Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, LIX Legislatura
Versión estenográfica de la sesión ordinaria del martes 14 de septiembre de 2004

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra (PRI) (Toca la campanilla y dice): Pido a la Secretaría haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de ciudadanos diputados.

El Secretario Marcos Morales Torres (PRD): Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 429 diputadas y diputados. Por lo tanto hay quórum, señor Presidente.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra (A las 11:25 horas): Se abre la sesión.

Consulte la Secretaría a la Asamblea si se le dispensa la lectura al orden del día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

El Secretario Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea en votación económica si se le dispensa la lectura al orden del día

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra : Se dispensa la lectura.

El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior.

Se ruega a la Secretaría consulte a la Asamblea si se le dispensa la lectura tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

El Secretario Antonio Morales de la Peña (PAN): Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al acta de la sesión anterior, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra : Se dispensa la lectura.

Proceda la Secretaría a poner a discusión el acta.

El Secretario Antonio Morales de la Peña: Está a discusión el acta.

No habiendo quien haga uso de la palabra en votación económica se pregunta si se aprueba.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

La mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra : Aprobada el acta.

Continúe la Secretaría.

La Secretaria Graciela Larios Rivas (PRI):

Oficio de la Junta de Coordinación Política. El diputado Pablo Gómez Alvarez, Coordinador del PRD, informa de cambios en Comisiones: Alta del diputado José Luis Barrasa García, como integrante en las Comisiones de Desarrollo Social y Fortalecimiento al Legislativo; alta de la diputada María de los Dolores Padierna Luna, como integrante de la Comisión de Energía; baja del diputado Gelacio Montiel Fuentes, como integrante de las Comisiones de Transportes, Desarrollo Social, Fortalecimiento al Federalismo y Grupo de Amistad con Costa Rica; baja del diputado Augusto Magaña Martínez como integrante de las Comisiones de Comunicaciones y Marina; baja del diputado Narciso Agúndez Montaño, como integrante de las Comisiones de Energía, Pesca, Turismo y Especial de Ganadería.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra : De enterado.

La Secretaria Graciela Larios Rivas:

Da lectura al oficio de la Junta de Coordinación Política por el que comunica que el ciudadano diputado Gelacio Solís Fuentes, quien solicitó licencia con fecha 29 de abril del 2004, deja de pertenecer a las Comisiones de Transportes como Secretario, de Desarrollo Social, de Fortalecimiento al Federalismo y del Grupo de Amistad con Costa Rica. Asimismo se solicita se dé de alta al diputado José Luis Barraza García como integrante en las Comisiones de Desarrollo Social y de Fortalecimiento al Federalismo.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra : De enterado.

La misma Secretaria:

Da lectura al oficio del Coordinador del Grupo Parlamentario del PRD por el que se solicita sea dada de alta la ciudadana diputada María de los Dolores Padierna Luna como integrante de la Comisión de Energía.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra : De enterado.

La misma Secretaria:

Oficio de la Junta de Coordinación Política por el que comunica cambios de integrantes en Comisiones ordinarias. Los ciudadanos Sergio Augusto Magaña Martínez y Narciso Agundez Montaño solicitaron licencia a su cargo con fecha 11 y 21 de agosto de 2004, por lo que le solicitan se les dé de baja en las Comisiones que venían ocupando.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra : De enterado.

La misma Secretaria:

Comunicación de la fracción parlamentaria del PAN por la que se solicita los siguientes cambios en la integración de las mesas directivas de comisiones: Baja del diputado Gelacio Montiel Fuentes como Secretario de la Comisión de Transporte. Baja del diputado Augusto Magaña Martínez como Secretario de la Comisión de Comunicaciones.

En votación económica se pregunta si se aprueba.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

La mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra : Aprobada.

La misma Secretaria:

Oficio de la Junta de Coordinación Política relativo a la integración de la Delegación de Diputados que habrá de participar en la VII Reunión Interparlamentaria Cuba-México, que se realizará del 22 al 24 del mes en curso en la ciudad de La Habana, Cuba.

En votación económica se pregunta si se aprueba el acuerdo.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

La mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra : Aprobado.

La misma Secretaria: Comunicaciones.

Da lectura a la comunicación del diputado José Reyes Baeza Terrazas por el que opta por el cargo de Gobernador del Estado Libre y Soberano de Chihuahua para el periodo 2004-2010.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra : De enterado y comuníquese.

La Secretaria Graciela Larios Rivas:

Informe de la Comisión Especial que dio seguimiento a los hechos de corrupción e involucramiento de funcionarios públicos del Estado de Morelos con el narcotráfico.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra : En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, esta Presidencia dicta el trámite de "enterado".

Continúe la Secretaría.

El Secretario Marcos Morales Torres: Se cuenta con un oficio de la Junta de Coordinación Política.

Propuesta con punto de acuerdo para exhortar al Gobierno Federal para que se apliquen urgentemente recursos del FONDEN para el municipio de Ahome, Sinaloa.

En votación económica se pregunta si se aprueba el acuerdo.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor.

(Votación)

Gracias.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Mayoría por la afirmativa, señor diputado.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra : Aprobado. Comuníquese.

El Secretario Antonio Morales de la Peña: Oficio de la Junta de Coordinación Política.

Propuesta con punto de acuerdo por el que se exhorta a las Comisiones de Educación Pública y Servicios Educativos y Presupuesto y Cuenta Pública, para que se apoye la petición de dotar con recursos al presupuesto Anual asignado a la Universidad Juárez, del Estado de Durango.

En votación económica se pregunta si se aprueba el acuerdo.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Gracias.

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

La mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra : Aprobado.

Permítame un segundo Secretaria.

Sonido en la curul de don Pedro Ávila Nevarez.

El diputado Pedro Avila Nevarez (PRI) (desde la curul): Señor Presidente, nada más para agradecer a todos los compañeros diputados de este Honorable Congreso de la Unión, el haber apoyado el apoyo económico que nuestra universidad, que es una universidad centenaria en nuestra república forjadora de grandes valores y de grandes gentes que han dado lustre a nuestra patria, se haya aprobado. Muchas gracias a todos, muy amables. Gracias.

(aplausos)

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra : Enterado don Pedro, gracias a usted.

Continúe la Secretaría.

La Secretaria Graciela Larios Rivas:

Lectura del Proyecto de Acuerdo que modifica el Programa de Comparecencias de funcionarios del Gobierno Federal ante Comisiones Ordinarias.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra : Aprobado. Comuníquese.

El mismo Secretario:

Comunicación del C. Sen. César Raúl Ojeda Zubieta solicitando a la Comisión de Hacienda para que dictamine la iniciativa que crea la Ley de Fondo para la Estabilidad de los Ingresos Petroleros.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra : Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

El Secretario Antonio Morales de la Peña:

Dos oficios con los que se remiten contestaciones de Puntos de Acuerdo Aprobados por la Comisión Permanente.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra : Remítanse a la Cámara de Senadores y copia de los mismos a los ciudadanos diputados promoventes, para su conocimiento.

El mismo Secretario:

Oficio por el que se solicita permiso para que las ciudadanas Graciela Balcázar Rivera y Cecilia Araceli Navarrete Rivera presten servicios en los Consulados de los Estados Unidos, y que la ciudadana Patricia Yamel García Ramos ha dejado de prestar sus servicios.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra : Por lo que se refiere a la solicitud de permiso, recibo y túrnese a la Comisión de Gobernación.

Por lo que se refiere al ciudadano que ha dejado de prestar servicios, túrnese a la Comisión de Gobernación, de la Cámara de Diputados y a la Comisión de Gobernación de la Cámara de Senadores, para su conocimiento.

El mismo Secretario:

Oficio por el que se solicita el permiso constitucional para que el ciudadano Alberto Manuel Cabezut Madaria, desempeñe el cargo de Cónsul Honorario en la república de Etiopía.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra : Túrnese a la Comisión de Gobernación.

Se ruega a la Secretaría instruya el cierre del sistema electrónico y de cuenta del registro de diputadas y diputados.

Permítame un segundo. Sonido en la curul del señor diputado Héctor Gutiérrez de la Garza.

El diputado Héctor Gutiérrez de la Garza (PRI) (desde la curul): Gracias diputado Presidente.

Quisiera solicitarle que con fundamento en el artículo 6º y 5º del Acuerdo Parlamentario para el Desarrollo de las Sesiones, ponga a consideración del pleno de esta asamblea una modificación a la orden del día. El artículo 6º previene de manera expresa que en el deshogo del orden del día de las sesiones tendrán prioridad los asuntos que por disposición constitucional, legal o reglamentaria requieran su discusión y votación en el pleno.

Desde hace varias sesiones, por motivo tanto de la glosa del informe como de la comparecencia el día de ayer del Secretario de Hacienda y Crédito Público, no ha sido posible abocarnos a dictámenes a discusión de puntos de acuerdo que están ya previamente publicados en la Gaceta Parlamentaria. Yo quisiera solicitarle que pusiese a consideración del pleno de esta asamblea la modificación al orden del día, para que entremos a la discusión y votación de esos asuntos. En particular, dar vista del dictamen en primera lectura que al propio tiempo también existe, antes de el inicio de iniciativas de ciudadanos diputados, bajo el entendido que los dictámenes a discusión de puntos de acuerdo se dé lectura única y exclusivamente al punto de acuerdo correspondiente, para proceder a su votación y no esperarnos hasta la siguiente semana.

Siento yo que esto no nos llevaría más de 40, 45 minutos y pudiésemos tener el día de hoy resolutivos sobre ese tipo de asuntos.

Gracias, diputado Presidente.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra : Diputado Gutiérrez de la Garza, en estricto yure (¿) tiene usted razón y sería obligación de esta Presidencia poner a la consideración del pleno el cambio en el orden del día, sin embargo, quisiéramos pensar que no estén los involucrados para abordar algunos de los asuntos listados. Esta Presidencia tiene conocimiento de que hay gestiones en la Junta de Coordinación Política de tal suerte de dedicar el miércoles de la semana que entra una sesión especialmente para desahogar dictámenes, sin embargo, le quisiera preguntar si hay interés especial en cantar la primera lectura de alguno de los asuntos.

El diputado Héctor Gutiérrez de la Garza (desde la curul): Obviamente sí, con relación a un solo asunto de dictamen en primera lectura y por otro lado reflejar un acuerdo del grupo parlamentario del PRI de nuestra reunión interna de hoy en la mañana,

Gracias, diputado Presidente.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra : Diputado Gutiérrez de la Garza, esta Presidencia obsequiará su petición de la siguiente manera y si no hubiese objeción de algún integrante de la asamblea:

La primera lectura del dictamen con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona la Ley de los Sistema de Ahorro para el Retiro, publicado en la Gaceta Parlamentaria, es de primera lectura.

Obsequiada su petición, diputado Gutiérrez de la Garza.

Se ruega a la Secretaría seguir con el trámite del sistema electrónico.

Vamos a continuar con iniciativas.

Concluya la Secretaría con el sistema electrónico. Discúlpeme.

La Secretaria Graciela Larios Rivas: Se informa a la Presidencia que hasta el momento hay una asistencia de 436 diputadas y diputados.

Quienes hasta el momento no hay registrado su asistencia disponen de 30 minutos para realizarlo por cédula.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricoli (PRD): Tiene el uso de la palabra el diputado Marco Antonio Cortés Mendoza, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa que reforma diversos artículos de la Ley Aduanera en materia de Trámites y Costos, Donaciones de Vehículos y Equipos de Emergencia para Desastres.

El diputado Marko Antonio Cortes Mendoza (PAN): Con su venia diputada Presidente.

Honorable Asamblea:

El suscrito diputado Marko Antonio Cortés Mendoza, integrantes del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II, 72 párrafo Primero y 73 fracción XXX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 55 fracción II y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del Pleno de esta Honorable Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa con Proyecto de Decreto, por el que se reforman diversos artículos de la Ley Aduanera con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La situación que existe en nuestro país respecto a vehículos y equipos de emergencia para desastres, tales como carros bomba, pipas especiales para los servicios de bombero, carros todo terreno para protección civil, trajes de bombero, mangueras y equipos médicos, entre otros, son insuficientes para enfrentar desastres naturales y contratiempos.

Lo anterior, debido esencialmente a la falta de presupuesto para adquisición de nuevos y mejor equipos.

Lamentablemente, esta situación no es la única, toda vez que cuando otros países deciden donar sus equipos, los cuales fueron dados de baja no por estar en mal estado, sino porque sus leyes así lo exigen y que la mayoría de estos están en mejores condiciones que los que actualmente contamos, se ven ante la situación de que en México, los trámites para la importación de los mismos son excesivos, tardados y que al cabo del tiempo les generan un gasto excesivo tanto a ellos como a las instituciones que los requieren, acabando por donarlos para su aprovechamiento a otros países que no les exigen tantos requisitos y trámites.

Aunado a lo anterior, varios de los documentos que se exigen por parte de la Secretaría de Hacienda, así como de la Secretaría de Economía, son los mismos, lo cual hace que la donación pueda llegar a tardar hasta un año. Durante este tiempo, los vehículos quedan bajo resguardo de las aduanas, llegando a ser destruidos o dañados, haciéndose inservibles y poco funcionales, una vez que son liberados, lo cual vuelve a generar un gasto por parte de las instituciones que se habían visto beneficiadas por dicha donación.

Otra situación que complica aún más el proceso de donación es la realización de los trámites. Se ha dificultado de gran manera dicho proceso con normas complejas y procedimientos excesivamente largos, lo cual es inadmisible.

Si consideramos que estos equipos son necesarios para estas instituciones, las cuales no tienen fines de lucro, sino de salvaguardar la vida, de servir y de proteger a los que habitamos esta República.

Es tan complejo y tan poco clara la realización del proceso de donación, así como la falta de información para llevar a cabo el mismo, que inclusive es necesario contratar un agente aduanal para la realización de éste, posición que no tiene sentido toda vez que sólo realiza el trabajo de mediador entre los donantes y las instituciones beneficiarias de la donación, lo cual genera un gasto innecesario para las instituciones beneficiadas de la donación.

Con base en la exposición de motivos, someto a la consideración de este órgano colegiado los siguientes

CONSIDERANDOS

Primero.- Que es lamentable que en nuestro país existan tantos trámites innecesarios para importación de vehículos y equipos, donados por otros países para las instituciones sin fines de lucro encargadas de la protección civil, seguridad pública y emergencia, haciéndolos muy largos, complejos y que sólo conllevan a que los donantes prefieran entregarlos a otros países, los cuales simplifican sus procesos para el beneficio de su población.

Segundo.- Que es inadmisible que los costos por dichas donaciones sean tan elevados para las instituciones beneficiarias, así como para los donantes, debido esencialmente por el pago de impuestos, agentes aduanales, así como la operación para la importación de vehículos y equipos.

Tercero.- Que la fracción I del artículo 61 de la Ley Aduanera establece que: "No se pagarán los impuestos al comercio exterior por la entrada del territorio nacional o la salida del mismo de las siguientes mercancías:

Fracción I. Las exentas conforme a las leyes de los impuestos generales de importación y de exportación y a los tratados internacionales, así como las mercancías que importen con objeto de destinarlas a finalidades de defensa nacional o seguridad pública.

En dicha fracción, no quedan exentos los vehículos ni equipos destinados a la protección civil y de bomberos sin fines de lucro, por lo cual, se propone la modificación a dicha fracción para quedar como sigue:

Artículo 61 Fracción I. Las exentas conforme a las leyes de los impuestos generales de importación y de exportación y los tratados internacionales, así como las mercancías que se importen, con objeto de destinarlas a finalidades de defensa nacional, seguridad pública, protección civil y desastres naturales y de bomberos sin fines de lucro.

Cuarto. Que por su parte el artículo 96 de la Ley en comento refiere que: Se entiende por régimen de importación definitiva la entrada de mercancías de procedencia extranjera para permanecer en territorio nacional por tiempo ilimitado.

Quinto. De ese mismo modo el artículo 95 de la ley antes mencionada refiere que: Los regímenes definitivos se sujetaran al pago de impuestos al comercio exterior y en su caso, cuotas compensatorias, así como al cumplimiento de las demás obligaciones en materia de regulaciones y restricciones no arancelarias y de las formalidades para su despacho.

Del artículo que antecede, se desprende que no quedarán exentas de los impuestos al comercio exterior, cuotas compensatorias y demás obligaciones. Los vehículos y equipos utilizados para defensa nacional, seguridad pública, protección civil y bomberos sin fines de lucro, contraviniendo el artículo 61 de esta ley, toda vez que estas, dichas donaciones tienen el carácter de definitivas de acuerdo a la definición establecida en el artículo 96 antes citado. Por lo cual se propone una adición a dicho artículo para quedar de la siguiente manera:

Artículo 95. De dichos pagos quedarán exentas las mercancías destinadas a finalidades de defensa nacional, seguridad pública, protección civil y desastres naturales y bomberos sin fines de lucro.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración del pleno de esta Honorable Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa.

Único. Se reforma la fracción I del artículo 61 y se adiciona un párrafo segundo al artículo 95 de la Ley Aduanera para quedar como sigue:

Artículo 61 fracción I. Las exentas conforme a las leyes de los impuestos generales de importación y de exportación y a los tratados internacionales, así como las mercancías que se importen con objeto de destinarlas a finalidades de defensa nacional, seguridad pública, protección civil, desastres naturales y bomberos sin fines de lucro.

