarrollo del juicio, para con ello lograr el bienestar del menor de edad o del incapaz.”

El principio de interés superior del menor, demanda que en toda situación donde éstos se vean involucrados, se trate de proteger y privilegiar sus derechos en forma íntegra, criterios sustentados en las tesis:

Reparación del daño a favor del menor de edad víctima u ofendido del delito. Atento al interés superior del niño, es improcedente su pago en parcialidades (legislación de la Ciudad de México). En ese supuesto no es viable otorgar parcialidades para el pago de la reparación del daño, en atención al contenido de los artículos 42 y 45 del Código Penal para el Distrito Federal, aplicable para la Ciudad de México, 12, fracción II, 26, 27 y 64 de la Ley General de Víctimas, 49, 50, párrafo primero, fracción XIV, y 116, párrafo primero, fracción XIII, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, pues de estas disposiciones, en su conjunto, se desprende la reparación integral de un menor de edad víctima del delito, para lo cual debe considerarse la esfera íntegra de los derechos de la infancia, aunado a que dicha afectación integral debe valorarse a la luz de su desarrollo previsible a futuro. De ahí que la reparación del daño, tratándose del menor de edad, deberá incluir como mínimo: a) los costos del tratamiento médico, la terapia y rehabilitación física y ocupacional; b) los costos de los servicios jurídicos; c) los costos de transporte (incluidos el retorno a su lugar de origen), alimentación y vivienda; d) los ingresos perdidos por las personas encargadas de su cuidado; e) el resarcimiento de los perjuicios ocasionados; f) la indemnización por daño moral; g) el resarcimiento derivado de cualquier otra pérdida sufrida por la víctima generada por la comisión del delito; y, h) los gastos permanentes a consecuencia del delito, lo cual no puede estar sujeto a parcialidades.

Menores de edad o incapaces. La suplencia de la queja deficiente procede en todo caso, sin que obste la naturaleza de los derechos cuestionados ni el carácter del promovente. 5

Los Jueces Federales tienen el deber de suplir la deficiencia de los conceptos de violación o de los agravios respectivos, siempre que esté de por medio, directa o indirectamente, el bienestar de un menor de edad o de un incapaz, sin que para ello sea determinante la naturaleza de los derechos familiares que estén en controversia o el carácter de quien o quienes promuevan el juicio de amparo o el recurso de revisión, toda vez que el interés jurídico en las cuestiones que pueden afectar a la familia y principalmente en las concernientes a los menores y a los incapaces, no corresponde exclusivamente a los padres, ya que su voluntad no es suficiente para determinar la situación de los hijos menores; por el contrario, es la sociedad, en su conjunto, la que tiene interés en que la situación de los hijos quede definida para asegurar la protección del interés superior del menor de edad o del incapaz. Lo anterior, debido a que el propósito del Constituyente y del legislador ordinario, plasmada en los artículos 107, fracción II, párrafo segundo, constitucional y 76 bis, fracción V y 91, fracción VI, de la Ley de Amparo, y de las interpretaciones realizadas por la Suprema Corte fue tutelar el interés de los menores de edad y de los incapaces, aplicando siempre en su beneficio la suplencia de la deficiencia de la queja, incluso hasta el grado de hacer valer todos aquellos conceptos o razones que permitan establecer la verdad y lograr el bienestar del menor de edad o del incapaz. Luego, no hay excusa tocante a la materia ni limitante alguna para la intervención oficiosa y obligada de las autoridades jurisdiccionales en esta clase de asuntos, pues la sociedad y el Estado tienen interés en que los derechos de los menores de edad y de los incapaces queden protegidos supliendo la deficiencia de la queja, independientemente de quienes promuevan en su nombre o, incluso, cuando sin ser parte pudieran resultar afectados por la resolución que se dicte.

Criterios en la defensa de las Niñas, Niños y Adolescentes que se regulan en el Protocolo de Actuación para Quienes Imparten Justicia en Casos que Afecten a Niñas, Niños y Adolescentes, Capítulo III (Reglas de Actuación Generales), numeral 16, que señala textualmente lo siguiente:

“16. Suplencia a favor del niño, niña o adolescente.

El niño, niña o adolescente gozará de la suplencia de la queja deficiente más amplia en toda materia e instancia. La suplencia deberá ejercerse con base en el interés superior del niño, niña o adolescente, incluyendo la actuación oficiosa extra litis cuando se detectare una situación de riesgo o peligro para el niño, niña o adolescente.

Las personas encargadas de impartir justicia deberán hacer lo más posible para que el niño o niña quede exento de todo formalismo procesal o adecuar los procedimientos a las capacidades de los niños, niñas o adolescentes. Deberá evitarse que estén expuestos a escuchar interacciones entre las partes que por su naturaleza y lenguaje técnico pudieran infundirles temor o confusión.”

El protocolo citado, tiene por objeto recoger varias de las directrices que se han emitido a nivel internacional con el objeto de tomar en cuenta las características de los niños, niñas y adolescentes, en los procedimientos judiciales en los que participen, para que su participación sea óptima, y no sean revictimizados, durante el procedimiento. Dicho protocolo no tiene la calidad de ley o norma general, sin embargo, constituye una herramienta de apoyo a la labor jurisdiccional en la que se “sistematizan una serie de prácticas que han sido consideradas como necesarias para garantizar los derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes, en particular aquellos relacionados con el acceso a la justicia, aunque no de manera limitativo”.

Considerando lo expuesto, se propone adicionar la fracción VI al artículo 1º de la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y adolescentes con el objeto de garantizar la reparación integral de los derechos de las víctimas niños, niñas y adolescentes, en particular los que se encuentren en situación de especial vulnerabilidad, adoptando medidas de carácter preventivo para detener de inmediato cualquier violación de sus derechos, exento de todo formalismo procesal o adecuar los trámites y procedimientos a las capacidades de los niños, niñas o adolescentes.

Artículo 1. La presente Ley es de orden público, interés social y observancia general en el territorio nacional, y tiene por objeto:

I. a V.

VI. Garantizar la reparación integral de los derechos de las víctimas niños, niñas y adolescentes, en particular los que se encuentren en situación de especial vulnerabilidad, adoptando medidas de carácter preventivo exentas de todo formalismo procesal adecuando los trámites y procedimientos a las capacidades de los niños, niñas o adolescentes.

II. Definición de la violencia a niñas, niños y adolescentes.

Se adiciona un párrafo segundo al artículo 46 para definir la violencia hacia las niñas, niños y adolescentes:

Artículo 46. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir una vida libre de toda forma de violencia y a que se resguarde su integridad personal, a fin de lograr las mejores condiciones de bienestar y el libre desarrollo de su personalidad. (Se adiciona)

Para efecto de la garantía y protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, se entiende por violencia toda acción, omisión o trato negligente que prive sus derechos y bienestar, que amenaza o interfiere su ordenado desarrollo físico, psíquico o social, con independencia de su forma y medio de comisión, incluida la violencia digital realizada a través de las tecnologías de la información y la comunicación.

III. Reconocimiento de actos de violencia hacia las niñas, niños y adolescentes.

Se reforma el artículo 47 con el objeto de establecer la adopción de medidas cautelares, de igual forma se reforman las fracciones I, III, IV, del mismo artículo de la Ley General de los derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, para señalar nuevos actos que afectan sus derechos, así mismo, se adiciona una fracción VII, para reconocer en forma específica el acoso escolar, el acoso sexual, el ciberacoso y la difusión pública de datos privados.

Artículo 47. Las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, están obligadas a adoptar las medidas cautelares necesarias para prevenir, atender y sancionar los casos en que niñas, niños o adolescentes se vean afectados por:

I. El descuido, negligencia, abandono o abuso físico, psicológico, emocional o sexual, castigos humillantes o denigrantes, amenazas, injurias y calumnias, así como la presencia de cualquier comportamiento violento en su ámbito familiar. (Se reforma)

II. La corrupción de personas menores de dieciocho años de edad;

III. Trata de personas menores de 18 años de edad, abuso sexual infantil, explotación sexual infantil con o sin fines comerciales, la pornografía no consentida o solicitada o cualquier otro tipo de explotación, y demás conductas punibles establecidas en las disposiciones aplicables;

IV. El tráfico de menores y la mutilación de órganos;

V. El trabajo antes de la edad mínima de quince años, prevista en el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones aplicables;

VI. El trabajo en adolescentes mayores de 15 años que pueda perjudicar su salud, su educación o impedir su desarrollo físico o mental, explotación laboral, las peores formas de trabajo infantil, así como el trabajo forzoso, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en las demás disposiciones aplicables, y

VII. La incitación o coacción para que participen en la comisión de delitos o en asociaciones delictuosas, en conflictos armados o en cualquier otra actividad que impida su desarrollo integral.

VIII. El acoso escolar, el acoso sexual, el ciberacoso, la difusión pública de datos privados

Las autoridades competentes deberán considerar la perspectiva de género en las situaciones de violencia.

IV. Garantías para ser escuchado

Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a participar en procedimientos jurisdiccionales que puedan afectar su esfera jurídica, mismo que se encuentra regulado en el artículo 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño e implícitamente recogido en el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y que, implícitamente, se contiene en el artículo 82 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido criterios para garantizar el derecho de los menores a participar en procedimientos jurisdiccionales que les afecten. El juzgador debe tomar las medidas oportunas para facilitar la adecuada intervención del niño, es decir, que éste tenga la posibilidad efectiva de presentar sus opiniones y que éstas puedan influir en la toma de decisión judicial que resuelva sobre su vida y sus derechos. Si bien el interés del menor de edad no siempre coincide con sus opiniones, sentimientos o deseos, lo cierto es que la intervención del niño o niña en la concreción de su interés debe ser tomado en consideración hasta donde sea atendible, por lo que su participación no es un gesto compasivo, o un mero “adorno” legal, sino que su protagonismo activo durante el procedimiento está directamente relacionado con la precisión, por parte del juez, de qué es lo mejor para él o ella.

El punto de partida de todo operador jurídico debe ser posibilitar el ejercicio del derecho de los niños a ser escuchados, ya sea que de oficio se decrete su intervención, o que las partes ofrezcan su testimonio o declaración; de ahí que su participación no sea una regla irrestricta en todo procedimiento jurisdiccional, pues asumir tal rigidez implicaría ignorar las condiciones específicas que rodean a los niños en casos particulares, lo que podría ir en detrimento de su propio interés superior, máxime que, como ha señalado la Corte Interamericana, el grado de desarrollo físico e intelectual de los niños menores de 18 años es variable, así como la experiencia e información que poseen, ya que la capacidad de decisión de un niño de 3 años no es igual a la de uno de 16.

El derecho del menor de edad a ser escuchado, no debe contrariar los fines que se pretenden proteger, es decir, el niño podrá ser oído por el tribunal siempre y cuando ello no le resulte perjudicial, adoptando en forma oficiosa la suplencia de la queja deficiente para la mejor protección de sus derechos, como lo ha sostenido en las tesis siguientes:

“Derecho de los menores de edad a participar en procedimientos jurisdiccionales que afecten su esfera jurídica. Regulación, contenido y naturaleza jurídica”. 6

“Pruebas. Su admisión y desahogo en los procedimientos en que se controvierten derechos de los menores” 7

“Menores de edad o incapaces. Procede la suplencia de la queja, en toda su amplitud, sin que obste la naturaleza de los derechos cuestionados ni el carácter del promovente” 8

“Suplencia de la deficiencia de la queja. Los jueces de primer grado y los de segundo deben realizarla en asuntos en los que se controvierten derechos de un menor”. 9

Para ello se propone reformar el artículo 83 de la citada ley, en sus distintas fracciones, para quedar como sigue:

Artículo 83. Las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México que sustancien procedimientos de carácter jurisdiccional o administrativo o que realicen cualquier acto de autoridad en los que estén relacionados niñas, niños o adolescentes, de conformidad con su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y grado de madurez estarán obligadas a observar, cuando menos a:

I. Garantizar la protección y prevalencia del interés superior de la niñez a que se refiere el artículo 2 de la presente Ley;

II. Garantizar el ejercicio de los derechos de niñas, niños y adolescentes, establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales, esta ley y demás disposiciones aplicables, con mecanismos de coordinación y cooperación interadministrativa e intra administrativa de autoridades y la cooperación internacional.

III. Proporcionar información clara, sencilla y comprensible para las niñas, niños y adolescentes sobre el procedimiento judicial o administrativo de que se trate y la importancia de su participación en el mismo, sus derechos que deben garantizarse incluyendo, en su caso, formatos accesibles de fácil comprensión y lectura para niñas, niños y adolescentes con discapacidad;

IV. Facilitar la denuncia por medios accesibles acordes con la edad de los menores e implementar mecanismos de apoyo y acompañamiento especializado al presentar una denuncia, participar en una investigación o en un proceso judicial;

V. Garantizar el derecho de niñas, niños y adolescentes a ser escuchado y representados en términos de lo dispuesto en el Título Quinto, Capítulo Segundo, de la presente Ley, así como información y garantía de medidas de protección indispensables;

VI. Proporcionar asistencia de profesionales especializados cuando la naturaleza del procedimiento lo requiera;

VII. Proporcionar la asistencia de un traductor o intérprete;

VIII. Ponderar, antes de citar a una niña, niño o adolescente a alguna audiencia, la pertinencia de la misma, considerando su edad, madurez, estado psicológico, así como cualquier otra condición específica;

IX. Garantizar el acompañamiento de quien ejerza sobre ellos la patria potestad, tutela, guarda o custodia durante la sustanciación de todo el procedimiento, adoptando de oficio la suplencia de la queja deficiente y poner a disposición de los niños, niñas y adolescentes víctimas de violencia, así como de sus representantes legales, los medios necesarios para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos previstos en esta ley, atendiendo las circunstancias personales, familiares y sociales de aquellos que pudieran tener una mayor dificultad para su acceso:

X. Adoptar medidas de protección a niñas, niños o adolescentes de los adultos que puedan influir en su comportamiento o estabilidad emocional, cuando así lo determine la autoridad competente, antes y durante la realización de la audiencia o comparecencia respectiva;

XI. Destinar espacios lúdicos de descanso y aseo para niñas, niños y adolescentes en los recintos en que se lleven a cabo procedimientos en que deban intervenir;

XII. Ajustarse al tiempo de participación máximo para la intervención de niñas, niños o adolescentes durante la sustanciación de los procedimientos de conformidad con los principios de autonomía progresiva y celeridad procesal, y

XIII. Implementar medidas cautelares para proteger a niñas, niños o adolescentes de sufrimientos durante su participación y garantizar el resguardo de su intimidad y datos personales.

XIV. Garantizar la comunicación con la persona que el determine por todo medio disponible.

XV. Garantizar la atención integral de niños, niñas y adolescentes, que comprenderá medidas de protección, apoyo, y recuperación.

Los niños, niñas y adolescentes que fueran víctimas de violencia o presenciaran alguna situación de violencia sobre otra persona menor de edad, podrán denunciarlo personalmente, o a través de sus representantes legales, a cualquier autoridad, misma que de inmediato deberá adoptar medidas cautelares y acompañar en su denuncia. Para ello se establecerán mecanismos de comunicación seguros, eficaces, adaptados y accesibles para los niños, niñas y adolescentes, garantizando el acceso a los medios electrónicos de comunicación.

La propuesta que se presenta a esta H. Cámara de Diputados, tiene como objetivo general establecer el marco jurídico que permita la implementación de garantías en la protección y defensa de los derechos de las niñas, niños y adolescentes en la nueva normalidad que deriva de la protección implementada por las autoridades sanitarias y de gobierno en nuestro país.

Por lo expuesto, someto a consideración el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforma y adiciona los artículos 1, 46, 47 y 83 de la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes

Artículo Único. Se reforman las fracciones I, III y IV del artículo 47; fracciones II, III, IV, V y VI, IX, X y XIII del artículo 83; Se adiciona una fracción VI al artículo 1o.; un segundo párrafo al artículo 46; una fracción VIII al artículo 47; las fracciones XV y XVI del párrafo primero y un segundo párrafo al artículo 83, todos de la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue:

Artículo 1. La presente Ley es de orden público, interés social y observancia general en el territorio nacional, y tiene por objeto:

I. ...

II. ...

III. ...

IV. ...

V. ...

VI. Garantizar la reparación integral de los derechos de las víctimas niños, niñas y adolescentes, en particular los que se encuentren en situación de especial vulnerabilidad, adoptando medidas de carácter preventivo exentas de todo formalismo procesal adecuando los trámites y procedimientos a las capacidades de los niños, niñas o adolescentes.

Artículo 46. ...

Para efecto de la garantía y protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, se entiende por violencia toda acción, omisión o trato negligente que prive sus derechos y bienestar, que amenaza o interfiere su ordenado desarrollo físico, psíquico o social, con independencia de su forma y medio de comisión, incluida la violencia digital realizada a través de las tecnologías de la información y la comunicación.

Artículo 47. Las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, están obligadas a adoptar las medidas cautelares necesarias para prevenir, atender y sancionar los casos en que niñas, niños o adolescentes se vean afectados por:

I. El descuido, negligencia, abandono o abuso físico, psicológico, emocional o sexual, castigos humillantes o denigrantes, amenazas, injurias y calumnias, así como la presencia de cualquier comportamiento violento en su ámbito familiar. (Se reforma)

II. ...

III. Trata de personas menores de 18 años de edad, abuso sexual infantil, explotación sexual infantil con o sin fines comerciales, la pornografía no consentida o solicitada o cualquier otro tipo de explotación, y demás conductas punibles establecidas en las disposiciones aplicables;

IV. El tráfico de menores y la mutilación de órganos;

V. ...

VI. ...

VII. ...

VIII. El acoso escolar, el acoso sexual, el ciber acoso, la difusión pública de datos privados.

...

Artículo 83. Las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México que sustancien procedimientos de carácter jurisdiccional o administrativo o que realicen cualquier acto de autoridad en los que estén relacionados niñas, niños o adolescentes, de conformidad con su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y grado de madurez estarán obligadas a observar, cuando menos a:

I. ...

II. Garantizar el ejercicio de los derechos de niñas, niños y adolescentes, establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados inter-nacionales, esta Ley y demás disposiciones aplicables, con mecanismos de coordinación y cooperación inte-radministrativa e intra administrativa de autoridades y la cooperación internacional.

III. Proporcionar información clara, sencilla y compren-sible para las niñas, niños y adolescentes sobre el procedimiento judicial o administrativo de que se trate y la importancia de su participación en el mismo, sus derechos que deben garantizarse incluyendo, en su caso, formatos accesibles de fácil comprensión y lectura para niñas, niños y adolescentes con discapacidad;

IV. Facilitar la denuncia por medios accesibles acordes con la edad de los menores e implementar mecanismos de apoyo y acompañamiento especializado al presentar una denuncia, participar en una investigación o en un proceso judicial;

V. Garantizar el derecho de niñas, niños y adolescentes a ser escuchado y representados en términos de lo dispuesto en el Título Quinto, Capítulo Segundo, de la presente Ley, así como información y garantía de medidas de protección indispensables;

VI. Proporcionar asistencia de profesionales especializados cuando la naturaleza del procedimiento lo requiera;

VII. ...

VIII. ...

IX. Garantizar el acompañamiento de quien ejerza sobre ellos la patria potestad, tutela, guarda o custodia durante la sustanciación de todo el procedimiento, adoptando de oficio la suplencia de la queja deficiente y poner a disposición de los niños, niñas y adolescentes víctimas de violencia, así como de sus representantes legales, los medios necesarios para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos previstos en esta ley, atendiendo las circunstancias personales, familiares y sociales de aquellos que pudieran tener una mayor dificultad para su acceso:

X. Adoptar medidas de protección a niñas, niños o adolescentes de los adultos que puedan influir en su comportamiento o estabilidad emocional, cuando así lo determine la autoridad competente, antes y durante la realización de la audiencia o comparecencia respectiva;

XI. ...

XII. ...

XIII. Implementar medidas cautelares para proteger a niñas, niños o adolescentes de sufrimientos durante su participación y garantizar el resguardo de su intimidad y datos personales.

XIV. Garantizar la comunicación con la persona que el determine por todo medio disponible.

XV. Garantizar la atención integral de niños, niñas y adolescentes, que comprenderá medidas de protec-ción, apoyo, y recuperación.

Los niños, niñas y adolescentes que fueran víctimas de violencia o presenciaran alguna situación de violencia sobre otra persona menor de edad, podrán denunciarlo personalmente, o a través de sus representantes legales, a cualquier autoridad, misma que de inmediato deberá adoptar medidas cautelares y acompañar en su denuncia. Para ello se establecerán mecanismos de comunicación seguros, eficaces, adaptados y accesibles para los niños, niñas y adolescentes, garantizando el acceso a los medios electrónicos de comunicación.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 México Evalúa. Cómo usar el 911 para salvar vidas de mujeres Por Alan López (@alanfabian07) y Max Horst (@mxholst). Desde:

https://www.mexicoevalua.org/como-usar-el-911-para-salvar-vidas- de-mujeres/

2 Protección de la niñez frente a la violencia durante y después de covid-19 Nota Técnica. UNICEF. Desde:

https://www.unicef.org/mexico/media/3506/file/Nota%20t%C3%A9cnic a:%20Protecci%C3%B3n%20de%20la%20ni%C3%B1ez%20 ante%20la%20violencia%20.pdf

3 Suprema Corte de Justicia de la nación. Contradicción de tesis 106/2004-PS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Segundo del Décimo Primer Circuito, Segundo en Materia Civil del Sexto Circuito, Tercero en Materia Civil del Primer Circuito, Cuarto en Materia Civil del Primer Circuito, Segundo en Materias Civil y de Trabajo del Segundo Circuito (actualmente Segundo en Materia Civil del propio circuito), Primero en Materia Penal del Tercer Circuito, Segundo en Materias Administrativa y de Trabajo del Séptimo Circuito y Cuarto en Materia Civil del Sexto Circuito (actualmente Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del mismo circuito), en contra del Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito. 23 de noviembre de 2005. Cinco votos. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretaria: Eunice Sayuri Shibya Soto. Tesis de jurisprudencia 191/2005. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha treinta de noviembre de dos mil cinco.

4 Suprema Corte de Justicia de la Nación. En relación con el alcance de la presente tesis, destaca la diversa aislada 1a. CCCXC/2015 (10a.), de título y subtítulo: “Menor de edad víctima del delito. Reparación del daño en su favor.” Publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 4 de diciembre de 2015 a las 10: 30 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 25, Tomo I, diciembre de 2015, página 265. Esta tesis se publicó el viernes 09 de agosto de 2019 a las 10: 17 horas en el Semanario Judicial de la Federación

5 Suprema Corte de Justicia de la Nación. Registro: 191496. Segunda Sala. Tesis Aislada. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XII, Julio de 2000. Materia(s): Común, Civil Tesis: 2a. LXXV/2000. Amparo directo en revisión 182/2000. Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo VI, página 224, tesis 336, de rubro: “Menores e incapaces, suplencia de la queja tratándose de. Sus alcances a toda clase de juicios de amparo y no solamente con respecto a derechos de familia”.

6 Tesis 1a. LXXVIII/2013, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, libro XVIII, marzo de 2013, tomo 1, página 886.

7 Tesis aislada 1a. CXXXIX/2007, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XXVI, julio de 2007, página 268, de rubro:

8 Tesis de jurisprudencia 1a./J. 191/2005, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIII, mayo de 2006, página 167, de rubro:

9 Tesis aislada, Semanario Judicial de la Federación, 175-180 Cuarta Parte, Séptima Época, página 178, de rubro.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2020.– Diputada Claudia Tello Espinosa (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen.



LEY GENERAL DEL SISTEMA PARA LA CARRERA DE LAS MAESTRAS Y LOS MAESTROS

«Iniciativa que adiciona el artículo 13 Bis a la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, a cargo de la diputada María Sara Rocha Medina, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, María Sara Rocha Medina, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77, 78 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 13 Bis a la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, en materia de paridad en cargos de dirección , por lo que se realiza en los siguientes términos:

Exposición de Motivos

I. La Declaración Universal de Derechos Humanos establece que toda persona puede desempeñarse en empleo que mejor desee. La Plataforma de Acción de Beijing en 1995 retomó ese derecho como una de sus 12 esferas prioritarias de interés.

II. La transversalización de la perspectiva de género en los espacios públicos de toma de decisión ha tenido cada vez mayor relevancia en el desarrollo de las democracias actuales. La plena participación de las mujeres en la vida pública es fundamental para el perfeccionamiento de la democracia y esencial para lograr el desarrollo sostenible.

III. Una democracia real está basada en el cumplimiento de los derechos humanos y de la igualdad entre los géneros. Las democracias débiles son una barrera importante para el goce de los derechos humanos.

IV. El Objetivo 5 de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible suscrito por los países integrantes de la Organización de las Naciones Unidas, señala que los Estados miembros deben: “Aprobar y fortalecer políticas acertadas y leyes aplicables para promover la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de las mujeres y las niñas a todos los niveles.” 1

V. Lo anterior pone de manifiesto que la comunidad internacional, de la cual nuestro país es un referente, está realizando importantes esfuerzos para erradicar las brechas de género y promover el empoderamiento de las mujeres en la vida pública. Es de subrayar que la propia ONU destaca la importancia del tema de la siguiente forma: “La igualdad entre los géneros no es solo un derecho humano fundamental, sino la base necesaria para conseguir un mundo pacífico, próspero y sostenible”. 2 En virtud de ello, no se debe soslayar el tema y se debe tener como prioritario atender en el ámbito de nuestra responsabilidad el asunto, con el claro fin de proveer coherencia normativa e institucional a nuestro sistema político.

VI. La Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres indica en el artículo 33 como uno de sus objetivos el “establecimiento de medidas para fortalecer el acceso de las mujeres al empleo y la aplicación efectiva del principio de igualdad de trato y no discriminación en las condiciones de trabajo entre mujeres y hombres”.

VII. De la misma manera, en el artículo 34 señala: “Para los efectos de lo previsto en el artículo anterior, las autoridades correspondientes garantizarán el principio de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en el ámbito del empleo, así como el derecho fundamental a la no discriminación de aquellas en las ofertas laborales, en la formación y promoción profesional, en las condiciones de trabajo, incluidas las retributivas, y en la afiliación y participación en las organizaciones sindicales, empresariales o en cualquier organización cuyos miembros ejerzan una profesión concreta [...]

VIII. De acuerdo con la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la paridad de género conlleva la eliminación de roles y estereotipos de género para lograr una mayor participación activa de las mujeres:

“La paridad es mucho más que hablar de números o de equilibrio perfecto. Implica debatir, de manera transversal, la distribución de roles, tareas, oportunidades y poder que ocurre en todos los ámbitos de la vida social. La paridad cuestiona la división sexual del trabajo, según la cual la mayoría de las mujeres está a cargo de las labores del cuidado y de lo doméstico, y los hombres, en la mayoría de los casos, están involucrados en esta esfera sólo a partir de su deseo particular. La rígida división de roles y actividades basada en el cuerpo de las personas niega la diversidad de proyectos de vida, determina y limita las oportunidades de las personas e impide que la sociedad sea democrática, y que esta democracia, en última instancia, sea representativa”. 3

IX. Según el Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, la paridad de género no sólo involucra un proceso de otorgar cargos a mujeres, sino conlleva una profunda reflexión sobre la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y la igualdad sustantiva.

a) “De manera que la democracia paritaria busca garantizar la participación equilibrada de mujeres y hombres en la toma de decisiones, teniendo como marco la promoción de la igualdad de oportunidades. La necesidad de su implementación se basa en que la limitada participación de las mujeres en los niveles decisorios obstaculiza el desarrollo humano, al no incorporarse las demandas e intereses de las mujeres en todos los aspectos de la vida política, social, cultural y económica de la sociedad”. 4

X. A 2013, el Censo de Escuelas, Maestros y Alumnos de Educación Básica y Especial señalaba una menor proporción de maestras que desempeñan funciones de dirección, en comparación con los maestros. Detectándose que, del total de mujeres empleadas en la educación básica como profesoras, apenas 12.0 por ciento, tenía el cargo de directora de escuela. En el caso de los hombres la proporción es ligeramente mayor, 15.2. Evidentemente, los datos expuestos representan una desproporción en el acceso a cargos directivos y de supervisión.

XI. Según datos de Alonso (2020), 5 en México en 2019, la presencia de las mujeres en la docencia es mayoritaria: aunque conforme se avanza en los niveles de educación básica la presencia femenina va disminuyendo, siempre conserva la mayoría.

En el nivel de preescolar, con 93.2 por ciento de la planta docente son mujeres, es el nivel en el que más mujeres se desempeñan como profesoras. En educación primaria, dos de cada tres docentes son mujeres (67.3), mientras que en educación secundaria son un poco más de la mitad del profesorado total (52.7) De esta manera, es notorio el predominio de las mujeres en las aulas mexicanas: en términos generales, dos de cada tres docentes de educación básica son mujeres.

XII. En la formación docente también predominan las mujeres. De acuerdo a cifras del Sistema de Información Básica de la Educación Normal, de los 90 mil 333 alumnos que en 2018 existían en las instituciones normalistas del país, 66 mil 968 son mujeres: tres de cada cuatro maestros en formación son mujeres (SIBEN, 2019). 6 A pesar de que la mayoría de la planta docente del Sistema Educativo Nacional son mujeres, “en 2018, a escala nacional, 54.9 por ciento de los directores de educación primaria eran hombres” (INEE, 2019b, página 188). 7

XIII. De acuerdo con el Estudio Internacional sobre la Enseñanza y el Aprendizaje de 2018, en México de 10 puestos de dirección escolar, apenas 3 son encabezados por mujeres, mientras el promedio en países de la OCDE es de 1 de cada dos puestos. Según el informe la información sobre la distribución de género en la fuerza laboral permite medir el grado de desequilibrio de género en la profesión docente y las disparidades de género en la promoción a posiciones de liderazgo. En México, sólo 35 por ciento de los líderes escolares son mujeres, en comparación con 57 por ciento de los docentes. Esto puede comparase con los promedios OCDE de 47 por ciento de mujeres entre los líderes escolares y 68 entre docentes. 8

Por lo anterior someto a consideración de la asamblea el siguiente proyecto de

Decreto

Único. Se adiciona el artículo 13 Bis a la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, para quedar como sigue:

Artículo 13 Bis. Sin menoscabo de los procesos de selección, y de los principios estipulados en el artículo 11 de esta Ley, las autoridades garantizarán la paridad de género en la integración de los puestos de dirección escolar y supervisión de la educación básica y media superior impartida por el Estado y sus organismos descentralizados a nivel nacional.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Un.org (2016). Documentos oficiales de las Naciones Unidas (versión web). Disponible en

http://www.un.org/es/comun/docs/?symbol=A/69/L.85 Consultado el 31 de octubre de 2020.

2 Ibídem.

3 SCJN. “¿Por qué la paridad?”, Unida de Igualdad de Género de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Disponible en

http://equidad.scjn.gob.mx/por-que-la-paridad/ Consultado el 31 de octubre de 2020.

4 CEAMEG. “La participación política de las mujeres. De las cuotas de género a la paridad”, CEAMEG, Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, México, 2010. Disponible en

http://www.diputados.gob.mx/documentos/Comite_CEAMEG/Libro_Part_ Pol.pdf Consultado el 31 de octubre de 2020.

5 Alonso Ruiz, Rogelio Javier (2020). “Las mujeres en la escuela mexicana”, en Educación Futura. Disponible en

https://www.educacionfutura.org/las-mujeres-en-la-escuela-mexica na/ Consultado el 31 de octubre de 2020.

6 SIBEN (2019). Estadística (disponible en:

www.siben.sep.gob.mx).

7 INEE (2019b). Panorama educativo de México 2018. Indicadores del Sistema Educativo Nacional. Educación Básica y Media Superior. México: autor.

8 Encuesta Internacional sobre la Enseñanza y Aprendizaje de la OCDE (2018) Disponible en

https://www.oecd.org/education/talis/TALIS2018_CN_MEX_es.pdf Consultada el 31 de octubre de 2020.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2020.– Diputada María Sara Rocha Medina (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión.



LEY GENERAL DE SALUD

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de prevención, detección oportuna, tratamiento y seguimiento del cáncer de mama, así como rehabilitación y reconstrucción mamaria, a cargo de la diputada Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a consideración la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción II del Apartado A del artículo 13, el primer párrafo del artículo 51 Bis y el artículo 194 Bis; y se adiciona una fracción XXVIII, recorriéndose la fracción subsecuente, del artículo 3o., una fracción X, recorriéndose las fracciones subsecuentes, del artículo 27 de la Ley General de Salud, al tenor de las siguiente

Exposición de Motivos

De acuerdo con la OMS, la salud es entendida como “un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades” 1. En nuestro país, este derecho inalienable, se encuentra protegido a través de los diferentes ordenamientos internacionales de los que nuestro país es Parte, los más importantes son:

Declaración Universal de los Derechos Humanos 2:

Artículo 25

1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.

...

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales 3:

Artículo 12

1. Los Estados parte en el presente pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental.

2. Entre las medidas que deberán adoptar los Estados parte en el pacto a fin de asegurar la plena efectividad de este derecho, figurarán las necesarias para:

a) La reducción de la mortinatalidad y de la mortalidad infantil, y el sano desarrollo de los niños;

b) El mejoramiento en todos sus aspectos de la higiene del trabajo y del medio ambiente;

c) La prevención y el tratamiento de las enfermedades epidémicas, endémicas, profesionales y de otra índole, y la lucha contra ellas;

d) La creación de condiciones que aseguren a todos asistencia médica y servicios médicos en caso de enfermedad.

En México, este derecho se encuentra consagrado en el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 4:

Artículo 4. ...

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución. La ley definirá un sistema de salud para el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social.

De lo anterior, surge la Ley General de Salud con el objetivo de reglamentar “el derecho a la protección de la salud que tiene toda persona en los términos del artículo 4o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general. Es de aplicación en toda la República y sus disposiciones son de orden público e interés social.” 5

Así, para proteger y garantizar el derecho a la salud, “los gobiernos deben crear las condiciones que permitan a todas las personas vivir lo más saludablemente posible. Esas condiciones incluyen la disponibilidad garantizada de servicios de salud, condiciones de trabajo saludables y seguras, vivienda adecuada y alimentos nutritivos. El derecho a la salud no debe entenderse como el derecho a estar sano” 6.

Los servicios de salud que incluyen la prevención, diagnóstico, tratamiento y hasta difusión, también deben ser garantizados para mujeres que padecen de cáncer de mama.

El cáncer de mama “se origina cuando las células en el seno comienzan a crecer en forma descontrolada y forman un tumor que a menudo se puede observar en una radiografía o se puede palpar como una protuberancia (masa o bulto). El tumor es maligno (cáncer) si las células pueden crecer penetrando (invadiendo) los  tejidos circundantes o propagándose (metástasis) a áreas distantes del cuerpo.” 7

Esta neoplasia es la más común por tumores malignos en mujeres, a nivel mundial en 2018 se registraron 18 millones de casos nuevos, y fallecieron por esta causa 9.6 millones de mujeres. 8

En nuestro país, se diagnostican alrededor de 23 mil casos nuevos. De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en 2018 se registraron 7 mil 311 defunciones por este padecimiento, concentrando “el mayor número de muertes, el de 65 y más años con 2 mil 555 casos (35.2 por ciento), el de 55 a 64 años con mil 927 casos (26.6 por ciento) y el de 45 a 54 con mil 741 casos (24 por ciento)” 9.

La prevención es fundamental para diagnosticar a tiempo esta neoplasia, sin bien cada persona puede presentar diferentes signos de alerta, los más comunes son 10:

• Un bulto nuevo en la mama o la axila (debajo del brazo).

• Aumento del grosor o hinchazón de una parte de la mama.

• Irritación o hundimientos en la piel de la mama.

