Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, LIX Legislatura
Versión estenográfica de la sesión ordinaria del martes 22 de febrero de 2005

El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Pido a la Secretaría haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de ciudadanos diputados.

El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 379 diputados.

Por tanto, hay quórum.

El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (a las 11:05 horas): Se abre la sesión.

Consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura al orden del día.

El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensa la lectura al orden del día en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. (Votación) Los ciudadanos diputados que estén por la negativa. (Votación)

La mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Se dispensa la lectura.

Proceda la Secretaría a ordenar el cierre del sistema electrónico de asistencia.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Ciérrese el sistema electrónico de asistencia. Se recuerda a las ciudadanas diputadas y diputados que los que no hayan hecho uso del sistema electrónico tienen 15 minutos para hacerlo por cédula.

El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior. Ya ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria, por lo cual solicito a la Secretaría que consulte a la Asamblea si le dispensa la lectura.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea en votación económica si se dispensa la lectura al acta de la sesión anterior, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. (Votación) Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa. (Votación)

La mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Se dispensa la lectura. Proceda entonces la Secretaría a poner a discusión el acta.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. (Votación) Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa. (Votación)

La mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Aprobada el acta.

La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas:

(Oficio de la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal en el que invita a la ceremonia cívica con motivo del 65 aniversario del Día de la Bandera)

El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Para asistir en representación de esta Cámara, en su oportunidad se designará a los diputados correspondientes.

La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas:

(Oficio de la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal en el que invita a la ceremonia cívica conmemorativa del 480 aniversario luctuoso de Cuauhtémoc)

El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Para asistir, en representación de esta Cámara, en su oportunidad también se designará a los ciudadanos diputados correspondientes.

Continúe la Secretaría.

El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña:

(Oficio del diputado Daniel Ordóñez Hernández)

El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: De enterado.

El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña:

(Comunicación del Congreso de Sinaloa)

El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Túrnese a la Comisión de Economía, para su conocimiento.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

(Comunicación de la Junta de Coordinación Política relativa a cambio en la Comisión de Desarrollo Metropolitano)

En votación económica, se pregunta a la Asamblea si se aprueba el referido cambio.

Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. (Votación) Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa. (Votación)

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Aprobada.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

(Comunicación de la Junta de Coordinación Política relativa a cambio en comisión: sustitución del diputado Rubén Mendoza Ayala.)

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

(Da lectura a la comunicación de la Junta de Coordinación Política relativa a cambio de integrante de comisión: sustitución del diputado Rubén Mendoza Ayala por el diputado Carlos Noel Tiscareño Rodríguez como integrante de la Comisión de Desarrollo Metropolitano.)

El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: De enterado.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

(Da lectura a la comunicación de la Junta de Coordinación Política relativa a cambio de integrante de comisión: baja del diputado Juan Fernando Perdomo Bueno de la Comisión Especial de Ganadería.)

El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: De enterado.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

(Da lectura a la comunicación de la Junta de Coordinación Política relativa a cambio de integrante de comisión: alta del diputado Jesús Antonio Nader Nasrallah como integrante de las Comisiones de Economía, de Seguridad Pública, de Pesca, Especial de la Cuenca de Burgos, y Especial de Ganadería.)

El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: De enterado.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

(Da lectura a la comunicación de la Junta de Coordinación Política relativa a cambio de integrante de comisión: sustitución del diputado Manuel Velasco Coello por el diputado Jorge Legorreta Ordorica como integrante de la Comisión Jurisdiccional.)

El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: De enterado.

La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas:

(Da lectura a oficio de la Cámara de Senadores con el que remite iniciativa que reforma la Ley General del Impuesto sobre la Renta y la Ley de Ingresos para 2005, presentada por la senadora Noemí Zoila Guzmán Lagunes, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.)

El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas:

(Oficio con el que se devuelve la minuta proyecto de decreto por el que se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.)

El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña:

(Con el que remite oficio número III-1251, en alcance del oficio número III-1059, de fecha 9 de diciembre de 2004, con el que se remite expediente con minuta proyecto de decreto por el que se expide el Reglamento del Canal de Televisión del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos.)

El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Túrnese a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: Oficios de la Secretaría de Gobernación.

(Cuatro, con los que se remiten contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Comisión Permanente durante el primer receso del segundo año de ejercicio de la LIX Legislatura.)

El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Remítase a las comisiones correspondientes y a los promoventes, para su conocimiento.

El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña:

(Siete oficios, con los que se remiten contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados.)

El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Remítase a las comisiones correspondientes y a los promoventes, para su conocimiento.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

(Oficio de la Comisión Intersecretarial para el Desarrollo Rural Sustentable, con el que se remite el informe sobre el gasto y la composición del Programa Especial Concurrente 2005.)

El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Remítase a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública y a las comisiones vinculadas con la materia.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

(Oficio del Gobierno del Distrito Federal, con el que se remite contestación de la Secretaría de Medio Ambiente del Gobierno del Distrito Federal a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados.)

El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Túrnese a la Comisión de Recursos Hidráulicos, para su conocimiento.

Esta Presidencia recibió iniciativa que reforma el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Jesús Martínez Álvarez, del grupo parlamentario del Partido de Convergencia. Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Justicia y Derechos Humanos.

Tiene la palabra el señor diputado Gonzalo Moreno Arévalo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que adiciona diversas disposiciones al Código Penal Federal.

El diputado Gonzalo Moreno Arévalo: Con su permiso, diputado Presidente.

"Compañeras y compañeros diputados: Pongo a consideración la siguiente iniciativa, que reforma el artículo 14, faltas a la verdad, violación grave al derecho constitucional a la información, y su respectivo artículo 224 Bis, al Título Décimo del Código Penal Federal, atento a la siguiente

"Exposición de Motivos

"Primero. Como lo he expuesto en anteriores intervenciones, existe en mí y en muchas personas más la percepción lógica de que para poder avanzar en la consolidación de una sociedad progresiva, coherente, madura, unida y sistemáticamente funcional y sustentable, se debe avanzar con pasos firmes y decididos en la construcción y adopción de una nueva cultura social, como el vehículo idóneo que nos permita abordar el correcto y exacto rumbo a la transición democrática, esa transición democrática que hoy por hoy no existe más que en lo virtual y que se ve rezagada y opacada por algunos grupos de poder que aún prefieren gobernar un pueblo inculto y desinformado, donde todo es confusión, engaño, desconfianza palpable. Prefieren seguir siendo los pescadores que se aprovechan de ese río revuelto de manera ventajosa pero insostenible porque, a este paso, no hay sistema ni sociedad que agente tanto.

"Segundo. El artículo 247 del Código Penal Federal señala como delito la falsedad en declaraciones judiciales, en informes dados a una autoridad, haciéndolo de tal forma que para mayor explicación se transcribe dicho artículo de manera textual:

"Artículo 247. Se impondrán de dos a seis años de prisión y multa de 100 a 300 días de multa al que, interrogado por alguna autoridad pública distinta de la judicial en ejercicio de funciones o con motivo de ellas, faltare a la verdad; al que, examinado por la autoridad judicial como testigo o perito, faltare a la verdad sobre el hecho de que se trata de averiguar aspectos, cantidades, calidades u otras circunstancias que sean relevantes para establecer el sentido de una opinión o dictamen, ya sea afirmando, negando u ocultando maliciosamente la existencia de algún dato que pueda servir de prueba de la verdad o falsedad del hecho principal; aunque aumente o disminuya su gravedad o que sirva para establecer la naturaleza o particularidades de orden técnico o científico que importen para que la autoridad pronuncie la resolución sobre la materia cuestionada en el asunto donde el testimonio o la opinión pericial se viertan, la sanción podrá ser hasta de 15 años de prisión para el testigo o peritos falsos que fueran examinados en un procedimiento penal, cuando al reo se le imponga una pena de más de 20 años de prisión por haber dado fuerza probatoria al testimonio o peritajes falsos.

"Tercero. Al que soborne a un testigo, o a un perito o a un intérprete para que se conduzca con falsedad en juicio o los obligue o comprometa a ello intimidándolos o de otro modo.

"Cuarto. Al que con arreglo o derecho con cualquier carácter, excepto el de testigos, sea examinado y faltare a la verdad en perjuicio de otro, negándose a ser suya la firma con que hubiese suscrito el documento o afirmando un hecho falso alterando o negando un verdadero o circunstancias sustanciales. Lo prevenido en esta fracción no comprende los casos en que la parte sea examinada sobre la cantidad en que se estima una cosa cuando tenga el carácter de acusado.

"El testigo, perito o intérprete que se retracte espontáneamente de sus falsas declaraciones rendidas ante cualquiera autoridad administrativa o judicial, antes de que se pronuncie la resolución o sentencia, sólo pagará una multa de 10 a 200 pesos, pero si faltare a la verdad al retractar sus declaraciones, se le aplicará la sanción que corresponde con arreglo a lo prevenido en este capítulo, aumentando la pena de tres a seis meses de prisión.

"Quinto. Al que en juicio de amparo rinda informes como autoridad responsable en lo que afirmare una falsedad o negare la verdad en todo o en parte. Por la integración de los delitos de falsedad en declaraciones y en informes dados a una autoridad, se requiere la existencia de los siguientes elementos:

"A) Que una persona sea interrogada formalmente por una autoridad en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas;

"B) que esa persona falte a la verdad u oculte maliciosamente alguna circunstancia que pueda probar la verdad o falsedad del hecho principal, o aumente o disminuya la gravedad.

"Según la apreciación doctriniana expresada en el libro Código Penal anotado, de Carrancá y Trujillo y Carrancá y Rivas, de la editorial Porrúa, por sus propios autores y respecto al citado artículo, se asienta en la nota 789, página 65, en la cual establece lo siguiente:

"El objeto jurídico del delito es el interés de la colectividad social y, por tanto, el Estado que da la fe pública, no sea burlada, la falseare, la verdad, ante un funcionario público en el acto de ejercer sus funciones.

"Para que el hecho sea punible, se requiere que la falsedad produzca o pueda producir el juicio, la alteración de la verdad carente de efecto perjudicial, sólo es un falso enunciado del dominio de la moral, no del derecho penal.

"A mi parecer, de manera respetuosa considero que no solamente es del interés social el que no se vea burlada la fe pública, toda vez que la citada fe pública siempre permanecerá sin desvirtuarse en su esencia, toda vez que ésta sólo constituye la constancia de la existencia de un acto o un hecho jurídico que bien puede ser cierto o falso, en tanto que, por otra parte, lo que puede sufrir una alteración lógica y grave es la verdad jurídica en el texto de la realidad histórica y que puede llegar a no ser coincidente entre éstas, lo cual afecta gravemente en las consecuencias y acciones emanadas de la autoridad y de la propia sociedad que, a su vez, nos sumerge en el error y con ello en un retroceso social inherente, como otras tantas de las consecuencias lógicas.

"El Tribunal, en su sesión privada celebrada el 24 de junio en curso, aprobó con el número 89 de 1996 la tesis que antecede y determinó que la votación es idónea para integrar las tesis de jurisprudencia de México, DF, a 24 de junio de 1996."

De todo lo anterior, se colige que es tan es importante tutelar la verdad que requiere la autoridad para que su buen funcionamiento y objetividad que garantice el bienestar social como lo es, quizá en un mayor grado de importancia, que quienes están a cargo de la autoridad y su naturaleza humana que nos hace susceptibles de cometer errores al igual que el gobernado y que es sancionado también, se hace necesaria dentro de este nuevo contexto una cultura revolucionaria que cambie el esquema de gobierno impositivo y autoritario por uno de ejemplo y de congruencia.

Sexto. En conclusión, es evidente que ante la falta de una figura delictiva que intimide, inhiba y reprenda las conductas antiéticas que se han cometido en costumbres recurrentes dada su impunidad y que tanto afectan la imagen de las autoridades, generando con ello un escenario de desconfianza y apatía colectiva en nuestra sociedad, lo que a su vez dificulta el avance hegemónico, decidido y solidario de nuestra nación hacia una verdadera democracia y la consolidación y goce social del bien común.

Por ello se propone la adición de un nuevo Capítulo XIV y del artículo 224 Bis al Título Décimo del Código Penal Federal, que tipifique y sancione las faltas de probidad a las autoridades en ejercicio de sus funciones, o con motivo de ellas, de manera dolosa, consistente en la intención de alterar y manipular la realidad mintiendo, ocultando información verídica de interés público.

Esta iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona el Capítulo XIV, como "Faltas a la Verdad, Violación Grave al Derecho Constitucional a la Información", y el respectivo artículo 224 Bis al Título Décimo del Código Penal Federal, para quedar de la siguiente forma:

Artículo Único. Se adicionan el Capítulo Décimo Cuarto, "Faltas a la Verdad, Violación Grave del Derecho Constitucional a la Información", y el respectivo artículo 224 Bis al Título Décimo del Código Penal Federal.

A todo el funcionario previsto en el artículo 110 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que en juicio político rinda informe y defensa en lo que afirmara una falsedad o negare la verdad todo o en partes.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las imposiciones que se opongan al presente decreto.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 22 días del mes de febrero de 2005.

Atentamente, el de la voz, diputado Gonzalo Moreno Arévalo. Es cuanto, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias, diputado Moreno Arévalo. Túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Tiene el uso de la palabra la diputada María Elena Orantes López, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 387 del Código Penal Federal.

La diputada María Elena Orantes López: Con el permiso de la Presidencia; compañeras y compañeros legisladores:

En ejercicio de la facultad que me otorga la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con apoyo en lo previsto en el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, presento ante este Pleno de la H. Cámara la presente iniciativa de reformas, fundamentada en las siguientes

Consideraciones

Según el Código Penal Federal, artículo 386, comete el delito el que, engañando o aprovechándose del error en que otro se halla, se hace ilícitamente de alguna cosa, alcanzando un lucro indefinido.

Los elementos que constituyen el delito son engaño, aprovechamiento del error, obtención del lucro indebido y relación de la causalidad. Es un delito que se castiga, como lo dispone el artículo en mención, con las penas que van atendiendo al grado de temibilidad del delincuente y en proporción al valor de lo defraudado y con multa, tomando en consideración el salario mínimo general vigente en el momento y lugar en que se cometió el delito.

El Código Penal para el Distrito Federal, además de tipificar el delito de fraude genérico en el artículo 386, lo hace también específicamente en las 22 fracciones del 387, en la mayoría de las hipótesis contenidas en sus diversas fracciones, en las que encontramos denominaciones específicas, que son las sancionadas a título de delitos, sólo si reúnen todos y cada uno de los elementos de fraude genérico.

Dejando fuera el fraude alimentario, que con tanta cotidianidad se da en nuestros días, el consumidor precisa de normas y medios eficaces para la defensa de sus intereses y la protección de sus derechos frente al fraude alimentario.

El control legal de aquellas conductas en el ámbito alimentario precisa de cuerpos policiales especializados y adaptados a la realidad social, económica y tecnológica de nuestros días.

A pesar de los avances tecnológicos, científicos, jurídicos e informativos desarrollados durante el siglo pasado en el ámbito alimentario, siguen produciéndose con mayor frecuencia intoxicaciones alimentarias, así como conductas fraudulentas que pueden atentar contra la salud de los consumidores.

El consumidor está cada vez más alejado de la selección y preparación de los alimentos, por lo que depende en muchas ocasiones de suplementos alimenticios, alimentos procesados y, más en esta misma clasificación, una situación que en determinadas circunstancias ha conllevado una cierta desconfianza del público, se ha extendido no sólo hacia los sujetos que intervienen en toda la cadena alimentaria sino también hacia los poderes públicos, encargados de controlar que los alimentos sean seguros.

La cuestión más preocupante no es otra que la aparición de nuevos riesgos, aún poco conocidos para la ciencia, donde la mayoría tiene un periodo de incubación de hasta 30 años, cuya naturaleza los hace incompatibles por cualquier protección legal actual.

No ha pasado mucho tiempo desde que la sociedad, a través de sus instituciones, toma conciencia de que los fraudes alimentarios son una agresión y un peligro grave hacia la salud pública. Será a partir de entonces cuando se adopta la decisión de controlar la adulteración y la toxicidad de los alimentos, a través de determinados órganos controlados inicialmente por la Administración Pública Federal. La nueva situación plantea la necesidad de incrementar y tecnificar el control de los alimentos al amparo de un nuevo marco jurídico en el que tengan cabida las patentes, los laboratorios, las autorizaciones y la especialización de determinados funcionarios en la persecución de conductas.

La situación se inicia, como era de esperar, en los países más desarrollados, cuyo principal objetivo era controlar los efectos sanitarios de los alimentos industriales, estandarizando sus composiciones y características y estableciendo de esta manera pautas de control y seguimiento de su producción y, asimismo, de su consumo. La intervención de su administración en materia alimentaria es entonces considerada esencial para la protección de los derechos del consumidor.

Ya en pleno siglo XX nace la protección de la salud pública. Con ello inicia el del etiquetado normalizado, datos de composición e información hacia el consumidor, así como un marco jurídico y la declaración de sus derechos fundamentales.

La persecución de las conductas delictivas que atentan contra la salud de los consumidores es necesario incluirla en los textos de nuestra legislación penal. Si bien se han incorporado nuevas modalidades por la adaptación a las necesidades de cada momento, esta situación hace evidente lo que a voces venía denunciándose por la mayor parte de los expertos: la deficiente protección penal del consumidor en el ámbito del fraude de alimentos. La situación debe enmendarse mediante una intervención administrativa exhaustiva y, principalmente, en el establecimiento de un marco legal adecuado de seguridad e higiene en los alimentos y en el cumplimiento de materias regulatorias, como es la presentación, el etiquetado, la publicidad, la comercialización y el envasado, entre muchos otros aspectos.

Por las razones expuestas y estableciendo la gran necesidad y el vacío que existe en este sentido, someto a esta Cámara de Diputados lo siguiente:

Decreto

Único. Que se incluya en el Código Penal Federal el tipo de fraude alimentario, ya sea en una fracción del 387 o como un artículo más, quedando de la siguiente forma:

"Incurre en fraude alimentario el que engaña a uno o a otros, aprovechándose del error en que éstos se hallan, haciéndose ilícitamente de alguna cosa o alcanzando un lucro indebido por la producción, comercialización, distribución o promoción de alimentos o suplementos de éstos."

Por las razones expuestas, someto a esta Cámara de Diputados el presente

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día después de su publicación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro este día, 22 de febrero de 2005.

Es cuanto, señor Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Tiene el uso de la palabra el señor diputado Hugo Rodríguez Díaz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 104 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Hugo Rodríguez Díaz: Con su permiso, señor Presidente.

Hago uso de esta alta tribuna, compañeras y compañeros diputados, para presentar una iniciativa que tiene que ver con un tema sobre las modificaciones de nuestra Carta Magna, desde 1920 hasta la fecha, en más de 400 ocasiones, reformas que van desde lo político y lo social hasta la vida económica de nuestro país y que actualmente conforman esta nación donde vivimos.

Una de ellas: esta reforma tiene un antecedente desde 1994; posteriormente, una adecuación en 1996; todo, sobre el 122. Ésta ha sido una reforma interesante, debatida, analizada y que tiene como propósito o tuvo como propósito fundamentalmente dar a la ciudadanía de esta ciudad capital, todos los derechos y las prerrogativas que prácticamente tienen todos los estados de nuestra Unión.

Quiero advertir que, en dicha reforma de 1996, el Constituyente Permanente no actualizó la totalidad de los textos de los artículos. Por tanto, la fracción por reformar en la actualidad nos indica que corresponde a los tribunales federales conocer y resolver las diferencias entre particulares y la Administración Pública del Distrito Federal.

Así las cosas, hay un desfase y una laguna jurídica ante la falta de precisión, en virtud de que no tomaron las providencias necesarias para actualizar la fracción I-B del artículo 104 constitucional, materia de esta iniciativa.

En concreto, los tribunales contencioso-administrativos del Distrito Federal se sustentan y se basan en una ley que no existe. En estas reformas de 1996, al legislador se pasó por alto hacer la revisión y la adecuación del 104.

La iniciativa con proyecto de decreto que propongo reforma la fracción I-B del artículo 104 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que se refiere al Tribunal Contencioso-Administrativo.

Por lo anterior, pido a usted, Presidente, sea insertada en su totalidad esta iniciativa en el Diario de Debates, para su constancia en obviedad de tiempo. Es cuanto, señor Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias, diputado. Como lo solicita, insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates.

Tiene el uso de la palabra la diputada Rosalina Mazari Espín, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 61 de la Ley Aduanera. La anterior iniciativa, del diputado Rodríguez Díaz, se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

La diputada Rosalina Mazari Espín: Con su permiso, señor Presidente.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona la fracción XVIII del artículo 65 de la Ley Aduanera, en materia fiscal, la cual se fundamenta y motiva en la siguiente

Exposición de Motivos

La nación mexicana está compuesta por 30 millones de jóvenes, que van de 15 a 29 años de edad. De ellos, 2 millones se encuentran realizando estudios de nivel superior en las distintas universidades públicas y privadas del país. Ellos serán los profesionistas que apliquen las áreas de conocimiento que requiere la sociedad mexicana para su desarrollo y modernización.

El porcentaje de estudiantes que van en nivel licenciatura es muy limitado en comparación con el universo de jóvenes que existen en nuestra nación. El 60 por ciento de los jóvenes de nuestro país entre 12 y 29 años viven en hogares con la presencia de ambos padres; otro 20 por ciento vive alejado de ellos; y el resto, en otras condiciones.

Esto permite distinguir que, por razones de cultura y de una mala condición económico-familiar, los estudiantes de nuestro país carecen de recursos e independencia para continuar sus estudios. Y, debido a esto, se tiene que abandonar la escuela e ingresar en el mal pagado mercado laboral mexicano.

Lo más importante es que la juventud nacional representa una parte de gran importancia en la fuerza productiva de México, al haber una población de 15 a 29 años de edad, que representan 57 por ciento como personas económicamente activas, realizando tres funciones básicas: trabajar de manera remunerada, estudiar y hacer las labores del hogar.

Las personas que han elegido iniciar y concluir satisfactoriamente una carrera universitaria representan un reto cada día mayor por los altos costos de la vida y la exigencia laboral de los patrones a los empleados.

La universidad pública ahora es incapaz de atender la demanda educativa superior: sólo la Universidad Nacional Autónoma de México alberga a 260 mil estudiantes; y la demanda es mucho mayor cada año. Ante esto, se propone una reforma de la Ley Aduanera, en el artículo 61, en adicionar una fracción, la XVIII, al capítulo de exenciones, para favorecer a los jóvenes que, siendo menores de 25 años de edad, exclusivamente estudiantes universitarios en activo, con limitados recursos económicos, por una sola vez puedan importar el elemental equipo o material didáctico que permitan cumplir su aprendizaje profesional y no se desvíe el uso o destino de los bienes importados, por lo que no pagarán los impuestos al comercio exterior, con la única finalidad de apoyar la economía, investigación, desarrollo y aprendizaje de los jóvenes universitarios de nuestro país.

La Ley Aduanera es clara al permitir en un capítulo los supuestos jurídicos que favorecen a personas, grupos, objetos y circunstancias específicos en otorgar la exención de los pagos al comercio exterior, bajo requisitos claros que impiden un fin de lucro, evasión o elusión fiscal, que dañe la capacidad recaudatoria del Estado, pero sí permite por razón de justicia y de ser al menos hacer exenciones a quienes lo requieren.

Las universidades públicas y privadas del país realizan con otras instituciones del extranjero intercambios y, por el hecho de un viaje particular que un estudiante pueda pagar, realmente se trata de un limitado número de jóvenes que tienen la posibilidad de visitar otras naciones. Probablemente puedan hacer un solo viaje al exterior en toda su etapa universitaria y con demasiado esfuerzo comprar el material didáctico, instrumento o aparato que sea indispensable y exclusivo para la profesión que se está estudiando. Debe quedar claro que no se trata de que, por ser estudiante de nivel universitario, se pueda adquirir todo tipo de instrumentos, aparatos eléctricos o materiales, sino sólo los elementales en las áreas de conocimiento o disciplina de la carrera en estudio.

Por lo expuesto, someto a consideración de esta Asamblea el siguiente

Proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción XVIII al artículo 65 de la Ley Aduanera, para quedar como sigue:

"Artículo Único. Se reforma la Ley Aduanera, que adiciona la fracción XVIII al artículo 61, para quedar como sigue:

"Artículo 61, fracción XVIII. El elemental equipo científico u electrónico que tenga que ver únicamente con la profesión o disciplina que se estudia, así como materiales didácticos que sean importados por jóvenes menores de 25 años de edad, de limitados recursos económicos para un uso individual educativo por una sola vez, siempre que acrediten ser estudiantes universitarios en activo, que permitan a éstos cumplir su aprendizaje y no se desvíe su fin; además, que cuenten con la autorización de la Secretaría.

"Transitorio

"Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación."

Es cuanto, señor Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias, diputada Rosalina Mazari Espín. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Tiene la palabra la diputada doña Marcela Guerra Castillo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma los artículos 13, 19 y 38 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; y 16 y 31 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación. ¿La diputada Marcela Guerra? No está la diputada Marcela Guerra. Luego entonces, como no se encuentra en el salón, pasa al final del capítulo.

La siguiente se difiere, la del diputado Jesús Martínez Álvarez. Luego entonces, tiene la palabra la diputada Leticia Gutiérrez Corona, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa de Ley Federal contra la Desaparición Forzada de Personas.

¿No está en el salón? Leticia, está entrando. Luego entonces, tiene el uso de la palabra, diputada.

Esta Presidencia recibió de parte del diputado Jesús Martínez Álvarez, del grupo parlamentario del Partido Convergencia, iniciativa que reforma el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que la turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Tiene usted el uso de la palabra, diputada Leticia.

La diputada Leticia Gutiérrez Corona: Muchas gracias, diputado Presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados:

Nada es más valioso que la vida, la libertad, la integridad y la seguridad personal. Y nada es más despreciable para una sociedad democrática que sus instituciones, aquellas a que se otorga la responsabilidad de proteger y respetar estos derechos humanos, los violenten, colocando a las personas en un estado de indefensión y de ausencia de protección de la ley.

Eso ha motivado a la comunidad internacional y regional a reflexionar para construir un marco legislativo que responda al reclamo de justicia en el que se reconozca la existencia de un nuevo delito, conocido hoy como desaparición forzada de personas.

Por ello, en la Declaración sobre la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 18 de diciembre de 1992, se estableció que las desapariciones forzadas afectan los valores más profundos de toda sociedad respetuosa de la supremacía del derecho, de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, y que su práctica sistemática representa un crimen de lesa humanidad. Conmovida por la angustia y el pesar causadas por esas desapariciones, pidió a los gobiernos que garantizaran que las autoridades u organizaciones encargadas de hacer cumplir la ley y de la seguridad tuvieran responsabilidad jurídica por los excesos que condujeran a desapariciones forzadas o involuntarias.

De la misma manera, en la Convención Interamericana sobre la Desaparición Forzada de Personas, aprobada en 1994 y ratificada por México en abril de 2002, se considera que la desaparición forzada de personas viola múltiples derechos esenciales de la persona humana de carácter irrenunciable, tal como están consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y en la Declaración Universal de Derechos Humanos.

Con ello, nuestro país mostró su voluntad por elevar los estándares de protección contra este delito, comprometiéndose a promover acciones de colaboración para impulsar y apoyar la armonización legislativa nacional en esta materia.

A través de estos instrumentos se ha ido construyendo una definición que establece que la desaparición forzada de personas consiste en la privación de la libertad de una persona por parte de una autoridad del Estado o de personas que actúan con la complicidad, apoyo o aquiescencia de dicha autoridad. Esto, sin importar que la privación de libertad se origine en una detención legal o ilegal, implica que la autoridad o quien actúa con su conocimiento propicie o mantenga dolosamente el ocultamiento de la persona y se niegue a proporcionar información sobre su paradero.

La consecuencia de este delito es sustraer a la persona de la protección de la ley y de la posibilidad de ejercer cualquier recurso legal y garantía procesal que la proteja. Por tanto, la comisión de ese delito viola de manera continuada numerosos derechos fundamentales, como son los derechos a la seguridad personal y a la protección de la ley, el derecho a no ser privado arbitrariamente de la libertad, el derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica de todo ser humano y al debido proceso, el derecho a la integridad física y psicológica de la víctima e incluso el derecho a la vida.

Dada la complejidad de este delito y la estructura federal de nuestro país para un combate efectivo del mismo, se considera indispensable regular la desaparición forzada mediante una ley de aplicación general en todo el territorio nacional. De esta forma se evitará la disparidad de criterios en las distintas tipificaciones de las legislaciones estatales.

México no es ajeno al delito de desaparición forzada, por lo que –en respuesta a las demandas de diversos grupos sociales de nuestro país y de los compromisos internacionales adquiridos– este delito ha sido tipificado en el Código Penal Federal, así como en los Códigos Penales del Distrito Federal, de Oaxaca y del estado de Chiapas.

Sin embargo, se observa que, de continuar reformándose los Códigos Penales estatales, podría llevarnos a una disparidad de criterios que se expresen en la práctica en diversas tipificaciones de este delito, lo cual podría no solamente no ser abordado en su complejidad, dejando la posibilidad de que en algunos casos este delito se mantenga impune.

La existencia de una sola normatividad para todo el territorio nacional facilitará el combate del delito por ser perseguible únicamente por una autoridad, que se limitará al tipo penal previsto en esta legislación evitando con ello la persecución de una misma conducta bajo tipos penales diversos en cada caso particular.

Siendo la desaparición forzada un delito que presenta elementos complejos que dificultan su adecuada persecución, se requiere una autoridad que cuente con mayor capacidad técnica y científica que permita que la investigación de este delito reúna elementos suficientes para perseguir y sancionar a los responsables del mismo.

Cabe destacar que el artículo 50 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación establece: "Artículo 50. Los jueces federales penales conocerán... 1) De los delitos del orden federal. Son delitos del orden federal: a) Los previstos en las leyes federales y en los tratados internacionales...", lo cual nos permite considerar que, siendo éste un delito establecido en un tratado, podemos considerarlo del orden federal.

Por ello, se hace necesario contar con una ley especializada en materia de desaparición forzada de personas cuya problemática no sólo se reduciría a una investigación y sanción en el ámbito penal sino que nos permitiría enfrentar de manera integral las consecuencias y la reparación del daño, no sólo para la víctima sino también para sus familiares, muchas de ellas con repercusiones en el ámbito civil y algunas otras de carácter administrativo.

