Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, LIX Legislatura
Versión estenográfica de la sesión ordinaria del martes 11 de octubre de 2005

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Pido a la Secretaría haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de ciudadanos diputados.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 369 diputados, por lo tanto hay quórum.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Se abre la sesión ( 11:13 horas)

Consulte la Secretaría a la asamblea si se le dispensa la lectura al orden del día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia en votación económica se consulta a la asamblea si es de dispensar la lectura al orden del día.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor.

Votación

Gracias.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Se dispensa la lectura.

El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior.

Pido a la Secretaría consulte a la asamblea si se le dispensa la lectura, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea en votación económica, si se le dispensa

la lectura al acta de la sesión anterior, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

Los ciudadanos diputados y ciudadanas diputadas que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Los ciudadanos diputados y ciudadanas diputadas que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Se dispensa la lectura. Proceda la Secretaría a poner a discusión el acta

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Está a discusión el acta.

No habiendo quien haga uso de la palabra en votación económica se pregunta si se aprueba.

Los ciudadanos diputados y ciudadanas diputadas que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Los ciudadanos diputados y ciudadanas diputadas que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Aprobada el acta.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Comunicaciones.

Comunicación de la Junta de Coordinación Política, para la integración del Comité del Centro de Estudios para el adelanto de las Mujeres y la equidad de género.

Se pregunta a la asamblea en votación económica si es de aprobarse.

Las ciudadanas diputada y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor.

Votación

Gracias.

Las ciudadanas diputada y ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Aprobada.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales:

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, con motivo de la obtención del Título de Campeones del Mundo, de los jóvenes integrantes de nuestra Selección de Fútbol Sub-17, en el pasado campeonato mundial de la especialidad, celebrado en Perú.

En votación económica se pregunta si se aprueba...

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Permítame, permítame Secretaria.

Nos ha solicitado el uso de la palabra, la diputada Jazmín Zepeda Burgos. En consecuencia se concede el uso de la palabra a la diputada Jazmín Zepeda Burgos, de la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática, hasta por cinco minutos.

La diputada Jazmín Elena Zepeda Burgos: Con su permiso, diputado Presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Permítame, permítame, diputada.

Con toda atención, la Presidencia invita cordialmente a los representantes de los medios de comunicación a ocupar los lugares que tienen asignados para cumplir con su importante labor informativa; y a las señoras y señores diputados, prestar la debida atención a nuestra compañera diputada.

Adelante, diputada.

La diputada Jazmín Elena Zepeda Burgos: Gracias, diputado Presidente. Con su permiso.

Subo a esta tribuna para pedir el voto a favor del punto de acuerdo presentado por el Partido Verde Ecologista.

El deporte es un elemento de formación básica que da a nuestra juventud armas que le permitan visualizar una forma de vida alejada de las adicciones, que, por desgracia, hoy están presentes en nuestras nuevas generaciones.

Sabemos que aún cuando existen varios deportes de conjunto, en el caso de México, el fútbol soccer es el más reconocido y popular. En ese sentido, es importante demandar que los directivos de los clubes de fútbol, se sigan comprometiendo con el deporte y la afición que los apoya.

Una de las formas de hacer presente su compromiso y disposición de cooperar con el deporte nacional más allá de la organización del espectáculo, es la creación de escuelas de formación deportiva que sean las canteras donde surjan las y los jugadores que en corto plazo ocuparán los espacios que se generan dentro de los equipos y de esta forma, darle un nuevo rumbo y fortaleza al fútbol nacional.

Nuestro fútbol requiere de sangre nueva, como es el caso de los Seleccionados "Sub-17", Campeón del Mundo en su categoría, coronándose en una fecha que no se olvidará: 2 de octubre.

Es por ello que en la fracción del PRD, extendemos nuestras más sinceras felicitaciones a los integrantes de la Selección "Sub-17" por este gran triunfo que lo ha enmarcado en la historia del fútbol nacional, así como apoyamos la propuesta a candidatos al Premio Nacional del Deporte y nos sumamos al reconocimiento que esta Cámara de Diputados le hará a estos deportistas triunfadores que serán ejemplo y modelo a seguir por nuestros jóvenes.

Por lo anterior, el grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, hemos recibido con beneplácito este punto de acuerdo; es por eso que vamos a votar a favor e invitarlos a hacer lo mismo, compañeras y compañeros diputados.

Gracias.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Esta Presidencia informa que se ha registrado también para hablar sobre el acuerdo de la Junta de Coordinación Política, el diputado Edmundo Valencia Monterrubio, de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional.

En consecuencia, tiene la palabra el diputado Edmundo Valencia Monterrubio, de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional, hasta por cinco minutos.

El diputado Edmundo Gregorio Valencia Monterrubio: Con su permiso, señor Presidente.

Honorable Asamblea:

Los diputados del Partido Acción Nacional, estamos a favor de reconocer, homenajear, con una ceremonia a los Seleccionados Nacionales de la "Sub-17"; a ese entrenador humilde y mexicano que lo contagiaron esos niños jóvenes con su paleta en la boca, más no un cigarro; a todo su cuerpo técnico, ya que su tenacidad, disciplina y esfuerzo, son aspectos imprescindibles con los que todos los mexicanos, con anhelos de triunfo, debemos siempre contar; pero, sin embargo, saberlos explotar en el difícil reto, como lo fue ese Campeonato del Mundo.

Estos jóvenes sirven de claro y digno ejemplo para la sociedad mexicana, y de grandes guías para la niñez y la juventud nacional que día a día, encuentran en ellos la más firme inspiración y deseos de triunfar, ya que nuevamente han enaltecido y han situado al deporte de nuestro país en uno de los lugares más anhelados por toda Nación.

Por eso, el Partido Acción Nacional, se une para que sean los del Premio Nacional del Deporte, ya que estos jóvenes siempre, siempre se había pedido y siempre deseábamos que a nuestro querido México, le diéramos un lugar muy en especial y lo bien empieza, bien termina. El 2 de octubre todos y cada uno de nosotros fuimos testigos de qué manera y con qué categoría, con qué coraje esa sangre azteca nos dieran el campeonato mundial de futbol sub-17.

Por lo tanto es menester felicitar como se merecen a los campeones mundiales de la selección mexicana sub-17. Esperemos contar con todo su apoyo y queremos tenerlos aquí dentro del Recinto.

Por eso suplicamos de la manera más atenta compañeros, que nos unamos a ese título que nos pertenece a todos los mexicanos. Muchas gracias, es cuanto señor presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: En términos del 122 consulte la secretaría a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el punto de acuerdo.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la presidencia en votación económica se pregunta si se considera suficientemente discutido el punto de acuerdo.

Los ciudadanos diputados y ciudadanas diputadas que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo.

Votación

Los ciudadanos diputados y ciudadanas diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Mayoría por la afirmativa diputado presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Suficientemente discutido.

Consulte la secretaría a la Asamblea si se aprueba el punto de acuerdo.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: En votación económica se pregunta si se aprueba.

Los ciudadanos diputados y ciudadanas diputadas que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Los ciudadanos diputados y ciudadanas diputadas que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Votación

Mayoría por la afirmativa diputado presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Aprobado. Comuníquese.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

De la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos.

Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos por el que se establecen los lineamientos sobre el contenido y la forma que deberán observar las comisiones para la presentación de sus informes semestrales y el levantamiento de las actas de sus reuniones.

CONSIDERANDO

1. Que la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos el órgano de gobierno que reúne a los miembros de la Junta de Coordinación Política y al presidente de la Cámara de Diputados en términos del artículo 37 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

2. Que de conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del numeral uno del artículo 38 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, es el órgano de gobierno que tiene dentro de sus atribuciones impulsar el trabajo de las comisiones para la elaboración y el cumplimiento de los programas legislativos.

3. Que con sujeción a lo establecido por el numeral uno del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, las comisiones son órganos constituidos por el Pleno, que a través de la elaboración de dictámenes, informes, opiniones o resoluciones, contribuyen a que la Cámara cumpla sus atribuciones constitucionales y legales.

4. Que con fundamento en el inciso b) del numeral seis del artículo 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, una de las tareas de las comisiones es la de rendir un informe semestral de sus actividades a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos.

5. Que en términos de lo prescrito por los numerales dos y tres del artículo 3o. del Reglamento para la Transparencia y el Acceso a la Información Pública de la Honorable Cámara de Diputados, se deberán publicar las actas de las sesiones de las comisiones con la lista de asistencia, los acuerdos que se adopten y el sentido del voto de los diputados, así como los informes semestrales de actividades de las comisiones, con información relativa a las iniciativas, minutas y puntos de acuerdo que le sean turnadas y el estado en que se encuentren.

Con base en las consideraciones y disposiciones legales referidas, la Conferencia para la dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, adopta el siguiente acuerdo:

Artículo 1.- Las comisiones ordinarias, con excepción de la jurisdiccional, remitirán a la Confederación de Trabajadores de México sus informes semestrales de actividades en los siguientes plazos:

A.- Primer informe semestral de actividades que comprende del mes de septiembre, al mes de febrero a más tardar el último día hábil del mes de marzo de cada año.

B.- Segundo informe semestral de actividades que comprende del mes de marzo al mes de agosto a más tardar el último día hábil del mes de septiembre de cada año.

En el año de instalación de la Legislatura, el período del primer informe semestral de actividades comprenderá desde la fecha de la instalación formal de la comisión, hasta el mes de febrero del año siguiente.

En el año de conclusión de la Legislatura, el segundo informe semestral de actividades deberá presentarse durante la primera quincena de agosto.

Artículo 2.- Los informes semestrales de actividades deberán contener al menos lo siguiente:

a).- Datos generales del informe incluyendo nombre de la comisión, período del informe, fundamento legal, mesa directiva e integrantes de la comisión.

b).- Iniciativas, minutas y proposiciones con punto de acuerdo turnadas durante la Legislatura, con información pormenorizada sobre la fecha de recepción, promovente, el trámite dictado por la presidencia de la mesa directiva, las actividades desarrolladas para efectos de su dictamen y el estado preciso que guarden con información de antecedentes documentales pertinentes.

c).- Avances en el cumplimiento de su programa anual de trabajo.

d).- Reuniones plenarias celebradas con la lista de diputados asistentes y ausentes, los acuerdos y dictámenes aprobados en cada una de ellas así como el sentido del voto de sus integrantes en los casos que corresponda.

e).- Resumen de reuniones convocadas con información sobre las reuniones suspendidas por falta de quórum y los registros de asistencia y ausencia de cada uno de los diputados integrantes de la comisión.

f).- Resumen de las reuniones con servidores públicos especificando objeto y conclusiones de cada reunión.

g).- Relación de documentos, opiniones, informes generados en las materias de su competencia.

h).- Grupos de trabajo o subcomisiones integrados señalando su objeto y avances en el cumplimiento de sus tareas.

i).- Viajes oficiales de trabajo de carácter nacional precisando objeto, diputados participantes, tareas desarrolladas y objetivos alcanzados.

j).-Relación de asuntos generales resueltos o atendidos.

k).-Relación de documentos diversos y en su caso publicaciones generados.

l).-Resumen de otras actividades desarrolladas por la comisión como foros, audiencias, consultas, seminarios y conferencias.

m).- La información a que se refieren los incisos c) y d) del numeral dos del artículo tercero del Reglamento para la Transparencia y el Acceso a la Información Pública de la honorable Cámara de Diputados.

El informe semestral de actividades se presentará de conformidad con el formato anexo al presente acuerdo.

Artículo 3.-La Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos ordenará la publicación de los informes semestrales de actividades en la página de Internet de la Cámara de Diputados y en la Gaceta Parlamentaria a efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el numeral tres del artículo tercero del Reglamento para la Transparencia y el Acceso a la Información Pública de la honorable Cámara de Diputados.

Artículo 4.-A efecto de que se cumplimente lo preceptuado en el inciso a) del numeral dos del artículo tercero del Reglamento para la Transparencia y el Acceso a la Información Pública de la honorable Cámara de Diputados, las comisiones remitirán a la Secretaría General, por conducto de la Secretaría de Servicios Parlamentarios, a más tardar siete días hábiles después de celebradas, copias de las actas de sus reuniones de trabajo suscritas por la mayoría de los integrantes de su mesa directiva adjuntado su versión electrónica.

Artículo 5.-Las actas deberán contener al menos lo siguiente:

A.- Datos generales de la reunión con nombre del presidente, quórum inicial y final, hora de apertura y clausura y una breve relación de los asuntos tratados y de quienes intervinieron en cada uno de ellos consignando sucintamente sus propuestas.

B.- Lista de diputados asistentes y ausentes.

C.-Resumen de acuerdos, propuestas, resoluciones y dictámenes aprobados, así como el sentido del voto de sus integrantes en los casos que correspondan.

Artículo 6.-La Secretaría General, por conducto de la Secretaría de Servicios Parlamentarios publicará las actas de las reuniones de las comisiones en la página de Internet de la Cámara de Diputados y en la Gaceta Parlamentaria.

Artículo 7. La presentación de los informes que rindan las comisiones especiales y de investigación se sujetarán a los plazos establecidos en el acuerdo de su creación o en lo que corresponda a lo establecido en el presente acuerdo.

Artículo 8. La Secretaría de Servicios Parlamentarios rendirá informes periódicos a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativos al cumplimiento de las obligaciones de las comisiones de remitir sus informes semestrales de actividades y de publicar las actas de sus reuniones.

La Conferencia ordenará la publicación de los informes en la Gaceta Parlamentaria y su difusión en la página de internet de la Cámara de Diputados.

Transitorios:

Primero. El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por el pleno.

Segundo. Comuníquese a las comisiones.

Tercero. Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los 10 días del mes de octubre de 2005.

Con la firma de los siguientes ciudadanos diputados: diputado Heliodoro Díaz Escárraga, presidente; diputado Pablo Gómez Alvarez, presidente de la Junta de Coordinación Política y coordinador del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; diputado Emilio Chuayffet Chemor, coordinador del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; diputado José González Morfín, coordinador del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional; diputado Jorge Kahwagi Macari, coordinador del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; diputado Alejandro González Yáñez, coordinador del grupo parlamentario del Partido del Trabajo.

En votación económica se pregunta a la asamblea si se aprueba.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor.

Votación

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Aprobado. Comuníquese.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales:

Oficio de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal relativo a las partidas de transferencias y participaciones federales.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

Oficio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público relativo a la Administración General de Aduanas.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Remítase a la Comisión de Economía.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

Oficio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público relativo al precio del gas natural.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Remítase a la Comisión de Economía.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales:

Oficio de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales relativo a la Comisión Nacional del Agua

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Remítase a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

Dos oficios de la Secretaría de Gobernación relativos a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Remítanse a las comisiones correspondientes y a los promoventes para su conocimiento.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales:

Oficio del Congreso del Estado de Jalisco relativo a la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

El siguiente punto del orden del día es la primera lectura de los siguientes dictámenes:

De las comisiones unidas de Agricultura y Ganadería y de Economía, con proyecto de Ley de Productos Orgánicos.

De la Comisión de Ciencia y Tecnología con proyecto de decreto que adiciona un último párrafo al artículo 13 de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.

Con proyecto de decreto que adiciona las fracciones XIII y XIV al artículo 5 de la Ley de Ciencia y Tecnología.

De la Comisión de Economía con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Propiedad Industrial.

Publicados todos en la Gaceta Parlamentaria.

Son de primera lectura.

Se instruye a la Secretaría el cierre del sistema electrónico de asistencia.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Falta algún diputado o diputada de registrar su asistencia?

Ciérrese el sistema electrónico.

Se informa a la Presidencia que hasta el momento hay una asistencia de 412 diputadas y diputados.

Quienes hasta el momento no han registrado su asistencia, disponen de quince minutos para realizarlo por cédula.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 62 de la Ley Aduanera.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea, si se le dispensa la lectura al dictamen.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia se pregunta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen, en votación económica.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo, por favor.

Votación

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Se le dispensa la lectura.

En virtud de que no hay oradores registrados, está a discusión en lo general y en lo particular el artículo único del proyecto de decreto.

En virtud de que no hay oradores, se considera suficientemente discutido.

Se pide a la Secretaría abra el sistema electrónico por diez minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del reglamento.

Abrase el sistema electrónico por diez minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto, en sus términos.

Votación

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Señor Presidente, se emitieron en pro 352 votos, en contra cero, abstenciones 9.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Aprobado en lo general y en lo particular por 352 votos el proyecto de decreto que reforma el artículo 62 de la Ley Aduanera.

Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

El siguiente punto del orden del día, es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización, y de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea en votación económica si se le dispensa la lectura al dictamen.

Los ciudadanos diputados y ciudadanas diputadas que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Los ciudadanos diputados y ciudadanas diputadas que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Se dispensa la lectura.

En consecuencia está a discusión en lo general.

En virtud de que no se han registrado oradores, consulte la Secretaría a la Asamblea si se le considera suficientemente discutido el dictamen en lo general.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

Los ciudadanos diputados y ciudadanas diputadas que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Los ciudadanos diputados y ciudadanas diputadas que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se pregunta a la Asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

En virtud de que no se ha reservado artículo alguno para discutirlo en lo particular, se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a recoger la votación en lo general y en lo particular en un solo acto.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico de votación por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular en un solo acto.

Votación

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Ciérrese el sistema de votación electrónico.

Señor Presidente: Se emitieron 360 votos en pro, 0 en contra y 4 abstenciones.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Aprobado en lo general y en lo particular por 360 votos.

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 2o. y 103 de la Ley de Instituciones de Crédito.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea en votación económica si se le dispensa la lectura al dictamen.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor.

Votación

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Esta a discusión en lo general.

En virtud de que no se han registrado oradores, consulte la Secretaría a la asamblea si se considera suficientemente discutido el dictamen en lo general.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia en votación económica se consulta a la asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor.

Votación

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Suficientemente discutido.

Para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General se pregunta a la asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

Esta Presidencia tiene registrado al diputado Alfonso Ramírez Cuéllar, de la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática, para reservar el artículo 2o. párrafo cuarto.

Tiene el uso de la palabra... Permítame, señor Diputado.

Se pide a la Secretaría abra el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados.

VOTACION

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Ciérrese el sistema electrónico de votación.

De viva voz el diputado Wintilo Vega. Por favor, denle sonido a su curul.

El diputado Wintilo Vega Murillo (desde la curul): Vega Murillo, sí.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Gracias diputado.

Por favor, denle sonido a la curul del diputado Gustavo Madero Muñoz.

El diputado Gustavo Enrique Madero Muñoz (desde la curul): Diputado Madero, a favor.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Gracias.

Por favor, sonido a la curul de la diputada Ruth Hernández.

La diputada Ruth Trinidad Hernández Martínez (desde la curul): Ruth Hernández, a favor.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Gracias.

Señor Presidente, se emitieron en pro 366 votos, en contra 9 y abstenciones 3.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Aprobado en lo general y en lo particular los artículos no impugnados por 366 votos.

Esta Presidencia informa que se ha reservado para la discusión en lo particular, el artículo 2 párrafo cuarto, por el diputado Alfonso Ramírez Cuellar, de la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática.

En consecuencia, tiene la palabra el diputado Alfonso Ramírez Cuellar, hasta por cinco minutos.

El diputado Alfonso Ramírez Cuellar: Compañeras y compañeros diputados y diputadas:

Quiero hacer una modificación a este párrafo que está en debate, sobre todo por una preocupación de que las empresas comerciales a las cuales les estamos dando la facultad, la posibilidad de poder captar dinero del público inversionista en el mercado de valores, puedan constituirse en instituciones bancarias sin ningún control y sin absolutamente ninguna regulación, donde las tasas de interés, como ocurre en muchos estados de la República, con una gran cantidad de empresas de carácter privado que no tienen ni la fiscalización ni el control, se dedican al préstamo de recursos y al otorgamiento del crédito en condiciones totalmente desfavorables para los usuarios de este financiamiento.

Tal y como está redactado corremos ese peligro, por eso en la Comisión de Hacienda habíamos aceptado la posibilidad de establecer una reforma a la Ley de Instituciones de Crédito, con el propósito de que las casas comerciales pudieran financiarse del dinero del público inversionista.

