Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, LIX Legislatura
Versión estenográfica de la sesión ordinaria del martes 21 de septiembre de 2004

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera (PRI) (Toca la campanilla y dice): Pido a la Secretaría haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de los ciudadanos diputados.

El Secretario Antonio Morales de la Peña (PAN): Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 304 diputadas y diputados.

Por lo tanto, hay quórum señor Presidente.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: (A las 11:10 horas): Se abre la sesión.

Consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura al orden del día, en virtud de que se encuentra publicada en la Gaceta Parlamentaria.

El Secretario Antonio Morales de la Peña: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se le dispensa la lectura al orden del día.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor.

(Votación)

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Se dispensa la lectura.

El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior.

Pido a la Secretaría consulte a la asamblea si se le dispensa la lectura, tomando en consideración que también ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

La Secretaria Graciela Larios Rivas (PRI): Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea si se le dispensa la lectura al acta de la sesión anterior, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

La mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Se dispensa entonces la lectura.

Proceda la Secretaría a poner a discusión el acta.

La Secretaria Graciela Larios Rivas: Está a discusión el acta.

No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

La mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: En consecuencia está aprobada el acta.

El Secretario Antonio Morales de la Peña (PAN): Comunicaciones.

Da lectura a una comunicación del Congreso del estado de Colima donde remite punto de acuerdo por el que se solicita se analice y reforme la Ley de Pesca y su Reglamento.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Túrnese a la Comisión de Pesca para su conocimiento.

El Secretario Antonio Morales de la Peña:

Da lectura a una comunicación del estado de Durango, donde remite punto de acuerdo para solicitar a la Comisión Especial para dar Seguimiento a los Fondos Aportados por los Trabajadores Mexicanos Braceros de la Cámara de Diputados, promueva una partida en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2005.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Túrnese a la Comisión Especial para dar Seguimiento a los Fondos de los Trabajadores Mexicanos Braceros.

El Secretario Antonio Morales de la Peña:

Da lectura a un oficio del diputado Gelacio Montiel Fuente, por el que comunica su reincorporación a sus labores legislativas.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: De enterado y se le tiene por reincorporado a sus labores legislativas. Bienvenido nuevamente.

El Secretario Marcos Morales Torres: Oficio de la Junta de Coordinación Política.

Relativo a la sustitución de los CC. Dip. Jesús Antonio Nader Nasrallah, por la Dip. Ma. Antonia García Sanjinéz, como integrante de la Comisión de Seguridad Pública; del Dip. Alejandro Higuera Osuna, por el Dip. Evaristo Corrales Macías, como integrante de la Comisión de Pesca; del Dip. Jesús Antonio Nader Nasrallah, por la Dip. Ma. Antonia García Sanjinéz, como integrante de la Comisión de Economía; de la Dip. Gisela Juliana Lara Saldaña, por la Dip. Janette Ovando Reazola, como integrante de la Comisión de Equidad y Género; del Dip. Alejandro Higuera Osuna, por el Dip. Evaristo Corrales Macías, como integrante de la Comisión de Turismo; del Dip. Alejandro Higuera Osuna, por el Dip. Evaristo Corrales Macías, como integrante de la Comisión de Marina; del Dip. Jesús Antonio Nader Nasrallah, por la Dip. Ma. Antonia García Sanjinéz, como integrante de la Comisión de Pesca.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: De enterado.

El Secretario Marcos Morales Torres: Se da cuenta de un oficio de la Junta de Coordinación Política.

Relativo al cambio de los CC. Dip. Alejandro Higuera Osuna, por el Dip. José Orlando Pérez Moguel, como Secretario de la Comisión de Pesca; del Dip. Jorge Ruiz Esparza, por el Dip. José Erandi Bermúdez Méndez, como Secretario de la Comisión de Juventud y Deporte; del Dip. Jesús Antonio Nader Nasrallah, por el Dip. Jorge Luis Hinojosa Moreno, como Secretario de la Comisión de Economía.

En votación económica se pregunta a la asamblea si se aprueba el Acuerdo.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor.

(Votación)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: En consecuencia, está aprobado.

Permítame señor Secretario.

Con la debida atención, la Presidencia invita con toda cordialidad a los representantes de los medios de comunicación a ocupar los lugares que tienen asignados para cumplir con su tan importante labor y poder así proseguir con este trabajo legislativo. Gracias por su atención.

Adelante señor Secretario.

El Secretario Antonio Morales de la Peña: Minutas.

Oficio de la Cámara de Senadores con el que se remite la Minuta Proyecto de Decreto por el que se reforman y derogan diversos artículos de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Túrnese a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Justicia y Derechos Humanos.

El Secretario Antonio Morales de la Peña:

Oficio de la Cámara de Senadores con el que se remite Minuta Proyecto de Decreto que concede permiso al C. Lic. Vicente Fox Quesada, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden Nacional "Al Mérito" en grado de Gran Collar, que le confiere el Gobierno de la República del Ecuador.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Túrnese a la Comisión de Gobernación.

El Secretario Antonio Morales de la Peña:

Oficio de la Cámara de Senadores con el que se remite Minuta Proyecto de Decreto que concede permiso al C. Lic. Vicente Fox Quesada, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden Nacional "Congreso Nacional del Ecuador, General Eloy Alfaro", que le confiere el Congreso Nacional de la República del Ecuador.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Túrnese a la Comisión de Gobernación.

La Secretaria Graciela Larios Rivas:

CC. Florinda Yolanda de Jesús Zamora, Alfredo Lugo Dávila, Luisa Josefa Andrade Osorio, Edgar Domínguez Pérez, María del Pilar Unda Jiménez, María Teresa Beorlegui Estevez y Simón Baizabal Lagunes presten sus servicios en la Embajada de Dinamarca en México.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Túrnese a la Comisión de Gobernación.

La Secretaria Graciela Larios Rivas::

CC. Alejandra María Nahas Espinosa, Jaime Ayala Orona, Mónica Saavedra Díaz y Jacobo Hamui Cárdenas presten servicios en la Embajada y Consulado De Estados Unidos de América.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Túrnese a la Comisión de Gobernación.

El Secretario Marcos Morales Torres:

C. Julio Xilo García, preste sus servicios en la Embajada de Japón en México.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Túrnese a la Comisión de Gobernación.

Tiene a la palabra el diputado José Manuel Carrillo Rubio del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa que reforma y adiciona los Artículos 4 y 73 en su fracción XXIX-J de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado José Manuel Carrillo Rubio (PRI): Con su permiso señor presidente. Compañeras y compañeros legisladores. En uso de las facultades que me confiere tanto la Constitución Política de la República Mexicana como las leyes orgánicas respectivas, expongo ante todos ustedes la siguiente iniciativa que pretende reformar los Artículos 4 y 73 en su fracción XXIX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La actividad física y el deporte son las manifestaciones sociales que han adquirido mayor importancia dentro de la vida cotidiana del ser humano, el fenómeno deportivo es uno de los que más ha evolucionado durante el proceso de la globalización por su gran dimensión en los ámbitos políticos, social, económico, cultural y jurídico.

Estudios recientes demuestran que la creciente importancia del deporte como realidad cotidiana, resulta acreditada por su significación económica y social, sin olvidar su dimensión cultural y educativa, a través de sus diversas modalidades como el entrenamiento, el espectáculo, el alto rendimiento popular o profesional, los alcances del deporte como instrumento educativo y su valor universalmente reconocido como protector de la salud física y mental, ha transformado a la cultura física y al deporte en una realidad que no podemos ignorar.

Diversos han sido los intentos porque se reconozca al deporte como una garantía constitucional, sin embargo, razones externas al tema han impedido un verdadero y profundo análisis a las propuestas anteriormente presentadas.

En textos especializados en la materia, se pone de manifiesto que el hecho de que el deporte se encuentre en rango constitucional, no es un acontecimiento espontáneo sino que responde a una evolución de los derechos y deberes públicos, íntimamente conectada a la transformación sucesiva y de las tareas de cometido de los poderes públicos.

Es decir, si en la Constitución no se encuentra reconocido el derecho al deporte, a la práctica de una cultura física, es un reflejo claro de la sociedad en la que vivimos. Por ello es importante resaltar una vez más que naciones como Italia, Grecia, Albania, Francia, Bélgica, Australia, Portugal, Brasil, Cuba, Chile, Perú, Argentina, Canadá, Colombia y Guatemala estipulan en su Carta Magna el derecho al deporte y la obligación del Estado a fomentarlo, esto ha permitido a aquellas naciones establecer una política de Estado en materia deportiva con bases jurídicamente sólidas, pudiendo implementar a su interior una mejor cultura deportiva así como desarrollar un marco jurídico que vele en todo momento por los derechos de los deportistas y que esclarezca claramente, sin lugar a dudas, el papel y la incumbencia de las diversas organizaciones deportivas nacionales, estatales que tienen una competitividad a nivel internacional.

En nuestro país la falta del reconocimiento del derecho a la cultura física y al deporte no solamente ha permitido el correcto desarrollo de la legislación en materia deportiva, pues sus escasos antecedentes jurídicos, unidos a la casi nula evolución y práctica histórica de los mecanismos utilizados para regularse por parte de nuestras organizaciones deportivas, han sido el lastre con el que aún cuenta nuestro deporte en materia nacional.

No obstante lo anteriormente expuesto, es conveniente mencionar que con la promulgación de la Ley del Estímulo y Fomento al Deporte del 27 de diciembre de 1977, la primera especializada en la materia en el deporte, dejó formalmente de ser un problema y materia exclusiva de la sociedad y de las organizaciones privadas, en donde el Estado era ajeno pues desde los inicios de su práctica formal en sus diversas manifestaciones y especialidades, en nuestro país su desarrollo y crecimiento se dio conforme a propias organizaciones, hechos aislados y no mediante reglas y organización donde los poderes públicos quedaran incluidos.

La constante oposición de algunas organizaciones deportivas a que se legisle en el deporte y la violación a los derechos de los deportistas por parte de éstas, se dieron el origen de la LVII Legislatura, donde surgiera la primera propuesta para reconocer en nuestra Constitución el derecho al deporte como un derecho social de la perspectiva que posteriormente permite emitir una ley reglamentaria que proclame y garantice constitucionalmente el derecho de los ciudadanos a la práctica del deporte, dando origen a una verdadera política de Estado en materia del fortalecimiento de sus instituciones encargadas de planear y aplicar las diversas políticas públicas necesarias para mejorar su desarrollo. Sin embargo, el ambiente político imperante en estos momentos y por acuerdo de la Comisión dictaminadora, se aplazó su análisis y discusión hasta en tanto no se resolviera la iniciativa relativa a los derechos y la cultura de los pueblos indígenas o bien, hasta que se tuviera la certeza de que su tramitación legislativa no se llevaría en el corto plazo.

De esta manera es que se resolvió que la propuesta original de reconocer el derecho al deporte en el artículo 4º constitucional se le diera una primera solución adicionando a la actual fracción XXIX fracción J al artículo 73, facultando al Congreso para legislar en materia del deporte.

Fue con la reforma mencionada que se dio fin al argumento de las organizaciones deportivas sobre la facultad o no de este Congreso en materia deportiva, cuestión que se dio vida a la primera Ley General de Cultura del Deporte, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8n de junio del año 2000, misma que jamás fue aplicada, pues se extinguió al igual que la administración federal al término de su sexenio pasado, sin la expedición del vital reglamento que permitiera una operatividad mejor y más eficaz. Lamentablemente no se obtuvieron los consensos necesarios para su aprobación cuando ya se contaba con un proyecto de dictamen a favor.

La experiencia en esta ley es que su objeto sólo establece las bases de coordinación y colaboración entre la Federación, los estados y el Distrito Federal con los municipios, así como la concertación para la participación de los sectores social y privado en el ámbito de la cultura física.

De lo anterior no nos queda duda que se ha hecho intento por poner orden a las organizaciones e instituciones involucradas en el desarrollo de la cultura física y el deporte, poniendo especial atención en cómo sobrellevar las relaciones entre lo público y lo privado en el deporte, dejando de lado el principal objetivo de hace más de 10 años a los derechos de los deportistas y quienes realizan o realizamos actividades físicas.

En la actualidad, diversas son las voces que se han manifestado su incomprensión sobre por qué la Ley General de Cultura Física y Deporte no contiene un solo capítulo destinado a los derechos de las y los deportistas, por qué en ella sólo se habla de instituciones u organizaciones. La respuesta es sencilla: porque en México no se ha reconocido jamás formal y expresamente, el derecho a la cultura física que tienen los mexicanos.

He aquí una razón más a lo propuesto en las legislaturas y dos ejemplos claros son la participación actual de México en las olimpiadas donde tan solamente obtuvimos cuatro valiosas medallas, pero lo que es aún más grave, en México la principal causa de muerte es la diabetes junto con la obesidad, dos enfermedades totalmente relacionadas con la falta de cultura y práctica del deporte en nuestro país.

Por eso presento esta reforma que pretende instaurar en el artículo 4° de la Constitución, "el derecho de que todos los mexicanos tenemos de participar en el deporte".

Aprovecho la oportunidad para felicitar a los atletas paralímpicos por el buen desempeño en la Olimpiada.

Gracias.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Gracias a usted, señor diputado.

Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Tiene la palabra el diputado Francisco Barrio Terrazas, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal en materia de delitos cometidos en contra de la función pública.

El diputado Francisco Barrio Terrazas (PAN): Con el permiso de la Presidencia.

Compañeros y compañeras diputadas:

"Algo había muerto en cada uno de nosotros y lo que había muerto era la esperanza". Esta frase de Oscar Wilde pudiera perfectamente referirse a la corrupción que durante siglos ha prevalecido en nuestro país y que como una gangrena maligna nos ha contaminado todo.

Un mal endémico que nos detiene el avance del país, que mina la confianza en las instituciones públicas y que en efecto, debilita la esperanza de los ciudadanos.

Gary Becker, Premio Nobel de Economía, sostiene que detrás de un acto de corrupción, suele haber un comportamiento racional, ya que en toda conducta corrupta están en juego un incentivo o premio y un eventual castigo, y cuando la posibilidad de penalización es baja o inexistente, crece el aliciente a obrar contra la ley.

Si consideramos que en la lucha contra la corrupción tienen éxito, las comunidades que logran reducir la complejidad de sus trámites burocráticos, que hacen más rigurosas las sanciones y minimizan la probabilidad de eludir la acción de la justicia, es fácil explicarse que con un marco legal que hace tan tardado y tan difícil castigar a los servidores públicos que incurren en actos indebidos, México siga siendo un paraíso de corruptos.

Cada vez que se pregunta a ciudadanos de todas las capas sociales y de todos los rincones del país cuáles son los problemas que más les interesa que se atiendan, aparece como un clamor el deseo de los mexicanos y las mexicanas de que se dé una lucha frontal y efectiva contra la corrupción.

Y en efecto, en muchas situaciones de nuestra vida pública se puede intuir que hay algo indebido. Nuestro reto y el de toda la sociedad es el de contar en esos casos con elementos para probarlo, ya que en nuestro país nadie puede ser condenado por presunciones.

Pero por otro lado y esa es parte de nuestra responsabilidad, nadie debe abusar de las funciones y de los recursos públicos sin ser sancionado.

Y no obstante la previsión constitucional y el desarrollo que el régimen de responsabilidades de los servidores públicos ha tenido a nivel legislativo, la experiencia de los órganos encargados de fiscalizar la conducta de los servidores públicos, ha demostrado que las disposiciones legales no siempre garantizan el respeto a la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deben observarse en el desempeño de los empleos, cargos o comisiones públicos.

En ese sentido la iniciativa que hoy se somete a la consideración de este órgano legislativo, tiene como propósito fundamental reformar los ordenamientos que tipifican las conductas delictivas de los servidores públicos, simplificando o ampliando los supuestos que las originan, evitando de esa manera que las mismas queden impunes por deficiencias técnicas o ausencia de formulas incriminatorias.

La presente reforma atiende a tres vertientes fundamentales:

Primero. Precisión de tipos penales.

El exceso de normas en las hipótesis penales ha constituido en muchos casos un obstáculo para combatir las conductas ilícitas en el servicio público produciendo como consecuencia, impunidad.

Es por tanto, que se propone eliminar elementos normativos que no forman parte del núcleo de la conducta ilícita, tales como las expresiones: "gravemente", " indebido", "en el ejercicio de sus funciones"; entre otras que por carecer de una definición legal dan margen a interpretaciones subjetivas o discrecionales que acaban entorpeciendo la procuración y administración de justicia.

Segundo. Adición de tipos penales.

Se propone la creación de nuevas figuras delictivas en las que se contemplan actos de corrupción que por deficiencia de la legislación actual no son objeto de recriminación penal.

Tercero. Sanción de conductas penales.

Se establecen parámetros uniformes para la aplicación de las penas. Se propone la agravación de penas en atención a la naturaleza del cargo desempeñado y se establecen parámetros para atenuar la pena, cuando el procesado opte por la confesión, la delación de los involucrados, la reparación del daño y que éste último no sea reincidente.

Siendo pues, la corrupción un cáncer que nos ha dañado a todos, pero sobre todo a los que menos tienen, porque ha consumido recursos públicos necesarios para brindar bienes y servicios públicos a los que más los necesitan, hemos de combatirla con todas nuestras fuerzas, pero creemos además, que esto tiene que ser con el concurso de todos, porque el combate a la corrupción, sí queremos que verdaderamente llegue hasta el fondo, que ataque la raíces del problema, tiene que estar fincado en un espíritu cívico, noble, elevado y generoso.

Y el espíritu cívico bien entendido, ése que de veras quiere construir una mejor nación y una sociedad más justa y más armónica, está por encima de grupos, de partidos, de facciones o intereses. Ese espíritu cívico, patriótico en el mejor sentido del término, no le pertenece a grupo alguno ni deja afuera a nadie, a todos incluye y a todos pertenece y de esa manera a los beneficios enormes que como nación tendremos por el sólo hecho de tener una vida pública más honesta y transparente, hemos de sumarle el de que este esfuerzo puede ser un medio eficaz para aglutinarnos, unirnos y hermanarnos.

Podemos hacer de este empeño de reducir la corrupción precisamente porque nos conviene a todos y porque necesita del esfuerzo de todos, un elemento importante de convergencia y de consenso, que ayude a quitar de entre nosotros desconfianzas y temores que tanto nos estorban y tanto nos lastiman.

Es cuanto.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Gracias, señor diputado. Túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Tiene la palabra el diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, para presentar una iniciativa que reforma el artículo 17 fracción IX, inciso b) de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004.

El diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari (PVEM): Con el permiso de la Presidencia.

Compañeras y compañeros legisladores:

Lo que la actividad científica pueda aportar al desarrollo de México, es meritorio de ser considerado por todos los mexicanos como algo indispensable para ser un país competitivo en el contexto internacional.

La brecha entre las capacidades científicas y tecnológicas entre los países más industrializados y los que estamos en vías de estarlo, es una de las manifestaciones contemporáneas de la persistencia del subdesarrollo y también una de sus principales causas.

Si bien la labor científica ha permitido grandes avances y transformaciones de la humanidad, ocasionalmente sus resultados han acentuado las desigualdades entre los pueblos. Los países que se han esforzado por invertir más en investigación y desarrollo, han logrado como resultado elevar su posición competitiva internacional, convirtiendo las ideas científicas en un importante recurso económico para la Nación.

La necesidad de mayores inversiones en este rubro es evidente para cualquiera que desee futuro mejor para nuestro país, sin embargo, los recursos federales son limitados y todos los ramos presupuestales son importantes y requieren atención.

Al momento de realizar un análisis concienzudo en relación a en qué conviene a México invertir sus limitados recursos, en nuestra opinión es fundamental y de elemental justicia considerar que la inversión en ciencia y tecnología es con la intención de impulsar áreas estratégicas del conocimiento que puedan resolver problemas concretos de los distintos ramos que atiende el Presupuesto de Egresos de la Federación, por lo que si se invierte en desarrollo científico y tecnológico se invierte también en salud, en medio ambiente, en desarrollo rural, en alimentación, en seguridad, en generación de más y mejores empleos, en elevar la competitividad de nuestra industria en turismo; en general, en todo cuanto significa desarrollo.

A ese respeto, la tendencia internacional apunta a inversiones en ciencia y tecnología del orden entre el 1 y el 3% del Producto Interno Bruto con una participación por parte del Estado de entre el 18 y el 40% del total. En el caso de México la inversión total equivale escasamente al .4% del Producto Interno Bruto con una inversión por parte del Estado del 61%.

Tomando como referencia la experiencia de las naciones que han obtenido mejores resultados en cuanto a desarrollo científico se refiere, lo que México necesitaría alcanzar es una inversión del 1% del Producto Interno Bruto con una participación mucho mayor por parte de la iniciativa privada. Para lograr un aumento en la inversión destinada a ciencia y tecnología por parte de la iniciativa privada, la estrategia optada por distintos países ha sido por medio de incentivos fiscales y México no es la excepción.

El incentivo fiscal que señala la Ley del ISR en su artículo 119 (¿), ha resultado muy atractivo para la industria privada nacional. Desafortunadamente el tope máximo de 500 millones de pesos para este incentivo descrito en el artículo 17 fracción IX inciso A) y B) de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del 2003 resulto insuficiente, ya que para el Ejercicio Fiscal del 2004 se inició con más de 170 millones de pesos comprometidos.

Si México quisiera alcanzar con estos incentivos fiscales los mismos niveles de inversión que tienen los países que menos inversión en ciencia y tecnología, de la OCDE (¿), el tope máximo tendría que ser del orden de 11 mil 500 millones de pesos.