Señoras diputadas y señores diputados: éste es el objeto de la ley que pongo a su consideración, la que permitirá regular y establecer las condiciones normativas que regirán el tipo penal de desaparición forzada de personas, sus modalidades y las conductas vinculantes, así como las normas procedimentales y de ejecución penal. Sus disposiciones son de orden público y de aplicación en todo el territorio nacional.

Esta ley enfrenta el delito de desaparición forzada de manera integral, al establecer disposiciones relativas a su prevención, sanción y la reparación del daño a las víctimas. Combatir la impunidad es también el objetivo de esta ley.

Sólo en la medida en que garanticemos que ningún servidor público permanezca sin sanción cuando ha participado en la comisión de este delito y se garantice efectivamente la debida protección de la ley y la reparación del daño a la víctima o sus familiares, podremos entonces decir que estaremos construyendo los valores del Estado democrático de derecho a que aspiramos las mujeres y los hombres de México.

Por todo ello y con fundamento en el artículo 73, fracciones XXI y XXX de la Constitución Política, así como en lo dispuesto en el artículo 71 de nuestra Carta Magna y en los artículos reglamentarios de nuestro Reglamento Interior del Congreso General, someto a su consideración esta iniciativa, esperando en su momento pase a la Comisión... sea turnada a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos para su dictamen.

Muchas gracias, ciudadanos diputados y diputadas. Gracias, Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Pues en este momento la turnamos, diputada, a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Tiene el uso de la palabra la diputada Marcela Guerra Castillo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, ahora sí para presentar iniciativa que reforma los artículos 13, 19 y 38 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; y 16 y 31 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación.

Y damos la más cordial bienvenida a los catedráticos y estudiantes del Instituto Tecnológico de Zacatepec, del estado de Morelos, invitados por la diputada doña Rosalina Mazari Espín.

La diputado Marcela Guerra Castillo: Con el permiso de la Presidencia. Honorable Asamblea:

Conforme a los lineamientos del Programa Nacional de Modernización de la Administración Pública del año 1995 a 2000, el Gobierno Federal propuso una reforma del sistema presupuestario con objeto de utilizar al Presupuesto como medio para la obtención de resultados en términos de calidad, costo, eficiencia, equidad y oportunidad.

La reforma comprendió el establecimiento de una nueva estructura programática sustentada en funciones, subfunciones, programas y proyectos a efecto de hacer evidentes los resultados y la rendición de cuentas, así como en un sistema de evaluación de desempeño basado en el establecimiento de indicadores de desempeño que reflejara los resultados obtenidos conforme a los objetivos y las metas propuestos por el Gobierno Federal.

En 1998 se creó el Sistema de Evaluación de Desempeño, pero no se emitió ninguna norma que obligara a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a establecer el Sistema de Evaluación de Desempeño, y las únicas referencias se establecieron en los artículos 14, 15 y 88 del Presupuesto de Egresos de la Federación del año 2001.

En ellos se estableció que los titulares de las dependencias, así como los órganos de gobierno y los directores generales o sus equivalentes de las entidades, son los responsables de la administración por resultados que el Ejecutivo federal definiera en el Plan Nacional de Desarrollo del año 2001 a 2006, el Planade.

Los objetivos contenidos en estrategias y alcances de la reforma del sistema presupuestario, incluyendo el Sistema de Evaluación de Desempeño para aumentar la transparencia y dar mejores resultados en el ejercicio del gasto público y que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Contraloría verificaran periódicamente los resultados de la ejecución de estos programas y presupuestos de estas dependencias y entidades con base en el Sistema de Evaluación de Desempeño, entre otros, para identificar la eficiencia, los costos y la calidad en la Administración Pública Federal y el impacto social del ejercicio del gasto público.

No obstante, el Ejecutivo federal no definió en el Programa Nacional de Modernización de la Administración Pública los objetivos ni los alcances de la reforma del sistema presupuestario ni trató el tema del sistema de evaluación de desempeño. En su lugar, entonces estableció, como eje de evaluación por resultados, el Sistema Nacional de Indicadores para medir los avances del plan.

Para desarrollar el Sistema Nacional de Indicadores, el Ejecutivo federal propuso en el Planade que cada secretaría y organismo descentralizado definiera sus objetivos, así como los indicadores para mostrar el avance en el cumplimiento de los mismos.

Con objeto de atender esta disposición, las dependencias y las entidades de la Administración Pública Federal desarrollaron, de manera aislada y parcial, estos indicadores, que responden más a la medición y al seguimiento de los procesos de operación que a la formulación de indicadores estratégicos que permitan evaluar el cumplimiento de los objetivos y de las metas de los programas gubernamentales.

Cabe señalar que la Presidencia de la República tiene establecido un sistema de planeación estratégica, donde se registran la visión, la misión, las actividades de planeación, los objetivos, las líneas estratégicas, los proyectos, los procesos e indicadores de las dependencias, pero éste no es obligatorio para la administración pública ni ha sido debidamente sistematizado para que el Poder Legislativo, este Poder, pueda evaluar en forma y grado el cumplimiento de estos mismos objetivos y metas de los programas y de las políticas públicas que se establecen en el Presupuesto anual.

Por ello resulta necesaria la incorporación de un sistema federal de evaluación al desempeño que incorpore indicadores estratégicos de gestión y de servicios que permitan conocer el impacto de las políticas públicas.

En síntesis, se considera necesario elevar a rango de legislación federal el Sistema de Evaluación y Desempeño, cuyo elemento central es el sistema de indicadores.

Para que el Seda adquiera carácter obligatorio se propone el siguiente

Decreto

Artículo 13. El gasto público federal se basará en presupuestos que se formularán con apoyo en programas que señalen objetivos, metas, indicadores de desempeño y unidades responsables de su ejecución. Los presupuestos se elaborarán para cada año calendario y se fundamentarán los costos.

Artículo 19. El proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación se integrará con los documentos que se refieren a 1. Descripción clara de los programas que sean la base del proyecto, en los que se señalen objetivos, metas, indicadores de desempeño y unidades responsables para su ejecución, así como su valuación estimada por programa.

Artículo 38. Para la ejecución del gasto público federal, las entidades deberán sujetarse a las previsiones de esta ley y con exclusión de las previstas en las fracciones I y II del artículo 2 de esta misma ley, observando las disposiciones que al efecto expida la Secretaría de Programación y Presupuesto.

Se establece como obligatorio el Sistema Federal de Evaluación del Desempeño, mediante la incorporación de indicadores de desempeño en el Presupuesto de Egresos de la Federación y la Cuenta de Hacienda Pública Federal, en los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, y los órganos constitucionalmente autónomos.

Los indicadores de desempeño medirán principalmente la eficacia en el cumplimiento de los objetivos y las metas de los programas y en la cobertura de su población objetivo, la eficiencia en su operación, la eficiencia y economía con que se aplican los recursos aprobados para el efecto y la satisfacción del cliente ciudadano, la calidad de los bienes y servicios y la competencia de los servidores públicos.

Los indicadores de desempeño serán evaluados semestralmente en los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, y los órganos constitucionalmente autónomos, con la participación de los encargados del control interno.

Los resultados de la evaluación servirán de base para la planeación y presupuestación del gasto público y deberán ser informados a la Cámara de Diputados por conducto de la Auditoría Superior de la Federación.

Los titulares de los Poderes de la Unión y de los órganos constitucionalmente autónomos emitirán las disposiciones para la elaboración de los indicadores de desempeño y su periodicidad, así como los procedimientos para realizar evaluaciones. Los indicadores de desempeño, desglosados en indicadores estratégicos, indicadores de gestión e indicadores de servicios, invariablemente deberán formar parte del Presupuesto de Egresos de la Federación e incorporarse en los resultados de la Cuenta Pública de la Hacienda Pública Federal, explicando en forma detallada las causas de las variaciones y su correspondiente efecto económico.

El artículo 2o. queda como está.

Artículo 16. Evaluar, mediante los indicadores de desempeño aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación, la eficiencia con que se cumplieron los objetivos y metas de los programas y la cobertura de su población objetivo, la eficiencia en su operación, la eficiencia y economía con que se aplicaron los recursos aprobados para el efecto, la satisfacción del ciudadano cliente y la calidad de bienes y servicios, la competencia de los servidores públicos también, a efecto de verificar el desempeño de los programas y/o proyectos federales y la legalidad en el uso de los recursos públicos.

Artículo 31. El apartado correspondiente a la fiscalización y verificación del desempeño logrado en los programas y/o proyectos respecto de la eficiencia con que se cumplieron los objetivos y metas de los programas y la cobertura de su población objetivo, la eficiencia en su operación, la economía con que se aplicaron los recursos aprobados para el efecto, la satisfacción del cliente ciudadano y la calidad de los bienes y servicios de la competencia de los servidores públicos mediante estos indicadores prestados en el Presupuesto de Egresos de la Federación y la Cuenta Pública.

Palacio Legislativo de San Lázaro, al día de hoy.

Es cuanto.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias, diputada doña Marcela Guerra Castillo. Túrnese a las Comisiones Unidas de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Gobernación.

La siguiente iniciativa ha sido pospuesta a petición del grupo parlamentario de Acción Nacional. Y tiene el uso de la palabra el señor diputado don José Luis Medina Lizalde, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa que reforma el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado José Luis Media Lizalde: Con su venia, señor Presidente.

José Luis Medina Lizalde, en su carácter de diputado federal de la LIX Legislatura del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, 72 y 73, fracción XIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforma y adiciona el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en función de la siguiente

Exposición de Motivos

La presente iniciativa se plantea dentro del ámbito correspondiente a la Reforma del Estado derivado de la agenda legislativa que aún tiene pendiente esta soberanía con los mexicanos, proponiéndose con el ánimo de coadyuvar desde la competencia del Poder Legislativo a la disminución del terrible problema del aumento desenfrenado de la criminalidad de nuestro país, planteándose como una acción legislativa que forme parte de un proyecto integral que en materia de seguridad pública, específicamente por lo que hace a la prevención del delito y conductas infractoras, instrumentemos los distintos Poderes de la Unión y de los estados para así formar un frente común con la ciudadanía en el combate de este cáncer social.

Un proyecto que además siente las bases para la aplicación de una correcta política criminal de Estado, sustentándolo no solamente en reformas constitucionales y legales que influyan en la salvaguarda de las personas y de sus bienes, sino que también estudie y ataque de raíz los elementos generadores de las conductas infractoras y delictivas.

La seguridad pública es definida constitucionalmente como la función a cargo del Estado que tiene como fines salvaguardar la integridad y derecho de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos, debiendo realizarla por mandato legal las autoridades competentes, mediante la prevención, persecución y sanción de las infracciones y delitos, así como la reinserción social del delincuente y del menor infractor.

Toma especial relevancia el combate de las causas que genera la comisión de delitos y conductas antisociales, debiendo realizarse a través del desarrollo de políticas, programas y acciones eficientes y eficaces que contribuyan al fomento de los valores culturales y cívicos en la sociedad y conduzcan a su vez al respeto irrestricto del imperio de la ley.

Actualmente, el Gobierno Federal, a través del Sistema Nacional de Seguridad Pública, específicamente por medio de la Conferencia de Prevención y Readaptación Social, debe realizar el estudio de dichas causas generadoras que se materialicen en la implantación de correctas políticas de combate del fenómeno criminal. Dichas acciones hasta el momento no han arrojado resultados favorables que se perciban en la ciudadanía, al igual que no se han reconocido los estragos sociopolíticos generados por el modelo económico neoliberal, el aumento de la pobreza, la falta de empleo, la injusta distribución de la riqueza y la espectacular impunidad, situando a nuestro país actualmente como una de las naciones más inseguras del mundo.

Desde la antigua Roma y hasta nuestros días, varios estudiosos del tema han encauzado sus esfuerzos a tratar de descifrar las causas generadoras de las conductas antisociales, para brindar así soluciones eficaces para la disminución del fenómeno criminal, generándose múltiples postulados que han sido debatidos arduamente durante el desarrollo del pensamiento humano, pero que en la actualidad han sido ya rebasados.

De la evolución científica del análisis de este problema se deriva la necesidad de implantar una correcta política criminal de Estado, donde el derecho penal debe poseer tan sólo naturaleza subsidiaria, conforme a los principios contenidos en nuestra Constitución, proponiéndose en cambio un cambio en la manera de combatir el fenómeno criminal, pasando del aumento de la reacción penal al estudio y combate de sus causas generadoras.

Así, la política criminal se convierte en un verdadero instrumento de legitimación y reproducción de la realidad social, mediante la cual se busque brindar seguridad al disfrute y protección efectiva de todos los derechos universales, políticos y sociales de las personas que se encuentran en nuestro país, pendientes de la inclusión de todos los estratos sociales en la economía de la seguridad, ya que actualmente nuestro gobierno se ha olvidado de garantizar los derechos de un número importante de sujetos vulnerables.

En el intento de contener la violencia, se ha terminado por disimularla, excluyendo a los sujetos más débiles y muchas veces señalándolos como probables responsables del fenómeno delictivo por su mera situación económica o social. Por ello, las acciones de prevención que emprende el Estado deberán convertirse en parte fundamental de la política social que implanten los distintos niveles de gobierno.

La seguridad pública debe entenderse como un conjunto de políticas y acciones realizadas por los poderes públicos, encaminadas a la prevención y represión de las conductas antisociales, donde desde el ámbito de competencia de cada uno de los órganos de gobierno se implanten políticas públicas encaminadas a generar y garantizar una convivencia armónica y pacífica de todos los habitantes de nuestra nación.

La ciudadanía clama por una debida seguridad pública, la cual sólo puede ser plenamente garantizada mediante la prevención del delito y conductas infractoras, así como la salvaguarda plena de los propios derechos, como el derecho a la vida, a la libertad, al libre desarrollo de la personalidad, de expresión y a la calidad de vida, entre otros, a través de acciones coherentes y debidamente analizadas por las autoridades, junto con la sociedad.

No deben seguirse implantando acciones discontinuas e improvisadas. Los mexicanos exigen de sus gobernantes mayor responsabilidad en el actuar público que arroje resultados concretos y con visión de futuro, con estrategias no sólo de ámbito policial y penal sino estrategias que permitan una participación más amplia de la comunidad en el control de la criminalidad, principalmente en su prevención.

México debe contar con un organismo dotado de autonomía de los demás poderes, el cual se encuentre encargado exclusivamente de la realización de estudios especializados en materia de prevención del delito y conductas infractoras que dicte los lineamientos básicos de observancia obligatoria para los poderes y niveles de gobierno.

Por lo antes expuesto, me permito someter a consideración de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente

Iniciativa con proyecto de decreto por la que se modifica y adiciona el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Articulo 1º. Se modifica y adiciona el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar en los siguientes términos:

Párrafo 6º. El Estado contará con un organismo público autónomo, denominado Instituto Nacional para la Prevención del Delito y Conductas Infractoras, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, el cual deberá garantizar la participación ciudadana en su funcionamiento.

Dicho organismo será el encargado de la realización de estudios especializados en materia de prevención del delito y conductas infractoras, así como dictará los lineamientos básicos y observancia obligatoria para los Poderes de la Unión y de los estados que contribuyan al combate de las causas generadoras de las conductas antisociales y garanticen la convivencia armónica y pacífica de sus habitantes, de acuerdo con la ley reglamentaria que para tal efecto se expida.

Párrafo 7º. La Federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios se coordinarán en los términos que la ley señale para establecer un sistema nacional de seguridad pública.

Solicito que se inserte el texto íntegro en el Diario de Debates. Es todo, señor Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Y esta Presidencia obsequia con mucho gusto su petición: insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates y túrnese a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Justicia y Derechos Humanos.

Tiene el uso de la palabra el señor diputado don Manuel Velasco Coello, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, para presentar iniciativa que reforma los artículos 3 y 6, y adiciona un 3 Bis a la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura.

Diputado José Luis Medina, con todo aprecio... No, el siguiente orador nos pide que si nos hace usted favor de retirar su estandarte. Gracias, señor diputado.

El diputado Manuel Velasco Coello: Con la venia de la Presidencia; compañeras y compañeros diputados:

La tortura es un delito que destruye lo más preciado de la persona. Por ello, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos regula su prohibición absoluta en el artículo 7º, que a la letra dice:

"Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. En particular, nadie será sometido sin su libre consentimiento a experimentos médicos o científicos."

Ello significa que, a diferencia de la regulación de otros derechos humanos, no existe ninguna justificación para admitir la tortura. En consecuencia, incluso en situaciones excepcionales, se preserva la protección de la persona de esa práctica.

Del mismo modo, en el Sistema Interamericano de Protección, la Convención Americana sobre Derechos Humanos prohíbe la tortura en el artículo 5o., referente a los derechos a la integridad personal.

Primero. Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral.

Segundo. Nadie debe ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Toda persona privada de libertad será tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano.

Es decir, la protección de la integridad personal pertenece al núcleo inderogable: que no puede ser suspendido ni suprimido jamás en cualquier circunstancia en que se encuentre el Estado.

La erradicación de la tortura en el mundo es uno de los grandes desafíos que asumieron Naciones Unidas, a sólo unos pocos años de su fundación, para garantizar a todas las personas una protección suficiente contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. En el transcurso de los años, la Organización fue adoptando normas de aplicación universal, que finalmente fueron consagradas en declaraciones y convenios internacionales.

En 1875, la Organización de las Naciones Unidas aprobó una declaración sobre la protección de todas las personas contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, que fue la base para que luego se aprobara la Convención contra la Tortura, el 10 de diciembre de 1984.

En México, el derecho universal imprescriptible e irrenunciable de toda persona al respeto de su integridad y seguridad personales, a no ser torturada o sujeta de otros actos de autoridad que vulneren su dignidad está reconocido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los códigos y legislaciones en materia de tortura a nivel federal y estatal. Asimismo, el Estado mexicano se ha comprometido con la comunidad internacional, a partir de la firma y las ratificaciones de múltiples declaraciones y convenios, a realizar todas las acciones necesarias para erradicar la práctica de tortura en el país, reconociendo ésta como crimen de la humanidad, dado que estas prácticas afectan a la sociedad en su conjunto.

La obligación de parte del Estado mexicano de respetar acuerdos e instrumentos internacionales de protección y defensa de los derechos humanos se enmarca en el artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que incorpora esos instrumentos como ley suprema de nuestro país, los cuales tienen un carácter vinculatorio incuestionable.

Hoy día, en México existe evidencia de que siguen presentándose eventos de tortura, principalmente en la población indígena, donde se observan de manera constante una dilación y negación de justicia por parte de las autoridades correspondientes, así como la no aplicación de las leyes de prevención y sanción de la tortura.

A pesar de que a nivel estatal y nacional existen leyes para prevenir y sancionar la tortura, éstas, desconocidas o no, son aplicadas por las autoridades de investigación, así como de los encargados de la procuración y administración de procuración de justicia, no obstante que éste se tiene que perseguir de oficio.

Es importante señalar que el concepto de tortura que tienen las leyes mexicanas es muy acotado y no corresponde en su totalidad al concepto aplicable en la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, incumpliendo el Estado su deber de adoptar disposiciones de derecho interno, tal como lo indica la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Además, la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura contiene una definición del flagelo, que no sólo se queda corta respecto de la Convención sino que no toma en cuenta muchas conductas que constituyen torturas previstas en la misma, lo que impide que un juez sancione como tortura determinadas conductas que no están tipificadas en la ley.

En el Apartado B del artículo 102 de la Constitución Política Mexicana se establece que las comisiones públicas de derechos humanos tienen como función, en el ámbito de sus respectivas competencias, proteger las garantías que ampara el orden jurídico, por lo que deben tomar en cuenta en su actividad de protección de los derechos los tratados internacionales.

Por ello, consideramos impostergable modificar la definición de tortura establecida en la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura, así como incorporar una definición precisa y más amplia de quiénes deben ser considerados responsables de este delito. Por ello someto a su consideración la siguiente

Iniciativa con proyecto de decreto, mediante el cual se reforman los artículos 3 y 6, y se adiciona un artículo 3 Bis a la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura

Artículo Único. Se reforman los artículos 3 y 6, y se adiciona un artículo 3 Bis a la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura, para quedar como sigue:

Artículo 3o. Para los efectos de esta ley, se entiende por tortura todo acto realizado por el cual se inflijan a una persona dolores o sufrimientos físicos o psíquicos con el fin de obtener del torturado o de un tercero información o una confesión o castigarla por un acto que haya cometido o se sospeche ha cometido o coaccionarla para que realice o deje de realizar una conducta determinada.

Se entenderá también como tortura la aplicación sobre una persona de métodos tendentes a anular la personalidad del torturado o a disminuir su capacidad física o psíquica, aunque no causen dolor físico o angustia psíquica.

No se consideran tortura las molestias o penalidades que sean consecuencia únicamente de las sanciones legales que sean inherentes o incidentes a éstas o derivadas de un acto legítimo de autoridad.

Artículo 3o. Bis. Serán responsables del delito de tortura los empleados o funcionarios públicos que, actuando en ese carácter, ordenen, instiguen, induzcan a su comisión, lo cometan directamente o que, pudiendo impedirlo, no lo hagan.

Las personas que, a instigación de los funcionarios o empleados públicos a que se refiere la fracción anterior, instiguen o induzcan a su comisión, lo cometan directamente o sean cómplices.

Artículo 6o. No se consideran causas excluyentes de responsabilidad del delito de tortura el que se invoquen o existan situaciones excepcionales, como estado de guerra, amenaza de guerra, estado de sitio o de emergencia, inestabilidad política interna, suspensión de garantías constitucionales, urgencia en la investigación o cualquier otra circunstancia. Tampoco podrá invocarse como justificación la orden de un superior jerárquico o de cualquier autoridad.

Es cuanto, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias, don Manuel Velasco. Túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Tiene la palabra don Jesús Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia, para presentar iniciativa que reforma los artículos 81 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 9, 19 y 159 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para establecer la segunda vuelta en la elección presidencial y de gobernadores de las entidades federativas.

El diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez: Con su permiso, señor Presidente. Compañeras y compañeros:

El día de hoy, en el periódico El Universal prácticamente se manifiestan académicos, dirigentes de partidos políticos con un denominador común: la necesidad de tener un nuevo régimen de gobierno. Son diversas las propuestas que en esta materia se han planteado y se seguirán planteando. Lo importante es que hay gran coincidencia en que, sea quien fuere el próximo Presidente de la República en el año 2006, difícilmente podrá tener los consensos y la gobernabilidad que el país requiere precisamente para sentar las bases de este nuevo régimen de gobierno.

El presidencialismo, está visto, está totalmente agotado. En ese sentido, queremos reiterar la posición que siempre ha asumido Convergencia a partir del posicionamiento que hicimos desde el 1 de septiembre, cuando se inició el periodo ordinario de sesiones de esta Cámara de Diputados. Se necesita contar, pues, con los equilibrios indispensables para contar con una cooperación y corresponsabilidad en las acciones de gobierno, particularmente por lo que se refiere al Poder Ejecutivo y al Poder Legislativo.

El planteamiento que hoy hacemos está en este contexto. La segunda vuelta en la elección presidencial es una figura que, de acuerdo con las nuevas condiciones políticas del país, puede y debe ser legislada con la finalidad de generar un incentivo político y legal que provoque los grandes acuerdos y alianzas políticas en las relaciones, para que la Presidencia de la República tenga precisamente mayores y mejores condiciones de gobernabilidad con una mayoría estable y un auténtico gobierno de coalición de corresponsabilidades.

Simplemente como antecedente histórico: esto nace, la segunda vuelta electoral –o, como la llaman en Francia, balotaje–, tiene su origen en el siglo XIX.

Sin embargo, se ha venido trabajando con este sistema y ha venido generándose, en otros países de Europa, la misma situación de meterlo como un mecanismo que garantice esta gobernabilidad y esta corresponsabilidad.

Recientemente, mencionaría sólo Austria y Portugal, que adoptaron esta figura, independientemente de otros países que yo lo tienen.

En el caso de América Latina, países como Ecuador, El Salvador, Perú, Guatemala, Haití, Colombia, Chile, Brasil, Argentina, República Dominicana y, recientemente, Uruguay –próximamente estará una representación en ese país, en la toma de posesión– han hecho suya la institución del derecho constitucional francés.

Aquí, en esta Cámara de Diputados, diputados ya del Partido Acción Nacional en la LVII Legislatura, diputados del Partido Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática ya han presentado este planteamiento.

Creo que no podrá lograrse ningún acuerdo en lo futuro, de no tener un mecanismo previo como puede ser la segunda vuelta para poder definir, entonces sí, los legisladores, en condiciones de normalidad, de corresponsabilidad, el tipo de régimen de gobierno que deseamos todos los mexicanos.

Por eso estamos presentando esta iniciativa de la segunda vuelta que, como digo y reconozco, es iniciativa que ha sido ya presentada por los tres partidos tradicionales.

¿Cuáles son los objetivos? Crear estas condiciones legales y políticas para que los candidatos de mayor aceptación entre la ciudadanía puedan crear un sistema de alianzas antes y después de las elecciones en torno de objetivos comunes en un gobierno de coalición.

Crear condiciones políticas y sociales para que el Presidente electo pueda tener una mayoría parlamentaria que le permita impulsar su programa de gobierno; en otras palabras: crear mejores condiciones de gobernabilidad; que el Presidente de la República no sólo cuente con una mayoría legislativa sino que cuente con el mayor respaldo social y político.

Son muchas las ventajas, las razones y las condiciones políticas que podríamos mencionar: destacaría los trabajos que han hecho distinguidos académicos y, en particular, del profesor Arturo Valenzuela, que ha estado insistiendo precisamente en esta materia.

Nadie tiene duda de que el próximo proceso electoral para la Presidencia de la República será un reflejo de lo que se ha venido dando en los últimos procesos electorales estatales, en donde hemos visto y estamos viendo que un candidato jamás va a obtener, dada las circunstancias, más allá de 33 a 35 por ciento y con un escenario del Poder Legislativo aún más plural que el que aún hoy tenemos.

Y esto, pues, nos debe llevar a esta reflexión. Las cifras de lo que estoy aseverando aparecen precisamente en la publicación que ha hecho la Gaceta de la Cámara de Diputados; sería un grave error pensar que es suficiente ganar la Presidencia de la República para que desde ahí se logren todos los beneficios que, sin duda, todos los candidatos sin excepción harán como propuesta y oferta política al pueblo de México. Las esperanzas de cambio corren el riesgo de seguir aplazándose por la ausencia de visión y de existencia de un proyecto de nación de largo alcance y de plazo. Quien piensa y actúa alrededor de la idea de que la Presidencia de la República es un fin en sí mismo lo único que está reproduciendo es que la vieja cultura del presidencialismo y del autoritarismo.

Ante estas circunstancias, me permito poner a la consideración las reformas que ya han sido mencionadas y que están relacionadas con el artículo 81 de nuestra Constitución para hacer una visión que diga lo siguiente:

"En caso de que ninguno de los candidatos obtenga la mayoría absoluta, se procederá a celebrar una segunda votación entre los candidatos que hayan obtenido las dos votaciones más altas. Ésta se llevará a cabo 45 días después de emitir los resultados finales, por la autoridad electoral competente."

Y asimismo, si queremos que exista el verdadero federalismo, lo que viene siendo la fuerza de una nación por la fuerza de los estados, tenemos que reproducir este esquema en los estados y en los municipios. Tratándose de este caso a nivel municipal, recordemos que en San Luis Potosí precisamente ya está establecida la segunda vuelta para las presidencias municipales y, que hasta hoy sepamos, no se han presentado conflictos de carácter postelectoral y sí, por el contrario, gobernabilidad, coordinación de acciones y programa de gobierno que representa una mayoría de cada uno de esos municipios. Muchas gracias.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias a usted, don Jesús Martínez Álvarez. Y esta Presidencia turna su iniciativa a Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Gobernación.

La siguiente iniciativa, a petición de su proponente, Omar Bazán, se pospone. Y tiene la palabra el señor diputado don Sergio Penagos García, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que adiciona un párrafo segundo al artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de responsabilidades.

El diputado Sergio Penagos García: Gracias, diputado Presidente. La iniciativa gira alrededor de la siguiente

Exposición de Motivos

Es indiscutible que, desde hace varios años, se ha venido acrecentando el reclamo de la ciudadanía para vivir en un país más justo y alejado de la corrupción. No hay duda de que algunas de las instituciones gubernamentales adolecen de poco prestigio frente a la sociedad, e incluso hay ocasiones en que la fundada sospecha tiene lugar.

Sin embargo, es preciso reconocer que la corrupción no depende en forma exclusiva de la voluntad del servidor público desleal y deshonesto: mientras no se asuma como verdad, la alta incidencia de participación de personajes ajenos al servicio público que se involucran en actos de corrupción como una forma de hacer negocio, afectando el erario de la nación, nos encontraremos varios pasos distantes de lograr la solución deseada.

Con el propósito de avanzar hacia el objetivo de transparentar el ejercicio de los recursos públicos, es necesario generar los mecanismos que hagan posible cerrar la puerta y los caminos a la corrupción, permitiendo a la autoridad contar con mejores herramientas para sancionar a quienes incurren en conductas tales, pero además brindándole dispositivos que pudieran inhibir la participación de estos personajes en acciones futuras.

Se dice lo anterior en razón de que es común encontrar contubernios entre servidores públicos y contratistas o prestadores de servicios, que realizan maniobras conjuntas, generando graves daños al erario, ya construyendo obras de mala calidad o de calidad deficiente; o bien, cobrando servicios en forma desmesurada e incluso algunos que ni siquiera se hayan prestado.

Con base en esta realidad, es debido reconocer que las sanciones en muchas ocasiones se dirigen sólo al servidor público desleal, pero dejan a salvo al particular, quien con igual intención participó en las acciones encaminadas a dañar el interés de la colectividad.

Si bien es cierto que eventualmente la persona ajena al servicio público también es perseguida penalmente para castigar su indebido proceder, también es cierto que no se toman medidas preventivas destinadas a evitar que esa persona participe en otros contratos con posterioridad de manera indirecta o directa.

Desde nuestra perspectiva, el hecho de que al particular se deje a salvo el derecho de continuar participando en nuevas contrataciones cuando al servidor público se aplican sanciones administrativas, muy merecidas, como la inhabilitación para ocupar otros cargos públicos, implica cerrar los ojos a la realidad de que se deja el camino para que el ciudadano deshonesto busque nuevas vías para desarrollar iguales acciones con idénticas consecuencias.

Es obvio que la sanción consistente en la inhabilitación para ocupar cargos públicos con posterioridad al daño causado al erario tiene como finalidad la prevención. Separado del puesto, se prohíbe a quien fuera servidor público volver a ocupar un cargo de esa naturaleza, con el único propósito de impedirle buscar, en forma inmediata, su reincorporación a la función pública para repetir su conducta reprobable. De tal forma, resulta pertinente la propuesta de adoptar mecanismos que obstaculicen al particular iniciar la reconstrucción de una red de complicidades con el objetivo de repetir los actos lesivos al interés general.