• Enrojecimiento o descamación en la zona del pezón o la mama.

• Hundimiento del pezón o dolor en esa zona.

• Secreción del pezón, que no sea leche, incluso sangre.

• Cualquier cambio en el tamaño o la forma de la mama.

• Dolor en cualquier parte de la mama.

De poder observar alguna anomalía como las descritas anteriormente, es importante asegurar el diagnóstico, por lo que el personal médico realiza diferentes pruebas, entre ellas se encuentran 11:

Ultrasonido mamario. Una máquina que usa ondas de sonido para producir imágenes detalladas, llamadas sonogramas, de áreas dentro de la mama.

Mamografía de diagnóstico. Si usted tiene algún problema en la mama —como bulto- o si un área de la mama se ve anormal en una mamografía de detección, el médico puede indicarle que se haga una mamografía diagnóstica. Esta es una radiografía más detallada de la mama.

Imagen por resonancia magnética de las mamas. Un tipo de examen del cuerpo que se usa un imán conectado a una computadora. La resonancia magnética hará imágenes detalladas de áreas dentro de la mama.

Biopsia. Esta es una prueba en la que se extirpa tejido o se saca líquido de la mama para estudiarse bajo el microscopio para hacer más pruebas. Existen distintos tipos de biopsias (por ejemplo, aspiración con aguja fina, biopsia con aguja gruesa o biopsia abierta).

Lo anterior, nos vislumbra la importancia de la prevención del cáncer de mama, pues cerca de 18 mujeres mueren al día por este padecimiento, sin embargo, esta cifra podría cambiar si el cáncer hubiera sido detectado en etapas tempranas, pues de acuerdo con datos de la Secretaría de Salud,1 de cada 3 mujeres podría haberse salvado si el diagnóstico hubiera sido oportuno. 12

Sin embargo, esto no se puede materializar sin los recursos públicos suficientes, ya que nuestro país, es de los que menos invierte en salud de los países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), con apenas 2.5 por ciento del PIB, mientras que lo ideal debería de ser de 6 por ciento, tal y como señala la Organización Panamericana de la Salud (OPS) 13. Asimismo, la OCDE señala que la inversión por persona para la prevención y control de enfermedades promedia en mil 840 pesos, en México, apenas se alcanza a los 390 pesos. 14

El pasado 8 de septiembre, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) entregó a la Cámara de Diputados el Paquete Económico 2021, en este, el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2021 (PPEF 2021), contempla 692 mil 430 millones de pesos para el sector salud, lo que significa que existe un aumento de 12 mil 757 millones de pesos más que el monto aprobado para el ejercicio fiscal 2020, es decir, el presupuesto para el sector salud tiene un incremento de 1.87 por ciento, empero, de acuerdo con el Centro de Investigación Económica y Presupuestaria, AC, “México mantiene una brecha presupuestaria de 3.2 puntos del PIB, lo que dificulta el avance hacia la equidad de los servicios de salud y su acceso.” 15

De manera específica, los recursos públicos que se destinan para atender el cáncer de mama, se despliegan a través del Programa Presupuestal P020 Salud Materna, Sexual y Reproductiva, y en el PPEF 2021 presenta un recorte de -19.2, tal y como se muestra en el siguiente gráfico:

Programa Presupuestario P020 diferencias presupuestales

Los recursos públicos para atender el cáncer de mama se distribuyen a través del P020, tal y como ya se mencionó anteriormente, este programa lo podemos encontrar en los diferentes Anexos que comprenden el PPEF 2021, el más destacado para este tema en específico es el Anexo Transversal 13. Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, en este anexo, el P020 también mostró un decremento:

Programa Presupuestario P020 en el Anexo 13

El Anexo Transversal 13. Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres se destaca por distribuir sus recursos a través de acciones específicas, en el tema de cáncer de mama se encuentran las siguientes acciones:

a) Acción 144. Disminuir el ritmo del crecimiento de la mortalidad por cáncer de mama, a través de la provisión de servicios óptimos de la detección, diagnóstico, tratamiento y control del padecimiento.

b) Acción 221. Implementar procesos de calidad de mastografía dirigido a equipamiento y recursos humanos (capacitación de personal en área de salud; técnicos y médicos radiólogos).

c) Acción 308. Realizar acciones de post-mastectomía para elevar la calidad de vida de las mujeres con cáncer de mama.

d) Acción 309. Investigación en cáncer de mama y biomarcadores para mujeres de riesgos y para la detección temprana en cáncer de mama. Clínica de cáncer familiar.

En la siguiente tabla se puede observar, como el presupuesto destinado a estas acciones ha venido a la baja. Incluso, la propuesta observada para el ejercicio fiscal 2021, es el monto más bajo desde 2015.

La situación de las mujeres con cáncer de mama se agudiza aún más con la desaparición del Seguro Popular y la creación del Instituto de Salud para el Bienestar, ya que a través del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos se proporcionaba atención a las mujeres con este padecimiento, muchas de las cuales no han logrado su incorporación exitosa a este instituto.

Además, el tema de la pandemia complica su situación aún más, pues las personas con enfermedades crónicas como el cáncer, son susceptibles a contagiarse de covid-19. Aunado a ello, para atender la contingencia sanitaria, diferentes Institutos y Hospitales entraron en etapa de reconversión, lo que puso en pausa el tratamiento de diversas enfermedades, como el cáncer de mama, esto no se debido a la escasa disponibilidad hospitalaria para continuar con su tratamiento, sino que también generó temor por parte de las pacientes a contagiarse de covid-19 por acceder a un Hospital, y es que la situación no es menor, pues especialistas señalan que “de no tomar las medidas de prevención para los pacientes oncológicos, se incrementa la posibilidad de mortalidad, ya que podrían caer en 20 por ciento de los pacientes que se van a poner graves por el covid o dentro de 5 por ciento de los que se tendrán que entubar. El porcentaje de mortalidad de los pacientes entubados es alrededor de 70 por ciento” 16.

Así pues, las pacientes con cáncer de mama no pueden esperar, por lo que es importante que se cuenten con los recursos públicos suficientes para su atención oportuna, de lo contrario, las tasas de mortalidad continuaran elevándose. Asimismo, es fundamental incorporar a rango de ley algunos elementos de la Norma Oficial Mexicana NOM-041-SSA2-2011 para fortalecer el marco legal.

Por mejorar la calidad de vida de las mujeres que padecen cáncer de mama, es que propongo a esta honorable asamblea la siguiente reforma:

Por lo expuesto someto a la consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de:

Decreto que reforma la fracción II del Apartado A del artículo 13, el primer párrafo del artículo 51 Bis y el artículo 194 Bis; y se adiciona una fracción XXVIII, recorriéndose la fracción subsecuente, del artículo 3o., una fracción X, recorriéndose las fracciones subsecuentes, del artículo 27 de la Ley General de Salud.

Único. Se reforma la fracción II del Apartado A del artículo 13, el primer párrafo del artículo 51 Bis y el artículo 194 Bis; y se adiciona una fracción XXVIII, recorriéndose la fracción subsecuente, del artículo 3o, una fracción X, recorriéndose las fracciones subsecuentes, del artículo 27 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 3o. En los términos de esta ley, es materia de salubridad general:

I. a XXVII. ...

XXVII Bis. El tratamiento integral del dolor ;

XXVIII. La investigación, prevención, detección oportuna, tratamiento y seguimiento del cáncer de mama, así como rehabilitación y reconstrucción mamaria.

El gobierno federal asignará anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación recursos para las materias referidas en el primer párrafo, cuyo monto deberá incrementar, respecto al ejercicio fiscal inmediato anterior, por lo menos en la misma proporción que el crecimiento del producto interno bruto previsto en los Criterios Generales de Política Económica para el siguiente ejercicio fiscal.

XXVIII. Las demás materias que establezca esta ley y otros ordenamientos legales, de conformidad con el párrafo tercero del artículo 4o. constitucional.

Artículo 13. La competencia entre la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general quedará distribuida conforme a lo siguiente:

A. Corresponde al Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Salud:

I. ...

II. En las materias enumeradas en las fracciones I, III, XV Bis, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI , XXVII y XXVIII del artículo 3o. de esta Ley, así como respecto de aquéllas que se acuerden con los gobiernos de las entidades federativas, organizar y operar los servicios respectivos y vigilar su funcionamiento por sí o en coordinación con las entidades de su sector;

III. a X.

B. ...

C. ...

Artículo 51 Bis 1. Los usuarios tendrán derecho a recibir información suficiente, clara, oportuna, y veraz, así como la orientación que sea necesaria respecto de su salud y sobre los riesgos y alternativas de los procedimientos, diagnósticos terapéuticos, quirúrgicos y de rehabilitación que se le indiquen o apliquen.

...

Artículo 194 Bis. Para los efectos de esta ley se consideran insumos para la salud: Los medicamentos, substancias psicotrópicas, estupefacientes y las materias primas y aditivos que intervengan para su elaboración; así como los equipos médicos, prótesis , implantes para la recons-trucción mamaria, órtesis, ayudas funcionales, agentes de diagnóstico, insumos de uso odontológico, material qui-rúrgico, de curación y productos higiénicos, éstos últimos en los términos de la fracción VI del artículo 262 de esta ley.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 OMS, ¿Cómo define la OMS la salud?, disponible en

https://www.who.int/es/about/who-we-are/frequently-asked-questio ns

2 ONU, Declaración Universal de los Derechos Humanos, Artículo 25, disponible en

https://www.un.org/es/universal-declaration-human-rights/

3 ONU, Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Artículo 12, disponible en

https://www.ohchr.org/sp/professionalinterest/pages/cescr.aspx

4 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 4o., disponible en

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_080520.pdf

5 Ley General de Salud, artículo 1, disponible en

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/142_240120.pdf

6 OMS, Organización Mundial de la Salud; El Derechos a la Salud, disponible en

http://acuddeh.org/spip.php?article3808

7 Procuraduría Federal del Consumidor, Mes de sensibilización sobre el Cáncer de Mama, disponible en

https://www.gob.mx/profeco/es/articulos/mes-de-sensibilizacion-s obre-el-cancer-de-mama-223009?idiom=es

8 Secretaría de Salud, El cáncer en el mundo y México, disponible en

https://www.infocancer.org.mx/?c=conocer-el-cancer&a=estadis ticas-mundiales-y-locales

9 Inegi, Características de las defunciones registradas en México durante 2018, disponible en

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2019/ EstSociodemo/DefuncionesRegistradas2019.pdf

10 Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades, ¿Cuáles son los síntomas del cáncer de mama?, disponible en

https://www.cdc.gov/spanish/cancer/breast/basic_info/symptoms.h tm

11 Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades, ¿Cómo se diagnostica el cáncer de mama?, disponible en

https://www.cdc.gov/spanish/cancer/breast/basic_info/diagnosis.h tm

12 AM de Querétaro, En México diario mueren 18 mujeres de cáncer de mama, disponible en

https://amqueretaro.com/mexico/2020/10/04/en-mexico-diario-muere n-18-mujeres-de-cancer-de-mama/

13 Forbes México, México invierte 2.5% del PIB en Salud, cuando lo ideal sería 6% (o más): OPS, disponible en

https://www.forbes.com.mx/revista-impresa-mexico-invierte-2-5-de l-pib-en-salud-cuando-lo-ideal-seria-6-o-mas-ops/

14 Excélsior, Queda corto gasto en salud de México; estudio señala rezago en inversión, disponible en

https://www.excelsior.com.mx/nacional/queda-corto-gasto-en-salud -de-mexico-estudio-senala-rezago-en-inversion/1371336

15 CIEP, Presupuesto para salud 2021: Prioridad en la creación de plazas médicas, disponible en

https://ciep.mx/presupuesto-para-salud-2021-prioridad-en-la-crea cion-de-plazas-medicas/

16 UVM, Tras reconversión hospitalaria por covid-19, especialistas realizan consenso para el tratamiento de pacientes con cáncer, disponible en

https://laureate-comunicacion.com/prensa/tras-reconversion-hospi talaria-por-covid-19-especialistas-realizan-consenso-para-el-tratamiento-de-pac ientes-con-cancer/#.XxKHF54zZPZ

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2020.– Diputada Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

«Iniciativa que reforma el artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega e integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y Morena

Quienes suscriben, diputado Arturo Escobar y Vega, en representación de los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, así como Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta de la Peña y Érika Mariana Rosas Uribe, del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforma el segundo párrafo de la fracción I del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

No obstante que las mujeres representan más de la mitad de la población mundial, su incidencia en diversos ámbitos de la sociedad aún no corresponde a su proporción y relevancia, debido principalmente a factores estructurales e históricos expresados en muchas ocasiones en marcos jurídicos que deben ser reformados a fin de garantizar la igualdad de género.

A lo largo de la historia en muchos países del mundo, incluido el nuestro, ha sido una constante que la participación de las mujeres en la política sea invisibilizada, o bien, relegada, enfrentándose a grandes obstáculos para ocupar posiciones de primer orden en la toma de decisiones públicas.

Parte esencial de los movimientos de mujeres alrededor del mundo ha sido la lucha por lograr su reconocimiento como sujetos políticos con la finalidad de abrir a través de ello más espacios para su participación en todos los ámbitos de la vida pública.

Las luchas de las mujeres por alcanzar la igualdad alrededor del mundo han tenido como colofón la creación de diversos mecanismos a nivel internacional. Algunos de los más relevantes han sido los establecidos en la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, ratificado por México el 23 de marzo de 1981, el cual establece que los Estados parte de la Convención deberán tomar medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política y pública del país, en particular, tendrán la obligación de garantizar, en igualdad de condiciones con los hombres, el derecho a participar en la formulación de las políticas gubernamentales y en la ejecución de éstas, ocupar cargos públicos y ejercer todas las funciones públicas en todos los planos gubernamentales.

Asimismo, el objetivo estratégico G.1 de la Declaración de Beijing y la Plataforma de Acción de la Cuarta Conferencia sobre la Mujer organizada por la Organización de las Naciones Unidas en 1994 establece que los Estados adoptarán las medidas para garantizar a la mujer igualdad de acceso y la plena participación en las estructuras de poder y en la adopción de decisiones.

Los Objetivos de Desarrollo Sostenible impulsados porla Organización de las Naciones Unidas, a los que nuestro país se ha comprometido a dar seguimiento, establecen como meta la “Igualdad de Género”, para lo cual deberán existir marcos jurídicos para promover, hacer cumplir, y supervisar la igualdad y la no discriminación, estableciendo además, como un indicador clave, la proporción de mujeres en cargos directivos.

Los documentos referidos reconocen la distribución de poder desigual existente entre hombres y mujeres, así como los obstáculos que aún hoy impiden a las mujeres acceder a los lugares en donde se toman las decisiones que afectan a toda una comunidad, sea esta nacional o subnacional. Por lo anterior, la presencia de las mujeres en estos espacios se reconoce como un imperativo democrático y como un elemento esencial para dar a la perspectiva de género un enfoque transversal.

En México, los movimientos feministas y de mujeres han impulsado y logrado la realización de cambios normativos para garantizar el derecho de las mujeres a participar en la vida política del país en igualdad de condiciones con los hombres. Uno de los más importantes ha sido el diseño e implantación de un sistema que asegura la paridad de candidaturas entre mujeres y hombres, establecido por primera vez en el texto constitucional en 2014 y que resultó en 2018 en la mayor presencia de mujeres en la historia en el Congreso de la Unión, alcanzado en la Cámara de Diputados un porcentaje de 48.2 y de 49.2 en el Senado de la República.

Si bien el establecimiento de acciones afirmativas a favor de las mujeres ha tenido éxito en lo que respecta a la composición paritaria de los órganos del Poder Legislativo en el ámbito federal, éstas no habían sido replicadas en otros espacios de toma de decisiones, particularmente en el ámbito del Ejecutivo.

En este escenario, la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la reforma a los artículos 2o., 4o., 35, 41, 52, 53, 56, 94 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para garantizar que la mitad de los cargos de decisión política en los tres niveles de gobierno (federal, estatal y municipal), en los tres Poderes de la Unión (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) y organismos autónomos sean para mujeres (lo que se conoce como “paridad en todo” o “paridad transversal”) constituye un avance en la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el acceso al poder político. 1

En relación con los cargos relativos al Poder Ejecutivo, la modificación a la Constitución establece que los nombramientos de las personas titulares de las secretarías de despacho del Poder Ejecutivo deberán observar el principio de paridad de género, en el nivel federal y las entidades. En general, los partidos estarán obligados a garantizar la paridad en las candidaturas a los distintos cargos de elección popular. Para el nivel municipal se establece constitucionalmente que los ayuntamientos de elección popular directa se integrarán de conformidad con el principio de paridad (por un presidente o presidenta, y las regidurías y sindicaturas que determine la ley). Asimismo, se reconoce el derecho de los pueblos y las comunidades con población indígena para elegir representantes ante los ayuntamientos, observando el principio de paridad conforme a las normas aplicables. En el Poder Legislativo se mandata la aplicación de la paridad horizontal y vertical para la integración de las listas de candidaturas para las diputaciones y senadurías de representación proporcional. Es decir, las candidaturas que presenten los partidos por este principio deberán ser paritarias y encabezadas alternadamente entre hombres y mujeres en cada periodo electivo. En relación con el Poder Judicial, la reforma establece que la integración de los órganos jurisdiccionales será mediante concursos abiertos observando la paridad de género. Por su parte, la integración de los organismos autónomos, tanto a nivel federal como sus contrapartes en las entidades federativas, deberán cumplir el principio de paridad. 2

No obstante la gran relevancia de lo anterior para aumentar las posibilidades reales de las mujeres de acceder a cargos públicos de poder y de representación popular, aún queda mucho por hacer, particularmente en cuanto respecta a lograr que la paridad total incida también en el ejercicio del Poder Ejecutivo en las entidades federativas. Se necesita que la mujer no sólo sea candidata a puestos públicos sino que participe dentro de los gobiernos y tenga la posibilidad de encabezarlos.

No podemos soslayar que sólo siete mujeres han resultado electas para gobernar una entidadfederativa en México, configurándose como uno de los cargos de elecciónpopular donde las mujeres han tenido la más baja participación; por tratarse de candidaturas uninominales, no se aplica el criterio de paridad de género. 3

Lo anterior es resultado del poco interés que han tenido los partidos políticos para contribuir a que las mujeres amplíen su participación en el ejercicio del Poder Ejecutivo en las entidades federativas.

De acuerdo con datos del Instituto Nacional Electoral, entre 2015 (año en que aplicó por primera vez la paridad en las candidaturas señalada en el texto constitucional) a 2020, de las 224 personas postuladas como candidatas a ocupar una gubernatura, 81.69 por ciento (183) correspondió a hombres y sólo 18.30 (41) a mujeres. Incluso, en 10 estados los partidos no registraron mujeres como candidatas a las gubernaturas para las elecciones celebradas entre 2015 y 2019, por lo que se trataron de contiendas exclusivamente entre hombres.

Lo anterior debe corregirse estableciendo de manera más precisa en el texto constitucional que los partidos políticos tendrán la obligación de postular a una mujer en al menos la mitad de las entidades federativas en las que se renueve el Poder Ejecutivo en un mismo año.

Para mayor claridad respecto a la propuesta de modificación se presenta a continuación el siguiente cuadro comparativo:

Por lo expuesto sometemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el segundo párrafo de la fracción I del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Único. Se reforma el segundo párrafo de la fracción I del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como a continuación se presenta:

Artículo 116. (...)

Los poderes de los Estados se organizarán conforme a la Constitución de cada uno de ellos, con sujeción a las siguientes normas:

I. (...)

La elección de los gobernadores de los Estados y de las Legislaturas Locales será directa y en los términos que dispongan las leyes electorales respectivas , de conformidad con el principio de paridad.Para garan-tizar el cumplimiento de lo previsto en la base I del artículo 41 de esta Constitución, en las candidaturas a gubernaturas los partidos políticos nacionales deberán postular a una mujer en al menos la mitad de las entidades federativas en las que se renueve el Poder Ejecutivo en un mismo año.

(...)

Nunca podrán ser electos para el periodo inmediato:

a) y b) (...)

(...)

II. a IX. (...)

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La observancia de la obligación señalada en el segundo párrafo de la fracción I del artículo 116 será aplicable para los partidos políticos a partir delos procesos electorales locales 2023-2024.

Tercero. El Congreso de la Unión contará con un plazo de un año a partir de la entrada en vigor del presente Decreto para llevar a cabo las adecuaciones normativas necesarias a fin de armonizar la legislación en materia electoral con el mismo.

Cuarto. Las legislaturas de las entidades federativas, en el ámbito de su competencia, deberán realizar las reformas correspondientes en su legislación para armonizarla con lo dispuesto en el presente Decreto.

Notas

1 Véase Vázquez Correa, Lorena. Reforma constitucional de paridad de género: rutas para su implementación”, cuaderno de investigación número 58, Instituto Belisario Domínguez, Senado de la República, 2019.

2 Ibídem.

3 Véase Beatriz Llanos, Marta Martínez, Blanca Olivares Peña, Eva Samqui. La democracia paritaria en América Latina: los casos de México y Nicaragua, Comisión Interamericana de Mujeres, 2016.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2020.– Diputados y diputadas: Arturo Escobar y Vega, Lyndiana Elizabeth Bugarín Cortés, Jorge Francisco Corona Méndez, Zulma Espinoza Mata, José Ricardo Gallardo Cardona, Marco Antonio Gómez Alcantar, Leticia Mariana Gómez Ordaz, Carlos Alberto Puente Salas, Roberto Antonio Rubio Montejo, Jesús Carlos Vidal Peniche, Lilia Villafuerte Zavala, Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta de la Peña, Érika Mariana Rosas Uribe (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión.



CÓDIGO PENAL FEDERAL

«Iniciativa que adiciona el artículo 296 del Código Penal Federal, a cargo del diputado David Bautista Rivera, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, David Bautista Rivera, diputado a la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72, inciso h), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 296 del Código Penal Federal, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

El envejecimiento de la población puede considerarse un éxito de las políticas de salud pública y el desarrollo socioeconómico, pero también constituye un reto para la sociedad, que debe adaptarse a ello para mejorar al máximo la salud y la capacidad funcional de las personas mayores, así como su participación social y su seguridad. 1

Cuando nos referimos al envejecimiento, hablamos de un proceso natural, gradual, continuo e irreversible de cambios a través del tiempo. Estos cambios se dan en el nivel biológico, psicológico y social, y están determinados por la historia, la cultura y las condiciones socioeconómicas de los grupos y las personas. Por ello, la forma de envejecer de cada persona es diferente.

Entre los signos que determinan el envejecimiento de las personas se tienen 2:

• La edad física: cambios físicos y biológicos que se presentan a distintos ritmos, mismos que dependen del sexo, lugar de residencia, economía, cultura, alimentación, tipo de actividades desarrolladas y emociones.

• La edad psicológica: cambios en las emociones, sentimientos, pensamientos y el significado que para cada persona tiene la vejez. Adicionalmente se presentan cambios en los procesos psicológicos, como la memoria o el aprendizaje.

• La edad social: relacionada con los significados de la vejez, diferentes para cada grupo humano, según su historia, su cultura y su organización social.

El proceso de envejecimiento es desigual en el país. Los estados con una población de adultos mayores más grandes son la Ciudad de México, el estado de México y Veracruz. 3

Según datos de la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica (ENADID) 2018 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), alertó que, en México, las personas de 60 años o más que viven solas se exponen a vulnerabilidad, debido a que no cuentan con una red familiar que las apoye en un momento de su vida donde su salud o sus condiciones económicas pueden ser precarias.

Asimismo, se indica en dicha encuesta, que la mayoría de ellos (47.9 por ciento) vive en hogares nucleares (formado por un solo núcleo familiar: puede incluir a una pareja con o sin hija(o), solteros o un jefe o jefa con hija(o)s solteros). Casi cuatro de cada 10 (39.8 por ciento) residen en hogares ampliados (un solo núcleo familiar o más, y otras personas emparentadas con él o ellos) y 11.4 por ciento (1 millón 746,125) conforman hogares unipersonales, es decir, viven solos.

De ese porcentaje que vive solo, 60 por ciento son mujeres (1 millón 048,426) y 40 por ciento son hombres (697 mil 699). Su estructura por edad indica que 43.1 por ciento tiene entre 60 y 69 años, mientras que más de la tercera parte (36.4 por ciento) entre 70 y 79 años. Sólo entre 17.4 y 3.1 por ciento su edad oscila entre los 80 y 90 años o más, respectivamente.

El envejecimiento de la población es una de las causas de la discapacidad en el mundo, ya que el deterioro físico por el paso del tiempo, aunado a malos hábitos, enfermedades, etcétera, genera dificultad para el desempeño de las actividades de la vida diaria, que tienen como consecuencia la pérdida de la independencia, la autonomía física y el abandono familiar. 4

En cuanto a las causas de las discapacidades, la enfermedad es la principal responsable en 44.4 por ciento de los casos. En cuanto a las dificultades para hablar o comunicarse, es la edad avanzada la responsable en 42.6 por ciento de los casos, indicó la ENADID.

Se considera a una persona como adulto mayor después de los 60 años, sin embargo, es después de los 75 años cuando comienza una disminución en las capacidades físicas de los individuos.

Las principales discapacidades identificadas en los adultos mayores son 5:

• Visión: Debilidad visual/amaurosis. Sólo 40 por ciento emplea un auxiliar visual.

• Audición: Hipoacusia/Sordera profunda. Sólo 2.9 por ciento emplea un auxiliar auditivo.

• Afecciones de los miembros: Incapacidad funcional parcial/Incapacidad funcional total. Sólo 16 por ciento de los casos afectados emplean alguna prótesis.

Tan sólo en nuestro país residen 15.4 millones de personas de 60 años o más, de las cuales 1.7 millones viven solas. Sólo 41.4 por ciento son económicamente activos, y 69.4 por ciento presentan algún tipo de discapacidad, de acuerdo con la última encuesta especial del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi). 6

En México, 5 de cada 10 personas discapacitadas son adultos mayores, reveló la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica (ENADID) 2018, en el marco del Día Internacional de las Personas con Discapacidad. 7

De tal manera que las actividades como caminar, subir o bajar escaleras representa un reto para el 67.5 por ciento de las personas de la tercera edad discapacitadas, mientras 39.6 por ciento reportó problemas de visión y 24.7 por ciento de oído, de acuerdo con el estudio.

Estas limitantes representan un impacto en la participación e inclusión de este sector poblacional en la sociedad, ya que la discapacidad en adultos mayores tiene como consecuencias la acumulación de riesgos a la salud y enfermedades.

Lo anterior se agrava con la discriminación por su discapacidad, a las personas mayores, ya que los jóvenes los ven como si ya tuvieran que retirarse, como si no hubiera posibilidad de seguir haciendo una vida social al igual que ellos.

Asimismo, es que durante el confinamiento como medida para mitigar la propagación de covid-19, los adultos mayores enfrentan un reto de convivencia con las familias, esto derivado de que muchos de ellos sufren maltrato y abuso por su discapacidad.

Las mayoría de víctimas de maltrato y abuso son mujeres, pero esto también les sucede a algunos hombres, sin embargo las personas mayores que tienen más probabilidad de ser víctimas, son las que no tienen parientes o amigos cerca, así como aquellas que dependen de otros para que les ayuden con actividades de la vida diaria, incluso bañarse, vestirse y tomar medicinas, ya que tienen discapacidades físicas.

El maltrato de personas de la tercera edad puede provocar una muerte prematura, perjudicar la salud física y psicológica.

El maltrato de las personas mayores con discapacidad no dejará de ocurrir por sí solo, por lo que es necesario brindar protección a este sector tan vulnerable de nuestra sociedad, garantizando sus derechos, de forma que se pueda terminar con este tipo de abusos. Por esta razón realizo las siguientes modificaciones al Código Penal Federal, para garantizar su seguridad.

El texto propuesto es el siguiente:

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona el artículo 296 del Código Penal Federal

Único. Se adiciona el artículo 296 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 296. Cuando las lesiones se infieran a personas adultas mayores, se impondrá la pena de seis a doce años de prisión y de trecientos a quinientos días de multa, así como las penas estipuladas en los artículos 343 Bis y 343 Ter.

Además de las penas correspondientes a las lesiones, el juez podrá imponerle la suspensión o privación en el ejercicio de aquellos derechos.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Organización Mundial de la Salud, Envejecimiento, [en línea] [fecha de consulta 26 de octubre 2020] Disponible en:

https://www.who.int/topics/ageing/es/#:~: text=El%20envejecimiento%20de%20la%20poblaci%C3%B3n,como%20su%20participaci%C3% B3n%20social%20y

2 Gobierno de México, Situación de las personas adultas mayores en México, [en Línea] [fecha de consulta 26 de octubre del 2020] Disponible en:

http://cedoc.inmujeres.gob.mx/documentos_download/101243_1.pdf

3 Animal Político, La problemática de los adultos mayores en México, [en línea][fecha de consulta 28 de octubre 2020] Disponible en:

https://www.animalpolitico.com/lo-que-quiso-decir/adultos-mayore s-mexico/

4 Gobierno de México, Discapacidad en adultos mayores, [En línea][Fecha de consulta 29 de octubre 2020] Disponible:

https://www.gob.mx/conadis/articulos/discapacidad-en-adultos-may ores?idiom=es

5 Ibídem

6 El Financiero, “En México, 15.4 millones de personas de 60 años o más”, [En Línea] [Fechas de consulta 28 de octubre 2020] Disponible:

https://www.eleconomista.com.mx/politica/En-Mexico-15.4-millones -de-personas-de-60-anos-o-mas-20200326-0008.html

7 Forbes, “En México, 5 de cada 10 personas con discapacidad son adultos mayores”, [En línea] [Fecha de consulta 29 de octubre 2020] Disponible en:

https://www.forbes.com.mx/en-mexico-5-de-cada-10-personas-con-di scapacidad-son-adultos-mayores/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2020.– Diputado David Bautista Rivera (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA

«Iniciativa que reforma los artículos 1o., 28, 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo de la diputada Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a consideración la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 1, 28, 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Los principios de igualdad y no discriminación, han sentado las bases de las sociedades modernas, éstos se encuentran establecidos en diferentes ordenamientos jurídicos de los que nuestro país es parte, tales como:

Declaración Universal de los Derechos Humanos 1

Artículo 1.

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dig-nidad y derechos y, dotados como están de razón y con-ciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 7.

Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos 2

Artículo 26.

Todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho sin discriminación a igual protección de la ley. A este respecto, la ley prohibirá toda discriminación y garantizará a todas las personas protección igual y efectiva contra cualquier discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer 3

Artículo 3.

Los Estados parte tomarán en todas las esferas, y en particular en las esferas política, social, económica y cultural, todas las medidas apropiadas, incluso de carácter legislativo, para asegurar el pleno desarrollo y adelanto de la mujer, con el objeto de garantizarle el ejercicio y el goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales en igualdad de condiciones con el hombre.

La igualdad entre mujeres y hombres también cobra relevancia en la Agenda 2030, pues dos de sus Objetivos de Desarrollo Sostenible tienen como objetivo la igualdad: 4

Objetivo 5: Lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y las niñas

Objetivo 10: Reducir la desigualdad en y entre los países.

En nuestra Carta Magna, estos principios también se encuentran consagrados:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 5

Artículo 1. ...

Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

Artículo 4.

La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.

De los preceptos anteriores, surge la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, con el objeto de “regular y garantizar la igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres, proponer los lineamientos y mecanismos institucionales que orienten a la Nación hacia el cumplimiento de la igualdad sustantiva en los ámbitos público y privado, promoviendo el empoderamiento de las mujeres y la lucha contra toda discriminación basada en el sexo. Sus disposiciones son de orden público e interés social y de observancia general en todo el territorio nacional”. 6

El principio de igualdad se trata de un “un principio que obliga a reconocer iguales prerrogativas a todos los seres humanos como presupuesto indispensable para el respeto de todos sus derechos, ello aunque existan grandes diferencias entre ellos; de modo que no es cosa de tratar a todas las personas de la misma manera, sino que partiendo de su diferencias se generen condiciones y relaciones sociales para que todas gocen de los mismos beneficios y oportunidades”. 7

Así pues, para alcanzar dicha igualdad entre mujeres y hombres, se requiere no solo de acciones y programas, sino de presupuesto públicos, pues éstos “son un instrumento de política económica y social que refleja las prioridades de los Estados en relación con el bienestar de la población y el desarrollo del país, así como su compromiso con los derechos humanos de hombres y mujeres”, 8 además “crean condiciones favorables para remediar y compensar las desigualdades de género”. 9

Los presupuestos públicos sensibles al género, como también se denominan, son recientes, pues se comienzan a promover en 1995 en la cuarta Conferencia Mundial sobre Mujeres de Naciones Unidas en la que “se requirió a los gobiernos, y otros actores, promocionar una política activa y visible que, incorpore una perspectiva de género en la agenda política de cada país, la cual incluya todas la áreas y programas públicos, para que la toma de decisiones se realice con base en el análisis de los efectos productivos en mujeres y hombres, respectivamente”.

En México el presupuesto destinado a alcanzar la igualdad entre mujeres y hombres se encuentra establecido en el Anexo Transversal 13. Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), éste fue incorporado año con año desde el 2008 “a partir del reconocimiento de que no existen presupuestos públicos neutrales en materia de género y de que la ceguera de género de estos puede agravar las desigualdades existentes”. 10 Su evolución presupuestal en los últimos años ha sido de la siguiente manera:

Evolución presupuestal del Anexo 13

Como se puede notar, éste ha tenido un incremento, sin embargo, la asignación de los recursos públicos ha sido de manera inercial, consta de ello las observaciones realizadas por la Auditoría Superior de la Federación a los programas presupuestario que en 2017 integraron la política de igualdad de género, pues “sólo 15 (13.6 por ciento) programas tienen una vinculación directa con la atención del problema de la desigualdad entre mujeres y hombres, ya que éstos tienen como fin lograr la igualdad sustantiva entre hombre y mujeres, mediante la prevención y atención de la violencia de las mujeres; la discriminación por motivo de género; mientras que los 95 (86.4 por ciento) programas restantes carecen de relación, debido a que el objetivo del programa no especifica la manera en cómo contribuyen al cumplimiento de la política pública”. 11

Lo anterior, también se vio reflejado en el decreto del PEF 2020, pues el Anexo 13 contó con una asignación de 103 mil millones de pesos para la igualdad entre mujeres y hombres, sin embargo, el Ramo 20 Bienestar es el que concentra la mayor parte de los recursos con 50.7 mil millones de pesos, siendo el Programa de Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores el que concentra el 78 por ciento de los recursos de este Ramo, seguido del por el Programa Sembrando Vida con 8.5 mil millones de pesos, el equivalente al 16.8 por ciento total de recursos para el Ramo 20 Bienestar. 12

El pasado 8 de septiembre, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) entregó a la Cámara de Diputados el Paquete Económico 2021, en éste, el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2021 (PPEF 2021), como ya se observó en la tabla anterior, contempla un total de 128.092 mil millones de pesos, y nuevamente el Ramo 20 Bienestar el que concentra la mayor parte de los recursos con 71.7 mil millones de pesos, siendo de nueva cuenta el programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores el que concentra la mayor parte de los recursos en el Ramo 20 Bienestar con 59.199 mil millones, lo que es equivalente al 46 por ciento de todo el presupuesto del Anexo 13.

El problema no radica en que se deba etiquetar recursos para este sector de la población, sino que no hay certeza de que los programas que se hacen llamar “prioritarios”, contribuyan a avanzar en la igualdad entre mujeres y hombres.