El público inversionista en el mercado de valores pueden ser muchos, uno de ellos son las Afores, que es dinero de los trabajadores, pero puede haber una variedad de inversiones y de colocación de valores en este sistema.

El problema mayor que tenemos es cuando el financiamiento que pueden otorgar las casas comerciales, los establecimientos comerciales, salen fuera del ámbito de la adquisición de los propios bienes que la casa o el establecimiento comercial está poniendo en venta.

Por eso, la propuesta de redacción, la propuesta de adición está en el sentido de agregar un párrafo, para que quede de la siguiente manera: "Se utilicen para el otorgamiento de financiamiento de cualquier naturaleza, para la adquisición de bienes que el mismo establecimiento comercial pone a la venta del público en general".

Esa es la propuesta concreta que estamos haciendo, con el propósito de proteger al sistema financiero nacional y proteger a muchísimos usuarios de crédito en el país.

Muchísimas gracias.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: No habiendo más oradores, se considera suficientemente discutida la reserva planteada por el diputado Alfonso Ramírez Cuellar.

En consecuencia, consulte la Secretaría a la asamblea si se admite la modificación propuesta por el diputado Alfonso Ramírez Cuellar al Artículo 2 párrafo 4 del Proyecto de Decreto que está en discusión.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Se pide a la Secretaría de lectura a la propuesta hecha y a la reserva hecha por el Diputado Ramírez Cuéllar.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: La propuesta al Artículo 4 hecha por el Diputado Ramírez Cuéllar dice: Para la adquisición de bienes el mismo establecimiento comercial, pone a la venta, por lo que. por instrucciones de la Presidencia, se pregunta a la Asamblea, si es de aceptarse la propuesta realizada por el Diputado Alfonso Ramírez Cuéllar al Artículo 2 en el párrafo 4, en votación económica.

Las Diputadas y los Diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo, por favor.

Votación

Gracias.

Las Diputadas y los Diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo, por favor.

Votación

Gracias.

Mayoría por la negativa, Diputado Presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: No se acepta.

Se pide a la Secretaría, se abra el Sistema Electrónico por cinco minutos para proceder a la votación del Artículo 2, párrafo 4, en sus términos.

Háganse los avisos a que se refiere el Artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el Sistema Electrónico de votación, por cinco minutos, para proceder a la votación nominal del Artículo 2, párrafo 4, en sus términos.

Señor Presidente, se emitieron en pro 282 votos , en contra 87 y abstenciones 6.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Aprobado el párrafo 4 del Artículo 2 en sus términos, por 282 votos.

Aprobado en lo general y en lo particular el Proyecto de Decreto que reforma y adiciona los Artículos 2 y 103 de la Ley de Instituciones de Crédito.

Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

Señores y señoras Legisladores, el siguiente punto del Orden del Día es la discusión del Dictamen con proyecto de Decreto que adiciona una Fracción al Artículo 159 de a Ley Federal de Salud.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea si se le dispensa la lectura al Dictamen.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se le dispensa la lectura al Dictamen.

Los Ciudadanos Diputados y Ciudadanas Diputadas que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Los Ciudadanos Diputados y Ciudadanas Diputadas que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Mayoría por la afirmativa, Diputado Presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Se le dispensa la lectura.

Antes de dar el uso de la palabra, en términos del 108 del Reglamento Interior al Diputado Rafael García Tinajero Pérez para fundamentar el Dictamen, esta Presidencia le da la más cordial de las bienvenidas al destacado Misionero Comboniano Manuel Sánchez, invitado por el señor Diputado Wintilo Vega Murillo.

Sea usted bienvenido. (aplausos)

Tiene usted el uso de la palabra, señor Diputado Rafael García Tinajero Pérez hasta por diez minutos.

El diputado Rafael García Tinajero Pérez: Con su venia, señor Presidente; con su venia honorable Asamblea:

La buena salud es esencial para el bienestar del ser humano y una población sana es esencial para el desarrollo de cualquier país.

La mala alimentación y los estilos de vida sedentarios están causando grave impacto en la salud y el bienestar de los mexicanos. La obesidad y el sobrepeso se reconocen mundialmente como una crisis de salud pública, los costos de esas condiciones son enormes pues sus consecuencias se traducen en reducción de la productividad y un aumento de los costos de cuidado médico. Y lo más triste de todo, las muertes prematuras e innecesarias que se registran cada año.

Los programas federales de difusión de la buena nutrición, juegan un papel crítico para combatir esta epidemia, fomentando mejores dietas a través de la educación y la promoción de la nutrición.

La información a la población de los hábitos higiénicos-dietéticos, así como de la difusión de una adecuada nutrición, es la base fundamental para la prevención de diversas enfermedades crónico-degenerativas, como son la diabetes, la hipertensión arterial, que actualmente en nuestro país, representan las principales causas de atención en los servicios de salud.

Según la Organización Mundial de la Saud, la salud es el completo estado de bienestar físico, mental y social y no solamente la ausencia de afecciones y enfermedades, y como vemos cada uno de estos puntos tiene que ver con una adecuada nutrición.

La nutrición comprende una serie de procesos, mediante los cuales los alimentos son utilizados por el organismo humano para mantener un estado funcional óptimo, como lo asentamos en el dictamen que el día de hoy se presenta para la votación, los diputados integrantes de la Comisión de Salud, consideramos que los procesos nutritivos tienen tres finalidades principales: suministrar la energía que necesita el cuerpo humano denominada función energética; proporcionar los materiales que se requieren para la formación de las propias estructurales corporales, la cual es la función plástica; proveer al organismo de sustancias que son necesarias para que se lleve a cabo el metabolismo, que tiene lugar permanentemente en todas y cada una de nuestras células, que son las responsables del funcionamiento del cuerpo humano, esta es la función reguladora.

Estas tres importantísimas funciones de la nutrición, no la realizan los alimentos como tales sino la llamada sustancias nutritivas, los alimentos están formados por mezclas muy complejas de distinta naturaleza.

La alimentación actual, habitualmente desequilibrada en su contenido nutricional, rica en grasos y carbohidratos, trae como consecuencia que muchas personas desarrollen obesidad y exceso de peso y enfermedades asociadas a este trastorno, como son la hipercolesterolemia y las enfermedades cardiovasculares.

La ingesta de alimentos nutritivos es fundamental, para mantener un estado óptimo de salud, así como difundir en la población general el consumo de una dieta que contenga en forma balanceada proteínas, carbohidratos, vitaminas, minerales y grasas.

Es por ello, que el ingesta de alimentos nutritivos, es la plataforma para una sociedad sana, la cual se inicia desde el proceso de gestación. Una mujer que esté bien alimentada, tendrá menos riesgos de alteraciones durante su embarazo y dará a luz productos sanos, es menor el riesgo de un parto prematuro, por ejemplo. Un bebé alimentado mediante lactancia materna, terminará mejor su desarrollo que el que no es sometido a este tipo de alimentación, y formará anticuerpos que vienen en la leche materna la que le ayudará a formar anticuerpos.

Ya durante la infancia y la adolescencia, los hábitos dietéticos y el ejercicio pueden marcar las diferencias entre una vida sana y el riesgo de sufrir enfermedades durante la edad adulta.

Cuando los niños son alimentados adecuadamente desde su primera infancia, durante la época de flasticidad de su cerebro, indudablemente serán individuos que tengan mejores rendimientos escolares, esto entre otras cosas.

Compañeros y compañeras, diputados y diputadas, tengamos bien presente que la prosperidad económica y la estabilidad de los países, reforzan en definitiva sobre una población instruida, bien alimentada y por consiguiente con buena salud.

Votemos a favor de este dictamen. Muchas gracias.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta presidencia no tiene registrados oradores, luego entonces declara como suficientemente discutido el asunto que nos ocupa, para los efectos y siendo Artículo Unico se instruye a la Secretaría, para que se abra el sistema electrónico de votación hasta por cinco minutos a efecto de recabar la votación nominal en lo general y en lo particular en un solo evento.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Háganse los avisos a que se refiere el Artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto.

VOTACION

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Señor Presidente, se emitieron 377 votos en pro, cero en contra y 2 abstenciones.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular por 377 votos, el proyecto de decreto que adiciona una fracción al artículo 159 de la Ley General de Salud.

Devuélvase al Senado para los efectos del Inciso E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Señoras y señores legisladores, el siguiente punto del orden del día es la discusión de los dictámenes negativos relativos a iniciativas. En virtud de que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea en votación económica, si se autoriza que sólo se les dé lectura a los enunciados de los puntos de acuerdo y que se reserven para su votación económica en conjunto, en el entendido de que si algún ciudadano diputado tiene interés en la discusión de algún dictamen, lo haga saber a esta Presidencia.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la asamblea en votación económica si se autoriza que sólo se dé lectura a los puntos de acuerdo.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor.

Votación

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se autoriza. Continúe la Secretaría con la lectura de sólo los enunciados.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Puntos de acuerdo del dictamen de las Comisiones de Economía y de Justicia y Derechos Humanos, por los que no se aprueba la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, Código Penal Federal y Código Federal de Procedimientos Penales.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se declara suficientemente discutida y se reserva para su votación económica en conjunto.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Puntos de acuerdo del dictamen de la Comisión de Economía, por los que no se aprueba la iniciativa que reforma y adiciona el artículo 32 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de Publicidad Engañosa y Comparativa.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se declara suficientemente discutida y se reserva para su votación económica en conjunto.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Puntos de acuerdo del dictamen de la Comisión de Economía, por los que no se aprueba la iniciativa que reforma los artículos 1, 7 fracciones I y IV, 10, 11 fracción III y adiciona al artículo 6 dos párrafos y 15 un último párrafo de la Ley Minera.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: En este punto el señor diputado don Pedro Avila Nevares ha manifestado su interés en particular, por lo que esta Presidencia le da el uso de la voz. Participa en contra hasta por 5 minutos.

El diputado Pedro Avila Nevares: Con su permiso señor Presidente.

Subo a esta tribuna a defender la iniciativa que hoy pretenden dictaminar en contra, propuesta hecha por el de la voz que reforma la Ley Minera, debida cuenta que nos debemos a la defensa de los recursos naturales en beneficio de la nación. Ahora, desgraciadamente la Comisión de Economía pretende que olvidemos a los miles de mexicanos que son propietarios de la riqueza explotada por unos cuantos y sacada del país, la mayoría de ellos campesinos, permitido esto por las leyes que los gobiernos neoliberales han implementado.

He presentado esta reforma para permitir que aquellos que en sus tierras descubiertas riquezas naturales, gocen del beneficio de éste y no como hasta ahora, se les pague una miseria, se les expropie su patrimonio y vean degradada su vida sujeta a una miserable indemnización o tiendas de raya, como sucede allá en mi estado de Durango, en el Municipio de San Dimas con la mina más rica del mundo, que es la de Tayoltita () en el Municipio de Tepehuanes, con la Mina de Ciénega de Nuestra Señora.

Vemos cómo esta Comisión no revisa sus propios dictámenes, ya que vota de manera negativa la reforma del artículo 1 de la iniciativa, donde se actualiza el nombre de la Secretaría responsable, la de Economía, cuestión de pura lógica y que no fue tomada en cuenta.

El artículo 6 de la iniciativa presentada, pretende obligar a quienes se beneficiarán de las riquezas encontradas, pague de manera justa al dueño de las tierras, el 10 por ciento del valor y el volumen del material minero a explotar al precio del mercado que pudiera encontrar, ya que esta riqueza representa a los concesionarios para su explotación más de 100 veces su inversión, lo cual no se refleja en el pago que se le hace a nuestros pobres campesinos.

Se pretende que el Gobierno Federal indemnice de manera justa al campesino, dueño de las tierras, al aumentar tres veces el valor catastral del terreno, ya que el valor que el Gobierno Federal impone, condena al campesino a recibir no más de 14 pesos por metro, de acuerdo al catálogo catastral que aplica.

Además, en este mismo artículo se obliga al que explote el material minero, a respetar el medio ambiente y procurar su cuidado, sabida cuenta que esta industria representa un alto margen de contaminación en nuestras aguas. Esto demuestra a la Comisión, que no le interesó cuidar a generaciones de mexicanos y no tomar en cuenta su futuro. La propuesta obligaba al cuidado del medio ambiente y castigaba a quienes contaminen y reparen su daño.

Esta iniciativa pretende el otorgamiento de concesiones de explotar, a sociedades que no tengan más del 50 por ciento de acciones de un inversionista extranjero.

Con esto cumplíamos con el espíritu de los constitucionalistas que imprimieron en el artículo 27, que pensaron que las riquezas del subsuelo nacional, deberían ser explotadas en beneficio de la nación.

Qué vergüenza que una comisión integrada por diputados, por representantes populares, hayan votado esta iniciativa que protege a los mineros y a los campesinos de México en contra y haciendo un apoyo descarado a los extranjeros que se llevan todo el oro y la plata de México, como sucede allá en Durango, que hasta ocho aviones salen cada ocho días cargados de Tayoltita y Ciénega de Nuestra Señora de Oro, para Canadá y para Inglaterra y aquí nosotros, que el pueblo nos encargó que lo defendiéramos, apoyando a los extranjeros.

Qué diría López Mateos y Lázaro Cárdenas y Clouthier y todos esos que han luchado por México, simplemente dirían que venimos a aquí a hacernos tontos y a traicionar a México.

Gracias. (Aplausos)

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias diputado don Pedro Ávila Nevárez.

Esta Presidencia no tiene registrados más oradores, declara el tema suficientemente discutido y lo reserva para su votación económica en conjunto.

Continúe la Secretaría.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Punto de acuerdo del dictamen de la Comisión de Salud, por el que se desecha la iniciativa que reforma los artículos 2, 3, 17 Bis, 130, 146, 155, 156, 157, 409 y 463 de la Ley General de Salud.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se declara suficientemente discutido y se reserva para su votación económica en conjunto.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Punto de acuerdo del dictamen de la Comisión de Salud, por el que se desecha la iniciativa que adiciona una fracción III Bis al artículo 73 de la Ley General de Salud.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se declara suficientemente discutido y se reserva para su votación económica en conjunto.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Punto de acuerdo del dictamen de la Comisión de Salud, por el que se desecha la iniciativa que reforma los artículos 320, 324 y 334 de la Ley General de Salud.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se declara suficientemente discutido y se reserva para su votación económica en conjunto.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Punto de acuerdo del dictamen de la Comisión de Salud, por el que se desecha la iniciativa que adiciona una fracción IV al artículo 33 y una fracción V Bis al artículo 58 de la Ley General de Salud.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se declara suficientemente discutido y se reserva para su votación económica en conjunto.

El diputado Pedro Avila Nevárez (Desde su curul): Señor Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Diputado Pedro Ávila Nevárez, con qué objeto? Sonido en curul, por favor.

Sonido en la curul de don Pedro Ávila.

El diputado Pedro Avila Nevárez (Desde su curul): Pido que la votación sea separada y nominalmente, por el asunto de la Ley Minera que interesa a todo México y es una protección para los campesinos, los gambusinos y los mineros de México, creo que como diputados, tenemos obligación de estudiar bien los fallos que damos y no nada más darlos al "troche moche" como se dice Durango-, allá en mi tierra, en la tierra de Villa.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Será separada la votación, señor diputado.

Continué la Secretaría.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Punto de acuerdo del dictamen de las Comisiones Unidas de Salud y de Atención a Grupos Vulnerables, por el que se desecha la iniciativa que reforma y adiciona los artículos 77 Bis 1, 168 y 174 de la Ley General de Salud.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se declara suficientemente discutido y se reserva para su votación económica en conjunto.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Puntos de acuerdo del dictamen de la Comisión de Economía, por los que se desecha la iniciativa que reforma y adiciona el artículo 7 Bis de la Ley de la Propiedad Industrial.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se declara suficientemente discutida y se reserva para su votación económica en conjunto.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Puntos de acuerdo del dictamen de la Comisión de Economía, por los que se desecha la iniciativa que adiciona un artículo 76 Ter a la Ley Federal del Consumidor.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se declaran suficientemente discutido y se reserva para su votación económica en conjunto.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Puntos de acuerdo del dictamen de la Comisión de Economía, por los que se desecha la iniciativa que adiciona una fracción IX al artículo 6 de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se declara suficientemente discutido y se reserva para su votación económica en conjunto.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Puntos de acuerdo del dictamen de la Comisión de Economía, por los que se desecha la iniciativa que reforma el artículo 112-A de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se declara suficientemente discutido y se reserva para su votación económica en conjunto.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Puntos de acuerdo del dictamen de la Comisión de Economía, por los que se desecha la iniciativa que adiciona un párrafo al artículo 1403 del Código de Comercio.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se declara suficientemente discutido y se reserva para su votación económica en conjunto.

Consulte la Secretaría a la asamblea si son de aprobarse los dictámenes negativos, a excepción del apartado por el señor diputado don Pedro Avila Nevárez, que tiene referencia con los artículos 1, 7 fracciones I, IV, 10, 11 fracción III, que adiciona el artículo 6, al artículo 6 dos párrafos y 15, perdón, un último párrafo de la Ley Minera, a excepción de éste, consulte la Secretaría a la asamblea en votación económica si son de aprobarse los dictámenes negativos.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Se va a proceder a recoger la votación económica de estos puntos de acuerdo y los anteriormente reservados con excepción del reservado por el diputado Pedro Avila Nevárez.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo,.

Votación

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobados los puntos de acuerdo, archívense los expedientes como asunto totalmente concluido.

Consulte la Secretaría a la asamblea en votación económica, respecto al dictamen de la Comisión de Economía con punto de acuerdo, por los que no se aprueba la iniciativa que reforma los artículos 1, 7 fracciones I y IV, 10, 11, fracción III, la adiciona al artículo 6 a dos párrafos y un último párrafo el 15 de la Ley Minera.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: En votación económica se pregunta a la asamblea si se aprueba los puntos de acuerdo reservados y señalados por el ciudadano Presidente.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobados los puntos de acuerdo, archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos.

Señoras y señores legisladores, entramos al punto de iniciativas.

Tiene el uso de la palabra la diputada..., se pospone? Se pospone la iniciativa de la diputada Consuelo Muro Urista.

El señor diputado don Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, entregó a esta Presidencia, las siguientes iniciativas, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación y la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, por lo que esta Presidencia la turna a las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos y de Atención a Grupos Vulnerables, con opinión de la Comisión Especial de la Niñez, Adolescencia y Familias.

Otra más que reforma el artículo 12 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en materia electoral, por lo que la turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Otra más que reforma el artículo 15 de la Ley del Servicio Postal Mexicano, que se turna a la Comisión de Comunicaciones.

Tiene el uso de la palabra el señor diputado don Juan Fernando Perdomo Bueno, del grupo parlamentario de CONVERGENCIA, para presentar iniciativa que reforma el artículo 9 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos en materia de juicio político; y esta Presidencia les da la más cordial de las bienvenidas a alumnos de derecho del segundo, tercero, quinto, sexto y séptimo semestre del Tecnológico de Baja California, invitados por el señor diputado don Pablo Alejo López Núñez.

(Aplausos)

El diputado Juan Fernando Perdomo Bueno: Con su permiso, diputada Presidenta.

El suscrito diputado Juan Fernando Perdomo, a nombre de CONVERGENCIA, presenta esta reforma de disposiciones a la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, al tenor de la siguiente exposición de motivos:

El contenido de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, garantiza el derecho que tienen los ciudadanos y algunas instituciones públicas para acudir a los órganos competentes, en el caso concreto, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, para solicitar justicia por el abuso o exceso de algún servidor público en el ámbito administrativo o mediante una acusación de tipo penal. Como es sabido, el artículo 9 de la ley, se refiere únicamente a denuncias de juicio político que obedecen exclusivamente a responsabilidades de carácter administrativo.

El texto vigente del artículo 9 que se reforma, se traduce en algún tipo de advertencia para los ciudadanos en caso de pretender realizar una denuncia de juicio político; ello, con el efecto de establecer que la denuncia que se presente, será bajo su más estricta responsabilidad.