Si bien es digno de reconocer el hecho de que se haya autorizado un importante incremento del monto del estímulo a mil millones de pesos, todavía nos falta mucho por andar.

Para el año 2005 lo ideal, dentro de nuestras posibilidades económicas, es incrementar nuevamente el tope a 3 mil millones de pesos, con la intención de proporcionar un incremento de la inversión que realiza el Sector Productivo en actividades científicas y tecnológicas y de ese modo poder acceder una inversión cada vez más cercana al 1% del Producto Interno Bruto en este ramo para el 2006.

Según información proporcionada por el CONACYT, lo idóneo para el caso de México es incrementar la participación privada para el año 2006 a un total de 30 mil millones de pesos, pasando por 23 mil millones de pesos por el año 2005. En este sentido el tope máximo establecido para el incentivo fiscal debería de ser del orden de 6 mil 900 millones de pesos. Sin embargo, la inversión privada en este rubro debe ser motivada por su rentabilidad económica y no sólo por la posibilidad de acceder a un beneficio fiscal. Por lo que proponemos incrementar el tope máximo a 3 mil millones de pesos para el ejercicio fiscal del 2005.

Sensibilizados por todo lo anteriormente expuesto, los integrantes del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, sometemos a su consideración la siguiente:

Iniciativa de Decreto por la que e reforma el inciso b) de la fracción IX del artículo 17 de la Ley de Ingresos de la Federación.

El artículo 1 por el que se reforma el inciso b) de la fracción IX del artículo 17 de la Ley de Ingresos de la Federación para quedar como sigue:

El artículo 17 en materia de estímulos fiscales durante el ejercicio fiscal del 2004 se estará a lo siguiente: Para la aplicación del estímulo que hace referencia el artículo 219 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, se estará a lo siguiente:

B. El monto total del estímulo a distribuir entre los aspirantes del beneficio no excederá de 3 mil millones de pesos para el año 2005.

Transitorio

Primero. Este decreto entrará en vigor el 1o. de enero del 2005.

Por su atención muchas gracias.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Tiene la palabra el señor diputado Francisco Amadeo Espinosa Ramos, del Partido del Trabajo, para presentar una iniciativa que adiciona un Título Séptimo y un capítulo único a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, que crea el programa Seguro por Desempleo para Protección de los Empleados Públicos.

El diputado Francisco Amadeo Espinosa Ramos (PT): Con su venia señor presidente; compañeras y compañeros legisladores; ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados de la LIX Legislatura del Honorable Congreso de la Unión:

El grupo parlamentario del Partido del Trabajo acude a esta tribuna para presentar la iniciativa con proyecto de decreto para crear el programa Seguro por Desempleo para Protección de los Empleados Públicos al Servicio del Estado, bajo la siguiente:

EXPOSICION DE MOTIVOS

La crisis histórica de 1981-1982, acabó con el modelo de sustitución de importaciones y con el creciente intervencionismo del Estado en la economía mexicana.

Como se sabe desde principios de los años 60, el Estado Mexicano conformó un sistema de empresas públicas que producían bienes e insumos baratos, que subsidiaban a la empresa privada y servían para promocionar la industrialización del país. Esas empresas públicas empezaron a dotar de empleos a de profesionales que egresaban de las universidades públicas y privadas.

Al terminar el periodo de López Portillo, se contabilizaba un total de 1 mil 155 entidades públicas que generaban casi el 50% del Producto Interno Bruto Nacional. Sin embargo, al iniciarse el proceso de reestructuración que emprendió la economía mexicana desde el gobierno de Miguel de la Madrid, la suerte de las empresas paraestatales cambió radicalmente.

Una parte de las acciones de la Banca nacionalizada en 1982 se restituyó a los banqueros expropiados. Las casas de bolsa y las empresas que estaban vinculadas por la vía accionaria a los bancos expropiados, retornaron a su propiedad. Otras entidades paraestatales que el Gobierno Federal definió como no prioritarias, fueron privatizadas y en el curso del proceso de reestructuración, cientos de miles de empleados públicos fueron lanzados al desempleo.

Este despido masivo de los empleados al servicio del Estado, se dio en un contexto de una aguda crisis que se combinaba con inflación galopante y estancamiento económico. Los estudiosos caracterizaban a esta etapa como la década perdida.

La reestructuración económica de México, implicó privatizar empresas públicas, despido de personal, modernización productiva de las empresas, restricción salarial sin que se establecieran programas sociales compensatorios que paliaran la agudeza de la crisis y sus efectos económicos y sociales.

La crisis de 1994-1995, volvió a golpear a los sectores populares nuevamente, al tiempo que el Gobierno Federal continuó con la privatización de algunas empresas públicas, entre ellas: los ferrocarriles, los satélites, las aseguradoras y otras empresas. Ello implicaba despido de burócratas y crecimiento del desempleo que se acompañó con un mayor empobrecimiento de la población mexicana.

El resultado final de la crisis estructural de 1981-1982, y la de 1994-1995, así como la recesión de 2001-2004, ha sido que el incremento del empleo estructural en la economía mexicana se ha agudizado y la reducción de los empleados públicos ha continuado como parte de la reestructuración del Gobierno Federal.

Por ejemplo, en 1982, el total de empleados públicos federales ascendía a más de cuatro millones, y a finales de 2003 se redujo a poco más de dos millones.

El Gobierno Federal ha continuado con su programa de retiro voluntario, y en el curso de 2003 se incorporaron a él más de 28 mil empleados públicos; y en el curso de 2004, continúa vigente.

La reducción del personal al servicio del Estado se está dando en un contexto de crisis y recesión económica iniciada en 2000 y no ha concluido, y por el contrario, amenaza con profundizarse.

Aunado a lo anterior, el crecimiento del empleo ha estado por debajo de las necesidades reales de absorción de la economía ya que anualmente se incorporan al mercado laboral más de un millón 300 mil jóvenes que arriban a la edad laboral.

Como al Gobierno Federal no le interesa la suerte de los trabajadores de este país, el Congreso de la Unión tiene la facultad legal, política y moral de responder a las exigencias que demanda el pueblo de México.

Por esa razón, el grupo parlamentario del Partido del Trabajo propone la creación de un seguro por desempleo para los empleados al servicio del Estado que son despedidos de su centro de trabajo por razones no imputables a ellos.

Proponemos que los recursos para financiar este programa del seguro por desempleo, sean aportados por la Federación y aprobados anualmente por la Cámara de Diputados e incorporados al presupuesto del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

Compañeras y compañeros diputados, por las consideraciones antes expuestas, el grupo parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55 fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la presente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un título séptimo y un capítulo único a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado que crea el programa del seguro por desempleo para la protección de los empleados públicos al servicio del Estado.

Solicito a la Presidencia instruya la publicación íntegra de la presente Iniciativa en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados.

Muchas gracias.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Gracias a usted, señor diputado.

Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates, publíquese en la Gaceta Parlamentaria y túrnese a las Comisiones Unidas de Trabajo, Previsión Social y de Seguridad Social.

Tiene la palabra la diputada María del Carmen Izaguirre Francos, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa que adiciona los artículos 182 bis, 211 bis y 211 ter y deroga los artículos 212 y 213 del Código Civil Federal en materia del régimen de separación de bienes.

La diputada María del Carmen Izaguirre Francos (PRI): Con su permiso, señor Presidente.

Compañeras y compañeros diputados: La que suscribe, diputada federal integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, también de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente iniciativa en la que se adicionan los artículos 182 bis, 211 bis, 211 ter y se derogan los artículos 212 y 213, todos del código Civil Federal en materia del régimen de separación de bienes, al tenor de la siguiente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La unión de dos personas para formar una familia es, sin lugar a duda, una forma de asociación que debe, como lo está, ser regulada mediante el contrato de matrimonio que es, a la vez, un acto de voluntad de los contrayentes, y por otro, el reconocimiento de la sociedad y de las autoridades a esa familia que forman de manera legal.

En nuestro país la forma de organización predominante, es que en las familias sólo el esposo trabaja en el mercado laboral y la mujer se encarga del trabajo doméstico.

El motivo de nuestra propuesta para la modificación en el matrimonio civil del régimen económico de separación de bienes, es la búsqueda de equidad en los derechos que nacen con dicha unión.

La labor de diversa índole que realiza cada individuo bajo ese estado civil, no siempre es retribuida. Es común que en nuestra era modernizada y globalizada, aún conviven hombres, pero sobre todo mujeres que dedican su esfuerzo y labor al buen desarrollo del matrimonio que conforman, sin obtener para la sociedad civil o para sí, ingreso económico que no sean recibidos mas que por el otro cónyuge, quien dedica su tiempo a la consecución de los ingresos económicos, familiares y sobre todo individuales.

Un claro ejemplo de la búsqueda de la equidad y justicia que conforma un fundamento de modernidad es que la igualdad no provoque la acentuación de las desigualdades, motivo por el cual nuestro país ratificó la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer.

La consecuencia de la ruptura de la unión matrimonial o simplemente la separación de ésta, no implica una desigualdad o falta de equidad en el contrato civil de matrimonio. Lo que resulta verdaderamente inequitativo es una ruptura o separación bajo el régimen de separación de bienes, ya que esto implica el desamparo y la desigual liquidación de bienes de la sociedad conyugal, ya que el cónyuge que dedicó mayor tiempo y esfuerzo al desarrollo propio de la familia no puede reclamar de esa unión de sociedad civil más que lo que no se hubiese gastado de sus bienes propios que administre lógicamente el cónyuge económicamente activo o casi siempre no puede reclamar nada.

El contenido legal del régimen de separación de bienes contiene aspectos que tienden a favorecer la discriminación respecto del cónyuge que no se desarrolla económicamente dentro del matrimonio y coloca en un lugar privilegiado al que por las circunstancias o por acuerdo es el que se beneficia económicamente del crecimiento, casi siempre en su exclusivo patrimonio.

El argumento de propiedad exclusiva bajo el régimen de separación de bienes no solo es obsoleto, es contrario a la equidad y a la igualdad entre quienes forman el matrimonio, ya que las reglas de conducta convencionales o legales no pueden producir riqueza en uno de sus miembros y en contrario pobreza económica en el otro.

Por lo que proponemos modificar el régimen de separación de bienes. Así el cónyuge no propietario tendrá derecho a una indemnización de un máximo del 50 por ciento únicamente de los beneficios que por cualquier título obtenga el cónyuge propietario. Un aspecto más, los hijos que de algún modo han participado para la obtención de ganancias económicas en bienes, derechos y acciones que solo pertenecen a uno de los cónyuges, también tendrán derecho sobre esos beneficios, sin que de ningún modo sobrepasen el 50 por ciento de las ganancias obtenidas.

Por lo tanto, el juez para calcular la indemnización sobre los frutos gananciales de bienes propios del cónyuge propietario deberá tomar en cuenta el número de años de la convivencia familiar, otorgando de dos años de convivencia si no han llegado a 2 años el 10 por ciento. Cuando hayan llegado a 4 años el 20 por ciento. Cuando pasen de esos 4 años el 30 por ciento y cuando llegue a 6 años el 40 por ciento. Cuando rebasen los 8 años el 50 por ciento. Aclaro: de las ganancias.

Compañeras y compañeros Diputados:

En la actualidad no podemos permitir que las leyes no vayan en la búsqueda de lo justo y mucho menos que intervengan como factores que produzcan inequidad. Es por ello que presentamos a esta honorable asamblea la presente iniciativa.

Señor Presidente:

Hago entrega a la Secretaría del texto de la iniciativa, la cual solicito se publique íntegramente en el Diario de los Debates.

Compañeros:

Gracias por su atención.

(Aplausos)

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Gracias a usted, señora Diputada.

Publíquese íntegramente en el Diario de los Debates el texto de la diputada María del Carmen Izaguirre y túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Con la invitación del diputado José Luis Naranjo y Quintana, Presidente del Grupo de Amistad México – Corea del Norte, contamos hoy con la distinguida presencia en esta sesión del Excelentísimo señor RI KANG SE, Embajador en México, a quien saludamos afectuosamente y deseamos los mejores votos por el LVI Aniversario de la Fundación de la República Popular Democrática de Corea.

¡Sea usted bienvenido!

(Aplausos)

Tiene la palabra la diputada Patricia Norma Saucedo Moreno, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa que adiciona un numeral sexto al artículo 132 y el artículo 132 bis a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos en materia del funcionamiento de la Comisión Bicamaral del Canal de Televisión del Congreso de la Unión.

La diputada Patricia Norma Saucedo Moreno (PAN): Con la venia de la Presidencia.

Por economía legislativa y toda vez que la presente ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria y obvio de repeticiones, solicito se agregue en el Diario de los Debates el texto íntegro de esta iniciativa. Sin embargo, me abocaré a exponer un resumen de dicha propuesta legislativa.

"El Canal de Televisión del Congreso de la Unión constituye un recurso institucional del Poder Legislativo Federal, para rendir cuentas a la sociedad, con un alcance y de una manera que no se había logrado durante décadas.

"De conformidad con la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, un atributo del diseño institucional del canal televisivo, es haber confiado su dirección a una comisión legislativa integrada de manera bicamaral y plural.

"La difusión tanto de la información respecto de los trabajos de la asamblea y las comisiones, como del debate público que fomentan las Cámaras en su seno, se erige en un espacio plural y democrático al que concurren las voces de los distintos sectores de la sociedad, tarea que debe acometer la Comisión Bicamaral.

"Pero sus retos van más allá de eso. La Comisión Bicamaral del Congreso de esta LIX Legislatura, sobre la base de la experiencia acumulada, tiene ante sí el reto de ampliar la cobertura de difusión hacia el conjunto de la población y elevar la calidad de los contenidos difundidos.

"La comunicación política del Congreso requiere ser democrática, incluyente y representativa, además de verás y oportuna. Por eso, la Comisión Bicamaral debe de adecuar su propia operación interna, conforme a reglas que garanticen capacidad ejecutiva y de toma de decisiones, sin perjuicio o menoscabo de la representatividad política y la imparcialidad institucional de los contenidos.

"Quienes se han desempeñado y quienes nos desempeñamos en la Comisión del Canal Televisivo del Congreso, hemos coincidido en que se padecen problemas para adoptar ágil y oportunamente las decisiones, y eso repercute de manera directa en la conducción institucional de este medio de comunicación.

"La razón fundamental radica en la carencia de reglas para el proceso decisorio. Un ejemplo de ésta, es que aún no se definen los criterios para la selección y designación del Director General del Canal, cuyo perfil debe garantizar un desempeño profesional y políticamente imparcial.

"En los hechos está demostrado que sin reglas claras de funcionamiento interno de la Comisión, decisiones como ésta no pueden ser tomadas o bien se corren riesgos de que se antepongan posturas partidistas y se caiga en la parálisis decisoria.

"No puede soslayarse que la Comisión Bicamaral del Canal de Televisión del Congreso de la Unión es una Comisión sui géneris. Lo anterior obedece al origen legal, la naturaleza de su objeto y competencia, así como la temporalidad del encargo de esa Comisión, mismo que no se extingue con el tiempo.

"De lo dicho se desprende que resulta conveniente e impostergable, que a cinco años de operación se establezca en la Ley Orgánica las reglas claras a que se deba sujetar el funcionamiento de dicha Comisión, mismas que deberán prever con precisión las atribuciones y los mecanismos de toma de decisión internas.

"De aprobarse esta reforma, se estará dando certeza jurídica al funcionamiento de la Comisión Bicamaral del Canal de Televisión del Congreso de la Unión y, en consecuencia, contribuyendo al óptimo funcionamiento y la consecución de sus fines institucionales, en beneficio de la población mexicana.

"En tal virtud, exhortamos a todas las fuerzas políticas representadas en el Congreso de la Unión, a que apoyen esta iniciativa.

"Por lo expuesto y fundado, me permito someter a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

"Artículo Único.- Se adiciona un numeral 6 al artículo 132 y el artículo 132 bis de la Ley orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

"Artículo 132; numeral 1 al 5 quedan igual.

"Numeral 6.- Por su naturaleza diversa de aquellas contenidas dentro del Capítulo Sexto del Título Segundo de la presente ley, el funcionamiento de esta Comisión se regirá por las siguientes reglas.

"a) La Comisión tendrá una Mesa Directiva integrada por una Presidencia y dos Secretarías, electas de manera directa por los integrantes de la misma. Dichas responsabilidades se ejercerán durante 12 meses y serán rotatorias entre los partidos políticos representados en la Comisión y entre ambas Cámaras.

"En ningún caso se podrá repetir el cargo de la presidencia en el transcurso de una Legislatura.

Las secretarías en ningún caso serán integradas por representantes del grupo parlamentario al que pertenezca el presidente de la Comisión ni de la Cámara de este último.

b) La presidencia tendrá que observar en el ejercicio de sus funciones, los principios de pluralidad, equidad, diversidad, inclusión y democracia.

c) Para que la Comisión pueda sesionar válidamente, se requiere la asistencia de por lo menos cuatro de sus integrantes.

d) La Comisión se reunirá en sesión ordinaria, cuando menos una vez al mes, previa convocatoria de la presidencia, la cual deberá ser emitida por lo menos con cinco días de anticipación, recaudando el acuse de recibo correspondiente, dicha convocatoria deberá estar acompañada del Orden del Día propuesto por la presidencia.

En caso de sesiones extraordinarias podrá ser solicitada a la presidencia, por cualquiera de los integrantes de la Comisión y deberán convocarse por lo menos con cuarenta y ocho horas de anticipación.

e) Los acuerdos de la Comisión privilegiarán el consenso y en su defecto se adoptarán por mayoría de votos de los integrantes presentes, en caso de empate, la presidencia tendrá voto de calidad.

f) Ante situaciones de carácter extraordinario que incidan en la programación y operación del canal, la presidencia tendrá la obligación de consultar a la totalidad de los integrantes de la Comisión.

g) La sede de las reuniones de la Comisión deberá alternarse entre ambas Cámaras del Congreso, salvo acuerdo en contrario de la misma.

h) La Comisión tendrá una secretaría técnica en cada Cámara del Congreso, dichos funcionarios parlamentarios deberán asistir y asesorar a la presidencia de la Comisión y a los legisladores y/o legisladoras integrantes en el control, seguimiento y sistematización de las tareas encomendadas que sean de su competencia, y deberán cumplir con las funciones señaladas en el documento de la política interna correspondiente.

Las secretarías técnicas durarán en su encargo hasta el final de la Legislatura, salvo acuerdo en contrario de la mayoría de los integrantes de la Comisión.

Cuando alguno de sus integrantes no pueda asistir a la sesión, podrá enviar comentarios por escrito a la presidencia a través de la secretaría técnica que corresponda, su posición será tomada en cuenta para los efectos correspondientes.

La Comisión podrá crear subcomisiones especiales para atender asuntos específicos, debiendo dar cuenta al pleno para su resolución correspondiente.

Las actas deberán ser avaladas mediante firmas por los integrantes de la Comisión.

Además de sujetarse a las disposiciones contenidas en el Artículo 44 de la presente ley.

Artículo 132 bis Numeral 1.- Son atribuciones de la Comisión Bicamaral

Aprobar las políticas internas de orden general.

Definir el procedimiento para la designación del titular, escuchando la opinión de las Juntas de Coordinación Política de ambas Cámaras.

Nombrar y remover al titular de la Dirección General del Canal por mayoría de votos de sus integrantes, en los términos de la política que para tal efecto apruebe la Comisión. La decisión que para tales efectos tome la Comisión deberá ser ratificada por las Juntas de Coordinación Política de ambas Cámaras.

Nombrar y remover a los funcionarios hasta el segundo nivel del canal a propuesta debidamente fundada y motivada del titular de la Dirección general o de los integrantes de la Comisión.

Evaluar y aprobar el anteproyecto de presupuesto anual del canal y el programa de trabajo correspondiente, que deberán ser formulados y presentados por el titular de la Dirección General del canal, en la primera quincena del mes de septiembre de cada año.

Turnar el proyecto de presupuesto anual del canal a los órganos de gobierno y a los funcionarios responsables de la administración de ambas Cámaras, a más tardar durante la primera quincena del mes de octubre de cada año para los efectos correspondientes.

Aprobar los planes para la programación y transmisiones del trabajo legislativo y parlamentario del canal, incluyendo aquella conformada por los espacios dedicados a series y programas fijos, los órganos de gobierno de ambas Cámaras, Mesas Directivas y Juntas de Coordinación Política, deberán de conocer de ellos y podrán realizar observaciones a la Comisión.

Emitir observaciones y propuestas al proyecto de programación del canal, entendiendo como tal la presentación de la bitácora diaria.

Fijar las reglas de transmisión de las sesiones plenarias, de comisiones y comités del Congreso y de todas las demás transmisiones que se realicen.

Solicitar a la autoridad competente en materia de control y fiscalización del gasto, la realización de auditorías al canal.

Analizar y aprobar en su caso el informe trimestral y el informe anual del canal.

Celebrar convenios de colaboración con organismos gubernamentales y no gubernamentales, nacionales y extranjeros, en acuerdo con las Mesas Directivas de ambas Cámaras,

Las demás que le confiere otras disposiciones legales y las apruebe la Comisión.

TRANSITORIOS

ARTICULO PRIMERO.- Publíquese el presente decreto en el Diario oficial de la Federación.

ARTICULO SEGUNDO:- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Es cuanto señor presidente.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Obséquiese la solicitud de la diputada Saucedo Moreno e insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates y publíquese en la Gaceta Parlamentaria. Adicionalmente túrnese a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Se pide a la Secretaría instruya el cierre del sistema electrónico y se dé cuenta del registro de diputadas y de diputados.

El Secretario Marcos Morales Torres: Ciérrese el sistema electrónico.