Es de suma importancia que “las decisiones presupuestarias sobre políticas y programas se integre una perspectiva de género, al mismo tiempo de una financiación adecuada de los programas encaminados a lograr la igualdad entre la mujer y el hombre”, 13 pues de no hacerlo “la invisibilidad de las mujeres y de la igualdad de género en el presupuesto público provoca un amplio espectro de injusticias, ya que si no se consideran las desigualdades entre hombres y mujeres en la asignación presupuestaria para el desarrollo de la acción del Estado y la implementación de las políticas públicas, se obstaculiza la posibilidad de planificar, ejecutar y evaluar las acciones del Estado que apuntan a la disminución de las brechas de género”. 14

Además, en la Política Nacional en Materia de Igualdad establecida en la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres se señala que el presupuesto en la materia debe ser para lograr la igualdad entre mujeres y hombres: 15

Artículo 17. La Política Nacional en materia de Igualdad entre mujeres y hombres deberá establecer las acciones conducentes a lograr la igualdad sustantiva en el ámbito, económico, político, social y cultural.

La Política Nacional que desarrolle el Ejecutivo federal deberá considerar los siguientes lineamientos:

...

II. Asegurar que la planeación presupuestal incorpore la perspectiva de género, apoye la transversalidad y prevea el cumplimiento de los programas, proyectos y acciones para la igualdad entre mujeres y hombres;

...

Sin embargo, este principio de igualdad en el presupuesto público, no se encuentra reflejado en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la cual “tiene por objeto reglamentar la programación, presupuestación, aprobación, ejercicio, control y evaluación de los ingresos y egresos públicos federales”. 16

Por lo anterior, y con el fin de reducir las brechas de género y avanzar en la igualdad de mujeres y hombres, someto a consideración de está honorable asamblea la siguiente reforma:

Por lo anteriormente expuesto se somete a consideración la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma los artículos 1, 28, 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Único. Se reforma el segundo párrafo del artículo 1, y la fracción V del artículo 75, así como el primer párrafo y último párrafo del artículo 77, y se adiciona un párrafo a la fracción V del artículo 28 de Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria para quedar como sigue:

Artículo 1.- ...

Los sujetos obligados a cumplir las disposiciones de esta Ley deberán observar que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas e igualdad de género.

Artículo 28. El proyecto de Presupuesto de Egresos se presentará y aprobará, cuando menos, conforme a las siguientes clasificaciones:

I a IV. ...

V. La de género, la cual agrupa las previsiones de gasto con base en su destino por género, diferenciando entre mujeres y hombres.

Los programas presupuestarios deben estar destinados a alcanzar la igualdad entre mujeres y hombres.

Artículo 75.- Los subsidios deberán sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual las dependencias y entidades que los otorguen deberán:

I. Identificar con precisión a la población objetivo, por género y por grupo específico , así como por región del país, entidad federativa y municipio;

II. a X. ...

...

Artículo 77. Con el objeto de cumplir lo previsto en el segundo párrafo del artículo 1 de esta ley, se señalarán en el Presupuesto de Egresos los programas a través de los cuales se otorguen subsidios y aquellos programas que deberán sujetarse a reglas de operación. La Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos, podrá señalar los programas, a través de los cuales se otorguen subsidios, que deberán sujetarse a reglas de operación con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice con eficiencia, eficacia, economía, honradez , transparencia y perspectiva de género. Asimismo, se señalarán en el Presupuesto de Egresos los criterios generales a los cuales se sujetarán las reglas de operación de los programas.

...

I. ...

...

...

II. ...

a)...

b)...

i) a viii)...

...

...

...

...

...

...

...

...

...

...

Las reglas de operación deberán ser simples y precisas con el objeto de facilitar la eficiencia y la eficacia , así como la incorporación de la perspectiva de género, en la aplicación de los recursos y en la operación de los programas.

Transitorios

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 ONU, Declaración Universal de los Derechos Humanos, artículos 1 y 7, disponible en

https://www.un.org/es/universal-declaration-human-rights/

2 ONU, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, articulo 26, disponible en

https://www.ohchr.org/sp/professionalinterest/pages/ccpr.aspx

3 ONU, Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, artículo 3, disponible en

https://www.ohchr.org/sp/professionalinterest/pages/cedaw.aspx

4 ONU, Objetivos de Desarrollo Sostenible, Objetivos 5 y 10, disponible en

https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/inequality/

5 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 1 y 4, disponible en

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_080520.pdf

6 Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, articulo 1, disponible en

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGIMH_140618.pdf

7 Consejo de la Judicatura Federal, Leyes e Instrumentos Internacionales sobre Igualdad y Perspectiva de Género, disponible en

https://www.poderjudicialcdmx.gob.mx/wp-content/uploads /Leyes_igualda_genero.pdf

8 ONU Mujeres, Presupuesto públicos con perspectiva de género, disponible en

https://mexico.unwomen.org/es/nuestro-trabajo/presupuestos-publi cos-con-perspectiva-de-genero

9 Ibídem.

10 Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe, Op. Cit.

11 Auditoría Superior de la Federación, Evaluación Número 1587-DS “Política Pública de Igualdad de Género”, disponible en

https://www.asf.gob.mx/Trans/Informes/IR2017c/Documentos/Auditor ias/2017_1587_a.pdf

12 Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, Anexo, 13, disponible en

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/PEF_2020_111219. pdf

13 ONU, Informe de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, disponible en

https://www.un.org/womenwatch/daw/beijing/pdf/Beijing%20full%20r eport%20S.pdf

14 Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe, El Gasto Etiquetado para las Mujeres y la Igualdad de Género (GEMIG) en México: Un avance para garantizar la autonomía de las mujeres, disponible en

https://oig.cepal.org/sites/default/files/el_gasto_etiquetado_pa ra_las_mujeres_en_mexico_esp.pdf

15 Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, artículo 17, disponible en

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGIMH_140618.pdf

16 Coneval, Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Artículo 17, disponible en

https://www.coneval.org.mx/Evaluacion/NME/Paginas/ley_presupuest o.aspx

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2020.– Diputada Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión.



INSCRIBIR EN LETRAS DE ORO EN EL MURO DE HONOR DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS LA LEYENDA: "A LA LOABLE LABOR DE LOS HÉROES DE LA SALUD POR COVID-19"

«Iniciativa de decreto, para inscribir en letras de oro en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados la leyenda “A la loable labor de los héroes de la salud por covid-19”, a cargo de la diputada María Guadalupe Díaz Avilés, del Grupo Parlamentario de Morena

María Guadalupe Díaz Avilez, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 77, numeral 1, 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos y aplicables artículo 262 del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos aplicables, presento iniciativa con proyecto de decreto para inscribir en letras de oro en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados la leyenda: “A la loable labor de  los héroes de la salud por covid-19”

Exposición de Motivos

I. Planteamiento del problema

La pandemia por covid-19, causada por el nuevo coronavirus SARS-CoV-2, se ha convertido en pocos meses en una amenaza para la humanidad, desencadenando la peor crisis sanitaria de este siglo. Más de veinte millones de personas han sido ya infectadas por el virus y miles han muerto en todo el mundo como resultado de esta infección.

El primer caso de covid-19 en México se detectó el 27 de febrero de 2020 en la Ciudad de México. Se trataba de un mexicano que había viajado a Italia y tenía síntomas leves. 1

El 28 de febrero se confirmaron dos casos más: un italiano de 35 años, residente de la Ciudad de México, y un ciudadano mexicano del estado de Hidalgo que se encontraba en el estado de Sinaloa. Los dos habían viajado recientemente a Italia. La fase 1 de covid-19 comenzó ese día.

En esta fase, los casos de infección son importados del extranjero y no hay casos de contagio local; el número de personas infectadas con el virus es limitado existen acciones con el objetivo de difundir las acciones preventivas de contagio.

El cuarto caso se confirmó el 29 de febrero de 2020: una joven del estado de Coahuila que viajó recientemente a Milán (Italia).

El 1 de marzo, una joven que estudiaba en Italia fue confirmada en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, alcanzándose los cinco casos. El 6 de marzo se confirmó el sexto caso en el estado de México: un hombre de 71 años que viajó a Italia. El séptimo caso, confirmado el 7 de marzo, era un hombre de 46 años de la Ciudad de México.

El 11 de marzo, el mismo día que la Organización Mundial de la Salud (OMS) clasificó al covid-19 como pandemia, se informaron de cuatro nuevos casos: dos en la Ciudad de México y uno más en Querétaro, todos ellos pacientes que habían regresado de un viaje a España y cuyas edades oscilaban entre 30 y 41 años. También ese día se registró el caso de una mujer de 64 años del estado de México, que había viajado a Estados Unidos de América (EUA) recientemente. En esa fecha se tenía el reporte de once casos en México.

El 14 de marzo de 2020, la Secretaría de Educación Pública (SEP) adelantó el periodo de vacaciones de Semana Santa, extendiéndolo a un mes, del 23 de marzo al 20 de abril en todas las instituciones educativas de todo el país. 2

El 18 de marzo se reportaron 118 casos confirmados de covid-19, un aumento de 26 por ciento en comparación con el resultado del día anterior (93 casos). Ese mismo día, la Secretaría de Salud confirmó la primera muerte por covid-19 en México.

El gobierno federal decretó el 24 de marzo el inicio de la fase 2 de la pandemia covid-19 en el país, tras registrar las primeras infecciones locales. En esta fase se suspenden principalmente ciertas actividades económicas, se restringe las congregaciones masivas y se recomienda permanecer en el domicilio a la población en general, especialmente a los mayores de 60 años y a las personas con diagnóstico de hipertensión arterial, diabetes, enfermedad cardíaca o pulmonar, inmunosupresión inducida o adquirida, a las mujeres que se encuentren en estado de embarazo o puerperio inmediato.

A partir del 26 de marzo se suspendieron las actividades no esenciales del gobierno federal, exceptuando las relacionadas con los servicios de seguridad, salud, energía y limpieza. Se recomienda el estornudo de etiqueta, el lavado de manos constante y la desinfección continua de áreas de uso público.

El 30 de marzo se decretó una emergencia de salud nacional en México, dada la evolución de casos confirmados y las muertes por la enfermedad. Esto condujo al establecimiento de medidas adicionales para su prevención y control, como la suspensión inmediata de actividades no esenciales en todos los sectores económicos del país durante un mes, hasta el 30 de abril. 3

El 21 de abril de 2020 se dio por iniciada la fase 3 por covid-19 en México, ya que se tenía evidencia de brotes activos y propagación en el territorio nacional con más de mil casos.

Las medidas tomadas en esta fase fueron la suspensión de actividades no esenciales del sector público, privado y social, así como la extensión de la Jornada Nacional de Sana Distancia hasta el 30 de mayo

La pandemia por covid-19 constituye una emergencia sanitaria mundial, por lo que se han aplicado rigurosos esfuerzos a escala mundial para la contención del virus por medio de la cuarentena obligatoria.

El primer caso de covid-19 se detectó en México el 27 de febrero de 2020. Sesenta y cuatro días después del primer caso diagnosticado, el número de casos aumentó rápidamente, siguiendo una tendencia de crecimiento exponencial.

La importancia del sector salud ha sido vital en esta época de pandemia, la entrega y vocación de cada Médico, enfermera, enfermero y personal del servicio del sector salud ha sido un fuerte pilar que ha sostenido la salud y restablecimiento de las personas en nuestro país.

II. Argumentos que la sustentan

La actual crisis producida por covid-19 ha puesto de manifiesto la importancia de las medidas no farmacológicas en la contención de enfermedades infecciosas.

La medidas para enfrentar los riesgos sanitarios por los cuales el mundo entero y México a traviesa, ha hecho que se tomen medidas extremas sanitarias  con la finalidad de combatir la enfermedad y preservar la vida en nuestro país.

Estamos en una situación de emergencia, la enfermedad por covid-19 nos ha tomado en el mundo entero, por sorpresa. En un principio parecía una gripe grave, pero ha sido mucho más, como sabemos se inició a miles de kilómetros, y se propagó como el fuego en la pólvora, bloqueó nuestros hospitales, mató a nuestros ancianos, madres, padres, hijos, amigos dejó con frecuencia secuelas a veces graves o molestas a muchos de los que lo contrajeron y sobrevivieron. 4

Aunque su gravedad aumenta con la edad, y con enfermedades degenerativas, o grupos vulnerables, con enfermedades como diabetes, hipertensión, sobrepeso, etcétera, incluso algunos niños que lo contrajeron murieron o estuvieron muy enfermos, y los de cualquier edad con situaciones en que se afectan las defensas y la inmunidad, incluidos los pacientes en tratamiento para otras enfermedades como la leucemia y otros cánceres hubieron de tomar mayores precauciones dada su especial susceptibilidad.

Como medida de control hubo que tomar medidas excepcionales como mantener a la población en sus propios domicilios, parar en un alto grado la actividad laboral, reducir los desplazamientos, el turismo, cerrar las escuelas y evitar las reuniones.

La enfermedad por covid-19 puso en un riesgo más latente a la población más vulnerable como los son personas con:

- Cáncer (enfermedad activa: no sabemos si el haber tenido un cáncer ya superado aumenta el riesgo).

- Cardiopatías importantes. Incluyen la insuficiencia cardiaca, la enfermedad coronaria, la hipertensión pulmonar y las cardiomiopatías (enfermedades primarias del músculo cardiaco).

- Enfermedad renal crónica (cualquier grado de enfermedad renal crónica aumenta el riesgo).

- EPOC (enfermedad pulmonar obstructiva crónica; incluye el enfisema y la bronquitis crónica).

- Inmunosupresión inducida médicamente postransplante de órganos sólidos.

- Obesidad (índice de masa corporal, IMC, mayor o igual a 30).

- Diabetes tipo 2 (la diabetes del adulto; con frecuencia es uno de los componentes del síndrome metabólico, que incluye también la hipertensión arterial y la obesidad).

- Enfermedad cerebrovascular (afectación de los vasos sanguíneos del cerebro, principalmente infarto cerebral).

- Diabetes tipo 1 (infantil, juvenil) y del embarazo.

- Embarazo.

- Fibrosis pulmonar idiopática y fibrosis quística.

- Hipertensión arterial.

- Inmunidad debilitada: inmunodeficiencias primarias, la debida al Sida, las inducidas en el transplante de médula o por toma crónica de corticoides o de otras medicaciones inmunosupresoras.

- Enfermedad hepática crónica, principalmente cirrosis.

- Patologías neurológicas como las demencias.

- Hemoglobinopatías (anemias de causa genética, como la talasemia o anemia mediterránea).

- En niños, cualquiera de las co-morbilidades que agravan la enfermedad por covid-19 en los adultos (por ejemplo, la obesidad) podrían agravarla también.

Es por ello que nuestro Presidente de la mano de la Secretaría de Salud ha tomado las medidas y estrategias idóneas para combatir la propagación y para combatir la enfermedad, brindando además información clara y eficaz para reducir la propagación de la misma.

Una de las medidas más importantes que tomó este gobierno además de quedarse en casa fue el uso de mascarillas que se ha instaurado como medida eficaz para controlar la propagación de enfermedades respiratorias.

- Mantener la distancia de seguridad y evitar conglomeraciones.

- Obligatoriedad de mascarillas eficaces en espacios públicos para reducir la transmisión del virus al medio ambiente.

- Colocar dispositivos con productos para desinfección de manos.

- Desinfectar superficies, teniendo en cuenta el tiempo de duración del virus sobre diferentes superficies.

­ - Consideraciones especiales para el transporte público al utilizar mascarillas de manera obligatoria e introducir desinfectantes de manos en estaciones.

­ ­ - Garantizar distancias mínimas entre pasajeros aumentando frecuencias de paso de los vehículos.

Sin embargo pese al gran esfuerzo, la enfermedad nos ha golpeado con mano firme, la batalla ante esta pandemia ha llevado a nuestro país a llevar las medidas sanitarias con medidas extremas que permitan el menor número de contagios, el trabajo en conjunto que como Mexicanos hemos hecho se ha dejado ver, sin embargo aún falta un gran camino, la ayuda se ha dejado ver, hemos sido un país que no se ha dejado vencer ante las adversidades, juntos hemos vivido catástrofes naturales que han colocado a nuestro país al borde del llanto y dolor, sin embargo nuestra unión y fe nos ha mantenido firmes, a través de la catástrofe y ante las batallas que ha enfrentado nuestro país, esta batalla no es la excepción.

Hoy en primera línea de fuego se encuentran combatiendo nuestros héroes de la salud, quienes salen cada mañana a luchar contra la enfermedad en los hospitales, en los consultorios, nuestro médicos, enfermeras, enfermeros y cada personal del servicio de salud, que coadyuvan a salvar vidas, sepan que nos damos cuenta, de las largas horas de trabajo, de su compromiso y ética, al dejar su hogar y sus familias. 5

Sabemos que la cifra de contagio ha sido alta alrededor de nuestro país, y que hemos perdido a nuestros ancianos, padres, madres, niños, médicos, enfermeras, enfermeros y personal de salud en el ejercicio de su profesión, en esta lucha por salvaguardar el mayor número de vidas posibles.

La loable labor y contribución de los ciudadanos, médicos, enfermeras, enfermeros y personal de servicio en el sector salud para salvaguardar la vida de cada persona en nuestro país, son el esfuerzo por mejorar la salud de la población en tiempos de crisis y de enfermedad en esta desastrosa pandemia.

Nuestro personal médico, nuestras enfermeras, y cada personal de servicio médico que coadyuva en el sector salud del país ha dado un paso adelante colocándose en primera línea para combatir la propagación de covid-19.

Al dar atención y cuidados directos a pacientes hospitalizados, trabajando las 24 horas para proteger y mantener la salud, el bienestar de los pacientes y de la sociedad en general, son nuestros héroes de la salud quienes con valentía han decido tomar la Bandera mexicana y con amor a la patria han protegido la salud ayudando a mejorar la vida de los pacientes, a pesar de los riesgos inminentes que constituyen a nivel personal.

Es por ello que les decimos desde esta tribuna:

¡Muchas Gracias!

¡México te da las gracias por tu valentía por tomar tu Bandera mexicana como escudo y por vestirte de héroe al mostrar amor a tu patria!

¡Muchas gracias por no darte por vencido, médicos, enfermeras, enfermeros y personal de servicio en el Sector Salud, te damos las gracias por tu vocación sin límites y tu labor incansable en esta pandemia!

Muy queridos médicos, enfermeros, enfermeras y personal de servicio del sector salud, México les abraza, y reconoce su esfuerzo en estos duros momentos por los que a traviesa el país, donde unidos, en una sola fuerza la esperanza nos hará ver un nuevo futuro.

Por lo expuesto y fundado, someto a consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de decreto por el que se ordena inscribir con letras de oro en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados la leyenda: A la Loable Labor de los Héroes de la Salud por covid -19.

III. Fundamento legal

Lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, artículo 262 del Reglamento de la Cámara de Diputados, artículo 2 de los Criterios para las Inscripciones de Honor en la Cámara de Diputados y demás relativos aplicables.

Artículo Único. Inscríbase en letras de oro en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados la leyenda “A la Loable Labor de los Héroes de la Salud por covid -19”

IV. Transitorios

Artículo Primero. Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo . El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 https://www.ncbi.nlm.nih.gov/pmc/articles/PMC7250750/, Epidemio-logía de covid-19 en México: del 27 de febrero al 30 de abril de 2020.

2 https://www.ncbi.nlm.nih.gov/pmc/articles/PMC7250750/, Epidemio-logía de covid-19 en México: del 27 de febrero al 30 de abril de 2020.

3 https://www.ncbi.nlm.nih.gov/pmc/articles/PMC7250750/, Epidemio-logía de covid-19 en México: del 27 de febrero al 30 de abril de 2020.

4 https://www.csic.es/sites/default/files/informe_cov19_pti_salud_glo-bal_csic_v2 _1.pd, Una Visión Global de la Pandemia covid-19; Que sabemos y que estamos investigando el CSIC, Gobierno de España, Ministerio de Ciencia e Innovación.

5 Alsb

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2020.– Diputada María Guadalupe Díaz Avilez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.



CÓDIGO PENAL FEDERAL

«Iniciativa que reforma los artículos 343 Bis y 343 Ter del Código Penal Federal, a cargo del diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 6, numeral 1, fracción I, y los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se somete a consideración de está honorable asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 343 Bis y 343 Ter del Código Penal Federal, al tenor de los siguientes:

Exposición de Motivos

Antes de que existiera el covid-19, la violencia doméstica ya era una de las violaciones de los derechos humanos más frecuentes, en los últimos 12 meses, 243 millones de mujeres y niñas de edades entre 15 y 49 años de todo el mundo han sufrido violencia sexual o física por parte de su pareja, con el avance de la pandemia del covid-19, esta cifra creció con múltiples efectos en el bienestar de las mujeres, su salud sexual y reproductiva, su salud mental y su capacidad de liderar la recuperación de nuestras sociedades y economías, y de participar en ella.

“Tradicionalmente, los bajos índices de denuncia generalizados respecto a la violencia doméstica y de otro tipo han dificultado las medidas de respuesta y la recopilación de datos, menos del 40 por ciento de las mujeres que sufren violencia buscan ayuda de algún tipo o denuncian el delito. Menos del 10 por ciento de estas mujeres que buscan ayuda recurren a la policía. Las circunstancias actuales complican todavía más la posibilidad de denunciar, lo cual incluye las limitaciones de las mujeres y las niñas para acceder a teléfonos y líneas de atención y la alteración de servicios públicos como la policía, la justicia y los servicios sociales” 1. Es posible que dicha alteración también ponga en riesgo la atención y el apoyo que necesitan las sobrevivientes, como la gestión clínica de las violaciones, y el apoyo psicosocial y para la salud mental. Además, se fortalece la impunidad de los agresores. En muchos países la ley no está de parte de las mujeres; uno de cuatro países no tiene leyes que protejan específicamente a las mujeres contra la violencia doméstica.

El aumento de la violencia contra las mujeres se debe solucionar de manera urgente con medidas integradas en el apoyo económico y paquetes de estímulo acordes con la gravedad y la magnitud del reto que reflejen las necesidades de las mujeres que se enfrentan a diversas formas de discriminación. El secretario general de las Naciones Unidas ha instado a todos los gobiernos a que hagan de la prevención y la gestión de la violencia contra las mujeres una parte fundamental de sus planes de respuesta nacionales ante el covid-19. Los refugios y las líneas de atención para las mujeres se deben considerar como un servicio esencial en todos los países, y deben contar con financiación específica y amplios esfuerzos destinados a mejorar la difusión de su disponibilidad.

Las comunidades y las organizaciones de base y de defensa de las mujeres han sido clave a la hora de prevenir y acometer crisis anteriores, y la función que actualmente desempeñan en primera línea debe respaldarse con financiación que se mantenga a más largo plazo. Se deben potenciar las líneas de atención, el apoyo psicosocial y el asesoramiento en línea, empleando soluciones tecnológicas como, por ejemplo, los SMS, herramientas y redes digitales para ampliar el apoyo social y llegar a las mujeres que no tienen acceso a teléfonos o Internet. Los servicios policiales y judiciales se deben movilizar a fin de garantizar que se otorgue la mayor prioridad a los incidentes de violencia contra las mujeres y las niñas, evitando que los agresores queden impunes.

El covid-19 nos está poniendo a prueba de maneras que la mayoría de personas nunca habíamos experimentado con anterioridad. Provoca tensiones emocionales y económicas que nos esforzamos por combatir. La violencia que actualmente aparece como una mancha negra de esta pandemia es un reflejo de nuestros valores, nuestra resiliencia y nuestra humanidad compartida, que se ven ahora amenazados. Nuestro empeño no debe consistir únicamente en sobrevivir al coronavirus. Debemos renacer de esta crisis con mujeres fuertes, que ocupen el centro mismo de la recuperación.

Por ello motivo de esta iniciativa es incrementar la pena a las personas que agredan física y psicológicamente a las mujeres, e inciten a la violencia doméstica, es necesario poner un alto a la violación de los derechos humanos de las personas que se dedican al hogar.

Por lo expuesto, sometemos a consideración la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Se reforma el artículo 343 Bis en su segundo párrafo y se reforma el artículo 343 Ter del Código Penal Federal.

Único. Se reforma el artículo 343 Bis en su segundo párrafo y se reforma el artículo 343 Ter del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 343 Bis. Comete el delito de violencia familiar quien lleve a cabo actos o conductas de dominio, control o agresión física, psicológica, patrimonial o económica, a alguna persona con la que se encuentre o haya estado unida por vínculo matrimonial, de parentesco por consanguinidad, afinidad o civil, concubinato, o una relación de pareja dentro o fuera del domicilio familiar.

A quien cometa el delito de violencia familiar se le impondrá de ocho meses a seis años de prisión y perderá el derecho de pensión alimenticia. Asimismo, se le sujetará a tratamiento psicológico especializado.

Artículo 343 Ter. Se equipará a la violencia familiar y se sancionará con ocho meses a seis años de prisión al que realice cualquiera de los actos señalados en el artículo anterior en contra de la persona que esté sujeta a la custodia, guarda, protección, educación, instrucción o cuidado de dicha persona.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Nota

1 Organización Mundial de la Salud.

https://www.who.int/es/emergencies/diseases/novel-coronavirus-20 19/question-and-answers-hub/q-a-detail/violence-against-women-during-covid-19?g clid=EAIaIQobChMIoITm0sPV7 AIV0sDACh0n6A3EEAAYASAAEgL_H_D_BwE

Dado en el Palacio de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2020.– Diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



LEY FEDERAL DEL TRABAJO

«Iniciativa que reforma el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que reforma el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, con base en los siguientes

Antecedentes

La Ley Federal del Trabajo se ha ido adecuando con el paso de los años reconociendo derechos y obligaciones de la relación laboral entre el trabajador y el patrón; y a su vez a conseguir el equilibrio entre los factores de la producción y la justicia social.

La igualdad entre hombres y mujeres ha sido un proceso largo para alcanzar este derecho humano a que sea aplicable en la realidad social y la ley. Afortunadamente se ha ido poco a poco reformando las leyes sustantivas a la Constitución para adecuarlas con relación a los tratados internacionales conforme a derechos humanos.

El empoderamiento de la mujer y su lucha social ha logrado que las normas jurídicas se reformen para que se garantice su participación en la vida pública, laboral, económica y demás para que se garantice la igualdad de género.

La Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres establece en su artículo 5 fracción IV que:

Igualdad de Género. Situación en la cual mujeres y hombres acceden con las mismas posibilidades y oportunidades al uso, control y beneficio de bienes, servicios y recursos de la sociedad, así como a la toma de decisiones en todos los ámbitos de la vida social, económica, política, cultural y familiar”. 1

Es decir que tanto mujeres como hombres tendrán las mismas oportunidades referente a los ámbitos social, económica, política, cultural y familiar.

La Ley Federal del Trabajo en su artículo segundo párrafo cuarto que:

“Se tutela la igualdad sustantiva o de hecho de trabajadores y trabajadoras frente al patrón”. 2

Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres define en su artículo 5 fracción V que la igualdad sustantiva es:

“Es el acceso al mismo trato y oportunidades para el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales”. 3

Por lo que se interpreta que igualdad sustantiva que mujeres y hombres tendrán las mismas oportunidades para el goce y ejercicio de sus derechos humanos establecidos en la carta magna.

Tradicionalmente se ha considerado que la mujer es quien debe quedarse en el hogar y tiene la obligación del cuidado de los hijos, pero esta ideología es completamente errónea porque la no tiene esa facultad exclusiva que se le ha impuesto, es decir, que por consiguiente el hombre tiene el derecho y la obligación del cuidado de los hijos.

La Ley Federal del Trabajo establece en su Título Quinto sobre “Trabajo de las mujeres”, un supuesto referente a que solamente las mujeres que laboran si llegasen a adoptar tendrán un descanso de seis semanas con goce de sueldo.

“Artículo 170.- Las madres trabajadoras tendrán los siguientes derechos:

I. y II. (...)

II Bis. En caso de adopción de un infante disfrutarán de un descanso de seis semanas con goce de sueldo, posteriores al día en que lo reciban”. 4

Vulnerando el principio de igualdad sustantiva y principalmente contra derecho humano de igualdad entre mujeres y hombres establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:

“Artículo 4o.- La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de la familia”. 5

El derecho que disfrutar seis semanas de descanso con goce de sueldo debe ampliarse al padre trabajador que adopta a un menor de edad para consagrar el derecho a la familia.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma la fracción II Bis del artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo

Único. Se reforma la fracción II Bis del artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

Artículo 170. Las madres trabajadoras tendrán los siguientes derechos:

I. y II. (...)

II Bis. En caso de adopción de un infante los padres y/o madres disfrutarán de un descanso de seis semanas con goce de sueldo, posteriores al día en que lo reciban;

III. a VII. (...)

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. 2018.

2 Ley Federal del Trabajo. 2019.

3 Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. 2018.

4 Ley Federal del Trabajo. 2019.

5 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 2020.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2020.– Diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.



LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

«Iniciativa que reforma el artículo 9o. de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71, Fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 6 numeral 1, fracción I, y los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de está honorable asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 9 de la Ley General de Educación, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

Hoy en día el Internet ha provocado una revolución sin precedentes en el mundo de la informática y de las comunicaciones, los inventos como el telégrafo, la radio, el teléfono y el ordenador sentaron las bases para esta integración de capacidades nunca antes vividas, así mismo el Internet es a la vez una oportunidad de difusión mundial, un mecanismo de propagación de la información y un medio de colaboración e interacción entre los individuos y sus ordenadores independientemente de su localización geográfica.

“El Internet es un espacio único donde se intercambia una gran cantidad de contenidos, dicha red ya no es únicamente utilizada con fines académicos, empresariales o militares, sino dado su proceso de expansión se ha abierto a toda la sociedad lo cual lo ha dotado de una dinámica sin precedente” 1.

El Internet es una enorme red de comunicaciones de ámbito mundial que permite la interconexión de sistemas informáticos, compuesto por ordenadores de diversos tipos, marca, sistema operativo y ruteador que están distribuidos por todo el mundo y unidos a través de enlaces de comunicaciones muy diversos.

Se puede definir al Internet como una ‘red de redes’, es decir, una red que no sólo interconecta computadoras, sino que enlaza redes de computadoras entre sí, definiendo como una red de computadoras como un conjunto de máquinas que se comunican a través de algún medio (cable coaxial, fibra óptica, radiofrecuencia, líneas telefónicas, etc.) con el objeto de compartir recursos.

En los últimos tiempos, ha sido evidente que la sociedad ha utilizado de manera benéfica los avances derivados de la tecnología en diversas actividades; y una de ellas es la educación. La llegada de tecnologías en el ámbito educativo ha beneficiado mucho a los estudiantes y ha permitido dotarlos de autonomía y libertad de investigación, de tal modo que pueden quitarse las dudas que tengan con algún tema relacionado con lo académico.

En tiempos remotos la forma para poder investigar y buscar alguna información era en la biblioteca de la comunidad o de la escuela, sin embargo lamentablemente las bibliotecas ya no son tan socorridas por los estudiantes ni la sociedad, ya que “el internet ha llegado a facilitar la vida de todas las personas, sobre todo a aquellos que por cuestiones económicas o de tiempo no pueden tener una educación presencial y mejor optan por tener clases en línea, el internet permite a que existan diferentes propuestas con fines de desarrollo profesional y de formación académica, cabe destacar que no es fácil desarrollar distintas aplicaciones educativas, ya que tienen que cumplir con ciertos requisitos, como material educativo de multimedia para que los estudiantes puedan desarrollar diferentes aprendizajes con fines constructivos y educativos”2.

“El 24 de octubre de 1995, el Consejo Federal de la Red (Federal Networking Council) aceptó unánimemente una resolución definiendo el término de Internet, la definición fue elaborada por personas de las áreas de Internet y derechos de propiedad intelectual, el internet hace referencia a un sistema global de información que está relacionado lógicamente por un único espacio de direcciones global basado en el protocolo de Internet (IP) o en sus extensiones, que emplea, provee, o hace accesible, privada o públicamente, servicios de alto nivel en capas de comunicaciones y otras infraestructuras” 3.

La historia del Internet en México comenzó en 1989 con la conexión del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, en el Campus Monterrey, ITESM hacia la Universidad de Texas en San Antonio (UTSA), específicamente a la escuela de Medicina, México fue el primer país latinoamericano en conectarse a

Internet, el Segundo nodo de Internet en México, fue la conexión de la UNAM a Bitnet en 1987 y en 1993 el Conacyt se conectó a Internet mediante un enlace satelital al NCAR. No dejando a un lado a la en 1993 cuando la UAM se establece como el primer NAP, al intercambiar tráfico entre dos diferentes redes.

Para finales de 1993 existían una serie de redes ya establecidas en el país, algunas de ellas:

• Mexnet

• Red UNAM

• Red ITESM

• Rutyc, que desaparecería como tal ese mismo año

• Bajanet

• Red Total Conacyt

• Siracyt, un esfuerzo por agrupar las anteriores

Finalmente, el Internet es una herramienta fundamental para la educación, ya que con ella podemos obtener diferentes beneficios, y que principalmente los maestros lo utilizan en sus aulas y escuelas, dándoles un papel muy importante y adecuado, puesto que así lo aprovechan para la función de actividades educativas. De igual manera, nos permite a nosotros como estudiantes seamos menos ingenuos en diferentes áreas tanto académicas como en cualquier otra área.

Por ello motivo de esta iniciativa es exhortar al gobierno federal y al gobierno del estado de México para que ejecuten estrategias para que todos los estudiantes de cualquier nivel educativo tengan acceso al internet, garantizando el derecho a la educación, y como apoyo derivado a la pandemia declarada por el covid 19 que ha afectado a millones de alumnos que no cuenta con los recursos económicos para poder tomar sus clases virtuales.

Por lo expuesto, sometemos a consideración la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Se reforman las fracciones XII, XIII y se adiciona una fracción XIV al artículo 9 de la Ley General de Educación.

Único. Se reforman las fracciones XII, XIII y se adiciona una fracción XIV al artículo 9 de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:

Artículo 9. Las autoridades educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias y con la finalidad de establecer condiciones que permitan el ejercicio pleno del derecho a la educación de cada persona, con equidad y excelencia, realizarán entre otras, las siguientes acciones:

I. a XI. ...

XII. Proporcionar a los educandos los libros de texto gratuitos y materiales educativos impresos o en formatos digitales para la educación básica, garantizando su distribución ,

XIII. Fomentar programas que coadyuven a la mejora de la educación para alcanzar su excelencia , y

XIV. Celebrar convenios con organismos públicos y privados para brindar acceso gratuito de internet, a estudiantes de bajos recursos, garantizando el acceso a la educación a distancia.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las entidades federativas contarán con un lapso de 90 días a partir de la fecha de la publicación en el Diario Oficial de la Federación para adecuar sus leyes estatales y demás reglamentaciones, para no contradecir el presente decreto.

Notas

1 Servicio de Investigación y Análisis.

http://www.diputados.gob.mx/sedia/sia/spe/SPE-ISS-12-06.pdf

2 La Influencia del Internet en la Educación.

https://upress.mx/index.php/opinion/editoriales/desarrollo-human o-y-social/3205-la-influencia-del-internet-en-la-educacion.

3 Internet Society, 2003 Annual Report.

http://www.isoc.org/isoc/reports/ar2003/ISOCar2003.pdf

Dado en el Palacio de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2020.– Diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.



LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL

«Iniciativa que reforma el artículo 49 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, a cargo del diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un segundo párrafo al artículo 49 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, conforme a la siguiente

Exposición de motivos

I. El pasado 28 de septiembre del presente año se publicó, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), acuerdo por el que se desincorpora del Sistema Penitenciario Federal el Centro Federal de Readaptación Social número 2 “Occidente”, conocido como Puente Grande, en Jalisco.