Respecto a dicha redacción nos preguntamos cuándo no ha sido responsabilidad de cada individuo ejercer su derecho? Estamos frente al entendido de que los ciudadanos pueden acudir a los órganos competentes del Estado para solicitar se procure o administre justicia, dependiendo el caso concreto. Existen instituciones y disposiciones legales que protegen también a aquellos que son infundadamente calumniados a través de una denuncia, por lo cual se estima que sale sobrando la parte a que se alude en la presente exposición de motivos.

Por ello, el grupo parlamentario de CONVERGENCIA considera que es importante suprimir del texto vigente de la parte conducente sobre el supuesto para presentar una denuncia de juicio político, en lo relativo a la más estricta responsabilidad de los ciudadanos.

Por todo lo anterior y con fundamento en los artículos 55, 56 y 57 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General y los artículos 4 y 44 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del pleno de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 9. de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, quedando como sigue:

Capítulo Segundo. Procedimiento en el Juicio Político. Artículo 9. "...cualquier ciudadano podrá formular por escrito denuncia contra un servidor público ante la Cámara de Diputados por las conductas a las que se refiere el artículo 7 de esta propia ley, y por las conductas que determina el párrafo segundo del artículo 5. de esta misma ley.

Por lo que toca a los gobernadores de los estados, diputados a las Legislaturas Locales y magistrados de los Tribunales de Justicia Locales en el caso de ciudadanos, pueblos y comunidades indígenas del país, serán asistidos por traductores para elaborar la denuncia, si así lo solicitan. Dicha denuncia podrá presentarse por escrito en la lengua indígena".

Transitorio Unico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Es cuanto, diputada Presidenta. Muchas gracias.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Gracias a usted, diputado Perdomo.

Túrnese a las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos y de Gobernación.

A continuación tiene el uso de la palabra nuestro compañero, el diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.

El diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa: Con su permiso diputada presidenta; ciudadanos diputados; ciudadanas diputadas:

Jorge Leonel Sandoval Figueroa, en mi carácter de diputado federal integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LIX Legislatura, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 71 fracción II de la Constitución General de la República, 55 fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, al tenor de la siguiente:

EXPOSICION DE MOTIVOS

Nuestro sistema penitenciario tiene su origen en el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual señala que solo por delitos que merezcan pena corporal, habrá lugar a la prisión preventiva y conforme a la legislación penal las sanciones privativas de libertad ordenarán el aislamiento del delincuente de su núcleo social.

Las penas de prisión son agotadas en los centros penitenciarios establecidos por la Federación, los estados de la República y los municipios, a través de convenios generales, con la finalidad de readaptar al delincuente atendiendo el delito cometido en agravio de las personas o la sociedad.

El Sistema de Prevención y Readaptación Social Mexicano, en la actualidad se encuentra redefinido por las reformas hechas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre del año 2000, la cual replanteó las facultades de la extinta Dirección General de Servicios Coordinados de Prevención y Readaptación Social antes dependiente de la Secretaría de Gobernación.

A partir de su creación la Secretaría de Seguridad Pública Federal pasó a ser la responsable del Sistema Penitenciario Federal, conforme a lo dispuesto en al artículo 30 bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

En este contexto la prevención y readaptación social en México sufrió una transformación con el objeto de brindar mayor autonomía a las políticas de administración carcelaria a fin de erradicar la corrupción, la violencia, la gestación de motines al interior de los centros penales de una manera efectiva, transparente, en acciones coordinadas por un órgano administrativo desconcentrado denominado Coordinación General de Prevención y Readaptación Social.

En tal sentido este órgano actúa dentro del marco de colaboración interinstitucional a través de la ejecución de penas, supervisión de los programas o campañas vigentes para la eficaz prevención del delito y la readaptación social, logrando crear un clima de mayor certidumbre al interior de los penales, como ocurrió el presente año en los centros penitenciarios federales inspeccionados, logrando desarticular posibles movimientos de internos, los cuales contaban con artefactos prohibidos en su poder.

Sin embargo, las tareas de la Coordinación General de Prevención y Readaptación Social, de ningún modo podrán ser completamente exitosas sino reformamos la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, porque no ha sido actualizada para legitimar las atribuciones inherentes a sus funciones porque aún existen las facultades que literalmente la ley confiere a la desaparecida Dirección General de Servicios Coordinados de Prevención y Readaptación Social, antes dependiente de la Secretaría de Gobernación.

Las generaciones de legisladores de los últimos 30 años, han ponderado el contenido de las reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos del Consejo de Europa, adoptadas desde 1955 lo cual ha trascendido en el criterio del sistema de prevención y readaptación social que administra la Secretaría de Seguridad Pública Federal.

Por tal motivo, debemos contribuir a perfeccionar los ordenamientos legales aplicables para garantizar no solo la igualdad jurídica sino también el respeto a la condición humana de los internos a través de estas reformas que contribuirán a fortalecer la justicia en la ejecución de penas.

Por lo antes expuesto y fundado, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la ley que establece las normas mínimas sobre readaptación social de sentenciados, para quedar como aparecen publicadas en la Gaceta Parlamentaria del 4 del presente mes y año.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los once días del mes de octubre del año 2005.

Solicito de manera atenta y respetuosa, diputada presidenta, se publique íntegra la presente iniciativa en el Diario de los Debates.

Es cuanto.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Con mucho gusto diputado Sandoval Figueroa. De acuerdo a su solicitud, favor de insertar íntegro el texto en el Diario de los Debates y turnarla a la Comisión de Seguridad Pública.

A continuación, tiene el uso de la voz nuestra compañera diputada Martha Laguette Lardizábal, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado y de la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social.

La diputada Martha Laguette Lardizábal: Con su venia señora presidenta. Compañeros diputados. Gracias.

Es esta una iniciativa de decreto que adiciona la Ley del ISSSTE y la Ley del IMSS, a efecto de que los nietos reciban extensivamente el servicio medico asistencial del que sean beneficiarios titulares sus abuelos en aquellos supuestos sociales y económicos que lo justifiquen.

Uno de los problemas con mayor incidencia en México, son los embarazos de adolescentes quienes de manera consecuencial hacen crecer el cada vez mayor índice de madres solteras, las cuales en su mayoría no cuentan con los recursos necesarios para satisfacer todas las necesidades que un hijo requiere para su sano desarrollo.

En infinidad de ocasiones nos encontramos con casos de jóvenes adolescentes solteras, dependientes económicamente de sus padres o que cursan estudios de tipo medio o medio básico, o son mayores pero con impedimentos físicos o psíquicos, quienes resultan embarazadas sin una figura paterna para afrontar dicha responsabilidad y ante la propia imposibilidad de auto sustentarse, por lo que en estos casos quienes generalmente hacen frente a la responsabilidad del recién nacido son los propios padres de la nueva madre.

Es recurrente el caso en que tales mujeres tienen la fortuna de contar con un servicio médico de los que otorga la Federación por conducto del IMSS o del ISSSTE, bien porque lo reciben por ser titular su padre, su madre o ambos, al tratarse de sus derechos laborales pero es el caso que los abuelos del nuevo producto no pueden hacerle extensivo este derecho a su nieto, más indefenso incluso que la nueva madre pero que no cuenta con el amparo de la legislación ya que ordenamientos federales como la Ley del ISSSTE y la Ley del IMSS no prevén el amparo a los nietos de titulares del seguro que se encuentran en un evidente estado de desprotección por las características particulares de la madre.

Luego entonces, dichos menores crecen sin un servicio médico, lo que se traduce en altos desembolsos para la familia a la hora de que es necesario buscar asistencia para salvaguardar su salud.

La intención de la presente propuestas se traduce, pues, en que los entes públicos encargados de la seguridad social de los habitantes del país brinden servicio a los hijos de madres que se encuentran dentro de las precitadas circunstancias para que puedan contar con el servicio médico asistencial.

Se propone la adición a una fracción VII al artículo 4 de la Ley del ISSSTE a fin de prever que tendrán derecho a los servicios de salud los nietos del derechohabiente reconocidos legalmente sólo por su madre, cuando ésta se ubique en alguna de las hipótesis previstas, como son el que sea menor de edad y dependa económicamente del derechohabiente, cuando sea mayor de edad pero menor de 25 y realice estudios de nivel medio superior o bien cuando la madre, aun siendo mayor de edad, se encuentre incapacitada física o síquicamente.

En el caso de la adición de una fracción X al artículo 84 de la Ley del IMSS la intención es prever que tendrán derecho a los servicios de salud los nietos del derechohabiente reconocidos legalmente sólo por su madre, cuando ésta se ubique en algunas de las hipótesis previstas como lo son que sea menor de edad, dependiente económicamente del asegurado o pensionado, cuando padezca alguna enfermedad crónica de efecto físico o psíquico, cuando sea menor de 25 y realice estudios en planteles del sistema educativo nacional y cuando la madre del menor sea mayor de 16 años, hija de pensionado por invalidez, cesantía, en edad avanzada o vejez y se encuentre disfrutando de asignaciones familiares o, en su caso, sea hija de pensionado por incapacidad permanente en los casos y condiciones que establece la propia ley.

Se somete, pues, ante este pleno el siguiente proyecto con el carácter de decreto.

Artículo 1. Se adiciona una fracción VII al artículo 24 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado para quedar redactado de la siguiente manera:

Los nietos reconocidos legalmente sólo por su madre, siempre y cuando ésta se ubique en alguna de las hipótesis previstas por las fracciones II, III y IV del presente artículo y hasta en tanto subsista dicha particularidad.

Artículo 2. Se adiciona una fracción X y se modifica el último párrafo al artículo 84 de la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social para quedar redactado de la siguiente manera:

Los nietos reconocidos legalmente sólo por su madre, siempre y cuando ésta se ubique en algunas de las hipótesis previstas por las fracciones V, VI y VII del presente artículo y hasta en tanto subsista dicha particularidad.

Los sujetos comprendidos en las fracciones III a X inclusive tendrán derecho a las prestaciones respectivas si reúnen además los requisitos aquí previstos.

Transitorios. Artículo único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en este salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro a los 11 días de este mes de octubre del año 2005.

Suscribe su servidora Martha Laguette Lardizábal.

Esta es una versión resumida, señora presidenta, del título original de la iniciativa en comento, por lo cual le solicito que el texto íntegro sea reproducido en el Diario de Debates. Muchísimas gracias por su atención.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Con mucho gusto, diputada Laguette. De acuerdo a su solicitud, favor de insertar íntegro el texto en el Diario de los Debates y turnarlo a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social.

A continuación tiene el uso de la palabra nuestro compañero diputado René Meza Cabrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que adiciona el artículo 221 bis al Código Penal Federal.

El diputado Rene Meza Cabrera: Gracias, diputada presidenta. Compañeras y compañeros diputados.

El suscrito, diputado federal en ejercicio, que integra la 59 legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, presenta iniciativa para adicionar al Código Penal Federal el artículo 221 bis en su capítulo 9 del título 10, con base en la siguiente exposición de motivos.

No es insólita la noticia de que algún distinguido miembro de la Cámara de Diputados o de la Cámara de Senadores integrantes del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, estando en ejercicio de sus funciones constitucionales se dedique además a representar a personas físicas o morales y ya sea por sí o por interpósita persona, intervenga en el juicio en que está inmerso su representado para litigar o simplemente recomendar el caso ante personas morales o dependencias gubernamentales.

Esta práctica conocida vulgarmente como "influyentismo", no es privativa de los legisladores, sino que suele ejercitarla cualquier servidor público sin importar su categoría en la jerarquía burocrática.

La costumbre repetitiva de esta perniciosa actividad motivó a los legisladores a incluir en el Código Penal Federal esta figura como un delito con la denominación de "tráfico de influencias", y sancionarla con pena corporal y pecuniaria.

En efecto, la intervención de servidores públicos en los asuntos legales estaba afectando el orden jurídico vigente porque el uso inmoderado de los privilegios de un órgano público, se traducían en arbitrariedades que vulneraban el estado de derecho y la pacífica convivencia social.

Es innegable que a partir de haberse instituido como infracción penal la injerencia de servidores públicos como promotores en las controversias trabadas entre los miembros de la sociedad ante autoridades y válidos de su calidad de empleados o funcionarios públicos, inducían o trataban de inducir la solución del litigio a favor de su recomendado para obtener un beneficio económico o de cualquier otra índole. Esta práctica ha disminuido considerablemente.

Sin embargo como este delito no ha sido aplicado a diputados o a senadores, a pesar de reunir los requisitos de servidores públicos en los términos del artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de haber incurrido en los hechos fácticos previstos en la ley penal, es procedente incluir en el Código Penal Federal, un artículo que prevenga y sancione esta conducta dolosa.

A pesar de que ya pudiera existir iniciativa a este respecto, me permito, con fundamento en el artículo 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someter a la consideración de esta Honorable Asamblea, el siguiente proyecto de decreto para adicionar al Código Penal Federal el artículo 221 bis en su capítulo IX del título décimo para quedar como sigue. Artículo único: Se adiciona al título décimo capítulo IX del Código Penal Federal el artículo 221 bis para quedar en los siguientes términos. Artículo 221 bis: "Comete el delito de "tráfico de influencia" los miembros de la Cámara de Diputados y Senadores integrantes del Congreso de la Unión, quienes representen en juicios administrativos, jurisdiccionales o de cualquier índole, por sí o por interpósita persona, los intereses patrimoniales de personas físicas o morales frente a los intereses de personas morales o de derecho público con cualquier carácter.

"Una vez que hayan perdido su inmunidad, en los términos del título cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, se les impondrá de cuatro a doce años de prisión y multa de 500 veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito. Y los ex diputados serán inhabilitados por seis años y los ex senadores por doce años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión público".

TRANSITORIO

Unico.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Es todo, ciudadana Presidenta. Muchas gracias.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Gracias a usted, diputado Meza Cabrera.

Túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Esta Presidencia les da la más cordial de las bienvenidas a las autoridades del municipio de Tamazunchale, estado de San Luis Potosí, que han sido invitado por nuestros compañeros diputados. Benjamín Sagahon y Alfonso Nava Díaz. Sean todos ustedes bienvenidos.

(Aplausos)

A continuación tiene el uso de la voz nuestro compañero diputado Hugo Rodríguez Díaz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional para presentar iniciativa que adiciona un artículo 307 Bis al Código Federal de Procedimientos Penales.

En virtud de que no está presente en el salón de sesiones, pasará al final del capítulo. En consecuencia tiene el uso de la voz nuestra compañera diputada Martha Palafox Gutiérrez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 5o. de la Ley de Institutos Nacionales de Salud.

La diputada Martha Palafox Gutiérrez: Con su permiso, diputada Presidenta.

"Compañeras y compañeros Diputados:

"La que suscribe Martha Palafox, diputada federal, integrante del grupo parlamentario del PRI, hago uso de esta tribuna a nombre de mi grupo parlamentario, el Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II de la Constitución General de la República y fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos para someter a la consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XIII del artículo 5o. de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud que crea el Instituto Nacional de Trasplantes al tenor de la siguiente

"Exposición de Motivos:

"El crecimiento demográfico registrado en las últimas décadas, el avance en la preparación científica y la tecnología en nuestro país ha dado en conjunto como resultado una transición epidemiológica en la que las enfermedades infectocontagiosas han disminuido su prevalencia como causas de mortalidad y las enfermedades crónicas y degenerativas han pasado a ocupar el 60 por ciento de las muertes en nuestro país.

"Entre las enfermedades crónicas y degenerativas se encuentran algunas que son susceptibles de ser corregidas o revertidas con la realización de algún trasplante de células, órganos o tejidos.

"De las enfermedades que pueden ser tratadas exitosamente mediante un procedimiento de trasplantes se encuentran la diabetes mielitis, así como una de sus complicaciones más graves: la insuficiencia renal crónica terminal, la ceguera por trastornos en la córnea, la insuficiencia cardiaca, algunas enfermedades pulmonares como la fibrosis pulmonar, la enfermedad pulmonar obstructiva, crónica, cirrosis hepática de cualquier causa, el síndrome del intestino corto, leucemia y anemias aplásticas.

"En la actualidad muchas de estas enfermedades se encuentran entre las 10 primeras causas de mortalidad de la población mexicana entre su nacimiento y los 50 años de edad. La demanda de órganos, tejidos y células para trasplante ha aumentado en los últimos años.

"A pesar de los esfuerzos realizados por el Sector Salud solamente tenemos la capacidad de realizar entre 3 mil 500 y 4 mil trasplantes al año, mientras que la lista de candidatos a estos procedimientos crece hasta alcanzar los 16 mil pacientes en el año 2004.

"Las instituciones públicas dependientes de la Secretaría de Salud, Imss, Issste y en general todo el Sector Salud tanto federal como local destinan una buena parte de su presupuesto a la realización de trasplantes y el mantenimiento de la inmunosupresión de los pacientes ya trasplantados.

"El reconocer en este momento que las enfermedades susceptibles de ser corregidas por un trasplante nos ha rebasado. No es motivo de vergüenza sino un factor de motivación para desarrollar la infraestructura necesaria para ofrecer lo que al Estado le corresponde por obligación.

"La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 4o. garantiza el acceso de los servicios de salud como un derecho de todos los mexicanos. Ya en el pasado la solución a los problemas de salud que han rebasado la capacidad de las instituciones existentes ha originado la creación de centros de excelencia académica, asistencial y de docencia.

"En estos centros se concentran recursos humanos tecnológicos y económicos que son al mismo tiempo la base de sustentación en la preparación de futuras generaciones de profesionales en la salud, así como la instancia última para enfrentar problemas médicos de difícil planteamiento y soluciones complicadas.

"Se ha visto a la medicina de trasplante como una carga al erario público, cuando más bien debe observarse como una inversión en el mediano y largo plazo.

"Un paciente en necesidad de un trasplante genera gastos médicos, incapacidades y ausencias de sus actividades laborales, gasto en medicamentos y consumibles en el manejo crónico de una enfermedad que no se recuperará. En tanto que un paciente a quien su problema se le ha resuelto mediante un trasplante, puede reintegrarse a sus labores sin menoscabo de su economía personal, se convierte además en un generador de riqueza para la nación mediante su trabajo y mediante el pago de sus impuestos; finalmente, reintegrado a la vida familiar, muchas veces desintegrada por ausencia de la cabeza de la familia o de alguno de sus miembros.

"Estudios de fármaco-economía han mostrado que con un descuento de 3 por ciento anual sobre el gasto de un paciente con una enfermedad crónico-degenerativa resuelta mediante un trasplante, se pueden ahorrar en el mediano plazo los recursos necesarios para cubrir los gastos de programas prioritarios como el de vacunación universal.

"La Ley General de Salud, en el rubro referente a trasplantes de células, órganos y tejidos, constituye una de las leyes más modernas del mundo. Desde estas modificaciones la tasa de donación de órganos se ha incrementado, pero aún no es suficiente.

"En países como España o Estados Unidos, la tasa de donación es de 16 a 21 por cada millón de habitantes, en México no alcanza los 5 por cada millón, lo que más y mejores acciones son necesarias.

"En nuestro país existen especialistas en medicina y cirugía de trasplantes en varias instituciones, sin embargo la unificación de esfuerzos y criterios ya ha demostrado rendir los mejores resultados en los servicios de salud.

"La creación de los Institutos Nacionales de Salud en nuestro país ha llevado a la ciencia médica mexicana a niveles de excelencia internacional. Los Institutos Nacionales de Cardiología, Ciencias Médicas y Nutrición, Enfermedades Respiratorias, Cancerología y el recientemente creado Instituto Nacional de Medicina Genómica, han mostrado magníficos resultados.

"Por lo antes expuesto, me permito someter a la consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción XII y se adiciona una fracción XIII del artículo 5 de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, para quedar como sigue:

"Artículo 5.- I a XI queda como sigue.

"XII.- Instituto Nacional de Trasplantes para Atención e Investigación de los Padecimientos Susceptibles de resolverse mediante trasplante de órganos, células y tejidos.

"XIII.- Los demás que en el futuro sean por la ley o decreto del Congreso de la Unión, con las características que se establecen en la fracción III del artículo 2 de la presente ley.

