Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, LIX Legislatura
Versión estenográfica de la sesión ordinaria del jueves 2 de septiembre de 2004

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera (PRI): (Toca la campanilla) Pido a la Secretaría haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de los ciudadanos diputados.

El Secretario Marcos Morales Torres (PRD): Con todo gusto, señor Presidente.

Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 316 diputadas y diputados.

Por lo tanto, hay quórum, señor Presidente.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera (A las 10:24 horas): Se abre la sesión.

Proceda la Secretaría a dar lectura al orden del día.

El Secretario Marcos Morales Torres:

Lectura del orden del día

Leyó, insértese

El diputado Iván García Solís (PRD) (desde su curul): Señor Presidente.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Permítame, señor diputado, déjeme agotar el procedimiento.

Continúe la Secretaría.

El Secretario Marcos Morales Torres: Se va a dar lectura al acta de la sesión anterior.

(Lectura del acta de la sesión anterior)

Leyó, insértese

Está a discusión el acta.

No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor.

(Votación)

Gracias.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo

(Votación)

La mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Aprobada el acta.

El diputado Iván García Solís (desde su curul): Señor Presidente.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: ¿Con qué objeto, señor diputado? Sonido a la curul del diputado Iván García Solís.

El diputado Iván García Solís (desde su curul): Con el objeto de reclamar respetuosamente al Presidente de la Cámara de Diputados, que en sus funciones de Presidente del Congreso, el día de ayer haya violado el artículo 7° numeral 3 de la Ley Orgánica del Congreso, así como el 189 del Reglamento, el primero de los cuales establece "...que el Presidente del Congreso contestará el informe en términos concisos y generales". Cosa que no hizo, ya que empleó 30 minutos en vez de los 5, que están previstos para las intervenciones breves.

El diputado Héctor Gutiérrez de la Garza (PRI) (desde su curul): Señor Presidente.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Sonido en la curul del diputado Héctor Gutiérrez de la Garza.

El diputado Héctor Gutiérrez de la Garza (desde su curul): Muy buenos días, compañeros diputados.

Que lamentable que sea el Presidente de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias el que realice este tipo de señalamientos.

Primeramente porque el que el día de ayer violentó el artículo 7° numeral 3 de la Ley Orgánica del Congreso fue precisamente él.

Deseo señalar que al final de ese párrafo señala: "En tal virtud, durante ella refiriéndose a la sesión- no procederán intervenciones o interrupciones por parte de los legisladores".

Como pudieron observar, el día de ayer nuestro amigo y compañero diputado Presidente de la Comisión de la Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, la Comisión de la cual emana y dictamina las modificaciones a nuestra normatividad interna, en diversas ocasiones de la sesión y sobre todo al final de la misma, en el momento de la intervención del Presidente de la Mesa Directiva y del Congreso, interrumpió la sesión.

Quiero establecer al mismo tiempo que el propio artículo 7° a que hago referencia en el numeral 2, establece una limitante de 15 minutos pero él podrá observar que es única y exclusivamente para el posicionamiento de los grupos parlamentarios. En ningún momento se señala un tiempo específico para la contestación por parte del Presidente del Congreso.

Es lamentable que el Presidente de esta Comisión sea precisamente el que desconozca nuestra normatividad.

Y por otro lado, que trate de justificar su actitud del día de ayer con un extrañamiento que de ninguna manera tiene razón de ser ni de hecho ni de derecho. Quiero aprovechar para comentar que el día de hoy, en la sesión interna del grupo parlamentario del PRI, fue un tema que se tocó y en la cual presentamos a efecto de que la Junta de Coordinación Política en su próxima reunión toque este tema, inclusive hablándose de la salida él, porque no es posible que dirija los trabajos de esta normatividad interna del Congreso, violentando la misma.

Muchas gracias, señor Presidente.

(aplausos)

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Sonido en la curul del diputado Iván García Solís.

El diputado Iván García Solís (desde su curul): Lo lamentable en este caso es que llueva sobre mojado, es decir, la intervención del diputado Gutiérrez de la Garza. porque en efecto, el sentido del artículo 7° numeral 3, en cuanto a las interrupciones tiene que ver con la intervención del Presidente de la República, por una parte.

En segundo lugar, debe decirse que la limitación a que usted alude de los 15 minutos, está referida a las intervenciones de los representantes de los partidos. Sin embargo, cuando se refiere a que la respuesta tendrá que ser en términos concisos, consulte usted cualquier diccionario que tenga a la mano y verá que la palabra es sinónimo de brevedad, eso sin hablar tampoco de términos generales, que no fueron respetados por el Presidente del Congreso, puesto que hizo numerosas alusiones particulares, transgrediendo también en esta forma -cosa que no señale en primera intervención- las normas que nos rigen.

Finalmente quiero expresar que el Presidente del Congreso coincide como me lo ha hecho saber y sería bueno que se lo hiciera saber a toda la asamblea, que el formato del informe está vencido, debe ser modificado y que la normatividad de la Cámara se rige por normas, pero también por prácticas y que las prácticas hace tiempo ya, de manera legítima genuina y valida, han superado una normatividad que fue concebida para una presidencia absoluta, que ya no la es y que tiene que ser acotada debidamente por esta Cámara y en su caso, por el Congreso de la Unión.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Sonido a la curul del diputado Héctor Gutiérrez de la Garza.

El diputado Héctor Gutiérrez de la Garza (desde su curul): No era mi intención volver hacer uso de la palabra, mas sin embargo hubo una referencia personal por parte de mi compañero diputado.

Quiero señalar y él sabe perfectamente que es un principio de derecho, que donde la ley no distingue el interprete no tiene porque hacerlo. Ese punto 3 señala en forma muy clara: de la sesión: "Para efectos de que no procedan intervenciones o interrupciones". En ninguna parte del mismo habla que sea en la intervención del Presidente de la República, se señala "la sesión" y la sesión concluye con la intervención del Presidente de la Mesa Directiva, Presidente del Congreso. Eso por un lado.

No sabía yo que ya se había arrogado facultades para ser interprete de nuestra Ley Orgánica. Y precisamente en el tema si el formato del informe presidencial está o no agotado, hay una gran oportunidad, cualquier diputado puede presentar una iniciativa sobre el particular y más en el caso si se trata del Presidente, al menos hasta el día de hoy de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Cuando queramos debatir sobre el formato del informe, creo que hay el momento oportuno de hacerlo, inclusive dentro de la propia comisión. Pero hay que aceptar cuando cualquier legislador se equivoca y más aún en el caso que se trata del que dirige los trabajos de la reforma del Congreso. Gracias.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Sonido en la curul del diputado Ensastiga.

El diputado Gilberto Ensastiga Santiago (PRD) (desde su curul): Yo quisiera solicitar de la manera más atenta, señor Presidente, si le podría dar lectura al artículo 7 de la Ley Orgánica numeral 3. A mí me parece que es muy importante que se pueda ilustrar esta discusión, para que las interpretaciones no entren en las descalificaciones y en las intenciones políticas que sin duda el diputado Gutiérrez de la Garza está pretendiendo.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Ruego a la Secretaría se sirva dar lectura al artículo 7 de la ley...

El Secretario Antonio Morales De La Peña: 3. El Presidente del Congreso contestará el Informe en términos concisos y generales, con las formalidades que correspondan al acto.

Esta sesión no tendrá más objeto que celebrar la apertura del Período de Sesiones y que el Presidente de la República presente su informe. En tal virtud, durante ella no procederán intervenciones o interrupciones por parte de los legisladores.

Cumplido, señor.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Sonido a la curul del diputado Pablo Gómez.

El diputado Pablo Gómez Alvarez (PRD) (desde su curul): Gracias, diputado Presidente.

Solamente para recordarle al diputado Gutiérrez de la Garza, que esta Asamblea ya aprobó modificaciones a la ley relativas al formato del Informe del Presidente y de la apertura de Sesiones. Parece que él no se ha enterado de eso, pero recuerdo que votó a favor. No sé cómo se le olvidó.

Ya tenemos un criterio común en esta Cámara que al parecer no es compartido o todavía no es compartido por el Senado en relación con este punto. Si la Asamblea y aprobó modificaciones, quiere decir que el esquema actual se considera inadecuado, por lo menos o agotado, como se quiera decir.

En segundo lugar le quiero decir aquí al diputado Gutiérrez de la Garza, que ningún diputado, legislador, o sea senador o diputado, puede ser reconvenido por las expresiones que haga. El Presidente de la Comisión no es la excepción, de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

No podrá él ni ninguna autoridad, persona alguna, reconvenir a éste o a cualquier otro legislador por las expresiones que haga y por lo tanto, no podrá nunca él ni nadie, pedir la remoción del Presidente de una Comisión por los puntos de vista que haya vertido; bajo ninguna circunstancia, en ningún momento y esto está dicho en la Constitución y es una institución fundamental para el funcionamiento del Congreso, la cual parece ser que él ignora como otras tantas muchas cosas.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Sonido a la curul del diputado Héctor Gutiérrez de la Garza.

El diputado Héctor Gutiérrez de la Garza (desde su curul): Voy a dar contestación con todo respeto al vocero de mi compañero Iván.

Quiero señalar en primer término, que efectivamente la modificación, hay una aprobación aquí, emana de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, pero se refiere única y exclusivamente a que el Presidente de la República esté presente en el posicionamiento de los grupos parlamentarios.

Probablemente el trabajo propio de la coordinación no le da oportunidad de leer las tarjetas de sus asesores, pero se refiere única y exclusivamente a ese tema. Cuando Iván propone esta situación habla de un formato agotado como tal.

La modificación aprobada por nosotros, sólo toca el tema de que esté presente el Presidente de la República en el posicionamiento de los grupos parlamentarios, no modifica el formato presidencial.

Entonces creo que de igual modo yo le sugeriría al buen Pablo que se ponga a darle una revisada a los dictámenes que aprobamos en esta Cámara de Diputados.

Muy amable.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Sonido a la curul del diputado Pablo Gómez.

El diputado Pablo Gómez Alvarez (desde su curul): Nada más para decirle aquí al diputado Gutiérrez de la Garza, que yo soy vocero de un grupo parlamentario, señor diputado; de todo un grupo.

En segundo lugar, quiero decirle que yo soy también coautor de este proyecto de decreto que fue enviado al Senado, lo conozco perfectamente y es una alteración muy importante del formato del Informe Presidencial.

Hay una gran diferencia entre un Presidente autista, que no sabe oír, a quienes después lo oyen y un Presidente que escucha el sentido de los partidos políticos y eso altera bastante el formato del Informe. A eso se refiere el diputado Iván García.

Si usted tiene alguna otra sugerencia, con mucho gusto la estudiamos; dudo que la tenga...

Gracias presidente.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Con la intención de evitar, reglamentariamente también, que se produzcan diálogos, esta presidencia quiere expresarles que …

El diputado Iván García Solís: Señor presidente, creo que este brevísimo intercambio de opiniones es útil, es conveniente y es esclarecedor, porque en efecto, queda de manera muy expresa y clara que el formato del Informe es un formato insostenible, es un formato del cual se benefició el viejo régimen durante décadas. Pero el cual fue impugnado hace mucho.

En la práctica yo recuerdo una muy valiosísima intervención de la diputada Macrina Rabadán, cuando reclamó a un Presidente de la República, que no tocara las campanas el 15 de Septiembre mientras estaba preso mi compañero maestro Othón Salazar.

Cuánto tiempo ha pasado ya de esas reclamaciones justas, legítimas, de los diputados, en este caso una diputada valiosa y valiente, a los atropellos no sólo al autismo, como bien dice mi compañero Gómez, sino a la omnipotencia y a la estolidez de la figura presidencia.

Hoy que estamos marchando en un camino diferente necesitamos asumir este cambio ya aprobado aquí, que sería importante, puesto que por primera vez pondría frente a frente a los protagonistas, pares también puede decirse diputado, en vistas a un diálogo y desde luego caminar hacia formatos mejor construidos que permitan intercambio de opiniones no de manera abrupta y accidentada, como fue el día de ayer, sino de manera sino tersa, por lo menos mucho mejor ordenada, civilizada por supuesto y más productiva.

Finalmente quiero decirle que esta observación que le he presentado es con el objeto de que de esta manera cobremos conciencia creciente de la urgente necesidad de cambios en la forma de conducir al Congreso. Gracias.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Sonido a la curul del diputado Moreno Garavilla.

El diputado Jaime Miguel Moreno Garavilla (Convergencia) (desde su curul): Muchas gracias señor presidente: con su venia y con la de mis compañeras y compañeros diputados:

Me parece que es muy importante atender respetuosamente el procedimiento a que alude nuestra ley y Reglamento. Pero me parece de mayor calado, de mayor trascendencia y envergadura, advertir el fondo.

Yo quisiera hacer un respetuoso llamado para que ya de por si la deteriorada imagen que tenemos los políticos no se siga profundizando. ¿Por qué no privilegiar ese llamado que hizo el presidente de la mesa directiva de la Cámara a la conciliación nacional? ¿Por qué no centrar nuestra atención en eso que él, si la memoria no me es infiel, identificó como la política llevada al grado del arte de conciliar a los más diversos y encontrados intereses, sin perjudicar a ninguno? Poniendo el producto de esa conciliación al servicio de la Nación y señoras y señores, para eso por supuesto que se necesita ser artista. Y el artista no se improvisa.

Lo que México necesita en estos momentos es una buena cantidad de artistas para conciliar. Que no se descalifique a unos y que tampoco se entorpezca el trabajo de otros.

Necesitamos ayudar al Presidente de la República para salir todos como país. Pero necesitamos abrir los ojos de quienes los tengan cerrados y hacer que escuchen quienes no quieren escuchar, de que no se puede descalificar porque sería un retroceso gravísimo para nuestra democracia a los legítimos competidores, antes de que el pueblo sufrage en las urnas.

Hago pues un respetuosísimo y muy cordial llamado a mis compañeras y compañeros, para que en vez de perdernos en los procedimientos, aplaudamos el llamado de conciliación que hizo el presidente de la mesa directiva el día de ayer. Muchas gracias señor presidente.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Gracias diputado.

Tiene el uso de la voz el diputado Germán Martínez, por favor sonido en su curul.

El diputado Germán Martínez Cazares (PAN) (desde su curul): Gracias Presidente. Para el grupo parlamentario del PAN, la sesión de ayer se condujo conforme al formato que está vigente en nuestra ley. Consideramos que la conducción de la mesa fue apegada a lo que ordena la ley; consideramos que los términos de la contestación del Informe, los deben juzgar los ciudadanos; y le hacemos, señor Presidente de la Cámara, una respetuosa solicitud de que continúe con el orden del día que hemos aprobado, y este asunto se tramite en la Cámara de Senadores –donde está pendiente- y se active o se impulse el proceso legislativo desde la comisión respectiva y la Cámara de Diputados se sujete al orden del día que tiene un punto pendiente, una serie de puntos pendientes. Le hacemos esa respetuosa solicitud de continuar con el orden del día.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Gracias señor diputado. Sonido en la curul del diputado Emilio Serrano, y será el último de los oradores en este tema para continuar, como bien lo solicita el diputado Germán Martínez, con el orden del día.

El diputado Emilio Serrano Jiménez ((PRD) (desde su curul): Muchas gracias diputado Presidente. Nada más para hacerle una petición respetuosa.

Ojalá y tenga la oportunidad de aclarar respecto al sitio que se dio ayer al Recinto Legislativo, que no solamente fue falta de respeto a la ciudadanía sino también a los diputados que intentamos ingresar y nada más nos traían dar vuelta y vuelta.

Se dice, se ha dicho en los medios, que usted fue el que ordenó esa exagerada protección a los legisladores; tengo mis dudas, yo creo que la orden vino de otro lado. Entonces la súplica, la petición amable que ojalá y pueda usted aclarar eso en su momento.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Cómo no. Esta Presidencia quiere primero comentarle, señor diputado Emilio Serrano, que signó sendos ocursos tanto al Gobierno Federal como al Gobierno del Distrito Federal para que garantizarán la celebración de un acto constitucional como el que nos convocó el día de ayer.

Los detalles y las maneras con las que ellos procedieron, tanto el Gobierno Federal como el Gobierno del Distrito Federal, son exclusivamente de los mismos.

No obstante, le he girado instrucciones a la Secretaría General de la Cámara para que comente con ellos la inquietud que existe en el Congreso, por el movimiento policíaco del día de ayer.

Por otra parte, esta Presidencia toma nota de lo señalado hace un momento… me permite… ¿con qué objeto? ¿Con el mismo propósito, señor diputado?… Sonido, por favor en su curul.

El diputado Agustín Rodríguez Fuentes (PRD) (desde su curul): Primero, entendiendo el comentario a que usted hace sobre el estado de sitio en que se ubicó al Congreso de la Unión, yo quiero dejar manifiesta mi más enérgica protesta por esta acción que de ninguna manera fue comentada, ni acordada por el Pleno de la Cámara.

Si eso se pensaba hacer, se debió haber comentado en la Cámara para que aquí se hubiera decidido con toda claridad qué es lo que se quería, pero bajo ninguna circunstancia, yo no puedo dejar de asentar esta protesta porque me parece que siendo representantes del pueblo, que fuimos electos por el pueblo, no estamos cumpliendo con el papel que nos corresponde.

Quiero que eso quede asentado en el acta.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Así será, señor diputado. Pero es facultad de esta mesa, de la Mesa Directiva el hacer esa solicitud.

Esta Presidencia toma nota de lo que aquí se ha señalado por todos los diputados que hicieron uso de la voz, y saluda esta discusión que debe ser de carácter inevitable y también se siente confiada de que si la intervención que hizo el Presidente de la Mesa Directiva fue la que generó que no dejásemos pasar

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la conversación y el debate sobre un tema fundamental de la vida nacional que es de revisar para el futuro esto que se ha llamado el "agotamiento" o la "obsolescencia" del formato para la presentación del informe establecido por la Constitución que debe de rendir el señor Presidente de la República, ya está produciendo entonces el mismo debate, los resultados que todos, estoy seguro debemos de esperar, sobre todo el día de ayer en el cual en diferentes ocasiones la Presidencia de la Mesa Directiva tuvo que hacer distintas observaciones a las violaciones al Reglamento que se llevaban a cabo al interrumpir en varias veces la presentación del Informe del Presidente de la República.