El artículo tercero señala que “el comisionado de Prevención y Readaptación Social, a través de la Dirección General de Administración de Prevención y Readaptación Social, realizará las acciones conducentes para el destino final de los bienes muebles pertenecientes al Centro Federal de Readaptación Social número 2 “Occidente”, haciendo uso de los recursos materiales, financieros y humanos que sean necesarios para tal fin”. 1

Sin embargo, diversas declaraciones de familiares y organizaciones defensoras de Derechos Humanos señalan lo contrario.

II. La Comisión Nacional de Derecho Humanos (CNDH) en su comunicado de prensa DGC/314/2020, del pasado 1 de octubre, informó de la solicitud enviada al comisionado del Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social, José Ángel Ávila Pérez, para que reconozca los derechos humanos de los internos de Puente Grande, en dicha solicitud pide que “se informe a las familias el día y la hora del traslado que se llevará a cabo de las personas privadas de la libertad, brindándoles información sobre el centro penitenciario al que será trasladado su familiar”, así como notificar cada uno de los traslados, dentro de las 24 horas posteriores, a los jueces de ejecución para calificar su legalidad; además de que se comuniquen con las personas defensoras legales o familiares de dichos traslados. 2

De acuerdo a la CNDH los traslados deben atender un principio de reserva de Ley, establecido en el artículo 18 de nuestra constitución, en el cual se plasmó la voluntad del Constituyente de consagrar un derecho ‘fundamental’ a cumplir la pena de prisión en el centro penitenciario más cercano al domicilio del sentenciado, cuando éste haya sido condenado por delitos distintos a la delincuencia organizada y que no requieren medidas especiales de seguridad”. 3

“Está probado que los traslados son momentos muy vulnerables para las personas [privadas de su libertad] y por eso se tiene que garantizar su integridad”, comenta María Sirvent Bravo, directora ejecutiva de Documenta, AC. Documenta es una organización de la sociedad civil que busca que el sistema de justicia mexicano respete en todo momento los derechos humanos de las personas internas en penales, lo cuales son vulnerados generalmente en los traslados. Sirvent identifica como un modus operandi de las autoridades penitenciarias hacer traslados durante las madrugadas, sin previa notificación y pueden llegar a durar horas. Las personas incluso están expuestas a ser víctimas de tortura. 4

III. Desde el año 2016, la Ley Nacional de Ejecución Penal (LNEP) contiene las reglas, derechos, obligaciones y procedimientos que deben cumplirse en todas las cárceles de México. Esta ley regula la forma en que deben de realizarse los traslados de una cárcel a otra, señala en su Capítulo V que, tratándose de traslados involuntarios por disposición de la autoridad penitenciaria, esta cuenta con 24 horas para notificar al o la Juez de Ejecución competente para que este, en un lapso de 48 horas más, califique la legalidad de dicha determinación”. 5

México también tiene obligaciones internacionales derivadas de la Convención Americana de Derechos Humanos, de las Reglas Nelson Mandela y del Conjunto de Principios para la protección de todas las personas sometidas a cualquier forma de detención o prisión, que establecen que los traslados no deben ser practicados “con la intención de castigar, reprimir o discriminar a las personas privadas de libertad, a sus familiares o representantes; ni se podrán realizar en condiciones que les ocasionen sufrimientos físicos o mentales, en forma humillante o que propicien la exhibición pública”. 6

IV. En medio de un fuerte operativo de seguridad coordinado por elementos de la Guardia Nacional (GN), del Ejército Mexicano y de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, se realizó el traslado de al menos 80 reos de alta peligrosidad al penal federal de Miahuatlán. Fuentes extraoficiales del gobierno Federal confirmaron que los internos trasladados en seis autobuses hacia el Centro Federal de Readaptación Social (Cefereso) número 13, que se ubica en la agencia municipal de Mengolí de Morelos, en Miahuatlán de Porfirio Díaz. 7

“Un número indeterminado de reclusos fue excarcelado a bordo de un vehículo blindado, tipo Rhino de color oscuro, escoltado a la vanguardia por un sedán blanco, y tres camionetas con personal de la corporación federal. Al momento no se ha informado el destino de los internos, considerados de mediana a alta peligrosidad, aunque trasciende que serán remitidos a los complejos de Buenavista Tomatlán, Michoacán, y Ramos Arizpe, en Coahuila. También se desconoce sobre la eventual readscripción de los trabajadores, y solo se ha dado a conocer que se respetarán sus derechos laborales conforme a la ley”. 8

Después de casi 20 días del cierre e inicios de estos traslados no se ha informado datos precisos de los mismos, ni a las organizaciones interesadas, ni a la CNDH ni a los familiares.

Decenas de personas con veladoras despidieron a los reos que salieron a bordo de 10 camiones foráneos numerados, escoltados por vehículos tripulados por elementos de la Guardia Nacional, los asistentes, principalmente mujeres, aseguraron “que no ha habido comunicación oficial sobre el destino de los reclusos; `imagínese, la incertidumbre de no saber a dónde los llevan, ninguna comunicación, ni nada... imagínese, el no saber, en cuanto a mi esposo, porque es mi esposo el que estaba aquí...´”. 9

V. Los Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad en las Américas sugieren que “los traslados de las personas privadas de libertad deberán ser autorizados y supervisados por autoridades competentes, quienes respetarán, en toda circunstancia, la dignidad y los derechos fundamentales, y tomarán en cuenta la necesidad de las personas de estar privadas de libertad en lugares próximos o cercanos a su familia, a su comunidad, al defensor o representante legal, y al tribunal de justicia u otro órgano del Estado que conozca su caso”. 10

Las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Nelson Mandela) de las Naciones Unidas recomiendan, en su Regla 68 que “Todo recluso tendrá derecho a informar inmediatamente a su familia, o a cualquier otra persona que haya designado como contacto, de su encarcelamiento, su traslado a otro establecimiento y cualquier enfermedad o lesión graves, y recibirá la capacidad y los medios para ejercer  ese derecho. La divulgación de información personal de los reclusos estará sujeta a la legislación nacional”. 11

La presente iniciativa pretende ser clara respecto al tema de los traslados de personas privadas de la libertad, ya que hasta hoy sólo se hace mención de las causas legales por las que pueden ser trasladados, pero en ningún momento se especifica el respeto a sus derechos ni de las previsiones que se deben tomar para los mismos.

El siguiente cuadro comparativo muestra el cambio que propone la presente iniciativa:

Por lo anteriormente expuesto, me permito presentar ante esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Que reforma el artículo 49 de la Ley Nacional de Ejecución Penal.

Único. Se adiciona un segundo párrafo, al artículo 49, de la Ley Nacional de Ejecución Penal, para quedar como sigue:

Capítulo V.
Traslados

Artículo 49. Previsión general.

...

Toda persona privada de la libertad, procesadas o sentenciadas tendrá derecho a informar inmediatamente a su familia, o cualquier otra persona que haya designado como contacto, de su traslado a otro establecimiento y recibirá los medios para ejercer ese derecho.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Diario Oficial de la Federación. Acuerdo por el que se desincorpora del Sistema Penitenciario Federal el Centro Federal de Readaptación Social número 2 “Occidente”. 28 de septiembre de 2020. Disponible en:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5601325&fecha =28/09/2020

2 Dirección General de Comunicación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Comunicado de Prensa DGC/314/2020. “Demanda CNDH reconocer derechos humanos de internos del Cefereso 2 Occidente, de Puente Grande”. 1 de octubre de 2020.

3 Artículo 18, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4 Entrevista en segunda emisión de IMER Noticias. “Traslados de Puente Grande deben garantizar integridad de las personas: Documenta”. 29 de septiembre de 2020.

5 Ley Nacional de Ejecución Penal. Disponible en:

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LNEP_090518.pdf

6 Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad en las Américas. Disponible en:

http://www.oas.org/es/cidh/mandato/Basicos/PrincipiosPPL.asp

7 Carrera Pineda, Andrés. “80 reos de alta peligrosidad llegan a Mengolí”. El Imparcial. Oaxaca de Juárez, Oaxaca. Jueves 1 de octubre de 2020.

8 Huerta, Juan Carlos. “Inicia reubicación de internos del penal de Puente Grande, Jalisco”. El Financiero. México, 29 de septiembre de 2020.

9 Huerta, Juan Carlos. “Termina el traslado de reos del penal de Puente Grande, Jalisco”. El Financiero. México, 30 de septiembre de 2020.

10 Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad en las Américas. Disponible en:

http://www.oas.org/es/cidh/mandato/Basicos/PrincipiosPPL.asp

11 Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Nelson Mandela). Naciones Unidas, 8 de enero de 2016.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2020.– Diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.

PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO



SE INICIEN LOS TRABAJOS DE PUESTA EN SERVICIO, OPERACIÓN Y CONTRATACIÓN DE PERSONAL, Y OFRECER A LA POBLACIÓN LOS SERVICIOS DE SALUD EN EL HOSPITAL INTEGRAL VALLE DEL CARRIZO, AHOME, SINALOA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa y el Insabi a iniciar los trabajos de puesta en servicio, operación y contratación de personal, y ofrecer a la población los servicios de salud en el hospital integral Valle del Carrizo, Ahome, Sinaloa, a cargo del diputado Carlos Iván Ayala Bobadilla, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, Carlos Iván Ayala Bobadilla, Diputado Federal integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXIV Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6 fracción I y 79 numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del Pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución, por el que se exhorta a los Titulares de la Secretaría de Salud y del Instituto de Salud para el Bienestar para que a la brevedad se inicien los trabajos de puesta en servicio, operación y contratación de personal, y se empiece a ofrecer a la población los servicios de salud en el Hospital Integral Valle del Carrizo, Ahome, Sinaloa, al tenor de lo siguiente:

Exposición de Motivos

Que el derecho a la salud de los mexicanos se fundamenta en el párrafo cuarto del artículo 4° de la Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos, señalando que toda Persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá un sistema de salud para el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social.

Que el Estado otorgará servicios de salud a través de la Federación, Estados y Municipios de acuerdo a lo establecido en la ley.

Que la Secretaría de Salud es la dependencia del Poder Ejecutivo que se encarga primordialmente de la prevención de enfermedades y promoción de la salud de la población. Su misión es establecer las políticas de Estado para que la población ejerza su derecho a la protección a la salud.

Que en año 2003 se crea el Seguro Popular con el fin de otorgar servicios de salud a las personas que no estén afiliadas a los servicios de seguridad social.

Que octubre de 2019, el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, anunció que desaparecería el Seguro Popular y este sería reemplazado por un nuevo organismo llamado Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi), que entró en funciones el 1 de enero de 2020.

La reforma a la Ley General de Salud (LGS) en al Capítulo VIII, artículo 77 bis 35, aprobada por el Congreso en noviembre de 2019, se propuso para asegurar la gratuidad en los servicios de salud para atender a 69 millones de mexicanos que carecen de seguridad, lo que dio lugar a la creación del Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi).

Que en el Decreto citado en el párrafo que antecede, señala en su artículo Tercero Transitorio que, los recursos humanos, financieros y materiales con que cuente la Comisión Nacional de Protección Social en Salud serán transferidos al Instituto de Salud para el Bienestar, en términos de las disposiciones aplicables.

Que el Instituto de Salud para el Bienestar es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, sectorizado en la Secretaría de Salud. Que tiene por objeto brindar servicios de salud gratuitos y de calidad a todas las personas que se encuentren en el país y no cuenten con seguridad social; bajo criterios de universalidad, igualdad e inclusión.

Que con la entrada en vigor del Insabi se busca un nuevo esquema de coordinación con las entidades que, entre otras cosas, evitará la duplicidad o dispersión de plazas médicas, permitirá lograr ahorros y combatir la corrupción en la compra de medicamentos, lo cual se hará de manera consolidada con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, además que dará oportunidad a una mejor planeación y ejecución de recursos para la infraestructura médica.

El derecho a la salud en México

En América Latina, la medicina mexicana mantiene un alto prestigio basado en la producción científica y en el desarrollo de recursos humanos para la salud. Los resultados alcanzados por los Institutos, son sin lugar a dudas uno de los pilares que sustentan ese prestigio.

El derecho a la salud es uno de los derechos sociales por antonomasia. Se trata de un derecho complejo que se despliega en una amplia serie de posiciones jurídicas fundamentales para los particulares y para el Estado. El derecho a la salud tiene un carácter prestacional en la medida en que principalmente implica y conlleva una serie de obligaciones positivas por parte de los poderes públicos.

A partir del derecho a la salud, corresponde al Estado asegurar la asistencia médica una vez que la salud, por la causa que sea, ha sido afectada; esto es lo que se llama el “derecho a la atención o asistencia sanitaria”.

La protección de la salud y el desarrollo de los correspondientes sistemas sanitarios asistenciales es una de las tareas fundamentales en términos políticos y económicos de los Estados democráticos contemporáneos y representa una de las claves del Estado de bienestar. El derecho a la salud como derecho fundamental deriva que el sistema de prestaciones que se establece para para hacerlo realidad.

El Sistema de Salud mexicano cuenta con dos rubros de atención: a derechohabientes que se atienden en el IMSS o el ISSSTE, y los que no tienen seguridad social.

Por ello, con la creación del NSABI se busca proveer la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados a las personas sin seguridad social, garantizando el derecho a la protección social en salud de toda persona que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como contar con un Sistema Nacional de Salud universal, equitativo y gratuito donde se dan respuestas oportunas y de calidad a las necesidades de salud y demandas de atención de la población que vive en condiciones de vulnerabilidad, con servicios de salud integrales que forman parte de un sistema de bienestar para las personas sin seguridad social.

El Insabi tiene por objeto proveer y garantizar la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados a las personas sin seguridad social, así como impulsar, en coordinación con la Secretaría de Salud en su calidad de órgano rector, acciones orientadas a lograr una adecuada integración y articulación de las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud.

El nuevo instituto se creó a iniciativa del Presidente Andrés Manuel López Obrador, buscando la rectoría de la Secretaría de Salud con criterios de universalidad, igualdad e inclusión:

1. Universalidad; es el de derecho fundamental de la protección a la salud como derecho a “toda persona”.

2. Igualdad; implica que los servicios sanitarios públicos sean financiados principalmente por impuestos y no por el pago de cuotas de sus usuarios, salvo de aquellos que tengan capacidad económica suficiente. Con ello se buscan evitar las discriminaciones en el acceso.

3. Inclusión: es un requisito no solamente de la existencia misma del sistema comprendido globalmente, sino que también es un elemento para alcanzar un mínimo de igualdad entre quienes acceden a servicios públicos de salud y de quienes lo hacen a servicios privados.

Uno de los programas cumbre del gobierno de nuestro Presidente es el referente a la salud, el cual al momento está pasando por varias etapas, y con la creación del Insabi, se busca acercar los servicios médicos a toda la población.

Para ello, se tienen los Instituciones Nacionales de Salud cuyo ámbito de acción comprende todo el territorio nacional y tienen como objetivo principal la investigación científica en el campo de la salud, la formación y capacitación de recursos humanos calificados y la prestación de servicios de atención médica de alta especialidad. En estas tres áreas los Institutos han destacado y han marcado la pauta de la atención a la salud, de la producción científica y de la calidad académica, no sólo en México sino en toda América Latina.

Con la fundación de cada uno los Institutos es el resultado del esfuerzo de muy distinguidos médicos mexicanos, cada uno en su campo de especialidad, quienes promovieron la formación de grupos de trabajo que fueron creciendo hasta alcanzar eventualmente la posibilidad de institucionalizar su esfuerzo.

Las personas sin seguridad social ya no necesitan afiliarse ni pagar cuotas para recibir atención médica y medicamentos gratuitos, pues solo deben contar con credencial del Instituto Nacional Electoral (INE), Clave Única de Registro de Población (CURP) o presentar acta de nacimiento para tener acceso a sus derechos en materia de salud. ii

Por ello, con la finalidad de acercar los servicios a los habitantes de comunidades aledañas a la localidad de Gustavo Díaz Ordaz (El Carrizo), el Insabi, cuenta con un Módulo de Operación en el nuevo Hospital Integral Valle del Carrizo, el cual podría brindar el servicio a más de 19 mil beneficiarios que viven a los alrededores de la unidad médica.

A través de este Módulo en el Hospital Integral Valle del Carrizo, se suma a los 30 módulos ya existentes en todo el estado de Sinaloa que están para atender a la población que requiere de algún trámite cambio de domicilio o incorporar a algún familiar al servicio de salud; sin embargo, a la fecha el Hospital Integral Valle del Carrizo no se encuentra en operación debido a la deficiencia de infraestructura hospitalaria que sigue pendiente, por eso el hospital no puede estar sin utilizarse y no puede servir nada más como una unidad de consulta externa; es un hospital y tiene que funcionar como tal.

Así mismo es necesario que para la operación y funcionamiento de este Hospital se inicie la contratación del personal que requerirá porque a la fecha permanece inactivo por la falta de trabajadores.

Por los argumentos expuestos, es que se exhorta la Titular de la Secretaría de Salud y al Titular del Instituto de Salud para el Bienestar, para que a la brevedad se inicien los trabajos de puesta en servicio, operación y contratación de personal, así como contar con los especialistas necesarios para la operación de ese nuevo hospital, ya que para la gente de esa región o en esa comunidad su desplazamiento a otro hospital les genera gastos y falta de atención médica, más en estos tiempos der pandemia en que la gente necesita ser atendida.

Se hace énfasis también que el pasado 14 de febrero del año 2020, en visita al hospital del ciudadano Juan Antonio Ferrer, el titular del Insabi, acompañado por el gobernador Quirino Ordaz Coppel y del secretario de Salud del Estado de Sinaloa, Dr. Efrén Encinas Torres, estos recibieron una carpeta conteniendo los currículum vites de personal residente de ese valle y que cuenta con aptitudes y conocimientos para ser tomado en cuenta a la hora de contratar al personal necesario para la operación de dicho hospital, solicitud que queda refrendada en este punto de acuerdo.

Resulta relevante destacar que, el presente Punto de Acuerdo no tiene afectación al presupuesto de egresos, pues se trata de un documento en el que una postura y propuesta referente a un tema de interés público y social, para que el Congreso de las Unión asuma una postura institucional al respecto.

Asimismo, se trata de una sugerencia de los parlamentos para que el Poder Ejecutivo tome en cuenta la presente propuesta, ya que este no se modifica ni se crea ninguna ley.

La normatividad interna de la Cámara de Diputados permite que las proposiciones con Punto de Acuerdo, representan la posición de la Cámara en relación con algún asunto especifico de interés nacional o sus relaciones con otros poderes de la Federación, organismos públicos, entidades y municipios.

En mérito de lo expuesto, someto a su consideración la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a los Titulares de la Secretaría de Salud y del Instituto de Salud para el Bienestar para que a la brevedad se inicien los trabajos de puesta en servicio, operación y contratación de personal, y se empiece a ofrecer a la población los servicios de salud en el Hospital Integral Valle del Carrizo, Ahome, Sinaloa.

Notas

i https://www.gob.mx/insalud/acciones-y-programas/institutos-nacio-nales-de-salud -27376

ii https://news.culturacolectiva.com/mexico/insabi-que-es-como-funcio-na-requisito s-para-afiliarse-medicina-doctores/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2020.– Diputado Carlos Iván Ayala Bobadilla (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



EXHORTO A LA SHCP, A GARANTIZAR Y TRANSPARENTAR EL MECANISMO DE ENTREGA A LOS APOYOS ESTABLECIDOS, DE LOS EXTINTOS FIDEICOMISOS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SHCP a garantizar y transparentar el mecanismo de entrega de los apoyos establecidos de los extintos fideicomisos, pues ahora se hará de forma directa, a cargo del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, José Salvador Rosas Quintanilla, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a Arturo Herrera, secretario de Hacienda y Crédito Público, a garantizar y transparentar el mecanismo de entrega de los apoyos establecidos de los extintos fideicomisos, ya que ahora se harán de forma directa.

Consideraciones

Los tiempos de emergencia que atravesamos han condi-cionado la planeación a futuro de una innumerable cantidad de industrias. Con el detenimiento de las actividades, la reconfiguración de las normas de convivencia y la necesidad de continuar con la rutina para garantizar el mantenimiento de algo cercano a la vida cotidiana, los reajustes presupuestales no se han hecho esperar en los sectores público y privado.

Ya sea mediante recortes de personal, redistribución de los presupuestos o la simple desaparición de la inversión en ramos específicos, las principales organizaciones e instituciones del país han tenido que tomar decisiones difíciles para garantizar la subsistencia de la economía en un periodo tan difícil para estas actividades.

En este sentido, la reciente propuesta de desaparición de alrededor de 109 fideicomisos y fondos aprobada el 29 de septiembre de 2019 1 por la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, el cual fue remitido a pleno para su votación al 1 de octubre de 2020, 2 busca ser justificado a partir de la necesidad de medidas como éstas para hacer frente a la crisis.

Por desgracia, desincentivar el desarrollo de diversos sectores, tener un completo control de los presupuestos haciendo caso omiso a los mecanismos de vigilancia o transparencia que los regulaban respecto al cumplimiento de sus objetivos y la falta de claridad sobre el uso exclusivo de esos fondos para hacer frente a la pandemia, 3 son motivos suficientes para contraponerse a una medida que atenta en contra de la creación de oportunidades generales para los actores afectados por ésta decisión.

Labores científicas, artísticas, de protección a personas vulnerables por temas de violencia o desastres naturales, entre otros trabajos facilitados por fideicomisos y fondos, 4 financian actividades vitales que no pueden sufrir recortes al poner en entredicho la capacidad de respuesta del Estado mexicano.

En un periodo de estancamiento, retraso de proyectos de corto o mediano plazo y la puesta en escena de una lenta recuperación económica para el retorno de un desarrollo integral de las múltiples regiones que componen a nuestro país, la redirección de fondos hacia intereses opacos y la necesidad de un mayor gasto público en un periodo de ahorros obligados y, en consecuencia, una reconfiguración de éste, no pueden renunciar a una perspectiva de carácter sustentable en los aspectos sociales, económicos y políticos que componen la vida diaria. 5

Por ello, una postura cortoplacista —como la que caracteriza este intento de redistribución— va en detrimento del futuro pospandémico. 6 En un momento cuando el Estado será clave para la recuperación, los caprichos de la administración en turno no pueden ir en contra de hechos que van más allá de un posicionamiento ideológico, donde la relevancia de mantener el financiamiento de prácticas con resultados comprobables es trascendental para evitar una mayor reducción de las capacidades del Estado y dejar a la ciudadanía a merced de los efectos de la desigualdad social, la dependencia económica o tecnológica, el autoritarismo político de cualquier nivel o de cualquier organización política y los estragos propiciados por desastres naturales, donde cada una de las facetas de nuestra vida diaria esta entrelazada y verá el detrimento de una medida como ésta al interior de los espacios más íntimos de los mexicanos.

Por ello presento ante esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta a Arturo Herrera, secretario de Hacienda y Crédito Público, a garantizar y transparentar el mecanismo de entrega de los apoyos establecidos de los extintos fideicomisos, ya que ahora se harán de forma directa.

Notas

1 https://www.youtube.com/watch?v=0mqEb_CxOPU

2 Ídem.

3 https://www.animalpolitico.com/2020/09/diputados-recursos-desap-aricion-fideico misos/

4 https://twitter.com/ProCienciaMx/status/1311126476851355648

5 https://www.unops.org/news-and-stories/news/covid-19-and-the-fu-ture-of-public- spending

6 https://unops.economist.com/digital-essay-the-future-of-public-spen-ding/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2020.– Diputado José Salvador Rosas Quintanilla (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



SE GARANTICE LA DISTRIBUCIÓN Y DISPOSICIÓN DE LA VACUNA CONTRA LA INFLUENZA ESTACIONAL EN LAS CLÍNICAS Y HOSPITALES PÚBLICOS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno federal a garantizar por la Ssa la distribución y disposición de la vacuna contra la influenza estacional en clínicas y hospitales públicos del país, a cargo de la diputada María Sara Rocha Medina, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, María Sara Rocha Medina, diputada federal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción III, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Durante el invierno se incrementan los factores de riesgo para adquirir infecciones respiratorias, entre ellas una de las más comunes es la influenza estacional. Dicha enfermedad afecta las vías respiratorias, la garganta y los bronquios, sin embargo, en cuadros graves puede comprometer la integridad y vida de las personas.

Ante fiebre, dolor muscular, escurrimiento nasal, tos o dolor de garganta, 1 se recomienda asistir al centro de salud más cercano para recibir asistencia e iniciar el tratamiento médico, ya que de no hacerlo puede derivar en pulmonía e incluso la muerte.

De acuerdo con el último boletín del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica de la Secretaría de Salud, en este año se han acumulado 4 mil 799 casos de influenza en el territorio nacional. La Ciudad de México ha presentado el mayor número con 474 hechos, seguido de San Luis Potosí con 241 enfermos y Coahuila con 368 infectados. 2

La vacunación constituye una de las acciones preventivas más importantes, debido primordialmente a que permite reducir los índices de mortalidad y disminuir las complicaciones respiratorias, en particular a sectores que por su edad o padecimientos se consideran como vulnerables, entre ellas niñas y niños, adultos mayores y mujeres embarazadas.

El pasado 31 de agosto, se dio a conocer que durante la temporada de influenza 2020-2021 se tiene una meta de vacunación de 35 millones 359 mil 172 personas, de las cuales más de 18 millones serán tratadas por la Secretaría de Salud (SSA), 12 millones por el Instituto Mexicano del Seguro Social Ordinario (IMSS-0) y alrededor de un millón por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). 3

En relación con el abastecimiento, el Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud aseguró que durante el mes de agosto se recibieron 4 millones 431 mil 360 dosis, en septiembre 7 millones 371 mil 360, en octubre 14 millones 620 mil y en noviembre 8 millones 772 mil, no obstante, existe opacidad sobre la llegada de las demás cantidades para cubrir la meta nacional, así como los procesos de licitación y adjudicación en las compras.

A pesar de que San Luis Potosí es una de las entidades que presenta mayor prevalencia, dispondrá de solo 767 mil 316 dosis. Las cuales serán distribuidas en una primera etapa al personal de salud, después a los grupos de riesgo y terminar con la población abierta.

Existe una deficiente distribución, prueba de ello es que la titular de la Secretaría de Salud del Gobierno del Estado informó que hasta mediados del mes pasado habían recibido de la federación solo el 16.5 por ciento de las dosis comprometidas, lo cual impide una rápida aplicación. 4

Aunado a ello, es importante mencionar que durante toda la campaña de vacunación se han documentado problemáticas, entre ellas, solo se ha cumplido con el 26 por ciento de la meta nacional establecida, por lo que es necesario fortalecer las acciones para vacunar al 75 por ciento de los adultos mayores restantes, al 72 por ciento de las mujeres embarazadas que aún carecen de la vacuna y al 70 por ciento de la población consideradas como vulnerable.

En algunas entidades federativas como la Ciudad de México se denunció la escasez de la vacuna, por lo que hospitales públicos y centros de salud de las alcaldías Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero, Iztapalapa, Tláhuac y Tlalpan, 5 principalmente, se van visto impedidos para dar el servicio, provocando incertidumbre entre la población, ya que estas demarcaciones también presentan altos niveles de contagio del virus SARS-CoV-2.

Esta falta de certeza ha sido aprovechada para la comercialización y falsificación la vacuna, la cual al no cumplir con los estándares de calidad e investigación ponen en peligro a las personas que se les administre. Ante estas acusaciones la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), debe emprender las investigaciones necesarias, identificar los lotes alterados y sancionar a los responsables.

Durante las últimas semanas también se han elevado los reportes de robos de vacunas al interior de almacenes, lo cual deja de manifiesto áreas de oportunidad para mejorar los inventarios, la seguridad y los sistemas de administración para evitar estos ilícitos.

Particularmente en este año, ha sido notoria la falta de voluntad y coordinación de la federación con las autoridades estatales y municipales, siendo ellos quienes son poseedores de experiencia y capacidades probadas en el territorio y conocimiento de las poblaciones con más carencias.

Ante este panorama poco alentador, es relevante que las instituciones de la red de salud pública y el gobierno federal, fortalezcan a la brevedad las campañas de información y concientización para que el mayor número de mexicanos se vacunen, de no ser así prevalecerán casos de Coronavirus, covid-19 e influenza estacional.

Bajo un enfoque de derechos humanos esta administración debe asegurar la vacunación universal para que, cualquier persona sin distinción económica, de género o por situación geográfica esté impedido a recibirla, ya que, con ello, un mayor número estarán protegidos y en caso de enfermarse se reducirán los casos graves y la pérdida de vidas humanas.

Se debe reconducir la política de vacunación nacional contra la influenza estacional, atender sus deficiencias y llevar a cabo las modificaciones pertinentes para erradicar las problemáticas descritas bajo los principios de transparencia, coordinación institucional y efectividad.

Por lo anterior, someto a la consideración de esta Soberanía la siguiente propuesta con

Puntos de Acuerdo

Primero. - La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobierno federal para que, a través de la Secretaría de Salud, garantice la distribución y disposición de la vacuna contra la influenza estacional en las clínicas y hospitales públicos del país, asimismo, amplié las campañas de información y concientización hacia sectores vulnerables y bajo un enfoque de derechos, asegure la aplicación a la población en general.

Segundo. - La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Auditoría Superior de la Federación para que realice una revisión integral a los recursos ejercidos para la adquisición de vacunas contra la influenza estacional, en particular las licitaciones realizadas, los contratos pactados y el origen de los recursos, para descartar y en su caso sancionar la comisión de delitos que generan afectaciones a las públicas.

Tercero. - La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios para que incremente sus medidas de vigilancia, control y programas de prevención de riesgos, ante la comercialización de vacunas falsas contra la influenza estacional, cuya aplicación pone en peligro la salud de las familias mexicanas.

Nota s

1 Secretaría de Salud. (2020). Infografía, Vacuna contra la Influenza Estacional. Noviembre 3 de 2020, de gobierno de México Sitio web:

http://www.imss.gob.mx/salud-en-linea/infografias/vacunacion-inf luenza-estacional

2 Secretaría de Salud. (2020). Boletín Epidemiológico. Noviembre 3 de 2020, de gobierno de México Sitio web:

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/589892/sem43.pdf

3 Secretaría de Salud. (2020). Conferencia de prensa del 31 de agosto de 2020. Noviembre 3 de 2020, de gobierno de México Sitio web:

https://coronavirus.gob.mx/2020/08/31/conferencia-31-de-agosto/

4 El Heraldo de México. (2020). Salud Federal ha enviado a SLP sólo 16.5 por ciento de vacunas contra influenza. 03/11/2020. Sitio web:

https://heraldodemexico.com.mx/nacional/2020/10/13/salud-federal -ha-enviado-slp-solo-165-por-ciento-de-vacunas-contra-influenza-214647.html

5 Emmanuel Camacho y Elizabeth Ramírez. (2020). Centros de Salud de CDMX, sin vacunas contra la influenza. Noviembre 3 de 2020, de El Universal Sitio web:

https://www.eluniversal.com.mx/metropoli/centros-de-salud-de-cdm x-sin-vacunas-contra-influenza

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados, a 5 de noviembre de 2020.– Diputada María Sara Rocha Medina (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



EXHORTO A LOS CONGRESOSLOCALES, A FORTALECER LA CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO A LAS POLICÍAS ESTATALES Y MUNICIPALES

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a los congresos locales a fortalecer la capacitación y el entrenamiento de las policías estatales y municipales, a cargo de la diputada Martha Huerta Hernández, del Grupo Parlamentario del PT

La suscrita, Martha Huerta Hernández, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo a la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3; 79, numeral 1, fracción II, y 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de este pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Uno de los temas que más preocupa a la ciudadanía en todo el país es la seguridad pública. Y esa es una tarea que empieza con las acciones en los municipios. De acuerdo con los resultados del vigésimo octavo levantamiento de la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (ENSU), realizada por el Inegi en la primera quincena de septiembre de 2020, durante ese mes, 67.8 por ciento de la población de 18 años y más consideró que vivir en su ciudad es inseguro 1. Y preocupa que, si bien la tendencia es a la baja (ya que el valor en marzo fue de 73 por ciento), el valor es aún alto. La misma fuente señala que, a nivel nacional, 21.8 por ciento de los hogares contó con al menos una víctima de robo y extorsión o ambos durante el primer semestre de 2020. La información estadística recopilada sobre víctimas de violencia en el entorno familiar, permite estimar que 9 por ciento de los hogares experimentó alguna situación de violencia familiar entre enero y septiembre de 2020. Eso es, sin duda, una tarea del ámbito local.

La inseguridad que perciben los ciudadanos se puede revertir mejorando el desempeño de las policías, particularmente a nivel municipal. Existen innumerables casos del actuar policiaco, que muestran con urgencia, que se debe capacitar al personal, para que su actuar sea más profesional. Por ejemplo, el pasado 28 de septiembre, en la colonia Tlapacoya de la junta auxiliar de San Miguel Canoa, Puebla, ocurrió un homicidio, presuntamente por riña entre pandillas. El saldo fue un muerto. El cuerpo estaba en la vía pública y las autoridades que intentaron el levantamiento no pudieron lograrlo, ya que los familiares les arrebataron el cuerpo y se lo llevaron, por lo que no se sabe a ciencia cierta ni la identidad ni las causas de la muerte, ni siquiera si se realizó la inhumanción conforme a la ley. Simplemente, a unos policías municipales les robaron un cadáver 2. La policía local no pudo ni siquiera evitar la fuga de un cadáver.

En Oaxaca ocurrió también la muerte de un joven qué era campeón de Ju Jitsu y que representaría a México en Brasil en un torneo de esa especialidad el próximo año. Quedó herido por un intento de robo y falleció posteriormente, pero la policía local de Oaxaca dijo que en realidad se trataba “de una riña familiar” y que por lo tanto la investigación no era necesaria. La falta de claridad en los hechos dejó el tema sin solución, porque la autoridad se negó a investigar el homicidio 3.

En Morelia, Michoacán, en agosto de este año, un policía municipal disparó y mató a un joven dañado de sus facultades mentales, que presuntamente atacó a un agente de la policía municipal con un cuchillo. El problema es que la reacción policiaca fue desmedida, ya que el policía le disparó a quemarropa matando al joven 4.

En agosto de este año, en Puebla, una reina de belleza trans fue embestida mientras circulaba en una moto; el responsable se dio a la fuga y su acompañante también. Se reportó que la policía municipal no permitió a la familia acercarse, y tampoco acudieron los peritos al levantamiento del cuerpo, sino que fue la empresa funeraria la responsable de hacerlo. Otro caso de fallas a la labor de policías municipales y de autoridades locales de impartición de justicia 4.

También en Puebla, durante el mes de septiembre, otra riña acabó con una pelea campal a la cual llegó la policía municipal, para encontrar a un muerto por atropellamiento: uno de los peleoneros utilizó su vehículo para atropellar al joven, que había estado previamente herido. Las autoridades no actuaron en el tema para encontrar al responsable, aduciendo que “fue un incidente vial nada más” 6.

Cabe destacar que, con el nuevo modelo de sistema penal acusatorio es muy relevante que la policía no sólo cumpla sus funciones de vigilancia y protección de los ciudadanos, sino que pueda integrar adecuadamente las primeras inves-tigaciones y reportes, que posteriormente serán llevadas a juicio. Un mal reporte policiaco, un informe inadecua-damente elaborado, causará una mayor impunidad y menos delitos castigados.

Es importante mencionar que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 2021, se considera la desaparición del Subsidio para el Fortalecimiento del Desempeño en Materia de Seguridad Pública (Fortaseg), en el ejercicio fiscal de 2020 se le presupuesto 4 mil millones de pesos.

Este subsidio tenía la peculiaridad de que 80 por ciento de los fondos eran federales y el 20 por ciento eran fondos municipales, que se utilizaban para mejorar el desempeño policiaco la capacitación el adiestramiento y el equipamiento; los recursos iban etiquetados y sólo podían utilizarse para temas de seguridad pública municipal. A su vez, debían reportarse a la Federación los usos de los recursos 7.