Artículo 95. De dichos pagos quedarán exentas las mercancías destinadas a finalidades de defensa nacional, seguridad pública, protección civil y desastres naturales y de bomberos sin fines de lucro.

Transitorios.

Primero. El presente decreto entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones legales que se antepongan al contenido del presente decreto.

Es cuanto, diputada Presidenta.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricoli: Muchas gracias, señor diputado Cortés Mendoza.

Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Damos la más cordial bienvenida por la visita que tenemos entre nosotros de los estudiantes de la Universidad de Guadalajara y del municipio de Zapotlanejo, Jalisco, que están aquí con nosotros. Bienvenidos.

(Aplausos)

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricoli: Tiene la palabra el diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional para presentar una iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público.

El diputado Omar Bazán Flores (PRI): Con permiso, señora Presidenta.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricoli: Adelante, señor diputado.

El diputado Omar Bazán Flores: El 19 de diciembre del año 2002, fue publicada la Ley Federal para la Administración, Enajenación de Bienes del Sector Público, abrogándose la anterior Ley Federal para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados y Abandonados.

Con esta nueva ley se alcanzó un importante objetivo, por humanizar y controlar el destino de todos aquellos bienes asegurados, decomisados y abandonados, mediante la creación del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, mejor conocido como el SAID.

Dicha entidad pública es la responsable de recibir todos aquellos bienes que de acuerdo con la legislación vigente, pueden recibir por diversos medios, sea proveniente de procesos penales, federales, procesos relacionados con la aplicación de la legislación en materia aduanera, los recibidos en dación (¿) cuando se trata de cubrir créditos al Gobierno Federal, los embargados o abandonados a favor del Gobierno Federal, los que pasan a ser propiedad del fisco federal o aquellos provenientes de títulos o valores de activos susceptibles de enajenación.

Lo anterior significa un cúmulo de diversos tipos de bienes que de acuerdo a la ley que los regulan, son transferidos al SAI (¿) para afectar sobre ellos algunas de las siguientes acciones:

Su administración, enajenación, destrucción o donación según el tipo de características de los mismos. Asimismo, esta ley faculta al SAI (¿) en el artículo la aplicación de dos procedimientos para la enajenación de los bienes:

La donación a los gobiernos de los estados, los municipios y el Distrito Federal, así como a las instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, misma que de acuerdo a datos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, existen registradas en el directorio de donatarios autorizados un total de 5 mil 472 instituciones.

El segundo procedimiento autorizado al SAI es la compraventa que incluye la permuta y cualquier otra forma jurídica de transmisión de la propiedad a través de licitaciones públicas, subastas o remates o adjudicación directa.

Sin embargo, siendo uno de los objetivos de la ley coadyuvar al fortalecimiento de aquellas instituciones sin fines de lucro, especialmente las dedicadas a la asistencia social con las donaciones de bienes que le permitan aminorar el impacto ante la escasez de recursos económicos para mantener su permanencia y actividad en beneficio de sectores sociales vulnerables, una gran mayoría de estas instituciones reclaman el poco o mínimo apoyo que existe desde hace años por parte de las autoridades responsables de canalizar las citadas donaciones de bienes.

De acuerdo con datos recientes publicados en la página de internet del SAI, hasta julio de este año se han donado 491 entidades, la mayoría municipios; un millón 16 871 unidades, única y exclusivamente tres tipos de mercancías: juguetes, adornos de cerámica y 35 vehículos; el resto de reportes del destino de bienes se desglosa en 273 398 unidades que han sido devueltas y 62 millones 570, 580 unidades han sido destruidas, lo que representa un conjunto en una operación equivalente a 4 millones 924 733 millones pesos.

De esta información podemos identificar que las instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles del Impuesto Sobre Renta, son las que menos son favorecidas por el procedimiento del SAI, ya que de acuerdo con el procedimiento del SAI hasta el 31 de julio de este año, cuentan con 100 millones 413 mil 844 millones de unidades de bienes asegurados o decomisados en procedimientos penales federales.

Asimismo, debemos analizar por qué año con año sólo se destina un tipo de bien común como son los juguetes, cuando todos conocemos que por lo menos en los almacenes del Distrito Federal existen mercancías por más de 2 mil millones de pesos y sus diversidades abarcan desde electrodomésticos, ropa nueva, alimentos enlatados, medicinas, materiales quirúrgicos y de hospital, computadoras, etcétera.

Considerando que debe existir un mayor apoyo a las instituciones que prestan servicios de asistencia en todo el país que en su mayoría atraviesan por una serie de carencias para el cumplimiento de su objetivo social, el grupo parlamentario del PRI, por mi conducto, presenta a esta soberanía la propuesta para modificar la ley que provee al SAI de facultades que le permitan destinar al menos el 50% del total de los bienes que le son transferidos al procedimiento de donación, modificando el artículo 31 y estableciendo un sentido de equidad entre los bienes que son enajenados vía la compraventa o los que son donados.

Además proponemos la modificación del artículo 4º. para que todas las instituciones interesadas cuenten con claridad y transparencia de la información sobre los bienes que son susceptibles de donación mediante una publicación bimestral que emita el SAI y que dicha información le sea proporcionada previa solicitud en un plazo no mayor de tres días hábiles.

Dado que el artículo 16 señala el origen de los bienes que serán susceptibles de donación, destrucción o enajenación, proponemos que en dicho artículo se incluya los bienes que pasen a ser propiedad del fisco federal señalados en la fracción VI del artículo 1º. de la ley.

Parte fundamental de la reforma propuesta radica en la modificación del texto actual que comprende el artículo 34, ya que a la letra señala que en casos excepcionales, los bienes podrán ser donados, lo que puede interpretarse como una condicionante que permite la discrecionalidad de la autoridad para decidir cuánto o a quiénes benefician la donación, perdiéndose el espíritu de la ley en un concepto que debiera ser considerado equitativo y de beneficio para todas aquellas instituciones que cubren con las obligaciones fiscales y que además colaboran con asistencia social en este país.

Finalmente proponemos que el artículo 35 de las entidades solicitantes de donación, recibidas por el FAIS, tengan respuesta pronta y expedita en un plazo no mayor de 15 días hábiles considerando que al día de hoy pueden pasar meses que las instituciones incluso el propio gobierno estatal o municipal, sean informados por el FAIS, sobre el curso o resolución de sus solicitudes.

Por lo anteriormente expuesto se propone a esta Soberanía la aprobación de la presente iniciativa con proyecto de decreto en el artículo único de reforma al artículo 4, 16, 31, 34 y 35 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público para quedar como sigue:

ARTICULO 4o. El FAIS entregará una base de datos de carácter pública con el registro de bienes que podrá ser consultados por la autoridad judicial federal, la Procuraduría de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal autorizada y del fuero común encargadas de la procuración e impartición de justicia.

Las instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles, así como por las personas que acrediten el interés legítimo para aquéllos.

Reforma: El FAIS integrará una base de datos de carácter público, con el registro de bienes, que podrá ser consultada por las autoridades judiciales, federales, la Procuraduría de las dependencias o entidades de la Administración Pública Federal autorizadas, del fuero común encargados de la procuración e impartición de la justicia, las instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles así como las personas que acrediten un legítimo, para ellos, las instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles, podrán recibir un ejemplar de dicha publicación, previa solicitud que deberá ser resuelta por el FAIS en un plazo no mayor de 3 días.

ARTICULO 16 dice: Los bienes a que se refiere la fracción V del artículo 1o. de esta ley y los que sean incosteables serán donados, destruidos o enajenados por el FAIS a través de los procedimientos previstos en el artículo 4o. de esta ley.

Reforma:

Los bienes a que se refiere la fracción V y VI del artículo 1o. de esta ley y los que sean incosteables serán donados, destruidos o enajenados por el FAIS a través de los procedimientos previstos en el Título Cuarto de la ley.

Artículo 31. Reforma. Los procedimientos, la enajenación previstos en la ley son de orden público y tienen por objeto enajenar de forma económica, eficaz, imparcial y transparente, los bienes que sean transferidos al FAIS, asegurando las mejores condiciones en la enajenación de los bienes a obtener el mayor valor de la recuperación posible de las mejores condiciones de la oportunidad, así como la reducción de los costos administrativos y custodia a cargo de la entidad transparente.

Los procedimientos de enajenación serán los siguientes: donación y compraventa que incluye la permuta y cualquier otra forma jurídica de transmisión de las propiedades a través de la licitación pública, subasta, remate o adjudicación directa.

Del total de los bienes que se refiere el artículo 5 y 6o. del artículo 16 (no se entiende) se destinará en forma equitativa el 50% al procedimiento de donación.

Para la realización de la enajenación a que se refieren las fracciones anteriores del FAIS, tendrá todas las facultades u obligaciones en el mandato de pleitos y cobranzas, actos administrativos, actos de dominio y para otorgar suscripciones y títulos de crédito.

Los terceros a que se refiere el artículo 38 de la ley a quienes el FAIS encomienda la enajenación de los bienes, tendrán en su caso las facultades generadas en el artículo 13 fracción I y III de este ordenamiento, sólo las que mencionadas el organismo descentralizado les otorgue.

Tratándose de bienes de la Tesorería de la Federación a sus auxiliares legalmente facultades obtendrá una donación en pago y se transfieren para su enajenación a su aplicación de plazo a que se refiere la Ley de Servicio, de la Tesorería de la Federación.

Artículo 34. Dice: En casos excepcionales la conformidad cuando establezca para tal efecto la disposición aplicable y previsto cumplimiento de los requisitos que en estos casos prevén las mismas, tales como los relativos a ANELMUN.

Para estos efectos se pide también un transitorio primero.

El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las autoridades de la Administración Pública Federal en sus respectivos ámbitos de competencia, contarán con un plazo de 60 días a partir de la vigencia del presente decreto, para modificar las disposiciones reglamentarias a fin de lograr su cabal cumplimiento.

Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados de esta LIX Legislatura.

Dip. Omar Bazán Flores.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricoli: Muchas gracias diputado Bazán Flores.

Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Tiene la palabra la diputada Evelia Sandoval Urbán, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa que reforma y adiciona los artículos 3o., 7o., 133, 422 y 992 de la Ley Federal del Trabajo .

La diputada Evelia Sandoval Urbán (PRI): Con su venia, señora Presidenta.

Los principios sociales y democráticos que configura el estado mexicano, previstos en nuestra norma fundamental, deben garantizar que los poderes públicos aseguren que el derecho al trabajo gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán bajo cualquier circunstancia al trabajador, condiciones dignas y equitativas de labor, jornada limitada, descanso y vacaciones pagadas, redistribución justa, salario mínimo, igual remuneración por igual tarea, participación en las ganancias de las empresas, organización sindical libre y democrática, y de manera especial la protección del acceso al trabajo, así como la protección contra el despido y la estabilidad del empleo.

Es una realidad que en México, como en las demás naciones, sobre todo en aquellas que se sitúan bajo esquemas de desigualdad y pobreza, millones de personas ven cómo se les deniega literalmente un puesto de trabajo, se les confina a determinadas ocupaciones o se les ofrece un salario más bajo únicamente por razón de su edad, sexo, religión o color de su piel, cualesquiera que sean sus capacidades o los requisitos de trabajo.

Negar la posibilidad de acceder a un empleo, es un acto de discriminación. Así lo establece la declaración de principios y derechos fundamentales en el trabajo.

El desempleo en nuestro país alcanzó, en junio del 2004, de acuerdo con la tasa de desempleo abierto establecido por el INEGI en la encuesta nacional de empleo urbano, el tres punto setenta y ocho por ciento de la población económicamente activa, cifra superior a la registrada en igual mes del 2003.

De tres punto veintisiete por ciento, el indicador por sexo muestra que la tasa de desempleo abierto para las mujeres aumentó de tres punto sesenta y dos por ciento, a tres punto setenta y siete por ciento; mientras que la de los hombres pasó del tres punto cero siete por ciento, al tres punto setenta y ocho por ciento.

El tres punto setenta y ocho por ciento, es la mayor cifra en cuatro años del sexenio del presidente Vicente Fox. Esto significa que la desocupación real está llegando a niveles críticos. La importancia del problema sin embargo, no se ha visto reflejada en una acción realmente eficaz para combatirlo. A los funcionarios del actual gobierno federal, sólo se les ha ocurrido aplicar la continuidad de una solución del pasado: arrojarle dinero al problema.

La conformación de estos datos, hace evidente la ausencia de una política laboral de las autoridades federales que atienda el problema en todas sus variantes. La aplicación de mayores recursos no garantiza detener la discriminación en el acceso al empleo.

Esta situación se ha venido complejizando preocupantemente en los distintos miembros de la sociedad. Cada vez es mayor aquella franja de ciudadanos que se ubica entre los 35 y 45 años de edad, que se ven expuestos a mayores limitaciones para obtener un empleo a pesar de haber acumulado un importante nivel de experiencia que los hace potencialmente productivos en cualquier puesto de trabajo.

Pero déjenme decirles que el problema va más allá. Los recientes informes de población están marcando la tendencia de envejecimiento de la población y, por otro lado, de manera peligrosa se están modificando los parámetros de edad para la jubilación. Si esto es así, tenemos que física y psicológicamente, entrar al rango de edad de 35 a 45 años implica estar social y económicamente excluido, y por lo tanto, discriminado de los beneficios establecidos en nuestra Constitución Política.

El problema planteado no es un asunto menor, debemos legislar no sólo para articular una política económica que sirva a los grandes agregados económicos. Debemos, de manera inmediata, legislar para orientar un conjunto de políticas específicas que garanticen a los individuos acceder a un trabajo digno en las empresas; asimismo debemos garantizar la permanencia en su puesto de trabajo, no podemos permitir la discriminación por ningún motivo.

De igual manera, legislar en materia de discriminación implica establecer las prohibiciones necesarias a los patrones para evitar se imponga cualquier tipo de políticas, normatividad interna o cualquier otro instrumento de carácter legal o administrativo que implique promover la discriminación contra trabajadores o para despedirlos.

Por lo anteriormente expuesto y con los fundamentos jurídicos expresados en el proemio, me permito poner a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa de decreto de reforma y adiciones a la Ley Federal del Trabajo, como se señala a continuación al tenor de la siguiente

PROPUESTA DE DECRETO

Artículo 3o.: No podrán establecerse condiciones que impliquen discriminación, tanto directa como indirectamente entre los trabajadores, así como aquella que niegue a los individuos, la oportunidad de acceder a un empleo conforme loe establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Se entenderá por discriminación cualquier distinción, exclusión o preferencia basada en motivos de edad, raza, color, sexo, religión, embarazo, maternidad, opinión pública, capacidades diferentes, estado civil, participación política, ascendencia nacional u origen social y étnico que tenga por efecto anular o alterar la igualdad de oportunidades para acceder al trabajo o de trato al trabajador activo o cualquier otra que atente contra la dignidad humana, el empleo y la ocupación.

Artículo 7o.: Asimismo toda empresa o establecimiento deberá emplear un porcentaje proporcional por grupo de edad de trabajadores mexicanos conforme lo distribuye el Instituto Nacional de Estadística y Geografía en los Indicadores de Desempleo.

La empresa o establecimiento deberá informar a la Secretaría de Trabajo y Previsión Social bimestralmente, el cumplimiento de lo establecido en el párrafo anterior. Asimismo publicará las listas al interior del centro de trabajo. Lo establecido en este artículo deberá observarse en los contratos colectivos de trabajo.

Artículo 133: Queda prohibido a los patrones, párrafo segundo: Imponer y aplicar cualquier tipo de políticas, disposición interna o cualquier otro instrumento de carácter legal o administrativo que implique promover la discriminación directa o indirectamente.

Artículo 422: Queda prohibido establecer en el Reglamento Interior de Trabajo, cualquier tipo de políticas, disposiciones, o cualquier otro instrumento de carácter legal o administrativo que implique promover la discriminación directa o indirectamente.

Artículo 992: Se considerarán violaciones muy graves las decisiones del patrón que impliquen cualquier tipo de discriminación por los motivos establecidos en el artículo 3o., de esta Ley.

Artículo Transitorio.

UNICO.- Este decreto entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, 14 de septiembre del 2004.

Atentamente, diputada Evelia Sandoval, y se adjuntan varias firmas.

Diputada Presidenta: Le solicito se inscriba íntegramente esta iniciativa en la Gaceta Parlamentaria y en el Diario de los Debates, ya que esto es solamente una síntesis.

Es cuanto.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricoli: Muchas gracias, diputada Sandoval.

Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates y publíquese en la Gaceta Parlamentaria. Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

En virtud de que el Partido Revolucionario Institucional ha solicitado que se posponga para la siguiente sesión la Ley Federal para las Víctimas y Ofendidos del Delito, así como el Partido Acción Nacional ha solicitado también que para la próxima sesión se posponga la iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal en Materia de Delitos Cometidos en Contra de la Función Pública.

Tiene el uso de la palabra el diputado Juan José García Ochoa, del Partido de la Revolución Democrática, para tratar la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del Código Penal Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

El diputado Juan José García Ochoa (PRD): Con su permiso, señora Presidenta.