Se informa a la Presidencia que hasta el momento hay una asistencia de 446 diputadas y diputados.

Quienes hasta el momento no han registrado su asistencia, disponen de 30 minutos para realizarlo por cédula.

Cumplida la instrucción, ciudadano Presidente.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Gracias, señor Secretario.

Tiene la palabra el diputado Jorge Uscanga Escobar, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa que reforma la fracción VIII del artículo 2 del Código Federal de Procedimientos Penales.

El diputado Jorge Uscanga Escobar (PRI): Con su permiso, señor Presidente. Compañeras y compañeros diputados.

El suscrito diputado Jorge Uscanga Escobar, en nombre de la diputación federal veracruzana del PRI, con fundamento en el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 20, 38, 39 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 55 del Reglamento Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto de reforma a la fracción VIII del artículo 2º del Código Federal de Procedimientos Penales, al tenor de la siguiente exposición de motivos:

Por decreto de fecha 31 de diciembre de 1994 publicado en el Diario Oficial de la Federación, se estableció en la Norma Suprema el derecho de las víctimas y ofendidos a impugnar las resoluciones del Ministerio Público relacionadas con el no ejercicio y desistimiento de la acción penal. Con esta reforma desde el nivel constitucional ha quedado garantizada la posibilidad de ejercer un derecho potestativo como lo es la impugnación de estas decisiones del Ministerio Público, pero se dejó abierta la posibilidad de que la legislación secundaria pudiera darle un tratamiento diverso, de tal forma que las leyes secundarias establecen plazos para la interposición de la impugnación jurisdiccional, pero a la víctima u ofendido se le tiene por notificado bien sea por los estrados, por publicación en boletín y en otros casos por la vía de la notificación personal.

Nosotros consideramos que el monopolio del Ministerio Público sobre el ejercicio o no de la acción penal debe ser acotado y sobre todo regulado. Consideramos que se deben reducir los márgenes de esta discrecionalidad, no sólo por razones de combate a la corrupción e impunidad, sino esencialmente por las razones de justicia que le asisten a la víctima o al ofendido.

La Constitución prohíbe que los gobernados puedan hacerse justicia por propia mano y en contrapartida, establece como garantía la impartición de una justicia pronta, completa e imparcial a cargo del Estado a través de los tribunales previamente establecidos.

En este orden de ideas, nosotros consideramos que es necesario profundizar aún más en lo que establece el Código Federal de Procedimientos Penales, es decir, garantizar una administración e impartición de justicia realmente eficaz e imparcial; combatir el abuso de poder y los excesos que permite la discrecionalidad existente en la actuación del Ministerio Público; combatir la corrupción e impunidad en la averiguación previa estableciendo el derecho de las víctimas u ofendidos a ser notificados personalmente por el Ministerio Público respecto de las resoluciones que dicte sobre el no ejercicio y desistimiento de la acción penal.

Sólo de esta manera se tendrá realmente garantizado en todo momento, el derecho a decidir si se opta o no por la impugnación de las resoluciones del Ministerio Público en lo relativo al desistimiento y esencialmente en lo que se refiere al no ejercicio de la acción penal.

Por lo antes expuesto, sometemos a la consideración de esta Honorable Soberanía, la siguiente iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma a la fracción VIII del artículo 2° del Código Federal de Procedimientos Penales.

Único.- Se reforma la fracción VIII del artículo 2° del Código Federal de Procedimientos Penales para quedar como sigue:

"Artículo Segundo.- Compete al Ministerio Público Federal llevar a cabo la averiguación previa y ejercer, en su caso, la acción penal ante los tribunales.

"En la averiguación previa corresponderá al Ministerio Público:

"VIII. Acordar y notificar personalmente al ofendido o a la víctima, el no ejercicio de la acción penal o en su caso el desistimiento y resolver sobre la inconformidad que aquellos formulen".

Transitorio

Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Es cuanto, señor Presidente.

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Gracias, señor diputado.

Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates y publíquese en la Gaceta Parlamentaria como lo ha solicitado el señor diputado.

Túrnese también a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Tiene la palabra el diputado José Ángel Córdova Villalobos, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa que reforma el segundo párrafo del artículo 81 de la Ley General de Salud en materia de certificados de especialización médica.

El diputado José Ángel Córdova Villalobos (PAN): Con su venia, señor Presidente.

Señoras diputadas, señores diputados:

Su servidor, diputado federal José Ángel Córdova Villalobos del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del Pleno de esta Honorable Cámara de Diputados, iniciativa con Proyecto de Decreto para que se reforme el segundo párrafo del artículo 81 de la Ley General de Salud, bajo los siguientes motivos:

Los avances científicos y tecnológicos en medicina son constantes y numerosos. El acervo, producto de la investigación mundial, es recogido en el país por las instituciones de educación superior, por las de investigación y por las organizaciones médicas que tienen entres sus fines propósitos de enseñanza.

Estos nuevos conocimientos dan origen a los cursos de especialidades médicas impartidos o dispuestos por las instituciones y organizaciones ya señaladas.

La importancia de los cursos de especialización resulta de que prácticamente el total de los nuevos conocimientos corresponderán a alguna especialidad y sólo una parte muy reducida de éstos se incorporará a los planes de estudio de la carrera de medicina. Ello deja claro que la actualización de los profesionales de la medicina se da a través de los cursos de especialización.

Las leyes orgánicas o los decretos de creación de las instituciones públicas de educación superior y la propia Ley General de Salud, facultan a éstas para expedir las constancias de sus cursos de especialización.

En el mismo caso se encuentran instituciones públicas de investigación o de salud como los institutos nacionales.

Por lo que se refiere a las universidades particulares para efectos de la expedición de estas constancias, se asimilan a las instituciones públicas cuando están reconocidas oficialmente.

Debe destacarse que la comunidad médica a través de la academias, los consejos y también de varios colegios y asociaciones reconocidas y como resultado de un consenso general, ha enfrentado en su ámbito el control de la certificación de las especialidades, dado que las autoridades educativas y sanitarias no cuentan con competencia para ello y no han permitido que aparezca un relajamiento en los criterios aplicables. Sin embargo, es imprescindible que a la brevedad se tenga el marco jurídico que permita a las instancias gubernamentales y a la sociedad, concurrir para la atención de la certificación de las especialidades.

Por lo anterior, es necesario a partir de los alcances del artículo 5° constitucional, dado que al disponer que a ninguna persona podrá impedírsele que se dedique a la profesión que le acomode, si es licita y que la ley determinará en cada estado cuáles son los profesionales que requieren título para su ejercicio, queda claro que el único requisito para práctica profesional es contar con el título respectivo y en consecuencia, no es exigible por la autoridad el acreditamiento de los particulares de estudios adicionales a la licenciatura.

De esta manera el artículo 5° constitucional, por lo que toca a la práctica médica de los especialistas, lleva casi por definición al principio de la auto regulación. Esto es, a falta de competencia del poder público en este asunto, deberá reconocerse explícitamente por el Estado el desempeño que la propia comunidad médica ha tenido para conservar orden y en general otorgar certidumbre en este rubro, tanto al paciente como al especialista y en consecuencia, reconocer a sus instituciones y sus procedimientos, a fin de que queden establecidos formalmente.

Ahora bien, en primer término puede apreciarse un papel definido para cada tipo de asociación civil, así como es del conocimiento público las funciones de la Academia Nacional de Medicina de México y la Academia Mexicana de Cirugía, son preponderantemente la investigación, la enseñanza y el alto reconocimiento profesional.

Los colegios se orientan principalmente a la representación gremial de los médicos y en general a los propósitos que marca el artículo 50 de la Ley Reglamentaria del artículo 5° constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal. En tanto, que la única función de los consejos de especialidades y en ello estriba su fortaleza, es la certificación de la capacidad de los médicos especialistas.

En segundo lugar, los médicos del país han creado sus instituciones y simultáneamente han generado sus controles con base en el acuerdo de voluntades. Así, el médico interesado en certificarse acude por decisión propia al consejo de la especialidad correspondiente.

A su vez, el consejo fue formado por decisión de sus especialistas y además por decisión de los consejos ya constituidos, todos se sujetan en su desempeño a las políticas marcadas por el Comité Normativo Nacional de los Consejos de Especialidades Médicas, órgano colegiado surgido de la voluntad de las dos academias arriba mencionado y de los 47 consejos de especialidades existentes, que en conjunto agrupan un poco más de 72 mil especialistas certificados.

Al respecto el segundo párrafo del artículo 81 de la Ley General de Salud, en vigor a partir del 1° de julio del 84, cuyo antecedente es el artículo 160 del Código Sanitario para los Estados Unidos Mexicanos de febrero de 1973, prescribe que: "para el registro de certificados de especialización expedidos por academias, colegios, consejos o asociaciones de profesionales de las disciplinas para la salud, las autoridades educativas competentes solicitarán en su caso la opinión de la Secretaría de Salud y de la Academia Nacional del Medicina"

Frente a este privilegio que también comparte una obligación, la Academia Nacional de Medicina hizo frente a tal responsabilidad desde 1972, cuando concedió en su carácter de órgano consultivo del Gobierno Federal y como la organización médica de mayor autoridad moral en el país, la idoneidad a los diez primeros consejos que en ese momento se formaron.

Posteriormente se constituyo de manera formal el Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas (CONACEM), el 15 de febrero de 1991. Este consejo como ya se mencionó, es el resultado de la voluntad de las organizaciones médicas participantes en la certificación voluntaria de los especialistas, vigila la aptitud y el desempeño de los consejos a partir de su creación.

El CONACEM y los consejos aportan a la sociedad mexicana, el trabajo de los médicos más reconocidos del país, con un conocimiento y rigor científico en la labor de evaluar a sus pares, que resulta único e insustituible, porque dado el natural origen del mecanismo no podría contarse con esta cantidad y calidad de profesionales en otras organizaciones públicas o privadas.

Esta iniciativa de modificaciones al segundo párrafo del artículo 81 de la Ley General de Salud, ha considerado todo lo anterior y por ello su propósito es el de tutelar, jurídicamente, por un lado, la garantía a la población de la currícula académica de los médicos especialistas a los que acuda y por otro, el reconocimiento al propio médico especialista en su condición académica.

Por lo anteriormente expuesto y en ejercicio de las facultades que me confiere la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el suscrito diputado federal del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional de la Quincuagésima Novena Legislatura, presento al pleno de esta Honorable Cámara de Diputados el siguiente proyecto de decreto por el que se reforma el segundo párrafo del artículo 81 de la Ley General de Salud, que diría:

Artículo 81. "Para el registro de certificados de especialización expedidos por las academias, colegios, consejos o asociaciones de profesionales de las disciplinas para la salud, las autoridades educativas competentes solicitarán la opinión de la Secretaría de Salud. Si se tratare del registro de certificados de especialidades médicas o del registro de la recertificación de éstas, las autoridades ya señaladas también deberán solicitar la opinión del Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas".

Transitorio. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

A los 21 días del mes de septiembre del año 2004.

Muchas gracias.

(Aplausos)

El Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera: Gracias, señor diputado.

Túrnese a la Comisión de Salud.

Tiene la palabra la diputada Laura Martínez Rivera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa de Ley para Regular las Remesas de Dinero.

La diputada Laura Elena Martínez Rivera (PRI): Con su permiso, señor Presidente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de los artículos 55 fracción II y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los diputados abajo firmantes sometemos a la consideración de esta H. Cámara de Diputados la presente iniciativa que crea la Ley para Regular las Remesas de Dinero, de acuerdo con la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Los ciudadanos mexicanos en el exterior documentados o indocumentados, residentes en los Estados Unidos de Norteamérica, son hoy en día un factor para el crecimiento de la economía de ese país que necesita de las habilidades y la dedicación de los trabajadores mexicanos que no encuentran empleo en sus regiones y que representan el sostén económico de sus familias y de las regiones de las cuales son originarios, a través de las llamadas "remesas familiares". Esto implica que el ingreso de divisas a las localidades contribuye significativamente a atender la pobreza de un gran número de familias de migrantes: genera liquidez, capacidad de compra, alienta la generación de empleo, la dotación de inventarios y en general la circulación monetaria.

Cabe destacar la situación de la mujer del migrante, esposa o compañera, quien aparte de su marginación y vulnerabilidad cultural, son altamente dependientes de las remesas, ya que ellas son receptoras de más del 63% de éstas.

Ante el propósito de crear las condiciones para disminuir el costo de las remesas de dinero a México, existe el antecedente de que la difusión de información comparativa respecto de las comisiones y tipos de cambio que utilizan las diferentes empresas o agencias que realizan el envío de dinero a México, ha contribuido a disminuir el costo de los envíos, razón por la cual el presente cuerpo normativo debe tender a que las entidades financieras y empresas comerciales transparenten en todo momento sus costos inherentes a los envíos de dinero, así como evitar la disminución del valor de las remesas por el tipo de cambio aplicado al momento de su cobro por los beneficiarios.

El envío de estas remesas, constituye una importante fuente de divisas hacia nuestro país al ubicarse durante todo el ejercicio del 2003 en el segundo rubro de ingresos de moneda extranjera en el país después de los hidrocarburos, desplazando ya también a la inversión extranjera directa y a los ingresos que por turismo se obtienen por estos conceptos.

Antes de 1989 el renglón de remesas familiares de la balanza de pagos, sólo registraba el dinero transferido vía giros telegráficos. A partir de 1989, el Banco de México consideró también los envíos realizados vía Money Order y cheques personales emitidos en los Estados Unidos de Norteamérica y recibidos en instituciones bancarias y casas de cambio.

A partir de 1993 la metodología de estimación de las remesas familiares utilizada tuvo que cambiar, ya que se amplió la participación de empresas comerciales en la transferencia y compra de remesas, especialmente en zonas rurales. Asimismo se incrementaron las transferencias en efectivo y en especie y aumentó el monto de remesas vía transferencia electrónica.

A partir del año 94 el Banco de México incorporó en la balanza de pagos el monto de las transferencias electrónicas y una estimación de las transferencias en efectivo y en especie. De esta manera con la incorporación de estos nuevos rubros, la estimación del monto total de remesas aumentó casi el doble, ubicándose para ese año en 3 mil 750 millones de dólares transferidos.

El crecimiento dramático de las remesas es testimonio del enorme esfuerzo y compromiso de los trabajadores mexicanos migrantes en busca de una mejora para su vida y la de sus familias. Este fenómeno invisible durante décadas, es hoy de máxima actualidad y ha puesto de relieve la aportación de millones de familias a dos países, dos economías y dos culturas.

La evolución que han tenido las remesas familiares enviadas desde el exterior, muestra como ya dijimos, un incremento dramático. Para el año 2000 las transferencias registradas fueron del orden de 6 mil 200 millones de dólares y para el 2003 la expectativa creció ubicando a las remesas como un gran tema de relevancia internacional al crecer a más de 13 mil 300 millones de dólares.

Los recursos generados por ciudadanos mexicanos en el exterior y transferidos a sus lugares de origen, tienen una relación directa con el crecimiento económico de sus comunidades y por ende con el desarrollo regional.

Cabe destacar que los estados de mayor flujo de migrantes Jalisco, Michoacán, Guanajuato, Zacatecas, las remesas enviadas fueron superiores a las participaciones federales recibidas en ciertos periodos. Por lo que en esos estados los flujos de divisas son esenciales para el crecimiento y desarrollo socioeconómico. Actualmente la mayoría de los estados se han incorporado a esta dinámica migratoria.

Es preciso resaltar que en su mayoría el dinero que envían los migrantes es destinado en primer lugar al gasto corriente de las familias, seguida por ahorro y educación y por último, a la compra de algún terreno o casa. De ahí que sea necesario aunar los esfuerzos de todos los actores: las familias, empresas comerciales, entidades financieras, organismos públicos, sociedad civil y demás organizaciones, para poder liberar el potencial que las remesas encierran para el desarrollo social nacional.

En los últimos años los medios electrónicos se han fortalecido frente a otros instrumentos, debido principalmente a la rapidez con que se sitúa el dinero en México y a la seguridad de que el dinero no se pierde. En lo que toca a la transportación y punto de llegada, los medios electrónicos también incluyen hoy a los giros telegráficos.

No obstante lo anterior las principales quejas manifestadas en los consulados de México en las ciudades de alta población mexicana, en los diferentes foros legislativos realizados en esas mismas ciudades, así como a través de distintos medios en el territorio nacional y estudios de especialistas, se refieren a las altas comisiones que cobran las empresas por el servicio de transferencias y el bajo tipo de cambio que pagan a los beneficiarios en México.

Las comisiones que cobran dichas empresas son muy elevadas de acuerdo al estudio de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros. Lo que representa prácticas abusivas por tratarse de una actividad muy concentrada que incluso pudiera llegar a configurar alguna violación legal.

Otro aspecto importante es el hecho de que en las tiendas de muebles y aparatos electrodomésticos, que operan como centros cambiarios, con frecuencia induce a los familiares en México a adquirir mercancía como forma de pago o los hacen volver horas más tarde e incluso al día siguiente, cuando dicen no contar con el efectivo suficiente para realizar el pago. Tal situación reduce o anula las ventajas de una transferencia inmediata.

Por lo anterior y con motivo de la escasa regulación que sobre esta materia existe, se hace necesario normar las remesas de dinero en nuestro país. No es posible que siendo ya la segunda fuente de ingresos para México, no se le dé la importancia necesaria y los ciudadanos mexicanos en el exterior y sus familias, sigan sufriendo abusos en el cobro de estos recursos.

Es pues necesario que las autoridades financieras del país tengan un cuerpo normativo que las haga responsables de la atención de este problema.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público y sus diferentes organismos, entre ellos la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, deben ser actores principales en esta labor. Adicionalmente el Banco de México debe ser partícipe en términos de la norma, ya que de él depende nuestro sistema de pagos nacional.

Por último, es necesario también que para aquellas empresas comerciales no reguladas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se incorpore la Secretaría de Economía junto con la Procuraduría Federal del Consumidor en lo que se refiere a envíos de dinero de empresas no financieras.

Adicionalmente, será pertinente incorporar a la Secretaría de Relaciones Exteriores para coordinar el tema de las remesas de dinero con autoridades extranjeras, o para celebrar convenios con ciertos estados de la unión americana, con la finalidad de impulsar los envíos de dinero a nuestro país en una forma coordinada y justa.

La presente iniciativa de ley pretende garantizar lo siguiente: Establecer el marco regulador e institucional, mejorar la transparencia, promover la competencia y precios justos, aplicar la tecnología adecuada y productos innovadores para abaratar costos y mejorar la rapidez y seguridad de las remesas.

Finalmente, compañeros diputados y diputadas, les pido su voto afirmativo para responder al sacrificio de millones de mexicanos que han tenido que partir de su patria, con la dolorosa separación familiar y la desintegración de su hogar y que conservan sus raíces, preservan la cultura y tradiciones mexicanas muchas veces en mejor medida que los mexicanos que vivimos aquí.

En ése sentido, es de estricta justicia que los legisladores contribuyamos con la aprobación de esta ley que regula las remesas de dinero, a saldar en parte la gran deuda histórica que tenemos con los ciudadanos mexicanos que están en el exterior y que corresponde a una agenda llena de asignaturas pendientes y que debemos empezar a liberar si ustedes con su voto y compromiso con la nación le cumplen a millones de mexicanos que están aquí en el exterior.

En obvio de tiempo no podré leer el contenido de la iniciativa, pero le solicito al Presidente de la Cámara que se inserte íntegra en el texto del Diario de Debates y además que se amplíe el turno para la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios.

Agradezco a mis compañeros la atención prestada. (aplausos)

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra (PRI): Y la presidencia acepta con mucho gusto, diputada Laura Martínez Rivera.

Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates, y túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público y de Población y Asuntos Fronterizos.

Tiene el uso de la palabra el señor diputado… Diputada Adriana González Carrillo, ¿con qué objeto? Sonido en la curul de la diputada González Carrillo.

La diputada Adriana González Carrillo (desde su curul): Presidente, muchas gracias.

Para pedir la ampliación del turno a comisión, para Relaciones Exteriores.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra (PRI): ¿Le parecería a usted con opinión de la Comisión de Relaciones Exteriores? De tal suerte de agilizar el proceso de dictamen.

Luego entonces, el turno ya dado, con opinión de la Comisión de Relaciones Exteriores.

Tiene la palabra el señor diputado Homero Ríos Murrieta, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa que adiciona la fracción XXIX, inciso k), al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para articular políticas de atención y protección a los derechos de las niñas, niños, personas con discapacidad y adultos mayores.

El diputado Homero Ríos Murrieta (PAN): Con su venia, señor Presidente.

En uso de la facultad que me confiere los artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento a esta soberanía para estudio, análisis y, en su oportunidad, la aprobación correspondiente a la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción XXIX, inciso k), del artículo 73 constitucional con el fin de que el Congreso de la Unión tenga facultades para expedir leyes que establezcan la concurrencia tanto del Gobierno Federal, las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias en materia de niños y niñas, personas con discapacidad y adultos mayores.

En términos del artículo 94, cuarto párrafo, del Reglamento del Gobierno Interior del Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, que establece que los dictámenes que las comisiones produzcan sobre asuntos que no llegue a conocer la Legislatura que lo recibió, quedarán a disposición de la siguiente Legislatura con el carácter de proyectos. Y considerando que en la pasada Legislatura se presentó iniciativa en esta materia me permito retomar dicha inquietud como proyecto de trabajo por considerarla el suscrito como una necesidad fundamental para que diputados y diputadas integrantes del Congreso de la Unión cumplan con los segmentos más débiles de la nación, que son los grupos vulnerables, otorgando las leyes que permitan proteger su pleno desarrollo.