Esto se logrará en la medida en que se apliquen iguales sanciones de carácter administrativo a los infractores, tal como es la inhabilitación. En este caso, la inhabilitación se dirigirá a la prohibición de celebrar nuevos contratos con la administración pública.

La solución estará en la medida en que se reforme el sistema y no solamente el hecho de poner al descubierto al corrupto. Es preciso contar con nuevas formas que inhiban estas prácticas en la administración pública. No es posible admitir que no existe conciencia del ilícito por parte de quien, sin ser servidor público, actúa en perjuicio del erario. Tampoco puede alegarse en su beneficio la necesidad de obtener el contrato o la coerción impuesta por el servidor público corrupto. Ningún argumento atenuante es válido cuanto existe una inmensa mayoría de ciudadanos que a diario se ganan la vida desarrollando su trabajo con honestidad y sin depender de la administración pública para solventar sus necesidades económicas.

Si bien para algunos podría resultar excesiva la idea formulada, es de poner en relieve que en materia penal se encuentra prevista la posibilidad de hacer iguales consideraciones para quien, sin ser servidor público, tenga a su cargo la administración de recursos del erario federal y les dé aplicación distinta de aquella para la cual tuvieron destino originalmente. En esos casos es considerado servidor público, a efecto de aplicarle las mismas sanciones existentes para que quien, siéndolo, infringe la ley.

La lógica de este precepto resulta evidente. Lo importante está en la protección del interés de la sociedad: el fin último al cual debe dirigirse el ejercicio del dinero público es la generación del bien común. Por tanto, cualquier persona encargada de aplicar ese recurso tiene sobre los hombros la responsabilidad de crear bienestar a favor de la comunidad. El carácter o investidura con que cumpla esa encomienda pasa a segundo término.

A partir de las consideraciones contenidas en la ley penal, es claro que la obligación a cargo del ciudadano común de conducirse bajo las mismas normas que el servidor público deriva del manejo de recursos públicos y del destino para el beneficio comunitario. Así las cosas, es fácil admitir la viabilidad de ampliar las sanciones al ámbito administrativo para los casos en que el ciudadano común infrinja la ley en perjuicio del colectivo a partir de la realización de obras, acciones o prestación de servicios que se sufragan con recursos del erario y su finalidad beneficiosa es desviada.

De aceptarse la medida, además, se estará lanzando un serio preventivo para los que hoy se encuentren en la disyuntiva de realizar de un mal negocio y –además– ver cancelada la posibilidad futura de continuar desarrollando sus actividades en concordancia con la administración pública. Por ello presentamos el siguiente

Proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo segundo al artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pasando los párrafos segundo, tercero y cuarto a quedar como tercero, cuarto y quinto, respectivamente, así como se reforma el consecuente párrafo quinto, quedando en la siguiente forma:

Artículo Único. Se adiciona un párrafo segundo del artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pasando los párrafos segundo, tercero y cuarto a quedar como tercero, cuarto y quinto, respectivamente, así como se reforma el consecuente párrafo quinto, para quedar como sigue:

Artículo 108. Para los efectos de las responsabilidades a que alude este título, se reputarán como servidores públicos los representantes de elección popular, los miembros del Poder Judicial federal y del Poder Judicial del Distrito Federal, los funcionarios y empleados y, en general, toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la Administración Pública Federal o en el Distrito Federal, así como los servidores del Instituto Federal Electoral, quienes serán responsables por los actos u omisiones en que incurran en el desempeño de sus respectivas funciones.

Asimismo, en lo conducente serán sujetos de las responsabilidades previstas en este título los particulares que manejen o apliquen recursos públicos en los términos previstos por las leyes correspondientes.

Las Constituciones de los estados de la República precisarán en los mismos términos del primer párrafo de este artículo, y para los efectos de sus responsabilidades, el carácter de servidores públicos de quienes desempeñen empleo, cargo o comisión en los estados y en los municipios, o de los particulares que manejen o apliquen recursos públicos.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las Legislaturas de los estados deberán, en su caso, adecuar las disposiciones constitucionales y legales aplicables en la materia, en los términos de la presente reforma, a más tardar dentro de los 180 días contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de febrero de 2005.

Es cuanto, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias, diputado Penagos. Túrnese a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Gobernación.

Tiene el uso de la palabra la señora diputada Rosario Herrera Ascencio para presentar iniciativa que adiciona un párrafo quinto al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por ella misma e Israel Tentory García, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

La diputada María del Rosario Herrera Ascencio: Gracias, ciudadano Presidente. Solicito a usted la verificación del quórum, si es tan amable.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Permítame un segundo. En relación con la petición de la diputada, instruya la Secretaría la apertura del sistema electrónico hasta por 10 minutos para verificación de quórum, en términos del 27 del acuerdo parlamentario. Sí, diputado Héctor Gutiérrez de la Garza, ¿con qué objeto?

El diputado Héctor Gutiérrez de la Garza (desde la curul): Gracias, diputado Presidente. Para secundar la propuesta de nuestra compañera diputada porque hay muchos estandartes solos en las curules, y sería muy conveniente para que estuvieran acompañados del diputado.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Bueno, pues esta Presidencia obsequia la petición de ambos, de la diputada y de usted. Y le ruego, diputada, nos permita un segundo antes de la presentación de su iniciativa, para que nuestra Secretaría nos haga favor de instruir la apertura del sistema electrónico hasta por 10 minutos.

La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico hasta por 10 minutos.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias, secretaria. Continúe la oradora.

La diputada María del Rosario Herrera Ascencio: La suscrita, diputada Rosario Herrera Ascencio; y el suscrito, Israel Tentory García, diputados federales de la LIX Legislatura de este honorable Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, ponen a consideración de esta honorable Cámara la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adiciona un párrafo quinto al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La tierra, con sus diversas y abundantes formas de vida, se enfrenta en este milenio a la grave crisis del agua. Todo nos indica que está empeorando y continuará haciéndolo, a no ser que se emprendan acciones preventivas y correctivas que permitan el uso y consumo de manera sustentable.

Nunca había sido tan evidente para el hombre encontrarse en la antesala de una crisis devastadora si no se hace algo para conservar y utilizar racionalmente el agua, que es esencial para la vida humana, para la salud básica y –por consiguiente– para la supervivencia, así como para la producción de alimentos y para las actividades económicas.

Sin embargo, estamos enfrentando una emergencia global, por la cual más de mil millones de personas carecen de acceso básico al agua potable y más de 2 mil millones no tienen acceso a un saneamiento adecuado, que es la causa primaria de enfermedades relacionadas con el agua.

Actualmente, la desigualdad en la disponibilidad del agua está marcando la diferencia entre las naciones. El estado de pobreza de un amplio porcentaje de la población mundial es a la vez un síntoma y una causa de la crisis del agua. El hecho de facilitar a los pobres acceso al agua mejor gestionada puede contribuir a la erradicación de la pobreza, tal como lo muestra el informe...

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Diputada, permítame un segundo. Es obligación de esta Presidencia, primero, respetar el derecho de manifestación de los ciudadanos diputados. También es obligación de esta Presidencia pedirles respeto a la oradora y también pedirles respeto a los símbolos patrios. Lo dejo en su conciencia, diputado Emilio Serrano.

La diputada María del Rosario Herrera Ascencio: ... tal como lo muestra el informe de Naciones Unidas sobre el desarrollo de los recursos hídricos en el mundo. Por ello resulta necesario resolver la crisis del agua, pues este recurso se encuentra en el corazón mismo de nuestra supervivencia y de la de nuestro planeta.

Al respecto, en el ámbito internacional se ha discutido ampliamente que el reconocimiento del agua como derecho humano podría ser el paso más importante para abordar el desafío de brindar a la gente el elemento básico de la vida, en virtud de que es un elemento de precondición necesaria para todos nuestros derechos humanos, sosteniéndose que sin el derecho de acceder y utilizar en cantidades suficientes y en condiciones sanitarias adecuadas la cantidad de agua que necesitamos para una vida digna, serían inalcanzables otros derechos establecidos, como el derecho a la alimentación, a un nivel de vida adecuado para la salud y para el bienestar, así como los derechos civiles y políticos.

El derecho al agua debe considerarse junto con otros derechos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de entre los que ocupan un lugar primordial el derecho a la vida, a la salud y al medio ambiente sano.

No obstante lo anterior, el derecho al agua se encuentra vagamente regulado en el artículo 27 constitucional, aunque de su texto quizá no pueda inferirse un derecho fundamental al agua.

En efecto, en sus párrafos primero, tercero, cuarto, quinto, octavo y noveno, en sus diversas fracciones, el artículo 27 contiene referencias al agua o a las aguas, tanto interiores como marítimas, nacionales o internacionales, pero sin que en ninguna de estas disposiciones se establezca, en términos constitucionales, un derecho al agua. De igual forma, la Ley de Aguas Nacionales, reglamentaria de dicho artículo, se refiere en términos generales a los distintos tipos de recursos hídricos, a su forma de explotación y a la coordinación que deben observar las autoridades competentes en la materia.

"Sin embargo, no contiene derechos objetivos articulables frente a la jurisdicción constitucional, aunque sí permite algunas impugnaciones en el ámbito de la jurisdicción administrativa.

Otra referencia constitucional se encuentra en el artículo 115, fracción III, en que se establece que los municipios tienen a su cargo la prestación del servicio público de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales. Pero ese artículo no contiene el derecho al agua, aunque existe la obligación de las autoridades municipales de prestar los servicios que han sido mencionados.

Si bien es cierto que el derecho al agua es un tema sobre el que se han empezado a generar los primeros estudios, es pertinente que esta soberanía atienda esta problemática, pues en nuestro país este punto es cuestión de la mayor importancia, ya que los recursos hidrológicos son de mayor importancia para el desarrollo socioeconómico de México. Sin embargo, la gran diversidad hidrográfica y climática de nuestro territorio hace que el agua no esté distribuida regularmente, provocando serios problemas de abastecimiento.

En muchas partes, según datos internacionales, 12 por ciento de la población en México no tiene acceso sostenible a fuentes de agua mejorada, lo cual ha provocado graves conflictos en varias ciudades del país que han registrado enfrentamientos por la falta de agua entre grupos de personas y la autoridad. El más reciente es el de la comunidad mazahua de Villa de Allende, estado de México, quienes a pesar de ser vecinos de una planta potabilizadora no tienen acceso a la misma.

Al respecto, es de tomarse en cuenta el caso de Uruguay, país que marcó el parteaguas en la defensa de los recursos naturales a escala mundial, al convertirse en el primer Estado que declara el agua como el bien humano fundamental, cuyo uso debe preservarse constitucionalmente con políticas de Estado y no puede ser privatizada.

Por todo lo anteriormente expuesto, presento a la consideración de esta honorable Asamblea la siguiente

Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo quinto al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Único. Se adiciona un párrafo quinto al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se recorren los siguientes, para quedar como sigue:

Artículo 4o. Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua suficiente, salubre, aceptable, asequible. La ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al siguiente día de la publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Solamente solicito... Gracias, diputado Presidente. Ya concluí, compañeros... Solamente solicito que se inserte el texto íntegro en el Diario de los Debates.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Así se hará diputada. Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates; y túrnese a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Recursos Hidráulicos.

Se ruega a la Secretaría instruya el cierre del sistema electrónico y se dé cuenta del registro de asistencia.

La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas: Ciérrese el sistema electrónico. Se informa a la Presidencia que hay una asistencia de 370 ciudadanos diputados y ciudadanas diputadas. Hay quórum, señor Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias. Esta Presidencia recibió de parte del señor diputado don Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que se turna a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Tiene la palabra don Jesús Martínez Álvarez, compañero diputado del grupo parlamentario de Convergencia, para presentar iniciativa que reforma el artículo 9 de la Ley del Servicio de Administración Tributaria.

El diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez: Con su permiso, señor Presidente. Compañeras y compañeros:

Esta iniciativa que estamos presentando tiene por objeto, y es la pretensión, tratar de ir avanzando en temas fundamentales para lograr una mayor y más eficiente recaudación tributaria. Lo hemos escuchado en reiteradas ocasiones: la preocupación común de legisladores y autoridades hacendarias es ampliar la base de contribuyentes y, como consecuencia, obtener mayor recaudación.

En el año 2001, la Secretaría de Hacienda nos presentó una propuesta de lo que se llamó "Nueva Hacienda Pública". Y dicha propuesta contenía, entre otras cosas, cuestiones que desde luego debemos valorar y aceptar, como era en un momento dado la reducción del Impuesto sobre la Renta, que ya se ha dado, la compactación de las propias tasas e incluso la reducción del IVA. Se hablaba también de acabar con los regímenes especiales de fiscalización y, entre otras cosas, también acabar con lo que es la tasa cero.

Sin embargo, a pesar de lentos avances, ni aumenta la base de contribuyentes ni se logra mayor recaudación. Resulta pues absurdo para los contribuyentes y más incomprensible también para nosotros, los legisladores, quienes constantemente escuchamos a las autoridades hacendarias y enfocamos nuestro esfuerzo a la nueva legislación, pero poca atención ponemos a lo que viene siendo cómo están las estructuras de captación de los ingresos que requiere un país como el nuestro.

Y simplemente para corroborar la ineficiencia de la recaudación, daría las siguientes cifras, que las conocemos todos:

En diciembre del año 2000, los llamados "créditos fiscales irrecuperables" fueron del orden de 63 mil 603 millones de pesos, pero para diciembre ya de 2004 se ubicaron éstos en 125 mil 768 millones de pesos. Pero algo grave y algo delicado que también conocemos, en ese mismo año, es decir, en 2004, el SAT perdió 24 mil 555 juicios de los 42 mil 39 en que participó. Por tanto, en este contexto está la iniciativa.

Actualmente, la Ley del Servicio de Administración Tributaria establece en el artículo 3o. que el SAT gozará de autonomía de gestión y presupuestal para la consecución de su objeto, así como la autonomía técnica para dictar sus resoluciones.

Pero, por un lado, está esta autonomía y, por otro, vemos con grave preocupación que no hay recaudación y sí también –por otro lado– cada día mayor contrabando, sin encontrar ninguna explicación.

Quizá podamos encontrar una alternativa en cómo está constituida la Junta de Gobierno del Sistema de Administración Tributaria. Sabemos que son siete las personas que lo integran; desde luego, encabezadas por el propio secretario de Hacienda, quien además tiene la facultad de designar a tres consejeros más, como dice la propia Ley, "ser empleados superiores de la Secretaría de Hacienda". Es decir, de esta Junta de Gobierno hay cuatro partes, ya que siguen el mismo criterio y los mismos lineamientos de la propia dependencia.

Por otro lado, los otros tres consejeros, a propuesta del Ejecutivo federal, designarán a tres consejeros independientes, dos de los cuales deberán ser a propuesta de la reunión de funcionarios fiscales: los funcionarios fiscales son normalmente los secretarios de Finanzas de cualquiera de las entidades federativas. Por tanto, existe de alguna forma una dependencia o un compromiso para no tener problemas con las finanzas de su propia entidad.

Como se puede observar, pues, el actual esquema de conformación del SAT otorga al secretario de Hacienda que se encuentre presente o al frente en esos momentos de contar con una mayoría para decidir sobre un órgano que fue supuestamente concebido como autónomo para lograr la captación. Lo importante sería que los consejeros pudieran advertir en dónde están las grandes fallas de la gran evasión fiscal, en dónde se encuentran las causas por las que existe tanto contrabando en nuestro país. Por eso estamos proponiendo una reforma del artículo 9o. de la Ley del SAT, que diría lo siguiente:

La Junta de Gobierno del Servicio de Administración Tributaria se integrará por el secretario de Hacienda y Crédito Público y tres consejeros del SAT, propuestos por el Presidente de la República y ratificados por la Cámara de Diputados o, en su caso, por la Comisión Permanente para ejercer ese cargo.

La Presidencia de la Junta de Gobierno será rotativa cada seis meses y el Presidente sólo podrá ser suplido bajo causas graves o de fuerza mayor.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Compañeras y compañeros, considero que los legisladores debemos ser muy precisos y muy estrictos en la selección de las personas que se encuentran en los órganos de fiscalización. Si queremos saber verdaderamente las causas y el origen de la evasión fiscal y el contrabando, debe ser el Poder Legislativo el que tenga participación en la designación de estos consejeros.

Muchas gracias.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias a usted, diputado Martínez Álvarez. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Esta Presidencia saluda cordialmente a lo alumnos del colegio Alma de México, que vienen de la delegación Miguel Hidalgo, Distrito Federal, quienes han sido invitados por el señor diputado don Roberto Colín Gamboa.

Asimismo, se encuentra en el salón de sesiones una delegación de funcionarios de Polonia, encabezados por el profesor Witold Orlowski, jefe de los consejeros económicos del Presidente de su país, que han sido invitados por el señor diputado José María de la Vega Lárraga. Les agradecemos mucho su presencia, les damos la más cordial bienvenida y les deseamos toda clase de éxitos durante su estancia en nuestro país y en nuestro recinto.

Tiene el uso de la palabra el señor diputado don Ángel A. Buendía Tirado, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa de Ley Reglamentaria de los artículos 25, párrafos primero y segundo, 26, párrafo quinto, 31, fracción IV, 73, fracciones VIII, IX y XXIV, 74, fracción IV, 75, 126, 127 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materias de ingresos federales, presupuestación y ejercicio del gasto público, contabilidad gubernamental y responsabilidades hacendarias; y que reforma y adiciona diversas disposiciones del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Ángel Augusto Buendía Tirado: Muchas gracias, señor presidente; compañeras y compañeros diputados:

Con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del Pleno la presente iniciativa de Ley Reglamentaria de los artículos 25, párrafos primero y segundo, 26, párrafo cuarto, 31, fracción IV, 73, fracciones VIII, IX y XXIV, 74, fracción IV, 75, 126, 127 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materias de ingresos federales, presupuestación y ejercicio del gasto público, contabilidad gubernamental y responsabilidades hacendarias; y decreto por el que se reforman los artículos 80 y 81, y se adiciona un apartado, denominado "De los Decretos de Presupuesto de Egresos de la Federación y de Revisión de la Cuenta Pública", con el artículo 170 Bis, al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Existen abundantes razones para expedir una ley que reglamente en lo concerniente los artículos 25, 26, 31, 73, 74, 75, 126, 127 y 134 de nuestra Carta Magna en materia de ingresos federales, presupuestación y ejercicio del gasto público, contabilidad gubernamental y responsabilidades hacendarias.

La actualmente vigente Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1976. De esa fecha a la presente, la complejidad de los procesos en las materias antes señaladas se ha incrementado, habiendo ocurrido algunas modificaciones constitucionales muy relevantes, que condicionan desde luego limitaciones estructurales para el pleno ejercicio de los procesos presupuestarios, lo que ha derivado indudablemente en obsolescencia y falta de comprensión de los instrumentos jurídicos actualmente existentes respecto de los procesos que implican las materias señaladas.

Prueba de lo anterior es que si se revisan los respectivos decretos de Presupuesto de los años comprendidos en el intervalo señalado, se encontrará una configuración progresiva, cada vez más compleja por lo que respecta a la normatividad contenida en ellos, mediante la cual esta Cámara de Diputados ha intentado paliar la insuficiencia de las leyes que regulan el proceso legislativo.

Paralelamente a lo anterior, es posible identificar una cada vez más amplia cantidad de reglamentaciones y regulaciones emitidas en el Ejecutivo federal que, asimismo, apuntan en el sentido de orientar la presupuestación, el ejercicio del gasto público y las restantes materias citadas.

Otro importante aspecto por considerar es que el conjunto de materias que concurren a la presupuestación, ejercicio del gasto público, se encuentran dispersas en leyes y ordenamientos de diversa jerarquía jurídica y que derivan de los artículos constitucionales por incidencia directa en el Presupuesto de Egresos de la Federación, debiéndose notar que tampoco existe una ley que reglamente la fracción IV del artículo 74 constitucional, lo que deriva en deficiencias vinculatorias respecto de la norma resultante, al emitirse el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación de cada año.

Un elemento más que concurre es el relativo a la reciente reforma constitucional del artículo 74, en su fracción IV, que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de julio de 2004 y que ha originado una importante confusión sobre las facultades de que efectivamente dispone la Cámara de Diputados para realizar el proceso señalado en dicho artículo cuando examina, discute y, en su caso, modifica el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación enviado por el Ejecutivo. En una comprensión global de lo que señala dicho artículo constitucional en la fracción referida, debe entenderse que alcanza tanto lo relativo a los ingresos de la Federación ordinarios y extraordinarios, la conformación final del Presupuesto, los contenidos obligados por la Constitución y las leyes en dicho Presupuesto, e incluso la emisión de disposiciones complementarias al mismo para cubrir obligaciones a cargo del Estado mexicano. Por lo anterior, se hace necesaria y urgente la emisión de la presente ley, lo que se pretende con esta iniciativa y otras más que se están procesando.

Como podrá observarse del conjunto de contenidos que comprende, queda en ella incluido lo relativo a diversas disposiciones generales y definiciones precisas sobre los conceptos presupuestales. Asimismo, lo relativo a los ingresos de la Federación, tanto ordinarios como extraordinarios; la configuración de la iniciativa de Ley de Ingresos; la configuración del proyecto y del Presupuesto de Egresos de la Federación y la formulación del mismo, los equilibrios financieros que deben ser observados, y los procesos de descentralización y asignación de recursos a las entidades federativas.

Esta ley habrá de regular también el ejercicio del gasto público federal, la administración de los recursos, las adecuaciones presupuestarias y los mecanismos para atender tanto la eventual disminución de los recursos esperados en la Ley de Ingresos como las medidas de disciplina presupuestaria de austeridad que, en el marco de racionalidad, deben ser aplicadas para la menor afectación del alcance de los objetivos y las metas presupuestales aprobados.

No puede dejar la presente iniciativa de observar lo relativo a la enajenación de bienes del patrimonio inmobiliario federal y paraestatal, las condicionantes para el otorgamiento de los subsidios, transferencias y donativos, lo relativo a la contabilidad gubernamental, la información financiera gubernamental, la transparencia y evaluación y el ejercicio del gasto público, así como las sanciones e indemnizaciones que derivan del acto presupuestario.

En este contexto, no puede ser ajeno a esta iniciativa lo relativo a la Cuenta Pública, su conformación y el dictamen derivado del ejercicio de la facultad constitucional de esta Cámara de Diputados de revisar la Cuenta Pública del año anterior, presentada por el Ejecutivo para su revisión, lo que incluye desde luego su fiscalización.

Algunas iniciativas que han sido presentadas para atender este proceso presupuestal referido incluye una muy necesaria atención a lo correspondiente a la forma y procedimientos mediante los cuales la Cámara de Diputados deberá dar trámite a la iniciativa del Presupuesto que remite el Ejecutivo. Frente a la anterior necesidad manifiesta, la posición que motiva la presente iniciativa es considerar que el mandamiento constitucional respecto del hacer legislativo es que solamente el Congreso de la Unión, en su seno, sin intervención de otro poder, puede dotarse de la normatividad para atender los asuntos de su competencia.

En la especie, conllevaría una importante violación del espíritu constitucional que una ley por su naturaleza puede ser observada por el Ejecutivo federal en los términos del 72 constitucional, pueda regir lo concerniente a dicho régimen interno. Por ello, no se entenderían completos los fines de esta iniciativa si en ella no se contemplara lo relativo a la regulación de las normas internas de la Cámara de Diputados atinentes al ejercicio de sus facultades, vinculadas con la expedición de los decretos de Presupuesto de Egresos de la Federación y de la revisión de la Cuenta Pública.

En consecuencia, en esta iniciativa se comprende un decreto de reformas y adiciones al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para regular los principios, condiciones, procesos y plazos en los cuales el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación remitido por el Ejecutivo habrá de ser examinado, discutido y, en su caso, modificado por esta soberanía.

Por lo anterior, se somete a la consideración del Pleno la siguiente iniciativa de ley reglamentaria y decreto de reformas, respectivamente. Y con la consideración de que se trata de un asunto del más alto nivel de interés para la nación, los exhorto, compañeras y compañeros legisladores de todas las fracciones parlamentarias representadas en esta Cámara de Diputados, a prestar su más amplio concurso democrático para su examen, discusión y, en su caso, modificación durante el proceso de su dictamen. Muchas gracias.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias, diputado don Ángel Augusto Buendía Tirado. Túrnese a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público; de Presupuesto y Cuenta Pública; y de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: A continuación, tiene el uso de la palabra la diputada María Angélica Ramírez Luna, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma y adiciona los artículos 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 41 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a efecto de fortalecer las comisiones de investigación.

La diputada María Angélica Ramírez Luna: Con su venia, señora Presidenta.

En la historia de la vida parlamentaria de nuestro país, las comisiones del Congreso General han sido una parte fundamental para la importante labor legislativa.

De hecho, las comisiones cumplen un papel fundamental, debido a que sus instrumentos para la distribución del trabajo, especialización de los temas de tareas de dictamen de información y de control evaluatorio del gobierno.

Así, el párrafo tercero del artículo 93 constitucional establece al calce: "Las Cámaras, a pedido de una parte de sus miembros, tratándose de los diputados, y de la mitad, si se trata de los senadores, tienen la facultad de integrar comisiones para investigar el funcionamiento de dichos organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria.

"Los resultados de las investigaciones se harán del conocimiento del Ejecutivo federal."

Para dotar de certeza jurídica a las comisiones de investigación, necesariamente debemos reformar nuestra Carta Magna, debido a que el propio párrafo tercero del artículo 93 no establece una sana separación entre las comisiones que han sido creadas con la naturaleza de ser investigadoras o de ser especiales.

El interés de la modificación constitucional es en tanto que las comisiones de investigación sólo están diseñadas, según el texto constitucional, para investigar el despacho y funcionamiento de organismos públicos descentralizados y empresas de participación paraestatal.

Sin embargo, la realidad actual de nuestro país nos ha enseñado que no sólo deben existir comisiones de investigación, en este sentido de la Administración Pública Federal, sino que debemos enfocarnos como representantes de la nación en los temas que nos atañen como país, temas de relevancia nacional.

Las comisiones de investigación relacionadas con algún ramo específico de la administración pública aún no tienen sustento legal de las actividades en específico que deberán realizar.

Si bien es cierto que ante este Pleno los diputados tenemos el derecho de presentar proposiciones con punto de acuerdo, enmarcados en los artículos 58 y 60 de nuestro Reglamento Interior, que pueden proveer de argumentos para la creación de una comisión especial, siendo la Junta de Coordinación Política el órgano de gobierno encargado de emitir el dictamen sobre la conveniencia de contar o no con las comisiones que proponemos los diputados.

Muchas veces, a título personal no poseemos una certeza jurídica que abarque las tareas y los lineamientos para la creación de comisiones especiales o de investigación, siendo el artículo 78 del propio Reglamento para el Gobierno Interior el que nos faculta deliberadamente para crear comisiones especiales, siendo el único lineamiento el sustento que al calce establece para el mejor despacho de sus negocios.

Una de las bases que debemos solidificar es nuestro marco jurídico, el cual aún es carente de instrumentos legales que permiten a las comisiones de investigación no sólo constituirse como órganos fiscalizadores de los organismos descentralizados o de las empresas de participación estatal mayoritaria, sino que cualquier asunto de interés nacional.

Uno de los idealistas reconocidos de mi partido, el de Acción Nacional, decía: "El diputado no solamente puede, sino que debe poner en ejercicio de su función constitucional toda la fuerza de su convicción, toda la posibilidad de inspiración de servicio, todo su compromiso para servir de acuerdo con las convicciones de aquellos a quienes debe representar".

El papel respecto a la estructura jurídica y política, obviamente, es el de convertirla en factor de transformación, en factor de elevación, de organización y de mejores posibilidades para todos los mexicanos.

Sin embargo, en la actualidad sólo las comisiones ordinarias son las que cuentan con facultades y prerrogativas otorgadas por nuestra Ley Orgánica, no así las comisiones de investigación comúnmente llamadas especiales, las cuales son creadas por el acuerdo de este Pleno y forman parte complementaria del trabajo parlamentario. Sin duda, las comisiones de investigación son fundamentales para este poder federal.

Si bien es cierto que el artículo 39 de la Ley Orgánica establece que las comisiones son órganos constituidos por el Pleno y cuya labor es contribuir a los encargos de esta Cámara, a través de la elaboración de dictámenes, informes, opiniones o resoluciones, siendo entonces que la Ley Orgánica reconoce la importancia que tienen las comisiones ordinarias. Sin embargo, no se ha incluido aún la investigación en el propio artículo como parte fundamental de las comisiones como órganos de esta Cámara.

Nuestra democracia está y ha empezado a través de la alternancia en el poder del Ejecutivo, lo cual apenas vivimos en el pasado año 2000. Uno de los pasos enfocados hacia una democracia real es precisamente el equilibrio entre los poderes. Nuestra Constitución establece que los Poderes de la Unión son tres y que ningún poder tendrá jerarquía mayúscula sobre los otros. Luego entonces, debemos pugnar porque el Poder Legislativo federal tenga la importancia que se merece. Una parte medular de este poder son sin duda alguna las comisiones que lo integran. Para los funcionarios de la administración pública, no debe existir distinción legal entre la naturaleza de las comisiones.

Debemos adecuar las regulaciones jurídicas necesarias a efecto de establecer que las autoridades de la Federación presten el apoyo y toda clase de información, que no se considere como reservada, según lo establece la Ley Federal de Información, Acceso y Transparencia, para coadyuvar al mejor despacho de las tareas por las que fueron creadas.

Por ello, la importancia de esta iniciativa debe hacernos valorar las razones por las cuales fueron creadas las comisiones especiales y de investigación. No basta tener comisiones que den seguimiento a los grandes problemas nacionales: atravesamos por una etapa de revaloración de los Poderes de la Unión, debemos empezar por revalorar nuestro Poder Legislativo, a través de las cédulas básicas que son los órganos de gobierno, las principales que son las comisiones.

Compañeras y compañeros: atravesamos por una etapa de decisiones y transformaciones. Nuestra labor principal es la de transformar el marco jurídico de nuestro país. Nuestras comisiones deben operar eficientemente con la información completa por parte de las autoridades de la Federación. Demos un voto de confianza a las propuestas de reforma que pretenden fortalecer nuestra normatividad interna, el trabajo que desempeñamos como diputados, mucho se lo debemos a nuestras comisiones.

Les convoco a participar en este proyecto de reforma, el cual sin duda nos beneficiará a todos; y comenzaremos a contribuir por la patria ordenada y contaremos con una mejor certeza jurídica de país.