A manera de ejemplo, solo en el Estado de Veracruz, en 23 municipios se han detectado desvíos por 253 millones de pesos del Fortaseg este año 8.

De acuerdo con lo que ha informado la Secretaría de Hacienda, el recurso del Fortaseg se pasara a la Guardia Nacional, con el argumento de que esta cubrira la seguridad pública en todo el país 9.

En el ramo 33 “Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios”, tuvo un aumento en comparación del ejercicio fiscal de 2020, de más de 18 mil millones de pesos.

Dicho ramo cuenta con dos fondos importantes en materia de seguridad pública para estados y municipios.  El primero es el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (Fortamun). El segundo es el Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y el DF (FASP), el cual tuvo un incremento de más de 250 millones de pesos, respecto al 2020.

Ante este escenario es importante que se optimice el ejercicio de los recursos, ya que los gobiernos estatales y municipales tienen la labor importante de reforzar la labor de sus policías locales.

La Guardia Nacional cumple un importante papel en apoyarlos desde el nivel federal, pero esta labor no basta si no va acompañado de importantes acciones locales. Y estas incluyen tanto la asiganción de presupuestos locales, como su adecuado manejo, y la supervisión de las instancias que legalmente dan un marco legal para estas tareas y hacen la revisión de las autoridades ejecutivas estatales y municipales.

Por ello consideramos de urgente y obvia resolución la propuesta para exhortar a los congresos estatales de que, en el Presupuesto de Egresos de 2021, se aseguren de que las policías estatales y municipales cuenten con recursos suficientes para la capacitación de sus elementos, dado que el cumplimiento de tales responsabilidades a nivel local es fundamental. Pero también a que hagan la adecuada supervisión de los Ejecutivos estatales y municipales, para que utilicen los recursos disponibles de manera adecuada.

Sabemos que hay muchas carencias y necesidades, sin embargo los gobiernos tienen como principal función el cuidado y protección de la población. Esta responsabilidad toca, ante todo, a los gobiernos que están más cerca de la población. Esto es, los gobiernos municipales. Por ello pedimos que se trabaje mejor este tema en ese nivel de gobierno, dentro del respeto a la autonomía y gestión local.

Por ello, sin menoscabo de que hagamos la labor adecuada en esta Cámara de Diputados, nos parece prudente hacer un llamado para que a nivel estatal y municipal se atienda está apremiante necesidad de capacitación de los elementos de seguridad pública disponibles.

Tener mejores policías es una tarea impostergable.

Por lo expuesto, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los congresos locales de las entidades federativas a que consideren realizar a la brevedad las acciones presupuestales y la adecuación de sus respectivos marcos legales, las labores necesarias para fortalecer la capacitación y entrenamiento a las policías estatales y para que procuren que los municipios hagan lo propio en lo que compete a las policías municipales.

Notas

1 Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (septiembre 2020), Inegi, México, octubre 2020. Disponible en

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2020/ ensu/ensu2020_10.pdf

2 Matan a joven en Canoa y familia le arrebata el cuerpo a policía.

https://municipiospuebla.mx/nota/2020-09-28/puebla/matan-joven-e n-canoa-y-familia-le-arrebata-el-cuerpo-polic%C3%ADa

3 Matan en Oaxaca a joven que representaría a México en torneo de Jiu Jitsu.

https://www.milenio.com/estados/matan-oaxaca-rodrigo-abed-macias -campeon-jiu-jitsu

4 Investigan a policías de Morelia por matar a balazos a joven con enfermedad mental.

https://noticieros.televisa.com/ultimas-noticias/investigan-a-po licias-de-morelia-por-matar-a-balazos-a-joven-con-enfermedad-mental/

5 Samantha, reina de belleza trans en Puebla, fue asesinada con dolo; FGE evade hablar con la familia.

https://www.animalpolitico.com/2020/08/samantha-reina-belleza-tr ans-puebla-asesinada-fiscalia-evade-familia/

6 Muere joven tras ser golpeado y atropellado durante riña en Castillotla.

https://www.milenio.com/policia/muere-joven-golpeado-atropellado -rina-castillotla

7 Lineamientos para el otorgamiento del subsidio para el fortalecimiento del desempeño en materia de seguridad pública a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y, en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función para el ejercicio fiscal 2020. Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Diario Oficial, 23 de enero de 2020.

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5584605&fecha =23/01/2020

8 Investigan como 22 alcaldes se gastaron 253.2 millones.

https://www.vanguardiaveracruz.mx/investigan-como-22-alcaldes-ga staron-253-2-millones/

9 Quitan a entidades dinero contra crimen; recursos para 2021.

https://www.excelsior.com.mx/nacional/quitan-a-entidades-dinero- contra-crimen-recursos-para-2021/1404897

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2020.– Diputada Martha Huerta Hernández (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.



POLÍTICAS EN FAVOR DE LAS FAMILIAS INDÍGENAS Y CAMPAÑAS PARA PREVENIR LA DISCRIMINACIÓN CONTRA LOS NIÑOS INDÍGENAS, EN ZONAS RURALES, Y QUE PERTENEZCAN A GRUPOS DESFAVORECIDOS

«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Segob a implantar políticas en favor de las familias indígenas; y a la CNDH y la Conapred, a diseñar y ejecutar con la mayor brevedad campañas de información para prevenir la discriminación contra niños indígenas, de zonas rurales y de grupos económicamente desfavorecidos, a cargo de la diputada Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con puntos de acuerdo por el que se exhorta a la Segob para que implemente políticas en favor de las familias indígenas, así como a la CNDH y Conapred para que diseñen y ejecuten a la brevedad campañas de información para prevenir la discriminación contra los niños indígenas, niños en zonas rurales y niños que pertenezcan a grupos económicamente desfavorecidos, con base en las siguientes

Consideraciones

Los principios de igualdad y no discriminación están consagrados tanto en los fundamentos del derecho internacional moderno, como en los fundamentos del derecho mexicano; los cuales reconocen la importancia de la diversidad cultural para el desarrollo social y humano de cualquier comunidad.

Los siguientes ordenamientos jurídicos internacionales de los que nuestro país forma parte, velan por los derechos humanos y constitucionales de las y los ciudadanos, apegándose a un total Estado de Derecho, estipulando dichos principios: 

Declaración Universal de Derechos Humanos: 1

Artículo 7. ...

Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos: 2

Artículo 26. Todas las personas son iguales ante la ley y tiene derecho sin discriminación a igual protección de la ley. A este respecto, la ley prohibirá toda discriminación y garantizará a todas las personas protección igual u efectiva contra cualquier discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales: 3

Artículo 2. ...

2. Los Estados parte en el presente pacto se comprometen a garantizar el ejercicio de los derechos que en él se enuncian, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier condición social.

E incluso, en nuestra Carta Magna, este principio se encuentra estipulado en su artículo 1o.: 4

Artículo 1. ...

Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

Pero, ¿qué es discriminación? La Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Raciales la define como “cualquier distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en la raza, color, descendencia u origen étnico o nacional, que tenga el propósito o efecto de invalidar o perjudicar el reconocimiento, goce o ejercicio, en situaciones iguales, de los derechos humanos y libertades fundamentales en el campo político, económico, social, cultural o cualquier otra área”. 5

Por su parte, Oxfam México estipula que la discriminación es “el conjunto de prácticas, informales o institucionalizadas, que niegan el trato igualitario o producen resultados desiguales para ciertos grupos sociales y que tienen como consecuencia la privación o el menoscabo en el acceso a los derechos y la reproducción de la desigualdad social”. 6

El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en la Encuesta Nacional sobre Discriminación, define este término como “toda distinción, exclusión o restricción que, por acción u omisión, tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir o menoscabar el reconocimiento o goce de los derechos humanos y libertades.” 7

El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) la entiende como “cualquier situación que niegue o impida el acceso en igualdad a cualquier derecho, pero no siempre un trato diferenciado será considerado discriminación. Por ello, debe quedar claro que, para efectos jurídicos, la discriminación ocurre solamente cuando hay una conducta que demuestre distinción, exclusión o restricción, a causa de alguna característica propia de la persona que tenga como consecuencia anular o impedir el ejercicio de un derecho.” 8

El concepto de raza que consciente o inconscientemente tenemos en México proviene de Europa siglos atrás. Dicho concepto parte del aspecto físico, englobando la historia, el origen, la lengua y la moral para justificar una falsa superioridad y la dominación de un grupo de personas sobre otras; así pues, es de suma importancia hacer visible la discriminación en México, hablando de ella y nombrándola con la finalidad de visibilizarla y así, poder erradicarla.

El racismo, ya como un discurso y una ideología, funciona en México desde el siglo XVIII dándole todos los atributos negativos a las personas negroides o indígenas de América, señala María Elisa Velázquez, del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH). 9 Y es que, en México, la discriminación se extiende en todos los sectores de la población, creando un sistema sutil casi imperceptible de abusos y privilegios, haciendo la línea entre racismo y clasismo sumamente difusa puesto que ambos coexisten y sus efectos son acumulativo-simultáneos ya que, el racismo va más allá de ser indígena, basta con solo parecerlo o tener rasgos racializados para sufrirlo.

La discriminación étnico-racial es estructural, pues se fundamenta en las relaciones históricas de poder y dominación sobre los pueblos indígenas, así como en una legitimación subjetiva del racismo, que tiene antecedentes históricos en el país desde hace varios siglos y se reproduce de manera permanente en la sociedad, creando efectos estructurales. Es decir, la discriminación del pasado repercute aún en el presente, por lo que, “no es necesario (...)que las prácticas de discriminación pervivan en el presente para que la discriminación siga teniendo consecuencias; basta con no revertir los efectos de las discriminaciones del pasado para que las desventajas acumuladas operen en el presente contra los grupos discriminados” (Solís, 2017a: 35). 10

En ese sentido, es de suma importancia entender que el racismo no son actitudes, es una serie de estructuras políticas, sociales y económicas que niegan sistemáticamente derechos a una persona por el simple hecho de su aspecto físico.

En México no se habla de racismo porque el mestizaje es concebido como un proceso histórico inclusivo donde hubo una mezcolanza del europeo caucásico con el indígena mexicano. Sin embargo, es de suma importancia hablarlo pues es una realidad que daña y limita a millones de personas; asimismo, visibilizamos que aceptamos vivir en un sistema que nos da o nos quita valor según nuestra apariencia, facciones, vestimenta y habla.

Y es que, en México mediante la discriminación, se puede explicar la desigualdad de oportunidades la cual es el resultado de un proceso multisecular de dominación política, social y cultural de las élites blancas y mestizas hacia los pueblos indígenas, donde ser de piel más oscura implica tener en promedio dos años menos de escolaridad, menor ingreso, menor acceso a puestos directivos y menores probabilidades de mejorar la posición socioeconómica, así como provenir de familias con mayores carencias sociales y de territorios con menores niveles de desarrollo socioeconómico, según la Encuesta Nacional sobre Discriminación (Enadis) del Inegi 11 y el estudio “Por mi raza hablará la desigualdad” del Oxfam México. 12

Las niñas, niños y adolescentes, constituyen la tercera parte de la población nacional y no se encuentran exentos de sufrir algún tipo de discriminación, pues de acuerdo con la Encuesta Nacional sobre Discriminación 2017 (Enadis), 22.5 por ciento de niñas y niños entre 9 y 11 años, y que 36 por ciento de adolescentes entre 12 y 17 años, considera que en México sus derechos se respetan poco o nada. 13

Es indispensable dar a la niñez, las herramientas necesarias para el ejercicio progresivo de sus capacidades como seres humanos, alentando y fortaleciendo su independencia y autonomía, lo cual contribuye a su sano crecimiento físico y mental, posibilitando que se apropien de valores, así como que se formen en una cultura de respeto a la diversidad y rechazo a la violencia deviniendo en conciencia ciudadana y responsabilidad social, lo cual es de suma importancia puesto que ayuda a la eliminación progresiva de la discriminación.

El argumento anterior se justifica en el Análisis Situacional de los Derechos Humanos de Niñas, Niños y Adolescentes de la CNDH, en el cual se estipula que, los menores de edad indígenas alcanzan porcentajes de pobreza cercanos al 80 por ciento (78.6 para las niñas y niños y 78.2 para las y los adolescentes) reflejando las desventajas que enfrenta la población indígena, en particular los menores de edad, para el ejercicio de sus derechos.

La población indígena enfrenta brechas en todos los casos en los que se compara con población no indígena, por ejemplo, 78.5 por ciento de menores indígenas (0-17 años) se encuentran en situación de pobreza frente al 47.8 por ciento de la población de menores de edad no indígenas. Aunado a ello, el Informe de Evaluación de la Política de Desarrollo Social que presenta el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, refleja que 700 mil niñas, niños y adolescentes, no asisten a la escuela por motivos económicos. 14

La protección y garantía de los derechos de la niñez, es tarea del Estado a través de las autoridades competentes que deben implementar políticas de inclusión y prestación de servicios diferenciados para las familias indígenas y sus integrantes menores de edad que migran a las zonas urbanas, para evitar que se enfrenten a cualquier forma exclusión y discriminación, cerrando las brechas laborales, educativas o de acceso a vivienda.

Pues si bien desde 2014 se cuenta con “derechos humanos de los pueblos indígenas en México” publicado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y el artículo 2o. constitucional abarca una serie de derechos y obligaciones con los que cuentan los pueblos indígenas, ninguno estipula la necesidad de implementar políticas de inclusión y prestación de servicios diferenciados para las familias indígenas y sus integrantes menores de edad que vean a los indígenas como personas independientes separadas de sus pueblos, quienes, tanto conjunta como individualmente, deben tener la certeza que están protegidos por leyes que los comprenden y velan por sus derechos e intereses con fundamento. Escritas por ellos, para ellos y desde ellos, con la finalidad de protegerlos adecuadamente plasmados en nuestra carta magna, la cual es de los y para los y las mexicanas.

Cabe mencionar que, en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, se estipula la garantía de sus derechos bajo protección del Estado: 15

Artículo 13. ...

Las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias adoptarán medidas necesarias para garantizar estos derechos a todas las niñas, niños y adolescentes sin discriminación de ningún tipo o condición.

Así también se señala en la Convención de los Derechos del Niño, Convención de la que nuestro país es parte: 16

Artículo 2.

1. Los Estados parte respetarán los derechos enunciados en la presente Convención y asegurarán su aplicación a cada niño sujeto a su jurisdicción, sin distinción alguna, independientemente de la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional, étnico o social, la posición económica, los impedimentos físicos, el nacimiento o cualquier otra condición del niño, de sus padres o de sus representantes legales.

2. Los Estados parte tomarán todas las medidas apropiadas para garantizar que el niño se vea protegido contra toda forma de discriminación o castigo por causa de la condición, las actividades, las opiniones expresadas o las creencias de sus padres, o sus tutores o de sus familiares.

Es por todo lo anterior, es importante promover políticas en favor de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, pero también de su divulgación bajo el principio de no diseminación, pues las niñas y niños indígenas y todos aquellos que pertenecen a grupos económicamente desfavorecidos, son los más discriminados.

De acuerdo con la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la CNDH es el organismo encargado de la divulgación de sus derechos: 17

Artículo 140. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos y los organismos de protección de los derechos humanos de las entidades federativas, en el ámbito de sus competencias, deberán establecer áreas especializadas para la protección efectiva, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

De igual manera, el Conapred es “la institución rectora para promover políticas y medidas tendientes a contribuir al desarrollo cultural y social y avanzar en la inclusión social y garantizar el derecho a la igualdad”, 18 de acuerdo con sus atribuciones, está encargado de la difusión y divulgación en la materia, según la Ley General Federal para prevenir y eliminar la Discriminación:

Artículo 20. Son atribuciones del Consejo:

 ...

XX. Generar y promover políticas, programas, proyectos o acciones cuyo objetivo o resultado esté encaminado a la prevención y eliminación de la discriminación;

...

XXIX. Promover el derecho a la no discriminación mediante campañas de difusión y divulgación. Adicionalmente, se promoverá la prevención y erradicación del discurso de odio, en coordinación con las instituciones públicas, el sector privado y las organizaciones de la sociedad civil;

... .

Por lo motivos anteriores y con el fin de prevenir y erradicar la discriminación hacia las niñas, niños y adolescentes, es que someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación a implementar políticas de inclusión y prestación de servicios diferenciados para las familias indígenas y sus integrantes menores de edad que migran a las zonas urbanas, para evitar que se enfrenten a cualquier forma exclusión y discriminación, cerrando las brechas laborales, educativas o de acceso a vivienda

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación para que a través de la Comisión Nacional para Prevenir la Discriminación, conjuntamente con la Comisión Nacional de Derechos Humanos, diseñen y ejecuten a la brevedad campañas de información que sean llamativas visualmente y sonoramente, cortas y directas para impactar a las audiencias más jóvenes con la finalidad de prevenir la discriminación contra las niñas y niños indígenas,  niñas y niños en zonas rurales y niñas y niños que pertenezcan a grupos económicamente desfavorecidos.

Notas

1 Declaración Universal de Derechos Humanos, artículo 7, disponible en

https://www.ohchr.org/EN/UDHR/Documents/UDHR_Translations/spn.pd f

2 ONU, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, artículo 26, disponible en

https://www.ohchr.org/sp/professionalinterest/pages/ccpr.aspx

3 ONU, Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, artículo 2, disponible en

https://www.ohchr.org/sp/professionalinterest/pages/cescr.aspx

4 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 1, párrafo 5, disponible en

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_080520.pdf

5 El Racismo y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, United Nations Human Rights, disponible en

https://www.un.org/es/durbanreview2009/pdf/InfoNote2_Racism_IHRL _SP.pdf

6 Oxfam México, Por mi raza hablará la desigualdad, disponible en

https://www.oxfammexico.org/sites/default/files/Por%20mi%20raza% 20hablara%20la%20desigualdad_0.pdf

7 Inegi, Encuesta Nacional sobre Discriminación, disponible en

https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/enadis/2017/doc/en adis2017_resultados.pdf

8 Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, ¿Qué es la discriminación?, disponible en

http://www.conapred.org.mx/index.php?contenido=pagina&id=84&id_opcion=142&op=142%20)

9 El racismo que México no quiere ver, El País, disponible en:

https://elpais.com/sociedad/2019/11/27/actualidad/1574891024_828 971.html

10 Por mi raza hablará la desigualdad, Oxfam México, disponible en

https://www.oxfammexico.org/sites/default/files/Por%20mi%20raza% 20hablara%20la%20desigualdad_0.pdf

11 Encuesta Nacional sobre Discriminación, Inegi, disponible en

https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/enadis/2017/doc/en adis2017_resultados.pdf

12 Por mi raza hablará la desigualdad, Oxfam México, disponible en

https://www.oxfammexico.org/sites/default/files/Por%20mi%20raza% 20hablara%20la%20desigualdad_0.pdf

13 Análisis situacional de los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes, CNDH, disponible en:

http://informe.cndh.org.mx/menu.aspx?id=40071

14 Análisis situacional de los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes, CNDH, disponible en:

http://informe.cndh.org.mx/menu.aspx?id=40071

15 Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, artículo 13, disponible en

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGDNNA_171019. pdf

16 Convención de los Derechos del Niño, artículo 2, disponible en

https://www.un.org/es/events/childrenday/pdf/derechos.pdf

17 Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, artículo 140º, disponible en

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGDNNA_171019. pdf

18 Conapred, ¿Quiénes somos?, disponible en

http://www.conapred.org.mx/index.php?contenido=pagina&id=38&id_opcion=15&op=15

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2020.– Diputada Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.



SE INCLUYA A LOS HABITANTES DE DIVERSOS MUNICIPIOS DE LA SIERRA DE GUERRERO EN EL PROGRAMA SEMBRANDO VIDA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Secretaría de Bienestar a considerar la posibilidad de ampliar el programa Sembrando Vida e incluir en el padrón de beneficiarios a los habitantes de la Sierra de Guerrero, de San Miguel Totolapan, Ajuchitlán del Progreso, Tecpan y Atoyac de Álvarez, a cargo de la diputada María del Carmen Cabrera Lagunas, del Grupo Parlamentario del PES

Quien suscribe, diputada María del Carmen Cabrera Lagunas, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social en la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

Con el programa Sembrando Vida se busca incentivar a las y los sujetos agrarios a establecer sistemas productivos agroforestales, con los cuales se pretende combinar la producción de los cultivos tradicionales en conjunto con árboles frutícolas y maderables, y el sistema de Milpa Intercalada entre Árboles Frutales (MIAF), con lo que se pretende contribuir a generar empleos, incentivar la autosuficiencia alimentaria, mejorar los ingresos de las y los pobladores y recuperar la cobertura forestal de un millón setenta y cinco mil hectáreas en el país.

Con este programa se pretende promover la organización social y productiva de las y los sujetos agrarios, como una forma de recuperar el tejido social en las comunidades, lograr la autosuficiencia alimentaria, mejorar la calidad de vida de las localidades en donde opere el programa y, en un mediano plazo, generar procesos de valor agregado y comercialización.

Para ello, el programa Sembrando Vida atiende a las y los sujetos agrarios que se encuentran en localidades rurales, priorizando aquellos con población indígena y afromexi-canos, con rezago social ubicados en territorios con alto potencial ambiental, forestal y de producción de alimentos, a fin de lograr una mejoría de ingresos mediante el establecimiento de sistemas agroforestales en sus parcelas.

Para desarrollar los proyectos agroforestales (Sistemas Agroforestales y de Milpa Intercalada entre Árboles Frutales) en las unidades de producción, los sembradores reciben plantas de acuerdo a la vocación de cultivos de la región y recursos para establecer un vivero comunitario y una biofábrica, donde se produzcan insumos para sus propias parcelas, trabajando con un enfoque de agricultura orgánica.

Como Sembrando Vida busca convertir los ejidos y comunidades en un sector estratégico para el desarrollo del campo, trabajando juntos, bajo un enfoque de sustentabilidad y desarrollo regional a largo plazo, que contribuya a reducir la vulnerabilidad en la que viven las y los campesinos de estas regiones, se estima necesario que la Secretaría de Bienestar considere incluir a comunidades que se encuentran en un grado de rezago social muy alto como las que se ubican en los municipios de San Miguel Totolapan, Ajuchitlán del Progreso, Tecpan y Atoyac de Álvarez que se encuentran en lo más alto de la Sierra Madre del Sur, en la región de la Tierra Caliente de Guerrero.

En esos poblados, ubicados a unos 400 kilómetros de Chilpancingo, campesinos de localidades de estos municipios demandaron ser incluidos en el padrón del programa federal Sembrando Vida, para dejar de cultivar amapola. No pasa desapercibido para quien suscribe el presente punto de acuerdo que el cultivo de amapola constituye un delito, lo cual se reprueba de manera contundente. Sin embargo, es importante considerar que por falta de dinero hay quienes se unen a la delincuencia, lo cual si bien no se justifica de ninguna manera, se estima que para evitarlo es necesario destinar recursos para apoyar a los más pobres mediante proyectos, a fin de que alcancen la línea de bienestar mínimo que equivale al valor de la canasta alimentaria por persona al mes.

Lo que en este caso resulta necesario pues de las 114 comunidades del municipio de San Miguel Totolapan que solicitaron ingresar al programa Sembrando Vida, apenas 43 ciudadanos de los poblados La Mozimba y Lomillas, resultaron beneficiados con dicho apoyo.

La propuesta que se expone en la presente proposición resulta necesaria, si consideramos que Guerrero, con respecto de las 32 entidades federativas, ocupa el lugar dos tanto en porcentaje de población en pobreza como en porcentaje de población en pobreza extrema. Por lo tanto, se ubica dentro de las cinco entidades con mayor pobreza en el país.

Según cifras del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval) en Guerrero 38.6 por ciento de personas se encuentran en pobreza extrema y el número de personas en situación de pobreza en Guerrero pasó de 2.3 millones de personas a 2.4 millones de personas entre 2016-2018. El porcentaje de la población en situación de pobreza en Guerrero pasó de 64.4 por ciento a 66.5 por ciento entre 2016-2018. El número de personas en situación de pobreza extrema en Guerrero pasó de 825 mil 214 personas a 971 mil 439 personas entre 2016-2018.

De acuerdo con el segundo Informe de Labores de la Secretaría de Bienestar al cierre del padrón, 17 de junio de 2020, están incorporados 424 mil 550 sembradoras y sembradores, lo que representa 99 por ciento de la meta total del programa. Esto incluye a los sembradores de los territorios nuevos en 2020 y los que iniciaron en 2019.

En 2020 se incluyó a este programa como nuevo territorio al estado de Guerrero operando Sembrando Vida en la entidad en una superficie de 25 mil hectáreas y beneficiando a 10 mil familias campesinas.

En Guerrero el programa opera con 10 facilitadores y 100 técnicos sociales y productivos que apoyan a las comunidades y tienen a su cargo a mil 200 becarios del programa Jóvenes Construyendo el Futuro.

En esta entidad, al igual que en el resto del país, las zonas forestales y rurales padecen una fuerte degradación ambiental ya que se deforestan 115 mil hectáreas por año en todo el país. Quienes habitan en dichas regiones también sufren rezago social, pobreza y marginación, pues 61 por ciento de la población rural vive en pobreza y 21 por ciento en pobreza extrema, situación que está muy relacionada a la baja productividad, por lo que con Sembrando Vida se busca dar una solución integral.

Ante la importancia de apoyar a quienes se encuentran en alto grado de marginación social como son los habitantes de las localidades ubicadas en los municipios de San Miguel Totolapan, Ajuchitlán del Progreso, Tecpan y Atoyac de Álvarez de Guerrero, con esta proposición se propone exhortar respetuosamente al titular de la Secretaría de Bienestar para que considere la posibilidad de ampliar el programa Sembrando Vida y permitir que se incorporen al padrón de beneficiarios los habitantes de estos municipios, pues se tenía previsto incorporar a 20 mil sembradores de este estado al programa y a la fecha ya se cumplió con esta meta.

En el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2020 se le destinaron 21,198,734,306 de pesos al programa Sembrando Vida, y en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2021 se prevé un aumento al destinarle 24,536,982,591 de pesos.

Con este aumento se estima que existen los recursos necesarios para incluir a los habitantes de la Sierra de Guerrero que cumplan con los requisitos que se prevén para acceder a Sembrando Vida.

Por lo expuesto, y con fundamento en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Bienestar para que considere la posibilidad de ampliar el programa Sembrando Vida e incluir en el padrón de beneficiarios a los habitantes de la Sierra de Guerrero de los municipios de San Miguel Totolapan, Ajuchitlán del Progreso, Tecpan y Atoyac de Álvarez por ser comunidades con un grado de rezago social muy alto y toda vez que apenas 43 ciudadanos de los poblados La Mozimba y Lomillas de la Sierra resultaron beneficiarios en la implementación del programa en el estado de Guerrero.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2020.– Diputada María del Carmen Cabrera Lagunas (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.



SE MODIFIQUE LA NOM-009-CONAGUA-2001 PARA REDUCIR EL VOLUMEN DE DESCARGA DE LOS INODOROS A 4.5 LITROS DE AGUA

«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Semarnat a modificar por la Conagua la NOM-009-CONAGUA-2001 para reducir a 4.5 litros el volumen de descarga de los inodoros, con la separación del mercado de muebles que superen esa medida, a cargo del diputado David Bautista Rivera, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, diputado David Bautista Rivera, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos, 6, fracción I, y 79, numeral 2, facción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La escasez de agua es uno de los grandes problemas que sufre nuestro planeta, incrementado por el aumento de la demanda y la ausencia de líquido vital. Hoy el 95 por ciento de la población mundial tiene menos agua que hace 20 años, una de cada nueve personas no tiene acceso a agua potable y una de cada tres personas no cuenta con el saneamiento necesario para su consumo. Se cree que para 2050, 4 mil millones de personas vivirán bajo estrés hídrico.

Acorde a la tendencia mundial, México se encuentra en una situación crítica en cuanto al uso de sus recursos hídricos a causa de la sobreexplotación, contaminación y mal uso de las fuentes de agua. En el país existe una problemática hídrica que abarca la distribución desigual y el indebido saneamiento del recurso vital, la pobre innovación en el sistema hídrico y su precario mantenimiento, la sobreexplotación y contaminación de los recursos hídricos, los altos subsidios al agua, el despilfarro y fugas cotidianas, entre otras.

Según cifras del Instituto Nacional de Estadísticas y Geografía (INEGI), en el país una de cada tres casas registradas no recibe agua todos los días. Y es que el 25 por ciento de la población la obtienen cada tercer día, una o dos veces por semana o de vez en cuando, mientras que el 7 por ciento no la tienen y deben conseguirla de otras casas, llaves, pozos, ríos, lagos o pipas. 1

Además, existen casos de extrema gravedad, como el de Guerrero, en donde actualmente solo el 5.7 por ciento habitantes tienen acceso diario al agua en sus viviendas, cuando en 2010 era del 7.1 por ciento. Mientras que los estados vecinos como Chiapas y Oaxaca, la disposición del líquido alcanza a menos del 20 por ciento de la población. 2

Del mismo modo, un reporte de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), midió el porcentaje de agua potable que pierden 42 ciudades del país. La capital chiapaneca Tuxtla Gutiérrez, lidera este listado, donde las pérdidas rozan 70 por ciento; le siguen San Luís Potosí, con el 50 por ciento; Ciudad de México, con más de 40 por ciento, y en menor porcentaje lo concentran Chihuahua; Toluca; Querétaro; Culiacán; Acapulco y Hermosillo. 3

Estos datos nos reflejan una crisis hídrica que se vive en el país, la cual se ve agravada con las fugas que existen, las cuales son responsables entre el 30 por ciento y 50 por ciento de las pérdidas del líquido vital.

De modo que estas cifras elevan el promedio de consumo de agua en México, es decir, según la Organización Mundial de la Salud, una persona necesita consumir 100 litros de agua al día para mantener una higiene e hidratación adecuada, sin embargo, en el país, de acuerdo con el Sistema de Aguas de la Ciudad de México, una persona consume en promedio 307 litros de agua al día.

Es importante destacar que, en México, el agua es empleada de diversas formas en las actividades humanas. Clasificándose en cuatro usos diferentes:

• Uso agrícola, 76.6 por ciento

• Abastecimiento público, 14.5 por ciento

• Generación de energía eléctrica 4.9 por ciento

• Industria autoabastecida, 4 por ciento

Del 14.5 por ciento que está destinado al abastecimiento público, el 65 por ciento se va al cuarto de baño, lugar de la casa con mayor consumo de agua, y dentro del cuarto de baño hay dos grandes consumidores de agua: la ducha y la cisterna del WC. Se utilizan, aproximadamente, 29.5 litros de agua al día, únicamente para el uso de inodoro, lo que equivale a 10.800 litros por año por persona.

Conviene subrayar que los inodoros antiguos consumían una media de más 12 litros por uso, ahora, la norma (NOM-009-CONAGUA-2001, Inodoros para uso sanitario-Especificaciones y métodos de prueba) que regula la comercialización de los muebles sanitarios permite máximo 6 litros de agua por uso, de modo que se ha registrado un ahorro del 50 por ciento. Sin embargo, aún se destina mucho líquido vital para la eliminación de desechos orgánicos.

Actualmente, se han creado diferentes sistemas que ayudan a disminuir el desperdicio de agua en los inodoros, los nuevos diseños de inodoros buscan aprovechar la tecnología para cuidar del medio ambiente, para los diseños de W.C se están empleando varias tecnologías que buscan ahorrar agua y brindar mayor higiene. Algunos son:

• Los sistemas de descarga que están compuestos por un pulsador con dos botones. Este sistema inteligente, está diseñado para eliminar desechos líquidos y sólidos. Al presionar un botón se descargan tres litros de agua y, al apretar el otro, la cantidad máxima que se libera es de seis litros, que ya supone de por sí ahorro respecto a los viejos inodoros (12 litros), dando un promedio de descarga de 4.5 litros.

• Igualmente, los sistemas que son asistidos por presión que, a diferencia de los sistemas tradicionales de descarga por gravedad, tienen menos probabilidades de atascar, porque la presión suministrada empuja los desechos fuera del tazón y hacia la línea de drenaje mucho más rápido, utilizando solo un galón de agua por descarga.

• Además, las tecnologías que combinan agua y aire comprimido, que reemplaza el agua como fuerza de desplazamiento pueden ahorrar hasta un 84 por ciento del consumo de agua, ya que para su funcionamiento solo gastan 1.35 litros por descarga.

• O las descargas turbo diseñadas para descargar hasta 1,000 gramos de sólidos con sólo 3.5 litros de agua.

Estos son algunos de los ejemplos de tecnologías avanzadas que no requieren de cantidades exageradas de agua para poder descargar el contenido del inodoro; 4.5 litros de agua como máximo y se obtiene la limpieza requerida. Además de que se obtienen diferentes beneficios como: 4

• Bajos en consumo de agua, por lo tanto, baja los costos de este servicio, además de ayudar al medio ambiente.

• Son más higiénicos, sobre todo evita los malos olores por agua estancada.

• Son ergonómicos y modernos.

• No quedan residuos en el contenido del inodoro.

En conclusión, la creciente demanda del recurso hidráulico ha provocado el deterioro de las fuentes de abastecimiento, disminuyendo la disponibilidad de agua, agravado esto por fugas, deficiencias de operación y mantenimiento, así como por el uso indiscriminado del recurso que se hace en hogares, oficinas, comercios e industrias en general.

A pesar de que se estipuló una reducción del gasto en inodoros a 6 litros por descarga y se logró eficientar en cierto grado el uso del agua, es necesario actualizar dichos instrumentos con el fin de poner en uso el avance tecnológico en lo concerniente a diseños, funcionamiento hidráulico y materiales, de modo que puedan salir del mercado las tecnologías obsoletas.

Sirva de ejemplo California, que durante la peor sequía que tuvo el Estado, se estipuló que solo los inodoros de “alta eficiencia” que usaran 5 litros por descarga podrían venderse . Colorado y Texas adoptaron estándares similares. En Georgia se requiere que instalen estos inodoros si están construyendo o renovando su hogar. Connecticut, Nevada, Nueva York y el estado de Washington han emulado el estándar federal de 6 litros mostrando un ahorro de agua importante. 5

Utilicemos de impulso la crisis hídrica que se vive actualmente para que la escasez de agua en el país puede verse reducida, acciones pequeñas, pero de gran impacto son fundamentales; adoptar una cultura de ahorro, reparar fugas, reutilizar, reducir nuestro consumo, etcétera.

Por lo que someto a consideración de esta soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único: La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que, a través de la Comisión Nacional del Agua, se modifique la NOM-009-CONAGUA-2001, (inodoros para uso sanitario-especificaciones y métodos de prueba) para reducir el volumen de descarga de los inodoros a 4.5 litros de agua, apartando del mercado los muebles que superen estas medidas.

Notas

1 “Escasez de agua en México: un problema de derechos humanos en medio de la epidemia por el covid-19”, [En Línea] [Fecha de Consulta 26 de octubre de 2020] Disponible en:

https://www.infobae.com/america/mexico/2020/04/02/escasez-de-agu a-en-mexico-un-problema-de-derechos-humanos-en-medio-de-la-epidemia-por-covid-1 9/

2 Ibídem

3 “Agua, la crisis que se aproxima en México”, [En Línea] [Fecha de Consulta 27 de octubre de 2020] Disponible en:

https://www.reporteindigo.com/indigonomics/crisis-potable-agua-a cceso-derecho-muertes-enfermedades-cuidado

4 “Como elegir un inodoro ahorrador correctamente”, [En Línea] [Fecha de Consulta 28 de octubre de 2020] Disponible en:

https://www.modregohogar.com/blog/como-elegir-un-inodoro-ahorrad or-correctamente

5 “Como los inodoros de bajo caudal colaboran en el ahorro de agua y dinero”, [En Línea] [Fecha de Consulta 27 de octubre de 2020] Disponible en:

https://www.infobae.com/america/wapo/2018/02/22/como-los-inodoro s-de-bajo-caudal-colaboran-en-el-ahorro-de-agua-y-dinero/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2020.– Diputado David Bautista Rivera (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.