Se estima que en la actualidad la población mexicana reúne más de 104.2 millones de habitantes, por lo que México se ubica en el undécimo lugar entre los países más poblados del mundo.

Ante esta situación, las estructuras de gobierno están obligadas a proporcionar los servicios que los mexicanos y la población requieren en su futuro.

Lamentablemente uno de estos sectores mayormente impactados por los problemas que afectan a la sociedad, son el caso de las personas vulnerables, que son aquellos que por su característica de edad, sexo, estado civil, origen étnico, nivel educativo, situación de riesgo, condiciones especialmente difíciles o de desigualdad, requiere de un esfuerzo adicional para incorporarse al desarrollo y a la convivencia por encontrarse en desventaja ante el resto de la sociedad.

De acuerdo con el Consejo Nacional de Población, se encuentran en situación vulnerable 4 de 10 hogares mexicanos, destacando la emergencia y súper posición de diferentes tipos de vulnerabilidad, incluidas las de origen sociodemográfico, éstas están contribuyendo a atrapar a grupos, hogares y personas en una situación de pobreza y a gestar las condiciones para reproducirlas de una generación a otra, lamentablemente.

Por ejemplo, ellos son los hogares encabezados por mujeres que cuentan entre sus miembros con menores condescendientes de quince años; los hogares por adolescentes y jóvenes, alrededor de medio millón de unidades domésticas cuentan con muy escasos recursos y los hogares formados únicamente por adultos mayores, alrededor de 650 mil hogares viven con ingresos muy reducidos, entre otros segmentos que se encuentran en situación apremiante y viven una sensación creciente de riesgo, inseguridad e indefensión.

El Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, establece que la política social será un eje articulador de los objetivos y programas de gobierno, ya que su obligación será la de atender prioritariamente y sin distinción, a toda persona que por su condición de pobreza o su situación de vulnerabilidad, así lo requiera.

De esta forma destacar toda forma de discriminación o exclusión para promover la integración y el desarrollo pleno de cada persona con respecto ala diversidad, tomando como principio rector, la dignidad de los individuos y el ejercicio pleno de sus derechos.

Dentro del nuevo esquema del derecho, el enfoque de grupos vulnerables implica reconocerles múltiples causas que refuerzan la vulnerabilidad como son los factores de salud, económicos, de educación, de discapacidad y demográficos.

Como fenómeno social no basta destinar subsidios en ingresos o bienes y servicios para resolver el problema, sino mediante acciones integrales, en múltiples áreas y niveles, sobre todo con acciones legislativas que implican una amplia participación social.

Los niños y las niñas de México actualmente, mientras la esperanza de vida se incrementa, se denota una disminución en su fecundidad y la población del país se concentra principalmente en ese sector entre los 18 y los 34 años. Ello incide indirectamente en las demandas que en materia de salud y educación se generen, así como en las problemáticas en torno a abuso, maltrato y explotación que se genera y limitan y condicionan el pleno desarrollo individual y colectivo de las niñas, niños y adolescentes de México.

No obstante un punto vulnerable al respecto lo constituye el que de acuerdo con estimaciones del Programa OPORTUNIDADES, más del 40 % de las niñas y niños menores de cinco años, viven en los hogares de bajos ingresos, lo que equivale a establecer en condiciones de pobreza extremadamente.

También las personas con algún tipo de discapacidad. La discapacidad se caracteriza por exceso o insuficiencias en el desempeño de una actividad rutinaria normal, las cuales pueden ser temporales o permanentes, reversibles o irreversibles, progresivos o regresivos. Esta se clasifica principalmente en tres grupos: Discapacidad física; sensorial e intelectual.

Adultos Mayores.

Se conoce como el nuevo orden internacional de integración de la población, dado que este fenómeno se presenta en todo el mundo. En México hay más de 7 millones de personas de 60 años y cada año se agregan 200 mil personas. Ello implica directamente a la atención a la salud, el empleo, la protección social y por ende el crecimiento económico en este sector.

Como podemos darnos cuenta, con la presentación de esta iniciativa es dar confianza y seguridad jurídica a los grupos que presentan una mayor vulnerabilidad, así como dar persuasión jurídica al trabajo federal y sentando las bases para que las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios brinden una protección integral a las niñas, a los niños, a las personas con discapacidad y por supuesto a nuestros adultos mayores.

El derecho social debe promover y lograr el desarrollo humano con equidad y justicia, con el fin de integrar a la convivencia social a sectores empobrecidos, vulnerables y excluidos. Pero no se trata de ayudar por las vías asistencial o proteccionista a los que carecen de lo básico o disminuir su distancia económica respecto de quienes lo tienen todo, sino de generar un entorno favorable al crecimiento humano integral sin excluir a nadie.

Estoy seguro que al otorgar facultades de manera expresa al Congreso General sentamos las bases jurídicas para que se constituya sobre materias en torno al territorio mexicano, evitando así realizar interpretaciones erróneas al texto de la Constitución, al legislar con facultades que la Constitución no nos confiere y con el fin de evitar posibles conflictos de competencia innecesarios.

Es por eso que se hace necesario establecer un marco jurídico con indiscutible sustento constitucional que establezca los mecanismos idóneos y que regule los derechos otorgados por la Constitución General y los tratados internacionales suscritos por México a favor de estos grupos vulnerables.

Por último, la propuesta que adiciona la fracción XXIX del inciso K del artículo 73 constitucional se consideró necesidad a efecto de facultar al Congreso Federal a expedir leyes que establezcan las bases de coordinación en las materias de grupos vulnerables entre los distintos órdenes de gobierno.

Por lo anteriormente expuesto y fundado someto a la consideración la siguiente iniciativa con proyecto de decreto

"Unico.- Se adiciona la fracción XXIX inciso K al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

"Artículo 73, Fracción XXIX, inciso K: Expedir leyes que establezcan la concurrencia del gobierno federal, las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios en el ámbito de sus respectivas competencias en materia de niños y niñas, personas con discapacidad y adultos mayores.

"Artículo Transitorio Unico.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación".

También, Presidente, le solicito que el texto íntegro de esta iniciativa sea incluido en la Gaceta Parlamentaria, así como en el Diario de los Debates.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Ya está publicado en la Gaceta, pero como usted lo solicita: insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates.

Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.

(Aplausos)

Tiene el uso de la palabra el señor diputado don Quintín Vázquez García, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social y de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

El diputado Quintín Vázquez García (PRI): Con el permiso de la Presidencia.

Compañeras y compañeros Diputados:

"El suscrito, diputado federal por el distrito IX electoral, con cabecera en Guadalajara, Jalisco, integrante de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional en la LIX Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad otorgada por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con lo previsto en los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos expone ante el pleno de esta Honorable Cámara de Diputados la presente iniciativa de decreto por el que se adiciona una fracción X al artículo 1o., así como los artículos 86 y 87 dentro de un Capítulo Único bajo el Título Sexto de la Ley General de Desarrollo Social, en relación a la confidencialidad del registro de beneficiarios de los programas establecidos por la política nacional de desarrollo social y de las responsabilidades y sanciones de los servidores públicos que tienen acceso a la información de los registros de beneficiarios de los programas establecidos por la política nacional de desarrollo social; asimismo, se adiciona una fracción VII al artículo 14 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, bajo la siguiente

"Exposición de Motivos

"Para nadie resultan desconocidos los diversos comentarios vertidos en relación con la participación de funcionarios y servidores públicos, en asuntos de campañas electorales y fundamentalmente por el indiscriminado uso de información pública relacionado con el registro de beneficiarios de los programas establecidos por la política nacional de desarrollo social.

"Los modelos de operación política actuales, obligan a presentar diferentes formas político electorales que consagren mayoritariamente los principios ideológicos y no las fuertes embestidas de utilización político-electoral de los beneficiarios y sus familias, incorporados en los programas públicos, fundamentalmente vía programas de desarrollo social.

"Es importante señalar que no solamente a nivel federal se siguen presentando este tipo de prácticas, caso concreto el señalado últimamente, donde el candidato de un partido en el estado de Tlaxcala fue beneficiado electoralmente, al serle filtrado el registro de beneficiarios para un provecho partidista.

"En diferentes estados y municipios esta práctica se viene generalizando, acotando de una manera sensible las voluntades ciudadanas y lucrando de manera indigna con la necesidad de las familias, quienes al verse acosadas con la eliminación de sus apoyos, no tienen más remedio que el de asistir a votar por el gobierno, llámese partido que otorga los beneficios.

"Existen algunos elementos jurídicos que nos han permitido avances importantes para salvaguardar la equidad electoral, pero desgraciadamente se sigue utilizando para dichos fines a los beneficiarios de los programas de desarrollo social.

"La propia Secretaria de Desarrollo Social ha sido bastante elocuente en relación al caso, para evitar el uso indiscriminado del Padrón Único de Beneficiarios en materia político-electoral, resaltando la obligación profesional y moral que debe prevalecer dentro de las instituciones y fundamentalmente de los funcionarios y servidores públicos.

"Los resultados electorales últimos nos han dejado la experiencia de que la alternancia llegó para quedarse, pero además de que las contiendas electorales cada día serán más complejas y competidas, lo que nos obliga a determinar reglas claras y específicas, pero sobre todo evitar el uso y abuso de información confidencial, especialmente las relacionadas con la política nacional de desarrollo social.

"La Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales, se integró con la finalidad de atender en forma institucional, especializada y profesional, lo relativo a los delitos electorales federales, contenidos en el Título Vigésimo Cuarto del Código Penal Federal.

"Me permitiré citar algunas de ellas: recoja en cualquier tiempo, sin causa prevista por la ley, credenciales para votar de los ciudadanos; obtenga o solicite declaración firmada del electora acerca de su intención o sentido de su voto o bien que mediante amenaza o promesa de paga o dádiva, comprometa su voto a favor de un determinado partido político o candidato; condicione la prestación de un servicio público, el cumplimiento de programas o la realización de obras públicas en el ámbito de su competencia, a la emisión del sufragio a favor de un partido político o candidato; destine de manera ilegal fondos, bienes o servicios que tenga a su disposición en virtud de su cargo, tales como vehículos, inmuebles y equipos, al apoyo de un partido político o de un candidato, sin perjuicio de las penas que pueda corresponder por el delito de peculado; proporcione apoyo o preste algún servicio a los partidos políticos o a sus candidatos, a través de sus subordinados, usando del tiempo correspondiente a sus labores de manera ilegal.

"Desgraciadamente los conceptos erróneos de algunos actores sociales y políticos abusan de la benevolencia vertida por el legislador al aprobar leyes y se encausan sobre aquellas lagunas que le permitan desviaciones y faltas graves en beneficio de algunos y en perjuicio de la sociedad en su conjunto.

"Por decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de enero de 2004, se creó la Ley General de Desarrollo Social. El contenido de dicha ley es de carácter social y se da con el fin de proteger a todos los mexicanos que viven en condiciones de extrema pobreza y que por lo mismo no pueden satisfacer las necesidades básicas, lo que los lleva a su marginación y olvido.

El espíritu de esta ley es garantizar los derechos sociales que consagra la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y para ello se han implementado las políticas de desarrollo social y se han creado distintos programas de asistencia social, como lo son Progresa y Oportunidades, entre otros, con la participación de diversas dependencias del Ejecutivo federal, estatal y municipal.

Sin embargo, en la ley de referencia, no se acotó el señalamiento de secrecía y confidencialidad que debe de existir y que debe de tener el patrón único de beneficiarios inscritos en los programas aludidos, ya que por derecho de privacidad éstos no pueden ser dados a conocer por los servidores públicos que tengan acceso a los mismos, para que no se haga mal uso de la información o se pretenda obtener beneficios adicionales, o bien, traten de intimidar a los beneficiarios con el argumento de que dejarán de recibir los apoyos, a los que tienen derecho, sino acceden a cumplir con sus caprichos personales o ideológicos.

También se omiten en el cuerpo de la ley las responsabilidades a que se harán acreedores los servidores públicos respecto a la reserva de la información, ni se señalan las sanciones a que se hacen acreedores por proporcionar información confidencial.

Por lo anteriormente expuesto, presento ante esta soberanía la siguiente iniciativa de decreto:

Primero.- Se adiciona una fracción X al Artículo 1º. de la Ley General de Desarrollo Social, para quedar como sigue:

Garantizar la secrecía y confidencialidad de la información generada, en relación al registro y padrón único de beneficiarios de los programas establecidos en la política nacional de desarrollo social.

Segundo.- Se adiciona el Título Sexto, Responsabilidades y Sanciones, Capítulo Unico, Artículo 86:

Serán causas de responsabilidad administrativa de los servidores públicos por las obligaciones establecidas en esta ley, las siguientes:

Fracción I.- Usar, sustraer, destruir, ocultar, inutilizar, divulgar o alterar, total o parcialmente, y de manera indebida, información que se encuentre bajo su custodia, a la cual tengan acceso, conocimiento con motivo de su empleo, cargo o comisión.

Fracción II.- Actuar con negligencia, dolo o mala fe, en la difusión de la información.

Fracción III.- Entregar información considerada como reservada o confidencial.

Fracción IV.- No entregar la información que haya sido requerida por el Poder Judicial de la Federación, la responsabilidad a que se refiere este artículo o cualquiera otra derivada del incumplimiento de las obligaciones establecidas en esta ley, serán sancionada en los términos de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Artículo 87.- Las responsabilidades administrativas que se generen por el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el artículo anterior, son independientes del orden civil o penal que procedan.

Tercero.- Se adiciona la fracción II al Artículo 14 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, para quedar como sigue:

La que contenga la información sobre los beneficiarios de los programas establecidos por la política nacional de desarrollo social.

TRANSITORIOS

UNICO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, en el mes de septiembre de 2004.- Atentamente, el de la voz.

Solicito a la presidencia que esta iniciativa se inserte íntegramente en el Diario de los Debates.

Muchas gracias.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates y túrnese a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Desarrollo Social.

Muchas gracias diputado Quintín Vázquez.

Tiene la palabra el señor diputado don Víctor Manuel Alcérreca Sánchez del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa que reforma los Artículos 41 y 46 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.

El diputado Víctor Manuel Alcérreca Sánchez (PRI): Con su permiso, diputado Presidente. Colegas diputadas y diputados:

La afirmación de nuestra identidad histórica y cultural es condición de estabilidad y desarrollo. Una sociedad sin raíces y sin patrimonio espiritual común difícilmente puede definir el perfil de su propio proyecto. El estudio de nuestra historia, rendir homenaje a la memoria de nuestros héroes y profesar con orgullo el culto a nuestros símbolos patrios, reiteran nuestra adhesión a los principios superiores de México.

Consumada la Independencia Nacional en el año de 1821, surgieron tentativas de composiciones poéticas y musicales para proporcionar a la nación de un canto cívico, de una canción patriótica, de un canto épico y hasta un himno patriótico, pero no de un himno nacional, este concepto surgió hasta 1849 en que se lanzó la primera convocatoria y después de tres décadas, en una segunda convocatoria emitida en 1853, nació nuestro bello Himno Nacional.

El 12 de noviembre de 1853 el Gobierno Mexicano convocó un concurso literario para seleccionar la letra del Himno Nacional Mexicano, siendo ganador el ciudadano Francisco González Bocanegra, originario de San Luis Potosí, como se publicó en el Diario Oficial del día 3 de febrero de 1985. Dicha obra fue musicalizada en agosto de 1854 por el artista Jaime Nunó para darse a conocer al público el día 16 de septiembre de 1854.

Durante la sesión anterior de esta H. Cámara de Diputados hemos conmemorado el 150 Aniversario del Himno Nacional Mexicano.

La historia del Himno Nacional Mexicana revela el temperamento poético, musical y heroico de nuestro pueblo. El Himno original se componía de 84 versos repartidos en 10 estrofas de 8 líneas cada una más el coro de 4. A partir de la Revolución de Ayutla se acostumbró a no cantar varias estrofas ya que en ellas se hacía alusión a Santa Ana y a Iturbide.

Por medio del decreto del Presidente Manuel Avila Camacho, publicado en mayo de 1943, se declaró oficial el Himno Nacional editado por la ahora conocida como Secretaría de Educación Pública, tomando sólo 4 de las 10 estrofas intercalando en ellas 5 veces el coro. Esta versión es confirmada en la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales del 8 de febrero de 1984.

El Himno Nacional Mexicano es un signo externo que distingue, identifica y articula vigorosamente a la nación, es un símbolo patrio donde se representa el sentir de todo mexicano que se encuentra dentro y fuera del territorio nacional. Constituye un símbolo de identidad y de unidad para los mexicanos y es en esencia la síntesis de los anhelos de libertad y soberanía que los próceres de la nación nos legaron.

En tiempos de paz, en nuestro país y en el extranjero sus notas nos sensibilizan y nos recuerdan que la historia de nuestro país se escribió con sacrificio y honor, es por eso que como expresión de identidad debe apegarse a la letra y música contenida en la Ley correspondiente, por lo que su canto y ejecución debe ser íntegra y respetuosa.

Nuestro Himno es considerado dentro de los más bellos del mundo, la letra del Himno Nacional, a pesar del tiempo transcurrido desde su creación, es actual porque encierra el pensamiento y el sentir de todo mexicano que ame a su país y que esté dispuesto a luchar por construir un México mejor con valores y raíces nacionales.

Es necesario que todo mexicano conozca, sepa y pueda entonar nuestro bello Himno Nacional en su totalidad, en consecuencia, es imperativa la difusión de la letra y música de manera íntegra en radio y televisión, así como su enseñanza obligatoria desde la temprana edad en los centros educativos de nuestro país.

En la presente iniciativa se reforman los artículos 41 y 46 de la Ley sobre el Escudo, Bandera y el Himno Nacionales, se establece que el Himno Nacional se difunda diariamente de manera íntegra en su letra y música en radio y televisión, con el propósito de que todos los mexicanos conozcamos y nos aprendamos nuestro Himno, ya que éste representa singular importancia para fortalecer la conciencia de los mexicanos, porque refrenda la unidad en torno a los símbolos patrios.

Otro punto relevante de esta iniciativa es el que señala la obligatoriedad de la enseñanza del Himno Nacional en todos los planteles de educación preescolar, primaria y secundaria del país.

El porqué de esta obligatoriedad desde al enseñanza preescolar, la encontramos en que es en esa etapa educativa, el momento idóneo para su aprendizaje, así como la construcción de los cimientos del respeto y amor a nuestros símbolos patrios.

El Himno Nacional Mexicano es parte fundamental de nuestra cultura y de nuestros valores, representa el amor a la patria, a la libertad y a la justicia y fue adoptado conjuntamente con la bandera y el Escudo Nacional como símbolo de nacionalidad del pueblo mexicano.

El Himno Nacional Mexicano nació en momentos trascendentales de la lucha de nuestro pueblo por alcanzar y defender sus ideales de independencia y libertad, expresando con ello los sentimientos a través de este canto patriótico, por lo que es importante que todo mexicano conozca y se aprenda la letra íntegra del Himno Nacional y no sólo la versión corta que por motivo de economía de tiempo, se interpreten los eventos oficiales.

En el caso de aprobarse la presente iniciativa, corresponderá a la Secretaría de Gobernación y a la Secretaría de Educación Pública en sus respectivas atribuciones, vigilar el cumplimiento y observancia de estas disposiciones.

Así, por lo expuesto, someto a la consideración de este H. Congreso de la Unión la presente iniciativa de decreto.

Artículo Único.- Se reforman los artículos 41 y 46 de la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales para quedar como sigue:

Artículo 41.- Del tiempo que por ley le corresponda al estado en las frecuencias de la radio y en los canales de televisión, en los términos legales de la materia, se incluirá en su programación diaria al inicio y cierre de las transmisiones, la ejecución del Himno Nacional completo, en la versión cantada con la totalidad de sus estrofas, letra y música, y para el caso de a televisión simultáneamente la imagen de la bandera nacional.

Artículo 46.- Es obligatoria la enseñanza del Himno Nacional en todos los planteles de educación preescolar, primaria y secundaria.

El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Al mismo tiempo solicito a esta Presidencia que el texto íntegro de esta iniciativa se registra en el Diario de Debates y se inserte en la Gaceta Parlamentaria de esta Cámara.

Es cuanto, señor Presidente.

Muchas gracias.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Está publicada la iniciativa, señor diputado Alcérreca, en la Gaceta, pero insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Gobernación.

Tiene el uso de la palabra el señor diputado don Eugenio Mier y Concha Campos, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa que reforma y adiciona el artículo 420 del Código Penal Federal.

El diputado Eugenio Mier y Concha Campos (PRI): Con el permiso de la Presidencia.

Compañeras y compañeros diputados:

México es considerado como uno de los países con mayor biodiversidad en el mundo, el comercio y utilización de la vida silvestre es y ha sido una actividad común desde tiempos muy remotos.

La historia y costumbre de los diversos grupos étnicos en el país claramente indican un gran respeto por la naturaleza, lo que se refleja en un aprovechamiento racional de los recursos y un desarrollo armónico con el medio ambiente a lo largo de generaciones.

Sin embargo, las especies que forman parte de esta gran riqueza biológica y cultural, están gravemente amenazadas en la actualidad.

Es necesario entender, de una vez por todas, que los recursos naturales forman parte del patrimonio vivo de nuestro país, que su cuidado y adecuada explotación, debe ser visto como un asunto de primer orden para el Estado Mexicano.

Esta Cámara no puede estar ajena a la problemática que la materia presenta, nosotros, como máximo órgano de representación popular, no podemos ni debemos mantenernos al margen de la gravísima devastación ecológica que la República Mexicana está sufriendo.