Compañeras y compañeros Legisladores:

"El día de hoy venimos a presentar, a nombre del Partido de la Revolución Democrática, una propuesta de reformas a la Constitución y de reformas al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales en lo que sería nuestra posición sobre el tema del voto de los mexicanos en el exterior, atendiendo los siguientes

"Motivos:

"El Informe que hace unos días se presentó en México del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo define como uno de sus variables, como uno de sus indicadores más importantes del avance de la democracia en nuestros países, el derecho que tengan los ciudadanos de cada país a poder ejercer sus derechos políticos cuando se encuentre fuera del territorio nacional. Es pues un consenso del sistema multilateral y de las propias Naciones Unidas el que los residentes de un país en el exterior puedan ejercer sus derechos plenos. Todos los partidos en México se han pronunciado en distintos momentos a favor de garantizar el derecho de los mexicanos a votar en el exterior, pero también ha sido cierto que el conjunto de observaciones y de objeciones particulares que se ha hecho a las modalidades de votación en el exterior conforman en su conjunto una objeción general al tema.

"Por eso nosotros queremos hoy contribuir haciendo un resumen en esta iniciativa de los proyectos que ya han presentado distintos legisladores del Partido de la Revolución Democrática y de la opinión de nuestros comités del PRD en los Estados Unidos para que ayudemos en el debate y la dictaminación en la Comisión de Gobernación de la iniciativa y de la ley para que se pueda votar en el exterior.

"No queremos como partido ser un obstáculo, y así lo queremos decir con toda claridad, un obstáculo para que avance la iniciativa en materia del voto de los mexicanos en el exterior; por el contrario, queremos fortalecer el debate que se está dando dentro de esa Comisión de Gobernación.

"En nuestra iniciativa proponemos en resumen lo siguiente:

"Primero la introducción del ejercicio al voto tanto en el territorio nacional como en el extranjero por los siguientes medios:

"Voto por casilla, voto por correo, por teléfono y voto electrónico.

"El establecimiento del mecanismo de que a través de la integración del listado nominal de electores el IFE y los partidos políticos determinarán los medios con los cuales habrá de votarse en el extranjero, respetando siempre los principios de que el voto sea personal, secreto e intransferible.

"Estableciendo el establecimiento de mecanismos para facilitar la credencialización de los mexicanos en el exterior.

"Garantizar a los mexicanos que residen en el exterior el derecho a votar no solo por Presidente de la República, sino también por Senadores y por Diputados Federales.

"Garantizar también el derecho de los mexicanos residentes en el exterior a tener una representación como comunidad propia en la Cámara de Senadores y en la Cámara de Diputados, creándose para tal efecto nuevas circunscripciones.

"La dotación al Consejo General del Instituto Federal Electoral de nuevas atribuciones que le permitan emprender las obligaciones que se proponen.

"Definiciones expresas y claras de los ciudadanos mexicanos que residen en el extranjero y de los ciudadanos que solo están en tránsito en el extranjero delimitando los derechos del voto en cada categoría.

"Creación de una Junta Especial para el voto de los mexicanos en el extranjero y de un Consejo Especial que durante los procesos electorales habrá de vigilar la organización para el extranjero.

"La creación y la definición clara del listado nominal de electores en el extranjero.

"La prohibición expresa del financiamiento a partidos que provengan del exterior, así como la contratación directa de propaganda por parte de los partidos políticos y la regulación de actos de campaña en el exterior.

"En general la regulación de las campañas electorales en el extranjero.

"México es un país de migrantes, es un país en el que todos migran de una u otra manera. Los movimientos de población han complicado enormemente las políticas públicas en México, diseñadas para una población estática que no cambia de domicilio. Tampoco existen sistemas en México de medición integral del fenómeno migratorio. Quizás millones de mexicanos, especialmente los jóvenes, migran de una u otra manera constantemente.

Los estudiantes de provincia que viajan a las capitales a estudiar, los trabajadores de las maquiladoras fronterizas, los jornaleros agrícolas, temporaleros en los estados de Sinaloa, Sonora o Baja California; los trabajadores de las obras públicas y las empresas públicas que se trasladan a plataformas marinas, pozos petroleros, construcción de presas, puentes, carreteras, etcétera; los profesionistas y trabajadores que se trasladan incluso a diario de una ciudad a otra, a ver clientes, a hacer negocios, a emplearse en trabajos temporales, etcétera. También lo son los aproximadamente 23 millones de mexicanos que se encuentran fuera del territorio nacional.

La costumbre generalizada en las familias mexicanas es la costumbre de la migración y casi todos los servicios: políticas públicas, instrumentos de seguridad social y, por supuesto, el sistema electoral, están fincados en el supuesto de que la gente no se mueve.

La globalización ha hecho posibles y necesarias las migraciones masivas y nosotros seguimos teniendo leyes e instituciones asentadas en lo territorial, en lugar de estar asentadas en los derechos de las personas.

Nuestro sistema electoral está basado en el ejercicio territorial de los derechos políticos, esto ha dejado en la práctica fuera a muchos ciudadanos del ejercicio de sus derechos.

Quizás una buena razón para explicar el creciente abstencionismo en las elecciones, es que la gente simple y sencillamente no está el día de la elección en el domicilio que dice su credencial de elector, está en otra ciudad, en otro país

o quizá por uno o dos días, quizá por un mes, quizá por un año, pensando en ser residente permanente en otra ciudad o en otro país. Esto no significa que el ciudadano no quiera votar, sino que bajo nuestro sistema electoral no puede votar.

Y no estamos hablando de unos cuantos, sino de millones de mexicanos y mexicanas. Tan sólo en los Estados Unidos se calcula que cualquier día del año, el día de hoy por ejemplo, existen medio millón de ciudadanos mexicanos con calidad de visa de turista de manera temporal, que no son residentes, que estarían por muy corto tiempo y que seguramente tienen bienes, familia o amigos e incluso trabajo en México; ellos no podrían votar el día de la elección.

Existen en el exterior entonces, pues, una comunidad que es parte de México, que también se identifican con nuestros símbolos, que se identifican con nuestro sistema político y que no han podido conformar la autoridad mexicana, no han podido formar parte de la soberanía nacional, porque ha prevalecido en nuestro sistema legal la visión y la idea de quien sale de su territorio no tiene derechos, cuando México está conformado por mexicanas y mexicanos que todos en lo individual son depositarios de derechos políticos, económicos y sociales.

Por eso también nuestra insistencia en la defensa de los mexicanos en el exterior en materia social y económica, porque también no sólo siendo depositarios de derechos políticos tienen derecho a la protección de su estado, de su gobierno.

Muy diferente sería el destino de los migrantes mexicanos si pudieran participar en quiénes integran también este Congreso y quiénes los gobiernan en el país y en los estados. Sin duda alguna sería la clase política mexicana mucho más activa en su defensa, si implicara que con ello tendría respaldo electoral.

Hoy a los mexicanos solamente les pedimos solidaridad y apoyo, a los mexicanos en el exterior, y sin duda alguna en muchos estados sus remesas reactivan nuestra economía.

Llegó el momento de darles ese derecho, pero también de cambiar nuestra mentalidad y de sentirnos parte todos los mexicanos, los que nos identificamos con el Himno que acabamos de cantar, de identificarnos con México, con el sistema político mexicano y con la transición democrática y el avance de la democracia que nuestro país requiere.

Por eso presentamos, señora Presidenta, esta iniciativa que esperemos sea considerada por las demás fracciones parlamentarias, para que dictaminemos en este periodo legislativo, el derecho de los mexicanos a votar en el extranjero.

Muchas gracias.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricoli: Muchas gracias al diputado García Ochoa.

En virtud de que esta iniciativa no ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria publíquese e insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates y túrnese a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Gobernación.

Tiene la palabra el diputado Quintín Vázquez García del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional para presentar una iniciativa que reforma el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Quintín Vázquez García (PRI): Con su permiso compañera presidenta. Compañeras y compañeros diputados. El suscrito diputado federal por el Distrito No. 9 con cabecera en Guadalajara, Jal., Quintín Vázquez García, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LIX Legislatura del Congreso de la Unión con fundamento en lo establecido en el Artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad por lo previsto en los Artículos 55 fracción II, 56, 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, pone a consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En el origen de nuestra Constitución no se preveía ningún precepto que se refiriera a los contratos de obra pública ni a las adquisiciones o arrendamientos que llevara a cabo el gobierno o los paraestatales, fue en la Sexagésima Primera Sesión Ordinaria celebrada el 25 de enero de 1917 que la Comisión de Constitución presentó a la Asamblea un dictamen que cito:

"Ciudadanos diputados. Al título de la Constitución que contiene las prevenciones generales, la Comisión ha creído conveniente agregar un artículo, que tiene por objeto asegurar todos los concursos de todos los trabajos públicos, para obtener así, para el servicio de la nación, las mejores utilidades posibles, evitando los fraudes y los favoritismos, bien conocidos del antiguo régimen.

El artículo que se agrega, por ser el último de las prevenciones generales llevará el No. 131, pero como puede haber modificaciones en la numeración, la Comisión de Estilo lo coloca en el lugar que le corresponde en la serie.

La Comisión se permite proponerlo en los siguientes términos a la aprobación de esta H. Asamblea:

Artículo 131.- Todos los contratos que el gobierno tuviere que celebrar para la ejecución de las obras públicas, serán adjudicados en subasta pública, mediante convocatoria y para que se presenten proposiciones en sobre cerrado, que será abierto en junta pública.

Sala de Comisiones. Querétaro de Arteaga, 25 de enero de 1917. Paulino Machorro. Heriberto Jara. Arturo Méndez. Hilario Medina.""

El proyecto presentado fue aprobado casi sin discusión, y sin mayor trascendencia fue aprobado con el No. 134 y estuvo vigente hasta 1982. El texto original del Artículo 134 de la Constitución Mexicana fue el siguiente:

Todos los contratos que el gobierno tenga que celebrar para la ejecución de obras públicas, serán adjudicados en subasta mediante convocatorias y para que se presenten proposiciones en sobres cerrados que será abierto en junta pública.""

Este artículo así permaneció hasta el 28 de diciembre de 1982, fecha en que se publicó en el Diario Oficial de la Federación su texto actual que a la letra se cita:

"Los recursos económicos de que dispongan el gobierno federal y el gobierno del Distrito Federal así como sus respectivas administraciones públicas paraestatales, se administrarán con eficiencia, eficacia y honradez para satisfacer los objetivos a los que están destinados.

Las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra que realicen, se adjudicarán o llevarán a cabo a través de licitaciones públicas mediante convocatoria pública para que libremente se presenten proposiciones solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.

Cuando las licitaciones a que hace referencia el párrafo anterior no sean idóneas para asegurar dichas condiciones, las leyes establecerán las bases, procedimientos, reglas, requisitos y demás elementos para acreditar la economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez que aseguren las mejores condiciones para el Estado.

El manejo de recursos económicos federales se sujetará las bases de este artículo. Los servidores públicos serán responsables del cumplimiento de estas bases en los términos del Título Cuarto de esta Constitución.

El artículo 134, junto con los artículos 25, 26, 27, 28 y 131 de la Constitución Mexicana constituyen lo que la doctrina mexicana denomina el Capítulo Económico de la Constitución. En su forma actual, el artículo de marras se puede diferenciar en dos partes fundamentales:

En la primera se establecen los principios básicos que deben observarse en la administración de los recursos económicos de que dispongan los servidores públicos responsables del Gobierno Federal y del Distrito Federal, así como de las entidades paraestatales. Estos principios son: Eficiencia, eficacia y honradez. Algunos estudiosos incluyen un cuarto principio, que sería idoneidad del gasto, derivado del mandato constitucional de satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

La segunda parte establece el procedimiento que debe de seguirse para la adjudicación de los contratos sobre adquisiciones, arrendamientos y enajenación de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra que en cumplimiento de sus objetivos deberá llevar a cabo el Sector Público Federal, incluyendo a las empresas y organismos paraestatales.

El jueves 30 de diciembre de 1993 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Adquisiciones y de Obra Pública que reglamentó al artículo 134 y abrogó la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios relacionados con bienes muebles de 1985.

El aspecto de las licitaciones internacionales de esta ley incluye la observancia de los tratados internacionales que México ha signado en la materia, como es el GATT, el TLC, Ronda de Uruguay, etc. Con la publicación el 11 de junio de 2002 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Gubernamental, se abrió un espacio inexistente hasta el momento, excepto quizá por lo prescrito por el artículo 8º constitucional, que obliga a la autoridad a contestar acerca de la información que se le requiera mediante las formalidades establecidas, pero que de ninguna manera tiene el alcance que esta nueva ley logra, pues al poner toda la información generada por el Gobierno Federal a disposición de cualquier particular, a excepción de aquella que por su esencia ponga en riesgo la seguridad nacional o lesione a terceros, abre espacios inéditos a la ciudadanización de la cosa pública. No obstante, al no encajar exactamente en un precepto constitucional que le dé sustentación y que, al mismo tiempo le provea carácter permanente y le sustraiga los vaivenes políticos, es necesario desde mi punto de vista, incluir la cuestión amplia de la transparencia en el artículo 134 constitucional.

La transparencia en tanto concepto, empata con el espíritu que late en lo normado en dicho artículo y aunque en principio sólo hacía público lo referente a contratos, licitaciones, arrendamientos, etc., ante los interesados y quienes acudieran a la junta pública en esencia, se buscó evitar arreglos extralegales o francamente ilegales y su consecuente daño al Erario Público, al dinero de todos los mexicanos y sus impuestos. La idoneidad, menciona en el cuerpo del citado artículo 134, viene al caso respecto de la transparencia, pues sería una extensión natural de dicho artículo incluir el derecho a saber, a inquirir y la obligación de informar y transparentar las cuestiones públicas no sólo financieras, sino operativas, legales y organizacionales.

En virtud de lo anterior, resulta necesario elevar a rango constitucional el concepto y la praxis de la transparencia y para ello se debe modificar al artículo 134 de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos, por lo tanto, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa de decreto que reforma el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo Único.- Se reforma el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en los siguientes términos:

Los recursos económicos de que dispongan el Gobierno Federal y el Gobierno del Distrito Federal, así como sus respectivas administraciones públicas paraestatales, se administrarán con eficiencia, eficacia, honradez y transparencia para satisfacer los objetivos a los que estén destinados, las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra que realicen, se adjudicarán o llevarán a cabo a través de licitaciones pública mediante convocatoria pública para que libremente se presenten proposiciones solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, la información de todo esto es accesible a cualquier ciudadano mexicano que lo solicite.

Cuando las licitaciones a que hace referencia el párrafo anterior no sean idóneas para asegurar dichas condiciones, la Ley establecerá las bases, procedimientos, reglas, requisitos y demás elementos para acreditar la economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad, transparencia y honradez que aseguren las mejores condiciones para el Estado.

El manejo de recursos económicos federales se sujetará a las bases de este artículo. Los servidores públicos serán responsables del cumplimiento de estas bases en los términos del título Cuarto de esta Constitución.

Transitorios

Único.- El siguiente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, en el mes de septiembre del 2004.

El de la voz.

Muchas gracias.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricoli: Gracias, diputado Vázquez García. Y túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Tiene ahora la palabra el diputado José Antonio Cabello Gil, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa que reforma el primer párrafo del artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reconocimiento de garantías individuales.

El diputado José Antonio Cabello Gil (PAN): Con el permiso de la Presidencia.

Compañeras y compañeros diputados:

Los derechos humanos, su reconocimiento, su respeto y promoción, constituyen condición indispensable en cualquier régimen democrático.

No podremos aspirar a una verdadera democracia si estos derechos no se convierten en el rasero sobre el cual ésta debe ser medida.

Sin embargo, hay que señalar que estos derechos humanos y garantías individuales que las personas tenemos, así como su concreción jurídica en nuestra Constitución, tiene que expresar con precisión la realidad antropológica que subyace.

A saber, la de que estos derechos humanos y su traducción en garantías individuales, se tienen por el simple hecho de ser persona y nunca, nunca son otorgados por autoridad alguna.

El afirmar que estos derechos y garantías son otorgados por alguien, implica que éstas no se tienen esencialmente, lo cual evidencia un profundo desconocimiento de la naturaleza humana y de la eminente dignidad personal.

De una visión como ésta, se pueden derivar consecuencias y actitudes de carácter autoritario que amenazan el régimen de libertades que los mexicanos vivimos.

Es por ello que en uso de las facultades que me confiere la legislación vigente, hago uso de esta tribuna para presentar iniciativa de decreto que reforma el artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

"En los Estados Unidos Mexicanos, todo individuo gozará de las garantías que reconoce esta Constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece".

Solicito a la Presidencia inserte el texto integro de esta iniciativa en el Diario de los Debates.

Muchas gracias.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricoli: Muchas gracias diputado Cabello Gil.

Y a solicitud del proponente, insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates y publíquese en la Gaceta Parlamentaria, asimismo túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Tiene la palabra el diputado Álvaro Burgos Barrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional para presentar una iniciativa de Ley para regular el envío de remesas del extranjero a la República Mexicana.

El diputado Alvaro Burgos Barrera (PRI): Con su permiso, diputada Presidenta.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricoli: Adelante, señor diputado.

El diputado Alvaro Burgos Barrera: Compañeras y compañeros diputados:

El suscrito, Alvaro Burgos Barrera diputado federal por el Segundo Distrito Electoral del estado de Guerrero, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del pleno de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de ley para regular envió de remesas del extranjero a la República Mexicana, de conformidad con la siguiente:

Exposición de Motivos

Es innegable que la falta de oportunidades y los bajos ingresos de muchos trabajadores mexicanos, hacen que crezca el flujo migratorio hacia los Estados Unidos de América y más aún con la perdida de empleos que se han presentado en la presente administración.