CAMPAÑAS DE INTEGRACIÓN A LA RED NACIONAL DE BRIGADISTAS COMUNITARIOS, PARA GENERAR UN MAYOR COMPROMISO DE LA POBLACIÓN PARA EL COMBATE CONTRA LA PANDEMIA DEL COVID-19

«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a los gobiernos de los 31 estados y de la Ciudad de México a intensificar las campañas de integración a la Red Nacional de Brigadistas Comunitarios para generar mayor incidencia y compromiso de la población en el combate de la pandemia del covid-19 y otras posibles urgencias, a cargo del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, José Salvador Rosas Quintanilla, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los 31 gobernadores de los estados integrantes de la federación y a la jefa del gobierno de la Ciudad de México a intensificar las campañas de integración a la Red Nacional de Brigadistas Comunitarios para generar mayor incidencia y compromiso de la población para combatir la pandemia del covid-19 y otras posibles urgencias, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La contingencia sanitaria ha demandado un gran esfuerzo por parte de la sociedad mexicana. Con los cambios requeridos para evitar una mayor cantidad de contagios, la rutina diaria y las interacciones cotidianas se encuentran inmersas en dinámicas que pueden parecer extrañas, ajenas y hasta invasivas, donde esto nos recuerda el cambio tan súbito que ha tenido la vida de muchas familias y la relevancia de la cooperación para que el proceso de adaptación no las perjudique en la inmediatez por motivos de la lucha contra la pandemia del covid-19.

Las labores han dependido en gran medida del trabajo de colaboración y coordinación de los gobiernos de distintos niveles, los cuales han buscado implementar las medidas sanitarias indispensables para el retorno de algunas actividades. Con todo ello, las ambigüedades que se dieron en los primeros meses de la crisis han logrado ser mitigadas entre las diferentes entidades —como el uso obligatorio de cubrebocas o las restricciones y multas por hacer caso omiso de la clausura temporal de negocios—, donde medidas comunes se han establecido y se ha construido una especie de “sentido común” respecto a cuáles son las acciones adecuadas para evitar contagios.

Por desgracia, el tema de la desinformación, la desconfianza hacia el gobierno y la falsa sensación de seguridad que se genera a partir del uso de cubrebocas, han dificultado que una parte de la población se haya ajustado de forma estricta a las nuevas normatividades, lo que ha minado los esfuerzos de las autoridades, ha prolongado los puntos más altos de contagios y amenaza hacer que el flujo se empalme con la entrada de la temporada de enfermedades respiratorias 1 —siendo que usualmente se da en el último tercio del año y puede significar un potencial colapso de los servicios médicos.

En consecuencia, las estrategias que se pretenden implementar durante este periodo requerirán una colaboración más íntima entre la ciudadanía y el gobierno, donde el apego a las recomendaciones dependerá de gran manera en la confianza que exista entre los que lo comuniquen y quienes son los receptores de esas recomendaciones.

Por ende, al observar qué posibilidades hay a disposición de los gobiernos de diferentes niveles, la colaboración y el voluntariado pueden ser claves para garantizar que las comunidades tengan un mayor compromiso con las medidas sanitarias indispensables.

Esto se debe a que los voluntariados cuentan con la capacidad de generar compromiso civil, facilitar la inclusión mediante la participación en la toma de decisiones, intensifican la solidaridad social y permiten a la ciudadanía sentir como propios los resultados de su participación. 2 Igualmente, son actividades que capacitan a los interesados en actividades de carácter público, lo que forma una población con mayor experiencia acerca de cómo incidir en la política pública de sus comunidades. 3

En sintonía con esto, la existencia de la Red Nacional de Brigadistas Comunitarios ha llevado a cabo la tarea desde hace muchos años. Su labor e incidencia son innegables, por lo que sus números deberían ser más amplios en un periodo donde se requiere que la ciudadanía colabore para garantizar la salvaguarda de sus propias comunidades mediante un trato que pueda lograr inspirar confianza y despertar el sentimiento de solidaridad entre los habitantes de las localidades.

Para ello es sumamente trascendente que los gobiernos de todos los niveles se comprometan a informar a la población acerca de la existencia de estos espacios y recordarles la importancia de colaborar para la salvaguarda de propios y extraños.

Por tanto, es pertinente exhortar a los gobiernos de todos los niveles para intensificar las campañas de integración a la Red Nacional de Brigadistas Comunitarios para generar mayor incidencia y compromiso de la población para combatir la pandemia del covid-19.

A través de prácticas de esta índole y la voluntad de los gobiernos en turno, resulta posible generar una relación de cercanía con la población que pueda recuperar su confianza. Si se hace caso omiso a herramientas como ésta, los objetivos y las conductas de las localidades seguirán discrepando debido al contexto de desconfianza ciudadana hacia la falta de resultados en últimos gobiernos, por lo que echar mano desde todos los frentes será clave para evitar la pérdida de más vidas durante la presente urgencia sanitaria.

Por ello presento ante esta asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta a los 31 gobernadores de los estados de la federación y a la jefa del gobierno de la Ciudad de México a intensificar las campañas de integración a la Red Nacional de Brigadistas Comunitarios para generar mayor incidencia y compromiso de la población para combatir y prevenir la pandemia del covid-19, y estar listos y preparados ante otros posibles desastres o emergencias.

Notas

1 https://www.milenio.com/ciencia-y-salud/coronavirus-leon-advierte-salud-rebrote -casos-covid-19

2 https://www.unv.org/volunteerism-and-global-goals

3 Ídem.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2020.– Diputado José Salvador Rosas Quintanilla (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres, para dictamen.



FORTALECIMIENTO DE LA VIGILANCIA DE LA CORRECTA RETENCIÓN DE LOS IMPUESTOS GENERADOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE PLATAFORMAS DIGITALES EN SERVICIOS DE HOSPEDAJE

«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la SHCP y el SAT a fortalecer la vigilancia de la correcta retención de los impuestos generados por la prestación de servicios mediante plataformas digitales que ofrecen servicios de hospedaje, con objeto de cesar la evasión a la autoridad fiscal y beneficiar una competencia equitativa para el sector turístico, a cargo del diputado Jorge Alcibíades García Lara, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, diputado Jorge Alcibíades García Lara, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y al Servicio de Administración Tributaria para que, en el ámbito de sus atribuciones, fortalezcan la vigilancia de la correcta retención de los impuestos generados por la prestación de servicios mediante plataformas digitales que ofrecen servicios de hospedaje, con el fin de cesar la evasión a la autoridad fiscal y defraudación a la hacienda pública y en beneficio de una competencia equitativa para todos los jugadores en el sector turismo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La industria turística y, particularmente el sector hotelero, han sido severamente golpeados por la pandemia de covid-19. Si bien esta es una industria increíblemente recipiente, el panorama es más bien negativo. La más reciente información disponible indica que el impacto a la Inversión Extranjera Directa Turística ha sido muy severo: en el primer semestre de 2020 cayó 30.9 por ciento anual comparado con el mismo periodo de 2019. 1 Adicionalmente, según datos de la Secretaría de Turismo (Sectur), entre enero y junio de este año, el país atrajo inversiones de capital extranjero (capitalizados en hoteles, transporte aéreo y servicios relacionados) por 350.8 millones de dólares, lo que significó una pérdida de un tercio de la IED, respecto al primer semestre del año pasado, cuando se recibieron 507.7 millones de dólares. En la primera mitad de este año, México perdió 156.9 millones de dólares, que al tipo de cambio promedio de los primeros seis meses representa 3 mil 389 millones de pesos, principalmente en oferta hotelera.

Estamos viviendo tiempos extremadamente difíciles. Recientemente, la Secretaría de Turismo estimó que para este año México registrará una caída relacionada con el consumo turístico total de aproximadamente 1.9 billones de pesos, o alrededor de 101 mil 254 millones de dólares. Debido a la pandemia, miles de proyectos de infraestructura y expansión hotelera, que brindarían grandes flujos de derrama económica, tuvieron que detenerse. Recordemos que no solo son grandes empresas hoteleras las que enfrentan este panorama, estas afectaciones repercuten en las economías de incontables familias mexicanas.

De acuerdo con un estudio llamado Coronavirus y Turismo del Centro de Investigación y Competitividad Turística de la Universidad Anáhuac (Cicotur), en un escenario de impacto severo en el turismo en México por la pandemia de covid-19, el producto interno bruto turístico (PIB) puede caer hasta 5 por ciento este año. Esto implica pérdidas millonarias para el sector hotelero, ya que los números negativos podrían mantenerse así hasta 2021.

Este asunto es de interés general para la nación dada la relevancia del sector. No hay que olvidar que el turismo representa el 8.7 por ciento del PIB nacional y, en esta coyuntura, puede posicionarse como un acelerador en la recuperación de empleos al ser una industria altamente resiliente e intensiva en mano de obra.

En esta nueva realidad que vive el sector en México, todos los actores de la cadena de valor son corresponsables con el desarrollo local y la promoción de la inversión en los destinos. Es de reconocer que tanto la industria hotelera como las plataformas que prestan servicios de hospedaje de corto plazo son complementarios y deben contribuir a la reactivación económica de los destinos. Esto conlleva derechos para los prestadores de servicios, pero también obligaciones inalienables, siendo una de las más importantes para el Estado en su conjunto el cumplimiento irrestricto de las disposiciones fiscales vigentes.

Al respecto, la Facultad de Turismo de la Universidad Anáhuac y la Asociación Nacional de Cadenas Hoteleras realizaron un estudio en 2019 donde señalan que la autoridad hacendaria y tributaria estaría dejando de recibir hasta 6 mil 200 millones de pesos al año por parte de las plataformas de hospedaje por concepto de ISR e IVA, principalmente. Por ello, celebro la reforma que se aprobó el año pasado a las leyes del IVA e ISR para plataformas de hospedaje y que entró en vigor este primero de junio.

En este sentido, el secretario Arturo Herrera, titular de Hacienda y Crédito Público, manifestó en su comparecencia ante el Senado del pasado 3 de octubre, el apoyo recibido de los diversos sectores de la economía digital y colaborativa con esta reforma, y señaló que “estos impuestos no son algo nuevo y que la gran mayoría de las plataformas se encontraban totalmente de acuerdo, siempre y cuando todos los competidores cumplieran”. Asimismo, precisó que “con excepción de un sector, todos los actores de la economía digital estaban pagando en tiempo y forma... salvo aquel ligado al turismo” en referencia clara a los servicios de hospedaje de corto plazo.

De acuerdo a lo estipulado en las disposiciones publicadas el año pasado en el Código Fiscal de la Federación, la regulación exige a todas las plataformas que comiencen a cobrar el impuesto sobre el valor agregado (IVA) por la comisión de sus servicios, retengan los impuestos correspondientes a IVA e impuesto sobre la renta (ISR) de sus anfitriones o usuarios y compartan información de las transacciones generadas.

Este piso parejo en materia fiscal es lo que la industria hotelera ha venido exigiendo desde hace tiempo. No obstante, aún estamos lejos de su materialización. Algunas plataformas continúan incumpliendo con este mandato de responsabilidades fiscales, lo cual, además de afectar los ingresos tributarios, genera competencia desleal para los proveedores nacionales de estos servicios, dado que éstos sí están obligados a retener el IVA e ISR por los servicios prestados. Actualmente, sólo Airbnb, HomeAway y Expedia se encuentran registradas ante el SAT, cumpliendo con sus obligaciones fiscales, mientras que muchas otras, como Booking.com y TripAdvisor evaden al Servicio de Administración Tributaria.

El documento mencionado del Cicotur señala acertadamente que “los datos sobre el impacto probable a la industria turística son alarmantes y hablan de la necesidad de estructurar políticas públicas para acompañar al sector en los difíciles meses por venir, a fin de preservar los empleos y reducir las pérdidas”. En este sentido, en este periodo legislativo se perciben nuevas oportunidades para que, en reconocimiento de la gravedad de la situación que se vive en el sector, se concreten medidas legislativas innovadoras para asegurar una operación eficiente de la industria afectada. Una manera efectiva de contribuir a la recuperación del sector es garantizando un piso parejo para todos los jugadores atendiendo los principios de legalidad, sana competencia y transparencia. Esto implica, obligatoriamente, aplicar la legislación vigente en materia fiscal para todos los actores económicos y turísticos sujetos a ella.

Por lo anteriormente expuesto se somete a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la jefa del Servicio de Administración Tributaria para que, en el ámbito de sus atribuciones, fortalezcan la vigilancia de la correcta retención de los impuestos generados por la prestación de servicios mediante plataformas digitales que ofrecen servicios de hospedaje, a fin de cesar la evasión a la autoridad fiscal y defraudación a la hacienda pública y en beneficio de una competencia equitativa para todos los jugadores en el sector turismo.

Nota

1 Aldo Munguía.- “Turismo pierde 30.9% de la IED; México deja de recibir 157 mdd en el 1S”. Diario El Financiero. 14 de octubre de 2020. Consulta en línea:

https://www.elfinanciero.com.mx/empresas/turismo-pierde-30-9-de- la-ied-mexico-deja-de-recibir-157-mdd-en-el-1s

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2020.– Diputado Jorge Alcibíades García Lara (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



IMPLEMENTAR CAMPAÑAS DE COMUNICACIÓN SOBRE MEDIDAS SANITARIAS DE CONTENCIÓN EN TORNO A LA PANDEMIA DEL COVID-19 PRODUCTO DEL VIRUS SARS-COV-2

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a las dependencias de la APF y los tres niveles de gobierno a diseñar e implantar campañas de comunicación sobre medidas sanitarias de contención en torno de la pandemia del covid-19, a cargo del diputado Fernando Luis Manzanilla Prieto, del Grupo Parlamentario del PES

El que suscribe, Fernando Luis Manzanilla Prieto, diputado del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social a la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta soberanía proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

Hace unos días, el presidente de la República decretó tres días de luto nacional por todas las muertes ocasionadas por la enfermedad covid-19, producto del virus SARS-CoV-2 que aqueja a toda la humanidad y ha tenido repercusiones mortales en México. Este 30 de octubre, 1 y 2 de noviembre fueron dedicados a rendir tributo a quienes han perdido la batalla frente a esta enfermedad, montándose en Palacio Nacional una ofrenda en su honor, izando también la bandera del zócalo a media asta.

Este acto no solamente es un acierto por parte del titular del Ejecutivo, sino una muestra de respeto a quienes desafortunadamente han perecido en esta crisis sanitaria; con especial admiración a los médicos, doctoras, enfermeras, enfermeros y demás personas que laboran en el sector salud de nuestro país.

Como sociedad, este tipo de actos nos permite sensibilizarnos ante lo acontecido en el continente europeo, donde un severo rebrote está azolando la región, provocando que las personas vuelvan a sentir el temor hacia su salud y bienestar. Aquí en México la aceleración de contagios ha comenzado a observarse, ya son dos estados que han regresado a la alerta máxima del semáforo epidemiológico (Chihuahua y Durango), y el subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud de nuestro país ha advertido esta mañana que nueve entidades mantienen tendencia a la alza de contagios, por lo que exhortó a incrementar las labores de contención.

Según cifras oficiales, tenemos más de 933 mil contagiados de covid-19 en México, de las cuales se han recuperado aproximadamente 795 mil, pero desafortunadamente han perdido la vida 92 mil 100. Somos el décimo país con más contagios a nivel internacional, y el cuarto con mayor número de muertes.

Ante estas cifras y tendencia a la alza, México está a punto de superar el millón de contagios por esta enfermedad, y probablemente superemos los 100 mil fallecimientos antes de que termine el mes de noviembre. Indudablemente se acerca el cierre temporal de negocios y un nuevo confinamiento en ciertas regiones del país, lo cual será desastroso para el empleo e ingreso familiar; esto es trágico y lamentable, ya que la recuperación económica avanzaba gradualmente para cada uno de los mexicanos.

Pero si esto no fuese suficiente, la pandemia representa un reto de enorme envergadura para la humanidad, pues por primera vez en la historia los gobiernos de todos los países deben hacer frente a una emergencia sanitaria que se monitorea y evalúa minuto a minuto, conjuntándose un enramado de opiniones, estudios y cobertura que tiene en alerta a toda la población.

Indudablemente esta amplia cobertura ha permitido que cada rincón del planeta visualice la magnitud del problema, pero ha sido una ventada de oportunidad para la desinformación y la publicación de noticias falsas, las cuales pueden provocar pánico en la sociedad o, en caso contrario, apatía e indiferencia a la situación.

Prevenir esta desinformación es conveniente a través del seguimiento oportuno de los comunicados oficiales del gobierno o las organizaciones internacionales acreditadas al manejo de esta pandemia; sin embargo, desde este tipo de comunicados llegan a existir mensajes con poca claridad que no cuidan a detalle la inclusividad y el detalle necesario para que quede totalmente claro el mensaje que se quiere proyectar.

Así, según las recomendaciones recabadas de la Organiza-ción Mundial de la Salud (OMS) y la Secretaría de Salud del Gobierno de México, se han detectado que el uso de cubre-bocas, la no concentración de más de 25 personas en lugares cerrados, la disminución al máximo de movilidad de la población y guardar sana distancia de al menos dos metros son medidas eficaces para evitar la propagación masiva del covid-19.

De igual manera, es pertinente deshacer los mitos y rumores que giran en torno a esta enfermedad, rescatando de la OMS las siguientes aclaraciones:

• Los suplementos de vitaminas y minerales no curan el covid-19.

• Los estudios llevados a cabo demuestran que la hidroxicloroquina no produce efectos clínicos beneficiosos en el tratamiento de la covid-19.

• La enfermedad del covid-19 es causada por un virus y no por una bacteria.

• Actualmente no existe ningún tratamiento autorizado para tratar o prevenir la enfermedad en cuestión.

• Los insectos no transmiten el covid-19.

• Es extremadamente peligroso beber metanol, etanol o lejía.

• Las redes de 5G no propagan el covid-19. 1

Son estos rumores y falta de información lo que demuestra que la comunicación es esencial en esta coyuntura nacional, por ello resulta pertinente que esta honorable asamblea adopte y exhorte a acatar las recomendaciones de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) en materia de comunicación efectiva en este entorno pandemia:

“La comunicación de riesgos abarca todas las cuestiones básicas de la comunicación para la salud, pero difiere en la necesidad de velocidad y la dependencia de la confianza. En los momentos de crisis, se insta a los líderes a que den una respuesta rápida, sentida y confiable. El público quiere saber qué se conoce, qué se está haciendo al respecto y lo que ellos pueden o deben hacer”. 2

Así, es necesario que se comunique a la población mexicana con base en la confianza, credibilidad, anuncio temprano, con transparencia, con involucramiento de la comunidad y planificación, a fin de que la sociedad sepa de manera oportuna y puntual qué debe hacer y cómo lo debe hacer.

No olvidemos como autoridades y representantes populares que esta pandemia “requiere de una respuesta de los gobiernos y la sociedad en su conjunto equivalente a la determinación y el sacrificio de los trabajadores sanitarios en primera línea”, 3 y lo mínimo que se debe hacer es dar certeza a nuestros representados a través de estrategias de comunicación social.

Por lo anterior, también se debe adoptar la Respuesta integral de las Naciones Unidas a lacovid -19, documento que recomienda a todos los países del mundo a promover una comunicación efectiva e información fiable, así como combatir la desinformación y los discursos de odio. Para lograr lo anterior, el plan estratégico en mención insta a atender las necesidades sanitarias inmediatas, siendo una de sus prioridades “comunicar información crítica sobre riesgos y eventos a todas las comunidades, y contrarrestas información errónea”. 4

Finalmente, es pertinente recordar que el Estado mexicano tiene la obligación constitucional, establecido en el artículo 4o., de proteger y garantizar el derecho a la salud de todas las personas que se encuentren en nuestro territorio; por ello, se hace pertinente que se conjunten esfuerzos entre el gobierno federal, las entidades federativas y los municipios, a comunicar con eficiencia, eficacia y claridad, las medidas que se deben tomar en cuenta ante un posible rebrote de contagios de covid-19, a fin de que se contenga la sobreocupación hospitalaria y la pérdida de vidas humanas.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, el suscrito propone a esta honorable asamblea de la Cámara de Diputados los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las y los titulares de las dependencias y entidades de la administración pública federal, a que en el ámbito de su competencia, diseñen e implementen una campaña de comunicación sobre las medidas sanitarias de contención que se deban llevar a cabo por autoridades y particulares, con relación al repunte de los casos de contagio por covid-19, enfermedad ocasionada por el virus SARS-CoV-2.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las y los titulares de los poderes ejecutivos locales, a que en el ámbito de su competencia y en coordinación con los gobiernos municipales, diseñen e implementen una campaña de comunicación sobre las medidas sanitarias de contención que se deban llevar a cabo por autoridades y particulares, con relación al repunte de los casos de contagio por covid-19, enfermedad ocasionada por el virus SARS-CoV-2.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las autoridades de los tres niveles de gobierno a que en las campañas de difusión sobre las medidas sanitarias de contención se privilegien los mensajes sencillos, claros y directos sobre la necesidad del uso correcto y regular del cubrebocas, el evitar las concentraciones de más de 25 personas, el disminuir al máximo la movilidad de la población y, en la medida de lo posible, el guardar la sana distancia sugerida por las autoridades sanitarias federales.

Notas

1 OMS. “Consejos para la población acerca de los rumores sobre el nuevo coronavirus (2019-nCoV)”. Fecha de publicación: 30 de septiembre de 2020, disponible en:

https://www.who.int/es/emergencies/diseases/novel-coronavirus-20 19/advice-for-public/myth-busters [Fecha de consulta: 03 de noviembre de 2020].

2 OPS. covid-19. “Orientaciones para comunicar sobre la enfermedad por el coronavirus 2019”. Fecha de publicación: febrero 2020, disponible en:

https://www.paho.org/es/file/60251/download?token=d6_7D_vz [Fecha de consulta: 3 de noviembre de 2020].

3 ONU. “Página Oficial de los Objetivos del Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030”. Fecha de publicación: 2020, disponible en:

https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/health/ [Fecha de consulta: 3 de noviembre de 2020].

4 ONU. “Respuesta Integral de las Naciones Unidas a la covid-19”. Fecha de publicación: junio de 2020, disponible en:

https://www.un.org/sites/un2.un.org/files/comprehensive_response _to_covid-19_spanish.pdf [Fecha de consulta: 3 de noviembre de 2020].

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2020.– Diputado Fernando Luis Manzanilla Prieto (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



PLAN NACIONAL PARA EL CAFÉ

«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal a formular un plan nacional para el café, a cargo del diputado Daniel Gutiérrez Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, diputado Daniel Gutiérrez Gutiérrez, integrante de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos: 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, así como los demás correlativos aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía esta proposición con punto de acuerdo con base en las siguientes

Consideraciones

En el marco de lo que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 27, fracción XX que a la letra dice que “El Estado promoverá las condiciones para el Desarrollo Rural Integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación en el desarrollo nacional, y fomentara la actividad agropecuaria y forestal para el óptimo uso de la tierra , con obras de infraestructura, insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica”, resulta relevante atender esta norma suprema, para que México se encuentre en condiciones de avanzar en el plan de acción que propone la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible emitida por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Es un plan de acción a favor de las personas, del planeta y la prosperidad. Los 196 países que suscribieron la resolución reconocieron que el principal desafío que enfrenta la humanidad es la erradicación de la pobreza en todas sus formas como el único medio para alcanzar el desarrollo sostenible.

La Agenda 2030 se fundamenta en tres principios: 1) Universalidad, 2) Integralidad y 3) No dejar a nadie atrás. El primero se refiere a que dicha agenda es aplicable a todos los países desarrollados y en vías de desarrollo, así como a todos los sectores de una sociedad. El segundo tiende a equilibrar las tres dimensiones del desarrollo sostenible: inclusión social, desarrollo económico y protección ambiental. Y el tercero busca beneficiar a todas y a todos, particularmente a las personas más vulnerables, asimismo pretende acabar con las inequidades, las desigualdades y la exclusión.

En este orden de ideas es de gran importancia reconocer la situación de pobreza, exclusión y discriminación en la que se encuentran los campesinos de México dedicados a la producción del café. De atenderse a esta población se impactaría de manera positiva al menos a cuatro de los Objetivos del Desarrollo Sostenible (ODS), establecidos en dicha Agenda 2030.

Objetivo 1. Poner fin a la pobreza en todas sus formas y en todo el mundo, que incluye la meta que de aquí al 2030, reducir al menos a la mitad la proporción de hombres, mujeres y niños de todas las edades que viven en la pobreza en todas sus dimensiones

Objetivo 2. Poner fin al hambre, lograr la seguridad alimentaria y la mejora de la nutrición y promover la agricultura sostenible, el cual integra la meta, de aquí a 2030 , duplicar la productividad agrícola y los ingresos de los productores de alimentos en pequeña escala, en particular las mujeres, los pueblos indígenas, los agricultores familiares..., entre otras cosas mediante un acceso seguro y equitativo a las tierras, a otros recursos e insumos de producción y a los conocimientos, los servicios financieros, los mercados y las oportunidades para añadir valor y obtener empleos no agrícolas.

Objetivo 10. Reducir las desigualdades, el cual considera la meta, de aquí a 2030, potenciar y promover la inclusión social económica y política de todas las personas, independientemente de su edad, sexo, discapacidad, raza, etnia, origen, religión o situación económica u otra condición.

Objetivo 13. Acción por el clima, tomar medidas urgentes para combatir el cambio climático y sus efectos.

Objetivo 15. Proteger, Restablecer y promover el uso sostenible de los ecosistemas terrestres, gestionar sosteniblemente los bosques, luchar contra la desertificación, detener e invertir la degradación de las tierras y detener la pérdida de biodiversidad.

Desde el punto de vista ecológico, la forma tradicional en que los campesinos, indígenas y pequeños productores produce el café en México, cubre la dimensión de la protección del medio ambiente, indicada en la Agenda 2030, Por este motivo es urgente atender la precariedad en que viven la mayoría de este sector cafetalero.

El café es un arbusto o árbol pequeño originario de Etiopia se dice que se descubrió en el año 300 D.C. y al inicio se consumía en forma de semilla tostada con grasa de animal, su llegada a América fue en 1720, entrando a Veracruz en 1796.

Las formas tradicionales son la producción bajo sombra de árboles nativos de las selvas y bosques, también están los sistemas semitradicionales que también cultivan bajo la sombra de árboles pero ya no de árboles nativos sino de árboles introducidos o cultivados por el cafetalero y tenemos la manera “moderna” de producir café que es siempre café bajo sol, en lo que se llaman monocultivos a sol, pero requieren de variedades ya genéticamente mejoradas, de agroquímicos de plaguicidas y de máquinas para producir el café.

 El café orgánico se caracteriza principalmente porque es cultivado sin agroquímicos en plantaciones de montaña que además son de sombra de modo que entre ellas se entreveran cafetos con árboles frutales y maderables, que infiltran el agua de lluvia, evitan deslaves, preservan l biodiversidad y les dan vida económica a regiones enteras.

El café orgánico y de comercio justo son alternativas para poder seguir aprovechando el café como eje de desarrollo comunitario y regional. Por las características socioeconómicas y culturales de los caficultores mexicanos, al igual que por las características físicas de los cafetales, sus mejores oportunidades para desarrollar ventajas competitivas radican en la producción de estos cafés diferenciados. Esta producción tendrá un mayor potencial en la medida que desencadene o se inscriba en procesos más amplios de desarrollo rural.

La producción de café orgánico se ha desarrollado en el marco de la agricultura sustentable, partiendo del principio de “satisfacer las necesidades actuales sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras de responder a sus propias necesidades”.

El éxito del café orgánico en México se debe en primer lugar, a la riqueza de la agricultura tradicional, con técnicas antiquísimas que permiten producir alimentos sin impacto desfavorable al ambiente; Estos conocimientos tradicionales están arraigados entre los pequeños productores en particular los grupos indígenas, que tienen un gran respeto por la naturaleza.

El café orgánico es de enorme relevancia ecológica, pues provee servicios ambientales a la sociedad ya que del 90 por ciento de la superficie cultivada con café se encuentra bajo sombra diversificada, que contribuye a conservar biodiversidad. La contribución que hace el cultivo y el comercio de café a las cuestiones ambientales y sociales es positiva, en el aspecto ambiental, el café es un arbusto de hoja perenne, por lo tanto, un importante contribuyente al secuestro de carbono, y es eficaz en cuanto a estabilizar los suelos. Permite también la conservación de mucha de la biodiversidad original de las zonas en que se cultiva.

 Los principales productores orgánicos son en su mayoría grupos muy bien organizados, muchos de ellos en comunidades indígenas, ubicadas principalmente en los estados de Chiapas, Oaxaca, Veracruz y Puebla.

Los principales destinos del café orgánico son Estados Unidos, Alemania, Holanda, Suiza, Japón, Italia, Dinamarca, España, Francia, Australia, Inglaterra y Bélgica.

Hasta 2017, los estados de Chiapas, Oaxaca, Veracruz y Puebla, son los principales estados productores de café orgánico, con un volumen de producción de 350 mil sacos de 60 kilos, lo que coloca a México como el segundo productor mundial. En cuanto a la exportación, nuestro país es el principal proveedor mundial, cada año envía más de 28 mil toneladas a países europeos.

El café orgánico se ha desarrollado con éxito, sin embargo, enfrenta diversos problemas que requieren apoyo científico y técnico. Las necesidades de investigación y desarrollo del sector cafetalero orgánico son diversas; entre las más importantes están el incremento de los rendimientos, la reducción en los costos de producción, y el mejoramiento de la calidad del grano y la bebida, factores asociados con el proceso de producción, beneficiado y comercialización.

Lo producen pequeños productores indígenas de más de 25 culturas en predios de hasta 5 hectáreas, pertenecientes a familias de unos 3 millones de mexicanos, también se produce en cooperativas familias se organizan y se asocian para producir café bajo sombra, simplemente en Chiapas hay 120 cooperativas indígenas o en Oaxaca donde hay una coordinadora de productores de café (CEPCO), estas cooperativas exportan el café orgánico a Estados Unidos, Canadá, Europa, Japón y tienen un rasgo importante conservan biodiversidad, conservan una gran especie de flora y fauna contribuyen al mantenimiento de los climas regionales y ayudan a evitar el cambio climático porque capturan carbono.

Creando verdaderos jardines de café, ejemplos son el Te’lom de los huastecos de San Luis potosí y el Kuojtakiloyan de los pueblos nahuas de la sierra Norte de Puebla, este último a simple vista parece un bosque secundario pero si se observa con detalle y se analiza su estructura y sus especies se revela que en realidad el Kuojtakiloyan es una creación biocultural es un diseño agroforestal original producto de una tecnología orgánica, en le kuojtakiloyan se manejan unas 300 especies de plantas útiles , tiene la enorme virtud de ser un paisaje que produce conservando y que conserva produciendo, es una naturaleza explotada no domesticada y ha sido posible porque los seres humanos se han ido dejando a su vez domesticar por la naturaleza.

En los últimos años las cooperativas indígenas de café ya están también vendiendo café en México y han creado sus propias cafeterías en las ciudades de puebla, Guadalajara y ciudad de México

Enfocándonos en la dimensión de desarrollo económico, que señala la Agenda 2030, es fundamental considerar a la cafeticultura como una actividad estratégica para atender dicha dimensión, debido a que permite la integración de cadenas productivas, la generación de divisas y empleos, el modo de subsistencia de muchos pequeños productores y alrededor de 30 grupos indígenas

El llamado oro verde, comenzó su declive al inicio de la década anterior, hasta la fecha no se ha vuelto a obtener los 6.2 millones de sacos (de 60 kilos cada uno), que según datos de Sagarpa se lograron entre 1999 y 2000; en sólo un lustro el volumen pasó de 5 a 2.3 millones de sacos.

En 2017 se registró un incremento del 30.7 por ciento en la producción de café en comparación a lo que se generó en el 2016, de acuerdo a información de la Subsecretaría de Agricultura de la Sagarpa, la producción nacional del aromático en el ciclo 2016-2017, llegó a tres millones 385 mil 552 sacos de café verde, mientras que, en el periodo inmediato anterior (2015-2016), la generación del aromático fue de 2 millones 346 mil 84 costales de 60 kilogramos. De esta forma, durante este año, el incremento en la producción de café fue de un millón 39 mil 468 sacos.

Hoy en día, el cultivo y producción de café se ha extendido a 12 estados de la República Mexicana, agrupados en cuatro grandes regiones que van desde la frontera sur que colinda con Guatemala, hasta el estado de Nayarit en el Pacífico Norte. México cuenta con un enorme potencial en la producción de café. De hecho, puede afirmarse que las condiciones ecológicas que se registran en las diferentes zonas productoras, le dan al país una vocación natural para el cultivo del aromático.

A nivel nacional la superficie sembrada de café ha disminuido drásticamente, se observa en la gráfica 3 la comparación entre el año 2010 en donde se sembró 781,015.99 hectáreas, mientras que en 2017 solo se sembraron 717,388 hectáreas.

La producción nacional se concentra en los meses de diciembre a marzo, la superficie cosechada ha estado en declive durante los últimos años, ha pasado de 741 410.69 ha en 2010 a 641 478 ha en 2017, esto se debe a diferentes factores, como el climático que a aunado a un mal manejo agrícola producen el ambiente necesario para el desarrollo de plagas como la roya que es devastadora para este cultivo. Otro factor importante es el económico, pues la inestabilidad del precio en el mercado provoca que los cafeticultores dejen perder sus cosechas, pues es más la inversión en mano de obra que las ganancias obtenidas por la venta de su producto. Los años 2015, 2016 y 2017 son en los que se registran un menor número de hectáreas cosechadas (gráfica 4)

El sector cafeticultor es un área de oportunidad para atender esa dimensión de desarrollo social que indica la agenda 2030, los agricultores en general viven en situaciones de pobreza y marginación. En el año 2017 se registró la participación de 500 mil cafeticultores en todo el país, y es aquí donde radica desde el punto de vista social la importancia del café, además de que considerando las familias de estos grupos y las del personal ligado a la transformación y comercialización del grano, alrededor de 3 millones de mexicanos dependen del café en algún grado. Este cultivo se encuentra actualmente en 484 municipios del país; 74 de ellos generan 70 por ciento de la producción nacional. Asimismo, el café también hace una contribución positiva en términos sociales, en cuanto que mantiene un empleo rural considerable y comunidades estables. Mejorar el nivel de vida de los productores de café, en especial de los caficultores en pequeña escala.

Asimismo, el 95.4 por ciento de todos los productores se incluyen en la categoría de campesinos con superficies de cultivo no mayores a 5 hectáreas que han hecho del café su forma de vida y su medio de subsistencia, mientras que solamente el 4.6 por ciento pertenecen a la categoría de empresarios, de los cuales cerca del 3 por ciento son pequeños y el resto medianos y grandes

 Los pequeños productores empeñan su cosecha, y una vez que la recogen, inmediatamente finiquitan sus adeudos anteriores, y así deben buscar nuevos créditos a cuenta de la próxima cosecha, pues de otra manera les sería imposible pagar la mano de obra para las labores agrícolas del cafetal. Sin embargo, para el pequeño o mediano productor con capacidad para beneficiar o secar la cereza, la sujeción a las condiciones diarias del mercado se da debido a su bajo nivel de capitalización, lo que le impone la necesidad de obtener inmediatamente el dinero, producto de su cosecha, es aquí en donde, los finqueros y compradores locales (coyotes) juegan un papel muy importante debido a su capacidad para otorgar créditos y transformar el producto, situación para la cual se encuentran mejor preparados que las instituciones gubernamentales.