Estoy confiado que todos los miembros de esta soberanía saben muy bien que esta Comisión Especial que se ha creado para ver la reforma del Congreso, tendrá que ver a cabalidad y a profundidad estas nuevas formas para la presentación y el rendimiento de cuentas por parte del Presidente de la República al Congreso de la Unión. Gracias por su comprensión.

Continúe la Secretaría con el orden del día.

El Secretario Marcos Morales Torres (PRD):

Invitación del Congreso del Estado de Guerrero a la Sesión Solemne relativa al 191 Aniversario del Primer Congreso de Anáhuac que tendrá lugar el 13 de septiembre a las 18:00 horas en la Catedral de Nuestra Señora de la Asunción de María, en la ciudad de Chilpancingo de los Bravo.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Para asistir en representación de esta Cámara, se designa a los siguientes ciudadanos diputados:

Dip. Angel Aguirre Rivero.

Dip. Angel Pasta Muñuzuri.

Dip. Irma Figueroa Romero.

Dip. Pedro Vázquez González.

El Secretario Marcos Morales Torres:

Solicitud de licencia del diputado Guillermo Velasco Rodríguez

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: En consecuencia se ruega a la Secretaría poner a discusión el punto de acuerdo.

El Secretario Marcos Morales Torres: Está a discusión el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

UNICO: Se concede licencia por tiempo indefinido al diputado Guillermo Velasco Rodríguez, para separarse de sus funciones como diputado federal, electo en la Quinta Circunscripción Plurinominal, a partir de esta fecha.

No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo, por favor.

(Votación)

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Aprobado.

El Secretario Antonio Morales de la Peña (PAN):

Comunicación de la Junta de Coordinación Política, que comunica cambio en las Mesas Directivas de Comisiones. El diputado Emilio Chuayffet, propone cambio en la designación del cargo de Secretario del Grupo de Amistad México-China, dejando de fungir como tal el diputado Armando Neyra Chávez, para ocuparlo el diputado José Adolfo Murat Macías, ambos del PRI.

En votación económica se pregunta si se aprueba.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Aprobada.

Continúe la Secretaría.

El Secretario Antonio Morales de la Peña (PAN):

Da lectura una comunicación de la Junta de Coordinación Política en relación al nombramiento de la ciudadana diputada Rosa María Avilés Nájera, como Secretaria de la Comisión Especial de la Cuenca de Burgos.

En votación económica se pregunta si se aprueba.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Por la mayoría, señor diputado Presidente.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Aprobada.

El mismo Secretario:

Da lectura a una comunicación de la Junta de Coordinación Política en relación al nombramiento del ciudadano diputado Valentín González Bautista como Secretario en la Comisión Especial de Seguimiento al Acuerdo Nacional para el campo.

En votación económica se pregunta si se aprueba.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

La mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Aprobada.

La Secretaria Graciela Larios Rivas (PRI): Se va a dar lectura a un oficio de la Junta de Coordinación Política.

Da lectura a una comunicación de la Junta de Coordinación Política en relación a que el ciudadano diputado Víctor Suárez Carrera deje de fungir como Secretario de la Comisión Especial para el Campo para continuar incorporado a la misma como integrante únicamente.

En votación económica se pregunta si se aprueba.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Aprobado por la mayoría, señor Presidente.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Aprobada.

Continúe la Secretaría.

La misma Secretaria:

Da cuenta de diez oficios de la Junta de Coordinación Política por los que comunica cambios de integrantes de las Comisiones Ordinarias Especiales y de Grupos de Amistad de los grupos parlamentarios representados en esta Cámara de Diputados y publicados en la Gaceta Parlamentaria, en su oportunidad.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: De enterado e insértense en el Diario de los Debates.

La misma Secretaria:

Da cuenta de una comunicación de la Junta de Coordinación Política en relación al acuerdo de creación del Comité de Administración y su propia integración por el que se determina que el ciudadano diputado Jaime Del Conde Ugarte presida el órgano referido para el segundo año de ejercicio de la LIX Legislatura.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: De enterado.

La misma Secretaria:

Proposiciones de acuerdo de los órganos de gobierno.

Junta de Coordinación Política para la integración del Comité del Centro de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria.

La misma Secretaria:

Junta de Coordinación Política para la Integración del Comité del Centro de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria.

La misma Secretaria:

En votación económica se pregunta si se aprueba el Punto de Acuerdo.

Los Ciudadanos Diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Los Ciudadanos Diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Mayoría por la afirmativa señor presidente.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Aprobado.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: En cumplimiento a lo que dispone el Artículo 2º. del Acuerdo a la Asistencia a las Sesiones, se pide a la Secretaría dar cuenta del registro electrónico e instruya el cierre del sistema.

El Secretario Marcos Morales Torres: ¿Falta alguna diputada o diputado por registrar asistencia?

Se informa a la presidencia que hasta el momento hay una asistencia de 447 diputadas y diputados.

Ciérrese el sistema electrónico.

Quienes hasta el momento no han registrado su asistencia, disponen de 30 minutos para realizarlo por cédula.

Cumplida la instrucción ciudadano presidente.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Continúe la Secretaria.

El Mismo C. Secretario:

Junta de Coordinación Política remitiendo el Anteproyecto Anual de la Cámara de Diputados para el Ejercicio Fiscal Del año de 2005.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Consulte la Secretaría a la Asamblea en votación económica si se aprueba el Anteproyecto de Presupuesto de la Cámara de Diputados para el año 2005.

Permítame un segundo señor secretario. Sonido en la curul del señor diputado don Pablo Gómez Alvarez.

El diputado Pablo Gómez Alvarez (PRD) (desde su curul): Señor presidente solicito una votación nominal sobre este punto si me secundan más de cinco.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: ¿Quiénes lo secundan?

Abrase el sistema electrónico hasta por cinco minutos para recabar la votación nominal respecto al Anteproyecto del Presupuesto de la Cámara de Diputados para el Año 2005.

El mismo Secretario: Se pide se hagan los avisos a que se refiere el Artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación nominal.

VOTACION

Se va a tomar de viva voz.

Diputado Martínez, a favor.

Diputada Claudia Ruiz, a favor.

Diputada Ady García, a favor.

Diputada Lilia Aragón, afirmativo

Diputada Diana Bernal, en contra

Diputada Leticia Gutiérrez, a favor

Diputado Filizola, a favor

Diputado Elpidio Tovar, ratifico mi voto en contra

Diputado Erick Silva, a favor

Diputado María Cristina Díaz, a favor

Diputada Sandoval, a favor

Diputado Enrique Guerrero, a favor

Diputado Aguilar Iñarritu, a favor

Diputada Rebeca Godínez, a favor

Diputado Marcelo Tecolapa, a favor

Diputado Franco Hernández, en contra

Diputado Adrián Villagómez, a favor

Diputado Díaz Niebla, a favor

Diputado García Corpus, a favor

Diputado Alejandro Agundis, a favor

Diputada Reyes Retana, a favor

Diputado Olmos Castro, a favor.

Diputado Emilio Zebadúa, en contra.

Diputada Norma Saucedo, a favor.

Diputado Jorge Uscanga, a favor.

Diputada Maya Pineda, a favor.

Diputado Rubén Figueroa, a favor.

Diputada Diva Gastélum, a favor.

Diputado Rodríguez de la Fuente, a favor.

Diputado Alfonso Sánchez, a favor.

Diputada Nora, a favor.

Diputado Omar Bazán, a favor.

Señor Presidente, se emitieron 333 votos en pro, 82 en contra y 2 abstenciones.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado por 333 votos el anteproyecto de Presupuesto de Egresos de la Cámara de Diputados para el año 2005.

Remítase al Ejecutivo para el efecto de que se incorpore al Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2005.

Continúe la Secretaría.

El Secretario Marcos Morales Torres:

De la Junta de Coordinación Política, anteproyecto de Presupuesto Anual de la Auditoría Superior de la Federación Para el año 2005.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Consulte la Secretaría a la asamblea en votación económica, si se aprueba el anteproyecto de Presupuesto de la Auditoría Superior de la Federación para el año 2005.

El Secretario Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la asamblea en votación económica si se aprueba el anteproyecto de Presupuesto de la Auditoria Superior de la Federación para el año 2005.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor.

(votación)

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa.

(votación)

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado el anteproyecto de Presupuesto de Egresos de la Auditoría Superior de la Federación para el año 2005.

Remítase al Ejecutivo para el efecto de que se incorpore al proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2005.

Continúe la Secretaría.

El Secretario Antonio Morales de la Peña:

Informe semestral de la situación de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Túrnese a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social.

El Secretario Antonio Morales de la Peña:

Oficio de la Cámara de Senadores, elección de Mesa Directiva.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: De enterado.

El Secretario Antonio Morales de la Peña:

Del Senado de la República, designación del senador Enrique Jackson Ramírez como Presidente de la Junta.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: De enterado.

El Secretario Antonio Morales de la Peña: Oficio del Senado, designación del senador Jorge Zermeño Infante como coordinador del PAN.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: De enterado.

La Secretaria Graciela Larios Rivas (PRI):

Del Senado, Código Penal Federal en materia de Cohecho a Servidores Públicos Extranjeros.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

La Secretaria Graciela Larios Rivas:

Oficio del Senado, Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Túrnese a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Agricultura y Ganadería.

La Secretaria Graciela Larios Rivas:

Oficio de la Cámara de Senadores que remite Minuta Proyecto de Decreto que adiciona tres artículos transitorios a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Túrnese a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería y de Desarrollo Rural.

La Secretaria Graciela Larios Rivas:

Oficio de la Cámara de Senadores con el que remite Minuta Proyecto de Decreto que reforma el artículo 138 de la Ley General de Población)

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Túrnese a las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos y de Gobernación.

La Secretaria Graciela Larios Rivas:

Oficio de la Cámara de Senadores con el que remite Minuta Proyecto de Decreto por el que se adiciona un Artículo 126 Bis, a la Ley General de Población.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Túrnese a la Comisión de Gobernación.

La Secretaria Graciela Larios Rivas:

Oficio de la Cámara de Senadores con el que remite Minuta Proyecto de Decreto por el que se adiciona una Fracción XXX al artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Túrnese a la Comisión de gobernación.

La Secretaria Graciela Larios Rivas:

Oficio de la Cámara de Senadores con el que se devuelve el expediente que contiene el Proyecto de Decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 37 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Túrnese a la Comisión de Seguridad Pública.

La Secretaria Graciela Larios Rivas:

Oficio de la Cámara de Senadores con el que remite Minuta Proyecto de Decreto por el que se adiciona un Párrafo tercero a la fracción XXI del art. 73 de la Constitución Política.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.

La Secretaria Graciela Larios Rivas:

Oficio de la Cámara de Senadores con el que se remite Minuta Proyecto de Decreto por el que se adiciona el Artículo 366 del Código Penal Federal.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

La Secretaria Graciela Larios Rivas:

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Gracias, Secretaria.

Tiene la palabra el señor diputado Quintín Vázquez García, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa que reforma los artículos 2, penúltimo y último párrafo y 3-A de la Ley de Coordinación Fiscal.

El diputado Quintín Vázquez García (PRI): Con su venia, señor Presidente.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Adelante, señor diputado.

El diputado Quintín Vázquez García: Compañeras y compañeros legisladores:

El suscrito, diputado federal por el Distrito IX electoral con cabecera en Guadalajara, Jalisco, integrante de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional en la LIX Legislatura del Honorable Congreso de la Unión. En ejercicio de la facultad otorgada por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con lo previsto en los artículos 55 fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, expone ante el pleno de esta Honorable Cámara de Diputados, la presente iniciativa de decreto, por el que se reforman los artículos 2 penúltimo y último párrafo y 3-A de la Ley de Coordinación Fiscal, relativos al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia del Impuesto Federal sobre Tenencia o Uso de Vehículos y el Impuesto sobre Automóviles Nuevos y de la participación que recibirán los municipios sobre la recaudación que se obtenga del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, por la realización de los actos o actividades gravados con dicho impuesto sobre los bienes, tratándose de: cerveza, bebidas refrescantes, alcohol, bebidas alcohólicas fermentadas y bebidas alcohólicas, así como de tabacos labrados, de conformidad con la siguiente:

Exposición de Motivos

Los municipios del país, sobre todo los que conforman las grandes zonas metropolitanas o conurbadas, vienen padeciendo el crecimiento desmesurado del parque vehicular y fundamentalmente la problemática de la inadecuada infraestructura vial.

El parque vehicular año con año crece y por ende los grandes problemas de tránsito, embotellamientos y conflictos viales . El aumento constante de cruceros peligrosos que requieren de una fuerte inversión económica para buscar soluciones adecuadas, gran contaminación ambiental, rebasando constantemente los índices IMECAS en muchas zonas de los municipios y por supuesto, el aumento y el consecuente riesgo para la salud de los habitantes que impactan en los programas de salud en los tres niveles de gobierno.

Las finanzas municipales lejos de presentar mejoras en sus ingresos anuales, padecen las consecuencias de la falta de recursos económicos, inclusive para la atención oportuna de los servicios públicos municipales, creando escenarios que día con día limitan el mejoramiento del nivel de vida de los ciudadanos.

Los grandes problemas se presentan en el desarrollo administrativo de los municipios, quienes enfrentan la falta de capacidad para incrementar los recursos propios y dependen en su gran mayoría de las participaciones federales, los que desgraciadamente cada día se vuelven más insuficientes para la respuesta oportuna en la prestación de los servicios públicos.

La problemática general se deriva en la deficiente seguridad pública, la pésima atención para el tratamiento de los desechos sólidos y la pésima planeación de la infraestructura vial, todos ellos con un problema en común: la falta de recursos económicos suficientes para encontrar alternativas de solución .

La Ley de Coordinación Fiscal en su capítulo 1° De las Participaciones de los Estados, Municipios y Distrito Federal, en Ingresos Federales en su artículo 2, en sus penúltimo y último párrafo señalan: ..."las entidades que estén adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal y que hubieran celebrado con la Federación convenios de colaboración administrativa en materia del Impuesto Federal sobre Tenencia o Uso de Vehículos, donde se estipule la obligación de llevar un registro estatal vehicular, recibirán el 100% de la recaudación que se obtenga por concepto de este impuesto, del que corresponderá cuando menos el 20% a los municipios de la entidad que se distribuirá entre ellos, en la forma que determine la Legislatura respectiva".

Asimismo, las citadas entidades adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal , podrán celebrar con la Federación convenios de colaboración administrativa en materia del Impuesto sobre Automóviles, supuesto en el cual la entidad de que se trate recibirá el 100% de la recaudación que se obtenga por este impuesto, del que corresponderá cuando menos el 20% a los municipios de la entidad, que se distribuirá entre ellos en la forma que determine la legislatura respectiva.

Esta distribución otorga una oportunidad muy especial para los ingresos municipales, pero sin que se pueda resolver de tajo la grave situación que se vive en la actualidad.

Si bien es cierto los municipios han caído en un estado donde prevalece el conformismo, en virtud de los ingresos seguros que perciben vía participaciones federales y que en algunos casos dejan como garantía en la oportunidad para obtener recursos frescos para su aplicación en la obra pública y dejar huella en el paso de los tres años de la administración municipal.

La falta de ideas y de propósitos adecuados para ampliar la cobertura en los ingresos propios en los municipios, obliga a tomar acciones que redunden en mejores expectativas para los ciudadanos, quienes exigen una mejor prestación de los servicios públicos básicos.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 115, establece la obligatoriedad de los municipios de otorgar los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales, alumbrado público, limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos, mercados y centrales de abasto, panteones, rastro, calles, parques y jardines o equipamiento, seguridad pública, en los términos del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las demás que las Legislaturas Locales determinen.

Ente este escenario difícilmente se tendrán oportunidades verdaderas para proporcionar con eficiencia y eficacia dichos servicios públicos, trastocando un principio constitucional debido a la falta de recursos económicos suficientes.

Los mecanismos utilizados para la distribución de los recursos federales, han funcionado en la medida en que los criterios actuaban de una manera diferente y para los conceptos actuales los municipios presentan una estructura jurídica diferente, motivada por la modificación tan importante en el propio artículo 115 constitucional.

Esto nos impulsa para dotar de mayores posibilidades a los municipios para cumplir con mayor oportunidad la prestación de los servicios públicos, así como para hacer frente a la serie de problemas que ocasiona su crecimiento en ocasiones sin control y que deriva en una constante de fallas en las áreas administrativas y de obra pública.

La posibilidad de obtener mayores ingresos vía participaciones federales ocasionaría un aliciente para fortalecer las condiciones existentes en los municipios del país, pero sobre todo en aquellos municipios conurbados que son los que mayor problemática presentan.

 

En relación al artículo 3-A de la Ley de Coordinación Fiscal, señala: "...las entidades federativas adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, participan de la recaudación que se obtenga del impuesto especial sobre producción y servicios por la realización de los actos o actividades gravados con dicho impuesto sobre los bienes que a continuación se mencionan, conforme a las proporciones siguientes:

El 205 de la recaudación se trata de cerveza, bebidas refrescantes, alcohol, bebidas alcohólicas fermentadas y bebidas alcohólicas; el 8% de la recaudación se trata de tabacos labrados ".

Esta participación se distribuirá en función del porcentaje que representa la enajenación de cada uno de los bienes a que se refiere este artículo en cada entidad federativa de la enajenación nacional y se liquidará conforme a lo establecido en el artículo 7 de esta ley. Los municipios recibirán como mínimo el 20% de la participación que le corresponda al estado.

Claro está que dichas participaciones representan un importante flujo de recursos a los municipios, pero altamente insuficientes para la responsabilidad que representa la actuación administrativa.

La exposición de motivos comentada nos refleja la triste realidad que se vive día con día en la esfera municipal, con los consecuentes desencantos de la sociedad que no observan que sus contribuciones faciliten la tarea y el mejoramiento de los servicios públicos.

En tal virtud, presento ante esta soberanía la siguiente iniciativa de reforma:

Unico. Se reforman los artículos 2, penúltimo y último párrafos y 3-A de la Ley de Coordinación Fiscal para quedar como sigue:

"...Las entidades que estén adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal y que hubieran celebrado con la Federación convenios de colaboración administrativa en materia del impuesto federal sobre tenencia, uso de vehículos donde se estipule la obligación de llevar y registro estatal vehicular, recibirán el 100% de la recaudación que se obtenga por concepto de este impuesto, del que corresponderá cuando menos el 40% a los municipios de la entidad que se distribuirá entre ellos en la forma que determine la Legislatura respectiva.