Hoy el Legislativo se erige como un auténtico poder que por medio del mandato de ley, dispone cuál ha de ser el rumbo que habrá de tomar nuestra nación. Muchos recursos del país son objeto de un brutal saqueo y devastación de especies terrestres y acuáticas, la falta de normatividad, de planeación y de penalización, han prácticamente nulificado el tan deseado desarrollo sustentable.

En este sentido, es que hago uso de esta tribuna para exponer la necesidad de adicionar el Código Penal Federal, en aras de dictar normas jurídicas que mandaten la obligatoriedad del Ejecutivo para establecer los medios de pesca no permitidos y cuando se pone en riesgo la viabilidad biológica de una población de especies marinas.

Así, una vez señaladas con toda claridad las prácticas pesqueras no permitidas, será la ley penal sustantiva la que sancione con toda severidad a quienes infrinjan lo establecido en dichas normas. Es nuestra obligación poner un alto a la irresponsabilidad, al vandalismo, al tráfico, al saqueo y a la introducción ilegal de especies protegidas de manera temporal o definitiva. Es hora de frenar el comercio ilegal que tanto lástima a nuestro ecosistema y de hacerle frente a los instrumentos internacionales que nuestro país ha signado.

Las futuras generaciones de mexicanos tienen derecho a disfrutar del patrimonio natural, que es también patrimonio de todos los seres humanos; tienen derecho a un medio ambiente sano y a una calidad de vida diferente.

En este sentido, señoras y señores legisladores, es que por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 420 del Código Penal Federal, en donde se adiciona un párrafo a la fracción III que a la letra dice:

"...Para los efectos de esta fracción el Ejecutivo Federal, por conducto de las autoridades pesqueras federales, establecerán mediante norma oficial mexicana, cuales son los medios de pesca no permitidos y cuando es que se pone en riesgo la viabilidad biológica de una población de especies marinas".

Transitorio.

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Ejecutivo Federal a través de las autoridades pesqueras federales contará con un plazo de seis meses, a partir de la entrada en vigor del presente decreto para llevar a cabo las acciones a que se refiere la fracción III, en su último párrafo del artículo 420 del Código Penal Federal vigente, a fin de lograr su cabal cumplimiento.

Es cuanto, señor Presidente.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias, diputado Mier y Concha Campos. Túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Tiene el uso de la palabra el señor diputado don Gonzalo Moreno Arévalo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional para presentar una iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Metrología y Normalización y de la Ley Federal de Competencia Económica.

El diputado Gonzalo Moreno Arévalo (PRI): Con su permiso, señor Presidente.

Compañeras y compañeros diputados:

Pongo a su consideración la presente iniciativa de decreto que reforma los artículos 1°, párrafo segundo y 37 de la fracción II de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, segundo párrafo VII fracción, segundo párrafo, tercero y veintitrés de la Ley Federal de la Competencia Económica, así como los artículos 112, párrafo segundo y 114 fracción I del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología, Normalización, a cargo del servidor de todos ustedes, Gonzalo Moreno Arévalo.

Primero, como ya lo he señalado en otras iniciativas, una de las garantías constitucionales de gran importancia que deben prevalecer en todo momento en la relación de gobierno y gobernados, es la seguridad jurídica consagrada en los artículos 14 y 16 de nuestra Carta Magna, en donde se consagran aspectos esenciales en todo tipo de procedimiento de la administración pública en sus tres esferas de gobierno tutelado, los aspectos como la irretroactividad de la norma, la legal competencia y la debida fundamentación y motivación en todo acto de autoridad, sirviendo de mayor soporte y claridad a este argumento lo contemplado en las siguientes jurisprudencias que a continuación se transcriben:

"Competencia de las autoridades administrativas en el mandamiento (¿) escrito que contiene el acto de molestia. Debe señalarse con precisión el precepto legal que les otorgue la atribución ejercida y en su caso la respectiva fracción, inciso o sub-inciso ".

En el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados unidos Mexicanos, lleva implícita la idea de exactitud y precisión en la cita de las normas legales que facultan a la autoridad administrativa para emitir el acto de molestia que se trate al atender el valor jurídicamente protegido por la exigencia constitucional, que es la posibilidad de otorgar certeza y seguridad jurídica al particular frente a los actos de las autoridades que afecten o lesionen en su interés jurídico y por tanto, asegurar la prerrogativa de su defensa ante un acto que no cumpla con los requisitos legales necesarios.

En congruencia con lo anterior, resulta inconcluso que para estimar satisfecha la garantía de la debida fundamentación que establece dicho precepto constitucional por lo que hace a la competencia de la autoridad administrativa para emitir el acto de molestia, es necesario que el documento que se contenga se invoquen las disposiciones legales de acuerdo al decreto que otorgan las facultades de la autoridad emisora y, en caso de que estas normas se incluyan en diversos supuestos, se precisen con claridad y detalle al apartado, la fracción o fracciones, incisos o subincisos en que se apoya dicha actuación, pues de no ser así se dejaría al gobernado en estado de indefensión, toda vez que se traduciría en éste que se ignorara si el proceder de la autoridad se encuentra no (¿) o dentro del ámbito competencial respectivo por razón de materia, grado y territorio y en consecuencia si esto o no está ajustado a derecho.

Es así porque no es permisible abrigar en la garantía individual en cuestión ninguna clase de ambigüedad, ya que en su finalidad consiste esencialmente en una exacta individualización del acto de autoridad, de acuerdo a las hipótesis de jurisdicción en que se ubica el gobernado en relación con las facultades de la autoridad por razones de seguridad jurídica.

El artículo 16 de la Constitución Federal, prescribe que los actos de molestia para ser legales, deben provenir de autoridad competente y cumplir con las formalidades esenciales que le dé la eficacia jurídica, lo que significa que todo acto de autoridad debe emitirse por quien está legitimado para ello, expresándose en el acto mismo de molestia el dispositivo, acuerdo o decreto que se le otorgue a tal legitimización, ya que de no ser así se deja el gobernado en estado de indefensión al no poder examinar si la actuación de la autoridad emisora se encuentra dentro del ámbito competencial respectivo.

Es así que se hace indispensable que tanto las atribuciones de la autoridad, como su competencia y su nombre o identificación como ente moral que quede clara y expresamente contemplados en las normas que le dan vida y atribuciones legales para mayor seguridad y certeza a los gobernados, por lo que en virtud de que tal y como consta en el artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial ya no existe como tal, quedando en su lugar la actual Secretaría de Economía, debiéndose adecuar las leyes para que en la referencia a la autoridad competente queda plenamente identificada la que actualmente existe, por lo que acorde con la garantía de seguridad jurídica que consagran los artículos 14 y 16 de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se hace necesario reformar los artículos 1º., párrafo segundo y 37 de la fracción II (¿) de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización en el segundo párrafo de la VII fracción párrafo tercero; así como los artículos 112 párrafo segundo y 114 fracción I del Reglamento de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización, con la finalidad de dar mayor claridad a la norma y seguridad jurídica al gobernado.

Por lo anteriormente expuesto, someto respetuosamente a la elevada consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 1º., párrafo segundo y 37 fracción II de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización; segundo párrafo VII fracción, párrafo tercero y 23 de la Ley Federal de Competencia Económica, así como los artículos 112 párrafo segundo y 114 de la fracción I, Reglamento de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización para quedar de la siguiente forma:

ARTICULO UNICO. Se reforman los artículos 1o., párrafo segundo y treinta y siete federal, sobre la normalización, párrafo segundo, párrafo tercero.

El artículo 1o. de la presente ley regirá en toda la República y sus disposiciones de orden público e interés social, su aplicación y vigilancia corresponde al Ejecutivo Federal por conducto de las dependencias de la Administración Pública Federal, que tengan competencia en materias reguladas en este ordenamiento, siempre que en esta ley se haga mención a la Secretaría, se entenderá hecha en la Secretaría de Economía.

El patrimonio del Centro Nacional de Meteorología se integra con los recursos que anualmente se asigne el Gobierno Federal dentro del presupuesto aprobado por la Secretaría de Economía.

La Ley Federal de Competencia Económica, esta ley tiene por objeto proteger el proceso de competencia y libre concurrencia, mediante la prevención, la eliminación de monopolios, prácticas monopólicas y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados, bienes y servicios. Para efecto de esta ley se entenderá por secretaría la Secretaría de Economía y por comisión la Comisión Federal de Competencia.

La Procuraduría Federal del Consumidor bajo la coordinación de la Secretaría de Economía será responsable de la inscripción, vigilancia y sanción respecto a los precios máximos que se determinen conforme al artículo, de acuerdo con lo que dispone la Ley Federal de Protección al Consumidor.

La Comisión Federal de Competencia es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Economía,. Contará con autonomía técnica y operativa y tendrá a su cargo prevenir, investigar y combatir los monopolios, las prácticas monopólicas y concentraciones en los términos de esta ley y gozará de la autonomía para dictar sus resoluciones.

Transitorios: El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 21 días del mes de septiembre del 2004.

Atentamente el de la voz.

Es cuanto diputado presidente.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Gracias diputado Moreno Arévalo.

Túrnese a la Comisión de Economía.

Tiene la palabra el señor diputado Hugo Rodríguez Díaz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa que reforma y adiciona los artículos 14 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Hugo Rodríguez Díaz (PRI): Con su permiso diputado presidente; compañeras y compañeros diputados:

El suscrito diputado Hugo Rodríguez Díaz, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Federal y el Reglamento Interno de este Poder Legislativo, someto a la elevada consideración de esta Asamblea, la siguiente iniciativa de decreto, a fin de que se reformen los artículos 14 y 17 de la Constitución Federal, acorde a lo siguiente -iré directamente a la iniciativa-.

Se reforman y adicionan los artículos 14 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a fin de adicionar un quinto párrafo del artículo 14 y la actualización del segundo párrafo del artículo 17, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En el 14 para otorgar a las autoridades judiciales la opción de aplicar los principios de justicia, equidad e igualdad, reconocidas por dicha Constitución.

Y en el 17 para actualizarlo a la anterior adición para quedar como sigue:

En los juicios de todo orden la sentencia definitiva deberá ajustarse al texto de la ley aplicable tal y como se ordena en los dos párrafos precedentes. Pero cuando no se cause perjuicios a otra persona.

El sentenciador deberá aplicar el caso en adición a ella, a los principios de justicia, equidad e igualdad que se reconocen en esta Constitución.

En el artículo 17. Toda persona tendrá derecho a que se le administra justicia por tribunales competentes, donde se disciernan y reconozcan derechos y obligaciones.

Los tribunales estarán expeditos para impartirla bajo los plazos y términos que fijen las leyes y los principios de justicia, equidad e igualdad que reconoce esta Constitución, los cuales deberán precisarse y regularse en las leyes que de ella emanen, emitiendo las resoluciones de manera pronta, completa e imparcial; su servicio será gratuito, quedando en consecuencia prohibidas las costas judiciales.

Este es el párrafo 100% técnico, compañeras y compañeros diputados. El fondo de este asunto, de esta iniciativa que pongo a su consideración, viene de un documento, de un libro que todos nosotros recibimos, que escribió el ministro retirado Juventino Castro y Castro, donde habla fundamentalmente de lo siguiente: "Hay muchísimas acciones en nuestra justicia que son legales pero son injustas". Es el tema preciso de esta iniciativa.

Pido y solicito al Presidente de la Mesa, instruya a quien corresponda para que el texto íntegro de esta iniciativa esté en el Diario de los Debates.

Es cuanto, Presidente. Muchas gracias.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Y lo hago con mucho gusto, diputado.

Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Tiene el uso de la palabra el señor diputado don Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional para presentar una iniciativa que adiciona y deroga diversas disposiciones del artículo 106 de la Ley Aduanera.

El diputado Omar Bazán Flores (PRI): Gracias señor Presidente. En virtud que se encuentra el texto íntegro publicado el día de hoy en la Gaceta Parlamentaria, daré solamente lectura a la propuesta de reforma en el artículo 106 de la presente Ley Aduanera.

En la actual Ley Aduanera, mientras el ciudadano extranjero se le permite el ingreso temporal de vehículos durante el tiempo que dure su calidad migratoria, al migrante sólo se le permiten hasta seis meses, cuando las más de las veces este vehículo significa motivo de orgullo como resultado de los sacrificios de abandonar a su pueblo y a su familia, por lo que es justicia y de justicia regresar el esfuerzo de los migrantes al ser obsequiados con un beneficio que los distinga y se los reconozca, aunque sea de una manera parcial, su gran apoyo a la nación con el envío de remesas y el impacto al desarrollo de su región a través de éstas.

Por lo anterior me permito poner a consideración de esta honorable soberanía, la siguiente iniciativa:

Artículo Unico.- Se elimina el inciso e) de la fracción II y se adiciona el inciso f) de la fracción III del artículo 106 de la Ley Aduanera, quedando como sigue:

"Artículo 106.- Se entiende por régimen de importación temporal, la entrada al país de mercancías para permanecer en él por tiempo limitado o con finalidad específica, siempre que retornen al extranjero en el mismo estado, por los siguientes plazos:

1. Queda igual.

2. Hasta por seis meses en los siguientes casos:

a)…Queda igual b)…queda igual c)…queda igual d)…queda igual

e)…se elimina.

3… Hasta por un año cuando no se trate de las señaladas en la fracción I y IV de este artículo, y siempre que se reúnan las condiciones de control que establezca el reglamento en los siguientes casos: del inciso a), b), c), d) y e), queda igual.

Se adiciona y se integra el inciso f) Los vehículos, siempre que la importación sea afectada por mexicanos con residencia en el extranjero, o que acrediten estar laborando en el extranjero por un año o más, comprobando mediante documentación oficial su calidad migratoria que los autorice para tal fin y se trate de un solo vehículo en cada periodo anual.

En estos casos, el año se computará en entradas y salidas múltiples, efectuadas dentro del periodo de hasta 18 meses contados a partir de la primera entrada. Si se agotara el permiso dentro de los 365 días, se podrá permitir un nuevo permiso de manera inmediata iniciando de nuevo el cómputo.

Los vehículos podrán ser conducidos en territorio nacional por el importador, su cónyuge, sus ascendientes, descendientes o hermanos aún cuando estos no tengan residencia en el extranjero o por un extranjero con la calidad migratoria indicadas en el inciso a) de la fracción IV de este artículo.

Cuando sea conducido por alguna persona distinta a las autorizadas, invariablemente deberá viajar a bordo el importador del vehículo.

Los vehículos a que se refiere este inciso deberán cumplir con los requisitos que señale el Reglamento.

No podrá exigirse más documentación que la prevista en el Reglamento. Para este efecto, si el vehículo está siendo pagado, a través de un crédito, bastará presentar copia de la carta de crédito o carta-factura otorgada por la empresa o institución que esté financiando su compra.

El interesado podrá efectuar el trámite correspondiente aun y cuando el documento que acredite la propiedad del mismo se encuentre a nombre de su cónyuge, ascendiente o descendiente.

Número 4 y 5 quedan igual.

Transitorio.- Esta reforma entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Atentamente, diputado Omar Bazán.

Señor Presidente, de la manera más atenta le solicito que sea insertado íntegramente el texto en el Diario de los Debates. Muchas gracias.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Gracias, señor diputado Omar Bazán.

Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Tiene el uso de la palabra el señor diputado don Miguel Angel Osorio Chong, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa de Ley Federal para las Víctimas y Ofendidos del Delito.

El diputado Miguel Angel Osorio Chong (PRI): Con su venia, señor Presidente.

Compañeras y compañeros diputados: Para nosotros los legisladores, la seguridad de los ciudadanos es un tema prioritario y compromiso fundamental con nuestros representados.

Estoy convencido que el respeto a las instituciones y el apego al orden jurídico, son premisas fundamentales en la construcción y desarrollo de la convivencia humana.

Una preocupación actual es acoger a la víctima del delito, construir los mecanismos institucionales para brindarles una protección integral, destinarles mejores recursos y nuestras mejores capacidades, para dar una respuesta a los que reclaman por justicia, a los que son víctimas de la violencia y del delito.

En efecto, debemos ser capaces más allá de nuestras diferencias de darles una respuesta y de hacerle frente corresponsable a la delincuencia y así dar paso a una sociedad más segura, más igualitaria, con más y mejor justicia.

Es necesario entender que el olvido a las víctimas y ofendidos del delito, es un riesgo mayúsculo, pues ocasiona que el sistema penal pierda legitimidad al no alcanzar los mínimos esperados, perdiendo credibilidad de las instituciones públicas, además de que provoca una mayor desconfianza de las víctimas y ofendidos hacia sus autoridades, así como la falta de atención y reconocimiento de sus derechos.

Lo anterior ha tenido como resultado un aumento en el número de omisiones de denuncia, pues se estima que solamente 2 de cada 10 delitos cometidos en México son denunciados, lo que facilita la impunidad y la debilidad de nuestro sistema penal.

Debemos partir de que la víctima debe de ser la principal protagonista en el proceso penal, ya que nadie como ella tiene el interés de defender el bien jurídico que se le ha afectado, equilibrando la respuesta de los órganos de control social, pero protegiendo y garantizando el respeto a los derechos de las víctimas.

"Por esto es tarea del Estado velar porque la justicia contemple la promoción y defensa de los derechos humanos, tanto de los agentes antisociales como de las víctimas, por lo que tal protección debe ser conferida por nuestras instituciones de manera gratuita e independientemente de que se identifique, aprehenda o condene al delincuente mediante el otorgamiento de servicios por parte del Estado y, en su caso, auxiliando por grupos de la sociedad civil.

"El derecho victimal nace a la vida jurídica al adicionar el artículo 20 constitucional en su último párrafo en el año de 1993 y reconoce algunos de los múltiples derechos que deben tener las víctimas y los ofendidos del delito. En 1994 se reforma el artículo 21 de la Constitución, anexando un cuarto párrafo consagrando el derecho de la víctima y ofendido del delito.

"En el año 2000 se reforma nuevamente el artículo 20 constitucional, consagrando con mayor amplitud los derechos de las víctimas u ofendidos por el delito en un Apartado B, finalizando con esto la notoria desigualdad de derechos otorgados al inculpado y a la víctima. Pero a pesar de los grandes avances y esfuerzos realizados en México a favor de las víctimas del delito, las leyes aún han centrado su atención en los derechos de las personas que acusadas por la comisión de algún delito son sometidas a un procedimiento penal, dejando de lado un principio de justicia que nos debe de obligar a pensar que la persona que se ve lesionada por el hecho sancionado como delito debe ser, sin duda, la más protegida por la ley.

"Por esta razón nuestro deber como legisladores es proponer, las veces que sea necesarias, iniciativas en la materia para tener diversas alternativas de estudio y al final crear leyes que verdaderamente garanticen los intereses de los principales afectados del delito y así enfrentar el problema de la inseguridad social originada con motivo de la comisión de hechos delictuosos y cambiar la percepción de la sociedad con respecto a sus leyes y a las autoridades encargadas de administrar y procurar la justicia.

"Esta propuesta de Ley Federal para las víctimas y ofendidos del delito, que reglamentaría el artículo 20 constitucional Apartado B, entre otras cosas busca englobar todos los esfuerzos realizados en la materia por diferentes dependencias, además de establecer detalladamente los derechos y recursos de las víctimas y los ofendidos del delito, creando los medios de asesoría jurídica adecuados para las víctimas, articulándolos en un sistema de seguridad social jurídica.

"Crea el Centro de Atención a Víctimas, como una alternativa más para su apoyo, con una serie de programas de atención integrado por abogados, sicólogos, siquiatras, asistentes sociales, médicos, entre otros. Con la finalidad de ayudar, en primera instancia, a la víctima y a su familia, además de sobrellevar el difícil trauma que los afecta y vigilar el cumplimiento de sus derechos.

"Establece un fideicomiso que se integrará por diversas aportaciones tanto públicas como privadas, que contará con los recursos necesarios para garantizar a la víctima de escasos recursos la reparación del daño en los casos procedentes y cuando no sea suficiente el monto aportado por el responsable del delito. Además de contemplar la obligación solidaria del Estado de reparar el daño por los delitos cometidos por sus servidores públicos en el ejercicio de sus funciones.

"Por todo lo anterior, debemos de partir necesariamente de la premisa de que un auténtico Estado de Derecho no puede olvidarse de las víctimas del delito, sino por el contrario debe acogerla, tutelarla y darle seguridad.

"Por esto vengo hoy a presentar una iniciativa de Ley Federal para la víctima y el ofendido del delito que les garantice los medios necesarios para hacer valer sus derechos y que a su vez aminore las consecuencias necesarias del hecho delictuoso, terminando con el histórico olvido de las víctimas y mitigando la sensación de indefensión, malestar y olvido".

Por su atención muchas gracias, compañeras y compañeros diputados.

Es cuanto, señor Presidente.

(Aplausos)

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias señor diputado Osorio Ochoa.

Túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

El siguiente punto del orden del día es la primera lectura de los siguientes dictámenes:

Comisión de Salud

Con proyecto de decreto que reforma el artículo 79 de la Ley General de Salud.

Con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud.

Con proyecto de decreto que adiciona el artículo 41 Bis a la Ley General de Salud.

Con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 51 Bis a la propia Ley General de Salud.

Con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 76 y 421 de la Ley General de Salud.

Con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción VII del artículo 5 de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud...

Con Proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 333 fracción VI, 461, 462 y 462 bis y adiciona un segundo párrafo al artículo 329 de la Ley General de Salud.

Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Con Proyecto de Decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 87 de la Ley de Instituciones de Crédito.

Con Proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 194-M de la Ley Federal de Derechos.

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Hacienda y Crédito Público.