"Artículos transitorios.

"Primero.- Se garantizará el presupuesto necesario para la creación del Instituto Nacional de Trasplantes en el Ejercicio Fiscal del 2006.

"Segundo.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación".

Le solicito, diputada Presidenta, que la presente iniciativa sea publicada íntegramente en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria, de no haber sido publicada.

Muchas gracias.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias a usted diputada Palafox.

Y de acuerdo a su solicitud, favor de insertar íntegro el texto en el Diario de los Debates y turnarla a la Comisión de Salud.

A continuación tiene el uso de la palabra nuestra compañera diputada María de Jesús Aguirre Maldonado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal.

La diputada María de Jesús Aguirre Maldonado: Gracias, Diputada Presidenta.

En virtud de que la presente Iniciativa ha sido ya publicada en la Gaceta Parlamentaria, únicamente solicito se inserte íntegra en el Diario de los Debates.

Compañeras Diputadas compañeros Diputados. La suscrita integrante de la LIX Legislatura de esta honorable Cámara de Diputados y Miembro del Partido Revolucionario Institucional, presento esta Iniciativa que modifica la denominación del Capitulo VII del Título XIX del Libro Segundo del Código Penal Federal y adiciona un Artículo 337-bis al mismo capítulo

El abandono de familia es un fenómeno social grave que atenta directamente conra la estabilidad de la familia como la unidad societal básica así como también cada uno de los miembros que la integran.

La definición que nos da el propio Código Penal Federal de este hecho, es el abandono, sin motivo justificado, de los hijos o el cónyuge sin recursos para atender a sus necesidades de subsistencia-

Desafortunadamente este es un problema recurrente en las familias mexicanas, mucho más frecuente de lo que se quiera admitir y aunque es consecuencia de una gran variedad de factores en los cuales no ahondaré en este momento, generalmente deriva en circunstancias por todos conocidas.

Por ejemplo, para los hijos ver su hogar destrozado por la ausencia voluntaria y repentina de la madre pero mucho más comúnmente por el padre, altera por completo el transcurrir de la existencia en el más amplio de los sentidos. En la mayoría de los casos, el hecho de que uno de los padres abandone el hogar, significa para los hijos quedarse sin sustento y sin pilar para otros muchos aspectos. Por su parte, para el cónyuge que se queda con la responsabilidad y hacerse cargo del hogar, significa comenzar a librar solitariamente una diaria batalla que debería, en función de la complejidad, de ser compartida tanto en términos económicos, sociales y culturales, como escolares y, sobre todo, de crianza.

Sin lugar a dudas, la situación se torna más complicada si la madre que es por lo general quien permanece a cargo de los hijos y del hogar, cuando surge el abandono de su pareja, se queda también sin el apoyo económico, al cual tiene derecho.

Una vez que se ha fijado un monto para la pensión alimenticia, es imperdonable que por causas injustificadas el obligado por la ley para otorgarla deje súbitamente de hacerlo, pues ello traducirá para los hijos. En falta de atención médica, de comida, de ropa, de útiles escolares, entre otros, llegando incluso al extremo de provocar la deserción escolar.

De esta manera buscan un empleo para poder colaborar en los gastos del hogar. Actualmente y desafortunadamente, a diferencia de algunos Códigos Penales Estatales, nuestro Código Penal Federal no contempla una sanción para aquella parte condenada al pago de pensiones alimenticias que injustificadamente deja de cubrirla.

Las consecuencias del cese de pago de una pensión con este carácter, son sumamente nocivas y repercuten negativamente en todos los aspectos de la vida de una familia abandonada, razones por las cuales es imperante establecer una sanción que prevenga y castigue este problema, sanción que en virtud de la presente Iniciativa, equiparamos con la de abandono de familia.

Adicionalmente, esta Iniciativa pretende modificar la denominación del Capítulo VII del Título XIX del Código Penal Federal, que se refiere a los Delitos contra la Vida y la Integridad Corporal. Actualmente el capítulo aludido lleva por nombre Abandono de Personas y en él se incluye entre otros tipos, el abandono de hijos y cónyuge, consideramos que por motivos de congruencia y por la importancia de este fenómeno, debemos comenzar a llamar a las cosas por su nombre, como abandono de familia, reconocimiento que además llevaría implícita la noción, de si bien es grave abandonar a cualquier persona, es mucho más grave cuando esa persona es la familia.

Es por ello que propongo que en nombre de ese Capítulo sea Abandono de Personas y de Familia, una más de las razones para lo anterior, nos la da el propio Código Penal Federal, pues cada una de estas faltas, la de abandono a cualquier persona que sea incapaz de cuidarse a si mismas y el abandono de hijos y de cónyuge, cuentan con una sanción distinta en este ordenamiento.

Considero que las reformas que les propongo, actúan directamente sobre la protección, no sólo del concepto teórico de las familias sino principalmente sobre la pratix y la vida diaria de las familias que se ven abandonadas sin recursos para atender sus necesidades de subsistencia y ayuda que un evento, de por sí traumático, lo sea aun más.

Si consideramos que la familia es la cédula básica de la sociedad, ningún esfuerzo por protegerla y fortalecerla sale sobrando, en razón de lo anterior, propongo a esta iniciativa la presente iniciativa con Proyecto de Decreto en los siguientes términos

Decreto.

Artículo 1.- Se modifica la denominación del Capítulo Séptimo del Título Décimo Noveno del Libro Segundo del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Capítulo Séptimo.

Abandono de personas y de familia

Artículo 2.- Se adiciona un Artículo 337 Bis al Capítulo Séptimo del Título Décimo Noveno del Libro Segundo del Código Federal Penal, para quedar como sigue

Artículo 337 Bis.- Se percibirá a petición de la parte agraviada y se sancionará con la misma pena señalada en el Artículo 339 de este Código, si el condenado al pago de la pensión alimenticia deja de cubrirla sin causa justificada.

Artículo Transitorio

UNICO.- El presidente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Compañeras diputadas y compañeros diputados, como bien sabemos, todo lo que hagamos en beneficio de la familia y sobre todo de la subsistencia de aquellos hijos abandonados o de aquellos cónyuges abandonados, siempre será premiado por la sociedad.

Muchas gracias diputada presidenta. Por su atención compañeros. Muchas gracias.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias a usted, diputada Aguirre Maldonado, y de acuerdo a su solicitud, favor de insertar íntegro el texto en el Diario de los Debates y turnarlo a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Esta presidencia recibió del diputado Pablo Franco Hernández del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo en Materia de Trabajos de Enfermería, favor de turnarla a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

A continuación tiene el uso de la palabra nuestro compañero diputado Gonzalo Guízar Valladares del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma el Artículo 65 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Gonzalo Guízar Valladares: Con su permiso diputada presidenta. Compañeras diputadas, compañeros diputados.

El suscrito diputado federal por el estado de Veracruz integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional y con apego estricto a lo que establece nuestra Carta Magna, la Ley Orgánica de este Congreso General así como su Reglamento para su Gobierno Interior, me permito someter al pleno de esta soberanía la presente iniciativa con base en la siguiente exposición de motivos:

En la historia de nuestro país, desde la época de la Independencia hasta tiempos actuales, se ha convertido en tradición que el Jefe de las Instituciones Federales rinda informe de actividades ante el Poder Legislativo de nuestra nación, asimismo, con las reformas de los años de 1986 y 1993, el inicio del primer periodo de sesiones dentro del cual se recibe el Informe Presidencial ha cambiado de fecha por diferentes causas, ya sea por razones políticas o por garantizar los trabajos legislativos al inicio de un sexenio, es decir, para dichos cambios de fechas se han considerado las necesidades y situaciones que permeaban de acuerdo a los diferentes tiempos.

En esta ocasión nos trae a la tribuna la propuesta de reformar nuevamente el artículo 65 constitucional, a efecto de que el inicio del primer periodo de sesiones se realice el primer domingo de septiembre de cada año en lugar del primero de septiembre como ha sido hasta ahora y por lo tanto, el Informe de Gobierno se efectuaría en esta fecha.

Hasta el sexenio de Miguel de la Madrid, el día del Informe Presidencial se consideraba como inhábil en el calendario cívico y escolar, esto es, gran parte de la población no tenía necesidad de salir de sus hogares. Actualmente el día del informe, cuando cae en día hábil ocasiona graves problemas viales en esta gran Ciudad de México, que sin duda afecta su productividad. Los primeros de septiembre la capital del país se colapsa, tan solo recordemos que los días previos al V Informe, aproximadamente 4 mil policías e integrantes del Estado Mayor Presidencial cerraron diversas estaciones del Metro y realizaron cortes a la circulación en arterias importantes del centro de la ciudad y aledañas a este recinto que desahogan la entrada y salida al sureste de nuestro país. Es decir, la población que tienen necesidad de llegar a sus trabajos, escuela y a sus propias casas, son víctima de un trastorno severo en sus actividades en virtud de que es un día hábil como cualquier otro. Esta situación puede ser solucionada logrando atenuar la problemática sin necesidad de mermar el desarrollo productivo, escolar y laboral de la Ciudad de México, o sea, sin necesidad de declarar inhábil el primero de septiembre como en antaño, el Informe se puede realizar el primer domingo de septiembre de cada año para que el inicio del primer periodo de sesiones sea ese día.

Esta iniciativa se asemeja con los procesos electorales en cuanto a sus fechas de votación, ya que de acuerdo con los Códigos Electorales, tanto Federal como los de las entidades federativas, contemplan de manera exacta la celebración de las elecciones en día domingo con la intención de que exista mayor afluencia ciudadana en las votaciones.

En caso de aprobarse esta iniciativa se obtendrían grandes beneficios principalmente en el Distrito Federal, ya que aunque cierren algunas de las vialidades más importantes no afectaría el traslado diario de miles de personas a sus trabajos, escuelas u hogares, además en el resto del país se contaría con el tiempo suficiente para verlo y escucharlo o en su caso escucharlo y así enterarse del estado que guarda la Hacienda Pública Federal, como es el propósito fundamental.

Si bien es cierto, la Constitución y nuestra Ley Orgánica actualmente establecen la fecha exacta del inicio de los periodos legislativos, también lo es que la reforma que se propone el día de hoy no representa ningún inconveniente para que las sesiones del Poder Legislativo puedan iniciar el primer domingo del mes de septiembre de cada año, además, como ya se ha expuesto anteriormente, significaría un beneficio para la ciudadanía del Distrito Federal y sobre todo para captar la atención y el interés de la mayor parte de los mexicanos.

De aprobarse la reforma constitucional, será necesaria la reforma a la Ley Secundaria en los artículos 4 numeral I, 6 y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General deberán también ser modificados.

Por todo lo antes expuesto y porque las reformas que proponemos contribuyen a la mejor calidad de vida en el Distrito Federal, es que sometemos a la consideración de esta Honorable Soberanía, la siguiente iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma el artículo 65 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que reforma los artículos 4 numeral 1, 6 y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 1 y 12 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General.

Primero.- Se reforma el artículo 65 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar de la siguiente manera:

"Artículo 65.- El Congreso se reunirá a partir del primer domingo de septiembre de cada año, para celebrar un primer período de sesiones ordinarias y a partir del primero de febrero de cada año, para celebrar un segundo período de sesiones ordinarias"

Segundo.- Se reforman los artículos 4 numeral 1, 6 y 7 de la Le y Orgánica del Congreso para quedar como sigue:

"Artículo 4.

"Numeral 1.- De conformidad con los artículos 65 y 66 de la Constitución, el Congreso se reunirá a partir del primer domingo de septiembre de cada año, para celebrar un primer período de sesiones ordinarias, y a partir del primero de febrero de cada año para celebrar un segundo período de sesiones ordinarias.

"Artículo 6.

"Numeral 1.- El primer domingo de septiembre a las 17:00 horas y el primero de febrero a las 11:00 horas de cada año, el Congreso se reunirá en sesión conjunta en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados, para inaugurar sus períodos de sesiones ordinarias.

"Artículo 7.

"Numeral 1.- El primer domingo de septiembre de cada año a la apertura de las sesiones ordinarias del primer período del Congreso, asistirá el Presidente de la República y presentará un informe de conformidad con el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos".

Tercero.- Se reforman los artículos 1 y 12 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar así:

"Artículo 1.- El Congreso tendrá cada año un período de sesiones ordinarias que comenzará el primer domingo de septiembre y no podrá prolongarse más que hasta el 31 de diciembre de acuerdo con el artículo 66 de la Constitución.

"Artículo 12.- El primer domingo de septiembre, a las 17:00 horas se reunirán las dos Cámaras en el Salón de Sesiones de la de Diputados para el sólo efecto de la apertura del Congreso. Antes de que se presente el Presidente de la República, el Presidente de la Cámara de Diputados que en ese acto lo es también del Congreso, hará en altavoz la siguiente declaración: El Congreso abre hoy el período de sesiones ordinarias del primero, segundo o tercer año de su ejercicio".

Transitorio

Único.- El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Atentamente,

Palacio Legislativo de San Lázaro, México, Distrito Federal a 11 de octubre de 2005.

Diputado Gonzalo Guízar Valladares.

Diputada Presidenta, en virtud de que hay algunos errores en la Gaceta Parlamentaria, agradeceré su publicación a este texto íntegro en el Diario de los Debates.

Por la atención, muchas gracias.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Con mucho gusto diputado Guízar Valladares.

Se integrará de manera total el texto en el Diario de los Debates, y turnarse a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

A continuación tiene el uso de la voz, nuestro compañero diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 80 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para eliminar el adjetivo de supremo con el que se califica al Poder Ejecutivo de la Unión.

El diputado Jorge Triana Tena: Con el permiso de la Presidencia.

Conforme a la definición del Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, "supremo", es un adjetivo que significa: sumo, altísimo, que no tiene superior en su línea, es un concepto que denota con claridad la percepción que a través de su historia, los mexicanos hemos tenido de la figura presidencial y que aún al día de hoy, se encuentra plasmada en el artículo 80 de nuestra Constitución.

Y es que el Siglo XX, nació viendo a nuestra nación como una colonia española que se convirtió durante algunos años en un imperio, luego en una república, que nunca pudo consolidar y mantener un régimen democrático y que llevó al gobierno a transformarse nuevamente en otro imperio; finalmente el siglo concluyó con un México republicano, pero con un dictador al frente.

Posteriormente nuestro Siglo XX, vio un dictador que sólo dejó el poder a través de una lucha armada, de la que surgieron varios caudillos, después a un jefe máximo y finalmente, a un presidencialismo hegemónico, pero en cualquier caso, en cualquier momento de la historia de los regímenes que hemos experimentado en México, hay un hecho que nunca está ausente, la búsqueda permanente por el fortalecimiento de la figura en la que se deposita el titular del Poder Ejecutivo.

El fortalecimiento del Poder Ejecutivo, ha sido una preocupación innata en el desarrollo de la propia nación. Estuvo presente en la discusión de la Constitución de 1824, en la de 1857 y por supuesto, en la de 1917. En los respectivos congresos constituyentes, no estuvo a discusión la supremacía del poder presidencial, lo que se debatió fue el nivel de participación en el control del Ejecutivo por parte del Legislativo.

Determinar cuándo y cómo surge tal grado de veneración por la figura presidencial, ha sido objeto de diversos estudios históricos y sociológicos y llevan a considerar que el antecedente de ésta, pudiera ser la figura del virrey, que posee, diríamos hoy, una conjunto de competencias ejecutivas y legislativas, a las cuáles cabe sumar un rasgo patrimonial visible en el hecho de que durante años, el conjunto de funcionarios públicos, no constituían una burocracia impersonal; por el contrario formaban una gran familia política ligada entre sí, por amistad, parentesco, compadrazgo y otros factores personales que crearon una cadena de fidelidad de orden estrictamente personal.

El carácter patrimonial del Presidente tuvo que ver con su poder informal, es decir, con el que deriva del hecho de ser elegido por mayoría como Presidente y Contralor, por lo tanto, una serie de recursos políticos y materiales que le permitieron extender su soberanía. El Presidente adoptó entonces una connotación distinta, más que un virrey, sería un caudillo y en este sentido su precedente histórico se situará propiamente en el período de la Independencia y de las décadas subsecuentes.

El presidencialismo mexicano, pudiera encontrar también sus raíces en el Juarismo y bien se podría configurar en los años 1880, para cobrar pleno poder constitucional a partir de 1917. Sin embargo, su expansión que lo convierte en un poder predominante, es el resultado de un proceso interactivo social e institucional que se dio entre 1917 y 1940. La inversión de esta tendencia empieza a delinearse a partir de mediados de la década de los 40, al acentuar la Presidencia su carácter de gobierno de consulta.

Octavio Paz afirma que la raíz del presidencialismo se encuentra en la especificidad de la tradición mexicana, caracterizada por un proceso de síntesis de las diversas matrices culturales: la india, la española, la mestiza y la criolla; cuyo resultado, es una tradición política caracterizada por una falta de ideología y que dio cabida a una respetuosa veneración de los mexicanos a la figura del Presidente, a quien se define como "Príncipe" o "señor Presidente".

Y es que la Constitución del 17, frenó un presidencialismo fuerte, aprobado por amplia mayoría, lo cual dice mucho del valor y arraigo histórico del presidencialismo, Carranza fundamenta su concepción de un Ejecutivo supremo, bajo la convicción de que México ha necesitado y necesita todavía de gobiernos fuertes, sin caer en la confusión de que se había caído en entender un gobierno fuerte como sinónimo de gobierno despótico.

Precisamente para reforzar lo anterior se establece en la nueva Constitución, que el Congreso tiene la facultad de fiscalizar al Ejecutivo, más no para juzgarlo políticamente. La Constitución del 17, define al presidencialismo como un poder supremo, separado del Legislativo, elegido por mayoría, por voto directo y universal. Sus funciones son de Jefe de Estado a la vez que de Jefe de Gobierno, pero el presidencialismo en su forma más pura, alcanzó su clímax en los años 70s del pasado siglo y ello fue consecuencia de distintos factores sociopolíticos, entre los que cabe resaltar los siguientes:

Primero, la expansión de la función de la Presidencia durante la década de los 30s, que permitió que se llevaran a cabo y acreditaran sus funciones no legislativas, es decir las de gobierno. En efecto, sin las primeras no se comprende cómo se incrementan entre 1920 y 40 las competencias de gobierno; el gobierno se expandió en primer lugar hacia el Consejo de Ministros que comprende no sólo a los Secretarios de Estado, sino también a los Jueces de Departamento y al Procurador; y luego hacia los numerosos organismos descentralizados como la Comisión Federal de Electricidad, la Comisión Nacional de Irrigación, Ferrocarriles Nacionales de México, PEMEX, etcétera.

En virtud de que es prerrogativa y facultad del Presidente nombrar o proponer al Congreso a los funcionarios federales y oficiales superiores de las Fuerzas Armadas, así como es su facultad destituir a los primeros sin intervención del Congreso, la Presidencia adquiere así un peso cualitativo y cuantitativo sin precedentes.

El poder de quitar y poner, confirió a la investidura Presidencial gran parte del prestigio e importancia y terminó por darle un dominio absoluto sobre casi todas las funciones del gobierno, mediante la selección adecuada de los funcionarios.

La existencia también de un sistema electoral que permitió que el voto fuera controlado y manipulado por el gobierno, por el hecho de que hasta a mediados de la década de los 40s, la elección fue calificada directamente por el Congreso. La construcción de un partido oficial, del cual el Presidente de la República era Jefe y, por último, la creciente legitimidad de la figura presidencial, producto del crecimiento económico sostenido que imperó en el país desde los años 40s y hasta los 70s, generando estabilidad económica en la población y consecuentemente estabilidad social, a costa de ver menguada la vida democrática y la competencia electoral.

Sin embargo, es claro que a raíz de la alternancia en la Presidencia de la República que vivimos en el 2000, la concepción de un Jefe del Ejecutivo "todo poderoso" ha cambiado. El fortalecimiento en la vida institucional del Estado en México por parte de los Poderes Legislativo y Judicial, a conllevado a que paulatinamente el Presidente ocupe su lugar como titular del Ejecutivo a la par y de manera equilibrada que los integrantes del Congreso y de la Suprema Corte, encaminada al Estado Mexicano, a la idea original de la división de poderes.