Asimismo, las citadas entidades adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal podrán celebrar con la Federación convenio de colaboración administrativa en materia del impuesto sobre automóviles nuevos, supuesto en el cual la entidad de que se trate recibirá el 100% de la recaudación que se obtenga por este impuesto, del que corresponderá cuando menos el 40% a los municipios de la entidad que se distribuirá entre ellos en la forma que determine la Legislatura respectiva.

Artículo 3 A. Las entidades federativas adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, participarán de la recaudación que se obtenga del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, por la realización de los actos o actividades gravados con dicho impuesto, sobre los bienes que a continuación se mencionan, conforme a las proporciones siguientes:

El 20% de la recaudación se trata de cervezas, bebidas refrescantes, alcohol, bebidas alcohólicas fermentadas y bebidas alcohólicas .

El 8% de la recaudación se trata de tabacos labrados. Esta participación se distribuirá en función del porcentaje que represente la enajenación de cada uno de los bienes a que se refiere este artículo en cada entidad federativa de la enajenación nacional y se liquidará conforme a lo establecido en el artículo 7 de esta ley.

Los municipios recibirán como mínimo el 40% de la participación que le corresponde al Estado.

Transitorios

UNICO. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, en el mes de septiembre de 2004.

Muchas gracias.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli (PRD):

Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Tiene la palabra la diputada Virginia Yleana Baeza Estrella, del grupo parlamentario de Acción Nacional, para presentar una iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, para prohibir la discriminación y fomentar el empleo de las personas con discapacidad.

La diputada Virginia Yleana Baeza Estrella (PAN): Buenos días. Con su venia señora presidenta:

En virtud de economía de tiempo y porque se ha publicado en la Gaceta, no se leerá la presente iniciativa en su totalidad. Por lo que le pido sea insertada tal cual en el Diario de los Debates.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates.

La diputada Virginia Yleana Baeza Estrella: Compañeras y compañeros diputados:

El trabajo es un derecho que debe ser garantizado por todas las personas sin distinción.

En la Declaración Universal de los Derechos Humanos se estableció que toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo, a la protección contra el desempleo y sin discriminación alguna a igual salario por trabajo igual.

Estos principios han sido recogidos en diversos instrumentos internacionales como el convenio sobre la readaptación profesional y el empleo de personas inválidas, de la Organización Internacional de Trabajo, ratificado por México en abril de 2001, que establece que todo Estado miembro deberá permitir que la persona inválida obtenga y conserve un empleo adecuado y progrese en el mismo y que se promueva así la integración o la reintegración de esta persona en la sociedad.

En el ámbito regional, por parte de la OEA, la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad, ratificada en enero de 2001, dispone que los estados parte de la Convención se comprometen a adoptar las medidas de carácter legislativo, social, educativo, laboral o de cualquier otra índole, necesarias para eliminar la discriminación contra las personas con discapacidad y propiciar su plena integración a la sociedad.

Gracias a estos instrumentos que han sido firmados y ratificados por la mayoría de los países, se han producido algunos avances tendientes a la eliminación de las desigualdades en el acceso, permanencia y ascenso en el trabajo.

Sin embargo, aún falta que estos ordenamientos se plasmen en la legislación interna, especialmente en la Ley Federal del Trabajo, en la práctica y en la cultura laboral.

La discriminación no es un mito, existe; y ha sido estudiada por gobiernos y organizaciones multilaterales y de la sociedad civil. Un estudio reciente de la OIT, afirma que en todo el mundo a millones de personas se les sigue negando un puesto de trabajo, se les confina a determinadas ocupaciones o se les ofrece un salario más bajo por razón de sus capacidades, sexo, edad, religión, etc., sin importar cuáles sean sus habilidades.

Ciertamente las consecuencias de la discriminación son adversas tanto en el plano individual como en lo social, ya que merma las oportunidades de los hombres y las mujeres para desarrollar su potencial, sus aptitudes y cualidades y para ser remunerados en función de sus méritos.

Una forma destacada de discriminación, que se ha venido centrando en la atención de la comunidad internacional es la discriminación por algún tipo de discapacidad. Según las estimaciones de la OMS el siete y el diez por ciento de la población mundial, vive con alguna minusvalía y es posible que esta proporción crezca junto con el envejecimiento demográfico.

De acuerdo con el estudio citado, la forma más habitual de discriminación de los discapacitados es negarles por completo la posibilidad de trabajar o de desarrollar sus capacidades y su potencial.

Para el caso de México, las estadísticas más conservadoras aportadas por el INEGI en el 2000, nos señalan que actualmente en nuestro país existen cerca de 1.8 millones de personas con algún tipo de discapacidad permanentes; alrededor de 813 mil son de discapacidad motriz; 467 mil visuales; 280 mil intelectual; 281 auditivos, y el resto con algún otro tipo de discapacidad.

Se estima que la tasa de participación económica de la población con discapacidad, es de tan solo el 25% a nivel nacional.

Bajo esta lógica, se circunscribe la presente iniciativa. Cabe señalar que este tipo de propuestas no son recientes ni novedosas, ya que a la fecha existe un buen número; muchas de las cuales sin ser exclusivamente formuladas por las personas con discapacidad, sí las consideran junto con otros grupos de población, como las mujeres y los adultos mayores.

Han sido iniciativas presentadas a través de varias legislaturas y por prácticamente todos los partidos, lo cual denota una preocupación compartida por las fuerzas políticas representadas en este Recinto.

Por ello, someto a la consideración de este honorable Pleno la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, para prohibir la discriminación y fomentar el empleo de las personas con discapacidad.

"Artículo 1.- Se reforma el segundo párrafo y se adiciona un tercer párrafo al artículo 3; y se reforma el artículo 56 de la Ley Federal del Trabajo.

Artículo 2.- Se adiciona la fracción XI, del artículo 5. Se adiciona la fracción I… la fracción XI, al artículo 133. Y se adiciona una fracción V al artículo 537. Todos de la Ley Federal del Trabajo.

Transitorios

Artículo Primero.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo.- Se derogan todas las disposiciones que contravengan lo dispuesto en este decreto".

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los dos días del mes de septiembre de 2004. Es cuanto, señora Presidenta.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social .

Tiene la palabra la diputada Lizbeth Rosas Montero, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una iniciativa que reforma diversos artículos de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

La diputada Lizbeth Rosas Montero: (PRD) Con su venia señora Presidenta.

La suscrita, diputada federal de la LIX Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, a nombre del grupo parlamentario de la Revolución Democrática y en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 71 fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública al tenor de la siguiente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Sistema Nacional de Seguridad Pública nace como una respuesta del gobierno mexicano para dar solución a la problemática que desde entonces ha sido incontrolable: La inseguridad.

El antecedente inmediato que tenemos de este sistema, es la Coordinación de Seguridad Pública de la Nación, creada por el ex presidente Carlos Salinas de Gortari, a raíz de los acontecimientos de 1994, año que quedó marcado en el sentir colectivo como uno de los más violentos donde la agitación política y social sirvieron como caldo de cultivo para potenciar el clima y la percepción de inseguridad entre la sociedad.

En este orden de ideas queda claro que la génesis del Sistema Nacional de Seguridad Pública, como muchas otras acciones gubernamentales, no se ha basado en una política de Estado planeada y estructurada como tal, sino que es producto del gobierno en turno para dar soluciones inmediatas ante problemas profundos y de largo alcance.

De esta forma el Consejo Nacional de Seguridad Pública está integrado por el Secretario de Seguridad Pública quien lo preside, los gobernadores de los estados, el Secretario de la Defensa Nacional, el de Marina, el de Comunicaciones y Transportes, el Procurador General de la República, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal y el Secretariado Ejecutivo del Sistema.

Como se observa, la integración del Consejo Nacional es puramente de carácter ejecutivo, razón por la cual produce eminentemente políticas de gobierno y no de Estado.

En aras de alcanzar una verdadera política de Estado, un primer paso sería poder integrar a dicho Sistema al Congreso de la Unión, ya que muchos de los acuerdos y decisiones que emanan del Sistema Nacional de Seguridad Pública, son de carácter legislativo.

Aunado a esto, entendemos que uno de los objetivos primordiales de un sistema democrático, es crear un equilibrio entre los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

En este sentido el Poder Legislativo no debe de estar supeditado en tareas propias del Ejecutivo. Esta propuesta apunta a evaluar y supervisar, así como a emitir recomendaciones en políticas públicas y acciones en la materia.

Se requiere una verdadera política en materia de seguridad pública y no diluir la responsabilidad del Ejecutivo en los tres niveles de gobierno.

Por ello es pertinente puntualizar que la participación del Legislativo en el Consejo debe ser, no como un miembro más del Ejecutivo, sino como un verdadero equilibrio para poder transitar hacia una real política integral en la materia.

Del mismo modo la prevención del delito debe de ser una de las formas más eficaces y eficientes de combatir las conductas ilícitas y criminales que se dan en la sociedad actual.

Esta prevención del delito debe contar con los programas institucionales, las políticas públicas necesarias para configurar las acciones de Estado que permita tener resultados concretos en la disminución de los altos índices delictivos que actualmente padecemos en el país.

Combatir el crimen y la delincuencia a partir de la estratégica visión de contar como aliado al conjunto de la sociedad y sobre todo a los sectores más críticos de la misma, las universidades, los institutos tecnológicos, los organismos defensores de los derechos humanos, las asociaciones civiles y organizaciones sociales y las asociaciones de escritores, con la finalidad de estrechar lazos de colaboración que permita rescatar las propuestas de colaboración más importantes que en materia de prevención del delito de la sociedad se deba recuperar.

Sin duda alguna las labores de prevención del delito a cargo del Estado tendrán una incidencia mayor si logramos armonizar y conjuntar todos los esfuerzos que desde la sociedad civil así como desde las instituciones del poder público se realizan a favor de la adecuada convivencia social hoy en día.

En este sentido la realización de la seguridad pública sólo será posible si se configura a partir del ejercicio y goce pleno de las libertades democráticas y derechos humanos fundamentales de las personas que viven en la sociedad. Y desde luego, en la estricta medida en que los poderes públicos del Estado garanticen efectivamente el ejercicio de los derechos y las medidas posibles para contar con una seguridad humana que vaya encaminada a poner en el centro de la atención los valores traducidos en derechos de las personas y en consecuencia, por ningún motivo o razón o circunstancia, la idea de la seguridad pública deba de proteger entes abstractos impersonales, sino por el contrario, atienda preferentemente y primordialmente, a la primacía concreta y específica de los derechos e intereses del ser humano en toda circunstancia.

Por ello resulta del todo procedente la urgente necesidad que la Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública a través del secretariado ejecutivo, promueva obligatoriamente eficaz la participación ciudadana en los programas de prevención del delito desde la perspectiva integral de que la seguridad pública obligatoriamente eficaz la participación ciudadana en los programas de prevención del delito, desde la perspectiva integral de que la seguridad pública solo tiene sentido en la estricta medida en que se le protege, respete y promueve preferentemente la seguridad y certeza jurídica de las personas, sus derechos, sus bienes, pertenencias y documentos.

Así, la seguridad de las personas concretas y no de las fricciones o entelequias jurídicas deberá ser una de las obligaciones fundamentales que el Estado debe atender en el conjunto de la sociedad, lo cual tendrá un sentido social para las personas, último fin y sentido de toda decisión que el Estado determine sobre cualquier materia en donde la atención preferencial de las instituciones encargadas de la responsabilidad de la seguridad de las personas deberá atender al principio de la atención e interés supremos de la dignidad y derechos de las personas por encima de cualquier otra razón.

Por lo antes expuesto, someto al pleno de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un párrafo quinto al artículo 3o., adiciona la fracción VII al artículo 9o., reforma el primer párrafo del artículo 13, adiciona la fracción XI del artículo 15, adiciona la fracción XIV del artículo 17, adiciona una sección tercera en el artículo 21 Bis al capítulo segundo, reforma la fracción VIII y se adiciona la fracción XII del artículo 22, reforma el título tercero del capítulo 5o., reforma los artículos 49, 50 y 51 y se adicionan los artículos 51 Bis, 51 Ter, 51 Cuarter, 51 Quintus, 51 Sextus, Septimus, todos de la Ley General que establece las bases de coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en los cuales se conceptualiza e incorpora de forma obligatoria para la federación y la coordinación con los estados y los municipios los temas prioritarios de la prevención del delito, la promoción de la cultura de la denuncia y el combate a la corrupción.

Se crea la Conferencia de Legisladores en Materia de Seguridad Pública, que estará conformada por los Presidentes de las Comisiones de Seguridad Pública de los Congresos de los Estados y de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y estará presidida por la mesa directiva de la Comisión de Seguridad Pública de este honorable Congreso.

Se modifica el título tercero de la participación de la comunidad por un concepto más amplio de participación social en donde no se limita solamente, como lo propone actualmente el Presidente de la República, Vicente Fox Quesada, a incorporar a un solo ciudadano al Consejo Nacional de Seguridad Pública, sino a la creación de un Consejo Consultivo honorífico de Participación Social, integrado por todas las agrupaciones civiles y sociales mexicanas legalmente constituidas y relacionadas al tema de la seguridad pública, quienes serán un órgano consultivo que emita opiniones y formule propuestas sobre la elaboración, la aplicación y la prevención del delito, cultura de la denuncia y combate a la corrupción en materia de seguridad pública.

Solicito asimismo, señora Presidente, se incorpore el texto íntegro al Diario de los Debates y agradezco la presente.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petriccioli: Túrnese a la Comisión de Seguridad Pública.

En relación al turno a la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la anterior iniciativa, a petición de la diputada Iliana Baeza Estrella, túrnese a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y también a la de Atención a Grupos Vulnerables.

Tiene la palabra el diputado Cuauhtémoc Ochoa Fernández, del Partido Ecologista, para presentar una iniciativa que reforma los artículos 44, 45 y 46 de la Ley del Ahorro y Crédito Popular.

El diputado Cuauhtémoc Ochoa Fernández (PVEM): Con el permiso de la Presidencia.

Compañeras y compañeros Legisladores:

Para fortalecer a las organizaciones sociales vinculadas al sector de ahorro y crédito popular fue necesario reformar el marco normativo para proteger los intereses de los participantes, por lo que en abril del 2001 se aprobó la Ley de Ahorro y Crédito Popular y la Ley Orgánica del Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, BANSEFI.

En perspectiva vemos que el Sistema de Fianzas Populares avanza hacia su consolidación, como un actor energético del área financiera en la construcción de un importante nivel de ahorro, crédito y financiamiento, para ser utilizados como instrumentos para la promoción de una nación más justa e incluyente.

Una de las estrategias para combatir las recientes irregularidades en el sistema financiero, es fortalecer a la banca social, dentro de la que se encuentren instituciones como Banco Nacional y Servicios Financieras Bansef, para ofrecer servicios financieros a los grupos sociales no bancarizados, con el fin de crear intermediarias financieras, impulsar el cooperativismo y promover las cajas de ahorro, con la finalidad de formar un sistema de captación de ahorro y crédito popular a nivel nacional en un sistema en pleno proceso de crecimiento y maduración, ahora se le conoce como la Red de la Gente.

El sistema de finanzas populares debe avanzar hacia su consolidación, como un actor estratégico del área financiera, en la construcción de una nación más justa e incluyente, en este contexto una de las estrategias, para no repetir y combatir las irregularidades en el sistema financiero y las costosas experiencias de su mala administración, es sin duda el desarrollo, promoción y maduración de la banca social, posibilidad que trata de madurar esta importante alternativa, al ofrecer servicios financieros a los grupos sociales, sin acceso a la banca comercial, con el fin de crear intermediarias financieras, impulsar el cooperativismo y promover las cajas de ahorro.

El esquema está funcionando incitidamente y como legisladores debemos fortalecerlo y democratizarlo, de acuerdo a datos del Banco Nacional y Servicios Financieros, al cierre del 2003 había alrededor de 7 millones de mexicanos que no tenían acceso a servicios financieros y que ahora podrán hacer uso de créditos y programas de ahorro de la banca popular.

En la actualidad el sector de ahorro y crédito popular atiende aproximadamente a cinco millones de personas y en el 2004 se sumarán 1 millón 700 mil personas más, que recibirán por medio de esta institución el dinero por los programas gubernamentales Pro Campo y Oportunidades.

Pero falta mucho por hacer y, como legisladores, debemos propiciar su constante crecimiento y alcanzar la meta de bancarizar a las personas que viven en las zonas rurales y marginadas del país, pues aun existen alrededor de 15 millones de personas en nuestro país que no tienen acceso a servicios financieros formales.

La Ley de Ahorro y Crédito Popular debe vigilar que todo tipo de institución que capte ahorro en los mexicanos, cajas populares, cooperativas, sociedades de crédito, no pongan en peligro el patrimonio de la familia, garanticen transparencia en su gestión, propicie la democratización del capital y el acceso al crédito, siempre tomando en cuenta que el sistema de banca social, cajas de ahorro popular, cooperativas o sociedades financieras, no deben ser regulados ni administrados por criterios de rentabilidad privada.

Recordemos que la banca social, su operación, su gestión y medición, su eficiencia debe ir dirigida a alcanzar el acceso al crédito y proporcionar la desmoralización del capital, con el fin de garantizar la rentabilidad social.

Debemos evitar y decir no a la concentración ni a la centralización del capital, debemos evitar los vicios y malos manejos que se presentaban en la banca privada en nuestro país. La banca privada ha sido ineficiente, y para comprobar esta afirmación, damos el dato siguiente, ésta ha reducido el 80% su cobertura financiera al sector privado y cada vez se aleja más de los sectores que considera de mayor riesgo.

En consecuencia, en la actualidad más del 6% de la población económicamente activa recurre para ahorrar y obtener préstamos personales, refaccionarios o de avío a cajas de ahorro, cooperativas y sociedades financieras. El crecimiento a la banca social es la alternativa a la caída del crédito, al aumento de las comisiones y la poca cobertura de servicio de ahorro y crédito.

Ante esta realidad la Ley de Ahorro Popular debe habilitarse con un sistema de supervisión, en la que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, garantice regularización y transparencia, por ello, la banca social en nuestro país debe fortalecerse desde el Legislativo, con normas eficientes que permitan supervisión, regulación, transparencia y sobre todo la democratización del capital, que proporcione certeza a los ahorradores y mayor posibilidad de acceso a crédito en condiciones más flexibles y menos onerosas.