Por lo anteriormente expuesto y bajo las potestades que me confieren nuestra Ley Suprema y nuestro Reglamento para el Gobierno Interior, me permito someter ante esta honorable Asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, por la que se reforma y adiciona el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los numerales 1 de los artículos 41 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Señora Presidenta, le solicito que el texto íntegro sea publicado en la Gaceta Parlamentaria y en el Diario de los Debates.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Con mucho gusto, diputada Ramírez Luna. Favor de insertarlo de manera íntegra en el Diario de los Debates y, en caso de no haber sido publicado en la Gaceta Parlamentaria, hacer lo propio. Y turnarlo a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Reglamentos y Practicas Parlamentarias.

A continuación, tiene la palabra nuestro compañero, el diputado Édgar Torres Baltasar, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa de Ley General de Vivienda.

El diputado Édgar Torres Baltasar: Honorable Asamblea:

En nombre del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, pongo a su consideración la iniciativa con proyecto de decreto por la que se expide la Ley General de Vivienda.

Solicito a usted, señora Presidenta, que la exposición de motivos sea incluida en el Diario de los Debates, a fin de enfatizar brevemente en este momento en los aspectos fundamentales de dicha iniciativa.

El derecho a la vivienda forma parte del cuerpo jurídico nacional a partir de su incorporación como el derecho constitucional a la vivienda digna y decorosa de las familias mexicanas, además de ser materia específica para atender las necesidades de los trabajadores (artículo 123) y de las comunidades indígenas (artículo segundo), lo cual se complementa con el derecho humano a la vivienda adecuada, establecido en los artículos 2 y 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ratificado por el Estado mexicano en 1981 y con jerarquía y aplicabilidad jurídica en nuestro país, conforme al artículo 133 de nuestra Carta Magna.

La iniciativa de Ley General de Vivienda que presento a esta soberanía se basa en una visión de Estado que atienda la problemática de la vivienda y en una orientación jurídica y programática que pretenda dar respuesta a los principales problemas habitacionales en nuestro país.

Del total de la demanda de vivienda al año 2010, 64.8 por ciento será vivienda nueva que para resolver deberá construirse un promedio anual de 732 mil unidades; y 35.2 por ciento será mejoramiento, con un promedio anual de 398 mil unidades por reparar.

En cuanto a las necesidades de suelo, se requerirán 95 mil hectáreas, de las cuales 60 por ciento corresponderá a uso habitacional y el resto se destinará a equipamientos diversos e infraestructura.

La cobertura institucional y empresarial ha generado en los últimos años una oferta de 53 por ciento de vivienda para 14 por ciento de la población con ingresos mayores a 10 veces el salario mínimo y una oferta de 0.08 por ciento, ocho milésima parte para 40.90 por ciento de la población con ingresos hasta 3 veces salario mínimo.

En los casos de Infonavit y Fovissste, han dado prioridad a los derechohabientes de mayores ingresos, discriminando a quienes perciben menos de cuatro salarios mínimos por no ser demanda solvente, privilegiando exclusivamente los intereses de los industriales de la vivienda, lo que implica la no observancia del artículo 123 constitucional.

En el pasado reciente, el Infonavit ha canalizado 77 por ciento de sus créditos a zonas metropolitanas, donde existe 52 por ciento de la demanda efectiva; y, en drástico contraste, canaliza solamente 1 por ciento a zonas rurales, donde se ubica 23 por ciento de su demanda efectiva.

El Fonhapo, por su parte, no atiende a la población no asalariada. Los subsidios que aporta expresan la pulverización programática con acciones financiadas con menos de 5 mil pesos por vivienda en subsidios a fondo perdido, otorgados en una lógica populista, neoliberal, asistencialista y de carácter coyuntural.

En los últimos 20 años, los recursos para atender las necesidades de la población de menores ingresos, que representa más de 70 por ciento de ésta, han sido inferiores a 0.02 por ciento del Producto Interno Bruto. Esto es, la dos milésima parte, muy por debajo del 6 por ciento recomendado por Naciones Unidas. Para esta población, el Gobierno Federal invierte menos de 4 por ciento de la inversión total en vivienda, fundamentalmente vía Presupuesto de Egresos de la Federación.

La reducción de la superficie de las viviendas de interés social se ha constituido como un problema estructural, pues en los últimos años dicha superficie está en un rango inferior a 30 metros cuadrados por la concepción tecnócrata y financiera que da prioridad a la capacidad de pago de los acreditados, dejando a un lado la atención de las necesidades sociales y familiares.

Los megaproyectos construidos en los últimos años en varias zonas metropolitanas del país no están insertos en procesos coherentes con el desarrollo urbano y regional, pues se sigue la lógica de la máxima ganancia, distorsionando la política urbana e impidiendo resolver problemas de carencia de infraestructura, agua y vialidades suficientes.

En conclusión, tenemos que la política general de vivienda en curso, basada en una estrategia financiera excluyente, no podrá resolver la magnitud del rezago, 4.2 millones de viviendas, ni las necesidades que se acumulan anualmente, sobre todo la de los sectores de menores ingresos, rurales y urbanos, pues omite la articulación programática de proyectos que apoyen la producción social de vivienda, que tiene un potencial olvidado en la política neoliberal basada en la intermediación financiera, que encarece los costos.

La Ley General de Vivienda propuesta es reglamentaria del artículo 4o. constitucional, tal y como lo es la todavía vigente Ley Federal de Vivienda, promulgada hace 21 años.

Nuestra propuesta plantea la necesidad de no sectorizar un derecho constitucional, que debe ser atendido en la perspectiva de una política de Estado y no desde la efímera mercadotecnia política, de tal manera que el contenido social de la nueva política de vivienda no sea subordinada al esquema financiero de la recuperación que no ha garantizado la ampliación de la cobertura y que ha confundido el contenido social con el clientelismo de los programas actuales.

La propuesta del grupo parlamentario del PRD busca también que reflexionemos acerca del indeclinable compromiso que esta honorable soberanía debe asumir con la observancia del Estado de derecho vulnerado en el caso de la vivienda, a tal punto que los problemas enunciados muestran la crisis social que implica el incumplimiento del mandato constitucional.

Debemos pugnar por una política de Estado integral, que vincule la vivienda con el suelo, como ejes de una estrategia tanto social como económica, articulada con el desarrollo urbano y la protección del ambiente, en un marco de bienestar social como objetivo nacional irrenunciable y no reductible a la conversión de la vivienda en una mercancía que, por definición, es excluyente al subordinar los programas de las instituciones públicas a las inercias del mercado, a contracorriente de las políticas nacionales de suelo y vivienda en países europeos y latinoamericanos, donde se ejerce una rectoría del Estado en materia de suelo para usos urbanos, incluidos los habitacionales.

La Ley General de Vivienda tiene como objetivo central sentar las bases jurídicas y reglamentarias para garantizar el derecho constitucional y humano de la vivienda, lo que implica replantear en el largo plazo la política actual a partir de modificaciones institucionales, políticas y económicas, que deben ser parte del sistema de planeación democrática establecido en el artículo 25 constitucional.

Por ello es necesario insistir en la responsabilidad de esta soberanía de ser garante del interés público, en los términos del artículo 27 constitucional, para contribuir a construir una política de Estado con orientación social y no en la idea de un Estado que asfixie las iniciativas sociales, comunitarias, indígenas, populares y empresariales en estos criterios jurídicos, éticos y políticos, pugnando por la producción de espacios habitables dignos, donde las familias mexicanas satisfagan sus necesidades básicas y estén en condiciones de participar en la construcción del México que anhelamos: democrático, justo y soberano.

Por lo anteriormente expuesto, el diseño de la iniciativa de Ley General de Vivienda tiene ocho características básicas, que le dan orientación y sentido: es una ley de alcance universal conforme al mandato constitucional; es una ley vinculante con la vivienda como derecho humano inscrito en el derecho internacional; es una ley que concibe la responsabilidad pública como un compromiso ineludible, donde el financiamiento tiene un sentido social y donde la coordinación entre órdenes de gobierno y entre instituciones públicas federales se sujeta a la ley a partir de contar con una institución cabeza de sector, la Secretaría de Vivienda; es una ley que reconoce la participación de diversos actores sociales y económicos, pero que no limita la atención de las necesidades de vivienda a la lógica excluyente e irracional del mercado como regulador de los procesos habitacionales y territoriales; es una ley que apoya la intervención de pequeños y medianos empresarios con actitud nacionalista, gestores de producción de vivienda con un enfoque social en la perspectiva del desarrollo nacional; es una ley que contribuye a la planificación sustentable de la ocupación y aprovechamiento del territorio, con base en la premisa del desarrollo de nuestra sociedad; es una ley con enfoque de género y busca la equidad y la justicia en favor de las mujeres y las familias mexicanas.

Es cuanto, señora Presidenta. ¡No al desafuero!

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias, diputado Torres Baltasar. Y, de acuerdo con su solicitud, favor de insertar íntegro el texto en el Diario de los Debates y turnarlo a la Comisión de Vivienda.

A continuación, tiene la palabra nuestro compañero, diputado Cuauhtémoc Ochoa Fernández, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, para presentar iniciativa que adiciona un inciso e) al artículo 4o. de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

El diputado Cuauhtémoc Ochoa Fernández: Con su permiso, señora Presidenta. Compañeras y compañeros legisladores: en la medida en que nuestra economía sigue presentando un crecimiento económico pobre e insuficiente para detonar crecimiento en todos los sectores económicos, es necesario buscar políticas alternativas de fortalecimiento y desarrollo de nuestro mercado interno, promoviendo y fomentando nuestra planta industrial.

Para nosotros, es absolutamente claro que los sectores que más se han beneficiado en los últimos años de las políticas fiscal, comercial, monetaria, crediticia y de fomento económico en general son las que están vinculadas directa o indirectamente con el esfuerzo exportador, derivado de la agresiva apertura comercial de nuestro país.

En este sentido, el entorno económico, jurídico y regulatorio ha beneficiado en mucho mayor medida las empresas que están relativamente mejor insertadas a la apertura comercial y castiga, excluyendo de la mayoría de los beneficios, las micro, pequeñas y medianas empresas.

Por ello, y como legisladores preocupados por esta circunstancia, debemos propiciar el fortalecimiento y el desarrollo integral del sector de las micro, pequeñas y medianas empresas, no sólo en el ámbito de la producción, la capacitación y el financiamiento, el desarrollo de nuevos productos y mercados, sino también apoyándolas y fomentándolas para que, a lo largo del desarrollo de sus actividades, se eviten o disminuyan considerablemente las consecuencias de sus actividades que dañan el ambiente, propiciando y fomentando una cultura de protección ambiental permanente desde un diseño institucional alineado y coordinado no sólo por la Secretaría de Economía, sino también posibilitando la abierta participación de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con el fin de establecer estrategias y políticas que permitan alcanzar sustentabilidad ambiental de largo plazo.

Esto es de gran importancia, ya que debemos recordar que el número de pequeñas y medianas empresas en nuestro país es considerable y debemos fortalecerlas. Estas empresas requieren servicios y productos, de la misma forma que las grandes empresas, si bien las micro, pequeñas y medianas empresas no logran tener un consumo individual de insumos y energía tan considerable como las grandes empresas nacionales y multinacionales. En conjunto, eventualmente podrían llegar a consumir, procesar y contaminar mucho más que las mismas grandes empresas.

Es evidente que los mecanismos regulatorios dirigidos a las pequeñas y medianas empresas no son ni deben ser necesariamente los mismos para las grandes empresas. Por ello es necesario alinear y coordinar institucionalmente las políticas regulatorias y de fomento, especialmente dirigidas a empresas de menor escala y específicamente en materia de protección ambiental.

En este sentido, nuestra iniciativa adquiere una relevancia particular en un contexto socioeconómico donde se debe dinamizar el mercado interno con el fin de generar más empleo y fortalecer el mercado interno nacional.

Recordemos que las pequeñas y medianas empresas no sólo adquieren cada día mayor importancia en el ámbito nacional, sino también en el internacional. La tendencia industrial mundial nos enseña que el sector más importante y flexible es el de las pequeñas y las medianas empresas. Estamos en un tránsito en donde las empresas grandes tienden a perder importancia para dar paso a los conglomerados y a las micro, pequeñas y medianas empresas.

El importante papel de las pequeñas y medianas empresas es prestar servicios a los conglomerados, atender pequeños nichos de mercado, integrar cadenas productivas y generar empleos de calidad y bien remunerados. Esta iniciativa no sólo reconoce esto sino que apuesta a que las pequeñas y medianas empresas deben desempeñar un papel de primera importancia en el fortalecimiento de los mercados internos de nuestro país.

En este sentido, creemos que se debe fortalecer y fomentar el desarrollo, siempre bajo los criterios de sustentabilidad ambiental de largo plazo. Hay que recordar que del total de establecimientos empresariales en el país, 98 por ciento pertenece al sector de las pequeñas y medianas empresas, incluidas las microempresas. Éstas ocupan 64 por ciento del personal de la planta productiva del país.

La importancia social y económica de las pequeñas y medianas empresas es incuestionable. Nuestra estructura social está en gran medida involucrada con ellas, en especial las familias mexicanas. Por ello debemos propiciar medidas de fomento que posibiliten su fortalecimiento y contrarrestar el rezago histórico que presenta este sector en cuanto al fomento de prácticas de protección al ambiente.

Fortalecer el sector de las pequeñas y medianas empresas hasta el punto en que su preocupación ambiental sea un proceso cotidiano en su gestión, apoyado por políticas de regularización y fomento institucionales, es un objetivo explícito de nuestra iniciativa.

Diversos estudios demuestran que la responsabilidad social de las micro y pequeñas empresas es más evidente que en empresas de mayor tamaño o escala. En algunas de sus actividades, las empresas logran satisfacer demandas de la sociedad a través de acciones de respuesta social. Hay áreas, sin embargo, donde los resultados son mixtos. Uno de ellos es medio ambiente, donde alrededor de 40 por ciento de las empresas no reciclan sus desperdicios y los medios de transporte utilizados para las empresas siempre o casi siempre contaminan el ambiente.

En este contexto y con el fin de fomentar y apoyar el sector de las micro, pequeñas y medianas empresas, posibilitando con esto el crecimiento y fortalecimiento del mercado interno, los diputados que integramos la fracción del Partido Verde Ecologista de México sometemos para su discusión y eventual aprobación de esta honorable Asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un inciso e) al artículo 4o. de la Ley para el Desarrollo y la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

Decreto

Artículo 4o. Son objetivos de esta ley establecer:

a) Las bases para la planeación y ejecución de las actividades encaminadas al desarrollo de las Mipymes en el marco de la ley;

b) Las bases para la participación de la Federación, de las entidades federativas, del Distrito Federal, de los municipios y de los sectores para el desarrollo de las Mipymes;

c) Los instrumentos para la evaluación y actualización de las políticas, programas, instrumentos y actividades de fomento para la productividad y competitividad de las Mipymes que proporcionen la información necesaria para la toma de decisiones en materia de apoyo empresarial;

d) Las bases para que la Secretaría elabore las políticas con visión de largo plazo para elevar la productividad y competitividad nacional e internacional de las Mipymes; y

e) Las bases para que la Secretaría elabore, junto con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, las políticas de fomento, promoción y protección ambiental con visión de largo plazo.

Por su atención, muchas gracias.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias a usted, diputado Ochoa Fernández. Túrnese a la Comisión de Economía.

A continuación, tiene el uso de la palabra nuestra compañera María del Carmen Izaguirre Francos, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma diversos artículos de la Ley de Asistencia Social.

La diputada María del Carmen Izaguirre Francos: Con su permiso, señora Presidenta. Honorable Asamblea:

La que suscribe, diputada federal integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, somete a su consideración la siguiente iniciativa de reforma a la Ley de Asistencia Social, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Muchos son ya los años en que organismos internacionales y nacionales han puesto el dedo en la llaga para llamar la atención de la sociedad sobre el problema de la violencia hacia las mujeres. La violencia de pareja es la forma de violencia que con más frecuencia padecen las mujeres. El tipo de violencia ejercida por el esposo incluye las agresiones físicas o sexuales y emocionales o verbales, ya sean consumadas o simples amenazas.

La violencia intrafamiliar entorpece a las mujeres a incorporarse a la vida productiva en el ámbito del desarrollo social y económico, debido a que limita su libertad y sus movimientos, y daña su dignidad.

El impacto que tiene la violencia en la salud de las mujeres es de consecuencias graves. Además, hay que agregar que las mujeres que sufren golpes quedan con secuelas psicológicas crónicas, que se manifiestan en temores prolongados, inseguridad, fobias, autoestima baja, y poca capacidad para protegerse; y, sobre todo, comienzan a aislarse.

El perfil de estas mujeres se caracteriza por la baja autoestima, hasta llegar a un momento en que se consideran sin ningún valor ni dignidad de recibir respeto. Tienen miedo de que les quiten a los hijos, que la gente no comprenda lo que les sucede, que les reprochen familiares y hasta los hijos, que destruyan la familia.

La violencia contra las mujeres es una de las violaciones de los derechos humanos más extendida, habitual y silenciada. Este hecho exige enfrentarla como una preocupación clave que reclama la activa participación de la sociedad y de las autoridades.

Es cotidiano observar que las mujeres consideran que la autoridad sólo puede ayudarlas a resolver una pensión alimenticia y a la custodia de los hijos. Difícilmente las considera víctimas de un delito y personas con derechos que deben ser respetados por el simple hecho de ser mujeres.

Una de las obligaciones de las autoridades debe ser proporcionar asistencia y representación jurídica gratuita a las mujeres que sufren violencia intrafamiliar para garantizar el acceso a la justicia en condiciones de igualdad, ya que muchas mujeres, tras la denuncia, deben afrontar un procedimiento penal y otro civil.

El miedo y la vergüenza siguen impidiendo que muchas mujeres denuncien su situación. Por ello, la intervención de las autoridades encargadas de la asistencia social en nuestro país es crucial.

El reconocimiento de la violencia contra las mujeres como un abuso contra los derechos humanos, ha llevado a que en varios países los gobiernos incluyeran en sus programas, planes y legislaciones referentes a la asistencia social a las mujeres que sufren violencia intrafamiliar. Nuestro país no debe ser omiso a este reconocimiento y deben incluirse como sujetos de asistencia social las mujeres que sufren esta violencia intrafamiliar.

El reto contra la violencia no será fácil ni eficaz hasta que el nivel de los recursos se equipare al de la magnitud del problema. Debemos trabajar juntos para enfrentar este reto de forma competente y para aportar todos la voluntad política, con el objetivo de erradicar esta laceración de la vida humana.

Por ello presentamos

Iniciativa de reformas a la Ley de Asistencia Social, para quedar de la siguiente manera:

Artículo Único. Se reforman los artículos 4, fracciones I, inciso c), y II, inciso b); 12, fracción I, inciso e); y 28, inciso d), todos de la Ley de Asistencia Social, para quedar como sigue:

Artículo 4o., fracción I, inciso c). Ser víctimas de violencia intrafamiliar, maltrato o abuso.

Fracción II, inciso b). Ser víctimas de violencia intrafamiliar, maltrato, abuso o abandono.

Artículo 12, fracción I, inciso e). La prestación de servicios de asistencia jurídica y orientación social, especialmente a menores, mujeres víctimas de violencia intrafamiliar, adultos mayores e inválidos sin recursos.

Artículo 28, inciso d). Prestar servicios de representación y asistencia jurídica y de orientación social a niñas y niños, jóvenes, adultos mayores, personas con alguna discapacidad, madres adolescentes y solteras, mujeres víctimas de violencia intrafamiliar, indigentes, indígenas, migrantes o desplazados y todas las personas que por distintas circunstancias no puedan ejercer plenamente sus derechos.

Transitorio

Único. Las presentes modificaciones entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Muchas gracias por su atención, señora Presidenta.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias a usted, diputada Izaguirre. Y favor de turnar la iniciativa a la Comisión de Salud.

A continuación, tiene la palabra nuestro compañero, el diputado José Javier Osorio Salcido, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma los artículos 21, 87 y 91, y adiciona uno 87 Bis al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para ampliar el plazo que tienen las comisiones para dictaminar iniciativas y proposiciones, de 5 a 30 días.

El diputado José Javier Osorio Salcido: Con su venia, señora Presidenta: con fundamento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en sus artículos 70, párrafo segundo, 71, fracción II, y 72, inciso f); y en los artículos 55, fracción II, 58, fracción I, II y III, y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, vengo a proponer a esta honorable Asamblea la reforma de los artículos 21, 87 y 91, y adición de un artículo 87 Bis al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para agilizar el dictamen de las iniciativas por parte de las comisiones de esta H. Cámara, bajo la siguiente

Exposición de Motivos

No es admisible que nosotros, como legisladores, violentemos las propias leyes y los reglamentos que aprobamos. La ley por naturaleza debe ser justa, atendiendo y respondiendo a las necesidades sociales. La ley, por tanto, debe ser acatada por los órganos de gobierno, así como por la ciudadanía, con el fin de alcanzar el bien común.

Sin embargo, nosotros, los legisladores, somos los primeros en retorcer la norma jurídica adecuando la ley a nuestros propios caprichos y necesidades, violando con ello el espíritu de la ley, espíritu que tiene como fin dar respuesta a una necesidad de la manera más justa y eficaz.

Nos molesta cómo la ley se manipula para el beneficio personal, pero ¿acaso nosotros, los más obligados a obedecerla, como miembros integrantes de la Cámara de Diputados, no hacemos lo mismo?

Exigimos un país que atienda la legalidad, pero a diario violentamos el Estado de derecho y la certeza jurídica con interpretaciones que no toman en cuenta el espíritu que dio origen a la norma jurídica.

En este tenor se encuentran los artículos 21, 87 y 91 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Dichos artículos son violentados a diario en este recinto, haciendo de su texto ley muerta. Esta norma no se cumple, acarreando un grave rezago de asuntos por dictaminar en las Comisiones. El rezago abarca no sólo las iniciativas presentadas por esta Legislatura, sino también lo dejado por Legislaturas anteriores.

Por cuestiones como ésta, los ciudadanos señalan, no sin razón, la poca productividad de nosotros como diputados. No es entendible que haya iniciativas que tienen más de un año y que no han podido ser dictaminadas.

Es necesario dar respuesta a las necesidades de la ciudadanía, que nos eligió para su representación y que exigen reformas de la ley para la solución de problemas surgidos de la realidad nacional.

La mayoría de los compañeros atendemos las peticiones para reformar y modernizar las leyes. Sin embargo, nuestra labor se vio obstaculizada por el trabajo en comisiones, que no respetan los términos de cinco días para dictaminar. Nuestra Cámara de Diputados, como máxima tribuna de la nación, no se puede convertir en cementerio de iniciativas que pretendieron resolver algún problema y que, por la mala planeación de los trabajos en Comisiones, nunca pudieron responder las necesidades sociales.

La Cámara de Diputados debe ser un órgano ágil, moderno, que responda eficazmente a las necesidades de la población. Las comisiones –en las cuales todos nosotros, como legisladores, participamos– deben cumplir su tarea, expidiendo con la mayor brevedad los dictámenes de los asuntos de su competencia. No es posible que sigamos arrastrando iniciativas y propuestas de Legislaturas pasadas.

Con las iniciativas y proposiciones se pretende atender problemas reales y actuales que aquejan a la sociedad y que requieren la respuesta inmediata de los órganos de gobierno, en especial del Poder Legislativo, que es su representante directo.

Por desgracia, la mayoría de las iniciativas no son dictaminadas a tiempo, corriéndose el riesgo de que el problema, al cual se pretendía dar solución, fuese mal resuelto fuera del ámbito jurídico, que no es el camino ideal para un país que desea vivir en la legalidad.

El Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos establece en los artículos 21, 87 y 91 que las comisiones tendrán un término de cinco días para que, a partir de la recepción de un asunto que se les haya turnado, emitan el dictamen correspondiente o, en su defecto, el de juzgar cuando fuese conveniente demorar o suspender dicho dictamen, siempre y cuando lo hagan saber a la Cámara en sesión secreta y dentro del plazo señalado.

La mayoría de las veces no se respeta el término de cinco días, ni las Comisiones han hecho del conocimiento de la Cámara el retraso de su dictamen.

La Cámara de Diputados, como se señaló, no puede implicar la norma que ella misma aprueba: no tendría calidad moral para reclamar el incumplimiento de las normas jurídicas. Si bien la carga de trabajo con que funciona la mayoría de las comisiones es abrumadora y no permite a las comisiones elaborar un dictamen en los cinco días que señala la ley, tampoco podemos permitir el exceso de dar libertad a las comisiones para que dictaminen en el dictamen que ellos consideren necesario de manera unilateral y arbitraria.

Por lo antes expuesto, la iniciativa pretende dar un plazo de 30 días para dictaminar cualquier iniciativa. Estos 30 días se podrán prorrogar hasta por otros 30 días más cuando el asunto que se pretende resolver con la iniciativa puede esperar, pero por ningún motivo se podrán dispensar estos términos.

También se pretende adicionar un artículo 87 Bis, para regular los términos que tendrán las comisiones para dictaminar iniciativas de ley que contengan términos originales o novedosos, únicamente para que en estos casos se pretenda dar un término de hasta seis meses a un año para que dictaminen las comisiones.

Con esta reforma se pretende acabar con el rezago que acarrean las comisiones. Se ayudará a resolver la poca productividad de la Cámara de Diputados, pero sobre todo atenderemos de mejor manera las necesidades de la población a que representamos y de la que somos los únicos interlocutores.

Por ello, atendiendo a tal problemática y con el afán de cumplir a cabalidad la tarea legislativa encomendada por la ciudadanía, presento la siguiente

Iniciativa de decreto por el cual se reforman los artículos 21, 87 y 91, y se adiciona uno 87 Bis al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para ampliar el plazo que tienen las comisiones para dictaminar iniciativas y proposiciones, de 5 a 30 días, quedando la redacción de la siguiente forma:

Artículo 1o. Se reforman los artículos 21, 87 y 91 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 21. Son obligaciones del Presidente...

I. a XV. (igual)

XVI. Ordenar la inscripción en el orden del día de la primera sesión posterior al plazo establecido en los artículos 87, 87 Bis y 91 de este reglamento para dictaminar las iniciativas que sean turnadas a las comisiones y no habiéndose emitido el mismo para su discusión, modificación, aprobación o rechazo por parte del Pleno en los términos en que se presentó.

Artículo 87. Toda comisión deberá presentar dictamen en los negocios de su competencia dentro de los 30 días naturales siguientes al de la fecha en que los haya recibido.

Todo dictamen deberá contener una parte expositiva de las razones en que se funde y concluir con proposiciones claras y sencillas que puedan sujetarse a votación.

Artículo 91. Cuando alguna comisión juzgare necesario o conveniente demorar o suspender el despacho de algún negocio, lo manifestará a la Cámara en sesión secreta y antes de que expire el plazo de 30 días naturales que para presentar dictamen señala a las comisiones el artículo 87 de este reglamento. Lo anterior, para que se otorguen a las comisiones otros 30 días naturales para dictaminar el negocio. Pero si alguna comisión, faltando a este requisito, retuviera en su poder un expediente por más de 30 días naturales, la Secretaría, o cuando alguno de los legisladores lo solicite, lo hará presente al Presidente de la Cámara, a fin de que acuerde excitar a la comisión con carácter de urgente el dictamen correspondiente, mismo que se hará dentro de los 10 días siguientes. Lo mismo ocurrirá en el caso de que no haya sido dictaminado el asunto después de la prórroga concedida.

Transcurrido el plazo que haya otorgado el Presidente a la comisión para dictaminar, en el caso de que las iniciativas de ley y no habiéndose emitido éste, pasará al Pleno en la primera sesión posterior al cumplimiento del plazo, para su discusión, modificación, aprobación o rechazo.

Artículo 2o. Se adiciona un artículo 87 Bis al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 87 Bis. Cuando se trate de una iniciativa con proyecto de ley que contenga conceptos novedosos u originales, se dará un término de seis meses a un año a las comisiones para que dictaminen la iniciativa. Cumplido el término, estará a lo dispuesto en la fracción XVI del artículo 21 de este reglamento.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de febrero de 2005.

Es cuanto, señora Presidenta.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias, diputado Osorio Salcido. Favor de turnar la iniciativa presentada a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

A continuación, tiene el uso de la palabra el diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

El diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa: Con su permiso, señora diputada Presidenta. Honorable Asamblea:

Jorge Leonel Sandoval Figueroa, en su carácter de diputado federal del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LIX Legislatura, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución General de la República; y 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta honorable Asamblea iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversos artículos de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El Congreso Constituyente de 1917 estableció en el Título Cuarto de la Ley Fundamental el régimen de responsabilidades de los funcionarios públicos, del cual emana la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, basada en la necesidad del Estado de garantizar que todo servidor público susceptible de cometer irregularidades en el desempeño de sus actividades sea enjuiciado y sancionado conforme a derecho.

Con la reforma constitucional del 31 de diciembre de 1982, se modificó la denominación de los sujetos de la responsabilidad de los servidores públicos, se sistematizaron las conductas u omisiones que reparan en las responsabilidades, y se establecieron las diferencias entre juicio político y la declaración de procedencia, lo que –en consecuencia– propició importantes reformas de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

En la actualidad, la vida pública nos ha puesto en el escenario donde los actores políticos somos sujetos de las responsabilidades contenidas en la Constitución.

Sin embargo, no podemos ignorar que el México de hace 23 años no es el mismo que el del presente milenio, toda vez que nuestras instituciones han pasado por un arduo proceso democratizador, que nos obliga a clarificar la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

Es interesante cómo la redacción defectuosa de esta ley se ha mantenido vigente no obstante que sufrió una reforma parcial el 13 de junio del año 2003, con la finalidad de modernizar su estructura, sin que se haya conseguido dar claridad y congruencia a diversos de sus capítulos, como el referente a la declaración de procedencia, el que en los hechos no prejuzga sobre la culpabilidad del servidor público, como erróneamente se ha concebido, sino que hace una exposición encaminada a establecer la probable existencia de un delito y la responsabilidad del imputado.

En consecuencia, debe tenerse claro que los servidores públicos a que hace referencia la Ley Fundamental en los artículos 110 y 111 sólo pueden ser sancionados mediante la extinción de los procedimientos previstos en la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, la cual no es congruente con los fines que persigue la Norma Constitucional.

Debemos ponderar que cuando la Cámara de Diputados instruye procesos de desafuero, declaración de procedencia y juicio político, realiza funciones de órgano investigador a través de la Sección Instructora y la Subcomisión de Examen Previo, donde sus diputados integrantes trabajan a marchas forzadas ante la necesidad de aplicar normas de carácter procesal que son anacrónicas a las hipótesis concretas.