La división de poderes es cada vez más una realidad palpable en la Nación sin ningún poder por encima de los otros, por eso resulta impostergable el que el texto constitucional refleje también esta igualdad cuando se refiera a cada uno de los tres poderes, pues en la actualidad cuando los artículos 50 y 94 se refieren a los órganos en los que se deposita el Poder Legislativo y el Judicial, respectivamente, el Congreso y la Suprema Corte no hablan de Supremo Poder Legislativo o de Supremo Poder Judicial, no se les adjetiva, como sí sucede en el artículo 80, cuando se establece que el ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo de la Nación se deposita en el Presidente de la República.

Eliminar así el adjetivo "Supremo" al texto del artículo 80 constitucional, como se propone en esta iniciativa, tiene como fin erradicar de la cultura política nacional la concepción de presidencialismo hegemónico que está por encima de cualquier otra institución y que pretende contribuir al fortalecimiento de la división de poderes en nuestro país, y en la medida en que hagamos realidad tal equilibrio entre los Poderes del Estado, habremos dado un paso trascendental en el desarrollo democrático e institucional de nuestra Nación.

Es cuanto, diputada Presidenta. Muchas gracias.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias, diputado Triana Tena.

Favor de turnar la iniciativa a la Comisión de Puntos Constitucionales.

A continuación tiene el uso de la palabra nuestro compañero, diputado Juan Fernando Perdomo Bueno, del grupo parlamentario CONVERGENCIA, para presentar iniciativa que reforma el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de abusos y malos tratos en los Centros Penitenciarios de la República Mexicana.

Asimismo, esta Presidencia da la más cordial bienvenida a mujeres campesinas del estado de Jalisco, que nos acompañan en este pleno y que han sido invitadas por la diputada Sara Rocha Medina. Sean ustedes bienvenidas. Gracias.

(Aplausos)

El diputado Juan Fernando Perdomo Bueno: Con su permiso, diputada Presidenta.

El suscrito Juan Fernando Perdomo, presenta esta iniciativa con proyecto de decreto a nombre de la fracción parlamentaria de CONVERGENCIA, que reforma disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente exposición de motivos:

Resulta inútil negar las circunstancias de que en las cárceles mexicanas se adquieren derechos y privilegios en función de la solvencia que se tenga, para hacer frente a los peligros que en ella imperan. En realidad estamos frente a una situación en que se da de manera sistemática debido a los bloques de corrupción que no permiten que los internos realicen su readaptación con certeza y seguridad.

Es hora de hacer un alto en el camino y cuestionarnos sobre la efectividad de nuestro Sistema Carcelario Mexicano. Los problemas sobre inseguridad a que nos referimos no son recientes o propios de nuestro país únicamente. Sin embargo ello nos puede servir también como parámetro ya que ciertamente nos constituimos como un país con uno de los peores sistemas de readaptación en las cárceles.

En consecuencia, la pregunta necesaria para la autoridad administrativa que se encarga de tutelar la readaptación carcelaria es: Es necesario preservar un sistema penitenciario que se apartar de su teleología y que representa un peligro para los internos con escasos recursos.?

Definitivamente la respuesta a dicha pregunta es en sentido negativo. No estamos frente a una laguna de la ley o frente a un caso de interpretación, por el contrario, resulta claro el texto que se propone en la presente iniciativa, con el efecto de robustecer el sentido que el Constituyente pretendió darle al artículo 19 de nuestra Carga Magna. Lo que en realidad tenemos frente a nosotros, frente a nuestros ojos, es un problema de falta de voluntad de las autoridades.

El grupo parlamentario de Convergencia estima oportuno hacer un señalamiento en lo que se refiere al sistema carcelario en México, aportando una parte de voluntad para que se perfeccione nuestro sistema de compurgación de penas en los centros de readaptación tutelados y administrados por el gobierno federal.

Por todo lo anterior y con fundamento en los artículos 55, 56 y 57 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General y los artículos 4 y 44 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración del Pleno la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el último párrafo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, quedando como sigue:

Cualquier forma de maltrato ya sea físico o sicológico en la aprehensión o en las prisiones; toda molestia que se infiera sin motivo legal, toda gabela o contribución en las cárceles son abusos que el Estado tiene la obligación de erradicar.

TRANSITORIO

UNICO. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Es cuanto diputada presidenta.

Muchas gracias.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Gracias a usted diputado Perdomo Bueno.

Favor de turnar la iniciativa presentada a la Comisión de Puntos Constitucionales.

A continuación tiene el uso de la voz nuestra compañera diputada Irene Blanco Becerra, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa de Ley de Zonas Costeras.

La diputada Irene Blanco Becerra: Con su venia señora presidente.

En virtud de que la iniciativa que a continuación presento se encuentra publicada en la Gaceta Parlamentaria, solicito que se obvie la lectura del articulado y se publique íntegra en el Diario de los Debates.

Compañeras y compañeros diputadas, diputados: Irene Herminia Blanco Becerra, diputada de la LIX Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario de Acción Nacional, con fundamento en los artículos 71 fracción II y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 26 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 55 fracción II, 56, 60, 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ocurre a solicitar se turne a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales para su dictamen y posterior discusión en esta Cámara de Diputados.

EXPOSICION DE MOTIVOS:

En los últimos años el deterioro en las zonas costeras se ha incrementado y en algunos casos se ha violentado; inclusive dentro del mismo marco legal y normativo vigente, tal y como es el caso de la especificación 4.43 Alanom 022 SEMARNAT 203, en donde a través de la misma se favorece a los proyectos de cualquier índole que devasten los manglares.

Cabe señalar que los manglares normalmente funcionan como una barrera natural entre las cosas y los ecosistemas interiores más delicados, propiciando la conservación de estos últimos por la alta tolerancia a la agresividad del mar e inclusive a fenómenos meteorológicos como huracanes, monzones, sifones, que en los últimos años han afectado fuertemente no solo las costas mexicanas de El Caribe sino también diversas costas de la República Mexicana y de otros países.

Con base en lo anterior, se demuestra que el deterioro del cual somos responsables, lo podemos observar en los mares, las montañas y las zonas selváticas, las zonas forestales y principalmente en las zonas costeras en donde el recurso de playa y mar juega un papel importante para las atracciones turísticas.

Las zonas costeras que soportan manglares, son zonas de apareamiento y cría de gran cantidad de especies, como las tortugas blancas y de carey y otras que sirven de base de la alimentación humana. Son refugio para formas de vida marina en etapa larvaria. Además, protegen a las costas de la erosión y han proporcionado durante siglos multitud de recursos a las poblaciones locales.

El desconocimiento de todos los servicios que proveen los ecosistemas, en este caso el manglar, ha creado un sesgo hacia su transformación ligada a la mayoría de las veces a la destrucción para otros usos. Por tanto, siguiendo el espíritu de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente y de la Ley de Puertos, es que debemos corregir el vacío de poderes de las leyes mencionadas.

En atención a lo anteriormente expuesto, la suscrita diputada respetuosamente somete a la consideración de esta honorable Cámara la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Zonas Costeras, cuyos generales son los siguientes:

El objeto es establecer el régimen jurídico para la administración, determinación, uso, protección, aprovechamiento y manejo sustentable de las zonas costeras de los mares, ríos, lagos, lagunas, islas, cayos, archipiélagos y humerales.

Las disposiciones de la presente ley se aplican en todo el territorio nacional y particularmente en las circunscripciones geográficas que poseen en su demarcación territorial de zonas costeras.

La administración, uso y manejo de las zonas costeras, se desarrollará a través de un proceso dinámico de gestión integrada, con el propósito de fortalecer la capacidad institucional, la optimización de la planificación y coordinación de competencias concurrentes entre los órganos del poder público con la activa participación de la comunidad organizada a fin de lograr la mayor eficiencia en el ejercicio de las responsabilidades que dado uno tiene encomendadas para la conservación y el desarrollo sustentable de dicho espacio.

Las personas u organismos responsables de las actividades que impliquen riesgos de contaminación o cualquier otra forma de degradar el ambiente y los recursos de las zonas costeras, dispondrán de medios, sistemas y procedimientos para su prevención, tratamiento y eliminación.

Quiero resaltar que esta iniciativa de ley, la mando con especial dedicatoria a mi Estado, Quintana Roo, en donde empezando septiembre empezamos a sufrir por la llegada de los huracanes; y además, en aras de un desarrollo no sustentable, se han cometido infinidad de ecocidios.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 6 días del mes de octubre del 2005. Muchas gracias por su atención.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Gracias, diputada Blanco Becerra. De acuerdo a su solicitud, favor de insertar íntegro el texto en el Diario de los Debates y turnarlo a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

A continuación tiene el uso de la palabra nuestro compañero diputado Emilio Serrano Jiménez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa que adiciona diversas disposiciones a la Ley de los Derechos de las Personas Mayores. Es el del Código Penal?

De acuerdo a lo que nos informa el diputado Serrano, es para presentar iniciativa que reforma el artículo 336 TER y 337, del Código Penal Federal.

El diputado Emilio Serrano Jiménez: Muchas gracias, diputada presidenta, con su venia. Compañeras, compañeros diputados.

Me permito presentar ante ustedes la iniciativa de ley que reforma los artículos 336, tercero, y adiciona un párrafo al artículo 337, ambos del Código Penal Federal, con el objeto de impedir que los hijos en general, los descendientes, continúen despojando y dejando en el abandono a los padres, en general a los ascendientes.

Esta iniciativa está firmada por diputados, diputadas de todas las fracciones porque a todos nos ha llegado la queja, la denuncia de abuelos, de ancianos que han sido despojados de sus bienes a través de engaños, a través de amenazas, y esto es muy común.

Sabemos que los adultos mayores, que han dado los mejores años de su vida para la creación de este México moderno, del cual gozamos todos menos ellos, cuando no tienen bienes, cuando no tienen pensión ni darle más a los hijos, estorban. Los arrinconan, los maltratan, los marginan y muchas veces los mandan a la calle.

Pero cuando tienen una propiedad, por interés permanecen con ellos, viven en sus casas, no les pagan renta y en muchas ocasiones ni siquiera les ayudan para pagar el predial, el agua o la luz.

Y muchas ocasiones también, con amenazas, con engaños, con golpes, con maltratos, obligan a los ancianos a firmarles un contrato de compraventa de un inmueble que nunca será pagado por ellos, o bien los obligan a firmar un testamento para que sean heredados sus bienes y despojados en vida estos ancianos.

Es el porqué me permito presentar a ustedes y hay datos concretos de violencia contra los adultos mayores que es conceptuado como un grave problema social que tiene lugar en todo el mundo.

En este sentido, el primer informe mundial sobre la violencia y salud, organizado por la Organización Mundial de la Salud en el 2002, señala que en México el 32 por ciento de las mujeres mayores de 60 años sufren agresiones, pero igualmente los varones de la tercera edad son víctimas de las mismas.

Además, da horror saber que casi la totalidad de esta violencia es llevada a cabo por los cónyuges, concubinos y por los hijos de las personas de la tercera edad o sus nietos también.

Es importante citar que uno de los casos ilustrativos, sólo de los casos que se denuncian por adultos mayores en el DIF, en el Distrito Federal más del 60 por ciento de los mismos consiste en este tipo de violencia que vulnera el patrimonio de los ascendientes por obra de los descendientes, concretamente de los casi 2,400 casos presentados ante el DIF capitalino durante el 2004, 1,500 corresponden al despojo y abandono de los padres y ascendientes.

Estos son de los casos que se denuncian.

Hace un rato me decía la diputada González Furlong, de una anciana que conoce, que el nieto, no solamente se ha arrinconado en la propiedad de esta señora, sino que la maltrata, le pega, y por temor a ese nieto, no lo denuncia.

Es la importancia, compañeras y compañeros, que en el Código Penal Federal deben ser perseguibles por oficio estos delitos y que sea precisamente el DIF el que presente la denuncia y le dé seguimiento.

Por tales motivos ya expuestos y con fundamento, propongo a esta Honorable Cámara de Diputados la reforma del artículo 336 3., y la adición de un párrafo al artículo 337, ambos del Código Penal Federal, en los siguientes términos.

Artículo 336 3.: "Al que se le hubiera transmitido por un ascendiente de 60 o más años de edad la propiedad o posición sobre el inmueble en que se habita, y/o sobre un negocio o bienes y derechos con los que el ascendiente subsista, de manera que el descendiente lo deje en estado de abandono, siendo incapaz de promoverse a sí mismo por otros medios, se le aplicará de 3 a 7 años de prisión y por concepto de reparación del daño, la devolución al ascendiente del inmueble o negocio o bienes o derechos cuya propiedad o posesión sea le transmitió o bien el precio de los mismos si el descendiente ya hubiera a su vez transmitido la propiedad o posesión relativa."

"La misma sanción establecida en este párrafo anterior se aplicará al descendiente designado como tutor de los bienes de la persona y bienes del ascendiente si igualmente se deja en este estado de abandono".

Artículo 337: "El delito de abandono de ascendientes se perseguirá de oficio; igualmente se declarará extinguida la acción penal oyendo previamente a la autoridad judicial, al representante de los ascendientes cuando el procesado cubra los alimentos vencidos y otorgue garantía suficiente a juicio del juez para la subsistencia de los ascendientes".

TRANSITORIOS

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación

Palacio Legislativo de San Lázaro, 28 de septiembre del 2005.

Es cuanto, diputada Presidenta.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias, diputado Serrano.

Favor de turnarla a la Comisión de Derechos Humanos.

La diputada Adriana González Furlong (desde su curul): Presidenta...

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Sí, diputada.

La diputada Adriana González Furlong (desde su curul): De manera muy respetuosa, señora Presidenta, quisiera tener el gusto de pedir el turno también para la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, su consideración.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Pero en este caso diputada, es del Código Penal, que él está buscando modificar el artículo 336 ter y 37 del Código Penal Federal. Si estuviera usted de acuerdo de que fuera opinión por parte de ustedes?

La diputada Adriana González Furlong (desde su curul): De acuerdo.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Perfecto! Con opinión de Grupos Vulnerables. Gracias, diputada Furlong.

A solicitud del diputado Cuauhtémoc Ochoa Fernández, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, se pospone la presentación de la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de leyes.

En tal virtud tiene la palabra nuestro compañero diputado José Antonio Cabello Gil, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que adiciona la fracción V al artículo 420 Bis del Código Penal Federal en materia de Incendios Forestales.

El diputado José Antonio Cabello Gil: Gracias Presidenta. Con su permiso.

Compañeras y compañeros Diputados:

Según datos de la Semarnat, en el año 2001 la causa más frecuente de incendios forestales en nuestro país fueron precisamente las actividades agropecuarias con un 48 por ciento.

En nuestro país la ocurrencia de incendios forestales en las últimas décadas ha tenido una tendencia creciente. De acuerdo a datos de la propia Semarnat entre 1970 y 1980 se registraron un promedio anual de 5 mil 32 incendios. En el periodo de 1980 a 1990 hubo un promedio anual de 6 mil 477 incendios y en el periodo de 1990 a 2000 se tuvo un promedio de 7 mil 839

La creciente alza se puede explicar en gran medida por el incremento de la población, principalmente en las zonas rurales, en donde habitan más de 10 millones de pobladores, quienes demandan bienes y servicios de las áreas forestales y quienes usan el fuego de manera extensiva como herramienta de trabajo en sus actividades agropecuarias.

Habrá que recordar el incendio que recientemente sufrió el bosque de La Primavera, en Jalisco, y en donde el gerente regional de la Comisión Nacional Forestal advirtió de la fuerte presencia de evidencias que muestran que se originó por una quema de pastizal agrícola que fue descuidada. Este incendio, según la propia Conafor, consumió más de 2 mil hectáreas de bosque y extraoficialmente se habla de hasta 10 mil hectáreas siniestradas, lo que provocó que se implementara en la zona metropolitana de Guadalajara una contingencia ambiental.

La Semarnat confirma que la expansión de los incendios en las áreas forestales y de bosques naturales tiene como causa principal la utilización de la técnica conocida como quema de tierras, realizada por las comunidades rurales e indígenas que generalmente se realizan sin ningún permiso.

Por ello, se propone en esta iniciativa que se tipifique como delito penal la práctica negligente de la quema de tierras cuando ésta sea la causa de un incendio forestal, a fin de evitar la proliferación de incendios forestales. Tal y como ocurrió en el bosque de La Primavera.

Solicito a la Presidencia se inserte el texto íntegro de la presente iniciativa en el Diario de los Debates.

Es cuanto, diputada Presidenta.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Favor de integrar el texto íntegro en el Diario de los Debates y turnarlo a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Les damos la más cordial bienvenida a los alumnos del Instituto Cosmos, originarios de la capital del estado de Puebla, que han sido invitados por la diputada Angélica Ramírez Luna.

Sean ustedes bienvenidos!

Asimismo les damos la más cordial bienvenida a señoras y señores regidores de diversos municipios del estado de Guerrero, así como a alumnos y maestros de la Universidad Autónoma de Querétaro.

Sean ustedes bienvenidos! Han sido invitados por el diputado Ricardo Alegre Bojórquez.

(Aplausos)

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Tiene el uso de la palabra el diputado Emilio Serrano Jiménez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa que adiciona diversas disposiciones a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.

El diputado Emilio Serrano Jiménez: Muchas gracias diputado Presidente. Con su venia.

"Compañeras y compañeros Diputados:

"Me permito presentar a ustedes la iniciativa que tiene por objeto adicionar un capítulo segundo al título tercero de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores con el objeto de regular, dentro de los límites humanos y legales, el funcionamiento de los asilos. Esta iniciativa también está signada por diputados de varias fracciones que integran esta LIX Legislatura.

"Sabemos que la Legislatura pasada creó la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores y sentimos que es momento de hacer modificaciones a la misma. Me consta que la mayoría, si no es que todos, las diputadas y diputados bien nacidos, tienen amor, tienen respeto por sus padres, por sus abuelos y que recordamos que la palabra anciano en la época de los griegos, del resplandor cultural de los griegos, contaban a los ancianos, los sabios que dirigían los gobiernos para un buen desempeño de sus actividades.

Roma conquista Grecia y toma también la costumbre del Senado. Senado viene de senecto; senecto-viejo. Había un respeto y admiración por los ancianos. Pero en nuestra época precisamente en México, hemos visto cómo con desprecio, con indiferencia se trata o se maltrata a los ancianos. Y así como hay niños de la calle también hay ancianos de la calle.

A partir de los 70s, en que se da la planificación familiar con el slogan de La familia pequeña vive mejor, los matrimonios comienzan a tener menos hijos, 2-3, ya no es como antes que las familias tenían, los matrimonios tenían 15-20 hijos y no faltaba alguno o alguna que se quedaban solterones para atender a los viejos y entre todos se cooperaban y le daban abrigo, le daban techo y sustento a los abuelos. Ahora no, ahora son un estorbo, ahora a la calle.

Y sabemos de gente que por el estorbo de estos ancianos los llevan a los asilos, a las casas de hogar, a donde se ha convertido en un negocio, porque buscan el patrocinio de la iniciativa privada o de instituciones internacionales y aparentan dar una atención y un servicio a los ancianos. Pero muchos de éstos están en lugares fríos, en lugares inaccesibles.

De acuerdo al informe de la ONU sobre la situación de los derechos humanos en México, la mayoría de los asilos asistenciales carecen de infraestructura, sus instalaciones no están preparadas, lo que dificulta la movilidad de los adultos mayores y adolecen de normas de higiene.

Se encontró que sólo el 33 por ciento de los edificios de los asilos se encuentran en excelente estado de conservación, el 45 por ciento están en condiciones regulares y el 22 por ciento se reportan en mal estado; todos ellos son instituciones privadas. Finalmente no existe control sobre el 50 por ciento de los asilos privados ni registrados ante la Secretaría de Salud.

Es el por qué propongo que el INAPAM tenga dentro de su normatividad obligatoriamente visitas permanentes a los asilos, a las casas de asistencia de los ancianos, y que aquellas que no llenen los requisitos y que se trate nada más de negocios, sean clausurados.