El problema de lograr alcanzar un sistema bancario eficiente y menos costoso en nuestro país sigue sin resolverse, lo que tenemos en nuestro país actualmente es una banca múltiple ineficiente y comisionista, que no otorga el crédito necesario para proporcionar crecimiento económico en nuestro país. Nuestra meta desde el Legislativo debe ser fortalecer y consolidar un sistema de banca social alternativo, articulado y robusto, que dé acceso a servicios bancarios a todos los sectores sociales y económicos que actualmente se encuentran alejados de éste y que paulatinamente alcance cobertura nacional.

Recordemos que la banca privada en la actualidad ya no es fundamental nacional, no otorga créditos suficientes ni mucho menos a tasas competitivas. Actualmente tenemos básicamente una banca privada disfuncional a los objetivos básicos de toda banca: captar ahorro y otorgar crédito. El crédito lo ha concentrado básicamente en el financiamiento gubernamental, discriminando a los sectores productivos y en especial a los sectores populares de bajos ingresos. Su crecimiento lo ha basado en un esquema de financiamiento de riesgo, nulo e incremento sistemático en e cobro de altas comisiones por sus diversos servicios.

En el contexto y con el fin de posibilitar el crecimiento y fortalecimiento de una banca popular sana, que detone crecimiento económico y círculos virtuosos en la economía, promoviendo el crédito a la inversión, el empleo, el ingreso, el consumo y el ahorro, pero sobre todo con el fin de otorgar mayor acceso a millones de familias de los sectores populares, al círculo del ahorro-préstamo, pero sobre todo con el fin de democratizar el capital del sistema de banca popular, los diputados que integran la fracción del Partido Verde Ecologista de México proponemos lo siguiente:

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 44, 45 y 46 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, para quedar como sigue:

Artículo 44: Ninguna persona física o moral podrá adquirir directa o indirectamente mediante una o varias operaciones de cualquier naturales, simultáneas o sucesivas, el control de acciones por más del 5% del capital social de una sociedad financiera popular. Tratándose de personas morales no lucrativas, podrán adquirir hasta el 20% del capital social.

Artículo 45: Las personas físicas y morales podrán adquirir o transmitir la propiedad de acciones de una sociedad financiera popular, hasta por un monto equivalente al 5% del capital social de dicha sociedad. En caso de que una persona pretenda adquirir o transmitir más del 5% del capital sociedad de una sociedad financiera popular, deberá solicitar la autorización de la Comisión, previo dictamen favorable de la federación que la supervise de manera auxiliar.

Artículo 46: Las personas que adquieran o se les haya transmitido la propiedad de acciones de una sociedad financiera popular por más del 1% del capital social de la entidad, no podrá recibir créditos de la misma, pero sí podrán acceder a las demás operaciones o servicios de la entidad. Las personas morales que poseen hasta el 5% del capital de la sociedad financiera popular y que cuenten con más de 50 socios podrán recibir créditos previo acuerdo a las 2/3 partes del consejo de administración.

Es todo, señor Presidente.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petriccioli: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Sonido en la curul del diputado Francisco Saucedo, por favor.

El diputado Francisco Javier Saucedo Pérez (PRD) (Desde la curul): Señora Presidenta, para solicitar que también sea turnada a la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social esta iniciativa.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petriccioli: Con mucho gusto.

Túrnese a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Fomento Cooperativo y Economía Social.

Tiene el diputado Omar Bazán Flores...Sonido en la curul del diputado Bárcenas, por favor.

El diputado José Juan Barcenas González (PAN) (Desde la Curul): En virtud de la estrecha relación existente entre el sector de cooperativas y cajas de ahorro con la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, en torno a la Ley de Ahorro y Crédito Popular, solicito respetuosamente, como ya lo ha dicho, sea turnado a la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, la presente iniciativa.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petriccioli: Así es, señor diputado, habrá de turnarse a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y la de Fomento Cooperativo y Economía Social, con mucho gusto.

Tiene la palabra el diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las leyes Orgánica de la Administración Pública Federal y General de Educación, con el objeto de fortalecer la protección y tratamiento adecuado de las niñas y los niños con trastorno por déficit de atención o hiperactividad.

El diputado Omar Bazán Flores (PRI): Con su venia, compañera Presidenta.

Dado el tiempo para exponer la exposición de motivos, le solicito a la Presidencia se facilite el íntegro textual que voy a entregar a la Secretaría al final de mi conclusión en esta tribuna con todas sus modificaciones, sea publicado en el Diario Oficial, también en la Gaceta Parlamentaria y en el Diario de los Debates.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petriccioli: Así será, señor diputado.

Adelante, por favor.

El diputado Omar Bazán Flores: Los suscritos diputados sometemos a la consideración de esta soberanía la presente iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma las dos fracciones del artículo 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y dos fracciones al artículo 7° de la Ley General de Educación, con el objeto de fortalecer la protección y tratamientos adecuados de las niñas y niños con trastornos por déficit de atención o hiperactividad identificados en las escuelas de educación básicas publicas y privadas al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

La protección de los derechos de las niñas y niños que viven en circunstancias de vulnerabilidad ante nuevos fenómenos sociales ha sido un constante del trabajo legislativo en nuestro país en las últimas décadas.

En la actualidad, el Sistema Educativo Nacional carece de acciones, programas e incluso normatividad expresa para orientar los esfuerzos de las instituciones a la adecuada atención de aquellos menores que manifiestan características de trastornos, por déficit de atención, hiperactividad identificados por servidores públicos del sistema escolar durante el proceso de enseñanza-aprendizaje, sin base metereológica, capacitación o normas algunas determinadas por la Secretaría de Educación Pública, siendo por ello víctimas de discriminación, abusos, inducción al tratamiento con medicamentos que si bien están establecidos por la Secretaría de Salud, conocemos que algunos de ellos están clasificados como estupefacientes que pueden afectar la salud, inducir la adición y modificar la marginación de los educados en su proceso educativo.

De acuerdo con información de la Secretaría de Salud, las características y síntomas fundamentales del trastorno por déficit de atención son inquietudes facilitables, se distraen, sus períodos de atención son muy breves, impulsividad, constantes movimientos cuando se espera que no deben hacerlo, a menudo se les dificulta esperar turnos, son impacientes, a menudo pierden cosas como objetos escolares, enfrentan quejas por no concluir sus tareas, se les dificulta y se desorganizan sus tareas u organizar actividades tranquilamente o determinar, entre otras cosas.

Las características mencionadas son consideradas como síntomas de hiperactividad en centros educativos básicos y en no proporcionar una adecuada atención a las escuelas e información oportuna a los padres de familia en el Sistema Educativo Nacional, constituye un hecho que viola los derechos humanos y los coloca en condiciones de fraccibilidad, desventaja y marginación.

La primera acción que se ha tomado en contra de las niñas y niños con hiperactividad o alguna característica de trastorno por déficit de atención, es la discriminación por parte del personal directivo de algunas escuelas públicas y privadas, al pretender evaluar dicho comportamiento como una enfermedad de los infantes y entonces resolver presionando a los padres de familia para que se evalúen médicamente y administren alguna clase de droga bajo el argumento de supuestas razones del aprovechamiento educativo.

De acuerdo con información de la Secretaría de Salud en México, se estima que entre el 5 al 10% de la población escolar, manifiesta el trastorno por déficit de atención.

En la mayoría de los denunciados por padres de familias, son las propias autoridades de los planteles escolares quienes deciden qué hacer con los niños con hiperactividad optando regularmente por la expulsión, entre otras cosas, por pensar que algunas escuelas cuenten ya con orientadores y sicólogos. No han detectado que muchas de las características que reflejan estas niñas y niños, son tan solo manifestaciones que se presentan en las barreras de estudio.

Las escuelas de educación básica, publicas y privadas no cuentan con el soporte de programas específicos que les permiten a los docentes orientar a los padres de familia sobre el problema y utilizar soluciones educativas, técnicas especializadas de enseñanza , así como la estrecha supervisión para atender los problemas de aprendizaje y de conducta en el salón de clases.

Los medicamentos utilizados que contienen entre otras sustancias, se encuentran clasificados como estupefacientes según la Ley General de Salud y eso se viene dando su uso como única alternativa de solución, conlleva riesgos de salud física y mental de los menores. De esta manera cientos de niños en escuelas públicas y particulares se ven obligados a ser tratados con medicamentos propios de los planteles, que invariablemente les recetan medicamentos que contienen sustancias psicotropicas, estupefacientes, con las consecuencias igualmente anteriormente señaladas.

Decreto.

Artículo 1°. Se adicionan las dos nuevas fracciones VI y VII del artículo de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y se recorre la numeración de los restantes para quedar como sigue:

Artículo 38. A la Secretaría de Educación Pública corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

VI. Promover en todo momento acciones para atender a los planteles del Sistema Educativo Básico, los problemas de aprendizaje de las niñas y niños que presentan alguna discapacidad o asuman actividades o conductas diferentes, que les impiden la limitación del desarrollo académico, físico, psicológico integral.

VII.- Proporcionar y fomentar en el sector social privado la atención de los niños y niñas con alguna discapacidad, actividades y conductas, capacidades y cualidades distintas con métodos educativas y actividades escolares específicas, así como orientar al magisterio y a padres de familia, sobre los riesgos de la medicación con sustancias sicotrópicas y estupefacientes.

Artículo 2°. Se reforma la fracción XI y XII del artículo 7° de la Ley General de Educación y se recorre la numeración para quedar como sigue:

Artículo 7°. La educación que imparte el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares, con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, tendrán además los fines establecidos en el segundo párrafo del artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los siguientes:

XI. Vigilar el derecho de las niñas y niños a no ser discriminados en los planteles de educación básica, publicados o privados por causas de actividades, conductas, trastorno de déficit o atención, hiperactividad durante su proceso de aprendizaje, evitando se atente contra su dignidad humana, presionando a éstos sus tutores o sus familiares y prohibiendo la promoción de ser tratados por cualquier medicamento o droga que afecte el desarrollo armónico de sus facultades mentales o sicológicas.

Garantizar en establecimientos educativos, públicos y privados se brinde el apoyo a los educandos para presentar actividades diferentes al resto de la mayoría de los niñas y niños, o el trastorno para el déficit de atención de hiperactividad, utilizando técnicas especializadas de enseñanza, manejos, tutorías, supervisión, monitoreo y actividades escolares especializadas para su tratamiento, con el objetivo de cuidar de no señalar su salud física o mental.

Transitorios.

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Los gobiernos de las entidades federativas en sus respectivos ámbitos de competencia, formularán y desarrollarán programas de nutrición y de salud en los planteles educativos que no incluyan drogas en la atención de las niñas y niños con problemas de hiperactividad.

Tercero.- las autoridades administrativas públicas federales en sus respectivos ámbitos de competencia, contarán con un plazo de 6 meses a partir de la vigencia del presente decreto, para modificar la disposición reglamentaria, a fin de lograr su cabal cumplimiento.

Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión de esta LIX Legislatura, firmando, suscribiendo la diputada Amalín Yabur Elías y el diputado Omar Bazán Flores, suplicando nuevamente a la Presidencia de esta Cámara se integre íntegro en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petriccioli: Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates. Publíquese en la Gaceta Parlamentaria y túrnese a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Educación Pública y Servicios Educativos.

Sonido en la curul de la diputada González Furlong, por favor.

La diputada Magdalena Adriana González Furlong, (desde su curul).- Sí, diputada Presidenta. Le solicito de la manera más atenta, dado el tema, se amplíe el turno a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petriccioli: Con mucho gusto.

Se turna a las Comisiones Unidas de Gobernación, de Educación Pública y Servicios Educativos, así como a la de Atención a Grupos Vulnerables.

Sonido en la curul del diputado Pedro Avila Nevárez, por favor.

Sonido por favor en la curul del diputado Pedro Avila.

El diputado Pedro Avila Nevarez, (desde su curul).- Quería pedirle con todo respeto, señora Presidente, que se ratifique el quórum para ver si hay el número de diputados necesario para continuar la sesión. Es una vergüenza que estemos unos cuantos aquí y los oradores hablándole a las sillas.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petriccioli: Solicito a la Secretaría abra el sistema, el sistema parlamentario de asistencia durante diez minutos para verificación de quórum, en tanto que continuamos la sesión; que se abre por diez minutos y continuamos la sesión, por favor. Ya, diez minutos; sí, diez minutos y continuamos con la sesión, por favor.

El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña (PAN): Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento y se instruye se abra el sistema electrónico hasta por diez minutos, para verificar el quórum.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petriccioli: Pero continuamos con la sesión.

Tiene la palabra el diputado Ramón Galindo Noriega, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa que reforma y adiciona los artículos 2-A, 3-A, 4, 6, 35 y 36 de la Ley de Coordinación Fiscal.

El diputado Ramón Galindo Noriega (PAN): Con su permiso, señora Presidente.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petriccioli: Adelante, señor diputado.

El diputado Ramón Galindo Noriega.- Honorables diputadas y diputados:

El pasado miércoles 4 de agosto, en la Primera Conferencia Magistral que organiza la Comisión del Federalismo, tuvimos la agradable visita del doctor Enrique Zuleta (¿), académico y político argentino, quien disertó brillantemente sobre la revolución silenciosa de las ciudades en todo el mundo.

Una de las expresiones que surgieron en el evento por parte del doctor Zuleta, fue "no existen países fuertes, existen ciudades fuertes" y esto lo podemos comprobar en muchos países en el mundo y también en el nuestro.

No somos aún la Nación desarrollada que quisiéramos ser, sin embargo en cada vez más municipios se presentan niveles respetables de planeación, de inversión pública, de impulso local a la economía, de innovación en la prestación de servicios, entre otros muchos esfuerzos. Las ciudades en el mundo están mostrando una dinámica más exitosa que los países.

Estamos convencidos que en la medida que fortalezcamos a nuestros ayuntamientos y a nuestras comunidades municipales, nuestro país transitará más rápido hacia un mejor futuro.

Muchas de las respuestas que este país busca en otros espacios políticos y espacios públicos se encuentran en las ciudades, no necesariamente en los macro espacios que a veces pretenden tomar las decisiones trascendentes del país.

La reforma municipalista que hoy trabajamos los diputados Gonzalo Rodríguez, del PRI; César Chávez, del PRD; César Amín González, del PRI; Francisco Rojas, de Acción Nacional y un servidor, apoyados por todos los integrantes de la comisión y que presentaremos en octubre, así como la que hoy presento ante todos ustedes, pretenden dar tanto poder a los municipios como éstos sean capaces de aceptar y utilizar en beneficio de su comunidad.

La iniciativa que presento hoy busca acelerar el flujo de recursos fiscales de la Federación hacia los estados y de los estados hacia los municipios.

¿Cuáles son los factores que hacen lenta la entrega de recursos a las autoridades locales? El exceso de requisitos y la normatividad complicada, la excesiva etiquetación de recursos, la pretensión de control político en los municipios por parte de los gobernadores, el retraso en la firma de convenios diversos por parte de los estados con la Federación, el interés partidario de diferentes niveles de gobierno y algunos más.

Los cambios que presentamos el día de hoy a la Ley de Coordinación Fiscal, impactan los siguientes artículos: 2- A, referente a contribuciones a municipios por impuestos a la importación y exportación, derechos municipales sobre la extracción de petróleo y el Fondo de Fomento Municipal.

Artículo 3-A referente al 20% a que tienen derecho los municipios y los estados sobre el Impuesto Especial sobre Productos y Servicios.

Artículo 4, sobre la reserva de contingencia.

Artículo 6, referente al Fondo General de participaciones.

Artículo 35, sobre el Fondo de Infraestructura Social Municipal.

Artículo 36, relativo al fondo de aportaciones para el fortalecimiento de los municipios, mejor conocido por FORTAMUN.

En resumen, la propuesta busca que las participaciones de la Federación hacia los estados y de los estados hacia los municipios, no sufran ningún tipo de retraso y que en caso de que estas dilaciones en las entregas se presenten, el nivel de gobierno que se retrase, esté obligado a pagar intereses moratorios al nivel de gobierno afectado.

En los 6 artículos proponemos modificaciones fundamentalmente como sigue: En caso de que la Federación retrase el pago de estos recursos, deberá pagar a los estados intereses a la tasa de recargos que establece el Congreso de la Unión para los casos de pago a plazos gde contribuciones.

Los estados entregarán a los municipios las participaciones señaladas en este artículo dentro de los 5 días siguientes a aquel en que lo reciba por parte de la Federación. En caso de incumplimiento se generarán intereses a la tasa de recargos que establece el Congreso de la Unión.

Y se mantiene el párrafo siguiente que dice: En caso de que los estados omitan la disposición señalada en el párrafo anterior, la Federación hará la entrega directamente a los municipios, descontando la participación del monto que corresponda a las entidades federativas.

Aprovecho para recordarles que este próximo miércoles 8 de septiembre la Comisión de Federalismo celebrará la segunda presentación internacional sobre asuntos hacendarios municipales, con la presencia del doctor Rogelio Ficheiro, especialista en temas económicos y fiscales. Están todos ustedes invitados.

Solicito atentamente a la presidencia, que sean incluidos en el Diario de los Debates tanto la iniciativa como nuestra intervención.

Señora presidenta, es todo.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petriccioli: Muchas gracias. Insértese el texto íntegro en el Diario de Debates y túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Tiene la palabra el diputado Elpidio Tovar de la Cruz, del grupo parlamentario del partido de la Revolución Democrática, para presentar una iniciativa que reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Población y del Código Penal Federal.

El diputado Elpidio Tovar de la Cruz (PRD): Con su venia señora Presidenta. El suscrito, diputado federal de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II; 72, 73 fracción XVI y XXI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 55, fracción II y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta H. Asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto, al tenor de la siguiente exposición de motivos:

La evolución que ha tenido las diversas leyes de emigración en el país, ha sido en la mayoría de los casos progresista. La Ley de Extranjería y Naturalización de 1886, incorporó el derecho de los extranjeros a radicar en el país.

En 1908, se publicó la primera Ley de Inmigración, la cual fue discriminatoria para los extranjeros ya que restringió su admisión –entre otras razones- por motivos de salud pública. Se estableció un lenguaje inapropiado en la cual se limitaba la entrada a ancianos, raquíticos, deformes, cojos, mancos, jorobados, paralíticos, ciegos; o de otro modo, lisiados o enfermos mentales.