Es incontrovertible que el régimen de responsabilidades en México es de carácter jurisdiccional y la Cámara de Diputados emite resoluciones en las que, tras agotar sus indagaciones, declara si hay o no lugar a proceder, al marco de las responsabilidades penales y las sanciones de los servidores públicos. Por ende, es necesario cuestionarnos acerca de la esencia de los actos que desarrollamos como Cámara de Diputados para ajustar las normas con base en las necesidades de los mexicanos y demostrar que los actos del Congreso de la Unión en esta materia no obedecen a decisiones del titular del Poder Ejecutivo federal ni a la voluntad de los partidos políticos, toda vez que sus resoluciones son emitidas conforme a derecho.

Por ello debemos concluir que en un régimen democrático como el de México, en el que los hombres personifican los órganos del Estado, los procedimientos que se establecen en la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos deben ser agotados en estricto apego a los principios de legalidad y transparencia que exigen la Constitución y la soberanía a sus representantes populares.

Por lo antes expuesto y fundado, someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente

Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos

Artículo Único. Se reforman diversos artículos de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, para quedar como aparece en el cuerpo de la publicación de la Gaceta Parlamentaria de esta fecha.

Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 22 días del mes de febrero de 2005.

Solicito respetuosamente, señora diputada Presidenta, que se ordene publicar de manera íntegra la presente iniciativa en el Diario de los Debates. Es cuanto, muchas gracias.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Con mucho gusto, diputado Sandoval Figueroa. De acuerdo con su solicitud, favor de insertar íntegra la iniciativa en el Diario de los Debates y turnarla a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

A continuación, tiene la palabra nuestro compañero, el diputado José Alarcón Hernández, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal.

El diputado José Porfirio Alarcón Hernández: Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados:

José Alarcón Hernández, diputado Federal de la LIX Legislatura, integrante del grupo parlamentario del PRI, acude a esta honorable soberanía a presentar una iniciativa de proyecto de decreto para reformar los artículos 376 Bis y 377, en su último párrafo, para establecer otras en el delito de robo e incorporarlas en el artículo 381 y para crear los artículos 381 Ter y 381 Quáter del Código Penal Federal, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Creemos necesario revisar nuestro Código Penal, especialmente en algunos rubros como el robo. Debemos tomar en cuenta algunas disposiciones que sobre este delito existen en los códigos penales de otros países y adaptarlos a nuestra realidad nacional. Debemos tener en cuenta que los delincuentes cada día perfeccionan sus métodos y que en muchas ocasiones realizan conductas que dañan a miembros de la sociedad y que no están contempladas como delitos o no se les otorga en la ley la gravedad que en la realidad tienen.

Los delincuentes generalmente causan daño a los miembros de la comunidad más débiles, física o económicamente, ya sea porque actúan con armas o porque actúan junto con otros, poniendo en desventaja de esta manera a sus víctimas, o sobre bienes que están sin la debida protección, como casas y vehículos.

Por otra parte, el Estado mexicano garantiza dentro de los derechos y las libertades en materia religiosa la de tener o adoptar la creencia religiosa que más agrade y practicar en forma individual o colectiva los actos de culto o ritos de preferencia, como lo dispone en el inciso a) del artículo 2 la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.

Se debe sancionar de manera ejemplar a quienes roban y trafican los objetos de culto público y a quienes roban a las personas que se encuentran en un inmueble destinado a esos fines, sea que se desarrolle o no, en esos momentos, alguna celebración religiosa.

En tal virtud y dado que se encuentra esta iniciativa publicada en la Gaceta Parlamentaria, de manera sucinta haré referencia a algunas partes de la propia iniciativa publicada.

Se proponen en algunas circunstancias calificativas, en 16 fracciones, que por su obviedad no es necesario detallar porque la evidencia y la obviedad así lo exigen.

Proponemos la reforma del artículo 377 en su último párrafo, que establece –igual que el artículo 376 Bis– la inhabilitación para el servidor público por un periodo igual a la pena de prisión impuesta para establecer también la inhabilitación definitiva.

Por lo anteriormente expuesto, proponemos reformar los artículos 376 Bis y 377, en su último párrafo, para establecer otras calificativas en el delito de robo e incorporarlas en el artículo 381 y para crear los artículos 381 Ter y 381 Quáter del Código Penal Federal, para quedar como se asienta en la publicación hecha en la Gaceta Parlamentaria.

En los supuestos a que se refieren las fracciones I, II, III, IV, V, VI, IX, XII, XIII, XIV y XV, hasta cinco años de prisión.

En los supuestos a que se refieren las fracciones VII, VIII, IX y XVI, de dos a siete años de prisión.

En los supuestos a que se refieren las fracciones XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI y XXXII, de 7 a 10 años de prisión.

El artículo 381 Ter, robo de objetos religiosos, quedaría así:

"Sin perjuicio de las sanciones que, de acuerdo con los artículos 370, 371 y 372, deban imponerse, se aplicarán de 7 a 10 años de prisión cuando el objeto materia del delito esté destinado al culto, sea cosa sagrada o no, tales como santísimos sacramentos, santos óleos, imágenes en bulto o en pintura, vasos sagrados, cálices, copones, patenas, custodias, corporales, purificadores, ornamentos, vestiduras sagradas, pilas bautismales, confesionarios, púlpitos, coronas, resplandores, anillos, cadenas, pulseras, crucifijos, floreros, candeleros, crusaltas, ciriales, incensarios, alcancías, Biblias o cualquier otro objeto similar de arte de alto contenido religioso, profano o histórico, independientemente de que se cometan o no en el lugar destinado al culto.

A las personas que, a sabiendas, adquieran, enajenen, exporten, trafiquen o alteren en cualquier forma dichos objetos o similares, la pena por imponer será de 7 a 10 años de prisión.

Será obligación del Estado velar por el inmediato aseguramiento de tales objetos, así como la pronta entrega a sus propietarios y/o legítimos tenedores.

Artículo 381 Quáter. Además de las sanciones que deban imponerse de acuerdo con los artículos 370, 371 y 372, se impondrán de 7 a 10 años de prisión a quien o quienes cometan robo a las personas que se encuentren en un inmueble destinado al culto público, sea que se desarrolle o no en esos momentos alguna celebración religiosa.

Artículo Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de febrero de 2005.

Ruego a la Presidencia disponga lo conducente para que esta iniciativa pueda ser incluida en el Diario de los Debates. Es cuanto, y muchas gracias.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias a usted, diputado Alarcón Hernández. Y de, acuerdo con su solicitud, favor de insertar íntegro el texto de la iniciativa en el Diario de los Debates y turnarla a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Tiene el uso de la palabra el señor diputado don Miguel Amezcua Alejo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma los artículos 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 35 de la Ley para Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; y adiciona el artículo 173 Bis a la Ley Federal del Trabajo.

El diputado Miguel Amezcua Alejo: Muchas gracias. Con su venia, señor Presidente.

Con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito presentar a este honorable Congreso de la Unión las siguientes iniciativas de decreto, por el que se reforman el artículo 123 constitucional y el artículo 35 de la Ley para la Protección de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, y se adiciona el artículo 173 Bis a la Ley Federal del Trabajo, bajo la siguiente

Exposición de Motivos

La Organización Internacional del Trabajo señala que la edad mínima para trabajar de los menores es de 14 años y de 16 para trabajos peligrosos. Sin embargo, los niños actores en nuestro país realizan comerciales en los medios de comunicación, desde recién nacidos hasta los 9 o 14 años y más, en las empresas de comunicación de México, sin que haya una ley que regule este trabajo.

Es propósito de esa iniciativa construir una alternativa para que los menores que trabajan como actores o músicos, que no se pueden contratar por sí mismos, lo realicen por medio de sus padres, como hasta ahora se acostumbra hacerlo, quienes actuando como tutores son los responsables del trabajo de los niños pero sólo hasta los 14 años. Después de esta edad y hasta los 16 años, no hay manera de normar su contratación.

El artículo 4o. constitucional, en el segundo párrafo señala: "Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades y alimentación, salud, educación, sano esparcimiento, para su desarrollo integral".

Por lo que respecta a la normatividad en el aspecto nacional, el artículo fundamental que rige el trabajo tanto en niñas, niños y adolescentes como trabajadores, es el artículo 123 constitucional y su Ley Reglamentaria, la Ley Federal del Trabajo.

La necesidad de proporcionar al niño una protección especial fue enunciada en la Declaración de Ginebra –de 1924– sobre los Derechos del Niño y en la Declaración sobre los Derechos del Niño en las Naciones Unidas de la UNESCO, adoptada, abierta y firmada por la Asamblea General en la resolución el 20 de noviembre de 1959 y reconocida en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en particular en el artículo décimo y en los estatutos de instrumentos pertinentes de las organizaciones especializadas y de las organizaciones internacionales que les interesa el bienestar del niño.

Reconociendo que en todos los países hay niños que viven en condiciones excepcionalmente difíciles y que necesitan especial consideración, surge la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada, abierta y firmada, ratificada por la Asamblea General en su resolución 4425, del 20 de noviembre de 1989, teniendo debidamente en cuenta la importancia de las tradiciones y valores culturales de cada pueblo para el desarrollo armonioso del niño que haya convivido, de la siguiente manera:

"Artículo Primero. Para los efectos de la presente convención, se entiende por niño todo ser humano menor de 18 años, salvo que en virtud de la ley que le sea aplicada haya alcanzado la mayoría de edad."

Comprendemos con lo anterior que se considera niño a toda persona menor de 18 años, lo que fundamentará nuestro punto para reformar la Ley Federal del Trabajo en lo relativo al trabajo de los menores, especialmente al trabajo de actores.

Otro punto de apoyo para fundamentar nuestra propuesta es la Ley para la Protección de los Niños, las Niñas y Adolescentes, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2000 por el doctor Ernesto Zedillo Ponce de León, que señala:

"Título Primero. Disposiciones Generales. Artículo Primero. Esta ley es fundamentada en el segundo párrafo del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Su disposición es de orden público, interés social, de observancia general en toda la República Mexicana y tiene por objeto garantizar a las niñas y los niños, y adolescentes, la tutela y el respeto a los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución.

"La Federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios, en el ámbito de su competencia, podrán expedir las normas legales y tomarán las medidas administrativas necesarias a efecto de dar cumplimiento a esta ley.

"Artículo Segundo. Para los efectos de esta ley, son niños y niñas las personas de hasta 12 años incompletos y adolescentes entre 12 años cumplidos y los 18 años cumplidos.

"Artículo Quinto. La Federación, el Distrito Federal, los estados, los municipios procurarán implementar los mecanismos necesarios para impulsar una cultura de protección de los derechos de la infancia, basada en el contenido de la Convención sobre los Derechos del Niño y tratados que sobre el tema apruebe el Senado de la República."

Cabe agregar lo señalado en la Convención sobre los Derechos de los Niños y las Niñas, emanado de la Organización de las Naciones Unidas e implícitamente reconocido por el UNICEF.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable Asamblea la

Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman el artículo 123 constitucional, fracción III, y el artículo 35, párrafo primero, de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; y se adiciona el artículo 173 Bis de la Ley Federal del Trabajo

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil. Al efecto, se promoverá la creación de empleos y la organización social para el trabajo conforme a la ley.

13. Queda prohibida la utilización del trabajo en los menores de 14 años, exceptuándose en los trabajos de actuación. Los menores de 16 años tendrán como jornada máxima las seis horas.

Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas y los Niños. Capítulo XI, "De los Derechos al Descanso y al Juego"

Artículo 35. Para garantizar la protección de los derechos reconocidos en esta ley, se reitera la prohibición de contratar laboralmente a menores de 18 años, salvo que se contrate a menores para labores de actores, garantizando que dichas actividades permitan el desarrollo intelectual y profesional del menor.

A los que infrinjan tal prohibición y que además pongan en peligro su integridad y desarrollo se impondrán las sanciones que establece el Código Penal. Igualmente, las autoridades federales, del Distrito Federal, estatales y municipales proveerán lo necesario para que las niñas, los niños y los adolescentes no queden en situación de abandono o falta de protección por el cumplimiento de estas disposiciones.

Ley Federal del Trabajo. Se adiciona el artículo 173 Bis, para quedar como sigue:

Se podrá contratar a niños menores de 16 años que desempeñen labores de actores mediante sus padres o tutores. La persona física o moral que los contrate se obligará a abrir un fideicomiso en cualquier institución bancaria a nombre del menor, en el cual se transfieran a éste los pagos correspondientes al trabajo realizado por él, especificando la parte contratante que el fideicomisante, como único fideicomisario al menor, determinando que el objetivo del fideicomiso es salvaguardar el patrimonio del menor hasta en tanto adquiera la mayoría de edad establecida por esta legislación para poder contratarse por sí solo.

Los gastos de administración del fideicomiso correrán por cuenta de la persona física o moral que los contrate. Los padres o tutores no podrán disponer del dinero que se genere por el trabajo de los menores contratados, a menos que los anteriores no puedan garantizar con sus propios recursos y se requiera para la subsistencia del menor y desarrollo profesional del mismo.

La violación de este artículo se sancionará en términos de las disposiciones aplicables y la conducta se entenderá equiparable al delito de fraude.

El objetivo es que, mediante la institución o figura jurídica del fideicomiso, se garantice el patrimonio del menor y no permitir el despojo del dinero que generan los menores contratados para que cuando adquieran la mayoría de edad marcada por la legislación laboral pueda contratarse por sí mismo y pueda disponer del haber generado por el fideicomiso, estableciendo la justificación de que si los padres quedan en bancarrota o no tengan los recursos necesarios para garantizar la subsistencia del menor o desarrollo profesional del mismo puedan solicitar recursos al fideicomiso. Mediante comprobación de dichos recursos, se destinará al menor para tal fin, reiterando que el propósito final de este esfuerzo legislativo es que se garantice y proteja en toda la extensión de la palabra la labor de los menores actores desde que nacen hasta alcanzar la mayoría de edad legal laboral.

Palacio Legislativo.

Muchas gracias, señor presidente. Es cuanto.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias a usted, don Miguel Amezcua Alejo. Túrnese a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Justicia y Derechos Humanos, y de Trabajo y Previsión Social, con opinión de las Comisiones de Atención a Grupos Vulnerables, y Especial de la Niñez, Adolescencia y Familias.

Tiene el uso de la palabra el señor diputado don Heliodoro Díaz Escárraga, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma los artículos 119, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 172 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Con su permiso, señor Presidente. La iniciativa que propongo se fundamenta en la siguiente

Exposición de Motivos

Los artículos 65 y 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establecen los periodos de sesiones ordinarias del Congreso General o Congreso de la Unión. Como sabemos, estos periodos son dos por cada año de ejercicio de las Legislaturas. La discontinuidad entre ambos periodos ordinarios de sesiones provoca la existencia de recesos que también son dos. Durante esos recesos, que se prolongan por cinco meses y medio, actúa la Comisión Permanente, la que –cabe recordar–, conforme al artículo 78 de la propia Carta Magna, se integra con 37 miembros, de los que 19 son diputados y 18 senadores.

De un análisis somero de la composición de la Comisión Permanente podemos apreciar, en principio, que no existe equilibrio ni proporcionalidad entre ambas Cámaras, ya que mientras la de diputados, que se compone de 500 miembros y representa 79 por ciento del total de miembros del Congreso de la Unión, sólo tiene en la Permanente 51 por ciento de representación. La de Senadores, integrada por 128 miembros, equivalentes a 21 por ciento del Congreso, tiene en la Permanente 49 por ciento del total de sus miembros, en vez de 21 por ciento. Es decir, si la Constitución federal hubiera sido redactada privilegiando la composición numérica del Congreso de la Unión –o sea, su aspecto cuantitativo–, dentro de la Comisión Permanente a la Cámara de Diputados corresponderían 29 espacios, en vez de 19; y a la de senadores 8, en lugar de 18.

Esta situación es de suyo discutible, por lo que no podríamos asegurar que el actual método de integración de la Comisión Permanente sea el correcto, sobre todo si lo relacionamos con otras normas que tienen como finalidad equilibrar el papel de los senadores y los diputados en la operación de la Comisión.

Hasta hoy, sin duda, no ha sido posible encontrar esos equilibrios. Un ejemplo de ello está en la referida composición numérica de la Comisión Permanente, sobre la que no es propósito de esta iniciativa profundizar ni –por ahora– enmendar. El tema concreto de esta propuesta se refiere a una de estas situaciones de disparidad entre las Cámaras que componen el Congreso de la Unión, la cual es necesario corregir, la que a la fecha deriva del texto del artículo 119, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, que a la letra dice: "El Presidente y el vicepresidente serán elegidos para un periodo de receso entre los diputados y para el periodo siguiente entre los senadores".

El texto que se reproduce en el artículo 172 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos... Si el numeral transcrito se analiza de forma aislada, parecería ser indicador de que se rige por principios de equilibrio y proporcionalidad para ambas Cámaras.

Sin embargo, si por el contrario analizamos ese artículo de manera sistemática, funcional e integral, con las normas constitucionales y legales relativas a la Comisión Permanente, veremos que tales equilibrios y proporcionalidades no existen.

En efecto, en tanto que en el primer receso, que –como ha quedado asentado– va del 16 de diciembre al 31 de enero del año calendario siguiente, dura un mes y medio, específicamente 47 días, la Permanente es presidida por un diputado, en el segundo receso, que va del 1 de mayo al 1 de agosto –dura cuatro meses, concretamente 123 días–, la Comisión Permanente es presidida por un senador.

Esto indica, bajo el peso incontrovertible de las matemáticas, que en una Legislatura de tres años la Comisión Permanente es presidida por un senador y por práctica parlamentaria las sesiones se celebran en la sede del Senado durante 369 días, más de un año, cuando en esa misma Legislatura sólo es presidida por un diputado 141 días.

Consecuentemente, se impone reducir o abatir la incongruencia legal, administrativa y sustantiva actualmente existente entre ambas Cámaras, que se ha profundizado a raíz de la reciente reforma del artículo 65 constitucional.

Al efecto, hay que propiciar que la Comisión Permanente sea presidida el mismo tiempo por un diputado que por un senador. Esto puede lograrse si se reforma el artículo transcrito, así como el 172 del reglamento, de tal forma que establezca que comprendiendo dos Legislaturas para salvar la dificultad que impone el número non del ejercicio de cada una de ellas, durante el primer receso del primer año de ejercicio de la Legislatura en la que ingresen simultáneamente senadores y diputados, la Comisión Permanente sea presidida por un diputado y en el segundo receso por un senador, y para el segundo año de ejercicio se invierta el orden referido: primero un senador y luego un diputado, y así sucesivamente, hasta transcurrir seis años o dos Legislaturas. De esta manera, la total de la Presidencia por un diputado se haría de 510 días y el total de la Presidencia de un senador también sería de 510 días. La tabla aparece en la iniciativa, por lo que omito su lectura. En virtud, de lo anterior formulo la siguiente

Iniciativa

Artículo Primero. Se reforma el artículo 119, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 119. Para el primer receso del primer año de ejercicio de la Legislatura en que ingresen simultáneamente senadores y diputados, se elegirán Presidente y vicepresidente de la Comisión Permanente entre los diputados y para el segundo receso del mismo año de ejercicio, de entre los senadores. Este orden se invertirá por cada año de ejercicio siguiente.

Artículo Segundo. Se reforma el artículo 172 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 172. Para el primer receso del primer año de ejercicio de la Legislatura en que ingresen simultáneamente senadores y diputados, se elegirán Presidente y vicepresidente de la Comisión Permanente, entre los diputados, y para el segundo receso del mismo año de ejercicio, de entre los senadores. Este orden se invertirá por cada año de ejercicio siguiente.

Transitorios

Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. Durante la LIX Legislatura del Congreso de la Unión, el Presidente y el vicepresidente de la Comisión Permanente continuarán siendo elegidos conforme a lo dispuesto por el texto anterior de los artículos que se reforman mediante el presente decreto.

Es cuanto, señor Presidente. Solicito que se ordene su inscripción total en el Diario de los Debates. Muchas gracias.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Y así se hará, señor diputado Heliodoro Díaz Escárraga. Túrnese a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Esta Presidencia recibió del señor diputado don Pedro Ávila Nevárez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, solicitud de excitativa a la Comisión de Puntos Constitucionales: de conformidad con lo que establece el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Presidencia instruye que se envíe excitativa a la Comisión de Puntos Constitucionales, para que emita el dictamen correspondiente.

Asimismo, esta Presidencia recibió del señor diputado Roberto Colín Gamboa, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, solicitud de excitativa a la Comisión del Distrito Federal: con la misma fundamentación, se instruye que se excite a la Comisión del Distrito Federal, para que emita el dictamen correspondiente.

Y de la diputada Norma Patricia Saucedo, del Partido Acción Nacional, también se recibió solicitud de excitativa: con la misma fundamentación, se instruye para que se envíe excitativa a la Comisión de Gobernación, para que emita el dictamen correspondiente.

En los mismos términos, del señor diputado don René Meza Cabrera, del PRI, se recibió excitativa para la Comisión de Puntos Constitucionales: con la misma fundamentación, se ruega a la propia Comisión, mediante el exhorto correspondiente, que emita el dictamen con la mayor brevedad.

Esta Presidencia recibió del señor diputado Tomás Antonio Trueba Gracián, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, solicitud de excitativa a la Comisión de Puntos Constitucionales: de conformidad con lo que establece el artículo 21, fracción XXVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se excita a la Comisión de Puntos Constitucionales para que emita el dictamen correspondiente.

El diputado René Meza Cabrera, del Partido Revolucionario Institucional, envía a la Mesa Directiva solicitud de excitativa a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos: con la fundamentación a que hemos estado aludiendo, esta Presidencia excita a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos para que emita el dictamen correspondiente.

Don Pedro Ávila Nevárez solicita a la Mesa Directiva que se excite a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias: de conformidad con lo que establece el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se excita a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias para que emita el dictamen con la mayor brevedad.

Se ruega a la Secretaría dar cuenta con una propuesta de la Junta de Coordinación Política.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

(De la Junta de Coordinación Política, punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Educación Pública, a la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos y al Programa Nacional de Lectura para que dejen de distribuir y retiren de la circulación y finquen responsabilidades a quienes llevaron a cabo la licitación y adjudicación de la obra Cien corridos. Alma de la canción mexicana.)

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

(De la Junta de Coordinación Política, según lo dispuesto en los artículos 34 y 14 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en el Acuerdo relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, se exhorta a la SEP, a la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos y al Programa Nacional de Lectura a fin de que dejen de distribuir, retiren de la circulación y finquen responsabilidades al o los funcionarios que llevaron a cabo la licitación y adjudicación de la obra Cien corridos. Alma de la canción mexicana.)

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: En votación económica, se pregunta a la Asamblea si se aprueba el punto de acuerdo.

Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor. (Votación) Gracias. Las ciudadanas diputadas y los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. (Votación)

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado. Comuníquese. El siguiente punto del orden del día es la primera lectura de los siguientes dictámenes:

De las Comisiones Unidas de Desarrollo Social, y de Asuntos Indígenas, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos.

De la Comisión de Agricultura y Ganadería, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Sanidad Animal.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Ernesto Canales Santos para aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario del Reino de Tailandia en la ciudad de Monterrey, con circunscripción consular en los estados de Coahuila, Chihuahua, Durango, Nuevo León, San Luis Potosí y Tamaulipas.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Sandro Muller Rolandi para aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario de la Confederación Helvética en la ciudad de Cancún, con circunscripción consular en el estado de Quintana Roo.

Todos ellos, publicados en la Gaceta Parlamentaria son y, por tanto, están de primera lectura.

El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos y un Libro Noveno al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura al dictamen.

El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura al dictamen.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. (Votación) Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. (Votación)

La mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se le dispensa la lectura y, en términos del 108, tienen el uso de la palabra, porque van a dividirse su tiempo, primero el diputado Julián Angulo Góngora, por cinco minutos, y posteriormente el diputado David Hernández Pérez, por los restantes cinco minutos.

Sólo Julián Angulo, por 10 minutos, entonces, por la Comisión de Gobernación, para fundamentar el dictamen en términos del 108.

El diputado Julián Angulo Góngora: Con su permiso, señor Presidente. Señoras, señores diputados: el día de hoy se dará cuenta en esta soberanía del dictamen que formulan las Comisiones de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, y de Gobernación relativo al voto de los mexicanos en el extranjero.

La fundamentación que me corresponde hacer en tribuna es dar cuenta de que se recibieron en la Comisión de Gobernación y en algunas otras comisiones diversas reformas, tanto a la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos como al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

En relación con la que se va a dar cuenta, la relativa al Cofipe, existen en la discusión como se dio distintos puntos de vista porque las iniciativas que fueron presentadas dan cuenta precisamente de 13 iniciativas en la Comisión y las cuales fueron presentadas por diversos diputados, entre los que destacan de las fracciones del PRD, del PAN y del PRI, y que finalmente llegaron a un trabajo por los diferentes representantes de los grupos parlamentarios y que se llegó a un acuerdo incluso en la propia Secretaría de Gobernación.

A la par de este trabajo que finalizó con una iniciativa presentada por el Ejecutivo federal, también a últimas fechas el Partido de la Revolución Democrática, a cargo del diputado Juan José García Ochoa, presenta una iniciativa y posteriormente también la diputada Laura Elena Martínez Rivera, del PRI.

Es importante mencionar que durante los trabajos que se dieron en las comisiones y en los cuales participaron diputados de todos los partidos, y que se tuvo diferentes entrevistas con migrantes, con asociaciones, con funcionarios del Instituto Federal Electoral, con la propia Fiscalía de Asuntos Electorales, pues se dieron diversos puntos que recogen ahora el dictamen. Entre los puntos a discusión podemos resaltar que es nuevamente legislar para ser efectivo el voto de los mexicanos en el extranjero. Finalmente, se llegó a la conclusión de que no sería necesario efectuar reformas constitucionales; que en primera instancia los mexicanos en el exterior podrían votar sólo por Presidente de la República; que el medio de emisión, recepción del voto, fuera a través de centros de votación, rechazando por ahora el voto electrónico y el postal; que la credencial para votar con fotografía fuera el medio de identificación para la emisión del voto.

Posteriormente, se dio un fuerte debate acerca de credencializar o no en el exterior; o bien, que éste fuera parte de un programa piloto para ir avanzando en forma gradual y también otro aspecto que llevó gran debate fue el aspecto de las campañas.

Finalmente, lo que podemos mencionar es que en la Comisión de Gobernación se dio cuenta de un dictamen que primordialmente se centraba en el dictamen formulado por el Ejecutivo con alguna variante. Se presentó el día 14 de diciembre y éste fue rechazado y finalmente el que ahora se da cuenta fue formulado por diputados pertenecientes a esta Comisión de Gobernación. Este dictamen fue puesto a consideración, a discusión en la propia Comisión, y fue aprobado por unanimidad.

Esto es lo que pudiéramos nosotros comentar y, por supuesto, pedir que aunque quedaron muchos de los temas en discusión y que es posible y debería de haber sido, el que pudiera englobar mayores consensos para que éste fuera aprobado en ambas Cámaras, consideramos que de todas maneras el tema que así se priorizó por los diferentes grupos que integran la Comisión, quien votara a favor y el dictamen fue aprobado por unanimidad y ahora por mi conducto ambas Comisiones solicitan el voto aprobatorio para este importante tema del voto de los mexicanos en el extranjero. Muchas gracias.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias, diputado.

Esta Presidencia da la más cordial de las bienvenidas a 12 integrantes del Consejo de los Mexicanos en el Exterior, de Los Ángeles, California. Sean ustedes bienvenidos.

Ahora bien, esta Presidencia tuvo el registro, en términos del 108, de dos oradores: Julián Angulo y David Hernández. Sin embargo, Julián Angulo consumió los 10 minutos. Basándome en las facultades que a esta Presidencia otorga el artículo 23, vamos a dar el uso de la palabra a David Hernández por el mismo tiempo que el primero de los oradores. Adelante, David, por favor.

El diputado David Hernández Pérez: Con su permiso, compañero Presidente. Compañeras legisladoras, compañeros legisladores:

Como resultado de las reformas constitucionales de 1996, se removió el obstáculo que impedía el voto de los mexicanos que no viven en nuestro país, abriendo definitivamente el cauce jurídico e institucional para hacer realidad esta posibilidad. Con esta modificación constitucional se reformó el artículo 36 de la Carta Magna, con la cual los mexicanos son titulares del derecho de votar, independientemente del lugar en que se encuentren el día de la elección.

El voto mexicano en el exterior es un derecho adquirido que debe ser reglamentado. La Constitución y el Cofipe no imponen más requisitos para ejercer el derecho al voto que ser mayor de 18 años y tener un modo honesto de vivir y contar con credencial de elector.

El Instituto Federal Electoral no tiene atribución alguna para decidir sobre la viabilidad o no del voto. Su obligación, la obligación es de este Congreso. El Legislativo en principio, en la propuesta que se pretendía implantar, proponía dar facultades al IFE para legislar y para operar de manera diferente. El IFE debe establecer cuáles son las principales tareas del Instituto para hacer posible ese derecho, como analizar el ajuste administrativo, la organización, la instrumentación del voto de los mexicanos en el exterior, con la misma seguridad y niveles de confianza con las que se ejerce el voto en México.

Es importante puntualizar que, por mandato constitucional, el IFE está obligado a garantizar elecciones con los siguientes principios: el de certeza, el de legalidad, el de imparcialidad y el de objetividad. Además, bajo la emisión del voto, garantizando la universalidad, la libertad y el secreto y de manera directa. Éstas son las principales cualidades del dictamen que hoy se presenta ante esta soberanía.

Se realizó un análisis de las diferentes iniciativas presentadas, incluyendo la que presentó el Ejecutivo, una presentación que hizo aprovechando un viaje al extranjero, una presentación que parecía ser más que nada un proyecto de campaña.

Es importante señalar que el dictamen que hoy se presenta a su consideración representa un piso que tendrá la necesidad, de acuerdo con los resultados, de modificarse para alcanzar un techo.

El principal reto es mantener la confianza del IFE, mantener la confianza en esta institución que, ciudadanizada, garantiza procesos electorales con independencia, con certidumbre, como ejemplo por seguir de otros países. El dictamen que esta soberanía hoy discutirá garantiza un proceso de igualdad de condiciones para quienes votamos aquí en México y para quienes lo harán en el exterior.

Este dictamen obliga a una credencialización en el extranjero. Esto, para poder tener una certidumbre en cuanto a un padrón. Y esto nos podrá dar el rumbo de cuántos compañeros connacionales están pretendiendo votar en el exterior.