Por todo lo expuesto y fundado, propongo a esta Honorable Cámara de Diputados, la adición de una fracción XII del artículo 3 del Título Primero e igualmente la adición de un Capítulo Segundo al Título Tercero de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, razón por la cual el actual Capítulo Unico del mencionado Título Tercero de esta ley, se designará en adelante como Capítulo Primero en los siguientes términos.

"Artículo 3, fracción XII.- Asilo, casa-hogar, albergue o cualquier otra designación que reciban, en el lugar físico acondicionado en donde se albergará, se cuidará y se protege a los adultos mayores, con el objeto de brindarles un bien o servicio total o parcial, pudiendo ser de tipo determinado, o tiempo determinado, indefinido, para su estancia y desarrollo.

Parecen prisiones los asilos.

Titulo III, Capitulo Primero, Capítulo Segundo , De los Asilos Casa Hogar o Albergues.

Artículo 9 -bis, En presencia de una denuncia por mal trato contra un adulto mayor en el hogar, asilo, trabajo o cualquier otro, denuncia del propio afectado o de un tercero, el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, deberá realizar una visita por conducto de una Trabajadora Social, ante la negativa de estas visitas, se solicitará el uso de la fuerza pública por conducto del Ministerio Público

Articulo 9-bis. Para el ingreso a un asilo deberá contarse con el consentimiento escrito, libre y espontáneo, antes dos testigos de la confianza o del adulto mayor, de o contrario, el familiar y los que laboren en este Asilo serán responsables si el delito de privación ilegal de la libertad, con una sanción de seis a diez años de prisión y multa de mil a 3 mil días de salario mínimo

Lo mismo sucederá si no se le permite salir del Asilo de manera temporal o definitiva, la incapacidad física o mental de la o el adulto mayor, no será pretexto para negarles s libertad pues en tal caso se le deberá dar el acompañamiento necesario para que pueda ejercer su decisión.

Artículo 9-bis-2. Al ingresar uno o una adulta mayor al asilo, se le deberán tomar sus generales y ratificación por escrito del ingreso voluntario. Asimismo registrar sus bienes y derechos de los que el Titular se informará de todo esto de manera inmediata al Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores para que constate que el acceso de la persona fue voluntario.

Artículo 9-bis-tercero. Los asilos deberán ser instituciones de puertas abiertas que permitan que el o la adulta mayor salga y trabaje, a estudiar, visitar a sus familiares y demás actividades que le permitan continuar activos en salud e ingresar de esta manera, a la sociedad.

Articulo 9-bis-cuatro. El asilo deberá desarrollar talleres que permitan que el o el adulto mayor, continúe activo, obtenga ingresos y se apoye la autosuficiencia financiada por el asilo.

Artículo 9-bis-quinto. El asilo deberá poner en operación un programa de ejercicios educacionales y esparcimiento adecuado para la salud y desarrollo de los adultos mayores.

Le voy a pedir, Presidente, que sea tan amable de publicarse integro esta propuesta, debido a que se me terminó el tiempo y le agradezco el que me hayan permitido presentar esta Iniciativa.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

Tiene el uso de la palabra, el Diputado Guillermo Velasco Rodríguez, para presentar a su nombre y al de la Diputada Jacqueline Guadalupe Arguelles Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de Mexico, Iniciativa que reforma el Artículo 17 de la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, una Iniciativa que reforma

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Bueno, usted tiene la palabra señor Diputado.

El diputado Guillermo Velasco Rodríguez: Gracias, Diputado Presidente: Compañeras y compañeros Diputados.

La biodiversidad y los ecosistemas que la sustentan, representan un patrimonio estratégico para los mexicanos, por lo que su conservación debe ser prioritaria para la nación.

Las áreas naturales protegidas, constituyen una de las estrategias básicas para la conservación de los ecosistemas y su biodiversidad. No obstante la existencia de 155 áreas naturales protegidas de competencia federal, que cubren una superficie de más de 18 millones de hectáreas terrestres y marítimas, acaparando el 7.4% de la superficie terrestre del país, gran parte de la biodiversidad mexicana aun se encuentra ubicada fuera de esas áreas, en terrenos pertenecientes a comunidades, ejidos y pequeños propietarios.

La Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, prevé dos casos específicos, mediante los cuales se pretende formalizar y articular la participación de estos actores en la conservación de los ecosistemas y la biodiversidad presente en sus predios, dichos se encuentran en los Artículos 59 y 64 Bis de la citada ley.

Ellos mencionan que los pueblos indígenas, las organizaciones sociales, públicas o privadas y demás personas interesadas, podrán promover el establecimiento de áreas naturales protegidas, destinadas a la preservación, protección y restauración de la biodiversidad. Asimismo los sujetos señalados podrán destinar voluntariamente los predios a la protección del medio ambiente y los ecosistemas.

Para lograr lo anterior, la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, prevé el establecimiento de incentivos y estímulos específicos, no obstante a que estas disposiciones están en vigor desde hace más de nueve años, desde 1996 para ser exactos, a la fecha la falta de definición de incentivos, de estímulos específicos, ha evitado que comunidades, ejidos, pequeños propietarios y empresas, articulen formalmente la protección de sus tierras, a una estrategia nacional para la conservación de ecosistemas y su biodiversidad.

Esto independientemente de lo importante, pero aun incipiente crecimiento del número de áreas naturales protegidas comunitarias y privadas, establecidas en el país durante dicho período.

Durante este período sólo ha sido declarada un área, conforme a los términos previstos en el primer párrafo del Artículo 59 de la Lejepa, este es el caso del Parque Nacional de Tierras de Organos en Zacatecas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27de noviembre del año 2000, este incluye una superficie de 1,124 hectáreas.

Existen otras 22 áreas con una superficie total de 48,358 hectáreas que han sido reconocidas y certificadas por la Comisión de Areas Naturales Protegidas, conforme al segundo párrafo del mismo artículo. Y una más con cinco hectáreas por el gobierno del estado de Veracruz, conforme a su propia legislación estatal.

En este sentido es importante resaltar que los ejidos y las comunidades certificados, consistituyen la mayor parte de esta superficie, con 45,375 hectáreas, ya que sólo seis pequeñas propiedades con una superficie cercana a las tres mil hectáreas han sido certificadas.

De acuerdo a lo anterior, es necesario crear los incentivos y estímulos previstos en el Artículo 64 Bis de la Lejepa, por lo que se propone con esta iniciativa, otorgar un estímulo fiscal a los contribuyentes, que dedican la totalidad o porciones de sus tierras, exclusivamente a acciones de preservación en términos del Artículo 59 de la Lejepa, y que se encuentran claro certificados por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del Año 2000 objeto de esta iniciativa.

Esta propuesta también establece que en caso de que el contribuyente no cumpla con las obligaciones establecidas durante el plazo indicado, el monto del etímulo fiscal acreditado, deberá ser reintegrado a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Por las razones que les he expuesto y tomando en cuenta que la degradación ambiental en nuestro país se debe en buena medida a la falta de incentivos, para que los ciudadanos coadyuven con las autoridades, en la conservación de nuestro patrimonio natural, los que suscriben diputados del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, sometemos ante el pleno de esta soberanía la siguiente iniciativa de decreto, mediante el cual se adiciona un Inciso 19 al artículo 17 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006.

Le solicito, diputado Presidente que se inserte el texto íntegro de la iniciativa al Diario de los Debates. Es cuanto.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Tiene la palabra la diputada Angélica de la Peña Gómez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa que reforma el artículo 24 del Código Penal Federal.

La diputada Angélica de la Peña Gómez: Muchas gracias señor Presidente.

Solicito que la presente iniciativa sea inscrita textual en el Diario de los Debates y por lo tanto, en función de esa situación voy a tratar de resumir esta iniciativa que reforma el artículo 24 del Código Penal Federal, bajo la siguiente exposición de motivos:

La sociedad política apareja un proyecto de justicia y se constituye como un sistema para procurarla y alcanzarla. Por eso, contrataron entre sí las mujeres y los hombres originales antes de verse diezmados por la ley de la selva, debieron crear una forma, la mejor que pudieron de preservar su existencia, luego se acostumbraron a reconocer derechos y obligaciones siempre recíprocos y advirtieron la conveniencia en el imperio de la razón, de instituir una sociedad que les asegurase la supervivencia en condiciones de normalidad y justicia. Esto implica la institución de obligaciones y derechos y en definitiva la posibilidad y necesidad de garantizar a cada quien su derecho.

Es ésta la razón por la cual las sociedades organizadas crean un sistema de justicia, un orden propio, un régimen que les garantice la convivencia en un marco de seguridad, libertad y justicia. Al final, cada Constitución deviene precisamente un proyecto de justicia y dentro de este proyecto es indispensable el establecimiento de un catálogo de conductas que rompen con el correcto funcionamiento de la sociedad y conculcan derechos de los individuos de esa sociedad, conductas que vulneran los bienes tutelados por el Estado denominados delitos y por lo tanto, que se disponga la relación de las penas para el caso de que se vulneren o pongan en peligro estos bienes preciados.

El sistema penal con todo el aparato que denominamos justicia penal, se dirige a preservar los bienes seleccionados en los derechos fundamentales y a resolver por qué, cómo, por quién y hasta dónde pueden ser reducidos o cancelados.

Al primer propósito sirven los tipos penales, las figuras delictivas y al segundo, las consecuencias jurídicas del delito, las sanciones, las penas, las medidas, por ello, el sistema penal anuncia el carácter democrático de una sociedad política. En consecuencia, una vez resuelto el asunto de las conductas incriminables, resolución necesariamente histórica, contingente e inacabada, es preciso ponderar la reacción del poder político frente a quien incurre en una conducta de este género. Esa ponderación se desarrolla en dos direcciones:

Por una parte, es preciso conocer el sentido, el propósito, la finalidad de la pena. El Estado, al servicio de la razón, debe proponerse determinado objetivo cuando sanciona al delincuente como debe proponérselo cuando cumple cualquiera otra de sus funciones naturales, pero no basta con ello; obviamente en seguida es necesario fijar la relación de las penas, determinar sus características en forma consecuente con el fin que se pretende:

Primero. La pena tiene un carácter eminentemente retributivo, es un mal que corresponde a otro mal, es la consecuencia exacta de la violación de un supuesto jurídico.

Segundo. La pena debe influir en la persona que comete el delito y en las y los, la sociedad, para darles un mensaje y una lección que prevengan nuevos delitos. Tiene, pues, una virtud pedagógica que se inscribe en la denominada prevención general de la delincuencia.

Tercero. Por último. En el progreso de las ideas penales se atribuye a las sanciones una función de rescate la función rehabiltadora de la pena al concluir que la pena debe rehabilitar al delincuente para restituirlo a la sociedad después de haberla compurgado, se constituye entonces una teoría integral de la pena.

La razón entre el delito y la sanción es indiscutible, esta relación no se manifiesta únicamente en el catálogo de penas y sanciones, sino también en la facultad del juzgador de fijar una pena determinada a cada caso en concreto, la individualización de la pena.

Es por esto imprescindible estudiar las conductas antisociales, su etimología y sus consecuencias para determinar la pena adecuada que contribuya al objetivo esencial de la sanción y que con la aplicación de la misma, se potencien las posibilidades de la correcta reinserción de los sujetos activos del delito a la sociedad.

Respecto de la etimología de los delitos sexuales, de entre los factores criminógenos más importantes se encuentran el socio cultural y el psicológico. En primer es un error pensar que todos los sujetos que cometen delitos sexuales, son personas enfermas o con parafilias.

Del total de personas que cometen una conducta antisocial de este tipo, sólo algunos de ellos son personas que sufren conductas compulsivas sexuales debidos a un desorden mental. Sin embargo, en ambos casos, para lograr la reinserción, es indispensable un tratamiento especializado.

El primero, con la finalidad de lograr una correcta socialización y aculturación basado en la modificación de los patrones socioculturales de conducta de sujeto activo y que evidentemente están inscritos en una sociedad patriarcal, y la segunda, para controlar las actitudes compulsivas.

De ninguna manera podemos pensar que un sujeto que sufre de una parafilia y que debido a ella comete un delito, puede incorporarse o reincorporarse a la sociedad sin ánimo de volver a cometer la conducta, por el solo hecho de haber estado privado de su libertad por un tiempo determinado.

Los estudios psicológicos demuestras que la manera más efectiva en la que una persona con conducta sexuales compulsivas puede reprimir la comisión de éstas, pues solamente mediante un tratamiento especializado. Esa es una gran discusión que se está dando en todo el mundo.

La primera parte de la reforma que se propone en esta iniciativa, se refiere a esta cuestión. El tratamiento de imputables en internamiento es un deber que el estado tiene para con el sujeto activo del delito para lograr su rehabilitación, inscrito como un derecho de segunda generación, desde la adopción de diversas formas constitucionales y en general en el marco jurídico penitenciario, pero también es un deber que el Estado tiene para con la víctima y con la sociedad.

Para la segunda parte de la reforma propuesta, es necesario tomar en cuenta la estadística, la criminología, la psicología, la victiminología como ciencias auxiliares del derecho, que nos demuestran en primer lugar que la mayor proporción de los delitos sexuales son cometidos por una persona que el sujeto pasivo conocía previamente, incluido, por supuesto, ascendientes, familiares en línea colateral, vecinos, docentes, ministros de culto, etcétera, etcétera, entre otros.

En segundo lugar, que el impacto psicológico que un acto de este tipo deja en la víctima, se aminora debido al tratamiento especializado al que debe estar supeditado el sujeto pasivo del delito, pero que frecuentemente las secuelas se manifiestan de por vida, especialmente si el agresor vuelve a tener contacto o relación con la víctima.

Existen estudios puntuales sobre la primera y segunda victimización del sujeto pasivo de los delitos sexuales. La primera ocurre en el momento de la comisión de la conducta antisocial en su persona; la segunda durante el proceso judicial necesario para obtener evidencias, probar los hechos y conseguir que se sancione al perpetrador.

Sin embargo, generalmente se deja de lado la tercer victimización que ocurre en el momento en el que, después de compurgar la pena determinada por el juez, el sujeto activo del delito se reincorpora a la esfera social de la víctima.

En concreto, la reforma que pretendo poner a su consideración, refiere a la adición en el artículo 24 de Código Penal Federal, para decir lo que sigue:

"Las penas y medidas de seguridad son, adicionar una tercera que diga: Tratamiento en internamiento o en libertad de inimputables o tratamiento en internamiento o en libertad de imputables y de quienes tengan el hábito o la necesidad de consumir estupefacientes o sicotrópicos.

La otra adición, en la quinta, sería: prohibición de ir a lugar determinado o detener cualquier tipo de contacto o relación con persona determinada.

Es cuanto, señor Presidente. Por favor le pido lo turne a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Y así será. Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates y Túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Tiene la palabra el señor diputado don Juan Pérez Medina, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa que reforma el artículo 59 y adiciona un 59 Bis, a la Ley General de Educación.

El diputado Juan Pérez Medina: Con su permiso, Presidente.

Iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adiciona un tercer, cuarto y quinto párrafos, al artículo 59 y un artículo 59 Bis a la Ley General de Educación, en lo relativo a la prestación de servicios educativos, proporcionados por particulares extranjeros.

La firma del Tratado de Libre Comercio con América del Norte, obligó a modificar la Ley de Inversión Extranjera en México, que por primera vez en la historia educativa del país, permita a inversionistas extranjeros prestar servicios privados de educación de preescolar, secundaria, media superior, superior y combinados.

El artículo 8 de dicha ley, establece que la participación de la inversión extranjera podrá ser mayor de 49%, con tan sólo el visto bueno de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, en ésta no hay representante o integrante de la Secretaría de Educación Pública.

Actualmente la posición de las autoridades educativas y en concreto de la Secretaría de Educación Pública, no ha sido del todo clara ante los proveedores educativos trasnacionales y comerciales, dado que hasta ahora, solamente se han dado intentos resueltos por regular las actividades, vía el otorgamiento del reconocimiento de validez oficial de estudios, el reconocimiento de títulos y grados y la expedición de cédulas profesionales, sin que exista normatividad expresa para regular la prestación de servicios educativos por inversionistas extranjeros.

Lo más preocupante es que tampoco se ha tomado las visiones en relación al aseguramiento de la calidad de los programas educativos. Al respecto conviene mencionar que recientemente el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública, determinó que la Secretaría de Economía, deberá informar el número de instituciones educativas con participación extranjera que operan en territorio mexicano y el monto de su participación financiera.

En el ámbito internacional y nacional, diversos estudios advierten la creciente participación de corporaciones estadounidenses de distintos giros empresariales en el Sector Educativo; las llamadas universidades corporativas triplicaron su expansión, entre 1988 y 2004, al pasar de 400 a 1,600; entre sus dueños se encuentran empresas como Motorola, Coca-Cola y Home Deepot; algunas de ellas están creando sus propios programas de educación post secundaria y vocacional.

La empresa de hamburguesas Burger King, ha abierto academias en 14 ciudades estadounidenses, mientras que las dos grandes corporaciones de computación IBM y APLE , han anunciado su idea de abrir escuelas con ánimos de lucro. Proyecciones académicas, indican que en México la oferta de mayor crecimiento en los últimos años, se ubica en las clases medias del país, pues aumentó en 20% la matrícula de estudiantes con capacidad de pagar colegiaturas, cuyo costo esté entre el 40 y 60% de lo que cobra el TEC de Monterrey y sólo se incrementó en 3% la matrícula estudiantil en las universidades particulares de alto costo.

En tanto, el crecimiento de la población escolar de las universidades públicas, fue del 7%, por ello las corporaciones como Sylvaleardent System Inc () y Apolo Internacional, ambas estadounidenses, ven en México un excelente mercado lucrativo en educación y buscan comprar universidades mexicanas particulares, aunque también hay algunas de éstas que buscan que las compren.

Esta situación está latente en México desde que en 1994, algunas universidades extranjeras se establecieron de manera directa, como la Pacific Western University o la Bionish University. Ilustrativo es el caso de la Universidad del Valle de México, que fue adquirida en 80% de su operación por Sylvan (), esta corporación abarca servicios educativos diversos, tutores en sedes, tutores por internet, cursos de inglés, capacitación de profesores, apoyo educativo, empresas de educación en línea y establecimiento de campus universitarios en el mundo. Ha adquirido universidades en Chile, Suiza, Francia, India y España. En 2002 tuvo ingresos por 206 millones de dólares y utilidades por 18 millones de dólares.

El asunto de regular la participación de los particulares extranjeros en la educación mexicana, no es menor por tres motivos principales:

Uno. La educación del país es un asunto de seguridad nacional. Esta premisa se corrobora desde el Congreso Constituyente de 1856, que consideró a la educación como actividad liberadora de la conciencia y desde ese momento se convirtió en un instrumento para que los pueblos aprendieran sus derechos a la civilización y las obligaciones de los ciudadanos con el Estado y de éste con la sociedad.

Dos. Porque como se señaló con anterioridad, a partir de la firma del TLC con América del Norte, se modificó la Ley de Inversión Extranjera en México que por primera vez en la historia educativa del país, permite a inversionistas extranjeros prestar servicios privados de educación de preescolar, secundaria, media superior, superior y combinados.

Tres. La operación de la institución educativa de inversión extranjera, no está regulada o controlada por la Secretaría de Educación Pública ni por otra institución educativa que por ley esté facultada para ello, como pueden ser las universidades e instituciones públicas o las autoridades educativas estatales, entre otras. Esto dificulta saber cuántas son y de qué países provienen, aunque las que se tienen ubicadas, en su mayoría son de origen estadounidense.

La apertura comercial en la que está inmerso México es irreversible, pero esto no debe ser motivo para que en un rubro estratégico como es la educación, participen de manera directa los inversionistas extranjeros sin que la autoridad educativa competente en la materia regule sus planes y programas de estudio y en específico los contenidos de los mismos.