Con Proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 26 y 73 fracción XXIX-D, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía.

Con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Cinematografía.

Todos ellos publicados en la Gaceta Parlamentaria, son de Primera Lectura.

A esta Presidencia ha llegado acuerdo de los Coordinadores de los Grupos Parlamentarios, a efecto de que se adelante en el orden del día la discusión de los dictámenes con proyecto de decreto que reforman y adicionan tanto la Ley General de Educación, como la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

Le ruego a la Secretaría sea tan gentil en preguntar a la asamblea si es de aprobarse este cambio en el orden del día.

El Secretario Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, se pregunta a la asamblea si es de aprobarse el cambio propuesto.

Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor.

(Votación)

Gracias.

¿Las diputadas y los diputados que estén por la negativa?

(Votación)

Gracias.

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente Francisco Agustín Arroyo Vieyra: En consecuencia, el siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

El Secretario Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo, por favor.

(Votación)

Gracias.

¿Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa?

(Votación)

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Se le dispensa la lectura.

En consecuencia, tiene el uso de la palabra el señor diputado don Salvador Pablo Martínez Della Rocca, para fundamentar el dictamen de conformidad con el artículo 108 del Reglamento para el Congreso Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

El Salvador Pablo Martínez Della Rocca (PRD): Muchas gracias.

Honorable Asamblea; diputados y diputadas: A nombre de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, me permito someter a consideración de esta soberanía el dictamen de la Minuta del Senado de la República, referente a la iniciativa de los senadores Tomás Vázquez Vigil y Roberto Pérez de Alba Blanco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para adecuar el texto de la Ley General de Educación a la reforma constitucional que hace obligatorio el nivel preescolar.

Como es de su conocimiento, con fecha 12 de noviembre del 2002, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se adiciona el artículo 3º constitucional en su párrafo primero, fracción III, V y VI, para establecer la obligatoriedad de la educación preescolar. Asimismo se publicaron las adiciones al artículo 31 constitucional en su fracción I, relativo a la obligación de los padres de familia de hacer que sus hijos o pupilos concurran a la escuela, a fin de obtener la educación preescolar, primaria y secundaria.

Con fecha 15 de diciembre del 2003, la Cámara de Diputados recibió del Senado de la República la Minuta con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, a fin de adecuarlas a la disposición constitucional relativa a la obligatoriedad de la educación preescolar.

La Minuta del Senado de la Ley Secundaria hace mención a las disposiciones de la reforma constitucional que eleva a este rango la educación preescolar y la convierte en obligatoria.

Asimismo distribuye competencias, facultades y obligaciones entre los distintos órganos de gobierno y establece los instrumentos para el cumplimiento de dicha obligación.

Así, la Minuta en comento, es complemento lógico y natural, a las reformas y adiciones de los Artículos 3º. y 31 Constitucionales en materia de educación preescolar, por lo que desde el punto de vista jurídico y legislativo, la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos aprobó, por mayoría de sus integrantes, este dictamen el pasado 29 de abril presente año.

Este dictamen a la Ley General de Educación puede resultar para algunos modesta, pero resulta importante, porque desde el punto de vista social, la obligatoriedad de la educación preescolar, contribuye a ofrecer igualdad de oportunidades para el aprendizaje y a compensar las diferencias provocadas por las condiciones económicas, sociales y culturales del ambiente del cual provienen los alumnos.

Los y las integrantes de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, coincidimos con las razones de nuestros compañeros senadores y compañeras senadoras, en el sentido de que estudios de las diversas disciplinas científicas, como la pedagogía, la sociología y la sicología, han demostrado los beneficios inmediatos y mediatos que conllevan cursar el nivel educativo de preescolar para el desarrollo de la inteligencia, la personalidad y el comportamiento social de los niños y las niñas.

Por tanto, si aspiramos a que todos los mexicanos y las mexicanas aprendan en la escuela lo que requieren para su desarrollo personal y la convivencia con los demás, que las relaciones de respeto, la tolerancia y la valoración de la diferencia, que favorezcan la libertad, que contribuyan al desarrollo de la democracia y al crecimiento de la nación, es indispensable que, desde la edad temprana, se estimulen estos principios en los educandos.

Otra de las razones centrales para solicitarles su aprobación al presente dictamen, está en relación directa con las deficiencias que, lamentablemente todavía hoy en día registra el sistema educativo mexicano. Las autoridades educativas reconocen que el primer escollo para superar dichas deficiencias, se encuentra en la educación preescolar.

Actualmente queda fuera de ella un número considerable de niños y niñas, pues de acuerdo con los datos proporcionados por el Censo del Año 2000, casi 24% de la población de cinco años de edad no asiste a nivel preescolar, lo más preocupante es que quienes quedan fuera, son precisamente los que más necesitan de este apoyo, para comenzar con éxito la primaria.

La matrícula de preescolar es de 3 millones 635 mil 903 alumnos, con una insuficiencia de cobertura en el tercer grado de preescolar, al que asisten 5520, 820 escolares, mientras que en el segundo grado se atiende a 1 millón

311 mil 336 alumnos, y en el tercer grado 1 millón 803 mil 746 alumnos, esto implicará que las autoridades educativos hagan los esfuerzos necesarios para ampliar la cobertura y consecuentemente mayores ingresos para el preescolar.

De la población nacional de preescolar 88% es atendido en la modalidad de preescolar general, conocido también como jardines de niños, el 8% de los niños asiste a las escuelas indígenas donde se imparte una educación intercultural bilingüe, el 4% restante asiste a preescolar comunitario que se imparte en localidades rurales con menos de 500 habitantes, estos últimos servicios son operados por el Consejo Nacional de Fomento Educativo, el Conafe, y generalmente son de tipo unitario, es decir, son atendidos por un solo instructor comunitario.

El 81% de los niños asiste a escuelas dependientes de los gobiernos estatales, el 9% corresponde a alumnos de escuelas sostenidas por la federación e incluye básicamente a preescolar comunitario y los Servicios del Distrito Federal, que son administrados directamente por la Secretaría de Educación Pública.

Los niños inscritos en escuelas particulares cubren el 10% de la matrícula.

Consciente de esta situación, y dado que los cambios en la educación son necesariamente graduales, de conformidad con el decreto de reforma el 3º. Constitucional, la entrada en vigor de la obligatoriedad de la educación preescolar, será progresiva y por tanto, para el ciclo escolar 2004-2005 será obligatorio cursar el tercer año de educación preescolar; el segundo a partir del ciclo 2005-2006; y el primer año a partir del ciclo 2008-2009.

También conociendo la complejidad y alcance de la medida, como resultado de reuniones de trabajo con autoridades y diversos factores de la educación en el decreto de reforma, se estableció diversas medidas que debió atender la autoridad educativa, entre ellas las siguientes. Leo textual:

"Los presupuestos federales, estatales, del Distrito Federal y municipios, incluirán los recursos necesarios para la construcción, ampliación y equipamiento de la infraestructura suficiente para la cobertura progresiva de los servicios de educación preescolar, con sus correspondientes programas de formación profesional del personal docente, así como la dotación de materiales de estudio gratuito para maestros y alumnos".

Estamos conscientes de esa situación, pero también es necesario que el Ejecutivo comparta con los legisladores la necesidad de que la educación cuente con crecientes recursos, particularmente ahora que este ciclo escolar 2004-2005 el nivel preescolar inicia su primera etapa obligatoria.

Por ello, compañeros diputados, compañeras diputadas, a nombre se mis compañeras y compañeros diputados de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, pido, solicito su voto favorable al presente dictamen con la convicción de que redundará en fortalecer la educación básica y ampliará las oportunidades educativas y personales de los futuros ciudadanos y ciudadanas de nuestro país.

Muchísimas gracias por su atención y esperemos que esto beneficie a la nación.

Muchas gracias.

EL Presidente Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Muchas gracias diputado.

El dictamen está a discusión en lo general, sólo que no tenemos registrados oradores y por cumplir con la formalidad le vamos a solicitar a la Secretaría consulte a la asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

El Secretario Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(votación)

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa.

(votación)

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Suficientemente discutido.

Para los efectos del artículo 134 del Reglamento Interior del Congreso General, se pregunta a la asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

Esta Presidencia obra el registro de la diputada Tatiana Clouthier Carrillo, del Partido Acción Nacional reservándose los artículos 8 y 48 y de la diputada María del Carmen Mendoza Flores, también del Partido Acción Nacional, para proponer una adición al artículo 3º transitorio.

Pregunte la Secretaría a la asamblea si no hay más reservas de artículos.

El Secretario Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, se pregunta a la asamblea si hubiera alguna otra reserva de algún artículo.

Ya nadie se inscribe, diputado Presidente.

El Presidente Francisco Agustín Arroyo Vieyra: En consecuencia, se ruega a la Secretaría instruya la apertura del registro electrónico de votación a efecto de tomar la votación del dictamen en lo general y de los artículos no impugnados, hasta por 10 minutos.

El Secretario Marcos Morales Torres: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema electrónico por 10 minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados.

De viva voz el diputado Gelacio Montiel Fuentes.

Gelacio Montiel, a favor.

Eli Sáenz, a favor.

Señor Presidente, se emitieron 432 votos a favor, cero en contra.

El Presidente Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular los artículos no impugnados, por 432 votos.

Tiene el uso de la palabra la diputada Tatiana Clouthier Carrillo, para desahogar lo relativo a las reservas de los artículos 8 y 48 del dictamen puesto a su consideración.

La diputada Tatiana Clouthier Carrillo (PAN): Con su venia, señor Presidente.

Buenas tardes compañeras y compañeros diputados:

Es lamentable que en las nuevas reformas que estamos por realizar y sobre todo una que tiene que ver con educación, que se supone es el detonador para un gran cambio cultural, no se considere un derecho consagrado en la Constitución que tiene que ver con la no discriminación y especialmente con aquellas que es en favor de las mujeres.

¿A qué me refiero? A que por lo rápido y urgente que se situó el último día del pasado período de sesiones, a motor batiente, aprobamos el dictamen del Senado y estamos de acuerdo en ello en lo general.

Sin embargo considero y hago por ello un llamado para que tanto el artículo 8° como el 48 se modifiquen de la siguiente manera:

"Artículo 8°.- El criterio que orientará a la educación que el Estado y sus organismos descentralizados impartan, así como toda la educación pre-escolar, la primaria, la secundaria y la normal y demás para la formación de maestros de educación básica que los particulares impartan, se basará en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus causas y efectos: las servidumbres, los fanatismos, los prejuicios, la formación de estereotipos y la discriminación, especialmente la ejercida en contra de las mujeres".

"Artículo 48.- La Secretaría determinará los planes y programas de estudios aplicables y obligatorios en toda la República Mexicana, de la educación pre-escolar, la primaria, la secundaria, la educación normal y demás de la formación de maestros de educación básica, de conformidad a los principios y criterios establecidos en los artículos 7° y 8° de esta ley".

Por lo tanto hoy estoy aquí para hacer un llamado a cada una y a cada uno de mis compañeros para que reflexionemos sobre esto que parece no ser muy importante; pero especialmente te hablo a ti, mujer, compañera diputada, para que no solo votes a favor de esta modificación, sino también para que tomes de la mano a tu compañero que está a lado y lo involucres en esta modificación y lo convenzas que debemos de votar en favor de las mujeres y no seguir manteniéndonos invisibles, no lo permitamos ni una vez más.

Muchas gracias.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Diputada, ¿nos va a dejar las propuestas de ambos artículos, del 8 y del 48?

En virtud de que no hay más oradores registrados en lo que se refiere a este punto, consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si se acepta la modificación propuesta al artículo 8 y al artículo 48 previa la lectura de las mismas modificaciones.

El Secretario Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia se le da lectura a la propuesta de redacción del artículo 8°.

"El criterio que orientará a la educación que el Estado y sus organismos descentralizados impartan, así como toda la educación pre-escolar, la primaria, la secundaria y la normal, y demás para la formación de maestros de educación básica que los particulares impartan, se basará en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus causas y efectos: la servidumbre, los fanatismos, los prejuicios, la formación de estereotipos y la discriminación, especialmente la ejercida en contra de las mujeres".

Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se somete a consideración de la asamblea si se acepta la propuesta de modificación al artículo 8°.

Se pregunta a las diputadas y diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo, por favor.

(Votación)

Gracias.

Las diputadas y los diputados que estén por la negativa

(Votación)

Gracias.

La mayoría por la afirmativa respecto al artículo 8°, diputado Presidente.

El Presidente Francisco Arroyo Viera: Aceptada la modificación.

Se ruega a la Secretaría

El Secretario Marcos Morales Torres: Se pone a consideración la propuesta de redacción del artículo 48.

La Secretaría determinará los planes y programas de estudio aplicables y obligatorios en toda la República Mexicana, de la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la educación normal y demás para la formación de maestros de educación básica, de conformidad a los principios y criterios establecidos en los artículos 7 y 8 de esta Ley".

Se pregunta a la asamblea si se acepta la modificación propuesta.

Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor.

(votación)

Gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa.

(votación)

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente, respecto al artículo 48.

El Presidente Francisco Arroyo Viera: Aceptada la modificación. En consecuencia, está a discusión el artículo 8 con la modificación propuesta y aceptada por la asamblea.

En virtud de que no se han registrado oradores, se ruega a la Secretaría preguntar a la asamblea, si en lo referente al artículo 8 está suficientemente discutido el dictamen.

El Secretario Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia en votación económica se consulta a la asamblea si se encuentra suficiente discutido el artículo 8.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor.

(votación)

Gracias. Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa.

(votación)

La mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente Francisco Arroyo Viera: En consecuencia, se ruega a la Secretaría instruir la apertura del sistema electrónico de votación, hasta por tres minutos para proceder a la votación del artículo 8 en los términos ya propuestos.

El Secretario Marcos Morales Torres: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema electrónico por tres minutos para proceder a la votación nominal del artículo 8°, con las modificaciones propuestas y aceptadas por la asamblea.

(votación)

El Secretario Marcos Morales Torres: Ciérrese el sistema electrónico. De viva voz denle sonido a la curul 238 del diputado Gelasio Montiel Fuentes.

El diputado Gelacio Montiel Fuentes (desde su curul): Gelacio Montiel, a favor.

El Secretario Marcos Morales Torres: Por favor, sonido a la curul del diputado Morfin.

El diputado José González Morfín (desde su curul): Mi voto se marco en abstención y es a favor.

El Secretario Marcos Morales Torres: Por favor, sonido a la curul del diputado Agundis Arias.

El diputado Alejandro Agundis Arias (desde su curul): Alejandro Agundis, a favor.

El Secretario Marcos Morales Torres: Por favor, sonido a la curul del diputado Lujambio.

El diputado Julio Horacio Lujambio Moreno (desde su curul): Julio Lujambio, a favor.

El Secretario Marcos Morales Torres: Por favor, sonido a la curul del diputado Zorrilla.

El diputado Guillermo Zorrilla Fernández (desde su curul): A favor, diputado.

El Secretario Marcos Morales Torres: Por favor sonido a la curul de la diputada Rodríguez.

La diputado Consuelo Rodríguez de Alba (desde su curul): Consuelo Rodríguez, a favor.

El Secretario Marcos Morales Torres: Señor Presidente se emitieron 411 votos en pro, 0 en contra y 4 abstenciones.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado el artículo 8 por 411 votos, con la modificación aceptada y propuesta por la asamblea.

Está a discusión el artículo 48, también con la modificación propuesta y aceptada por la asamblea. Aún cuando no hay oradores registrados, vamos a cumplir con la formalidad de preguntar a la asamblea si el artículo se encuentra suficientemente discutido.

El Secretario Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia en votación económica se consulta a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 48.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor.

(votación)

Gracias. Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo por favor.

(votación)

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Se ruega a la Secretaría se abra el sistema electrónico hasta por tres minutos para proceder a la votación del artículo 48 con las modificaciones propuestas y aprobadas por la asamblea.

El Secretario Marcos Morales Torres: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema electrónico por tres minutos para proceder a la votación nominal del artículo 48, con las modificaciones propuestas y aceptadas por la asamblea.

(votación)

De viva voz el diputado Gelacio Montiel Fuentes. Denle sonido a la curul 238, por favor.

El diputado Gelacio Montiel Fuentes, (desde su curul).- Gelacio Montiel, a favor.

El Secretario Marcos Morales Torres: Gracias.

Por favor, de viva voz, diputado Chuayffet.

El diputado Emilio Chuayffet Chemor (desde su curul): A favor.

El Secretario Marcos Morales Torres: Gracias.

El diputado José Rangel ¿a favor? Gracias.

El Secretario Marcos Morales Torres: Diputado Leyson, por favor.

El diputado Armando Leyson Catro (desde su curul): A favor.

El Secretario Marcos Morales Torres: Gracias.

Por favor, a la curul de la diputada Sheila, denle sonido.

La diputada Sheila (desde su curul): A favor.

El Secretario Marcos Morales Torres: Gracias, diputada.

Señor Presidente, se emitieron 411 votos en pro, 0 en contra y 5 abstenciones.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado el artículo 48 por 411 votos, con la modificación aceptada por la Asamblea.

Tiene el uso de la palabra la diputada María del Carmen Mendoza Flores, para desahogar lo relativo a su reserva del artículo tercero transitorio.

La diputada María del Carmen Mendoza Flores (PAN): Con el permiso de la Presidencia.

Compañeras y compañeros diputados:

He reservado el artículo tercero transitorio de este dictamen que estamos discutiendo, a efectos de adicionar una propuesta en el artículo tercero transitorio para quedar como sigue:

La consideración del nivel preescolar como prerrequisito para el ingreso al nivel de educación primaria, se hará de conformidad con la calendarización que establece el artículo quinto transitorio del decreto por el que se modifican los artículos 3º. y 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre del 2002 y la adición sería: "... en tanto no se universalice en todo el país con calidad la oferta de los servicios de educación preescolar, no se podrá negar el acceso de los educandos que no hayan cursado la educación preescolar a los servicios de educación primaria".

La razón que mueve al grupo parlamentario del PAN y a su servidora a proponer esta adición al artículo transitorio, es que si bien la obligatoriedad de la educación preescolar está pensada para coadyuvar pedagógicamente en la vida de los educandos, no se puede impedir el curso de su vida académica en caso de que no existan los recursos físicos y humanos para proveerle de este servicio. Es decir, puede darse el caso que en alguna localidad, urbana o rural, por razones de espacio o inexistencia de escuelas de preescolar, alguna niña o niño no pueda cursar ese nivel y no por ello se le puede impedir el acceso a la primaria.

Las posibilidades de que existan localidades en esta situación es alta, ya que la cobertura del tercer año de preescolar aún no es universal en el país, y más aún, la cobertura apenas rebasa el 50% cuando se trata del segundo año de preescolar.

Cabe señalar que no basta con la construcción de escuelas, sino que la reforma constitucional sobre la obligatoriedad de preescolar también dicta que todos aquellos docentes que impartan este nivel, necesitan un título para su ejercicio. Ello implica de tal forma contar con el personal preparado académica y pedagógicamente, para impartir este nivel.

Aunado a esto con las reformas del en el artículo 3o. constitucional en su transitorio, establece que a partir del ciclo escolar 2004-2005, es requisito haber cursado el 3o. de preescolar.

Y compañeras y compañeros diputados, estamos aprobando, si este fuera el caso, un transitorio que hace referencia a un ciclo escolar que ya inició, es decir, estamos aprobando una normatividad para una fecha pasada, lo cual me parece una incongruencia y además una falta de técnica jurídica.

Por eso propongo esta adición y hago entrega de ella a la mesa directiva.

Gracias diputado presidente.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias diputada.

Consulte la secretaría a la Asamblea, previa su lectura, si es de aprobarse la adición al 3o. transitorio. Si es de aprobarse la adición propuesta por la diputada, previa su lectura, para ilustración de la Asamblea.

Permítame un segundo. Sonido en la curul del diputado Wintilo Vega.

El diputado Wintilo Vega (curul): Le solicitaríamos si fuera usted tan amable, en compañía de los diputados que están levantando la mano, si pudiera hacerse la votación nominal.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Instruya la secretaría a la Asamblea, a efecto de que se abra el sistema electrónico hasta por 3 minutos. Sin embargo, le ruego a la secretaría para ilustrar a la Asamblea respecto a o que estamos votando, que le dé lectura a la modificación propuesta.

El Secretario. Marcos Morales Torres: Propuesta de adición al artículo 3o. transitorio del dictamen de la Ley General de Educación. -Leo lo que ya está en el dictamen y luego paso al.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Solamente la modificación propuesta por favor.

El Secretario Marcos Morales Torres: Es el segundo párrafo diputado presidente.

"En tanto no se universalice en todo el país, con calidad, la oferta de los servicios de prestación preescolar, no se podrá negar el acceso de los educandos que no hayan cursado la educación preescolar, a los servicios de educación primaria."

Es cuanto diputado presidente.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Se ruega a la secretaría instruya que se abra el sistema electrónico de votación hasta por 3 minutos, para votar si es de admitirse o no la modificación que se propone.

El Secretario Marcos Morlaes Torres: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico por 3 minutos para proceder a la votación nominal de la propuesta de adición al 3o. transitorio, hecho por la diputada Ma. del Carmen Mendoza Flores.

(VOTACION)

De viva voz el diputado Montiel Fuentes-

El diputado Gelacio Montiel, en contra.

El diputado Julio Lujambio, a favor

El diputado José Luis Cabrera, en contra.

Diputado Piña Horta, rectificación de voto, en contra.

Diputado Omar Bazán, en contra.

Diputado Armando Leyson, rectificación de voto, es en contra.

Diputado Ricardo Alegre Bojorquez, a favor.