De igual forma, algo que no contemplaba el dictamen que se había iniciado: no presentaba la posibilidad de hacer campañas políticas en el exterior, situación que ya contravenía las disposiciones constitucionales de la difusión de las plataformas electorales.

¿Cómo iban a decidir por quién votar si no se iba a hacer la difusión de la plataforma electoral de cada uno de los partidos? Esto ya está contemplado en el dictamen para que exista la posibilidad, pues, de conocer y también, claro, esto: el IFE tendrá que instrumentarlo, tendrá que hacerse con los cuidados necesarios para manejar los gastos de campaña y, sobre todo, que sea respetando las leyes en el exterior.

Es importante señalar que en este dictamen se respeta y se busca la independencia del IFE, en el sentido de que se tiene que cuidar que no sean trabajadores de relaciones exteriores los que vayan a estar integrando los Consejos del IFE en el exterior.

Es importante señalar que esta independencia, esta ciudadanización con que cuenta el IFE tiene que ser de igual forma en el exterior, en donde se tendrá que hacer un Consejo del IFE, especial, de manera extraordinaria, por los costos que esto implicaría.

El voto libre, directo y secreto representa una de las principales cualidades de nuestros procesos electorales y eso es lo mismo que se implantaría en el exterior. No podemos permitir que haya ciudadanos mexicanos de primera y de segunda, que aquí se pudiese votar, que se pudiese votar exclusivamente de manera directa y que en el exterior hubiera la posibilidad de hacerlo a través de correo o por algún medio electrónico.

Las condiciones deben ser iguales para todos los mexicanos; y eso es precisamente lo que se cuida en este dictamen. Este dictamen representa también la voluntad de esta soberanía, representa la posibilidad de dar una muestra más de que esta soberanía no es obstáculo para los avances estructurales que tanto ha comentado el Ejecutivo. Esta soberanía, este dictamen presenta la voluntad de avanzar en los procesos, en las reformas electorales que requiere el país. Muchas gracias.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias, diputado. Para fijar posiciones de los partidos políticos, se han inscrito los siguientes diputados: Jesús González Schmal, de Convergencia; Pedro Vázquez González, del PT; Manuel Velasco Coello, del Verde Ecologista; Emilio Zebadúa, del PRD; Adriana González Carrillo, del PAN; y Laura Elena Martínez Rivera, del PRI. En consecuencia, tiene el uso de la palabra, hasta por 10 minutos, don Jesús González Schmal.

El diputado Jesús Porfirio González Schmal: Con su anuencia, señor Presidente.

Legislaturas van, Legislaturas vienen; transcurren los tiempos, las décadas, y el voto de los mexicanos radicados en el extranjero quedaba relegado a una temática casi casi intocable, misteriosa, que nadie se atrevía a abordar frontalmente.

Esto nos decían, nos reclamaban los mexicanos que han tenido que emigrar a Estados Unidos de América cuando, en recientes tiempos, les hacíamos visitas para conocer su ánimo, su condición, su esperanza, para que esta iniciativa que hoy vamos a aprobar se corporizara y formara ya parte de nuestras leyes fundamentales.

Aspiración, esperanza largamente acariciada, por miles, por millones de mexicanos que por una u otra razón han tenido que abandonar sus terruños, la tierra que los vio nacer, la tumba de sus mayores y la cuna de sus hijos, pero que no por esa lejanía geográfica se desprendían del afecto, del espíritu, de la vinculación profunda con su patria de origen.

Por eso este acto, amigos y amigas diputados, es un acto eminentemente de justicia para los que han tenido que sobreponer las fronteras, pero que se quedan atados, que se quedan vinculados permanentemente a nuestras raíces, a nuestro ser nacional.

Esta historia discriminatoria para los mexicanos que dejan el país está llegando a su fin. Los mexicanos en el exterior emigrantes en sí mismos o descendientes de mexicanos que han podido recuperar su nacionalidad, aun habiendo nacido en otro territorio, pero teniendo esa otra nacionalidad, siguen vinculados permanentemente y sanguíneamente, así como de espíritu, de disposición y de ánimo a su patria filial, a su patria con la que podrán rehacer esta vinculación fraterna y es, con ello, la posibilidad de contribuir a hacer un nuevo futuro más amplio, de una comunidad que no se acaba en las fronteras, de una comunidad que no se acaba en las fronteras, de una comunidad que trasciende los límites geográficos para seguirse acercando cada día más en la proximidad de un futuro compartido, como también se tuvo una historia común.

Esta posibilidad, amigos diputados, abre hoy un potencial todavía inexplorado; un potencial de reencuentro, un potencial de reanimación a una dispersión, a una diáspora que ha sufrido México de quizá –y esto lo digo con conocimiento de causa– de muchos grandes valores, de muchos mexicanos, de trabajo, de tesón, que han emprendido en otras tierras el mejor futuro y la mejor posición para los suyos y para los cercanos y que hoy tendrán oportunidad de volver la vista hacia México quienes han obtenido posiciones y quienes han obtenido éxito en negocios, para ver también en México una gran oportunidad de inversión, de convivencia, de potenciar el desarrollo de México con quienes tienen más afinidad, con quienes más se acercan en la esperanza y con quienes más se acercan en el concepto cosmogónico y en el concepto de origen y de futuro.

Creo que aprobar esta iniciativa tendrá también un efecto muy importante respecto del gobierno, en concreto de Estados Unidos, que piensa que si los mexicanos no hemos hecho y no hemos garantizado el derecho de nuestros compatriotas y de nuestros hermanos en nuestras tierras y lo estamos escamoteando, ellos también, de alguna manera, tienen derecho a minimizarles estas garantías en suelo norteamericano.

En cambio, será un ejemplo para otros gobiernos extranjeros, y muy concreto el de Estados Unidos de Norteamérica, ver que esta soberanía tiene conciencia plena de que estos mexicanos pueden ejercer su ciudadanía absoluta y a cabalidad, ejerciendo su derecho al voto activo por lo pronto; y este mensaje, este testimonio, tendrá que reproducirse y tendrá que respaldarnos para exigir mayores garantías y respetabilidad a nuestros nacionales en tierras del norte.

Tiene también otras vertientes que sería hoy imposible explorar, pero que tienen la posibilidad de que estos mexicanos, al reencontrarse con su patria, puedan lograr una comunicación entre ellos dentro de la Unión Americana que logre una nueva cohesión, una nueva conciencia de pertenencia a sus orígenes y que los posibilite precisamente para sumar esfuerzos, para sumar el talento, la capacidad creativa, la posibilidad y el gran potencial de que los mexicanos en otras tierras también creemos y les demos oportunidad, incluso, y servicios y gratitud a las tierras que nos han hospedado, cuando esta hospitalidad sea digna de reconocimiento y de gratitud.

Por todos estos conceptos, para Convergencia es un hecho histórico que va a quedar grabado en nuestra historia y en la historia de esta Legislatura cuando rompimos, pues, una inercia, una pasividad, una parálisis que por mil razones nos tenía meditando si este gran salto de la historia era posible realizarlo y de inmediato.

Hoy estamos en vísperas de las elecciones de 2006. Creo que los tiempos apremian, pero ya las instituciones mexicanas encargadas de dar corporización, de dar materialización a esta idea con las condiciones materiales para que este ejercicio del voto se lleve a cabo con toda calidad, con toda libertad y con toda garantía serán las que estarán a prueba para que los mexicanos que radiquen en el exterior puedan tener también seguridad de que su voto será respetado, será contado y será definitivo para determinar quiénes y qué autoridades presidirán el México del futuro.

Y en este acto de soberanía pleno, en esta nueva posibilidad para millones de mexicanos radicados en el extranjero, se abrirá el horizonte de quienes vengan a tomar las decisiones más altas en el nivel de la Presidencia de la República, siempre consideren que la patria mexicana no se acaba en el Suchiate ni en el río Bravo; que la patria mexicana se expande a todos los lugares, a todas las latitudes, a todos los rincones donde haya un mexicano consciente de su origen, capaz de dar su mejor esfuerzo y el mejor ejemplo de su estadía en otro país, pero también vincularse permanente y profundamente, afectivamente a este país de cuyas raíces nunca han renegado y de cuyo origen están orgullosos y sabrán ser leales a su futuro y a su historia. Muchas gracias.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias, diputado González Schmal. Tiene el uso de la palabra el diputado don Pedro Vázquez González, del PT.

Y esta Presidencia da la más cordial de las bienvenidas a los representantes de la coalición Por los Derechos Políticos de los Mexicanos en el Extranjero, el ULAC, y de otras organizaciones de migrantes aquí presentes, invitados por el diputado Francisco Mora Ciprés.

El diputado Pedro Vázquez González: Con la venia de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados:

El grupo parlamentario del Partido del Trabajo acude a esta tribuna para fijar su posición respecto al dictamen que hoy discutimos y enseguida votaremos.

Desde la reforma constitucional de 1996 del artículo 36, fracción III, y al eliminarse la obligación de que los ciudadanos mexicanos ejerzan su derecho a votar dentro de su distrito, se posibilitó que los ciudadanos mexicanos que se encuentren fuera del territorio nacional pudieran ejercer su derecho al sufragio.

Asimismo, las reformas del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, publicada ésta en el Diario Oficial el 22 de noviembre de ese año, estableció en el artículo octavo transitorio que el Instituto Federal Electoral estudiaría las modalidades para que los ciudadanos mexicanos residentes en el extranjero pudieran ejercer el derecho al sufragio en las elecciones de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

El dictamen que nos presentan las Comisiones de Gobernación, y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios propone la reforma y adición de varios artículos y la adición de un libro noveno al Cofipe.

Desde luego, nadie puede estar en contra de que nuestros connacionales en el extranjero puedan ejercer plenamente su derecho al sufragio. Es de elemental justicia que si los migrantes contribuyen de manera determinante al sostenimiento económico de sus familias en México y de las comunidades o pueblos de donde son originarios, lo menos que el Estado mexicano puede ofrecerles es poder votar por sus autoridades. Al menos, por las del Poder Ejecutivo federal.

El grupo parlamentario de Partido del Trabajo considera que el derecho al voto de los mexicanos en el extranjero se debe otorgar sin excepción a todo mexicano que se encuentre fuera del territorio nacional y que cumpla los requisitos que se proponen en la ley electoral.

No nos parece acertado que el Consejo General del Instituto Federal Electoral sea el que determine los países y las ciudades del extranjero donde se desarrollará la elección de Presidente.

Nos preguntamos: ¿por qué si el Constituyente Permanente, en virtud de las reformas constitucionales de 1996, permitió que los mexicanos que se encuentran fueran del territorio nacional pudieran votar, ahora la autoridad administrativa en materia electoral determinará países y ciudades donde se puede ejercer este voto?

Esto significa un trato discriminatorio y una privación del ejercicio de sus derechos políticos, el del sufragio en particular, a los mexicanos que se encuentren en el extranjero y que no vivan en el país o en la ciudad seleccionada por el IFE.

Un aspecto que nos preocupa y que deseamos compartir con todos ustedes es que los mexicanos no aceptamos ni reconocemos el derecho de ningún país para expedir leyes que tengan un carácter extraterritorial; esto es, que tengan aplicación fuera del territorio del país o del Estado que las expide. Estaremos cayendo en la misma actitud cuando se propone en el dictamen que el Consejo General del IFE pueda firmar convenios con las autoridades de otros países para permitir el ejercicio de un derecho que se contiene en la ley electoral y, en contrapartida, si algún Estado que acepta firmar el correspondiente convenio con el IFE en el futuro no pretenderá también que México firme un convenio con ellos para que aquí en nuestro territorio se aplique una ley aprobada por aquel país.

Hacemos estas reflexiones porque, a fin de cuentas, el ejercicio de la decisión soberana del Congreso de la Unión y del Presidente de la República, en caso de que éste promulgue las reformas que hoy discutimos, finalmente estarán supeditadas en cuanto a su ejercicio a lo que otro país decida, por lo cual lo que el Congreso de la Unión apruebe finalmente puede ser no aplicado en otro país.

También nos preguntamos, por ejemplo, ¿cómo será posible cumplir lo que prevé el artículo 308, inciso d), que señala como atribución de los presidentes de las mesas directivas de casilla en el extranjero la de mantener el orden en las casillas y en sus inmediaciones con el auxilio de la fuerza pública, si fuera necesario?

Supongamos que en una casilla hay algún disturbio y es necesario resolverlo, ¿con qué autoridad el presidente de la mesa directiva podrá solicitar el auxilio de alguna corporación policiaca del país donde se instala la casilla para resolver este conflicto y después la fuerza policiaca de ese país reconocerá el derecho del presidente de la mesa directiva para resolver algún conflicto que por sí mismo éste pueda ser violatorio de sus propias leyes?

Compañeras y compañeros legisladores: el grupo parlamentario del Partido del Trabajo está plenamente consciente de la necesidad de impulsar el voto de los mexicanos que se encuentran en el extranjero, con medidas legislativas que permitan la eficaz instrumentación de este derecho.

Pretendemos que sea un voto universal, directo y secreto y que pueda ser ejercido por todos los mexicanos que están en el extranjero, en cualquier parte del mundo y no donde el Consejo General del IFE decida, ya que éste fue el mandato del Constituyente Permanente de 1996 que los mexicanos que se encuentran fuera del país puedan votar en el lugar donde se encuentren. Es cuanto, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias, don Pedro. Tiene el uso de la palabra don Manuel Velasco Coello, del Partido Verde Ecologista de México, hasta por 10 minutos.

El diputado Manuel Velasco Coello: Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados: hoy es un día histórico para la democracia en México. Parece que hoy nace una nueva puerta que abre más libertad y más justicia; y es con el acuerdo de todos.

Los artículos 35 y 36 de nuestra Carta Magna establecen que el voto es un derecho y una obligación. Es un derecho porque conlleva el ejercicio de una forma de libertad y es una obligación porque constituye en sí mismo una forma de integrar la voluntad colectiva, siendo éste una expresión de la soberanía popular.

Por ello, el derecho al voto y a la representación política de los mexicanos residentes en el extranjero, particularmente en Estados Unidos, es un tema de vital importancia para el pueblo y la nación mexicanos.

En virtud de la reforma del artículo 36 constitucional, los mexicanos son titulares del derecho y la obligación de votar, independientemente del lugar en donde se encuentren el día de las elecciones. Al suprimir el obstáculo territorial que sin duda constituía el requisito de tener que votar en el distrito electoral que correspondiera, se hizo virtualmente el voto en los ciudadanos mexicanos residentes en el exterior en sus distintas modalidades, de tipo logístico, jurídico, político y financiero.

El reconocimiento pleno y la puesta en práctica de los derechos políticos de los mexicanos en el exterior deberán fortalecer, no debilitar, los avances en la limpieza y certeza del sistema y procesos electorales. Consolidar, no diluir, la soberanía del pueblo de la nación. Elevar, no disminuir, la dignidad, identidad, pertenencia y ciudadanía, donde quiera que se encuentre. Clarificar, no oscurecer, el sentido y mandato de la Constitución y del derecho internacional. Multiplicar, no restar, los campos del entendimiento y la cooperación de México con Estados Unidos y otras naciones del mundo.

El IFE deberá garantizar que se mantengan equitativos los principios de las elecciones tanto en México como en el extranjero. Para el Partido Verde Ecologista de México, conceder el voto a los ausentes permitirá consolidar el sistema democrático de la República, fortalecerá el nexo con los compatriotas que se encuentran fuera del país y reafirmará su sentimiento de pertenencia a la patria que se considera no perdido.

¿Quién mejor que ellos, los que salieron del país porque las circunstancias sociales y económicas prácticamente los expulsaron? ¿Quién mejor que ellos que con un ojo y sensibilidad desde fuera voten por lo que consideran mejor?

Sin embargo, creemos que se debe ver con más cuidado lo relativo a la instrumentación, pues es ésta la que en la práctica podría enfrentar serios problemas. Es momento de dar los primeros pasos para transitar por el complejo pero promisorio sendero para reglamentar el derecho al voto de los ciudadanos en el extranjero. Ojalá la opinión pública tome nota y resalte el hecho de que, en general, todos estamos de acuerdo con el espíritu de esta reforma histórica. Por eso, el Partido Verde Ecologista de México votará a favor de este dictamen. Muchas gracias, diputada Presidenta.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias, diputado Velasco Coello. Sonido a la curul de la diputada Guadalupe Suárez, del Partido Acción Nacional, por favor.

La diputada Guadalupe Suárez Ponce (desde la curul): Diputada Presidenta: por ser este tema tan importante e histórico, le pediría rectificación de quórum.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Mire, diputada: con mucho gusto la voy a atender. Pero sí le quiero decir que desde la Presidencia sí hay quórum. Sin embargo, sí creo que es importante. No "sin embargo": sí creo que es muy importante, que es un tema trascendente, que todos los compañeros diputados deben estar en la sala de sesiones.

Solicito a la Secretaría: favor de dar las instrucciones a fin de que se rectifique el quórum y que se abra el sistema electrónico. Gracias.

El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: Por instrucciones de la Presidencia, ábrase el sistema electrónico de asistencia hasta por 10 minutos para verificación del quórum.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Queremos dar la más cordial de las bienvenidas a los consejeros del Instituto de los Mexicanos en el Extranjero, que han sido invitados por los compañeros diputados Rodrigo Iván Cortés y Adriana González Carrillo. ¡Sean ustedes bienvenidos!

A continuación, tiene el uso de la palabra nuestro compañero diputado Emilio Zebadúa González, del Partido de la Revolución Democrática.

El diputado Emilio Zebadúa González: Con su permiso, señora diputada Presidenta. Señoras y señores diputados: el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática está en favor de las reformas del Cofipe, que harán materialmente posible que los ciudadanos mexicanos que radican temporal o permanentemente en el extranjero voten en las próximas elecciones presidenciales y lo hagan por tanto el próximo 2006.

El PRD siempre ha estado en favor de este derecho y ahora lo refrenda, después de casi una década de consideraciones y de negociaciones, de impulsos y de obstáculos, que han sido finalmente salvados junto con la voluntad democrática de quienes reconocen que la nación mexicana se extiende más allá de las fronteras geográficas de nuestro país.

Desde el 30 de abril de 1998, el entonces diputado federal integrante de la LVII Legislatura Lázaro Cárdenas Batel presentó una iniciativa para modificar el marco jurídico electoral y hacerlo extensivo a todos los ciudadanos mexicanos y así incorporar a los que hoy remiten más de 13 mil millones de dólares a México y que sostienen de ese modo a sus familias, a comunidades enteras y las finanzas públicas de varios gobiernos estatales y del Gobierno Federal.

En todo este tiempo, el PRD ha participado en los espacios y foros de debate y de análisis con las organizaciones de mexicanos en el extranjero, desde Los Ángeles hasta Chicago, en los espacios académicos y en los medios de comunicación, en el seno del Consejo General del IFE y en sus comisiones técnicas, así como en las deliberaciones con el Ejecutivo federal y aquí, en el propio Congreso de la Unión, para lograr concretar las reformas necesarias para hacer este derecho una realidad.

Durante el largo proceso, el Partido de la Revolución Democrática ha demostrado flexibilidad en el debate y en la negociación, pero no ha variado nunca su compromiso con la extensión de los derechos democráticos a todos los ciudadanos mexicanos, independientemente de dónde se encuentren por razones económicas y sociales.

Otros diputados y legisladores del PRD han presentado a lo largo de estos años nuevas iniciativas, buscando encontrar el esquema idóneo e ideal. Y ahora, por ello, nos sumamos a la iniciativa impulsada en su origen por la diputada Laura Elena Martínez Rivera, del PRI, en el entendido de que la suma de votos y voluntades que forman mayoría significará finalmente cruzar el umbral y así vincular a los mexicanos de ambos lados de la frontera en una sola nación política.

La empresa logística y material que se necesita para integrar a los mexicanos en el extranjero a nuestro sistema electoral, bajo los principios rectores de la Constitución, no es una tarea sencilla. La organización de las elecciones presidenciales en el año 2006 será por ello necesariamente sólo un paso en un proceso paulatino de construcción del andamiaje institucional necesario para lograr eventualmente incorporar a todo el universo de ciudadanos mexicanos en nuestro sistema electoral y democrático. Ya así, hay que decirlo, más de 60 países en sus legislaciones, incluyendo Estados Unidos, incluyen este derecho de votar a sus ciudadanos en el extranjero.

Hoy mismo conocemos o volvemos a conocer reservas, dudas y cuestionamientos a la propuesta específica que está frente a nosotros para ser votada. Muchas de estas críticas, hay que decirlo, se conocen de tiempo atrás, desde hace prácticamente una década, y han sido esgrimidas una y otra vez por quienes ocultan su rechazo político y cultural con argumentos técnicos y de mecánica.

Sin embargo, ya en el año de 1998 un grupo de especialistas, convocados por el Instituto Federal Electoral, de acuerdo con un mandato explícito del Cofipe, concluyeron en ese entonces que era técnicamente viable organizar una elección en el extranjero. Bajo su nuevo Presidente, el actual Consejo General ha reiterado expresamente esta conclusión.

Hace sólo unas semanas aquí, en este mismo recinto de San Lázaro, el Consejero Presidente del IFE, Luis Carlos Ugalde, expresó enfáticamente que el Instituto Federal Electoral puede técnicamente organizar las elecciones en el extranjero.

Adicionalmente, un grupo de trabajo que ha venido realizando labores de análisis e investigación en el propio Instituto Federal Electoral, ha avanzado durante este mismo tiempo en forma paralela a las deliberaciones que se han venido llevando a cabo tanto aquí en la Cámara de Diputados como entre los partidos, como con el propio Ejecutivo federal. Y la comunicación con el Instituto Federal Electoral, a través de diversos canales y con su grupo de trabajo técnico, nunca ha cesado; ha sido, pues, constante y continuo.

A principios de este año, el Presidente del IFE, Luis Carlos Ugalde, volvió a asumir esta responsabilidad frente a la comunidad del Servicio Exterior Mexicano reunido en pleno en esta Ciudad de México. El IFE, pues, ha enfatizado una y otra vez desde 1998 con base en estudios técnicos, que es factible organizar las elecciones en el extranjero bajo el mismo marco rector que establece la Constitución para nuestro sistema electoral.

La reforma que han aprobado las Comisiones Conjuntas de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, y de Gobernación, con el voto de todos los partidos políticos es, hay que decirlo, compleja y ambiciosa, pero así tenía que ser, cualquier otro esquema habría ignorado la voluntad expresa del Ejecutivo federal y de todos los partidos políticos sin excepción, que a lo largo del tiempo han venido expresando, de un modo u otro, un compromiso por materializar el derecho constitucional de votar en el extranjero.

Igualmente, refleja la voluntad expresa de los mexicanos organizados en el extranjero que han venido aportando ideas, contribuyendo en el diseño eficaz del sistema que puede ser puesto en práctica en Estados Unidos y en otras partes del mundo y también de la contribución que la propia autoridad electoral ha hecho en este proceso de construcción de un paquete de reformas al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

La coyuntura, por tanto, es ésta y el diseño de reformas que estamos convocados a votar apunta a un esquema acorde con la naturaleza y la esencia de nuestra nación.

Espero que dicha voluntad plural, que –como mencionaba– se ha venido expresando a lo largo de prácticamente una década por todas las fuerzas políticas del país, se acredite finalmente el día de hoy, con el voto de cada uno de los diputados de todos los partidos aquí representados. Por ello sólo pongo un acento especial, en el articulado transitorio, que plantea un esquema y mecanismos que hacen factible sin lugar a dudas organizar las elecciones presidenciales en 2006 en el extranjero y con los recursos organizacionales y materiales con que cuentan nuestro sistema y nuestras autoridades electorales en estos momentos para 2005 y para 2006.

Votemos, pues, por un esquema ambicioso de reformas, pero también por un compromiso con la congruencia democrática y con nuestra relación con los ciudadanos mexicanos que contribuyen día a día a definir lo que es México como nación.

En los artículos transitorios para 2006 que contiene esta reforma se permite pues organizar por parte del IFE una elección presidencial. Se trata de un modelo que pueda llevarse a la práctica por las autoridades electorales y por los partidos políticos verdaderamente comprometidos con una democracia para todos. Muchas gracias.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias, diputado Emilio Zebadúa. ¿Cerramos?

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Tiene el uso de la palabra la diputada Adriana González Carrillo, del Partido Acción Nacional, hasta por 10 minutos, para fijar la posición de su grupo.

La diputada Adriana González Carrillo: Con su permiso, diputado Presidente. Mexicanas y mexicanos: nuestra nación es una realidad viva, abierta, multicultural y pluriétnica. Es cuna y espacio para el fortalecimiento de un vínculo específico que brinda elementos de unidad para quienes, al identificarse con ellas, superan toda división temporal y geográfica.

La nación mexicana amplía su existencia más allá de las fronteras del Estado y, por ello, abraza los millones de mexicanos y mexicanas que por diversas razones, algunos en circunstancias de dolor, viven en otro país.

La decisión de migrar es un derecho fundamental de la persona. La conciencia de pertenecer a la nación por parte de los mexicanos en el exterior debe ser admitida y reconocida por el Estado en todas sus dimensiones jurídicas: que no exista en el extranjero un mexicano sin respeto a su dignidad y a sus derechos humanos.

México existe a través de cada uno de sus nacionales. Las transformaciones internas y las externas han cambiado el concepto tradicional de la responsabilidad del Estado respecto a ellos. También han transformado la visión de quienes se encuentran fuera del territorio nacional; ahora más que nunca se interesan por lo que sucede en nuestro país.

Durante muchos años, las mexicanas y los mexicanos allende nuestras fronteras han seguido paso a paso la lucha cívica por la democracia en México, preocupados porque su nación sea tierra de oportunidades. Se han alegrado, junto con nosotros, del cambio y la alternancia en el poder, y con gran entusiasmo y alegría han impulsado la consolidación democrática en México, que les permite construir, junto con nosotros, la tierra que hemos deseado tener para nuestros hijos.

Desde sus orígenes, el Partido Acción Nacional ha centrado todos sus esfuerzos en alcanzar la democracia como un vehículo para obtener el bien común. Desde su fundación, en 1939, ha apostado por la democracia y por los sufragios, en donde se representa la voluntad del pueblo mexicano. La instrumentación del derecho a participar en la vida pública de México, de nuestros connacionales radicados en el exterior, representa la más altísima y añeja prioridad del Partido Acción Nacional: fuimos el primer partido político que reconoció el derecho de todos los nacionales mexicanos a participar en sus procesos de decisiones internas.

Nuestro partido ha sido el que ha escuchado y atendido las demandas de nuestras comunidades. Desde el año 2000, los mexicanos y las mexicanas desde el exterior eligieron a través del voto a distancia al mejor candidato para elegir el humanismo en el gobierno. A partir de ese año nos hemos visto elaborando nuestras plataformas, reformando nuestros estatutos; y en pocos días estos señores estarán eligiendo a la próxima dirigencia nacional del Partido Acción Nacional. Ellos sí están incluidos.

El Presidente Vicente Fox, como ningún otro Jefe del Ejecutivo, ha colocado como una política de Estado la atención de las comunidades de los mexicanos en el extranjero, principio que sin duda nutre la nueva doctrina humanista, la doctrina panista de política exterior. Asumió que los intereses nacionales no son más intereses o principios incompatibles con los intereses de los ciudadanos y sus preocupaciones. Nuestro Presidente Fox ha sido su voz y ha encabezado, junto con Acción Nacional, la lucha para que puedan ejercer el derecho de una manera responsable y efectiva.

Por primera vez, el Presidente de la República ha institucionalizado los esfuerzos del gobierno, creando el Instituto de los Mexicanos en el Exterior; y, principalmente, ha acercado las comunidades a través del Consejo Consultivo del IME, que sirve de puente natural con nuestros hermanos en el exterior.

Hoy, los consejeros aquí presentes serán testigos de honor de esta lucha histórica para hacer hijos presentes y que nunca, nunca más sean hijos ausentes de la nación mexicana.

El cambio sí incluye a los mexicanos en el exterior: desde 1998, el grupo parlamentario de Acción Nacional en esta Cámara presentó, a través de su diputado José de Jesús González Reyes, la iniciativa para reformar diversos artículos del Cofipe y, de esta manera, instrumentar el ejercicio del derecho a la representación. A la fecha, han sido siete las iniciativas presentadas por compañeros de Acción Nacional para que se ejerza plenamente este derecho constitucional. Somos el partido que ha presentado más iniciativas al respecto.

En congruencia con lo anterior y por el bien de México, el día de hoy el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional se manifiesta a favor del voto de los mexicanos en el exterior porque ellos son protagonistas en la construcción de un país incluyente, plural y democrático que busca el bien común de esta gran nación.

Asumimos que todos los actores políticos actuamos de buena fe, teniendo siempre en consideración un interés público, el único interés de la nación mexicana.

Esta Legislatura se ha caracterizado por sumar y multiplicar esfuerzos en la protección y en la defensa de los derechos de los mexicanos en cualquier parte del mundo en donde se encuentren. Hemos fortalecido la matrícula consular como documento probatorio de la nacionalidad mexicana. Aumentamos en 300 por ciento el presupuesto asignado a la protección consular y también hemos defendido a los nacionales condenados a pena de muerte. Y también, juntos, logramos que cualquier mexicano recupere la nacionalidad en cualquier momento, sin importar la temporalidad. Con el mismo ímpetu seguiremos trabajando para que se logren las reformas necesarias a fin de lograr que nuestra migración sea ordenada, legal y segura para todas y todos los mexicanos.

La Asamblea General de Naciones Unidas aprobó la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de los Trabajadores Migratorios y sus Familiares, de la cual México fue un entusiasta promotor, en donde se establece –cito:

"Los trabajadores migratorios y sus familiares tendrán derecho a participar en los asuntos públicos de su Estado de origen."

El día de hoy, los diputados y las diputadas daremos un paso más en el proceso de ajustar el derecho interno a nuestros compromisos asumidos, con la firme ratificación de los convenios nacionales. Y qué mejor que sea a favor de nuestros nacionales que están más allá de las fronteras.

Ha llegado el momento de que México se sume al grupo de más de 60 países que cuentan con una legislación que permite el derecho al voto de sus nacionales en el extranjero. La magnitud, la diversidad, la distribución y la movilidad de la población mexicana residente en el extranjero hacen de México un caso único en el mundo. La tarea que compartiremos será velar por el ejercicio responsable del voto y el cuidado de nuestro sistema electoral, que tanto esfuerzo nos ha costado construir y que ha servido para muchas otras naciones del mundo como modelo de transición y de consolidación democrática.

Seremos corresponsables de dar una gran muestra al mundo de madurez política de todas y todos los mexicanos, sin excepción. Los ojos del mundo en julio de 2006 estarán observando las elecciones para elegir al próximo Presidente de México, estarán atentos a la participación activa y decidida de millones de electores, que estando fuera del territorio nacional elegirán por primera vez en la historia al Jefe del Ejecutivo mexicano.