Esta ley estuvo en vigor 18 años, hasta que se derogó y promulgó la Ley de 1926, precursora de la actual, en la cual por primera vez se sanciona el tráfico de personas.

Las leyes de 1930 y 1936, recogieron en buena parte el espíritu de la Ley de 1926. Durante la presidencia de Lázaro Cárdenas, se promulgó la Ley General de Población de 1936, para regular los asuntos migratorios y los relativos al turismo, la demografía, la identificación y registro de personas, creando entonces la Dirección General de Población dentro de la Secretaría de Gobernación.

En 1947, se promulgó una nueva Ley General de Población que permaneció hasta 1974. Estableció las tres principales calidades migratorias: no inmigrante, inmigrante e inmigrado. Y circunscribió el Registro Nacional de Extranjeros a las dos últimas calidades.

La Ley General de Población que actualmente nos rige, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de enero de 1974, misma que en lo general preservó las disposiciones de la Ley que abrogó.

México ha sido un país de origen, tránsito y –en menor medida- destino de migrantes, situación que ha provocado una serie de conflictos cuyo análisis lo debemos hacer de una manera integral.

La migración afecta los derechos fundamentales de quienes desplazan, porque son objeto de abusos, discriminación y malas condiciones de salud, vivienda y trabajo.

Una de las problemáticas más graves que ha sido la proliferación de bandas organizadas de traficantes de personas, conocidas como "polleros ó coyotes", que abusan de la necesidad de la gente en el tránsito hacia los Estados Unidos de América, sin importar los métodos o las condiciones infrahumanas en las que trasladan a los migrantes puesto que muchas veces son expuestos desde su seguridad personal, hasta la pérdida de la vida misma, según fuentes periodísticas, resulta ser un negocio mucho más lucrativo que el del narcotráfico, transportan a seres humanos como mercancía, sin ninguna consideración.

Uno de los casos más dramáticos para ejemplificar la brutalidad y las condiciones a las que son expuestos los migrantes víctimas de los traficantes de personas, es la forma en que fueron transportados y abandonados 90 migrantes al sur de Texas, en donde murieron por deshidratación 17 personas, debido a las altas temperaturas, el 14 de mayo del año pasado.

Los migrantes no sólo enfrentan los abusos de los traficantes, sino de algunas autoridades nacionales. Desde que en los Estados Unidos de América se endurecieron las políticas migratorias, cerca de 2,355 personas han muerto entre 1995 y 2003.

Es necesario que las leyes y programas nacionales en materia migratoria, cubran los estándares internacionales de derechos humanos de los cuales México forma parte, como es la Declaración universal de los derechos humanos; el Pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales; el Pacto internacional de derechos civiles y políticos; la Convención internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial; la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación de la mujer; los principios y normas establecidos en los instrumentos elaborados por la Organización Internacional del Trabajo, en especial el Convenio relativo a los trabajadores migrantes; el Convenio sobre las migraciones en condiciones abusivas y la promoción de la igualdad de oportunidades y de trato a los trabajadores migrantes.

Lo anterior no ha pasado inadvertido para los organismos intergubernamentales de derechos humanos.

Prueba de lo anterior es lo recomendado por la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México, quien en su diagnóstico sobre la situación de los derechos humanos en nuestro país recomendó. Armonizar la legislación nacional con los compromisos internacionales; se recomienda al Legislativo reformar la legislación en materia penal para imponer mayores penas a los traficantes de personas.

Atendiendo a esta recomendación, la presente iniciativa propone diversas modificaciones a la Ley General de Población y al Código Penal Federal para sancionar con mayor severidad a los traficantes de personas debido a la gravedad que constituye esta conducta.

La propuesta de reforma abarca la negativa para alcanzar libertad preparatoria por parte del infractor de la norma.

El segundo objetivo de la presente iniciativa, es dar cumplimiento a la segunda parte de la recomendación antes citada en su apartado respectivo a) "Destipificar las actividades inherentes a la migración eliminando los tipos penales que criminalizan al migrante, dejando sanciones meramente administrativas". Por lo cual se propone eliminar los tipos penales que criminalizan al migrante, cambiando los tipos actuales por sanciones administrativas y adecuándolo en función del salario mínimo vigente en el distrito Federal.

Lo anterior atendiendo a que las penas que operan actualmente no sancionan una conducta ilícita, sino criminalizan la pobreza y las necesidades económicas, políticas o sociales que hacen a los trabajadores de los países vecinos, trasladarse a los Estados Unidos de América con el necesario tránsito por nuestro país en donde paradójicamente las autoridades migratorias mexicanas aplican muchas de las políticas violatorias a los derechos humanos que demandamos dejen de aplicar a nuestros connacionales en nuestro vecino país del norte.

Siendo congruentes con la defensa de los derechos humanos de los migrantes, no sólo debemos buscar la protección de los nuestros en los Estados Unidos de América, sino que debemos sentar las bases legislativas para que los migrantes que ingresan a nuestro país, cuenten con la protección a sus derechos humanos.

Es un hecho que a nuestro país entran extranjeros con documentación apócrifa, que en la gran mayoría de los casos les fue otorgada por traficantes de personas, con la intención de acreditarse como nacionales o demostrar su legal estancia en nuestro territorio.

Al ser detectados por las autoridades mexicanas, los extranjeros son puestos a disposición del Ministerio Público y son consignados ante las autoridades judiciales, sentenciándolos de cuatro a ocho años de prisión, sin posibilidades generalmente de salir bajo los beneficios de la Ley.

Independientemente de la privación de la libertad a que son sujetos, hay que recordar que ellos salen de sus países y cruzan el territorio mexicano con la intención de llegar a los Estados Unidos de América, buscando una mejor condición de vida y así alcanzar el llamado: "Sueño Americano".

La detención de un extranjero por estos dos delitos, retrasa su repatriación, aumenta el gasto de las autoridades mexicanas, procuradoras y administradoras de justicia y se generan gastos en los centros penitenciarios durante los tiempos de estadía.

Esta problemática no es aislada ya que todos los días se detienen migrantes en estas circunstancias.

La cantidad de recursos públicos destinados a sancionar esta forma de pobreza son excesivos, por lo cual propongo que no sea sancionado el delito descrito en el artículo 244 del código Penal Federal, que se refiere a la falsificación de documentos en primera incidencia, y a efecto de que no haya abusos con esa despenalización, en reincidencia se estará en posibilidad de sancionar tal conducta. De esta forma se repatriaría al extranjero inmediatamente sin causar gasto al erario público ni lastimar los derechos humanos.

Por lo antes expuesto me permito presentar a esta soberanía el siguiente Proyecto de Decreto que reforma y adiciona los artículos 118, 119, 120, 121, 122, 123, 124, 125, 127 y 138 de la Ley General de Población. Se reforma el artículo 85 y deroga el artículo 156 del Código Penal Federal, para quedar como sigue. Artículo 1º., del proyecto: "Se reforman los artículos 118, 119, 120, 121, 122, 123, 124, 125, 127 y 138 de la Ley General de Población, para quedar como sigue:

Artículo 118: "Se impondrá multa de hasta 600 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal al extranjero que habiendo sido expulsado se interne nuevamente al territorio nacional sin haber obtenido acuerdo de readmisión. Igual sanción se aplicará al extranjero que no exprese u oculte su condición de expulsado para que se le autorice y obtenga nuevo permiso de internación u oculte su condición de expulsado para que se le autorice y obtenga nuevo permiso de internación. Se pide también se reforme el artículo 85 y se derogue el artículo 156 del Código Federal Penal.

Entrego a la Secretaría el proyecto de reformas y pido se turne a la Comisión de Justicia, de Gobernación y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Gracias, señor Diputado.

Túrnese a las Comisiones Unidas de Gobernación, de Justicia y Derechos Humanos y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios.

Se instruye a la Secretaría a cerrar el sistema electrónico y dar cuenta del registro de asistencia.

El Secretario Antonio Morales de la Peña: Ciérrese el sistema de votación electrónico.

Diputada Presidente, se encuentran 401 diputados en el recinto parlamentario.

Hay quórum.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Toda vez que hay quórum, continúe la sesión.

Tiene la palabra el diputado Maximino Fernández Avila, del grupo parlamentario del..

Por favor registrar la asistencia del diputado Martínez Della Rocca.

Tiene la palabra el diputado Maximino Fernández Avila, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, para presentar una iniciativa que reforma el artículo 203 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

El diputado Maximino Fernández Avila (PVEM): Con el permiso de la Presidencia.

Compañeras y compañeros Legisladores:

Día con día en nuestra actividad cotidiana escuchamos que se hace referencia a muchos nombres de sustancias, algunas peligrosas y otras no. Los ámbitos en que escuchamos acerca de dichas sustancias son cuando se habla de procesos industriales, agrícolas o en las noticias, después de un accidente relacionado con sustancias tóxicas o en campañas de actividades que realizan organizaciones ambientales.

La necesidad de protección del medio ambiente como asunto de interés político, es relativamente reciente y se produce a causa de la enorme preocupación suscitada por la contaminación en los países industrializados. El modelo de desarrollo que deja como consecuencia un envenenamiento del aire, del agua y de la tierra no es deseable, debemos procurar un desarrollo que tenga siempre en cuenta la preservación de los recursos naturales vitales no solo para las generaciones actuales sino como un deber hacia las generaciones futuras. Es necesario que para hacer efectivos estos derechos se perfeccione y fortalezca continuamente el derecho interno y la legislación vigente.

En la evolución de nuestro derecho ambiental los legisladores siempre hemos procurado compensar en algunas ocasiones la escasa efectividad de la compleja y dispersa normatividad ambiental. El debate sobre el sistema de reparación de daños ambientales se presenta como uno de los más trascendentales en la actualidad y de cara a las próximas décadas, ya que la ausencia de un efecto negativo inmediato a causa de un contaminante no asegura que no habrá posteriormente ningún otro efecto.

Por citar algunos ejemplos, tenemos que el metano que es producto de la actividad humana como la agricultura, ganadería o a causa de incendios forestales, tiene una permanencia en la atmósfera de entre 7 y 10 años. En los CFC´s, cloro, cloruro, carbonos, que son gases no naturales con poder tóxico el CFC 11 puede permanecer activo durante 65 años y el CFC 12 durante 110 años.

Tenemos también la contaminación producida por el derrame de petróleo y los residuos de aceite, gasolina y diesel, que no se mezclan con el agua y flotan en la superficie a manera de una fina película, en donde las olas y las corrientes las arrojan sobre las playas y costas afectando gravemente a los organismos que ahí habitan. Tal es el caso del derrame de Exxon, que como resultado hay muchas especies que han sufrido pérdidas de largo alcance, como el aumento en la mortalidad de huevos y crías de salmón, años después del derrame. Crustáceos que podrían tardar en recuperar más de 20 años y así las nutrias marinas, los patos arlequín y miles de aves y mamíferos.

Aquí tenemos un ejemplo más de que es un gran error considerar que las consecuencias de los vertimientos del crudo al mar son a corto plazo. Los investigadores consideran que la lección más importante que se puede sacar del derrame de Exxon es que la regulación ambiental debe considerar los efectos de largo plazo de la exposición a sustancias contaminantes como el petróleo. Un estudio publicado por la prestigiosa revista Sayans (?), afirma que los devastadores efectos del derrame del petróleo ocurrido en Alaska en 1989, han perdurado mucho más de lo estimado y han sido más negativos de lo previsto en un primer instante.

Por mencionar otro ejemplo, tenemos lo ocurrido en Tultitlán, México, en donde la empresa Cromotos de México se instaló en un precio de la Colonia Lechería en 1958 y que 20 años después fue clausurada, sigue afectando 25 años después la salud de cientos de familias que habitan la zona con desechos tóxicos, potencialmente cancerígenos, como el cromo total, cromo exaloalente, cromo 3 y cromo 6.

La Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente es un esfuerzo por responsabilizar y sancionar a los causantes de daños al medio ambiente, en su Artículo 203 menciona que toda persona que contamine o deteriore el medio ambiente o afecte los recursos naturales, será responsable y estará obligada a reparar los daños causados, sin embargo, el término que marca para demandar la responsabilidad ambiental es de cinco años contados a partir del momento en que se produzca el acto, hecho u omisión correspondiente.

Aquí consideramos que tratándose de daños ambientales, los cinco años que marca la ley para el reclamo un daño, deberían de contarse a partir de que se conozca o se manifiesten los daños causados por el hecho, acto u omisión, ya que muchas veces las consecuencias que provocan algunos contaminantes en el medio ambiente, tardan muchos años en manifestarse, y después de los cinco años mencionados, cualquiera que quisiera reclamar quedaría en estado de indefensión.

Si bien es cierto que la Ley de Responsabilidad Civil por el daño y el deterioro ambiental, se subsanen situaciones en sus Artículos 15 y 16, consideramos que por una cuestión de congruencia entre las leyes y por técnica legislativa, vale la pena hacer la modificación en la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Para la fracción parlamentaria del Partido Verde Ecologista de México, el interés fundamental es presentar proyectos que tengan un beneficio para la sociedad y el país y buscando mayor congruencia entre la preocupación por el cuidado del medio ambiente y lo que se encuentra plasmado en la normatividad, es que nos permitimos a esta considerable LIV Legislatura del H. Congreso de la Unión, por el que se reforma el Artículo 203 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente:

ARTICULO UNICO. Se reforma el Artículo 203 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para quedar como sigue:

ARTICULO 203.- Sin perjuicio de las sanciones penales o administrativas que procedan, toda persona que contamine o deteriore el medio ambiente o afecte los recursos naturales o la biodiversidad, será responsable y estará obligada a reparar los daños causados de conformidad con la legislación civil aplicable.

El término para demandar la responsabilidad ambiental, será de cinco años contados a partir del momento en que se conozca o se manifiesten las consecuencias del acto, hecho u omisión, que cause un daño o deterioro del medio ambiente.

Muchas gracias.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Tiene la palabra el diputado José Antonio Cabello Gil del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa que reforma el Artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado José Antonio Cabello Gil (PAN): Con su permiso diputada presidenta. No se puede ser un país democrático si la justicia no es expedita, no se puede ser un país democrático si el estado de derecho se violenta, no se puede ser un país democrático si la impunidad campea en sus tribunales. No es concebible que una sociedad progrese y que un estado avance, cuando uno de los fundamentos de su paz interna y de su progreso, la impartición de justicia, no satisface los legítimos reclamos de la sociedad y en ocasiones incluso constituye una fuente de desconfianza y de incertidumbre.

Por ello, si queremos un México verdaderamente democrático, política maduro, esto no se logrará si no mejoramos nuestro sistema de procuración y de impartición de justicia, de tal manera que la hagamos rápida y de fácil acceso a la población.

Para ello, una de las medidas que deben promoverse decididamente, es la utilización de medidas alternativas para la resolución de controversias y esto fuera de los tribunales.

En efecto, en los últimos años se han venido incorporando en la legislación de muy diversos países, un conjunto de mecanismos alternativos para dirimir conflictos. Estos mecanismos se han caracterizado por la rapidez, flexibilidad y confidencialidad de sus decisiones, teniendo entre algunos de sus principales beneficios el evitar la confrontación entre las partes, el que los participantes puedan gestionar su propio acuerdo y además que se reducen los costos de litigio y los niveles de congestionamiento en los órganos judiciales.

Ante la preocupación del Estado Mexicano por tutelar los derechos de sus ciudadanos, se hace necesario ofrecer y apoyar otras formas de solución de conflictos que puedan resultar más efectivas y menos costosas en términos económicos y afectivos, rápidas en relación con el tiempo empleado en su solución; convenientes en cuanto pueden impedir la recurrencia del conflicto y socialmente más valiosas ya que posibilitan la relación futura entre las partes. Es por ello que consideramos importante establecer en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el principio de que toda persona tiene el derecho, en la forma y términos que establezca la ley, a resolver sus controversias de carácter jurídico a través de mecanismos de justicia alternativa, mediante procedimientos no jurisdiccionales y a dejar a los congresos de los estados la libertad de integrar en sus entidades los mecanismos de resolución de conflictos más idóneos y las instancias y estructuras que consideren pertinentes para aplicarlos.

Es por ello que en uso de las facultades que me confiere la legislación vigente presento iniciativa de decreto por la cual se reforma el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y solicito amablemente a la Presidencia se inserte el texto íntegro de la iniciativa en el Diario de los Debates.

Es cuanto, diputada Presidenta.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.

A petición del diputado Elpidio Tovar y de la Cruz, solicito que se inserte el texto íntegro de su intervención en el Diario de Debates.

Tiene la palabra el diputado Miguel Angel García Domínguez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una iniciativa que reforma diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para la creación del Sistema Penal Acusatorio en México.

El diputado Miguel Angel García Domínguez (PRD): Con su permiso, señora Presidenta.

En Europa, desde la década de los 70 y en toda América Latina desde los 80, se inició un proceso de transformación del juicio penal e inquisitorio en acusatorio, este movimiento reformista en América Latina coincide de una manera general con la democratización de los países de la región y con un reconocimiento del atraso histórico en el desarrollo del derecho procesal penal y con un avance en la cultura sobre derechos humanos.

La subsistencia en México de un sistema inquisitorial ha permitido que en la práctica los casos que llegan a ser del conocimiento de un juez, tengan una fuerte carga procesal en contra del acusado en virtud de que los expedientes le llegan con las pruebas condenatorias ya desahogadas ante el Ministerio Público.

La Constitución de 1917 en el artículo 12, adelantándose a la época consagró en nuestro país un proceso penal plenamente acusatorio

A pesar de esto, de 1917 a 1934, por no haberse expedido un Código Procesal Penal congruente con la Norma Constitucional, seguimos teniendo un proceso penal inquisitorio regulado por las normas de la dictadura porfiriana.

Pero desde el 1° de octubre de 1934, tenemos en vigor un Código Federal de Procedimientos Penales, en el cual se estableció un proceso penal inquisitorio y en cuya exposición de motivos se afirmó que el sistema acusatorio y no el inquisitivo, es el que está consagrado por el artículo 21 de la Constitución; que sin embargo, se conservaron modalidades del antiguo sistema inquisitivo porque es imposible suprimirlo totalmente y por cuanto llevado al extremo, ese sistema –se dijo- sería perjudicial para la organización misma de los tribunales.

A lo largo de nuestra historia, una de las figuras jurídicas que ha recibido mayores críticas, es la confesión del imputado fuera de sede judicial, ya que la misma ha estado ligada a prácticas de tortura a cargo de la autoridad investigadora.