El volumen de producción ha tenido un ligero repunte en 2017 obteniendo 838 997 toneladas, comparadas con las 824 082.15 toneladas del año 2016, es decir se obtuvieron 14 914.85 toneladas más. (Gráfica 5)

En general el rendimiento por hectárea promedio durante este ciclo es de 1.4 toneladas de café cereza a nivel nacional (gráfica 6), lo que corresponde a 5.86 quintales por hectárea. Esto representa un incremento en el rendimiento promedio de 1.71 quintales, respecto al ciclo anterior donde se generaron 4.15 quintales por hectárea.

En cuanto al valor de la producción y de cuerdo a la gráfica ha estado en caída desde el año 2012, año en el que se registró el más alto valor del periodo comparado de 2010 — 2016, este valor de producción fue $ 8 647 580 349.05 y para 2016 este cayó hasta los $4 523 893.44.

México se enfrenta a un declive en la producción desde hace más de un lustro, observándose que en el periodo 2015/2016 la producción fue la más baja registrada en 20 años. La baja producción de café ha sido provocada principalmente por la plaga conocida como la roya, que desde el 2013 afecta a los cafetales mexicanos, el cambio climático y la falta de adopción de tecnología para proteger los cultivos de las plagas.

Los rendimientos son muy bajos, oscilan entre los cuatro quintales de café por hectárea, por lo tanto no es rentable. Aunado a estos factores está la entrada ilegal de café por la frontera con Guatemala lo que provoca que los precios no tengan un repunte significativo.

De acuerdo con el USDA, en México en 2016, el 48 por ciento de la producción nacional de café verde se destina a consumo doméstico y el 52 por ciento a exportaciones.

México consume café por debajo de otros países, pese a que el consumo per cápita sigue aumentando, paso de 1.4 kg a 1.6 kg a hasta principios de 2018 de acuerdo a datos presentado en Expo café. A nivel mundial Brasil tiene un consumo per cápita de café 6 kg, mientras que en Estados Unidos es de 4.5 kg, y en la Unión Europea es representado por Francia e Italia con un consumo per cápita de 5.6 kg y 5.1 kg respectivamente.

Entre los países que más consumen el aromático se encuentra la Unión Europea con 28.9 por ciento del consumo global, seguido de Estados Unidos con el 16.6 por ciento y Brasil con el 13.8 por ciento. A nivel mundial, 85.4 por ciento lo toma tostado y molido y 14.6 por ciento lo toma soluble.

En 2016, la producción mundial de café creció a una tasa promedio anual de 2.7 por ciento, lo que significó una cosecha global de 153.3 millones de sacos de café de 60 kilos. Actualmente la producción mundial de café es de 24.7 por ciento mayor que la de principios de la década de los ochenta.

De acuerdo con datos de la Sagarpa la producción de café en México rebasa el medio millón de toneladas, por eso ocupa el onceavo lugar en producción de café verde, lo que lo posiciona como líder en exportación de Café, en el mercado europeo ya que envía más de 28 mil toneladas. (Gráfica 15)

México participa en el mercado cafetalero con el 1.5 por ciento del volumen de las exportaciones mundiales, por lo cual se ubica en el lugar 12 entre los países exportadores. De acuerdo con información del USDA, durante los últimos cinco ciclos comerciales, el volumen de las exportaciones mexicanas decreció a una tasa promedio anual de 11.9 por ciento, mientras que las importaciones se incrementaron a una tasa promedio anual de 8.2 por ciento. Así, durante el ciclo comercial 2015/16 se exportaron 2.025 millones de sacos, mientras que las importaciones ascendieron a 1.815 millones de sacos de 60 kg, equivalente en café verde.

Las ventas de café mexicano en el exterior registraron su nivel mínimo desde 2004/05, mientras que las compras del exterior ascendieron a un nivel máximo histórico. El 64.2 por ciento del volumen exportado correspondió a café verde sin tostar, el 6.2 por ciento a café tostado y molido, y el 29.6 por ciento a café soluble.

Alrededor del 62 por ciento del volumen exportado tiene destino Estados Unidos. El aromático mexicano se exporta a 45 países de los cinco continentes, siendo Estados Unidos, Bélgica, España y Alemania nuestros principales clientes.

Por lo anteriormente expuesto, y fundado someto a la consideración del pleno los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal para que, a través de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, diseñe las políticas que permitan promover la productividad en el sector cafetalero, a través de la modernización e innovación tecnológica que armonicen con la naturaleza. A crear un organismo que beneficie y apoye al pequeño productor. A proporcionar los medios, la infraestructura para la eliminación de plagas que afectan dicho producto. A la renovación de huertas y renovación árboles de sombra para producción de café y que dentro del programa sembrando vida dentro de su línea de agroforestería incluya destacadamente al café.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Economía para la creación de créditos para los pequeños productores con el fin de evitar endeudamientos antes de su cosecha y tener un capital para volver a producir. A desarrollar programas para que los productores de café puedan incursionar en los mercados de mayores precios. A promover alianzas entre los agentes productivos para lograr una mejor posición del café en el mercado internacional, así como el establecimiento de políticas para promocionar el consumo de café nacional.

Notas

Bartra, Armando. (2019). El Principio. Los primeros cuatro meses. Ciudad de México: gmart impresores. Palacio Legislativo de San Lázaro. (marzo de 2018). cederssa. Obtenido de

file:///D:/30El%20café%20en%20México_%20diagnóstico%20y%20perspe ctiva.pdf

Ruiz, J. A. (14 de diciembre de 2019). AS News. Obtenido de

https://asnews.mx/noticias/los-12-estados-productores-de-cafe-en -mexico#:~: text=LOS%2012%20ESTADOS%20PRODUCTORES%20DE%20CAF%C3%89%20EN%20M%C3%89XICO,29%2C 675%20Qq%20por%20d%C3%ADa.%20...%20Mas%20cosas...%20

Semarnat. (24 de 08 de 2020). Programa ONU Medio Ambiente México. Obtenido de

https://www.facebook.com/onumamexico/videos/586671155342671/

Palacio Legislativo de San Lázaro a 5 de noviembre de 2020.– Diputado Daniel Gutiérrez Gutiérrez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.



SE VUELVA PERMANENTE LA TRANSMISIÓN DE CLASES A DISTANCIA POR TELEVISIÓN

«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la SEP, la SCT y el IFT a volver permanente la transmisión de clases a distancia por televisión y asignar un canal o canales propios a la impartición de esos contenidos en el espectro radioeléctrico para ampliar las herramientas educativas que permitan la formación de personas de todas las edades y en cualquier nivel, a cargo del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, José Salvador Rosas Quintanilla, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a Esteban Moctezuma Barragán, secretario de Educación Pública; Jorge Arganis Díaz Leal, secretario de Comunicaciones y Transportes; y Adolfo Cuevas Teja, comisionado del Instituto Federal de Telecomunicaciones, a volver permanente la transmisión de clases a distancia por televisión y asignar un canal o canales propios a la impartición de estos contenidos en el espectro radioeléctrico, en favor de ampliar las herramientas educativas que permitan la formación de personas de todas las edades y en cualquier nivel, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Con las restricciones para la movilidad que se han derivado de la pandemia y la necesidad de encontrar nuevas formas para continuar con las actividades esenciales —como el trabajo y la educación—, la diversidad de medidas podría ser más que un aspecto temporal y trascender su uso generalizado en un periodo pospandémico.

Cuestiones como un mayor acceso a banda ancha, la posibilidad de dar clases a distancia y la disposición de información oficial en tiempo real a través de radio, televisión o Internet, muestran que las tendencias que se venían dando en la era de las telecomunicaciones se han difundido de mejor forma y requieren ser aprovechadas por tomadores de decisiones.

La adaptación de la educación a una modalidad remota ha encontrado sus mayores problemas en la falta de infraestructura en telecomunicaciones, donde todavía existen comunidades marginadas de ésta clase de servicios, dificultando el acceso a las modalidades de educación establecidas en tiempos de pandemia, especialmente en su forma más flexible: la educación digital, la que permite una relación interactiva con el contenido y mucho más personalizada que otras plataformas.

A pesar de esta desventaja, la disposición de otros medios ha sido central para considerar la implementación de programación televisiva educativa como una salida viable para un acceso general a la educación. Hoy en día queda demostrado que el proceso de adopción de la televisión a lo largo de las últimas décadas ha sido casi pleno, lo que facilita su uso y requiere una atención que vaya más allá de estos tiempos de emergencia. De acuerdo con el Instituto Federal de Telecomunicaciones, en la Encuesta Nacional de Consumo de Contenidos Audiovisuales de 2018, 1 93 por ciento de los participantes contaban con un televisor en sus hogares 2 —en contraste con el 46 por ciento que consume contenidos audiovisuales por internet a través de cualquier dispositivo—, 3 lo que muestra el potencial beneficio que se puede obtener al perpetuar la impartición de clases a través de la televisión, sin que éstas impliquen una sustitución de los modelos tradicionales.

Pensadas como complemento, la presencia de estas en televisión abierta puede tener impactos benéficos para la población en general. Si se ve su aplicación como refuerzo para los estudiantes y como incentivo para aquellos que deseen empezar o continuar sus estudios durante la pandemia o después de ella, su presencia tiene impactos positivos para la construcción de una mejor calidad de vida.

Es pertinente exhortar a las Secretarías de Educación Pública, y de Comunicaciones y Transportes, y al Instituto Federal de Telecomunicaciones a volver permanente la transmisión de clases a distancia por televisión y asignar un canal propio a la impartición de estos contenidos en el espectro radioeléctrico en favor de ampliar las herramientas educativas que permitan la formación de personas de todas las edades y en cualquier nivel.

Con la disposición de estas tecnologías en la mayoría de los hogares en todo el país, al igual que la cobertura que existe aún en comunidades marginadas, apuntalan beneficios que derivan de la disposición de esos cursos y pueden fomentar el interés de jóvenes, adultos y personas mayores de edad, respecto a la continuación de sus estudios o desarrollar intereses enfocados a su educación superior.

Incentivar la preparación académica mediante prácticas que trasciendan criterios de edad u condición socioeconómica es clave si deseamos tener una educación incluyente. Debido a que el abandono escolar tiene su origen en la falta de recursos y los problemas de accesibilidad que acarrean las comunidades marginadas —donde afectó de mayor forma a personas mayores, quienes no contaban con instituciones educativas suficientes en el pasado—, la promesa de la escolarización y su aspecto obligatorio no pueden ser cumplidos en estas localidades, donde la posibilidad de tener una cierta formación puede llegar de la mano de tecnologías que pareciera han agotado sus posibilidades, pero que en periodos de emergencia nos muestran que los desarrollos tecnológicos seguirán siendo claves para nuestras aspiraciones en política pública dentro del futuro inmediato.

Por ello presento ante esta asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta a Esteban Moctezuma Barragán, secretario de Educación Pública; Jorge Arganis Díaz Leal, secretario de Comunicaciones y Transportes; y Adolfo Cuevas Teja, comisionado del Instituto Federal de Telecomunicaciones, a volver permanente la transmisión de clases a distancia por televisión y asignar un canal o canales propios a la impartición de estos contenidos en el espectro radioeléctrico en favor de ampliar las herramientas educativas que permitan la formación de personas de todas las edades y en cualquier nivel.

Notas

1 http://www.ift.org.mx/comunicacion-y-medios/comunicados-ift/es/el-ift-da-conoce r-la-encuesta-nacional-de-consumo-de-contenidos-audiovisuales-2018-comunicado-5 52019

2 Ídem.

3 Ídem.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2020.– Diputado José Salvador Rosas Quintanilla (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.



SE GARANTICE EL ACCESO A LA VACUNA CONTRA LA INFLUENZA A TRAVÉS DE UNA CAMPAÑA DE VACUNACIÓN PARA EVITAR UNA SINDEMIA DE COVID-19 E INFLUENZA ESTACIONAL

«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Ssa, el Insabi, el IMSS y el ISSSTE a garantizar el acceso a la vacuna contra la influenza a través de una campaña de vacunación a fin de lograr evitar una sindemia de covid-19 e influenza estacional, a cargo del diputado Ariel Rodríguez Vázquez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, Ariel Rodríguez Vázquez, diputado federal del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes

Antecedentes y consideraciones

De acuerdo con el Coronavirus Resource Center, de la universidad Johns Hopkins, hasta el 27 de octubre de 2020 se habían detectado en México 895 mil 326 casos de covid-19 y, al menos, menos 89 mil 171 muertes en nuestro país. Según Amnistía Internacional, México es el país con más personal médico fallecido a causa de la nueva cepa de coronavirus con mil 320 decesos hasta el 3 de septiembre. 2

Mientras que la Secretaría de Salud señala que, hasta el 19 de octubre de 2020, existían oficialmente 27 mil 690 casos activos en nuestro país. La Ciudad de México es la entidad federativa más afectada, con 5 mil 174 casos, seguida de Nuevo León con 3 mil 90, Jalisco con mil 497 y Guanajuato con mil 486. 3 A continuación, se cita una gráfica elaborada por la Secretaría de Salud, a través de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud:

Sindemia: influenza y covid -19

De acuerdo con el médico Merril Singer, el término sindemia se utiliza para definir una situación en la que “dos o más enfermedades interactúan de forma tal que causan un daño mayor a la mera suma de estas dos enfermedades.” 4

Por su parte, el doctor Alejandro Macías, excomisionado nacional para la atención de la influenza AH1N1, a finales de la década pasada, apuntó que si la influenza y el covid-19 se llegan a mezclar “habrá una presión hospitalaria extra.” Asimismo, Macías señaló que “ningún país está preparado para una sindemia.” 5

En este mismo sentido, en el documento La gestión de la pandemia en México, Salomón Chertorivski, José Ángel Córdova, Julio Frenk, Mercedes Juan, José Narro y Guillermo Soberón, quienes en su momento fungieron como secretarios de Salud del gobierno federal, propusieron fortalecer los esfuerzos en lo referente a la vacunación de influenza estacional a través de una campaña de vacunación extraordinaria. 6 Esto con la finalidad de tratar de evitar que se consolide una sindemia de covid-19 y de influenza estacional, ya que traería terribles efectos sanitarios y económicos para la ciudadanía.

Textualmente, los exsecretarios de Salud del gobierno federal proponen lo siguiente:

13. Campaña de vacunación extraordinaria contra la influenza estacional.  Las previsiones médicas apuntan con certeza que una gran cantidad de países se encaminan a un escenario de sindemia, es decir, una situación en la que se suman dos o más epidemias de enfermedades concurrentes o secuenciales dentro de la misma población, lo que exacerba el contagio y la carga de ambas enfermedades. Por eso, es necesario implementar una campaña de vacunación especial y extraordinaria (2020) para proteger a nuestra sociedad de la influenza estacional, para evitar el estrés del sistema de salud y, en la medida de lo posible, que no se añada a la expansión del sars-CoV-2.”

De acuerdo con el Centro para el Control y la Prevención de Enfermedades del Departamento de Salud y Servicios Humanos se recomienda que en esta temporada “todas las personas de 6 meses de edad o más deben vacunarse contra la influenza”. 7

Argumentos jurídicos

Respecto al ámbito jurídico, es de mencionar que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce en su artículo 4 el derecho a la protección de la salud. Dicho precepto constitucional establece lo siguiente:

Artículo 4.- (...)

(...)

Toda Persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución. La ley definirá un sistema de salud para el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social.

(...)” 8

El texto constitucional refiere que toda persona tiene derecho a la protección de la salud y no distingue entre aspectos como nacionalidad, edad, sexo, orientación sexual, origen étnico, lengua o cualquier otro factor.

Por su parte, la fracción II del artículo 134 de la Ley General de Salud establece que, tanto la Secretaría de Salud del gobierno de México como los gobiernos estatales tienen a su cargo la realización de actividades de vigilancia epidemiológica, prevención y control de la influenza epidémica. A la letra, dicho artículo señala lo siguiente:

Artículo 134. La Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, realizarán actividades de vigilancia epidemiológica, de prevención y control de las siguientes enfermedades transmisibles:

(...)

II. Influenza epidémica, otras infecciones agudas del aparato respiratorio, infecciones meningocóccicas y enfermedades causadas por estreptococos;

(...)” 9

Asimismo, el artículo 144 de la Ley General de Salud señala que la vacunación será obligatoria para aquellas enfermedades que la Secretaría de Salud estime como prevenibles a través de dicho medio de inmunización. Este artículo señala lo siguiente:

Artículo 144.- La vacunación contra enfermedades transmisibles, prevenibles por ese medio de inmunización, que estime necesaria la Secretaría de Salud, será obligatoria en los términos que fije dicha dependencia y de acuerdo con lo previsto en la presente ley.” 10

En este sentido, al ya existir una vacuna para prevenir la influenza se estaría ante la hipótesis normativa planteada en el artículo 144 de la Ley General de Salud.

Por lo anteriormente expuesto y considerando que hasta el 27 de octubre de 2020, en nuestro país existían 895 mil 326 casos positivos confirmados de covid-19, así como 89 mil 171 lamentables defunciones de personas por esta enfermedad; que existe el riesgo latente de que exista una sindemia entre influenza estacional y covid-19;  que el artículo 4 constitucional reconoce el derecho humano a la salud, que el artículo 134 de la Ley General de Salud señala que le compete a la Secretaría de Salud del gobierno federal y a los gobiernos estatales la vigilancia epidemiológica, prevención y control de la influenza epidémica entre otras enfermedades y que el artículo 144 de la Ley General de Salud refiere que la vacunación contra enfermedades transmisibles y prevenibles por ese medio de inmunización será obligatoria, es que someto a la consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud del gobierno federal, al Instituto de Salud para el Bienestar, al Instituto Mexicano del Seguro Social y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado a garantizar el acceso a todas las personas de 6 meses de edad o más a la vacuna contra la influenza a través de una campaña de vacunación extraordinaria con la finalidad de lograr evitar una sindemia de covid-19 e Influenza estacional.

Notas

1 Johns Hopkins University of Medicine, Coronavirus Resource Center. (2020). covid-19 Dashboard by the Center for Systems Science and Engineering.   Johns Hopkins University of Medicine, Coronavirus Resource Center. Recuperado de:

<https://coronavirus.jhu.edu/map.html>

2 Forbes Staff. (2020). México, el país con más personal médico muerto por coronavirus. Forbes México. Recuperado de:

<https://www.forbes.com.mx/noticias-mexico-pais-con-mas-perso nal-medico-muerto-por-coronavirus/>

3 Subsecretaría de prevención y promoción de la salud. (2020). Informe técnico diario covid-19 México. 19 de octubre de 2020. Recuperado de:

<https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/586212/Comuni cado_Tecnico_Diario_COVID-19_2020.10.19.pdf>

4 Redacción BBC. (2020). covid-19: qué es una sindemia y por qué hay científicos que proponen llamar así a la crisis del coronavirus. Recuperado de:

<https://www.bbc.com/mundo/noticias-54543375>

5 Forbes Staff. (2020). Incertidumbre en Salud Pública por doble amenaza: influenza y covid-19. Forbes México. Recuperado de:

<https://www.forbes.com.mx/incertidumbre-en-salud-publica-por -doble-amenaza-influenza-y-covid-19/>

6 Chertorivski et al. (2020). La gestión de la pandemia en México. covid-19. Análisis preliminar y recomendaciones urgentes. Consejo Cultivo Ciudadano Pensando en México. Recuperado de:

<file:///C:/Users/Administrator/Downloads/475432014-La-gestio n-de-la-pandemia-en-Mexico.pdf>

7 Centro para el Control y la Prevención de Enfermedades. (2020). Quién necesita la vacuna contra la influenza y cuándo. Centro para el Control y la Prevención de Enfermedades. Recuperado de:

<https://espanol.cdc.gov/flu/prevent/vaccinations.htm>

8 Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. (1917). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. México. Recuperado de:

<http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_080520.pdf>

9 Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. (1984) Ley General de Salud. Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. México. Recuperado de:

<http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Ley_General_ de_Salud.pdf>

10 Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. (1984) Ley General de Salud. Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. México. Recuperado de:

<http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Ley_General_ de_Salud.pdf>

Referencias:

• Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. (1917). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. México. Recuperado de:

<http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_080520.pdf>

• Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. (1984) Ley General de Salud. Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. México. Recuperado de:

<http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Ley_General_ de_Salud.pdf>

 • Centro para el Control y la Prevención de Enfermedades. (2020). Quién necesita la vacuna contra la influenza y cuándo. Centro para el Control y la Prevención de Enfermedades. Recuperado de:

<https://espanol.cdc.gov/flu/prevent/vaccinations.htm>

• Chertorivski et al. (2020). La gestión de la pandemia en México. COVID-19. Análisis preliminar y recomendaciones urgentes. Consejo Cultivo Ciudadano Pensando en México. Recuperado de:

<file:///C:/Users/Administrator/Downloads/475432014-La-gestio n-de-la-pandemia-en-Mexico.pdf>

• Forbes Staff. (2020). México, el país con más personal médico muerto por coronavirus. Forbes México. Recuperado de:

<https://www.forbes.com.mx/noticias-mexico-pais-con-mas-perso nal-medico-muerto-por-coronavirus/>

• Forbes Staff. (2020). Incertidumbre en Salud Pública por doble amenaza: influenza y COVID-19. Forbes México. Recuperado de:

<https://www.forbes.com.mx/incertidumbre-en-salud-publica-por -doble-amenaza-influenza-y-covid-19/>

• Johns Hopkins University of Medicine, Coronavirus Resource Center. (2020). COVID-19 Dashboard by the Center for Systems Science and Engineering.   Johns Hopkins University of Medicine, Coronavirus Resource Center. Recuperado de:

<https://coronavirus.jhu.edu/map.html>

• Redacción BBC. (2020). covid-19: qué es una sindemia y por qué hay científicos que proponen llamar así a la crisis del coronavirus. Recuperado de:

<https://www.bbc.com/mundo/noticias-54543375>

• Subsecretaría de prevención y promoción de la salud. (2020).  Informe técnico Diario COVID-19 México. 19 de octubre de 2020. Recuperado de:

<https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/586212/Comuni cado_Tecnico_Diario_COVID-19_2020.10.19.pdf>

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2020.– Diputado Ariel Rodríguez Vázquez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



SE ANALICE LA VIABILIDAD DE ACTUALIZAR LA LEY DE COMERCIO EXTERIOR

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SE, la SHCP y demás autoridades competentes a analizar la viabilidad de actualizar la Ley de Comercio Exterior, a cargo del diputado Ricardo de la Peña Marshall, del Grupo Parlamentario del PES

El que suscribe, Ricardo de la Peña Marshall, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social en la LXIV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

México es uno de los países con mayor apertura comercial a nivel mundial, muestra de ello está en los tratados de libre comercio (TLC) que actualmente nuestro país tiene con 50 naciones de todos los continentes. 1

Esta red de TLC ha traído consigo una importante apertura comercial, no en vano la Organización Mundial de Comercio (OMC) ubicó a México en la decimocuarta posición a nivel mundial entre los países con mayor comercio de bienes y servicios, 2 permitiendo al consumidor nacional el acceso a numerosos bienes y al mismo tiempo convirtiendo a nuestro país en una potencia comercial.

Si bien esta política de apertura comercial ha traído beneficios a nuestra economía, el hecho de no haber sido acompañada de los mecanismos y la estructura legal contra el comercio desleal, necesaria para garantizar su correcta implementación, ha impedido un mayor aprovechamiento para el país. Parte central de esta precariedad en el andamiaje legal se centra en nuestra Ley de Comercio Exterior.

Desde que nuestra Ley de Comercio Exterior fue expedida en el año de 1993 el mundo ha cambiado, en aquellos tiempos México se preparaba para entrar al Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), mismo que dejó de existir hace unos meses y en su lugar contamos con el actual Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá, mejor conocido en español por las siglas de T-MEC.

Al respecto, el presidente de la Cámara Nacional de la Industria de la Transformación (Canacintra), Rodrigo Alpízar Vallejo, indicó que el entorno del comercio exterior de México ha cambiado significativamente en las últimas dos décadas, sin embargo, la legislación respectiva no ha sido actualizada y agregó que de no actualizarse esta ley “en un par de años habrán desaparecido decenas de negocios, que no han podido soportar la competencia desleal”. 3

Además, años después de la entrada en vigor de nuestra Ley de Comercio Exterior, la incorporación de China a la Organización Mundial de Comercio cambió para siempre las reglas del juego, reconfigurando no sólo el comercio a nivel mundial, sino también las reglas con las que cada país debería hacer frente a un nuevo escenario.

Nuestros principales socios comerciales lograron identificar el riesgo que la nueva realidad representaba para sus economías y supieron actuar en consecuencia, reforzando sus legislaciones con mecanismos más eficientes y expeditos, que les permitieron avanzar hacia una cancha más pareja en lo que a intercambios comerciales se refiere.

Mientras nuestros socios comerciales han continuado avanzando hacia sistemas cada vez más acordes a las nuevas características y realidades que configuran el comercio mundial, la regulación en México ha quedado desfasada frente a los estándares que se manejan a nivel global, ocasionando con ello una clara desventaja para que nuestro país haga frente a las prácticas desleales de comercio.

Esta omisión en la regulación en México ha generado que el sector productivo sea golpeado por importaciones que arriban al mercado interno bajo una práctica desleal de comercio, ya sea dumping, subvaluación o contrabando, porque las herramientas que se tienen en el país para frenar o combatir esas prácticas ya no es funcional. 4

La OMC informó en su más reciente reporte anual que durante 2019 se tuvo un promedio mensual de 54 procedimientos de solución de controversias, la cifra más alta desde su creación, 5 lo que nos permite visualizar la evidente urgencia de contar con una Ley de Comercio Exterior que responda a las necesidades reales de nuestro país y a los riesgos y amenazas que puedan aparecer a corto y mediano plazo.

Por si todo lo anterior no resultara suficiente, es importante señalar un dato por demás revelador: cuando la actual Ley de Comercio Exterior entró en vigor en 1993, las exportaciones anuales de nuestro país alcanzaban 51 mil 886 millones de dólares (mdd); en el momento de la última reforma a la ley estas exportaciones ya rozaban los 250 mil mdd; mientras que al cierre de 2019 superaron los 460 mil mdd. 6

En el caso de las importaciones se puede ver una tendencia similar: en 1993 las importaciones de México contabilizaron 67 mil 547 mdd; para 2006, año de la última reforma a la Ley de Comercio Exterior, las importaciones anuales llegaron a los 263 mil 476 mdd; y para 2019 estas alcanzaron los 467 mil 342 mdd. 7

Como puede apreciarse en el crecimiento del valor del comercio exterior del país, el andamiaje legal con el cual se diseñó la Ley de Comercio Exterior vigente ha quedado claramente rebasado por una nueva realidad mundial, por lo que resulta imperativo realizar un análisis amplio y a fondo que nos permita definir la viabilidad de llevar a cabo una gran modernización de nuestra regulación en materia de comercio exterior.

Este tema no es algo novedoso, la prueba de ello reside en que desde la última reforma publicada a la Ley de Comercio Exterior, en el Sistema de Información Legislativa de la Secretaría de Gobernación se tiene registro de casi 30 propuestas de modificación a la misma. 8

Que quede claro, lo que aquí se propone no tiene nada que ver con promover el proteccionismo para las empresas nacionales, al contrario, lo que se pretende es sentar las bases legales para que finalmente nuestro país cuente con las herramientas que le permitan ponerse a la altura de los retos que enfrentamos.

En este sentido, conforme a lo anteriormente expuesto, se propone a esta soberanía los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de manera respetuosa, exhorta a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados y del Senado de la República y sus respectivas comisiones ordinarias, valoren realizar parlamentos abiertos con expertos, especialistas, académicos, sociedad civil y sector empresarial para analizar y discutir la viabilidad de actualizar la Ley de Comercio Exterior.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, de manera respetuosa, exhorta a la Secretaría de Economía y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que valoren haber públicas las estadísticas y estimaciones de las importaciones y exportaciones de México y hagan públicas sus opiniones, consideraciones y posturas sobre la viabilidad de actualización de la Ley de Comercio Exterior.

Notas

1 https://www.gob.mx/se/acciones-y-programas/comercio-exterior-pai-ses-con-tratad os-y-acuerdos-firmados-con-mexico?state=published

2 https://www.wto.org/spanish/res_s/statis_s/wts2020_s/wts2020_s.pdf

3 https://idic.mx/2015/10/14/ley-de-comercio-exterior-obsoleta/

4 Ídem

5 https://www.wto.org/english/res_e/booksp_e/anrep_e/anrep20_e.pdf

6 https://data.wto.org/

7 Ídem.

8 http://sil.gobernacion.gob.mx/Busquedas/Basica/ResultadosBusqueda Basica.php?SID=40a90c4e0ddfb99eec180488f816bf0f&Reg=28&Serial=9a7fedb55 63e64a601cca7e822fac09f&Origen=BB&Paginas=15&Orden=42 consultado el 14 de octubre de 2020, a las 16: 37 horas

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2020.– Diputado Ricardo de la Peña Marshall (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.



PLAN NACIONAL DE CACAO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a formular un plan nacional de cacao, a cargo del diputado Daniel Gutiérrez Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, diputado Daniel Gutiérrez Gutiérrez, integrante de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos: 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, así como los demás correlativos aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía esta proposición con punto de acuerdo con base en las siguientes

Consideraciones

En el marco de lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 27, fracción XX que a la letra dice que “El Estado promoverá las condiciones para el Desarrollo Rural Integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación en el desarrollo nacional, y fomentara la actividad agropecuaria y forestal para el óptimo uso de la tierra , con obras de infraestructura, insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica”, resulta relevante atender esta norma suprema, para que México se encuentre en condiciones de avanzar en el plan de acción que propone la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible emitida por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Es un plan de acción a favor de las personas, del planeta y la prosperidad. Los 196 países que suscribieron la resolución reconocieron que el principal desafío que enfrenta la humanidad es la erradicación de la pobreza en todas sus formas como el único medio para alcanzar el desarrollo sostenible.

La Agenda 2030 se fundamenta en tres principios: 1) Universalidad, 2) Integralidad y 3) No dejar a nadie atrás. El primero se refiere a que dicha agenda es aplicable a todos los países desarrollados y en vías de desarrollo, así como a todos los sectores de una sociedad. El segundo tiende a equilibrar las tres dimensiones del desarrollo sostenible: inclusión social, desarrollo económico y protección ambiental. Y el tercero busca beneficiar a todas y a todos, particularmente a las personas más vulnerables, asimismo pretende acabar con las inequidades, las desigualdades y la exclusión.

En este orden de ideas es de gran importancia reconocer la situación de pobreza, exclusión y discriminación en la que se encuentran los campesinos de México dedicados a la producción del cacao. De atenderse a esta población se impactaría de manera positiva al menos a cuatro de los Objetivos del Desarrollo Sostenible (ODS), establecidos en dicha Agenda 2030.

Objetivo 1.- Poner fin a la pobreza en todas sus formas y en todo el mundo, que incluye la meta que de aquí al 2030, reducir al menos a la mitad la proporción de hombres, mujeres y niños de todas las edades que viven en la pobreza en todas sus dimensiones.

Objetivo 2.- Poner fin al hambre, lograr la seguridad ali-mentaria y la mejora de la nutrición y promover la agricultura sostenible, el cual integra la meta, de aquí a 2030, duplicar la productividad agrícola y los ingresos de los productores de alimentos en pequeña escala, en particular las mujeres, los pueblos indígenas, los agricultores familiares..., entre otras cosas mediante un acceso seguro y equitativo a las tierras, a otros recursos e insumos de producción y a los conocimientos, los servicios financieros, los mercados y las oportunidades para añadir valor y obtener empleos no agrícolas.

Objetivo 10.- Reducir las desigualdades, el cual considera la meta, de aquí a 2030, potenciar y promover la inclusión social económica y política de todas las personas, independientemente de su edad, sexo, discapacidad, raza, etnia, origen, religión o situación económica u otra condición.

Objetivo 15.- Proteger, Restablecer y promover el uso sostenible de los ecosistemas terrestres, gestionar sosteniblemente los bosques, luchar contra la desertificación, detener e invertir la degradación de las tierras y detener la pérdida de biodiversidad.

El cacao es una planta tropical domesticada por las culturas prehispánicas mesoamericanas fue símbolo de abundancia que se utilizaba en rituales, funerales y ofrendas.

En la actualidad el cultivo del cacao, tanto convencional como orgánico, tiene amplias oportunidades para México, mismas que pueden aprovecharse para el beneficio de los productores. Además, ecológicamente el sistema de producción asociado a los árboles de sombra los postula como ecosistemas que favorecen la captura de CO2 y pueden ser beneficiados con la retribución por servicios ambientales. Estos ecosistemas pueden albergar altos niveles de diversidad biológica. Otra ventaja de nuestro cacao mexicano, es la producción de cacao fino con aroma derivado de los granos blancos presentes en los cacaos criollos.

En México hay zonas con gran potencial para el cultivo de cacao, aunque este árbol necesita condiciones climáticas y de suelo muy particulares por lo que se limita aún más a ciertos lugares y no se puede establecer de manera extensiva. No obstante, se hace necesario promover la producción de cacao mexicano de alta calidad mediante el fomento de cultivos sustentables y agroecológicos apoyar al mejoramiento de las condiciones de vida de los agricultores y sus familias, con el objeto de hacer de México un país con mayor reconocimiento mundial por la calidad.

Otra de las grandes bondades de este bien agrícola, además del magnífico sabor que tiene el chocolate, el cacao aporta múltiples beneficios nutrimentales como ácido fólico y antioxidantes, benéficos para el sistema cardiovascular, así como serotonina y anandamida que poseen la capacidad de generar la sensación natural de placer en quien lo consume.

Pero dicho producto padece una enfermedad severa llamada “moniliasis” enfermedad causada por el hongo Moniliophthora roreri. Se considerada altamente destructiva en América Latina y ha ocasionado serias pérdidas económicas en la producción del cacao en diversos países del Sur y Centroamérica. Fue reportada por primera vez en 1914 en Ecuador, de donde se dispersó a otros países sudamericanos hasta llegar a Centroamérica y México.

En México, se registran pérdidas en diferentes sentidos, con altos costos económicos, sociales y ambientales, similares a los observados en otros países de América Central. La moniliasis se encuentra diseminada en las plantaciones de los estados de Chiapas y Tabasco. Su alta agresividad afecta negativamente la rentabilidad del cultivo al depender en gran parte del manejo de fungicidas, del material genético y del manejo agronómico y cultural. Los métodos de control químico son de baja efectividad y poco económicos, de tal manera que el apoyo económico y control cultural es en la actualidad la alternativa más recomendada.

La situación actual del cacao en México lleva a cuestionar ¿Por qué, si el cacao pertenece a nuestra historia tiene un mercado tan débil en nuestro país y aun en el mercado internacional? La respuesta está en el escaso apoyo al comercio y producción del mismo; cabe señalar que, al incorporar productos artesanales de mejor calidad se pueden generar redes de comercio y dar un valor agregado al producto, conservando la riqueza cultural que acompaña el desarrollo de este cultivo en algunas entidades federativas del país. 1

Fuente: Elaboración del CEDRRSA a partir de datos de la FAO, 2016.

Estados Unidos de Norteamérica es el país que registra el mayor consumo de cacao, en el mundo tanto en el continente americano como a nivel mundial, pues concentra el 62 % del consumo de cacao en el continente americano, seguido de Brasil con 14 %, Canadá con 7 % y México con 5 %.

Fuente: Elaboración del CEDRSSA a partir de datos de la International Cocoa Organization (ICCO) 2016.