Las fronteras no nos detienen para sumar esfuerzos en la búsqueda de un México con una gran visión incluyente. Es necesario multiplicar las almas generosas de jóvenes, hombres, mujeres y adultos mayores que revigoricen la democracia, el humanismo político y el espíritu patriótico que nos da identidad, a pesar de la distancia y las adversidades. Serán miles de jóvenes mexicanos quienes por primera vez ejerzan su voto; y en esta ocasión será desde el exterior.

La nación mexicana no está sujeta a divisiones; ser mexicano es algo que se lleva en el corazón y no conoce de circunstancias de tiempo, lugar o preferencia política. La apuesta por un México democrático está en marcha y nadie la detendrá. Resulta inexorable aceptar que los derechos políticos deben reconocerse y aplicarse responsablemente, de manera independiente del lugar en donde se encuentren y pese a las dificultades que se presenten.

Así como en el pasado se logró el reconocimiento de ese derecho a las personas que no tenían acceso a la educación, a los indígenas y a las mujeres, es menester que el día de hoy ratifiquemos el compromiso adquirido con nuestros hermanos mexicanos más allá de nuestras fronteras, nuestros queridísimos paisanos. Las fronteras tampoco nos detienen para que el paso que hoy damos juntos nos lleve a trabajar mano a mano, codo a codo por lograr consolidar la democracia en nuestro país.

Son nuestros hermanos migrantes quienes día a día luchan por recuperar la oportunidad de aportar lo mejor de sí mismos a la familia que siempre, siempre será suya, a la patria que siempre, siempre habrá de respetarlos, a la nación que se enorgullece de que lleven sus valores en alto para aportar lo mejor de este país, que siempre los cobijará.

Termino, Presidente: el grupo parlamentario del PAN ha apoyado, apoya y apoyará la lucha del voto de los mexicanos en el exterior, porque no queremos en el mundo un solo mexicano sin nación. Asimismo, confiamos en el IFE para organizar la elección presidencial de 2006 con el voto a distancia.

Compañeras y compañeros diputados: honremos el esfuerzo de quienes nos han antecedido. Señoras y señores consejeros del IME: lleven hoy este mensaje de unión y contagien de pasión de hacer patria en cualquier lugar del mundo.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias, diputada.

Esta Presidencia da la bienvenida al señor Héctor Músquiz Flores, Presidente Nacional de la Liga Ciudadana Latinoamericanos Unidos, Coalición por los Derechos Políticos de los Mexicanos en el Extranjero, invitado por el señor diputado don Heliodoro Díaz Escárraga.

Se ruega a la Secretaría instruya el cierre del sistema electrónico y se dé cuenta del registro de asistencia.

El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: Por instrucciones de la Presidencia, ciérrese el sistema electrónico de asistencia.

Diputado Presidente: le informo que hay un registro de 396 diputadas y diputados, por lo que hay quórum.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias, señor secretario. Tiene el uso de la palabra la diputada Laura Elena Martínez Rivera, del Partido Revolucionario Institucional.

La diputada Laura Elena Martínez Rivera: Con su permiso, señor Presidente. Compañeras diputadas y diputados: el dictamen que hoy vamos a discutir en esta honorable soberanía no solamente trata sobre la instrumentación del voto de los mexicanos en el extranjero. Trata también de atender y resolver una demanda histórica postergada por varios años y muchas iniciativas guardadas.

Todos sabemos que el tema ha generado incertidumbre y preocupaciones a las fuerzas políticas, que han estado desapareciendo. Debemos en esta discusión llegar al final a una sólida y única decisión que nos fortalezca, nos unifique y nos posicione como Cámara de Diputados de cara a la nación y frente a todos los mexicanos que están esperando en el extranjero ejercer su derecho a votar.

La iniciativa que hemos presentado, y cuyo dictamen para segunda lectura habrá de concretar este derecho, debemos verla también como el puente para acercarnos a ese México que está más allá de nuestras fronteras y como una vía para cimentar mejores relaciones con ese enorme depósito de capital humano que se nos ha ido.

Hoy, con su aprobación, estaremos incluyendo en el proceso de consolidación de la democracia mexicana un elemento que faltaba, el elemento de la inclusión y la decisión de que también los mexicanos que están más allá de nuestras fronteras integran la patria.

Este honorable Congreso decidió ya hace tiempo esta discusión: no nos vamos a cansar con un debate que hoy está solucionado a través del consenso. Son mexicanos todos los nacidos en México o naturalizados mexicanos de conformidad con nuestras leyes y sus hijos nacidos en territorio nacional o en el extranjero, sin importar en dónde estén o dónde nacieron.

Son ciudadanos también quienes cumplen 18 años y tienen un modo honesto de vivir. No se niegan a un ciudadano mexicano los derechos consagrados en nuestra Constitución, salvo a quienes la propia ley excluye. Y la ley nos dice que todos los mexicanos en el extranjero, habiendo cumplido los requisitos, podrán votar en las elecciones en el extranjero.

Y quisimos, los diputados priístas que presentamos esta iniciativa, buscar y encontrar un consenso en la propuesta, siempre dentro de dos grandes principios: el reconocimiento de que no existen mexicanos de primera ni de segunda y garantizar la fortaleza de la institución electoral que muchos gobiernos priístas, con el esfuerzo de muchos mexicanos, construyeron en los tiempos pasados.

El PRI, desde su plataforma electoral, ha sido y sigue siendo un promotor fundamental de los derechos políticos de los mexicanos en el extranjero. La presentación de esta iniciativa es muestra cabal de nuestra vocación política para consolidar la democracia.

Vimos la matrícula consular, que otros se pretenden adjudicar, en el carácter de documento probatorio de la nacionalidad mexicana; seguiremos trabajando por los migrantes. El PRI ha hecho historia, pues fuimos nosotros precisamente, legisladores del PRI, los que reformamos la Constitución, en el artículo 36, en su fracción III, para posibilitar la iniciativa que hoy estamos a punto de aprobar si ustedes, con su vocación y compromiso, así lo determinan. A pesar del Gobierno Federal actual, las fuerzas políticas opositoras construimos la mejor propuesta. Aquí hoy la reivindicaremos.

Los 10 millones de ciudadanos mexicanos que trabajan en el extranjero, de los cuales 98 por ciento están en Estados Unidos, conservan arraigo en sus comunidades de origen. Así, luego de más de ocho años desde la reforma del 36, les hemos negado la posibilidad de materializar su derecho a votar y, con ello, su derecho a incidir sobre decisiones trascendentales. No legislar para hacer operativo su derecho al voto ha constituido un agravio injustificable contra nuestros migrantes, agravio que hoy los diputados y las diputadas estamos en posibilidad de corregir.

Para ello habremos de aprobar el dictamen que reforma y adiciona el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, que unánimemente las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios de esta Cámara someten este día a su consideración y mediante el cual se concreta el primer paso hacia la consolidación del derecho y la aspiración política de los mexicanos que viven más allá de nuestras fronteras.

En este dictamen se establecen la reforma y adición de 35 artículos del Cofipe y la incorporación de un Libro Noveno. El dictamen sujeto a su aprobación contempla los aspectos generales siguientes: la credencialización de los mexicanos residentes en el extranjero, la posibilidad de hacer campaña, el voto de casillas instaladas en el extranjero, el voto en elecciones presidenciales únicamente, el establecimiento de Juntas del IFE por cada país y ciudad extranjera donde se llevarían a cabo las elecciones, y que sean las autoridades electorales mexicanas las que tengan la facultad de intervenir en caso de impugnaciones, delitos u omisiones presentadas desde el exterior, a través de las impugnaciones.

Los artículos transitorios para las elecciones de 2006, que se han establecido en esta iniciativa y que fueron objeto de consenso, para efecto de posibilitar de mejor manera la elección de 2006, establecen: la celebración de acuerdos entre el IFE y las autoridades extranjeras para realizar y facilitar la jornada electoral; el establecimiento de centros de votación para 2006, por cada 15 mil ciudadanos registrados; la formación del catálogo general de electores en el extranjero, para la elección de Presidente de la República en 2006; y la instalación de módulos en México y en el extranjero a partir de junio de este año, para recibir las manifestaciones de los ciudadanos que deseen votar en el extranjero y cuenten ya con credencial para votar con fotografía; la realización de una campaña de fotocredencialización en el extranjero en consulados y en embajadas, reservando la autonomía del IFE; la instalación de casillas en consulados y embajadas, cuando no sea posible instalarlas en escuelas, oficinas y lugares públicos permitidos; y la instrumentación de los actos preparatorios del voto a partir de 2005.

Todas estas reformas y adiciones descritas han sido consideradas técnica, financiera y operativamente viables. En la ocasión en que estuvieron por aquí los funcionarios del IFE y consejeros, ellos manifestaron –y así está en la transcripción de las reuniones– su disponibilidad, su disposición y los instrumentos necesarios para atender esta demanda que hoy estamos a punto de aprobar.

En su oportunidad, también esta Cámara previó en el Presupuesto de Egresos de la Federación los recursos financieros para que el IFE realice las actividades preparatorias que este año derivarían de la nueva normatividad. Así lo han considerado los diputados miembros de las Comisiones de Gobernación, y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, quienes –como lo han comentado de forma detallada, plural, objetiva y unánime– han aprobado este dictamen.

Por último, invito a todos los diputados y las diputadas a construir una página más de la historia. Éste es un momento muy especial, como lo fue el día en que también un gobierno priísta otorgó el voto a las mujeres en 1953. Es un hecho que rectifica el rumbo del país, al incorporar en las decisiones democráticas a un sector de mexicanos que hasta la fecha estaba ausente, los millones de mexicanos que se encuentran en el extranjero y que serán sin duda copartícipes de fortalecer nuestra nación.

Los priístas ratificamos nuestro compromiso con la Constitución Política, con su cumplimiento; nuestros compromisos con la sociedad de aquí y con los mexicanos de allá y, por supuesto, con nuestro compromiso como legisladores de hacer cumplir la ley. Vamos a cumplir con la historia, vamos al reencuentro de los mexicanos que también forman parte de nuestra patria donde quiera que se encuentren.

Esta iniciativa reivindica a nuestros migrantes y también para ubicar nuestro país en el contexto internacional que hoy mismo se presenta en materia de votos nacionales en el extranjero. Pido a todos ustedes, compañeros y compañeras diputados, lo aprueben sin mayor demora. Gracias.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias, diputada.

Esta Presidencia ruega a la Secretaría dar lectura a un documento firmado por siete diputados, al que damos el tratamiento de fe de erratas.

El diputado Pablo Alejo López Núñez (desde la curul): Señor Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Sí, diputado don Pablo Alejo López.

El diputado Pablo Alejo López Núñez (desde la curul): Presidente, únicamente para hacer la observación de este documento que se nos ha corrido, del que va a hacer lectura el secretario de la Mesa, que no son siete firmas: son cinco firmas únicamente, de las cuales aparentemente la del diputado Maximino Alejandro Fernández Ávila no le corresponde.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia tiene el original, al que se le han sumado dos firmas. Sin embargo, vamos a permitir que el señor secretario le dé lectura y dé fe de las firmas que se han plasmado, señor diputado. En caso de que sean cinco, esta Presidencia no tiene ningún inconveniente en decir que son solamente esas firmas las autógrafas.

El diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (desde la curul): Señor Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Diputado Gutiérrez de la Garza, ¿con qué objeto?

El diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (desde la curul): Para solicitar una aclaración a la Mesa Directiva, diputado Presidente. Toda vez que se trata de un dictamen de suma importancia no sólo para esta Cámara sino para el país, creo muy prudente dejar perfectamente clara la modificación que se está presentando porque no sé de dónde proviene el concepto "fe de erratas". Yo siento que lo que procede aquí es una modificación del dictamen propuesta por estas personas de la Mesa Directiva y que se sometiese a votación del Pleno o como usted lo considere prudente; pero hablar de una fe de erratas sobre un dictamen de esta envergadura, lo siento, desde mi muy personal punto de vista, que no tiene soporte legal. Gracias, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Diputado Gutiérrez de la Garza: los diputados que han hecho llegar este ocurso le dan el tratamiento de "correcciones". Ni "correcciones" ni "fe de erratas". Vamos a darle el tratamiento de "modificaciones" propuestas por estos siete diputados. Les vamos a dar lectura e, inmediatamente después, vamos a consultar a la Asamblea para que nos las avalen.

El diputado Wintilo Vega Murillo (desde la curul): Señor Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Diputado Wintilo Vega.

El diputado Wintilo Vega Murillo (desde la curul): Las adiciones que se están presentando, o modificaciones, las está presentando el diputado David Hernández Pérez, con la suma del diputado Juan Antonio Guajardo Anzaldúa, Rosa María Avilés Nájera y Jaime Fernández Saracho, en un principio. Así fue como se la mandaron a la Mesa Directiva.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Tenemos aún más diputados que se han sumado, señor diputado Wintilo Vega. Vamos a esperar que sea la Secretaría la que dé fe del documento que obra en nuestro poder.

El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: Se va a dar lectura.

Oficio. Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de febrero de 2005.

Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera

Presidente de la Mesa Directiva

Cámara de Diputados

Presente

Por medio de la presente, los que suscribimos solicitamos su valiosa intervención, a efecto de reproducir y distribuir a la honorable Asamblea de esta Cámara la relación que contiene las correcciones del dictamen que reforma y adiciona al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, mismo que se anexa para su pronta referencia.

No omitimos comentar que fueron atendidas las observaciones que hiciera en su momento la Secretaría de Servicios Parlamentarios al dictamen en cita, mediante oficio número, sin número; de fecha, sin fecha, el cual ponemos a su consideración.

Sin otro particular, agradezco su fina atención.

Atentamente y suscriben el diputado David Hernández Pérez, la diputada Claudia Ruiz Massieu Salinas, el diputado Miguelángel García-Domínguez, el diputado Maximino Alejandro Fernández Ávila, el diputado Juan Antonio Guajardo Anzaldúa, la diputada Rosa María Avilés Nájera, el diputado Emilio Badillo Ramírez y el diputado Jaime Fernández Saracho.

Relación de correcciones del dictamen que reforma y adiciona el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales:

Artículo 244, párrafo primero, dice: 238 y 375; debe decir: 238 y 376.

Artículo 288, inciso c), dice: secretario ejecutivo en el extranjero, órganos distritales; debe decir: secretario ejecutivo del Instituto, órganos extraordinarios.

Artículo 293, inciso g), dice: artículo 360; debe decir: artículo 361.

Artículo 297, inciso b), dice: artículo 352; debe decir: artículo 353.

Artículo 302, inciso c), dice: 352 y 354; debe decir: 353 y 355.

El mismo artículo 302, en su inciso d), dice: 350; debe decir: 351.

Artículo 304, párrafo tercero, dice: fracción III, IV y V del artículo 349; debe decir: inciso 3) y 4) del artículo 192 y 3 del artículo 350.

Artículo 305, párrafo tercero, dice: 350; debe decir. 351.

Artículo 308, en su inciso c), dice: 364; debe decir: 365.

En su inciso h) dice: 375; debe decir: 376.

Y en su inciso i) dice: una de la elección; y debe decir: una de la elección para Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 321, párrafo dos, dice: padrón electoral en el extranjero; debe decir: Padrón Electoral en el Extranjero, con mayúsculas.

Artículo 322, inciso b), dice: padrón electoral extranjero; debe decir: Padrón Electoral en el Extranjero.

Artículo 323, párrafo primero, dice: padrón electoral extranjero; y debe decir: Padrón Electoral en el Extranjero.

Artículo 324, párrafo primero, dice: repíblica; debe decir: República.

Artículo 328, párrafo primero, dice: padrón electoral extranjero; debe decir: Padrón Electoral en el Extranjero.

Artículo 329, en su párrafo uno, dice: padrón electoral extranjero; debe decir: Padrón Electoral en el Extranjero.

En el párrafo tercero, inciso b), dice: padrón electoral extranjero; debe decir: Padrón Electoral en el Extranjero.

Artículo 330, párrafo primero, dice: padrón electoral extranjero; debe decir: Padrón Electoral en el Extranjero.

Artículo 335, párrafo segundo, dice: catálogo general de electores; debe decir: catálogo general de electores en el extranjero.

Artículo 346, párrafo tercero, dice: 333; debe decir: 334.

Artículo 350, párrafo tercero, dice: 354; debe decir: 355.

Artículo 367, dice: en el párrafo tercero inciso a), 364; debe decir: 365. Y en el cuarto párrafo dice: 357; debe decir: 358.

Artículo 368, inciso e), dice: 375; debe decir: 376.

Artículo 379, párrafo primero, dice: libro sexto; debe decir: libro noveno.

Artículo 385, inciso a), dice: Consejo Distrital; debe decir: Consejo Extraordinario.

En el inciso c) dice: Consejo Distrital; debe decir: Consejo Extraordinario.

En el inciso e) dice: y se realizarán las operaciones referidas en el inciso anterior; debe decir: y se procederá en los términos de los incisos a) a d) de este artículo. Dice: inciso c), entre paréntesis, repetido, y –ahí mismo– Distrital; debe decir: inciso f) Extraordinario. Inciso d), dice: entre paréntesis, repetido, y –ahí mismo– la misma; debe decir: inciso g), la misma y la declaración de validez de la elección.

Artículo 387, inciso a): distrital, entre paréntesis dos veces; debe decir: extraordinario, entre paréntesis dos veces.

Artículo 388, inciso b), dice: distritales; y debe decir: extraordinarios en el extranjero.

Artículo 388, párrafo primero, dice: distritales; debe decir: extraordinarios en el extranjero.

Transitorio Primero, dice: esta reforma; debe decir: este dictamen.

Transitorio Cuarto, dice: libro sexto; debe decir: libro noveno.

Transitorio Quinto, dice: libro sexto; debe decir: libro noveno.

Se propone también, para ser aprobado, cambiar las numeraciones romana por las numeraciones ordinales de los capítulos y se apruebe la intríngulis siguiente:

Unico. Se reforman los artículos 1; 6, párrafo segundo; 9; 59, párrafo primero; 71, párrafo primero, incisos a) y b); 81; 82, incisos e), f), ñ) y o); 83, incisos d) y primero; 84, inciso n); 86, inciso h); 89, incisos e), j) y m); 92, incisos b), g), i), j) y k), y párrafo segundo; 93, inciso i); 94, incisos a) y d); 96, inciso a); 168, inciso b); 173, párrafo 2; 174, párrafos 5 y 7; 182, párrafos 1, 2, 3 y 4; 182, a), fracción I, inciso a); 183, párrafos 1 y 3; 184; 185, párrafo segundo; 186, párrafos primero y tercero; 190, párrafos 1, 2, 3, 4 y 5; 205, inciso a) del párrafo segundo; 207, párrafo primero, incisos a), b) y c) del párrafo segundo; 208, párrafos primero, incisos b), c), d) y e), párrafos segundo y quinto; 211; 242, párrafo primero, incisos b), c) y d); 243, párrafo primero, inciso a); y 244.

Segundo. Se adicionan a los artículos 4 un párrafo cuarto; 82, un inciso i) Bis; 89, un párrafo cuarto y 209 un párrafo tercero y un Libro Noveno, "Del voto en el Extranjero", al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias, señor secretario.

Consulte la Secretaría a la Asamblea en votación económica si se aceptan las modificaciones propuestas por los diputados integrantes de las Comisiones de Gobernación, y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, en el entendido que estas modificaciones comprenden la intríngulis; esto es, el artículo concentrador de todas las modificaciones. Sí, diputado Pablo Alejo López.

El diputado Pablo Alejo López Núñez (desde la curul): Sí, Presidente. Únicamente para solicitar... Bueno, si no ha sido votado en lo general el dictamen, yo considero que lo que se tiene que hacer en primer lugar, Presidente, es votar el dictamen en lo general. Si no, estaríamos aprobando en este momento modificaciones sobre algo que no ha sido aprobado en lo general, si se han aceptado como modificaciones sino como fe de erratas, Presidente. Solicitarle pues que, con apego a reglamento, se someta primero a consideración del Pleno el dictamen en lo general.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Diputado Pablo Alejo: esta Mesa tiene la obligación de cuidar que los dictámenes, propuestas, mociones, comunicados y demás escritos cumplan las normas que regulan su formulación y presentación. Para nadie es ajeno que hubo un debate al respecto en las diversas instancias de gobierno de esta Cámara. Lo que estamos nosotros proponiendo es que el dictamen que se someta a la consideración de la Asamblea comprenda estas modificaciones. No se están aprobando, de ninguna manera. Lo que estamos aprobando es la modificación del proyecto de dictamen que se somete a la consideración de la Asamblea. Diputado Pablo Alejo.

El diputado Pablo Alejo López Núñez (desde la curul): Sí, Presidente. Sólo quisiera recordar a la Presidencia que el dictamen que estamos analizando y que habrá de votarse es un dictamen que ya ha sido aprobado en primer lugar en primera lectura. Y en segundo lugar, para adicionar ese dictamen habría que corregirlo en Comisiones, dado que la Comisión de Gobernación y las Comisiones Conjuntas aprobaron el dictamen tal y como está presentado en este momento.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Diputado Pablo Alejo López: los dictámenes no se aprueban en primera lectura, quedan en primera lectura, están a la disposición del Pleno y lo único que está haciendo esta Presidencia es allegarse de los elementos necesarios de diputados integrantes de las comisiones y está sometiendo a la consideración de la Asamblea que con estas modificaciones el dictamen se discuta en lo general, pero no se está aprobando a priori.

Luego entonces, con toda consideración, respecto y afecto, le ruego su respaldo y solidaridad para esta Presidencia, de tal suerte de someter a la consideración del Pleno estas modificaciones en caso de que se aprueben, así se somete a la consideración el dictamen y no es que estén aprobadas por la Asamblea. Provea la Secretaría.

De la Vega Asmitia, a sus órdenes.

El diputado José Antonio de la Vega Asmitia (desde la curul): Diputado Presidente: para solicitarle en todo caso que prevenga a la Asamblea de que estas modificaciones no son de las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, como se ha hecho ver, sino que son a título de los diputados que la firman en lo individual.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Le recuerdo que esta Presidencia ha pedido y pide en este momento a la Secretaría que consulte a la Asamblea, en votación económica, si se aceptan las modificaciones propuestas por diputados integrantes de las Comisiones de Gobernación, y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, para obsequiar su petición. Adelante, señor Secretario.

El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si se aprueban las modificaciones presentadas por...

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Perdón, "si se admiten", señor.

El Presidente diputado Antonio Morales de la Peña: ... si se admiten las modificaciones presentadas por diversos diputados, que se les dio lectura.

Los señores diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. (Votación) Los señores diputados que estén por la negativa. (Votación)

La mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Luego entonces, está a discusión en lo general el dictamen con las modificaciones propuestas por diversos diputados y aceptadas por la Asamblea. Esta Presidencia no tiene registrados oradores. Luego entonces, se ruega a la Secretaría preguntar a la Asamblea si se considera suficientemente discutido en lo general.

El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. (Votación) Gracias. ¿Los que estén por la negativa? (Votación)

La mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Para los efectos del artículo 134 del Reglamento, esta Presidencia informa que ha recibido por parte del señor diputado Sergio Penagos García, del Partido Acción Nacional, las reservas a los artículos del Título Segundo, Segundo Capítulo, 182, 182-A, 183, 184, 185, 186, 189 y 190; del Libro Noveno, Título Primero, por el propio diputado, 286, 287, 288, 289, 290, 291, 292, 293, 294, 295, 296, 297, 298, 299, 300, 301, 302 y 303, y 334, 335, 336 y 337. Esta Presidencia pregunta, para los mismos efectos, si no hay otras reservas. Y pregunta con toda atención y cortesía al diputado Sergio Penagos si los artículos que reserva están contemplados con modificaciones en el dictamen correspondiente, haciendo la aclaración de que en la Secretaría Técnica estamos haciendo la compulsa necesaria.

Señor diputado Penagos.

El diputado Sergio Penagos García (desde la curul): Diputado Presidente: más allá de las correcciones gramaticales, estamos hablando de una cuestión de fondo en el término de la reserva.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Así las cosas, se ruega a la Secretaría instruya la apertura del sistema electrónico de votación, hasta por 10 minutos, para votar el dictamen en lo general, con las modificaciones propuestas por varios diputados, aceptadas por la Asamblea, que no han sido objeto de reserva por el diputado Penagos; y en lo particular, los artículos que no lo fueron.

El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: Háganse los avisos a que hace referencia el artículo 161 de nuestro Reglamento Interior y ábrase el sistema electrónico, por 10 minutos, para proceder a la votación en lo general, incluidas las modificaciones propuestas y aprobadas por la Asamblea, y en lo particular de los artículos no impugnados. (Votación nominal)

Ciérrese el sistema electrónico de votación.

De viva voz, el diputado Daniel Ordóñez Hernández. Sonido en la curul 113.

El diputado Daniel Ordóñez Hernández (desde la curul): Daniel Ordóñez, a favor.

El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: Gracias. Diputado Presidente: se emitieron 391 votos en pro, 5 en contra y 22 abstenciones.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobados en lo general y en lo particular los artículos no impugnados con las modificaciones propuestas y aceptadas por la Asamblea, por 391 votos.

Esta Presidencia da el uso de la palabra al señor diputado don Sergio Penagos García para presentar sus reservas, en el entendido de que el señor diputado Penagos ha pedido a esta Presidencia, lo que obsequiamos con un enorme gusto, que sea en una sola exposición.

El diputado Sergio Penagos García: Gracias, diputado Presidente. Y antes de que dé inicio el marcaje del tiempo, he de manifestar desde esta tribuna que he decidido retirar las reservas relativas a los artículos comprendidos del 334 al 337, correspondientes a la materia de credencialización. Acto seguido, inicio con un saludo afectuoso a todos los paisanos que hoy nos acompañan en este histórico momento y, por conducto de ustedes, un abrazo a todos los que están más allá de nuestras fronteras.

Con su venia, señor Presidente: voto de mexicanos y mexicanas en el extranjero. Claro que sí, como lo hemos manifestado en otras ocasiones: el voto de los mexicanos en el extranjero es un compromiso de la nación con millones de compatriotas que se encuentran fuera del territorio. Nadie, nadie puede poner en duda que los millones de mexicanos migrantes son y seguirán siendo pueblo de México y, por esa razón, no se les puede impedir el ejercicio de votar.

La reforma que hoy se plantea significa enfrentarnos a situaciones hoy desconocidas. En estas condiciones, es imperativo dar los primeros pasos con prudencia y pertinencia para evitar situaciones de riesgo para nuestras instituciones y procesos electorales. Bajo esta idea de prudencia legislativa, el PAN ha reservado los artículos 180 a 190, relativos a la posibilidad de hacer campañas en el extranjero y de aumentar el financiamiento público para dichas campañas. Los artículos 286 a 303, que disponen el establecimiento de una estructura del IFE en el extranjero equivalente a la que actualmente se prevé en el territorio nacional.

No cabe duda de que la sociedad reclama campañas electorales confiables y transparentes, en donde cada voto se respete, pero también exige que nuestra democracia electoral no se convierta en un inagotable proyecto al cual se destinan millones de pesos cada año electoral. La sociedad exige que nuestra democracia electoral sea cada vez más confiable, pero también cada vez menos onerosa.

El precio que México paga por su democracia es el más alto en todo el mundo. Como ejemplo, en Estados Unidos cada voto cuesta menos de 20 centavos; es decir, unos dos pesos mexicanos. En México cuesta alrededor de unos 20 pesos; o sea, 10 veces más. En este sentido, resulta inapropiado un incremento a 10 por ciento a la cantidad de los gastos de campaña con la finalidad de llevarlas a cabo más allá del territorio mexicano, como lo propone el dictamen a discusión.

Esa propuesta es contraria, sin duda, al sentir de la sociedad, ya que se omite toda mención a la fuente de dichos recursos. La pregunta es ¿de dónde va a salir ese 10 por ciento adicional? No sólo se trata de dar más dinero a los partidos políticos, dinero que –por cierto– sale del bolsillo de los contribuyentes, sino que además no se proponen mecanismos especiales para la fiscalización en el extranjero de esos recursos. En otras palabras, se autoriza a los partidos políticos a gastar más, pero no se les exige rendir cuentas a este respecto, sin omitir el problema de la extraterritorialidad para su fiscalización por parte del Instituto Federal Electoral.

Estimamos que lo conveniente es prohibir a los partidos políticos y a sus candidatos realizar actos públicos de campaña fuera del territorio nacional, ya que de esa forma se contribuye a generar condiciones de equidad y transparencia y se desalienta, por otra parte, la participación de agentes extranjeros en la elección. Asimismo, resulta inadecuada la propuesta del decreto de dictamen al pretender que en cada uno de los países donde se lleve a cabo el voto de los mexicanos en el extranjero se establezca una estructura equivalente a la que actualmente se prevé en el territorio nacional.

En síntesis, se está planteando un IFE nacional y un IFE en el extranjero. Se trata de una propuesta inviable porque implicaría un fuerte gasto económico, así como problemas de logística y de capacitación. Incluso, se plantea que dicha estructura forme parte del servicio profesional de carrera electoral, lo que obviamente exige la continuidad y permanencia.

Para nosotros, debe partirse de la creación de un órgano electoral en el extranjero que no sea necesariamente obeso ni amplio, sino que comience por ubicar las áreas más densamente pobladas y determine cuáles de ellas necesitan contar con un órgano ejecutivo especial.

Compañeras y compañeros diputados: coincidimos con los que afirman que el voto debe ser un derecho que se ejerza para elegir el gobierno propio, no al gobernante ajeno. Acción Nacional respalda y se compromete con el derecho de voto de los mexicanos en el extranjero, compromiso que nos exige la creación de un efectivo marco legal que así lo garantice, lo cual requiere prudencia y responsabilidad legislativa, a fin de conservar en la regulación electoral los principios constitucionales de certeza, legalidad e independencia, imparcialidad y objetividad. Reiteramos: votos de las mexicanas y los mexicanos en el extranjero, sí, con futuro cierto.

Diputado Presidente: en obvio del tiempo, solicito que las propuestas de modificación se instruya a la Secretaría para darles lectura. Es cuanto, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias, diputado Penagos. Esta Presidencia instruye a la Secretaría que sea tan gentil de presentar a la consideración de la Asamblea las modificaciones a los artículos del 182 al 190 y del 186 al 303, en la inteligencia que del 334 al 337 han sido retiradas las reservas y en su oportunidad se pondrán a la consideración de la Asamblea en sus términos.