Ante esta realidad de bajo crecimiento de la actividad económica en el país, en contraste con el crecimiento de la población económicamente activa, se ha generado una fuerte presión laboral que se ha traducido en incrementos del desempleo y aumento de los flujos migratorios hacia los Estados Unidos. Lamentablemente, la mayoría son jóvenes que no encuentran oportunidades en nuestro país.

Por su parte, las principales entidades mexicanas expulsoras de migrantes son los estados de: Jalisco, Michoacán, Guanajuato, México, Veracruz, Guerrero, Puebla, Zacatecas, San Luis Potosí, Hidalgo, Oaxaca y el Distrito Federal. Es evidente que al existir tal magnitud de flujo migratorio, el beneficio más directo y cuantificable de la emigración lo constituyen las remesas, que se definen como las transferencias de ingresos monetarios o no monetarios que los migrantes realizan desde el país del norte a sus lugares de origen.

De acuerdo al Banco Interamericano de Desarrollo, se ha registrado un aumento espectacular en el volumen y valor de las remesas enviadas por emigrantes de América Latina y el Caribe a sus países de origen, Destacando que México sigue siendo el principal beneficiado de las remesas en la región, al recibir 10 mil 500 millones de dólares, es decir, casi una tercera parte destinadas a América Latina y el Caribe.

Por su parte el Banco de México informó que durante el periodo de 1990 al primer semestre del año 2003, ingresaron a México casi 70 mil millones de dólares por conceptos de remesas, es decir, esto representa un promedio de 15 millones de dólares diarios. Durante el 2003 las remesas que ingresaron al país, se colocó alrededor de los 10 mil millones de dólares, lo que coloca a este ingreso como la segunda fuente de ingresos de divisas al país, sólo superada por las ventas petroleras.

Alrededor de la mitad de las remesas se dirigieron a los 884 municipios de intensidad migratoria muy alta, alta y media, donde viven más de 20 millones de habitantes. La otra mitad se disperso en 1 mil 466 municipios de intensidad migratoria baja y muy baja, los cuales se encuentran habitados por cerca de 77 millones de personas.

Es importante señalar que los ingresos monetarios de los hogares más pobres de México tienen una fuerte dependencia de las remesas, pues resulta que de cada 100 pesos que reciben, 72 pesos lo obtienen de las remesas. Estos envíos de dinero a nuestro país, además de beneficiar directamente a la economía de los hogares mexicanos, representa un negocio de dimensiones considerables para los establecimientos comerciales y los negocios mercantiles que se dedican al envío de remesas, pues se calcula que sus ingresos anuales son de hasta 1 mil millones de dólares. Sin embargo, es lamentable reconocer que estas ganancias son detrimento del dinero, que con sacrificio y arduo trabajo, nuestros connacionales envían a sus familiares.

Este dinamismo convirtió a las transferencias electrónicas en un negocio atractivo, lo cual propició la incorporación de más de 100 empresas e instituciones comerciales y bancarias, que actualmente representan el 87.5% de las remesas totales. Estas transferencias electrónicas comprenden servicios como: transferencias bancarias, dinero en minuto y giro telegráficos, entre otros.

Según la CONDUCEF, las empresas que se dedican al envió de dinero son: Bank of América, Broncos, Dólar Express, Iromar, Intermex, Leasi Enyoy(¿), Mahapara (¿), Maxipaga, Money Grant, Orlandi Baluta, Ria Envia, Servimex,. One Money, Transfer, Well Fargo Banks, Intercuentas Express, Western Junior, entre otras en Estados Unidos y Electra Banamex, Bancomer, Salinas y Rocha, Vital, Bodegas de Remates y One principalmente en México.

No podemos pasar por alto una de las principales quejas que existen contra estas empresas como son las elevadas comisiones que cobran, lo que representa prácticas abusivas por tratarse de una actividad concentrada e incluso pudiera llegar a confirmar alguna violación legal.

Otra problemática importante es el hecho de que las tiendas de muebles y aparatos electrodomésticos que operan como centros cambiarios, con frecuencia inducen a los cobradores a adquirir mercancías como forma de pago o lo hacen volver horas más tarde e incluso cuando no cuentan con el efectivo suficiente para realizar el pago les piden volver al día siguiente. Esta situación reduce o anula las ventajas de una transferencia inmediata.

En este sentido, se han tomado cartas en el asunto como ha sido el caso de la PROFECO que implementó el programa "quién es quién" en el envío de dinero de Estados Unidos a México. Asimismo, la Secretaría de Relaciones Exteriores otorgó la tarjeta de identificación llamada "certificado de matrícula consular", logrando se reconocida para abrir cuentas en sucursales bancarias en casi todo el país vecino.

Esto ha conseguido que las instituciones bancarias mexicanas cuenten con tarjetas para que los connacionales transfieran dinero de Estados Unidos México, pero ante la poca cultura financiera, el nivel de marginación por parte de la población que recibe las remesas, así como la falta de horarios flexibles de estas entidades bancarias, se está inhibiendo la expansión de estos servicios.

Sin embargo, hace falta impulsar medidas que apoyen este fenómeno y que se vean reflejadas en un menor costo, accesibilidad, flexibilidad de horario, tal como ha sucedido con el "giro paisano" de TELECOM, que fue creado para mejorar la atención a las necesidades de las poblaciones migrantes mexicanas en los Estados Unidos y ampliar la participación en el mercado. Esta modalidad de TELECOM, fortaleció el giro internacional "paisano" con el servicio de pago inmediato en cualquiera de sus mil 609 oficinas telegráficas en la República Mexicana, al tiempo que dispone de una red de ocho empresas operadoras que cuentan con 6 mil 500 puntos de venta en 40 Estados de la Unión Americana.

De esta forma se ofrece el mismo servicio, pero más barato; es decir, a través del "giro paisano" por cada 300 dólares se cobra una comisión de 9.5 dólares en comparación con las empresas privadas, que cobran por la misma cantidad enviada desde 11 hasta 15 dólares; además cabe resaltar que el "giro paisano" aplica de manera exacta el tipo de cambio en comparación con las otras compañías que llegan a aplicar una tasa de cambio 10% menor que la interbancaria.

Eso es una muestra de que se pueden bajar los costos de envíos de dinero en beneficio para nuestros connacionales, sin que ello represente pérdidas económicas para las empresas que ofrecen este tipo de servicio; pero sí podemos lograr que a través de esta propuesta de ley se eliminen las prácticas abusivas que lesiona la economía familiar de los mexicanos y que transgrede el esfuerzo y el sacrificio que viven los mexicanos en Estados Unidos.

La tribuna de esta Honorable Cámara, ha sido testigo del reclamo para erradicar las desiguales condiciones que por cobros de comisiones excesivas se les aplica a los mexicanos que envían sus ingresos a México. Hay una discrecionalidad excesiva en el cobro de este servicio.

Múltiples han sido los pronunciamientos políticos, las proposiciones con punto de acuerdo que sólo han quedado en eso: en temas de debate y en algunos casos en simples acuerdos al interior del Congreso de la Unión, sin efecto vinculatorio y trascendencia alguna.

El vacío de un marco jurídico en esta materia debe ser llenado urgentemente, por ello esta propuesta de iniciativa busca contribuir con el propósito de proteger el ingreso de nuestros connacionales y familiares; ahora es cuando debemos establecer los caminos para dar seguridad y certidumbre a este tipo de operaciones.

Atendiendo las razones que anteceden y a un principio elemental de justicia, me permito someter ante esta Asamblea la presente iniciativa de ley para regular el envío de remesas del extranjero a la República Mexicana que consta de tres capítulos:

En el primero se establecen disposiciones generales de la ley;

En el segundo la garantía de reembolso;

En el tercer capítulo se plantean las sanciones correspondientes a aquellas empresas que no realicen sus actividades con apego a esta ley.

Solicito a la Presidencia que se inserte el texto íntegro en el Diario de los Debates, debido a que ya fue publicado en la Gaceta Parlamentaria.

Es cuanto, diputada Presidenta.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricoli: Muy bien, diputado Burgos Barrera.

De acuerdo a su solicitud, solicito se inserte el texto íntegro en el Diario de los Debates y se turne a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios.

En virtud de que el Partido Acción Nacional ha solicitado que se posponga para la siguiente sesión la propuesta que adiciona la fracción XXIX, fracción "K" al artículo 75 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Para articular políticas de atención y protección a los derechos de las niñas, los niños y las personas con discapacidad y adultos mayores, tiene el uso de la palabra la diputada Consuelo Muro Urista, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa que reforma y adiciona los artículos 200 bis y 200 bis 1, del Código Penal Federal.

El diputado Pedro Avila Nevárez (PRI) (desde la curul): Pido la palabra.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Sonido a la curul del diputado Pedro Avila, por favor.

El diputado Pedro Avila Nevárez (desde la curul): Quiero hacer uso de la palabra desde mi curul o ya sea en la tribuna, sobre el asunto del dinero de envío de migrantes, que acaba de hacer el diputado que me antecedió en el uso de la palabra.

Yo hace aproximadamente 6 meses presenté un Punto de Acuerdo igual al que se acaba de leer ahorita y se turnó a la Comisión de Hacienda que dirige el diputado Madero.

Esto del Giro Paisano, ya es un asunto que quiero que se sepa está resuelto porque el señor Presidente de la República nos apoyó en este asunto. Ya hablamos con el director de TELECOM. Lo único que hace falta para que todos los compañeros sepan, los compañeros diputados, es que se dé publicidad en todo el territorio de Estados Unidos, porque ahí se van a poner en cada uno de los consulados, en cada una de las embajadas, se van a poner oficinas de TELECOM, para que por medio de TELECOM se envíen las remesas a la gente de acá de México, a los familiares de las gentes de México. Y en esta forma reciba cada uno de ellos las remesas y no se envíen por Western Union, por Elecktra o por Salinas y Rocha.

Es un asunto que ya está resuelto y yo creo que esta iniciativa que se acaba de presentar queda sin efecto porque el Giro Paisano ya resuelve todo este problema. Muchas gracias.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Se toma nota señor diputado y tiene el uso de la palabra el diputado Wintilo Vega Murillo.

El diputado Wintilo Vega Murillo (PRI): Declino.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Declina.

Señor diputado, no estamos en este momento en la discusión, tomaremos nota y tiene el uso de la palabra la diputada Consuelo Muro Urista.

La diputada Consuelo Muro Urista: Con su anuencia …

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: A ver, un momentito. El diputado Wintilo ¿no declina? Adelante.

El diputado Wintilo Vega Murillo (desde la curul): Una consulta presidenta. El turno que le está dando a los comentarios del diputado Avila ¿cuál es? dijo que va a tomar usted nota.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Sí. Sí señor diputado, se toma nota. No está a discusión esta iniciativa. Esta iniciativa fue turnada a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios-

El diputado Wintilo Vega Murillo (desde la curul): Nada más quería cerciorarme de que acababa de inaugurar usted la época en que el presidente de la Cámara toma nota de los comentarios de los diputados.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Gracias señor Vega.

El diputado Pedro Avila Nevárez (desde la curul): Pido la palabra.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli:¿Con qué objeto diputado?

El diputado Pedro Avila Nevárez (desde la curul): Un breve comentario, con todo respeto.

Nada más quiero decir aquí que entonces aquí todos los diputados estamos como una cosa de juego, porque presentamos iniciativas, iniciativas, iniciativas y se turnan a comisiones y a comisiones y en las comisiones nunca se hace nada. Y este asunto que ya está resuelto se vuelve a turnar.

No me explico con qué objeto si el señor Presidente de la República ya dio órdenes a TELECOM y TELECOM ya está expidiendo el Giro Paisano y únicamente falta que se dé publicidad en Estados Unidos y que en el presente Presupuesto de Egresos, en la Ley de Egresos de la Federación, digamos, ponga ahí una suma para con esta suma darle publicidad suficiente en todo el territorio de Estados Unidos para que nuestros paisanos envíen su dinero a México y así no los roben las compañías encargadas de estos envíos. Gracias.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Señor diputado, todos los diputados tienen derecho a presentar iniciativas. El diputado Alvaro Burgos Barrera la presentó y fue turnada a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Población.

Tiene el uso de la palabra la diputada Consuelo Muro Urista.

La diputada Consuelo Muro Urista (PRI): Con su venia, señora Presidenta. Compañeras y compañeros diputados.

La que suscribe, diputada Consuelo Muro Urista, perteneciente a la quinta circunscripción del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta la iniciativa de decreto que reforma y adiciona los artículos 200 bis y 200 bis-1 del Código Penal Federal, bajo la siguiente:

Exposición de Motivos

La modernidad en los sistemas informáticos y en las telecomunicaciones, así como han generado inusitadas ventajas y oportunidades para el comercio y para las economías de casi todas las naciones, también han configurado una nueva realidad en la que las fronteras estatales tradicionales y las capacidades de actuación del Estado frente a la sociedad y los individuos, se han visto disminuidas.

Esta nueva realidad, como todos sabemos, ha sido aprovechada por el crimen organizado y por individuos que con o sin fines de lucro pero también sin escrúpulos, lesionan muchas veces con efectos irreparables la moral pública, la integridad de las familias y el prestigio y honorabilidad de las personas.

El Internet, fenómeno tecnológico que permea no sólo ya el ámbito comercial, económico y de las comunicaciones, es utilizado con otros propósitos por el crimen organizado y por individuos para invadir espacios de privacidad del ser humano inherentes a su más sensible integridad, para ser exhibidos contra su voluntad y generando daños que definitivamente son equiparables con una lesión física incluso mayor.

Los hechos hablan por sí mismos. La pornografía es el gran filón del Internet, con más de 70 mil sitios dedicados a todas las rarezas imaginables y algunas inimaginables, los canales que tienen que ver con sexo son las categorías más grandes en los servidores de las distintas redes, lo que constituye un mercado gigantesco para la delincuencia cibernética.

Y si en la edad media se decía que el aire de la ciudad hacía al individuo libre, en la actualidad podríamos decir que el aire de la ciudad hace al ciudadano invisible. En las megalópolis, el anonimato del individuo lo permite operar con relativa calma y en tranquilidad para atentar contra la legalidad en la que se desenvuelve.

La realidad nos indica que las más importantes lesiones a los derechos de la personalidad espiritual, la intimidad, honor, imagen, son producidas por los medios masivos, y ahora informáticos por la fuerza expansiva que poseen.

El honor implica una valoración integral de la persona, tanto en sus proyecciones individuales como sociales; comprende un aspecto subjetivo, el de la autoestima de lo ofendido; y otro objetivo, que hace su reputación frente a terceros.

Por tanto, los actos que afectan al honor, moral y otros perjuicios que se produzcan, tienen que generar responsabilidad penal. Es por ello que el ataque al honor en el contexto de esta iniciativa, requiere necesariamente imputaciones explícitas de conductas delictivas e inmorales para que la autoridad competente pueda con toda claridad y contundencia aplicar la ley, y no se propicie un terreno de chantaje y extorsión, que lejos de resolver un problema, genere otros.

Es imperativo para efectos de esta iniciativa, precisar claramente los tipos delictivos que se pretende incluir en nuestra legislación penal y que en ningún momento se busca restringir la libertad de expresión consagrada en el artículo séptimo de nuestra Constitución Política.

No obstante, como lo establece este dispositivo, sí se persigue con esta iniciativa reafirmar los principios de respeto a la vida privada y a la moral y ahí mismo inscritos.

Vemos ahora que con sólo proponérselo, cualquier persona con los medios idóneos, puede transgredir los espacios privados y causar daño irreparable. Lo que costó más de 200 años reivindicar a los constitucionalistas desde la ilustración, la libertad y el derecho a la privacidad, ahora puede ser vulnerado por un solo individuo.

Entendemos claro que en aquellas épocas era al Estado al que había que limitar, ya que era él quien contaba en todo momento con los medios para infringir esos agravios.

El derecho a expresarse por distintos medios no es absoluto e impone las responsabilidades ulteriores que puedan generarse a raíz de los abusos producidos mediante su ejercicio, pues él mismo no puede extenderse en el detrimento de la necesaria armonía con los restantes derechos constitucionales entre los cuales se encuentra el de la integridad moral y el honor a las personas.

En tal sentido, parece justo a efecto de garantizar un razonable equilibrio entre la libertad de expresión y la protección del honor a la persona, exigir desde la norma, el consentimiento expreso de quien o quienes aparezcan en alguna fotografía o transmisión de una conversación precisando sus fines de uso, ya que pueden ser lesivos a su estima, honor e intimidad.

En virtud de lo anterior se somete a la consideración del honorable Congreso de la Unión, la presente iniciativa de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal.

Artículo Unico: Se adicionan los artículos 200 bis y 200 bis uno del Código Penal Federal para quedar como sigue.

Artículo 200 bis: "Al que ilícitamente instale o permita que se instale en un lugar público o en propiedad privada algún dispositivo tecnológico, tendiente a violar la privacidad de las personas con el propósito de vender, arrendar, distribuir, publicar, transmitir en tiempo real o diferido conversaciones, imágenes o fotografías con contenido sexual o que resulten lesivas a la integridad moral y al honor, sin el consentimiento expreso de quien o quienes ahí aparezcan, se impondrá de seis meses a ocho años de prisión, así como a la reparación del daño moral que se ocasione. Tratándose de servidores públicos, la pena aumentará en una tercera parte".