 La distribución de cacao en México, de acuerdo al trabajo de visitas a herbarios, se localiza en los estados de Chiapas, Tabasco, Oaxaca, Quintana Roo, Yucatán San Luis Potosí y Veracruz. Aunque el cacao es un cultivo de importancia ancestral, económica, social, ecológica y con gran arraigo cultural en las zonas cacaoteras de nuestro país, aún no se cuenta con información sistematizada sobre la distribución de cacaos criollos nativos. Además no se cuenta con la protección legal de variedades nativas y mejoradas.

México ocupa el decimotercer lugar en producción a nivel mundial con 28 mil toneladas con una superficie de 117,000 ha, pero necesita cerca 120 mil toneladas para cubrir su demanda interna.

En Tabasco 10 de los 17 municipios que comprenden el estado se dedican al cultivo del cacao, siendo los más destacados Comalcalco, Cárdenas, Cunduacán y Huimanguillo los cuales producen en conjunto el 87% de la producción de dicho estado.

Tabasco, aporta el 66.9% del volumen de producción nacional con 17 mil 281 toneladas cosechadas en una superficie de 41 mil hectáreas; le sigue Chiapas con el 32.9%, en 9 mil 346 toneladas y Guerrero solamente con 236 toneladas, lo que representa el 0.2%.

Son pocos los estados productores en nuestro país, pero por sus climas y tipo de suelos Veracruz, Colima, Campeche, Michoacán y Nayarit tienen gran potencial para el cultivo del cacao.

Las exportaciones de cacao son mínimas, se estima entre 621 toneladas de las cuales el 79% 2 se destinan a Bélgica, y a Norteamérica a empresas de chocolate gourmet que buscan el cacao mexicano por su fino aroma que lo hace diferente a otros.

México tiene un déficit de producción y consumo de cacao por lo que, para satisfacer la demanda interna se importa cacao de Ecuador, de Costa de Marfil y de República Dominicana, Colombia y Ghana.

El Sistema Productivo del cacao en México desde hace décadas se encuentra en crisis generada por varios factores, el más nocivo es el fitosanitario por la aparición del hongo moniliasis lo que ha ocasionado el abandono de las plantaciones y la baja rentabilidad de las fincas. El uso de tecnologías obsoletas, sus productores son en su mayoría personas de la tercera edad, asimismo las plantaciones tienen más de treinta años de antigüedad.

Se estima la existencia de 5.5 millones de pequeños productores de cacao a nivel mundial, la mayoría con parcelas que van desde las 0.2 a 0.5 hectáreas.

El cacao representa un importante generador de ingresos derivadas de las exportaciones, empleo y bienestar en las zonas rurales, que se desarrolla gracias al esfuerzo de pequeños agricultores quienes generan cerca de 80 a 90 % de la producción mundial.

La producción cacaotera en América Latina y el Caribe es realizada por más de 350 000 familias de productores y al menos 1,750,000 personas dependen o se benefician directamente de su producción en 23 países del continente americano.

Actualmente en México la producción de cacao ocupa a 45 mil productores.

Fuente: Elaboración por el CEDRSSA con datos obtenidos del estado actual sobre la producción, el comercio y el cultivo de cacao en América del Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA), 2017 y con datos del Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera (SIAP) 2017.

Por lo anteriormente expuesto, y fundado someto a la consideración del pleno los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Ejecutivo Federal, para que, a través de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural formule un Programa Nacional del Cacao, sobre la base de un nuevo sistema productivo, que permita atender su problemática actual, garantizar su explotación rentable y sustentable de largo plazo. Dicho sistema debe incluir políticas públicas sistémicas y transversales, de manera que el alcance de ellas impacte entre los campesinos en tres dimensiones: social, económica y ambiental. Que el Sistema-Producto Cacao, se considere dentro del Programa Especial Concurrente y se generen opciones de créditos blandos y fondos de financiamiento suficientes, con matrices de indicadores de gestión y de resultados, para la formación de capacidades técnicas, infraestructura, renovación, saneamiento y comercialización, en diálogo permanente con las organizaciones productivas y prioritariamente con los campesinos que producen a pequeña escala.

El Programa Nacional deberá promover la creación de acciones y programas específicos que motiven a las nuevas generaciones de campesinos y productores para dedicarse a la producción y cuidado de dicho producto y obtener el mejor provecho de las tierras en la siembra de cacao, con el propósito de evitar que migren a otros estados o países, creando oportunidades de trabajo en estas comunidades.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaria de Economía (SE) que impulse, y consolide mercados para promover el cacao criollo mexicano que con el impulso de las exportaciones motive mayores oportunidades para la producción intensiva de dicho bien agrícola.

Notas

1 Avendaño, C., Villareal, J., Campos, E., Gallardo, R., Mendoza, A., Aguirre, J., . . . Espinosa, S. (30 de septiembre de 2011). Universidad Autónoma de Chapingo. Obtenido de

file:///C:/Users/serio/Desktop/EL%20CACAO%20EN%20MEXICO.pdf

2 CEDRSSA. (24 de enero de 2020). CEDRSSA. Obtenido de

http://www.cedrssa.gob.mx/post_industria_del_-n-cacao_en_mn-xico -n.htm

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2020.– Diputado Daniel Gutiérrez Gutiérrez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.



SE EVITE LA PROHIBICIÓN DE LAS PELEAS DE GALLOS

«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a los gobiernos de los 31 estados y de la Ciudad de México a evitar la prohibición de las peleas de gallos en todo el país ante los efectos adversos de ello para la población y la subsistencia de las especies implicadas, a cargo del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, José Salvador Rosas Quintanilla, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral I, fracción I, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los 31 gobernadores de los estados de la federación y a la jefa del gobierno de la Ciudad de México a evitar la prohibición de las peleas de gallos en todo el país ante los efectos adversos que derivarían de ella para la población y subsistencia de las especies implicadas, el efecto económico para las familias de criadores y los conflictos con la tradición que podrían derivar en su práctica de manera clandestina, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Los cambios que muchas veces se pretenden por parte de ciertos sectores de la ciudanía conllevan problemas derivados que no quieren o pueden ser tomados en cuenta. En casos como la pretensión de conectividad universal a la Internet —donde se busca “conectar” a toda la población sin la existencia de un alfabetismo digital generalizado y la ausencia de leyes suficientemente actualizadas para evitar el abuso de sus datos personales—, la transición a vehículos eléctricos —donde gran parte de la energía que los alimenta proviene de fuentes no renovables— o la liberación de animales en zoológicos y circos —donde muchos de ellos han perecido ante el cambio súbito de sus espacios y rutinas—, las buenas intenciones pueden tender a generar problemáticas graves motivadas por valores apropiados para nuestros tiempos.

Caso concreto de los movimientos para los derechos de los animales y las discusiones alrededor de éstos, las actividades como la tauromaquia o las peleas de gallos despiertan la mayor aversión posible al estar íntimamente ligados a actividades violentas, las que se atribuyen generalmente a obligaciones impuestas por quienes organizan actos de esta clase.

En tiempos como los nuestros, las políticas en favor de los animales se han vuelto causa común, por lo que no debe dejarse de lado que el ejercicio de la violencia sea algo que no es exclusivamente “humano”, sino parte inmanente de los propios animales, a pesar de señalar su igualdad, los argumentos que buscan prohibir cualquier demostración de violencia animal omiten toda capacidad de conflicto que éstos puedan tener. 1

En este sentido, al ser nosotros los encargados de fungir como mediadores de cualquier cosa que éstos hagan y sean las formas adecuadas de convivencia —atribución que se ha tomado arbitrariamente como especie—, resulta sorpresivo que a pesar que nosotros hemos “civilizado” nuestras formas de conflicto y violencia —con actividades deportivas como el boxeo, el futbol americano o las artes marciales mixtas, por mencionar algunos ejemplos—, los animales que tienden a ser violentos en sus espacios sean cooptados a espacios artificiales en los que se omita cualquier clase de moderación o control de ésta.

Por tanto, los argumentos en contra de una práctica como las peleas de gallos, si bien son justificados, no exceden el límite mismo sobre el cual partimos al elaborar regulaciones sobre el trato con otros animales: la total incidencia y control sobre el futuro de otras especies, sin tomar en cuenta su trascendencia cultural y económica en los espacios en los que prácticas de esta clase se desarrollan cotidianamente y han dado paso a la constitución de “ecosistemas” y poblaciones animales “artificiales”, siendo un cambio súbito que puede significar el fin de la vida de muchas de estas aves —como ha ocurrido con gran parte de los animales que componían los circos durante la prohibición de su participación. 2

Igualmente, al tomar en cuenta los factores humanos implicados en esta discusión, la economía alrededor de esta actividad y el aspecto tradicional de esta práctica son omitidos o vistos como una “barbarie” y no como una mediación del conflicto con múltiples beneficios para los reguladores y la propia proliferación de la especie implicada. Los galleros y los recintos para las peleas de gallos, son lugares de convivencia que permiten a familias enteras subsistir mediante una industria que se origina por aspectos tradicionales de muchas comunidades en el país.

En el caso de la prohibición, muchas quedarían desamparadas, al igual que los animales que se encuentren bajo su cuidado y la responsabilidad, control y administración del conflicto no necesariamente estarán en manos de personas capacitadas para su cuidado, con intereses positivos para estas —para su mantenimiento y supervivencia.

En consecuencia, es sumamente adecuado evitar la prohibición de las peleas de gallos en todo el país ante los efectos adversos que derivarían de ella para la propia población y subsistencia de las especies implicadas, su impacto económico para las familias de criadores y los conflictos con la tradición que podrían derivar en su práctica de manera clandestina.

Sobre la misma línea, la practica también demanda una reconfiguración total y la violencia no puede terminar en la muerte de algunas de las especies implicadas o la preservación de estas en condiciones precarias. Igual que el deporte, la regulación en favor de prácticas de esta índole debe buscar evitar a toda costa la muerte de éstas —como en el caso de las personas—, considerando que el uso de navajas u otras herramientas requiere un replanteamiento que posibilite un conflicto mediado y no la castración total de este o el exterminio de las aves.

En conclusión y a la espera de las posturas encontradas que derivarán de esto, el tema no puede ser dejado de lado, donde poner en una balanza las implicaciones de prácticas tajantes y prohibicionistas debe replantearse en favor del resultado más pertinente para un contexto complejo y en el cual las buenas intenciones pueden derivar en escenarios catastróficos para los sectores implicados.

Por ello presento ante esta asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta a los 31 gobernadores de los estados de la federación y a la jefa del gobierno de la Ciudad de México a evitar la prohibición de las peleas de gallos en todo el país ante los efectos adversos que derivarían de ella para la propia población y subsistencia de las especies implicadas, su efecto económico para las familias de criadores y los conflictos con la tradición que podrían derivar en su práctica de manera clandestina.

Notas

1 https://elpais.com/cultura/2018/04/06/actualidad/1523019831_244677. html

2 https://www.milenio.com/estados/murio-80-de-los-animales-de-circo

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2020.– Diputado José Salvador Rosas Quintanilla (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Medio Ambiente, Sustenta-bilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen.



SE IMPLEMENTEN ACCIONES QUE GARANTICEN LA SEGURIDAD PÚBLICA Y SOLUCIONEN LOS CONFLICTOS Y ENFRENTAMIENTOS ENTRE LAS COOPERATIVAS PESQUERAS EN BAJA CALIFORNIA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno de BC, la SSPC, la Semar y la Sader, a través de la Conapesca a implantar acciones que garanticen la seguridad pública y solucionen los conflictos acontecidos en los últimos meses entre las cooperativas pesqueras que han recibido amenazas por grupos de la delincuencia organizada, causantes de la muerte de Diego Jiménez, a cargo de la diputada María del Carmen Cabrera Lagunas, del Grupo Parlamentario del PES

Quien suscribe, diputada María del Carmen Cabrera Lagunas, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social en la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

El pasado mes de agosto en la Comisión Permanente, presenté una proposición con punto de acuerdo a fin de exhortar al gobierno del estado de Baja California, la Secretaría de Marina, la Secreta de Seguridad Ciudadana y a la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca) a fin de atender los conflictos provocados por grupos delincuenciales y enfrentamientos entre cooperativas pesqueras, suscitados desde hace varios meses en San Carlos, delegación de Rosario en Baja California y que han desencadenado una serie de disputas entre pescadores que legalmente ejercen su actividad en campos pesqueros contra otros aglutinados en ciertos grupos de choque que, de manera ilegal, pretenden apoderarse las zonas sin contar con las autorizaciones correspondientes emitidas por la Conapesca, dependencia encargada de otorgar las concesiones para realizar la actividad de manera legal de varias especies, entre las que destaca la langosta, cuya importancia gastronómica representa una fuente de sustento para cientos de pescadores de la zona.

En el punto presentado durante el pasado mes de agosto, se explica detalladamente la problemática. Sin embargo, el punto mencionado se encuentra en revisión por la Comisión de Gobernación, de Puntos Constitucionales y la de Justicia, quedó en condición de pendiente. Las consecuencias de no haber atendido la urgencia de la propuesta anterior, aun cuando en el cuerpo de la propuesta se expone en varias ocasiones la violencia con la que se conduce la Sociedad Cooperativa Ensenada, ha sido el lamentable fallecimiento del dirigente pescador, Diego Jiménez Aguilar, asesinado el 2 de noviembre durante el ataque que sufrieron los pescadores del campo pesquero San Carlos en Rosario, Baja California, por parte de hombres armados, presumiblemente, pertenecientes a la Sociedad Cooperativa Ensenada.

Este ataque fue perpetrado por la razón expuesta anteriormente: el control y la explotación de la langosta roja, recurso natural que se ha visto afectado por la depredación de varios grupos que de manera ilegal buscan explotarla para su comercialización.

Los grupos de pescadores regulares, con los permisos de Conapesca, han defendido su derecho a la explotación y grupos delincuenciales, reconocidos como miembros de cárteles, buscan el control de la explotación ribereña, pasando por encima de las instituciones, esto ha dado paso a un conflicto donde los principales afectados han sido las comunidades pesqueras y ahora la consecuencia es la pérdida de vidas humanas de hombres comprometidos con sus organizaciones.

Durante los últimos meses, la que suscribe ha solicitado la intervención del secretario de Seguridad Ciudadana, y del gobernador del estado, tras las agresiones, extorsiones y amenazas de muerte por parte de la Sociedad Cooperativa Ensenada que desplazó de manera violenta a legítimos pescadores de la Coalición de Organizaciones Democráticas, Urbanas y Campesinas (CODUC). Sabemos que el grupo que ha atacado a los pescadores, manifiesta pertenecer a una empresa de seguridad privada denominada “Crecimiento Jalisco” y estar bajo las órdenes de la Sociedad Cooperativa Ensenada, quiénes haciendo uso de violencia, nuevamente irrumpieron al campo pesquero de San Carlos amedrentando y atacando a los pescadores.

Ante estos hechos y los narrados en la propuesta mencionada con anterioridad, es inconcebible que no hayan tomado cartas en el asunto las instancias responsables tanto el gobierno del estado de Baja California, la Secretaría de Marina, la Secretaría de Seguridad Ciudadana, la Conapesca, sin investigar los delitos que diariamente se cometen contra los pescadores ribereños por explotar una especie natural, permitiendo a delincuentes actuar de manera impune violentando el estado de derecho.

Es claro que en el pasado han existido vínculos con la delincuencia organizada y al parecer aún existen servidores públicos con la intención de hacerse de la vista gorda, sea por miedo, sea por colusión. Ante estos hechos, solicito del gobierno del estado de Baja California, de inmediato, intervenga para dar solución a los pescadores ribereños y termine con el conflicto, asegurándoles seguridad conforme a derecho corresponda. En mi carácter de diputada federal, exhorto al gobierno del estado para que realice las gestiones necesarias para instalar una mesa de diálogo entre las partes involucradas y las dependencias ligadas al sector como la Conapesca y hacer valer el derecho de los pescadores ribereños e impedir la ilegalidad de la explotación de langosta roja sin permisos, pues como hemos visto, ahora lamentamos pérdidas humanas.

Exhortamos también a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, a través de la Comisión Nacional de Pesca para que se ejecute el juicio que se ganó en tribunales del retiro de la concesión a la Cooperativa Ensenada por todos estos actos ilícitos y violencia que ha generado desde hace años en la zona. Así también se exhorta a la Fiscalía General de la República a fin de atraer el caso para realizar las investigaciones pertinentes toda vez que se presume que la Cooperativa Ensenada, presumible responsable del asesinato de Diego Jiménez, pertenecen a un grupo de la delincuencia organizada. Un gobierno emanado de la 4T está obligado a garantizar la gobernabilidad y la estabilidad social de la región.

Compañeras y compañeros legisladores, como pueden constatar esta situación es alarmante para todos, es sumamente grave la violencia que prevalece, que se asesine a los pescadores por realizar su trabajo y obtener el sustento para sus familias, como ya lo había mencionado, es aún más preocupante que las instituciones y el gobierno del estado de Baja California, no se hagan responsables y sean omisos ante la ilegalidad ya que, desde hace varios años, se han interpuesto varías denuncias y las han mantenido congeladas sin darles trámite, así como las últimas dos denuncias interpuestas cuando los pescadores fueron agredidos en el mes de agosto en los campos pesqueros que también están retenidas sin darles procedimiento ni seguimiento. Se observa claramente la presunta complicidad del gobierno del estado y la fiscalía con los grupos delictivos y la Sociedad Cooperativa Ensenada que hoy ha dado cuenta de la vida a Diego Jiménez Aguilar.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración del pleno de esta soberanía, la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, de manera respetuosa, exhorta al gobierno del estado de Baja California y a las Secretarías de Seguridad y Protección Ciudadana, de Marina y de Agricultura y Desarrollo Rural, a través de la Conapesca, para que de manera coordinada y en el uso de sus atribuciones, implementen acciones interinstitucionales con el objetivo de garantizar la seguridad pública y solucionar los diferentes conflictos y enfrentamientos acontecidos en las últimas semanas y meses entre las cooperativas pesqueras que han recibido amenazas por parte de grupos autodefinidos como parte de la delincuencia organizada con presencia en el estado, causantes de la muerte de Diego Jiménez.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de manera respetuosa exhorta a la Fiscalía General de la República para que valore la atracción del caso de la muerte de Diego Jiménez, con el fin de esclarecer los diferentes conflictos provocados por grupos de la delincuencia organizada en el estado de Baja California.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2020.– Diputada María del Carmen Cabrera Lagunas (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.



SE FACILITE EL ACCESO DE MEDIOS DIGITALES, PARA GARANTIZAR UNA EDUCACIÓN LIBRE Y GRATUITA EN TIEMPOS DE PANDEMIA COVID 19

«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a las alcaldías de la Ciudad de México a fortalecer las acciones favorables al acceso de medios digitales para garantizar la educación libre y gratuita en tiempos de pandemia del covid-19, a cargo de la diputada Guadalupe Ramos Sotelo, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, Guadalupe Ramos Sotelo, integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXIV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, 79, numeral 1, 158, fracción VIII, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Actualmente ya se cuenta en la Ciudad de México con conexión a internet wifi gratuita distribuidos en todas las delegaciones, de acuerdo a los informes presentados por la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, quien inauguró el poste número 13 mil 694, constituyendo una importante cantidad de redes con conectividad gratuita en 94 espacios públicos y PILARES, con un radio de cobertura de 50 metros como máximo y su utilización no tiene límite de tiempo ni de contenido.

@C5_CDMX Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México.

Se ha mencionado que 20 personas pueden estar conectadas simultáneamente por cada poste y tiene una velocidad de 20 Mbps. Mismos que se puede ubicar de manera precisa cada uno de estos puntos de servicios de comunicación de telefonía local, larga distancia, proveedora de internet y servicios similares. 1

Ya existen precedentes como en la Alcaldía Venustiano Carranza ofrece no solamente internet gratuito en más de 80 espacios abiertos como parques públicos y bibliotecas para facilitar el apoyo en las tareas escolares para los alumnos y familias sino también equipo de cómputo, con la debida sana distancia y cubre bocas, reciben asesoría y soporte técnico en el uso y aplicaciones tecnológicos.

Este tipo de medidas constituyen un apoyo económico a las familias, ya que los centros de servicio de internet, cómputo e impresiones, han caído en un abuso en sus cobros, existiendo espacios públicos que se pueden aprovechar tales como las explanadas de las alcaldías, plazas y parques, con todas las medidas sanitarias, respetando la sana distancia y los horarios, con el fin de evitar aglomeraciones, o bien bibliotecas, que cuenten con la debida de limpieza de espacios para protección de las y los usuarios, y disponibilidad de productos antibacteriales, y esta será una medida favorable, ya que con esta pandemia, en muchos hogares bajaron sus ingresos, ya sea por desempleo, disminución de salario o por pertenecer al comercio informal.

De acuerdo a la Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares 2019, nos reporta sobre los usuarios computadora, el 43.0 por ciento de la población de 6 años o más es usuaria de computadora (49.4 millones). La proporción es menor en 8.3 por ciento comparada con los usuarios que había en 2015 y menor en 2.0 puntos porcentuales respecto de los registrados en 2018. La proporción de hogares que disponen de computadora registró un descenso marginal, al pasar de 44.9 por ciento en 2015 y 2018 a 44.3 por ciento en 2019, lo que significa una reducción de 0.6 puntos porcentuales.

Y en el caso del internet, la misma encuesta estima que en 2019 hay 80.6 millones de usuarios de Internet, que representan el 70.1 por ciento de la población de seis años o más. Esta cifra revela un aumento de 4.3 puntos porcentuales respecto de la registrada en 2018 (65.8 por ciento). Gráfica 1 Población usuaria de Internet, 2015-2019 Nota: Porcentajes calculados respecto del total de la población de seis años o más. 2

Y en éste año de 2020, ha sido imprescindible el confinamiento en los hogares, tanto de trabajo que se pueda realizar por línea como de los educandos de educación básica, media y superior, como una manera de disminuir la propagación de la pandemia covid-19, y por lo tanto también surge la necesidad de utilizar los servicios digitales, y de ahí se manifiesta, la necesidad de disminuir la brecha digital que se produce sobre todo por su nivel socioeconómico, “lo que constituye una expresión particular de la desigualdad de oportunidades que prevalece en nuestro país”. 3

Con base a la ENDUTIH 2019, Zamora (2020) resume que el 45 por ciento de la población mexicana que se encuentra en el estrato económico “bajo” es usuaria de Internet. Este porcentaje contrasta con el de la población que se encuentra en el estrato socioeconómico “alto”, ya que 92 por ciento de este sector es usuario de Internet. En ese sentido, los hogares de estrato socioeconómico “bajo” que tienen computadora, pero carecen de conexión a Internet mencionan que no pueden adquirir el servicio por falta de recursos económicos (60.2 por ciento de quienes se encuentran en esta situación) y porque no hay servicio en su localidad (26.1 por ciento). En contraste, la principal razón esgrimida por el estrato socioeconómico “alto” fue la falta de interés o por considerar que no lo necesitan en su hogar (35.2 por ciento). Otra brecha digital relevante radica en los grupos etarios: el que menos utiliza Internet es la población que tiene 55 o más años con 34.7 por ciento, lejos del penúltimo lugar que ocupa la población que tiene entre 6 y 11 años (59.7 por ciento). 4

Con ello, se observa la carencia de conectividad digital, por el estrato económico en el que se encuentran muchos hogares y se refleja la necesidad ante el actual confinamiento, de utilizan la computadora para conectarse a Internet, no obstante, los diferentes trabajos tanto escolares como laborales requieren la utilización de computadoras, impresoras e incluso escáner, y esto l imita el sano aprovechamiento escolar e incluso del cumplimiento laboral, lo que se puede traducir en una limitación al derecho a la Educación.

Por lo que someto a consideración de esta soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a los titulares de las alcaldías de la Ciudad de México, fortalecer las acciones favorables a fin de facilitar el acceso de medios digitales, para garantizar una educación libre y gratuita en tiempos de pandemia covid-19

Notas

1 https://datos.cdmx.gob.mx/explore/embed/dataset/ubicacion-acceso-gratuito-inter net-wifi- c5/map/?location=10,19.3515,-99.1484

2 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2020/Otr TemEcon/ENDUTIH_2019.pdf

3Zamora Saenz, Itzkuauhtli (2020) “Accesibilidad y uso de Internet en México. La ENDUTIH a la luz de covid-19” (Visor Ciudadano 70), Instituto Belisario Domínguez, Senado de la República, CDMX, 24 p.

4 Ídem

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de noviembre de 2020.– Diputada Guadalupe Ramos Sotelo (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.



REFORZAR LA PREVENCIÓN, VIGILANCIA, INVESTIGACIÓN Y SANCIÓN DE ACTIVIDADES VINCULADAS AL TRÁFICO ILEGAL DE ESPECIES ANIMALES

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Semarnat, la FGR y la SSPC a reforzar la prevención, vigilancia, investigación y sanción de actividades relacionadas con el tráfico ilegal de especies animales derivadas de la continuación y expansión del crimen organizado en aquéllas, a cargo del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, José Salvador Rosas Quintanilla, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario de Acción Nacional de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral I, fracción I, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a María Luisa Albores González, titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a Alejandro Gertz Manero, titular de la Fiscalía General de la República, y a la titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, para reforzar de manera significativa las labores relacionadas a la prevención, vigilancia, investigación y sanción de actividades relacionadas al tráfico ilegal de especies animales derivado de la continuación y expansión del crimen organizado en dichas actividades delictivas y las implicaciones de ésta actividad como ha quedado claro durante la pandemia del covid-19, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La diversidad de actividades delictivas conlleva problemas respecto a las medidas políticas y jurídicas que pueden ser usadas en favor de evitar su proliferación. Casos de violencia, tráfico ilegal de mercancías y extorsiones, muestran que los medios y las formas con las que se cometen tienen una constante innovación por parte de los delincuentes, donde las acciones gubernamentales y las labores legislativas deben estar constantemente actualizadas.

Concretamente, la pandemia ha puesto a disposición del crimen una situación inusual en la que la falta de presencia en diversos espacios cotidianos de una parte significativa de la población, implicó cambios en sus prácticas, pero no en sus objetivos.

En este sentido, el problema del tráfico animal y la afectación hacia los ecosistemas no se detuvo con el inicio de la emergencia sanitaria, sino que mutó en sus maneras de operar en relación con un contexto de un detenimiento general de actividades alrededor de todo el mundo y abrió nuevas brechas para el crimen organizado, donde la proliferación de mercados ilícitos en línea 1 y el incremento en la prohibición de la comercialización de especies 2 —generando un atractivo para el tráfico ilegal—, son ejemplos tajantes de cómo dicha actividad no se ha detenido durante éste periodo.

Por otro lado, si tomamos en cuenta que una de las hipótesis más sólidas respecto al origen de la pandemia se relaciona con el consumo de especies exóticas —siendo 75 por ciento de todas las enfermedades infecciosas emergentes de origen animal 3 según información de la Organización de las Naciones Unidas—, es real la preocupación en torno a su continuación y potencial incremento derivado de la merma en la vigilancia del gobierno en materia ambiental.

En los hechos, entre 1999 y 2018, se han incautado alrededor de 6 mil especies por parte de agencias alrededor del mundo, donde más allá de los motivos posibles para su tráfico —como las creencias alrededor de su uso mágico, medicinal o sexual—, sus consecuencias y formas de funcionar han tenido un efecto significativo para la preservación de nuestros ecosistemas y han derivado en problemas que impactan directamente la salud de las personas.

Sumado a esto, con los problemas originados por el confinamiento, al igual que el detrimento en el plano organizacional y económico que tendrá la operación del gobierno federal —consecuente a la potencial falta de financiamiento de las labores ambientales por motivo de la desaparición de fideicomisos 4 y el recorte general de los presupuestos del gobierno federal 5—, resulta indispensable que las labores continúen y se refuercen, ya que perpetuar medidas contraproducentes no solamente implica problemas presentes, sino la puesta en juego del futuro de nuestro país.

Por lo tanto, exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a la Fiscalía General de la República y a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, para reforzar de manera significativa las labores relacionadas a la prevención, vigilancia, investigación y sanción de actividades relacionadas al tráfico ilegal de especies animales derivado de la continuación y expansión del crimen organizado en dichas actividades delictivas y las implicaciones de éstas como ha quedado claro durante la pandemia del covid-19, es sumamente pertinente y deberá ser prioritario en los objetivos a corto plazo en materia ambiental.

A sabiendas de que éste mercado es uno de los más atractivos para el crimen organizado trasnacional, la tarea no es ni será fácil. Por ello, comprometer estas labores y no darle su justa dimensión es un problema grave, donde la tendencia a la disminución de las labores gubernamentales no puede afectar labores tan trascendentales para la preservación del bienestar general de nuestros ecosistemas y la población en general.

Por ello, presento ante esta honorable asamblea, la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La honorable Cámara de Diputados exhorta a María Luisa Albores González, titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para intensificar las campañas en medios masivos de comunicación enfocadas al combate contra actividades relacionadas al tráfico ilegal de especies animales derivado de la continuación y expansión del crimen organizado en dichas actividades delictivas y las implicaciones de éstas como ha quedado claro durante la pandemia del covid-19.

Segundo. La honorable Cámara de Diputados exhorta a Alejandro Gertz Manero, titular de la Fiscalía General de la República, y a la titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, para reforzar de manera significativa las labores relacionadas a la prevención, vigilancia, investigación y sanción de actividades relacionadas al tráfico ilegal de especies animales derivado de la continuación y expansión del crimen organizado en dichas actividades delictivas y las implicaciones de éstas como ha quedado claro durante la pandemia del covid-19.

Notas

1 https://baselgovernance.org/sites/default/files/202004/Special%20 Analysis%20COVID19%20and%20IWT.pdf

2 Ídem

3 https://www.unodc.org/mexicoandcentralamerica/es/webstories/2020_ 04_Pandemia_prevenir_combate_trafico_VidaSilvestre.html

4 https://www.proceso.com.mx/653440/fideicomisos-incertidumbre-sobre-el-destino-d e-los-recursos

5 https://www.washingtonpost.com/es/post-opinion/2020/07/07/con-los-recortes-pres upuestales-al-medio-ambiente-mexico-compromete-su-futuro/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2020.– Diputado José Salvador Rosas Quintanilla (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Medio Ambiente, Sustenta-bilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen.



CREACIÓN DEL OBSERVATORIO NACIONAL DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LA FAMILIA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la CNDH y la Segob a crear el observatorio nacional de la violencia contra la mujer y la familia, a cargo de la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada federal Annia Sarahí Gómez Cárdenas, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la Cámara de Diputados en la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes:

Consideraciones

Una de cada 3 mujeres en el mundo ha sufrido violencia física y o sexual a lo largo de su vida y al menos 6 de cada 10 mujeres mexicanas ha enfrentado un incidente de violencia, alguna vez en su vida 1. Además, de acuerdo con el Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia de la Ciudad de México, se tiene el registro de que 9 de cada 10 personas que son violentadas en el hogar son de mujeres y 1 de cada 4 es testigo de otras mujeres que también sufren violencia. Asimismo, 66 por ciento es por violencia física y 22 por ciento por violencia psicoemocional 2.

Derivado del aislamiento, ocasionado por la pandemia del covid-19, hemos visto un aumento muy importante en el número de casos de violencia de género y familiar. El estar durante semanas e inclusive meses dentro de un hogar ha generado un caldo de cultivo perfecto para la proliferación de distintas expresiones de violencia. Tanto la violencia familiar como la violencia de género representan cadenas sociales y emocionales difíciles de romper, de superar, dolorosas durante su proceso y dañinas durante su término.

Resultado de esta realidad, la figura de un observatorio resulta extremadamente valiosa para poder combatir este problema y generar políticas públicas y acciones gubernamentales encaminadas a combatir estas dos modalidades de violencia. El objetivo de la creación del observatorio nacional de la violencia contra la mujer y la familia es que este organismo se encargue de coordinar acciones encaminadas a erradicar la violencia de género y familiar a través de la creación de propuestas novedosas de políticas públicas, así como el monitoreo minucioso y especializado de las cifras e indicadores relacionados con estos fenómenos.

La creación del observatorio que se propone en este punto de acuerdo, representaría un hecho histórico para la lucha en contra de la violencia contra la mujer y la familia ya que resultaría en un esfuerzo interinstitucional y ciudadano por combatir este problema desde una perspectiva diferente. La violencia contra las mujeres y niñas es una de las violaciones a los derechos humanos más graves, que lamentablemente en nuestro país una práctica extendida. Al estar tan arraigada en miles de familias mexicanas se necesita de un instrumento dedicado y especializado en estos temas, el cual se pueda vincular con distintas dependencias gubernamentales para combatir el problema de forma integral.

Todos hemos sido testigos de las secuelas psicológicas y los daños físicos y de salud que generan tanto la violencia contra la mujer y la familia. Ante el preocupante aumento que hemos visto en los últimos meses, es cada vez más necesario y urgente entender este fenómeno y combatirlo con toda la fuerza del Estado.

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, Rosario Piedra Ibarra y a la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, a crear en coordinación con ambas instituciones el Observatorio Nacional de la Violencia contra la Mujer y la Familia.

Notas

1 https://mexico.unwomen.org/es/noticias-y-eventos/articulos/2018/11/ violencia-contra-las-mujeres

2 https://forojuridico.mx/crece-la-violencia-intrafamiliar-en-mexico-por-el-covid -19/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2020.– Diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.



SE DÉ SEGUIMIENTO A LA SALUD FÍSICA, MENTAL Y EMOCIONAL DE LAS PERSONAS QUE SE HAN CONTAGIADO DE COVID-19

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa a dar seguimiento puntual a la salud física, mental y emocional de las personas que se han contagiado de covid-19, a cargo de la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada federal Annia Sarahí Gómez Cárdenas, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la Cámara de Diputados en la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 79, numeral 1 fracción II y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes:

Consideraciones

Esta semana, los casos acumulados de contagios por covid-19 en México llegaron a 895 mil 326 casos. Prácticamente todos los estados y municipios del país han reactivado la mayoría de las actividades económicas y cada vez son más los mexicanos que regresan a su lugar de trabajo. A pesar de que hemos visto a nivel nacional una disminución en el número de casos que necesitan hospitalización, los números muestran un importante aumento en el numero de casos positivos. Además, en las últimas semanas hemos visto una importante alza en el número de personas que son dadas de alta de los centros de salud o terminan su periodo de aislamiento después de haber resultado positivos a la prueba.

Hoy existen pocas dudas de que la pandemia y las medidas tomadas para combatirla han tenido un claro impacto psicológico sobre las personas que resultan positivas. En el plano psicológico, distintos estudios muestran como un gran número de personas que han sido contagiadas por el covid-19 han desarrollado cuadros clínicos de ansiedad, depresión, insomnio, negación, angustia y miedo. Aún cuando las personas superan la enfermedad, las secuelas psicológicas pueden persistir por meses y tener afectaciones en la vida diaria de las personas.

A pesar de que al inicio de la pandemia se estimó que los efectos del virus se limitaban a producir aflicciones pulmonares, hoy en día sabemos que la infección por covid-19 puede producir una amplia gama de enfermedades y secuelas como el deterioro en las funciones cardiacas, renales y neurológicas. Además, un gran número de personas han desarrollado síntomas como caída del cabello, debilidad generalizada, fatiga o disnea aún después de varios meses de haber superado la enfermedad.

Por estas razones, es necesario que la Secretaría de Salud dé seguimiento puntual a las secuelas que tienen las personas que padecieron covid-19 mediante áreas de atención especial. El gobierno federal no se puede limitar solamente a salvar la vida de las personas que padecen esta enfermedad sino que también debe garantizar un proceso de recuperación holísitico el cual garantice el bienestar global de todos los pacientes.

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al secretario de Salud, Jorge Carlos Alcocer Varela, a dar seguimiento puntual a la salud física, emocional y mental de las personas que se han contagiado del virus covid-19 para garantizar la recuperación global de todos los pacientes.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2020.– Diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.