Diputado Consuelo Muro, en contra-

Diputado Fernando Espino Areval, en contra.

Diputada Rosalina Mazari Espin, rectificación de voto, en contra.

Diputado Julio Lujambio Moreno, rectificación de voto, en contra.

El Secretario Marcos Morales Torres: Se emitieron 144 votos en pro, 277 en contra y 4 abstenciones.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: No se acepta la modificación.

Está a discusión en sus términos el artículo 3o. transitorio. No habiendo registro de oradores, se ruega a la secretaría preguntar a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo tercero transitorio en sus términos.

El Secretario Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia en votación económica se consulta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo tercero transitorio en sus términos.

Los ciudadanos diputados y ciudadanas diputadas que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor:

(Votación)

Gracias. Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén negativa:

(Votación)

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Se ruega a la Secretaría, se abra el sistema electrónico por tres minutos para proceder a la votación del artículo tercero transitorio… (desorden en el salón)... en sus términos… A ver, permítanme un segundo.

A ver diputado de la Vega Asmitia, ¿con qué objeto?

El diputado José Antonio Pablo de la Vega Asmitia: (desde su curul) Que la votación anterior no fue suficientemente clara, a nuestro juicio, y que la pusiera a consideración como nominal.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: A ver diputado. Estamos sometiendo a la consideración simplemente si está suficientemente discutido el dictamen en sus términos. Solamente. No estamos en el fondo de la votación. Apenas vamos a abrir el sistema electrónico de votación para votarlo o no en sus términos.

Sonido en la curul del diputado de la Vega, por favor.

El diputado José Antonio Pablo de la Vega Asmitía: Lo que quisiéramos, es poner a la consideración de que ha habido una discusión con varios diputados de los otros partidos sobre la modificación al transitorio presentada, y quisiéramos una moción suspensiva para ver la posibilidad si el momento procesal lo indicara, proceder a la modificación del dictamen en el artículo transitorio.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: La moción suspensiva se presenta al principio de la discusión de algún dictamen y del propio artículo, y no fue interpuesta en tiempo y en forma. Puedo obsequiar su petición volviéndole a solicitar a la Asamblea votación en cuanto a sí está o no suficientemente discutido. Si a usted le parece que no fue suficientemente clara.

Se ruega a la Secretaría preguntar a la Asamblea si el artículo tercero transitorio en sus términos, está suficientemente discutido.

El Secretario Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo tercero transitorio en sus términos.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor:

(Votación)

Gracias. Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa:

(Votación)

Gracias. La mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Suficientemente discutido. Se ruega a la Secretaría se abra el sistema electrónico de votación hasta por tres minutos para la votación del artículo tercero transitorio, en los términos listados en el dictamen.

El Secretario Marcos Morales Torres: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema electrónico por tres minutos para proceder a la votación nominal del artículo tercero en sus términos.

(VOTACION)

Ciérrese el sistema electrónico.

De viva voz, el diputado Gelacio Montiel Fuentes, por favor denle sonido a la curul 238… a favor.

Por favor, denle sonido a la curul de la diputada Laura Martínez… Afirmativo.

Señor Presidente, se emitieron 281 votos en pro; 138 en contra y 3 abstenciones.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado el artículo tercero transitorio en sus términos, por 281 votos.

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación.

Para los efectos del inciso e), del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se remite al Senado para sus efectos constitucionales.

Se ruega a la Secretaría dar lectura al oficio del diputado Rómulo Isael Salazar Macías, por el que comunica su reincorporación a sus labores legislativas.

La Secretaria Graciela Larios Rivas: Con mucho gusto señor Presidente:

De la reincorporación a sus actividades como diputado federal, del diputado ROMULO ISAEL SALAZAR MACIAS.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: De enterado y se le tiene por reincorporado a sus labores legislativas.

El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

Consulte la Secretaría a la Asamblea y en virtud de que está publicado en la Gaceta Parlamentaria, si es que se le dispensa la lectura al dictamen.

La Secretaria Graciela Larios: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

La mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Se le dispensa la lectura al dictamen.

Tiene el uso de la palabra el señor diputado don Miguel Alonso Raya, por la Comisión, para fundamentar el dictamen de conformidad con el artículo 108 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Miguel Alonso Raya (PRD): Gracias, diputado Presidente. Compañeras y compañeros diputados A nombre de las Comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, vengo a presentar ante ustedes, a hacer la presentación del dictamen con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

El Sistema de Ahorro para el Retiro, originado en 1992, como seguro complementario a los regímenes de pensiones para los trabajadores afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, constituye el componente fundamental del régimen de pensiones derivado de la Ley del Seguro Social vigente desde julio de 1997 y es un complemento del sistema de pensiones del ISSSTE.

No obstante los problemas que enfrenta en su operación, y las dudas que existen sobre la suficiencia del sistema para garantizar pensiones dignas, actualmente administra recursos por casi 418 mil millones de pesos de los casi 32 millones de trabajadores registrados, además de los recursos de vivienda y del SAR 92.

Estas cifras por sí mismas obligan a la autoridad a redoblar su responsabilidad de vigilar el desempeño de los participantes del sistema, a incentivar su conducción en apego a principios de seguridad, transparencia y legalidad y a buscar mecanismos que eviten desviaciones que afecten el patrimonio de los trabajadores.

De acuerdo con datos recientes publicados por la CONSAR, en marzo del 2004 el volumen de traspaso ascendió a 2 millones 611 mil, cifra superior al crecimiento de los escasos nuevos afiliados del IMSS, lo que sugiere que la competencia entre las administradoras se ha enfocado en incentivar el cambio de los trabajadores afiliados a otras AFORES, más que a captar a los de nuevo ingreso.

Esta situación podría ser benéfica al impulsar mejores comisiones por la vía de la competencia; en los hechos se ha visto limitada por las condiciones de operación de un mercado en los que los indicadores no son fácil de lectura y demandan conocimientos especializados fuera del alcance del común de los trabajadores Esto abre márgenes a promotores, administradoras y empresas comercializadoras para el desarrollo de estrategias con información alterada, sin que los trabajadores puedan validarla o consentirla y que representa un riesgo de operación del sistema.

Hace uso meses se dio a conocer información sobre anomalías en la promoción de traspasos desde AFORES, incluyendo la compra-venta de estados de cuenta, alteración de documentos y mal uso de información personal.

La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión esta obligada a revisar esta situación y a velar porque se respeten los derechos de los trabajadores como partícipe principal del sistema sometido a una relación asimétrica en donde la información necesaria y las condiciones de su interpretación no siempre están a su alcance.

El dictamen que hoy se presente ante este Honorable Pleno, busca atender esta situación.

El 6 de abril del presente año, el C. Diputado Carlos Mireles Morales, del grupo parlamentario del PRI, presentó ante este pleno iniciativa con proyecto de decreto para reformar diversas disposiciones de la Ley del Sistema de Ahorro para el Retiro; las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Social, a las que fue turnada la iniciativa, elaboraron el dictamen por unanimidad, que hoy sometemos a consideración de todas y todos ustedes. Con estas reformas se pretende estimular la competencia entre las Afores para reducir comisiones, lo que permitirá a los trabajadores disponer de más recursos para el goce de su pensión.

Asimismo se busca que los trabajadores reciban mejor servicio de las Afores e inhibir algunas conductas que afectan el patrimonio de los trabajadores, depositado en sus cuentas individuales y que no estaban debidamente sancionadas o cuya regulación ha venido siendo insuficiente hasta hoy.

Algunas de las modificaciones aprobadas en el dictamen son las siguientes:

Que las empresas con las que se tiene relaciones comerciales las Afores y forman parte de un mismo grupo financiero cobren sus servicios de acuerdo a precios de mercado.

Que en el cobro de comisiones se considere la antigüedad del trabajador de la primera Afore en que haya abierto su cuenta individual.

Que la CONSAR obligue a las Afores a modificar o suspender la publicidad que no se ajuste a las reglas y disposiciones vigentes.

Que las empresas que administran la base de datos nacional del SAR desarrollen sistemas informáticos y de telecomunicaciones que permitan a la CONSAR supervisar detalladamente los procesos operativos de las AFORES.

Se elimina la limitación de traspaso a partir de un año de permanencia en la AFORE cuando el trabajador elija una AFORE que cobre comisiones más bajas.

Se obliga a las AFORES a establecer medios informáticos para la atención de los trámites que realicen los trabajadores.

Que las AFORES que presenten un programa de corrección paguen una multa de 25 por ciento de multa mínima, establecida en la ley.

Se establece que las notificaciones de CONSAR se puedan ejecutar por correo electrónico y que se tengan por formalmente realizadas al momento en que se reciban en el buzón electrónico del destinatario.

Se establece el beneficio de afirmativa ficta ante una petición presentada a CONSAR y se imponen las siguientes multas:

De 100 a 1,000 días de salario por cada traspaso realizado sin consentimiento del trabajador y la obligación de resarcir daños ocasionados al mismo.

De 100 a 1.000 días de salario mínimo a la AFORE que no proporcione información a los trabajadores sobre el estado que guardan sus cuentas individuales.

De 1000 a 20,000 días de salario mínimo de multa a la institución de crédito AFORE o empresa operadora que cobre comisiones superiores a las establecidas en las disposiciones aplicables.

Estas modificaciones son una respuesta a los reclamos de los trabajadores que han presentado por la operación de las AFORES, siendo irreprochable en su propósito es necesario reconocer que la certidumbre y la eficacia del sistema de administración privada de las AFORES de pensiones sigue siendo un pendiente en la agenda de la seguridad social.

El ajuste al Sistema del Ahorro para el Retiro en busca de mayores beneficios para los trabajadores es necesario, pero también es ineludible discutir de fondo el propio modelo, su suficiencia para otorgar pensiones dignas, su transparencia, su capacidad para aportar recursos al desarrollo nacional, la participación de los trabajadores en la toma de decisiones fundamentales y su falta de respuesta ante las demandas de equidad, justicia y universalidad a la que debe aspirar la seguridad social.

Esperamos que la aprobación de estas reformas sea un paso en ese sentido y que estas reformas sirvan para discutir un modelo cuya eficacia y destino siguen siendo severamente cuestionados.

Por su atención, muchas gracias y les solicitamos a nombre de las Comisiones de Seguridad Social y de Trabajo el voto afirmativo a este dictamen que se presenta el día de hoy a su consideración.

Muchas gracias diputadas y diputados.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli (PRD): En consecuencia, está a discusión en lo general.

Se han registrado para fijar la posición de sus grupos parlamentarios los siguientes ciudadanos diputados:

Jesús González Schmal, de Convergencia.

Francisco Amadeo Espinosa Ramos, del Partido del Trabajo.

Fernando Espino Arévalo, del Partido Verde Ecologista de México.

Agustín Rodríguez Fuentes, del Partido de la Revolución Democrática.

Juan Francisco Molinar Horcasitas, del Partido Acción Nacional, y

Carlos Mireles Morales, del Partido Revolucionario Institucional.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Tiene la palabra el diputado Jesús González Schmall del Partido Convergencia.

No estando presente en este momento el diputado González Schmall tiene el uso de la palabra el diputado Amadeo Espinosa Ramos del Partido del Trabajo.

El diputado Amadeo Espinosa Ramos (PT): Con la venia de la presidencia. Compañeras y compañeros legisladores. Hace unos meses la Comisión de Seguridad Social acudió a una reunión del Banco Mundial que se celebró en la ciudad de Bogotá en Colombia, en este reunión los funcionarios del Banco Mundial con la presencia de los administradores de varios países de las Afores, hicieron una crítica muy fuerte a las Administradoras de los Fondos del Ahorro para el Retiro, al grado que muchos banqueros, que allí se encontraban, reaccionaron hasta con violencia verbal, ante las acusaciones de que las Administradoras se habían vuelto las grandes beneficiarias de todas las reformas que se hicieron a la seguridad social en América Latina.

Es obvio que los grandes ganadores, en esto del Sistema de Ahorro para el Retiro y en las Afores han sido los banqueros, por eso nuestro grupo parlamentario se ha opuesto a este tipo de reformas, porque atacan en lo fundamental a la solidaridad social, que deben contener los sistemas de seguridad social en nuestros países.

Las reformas que se aprobaron y que están a consideración de esta soberanía en las Comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, si bien es cierto no atacan el fondo del asunto de las Administradoras y de los que hacen el gran negocio, con los Sistemas de Ahorro para el Retiro, es cierto que con estas reformas se les pone un freno y se trata de corregir una serie de vicios que han hecho que los señores administradores de los ahorros de los trabajadores se enriquezcan cada día más, y están poniendo una serie de limitaciones y de ventajas para los trabajadores, que nosotros consideramos correcto aprobar.

Por eso el grupo parlamentario del Partido del Trabajo se suma a estas reformas que las Comisiones de Seguridad Social y de Trabajo y Previsión Social de esta Cámara han aprobado y desde luego votarán a favor de las mismas, esperando que ayuden a administrar de mejor manera los ahorros de los trabajadores del país.

Muchas gracias.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli Gracias señor diputado.

Tiene el uso de la palabra, para fijar la posición del Partido Verde Ecologista de México el diputado Fernando Espino Arévalo.

El diputado Fernando Espino Arévalo (PVEM): Con el permiso de la presidencia. Señoras y señores diputados, uno de los grandes problemas que como país tenemos que resolver consiste en incrementar los bajos niveles de ahorro interno que presenta estructuralmente nuestro pueblo. Las cifras de los últimos años nos ubican en niveles menores al 20% del Producto Interno Bruto, cifra totalmente insuficiente para las necesidades y los requerimientos de una economía como la nuestra.

Nuestro país pretende reconstruir el ahorro interno a partir, entre otros conceptos, de obtener mayores flujos de capital externo, reforzar los mecanismos de ahorro público, acceder a las altas tasas de interés y consolidar un sistema de ahorro individualizado. Este último concepto, el esquema de ahorro para el retiro que contempla la legislación de seguridad social, se sustenta en un sistema de capitalización individual que implica la cancelación del sistema de reparto basado en la solidaridad de todos los sujetos vinculados a la seguridad social.

Bajo este esquema de ahorro individual, los recursos para el retiro que son aportados por los trabajadores, el patrón y el Estado, son administrados e invertidos por instituciones financieras que cobran una importante comisión por estos conceptos, dejando para beneficio de los trabajadores un porcentaje menor de los rendimientos obtenidos por estas inversiones.

Por esa razón vemos con beneplácito que sea aprobada esta iniciativa que atiende al interés de los trabajadores y asegura que todas las operaciones que se efectúen con el fin de proteger la inversión de tales recursos, sean transparentes. De aprobarse la iniciativa en comento se obligaría a las AFORES a mantener oportunamente informado al trabajador sobre sus ahorros, brindándole certeza y transparencia sobre los movimientos de los mismos, evitando así incertidumbre y desconocimiento respecto a la administración de sus recursos.

También se propone elevar las sanciones a las AFORES y SIEFORES que incumplan con las normas establecidas, a efecto de inhibir conductas indebidas y para obligar a que se establezcan procedimientos transparentes para que el trabajador pueda hacer valer su derecho de estar permanentemente informado sobre el estado en que se encuentran sus ahorros.

Esto es absolutamente justificable en virtud de que, conforme a los datos proporcionados por la CONSAR, durante el primer semestre del 2003 las sanciones impuestas por la CONSAR por diversas irregularidades sumaron 3 mil 195, con un importe de poco más de 18 millones de pesos, lo que indica que hay un alto índice de contravención y violación a la norma.

En este sentido, consideramos que es prioritario obligar a las empresas citadas, so pena de sanción, a que proporcionen a los trabajadores la información clara, suficiente, oportuna y sencilla para que ellos sean capaces de diferenciar efectivamente la oferta real en materia de comisiones de cada una de las AFORES que operan en el mercado.

En este sentido, también es necesario transparentar y posibilitar que los trabajadores puedan transferir su cuenta individual a una AFORE diferente a la que opera la cuenta antes de un año calendario, sobre todo cuando dicho traspaso se realice a una AFORE que cobre comisiones más bajas. Esto evidentemente contribuye a que, por una parte se le ofrezca al trabajador dueño de la cuenta individual, la posibilidad de escoger una AFORE que le cobre una mayor comisión por la administración de su dinero, y por otro, que se fomente una competencia entre AFORES que se refleje en menores comisiones y mejores servicios a los ahorradores.

Es necesario apoyar toda iniciativa que posibilite la rentabilidad financiera del Sistema de Ahorro para el Retiro, con beneficios directos para los trabajadores, pues de no hacerlo, seguiremos con problemas serios para financiar nuestra economía y estaremos impidiendo la viabilidad financiera de nuestro país.

Por todo lo antes dicho, la fracción parlamentaria del Partido Verde Ecologista de México, otorga su voto aprobatorio en favor del dictamen en comento.

Gracias.

La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Gracias a usted.

Tiene el uso de la palabra el diputado Agustín Rodríguez Fuentes, del Partido de la Revolución Democrática.

El diputado Agustín Rodríguez Fuentes (PRD): Muy buenas tardes compañeras y compañeros legisladores.

Esta iniciativa que se presenta para modificar algunas de las indicaciones que tienen las administradoras de los Fondos del Ahorro para el Retiro, son algunos pequeños pasos positivos para el beneficio del trabajador. Sin embargo, me parece que son todavía insuficientes. Y son insuficientes porque no se aborda el fondo del asunto.

Aquí pareciera que estando de acuerdo en estas reformas, en ambas comisiones, pareciera que estamos de acuerdo en la esencia del manejo de los recursos de los trabajadores.

En la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática, estamos convencidos de que es urgente analizar el modelo que se ha convertido no en un modelo benéfico para los trabajadores.

Yo quisiera llamarlos a la reflexión sobre lo siguiente: ¿En dónde se da? ¿En dónde es permisible que alguien tenga recursos, los invierta, esos recursos sigan creciendo cada mes, se le sigan invirtiendo a través de una administradora y por eso nos cobren comisión a los trabajadores? ¿Eso es correcto? ¿Eso es honesto y benéfico para los trabajadores? ¿Eso no mueve a la reflexión a los diputados y diputadas que aquí se encuentran presentes? No es el mejor mecanismo.

Si ustedes acuden a un banco e invierten, en cualquier banco, por una inversión que ustedes hagan el banco les paga comisión a ustedes, una inversión económica produce un beneficio para ustedes. Aquí es al revés, aquí a la administradora a las AFORES hay que pagarle una comisión porque nos hace el favor de manejar nuestros recursos. ¿En dónde se da eso, compañeras y compañeros diputados?

Eso debiera ser revisado y cambiado de fondo, de raíz, porque no le sirve de la mejor forma al trabajador, que es un cliente cautivo y permanente, y sin embargo hoy nos llenamos de beneplácito porque hay unas reformas que ponen ciertos ajustes y penalización para un mal manejo de la AFORE y dejamos y protegemos la libertad que tendrá algún trabajador para poder pasar de una AFORE a otra. ¡Si es nuestro dinero!, tenemos la libertad de poderlo acomodar en donde nos convenga mejor; pero aquí aplaudimos eso como un avance sustancial.

En la fracción parlamentario del PRD aprobamos ese planteamiento y estamos de acuerdo, porque de los males el menor, pero no estamos convencidos de que eso sea lo mejor.

Aquí en este mismo recinto se aprobó la creación del Instituto de Protección para el Ahorro Bancario, el IPAB. No es posible que en esta Cámara pueda crearse un Instituto Nacional para la Administración de los Fondos de Pensión y Jubilación, en donde todo lo que se puede desarrollar sea en beneficio del trabajador, que después de 30 años deja su vida, tiene derecho a unos fondos de pensión y jubilación que mínimamente le permitan concluir su tiempo de existencia en las condiciones menos malas posibles. Y digo menos malas posibles, porque aquí hablar de pensiones dignas y de fondos de pensión y jubilación digna para un trabajador, es para algunos un privilegio al cual no se puede tener ese derecho.

Aquí hay que estar todos mal para que haya satisfacción, porque en donde hay fondos de pensión y jubilación de cierto grado mayor en beneficio para el trabajador, hay que ajustarlos a la baja, como recientemente se acaba de hacer con los fondos de pensión y jubilación, el planteamiento para el Seguro Social.

Me parece que no estamos cumpliendo con nuestro papel. El papel del legislador es el buscar el beneficio mayor para quienes en este caso producen, son la fuerza de trabajo; el capital no crece si no hay una fuerza de trabajo garantizada para su desarrollo presente y futuro.

Por eso llamamos a la reflexión a todos ustedes, para que hagamos una evaluación cuidadosa, muy responsable, si este Sistema de las Afores son lo mejor para los trabajadores. La individualización de las cuentas no ha sido, no tiene ni aporta los mejores resultados en beneficio del trabajador.

El armar una propuesta que cambie de fondo este modelo, puede permitir darle recursos al Estado para invertirlo en beneficio de la población mexicana y en beneficio de los propios trabajadores que están en proceso de construcción permanente de su jubilación.

Vamos a votar en la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a favor, pero no estamos convencidos de que sea el mejor modelo y llamamos a su revisión.

Muchas gracias.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Gracias, diputado Rodríguez Fuentes.

Tiene el uso de la palabra el señor diputado Juan Molinar Horcasitas, del Partido Acción Nacional.

El diputado Juan Francisco Molinar Horcasitas (PAN): Con su venia, señor Presidente.

El dictamen que se somete hoy a discusión es originalmente una iniciativa de un representante sindical integrante del Partido Revolucionario Institucional. Esa iniciativa la ha hecho propia el grupo parlamentario de Acción Nacional, porque compartimos tanto sus objetivos como su buena técnica.