Artículo 200 bis 1, del Código Penal Federal: "Al que con fines de lucro transmite, intercambie o comercialice el material a que se refiere el artículo anterior, se impondrán de seis meses a ocho años de prisión y multa de 50 a 600 días de salario".

He concluido, señora Presidenta, y en virtud de que ya ha sido publicada, agradezco.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias, diputada Muro Urista.

Túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

En virtud de que el Partido Acción Nacional ha solicitado se posponga para la próxima sesión la presentación de la iniciativa que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para prohibir las labores peligrosas e insalubres a los menores de 18 años, tiene el uso de la palabra el diputado Gonzalo Moreno Arévalo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa que reforma los artículos 24 y 34 fracción XXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

El diputado Gonzalo Moreno Arévalo (PRI): Con su permiso, diputada Presidenta.

Compañeras y compañeros diputados: Pongo a su consideración la siguiente iniciativa que reforma los artículos 24 y 34 en su fracción XXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo de su servidor, el diputado Gonzalo Moreno Arévalo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Por principio de cuentas tenemos que en el artículo 14 de nuestra Carta Magna señala lo siguiente:

"A ninguna Ley se le dará derecho retroactivo en perjuicio de persona alguna. Nadie podrá ser privado de la vida, de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante un juicio seguido en los tribunales previamente establecidos, en los que se cúmplanlas formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho".

Así también, del mismo cuerpo normativo, el artículo 16 señala que: "Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente que funde y motive la causa legal del procedimiento".

Por lo que se deduce que la competencia de la autoridad deberá ser debidamente plasmada en las leyes con anticipación al caso aplicable en concreto, lo cual no se puede con las citadas reformas vigentes en el Código Fiscal de la Federación, como a continuación se explica.

"Con fecha 4 de enero en curso se aprobó la reforma al Código Fiscal de la Federación conteniendo en sus artículos 28 fracción I, 111 fracción XXVI, 115, inconsistencias jurídicas y constitucionales que atentan gravemente contra la garantía seguridad pública de los gobernados y en especial del sector gasolinero, específicamente de los propietarios de centros de servicio y expendio al público de gasolina y diesel, con el hecho de conferirle facultades legales incompatibles con su función y verdadera finalidad al servicio de la administración tributaria, tales como lo confiere la autorización de los equipos de control bulométrico.

"Conjuntamente con los equipos de contabilidad de cada uno de los contribuyentes dedicados a la enajenación de gasolina, diesel, gas natural para combustión automotriz o gas licuado de petróleo, también para combustión automotriz en establecimientos al público en general, duplicando con ello las facultades que de hecho ya le son conferidas a la Secretaría de Economía, a través de su dirección de normalización. Lo que contraviene además de lo preceptuado en los artículos 18, 25 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

"La ley federal en entidades paraestatales y la Ley Federal de Metrología y Normalización pretendiendo que el personal a cargo del Servicio de Administración Tributaria se inmiscuyan en cuestiones de naturaleza netamente técnica en cuanto al funcionamiento y requerimientos técnicos y mecánicos de los aparatos o máquinas conocidas como de control bulométrico. Sin contar obviamente con los conocimientos y el perfil propio del personal adscrito a los laboratorios de control, valuación y certificación a cargo de la Secretaría de Economía del Gobierno Federal.

"Con fecha del 13 de abril del año en curso se presenta iniciativa que reforma la fracción V del artículo 28 y se deroga la fracción VII del artículo 111 y artículo 115 Bis del Código Fiscal de la Federación por parte del diputado Francisco Javier Guízar Macías, dada la inobservancia de lo que se establece en la propia Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la incertidumbre que encierra el actual artículo 24 del citado ordenamiento, toda vez que deja al arbitrio del Ejecutivo a través de la del Titular del Secretario de Gobernación la facultad discrecional de establecer la competencia de las Secretarías, en caso de duda, lo cual no es acorde con la garantía de seguridad jurídica que consagran los artículos 14 y 16 de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y da paso a la apreciación subjetiva de una persona y no de la aplicación ortodoxa de la regla previamente establecida, por lo que se establece que se hace necesario reformar el artículo 24 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con la finalidad de dar mayor claridad a la norma y seguridad al gobernado.

"Por lo anteriormente expuesto someto a su consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 24 y el artículo 34 en su fracción XXI de la Ley Orgánica de Administración Pública Federal, para quedar de la siguiente forma:

"Artículo único.- Se reforman los artículos 24 y 34 en su fracción XXI.

"Articulo 24. El ámbito de competencia de las Secretarías y los Departamentos Administrativos quedan claramente establecido en la presente Ley quedando estrictamente prohibida la asignación de facultades en otras leyes y reglamentos, siempre que no sean compatibles con la naturaleza inherente a la materia de la que se ocupan cada una de las citadas Dependencias de Gobierno.

"Artículo 34.- A la Secretaría de Economía en la fracción XXI, fomentar, regular y promover el desarrollo de la industria de transformación e intervenir en el suministro de energía eléctrica a usuarios en la distribución y comercialización de gas natural y licuado y de gasolinas y diesel en establecimientos al público en general.

"Transitorios

"Artículo 1o. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

"Artículo 2o. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

"Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los 14 días del mes de septiembre de 2004.

"Atentamente el de la voz, Diputado Gonzalo Moreno".

Es cuanto, diputada Presidenta.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Adelante y muchas gracias diputado Moreno Arévalo.

Túrnese a la Comisión de Gobernación.

Tiene la palabra la diputada María Salomé Elyd Sáenz, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa que reforma el tercer párrafo del artículo 70 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La diputada María Salomé Elyd Saenz (PAN): Con su venia, diputada Presidente.

"Honorable Cámara de Diputados:

"La suscrita, María Salomé Elyd Sáenz, en mi calidad de diputada federal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por el digno conducto de ustedes me permito someter a la consideración del Poder Constituyente a que se refiere el artículo 135 de la propia Constitución, la iniciativa de decreto que reforma el tercer párrafo del artículo 70 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente

"Exposición de Motivos

"Durante las últimas décadas la pluralidad de las fuerzas políticas en nuestro país han jugado un papel muy importante en los avances encaminados a fortalecer los principios de la democracia, donde su participación es reconocida en nuestro sistema político como un reflejo de la voluntad de los ciudadanos mexicanos.

"La conformación y participación de los diferentes partidos políticos en el Honorable Congreso de la Unión, ha garantizado la alternancia y la diversidad de propuestas e ideologías, legitimándose con ello la representatividad de los mexicanos y los valores sociales.

"El Constituyente Permanente, convencido de este proceso de transformación y avance en la participación de las diferentes corrientes políticas, decidió aprobar en el año de 1977, un decreto de reformas y adiciones a diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Con esta reforma se elevó a rango constitucional el reconocimiento de los partidos políticos como entidades de interés público, a fortalecer el sistema de partidos, así como a garantizar su participación en la Cámara de Diputados, a través de la adopción de un sistema mixto de elecciones, de las cuales 300 diputados serían electos por mayoría en el mismo número de distritos electorales en el país y 100 diputados serían electos de conformidad con el principio de representación proporcional en 5 circunscripciones plurinominales.

"Con el sistema de representación proporcional se incrementó el número de diputados, garantizándose la participación de las minorías en la Cámara de Diputados, siendo necesaria la implementación de nuevas formas de organización de las agrupaciones políticas. Por lo que el Constituyente Permanente en esta reforma constitucional decidió aprobar una adición al artículo 70 de la propia Constitución, para que la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, determinara las formas y procedimientos para la agrupación de los diputados según su afiliación de partido, a efecto de garantizar la manifestación de las diferentes corrientes ideológicas representadas en la Cámara de Diputados.

"Fue en el año de 1979 cuando el legislador ordinario incorporó en la Ley Secundaria la integración y funcionamiento de los grupos parlamentarios. Sin embargo, obedeciendo el mandato constitucional, únicamente fue para los grupos parlamentarios de la Cámara de Diputados.

"Hasta esta fecha, el esquema de conformación de los grupos políticos se dio únicamente para la Cámara de Diputados, predominando un criterio diverso para la Cámara de Senadores. Habría que recordar que la elección de los senadores era por voto directo, con pocas posibilidades de contemplarse la representación de los partidos políticos minoritarios.

"Posteriormente, en la reforma de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de julio de 1994, el legislador ordinario decidió incorporar la conformación, prerrogativas y funcionamiento de los grupos parlamentarios de la Cámara de Senadores. Esta medida obedeció al aumento y constante participación de las diferentes fuerzas políticas en el país, y de la reforma constitucional de 1993, que fortaleció la presencia y participación de los partidos políticos minoritarios en el Senado de la República, aumentando a 128 de sus integrantes, de los cuales en cada estado y el Distrito Federal, 3 serían electos por mayoría relativa y 1 sería asignado a la primera minoría.

"Sin embargo, la incorporación de los grupos parlamentarios de la Cámara de Senadores en la reforma de la Ley Orgánica del Congreso de 1994 y posteriormente en la ley vigente, ésta última publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de septiembre de 1999, no encuentra sustento constitucional, en virtud de que el Constituyente Permanente hasta nuestros días ha omitido modificar el artículo 70 constitucional, para permitir estas medidas.

"Al respecto, no está de más mencionar que nuestra Constitución Federal es la ley máxima de nuestro sistema jurídico, de donde se desprenden las bases para el pleno reconocimiento de nuestro sistema político y de gobierno. En ese sentido, la ley secundaria encargada de regular la organización y funcionamiento del Poder Legislativo, mínimamente tiene que atender sus principios fundamentales.

"En consecuencia y en virtud de que a lo largo de estos últimos años, la conformación de los grupos políticos en nuestro sistema parlamentario se ha ido fortaleciendo, siendo necesaria su existencia y funcionamiento para los trabajos legislativos de ambas Cámaras del Congreso de la Unión, la iniciativa de decreto que se propone tiene como finalidad primordial, subsanar el vacío del Artículo 70 de nuestra Constitución, ya que de aprobarse esta reforma se reconocería la legitimidad constitucional sobre la existencia, organización y funcionamiento de los grupos parlamentarios en la Cámara de Senadores, y consecuentemente su regulación en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo anteriormente expuesto, por el digno conducto de ustedes me permito someter a la consideración del Poder Constituyente, la siguiente iniciativa de decreto que reforma el tercer párrafo del Artículo 70 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

ARTICULO UNICO.- Decreto que reforma el tercer párrafo del Artículo 70 de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

La ley determinará las formas y procedimientos para la agrupación de los diputados y senadores, según su afiliación de partido, a efecto de garantizar la libre expresión de las corrientes ideológicas representadas en el Congreso de la Unión.

Muchas gracias.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Gracias diputada Elyd Sáenz. Túrnese la propuesta de la diputada Elyd Sáenz a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Tiene la palabra el diputado Emilio Serrano Jiménez del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una iniciativa que reforma diversas disposiciones de Ley del Seguro Social en Materia de Jubilaciones y Pensiones.

El diputado Emilio Serrano Jiménez (PRD): Con su venia diputada presidenta. Compañeras, compañeros diputados. Me permito presentar ante ustedes la iniciativa de reforma de las Leyes del Seguro Social del Instituto Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, a efecto de que las administradoras del fondo para el retiro cedan el paso y transfieran sus recursos a la seguridad social pública y solidaria, poniendo alto a la anticonstitucionalidad y abuso de estas unidades.

Emilio Serrano Jiménez, diputado federal de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión en ejercicio de la facultad que le concede el Artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los Artículos 62, 63 y 65 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a consideración de esta Asamblea la siguiente iniciativa de decreto que adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, y si me permiten dar algunos motivos por los que presento esta iniciativa.

Sabemos que todos los diputados lo han expresado aquí en tribuna, que están a favor de los que menos tienen en México, de los trabajadores. Hace un momento, un rato, mejor dicho, escuchamos al diputado Germán de la fracción del PAN, diciendo que la guerra área ahora era contra la injusticia, la guerra era para rescatar a los más pobres de México.

Le tomamos la palabra, diputado Germán, esa guerra debe de ser para rescatar a los trabajadores de México y es el momento, compañeras y compañeros diputados, de corregir el error que se cometió en el año de 1995, en que se reformó la Ley del Seguro Social, que entró en vigor en 1997, creándose las Afores, estas administradoras que son de recursos económicos de bancos, que en la mayoría son extranjeros y que están exprimiendo, están enriqueciéndose a costa de los trabajadores de México.

Por dar un dato. De 1997 a la fecha han obtenido una utilidad de más de 60 mil millones de pesos. Nos podemos preguntar, ¿qué hubiera hecho el Seguro Social con una aportación de 60 mil millones de pesos?, cuando el Seguro Social no pudo obtener un incremento en su presupuesto de 3 mil millones de pesos para su operación durante el ejercicio fiscal del 2004.

Las administradoras privadas particulares, que solamente obtienen beneficio, han utilizado un recurso para exprimir más a los trabajadores y les pongo otro ejemplo. En este momento hay 31 millones de cuentas individuales y solamente hay 12 millones de trabajadores que cotizan al Seguro Social. ¿De dónde salen esos 19 millones mas de cuentas individuales?

Es necesaria la participación de todas y todos nosotros, sabemos que los diputados de Acción Nacional, conscientes de esta realidad que estamos viviendo y que están sufriendo los trabajadores de México, van a analizar este documento, lo vamos a discutir y no dudamos que van a apoyar esta iniciativa. Los compañeros del PRI, sabemos, aquí se ha dicho en tribuna que la lucha de ustedes ha sido permanente en beneficio de los trabajadores de México. También de igual manera les pido desde esta tribuna que analicemos con mucho cuidado esta iniciativa, este documento que vamos a hacer llegar a sus manos y no dudamos de que también sea apoyada por ustedes. Obviamente que los compañeros de Convergencia por la Democracia, el PT, del Verde Ecologista e indudablemente por mis compañeras y compañeros de mi partido.

Es el momento de que hagamos ese rescate del Seguro Social. Se ha dicho mucho que el Seguro Social se está muriendo, que le hacen falta recursos y que un día no va a alcanzar el presupuesto para pagar las pensiones de los que se jubilan, de los que se pensionan. Tenemos en este momento la oportunidad a través de la desaparición de las AFORES, de rescatar precisamente al Seguro Social y obviamente con esto debe desaparecer la CONSAR, que siempre se ha inclinado a favor de las AFORES y no así de los trabajadores.

Si logramos que este fondo de seguro para el retiro de los trabajadores de México sean administrados por el Seguro Social, cerca de 500 mil millones de pesos que se ha tenido una utilidad en cerca de 6 años, de 175 mil millones de pesos de los cuales, repito, más de 60 mil millones se han ido de ganancia para las AFORES. Esto le va a servir al Seguro Social, le va a servir a los trabajadores de México, que van a poder invertir, como en Brasil en Petrobras, van a poder invertir en PEMEX; en la Comisión Federal de Electricidad, que también requiere de recursos y no sea necesario traer capital extranjero para impulsar a estas instituciones mexicanas que se PEMEX, la Comisión Federal de Electricidad, Luz y Fuerza del Centro.

Apelo a la buena voluntad, a la conciencia política y social de los compañeros precisamente del PAN, del PRI, para que con toda conciencia, de veras, hagamos algo efectivo en beneficio de los trabajadores de México. Hay que rescatarlos, diputado, esa guerra de la que hablaba usted en la mañana, es precisamente para rescate de los trabajadores, hay que desaparecer las Afores.

Por su atención, muchas gracias.

Le pido a la Presidenta, sea tan amable de instruir para que el texto íntegro se incluya en el Diario de los Debates.

Gracias por su atención.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates y túrnese a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, de Trabajo y Previsión y Social y de Seguridad Social.

Tiene la palabra el diputado Fernando Espino Arévalo, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, para presentar una iniciativa que adiciona un artículo 104 Bis a la Ley General de Cultura Física y Deporte.

El diputado Fernando Espino Arévalo (PVEM): Con su venia, señora Presidenta.

Señoras y señores diputados:

México a través de su historia cuenta con una larga y rica tradición deportiva como muestra fiel y reflejo de su amplia cultura.

Sin embargo, a pesar de su historia y el largo camino recorrido por muchos mexicanos en pro del deporte nacional, éste no ha logrado permear como quisiéramos, nuestras escalas sociales, provocando por desgracia que el nivel del deporte mexicano en el entorno mundial sea muy deficiente.

Vale la pena destacar que el ajuste olímpica de 1968 ha sido la mejor por cuanto hace a los resultados para nuestro país, consiguiéndose 9 medallas en total, y a lo largo de nuestra historia olímpica, tan solo se han logrado 10 medallas de ora, 18 de plata y 23 de bronce.

Como podemos percatarnos, los resultados en 80 años de participación olímpica han sido muy limitados y nos queda muy claro que debemos aprovechar esta gran oportunidad para establecer las bases de un desarrollo deportivo sostenido y sustentable para todos los mexicanos.

Desafortunadamente, después de los resultados obtenidos en 1968, México volvió a la eterna letanía del deporte nacional, con innumerables justificaciones o pretextos dentro de los que resalta el despilfarro de recursos por parte de funcionarios, lo que nos ha llevado a obtener a resultados muy pobres o incluso hacer el ridículo, como ocurrió en los Juegos Olímpicos celebrados en Seúl 88, Barcelona 92 y Atlanta 96, donde se obtuvieron solamente 4 medallas.