La corrupción se ha visto aumentada por la facultad concedida al Ministerio Público para disponer sobre la libertad de un imputado, función que le debe corresponder siempre a una autoridad judicial.

La presunción de inocencia reconocida en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, son parte del orden jurídico nacional, toda vez que dichos tratados fueron suscritos, aprobados y ratificados en México, en términos del artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que es obligación del Estado Mexicano, velar y respetar en todo momento por ese derecho fundamental.

En México la mayoría de los juicios enfrentan en prisión, desde donde los acusados quedan obligados a demostrar su inocencia. Hasta hoy el proceso penal se lleva por escrito, lo que le vuelve muy lento y en muchas ocasiones impide su continuación de una manera rápida y desahogada.

Cuando el Ministerio Público consigna la averiguación previa, las pruebas ya van desahogadas sin que el acusado haya tenido oportunidad de contradecir la acusación o las pruebas desahogadas por el órgano de procuración de justicia, las que trascienden al fallo judicial.

Una de las mayores violaciones a los derechos humanos, consiste en la duración de los juicios que por regla general duran varios años, durante los cuales los procesados, privados casi siempre de su libertad, permanecen en esa situación.

La ejecución de las penas se hace en centros de rehabilitación social o readaptación social que se encuentran a cargo el Poder Ejecutivo, quien se encarga de su administración, y los condenados a prisión no tienen una instancia a donde acudir por los malos tratos que reciben o por las condiciones en las que se encuentran purgando sus penas, lo que ha llevado a la corrupción y a condiciones infrahumanas durante su estancia en esos lugares. Además de que queda al arbitrio del Poder Ejecutivo la liberación anticipada de los presos, lo que se hace de una manera burocrática y por un órgano burocrático.

Probablemente el principio más importante que reconocen los tratados internacionales en este campo sea el de presunción de inocencia.

Asimismo, se determina el derecho de un debido proceso a tener un defensor, a tener traductor en caso necesario, a conocer la acusación y a no ser obligado a declarar contra sí mismo ni a declararse culpable, el tiempo y las facilidades para presentar pruebas y teniendo la oportunidad para objetar las peticiones y las pruebas de las otras partes.

Los objetivos de la reforma del Sistema de Justicia Penal que proponemos, son la modernización del Sistema de Procuración e Impartición de Justicia, la sustitución del sistema inquisitivo por uno acusatorio, la eficacia en la procuración de justicia y la eficiencia en la utilización de los recursos.

El trabajo de los órganos de procuración de justicia penal y de los tribunales penales, representa un servicio público para los usuarios, por lo que les es exigible profesionalismo, transparencia, eficiencia y una atención adecuada a los usuarios, fundamentalmente a los acusados y a las victimas.

La modernización del Sistema de Justicia Penal se identifica principalmente con la completa sustitución del sistema inquisitivo por uno acusatorio. Se busca cambiar radicalmente la forma en que los tribunales desarrollan el proceso penal, proyectando ese cambio hacia el modo en que los órganos de procuración de justicia realizan la investigación de los delitos y la acusación. Y en general respecto al conjunto de las actividades estatales que constituyen la respuesta represiva a la criminalidad.

Este proyecto plantea las bases de un nuevo Sistema Procesal Penal que implica un cambio no sólo de las reglas procesales, sino de todo el sistema, den sus instituciones, organización, operación, valores y cultura. El sistema inquisitivo se caracteriza en México por ser un procedimiento escrito, secreto, en que el Ministerio Público que actúa en el rol del antiguo juez de instrucción, investiga, acusa y desahoga pruebas ante sí, las que trascienden a la sentencia. Puede conceder libertad bajo caución, nombrar defensor de oficio, es decir, en gran medida juzga, por lo cual, la parte más relevante de la convicción se forma durante la investigación y por lo tanto, el juicio carece de relevancia. Incluso las audiencias no son presididas por los jueces personalmente ni las sentencias dictadas por ellos, sino por los Secretarios, a quienes se les delegan estas funciones.

El nuevo sistema trata de satisfacer los estándares del debido proceso, dando desde la perspectiva del artículo 14 constitucional como de los compromisos internacionales suscritos por el país.

Y como no hay tiempo para más, pido a la Presidencia que se incorpore el texto completo en el Diario de los Debates para que pueda ser más ampliamente conocido. Muchas gracias.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Gracias, señor diputado. Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Tiene la palabra el diputado Francisco Javier Valdez de Anda, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa que reforma la fracción II del artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 76 de la Ley de Amparo reglamentaria de los artículos 103,y 107 constitucionales.

El diputado Francisco Javier Valdez de Anda (PAN): Con su permiso, señora Presidente.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Adelante, señor diputado.

El diputado Francisco Javier Valdez de Anda: El suscrito, diputado de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional, en uso de la facultad que me es conferida por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, me permito presentar iniciativa de reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a la Ley de Amparo al tenor de la siguiente exposición de motivos:

"El derecho como el aire está en todas partes; la vida del ser humano está impregnada de normas", como lo ha señalado Carlos Santiago Nino; y como el derecho es vida y la vida cambia, por tanto el derecho debe ser cambiante y adaptarse a las nuevas condiciones, que como decía Herman Heller (¿), el derecho debe adaptarse a la época y por ello es fundamental que nuestra Constitución Política esté a la altura de la dinámica de la sociedad.

Como bien lo ha señalado Francisco Martínez Sánchez, una Constitución pasiva, sin defensa, es un documento de ilusión social que puede implicar el riesgo de la tiranía en detrimento del ideal democrático y en el resquebrajamiento de la justicia.

El principio reconocido como relatividad de las sentencias se encuentra consignado en la fracción II del artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que establece que la sentencia será siempre tal, que sólo se ocupe de individuos particulares, limitándose a ampararlos y protegerlos en el caso especial sobre el que verse la queja, sin hacer una declaración general respecto de la ley o acto que la motivare.

La fórmula anterior se enunció por primera vez en la Constitución de Yucatán de 1840, a instancias del gran jurista Manuel Crescencio Rejón y fue incorporado a nivel federal en el Acta de Reformas de 1847 por el Jurista Mariano Otero.

El principio de relatividad de las sentencias denominado "fórmula Otero", es un candado que determina que la protección constitucional sólo beneficia a aquel que la solicita, es decir, la relatividad de la sentencia de amparo se expresa en que sólo se ocupa de las personas promoventes del juicio, limitándose a ampararlos y protegerlos, sin hacer una declaración de la ley o del acto que lo motivó.

Resulta evidente que la "fórmula Otero" ya cumplió su misión histórica, pero ya no se justifica hoy en día, sobre todo cuando existe una clara manifestación de los conflictos jurídicos, mismos que no pueden resolverse con criterios anacrónicos. Una norma no puede ser inconstitucional para un individuo y al mismo tiempo tener validez y aplicación para otros.

La injusticia que comete la referida fórmula, consiste en que sólo aprovecha al promovente excluyendo a todos los demás; con ello se hace inoperante la igualdad de los hombres ante la ley, pues sólo aprovecha a quien interpone el juicio.

En otras palabras, frente a una ley inconstitucional, únicamente las personas que cuentan con los recursos económicos para obtener asesoramiento jurídico quedan excluidos de la obligación de cumplirla en caso de haber obtenido un fallo favorable; en tanto que un gran número de personas son forzadas a acatar las disposiciones legales contrarias a los preceptos fundamentales, en virtud de no haber litigado en contra de éstas, ya sea por ignorancia o debido a la falta de recursos.

Pero lo más grave es que habiéndose declarado por la autoridad competente una ley inconstitucional, pueda seguir causando agravios a toda la población afectada por su entrada en vigor, sin que la propia autoridad ponga remedio a tal injusticia.

Terminar con dicha situación injusta implica además economía procesal, ya que si se reconociera la declaración general, se evitaría la interposición continua de juicios de amparo respecto de la inconstitucionalidad de un ordenamiento sobre el cual la propia Suprema Corte se ha pronunciado en repetidas ocasiones, que no hace sino saturar el trabajo de los tribunales.

En conclusión esta iniciativa pretende remediar la violación al principio de igualdad de la aplicación de la ley, dotando a nuestro sistema de protección constitucional, de mayor alcance, acceso y actividad.

Por lo anterior propongo a esta Soberanía reformar la fracción II del artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como también su correlativo el artículo 76 de la Ley de Amparo en vigor a efecto de que la sentencia que se dicte por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, además de ocuparse de los individuos promoventes amparándolos y protegiéndolos, hará una declaración general respecto de la ley o acto que la motivare.

Con lo anterior, actualizamos nuestra legislación, haciendo con ello una Constitución y leyes reglamentarias adecuadas a la época, que nos exige claridad, fortaleza y transparencia en el ejercicio del poder haciendo con ello una Constitución defendible por parte de la sociedad. Muchas gracias.

Solicito a la presidencia respetuosamente se sirva insertar la presente en el Diario de Debates de esta Cámara y en su oportunidad enviarla a comisiones para su discusión y aprobación en su caso. Muchas gracias.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Insértese el texto íntegro en el Diario de Debates y túrnese a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Justicia y Derechos Humanos.

Tiene la palabra el diputado Arturo Nahle García, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones ante las leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, General de Protección Civil y de Responsabilidad Civil por daños nucleares, General del Equilibrio Ecológico y la protección al ambiente.

El diputado Arturo Nahle García (PRD): Con su permiso señora presidenta.

El Estado tiene como una de sus principales funciones la salvaguarda de la vida, los derechos y bienes de la sociedad civil.

Actualmente existen dos sistemas que tienen como premisa la salvaguarda de la vida y los bienes de la ciudadanía. El primero, denominado Sistema Nacional de Seguridad Pública y el segundo, Sistema Nacional de Protección Civil. Ambos se integran por dependencias y entidades de los tres órdenes de gobierno, los sectores social y privado y en algunos casos por particulares.

El 30 de noviembre del año 2000 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, diversas reformas y adiciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y a la Ley General que establece las bases de coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, mediante las cuales se creó la Secretaría de Seguridad Pública. Dicha dependencia tiene como sus principales funciones desarrollar políticas en materia de seguridad pública, presidir el Consejo Nacional de Seguridad Pública y la secretaría ejecutiva del Sistema Nacional de Seguridad Pública, así como organizar y supervisar la policía federal preventiva y administrar el sistema penitenciario federal y de tratamiento a menores infractores.

Pero surge la disyuntiva: ¿qué es la seguridad pública y cuáles son sus principios fundamentales? Atendiendo el contenido de la referida Ley, la seguridad pública es la función a cargo del Estado, que tiene como fines salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicas.

Ahora bien, ¿qué es la protección civil y cuáles son sus principios fundamentales? La Ley General de Protección Civil, la define como un conjunto de disposiciones, medidas y acciones destinadas a la prevención, auxilio y recuperación de la población, ante la eventualidad de un desastre.

Asimismo dispone que el objetivo del Sistema Nacional de Protección Civil, es el proteger a la persona y a la sociedad ante la eventualidad de un desastre provocado por agentes naturales o humanos, a través de acciones que reduzcan o eliminen la pérdida de vidas, la afectación de la planta productiva, la destrucción de bienes materiales y el daño a la naturaleza, así como la interrupción de las funciones esenciales de la sociedad.

De lo anterior, se deduce que al igual que la seguridad pública, la protección civil tiene como objetivo la salvaguarda de la integridad física y los bienes de las personas. Ambos servicios a cargo del Estado tienen coincidencias. Primeramente, la salvaguarda de la integridad física; y en segundo término, la protección de los bienes de las personas.

Entonces, ¿cuál es el argumento para que en lo correspondiente al Poder Ejecutivo Federal, ambas funciones sean organizadas por dependencias distintas? En el caso de la seguridad pública, a través de la Secretaría de Seguridad Pública; y respecto a la protección civil, por conducto de la Secretaría de Gobernación, cuando las citadas coincidencias debieran estar organizadas por una misma dependencia.

Hoy en día, la Secretaría de Gobernación es una de las dependencias del Gobierno Federal que ocupa un lugar preponderante dentro de la Administración Pública Federal, ya que su principal función es la conducción de la política interior de la nación, actividad que por sus alcances resulta una labor titánica.

Algunas de sus principales funciones son conducir las relaciones del Poder Ejecutivo con los demás Poderes de la Unión y con los gobiernos de las entidades federativas y municipios; conducir las relaciones políticas del Ejecutivo Federal con los partidos y agrupaciones políticas; fomentar el desarrollo político; ejercer facultades en materia de culto público; autorizar juegos y sorteos, así como coordinar las políticas y programas en materia de protección civil, entre otras.

Por su parte, la Secretaría de Seguridad Pública es una de las dependencias que tiene una mayor participación en casos de desastre, ya sea naturales o causados por errores humanos.

La participación de la Secretaría de Seguridad Pública, consiste en estos casos en garantizar y mantener el orden y la paz públicos; la salvaguarda de la integridad de las personas; y, prevenir la comisión de delitos en concentraciones masivas de población. Asimismo, la Secretaría de Seguridad Pública apoya a los sistemas estatales y municipales de protección civil en las tareas de transporte y evacuación preventiva de la población.

Como puede observarse, la seguridad pública y la protección civil tienen como finalidad la salvaguarda de la integridad física y los bienes de las personas. La primera, obligación que corresponde a la Secretaría de Seguridad Pública; y la segunda, a la Secretaría de Gobernación.

La coincidencia en la prestación de estos servicios públicos a cargo del Estado, prescinde de ser rediseñado con el objeto de contribuir al desarrollo integral de la sociedad y elevar la capacidad de respuesta del Ejecutivo Federal en casos de desastre o calamidad.

Por lo anterior se propone un reordenamiento gubernamental de las funciones en materia de protección civil, confiriéndole a la Secretaría de Seguridad Pública la facultad de organizar las políticas y programas que en dicha materia actualmente corresponden a la Secretaría de Gobernación.

Ello implicará que la Coordinación General de Protección Civil, la Dirección General de Protección Civil, y el Centro Nacional de Prevención de Desastres, unidades administrativas que tiene a su cargo el ejercicio de estas actividades, sean ahora adscritas a la Secretaría de Seguridad Pública.

Lo anterior no debe concebirse como un cambio por el cambio mismo, sino para fortalecer las funciones de dicha actividad, otorgando las atribuciones relacionadas con la salvaguarda de la integridad física de las personas y de sus bienes, a una sola dependencia que sería la Secretaría de Seguridad Pública y por otro lado dejar a la Secretaría de Gobernación únicamente las facultades de regular y conducir la política interior de la nación bajo el firme propósito de fortalecer nuestras instituciones y lograr la convivencia armónica, la paz y el desarrollo integral de nuestra sociedad.

Muchas gracias.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Gracias, diputado. Túrnese a las Comisiones Unidas de Gobernación, de Seguridad Pública y Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Tiene la palabra el diputado Miguel Angel Llera Bello, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa que adiciona un párrafo segundo a la fracción II del artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Miguel Angel Llera Bello (PAN): Con el permiso de la Presidencia.

Compañeras y compañeros diputados: El suscrito Miguel Yera Bello, diputado federal del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, integrante de la LIX Legislatura de esta Honorable Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 56, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a la consideración de esta soberanía la presente iniciativa con el fin de establecer los efectos generales del juicio de amparo, una vez cumplimentado ciertas jurisprudencias y hecha la declaratoria correspondiente, misma que se fundamenta y motiva bajo la siguiente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El perfeccionamiento de la democracia, la seguridad y la justicia, son demandas medulares de nuestra sociedad.

Los mexicanos deseamos vivir al amparo de un Estado que garantice plenamente la vigencia de las normas, el apego del gobierno a la ley, la seguridad de las personas, el disfrute de su patrimonio y el ejercicio de sus libertades.

Al cumplir esos propósitos, el poder alcanza su legitimidad y se convierte en fuerza constructiva al servicio de la sociedad.

Hoy día es demanda esencial la protección del Estado frente al crimen o la violencia y una mayor fortaleza y credibilidad de las instituciones encargadas de la justicia y la seguridad.

Por ello el ánimo de perfeccionamiento de las instituciones nacionales, ha sido una constante en la tradición jurídica nacional en que ha estado presente siempre, el interés por la justicia.

La convivencia y el progreso nacional sólo puede estar garantizado en el marco del derecho, el cumplimiento de la ley y de la constante adecuación de nuestro marco jurídico, a la realidad social.

En este contexto, el fortalecimiento del Poder Judicial Federal, contribuye a que esta institución tenga un mejor desempeño de sus responsabilidades, de representar y salvaguardar los intereses de la sociedad y hacer que la ley sea la norma central de nuestra vida social.

Luego entonces el estado de derecho debe de garantizar la constitucionalidad, la legalidad y el respeto a la persona humana. Sin duda una condición necesaria para esto es la de crear los mecanismos legales que permitan asegurar en la mayor medida el acceso a la justicia a todos los mexicanos. En este sentido la Ley de Amparo constituye la norma sustantiva y procesal federal que establece y regula el juicio de garantías, el cual representa en nuestro sistema jurídico piedra angular para la defensa de nuestra Constitución y los derechos fundamentales de nuestros conciudadanos.

En efecto, el juicio de amparo es el medio de control constitucional más importante de los instrumentos jurídicos que están establecidos en nuestra ley suprema para lograr su defensa y protección, invalidando actos de autoridad que sean netamente arbitrarios y contraventores de los mandatos constitucionales.

El perfeccionamiento de nuestro juicio de amparo ha sido una exigencia constante, incluso hay quienes plantean una reforma integral con el objeto fundamental de lograr un adecuado servicio a los justiciables y con ello la protección y defensa de sus libertades y derechos humanos. Dentro de esta reforma se inscribe la propuesta de establecer o de dotar de efectos universales las resoluciones de amparo dictadas en contra de normas generales.

Al otorgarle efectos generales al amparo se garantizaría que todos los ciudadanos que sean afectados por la inconstitucionalidad de una norma de manera uniforme sean beneficiados por la resolución que emita la Suprema Corte de Justicia.

Se planea entonces la derogación del principio de relatividad de las sentencias de amparo, conocido como Fórmula Otero y contenido en la fracción II del artículo 107 constitucional, la cual ha sido demandada desde hace muchos años con muy interesantes argumentos por juristas como Héctor Fix Zamudio, postulados con los que el promovente de la presente iniciativa promulga.