Esto es grave, porque como se señaló, los inversionistas extranjeros están facultados para prestar servicios educativos a la población mexicana desde muy temprana edad en el nivel de preescolar, es por ello que resulta imperativo que las instituciones educativas de inversionistas extranjeros que operen de manera directa en México, sean en la modalidad escolarizada, semiescolarizada, a distancia, abierta, vía internet o por cualquier otra vía, se ajusten a los principios del artículo 3. constitucional y a la regulación establecida para los particulares en la Ley General de Educación.

En virtud de lo anterior, esta iniciativa propone la creación de un consejo en materia de prestación de servicios educativos por particulares extranjeros, el cual estará integrado por las autoridades de Educación Pública, los Secretarios de Educación de los estados y la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior.

La finalidad de dicho consejo será recibir y dictaminar las solicitudes de los inversionistas extranjeros para operar servicios educativos desde el nivel de preescolar hasta el superior en todos sus tipos y modalidades, a fin de determinar sobre la procedencia o no para prestar de dichos servicios en campus abiertos de universidades extranjeras, instituciones que ofrezcan cursos en línea para la obtención de grados extranjeros, organismos que realizan una transmisión mercantil de conocimientos o su acreditación; universidades privadas o públicas que acuerden con su contraparte mexicana la prestación de servicios educativos.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de decreto por el que se adiciona un tercer, cuarto y quinto párrafos al artículo 59 y un artículo 59 bis a la Ley General de Educación para quedar como sigue:

Artículo Unico. Se adiciona un tercer, cuarto y quinto párrafos al artículo 59 y un artículo 59 bis a la Ley General de Educación para quedar como sigue:

Artículo 59. "... los particulares extranjeros que quieran prestar servicios educativos en cualesquiera de sus tipos, modalidades y niveles, deberán solicitar la autorización correspondiente al consejo en materia de prestación de servicios educativos por particulares extranjeros, por conducto de la Secretaría de Educación Pública.

La autorización para operar servicios educativos mencionados en el párrafo anterior, comprenderá la prestación que se haga en cualquier tipo de instalación o medio, ya sea en campus de universidades extranjeras, en instituciones que ofrezcan cursos en línea para la obtención de grados extranjeros u organismos que realizan una transmisión mercantil de conocimientos o su acreditación, las universidades privadas o públicas que acuerden con sus contrapartes mexicanas la prestación de servicios educativos y en general, en cualquier otro tipo de institución educativa.

Para otorgar la autorización, el consejo atenderá la legislación y normatividad mexicana en materia educativa y, en particular, conforme a lo establecido en el artículo 3. constitucional y en la presente ley, para la educación que impartan los particulares".

Artículo 59 bis. "...se crea el consejo en materia de prestación de servicios educativos por particulares extranjeros, como órgano colegiado de carácter permanente que funge como una instancia de asesoría y consultoría del titular del Ejecutivo Federal y de coordinación entre las diversas dependencias y entidades federativas, el cual se integrará por el titular de la Secretaría de Educación Pública, los secretarios del Ramo de las entidades federativas y el secretario general ejecutivo de la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior y sus presidentes en las regiones noroeste, noreste, centro-sur, centro-occidente, metropolitana y sur-sureste, quienes podrán designar a un funcionario de nivel jerárquico inferior e inmediato, como suplente.

Asimismo el consejo podrá invitar a participar en sus sesiones a aquellas autoridades y representantes de los sectores privado y social, que tengan relación con los asuntos a tratar, quienes tendrán voz pero no tendrán voto.

El consejo estará presidido por el titular de la Secretaría de Educación Pública y desempeñará sus funciones conforme al reglamento que para tales efectos se expida.

El consejo tiene por objeto dictaminar la autorización que soliciten los inversionistas extranjeros para operar servicios educativos desde el nivel de preescolar hasta el superior en todos sus tipos, modalidades y niveles, con base en las solicitudes que para tales efectos le presente la Secretaría de Educación Pública.

El consejo tendrá las siguientes atribuciones:

1. Recibir la solicitud de la Secretaría de Educación Pública que presenten los particulares extranjeros para autorizar la prestación de servicios educativos y desde el nivel preescolar hasta el superior en todos sus tipos y modalidades y niveles.

2. Evaluar las solicitudes que se sometan a su consideración observando la legislación y normatividad vigente en materia educativa.

Dictaminar con base en estudio técnico debidamente fundado y motivado, sobre la procedencia para el otorgamiento de autorizaciones en materia de prestación de servicios educativos por particulares extranjeros.

El consejo procederá a emitir el dictamen en un término de 30 días hábiles que justifiquen plenamente el otorgamiento a los particulares extranjeros, la autorización en materia de prestación de servicios educativos, turnando en un plazo no mayor de 10 días dicho dictamen a la Secretaría de Educación Pública para ser notificado al solicitante.

Y cuarto, llevar un registro de las autorizaciones concedidas de los particulares extranjeros.

Solicito a usted señor presidente se integre íntegra esta iniciativa en el Diario de los Debates.

Muchas gracias.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

Esta presidencia recibió del señor diputado don Hugo Rodríguez Díaz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, iniciativa que adiciona un artículo 307 bis, al Código Federal de Procedimientos Penales.

Túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Tiene la palabra el diputado Benito Chávez Montenegro, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 203 de la Ley General de Salud.

El diputado Benito Chávez Montenegro: Con su venia señor presidente; compañeras y compañeros diputados:

En nuestro país funciona la figura conocida como maquila en los medicamentos en aquellos casos en que el titular de la autorización de un producto médico permite que el producto en cuestión sea elaborado en todo o en parte, siempre y cuando cumpla con los requisitos de ley con la obligación de señalar a la autoridad sanitaria competente en un plazo no mayor de 30 días.

Sin embargo, sabemos del abuso en que incurren algunos titulares de la autorización de algún producto médico al producir derivaciones de la autorización original y sin el conocimiento de la autoridad a que me refiero en el párrafo anterior y teniendo ganancias o rendimientos, sin que estos nuevos medicamentos estén r egulados.

Razones para la maquila sobran; quizás no tenga la capacidad de producción necesaria y suficiente; quizás sus proveedores no cumplan en tiempo y en forma; quizás sólo intervenga en algunas de las partes del proceso de producción. Situaciones que fomentan en todo caso a recurrir a terceros para terminar dicho proceso y lanzarlo al mercado.

Lo anterior incurre en un abuso de la maquila. Además que dicho titular puede olvidarse de la fabricación del producto autorizado, pudiendo en todo caso derivarla a cualquier otro laboratorio o arrendando el beneficio de la autorización o transmitiendo los derechos de la autorización obtenida en muchas ocasiones sin conocimiento de la autoridad sanitaria en un acto de potencial peligro para la salud de los mexicanos.

Nos queda claro que la salud de los mexicanos es primordial y por tanto, el objeto de esta iniciativa es ordenar a la industria farmacéutica nacional a fin de que exclusivamente se autoricen las maquilas de medicamentos cuando existan causas de fuerza mayor, que en todo caso impidan al titular de un producto con registro sanitario llevar a cabo la producción regular de tal o cual producto y que esta figura sea la excepción y no la regla en esta industria.

En mérito de lo anterior y debidamente expuesto, el suscrito diputado federal Benito Chávez Montenegro, pone a la consideración de esta honorable Asamblea, en su carácter de constituyente permanente, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que propone reformar el artículo 203 de la Ley General de Salud, a fin de ordenar la maquila de medicamentos en la industria farmacéutica nacional.

Por lo anterior, le pido a usted presidente, sea insertada en su totalidad esta iniciativa en el Diario de los Debates para su constancia. Es cuanto. Gracias.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

Túrnese a la Comisión de Salud.

Tiene la palabra el señor diputado don Salvador Márquez Lozornio, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia.

El diputado Salvador Márquez Lozornio: Con la venia de la presidencia.

El suscrito, diputado federal Salvador Márquez Lozornio, de la LIX Legislatura, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55 fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del Pleno de esta honorable Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona y modifica diversas disposiciones de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia con base en las siguientes:

CONSIDERACIONES:

Ya en otras ocasiones he tocado el tema de las sociedades de información crediticia, sin embargo considero importante acotar a conciencia este texto legal que ha estado en el olvido y que repercute en la vida diaria de miles de mexicanos.

Buró de Crédito, tiene sus inicios en el año 96. Buró de Crédito es, hasta el día de hoy, un importante marco de referencia para el otorgamiento de crédito en México ya que cuenta con expedientes crediticios de personas físicas, empresas y personas físicas con actividades empresariales.

Por otra parte, resulta relevante señalar que Buró de Crédito no decide si un crédito debe o no aprobarse, del mismo modo que no emite juicios sobre si una persona es o no sujeta de crédito. Unicamente se circunscribe a proporcionar información sobre el comportamiento crediticio de personas físicas o morales.

Sabemos que el otorgamiento de cualquier crédito se encuentra de alguna manera supeditado al ingreso y consulta voluntarios al propio Buró y por ello resulta imprescindible brindarle al cliente certeza en el manejo de la información y resolución de las reclamaciones, garantizando así sus derechos.

En esta ocasión me referiré a los artículos 37, 40, 50 y 54 de la mencionada ley. Primero, una de las inquietudes de esta iniciativa es la inexistencia de unidades especializadas del Buró de Crédito a nivel nacional, ya que sólo existe una ubicada en la ciudad de México lo que consideramos restringe el acceso y complica sobre manera el libre ejercicio de los derechos del cliente ya que sólo se tiene acceso vía Internet, mensajería, fax. Lo que restringe el uso de los servicios del Buró de Crédito para la gran mayoría de la población nacional.

Además, retrasa los servicios que debe brindar la unidad especializada, tales como la atención personal considerada mucho más funcional y efectiva para disipar dudas y aclaraciones en cuanto a los historiales crediticios de las personas, así como en la prestación y resolución de cualquier reclamación por la información contenida en los reportes de crédito.

Por ello, esta iniciativa propone la adición de un artículo 37 bis, en el que se señale la obligación de instalar unidades especializadas de información en cada estado de la República y más de una, dependiendo de las necesidades de cada entidad federativa.

Esta propuesta no necesariamente implica la compra de inmuebles para la instalación de unidades especializadas ni la generación de gastos excesivos, sólo la existencia de un espacio en donde el cliente pueda ser atendido y cubrir así sus necesidades de información, sin tener que trasladarse a la Ciudad de México.

Es decir, podría darse el caso de que existiera personal de buró de crédito en alguna de la oficinas financieras o empresas comerciales, mismos que se llaman usuarios, que se encargue exclusivamente de darle información al cliente sobre su historial crediticio y de recepción y resolución de reclamaciones, entre otras.

Segundo. Considero trascendente establecer, como obligación de las empresas comerciales y de las entidades financieras que utilicen los servicios del buró de crédito, colocar en lugar visible publicidad en la cual se señale detalladamente la información necesaria sobre las sociedades de información crediticia.

Es un derecho del cliente contar con esa información, de tal manera que tenga a su alcance la ubicación exacta de la unidad especializada de información en la entidad federativa que le corresponda, los trámites que puede realizar en ella, plazos, costos, dirección de internet, así como las instancias a las que se puede acudir en caso de reclamación acerca de la información contenida en la base primaria de datos.

Es por ello que en la presente iniciativa se pretende adicionar un párrafo sexto al artículo 40, en el cual se señale la obligación explícita de darle publicidad a la información sobre el buró de crédito, incluyendo la ubicación de las unidades especializadas de información.

Tercero. Por otra parte, con relación al artículo 50 considero importante agregar la disposición clara de la obligación de las sociedades de información crediticia de enviar un informe trimestral sobre las reclamaciones y las resoluciones que de ésta deriven, no sólo a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, Condusef, sino también a la Procuraduría Federal del Consumidor, Profeco.

Esto con el fin de que dicha institución lleve un control exacto del número de reclamaciones y el nivel de respuesta que tiende a las mismas y, en su caso, a aplicar la sanción que corresponda, ya sea a la institución o a los usuarios.

Existe en la ley una sanción para el caso de omitir enviar la información requerida a la Procuraduría; sin embargo, no existe la obligación explícita de enviarla.

Es por ello que establecer dicha obligación me parece una forma importante de control y medición del grado de respuesta y de organización con que cuentan las sociedades, así como la calidad en el servicio al cliente.

Cuarto. Por último, en el numeral 54 de la Ley en comento se señala la facultad y el plazo en el cual el Banco de México y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores pueden imponer sanciones de carácter administrativo por la comisión de una infracción. Este plazo actualmente prescribe a los tres años. La intención de la presente iniciativa es que lo haga a los cuatro años.

Consideramos que el tiempo establecido resulta insuficiente, ya que en ocasiones detectar la infracción podría tomar un plazo mayor al establecido. Por ello, considero que sería adecuado --y que no afecta-- ampliar el plazo. Por el contrario, brinda un margen de tiempo a fin de detectar cualquier irregularidad.

En vista de los anteriores argumentos, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona y modifica diversas disposiciones de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia.

Artículo único. Se adiciona un artículo 37 bis, un párrafo sexto al artículo 40. Se modifica el artículo 50 y 54, todos de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, para quedar de la siguiente manera.

Artículo 37 bis. Las sociedades deberán de contar con una o más unidades especializadas en cada entidad federativa y en el Distrito Federal, dependiendo de las necesidades de los clientes.

Artículo 40. Los usuarios, ya sean entidades financieras o empresas comerciales, tendrán la obligación de colocar en lugar visible información sobre la sociedad de información crediticia con el objeto de que el cliente conozca sus derechos y a dónde acudir en caso de reclamación.

Artículo 50. La sociedad trimestralmente deberá poner a disposición de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los usuarios de Servicios financieros y a la Procuraduría Federal del Consumidor y de la Instancia de Información, Protección y Defensa de las Personas, un informe detallado sobre las reclamaciones y resoluciones que sobre estos deriven".

Artículo 54: "La facultad del Banco de México y de la Comisión para imponer las sanciones de carácter administrativo previstas en esta ley, prescribirá en un plazo de cuatro años contados a partir de la realización de la infracción. El plazo de referencia se interrumpirá al iniciarse el proceso administrativo relativo".

TRANSITORIO

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, Palacio Legislativo de San Lázaro, 11 de octubre del 2005.

Es cuanto, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias, diputado Márquez Lozornio.

Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

El siguiente punto del orden del día, que es la iniciativa del diputado Alejandro Agundis Árias, se pospone.

El diputado José Adolfo Murat (desde su curul): Señor Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Sí, con qué objeto, diputado Murat.

El diputado José Adolfo Murat (desde su curul): Señor Presidente, con la idea de pedir una rectificación del quórum.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se instruye a la Secretaría para que ordene la apertura del sistema electrónico de votación hasta por diez minutos a efecto de rectificar quórum.

En tanto la sesión sigue su curso.

Tiene la palabra el diputado don Luis Maldonado Venegas, del grupo parlamentario de Convergencia, para presentar iniciativa que reforma diversas disposiciones del Código Penal Federal en relación a los delitos de homicidio y de privación ilegal de la libertad.

Adelante, Secretario.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento.

Abrase el sistema electrónico por diez minutos para verificar el quórum.

(Se abre el sistema electrónico para verificar el quórum)

El diputado Luis Maldonado Venegas: Con su permiso, señor Presidente, compañeras y compañeros diputados:

La discusión en torno a los problemas que más laceran a los mexicanos, ha encontrado una coincidencia con respecto al tema que debe ser atendido con mayor prontitud por los tres niveles de gobierno: Se trata del combate a la inseguridad pública, debido al incremento experimentado por éste, a partir de mediados de la década de los 90s, y los niveles intolerables que ha alcanzado en los años recientes.

Sin duda alguna se trata de un fenómeno que debe de ser combatido para preservar la paz social y dar certidumbre a la vida en común que caracteriza a toda sociedad, pues desafortunadamente hemos arribado a niveles de inseguridad que acosan la vida cotidiana de prácticamente todos los mexicanos cualesquiera que sea su condición socioeconómica con manifestaciones muy graves en la mayor parte de muchas entidades del país, lastimando de manera inmisericorde a los habitantes de un gran número de ciudades y de ciudadanos.

Esto puede considerarse como un desafío tanto de la delincuencia común, así como de la organizada en contra de las instituciones con que cuenta el Estado mexicano para proteger la integridad y el patrimonio de la ciudadanía, pues así de grave resulta el embate sufrido por las instituciones responsables de atender esos rubros.

Conviene señalar que si no se adoptan las medidas conducentes para hacer frente a la ola delictiva, cuyas diversas manifestaciones que se han extendido por prácticamente todo el territorio nacional, estaríamos asistiendo a una gravísima omisión por parte del Estado mexicano, pues una de sus responsabilidades primigenias, es otorgar seguridad a los ciudadanos que conforman el conglomerado social en virtud de que ese es uno de los principales objetivos que hicieron posible el surgimiento del Estado.

Las autoridades en sus tres niveles, así como los poderes de la Unión, deben propugnar por desarrollar una serie de actividades en el marco de una estrecha coordinación a fin de articular esfuerzos que den por resultado la puesta en marcha de verdaderas políticas en materia de seguridad pública, pues ante la gravedad de la situación que vive el país, no hay tiempo ni lugar para medidas aisladas que sólo propiciarían el retraso en la solución de un problema que requiere acciones que no por ser inmediatas carezcan de eficacia.

Resulta indudable que el actual marco jurídico ha sido superado ante el avance de la delincuencia. Por ello se requieren su puesta a día para asegurar un eficaz combate a los orígenes de la inseguridad. Sin embargo este flagelo no puede ser abolido por decreto, sino que requiere del concurso de todas las instituciones que han sido creadas para contrarrestarlo a través de medidas que las fortalezcan y optimicen.

En ese contexto destaca la reforma integral en materia de seguridad y justicia que a nombre de mi partido, Convergencia, presentara ante el pleno de esta Honorable Asamblea el 4 de noviembre del 2003 y en la que planteamos un conjunto de reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos un código penal único para toda la República, un código de procedimientos penales único, una ley de ejecución de penas y readaptación de sentenciados y una ley para el tratamiento de menores infractores.

"Nuestras propuestas son materia del más amplio consenso social, eliminan el monopolio de la acción penal a cargo del ministerio público para retribuirla a favor del ciudadano instaura juicios simplificados transparentes y orales, unifica las legislaciones locales y restaura la justicia cívica.

"En ese contexto es imperativo someter al escrutinio de la ley a los transgresores de ésta con el auxilio ejemplar del Poder Judicial, evitando la proliferación de suspicacias por el presunto incurrimiento en prácticas de inobservancia ética por los responsables de la observancia de la norma.

"Recientemente la Suprema Corte de Justicia de la Nación respaldó y avaló la constitucionalidad del artículo 27 del código penal de Chihuahua, en el que se establecieron penas acumuladas de hasta 105 años de prisión a quienes secuestren y asesinen a mujeres y a menores de edad.

"Por mayoría de votos los ministros de la corte concluyeron que la pena de cadena perpetua no viola la constitución y que por tanto sí se puede aplicar en México. Esta determinación da pauta para que los legisladores podamos sin que se considere atentatorio a las garantías individuales de los gobernados, incrementar la penalidad de los delitos más graves como es el homicidio y la privación ilegal de la libertad en su modalidad de secuestro.

"Por tal motivo es que someto a la alta consideración de ustedes que modifiquemos diversos artículos del capítulo segundo del código penal federal referente al homicidio y del título vigésimo primero relativo a la privación de la libertad para incorporar la penalidad vitalicia.

"El artículo 302 del código penal federal establece que comete el delito de homicidio el que priva de la vida a otro y en su artículo 308 fija una penalidad de 4 a 12 años de prisión si éste se comete en riña y de 2 a 8 años si se comete en duelo o de 2 a 7 años al que en estado de emoción violenta causa homicidio de acuerdo con el artículo 310 y el 320 impone una penalidad al homicidio calificado de 30 a 60 años de prisión.

"Para mi independientemente de que el homicidio se cometa en riña, duelo o sea calificado o por emoción violenta en cualquiera de los dos casos, se trata de privar de la vida a otro y por lo tanto no debería existir diferenciación en cuanto a la penalidad, puesto que además de la fijación de la pena debe contribuir a desalentar la comisión del delito en cualquier circunstancia.