De ahí la trascendencia de brindar a los deportistas todos los elementos para su preparación y desarrollo, entrenadores, cuerpos multidisciplinario, becas económicas, viajes de preparación, competencias, etcétera.

Además, utilizar criterios técnico-deportivos para la selección de beneficiarios de los Programas de Becas, eliminando aspectos políticos y de favoritismo, así como fomentar el seguimiento científico deportivo de los atletas para su agrupado control y monitoreo.

Todo el esfuerzo anterior, solamente estará bien encaminado cuando exista la sinergia que involucra a los deportistas, gobierno y sociedad civil. Sin embargo, esta condición por ahora se deberá de traducir en una reingeniería de las estructuras, planes, programas y procesos de todas las áreas del deporte en sus tres niveles de gobierno, dando como resultado un nuevo proyecto que nos permita llevar tanto al deporte mexicano como a sus deportistas a conquistar nuevos horizontes.

Escenario que hoy los diputados de la LIX Legislatura de este Honorable Congreso de la Unión podemos promover a favor de muchos mexicanos presentes y futuros, previendo que la dedicación y empeño de estas grandes luminarias del deporte nacional, siga teniendo fruto en su beneficio y les permita vivir de una forma decorosa después de su retiro.

Debemos reconocer que no existe una percepción más equivocada que la de creer, que si un deportista olímpico, advierte la disminución de sus capacidades físicas, éste ya no es candidato para recibir los apoyos del gobierno, cuando aún tiene mucho que aportarnos.

Por tanto, es importante resaltar que las brillantes trayectorias de los deportistas nacionales, fortalecen y estimulan las actitudes positivas de la sociedad en general y son ejemplo a seguir para la niñez y la juventud, como lo demuestran los casos más recientes de las atletas: Ana Gabriela Guevara, Belem Guerrero e Iridia Salazar, quines en los pasados Juegos Olímpicos de Atenas, paralizaron las actividades en todo el país, en torno a su actuación como: velocista, ciclista y Tae Kwan Do, respectivamente. De ahí que una acción elemental de justicia, es que hoy reconozcamos el esfuerzo y dedicación de quienes hayan obtenido una presea olímpica.

La participación del Gobierno Federal, estatal y municipal en la asignación de recursos para la promoción de la cultura física, el deporte y la alta competencia, ha sido insuficiente para asegurar un adecuado desarrollo del país en la materia, pero peor aún, es la administración de los mismos y si a ello le sumamos prácticas poco éticas y deshonestas de funcionarios públicos. Se han dado como resultado el desvió de recursos, encontramos varias de las limitantes para que el desarrollo de la cultura física y el deporte en México y consecuentemente sus pobres resultados en los diferentes foros internacionales en los que se han presentado los atletas mexicanos, como en los recientes Juegos Olímpicos de Atenas 2004.

Desafortunadamente después de subrayar todo lo anterior, la realidad de nuestros atletas , pasada su participación en los Juegos Olímpicos y que sus condiciones físicas empiezan a menguar por el inexorable paso del tiempo, al entregarse en cuerpo y alma al deporte, no es sencillo hallar cabida en nuestra sociedad dentro de las filas del trabajo formal y al dejar de recibir el apoyo de las becas, sus ingresos son inciertos y simplemente se quedan sin nada.

En resumen, lo que pretendemos con la presente iniciativa es contribuir a que los mejores deportistas olímpicos del país, tengan accesos a un reconocimiento posterior a su participación olímpica que reditué en algo, el empeño y dedicación deportiva que pusieron para alcanzar la gloria de una olimpiada, dado que en muchos de los casos los resultados se alcanzan al sustento de su familia, al tesón y esmero que éstos atletas ponen a lo largo de su carrera y con vergüenza se debe reconocer que el apoyo de las autoridades brilla por su ausencia, hasta en tanto, los resultados no han llegado.

Por lo antes expuesto ponemos a consideración del pleno la siguiente iniciativa que adiciona una artículo 104 bis a la Ley General de Cultura Física y Deporte, para quedar como sigue:

Artículo 104 bis. Todos los deportistas o atletas mexicanos incluyendo los paralímpicos, que obtengan una medalla olímpica recibirán en monetario una beca vitalicia, misma que no es acumulable y será otorgada por única vez . Los criterios y las bases que regirán el otorgamiento y monto de las becas antes referidas, serán emitidas por la Secretaría de Educación Pública, resaltando que dicho monto no podrá ser menor a la cuantía máxima otorgada por el ISSSTE a sus jubilados.

Por obviedad del tiempo y respeto a los acuerdos parlamentarios, solicito a la Presidencia de la Mesa Directiva se inscriba íntegra la presente iniciativa en el Diario de los Debates y se publique en la Gaceta Parlamentaria.

Gracias por su atención.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Gracias, diputado Espino Arévalo.

Insértese a solicitud del diputado Espino Arévalo, insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates, publíquese en la Gaceta Parlamentaria y túrnese a la Comisión de Juventud y Deporte.

Ahora tiene el uso de la palabra el diputado Amadeo Espinosa Ramos, del grupo parlamentario del Partido de Trabajo para presentar una iniciativa que reforma la Ley General de Educación para crear las becas laborales para egresados de las instituciones de Educación Superior.

El diputado Francisco Amadeo Espinosa Ramos (PT): Con el permiso de la Presidencia.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Adelante, señor diputado.

El diputado Francisco Amadeo Espinosa Ramos: Ciudadanos Secretarios de la Honorable Cámara de Diputados de la Quincuagésima Novena Legislatura del honorable Congreso de la Unión:

El grupo parlamentario del Partido del Trabajo, somete a la consideración del pleno de esta Cámara la presente iniciativa con proyecto de decreto para crear el Programa de Becas Laborales para los egresados de las instituciones de educación superior bajo la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

México continúa siendo un país de jóvenes, pese a la tendencia al envejecimiento de su población; sin embargo, millones de jóvenes mexicanos se encuentran hoy excluidos al mercado laboral.

Conforme datos de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, así como del INEGI, anualmente un millón 300 mil jóvenes se incorporan al mercado laboral y se convierten en demandantes de empleo. No todos son absorbidos por este mercado y su potencialidad laboral no es aprovechada por las empresas, porque en términos de su desempeño productivo se estima que sólo 47% de ellos tienen empleo, mientras que el 24% tiene al estudio como única actividad y el 18% se dedica a labores del hogar y otro 8% estudia y trabaja a la vez. Esta situación ha llevado a 140 mil jóvenes a emigrar anualmente a Estados Unidos, lo que representa casi el 30% de la población que emigra hacia Norteamérica.

Por otra parte, el 80% de los egresados de las universidades realizan labores distintas a su perfil, al tiempo que se estima que el próximo año se requerirán cerca de un millón 200 mil nuevos empleos para los egresados. Para el período 2005-2010 será un millón 100 mil adicionales, según lo señala la representación en México de la Organización Internacional del Trabajo.

En las circunstancias actuales, en el mercado laboral de nuestro país las oportunidades de empleo son sumamente escasas para los egresados de las universidades e instituciones técnicas. Se calcula que por cada oferta de empleo profesional que se crea, existen tres demandantes.

En este contexto, las universidades y los centros de estudios tecnológicos del país están produciendo desempleados al no lograr insertarse en el mercado laboral sus egresados y eso va en contra de las aspiraciones legítimas de la juventud mexicana.

Los jóvenes de este país no están de acuerdo con el sistema económico vigente que los orilla a la pobreza, a la desesperanza y la falta de expectativas; quieren ser productivos y aportar al país su mejor esfuerzo.

Reclaman mayores espacios y oportunidades de desarrollo y crecimiento, su prioridad es que se les vea como el presente de un país; son una realidad que no se puede ignorar. Demandan a la sociedad y al gobierno espacios de participación política y de formación académica, derecho al trabajo, al esparcimiento, a tener ingresos dignos, así como al derecho a decidir sobre el rumbo del país. Los jóvenes son también el futuro de nuestro país porque sobre ellos recaerá la responsabilidad histórica de garantizar la preservación de nuestras instituciones, así como cuidar el medio ambiente y la difusión de la cultura nacional.

En ese sentido, debe quedar claro que los jóvenes en tanto son un valor presente, necesitan espacios de realización y de construcción de proyectos personales, pero también sociales. En México ambas situaciones no han tenido ni la más mínima atención por parte de la sociedad ni de los gobiernos en turno.

El grupo parlamentario del Partido del Trabajo, considera fundamental que los estudiantes de este país tengan incentivos para poner en práctica sus conocimientos profesionales y sigan formándose en el terreno académico, para crear cuadros profesionales del más alto nivel que requiere nuestro país.

Por ello proponemos la creación de un programa de becas laborales para dotar de empleos profesionales a los egresados de las instituciones de educación superior, aprovechando los conocimientos que adquieren en los centros educativos para ser puestos en práctica y en beneficio de las comunidades, los municipios y las entidades federativas.

Pensamos que la vinculación de los centros de educación con el pueblo, pasa primero por la difusión del conocimiento científico a favor de los habitantes de nuestro país.

El trabajo comunitario de los jóvenes egresados de las instituciones de educación superior, será la mejor manera de integrar a las universidades y los centros de estudios tecnológicos con el pueblo mexicano.

La integración de los jóvenes al trabajo comunitario servirá para que tengan la oportunidad de demostrar sus habilidades y capacidades intelectuales, la destreza profesional, el liderazgo y de iniciativa, además de servir como una base experimental y de adquisición de experiencia para su desarrollo laboral.

Nuestra propuesta plantea que los recursos para crear el problema de becas laborales sea financiado con los ingresos que recauda la Federación y aprobado por la Cámara de Diputados, para que puedan ser transferidos a las instituciones de educación superior y los centros tecnológicos del país, para apoyar los proyectos que presenten los egresados, con el propósito de vincular sus conocimientos a las comunidades.

Compañeras y compañeros legisladores: Por las consideraciones antes expuestas y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55 fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, la presente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una sección V al capítulo II de la Ley General de Educación para crear el programa de becas laborales, para dotar de empleos profesionales a los egresados de las instituciones de educación superior.

Solicito a la presidencia instruya la publicación íntegra de la presente iniciativa en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados. Muchas gracias.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias diputado Espinosa.

A solicitud del diputado Espinosa Ramos, insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates y publíquese en la Gaceta Parlamentaria y túrnese a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

Para presentar una iniciativa que reforma los artículos 254, 255,256, 257, 258, 259, 260 y 261, adiciona los artículos 260-a, 261-a y 261-b y deroga la subdivisión de las secciones primera y segunda del derecho sobre hidrocarburos en el capítulo décimosegundo de la Ley Federal de Derechos, con el fin de modificar el régimen fiscal de PEMEX, tiene la palabra el diputado Oscar Pimentel González, suscrita por los integrantes de la Comisión de Energía.

El diputado Oscar Pimentel González (PRI): Con su permiso señora presidenta.

Compañeras y compañeros diputados: La industria petrolera es uno de los símbolos más representativos de la etapa moderna de México. El aprovechamiento de los hidrocarburos ha sido un soporte fundamental para el crecimiento y diversificación de nuestra economía y ha generado cuantiosos recursos al gobierno para atender las necesidades de la población en materia de infraestructura y desarrollo social.

PEMEX actualmente es la principal empresa pública del país, que aporta alrededor de la tercera parte de los ingresos presupuestales de la Federación.

La contribución de divisas por parte de PEMEX ha sido fundamental para enfrentar las difíciles coyunturas económicas del país. PEMEX ha tenido que canalizar los escasos recursos disponibles, a los proyectos de mayor rentabilidad y rápida generación de ingresos, gracias a lo cual durante los últimos años la plataforma de producción de crudo ha tenido un incremento notable de casi un millón de barriles, con lo cual la producción actual alcanza un promedio de tres punto cuatro millones de barriles diarios.

Sin embargo, el énfasis por aumentar la actividad extractiva para aprovechar los ingresos provenientes de las exportaciones de petróleo, restringió de manera significativa la capacidad de financiar programas de exploración para elevar las reservas e impulsar el desarrollo de la industria del gas natural y las actividades de refinación, obligando a la importación de volúmenes crecientes de gas y combustibles durante los últimos años.

Ante las restricciones presupuestales y las crecientes necesidades de inversión, Petróleos Mexicanos ha recurrido –desde finales de la década anterior- al esquema de Proyectos de Impacto Diferido en el Registro del Gasto, conocidos comúnmente como PIDIREGAS.

Si bien estos proyectos son autofinanciables y han probado su rentabilidad, sólo constituyen una solución pasajera. Es urgente que PEMEX cuente con la capacidad propia y suficiente de inversión para atender el reto del crecimiento de la industria petrolera.

En la actualidad, PEMEX enfrenta la grave paradoja de alcanzar cifras sin precedentes en producción, venta de petróleo y rentabilidad, y sin embargo reportar pérdidas anuales que no sólo restringen su potencial de inversión sino incluso ponen en riesgo su viabilidad futura.

En 2002, por ejemplo, sus ingresos ascendieron a 487 mil millones de pesos. Restando la cobertura de los costos de operación, el pasivo laboral y los intereses de la deuda, se obtuvieron utilidades por 305 mil millones de pesos. No obstante, PEMEX aportó a la Federación impuestos y derechos que ascendieron a 325 mil millones de pesos, por lo que en el reporte final de la empresa se registró una pérdida de 20 mil millones de pesos.

A lo anterior, se agrega la acumulación de pasivos que de 1998 a 2003, han reducido el patrimonio de la empresa en un 80%, al pasar de 235 mil a 46 mil millones de pesos.

Es urgente aplicar medidas para resolver los principales problemas que aquejan a esta empresa estratégica. Un primer paso es dotar a PEMEX de un nuevo régimen fiscal que permita el saneamiento de sus finanzas; que fortalezca su capacidad de inversión productiva; y que mejore su contribución a la economía nacional.

Los diputados que conformamos la Comisión de Energía, hemos establecido un diálogo respetuoso y constructivo para analizar los problemas del sector y las modificaciones legislativas que son necesarias para fortalecer a PEMEX mediante un nuevo régimen fiscal y la autonomía técnica y de gestión que requiere como empresa.

Los resultados que hoy presentamos en forma de iniciativa, esperamos que se discutan con toda seriedad al interior de cada grupo parlamentario y se despejen las reservas y dudas que legítimamente se han expresado en el proceso de elaboración de la misma.

Hoy ponemos a su consideración la presente iniciativa de decreto que reforma, adiciona y deroga diversos artículos de la Ley Federal de Derechos para modificar el régimen fiscal de PEMEX, con el objeto de que sea turnada a las comisiones correspondientes de la Cámara de Diputados para su dictamen y despacho en el actual período de sesiones.

El nuevo régimen fiscal para Petróleos Mexicanos, se propone –entre otras cosas- permitir a su filial más importante, PEMEX-Exploración y producción, operar en condiciones similares al resto de las compañías petroleras internacionales en lo que toca al uso de recursos propios; aumentar la rentabilidad en los proyectos de inversión y liberar gradualmente recursos para nuevos proyectos, mitigando los niveles de endeudamiento de la empresa.

Para no afectar las finanzas públicas de la Federación y de los estados, se busca también igualar la contribución que daría el régimen fiscal actual durante el primer año, y aumentarla en los años subsecuentes.

El nuevo régimen fiscal propuesto para PEMEX, consiste:

Primero.- En un nuevo régimen para organismos subsidiarios que realizan procesos industriales, mediante el cual PEMEX-Refinación, PEMEX-Gas y Petroquímica Básica y PEMEX-Petroquímica, serán sujetos de un esquema fiscal, similar al del Impuesto Sobre la Renta, denominado: "Impuesto Sobre la Renta Petrolera", de un 35 % sobre utilidades.

Segundo.- Un nuevo régimen fiscal para PEMEX-Exploración y Producción mediante el cual esta empresa pagará tres derechos a la Federación, diferenciando las tasas aplicables a la producción de crudo y de gas natural y diferenciando los hidrocarburos provenientes de proyectos nuevos y de los ya existentes.

Estas contribuciones serán el derecho sobre extracción de hidrocarburos, el derecho ordinario sobre hidrocarburos y el derecho sobre hidrocarburos para el Fondo de Estabilización.

El contenido específico de cada gravamen del nuevo régimen, se explica en el texto de la iniciativa que les ha sido entregada.

Es cuanto, señora Presidenta.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Gracias, diputado Pimentel.

Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público con opinión de la Comisión de Energía.

Tiene la palabra el diputado José Alarcón Hernández, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa que reforma el párrafo primero del artículo 364 del Código Penal Federal.

El diputado José Alarcón Hernández (PRI): Con su venia, señora Presidenta.

Compañeras y compañeros diputados: Acudo a esta Honorable soberanía a presentar una iniciativa de proyecto de decreto para reformar el párrafo primero del artículo 364 del Código Penal Federal, con el objeto de aumentar la penalidad en el delito de privación ilegal de la libertad.

Que se reforme la fracción I para tipificar adecuadamente este delito, que se derogue el tercer párrafo de la misma fracción para que ya no exista la figura del arrepentimiento post factum y que se derogue la fracción II para que ya no se contemple la existencia del "delito" de violación de derechos y garantías constitucionales con base en la siguiente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La libertad es después de la vida el bien jurídico tutelado más importante. La libertad es un bien jurídico que al mantenerse ileso, hace posible mantener a salvo los demás bienes jurídicos, por eso el Estado debe de ser el más celoso guardián de la libertad; el Estado democrático de derecho debe de fundarse esencialmente en la libertad.