Compañeras y compañeros Diputados:

Con esta reforma se perfecciona el marco jurídico de nuestro juicio de garantías y con ello su función como instrumento de control constitucional a favor de los gobernados ante la posibilidad de verse protegidos de manera general contra una norma declarada inconstitucional.

Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 55 fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, el suscrito, diputado federal del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional presento a esta soberanía el siguiente proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo segundo a la fracción II del artículo 7 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo Unico. Se adiciona un párrafo segundo y se recorren los actuales párrafos segundo, tercero y cuarto para quedar como tercero, cuarto y quinto, respectivamente, de la fracción II del artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

Artículo 107. Todas las controversias de que habla el artículo 103 se sujetarán a los procedimientos y formas del orden jurídico que determine la Ley Reglamentaria, de acuerdo con las bases siguientes:

Las sentencias que se pronuncien en los juicios de amparo solo se ocuparán de los individuos particulares o de las personas morales, privadas u oficiales que la hubieren solicitado, limitándose a ampararlos y protegerlos si procediera, en el caso especial sobre el que verse la demanda, sin hacer una declaración general respecto de la norma general o acto que la motivare.

Sin embargo, cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación en los juicios de amparo indirecto en revisión establezca jurisprudencia por reiteración en la cual se determine la inconstitucionalidad o se determine la interpretación conforme de una norma general respecto de esta Constitución procederá a emitir la declaratoria general correspondiente, en la cual se fijarán sus alcances y condiciones en los términos de la ley reglamentaria.

Transitorios

Unico.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo a los dos días del mes de septiembre del año dos mil cuatro.

Solicito, señor Presidente, se inserte el texto íntegro de la presente iniciativa en el Diario de los Debates.

Es cuanto señor presidente.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Tiene la palabra la diputada Dolores Gutiérrez Zurita del grupo parlamentario

del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una iniciativa que adiciona un Título Vigésimo Séptimo al Código Penal Federal y reforma el Artículo 50 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

La diputada Dolores Gutiérrez Zurita (PRD): Con su venia señora Presidenta. Por economía legislativa le solicito de manera respetuoso sea publicado el texto íntegro de la presente iniciativa en el Diario de los Debates.

Hoy en día no puede imaginarse una sociedad sin información, sin embargo, por muchos siglos el silencio desde las más altas esferas del poder, permitían la opresión del pensamiento, de las noticias y datos capitales que todo hombre y toda mujer tenían derecho y debían conocer, para sencillamente sentirse parte de la nación.

Muchos son los intereses que defienden quienes se oponen a la libertad de expresión y a la libertad de prensa y de los medios de comunicación. La denuncia pública, responsable y fundada, es la principal razón del ser del periodismo, en una sociedad moderna, democrática y libre, la denuncia es fundamental para la buena convivencia, para el cumplimiento de la ley, para exigir a la autoridad que responda a sus deberes, para dar a conocer conductas ilícitas que dañan al cuerpo social.

Nuestra historia refleja lamentables y escandalosos ataques en contra de la libertad de expresión, José Joaquín Fernández de Lizardi, Francisco Zarco, Filomeno Mata, Ricardo Flores Magón, Manuel Buendía, por citar sólo algunos casos entre la larga lista, en la que ahora aparecen Roberto Mora García, Benjamín Flores González, Luis Mario García Rodríguez, Pedro Valle Hernández, Armando Meléndez Sánchez, Mario Morales Palacios, Francisco Javier Ortiz Franco, y el más reciente Francisco Arriata Saltierna, asesinado mediante golpes y torturas hace apenas un par de días atrás, en una cadena de atentados que no parece tener fin, porque tampoco culmina la podredumbre que trata de ser ocultada y negada por los poderosos.

Si un periodista, si una periodista, caen en el cumplimiento del deber de informar, de denunciar, siempre habrá quien le releve y sustituya en el desempeño y ejercicio del derecho a la información.

Nos indigna el asesinato a sangre fría de periodistas valientes, que al cumplir con su deber de informar, lastiman intereses que se confabulan para silenciarlos. Estamos conscientes de la responsabilidad y de los riesgos, pero exigimos también una respuesta pronta y eficaz de las autoridades, para una averiguación expedita y una pronta resolución de los procesos penales que se deriven de los crímenes en contra de quienes han tenido el valor de denunciar.

Que sean procesados y condenados con celeridad los autores materiales y sobre todo los autores intelectuales de esos arteros crímenes, que se demuestre que el estado de derecho está para proteger a la sociedad de quienes abusan de ella.

Vivimos momentos críticos, informes como el de Reportes sin Fronteras y de la Sociedad Interamericana de Prensa, señalan que México es uno de los países donde más se ocupan los tribunales para amedrentar a los periodistas y también como uno de los más peligrosos, para aquellos periodistas que dan a conocer asuntos de narcotráfico, la realidad es que con frecuencia caen asesinados periodistas, y no sólo no se hace nada para evitarlo sino que posteriormente se entorpecen las investigaciones, se dilatan las averiguaciones y pocas veces se procesan a los culpables.

Es de exigirse que la autoridad cumpla con su deber, lamentablemente estos crímenes que atentan en contra de periodistas, son tipificados como materia penal ordinaria, la que es responsabilidad de cada estado de la República y bajo sus leyes, bajo sus tribunales. Bajo sus agencias investigadoras se realizarán las gestiones, los trámites, las actuaciones, los juicios y si remotamente se da el caso, la ejecución de las sentencias en los reclusorios locales. Los criminales tienen, por tanto, en sus propios estados la posibilidad real más allá del derecho, de escapar a la justicia gracias al tráfico de influencia, a la corrupción y a la ineficacia y atraso de las entidades encargadas en ellos de procurar y administrar justicia.

De esta forma, y atendiendo a que la libertad de expresión, a que la libertad de prensa y a que el derecho de la información son garantías consagradas por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y que por lo tanto son de naturaleza federal, porque se refieren al interés general de la nación que tiene derecho a estar informada, es de proponerse, se propone la creación de un nuevo tipo penal inserto en el Código Penal Federal, que califique como delictivas las conductas tendientes a obstruir el libre ejercicio de esos derechos, siempre que, en los casos en que por las condiciones y circunstancias particulares del ilícito se desprendan indicios que permitan suponer o presumir que el delito tuvo como finalidad atentar en contra de las libertades de expresión y de prensa, así como contra el derecho a la información.

Asimismo, también debe ser considerado como un delito adicional y acumulable los delitos graves cometidos en contra de periodistas, con el objetivo de

amedrentarlos u obstaculizar su desempeño profesional. Además, para la aplicación puntual de este nuevo tipo penal y permitir la eficaz persecución de los delincuentes, así como su posterior proceso judicial y condena, debe dotarse de facultades a las autoridades federales encargadas de la persecución de los delitos del orden federal, así como a los tribunales de la Federación para que sean éstos las instancias jurisdiccionales competentes para conocerlos.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración del pleno de esta H. Cámara de Diputados el presente proyecto de decreto por el que se adiciona el Titulo XXVII al Código Penal Federal y se reforma el artículo 50 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para quedar como sigue:

Primero. Se adiciona el Título XXVII del Código Penal Federal en los términos siguientes.

Artículo 430. Se impondrá una pena de 5 a 10 años de prisión al que, por cualquier medio, obstaculice el libre ejercicio de las libertades de expresión y de prensa, así como al que atente por vía de hecho, físicas, psicológicas, violentas o económicas inclusive, en contra de los medios de comunicación o de periodistas en el desempeño de su labor profesional con la intención de impedir, obstruir, evitar o distorsionar la difusión de noticias e informaciones. Dicha pena se impondrá sin perjuicio de las sanciones y penas que por la comisión del ilícito se acumulen por la particularidad del delito. Las sanciones que se imponen a los

infractores al derecho de la información se consignan en la ley especial que regula la materia.

 

Segundo. Se reforma, adicionándolo, el artículo 50 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en los siguientes términos:

Artículo 50. Los jueces federales penales conocerán...Cuarto: De los delitos cometidos en contra de los medios de comunicación o de los delitos graves en contra de periodistas, cuando por las condiciones particulares del ilícito se pueda presumir que el motivo del delito fue atentar en contra de las libertades de expresión y de prensa o contra el ejercicio del derecho a la información.

Transitorios. Unico: El presente decreto entrará en vigor en la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, 2 de septiembre del año 2004.

Es cuanto, señora Presidenta.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Insértese el texto íntegro en el Diario de Debates y túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Tiene la palabra la diputada Angélica de la Peña Gómez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las leyes General de Salud, General de Educación, Federal de Radio y Televisión, Federal de Protección al Consumidor, Federal de Turismo y Federal de Telecomunicaciones.

La diputada Angélica de la Peña Gómez (PRD): Con su permiso, señora Presidenta.

Honorable Asamblea:

Iniciamos las sesiones del período ordinario. Los trabajos en las comisiones reflejarán nuestra disposición hacia el consenso en algunos temas que son trascendentales y fundamentales por la nobleza que abriga incidir en cambios legislativos y jurídicos propios de un estado democrático y social a favor de los derechos de la niñez y la adolescencia, población que constituye el 38 por ciento en nuestra nación. Es el caso de la materia relacionada con la explotación y maltrato sexual infantil y la explotación sexual comercial infantil.

Tenemos referencias importantes en este tema en este Congreso de la Unión. Hemos recibido la Minuta del Senado de diciembre pasado que reforma el Código Penal Federal, el Código Federal de Procedimientos Penales, la Ley Contra la Delincuencia Organizada y la Ley de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Además conocemos la propuesta que en marzo pasado presentó la senadora Micaela Aguilar, con los preceptos derivados del estudio de este tema por parte de la Coordinadora contra la explotación sexual comercial infantil.

Me llama la atención, la puntualidad de los conceptos que maneja la iniciativa que elaboró este grupo interinstitucional.

Quiero destacar, desde esta tribuna, mi simpatía por encontrar estos conceptos inscritos en las directrices de la doctrina de protección integral, derivada de la Convención Internacional de los Derechos de la Niñez.

Nuestra legislación no puede seguir definiendo a una niña o un niño como "menor", equiparándole al de "incapaz", es decir, como si se tratara de personas que tienen algún retraso o trastorno mental. El término "menor" es peyorativo y discriminatorio y su concepción está inscrita en la doctrina de situación irregular anterior a la Convención Internacional Derechos de la Niñez. Y, como ustedes saben, es importante que haya estos cambios porque la Convención reconoce a las niñas, niños y adolescentes como sujetos de derechos.

En el mismo sentido se encuentra el término "incapaz". Esta definición se caracteriza contraria al respeto de la dignidad humana y descalifica y denigra a las personas que sufren algún tipo de discapacidad mental.

La concepción garantista de la definición de la persona que sufre algún tipo de discapacidad mental, es una persona que no tiene la capacidad para comprender el hecho. Lo que significa que en el caso de ser objeto de un abuso, violación o explotación de índole sexual, más allá de que haya paga o no, la legislación que reformemos debe sustentarse en los preceptos del artículo 15 de Código Penal Federal, que sugiere que al momento de realizar el hecho típico, el agente que no tenga la capacidad de comprender el carácter ilícito de aquél o de considerarse de acuerdo con esa comprensión, en virtud de parecer trastorno mental o desarrollo intelectual retardado.

De igual forma, me llama la atención la puntualidad de la propuesta de reforma de esta Coordinadora, en lo que se refiere imponer a quien pudiendo hacerlo no acuda a la autoridad o a sus agentes para que impidan un delito, de cuya próxima o actual comisión tenga noticia.

Como se plantea en la doctrina en la materia, se observa la hipótesis de que el delito puede ser evitable si se procede en tiempo a su prevención y si no se omite su información, sobre todo cuando se cuenta con ella.

Creo que algunos preceptos de esta reforma deben ser considerados. De igual manera me parece que es muy importante en esta reforma integral que se haga alrededor de esta materia tienen que ser consideradas las reformas que presentó del diputado Jesús González Schmal y el diputado Manlio Flavio Beltrones y la diputa María de Jesús Aguirre.

Me parece que la iniciativa del diputado Schmal plantea correctamente integrar los preceptos de la información electrónica abierta y otros sucedáneas. De igual forma creo que la definición de las figuras delictivas, planteadas en la iniciativa del diputado Beltrones y la diputada Aguirre, deben ser consideradas en la reforma final a los ordenamientos que deberán sufrir estos cambios.

No anticipo algunas discusiones que son propias del trabajo de dictamen , sólo adelanto que así como hay conceptos que tienen que ser considerados, también tenemos que ponernos de acuerdo en las sanciones punitivas que merecen quienes incurren en estos delitos, entre otros puntos importantes, tomando siempre y en todo momento la consideración primordial del interés superior de la infancia.

Respetables diputadas y diputados:

Me parece que estas reformas que están en comisiones junto con la minuta del Senado, no podrían ser consideradas reformas integrales, sino toca también otros ordenamientos en el orden federal. Por eso, es que el día de hoy presentamos y están publicadas en la Gaceta Parlamentaria, las diversas reformas que estamos planteando a los siguientes ordenamientos:

La Ley General de Salud, la Ley General de Educación, la Ley Federal de Radio y Televisión, la Ley Federal de Protección al Consumidor, la Ley Federal de Turismo y la Ley Federal de Telecomunicaciones.

Creo que necesitamos instalar el trabajo en conferencia que ya empezamos a platicar con las comisiones del Senado y con la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de esta Cámara, de tal forma que podamos hacer en este periodo ordinario de sesiones una reforma integral en materia de explotación sexual infantil y materia de explotación sexual comercial infantil.

En ese sentido, solicito que estas reformas sean turnadas para su dictamen respectivo a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, señora Presidenta y también a la Comisión Especial de la Niñez, Adolescencia y Familias, para su opinión. Además de que se turnen a las comisiones ad hoc , a las comisiones alusivas en cada una de las materias de las reformas a la ley respectiva que yo estoy presentado el día de hoy.

Es cuanto, señora Presidenta y muchas gracias por su atención.

El Presidente Juan de Dios Castro Lozano (PAN): Gracias diputada doña Angélica de la Peña Gómez. Insértese el texto integro del documento en el Diario de los Debates y túrnese a las Comisiones Unidas de Salud, de Educación Pública y Servicios Educativos y de Atención a Grupos Vulnerables.

Señoras y señores legisladores, el siguiente punto del orden del día es dictámenes de primera lectura.

Por favor, sonido en la curul de la diputada doña Marcela Guerra.

La diputada Marcela Guerra Castillo (desde su curul): Señor Presidente, con todo respeto solicito que esta iniciativa también sea turnada a la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía.

El Presidente Juan de Dios Castro Lozano: Diputada doña Marcela Guerra, normalmente el trabajo que ha realizado la Presidencia durante las sesiones anteriores, implica un máximo de tres comisiones, porque son Comisiones Unidas. Voy a determinar que se pida opinión a la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía, aparte de que previendo alguna diferencia de parte suya en su pedimento, que este tema sea considerado por la Presidencia y la Mesa Directiva en su próxima reunión, para considerar la ampliación del turno a esta cuarta Comisión.

Sonido en la curul de la diputada doña Marcela Guerra.

La diputada Marcela Guerra Castillo (desde su curul).- Señor Presidente, respetuosamente le recuerdo que la Comisión de La Niñez no dictamina; en consecuencia, lo que la compañera diputada está proponiendo es una reforma a la Ley de Radio y Televisión, entre otras y por lo tanto, solicito que no se piense y se tome en consideración, sino que usted reasigne el turno a la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía.

El Presidente Juan de Dios Castro Lozano: Mi permanencia en la Presidencia en este instante es eventual, diputada doña Marcela, creo que se resolverá la situación de ampliación de turno cuando lo discuta el Presidente de la Cámara con los integrantes de la Mesa Directiva.

Continuando con la sesión, el siguiente punto del orden del día...

La diputada Angélica de la Peña Gómez (Desde su curul): Señor Presidente.

El Presidente Juan de Dios Castro Lozano: Adelante. Sonido en la curul de la diputada.

La diputada Angélica de la Peña Gómez (Desde su curul).- Muchas gracias, señor Presidente.

Tomando en consideración la propuesta que hace la diputada Marcela, yo le quisiera solicitar que además de que tenga opinión o incluso entre a dictamen de la Comisión de Radio y Televisión y por considerar que este tema, estas iniciativas están reformando tres ordenamientos más además de la Ley, seis ordenamientos más además de la Ley de Radio y Televisión, le solicitaría que quedara inscrita nuestra solicitud de que cada Comisión que tenga que ver con alguna de estas reformas, sea tomada en cuenta su opinión. Es el caso de la Comisión de Salud, de la Comisión de Educación, etcétera.

Sin embargo, creo que es importante definir que por la materia de que se trata, efectivamente sea la Comisión de Justicia y Derechos Humanos la que dictamine, tomando en cuenta la opinión de estas otras Comisiones referidas.

El Presidente Juan de Dios Castro Lozano: Gracias, diputada.

Le recuerdo que ya está considerada la Comisión de Salud, pero tiene usted razón en mencionar las otras. Se incluye su solicitud para analizarla en el tema de trabajo de la Mesa Directiva para que ahí se decida la ampliación de turnos que más convenga conforme al trabajo legislativo.

El siguiente punto del orden del día es la primera lectura del dictamen con proyecto de decreto que reforma los artículos 12, 32, 89, 90, 92 y 93 de la Ley General de Sociedades Cooperativas, publicado en la Gaceta Parlamentaria del 26 de agosto de 2004. Es de primera lectura.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria del 26 de agosto de 2004, consulte la Secretaría a la Asamblea si se le dispensa la segunda lectura y se pone a discusión y votación de inmediato.

El Secretario Antonio Morales de la Peña: Por instrucciones de la Presidencia, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se consulta a la Asamblea si se le dispensa la segunda lectura al dictamen y se pone a discusión y votación de inmediato.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

La mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente Juan de Dios Castro Lozano: Se l e dispensa la segunda lectura.

Tiene el uso de la palabra el señor diputado don Francisco Javier Saucedo Pérez por la Comisión, para fundamentar el dictamen en los términos del artículo 108 del Reglamento Interior.

El diputado Francisco Javier Saucedo Pérez (PRD): Con su permiso señor presidente; compañeras y compañeros diputados:

A la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, le fue turnado por la mesa directiva el 29 de abril del 2004 el expediente que contiene la iniciativa que reforma los artículos 12, 32, 89,90, 92 y 93 de la Ley General de Sociedades Cooperativas.

La Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, es legalmente competente para conocer del presente asunto, según lo señala el artículo 71 de la Constitución, los artículos 39 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Así como el 55 y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Ponemos a consideración de esta Asamblea el siguiente dictamen.

Como ya lo señalamos, el 29 de abril de este año, el diputado federal Marcos Morales Torres, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, puso a consideración de esta Honorable Asamblea, la iniciativa que reforma los artículos 12, 32, 89, 90, 92 y 93 de la Ley General de Sociedades Cooperativas, con la siguiente:

EXPOSICION DE MOTIVOS

"Las sociedades cooperativas desde la primera que se fundó en la Villa de Rostail (?), Inglaterra, en el año de 1844, han sido solución para que grupos de productores, trabajadores y consumidores, se organicen bajo los fines más puros de unir desinteresadamente esfuerzos para un fin común."

La Recomendación 193 de la Organización Internacional del Trabajo, sobre promoción de cooperativas, de fecha 3 de junio del 2002, establece en su punto relacionado a obligación de los gobiernos lo siguiente:

"Establecer un marco institucional que permita proceder al registro de las cooperativas de la manera más rápida, sencilla, económica y eficaz posible."

En esta misma recomendación de la OIT, establece que las políticas nacionales para apoyar a las cooperativas deberían -cito-: "Descentralizar hacia los niveles regional y local cuando proceda, la formulación y aplicación de políticas y disposiciones legales sobre las cooperativas."

En la Exposición de Motivos de la Ley General de Sociedades Cooperativas vigente, que fue la que sustituyó a la ley de 1938, señala que se busca que la ley fuera ágil, entendiendo esto como reducir articulado y aclarar conceptos. Además se comparó este Ordenamiento con la ley marco que establece la Organización de Cooperativas de América.

También define a la sociedad cooperativa como una forma de organización social y se establecen los principios cooperativos como obligatorios. Aun así a esta ley le falta ser más flexible en cuanto a la autentificación de las firmas para la constitución de sociedades cooperativas como lo establece el artículo 12.

Dice el artículo 12: " Los socios deberán acreditar su identidad y ratificar su voluntad de constituir la sociedad cooperativa y de ser suyas las huellas digitales que obran en el acta constitutiva ante notario público, corredor público, juez de distrito, juez de primera instancia, en la misma materia del fuero común, presidente municipal, secretario o delegado municipal del lugar en donde la sociedad cooperativa tenga su domicilio."

Falta pues en esta redacción, considerar a los titulares de los órganos políticos administrativos del Distrito Federal, tal como lo establece el artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Omisión importante si están contemplados los delegados municipales que para su ejercicio son nombrados por el presidente municipal, que pueden autentificar firmas, a diferencia de los titulares de los órganos políticos administrativos del Distrito Federal que son electos por la ciudadanía, tal como lo establece la Constitución.

Esta omisión provoca que los habitantes del DF no tengan facilidades de los habitantes de los estados para constituir sociedades cooperativas, lo que ayudaría a hacer fuentes de empleo. Aún cuando la población de la ciudad tiene altas tasas de desempleo abierto, del orden del cuatro por ciento, según los resultados del INEGI del último trimestre del 2003, por lo que es necesario dar facilidades para la constitución de sociedades cooperativas.

Por lo anterior, el diputado Marcos Morales Torres propone incorporar a los artículos 12, 32, 89, 90, 92 y 93 de la Ley General de Sociedades Cooperativas, a los órganos políticos administrativos del Distrito Federal en virtud de que no se contempla en el Distrito Federal la constitución ni la participación estatal para asociarse, ni la colaboración en los planes económico sociales para el desarrollo económico e incidan en la colaboración de la actividad cooperativa.

Las consideraciones que la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social tiene, es que es adecuada esta propuesta de iniciativa para reformar los artículos 12, 32, 89, 90, 92 y 93 de la Ley General de Sociedades Cooperativas.

La Ley General de Sociedades Cooperativas en su artículo 12, contempla que para que se constituyan las sociedades cooperativas, los socios deberán acreditar su identidad y ratificar su voluntad de constitución ante el notario público, corredor público, juez de distrito, juez de primera instancia en la materia del fuero común, presidente municipal, secretario o delegado municipal del lugar en donde la sociedad cooperativa tenga su domicilio.

Asimismo, en los otros artículos, 32, 89, 90, 92 y 93, se establecen respectivamente que los gobiernos federal, estatal y municipal participarán en lo siguiente: Que las sociedades cooperativas de participación estatal se asocien con dichas autoridades para la explotación de unidades productoras o de servicios públicos, dados en la administración o para el desarrollo económico a niveles local, regional y nacional; que colaboren en los planes económico-sociales para el desarrollo económico; que apoyen a las escuelas, institutos y organismos especializados en educación cooperativa; que se apoye en la labor que en este sentido realicen las universidades o instituciones de educación superior del país; que se tome en cuenta la opinión según el cual el caso de las federaciones, uniones, confederaciones nacionales y el consejo superior de cooperativismo, en los programas que incidan en la actividad cooperativa mexicana; y apoyar en el ámbito territorial a su cargo y en la medida de sus posibilidades, el desarrollo del cooperativismo.

En virtud de que está publicado el dictamen en la Gaceta Parlamentaria, como ya se señaló, del pasado 26 de agosto de 2004 y en la del día de hoy jueves 2 de septiembre de 2004 en las páginas 8, 9, 10 y 11, concluyo aquí mi intervención señor Presidente. Es cuanto.

El Presidente Juan de Dios Castro Lozano: Gracias señor diputado don Francisco Javier Saucedo Pérez.

Señoras y señores legisladores, se abre la discusión en lo general. Esta Presidencia no tiene oradores registrados, por lo tanto la Presidencia declara que el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

Para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se pregunta a la Asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

En virtud de que no hay reserva de artículos en lo particular, se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico por diez minutos, para proceder a recoger la votación en lo general y en lo particular en un solo acto.

El Secretario Antonio Morales de la Peña: Se pide se hagan los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico por diez minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto, en un solo acto.

(Votación)

El Secretario Antonio Morales de la Peña: Diputado Presidente, se emitieron 429 votos en pro y tres abstenciones.

El Presidente Juan de Dios Castro Lozano: Aprobado en lo general y en lo particular con 429 votos el proyecto de decreto que reforma los artículos 12, 32, 89, 90, 92 y 93 de la Ley General de Sociedades Cooperativas.

Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

El siguiente punto del orden del día es la primera lectura del dictamen con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 6 bis al Código de Comercio publicado en la Gaceta Parlamentaria del 26 de agosto del 2004.

Es de primera lectura.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea, si se le dispensa la segunda lectura y se pone a discusión y votación de inmediato.

La Secretaria Graciela Larios Rivas: Por instrucciones de la Presidencia, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se consulta a la Asamblea si se le dispensa la segunda lectura al dictamen y se pone a discusión y votación de inmediato.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

La mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente Juan de Dios Castro Lozano: Se le dispensa la segunda lectura.

En términos del artículo 108 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, tiene la palabra el señor diputado don Manuel Ignacio López Villarreal, hasta por diez minutos.

El diputado Manuel Ignacio López Villarreal (PAN): Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados:

En esta ocasión hago uso de la tribuna a nombre de las diputadas y diputados que integramos la Comisión de Economía de la LIX Legislatura de esta Cámara de Diputados, para presentar el dictamen a la minuta con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo al Código de Comercio.

El artículo que se propone adicionar establece la obligación de todos los comerciantes de conducirse conforme a los usos honestos en materia industrial y comercial.

Asimismo la obligación de abstenerse de realizar actos de competencia desleal en los siguientes términos:

Nuestra Carta Magna en su artículo 28 ya ha establecido la prohibición de los monopolios, estancos, los acaparamientos para generar altas en precios, todos los acuerdos o combinaciones entre productores, industriales, comerciantes o empresarios que tengan por objeto evitar la libre concurrencia o libre competencia entre sí, y en general todo lo que constituya una ventaja exclusiva e indebida a favor de alguna o varias personas, un perjuicio del público en general o de alguna clase social.

Otras leyes especiales, como la de la Propiedad Industrial o la Ley Federal de Competencia establece también diversas conductas que pueden constituirse como competencia desleal. Queda claro que la competencia desleal puede suponer en sí misma una gran diversidad de conductas nocivas para el comercio, desde el monopolio mismo hasta la venta abajo del costo de producción o la imitación sistemática de promociones entre competidores.

No obstante todas las conductas que pudieran considerarse como competencia desleal no se encuentran enlistadas en ningún ordenamiento específico. La misma competencia desleal no es considerada o proscrita por el código que corresponde, es decir, el Código de Comercio.

En este orden de ideas debe de aclararse que difícilmente puede ser tipificada una por una las conductas que pueden constituirse competencia desleal, sin el grave riesgo de omitir un número importante de ellas, toda vez que la tendencia globalizadora del mercado y el constante avance del comercio generan nuevos supuestos y formas de competir deslealmente, por lo que un listado no sería suficiente para delimitar los actos nocivos para el comercio.

Es necesario entonces que las disposiciones legales que se adopten para proteger la libre competencia se refieran a los efectos nocivos que se pretenden evitar. Por ello, a la minuta enviada por el Senador se realizan breves modificaciones para enriquecer el esfuerzo iniciado y contar ya con una disposición en el Código de Comercio que se refiera a la competencia desleal y que en este sentido sirva de basamento para posteriores trabajos en leyes especiales, quedando la redacción del artículo que se adiciona como sigue:

Artículo 6º Bis.- Los comerciantes deberán realizar sus actividades de acuerdo a los usos honestos en materia industrial o comercial, por lo que se abstendrán de realizar actos de competencia desleal que:

"Creen confusión por cualquier medio que sea respecto del establecimiento los productos o la actividad industrial o comercial de otro comerciante.

"Desacrediten mediante aseveraciones falsas el establecimiento, los productos o la actividad industrial o comercial de cualquier otro comerciante.

"Induzcan al público a error sobre la naturaleza, el modo de fabricación, las características, la aptitud del empleo o la cantidad de los productos y finalmente se encuentren previstos en otras leyes"

Las acciones civiles, producto de actos de competencia desleal, solo podrán iniciarse cuando se haya obtenido un pronunciamiento firme en la vía administrativa si este es aplicable.

Los miembros de la Comisión de Economía coincidimos en que es necesario trabajar por el perfeccionamiento de las figuras de instancias que sirvan para combatir las prácticas desleales, toda vez que consideramos que éstas constituyen el principal obstáculo para el desarrollo de una honesta y libre concurrencia en el comercio que genere confianza y certidumbre jurídica para los que optan por participar en el mismo.

Reconocemos también que en la medida en que se presente un mejor y más eficiente combate a la práctica desleal se contará con mayores posibilidades de alcanzar un desarrollo social y sustentable.

Por lo anteriormente expuesto, compañeros diputados, los exhorto a que todas y todos se sumen a este proyecto, el cual traerá como consecuencia una competencia más justa y leal entre los comerciantes.

Muchas gracias. Es cuanto señor Presidente.

(Aplausos)

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Muchas Gracias, señor diputado.

En consecuencia está a discusión en lo general y en lo particular el artículo único del proyecto de decreto.

Esta Presidencia informa que no se han registrado oradores. Luego entonces se considera suficientemente discutido.

Se ruega a la Secretaría se abra el sistema electrónico por 10 minutos para proceder a la votación del proyecto de decreto en lo general y en lo particular en un solo acto.

La Secretaria Graciela Larios Rivas: Se pide se hagan los avisos a que se refiere el Artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico por diez minutos para proceder a la votación de proyecto de decreto.

(Votación)

Se emitieron 424 votos en pro, 4 abstenciones y 0 en contra.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular por 424 votos el proyecto de decreto por el que se adiciona el Artículo 6 Bis al Código de Comercio.

Se devuelve al Senado de la República para los efectos del inciso e) del Artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Señoras y señores legisladores, a esta presidencia ha llegado documento firmado por los Coordinadores Parlamentarios y que tiene que ver con la condena sobre el secuestro de los niños en Rusia, en Chechenia, por lo cual y con fundamento en el Artículo Vigésimo del Acuerdo Parlamentario relativo al Orden del Día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación aprobado el 9 de octubre del 2003 por esta soberanía, es que me permito rogarle a la Secretaría consulte a la Asamblea, si es de tomar en cuenta modificando el Orden del Día en este momento.

El Secretario Marcos Morales Torres: En votación económica se pregunta a la Asamblea si es de considerarse la modificación al Orden del Día tal como lo señaló el diputado presidente.

Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor.

(Votación)

Las diputadas y los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo por favor.

(Votación)

Mayoría por la afirmativa diputado presidente.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: En consecuencia, tiene el uso de la palabra el señor diputado Rafael García Tinajero para presentarlo, en la inteligencia de que por el artículo décimo octavo del propio Acuerdo al que he aludido tiene la tribuna por tres minutos.

El diputado Rafael García Tinajero (PRD): Este es un Punto de Acuerdo que presentamos los diputados de la Comisión Especial de Niñez, Adolescencia y Familias, condenando el secuestro de niños en Rusia.

El ser humano en forma natural ama a los niños y niñas, esto nos ha hecho perdurar como especie y nos hace vivir como humanos, siendo siempre la imperiosa necesidad de apoyar y proteger a sus hijos, ¿quién no es capaz de sacrificar el bocado propio e inclusive la vida, a cambio de saciar el hambre o proteger la vida de un infante?, si estos sentimientos no existieran hace mucho que los seres humanos hubiésemos desaparecido de la faz de la tierra.

Vivimos tiempos violentos, la falta de respeto al prójimo ha llegado al grado de hacer pensar a muchos que solamente la eliminación del contrario soluciona los problemas, el odio llega a ser tal que no solamente se pretende eliminar ideas sino hasta personas y su progenie. Vivimos tiempos violentos.

Los medios de comunicación hacen llegar casi cotidianamente hasta nuestros hogares imágenes horrendas, desde los diferentes sitios en donde se viven conflictos bélicos, imágenes de muerte y destrucción, que por ser tantas y tan recurrentes, han hecho que muchos hayan perdido la capacidad de asombro e indignación.

Sin embargo, por insensibles que seamos, creemos que queda aun gracias a ese instinto para perpetuar la especie, la capacidad de indignarnos y sufrir, cuando se nos presenta la imagen de la barbarie ejercida contra los niños.

Quién no siente repugnancia, aunque hayan pasado más de 30 años, cuando veíamos la imagen de la niña vietnamita que corre desnuda quemándose, bañada por napalm, o el niño iraquí que perdió familia y que perdió brazos después de un bombardeo norteamericano, o los niños de Afganistán que también tras bombardeos norteamericanos yacen muertos sobre un petate, o los colombianos e israelíes muertos en atentados terroristas contra autobuses escolares, o los niños que viajaban en los aviones impactados contra las Torres Gemelas el 11 de septiembre en Norteamérica o en los trenes en España el 11 de marzo.

Hoy somos testigos de un acto aberrante en contra de infantes, en Betlán, Rusia, hay un secuestro masivo de niños y niñas por un grupo separatista chechenio que amenaza con matarlos. Independientemente de cualquier motivo que se aduzca, nadie tiene derecho a hacer esto, nadie tiene derecho a atacar a los seres más débiles e inocentes, que son los niños. El fin no justifica los medios e independientemente de que esto esté sucediendo al otro lado del planeta y en un conflicto del que no somos parte, los representantes del pueblo de México no tenemos derecho a permanecer indiferentes ante este crimen de lesa humanidad, nuestra indiferencia también sería un crimen.

El Estado Mexicano ha suscrito múltiples tratados internacionales que protegen los derechos de los seres humanos en general y en particular los de los niños y niñas. Hoy debemos ser elementalmente congruentes elevando nuestra voz y condenando este crimen, los que hayan sucedido ya y los que vengan en el futuro en cualquier parte del mundo.


Por lo anterior y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de este órgano colegiado la proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, de los siguientes puntos:

Uno. La condena enérgica por parte de esta soberanía al atentado contra la infancia que se está llevando hoy en Betlán, Rusia por parte del grupo separatista chechenio, así como nuestra solidaridad con el pueblo y el Gobierno Rusos, en particular con los padres de los niños rehenes.

Dos. Solicitar al Ejecutivo Federal exprese por medio de nuestras representaciones internacionales, su enérgica condena y la exigencia de la liberación inmediata, así como se pronuncie por una salida pacífica que preserve la integridad de los rehenes.

Tres. Que el Estado Mexicano atienda la petición del Consejo de Seguridad de la ONU, en el sentido de apoyar a la Federación Rusa en el caso de la toma de rehenes en la escuela de Betlán y de los otros ataques terroristas que se han registrado recientemente en ese país.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de septiembre del año 2004.

Firman los coordinadores de los grupos parlamentarios y los diputados de la Comisión Especial de Niñez, Adolescencia y Familia.

Muchas gracias. Es cuanto señor Presidente.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Gracias a usted.

Pregunte la Secretaría a la asamblea si este asunto se considera de urgente resolución.

El Secretario Marcos Morales Torres: En votación económica, se pregunta a la asamblea con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, si se considera de urgente resolución la proposición.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo, por favor.

(votación)

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa.

(votación)

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado.

Señoras y señores legisladores, en virtud de que ha transcurrido el tiempo correspondiente a la presente sesión...

Esta Presidencia aclara que no se registraron oradores y que vamos a corregir el trámite. Vamos a pedirle a la Secretaría someta a la consideración de la asamblea si es de aprobarse el contenido del punto de acuerdo.

El Secretario Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la asamblea si se aprueba la proposición.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor.

(votación)

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa

(Votación)

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado el punto de acuerdo.

En virtud de que ha transcurrido el tiempo correspondiente a la presente sesión, que dispone el artículo 1° del Acuerdo Parlamentario que establece los lineamientos para acreditar las asistencias a las sesiones plenarias, aprobado por el Pleno el 9 de octubre del 2003, se ruega a la Secretaría dar lectura al orden del día de la próxima sesión, la cual incluirá los asuntos no abordados en la presente.

La Secretaria Graciela Larios Rivas: (Da lectura del orden el día de la próxima sesión.)

Cumplida su encomienda, señor Presidente.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia toma como buena para verificar la asistencia, la última de las votaciones nominales.

(A las 15:19 Horas) Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el próximo martes 7 de septiembre a las 11:00 horas y se les informa que el sistema electrónico estará abierto a partir de las 9:30 horas.