"En el mismo sentido me pronuncio para reformar el artículo 323 que sanciona el homicidio en razón de parentesco.

"En cuanto al artículo 366 relativo a la privación de la libertad de un individuo por otro, en virtud del grave daño que causa a la víctima, a los familiares de ésta y a la sociedad en su conjunta y a la demanda existente en la nación de que se apliquen mayores penas a los delincuentes que incurran en el secuestro.

"Estas reformas en caso de ser procedentes implicará necesariamente modificar el artículo 25 del código penal federal relativo a la pena de prisión, a fin de fijar su duración en un mínimo de tres días y hasta la prisión vitalicia.

"Por lo expuesto es que someto a la consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el código penal federal, agradeciendo su inserción íntegra en el Diario de los Debates en obviedad del tiempo que ha dispuesto para su exposición".

Es cuanto, señor Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias, señor Diputado.

Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Esta Presidencia saluda con todo afecto a los alumnos y profesores de la escuela UPA EP del municipio de Atlixco, Puebla, invitados por el señor diputado don Rogelio Flores.

(Aplausos)

Tiene la palabra el señor diputado José Mario Wong Pérez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 122 y adiciona un artículo 122 Bis a la Ley de Aguas Nacionales.

El diputado José Mario Wong Pérez: Con su permiso, diputado Presidente.

"Con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 55 y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta honorable asamblea, la presente iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma el artículo 122 y adiciona el artículo 122 bis, ambos a la Ley de Aguas Nacionales, al tenor de la siguiente

"Exposición de Motivos

"Señoras y señores Legisladores: La promulgación de todo ordenamiento jurídico debe perseguir siempre como finalidad primordial procurar el bienestar general de toda sociedad. Por ello, cada norma legal, al ser parte del instrumento regulador del Estado, tiene como tarea fundamental propiciar entre los gobernados certidumbre en cuanto a que aquél que no será arbitrario en su ejercicio para con éstos.

"En efecto, al ser todo ordenamiento jurídico consecuencia de la culminación de un proceso lógico-jurídico, resulta indispensable precisar que no se debe soslayar que se tiene que utilizar una correcta técnica jurídica para elaborar el mismo. Esto se sugiere sólo si efectivamente se quieren armonizar los intereses entre la propia colectividad, así como los de ésta para con el ente gubernamental.

"Ahora bien, es esencial referir que no siempre dicho proceso legislativo nos brinda la certeza de que la norma jurídica a plasmar se expresará mediante un lenguaje claro y preciso respecto de lo que realmente se pretende regular. Esto se advierte debido a que en nuestra legislación encontramos falta de claridad, integridad y congruencia en los dispositivos que integran nuestro sistema jurídico, por ello a menudo la función legislativa es objeto de descrédito o reprobación por parte de la sociedad en general y lo será más aún si no se buscan minimizar o erradicar esos vacíos legales que plagan el ordenamiento jurídico mexicano.

"Frente a tal situación, siempre nos encontramos con la imperiosa necesidad de acudir a la interpretación de nuestra legislación, debido a que en la actividad legislativa se dejan en un gran número de ocasiones aspectos obscuros mejor conocidos como lagunas jurídicas, que traen aparejadas controversias legales, mismas que se fundan por los constantes abusos de la autoridad, a los cuales pauta la misma norma ambigua.

"Ahora bien, es imprescindible acotar que los ordenamientos jurídicos que llevan inmersos fragmentos obscuros, resultan perjudiciales para la aplicación del derecho, principalmente por las razones antes ya expuestas, aunque sobre todo porque en ocasiones se perturba a la organización del Estado, el funcionamiento de sus órganos, las relaciones entre los propios habitantes y más aún, cuando se afectan las relaciones entre los poderes del Estado y las relaciones entre el Estado y sus habitantes.

"Por su parte, la voluntad del legislador debe ser siempre enfocarse a promulgar una norma, en no vulnerar o transgredir los derechos y garantías de los gobernados o la posible afectación a principios fundamentales, tal como lo es el caso del principio denominado seguridad jurídica, que bien se entiende como aquel principio que da la certeza a la sociedad de que el gobernante procurará siempre el estricto apego al estado de derecho.

"En efecto, al establecer una norma jurídica los legisladores debemos cuidar que nuestras leyes sean textos lo suficientemente claros para que su manejo esté exento de incertidumbre respecto de su carácter deontológico, es decir, de su deber ser.

"Por tal motivo, nuestra redacción a emplear no debe ser ambigua o dudosa, sin por el contrario, debe buscar en sentido técnico-jurídico expresar de forma objetiva un significado claro e inequívoco.

"En consecuencia, se debe trabajar arduamente en este aspecto para minimizar los vacíos legales que observamos en nuestras leyes, tal y como es el caso en particular del artículo 122 de la Ley de Aguas Nacionales, que en su contenido es muy ambiguo y que nos habla de que la autoridad del agua podrá imponer en los casos a que se refiere el artículo 119 de la misma ley en sus fracciones I, II, III, IV, V, VII, VIII, IX, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVII, XIX, XX, XXII y XXIII o en el caso de reincidencia en cualquiera de las fracciones del artículo en comento, sanciones referentes a la la clausura temporal o definitiva, parcial o total de los pozos y de las obras o tomas para la extracción o aprovechamiento de aguas nacionales y que en ninguna parte se remite a precisar en qué casos o bajo qué condiciones se aplicará la clausura de manera específica, es decir, cuando procede de una clausura temporal, definitiva, parcial o total, lo cual deja de manifiesto que el gobernado se encuentra desamparado o desprotegido ante tal situación, porque la autoridad a su arbitrio, declarará la sanción a la cual se acreedor a que ellos, si lugar a duda, demuestra que esta ley, en dicho Artículo, es a todas luces obscura en razón de que dicha autoridad valorará para imponer su sanción, los argumentos con los que cuente, lo cual puede originar la comisión y aplicación de actos o resoluciones arbitrarias constitutivas de agravios en perjuicio del gobernado.

Por tal motivo, se tiene que laborar y revisar los textos para que sean o suficientemente claros para su manejo, con la finalidad de que estén exentos de incertidumbre tal como se encuentra este artículo en cita

Ante ta situación y por las explicaciones vertidas con antelación, someto a consideración del pleno, la presente Iniciativa de Reforma al Artículo 122 y la adición del Artículo 122-bis a la Ley de Aguas Nacionales, a efecto de que se precise cómo se tratará la sanción relativa a la clausura de los pozos y de las obras para la extracción o aprovechamiento de las aguas nacionales, así como para los casos a que se refiere el Artículo 119 de la misma Ley, en todas sus Fracciones o para el supuesto de la reincidencia en cualquiera de estas mismas.

Compañeras y compañeros Legisladores, la presente Legislatura debe de procurar que la Ley se adecue a la realidad social buscando siempre mejorar oda normatividad para responder satisfactoriamente a las necesidades sociales,

Por ello, os convoco a que enmendemos los aspectos ambiguos de las normas que constituyen las lagunas legales para un mejor funcionamiento del ente gubernamental.

DECRETO.-

1.- Se reforma el Artículo 122 de la Ley de Aguas Nacionales modificando el párrafo primero y suprimiendo el párrafo segundo junto con sus dos Fracciones para quedar en los siguientes términos:

Artículo 122.- En los casos a que se refiere el Artículo 119 de esta Ley, así como los casos de reincidencia, en cualquiera de las Fracciones del Artículo citado , la autoridad del Agua impondrá adicionalmente clausura temporal o sea, parcial, total o definitiva de los pozos y de las obras o tomas para la extracción o aprovechamiento de aguas nacionales. En el caso de Clausura, se actuará en los términos de la Ley Federal de Procedimientos Administrativos y el Reglamento aplicable a Procedimiento Administrativo en materia de Agua.

Para ejecutar una Clausura, la autoridad del Agua podrá solicitar el apoyo y el auxilio de las autoridades federales, estatales o municipales, así como de los cuerpos de Seguridad Pública para que intervengan en el ámbito de sus atribuciones y competencias.

En el caso de Ocupación de vasos, cauces, zonas federales y demás Bienes Nacionales inherentes a que se refiere la presente Ley mediante la construcción de cualquier tipo de obra o infraestructura sin contar con el título o permiso, con carácter provisional correspondiente.

La autoridad del Agua, queda facultada para remover o demoler las mismas, con cargo al infractor, sin perjuicio de las sanciones que correspondan.

2.-Se adiciona el Artículo 122-bis, a la Ley de Aguas Nacionales para quedar en los siguientes términos:

Artículo 122--bis. Para los casos a que se refiere el Artículo anterior relativos a la

Clausura, la autoridad del Agua impondrá: la Clausura imparcial en los casos de las Fracciones II, III, VI, Vll, XVIII, XIX y XXI.

Segundo.- La Clausura total en los casos de las Fracciones IV, V, X, XI, XIII, XIV XV, XVI, XXII y XXIII así como para el caso de Reincidencia a que se refiere e Artículo 122 en su párrafo 1.

La Clausura Definitiva, en los casos de las Fracciones I, VIII, IX, X, XII, XVII, XX y XXIV.

Igualmente la autoridad del Agua impondrá la Clausura Definitiva de la empresa ó establecimiento, causantes directos de la descarga en el caso de incumplimiento de la orden de suspensión de actividades o suspensión del permiso de descarga de aguas residuales a que se refiere e Artículo 92 de la presente Ley, o por el caso de explotación o uso y aprovechamiento de aguas nacionales, a través de su estructura hidráulica sin contar con el permiso, contrato provisional, concesión.

Tercero.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Es cuanto señor presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias señor diputado.

Túrnese a la Comisión de Recursos Hidráulicos.

Instruya la Secretaría el cierre del sistema electrónico de asistencia.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Ciérrese el sistema electrónico.

Se informa a la presidencia que hasta el momento de hay una asistencia de 371 diputadas y diputados, por lo tanto hay quórum señor presidente.

Señoras y señores legisladores, esta presidencia ha recibido de la parte de la Junta de Coordinación Política dos comunicaciones, una que tiene que ver con la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias relativo a la entrega de la Medalla al Mérito Cívico Eduardo Neri y otra de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública relativa a la Resolución en cumplimiento de la Ejecutoria dictada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sobre la controversia constitucional 109/2004 referente al Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2005.

Consulte la Secretaría a la Asamblea si es de modificarse el Orden del Día a efecto de abordar estos dos asuntos.

La Secretaria diputado Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la presidencia en votación económica se pregunta a la Asamblea si es de modificarse el Orden del Día para incluir estos dos puntos.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Mayoría por la afirmativa ciudadano presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: La Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias entregó a esta presidencia el dictamen con proyecto de decreto para que se otorgue la Medalla al Mérito Cívico Eduardo Neri Legisladores de 1913.

En virtud de que ha sido distribuido entre los diputados el dictamen, consulta la Secretaría a la Asamblea si se le dispensa su lectura.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la presidencia en votación económica se consulta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

Los ciudadanos diputados que están por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Mayoría por la afirmativa diputado presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Es de Primera Lectura.

Consulte la Secretaría a la Asamblea si se le dispensa la Segunda Lectura y se pone a discusión y votación de inmediato.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la presidencia, con fundamento en el Artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se consulta a la Asamblea si se le dispensa la Segunda Lectura al dictamen y se pone a discusión y votación de inmediato.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Mayoría por la afirmativa diputado presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se le dispensa la Segunda Lectura.

Tiene la palabra para fundamentar el dictamen de conformidad con el Artículo 108 del Reglamento para el Congreso Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos el señor diputado don Iván García Solís.

El diputado Iván García Solís: Gracias ciudadano presidente: Ciudadanas y ciudadanos legisladores.

El día 28 de abril de este 2005 la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados convocó a diversas instituciones representativas de la sociedad a que presentaran propuestas de pesonas que por sus acciones cívicas o políticas y contando con una distinguida trayectoria de servicio a favor de la colectividad y de la república, pudieran ser consideradas para recibir la Medalla al Mérito Cívico Eduardo Neri Legisladores de 1913.

Luego de ser debidamente registradas las candidaturas correspondientes, indicándoles que éstas se produjeron en un número de 15, todas ellas correspondientes a meritísimas personalidades de diferentes ámbitos de la cultura, del quehacer político y de otras actividades diversas de la sociedad, en sesión ordinaria de la Comisión se realizó el análisis respectivo, se evaluaron los rasgos y hechos éticos, políticos y de valor cívico que sustentaban a cada candidatura y se llegó a la conclusión de que la presea que mencionamos debiese ser otorgada al maestro Raúl Anguiano Valadez.

El maestro Valadez nació el 26 de febrero de 1915 en la Ciudad de Guadalajara, en el estado de Jalisco, desde temprana edad mostró grandes cualidades que lo llevarían a convertirse en uno de los pintores más importantes de México. Algunos lo ubican en los de la segunda generación de muralistas, otros en los de la tercera generación de muralistas, pero en cualquiera de ellas que se le ubique, no cabe duda que el maestro Anguiano representa algo sumamente importante para la pintura mural. Mereció palabras laudatorias de Samuel Ramos, uno de nuestros principales filósofos y coexistió, convivió, luchó junto con ellos y desarrolló actividades importantes con ellas, con personas tan destacadas como Silvestre Revueltas, el músico destacada: José Mancicidor (), el escritor también reconocido por todos y Juan de la Cabada (), ese cuentista y hombre de vitalidad muy reconocible que fue este autor. Todos ellos y muchos más libraron una lucha muy fuerte contra la amenaza que se cernía sobre el mundo entero, el fascismo.

Quiero mencionarles que uno de los carteles que Anguiano dibujó, pintó en esa cruzada antifascista fue muy reconocido, fue muy admirado incluso, porque mostró toda la fuerza, toda la energía, toda la irritación y toda la combatividad que merecía esa lucha contra las huestes de Hitler. Ese fue Anguiano.

En 1937 es una vida muy larga y véase desde cuando produce el maestro Anguiano- junto con Leopoldo Méndez, con Pablo Ohiguings (), Luis Arenal y Alfredo Salce estamos hablando de los mejores intérpretes de la gráfica popular- fundaron el taller del mismo nombre, el "Taller de la Gráfica Popular" y el maestro Anguiano participó en labores educativas también de manera muy importante, dando clases en la Escuela de San Carlos, pero también en La Esmeralda, que fue una escuela más joven, de fundación posterior a San Carlos desde luego, pero que contuvo personalidades de mucha importancia.

Anguiano pues, forma parte de la simiente de estos muralistas, grabadores y artistas plásticos que han dado a México fama mundial. Anguiano, entonces, es un personaje que merece el reconocimiento de esta Cámara de Diputados y desde luego la Medalla al Mérito Cívico Eduardo Neri, es una medalla que nuestra Cámara valora de manera creciente, es la segunda vez que se entrega, lo hace, a nuestro juicio lo hará una vez que se apruebe este Decreto, con plena razón, porque prestigia desde luego a un hombre de por sí prestigiado pero también la Medalla nuestra se prestigia más.

Por todas esas consideraciones y las que se harán en la ceremonia solemne, quiero presentar a ustedes el texto que ya fue publicado en la Gaceta del día de hoy que tienen en sus manos y que será ajustado conforme la lectura que en este momento haré.

Decreto por el que la Cámara de Diputados otorga la Medalla a Mérito Cívico Eduardo Neri, Legisladores de 1913, al Maestro Raúl Anguiano Valadéz.

Artículo 1.- La LIX Legislatura de la Cámara de Diputados otorga la Medalla al Mérito Cívico Eduardo Neri, Legisladores de 1913, al ciudadano mexicano José Raúl Anguiano Valadéz.

Artículo 2.- La Medalla al Mérito Cívico Eduardo Neri, Legisladores de 1913, un pergamino con el dictamen respectivo, un ejemplar original del decreto de la Cámara y una suma de dinero equivalente a dos veces la dieta mensual de un ciudadano diputado, se entregarán al Maestro José Raúl Anguiano en Sesión Solemne que celebrará la Cámara de Diputados el 18 de octubre de 2005 a las 10:00 horas.

Artículo 3.- Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Reglamento de la Medalla, en la sesión podrán hacer uso de la palabra un diputado miembro de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, la persona homenajeada y el Presidente de la Mesa Directiva. La Junta de Coordinación Política acordará los tiempos que durarán las intervenciones, así como el orden en que intervendrán los oradores. El protocolo que rija dicha sesión solemne, será definido conjuntamente por la Mesa Directiva y la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Artículo 4.- El presente decreto será publicado en el Diario Oficial de la Federación y en tres diarios de circulación nacional, según lo establece el artículo 9 del Reglamento de la Medalla. Así lo resolvieron los integrantes de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias el 6 de octubre de 2005.

Es cuanto ciudadano Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias.

Consulte la Secretaría a la asamblea si son de aceptarse las modificaciones prácticamente de estilo, que está presentando el señor diputado don Iván García Solís.

Quizá ya no las repetimos por tratarse de que son muy menores, que son de estilo, sólo peguntar a la asamblea si se aceptan.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la asamblea si son de aceptarse las propuestas que ha presentado el diputado Iván García Solís.

Los ciudadanos diputados y ciudadanas diputadas que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Los ciudadanos diputados y ciudadanas diputadas que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aceptadas las modificaciones y el dictamen está a discusión del pleno, con las modificaciones presentadas y aceptadas por la asamblea en lo general.

Esta Presidencia no tiene registrados oradores, luego entonces declara que el tema está suficientemente discutido.

Para los efectos del artículo 134 se pregunta si hay alguien que quiera reservarse algún artículo.

No habiendo quien, se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico de votación hasta por cinco minutos, a efecto de recabar la votación nominal en lo general y en lo particular en un solo acto del dictamen con las modificaciones presentadas y aceptadas por la asamblea.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular en un solo acto, así como a las observaciones ya aceptadas en la votación anterior.

VOTACION

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Señor Presidente se emitieron 368 votos en pro, 0 en contra y 6 abstenciones.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular por 368 votos, el proyecto de decreto para que se otorgue la medalla al mérito cívico "Eduardo Neri, Legisladores de 1913", al maestro José Raúl Anguiano Valadéz.

Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

Señoras y señores legisladores, la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, entregó a esta Presidencia el dictamen con proyecto de resolución, en cumplimiento de la sentencia dictada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la Controversia Constitucional 109/2004, relativo al decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, para el Ejercicio Fiscal del año 2005.

Se ruega a la Secretaría le de lectura al proyecto de resolución.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

Lectura del proyecto de resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Está de primera lectura. Consulte la Secretaría a la Asamblea si se le dispensa la segunda lectura y se pone a discusión y votación de inmediato.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se le dispensa la segunda lectura al proyecto y se somete a discusión y votación de inmediato.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor.

Votación

Gracias.

Los que estén por la negativa

Votación.

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se le dispensa la segunda lectura.

Esta Presidencia no tiene registrados oradores, luego entonces considera en lo general el asunto suficientemente discutido, pero para los efectos del artículo 134 y constando esta resolución de distintas partes, se pregunta a la Asamblea si se reserva alguna para discutirla y votarla en lo particular.

No habiendo quien se reserve alguna parte de esta resolución, se pide a la Secretaría ordene la apertura del sistema electrónico de votación hasta por cinco minutos, a efecto de recabar la votación nominal en lo general y en lo particular este proyecto de resolución.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Hágase los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema electrónico por diez minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto en sus términos, en un solo acto.

Votación.

Señor Presidente, se emitieron en pro 369 votos, en contra 3 y una abstención.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular por 369 votos, el proyecto de decreto en cumplimiento de la sentencia dictada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la controversia constitucional 109/2004, relativo al Decreto de Presupuestos de Egresos de la Federación, para el Ejercicio Fiscal del 2005.

Desee la formalidad de decreto. Túrnese al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

Se ruega a la Secretaria dar cuenta con el orden del día de la siguiente sesión.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales:

Lectura del orden del día.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se levanta la sesión y se cita para que la que tendrá lugar el jueves 13 de octubre a las 10:00 horas y se les informa que el sistema electrónico, estará abierto dos horas antes.

La última de las votaciones se toma como lista final de asistencia.

Buenas tardes (16: 37 horas)