Por estos motivos consideramos que la sanción que impone el artículo 364 del Código Penal Federal, al particular que prive a otro de su libertad física, de locomoción, de tránsito, de ambulatoria, que es de seis meses a tres años de prisión y de 25 a 100 días de multa, es una sanción irrisoria.

La fracción I de este artículo señala:

"Al particular que prive a otro de su libertad, hasta por cinco días, si la privación de la libertad excede de cinco días, la pena de prisión será de un mes más por cada día".

Otro aspecto que consideramos importante someter al análisis de los legisladores, es el llamado arrepentimiento post factum, establecido en el último párrafo de esta fracción que textualmente establece:

"Si el agente espontáneamente libera a la víctima dentro de los tres días siguientes al de la privación de la libertad, la pena de prisión será de hasta la mitad". Es decir, pudiera ser de sólo tres meses de prisión.

"¿Existe la actitud espontánea del sujeto activo para liberar a la víctima? Sería la pregunta. La respuesta es no. La realidad es que cuando dejan en libertad a la víctima se debe a que existe revuelo o presión a través de los medios de comunicación o porque los operativos policiacos que a veces se realizan, los hacen sentirse acorralados; pero nunca porque exista arrepentimiento. La mejor muestra de que no existe arrepentimiento es que se dan a la fuga, si existiera arrepentimiento debían llevar a la víctima ante la autoridad competente y entregarse.

"No recuerdo ningún caso en el que uno o varios delincuentes que hayan privado de la libertad a alguna persona hayan ido ante la autoridad a entregarla y a entregarse. Esa sería una noticia nacional que durante muchas décadas no se ha dado. En el robo se castiga al ladrón, independientemente de que abandone o lo desapoderen de lo robado. De igual manera debía procederse en la privación ilegal de la libertad.

"Por otro lado, la fracción II del artículo 364 del Código Penal Federal crea como delito en forma indebida la conducta consistente en violar de alguna manera los derechos y garantías que la Constitución General de la República establece a favor de las personas. En esta fracción no se describen conductas, no tipifica delitos reales, efectivos o ciertos, sino referencias normativas muy generales. Es lo que en la dogmática penal se conoce como tipo abierto y que nosotros llamaríamos incierto por lo difuso, nebuloso y confuso.

"Este tipo abierto, contemplado en la fracción II del artículo 364, es tan abierto que deja a criterio del ministerio público, del juez, del magistrado, considerar que determinada conducta es delictiva sin apoyarse en una disposición de ley que sancione dicha conducta. Es decir, la ley no señala si determinada conducta es típica, si esa conducta se ajusta al modelo llamado Tipo Penal si la conducta llena plenamente el molde de uno o más delitos y no lo hace porque simple y sencillamente no crea ningún tipo.

"Queremos precisar que la fracción II del artículo que estamos impugnando es anticonstitucional porque viola lo establecido por el artículo 14 de nuestra Ley Máxima en su tercer párrafo que dispone: En los juicios del orden criminal queda prohibido imponer por simple analogía y aún por mayoría de razón pena alguna que no esté concretada por una ley exactamente aplicable al delito del que se trata.

"Los tipos abiertos que contrarían lo que plasman los artículos 14 y 16 de la Constitución no deben existir. Los tipos penales solo el legislador los crea, los jueces solo deben atenerse a lo que la ley dispone; no deben invadir las funciones de los legisladores.

"Los Tipos Abiertos contravienen también este segundo párrafo del artículo 16 de la Constitución porque no es posible que exista orden de aprehensión, previa denuncia de un hecho que el Código Penal es omiso al calificar como delito y si no es delito no puede estar señalado con pena privativa de la libertad. Y como es obvio tampoco pueden existir datos que acrediten el cuerpo del delito y hagan probable la responsabilidad del indiciado.

"Por lo anteriormente señalado someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto:

"Artículo Unico.- Que se reforme el párrafo primero del artículo 364 del Código Penal Federal para que se aumente la penalidad en el delito de privación ilegal de la libertad que dispone de 6 meses a 3 años y 25 a 100 días de multa y establezca 5 a 10 años de prisión y 500 a 1000 días de multa.

"Que se reforme la fracción I del artículo 364 aludido.

"Que se derogue el tercer párrafo de la misma fracción, para que ya no exista la figura del arrepentimiento post facto.

"En este contexto, que se derogue la fracción II del artículo 364 del Código Penal Federal, para que ya no se contemple la existencia del delito de violación de derechos y garantías constitucionales, para quedar como sigue:

"Artículo 364.- Se impondrán de 5 a 10 años de prisión y de 500 a 1000 días multa:

"I.- Al particular que prive a otro de su libertad, cualquiera que sea el tiempo de su detención. Pero si la privación de la libertad excede de 1 día, la pena de prisión se aumentará 1 mes por cada día.

"La pena de prisión se aumentará hasta en una mitad, cuando la privación de la libertad se realice con violencia, cuando la víctima sea menor de 16 o mayor de 60 años de edad o cuando por cualquier circunstancia la víctima esté en situación de inferioridad físico-mental respecto de quién la ejecuta.

"Artículo transitorio.

"Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

"Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de septiembre de 2004".

Es cuanto Presidenta, rogando a usted se inserte esta iniciativa en el Diario de los Debates.

Muchas gracias.

(aplausos)

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Gracias a usted diputado Alarcón.

Y de acuerdo a la solicitud del ponente, insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Ahora tiene la palabra el diputado José Antonio Cabello Gil, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa que reforma los artículos 76, 89 y 102 apartado "A", de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado José Antonio Cabello Gil (PAN): Con su permiso, Presidenta.

Compañeras y compañeros diputados: Si hacemos un repaso histórico sobre los antecedentes y cambios que se han dado en las instituciones de la Procuraduría General de la República y el Ministerio Público, podemos constatar que éstas han evolucionado de manera importante en nuestro sistema jurídico nacional.

Inicialmente surgen de manera separada para luego integrarse orgánicamente en una sola entidad. Después se integran al ámbito del Poder Judicial, para luego incorporarse al ámbito del Poder Ejecutivo Federal.

En la evolución de las instituciones a las que hago referencia, identificamos un proceso de consolidación y fortalecimiento, que se traduce en un incremento de sus funciones y atribuciones.

En la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2002 y promovida por el Presidente Vicente Fox Quesada, encontramos una Procuraduría bien estructurada y fortalecida, en la que concluyen funciones ministeriales de investigación y persecución de delitos, de ejercicio de acción penal, así como de vigilancia de la observancia de la constitucionalidad y la legalidad en sus intervenciones en los juicios de amparo, con funciones de representante del interés social o de la Federación.

En las reformas constitucionales de 1994, la relativa al artículo 76 incluye dentro de las facultades del Senado, la de ratificar el nombramiento que el Presidente de la República haga del Procurador General de la República y la del artículo 102, para establecer los requisitos para ser Procurador General de la República y resolver el debate de que el Procurador ya no es el Consejero Jurídico del Presidente sino que esta función estará a cargo de la dependencia del Poder Ejecutivo que determine la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

En esa ocasión se consideró que se había dado un paso decisivo, al dotar a dicho órgano de procuración de una mayor legitimidad republicana, al someter la designación de su titular a la ratificación del Senado.

En esta iniciativa que hoy presentamos, consideramos que es el momento de dar un paso más en la legitimidad republicana y en la autonomía de la Procuraduría General de la República.

Por ello, proponemos que el nombramiento de su titular, pase de ser facultad del presidente de la república para ser facultad exclusiva del Senado en base a terna que le proponga el presidente.

Por lo anteriormente expuesto y en uso de las facultades que me otorga la legislación vigente, me permito someter a la consideración de esta Asamblea, la siguiente iniciativa de decreto que reforma los Artículos 76, 89 y 102 Apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación al nombramiento del Procurador General de la República.

Solicito a la presidencia se inserte el texto íntegro de esta iniciativa en el Diario de los Debates. Muchas gracias.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Gracias a usted diputado Cabello Gil, y de acuerdo a su solicitud favor de insertar el texto íntegro en el Diario de los Debates y turnarlo a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Ahora tiene el uso de la palabra la diputada Angélica de la Peña del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática para presentar una iniciativa que reforma el Artículo 55 del Código Penal Federal.

La diputada Angélica de la Peña (PRD): Muchas gracias señora presidenta. Estimable y honorable Asamblea. El sistema de justicia penal tiene que contar con los mínimos equilibrios para dotar de certeza y seguridad jurídica a las personas. Cuando el aparato de justicia penal se activa, es porque se han cometido afectaciones leves o graves a bienes jurídicos apreciados como superiores por el conjunto de la sociedad.

Es adecuado que quienes teniendo más de 70 años y habiendo sido consignados ante un juez penal, por la comisión de algún delito, puedan llevar su proceso penal en su domicilio particular, siempre y cuando, no se establezca ninguna de las hipótesis en el Artículo 55 del Código Penal Federal establecidos, es decir, que no hay el peligro de que se sustraigan de la acción de la justicia y que no tengan una conducta que haga presumible su peligrosidad.

La presente iniciativa de ley pretende esencialmente que aquellas personas que hayan cometido delitos de orden grave, no tengan el beneficio de que la prisión preventiva puedan cumplirla en su domicilio particular. Es necesario tener muy presente, que los individuos que cometieron un delito grave, afectaron los bienes jurídicos más preciados y superiormente valorados de la sociedad, pensemos por ejemplo de aquellos delitos que afectan la vida, la integridad personal o la libertado en su defecto el patrimonio de las personas.

Pensemos en aquellos individuos que cometieron un agravio, no sólo en contra de los derechos y bienes superiores de la víctima directa del delito sino de sus familiares y por la gravedad de la afectación delictiva también se transgredió el conjunto de una comunidad, y en el caso extremo a la conciencia misma de toda la humanidad.

En consecuencia, por ningún motivo dichas figuras delictivas graves, deben dejar de reprocharse penalmente ante el órgano jurisdiccional penal, y por ningún motivo quienes han sido penalmente encausados, pueden ser sujetos de beneficio u oportunidad alguna, para que pudiera aprovechando la circunstancia, efectivamente, sustraerse a la acción de la justicia y no encarar las graves imputaciones que sobre ellos pesan, no sólo desde la acción penal del Ministerio Público sino lo que constituye el reproche moral de las víctimas, sus familiares y la sociedad en su conjunto.

La sociedad mexicana está cansada de la corrupción e impunidad, de la inseguridad pública, entre otros de sus factores, porque aún quedan sin sanción muchos de los delitos y crímenes. Entre ellos, sólo por mencionar algunos, el delito de homicidio, en contra de la salud, la corrupción de personas menores de edad, violación, secuestro, robo calificado, extorsión y otras figuras delictivas graves.

Si de verdad queremos contribuir eficazmente a la realización de la seguridad pública que la sociedad mexicana tanto anhela y la cual ha manifestado fehacientemente su ánimo de que el Estado, a través de todos sus poderes e instituciones responda comprometidamente en este sentido, entonces lo que tenemos que hacer es auxiliar desde el ámbito legislativo a contar con mejores leyes que inhiban la impunidad y en consecuencia la impunidad desde el Estado, afectando el estado de derecho.

Por eso ahora desde este Poder Legislativo deseamos contribuir a generar un marco legal más idóneo y eficaz para la persecución y sanción penal de aquellos que judicialmente sean responsables de los delitos graves, contribuyendo con ello a la efectiva realización de un estado democrático de derecho, en donde las leyes se cumplan y quienes han vulnerado derechos y garantías o atentado gravemente contra la sociedad en su conjunto, no tengan ninguna prerrogativa más allá de lo que estrictamente establece para estos casos el debido proceso legal.

En consecuencia, ni la edad de más de 70 años de los procesados, ni la condición inherente por la senilidad de los mismos, debe permitir que individuos que han cometido delitos graves gocen de privilegios judiciales que podrían ser la puerta de la impunidad, lo que generaría mayor inseguridad pública en el país.

La preocupación, señoras y señores diputados, por las consecuencias de la actual redacción del artículo 55 del Código Penal Federal pueden tener para la seguridad pública del país, ya han sido manifestadas conducentemente por su servidora y por los diputados del PRD ante la Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos y de Justicia, por lo que es preciso señalar entonces que hemos de proponer ante ustedes la modificación del artículo 155 del Código Penal Federal para quedar como sigue:

"No gozarán de esta prerrogativa quienes hayan cometido delitos graves o a quienes a criterio del juez puedan sustraerse de la acción de la justicia o manifiesten una conducta que haga presumible su peligrosidad".

Es cuanto, señora Presidenta. Muchas gracias.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias, diputada De la Peña.

En relación a la presentación de la diputada De la Peña, túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos

Ahora tiene ahora el uso de la palabra el diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, para presentar una iniciativa que reforma el artículo 1º y la fracción I del artículo 67 de la Ley de Protección al Ahorro Bancario.

El diputado Jorge Kahwagi Macari (PVEM): Con el permiso de la Presidencia.

Compañeros y compañeras legisladores: La historia del rescate bancario en nuestro país no es nueva; estos mecanismos vienen desde la época de los años 80, sus costos han sido altísimos desde el punto de vista fiscal afectando seriamente nuestras finanzas públicas y sobre todo, nuestro entorno de estabilidad económica y social, ya que se han destinado cantidades inmensas de recursos al saneamiento financiero y paralelamente se ha restringido sistemáticamente el presupuesto en otras áreas importantísimas para el desarrollo de nuestro país, como son inversión pública, infraestructura, educación, salud, entre otros.

Los antecedentes del rescate bancario son los siguientes:

Con motivo de la nacionalización de la Banca en 1983, se establece el Programa Inmediato de Reordenamiento Económico PIRE. Con este Programa se pretendía alcanzar finanzas públicas sanas mediante el mecanismo de incrementar los precios y tarifas del sector público.

También en 1983 se crea el Fideicomiso para Cobertura de Riesgos Cambiarios, FICORCA, el cual fue administrado por el Banco de México, cuyo objeto era restaurar los créditos en moneda extranjera contraídos por empresarios mexicanos con el exterior, absorbiendo el riesgo cambiario.

Posteriormente, con el fin de fortalecer una política de protección al ahorro interno, en México se desarrolla y pone en marcha todo un sustento de protección al Ahorro Bancario que inicia operaciones desde 1986, con la puesta en marcha del Fondo de Apoyo Preventivo a las Instituciones de Banco Múltiple, FONAPRE, el cual instrumentó operaciones preventivas de insolvencia en entidades crediticias.

Posteriormente, en 1990 se pone en marcha el Fondo Bancario de Protección al Ahorro, FOBAPROA, cuyo fin era evitar la insolvencia de los bancos y garantizar las obligaciones de las instituciones de forma ilimitad.

Y finalmente, en 1999 se crea el Instituto para la Protección del Ahorro Bancario, IPAB, cuya función es crear un sistema de cobertura explícita ilimitada que respondiera por las obligaciones de las instituciones bancarias.

A pesar de todos estos mecanismos el problema persiste, con el antecedente de sucesivas crisis económicas y falta de liquidez del Sistema Financiero Mexicano para enfrentar problemas extraordinarios ante las crisis económicas generándola insolvencia de los bancos por incumplimiento de los deudores de la banca y retiro masivos de depósitos.

Estas instituciones, en especial el FOBAPROA, se utilizó para asumir carteras vencidas y capitalizar a las instituciones financieras. Pero a finales de 1994 tuvo lugar tuvo lugar la crisis económica más grave de la historia contemporánea de nuestro país, entre otros fenómenos provocó sobreendeudamiento de las empresas y familias ante los bancos y el cese de pago por parte de los deudores.

Una eventual quiebra de bancos habría hecho imposible el acceso a créditos y los ahorradores no hubieran podido disponer de sus depósitos, lo que habría colapsado la infraestructura productiva, por lo que el Gobierno Federal aplicó el FOBAPROA para absorber las deudas ante los bancos, capitalizar el sistema financiero y garantizar el dinero de sus ahorradores.

Ante la magnitud de la crisis bancaria el Gobierno Federal a través del FOBAPROA y sin aprobación de la Cámara de Diputados, le cambió a los bancos las cartas vencidas por pagarés, que se vencerían en 10 años, tiempo en el cual no se podían vender ni intercambiar, a cambio, les garantizó que generarían intereses capitalizables cada tres meses.

De acuerdo a la cifra proporcionada por el Centro de Estudios de Finanzas Públicas de esta H. Cámara de Diputados, los pasivos del Instituto para la Protección del Ahorro Bancario sigue creciendo en monto y en su impacto económico, pasaron de 699 mil 300 millones de pesos en 1998 a 821 mil 305 millones en el 2003. Esta última cifra representa el 12.2 por ciento del Producto Interno Bruto.

A la fecha, el problema no sólo sigue sin resolverse, a pesar de la aplicación de los diferentes programas, el costo financiero fiscal del rescate sigue creciendo en importancia en términos económicos, políticos y sociales. El mecanismo de sustitución de los pagarés está en pleno debate, al grado que recientemente se ha creado una Comisión de Investigación Sobre el IPAB en esta H. Cámara de Diputados.