El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: Propuestas de modificación del grupo parlamentario de Acción Nacional respecto a las reservas que hace al dictamen de las Comisiones Unidas por el que se reforman diversas disposiciones del Cofipe en materia del voto de los mexicanos en el extranjero.

Se proponen a esta Asamblea que se eliminen del decreto del dictamen en discusión los artículos 182 a 190 y, en su lugar, se plantea adicionar un párrafo quinto al artículo 182 para que se establezca que los partidos políticos y sus candidatos no podrán realizar, por sí o por interpósita persona, actos públicos de campaña o difundir su propaganda electoral en medios masivos de comunicación fuera del territorio nacional. Asimismo, se propone que se eliminen los artículos 334 a 337, así como los artículos 286 a 303 propuestos por el decreto del dictamen. Por otra parte, se propone que se adicione el artículo 286, para quedar como sigue:

1. Para la organización de las elecciones fuera del territorio nacional, se establecerá una junta ejecutiva para el voto de los mexicanos en el extranjero, la cual se integrará y funcionará en los mismos términos que una junta local ejecutiva, con excepción de lo establecido en el inciso d) del párrafo primero del artículo 100. Además, coadyuvará con la Junta General Ejecutiva en la integración de expedientes sobre las presuntas irregularidades que se cometan con motivo del voto de mexicanos en el extranjero, ejerciendo ambas sus facultades en territorio nacional.

2. Durante el proceso electoral funcionará un consejo especial, responsable de vigilar la organización del voto de los mexicanos en el extranjero. En su integración y su funcionamiento se observarán las bases que este código establece para un consejo local, con excepción de lo previsto en el inciso b) del artículo 103, para que la residencia se acredite en cualquier entidad federativa.

Para efectos de los incisos d) a j) del artículo 105, así como de los incisos d) a f) del artículo 107, el Consejo General aprobará unas reglas de operación.

3. La Junta Ejecutiva para el Voto de los Mexicanos en el Extranjero presentará, para aprobación del Consejo General del Instituto, la forma de su organización interna para la mejor realización, evaluación y control de sus atribuciones.

4. Los órganos responsables de la organización del voto de los mexicanos en el extranjero observarán los principios rectores del voto previstos en la Constitución y en este código.

5. Los partidos políticos nacionales, a través de sus representantes, tendrán acceso a toda la información de la organización del voto de los mexicanos en el extranjero.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: ¿Es cuanto, señor secretario?

El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: Sí, es cuanto, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Luego entonces, consulte la Secretaría a la Asamblea si se aceptan las modificaciones propuestas por el señor diputado Penagos.

El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si se aceptan las modificaciones presentadas por el diputado Penagos.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. (Votación) Los que estén por la negativa. (Votación)

La mayoría por la negativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Luego entonces, no se aceptan las modificaciones propuestas. Instruya la Secretaría la apertura del sistema electrónico, por cinco minutos, para votar los artículos reservados, en sus términos.

El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior y ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación nominal de los artículos no reservados, en sus términos.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Son los artículos reservados, todos los reservados, en sus términos, en la inteligencia de que la votación a favor es en sus términos. (Votación)

El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: De viva voz, el diputado Daniel Ordóñez Hernández. Diputado Daniel Ordóñez, a favor. Diputado Moreno Morán, en contra. Diputado Carlos Silva, a favor. Diputado José Rangel, a favor.

Diputado Presidente: se emitieron 258 votos en pro, 124 en contra y 20 abstenciones.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobados los artículos 182, 182 A, 183, 184, 185, 186, 189, 190, 286, 287, 288, 289, 290, 291, 292, 293, 294, 295, 296, 297, 298, 299, 300, 301, 302, 303, 334, 335, 336 y 337, por 258 votos.

Aprobado en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos y un Libro Noveno al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

En virtud de que ha transcurrido el tiempo correspondiente a la presente sesión, se ruega a la Secretaría dé lectura al orden del día de la próxima sesión, la cual incluirá los asuntos no abordados en la presente.

Permítame un segundo. Señor diputado Wintilo Vega.

El diputado Wintilo Vega Murillo (desde la curul): Señor Presidente: tengo entendido que el acuerdo de la Conferencia y la solicitud del acuerdo de la Junta de Coordinación Política era que la sesión del día de hoy terminara a las 6 de la tarde. Son las 5 –son 4:58–, y todavía quedan en discusión, que pudieran ser votados de inmediato, dictámenes de la Comisión de Salud, lo cual le pediríamos poner a consideración del Pleno para que de una vez los viéramos.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Consulte la Secretaría a la Asamblea si se ponen a la consideración del Pleno los siguientes dictámenes.

La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas: Con mucho gusto.

En votación económica, se pregunta a la Asamblea si están de acuerdo en que se sometan a consideración los dictámenes a discusión en el orden del día.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. (Votación) Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. (Votación)

La mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Luego entonces, está a la consideración de la Asamblea el dictamen con proyecto de decreto que adiciona dos párrafos al artículo 99 de la Ley General de Cultura Física. Consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura al dictamen.

La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea en votación económica si se dispensa la lectura al dictamen.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. (Votación) Gracias. Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. (Votación)

La mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Se le dispensa la lectura.

No tiene esta Presidencia registrado orador para fundamentar el dictamen en los términos del 108 del Reglamento. En consecuencia, pasamos al capítulo de discusión y, en los términos, esta Presidencia en lo general y en lo particular tiene registrados para fijar posiciones a la diputada doña Alejandra Méndez Salorio, del Partido Verde Ecologista de México; al diputado Reynaldo Francisco Valdéz Manzo, del Partido de la Revolución Democrática; y al diputado don José Francisco Javier Landero Gutiérrez, del Partido Acción Nacional. Tiene el uso de la palabra la diputada doña Alejandra Méndez Salorio.

La diputada Alejandra Méndez Salorio: Con la venia de la Presidencia.

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Adelante, doña Alejandra.

La diputada Alejandra Méndez Salorio: Compañeras y compañeros legisladores: el día de hoy, la Comisión de Juventud y Deporte somete a la consideración del Pleno de esta soberanía un dictamen que, por su contenido, habrá de sentar un precedente y provocar gran alegría y motivación en el sector del deporte olímpico mexicano. Con la adición del artículo 99 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, se concretará el otorgamiento de una beca vitalicia para todos los deportistas que obtengan o hayan obtenido una presea olímpica para nuestro país.

Por tanto, señoras y señores diputados, con su voto a favor del presente dictamen estaremos dando un paso fundamental en pro de la promoción y estímulo del deporte mexicano y de nuestros jóvenes, más aún si consideramos el entorno en que transcurre la vida de nuestra juventud. Además, con ello reconocemos la dedicación, el tesón, esmero, sacrificio y perseverancia de quienes tuvieron o tendrán la virtud de acceder a la gloria del olimpismo y ganar una medalla.

Lo importante de la presente adición estriba en el hecho de que se otorgará el reconocimiento a los citados deportistas a partir de que obtengan la medalla olímpica, pero fundamentalmente cuando sus condiciones físicas empiezan a mermar y ya no son objeto de patrocinio u otorgamiento de becas por sus resultados, encontrándose en esta etapa de su vida –en muchas ocasiones– en el olvido o a la deriva, resultando su futuro incierto y desolador, de ahí que debamos reconocer que no existe una percepción más equivocada que la de creer que si un atleta ganador de alguna medalla olímpica advierte la disminución de sus capacidades físicas, éste ya no es candidato a seguir recibiendo los apoyos del gobierno, cuando aún tienen mucho que aportarnos.

Por tanto, es importante resaltar que las brillantes trayectorias de los deportistas nacionales fortalecen y estimulan las actitudes positivas de la sociedad en general y son ejemplo a seguir para la niñez y la juventud. Además, esta disposición toma en cuenta un sector de la población que se encuentra poco menos que olvidado; es decir, los deportistas paralímpicos. Ello, en virtud de que son los que más preseas han otorgado a nuestro país y en un lapso mucho menor. De ahí que sea un acto de elemental justicia otorgarles lo que con su esfuerzo y dedicación se han ganado.

Porque las decisiones que tomemos hoy serán el reflejo de los escenarios futuros para nuestros niños. Y estoy convencida de que, más allá de los colores, la búsqueda de la excelencia debe ser una constante en nuestras vidas, en lo cultural, social, intelectual y físico. Y en este último rubro, el deporte reviste una importancia y trascendencia capital, pues el deporte permite alejar a las personas de vicios, la vagancia, la ociosidad y tantas otras conductas negativas que hoy son un lastre para nuestra sociedad.

Por tanto, tenemos ante nosotros la gran oportunidad de seguir aprovechando, en beneficio del deporte mexicano, la trayectoria y las sobresalientes actuaciones de los atletas que han colocado el nombre de México en los foros internacionales más altos. Muchas gracias.

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Gracias, diputada doña Alejandra Méndez Salorio. Tiene el uso de la palabra para fijar posición, en nombre del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el señor diputado don Reynaldo Francisco Valdéz Manzo.

El diputado Reynaldo Francisco Valdéz Manzo: Con su permiso, diputado Presidente.

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Adelante.

El diputado Reynaldo Francisco Valdéz Manzo: Subo a esta tribuna para pedir el voto en favor de la iniciativa que reforma el artículo 99 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, la cual tiene como objetivo contribuir a que a los deportistas olímpicos y paralímpicos de nuestro país que hayan logrado ganar una medalla en sus participaciones en las justas olímpicas se reconozca su esfuerzo personal y familiar, posterior a su participación en los Juegos Olímpicos.

En nuestro país, a pesar de su larga historia y tradición deportiva, así como los innumerables problemas por la falta de coordinación y los innumerables conflictos que han vivido nuestros atletas por parte de los organismos rectores del deporte nacional, intereses personales que afectan el desarrollo deportivo de los atletas olímpicos y paralímpicos... A pesar de ello, han dado a la sociedad grandes satisfacciones al lograr medallas olímpicas para México.

México participa por primera vez en 1924 en los Juegos Olímpicos, celebrados en París. Y en 1932 se logran las primeras dos medallas de plata, a través de Francisco Cabañas Padua, en boxeo, y de Gustavo Huet Bobadilla, en tiro, respectivamente. Y en 1948, México, por conducto de Humberto Mariles Cortés, logra la primera medalla de oro, en la disciplina de salto individual en equitación. Hasta la fecha, México ha sumado durante sus participaciones en Juegos Olímpicos 10 medallas de oro, 18 de plata y 23 de bronce, en lo que se refiere a atletas convencionales.

En 1972 México es invitado por primera vez a participar en los Juegos de Discapacitados en Alemania, atletas que con el paso del tiempo han dado grandes satisfacciones al pueblo de México, siendo un ejemplo para la sociedad en general. Los atletas con discapacidad logran sus primeras medallas en la participación en la Olimpiada de Toronto, Canadá, sumando a la fecha 232 medallas en las diferentes disciplinas en que han participado.

Como se puede observar, el número de medallas es limitado de acuerdo con el largo historial de participación de nuestros atletas. Con esta reforma de la Ley General de Cultura Física y Deporte que hoy votaremos, tendremos la oportunidad de establecer las bases para estimular a los atletas para continuar por el camino del éxito, cosechando triunfos, que es de sobra conocido, y que los logros en materia de medallas son por el esfuerzo personal y familiar, ya que las ineficiencias de las dependencias en materia deportiva se reflejan en las estadísticas durante la participación de los pasados Juegos Olímpicos.

Con todo esto lograremos que los medallistas beneficiarios de este programa de becas económicas vitalicias... sean para los deportistas que merezcan este beneficio, y así eliminar de tajo aspectos de favoritismos personales y favoritismos políticos de las instituciones deportivas, ya que después de la euforia de haber conquistado la gloria olímpica con una medalla, pasan al olvido y al retiro y, en algunos casos, ingresan en el mercado laboral y, en otros, sus posibilidades al mismo mercado son nulas por muchos factores, que los limitan a tener una actividad diferente del deporte y con ello una vida ejemplar dedicada a la práctica del deporte es olvidada, aunada a una precaria vida familiar.

Pero eso lo podemos revertir al votar a favor, otorgando a los deportistas que sacrificaron tiempo y familia y dedicaron toda una vida al deporte nacional que sigan teniendo frutos y puedan vivir con decoro después del retiro, ya que es lo menos que pueden hacer las instituciones para así retribuir el esfuerzo que hacen estas luminarias del deporte nacional, otorgándoles estímulos económicos que les ayuden a vivir con decoro.

Por ello, en el grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática hemos recibido con beneplácito esta iniciativa. Por eso vamos a votar a favor e invitarlos a hacer lo mismo. Compañeras y compañeros diputados: votemos a favor para contribuir en algo con los atletas olímpicos y paralímpicos, que tanta satisfacción han dado al pueblo de México. Es cuanto, señor Presidente.

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Gracias, señor diputado don Reynaldo Francisco Valdéz Manzo.

Tiene el uso de la palabra para fijar posición, en nombre del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, el señor diputado don José Francisco Javier Landero Gutiérrez.

El diputado José Francisco Javier Landero Gutiérrez: Con su permiso, diputado Presidente.

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Adelante, diputado Landero Gutiérrez.

El diputado José Francisco Javier Landero Gutiérrez: Subo a esta tribuna a refrendar la posición del grupo parlamentario de Acción Nacional, convencido de la importancia de impulsar, apoyar y fomentar entre la juventud y los adultos la práctica de los deportes y las actividades físicas que ayuden al desarrollo integral de las personas.

En muchos países, incluido el nuestro, una pregunta latente con relación al deporte es ¿cómo podemos llegar a formar atletas de nivel competitivo a nivel internacional? Se ha llegado a varias conclusiones, pero una muy importante es la referente al apoyo permanente que se debe dar a los deportistas, tanto por el sector gubernamental como por el privado. Esto lleva a definir que uno de los grandes retos es construir los mecanismos, instrumentos y apoyos necesarios para impulsar el deporte nacional y reducir las deficiencias existentes con relación a otros países.

En este sentido y con relación a la iniciativa que hoy se presenta, referente al reconocimiento y apoyo que reciben o deben recibir los deportistas olímpicos, reconocemos este nuevo esfuerzo. Sin embargo... sin embargo, es importante señalar que ya se realizan diversos esfuerzos en este sentido. Se otorgan apoyos al deporte, principalmente a través de tres fideicomisos: el primero, el Fondo al Deporte al Alto Rendimiento, el Fodepar, el cual promueve y fomenta el deporte de alto rendimiento, con el fin de brindar apoyo integral a los mejores deportistas del país por medio del otorgamiento de becas, campamentos, equipo multidisciplinario, competencias, etcétera. También existe el Fondo Nacional del Deporte, el Fonade, que promueve y fomenta el deporte nacional, permitiendo a los deportistas y atletas mexicanos desarrollarse y alcanzar niveles competitivos de excelencia y, por ende, obtener mayor número de preseas. Por último, está el Fideicomiso de Reconocimiento a Medallistas Olímpicos, el Firmo, a través del cual se otorga un reconocimiento a los atletas competidores en juegos olímpicos que han obtenido una presea y que consiste en una beca vitalicia de alrededor de 6 mil pesos mensuales y su integración a la labor altruista que realiza la Asociación Mexicana de Medallistas Olímpicos.

Es importante señalar que este último fideicomiso cuenta con aproximadamente 14 millones de pesos, y hasta el día de hoy únicamente se ha mantenido con los intereses que produce su capital. No está garantizada su continuidad. Los diferentes actores que deseamos que el deporte mejore, más allá de estar pensando en crear nuevos fideicomisos, deberíamos preguntarnos también y proponernos cómo mejorar los que ya existen, cómo fomentar que existan mayores recursos que garanticen la viabilidad de los fideicomisos y, con ello, el desarrollo deportivo.

También se encuentran en los estados otros estímulos, como el Premio Estatal del Deporte o el Premio Nacional del Deporte, que otorga el Gobierno Federal. En este contexto, se observa que el apoyo por parte del Gobierno Federal y los fideicomisos dirigidos a apoyar a los deportistas de alto rendimiento está operando, pero es un hecho que el impulso y apoyo a los deportistas debe complementarse con otras acciones paralelas a los estímulos económicos para reforzar el desarrollo de deportistas de alto nivel.

Es importante que la propia Comisión de Juventud y Deporte convoque a las reuniones necesarias para analizar cómo alcanzar mayores recursos a estos fondos; precisar de dónde se pueden obtener recursos y cuál va a ser el papel de la Comisión para que en el próximo Presupuesto federal se contemplen estos apoyos. También, también es una muy buena oportunidad para corregir los errores en la asignación presupuestal que se cometieron el año pasado al etiquetar recursos para proyectos personales, como las albercas del diputado Buendía en Tabasco, en donde se concentraron 10 proyectos. Y cabe aquí preguntarse: ¿por qué no albercas en Guerrero? ¿Por qué no albercas en Coahuila, en Yucatán?

Mejor etiquetemos esos recursos para estos fondos, que benefician a muchos jóvenes y deportistas, y no solamente para los fines personales y electorales de algunas personas.

En Acción Nacional coincidimos en el hecho de que se otorguen estímulos a los deportistas que obtengan una o más medallas olímpicas o paralímpicas, sin hacer distinciones entre deportistas regulares y los que tienen alguna discapacidad, porque estamos convencidos de que estas acciones representan –para los jóvenes que tienen un gran deseo y facultades de practicar cualquier disciplina deportiva– un importante aliciente e impulso para alcanza su deseo de estar entre los mejores.

La responsabilidad de cada uno de los integrantes del sistema nacional del deporte, de los sectores social y privado y de nosotros como legisladores es que nuestras acciones a favor del deporte nacional puedan ser claras, eficientes y evaluables, y puedan incrementar la eficacia y eficiencia de la acción gubernamental y del sector social.

Legisladores y legisladoras: uno de nuestros deberes como representantes de la sociedad es crear el marco legal adecuado para que nuestros representados tengan acceso a reconocimientos a su empeño y dedicación que pusieron para sobresalir en las competencias deportivas y en cada uno de los ámbitos en que se desenvuelven. Estamos a favor de este dictamen, pero proponemos que no se quede en el papel y que los diputados trabajemos en las reformas fiscales necesarias que generen recursos para soportar este tipo de iniciativas, que tienen una muy buena intención pero que están en riesgo de ser inviables si no se concretan las fuentes de ingresos que garanticen su operatividad. Es cuanto, diputado Presidente.

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Gracias, señor diputado don José Francisco Javier Landero Gutiérrez.

Señoras y señores legisladores: en virtud de que se han agotado los oradores registrados para fijar posición de sus respectivos grupos parlamentarios y de que esta Presidencia no tiene registrados más oradores para la discusión en lo general y en lo particular, consulte la Secretaría a la Asamblea si el artículo único del proyecto de decreto se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo único del proyecto de decreto en lo general y en lo particular.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. (Votación) Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. (Votación)

La mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Suficientemente discutido. Se pide a la Secretaría que se abra el sistema electrónico por 10 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto.

La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico por 10 minutos para proceder a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto. (Votación)

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Secretaria: esta Presidencia quiere recalcar que únicamente se acepta votación de viva voz a quienes durante el periodo en que se abrió el sistema electrónico el biométrico no haya funcionado. Con esa aclaración.

La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas: Diputados que registran votación de viva voz.

El diputado Daniel Ordóñez Hernández: A favor.

El diputado Carlos Álvarez Reyes: A favor.

La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas: Diputado Presidente: se emitieron 374 votos a favor, ninguno en contra y 1 abstención.

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Aprobado en lo general y en lo particular, por 374 votos, el proyecto de decreto que adiciona dos párrafos al artículo 99 de la Ley General de Cultura Física y Deporte. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma los artículos 195, 201, 210, 258, 264, 286 Bis y 370 de la Ley General de Salud. Consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura al dictamen.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea en votación económica si se dispensa la lectura al dictamen.

Las diputados y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor. (Votación) Las diputadas y los diputados que estén por la negativa. (Votación)

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Gracias, secretario. Se le dispensa la lectura. Se concede el uso de la palabra al señor diputado don José Ángel Córdova Villalobos para fundamentar el dictamen, de conformidad con el artículo 108 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, por la Comisión, hasta por cinco minutos.

El diputado José Ángel Córdova Villalobos: Buenas tardes. Con su venia, señor Presidente. Compañeras diputadas, compañeros diputados: el hecho de que un órgano tenga demasiada carga normativa, como es el caso del área de la salud, en la que actualmente contamos con 356 artículos en la Ley General de Salud y 9 reglamentos, que contienen 2 mil 623 artículos, dentro de los cuales 232 se refieren a insumos para la salud, pretendemos por ello simplificar la regulación y de esta forma llevar a cabo los objetivos plasmados en el sector.

Debemos tener en cuenta que la farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos es de suma importancia, ya que es el sustento y base del sector salud de nuestro país y se hace mención de que es tan sobresaliente su participación, que en este documento, en la farmacopea, se establecen los métodos de análisis y las especificaciones técnicas que deben cumplir los medicamentos, productos biológicos y biotécnicos, de esta forma asegurando la calidad y eficacia de éstos, los cuales se consumen en México.

Resulta trascendente que la garantía de la calidad se dé no solamente en los medicamentos que consumimos todos los mexicanos y que forman parte del proceso fundamental del tratamiento médico, sino de todos los insumos que en las diferentes especialidades de la terapéutica constituyen los principios básicos de las sustancias activas y de todos los elementos que de alguna manera intervienen en el tratamiento de los enfermos.

La farmacopea, aparte de ser una de las más antiguas, completas y una de las ocho activas que existen en el mundo, es el instrumento que a través de los últimos años ha demostrado tener dinamismo, actualidad y profesionalismo. Por ello ha ganado prestigio tanto nacional como internacionalmente. Por otro lado, se enfatiza que, como campo de aplicación, los dispositivos médicos son un espacio de encuentro para diversas áreas del conocimiento, pues en él convergen –entre otras– las ciencias médicas, las ingenierías y las ciencias farmacéuticas. De manera que no son materia ajena a las finalidades y naturaleza de la farmacopea, siendo incluso una tendencia que empieza a vislumbrarse internacionalmente tomando como ejemplo las farmacopeas de Europa, de Japón y de Norteamérica, que ya incluyen la monografía de las futuras quirúrgicas, entre otras.

Lo que se pretende es que la farmacopea mexicana asuma integralmente esa responsabilidad, generando un suplemento de dispositivos médicos y así conservándose a la vanguardia. Por ello, con el objetivo de lograr una desregulación dirigida a obtener una maquinaria administrativa eficaz y tras llevar a cabo un análisis técnico, económico y jurídico, se debe considerar viable la inclusión de especificaciones técnicas sobre los insumos para la salud en la farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo anterior, los exhorto a que apoyemos este dictamen con proyecto de reforma, ya que sólo impera con el propósito de legislar de manera eficaz y adecuada, con una regulación específica en materia de insumos para la salud, en la cual la farmacopea mexicana será la base de muchos de los objetivos que se pretenden lograr en el sector salud. Muchas gracias.

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Gracias, doctor.

Habiendo fundamentado el señor diputado don José Ángel Córdova Villalobos en nombre de la Comisión, está a discusión en lo general. En virtud de que esta Presidencia no tiene oradores registrados, se considera suficientemente discutido en lo general.

Para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, se pregunta a la Asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular. En virtud de que no hay reservas de artículos para discutirlo en lo particular, se considera también suficientemente discutido en lo particular.

Se instruye a la Secretaría se abra el sistema electrónico por seis minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico por seis minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto. (Votación)

Ciérrese el sistema de votación electrónico.

De viva voz, el diputado Daniel Ordóñez Hernández, del PRD. Sonido en la curul 113.

El diputado Daniel Ordóñez Hernández (desde la curul): A favor.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: De viva voz, el diputado Carlos Álvarez Reyes. Sonido a la curul 369.

El diputado Carlos Álvarez Reyes (desde la curul): A favor.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Señor Presidente: se emitieron en pro 372 votos, 0 en contra y 2 abstenciones.

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Gracias, señor secretario.

Aprobado en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto que reforma los artículos 195, 201, 210, 258, 264, 286 Bis y 370 de la Ley General de Salud, por 372 votos. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma los artículos 420 y 421, y adiciona el artículo 414 Bis a la Ley General de Salud. Consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura al dictamen.

El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura al dictamen.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. (Votación) Gracias. ¿Los que estén en contra? (Votación)

La mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Se le dispensa la lectura.

Por la Comisión, para fundamentar el dictamen, en los términos del artículo 108 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, tiene el uso de la palabra la diputada doña María Cristina Díaz Salazar, hasta por cinco minutos, para fundamentar el dictamen.

La diputada María Cristina Díaz Salazar: Con su permiso, señor Presidente. Compañeros legisladores: es público y notorio que se ha venido transmitiendo propaganda comercial o publicidad sobre diversos productos cuyos anunciantes les atribuyen la calidad de medicamentos y a los cuales éstos confieren propiedades terapéuticas o de rehabilitación y se presentan como solución definitiva en el tratamiento preventivo o rehabilitatorio de un determinado padecimiento y que esos productos, conocidos como "milagro", no cuentan con la calidad de medicamentos en los términos de la legislación sanitaria vigente.

La mayoría de estos anuncios comerciales tienen la duración, forma y estructura de un programa de televisión. Incluso, se presentan testimonios de conocidos personajes que magnifican las propiedades de estos productos; o bien, contienen tantos comerciales dentro de su espacio, en los que se ofrecen promociones especiales dirigidas a provocar en el consumidor la compra impulsiva del producto y que en la mayoría de los casos generan confusión entre el público consumidor.

En virtud de lo anterior, resulta urgente proteger la salud pública y los intereses de la sociedad de la publicidad engañosa y de las supuestas propiedades que se atribuyen a productos y mercancías conocidos popularmente como "productos milagro", que no sólo carecen de efectos terapéuticos sino que ponen en riesgo la salud y la vida de quienes los utilizan.

Por lo anterior, el dictamen emitido por la Comisión de Salud permitirá que se proceda al aseguramiento de estos productos por la Secretaria de Salud, en los establecimientos donde se comercialicen y en los que se encuentren almacenados por los fabricantes. Asimismo, se propone aumentar el monto de sanciones a los fabricantes y comercializadores, ampliando el catálogo de sanciones administrativas contenidas en la Ley General de Salud.

Señor Presidente: en nombre de la Comisión, me permito presentar una propuesta de modificación al dictamen que se somete a la consideración de esta Asamblea, a efectos de precisar el tipo de productos a que se refiere y para que la discusión y votación se dé tomando en cuenta la siguiente adecuación. En el artículo 414 dice: "productos y mercancías". La precisión que presentó, señor Presidente, señores compañeros, es que esta Comisión considera que debe decir: "remedios herbolarios", "suplementos alimenticios" o "productos de perfumería y belleza". Eso es todo, señor Presidente.

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Gracias, diputada doña María Cristina Díaz Salazar.

Antes de continuar con la discusión en lo general y en lo particular, instruyo a la Secretaría para que consulte a la Asamblea si se acepta que se incorpore al dictamen la modificación propuesta en nombre de la Comisión por la diputada doña María Cristina Díaz Salazar.

El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: Por instrucciones de la Presidencia, se pregunta a la Asamblea, en votación económica, si se admite la propuesta de modificación presentada por la diputada María Cristina Díaz Salazar.

Los ciudadanos diputados y las diputadas que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. (Votación) Gracias. Los ciudadanos diputados y las ciudadanas diputadas que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. (Votación)

La mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Gracias, secretario. Se considera admitida y se incorpora al dictamen la modificación propuesta. En consecuencia, está a discusión en lo general y en lo particular.

Quiero expresar a los señores y las señoras legisladores: el señor diputado don Javier Orozco Gómez, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, ha enviado a esta Presidencia su intervención por escrito con la solicitud de que se inserte íntegra en el Diario de los Debates. Como lo solicita, se dispone que se inserte íntegra esa intervención, que por escrito presenta, en el Diario de los Debates.

No habiendo oradores para la discusión en lo general y en lo particular, esta Presidencia considera, y así lo declara, que se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

Por tanto, se instruye a la Secretaría para que disponga que se abra el sistema electrónico hasta por cinco minutos para recibir la votación nominal en un solo acto, en lo general y en lo particular, del proyecto de dictamen.

El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior y ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del dictamen, incluida la modificación admitida, presentada por la diputada Díaz Salazar. Ruego a la Asamblea guardar orden.

No, señores diputados, es el Reglamento el que lo dispone, aprobado por estas Asambleas. Se abre el sistema electrónico.

El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: Ciérrese el sistema electrónico de votación. De viva voz, el diputado Daniel Ordóñez Hernández, en la curul 113. Sonido por favor.

El diputado Daniel Ordóñez Hernández (desde la curul): A favor.

El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: A favor, gracias. Diputado Presidente: se emitieron 372 votos en pro y 3 abstenciones.

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Gracias, secretario.

Aprobado en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto que reforma los artículos 420 y 421 y adiciona el artículo 414 Bis a la Ley General de Salud por 372 votos. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

Señoras y señores legisladores: en virtud de que ha transcurrido el tiempo correspondiente a la presente sesión, aprobado por la Asamblea... Por favor, sonido en la curul del señor diputado don Wintilo Vega. Ruego a los señores legisladores permitan hacer uso de la palabra al señor diputado don Wintilo Vega. Adelante, don Wintilo. Por favor, señores legisladores.

El diputado Wintilo Vega Murillo (desde la curul): Señor Presidente: cuando el vicepresidente Arroyo daba por terminada la sesión faltando dos minutos para las 5 de la tarde, le solicité, le hice recordar los términos del tiempo de la sesión acordados y le solicité pusiera a votación del Pleno si terminábamos la sesión, si ampliábamos la sesión para discutir los dictámenes referentes de salud, y falta uno, señor Presidente.

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Perdóneme, señor diputado, pero yo estaba presente aquí en la Presidencia como vicepresidente, y el acuerdo de la Asamblea fue en el sentido de ratificar el acuerdo de los señores coordinadores de la Junta de Coordinación Política, que era hasta las 6 de la tarde. Pero no se preocupe: la Asamblea es soberana, y voy a someter su pedimento a consideración. Se instruye a la Secretaría consulte a la Asamblea si se admite la solicitud del señor diputado don Wintilo Vega. Adelante.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea si es de admitirse la solicitud del diputado Wintilo Vega.

Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor. (Votación) Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo por favor. (Votación)

Mayoría por la negativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: En esas condiciones, instruyo a la Secretaría dé lectura al orden del día de la próxima sesión.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

(Lectura del orden del día)

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Gracias, señor secretario. La asistencia final se computará con la última votación nominal.

Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el próximo jueves 24 de febrero, a las 10:00 horas, y se les informa que el sistema electrónico estará abierto a partir de las 8:30 horas.

(A las 18:02 horas)