Ya el señor Presidente de la Comisión de Seguridad Social, don Miguel Alonso Raya, ha descrito con precisión y detalle las características de esta iniciativa, por lo cual no abundaré sobre ello. Suscribo los puntos que ha señalado el señor Presidente de la Comisión de Seguridad Social y me concentraré en cambio en un tema que ha sido motivo de discusión de parte de la industria.

Un sector de la industria nos ha señalado que el dispositivo de esta reforma que induce la competencia por la vía de las comisiones que cobran las afores a los trabajadores, quizá no sea el mejor método para regular a la industria; señalan que en todo caso existen otro factores que influyen en la decisión de los trabajadores sobre la selección de la afore a la cual se inscriben originalmente o a la cual posteriormente deciden mudarse.

El punto es relevante, se trata sin duda alguna de uno de los temas de regulación económica más complejos que normalmente se enfrentan en las economías de mercado. Si no se envían señales claras a los mercados imperfectos, los tomadores de decisión pueden ser inducidos por ese mismo mercado a equilibrios que no son socialmente deseables. Este puede ser precisamente el caso del Sistema de Ahorro para el Retiro si no se regula de una manera tal, que concilie varios principios de economía sólidos de la manera en que lo hace esta iniciativa.

En primer lugar, el principio de la libertad de elección de parte del soberano de la cuenta, del titular de la misma, del ahorrador, del trabajador, que es quien debe tener la facultad plena para decidir sobre la afore o la empresa en la cual deposita su confianza, sus ahorros, su futuro.

Ese principio de libertad de elección debe privilegiarse sobre cualquier tipo de medida de tipo administrativo, como la fijación de precios de las tarifas o la fijación de precios, en este caso, de las comisiones, mediante un órgano. Y así se hace y se hace además tomando una decisión que es importante: que sean las comisiones que cobran las afores, la señal determinante, no única, que guíe las acciones de los tomadores de decisiones en el mercado de ahorros para el retiro, tanto de los ahorradores como de la propia industria.

Sino enviamos estas señales, serán otros indicios del mercado los que podrán generar ese equilibrio y lo que está ocurriendo actualmente es que se trata del poder de venta, se trata de la mercadotecnia, se trata de otros elementos difíciles de estimar para quienes tomamos decisiones en materia de inversión de nuestros fondos de ahorro, es decir, todos aquellos trabajadores que tienen una cuenta activa en alguna afore.

Al poner en esta iniciativa un mecanismo doble que permite que los trabajadores puedan cambiar de afore una vez al año, por la razón que deseen y con más frecuencia conforme lo determine la reguladora CONSAR, se concilian estos dos intereses, se induce en los ahorradores una cultura financiera orientada a verificar los parámetros de rendimiento de comisiones, de funcionamiento de sus propias cuentas y se fortalece por lo tanto la soberanía del consumidor, la soberanía del ahorrador, que es finalmente el dueño de esos recursos y quien tiene que asumir las consecuencias de las decisiones de riesgo que toma.

Pero además también se envía a las afores, a la industria, una señal que es: compitan durante este periodo de desarrollo de esa industria, a través de una competencia por comisiones más bajas. No es ciertamente el único factor que deberá ser analizado para el fortalecimiento de esa importante industria que será, ya está siendo, palanca del desarrollo mexicano y además un baluarte de la seguridad de los trabajadores.

Pero es en estos momentos en la industria, sin duda alguna, el factor regulable de una manera racional y eficiente desde el punto de vista económico, que tenemos más a la mano como diputados.

Por eso, creo que ésta es una iniciativa que favorece los intereses de los trabajadores, los intereses de los ahorradores. Favorece la competencia en el mercado, de esos ahorros. Favorece la formación de una industria vigorosa que compita entre sí, sí; pero sin elevar demasiado sus costos para generar en el agregado un bienestar social mayor.

Por eso nosotros en el grupo parlamentario de Acción Nacional apoyamos esta iniciativa que fue votada, hay que decirlo, por unanimidad en las comisiones de seguridad social y del trabajo y previsión social. Muchísimas gracias por su atención.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Gracias diputado Molinar.

Tiene el uso de la palabra el señor diputado don Carlos Mireles Morales, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

El diputado Carlos Mireles Morales (PRI): Ciudadano presidente; compañeras diputadas y diputados:

Es motivo para un servidor y gran satisfacción ante ustedes en nuestro Recinto Legislativo, para reconocer y aplaudir a nombre de la fracción parlamentaria del PRI y a nombre del sector obrero, por el apoyo brindado por todas las fracciones de los demás partidos y de las comisiones de trabajo y previsión social y seguridad social, a efecto de aprobar esta importante reforma al Sistema de Ahorro para el Retiro, que beneficia a todos los trabajadores de México.

Nosotros creemos que éste es un primer paso. Es necesario que las afores sean claras 100% y que obviamente en su momento presentaremos nuevas iniciativas que beneficien a los trabajadores de México, es por eso que estamos en esta tribuna, para agradecer a todos los grupos parlamentarios el haber aprobado esta primera iniciativa que beneficia a los trabajadores mexicanos.

Muchas gracias a todos, compañeros diputados.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias don Carlos. Esta Presidencia informa que no se han registrado oradores para la discusión en lo general.

Consulte la Secretaría a la Asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

La Secretaria Graciela Larios Rivas: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo:

(Votación)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo:

(Votación)

Suficientemente discutido señor Presidente.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Suficientemente discutido.

Para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se pregunta a la Asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

En virtud de que no se han reservado artículos para discutirse en lo particular, proceda la Secretaría a discutir la votación nominal en lo general y en lo particular en un solo acto. Abrase el sistema electrónico por diez minutos.

(Votación)

La Secretaria Graciela Larios Rivas: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema electrónico por diez minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular en un solo acto.

(Votación)

Ciérrese el sistema electrónico. La curul 238 del diputado Gelacio Montiel Fuentes, del PRD. ¿A favor o en contra?.... a favor

El diputado Rómulo Isael Salazar…………… a favor;

Alegre Bojórquez……………………………… a favor

Diputado Avila…………………………………. a favor

Señor Presidente, se emitieron 419 votos en pro; ninguno en contra y 8 abstenciones.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular por 419 votos.

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

Se ruega a la Secretaría dar lectura al proyecto de Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos.

El Secretario Antonio Morales de la Peña: Se va a dar lectura al Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos que reforma los párrafos segundo y tercero del artículo segundo del Acuerdo que establece los lineamientos para acreditar las asistencias de las diputadas y diputados a las sesiones plenarias, así como para la justificación de las inasistencias.

"La Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 23 numeral uno, inciso n), y 34 numeral uno, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y considerando que:

Primero.- Con fundamento en el artículo 77 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cada una de las Cámaras puede, sin intervención de la otra, dictar resoluciones económicas relativas a su régimen interior.

Segundo.- La presidencia de la mesa directiva y la Junta de Coordinación Política, deben trabajar coordinadamente para generar proyectos de acuerdos que doten a la Cámara de Diputados de una estructura jurídica interna acorde con las necesidades para hacer posible la eficiencia en el despacho de los asuntos que tiene encomendados.

3º.- La Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos es el órgano en el que convergen el Presidente de la Mesa Directiva y los coordinadores de los grupos parlamentarios.

4º.- En el marco de la Ley Orgánica del Congreso General y el Reglamento para el Gobierno Interior, la Cámara de Diputados suscribe acuerdos parlamentarios que interpretan, integran y complementan su normatividad interna.

5º.- Para hacer posible que se cumpla la obligación de asistir puntualmente a las sesiones plenarias, es menester establecer reglas más precisas en cuanto a los tiempos de registro de la asistencia inicial de las diputadas y diputados.

Por lo anteriormente expuesto la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, somete a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

PROYECTO DE ACUERDO

Que reforma los párrafos segundo y tercero del artículo 2º., del Acuerdo que establece los lineamientos para acreditar las asistencias de las diputadas y diputados a las sesiones plenarias así como para la justificación de las inasistencias.

Artículo Unico.- Se reforman los párrafos segundo y tercero del artículo 2º., del Acuerdo que establece los lineamientos para acreditar las asistencias de las diputadas y diputados a las sesiones plenarias, así como par ala justificación de las inasistencias, para quedar como sigue:

Artículo 2º., primer párrafo, igual. Para el inicio de la sesión el sistema se instalará 90 minutos antes de la hora prevista y se cerrará a la hora en que la sesión ha sido citada, previa instrucción del Presidente de la Mesa Directiva. Las diputadas y diputados que por cualquier causa no registren oportunamente su asistencia inicial, como lo establece el párrafo anterior, podrán hacerlo ante la Secretaría de la Mesa Directiva, la cual a través de la Secretaría de Servicios Parlamentarios, les proporcionará las cédulas para el efecto, hasta quince minutos después de cerrado el sistema parlamentario de asistencia, votación y audioautomatizado. Después de esta hora ningún registro de asistencia inicial será posible.

Transitorio.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su aprobación.

Dado en el Palacio Legislativo, México, D. F., a 20 de septiembre de 2004.

Suscribe, diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera, Presidente.

Diputado Francisco Barrio Terrezas, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Diputado Emilio Chuayffet Chemor, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Diputado Pablo Gómez Alvarez, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Diputado Manuel Velasco Coello, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Diputado Alejandro González Yánez, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, y

Diputado Jesús Martínez Alvarez, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de Convergencia.

Es cuanto, diputado Presidente.

En votación económica se pregunta...

El diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (PRI) (desde su curul): Señor Presidente...

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Permítame un segundo, señor Secretario. Sonido en la curul del diputado Héctor Gutiérrez de la Garza. ¿Con qué objeto, diputado?

El diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (desde su curul): Para solicitarle, con fundamento en el artículo 148 de nuestro Reglamento, que esta votación sea nominal y aprovechar para que le solicite a la Secretaría dé lectura de nueva cuenta, si es usted tan amable, del punto que estamos modificando o de los dos artículos, para ser exactos, que estamos modificando, del Acuerdo Parlamentario a que hizo referencia el Secretario.

Esta solicitud de la votación nominal está apoyada a su vez por cinco compañeros legisladores, así como lo prevé el 148, gracias.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Abrase el sistema electrónico...

La diputada Martha Lucía Mícher Camarena (PRD) (desde su curul): Señor Presidente.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: La diputada Malú Micher, sonido.

La diputada Martha Lucía Mícher Camarena (desde su curul): Señor diputado, quisiera preguntarle por qué no fue publicado ese documento en la Gaceta Parlamentaria.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Diputada Malú Micher, nos acaba de llegar y es por ello que le estamos dando lectura.

La diputada Martha Lucía Mícher Camarena (desde su curul): Discúlpeme, señor diputado...

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: La disculpo, diputada.

La diputada Martha Lucía Mícher Camarena (desde su curul): Este documento no les acaba de llegar, en un grupo parlamentario se dio a conocer en la mañana. No todos los diputados y diputadas lo tenemos en nuestra mano. Le pido por favor que me resuelva mi inquietud por qué si se va a aprobar este documento, donde nos tratan como menores de edad, por qué vamos a aprobar un documento que no está publicado.

(Aplausos de la fracción parlamentaria perredista)

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Sonido en la curul del diputado Wintilo Vega Murillo.

El diputado Wintilo Vega Murillo (PRI) (desde su curul): Señor Presidente: El documento fue leído. Estamos en proceso de votación. Si la diputada Micher y su grupo parlamentario no le informan, no es problema de la Cámara.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Diputado Agustín Rodríguez.

El diputado Agustín Rodríguez Fuentes (PRD) (desde su curul): El problema no es si se le informó a nuestra compañera diputada o no, eso es un asunto nuestro, que no requiere de ningún consejo de nadie de los diputados aquí presentes y lo digo con todo respeto.

Lo que se está planteando es que si se va a someter algo, a votación, tiene que ser conocido previamente. Es el derecho que le asiste a la diputada al solicitar que eso sea cubierto por la Presidencia o por la mesa directiva. Yo me uno a su petición y no es un problema de que se nos informe o no, sino de un derecho que se reclama a tener conocimiento pleno de lo que se va a votar en este momento.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Diputado Wintilo Vega Murillo. Sonido en la curul del diputado Wintilo Vega.

El diputado Wintilo Vega Murillo (desde su curul): Señor Presidente: Le acaba de dar lectura el Secretario. Yo al menos entiendo que al darle lectura el Secretario los señores diputados que no se daban cuenta hayan comprendido que vamos a votar.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia...

El diputado Pablo Gómez Alvarez (PRD) (desde su curul):

¡Presidente!

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Diputado Pablo Gómez.

El diputado Pablo Gómez Alvarez (desde su curul): Presidente: La Conferencia no sesionó simplemente está, por acuerdo de los integrantes de la Conferencia, suscribiendo la proposición que yo apoyo y creo que la Cámara la puede apoyar por bien de la misma. Pero sí creo que la diputada Micher tiene razón. En los términos de las regulaciones vigentes debió haberse publicado en la Gaceta Parlamentaria.

Si esta propuesta se firmó apenas hace unos minutos, debe publicarse mañana en Gaceta y el jueves se puede perfectamente aprobar o desaprobar en el pleno de la Cámara. Que eso es lo que yo solicito a efecto de cumplir con su publicación y dar tiempo a que los grupos parlamentarios fijen una postura frente a eso.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Diputado Héctor Gutiérrez de la Garza.

El diputado Héctor González de la Garza: Toda vez que no ha sido acordado el tema de la votación nominal, es perfectamente atendible la solicitud del diputado Pablo Gómez.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Compañeros y compañeras Legisladores: Esta Presidencia instruyó a la Secretaría para que se diese lectura y para que la asamblea estuviese perfectamente informada del contenido del acuerdo de la Conferencia.

Sin embargo, sin embargo esta Presidencia está consciente también que de la intervención desde su curul del diputado Pablo Gómez se deriva una petición y esta petición es que se publique en la Gaceta, de tal suerte de estar en condiciones de votarla en la próxima sesión.

Se ruega a la Secretaría que en votación nominal consulte a la asamblea si es de publicarse en la Gaceta el día de mañana y de integrarla al orden del día de la siguiente sesión.

Diputado Wintilo Vega.

El diputado Wintilo Vega Murillo (desde su curul): De acuerdo al trámite que usted está dando entenderíamos que de ser rechazada la propuesta del diputado Gómez, pasaríamos a la votación en lo inmediato.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: En lo inmediato y de manera nominal por la petición del diputado Gutiérrez de la Garza avalada por cinco diputados.

Diputado Rodríguez Fuentes.

El diputado Agustín Rodríguez Fuentes (PRD) (desde su curul): Aquí no es un problema de votación o no, aquí es una solicitud que la Mesa Directiva tiene obligación de cumplir, es parte del proceso parlamentario con el que nos regimos en esta Cámara, no es una situación de que se someta a la consideración o no, la solicitud es que se publique y que posteriormente se vote en la siguiente sesión. Ese es el planteamiento y en esos términos solicitamos se lleve a cabo.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Diputado Rodríguez Fuentes, las comunicaciones de los órganos de gobierno, y ésta es una práctica parlamentaria que también es fuente de derecho parlamentario, se han sometido a la consideración, en cuanto nos llegan totalmente firmadas por los integrantes, o de la Junta de Coordinación Política o en este caso de la Conferencia, para resarcir el asunto de que no estábamos en conocimiento pleno por no haber sido publicada en la Gaceta, es que esta presidencia instruyó que se leyera y no se sometió a la consideración de la Asamblea, sólo eso nos faltaba la dispensa del trámite de la lectura.

Por la petición del señor diputado Pablo Gómez a la que quiero obsequiar con toda puntualidad, es que estoy instruyendo a la Secretaría para que sea la Asamblea la que decida, si pasamos o no a votación , en este momento.

Proceda la Secretaría.

El Secretario Antonio Morales de la Peña: En votación económica se pregunta si se aprueba la propuesta presentada por el diputado Pablo Gómez, consistente en que se publique en la Gaceta Parlamentaria la proposición de Punto de Acuerdo.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: En virtud de que hay duda, según nos informa la Secretaría, ábrase el sistema electrónico hasta por tres minutos para desahogar el trámite de la solicitud del diputado Pablo Gómez, en la inteligencia de que el voto por el SI, es para los efectos de que se publique el Acuerdo en la Gaceta Parlamentaria y que se vote hasta la siguiente sesión en el fondo.

El Secretario Antonio Morales de la Peña: Háganse los avisos a que se refiere el Artículo 161 del Reglamento Interior y ábrase el sistema electrónico por tres minutos para proceder a la votación.

(Votación)

De viva voz:

Diputado Gelasio Montiel Fuentes, a favor

Diputado Rómulo Isael Salazar Macías, a favor

Diputado Manuel Camacho Solís, a favor

Diputado Oscar González, en contra

Diputado Jaime Moreno Garavilla, en contra

Diputada Sara Rocha, para corregir mi voto, en contra

Diputada Hilaria Domínguez, aparece mi nombre, nada mas el sentido de mi votación es en contra…

Diputado José Sigona, el sentido de mi votación es en contra.

Diputada Martha Palafox, en contra

Diputado Jaramillo, para corregir mi voto. En contra.

Diputada Martínez, corregir mi voto. En contra.

Diputada Consuelo Muro, en contra.

Diputado Adrián Chávez, a favor.

El diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (desde la curul): Diputado Presidente, no existe ningún fundamento para la corrección de voto. Yo creo que esa mala práctica la Presidencia debe de erradicarla. Es: hay voto o no hay voto. En el evento de que el sistema electrónico de votación no haya funcionado, el diputado tiene que dar aviso con anticipación para recoger su voto de manera verbal, pero no hay rectificación de voto si no hay el aviso correspondiente de que hay una falla en el sistema electrónico de votación y eso habló usted hace rato de práctica parlamentaria y de que la costumbre hace derecho, y fue precisamente lo que todo el primer año legislativo se llevó a cabo.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Y así se seguirá haciendo, diputado, tiene usted razón. No habrá corrección de voto a menos de que se anuncie antes de que se cierre el sistema electrónico de votación.

El Secretario Antonio Morales de la Peña: Diputado Arturo Robles, votación en contra. Diputado Marrufo Torres, en contra.

El mismo Secretario: Diputado Presidente, se emitieron 152 votos en pro, 266 votos en contra y 8 abstenciones.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: En consecuencia, vamos a pasar a la votación de la propuesta de la Conferencia. Abrase el sistema electrónico de votación hasta por 5 minutos, en la inteligencia de que no habrá corrección de voto y de que en caso de que el sistema electrónico registre una votación distinta a la voluntad del legislador, se tendrá que anunciar antes de que se cierre el sistema electrónico de votación.

Diputado Wintilo Vega.

Estamos pasando a la votación del fondo. La votación en sí es por la propuesta de la Conferencia. A favor es por la aprobación.

El Secretario Antonio Morales de la Peña: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior y ábrase el sistema electrónico por 5 minutos.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Perdón. Sonido en la curul del diputado Gutiérrez de la Garza.

El diputado Héctor Gutiérrez de la Garza (desde la curul): Diputado Presidente, mi solicitud y todavía no ha sido denegada, por un lado fue la votación nominal, segundo, que se leyera única y exclusivamente por parte de la Secretaría, lo que se va a someter a votación. No la exposición de motivos de la Conferencia, sino lo que está pretendiéndose modificar del acuerdo parlamentario.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Obséquiese la petición del diputado Gutiérrez de la Garza y dé la Secretaría lectura solamente al párrafo que se cambia en la propuesta.

El Secretario Antonio Morales de la Peña: Con gusto, diputado Presidente.

Se propone reformar el párrafo 2º para quedar como sigue:

"Para el inicio de la sesión, el sistema se instalará 90 minutos antes de la hora prevista y se cerrará a la hora en la que la sesión ha sido citada, previa instrucción del Presidente de la Mesa Directiva".

Tercer párrafo: "Las diputadas y diputados que por cualquier causa no registren oportunamente su asistencia inicial, como lo establece el párrafo anterior, podrán hacerlo ante la Secretaría de la Mesa Directiva, la cual a través de la Secretaría de Servicios Parlamentarios, les proporcionará las cédulas para el efecto hasta 15 minutos después de cerrado el sistema parlamentario de asistencia, votación y audioautomatizado. Después de esta hora ningún registro de asistencia inicial será posible".

Es cuando, diputado Presidente.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Abrase el sistema hasta por cinco minutos.

El Secretario Antonio Morales de la Peña: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior y ábrase el sistema electrónico por cinco minutos.

(Votación)

El Secretario Antonio Morales de la Peña: Ciérrese el sistema de votación electrónico.

De viva voz, el diputado Gelacio Montiel Fuentes.

El diputado Gelacio Montiel Fuentes: A favor.

El Secretario Antonio Morales de la Peña: El diputado Rómulo Isael Salazar Macías

El diputado Rómulo Isael Salazar Macías: A favor.

El Secretario Antonio Morales de la Peña: Gracias.

Diputado Presidente, se emitieron 357 votos en pro, 59 en contra y 12 abstenciones.

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado.

En virtud de que ha transcurrido el tiempo correspondiente a la presente sesión, como señala el Acuerdo Parlamentario aprobado por el Pleno, proceda la Secretaría a dar lectura a el orden del día de la próxima sesión.

El Secretario Antonio Morales de la Peña:

(Lectura del orden del día de la próxima sesión)

El Presidente Francisco Arroyo Vieyra: En principio los que quedaron pendientes del día de hoy.

Esta Presidencia informa que la última votación nominal registrada, hace las veces de votación de asistencia final.

(A las 16:35) Se levanta la sesión y se cita a la que tendrá lugar el próximo jueves 23 de septiembre a las 10:00 horas y se les informa que el sistema electrónico estará abierto a partir de las 8:30.