Recientemente las autoridades del Poder Judicial y de algunos bancos han vuelto a retomar el punto sobre la legalidad y conveniencia de que se realicen nuevas auditorías o revisen a los créditos de instituciones como BBVA-Bancomer, Banamex o Bital, hoy HSBC y Banorte, para determinar la cuantía de los recursos que entrarían en la categoría de créditos reportables.

Esta revisión estaría enmarcada en el próximo proceso de canje de los pagarés FOBRAPOA por los nuevos instrumentos del IPAB. La revisión de los créditos que respaldan los pagarés del FOBAPROA fue ordenada por la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados para hacer el canje antes citado. El asunto a la fecha sigue sin resolverse.

Las autoridades del IPAB han sugerido a las instituciones que se sometan a nuevas revisiones, pero los bancos han interpuesto recursos legales para negarse a ello. El problema sigue sin solución y lo que tenemos en nuestro país actualmente, es una banca múltiple que ya no es fundamentalmente nacional, que no otorga créditos suficientes ni mucho menos a tasas competitivas. Tenemos una banca comisionista que fundamentalmente otorga créditos al Estado con riesgo nulo, altas ganancias y que se niega a dar información.

En este contexto y con el fin de posibilitar el crecimiento y fortalecimiento de una banca sana, que detone el crecimiento económico y círculos virtuosos en la economía, promoviendo el crédito, la inversión, el empleo, el ingreso, el consumo y el ahorro, pero sobre todo, con el fin de evitar que siga creciendo el costo fiscal del rescate bancario, los diputados que integran la fracción parlamentaria del Partido Verde Ecologista de México, proponemos la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 1 y la fracción I del artículo 67 de la Ley de Protección al Ahorro Bancario, para quedar como sigue:

Artículo 1. Se reforma el artículo 1 de la Ley de Protección al Ahorro Bancario para quedar en los siguientes términos:

Artículo 1. La presente ley tiene por objeto establecer un Sistema de Protección al Ahorro Bancario, a favor de las personas que realicen cualquiera de las operaciones garantizadas en los términos y con las limitaciones que la misma determine, regular y reducir el costo fiscal de los apoyos financieros que se otorguen a las instituciones de banca múltiple para protección de los intereses del público ahorrador. Así como, establecer las bases para la organización y funcionamiento de las entidades públicas encargadas de estas funciones.

Artículo 2. Se reforma la fracción I del artículo 67 de la Ley de Protección al Ahorro Bancario para quedar como sigue:

Artículo 67. El instituto tiene por objeto:

1.Proporcionar a las instituciones en beneficio de los intereses de las personas a que se refiere el artículo 1 de esta ley, un sistema para protección al ahorro bancario que garantice el pago a través de la absorción por parte del instituto, en forma subsidiaria y limitada, de las obligaciones establecidas en la presente ley a cargo de dicha institución, reduciendo el costo fiscal y 2, queda igual.

Por su atención, muchas gracias.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Gracias diputado. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Ahora tiene la palabra el diputado Pedro Vázquez González, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo para presentar una iniciativa que reforma la Ley del Seguro Social para crear el Seguro por Desempleo.

El diputado Pedro Vázquez González (PT): Con la venia de la Presidencia.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Adelante diputado.

El diputado Pedro Vázquez González: Compañeras y compañeros legisladores:

El grupo parlamentario del Partido del Trabajo somete al pleno de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de decreto para crear el Programa Seguro por Desempleo para protección del trabajador mexicano bajo el tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El desempleo alude a la situación en la que una persona no encuentra oportunidad de ser ocupada de manera formal en una actividad remunerativa. El desempleo es un fenómeno que deriva del comportamiento estructural de la economía y puede explicarse por varias razones.

La primera es de carácter histórico, pues se vincula al despojo de las tierras de los campesinos y la transformación de éstos en obreros asalariados que para poder subsistir tienen que vender su fuerza de trabajo. Las tierras despojadas son convertidas en propiedad privada y utilizadas para producir bienes que son lanzados al mercado en forma generalizada.

Muchos de los campesinos despojados vuelven a ser ocupados en la propia agricultura en calidad de asalariados, pero la gran mayoría tiene que emigrar a la Ciudad donde son absorbidos parcialmente en la industria, el comercio y los servicios, pero otra gran parte no encuentran ocupación y pasan a formar parte de los desempleados o bien se ocupan de actividades informales.

La segunda razón tiene que ver con el comportamiento de una parte del capital que es invertido en el proceso productivo; nos referimos al conjunto de medios de producción representados por el capital físico invertido en relación a la cantidad de obreros ocupados para movilizar la inversión. Esta inversión física crece como tendencia histórica de forma más rápida que la cantidad de obreros ocupados en una rama productiva o en una empresa. Esto provoca con el paso del tiempo que los obreros sean sustituidos por el mayor uso de máquinas.

Una tercera razón tiene relación con la tendencia del propio desarrollo capitalista que va intensificando la competencia entre los mismos empresarios, donde muchos desaparecen y en su lugar es ocupado por el que es más competitivo.

La competencia entre empresarios por el control de los mercados, se convierte en otra fuente adicional de desempleo por la quiebra de empresas o la fusión o absorción de algunas de ellas que se ven sometidas a rígidos procesos de reestructuración que al final termina con el despido del personal.

Por último, habrá que agregar el comportamiento cíclico de la economía capitalista, pues en etapas de expansión el crecimiento de las inversiones y la prosperidad de los negocios, hace que el desempleo disminuya y repercuta favorablemente en el aumento de ingreso de los trabajadores.

En épocas de crisis recesivas o depresivas, la tendencia es totalmente opuesta, porque en estas fases el desempleo tiende a crecer como resultado del despido de cientos de miles de trabajadores de las actividades productivas. El desempleo es un fenómeno estructural exclusivo del sistema capitalista, porque no depende de la voluntad de los individuos permanecer ociosos, sino de los factores estructurales ya aludidos.

En la sociedad capitalista, el desempleo es un fenómeno que está presente en todo momento, incluso en etapas de prosperidad, ya que la población sobrante o que no está incorporada a las actividades productivas, es un poderoso instrumento para regular los salarios y mantenerlos a la baja y con ello favorecer el establecimiento de menores costos en las empresas y en consecuencia un aumento en las ganancias de éstas.

En el caso específico de México, el desempleo empezó a convertirse en un fenómeno permanente del sistema económico desde los años 40´s del siglo pasado, debido al rápido proceso de industrialización que emprendió el país desde esa década. Este fenómeno se acrecentó y tomó dimensiones insospechadas en los años 70´s y 80´, cuando México experimentó una crisis estructural que fue producto del agotamiento del modelo de industrialización basado en la sustitución de importaciones y en el intervensionismo "keynesiano".

Actualmente, el INEGI estima que el desempleo abierto en la economía mexicana, representa cerca del 4% con respecto al total de la población económicamente activa que está conformada por más de 42 millones de mexicanos; sin embargo, esta cifra de desempleo abierto es totalmente engañosa, porque la metodología que se utiliza para estimar el cálculo es insuficiente y no representa la realidad del mercado laboral, en relación al desempleo que aqueja actualmente la población mexicana.

Por otra parte, más de 25 millones de nuestros compatriotas que representan más de la mitad de la población económicamente activa, no tiene prestaciones laborales; asimismo, casi tres millones y medio de trabajadores agrupados en la población económicamente activa, tiene algún tipo de trabajo en donde sólo sobreviven con las propinas que reciben.

Las desigualdades de oportunidades laborales se conjunta con la aguda concentración del ingreso, pues el 54% del ingreso nacional se encuentra en manos de tan solo el 20% de los hogares mexicanos es decir, de los más ricos, mientras el resto de la población se hunde en la miseria. Esto nos lleva a concluir que el problema de México no es la falta de riqueza, sino la injusta distribución de ésta.

Por esa razón el grupo parlamentario del Partido del Trabajo está convencido de que los problemas de desempleo que enfrentan millones de nuestros compatriotas, deben de tener una solución inmediata. Nuestra propuesta va en el sentido de crear un seguro por desempleo para los trabajadores mexicanos.

En muchas otras partes del mundo el seguro por desempleo existe como una medida de compensación social ante la desigualdad económica y social que provoca el sistema capitalista. Por ejemplo en América Latina, en Argentina, Chile y Brasil, marchan a la vanguardia en esta materia. El caso de las naciones escandinavas resulta ejemplar ya que el Estado es el responsable de los ciudadanos desde que nacen hasta que mueren. Las naciones desarrolladas como Estados Unidos y otros miembros de la OCDE tienen implantada esta protección social para el trabajador.

Creemos que ha llegado la hora de cumplir con el pueblo de México. El Partido del Trabajo apuesta por la solución de este flagelo social que hoy por hoy ha excluido de las oportunidades de progreso y de desarrollo social, a millones de mexicanos.

Proponemos que los recursos financieros para sostener el programa Seguro por Desempleo, deben de ser aprobados por la Cámara de Diputados y transferidos para su cometido al Instituto Mexicano del Seguro Social.

Compañeras y compañeros legisladores: Por las consideraciones antes expuestas y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55 fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, la presente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un título séptimo y un capítulo único a la Ley del Seguro Social, para crear el Programa Seguro por Desempleo, para protección del trabajador mexicano.

Solicito a la presidencia instruya la publicación íntegra de la presente iniciativa, en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados. Entrego a la secretaría la presente iniciativa.

Es cuanto diputada presidente.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Gracias diputado Vázquez González.

A solicitud del proponente, solicito se inserte el texto íntegro en el Diario de los Debates, se publique en la Gaceta Parlamentaria y se turne a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social.

Damos la más cordial bienvenida a los y las presidentes y presidentas municipales del Estado de Guerrero, que hoy nos acompañan aquí en la Cámara de Diputados. Bienvenidos sean ustedes.

Tiene la palabra el diputado Alejo López Núñez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa que reforma el segundo párrafo del artículo 239 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

El diputado Alejo López Núñez (PAN): Con su venia diputada presidenta: El suscrito diputado Alejo López Núñez, integrante del grupo parlamentario de Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito proponer ante esta Soberanía, la reforma al artículo 239 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a fin de modificar la disposición electoral que establece la llamada "Ley Seca" el día de la elección y el precedente.

Nuestra democracia electoral ha pasado una lenta etapa de gestación, comparable con un escueto voteo, producto de la cerrazón autoritaria, hacia una cautelosa cotidianeidad cristalina, consecuencia del esfuerzo generacional de millones de mexicanos.

Hoy, hablar de elecciones federales, confiables y transparentes a lo largo y ancho del país ya no es una quimera, por el contrario, se trata de una realidad tangible que se encuentra en marcha perpetua de edificación constante.

Los grandes esfuerzos nacionales como los de 1877, 91, 94 y 96, han rendido frutos. Hoy la lucha es por consolidar, depurar y eficientizar la credibilidad ya existente.

Sin embargo, resulta anacrónico que continuemos reproduciendo los viejos resabios de una visión hoy superada. Nuestra realidad del siglo XXI resulta incompatible con algunas normas jurídicas que presuponen una minoría de edad por parte del ciudadano.

El leviatán del que hablaba Fox, parece negarse a morir y se enquista en vetustas prácticas de un estado paternalista, tal es el caso de la norma jurídica contenida en el segundo numeral del artículo 239 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Definitivamente no existe ningún argumento de tipo económico o jurídico lo suficientemente contundente como para justificar la existencia de una norma que prohiba, durante el día de la jornada electoral y el anterior a este, el funcionamiento de todos los establecimientos en cualquiera de sus giros que expendan bebidas con graduación alcohólica.

Vender este tipo de bebidas nada tiene que ver con el desarrollo tranquilo y sin percances de los procesos electorales que las personas que así lo deseen, puedan comprar vino o cerveza que en nada atenta contra los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad, los cuales establece el artículo 41 de nuestra Carta Magna como rectores de nuestros procesos electorales.

Por supuesto que no resulta inadvertido el hecho de que para garantizar una buena jornada electoral es condición necesaria preservar el orden, asegurar el libre acceso a la casilla electoral y garantizar en todo tiempo el secreto al voto.

Lo que no se comparte es que para lograr lo anterior sea necesario impedir el libre comercio de bebidas embriagantes, más aún cuando el propio COFIPE en su artículo 122 ya prevé algunas atribuciones al presidente de la mesa directiva para conservar el orden durante la jornada electoral.

¿Cuál es la ratio legis del segundo párrafo del artículo 239 del COFIPE? ¿Acaso se piensa que en el supuesto de que se vendan bebidas embriagantes el día de elección, acudirán a las casillas electorales hordas de ciudadanos alcoholizados, los cuales impedirán el correcto desarrollo y la jornada electoral?

El citado párrafo del artículo 239 del COFIPE, es un claro ejemplo de cómo legislar con buenas intenciones pero sin sustento técnico puede acarrear una serie de consecuencias negativas a la sociedad.

Por ejemplo, en el tema que nos ocupa se pudieran mencionar infinidad de acasos, pero en términos generales se generan pérdidas económicas enormes que conservadoramente pudieran llegar hasta los 85 millones de pesos en tan sólo un día, las cuales tienen que absorber el sector turístico del país ya que durante dos días se dejan de obtener importantes recursos producto de la venta de los productos legales el resto del año.

Además de que dicha prohibición, en el contexto del sector turístico, se le aplica por igual a ciudadanos mexicanos y extranjeros de visita en nuestro país provisional, lo cual resulta absurdo ya que los nacionales de otros países no participan de ninguna forma en los procesos electorales.

No debe de pasar por alto que la actividad turística que se desarrolla en el país y en los estados cuya economía depende en mayor o menor medida de dicha actividad, es importante ya que entre los beneficios que aportados a cada entidad está el de generar fuentes de empleo y la derrama de recursos económicos.

Hoy en día, algunos de estos estados han modificado su legislación para evitar el significativo daño, que causa la economía con las medidas por demás proteccionistas.

Sabedores de la importancia de proteger el desarrollo y crecimiento económico de sus entidades que en concurrencia con fechas importantes para la recepción de turismo y visitantes internacionales tienden a duplicar o triplicar los efectos nocivos de las medidas como ésta, se causan tanto al comercio organizado como a los prestadores de servicios turísticos del país en sus respectivos estados.

Ante ello, buscar una modificación a la legislación federal que concretamente establece la prohibición de expender bebidas con graduación alcohólica, se vuelve un imperativo. Sobre todo para los lugares cuya economía se pone en riesgo por una medida que poco aporta al desarrollo de los procesos electorales, sobre todo en los lugares que por décadas se desarrollan con alto grado de civilidad.

Ahora bien, la norma aunque deben conllevar un sentido de observancia general, dado la conformación de nuestro país, es importante dejar a salvo la posibilidad de que cuando en alguna zona o región del país se requiera para preservar el orden y la paz sociales durante la realización de los comicios, las autoridades locales puedan contar con el marco legal para definitivamente prohibir la venta de alcohol durante el día de la jornada electoral, sólo cuando estrictamente resulte indispensable.

Por supuesto es sensato estar a favor de que si durante la jornada electoral alguna persona, independientemente de su estado violenta la tranquilidad y el orden de una casilla electoral, las autoridades competentes dispongan de esa persona en los términos de la Ley.

Con lo que no se puede estar de acuerdo es que desde un código electoral se atente contra el libre comercio de un producto legal, el cual genera millones de pesos, por lo tanto de empleos, por el simple hecho de que la autoridad competente, no entiende que la sociedad es lo suficientemente madura y capaz de comportarse a la altura de nuestra democracia electoral con o sin prohibiciones anacrónicas.

No desconocemos que este pudiera ser un factor capaz de producir en la persona que lo consume, diversos cambios de actitud, como por ejemplo, hacerla más violenta o agresiva. Sin embargo nos resulta totalmente inadecuado combatir un problema de salud pública a través de normas jurídicas de carácter electoral.

Por lo anteriormente expuesto ante esta Honorable Asamblea me permito proponer el siguiente

DECRETO

Decreto por el que se reforma el párrafo segundo del artículo 239 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a fin de modificar la disposición electoral que establece la llamada "ley seca" el día de la elección y el precedente para quedar de la siguiente manera:

Artículo 239 numeral dos. "El día de la elección y el precedente, a juicio de las autoridades competentes y de acuerdo a la normatividad que existe en cada entidad, ordenarán cuando sea indispensable para preservar el orden de la jornada, el cierre de los establecimientos que expendan bebidas embriagantes".

Transitorio.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Es cuanto, diputada Presidenta. Por su atención, muchas gracias.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias, diputado López Núñez.

Túrnese a la Comisión de Gobernación.

En virtud de que ha transcurrido el tiempo correspondiente a la presente sesión, como señala el Acuerdo Parlamentario aprobado por el pleno, proceda la Secretaría a dar lectura al orden del día de la próxima sesión.

La Secretaria Graciela Larios Rivas:

Da lectura al orden del día de la próxima sesión.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Proceda la Secretaría a abrir el sistema electrónico por diez minutos para verificar la asistencia.

La Secretaria Graciela Larios Rivas: Se pide se hagan los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico por diez minutos para verificar la asistencia.

Se verifica la asistencia.

La Secretaria Graciela Larios Rivas: Hay una asistencia de 389 diputados, señora Presidenta.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: ( A las 15:11 horas): Se cita a la sesión que tendrá lugar el próximo martes 21 de septiembre a las 11:00 horas, y se les informa que el sistema electrónico estará abierto a partir de las 9:30 horas.